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Santo Domingo: 08 de octubre, 2026

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50c incl. IVA JUEVES 08 DE OCTUBRE DE 2026

Santo Domingo

12 PÁGINAS

Seguridad y movilidad se refuerzan por el feriado

Autoridades activaron un plan de contingencia para garantizar la seguridad y movilidad durante los días de asueto. Los vehículos pesados no podrán circular por la vía Alóag-Santo Domingo y deberán utilizar rutas alternas. 2 CIUDAD

Santo Domingo muestra su cacao al mundo 3

CIUDAD

El huevo se encarece en Santo Domingo 5

REVISTA JUDICIAL

Tratados Internacionales: la voz de los futuros abogados frente a la inversión extranjera en Ecuador 6-7

LOJA

Sinfónica cumple 29 años de puro arte 10


CIUDAD 02

Feriado: refuerzan seguridad y controles en las vías I

SANTO DOMINGO JUEVES 08/OCTUBRE/2026

Las instituciones coordinaron acciones para atender el incremento de viajeros que atravesarán Santo Domingo de los Tsáchilas durante el feriado. Autoridades de Santo Domingo de los Tsáchilas anunciaron el plan de contingencia que se pondrá en marcha durante el feriado por la Independencia de Guayaquil, tras una mesa de trabajo interinstitucional en la que se coordinaron acciones para garantizar la seguridad de quienes atraviesen la provincia o decidan permanecer en ella durante estos días. Uno de los principales objetivos es mantener una movilidad segura y fluida en la vía Alóag-Santo Domingo, en el tramo que corresponde a la provincia. Para ello, las instituciones establecieron varios compromisos y defi-

nieron acciones de control y prevención. Durante estos días, los vehículos pesados no podrán circular por la vía Alóag. Como alternativa, se ha establecido la ruta Santo Domingo-La Concordia-Los Bancos-Calacalí-Quito. El gobernador Miguel Quezada indicó que esta medida fue coordinada con la provincia de Pichincha, con el propósito de facilitar la circulación y evitar complicaciones en los principales ejes viales que conectan la Costa con la Sierra.

Más presencia policial En materia de seguridad, se

VÍA. La Alóag-Santo Domingo es uno de los principales ejes de conexión entre la Sierra y la Costa.

informó que 1.400 policías estarán desplegados en diferentes sectores de la provincia. Para las labores de

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patrullaje se contará con 128 vehículos y 160 motocicletas. A este operativo se sumará la presencia de agentes de tránsito en los principales ejes viales, quienes estarán encargados de controlar la circulación y apoyar en la atención de posibles incidentes.

EL DATO La circulación de vehículos pesados por la vía Alóag estará restringida durante el feriado.

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vincial de Pichincha informó que los dos carriles de circuVías con inconvenientes lación ya están habilitados, Las vías que conectan la Sie- luego de los trabajos ejecutarra con Santo Domingo y la dos en el socavón registrado Costa presentan distintos in- en el sector San Bernabé, que convenientes, principalmente interrumpió el paso vehicular por baches y trabajos viales. durante varios días. Entre ellas están la Alóag y la Las labores continúan para ruta Las Mercedes-Los Ban- recuperar completamente el cos, que se mantiene como tramo afectado. La zona interuna de las alternativas para venida permanecerá tempoquienes se movilizan hacia la ralmente con fresado mientras Sierra. el terreno alcanza las condicioEn la vía Valle Hermoso- nes necesarias para colocar el Los Bancos, el Gobierno Pro- asfalto definitivo. (LMM)


03 CIUDAD

SANTO DOMINGO JUEVES 08/OCTUBRE/2026

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Santo Domingo pone su cacao en vitrina internacional El cacao que se cultiva en Santo Domingo de los Tsáchilas empieza a ganar espacio más allá de las fronteras.

El cacao que nace en las fincas de Santo Domingo de los Tsáchilas tendrá una vitrina internacional. Productores y emprendedores de la provincia buscan mostrar en París el potencial de un cultivo que actualmente ocupa unas 60.000 hectáreas y que se ha convertido en una de las principales actividades agrícolas de la zona. Uno de los representantes será Luis Alejandro Levoyer, creador de Tsáchi Chocolate, emprendimiento que participará en el Salon du Chocolat Paris 2026, que se desarrollará del 28 de octubre al 1 de noviembre, en Porte de Versailles, Francia. La propuesta estará ubicada en el Pabellón 5, stand K27, donde presentará chocolates elaborados con cacao ecuatoriano y sabores que buscan representar la identidad del país, entre ellos nibs de cacao con sal marina, uvilla, arándano, maracuyá y hierbaluisa. Para Levoyer, llegar a este escenario internacional significa

EL DATO De las 60.000 hectáreas de cacao sembradas en Santo Domingo de los Tsáchilas, el 90 % ya está en producción.

“Voy con mucho esfuerzo y con el orgullo de representar a mi provincia, a mi país, a los productores y a los jóvenes emprendedores ecuatorianos que seguimos apostando por nuestras ideas”. ORGANIZACIÓN. Luis Alejandro Levoyer prepara su participación en el Salon du Chocolat Paris 2026.

también llevar consigo el trabajo de los productores de Santo Domingo. Su historia comenzó hace aproximadamente seis años, en una finca ubicada en la parroquia rural Luz de América, donde empezó a trabajar con cacao CCN-51 y fino de aroma. A partir de esa experiencia nació la idea de dejar de mirar al cacao únicamente como materia prima y transformarlo en un producto terminado. Así surgió Tsáchi Chocolate, con una propuesta de chocolate con 70% de cacao, al que se incorporan diferentes ingredientes naturales.

Una provincia productora La oportunidad de llegar a mercados internacionales parte de una realidad que se vive en las zonas rurales de Santo Domin-

go. Según indicó Rosa Cuasés, presidenta del Centro Agrícola, de las aproximadamente 60.000 hectáreas sembradas de cacao, alrededor del 90% ya está en producción, mientras que el 10% corresponde a plantaciones establecidas durante el año anterior y el actual. A decir de Cuasés, las diez parroquias rurales de la provincia son productoras de cacao, aunque Valle Hermoso y San Jacinto del Búa destacan por su actividad. Se cultivan diferentes variedades, entre ellas el fino de aroma, pero el CCN-51 es el que predomina. Una hectárea puede producir aproximadamente 1,5 toneladas al año, mientras que los meses de mayor producción se concentran entre mayo y octu-

bre. Este movimiento también ha permitido que marcas nacidas en Santo Domingo comiencen a ganar reconocimiento fuera de la provincia. Desde el Centro Agrícola se acompaña a productores y emprendimientos en ferias nacionales, donde se promocionan diferentes marcas, entre ellas Franchy y Garyth, que han logrado posicionarse internacionalmente.

Motivación En el caso de Levoyer, su relación con el cacao también tiene una historia familiar. Cuenta que la idea de sembrar este cultivo nació, en gran medida, por el consejo de su abuela, Yolanda Lanzaduxi, quien vivió alrededor de 25 años en Valle

LUIS ALEJANDRO LEVOYER, EMPRENDEDOR DE TSACHI CHOCOLATE

Hermoso y conocía de cerca la realidad productiva de la provincia. Ella fue quien lo motivó a mirar al cacao como una oportunidad de futuro. Ahora, seis años después de iniciar su camino en la producción y transformación del cacao, Levoyer prepara sus maletas para llevar a París un producto que tiene como punto de partida las fincas de Santo Domingo. La participación en París abre una ventana para que el cacao de Santo Domingo no solo sea conocido por el volumen de su producción, sino también por la capacidad de sus productores y emprendedores para transformarlo, agregarle valor y llevarlo a nuevos mercados. (LMM)

Precipitaciones mantienen activa la vigilancia Los días lluviosos continúan en Santo Domingo de los Tsáchilas y mantienen en alerta a las autoridades y organismos de respuesta, debido a las afectaciones registradas durante las últimas semanas en varios sectores de la ciudad. El Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología (Inamhi) informó que hasta el viernes 9 de octubre se prevén lluvias de distinta intensidad en provincias de tres regiones del país, en medio de la alerta relacionada con el fenómeno de El Niño. En la región Costa o Litoral persistirán las precipitacio-

nes de intensidad moderada y fuerte en Esmeraldas, Santo Domingo, Manabí, Los Ríos, Guayas y El Oro. De acuerdo con el Inamhi, los eventos meteorológicos más relevantes podrían estar acompañados de tormentas y ráfagas de viento, por lo que se recomienda a la ciudadanía mantenerse atenta a los comunicados oficiales y tomar precauciones.

Vigilancia En Santo Domingo, personal del Cuerpo de Bomberos, la Empresa Pública Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (Epmapa) y otras instituciones

de respuesta mantienen el monitoreo de las condiciones que puedan generar nuevas emergencias. La atención está puesta principalmente en sectores donde se han registrado represamientos de agua e inundaciones durante los últimos días, situaciones que han afectado a varias familias. Las lluvias han generado preocupación entre los habitantes de las zonas más vulnerables, especialmente ante la posibilidad de que nuevas precipitaciones incrementen los niveles de agua y provoquen más afectaciones. (LMM)

PREVENCIÓN. Los organismos de respuesta mantienen vigilancia ante posibles inundaciones.


Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.

DIXON JIMÉNEZ

elianjim@gmail.com

La IA para el común de los mortales

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oy, un celular puede ser el médico, abogado, contador o psicólogo que una familia humilde nunca pudo pagar. Esto ya no es ciencia ficción: se estima que una de cada seis personas recurre a la Inteligencia Artificial (IA) para resolver necesidades cotidianas. Un padre sin recursos, una madre soltera o un estudiante sin maestro particular ya no están completamente solos frente a una duda: esa vitrina enorme puede ser el primer consejo gratuito que reciben en su vida, abriendo un conocimiento que antes estaba bajo llave. Bien usada, la IA es un universo en las manos: redacta una carta, puede ser guía para entender la Biblia, explica una receta médica o un resultado de laboratorio y te aconseja para mejorar un dolor. Entre usuarios de IA en salud, 14% dejó de acudir a un médico al que habría ido y 27% no quiso pagar una consulta. Pero no es infalible: la IA no palpa un abdomen, no ve tus gestos, no sustituye las manos del médico ni la mirada del psicólogo. El Papa León XIV, en su encíclica Magnifica Humanitas, advirtió que la tecnología no debe dominar la dignidad humana, en especial la de niños y trabajadores. Voces como Elon Musk o Jacob Coxon también alertan sobre los riesgos de su uso sin control ni límites éticos. Este motor de datos no tiene corazón, aunque haya sido creado con buenos principios, también puede generar dependencia: la memoria se vuelve vaga si se renuncia al discernimiento como don humano irremplazable. Aun así, nada suplanta el corazón ni el ingenio de una persona. Esta ‘mente digital’ no sustituye al creador de una canción, un cuadro o una idea propia; solo la potencia. Pero hay señales: la OIT estima que uno de cada cuatro empleos está expuesto a la IA generativa y unos 12 millones de estadounidenses ya la usaron en lugar de contratar un profesional. La tecnología no debe desplazarnos; úsala para bien. Al final, ninguna máquina tiene la historia de la persona, su conciencia, su fe, su corazón ni ese sello irrepetible que hace humano al ser humano. GABRIELA QUEZADA CARVAJAL qcjg.2351003740@gmail.com

Nueva era inmobiliaria

E

l nuevo golpe que podría sacudir a propietarios e inquilinos, pagar una garantía de más de dos meses para conseguir un techo. Esperar semanas para recuperar ese dinero después

Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Lorena Melo Mieles Redacción: santodomingo@lahora.com.ec Publicidad: mgranda@lahora.com.ec Año: XXVII No. 11.718

Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

OPINIÓN 04

O SANTO DOMINGO| JUEVES 08/OCTUBRE/2026

EDITORIAL

ADRIANA MOROCHO

adrimpa82@hotmail.com

Justicia y libertad económica

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a libertad económica se entiende como la capacidad que tienen las personas de producir e intercambiar objetos o títulos sin trabas del Estado. Este es un reto que, en determinados países, puede resultar imposible de cumplir por las regulaciones que nacen de la clase política, que busca financiar el Estado con asfixiantes impuestos y tasas. También tiene que ver con el fácil intercambio de servicios que beneficien a las partes y con la acumulación de capital, eso sí justa, derivada del trabajo. El informe Libertad Económica 2026 del Fraser Institute revisa varios aspectos sobre este derecho –el sistema legal, el tamaño del gobierno, las regulaciones y otros más– y Ecuador mejora: pasa del puesto 100 al 97, de 165 países. Los datos, con corte al 2024,

de entregar las llaves, ¿temer que el arriendo aumente de un momento a otro? La vieja historia del inquilino contra el propietario podría estar a punto de cambiar en Ecuador. La Asamblea Nacional avanza con una reforma a la Ley de Inquilinato que pretende poner nuevas reglas sobre la mesa, entre las propuestas más llamativas está limitar la garantía a dos cánones de arrendamiento y establecer un plazo de 15 días para su devolución, siempre que corres-

indican que el país registra una mejor calificación en lo relacionado con sistema legal y derechos de propiedad. En este punto se miden los contratos, la independencia judicial, la imparcialidad de los tribunales, la transparencia del sistema legal, intervención militar y estado del crimen. Pese a que los datos recogidos son de hace dos años, esa fotografía debe alentar a mejorar a las autoridades, en especial a las judiciales, que están a cargo de un proceso de selección de jueces y el concurso del nuevo Fiscal General del Estado. La libertad económica no es sinónimo de más acumulación de riqueza o de eficiencia corporativa. La defensa de la justicia es la base porque garantiza la propiedad privada legítima y blinda a las personas de abusos. Lo que se conoce como seguridad jurídica.

pondan los descuentos justificados, pero hay más. El propietario tampoco podría aumentar unilateralmente el valor del arriendo durante la vigencia del contrato. Los reajustes tendrían que sujetarse a las condiciones pactadas y a los límites establecidos en la normativa propuesta La reforma propone contratos físicos o digitales, con información sobre el inmueble, valor, duración, forma de pago, garantía y condiciones

del arrendamiento. Para los inquilinos esto podría significar mayor protección, para los propietarios, también representa nuevas obligaciones contractuales; la reforma incluso contempla inventarios detallados para inmuebles amoblados y mecanismos más ágiles para resolver conflictos, incluidos cambios en los procedimientos relacionados con desahucios y la utilización de mecanismos alternativos de solución de controversias. Pero cuidado: todavía no

Cuando lo bueno se vuelve invisible

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iensa por un momento en todo lo que has deseado alguna vez en tu vida. Ahora te pido que pienses en todas aquellas cosas que ya las obtuviste y no las valoraste. Me refiero a los momentos en la vida en los que lo bueno deja de sorprendernos. La salud cuando las teníamos, la persona que estaba junto a nosotros, el trabajo que nos quejábamos de tener. Aquellos tiempos atrás que recordamos con nostalgia, el cuerpo que criticábamos o los tiempos que vivimos con prisa porque siempre había algo más importante que atender. Eso que ahora añoramos, en algún momento fue nuestro presente, y no lo valoramos. Y lo último no fue por maldad. Ni por un tema premeditado, sino porque la naturaleza del ser humano tiende a acostumbrarse a lo bueno y minimizarlo y hasta invisibilizarlo. Expertos en ver lo que falta y no ver lo que se tiene. Y mientras tanto, la vida ocurre. Y así sin darnos cuenta, vamos perdiendo la capacidad de disfrutar lo que tenemos mientras lo tenemos. Experimentar el piloto automático desde lo que falta, desde lo que pasó, yo lo denomino: ‘Muro mental’ aquél que no nos deja disfrutar del verdadero placer de la vida. Quizás uno de los grandes errores de la adultez es creer que la felicidad siempre tiene que sentirse extraordinaria. Esperamos grandes noticias, grandes conquistas, pero no entendemos que la felicidad no llega haciendo ruido. En este sentido, la vida tiene una manera contundente de enseñarnos cada lección. Como cuando nos obliga a detenernos, aun cuando no está en planes hacerlo por nuestra cuenta. Hoy: mira lo que tienes. No lo que te falta, no lo que perdiste, no lo que quieres conseguir; tal vez necesitas detenerte unos minutos y reconocer que hay cosas extraordinarias sucediendo en tu vida que, por haberlas vivido tantas veces, dejaste de mirar con emoción. Y lo que tienes hoy, valóralo, cuídalo, díselo si hace falta.

hay una nueva ley vigente. El proyecto continúa su trámite legislativo y deberá ser votado antes de convertirse en norma aplicable. Mientras tanto, una pregunta queda flotando en miles de hogares ecuatorianos: ¿El próximo contrato de arriendo protegerá al que paga, al que cobra, o finalmente obligará a que ambos cumplan las reglas? Porque cuando se trata del techo donde vive una familia, una firma puede valer mucho más que una promesa.


05 CIUDAD

SANTO DOMINGO JUEVES 08/OCTUBRE/2026

I

El precio del huevo no deja de subir El precio de la cubeta de huevos ha aumentado con fuerza en las últimas semanas y ya alcanza los $4,50 en algunos comercios de Santo Domingo. Comprar una cubeta de huevos ahora cuesta más en las tiendas de Santo Domingo. El precio, que hace unas semanas se ubicaba alrededor de los $3,90, ha subido progresivamente y actualmente llega hasta entre los $4,25 y $4,50, dependiendo del establecimiento y el tamaño del producto. Los comerciantes aseguran que el incremento se ha sentido con mayor fuerza durante las últimas semanas, aunque el precio viene registrando variaciones desde hace aproximadamente cuatro meses. “Ha ido subiendo de a poco, pero estas últimas semanas sí se disparó”, comentan propietarios de tiendas, quienes aseguran que deben ajustar sus precios de acuerdo con el va-

EL DATO El huevo es considerado un alimento de primera necesidad y forma parte de la alimentación cotidiana de muchas familias por su valor nutricional.

SITUACIÓN. La variación en el precio del huevo preocupa a los santodomingueños.

lor al que reciben el producto. El aumento también es percibido por los consumidores. Para las familias, el huevo es uno de los alimentos de mayor consumo y tradicionalmente ha sido considerado una alternativa económica para acompañar las comidas. Ahora, algunos compradores aseguran que deben llevar menos cantidad o buscar dónde encontrarlo a un precio más conveniente.

El producto llega desde la Sierra En Santo Domingo, la mayor parte de los huevos que se comercializan provienen de la Sierra. Semanalmente ingresarían a la provincia aproximadamente entre 50.000 y 70.000 cubetas. Tungurahua es una de las principales zonas productoras de huevos del país y el incremento también se refleja en ese territorio. Allí, el

precio de la cubeta ha llegado hasta los $4,50 en tiendas, según la información proporcionada por el sector avícola. Luis Yánez, presidente de los avicultores de pollo de engorde de Santo Domingo, señaló que el comportamiento del mercado está generando preocupación entre quienes participan en la cadena de comercialización. El huevo, junto con otros alimentos de consumo diario,

forma parte de los productos de mayor importancia para las familias y durante años se ha caracterizado por ser una de las opciones más accesibles. Por ahora, los comerciantes esperan que el precio se estabilice, mientras los consumidores miran con preocupación que un producto que forma parte de su alimentación cotidiana siga encareciendo. (LMM)

Nueva Acrópolis abre espacios para lectura, ajedrez y ecología Compartir una afición, aprender de otros y generar espacios de convivencia son algunas de las propuestas que impulsa la Escuela de Filosofía de Nueva Acrópolis, en Santo Domingo, a través de sus clubes de lectura, ajedrez y ecología. Los espacios están dirigidos a personas interesadas en desarrollar sus conocimientos y participar en actividades grupales, sin importar su experiencia previa. La iniciativa busca, además, promover la filosofía como una herramienta para fortalecer valores y la convivencia.

Lectura El club se reúne los miércoles, de 19:00 a 20:00. La propuesta busca fomentar el hábito de leer y enriquecer la experiencia literaria me-

EL DATO No se requiere inscripción ni pago de membresía para participar en los clubes.

diante el intercambio de libros, opiniones e ideas entre sus integrantes.

Ajedrez Los encuentros se realizan los jueves, de 15:00 a 17:00. El club está pensado para quienes desean estudiar, practicar y disfrutar de este juego en un ambiente abierto a participantes de todos los niveles.

Ecología A diferencia de los otros clu-

ENCUENTROS. Los clubes de Nueva Acrópolis buscan reunir a ciudadanos con intereses comunes.

bes, este espacio realiza convocatorias de acuerdo con las actividades programadas. Sus integrantes se reúnen para planificar, estudiar y prepararse para proyectos que pueden ejecutarse en el entorno inmediato. Entre las iniciativas plan-

teadas están campañas de reciclaje, limpieza de espacios públicos, creación de huertos urbanos y sistemas de compostaje, así como de acciones de concienciación, educación y transmisión de valores relacionados con el cuidado del ambiente.

Se invita a la ciudadanía a conocer estas propuestas y sumarse al espacio que sea de su interés. Para obtener información se puede llamar al 099 866 4790 o acudir a sus instalaciones, ubicadas en la urbanización Mutualista Benalcázar.(LMM)


06 PAÍS

SANTO DOMINGO | JUEVES 08/OCTUBRE/2026 I

Quién es Carlos Alarcón y por qué puede consolidarse en la Fiscalía El camino de Carlos Alarcón hacia la titularidad de la Fiscalía cobra fuerza tras la descalificación de 21 postulantes. Además, la Veeduría Ciudadana pidió anular el proceso. Con la descalificación de 21 candidatos a la Fiscalía General del Estado, el camino para que Carlos Alarcón se principalice en ese cargo parece inminente, pero primero se deberán resolver apelaciones, y que este supere la prueba oral y escrita.

PARTICIPANTE. Carlos Alarcón es el actual fiscal general encargado, reemplaza a quien fue subrogante Wilson Toainga . (Foto:DLH)

El ascenso de Alarcón

Alarcón se volvió fiscal general (e) después de la renuncia de Wilson Toainga, quien asumió la dirección de la entidad. Era el subrogante, tras la salida de Diana Salazar, quien aceptó un cargo diplomático y es embajadora del Gobierno de Daniel Noboa en Argentina. Sin embargo, su llegada a la cabeza de la Fiscalía se allanó un mes antes. En sesión extraordinaria, realizada el 3 de octubre de 2025, el Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ), presidido por Mario Godoy, designó a Alarcón como la autoridad que asumirá el reemplazo del fiscal subrogante, Wilson Toainga, en caso de ausencia temporal o definitiva. Según la Judicatura, la decisión fue adoptada con base en informes técnicojurídicos y en el pronunciamiento que la Procuraduría emitió luego de una consulta realizada por Toainga, quien solicitó comisión de servicios desde el 5 hasta el 10 de octubre de 2025. En el documento, indicó el Consejo de la Judicatura, se manifiesta que en caso de ausencia temporal o definitiva del fiscal subrogante, la Judicatura designará su reemplazo hasta que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) seleccione a la nueva autoridad titular, mediante concurso público de méritos y oposición. Trayectoria de Alarcón El 21 de noviembre de

2025, el fiscal subrogante, Wilson Toainga, renunció a su cargo. Fue reemplazado por Alarcón. El funcionario saliente detalló que había transcurrido un tiempo prudencial de su prórroga en funciones por lo que, hasta esa fecha, el Cpccs no había designado a las autoridades de la Fiscalía General del Estado, y que tomaba dicha decisión para evitar que el “ejercicio prolongado de prórroga” se torne ilegítimo o se malinterprete. En abril del 2019, Toainga fue designado como fiscal subrogante para el periodo 2019-2025. Sin embargo, una vez que se concluyó ese periodo sus funciones fueron prorrogadas. Tras la salida de Salazar, se quedó al frente de la Fiscalía, pero dimitió y tomó la posta Alarcón, que ahora busca permanecer seis años y pasar de encargado a definitivo. Alarcón es doctor en Jurisprudencia, magíster en Derecho Penal con mención en criminalidad compleja, especialista en Derecho Penal y Justicia Indígena. Tiene más de 23 años en el ejercicio profesional. Antes de ser fiscal (e) fue el coordinador N° 1 de la Uni-

dad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción. Puntaje de Alarcón bajo la lupa En la fase de méritos, la Comisión Cívica de Seguimiento, una de las organizaciones que ha hecho un monitoreo al proceso, consideró que la Comisión Ciudadana de Selección, “de manera injustificada” dio 6,5 puntos más a Carlos Alarcón. En tanto, en la fase de escrutinio público e impugnación ciudadana, el fiscal (e) tuvo solo una impugnación, la que fue archivada porque quien la planteó no se presentó, mientras que otros tres cuestionamientos fueron inadmitidos. De 26 postulantes a la Fiscalía, 21 fueron descalificados con lo que Alarcón tendría el más alto puntaje entre cinco concursantes que quedaron: 46,5 sobre 50 puntos. Además hay una diferencia de casi 10 puntos con los que le siguen pues tienen 37,75. El retiro del aval de la Veeduría Ciudadana Una vez que se conocieron las resoluciones sobre los cuestionamientos a los candidatos a la Fiscalía, la Veeduría Ciudadana que ha

seguido el proceso, remitió cuatro oficios a los consejeros de Participación Ciudadana suscritos por su coordinador, Guido Egas. En uno de ellos se menciona que por la serie de “irregularidades” detectadas en la fase de impugnación ciudadana, retiran su aval a lo actuado por la Comisión, y solicitaron que se anule el concurso. La veeduría, a través de Egas, pide además que sean recibidos por los consejeros en audiencia pública para poner en su conocimiento las observaciones, alertas y falta de información que han tenido por parte de esa comisión, en especial, por no haber sido convocados a las sesiones en las que se aprobaron las objeciones. Cynthia Jacho, presidenta de la Comisión de Selección que lleva adelante el proceso, prefirió no pronunciarse sobre las críticas que han recibido tras las 21 descalificaciones. Postulante Inés Romero dice que apelará, al igual que Camacho

Inicialmente Daniella Camacho, jueza de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), quien lidera el concurso por tener el mejor puntaje con 48 so-

bre 50 puntos, anunció que apelará a la decisión de la Comisión Ciudadana de Selección de descalificarla. Un día después se unió a ese pronunciamiento Inés Maritza Romero, jueza de la Corte Provincial, y quien está en segundo lugar en las calificaciones de méritos con 47,25 sobre 50.

Romero fue la candidata que recibió más impugnaciones, en total ocho, de las cuales tres fueron aceptadas, por lo que, al igual que Camacho, fue descalificada. Anunció que apelará una vez que sea notificada formalmente con las resoluciones. En diálogo con LA HORA, mencionó que la decisión de la Comisión Ciudadana de Selección le sorprendió, principalmente porque varias de las impugnaciones dirigidas en su contra se concentraron en cuestionar la condición rural de la parroquia Cumbayá, donde vive, y una acción afirmativa que, acotó, ya había sido revisada, votada y aceptada en una etapa anterior del concurso, con la documentación prevista en el propio reglamento. “Durante las audiencias este tema fue ampliamente debatido y llegó incluso a plantearse la necesidad de análisis técnicos respecto del suelo correspondiente a mi lugar de residencia. Por ello, considero desproporcionado que una discusión de esa naturaleza termine convirtiéndose en una conclusión de falta de probidad y en mi descalificación del concurso, especialmente cuando no se me atribuye haber presentado documentación falsa, adulterada o carente de validez, pues los propios impugnantes reconocieron la validez del certificado emitido por la Junta Parroquial de Cumbayá”, dijo a LA HORA. Una vez que reciba las resoluciones completas, analizará detenidamente su motivación y ejercerá los mecanismos previstos en el reglamento, anunció. “Mi posición será estrictamente jurídica y la sustentaré por las vías institucionales correspondientes”, señaló. (JGP)


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UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN SANTO DOMINGO. CITACIÓN JUDICIAL extractos EXTRACTO A:UNIDAD HEREDEROS PRESUNTOS JUDICIAL DE LA FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y MUJER, DESCONOCIDOS DE QUIENY ADOLESCENTES INFRACTORES DE EN VIDA SE LLAMÓ HIDROVO SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS MATUTE MARGARITA DE EXTRACTO JUDICIAL JESUS (+); LOS HEREDEROS AL DEMANDADO: LOPEZ TINTIN DARIO FERNANDO , se le hace saber lo PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS siguiente: DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ PRENSA: MARLENE MARGOT ESTRELLA JUICIO: ALIMENTOS HIDROBO (+), se le hace saber lo TIPO DE PROCEDIMIENTO: SUMARIO CAUSA N° 23201-2026-01988 que sigue: ACTOR:No.23331202601177 GARCIA GUERRON ANDREA JUICIO: JACKELINE AC TO R : N AVA R RDARIO ETE DEMANDADO: LOPEZ TINTIN NAVARRETE FERNANDO LORENA PAULINA CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: AB. MARCO PINEDA JUEZ/A: AB. ZAMBRANO VERA NERYS RIVERA ORIOL BARTOLO SECRETARIA: JÉSSICA SECRETARIA: ABG.AB. LIGIA ELENA BAJAANDRADE ÑA MEDINAENRÍQUEZ PROVIDENCIAS: PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, 12/06/2026 11:06CALIFICACION MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y DE SOLICITUD Y/O DEMANDA ADOLESCENTES INFRACTORES DEL (AUTO DESANTO SUSTANCIACION) En CANTÓN DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. uso de la facultad conferida por 16:28 COMPLETAR Y/O el30/07/2026 Art. 130, numeral 8 del Código ACLARAR LA SOLICITUD Y/O DEMANOrgánico de Función Judicial, DA (AUTO DE la SUSTANCIACIÓN) VISMSc., Nerys Zambrano seTOS. convalida el Oriol autoBartolo de fecha 22 en midel calidad de Juez Titular de la deVera, mayo 2026, a las 11h32, Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez, enAdolescencia virtud de yque se emitió la proAdolescentes Infractores, videncia siendo lo designado incompleta, mediante ACCIÓN DE PERSONAL número por correcto, lo 2603-DNTH-2019-JT, siguiente: VISTOS: Traslado, deafecha de diciembre del Agréguese los 24 autos el escrito 2019, que rige a partir de fecha 01 de enero presentado por la parte actora. En del 2020, por la Dirección Nacional de loTalento principal: Una vez que ha Humano del Consejo de lase Judicatura. cumplimiento En lo principal, con por sorteo de ley, dado lo ordenaconocimiento de la presenteantecausa, doavoco en auto de sustanciación y consecuentemente, DISPONGO: En lo rior, se dispone: La demanda principal: I).- Previo a1.calificar la demanda, que antecede es accionante clara, precisa y se dispone a la parte que complete y aclare misma, dentro del término cumple con lalos requisitos legales de cinco días dando cumplimiento a los previstos en los artículos 142 y 143 requisitos señalado en el artículo 142 del Código Orgánico General de numeral 13 del Código Orgánico General Procesos (COGEP), pores: loa).que de Procesos (COGEP), esto “13.se Los demás requisitos las leyes mediande la matecalifica y admiteque a trámite determinen para cada caso.”; esto es: teria procedimiento ORDINARIO. En cumplimiento a lo dispuesto por la 2.-Corte Se Constitucional ordena la citación de los en la resolución demandados: Herederos publicada en el2.1.Registro Oficial N°cono228 de fechade 05Hidrovo de julio Matute del 2010 Margarita y en lo que cidos “La citación por la prensa es demanifiesta: Jesús (+), los señores; ROSA una medida excepcional que procede VICTORIA ESPINOZA cuando ha sido imposible HIDROBO, determinar el

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ROSA EULALIA MIRAVA HIDROBO, MARCO RAMIRO domicilio, por lo que los presupuesto para MIRAVA HIDROBO su procedencia debeny RAIMUNDO estimarse con RANSEUD VALENCIAno HIDROBO. estrictez y rigurosidad bastando la declaratoria bajo juramento, sino quede el 2.2.Herederos conocidos Juez deberá exigir para la procedencia de MARLENE MARGOT ESTRELLA tal citación excepcional, se demuestre las HIDROBO (+), los señores; ROCÍO diligencias realizadas a tal efecto, que no ELIZABETH TORRES ESTRELLA, se dé rienda suelta a argucias fraguadas por unaJOSEFINA de las partesSARI para obstaculizar BELLA ESTRELLA,o impedir que laMARGARITA otra, en este caso, MARLENE SARIel demandado comparezca a juicio y pueda ESTRELLA y LUISa ALBERTO ejercer su derecho la defensa”; SARI en tal ESTRELLA. 2.3.Cítesedebe por la prenvirtud la parte accionante presentar copia certificada lo de la parte pertinente sa, conforme señala el 56.1 de y la guía donde demuestre 58 del telefónica COGEP; en esto es, se tres publique la parte accionada no tiene registrado caciones diferentes días,y una en ni número en telefónico, ni dirección; las jurisdicciones del cantón certificación del Consejo NacionalSanto Electoral para establecer si ha sufragado o no en Domingo, provincia de Santo las últimas de elecciones y donde lo ha hecho, Domingo los Tsáchilas, a heretoda vez que no consta en la documentaderos presuntos desconocidos ción adjuntada dicha yactividad.Así tamde quien en vida secon llamó Hidrovo bién, de conformidad lo establecido en el inciso tercero del Art. del Código Matute Margarita de 56 Jesús (+); Orgánico Generalpresuntos de Procesos y taldescocomo lo los herederos establece la Transitoria Final Segunda del nocidos de quien en presentar vida se la llamó referido Código, deberá certiMarlene Estrella Hidrobo ficación delMargot Ministerio de Relaciones ExterioresPara y Movilidad Humana actualizado, (+). el efecto emítase el en la que indique si el demandado salió del extracto judicial correspondienpaís o consta en el registro consular.-II).te. 3.- Cuéntese en realiza la presente Requerimiento que se bajo las causa con ellegales Alcalde y Procurador prevenciones contempladas en el inciso segundo del Art. 146 de la Ley Síndico del Gobierno Autónomo Reformatoria al Código Orgánico General Descentralizado de Santo de Procesos. III).- Téngase en cuenta el Domingo, conforme se encuentra domicilio judicial y los correos electrónidispuesto en para la disposición genecos que señala recibir sus notificacionesdécima así comodel la autorización conferida ade su ral Código Orgánico Abogado Patrocinador.Actúe en la preOrganización Territorial Autonomía sente causa la Ab. Ligia Elena Bajaña yMedina Descentralización, para ladecitaen calidad de secretaria este ción remítase las boletas a laelectrónioficina despacho.Validez de la firma ca.-citaciones Se pone en conocimiento de las partes de de esta jurisdicción. procesales que el presente decreto, se 4.Conforme a lo dispuesto en el encuentra firmado electrónicamente por artículo 291 ydel Código Orgánico el señor Juez Secretaria de este despaGeneral Procesos,en se concede cho, segúndelo dispuesto el Art. 14 de la Comercio Electrónico, Firmasdey aLey losdedemandados el término Mensajes de Datos, que textualmente nos TREINTA DÍAS, para que contesten dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrólanica.demanda en electrónica la forma establecida La firma tendrá igual en el artículo del mismo validez y se le151 reconocerán los cuerpo mismos efectos jurídicos queconformidad a una firma manusnormativo. 5.- De a lo crita en relación con los datos consignados dispuesto en el Art. 146 inciso quinen documentos escritos, y será admitida tocomo del prueba CódigoenOrgánico General juicio”. Para los finesde de Procesos, inscríbase de la demanda ley pertinentes.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD DE de LA en el Registro de laJUDICIAL Propiedad FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESeste cantón. 6.- Agréguese la docuCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTOmentación aparejada a la demanda. RES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO

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7.- En relación a la prueba anunciada por el actor se dice, serán pracDE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHIticadas en el momento y la forma LAS. 13/08/2026 16:20ATENDER PETIque según las normas CIONcorresponde (AUTO DE SUSTANCIACION) VISTOS. Dr. Ángel Patricio Villafuerlegales que rigen elRobalino procedimiento. te, Juez de latestigos Unidad Judicial de la Familia, 8.A los anunciados por Mujer, Niñez y Adolescencia y Adolescenla actora se Domingo, les notificará tes parte Infractores de Santo debidaen la casilla judicial en el correo mente posesionado y en y funciones, avoco conocimientoseñalado en la presente causa electrónico en el escrito mediante Acción DP23-CJde demanda, se de lesPersonal notificará con la 2026-0529-UPTH, que rige desde el día fecha en que va alasrealizar martesy11hora de agosto de se 2026, 08:00 la audiencia y con prevenciones hasta el día jueves 20 las de agosto de 2026, las 17:00, que al proceso; y acta previstas enseeladjunta Art. 191 del COGEP. sorteo de fechaen martes 11 deelagosto de 9.Tómese cuenta correo 2026, las 08:00, hasta el día jueves 20 de electrónico señalado sus notiagosto de 2026, las 17:00para esto debido a la ficaciones dentro esteDr.juicio. ausencia del señor Juezde Titular Nerys OriolCÍTESE Barloto Zambrano Vera, por el per10.Y NOTIFÍQUESE.miso que se le hade concedido.En lo princiPreviniéndole la obligación que pal: El escrito y anexos presentados por la tiene señalar casilla Judicial para señoradeANDREA JACKELINE GARCIA sus notificaciones GUERRON, de fechaposteriores. 06 de agosto de 2026, a lascomunico 10h02, agréguese proceso, Lo que para al los fines el cual, de ley. se pone en conocimiento del sus-

crito Juez en la fecha de la presente providencia debido a que es pasada por parte la ENRIQUEZ señoraANDRADE ayudante Judicial Ab. Elba Valeria Pazos Sanchez; y, agregándose a los autos, JESSICA MARIBEL se DISPONE: Previo a disponer lo que en SECRETARIO/A derecho corresponda, la compareciente en el término de tresP-001-006-000001030 días legitime el escrito que antecede dada la naturaleza de su petición, hecho que fuere se proveerá lo que en estricto derecho corresponda.CITACIÓN PRENSASe pone Validez de laPOR firma LA electrónica.en conocimiento las partes ESPAÑA, procesales A: LUZ ELENAde TAMAYO queLE el presente encuentra firSE HACE decreto, SABER:seQue por sormado electrónicamente por el señor Juez teo le correspondió conocer encargado y Secretaria de este despacho,a la Unidad Judicial según lo dispuesto en elCivil Art. 14del de lacanLey de Comercio Firmas tón SantoElectrónico, Domingo, lay Mensacausa jes de Datos, que textualmente nos dice: No.23331-2019-02607. “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.ACTOR: JOSE tendrá LUIS igual TAMAYO La firma electrónica validez y CENTENO se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en DEMANDADO: LUZ ELENA relación con los datos consignados en TAMAYO ESPAÑA y otros documentos escritos, y será admitida PROCEDIMIENTO: como prueba en juicio”. VOLUNTARIO Para los fines de -ley RENDICIÓNNOTIFÍQUESE DE CUENTAS pertinentes.Y CÚMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL DE LA CUANTÍA: $ 300.000 FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESJUEZ DE LA CAUSA: DR. FABRICIO CENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTOACURIOCANTÓN HIDALGO RES DEL SANTO DOMINGO UNIDAD JUDICIALDE LOS CIVIL DEL DE SANTO DOMINGO TSÁCHILAS. 08/09/2026 16:51 JURAMENTO DE CANTON SANTO DOMINGO. DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO Santo Domin- go, lunes 18 de (AUTO DE SUSTANCIACIÓN) VISTOS: noviembre delautos 2019, las y anexos 11h13, Incorpórese a los el escrito VISTOS: Fabricio presentadosDr. por Germán MAURA LUCRECIA ZAMORA MORALES, en atención al

Extractos Convocatorias Condolencias Clasificados

099 787 8732 Dirección: Calle Guayaquil S/N y calle Pallatanga.

Acurio Hidalgo, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil

mismo, DISPONGO: Previo a proveer lo de este cantón, avoco conocimienque en derecho corresponda y de conforto deal inciso la presente causa enCódivirmidad segundo Art. 56 del go General de Procesos, se tudOrgánico del sorteo electrónico de ley. requiere que MAURA Señálese LUCRECIA ZAMOEn lo principal: para el RA MORALES comparezca a esta Unidad día 22 eldedíanoviembre del 2019, Judicial 16 DE SEPTIEMBRE DEa las 09h30, a fin(sala de305, queubicada la parte 2026, A LAS 14H20 en el segundocomparezca piso de esta Unidad Judicial); a actora, a esta Unidad rendir juramento de que ha sido imposiJudicial a rendir el le juramento preble determinar la individualidad o residenvisto en el Art.del56, numeral 2, incicia o domicilio demandado PISCO so segundo del LUDGARDO, Código Orgánico CORREA REINERIO para los fines de ley Validez de de la General depertinentes.Procesos, respecto firma electrónica.- Se pone en conocilos HEREDEROS DESCONOCIDOS miento de las partes procesales que el del causante Tamayo Espín presente decreto,señor se encuentra firmado Roque Aníbal. Actúe Ab. Zaniah electrónicamente por ellaseñor Juez y Secretaria este despacho, según lo Nevarez de Reina, en calidad de dispuesto en el 14 de la Ley deJudicial. ComerSecretaria deArt. esta Unidad cio Electrónico, Firmas y Mensajes de NOTIFÍQUESE.Dr.dice: Fabricio Datos, que textualmenteF)nos “Art. Acurio – JUEZ. JUDICIAL 14.Efectos de la UNIDAD firma electrónica.La firma electrónica igual validez y se CIVIL DEL tendrá CANTON SANTO le reconocerán los mismos efectos jurídiDOMINGO. Santo Domingo, viercos que a una firma manuscrita en relación neslos10 deconsignados enero delen 2020, las con datos documentos 15h57, VISTOS: En locomo principal: escritos, y será admitida pruebaUna en juicio”. Para los fines deactora ley pertinentes.vez que la parte ha dado NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD cumplimiento con lo dispuesto en JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, auto que antecede, la solicitud NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESes clara,INFRACTORES completa y DEL cumple con CENTES CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTOprevistos DOMINlos requisitos legales GO TSÁCHILAS. en DE los LOS artículos 142, 16/09/2026 143, 334.2, 16:48 CALIFICACIÓN DE SOLICITUD 335DEMANDA y 339 del Código Orgánico Y/O (AUTO DE SUSTANCIAGeneral de Procesos por CIÓN) VISTOS. 1.- Una vez(COGEP), que se ha dado cumplimiento con lo yordenado auto de lo que se califica admite en a trámite sustanciación inmediato anterior, dicto: mediante procedimiento volunta1.1.-CALIFICACIÓN: La demanda de ALIrio de RENDICIÓN DEGARCIA CUENTAS.MENTOS, presentada por GUE2) SeANDREA ordena la citación a de los RRON JACKELINE, en contra LOPEZ TINTIN DARIO al demandados LUZ FERNANDO, AMÉRICA amparo del procedimiento previsto en el ESPAÑA GARCÍA, JAIRO ANICapítulo II del Título V del libro II del CódiBAL TAMAYO ESPAÑA, PAUL go Orgánico de la Niñez y Adolescencia, ARTUROporTAMAYO ESPAÑA, LUZ reformado Ley publicada en el suplemento del TAMAYO Registro Oficial Nº 643 del 28 ELENA ESPAÑA, ANA de julio de 2009, en armonía de lo previsto PAULINA TAMAYO ESPAÑA, en el Código Orgánico General de ProceFRED EDUARDO sos - COGEP, en los Arts. 142, TAMAYO 146, 332 y ESPAÑA, numeral tercero ANA y cuarto delELIZABETH Art. 333; SE ACEPTA a trámite ESPAÑA, por ser clara, precisa y TAMAYO ROQUE reunir los requisitos de ley, en procediPATRICIO TAMAYO ESPAÑA, miento sumario, en concordancia con el ROCIO SILVANA Art. 3 del Código Orgánico deTAMAYO la Niñez y ESPAÑA, 1.2.MARTHA SUSANA Adolescencia. De acuerdo con el Art. Innumerado de la ley,yibídem; se fija TAMAYO 9MOLINA HEREDEROS provisionalmente como pensión mensual DESCONOCIDOS del causante alimenticia la cantidad de (US$ 142,14), señor Aníbal; más los Tamayo beneficiosEspín de ley, Roque prescritos en el

mismo que se citará de la siguiente manera: 2.1) A los señores LUZ

Art. Innumerado 16 de la ley reformatoria GARCÍA, JAIRO alAMÉRICA Código de laESPAÑA materia, a favor de la menor ANI- BAL TAMAYO ESPAÑA, PAUL DANNA THAIZ LOPEZ GARCIA, misma que regirá a partir de la fecha de presentaARTURO TAMAYO ESPAÑA, LUZ ción de la demanda, y queESPAÑA será cancelada ELENA TAMAYO ANA por mensualidades anticipadas dentro de PAULINA TAMAYO FRED los cinco primeros días deESPAÑA, cada mes, conEDUARDO TAMAYO forme prevé el Art. InnumeradoESPAÑA, 14 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la ANA ELIZABETH TAMAYO Niñez y Adolescencia; valor quePATRICIO será canESPAÑA, ROQUE celado por el demandado/a LOPEZ TINTAMAYO ESPAÑA, ROCIO TIN DARIO FERNANDO, bajo prevencioSILVANA TAMAYO ESPAÑA, nes del Art. 137 del Código Orgánico General de Procesos, que guarda relación MARTHA SUSANA TAMAYO con el Art. 66 mediante numeral 29 literal c) deresla MOLINA, boletas Constitución de la República del Ecuador; pectivas, a depositada través deen una la oficina pensión que será de las de citaciones de del esta jurisdicción, ventanillas del Banco Pacifico, BanEcuador o cualquiera de las redes copia asociadas adjuntando la demanda, ceraltificada Banco del Pacifico a nivel nacional, de los documentos adjunprevia obtención del Número de la Tarjeta tos y este auto; debiendo acercarde Pagos del Sistema Único de Pensiones se a esta (SUPA), Unidadpara Judicial la parte Alimenticias tal efecto se notificará de Pagaduría de esta actora aa la finoficina de que proporcione las Unidad para que proceda copiasJudicial, necesarias para lasa aperboleturar dicho número; vinculando el número tasladecuenta citación necesarias. 2.2) A de bancaria de ahorros los HEREDEROS DESCONOCIDOS 0034548875 del Banco Guayaquil, consignada. 1.3.- CITACIÓN: Conforme la del causante señor Tamayo Espín declaración Bajo Juramento y, de acuerdo Roque Aníbal, por medio de la con el artículo 56 numeral 1 del Código prensa,General a través de uno de al los Orgánico de Procesos, CÍTESE diarios deLOPEZ mayor circulación demandado: TINTIN DARIO FER-de NANDO, a través de la prensa; mediante esta ciudad, conforme lo dispuesto publicaciones quenumeral se realizarán tres en el Art. 56, 1 delen Código fechas distintas y días hábiles en un perióOrgánico General de deesta Procesos. dico de amplia circulación ciudad 3)Santo Agréguese documentación de Domingo,laprovincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, por secretaría aparejada a la demanda. Actúe la elabore y confiera el EXTRACTO perti-en Ab. Jessica Andrade Enriquez, nente. 1.4.- Con fundamento en lo previsto calidad de Secretaria en el artículo 333 numeralencargada 3 del Códigode esta Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE Orgánico General de Procesos, se concede accionadoF) el término de DIEZ DÍAS, – y alCÍTESE.Dr. Fabricio Acurio contados a partir de la fecha en que sea JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL legalmente citado, a fin que conteste la DEL CANTON DOMINGO. acción cumpliendo SANTO con los preceptos legaSanto jueves abril les de losDomingo, artículos 151 y 152 9 delde Código Orgánico General Procesos. 1.5.del 2026, a lasde16h35. VISTOS: ANUNCIO DE PRUEBAS: Los medios de Incor- pórese a los autos el escrito prueba, al tenor de lo atribuido en el inciso que antecede, se dispone. tercero del Art. 159y Código OrgánicoEn relación lo manifestado porLala General de a Procesos, se ordena: 5.1.prueba se considerará ser parte documental accionante, se señalade para pertinente el día de la audiencia única.el día 20 de Abril del 2026, a las Ofíciese en la forma requerida.- Téngase 16H00, endeclaración el primerdepiso edien cuenta la partedel de los ficio Palacio de Justicia ubicado litigantes.1.6.- NOTIFICACIONES: Téngase en Av. cuenta la cuantía, forma elecen la Quito y Río laToachi, a fin trónica que señala para recibir sus notifide que la parte actora comparezcaciones y, la autorización conferida a la ca a esta Unidad Judicial defensa técnica.El decreto se firmaCivil elec- y

rindan el juramento, respecto a la imposibilidad de determinar la

trónicamente por el señor Juez y Secretaresidencia o domiria,individualidad, según el Art. 14 de la Ley de Comercio cilio deFirmas LUZy Mensajes ELENA de TAMAYO Electrónico, Datos, que dice: “Art. 14.-visto Efectos firma56 ESPAÑA preendeellaArt. electrónica.La firma electrónica General tendrá del Código Orgánico igual validez y se le reconocerán los misde efectos Procesos. NOTIFÍQUESE.mos jurídicos que a una firma F) DR. FABRICIO - conJUEZ. manuscrita en relaciónACURIO con los datos signados en documentos escritos, y será UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL admitida como SANTO prueba en juicio.”.-NOTICANTON DOMINGO. FÍQUESE. Santo Domingo, 22 de Particular que pongo amiércoles su conocimiento abril las 13h44. VISTOS: para los del fines2026, legalesaconsiguientes, previniéndole la obligación que tiene de En lo deprincipal: Declarado bajo señalar casilleroque judicial correoimposible electrójuramento hay sido nico para sus notificaciones.- Santo determinar de la Domingo, a 18 la DEindividualidad SEPTIEMBRE DEL demandada señora LUZ ELENA 2026.BAJANA MEDINA LIGIA cítese por la TAMAYO ESPAÑA, SECRETARIO/A prensa, conforme lo señala el Art. Hay firma electrónica.

56, Num.2 Inc.3 del COGEP, esto es, tres publicaciones en diferentes días, en las jurisdicciones del cantónclasificados Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas. NOTIFÍQUESE.- F) DR. FABRICIO ACURIO - JUEZ. sEJANINA nECEsita AB. ZAMBRANO INTRIAGO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Para atencion al cliente DEL CANTÓN SANTO DOMINGO para yminimarket que Hay firma sello.

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UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, fecha 05 de julio del 2010 y en lo que electró- nica.- La firma electrónica tenMUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA manifiesta: “La citación por la prensa es drá igual validez y se le reconocerán PABLOexcepcional ARTURO, bajo Mensajes de Datos,jurídicos que dice: “Art. Y ADOLESCENTES INFRACTORES una DE medida queprevenciones procede los ymismos efectos que 14.a extractos la firma electrónica.firma del Art. Código Orgánico General unaEfectos DE SANTO DOMINGO DE LOS cuando ha 137 sidodelimposible determinar firma de manuscrita en relaciónLacon tendrá igual validez y se le de Procesos, relación con los electrónica TSÁCHILAS EXTRACTO el domicilio, por loque queguarda los presupuesto datos consignados en documentos Juicio No. 23201-2026-02017 reconocerán mismos como efectosprueba jurídicos Art. 66 numeraldeben 29 literal c) de la escritos, JUDICIAL parael su procedencia estimarse y será los admitida UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, a una firma en pertirelación de la República del Ecuador; en que AL DEMANDADO: TINTIN con Constitución estrictez y rigurosidad no bastando juicio”. Para los manuscrita fines de ley MUJER, NIÑEZ LOPEZ Y ADOLESCENCIA con los datos consignados en documentos que será depositada en una de las nentes.DARIO , se le hace saber la pensión declaratoria bajo juramento, sino NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.Y FERNANDO ADOLESCENTES INFRACTORES escritos, y será admitida como prueba ventanillas del Banco del Pacifico, BanElo siguiente: el Juez deberá exigir para la proUNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, DEL CANTÓN SANTO DOMINGO. que cuador en juicio.”.-NOTIFÍQUESE. o cualquiera de las redes asociadas PRENSA: de tal citación excepcional, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Santo Domingo, martes 1 de septiem- cedencia ZAMBRANO VERA NERYS ORIOL BARTOLO al Banco del Pacifico a nivel nacional, JUICIO: ALIMENTOS TIPO DE se demuestre las diligencias realizadas Y ADOLESCENTES bre del 2026, a las 16h16. JUEZ(PONENTE) INFRACTO- RES previa obtención del Número de la Tarjeta PROCEDIMIENTO: efecto, que no se dé rienda suelta DEL CANTÓN SANTO DOMINGO VISTOS. Dr. Nerys Oriol SUMARIO Zambrano Vera, a talde Hay firma y sello. Pagos del Sistema Único de Pensiones en mi de Juez Titular de esta Uni- a argucias CAUSA N°calidad 23201-2026-01988 fraguadas una las se DEP-248140-MIG SANTO DOMINGO DE LOS Alimenticias (SUPA),por para tal de efecto dad GARCIA Judicial, reintegrado mis funciones partes ACTOR: GUERRONaANDREA para obstaculizar o impedir que TSÁCHILAS. 13/08/2026 notificará a la oficina de Pagaduría de CITACIÓN POR LA PRENSA luego de haber hecho uso del derecho a la otra, JACKELINE este Judicial, caso, elpara demandado PETICION (AUTO DE esta en Unidad que proceda 16:20ATENDER A: LUZ ELENA TAMAYO ESPAÑA, SE LE vacaciones LOPEZ debidamente DEMANDADO: TINTINprogramadas, DARIO comparezca a juicio y puedavinculando ejercer el SUSTANCIACION) VISTOS. Dr. Ángel a aperturar dicho número; HACE SABER: Que por sorteo le corresen esta fecha avoco conocimiento de la FERNANDO su derecho a lala defensa”; en tal devir-aho- Patricio Robalino de Civil la número de cuenta bancaria pondió conocerVillafuerte, a la Unidad Juez Judicial presente causa previo sorteo de rigor, tud la rros 2209434000 Banco Pichincha, Unidad CUANTÍA: INDETERMINADA parte accionantedel debe presentar JudicialSanto de laDomingo, Familia, la Mujer, del cantón causa obrante en autos; en virtud de lo dispuesto consignada. Conforme la Niñez JUEZ/A: AB. ZAMBRANO VERA NERYS copia certificada1.3.de CITACIÓN: la parte pertinente y Adolescencia y Adolescentes No.23331-2019-02607. en los artículos 167 y 178.3 de la Constitudeclaración Bajo Juramento y, de acuerdo Infractores ORIOL BARTOLO de Santo debidaACTOR: JOSE LUIS Domingo, TAMAYO CENTENO ción de la República SECRETARIA: del Ecuador; artículos de la guía telefónica en donde se con el artículo numeral 1 del Código ABG.156,LIGIA ELENA BAJAÑAde la demuestre que la56 parte accionada no mente posesionado en funciones, DEMANDADO: LUZy ELENA TAMAYO 157 y 234 del Código Orgánico Orgánico General de Procesos, CÍTESE al avoco MEDINA conocimiento en la presente ESPAÑA y otros FunciónPROVIDENCIAS: Judicial; de la acción de personal tiene registrado ni número telefónico, demandado: MINDIOLA CAMPOVERDE causa PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO - RENUNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, mediante Acción de Personal N° 2603-DNTH-2019-JT, de fecha 24 de ni dirección; y una certificación del PABLO ARTURO, a través de la prensa; DP23-CJDICIÓN 2026-0529-UPTH, DE CUENTAS MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA que rige diciembre de 2019, que rige a partir del Consejo Nacional Electoral para estamediante publicaciones que se realizarán desde CUANTÍA: 300.000 Y ADOLESCENTES el día $martes 11 de agosto de 1 de enero de 2020;INFRACTORES de la resolución N° blecer si ha sufragado o no en las en tres fechas distintas y días hábiles en JUEZ LA CAUSA: FABRICIO emitida por elDOMINGO pleno del Conse- últimas elecciones y donde lo ha hecho, DEL 109-2018, CANTÓN SANTO 2026, lasDE 08:00 hastaDR. el día jueves ACU20 un periódico de amplia circulación de RIO HIDALGO jo de la Judicatura. En lo principal: 1.- Una toda vez que no consta en la docuDE SANTO DOMINGO DE LOS de agosto de 2026, las 17:00, que se esta ciudad de Santo Domingo, provincia UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANvez que se ha dado cumplimiento con lo menta- ción adjuntada dicha actividad.TSÁCHILAS. al proceso; y acta sorteo de de Santo Domingo de los Tsáchilas, por adjunta TON SANTO DOMINGO. Dominordenado en16:28 auto de sustanciación 30/07/2026 COMPLETARinme- Así secretaría tam- bién,elabore de conformidad con lo fecha martes 11 de agosto deSanto 2026, las y confiera el EXTRACgo, lunes 18 de noviembre del 2019, las anterior, dicto: Y/O diatoACLARAR LA 1.1.-CALIFICACIÓN: SOLICITUD establecido en el inciso tercero del 08:00, hasta el día jueves 20 de agosTO pertinente. 1.4.Con fundamento en 11h13, VISTOS: Dr. Germán Fabricio Acurio de ALIMENTOS, Y/O La demanda DEMANDA (AUTO presentada DE Art. lo56previsto del Código Orgánico 2026, las 17:00 esto debido a la en el artículo 333General numeral 3 to de Hidalgo, en mi calidad de Juez de la Unidad por ALCIVAR VILELA FANNY JULISSA, SUSTANCIACIÓN) VISTOS. MSc., de Procesos tal como General lo establece la ausencia del de señor Juez Titular Dr. del Código Orgánico de Procesos, Judicial Civil este cantón, avoco conocien contra de MINDIOLA CAMPOVERDE Nerys Oriol Bartolo Zambrano Vera, Transitoria FinalalSegunda delel referido Nerys Oriol Barloto Zambrano Vera,del se concede accionado término de miento de la presente causa en virtud PABLO ARTURO, al amparo del procedien mimiento calidad de Juez Titular IIde presentara la certiel per-electrónico miso quede seley. le ha concediDIEZdeberá DÍAS, contados partir de ficala fecha porsorteo En lo principal: previsto en el Capítulo dellaTítulo Código, sea legalmente citado, aExtefin que do.-Señálese Unidad Judicial de Código Familia, Mujer,de la ciónen delque Ministerio de Relaciones En lo principal: escrito y anexosdel para el díaEl22 de noviembre V del libro II del Orgánico conteste la acción cumpliendo con los presentados Niñez,Niñez Adolescencia y Adolescentes y Movilidad Humana actualizado, la aseñora ANDREA 2019, a las por 09h30, fin de que la parte y Adolescencia, reformado por Ley riores preceptos legales sideellosdemandado artículos 151 y JACKELINE Infractores, que indique GARCIA a esta GUERRON, de actora, comparezca Unidad Judicial publicada endesignado el suplementomediandel Registro en la Código Orgánico de Pro- fecha a rendir el juramento Art. te ACCIÓN deldelpaís o consta enGeneral el registro 06 de agosto deprevisto 2026,enaellas Oficial NºDE 643PERSONAL del 28 de julionúmero de 2009, en salió152 cesos. 1.5.- ANUNCIO DE PRUEBAS: 56, numeral 2, inciso segundo Código 2603-DNTH-2019-JT, poren elTraslado, Requerimiento que seLos 10h02, agréguese al proceso, eldel cual, se armonía de lo previsto Código Orgá- consular.-II).medios prueba, al tenor de lo atribuido pone Orgánico General dedel Procesos, nico General Procesosdel - COGEP, de fecha 24 de de diciembre 2019,en los realiza bajodelas prevenciones legales en conocimiento suscritorespecto Juez en el inciso en tercero Art.segundo 159 Código en la defecha los HEREDEROS DESCONOCIDOS Arts.a 142, 146, y numeral tercero y contempladas que rige partir de 332 fecha 01 de enero el del inciso de la presente provi- denciadel Orgánico General se ordena: causante señor cuarto por del Art. SE ACEPTA a trámite del Art. del 2020, la 333; Dirección Nacional 146 de la Leyde Procesos, Reformatoria al debido a que es Tamayo pasadaEspín por Roque parte Aníla 5.1.- La prueba documental se considerará bal. Actúe la Ab. Zaniah Reina, por ser clara, precisa reunir losde requi- Código de Talento Humano dely Consejo Orgánico General de Procesos. señora ayudante JudicialNevarez Ab. Elba de ser pertinente el día de la audiencia en calidad de Secretaria de esta Unidad sitos de ley, en procedimiento sumario, la Judicatura. En lo principal, por sorIII).-única.Téngase en cuenta el domicilio Valeria Pazos Sanchez; y, agregándose Ofíciese en la forma requerida. Judicial. NOTIFÍQUESE.- F) Dr. Fabricio enley, concordancia con el Art. 3 del teo de avoco conocimiento de Código la judicial los correos electróni- Al costenor que de a los autos, se DISPONE: Previo a dis1.6.-y MEDIDA CAUTELAR: Acurio – JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL Orgánico de la Niñez y Adolescencia. 1.2.presente causa, y consecuentemente, señala para recibir sus notificaciones poner lo que en derecho corresponda, lo prescrito en el Art. Innumerado 20 de DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo De acuerdo con el Art. Innumerado 9 de la DISPONGO: En lo principal: I).Previo así como la autorización conferida a la compareciente término de tres la Ley Reformatoria al Código Orgánico Domingo, viernesen10elde enero del 2020, ley, ibídem; se fija provisionalmente como a calificar la mensual demanda, se dispone a su de Abogado Actúe en díaslaslegitime el escrito que antecede la NiñezPatrocinador.y Adolescencia, se ordena 15h57, VISTOS: En lo principal: Una vez pensión alimenticia la cantidad la parte accionante queloscomplete y ley, la presente causa Ligia naturaleza dedado su cumplimiento petición, la Prohibición de lala Ab. Salida delElena País, al dada quela la parte actora ha de (US$ 142,14), más beneficios de aclareprescritos la misma, del término MedinaMINDIOLA en calidadCAMPOVERDE de secrehecho fuere se en proveerá lo antecede, que en demandado con que lo dispuesto auto que en eldentro Art. Innumerado 16 de la Bajaña de cinco días dando cumplimiento a a tariaPABLO de este despacho.Validez de la estricto derecho ARTURO, con CC: 2300769292, la solicitud es corresponda.clara, completa Validez y cumple ley reformatoria al Código de la materia, debiendo oficiarse la Coordinadora los requisitos señalado en ELIAS el artículo electrónica.Se apone en conoci- de de con la firma electrónica.pone en enlos los requisitos legalesSe previstos favor del menor JHOAN MINDIO- firma la Unidad Apoyo Migratorio artículos 142, y 339 del 142 LA numeral 13 del Código Orgánico de lasServicios partes de procesales que conocimiento de143, las 334.2, partes 335 procesales ALCIVAR, misma que regirá a partir de miento de Santodecreto, Domingosede encuentra los Tsáchilas. Orgánico General de Procesos la fecha presentación de la demanda, General de de Procesos (COGEP), esto el presente fir-1.7.- queCódigo el presente decreto, se encuentra NOTIFICACIONES: Téngase cuenta la firmado (COGEP), por lo que se califica y que por mensualidades es: a).“13.será Loscancelada demás requisitos que mado electrónicamente por en el señor electrónicamente por ely admite señor a la forma quecho, señala Juez trámite mediantey procedimiento anticipadas cinco primeros Juezcuantía, las leyes de la dentro mate- de rialosdeterminen y Secretaria deelectrónica este despaencargado Secretaria devoluntaeste para sus notificaciones la autorio de RENDICIÓN DE CUENTAS.2) Se cada mes, prevé el Art. según para días cadadecaso.”; estoconforme es: En cumplilo recibir dispuesto en el Art. 14y,de la despacho, según lo dispuesto en el Art. conferida a la defensa técnica.Innumerado 14 de la por Ley Reformatoria la citación a los demandados LUZ miento a lo dispuesto la Corte al Ley rización de Comercio Electrónico, Firmas y El 14 ordena de la Ley de Comercio Electrónico, decretode seDatos, firma electrónicamente por el Firmas Código Orgánico de la Niñez publiy Adoles- Mensajes AMÉRICA ESPAÑA GARCÍA, ANIConstitucional en la resolución que textualmente y Mensajes de Datos,JAIRO que texseñor Juez y Secretaria, según el Art. 14 cencia; valor que será cancelado por el BAL TAMAYO ESPAÑA, PAUL ARTURO cada en el Registro Oficial N° 228 de nos dice: “Art. 14.- Efectos de la firma tualmente nos dice: “Art. 14.- Efectos demandado/a MINDIOLA CAMPOVER-

de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas

TAMAYO ESPAÑA, LUZ ELENA TAMA-

de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le YO ESPAÑA, PAULINA reconocerán losANA mismos efectosTAMAYO jurídiESPAÑA, EDUARDO TAMAYO cos que a FRED una firma manuscrita en ESPAÑA, ELIZABETH TAMAYO relación conANA los datos consignados en ESPAÑA, ROQUE PATRICIO TAMAYO documentos escritos, y será admitida ESPAÑA, ROCIO SILVANA TAMAYO como prueba en juicio”. Para los fines MARTHA SUSANA TAMAYO deESPAÑA, ley pertinentes.NOTIFÍQUESE Y MOLINA y HEREDEROS DESCONOCICÚMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL DE DOS del causante señor Tamayo Espín LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y Roque Aníbal; mismo que se citará de la ADOLESY ADOLESCENTES siguiente CENCIA manera: 2.1) A los señores LUZ INFRACTORES GARCÍA, DEL CANTÓN AMÉRICA ESPAÑA JAIRO ANISANTO DOMINGO DE SANTO BAL TAMAYO ESPAÑA, PAUL ARTURO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. TAMAYO ESPAÑA, LUZ ELENA TAMA08/09/2026 16:51 JURAMENTO DE YO ESPAÑA ANA PAULINA TAMAYO DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO ESPAÑA, FRED EDUARDO TAMAYO (AUTO DE SUSTANCIACIÓN) ESPAÑA, ANA ELIZABETH VISTOS: TAMAYO Incorpórese a los autos el escrito y ESPAÑA, ROQUE PATRICIO TAMAYO ESPAÑA,presentados ROCIO SILVANA TAMAYO anexos por MAURA ESPAÑA, MARTHA SUSANA TAMAYO LUCRECIA ZAMORA MORALES, en MOLINA, medianteDISPONGO: boletas respectivas, atención al mismo, Previo a travéslodeque la en oficina de citaciones de a proveer derecho corresponadjuntando demandaesta y dejurisdicción, conformidad al inciso la segundo da,56 copia certificada de los General documentos Art. del Código Orgánico de adjuntos yseesterequiere auto; debiendo acercarse Procesos, que MAURA a esta Unidad Judicial la parte actora a fin LUCRECIA ZAMORA MORALES comde que proporcione las copias necesarias parezca a esta Unidad Judicial el día 16 para las boletas de citación necesarias. DE2.2) SEPTIEMBRE DE DESCONOCIDOS 2026, A LAS A los HEREDEROS 14H20 (sala 305, ubicada enEspín el segundel causante señor Tamayo Roque doAníbal, piso por de medio esta Unidad Judicial); a de la prensa, a través rendir juramento de que le ha sido de uno de los diarios de mayor circulación imposideterminar la individualidad de estable ciudad, conforme lo dispuesto en o residencia o domicilio demandado el Art. 56, numeral 1 deldel Código Orgánico PISCO CORREA3) Agréguese REINERIOla General de Procesos. LUDGARDO, paraaparejada los finesa de ley perdocumentación la demanda. Actúe la Validez Ab. Jessica Enriquez, tinentes.de laAndrade firma electrónien calidad de Secretaria encargadade de esta ca.Se pone en conocimiento las Unidadprocesales Judicial. NOTIFÍQUESE y CÍTESE.partes que el presente F) Dr. Fabricio Acuriofirmado – JUEZ. electróUNIDAD decreto, se encuentra JUDICIAL CIVIL SANTO nicamente por DEL el CANTON señor Juez y DOMINGO. Domingo, jueves de Secretaria de Santo este despacho, según9 lo abril del 2026, VISTOS: dispuesto en ela las Art.16h35. 14 de la LeyIncorde pórese a los autos el escrito que antecede, Comercio Electrónico, Firmas y y se dispone. En relación a lo manifestado Mensajes de Datos, que textualmente por la parte accionante, se señala para el nos 14.-2026, Efectos la firma díadice: 20 de“Art. Abril del a lasde 16H00, en el electrónica.La edificio firma electrónica tenprimer piso del Palacio de Justicia drá igual validez y se le reconocerán ubicado en la Av. Quito y Río Toachi, alos fin mismos jurídicos que a auna de que laefectos parte actora comparezca esta firma manuscrita eny relación con los Unidad Judicial Civil rindan el juramento, datos consignados en documentos respecto a la imposibilidad de determinar escritos, y será admitida como prueba la individualidad, residencia o domicilio endejuicio”. Para los fines de ley pertiLUZ ELENA TAMAYO ESPAÑA previsto enNOTIFÍQUESE el Art. 56 del Y Código Orgánico nentes.CÚMPLASE.General de Procesos.DE NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL LA FAMILIA,F) DR. FABRICIO - JUEZ. UNIDAD MUJER, NIÑEZACURIO Y ADOLESCENCIA Y JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO ADOLESCENTES INFRACTORES DOMINGO. Domingo, miércoles DEL CANTÓNSanto SANTO DOMINGO DE 22 de abril del 2026, a las 13h44. SANTO DOMINGO DE VISTOS: LOS En lo principal: Declarado bajo juramenTSÁCHILAS. 16/09/2026 16:48 to que ha sido imposible determinar la CALIFICACIÓN DE SOLICITUD Y/O individualidad de la demandada señora

AVISOS 08

SANTO DOMINGO VIERNES 02/OCTUBRE/2026

(02)2758-444 (02)2758-444 099-787-8732 099-787-8732 099-787-8732

DEMANDA (AUTO DE SUSTANCIACITACIÓN: Conforme la declaración CIÓN) VISTOS. 1.- Una vez que se ha Bajo Juramento y, de acuerdo con el FABRICIO - JUEZ.1 del Código LUZ cumplimiento ELENA TAMAYO ESPAÑA, cítedado con lo ordenado en artículo ACURIO 56 numeral AB. JANINA ZAMBRANO INTRIAGO se por prensa, conforme lo señala el auto de lasustanciación inmediato anteOrgánico General de Procesos, CÍTESE SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Art. 56, Num.2 Inc.3 del COGEP, esto rior, dicto: 1.1.-CALIFICACIÓN: La al demandado: LOPEZ TINTIN DARIO CIVIL CANTÓN SANTO es, tres publicaciones en diferentes días, demanda de ALI- MENTOS, presentada FER- DEL NANDO, a través deDOMINGO la prensa; Hay firma y sello. en las jurisdicciones del cantón Santo por GARCIA GUERRON ANDREA mediante publicaciones que se realizaP-248162-GF Domingo, provincia de Santo JACKELINE, en contra de Domingo LOPEZ rán en tres fechas distintas y días de los Tsáchilas. NOTIFÍQUESE.- F) DR. TINTIN DARIO FERNANDO, al amparo hábiles en un periódico de amplia circudel procedimiento previsto en el lación de esta ciudad de Santo Capítulo II del Título V del libro II del Domingo, provincia de Santo Domingo Códi- go Orgánico de la Niñez y de los Tsáchilas, por secretaría elabore Adolescencia, reformado por Ley publiy confiera el EXTRACTO pertinente. cada en el suple- mento del Registro 1.4.- Con fundamento en lo previsto en Oficial Nº 643 del 28 de julio de 2009, el artículo 333 numeral 3 del Código en armonía de lo previsto en el Código Orgánico General de Procesos, se Orgánico General de Procesos - COGEP, conce- de al accionado el término de en los Arts. 142, 146, 332 y numeral DIEZ DÍAS, contados a partir de la tercero De y cuarto dela Art. 333; SE fecha en que sea67,legalmente acuerdo lo que establecen los Artículos 77, 78, y citado, a ACEPTA 79 a trámite por ser clara, precisa fin que conteste la Física acciónycumpliendo de la Ley Orgánica del Deporte, la Educación la y reunir Recreación; los requisitos y,deloley, en proce-en loscon los preceptos dispuesto artículos 22, 23,legales 24, 25,de26los artícudi- miento sumario, en concordancia los 151Especializado y 152 del Código y 27 del Estatuto del Club Deportivo de AltoOrgánico con el Art. 3 del Código Orgánico de la General de Procesos. 1.5.- ANUNCIO Rendimiento “ COLORADO MOTO CLUB ” aprobado por el Niñez y Adolescencia. 1.2.- De acuerdo DE PRUEBAS: Los medios de prueba, al Ministerio del 9 Deporte ACUERDO MINISTERIAL con el Art. Innumerado de la ley,mediante ibítenor de lo atribuido en el inciso tercero de fecha 22como de diciembre de159 2022 , meOrgánico permito General dem; se Nro. fija 0329 provisionalmente del Art. Código convocar a sesión de Asamblea General de Elecciones, a prueba pensión mensual alimenticia la cantide Procesos, se ordena: 5.1.- La los socios del más Clublos para el día JUEVES 22 deseOCTUBRE dad de (US$ 142,14), benefidocumental considerarádel de ser perlas 20H00, misma se realizará del única.cios de 2026 ley, aprescritos enla el Art. quetinente el día en de la la sede audiencia Club16ubicado en el Km 8 al vía a Ofíciese Quevedo, margen derecho, Téngase Innumerado de la ley reformatoria en la forma requerida.Código de favorVerde, de la del cantón en cuenta la declaración de la la materia, Parroquiaa Rio Sto. Domingo, de parte la de los menor Provincia DANNAde THAIZ LOPEZ NOTIFICACIONES: Sto. Domingo de loslitigantes.Tsáchilas, a1.6.fin de conocer GARCIA,ymisma que a partir de del Ténresolver el regirá siguiente orden día: gase en cuenta la cuantía, la forma la fecha de presentación de la demanelec- trónica que señala para recibir sus da, y que será1.cancelada por mensualinotificaciones y, la autorización confeConstatación del quorum de instalación. dades anticipadas dentro de los cinco rida a la defensa técnica.- El decreto se Designación del Directorio delelectrónicamente Club para el período primeros días2.de cada mes, conforme firma por el señor prevé el Art. Innumerado 14 de la y Secreta14 de Enero delLey 2027 alJuez 14 de Enero ria, del según 2031;el Art. 14 de la Reformatoria al Código Orgánico de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y 3.- Juramento y posesión de las dignidades electas Niñez y Adolescencia; valor que será Mensajes de Datos, que dice: “Art. 14.para el periodo fijado; y,Efectos de la firma electrónica.- La can- celado por el demandado/a LOPEZ TINTIN DARIO bajo 4.-FERNANDO, Clausura de la presesión. firma electrónica tendrá igual validez y venciones del Art. 137 del Código se le reconocerán los mismos efectos OrgánicoEnGeneral que jurídicos que a una manuscrita en caso dede no Procesos, existir el quórum de instalación se firma procederá guarda relación con el Art. 66 numeral relación con los datos consignados en a realizar una segunda convocatoria de acuerdo a lo dis29 literal c) de la Constitución de la documentos escritos, y será admitida en el artículo 80 que de la Ley Orgánica del Deporte, la Repúblicapuesto del Ecuador; pensión como prueba en juicio.”.-NOTIEducación Física y laventaniRecreación. será depositada en una de las FÍQUESE. Particular que pongo a su llas del Banco del Pacifico, BanEcuador conocimiento para los fines legales Sto. Domingo, 01 de Octubre de 2026. o cualquiera de las redes asociadas al consiguientes, previniéndole de la obliBanco del Pacifico a nivel nacional, gación que tiene de señalar casillero previa obtención del Número de la judicial y correo electrónico para sus Tarjeta de Pagos del Sistema Único de notificaciones.- Santo Domingo, a 18 Pensiones Alimenticias (SUPA), para DE SEPTIEMBRE DEL 2026.tal efecto se notificará a la oficina de BAJANA MEDINA LIGIA José Franklin Farías Ríospara Pedro Alberto Larrea Manzo Pagaduría de esta Unidad Judicial, SECRETARIO/A SECRETARIO que proceda aPRESIDENTE aperturar dicho número; Hay firma electrónica. 1304238536 CC: 1706893896 vinculando CC: el número de la cuenta P-248161-GF bancaria de ahorros 0034548875 del Banco Guayaquil, consignada. 1.3.-

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL DE ELECCION DEL CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO DE ALTO RENDIMIENTO “COLORADO MOTO CLUB “.

OP-MIG

09 AVISOS

SANTO DOMINGO


I

LOJA 10

SANTO DOMINGO JUEVES 08/OCTUBRE/2026

ANIVERSARIO. La Orquesta Sinfónica de Loja celebra 29 años de trayectoria.

Orquesta Sinfónica: 29 años de trayectoria, innovación e inclusión social El aniversario marca una etapa de consolidación institucional, innovación escénica y un mayor compromiso con sectores vulnerables del sur del país. La Orquesta Sinfónica de Loja conmemora 29 años de trayectoria institucional mediante una transformación artística y un firme compromiso de vinculación con la comunidad. El organismo nació como un proyecto impulsado por los propios músicos lojanos con el objetivo de gestar un espacio profesional para la difusión de la música académica nacional e internacional desde un formato sinfónico. Actualmente, la institución cuenta con una plantilla titular de 58 instrumentistas de planta, dos extranjeros y 17 funcionarios en el área administrativa. Para sus puestas en escena actuales, la orquesta incorpora contrataciones por servicios profesionales que amplían su elenco a 60 ejecutantes en escenario, de los cuales el 95 % corresponde a talentos de la localidad. Su infraestructura operativa incluye un edificio administrativo propio recientemente rehabilitado y una

sala principal de ensayos, además de espacios para capacitaciones, repasos y talleres en el teatro Benjamín Carrión Mora.

Evolución artística La propuesta musical de la agrupación ha evolucionado desde los conciertos tradicionales de gala hacia una propuesta de fusión con otras disciplinas escénicas, integrando espectáculos de teatro, circo, danza, ballet, proyecciones audiovisuales, tecnología mapping y bandas sonoras cinematográficas. “Nuestra orquesta no solo hace conciertos de gala, sino que se ha abierto a fusionar diferentes artes dentro de un contexto alineado con nuestra misión”, explicó Karla Ortega, directora ejecutiva de la Orquesta. Paralelamente, la entidad canaliza su responsabilidad cultural mediante el programa institucional ‘Salud + Arte’, una iniciativa que ga-

rantiza los derechos constitucionales de acceso a la cultura para grupos vulnerables. Mediante este proyecto, los elencos se desplazan directamente a centros gerontológicos y residencias de acogida infantil, adaptando sus horarios, repertorios y metodologías según las necesidades específicas de cada espacio.

escala nacional, la institución ha establecido presencia continua en escenarios de Quito, Guayaquil, Ambato, Riobamba, Manta y las Islas Galápagos. Asimismo, la orquesta desempeña un rol central dentro del circuito sinfónico del país y actúa como anfitriona en el Festival Internacional de Artes Vivas de Loja.

Proyección territorial

Estructura instrumental

La expansión geográfica de la orquesta tiene como hito fundacional sus dos primeros conciertos de estreno internacional realizados en las ciudades peruanas de Sullana y Piura, eventos que ratificaron el inicio formal de sus operaciones. “Tuvimos los primeros conciertos de estreno de la orquesta en Perú, en Sullana y Piura, los cuales fueron un primer hito que nos dio el pie para iniciar nuestra actividad y creer que el proyecto ya estaba instaurado”, destacó la directora ejecutiva sobre la proyección internacional del organismo. En el ámbito limítrofe con Perú, la agrupación ha concretado giras hacia Chiclayo, Trujillo y presentaciones de ballet en la ciudad de Lima. A

La operatividad técnica de los integrantes exige un régimen diario de preparación que abarca cuatro horas de ensayo conjunto —con pausas programadas por control de exposición al ruido— y dos horas de práctica individual, acompañadas de preparación física y calentamiento previo a cada presentación. La alineación instrumental se distribuye en cuatro familias: cuerdas (violines primeros y segundos, violas, violonchelos y contrabajos), vientos de madera (píccolo, flautas, oboes, clarinetes y fagotes), vientos de metal (cornos, trompetas y trombones) y percusión. La sección de percusión de la orquesta está equipada con timbales, campanas tubulares, xilófono, marimba, batería y percusión menor

adaptada a los requerimientos de cada obra. Para su gala de aniversario en el teatro Benjamín Carrión Mora, la orquesta presentará la Novena Sinfonía de Beethoven con un montaje de 200 artistas en escena. El espectáculo contará con invitados especiales, la participación de los solistas Alexandra Ortiz, soprano; Vanessa Freire, mezzosoprano; Diego Zamora, barítono; y Andrés Córdova, tenor), junto a los coros de la Universidad Técnica Particular de Loja, el Municipio de Loja, el Conservatorio de Música Salvador Bustamante Celi y el Conservatorio José María Rodríguez de Cuenca. Este evento se desarrollará este jueves 8 de octubre a las 20:00 en el teatro Benjamín Carrión Mora. La entrada es gratuita con pases digitales y se puede adquirir a través de la plataforma Vívelo. “El principal reto de la Orquesta Sinfónica de Loja es ubicar a la institución en un nivel que siempre se mantenga o suba, proyectándose a nivel local, nacional e internacional como un referente”, puntualizó Ortega sobre las metas futuras de la agrupación. (DLH)


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ENTRETENIMIENTO

SANTO DOMINGO JUEVES 08/OCTUBRE/2026

E

HORÓSCOPO ARIES

(marzo 21 - abril 19)

Signo de fuego, lo que hace que una de sus particularidades sea la energía, la lucha por las metas y la alegría de vivir. No tienen miedo a los cambios,

TAURO

(abril 20 - mayo 20)

Signo de tierra, tiene las cosas muy claras. Tomar decisiones es algo fácil para ellos y, aunque puedan ser muy cabezotas, suelen seguir las reglas impuestas. Su objetivo en el día a día es lograr la paz y estabilidad en todos los sentidos,

GÉMINIS

(mayo 21 - junio 21)

Otro signo de aire, el de las dos caras, símbolo de los gemelos y de la doble personalidad. Los Gémenis tienen una personalidad cambiante, compleja.

CÁNCER

(junio 22 - julio 22)

Signo de agua. Es un signo bastante cambiante, por lo que pueden ser tímidos y reservados, pero también muy extrovertidos, todo depende de la situación.

LEO

(julio 23 - agosto 22)

Extrovertido, líder, ambicioso y seguro de sí mismo. Todo esto es lo que transmiten las personas Leo, un símbolo de fuego. Los cambios, las dificultades y las caídas son los momentos en los que se ve la fuerza de este símbolo, una personalidad que les lleva,

VIRGO

(agosto 23 - septiembre 22)

Intuitivo, observador e inteligente. Así es este signo de tierra, que busca siempre aprender y se deja llevar en muchas ocasiones por su curiosidad.

LIBRA

(septiembre 23 - octubre 22)

Signo de aire, que nada tiene que ver con Géminis o Tauro, ya que son mucho más calmados, tranquilos y pacíficos. Eso sí, odian la rutina, por lo que siempre están en busca de nuevas experiencias.

ESCORPIO

(octubre 23 - noviembre 21)

La frase “amigos de sus amigos” toma sentido gracias a este signo, generoso y comprensivo con todos los que considera su círculo más cercano.

SAGITARIO

(noviembre 22 - diciembre 21)

Alegre, optimista y vivaz. Su espíritu positivo relacionado con el signo de fuego hace que desprenda vitalidad y nunca se rinda ante las dificultades.

CAPRICORNIO

(diciembre 22 - enero 19)

Este signo de tierra tiene mucho que ver con los signos de agua en cuanto a la tranquilidad y la calma que desprende. Además, prefieren la estabilidad que otorga la rutina en su día a día.

ACUARIO

(enero 20 - febrero 19)

Es uno de los signos de aire, caracterizados por una personalidad arrolladora, lo que no quiere decir que no haya Acuarios tímidos y más reservados.

PISCIS

Símbolo de agua, son pacientes, tranquilos y amables. Cuesta mucho sacar de sus casillas a un Piscis. También es uno de los símbolos más empáticos,

CAPSULA CIENTÍFICA Científicos descubren que podría haber una física muy exótica detrás de la nube más extraña de Marte

Científicos que utilizan la sonda Mars Express de la Agencia Espacial Europea, en combinación con un modelo meteorológico de última generación del Planeta Rojo, han descubierto que podría haber una física muy exótica detrás de la nube más curiosa de Marte. Los resultados se publican en ‘Nature Geoscience’.

Cada primavera y verano en el hemisferio sur de Marte, durante la temporada de polvo marciano, vemos emerger una nube espectacular: la Nube Alargada de Arsia Mons (AMEC), la nube más llamativa visualmente del Planeta Rojo.

BIOGRAFÍA

Diego Noboa 1850-1851 Diego María de Noboa y Arteta (Santiago de Guayaquil, 15 de abril de 1789-Ibidem, 3 de noviembre de 1870) fue un político y terrateniente1 ecuatoriano que lideró la Revolución Marcista y que derrocó al presidente Juan José Flores, junto con José Joaquín de Olmedo y Vicente Ramón Roca. Ejerció como Presidente de la República del Ecuador desde 1850 hasta su derrocamiento en la Revolución del 17 de julio de 1851.


ECONOMÍA 13 I SANTO DOMINGO | JUEVES 08/OCTUBRE/2026

TECNOLOGÍA. Una parte de los ecuatorianos no está preparada para darle órdenes efectivas a la Inteligencia Artificial.

La IA y los robots ponen en jaque al empleo barato

El abaratamiento de los robots amenaza a casi el 20% del empleo informal, mientras que 4 de cada 10 trabajadores digitales no saben dar instrucciones a La Inteligencia Artificial. El nuevo informe del Banco Mundial, titulado ‘Panorama económico de América Latina y el Caribe: Aprovechando la transición de la IA’ (octubre de 2026), revela una doble amenaza inminente para el mercado laboral en países como Ecuador. Por un lado, el abaratamiento de la robótica está a punto de destruir el refugio del trabajo informal. Por otro, quienes ya tienen acce-

so a la tecnología cognitiva carecen de las habilidades fundamentales para utilizarla.

Una ‘ilusion peligrosa’

En Ecuador, la alta informalidad y los bajos salarios han actuado históricamente como un muro de contención contra la automatización física. El Banco Mundial clasifica a casi una quinta parte de la fuerza laboral (19,7%)

dentro de lo que denomina “resistencia frágil”. Este gigantesco grupo abarca el comercio de supervivencia, el personal de limpieza doméstico y los trabajadores ocasionales que operan en entornos no estructurados. El informe del Banco Mundial lanza una advertencia contundente. Creer que la precariedad salvará a estos trabajadores para siempre es un grave error.

“Esta fuerza laboral solo está protegida temporalmente por el subdesarrollo. Confundir esta dinámica con la inmunidad tecnológica a largo plazo es una ilusión peligrosa”, sentencia el multilateral. La razón de esta amenaza es que la robótica está dando un salto monumental: la Inteligencia Artificial generativa está resolviendo el problema más caro de las máquinas (el “cerebro”), dotando a los robots de visión por computadora y capacidad de adaptación en tiempo real para operar fuera de las rígidas fábricas tradicionales. El “escudo” de la informalidad colapsará por pura matemática financiera. El estudio detalla que los costos de los robots autónomos de propósito general se desplomarán a un rango de entre $10.000 y $20.000. Al amortizar este equipo en un plazo de cinco años y ponerlo a trabajar en dos turnos

(16 horas diarias, 300 días al año), el costo operativo total, incluyendo energía, mantenimiento y licencias, caerá a un rango altísimamente competitivo de entre $1,50 y $2,50 por hora. En un mes laboral estándar de 160 horas, esto equivale a un gasto para la empresa de apenas $240 a $400. Esta cifra es una alerta roja, pues se alinea directamente con los salarios mínimos legales (como el Salario Básico de Ecuador) y con los ingresos precarios de supervivencia en la región. En este punto de quiebre, proyectado para ocurrir entre los años 2035 y 2040, la tecnología perforará la barrera económica y hará que reemplazar el trabajo manual barato sea totalmente rentable. Para dimensionar la gravedad de este cruce de curvas, Andrés Mendoza, economista y experto en la transición tecnológica lo resume así: “Durante décadas creímos que nuestra


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ECONOMÍA SANTO DOMINGO | JUEVES 08/OCTUBRE/2026 I

mano de obra barata y la informalidad eran un salvavidas frente a la automatización del primer mundo. La realidad es que solo estábamos compitiendo contra el reloj. Cuando alquilar el ‘cerebro y los brazos’ de un robot cueste menos que un Salario Básico Unificado, la calle dejará de ser un refugio para convertirse en un callejón sin salida para millones de familias”. Para agravar el panorama, el Banco Mundial advierte que este impacto podría adelantarse gracias al nuevo modelo de “Robótica como Servicio” (RaaS, por sus siglas en inglés). Bajo este esquema de suscripción o alquiler, las empresas ya no tendrán que comprar el robot de contado, esquivando la falta de crédito que históricamente ha frenado la tecnología en nuestros países. A medida que el alquiler de robots se expanda, el umbral para destruir los empleos de la base de la pirámide social podría cruzarse mucho antes de lo previsto, dejando a la fuerza laboral no calificada en una vulnerabilidad extrema.

Tener ChatGPT no basta

En la otra cara de la moneda, dentro de la economía digital y de oficinas, el desafío no es la falta de acceso a la tecnología, sino la falta de capacidad para dirigirla. Aunque las herramientas de Inteligencia Artificial (IA) generativa como ChatGPT están disponibles para cualquier persona con internet, el Banco Mundial revela que más de cuatro de cada diez trabajadores conectados digitalmente son incapaces de redactar un “prompt” (instrucción) efectivo para que el sistema opere correctamente. El organismo califica este déficit como un “cuello de botella”, donde el resultado de un algoritmo avanzado termina siendo inútil si el empleado que lo guía ingresa indicaciones vagas o carece de pensamiento crítico. El estudio es tajante respecto a esta brecha: “Tener acceso global a modelos de IA de frontera no sirve de nada si el talento local carece de la capacidad cogniti-

va para dirigir la herramienta de manera eficaz”. Esta carencia se agrava por una profunda falta de visión empresarial, ya que menos del 3% de las vacantes de empleo en línea en las principales economías latinoamericanas, incluyendo Ecuador, solicitan hoy en día habilidades explícitas relacionadas con la IA. Para que la fuerza laboral no quede aplastada por esta transición escalonada, el Ecuador requiere reorientar urgentemente su educación y formación profesional, de acuerdo con el Banco Mundial.

¿Sobrevivirá tu empleo a la IA?

Para evitar que la fuerza laboral ecuatoriana quede aplastada bajo el peso de esta transición tecnológica,

el país debe ejecutar una reingeniería urgente de su sistema educativo y de formación profesional. El objetivo a contrarreloj es doble y requiere decisiones inmediatas. Por un lado, es vital rescatar a los trabajadores manuales y de la economía informal para reorientarlos hacia oficios técnicos que exigen una alta complejidad sensoriomotora, como mecánicos, plomeros, electricistas o carpinteros. Estas profesiones gozan de lo que el Banco Mundial denomina la “ventaja de la inteligencia física”. Se trata de labores que requieren destreza fina, improvisación y adaptación constante a entornos impredecibles (el mundo real), un desafío técnico inmenso para la robótica actual que mantendrá a estos trabajadores

protegidos de la automatización durante décadas. Por otro lado, la urgencia en las oficinas y el sector de servicios es transformar la capacitación corporativa y universitaria para que los empleados dejen de ser simples procesadores de datos rutinarios y se conviertan en verdaderos “copilotos estratégicos” de la IA. Esto significa formar profesionales con un pensamiento crítico agudo, capaces de auditar los resultados de los algoritmos, redactar instrucciones precisas y tomar decisiones complejas basadas en la información que arroja la máquina. El Banco Mundial advierte que esta reconversión laboral preventiva no es un gasto, sino la inversión fiscal más inteligente y urgente que puede hacer un gobier-

no. El estudio detalla matemáticamente que financiar la educación técnica de ciclo corto para trasladar a un trabajador vulnerable hacia áreas protegidas requiere una inversión inicial de entre $5.000 y $8.000. Por el contrario, cruzarse de brazos y tener que sostener a un trabajador desplazado mediante bonos de pobreza y transferencias sociales le costará al Estado más de $23.000 en un período de 20 años, agotando los recursos públicos sin generar productividad. En definitiva, Ecuador debe actuar ahora para elevar las capacidades de su población, antes de que ofrecer “mano de obra barata” y precaria deje de ser una opción viable de supervivencia frente al abaratamiento inminente de las máquinas. (JS)


SEGURIDAD 15 I SANTO DOMINGO | JUEVES 08/OCTUBRE/2026

¿Cómo ayudará el nuevo sistema de control fronterizo aéreo?

El Gobierno de Daniel Noboa prevé implementar un nuevo sistema de control fronterizo a finales de 2026. Expertos en temas de seguridad destacan las ventajas de contar con nueva tecnología. También advierten limitaciones.

OPERACIÓN militar en Carchi en contra de la minería ilegal. (Foto: Ejército de Ecuador).

El presidente de la República, Daniel Noboa, anticipó el 17 de septiembre de 2026 que se hizo una alianza con Emiratos Árabes Unidos (EAU), país que desarrolló el “sistema más avanzado de control fronterizo”, que usa inteligencia artificial. El mandatario señaló que ese sistema se implementará en las fronteras de Ecuador. Expertos en seguridad ven al proyecto como algo positivo y subrayan que debe ser combinado con ciertos controles.

Implementación a finales de 2026 Gian Carlo Loffredo, ministro de Defensa, dijo el 2 de octubre en Radio Centro de Guayaquil que a finales de 2026 iniciará el proyecto de fortalecimiento de control fronterizo. No especificó una fecha. Explicó que se implementarán Vehículos Aéreos No Tripulados (UAV por sus siglas en inglés) y drones: “Un UAV es un avión o un medio aéreo no tripulado por un humano. Tiene la capacidad

de volar 24 horas sin regresar a la base y hacer un recorrido de 400 km. Con dos de estos cubrimos 732 km de frontera”. Además de los UAV, Loffredo detalló la logística que será parte del proyecto: • Drones para el uso de las patrullas. • Medios y equipos para poder movilizarse en el terreno de frontera. • Centros de mando y control y de comunicaciones sofisticados. • Radares. • Cámaras electro ópticas. • Sistemas de satélite para tener imágenes diarias de todo el territorio ecuatoriano: marítimo y continental. Tres factores clave para implementar el proyecto de control fronterizo en Ecuador

Tres factores clave

César Cedeño, docente investigador de la Escuela de Seguridad y Defensa del Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN), resume

que EDGE tiene un producto denominado Sign4l Border Shield (Escudo Fronterizo), ese es el sistema específico para control fronterizo y fue presentado en la Exposición y Conferencia Internacional de Defensa 2025 (IDEX 2025). Cedeño sospecha que este es el sistema que el Gobierno ecuatoriano quiere implementar. “Proveer de vehículos autónomos no tripulados y vehículos aéreos remotamente tripulados a las unidades militares les ayudaría a cubrir mayor distancia de vigilancia, a usar su escaso personal de mejor manera, más operacional y hábil, y responder contra anomalías o ilegalidades en su área de responsabilidad”, subraya Cedeño. Destaca el anuncio del proyecto: “Hay que saludar que el Gobierno esté dándose cuenta de la importancia del control fronterizo para disminuir los índices de criminalidad del país. Tengo que resaltar que esto va a depender mucho de tres factores”. Explica tales factores:

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Financiamiento: “Es la capacidad que tenga el Gobierno de proveer financiamiento adecuado para comprar, entrenar, desplegar y emplear adecuadamente los sensores que sean necesarios para que el sistema funcione. También para dar mantenimiento”. Articulación interagencial: “Es el trabajo interagencial que deben hacer las Fuerzas Armadas (FF.AA.) con la Policía Nacional y con la Aduana en la frontera norte y sur. No es algo tan sencillo. Habrá problemas jurisdiccionales que tendrán que definirse porque el sistema tiene que ser operado por los tres. Si es operado solo por el Ministerio de Defensa habrá huecos y no se detectarán anomalías”. Factor humano: “Es la capacidad del Gobierno para proveer el apoyo humano que se necesita para cubrir las limitaciones del sistema, es decir, tener policías, agentes de aduanas y tropas especializadas en las tareas de control fronterizo.

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No lo tiene porque, debido a la brutal rotación en las FF.AA. por la campaña militar contra los actores criminales desde el 2023, cada vez es menos capaz de desplegar adecuadamente a sus efectivos para cubrir tareas como control fronterizo”.

Menos riesgos para militares

Una fuente de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) menciona que esta institución posee 11 helicópteros y que las otras dos fuerzas (Ejército y la Marina) tienen sus propias aeronaves, pero su operatividad varía según la necesidad. La fuente considera que el proyecto anunciado será relevante para el trabajo operativo de las FF.AA.: “El aporte de las aeronaves no tripuladas es indudable porque reducen costos y riesgos, pueden adelantarse a la operación militar que va por tierra o mar y dar una información fidedigna de un punto determinado”. Pone un ejemplo: “Una UAV permitirá saber si hay alguna situación de riesgo inminente, el comandante ya no enviaría tropas por tierra, sino solo la aeronave no tripulada. Los aspectos positivos son muchos porque reducirán los riesgos de enfrentamientos en las fronteras con grupos subversivos (como en el Alto Punino). Será una capacidad que vendrá a fortalecer, es muy necesario”.

Tecnología favorecerá el patrullaje

Alexander Levoyer, general (sp) del Ejército, señala que las fronteras de Ecuador con Perú y Colombia son selváticas por lo que los escenarios son complicados. Levoyer pone un ejemplo de cómo ayudaría el proyecto a los militares: “Imaginemos el Río Putumayo, el Río San Miguel o el Río Mataje, las patrullas a pie se demorarán varios días en cubrir esas áreas extensas. En embarcaciones, los militares son vulnerables al fuego de los narcotraficantes. Pero si se usan drones, sensores y cámaras facilitan la conducción de las operaciones. Se observarán a los narcotraficantes desplazándose e inmediatamente se puede reaccionar y neutralizarlos”. (DLH)


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SEGURIDAD SANTO DOMINGO | JUEVES 08/OCTUBRE/2026 I

Crimen organizado y corrupción pública Las unidades suprimidas °concentraban el juzgamiento

CAMBIO. El Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) aprobó, por unanimidad, el inicio del proceso de selección de 222 jueces temporales para unidades judiciales a escala nacional.

Más de 300 casos en pausa por falta de jueces anticorrupción Tráfico de combustible, narcotráfico y reclutamiento infantil son algunas de las causas judiciales en pausa tras la supresión de la Unidad Anticorrupción.

La decisión del Consejo de la Judicatura de eliminar las dependencias judiciales especializadas en anticorrupción y crimen organizado amenaza con dejar impunes o en riesgo de nulidad cientos de procesos de alto impacto en Ecuador. Pese a que la entidad justificó la medida (Resolución 1872026) argumentando una supuesta baja carga procesal, los registros oficiales revelan un panorama opuesto: más de 300 expedientes estaban en trámite antes de la disolución de la unidad anticorrupción. Entre los casos paralizados, según los registros de la Judicatura y las demandas recibidas por la Corte Constitucional, en el sorteo de causas figuran redes de narcotráfico, atentados terroristas, secuestros con mutilaciones y desfalcos millonarios al Estado. En medio de esta escasez de administradores de justicia titulares y del riesgo de intimidación o violencia hacia los magistrados que asumen causas de alto impacto, el debate sobre el uso de “jueces avatar” o telemáticos resalta la urgencia de reestructurar la protección judicial. La implementación de identidades resguardadas mediante tecnologías de transmisión y alteración de voz e imagen busca blindar a quienes juzgan al crimen organizado.

de estructuras criminales y delitos contra la administración pública: Bandas criminales: El 29% de las causas (135 casos) involucra a 14 organizaciones delictivas. Los Lobos encabeza la lista con 66 procesos por terrorismo, extorsión, secuestro y amotinamientos. Le siguen los Choneros con 34 causas —destacando el juzgamiento a las parejas sentimentales de alias ‘Fito’ por lavado de más de $2,4 millones— y grupos internacionales como la Mafia Albanesa (caso Dritan Gjika) y el grupo peruano los Pulpos. Frente a la parálisis y la posible caducidad de medidas o nulidades (que los casos pierdan validez y no haya sentencias) en los tribunales ordinarios, la presidenta de la Judicatura, Mercedes Caicedo, ha sido convocada a comparecer ante la Asamblea Nacional para responder por la disolución de esta judicatura especializada.

222 jueces temporales A la crisis desatada por °la supresión de la unidad

anticorrupción se suma una parálisis estructural en el sistema judicial. La Judicatura ha declarado la necesidad extraordinaria y emergente en la Función Judicial para designar de urgencia 222 jueces temporales. Esta medida responde a la inexistencia de un banco de elegibles activos desde el 3 de enero de 2024, fecha en que caducó de forma improrrogable el listado constituido en 2018, pese a que el Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) establece que dichos bancos duran seis años y que la entidad debía convocar a un nuevo concurso público en 2023. La falta de magistrados se agravó tras la jubilación de 62 jueces titulares a mediados de 2026. Según el Informe Técnico CJ-DNTHSA-2026-1289, provincias como Guayas registran la situación más crítica con 58 vacantes en Unidades Penales, Violencia y Trabajo, mientras que juzgados en cantones como Catamayo, Oña, Rocafuerte, Portovelo, Chaguarpamba y La Mariscal en Quito enfrentan un riesgo de parálisis operativa. .


Human Rights Watch denuncia que los “juicios masivos de cientos de acusados” en El Salvador son una “burla” a la justicia. MADRID. La oenegé Human Rights Watch (HRW) ha denunciado que desde comienzos de 2026 se vienen celebrando “juicios masivos de cientos de acusados a la vez” en El Salvador, en base a pruebas “débiles” y “sin oportunidad real de defenderse”, en el marco del estado de emergencia vigente desde marzo de 2022 para hacer frente a las pandillas. “Los juicios masivos en El Salvador son una burla a la justicia”, ha señalado la directora para las Américas de HRW, Juanita Goebertus, quien ha advertido de que estos procedimientos están diseñados para producir sentencias de culpabilidad y “no para sopesar las pruebas bajo el debido proceso”. “El resultado no es la rendición de cuentas para las víctimas de la violencia de las pandillas, sino simplemente la ratificación del encarcelamiento masivo durante los cuatros años de estado de emergencia”, ha incidido Goebertus. La oenegé ha podido entrevistarse con una quincena de abogados que han confirmado las trabas que la administración ha puesto para que puedan ejercer correctamente su trabajo de defensa, así como revisar cuatro acusaciones que abarcan a más de 600 personas y una decisión judicial que se aplicó sobre otras 120. “Es macabro”, tal y como ha definido este tipo de procesos judiciales uno de los letrados con los que ha podido reunirse HRW. La oenegé ha escucha-

do cómo los jueces impiden a la defensa acceder a los expedientes de sus clientes, que además no pueden hablar con ellos en privado, y apenas cuentan con unos pocos minutos para presentar las alegaciones, además de cómo los fiscales amenazan con procesar a los testigos. Así, han explicado que los testigos que testifican para desmentir que un acusado forma parte de una pandilla, son “intimidados” y “amenazados” con ser detenidos por ser un “colaborador” de una de estas bandas delictivas. Las denuncias de estos abogados se suman a las declaraciones de algunos policías consultados por la oenegé, que revelaron que muchas de las pruebas y de los informes se basan en pruebas falsas y otras tantas sin verificar, en medio de las presiones que reciben desde arriba para llevar a cabo arrestos. “Los fiscales afirman que una persona es miembro de una pandilla porque un policía lo dice. El fiscal se basa en el informe policial, y este se basa en información oficial no especificada o rumores públicos”, ha apuntado otro abogado. Las defensas apuntan que la mayoría de las acusaciones parten de declaraciones de testigos anónimos que reciben inmunidad y cuya versión es respaldada por los jueces a pesar de las versiones de terceros y pruebas que sustentan lo contrario. Estado de emergencia constante El Salvador se encuentra desde febrero de 2022 bajo un estado de emergencia impuesto por el presidente Nayib Bukele en respuesta a una oleada sin precedentes de homicidios cometidos por las pandillas. Desde entonces, se han detenido a más de 93.000 personas, entre ellas 3.000 menores de edad. Diferentes organizaciones de Derechos Humanos han

denunciado abusos generalizados, detenciones arbitrarias, desaparaciones forzadas, torturas y malos tratos dentro de los centros de detención al amparo del estado de emergencia. Se estima que actualmente hay 120.000 personas encerradas en las prisiones de El Salvador, lo que supone el 2% de la población total, siendo así una de las tasas de encarcelamiento más altas de todo el mundo, superando con creces la capacidad del sistema

RÉGIMEN. El Salvador se encuentra bajo un estado de emergencia desde febrero de 2022.

para albergar en las mínimas condiciones de salubridad a los presos. Unas 500 personas han muerto bajo custodia policial durante el estado de emergencia, mientras que más del 90% de las que se hallan en prisión llevan años encerrados de manera preventiva, en parte debido a las últimas reformas legales que permiten prorrogar ampliamente la estancia en la cárcel sin sentencia firme. “El Gobierno ha construido

un sistema diseñado para condenar a cientos de personas a la vez, sin ningún mecanismo para separar a los inocentes de los culpables”, ha advertido Goebertus. Esta falta de independencia judicial y persecución arbitraria ha generado una sensación de miedo no solo entre la población, sino también entre los abogados y los testigos ante las posibles represalias y el acoso policial. EUROPA PRESS

001-005-0906

HRW cuestiona los juicios masivos del Gobierno de Bukele

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POLÉMICO. El presidente de EE.UU., Donald Trump. Casa Blanca

Gobernador de California pide inhabilitar a Trump

El dobernador de California, Gavin Newsom, pide inhabilitar al presidente de Estados Unidos, Donald Trump, tras comentarios sobre ataques iraníes a Los Ángeles o San Diego. Lo calificó como “enfermo mental”. El gobernador del estado de California, Gavin Newsom, ha reclamado aplicar la 25ª enmienda de la Constitución estadounidense para inhabilitar al presidente,

Donald Trump, tras señalar que es un “enfermo mental” después de las declaraciones que hizo en un mitin de campaña en las que sugirió que Irán ataque las ciudades ca-

lifornianas de Los Ángeles o San Diego. En un comunicado enviado a medios estadounidenses, Newsom asegura que el mandatario estadounidense

es un “enfermo mental” y señala que es “momento de la 25ª enmienda”, en referencia al apartado constitucional que establece la sucesión presidencial de un líder

que no pueda cumplir con las obligaciones del cargo. De este modo, el gobernador californiano da un paso más contra Trump después de que calificara en unas publicaciones anteriores de “locura” sus palabras, afeando el acto “peligroso y perturbado” de señalar unas ciudades para un eventual ataque militar de Irán. Al hilo, recordó que en la región del sur de California residen más de 130.000 e f e c t ivo s militares. Newsom, que no podrá optar a la reelección el próximo 3 de noviembre, es visto como uno de los principales líderes demócratas y potencial candidato a la carrera presidencial en 2028. Las declaraciones de Trump En un mitin de campaña en Nebraska, el jefe de la Casa Blanca al hablar sobre el conflicto con Irán y el impacto en los precios del combustible, afirmó que “podrían acabar con una ciudad”, punto en el que señaló a Los Ángeles o San Diego, como sugerencia del blanco de los ataques iraníes. “Es un precio muy pequeño a pagar, y va a terminar muy pronto (la guerra con Irán)”, afirmó. Posteriormente la delegación demócrata de California en el Congreso acordó un comunicado en el que exige al presidente norteamericano que pida disculpas tras estas declaraciones recordando que el mandatario jura al asumir el cargo “defender la Constitución y proteger de los enemigos” a la nación. EUROPA PRESS

María Luz Arellano

¿CÓMO ENTRENAR A LA MENTE? CON

Gabriela Vivanco


JUEVES, 08 DE OCTUBRE DE 2026 La Hora QUITO, ECUADOR

ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

http//www.derechoecuador.com

RECURSOS HORIZONTALES Y APELACIÓN EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

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CONSULTA LABORAL ¿Cuándo procede la inspección judicial en materia Laboral?

RESPUESTA

EN LA WEB derechoecuador.com Autor: Luis Pallares Alzamora

El derecho procesal tiene como uno de sus principales objetivos asegurar que la justicia se administre de manera correcta y equitativa, bajo los principios de legalidad y debido proceso. Uno de los mecanismos más importantes para garantizar estos principios es el derecho de impugnación. La impugnación permite a las partes afectadas por una resolución judicial cuestionar las decisiones del juzgador cuando consideran que se ha cometido un error en la aplicación de la ley o en los procedimientos procesales.

Relevancia de los recursos horizontales Los recursos horizontales cumplen una función esencial dentro del sistema procesal al permitir la revisión de las providencias judiciales sin necesidad de escalar a una instancia superior. Esto contribuye a la celeridad del proceso y evita que los tribunales de apelación se vean sobrecargados con cuestiones menores o errores de procedimiento que pueden ser corregidos en la misma instancia. Recurso de revocatoria Este recurso permite solicitar al mismo órgano que

dictó la providencia impugnada que la deje sin efecto y dicte una nueva en su lugar. Es aplicable únicamente a autos de sustanciación y se basa en la existencia de errores de procedimiento o en el contenido de la providencia que afecten el desarrollo del proceso. Recurso de aclaración De acuerdo a Carlos Ramírez (2024), el recurso horizontal de aclaración es una herramienta procesal fundamental en la búsqueda de la justicia dentro de los sistemas jurídicos, ya que permite a las partes involucradas en un proceso judicial corregir errores o ambigüedades en las providencias dictadas por los jueces, garantizando así la claridad y precisión en

las resoluciones emitidas; tiene como finalidad subsanar cualquier error de tipo material o aclarar conceptos ambiguos u oscuros contenidos en una resolución judicial. Este recurso busca asegurar que las decisiones judiciales sean comprensibles y que su interpretación no dé lugar a confusión o malentendidos, permitiendo que el juzgador precise aquello que, por error o ambigüedad, no quedó adecuadamente expuesto en la providencia. El COGEP en su artículo 253, establece que la aclaración procede cuando la sentencia contiene errores de redacción o cuando su contenido da lugar a diversas interpretaciones por falta de precisión en la expresión.

En las disposiciones reformatorias introducidas por el COGEP, al Código del Trabajo consta: “6. Sustitúyase el Art. 575 por el siguiente: “Art. 577.- Solicitud y práctica de pruebas.- Los medios probatorios de que dispongan las partes serán presentados o anunciados conforme con lo dispuesto en el Código Orgánico General de Procesos. Los informes y certificaciones de las entidades públicas y privadas constituirán medios de prueba; pero cualquiera de las partes podrá solicitar, a su costa, la exhibición o inspección de los documentos respectivos”. Dependiendo del caso, el Juez Laboral deberá evaluar si determinada la prueba es necesaria y procedente, para calificarla y admitirla, conforme al Art.160 del COGEP. La inspección judicial, en muy pocas oportunidades es aplicable en materia laboral. Por ejemplo cuando se alega un despido y se dice que los testigos escucharon desde determinada distancia, el juez puede aceptar y ordenar una inspección judicial para verificar si desde esa distancia se podía escuchar el despido alegado o presenciarlo. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia, pág. 77

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QUITO

REVISTA JUDICIAL 02 P QUITO | JUEVES 08/OCTUBRE/2026

Recurso de apelación La apelación, es un recurso ordinario y vertical, que tiene por objeto impugnar la sentencia, auto o resolución dada en primera instancia, debido a que el recurrente considera que la misma adolece de vicios, para lo cual se solicita al juez (aquo) elevar la contienda legal a un tribunal jerárquicamente superior, para que éste investigue, indague o estudie la decisión, dando lugar a una

señalan Salazar Ulloa, Marcelo Costa, Pavel Paredes, Ferrer, Andrea Aguirre y otros autores. El derecho a la apelación, la garantía de doble conforme representa principios fundamentales dentro del proceso judicial, especialmente en el ámbito contencioso administrativo, donde la relación asimétrica entre el Estado y el administrado exige una protección efectiva de los derechos procesales. Doble instancia El principio de doble conforme implica que un fallo

judicial puede ser revisado tanto en su aspecto fáctico como en el jurídico por una instancia superior, garantizando así una revisión más completa del caso. En muchos sistemas judiciales, este principio es considerado una salvaguardia fundamental para evitar errores

judiciales y para asegurar que los derechos procesales de las partes sean respetados de manera efectiva. Justicia administrativa La jurisdicción contencioso-administrativa, controla que la actividad de la administración se ajuste a Dere-

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CORPORACIÓN PROAUTO S.A. De conformidad con el artículo 236 de la Ley de Compañías y el Estatuto Social de la Compañía, se convoca a los señores Accionistas de CORPORACIÓN PROAUTO S.A. a la Junta General Extraordinaria a efectuarse en el domicilio de la compañía ubicado en la Av. Eloy Alfaro N43-02 y Av. De Los Granados, del cantón Quito, y vía teleconferencia, a libre elección del accionista, el jueves veintidós de octubre de 2026, a partir de las 14h00, para tratar y resolver los siguientes puntos del orden del día: 1. 2.

Conocer y resolver sobre la designación del Presidente de la Compañía. Conocer y resolver sobre la designación del Vicepresidente la Compañía.

Se convoca de manera especial a la señora María Cristina Barrera Mesías, Comisaria Revisora Principal de la compañía. La documentación relacionada con los puntos del orden del día se encuentra a disposición de los señores Accionistas en la Gerencia General, en la oficina Matriz de la Compañía, ubicada en la Avenida Eloy Alfaro N43-02 y Avenida de Los Granados, de esta ciudad de Quito.

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS D.M. Quito, 07 de octubre de 2026. De conformidad con la Ley de Compañías, el Estatuto Social de la compañía y las facultades conferidas a la Administración, se convoca a los señores accionistas de NONOTAXIS S.A. a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que tendrá lugar el día viernes 16 de octubre de 2026, a las 14h00, en la Sala Comunal de Rancho Alto José Peralta, ubicada en la ciudad de Quito, con el objeto de conocer, analizar y resolver los asuntos constantes en el siguiente:

De conformidad con el Art. 233 de la Ley de Compañías, los accionistas que atiendan esta Junta vía teleconferencia deberán actualizar su correo electrónico a la siguiente dirección legal@ proauto.com.ec, para el envío con la debida antelación del link y código de acceso para su conexión a la reunión vía Zoom.

ORDEN DEL DÍA 1.

Constatación del quórum e instalación de la Junta General Extraordinaria de Accionistas.

2.

Lectura y aprobación del acta anterior.

3.

Conocimiento de la renuncia presentada por el señor Luis Rodrigo Alomoto Ashqui, al cargo de Gerente General de la compañía.

4.

Conocimiento y análisis del informe económico, financiero y administrativo correspondiente a la gestión del Gerente saliente.

5.

Elección y nombramiento del nuevo Gerente General de la compañía.

6.

Autorización al presidente de la compañía o a quien la Junta designe para realizar todos los trámites necesarios para la inscripción y registro del nombramiento del nuevo Gerente ante la Superintendencia de Compañías y demás entidades competentes.

7.

Designación de la persona encargada de la elaboración y suscripción del acta de la presente Junta.

8.

Asuntos Varios. No habiendo otros asuntos que tratar, se solicita a los señores accionistas su puntual asistencia, por tratarse de temas de importancia para la adecuada administración y continuidad de las actividades de la compañía.

Los señores accionistas deberán cumplir con las siguientes normas procedimentales relacionadas con su participación y emisión del voto: •

Los señores accionistas tienen el derecho a solicitar información y a incluir puntos en el orden del día, mediante correo electrónico enviado a legal@proauto.com.ec, dentro de las 72 horas anteriores a la fecha de la junta general convocada por el presente.

•

Los señores accionistas que deseen comparecer a la junta general utilizando medios telemáticos, remitirán su voto por cada moción al correo electrónico legal@proauto.com.ec

•

Aquellos accionistas que encarguen a un tercero que lo represente en la junta general, podrán enviar el instrumento de representación que corresponda al correo electrónico legal@proauto.com.ec

D.M. de Quito, 8 de octubre de 2026. Santiago Sevilla Gortaire Presidente

001-006-1022

Recurso de reforma Su propósito es que el juez reconsidere y modifique una providencia que, si bien puede no estar completamente errada, contiene algún aspecto que necesita ser corregido, está diseñado para corregir errores de forma que puedan haberse presentado en las providencias judiciales. Este recurso permite modificar una providencia en aspectos específicos sin que esto signifique cambiar sustancialmente el contenido de la decisión.

segunda instancia, donde se analizará si se realizó una correcta valoración de los hechos y una debida aplicación e interpretación de la ley, con el único fin de que se proceda a revocarla, reformarla o confirmarla. Los Tribunales de lo Contencioso Administrativo constituyen una única instancia en el proceso judicial, no existe una primera instancia en los juicios que se ventilan en esta materia; En Ecuador, la jurisdicción contencioso-administrativa no contempla la apelación, lo que genera una seria vulneración de derechos, como

001-006-1044

Recurso de ampliación El recurso horizontal de ampliación es una figura jurídica procesal destinada a corregir omisiones de carácter formal o material en una providencia judicial dictada por un órgano jurisdiccional. Este recurso permite que el mismo juez que emitió la decisión revise y complete aspectos no resueltos en su pronunciamiento original, ya sea porque omitió tratar temas relevantes, como pretensiones no consideradas, o porque no decidió sobre aspectos accesorios, como frutos, intereses o costas.


03 REVISTA JUDICIAL QUITO | JUEVES 08/OCTUBRE/2026 P

Según Ferrer Beltrán (2024), la falta de una segunda instancia que permita una revisión completa de los hechos y del derecho en los procesos contenciosos administrativos genera una deferencia mal entendida hacia el juez de primera instancia, quien queda con una discrecionalidad excesiva en la valoración de las pruebas y en la interpretación de los hechos. De acuerdo a este enfoque limita la capacidad de los administrados para obtener una tutela judicial efectiva, violando potencialmente los estándares internacionales de derechos humanos; así, se afirma (de acuerdo a esta posición), que la falta de una doble instancia en la jurisdicción contencioso administrativa, afectaría el derecho a la defensa y reforzaría

la asimetría procesal entre el Estado y los ciudadanos. Según Aguirre Bermeo y otros (2022), esta situación coloca a los administrados en una posición de vulnerabilidad al no poder recurrir de manera efectiva las decisiones que afectan sus derechos. Además, la Constitución de Ecuador no realiza distinciones entre los tipos de procesos judiciales en los que se puede recurrir una sentencia, lo que sugiere que todos los procedimientos judiciales deberían estar sujetos a la posibilidad de apelación. En este ámbito, la Corte Constitucional, ha señalado en la sentencia 17-19-SEPCC, la Corte estableció el parámetro de acceso a la justicia debe ser entendido desde una perspectiva integral en

COMPAÑÍA DE TAXI EJECUTIVO ELVECI S.A. RUC: 1792481678001 CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS De conformidad con la Ley de Compañías, el Estatuto Social de la COMPAÑÍA DE TAXI EJECUTIVO ELVECI S.A. y el Reglamento sobre Juntas Generales expedido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, se convoca a los señores accionistas a Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará el día miércoles 21 de octubre de 2026, a las 15h00, en las instalaciones de la Academia Bidokan ubicada en la Calle de las Anonas N53-312 y De Los Anturios, Distrito Metropolitano de Quito. Los accionistas podrán participar presencialmente o por medios telemáticos, conforme a la normativa societaria vigente. ORDEN DEL DÍA

2. 3. 4. 5. 6.

Constatación del quórum e instalación de la Junta General Extraordinaria de Accionistas. Conocimiento y resolución sobre las observaciones al Acta No. 73, incluyendo su ratificación, aclaración o rectificación. Conocimiento y aprobación del Reglamento Interno, estableciendo obligaciones, prohibiciones, procedimientos y medidas disciplinarias para accionistas y personal vinculado. Conocimiento y resolución sobre la calificación administrativa y operativa de accionistas pasivos o inactivos por inasistencia reiterada, sin afectar sus derechos como accionistas. Conocimiento y resolución sobre la documentación requerida para la renovación del permiso de operación de la compañía. Conocimiento del informe sobre los recursos administrados por el área de frecuencia y resolución sobre su entrega y documentación de respaldo.

CONVOCATORIA ESPECIAL AL COMISARIO: De conformidad con la Ley de Compañías y la normativa vigente, se convoca de manera especial e individual al señor CASTILLO ÁLVAREZ HENDRY PAUL, en calidad de Comisario de la compañía, mediante notificación dirigida al correo electrónico registrado para el efecto. Quito, 07 de octubre de 2026.

GERENTE GENERAL PALACIOS ARBOLEDA JOHN JORGE 1709302531 +593 99 257 6333 taxielveci@hotmail.com

001-005-0924

Atentamente,

EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: los herederos presuntos y desconocidos de los causantes MARÍA ELOISA TIPAN AMBATO y SAUL ELICEO TIPANTA TIPAN

JUICIO:

INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS

NUMERO

17205 2020 00507

ACTOR:

CARLOS MANUEL TIPAN MUÑOZ

DEMANDADO Hijos conocidos de la causante MARIA ELOISA TIPAN AMBATO, quienes son: TIPANTA TIPAN AMIRA MERCEDES; TIPANTA TIPAN LUIS ANTONIO y TIPANTA TIPAN MANUE y los herederos presuntos y desconocidose

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, lunes 8 de junio del 2026, a las 17h09. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito de fecha 12 de mayo de 2026, presentado por el Procurador Judicial Abg. Guido Plutarco Toapanta Vilaña. En atención al mismo, y una vez que obra del expediente judicial los informes de filiación de los causantes: MARIA ELOISA TIPAN AMBATO (demandada dentro de la presente causa) y TIPANTA TIPAN SAUL ELICEO (hijo de la demandada MARIA ELOISA TIPAN AMBATO), se dispone: 1) CÍTESE con el contenido de la demandada de inventarios sucesorios a los hijos conocidos de la causante MARIA ELOISA TIPAN AMBATO, quienes son: TIPANTA TIPAN AMIRA MERCEDES; TIPANTA TIPAN LUIS ANTONIO y TIPANTA TIPAN MANUEL, en sus domicilios ubicados en las dirección que se indica en el escrito y croquis de fecha 26 de febrero de 2026 observando lo previsto en los Arts. 54, 55 y 62 del COGEP, para tal efecto la parte actora proporcione las fotocopias necesarias del expediente. 2) La parte accionante ABG. GUIDO PLUTARCO TOAPANTA VILAÑA en calidad de PROCURADOR JUDICIAL del señor CARLOS MANUEL TIPAN TIPANTA comparezca a esta Unidad Judicial para el día 29 de junio de 2026, a las 15h00, a fin de que cumpla con lo establecido en el Art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos y lo establecido en la resolución No-07-2018 emitida por la Corte Nacional de Justicia, esto es, declare bajo juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia, de los presuntos herederos desconocidos de la causante MARIA ELOISA TIPAN AMBATO, el juramento se realizará ante esta autoridad, quien comparecerá portando sus documentos de identificación. 3) Respecto del causante TIPANTA TIPAN SAUL ELICEO, consta del informe de filiación y de la información proporcionada por el actor que el causante tiene dos hijos conocidos TIPANTA PUJOS MARIA JOSE y TIPANTA PUJOS JOSE LUIS a quienes se ha solicitado citar conforme el Art. 56 del COGEP, sin embargo el Certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores data de fecha 23 de febrero de 2026, lo que se conmina al actor consignar el certificado de TIPANTA PUJOS MARIA JOSE actualizado con el fin de ordenar la citación a la demandada conforme solicita; por cuanto no se ha justificado que el señor TIPANTA PUJOS JOSÉ LUIS se encuentre registrado en un consulado en el exterior, se exhorta al actor consignar la dirección de domicilio del señor TIPANTA PUJOS JOSÉ LUIS o en su defecto, a fin de dar cumplimiento a la garantía constitucional del derecho de defensa, consagrado en los Arts. 75 y 76.1 de la Constitución de la República del Ecuador; acogiendo los criterios de la Corte Constitucional emitidos en las sentencias Nos. 609-13- EP/20, 341-14-EP/20 y de fecha 22 de enero del 2020; justifique documentadamente haber realizado las gestiones o diligencias necesarias para tratar de ubicar a la persona demandada, como acudir a los registros de público acceso para obtener la dirección donde deba ser citado.- NOTIFÍQUESE.- GOMEZ GUAYASAMIN DIEGO JUEZ(PONENTE) UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, miércoles 2 de septiembre del 2026, a las 15h27. VISTOS: Dentro de la causa, se tiene: 1) En virtud del juramento rendido por el Dr. Guido Plutarco Toapanta Vilaña en calidad de procurador judicial del señor CARLOS MANUEL TIPAN MUÑOZ el 29 de junio y 26 de agosto de 2026 y en virtud de lo previsto en los Arts. 58 y 56 del COGEP, con un extracto de la demanda de inventario de bienes sucesorios, Auto e calificación de fecha 06 de mayo de 2025 y este auto, CÍTESE a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes MARÍA ELOISA TIPAN AMBATO y SAUL ELICEO TIPANTA TIPAN, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de amplia circulación nacional que se editan en esta ciudad de Rumiñahui. Las personas citadas o cualquier otra que acredite interés jurídico en el asunto, podrán oponerse por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia. La oposición deberá cumplir los mismos requisitos de la contestación a la demanda. 2) Agréguese al proceso el escrito de fecha 27 de agosto de 2026, presentado por el señor CARLOS MANUEL TIPAN MUÑOZ. En atención al mismo, se dispone: OFÍCIESE a la Subsecretaría de Migración a fin que a través del Servicio de Apoyo Migratorio del Ministerio del Interior realice la unificación de movimientos migratorios, mediante la vinculación de identidades del ciudadano ecuatoriano JOSE LUIS TIPANTA PUJOS, con Cédula Nro. 1718440892, hoy ciudadano estadounidense JOSÉ LUIS TIPANTA PUJOS con pasaporte Estadounidense número 548413043.- NOTIFÍQUESE GOMEZ GUAYASAMIN DIEGO JUEZ(PONENTE)

Lo que llevó a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Sangolquí.

ANULACIÓN DE MEMBRESIAS Según lo que establecen los Artículos 57 y 58, Capítulo V del Reglamento Interno General del CLUB CASTILLO DE AMAGUAÑA, se procede a anular las siguientes membresías:

DRA. ROSA GUERRERO CASTRO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDIÇIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y

La Junta Directiva

ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI

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1.

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cho; ese control se hace sobre “actos administrativos”, es decir, decisiones escritas y definitivas de la administración que afectan de algún modo a los intereses de sus destinatarios (sanción, licencia, obras urbanas, expropiación, etc.); también controla otras actuaciones (hechos, contratos), omisiones de la administración: desde el “silencio administrativo”, ficción que sirve para acudir al juez cuando la administración no toma decisión alguna pasado un cierto tiempo desde la solicitud del particular, hasta la “vía de hecho”, que son actuaciones administrativas de hecho que no tienen procedimiento administrativo, como por ejemplo una obra pública, que se apropia de una propiedad privada sin haberla antes expropiado, resuelve litigios derivados de contratos, de servicio público y otras competencias que se señalan en el artículo 217 del COFJ. En el Ecuador, de acuerdo a Patricia Veintimilla Navarrete ( 2013), Ximena Velastegui, Edgar Neira (2016), Nelson López Jácome (2013, 2019), Paul Narváez (2020), el origen de la justicia administrativa, desde fines de diciembre de 1906 y fines de mayo de 1967, es el Consejo de Estado, organismo instituido por nuestras Constituciones; el 18 de marzo de 1968, con la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 1968, se crea el Tribunal Contencioso Administrativo, con jurisdicción, con una sala, integrada por tres magistrados, elegidos por el Congreso. Por reforma constitucional de 1992, publicada en el Registro Oficial 93 del 23 de diciembre se suprime al Tribunal de lo Contencioso Administrativo nacional, creándose en su lugar los tribunales distritales de lo contencioso-administrativo, en Quito, Guayaquil, Cuenca, Portoviejo, Loja, luego se crea en Ambato. En el COFJ (2009) y COGEP (2015), se continua la limitación al acceso a la apelación de las resoluciones y autos definitivos en la justicia administrativa, permitiendo únicamente el recurso de casación para revisarlos.


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QUITO

REVISTA JUDICIAL 04 P QUITO | JUEVES 08/OCTUBRE/2026

la que confluyen por un lado el ejercicio del derecho de acción de las personas, que tiene como finalidad que estos obtengan por parte de las autoridades jurisdiccionales el reconocimiento de sus derechos frente a los particulares y ante el Estado, incluyéndose a los recursos; en la sentencia 16-17-SEP-CC, señala que la falta de motivación puede dar lugar a la nulidad de actos administrativos, lo que a su vez puede ser impugnado a través de recursos horizontales, la motivación es un elemento esencial para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en la administración pública; sin embargo, la realidad es que en los casos contenciosos administrativos la posibilidad de doble instancia está limitada. En el año 2018, se presentó a la Asamblea Nacional del Ecuador, el Proyecto de Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Función Judicial sobre los Tribunales Distritales de lo Contencioso Administrativo y Tributario, que en lo principal pretendía la necesidad de reformar el Código Orgánico de la Fun-

ción Judicial para establecer la existencia de una segunda instancia en materia tributaria y administrativa, buscando así la conformación de jueces de primer nivel y tribunales de apelación, asunto que no prosperó en la agenda legislativa; sin embargo la doctrina Saquetti en Europa actualiza este tema, por lo que debe continuarse con el análisis y estudio en el ámbito académico. Conclusiones En el ámbito procesal, los recursos horizontales se han constituido como herramientas fundamentales para la tutela judicial efectiva y el derecho de impugnación. Los recursos horizontales permiten a las partes que consideran haber sido perjudicadas por una resolución judicial, solicitar que el mismo juez que dictó dicha resolución la revise y eventualmente la modifique, aclare o amplíe, sin necesidad de recurrir a una instancia superior. En contraposición a los recursos verticales, que implican la intervención de un tribunal de jerarquía

superior, los recursos horizontales son instrumentos de corrección dentro de la misma instancia judicial. Los recursos horizontales, como la aclaración y la ampliación, tienen la función de corregir errores en las providencias judiciales sin alterar su esencia. La aclaración procede cuando la redacción de una sentencia es oscura o ambigua, mientras que la ampliación se utiliza para corregir omisiones, como la falta de resolución de algún aspecto esencial del caso (Resumen J). La revocatoria, por su parte, busca que el mismo juez que dictó un auto de sustanciación lo revoque si se ha producido un error. Por otro lado, como lo explica Carlos Ramírez (2024), los recursos verticales, como la apelación y la casación, implican la intervención de un órgano superior que revisa la legalidad de la resolución impugnada. El recurso de apelación es el más común y permite a las partes obtener un segundo juicio en el que se revisan tanto los hechos como el derecho

aplicado; este recurso es considerado un derecho de los litigantes para impugnar decisiones desfavorables, buscando corregir vicios jurídicos en las resoluciones, sin embargo, en la justicia administrativa no existe, lo cual genera un asunto a investigar a profundidad. La justicia administrativa, como dice Narváez (2020), se erige como una herramienta de control de la actividad administrativa que se vincula de modo inescindible con el monopolio que ostenta el Estado en la administración de justicia, que constituye un fin y una garantía que sustenta el pacto social cumplir con este designio implica, como es obvio, transformaciones en la propia estructura y funcionamiento del Estado que se convierte en un ‘Estado jurisdiccional’ debido a la metamorfosis del rol de justiciabilidad de los derechos y, dentro de ellos, el control judicial de los actos del poder público. Ver bibliografía completa en nuestra página web Derecho Ecuador.com

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JUEVES 08 DE OCTUBRE DE 2026

Santo Domingo

Expedición con 0 emisiones en la Antártida La expedición ‘Trineo de Viento Antártida 2026-2027’ recorrerá desde el 18 de octubre 3.400 kilómetros durante 80 días, con 16 proyectos científicos y con un vehículo polar único en el mundo capaz de arrastrar hasta 3 toneladas de peso con cero emisiones. EUROPA PRESS

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