

Horas de espera y pérdidas en la vía Alóag
Los constantes cierres en la vía Alóag obligan a los transportistas a esperar durante largas horas, lo que altera sus rutas y cronogramas. Conductores aseguran que estas interrupciones generan pérdidas económicas por combustible, alimentación y retrasos en las entregas. Además, las lluvias y fallas en alcantarillas siguen afectando la estabilidad de la carretera. 03
Remesas y migración impulsan la salud El respeto a la democracia garantiza bienestar EE.UU. le cierra la puerta a familiares del cartel de Sinaloa
quiere levantarse con


M ILDRED
Mo LINERos G. mmolinerosg@masmediacion.law
Nuevo acuerdo para conflictos escolares
Enabril de 2026 se expidió el Acuerdo Ministerial Nro. MINEDEC-MINEDEC2026-00028-A, mediante el cual se regula la aplicación de medidas socioeducativas o disciplinarias y el abordaje de conflictos por parte de las máximas autoridades de los establecimientos educativos.
Uno de los principales aportes del nuevo acuerdo es diferenciar con mayor precisión conceptos que muchas veces se confunden: conflicto, violencia y acoso escolar. No toda diferencia entre estudiantes representa la misma realidad ni requiere la misma intervención. Distinguir adecuadamente permite actuar con mayor justicia, cuidado y eficacia.
La normativa también impulsa mecanismos alternativos de resolución de conflictos y prácticas restaurativas cuando la situación lo permita. Esto significa abrir espacios de diálogo guiado, reflexión, responsabilización y acuerdos que ayuden a reparar vínculos y fortalecer la convivencia.
Un aspecto valioso es que prioriza respuestas proporcionales, pedagógicas y formativas, recordando que en el entorno educativo no todo debe resolverse desde la sanción. Educar también implica corregir con sentido, acompañar procesos y promover aprendizaje a partir de lo ocurrido.
Otro elemento positivo es el fortalecimiento de instancias internas dentro de los planteles para canalizar situaciones de convivencia y evitar que desacuerdos cotidianos escalen innecesariamente. Cuando existen rutas claras, protocolos definidos y adultos preparados, gana toda la comunidad educativa.
La norma también recuerda la importancia del debido proceso, el derecho a ser escuchado y la protección de los estudiantes, principios esenciales para construir confianza institucional y respuestas justas.
Las familias tienen igualmente un papel esencial. Escuela y hogar se complementan cuando transmiten valores comunes como respeto, escucha y responsabilidad. Esa coherencia multiplica el impacto formativo.
Cuando una escuela enseña a dialogar, escuchar y reparar, no solo mejora su convivencia interna: también contribuye a formar mejores ciudadanos.

lizintriagocastro@hotmail.com
Ese “luego lo hago”, “cuando tenga tiempo”, “cuando me sienta mejor” se ha convertido en la excusa favorita para no hacer lo que realmente importa. Ese momento
Editor Regional: Lorena Melo Mieles
Redacción: santodomingo@lahora.com.ec
Publicidad: mgranda@lahora.com.ec
Año: XXVII No. 11.613
EDItoRIAL
Refrescar el Gabinete
El presidente Daniel Noboa anunció cambios en dos ministerios: Salud y Energía. Ambos sectores atraviesan crisis que preocupan y afectan a los ecuatorianos.
Incesantes son los reportes y denuncias por falta de medicamentos en los hospitales, lo que el Gobierno atribuye a redes de corrupción y “grandes mafias” que vacían las bodegas estatales y de la seguridad social, pero existen también falencias en la gestión hospitalaria, en los sistemas de agendamiento de citas y en la atención al público. Hay ecuatorianos que deben esperar hasta 10 meses por el diagnóstico definitivo de alguna dolencia o por una orden de cirugía.
En su gira por España, la vicepresidenta María José Pinto, encargada de la cartera de Salud hasta ahora, mostró las ventajas del servicio público-privado que aplica ese país y que ha conseguido reducir costos, pero, sobre todo, bajar el tiempo de espera para cirugías a tres semanas. Como esos ejemplos, hay varios casos de estudio en el mundo. Los
cambios que se necesitan son radicales y es alentador que el Gobierno nombre un nuevo Ministro, a quien se le debe exigir resultados.
El cambio de ministro de Energía, anunciado este 20 de abril, deberá traer un perfil técnico más que político, pues la actual crisis de generación y distribución eléctrica así lo exige. El país ya probó apagones de hasta 14 horas, y el bolsillo de los ecuatorianos no debería sufrir otro golpe similar. El cambio debe apuntar a que el país se olvide de las velas y los generadores con planificación transparente, inversiones eficientes y una comunicación honesta.
A la vez, la gestión en otros ministerios deberá evaluarse más temprano que tarde. La alta percepción de inseguridad es un punto sensible, así como las tareas anticorrupción en el sector público.
Refrescar el Gabinete no debe tomarse como una crisis, debe ser un avance para mejorar el bienestar de la población, a quien se deben las autoridades.

casi nunca llega. Vivimos cansados. El trabajo nos drena, la rutina pesa, la mente se satura. Pero también hemos aprendido a posponer lo importante. No es solo agotamiento. Es una forma silenciosa de evitar decisiones que incomodan. Hay personas que dicen que viajarán cuando se jubilen y nunca viajan. Otras guardan ropa para una ocasión especial que no aparece. Y nosotros también lo hacemos. Postergamos lo que queríamos em-
pezar, lo que sabíamos que nos hacía bien, lo que en algún momento dijimos que sí era importante. No hace falta una tragedia para entenderlo. Pasa todos los días. El estudiante que promete esforzarse el próximo año. El que quiere aprender inglés pero lleva años empezando. El que sabe que debe irse, pero se queda por costumbre. El que sueña con algo más, pero no se mueve. Y en más de una ocasión, también hemos estado ahí. Y aquí viene lo incómodo.

La biblioteca del poder
Apropósito de las seccionales, quien aspira a dirigir una ciudad o provincia, necesita algo más que carisma y buenas intenciones: necesita criterio. Y ese criterio se forma en la lectura.
A continuación, una selección personal de cinco libros que deberían ser lectura obligatoria para cualquier persona que pretenda pararse frente a un micrófono con la responsabilidad de representar a otros. (Les prometo que vendrán más recomendaciones)
Retórica, de Aristóteles. Escrito hace más de dos mil años y sigue siendo el manual más vigente sobre persuasión. Aristóteles entendió que convencer no es manipular: es construir credibilidad (ethos), conectar emocionalmente (pathos) y argumentar con lógica (logos). Todo líder que ignora esta triada está improvisando. Pensar rápido, pensar despacio, de Daniel Kahneman. Nobel de Economía que demostró que las decisiones humanas rara vez son racionales. Quien gobierna sin entender los sesgos cognitivos de su propia mente y de su electorado está navegando a ciegas.
Las 48 leyes del poder, de Robert Greene. Polémico, incómodo. No es un manual de ética sino de realidad. Te brindará la oportunidad de entender cómo opera el poder. No más ingenuidad en la arena política.
El arte de la guerra, de Sun Tzu. No es un libro sobre violencia. Es un tratado sobre estrategia, anticipación y economía de recursos. La política es conflicto administrado, y quien no sabe leer al adversario termina reaccionando en lugar de dirigiendo.
Comunicación no violenta, de Marshall Rosenberg. El contrapeso necesario. En un mundo de polarización, este libro enseña algo singular: se puede ser firme sin ser agresivo, se puede disentir sin destruir al otro. La comunicación asertiva empieza aquí.
Cinco libros. Cinco perspectivas. Un solo mensaje: el liderazgo que transforma no nace de la ocurrencia ni del algoritmo. Nace de la profundidad. Y la profundidad se construye página a página, en silencio, lejos de las cámaras, en el silencio de la lectura y la profundidad del conocimiento. Por eso antes de pedir el voto de alguien, quizás convenga ganarse primero el derecho a opinar con fundamento.
No es que nos falte tiempo. Es que elegimos no usarlo. Suena duro. Pero también es una forma de recuperar el control. Porque si es una elección, también podemos cambiarla. En lo personal, ha sido un cambio reciente. En estas últimas semanas, cuando llega ese momento de decidir entre hacer o no algo, cuando aparece el cansancio y la duda, no me doy tiempo para negociar conmigo misma. Simplemente digo: lo voy a hacer. Porque no existe un momento perfecto, y
puede que mañana no llegue. No necesitamos una vida perfecta para empezar. Necesitamos decisión. Usar lo que guardamos. Hacer esa llamada pendiente. Empezar aunque sea con poco. Incluso con cansancio o miedo. Porque la vida no avisa cuándo se acaban las oportunidades. Hasta que entendamos que esperar el momento perfecto es, muchas veces, la forma más silenciosa de perdernos la vida que decimos querer, que Dios nos ampare.
CIUDAD 03
Cierres en la Alóag siguen causando pérdidas a transportistas
Dieciocho horas duró el último cierre de la vía Alóag. Los usuarios aseguran que hay fuertes pérdidas económicas.
Desde el miércoles 15 de abril hasta la presente fecha se han registrado tres cierres prolongados en la vía Alóag. Dos de ellos surgieron por inconvenientes en el tramo delegado a Santo Domingo de los Tsáchilas y el otro fue atribuido al deslizamiento en la jurisdicción de Pichincha.
La planificación de las autoridades provinciales solo hacía referencia a 19 horas de interrupción para que se instalen cuatro alcantarillas de ármico y otras tuberías en el sistema de agua que está junto al talud del kilómetro 83. Sin embargo, la circulación vehicular no mejoró porque se presentaron nuevas fallas.
Exigen trabajos de calidad
El último cierre de la carretera se oficializó a las 21:00 del domingo 19 de abril y permaneció así hasta las 15:00 de ayer martes; es decir, no hubo paso durante 18 horas.
La decisión era necesaria para salvaguardar la vida de los usuarios. No obstante, esto no aplacó el malestar de los transportistas porque quedarse en medio camino les representa pérdidas económicas.
Enrique Santua viajaba de Quito a Guayaquil con mercadería que necesita refrigeración para conservar su calidad y solo pudo avanzar hasta Tandapi , retraso

PROBLEMAS. Los daños de tuberías y el invierno generan inconvenientes en la vía Alóag. que afectó toda su planificación mensual.
La empresa propietaria de la carga le pidió que regrese a la capital y avance por el noroccidente de Pichincha , pero no aceptó porque nadie le reconocía el gasto del combustible.
“Por lo bajo son 50 dólares más en diésel en esa vuelta. No voy a perder. Mi furgón funciona con un sistema de frío y eso me ha obligado a mantener prendido el vehículo, eso también perjudica mi bolsillo”, acotó.
En el sector del KFC se bloqueó el paso. La hilera de transporte pesados fue notoria a lo largo del baipás Quito – Quevedo y los rostros de molestias eran más
evidentes en la mayoría de conductores.
“Noto ineficiencia en las personas que trabajan sobre la vía porque no detectan las fallas de manera oportuna. El miércoles tenían que aprovechar para solucionar estas cosas, nuestro bolsillo tiene que afrontar gastos de alimentación y perdemos fletes”, manifestó César Maldonado
Falló otra alcantarilla
El aguacero del domingo reveló los problemas existentes en esta red estatal. La alcantarilla ubicada en el kilómetro 87 no resistió y eso comprometió la mesa asfáltica; el cierre fue la única alternativa.
El comercio en Alluriquín también reporta pérdidas económicas por esta situación.
Néstor Loaiza, director del peaje , confirmó que la tubería antigua fue reemplazada por una que tiene 15 metros de longitud y dos de ancho.
“Encontramos un hueco y se constató que estaba erosionada toda la parte baja. La fuerte lluvia agravó la situación y comprometió la estructura de la vía”, dijo. (JD)
Toque de queda regresa a Santo Domingo de los Tsáchilas
Santo Domingo de los Tsáchilas vuelve a constar en el listado de las nueve provincias y cuatro cantones que entrarán en toque de queda por disposición del Gobierno Nacional.
La medida gubernamental arrancará desde el domingo 3 de mayo y se extenderá hasta el lunes 18. La restricción será de 23:00 a 05:00.
El objetivo es continuar la lucha contra el accionar de grupos delictivos y restablecer la seguridad en las jurisdicciones que han sido involucradas en la nueva disposición.
A través de sus redes sociales, el presidente de la República, Daniel Noboa, hizo oficial la decisión e indicó que durante el estado de excepción se han obtenido resultados importantes.
Suman localidades
En el último toque de queda solo estuvieron las provincias Santo Domingo de los Tsáchilas, Los Ríos, Guayas y El Oro. A este listado también se integran Manabí, Santa Elena, Pichincha, Esmeraldas y Sucumbíos ; además, los cantones La
EL DATO
El nuevo toque de queda también será de 23:00 a 05:00.
Maná, Las Naves, Echeandía y La Troncal
La restricción de movilidad iniciará tras la culminación del próximo feriado nacional por el Día del Trabajo, que será de cuatro días por disposición gubernamental.
En la provincia Tsáchila aún no se han dado deta-

CONTROL. Personal de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas estarán nuevamente en las calles.
lles sobre la contingencia. Sin embargo, en la jornada anterior hubo molestias de varios gremios por las pér-
didas económicas y no se confirmó la captura de líderes de grupos delictivos. (JD)
Motorizado fallece al impactar contra un poste
La víctima era el mayor de tres hermanos. Es velado en la vivienda de sus padres, cerca al lugar de la tragedia. La sepultura será en Chone.
Jandry Xavier Zambrano Ponce, de 25 años, perdió la vida tras sufrir un accidente de tránsito cuando manejaba su motocicleta por la vía Umpechico, en Santo Domingo. El percance ocurrió entre las 18:30 a 19:00 del domingo 19 de abril. No hubo tiempo para que reciba los primeros auxilios, ya que falleció de manera instantánea.
No hay mayores detalles sobre la forma como se originó esta tragedia, pero se presume que las condiciones climáticas dificultaron la conducción y provocaron que se impactara contra un poste de alumbrado público.
La emergencia fue reportada al ECU-911. El cuerpo quedó tendido sobre el espacio público y tiempo después llegó la ambulancia de medicina legal para trasladarlo al Centro Forense de Santo Domingo. En el sitio también estuvieron agentes de tránsito y policías del SIAT, quienes se encargaron de recabar indicios que aporten en el procedimiento investigativo del caso.
Consternación
La mañana de ayer, lunes 20 de abril, los familiares del fallecido cumplieron los trámites de la autopsia y horas

después retiraron los restos mortales para prepararle el último adiós.
Jandry residía con sus padres y hermanos en la urbanización Madrid , ubicada en la misma vía donde ocurrió el accidente que acabó
con su vida. El domingo, en horas de la tarde, había salido de casa. Se presume que en ese transcurso de tiempo se encontró con algunos amigos y acudieron a un balneario para divertirse un poco, sin

imaginar que la muerte lo acechaba. Se ganaba la vida como delivery, era soltero y no deja hijos. La velación se realiza en la casa de sus progenitores, pero la sepultura será en Chone, porque son oriundos de ese cantón de la provincia de Manabí. (JD)
Ataque con machete deja a un hombre herido en Monterrey
Un hombre fue atacado con un machete mientras compartía con algunos amigos en el estadio de la parroquia rural Monterrey
La víctima no tuvo tiempo para reaccionar y ponerse a buen recaudo, porque el agresor llegó de manera sorpresiva. Los otros presentes tampoco pudieron evitar el hecho violento
El perjudicado recibió dos machetazos en el brazo izquierdo, heridas que provocaron abundante sangrado, por lo que fue trasladado al
centro de salud del cantón
La Concordia.
Auxiliado
Sus amigos lo sacaron en una motocicleta para que reciba atención médica, pero horas más tarde se decidió derivarlo al hospital Gustavo Domínguez, en Santo Domingo El personal de la Policía Nacional recibió la alerta de este caso e inmediatamente avanzó a la primera casa de salud para recabar información sobre lo acontecido. Las causas que motiva-
El ataque con machete ocurrió en el estadio, cuando la víctima libaba con algunas amistades.
ron la agresión no han sido esclarecidas. El responsable está identificado, pero hasta el cierre de esta edición no era atrapado, ya que tras el hecho sangriento huyó con rumbo desconocido. (JD)

ARCHIVO. La Policía Nacional verificó el caso y busca al causante.
P-247410-MIG

Durante el amanecer del domingo, un accidente en la Santa Martha también causó el deceso de Alexander Sánchez.
DOLOR. El cuerpo fue ingresado al Centro Forense; familiares cumplieron los trámites para la autopsia.
VÍCTIMA. Jandry Xavier Zambrano Ponce, de 25 años.
Democracia: riesgos y soluciones en Ecuador
La Encuesta de Demanda de Habilidades Laborales, desarrollada por el Ministerio del Trabajo con apoyo del BID, revela una paradoja que afecta a los dos mayores polos económicos del país. Mientras el empleo adecuado apenas alcanzaba al 35% de los trabajadores, más del 15% de las empresas en Quito y el 10% en Guayaquil tienen vacantes sin cubrir.
La democracia es un sistema de gobierno caracterizado porque el poder lo tiene la ciudadanía y encarga ese poder a autoridades que elige mediante el voto en las elecciones.
Expertos explican cómo inició el deterioro de la democracia en Ecuador y qué se debe cambiar para fortalecerla.
César Montúfar Mancheno, político y académico ecuatoriano, fue candidato a la Alcaldía de Quito en 2019 y a la Presidencia de la República en 2021.
Evalúa que desde la transición de las dictaduras militares a la democracia en Ecuador, en 1979 con el entonces presidente Jaime Roldós Aguilera, se han evidenciado altibajos en la reproducción y el funcionamiento del régimen democrático en su conjunto.
Pero observa que desde 2008 en adelante empezó una tendencia hacia una mayor restricción de algunos parámetros del funcionamiento de la democracia. “Hubo cada vez mayor concentración del poder del Ejecutivo en el Ecuador, no solamente constitucionalmente sino también en la propia práctica de los gobiernos, sobre todo el Gobierno de Rafael Correa y ahora en el de Daniel Noboa, en desmedro de las otras funciones del Estado y del funcionariado independiente de otras instituciones”, apunta.
A criterio de Montúfar, el debilitamiento del sistema democrático ha sido una característica persistente en los más de 40 años de democracia que ha vivido el Ecuador.
¿Hay desgaste en la participación?
Alondra Enríquez, consultora político digital, recuerda que el momento más estable

de Ecuador fue la década del Gobierno de Correa porque “estuvo transversalizado por todo un proceso continuo de espacios de sufragio”. Pero a partir de 2014 surge una activación ciudadana.
“Empieza a haber un ejercicio de veeduría ciudadana, se empieza a poner en evidencia actos lamentables de corrupción, desfalco al Estado en cierto tipo de contratos o un manejo económico no ético. Había referentes como Fernando Villavicencio (+) que en su momento planteó esa discusión” , señala la consultora.
Indica que ese tipo de actuaciones perjudican la democracia: “Este desgaste primero ético y moral, de principios básicos a la hora de entender la política y la democracia es lo que ha hecho que haya un desgaste (general) y un desinterés. Y el desinterés ha sido muy fuerte, particularmente
en los últimos eventos de este año (2026)”.
¿En qué se evidencia eso? Enríquez lo resume:
• Poco interés de la ciudadanía en el adelanto de las elecciones seccionales
• Poco interés en las discusiones del Gobierno nacional porque no están dentro de sus prioridades.
• El desgaste de la institucionalidad del sistema de justicia y del sistema electoral aparentemente transversalizado por el crimen organizado.
La consultora refiere que la democracia no está solo en los partidos, sino en los movimientos sociales, en la ciudadanía organizada, en las veedurías colectivas, pero aunque han sufrido fragmentaciones y desencantos, pueden resurgir, como en la consulta popular de noviembre de 2025 en la que Noboa fue derrotado,
EL DATO
Rumbo Plural se autodenomina como un espacio ciudadano de deliberación democrática, no un partido político ni plataforma electoral. Gabriela Panchana, activista política que ha denunciado irregularidades en el sistema judicial, es parte de esta iniciativa.
• Ecuador, dentro de América Latina , es el único país donde un año antes de cada elección se provocan cambios a las reglas del juego (modificación al calendario electoral en 2026).
• El sistema de administración de justicia atraviesa los problemas de la judicialización de la política y la politización de la justicia.
“Eso ha generado un desencanto, yo lo denomino una fatiga cívica porque la gente ya no quiere involucrarse en la política, porque esta se entiende como un sinónimo de corrupción y de impunidad”, evalúa.
ya que su oposición planteó “una agenda única”, agrega.
“La gente es muy consciente de, en su momento, empoderarse de su derecho de tomar las riendas de su país (…). Pero el periodismo ha sido el primer ente que ha permitido sostener la democracia y en estos últimos meses ha emergido la clase académica, nuevas estructuras como Rumbo Plural”, destaca.
¿Democracia fallida?
Para el politólogo César Ulloa, Ecuador atraviesa “un proceso de democracia fallida en el sentido de que los elementos constitutivos no lograron ni consolidarse ni estar a la altura de los retos y desafíos de los cambios globales”. Cuestiona que:
• No hay partidos políticos, son emprendimientos electorales
Reitera una propuesta que en años anteriores ha presentado a organizaciones políticas, a autoridades y la plasmó en un libro. “Se debe reformar la malla curricular en los niveles inicial, medio y superior incorporando algunas asignaturas que tengan que ver con ciudadanía, democracia, ética y cívica”. Eso no ha tenido acogida y Ulloa tiene una hipótesis: “Implementarla les da temor porque a la política no le interesa la gente inteligente. A la mala política ecuatoriana no le interesa que intervenga gente inteligente porque le daña el negocio. ¿Cuál es el negocio? Hacer del Estado una forma de lucro, una forma de vida. Frente a eso queda todavía un espacio fuerte que es el de la sociedad civil, que puede de alguna manera darles otro sentido a las cosas”. (KSQ)
PLURALISMO. Ejercer el voto es una de las garantías de que en Ecuador hay una democracia mínima electoral, según el político César Montúfar. (Foto referencial: CNE).
Asamblea se enfoca en una agenda de seguridad y justicia
Los esfuerzos estarán enfocados en la agenda de seguridad y justicia una vez que se conoció que desde el Ejecutivo ya no se enviarían nuevos proyectos de ley económicos con el carácter de urgente.

LEGISLADORES.
Después de que el 30 de marzo de 2026, la Asamblea Nacional aprobó la novena ley urgente para incentivar la construcción de viviendas de iniciativa del presidente Daniel Noboa, la administración de Niels Olsen (ADN) tiene definidas las prioridades hasta finalizar el año.
Los esfuerzos estarán enfocados en la agenda de seguridad y justicia una vez que se conoció que desde el Ejecutivo ya no se enviarían otros proyectos de ley urgente, trascendió de fuentes de ADN.
Dos iniciativas del Legislativo podrían entrar a debatirse en mayo en segunda discusión:
Ley para prevenir y sancionar el uso delictivo y simulación de funciones de
Asamblea busca ‘lavar su imagen’
Asamblea Nacional. (Foto: archivo)
uniformes de seguridad pública Crea dos nuevos tipos penales: la simulación de autoridad operativa, y la comercialización no autorizada de uniformes e insignias institucionales.
Proyecto que regula el apoyo complementario de FF.AA., a la Policía: establece condiciones, procedimientos, límites y responsabilidades para casos de apoyo excepcional, según el artículo 158 de la Constitución. Ambos proyectos están en la Comisión de Soberanía, bajo la presidencia de Inés Alarcón (ADN),
Otros proyectos están en proceso para primer debate
En la Comisión de Transparencia se aprobó el proyecto
° Aunque la Asamblea buscaría sacar adelante la agenda de seguridad para, a su vez, mejorar la credibilidad, el especialista en política, Giussepe Cabrera opinó que más allá de la agenda, el Legislativo termina siendo víctima o beneficiario de la popularidad del presidente “Noboa ha venido cayendo y la
para el primer debate de la Ley de Agilización Judicial para las Adopciones . Aún no hay fecha para el debate en el Pleno.
Desde enero de 2026 se tramita el proyecto para prevenir y erradicar el reclutamiento, uso y utilización de niños para enfrentar a las estructuras delincuenciales. El proyecto está en la Comisión de Transparencia y sigue en construcción. Diana Jácome (ADN), presidenta de la Comisión, cree que en dos semanas estaría listo el informe para primer debate.
La mesa de Justicia, como parte del tratamiento del proyecto de reformas al COIP, analiza una propuesta para fortalecer las penas del delito de peculado. Esta iniciativa será unificada con otras 82
Asamblea ha sufrido el mismo revés”, afirmó. El sistema presidencialista hace que dependa de la buena o mala popularidad del presidente, dijo. “Podrían tener la mejor agenda, pero la población la califica en función del nivel de popularidad del Presidente; aun así es una entidad que está muy disminuida a pesar de los viajes a territorio, no puede hacer un control del Ejecutivo (a través de la Fiscalización), ya no existe inmunidad parlamentaria, etc).
el DaTO
Después de que un proyecto de ley es conocido en el Pleno en primer debate, la Ley de la Función Legislativa dispone que dentro de 90 días, contados a partir del cierre de la sesión del Pleno, la comisión deberá presentar el informe para el segundo debate.
que se analizan en la mesa. La propuesta de ADN busca incrementar la sanción por peculado con prisión de entre 13 y 15 años. Actualmente tiene de 10 a 13 años. Desde febrero de 226, en la Comisión de la Niñez donde el correísmo tiene mayoría, se trata el proyecto de Ley Reformatoria al Código de la Niñez. La iniciativa de Katherine Pacheco (ADN) prohíbe el acceso y uso de redes sociales por parte de niños menores de 15 años. Trámite de la iniciativa popular que propone un proyecto de ley orientado al fortalecimiento de la seguridad ciudadana y la convivencia social pacífica. Se busca crear un cuerpo de protección ciudadana que articule la acción de distintas instituciones públicas bajo el liderazgo de los municipios de cada ciudad para enfrentar los problemas de inseguridad. Olsen ratificó que, como parte de la agenda están las reformas al COIP. “Se dotarán de herramientas legales que permitan enfrentar la inseguridad”, aseguró. Pero, del lado correísta reclaman que “la fiscalización está totalmente abandonada”. Blasco Luna (RC) pide que se fiscalice lo relacionado a los temas energético y sanitario (SC)
COOPERACIÓN Ecuador firma acuerdo con Oficina de Investigaciones de Seguridad de EE.UU.
POLÍTICA 28 candidatos a Fiscal van a fase de calificación de méritos
ECONOMÍA Toque de queda golpea ventas y empleo
PAÍS Organizaciones indígenas de Azuay exigen juicio político para Inés Manzano
IMBABURA CARCHI Campamento minero ilegal operaba con poleas que conectaban con Colombia
Sesión del pleno de la
Siete figuras relacionadas al correísmo van a juicio en el caso Ligados
Andrés Arauz, Augusto Verduga, Eduardo Franco Loor, Esther Cuesta, entre otros fueron llamados a juicio por presunto control de la Justicia electoral. En los próximos días se conocerá el Tribunal que llevará a cabo el proceso.

Daniela Camacho durante la reinstalación de la audiencia del caso Ligados (Foto: Fiscalía General del Estado)
Más de ocho horas duró la resolución de la audiencia preparatoria y evaluatoria de juicio en el caso Ligados. El 17 de abril de 2026, a las 15:20, comenzó la diligencia que se extendió hasta casi la medianoche del 18 de abril de 2026.
La jueza de la Corte Nacional de Justicia, Daniella Camacho, emitió la resolución con la que llamó a juicio a siete

procesados en el caso Ligados por el presunto delito de asociación ilícita
La jueza acogió el pedido de la Fiscalía con el que se argumentó que los p implicados habrían buscado influir en la Justicia electoral, para retrasar o evitar la destitución de los entonces integrantes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) y desig-
nar a personas de su confianza en instituciones del Estado Para la magistrada hubo elementos de convicción que hacen presumir la participación de los implicados en el delito. Camacho enfatizó en que esa etapa procesal no se califica a los elementos de convicción anunciados por la Fiscalía, pues eso le corresponde al tribunal que estará a cargo del
CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas
CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas Esmeraldas, 21 de abril de 2026
Señores
MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL FEDERACIÓN DEPORTIVA PROVINCIAL DE ESMERALDAS
Señores MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL FEDERACIÓN DEPORTIVA PROVINCIAL DE ESMERALDAS Por medio del presente, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 67, 77, 78, 79, 84, 108 de la Ley Orgánica del Deporte Educación Fı́sica y Recreación, en calidad de interventora de la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas de conformidad con las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. MINEDEC-VD-2026-0046R de fecha 26 de febrero de 2026 CONVOCO, a las Ligas Deportivas Cantonales y a la Asociación Deportiva Provincial de la provincia de Esmeraldas, legalmente afiliadas a FEDESMERALDAS a Asamblea General de elecciones de dos dirigentes elegidos por asamblea un representante de las ligas cantonales y un representante de la asociació n por deporte, para el directorio de la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas de conformidad con establecido con el artı́culo 108 de la Ley Orgánica del Deporte Educación Fı́sica y Recreación, para el periodo 2026-2030
juicio. “La evaluación de la acusación no implica calificar la prueba, sino que lo que se determina es si los elementos de cargo aportados por Fiscalía refieren a los hechos recusados y permiten presumir gravemente la existencia de las circunstancias de los hechos”.
¿Quiénes son los procesados? En el caso Ligados hay siete investigados por el presunto delito de asociación ilícita que son los exconsejeros del Cpccs, Augusto Verduga, Yadira Saltos y Eduardo Franco Loor. Además de la consejera Nicole Bonifaz; el excandidato presidencial y vicepresidencial del correísmo, Andrés Arauz; la exasambleísta del correísmo, Esther Cuesta; y el exsuperintendente de Bancos, Raúl González.
La audiencia preparatoria y evaluatoria de juicio se desarrolló de forma presencial y virtual. En la sala de audiencias del octavo piso de la Corte Nacional de Justicia estuvieron Yadira Saltos y Nicole Bonifaz. Los otros procesados junto con sus defensas se encontraban en la sesión virtual de la diligencia. También, estuvo presente el fiscal general (s), Leonardo Alarcón, durante la lectura de la resolución.
intendencia de Bancos”. Esto habría ocurrido entre 2024 y 2025.
La entidad ha señalado que habrían implementado una estrategia para dilatar o evitar decisiones de la justicia electoral, para mantenerse en sus cargos, a través de maniobras jurídicas irregulares. La investigación se originó en una denuncia y en un allanamiento ejecutado el 24 de enero de 2025 en las instalaciones del Cpccs, en Quito, donde se incautaron los celulares del exconsejero Augusto Verduga. “La información extraída de estos dispositivos fue incorporada como elemento de convicción para sustentar el dictamen acusatorio”, ha manifestado la Fiscalía.
Las reacciones
Luego que Camacho emitió el auto de llamamiento a juicio, Verduga se pronunció y señaló que para ellos esta resolución es una medalla.
“Cuando regrese el Estado de derecho al Ecuador, esta señora tendrá que responder ante la verdadera Justicia”, manifestó Verduga, a través de una publicación en su cuenta de X.
Esmeraldas, 21 de abril de 2026
Por medio del presente, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 67, 77, 78, 79, 84, 108 de la Ley Orgánica del Deporte Educación Física y Recreación, en calidad de interventora de la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas , de conformidad con las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. MINEDEC-VD-2026-0046-R de fecha 26 de febrero de 2026 , CONVOCO, a las Ligas Deportivas Cantonales y a la Asociación Deportiva Provincial de la provincia de Esmeraldas, legalmente afiliadas a FEDESMERALDAS a Asamblea General de elecciones, de dos dirigentes elegidos por asamblea, un representante de las ligas cantonales y un representante de la asociación por deporte, para el directorio de la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas de conformidad con establecido con el artículo 108 de la Ley Orgánica del Deporte Educación Física y Recreación, para el periodo 2026-2030.
FECHA: miércoles 20 de mayo de 2026
HORA: 10H00 (diez de la mañana). LUGAR Oficinas administrativas de la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas
FECHA: miércoles, 20 de mayo de 2026.
DIRECCIÓN: Av. Del Pacifico y Calle Segunda Provincia de Esmeraldas, Canton Esmeraldas ORDEN DEL DÍA:
HORA: 10H00 (diez de la mañana).
1. Constatación del Quorum.
LUGAR: Oficinas administrativas de la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas
2. Instalación de la Asamblea de Elecciones
DIRECCIÓN: Av. Del Pacifico y Calle Segunda Provincia de Esmeraldas, Canton Esmeraldas
ORDEN DEL DÍA:
1.Constatación del Quorum.
2.Instalación de la Asamblea de Elecciones.
3.Elecciones de dos dirigentes elegidos por la Asamblea General, un representante de las ligas cantonales y un representante de las asociaciones por deporte para el Directorio de las Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas, periodo 2026 - 2030
4.Aprobación del Acta.
NOTA:
3. Elecciones de dos dirigentes elegidos por la Asamblea General un representante de las ligas cantonales y un representante de las asociaciones por deporte para el Directorio de las Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas periodo 2026 - 2030 4. Aprobación del Acta. Atentamente, Ing. Rosa Isabel Subiaga Delgado INTERVENTORA FEDERACIÓN DEPORTIVA PROVINCIAL DE ESMERALDAS
Atentamente,
El representante a la Asamblea de elecciones de FFDESMERALDAS de cada filial, deberá presentar el Registro de Directorio Actualizado
El Quórum de instalación y decisorios será conforme a lo establecido en el Art. 80 y 81 respectivamente de la Ley Orgánica del Deporte, Educación Física y Recreación
NOTA:

Ing. Rosa Isabel Subiaga Delgado INTERVENTORA FEDERACIÓN DEPORTIVA PROVINCIAL DE ESMERALDAS
•El representante a la Asamblea de elecciones de FFDESMERALDAS, de cada filial, deberá presentar el Registro de Directorio Actualizado
•El Quórum de instalación y decisorios será conforme a lo establecido en el Art. 80 y 81 respectivamente de la Ley Orgánica del Deporte, Educación Física y Recreación.
Camacho detalló que los hechos por los que Fiscalía realizó su dictamen acusatorio contienen que “se estructuró una presunta asociación ilícita compuesta por consejeros del Cpccs y personas particulares, con el objetivo común de perpetrar delitos cuyas penas sean inferiores a los cinco años como: tráfico de influencias, oferta de tráfico de influencias, fraude procesal e incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente, con la finalidad de asegurar la permanencia de los consejeros de Participación Ciudadana y Control Social dentro de esta función del Estado, y captar espacios de poder a través de los procesos de selección y designación de las autoridades de control del Estado”.
Detalles del caso Ligados De acuerdo con la Fiscalía, los procesados habrían buscado tomar el control de varias instituciones del Estado, por medio de “la designación irregular de las autoridades como la Super-
También, tras la resolución de la magistrada, Yadira Saltos dijo que “los hechos acusados no constituyen delito alguno, mire de donde se lo mire”. Añadió que la Justicia en Ecuador “se ha convertido en un brazo al servicio de intereses de poder, dónde las acusaciones responden a cálculos políticos y no a la búsqueda de la verdad”.
A través de un video en X, Nicole Bonifaz se pronunció sobre el auto de llamamiento a juicio y lo calificó como una “persecución ilegal e injustificada”. Aseguró que su lucha no se detendrá y que da la cara porque no tiene por qué esconderse.
La Corte Nacional de Justicia recordó que el delito de asociación ilícita está tipificado y sancionado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Ese artículo reza que cuando “dos o más personas se asocien con el fin de cometer delitos, serán sancionados con pena privativa de libertad de menos de cinco años, cada una de ellas será sancionada, por el solo hecho de la asociación, con pena privativa de libertad de tres a cinco años”. (PSR)
AUDIENCIA. Lectura de la resolución de la jueza
En Ecuador, una parte importante de las pastillas, jarabes y tratamientos no se paga solo con ingresos locales. También se financia con dólares que llegan desde el exterior. El cruce entre el gasto en medicamentos y las remesas lo deja claro: las provincias que más dinero reciben de migrantes están también entre las que más gastan en salud
Según Close-Up International del Ecuador, el mercado farmacéutico muestra que siete provincias lideran el gasto anual por persona en medicamentos:
• Cañar: $217
• Azuay: $204
• Pichincha: $196
• El Oro: $189
• Loja: $178
• Santo Domingo: $170
• Guayas: $166
Estas provincias gastan por encima del promedio nacional de $150 por persona. En contraste, provincias como Bolívar con $59; y Morona Santiago con $62 registran los niveles más bajos, con brechas de hasta cuatro veces entre territorios en cuánto al gasto en medicamentos.
El Banco Central confirma que Azuay, Cañar, Pichincha y Guayas concentran el 72,8% de todas las remesas que llegaron al país en 2025. Eso representa $5.628,4 millones.
Es decir, hay una superposición clara. Las zonas con más dólares del exterior son también de las que más consumen medicinas y gastan en salud.
“Ecuador presenta uno de los gastos per cápita en medicamentos Out-of-Pocket más altos de Sudamérica, reflejando un sistema donde el financiamiento recae directamente en el bolsillo del paciente”, explicó Hernán Cueva, general mánager Ecuador de CloseUP International. La preferencia por medicamentos de marca, precios dolarizados y las deficiencias del sistema público de salud explica un consumo per cápita Out-of-Pocket muy superior al promedio regional.
Out of pocket significa dinero que una persona paga directamente de su propio
Remesas elevan el gasto en medicinas de los ecuatorianos
El gasto en medicamentos en Ecuador alcanza los $150 por persona al año, pero en provincias con alta migración, como Cañar y Azuay, supera los $200 y coincide con los mayores flujos de remesas del país.
bolsillo, sin reembolsos, subsidios ni cobertura de terceros. Es decir, es el gasto real y directo que asume el consu-
se traducen en mayor ingreso disponible y un gasto más elevado en medicamentos, tratamientos crónicos y cuidado de adultos mayores”, acotó Cueva.
Remesas y consumo
En 2025, Ecuador recibió un récord de $7.729,5 millones en remesas,
con un crecimiento anual de 18,2% ($1.189,6 millones adicionales)
Este flujo se canalizó a tra-
DATOS
Las remesas equivalen al 5,9% del PIB y superan incluso a varios sectores productivos
El gasto total por salud, incluyendo medicamentos, consultas y otros, llega hasta los $492 por ecuatoriano al año. Más del 30% de ese gasto es solo en medicamentos

SALVAVIDAS. Las remesas financian buena parte del gasto de los ecuatorianos en medicinas.
ros, con un valor promedio de $345 por envío. Tradicionalmente, estos recursos se asocian a alimentación, vivienda y educación, pero los datos sugieren que hay otro destino clave: la salud
La relación tiene lógica económica:
• Más ingreso disponible: hogares con remesas tienen mayor capacidad de compra.
• Gasto de bolsillo dominante: en Ecuador, los medicamentos se pagan directamente.
• Envejecimiento y enfermedades crónicas: elevan el consumo sostenido.
• Menor restricción financiera: permite acceder a tratamientos completos. En otras palabras, las remesas amplían el acceso, pero también evidencian vacíos del sistema de salud.
El fenómeno es especialmente claro en el sur del país, donde Azuay y Cañar no solo destacan en remesas; sino también lideran el gasto en medicamentos
No es coincidencia porque son provincias históricamente migrantes, con fuertes vínculos con Estados Unidos y España, de donde proviene el 91,8% de las remesas (77,8% EE. UU. y 14,1% España).
Cada envío mensual no solo sostiene hogares, también financia consultas, tratamientos y farmacias.
“El acceso a medicinas, en muchas provincias, depende no solo del sistema de salud, sino de tener un familiar en el extranjero”, recalcó Andrés Rodríguez, economista. (JS)
Naturaleza extraordiNaria y Nomofiláctica de la casacióN eN el coGeP

En LA wEb
Introducción
La interposición del recurso de casación bajo las reglas del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) representa, quizás, el desafío técnico más exigente para el profesional del Derecho en Ecuador. Existe una creencia errónea, arraigada
en el litigio cotidiano, que visualiza a la Casación como una “ tercera instancia ” o una última oportunidad para revivir debates probatorios agotados. Nada más alejado de la realidad procesal contemporánea.
Al llegar a casación, el proceso experimenta un
Este artículo se propone desentrañar la doble dimensión que sostiene a este recurso extraordinario. Por un lado, su naturaleza extraordinaria, que impone un formalismo rígido y una técnica de impugnación quirúrgica. Por otro lado, su función nomofiláctica, aquel rol sagrado de la Corte Nacional de Justicia como “guardiana de la ley ”, cuya misión trasciende el caso particular derechoecuador.com
CONSULTA CiviL
¿Cómo se realiza el cálculo de capital, intereses y costas?

RESPUESTA
el cálculo de capital, intereses y costas, en la ejecución de sentencias debe realizarse antes de que se dicte el mandamiento de ejecución, conforme lo dispuesto en el art. 371 del coGeP. a rt. 371.- i nicio de la ejecución por sentencia ejecutoriada. a dmitida la solicitud prevista en el artículo anterior o directamente si se trata de ejecución de sentencia ejecutoriada, la o el juzgador designará una o un perito para la liquidación de capital, intereses y costas en el término concedido para el efecto. Previamente la o el actor tendrá el término de cinco días para presentar los comprobantes de respaldo de gastos conforme con las normas de costas previstas en este código. sin embargo, en los procesos laborales, las y los juzgadores y tribunales de instancia, cuando condenen a una de las partes al pago de indemnizaciones u obligaciones no satisfechas, están obligados a determinar en el fallo la cantidad que se debe pagar.
Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de
quiebre irreversible, pues, la litis abandona la discusión sobre los hechos y las pruebas para someter a la sentencia misma a un riguroso examen de legalidad. En este escenario, el “adversario” del casacionista ya no es la contraparte, sino el error de derecho cometido por los jueces de alzada.
para buscar la unificación de la jurisprudencia y la seguridad jurídica.
Comprender que en casación no se juzgan personas ni hechos, sino el razonamiento jurídico de los juzgadores, es la diferencia entre un recurso destinado
La Hora Santo Domingo MARTES, 21 De aBRiL
Autores: Darwin Dennis Castillo Vásconez1 y Víctor Hugo Pilco Naranjo2
Ley Corte Nacional de Justicia
a la inadmisión y una pieza de técnica jurídica capaz de corregir la arbitrariedad y purificar el ordenamiento jurídico ecuatoriano.
El techo jurisdiccional de la Corte Nacional de Justicia
La competencia en el recurso de casación no es una prórroga de la instancia, sino una atribución exclusiva y excluyente de la Corte Nacional de Justicia. Bajo el diseño del COGEP, la competencia se divide en dos momentos procesales críticos, por una parte la fase admisibilidad le corresponde a las/los conjueces de la correspondiente Sala Especializada, encargados del control de legalidad del recurso, su competencia es puramente formal, debido a que, no pueden pronunciarse sobre el fondo del litigio, sino única y exclusivamente sobre la técnica recursiva, y, por otra parte tenemos a la fase de sustanciación, en donde una vez superada la admisión, los jueces nacionales asumen la competencia para casar la sentencia o ratificarla, actuando como tribunal de derecho y, excepcionalmente, como tribunal de instancia si la sentencia es casada.
La competencia de las y los conjueces de las distintas Salas, se radica en virtud de lo que dispone el numeral 2 del artículo 201 del Código Orgánico de la Función Judicial, en concordancia con la Resolución No. 197-2019 de fecha 28 de noviembre de 2019 expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura; además del “Acta que Contiene la Propuesta Consensuada de Asignación de las Conjuezas y los Conjueces en las Salas Especializadas de la Corte Nacional de Justicia” de fecha 28 de noviembre de 2019; y, del sorteo correspondiente.
El examen de admisibilidad
El examen de admisibilidad es el filtro técnico donde naufraga la mayoría de los recursos en el Ecuador. El COGEP ha dotado a la Corte de la facultad de rechazar in limine aquellos escritos que no cumplan con una carga argumentativa mínima, es de esta manera que el recurso de casación rompe la unidad del proceso en la sentencia recurrida, en realidad es un nuevo proceso, en el que
cambia por completo el objeto del mismo; es un debate entre la sentencia y la ley, como se lo suele definir, no se discute acerca de las pretensiones que originaron el litigio de instancia3 .
Doctrinariamente, se ha establecido que el recurso de casación es público, extraordinario y de derecho estricto, características que son consideradas en la fase de admisibilidad del recurso de casación, dentro no sólo de un contexto legal, sino también constitucional; pues si bien, como lo ha expresado la Corte Constitucional en varias resoluciones, entre ellas la dictada en la acción extraordinaria de protección 1702-15-EP, el estudio que realiza el conjuez del escrito contentiv o del recurso de casación se circunscribe al cumplimiento de los requisitos y demás condiciones de procedencia taxativamente señaladas en la ley adjetiva; para, en función de aquello y con base en una sólida argumentación, determinar la admisión o inadmisión del mismo. Una vez superada, esta fase, corresponde al Tribunal Casacional competente efectuar el respectivo control de legalidad de la resolución impugnada sobre la base de los cargos expuestos por el recurrente y previamente admitidos por el conjuez nacional4
Los conjueces tienen el deber de realizar una revisión exhaustiva y motivada de la forma y fundamentación del recurso de casación antes de decidir su admisión, siempre bajo el respeto a las garantías constitucionales. Este análisis de admisibilidad se rige por los artículos 266 y 267 del COGEP bajo parámetros de oportunidad, legitimidad y procedibilidad, y, el artículo 268 respecto a su estructura. La fundamentación debe presentarse mediante silogismos jurídicos coherentes que vinculen premisas y conclusiones; cabe precisar que este examen es estrictamente formal y no constituye un pronunciamiento sobre el fondo de las causales invocadas.
Los requisitos formales y la arquitectura del libelo en respeto a lo que establece el COGEP
Para que la casación sea admitida, el escrito debe ser una pieza de relojería jurídi-
ca, es de esta manera que el Artículo 267 del COGEP establece requisitos que son de cumplimiento obligatorio:
Art. 267.- Fundamentación. El escrito de interposición del recurso de casación, deberá determinar fundamentada y obligatoriamente lo siguiente:
1. Indicación de la sentencia o auto recurrido con individualización de la o del juzgador que dictó la resolución impugnada, del proceso en que se expidió, de las partes procesales y de la fecha en que se perfeccionó la notificación con la sentencia o auto impugnado o con el auto que evacué la solicitud de aclaración o ampliación.
2. Las normas de derecho que se estiman infringidas o las solemnidades del procedimiento que se hayan omitido.
3. La determinación de las causales en que se funda.
4. La exposición de los motivos concretos en que se fundamenta el recurso señalado de manera clara y precisa y la forma en la que se produjo el vicio que sustenta la causa invocada5
No se admite la mención genérica de “principios constitucionales ” o “derechos humanos”. Se debe precisar el artículo, inciso y numeral de la norma sustantiva o procesal vulnerada. Es importante señalar que, el recurrente debe encasillar su pretensión en una o varias de las cinco causales taxativas previstas en el Art. 268 del COGEP. Mezclar vicios de procedimiento con vicios de fondo en una misma argumentación es un error técnico fatal y finalmente su fundamentación y relación de Causalidad, es el requisito más exigente. Se debe explicar con lógica jurídica por qué el error de los jueces de apelación es de tal magnitud que vicia la sentencia.
La oportunidad procesal y los términos
En el recurso de casación, el tiempo es un requisito de validez. La oportunidad para interponer la casación es rígida, respecto de la temporalidad del recurso de casación, el inciso tercero del artículo 266 reformado del Código Orgánico General de Procesos, establece que éste
se interpondrá de manera escrita dentro del término de treinta días, posteriores a la ejecutoria del auto o sentencia o del auto que niegue o acepte su ampliación o aclaración 6. Al ser un término de derecho procesal, su vencimiento provoca la ejecutoriedad inmediata de la sentencia de segunda instancia. No existe la posibilidad de interponer el recurso “por cuerdas separadas” una vez fenecido el término, siendo importante resaltar que, los jueces que conocieron la apelación únicamente verificarán si el recurso fue interpuesto dentro de término y lo remitirán a la Corte Nacional de Justicia.
La técnica de impugnación bajo el COGEP
Para que el recurso prospere, el abogado debe distinguir con precisión quirúrgica los vicios de la sentencia como los errores In Iudicando , cuando el juez se equivoca en la norma sustantiva y errores In Procedendo , cuando el yerro está en el procedimiento que afecta la validez del proceso , concomitantemente a esto, la causalidad es determinante, pues, no basta con señalar el error; bajo el COGEP, es obligatorio demostrar cómo ese error fue determinante para el sentido del fallo. Sin esta relación de causalidad, el recurso carece de técnica, resaltando que, en el Ecuador es utilizado generalmente de forma impropia por los sujetos procesales. Ya que la interponen de manera genérica, sin cumplir los requisitos mínimos para que su razonamiento tenga asidero o pertinencia en la fundamentación7
Es de esta manera que, la función nomofiláctica define la esencia de la Corte Nacional, su misión no es solo hacer justicia en el caso particular del recurrente, sino fijar criterios claros, la Casación permite que los ciudadanos y abogados sepan de antemano cómo se aplicará la ley en el futuro, reduciendo la arbitrariedad judicial.
Conclusión
Aunque es un recurso restringido, su existencia garantiza la tutela judicial efectiva, sin embargo, su naturaleza extraordinaria también actúa como un filtro contra el abuso del derecho. Al exigir requisitos formales
estrictos, el COGEP busca que la casación no sea una táctica dilatoria para evitar la ejecución de las sentencias, sino una verdadera herramienta de depuración jurídica.
La Casación bajo las reglas del COGEP no admite improvisaciones; requiere un dominio profundo de la lógica jurídica, su éxito radica en entender que el “enemigo” en casación no es la contraparte, sino el error cometido por los jueces de segunda instancia y que la función nomofiláctica es el pilar que sostiene la confianza en el sistema judicial, asegurando que la ley sea una sola para todos.
REFERENCIAS BLIBLIOGRAFICAS:
ANDRADE UBIDIA, Santiago, “La Casación Civil en Ecuador”, Quito, Andrade & Asociados Fondo Editorial, 2005, p.40-41
CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS, Artículo 266 inciso 3 CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS, Artículo 267
CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, Acción Extraordinaria de Protección No. 1702-15-EP
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA, RESOLUCIÓN No. 05-2019
VELAÑA-BAYAS, Erick, “El recurso de casación y su configuración en la causal cuarta del artículo 268 del COGEP”, Veritas & Research, 3(1), pp. 50-59.
1.Abogado en libre ejercicio, Matricula Profesional 06-2017-81 del Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura, ex Secretario Financiero FEUE-R, articulista, ponente en congresos y diplomados a nivel nacional e internacional, socio fundador de la firma jurídica RIO Legacy, Casilla Postal: 060104., Riobamba, Ecuador. Correos Electrónicos: dc1thekings@gmail.com / riolegacy307abogados@ gmail.com
2.Abogado litigante, Matricula Profesional 06-2022-283 del Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura, socio de la firma jurídica RIO Legacy, Riobamba, Ecuador. Correo Electrónico: victorpilco95@gmail.com
3.ANDRADE UBIDIA, Santiago, “La Casación Civil en Ecuador”, Quito, Andrade & Asociados Fondo Editorial, 2005, p.40-41
4.CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, Acción Extraordinaria de Protección No. 1702-15-EP
5.CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS, Artículo 267
6.CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS, Artículo 266 inciso 3.
7.VELAÑA-BAYAS, Erick, “El recurso de casación y su configuración en la causal cuarta del artículo 268 del COGEP”, Veritas & Research, 3(1), pp. 50-59.



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UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON
SEDE EN EL CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA
aViso dE ciTacioN JUdicial
EXTRACTO DE AVISO DE CITACION JUDICIAL AL PUBLICO GENERAL DENTRO DEL EXPEDIENTE DECLARATORIA DE UNION DE HECHO que sigue VALENCIA ZHUMA MIGUEL
ANGEL en contra de ORTIZ OCAMPO MARIT-
ZA EVELI y ERAZO MENA SAUL ROBINSON, cítese a los presuntos y desconocidos herederos de la persona fallecida FRANKLIN EDUARDO ERAZO ORTIZ, en aplicación de lo establecido en el Art. 56, del COGEP, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en uno de los diarios de mayor circulación a nivel Nacional.
caUsa No. 17267-2025-00627
MaTERia: FAMILIA MUJER NUÑEZ Y ADOLESCENCIA
Ti P o d E PRoc E di M i ENTo : ODINARIO
asUNTo : DECLARATORIA DE UNION DE HECHO
acToR: VALENCIA ZHUMA MIGUEL ANGEL
dEMaNdada: ORTIZ OCAMPO MARITZA
EVELI y ERAZO MENA SAUL ROBINSON, Y PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DE LA PERSONA FRANKLIN EDUARDO ERAZO ORTIZ
dEfENsoR: AB. JUAN TROYA .
JUEZ: DR. FREDY CHULDE OBANDO DEL CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA, UNIDAD MULTICOMPETENTE
EXTR acTo dE la dEMaNda; Comparece el ciudadano,
MIGUEL ANGEL VALENCIA ZHUMA, con C.C. Nro. 110223488-5, de estado civil divorciado, de ocupación comerciante, domiciliado en la Av. 29 de Junio, cantón Pedro Vicente Maldonado, Provincia de Pichincha, por mis propios y personales derechos, por tal razón, tal como lo disponen los Arts. 141, 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con los numerales 1, 2 y 5 del Art. 240 del Código Orgánico de la Función Judicial, ante usted respetuosamente comparezco con la demanda de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO POST MORTEM, y digo: AUTORIZACION Y NOTIFICACIONES: Notificaciones que Le correspondan las recibiré en el casillero electrónico juantroya72@hotmail.es, del Ab. Juan Troya Alverca, profesional del Derecho, a quien autorizo para que presente cuantos escritos sean necesarios en defensa de mis derechos. NOMBRES COMPLETOS DE LOS DEMANDADOS Y LUGAR DE CITACION.-Los demandados responden a los nombres de ORTIZ OCAMPO MARITZA EVELI, con cedula de identidad N° 171181344-2y SAUL ROBINSON ERANO MENA, con cedula de identidad N° 171036966-9, domiciliados en la calle C-F y Av. 26 de Septiembre, barrio La Isla, cantón Pedro Vicente Maldonado, provincia de Pichincha, por cuanto son los padres de quien En vida fue mi yerno el señor FRANKLIN EDUARDO
ERAZO ORTIZ., conforme lo justifico con el certificado de identidad y estado civil; y a los herederos presuntos y desconocidos, de quien en vida fue el señor FRANKLIN EDUARDO
ERAZO ORTIZ; por desconocer de su existencia de su existencia se los deberá citar mediante TRES PUBLICACIONES POR LA PRENSA, en razón que bajo juramento declaro que pese a las averiguaciones realizadas, no he logrado saber de su existencia peor aún dar con la individualidad y residencia, de los herederos y desconocidos del causante FRANKLIN EDUARDO ERAZO ORTIZ, en tal virtud se los citara conforme determina el art. 56 numeral 1) del Código

Orgánico General de Procesos. LA NARRACION DE LOS HECHOS DETALLADOS Y PORMENORIZADOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO A LAS PRETENSIONES.-Es el caso señor Juez, que mi hija MARLENE VICTORIA VALENCIA CHALAN, de estado civil soltera, inicio la relación de unión de hecho estable y monogámica, por el lapso de trece años, con el señor FRANKLIN EDUARDO ERAZO ORTIZ, es decir desde el 05 de enero del año 2012, hasta el 23 de mayo del 2025, fecha en la que fallecieron en un accidente de tránsito, mientras regresaban de ver una película en la ciudad de Santo Domingo de Los Colorados. -Durante la unión de hecho, procrearon un hijo de nombres EDWARD ALEXANDRE ERAZO VALENCIA, quien también falleció conjuntamente con sus padres el día del accidente de tránsito.-Durante la sociedad de unión de hecho, adquirieron una casa, ubicada en el cantón Pedro Vicente Maldonado, provincia de Pichincha, un local comercial de venta celulares y accesorios tecnológicos, ubicado en la Av. 29 de Junio, y calle Coronel Donoso, dos locales comercial de venta de celulares y accesorios tecnológicos, ubicado en el cantón Puerto Quito, un local comercial de venta de celulares y accesorios tecnológicos, ubicado en la parroquia Pacto, cantón Quito, un local comercial de venta de celulares y accesorios tecnológicos, ubicado en el recinto Golondrinas, cantón Cotacachi, un local comercial de venta de celulares y accesorios tecnológicos, ubicado en la parroquia Valle Hermoso, cantón Santo Domingo de Los Colorados una quinta ubicado en el cantón Puerto Quito, cuentas de ahorros y cuenta corrientes en el banco Pichincha.- LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO QUE JUSTIFICAN EL EJERCICIO DE LA ACCION. –Los fundamentos de derechos que justifican esta acción, los expongo con claridad y precisión, en el sentido de que esta demanda la fundamento en el art. 67 y 68 de la Constitución de la república del Ecuador; arts. 222 y 223 del código Civil; numeral 1 y 5 del Código Orgánico de la Función Judicial, y arts. 142, 143,144 y 187 y 289 del Código General de Procesos, dando cumplimiento al art. 142 del código Orgánico General de Procesos.
Anuncia la prueba. Indica su pretensión.- La pretensión clara y precisa, es la siguiente: Que en sentencia declare la unión de hecho postmortem, existente entre los señores Marlene Francisca Valencia Chalan y Franklin Eduardo Erazo Ortiz, en el periodo comprendido entre 05 de enero del 2012, hasta el 23 de mayo del año 2025, ejecutoriada que sea dicha sentencia ordenara que la Dirección General de Registro Civil , Identificación y Cedulación, inscriba y registre la existencia de la unión de hecho, cumpliendo con lo señalado en los arts. 11,2526 y27; arts. 56 y 57 y 61 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles. Determina la cuantía, señala el procedimiento Juicio No. 17267-2025-00627
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Pedro Vicente Maldonado, martes 7 de abril del 2026, a las 16h52. VISTOS: En lo principal.- 1) Una vez que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en auto de sustanciación anterior, se califica la demanda, la misma que es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO.- 2) Se ordena la citación a los demandados ORTIZ OCAMPO MARITZA EVELI y SAÚL ROBINSON ERANO MENA; esto es, en el lugar del DOMICILIO que se indica en la demanda, de conformidad con lo previsto en
el Art. 54 o 55 y 63 del COGEP; previniéndole de la obligación que tienen de señalar correo electrónico para sus notificaciones. Para la práctica de dicha diligencia procesal, previo a remitir el proceso a la oficina de citaciones, se deberá dar cumplimiento al Memorando circular-CJ-DNGP-2018-0289-MC, de fecha miércoles 18 de julio de 2018, suscrito por el Dr. Esteban Alejandro Echeverría Carrera, Director Nacional de Gestión Procesal; esto es la parte actora deberá acercarse a una de las ventanillas y/o archivo de esta Unidad Judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares para adjuntar a las boletas de citaciones; una vez que se dé cumplimiento con lo dispuesto, se enviará el despacho suficiente a la sala de citaciones, a fin de que proceda a citar a la parte demandada conforme contempla la norma legal; y, una vez que el señor MIGUEL ANGEL VALENCIA ZHUMA, ha rendido su declaración bajo juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, residencia y/o domicilio de los herederos presuntos y desconocidos de la persona fallecida FRANKLIN EDUARDO ERAZO ORTIZ, conforme lo determina el artículo 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos; se dispone se cite a los herederos presuntos y desconocidos de la persona fallecida FRANKLIN EDUARDO ERAZO ORTIZ, mediante publicaciones que se realizarán en uno de los Diarios de mayor circulación a nivel nacional, en tres días distintos; que contendrá un extracto de la demanda y éste auto de aceptación a trámite; a fin de que, de existir hagan valer sus derechos, conforme lo estable los artículos antes indicados, para esto por secretaría elabórese el extracto correspondiente.- 3) Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.4) DE LA PRUEBA: A la audiencia definitiva que se convocará oportunamente se practicara la siguiente prueba anunciada por la parte actora; a) 288708252-DFEAgréguese y téngase como prueba la documentación que acompaña y ha sido anunciada en el acápite VI numeral 6.1 (6.1.1, 6.1.2, 6.1.3, 6.1.4, 6.1.5, 6.1.6, 6.1.7, 6.1.8, 6.1.9, 6.1.10); lo cual estará a lo previsto en los Arts. 159, 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del COGEP, esto es sobre la admisibilidad y práctica de prueba; b) El día de la audiencia de juicio rinda declaración de parte el actor el señor MIGUEL ANGEL VALENCIA ZHUMA, conforme solicita en el numeral 6.2.1; c) Comparezcan a rendir su testimonio, las siguientes personas JESSICA ELIZABETH GARCIA ALCIVAR, ROSA ALEGRIA ALCIVAR SANTANALUZMILA MARIA HERRERA ZAMBRANO y KATHERINE ELIZABETH ZAMBRANO JIMENEZ, conforme solicita en el numeral 6.2.2 (6.2.2.1, 6.2.2.1, 6.2.2.3, 6.2.24) .- 5).- Agréguese la documentación aparejada a la demanda en el acápite X, numerales 10.1, 10.2, 10.3, 10.4, 10.5, 10.6 y 10.7, 10.1.8, 10.1.9, 10.1.10, 10.1.11. 6) Tómese en cuenta el correo electrónico señalado por la parte accionante; así como la autorización que le confiere a su defensor técnico Ab. Juan Troya Alverca; hágase saber a su anterior abogada que ha sido sustituida en la defensa. Actúe el Dr. José Bejarano Galarza como secretario de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- CHULDE OBANDO FREDY BOANERGES JUEZ (PONENTE). Lo que comunico para los fines legales pertinentes.BEJARANO GALARZA JOSE ELIAS SECRETARIO Hay firma y sello. OP-GF


Estudio describe evolución en mosaico de dientes de sable
Un equipo multidisciplinar formado por investigadores de la Fundación Conjunto Paleontológico de Teruel-Dinópolis (España), la Agencia Aragonesa para la Investigación y el Desarrollo, el Museo Nacional de Ciencias Naturales y la Universidad de Valladolid han publicado en BMC Zoology un detallado estudio funcional de la extremidad posterior del félido “dientes de sable”
Promegantereon ogygia procedente del yacimiento del Mioceno superior de Batallones-1, en Torrejón de Velasco (Madrid), uno de los lugares más importantes en el Mundo para el conocimiento de la evolución de estos carnívoros. EUROPA PRESS
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MARTES 21 de ABRIL de 2026
Santo Domingo