LUNES 17 DE AGOSTO DE 2026
Santo Domingo
Entre inseguridad y las urnas se mueve Santo Domingo
La ampliación del estado de excepción mantiene activos los operativos de seguridad en la provincia. Mientras tanto, los partidos y movimientos políticos ultiman sus candidaturas para las elecciones seccionales de noviembre. Nuevos rostros y figuras con experiencia buscan disputar las alcaldías y Prefectura de Santo Domingo de los Tsáchilas. 03 SEGURIDAD
ECONOMÍA
JUSTICIA
GLOBAL
Ecuador entra Ley antimafia El Niño récord al estiaje con un se diseña con amenaza al déficit eléctrico asistencia italiana mundo de 1.391 MW 04 06 09
Sigiloso espionaje digital puede ser descubierto 07
POLÍTICA
REVISTA JUDICIAL
GLOBAL
Colombia fumigará la coca: ¿qué hará Ecuador?
05
Migrantes en EE.UU. Actos toman medidas administrativos extremas ante y los ciudadanos política de Trump
08
11-12
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
Manuel Castro M.
manuelcastromurillo@hotmail.com
Importancia de las redes sociales
L
as redes sociales sobrevivirán por sus ventajas y no desaparecerán por sus desventajas. Son plataformas que conectan a personas y “marcas” y permiten compartir textos, fotos y videos. Hay quienes las utilizan de buena fe y aceptan o no las opiniones ajenas. Otros, sobre todo en política, las convierten en instrumentos de opositores o del Gobierno, perdiendo objetividad y alejándose de la realidad. Millones de personas son aprendices de las materias que tratan y sientan verdades sobre cuestiones sociales, científicas y políticas. Así evitan hablar con profesionalismo y profundidad, el diálogo y se encierran en “zonas de confort donde solo escuchamos nuestras propias ideas”, como señala Zigmunt Bauman. Para Bauman, las redes sociales son “una trampa de la modernidad líquida”, sociedad donde las estructuras fijas del pasado se han desvanecido. Con un clic, se comunican noticias falsas sin contrastarlas, se difunden riesgos de seguridad por repetir algo oído y se propician acoso digital, adicción y problemas de privacidad. También hay quienes las usan para denigrar, insultar y calumniar, amparados en el anonimato. La libertad de opinión y expresión es un derecho humano fundamental para buscar, recibir y difundir información e ideas por cualquier medio y sin fronteras. Está consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos y, en Ecuador, regulado por los artículos 16, 17, 18, 19 y 20 de la Constitución. Voces como Umberto Eco han opinado sobre el tema. En 2015 se le atribuyó la frase de que las redes sociales dan derecho de palabra a “legiones de idiotas” que antes hablaban en el bar y que ahora tienen el mismo derecho que un premio Nobel. Un lector negó que Eco la hubiera pronunciado y lo calificó de “idiota y narcisista”. Otro respondió: “Si Eco no ha dicho la frase poco importa, pues su contenido es cierto”. Como plantea René Descartes, la duda metódica, es decir, el análisis crítico, es el camino necesario para alcanzar la verdad y el conocimiento seguro frente a una posible influencia negativa de las redes sociales.
Paco Moncayo Gallegos
pmoncayog@gmail.com
Vaya… ¡Por fin!
L
os análisis de la situación de inseguridad predominante llegaban coincidentemente a la conclusión de que el crimen organizado transnacional, como una amenaza global, requería de enfoques de seguridad colectiva, para combatirlo con opciones de éxito. Sin embargo, dos factores
Directora Nacional: Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Lorena Melo Mieles Redacción: santodomingo@lahora.com.ec Publicidad: mgranda@lahora.com.ec Año: XXVII No. 11.693
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
O
OPINIÓN 02
SANTO DOMINGO LUNES 17/AGOSTO/2026
Rogelio Morales Cattani
editorial
moralescattani@yahoo.com
Espionaje cibernético C
A vencer el miedo
L
as dos denuncias públicas de un posible espionaje cibernético en dispositivos Apple preocupan porque no se tienen antecedentes de que las intervenciones sean legales. Las dos personas que han denunciado las alertas, reales y comprobables, no son investigadas por delitos que atenten contra la seguridad del Estado y la intervención de sus comunicaciones no tendrían orden judicial. Esa es la única manera en la que el Estado puede interceptar comunicaciones privadas, incluso bajo Estado de Excepción, cuya implementación limita cómo y cuándo el Estado puede intervenir comunicaciones y exige la emisión de un informe en caso de hacerlo. El uso de recursos públicos para ejercer control político es también ilegal y podría incluso considerarse peculado si no se demuestra que se lo hace con fines de seguridad nacional. Cualquier intento de ejercer supervigilancia sobre actores
impedían optar por una respuesta correcta: las discrepancias políticas crónicas de ideologías aparentemente irreconciliables, entre gobernantes de los países latinoamericanos; y, el recelo común frente al enfoque de dominación neocolonial del ‘Corolario Trump’, que actualiza la tesis geopolítica añeja de: ‘América para los americanos’. Al menos la primera discordancia parece estar parcialmente superada, cuando una veintena de gobiernos han alcanzado en Panamá el acuerdo para crear la
de la sociedad civil, sin orden judicial, es ilegal y condenable. El espionaje cibernético es una amenaza real y no viene solo de actores estatales. En este ámbito, la empresa privada puede aportar conocimiento y mejores prácticas. Las grandes industrias, en especial la banca, tienen mucha experiencia en proteger sus sistemas. Así como hay programas que infectan teléfonos y computadoras para saber qué tienen, con quién hablan, y qué comunican sus autores, también hay organizaciones que comprueban estas intervenciones y las exponen. En El Salvador se conoció la intervención que hizo el gobierno de Nayib Bukele a al menos 32 periodistas y otros actores civiles; hecho condenado por la justicia pero sin consecuencias para la intervención ilegal del Estado sobre las libertades civiles. Los actores políticos y sociales deben recordar que el gran enemigo común no es la pluralidad política, sino el crimen organizado.
‘Coalición contra los Cárteles de las Américas’, alineada con la estrategia del ‘Escudo de las Américas’(A3C), propuesto por EE. UU. Al respecto, es ilustrativa la invitación del ministro panameño de Seguridad Pública a superar las diferencias políticas, advirtiendo que: “Ningún país puede enfrentar solo una amenaza que no reconoce fronteras. La coalición debe convertirse en un mecanismo capaz de desarticular las finanzas criminales”. Resulta, por supuesto, ilustrativo que la coalición política, surja
como derivada de una decisión militar anterior: la creación, el 4 de agosto, del ‘Grupo de Trabajo Conjunto del Hemisferio Occidental’, anunciado por el Comando Sur de Estados Unidos. Una organización operativa multinacional de carácter militar, diseñada para coordinar la lucha contra el crimen organizado, “… pasando de las declaraciones políticas a una respuesta operativa coordinada, en líneas de acción concretas”, que abarca el intercambio de Inteligencia militar y policial; el ataque a las finanzas
uando las personas exteriorizan un coraje que puede tener sustento y hasta justificación, lo que indirectamente están haciendo es venciendo el miedo que le acobardaba, o que impedía que las personas muestren su malestar ante acciones que se consideren injustas y hasta lesivas en contra de la sociedad a la que pertenecemos. Revisar las redes sociales y percatarse de lo que viene sucediendo en el país en temas relacionados a la sanidad y a la salud, es solo comprobar que cuando las carencias de medicinas e insumos médicos, o cuando el acceso a los hospitales del Estado que pertenecen al pueblo es un problema identificado, pero no resuelto, la protesta social no va a tardar en aparecer. Cuando la gente vence el miedo, la reacción o reacciones pueden ser inimaginables y las consecuencias impredecibles. Cuando uno de los miembros de una familia sufre un quebranto en su salud y no encuentra la solidaridad en funcionarios públicos encargados de darle atención, se está jugando con fuego porque la rebeldía que se mezcla con la rabia y la impotencia, terminaran por vencer el miedo y la reacción popular no tardará en hacerse presente. Considero que el pueblo ha sido muy tolerante en el tema de la salud, que muy pocas excepciones, ha sido incorrectamente manejado por los últimos gobiernos que han fracasado en poder llevar una adecuada política pública que beneficie a la mayoría. La salud vista como un negocio, es un crimen asqueroso porque de su mala ejecución y de la mala atención, la afectación se hace mas manifiesta a los sectores más vulnerables y no ha existido un gobierno que “agarre al toro por los cuernos” y tome las decisiones más acertadas, por duras y difíciles que sean. El pensar que el sector de la salud con todo lo que tiene que invertir y gastar, deba seguir siendo un tipo de “moneda de cambio” para lograr favores políticos y económicos, es una lacerante realidad que afecta a pobres y ricos, blancos y negros, zurdos y diestros.
criminales; el control conjunto del tráfico de drogas, la trata de personas, el tráfico de armas y la protección de fronteras e infraestructuras críticas. En casos como éste, no existe una solución perfecta, pero la asumida es indispensable para proteger los intereses vitales de la Nación ecuatoriana, expresados en objetivos nacionales fundamentales, como la paz, la seguridad y la soberanía. El gobierno deberá velar celosamente que los tres sean debidamente custodiados.
03 CIUDAD
SANTO DOMINGO LUNES 17/AGOSTO/2026
I
Inseguridad y candidaturas concentran la atención en Santo Domingo La ampliación del estado de excepción coincide con el cierre de las inscripciones de candidaturas para las elecciones seccionales de noviembre. En la provincia se perfilan nuevos rostros y figuras con trayectoria política. Mientras en la provincia Santo Domingo de los Tsáchilas se amplía el estado de excepción, dictado a mediados de junio de 2026, a nivel nacional se vive un intenso ambiente político que tomó fuerza durante la última semana, previo a que este lunes 17 de agosto, a las 18:00, concluya el plazo para la inscripción de candidaturas a las elecciones seccionales de noviembre de 2026. Desde el viernes 14 de agosto, la mayoría de representantes de movimientos y partidos políticos de los cantones Santo Domingo y La Concordia optaron por realizar el proceso de inscripción en línea. Posteriormente, los candidatos, acompañados de sus simpatizantes, realizaron caminatas y actos para celebrar su participación en la contienda electoral.
Aunque el Consejo Nacional Electoral (CNE) aún no ha informado oficialmente cuántos candidatos a alcalde y prefecto se han inscrito en la provincia, publicaciones difundidas en redes sociales permiten identificar, de manera preliminar, alrededor de 15 aspirantes para cada una de estas dignidades. Entre los rostros que aparecen están personas que ya han ocupado cargos en administraciones anteriores, como alcaldes, prefectos y concejales. También se identifican nuevos perfiles y, en varios casos, jóvenes que buscan incursionar en la política local.
La seguridad es prioridad
Con respecto a la ampliación de la medida extraordinaria, cuya decisión presidencial se fundamenta en informes técnicos y de inteligencia que alertan sobre la “persisten-
CANDIDATOS. Figuras con experiencia política y nuevos rostros buscan ocupar las principales dignidades de la provincia en las elecciones seccionales.
EL DATO La ampliación del estado de excepción por 30 días rige en diez provincias y tres cantones. cia de una dinámica delictiva estructurada” en el país, según el Centro Nacional de Inteligencia, en la provincia continúan los operativos de seguridad y la detención de presuntos integrantes de grupos criminales. La Policía Nacional informó que, a través de la investigación denominada
Busca regresar a su puesto ° Dentro del proceso de participación en las elecciones seccionales, se conoció que un concejal rural de Santo
Domingo, quien renunció a su cargo la semana anterior, estaría solicitando regresar a su puesto, luego de que los principales de su partido político lo dejaran fuera de la contienda electoral. La situación genera una interrogante: ¿puede el concejo municipal restituirlo en el cargo después de que su suplente ya fue principalizado? ‘Caso Flete’, se desarticuló una presunta organización delictiva dedicada al robo de vehículos pesados en diferentes ejes viales de la provincia y sectores aledaños. La investigación, desarrollada durante aproximadamente cuatro meses, permitió determinar que esta
estructura estaría conformada por ciudadanos ecuatorianos, quienes presuntamente se asociaban para cometer robos a conductores de vehículos pesados, principalmente camiones, en los cantones de Mejía, Santo Domingo, Buena Fe, Quevedo y La Concordia. (LMM)
Diez jóvenes fueron reconocidos por sus logros El talento y la trayectoria de diez jóvenes de Santo Domingo fueron reconocidos durante la ceremonia de premiación del programa mundial TOYP Santo Domingo 2026, organizado por la Cámara Júnior capítulo Santo Domingo. El programa distingue a jóvenes menores de 36 años que han alcanzado logros destacados en diferentes ámbitos y que, a través de su trabajo, generan un aporte a la sociedad. Durante la ceremonia, Cristian Pérez, representante de la Cámara Júnior, resaltó que en la provincia existe una importante cantidad de jóvenes con talento y capacidad para alcanzar
sus objetivos. Señaló que detrás de cada historia de éxito también existen momentos de dificultad, esfuerzo y frustración.
Historias que inspiran
La convocatoria al TOYP 2026 se realizó semanas atrás. Los interesados tuvieron la posibilidad de postularse de manera libre y presentar información sobre su trayectoria, fotografías y testimonios que permitieran conocer sus logros y méritos. Luego de cumplir con el proceso de selección, los diez ganadores recibieron un galardón durante la ceremonia desarrollada en el Mezzanine Café Teatro.
EL DATO Para la Cámara Júnior, los reconocimientos buscan visibilizar el trabajo de las nuevas generaciones. Los reconocimientos abarcaron distintas áreas. Katherine Huilca obtuvo el premio en Liderazgo Ambiental; Nathaly Chávez, en Logro Profesional; y Rigail Toro, en Logro Cultural. En el ámbito Deportivo fue reconocido Jahir Ramos, mientras que Argenis Cedeño recibió el galardón en Liderazgo Humanitario o Voluntario. La categoría
RECONOCIMIENTO. Los diez jóvenes fueron galardonados por sus aportes y logros en diferentes áreas.
Superación y Logro Personal fue para Romina Espinosa. En Asuntos Políticos, Legales y Gubernamentales fue reconocido Miguel Ángel Vásconez; en Desarro-
llo Científico y Tecnológico, Cristian Huang; en Logro Empresarial, Económico y de Emprendimiento, Kerly Labre; y en Liderazgo y Logro Académico, Nerea Nevárez. (LMM)
economía 04 i SANTO DOMINGO | lunes 17/agosto/2026
El país enfrentará la época seca con una brecha de 1.391 MW entre la oferta y la demanda, proyectos de generación retrasados, vulnerabilidades en la red de transmisión y una fuerte dependencia de las hidroeléctricas.
El riesgo que conlleva el estiaje El estiaje es la época seca en la Sierra y la Amazonía, cuando bajan los caudales de los ríos y disminuye la generación de las hidroeléctricas. En Ecuador, este período se extenderá aproximadamente entre septiembre de 2026 y marzo de 2027, y este año coincide con la posible presencia del fenómeno de El Niño, que podría alterar las lluvias y aumentar la incertidumbre sobre los embalses que abastecen al complejo Paute y a Coca Codo Sinclair. Las necesidades energéticas Cenace calcula que el país necesitará 1.391 Megavatios (MW) adicionales para cubrir con holgura la demanda durante el estiaje 2026-2027. Ese déficit surge porque el consumo eléctrico sigue creciendo y el sistema requiere incorporar alrededor de 390 MW de capacidad firme cada año. Si los nuevos proyectos no entran a tiempo, la brecha se mantiene. Ofrecimiento y capacidad disponible Aquí aparece una de las mayores diferencias entre los anuncios oficiales y la capaci-
dad disponible para este año. El Gobierno había planteado un plan para incorporar 920 MW de nueva generación termoeléctrica mediante alquiler de unidades rápidas y compra de infraestructura. Sin embargo, el viceministro de Electricidad, Javier Medina, reconoció que solo unos 50 MW estarían operativos al inicio del estiaje; el resto llegaría entre finales de 2026 e inicios de 2027. En otras palabras, la mayor parte del refuerzo previsto no estará disponible al principio del estiaje, cuando el sistema más lo necesite. “El consumo eléctrico del país ha crecido desde 2024 y buena parte de la capacidad incorporada en los últimos años ha servido para absorber ese aumento de la demanda, no para eliminar el déficit estructural”, apuntó Andrés Pérez, ingeniero eléctrico. Además, alrededor del 75% de la electricidad ecuatoriana sigue dependiendo de las hidroeléctricas, por lo que la disponibilidad de agua seguirá siendo el factor decisivo durante la época seca. Los escenarios sobre Mazar El Gobierno sostiene que el principal respaldo para enfrentar el estiaje es el embalse de Mazar, que alimenta el complejo Paute-Integral. Según el viceministro Medina, el Ministerio y el Cenace monitorean permanentemente distintos escenarios hidrológicos y consideran que el nivel del embalse es una de
ENERGÍA. El Gobierno de Daniel Noboa asegura que el sistema eléctrico ecuatoriano está preparado para el estiaje.
las variables más importantes para atravesar los meses de menor generación. Con corte al 14 de agosto de 2026, según información de la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec), el embalse de Mazar se ubicó en los 2.151 metros sobre el nivel del mar. Esto representa apenas 2 metros por debajo del nivel máximo de 2.153 metros sobre el nivel del mar. En contraposición, el 14 de agosto de 2024, el embalse de Mazar estaba en 2.148 metros sobre el nivel del mar, es decir, 5 metros menos del máximo. “El problema es que desde septiembre se profundiza la sequía y se corre el riesgo de que el nivel de los embalses baje sustancialmente y de manera acelerada si no hay más generación térmica de respaldo y si Colombia deja de vendernos energía porque sus embalses se empiezan también a vaciar”, apuntó Ernesto Andrade, ingeniero
001-005-0786
Cuando en septiembre de 2026 comience el estiaje, Ecuador volverá a enfrentarse a la prueba que marcó 2024: producir suficiente electricidad cuando disminuye el agua que alimenta a las principales hidroeléctricas del país. La diferencia es que esta vez el Gobierno insiste en que el sistema está preparado, mientras el Operador Nacional de Electricidad (Cenace) mantiene alertas sobre un déficit potencial y riesgos en la red de transmisión. Para entender qué tan cerca, o no, está el país de nuevos cortes de luz, estas son las claves que explican la situación.
eléctrico. ¿Cuál es la capacidad eléctrica del país? El Ejecutivo mantiene un discurso más optimista que el del operador eléctrico. Mientras Cenace advierte una brecha entre oferta y demanda, el Gobierno sostiene que las inversiones en mantenimiento, transmisión y recuperación de generación han fortalecido el sistema. El presidente de la República, Daniel Noboa, afirmó que esas acciones permitieron recuperar entre 500 MW y 600 MW respecto de los escenarios más críticos previstos para 2026. El secretario general de la Administración, José Julio Neira, aseguró que el manejo de los embalses y de los caudales es el más eficiente de los últimos años y cuestionó que los informes del Cenace no reflejen todas las mejoras ejecutadas por el Gobierno.
Los puntos críticos del sistema El propio Cenace identifica un punto crítico: noviembre de 2026. Para ese mes estima un déficit de 330,65 GWh, equivalente a unos 450 MW de potencia faltante, si se presenta un escenario hidrológico desfavorable. También advierte que cualquier retraso en la ejecución o reprogramación de los proyectos de generación puede reducir los márgenes de confiabilidad del sistema. El plan oficial contemplaba 1.092,1 MW adicionales entre junio de 2026 y agosto de 2027, de los cuales unos 490 MW deberían estar disponibles antes de noviembre de 2026. La mayor parte corresponde a centrales termoeléctricas (935 MW, de los cuales el 66% es generación alquilada), además de una pequeña central hidroeléctrica privada de 45 MW (Hidroquest) y un proyecto eólico de 110 MW (Villonaco III) previsto para agosto de 2027. El problema es que, hasta inicios de agosto de 2026, solo 105 MW habían sido adjudicados (repartidos entre Guangopolo de 10 MW, Santa Elena de 45 MW y Enrique García de 50 MW) y varios contratos aún no estaban firmados.(JS)
001-005-0786
Apagones: alertas del Cenace chocan con optimismo del Gobierno
“Se los digo en la cara, ellos hacen mis días miserables y se lo digo a todo el mundo. Yo en realidad nunca he sentido odio en mi vida hasta que conocí a los del Cenace. A partir de las 05:00 cuando emiten el proceso de generación eléctrica hacen mis días miserables. Porque primero se ha venido haciendo un trabajo honesto y transparente para mejorar el sistema eléctrico de Ecuador. El interés de ellos no es que nosotros seamos mejores en dar ese servicio; es que el presidente quede mal”, dijo Neira en una reciente entrevista radial.
05 PoLíTIca
SANTO DOMINGO | lunes 17/agosto/2026 I
Coca: ¿Puede Ecuador fumigar plantaciones en Colombia? Mientras en Colombia el presidente Abelardo De la Espriella anunció que fumigará las plantaciones de coca, en Ecuador expertos ven necesaria una cooperación con el vecino país. El Ejército aún sostiene que los cultivos se encuentran solo en Colombia.
Ecuador y Colombia deben coordinar acciones, incluida la fumigación a plantaciones de coca Francisco Santos, exvicepresidente de Colombia, señala que Noboa y De la Espriella deben “diseñar acciones conjuntas, no solo la fumigación, porque ambos países somos víctimas de la violencia que genera el narcotráfico”. “La fumigación se va a hacer en todas partes de Colombia, incluyendo la frontera”, proyecta Santos, aunque reco-
Militares destruyen plantas de coca encontradas en Sucumbíos, en julio de 2026. (Foto: Ejército de Ecuador).
noce que hasta el 14 de agosto no hubo “ninguna nueva disposición” sobre la fumigación porque aún se atienden los efectos del terremoto. “Esa fumigación tiene que venir acompañada con ayuda para las verdaderas poblaciones campesinas”, menciona al plantear que De la Espriella debe hacer un “micro manejo”, un seguimiento de todas las acciones que inicie. La senadora Jennifer Pedraza solicitó a De la Espriella el 7 de agosto que informe qué herbicidas utilizará en la fumigación. Santos dice que el Congreso debe conocer eso, pero duda que cambie la medida anunciada. “Si se utiliza glifosato (producto químico para matar plantas) y drones, se elimina la razón por la que la Corte Constitucional lo había suspendido”, apunta Santos. La Corte colombiana emitió sentencias en 2017 y 2021 que suspendieron la aspersión aérea de glifosato, la fumigación
se hacía con aviones. ¿Hay justificación para que Ecuador realice fumigaciones desde o en territorio nacional? “No es algo que esté totalmente prohibido. Sin embargo, existen limitaciones derivadas de la Constitución y de la jurisprudencia de la Corte Constitucional ecuatoriana si se toma en cuenta el derecho comparado, es decir, lo que pueden haber resuelto los tribunales de otros países, en este caso de Colombia”, argumenta Byron Villagómez, técnico del Observatorio Ecuatoriano de Crimen Organizado. La Corte de Colombia sí determinó que se debe hacer una consulta previa a las comunidades étnicas si se intenta reanudar fumigaciones. El técnico señala que para aplicar la fumigación se debe considerar los derechos al medio ambiente sano, de la naturaleza, salud, vida e integridad
de las personas. “Dependiendo del alcance que tendría la medida, sería necesario llevar a cabo procesos de participación, es decir, de consulta previa”, explica. Por esas limitaciones, hacer una fumigación resultaría complicado, refiere. Una fuente del Ejército Ecuatoriano en servicio activo indicó que las plantaciones de coca se encuentran en territorio colombiano. Wilson Goyes, exmilitar y experto en seguridad, coincide en que “Ecuador no tiene plantaciones de cultivo de coca, salvo algunas pequeñas camufladas en la selva, por ello Ecuador no tendría una justificación real y lógica para emprender un trabajo así (la fumigación)”. Considera que Ecuador no debería involucrarse en esa medida, pero sí reforzar la seguridad en el lado ecuatoriano. Destaca el apoyo que puede dar Estados Unidos (EE. UU.) con su tecnología de teledetección y sistema satelital para ubicar las plantaciones en Ecuador y Colombia. Sin embargo, Goyes ve posible que, como parte de la cooperación con Colombia, haya puestos temporales de lanzamiento de drones en Ecuador en la lucha contra el narcotráfico. El general en servicio pasivo y experto en seguridad, Wagner Bravo, señala que en Ecuador no hay plantaciones de coca como en Colombia para que el Gobierno de Noboa inicie fumigaciones y
VENDO
VENDO TANQUES
EMBOTELLADORA COMPLETA CON: RINSEADORA, LLENADORA 32 VÁLVULAS, ENROSCADORA DE TAPA PLÁTICA, TAPONADORA DE TAPA CORONA 7.500 B.B.H. DE 600C. ACTUALMENTE FUNCIONANDO, VENDO POR CAMBIO DE EQUIPOS. TELÉFONO: 0991002632
DE ACERO INOXIDABLE, MONTACARGAS SIN USO, MÁQUINA DE FABRICAR BOLOS EN REGULAR ESTADO, Y MÁS
001-005-0786
CHATARRA DE ACERO. TELÉFONO: 0991002632
001-005-0786
“Voy a implementar la fumigación con herbicidas de última generación”, dijo Abelardo de la Espriella, presidente de Colombia, el 7 de agosto de 2026 cuando se posesionó. Hasta el 14 de agosto el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, no se pronunció sobre este anuncio. Algunos expertos consideran que Ecuador debe cooperar con Colombia, pero no precisamente con una fumigación. Honorio Henríquez, presidente del Congreso de Colombia, señaló el día de la posesión que se deben “implementar las acciones necesarias para destruir las 330.000 hectáreas de coca sembradas en el país”. LA HORA consultó a Nataly Morillo, ministra de Gobierno, y al Ministerio de Defensa sobre qué hará Ecuador respecto a la fumigación en Colombia, pero no hubo respuesta.
que el país no tiene capacidad para hacerlo porque enfrenta el conflicto armado interno. “Nosotros no tenemos que erradicar plantaciones de coca”, comenta. Recuerda que la Constitución en su artículo 417 determina que Ecuador debe sujetarse a los tratados internacionales que ha ratificado, por ejemplo, la Carta de la Organización de los Estados Americanos. Allí consta que “ningún Estado o grupo de Estados tiene derecho de intervenir, directa o indirectamente, y sea cual fuere el motivo, en los asuntos internos o externos de cualquier otro”. Bravo también indica que al final será una “decisión política” de los mandatarios. ¿Qué debería hacer Ecuador frente a la medida anunciada en Colombia? Villagómez sugiere que los Estados acuerden las limitaciones para la fumigación en el lado colombiano y que desde Ecuador “haya una respuesta en diversos frentes”, es decir con políticas sociales. “Sí nos interesa que Colombia fumigue porque mientras menos plantaciones haya allá, menos producción de cocaína pura, menos muertos, menos lavado de dinero, menos armas habrá”, agrega Bravo. Ve dos alternativas para contrarrestar las plantaciones: · La erradicación manual. · La aspersión aérea con glifosato. Bravo plantea el diálogo para demarcar la medida en un convenio: “Hay que conversar para que la fumigación desde Colombia se haga a una distancia prudencial de la línea de frontera para que no nos afecte. Y en el filo de la frontera se debería hacer una erradicación manual. Se trata de una conversación entre Noboa y De la Espriella y debería haber un trabajo muy cercano de la diplomacia”. Subraya que Ecuador debe enfocarse en acciones como: · Proteger las fronteras. · Intercambiar información. · Ejecutar operaciones espejo: acciones militares paralelas, pero en el respectivo territorio. · Evitar que los grupos criminales crucen a Ecuador y que del país salgan los precursores (combustible) para la producción de coca. (KSQ)
PoLíTIca 06
i SANTO DOMINGO | lunes 17/agosto/2026
Seis ejes de la ley antimafia para identificar mejor a los criminales La Asamblea Nacional tramita un proyecto de ley que busca atacar a redes criminales vinculadas a grupos de mafias. Existe apoyo de expertos europeos. Seis son los problemas que intenta solucionar la ley antimafias que se trata en la comisión de Seguridad de la Asamblea Nacional y que cuenta con apoyo del gobierno italiano. En su etapa de construcción para primer debate han participado tanto organismos locales, internacionales y especialistas. Estos se refieren a: Organización criminal: reforma el delito de delincuencia organizada para identificar mejor los distintos roles dentro de una estructura criminal, como dirección, mando, financiamiento, planificación, control y colaboración externa. Pertenencia, reclutamiento e infraestructura: incorpora herramientas para sancionar a quienes pertenecen funcionalmente a la organización, reclutan personas para fines delictivos o facilitan casas, bodegas, vehículos, caletas, galpones u otros espacios para su operación. Economías ilícitas estratégicas: fortalece la respuesta penal frente a delitos relacionados con hidrocarburos, derivados, gas licuado de petróleo, biocombustibles y favorecimiento de servidores públicos. Riesgo procesal: exige una valoración más rigurosa del riesgo en casos de crimen organizado, incluyendo capacidad económica, capacidad armada, control territorial, redes de apoyo, intimidación de víctimas o testigos y posibilidad de continuidad criminal. Bienes y extinción de dominio: permite administrar, preservar, vender anticipadamente o asignar temporalmente bienes incautados para evitar deterioro, abandono, pérdida de valor o reutilización criminal. Responsabilidad institucional: refuerza la obligación de motivar
1
2
3
4 5
6
Aportes de organismos internacionales en la construcción de la ley en la comisión de Seguridad de la Asamblea. (Foto: Cortesía)
adecuadamente decisiones judiciales en casos graves e incorpora consecuencias para profesionales que usen su función para favorecer estructuras criminales. El argumento es que el crimen organizado no funciona como un delito aislado, sino como una estructura circular. En el centro está la organización criminal, y alrededor de ella operan distintos anillos: quienes dirigen, quienes pertenecen funcionalmente, quienes reclutan, quienes prestan infraestructura, quienes movilizan recursos, quienes lavan activos, quienes corrompen funcionarios, quienes intimidan víctimas y quienes conservan o administran bienes ilícitos. Asimismo, existen mercados ilícitos interconectados como el narcotráfico, la minería ilegal, la extorsión, el lavado de activos y el tráfico de armas y explosivos. El modelo italiano antimafias en Ecuador En la construcción de la normativa hay apoyo del gobierno italiano. El embajador de Italia en Ecuador, Giovanni Davoli, mencionó que Ecuador no está luchando contra una pandilla local, sino contra una organización transnacional que tiene tentáculos en
todo el mundo con enormes recursos. Para el diplomático, se requiere acción policial y militar, pero también —como eje fundamental— reformas al sistema judicial que incluyan recuperar el control de los centros penitenciarios. Señaló que expertos italianos brindan asistencia. Subrayó que el problema también pasa por un cambio cultural, pues la ciudadanía tiene que estar del lado del Estado. Para el embajador, la tipificación del delito de asociación mafiosa es esencial. Destacó que esta figura legal, implementada en la legislación italiana hace varias décadas, resultó clave para combatir a las mafias. Expertos plantean reforzar acciones contras las mafias en Ecuador Daniel Pontón, analista en temas de seguridad, expresó que todo lo que aporte a las reformas penales e institucionales para enfrentar el problema es bienvenido; sin embargo, sostiene que el principal obstáculo está en la justicia. Esto se debe a que se han registrado diversos casos donde la Policía detiene a sospechosos que, a las pocas horas, salen en libertad.
A su parecer, si Ecuador no brinda garantías a los operadores de justicia para hacer un trabajo efectivo desde los ámbitos tecnológicos, procesales, jurídicos y de seguridad, será complicado avanzar. Añadió que la normativa no debe ser vista sólo como un paquete de reformas legales, sino como una política integral. Recordó que existe asesoramiento del Gobierno italiano, país que lideró iniciativas similares frente a los problemas de crimen organizado que atravesó en la década de 1990. Felipe Castro, docente de Derecho de la Universidad Católica que asistió a la comisión, planteó a nivel interno coordinar acciones institucionales. Indicó que es necesario que instituciones de control como la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), el SRI y las Superintendencias de Compañías y de Bancos garanticen la trazabilidad del dinero, lo que permitiría a la Fiscalía actuar con mayor rapidez y efectividad en investigaciones o acciones preventivas. “La delincuencia organizada ya no solo está en las calles, ya no solo está en la violencia que tenemos lamentablemen-
te día a día, sino que ya está inmiscuida en la economía formal a través de diferentes estructuras”, mencionó. A nivel internacional, sugirió supervisar el ingreso de inversiones por razones de seguridad nacional, tanto antes como después de su concreción. El dinero que mueven las operaciones sospechosas en Ecuador En 2025, según el proyecto de ley, la UAFE identificó más de $1.200 millones vinculados a operaciones sospechosas de lavado de activos en el sistema financiero nacional, mientras que la Superintendencia de Bancos reportó 7.670 operaciones sospechosas el año pasado. Inés Alarcón (ADN), presidenta de la Comisión de Seguridad Integral de la Legislatura donde se tramita la iniciativa, considera que la ley busca darle al Estado herramientas que se necesitan para enfrentar al crimen organizado como lo que realmente es, es decir, estructuras que tienen financiamiento, logística, redes de colaboración, control territorial y capacidad para infiltrarse en actividades legales e incluso en instituciones. Para la asambleísta hay que golpear la economía de las mafias porque mientras una organización criminal conserve su dinero, sus bienes, sus rutas y sus mecanismos de financiamiento, tiene capacidad para volver a operar. Se necesita fortalecer la recuperación de activos y actuar sobre las economías ilícitas que sostienen al crimen organizado. La presidenta de la Asamblea, Mishel Mancheno, quien presentó el proyecto, anunció que la ley antimafias forma parte del eje de seguridad que es uno de los tres puntos de su agenda legislativa. El proyecto tiene 3 artículos reformatorios, 1 disposición general y 1 disposición final. Dentro de estos artículos se incluyen reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), Ley de Extinción de Dominio y Código Orgánico de la Función Judicial. El informe para primer debate estaría listo en septiembre. (JGP)
07 seguridad SANTO DOMINGO | lunes 17/agosto/2026 I
Pegasus: el espionaje digital que pone a Ecuador en alerta Dos alertas de Apple encendieron las alarmas en Ecuador por presuntos ataques con Pegasus, un sofisticado software capaz de infiltrarse en celulares sin dejar señales y acceder a cámaras, micrófonos, mensajes y ubicación. Tener señales de cambios en los accesos a la cámara, el micrófono y a la información que hay en un celular daría pistas a los usuarios sobre un hackeo. Sin embargo, sin una sola señal la información de su celular puede estar en manos de un tercero, así opera Pegasus, un software espía sofisticado que se instala en celulares con sistema Android o iOS, y hasta en computadores. En 2022, un informe reveló que decenas de periodistas y activistas en El Salvador fueron víctimas del hackeo de sus celulares a través de Pegasus. Medios internacionales reportaron que, aunque no se demostró quién estaba detrás del ciberataque, los señalamientos caían sobre el gobierno de Nayib Bukele, pero las autoridades lo negaron. En El Salvador, Citizen Lab
y Access Now confirmaron 35 casos de periodistas y miembros de la sociedad civil cuyos celulares fueron infectados con ese software espía entre julio de 2020 y noviembre de 2021. Pero, especialistas en ciberseguridad estimaron que serían más de 100 dispositivos infectados que no se pudieron identificar. Apple alertó dos casos de presunto espionaje en Ecuador El 13 de agosto de 2026, la activista Gabriela Panchana denunció que le llegó una alerta a su iPhone en que se le indicaba que estaba siendo víctima de un ataque de presunto espionaje. “Apple detectó que estás siendo objeto de un ataque de spyware mercenario que está intentando comprometer
REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DEL TRABAJO Y DESARROLLO HUMANO EXTRACTO ACTOR JOSÉ RICARDO DÁVILA VILLAGÓMEZ, en calidad de trabajador, en contra de la compañía ONIERT S.A., en calidad de empleadora. PATROCINADOR: Dr. Carlos Garcés Burbano ACCIONADO: compañía ONIERT S.A CAUSAL: NUMERAL 2 DEL ARTICULO 173 DEL CÓDIGO DE TRABAJO Quito, 11 de agosto de 2026, a las 13h30.- Continuando con la sustanciación del trámite de Visto Bueno No. 361786-2026-GMAN, seguido por el señor JOSÉ RICARDO DÁVILA VILLAGÓMEZ, en calidad de trabajador y parte accionante, en contra de la compañía ONIERT S.A., en calidad de empleadora y parte accionada. 1) Agréguese al expediente el escrito ingresado mediante documento No. MDTH-DRTSPQ-2026-21101-E, así como la documentación que se acompaña, mediante los cuales la parte accionante da cumplimiento a lo dispuesto en providencia de 03 de agosto de 2026, incorporando la declaración juramentada, los certificados emitidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y la documentación de respaldo de las diligencias efectuadas para determinar el domicilio o residencia de la parte accionada. 2) De la revisión de la documentación incorporada al expediente, se verifica que la parte accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, al presentar la declaración juramentada sobre la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de la parte accionada, así como la documentación de respaldo correspondiente; en consecuencia, procédase a la citación de la compañía ONIERT S.A., por intermedio de sus representantes legales, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, de conformidad con el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. 3) Para tal efecto, entréguese a la parte accionante el correspondiente extracto; concédase el término de cinco (5) días para que remita a este Despacho los ejemplares o constancias de las publicaciones efectuadas, así como la certificación o constancia legible que acredite haber fijado una copia del extracto en varios sitios visibles del lugar de trabajo. De no cumplir con lo dispuesto dentro del término concedido, se dispondrá el archivo del expediente, de conformidad con la normativa aplicable. 4) Concédase a la compañía ONIERT S.A., en calidad de parte accionada, el término de veintidós (22) días para que conteste la solicitud de Visto Bueno, anuncie y presente las pruebas de las que se crea asistida y señale casillero judicial y correo electrónico para futuras notificaciones, término que correrá a partir del día siguiente al de la última publicación. Con su contestación o en rebeldía, se continuará con la sustanciación del presente trámite y se resolverá conforme a Derecho. Notifíquese. – f) AB. GERMÁN MARCELO ÁLVAREZ NÚÑEZ.Validar únicamente en FirmaEC. Firmado electrónicamente por:
ABG. GERMÁN MARCELO ÁLVAREZ NÚÑEZ INSPECTOR DEL TRABAJO DE PICHINCHA
Dirección: Av. República de El Salvador N34-183 y Suiza Código Postal: 170505 / Quito – Ecuador Teléfono: +593-2-381-4000 www.trabajo.gob.ec
001-006-0874
GERMAN MARCELO ALVAREZ NUNEZ
Imagen ilustrativa sobre un ataque digital a los dispositivos electrónicos. (Foto: Archivo)
de forma remota el iPhone”, es una parte de la alerta que le llegó a la activista. Además, en el mismo mensaje apareció una nota de seguridad en el que se señalaba que periodistas, activistas o investigadores pueden ser objetivo de programas de espionaje avanzado como Pegasus. La misma alerta le llegó a Fernando Cornejo, expresidente de Segura EP, quien a través de su cuenta de X publicó que recibió la alerta de Apple en la que se le informó que ha sido objetivo de un ataque característico de Pegasus. “Esto no es delincuencia informática común. Se trata de tecnologías que cuestan millones de dólares y que, en distintos contextos internacionales, han sido empleadas con fines de vigilancia altamente sensible”, detalló. Asimismo, Cornejo dijo que solicitará que se realicen los análisis técnicos para determinar el origen del ataque, los responsables y el financiamiento y que, si las evidencias demuestran participación de organismos o funcionarios ejercerá todas las acciones legales correspondientes, tanto en Ecuador como en instancias internacionales. ¿Cómo actúa Pegasus? Pegasus es un software israelí creado por una empresa llamada Grupo NSO, la cual
es especialista en desarrollar ese tipo de software. Técnicos en ciberseguridad destacaron que dicha empresa realiza tratos solo con los gobiernos a nivel mundial y no con empresas privadas. Alfredo Velasco, director de Usuarios Digitales, indicó que este software espía toma el control de todo el celular y a través de este se tiene acceso a todo el contenido, ver las actividades que se realiza, la pantalla del usuario y se puede activar distintas funcionalidades como cámara, micrófono y hasta la localización. “Este software ha tenido inconvenientes, porque lastimosamente los gobiernos, en vez de usarlos contra objetivos reales, lo utilizan contra críticos, incluyendo periodistas, defensores de derechos humanos y opositores políticos”, aseguró Velasco. El especialista recordó que Pegasus ha intervenido aplicaciones. En 2025 WhatsApp llevó a NSO Group y a su software a juicio, les ganó por acceso no consentido y por vulnerar la seguridad de la aplicación de mensajería instantánea. Pegasus se instala de forma sigilosa en los celulares Norman García, especialista en Seguridad Digital, explicó que este software espía hace que terceros puedan ver en
tiempo real lo que se hace en el celular, pero también tienen un control donde pueden revisar toda la información sin necesidad de darse cuenta. “No hay manera en que el dueño del celular sepa que tiene Pegasus a menos que sea notificado por el desarrollador del teléfono, sea iPhone o Android”. Hay dos maneras de infectar el celular: · Con aplicaciones que estén en el dispositivo, que tengan vulnerabilidades y que hayan sido detectadas por el software. · Con un ataque de ingeniería social como el phishing con el que envían un enlace malicioso, al dar clic se abre un sitio web y ahí se implanta el software. García señaló que todos los ciudadanos podrían ser víctimas del ataque; sin embargo, está dirigido a cierto grupo porque una vez que un gobierno tiene acceso a Pegasus tiene la capacidad de intervenir cualquier dispositivo. Por lo que dependerá del interés que tengan en un objetivo, ya que cada intervención a un celular tiene un costo. Recomendaciones para evitar ser víctima del software espía · Realizar las actualizaciones de cada dispositivo para tener las últimas versiones del sistema operativo. · Monitorear las aplicaciones que se utilizan y desinstalar las que no se usan. Solo en iPhone se puede activar el modo Hermético o Lockdown Mode, que ayuda a la seguridad y evita que en · tren llamadas de desconocidos a través de FaceTime o que lleguen SMS con enlaces ilegítimos, y con ello se puede contrarrestar la infección. · Manejar contraseñas seguras y activar la verificación en doble paso. · Diversificar las cosas que se realizan y no utilizar el iCloud para almacenar todo. · Aunque no hay manera de determinar si es víctima de ataque, con iPhone llega la alerta y se recomienda contactar a una organización de análisis forense. Norman García indicó que, si hay dos denuncias en Ecuador, “es muy posible” que más personas estén intervenidas. (PSR)
gLOBaL 08
i SANTO DOMINGO | lunes 17/agosto/2026
Miedo y separación: así viven los migrantes bajo Trump Familias migrantes en Estados Unidos cambian sus rutinas, preparan tutores para sus hijos o abandonan el país ante el temor a detenciones y deportaciones. Una conmoción silenciosa atraviesa a familias migrantes en distintos puntos de Estados Unidos. El temor por ser detenidos o deportados está llevando a algunos padres a preparar documentos para garantizar el cuidado de sus hijos, mientras otros dejan de trabajar, evitan salir de casa o incluso deciden abandonar el país. Los testimonios y casos fueron recogidos en reportes de medios como CNN, que documentó cómo las políticas migratorias impulsadas por el Gobierno de Donald Trump están alterando la vida cotidiana de familias de estatus migratorio mixto.
Familias migrantes que prefieren irse de Estados Unidos Para otras familias, esperar una posible detención dejó de ser una opción. Abdiel y Adilene Do-
mínguez habían construido prácticamente toda su vida en Minnesota. Llegaron desde México cuando eran niños, se casaron, tuvieron cuatro hijos, compraron una vivienda y fundaron una iglesia. Sin embargo, ante el endurecimiento de los controles migratorios, decidieron vender sus bienes y trasladarse a México. Su salida se produjo por decisión propia y sin acogerse a un programa federal. Pero su caso coincide con una estrategia de la administración Trump para incentivar la salida voluntaria de inmigrantes. El proyecto Homecoming, dotado con $915 millones, ofrece vuelos gratuitos y ayudas de hasta US$2.600 a quienes decidan abandonar Estados Unidos mediante la aplicación CBP Home. Según un documento del Departamento de Seguridad Nacional revisado por CNN, cerca de 72.000 personas habían salido del país a través de ese mecanismo. También aumentaron las salidas voluntarias ordenadas desde los tribunales migratorios: más de 72.000 casos habían terminado de esa manera en el actual año fiscal, frente a más de 35.000 el año anterior.
El miedo cambia la vida cotidiana en Estados Unidos Quienes permanecen en Estados Unidos también están modificando sus hábitos. Reportes describen comunidades donde algunos inmigrantes han dejado de acudir al trabajo, retiran a sus hijos de las escuelas y evitan tiendas, iglesias y otros lugares habituales. En algunas iglesias, los servicios religiosos pasaron a internet. Vecinos y voluntarios ayudan a hacer compras o recoger a niños de las escuelas para reducir la exposición de las familias que temen ser detenidas.
001-006-0883
Padres migrantes en Estados Unidos que se preparan para una separación En Maryland, una madre salvadoreña designó a un sacerdote de su iglesia como tutor temporal de su hijo de siete años en caso de que ella y su esposo sean deportados. El religioso, Vidal Rivas, ya ha sido nombrado tutor suplente de al menos 31 niños cuyos padres enfrentan ese temor. La posibilidad de una separación familiar no es nueva. Una investigación de CNN publicada en 2025 encontró
que más de 100 niños con ciudadanía estadounidense habían quedado sin sus padres tras operativos migratorios. Algunos fueron entregados a familiares o conocidos y otros ingresaron al sistema de acogida temporal. El miedo también alcanzó a mujeres embarazadas. Emma Confesor, una mexicana que vive en Estados Unidos desde hace más de dos décadas, llegó a considerar dar en adopción al hijo que esperaba ante la incertidumbre sobre la ciudadanía por derecho de nacimiento. Otra mujer incluso consultó a su médico sobre adelantar el parto para que su bebé naciera antes de que entrara en vigor una eventual restricción. La incertidumbre cambió después de que la Corte Suprema determinara el 30 de junio que la Decimocuarta Enmienda protege la ciudadanía por nacimiento, rechazando el intento de eliminarla para los hijos nacidos en territorio estadounidense de padres que no son ciudadanos.
También reportó calles y negocios prácticamente vacíos durante operativos migratorios en ciudades como Minneapolis y Nueva Orleans. En Brooklyn, el temor también afectó a la actividad de negocios de una comunidad haitiana después del fin del Estatus de Protección Temporal para los haitianos. El impacto trasciende a quienes podrían ser deportados. En muchas familias hay niños que son ciudadanos estadounidenses y padres cuyo estatus migratorio es irregular. Para ellos, la política migratoria ya no representa solamente un debate legal: se ha convertido en una decisión diaria sobre dónde vivir, trabajar, estudiar y permanecer juntos. Los reportes recopilados por CNN muestran así una consecuencia menos visible de la política migratoria estadounidense: el miedo está modificando la vida de comunidades enteras, incluso antes de que ocurra una detención o una deportación.
Los migrantes irregulares en Estados Unidos enfrentan varios problemas y temores
09 gLOBaL
SANTO DOMINGO | lunes 17/agosto/2026 I
El Niño apunta a romper un récord histórico y amenaza con alterar el clima mundial La NOAA estima en casi 70% la probabilidad de que el actual “Súper El Niño” supere al más intenso registrado y eleve el riesgo de calor extremo, lluvias e inundaciones. Un fenómeno climático de dimensiones extraordinarias avanza por el Pacífico y los pronósticos ya cambiaron de tono. La Administración Nacional Oceánica y Atmosférica de Estados Unidos (NOAA) calcula ahora que existe una probabilidad cercana al 70% de que El Niño que se está formando se convierta en el más intenso jamás registrado. La previsión es más contundente que la anterior. Hasta hace poco, los me-
teorólogos consideraban que el episodio probablemente estaría entre los más fuertes de la historia. La velocidad con la que se ha calentado el océano y la coincidencia de los modelos climáticos llevaron a elevar la expectativa: el fenómeno podría alcanzar su máxima fuerza entre finales del otoño y comienzos del invierno del hemisferio norte. Los registros oficiales de intensidad de El Niño de la NOAA se remontan a 1950.
REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DEL TRABAJO EXTRACTO
ACTOR: CARLA ELIZABETH SEVILLA JATIVA, REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑIA ECUASANITAS S.A. PATROCINADOR: DRA. VANESSA VELASQUEZ BAEZ ACCIONADO: MARIA EUGENIA VALENCIA GUERRERO, EN CALIDAD DE PARTE TRABAJADORA CAUSAL: NUMERALES 1 Y 2 DEL ART. 172 DEL CÓDIGO DE TRABAJO
001-005-0785
INSPECCION DEL TRABAJO DE PICHINCHA. – Quito 14 de agosto del 2026, a las 09h22.- Continuando en el conocimiento de la solicitud de Visto Bueno identificada con el número 361855-2026-JFVQ, presentada por CARLA ELIZABETH SEVILLA JATIVA, REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑIA ECUASANITAS S.A. en su calidad de empleador en contra de MARIA EUGENIA VALENCIA GUERRERO, en calidad de parte accionada y trabajadora. En lo principal se dispone lo siguiente: 1) Agréguese al proceso el escrito MTDH-DRTSPQ-2026-21679 y anexos presentados el 12 de agosto del 2026 por la accionante. 2) Agréguese al proceso la Declaración Juramentada celebrada ante Notario Público en donde la actora ha manifestado que le ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de la ACCIONADA, el Certificado NRO. MREMH-CZ9-2026- 34672 de 5 de agosto de 2026, suscrito por el señor TROYA ESQUIVEL NELSON DAVID, DIRECTOR ZONAL DZ9, ENCARGADO; del que se desprende que MARIA EUGENIA VALENCIA GUERRERO, no ha salido del país y que no consta Registrado en una oficina Consular. 3) En aplicación a lo previsto en el artículo Art 11 del Acuerdo Ministerial MDT-2024-041; con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese a la accionada mediante una publicación, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, además fijará una copia en varios sitios visibles del lugar de trabajo en los establecimientos de trabajo colectivo.- 4) Para tal efecto se entregará el correspondiente extracto; se le informa al accionante que se le concede el término de cinco días para que haga llegar a este despacho la publicación integra a fin de agregarlas al proceso, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá de oficio el archivo del expediente.5) Se le concede a MARIA EUGENIA VALENCIA GUERRERO , en calidad de parte accionada y trabajadora; el término de veinte y dos días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones a partir de la publicación. Con su contestación o sin ella se procederá a investigar los fundamentos de la solicitud de visto bueno y se dictará la resolución que en Derecho corresponda. - NOTIFIQUESE
El océano está enviando una señal excepcional para el mundo El Niño aparece cuando las aguas superficiales del Pacífico tropical central y oriental alcanzan temperaturas superiores a lo normal. Ese calor adicional pasa a la atmósfera mediante nubes y lluvias y termina modificando patrones climáticos a miles de kilómetros de distancia. La NOAA prevé que la temperatura de la superficie marina en la zona utilizada para medir el fenómeno pueda superar 2,5 grados Celsius por encima del promedio, durante un periodo sostenido de tres meses. Ese nivel podría dejar atrás al llamado “Súper El Niño” de 1982-1983, considerado hasta ahora el episodio más intenso registrado. Pero existe un elemento que vuelve especialmente complejo al fenómeno actual: el planeta ya es más cálido que hace décadas. El calentamiento global ha elevado progresivamente las temperaturas de los océanos tropicales. Para medir con mayor precisión la intensidad de El Niño en este nuevo
escenario, la NOAA utiliza también el Índice Oceánico de El Niño Relativo (RONI), que descuenta parte de esa tendencia general de calentamiento. Incluso con ese ajuste, los datos apuntan a un episodio fuera de lo común. “Se trata de un fenómeno verdaderamente extraordinario”, señaló el climatólogo Daniel Swain, de la Universidad de California. Según el experto, los niveles actuales ya igualan o superan registros históricos y todavía se espera un aumento importante. ¿Qué puede pasar en el mundo con un fenómeno de El Niño récord? Un El Niño récord no significa automáticamente que todos sus efectos serán récord. La NOAA advierte que cada episodio tiene características particulares y que la intensidad del fenómeno no permite anticipar con certeza qué ocurrirá en cada región. Sí aumenta, sin embargo, la posibilidad de que aparezcan los patrones asociados habitualmente con El Niño. En Sudamérica, el fenómeno puede favorecer lluvias intensas e inundaciones en determinadas zonas, mientras otras regiones del planeta pueden enfrentar condiciones más secas. Indonesia y Australia, por ejemplo, suelen experimentar un mayor riesgo de sequía. En Estados Unidos, el otoño y el invierno podrían traer condiciones más húmedas de lo habitual desde California hasta Florida.
Algunas zonas del Medio Oeste, en cambio, tienden a registrar inviernos más cálidos y secos durante episodios de El Niño. La gran incógnita es cómo interactuará un fenómeno de esta magnitud con un planeta que ya atraviesa un proceso sostenido de calentamiento. Fenómeno de El Niño: 2027 podría romper otro récord El Niño también tiene consecuencias sobre la temperatura promedio del planeta. Su efecto se suma al calentamiento provocado por las emisiones de gases de efecto invernadero. Una forma sencilla de entenderlo es imaginar una escalera mecánica que sube constantemente: el cambio climático empuja la escalera hacia arriba, mientras El Niño añade un nuevo peldaño. Por eso, la intensidad prevista para este episodio aumenta las posibilidades de que 2027 se convierta en el año más cálido jamás registrado. Incluso 2026 podría terminar rompiendo ese récord. La advertencia, entonces, no se limita a un océano excepcionalmente caliente. El verdadero desafío será observar qué ocurre cuando un El Niño potencialmente histórico golpea a un planeta que ya registra temperaturas récord. El fenómeno todavía está en desarrollo. Pero los pronósticos ya colocan al mundo ante un escenario que los científicos describen como territorio desconocido. (JS)
El Niño no solo caliente los océanos, sino también tiene consecuencias sobre la temperatura promedio del planeta
LOJA 10
Incendio forestal en Quinara entró en fase de vigilancia
i SANTO DOMINGO | lunes 17/AGOSTO/2026
El descenso de temperatura ayudó a contener el incendio forestal, pero el pronóstico de mayor calor mantiene la alerta sobre una posible reactivación de los focos. Las condiciones meteorológicas registradas en la parroquia Quinara, cantón Loja, permitieron frenar temporalmente la propagación del incendio forestal activo en la zona. Las lluvias de la madrugada del sábado y el descenso de la temperatura incrementaron la humedad relativa del suelo, lo que mitigó las llamas de forma natural. Ante este escenario, el Cuerpo de Bomberos de Loja solicitó suspender de momento la activación del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Cantonal. El monitoreo realizado con corte a las 06:00 (del domingo 15 de agosto) confirmó que el evento permanece controlado en Quinara.
Control en Quinara y protección de viviendas
El trabajo conjunto de las estaciones de bomberos de Vilcabamba, Malacatos y Loja logró resguardar las infraestructuras habitacionales del sector. El monitoreo mediante drones e inspecciones en campo determinó que actualmente no existen viviendas en riesgo. “Las lluvias representan una humedad relativa en te-
EL DATO Los incendios forestales de 2019 y 2024 entre Quinara y Quilanga consumieron miles de hectáreas de vegetación nativa al cruzar la frontera cantonal. rritorio que ayuda a mitigar de forma natural el evento, pero no significa que esté liquidado en su totalidad”, explicó Mariuxi Armijos, bombera de la parroquia de Vilcabamba. Los operativos se desplegaron en el territorio junto al jefe del Cuerpo de Bomberos y autoridades locales. No obstante, en la parte posterior de Quinara y en el sector de La Palmira, la difícil topografía frena el acceso del personal por tierra. En ese punto, el incendio se mantiene activo y bajo observación constante.
Vigilancia preventiva ante aumento de temperaturas
El Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología
INCENDIO. Personal del Cuerpo de Bomberos de varias estaciones ayudó a mitigar las llamas.
(INAMHI) y los sistemas satelitales prevén un incremento paulatino de las temperaturas durante los próximos días. Esta condición podría favorecer la reactivación de focos de calor. “Pedimos al COE mantenernos en espera según la evolución del monitoreo. Si el fuego se controla de forma natural, será innecesario el recurso aéreo; de lo contrario, estamos listos para activarnos de forma inmediata”, señaló Armijos.
Coordinación interinstitucional para evitar la expansión a Quilanga El siniestro afecta áreas de la zona suroriental y suroccidental del cantón Loja, específicamente en los sectores de Saguaico y La Palmira. La trayectoria actual revive antecedentes históricos como los flagelos registrados en 2019 y 2024, los cuales cruzaron los límites entre Quinara y Quilanga. “El continuo monitoreo lo
realizamos junto al Cuerpo de Bomberos de Quilanga y el GAD Municipal de dicho cantón. Lo importante es actuar antes de que el fuego llegue a afectar al territorio vecino”, enfatizó Armijos. El Cuerpo de Bomberos de Loja ratificó que mantendrá la vigilancia de campo y el seguimiento satelital. En caso de variaciones climáticas desfavorables, se solicitará de inmediato la reactivación de los organismos de socorro.
LUNES, 17 de AGOSTO de 2026 La Hora Santo Domingo
es una edición de diario la hora
http//www.derechoecuador.com
ACTOS ADMINISTRATIVOS Y LOS CIUDADANOS Autor: Mgs. Marlon A. Ron Zambrano
El Estado ecuatoriano se encuentra conformado por la Función Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral, y, Participación Ciudadana y Control Social. Esta distribución tuvo como finalidad satisfacer los derechos fundamentales de los/as ciudadanos/as y hacer respetar los fines del Estado. Fue realizada a partir del 20 de octubre de 2008, fecha de promulgación de la Constitución de la República del Ecuador. Si bien es cierto que cada Función guarda independencia, incluso diferentes objetivos, puesto que, el Consejo Nacional Electoral –Función Electoral– busca fortalecer la democracia del país, por otro lado, el Consejo de la Judicatura –Función Judicial– busca fortalecer la justicia; empero, tienen algo en común entre ellas, entre otras cosas, generan actividad administrativa1. Es preciso señalar que, las Funciones del Estado ecuatoriano derivan del consentimiento de sus ciudadanos, debiéndose buscar un equilibro entre las atribuciones otorgadas y los derechos de las personas. Así pues, ministros, directores ejecutivos, legisladores, alcaldes, ejecutivos, jueces y demás servidores que gocen de un cargo público les corresponden rendir cuenta permanentemente de su ejercicio, el mismo que deberá englobarse en el mayor deber del Estado, garantizar sin discriminación el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, artículo 3.1. del cuerpo legal mencionado. La Administración a través de tareas de orden fáctico dan cumplimiento a sus competencias previstas en la Norma Suprema y a sus atribuciones legales de asuntos que inciden directamente con las necesidades de la sociedad. De tal forma, la actividad administrativa se realiza diariamente, de forma permanente y se plasma de manera variada; sin embargo, la Administración también actúa en el derecho privado, como los actos jurídicos de derecho público que deben acoplarse con los actos jurídicos de derecho privado de la Administración, así lo prevé el inciso final del artículo 89 del Código Orgánico Administrativo, esto no obsta la separación entre una actividad administrativa y las demás dentro del Estado, como
en la web derechoecuador.com la legislativa o política. Por ello, las instituciones del Estado, sus organismos dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal deberán actuar bajo un criterio finalista, esto es, buscar un objetivo práctico, canalizado en su actividad. Estas actuaciones se manifiestan dentro del marco jurídico entre la Administración y el administrado/los administrados, pero, solo puede actuar en el marco sus respectivas competencias legales, para entender aquello basta leer el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador que contiene el principio de la legalidad administrativa o de la vinculación positiva de la Administración. Debe tenerse en cuenta que la Administración no solo necesita una norma para actuar, sino que, debe ser previa, clara y pública, acorde a los ítems dados por el artículo 82 del cuerpo legal ibídem (principio de seguridad jurídica). Entonces la Administración está condicionada por el principio de ‘‘habilitación legal previa’’ y únicamente realizará actividad administrativa cuando se cumpla los presupuestos de hecho que la norma prevé, pero, esto no significa que la Administración se encuentre estrictamente sujeta a la ley, como un imperativo categórico, ya que, debemos tomar en cuenta que no precisamente el Derecho Administrativo y la Administración han venido juntos, incluso, podemos precisar que la Administración se enfrenta a problemas y necesidades sociales que el Derecho Administrativo y el ordenamiento jurídico no han plasmado o han previsto de diferente manera. Sin menoscabo de lo mencionado, la Administración tiene el objetivo de precautelar el interés general, por ello, hoy por hoy, se le ha otorgado al principio de legalidad un mayor alcance, incluso, la Corte Constitucional del Ecuador2 indicó que este principio contiene un alcance ampliado y que lo podemos definir como el principio de estricta legalidad o juridicidad, el mismo que se configura en el artículo 14 del Código antes descrito, que en su último inciso define que la Administración goza de la discrecionalidad en su actividad administrativa. Como se aprecia, el legis-
lador definió que la actividad administrativa fuera de las atribuciones de la institución emisora vulneraría el núcleo esencial del principio de legalidad y la facultad de competencia (acto ilegítimo), mientras que, cualquier acción contra legem o prater legem (contra ley o fuera de ley) no se ajustaría al principio de juridicidad (acto arbitrario), consonante al artículo 18 del Código Orgánico Administrativo. Dicho de forma anexa, cada actuación administrativa se configura estrictamente en la órbita de las funciones legales otorgadas y en apego al ordenamiento jurídico vigente. Líneas ratificadas por el jurista Juan Colombo Campbell, en su obra “Funciones del derecho procesal constitucional”, en Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano 2002, Montevideo: Fundación Konrad Adenauer, 2002, p. 137. No cabe duda, en el marco del buen funcionamiento de la Administración, la actividad administrativa sirve al interés general y deberá emitirse con el pleno sometimiento al ordenamiento jurídico aplicable, en cuanto este está orientado a la promoción de la dignidad humana. Como puede observarse, la actividad administrativa se encuentra regulado bajo principios, además de los ya mencionados, podemos manifestar que la Administración deberá actuar acorde a los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia, evaluación, confianza legítima, responsabilidad y proporcionalidad, artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador y artículo 2 y ss. del Código Orgánico Administrativo. Entre tanto, la Ley para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos también prevé, en su artículo 3, ciertos principios que la Administración debe acatar, como: celeridad; consolidación; control posterior; pro administrado, gratuidad, simplicidad, veracidad, no duplicidad, mejora continua y tecnología de la información. En estas mismas líneas, la Carta Iberoamericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano en Relación con la Administración Pública de-
clara que la Administración deberá actuar conforme a los principios de eficacia, seguridad jurídica, buena fe, racionalidad, igualdad de trato y economía. Aunado a lo anterior, podemos estatuir que la Administración para cumplir con sus objetivos realiza actividad administrativa -al amparo del cumplimiento de ley y del interés general- la misma que, el legislador, mediante el artículo 98 del Código ut supra, la dividió en cinco actuaciones: 1) Acto administrativo; 2) Acto de simple administración; 3) Contrato administrativo; 4) Hecho administrativo; y, 5) Acto normativo de carácter administrativo. Acto Administrativo Aproximadamente en 1795 cuando se aplicó la separación de los Poderes/Funciones del Estado, se estableció que toda actividad administrativa deberá sujetarse a lo prescrito en el ordenamiento jurídico, así pues, se dejó atrás que no para todo trámite administrativo y procedimiento administrativo resultará en una mera actividad técnica, sino, existirán casos que deberán emitirse una declaración formal de la voluntad3. El artículo 98 del Código Orgánico Administrativo estatuye: ‘‘Acto administrativo es la declaración unilateral de voluntad, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales o generales, siempre que se agote con su cumplimiento y de forma directa. Se expedirá por cualquier medio documental, físico o digital y quedará constancia en el expediente administrativo’’. La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, en Resolución nro. 0504-2014, emitida en el Juicio nro. 0122-2011, postuló: ‘‘El acto administrativo es una declaración. Se trata de una declaración intelectual y, en consecuencia, un acto jurídico que excluye los actos de pura ejecución o actos materiales que puede realizar la Administración Pública”; el jurista Mario Santofino Gamboa, en su obra ‘‘Tratado de Derecho Administrativo’’, el acto administrativo es: ‘‘(…) toda manifestación unilateral, por regla general de voluntad, de quienes ejercen funciones administrativas, tendientes a la producción de efectos jurí-
11
dicos’’ (2003, p. 131); y, por otro lado, el tratadista ecuatoriano Marco Morales Tobar, en su libro ‘‘El Acto Administrativo. En: Derecho Constitucional para fortalecer la democracia’’, definió al acto administrativo como una declaración de voluntad de autoridad competente, que versa sobre asuntos de la administración pública y que tienes efectos jurídicos de orden particular o general, ambas concepciones se encuentran en apego a lo avizorado en el artículo 98 del Código Orgánico Administrativo que señala: ‘‘es la declaración unilateral de voluntad, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales o generales, siempre que se agote con su cumplimiento y de forma directa. Se expedirá por cualquier medio documental, físico o digital y quedará constancia en el expediente administrativo’’, para Jorge Moreno Yanes, en su artículo ‘‘Breves reflexiones sobre el Código Orgánico Administrativo’’4 asevera que la definición dada por el Código en mención es la adecuada y la correcta, puesto que, el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva ‘‘ERJAFE’’ y el Código Orgánico de Organización Territorial ‘‘COOTAD’’ en donde se establecía que el acto administrativo es: ‘‘toda declaración’’, lo cual traía consigo una gran confusión que incluía no solo al acto administrativo en razón a la actividad administrativa, sino también al referente a la actividad legisladora o política. Mientras que, para otros autores como Agustín Gordillo, en su obra ‘‘Tratado del Derecho Administrativo’’, Tomo III, p. 193, sostiene que la noción de “acto administrativo” cumple una función metodológica y sistematizadora dentro del Derecho Administrativo, figura jurídica que está desprovista de caracteres dogmáticos que exijan arribar a una definición determinada como única válida y verdadera. Sin duda alguna, el concepto dado por varios tratadistas y por la norma para establecer el alcance de ‘‘acto administrativo’’, en algún momento será ambiguo o no responderá a la praxis, un claro ejemplo de ello es la incorporación de las Tecnologías de la Información y Comunicación ‘‘TIC’s’’ y de la Inteligencia Artificial ‘‘IA’’ en la administración pública, que para
12
LUNES 17 DE AGOSTO DE 2026 La Hora, SANTO DOMINGO
ciertos trámites administrativos la Administración emitirá un acto administrativo que no englobe –en su totalidad– la definición actual. Más allá de esto, sin duda, el acto administrativo deberá cumplir con ciertas características básicas determinadas en el artículo 99 del Código Orgánico Administrativo, tales como: 1) Competencia; 2) Objeto; 3) Voluntad; 4) Procedimiento; y, 5) Motivación; en tal virtud, si el acto administrativo no cumple con los parámetros antes descritos el acto administrativo no tendrá validez, por ende, no producirá efectos jurídicos. Acto de simple administración El artículo 120 del Código Orgánico Administrativo prevé que este tipo de acto cumple con ciertos requisitos que cumple el acto administrativo, como: la voluntad, unilateralidad y efectos jurídicos individuales. No obstante, el acto de simple administración también debe cumplir con el parámetro de la motivación, conforme a lo determinado por la Corte Constitucional del Ecuador en la Sentencia nro. 1158-17-EP/21 de 20 de octubre de 2021, emitida en el caso nro. 1158-17-EP, que mencionó: ‘‘(…) todo acto del poder público debe contar con una motivación correcta’’ (párr. 22). Por otra parte, también guarda consigo características propias como: la declaración unilateral puede ser interna o entre órganos de la administración y también puede producir efectos jurídicos de forma indirecta. Jorge Moreno Yanes, en su artículo citado en el párrafo anterior, menciona que el acto de simple administración ‘‘ayuda con el criterio técnico, económico, o jurídico a la autoridad que debe emanar el acto principal’’5. En doctrina, varios autores como Hugo Caldera Delgado, divide este tipo de actos en: actos complejos y actos simples. Los primeros son elaborados por dos o más órganos de la Administración, entre los cuales no existe una relación de jerarquía. Mientras que, los segundos son emanados por una sola entidad, o entre dos o más pero donde si existe una vinculación jerárquica. Esta división se debe a la doctrina italiana, pero, actualmente, solo presenta un mero interés históricos, los mismos que ahora se conocen como actos de simple administración. Sin perjuicio de la tesis antes descrita, los actos de simple administración pueden llegar hacer instrucción, orden de servicio, sumilla, actos de opinión, actos de dictamen y demás actos que materializan el acto administrativo. La Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, en el Juicio nro. 2003-
20746, manifestó: “Los actos de simple administración por su naturaleza consultiva y preparatoria a la manifestación de la voluntad administrativa no son propiamente impugnables. Ello sin perjuicio del derecho a impugnar el acto administrativo que omitió un dictamen o informe cuando ellos eran necesarios o cuando se sustentó en un informe o dictamen erróneo” (p. 5603). Hecho administrativo Existen actos registrales, certificatorios, operativos o terminales que se engloban dentro de la actividad administrativa de la Administración como un hecho administrativo. Este tipo de actuación son meramente técnicos y producen efectos jurídicos directos o indirectos, además, no tiene la necesidad que exista o no un acto administrativo previo. Pueden ser realizados operaciones técnicas o actuaciones físicas. Las decisiones de la Administración no se agotan únicamente con la emisión del acto administrativo, sino que existe una operación material de carácter administrativo para la ejecución voluntaria o forzosa del mismo, por ejemplo: La Agencia Metropolitana de Control (AMC), institución adscrita al Gobierno Autónomo Descentralizado de Quito, tiene la competencia de ejecutar los actos administrativos emitidos en los procedimientos administrativos sancionadores –esta ejecución puede cumplirse de forma voluntaria por la persona interesada o de manera forzosa por la Administración–. En su calidad de ente de control, la AMC emite actos con diferentes obligaciones (pecuniaria y de hacer), entre las cuales, podemos considerar la orden de derrocar lo ilegalmente construido, cuando el obligado no ha cumplido con el derrocamiento la Agencia procede con la ejecución sustitutoria como medio de ejecución forzosa como lo prevé el artículo 239 del Código Orgánico Administrativo. De tal forma, para derrocar la Administración necesita la participación de sus funcionarios y de maquinaria idónea para dicha actuación material, que al final dicho derrocamiento como un hecho administrativo. Es preciso indicar que, la etapa de ejecución de un administrativo es más complejo de lo descrito en líneas anteriores, puesto que, para esclarecer y entender de mejor manera se procedió a ejemplificar de forma sencilla y breve. Algo similar sucedió en el Juicio nro. 183-2008, sustanciado por la Sala de lo Civil y Mercantil, en el cual se impugnó el hecho administrativo realizado por el Alcalde del Municipio de Puerto Quito. Para finalizar, debemos indicar que las personas afectadas por hechos administra-
tivos pueden impugnar las actuaciones de las administraciones públicas mediante reclamación o requerir las reparaciones a las que tengan derecho. Contrato administrativo Además del cambio de paradigma de las funciones del Estado que trajo la Constitución de la República del Ecuador, a partir del 2008, existió un cambio radical debido a la introducción de un sistema nacional para las contrataciones que necesiten las instituciones gubernamentales. El Sistema de Contratación Pública fue creado para articular y armonizar todas las instancias para la planificación, control, administración, presupuesto de las adquisiciones de bienes y servicios que realicen las instituciones estatales. Este cambio se otorga con la finalidad que la Administración pueda cumplir con sus objetivos, ya que, en muchos casos necesitan de la colaboración y participación de los/as ciudadanos/as, esto puede darse por falta de estructura, material, personal o económico: en consecuencia, el contrato administrativo se configura como u no de los mecanismos que tiene la Administración para cumplir con sus competencias. En palabras del gran tratadista Roberto Dromi, en su libro ‘‘Derecho Administrativo’’, el contrato administrativo es: “declaración bilateral o de voluntad común, productora de efectos jurídicos entre dos personas de las cuales una está en ejercicio de la función administrativa’’ (1997, p. 326). De manera similar, para el Jurista Juan Carlos Cassagne, en su obra ‘‘El Contrato Administrativo’’, señaló: ‘‘“todo acuerdo de voluntades generadoras de obligaciones, celebradas por un órgano estatal en ejercicio de la función administrativa, caracterizado por un régimen exorbitante del Derecho Privado, susceptible de producir efectos, con relación a terceros” (p. 66). Para varios tratadistas como aquellos de la corriente anglosajona huyen de la existencia del contrato administrativo, puesto que, niegan la separación del contrato común y el contrato administrativo, sostienen que la única diferencia existente son simples modalidades o matices previstos de forma cualitativa de los intereses comprometidos. En esta misma línea, la falta de existencia de los contratos resulta por la falta de vínculos contractuales, la actividad administrativa de la Administración que se expresa de modo unilateral. Fuera de cualquier debate, en nuestra legislación se prevé la existencia del contrato administrativo que acorde al artículo 125 del Código Orgánico Administrativo es el acuerdo de voluntades entre dos o más sujetos de derecho, de los cuales uno de ellos debe ejer-
cer una función administrativa. Los contratos administrativos producen efectos jurídicos y se rigen por un ordenamiento jurídico específico. Esta definición va de la mano con lo estatuido en el cuerpo legal mencionado. Juan Carlos Cassagne en su obra ‘‘El contrato administrativo’’, definió: ‘‘(…) responde a la idea de que los particulares colaboren con la misión que persigue la administración mediante la institución contractual que, correlativamente, le garantiza al contratista privado la intangibilidad de sus derechos económicos’’ (2005, p. 191). Acto normativo de carácter administrativo La Administración, a través de las máximas autoridades administrativas de la correspondiente entidad pública ejerce la competencia normativa de carácter administrativo para regular sus asuntos internos. Es necesario indicar que, esta autoridad no requiere delegación o autorización alguna o autorización alguna de un órgano o entidad superior, salvo en los casos expresamente previstos en la ley; sin embargo, en muchos casos la ley prevé dicha competencia a la máxima autoridad legislativa de una administración pública, acorde a lo estatuido en el artículo 130 del Código Orgánico Administrativo. Si bien es cierto que, este tipo de acto es para regulación interna, también puede emitirse para regular las actuaciones de las personas, pero, dicha atribución debe estar expresamente prevista en el ordenamiento jurídico, no obstante, este tipo de actos que regulen o establezca requisitos para las administrados, entrará en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial, conforme lo determina el artículo 16 de la Ley para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos. Aunque, esta potestad legislativa otorgada a las administraciones cuenta con sus propios límites/prohibiciones, las mismas que se encuentra previstas en el artículo 131 del Código ibídem, por ejemplo, no podrá a través de un acto normativo de carácter administrativo: restringir los derechos y garantías constitucionales; regular materias reservadas a la ley; solicitar requisitos adicionales para el ejercicio de derechos y garantías distintos a los previstos en la ley; regular materias asignadas a la competencia de otras Administraciones; delegar la competencia normativa de carácter administrativo; y, emitir actos normativos de carácter administrativo sin competencia legal o constitucional. Por otro lado, en razón a este tipo de actividad, el Presidente de la República goza de una potestad reglamentaria en relación a las leyes formales, es decir, podrá expedir los re-
glamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, potestad que se ampara a lo consagrado en el artículo 147.13 de la Constitución de la República. Empero, el ejercicio de esta potestad es diferente a la competencia normativa de carácter administrativo, puesto que, la última se ejerce en relación con el conjunto de la administración pública central, así como los que convengan a la buena marcha de la administración. Bibliografía Aguilar Juan Pablo & Chiriboga Verónica, Estudios sobre el Código Orgánico Administrativo, Ecuador: Cevallos, 2019. Arce Joaquín y Flórez-Valdés, Los principios generales del derecho y su formulación constitucional, España: Civitas, 1990. Caldera Delgado Huo, Manual de Derecho Administrativo, Chile: Editorial Jurídica de Chile, 1979. Cassagne Juan Carlos, El Contrato Administrativo, Tomo I editorial Abeledo Perrot, 1999 – 2002 Dromi Roberto, Derecho administrativo, Argentina 1997, s.e. Ecuador, Constitución de la República del Ecuador, Registro Oficial 449, 20 de octubre de 2008. Ecuador, Código Orgánico Administrativo, Registro Oficial Suplemento 31, 07 de julio de 2017. García de Enterría Eduardo, Curso de Derecho Administrativo, Tomo II, Editorial Civitas: España, 2004. Garrido Falla Fernando, Tratado de derecho administrativo, Madrid, 1980, s.e. Gastón Jeze y García Oviedo Carlos, Los Principios Generales del Derecho Administrativo, España: Editorial Reus, 1928. Granja Galindo Nicolás, Fundamentos de Derecho Administrativo, Ecuador: Universidad Técnica Particular de Loja, 2005. Moreta Andrés, Procedimiento Administrativo y Sancionador, Ecuador: Tendencia legal, 2019. Santofimio Gamboa Jaime Orlando, Tratado de Derecho Administrativo: Introducción a los conceptos de administración pública y el derecho administrativo: Colombia. 1 Es menester indicar que, cuando hablamos en el presente estudio sobre actividad administrativa, nos estamos refiriendo a cualquier tarea que la Administración realiza para cumplir sus objetivos, llámense estos actuaciones administrativas o actividades de la administración pública. Sin embargo, debemos exceptuar los trámites administrativos para referirnos a la actividad administrativa, puesto que, estos es el conjunto de requisitos, actividades, diligencias, actuaciones y procedimientos que realizan las personas ante la Administración Pública o ésta de oficio, con el fin de cumplir una obligación. 2 Sentencia nro. 37-19-IN/21 de 21 de diciembre de 2021, emitida en el Caso nro. 37-19-IN 3 Véase a Nicolás Granja Galindo, en su obra ‘‘Fundamentos del Derecho Administrativo’’, Ed. Universidad Particular de Loja, 2005, p. 296. 4 Publicado por Juan Pablo Aguilar y Verónica Chiriboga en su obra ‘‘Estudios sobre el Código Orgánico Administrativo’’, Ed. Cevallos: 2019, p. 91-113. 5 Óp. Cit.
13 AVISOS
SANTO DOMINGO LUNES 17/AGOSTO/2026
P
anúnciate al: BIENES RAÍCES
NEGOCIOS VARIOS
EMPLEOS
COMPRA/VENDE/ARRIENDA terrenos, casas, departamentos, oficinas, fincas, galpones, etc.
COMPRA/VENDE/ALQUILA objetos, electrodomésticos, muebles, autos, etc.
ENCUENTRA oportunidades de trabajo en las distintas ofertas laborales.
Ciudad Santo Domingo
Necesita señorita
Requisitos: • Experiencia mínimo de 1 a 2 años. • Disponibilidad de tiempo inmediato • Excelente atención al cliente. • Responsable y proactiva. • Mínimo 2 referencias laborales de sus últimos trabajos.
gsamer1603@gmail.com
Interesadas enviar su hoja de vida al número
Requiere:
VENDO EN CAMPOSANTO JARDINES DEL EDÉN
0995 935 698
Asistente Contable
Ubicado en la zona 3, sector 3, bloque E.1, lote 09, en el Camposanto Jardines del Edén, con ubicación preferencial. Solo interesados contactarse con:
0990 109 613
Telf.
0980 842 468
Casa en venta en la ciudad de Esmeraldas
CONSTRUIMOS: • Estructuras metálicas. • Portones eléctricos, pasamanos, puertas, etc. • Construcción de novalosa. • Protectores de ventanas. • Todo lo relacionado a Metal Mecánica. • Trabajo en acero inoxidable (TIG).
Un predio de 560 m2 con construcción mixta en buenas condiciones, ubicado en sector comercial. Calle Imbabura, entre Olmedo y Colón. Interesados llamar al fono:
P-244294-GF
Dir.: Calle Ambato y Catamayo.
Trabajos 100% Garantizados
SANTO DOMINGO
For Sale
SERVICIO DE SOLDADURA Y PLOMERÍA A DOMICILIO
0990 552 543 - 0959 030 374
P-247930-MIG
OP-MIG
vehículo. Ubicado en la Av. La Lorena, cerca de Uniandes.
P-248077-MIG
Lote cuadruple Buen sector o cambio con
SANTO DOMINGO
Requisitos: • Formación en Contabilidad o carreras a fines • Manejo completo del Sistema Contable, Perseo y Fénix. • Experiencia mínima 1 año. • Buena organización y responsabilidad. • Disponibilidad a tiempo completo • Buena presencia. BENEFICIOS • Sueldo competitivo • Beneficios de Ley • Oportunidad de crecimiento. Enviar HV al correo: auditoriacompetimotor@gmail.com Asunto: Asistente Contable
Se vende en Santo Domingo un lote triple
P-248080-MIG
OP-MIG
Envía CV al E-mail:
auxiliar en farmacia
0990 109 613 P-247856-MIG
Extractos Convocatorias Condolencias Clasificados
P-243631-MIG
personal femenino para VENTAS
P-244929-MIG
Requiere
• Predisposición de aprender • Buenos valores • Excelente comunicación • Proactivo • Sueldo básico • Beneficios de ley • Comisión y viáticos
N ATENCIÓ DE OPORTUNIDAD
Farmacias comunitarias
SAMER
(02)2758-444 099-787-8732
luneS 17 de agosto de 2026
La mejor postal del eclipse La NASA eligió el 13 de agosto de 2026 como foto del día una imagen del eclipse total de Sol que se pudo ver en España el día anterior, 12 de agosto. Concretamente, la corona solar se ve encima de la Catedral Basílica de Nuestra Señora del Pilar, mientras que su reflejo aparece en el río Ebro. EUROPA PRESS
Da clic para estar siempre informado
Santo Domingo