Santo Domingo
VIERNES 14 DE AGOSTO DE 2026
El precio del huevo se dispara
En Santo Domingo, la cubeta de huevo costaba $3,00 y actualmente su precio llega hasta los $4,25. Comerciantes aseguran que los consumidores han reducido sus compras. Avicultores atribuyen el incremento a una menor oferta y alertan sobre posibles salidas hacia Perú. 03
CRONOS
REVISTA JUDICIAL
SOCIEDAD
Ascenso a la B: equipos de Santo Domingo van por el triunfo 02
Estudiantes de Santo Domingo destacan con once cupos universitarios
05
Actos o contratos vía web whatsapp, zoom o messenger 06
D
CRONOS 02
SANTO DOMINGO VIERNES 14/AGOSTO/2026
EL DATO Colorados sumará a su plantilla al experimentado Ronald Champan.
PARTICIPACIÓN. Colorados empató en su debut ante Daquilema FC y ahora quiere ganar.
Equipos de Santo Domingo buscan una victoria en el zonal de ascenso Colorados y NM23 disputarán la segunda fecha del zonal de ascenso a la Serie B, con el objetivo de conseguir su primera victoria en esta etapa del torneo. Todo está listo para que se desarrolle la segunda fecha de los zonales de ascenso a la Serie B, y uno de los partidos se disputará en Santo Domingo. El club Colorados recibirá a La Unión de Cotopaxi en el estadio olímpico Etho Vega
Baquero. El compromiso está agendado para las 15:00 de mañana, sábado 15 de agosto. Ambos equipos forman parte del grupo G, en el que también militarán contra otras instituciones importantes del país que sueñan con llegar al
balompié profesional.
Motivados Colorados inició con pie derecho este desafío deportivo. La semana anterior visitó a Daquilema FC en Riobamba, equipo que es opcionado a clasificar, y le sacó un punto al empatar 0 a 0. Los santodomingueños hicieron un partido inteligente, en el que supieron defender de manera correcta y acercarse con peligro al área rival en varias ocasiones, aunque les faltó
algo de suerte en la definición. El empate fue aplaudido por toda la delegación. El director técnico, Jonathan Valle, exaltó el desempeño de su equipo y confía en hacer cosas importantes en este zonal. Durante la semana, el plantel trabajó con normalidad y planificando las estrategias para ganarle a La Unión de Cotopaxi, conjunto que también es fuerte en este grupo. El plan de contingencia está listo para que la hinchada acuda sin ningún problema
al escenario deportivo, cuyas puertas se abrirán con al menos dos horas de anticipación.
Representantes del Niño Moi La plantilla del NM23, equipo de Moisés Caicedo, inició con pie izquierdo su participación en el zonal, tras perder en la provincia de Manabí. A las 15:00 de mañana también juega su segundo partido. En esta ocasión, la cita deportiva es ante el club Patria, en el legendario estadio 7 de Octubre de Quevedo. (JD)
Guerreros quiere ratificar su liderato ante los lojanos Este viernes 14 de agosto, vuelve la Liga de Baloncesto Profesional (LBP) a Santo Domingo y Guerreros MC busca regalarle otro triunfo a su hinchada. El equipo colorado cumple una buena campaña en lo que va de la presente temporada. Ha ganado cinco partidos y solo perdió uno, resultados que lo mantienen como líder absoluto en la tabla de posiciones. Ahora, el rival de turno será el club Jorge Guzmán, de Loja. Se prevé un partido muy duro, debido a que ambas plantillas tienen jugadores con buenas condiciones técnicas.
En buena racha
Los resultados de Guerrero MC han sido muy buenos hasta el momento, con victorias en condición de local y visitante. A mediados de semana no tuvo actividad, ya que el calendario contemplaba un partido ante Leones de Riobamba; sin embargo, este equipo abandonó su participación al inicio del torneo oficial. Hugo Turilli, coach del equipo santodomingueño, está tranquilo con el desempeño de sus dirigidos. Durante los entrenamientos corrige algunas cosas para ser más contundentes a la hora de disputar
EL DATO Las entradas están a la venta en el coliseo Tsáchila. El partido inicia a las 20:00. los compromisos. El argentino nuevamente se ha ganado la confianza y admiración de la hinchada local. Su experiencia en el baloncesto le permite dirigir con certeza y seguridad, a tal punto que las cosas marchan bien y perfila a su club como uno de los opcionados para llevarse el título. (JD)
PARTICIPACIÓN. La plantilla de Guerreros destaca en la temporada 2026.
03 CIUDAD
SANTO DOMINGO VIERNES 14/AGOSTO/2026
I
El precio del huevo vuelve a subir Comerciantes reportan una caída en las ventas, mientras el sector avícola señala que la menor disponibilidad del producto estaría presionando los precios al alza. El precio del huevo registra un nuevo incremento, lo que afecta directamente a comerciantes y consumidores. En las últimas semanas, en Santo Domingo, la cubeta pasó de costar entre $2.75 y $3.00 a ubicarse actualmente entre $3.75 y $4.25, dependiendo del tamaño y la comercialización. Luis Yánez, presidente de la Asociación de Avicultores, explicó que el mercado ha tenido variaciones en los últimos meses, pero que el aumento reciente responde a varios factores, entre ellos una posible reducción de oferta. “En este trimestre el precio volvió a subir. Se habla de que en Perú hay problemas con gripe aviar, lo que habría reducido su producción y generado una salida de huevo desde Ecuador”, indicó. Yánez advirtió que, aunque no existe confirmación oficial, se presume que parte de la producción estaría saliendo hacia el país vecino sin control sanitario, lo que podría generar riesgos para el sector formal. “Cuando el huevo sale hacia
otro país sin control, puede traer problemas sanitarios y afectar a la producción nacional”, sostuvo. Además, señaló que este tipo de situaciones impacta directamente en el precio interno, ya que disminuye la oferta disponible en el mercado ecuatoriano.
Producción y control En Santo Domingo de los Tsáchilas, la producción de huevo es limitada, ya que la provincia se enfoca principalmente en el pollo de engorde, mientras que cerca del 80% o 90% de la producción nacional de huevos se concentra en la Sierra y parte de la Costa. Yánez indicó que el mercado se regula por la oferta y demanda, por lo que el incremento de precios responde a una menor disponibilidad del producto. “Cuando hay menos producto, el precio sube. Lo que deberían hacer las autoridades es controlar que no salga huevo fuera del país y vigilar el tema sanitario”, puntualizó.
SITUACIÓN. El precio de la cubeta de huevo aumentó en las últimas semanas.
Caída en ventas Desde el mercado Unión y Progreso, Mariana Castillo manifestó que los precios al por mayor bordean los $3.40 a $3.65, mientras que al público llegan hasta los $4.25 en el caso del huevo grande. “Las ventas han bajado, diría que de un 100 a un 60%. La gente ya compra menos y trata de economizar”, señaló. Para los consumidores, el alza también genera preocupación. Carlos Montesdeoca considera que el huevo, uno de los productos básicos, ya no re-
sulta tan accesible. “Antes uno compraba sin problema, pero ahora ya toca medir el gasto. Todo ha subido y el huevo no es la excepción”, manifestó. Por su parte, Lucía Campos mencionó que el impacto se siente en la economía familiar. “Es un alimento básico y necesario, pero con estos precios uno tiene que reducir la cantidad o buscar otras opciones”, comentó. El comportamiento del mercado en las próximas semanas dependerá de la oferta disponible y de los contro-
EL DATO En las últimas semanas, la cubeta de huevo registró un incremento aproximado de $1.25, según productores del sector. les que se implementen para evitar la salida del producto, mientras los consumidores enfrentan el impacto directo en su bolsillo. (DLH)
Más de 3.000 estudiantes dejaron las aulas en Santo Domingo Entre 2024 y 2026, Santo Domingo de los Tsáchilas registró una reducción de más de 3.000 estudiantes matriculados, mientras que a nivel nacional alrededor de 450.000 niños, niñas y adolescentes permanecen fuera del sistema educativo, según la Unión Nacional de Educadores (UNE) Edison Cantuña, dirigente nacional de la UNE, explicó que el problema no debe analizarse únicamente como deserción escolar. Señaló que miles de estudiantes abandonan las aulas por factores externos como la pobreza, desnutrición, inseguridad y la falta de oportunidades. “No son los estudiantes quienes deciden dejar de estudiar; las condiciones sociales terminan excluyéndolos del sistema educativo”, afirmó.
La inseguridad es otro de los factores que incide en la permanencia escolar. De acuerdo con la UNE, estudiantes y docentes enfrentan amenazas en varias provincias del país. El gremio informó que alrededor de 1.000 maestros han sido víctimas de extorsiones y que provincias como Esmeraldas, Guayas, Manabí, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas concentran gran parte de estos casos.
Adolescentes en riesgo La problemática no solo está relacionada con factores económicos. El comandante encargado de la subzona, Edison Molina, advirtió que la captación de adolescentes por grupos delictivos también influye en la salida de estudiantes del sistema educativo.
EL DATO La UNE sostiene que cerca de 450.000 estudiantes permanecen excluidos del sistema educativo ecuatoriano. En lo que va del semestre, 19 adolescentes han sido vinculados en Santo Domingo de los Tsáchilas a delitos como sicariato y secuestro extorsivo. Incluso, algunos han fallecido en hechos violentos. Para enfrentar esta situación, la institución mantiene mesas intersectoriales con los ministerios de Educación y Salud, además de ejecutar el programa Comunidades y
PROBLEMÁTICA. La inseguridad y captación de adolescentes por grupos delictivos son factores que amenazan la permanencia de los estudiantes en las aulas.
Entornos Seguros en las unidades educativas. “Buscamos reducir las vulnerabilidades de niños, niñas y adolescentes y evitar que sean cooptados por grupos criminales”, señaló Molina
LA HORA solicitó una entrevista a Cindy Espín, directora distrital de Educación, Deporte y Cultura, para conocer las acciones que se ejecutan frente a esta problemática, pero no hubo respuesta. (DLH)
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
Yveth Romero P.
Nueva Acrópolis Santo Domingo
Mandalas
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a palabra ‘mandala’ proviene del sánscrito y suele traducirse como ‘círculo’. Pero no es una simple figura geométrica. En sus orígenes era la representación del ‘todo’ incluso, se lo consideraba como un modelo de organización para la vida, también es un diagrama cósmico, un recuerdo de que hay algo más allá y dentro de nosotros. El arte de crear ‘mandalas’ se practicaba, y aún se practica, como una forma para mejorar la capacidad de comprender al mundo, al cosmos y a sí mismo; es una mágica estructura geométrica que tiene la facultad de enseñar las leyes que rigen la vida, tanto al artista como al observador. Los antiguos maestros enseñaban que comenzar un mandala no era en el papel o el lienzo, sino, en un necesario instante de silencio para buscar un orden, así, el mandala, además de una bella obra de arte, era una herramienta de contemplación interior, una especie de mapa del alma. Una vez más, se unen el arte con la filosofía para entender el verdadero propósito de la belleza, ser una vía directa hacia la sabiduría. Un mandala nos lleva a interiorizarnos, elaborar uno de ellos requiere de concentración, atención y memoria, pasos previos para un encuentro con nuestro centro, así inicia el mandala con un punto central, nosotros mismos. Cada trazo que parte de ese centro es nuestra relación con el mundo que nos rodea; emociones dirigidas hacia la calma, una mente que se pausa en su constante conversación, para plasmarse en una obra de arte, el arte de conocernos mejor. La filosofía nos invita a preguntarnos sobre nuestra vida y el sentido que le damos a la misma, y el arte nos da la oportunidad de encontrar el lenguaje necesario para encontrar las respuestas, desde el encuentro con la belleza. La creación de un mandala nos invita a aprender a vivir desde la belleza…, y todo surgió desde un punto.
Ruby Mena Melo @withluv.ruby
Principios en adopción
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a política es un zoológico bastante particular. Aquí los animales no se distinguen por su especie, sino por el dueño al que deciden obedecer. Un día
Directora Nacional: Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editora Santo Domingo de los Tsáchilas: Lorena Melo Mieles Redacción: santodomingo@lahora.com.ec Publicidad: 099 787 8732 Año: XXVII No. 11.692
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
O
OPINIÓN 04
SANTO DOMINGO VIERNES 14/AGOSTO/2026
Cristian Vaca Ortega
editorial
cristianvaca96@gmail.com
Primero Pipo, luego Willy
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l peligroso líder de los Lobos, Wilmer Chavarría, alias Pipo, finalmente será extraditado a Ecuador desde España. La Audiencia Nacional, máxima instancia judicial de ese país europeo, resolvió aprobar la entrega del criminal a la Justicia ecuatoriana. Alias Pipo logró evadir a la Justicia desde2021.Fingió su muerte,aunque los mejores agentes de Inteligencia no creyeron en el supuesto deceso por covid. Siguieron de cerca a sus lugartenientes que estaban en varias cárceles del país y, pese a que su acta de defunción estaba vigente, la Policía lo mantuvo en una lista de ‘objetivos’. Cuatro años después, fue apresado en España al intentar ingresar desde la nación africana de Marruecos. El criminal, nacido en Machala, había cambiado todo su rostro con cirugías plásticas y portaba documentación falsa. Ahora, en 2026, sería cuestión de días para que regrese al país y responda a la Justicia por su participación en varios asesinatos, incluido
ladran contra el gobierno, al siguiente aparecen moviendo la cola a su lado. Un día juran que jamás negociarían con aquellos que consideran corruptos; al otro, se toman la foto abrazándolos porque, aparentemente, la dignidad también acepta acuerdos. Bienvenidos a la política: ese maravilloso lugar donde los principios tienen fecha de vencimiento y la memoria es convenientemente corta. Aquí nadie cambia de opinión, no, eso sería demasiado honesto. Aquí se “evoluciona”, se “constru-
el de Fernando Villavicencio. Otro delincuente que pasea libre por España es William Alcívar, alias Negro Willy, líder de los Tiguerones. Su defensa alegó que el país no cuenta con un sistema carcelario que garantice su vida, y su extradición fue rechazada. Con el proceso de Alias Pipo, la Corte Nacional de Justicia y la Cancillería ecuatorianas lograron responder con éxito a la Audiencia Nacional para conseguir la extradición. Esto implica que las condiciones del país, su sistema de Justicia y de su sistema carcelario, cumplen las normas internacionales que regulan los procesos de extradición. Lo mismo aplicará para cualquier otro delincuente que sea requerido por la Justicia ecuatoriana. Este caso también prueba que la Justicia ecuatoriana puede imponerse a los caros defensores de los criminales. Ahora, el Estado deberá insistir en la extradición de alias Negro Willy y unos cuantos más.
yen consensos”, se “abren espacios de diálogo”. Traducción: apareció una silla y había que sentarse. Qué conveniente es la democracia cuando uno puede ponerle un nombre elegante a cualquier descaro. La lealtad política, además, funciona como un perro bien entrenado, se sienta cuando hay premio y corre cuando huele algo mejor. Y el pueblo, mientras tanto, tiene que hacer como que no vio nada, porque esa es otra maravilla del espectáculo… siempre encontramos una manera de justificar al
perro que lleva nuestra camiseta. Así hemos convertido la política en un campeonato de hinchadas donde ya nadie pregunta qué se hizo, sino quién lo hizo, ahí está la parte más miserable de todo esto. Lo más gracioso es que todos hablan de principios. Principios de izquierda; principios de derecha; principios democráticos; principios revolucionarios; principios ciudadanos; muchísimos principios, pocos reales. Porque un principio que desaparece cuando aparece un puesto no era un principio, era una
¿El prefecto destructor?
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or hechos que ya conocen quienes siguen esta columna, entre otras, últimamente se me han quitado bastante las ganas de escribir. Pero nuestros políticos tienen un problema: no saben cuándo dejar de hacer méritos. Así que aquí estamos otra vez. Resulta que el tío Willy, el alcalde destructor, hace poco, anunció que no buscaría ser elegido para ninguna dignidad. Qué tranquilidad. Por un instante pensé que, al menos, habíamos llegado al final de una etapa. Pero aparentemente la política tiene poderes sobrenaturales y el llamado es más fuerte. Descubrió que quiere un ascenso y ser el prefecto destructor. No sabemos exactamente cuándo ocurrió la revelación. Quizá una noche, mientras contemplaba las maravillas de Santo Domingo desde las muchas hectáreas de bosque que taló para hacer un parque ecológico de cemento, escuchó una voz que le dijo: “Wilson, todavía puedes hacer más”. No le bastó con la ciudad. Ahora quiere la provincia. Hay que reconocerle ambición. Otros políticos aspiran a dejar una buena administración como legado. Pero el parece tener una interpretación diferente del servicio público: si una ciudad no es suficiente para demostrar de lo que uno es incapaz, siempre queda una provincia. Imaginen por un momento. Una provincia entera esperando soluciones. Miles de ciudadanos esperando que alguien finalmente se tome en serio sus problemas. Y frente a semejante desafío aparece un hombre que hace poco no quería seguir en la política. Qué extraordinaria capacidad de adaptación. En biología, a eso le llaman plasticidad. En política, supongo que le dicen pragmatismo. Pero no seamos injustos. Tal vez hemos interpretado mal sus intenciones. Quizá simplemente considera que Santo Domingo ha sido un laboratorio demasiado pequeño para su proyecto político. Y si ese fuera el caso, habría que reconocerle una virtud: nunca ha tenido miedo de experimentar. Porque, después de todo, si ya se destruyó lo suficiente en un territorio, siempre queda otro un poco más grande. Qué maravilla la vida: cuando uno finalmente cree que ya tocamos fondo, esta nos recuerda que todo siempre puede ser peor.
tarifa. Y así seguimos, eligiendo personas que nos prometen que no se venderán, para después sorprendernos cuando descubrimos que sí tenían precio. Tal vez deberíamos dejar de preguntarles qué ideología defienden y empezar a preguntar algo mucho más sencillo: ¿Quién es su dueño? El problema nunca fue descubrir qué perro ladra más fuerte, el problema es que llevamos demasiado tiempo peleándonos por ellos mientras alguien más sostiene la correa.
05 SOCIEDAD SANTO DOMINGO VIERNES 14/AGOSTO/2026
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LOGRO. Amada Aranda, de 17 años, obtuvo seis cupos universitarios.
CONSTANCIA. Dayra Chuchuca, de 18 años, logró cinco cupos para estudiar Medicina.
Dos estudiantes logran once cupos universitarios en seis provincias Amada y Dayra, formadas en ProMente, destacaron en el más reciente proceso de admisión con puntajes de hasta 1.000 sobre 1.000. Amada Aranda y Dayra Chuchuca, formadas en ProMente, en Santo Domingo, sumaron once cupos universitarios en el más reciente proceso de admisión, repartidos en seis provincias del país. Amada, de 17 años, obtuvo seis cupo: en la Escuela Politécnica Nacional, para ingeniería química, con 922.75 puntos; en la Universidad de Investigación de Tecnolo-
gía Experimental Yachay; la Universidad Estatal de Milagro; la Universidad Nacional de Chimborazo, la ESPE y la UPSD, con puntajes de hasta 948. Dayra, de 18, consiguió cinco cupos para medicina: en Espoch, Universidad Técnica del Norte, Universidad Nacional de Chimborazo, Universidad Técnica de Ambato y ESPE, con un puntaje máximo de 1.000/1.000.
Detrás de ambos resultados hay un mismo método, el de ProMente, el preuniversitario que desde hace más de una década trabaja bajo una premisa clara: no memorizar, aprender a pensar.
Un mismo camino Amada es bachiller de la unidad educativa Julio Moreno Espinoza, mientras que Dayra egresó de la Ernesto Albán Mosquera, ambos en Santo
Domingo de los Tsáchilas. Dos centros educativos distintos, un mismo destino: las aulas de ProMente. Ambas llegaron por recomendación de excompañeras y, desde la primera clase, notaron que estaban en un lugar distinto. “Paúl es multifacético y mantiene un orden en todas sus clases, además de aconsejarnos no solo en los estudios, sino también en la vida”, cuenta Amada.
EL DATO Las oficinas de ProMente están ubicadas en la calle Guayaquil y avenida Abraham Calazacón. Teléfono: 09 85 20 31 88. Dayra destaca otro sello propio de ProMente. “Combinaba la preparación académica con charlas motivadoras que fortalecían la confianza, la disciplina y la mentalidad para afrontar el proceso”. El camino no fue sencillo, pero la metodología de ProMente marcó la diferencia. “Nos hizo experimentar el trabajar bajo presión con simuladores al nivel de exámenes reales. Eso me ayudó a no sentir nervios y a gestionar mi tiempo”, relata Amada. Dayra enfrentó otro reto: el tiempo, y lo superó con el mismo sistema. “Simuladores constantes y una guía del profesor que resolvía cada duda”.
Formación Hoy, las dos coinciden en que el logro no es solo suyo, sino también de la formación que recibieron. “Ingresas con el saber, pero ProMente desarrolla tu potencial”, sostuvo Amada. “Fue un proceso centrado en la educación de la mente, la disciplina y el aprendizaje continuo”, agrega Dayra. En sus historias se resume lo que ProMente construye en cada estudiante: una mentalidad de alto rendimiento capaz de transformar un sueño en una meta alcanzada, en cualquier rincón del Ecuador.
Taller de mandalas invita a explorar el arte y la sabiduría La Escuela de Filosofía de Nueva Acrópolis invita a la ciudadanía a participar en el taller de mandalas ‘El arte en la búsqueda de sabiduría’, que se realizará este viernes 14 de agosto, a las 19:00, en sus instalaciones. Según los organizadores, los mandalas son representaciones geométricas de la naturaleza que tienen el poder de calmar la psique y despejar la mente. Además, favorecen la concentración en el presente
y permiten expresar la creatividad, por lo que también son considerados una forma de arte. “Pero, además, el arte con belleza integra la conciencia, casi siempre dispersa en lo superficial, produciendo una concentración agradable, espontánea y armónica que se puede lograr a través del sentido de los mandalas. No importa que no conozcamos las leyes de algún arte determinado; simplemente apreciamos
EL DATO Para más información y reservas, puede comunicarse al 099 866 4790. el efecto artístico de esas leyes que nos conducen a la sabiduría”, explicaron. El taller tendrá una duración de una hora y será gratuito. (LMM)
HERRAMIENTA. Los mandalas combinan formas geométricas y creatividad.
VIERNES, 14 de AGOSTO de 2026 La Hora Santo Domingo
es una edición de diario la hora
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ACTOS O CONTRATOS VÍA WEB WHATSAPP, ZOOM O MESSENGER
06 CONSULTA Civil
¿La ley permite solicitar medidas cautelares aunque no exista una forma específica para conocer y proveer ese tipo de medidas?
RESPUESTA
La posibildiad de solicitar y disponer medidas preventivas en los procesos judiciales está limitada a la cosa que se litiga o para asegurar un crédito. Los requisitos para ordenar el secuestro o la retención de bienes, exigen que se demuestre la existencia de un crédito. En materia laboral, al ser juicios de conocimiento que generalmente pretenden el reconocimiento de un derecho para ser indemnizados, no existe un crédito como tal, sino una mera expectativa. Por esta razón no es posible ordenar medidas preventivas con la presenación a la demanda como determina la norma. No obstante el Art. 594 del Código del Trab Autor: Ab. Paúl Arellano
La pandemia aceleró aún más el paso de la utilización de la telemática en la contratación de bienes y servicios, la ubicación física ha pasado de ser un factor determinante, ahora la ubicación determinante es la virtual en la WEB, en Google, en las APPs, quien no está en el internet no vende. Todos los negocios y profesionales tienen que reinventarse para no desaparecer, esto también repercute en los servicios profesionales de los Abogados, en la Justicia y en el Derecho, los abogados atienden vía WhatsApp, Messenger, Zoom, inclusive las audiencias de juicio se realizan mediante video conferencia. Ahora el no tener acceso al internet o no contar con
un computador se considera analfabeto digital, lo que ha quedado evidenciado en la pandemia, en especial con la población más pobre, que no tiene acceso a las TIC. La firma electrónica es una necesidad, no solo de los funcionarios públicos, sino también de los abogados, usuarios, y ciudadanos en general. Las economías familiares se han visto afectadas por la reducción de ingresos o la pérdida de trabajo, esto ha traído consigo nuevos emprendimientos que a la par de las nuevas tecnologías de la información y comunicación han encontrado un nicho poco explotado en nuestras sociedades de América Latina. Así pues la Ley de Comercio Electrónico y el Código de Comercio establecen la validez
jurídica de las transacciones vía mensajes de datos o medios electrónicos. Por lo que hay que tener mucha precaución y seriedad en el uso y la contratación mediante estos medios telemáticos que han venido a revolucionar la adquisición de bienes y servicios. Recomendaciones Utilizar dispositivos móviles personales, no enviar contratar o recibir mensajes de computadores o dispositivos de alquiler. No enviar información personal como claves de cajero, números de tarjetas de crédito, fotos de documentos de identidad, entre otros. Realizar pagos mediante depósitos, transferencias bancarias, o botones de pago
conocidas como Pay pal, entre otras. En una negociación vía correo electrónico o mensajes de datos debe identificarse claramente el contratante y el contratista, precio y forma de pago, cantidad y calidad, fecha y hora de entrega, en fin, debemos tratar en lo posible de singularizar el bien o el servicio que vamos a adquirir o vender. De igual manera, si son servicios profesionales, como los de un abogado hay que establecer con claridad el costo y forma de pago, y contar con un mensaje de aceptación expresa de los servicios y el monto de los honorarios pactados, esto nos puede servir en caso de un litigio para probar la transacción o contratación de los servicios profesionales.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
Obligación de guardar y respaldar los actos jurídicos El comerciante o empresario deberá guardar y respaldar los documentos y la información relativa a los actos jurídicos que desarrolle, sean estos instrumentos públicos o privados, así como también los mensajes constantes en correos electrónicos que existen sobre aquellos; estos últimos se llevarán y tendrán los efectos que se prevé en el capítulo dedicado al comercio electrónico que consta en este Código. Art. 37 C. Com. Espero que este artículo les haya resultado de utilidad.
07 AVISOS
SANTO DOMINGO VIERNES 14/AGOSTO/2026
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EXTRACTO JUDICIAL DE CITACIÓN AL DEMANDADO CEDEÑO VARGAS CARLOS ANTONIO SE LE HACE CONOCER LO SIGUIENTE: JUEZ: ABG. JORGE ANIBAL MENESES NUÑEZ MSc. SECRETARIA: ABG. MARTHA MARISOL QUICALIQUIN NUÑEZ MSc. ACTORA: ING. SONIA GUADALUPE QUINTERO MONTERO MSc., en calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “PUELLARO LTDA.” ASUNTO: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN. CAUSA No: 23303-2024-00558 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LA CONCORDIA. La Concordia, viernes 10 de mayo del 2024, a las 15h04. VISTOS.Atendiendo al Sorteo de Ley que antecede, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma en esta fecha que se ha puesto a mi despacho, Abg. Jorge Anibal Meneses Nuñez MSc., en virtud de la Acción de Personal No. 9461-DNTH2017-TDE, en mi calidad de JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LA CONCORDIA.- [1] CALIFICACIÓN: Por reunir los requisitos establecidos en los Arts. 142, 143 y 146 del Código Orgánico General de Procesos, se califica de clara, precisa, completa y se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO EJECUTIVO de conformidad con las normas establecidas en el Art. 347 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) la demanda de COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN propuesta por la ING. SONIA GUADALUPE QUINTERO MONTERO en calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “PUELLARO LTDA.”, conforme justifica con la documentación adjunta.- [2] CITACIÓN: Velando por el cumplimiento del derecho al debido proceso consagrado en el Art. 76 de la Constitución de la República, y al tenor de los Arts. 53, 54 y 55 del COGEP, se dispone CITAR con el contenido de la demanda y auto recaído, al demandado CEDEÑO VARGAS CARLOS ANTONIO en calidad de deudor principal; diligencia que se depreca virtualmente a uno de los señores JUECES O JUEZAS DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON ASIENTO EN EL CANTÓN QUININDÉ, PROVINCIA DE ESMERALDAS, al compañero judicial deprecado
se le envía suficiente despacho y se le ofrece reciprocidad en casos análogos.- Se advierte a la parte accionada la obligación que tiene de contestar la demanda y señalar dirección de correo electrónico para sus notificaciones, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía.- De conformidad al inciso cuarto del Art. 53 del COGEP, publíquese la citación en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial.- [3] DE LA OBLIGACIÓN: De conformidad a lo determinado en los Arts. 351, 352 y 355 del COGEP, se concede a la parte demandada el TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS para que: a) Cumpla con la obligación contenida en el título ejecutivo que motiva esta acción; o, b) Conteste la demanda formulando oposición y proponga alguna de las excepciones taxativas, de conformidad con los Arts. 151 y 353 del Código Orgánico General de Procesos, y acorde al Art. 152 Ibídem, deberá realizar anuncio o solicitud de pruebas con la contestación a la demanda por escrito; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del COGEP.- [4] Tómese en cuenta: i.) De conformidad a lo determinado en el inciso cuarto del Art. 146 del COGEP, (Sustituido por el Art. 19 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI-2019), téngase presente el anuncio probatorio realizado.- ii.) La cuantía y la documentación anexa.- iii.) La autorización conferida a favor del Dr. Luis Fernando Tatamues Vozmediano, las direcciones de correos electrónicos y el casillero judicial electrónico que se señalan para notificaciones(...) UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LA CONCORDIA. La Concordia, lunes 6 de julio del 2026, a las 12h53. Vistos: 1.) AGRÉGUESE al proceso el acta que antecede. En virtud de haberse dado cumplimiento a lo ordenado mediante auto de fecha 17 de junio del 2026, a las 14h46, y de conformidad con lo previsto en el artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, bajo exclusiva responsabilidad de la parte actora, se DISPONE CITAR por la prensa a la/el demandado(a) CEDEÑO VARGAS CARLOS ANTONIO, mediante tres publicaciones efectuadas en fechas distintas, en uno de los diarios de CIRCULACIÓN IMPRESA que se edite en la ciudad de Santo Domingo, de amplia circulación en este cantón La Concordia; así como en uno de los DIARIOS IMPRESOS de amplia
circulación en el cantón Quinindé, de la provincia de Esmeraldas. Se advierte a la parte accionada la obligación que tiene de contestar la demanda dentro del término que le franquea la Ley, y de señalar dirección de correo electrónico para sus notificaciones, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía(...) NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.+++ Se le previene a la parte demandada la obligación que tiene de contestar la demanda y señalar correo electrónico en esta Unidad Judicial para futuras notificaciones. Particular que se pone en su conocimiento para los fines de Ley. QUICALIQUIN NUÑEZ MARTHA MARISOL SECRETARIO/A Hay firma electrónica. P-248068-GF
EXTRACTO JUDICIAL DE CITACIÓN AL DEMANDADO CATAGUA CHOEZ JHONNY PAUL SE LE HACE CONOCER LO SIGUIENTE: JUEZ: ABG. JORGE ANIBAL MENESES NUÑEZ MSc. SECRETARIA: ABG. MARTHA MARISOL QUICALIQUIN NUÑEZ MSc. ACTORA: ING. SONIA GUADALUPE QUINTERO MONTERO MSc., en calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “PUELLARO LTDA.” ASUNTO: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN. CAUSA No: 23303-2024-00854 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LA CONCORDIA. La Concordia, lunes 12 de agosto del 2024, a las 15h14. VISTOS.- Formen parte del proceso los escritos presentados por la parte accionante.- Habiéndose cumplido lo requerido y con lo obrante de autos, DISPONGO: [1] CALIFICACIÓN: Por reunir los requisitos establecidos en los Arts. 142, 143 y 146 del Código Orgánico General de Procesos, se califica de clara, precisa, completa y se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO EJECUTIVO de conformidad con las normas establecidas en el Art. 347 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) la demanda de COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN propuesta por la ING. SONIA GUADALUPE QUINTERO MONTERO en calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “PUELLARO LTDA.”, conforme justifica con la documentación adjunta.- [2] CITACIÓN: Velando por el cumplimiento del derecho al debido proceso consagrado en el Art. 76 de la Constitución de la
República, y al tenor de los Arts. 53, 54 y 55 del COGEP, se dispone CITAR con el contenido de la demanda y auto recaído, a la demandada ALVAREZ VERA ARLENY ESTEFANIA en calidad de deudora principal, y a los demandados JIMA JIMA ANDRÉS FRANCISCO y CATAGUA CHOEZ JHONNY PAUL en calidad de garantes solidarios; diligencia a cumplirse por intermedio de la funcionaria responsable del Departamento de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial, para lo cual remítase el suficiente despacho en forma.- Se advierte a la parte accionada la obligación que tiene de contestar la demanda y señalar dirección de correo electrónico para sus notificaciones, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía.- De conformidad al inciso cuarto del Art. 53 del COGEP, publíquese la citación en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial.- [3] DE LA OBLIGACIÓN: De conformidad a lo determinado en los Arts. 351, 352 y 355 del COGEP, se concede a la parte demandada el TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS para que: a) Cumpla con la obligación contenida en el título ejecutivo que motiva esta acción; o, b) Conteste la demanda formulando oposición y proponga alguna de las excepciones taxativas, de conformidad con los Arts. 151 y 353 del Código Orgánico General de Procesos, y acorde al Art. 152 Ibídem, deberá realizar anuncio o solicitud de pruebas con la contestación a la demanda por escrito; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del COGEP.- [4] PROVIDENCIA PREVENTIVA: En mérito de la documentación aparejada, conforme se encuentra establecido en el Art. 351 del COGEP, en concordancia con el Art. 126 Ibídem, SE DISPONE la PROHIBICIÓN DE ENAJENAR del bien inmueble descrito en el CERTIFICADO No. 202401292 que le corresponde al demandado JIMA JIMA ANDRES FRANCISCO; en tal virtud, NOTIFÍQUESE al señor REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN LA CONCORDIA, concediéndose al responsable de la emplazada entidad, de conformidad a lo determinado en el Art. 76 del Cuerpo de Leyes antes invocado, el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS para remitir a esta Autoridad una CERTIFICACIÓN indicando el cumplimiento de lo ordenado, bajo prevenciones legales contenidas en el Art. 30 del Código Orgánico de la Función Judicial.- [5] Tómese en cuenta: i.) De conformidad a lo determinado en el inciso cuarto del Art. 146 del COGEP, (Sustituido por el Artículo 19 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI-2019), téngase presente el anuncio probatorio realizado.- ii.) La cuantía y la documentación anexa.- iii.) La autorización conferida a favor de los abogados Caty Cardenas Torres y David Bravo Yandun, las direcciones de correos electrónicos y el casillero judicial electrónico que se señalan para notificaciones(...) UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LA CONCORDIA. La Concordia, lunes 6 de julio del 2026, a las 12h52. Vistos: 1.) AGRÉGUESE al proceso el acta que antecede. En virtud de haberse dado cumplimiento a lo ordenado mediante auto de fecha 17 de junio del 2026, a las 14h46, y de conformidad con lo previsto en el artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, bajo exclusiva responsabilidad de la parte actora, se DISPONE CITAR por la prensa a la/el demandado(a) CATAGUA CHOEZ JHONNY PAUL, mediante tres publicaciones efectuadas en fechas distintas, en uno de los diarios de CIRCULACIÓN IMPRESA que se edite en la ciudad de Santo Domingo, de amplia circulación en
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EXTRACTO JUDICIAL DE CITACIÓN A LA DEMANDADA SUÁREZ CHASING MISHEL GUADALUPE SE LE HACE CONOCER LO SIGUIENTE: JUEZ: ABG. FERNANDO JAVIER TORRES NUÑEZ MSc. SECRETARIO: ABG. ALEXIS ARIEL ALCIVAR CAICEDO MSc. ACTORA: ING. SONIA GUADALUPE QUINTERO MONTERO MSc., en calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “PUELLARO LTDA.” ASUNTO: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN. CAUSA No: 23303-2024-00970 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LA CONCORDIA. La Concordia, lunes 19 de agosto del 2024, a las 16h49. VISTOS.- Atendiendo al Sorteo de Ley que antecede, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma en esta fecha que se ha puesto a mi despacho, Abg. Fernando Javier Torres Nuñez MSc., en virtud de la Acción de Personal No. 0056-DNTH2021-DCB, en mi calidad de JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LA CONCORDIA.- [1] CALIFICACIÓN: Por reunir los requisitos establecidos en los Arts. 142, 143 y 146 del Código Orgánico General de Procesos, se califica de clara, precisa, completa y se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO EJECUTIVO de conformidad con las normas establecidas en el Art. 347 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) la demanda de COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN propuesta por la ING. SONIA GUADALUPE QUINTERO MONTERO en calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “PUELLARO LTDA.”, conforme justifica con la documentación adjunta.- [2] CITACIÓN: Velando por el cumplimiento del derecho al debido proceso consagrado en el Art. 76 de la Constitución de la República, y al tenor de los Arts. 53, 54 y 55 del COGEP, se dispone CITAR con el contenido de la demanda y auto recaído, a los demandados RAMON ELIAS GARCIA RUIZ y ESTHELA NOEMI PUCHA RAMÓN en calidad de deudores principales, y a la demandada MISHEL GUADALUPE SUÁREZ CHASING en calidad de aval solidaria; diligencia para la cual se librará atento deprecatorio electrónico dirigido a uno de los señores JUECES O JUEZAS DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUININDÉ, PROVINCIA DE ESMERALDAS, al compañero judicial deprecado se le envía suficiente despacho y se le ofrece reciprocidad en casos análogos.- Se advierte a la parte accionada la obligación que tiene de contestar la demanda y señalar dirección de correo electrónico para sus notificaciones, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía.- De conformidad al inciso cuarto del Art. 53 del COGEP, publíquese la citación en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de
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los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial.- [3] DE LA OBLIGACIÓN: De conformidad a lo determinado en los Arts. 351, 352 y 355 del COGEP, se concede a la parte demandada el TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS para que: a) Cumpla con la obligación contenida en el título ejecutivo que motiva esta acción; o, b) Conteste la demanda formulando oposición y proponga alguna de las excepciones taxativas, de conformidad con los Arts. 151 y 353 del Código Orgánico General de Procesos, y acorde al Art. 152 Ibídem, deberá realizar anuncio o solicitud de pruebas con la contestación a la demanda por escrito; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del COGEP.- [4] PROVIDENCIA PREVENTIVA: En mérito de la documentación aparejada, conforme se encuentra establecido en el Art. 351 del COGEP, en concordancia con el Art. 126 Ibídem, SE DISPONE la PROHIBICIÓN DE ENAJENAR del bien inmueble descrito en el CERTIFICADO No. 20247332, que le corresponde a la demandada ESTHELA NOEMI PUCHA RAMON; en tal virtud, NOTIFÍQUESE a la señora REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN QUININDÉ, concediéndose al responsable de la emplazada entidad, de conformidad a lo determinado en el Art. 76 del Cuerpo de Leyes antes invocado, el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS para remitir a esta Autoridad una CERTIFICACIÓN indicando el cumplimiento de lo ordenado, bajo prevenciones legales contenidas en el Art. 30 del Código Orgánico de la Función Judicial.- [5] Tómese en cuenta: i.) De conformidad a lo determinado en el inciso cuarto del Art. 146 del COGEP, (Sustituido por el Artículo 19 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI-2019), téngase presente el anuncio probatorio realizado.- ii.) La cuantía y la documentación anexa.iii.) La autorización conferida a favor del Dr. Henrry Alvaro Armas Cabezas y de la Abg. Monica Johanna Calle Matute, los casilleros judiciales electrónicos y las direcciones de correos electrónicos que se señalan para notificaciones(...) UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LA CONCORDIA. La Concordia, viernes 24 de julio del 2026, a las 16h04. Vistos: 1.) AGRÉGUESE al proceso el acta que antecede. En virtud de haberse dado cumplimiento a lo ordenado mediante auto de fecha 25 de junio del 2026, a las 08h42, y de conformidad con lo previsto en el artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, bajo exclusiva responsabilidad de la parte actora, se DISPONE CITAR por la prensa a la/el demandado(a) SUÁREZ CHASING MISHEL GUADALUPE, mediante tres publicaciones efectuadas en fechas distintas, en uno de los diarios de CIRCULACIÓN IMPRESA que se edite en la ciudad de Santo Domingo, de amplia circulación en este cantón La Concordia; así como en uno de los DIARIOS IMPRESOS de amplia circulación en el cantón Quinindé, de la provincia de Esmeraldas. Se advierte a la parte accionada la obligación que tiene de contestar la demanda dentro del término que le franquea la Ley, y de señalar dirección de correo electrónico para sus notificaciones, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía(...) NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.+++ Se le previene a la parte demandada la obligación que tiene de contestar la demanda y señalar correo electrónico en esta Unidad Judicial para futuras notificaciones. Particular que se pone en su conocimiento para los fines de Ley. ALCIVAR CAICEDO ALEXIS ARIEL SECRETARIO Hay firma electrónica. P-248070-GF
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extractos EXTRACTO JUDICIAL DE CITACIÓN AL DEMANDADO COELLO ASPIAZU EDWIN LEONEL SE LE HACE CONOCER LO SIGUIENTE: JUEZ: ABG. JORGE ANIBAL MENESES NUÑEZ MSc. SECRETARIA: ABG. MARTHA MARISOL QUICALIQUIN NUÑEZ MSc. ACTORA: ING. SONIA GUADALUPE QUINTERO MONTERO MSc., en calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “PUELLARO LTDA.” ASUNTO: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN. CAUSA No: 23303-2024-01023 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LA CONCORDIA. La Concordia, miércoles 21 de agosto del 2024, a las 12h19. VISTOS.Atendiendo al Sorteo de Ley que antecede, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma en esta fecha que se ha puesto a mi despacho, Abg. Jorge Anibal Meneses Nuñez MSc., en virtud de la Acción de Personal No. 9461-DNTH2017-TDE, en mi calidad de JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LA CONCORDIA.- [1] CALIFICACIÓN: Por reunir los requisitos establecidos en los Arts. 142, 143 y 146 del Código Orgánico General de Procesos, se califica de clara, precisa, completa y se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO EJECUTIVO de conformidad con las normas establecidas en el Art. 347 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) la demanda de COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN propuesta por la ING. SONIA GUADALUPE QUINTERO MONTERO MSc., en calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “PUELLARO LTDA.”, conforme justifica con la documentación adjunta.- [2] CITACIÓN: Velando por el cumplimiento del derecho al debido proceso consagrado en el Art. 76 de la Constitución de la República, y al tenor de los Arts. 53, 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos, DISPONGO CITAR con el contenido de la demanda y auto recaído, al demandado COELLO ASPIAZU EDWIN LEONEL en calidad de deudor principal, y a la demandada GARCIA CEDEÑO MARIANA GUADALUPE en calidad de aval solidaria; diligencia para la cual se librará atento deprecatorio electrónico dirigido a uno de los señores JUECES O JUEZAS DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUININDÉ, PROVINCIA DE ESMERALDAS, al compañero judicial deprecado se le envía suficiente despacho y se le ofrece reciprocidad en casos análogos.- Se advierte a la parte accionada la obligación que tiene de contestar la demanda y señalar dirección de correo electrónico para sus notificaciones, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía.- De conformidad al inciso cuarto del Art. 53 del COGEP, publíquese la citación en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial.- [3] DE LA OBLIGACIÓN: De conformidad a lo determinado en los Arts. 351, 352 y 355 del COGEP, se concede a la parte deman-
dada el TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS para que: a) Cumpla con la obligación contenida en el título ejecutivo que motiva esta acción; o, b) Conteste la demanda formulando oposición y proponga alguna de las excepciones taxativas, de conformidad con los Arts. 151 y 353 del Código Orgánico General de Procesos, y acorde al Art. 152 Ibídem, deberá realizar anuncio o solicitud de pruebas con la contestación a la demanda por escrito; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del COGEP.- [4] PROVIDENCIA PREVENTIVA: En mérito de la documentación aparejada, conforme se encuentra establecido en el Art. 351 del COGEP, en concordancia con el Art. 126 Ibídem, SE DISPONE la PROHIBICIÓN DE ENAJENAR del porcentaje que le corresponde a la demandada GARCIA CEDEÑO MARIANA GUADALUPE sobre los bienes inmuebles descritos en los CERTIFICADOS No. 20248923 y 20248944; en tal virtud, NOTIFÍQUESE al señor REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN QUININDÉ, concediéndose al responsable de la emplazada entidad, de conformidad a lo determinado en el Art. 76 del Cuerpo de Leyes antes invocado, el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS para remitir a esta Autoridad una CERTIFICACIÓN indicando el cumplimiento de lo ordenado, bajo prevenciones legales contenidas en el Art. 30 del Código Orgánico de la Función Judicial.- [5] Tómese en cuenta: i.) De conformidad a lo determinado en el inciso cuarto del Art. 146 del COGEP, (Sustituido por el Artículo 19 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI-2019), téngase presente el anuncio probatorio realizado.- ii.) La cuantía y la documentación anexa.iii.) La autorización conferida a favor de la Abg. Monica Johanna Calle Matute, los casilleros judiciales electrónicos y las direcciones de correos electrónicos que se señalan para notificaciones(...) UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LA CONCORDIA. La Concordia, lunes 6 de julio del 2026, a las 12h56. Vistos: 1.) AGRÉGUESE al proceso el acta que antecede. En virtud de haberse dado cumplimiento a lo ordenado mediante auto de fecha 18 de junio del 2026, a las 14h50, y de conformidad con lo previsto en el artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, bajo exclusiva responsabilidad de la parte actora, se DISPONE CITAR por la prensa a la/el demandado(a) COELLO ASPIAZU EDWIN LEONEL, mediante tres publicaciones efectuadas en fechas distintas, en uno de los diarios de CIRCULACIÓN IMPRESA que se edite en la ciudad de Santo Domingo, de amplia circulación en este cantón La Concordia; así como en uno de los DIARIOS IMPRESOS de amplia circulación en el cantón Quinindé, de la provincia de Esmeraldas. Se advierte a la parte accionada la obligación que tiene de contestar la demanda dentro del término que le franquea la Ley, y de señalar dirección de correo electrónico para sus notificaciones, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía(...) NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.+++ Se le previene a la parte demandada la obligación que tiene de contestar la demanda y señalar correo electrónico en esta Unidad
SANTO DOMINGO
Judicial para futuras notificaciones. Particular que se pone en su conocimiento para los fines de Ley. QUICALIQUIN NUÑEZ MARTHA MARISOL SECRETARIO/A P-248071-GF
REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA EXTRACTO JUDICIAL A LA SEÑORA ZAMBRANO GARCIA MARIA LEONOR, SE LE HACE SABER LO SIGUIENTE: JUICIO: SUMARIO/ DIVORCIO POR CAUSAL No.: 23201-2025-02746 CUANTÍA: INDETERMINADA ACTOR/A: ALAVA ZAMBRANO VICTOR VIDAL DEMANDADO/A: ZAMBRANO GARCIA MARIA LEONOR JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL: DRA. RUBI MARISOL TACO PROAÑO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL: AB. LUIS GEOVANNY OROZCO GUILLÉN UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS.- Santo Domingo, martes 11 de noviembre del 2025, las 14h56, VISTOS: Dra. Rubí Marisol Taco Proaño, Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de la Familia Mujer, Niñez y Adolescencia de Santo Domingo, mediante acción de personal No.- 7867-DNTH2015-SBS de fecha 04 de junio del 2015, que rige a partir del 23 de junio del 2015, además de la Resolución No. 138-2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura, de fecha 20 de mayo del año 2015, Con fundamento en el Art. 175 de la Constitución de la República del Ecuador; del Art. 233 y numeral 4 del art. 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; previo el sorteo de Ley correspondiente.- Actué en la presente causa el Ab. Luis Geovanny Orozco Guillen en su calidad de Secretario de este despacho. La demanda de DIVORCIO POR CAUSAL presentada por ALAVA ZAMBRANO VICTOR VIDAL se acepta a trámite por reunir los requisitos contemplados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos; consecuentemente procédase con el trámite establecido para el juicio Sumario de Divorcio, tal como lo dispone el Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el numeral 3 del Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos.- 2) Bajo el amparo de los Arts. 53, 54 y 55 del COGEP; se ordena CITAR a la parte demandada señora ZAMBRANO GARCIA MARIA LEONOR, con la copia de la demanda y esta providencia en el lugar designado en la demanda, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones de esta unidad judicial, a fin de que se cumpla con la citación a la parte demandada, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, Se concede a la parte demandada el término de quince (15) días para que presente su contestación de conformidad con los artículos 151, 157 y 333 numeral 3 del COGEP.- 3) Téngase en cuenta los medios de prueba anunciados los cuales serán considerados en el
momento procesal oportuno de conformidad con lo dispuesto en el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. 3.1 Por cuanto indica que no han procreado hijos, no se fija pensión alimenticia en la presente causa. 4) La diligencia de audiencia única se señalará oportunamente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 333 numeral 4 del COGEP, en concordancia con el Art. 157 del mismo cuerpo legal.- 5).- Incorpórese al proceso la documentación que adjunta el accionante.- 6).Téngase en cuenta el correo electrónica que señala para sus notificaciones y la autorización que confiere al abogado, para su defensa.- Validez de la firma electrónica.- 1.- Conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos, y Resolución Nro. 102-2023 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, el presente auto/providencia será notificado, de forma electrónica a los correos o casilleros electrónicos que las partes han designado para el efecto.2.- De conformidad con el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, artículo 19 de la Resolución 204-2023 de doce de diciembre de 2023, aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma ológrafa también denominada manuscrita. En consecuencia no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.- NOTIFÍQUESE, CÍTESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS.- Santo Domingo, miércoles 24 de junio del 2026, las 16h41. VISTOS: Una vez que ha dado cumplimiento al auto de sustanciación anterior, en virtud del acta de juramento de desconocimiento de domicilio de la parte demandada se dispone. Bajo el amparo de los Arts. 53, 54, 55 Y 56 del COGEP; se ordena citar a la parte demandada señora ZAMBRANO GARCIA MARIA LEONOR de conformidad con el inciso 1º del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, mediante tres publicaciones a realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Santo Domingo, para lo cual el secretario de este despacho elaborará el extracto judicial correspondiente, previniendo de la obligación que tiene de señalar correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme el Art. 66 del COGEP; así como se le concede el término de quince (15) días para que presente su contestación de conformidad con los artículos 151, 152, 157 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos COGEP.- En ausencia del Ab. Luis
(02)2758-444 099-787-8732
Geovanny Orozco Guillen, actúa el Ab. Kevin Geovanny Beltran Moreira, como secretario encargado de este despacho mediante acción de personal N° DP23-CJ2026-0864-UPTH que rige desde el 24 al 26 de junio del 2026. Validez de la firma electrónica.- 1.- Conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos, y Resolución Nro. 102-2023 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, el presente auto/providencia será notificado, de forma electrónica a los correos o casilleros electrónicos que las partes han designado para el efecto.- 2.- De conformidad con el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, artículo 19 de la Resolución 204-2023 de doce de diciembre de 2023, aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma ológrafa también denominada manuscrita. En consecuencia no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- (Consta con firma de la señora jueza y secretario) Particular que pongo en vuestro conocimiento para los fines de ley advirtiendo de la obligación de señalar domicilio judicial dentro de esta Jurisdicción. AB. LUIS GEOVANNY OROZCO GUILLÉN SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SANTO DOMINGO Hay firma y sello. P-248054-MIG
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN SANTO DOMINGO CITACIÓN JUDICIAL EXTRACTO A: PAVON JIMENEZ JACQUELINE DEL ROCIO y VEGA ALVAREZ CARLOS ALBERT. se le hace saber lo que sigue. JUICIO: No.23331202500306 ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO JUEZ : AB. MARCO PINEDA RIVERA SECRETARIA: AB. JÉSSICA ANDRADE ENRÍQUEZ PROVIDENCIA 19/02/2025 11:40 COMPLETAR Y/O ACLARAR LA SOLICITUD Y/O DEMANDA (AUTO DE SUSTANCIACIÓN) VISTOS.- Abg. Marco Franklin Pineda Rivera, en calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Cantón Santo Domingo.- En lo principal.- 1.- La demanda que antecede es clara, completa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en PAGARÉ A LA ORDEN, al tenor de lo previsto en el artículo 347 numeral
5 del mismo código; por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO. 2.- Se ordena la citación a los demandados, el señor Vega Alvarez Carlos Alberto y la señora Pavon Jimenez Jacqueline Del Rocio en calidad de deudores; citación que se realizará en el domicilio señalado por la parte accionante, para el efecto envíese las boletas a la oficina de citaciones de esta jurisdicción, para lo cual se adjuntará la demanda, copias certificadas de los documentos adjuntos y este auto, debiendo darse cumplimiento a lo previsto en las DISPOSICIONES REFORMATORIAS, PRIMERA, numeral 2, inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos.- 3.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, luego de haber sido citado legalmente se le concede el TÉRMINO LEGAL DE QUINCE (15) DÍAS a la parte demandada para que proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 4.- Al responsable de la citación se le concede el término judicial de 8 días contados desde la recepción de las boletas de parte de secretaria a fin de que realice la citación ordenada y de no haberla podido efectuar deberá informar de forma inmediata las razones.- 5.- Tómese en cuenta el casillero judicial, los correos electrónicos señalados por el profesional del derecho. 6.-CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. - 13/07/2026 09:48 CALIFICACIÓN DE SOLICITUD Y/O DEMANDA (AUTO DE SUSTANCIACIÓN) VISTOS: En lo principal.- 1.Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de sustanciación anterior, cítese por la prensa, conforme lo señala el 56 del COGEP; esto es, tres publicaciones en diferentes días, en las jurisdicciones del cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, a PAVON JIMENEZ JACQUELINE DEL ROCIO y VEGA ALVAREZ CARLOS ALBERT. Para el efecto emítase el extracto judicial correspondiente. 2.En virtud de lo prescrito en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, la firma electrónica contenida en el presente auto tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma realizada en forma manuscrita, por ello, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial que se notifica.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE. Lo que comunico para los fines de ley. ANDRADE ENRIQUEZ JESSICA MARIBEL SECRETARIO/A Hay firma electrónica. P-248084-GF
ENTRETENIMIENTO 10 SANTO DOMINGO VIERNES 14/AGOSTO/2026
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SUCESOS
SANTO DOMINGO VIERNES 14/AGOSTO/2026
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Otros cuatro muertos ° La madrugada del miércoles 12 de agosto
también hubo un accidente mortal en esta vía que causó la muerte de Kevin Lozano Carcelén, Carlos Arias Caiza, María Rocha y Giomara Lozada, esposa de uno de los hermanos Núñez y quien resultó gravemente herido.
TRAGEDIA. Los accidentes de tránsito siguen cobrando vidas en la vía a Quinindé.
Nuevo choque deja otro muerto en la vía Santo Domingo - Quinindé Durante las últimas 72 horas ya se contabilizan cinco muertos en esta red estatal a consecuencia de choques. La víctima quedó atrapada entre los fierros retorcidos y el otro conductor escapó. Galo Alfredo Chupi Tsamaraint, de 29 años, es la nueva víctima mortal que dejan los reiterativos accidentes de tránsito en la vía a Quinindé, en el trayecto Santo Domingo - La Concordia. Este percance ocurrió aproximadamente a las 02:50 de ayer, jueves 13 de agosto, a
la altura del kilómetro 2 de esta red estatal que en las últimas semanas ha registrado varios decesos a consecuencia de fuertes choques. La tragedia fue protagonizada por un vehículo tipo van, que producto del impacto quedó destruido, y un tráiler que terminó al costado de la cal-
zada con notorios daños en la parte frontal.
No resistió Galo Chupi quedó atrapado entre los fierros retorcidos y se necesitó la intervención de maquinaria especial del Cuerpo de Bomberos para las tareas de rescate.
La ambulancia de medicina legal lo trasladó hacia el Centro Forense, donde la mañana de ayer iniciaron los trámites de la autopsia. Producto del accidente también resultó herido Pablo G., quien fue hospitalizado con pronóstico reservado. Agentes policiales del SIAT llegaron al lugar de los hechos
para recabar indicios e iniciar las investigaciones. Además, los medios de transporte quedaron retenidos. De acuerdo a las primeras informaciones, se presume que la tipología del caso fue un choque frontal excéntrico. El conductor del vehículo pesado se marchó del sitio. (JD)
Oficial de bus aprehendido por presunto ataque sexual a una adolescente Un oficial de un bus interprovincial fue aprehendido en los andenes de la terminal terrestre de Santo Domingo y quedó a órdenes de las autoridades judiciales para que responda por un presunto delito sexual contra una adolescente de 15 años. Los hechos habrían ocurrido horas antes, mientras la unidad de transporte cubría un ruta en el cantón El Carmen, provincia de Manabí, El padre de la víctima pidió ayuda para rastrear al sospechoso. El personal de la Policía Nacional acudió hasta el área de embarque de pasajeros y neutralizó a Jorge M., para que
afronte el procedimiento legal por este caso.
Investigaciones De acuerdo a la información preliminar, el progenitor ya tenía asentada la denuncia ante la Fiscalía de Flagrancia, lo que permitió la aprehensión del principal sospechoso. Se presume que quisieron tocar las partes íntimas de la menor de edad y despojarla de una chompa. Además, fue ingresada a un centro de salud, debido a que no se descartaba que también haya sido escopolaminada o sometida a alguna sustancia similar.
EL DATO El hombre quedó a órdenes de la autoridad competente. Hasta el cierre de esta edición se desconocía el resultado de la audiencia. Durante el procedimiento se dispuso que el aprehendido sea trasladado al cantón El Carmen porque el presunto delito ocurrió en esa localidad. (JD)
REFERENCIA. La Policía Nacional aprehendió al sospechoso de este caso.
justicia 12
i Santo domingo | viernes 14/agosto/2026
Casos represados hacen urgente la selección de jueces
La Judicatura lleva adelante tres procesos para servidores judiciales con lo que aspira que la carga procesal existente disminuya y fallos postergados se emitan. Los juicios que tienen audiencias para 2027 ponen en evidencia la crisis del sistema judicial generada por la falta de jueces y también de recursos. Las vacantes hacen que se posterguen audiencias y con ello la necesidad de una justicia ágil y transparente. En ese marco, el Consejo de la Judicatura (CJ) declaró la necesidad extraordinaria y emergente en todos los órganos jurisdiccionales que integran la función judicial, con el fin de enfrentar el déficit de jueces a escala nacional y garantizar la continuidad del servicio de justicia. Previamente, conoció un informe técnico. El documento estableció que existían 210 cargos vacantes en unidades judiciales del país y con un plan de desvinculación institucional por jubilación 2026 podrían generar otras 68 plazas disponibles. En total, se preveía ocupar 278 puestos. Para atender las 210 vacantes, esa institución informó que impulsaba la ejecución de nuevos concursos públicos. Postergación de audiencias Paúl Ocaña, presidente de la Federación Nacional de Abogados del Ecuador, recordó que hay solamente 10 jueces de CNJ y a febrero de 2027 saldrán 7, con lo que habría apenas 3 jueces titulares. Estimó que para un concurso de jueces temporales se requeriría alrededor de 20 millones de dólares. Pero esto debe ejecutarse porque, según Ocaña, hay procesos contenciosos administrativos cuyas fechas de audiencias son fijadas para dentro de un año, en 2027, por la falta de jueces. Ciro Guzmán, director del Colegio de Abogados de Pichincha, mencionó que no solo las audiencias se
Sesión. El Consejo de la Judicatura en una sesión del Pleno. (Foto: DLH)
postergan, sino que todo el trámite procesal se vuelve lento por la falta de jueces. Hay casos que deberían ser resueltos en seis meses, pero se demoran dos, tres años e inclusive más tiempo, opinó. A criterio del abogado y profesor universitario Pablo Encalada, una de las garantías que exige la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos es que los jueces deben tener “estabilidad e inamovilidad”. Esto porque, en determinados momentos, toman decisiones que pueden afectar a intereses importantes del poder político o económico. Con esas dos condiciones tienen la garantía de que pueden resolver en derecho y no van ser removidos del cargo. “Todo lo contrario ocurre con los jueces encargados”, argumentó. Y eso no debe descuidarse en los concursos. Ocho fases para la selección de jueces El 3 de julio pasado, la entidad aprobó el reglamento del concurso de selección de jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ). El documento incluye parámetros técnicos y per-
mitirá cubrir las vacantes generadas en las salas especializadas de la CNJ. Habrá ocho fases: convocatoria, postulación, méritos, examen de confianza, prueba psicológica, impugnación ciudadana, oposición y audiencia pública. Hay tres elementos claves: quienes deseen participar deberán presentar una declaración juramentada en la que se señale, por ejemplo, que no tienen sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos de prevaricato, concusión, cohecho, extorsión, peculado, defraudación al Estado, delitos de lesa humanidad, crímenes de odio, acoso sexual o por violencia de género. Además, deberán autorizar el levantamiento de sigilo bancario y permitir que el CJ acceda a la declaración patrimonial juramentada que consta en la Contraloría General del Estado o a la declaración anual del impuesto a la renta que reposa en el SRI. Los postulantes tendrán que certificar que no poseen bienes o capitales en paraísos fiscales. También se someterán a un examen de confianza, que para la Judicatura es un mecanis-
mo técnico que permitirá recopilar, verificar, analizar y contrastar información objetiva sobre integridad, probidad, conducta ética, transparencia patrimonial, responsabilidad y confiabilidad institucional. Los aspirantes serán calificados sobre 100 puntos: 50 correspondientes a méritos y 50 a la fase de oposición, integrada por una prueba teórica y una prueba práctica. En una audiencia pública finalmente darán a conocer su trayectoria profesional y experiencia laboral, así como, su visión sobre la administración de justicia. También buscan jueces supremos A inicios de agosto arrancó el proceso interno de selección de cinco conjueces temporales de la CNJ. De ellos, tres serán para la sala especializada de lo Penal, uno para la sala especializada de lo Civil y uno para la sala especializada de lo Laboral. Esta convocatoria está dirigida a jueces titulares de las Cortes Provinciales de Justicia de todo el país, que deberán cumplir requisitos de probidad y el perfil profesional de la especialidad
correspondiente. El procedimiento contempla la verificación de inhabilidades y antecedentes disciplinarios. Reemplazos para ‘evitar demoras’ Mercedes Caicedo, presidenta de la Judicatura, en una intervención pública, mencionó que dentro de la gobernanza y cobertura judicial, aprobaron el concurso para jueces de CNJ, a través de un reglamento. Además, declararon la necesidad extraordinaria y emergente de todos los órganos jurisdiccionales. Con ello se dio luz verde al proceso de selección de 222 jueces temporales. Aclaró que ello no significa que ese mecanismo reemplace a un concurso de méritos y oposición abierto que requiere 739 personas para ocupar esas vacantes. Señaló que con los pocos recursos con los que disponen priorizaron el mantenimiento de la infraestructura e indicó que, si se logra contar con los 222 jueces temporales, esas causas que no se han resuelto finalmente podrán tener un fallo. El 30 de julio de 2026, la Judicatura aprobó las metodologías para la selección y designación de jueces temporales de las unidades judiciales de primer nivel y de los Tribunales Contenciosos Administrativos, Contenciosos Tributarios y de lo Contencioso Administrativo y Tributario a escala nacional. En la convocatoria interna para las unidades judiciales podrán postular secretarios, oficiales mayores, ayudantes judiciales y amanuenses con nombramientos definitivos, provisionales y con contratos de servicios ocasionales. Los postulantes deberán tener al menos cinco años de permanencia en la función Judicial. La selección considerará la formación académica, la experiencia profesional y la ausencia de sanciones disciplinarias que afecten la idoneidad para ejercer el cargo. Para los tribunales de lo contencioso, la convocatoria estará dirigida a jueces titulares de las unidades judiciales de primer nivel. (JGP)
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POLÍtica
Santo domingo | VIERNES 14/AGOSTO/2026 I
EL DATO 125 países son parte del Estatuto de Roma, entre ellos Ecuador. Burundi y Filipinas se han retirado.
ACTO. Asamblea de los Estados Partes en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional durante una sesión en julio de 2026. (Foto: CPI).
¿Cuáles serán los efectos de retirarse de la Corte Penal Internacional? Ecuador es uno de los 19 países que forman parte de la Coalición contra los Cárteles de las Américas a los que Estados Unidos instó a abandonar la Corte Penal Internacional. ¿Qué pasaría si Ecuador decide retirarse? Pete Hegseth, secretario de Guerra de Estados Unidos (EE. UU.), pidió a los países miembros de la Coalición contra los Cárteles de las Américas (A3C) que se retiren de la Corte Penal Internacional (CPI). Pero expertos en Derecho evalúan que esta solicitud apunta hacia intereses diferentes a los de la lucha contra el narcotráfico en la región y advierten que habría efectos negativos si Ecuador acoge esa petición. El 12 de agosto de 2026, en Panamá, Hegseth dijo que la izquierda internacional intenta imponer “de forma ilegal la jurisdicción de la CPI sobre el personal militar y las operaciones de EE.UU. y sus socios”. En ese contexto hizo la petición: “Insto encarecidamente a cada miembro de la A3C a abandonar la CPI y rechazar sus intentos de despojar a sus gobiernos y tribunales de su soberanía”. Hasta el momento, ninguna
autoridad del Gobierno ha confirmado que el país seguirá el pedido del Secretario de EE.UU.
da por el tratado internacional llamado Estatuto de Roma, creado en 1998.
¿Qué hace la Corte Penal Internacional?
¿Cómo se puede retirar un país?
La CPI, según su sitio web, se dedica a investigar y, cuando procede, se encarga de enjuiciar a las personas acusadas de los crímenes graves internacionales:
Farith Simon, profesor del Colegio de Jurisprudencia de la Universidad San Francisco de Quito, explica que para retirarse de la CPI un país debe denunciar el Estatuto de Roma. “Esto lo tiene que hacer el jefe del Estado enviando la denuncia al secretario de Naciones Unidas”. El constitucionalista José Chalco indica que el camino para retirarse de la CPI no es tan sencillo: “No pasa por la voluntad exclusiva de una persona (el presidente Daniel Noboa)”. Indica tres elementos que intervienen en este proceso: “Conforme al artículo 127 del Estatuto, desde que se presenta la intención de denunciar el instrumento internacional tie-
• • • •
Genocidio. Crímenes de guerra. Crímenes de lesa humanidad. Crimen de agresión.
Uno de sus propósitos es contribuir en una lucha mundial para acabar con la impunidad y como tribunal de última instancia “busca complementar, no reemplazar, a los tribunales nacionales”. La CPI es la primera corte penal internacional permanente del mundo, funciona desde 2003 y es regi-
ne que pasar un año para que el Estado se desvincule”. “Todos los hechos que son de conocimiento de la CPI que hayan sucedido mientras estuvo vigente el Estatuto y hasta el momento efectivo de la desvinculación siguen siendo de competencia de la CPI”. “La desvinculación requiere del pronunciamiento de la Corte Constitucional de Ecuador sobre la constitucionalidad del procedimiento (vía), pero antes la Asamblea Nacional tendrá que aprobar la denuncia del Estatuto”.
Posibles consecuencias Simon señala que “cualquier operación de un país, independientemente de ser parte de la CPI, siempre debería hacerse respetando las obligaciones internacionales”. Sin embargo, no ve razones para que Ecuador haga la denuncia del Estatuto para retirarse de la CPI. “Ecuador ha incorporado en la Constitución y en las normas internas los delitos que están regulados en el Estatuto de Roma. El presidente Noboa no debería presentar la denuncia. No hay ninguna limitación para las operaciones militares que están trabajando, excepto respetar los derechos humanos. No habría justificación política ni jurídica”, plantea. Dice que si Noboa acoge el pedido de Hegseth “sería muy mal visto políticamente desde una gran parte de la comunidad internacional, sería grave y Ecuador sería observado
como un país con una actitud poco seria, cuando además no tiene ningún impacto con las actividades militares”. Annabell Guerrero, abogada y miembro del Centro Justicia y Género, evalúa que salir de la CPI generaría un costo a largo plazo: “Habría un costo político y un costo diplomático porque esto implicaría un retroceso de la lucha contra la impunidad y señales de desprotección para las víctimas, sobre todo cuando en el país se ha declarado el conflicto armado no internacional”. Advierte que retirarse de la CPI profundizaría cierta tendencia del Gobierno: “Si vemos actitudes antidemocráticas, que implican la concentración del poder, un paso así significaría avanzar hacia ese camino de forma más profunda”. Carlos Estarellas, abogado y docente de Derecho Internacional, refiere que sería un grave error salir de la CPI. Destaca que este tribunal tiene competencias que no tiene la Corte Internacional de Justicia ni la Corte de Arbitraje, de allí su importancia. Retirarse de la CPI “sería un retroceso para Ecuador y demostraría que no queremos apoyar las sanciones sobre delitos de lesa humanidad, eso es un error”. Subraya que “el Estatuto de Roma en nada tiene que ver con la colaboración entre Estados para enfrentar el narcotráfico o la delincuencia organizada”. Para Estarellas, el pedido de Hegseth es un pretexto: “Lo que pasa es que EE.UU. siempre ha querido que Ecuador salga de la CPI”.
¿Por qué se da el pedido de EE.UU.? Simon observa que en el discurso de Hegseth hay una dimensión anti CPI que no es nueva. “EE.UU. es uno de los países que, junto con otras potencias (China, Rusia, Israel), nunca suscribieron el Estatuto y desde antes del Gobierno de Donald Trump ha existido una tensión con la CPI”, explica. (KSQ)
economía 14 I Santo domingo | VIERNES 14/AGOSTO/2026
PREVENCIÓN. El mal manejo de las tarjetas de crédito complica las finanzas personales y familiares de los ecuatorianos.
El pago mínimo puede atraparle en una deuda interminable Cada vez más ecuatorianos llegan a fin de mes sin poder cancelar el total de su tarjeta de crédito. El 53% de las compras con tarjeta se paga dejando parte de la deuda para el siguiente mes, pero puede hacer que una compra termine costando mucho más. El pago mínimo de la tarjeta de crédito parece un alivio cuando el dinero no alcanza. Permite mantenerse al día con el banco, evitar la mora y conservar un buen historial de pago. Pero esa aparente tranquilidad tiene un costo: la deuda puede crecer durante meses o incluso años, mientras gran parte del dinero que se paga se va en intereses y apenas
reduce el capital pendiente. Ese comportamiento es cada vez más común en Ecuador. A junio de 2026, el 53% de los consumos con tarjeta se manejan de forma rotativa, es decir, el cliente no cancela el total de la deuda y arrastra saldo al mes siguiente, generando intereses. En 2023 esa proporción era del 46%, lo que muestra que más personas
están financiando su consumo cotidiano con crédito.
Una deuda que casi no baja El pago mínimo es la cantidad más baja que el emisor de la tarjeta exige pagar cada mes para que la deuda no entre en mora. El problema es que ese pago suele cubrir principalmente intereses y otros cargos, mientras el capital disminuye muy
poco. En otras palabras, la deuda sigue viva y continúa generando intereses sobre el saldo pendiente. Suponga que debe $3.000 en su tarjeta y el banco le pide un pago mínimo de $120 al mes. Usted paga esos $120 puntualmente durante varios meses, pero al revisar el estado de cuenta descubre que la deuda apenas bajó, por ejemplo, de $3.000 a $2.930. Es decir, entregó $720 en seis meses y solo redujo $70 del capital, porque el resto se destinó principalmente a intereses y otros cargos. Mientras el saldo pendiente siga siendo alto, cada nuevo mes volverá a generar intereses y la deuda tardará mucho más tiempo en desaparecer. Pedro Ruiz, economista y consultor financiero, describe el pago mínimo como una bola de nieve financiera. Cada mes se acumulan nuevos intereses sobre el capital pendiente y, si además se siguen usando las tarjetas, el
saldo vuelve a aumentar. Así, una deuda manejable puede transformarse en una obligación difícil de controlar. En agosto de 2026, la tasa activa efectiva máxima para créditos de consumo, donde se incluyen las tarjetas, fue de 16,77% anual, según el Banco Central. Aunque en Ecuador está prohibido cobrar intereses sobre intereses (anatocismo), una deuda puede crecer por los intereses ordinarios sobre el capital pendiente, nuevos consumos, avances y otros cargos.
Golpe silencioso al bolsillo El mayor riesgo es que el pago mínimo reduce la cuota de este mes, pero aumenta el costo total de la deuda. Muchas familias sienten que “respiran” porque la cuota baja, aunque en realidad están comprando tiempo a un precio elevado. Además, el pago mínimo puede dar una falsa sensación de control, acotó Ruiz.
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economía Santo domingo | VIERNES 14/AGOSTO/2026 I
“Una persona puede seguir apareciendo como buen pagador en el sistema financiero y conservar un buen puntaje crediticio, aun cuando ya tenga una carga de deuda que supera ampliamente su capacidad real de pago. El historial refleja que paga a tiempo, no necesariamente que puede seguir haciéndolo en el futuro”, recalcó.
Deuda con tarjetas en Ecuador En Ecuador hay 2,7 millones de personas con tarjetas de crédito, que en conjunto adeudan $12.100 millones. El saldo promedio por persona ronda los $4.370, pero la deuda aumenta con rapidez cuando se acumulan varias tarjetas. Quien tiene una sola registra un promedio cercano a $1.440, mientras que quienes poseen cinco o más superan los $23.000. Ese es uno de los hallazgos más preocupantes: la morosidad no cuenta toda
la historia. Muchas personas aún no han dejado de pagar, pero muestran señales de sobreendeudamiento, especialmente quienes mantienen varias tarjetas activas y arrastran saldos de forma permanente.
Una situación para preocuparse Andrea Romero, economista, advierte que el problema comienza mucho antes de que aparezca una demanda o un embargo. Una regla práctica es observar cuánto de los ingresos mensuales se destina a pagar deudas. Si las cuotas de tarjetas, préstamos y otras obligaciones superan el 20% del ingreso, conviene revisar el presupuesto y buscar alternativas. Cuando la carga se acerca al 50%, el riesgo de sobreendeudamiento se vuelve alto y cualquier im-
previsto, como una enfermedad, pérdida de empleo o caída de ventas, puede desestabilizar completamente las finanzas del hogar.
Tarjetas para sostener gastos El aumento del crédito rotativo sugiere que cada vez más hogares utilizan la tarjeta para sostener gastos corrientes, no solo compras grandes. Alimentos, salud, educación, transporte o pequeños gastos del negocio terminan financiándose en cuotas. Cuando esos pagos se acumulan, el presupuesto mensual pierde margen de maniobra y el salario deja de alcanzar. Según Defensa Deudores Ecuador, entre 2023 y 2025 se registraron más de un millón de procesos judiciales relacionados con deudas, concentrados principalmente en personas de entre 30 y
55 años, el segmento económicamente activo del país. “Durante 2026 se consolida el hecho de más hogares en déficit económico. Seis de cada diez ecuatorianos necesitan endeudarse para vivir y tres de cada diez personas con crédito tienen una calificación mala o pésima en el buró”, explica César Coronel Garcés, abogado de Defensa Deudores Ecuador.
¿Qué hacer si la tarjeta ya no alcanza? Si responde “sí” a varias de estas preguntas, su deuda puede estar entrando en una zona de riesgo: • Paga solo el mínimo de una o más tarjetas. • Usa una tarjeta para cubrir gastos básicos del mes. • Tiene dos o más tarjetas con saldos pendientes. • Necesita una nueva tar-
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jeta o un préstamo para pagar otra deuda. Sus cuotas mensuales consumen una parte importante de su sueldo.
• La recomendación más efectiva es dejar de pagar solo el mínimo cuando sea posible. Si el presupuesto está muy presionado, una opción es consolidar varias deudas en un solo préstamo con una tasa y un plazo definidos, aunque eso debe analizarse con cuidado porque extender el plazo puede reducir la cuota mensual, pero aumentar el costo total. También ayuda priorizar las compras al contado o a cuotas sin intereses, llevar un registro de todos los pagos diferidos y revisar periódicamente el estado de las deudas para conocer el monto real que aún queda por cancelar. El pago mínimo no es un delito ni una trampa escondida. El problema aparece cuando esa flexibilidad se vuelve permanente. (JS)
sEGuRiDaD 16 I SANTO DOMINGO | viernes 14/agosto/2026
bargo, quienes tienen mayor incidencia en el microtráfico son los Lobos, incluso con sus facciones y líderes en cada zona. Un ejemplo de esto se daba con alias la Pastora, quien manejaba Calderón, Carapungo, Comité del Pueblo. Ahora está detenida en La Roca. De igual manera funcionan células en Chillogallo y en el Valle de Los Chillos, “que están relacionadas con los Lobos”, indicaron.
LABOR. El Ejército Ecuatoriano decomisó 44 kilos de cocaína en Quito. (Foto: Ejército Ecuatoriano)
Quito está en el ‘triángulo de la cocaína’ La ciudad está en el centro de las rutas del narcotráfico. Una parte de la droga se expende a través del microtráfico, pero lo demás busca su salida hacia los puertos de Ecuador. Quito está dentro del mapa del narcotráfico bajo el escenario de disputa de territorios y rutas. Aunque una parte de la mercancía se queda en la ciudad para el microtráfico en distintas zonas, la mayor parte de la droga solo pasa por la ciudad para luego ser enviada a los puertos de Ecuador. El coronel (sp) Mario Pazmiño, director para América Latina del Security College, aseguró que la capital está ubicada en uno de los vértices que conver-
gen en el triángulo de la cocaína, cuyo primer punto está en Tumaco (corredor del Pacífico), el segundo en la amazonía colombiana, específicamente en Puerto Asís y el tercer punto es Quito. “Se llama el triángulo de la cocaína porque ahí está la mayor cantidad de plantaciones de hojas de coca que tiene Colombia. Por ahí atraviesan los dos grandes corredores que ingresan al país para contaminar los puertos, que son a través del
corredor del Pacífico y del corredor amazónico”. El especialista agregó que Quito se encuentra en el centro de ese proceso y por eso es estratégico para desplazar droga, servir de centro de acopio y para controlar las rutas que van hacia los puertos. Además, puntualizó que en Quito no solo hay presencia de Choneros y Lobos, sino que también están los Tiguerones, Mafia 19, subdivisiones de los Lobos, Chone Killers y Latin Kings. “Cada una de estas organizaciones trata de consolidarse en un espacio territorial”, dijo Pazmiño al destacar que esos espacios territoriales se vuelven cada día más buscados por las organizaciones y pelean por controlarlos. Rutas del narco llegan a Quito Fuentes de Inteligencia militar detallaron que Quito es una jurisdicción donde confluyen algunas rutas del narcotráfico. Desde Colombia hay tres rutas importantes para la salida de la droga hacia
Ecuador que vienen por: Esmeraldas, Carchi y Sucumbíos. “Las rutas que vienen que vienen del Carchi y de Sucumbíos, muchas confluyen en el Distrito Metropolitano”, puntualizaron. En Quito hay puntos como la ruta que llega desde Tulcán hacia Guayllabamba, y desde ahí sale a San Miguel del Oyacoto y entra al Distrito Metropolitano, según la información de las fuentes de Inteligencia militar. La segunda ruta viene desde Sucumbíos, pasa por Lago Agrio, Baeza, Papallacta e ingresa a Quito. La tercera sale de Esmeraldas, pasa por San Lorenzo, Ibarra y llega a la capital. “Esas rutas del narcotráfico a gran escala son las que buscan llegar a Manabí y al golfo de Guayaquil . Ahí viene el control territorial de las rutas”, mencionaron. Las fuentes de Inteligencia militar detallaron que el microtráfico en Quito predomina en zonas como: Calderón, Carapungo y San Miguel del Común. De acuerdo con esas fuentes, en la capital hay células de los Choneros; sin em-
Tráfico de drogas y homicidios El coronel de Policía de Estado Mayor, Patricio Campaña, comandante (s) de la zona 9 DMQ, puntualizó en una entrevista con LA HORA que en las muertes violentas hay más incidencia por el tráfico de drogas. “Las muertes violentas vienen asociadas con una situación de objetivos directos, pero están relacionados a la droga”. Campaña detalló que las disputas entre las bandas delictivas se dan por la situación de venta de droga y la disputa de territorio. Añadió que desde la Policía realizan distintos operativos direccionados a combatir las estructuras criminales y así disminuir los índices delictivos que enfrenta Quito. El 13 de agosto de 2026, la Policía se concentró en el sector de San Roque, en el Centro Histórico, donde se allanó la casa de Fabricio Colón Pico, líder de los Lobos en Quito, quien se encuentra recluido en la cárcel de Santa Elena. Según la Policía, en esa vivienda funcionaría como centro de acopio y distribución de la droga para el microtráfico. El comandante general de la Policía, Pablo Dávila, detalló que tanto la vivienda como un restaurante contiguo eran usados para la venta diaria de la droga. Para el coronel Patricio Campaña, por el microtráfico en Quito se da una pugna de poderes. Según destacó, las bandas delictivas reclutan a otras bandas más pequeñas o al cambiarse de bandos se dan las retaliaciones y por ello se registran las muertes violentas. (DLH)
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DIÁLOGO. Participantes de las conversaciones entre la Asamblea Nacional de Venezuela y el Parlamento opositor paralelo constituido en 2015 . EP
Reformas al sistema judicial acercan al régimen y la oposición El régimen de Venezuela y la oposición acuerdan reformar el sistema judicial y recuperar activos. La encargada del poder en ese país, Delcy Rodríguez aboga por que el proceso ayude a “construir un camino para la mejor convivencia democrática” . MADRID. El régimen de Venezuela y el Parlamento opositor paralelo constituido en 2015 han acordado iniciar un “proceso” en favor de la “transformación” del sistema judicial del país, así como promover la recuperación de “activos de reserva internacional” depositados en el Banco de Inglaterra. Lo han hecho tras finalizar su primer ciclo de trabajo enmarcado en el proceso de diálogo político, tras el anuncio, a mediados del pasado mes de julio de 2026, de una ‘hoja de
ruta’ conjunta para reconstruir el país después del doble terremoto que ha dejado más de 6.300 víctimas mortales. En materia judicial, las partes en diálogo han acordado, en virtud de un documento difundido en redes por la Asamblea Nacional venezolana, iniciar un proceso que contribuya a la “transformación del sistema de Justicia” del país. Para ello, han apostado por “renovar y ampliar el comité de postulaciones judiciales”, activar un “nuevo proceso de postulación” para la renova-
ción y designación de todos los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y conformar un consejo de revisión de credenciales y requisitos de los postulados al TSJ para el cumplimiento de lo establecido en la Constitución, la ley y el baremo de evaluación.
Recuperación de activos Asimismo, han acordado concentrar esfuerzos para “promover la recuperación de los activos de reserva internacional” del país, depositados en el Banco de Inglaterra, “es-
tableciendo mecanismos de transparencia, trazabilidad y auditoría en la utilización eficiente de los mismos, para garantizar el bienestar de todos los afectados”. Este punto con el cual se busca “continuar dando respuesta a las víctimas” de los fuertes terremotos que sacudieron al país el pasado 24 de junio se suma al acuerdo al que también han arribado las partes negociadoras de “trabajar en el fortalecimiento de programas de atención en vivienda, electricidad, sa-
lud y recolección de escombros”. Para este primer ciclo han sido instaladas dos mesas técnicas, una para la atención de la emergencia por el doble terremoto y otra en pro del fortalecimiento de la democracia, Poder Judicial y Poder Electoral. En el mismo han sido llevadas a cabo cinco sesiones de trabajo con las mesas y cinco plenarias entre ambas delegaciones. Cabe recordar que la delegación del Ejecutivo central está liderada por el presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela, Jorge Rodríguez, mientras que la de la Asamblea Nacional de 2015, lo está por Dinorah Figuera, quien reemplazó a Juan Guaidó en la Presidencia del Parlamento opositor. Con relación al cronograma de ejecución de los acuerdos, Rodríguez y Figuera han firmado que comenzará este mes de agosto “con los anuncios oficiales y acciones concretas, bajo un mecanismo de trabajo continuo que asegure el cumplimiento estricto de cada compromiso”. A este respecto se ha pronunciado la encargada del poder en Venezuela, Delcy Rodríguez, quien ha celebrado este “primer paso” en el proceso de diálogo manifestando confiar en que el mismo “contribuya a construir un camino para la mejor convivencia democrática” entre los distintos sectores políticos. Seguidamente, la inquilina de Miraflores ha llamado a que “todas las fuerzas políticas se sumen a este diálogo, poniendo siempre por delante el bienestar, la paz, la estabilidad y el desarrollo de Venezuela”. EUROPA PRESS
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Colombia pide asistencia a EE.UU. contra el “narcoterrorismo” El Gobierno de Colombia pide asistencia a Estados Unidos en operaciones militares contra el “narcoterrorismo”, según informó el Pentágono. MADRID. El secretario de Defensa de Estados Unidos, Pete Hegseth, ha asegurado que el Gobierno de Abelardo de la Espriella ha solicitado su colaboración en operaciones militares conjuntas en Colombia contra el “narco-
terrorismo”. “A través del recién investido presidente (...) Colombia ya ha solicitado que el Departamento de Guerra --como la Administración Trump denomina a Defensa-- se una al país en su lucha contra el
narcoterrorismo, autorizando operaciones militares conjuntas para acabar con los terroristas y las redes terroristas”, ha señalado desde Panamá, durante un evento de la coalición militar impulsada por Washington contra
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los cárteles. Si bien las autoridades colombianas no se han pronunciado a este respecto hasta el momento, sí lo ha hecho el expresidente Gustavo Petro, quien en un mensaje en redes sociales ha apuntado que, aunque no es contrario a la colaboración en materia de lucha mundial contra el narcotráfico y otras formas de crimen internacional, ello no trae consigo un “permiso para que extranjeros” maten a colombianos. “Colombia sabe más de lucha contra el narcotráfico que Estados Unidos, por eso no me niego a la colaboración de lucha mundial contra el narco y otras formas de crimen internacional que no se pueden superar sino en común con muchos países del mundo, pero eso no significa permiso para que extranjeros vengan a matar colombianos”, ha apuntado Petro recalcando que “quien autoriza no es el presidente, según la Constitución” sino “el Senado de la República y, en su defecto, el Consejo de Estado”.
Arremetida contra la izquierda El jefe del Pentágono ha
anunciado asimismo que Colombia se sumará a esta coalición, también conocida como Escudo de las Américas, convirtiéndose en 19º país miembro. En el acto, Hegseth ha aprovechado para arremeter contra “la izquierda internacional” y ha alentado a sus aliados en América Latina a retirarse del Estatuto de Roma y con ello, del Tribunal Penal Internacional. “La izquierda internacional, junto con sus medios afines, busca imponer de manera ilegal la jurisdicción del TPI sobre el personal y las operaciones militares de Estados Unidos y sus socios. Resulta llamativo que este supuesto tribunal y otros organismos globalistas debiliten nuestros esfuerzos, mientras no exigen responsabilidades a los verdaderos terroristas y tiranos”, ha manifestado. También han participado en este foro el senador estadounidense Bernie Moreno, el comandante del Comando Sur del Ejército estadounidense (SOUTHCOM), el general Francis L. Donovan, y el presidente panameño, José Raúl Mulino, que ha mantenido un encuentro previo con Hegseth.
REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DEL TRABAJO Y DESARROLLO HUMANO EXTRACTO ACTOR JOSÉ RICARDO DÁVILA VILLAGÓMEZ, en calidad de trabajador, en contra de la
compañía ONIERT S.A., en calidad de empleadora.
PATROCINADOR: Dr. Carlos Garcés Burbano ACCIONADO: compañía ONIERT S.A CAUSAL: NUMERAL 2 DEL ARTICULO 173 DEL CÓDIGO DE TRABAJO Quito, 11 de agosto de 2026, a las 13h30.- Continuando con la sustanciación del trámite de Visto Bueno No. 361786-2026-GMAN, seguido por el señor JOSÉ RICARDO DÁVILA VILLAGÓMEZ, en calidad de trabajador y parte accionante, en contra de la compañía ONIERT S.A., en calidad de empleadora y parte accionada. 1) Agréguese al expediente el escrito ingresado mediante documento No. MDTH-DRTSPQ-2026-21101-E, así como la documentación que se acompaña, mediante los cuales la parte accionante da cumplimiento a lo dispuesto en providencia de 03 de agosto de 2026, incorporando la declaración juramentada, los certificados emitidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y la documentación de respaldo de las diligencias efectuadas para determinar el domicilio o residencia de la parte accionada. 2) De la revisión de la documentación incorporada al expediente, se verifica que la parte accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, al presentar la declaración juramentada sobre la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de la parte accionada, así como la documentación de respaldo correspondiente; en consecuencia, procédase a la citación de la compañía ONIERT S.A., por intermedio de sus representantes legales, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, de conformidad con el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. 3) Para tal efecto, entréguese a la parte accionante el correspondiente extracto; concédase el término de cinco (5) días para que remita a este Despacho los ejemplares o constancias de las publicaciones efectuadas, así como la certificación o constancia legible que acredite haber fijado una copia del extracto en varios sitios visibles del lugar de trabajo. De no cumplir con lo dispuesto dentro del término concedido, se dispondrá el archivo del expediente, de conformidad con la normativa aplicable. 4) Concédase a la compañía ONIERT S.A., en calidad de parte accionada, el término de veintidós (22) días para que conteste la solicitud de Visto Bueno, anuncie y presente las pruebas de las que se crea asistida y señale casillero judicial y correo electrónico para futuras notificaciones, término que correrá a partir del día siguiente al de la última publicación. Con su contestación o en rebeldía, se continuará con la sustanciación del presente trámite y se resolverá conforme a Derecho. Notifíquese. – f) AB. GERMÁN MARCELO ÁLVAREZ NÚÑEZ.Validar únicamente en FirmaEC. Firmado electrónicamente por:
ABG. GERMÁN MARCELO ÁLVAREZ NÚÑEZ INSPECTOR DEL TRABAJO DE PICHINCHA
AUTORIDAD. El secretario de Defensa de Estados Unidos, Pete Hegseth. EP
Dirección: Av. República de El Salvador N34-183 y Suiza Código Postal: 170505 / Quito – Ecuador Teléfono: +593-2-381-4000 www.trabajo.gob.ec
001-006-0874
GERMAN MARCELO ALVAREZ NUNEZ
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Labor. Aldeas Infantiles SOS prepara un Plan de Respuesta para proteger a la infancia vulnerable tras el terremoto en Colombia. EP
Terremoto destapó la realidad de la región más pobre de Colombia Conozca cuál es la desigualdad que dejó al descubierto el terremoto de 7.4 grados, cuyo epicentro se ubicó en el Chocó, la región más pobre de Colombia.
Chocó, epicentro del terremoto que ha dejado hasta el momento 265 muertos en Colombia, es la región más pobre del país, según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística
(DANE), que ha publicado una radiografía de la pobreza monetaria en su territorio. Su capital, Quibdó, fue en 2025 la capital de departamento más pobre, con un coeficiente de Gini de 0,555
puntos (frente a los 0,531 puntos a nivel nacional) y una incidencia de pobreza monetaria del 61,7%. Asimismo, fue la única ciudad que experimentó un aumento de este indicador en Co-
Irán: EE.UU. que incurre en un error si cree que controla Ormuz MADRID. El ministro de Exteriores de Irán, Abbas Araqchi, ha asegurado este 13 de agosto de 2026 que Estados Unidos ha incurrido en “un error de cálculo aún mayor” con respecto al estrecho de Ormuz del que hizo de la guerra, en lo que parece una nueva respuesta al presidente Donald Trump, quien se jactó de tener bajo control la situación. Araqchi ha explicado que Estados Unidos lleva calculando mal durante mucho tiempo debido a los fallos de sus informes de Inteligencia, primero con la guerra, pero “ahora un error de cál-
CONFLICTO. Militares de Estados Unidos en un barco abordado en el estrecho de Ormuz. EP
culo aún mayor con el estrecho de Ormuz”. “Peor que las noticias falsas es la Inteligencia falsa. Cuidado”, ha advertido el ministro de Exteriores iraní en un mensaje en redes sociales, que concluye re-
marcando que Alá es “más grande que cualquier poder en la Tierra”. ‘El estrecho sigue bloqueado’ Este 12 de agosto, el presidente de Estados Unidos
indicador pasó de 29,7% en 2024 a 32,5% en 2025, mientras que en Cali, este indicador fue del 6% en el mismo ejercicio. La línea de pobreza extrema es el coste per cápita mensual mínimo necesario para adquirir únicamente una cesta de bienes alimentarios.
lombia, con un incremento de 2,1 puntos porcentuales respecto al año anterior, según los datos del DANE. El terremoto de magnitud 7,4 en la escala de Richter registrado el 10 de agosto de 2026 en el municipio de San José del Palmar, ha puesto de manifiesto la situación de pobreza que atraviesa la zona y su desigualdad respecto a otras regiones que también experimentaron el seísmo como la vecina del Valle del Cauca, cuya capital, Cali, redujo su pobreza al 19,7%. En esta línea, Quibdó y Pasto fueron las únicas ciudades que registraron un aumento en la incidencia de pobreza monetaria extrema. En la primera de ellas, este
Dos colombias diferentes Expertos del DANE explican que en el Chocó es casi imposible contar con alumbrado público y sistema de alcantarillado. Además, destacan que en la región el transporte se realiza principalmente a través de la red fluvial, y que no hay suficientes vías para hacer infraestructuras. Estas diferencias han sido clave en la respuesta inmediata del Gobierno colombiano durante las primeras 72 horas tras el terremoto, ya que gracias a la infraestructura ha sido posible llevar ayuda por tierra a las ciudades más afectadas del Eje Cafetero, como Manizales y Pereira, a diferencia de Chocó, en donde es más difícil el acceso. Asimismo, los expertos del DANE señalan que en el Chocó las condiciones de las viviendas son “muy precarias, muy malas”, explicando que hay muchos inmuebles que no tienen el suelo revestido y que puede ser de tierra, y las paredes pueden ser tablas de madera en lugar de ladrillos. (EUROPA PRESS)
afirmó tener bajo control la situación en el estrecho de Ormuz. “Es nuestro”, aseguró, al tiempo que advirtió a Irán de que recibirían de nuevo “una paliza” si en algún momento intentaban algo. “Ahora mismo estamos en una posición muy buena”, reiteró. En respuesta, la Autoridad del Estrecho del Golfo Pérsico (PGSA), organismo creado por Teherán para gestionar el tráfico marítimo a través de Ormuz, restó credibilidad a estas “repetidas” afirmaciones de las autoridades estadounidenses. “No cambian la realidad”, apuntó. “El estrecho de Ormuz sigue bloqueado y no se reabrirá hasta que se acepten las condiciones de Irán”, zanjó la PGSA en una breve
nota en redes sociales. El tira y afloja entre las partes continúa y mientras Trump sugiere nuevas sanciones económicas sin descartar aún la posibilidad de más ataques para reabrir el estrecho de Ormuz, Irán solo contempla tal posibilidad si EEUU pone fin a los bloqueos de sus puertos y libera los activos congelados en bancos extranjeros. Asimismo, Irán condiciona también el libre tránsito por el estrecho de Ormuz a un alto el fuego fiable que incluya también a Líbano y la Franja de Gaza, objetivos permanentes de las aspiraciones territoriales de Israel, que ya ha advertido de que no apoyará ningún tipo de acuerdo que requiera cesar sus ataques. (EUROPA PRESS)
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VIERNES 14 DE AGOSTO DE 2026
La muerte sigue apareciendo en la vía a Quinindé Galo Alfredo Chupi Tsamaraint, de 29 años, murió tras sufrir un accidente de tránsito en el kilómetro 2 de la vía Santo Domingo - Quinindé. Con este caso, ya se contabilizan cinco fallecidos en las últimas 72 horas a consecuencia de choques registrados en esta red estatal. 11
Detenido por presunto delito sexual en un bus La Policía Nacional aprehendió al controlador de un bus interprovincial por un presunto delito sexual contra una pasajera de 15 años.
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