

¡Cuidado con los sacapintas en diciembre!
La temporada navideña y de Fin de Año es propicia para el accionar de los sacapintas, ya que saben que muchas personas cargan plata para realizar compras. La semana anterior robaron 20.000 dólares a una familia que había salido del banco. La Policía Nacional informó que reforzará los operativos para prevenir estos delitos y recomienda a la ciudadanía solicitar resguardo cuando necesite movilizar fuertes sumas de dinero. 03

Vuelve
‘La Espera’: arte y talento en el Mezzanine
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Cooperativa Santo Domingo campeón en Ucotiptsa
Tigrillo Fest: iniciativa gastronómica para fortalecer la identidad local 11 04 02


¿Cuándo procede la acción de protección entre particulares?


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Tigrillo Fest impulsa la identidad gastronómica de Santo Domingo
La iniciativa, respaldada por entidades públicas y privadas, promoverá la cadena productiva del plátano y su valor cultural.
El ‘Tigrillo Fest’ es un festival que alista a Santo Domingo de los Tsáchilas para convertirse en la vitrina que rendirá homenaje al plátano y a la cadena productiva que sostiene uno de los platos más tradicionales del país.
La presentación oficial será el 10 de diciembre, de 18:00 a 21:00, en el centro turístico Mushily , y marcará el inicio de un proyecto que recorrerá varias ciudades del Ecuador.
El festival es impulsado por la empresa privada Wonder Producciones, que eligió a la provincia como punto de partida por su ubicación estratégica. “Lo hemos escogido ya que es el centro comercial del Ecuador, es la unión entre Costa y Sierra”, afirmó Natalia Segura, gerente de la productora.
La edición masiva del evento se desarrollará el 27 de septiembre de 2026, en el parque Jelen Tenka, y también tendrá sedes en Quito, Guayaquil, Cuenca y Zaruma, según adelantaron los organizadores.

GASTRONOMÍA. El tigrillo fue declarado Patrimonio Cultural Inmaterial en 2021.
Identidad gastronómica
El propósito del festival va más allá de la degustación. Judith Vivar, presidenta de Wonder Producciones, explicó que busca “fortalecer la identidad gastronómica, dinamizar la economía y mostrar el bello lugar que es Santo Domingo”.
El origen de esta iniciativa se remonta a una anécdota culinaria que evolucionó hasta convertirse en un proyecto nacional respaldado por el Viceministerio
de Turismo y entidades locales. La articulación público–privada incluye la participación del Gobierno Provincial, Municipio de Santo Domingo, Cámara de Turismo , la academia y empresas privadas. Además, el festival contará con apoyo internacional.
El protagonista es el plátano Aunque el tigrillo, declarado Patrimonio Cultural Inmaterial en 2021, es la estrella de la
propuesta, el festival incluirá toda la gastronomía derivada del plátano verde. Juan Armendáriz, director municipal de Turismo, precisó que “se trabajará con toda la familia: tigrillos, bolones, corviches, absolutamente todo lo que se prepare con este producto”.
La presentación será una muestra preliminar, mientras que el festival del 27 de septiembre presentará zonas de emprendimiento, área pet,
EL DATO
Se invita a emprendedores a sumarse. Quienes deseen participar pueden comunicarse al 0992060822.
espacio familiar, concursos y presentaciones de artistas ecuatorianos. (DLH)
Tertulia navideña invita a compartir historias familiares
La Escuela de Filosofía de Nueva Acrópoli s invita a la ciudadanía a participar de la tertulia ‘Cuéntanos tu historia de Navidad’, el sábado 6 de diciembre, a las 16:00. El evento es abierto al público y se llevará a cabo en sus instalaciones.
A decir de César Ayala, integrante de Nueva Acrópolis, en un ambiente cálido y festivo, compartirán relatos y anécdotas que evocan la memoria de los seres queridos, reconociendo la familia como el primer círculo de aprendizaje y como un vínculo sagrado que los sos-
tiene. Explicó que la tertulia invita a rescatar la tradición oral como un gesto de gratitud y fraternidad, donde cada historia familiar se convierte en un regalo compartido. “Nos recuerda que la verdadera riqueza está en la conexión humana : escuchar, aprender y valorar las experiencias que nos transmiten nuestros abuelos, padres, hijos o tíos en las tradiciones familiares navideñas, a través de los tiempos y de las edades”, sostuvo.
Esta es una invitación a las familias que gustan de recor-
EL DATO
Para solicitar información, puede comunicarse al 0998664790.
dar y compartir sus vivencias navideñas. Más allá de la narración, este encuentro busca fortalecer lazos, inspirar, reflexionar y proyectar la sabiduría familiar hacia la construcción de una comunidad más conectada y consciente. (LMM)

CIUDAD
Operativos se intensifican para frenar a los sacapintas en diciembre
Se refuerza la seguridad cerca de bancos y zonas comerciales para reducir el riesgo de robos durante la temporada de Navidad y Año Nuevo.
Es muy probable que durante diciembre aumenten las estadísticas de robos bajo la modalidad de sacapintas debido a la temporada de Navidad y Año Nuevo. La problemática es a nivel nacional, pero en Santo Domingo de los Tsáchilas ya se implementan estrategias para detectar y neutralizar a las bandas que se dedican a este delito.
Uno de los puntos más vulnerables son las entidades bancarias . Los delincuentes merodean estos lugares y perfilan a las personas que retiran dinero, una práctica frecuente en estas fechas por el incremento de compras.
El comandante Alex Silva informó que, durante este mes, se reforzarán los operativos para contrarrestar a los sacapintas. Una de las acciones será fortalecer la presencia de uniformados cerca a los bancos y otras unidades económicas. También pidió la colaboración ciudadana para que no se exponga a ser blanco de los delincuentes. Recomendó llamar al
ECU – 911 y solicitar resguardo policial para movilizar dinero, servicio que siempre está activo y es gratuito.
No reveló cuántos casos de sacapintas se han registrado durante el 2025, pero aseguró que están trabajando para evitar novedades en esta temporada.
Antecedentes
El último hecho de conmoción ocurrió hace ocho días en el centro de Santo Domingo, a plena luz del día y bajo la mirada de decenas de personas que no pudieron intervenir por temor a los delincuentes armados.
Las víctimas habían retirado 20.000 dólares de un banco y continuaban con sus actividades sin imaginar que eran perseguidos por varios antisociales. El robo duró menos de 20 segundos y quedó grabado; las imágenes se viralizaron a nivel nacional. Se observa cómo el copiloto de una moto abre el vehículo y apunta con un arma de fuego para arrebatar el dinero.

CASO. La semana anterior los sacapintas se llevaron 20.000 dólares en Santo Domingo. El martes 5 de agosto de 2025 también hubo un caso de sacapintas en la calle Río Yanuncay y avenida Abraham Calazacón , punto céntrico de Santo Domingo. La víctima fue el comerciante Fabián Cedeño, oriundo de Nuevo Israel, quien perdió la
vida a consecuencia del disparo que recibió al tratar de evitar el robo. Había retirado una fuerte cantidad de dinero en un banco. Dos de sus atacantes huyeron hacia la vía Las Mercedes, pero minutos más tarde la Policía Nacional los atrapó. (JD)
Los delincuentes suelen infiltrarse en las filas de los bancos para detectar a las víctimas. EL
Aumentan denuncias por tala y poda ilegal de árboles
La tala y poda indiscriminada de árboles en Santo Domingo de los Tsáchilas continúa siendo una preocupación. La dirección municipal de Gestión
Ambiental y Fauna Urbana recibe entre cinco y diez denuncias semanales, una cifra que, según se indica, evidencia una problemática sostenida. Las alertas llegan mediante denuncias dirigidas al Municipio o a través del ECU-911. David Ramache, quien es parte de la dirección municipal, indicó que ningún ciudadano puede intervenir un árbol sin autorización, incluso si está dentro de su propiedad. “La petición es sencilla, se realiza un oficio dirigido al alcalde mencionando el árbol
que necesita una tala o poda”, sostuvo.
Luego, un técnico municipal inspecciona el árbol para determinar si existe riesgo.
Realizar una tala o poda sin permiso implica sanciones administrativas establecidas en la ordenanza 018. Las multas pueden ir desde $141, 30% del salario básico, hasta $1.410, tres salarios básicos, en las infracciones muy graves. La normativa también exige compensación ambiental: por cada árbol talado deben sembrarse diez de la misma especie o de al menos 1,5 metros de altura.
Tala forestal en áreas rurales
Aunque el Municipio tiene competencia en la zona urba-
Las multas por tala o poda no autorizada pueden llegar a $1.410.
na, la tala ilegal en el área rural también es un problema atendido por la Unidad de Protección de Medio Ambiente (UPMA) de la Policía Nacional. El sargento segundo José Luis Gordón explicó que los operativos forestales son permanentes. “Ahora lo tenemos en un porcentaje de un 60% de tala de árboles. Esto se ha frecuentado en la vía Julio Moreno, por El Esfuerzo”, detalló.

CONTROL. Se han retenido vehículos que transportan madera sin documentación autorizada.
Gordón confirmó que, en los controles, se han retenido vehículos que transportaban madera sin documentación
autorizada. “Sí han habido detenciones de carros con productos forestales”, puntualizó. (DLH)
Río Amazonas festeja su aniversario con deporte
El equipo de Bayern Múnich se convirtió en el nuevo monarca del torneo interno de fútbol sala organizado por la cooperativa de taxis Río Amazonas Nº 16 , en Santo Domingo.
Los campeones derrotaron 2 - 0 al representativo de Barcelona FC, partido que tuvo buenas acciones deportivas y que al final se cerró con un estrechón de manos entre los protagonistas.
Durante la actividad futbolera también hubo espacio para un juego amistoso entre socios vigentes y exsocios de la institución, quienes también aprovecharon la oportunidad para recordar muchas anécdotas.
Aniversario
El cierre del torneo fue parte de los festejos por el trigésimo primer aniversario de creación , periodo en el que se han consolidado como una importante entidad del gremio amarillo.
La fecha conmemorativa fue el 2 de diciembre, pero decidieron postergar el festejo para mañana, sábado, con el objetivo de que toda la familia Río Amazonas participe en el homenaje.
A las 07:00 se concentrarán en la sede y realizarán una caravana con sus unidades de taxi hacia el com-

DESTACADOS. Bayern Múnich es el campeón 2025 de la cooperativa Río Amazonas.
Manuel Basurto fue reelegido como presidente y durante esta programación también se posesionará al directorio del periodo 2025 - 2027.
plejo Chigüilpe, ingresando por el kilómetro 7 de la vía a Quevedo, para festejar a lo grande.
La agenda contempla varios puntos, como una misa de acción de gracias, sesión solemne, entrega de la copa Río Amazonas a los campeones del torneo y mucho más. (JD)

AVISO
Se va a proceder al pago de: SEGURO DE CESANTÍA O DEVOLUCIÓN DE APORTES
Del que en vida fue: SGOS. ALVAREZ BELTRAN ANDERSON JAVIER
Quienes se creyeren con derecho a este beneficio, podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de TREINTA (30) DÍAS a contarse de la presente publicación
JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICÍA NACIONAL

ACCIONES. Con buenas participaciones finalizaron las octavas olimpiadas de Ucotiptsa.
Ucotiptsa bajó el telón de sus olimpiadas deportivas
La cooperativa de transporte Santo Domingo se proclamó campeona absoluta de la temporada 2025, con 73 puntos.
Con mucha algarabía y colorido finalizó la octava edición de las olimpiadas deportivas organizadas por la Unión de Cooperativas de Transporte de Pasajeros de Santo Domingo de los Tsáchilas (Ucotiptsa).
Las competencias fueron muy exigentes porque ningún equipo quería dar ventaja en la jornada decisiva, pero finalmente la cooperativa Santo Domingo se proclamó campeona absoluta con 73 puntos. En esta temporada, los socios de este gremio disputaron seis disciplinas deportivas: fútbol, ecuavóley, atletismo, natación, cuarenta y billar.
Fútbol
La cooperativa Santo Domingo alzó la copa de campeones tras superar en la ronda de penales
al representativo de Kennedy. El partido estuvo muy reñido y el tiempo reglamentario terminó 1 a 1. Ambas escuadras saltaron a la cancha para hacer un buen trabajo y alegrar a sus respectivas hinchadas que alentaban desde los graderíos. El tercer lugar fue alcanzado por la cooperativa Zaracay, equipo que superó en penales a Alóag. Mientras que la copa confraternidad se la adjudicó San Jacinto.
Atletismo y otras disciplinas Los participantes corrieron 2.500 metros para poner a prueba sus condiciones físicas. El primer lugar lo ocupó Edgar Álvarez de la cooperativa Santo Domingo; la medalla de plata fue obtenida por Joselo Vélez, de Kennedy; y la presea de bronce le fue entregada a
La cooperativa Santo Domingo es bicampeona de fútbol.
Henry Garófalo, de la Ruta 23. En natación lideró San Jacinto con la participación de Ramón Paredes, quien hizo mejor tiempo en los 50 metros. El segundo puesto ocupó Joselo Vélez, de Kennedy, y el tercero Edgar Álvarez, de Santo Domingo.
En el cuarenta, el campeón de las olimpiadas fue el equipo de la San Jacinto. Mientras que en billar el triunfo le correspondió a Alóag.
Una vez finalizadas las competencias se dio paso al acto de premiación. Byron Pozo, presidente de Ucotiptsa , felicitó a los equipos campeones de las diferentes disciplinas y a los integrantes del gremio por continuar fomentando el compañerismo. (JD)
‘La Espera’ regresa con una puesta en escena que revive el boom cacaotero
La obra, dirigida por William Silva, vuelve al escenario, combinando humor, drama y memoria histórica.
En el teatro Mezzanine, ‘La Espera’ vuelve a cobrar vida. Con luces tenues y una escenografía de época, la obra transporta al público al segundo boom cacaotero del Ecuador, combinando drama y humor en una historia que también habla de persistencia artística.
La pieza, creada hace una década, confirma la vigencia del trabajo escénico dirigido por William Silva, quien además interpreta uno de los papeles principales.
Silva recordó que la obra nació en 2015, inspirada en la influencia europea en la costa ecuatoriana y en relatos antiguos. “Es una historia de ficción que parte de algunos mitos populares, como el del Conde de Mendoza”, explicó. La trama sigue a varios personajes que viven en una espera constante, cada uno desde sus propios anhelos y frustraciones.
Con una trayectoria que incluye el Premio Nacional de Creación Artística en 2015 y una presentación en el Festival Internacional de Artes Vivas de Loja en 2020, ‘La Espera’ se ha consolidado como uno de los proyectos teatrales más sólidos de la ciudad. Pero Silva afirmó que el proceso no ha sido sencillo.
Personajes
El corazón de la obra está en sus personajes. Karla Estrella interpreta a Matilde Astudillo, una hacendada que vive atada al recuerdo de un amor imposible. “Ella se enamora perdidamente de un jornalero llamado Esteban… vive en una fantasía, recordándolo y esperando que él regrese”, narró. Por su parte, Hugo Gutiérrez da vida a Martín, un joven que sueña con conocer Europa para escapar de su realidad. “La espera de Martín es que llegue el momento de conocer Europa y vivir esa vida de la que tanto

EL DATO
La temporada continúa los días 5 y 6 de diciembre en el teatro Mezzanine.
habla el Presidente”, explicó. Este papel, dijo, marcó su ingreso al mundo de la actuación.
El elenco también incluye a Magaly Ortiz como Clara Yela Infante, quien interpreta a un personaje consumido por la frustración, y a Mariano Sotomayor, conocido como Presidente, encarnado por Silva, quien regresa tras una decepción amorosa para construir un espejismo que sabe pasajero.
Necesidad de más teatro Aunque el público ha crecido, los artistas coinciden en que Santo Domingo aún enfrenta limitaciones. Milie Villao, coreógrafa de la obra, señaló que la oferta cultural sigue siendo escasa. Para los actores, el compromiso detrás de una obra teatral es profundo.
“Los ensayos son duros, hay un proceso de concentración intenso”, mencionó Karla Estrella. Hugo Gutiérrez invitó al público a participar: “Experimenten, vengan a ver una obra aunque sea por curiosidad. Lo importante es que la vivan”.
El elenco espera que esta presentación sea una oportunidad para fortalecer el movimiento teatral local. (DLH)

JUNTA DE REMATES DE LA UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS ESPE SEDE SANTO DOMINGO AVISO DE REMATE DE SEMOVIENTES EN SOBRE CERRADO
JUNTA DE REMATES DE LA UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS ESPE SEDE SANTO DOMINGO AVISO DE REMATE DE SEMOVIENTES EN SOBRE CERRADO
La Junta de Remates de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, comunica al público interesado, que el día 17 de diciembre de 2025, a partir de las 12h00, en las Instalaciones de la UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS ESPE Sede Santo Domingo, ubicada en la Hacienda Zoila Luz, vía a Quevedo km 24 margen izquierdo, Santo Domingo – Luz de América, se procederá al remate en sobre cerrado de los semovientes de su propiedad, que se detalla a continuación:
La Junta de Remates de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, comunica al público interesado, que el día 17 de diciembre de 2025, a partir de las 12h00, en las Instalaciones de la UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS ESPE Sede Santo Domingo, ubicada en la Hacienda Zoila Luz, vía a Quevedo km 24 margen izquierdo, Sa nto Domingo – Luz de América, se procederá al remate en sobre cerrado de los semovientes de su propiedad, que se detalla a continuación:
Los interesados deben presentar su oferta por cada lote, sin condiciones, en sobre cerrado y contendrá los nombres, cédula, correo, teléfono del oferente y el 10% del valor ofertado por cada lote, en dinero efectivo o cheque certificado a nombre de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, Sede Santo Domingo, en la oficina de la Tesorería de la sede, en horario de 09h00 a 15h00 horas del 8 al 16 de diciembre de 2025; y, en horario de 08h00 a 11h00 el 17 de diciembre de 2025.
Los interesados deben presentar su oferta por cada lote, sin condiciones, en sobre cerrado y contendrá los nombres, cédula, correo, teléfono del oferente y el 10% del valor ofertado por cada lote, en dinero efectivo o cheque certificado a nombre de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, Sede Santo Domingo, en la oficina de la Tesorería de la sede, en horario de 09 h00 a 15h00 horas del 8 al 16 de diciembre de 2025; y, en horario de 08h00 a 11h00 el 17 de diciembre de 2025.
Presentación de Ofertas: los días 8, 9, 10, 11, 12, 15 y 16 de diciembre desde las 09h00 hasta las 15h00 y el día 17 de diciembre de 2025 desde las 08h00 hasta las 11h00.
Presentación de Ofertas: los días 8, 9, 10, 11, 12, 15 y 16 de diciembre desde las 09h00 hasta las 15h00 y el día 17 de diciembre de 2025 desde las 08h00 hasta las 11h00.
Verificación de los semovientes: 8, 9, 10, 11, 12 y 15 de diciembre de 2025 de 09h00 a 15h00 en las instalaciones de la ESPE Sede Santo Domingo.
Verificación de los semovientes: 8, 9, 10, 11, 12 y 15 de diciembre de 2025 de 09h00 a 15h00 en las instalaci ones de la ESPE
Sede Santo Domingo.
Apertura de sobres: El día 17 de diciembre de 2025, a las 12h00, en el aula No 01 de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, Sede Santo Domingo de los Tsáchilas
El o los adjudicatarios pagarán el saldo del precio en efectivo, transferencia electrónica o cheque certificado, dentro de los 10 días hábiles siguientes de la notificación, luego de lo cual se entregará un ejemplar del Acta de Adjudicación, que servirá de título traslaticio de dominio. La Junta de Remates se reserva el derecho de declarar desierto el Remate.
Apertura de sobres: El día 17 de diciembre de 2025, a las 12h00, en el aula No 01 de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, Sede Santo Domingo de los Tsáchilas
El remate se sujetará a las disposiciones reglamentarias vigentes y podrán intervenir en el mismo, las personas capaces de contratar, personalmente o en representación de otras. No podrán intervenir por sí ni por interpuesta persona, quienes ostenten cargo o dignidad en la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, ni los cónyuges o conviviente en unión libre, ni parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. Las bases del remate, podrán visualizarse en el siguiente código QR o al link que sigue: https://drive.google.com/file/d/1lCZCqq-eQp-d4aBD5EWNHw8fareHaw4Q/view?usp=sharing
El o los adjudicatarios pagarán el saldo del precio en efectivo transferencia electrónica o cheque certificado, dentro de los 10 días hábiles siguientes de la notificación, luego de lo cual se entregará un ejemplar del Acta de Adjudicación, que servirá d e título traslaticio de dominio. La Junta de Remates se reserva el derecho de declarar desierto el Remate.
El remate se sujetará a las disposiciones reglamentarias vigentes y podrán intervenir en el mismo, las personas capaces de contratar, personalmente o en representación de otras. No podrán intervenir por sí ni por interpuesta persona, quienes ostenten cargo o dignidad en la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, ni los cónyuges o conviviente en unión libre, ni parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
LA JUNTA DE REMATE
Las bases del remate, podrán visualizarse en el siguiente código QR o al link que sigue: https://drive.google.com/file/d/1lCZCqq -eQp-d4aBD5EWNHw8fareHaw4Q/view?usp=sharing
OBRA. Diez años celebra la obra ‘La Espera’, galardonada con el Premio Nacional de Creación Artística.
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
Directora Nacional: Gabriela Vivanco Salvador
Editor General: Jean Cano
Editora Santo Domingo de los Tsáchilas: Lorena Melo Mieles
Redacción: santodomingo@lahora.com.ec Publicidad: 099 787 8732 Año: XXVII No. 11.522

GAb Ri E L Vi LLALVA C . Nueva Acrópolis Santo Domingo
Filosofía y juventud
En un mundo marcado por la incertidumbre, la velocidad del cambio y desafíos globales sin precedentes, la juventud enfrenta un escenario complejo que exige herramientas profundas para comprenderse a sí misma y afrontar la realidad con lucidez. En este contexto, la filosofía recupera un papel esencial, no como una disciplina abstracta reservada a las aulas, sino como un arte de vivir. Es dentro de esta perspectiva donde la propuesta filosófica que promueve Nueva Acrópolis adquiere relevancia, al presentar un enfoque práctico, formativo y humanista que resulta especialmente valioso para las nuevas generaciones.
Uno de los aspectos centrales que promueve Nueva Acrópolis es la idea de que la juventud tiene un potencial transformador que puede desarrollarse cuando encuentra principios sólidos que orienten su acción. La filosofía clásica, reinterpretada para un contexto actual, ofrece esas raíces profundas que permiten comprender los valores universales que han guiado a la humanidad: la justicia, la libertad interior, la fortaleza, la búsqueda del conocimiento y el compromiso con el bien común. Estas virtudes, lejos de ser conceptos obsoletos, son brújulas que pueden ayudar a los jóvenes a navegar en un entorno donde las referencias tradicionales parecen haberse diluido.
La filosofía es el núcleo de la formación en Nueva Acrópolis, la cultura y el voluntariado, sus expresiones naturales. A través de ellas, invita a aplicar el pensamiento filosófico en la vida cotidiana, a cultivar la sensibilidad mediante el arte y a desarrollar una conciencia social activa.
En una época donde proliferan la polarización, los discursos de odio y las divisiones ideológicas, aprender a dialogar, a escuchar y a valorar distintas perspectivas es esencial. La filosofía correctamente entendida no impone dogmas, sino que abre caminos para el entendimiento.

Ruby M E NA
E LO
Absurdistán
Una broma de mal gusto pero nadie se ríe. En Absurdistán todo es normal aunque sea inaceptable, y es inaceptable solo cuando ya dejó de sorprender. Aquí la tragedia dura lo que tarda el siguiente escándalo
EDiTORiAL
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
Transparencia en caso HealthBird
El día de la posesión del presidente Daniel Noboa ocurrió un acto inesperado. Su discurso contagió de esperanza al auditorio y también de mucha motivación para seguir con las soluciones a los problemas más graves que tiene el país.
En la intervención del 24 de mayo de este año, dijo, refiriéndose al futuro, que veía a un Ecuador transparente y se comprometió a que esa visión sea transversal en su Gobierno.
Ahora su palabra está a prueba. Durante esta semana el país ha conocido detalles sobre un posible contrato millonario entre CNT y la empresa HealthBird para el agendamiento de citas médicas. La Comisión Nacional Anticorrupción ha comunicado al país que esta unión nace de un proceso de selección de “incierta transparencia” y que esa firma, con sede en Miami,
EE.UU., no contaría con la suficiente experiencia para manejar el agendamiento digital de citas médicas a gran escala.
La Comisión dirigió un oficio a la vicepresidenta María José Pinto, a cargo del ministerio de Salud. Ella ha prometido obtener información y responder a las alertas de ese colectivo ciudadano.
La vicepresidenta Pinto puede dar luces sobre el proceso con HealthBird y si se usó la figura de Régimen Especial, que también ha sido usada para ocultar a beneficiarios en contratos públicos.
El Gobierno no podrá enterrar estos cuestionamientos con declaraciones fugaces en redes sociales. La Contraloría advierte que revisará el proceso. Las autoridades están obligadas a velar por el buen uso de los recursos públicos y más cuando se trata de la salud, una de las más grandes preocupaciones nacionales.

en aparecer en redes. En Absurdistán los sicariatos ya no son noticia, son paisaje. Se comentan como se comenta el clima. “Mataron a otro” suena igual que “va a llover”. Lo escandaloso no es la muerte, sino que ocurra en un barrio “equivocado” o a una persona “importante ”. Cuando el muerto es pobre, la indignación caduca rápido; como todo aquí. La corrupción tampoco escandaliza. Aquí se roba tanto que ya no preguntamos si robaron,
sino cuánto se llevaron. El político corrupto no es una excepción, es el modelo de éxito. Nadie quiere ser honesto; quieren ser impunes. En Absurdistán el problema no es la corrupción, es la falta de cupos para participar en ella. La justicia es otro chiste cruel. No es ciega, es selectiva; castiga al que no tiene apellido, protege al que sí. El pobre va preso por robar pan, el rico sale libre tras robar un país entero. Y el ciudadano aprende que la ley no existe para

Hay palabras que duelen más por su precisión que por su rudeza. “Tara”, por ejemplo, no necesita adornos. Una descripción clínica: defecto físico o psíquico, por lo común importante y de carácter hereditario. Y quizá por eso resulta perfecta para describir el extraño fenómeno que estamos viviendo. La libertad de prensa empieza a ser tratada como un defecto que hay que esconder, corregir o, si es posible, extirpar. Porque la compra de La Posta no fue una transacción comercial normal. Una empresa con activos que no alcanzan consigue, como por arte de magia financiera, reunir millones para quedarse con un medio incómodo. Y todo bajo la mirada serena y aprobatoria del poder.
Más llamativo aún es el desmantelamiento relámpago posterior: fundadores que renuncian, voces que se apagan, programas que se suspenden, redes que de pronto quedan mudas. Mientras tanto, los funcionarios repiten con convicción que la libertad de expresión está garantizada. Claro, siempre y cuando lo expresado no les incomode. Que no se publique algo que complique la agenda, que cuestione la transparencia, que huela a crítica o recordatorio de fallas. Que la prensa hable, pero en voz baja.
Lo inquietante no es solo la compra sospechosa, sino el patrón. Ecuador empieza a mostrar síntomas de alergia a la disidencia. A cada paso se refuerza la idea de que el país debe ser gobernado según la sensibilidad de Danielito, como si la crítica fuera una enfermedad.
Basta ver cómo se responde a cada señalamiento: con enojo, con sarcasmo, con descalificación, con esa necesidad infantil de ganar todas las discusiones sin ofrecer argumentos. Se actúa como si cuestionar fuese un acto de traición, y no una obligación democrática. Como si el derecho a informarse fuese un capricho y no una garantía constitucional.
Pero lo más fascinante es la narrativa oficial que se nos entrega: que no vemos lo evidente, que no entendemos lo obvio, que no reconocemos el olor a censura, aunque nos lo sirvan caliente en la mesa. Y entonces me pregunto: ¿qué supone el gobierno que somos? La RAE define tarado como: “que padece tara física o psíquica”. Sí, eso nos creen: tarados.
todos, solo para los que estorban. Mientras tanto, el pueblo aplaude, se pelea entre sí y defiende políticos como si fueran equipos de fútbol. Aquí la gente se mata por ideologías que ni entiende, pero jamás por derechos que sí necesita. El fanatismo es gratis, la conciencia cuesta, y casi nadie quiere pagarla. Absurdistán también es un país donde se romantiza la pobreza, se culpa al que no progresa y se idolatra al que explota. Si no tienes dinero, “no te esforzaste”. Si te en-
deudas, “no fuiste inteligente”. Si trabajas toda tu vida y no mejoras, “es tu culpa”. Aquí jamás falla el sistema: siempre falla la víctima Y así funciona este circo sin carpa. Un país donde el crimen gobierna, la política actúa y el pueblo obedece. Donde la indignación es temporal, la memoria es corta y la pobreza es hereditaria. Absurdistán no está en el mapa, porque Absurdistán no es un país. Es una forma de vivir… mal.
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS
EXTRACTO JUDICIAL
A LOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA FUE EL SEÑOR: VITERI CASTELLANO CRISTIAN ERNESTO, se le hace saber lo siguiente:
PRENSA:
JUICIO: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA - TIPO DE PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO
CAUSA N° 23201-2025-2545
ACTOR: BASURTO CABRERA MARIA
GABRIELA
DEMANDADO: VITERI CASTELLANO
CRISTIAN ERNESTO Y OTROS CUANTÍA: INDETERMINADA
JUEZ/A: AB. ZAMBRANO VERA NERYS
ORIOL BARTOLO
SECRETARIA: ABG. LIGIA ELENA BAJAÑA MEDINA
PROVIDENCIAS:
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 15/10/2025 12:14 COMPLETAR Y/O ACLARAR LA SOLICITUD Y/O DEMANDA (AUTO DE SUSTANCIACIÓN) VISTOS. MSc. Nerys Oriol Zambrano Vera, avoco conocimiento de la presente causa previo sorteo de rigor, obrante en autos, en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial; en virtud de lo dispuesto en los artículos 167 y 178.3 de la Constitución de la República del Ecuador; artículos 156, 157 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; de la acción de personal N° 2603-DNTH-2019-JT, de fecha 24 de diciembre de 2019, que rige a partir del 1 de enero de 2020; de la resolución N° 109-2018, emitida por el pleno del Consejo de la Judicatura. Intervenga Ab. Ligia Bajaña Medina, en calidad de Secretaria del despacho.- En lo principal: 1.Revisada la solicitud de Autorización de Venta de Bienes de niñas, niños y adolescentes y, de personas sometidas a guarda, se colige que no reúne los requisitos legales, establecidos en el CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS, artículo 142 NUMERAL 13: “Los demás requisitos que las leyes de la materia determinen para cada caso.”. En concordancia del artículo 143 NUMERAL 7 ibídem: “Los demás documentos exigidos por la ley para cada caso.”. En tal sentido la accionante MARIA GABRIELA BASURTO CABRERA, incorpore el Certificado de Identidad y Estado Civil de su persona, así como del extinto señor CRISTIAN ERNESTO VITERI CASTELLANO, actualizados. Que se obtiene de la página web del Registro Civil, Identificación y Cedulación a nivel nacional, conforme establece el artículo 4 numeral 1 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles (LOGIDAC), en cuanto a la vigencia del documento. 2.- Requerimiento que se dará cumplimiento en el término de cinco días, bajo prevenciones legales contempladas en el inciso segundo
del Art. 146 del COGEP.- El decreto se firma electrónicamente por el señor Juez y Secretaria, de acuerdo al Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio.”.-NOTIFÍQUESE. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 30/10/2025 16:45 JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO (AUTO DE SUSTANCIACIÓN) VISTOS: Previo a proveer lo que en derecho corresponda y de conformidad al inciso segundo Art. 56 en concordancia con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, se requiere que MARIA GABRIELA BASURTO CABRERA, comparezca a esta Unidad Judicial el día 06 DE NOVIEMBRE DE 2025, A LAS 14H15 (sala 305, ubicada en el segundo piso de esta Unidad Judicial); a rendir juramento de que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia o domicilio de los demandados herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó VITERI CASTELLANO CRISTIAN ERNESTO (+), para los fines de ley pertinentes.- Téngase en cuenta el domicilio judicial y el correo electrónico que señala para recibir sus notificaciones así como la autorización conferida a la profesional del derecho para su defensa.- Actúe en la presente causa la Ab. Ligia Bajaña en calidad de secretaria de este despacho.Validez de la firma electrónica.- Se pone en conocimiento de las partes procesales que el presente decreto, se encuentra firmado electrónicamente por el señor Juez y Secretaria de este despacho, según lo dispuesto en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que textualmente nos dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio”. Para los fines de ley pertinentes.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 11/11/2025 16:15 CALIFICACIÓN DE SOLICITUD Y/O DEMANDA (AUTO DE SUSTANCIACIÓN) VISTOS: En lo principal: Continuando con la prosecución de la presente causa se dispone: 1).- La demanda de AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE MENOR DE EDAD, presentada por la señora BASURTO CABRERA MARIA GABRIELA, en calidad de representante legal de VITERI BASURTO CHRISTOPHER JESÚS y VITERI BASURTO SANTIAGO GAEL, por reunir con los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, en armonía con lo establecido en el Art. 147 de la misma normativa procedimental- COGEP, se lo acepta a PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO conforme el Art.

335 ibídem.- 2).- CITACIÓN.- 2.1.- En virtud de la documentación que adjunta la accionante, se desprende que la misma comparece en representación de los derechos de los menores VITERI BASURTO CHRISTOPHER JESUS y VITERI BASURTO SANTIAGO GAEL; se insinúa como curadora a la señora VILMA YOLANDA CASTELLANO ARTOS.- 2.2.- En cumplimiento estricto de la tutela judicial efectiva de los derechos y el debido proceso conforme reza en sus Artículos 75 y 76, disposiciones que guardan estrecha relación con la seguridad jurídica prescrita en el Art. 82 y 169 de la Carta Magna; y, velando por el cumplimiento de las disposiciones antes citadas, CÍTESE a GISSELA TATIANA VITERI CASTELLANO y KARINA LISSETH VITERI CASTELLANO, en la dirección indicada en el libelo de demanda, conforme el art. 55 del COGEP, para el efecto remítase las boletas a la oficina de citaciones de esta jurisdicción. La parte actora proporcione las copias necesarias a fin de elaborar los juegos de citación.- 2.3.- En mérito a la afirmación y juramento realizado por la actora, CÍTESE a los PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS de quien en vida se llamó CRISTIAN ERNESTO VITERI CASTELLANO, por la prensa, mediante tres publicaciones a realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Santo Domingo de conformidad con lo previsto en el Art. 56 numeral 1 y Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual por Secretaría se elaborará el extracto correspondiente.- 3).- La prueba documental y testimonial mencionada en la demanda serán consideradas el día de la audiencia que se señalará oportunamente, a la misma que la actora deberá hacer comparecer a las personas enunciadas como testigos.- 4).- Téngase en cuenta la cuan-
tía fijada, el casillero judicial y el correo electrónico que señala para recibir sus notificaciones así como la autorización conferida al profesional del derecho para su defensa.- Actúe en la presente causa la Ab. Ligia Elena Bajaña Medina, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.Validez de la firma electrónica.- Se pone en conocimiento de las partes procesales que el presente decreto, se encuentra firmado electrónicamente por el señor Juez y Secretario de este despacho, según lo dispuesto en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que textualmente nos dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio”. Para los fines de ley pertinentes.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.Particular que pongo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones.- Santo Domingo, a 13 DE NOVIEMBRE DEL 2025.-
Abg. Ligia Bajaña Medina
SECRETARIA
UJFMNA - STO. DGO. Hay firma y sello. P-247545-MIG
REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN SANTO DOMINGO, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS.
EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES JORGE HUMBERTO OLIVA
SUAREZ, OLIVA FIERRO JORGE PATRICIO Y DIEGO FERNANDO OLIVA FIERRO
SE LE HACE SABER: JUICIO ORDINARIO Nº 23331-202303404
ACTOR: LOURDES AGUSTINA GAIBOR
COLOMA
DEMANDADOS: HILDA YOLANDA FIERRO LOZADA,GALO RICARDO OLIVA
FIERRO, MONICA YOLANDA OLIVA
FIERRO, CRISTINA ELIZABETH OLIVA PUERTAS, JORGE ANDRÉS OLIVA PUERTAS y JORGE PATRICIO OLIVA ALVARADO
HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES JORGE HUMBERTO OLIVA SUAREZ, OLIVA FIERRO JORGE PATRICIO Y DIEGO FERNANDO OLIVA FIERRO
CUANTÍA: $ 11.799,00 USD.
JUEZA: AB. KARINA ARACELY
VELÁSQUEZ PURUNCAJA
SECRETARIO: AB. FABIAN BELTRAN
ARMAS
A U T O S: Juicio No. 23331-2023-03404
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN
SANTO DOMINGO. Santo Domingo, martes 5 de agosto del 2025, a las 14h34. VISTOS: En lo principal:Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto que antecede, respecto de la REFORMA a la demanda, se ordena: a.- La citación de los demandados HILDA YOLANDA FIERRO LOZADA,GALO RICARDO OLIVA FIERRO, MONICA YOLANDA OLIVA FIERRO, CRISTINA
ELIZABETH OLIVA PUERTAS, JORGE ANDRES OLIVA PUERTAS y JORGE PATRICIO OLIVA ALVARADO para lo cual, remítase atento deprecatorio virtual a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Quito, provincia de Pichincha, a quien se le ofrece reciprocidad en casos análogos.
a.1.- En mérito de la afirmación y juramento realizado por la parte actora, se dispone citar mediante tres publicaciones a realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes JORGE HUMBERTO OLIVA SUAREZ, OLIVA FIERRO JORGE PATRICIO, DIEGO FERNANDO OLIVA FIERRO, para lo cual el Actuario elaborará el extracto judicial de publicación correspondiente. b.- Al Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado de Santo Domingo, conforme se encuentra dispuesto en la disposición general décima del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, para la citación remítase las boletas a la oficina de citaciones de esta jurisdicción. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de TREINTA DÍAS, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. c.- De conformidad a lo dispuesto en el Art. 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase de la Reforma a la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón. Se requiere a la parte actora se acerque a esta Unidad Judicial a proporcionar las copias necesarias para proceder a elaborar las respectivas boletas de citación. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- VELASQUEZ PURUNCAJA KARINA ARACELY JUEZ(PONENTE) Lo que comunico a usted para los fines legales, se les previene a los demandados de señalar casilla judicial o electrónica para las notificaciones posteriores AB. FABIAN BELTRAN ARMAS SECRETARIO Hay firma y sello P-247550-MIG

Enfrentamiento con secuestradores permitió la liberación de una víctima
La Policía Nacional rescató a una persona que era llevada como rehén por una banda implicada en varios secuestros recientes en Santo Domingo.
Al menos cuatro secuestradores estuvieron a punto de ser detenidos durante una persecución policial en Santo Domingo, pero, con el carro en movimiento, lanzaron a la víctima hacia el patrullero para ganar segundos y escaparon. Ellos mantenían como rehén al conductor de una camioneta que robaron la noche del miércoles 3 de diciembre en un punto de la parroquia rural Valle Hermoso, y fueron descubiertos a medio camino.
La Policía Nacional aún no había recibido la alerta del último caso; sin embargo, ya tenían identificada las características del automóvil que había participado en varios secuestros en los últimos días.
Escaparon Los uniformados detectaron a los delincuentes cuando cir-
culaban por la vía a Quinindé aproximadamente a las 22:30 del miércoles y trataron de detenerlos para hacer un registro, pero los sujetos aceleraron la marcha para avanzar hacia Santo Domingo.En ese momento se inició una persecución.
Los delincuentes llegaron a la cooperativa Mujer Trabajadora y se escudaron en la víctima para frenar la arremetida de los uniformados. Metros más adelante abandonaron el vehículo y se internaron por la maleza. Los gendarmes hicieron una búsqueda minuciosa, pero no los ubicaron, y se presume que durante la huida votaron sus armas de fuego. El hombre secuestrado resultó con heridas leves tras ser lanzado desde el automóvil en movimiento. El carro utilizado por los delincuentes

habría sido alquilado y quedó retenido en el canchón de la Policía Judicial.
Otros secuestros
Durante las últimas horas también se encontraron a dos personas maniatadas en la vía hacia El Placer del Toachi , quienes narraron que habían sido secuestradas en distintos sectores de Santo Domingo.

Hallan fusil, granada y panfletos extorsivos en una
La Policía Nacional allanó una hacienda ubicada en la zona de la comuna Julio Moreno Espinosa, en Santo Domingo, y decomisó armamento letal que presumiblemente pertenecía a una peligrosa estructura delictiva.
El operativo se desarrolló aproximadamente a las 20:00 del miércoles 3 de diciembre, tras varias semanas de trabajo investigativo por parte de agentes especializados. Durante la inspección del predio se logró el decomiso de un fusil con su respectivo car-
hacienda
gador, una pistola marca Glock, un revólver de fabricación nacional, una granada y 87 municiones de diferentes calibres.
¿Vinculados a la extorsión?
Los uniformados también encontraron 36 panfletos amenazantes y que tenía el logo de una organización delictiva que opera en algunas localidades del país.
En el contenido señala que billares, discotecas, centros de tolerancia, locales de celulares y otros negocios tendrán que pagar ‘vacuna’ para trabajar
con normalidad.
Eduardo Ricaurte, jefe policial subrogante en Santo Domingo de los Tsáchilas, confirmó que el operativo no dejó personas detenidas porque se habían marchado antes de la intervención.
Puntualizó que las armas serán sometidas a pericias de criminalística para determinar si han sido utilizadas en actos delictivos y que las investigaciones continúan para evitar que se concreten actos extorsivos contra propietarios de negocios. (JD)
Una de las víctimas fue interceptada cuando se movilizaba en moto por la vía a Puerto Limón, caso que también habría sido cometido por delincuentes que utilizaban un vehículo similar al que quedó retenido tras la persecución.
El conductor de un camión es la cuarta víctima de secuestros en las últimas horas. Fue interceptado por sujetos ar -
EL DATO
Los vehículos de las víctimas no fueron localizados hasta el cierre de esta edición.
mados durante la madrugada cuando circulaba por la vía El Placer del Toachi. (JD)
Dos antisociales
heridos tras enfrentamiento con la Policía
Thomás G., y Jordan M ., resultaron heridos de bala y necesitaron atención médica tras un enfrentamiento con uniformados de la Policía Nacional en Santo Domingo.
Estos hombres son sospechosos de protagonizar un robo a mano armada contra un transeúnte que estaba en las calles Río Yamboya y Rodrigo León Pesántez , en la cooperativa de vivienda 9 de Diciembre.
La novedad se registró aproximadamente a las 05:30 de ayer, jueves 4 de diciembre, y los uniformados desplegaron un operativo para cercar a los antisociales.
Enfrentamiento Félix Solórzano, jefe del Distrito Este, detalló que durante la persecución el personal policial fue apuntado por los sospechosos, lo que obligó a aplicar el uso progresivo de la fuerza.

EVIDENCIAS. La motocicleta y algunas prendas de vestir de los antisociales quedaron en custodia.
Los sujetos terminaron heridos y se solicitó una ambulancia para trasladarlos al hospital Gustavo Domínguez, donde los médicos confirmaron que no habían heridas de gravedad. Hasta el cierre de esta nota no se confirmaba si tenían antecedentes penales. Solórzano informó que la motocicleta no está reportada como robada, pero presumen que ya era utilizada para cometer este tipo de delitos en las amanecidas. (JD)
EVIDENCIA. El fusil, las armas cortas, la granada y panfletos quedaron en cadena de custodia.
OPERATIVO. La Policía retuvo el vehículo involucrado en los secuestros.
¿Cuándo proCede la aCCión de proteCCión entre partiCulares?
Autor: JuAn PAblo MAriño tAPiA
Daño Grave
Este trabajo se centra en la acción de protección cuando proviene de particulares, entonces en primer momento corresponde analizar el daño grave como elemento previsto en el art. 88 de la Constitución de la República del Ecuador, se ha establecido que la acción de protección tiene por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos de los ciudadanos, dicho de otra manera busca prevenir, restituir o reparar la vulneración de derechos, las acciones de protección entre particulares no son tan abundantes como las acciones contra la administración pública de ahí que hay escasa jurisprudencia al respecto, más el daño grave debe ser abordado desde las consecuencias que puede provocar, es decir provocar una vulneración grave, significa que la afectación tendrá efectos permanentes o cuantiosos, lo que eleva el riesgo de las consecuencias de la vulneración irrogada, en este contexto queda al análisis y la subjetividad del juzgador para determinar que la vulneración alegada cuando se trata de relaciones jurídicas entre particulares debe generar gravedad independientemente si se trata de daños materiales o inmateriales, el enfoque del juzgador en una acción de protección entre particulares en primer momento debe centrarse en la consecuencia de la vulneración alegada, a fin de establecer la gravedad en la consecuencia y determinar la necesidad de reparación del daño.
No se puede dejar de lado la eficacia requerida en una acción de protección, más cuando se alegue una vulneración grave a derechos constitucionales, sin dejar de lado la premisa de que la acción proviene de aspectos de índole privado, en donde per se las personas están regidas por la autonomía de su voluntad, más la gravedad de la vulneración es la primera puerta que permite a la administración de justicia constitucional acceder al análisis de circunstancias de derechos que provienen de actos privados, se puede decir que la gravedad del daño permitirá la constitucionalización del derecho privado y por ende dejan al juez constitucional en la posibilidad de proteger, restituir y/o reparar los derechos vulnerados, inclusive dejando sin efectos jurídicos al acto del cual proviene el daño grave.
Servicios públicos impropios: Delegación y Concesión
Ahora, el segundo elemento que permite una acción de protección entre particulares está en dirección a los servicios que puede prestar un particular, es decir cuando una persona –particular- presta servicios públicos impropios se abre la posibilidad de una acción de protección en caso de vulneraciones o riesgos a derechos constitucionales, ya que
este tipo de servicios siguen siendo públicos, por supuesto son prestados por un tercero que está regulado por la administración pública, a lo cual no hace falta mayor análisis, más bien se podría afirmar que en este caso la acción de protección si bien es entre particulares, uno de ellos está prestando un servicio público y de cierta manera actúa revestido de una u otra manera de una potestad desde luego regulada por la propia administración pública, y por ende la relación por antonomasia se torna vertical.
Lo mismo sucede cuando uno de los particulares actúa con delegación o concesión, el Estado y sus instituciones pueden tener delegados para ciertas intervenciones o concesionar, es decir permitir que particulares brinden servicios públicos, más como se dijo anteriormente al final del día es el mismo Estado que actúa representado, o mejor dicho el particular actúa representando o facultado por la propia administración pública para hacerlo, lo que permite concluir que en este caso concreto existe cierta verticalidad en esta relación particular.
Subordinación, indefensión y discriminación
Finalmente, la norma establece como elemento de la acción de protección entre particulares la subordinación, indefensión o discriminación; para analizar estos elementos se partirá por decir que la acción de protección también está diseñada para equilibrar cualquier tipo de relaciones jurídicas de verticalidad, que desemboquen en la vulneración o afectación a algún derecho de los ciudadanos, sin importar que las decisiones puedan emanar de entes públicos o de personas de derecho privado.
Ahora bien, en principio las relaciones jurídicas que se dan entre particulares, son entendidas como relaciones de horizontalidad, porque se presume una igualdad; ya que, aparentemente ninguno tiene un poder de imperio sobre el otro; más bien como ya se dijo, este tipo de relaciones jurídicas vienen dadas en virtud del principio de la autonomía de la voluntad privada y la libertad de contratación, es decir los sujetos intervinientes en la relación jurídica son quienes establecen sus propias normas y reglas a las que deberán someterse, a lo que se conoce como el principio pacta sunt servanda, (el contrato es ley para las partes); más en ciertas circunstancias, previstas en la ley se torna necesaria la “constitucionalización” del derecho privado; y, surge la posibilidad o garantía de la acción de protección contra particulares, que es parte del deber de protección debido a los derechos constitucionales, esta garantía permite al juzgador equilibrar las relaciones de los particulares cuando por alguna circunstancia dejen de ser horizon-
tales y se vuelvan verticales. Si bien pueden aparecer en la constitución del acto jurídico como horizontales o igualitarias, en la producción de efectos o la ejecución del acto, las condiciones pueden cambiar y tornarse verticales, constituyéndose así la acción de protección en un límite, no solo al poder público sino también al poder privado, partiendo de la misma conformación del Estado ecuatoriano, como un estado constitucional de derechos y justicia social, lo que obliga a que toda regulación deba estar acorde a las disposiciones de la Constitución de la República.
La subordinación, indefensión o discriminación, son elementos que precisamente rompen totalmente el esquema horizontal en el que se desarrollan por defecto las relaciones privadas –entre particulares-. Se dice que una persona se encuentra en estado de subordinación, cuando está dependiendo de otra persona que es quien “impone” las reglas de la relación, lo que evidentemente aumenta potencialmente el riesgo de que el subordinado pueda verse afectado en sus derechos constitucionales y por consecuencia la misma posición que ocupa en la relación jurídica –por debajo- lo somete a las decisiones del otro, por más que este último obre en virtud de su propia voluntad, es decir sin investidura potestativa alguna.
La Corte Constitucional en Sentencia 282-13-JP/19, hace mención que una parte de la subordinación es la existencia de una situación de desequilibrio respecto del particular, así considera, entre otras cosas, que el accionado debe encontrarse en una posición de poder frente al accionante y que ésta sea capaz de lesionar sus derechos.
Una de las garantías básicas del debido proceso es el derecho a la defensa, desarrollado a partir del número 7 de Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador, el cual incluye varias garantías para que se cumpla con el referido derecho a la defensa. En principio la defensa establecida como derecho de las personas, tiene un contexto más bien en lo relativo a lo procesal, más en el caso de la acción de protección entre particulares, el concepto de indefensión viene dado a partir de la propia situación jurídica de subordinación, es decir, es esa relación de poder vertical que impide a la persona en principio ejercitar su voluntad propia y luego por sí misma ser capaz de defender sus derechos y evitar vulneraciones, dicho de otro modo es la parte más débil de la relación jurídica, lo que puede desembocar en abusos de quien está en una posición de poder, se diría entonces que está indefenso frente a los posibles abusos y vulneraciones de sus derechos constitucionales, lo que abre el camino para que la administración de justicia defienda los derechos del indefenso. Es menester acotar que se hace referencia a los derechos de índole

constitucional, ya que en muchas situaciones de subordinación existen vías ordinarias para garantizar los derechos de las personas, más se debe entender en el contexto constitucional que brinda la acción de protección, bien sea porque no existe otro mecanismo idóneo establecido o bien el mecanismo existente se torne insuficiente, entonces cuando se trate de derechos constitucionales cabe esta posibilidad de protección.
En tanto a la discriminación como elemento de la acción de protección entre particulares, simplemente hace falta decir que ninguna persona por derecho puede ser tratada de forma diferente por cuestiones de etnia, religión, cultura, etc., pues todas las personas merecemos un trato digno y equitativo, en caso de que en cualquier tipo de relación jurídica sea entre administración pública y particulares o entre particulares, la vulneración de los derechos constitucionales provenga de un trato discriminatorio, es evidente que la administración de justicia constitucional debe evitar, restituir y/o reparar los derechos de quien recibió un trato discriminatorio en menoscabo de sus derechos.
Conclusiones
El trabajo realizado permite concluir que en el Ecuador se permite la acción de protección, con el objeto de garantizar de manera eficaz los derechos constitucionales de las personas, ante posibles vulneraciones, ya sea que dichas vulneraciones provengan de acciones u omisiones de autoridades públicas en ejercicio de sus funciones –administración pública- ya sea provengan de acciones u omisiones entre particulares.
La acción de protección entre particulares tiene sus propios elementos de procedencia establecidos por el art. 88 de la Constitución de la República del Ecuador, los cuales deben ser analizados por el juez constitucional competente en el desarrollo mismo del proceso constitucional, es decir no se puede determinar in lími -
ne la improcedencia de la acción de protección entre particulares, sino es un asunto de fondo que el juez constitucional debe analizar junto con los elementos generales de procedencia de la acción de protección.
Podemos afirmar que la constitucionalización del derecho privado, en los casos de vulneración de derechos constitucionales que no hayan podido ser evitados ni protegidos por el propio ciudadano, sin importar la forma de la relación jurídica en sí, sino los elementos que ella puede presentar, que a la postre determinarán la necesidad de protección por parte del Estado.
Finalmente podemos concluir, que un estado de justicia impera cuando los ciudadanos pueden aplicar de manera eficaz y oportuna las garantías en procura de la protección de sus derechos, como en el contexto pudiendo llegar a impedir la producción de efectos jurídicos provenientes de actos entre particulares, es decir relaciones eminentemente privadas, sin embargo, la esfera constitucional en su espectro garantista limita –en ciertas ocasiones- la voluntad privada.
bibliografía.
BADENI, Gregorio: Instituciones de Derecho Constitucional, Ad-hoc, Buenos Aires, 1997.
ÁVILA, Ramiro: Los Derechos y sus Garantías Ensayos Críticos, Quito, 2012. SACOTO, Sonia; Sujetos de la Relación Jurídica, Loja, 2012. TAMAYO, Javier: De la Responsabilidad Civil, Bogotá, 2020.
QUINTANA, Ismael: La Acción de Protección, Quito, 2020. Compendio de Anexos Derechos y Garantías Constitucionales, Compilados Dr. Jhon Espinosa Villacrés.
Sentencias:
Sentencia No. 284-15-SEP-CC
Sentencia No. 151-15-EP/21
Sentencia No. 051-15-SEP-CC
Sentencia No. 088-13-SEP-CC.
Sentencia 102-13-SEP-CC. Sentencia No. 282-13-JP/19
Normativa:
Constitución de la República del Ecuador. Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.
Código Civil
La Hora Santo Domingo
VIERNES, 05 De DiCiemBRe De 2025
Secuestradores lanzan a la víctima desde un vehículo en movimiento
Varios delincuentes tenían secuestrado a un hombre y, al verse perseguidos por la Policía Nacional, lo lanzaron hacia el patrullero porque sabían que los uniformados frenarían para no atropellarlo. Esto permitió que escaparan por la maleza existente en la cooperativa Mujer Trabajadora. Son buscados, pues también se sospecha que participaron en otros tres secuestros ocurridos durante las últimas horas. 10

Encuentran armas, granada y panfletos amenazantes
Los panfletos advierten que propietarios de billares, discotecas, centros de tolerancia y otros negocios deberán pagar ‘vacuna’. En el operativo se decomisó un fusil, dos armas cortas, municiones y una granada, pero no hubo detenidos.


Enfrentamiento entre delincuentes y policías deja dos heridos
Thomás G. y Jordan M. quedaron heridos tras un asalto ocurrido en Santo Domingo. La Policía Nacional siguió a los sospechosos y, durante el enfrentamiento, se produjeron varios disparos.