Santo Domingo
MARTES 13 DE ENERO DE 2026 SUCESOS
Violencia aumenta en Manabí: dos comerciantes asesinados en El Carmen 04
Concejal Morocho pasa su primera noche en Bellavista
Tras un largo viaje desde la frontera de Rumichaca, límite entre Ecuador y Colombia, el concejal Miguel Morocho arribó a Santo Domingo en calidad de detenido por el delito de tentativa de asesinato. Posterior a su llegada, fue trasladado a una casa de salud para la obtención del certificado médico y, posteriormente, ingresó a la cárcel Bellavista. 03 REVISTA JUDICIAL
JUSTICIA
SEGURIDAD
ECONOMÍA
SOCIEDAD
Godoy, con juicio político encima, designará jueces
Guardias contra la pared por uso de armas
El camino para conseguir energía privada
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Gobierno define lucha contra embarazo adolescente
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Propósitos en el delito de secuestro extorsivo
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Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
Salvatore Foti
ecuasalvo@yahoo.it
Crisis nacional vs mentiras oficiales
E
l Gobierno anda de vacaciones en medio de una profunda crisis nacional que, de manera grave, ya acecha incluso a la Función Judicial, sobre la cual crecen las dudas acerca de su independencia e inclusive de posibles relaciones con el narcotráfico. Un país que cada día se hunde más y cuya realidad es retratada con crudeza por la foto de las cinco cabezas colgadas en Manabí, el video de las ejecuciones en Mocolí o el desgarrador homicidio de un guardia de seguridad en Quito. A todo esto hay que sumar el miedo de que, por falta de lluvias, nos vuelvan a quitar la luz también en 2026. Sin embargo, nuestro Presidente insiste en ignorar al país real y mantiene una línea comunicacional que se aferra a la mentira para seguir confundiendo a la población. Con respecto a los posibles cortes de luz, por ejemplo, volvió a culpar a la Corte Constitucional, ignorando que, más allá de que la Corte no dispone de hidroeléctricas ni de antorchas, tampoco tiene responsabilidad sobre el fracaso de la política energética causada por ese mismo desgobierno. En lugar de publicar fotos de los miembros de la Corte, debería publicar las fotos de sus propios funcionarios, que algo han de tener que ver con las firmas de contratos que han perjudicado al Estado y a los ciudadanos con compras millonarias de generadores inservibles. Pero, en cambio, a esos funcionarios se los ha enviado al exterior como embajadores abonando la impunidad. A pesar de todo, lo que más llama la atención ya no es solo la inoperancia de un Gobierno tan inservible como sus generadores, sino el espíritu de masoquismo existencial y de aspirante a mártir de quienes siguen apoyando este fracaso nacional que se burla claramente de los ciudadanos y de sus problemas. Mientras el Presidente viaja, aquí nos matan, secuestran y extorsionan; y otros son obligados a emigrar y buscar una vida mejor en el exterior, a costa de sacrificios y mucho dolor. Urge que, como ciudadanos, empecemos a ponernos del lado correcto de la historia y a exigir que nos rindan cuentas, no cuentos.
Rosa Intriago lizintriagocastro@hotmail.com
Vidas invisibles
V
ivo en Manabí y manejo por carreteras donde la velocidad es alta y la conciencia, a veces, no tanto. Este fin de semana, yendo a 90 como lo exige una vía rápida, vi algo que todavía me pesa. El carro delante del mío, a la misma velocidad, impactó con el cos-
Directora Nacional: Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Lorena Melo Mieles Redacción: santodomingo@lahora.com.ec Publicidad: mgranda@lahora.com.ec Año: XXVII No. 11.546
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
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OPINIÓN 02
SANTO DOMINGO MARTES 13/ENERO/2026
editorial
Ángela María Cevallos Ortiz
Plan contra el embarazo adolescente E
angelacevallos20@hotmail.com
Visibilidad y posicionamiento
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l Estado ha inaugurado una política para combatir el embarazo adolescente. Firmada por la vicepresidenta María José Pinto, como máxima autoridad del Ministerio de Salud, reconoce las limitaciones que impiden disminuir estos embarazos, miles producidos por abusos sexuales. Vigente desde el 24 de diciembre pasado, el documento expone la dura realidad: el 14% de los bebés que nacen en Ecuador, tienen madres de entre 15 y 19 años; el 1% tienen madres de 14 años o menores. Esto quiere decir que, según la ley, las cerca de 2,160 niñas que se convierten en madres antes de quinceañeras cada año, lo hacen como resultado de una violación. Las provincias más afectadas están en la Amazonía: Morona Santiago, Napo, Orellana y Sucumbíos doblan la tasa promedio nacional;
tado de los faros a un perro que intentaba cruzar. Corría con todo lo que le daban las fuerzas, ignorando el peligro o tal vez sin entenderlo. No fue culpa del conductor. Con el poco tiempo de reacción, incluso bajando la velocidad, ese perrito igual habría sido rozado por una de las llantas. El impacto lo lanzó, rodó sobre el asfalto y por segundos estuve a punto de arrollarlo yo también. Tampoco fue culpa del perro. Actuó como actúa un animal,
Esmeraldas aparece en quinto lugar. El gran problema a resolver es la naturalización de las uniones tempranas, la pobreza y el acceso a servicios de educación y salud. Salvar estas vidas y mejorar las perspectivas de futuro que tienen las niñas y adolescentes en Ecuador es un gran reto para María José Pinto que, incluso antes de llegar a la Vicepresidencia y asumir la compleja cartera de Salud, aportó a la gran campaña nacional por erradicar la desnutrición crónica infantil. Un adolescente se convierte en vulnerable cuando el Estado le ha fallado y a su familia. Y esta deberá ser una de las reivindicaciones más importantes que emprenda el Estado, porque los más jóvenes deben tener la capacidad de decidir su propio futuro en libertad y, para esto, nada más importante que tener autonomía sobre su cuerpo y sus decisiones.
desde el instinto, desde el miedo. Entonces uno empieza a buscar responsables. Tal vez los dueños que dejan a sus mascotas en libertad, sabiendo que vivir al lado de una carretera es peligroso. Tal vez nadie en específico. Y ahí está lo incómodo. No siempre hay un culpable claro. Pero sí hay algo que siempre queda en evidencia: cómo reaccionamos. Porque he visto personas que aceleran. Que no tocan el
pito. Que no maniobran. Que justifican no hacer nada diciendo que están en su derecho de usar la vía. Porque, aunque para la mayoría hablar de animales represente ternura, he conocido personas para quienes, detrás de la censura social, arrollar a un animal representa adrenalina y emoción. No hablo de leyes, hablo de decisiones. De ese instante mínimo donde podemos elegir alertar, frenar, incomodarnos un poco o seguir como si nada.
n la práctica política, uno de los errores más frecuentes y más costosos es confundir visibilidad con posicionamiento. Ambos conceptos suelen usarse como sinónimos, pero en estrategia tienen un significado y producen efectos opuestos. La visibilidad responde a preguntas simples como: ¿Me están viendo?, ¿existe reconocimiento?...El posicionamiento, en cambio, plantea interrogantes más rigurosas: ¿Cómo me interpretan?, ¿qué significado se asocia a mi nombre?, ¿existe credibilidad?. Un actor político puede ser altamente visible, popular y, aun así, carecer de posicionamiento. Aparecer con frecuencia en medios, redes o espacios públicos no garantiza que exista una idea clara asociada a ese nombre. La sobreexposición, de hecho, suele generar ruido más que identidad. Desde la consultoría política, esta distinción es básica. Cuando una estrategia se enfoca únicamente en “estar”, pierde la oportunidad de “ser” y esa visibilidad sin dirección puede inflar métricas, pero no consolida liderazgo. El posicionamiento y fidelización, es el resultado de decisiones estratégicas sostenidas en el tiempo: qué temas se priorizan, qué lenguaje se utiliza, qué silencios se guardan y, sobre todo, qué se decide no decir. Otro aspecto clave es que el posicionamiento no se define desde la intención del emisor, sino desde la percepción del receptor. No basta con decir quién se es; importa que esa idea sea reconocible, estable y diferenciada en la mente de la ciudadanía, es decir, el electorado. El posicionamiento puede crecer incluso con baja exposición, siempre que exista una clara estratégica. En contextos de alta saturación comunicacional, esta diferencia se vuelve aún más relevante. La competencia por atención es fuerte, pero la competencia real por significado es vital. Los actores políticos que entienden esto dejan de perseguir impacto inmediato y comienzan a construir sentido y pertenencia.
Decimos creer en Dios, pedir protección, hablar de valores, pero en la práctica nos volvemos duros cuando la empatía nos retrasa. Un perro atropellado no es solo un accidente. Es un reflejo de una sociedad que en algunas ocasiones, prefiere tener la razón antes que hacerse cargo. Hasta que entendamos que la verdadera prueba de humanidad aparece cuando nadie nos obliga a hacer lo correcto, que Dios nos ampare.
03 CIUDAD
SANTO DOMINGO MARTES 13/ENERO/2026
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Concejal Miguel Morocho ingresó a la cárcel Bellavista El concejal mantiene una licencia sin sueldo vigente hasta el 25 de enero de 2026. Si su ausencia persiste, al culminar el plazo establecido se iniciará el proceso de destitución. Tras permanecer varios meses fuera del país, el concejal Miguel Morocho retornó a Santo Domingo para cumplir prisión preventiva en el Centro de Rehabilitación Social Bellavista, en el marco de un proceso judicial por tentativa de asesinato contra el transportista Washington Vasco. Pasadas las 18:00 de ayer, lunes 12 de enero, arribaron las patrullas que participaron en el operativo de seguridad para su traslado. El protocolo incluyó la obtención del certificado médico y, posteriormente, su ingreso al centro de privación de libertad para varones. Agentes del Bloque de Seguridad coordinaron la movilización desde el norte del país hasta el cantón colo-
rado, recorrido en el que no se presentaron novedades.
Expulsado de Colombia
Durante la mañana, el sistema migratorio de Colombia confirmó que Miguel Morocho fue expulsado de su territorio y entregado a la Policía de Ecuador para que afronte su proceso judicial. Las imágenes se difundieron rápidamente a nivel nacional, debido a la repercusión y controversia del caso, al tratarse de una autoridad municipal en funciones. Morocho fue detenido desde el sábado 10 de enero, cuando intentaba cruzar la frontera entre Colombia y Venezuela. La noticia fue confirmada por el ministro del Interior, John Reimberg, quien tam-
TRASLADO. Miguel Morocho fue trasladado a Santo Domingo tras su captura en Colombia.
bién generó reacciones en redes sociales al relacionarlo con la Revolución Ciudadana.
¿Viene la desvinculación?
El alcalde de Santo Domingo, Wilson Erazo, se refirió al tema durante un conversatorio con medios de comunicación y aclaró que, en el ámbito laboral, aún está vigente la licencia sin remuneración del edil. No obstante, indicó que se actuará conforme a la normativa legal si no retoma sus funciones en el plazo establecido.
“No es un problema del Municipio, pero algunos ya lo quieren juzgar. Está en etapa de investigación con una medida cautelar. El concejal tiene licencia hasta el 25 de enero, esperen que se cumpla”, expuso. Erazo pidió que el caso no sea politizado y cuestionó al expresidente Rafael Correa por pronunciarse en publicaciones relacionadas al tema. “No me preocupo ni voy a opinar. Hice una alianza porque me llamó en esa oportunidad el respetable expresidente. No he ido a
EL DATO Desde el último trimestre de 2025, el concejal Morocho no cumple funciones de manera presencial. Pesaba sobre él una orden de captura. buscar a nadie y en el acuerdo político di resultados. A mí no me ordenan desde ninguna parte del mundo y no soy recadero de nadie”, señaló. (JD)
Dirigentes barriales anuncian acciones legales por el encarecimiento del agua Trece días han transcurrido desde que el concejo municipal aprobó el incremento de la tasa por el servicio de agua potable y alcantarillado en Santo Domingo, pero los cuestionamientos ciudadanos continúan. El pliego tarifario aún no ha sido actualizado por la entidad competente; sin embargo, el alza ya es una realidad tras haber sido aprobada en la última sesión extraordinaria del periodo 2025. Varios dirigentes barriales aseguran sentirse perjudicados y mantienen los reclamos. Pedro Mero ratificó que alistan acciones legales para que la aprobación quede insubsistente y se mantengan los valores anteriores. “Todo estaba planificado y armado, recuer-
den que ese día blindaron el Municipio. Se va a presentar una demanda de inconstitucionalidad porque es una medida ilegal”, acotó. Gilda Arroyo, presidenta de la cooperativa 2 de Mayo, también alzó su voz de protesta y pidió a las autoridades no seguir afectando la economía de los sectores populares. “Hay que unirnos, ya que no podemos pagar tanto. El alcantarillado no sirve y hay que cancelar un rubro para que los destapen”.
Apoyo y otras posturas
La concejal Liliana Silva votó en contra durante el segundo debate y ratificó su intención de interponer acciones legales para revertir la decisión del legislativo municipal,
EL DATO Este mes aún no refleja el incremento de la tarifa, porque el pliego tarifario todavía no ha sido actualizado. “Hay familias que llegarían a pagar hasta 30 dólares. Dentro de los documentos no había un plan maestro; se entiende que es una desesperación de tener recursos económicos, porque necesitan pagar dos créditos que son sumamente altos por el proyecto de Otongo y alcantarillado”, dijo la funcionaria. Por su parte, el alcalde Wilson Erazo ha señalado que se actuó de acuerdo a la
RECLAMOS. Habitantes de diferentes sectores respaldan el inicio de acciones legales para revertir el encarecimiento del agua.
normativa correspondiente y en varias ocasiones dio a entender que la empresa pública de Agua Potable y
Alcantarillado (Epmapa) estaba en riesgo de quiebra; incluso, se registró un cambio de gerente. (JD)
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SUCESOS 04 SANTO DOMINGO MARTES 13/ENERO/2026
VÍCTIMAS. Miguel González y Freddy Vinces.
EL DATO
VIOLENCIA. Dos hombres fueron asesinados con armas de fuego cuando se movilizaban en la zona rural del cantón El Carmen.
Dos comerciantes asesinados en zona rural del cantón El Carmen Con estos casos ya suman ocho personas asesinadas durante las últimas horas. Minutos antes del hecho, las víctimas retiraron dinero en una entidad bancaria. El robo es la primera hipótesis. Miguel Ángel González Salazar y Freddy Vinces fueron asesinados durante la mañana de ayer, lunes 12 de enero, cerca a la parroquia rural El Paraíso La 14, en el cantón El Carmen, pro-
vincia de Manabí. Las víctimas se movilizaban a bordo de una camioneta doble cabina y fueron interceptadas por antisociales armados en el camino que conduce hacia la comu-
nidad La 25. Ambos recibieron varios impactos de bala, lo que ocasionó que pierdan la vida prácticamente de manera inmediata, pues no hubo tiempo para que reciban atención médica. Desde Santo Domingo salió la ambulancia de medicina legal para trasladar los cuerpos hasta el Centro Forense.
Hipótesis de robo
Se presume que el hecho fue
perpetrado por delincuentes que pretendían arrebatarles el dinero que iban a utilizar en la compra de cacao y palma. Anita González, concejal del cantón manabita y tía de Miguel Ángel, indicó a los medios de comunicación que él tenía un centro de acopio para la compra de productos agrícolas en la comunidad La 25. En horas de la mañana, las víctimas acudieron a Patricia Pilar, provincia
La noche del sábado hubo una matanza en un night club de la zona rural de El Carmen. Miguel González deja cuatro hijos en la orfandad. de Los Ríos, para retirar 40.000 dólares en una entidad bancaria, lo que refuerza la hipótesis de que el móvil del crimen habría sido el robo. Hasta el centro poblado de la parroquia El Paraíso La 14 llegaron con resguardo policial y después continuaron el trayecto por cuenta propia, sin imaginar que estaban siendo seguidos. Agentes especializados iniciaron las investigaciones para esclarecer estas muertes violentas. Se conoció que dos sospechosos habrían sido atrapados minutos después del hecho violento, quienes quedaron a órdenes de las autoridades judiciales. (JD)
Asaltos armados a pasajeros de dos buses interprovinciales Los pasajeros de dos transportes interprovinciales fueron víctimas de asaltos a mano armada cuando ingresaban a Santo Domingo por diferentes carreteras, la noche del domingo 11 de enero. El primer hecho se reportó en la vía a Quito. Las víctimas se movilizaban en una unidad de la cooperativa Alóag y el delito ocurrió luego de que tres delincuentes abordaron el bus en la parroquia Alluriquín. Los sujetos sacaron armas letales para intimidar a los pasajeros y quitarles celulares, dinero, billeteras, relojes y otros objetos de valor.
Minutos después, descendieron del vehículo y se subieron en un carro que los esperaba antes de llegar al casco urbano, con el que huyeron con rumbo desconocido.
Otro caso similar
Tiempo después se reportó un robo con características similares en el interior de un bus de la cooperativa Gilberto Zambrano, que circulaba en el sentido La Concordia – Santo Domingo. Los delincuentes subieron cerca al ingreso a la parroquia Valle Hermoso y esperaron el momento propicio para desvalijar a los usuarios.
EL DATO Tras la alerta de ambos casos, la Policía desarrolló controles en distintos puntos viales para tratar de localizar a los antisociales. Tras apoderarse de varias pertenencias, descendieron del bus. Las víctimas informaron a la Policía Nacional que los sospechosos escaparon en un taxi con destino a Santo Domingo, pero no fueron localizados. (JD)
REFERENCIA. La Policía Nacional fue alertada sobre el asalto en dos transportes interprovinciales.
05 política
SANTO DOMINGO | MARTES 13/ENERO/2026 I
en la
web lahora.com.ec POLÍTICA
CAL inadmite solicitud para enjuiciar a vocales del Cpccs ECONOMÍA
FUNCIONARIO. NMario Godoy encabeza una sesión del pleno del Consejo de la Judicatura (Foto archivo).
Godoy activa mecanismo para designar jueces temporales
La dirección nacional de Talento Humano del CJ tiene hasta el 31 de enero de 2026 para realizar mesas técnicas. El objetivo es regular los procedimientos y metodologías para la designación de jueces temporales a escala nacional. La dirección nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura (CJ), por disposición del Pleno del organismo presidido por Mario Godoy, tiene hasta el 31 de enero de 2026 para realizar mesas técnicas, a fin de regular los procedimientos y metodologías para la designación de jueces temporales a escala nacional. De fuentes extraoficiales trascendió que quienes sean designados reemplazarían a alrededor de 51 jueces de las provincias de Cotopaxi, El Oro, Tungurahua, Los Ríos, Bolívar, Manabí, Guayas y Esmeraldas, que han sido separados de sus cargos en los últimos doce meses. La decisión genera suspicacias entre juristas, abogados y constitucionalistas que ven como “algo irregular”, “inconstitucional” e “inoportuno” que el CJ de Godoy, quien enfrenta una solicitud de juicio político en la Asamblea Nacional, inicie un proceso de renovación en la Función Judicial. Ciro Guzmán, director del Colegio de Abogados de Pichincha, incluso señaló que este intento de designar jueces temporales se debería a la pretensión del Gobierno de controlar la Justicia y “poner jue-
ces a dedo”. Sostuvo que esto lo podrá hacer mientras Godoy siga como presidente del CJ. “Evidentemente, el juicio político avanzará y si el Gobierno no quiere quedar puesto en evidencia, como si fuera un Gobierno que no está combatiendo al narcotráfico, tiene que votar por su destitución”, dijo. Guzmán calificó como una “aberración” si se permite que Godoy ponga jueces temporales y remarcó los presuntos intereses que tendría el presidente de la República,Daniel Noboa, como supuesto operador de sus empresas desde el Ejecutivo. Recordó, por ejemplo, la intención que tuvo la esposa de Noboa, Lavinia Valbonesi, de emprender en un proyecto inmobiliario en Olón (Santa Elena). “Elementos como estos pueden ser demandados ante las cortes con recursos ordinarios o constitucionales. Obviamente, al Gobierno le interesa el control del aparato de Justicia”, insistió.
‘Afectará la estabilidad’ La designación de los jueces
EL DATO En momentos en que que Mario Godoy está bajo sospecha de presunto tráfico de influencias en un caso de narcotráfico, el CJ analiza nombrar jueces temporales. temporales afectará la estabilidad y la carrera de los servidores judiciales, opinó el constitucionalista, Luis Ávila, quien concordó con Guzmán en torno al interés que tendría el Gobierno de acaparar el control del poder Judicial, colocando jueces sin concurso público. Alertó que esta intención se podría concretar a pesar de que la Corte Constitucional (CC) declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Integridad Pública. La norma que fue dada de baja por la CC, el 27 de septiembre de 2025 daba poder al CJ para declarar en emergencia la Función Judicial. Esta declaratoria le iba a permitir que, de forma temporal y excepcional, se puedan rea-
lizar acciones como: evaluar a jueces y fiscales o realizar las contrataciones por emergencia que se requieran. Ávila insistió en que el mecanismo que pretende aplicar Godoy no es el adecuado porque la CC ha dicho que no se puede nombrar jueces temporales, porque afecta la independencia judicial. Explicó que los jueces temporales solo asumen funciones en casos de emergencia: por ejemplo, si un juez titular pasa por una calamidad doméstica o por fallecimiento.
Abogados piden que haya un concurso Luis Ávila y el abogado penalista Pablo Encalada exhortan al CJ a que se convoque a un concurso para designar jueces “aunque se demore más tiempo”. Es “indeseable” tener jueces temporales, lo ideal es tener jueces titulares, remarcó Encalada. “La estabilidad es una de las condiciones básicas para la independencia; mientras más jueces temporales, hay más dudas respecto de su imparcialidad porque están sometidos a una renovación de encargo”, señaló. (SC)
Inversión extranjera directa se disparó en 2025 BOLSILLO
Bancos vs. cooperativas: ¿dónde rinde más tu dinero? JUSTICIA
Daniella Camacho asume la presidencia de la CNJ de manera temporal Seguridad
Alias Junior, integrante de los Tiguerones, fue capturado Imbabura Carchi
El tren se convierte en motor turístico de Imbabura
¿Los guardias pueden hacer uso de sus armas de fuego? Abogados penalistas concluyen en que siempre habrá investigaciones en el caso de que se ocasione una muerte, pero que se debe comprobar que eso se realizó bajo el legítimo derecho de la defensa.
CONTROL. Personal del Ministerio del Interior y de la Policía verificó la legalidad de los permisos de operación de compañías de seguridad. (Foto: Archivo X Ministerio del Interior)
El 7 de enero de 2026, el centro financiero de Quito se convirtió en escenario violento, pues un guardia de seguridad fue asesinado en la calle Irlanda y avenida 6 de Diciembre, tras defender la seguridad de un local comercial. Los responsables del negocio se pronunciaron a través de redes sociales, indicando que un intento de asalto terminó con la pérdida irreparable de la vida de “quien velaba por la seguridad del lugar, mientras cumplía con su labor”. Un video evidenció que el guardia intentó disuadir a los delincuentes con un gas, y en ese momento recibió dos disparos, uno en el cuello y otro en el abdomen. Esta información fue corroborada por la Policía.
Medidas de protección de los guardias El abogado penalista Julio César García indicó que las compañías de seguridad deben obtener permisos para el uso y porte de armas y que “a ellos se les permite
tener armas que al resto de ciudadanos no se les permite tener”. Y aclaró que, a cualquier persona, más allá de ser guardia de seguridad se le permite hacer uso de su legítima defensa. “Quien utilice un arma de fuego y mate a alguien en legítima defensa, que tenga el permiso de uso y porte de armas no tendrá un problema legal por el porte ilegal de armas. Sin embargo, habrá una investigación (por la muerte) para ver si se actuó en base a la legítima defensa, pedirán las cámaras de seguridad, relatos de los testigos y se verá si la persona tenía un contrato con la compañía, que trabajaba de guardia y que el otro sujeto tenía antecedentes por robo, y se le encontró otra arma. Entonces, con esas investigaciones, el Fiscal va a concluir que el guardia actuó en legítima defensa”, explicó. El penalista enfatizó en que toda persona que atraviese una situación así pasará por una investigación previa, aunque dijo que “lo que ha sucedido en ocasio-
nes que por falta de colaboración de los testigos o de evidencia, Fiscalía termina procesando al guardia”. García dijo que solo para miembros de la fuerza pública se establece el uso progresivo de la fuerza y no para los guardias privados, se analiza la proporcionalidad, pues no es lo mismo si una persona está a unos metros de distancia con una piedra y el guardia saca un arma y lo ataca. Con ello también coincide la abogada penalista María del Mar Gallegos y detalló que, para usar un arma de fuego, el COIP plantea que debe haber una causa de justificación que es la legítima defensa y puede ser derechos propios o de terceros. “En este caso, si el guardia tenía un arma bien podía hacer uso de esta para poder defender el derecho de terceros, e incluso su derecho a la vida que estaba siendo atacada”.
Protocolos de seguridad Alexandra Rivera, quien es guardia de seguridad, comentó que en caso de que
SEGURIDAD 06 i SANTO DOMINGO | MARTES 13/ENERO/2026
se cometa un robo en el área a hacer uso de armas deben donde trabaja debe usar tener el permiso de uso y “elementos de disuasión porte de armas, que tamcomo sirenas o altavoces”. bién lo cumple la empresa. Dijo que deben comunicarse También se realizan pruebas a su central de emergencia al guardia de seguridad para para que llamen a la Policía que pueda manejar el arma, y no perder de vista a quien además les dan cursos para sea sospechoso de un delito. ello y para que pueda repeler Sin embargo, recalcó que algún ataque. al no haber “igualdad de elementos con el sospechoso no Ecuador es el país se puede hacer uso del arma, que tiene más violencia tolete o gas pimienta, por- armada que se puede crear una inca- País con más violencia arpacidad”. Por lo que Rivera mada Carla Álvarez, docente e aseguró que el uso de un investigadora en searma se da solamente cuando su vida o la TOME NOTA guridad en el IAEN, dijo que se ha visto un vida de quienes brindan seguridad están Ecuador cerró crecimiento exponen2025 como el cial de la violencia en peligro. año más viode la que tiene que ver con El gerente adminis- lento historia. En el país el mercado de armas, trativo de la empresa 2025, llegó a 10.630 pues en Ecuador nueve de seguridad priva- homicidios, según datos de la Fiscalía; de cada diez personas da Gusvivan, Marco mientras que que son asesinadas, Rosero, dijo que los en 2023 se registraron mueren por un dispaguardias de seguridad 8.008. ro. que pertenecen a su Álvarez destacó que compañía están preparados para una acción pre- hay que regular el mercado ventiva de cualquier delito. de armas, pues la situación Y que cuentan con prepara- en Ecuador es muy grave ción mental y anímica frente respecto a la violencia ara las situaciones que se pue- mada. “Por ejemplo, en los hogares del total de femicidan dar. En el caso de que ocurra dios ocurridos casi el 75% se un robo en el lugar que cus- dan por armas de fuego. De todian, el gerente mencionó hecho, en todo el continente que se recomienda al guardia americano, el país donde hay coordinar el apoyo con las más violencia armada es en fuerzas del orden y que, si Ecuador. En el mundo, el no se puede evitar una reac- 45% de las personas mueción se debe accionar el arma, ren debido a un disparo, en dependiendo de cómo se dé el América Latina entre el 65 y 70% las personas mueren caso para repeler ataques. “Si tenemos una situa- por un disparo y en Ecuador ción de estas (de ataque) se es el 90%. Esto ya ameritales recomienda evaluar y ría que se tomen decisiones solicitar apoyo y buscar un de políticas públicas urgenbuen recaudo, por cómo está tes para tratar esto con mela delincuencia en el país”, didas epidemiológicas, como estableció Rosero. Y destacó si fuera una enfermedad de que los guardias que vayan contagio”. (PSR) NOTARIA OCTAVA DEL CANTÓN AMBATO EXTRACTO
NOTARIA OCTAVA DEL CANTÓN AMBATO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal efectuada el día Viernes veintiséis de diciembre del año dos mil veinticinco, otorgada ante el Doctor Ángel Augusto Palacios Cabrera, Notario Octavo de este cantón Ambato, los señores cónyuges JUAN NORBERTO TAMAYO GAMBOA, de estado civil casado, portador de la cédula de ciudadanía número 1802170843, representado por su mandataria la señora JOSEFA ABAD TROYA, de estado civil casada, portadora de la cédula de ciudadanía número 1801727809, y, la señora MARIA YOLANDA ABAD ABAD, de estado civil casada, portadora de la cédula de ciudadanía número 180245305-8, representado por su mandataria la señora JESSICA PAOLA LOPEZ ABAD, de estado civil soltera, portadora de la cédula de ciudadania número 1804394961, quienes procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera disuelta de mutuo acuerdo, de fecha martes 29 de agosto del 2023, celebrada ante el Dr. Juan Carlos Ávila Cárdenas, Notario primero del cantón Pillaro, debidamente marginada en la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación el viernes 10 de noviembre del 2023.- Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo dieciocho numeral veinte y tres, en donde facultan al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores cónyuges JUAN NORBERTO TAMAYO GAMBOA Y MARIA YOLANDA ABAD ABAD.- Para que en el término de veinte (20) días a contarse desde la publicación de este extracto, las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes Ambato, 26 de diciembre del año 2025-
07 EcoNoMía SANTO DOMINGO | MARTES 13/ENERO/2026 I
CRISIS. El sector eléctrico ecuatoriano necesita más inversión privada.
La inversión privada en el sector eléctrico sí puede destrabarse
La sentencia de la Corte Constitucional no anula la inversión privada en el sector eléctrico, pero obliga al Gobierno a actuar rápido para dar seguridad jurídica, reformar la ley y destrabar cambios estructurales que eviten nuevos apagones.
La reciente declaratoria de inconstitucionalidad del numeral 1 del artículo 25 de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica (Lospee) reavivó el debate sobre cómo atraer inversión privada al sector eléctrico sin vulnerar la Constitución y sin poner en riesgo proyectos ya comprometidos. Para el abogado especializado en arbitraje e inversión, Francisco Paredes, socio del estudio Laudenlaw, el primer punto que debe quedar claro es que el fallo no es retroactivo. “La sentencia únicamente rige para el futuro”, explica, y subraya que “las concesiones, contratos y títulos habilitantes ya otorgados son constitucionales y deben mantenerse estables”.
¿Qué sigue habilitando la inversión? La Corte Constitucional anuló una causal específica que permitía la participación privada cuando fuera necesaria para satisfacer el “interés público, colectivo o general”. Esa redacción, según la Corte, era demasiado amplia y vaciaba de contenido el principio constitucional de excepcionalidad. En esa línea, la Cámara de Comercio de Guayaquil (CCG) advierte que el fallo reduce la
claridad normativa necesaria para nuevas inversiones, aunque no prohíbe la participación privada. De hecho, la Corte aclaró que la mayoría de las reformas a la Lospee, y hechas en 2021, siguen vigentes y que solo se eliminó una de las causales. Paredes coincide en que el foco del problema no está en la Corte Constitucional, sino en el diseño legal que se arrastraba desde antes. “No creo que por eso sea criticable la Corte”, señala, y añade que el tribunal “hace bien de alguna manera” al exigir que la excepcionalidad esté sustentada en criterios técnicos reales. A su juicio, “eso es un error de la propia norma que la Corte observa correctamente, pero que nos trae unos problemas enormes”, especialmente en un momento de alta fragilidad del sistema eléctrico.
Incertidumbre frena inversiones Más que un impacto jurídico, el fallo genera un riesgo económico. En un sector intensivo en capital, con proyectos que se amortizan en 15 o 25 años, la ambigüedad normativa encarece el financiamiento y frena decisiones de inversión. Paredes lo resume así: “El problema no es solo jurídico: es técnico y, sobre todo, un
problema serio para la inversión”. La CCG coincide y alerta sobre tres riesgos inmediatos si el país no actúa con rapidez: • Postergación de proyectos en estructuración. • Revisión de inversiones ya comprometidas. • Menor interés de nuevos actores privados, especialmente en generación. Primer mensaje clave: blindar lo ya invertido en el sector eléctrico
Blindar lo ya invertido Para Paredes, el Gobierno de Daniel Noboa debe cerrar de inmediato el frente de incertidumbre. “El mensaje del Gobierno debe ser claro: para quienes ya tienen un derecho, un título, una concesión o un contrato, se va a garantizar todo hasta la ejecución final de los proyectos”, señala. Añade una distinción clave para los inversionistas: “Lo que no está suscrito no es un derecho: son meras expectativas”, pero “si existe un acto administrativo, como una adjudicación, concesión o título, ese derecho está blindado”.
Salida de corto plazo Tanto Paredes como la CCG coinciden en que la solución inmediata pasa por reformar la Lospee. El abogado propone que el Ejecutivo envíe una
ley económica urgente que cree causales claras y objetivas de excepcionalidad. “La ley debe crear causales específicas de excepcionalidad ajustadas a la realidad del país”, insiste Paredes, de modo que la participación privada no dependa de interpretaciones amplias o discrecionales, sino de parámetros objetivos, técnicos y verificables. Entre esas causales, menciona escenarios concretos como emergencias nacionales, desastres naturales o situaciones en las que exista una insuficiencia proyectada de capacidad de generación frente al crecimiento de la demanda. En este último caso, plantea un mecanismo técnico claro: que las empresas públicas presenten sus proyecciones de generación y que el Estado contraste esos datos con la proyección oficial de la demanda eléctrica. “Si ahí hay un gap, sobre ese gap puedo contratar al sector privado por la totalidad de lo que me haga falta”, explica . Este planteamiento coincide con la posición de la CCG y con lo anunciado por el Ministerio de Ambiente y Energía, que busca establecer condiciones técnicas, claras y verificables para la delegación excepcional, dando seguridad jurídica a proyectos
futuros. Mientras se tramita la reforma, la Cámara propone: • Aplicar plenamente el artículo 316 de la Constitución. • Impulsar los proyectos permitidos por los numerales 2 y 3 del artículo 25 de la Lospee, aún vigentes. • Dar señales claras de continuidad a los proyectos en marcha. El debate de fondo: cambiar la Constitución para que la inversión privada fluya en Ecuador
Una camisa de fuerza Más allá del corto plazo, Paredes plantea que el problema es estructural. “La Constitución tiene artículos que son una camisa de fuerza para la inversión privada”, afirma, y señala que los artículos 313 al 317 deben ser reformados para permitir una relación más equilibrada entre Estado y privados. Paredes subraya que el debate suele plantearse de forma equivocada. “No se trata de quitarle la rectoría al Estado”, sino de corregir un modelo en el que el Estado no solo regula, sino que pretende ser el único operador en sectores estratégicos. A su juicio, “está bien que el Estado controle los sectores estratégicos, pero no está bien que el Estado sea el único que maneje la producción”. El abogado insiste en que la participación privada debe darse bajo reglas claras, técnicas y predecibles, sin eliminar el rol regulador del Estado, pero evitando que este se convierta en un cuello de botella para el crecimiento. “Está bien que el Estado tenga regulaciones sobre los sectores estratégicos, pero no que sea el único dueño, o el accionista mayoritario, de las empresas cuando quiere entrar un privado”, añade. Por eso, advierte que el fondo del problema no es político ni ideológico. “No es un tema de socialismo o derecha”, enfatiza, sino una discusión práctica sobre desarrollo. En un país con riesgo de apagones, restricciones fiscales y alta demanda energética, concluye que “es un problema de supervivencia económica”, porque sin electricidad no hay producción, empleo ni crecimiento. (JS)
SOCIEDAD 08 i SANTO DOMINGO | MARTES 13/ENERO/2026
Prevención del embarazo adolescente se proyecta hasta 2035
Desigualdad, falta de oportunidades y machismo son algunas de las causas que perpetúan los embarazos en niñas y adolescentes.
Desigualdad socioeconómica y pobreza El primer punto detalla a la pobreza y la exclusión social como elementos que crean un ambiente de alta vulnerabilidad para adolescentes, limitando el acceso a recursos básicos, como la educación y los servicios de salud sexual y salud reproductiva. Añade además, que la falta de oportunidades socioeconómicas intensifica y reproduce un ciclo de pobreza y exclusión, donde los embarazos de niñas y adolescentes se traducen en un incremento de dependencia y reducción de la autonomía económica de las chicas.
Violencia de género y relaciones de poder De acuerdo con el Plan, la violencia de género es un
¿Qué dicen los datos? DERECHOS: El Gobierno busca reducir el embarazo en niñas y adolescentes mediante un plan hasta 2035.
determinante central en los embarazos de adolescentes. Según el estudio, dicha violencia se manifiesta en el ámbito doméstico, pero también en la sociedad, cuando las niñas y adolescentes están expuestas a abusos sexuales, explotación e incluso, en territorios rurales, a matrimonios forzados. Esto llega a normalizar la subordinación y el control sobre las decisiones y el cuerpo de las adolescentes, naturalizando el abuso e incrementando su vulnerabilidad y embarazos.
Acceso limitado a servicios en salud sexual Según el documento, en Ecuador se presentan brechas en el acceso a servicios de salud sexual y salud reproductiva por parte de la población adolescente, lo que limita el ejercicio de estos derechos. Esta problemática estaría relacionada a brechas intergeneracionales, interculturales y de otras como nacionalidad o estatus migratorio, incluso de tipo geográfico y económico, lo que profundiza la desigualdad en la atención.
Las posibles soluciones Sobre la base de estas y otras causas, el Gobierno estableció cinco ejes, cuyo objetivo
es centrarse en acciones relacionadas a la educación, salud, protección social y sociocultural: 1. Educación: Implementación curricular de la Educación Integral en Sexualidad y estrategias de retención escolar, garantizando que la maternidad no excluya a las adolescentes del sistema educativo. 2. Salud: Fortalecimiento de los Servicios Amigables, educación sobre anticonceptivos, con énfasis en métodos de larga duración y acceso efectivo a servicios de salud sexual y reproductiva. 3. Transformación sociocultural: Despliegue del programa “Aprendiendo en Familia”, para trabajar con hogares y cuidadores en la prevención y el acompañamiento integral. 4. Protección integral: Rutas claras de derivación, atención especializada para víctimas de violencia sexual y mecanismos que eviten la revictimización. 5. Sostenibilidad: Blindaje financiero y normativo para garantizar continuidad durante 10 años, independientemente del ciclo político.
El Gobierno acompañará los casos de aborto En el documento no se deja por fuera el tema del aborto, de hecho asegura que existirán servicios de interrupción voluntaria del embarazo para adolescentes. Dichos servicios “estarán disponibles y operativos, contarán además, con personal sensi-
Según información del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), entre 2018 y 2024, en el país se redujo la Tasa Específica de Fecundidad en adolescentes de 15 a 19 años, que pasó de 70.4 a 39.5. Sin embargo, y de acuerdo con la misma institución, en Ecuador aún ocurren cuatro partos diarios en niñas menores de 14 años y 84 de adolescentes de entre 15 y 19 años. (ECA)
001-005-130
Educación sexual integral y uso de anticonceptivos son algunas de las propuestas que el Gobierno plantea para prevenir el embarazo en niñas y adolescentes de Ecuador. Según las autoridades, el plan establecido para 2026 se extenderá hasta 2035. En Ecuador, hasta junio de 2025, las provincias con tasas más altas de embarazo en niñas y adolescentes pertenecen a la Amazonía y son Morona Santiago, Napo, Orellana y Sucumbíos. Esmeraldas aparece como la quinta provincia con mayor número de embarazos, siendo también una zona con alta pobreza e inseguridad, lo que aumenta la vulnerabilidad de las menores. El plan denominado Política Intersectorial para el Abordaje Integral del Embarazo en Adolescentes establece causas como desigualdad socioeconómica y pobreza, violencia de género y relaciones de poder, acceso limitado a servicios de educación integral, salud sexual y reproductiva y machismo.
bilizado y capacitado y rutas de derivación conocidas y disponibles”, indica. Según el Gobierno, se fortalecerá la implementación normativa vigente, es decir, la sentencia emitida por la Corte Constitucional en abril de 2021, para la interrupción voluntaria del embarazo de adolescentes a través de procesos continuos de capacitación y monitoreo. La decisión de la Corte, actualmente, permite la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas (ampliable a 18 semanas para menores de edad y habitantes de comunidades rurales) por violación. También se permite por riesgo vital o de salud de la mujer y discapacidad mental.
09 GLOBAL
SANTO DOMINGO | MARTES 13/ENERO/2026 I
El ELN habla de un acuerdo en Colombia contra el imperialismo
El Ejército de Liberación Nacional aprovechó el momento electoral en Colombia para pedir un “acuerdo nacional” para superar el conflicto en un contexto de “agresiones imperialistas”. MADRID. La delegación del Ejército de Liberación Nacional (ELN) ha propuesto este 12 de enero de 2026 impulsar un “acuerdo nacional” en Colombia en el marco de la campaña electoral para superar la “crisis estructural” y el “conflicto social, político y armado” en el país. “Consideramos la actual campaña electoral como una oportunidad para debatir esta propuesta, de tal manera que iniciando el próximo gobierno abordemos la construcción de dicho acuerdo nacional”, reza un comunicado de la delegación negociadora de la paz del ELN. Esta iniciativa “debe construirse con la participación protagónica de la sociedad” con el objetivo de que se convierta en un “mandato constitucional”, respetado por todos los Gobiernos “independientemente de la fuerza política que gobierne”. Entre las prioridades se encuentran “consensuar una verdadera política de sobe-
ranía nacional y popular; erradicar la pobreza, la persecución política, la corrupción y el paramilitarismo; construir un nuevo diseño económico para atender las necesidades de la población y las comunidades; la protección a los ecosistemas y transición hacia energías limpias y un plan para superar el narcotráfico con la participación de las comunidades”. “Se requieren unas Fuerzas Armadas que protejan a la población, que permitan la diversidad política, no la repriman, que sean garantes de la democracia y la soberanía nacional”, ha señalado la delegación del ELN, agregando que el acuerdo permitiría a Colombia “construir su futuro en democracia, soberanía, equidad y justicia social para bien de las mayorías”.
Contexto internacional El ELN ha enmarcado esta propuesta en el contexto de un mundo “convulsionado” por las recientes “agresio-
nes del imperialismo norteamericano”, en referencia a la captura por parte de Estados Unidos de presidente venezolano, Nicolás Maduro, en una operación militar en Caracas. Este pacto debe responder según el ELN a la realidad de “mayor sometimiento de América Latina” por parte de Estados Unidos. Del mismo modo, la guerrilla destaca que se ha “agudizado la confrontación política” de cara a los distintos procesos electorales previstos para 2026, con unas elecciones legislativas el 8 de marzo y unas presidenciales el próximo 31 de mayo. Esto se produce después de que el presidente colombiano, Gustavo Petro, acordara con Trump en una reciente llamada realizar “acciones conjuntas” contra el paramilitar ELN para evitar que use Venezuela como retaguardia tras las amenazas de Washington sobre una eventual intervención militar en Bogotá. El inquilino de la Casa Blanca recibirá previsiblemente a Petro la primera semana de febrero. La conversación telefónica, en la que abordaron la situación de “Venezuela y el tema de narcotráfico”, sirvió para li-
GRUPO. Detalle de un integrante del Ejército de Liberación Nacional de Colombia. EUROPA PRESS
mar asperezas entre los líderes ante los recientes cruces de acusaciones. El líder colombiano llegó a decir que podría retomar las armas que dejó tras su pasado guerrillero en respuesta a lo que tildó de “amenazas ilegítimas” des-
pués de que Trump manifestara su disposición a repetir la operación contra Maduro en Colombia, alegando que el país “está muy enfermo, gobernada por un hombre al que le gusta producir cocaína y vendérsela a Estados Unidos”. EUROPA PRESS
LIGA DEPORTIVA BARRIAL "PRÍNCIPE SAN MIGUEL" FILIAL DE LA FEDERACIÓN CANTONAL DE LIGAS DEPORTIVAS BARRIALES Y PARROQUIALES DEL CANTON SALCEDO
CONVOCATORIA A ELECCIONES
Salcedo, 12 de enero de 2026
Liga Deportiva Barrial "Príncipe San Miguel" del Cantón Salcedo, Provincia de Cotopaxi, de acuerdo con el artículo 16 y 17 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la LDEFR convoca a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA a los CLUBES FILIALES, la misma que se llevará a efecto el día martes 27 de enero del 2026 a partir de las 18h00 en la Sede del Club España ubicada en las calles Olmedo y Guayaquil (frente a la plaza Augusto Dávalos) en la misma que se tratará el siguiente orden del día: 1 Recepción de Acreditaciones y constatación del Quórum. 2.- Saludo y Bienvenida a los asistentes por parte del Presidente. 3.- Elección del nuevo DIRECTORIO para el periodo 2026 — 2030; las elecciones serán por listas cerradas, de acuerdo a la normativa legal vigente. 4.- Clausura. Atentamente;
Omar Monrroy
EL ARTE DE VENDER CON
Gabriela Vivanco
Delcy Rodríguez: ‘Aquí hay una presidenta encargada’
Delcy Rodríguez responde al presidente de EE.UU. Donald Trump y afirma que ella está a cargo de Venezuela.
La política encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez, ha respondido al inquilino de la Casa Blanca, Donald Trump, después de que compartiera en sus redes sociales una página manipulada de Wikipedia en la que se le describe como “presidente interino” del país latinoamericano tras el ataque de Washington que dejó un centenar de muertos y la captura de su dictador, Nicolás Maduro. “He visto por allí caricaturas en Wikipedia de quién manda en Venezuela. Bueno, aquí hay un Gobierno que manda en Venezuela. Aquí hay una presidenta encargada y hay un presidente rehén en Estados Unidos”, ha manifestado desde el estado de La Guaira, donde ha supervisado el reinicio de las
Juicio No. 15951-2025-00760 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, lunes 29 de diciembre del 2025, a las 17h30. R. del E. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON TENA, PROVINCIA DE NAPO
CITACIÓN POR LA PRENSA:
JUICIO
: DIVORCIO POR CAUSAL
NUMERO
: 15951-2025-00760
ACTOR
: ZIMBAÑA GREFA GLORIA EMILIA
DEMANDADO : CHONGO GREFA CESAR JORGE TRAMITE
: SUMARIO
CUANTIA
: INDETERMINADA
JUEZ (E) ENCARGADO SECRETARIA
:
DR. MARCOS VINICIO GUERRERO FUENTES, JUEZ
: AB. ELSA MARIELA POVEDA SANTILLAN
GloBal 10
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clases tras la operación militar estadounidense. Rodríguez ha aprovechado la ocasión para “ratificar y reafirmar la soberanía y la independencia de Venezuela”. Asimismo, ha agregado que están “avanzando en relaciones internacionales de respeto en el marco de la legalidad internacional para hacer reivindicar y para proteger los derechos” de Venezuela. La imagen, a la que Trump no agrega ningún comentario, indica que es “presidente interino” de Venezuela desde enero, cuando “asumió” el cargo, después de asegurar tras la captura de Maduro y su esposa, Cilia Flores, que Estados Unidos estaría a cargo de gestionar los asuntos del país. La captura de Maduro llevó a la hasta entonces vicepresidenta, Delcy Rodríguez, a asumir el país, mientras que Trump dijo el viernes que “canceló una prevista segunda oleada de ataques” contra Venezuela debido a la “cooperación” mostrada por las autoridades del país sudamericano desde entonces.
Trump se reunirá con Machado
Trump se reunirá este 15 de enero de 2026 con la líder
“UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, viernes 19 de diciembre del 2025, a las 15h07. VISTOS: Conozco de la demanda de divorcio controvertido presentada por la señora ZIMBAÑA GREFA GLORIA EMILIA en contra del señor CHONGO GREFA CESAR JORGE la cual por reunir los requisitos legales, generales y especiales previstos en los artículos 141, 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos en adelante COGEP, se le admite a trámite de PROCEDIMIENTO SUMARIO conforme lo dispone el numeral 4 del artículo 332 COGEP. En tal virtud, se ordena: PRIMERO: Por cuanto se ha justificado que no se ha podido determinar la individualidad o residencia del demandado; Cítese al señor CHONGO GREFA CESAR JORGE mediante tres publicaciones en días distintos, en el Diario “La Hora”, medio de comunicación impreso de amplia circulación; conforme lo determina el artículo 56 del Código General de Procesos; publicaciones que se realizarán con observancia del numeral 1 del referido artículo; para lo cual la señorita Secretaria de esta Judicatura elaborará los extractos correspondientes; se le advierte a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial. Transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda y para que presente sus anuncios probatorios de conformidad con el numeral 3 del artículo 333, en concordancia con los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos, bajo prevenciones de tramitarse la causa en rebeldía y en atención a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 87 del referido cuerpo legal SEGUNDO: FIJACIÓN DE PENSIÓN PROVISIONAL.- De la documentación que obra a fojas 2 de los autos se advierte que los hijos procreados en este matrimonio son todos mayores de 21 años de edad y no se justifica que adolezcan de algún tipo de discapacidad, por lo que no me pronuncio sobre alimentos, tenencia y visitas provisionales. TERCERO: ANUNCIOS PROBATORIOS DE LA ACTOR.- La actora en su demanda ha presentado como anuncios probatorios los siguientes: a) prueba documental; b) prueba testimonial los cuales en el día de la audiencia única se dispondrá lo que en derecho corresponda en atención a lo previsto en el inciso 1ro., del artículo 160 COGEP.- CUARTO: Agréguese al proceso la documentación adjunta a la demanda, tómese en cuenta la autorización conferida al la Dra. Sofia Tenemaza Vera, profesional autorizada para que le represente a la señora Zimbaña Grefa Gloria Emilia, el casillero judicial y el correo electrónico señalados por la compareciente para recibir notificaciones en esta causa.- Se agrega al proceso el escrito de fecha viernes 19 de diciembre del 2025, las 08h07, el cual se lo atiende en este auto. Cítese y Notifíquese.…” Tena, 29 de diciembre del 2025.
001-05-0123
POVEDA SANTILLAN ELSA MARIELA SECRETARIA
PERSONAJE. Delcy Rodríguez reemplaza al dictador Nicolás Maduro.
opositora venezolana María Corina Machado después de que el mandatario se negara a respaldarla para gobernar Venezuela tras la captura de Maduro, en una operación militar estadounidense. El magnate republicano ya anunció el pasado viernes que recibiría a la premio Nobel de la Paz esta semana, si bien fuentes de la Casa Blanca han detallado que la cita finalmente se llevará a cabo el jueves, según ha informado la cadena estadounidense CNN. La opositora llegó a afirmar que estaría dispuesta a compartir con Trump el galardón que recogió el pasado diciembre en la capital de Noruega, Oslo, después de que el magnate neoyorquino afirmase que Machado no tenía el apoyo ni el respeto del pueblo venezolano. La decisión del presidente de Estados Unidos de no respaldar a la opositora María Corina Machado se habría producido precisamente a raíz de su malestar por la entrega del citado premio. La Fundación Nobel ha recordado en un comunicado que sus galardones son intransferibles e irrevocables. EUROPA PRESS
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Propósitos en el delito de secuestro extorsivo
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CONSULTA Laboral ¿Cuándo se ordena una citación en persona de 24 horas al empleador y no se lo puede citar esto quedaría en un mero enunciado?
RESPUESTA
Autor: Dr. Juan Carlos Mariño Bustamante
Tanto el delito de secuestro como el de extorsión en nuestro país por la vinculación que en los últimos años ha tenido con los grupos de delincuencia organizada, se han creado nuevas formas delictivas, por lo que ha sido necesario un desarrollo dogmático penal y su consecuente evolución normativa en la legislación penal ecuatoriana, para combatir así la criminalidad, apareciendo nuevas modalidades de extorsión como el secuestro extorsivo y la extorsión sexual que se encuentran reguladas en el COIP en el Art. 162 y 172.1 respectivamente. El delito de secuestro extorsivo de la forma como se encuentra tipificado en el
COIP es una forma agravada de secuestro en razón de los propósitos que persigue el secuestrador, condición que le da el nombre a este tipo de delito, El secuestrador pretende obtener “algo” a cambio de la libertad del secuestrado. (ALBÁN GÓMEZ Ernesto. Manual de Derecho Penal ecuatoriano. Parte Especial. Tomo I. Ediciones EDLE S.A. Quito, 2022. p. 210.) Son dos modalidades o tipos de propósitos en el secuestro extorsivo, de acuerdo con la redacción del Art. 162 del COIP dice: “Si la persona que ejecuta la conducta sancionada en el artículo 161 de este Código tiene como propósito cometer otra infracción u obtener de la o las
víctimas o de terceras personas dinero (…)”, como vemos existen dos propósitos porque la conjunción disyuntiva “o” se cambia por “u” cuando la palabra que sigue empieza por el sonido “o”, entonces la conjunción disyuntiva “o” se usa para expresar una alternativa entre distintas opciones. Cosa diferente sería si el texto tuviera la conjugación copulativa “y” que son conjunciones coordinantes que unen una frase con otra, formando grupos, en donde los elementos se suman. En conclusión, las conjunciones coordinantes disyuntivas “o” y “u” aportan un significado de alternancia, es decir ofrecen la posibilidad de elegir entre dos o más realidades distintas, o entre dos varian-
tes de una misma realidad. Entonces, el delito de secuestro extorsivo tiene dos propósitos claramente diferenciados, como lo señala el maestro Ernesto Albán Gómez en su obra titulada Manual de Derecho Penal Ecuatoriano, Parte Especial, Tomo I. Primer propósito El primer propósito es para cometer otra infracción, en el propósito del secuestrador podría estar la comisión de cualquier otra infracción, ejemplo el robo de un vehículo, para asegurar que el delito de robo se agote, el secuestrador decide privar de la libertad (secuestrar) al conductor del vehículo para cometer el delito de robo del
Debe entenderse que la citación ha de ser practicada en 24 horas luego de calificada la demanda y remitido el proceso a la Sala de Citaciones de la Corte Provincial. Es el citador quien tiene ese plazo para practicar la citación; sin embargo de poder efectuarse la citación en persona, se deberá realizar por tres boletas o en cualquiera de las otras formas previstas en el Código Orgánico General de Procesos. Por lo tanto, en tales casos la citación es válida, y no existe vulneración a lo que ordena la norma de la Ley Orgánica de Justicia Laboral y Reconocimiento Trabajo en el Hogar, en cuanto a la celeridad en la práctica de esta diligencia. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
automotor, pues privar de la libertad al conductor asegura que éste no de aviso a la policía y así se pueda no sólo consumar sino agotar el delito de robo, es decir que el propósito de apropiación del automotor se perfeccione o
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MARTES 13 de ENERO de 2026 La Hora, SANTO DOMINGO
se cumpla. Segundo propósito El segundo propósito es para obtener de la víctima o de terceros, a cambio de su libertad, dineros, bienes, títulos, documentos, beneficios, acciones u omisiones que produzcan efectos jurídicos o que alteren de cualquier manera sus derechos. (ALBÁN GÓMEZ Ernesto. Ob. Cit.) Es necesario indicar que no hace falta para la configuración del delito, que éste se agote, es decir que el propósito se haya cumplido, en el primer caso que pusimos como ejemplo el propósito de apropiación del vehículo, si la policía logra interceptar al vehículo donde van los secuestradores y la víctima, el delito ya se consumó, aunque no se haya agotado. Lo mismo sucede en el segundo caso, si no se ha pagado el rescate o si no se ha entregado la cosa exigida, basta la privación de libertad con uno de los dos propósitos establecidos en la ley para la consumación del delito. Si, luego el secuestrador obtiene lo que buscaba se estará frente a un delito agotado. (ALBÁN GÓMEZ Ernesto. Ob. Cit. p. 211.) En este tipo penal (secuestro extorsivo) son varios los bienes jurídicos que pueden resultar lesionados al mismo tiempo, así tenemos: El Derecho de libertad: la libertad ambulatoria, libertad de autodeterminación. El derecho a la propiedad. El derecho a la integridad personal: física, psíquica, moral y sexual, por tanto, estamos ante un delito pluriofensivo, por eso decimos que basta la privación de la libertad con uno de los dos propósitos para que se configure el delito de secuestro extorsivo. Se clasifica a un delito como consumado cuando el delito pensado, manifestado, preparado, y ejecutado llega al resultado material ideado, manifestado y preparado a través de lo ejecutado. (RODRÍGUEZ MORENO Felipe. Curso de Derecho Penal. Parte General. Tomo II. Teoría del Delito. Editorial Cevallos. Quito. 2019. p. 293.) El agotamiento son aquellos supuestos en los cuales un delito consumado (sin
previa consumación no puede existir agotamiento) agota las expectativas de su ejecutor. Cabe presentar una regla: todo delito agotado es delito consumado, pero no todo delito consumado es delito agotado. (RODRÍGUEZ MORENO Felipe. Ob. Cit. p. 294.) El catedrático Felipe Rodríguez para comprender la consumación y agotamiento de un delito, pone como ejemplo el caso del “robo a la joyería”. En este ejemplo el sujeto activo ingresa sin ser visto a la joyería y se roba un diamante, sale sin que nadie lo vea, y se dirige en su auto a su casa que tiene una trayectoria de 15 minutos, cuando ya va a ingresar al estacionamiento de su domicilio, llega la policía y lo detiene, pues la joyería ha tenido una alarma silenciosa. En este caso, se consumó el delito de robo, pero no se agotó, porque ningún ladrón tiene la intención de robar y tener lo sustraído sólo 15 minutos en su poder antes de ser detenido. Delito no agotado Entonces, un delito <<no agotado>> es aquel que no cumple con la finalidad dolosa de su autor (no hay <<aprovechamiento>>), mientras uno <<agotado>> es el que satisface el objetivo de quien lo consuma. (RODRÍGUEZ MORENO Felipe. Ob. Cit. p. 295) Con la doctrina citada y los ejemplos expuestos podemos concluir que la persona que priva de la libertad al conductor o propietario de un vehículo, apoderándose del automotor, adecua su conducta al primer propósito del secuestro extorsivo. Ahora si el vehículo es interceptado de manera oportuna por la policía (porque una persona se percató del secuestro y llamó al ECU911 y la policía estaba en el sector) y a los pocos minutos logra detener la marcha del vehículo, rescatando a la víctima que va en su interior y recuperando el vehículo apropiado por los secuestradores, significa que el delito no se ha agotado porque no se cumplió la finalidad dolosa de su autor, pero el delito si se consumó porque ya se afectó uno de los bienes jurí-
dicos del delito de secuestro extorsivo (recordemos que es pluriofensivo), en este ejemplo el derecho afectado es el de la libertad, entendida como la libertad ambulatoria y libertad de autodeterminación. Y no podemos decir en este ejemplo que exista robo frustrado o que exista tentativa ya sea porque los secuestradores no lograron llevarse el vehículo o porque no pudieron solicitar dinero a cambio de la liberación de la víctima, ya que los elementos constitutivos del secuestro extorsivo se ejecutaron al momento que se apoderan del vehículo privándole de la libertad al conductor o propietario, así haya transcurrido escasos minutos del hecho, el delito ya se consumó. Tampoco podemos en este ejemplo hablar de concurso de infracciones entre el delito de secuestro y el delito de robo, porque nuestra legislación ha previsto un tipo penal que abarca esta conducta, y es el secuestro extorsivo en su primer propósito. El mismo ejemplo de secuestro con propósito de apoderamiento del vehículo, pero ahora supongamos que el vehículo (donde va la víctima y los secuestradores) no es interceptado por la policía y logran llegar a su guarida (escondite) desde donde solicitan dinero a cambio de la libertad del conductor y dinero a cambio de la devolución del vehículo sustraído, en ese momento pasamos del primero al segundo propósito del secuestro extorsivo, donde no es necesario para que se configure el delito, el cumplimiento de la exigencia económica (pagar por la liberación), sí se lo hace, estaremos ante un delito agotado donde se ha afectado incluso el derecho a la propiedad y si no se cumple la exigencia económica, porque la policía logra dar con el paradero, estaremos ante un delito consumado porque uno de los bienes jurídicos del secuestro extorsivo, es el derecho de libertad y éste ya se lesiona al momento que pierde su libertad ambulatoria y de autodeterminación. Agravantes del secuestro extorsivo Es importante conocer que
el tipo penal de secuestro extorsivo con la última reforma de julio del 2024 (actualmente) tiene una pena de 13 a 16 años y constituye circunstancias agravantes propias de la infracción, entre otros casos los siguientes: 2) Cuando se ha cumplido alguna de las condiciones impuestas para recuperar la libertad. Esto es cuando se ha pagado por la liberación, el delito se ha agotado y se debe imponer la pena máxima aumentada en un tercio. 4) Cuando la infracción se comete con apoderamiento de nave o aeronave, vehículos o cualquier otro transporte. Esto se produce cuando la víctima es secuestrada en su propio vehículo, se cumple el primer propósito del secuestro extorsivo, porque el propósito del secuestrador es el apoderamiento del vehículo y para esto priva de su libertad al propietario o conductor, en este caso corresponde imponer la pena máxima aumentada en un tercio, independientemente de que se agote o no el delito. 9) Cuando se somete a la víctima a tortura física o psicológica, teniendo como resultado lesiones no permanentes, durante el tiempo que permanezca secuestrada. Como el delito de secuestro extorsivo es pluriofensivo, también el derecho a la integridad personal se ve lesionado, entendido como cualquier afectación física o psíquica. Normalmente ocurre que desde el momento en que la persona es privada de su libertad recibe agresiones físicas acompañados de improperios (ultrajes) amenazas e intimidaciones para doblegar su voluntad y así obtener beneficios económicos, como por ejemplo amenazar con matar a un familiar cercano o amenazar con mutilar o cercenar un dedo como muestra de que los secuestradores son despiadados y van a cumplir sus amenazas, estos actos son verdaderas torturas psicológicas que fiscalía pueden probar a través de una valoración psicológica a la víctima, lo cual permitirá imponer al secuestrador el máximo de la pena prevista en el tipo penal aumentada en un tercio.
Es necesario aclarar que antes de las reformas del COIP de julio del 2024, si existían estos casos que hemos expuesto, como circunstancias de la infracción, pero sólo para imponer la pena máxima prevista en el tipo penal que era de 13 años, ahora al ser circunstancias agravantes propia de la infracción, la pena para quienes incurran en uno de estos casos (entre otros previstos en la norma) es de 21 años con tres meses de privación de libertad (16 años pena máxima, más 5 años con tres meses que representa el tercio de la pena máxima). Por último, para distinguir los casos en que existe el delito de secuestro simple conforme lo determina el Art. 161 del COIP, donde la pena no ha sido reformada y se mantiene de cinco a siete años de privación de libertad, puede configurarse este delito cuando la persona que ha recibido una atención médica en una clínica es retenida en contra de su voluntad, por no haber pagado la totalidad de los servicios recibidos, aquí no cabe el argumento de que se trata de secuestro extorsivo porque se está exigiendo un pago (dinero) a cambio de su liberación, ya que el dinero o cobro que se exige es lícito y permitido por los servicios médicos prestados, pero su forma de cobro no es el correcto, por lo que la clínica incurre en el delito de secuestro simple. Otro ejemplo de secuestro simple lo tenemos en los centros de tratamiento de personas con adicción al alcohol o a las drogas que no se encuentren regularizados, pues si el “paciente” no ha dado su consentimiento y está en contra de su voluntad, se configura el delito de secuestro simple por la privación de libertad del “interno”, quien se convierte en víctima del delito de secuestro simple, descartando de plano el secuestro extorsivo en estos ejemplos, porque la finalidad de privar de la libertad no tiene el propósito de cometer otra infracción como tampoco el propósito de exigir dinero por su liberación.
MARTES 13 de ENERO de 2026
Santo Domingo
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Tomate se ‘comunican entre sí’ para resistir la sequía Un estudio del Instituto de Biología Integrativa de Sistemas, centro mixto del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y la Universitat de València, junto con el Núcleo Milenio Phytolearning, ha descifrado cómo los genes del tomate (Solanum lycopersicum) se comunican entre sí para coordinar procesos esenciales como la maduración del fruto y la respuesta a la sequía. EUROPA PRESS/Pexels