LUNES 19 DE OCTUBRE DE 2026
Santo Domingo
Santo Domingo se une para proteger el Bombolí El CNE validó 1.402 firmas ciudadanas para impulsar una iniciativa que busca reforzar la protección del cerro Bombolí. La propuesta superó las 889 firmas requeridas y continuará su trámite ante el Municipio de Santo Domingo. 3 CIUDAD
Cáncer de mama: detrás de cada diagnóstico hay una historia 4
POLÍTICA
Iglesia católica es la institución más valorada 5 POLÍTICA
CNE tiene 2.500 recintos alternos por El Niño 6
ECONOMÍA
Millonaria inversión privada en generación propia 8-9 SEGURIDAD
Policía cree que Ronny Aleaga sigue en Venezuela 10-11
GLOBAL
Venezuela prevé millonarios ingresos petroleros 12 REVISTA JUDICIAL
Compliance penal e inteligencia artificial en Ecuador
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
MANUEL CASTRO M.
manuelcastromurillo@hotmail.com
No hay tal inteligencia artificial
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ecía con humor Jardiel Poncela: “Lo peor de la humanidad son los hombres y por supuesto las mujeres”, claro lo decía antes del dogma de las subdivisiones sexuales de moda. Curioso la misma IA se suicida cuando con su visión, a pesar de no tener ojos, establece que la “Inteligencia es la capacidad mental general para razonar, planificar, resolver problemas, pensar en forma abstracta, comprender ideas complejas y aprender con rapidez de la experiencia”. Inteligencia proviene del latín “intus legere” que significa “leer por dentro o discernir”. Precisamente, discernir es la capacidad de distinguir una cosa de otra, esto es lo que no nos ofrece la IA. Pues un filósofo puede sustentar una teoría y después de un análisis contradecirla. Y en la vida cotidiana un simple humano puede cambiar de opinión. Jamás la IA puede atreverse a emitir un juicio crítico invariable, si lo hace es porque un humano le ha dado el argumento. En lo religioso mal le cabe a la IA expresar lo que para el hombre es un misterio: Dios y la fe, la voluntad personal con principios éticos y espirituales superiores. Ya los ordenadores, los teléfonos celulares, la TV son para algunas personas formas de inteligencia. No, ni son más inteligentes que los humanos ni son “inteligentes”. Son creaciones inteligentes hechas por los humanos. Lo que existe son creaciones artificiales hechas por el hombre: robots, poemas, ensayos y dramaturgia, Montaigne, Shakespeare, Cervantes, Shaw, Ibsen, Neruda o Borges, y sus obras literarias. Lo que puede es repetir todas las críticas sobre tales genios. En lo científico puede contradecir a Einstein, Copérnico, Curie, pero porque ya científicos notables lo han hecho. Nada nuevo bajo el sol. Solo la naturaleza, que no es creación del hombre sabe ayudarnos o perjudicarnos, pero con total irresponsabilidad, salvo para el panteísmo. Lo que la IA no puede quitarnos es el discernimiento espiritual que es ver más allá de lo que podemos ver con nuestros ojos físicos.
FERNANDO ENRÍQUEZ
fernandoen5@gmail.com
Morosidad: la voz del deudor
C
uando una persona no cancela la cuota de su crédito, podría decirse que se olvidó o que simplemente no quiere pagar. Sin embargo, esta situación puede corresponder a muchos factores como la pérdida de un
Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Lorena Melo Mieles Redacción: santodomingo@lahora.com.ec Publicidad: mgranda@lahora.com.ec Año: XXVII No. 14.459
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
OPINIÓN 02
O SANTO DOMINGO | LUNES 19/OCTUBRE/2026
EDITORIAL
ROGELIO MORALES CATTANI
Venezuela: construir sobre los cimientos de la dictadura
C
onstruir una democracia sobre los cimientos de una dictadura es una tarea quimérica. Más aún si se usan las mismas reglas, los mismos actores y las mismas prácticas del totalitarismo. Ese es el caso que ahora enfrenta Venezuela. Una parte de la oposición al chavismo mantiene diálogos con los nuevos jerarcas, que tienen el respaldo del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, para hacer ínfimos cambios en el sistema legal de ese país. Pero este avance, que es celebrado en Washington, tiene alto rechazo dentro del país. La última encuesta de Meganálisis dice que el 88,4% cree que es urgente que se vaya el chavismo del poder. El 93,2% de los encuestados cree que con Delcy Rodríguez, la actual líder chavista, no han mejorado la situación económica y la calidad de vida. Y el 82% no confía en las mesas de negociación de Jorge Rodríguez, hermano de Delcy y presidente de la Asamblea.
cultivo, una enfermedad, unas ventas bajas, el desempleo o un gasto imprevisto del hogar. El incumplimiento del pago no siempre es la mejor decisión; por lo general esto sucede cuando perdemos nuestra capacidad de hacer frente a una deuda adquirida. Un crédito es una obligación que aceptamos al firmar un pagaré y nos toca devolver los recursos. La mayoría de las personas se esfuerza para honrar su deuda, realizando recortes en el consumo, ven-
Mientras tanto, María Corina Machado, la más visible opositora a la dictadura venezolana, sigue sin poder regresar a su país, del que salió en diciembre de 2025. En recientes declaraciones desde Panamá ha recordado que Venezuela necesita ir a elecciones generales y que ella debe estar presente en las negociaciones que se hacen con el chavismo. Además, que su regreso no cambiaría los contratos petroleros que se han celebrado hasta el momento, acuerdos que implican una quinta parte de las reservas de petróleo que suman 300.000 millones de barriles de crudo. Este escenario se agrava con las protestas en Venezuela con las que piden elecciones para julio del 2027. Algo que no está en los planes de Donald Trump. La democracia se construye con las propuestas de todos los sectores, pero en el caso de países que han pasado por regímenes autoritarios y totalitarios, es una reconstrucción desde los cimientos.
diendo parte de sus activos, buscando ingresos o pidiendo ayuda a sus familiares o amigos cercanos. Sin embargo, no se pudo realizar un análisis real de su capacidad de pago, sobredimensionar sus ingresos o a su vez no considerar un gasto. La angustia aumenta con llamadas y visitas de cobro. Por ejemplo: si un comerciante tuvo pocos ingresos, esos recargos hacen que le sea más difícil ponerse al día e incluso pueden hacer que no regrese.
Cobrar es legítimo, pero también lo es ser empático con el deudor. Escuchar es fundamental para trabajar a fin de evitar que el deudor se vea amenazado por el sobreendeudamiento. Es mejor tener un arreglo de deuda responsable, plan de cuotas de la deuda razonables o un período de gracia con el fin de hacer que el deudor vuelva a un estado de estabilidad y cumpla con su obligación. La morosidad corresponde al que debe; sin embargo, no
moralescattani@yahoo.com
Despropósitos
“
Una muerte es una tragedia. Cien mil muertes es una estadística”. “Mal de muchos, consuelo de tontos” Con estos conocidos refranes se suele justificar aquello de que porque a otros les ha sucedido un evento adverso, es normal que de repetirse en otro escenario, se crea que es normal y no lo es. En ciertas sociedades que carecen de una formación moral adecuada se suele pensar que ‘todos roban’ o ‘siempre han robado’ o el fatídico ‘robó, pero hizo obra’ y así se ha contaminado a una sociedad que es la víctima de los abusos y los abusivos, y el nuevo rico tiene cuentas cifradas en paraísos fiscales, otros conservan encaletados los dineros de la corrupción y los más audaces y desvergonzados, pasean su lujuria y pudrición, mostrándose como empresarios o profesionales exitosos. En este ambiente, no faltan ‘los filósofos de cafetín’ que suelen charlar sobre injusticias y derechos humanos, genocidios e injusticias sociales que no las sienten y de acuerdo a sus conveniencias o estímulos materiales se olvidan de aspectos importantes como los crímenes que se cometen contra la sociedad, minimizan el hurto de los recursos públicos y defienden al victimario en lugar de hacerlo con la víctima. Estos pelafustanes son los verdaderos atrasa pueblos que no viven de producir nada, consumiendo lo que otros con sacrificio lo han logrado sobre los abusos del poder. Vivimos en una constante guerra donde el agotamiento psicológico y físico puede pasar facturas muy caras. Preguntémonos qué origina que seres humanos se maten entre sí, muchas veces la respuesta la tenemos en mentes desquiciadas que están en humanos con poder. Esto es parte de la actuación de cierta clase política que no tiene escrúpulos, que se muestra egoísta e irresponsable y que no mide el daño social que causan cuando sus garras entran a apoderarse del dinero de todos. Vivir soñando que vendrán días mejores es una aspiración que no se consigue si seguimos haciendo y permitiendo que se haga lo mismo.
representa toda su historia. El deudor tiene que dar respuesta al compromiso crediticio, pero la institución tiene que plantearse si supo evaluar, si supo explicar, si supo acompañar cuando se inició el problema antes de concluir diciendo que no quiere pagar hay que preguntar qué ha pasado detrás de esa negativa de pago, porque ya no puede hacer el pago y cuál es la herramienta que me permita dar una solución viable para frente al pago.
03 CIUDAD
SANTO DOMINGO LUNES 19/OCTUBRE/2026
I
CNE valida 1.402 firmas para proteger el cerro Bombolí La iniciativa popular normativa busca reforzar la conservación del cerro y regular su protección. El mínimo requerido para continuar el trámite era de 889 firmas válidas. El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó, el 17 de octubre de 2026, el informe de verificación de firmas de la iniciativa popular normativa ‘Ordenanza para salvar el Cerro Bombolí’, en Santo Domingo. Según el organismo electoral, la propuesta alcanzó 1.402 registros válidos, frente a los 889 requeridos para cumplir con el respaldo mínimo del 0,25% del registro electoral del cantón. La validación permite avanzar con el trámite de la iniciativa ciudadana, impulsada para fortalecer la protección del cerro Bombolí. Sin embargo, esta re-
Con la aprobación del °informe del CNE, la iniciativa cumple el requisito de respaldo ciudadano para continuar el procedimiento correspondiente. El proyecto deberá seguir su trámite ante el órgano competente, en este caso, el Municipio de Santo Domingo, para su análisis y resolución.
EL DATO En julio de 2026, el concejo municipal admitió a trámite el proyecto de ordenanza impulsado por los ciudadanos, después de varios intentos para que fuera tratado.
solución no significa que la ordenanza haya sido aprobada ni que se haya convocado a una consulta popular.
¿Qué busca la iniciativa ciudadana?
La propuesta busca reforzar la protección ambiental del cerro, considerado uno de los principales espacios naturales de Santo Domingo. Entre sus planteamientos está reconocerlo sujeto ecológico de derechos y establecer medidas que garanticen su conservación. La iniciativa es impulsada por el colectivo ciudadano
¿Qué sigue?
ÍCONO. El cerro Bombolí es uno de los principales espacios naturales y turísticos de Santo Domingo.
‘Salvemos al Bombolí’ que busca fortalecer las garantías legales para proteger este espacio frente a las interven-
ciones que puedan afectar su entorno natural. La discusión también involucra el uso y la propie-
dad del terreno. En julio de 2026, el colectivo presentó una propuesta de reforma a la ordenanza municipal, que plantea coordinar acciones para recuperar el predio como bien público mediante un proceso legal de expropiación. También propuso crear un Fondo Verde para financiar su conservación. (DLH)
Cruz Roja evalúa el trabajo de sus juntas provinciales Con el objetivo de fortalecer el trabajo institucional y mejorar la atención a la ciudadanía, la Cruz Roja Ecuatoriana desarrolló en Santo Domingo de los Tsáchilas una jornada de evaluación de las juntas provinciales que integran la zona dos. Roque Soria, presidente nacional de la Cruz Roja Ecuatoriana, explicó que estas evaluaciones se realizan cada cuatro meses para conocer cómo están trabajando las juntas provinciales, identificar aspectos por mejorar y fortalecer sus procesos internos. En esta ocasión, el encuentro reunió durante dos días a representantes de Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas, Guayas, Santa Elena, Los Ríos y Ga-
lápagos, quienes analizaron el estado administrativo y financiero de sus juntas, así como el desarrollo de sus acciones humanitarias. Según Soria, estas jornadas permiten establecer una visión de mejora continua y reforzar el trabajo de la institución a través de sus cuatro programas: Gestión del Riesgo y Atención en Emergencias y Desastres; Salud y Desarrollo Comunitario; Principios Fundamentales y Valores Humanitarios; y Juventud y Voluntariado.
Acciones humanitarias
El presidente nacional señaló que una parte de la ciudadanía relaciona a la Cruz Roja únicamente con el servicio de ambulancias y el banco de sangre, dos de las
EL DATO Las juntas provinciales fortalecen su capacidad de respuesta ante posibles emergencias relacionadas con el fenómeno de El Niño. EVALUACIÓN. Representantes de seis juntas provinciales de la Cruz Roja participaron en una jornada de evaluación.
áreas más emblemáticas de la institución. Sin embargo, destacó que su labor abarca otras acciones humanitarias orientadas a brindar ayuda y responder ante situaciones de emergencia. En ese sentido, sostuvo que el fortalecimiento institucional es fundamental para mejorar la capacidad de respuesta y garantizar
que los servicios lleguen de manera oportuna a quienes los necesitan. Respecto a la junta provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas, Soria destacó los cambios registrados en el personal administrativo y felicitó el trabajo que se desarrolla para fortalecer su estructura.
Añadió que la mejora continua es una responsabilidad compartida y que estos espacios de evaluación permiten revisar los avances, reconocer las necesidades y definir acciones para consolidar el trabajo de la Cruz Roja en beneficio de la población. (LMM)
CIUDAD 04
Cáncer de mama: prevenir y detectar a tiempo puede marcar la diferencia I
EL DATO Santo Domingo contará en los próximos meses con un hospital de Solca, lo que permitirá ampliar la atención especializada para pacientes oncológicos.
Solca Santo Domingo reali- ner sobre la mesa la realidad zará este lunes 19 de octubre, de miles de mujeres que ena las 14:00, una casa abierta frentan esta enfermedad. en su mama izquierda. Desde para promover la prevención, entonces, su vida ha estado detección temprana y con- Noticia que cambia la vida marcada por una operación, cienciación sobre el cáncer, Para Mirian Triviño Valen- quimioterapias, radioteracomo parte de las activida- cia, el cáncer de mama dejó de pias, exámenes y controles des por el Día Mundial de la ser una enfermedad de la que médicos. Lucha contra el Cáncer de escuchaba hablar y se convirA sus 51 años, Mirian ha Mama. tió, el 6 de enero de 2026, en tenido que acostumbrarse a La jornada busca acercar in- una realidad que transformó una rutina diferente. El canformación a la ciudadanía y su vida. sancio extremo, los dolores recordar la importancia de El diagnóstico llegó des- en brazos y piernas, los escaprestar atención a la salud pués de una serie de exáme- lofríos, los dolores de cabeza mamaria y acudir a los servi- nes, entre ellos una ecografía y la pérdida del sabor de los cios médicos para realizar los mamaria, una mamografía y alimentos son algunos de los controles correspondientes. posteriormente una biopsia. efectos que experimenta duEsta fecha se ha convertido El COMUNICADO resultado confirmó OFICIAL la pre- rante el tratamiento. sencia de un tumor maligno en una oportunidad para pomomentos A LA CIUDADANÍA Y A LAS AUTORIDADES DEL CANTÓNHay SANTO DOMINGOen los que COMPAÑÍA DE TRANSPORTE EJECUTTRANS S.A.
Santo Domingo de los Tsáchilas, 19 de octubre de 2026 Ante las declaraciones difundidas en los últimos días por medios de comunicación locales, en las Interés General que se sigue vinculando a EJECUTTRANS S.A. con el Consorcio Empresarial MÍO, la compañía considera necesario precisar públicamente su situación, con claridad y con estricto apego a los hechos. 1. Una decisión del máximo órgano de la compañía COMUNICADO OFICIAL LA CIUDADANÍA Y A LAS AUTORIDADES El 6 de julio de 2026, laAJunta General Extraordinaria de Accionistas de EJECUTTRANS S.A., DEL SANTO DOMINGO máximo órgano de gobierno de laCANTÓN compañía, resolvió por mayoría desvincularse administrativa y COMPAÑÍA DE TRANSPORTE EJECUTTRANS S.A. jurídicamente del Consorcio Empresarial MÍO, y facultó a la Gerencia General para ejecutar esa decisión. La resolución fue comunicada al Consorcio puesta de en los conocimiento las autoridades Santo yDomingo Tsáchilas, 19 de de octubre de 2026 correspondientes. Ante las declaraciones difundidas en los últimos días por medios de comunicación locales, en las que se sigue vinculando a EJECUTTRANSS.A. S.A. habla con el por Consorcio Empresarial MÍO, la compañía considera necesario precisar 2. EJECUTTRANS sí misma públicamente su situación, con claridad y con estricto apego a los hechos. La voluntad de EJECUTTRANS S.A. se expresa únicamente a través de sus órganos sociales y de su representante Ende consecuencia, 1. Una decisión del máximolegal. órgano la compañía las declaraciones, decisiones o actuaciones del Consorcio El 6 de Empresarial julio de 2026, la Junta General Extraordinaria Accionistas de EJECUTTRANS S.A., máximo órgano de MÍO o de sus representantes node pueden atribuirse a nuestra compañía ni comprometen gobierno de la compañía, resolvió por mayoría desvincularse administrativa y jurídicamente del Consorcio Empresarial su posición institucional. MÍO, y facultó a la Gerencia General para ejecutar esa decisión. La resolución fue comunicada al Consorcio y puesta en conocimiento de las autoridades correspondientes. 3. El servicio a la ciudadanía continúa con normalidad Esta decisión no afecta los usuarios. EJECUTTRANS S.A. continúa prestando el servicio de 2. EJECUTTRANS S.A. habla por sí amisma La voluntad de EJECUTTRANS se expresa únicamente a través de sus órganos sociales y de su representante legal. transporte urbano deS.A. pasajeros conforme a sus obligaciones legales, y mantiene una coordinación En consecuencia, las declaraciones, decisiones o actuaciones del Consorcio Empresarial MÍO o de sus representantes directa con la autoridad municipal de tránsito. Prueba de ello es que, el 14 de septiembre de 2026, no pueden atribuirse a nuestra compañía ni comprometen su posición institucional. la compañía suscribió por sí misma el Acuerdo de Cooperación de las operadoras para la 3. El servicio a la ciudadanía normalidad implementación del continúa recaudocon electrónico en Santo Domingo. Esta decisión no afecta a los usuarios. EJECUTTRANS S.A. continúa prestando el servicio de transporte urbano de pasajeros conforme a sus legales, y mantiene una coordinación directa con la autoridad municipal de 4. Un llamado al obligaciones rigor tránsito. Prueba de ello es que, el 14 de septiembre de 2026, la compañía suscribió por sí misma el Acuerdo de Solicitamos respetuosamente a los medios de comunicación, a los actores del sector y a las Cooperación de las operadoras para la implementación del recaudo electrónico en Santo Domingo. autoridades que toda referencia a la relación entre EJECUTTRANS S.A. y el Consorcio Empresarial 4. Un llamado rigor a estos antecedentes, que constan en la documentación societaria de la compañía y MÍO sealajuste Solicitamos respetuosamente los medios de de las comunicación, a los actores del sector y a las autoridades que toda que se encuentran a adisposición autoridades competentes. referencia a la relación entre EJECUTTRANS S.A. y el Consorcio Empresarial MÍO se ajuste a estos antecedentes, que constan en la documentación societaria de la compañía y que se encuentran a disposición de las autoridades La claridad institucional no es una cuestión de imagen: es una obligación con nuestros competentes. accionistas, con las autoridades y, sobre todo, con la ciudadanía a la que servimos cada La claridad institucional no es una cuestión de imagen:día. es una obligación con nuestros accionistas, con las autoridades y, sobre todo, con la ciudadanía a la que servimos cada día. Atentamente, Atentamente, Validar únicamente en FirmaEC. Firmado electrónicamente por:
JORGE FRANCISCO SORNOZA CALDERON
Abg. Jorge Francisco Sornoza Calderón
GERENTE GENERAL REPRESENTANTE Abg. Jorge FranciscoYSornoza Calderón LEGAL COMPAÑÍA DE TRANSPORTE EJECUTTRANS GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL S.A.
COMPAÑÍA DE TRANSPORTE EJECUTTRANS S.A.
PREVENCIÓN. Los controles y la detección temprana son fundamentales para enfrentar el cáncer de mama.
la ansiedad y la tristeza aparecen con fuerza. Uno de ellos ocurrió después de su última quimioterapia, cuando habían pasado varias semanas y continuaba sintiéndose agotada y con dolores. Esperaba recuperar poco a poco su vida habitual, pero cada día le costaba incluso levantarse de la cama. Aun así, procura mantenerse firme y apoyarse en su fe. Por eso, considera que una paciente oncológica necesita mucho más que palabras de ánimo. Un abrazo, un mensaje, una visita, una mano que sostenga o simplemente saber que alguien está rezando por ella también pueden convertirse en una forma de acompañamiento.
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El diagnóstico puede transformar la vida de una mujer en pocos meses. Se hace un llamado a no postergar los controles y a fortalecer la detección temprana.
SANTO DOMINGO LUNES 19/OCTUBRE/2026
solo implica lidiar con los efectos físicos y emocionales de la enfermedad. También puede significar afrontar los costos y demoras para acceder a determinados procedimientos. La rapidez con la que una paciente puede acceder al diagnóstico y tratamiento también está relacionada con sus posibilidades económicas. En el caso de Mirian, la biopsia, tomografía, resonancia, operación y los primeros exámenes fueron realizados en el sector privado. Para cubrir los costos contó con recursos propios y con el apoyo de familiares, amigos y colegas. Desde su experiencia, considera que en el sistema público la demanda puede generar tiempos de espera prolongados para determinados procedimientos, una situación que, a su criterio, debería ser atendida para garantizar una atención oportuna. Para Mirian, la experiencia también ha significado una transformación personal. Ahora procura agradecer más, quejarse menos, valorar lo cotidiano y elegir mejor sus batallas. A las mujeres que atraviesan un diagnóstico similar les recuerda que está bien sentir miedo y llorar, pero que no deben rendirse. (LMM)
05 POLÍTICA
SANTO DOMINGO| LUNES 19/OCTUBRE/2026 I
¿Por qué los latinoamericanos confían más en la Iglesia?
El Latinobarómetro 2026 ubicó a la Iglesia como la entidad con mayor credibilidad en la región, por encima de las instituciones gubernamentales. En Ecuador ese porcentaje es uno de los más altos. El informe del Latinobarómetro 2026, publicado en octubre, incluyó en su estudio preguntas sobre la religión y reveló que el catolicismo predomina en América Latina frente a la religión evangélica; la Iglesia en general se impone como la institución que mayor confianza inspira en los latinoamericanos. La Iglesia católica de Ecuador destaca por las acciones para generar confianza y su rol en la sociedad. La medición, que incluyó a 17 países, fue aplicada entre el 7 de mayo y el 17 de junio de 2026 y abordó varios temas como la democracia.
MEDIACIÓN. Representantes del sector indígena, de la Iglesia católica y del Gobierno durante la firma del acuerdo de paz en junio de 2022. (Foto: API).
Comparación ‘no tiene sentido’
RESUMEN CONFIANZA EN INSTITUCIONES Total Latinoamérica 2025-2026
Liderazgo en confianza
El Latinobarómetro indica que la religión católica es predominante en la región en 1995 cuando inició la medición, se ubicaba en el 80% y en junio de 2026 cayó al 55%. Ecuador está entre los tres países con mayor porcentaje de quienes se identifican como católicos: • Paraguay: 82% • México: 69% • Ecuador: 69% “La confianza en las instituciones no cambia significativamente en estos 30 años. Es baja. La Iglesia, a pesar de su declive, queda en primer lugar, con 63%”, apunta el Latinobarómetro. En la siguiente tabla se observan los resultados acerca de la confianza sobre ciertas instituciones.
Presencia y labor social
El cardenal Luis Cabrera, presidente de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana (CEE), reacciona sobre la confianza que tienen los latinoamericanos en la Iglesia (en general). “La primera reacción es de gratitud por la confianza y cercanía de gente que sigue creyendo en la
Iglesia católica, no obstante las limitaciones humanas que han aflorado, sobre todo, por abusos de toda índole de algunos de sus miembros”, expresa. Continúa: “La segunda reacción es de mayor compromiso y responsabilidad ante las expectativas de muchas personas que buscan en la Iglesia un espacio de libertad y solidaridad para afrontar las grandes dificultades, como la violencia en todas sus formas en la que estamos sumergidos”. Reconoce el trabajo de las FF.AA. y de la Policía, y además considera que el factor más importante por el que la Iglesia católica genera con-
fianza es por su presencia y acciones en los lugares de difícil acceso. “Basta pensar en los servicios que se ofrece a tanta gente necesitada”, subraya. Ejemplifica que la Arquidiócesis de Guayaquil cuenta con: • 21 instituciones educativas. • 23 dispensarios médicos. • 1 banco de alimentos, entre otras obras.
Ausencia de estudios de opinión
Los últimos resultados de septiembre de 2026 de Click Report (informe habitual de la empresa Click Research) y de octubre del Centro de Investigaciones y Estudios Es-
paros de 2019, 2022 y 2025: “Indudablemente, fueron estos momentos muy decisivos para la credibilidad de la Iglesia católica; situaciones en las que tuvo que asumir un papel nada fácil, más aún si se tiene en cuenta la pericia y experiencia de muchos organismos internacionales y nacionales especializados en temas de mediación y arbitraje. Pero, como las partes lo pidieron, asumimos con mucha responsabilidad el papel de mediadores en el proceso de pacificación”. Francis Romero, director de la encuestadora Click Research, indica que no descarta incluir temas relacionados a la Iglesia en los próximos estudios de Click Report y hacerlos públicos.
pecializados, por ejemplo, no incluyen datos relacionados con la Iglesia. Click Research sí realizó un estudio en este 2026, pero no fue parte de Click Report y su contenido es confidencial. El cardenal Cabrera tiene una hipótesis sobre la ausencia de estudios de opinión: “La Iglesia católica, quizás, no está siendo medida por falta de un instrumento apropiado o por el prejuicio de que, en un Estado laico, el aspecto religioso pertenece exclusivamente al ámbito individual y privado, con lo cual se pretende desconocer su dimensión social”. Destaca la función que asumió la Iglesia durante los
En referencia al Latinobarómetro, Simón Pachano, doctor en Ciencias Políticas, explica que la Iglesia no es una institución política, por lo tanto, compararla con instituciones políticas como la Presidencia de la República, la Asamblea Nacional, la Policía o las FF.AA. “no tiene mayor sentido”. Pachano recuerda que la Iglesia en la región fue un actor político importante desde la época de la colonia y durante los primeros años de la República hasta mediados del siglo XX por las siguientes características de los curas: Desde el púlpito daban sermones políticos. Inducían a votar por ciertas tendencias, fundamentalmente por los conservadores. “La Iglesia en el Ecuador ya no es un actor político porque ya no tiene ese papel, aunque a veces opina. Y cuando ha sido convocada para mediar en un conflicto es porque precisamente tiene una buena imagen no política y es respetada, pero eso no le convierte en actor político”, recalca. Para Pachano, una encuesta no otorga el rol político o no político a la Iglesia: “Si se consulta algo sobre la Iglesia como si fuera algo político sería un error”. (KSQ)
El CNE ya tiene un plan frente a las lluvias y los cortes de luz A pocas semanas de los comicios, el clima y los cortes de energía plantean un desafío logístico para el proceso electoral en Ecuador. El CNE ha establecido 2.500 recintos alternos y contempla generadores y equipos UPS para suplir eventuales fallas eléctricas. Al menos dos factores podrían afectar el desarrollo normal de los comicios del 29 de noviembre de 2026, fecha en la que se elegirán autoridades seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs). Un primer elemento son las inundaciones y movimientos en masa que podrían presentarse en algunos recintos electorales por even-
tos asociados al fenómeno de El Niño. A escala nacional hay 4.399 recintos electorales principales, y hubo alertas, a mediados de septiembre, de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos (SNGR) en 257 recintos identificados con probabilidades de inundaciones en Orellana, Guayas, Esmeraldas y Los Ríos. Además, había 111 recintos como zonas probables
de movimientos en masa en Tungurahua, Cotopaxi, Pichincha, Imbabura, Cañar, Azuay y Chimborazo.
Recintos alternos
José Cabrera, presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), sostuvo que realizan un monitoreo provincial del fenómeno de El Niño, pues hay sesiones semanales de las mesas de seguridad conformadas por representantes
POLÍTICA 06
I SANTO DOMINGO | LUNES 19/OCTUBRE/2026
de 21 instituciones. Acotó que están previstos 2.500 recintos electorales alternos que se usarán para casos de emergencia, ubicados en la Costa y Sierra. Ese listado ha sido enviado a la SNGR. Indicó que las delegaciones provinciales entregarán ese documento a los diferentes Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) parroquiales y cantonales. Esto, añadió, para que puedan ayudar con las vías de acceso el día de las elecciones. Cabrera expresó que, en las mesas de seguridad, se analiza el mapa de riesgos. Precisó que no puede dar un número de recintos afectados porque antes de las elecciones el riesgo podría bajar o aumentar. A modo de ejemplo, agregó, podrían presentarse inundaciones horas antes de los comicios. Acerca de los protocolos por efectos de las lluvias que se aplicarán días previos a las elecciones o ese mismo
día en los recintos electorales, respondió que se trabaja con esas mesas de seguridad para ir monitoreando a fin de tomar las medidas necesarias. “En caso de que tenga un mayor impacto y esté en riesgo la salud de los ecuatorianos, el Pleno del CNE tomará las decisiones que correspondan, de acuerdo a lo que la ley nos faculta”, dijo en una entrevista radial. Mencionó que cualquier resolución dependerá de las circunstancias. Citó, en un canal de televisión, el artículo 30 del Código Civil (sobre fuerza mayor) o el artículo 147 del Código de la Democracia en caso de que se tenga que aplazar o suspender el proceso.
Escenarios y recomendaciones
Para Stephanie Macías, consultora en comunicación y crisis, no basta con garantizar que los recintos electorales estén habilitados, sino que los ciudada-
07 POLÍTICA
SANTO DOMINGO | LUNES 19/OCTUBRE/2026 I
cibir votantes y otra es que una familia pueda salir de su casa y llegar a sufragar. El riesgo, mencionó la especialista, no es únicamente que las lluvias impidan llegar a las urnas. Es que, antes de votar, existan ciudadanos a quienes las propuestas nunca lograron llegar. Una inundación puede
Juicio No. 15301-2019-00482 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, lunes 5 de octubre del 2026, a las 13h27. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: ANDY TANGUILA FILOMENA FANNY, JARAMILLO CHAPA LUIS GABRIEL, VARGAS JARAMILLO ÁNGEL JOHN ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO OSCUS LTDA. DEMANDADO: ANDY TANGUILA FILOMENA FANNY, JARAMILLO CHAPA LUIS GABRIEL, VARGAS JARAMILLO ÁNGEL JOHN JUICIO: EJECUTIVO ASUNTO: PAGARÉ A LA ORDEN CAUSA NO.- 15301-2019-00482 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, miércoles 18 de septiembre del 2019, las 14h50. VISTOS: Dr. Manuel Armijos Curipoma, en mi calidad de Juez encargado de la Unidad Judicial Civil mediante acción de personal No. 0656 UPTH2019DV, de fecha 12 de septiembre del 2019. En lo principal dispongo: Avoco conocimiento de la presente causa y del sorteo de Ley en la oficina correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Código Orgánico General de Procesos, se considera: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE. La demanda presentada por la señora NARANJO MORA MARIA EUGENIA, en su calidad de Procuradora Judicial del señor Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “ Oscus Ltda”, conforme lo acredita con la documentación que adjunta es clara y cumple con los requisitos formales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el pagaré a la orden que obra a fojas 3 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo prescrito en los artículos 347. 5, 348 y 349 del COGEP, por lo que se la admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP; 2. CITACIÓN: Cítese a la parte demandada señores Jaramillo Chapa Luis Gabriel en calidad de deudor principal, Vargas Jaramillo Angel John y Andy Tanguila Filomena Fanny en calidad de garantes respectivamente en la dirección señalada en el libelo inicial, la citación se la hará en la dirección indicada a través de la oficina de citaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 53, 54, 55 y 63 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de esta judicatura, previniéndole al demandado de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones, la parte accionante brinde las facilidades necesarias para la elaboración de las boletas de citación; 3. TÉRMINO PARA CONTESTAR: En aplicación de lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el TÉRMINO DE QUINCE (15) días a fin de que la parte demandada cumplan con la obligación o propongan excepciones de manera taxativa conforme lo prevé el artículo 353 ibídem una vez citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 ibídem; 4. ANUNCIO DE PRUEBAS: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer. Agréguese al proceso los documentos acompañados por el actor a su demanda; 5. NOTIFICACIÓN: Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por el compareciente para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a sus Defensores Técnicos.
impedir que un candidato llegue a una comunidad, pero también que sus habitantes participen en reuniones, escuchen propuestas o accedan a los debates, reflexionó. Señaló que se pueden tener elecciones organizadas correctamente y, aun así, enfrentar desigualdades importantes en el acceso a la información. Cristian Rivera, profesor universitario y técnico en riesgos, sostuvo que los electores deben planificar su día tomando en cuenta las previsiones del clima a fin de definir qué ruta se seguirá, cuánto se van a demorar, vestimenta, mantener celulares cargados. Si durante la jornada hay algún evento como inundaciones o movimientos en masa, es importante mantenerse a buen recaudo,
agregó. A menos de 45 días de los comicios, Macías sugiere trabajar en tres frentes: •
Identificar las zonas de mayor vulnerabilidad.
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Diversificar los canales de información.
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Preparar planes de contingencia territoriales.
Opinó que se necesita coordinación entre el CNE, los municipios, las prefecturas, las autoridades de gestión de riesgos, organismos de emergencia a fin de identificar rutas alternativas, garantizar accesibilidad y comunicar oportunamente cualquier cambio que afecte a los electores.
Juicio No. 15301-2013-0753 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, lunes 5 de octubre del 2026, a las 13h13. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: GUERRERO VALLE SIXTO MAURICIO, BENALCAZAR PEÑAFIEL GLORIA ESPERANZA, ARTEAGA BERMELLO LELIS GEOVANNY, PEÑA ESPÍN GLORIA SONIA ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO OSCUS LTDA. DEMANDADO: GUERRERO VALLE SIXTO MAURICIO, BENALCAZAR PEÑAFIEL GLORIA ESPERANZA, ARTEAGA BERMELLO LELIS GEOVANNY, PEÑA ESPÍN GLORIA SONIA JUICIO: EJECUTIVO ASUNTO: PAGARÉ A LA ORDEN CAUSA NO.- 15301-2013-0753 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, 22 de agosto del 2013, a las 16h09. Dr. Clever Urgilez Calle, en mi calidad de Juez Titular del Juzgado Primero de lo Civil de Napo, avoco conocimiento de la demanda ejecutiva presentada por el Dr. Víctor Javier Rivera Álvarez, en su calidad de Gerente General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Oscus Ltda., la misma que es clara, precisa y reúne los demás requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite. Téngase en cuenta la cuantía fijada. Cítese a los demandados SONIA LEONOR PEÑA ESPIN, LELIS GEOVANNY ARTEAGA BERMELLO, GLORIA ESPERANZA BENALCAZAR PEÑAFIEL y SIXTO MAURICIO GUERRERO VALLE, en los lugares indicados en la demanda, para que una vez citados legalmente, dentro del término legal de tres días paguen el valor adeudado o propongan excepciones, bajo prevenciones de dictar sentencia.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, jueves 10 de septiembre del 2026, a las 16h50. VISTOS: En lo principal, dispongo: 1.- Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora, en atención al mismo, continuando con la sustanciación de la presente causa, hecho que se ha dado cumplimiento a la declaración Bajo Juramento por la parte actora, a través de secretaría concédase de manera inmediata el EXTRACTO para su respectiva publicación y CÍTESE a: ANDY TANGUILA FILOMENA FANNY, JARAMILLO CHAPA LUIS GABRIEL, VARGAS JARAMILLO ÁNGEL JOHN por medio de la prensa escrita que tiene cobertura a nivel Nacional; para el efecto, el actuario de este despacho procederá a entregar el extracto respectivo.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, viernes 11 de septiembre del 2026, a las 08h44. VISTOS: En lo principal, dispongo: 1.Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora, en atención al mismo, continuando con la sustanciación de la presente causa, hecho que se ha dado cumplimiento a la declaración Bajo Juramento por la parte actora, a través de secretaría concédase de manera inmediata el EXTRACTO para su respectiva publicación y CÍTESE a: GUERRERO VALLE SIXTO MAURICIO, BENALCAZAR PEÑAFIEL GLORIA ESPERANZA, ARTEAGA BERMELLO LELIS GEOVANNY, PEÑA ESPÍN GLORIA SONIA por medio de la prensa escrita que tiene cobertura a nivel Nacional; para el efecto, el actuario de este despacho procederá a entregar el extracto respectivo. - NOTIFÍQUESE
Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, para futuras notificaciones.Certifico.-
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Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, para futuras notificaciones.Certifico.-
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nos puedan llegar. “Eso implica tener planes alternativos de movilidad, identificar vías vulnerables, prever posibles inundaciones y coordinar con las autoridades locales y de gestión de riesgos”, mencionó. Una cosa, indicó, es que un recinto esté listo para re-
¿Los cortes de energía podrían afectar o no el proceso electoral?
El otro elemento que podría influir para la realización de los comicios es el energético. En varias provincias del país se han empezado a presentar cortes de luz, sin previo aviso, lo que ha afectado a la movilidad por la no operación de semáforos o desconexiones eléctricas a compañías. El funcionario expresó que se está comunicando con diferentes empresas proveedoras de electricidad y espera reunirse con el ministro de Ambiente y Energía, Juan Carlos Blum. Cabrera expresó que busca garantizar que el día de las elecciones no existan afectaciones al fluido eléctrico, pero además se equipan con sistemas de alimentación ininterrumpida (UPS) y generadores eléctricos. Las delegaciones provinciales se abastecen en su mayor parte con alquileres de generadores eléctricos o prestados. Esas entidades definen la capacidad del generador que requieren para cubrir sus equipos informáticos. Alfredo Espinosa, experto electoral, no recuerda que en comicios anteriores se haya producido un hecho similar de cortes de energía. Mencionó que el principal problema ha sido la transmisión y publicación de resultados del organismo por inconvenientes de sus servidores o de la página web, ligados a la tecnología. El CNE informó que a nivel nacional y del exterior habrá 2.339 Kits Técnicos Electorales (KTE). Detalló que son los recursos tecnológicos que se requieren para la transmisión de datos e incluyen: computadora portátil, escáner, cables de poder y cables USB. Cabrera comentó que se están enviando con la debida antelación para empezar las pruebas no solo a escala nacional sino incluso en el exterior. El 1 de noviembre se realizará el primer simulacro con el que prevén verificar el correcto funcionamiento y que los funcionarios estén debidamente calificados. Para el titular del CNE, las elecciones tienen que darse en la fecha prevista, el 29 de noviembre. (JGP)
ECONOMÍA 08 I SANTO DOMINGO | LUNES 19/OCTUBRE/2026
Empresas privadas invierten $900 millones en energía propia
Mientras las empresas han comprometido $900 millones en generación propia desde 2024, el déficit tarifario y las pérdidas de energía le cuestan al sistema público unos $900 millones anuales. Pérdidas por déficit tarifario
El primer componente del agujero financiero es el déficit tarifario. Según los costos aprobados por la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (Arconel) para 2026, el sistema eléctrico nacional opera con un déficit de aproximadamente $598 millones. En términos sencillos, producir, transmitir y distribuir electricidad cuesta más de lo que se recauda mediante las tarifas vigentes. Arconel calcula que los costos del servicio alcanzan $3.477 millones, frente a una facturación estimada de $2.849 millones. La diferencia reduce los recursos disponibles para que las empresas eléctricas realicen nuevas inversiones, mantengan las centrales de generación y reparen o amplíen las redes de transmisión y distribución. Gómez de la Torre sostiene que esos $600 millones son necesarios para financiar nuevas inversiones. Agrega que el sector industrial ya no recibe el subsidio tarifario que se mantiene para los hogares, por lo que
considera necesario revisar cómo se financia el servicio eléctrico. El problema es que, sin una fuente de financiamiento suficiente para cubrir la diferencia entre costos e ingresos, el sistema pierde capacidad para reponer equipos, ampliar infraestructura y prepararse para futuros períodos de estiaje.
estimación, ese volumen adicional de energía que se genera, pero no se aprovecha o no se cobra, representa cerca de $300 millones anuales. Sumados al déficit tarifario de unos $600 millones, los recursos comprometidos por ambos problemas alcanzarían aproximadamente $900 millones al año. Gómez de la Torre también cuestiona que el financiamiento de determinadas diferencias tarifarias termine dependiendo del Presupuesto General del Estado. Su planteamiento es que el país necesita soluciones estructurales para evitar que
estos problemas se repitan.
Menor dependencia de la red pública
Mientras el sistema estatal enfrenta esas limitaciones, las empresas aceleran la instalación de generación propia para evitar que los cortes eléctricos paralicen sus operaciones. La CIP informó que el sector privado ha destinado alrededor de $900 millones a autogeneración desde 2024. La cifra incluye una variedad de iniciativas, desde sistemas solares hasta equipos térmicos e instalaciones hidroeléctricas. Sin
El costo de las pérdidas de energía
El segundo componente son las pérdidas negras, es decir, la electricidad que se pierde o no se factura dentro del sistema de distribución. Estas pérdidas pueden tener causas técnicas, como las fugas de energía en las redes, o comerciales, como conexiones ilegales, errores de medición y consumos que no se cobran. Según Gómez de la Torre, en el cálculo tarifario se reconoce un promedio nacional de pérdidas de alrededor del 10,55%. Sin embargo, al observar las pérdidas totales de energía, la proporción se acerca al 21%. La diferencia es de aproximadamente diez puntos porcentuales. De acuerdo con su
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Mientras las empresas privadas del país destinan cientos de millones de dólares a producir su propia energía para protegerse de los apagones, el sistema eléctrico público arrastra un agujero financiero cercano a los $900 millones anuales. Eso limita su capacidad para invertir y mantener la infraestructura. La cifra reúne dos problemas diferentes, pero relacionados. Por un lado, la Cámara de Industrias y Producción (CIP) cifra en alrededor de $900 millones la inversión privada en autogeneración desde 2024. Por otro lado, Rodrigo Gómez de la Torre, presidente del Comité Empresarial Ecuatoriano (CEE), estima que el déficit tarifario y las pérdidas de energía no reconocidas representan una brecha de magnitud similar cada año. “Estamos hablando de $900 millones que están en alguna parte”, resumió Gómez de la Torre al referirse a los recursos que, a su juicio, podrían contribuir a financiar nuevas inversiones eléctricas.
EFICIENCIA. Varias empresas privadas han optado por instalar paneles solares para cubrir buena parte de su consumo eléctrico.
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embargo, no existe un desglose público completo que permita identificar cuánto se ha desembolsado efectivamente en cada proyecto y cuánta capacidad ya está operativa. Entre las iniciativas más relevantes están: Río de Oro Energy: una planta solar en Santa Elena, con una inversión superior a $50 millones y una capacidad prevista de 65 MW.
Su primera fase comenzó a operar en septiembre de 2026. El proyecto prevé generar 90 millones de kWh al año. Novacero: anunció una inversión de $180 millones para desarrollar dos centrales hidroeléctricas, de 50 MW cada una. En junio de 2026 todavía tramitaba permisos y derechos de agua, por lo que esos 100 MW no deben contarse como gene-
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE COLEGIO FRANCÉS DE QUITO CÍA. LTDA.
ración ya disponible. Adelca: proyecta una central hidroeléctrica de 48,5 MW en el río Intag, Imbabura, con una inversión superior a $100 millones. La entrada en operación está prevista para 2029. PICA: puso en marcha una planta solar de 10 MW que permitirá cubrir más del 60% de su consumo eléctrico. Ideal Alambrec: anunció una instalación solar de 1,8 MW en el sur de Quito para cubrir hasta el 30% de sus necesidades. Alpina Ecuador: instaló paneles solares en sus plantas de Machachi y San Gabriel, con una capacidad reportada de aproximadamente 1,8 MW. Estos proyectos muestran
que la inversión privada no se encuentra en una sola etapa. Algunas instalaciones ya reducen el consumo de la red pública, mientras otras todavía necesitan permisos, construcción y conexión para comenzar a producir electricidad.
Nuevos proyectos privados El ministro de Ambiente y Energía, Juan Carlos Blum, también ha destacado proyectos privados que contribuirán a la oferta eléctrica nacional. Según declaraciones recogidas del 8 de octubre de 2026, cerca de 135 MW de origen privado se incorporarán al sistema en las semanas siguientes o estaban entrando en operación. Entre ellos está el proyec-
to hidroeléctrico de 45 MW de Hidrovoes, del grupo de Pablo Terán, en Zamora Chinchipe, que el ministro señaló que ya había entrado en línea. A este se sumaría un complejo fotovoltaico de casi 90 MW de Corporación Difare, cuya inauguración está prevista para noviembre de 2026. Blum también destacó inversiones privadas en transmisión. Una de ellas es la subestación construida por Pronaca en Buena Fe, provincia de Los Ríos, que fue entregada al Estado. Según el ministro, la infraestructura tiene capacidad para beneficiar no solo a la empresa, sino también a Santo Domingo, Buena Fe y el norte de Quevedo. (JS)
De conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias, se convoca a los Socios de la Compañía Colegio Francés de Quito, a Junta General Extraordinaria a realizarse de manera presencial, el día viernes, 30 de octubre de 2026, a las 11h00, en el Auditorio del Colegio Francés de Quito, ubicado en la Av. Manuel Córdova Galarza km 7 1/2, N.º S7-277, vía Mitad del Mundo, de esta ciudad de Quito, con el fin de conocer y resolver los siguientes puntos: 1. Designación de Presidente de la Compañía para el período 2026 - 2028. 2. Designación de Gerente de la Compañía para el período 2026 - 2028. 3. Designación de miembros del Consejo Administrativo de la Compañía para el período 2026 - 2028. 4. Designación de Comisario de la Compañía para el período 2026 - 2028. Atentamente,
Quito, 19 de octubre de 2026
001-006-1083
Iván Patricio Puga Acosta GERENTE
Nacarid Portal
¿CÓMO PASAR DEL DOLOR AL PROPÓSITO? CON
Gabriela Vivanco
Ronny Aleaga lleva tres años prófugo
El exasambleísta de la Revolución Ciudadana, Ronny Aleaga, permanece prófugo de la Justicia ecuatoriana tras abandonar el país a finales de 2023. En la clandestinidad y alejado de la Asamblea Nacional —institución en la que se desempeñó como asambleísta entre mayo de 2018 y mayo de 2023—, Ronny Aleaga se mantiene en calidad de prófugo de la Justicia ecuatoriana, investigado por su presunta participación en los casos Metástasis y Magnicidio FV. De acuerdo con las investigaciones de la Policía Nacional y los reportes diplomáticos, el exlegislador permanece en Venezuela para evitar comparecer ante los tribunales. Pese a su distancia, las causas penales en su contra continúan su curso legal en Ecuador, respaldadas por las acusaciones presentadas por la Fiscalía General del Estado (FGE).
La ruta de escape de Aleaga
Los registros migratorios detallan la cronología de la salida de Aleaga del territorio ecuatoriano: • Fecha de salida: el exlegislador del correísmo abandonó Ecuador el 26 de diciembre de 2023. • Ruta de salida: cruzó por vía terrestre a las 10:28 a través del puente internacional en Rumichaca (Tulcán), con destino a Pasto
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(Colombia), registrando su movimiento bajo el argumento oficial de turismo. Contexto de la huida: su salida se ejecutó 13 días después de que la Fiscalía y la Policía iniciaran los operativos del caso Metástasis, proceso en el cual posteriormente fue vinculado por su presunta participación en una red de delincuencia organizada. Estatus actual: desde esa fecha, Aleaga no ha regresado a Ecuador y se mantiene en condición de prófugo.
La pista en Venezuela:
A pesar de las alertas rojas de la Interpol y las solicitudes de extradición promovidas por la Corte Nacional de Justicia, los informes de inteligencia policial señalan que el paradero de Ronny Aleaga se ubicaría en Venezuela. La confirmación sobre su estadía en ese país trascendió tras las denuncias presentadas por su exesposa, Carolina Jiménez. La mujer acudió
ante las autoridades consulares ecuatorianas y la Cancillería para denunciar que fue retenida contra su voluntad y presionada para gestionar estatus de refugio en dicho país. Asimismo, Jiménez acusó formalmente a Aleaga de secuestrar a su hijo menor de edad, a quien le impidió regresar a Ecuador tras un periodo de vacaciones, bajo
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el argumento de presuntos riesgos de seguridad. Esta situación llevó a que la Fiscalía General del Estado (FGE) abriera una causa penal independiente por el delito de secuestro, mientras se confirma que el exasambleísta permanece en suelo venezolano evasivo a las citaciones judiciales.
Procesos judiciales de Aleaga
Las investigaciones de la Fiscalía identifican al exasambleísta como un articulador clave en el entramado criminal investigado en dos causas de alta repercusión nacional: Alias El Ruso en el caso Metástasis En la causa Metástasis, la Fiscalía ubica a Aleaga con el alias de El Ruso dentro de los chats y conversaciones extraídas de los
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de fiscalización. Autores y articuladores en el caso Magnicidio FV Dentro del caso que investiga el asesinato del excandidato presidencial Fernando Villavicencio, la Fiscalía imputa a Aleaga como nexo político-criminal con el grado de presunto autor intelectual (o mediato):
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EL DATO Ronny Aleaga, exasambleísta de la RC y exmiembro de los Latin Kings habría sido designado para ejecutar el plan para asesinar a Fernando Villavicencio, por José Serrano y financiado por Xavier Jordán, según versiones recogidas por Fiscalía.
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dispositivos del narcotraficante Leandro Norero. Las investigaciones lo señalan como el operador político encubierto encargado de defender los intereses del grupo criminal liderado por Norero y Xavier Jordán, utilizando su influencia para gestionar favores e intentar frenar acciones
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Articulación y logística: habría actuado como puente entre operadores financieros, estructuras del crimen organizado y los planificadores del atentado. Campaña de desprestigio: según los elementos presentados por la Fiscalía, Aleaga orquestó la difusión de organigramas manipulados, falsos positivos y de-
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nuncias en el Pleno de la Asamblea Nacional orientadas a descalificar a Fernando Villavicencio previo al crimen. Coordinación posterior: los reportes de la causa, conversaciones y bitácoras indican que
mantenía contacto con procesados como Daniel Salcedo, evidenciando que la trama contra Villavicencio continuó operativa aun después del deceso de Leandro Norero. (DLH)
Territorio Kayambi, 6 de octubre de 2026 CPK-NOTF. Nro. 1132-2026 Sr. SEGUNDO MANUEL QUIMBIULCO CHIMARRO Y SUS HEREDEROS Con fecha 06 de abril de 2026, a las 14h00, reunidos en Asamblea General, en ejercicio de la jurisdicción indígena (Art. 171 de la Constitución), la Confederación del Pueblo Kayambi dictaminó la RESOLUCION CPK-Nro.003-2026, que en su parte resolutiva RESUELVE: 1.
UNO: ADMISIÓN Y RESPONSABILIDAD, - Declarar la responsabilidad del señor Segundo Manuel Quimbiulco Chimarro (C.I. 1707629943) por actuar contra la verdad material (ama llulla) e inducir a error a la Unidad Judicial Civil de Iñaquito en contravención a la Sentencia 173-12-SEP-CC, afectando los derechos colectivos de la Asociación Pitaná Alto, Comité La Buena Esperanza y Comité Pitaná Bajo.
2.
DOS: RATIFICACIÓN TERRITORIAL. - Ratificar que la extensión del territorio colectivo es de 265.01 ha (Folio Real 40571702, 43 lotes). Ordenar al Municipio y Registro de la Propiedad de Cayambe respetar dicho catastro.
3.
TRES: SANCIÓN COMUNITARIA. - Imponer al Sr. Segundo Manuel Quimbiulco Chimarro el resarcimiento de USD 50.000,00 (plazo 60 días) por los daños en los predios 1702520300178 y 1702520290084, más la aplicación de purificación y baño ritual.
4.
CUATRO: DESOCUPACIÓN. - Recuperación progresiva y humanitaria de predios (15 días desocupación voluntaria; hasta 3 meses para sectores vulnerables).
5.
CINCO: RESTITUCIÓN Y COORDINACIÓN. - Acoger la nulidad dictada por la Unidad Judicial Civil de Iñaquito, Declarar la inoponibilidad de actos ajenos al Folio Real 40571702 y oficiar al MAC, Registro de la Propiedad y GADIP Cayambe para la armonización registral.
6.
SEIS: NO REPETICIÓN. - Prohibir trámites o acciones que distorsionen la verdad o alteren lo resuelto.
7.
SÉPTIMA: NOTIFICACIÓN. Se dispone notificar la presente resolución a las partes interesadas; así también, el extracto de esta resolución publíquese por una sola vez en un diario de mayor circulación nacional.
Siendo las 14h20 se da por clausurada la presente asamblea con la presencia de las partes procesales y las autoridades de la Confederación del Pueblo Kayambi. Para constancia de lo actuado firma:
“Juntos caminando hacia la autodeterminación de los Kayambis”
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Ing. Dennis De La Cruz PRESIDENTA DE LA CONFEDERACIÓN DEL PUEBLO KAYAMBI AUTORIDAD DE JUSTICIA INDÍGENA NUI. 172299926-3
FUNCIONES. Ronny Aleaga fue asambleísta entre mayo de 2018 y mayo de 2023.
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GLOBAL
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Venezuela prevé inversiones petroleras de casi 76.000 millones Venezuela prevé inversiones petroleras de casi 76.000 millones de dólares en los próximos cinco años, gracias a 61 convenios suscritos y 17 acuerdos firmados con Estados Unidos. La encargada del poder en Venezuela, Delcy Rodríguez, ha afirmado que la industria petrolera venezolana recibirá inversiones de casi 76.000 millones de dólares en los próximos cinco años, asegurando que se convertirán en “beneficios directos para el país”. En el cierre de la Conferencia de Energía 2026, Rodríguez ha recordado que los 61 convenios suscritos y los 17 acuerdos firmados con Estados Unidos se han acordado “pensando en el futuro” y en “brindar esperanza a los venezolanos”, según ha recogido el diario
POR HABERSE EXTRAVIADO, QUEDAN ANULADOS LOS TITULOS DE ACCIONES Nos 36853875-4999-11461-1301614623 DEL CONJUNTO CLINICO NACIONAL – CONCLINICA C.A., DE PROPIEDAD DE MARIO ANTONIO TRÁVEZ TRÁVEZ.
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ANULACIÓN
venezolano ‘El Nacional’. Respecto a la Ley de Hidrocarburos --que regula todas las actividades de exploración, explotación, refinación y transporte de petróleo y gas en el país-- la mandataria venezolana ha sostenido que los contratos vinculados a la participación de los trabajadores permitirán ganancias “tanto para los inversores como para el país” y ha asegurado que su Gobierno estará “muy pendiente” del cumplimiento de la ley porque es “beneficioso para todos”.
Generación de trabajo
Así, ha afirmado que se crearán muchos puestos de trabajo, llegando incluso a los “324.000 en 10 años, entre empleos directos, indirectos o inducidos” y ha hecho referencia al acuerdo “binacional” con Estados Unidos, donde se contemplan 250 de proyectos, que supondrán una “contratación de unos 200 trabajado-
PERSONAJE. La encargada del poder en Venezuela, Delcy Rodríguez. EP
res”. En este sentido, la encargada del poder ha anunciado la creación de una “mesa técnica” con la industria, los inversores y las cámaras petroleras” para garantizar el “empleo” y la “participación de los proveedores nacionales”. Desde hace unos meses,
el país ha estado reabriendo su sector energético a la inversión extranjera con el respaldo de la administración estadounidense de Donald Trump. En mayo la estatal Petróleos de Venezuela (Pdvsa) y las estadounidenses Overseas Oil Company y Crossover Energy Holding
firmaron unos acuerdos energéticos, que Rodríguez calificó posteriormente como una “expresión extraordinaria” de negociación, que supondrá para Venezuela una “nueva etapa en la industria de hidrocarburos” para “posicionarla en la fórmula energética internacional”. EUROPA PRESS
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I SANTO DOMINGO | LUNES 19/OCTUBRE/2026
Chile entra en emergencia climática preventiva por temporal El presidente de Chile, José Antonio Kast, declaró la emergencia climática preventiva ante el riesgo de lluvias intensas y granizadas. El presidente de Chile, José Antonio Kast, ha declarado la emergencia climática preventiva entre las regiones de Coquimbo y Bío Bío, en el centro del país, entre el 18 y el 23 de octubre, ante la precisión de fenómenos meteorológicos adversos que podrían ocasionar lluvias intensas, granizadas y deslizamientos de tierra. La decisión se fundamen-
ta en informes técnicos del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred) y en las proyecciones de la Dirección Meteorológica de Chile, que han advertido de posibles episodios e inestabilidad con efectos sobre la población, las infraestructuras y el funcionamiento habitual de los servicios. Kast ha explicado que ha
dado instrucciones al Ministerio del Interior para activar la medida con antelación a fin de facilitar la disponibilidad de recursos y mecanismos de alerta. “Todos tenemos que colaborar: tomemos medidas de prevención, estemos atentos a los canales de comunicación de emergencia y planifiquemos nuestra reacción frente a estos eventos impredecibles”, ha señalado el mandatario en una publicación en redes sociales a la que ha adjuntado la orden oficial de la Subsecretaría del Interior.
Medida preventiva
El decreto en cuestión, fechado el 17 de octubre en Santiago, recoge la declaración preventiva a partir de la solicitud formulada ese mismo día por la dirección nacional de Senapred, al amparo de la Ley 21.364, que regula el sistema nacional de prevención y respuesta ante desastres. Entre los antecedentes meteorológicos que han motivado la decisión figura un aviso (A561/2026) emitido este viernes sobre la posibilidad de tormentas eléc-
tricas, granizo y fuertes rachas de viento localizadas desde la tarde del lunes 19 hasta la noche del martes 20 de octubre, en el territorio comprendido entre Coquimbo y Bío Bío. Las autoridades buscan así anticiparse a las posibles consecuencias de estos episodios y reducir los daños personales y materiales. El presidente ha concluido su llamamiento con un mensaje de prudencia a la ciudadanía: “A cuidarse y a cuidar a los que más queremos”, ha instado. EUROPA PRESS
EXTRACTO NOTARIA ÚNICA DEL CANTÓN QUERO.- Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante el DOCTOR POLIVIO NARVAEZ MONTENEGRO, Notario Público del Cantón Quero, el día viernes veinte y cinco de septiembre del año dos mil veinte y seis, los cónyuges señor LUIS BOLIVAR BAUTISTA QUISPE y señora LORENA MARIBEL TIRADO MORALES, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, sociedad que fue disuelta mediante Acta Notarial otorgada en el cantón Quero, ante el Notario doctor Polivio Narváez, el veinte de agosto del año dos mil veinte, se declaró disuelta por mutuo consentimiento la sociedad conyugal o de gananciales existente entre los cónyuges señor LUIS BOLIVAR BAUTISTA QUISPE y señora LORENA MARIBEL TIRADO MORALES, misma que está marginada en la partida de matrimonio inscrita en el Registro Civil, Identificación y Cedulación correspondiente, el ocho de septiembre del año dos mil veinte. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura de liquidación de sociedad conyugal, conforme a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial Nro. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el número 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantil, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una sola publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los cónyuges señor LUIS BOLIVAR BAUTISTA QUISPE y señora LORENA MARIBEL TIRADO MORALES mediante escritura pública de fecha tres de viernes veinte y cinco de septiembre del año dos mil veinte y seis, ante el Doctor POLIVIO NARVAEZ MONTENEGRO, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan preentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondiente.Quero a 15 de octubre del año 2026.-
REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO Nº 363892-2026-SEAC ACTOR: TRANSPORTE DE CARGA PESADA Y MUDANZA TRANS LARA S.A. Gerente General LARA GONZALEZ ZHEIZON MANOLO ACCIONADO(A): YESID CAMILO SANCHEZ ACOSTA CAUSAL: Art. 172 numeral 1 del Código de Trabajo INSPECCIÓN DEL TRABAJO - DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y SERVICIO PUBLICO DE QUITO.- Quito, 15 de octubre de 2026, a las 16h55.- Dentro de la solicitud de VISTO BUENO Nº 363892-2026-SEAC, que sigue la compañía de TRANSPORTE DE CARGA PESADA Y MUDANZA TRANS LARA S.A. Gerente General LARA GONZALEZ ZHEIZON MANOLO, en su calidad de empleador, en contra del señor YESID CAMILO SANCHEZ ACOSTA en su calidad de trabajador. En lo principal atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545 atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con el extracto de la solicitud de Visto Bueno y esta providencia notifíquese al trabajador mediante una publicación en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 11 del Acuerdo Ministerial MDT2024-041, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado. Al señor YESID CAMILO SANCHEZ ACOSTA, se le concede el término de veinte y dos días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones a partir de la única publicación realizada por la prensa. Con su contestación o sin ella se procederá a investigar los fundamentos de la solicitud de visto bueno y se dictará la resolución que corresponda. 2) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto al correo y se informa al accionante que la publicación se realizará en la forma determinada en el Art. 11 del Acuerdo Ministerial MDT-2024-041 y la constancia de la misma se remitirá a la Inspección del Trabajo, en el término de tres días, siguientes desde la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. De igual forma una vez realizada la publicación deberá fijar una copia de la misma en varios sitios visibles del lugar de trabajo. - NOTIFIQUESE. - f) Mgtr. Sandra Acosta Carrillo. Lo que comunico a Usted para los fines de Ley.
Validar únicamente en FirmaEC. Firmado electrónicamente por:
SANDRA ELIZABETH ACOSTA CARRILLO
AUTORIDAD. El presidente de Chile, José Antonio Kast. Cuenta de X
001-006-1098
Mgtr. SANDRA ACOSTA CARRILLO INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHA
LUNES, 19 DE OCTUBRE DE 2026 La Hora QUITO, ECUADOR
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA
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COMPLIANCE PENAL E INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN ECUADOR
CONSULTA LABORAL ¿La ley permite solicitar medidas cautelares aunque no exista una forma específica para conocer y proveer ese tipo de medidas?
RESPUESTA
EN LA WEB derechoecuador.com Autor: Bairon Iván Espinoza Guillén1 Introducción El avance de la inteligencia artificial (IA) está transformando la forma en que las organizaciones gestionan, identifican y controlan sus riesgos. En el sector empresarial, estas herramientas de IA permiten procesar grandes volúmenes de información, detectar patrones inusuales y generar alertas que difícilmente podrían obtenerse solo mediante controles manuales. Dicha innovación también alcanza al compliance, entendido como: “aquellas pautas organizativas y procedimentales que adopta una empresa para asegurarse de que se cumplan, en todos sus niveles y áreas de especialización, las reglas y normas que la vinculan y a las que se vinculan voluntariamente” (Fernández, 2021). En Ecuador, esta cuestión empieza a adquirir importancia a partir del reconocimiento expreso de la responsabilidad penal de las personas jurídicas
en el Código Orgánico Integral Penal (Ecuador, 2014). El cual no se limita a exigir la existencia formal de políticas o reglamentos internos sobre los cuales ya se regían las organizaciones, sino que contempla la adopción de un programa de compliance o cumplimiento que contenga mecanismos de identificación, detección y gestión de riesgos, canales de denuncia, modelos de gestión financiera, supervisión y capacitación continua, código de ética, entre otros. Otro de esos mecanismos tiene que ver con la incorporación de herramientas de inteligencia artificial que permitan fortalecer el programa de cumplimiento, no obstante, es relevante tener en cuenta que la IA puede cometer errores, utilizar datos inadecuados e incluso afectar derechos relacionados con la protección de datos personales. De ahí que la cuestión no es tan sencilla como parece, es decir, no se trata simplemente de determinar si una empresa puede utilizar IA en su programa
de cumplimiento, sino que, es necesario establecer bajo qué condiciones dicha herramienta puede contribuir a fortalecer el programa y demostrar una verdadera cultura de prevención del riesgo o en concreto del delito. Sin duda, la inteligencia artificial es una herramienta eficaz para fortalecer el compliance penal y la prevención del delito, pero su adopción no elimina per se la responsabilidad de la persona jurídica ni puede pretender sustituir la gestión, el control y la supervisión humana. La cultura del compliance penal en Ecuador El artículo 49 del COIP, sostiene que “las personas jurídicas nacionales o extranjeras de derecho privado son penalmente responsables por los delitos cometidos para beneficio propio o de sus asociados, por la acción u omisión de quienes ejercen su propiedad o control, sus órganos de gobierno o administración, apoderadas o apoderados, mandatarias o mandatarios, representantes legales o convencionales, agentes, opera-
doras u operadores, factores, delegadas o delegados, terceros que contractualmente o no, se inmiscuyen en una actividad de gestión, ejecutivos principales o quienes cumplan actividades de administración, dirección y supervisión y, en general, por quienes actúen bajo órdenes o instrucciones de las personas naturales citadas” (Ecuador, 2014). Este reconocimiento fue un punto de partida esencial para fomentar la cultura del compliance en el país. Ello permitió la incorporación de reformas encaminadas a que las personas jurídicas introduzcan mecanismos de prevención de riesgos o programas de cumplimiento, pero también ha ocasionado diversas críticas sobre si las personas jurídicas pueden ser sujetos de responsabilidad penal y debates sobre la atenuación de la pena que parece justificarse sobre un Derecho Penal Premial. A pesar de ello, es posible advertir que en Ecuador todavía no existe una cultura de compliance sólida, ya que ciertos sectores empresariales todavía no encuentran la necesidad de adoptar un programa de cumplimiento porque con-
La posibilidad de solicitar y disponer medidas preventivas en los procesos judiciales está limitada a la cosa que se litiga o para asegurar un crédito. Los requisitos para ordenar el secuestro o la retención de bienes, exigen que se demuestre la existencia de un crédito. En materia laboral, al ser juicios de conocimiento que generalmente pretenden el reconocimiento de un derecho para ser indemnizados, no existe un crédito como tal, sino una mera expectativa. Por esta razón no es posible ordenar medidas preventivas con la presentación a la demanda como determina la norma. No obstante el Art. 594 del Código del Trabajo que no se encuentre derogado en las Disposiciones Derogatorias del COGEP, señala la posibilidad de que se orden las medidas señaladas en dicha norma, cuando exista sentencia condenatoria aún cuando no esté ejecutoriada. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
sideran que el Derecho Penal nunca tocará sus puertas, y ello ha ocasionado que solo se acate lo que otras leyes obligan y sancionan, como, por ejemplo, el nombramiento de un oficial de cumplimento, que la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos prevé para ciertos sujetos obligados (2024). Con lo cual, esto permite entender que el compliance penal en Ecuador, se ha visto limitado a la simple designación de un oficial de cumplimiento, que en muchos de
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los casos desconoce cual es el rol que desempeña, dejando de lado la importancia de su finalidad en el esfuerzo de construir un programa eficaz y capaz de identificar riesgos, prevenirlos y reaccionar frente a ellos. La inteligencia artificial en los programas de compliance La inteligencia artificial puede integrarse en distintas etapas de un programa de cumplimiento. Al ser una tecnología capaz de realizar tareas complejas, permite integrar en tales programas la automatización de procesos que facilitan el monitoreo y control continuo de las actividades de una empresa. Una de las principales aplicaciones de la IA radica en la gestión de riesgos, a través del procesamiento de grandes cantidades de información y la identificación de operaciones comerciales inusuales que representarían un riesgo para la empresa (FATF, 2021). Del mismo modo, la IA puede utilizarse en los procesos de due diligence o debida diligencia para el control, supervisión y evaluación que mantiene la empresa con los clientes, proveedores y terceros afines. Asimismo, el monitoreo continuo es otra de las funciones que la IA puede cumplir a través de un sistema de automatización que permite programar el control y reporte según lo que requiera la empresa. Muy distinto de lo que sucede con los sistemas de revisión periódicos que tradicionalmente se hacen de forma manual (FATF, 2021). Lo cierto es que la IA se convierte en una herramienta de apoyo a la prevención
de riesgos y particularmente podría reaccionar de forma oportuna a la prevención de un delito. Sin embargo, esto no implica que el control y manejo de las pautas de un programa de cumplimiento se deba encargar de forma exclusiva a la inteligencia artificial, ni mucho menos pretender responsabilizarla, pues no debe ser vista como una herramienta autónoma de determinación de responsabilidad. Inteligencia artificial: Límites y riesgos en la implementación Sostiene Richard Susskind, que “el reto es innovar, practicar el Derecho de una manera que no hubiéramos podido hacerlo en el pasado” (Susskind, 2017). Aterrizando lo referido por Susskind en este trabajo, la inteligencia artificial, sin duda es una herramienta innovadora en cualquier campo aplicable, pero a su vez puede originar problemas. En este sentido, es importante considerar que la implementación de IA en un programa de cumplimiento debe ser limitada por los riesgos de error que podría generar. Recordemos que estas herramientas basadas en IA son entrenadas incluso durante su proceso de ejecución, por lo tanto, un modelo puede producir falsos positivos, puede generar resultados equívocos, omitir conductas e incluso podría tomar decisiones erradas en situaciones complejas. Además, otro de los límites se relaciona con la protección de datos personales. En cuyo caso, la Ley Orgánica de Protección de Datos
Personales (2021) obliga e impone sanciones relacionadas con el tratamiento de los datos personales. Por lo que, la adopción de IA en un programa de cumplimiento debe incorporar pautas que garanticen el tratamiento legítimo de los datos personales que manejan las empresas y que serían procesadas por la IA. Finalmente, debe considerarse el riesgo al que puede estar expuesto un programa de cumplimiento que depende de herramientas generativas, pues son propensos a ataques de pishing, ransomware y otros delitos cibernéticos. ¿Un programa de compliance es eficaz por usar inteligencia artificial? El artículo 49 del COIP, refiere que “la responsabilidad penal de la persona jurídica se atenuará de conformidad con el número 7 del artículo 45 del presente Código. Los sistemas de integridad, normas, programas y/o políticas de cumplimiento, prevención, dirección y/o supervisión, deberán incorporar los siguientes requisitos mínimos, sin perjuicio de las disposiciones del Reglamento que se dicte para el efecto, y de otras normas específicas: 1. Identificación, detección y administración de actividades en las que se presente riesgo; 2. Controles internos con responsables para procesos que representen riesgo; 3. Supervisión y monitoreo continuo, tanto interna, como evaluaciones independientes de los sistemas, programas y políticas, protocolos o procedimientos para la adopción y ejecución de decisiones sociales; 4.
Modelos de gestión financiera; 5. Canal de denuncias; 6. Código de Ética; 7. Programas de capacitación del personal; 8. Mecanismos de investigación interna; 9. Obligación de informar al encargado de cumplimiento sobre posibles riesgos o incumplimientos; 10. Normas para sancionar disciplinariamente las vulneraciones del sistema; y, 11. Programas conozca a su cliente o debida diligencia” (2014). De lo citado se desprende que el legislador establece, de algún modo, los requisitos mínimos que debería reunir un programa de cumplimiento. No obstante, cabe plantearse la siguiente interrogante: ¿el cumplimiento de tales requisitos mínimos implica, por sí solo, que la persona jurídica cuenta con un programa de cumplimiento eficaz? A mi juicio no, pues considero que la exigencia mínima de cumplimiento de requisitos está encaminada a permitir una atenuación de pena a la persona jurídica, más no está orientada a determinar si un programa de cumplimiento es eficaz.
La eficacia de un programa de cumplimiento exige una implementación previa, real y acorde con los riesgos de la actividad de la empresa. No se trata de implementar un programa de compliance sin que el mismo resulte operativo, si no que es importante que este permita recopilar la información documental necesaria y relevante para un eventual juicio de imputación de responsabilidad. Así pues, un programa de cumplimiento que se apoya en inteligencia artificial podría ser considerado eficaz porque genera evidencia de que dicho programa estuvo en funcionamiento, de que se adoptaron medidas frente a las alertas de posibles delitos, de que existieron reportes del monitoreo continuo y de que se canalizaron las denuncias, entre otra información relevante que demuestra que el programa no existía solamente en papel, sino que funcionaba de manera efectiva, a diferencia de aquellos casos en los que la ausencia constante de control y supervisión del
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Ahora bien, la implementación de inteligencia artificial en un programa de cumplimiento no debe convertirse en una fórmula de aplicación mecánica en el sector empresarial, pues no es tan sencillo como adquirir e instalar un programa. Se trata de que la implementación de la inteligencia artificial pueda integrarse en un sistema de prevención propio, real, verificable y por supuesto sometido a control humano, ya que como se refirió anteriormente, su uso debe ser responsable y ético. Asimismo, la implementación de inteligencia artificial permitiría en buena me-
Arrese, N. D. (2021). In-
teligencia Artificial y compliance. Revista de privacidad y derecho digital, 19-49. Ecuador, A. N. (10 de 02 de 2014). Código Orgánico Integral Penal. Quito, Pichincha, Ecuador. Ecuador, A. N. (26 de 05 de 2021). Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Quito, Pichincha, Ecuador. Ecuador, A. N. (29 de 07 de 2024). Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos. Quito, Pichincha, Ecuador. FATF, F. F. (2021). Opportunities and challenges of new technologies for AML/ CFT. FATF/OECD. Fernández, R. M. (2021). Criminal Compliance Apuntes Penales Sobre el Cumplimiento Normativo. Buenos Aires: Hammurabi. Susskind, R. (2017). El abogado del mañana - Una introducción a tu futuro. Madrid: Wolters Kluwer. 1.Abogado litigante e investigador jurídico graduado en la Universidad Católica de Cuenca; Socio fundador de EM COMPLIANCE; Máster en Derecho Penal y Procesal Penal por la Universidad Carlos III de Madrid, España; Máster en Legaltech por la Universidad Internacional de la Rioja, España; Experto certificado en Compliance por la Asociación Española de Compliance.
A JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA ECUATORIANA DE ARTEFACTOS S.A.
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Aurelio Mosquera 2-111 y Luis Fernando Villamar Ibarra – Ecuador CITACIÓN JUDICIAL EXTRACTO ACTOR: CALDERON VIVEROS MARIA CHELITA FANY DEMANDADO: LUIS GONZALO PABON PALACIOS. TRÁMITE: SUMARIO ACCIÓN Y MATERIA DE LA DEMANDA: DIVORCIO POR CAUSAL JUICIO: 10203-2025-01936 CUANTÍA: INDETERMINADA DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR O CORREO ELECTRÓNICO: mataje.2012@ gmail.com JUEZ: Dr. PhD. Francisco Xavier Alarcón Espinosa SECRETARIO: Ab. Juan Carlos Játiva PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE EN LA PRESENTE CAUSA: “...Con los antecedentes expuestos, interpongo ante su señoría la presente DEMANDA DE DIVORCIO, en contra del señor LUIS GONZALO PABON PALACIOS, a fin de que en sentencia acepte mi demanda en todas sus partes y se declare la DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL POR DIVORCIO, que me une al señor antes mencionado, y se servirá ordenar la Inscripción de la sentencia debidamente Ejecutoriada en el Registro Civil, Identificación y Cedulación de Ibarra, a fin de que se margine y surtan los efectos legales pertinentes ....” AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTÓN IBARRA. Ibarra, viernes 9 de enero del 2026, a las 08h49. Agréguese al proceso el escrito y anexos presentados por la señora CALDERON VIVEROS MARIA CHELITA FANY, de fecha 6 de enero de 2026. 1).- CALIFICACIÓN Y TRÁMITE: La demanda de DIVORCIO POR CAUSAL, que antecede, presentada por señora CALDERON VIVEROS MARIA CHELITA FANY, debidamente representado por su abogado defensor es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de ley, aceptándose al trámite Sumario, establecido en el art.332.4 del Código Orgánico General de Procesos. 2).- CITACIÓN: Cítese con el contenido de esta demanda de DIVORCIO POR CAUSAL y esta providencia a la demandada señora: LUIS GONZALO PABON PALACIOS con número de cedula 10088862, conforme solicita en el libelo de la demanda, para el efecto se remitirá suficiente despacho a la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, quienes deberán estar a lo dispuesto en el Art. 54 y 78 del COGEP y extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem.
Se recepte la declaración de los siguientes testigos: GLADYS MARIA VILLALBA CAICEDO portador de cédula de ciudadanía 100209700-2 y JOHANA JAZMIN LOZANO CALDERON portador de cédula de ciudadanía 172461365-6. Téngase en cuenta la Prueba Testimonial. 5).- IMPULSO DEL PROCESO: De conformidad con lo dispuesto en el art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala que: “ Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo” se dispone que la parte actora, en el término de 48 horas, concurra a Secretaria de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las copias necesarias y ponga a disposición de la Oficina de Citaciones dicha documentación, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada.
Conocer y resolver el Informe de Gerente General del ejercicio económico 2025. Conocer y resolver el Informe del Comisario del ejercicio económico 2025. Conocer y resolver los Estados Financieros del ejercicio económico 2025. Conocer y resolver el informe de Auditoría Externa del ejercicio económico 2025. Resolver sobre el destino de los resultados del ejercicio económico 2025. Nombramiento de Directorio. Nombrar a los Comisarios Principal y Suplente y fijar la remuneración. Nombrar a los Auditores Externos de la Compañía para el ejercicio económico 2026.
6).- CUANTÍA: Téngase en cuenta la cuantía que por su naturaleza es indeterminada. 7).- NOTIFICACIONES: Téngase en cuenta la designación de su abogado defensor, casilla judicial y correo electrónico señalado por la parte actora, así como también la autorización otorgada a su Abogado defensor para futuras actuaciones. Actúe el Ab. Juan Játiva, en calidad de Secretario Titular de la presente causa. CÍTESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f). Dr. PhD. Francisco Xavier Alarcón Espinosa, Juez. OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTÓN IBARRA. Ibarra, viernes 2 de octubre del 2026, a las 14h54. Agréguese al proceso el escrito presentado por la señora CALDERÓN VIVEROS CHELITA FANY representada por su Procurador Judicial el Ab. Víctor Enrique Landázuri Arroyo, de fecha 22 de septiembre del 2026, ingresado a través de la Oficina de Gestión Judicial Electrónica, para los fines legales correspondientes.
De conformidad con lo dispuesto en la ley se encuentra a disposición de los Accionistas de la Compañía, en la dirección indicada, los documentos sobre los cuales deliberará la Junta General. Los accionistas que deseen asistir a la Junta por vía telemática o presencial por favor contactarse al correo electrónico serviciocliente@ ecasa-la.com, para confirmar su asistencia.
En lo principal, una vez vista el ACTA DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO que antecede se dispone se cite con el contenido de la demanda y esta providencia al señor LUIS GONZALO PABON PALACIOS conforme consta la declaración juramentada de desconocimiento, mediante tres publicaciones por la PRENSA al tenor de lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, la publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente, y de la providencia respectiva, las publicaciones dispuestas, se publicarán en un Diario de Mayor Circulación de esta provincia. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. f). Dr. PhD. Francisco Xavier Alarcón Espinosa, Juez. Ibarra, 12 de octubre del 2026
Para el día de la reunión debe ingresar al enlace https://teams.microsoft. com/meet/2669832929980261 que estará habilitado, o si desea hacerlo en forma presencial acercarse a las oficinas de Ecasa que se encuentran ubicadas en Cusubamba SN entre Manglar Alto y LLacao (frente a Pinturas Condor) el día de la junta. Quito, D.M, 16 de octubre del 2026 Mario Esteban Espinosa Vintimilla GERENTE GENERAL
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTÓN IBARRA
4).- PRUEBA ANUNCIADA POR LA PARTE ACTORA: Téngase en cuenta el anuncio probatorio que realiza el accionante, mismo que de ser pertinentes se tendrán en cuenta en la respectiva audiencia de conformidad al Art. 160 del COGEP.
Se convoca a los señores Accionistas de la Compañía ECUATORIANA DE ARTEFACTOS S.A. ECASA, y a su Comisario, Ing. Juan Carlos Muñoz, a quien se le notificará personal e individualmente en su dirección Av. Gil Ramírez Dávalos No. 5-32 y Armenillas en la ciudad de Cuenca y al correo electrónico jc.munoz@corporativo.ec, a la Junta Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el día jueves 27 de Octubre del 2026, a las 10:00 horas, por vía presencial y telemática, con el objeto de tratar el siguiente orden del día: 2.
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTÓN IBARRA. Ibarra, martes 13 de octubre del 2026, a las 08h54.
3).- OBLIGACIONES DE LA PARTE DEMANDADA: Se previene al demandado de su obligación que tiene de contestar la demanda y anunciar medios probatorios, conforme lo señalado en el art. 151 del Código Orgánico General de Procesos, en el término de 15 días, de acuerdo a lo previsto en el art. 333.3 del ibídem. De no hacerlo, se continuará con la sustanciación de la causa, conforme lo previsto en el art. 157 del Código Orgánico General de Procesos.
CONVOCATORIA
1.
Juicio No. 10203-2025-01936
JATIVA PUGA JUAN CARLOS SECRETARIO 001-005-0950
Conclusiones El gran potencial de la inteligencia artificial ofrece oportunidades para fortalecer y consolidar la cultura del compliance penal en Ecuador. Su capacidad para gestionar, procesar, monitorear y evaluar un programa de cumplimiento con tareas automatizadas y no automatizadas, cobija las pautas necesarias para cumplir con el objetivo de prevención del delito durante las actividades de una empresa. En los países en donde la cultura de compliance todavía no se ha consolidado, se debe aprovechar la ventaja que ofrece la inteligencia artificial y empezar a trabajar con ella. La idea es adoptar un compliance basado en riesgos, capaz de utilizar herramientas como la inteligencia artificial sin que aquello implique perder el control jurídico y humano sobre la toma de decisiones.
dida obtener una respuesta y reacción rápida frente a posibles riesgos penales detectables, a diferencia de lo que puede suceder si todo se encuentra bajo control y supervisión humana. Igualmente, puede contribuir a la justificación razonable de que el programa de cumplimiento es eficaz en el marco de un juicio de imputación de responsabilidad penal de la persona jurídica. En definitiva, contar con el apoyo de la inteligencia artificial en un programa de cumplimiento resulta razonable cuando lo que se pretende es prevenir el cometimiento de un delito en el marco de la actividad de la empresa en concreto, pues el monitoreo constante, el tiempo de reacción y cada una de las actividades que desempeñe son elementales para cumplir con los objetivos del programa. Las organizaciones que perduren en el tiempo estarán sometidas a los mismos principios y valores sobre los cuales se crearon, pero con un elemento diferenciador claro en su cultura de compliance. Bibliografía
001-006-1101
programa por parte de un agente humano dificulta la recopilación y conservación de evidencia. Lo ideal, como bien refiere (Arrese, 2021) es que la utilización de la inteligencia artificial se la haga de forma responsable y ética, pues de lo contrario la implementación de IA en un programa de compliance de nada serviría. Es decir, la adopción de IA no constituye por sí misma una prueba definitiva de que un programa de compliance sea eficaz.
LUNES 19 DE OCTUBRE DE 2026
Ecuador
Las pisadas de tortuga pueden esconder un secreto Un equipo de investigación de la Universidad de Cantabria (UC) estudia la forma de caminar de animales actuales, como las tortugas, para obtener información que ayude a interpretar las huellas de especies extinguidas hace millones de años. El equipo ha comenzado con cuatro tortugas de espuelas africanas (Centrochelys sulcata), que es la tercera tortuga más grande del mundo, detrás de las tortugas gigantes de Galápagos y Seychelles. EUROPA PRESS
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