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Santo Domingo: 02 de octubre, 2026

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50c incl. IVA VIERNES 02 DE OCTUBRE DE 2026 CRONOS

Camily Zambrano, pequeña deportista que va por medallas a Colombia

Santo Domingo SOCIEDAD

Número de ejemplares: 3.000 Frecuencia de circulación: Semanal Número de edición: 11.727 REVISTA JUDICIAL

La Cruz Roja fortalece Servidores públicos 02 su centro WASH 05 en Ecuador

Refuerzan la captación del río Lelia ante El Niño

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Epmapa refuerza la captación del río Lelia con limpieza del cauce, muros de protección y trabajos de desazolve. La planta Otongo será el respaldo ante una eventual emergencia para evitar afectaciones al servicio. Mientras tanto, sectores como Los Unificados todavía reciben agua pasando un día. 03 P-248105-MIG

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CRONOS 02

SANTO DOMINGO VIERNES 02/OCTUBRE/2026

Camily Zambrano lleva el nombre de La Concordia al ring internacional La deportista representará a Ecuador en un campeonato internacional de Kick Boxing que se desarrollará en Cartagena, Colombia. Se prepara con la meta de dejar en alto el nombre del país y regresar con varias medallas.

Con apenas nueve años, Camily Zambrano Briones se prepara para asumir uno de los retos más importantes de su corta trayectoria deportiva. La niña representará a Ecuador en el campeonato internacional de Kick Boxing de la World Kickboxing Federation (WKF), que se desarrollará en Cartagena, Colombia, del 19 al

PROMESA. Camily se prepara para representar a Ecuador en el campeonato internacional de Kick Boxing.

24 de octubre. Su participación es motivo de orgullo para los habitantes de La Concordia, donde Camily ha construido su camino deportivo demostrando talento, disciplina y rapidez en cada competencia.

Desde 2025 practica Kick Boxing y entrena de manera permanente en la academia Escorpión, bajo la dirección del sensei Alexis López. Su esfuerzo ya ha dado resultados, pues ha participado en diferentes torneos a escala na-

EL DATO El campeonato internacional se realizará del 19 al 24 de octubre en Cartagena, Colombia. Apoyo Para cumplir este sueño deportivo, la familia de Camily asumirá los gastos del viaje y la estadía en Colombia. Sin embargo, su padre, Alex Zambrano, hace un llamado a autoridades, instituciones y empresarios que deseen sumarse y apoyarla en esta experiencia internacional. Las personas interesadas en contribuir pueden comunicarse al 095 976 2760. (JAR)

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cional, donde ha conseguido triunfos gracias a su técnica y velocidad. Ahora el desafío será internacional. Camily competirá en la categoría infantil, en las modalidades Point Fighting, Kick Light y Semi Contact, frente a deportistas de aproximadamente 17 países que estarán presentes en este campeonato. La pequeña estudia en la unidad educativa Luis Vargas Torres y asegura que está concentrada en sus entrenamientos para llegar en las mejores condiciones a la competencia. Su objetivo no es únicamente participar. Camily quiere dejar en alto el nombre del Ecuador y regresar con más de una medalla. “No solo quiero traer una medalla al país, sino varias”, expresó.

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Epmapa refuerza la captación del río Lelia ante posibles crecidas La empresa ejecutó trabajos de desazolve y reforzó estructuras para reducir el riesgo de afectaciones en el suministro de agua durante la temporada lluviosa. Las posibles crecidas del río Lelia durante el fenómeno de El Niño mantienen activa la planificación de la Empresa Pública Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (Epmapa) de Santo Domingo. Nino Sánchez, gerente de la entidad, explicó que se ejecutaron trabajos de limpieza integral del cauce y reforzamiento en la zona de captación, con el objetivo de que, ante una eventual crecida, el agua avance con normalidad y se reduzca el riesgo de que el arrastre de sedimentos y palizadas obligue a suspender el tratamiento y, con ello, el suministro para la ciudad. Durante dos semanas, cuadrillas y maquinaria pesada trabajaron en el desazolve del cauce para retirar sedimentos acumulados. A estas labores se sumó el reforzamiento del muro de contención de la toma de captación y la construcción de un muro de gaviones para proteger el reservorio de la planta potabilizadora. “El reservorio tiene una capacidad de 20.000 metros cúbicos y las obras buscan reducir el riesgo de afectaciones ante posibles deslizamientos” sostuvo Sánchez. Para estas labores se utilizó

una excavadora donada por el Municipio y rehabilitada por Epmapa. La empresa prevé incorporar un hidrosuccionador y una nueva excavadora entre diciembre y enero, con el propósito de fortalecer su capacidad operativa.

Otongo, como respaldo Ante una eventual emergencia en la planta de captación, se mantiene como alternativa la planta Otongo. Esta infraestructura representó una inversión cercana a 26 millones de dólares, entre crédito y contraparte. Sánchez señaló que una eventual limpieza de la captación podría ejecutarse en un periodo de entre ocho y 12 horas, sin que necesariamente se suspenda el servicio. “Otongo está funcionando al 50% de su capacidad y, en una emergencia, podemos duplicar el caudal producido”, indicó. Esta infraestructura se mantiene como respaldo para las aproximadamente 80.000 cuentas activas que registra la entidad en el cantón.

Intermitencia en algunos sectores Mientras la Epmapa prepara su sistema para la tempora-

PREVENCIÓN. Epmapa ejecutó trabajos de desazolve y reforzamiento en la captación del río Lelia para reducir el riesgo de afectaciones durante la temporada lluviosa.

da lluviosa, en la cooperativa Los Unificados los moradores reportan que actualmente reciben agua pasando un día. Lucía Campos, moradora del sector, señaló que no tiene cisterna. “Antes el agua venía todos los días y tememos que con El Niño empeore”, manifestó. Maribel Bonilla recordó que el sector ya atravesó periodos de racionamiento y expresó su preocupación ante la posibilidad de que esta situación vuelva a repetirse durante la temporada de lluvias.

Respecto a los sectores que todavía reciben agua pasando un día, Sánchez sostuvo que la intermitencia está relacionada con los trabajos de sectorización, cuyo proceso ya se encuentra en el portal del Sercop, con un presupuesto referencial de 800.000 dólares. El proyecto contempla separar las redes de distribución de ambas plantas para mejorar el abastecimiento. “Otongo va a abastecer a la zona baja de Santo Domingo y la parte alta con la planta de Lelia. Esto va a garantizar que,

EL DATO Epmapa registra aproximadamente 80.000 cuentas activas en Santo Domingo y mantiene la planta Otongo. desde el próximo año, cuando terminen los trabajos, que durarán de tres a cuatro meses, la mayor parte de la población tenga acceso 24/7”, puntualizó el funcionario. (DLH)

Fiesta de la cerveza artesanal más grande del año llega a Santo Domingo Santo Domingo se prepara para vivir una jornada diferente con el Oktoberfest, la Fiesta de la Cerveza Artesanal, un evento que reunirá gastronomía, música, tradición y una variedad de bebidas. La actividad se realizará mañana, sábado 3 de octubre, desde las 10:00, en la explanada Zaracay, ubicada en la avenida Quito, junto al parque de la Juventud. El ingreso será gratuito. Durante la jornada se podrán degustar más de 30 variedades de cerveza artesanal,

entre rubias, rojas, negras y especiales. La propuesta también incluye platos gastronómicos desde cinco dólares, con diferentes opciones para acompañar la experiencia. La música en vivo será parte de la programación, al igual que juegos, competencias y dinámicas con la participación del público. Además, el encuentro tendrá un espacio dedicado a la cultura y tradición alemana, característica de este tipo de celebraciones. Uno de los momentos previstos será la elección del Rey

EL DATO La Fiesta de la Cerveza Artesanal tendrá entrada gratuita y se desarrollará desde las 10:00 en la explanada Zaracay. y la Reina del Oktoberfest, actividad que se sumará al ambiente festivo que busca reunir a familias y grupos de amigos. (LMM)

PROPUESTA. Más de 30 variedades de cerveza serán parte del evento.


Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.

Gabriel Villalva C.

Nueva Acrópolis Santo Domingo

El arte de enseñar a vivir

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nseñar no puede consistir únicamente en transmitir conocimientos. Desde la perspectiva de la Filosofía Acropolitana, educar es algo mucho más profundo y grande, es educir, hacer salir, hacer brotar esa naturaleza interna que subyace en cada uno de nosotros como seres humanos, implica acompañar al ser humano en ese descubrimiento de sí mismo, en el desarrollo de sus capacidades y en la construcción consciente de su propia vida. Por eso, la verdadera educación no se limita a llenar la mente de información: busca, sobre todo, formar seres humanos capaces de ser fieles a sí mismos, de pensar con libertad, sentir con profundidad y actuar con un sentido de trascendencia, tal que deje en clara evidencia cuando los pies comienzan a arrastrar y enredarse en la búsqueda de los acomodos de la personalidad. El docente ocupa un lugar fundamental en este proceso. Su labor no consiste solamente en explicar una materia, sino en despertar en el estudiante el deseo de aprender y de comprender. El maestro puede enseñar matemáticas, historia, literatura o ciencias, pero si no existe en él un poco de esa altura a la que pretende elevar a sus estudiantes, si no hay un poco de coherencia, un poco de honestidad, un poco de amor por lo que hace; su paso, en lugar de ser huella indeleble en el alma, será un vano recuerdo, una evidencia triste de quienes fueron vencidos por la comodidad o de quienes ni siquiera lo intentaron. El maestro, entonces, no es quien camina delante de sus alumnos para indicarles exactamente hacia dónde deben ir, sino quien les ayuda a desarrollar las herramientas necesarias para encontrar su propio camino. Su autoridad nace menos de lo que sabe que de la coherencia entre aquello que enseña y aquello que vive. Finalmente, Leonardo da Vinci diría: “Hay del maestro que no enseñe a su discípulo para que éste lo supere”.

Ruby Mena Melo @withlur.ruby

Gran apagón mental

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lgún día quedará una última persona que sepa leer. No porque hayan desaparecido los libros, ni porque alguien haya decidido quemarlos, sino porque habremos conseguido algo mucho más eficiente, convencer a la huma-

Directora Nacional: Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editora Santo Domingo de los Tsáchilas: Lorena Melo Mieles Redacción: santodomingo@lahora.com.ec Publicidad: 099 787 8732 Año: XXVII No. 11.727

Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

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OPINIÓN 04

SANTO DOMINGO VIERNES 02/OCTUBRE/2026

Cristian Vaca Ortega

editorial

cristianvaca96@gmail.com

D de demagogia

Prevención para El Niño H

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l fenómeno de El Niño ya afecta a Ecuador y las alertas, pese al esfuerzo de las autoridades, no han sido suficientes para que el país esté preparado. En Esmeraldas, Los Ríos, Azuay y Guayas, ya se sienten los efectos de las lluvias. En Quinindé, por ejemplo, los habitantes tuvieron agua hasta el cuello. La Secretaría de Riesgos ha registrado 168 eventos por lluvias, entre estos 30 en Esmeraldas, 14 en Manabí, 10 en Guayas. Aunque el Gobierno encendió las alertas para que el país se aliste, los ecuatorianos creen que los problemas que afectarán mayormente por las lluvias son las inundaciones, los derrumbes, los problemas en las carreteras, los daños en las viviendas y los cortes de luz, según la última encuesta de Click. Es más, un 14% señaló que no han tomado ninguna medida de prevención.

nidad de que ya no los necesita. ¿Para qué leer cuatrocientas páginas si una inteligencia artificial puede resumirlas en diez líneas? ¿Para qué estudiar historia si puede explicarnos siglos enteros en segundos? ¿Para qué aprender a escribir si puede hacerlo por nosotros? La ignorancia del futuro no tendrá cara de ignorancia, tendrá internet, teléfonos inteligentes, acceso ilimitado a información y una respuesta inmediata para absolutamente todo. Será una ignorancia con buena ortografía, una ignorancia capaz

Los consultados creen que las autoridades deben adoptar tres acciones fundamentales para reducir los posibles efectos de El Niño. Uno, limpiar las alcantarillas, quebradas, ríos y desagües. Dos, realizar obras para evitar inundaciones o deslizamientos. Y tres mejorar las alertas de emergencias. El Gobierno y los municipios, ante la realidad, deben contar con un mecanismo masivo de comunicación para que los ecuatorianos conozcan qué deben esperar y cómo deben actuar ante emergencias. El riesgo es que se pierdan vidas por desconocimiento. Las autoridades estatales pueden evaluar usar cadenas nacionales para informar a la ciudadanía sobre la situación y la prevención. Según Click, 48% ha escuchado algo sobre los efectos de El Niño, un 22% poco y un 7% nada. Eso puede cambiar.

de citar autores que jamás leyó, discutir teorías que jamás estudió y defender opiniones que ni siquiera sabe explicar. Y probablemente será considerada más eficiente que la gente que todavía se toma el tiempo de investigar. Lo llamaremos progreso, naturalmente. Porque admitir que hemos perdido una capacidad siempre resulta menos agradable que ponerle un nombre moderno. Y lo más absurdo será que seguiremos creyendo que somos más inteligentes que las gene-

raciones anteriores. Tenemos máquinas capaces de escribir novelas, resolver problemas, traducir idiomas, analizar millones de datos y responder preguntas complejas. Nosotros solo tendremos que presionar un botón. Qué extraordinario avance, construimos herramientas para ampliar nuestras capacidades y terminamos utilizándolas para no desarrollar ninguna. Por eso la última persona que sepa leer no será necesariamente la más culta. Será simplemente alguien que todavía entienda que el conocimiento no consiste

ay palabras que durante una campaña electoral adquieren propiedades mágicas. Una de ellas es ‘gratis’. Qué palabra tan hermosa. Una de las grandes propuestas para Santo Domingo es una clínica veterinaria gratuita desde la Prefectura. Y uno, que tiene la desgracia profesional de ser veterinario, no puede evitar levantar una ceja. No porque los animales no importen. Todo lo contrario, importan muchísimo. Precisamente por eso resulta preocupante que la medicina veterinaria termine convertida en accesorio de campaña. La propuesta viene de ADN y tiene como protagonista a Wilson Erazo, nuestro muy poco querido (ex)alcalde destructor. Llega con una vieja idea municipal, cambia el membrete y la presenta como novedad. Pero conviene recordar que, en julio de 2024, medios locales recogieron denuncias sobre las campañas municipales de esterilización. Procedimientos relacionados con asepsia, manejo de los animales y condiciones de recuperación; se difundieron imágenes sobre animales aparentemente conscientes durante procedimientos y pacientes recuperándose en el suelo Y, como veterinario, ahí es donde la propuesta deja de ser graciosa y comienza a ser preocupante. Porque una esterilización no es una actividad de entretenimiento comunitario. Es cirugía. Y la cirugía veterinaria, sigue siendo cirugía. Por eso resulta tan curioso que quienes ayer hablaban solo de esterilizaciones hoy quieran hablarnos de una clínica veterinaria gratuita. Un sistema sanitario serio no presume únicamente de cuántos pacientes atendió; también responde por cómo los atendió, con qué protocolos, con qué medicamentos, con qué profesionales, bajo qué condiciones y con qué seguimiento. Si vamos a convertir la medicina veterinaria en política pública, perfecto. Hablemos entonces de medicina veterinaria. Hablemos de bioseguridad, anestesia, manejo del dolor y bienestar animal. Hablemos de todo aquello que no cabe tan fácilmente en un afiche electoral. Y si todavía alguien quiere preguntarme qué pienso de semejante ocurrencia, pues, es un despropósito, con D de demagogia, D de Danielito, y, D de destructor.

en tener una respuesta disponible, sino en desarrollar la capacidad de buscarla, cuestionarla y comprenderla. La humanidad habrá conseguido algo que parecía imposible, tener acceso a todo el conocimiento del mundo y ser demasiado floja para leerlo. Pero no hay problema. Si alguien pregunta cómo llegamos hasta ahí, siempre podremos preguntarle a la inteligencia artificial. Seguramente tendrá una respuesta. Y, por supuesto, nosotros no tendremos que leerla.


05 SOCIEDAD SANTO DOMINGO VIERNES 02/OCTUBRE/2026

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Centro WASH se fortalece en San Jacinto del Búa

El espacio fue repotenciado para apoyar la atención de emergencias relacionadas con el acceso a agua segura y movilizar equipos especializados a diferentes zonas del país. Contar con agua segura es una necesidad fundamental durante una emergencia. Por ello, la Cruz Roja Ecuatoriana busca fortalecer su capacidad de respuesta desde Santo Domingo de los Tsáchilas, con la reinauguración del Centro Nacional de Formación en Agua, Saneamiento e Higiene (WASH), ubicado en la parroquia San Jacinto del Búa. El acto incluyó el corte de cinta de reapertura y la develación de una placa, que mar-

can una nueva etapa para este espacio destinado a la preparación y atención de situaciones que puedan afectar el acceso a agua segura. Cristian Zambrano, presidente de la Junta Provincial de la Cruz Roja, explicó que la repotenciación del centro fue posible gracias al apoyo de la Federación Internacional de la Cruz Roja y Media Luna Roja, a través del proyecto ‘Llamamiento de Emergencias’.

AUTORIDADES. Participaron de la reinauguración del Centro Nacional WASH, en San Jacinto del Búa.

Destacó que la ubicación del centro representa una ventaja estratégica, pues desde San Jacinto del Búa se pueden movilizar equipos y recursos hacia distintos puntos del país cuando se presentan emergencias relacionadas con agua, saneamiento e higiene. Como parte de esta capacidad de respuesta, recordó la participación de equipos especializados en situaciones como el derrame de petróleo registrado en Esmeraldas y el desabastecimiento de agua en Quito, donde se brindó atención a las poblaciones afectadas.

Apoyo Renato Zambrano, presidente del Gobierno Parroquial de San Jacinto del Búa, resaltó la impor-

EL DATO Las personas interesadas pueden obtener información comunicándose al 099 866 4790.

EDUCACIÓN. El conversatorio busca reflexionar sobre el papel del docente en la formación y la transmisión de valores.

Conversatorio analiza el papel del docente en la educación El papel que cumple el docente en la formación de las nuevas generaciones será analizado durante el conversatorio ‘El papel del docente en el arte de enseñar a vivir’, organizado por la Escuela de Filosofía de Nueva Acrópolis, para el viernes 2 de octubre, a las 19:00,

en sus instalaciones. La actividad gratuita se desarrolla en el marco del Día Mundial del Docente, que se conmemora cada 5 de octubre, y busca generar un espacio de reflexión sobre la finalidad de la educación y la importancia de quienes tienen la responsa-

bilidad de acompañar el proceso de formación. Durante el encuentro se abordarán temas relacionados con el desarrollo integral del ser humano, la convivencia y la transmisión de valores. También se destacará el ejemplo como una de las principales herramientas que tiene el docente para inspirar y orientar a sus estudiantes. La invitación está dirigida a maestros, instructores, profesores y demás profesionales vinculados con la enseñanza, especialmente a quienes consideran la educación como una vocación y buscan nuevas herramientas para fortalecer su labor. (LMM)

tancia de que la Cruz Roja mantenga presencia en el territorio. Especificó que el espacio donde funciona el centro permaneció anteriormente sin uso y fue entregado en comodato a la institución, lo que permitió darle una utilidad relacionada con la atención humanitaria. El objetivo también es acercar a la población conocimientos para el cuidado y autocuidado del agua, mediante capacitaciones, actividades de sensibilización y preparación ante posibles emergencias. Roque Soria, presidente nacional de la Cruz Roja Ecuatoriana, destacó el valor humanitario y operativo del centro, así como la experiencia acumulada durante diferentes emergencias.

EL DATO Durante la jornada se realizó una demostración práctica del funcionamiento de una planta de tratamiento de agua para la atención de emergencias. Señaló que disponer de capacidades WASH permite fortalecer la respuesta y articular acciones con comunidades, autoridades y organizaciones aliadas, con el propósito de contribuir a la protección de la vida, la salud y la dignidad de las personas. (LMM)

Poetas de Santo Domingo participan en convención nacional Santo Domingo de los Tsáchilas estará presente en la IV Convención Nacional de Poetas y Escritores, un encuentro cultural organizado por ‘Tejiendo Culturas’ del Ecuador, junto con la Sociedad Literaria de Pastaza. La actividad se desarrollará del 2 al 3 de octubre, en Puyo, provincia de Pastaza, y reunirá a poetas, escritores, artistas plásticos y gestores culturales de diferentes provincias del país. En esta edición, la delegación santodomingueña estará representada en el ámbito literario por los poetas Biviana Echeverría y Víctor Ramos, quienes participarán en

REPRESENTANTES. Poetas de Santo Domingo asistirán al encuentro cultural.

las actividades programadas durante la jornada. A esta representación se suma una muestra de artes plásticas conformada por 16 obras bajo el título ‘Pintamos el Tejido cultural’, que estará a cargo de los artistas Karol Navarrete, Natalia Ferreira y Luis Escobar Díaz. La participación busca visibilizar el talento artístico y literario de Santo Domingo de los Tsáchilas y fortalecer los espacios de intercambio cultural a escala nacional.(LMM)


VIERNES, 02 de OCTUBRE de 2026 La Hora Santo Domingo

es una edición de diario la hora

http//www.derechoecuador.com

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SERVIDORES PÚBLICOS EN ECUADOR

Autor: Msc. Luis Alejandro Vásquez Reina

“El servicio público es la más noble de las vocaciones, si se ejerce con integridad y responsabilidad.” Theodore Roosevelt En nuestro país se ven noticias sobre cómo las instituciones se han contaminado por varios elementos que desnaturalizaron el servicio público; muchas personas han venido con una visión errónea de qué significa servir a una institución, demostrando que persiguen intereses personales, conflictos de intereses e incluso actos de corrupción que dejan mucho que decir, porque evidenciamos que no existe un compromiso de servicio, sino que pretenden sacar ventaja de un cargo público. La Constitución de la República del Ecuador en su artículo 229 señala: Serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público. Los derechos de las servidoras y servidores públicos son irrenunciables. La ley definirá el organismo rector en materia de recursos humanos y remuneraciones para todo el sector público y regulará el ingreso, ascenso, promoción, incentivos, régimen disciplinario, estabilidad, sistema de remuneración y cesación de funciones de sus servidores. Las obreras y obreros del sector público estarán sujetos al Código de Trabajo. La remuneración de las servidoras y servidores públicos será justa y equitativa, con relación a sus funciones, y valorará la profesionalización, capacitación, responsabilidad y experiencia. Es importante tener en cuenta que los derechos son irrenunciables, pero también existen prohibiciones que el art. 230 ut supra destaca: 1.Desempeñar más de un cargo público simultáneamente, a excepción de la docencia universitaria siempre que su horario lo permita. 2.El nepotismo. 3.Las acciones de discriminación de cualquier tipo. Existen varios ejemplos de cómo varias personas han ignorado la prohibición del pluriempleo, queriéndose encontrar en varios roles a la vez para demostrar poder e incluso que están por encima de la norma expresa; situación que llama la atención y que va en contra de las prohibiciones para los servidores públicos. Sin embargo, siempre habrá personajes que quieran sorprender al pueblo, que está pendiente de estas novedades. Por otro lado, existen familias enteras trabajando en una misma institución que han ingresado sin concurso de méritos y oposición; y, finalmente, los actos de discriminación que se evidencian cuando grupos de atención prioritaria visitan instituciones públicas donde son maltratados de forma abusiva por parte de ciertas personas que quieren tratar mal al usuario. El art. 2 de la Ley Orgánica de Servicio Público señala: El servicio público y la carrera administrativa tienen por objetivo propender al desarrollo profesional, técnico y personal de las y los servidores públicos, para lograr el permanente mejoramiento, eficiencia, eficacia, calidad, productividad del Estado y de sus instituciones, mediante la conformación,

el funcionamiento y desarrollo de un sistema de gestión del talento humano sustentado en la igualdad de derechos, oportunidades y la no discriminación. El Estado, a través de sus diferentes funciones, debe velar por que se cumplan sus fines y cada servidor público debe operar en pro de esos principios que se manejan en la administración pública. Esto no puede ser una serie de enunciados, sino que debe ser el punto de partida de toda persona que ingresa al sector público a cumplir con sus funciones. Además, ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones o por omisiones, y serán responsables administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos. Dentro de la Ley Orgánica de Servicio Público, en su artículo 24, se prohíbe a las servidoras y los servidores públicos lo siguiente: a) Abandonar injustificadamente su trabajo. b) Ejercer otro cargo o desempeñar actividades extrañas a sus funciones durante el tiempo fijado como horario de trabajo para el desempeño de sus labores, excepto quienes estén autorizados a realizar sus estudios o a ejercer la docencia en las universidades e instituciones politécnicas del país, siempre y cuando esto no interrumpa el cumplimiento de la totalidad de la jornada de trabajo o en los casos establecidos en la presente Ley. c) Retardar o negar de forma injustificada el oportuno despacho de los asuntos o la prestación del servicio a que está obligado de acuerdo con las funciones de su cargo. d) Privilegiar en la prestación de servicios a familiares y personas recomendadas por superiores, salvo los casos de personas inmersas en grupos de atención prioritaria, debidamente justificadas. e) Ordenar la asistencia a actos públicos de respaldo político de cualquier naturaleza o utilizar, con este y otros fines, bienes del Estado. f) Abusar de la autoridad que le confiere el puesto para coartar la libertad de sufragio, asociación u otras garantías constitucionales. g) Ejercer actividades electorales, en uso de sus funciones o aprovecharse de ellas para esos fines. h) Paralizar a cualquier título los servicios públicos, en especial los de salud, educación, justicia y seguridad social; energía eléctrica, agua potable y alcantarillado, procesamiento, transporte

y distribución de hidrocarburos y sus derivados; transportación pública, saneamiento ambiental, bomberos, correos y telecomunicaciones. i) Mantener relaciones comerciales, societarias o financieras, directa o indirectamente, con contribuyentes o contratistas de cualquier institución del Estado, en los casos en que el servidor público, en razón de sus funciones, deba atender personalmente dichos asuntos. j) Resolver asuntos, intervenir, emitir informes, gestionar, tramitar o suscribir convenios o contratos con el Estado, por sí o por interpuesta persona u obtener cualquier beneficio que implique privilegios para el servidor o servidora, su cónyuge o conviviente en unión de hecho legalmente reconocida, sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. Esta prohibición se aplicará también para empresas, sociedades o personas jurídicas en las que el servidor o servidora, su cónyuge o conviviente en unión de hecho legalmente reconocida, sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad tengan interés k) Solicitar, aceptar o recibir, de cualquier manera, dádivas, recompensas, regalos o contribuciones en especie, bienes o dinero, privilegios y ventajas en razón de sus funciones, para sí, sus superiores o sus subalternos; sin perjuicio de que estos actos constituyan delitos tales como: peculado, cohecho, concusión, extorsión o enriquecimiento ilícito. l) Percibir remuneración o ingresos complementarios, ya sea con nombramiento o contrato, sin prestar servicios efectivos o desempeñar labor específica alguna, conforme a la normativa de la respectiva institución. m) Negar las vacaciones injustificadamente a las servidoras y servidores públicos. n) Suspender el trabajo, salvo el caso de huelga declarada de conformidad con las causales, requisitos, procedimiento y las condiciones previstas en la Constitución de la República y esta Ley. ñ) Generar actos de violencia y acoso laboral. o) Tener bienes o capitales, de cualquier naturaleza, en paraísos fiscales. p) Atentar contra los derechos de alguna servidora o servidor de la institución mediante cualquier tipo de coacción, acoso o agresión (incluyendo toda forma de acoso laboral motivado por discapacidad o el padecimiento de enfermedades catastróficas, raras, huérfanas o de alta complejidad, manifestado en conductas de hostigamiento, intimidación, humillación, desprecio o

amenaza), con el fin de que la persona afectada se desvincule de su puesto de trabajo o se sienta intimidada por recibir sus tratamientos médicos, siendo estas acciones dirigidas a una compañera o compañero de trabajo, a un superior jerárquico mediato o inmediato, o a una persona subalterna. q) Las demás que establezca la Ley. En la práctica vemos que las prohibiciones en las que más incurren los servidores públicos son las siguientes: Retardar o negar de forma injustificada el despacho de los asuntos o la prestación de servicios, ordenar la asistencia a actos públicos de respaldo político, ejercer actividades electorales en uso de sus funciones y otras prácticas graves que la misma ley señala de forma clara. Actualmente, contamos con la Política Nacional de Integridad Pública 2024-2030, en la cual se debe tener en cuenta que avanzar en la cultura de la integridad y la legalidad, así como el fortalecimiento de la función pública, hace imperiosa la necesidad de contar con valores, principios, técnicas y normativas de intervención en la gestión ética que sirvan de guía, donde prime un buen gobierno para los diferentes actores sociales, políticos y estatales; el respeto a la civilidad, a la vida en común y a la legalidad, fomentando la construcción de la convivencia ciudadana, el bienestar colectivo, la prosperidad y el fortalecimiento de la democracia. Dentro de los compromisos de las instituciones y servidores públicos están los siguientes: a)Fomentar el buen trato y respeto en las relaciones entre servidores y autoridades. b) Valorar la diversidad y rechazar la discriminación en cuanto a personas y opiniones. c) Repudiar todo tipo de conducta de acoso sexual. d) Rechazar el acoso laboral y cualquier otro acto que afecte la dignidad de los servidores. e) Fomentar el trabajo en equipo y colaboración para cumplir con los objetivos de la institución. f) Promover la transparencia de la información laboral de los servidores públicos. g) Impulsar la seguridad laboral y salud ocupacional. h) Rechazar todo tipo de acciones reñidas con la ética y la integridad. i) No incurrir en nepotismo o pluriempleo. j) Fomentar el desarrollo profesional y reconocimiento de los servidores, con capacitaciones continuas y, a su vez, reconocer los logros profesionales y el buen desempeño. k) Deberá construirse una cultura de mejora continua.

Es importante destacar que los servidores públicos tienen que cumplir con sus deberes, por lo cual es importante que se sometan a las pruebas de confianza y evaluaciones periódicas durante el ejercicio de sus funciones. Es fundamental el respeto a los siguientes valores: integridad, honestidad, legalidad, justicia y eficiencia. La reciente Ley Orgánica de Integridad Pública tiene como finalidad garantizar una administración pública íntegra, eficiente, ágil, transparente, libre de violencia y corrupción, con responsabilidad ambiental y social, y orientada a resultados, mediante la optimización del uso de los recursos del Estado y la detección de conductas y de problemas estructurales, para fortalecer la prestación oportuna, transparente y de calidad de los servicios a la ciudadanía. Es importante comprender que esta nueva ley sustituye el artículo 80 de la LOSEP y en el primer inciso destaca: “La evaluación del desempeño será obligatoria, semestral, técnica y vinculante para todos los servidores públicos, independientemente de su régimen, función o nivel jerárquico. Su aplicación es responsabilidad de las Unidades de Administración del Talento Humano y las autoridades nominadoras, bajo seguimiento y acompañamiento del Ministerio del Trabajo o quien hiciere sus veces(…)”. Es indudable que se deben garantizar los derechos de los servidores públicos de conformidad con la Constitución, pero también debe existir una respuesta adecuada y efectiva frente a servidores públicos que están incurriendo en prohibiciones expresas en nuestro ordenamiento jurídico. Si queremos una sociedad en la que exista respeto al buen vivir y que la convivencia sea armónica, debemos exigir que se respete la norma y que quienes están al frente del servicio público cumplan con su trabajo de manera cabal y con los principios que exige la ley. No podemos permitir que existan determinadas personas que quieran desnaturalizar esta vocación de servicio. El deber de los ciudadanos se centra en denunciar cualquier irregularidad que pueda impedir el desarrollo de nuestro país. Tengamos la esperanza de construir un país en el que todos trabajemos desde nuestros espacios para contribuir al progreso y al desarrollo. Luchemos contra la corrupción y el abuso de poder que es un mal que se ha impregnado en nuestra sociedad. Debemos ejercer un rol protagónico de cambio y ser pioneros en el fomento de los valores como seres humanos. Msc. Luis Alejandro Vásquez Reina contacto@luisalejandrovasquezreina.com

Bibliografía:

Asamblea Constituyente. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Recuperado de https://www.lexis.com.ec/biblioteca/constitucion-republica-ecuador Asamblea Nacional. (2010). Ley Orgánica de Servicio Público. Recuperado de https://www.superbancos.gob.ec/bancos/ wp-content/uploads/downloads/2020/12/ ley_organica_servicio_publico2.pdf. Presidencia de la República. (2024). Política Nacional de Integridad Pública. Recuperado de https://www.presidencia. gob.ec/wp-content/uploads/2024/08/ PNIP-WEB.pdf25. Asamblea Nacional del Ecuador. (2025). Ley Orgánica de Integridad Pública. Recuperado de https://www.asambleanacional. gob.ec/es/system/files/ro_10.pdf26.


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extractos UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS EXTRACTO JUDICIAL AL DEMANDADO: LOPEZ TINTIN DARIO FERNANDO , se le hace saber lo siguiente: PRENSA: JUICIO: ALIMENTOS TIPO DE PROCEDIMIENTO: SUMARIO CAUSA N° 23201-2026-01988 ACTOR: GARCIA GUERRON ANDREA JACKELINE DEMANDADO: LOPEZ TINTIN DARIO FERNANDO CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ/A: AB. ZAMBRANO VERA NERYS ORIOL BARTOLO SECRETARIA: ABG. LIGIA ELENA BAJAÑA MEDINA PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 30/07/2026 16:28 COMPLETAR Y/O ACLARAR LA SOLICITUD Y/O DEMANDA (AUTO DE SUSTANCIACIÓN) VISTOS. MSc., Nerys Oriol Bartolo Zambrano Vera, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores, designado mediante ACCIÓN DE PERSONAL número 2603-DNTH-2019-JT, por Traslado, de fecha 24 de diciembre del 2019, que rige a partir de fecha 01 de enero del 2020, por la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura. En lo principal, por sorteo de ley, avoco conocimiento de la presente causa, y consecuentemente, DISPONGO: En lo principal: I).- Previo a calificar la demanda, se dispone a la parte accionante que complete y aclare la misma, dentro del término de cinco días dando cumplimiento a los requisitos señalado en el artículo 142 numeral 13 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), esto es: a).- “13. Los demás requisitos que las leyes de la materia determinen para cada caso.”; esto es: En cumplimiento a lo dispuesto por la Corte Constitucional en la resolución publicada en el Registro Oficial N° 228 de fecha 05 de julio del 2010 y en lo que manifiesta: “La citación por la prensa es una medida excepcional que procede cuando ha sido imposible determinar el

domicilio, por lo que los presupuesto para su procedencia deben estimarse con estrictez y rigurosidad no bastando la declaratoria bajo juramento, sino que el Juez deberá exigir para la procedencia de tal citación excepcional, se demuestre las diligencias realizadas a tal efecto, que no se dé rienda suelta a argucias fraguadas por una de las partes para obstaculizar o impedir que la otra, en este caso, el demandado comparezca a juicio y pueda ejercer su derecho a la defensa”; en tal virtud la parte accionante debe presentar copia certificada de la parte pertinente de la guía telefónica en donde se demuestre que la parte accionada no tiene registrado ni número telefónico, ni dirección; y una certificación del Consejo Nacional Electoral para establecer si ha sufragado o no en las últimas elecciones y donde lo ha hecho, toda vez que no consta en la documentación adjuntada dicha actividad.- Así también, de conformidad con lo establecido en el inciso tercero del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos tal como lo establece la Transitoria Final Segunda del referido Código, deberá presentar la certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana actualizado, en la que indique si el demandado salió del país o consta en el registro consular.-II).Requerimiento que se realiza bajo las prevenciones legales contempladas en el inciso segundo del Art. 146 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico General de Procesos. III).- Téngase en cuenta el domicilio judicial y los correos electrónicos que señala para recibir sus notificaciones así como la autorización conferida a su Abogado Patrocinador.- Actúe en la presente causa la Ab. Ligia Elena Bajaña Medina en calidad de secretaria de este despacho.- Validez de la firma electrónica.- Se pone en conocimiento de las partes procesales que el presente decreto, se encuentra firmado electrónicamente por el señor Juez y Secretaria de este despacho, según lo dispuesto en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que textualmente nos dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio”. Para los fines de ley pertinentes.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO

DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 13/08/2026 16:20ATENDER PETICION (AUTO DE SUSTANCIACION) VISTOS. Dr. Ángel Patricio Robalino Villafuerte, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia y Adolescentes Infractores de Santo Domingo, debidamente posesionado y en funciones, avoco conocimiento en la presente causa mediante Acción de Personal DP23-CJ2026-0529-UPTH, que rige desde el día martes 11 de agosto de 2026, las 08:00 hasta el día jueves 20 de agosto de 2026, las 17:00, que se adjunta al proceso; y acta sorteo de fecha martes 11 de agosto de 2026, las 08:00, hasta el día jueves 20 de agosto de 2026, las 17:00 esto debido a la ausencia del señor Juez Titular Dr. Nerys Oriol Barloto Zambrano Vera, por el permiso que se le ha concedido.- En lo principal: El escrito y anexos presentados por la señora ANDREA JACKELINE GARCIA GUERRON, de fecha 06 de agosto de 2026, a las 10h02, agréguese al proceso, el cual, se pone en conocimiento del suscrito Juez en la fecha de la presente providencia debido a que es pasada por parte la señora ayudante Judicial Ab. Elba Valeria Pazos Sanchez; y, agregándose a los autos, se DISPONE: Previo a disponer lo que en derecho corresponda, la compareciente en el término de tres días legitime el escrito que antecede dada la naturaleza de su petición, hecho que fuere se proveerá lo que en estricto derecho corresponda.Validez de la firma electrónica.- Se pone en conocimiento de las partes procesales que el presente decreto, se encuentra firmado electrónicamente por el señor Juez encargado y Secretaria de este despacho, según lo dispuesto en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que textualmente nos dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio”. Para los fines de ley pertinentes.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 08/09/2026 16:51 JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO (AUTO DE SUSTANCIACIÓN) VISTOS: Incorpórese a los autos el escrito y anexos presentados por MAURA LUCRECIA ZAMORA MORALES, en atención al

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mismo, DISPONGO: Previo a proveer lo que en derecho corresponda y de conformidad al inciso segundo Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se requiere que MAURA LUCRECIA ZAMORA MORALES comparezca a esta Unidad Judicial el día 16 DE SEPTIEMBRE DE 2026, A LAS 14H20 (sala 305, ubicada en el segundo piso de esta Unidad Judicial); a rendir juramento de que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia o domicilio del demandado PISCO CORREA REINERIO LUDGARDO, para los fines de ley pertinentes.- Validez de la firma electrónica.- Se pone en conocimiento de las partes procesales que el presente decreto, se encuentra firmado electrónicamente por el señor Juez y Secretaria de este despacho, según lo dispuesto en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que textualmente nos dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio”. Para los fines de ley pertinentes.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 16/09/2026 16:48 CALIFICACIÓN DE SOLICITUD Y/O DEMANDA (AUTO DE SUSTANCIACIÓN) VISTOS. 1.- Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto de sustanciación inmediato anterior, dicto: 1.1.-CALIFICACIÓN: La demanda de ALIMENTOS, presentada por GARCIA GUERRON ANDREA JACKELINE, en contra de LOPEZ TINTIN DARIO FERNANDO, al amparo del procedimiento previsto en el Capítulo II del Título V del libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, reformado por Ley publicada en el suplemento del Registro Oficial Nº 643 del 28 de julio de 2009, en armonía de lo previsto en el Código Orgánico General de Procesos - COGEP, en los Arts. 142, 146, 332 y numeral tercero y cuarto del Art. 333; SE ACEPTA a trámite por ser clara, precisa y reunir los requisitos de ley, en procedimiento sumario, en concordancia con el Art. 3 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. 1.2.- De acuerdo con el Art. Innumerado 9 de la ley, ibídem; se fija provisionalmente como pensión mensual alimenticia la cantidad de (US$ 142,14), más los beneficios de ley, prescritos en el

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Art. Innumerado 16 de la ley reformatoria al Código de la materia, a favor de la menor DANNA THAIZ LOPEZ GARCIA, misma que regirá a partir de la fecha de presentación de la demanda, y que será cancelada por mensualidades anticipadas dentro de los cinco primeros días de cada mes, conforme prevé el Art. Innumerado 14 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia; valor que será cancelado por el demandado/a LOPEZ TINTIN DARIO FERNANDO, bajo prevenciones del Art. 137 del Código Orgánico General de Procesos, que guarda relación con el Art. 66 numeral 29 literal c) de la Constitución de la República del Ecuador; pensión que será depositada en una de las ventanillas del Banco del Pacifico, BanEcuador o cualquiera de las redes asociadas al Banco del Pacifico a nivel nacional, previa obtención del Número de la Tarjeta de Pagos del Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA), para tal efecto se notificará a la oficina de Pagaduría de esta Unidad Judicial, para que proceda a aperturar dicho número; vinculando el número de la cuenta bancaria de ahorros 0034548875 del Banco Guayaquil, consignada. 1.3.- CITACIÓN: Conforme la declaración Bajo Juramento y, de acuerdo con el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE al demandado: LOPEZ TINTIN DARIO FERNANDO, a través de la prensa; mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas y días hábiles en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, por secretaría elabore y confiera el EXTRACTO pertinente. 1.4.- Con fundamento en lo previsto en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al accionado el término de DIEZ DÍAS, contados a partir de la fecha en que sea legalmente citado, a fin que conteste la acción cumpliendo con los preceptos legales de los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos. 1.5.ANUNCIO DE PRUEBAS: Los medios de prueba, al tenor de lo atribuido en el inciso tercero del Art. 159 Código Orgánico General de Procesos, se ordena: 5.1.- La prueba documental se considerará de ser pertinente el día de la audiencia única.Ofíciese en la forma requerida.- Téngase en cuenta la declaración de parte de los litigantes.- 1.6.- NOTIFICACIONES: Téngase en cuenta la cuantía, la forma electrónica que señala para recibir sus notificaciones y, la autorización conferida a la defensa técnica.- El decreto se firma elec-

trónicamente por el señor Juez y Secretaria, según el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio.”.-NOTIFÍQUESE. Particular que pongo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones.- Santo Domingo, a 18 DE SEPTIEMBRE DEL 2026.BAJANA MEDINA LIGIA SECRETARIO/A Hay firma electrónica. P-248161-GF

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extractos Juicio No. 23201-2026-02017 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO. Santo Domingo, martes 1 de septiembre del 2026, a las 16h16. VISTOS. Dr. Nerys Oriol Zambrano Vera, en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial, reintegrado a mis funciones luego de haber hecho uso del derecho a vacaciones debidamente programadas, en esta fecha avoco conocimiento de la presente causa previo sorteo de rigor, obrante en autos; en virtud de lo dispuesto en los artículos 167 y 178.3 de la Constitución de la República del Ecuador; artículos 156, 157 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; de la acción de personal N° 2603-DNTH-2019-JT, de fecha 24 de diciembre de 2019, que rige a partir del 1 de enero de 2020; de la resolución N° 109-2018, emitida por el pleno del Consejo de la Judicatura. En lo principal: 1.- Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto de sustanciación inmediato anterior, dicto: 1.1.-CALIFICACIÓN: La demanda de ALIMENTOS, presentada por ALCIVAR VILELA FANNY JULISSA, en contra de MINDIOLA CAMPOVERDE PABLO ARTURO, al amparo del procedimiento previsto en el Capítulo II del Título V del libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, reformado por Ley publicada en el suplemento del Registro Oficial Nº 643 del 28 de julio de 2009, en armonía de lo previsto en el Código Orgánico General de Procesos - COGEP, en los Arts. 142, 146, 332 y numeral tercero y cuarto del Art. 333; SE ACEPTA a trámite por ser clara, precisa y reunir los requisitos de ley, en procedimiento sumario, en concordancia con el Art. 3 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. 1.2.De acuerdo con el Art. Innumerado 9 de la ley, ibídem; se fija provisionalmente como pensión mensual alimenticia la cantidad de (US$ 142,14), más los beneficios de ley, prescritos en el Art. Innumerado 16 de la ley reformatoria al Código de la materia, a favor del menor JHOAN ELIAS MINDIOLA ALCIVAR, misma que regirá a partir de la fecha de presentación de la demanda, y que será cancelada por mensualidades anticipadas dentro de los cinco primeros días de cada mes, conforme prevé el Art. Innumerado 14 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia; valor que será cancelado por el demandado/a MINDIOLA CAMPOVER-

DE PABLO ARTURO, bajo prevenciones del Art. 137 del Código Orgánico General de Procesos, que guarda relación con el Art. 66 numeral 29 literal c) de la Constitución de la República del Ecuador; pensión que será depositada en una de las ventanillas del Banco del Pacifico, BanEcuador o cualquiera de las redes asociadas al Banco del Pacifico a nivel nacional, previa obtención del Número de la Tarjeta de Pagos del Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA), para tal efecto se notificará a la oficina de Pagaduría de esta Unidad Judicial, para que proceda a aperturar dicho número; vinculando el número de la cuenta bancaria de ahorros 2209434000 del Banco Pichincha, consignada. 1.3.- CITACIÓN: Conforme la declaración Bajo Juramento y, de acuerdo con el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE al demandado: MINDIOLA CAMPOVERDE PABLO ARTURO, a través de la prensa; mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas y días hábiles en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, por secretaría elabore y confiera el EXTRACTO pertinente. 1.4.- Con fundamento en lo previsto en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al accionado el término de DIEZ DÍAS, contados a partir de la fecha en que sea legalmente citado, a fin que conteste la acción cumpliendo con los preceptos legales de los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos. 1.5.- ANUNCIO DE PRUEBAS: Los medios de prueba, al tenor de lo atribuido en el inciso tercero del Art. 159 Código Orgánico General de Procesos, se ordena: 5.1.- La prueba documental se considerará de ser pertinente el día de la audiencia única.- Ofíciese en la forma requerida. 1.6.- MEDIDA CAUTELAR: Al tenor de lo prescrito en el Art. Innumerado 20 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, se ordena la Prohibición de la Salida del País, al demandado MINDIOLA CAMPOVERDE PABLO ARTURO, con CC: 2300769292, debiendo oficiarse a la Coordinadora de la Unidad Servicios de Apoyo Migratorio de Santo Domingo de los Tsáchilas. 1.7.NOTIFICACIONES: Téngase en cuenta la cuantía, la forma electrónica que señala para recibir sus notificaciones y, la autorización conferida a la defensa técnica.- El decreto se firma electrónicamente por el señor Juez y Secretaria, según el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas

y Mensajes de Datos, que dice: “Art. 14.Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio.”.-NOTIFÍQUESE. ZAMBRANO VERA NERYS ORIOL BARTOLO JUEZ(PONENTE) Hay firma y sello. P-248140-MIG

CITACIÓN POR LA PRENSA A: LUZ ELENA TAMAYO ESPAÑA, SE LE HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a la Unidad Judicial Civil del cantón Santo Domingo, la causa No.23331-2019-02607. ACTOR: JOSE LUIS TAMAYO CENTENO DEMANDADO: LUZ ELENA TAMAYO ESPAÑA y otros PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO - RENDICIÓN DE CUENTAS CUANTÍA: $ 300.000 JUEZ DE LA CAUSA: DR. FABRICIO ACURIO HIDALGO UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, lunes 18 de noviembre del 2019, las 11h13, VISTOS: Dr. Germán Fabricio Acurio Hidalgo, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil de este cantón, avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo electrónico de ley. En lo principal: Señálese para el día 22 de noviembre del 2019, a las 09h30, a fin de que la parte actora, comparezca a esta Unidad Judicial a rendir el juramento previsto en el Art. 56, numeral 2, inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, respecto de los HEREDEROS DESCONOCIDOS del causante señor Tamayo Espín Roque Aníbal. Actúe la Ab. Zaniah Nevarez Reina, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE.- F) Dr. Fabricio Acurio – JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, viernes 10 de enero del 2020, las 15h57, VISTOS: En lo principal: Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento con lo dispuesto en auto que antecede, la solicitud es clara, completa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143, 334.2, 335 y 339 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario de RENDICIÓN DE CUENTAS.- 2) Se ordena la citación a los demandados LUZ AMÉRICA ESPAÑA GARCÍA, JAIRO ANIBAL TAMAYO ESPAÑA, PAUL ARTURO TAMAYO ESPAÑA, LUZ ELENA TAMA-

YO ESPAÑA, ANA PAULINA TAMAYO ESPAÑA, FRED EDUARDO TAMAYO ESPAÑA, ANA ELIZABETH TAMAYO ESPAÑA, ROQUE PATRICIO TAMAYO ESPAÑA, ROCIO SILVANA TAMAYO ESPAÑA, MARTHA SUSANA TAMAYO MOLINA y HEREDEROS DESCONOCIDOS del causante señor Tamayo Espín Roque Aníbal; mismo que se citará de la siguiente manera: 2.1) A los señores LUZ AMÉRICA ESPAÑA GARCÍA, JAIRO ANIBAL TAMAYO ESPAÑA, PAUL ARTURO TAMAYO ESPAÑA, LUZ ELENA TAMAYO ESPAÑA ANA PAULINA TAMAYO ESPAÑA, FRED EDUARDO TAMAYO ESPAÑA, ANA ELIZABETH TAMAYO ESPAÑA, ROQUE PATRICIO TAMAYO ESPAÑA, ROCIO SILVANA TAMAYO ESPAÑA, MARTHA SUSANA TAMAYO MOLINA, mediante boletas respectivas, a través de la oficina de citaciones de esta jurisdicción, adjuntando la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto; debiendo acercarse a esta Unidad Judicial la parte actora a fin de que proporcione las copias necesarias para las boletas de citación necesarias. 2.2) A los HEREDEROS DESCONOCIDOS del causante señor Tamayo Espín Roque Aníbal, por medio de la prensa, a través de uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, conforme lo dispuesto en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. 3) Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Actúe la Ab. Jessica Andrade Enriquez, en calidad de Secretaria encargada de esta Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE y CÍTESE.F) Dr. Fabricio Acurio – JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, jueves 9 de abril del 2026, a las 16h35. VISTOS: Incorpórese a los autos el escrito que antecede, y se dispone. En relación a lo manifestado por la parte accionante, se señala para el día 20 de Abril del 2026, a las 16H00, en el primer piso del edificio Palacio de Justicia ubicado en la Av. Quito y Río Toachi, a fin de que la parte actora comparezca a esta Unidad Judicial Civil y rindan el juramento, respecto a la imposibilidad de determinar la individualidad, residencia o domicilio de LUZ ELENA TAMAYO ESPAÑA previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. NOTIFÍQUESE.- F) DR. FABRICIO ACURIO - JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, miércoles 22 de abril del 2026, a las 13h44. VISTOS: En lo principal: Declarado bajo juramento que ha sido imposible determinar la individualidad de la demandada señora

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LUZ ELENA TAMAYO ESPAÑA, cítese por la prensa, conforme lo señala el Art. 56, Num.2 Inc.3 del COGEP, esto es, tres publicaciones en diferentes días, en las jurisdicciones del cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas. NOTIFÍQUESE.- F) DR.

FABRICIO ACURIO - JUEZ. AB. JANINA ZAMBRANO INTRIAGO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN SANTO DOMINGO Hay firma y sello. P-248162-GF

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL DE ELECCION DEL CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO DE ALTO RENDIMIENTO “COLORADO MOTO CLUB “. De acuerdo a lo que establecen los Artículos 67, 77, 78, y 79 de la Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación; y, lo dispuesto en los artículos 22, 23, 24, 25, 26 y 27 del Estatuto del Club Deportivo Especializado de Alto Rendimiento “ COLORADO MOTO CLUB ” aprobado por el Ministerio del Deporte mediante ACUERDO MINISTERIAL Nro. 0329 de fecha 22 de diciembre de 2022 , me permito convocar a sesión de Asamblea General de Elecciones, a los socios del Club para el día JUEVES 22 de OCTUBRE del 2026 a las 20H00, la misma que se realizará en la sede del Club ubicado en el Km 8 vía a Quevedo, margen derecho, de la Parroquia Rio Verde, del cantón Sto. Domingo, de la Provincia de Sto. Domingo de los Tsáchilas, a fin de conocer y resolver el siguiente orden del día: 1.- Constatación del quorum de instalación. 2.- Designación del Directorio del Club para el período 14 de Enero del 2027 al 14 de Enero del 2031; 3.- Juramento y posesión de las dignidades electas para el periodo fijado; y, 4.- Clausura de la sesión. En caso de no existir el quórum de instalación se procederá a realizar una segunda convocatoria de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación. Sto. Domingo, 01 de Octubre de 2026.

José Franklin Farías Ríos PRESIDENTE CC: 1304238536

Pedro Alberto Larrea Manzo SECRETARIO CC: 1706893896

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El Carmen, golpeado por tres asesinatos en menos de 24 horas La violencia vuelve a generar preocupación en este cantón manabita, donde tres personas fueron asesinadas durante esta semana.

El derramamiento de sangre a consecuencia de los múltiples asesinatos vuelve a causar conmoción y preocupación en el cantón El Carmen, provincia de Manabí, jurisdicción colindante con Santo Domingo de los Tsáchilas. Durante esta semana se contabilizaron tres muertes violentas en menos de 24 horas. Las víctimas recibieron varios impactos de bala y fueron atacados bajo similares modus operandis. Los dos primeros crímenes ocurrieron la noche del martes 29 de septiembre, dentro de una vivienda ubicada en el sector conocido como Rancho Ronald, donde fueron acribillados el funcionario municipal Jackson Pincay y Johan Samaniego. El temor de los carmenses aumentó la tarde del miércoles 30 de septiembre, cuando se confirmó el asesinato de Antonio Ostaiza Loor, quien fue baleado en la parroquia rural Santa María. El hecho causó conmoción a

VIOLENCIA. Los hechos violentos registrados en El Carmen mantienen en alerta a la población.

la comunidad, no solo por violencia del ataque, sino también porque la víctima era dirigente de la junta parroquial y se ganó el cariño de muchas personas.

Violencia sin fronteras En las últimas semanas se han registrado reiteradas muertes violentas que evidencian una problemática que también alcanza a sectores cercanos entre Santo Domingo y El Carmen, por tratarse de jurisdicciones vecinas. Las Delicias, en territorio de la provincia Tsáchila, es uno de los puntos más vulnerables. El último fin de semana, un adolescente de 15 años

Operatividad conjunta Tras el asesinato en Rancho Ronald, uniformados de Santo °Domingo se sumaron a trabajos con personal de El Carmen y allanaron un predio en el sector El Barreganal, ubicado en los límites de ambas localidades. Durante el operativo fueron detenidos Ney V., y Juan S., quienes estarían relacionados con dos de los asesinatos registrados durante esta semana. fue tomado a la fuerza por sujetos armados cuando se encontraba en la vivienda de sus familiares. Al día siguiente fue encontrado sin vida a un costado de la vía a Chone. De la misma manera, hace pocos días otro joven fue asesinado en esta localidad mientras se duchaba. A esto se

suma el asesinato ocurrido hace dos semanas, de dos carmenses, cuyos cuerpos fueron encontrados maniatados en un recinto de San Jacinto del Búa, perteneciente a Santo Domingo. La Policía del distrito El Carmen ha optado por no emitir pronunciamientos al

EL DATO El Carmen permaneció en toque de queda hasta el 30 de septiembre. Pese a esta medida, los hechos violentos continuaron registrándose en el cantón. respecto. Las estadísticas de asesinatos tampoco son difundidas de manera oficial, pero se calcula que este delito marca un repunte en comparación a años anteriores. (JD)

Delincuentes asaltan bus interprovincial en la vía a Quevedo Sujetos armados fingieron ser pasajeros de un bus interprovincial que cubría la ruta Guayaquil - Santo Domingo, pero su verdadero objetivo era asaltar a los usuarios de la unidad. El sueño y tranquilidad de los viajeros se vio interrumpida cerca de la parroquia rural Luz de América, en Santo Domingo de los Tsáchilas, donde los delincuentes se levantaron de sus asientos para cometer el robo. Se trataría de alrededor de cuatro antisociales, quienes utilizaron armas de fuego e insultos para intimidar a los pa-

sajeros y evitar que pusieran resistencia. Tras apoderarse de sus pertenencias, descendieron de la unidad y huyeron con rumbo desconocido.

Subieron como pasajeros Tras el asalto, el conductor y demás integrantes de la tripulación solicitaron ayuda a la Policía Nacional para intentar localizar a los responsables, pero no hubo resultados positivos. Según el relato de los afectados, los sospechosos abordaron la unidad la noche del miércoles 30 de septiembre,

EL DATO La unidad de transporte cubría la ruta Guayaquil-Santo Domingo-QuitoIbarra. en la terminal terrestre de Guayaquil. Durante el trayecto no levantaron sospechas y esperaron hasta la madrugada para cometer el delito, cuando el bus circulaba por territorio de la provincia Tsáchila. Los uniformados recaba-

ARCHIVO. La Policía Nacional fue alertada sobre el robo en la carretera.

ron información preliminar y realizaron recorridos por varios tramos aledaños a la vía

a Quevedo; sin embargo, no encontraron rastro de los antisociales. (JD)


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POLÍTICA

SANTO DOMINGO | VIERNES 02/OCTUBRE/2026 I

Fallas y vacíos para más transparencia en la Asamblea Nacional Aunque la Asamblea Nacional de Ecuador cuenta con herramientas como la plataforma de Parlamento Abierto y registros de agendas, el escrutinio público sigue incompleto. Expertos señalan que la falta de recursos, deficiencias tecnológicas y cierta resistencia a transparentar citas clave impiden un control ciudadano efectivo. Parlamento Abierto, normas ISO y una pestaña que dice transparencia, son algunos elementos que en la página web de la Asamblea Nacional se pueden encontrar si se buscan las acciones implementadas para acercar su gestión al escrutinio público, pero esa intención no termina de consolidarse y habría varias causas En la plataforma de Parlamento Abierto se puede hallar información sobre los legisladores. Al dar click en ingresar se despliega el listado de los 151 asambleístas, así como las bancadas integradas por ADN, Revolución Ciudadana, Partido Social Cristiano, Pachakutik, independientes y movimientos provinciales. A manera de avatares están distribuidos en forma de media luna en una especie de pleno legislativo. En algunos casos hay información sobre su trayectoria política, en otros solo se hace una invitación a visitar un blog. En el del legislador de ADN, Adrián Castro, en agenda abierta, se precisa que es sobre la base de requisitos del numeral 11 del artículo 162 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. ¿Qué detalles deben dar a conocer los asambleístas? Esa norma refiere que los asambleístas deben difundir su agenda de reuniones, talleres y otras actividades incluyendo la fecha, lugar, hora, temática y asistentes a la misma, con el fin de evidenciar posibles conflictos de interés y prevenir casos

La presidenta de la Asamblea, Mishel Mancheno, en una reunión. (Foto:cortesía)

de corrupción. Se informará al término de cada semana respecto a reuniones imprevistas con cualquier persona que evidencie la gestión de intereses ciudadanos, precisa. Al ingresar a agenda abierta de Castro hay una descripción de la reunión en la que estuvo, fecha, hora, duración, modalidad, tipo de cita, lugar, entre otros, desde el 13 de mayo del 2025 hasta el 9 de septiembre del 2026. También acceso a sus declaraciones patrimoniales y de intereses. En el caso de la presidenta de la Legislatura, Mishel Mancheno, hay información al 17 de septiembre, de una reunión con el embajador de Corea en Ecuador sobre el fortalecimiento de la cooperación bilateral y la modernización de la Asamblea. De la asambleísta de la Revolución Ciudadana, Paola Cabezas, no hay un enlace para ver su agenda de reuniones, pero sí a su formulario de declaración de

intereses así como a sus declaraciones patrimoniales. Causas de la falta de transparencia según organismo que hace análisis de la tarea legislativa Roger Celi, investigador y quien forma parte de Transparencia Internacional de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo (FCD), señaló que la Asamblea, en el ámbito jurídico, desarrolló buenos instrumentos sobre transparencia y Parlamento Abierto, pero su aplicación ha sido otra cosa. Citó el artículo 157.1 de la Ley de la Función Legislativa que establece el modelo de gestión y Parlamento Abierto relacionada a que toda la gestión debe ser transparente. Hace referencia a transmisiones en vivo, excepto las sesiones reservadas, publicar actas de votaciones, asistencias, el perfil de los legisladores, sus agendas de reuniones, mencionó.

A raíz de esa ley, agregó, se creó un reglamento de Parlamento Abierto que estableció nuevas herramientas para que la ciudadanía pueda conocer esa información en diversas plataformas. Acotó que con la actualización de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública se crearon nuevos requisitos como que las declaraciones de intereses de los legisladores deben ser públicas, que las agendas de reuniones sean dadas a conocer 10 días después de que finalice el mes, entre otras cosas. La aplicación, señaló, es otra historia. Sostuvo que la Legislatura no tiene recursos presupuestarios, humanos, tecnológicos, incluso de almacenamiento de datos para lograr cumplir con todo lo que exige la normativa. A su parecer, un segundo obstáculo es la falta de voluntad política porque no se transmite información sensible. “¿De qué le sirve transparentar su agenda de reuniones cuando va a aducir seguridad, que es privado, que no tiene que ver con la gestión del cargo?”. Por ello, a su criterio, la aplicación “es una trampa”. Expresó que no habrá difusión cuando haya citas que puedan devenir en conflictos de interés. Para el experto además la ejecución presupuestaria es muy opaca, aunque sí destacó la plataforma de datos abiertos parlamentarios. No es cuestión de leyes, sino de cumplirlas El exasambleísta Jorge Peñafiel sostuvo que la Legislatura debería impulsar una ley de transparencia legislativa, pero Henry Cucalón, quien fue legislador en dos periodos y es profesor de Ciencia Política y Derecho Constitucional, es contrario a que se sigan aprobando normativas. Adujo que no es problema de leyes sino de cumplirlas. Peñafiel expresó que si un asambleísta se va a reunir con algún gerente de alguna empresa para promover alguna ley u observación deberá estar agendado y dado a conocer en los canales de comunicación de la Función Legislativa.

Recordó que está establecida la publicación del trabajo del legislador en sus páginas personales o blogs, pero no cumple su función pues no lo hacen de manera obligatoria ni clara. El problema de fondo, sostuvo Cucalón, es a quienes defienden los legisladores y si son corporativos o ciudadanos que se evidencian –generalmente- en las tareas fiscalizadoras. Este Diario solicitó –mediante correo electrónicoinformación a la Asamblea sobre sus mecanismos de transparencia para aprobación de leyes. Respondió que cada comisión transmite sus sesiones a través de sus canales oficiales y el pleno mediante el canal oficial. Como parte de este compromiso, acotó, también se ha fortalecido la publicación de información mediante la transparencia focalizada, facilitando el acceso ciudadano a contenidos relacionados con la gestión, sus órganos, comisiones, proyectos, sesiones, votaciones, resoluciones, actas, leyes aprobadas e intervenciones, entre otros temas de interés público. Estos mecanismos permiten a la ciudadanía conocer qué proyectos se discuten, qué observaciones se presentan, cuáles son los informes de las comisiones y cómo se toman las decisiones. Asimismo, recibe propuestas y observaciones, organiza foros, mesas de diálogo y consultas territoriales, y habilita mecanismos virtuales para acercar el trabajo legislativo a la gente, expresó. Las normas ISO que constan en la web de la Asamblea se refieren a seguridad de la información, calidad y antisoborno. Invita a conocer cómo funcionan al escanear un código QR, pero al hacerlo no se despliegan detalles. “Puedes tener todo el ordenamiento jurídico del mundo, una amalgama de leyes, artículos maravillosos, pero tienes que cumplirlos y no tiene que haber impunidad y tiene que haber cultura política y ciudadana y eso se construye, no se decreta”, opinó Cucalón. (JGP)


SEGURIDAD 13

Cómo salir de las ‘garras’ del chulco Hacer un préstamo formal, escapar o denunciar con asesoría policial son parte de los testimonios de quienes recurren al chulco con intereses que superan el 20%. En su desesperación una vendedora pensó en fingir su muerte. A sus 62 años, Ana R. sabía que el tiempo corría en su contra. La angustia de los cobros la ahogaba tras haber caído en las garras de los chulqueros por una deuda de 8.000 dólares con un 12% de interés, otorgada por un prestamista conocido en las parroquias rurales

de Quito como “el colombiano”. Las amenazas de muerte eran diarias y, acorralada, entendió que la única forma de sobrevivir no era pagar, sino desaparecer. Al principio pensó en la opción más drástica: fingir su propia muerte para que dejaran de buscarla. Sin em-

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El puntaje de un buró insuficiente es una de las principales causas para acudir al chulco.

bargo, no necesitaba llegar a tanto ni dejar un rastro sangriento; solo necesitaba tiempo, astucia y que ellos creyeran que ella seguía allí. Así comenzó su plan. Durante dos semanas, con una calma glacial y disimulo absoluto, Ana empezó a vaciar su casa de a poco. En bolsas de basura que sacaba al anochecer, en mochilas viejas cuando salía al mercado y en cajas disimuladas, fue trasladando sus pocas pertenencias valiosas y sus recuerdos más preciados hacia la casa de un familiar lejano al otro lado de la provincia. Nadie en el barrio lo notó y mucho

menos los hombres del colombiano que la vigilaban de lejos. La noche decisiva llegó. Ana terminó de sacar la última maleta con lo indispensable. Miró por última vez la pequeña casa vacía. Ahí arrendaba desde hace 9 años. En lugar de apagar las luces para huir en penumbra, encendía la luz, lo que hacía parecer que la casa estaba llena de vida. Dejó además una radio encendida en un volumen bajo, sintonizada en una emisora de noticias. Cerró la puerta con llave desde afuera, abordó un au-

tobús nocturno y dejó atrás su parroquia. A la mañana siguiente, los cobradores pasaron lentamente en su motocicleta. Vieron la luz encendida reflejándose en la ventana y asumieron que la mujer seguía adentro, acobardada por las deudas. Volvieron al mediodía y la luz continuaba encendida. Pasaron tres días antes de que se atrevieran a romper la puerta a patadas, cegados por la rabia de no recibir respuesta a sus gritos. Cuando entraron, solo encontraron el eco de la radio, una luz gastando electricidad en medio de cuartos completamente vacíos y una casa desierta. Ana los había engañado por completo. Ya estaba a cientos de kilómetros de distancia, comenzando de nuevo, tranquila de haber salido viva de las garras del chulco. Los chulqueros simulan robos para amedrentar Aunque sus perfiles nada tienen que ver entre sí, tres mujeres —una maestra, una


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SEGURIDAD I SANTO DOMINGO | VIERNES 02/OCTUBRE/2026

comerciante y un ama de casa— comparten la amarga experiencia de haber caído en las redes de la usura y la fortuna de haber logrado salir de ellas. La primera de ellas, la educadora, pasó meses atrapada en un ciclo sin fin donde cada pago abonaba

únicamente a los intereses acumulados. Cansada del ahogo financiero, trazó una estrategia de paciencia: esperó con disciplina a que su historial en el buró de crédito mejorara y solicitó un préstamo formal en una cooperativa. Con ese dinero canceló la totalidad

de la deuda ilegal. Para su sorpresa, al saldar la última cuota, los mismos chulqueros le sonrieron y le dijeron que regresara cuando quisiera, prometiéndo incluso «tasas más bajas». La comerciante enfrentó su momento más crítico durante la pandemia, cuando

el colapso económico le impidió cumplir con sus proveedores. Sin alternativas inmediatas, acudió al mercado negro de dinero y solicitó un préstamo de 5.000 dólares. Logró pagarlo a tiempo y liberarse del compromiso, aunque no de la sombra del terror. «Sé que a

Juicio No. 20332-2025-00370 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SANTA CRUZ. Santa Cruz, jueves 24 de septiembre del 2026, a las 17h57

Juicio No. 15951-2025-00992 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, miércoles 16 de septiembre del 2026, a las 15h48.

EXTRACTO DE CITACIÓN POR PRENSA

R. del E.

A: ANALUISA OYASA HENRY WELINGTON JUICIO NO.: 20332-2025-00370 MATERIA: FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA TIPO DE PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO ACCIÓN/ASUNTO: TERMINACIÓN DE UNIÓN DE HECHO ACTORA: SANTILLÁN ESTRADA NATALY ENITH DEMANDADO: ANALUISA OYASA HENRY WELINGTON JUEZA PONENTE: DRA. NURY ANNABEL MENÉNDEZ GARCÍA

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON TENA, PROVINCIA DE NAPO NOTIFICACIÓN POR LA PRENSA: PUBLICACIÓN

OBJETO DE LA DEMANDA La actora, NATALY ENITH SANTILLÁN ESTRADA, solicita que en sentencia judicial se declare la TERMINACIÓN DE LA UNIÓN DE HECHO que la mantiene unida al ciudadano HENRY WELINGTON ANALUISA OYASA, disponiéndose la respectiva marginación en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación del cantón Santa Cruz.

JUICIO

: DIVORCIO POR CAUSAL

NUMERO

: 15951-2025-00992

AUTO DE CALIFICACIÓN

ACTOR

: ROSALES RUBIO REMER JONY GUSTAVO

DEMANDADO

: JIMENEZ VELEZ NANCY FRANCISCA

TRAMITE

: SUMARIO

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SANTA CRUZ. Santa Cruz, miércoles 23 de septiembre del 2026, a las 16h26.

CUANTIA

: INDETERMINADA

SEGUNDO: CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA/PETICIÓN. En vista de la razón actuarial, del escrito que antecede y examinada que ha sido la demanda de “TERMINACIÓN DE UNIÓN DE HECHO” propuesta por SANTILLÁN ESTRADA NATALY ENITH, en contra de HENRY WELINGTON ANALUISA OYASA, cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la acepta a trámite en Procedimiento Voluntario.

JUEZ (E)

: DR. MARCOS GUERRERO FUENTES, JUEZ ENCARGADO

SECRETARIA

: AB. ELSA MARIELA POVEDA SANTILLAN

“UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. VISTOS: Tena, miércoles 9 de septiembre del 2026, a las 12h30. VISTOS: En lo principal, agréguese al expediente el escrito presentado por la parte actora, siendo el momento procesal oportuno se considera: 1) La demanda de DIVORCIO POR CAUSAL, presentada por ROSALES RUBIO REMER JONY GUSTAVO, en contra de JIMENEZ VELEZ NANCY FRANCISCA, reúne los requisitos de ley; por lo que se le admite a trámite mediante procedimiento SUMARIO, conforme el Art. 332 numeral 4 del COGEP.- 2) Por cuando se han hecho todas las gestiones posibles para dar con el paradero de la demandada, sin obtener una respuesta, habiendo jurado la parte actora que desconoce el paradero de la demandada; se dispone se CITE a la señora JIMENEZ VELEZ NANCY FRANCISCA, con un extracto de la demanda y el presente auto, por medio de la prensa en un diario de amplia circulación a nivel nacional, por tres ocasiones, en tres días distintos, la parte actora dará las facilidades del caso .- 4) Téngase en cuenta el anuncio de prueba, la cual será admitida el día de la audiencia única, con observancia de lo prescrito en los Art. 160 y 161 del COGEP; la designación de su defensa, la autorización conferida en su favor, los correos electrónicos señalados; incorpórese los documentos adjuntos a la demanda.- CÚMPLASE, CÍTESE Y NOTIFÍQUESE…”

TERCERO: DE LA CITACIÓN A LA PARTE DEMANDADA. Habiéndose rendido el respectivo juramento por parte de la señora SANTILLÁN ESTRADA NATALY ENITH, respecto de la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio y residencia del demandado HENRY WELINGTON ANALUISA OYASA, se dispone: En aplicación de los artículos 53 y 56 del Código Orgánico General de Procesos; [...] cítese con la copia de la demanda y las providencias recaídas sobre ella, así: [...] (b) Mediante PUBLICACIONES que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación a nivel nacional, las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. CUARTO: DE LA OPOSICIÓN A LA SOLICITUD. 4.1.- De conformidad con lo que dispone el artículo 336 del COGEP, las personas citadas o cualquier otra que acredite interés jurídico en el asunto, podrán oponerse a la petición de terminación de unión de hecho, por escrito hasta antes de que se convoque a la audiencia. Se convocará a audiencia en un término no menor a diez días ni mayor a veinte días siguientes a la citación. La oposición deberá cumplir los mismos requisitos de la contestación a la demanda. Se inadmitirá la oposición cuando sea propuesta sin fundamento o con el propósito de retardar el procedimiento. 4.2.- Se les previene, además, de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del COGEP. [...] f) DRA. NURY ANNABEL MENÉNDEZ GARCÍA, JUEZA PONENTE.

Tena, 16 de septiembre del 2026.

POVEDA SANTILLAN ELSA MARIELA

001-005-0890

JOEL GUILLERMO BALLADARES ALCIVAR SECRETARIO

001-005-0887

SECRETARIA

otros clientes ese chulquero sí ha ido a golpearles. Dicen que también mata, aunque a mí no me consta», confiesa, consciente de la violencia encubierta que financiaba. Para la tercera mujer, un ama de casa de Cotocollao, al norte de Quito, el acoso tomó un tinte siniestro. Tras retrasarse en las cuotas, comenzaron las amenazas directas y una serie de extraños robos en su vivienda: desconocidos irrumpían en su hogar para destrozar muebles y pertenencias, pero sin llevarse ningún objeto de valor. Comprendiendo la señal de intimidación, acudió a las autoridades. En la Policía, la Unidad de Extorsión y Antisecuestro le indicó los pasos a seguir (ver recuadro). Durante una semana se dedicó a recopilar evidencias y guardar cada mensaje de texto y audio de WhatsApp recibido. Con esas pruebas, las unidades tácticas actuaron. Hoy en día, los usureros enfrentan un juicio por captación ilegal de dinero que arrancó hace 3 años, porque la investigación previa (IP) se demoró más de dos años (el 91% de las denuncias por captación ilegal iniciadas desde el año 2014 continúa congelado en IP). Los ataques han cesado por completo; de hecho, la banda abandonó el sector. Sin embargo, la tranquilidad no regresa tan fácil. «Yo tengo mi casita propia, pero sí he pensado en irme de aquí, sobre todo si ya termina el juicio», admite. Aunque la ley actuó y el peligro inmediato pasó, el miedo sigue acechando a diario.


SEGURIDAD 15

Toque de queda elevó la eficacia militar El último toque de queda que duró dos semanas en cuatro provincias de Ecuador permitió mejorar la efectividad en las operaciones militares, según fuentes del Ejército. Destacan las capturas registradas en ese periodo.

El toque de queda en cuatro provincias de Ecuador estuvo vigente desde el 17 al 30 de septiembre de 2026 y los operativos militares ganaron efectividad por las ventajas que permite esta medida temporal, indicaron fuentes del Ejército Ecuatoriano. En algunos sitios se registra una reducción de muertes violentas. El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí fueron las provincias en las que se aplicó el toque de queda entre las 00:00 y las 05:00. Sin embargo, en esos territorios, así como en otras cuatro provincias y tres cantones aún sigue vigente el estado de excepción. ¿Qué es el toque de queda y qué ventajas ofrece a los militares? El toque de queda es la suspensión del derecho a la libertad de tránsito, medida con la que el Gobierno prohíbe a los ciudadanos transitar o estar en espacios públicos durante determinado horario, de forma temporal. Una alta fuente del Ejército de Ecuador detalla a LA HORA la situación en Los Ríos. Menciona que “todas las operaciones se incrementaron aprove-

chando la coyuntura del toque de queda”. Detalla las ventajas que permite esta medida: · Allanamientos: “Cuando tenemos información de inteligencia militar, nos permite ser más oportunos en la ejecución de la operación para apresar a determinado integrante de un GDO (Grupo de Delincuencia Organizada) que está dentro de una casa”. · Reduce la movilidad: “En Los Ríos las personas empiezan sus actividades de diversión a partir del jueves hasta el sábado. El toque de queda limitó el tránsito”. La fuente concluye que el toque de queda ayudó. “Nos permite ser más eficientes al allanar y tener mayor sorpresa para capturar a los criminales en las casas. Por otro lado, ayuda a reducir el índice de muertes violentas, no disminuyeron en gran medida, pero sí hubo una baja en estas dos semanas del toque de queda”, destaca. Con base en un balance oficial del ECU 911 y de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Secuestros y Extorsión (Dinased), la fuente ejemplifica que

en septiembre de 2025 hubo 114 muertes violentas registradas en Los Ríos, mientras que en septiembre de 2026 hubo 47 (se suman tres más a las registradas en el gráfico). Durante el toque de queda en Los Ríos se ejecutaron aproximadamente 1.875 operaciones militares, cuyos principales resultados son: · 108 ciudadanos detenidos, entre criminales buscados y personas que infringieron la medida · 1.229 gramos de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización (clorhidrato de cocaína) · 1.150 gramos de marihuana · Paquetes de fundas para microtráfico de droga · 4 motocicletas recuperadas · 10 armas de fuego de diferentes calibres incautadas · 1 vehículo retenido · 96 municiones de diferentes calibres decomisadas · 3 alimentadoras · 4 armas blancas · 2 radios · 17 canecas de licor adulterado El 23 de septiembre, la fuente comentó que se hacía

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seguimiento a seis objetivos de alto valor (cabecillas), cuya captura permitiría superar el 80% de pacificación en Los Ríos, pero hasta el 1 de octubre ese número no cambió. “Se mantienen esos seis objetivos de alto valor, estamos investigando para neutralizarlos”, afirma la fuente. La Fuerza de Tarea Conjunta Guayas registra 39 detenidos La Fuerza de Tarea Conjunta (FTC) Guayas es una estructura militar creada en mayo de 2026 para luchar contra el crimen organizado y está a cargo del control de la seguridad en seis distritos: Pascuales, Modelo, Florida, Nueva Prosperina, Progreso y parte de Guayaquil. Una fuente de la FTC subraya la relevancia del toque de queda: “Hubo más facilidad para continuar con los allanamientos y para hacer el seguimiento a personas sospechosas. El toque de queda sí nos favorece bastante porque permite actuar directamente en flagrancia (momento en que una persona comete un delito)”. Estos son los resultados obtenidos durante el toque de queda: · 39 aprehendidos · 7 armas de fuego · 240 municiones · 40,22 kilogramos de droga · $363.182,91 · 3 vehículos · 47 motocicletas La fuente indica que los detenidos “no son ciudadanos comunes que hayan infringido el toque de queda, sino presuntos miembros de los GDO”. En estos territorios hay presencia, por ejemplo, de Los Lobos, Los Tiguerones, Los A27 (facción de Los Lobos). También señala que las muertes violentas se redujeron durante la vigencia del toque de queda: “Sí se ve una disminución en la medición que tenemos de los homicidios intencionales, usualmente había entre seis u ocho muertes y durante el toque de queda hubo entre una y tres muertes”. Sin la medida, se deben observar los indicadores para saber si aumentan y si se necesita un nuevo toque de queda, advierte.

El toque de queda facilitó capturar a varios objetivos importantes para el Ejército Una fuente de la Segunda División del Ejército “Libertad”, en Guayas, destaca que el toque de queda ayudó porque se restringe la movilidad a los diferentes grupos delincuenciales. “Nos da la facultad y nos permite tener mayor efectividad para encontrarlos en los diferentes lugares que tenemos monitoreados por inteligencia militar”, explica. Estos son los resultados obtenidos en 255 operaciones durante el toque de queda en las zonas de Guayas a cargo de la Segunda División del Ejército “Libertad”: · 21 personas aprehendidas · 249 gramos de droga · 1 alimentadora de arma · 5 armas de fuego cortas · 2 armas de fuego largas · 1 cámara · 3 vehículos retenidos · $3.247 · 8 motocicletas retenidas · 3 municiones percutidas · 52 municiones · 7 celulares Entre los 21 detenidos se incluye a varios cabecillas. Ejemplifica el caso de la captura de alias Roy y alias Papá Roy, miembros de Los Lobos, durante una operación del 27 de septiembre. “Ellos cayeron con más de 1.000 municiones (en su poder). Ya salieron libres. Se sabe por fuentes humanas que habrían pagado $60.000 para obtener su libertad”, comenta. Alias Roy es considerado por el Ejército como un sicario, almacenador de armas, municiones, explosivos, expendedor de droga y cabecilla que opera en el sector El Limón, en El Empalme. Otro ejemplo es el caso de alias La Muerte, que tiene prisión preventiva, hay preocupación de que se le dicte sentencia por el delito de porte de armas y no por descuartizar a una persona, señala la fuente. “Sería bueno poder reforzar, pero de nada vale que se extienda un toque de queda o estado de excepción si el sistema de justicia no colabora”, cuestiona la fuente. El Ejército tiene pendiente dar a conocer los resultados consolidados de las operaciones en Manabí y El Oro. (DLH)


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ECONOMÍA SANTO DOMINGO | VIERNES 02/OCTUBRE/2026 I

Solo 1% de emprendimientos puede crecer y generar empleo

La falta de cifras de junio, julio y agosto oculta la situación de jóvenes y trabajadores, en un país donde el emprendimiento surge principalmente por necesidad y apenas $12,5 millones de capital de riesgo llegaron a empresas en 2025.

La falta de empleo es el resultado de una economía con problemas estructurales y falta de transparencia.

Ecuador tiene muchos emprendedores, pero eso no significa que esté creando suficientes empresas capaces de crecer y generar empleo formal. Un estudio publicado en septiembre de 2026 por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) muestra una brecha que ayuda a explicar por qué el país puede tener una alta actividad emprendedora y, al mismo tiempo, mantener un mercado laboral con dificultades para generar suficientes puestos de calidad. El dato más llamativo es que, frente a unos 3,59 millones de personas involucradas en etapas tempranas de actividad emprendedora, el estudio identifica alrededor de 600 emprendimientos dinámicos. Estos representan aproximadamente 0,02% de ese universo y son los que tienen características asociadas con crecimiento, contratación de trabajadores, innovación, exportaciones y capacidad de competir fuera de su mercado local. La diferencia es importante porque no todo emprendimiento nace con el objetivo o las condiciones para convertirse en una empresa que contrata trabajadores. Una parte importante

surge como una respuesta a la falta de empleo. De hecho, el estudio señala que 91,5% de los emprendedores afirma que inició su actividad porque los empleos son escasos. Además, 71,1% trabaja por cuenta propia y no tiene trabajadores contratados, mientras que 96% vende únicamente dentro de su zona de residencia. Solo 1% espera generar más de 19 empleos en los próximos cinco años. Esto cambia la lectura tradicional sobre el emprendimiento. El problema de Ecuador no sería únicamente crear más negocios, sino conseguir que una mayor proporción de esos negocios logre pasar de la subsistencia o el autoempleo hacia empresas con capacidad de crecer. Tres meses sin nuevos datos laborales ahondan los problemas económicos en Ecuador El problema del emprendimiento se profundiza mientras Ecuador atraviesa un período en el que la información oficial sobre el mercado laboral está rezagada. Hasta este 2 de octubre de 2026, el INEC mantiene publicada información de la Encuesta de Empleo única-

mente hasta mayo de 2026. Ese mes, el desempleo nacional fue de 3,1%, mientras que entre los jóvenes llegó a 7,9%, más del doble del promedio nacional. Por eso, durante junio, julio y agosto no existe todavía una fotografía oficial mensual comparable que permita saber qué ocurrió con el desempleo, el empleo adecuado, el subempleo o la informalidad. La ausencia de esos datos es especialmente relevante para los jóvenes. El estudio del BID calcula que Ecuador tiene alrededor de 3,7 millones de jóvenes entre 18 y 29 años, de los cuales unos 2,2 millones forman parte de la Población Económicamente Activa. El Ministerio del Trabajo, por su parte, reportó más de 66.000 nuevos contratos registrados y activos en agosto y más de 470.000 entre enero y agosto de 2026. Sin embargo, esos registros no equivalen automáticamente a personas que consiguieron un nuevo empleo: un contrato puede corresponder a una persona que ya estaba trabajando, a una modificación contractual o a una nueva vinculación. Tampoco permite conocer por sí solo si se trata

de empleo adecuado, informalidad o qué salario recibe el trabajador. Por eso, mientras la economía ya cuenta con datos recientes, el mercado laboral todavía no tiene una actualización mensual completa. El Banco Central reportó que el PIB creció 2,1% interanual en el segundo trimestre de 2026, con un aumento de 3,5% en el consumo de los hogares y de 10% en la inversión. Además, el IMAEc de julio creció 7,9% frente al mismo mes de 2025. “Pero crecer no significa automáticamente generar más empleo formal o mejores ingresos. Esa conexión necesita ser medida. Sin datos actualizados, los ecuatorianos están a ciegas y es imposible establecer medidas efectivas para generar empleo”, explicó Andrés Rodríguez Verdesto, economista. Más empresas, pero casi el mismo empleo formal en Ecuador El propio estudio del BID encuentra otra señal relevante. Entre 2015 y 2025, el número de empresas pasó de aproximadamente 469.850 a 543.660, un aumento cercano al 15,7%. Sin embargo, el número de empleos formales se mantuvo prácticamente estancado: pasó de 2,97 millones a 2,98 millones en ese mismo período. En otras palabras, Ecuador consiguió aumentar la cantidad de empresas registradas sin que eso se tradujera en un crecimiento equivalente del empleo formal. El BID advierte que las distintas bases de datos utilizadas en el estudio miden universos diferentes y que no permiten establecer una relación causal directa entre emprendimiento, número de empresas y empleo. Aun

así, la comparación muestra una dificultad estructural: crear empresas no necesariamente significa crear empresas que contraten. Falta capital para que crezcan los emprendimientos y el empleo en Ecuador A la dificultad para transformar emprendimientos en empresas de mayor escala se suma la falta de financiamiento especializado. En 2025, Ecuador registró apenas 10 operaciones de capital de riesgo por unos $12,5 millones. El estudio del BID señala además que una parte significativa del financiamiento disponible para emprendimientos ecuatorianos proviene de inversionistas y fondos internacionales, una señal de que el mercado local todavía tiene poca profundidad. La diferencia frente a otros países de la región también es marcada. El capital de riesgo por habitante se ubicó en alrededor de $2,25 en Ecuador, frente a $42,49 en Chile, $23 en Brasil, $8,22 en Colombia y $5,88 en Uruguay. El estudio identifica incluso un problema conocido como el “missing middle”: empresas que ya superaron la etapa inicial, tienen posibilidades de crecer, pero no encajan bien ni en el crédito bancario tradicional ni en las condiciones exigidas por los fondos de capital de riesgo. Esto ayuda a entender por qué puede existir dinero interesado en Ecuador sin que necesariamente llegue en grandes cantidades a las empresas que podrían escalar. El BID señala que 32% de los fondos regionales consultados identificó a Ecuador como un mercado prioritario, pero la inversión efectivamente desplegada continúa siendo baja. Además, según el análisis financiero del estudio, los retornos requeridos para invertir en emprendimientos ecuatorianos pueden ser mucho mayores que en mercados vecinos, debido a factores como riesgo, liquidez, regulación y riesgo país. Con el volumen actual de operaciones, el propio estudio concluye que la economía del capital de riesgo resulta difícil de sostener. (JS)


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CRONOS

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Lionel Andrés Messi Cuccittini

Cristiano Ronaldo dos Santos Aveiro

Fecha de nacimiento: 24 de junio de 1087 (39 años) Lugar de nacimiento: Rosario, Argentina Altura: 1,70 m Dorsal: #10 Equipo actual: Inter Miami CF

Fecha de nacimiento: 5 de febrero de 1985 (41 años) Lugar de nacimiento: Funchal, Madeira, Portugal Altura: 1,85 metros Dorsal: #7 Equipo actual: Al-Nassr F. C.

Tipo de goles Tiro libre

Cabeza

Penal

Tipo de goles Otro

Tiro libre

Cifras de la carrera entre Lionel Messi y Cristiano Ronaldo hacia los 1.000 goles oficiales: estadísticas actuales, promedios goleadores.

Penal

Otro

Cabeza

Gráfico: Xavier Peña Merchán Fuente: Investigración propia - Cifras al 1 de octubre de 2026 Diario LA HORA

Sus números Partidos jugados

1.177

Goles totales

931

1.338 979

Promedio goleador (goles por partido)

Minutos por gol (x min.)

¿Cuánto les falta para los 1.000 goles? 69

21

Por equipo y selección Lionel MessiFC

Barcelona (2004–2021): 672 goles en 778 partidos PSG (2021–2023): 32 goles en 75 partidos

Inter Miami CF (2023–presente): 102 goles en 117 partidos Selección de Argentina (2005–presente): 125 goles en 207 partidos Total clubes: 806 goles Total carrera: 931 goles

Pie derecho

Pie izquierdo

La Copa del Mundo Título de Messi más importante

Cristiano Ronaldo

Sporting CP (2002–2003): 5 goles en 31 partidos Manchester United (2003–2009, 2021–2022): 145 goles en 346 partidos Real Madrid (2009–2018): 450 goles en 438 partidos Juventus FC (2018–2021): 101 goles en 134 partidos Al-Nassr FC (2023–presente): 132 goles en 155 partidos Selección de Portugal (2003–presente): 146 goles en 234 partidos Total clubes: 833 goles Total carrera: 979 goles

Títulos Totales (Equipo + Individual)

Pie izquierdo

Pie derecho


GLOBAL 18

I SANTO DOMINGO | VIERNES 02/OCTUBRE/2026

Donald Trump considera que aún no existen las condiciones para celebrar elecciones en Venezuela y destaca su buena relación con Delcy Rodríguez. El mandatario defendió la continuidad de las autoridades y vinculó su postura con la llegada de grandes petroleras y los ingresos de la explotación de crudo. DECLARACIÓN. “El presidente de EEUU afirmó que pronto llenarán las reservas con la enorme cantidad de petróleo que extraen de Venezuela”.

MADRID. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, dijo que es “demasiado pronto” para convocar elecciones en Venezuela. “Ahora mismo es un tema muy delicado”, señaló el mandatario, que no cree que todavía exista la situación ideal para celebrar unos comicios que la oposición de ese país demanda. Trump ha dicho en una entrevista que publica la revista ‘Time’ este jueves que hay “muy buena” relación con la presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez, y ha defendido su decisión de mantener al frente a las mismas autoridades pre-

vias al arresto del presidente Nicolás Maduro por parte de fuerzas estadounidenses. Así ha puesto como ejemplo que tras la ocupación estadounidense de Irak, desde la administración del expresidente George W. Bush “despidió a todo el mundo” y “no había nadie que dirigiera” el país. “Yo hice lo contrario (...) No despedí a nadie y Delcy era quien estaba al mando. Trabajamos bien juntos”, ha argumentado. El presidente de Estados Unidos ha asegurado que hablaría con Delcy Rodríguez sobre unas futuras elecciones, pero “ahora mismo es un tema muy delica-

do”. Está “demasiado verde”, apuntó “Creo que es demasiado pronto. Exxon y Chevron, todas las grandes petroleras se están instalando. Estamos ganando mucho dinero, pero Venezuela también está ganando mucho dinero, y tenemos el control total de todo”, afirmó Trump. “Tenemos una muy buena relación. Estamos atrayendo a las grandes compañías petroleras. Estamos extrayendo una enorme cantidad de petróleo. Pronto llenaremos nuestras reservas nacionales, las reservas estratégicas nacionales”, apuntó. (EUROPA PRESS)

Juicio No. 15951-2024-00345 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, viernes 4 de septiembre del 2026, a las 18h26. R. del E. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON TENA, PROVINCIA DE NAPO NOTIFICACIÓN POR LA PRENSA: PUBLICACIÓN JUICIO

: ALIMENTOS

NUMERO

: 15951-2024-00345

ACTOR

: MORENO OTACOMA DOMENICA DALLYANA

DEMANDADO

: CLAVIJO MONTERO SAMUEL ENRIQUE

TRAMITE

: SUMARIO

CUANTIA

: INDETERMINADA

JUEZ (E)

: DR. MARCOS GUERRERO FUENTES, JUEZ ENCARGADO

SECRETARIA

: AB. ELSA MARIELA POVEDA SANTILLAN

“UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. VISTOS: Tena, miércoles 15 de mayo del 2024, a las 14h21. VISTOS: Ab. Marcos Vinicio Guerrero Fuentes, en mi calidad de Juez Encargado de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, de la ciudad de Tena, dependencia de la Corte Provincial de Napo, según Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura No. 214, de 27 de noviembre de 2017 y Acción de Personal Nro. 0243-UPTH-2024-MA del 14 de mayo de 2024, AVOCO conocimiento de la presente causa, en lo principal dispongo: 1.- La demanda de alimentos presentada por MORENO OTACOMA DOMENICA DALLYANA en contra de CLAVIJO MONTERO SAMUEL ENRIQUE, reúne los requisitos establecidos en el artículo 142, 146 y Arts. 332.3 del Código Orgánico General de Procesos, en adelante COGEP, por lo tanto, se acepta a trámite mediante procedimiento Sumario; en virtud de aquello, se fija como pensión alimenticia provisional la cantidad mensual de USD 129,35; equivalente al 28,12%, de la remuneración básica unificada del trabajador de USD 460.00, más beneficios de ley que el demandado debe suministrar, por mesadas anticipadas, dentro de los cinco primeros días de cada mes, a partir de la presentación de la demanda; conforme lo establecido en el Art. 146 inciso 3 del Código Orgánico General de Procesos, 3.- En virtud de aquello, CÍTESE al demandado CLAVIJO MONTERO SAMUEL ENRIQUE con el presente auto, la demanda y documentación adjunta a la misma, a través de atento deprecatorio dirigido a uno de los señores jueces de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con jurisdicción en la parroquia de Carcelén, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, previniéndole la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta Judicatura; la parte actora dará las facilidades del caso; 4.Conforme lo establece el numeral 3 del Art. 333 del COGEP, una vez citado en legal y debida forma al accionado, se le concede el término de diez (10) días para que conteste la demanda, tiempo en el que deberá señalar los mecanismos de notificación para el ejercicio de su defensa; 5.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Referente a los anuncios y solicitud de prueba presentados por la actora, se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP; sobre la admisibilidad y práctica de prueba se resolverá en la respectiva Audiencia.- 6.- Ofíciese conforme solicita, la parte actora prestará las facilidades del caso.- 7- Córrase traslado con la presente providencia a la oficina de pagaduría, a fin de que aperture un código SUPA, considerando el número de cuenta indicado en el formulario, mismo que será puesto en conocimiento del demandado; una vez abierto este código será el único medio a través del cual el alimentante realizará los depósitos de las pensiones alimenticias; 8.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos, téngase en cuenta la designación de su defensa, la autorización conferida en su favor y el correo electrónico señalado.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE....” “…Tena, martes 11 de agosto del 2026, a las 12h10. VISTOS: Ab. Marcos Guerrero Fuentes en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de Familia con sede en el Cantón Tena, mediante Acción de personal de fecha 11 de marzo del 2026; AVOCO CONOCIMIENTO de la causa Nro. 2024-00345, en lo principal: 1.- Agréguese al proceso el escrito juramentadado, presentado por la actora, proveyendo, en mérito al juramento rendido de que ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado; CÍTESE a CLAVIJO MONTERO SAMUEL ENRIQUE, mediante tres publicaciones en fechas distintas en la prensa del diario “LA HORA” de amplia circulación, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, previniéndole, sobre la obligación que tiene de comparecer a juicio, señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, de contestar la demanda planteada en su contra en el TÉRMINO DE DIEZ DIAS, así como de anunciar los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción observando lo dispuesto en los Arts. 151, 152, 153, 157, 169 inciso cuarto del Código Orgánico General de Procesos, que por secretaria se entregue el extracto de la demanda para su publicación correspondiente. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Conminando a la peticionaria a prestar las facilidades para el cumplimiento de la diligencia de citación. NOTIFÍQUESE…” Tena, 04 de septiembre del 2026.

POVEDA SANTILLAN ELSA MARIELA

001-005-0891

Trump considera demasiado pronto celebrar elecciones en Venezuela

SECRETARIA

María Luz Arellano

¿CÓMO ENTRENAR A LA MENTE? CON

Gabriela Vivanco


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GLOBAL

SANTO DOMINGO | VIERNES 02/OCTUBRE/2026 I

Bukele buscará un tercer mandato en febrero de 2027

Juicio No. 17230-2020-12756 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 16 de septiembre del 2026, a las 08h54. REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.

El jefe de Estado, en el poder desde 2019, podrá presentarse tras la reforma constitucional de 2025 para eliminar el límite de mandatos.

EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: LUCIA PAMELA MURILLO BARROS JUICIO: MONITORIO Nro: 17230-2020-12756 ASUNTO: COBRO DE FACTURAS O DOCUMENTOS ART. 356 NUM. 2. ACTOR: TANIA ISABEL PAZMIÑO REINOSO. DEMANDADA: LUCIA PAMELA MURILLO BARROS CUANTIA: USD. 9359,59 (NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE DÓLARES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). JUEZA: DRA. MÓNICA JACQUELINE FLOR PAZMIÑO. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 21 de diciembre del 2020, a las 11h04. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede; En lo principal, se considera: PRIMERO: La demanda presentada, por la señora PAZMIÑO REINOSO TANIA ISABEL; en contra de la señora LUCIA PAMELA MURILLO BARROS es clara, precisa y cumple con los requisitos determinados en los Arts. 142, 143 y 357 del COGEP, y está fundamentada en documentos previstos en el Art. 356 NUM 2 del COGEP (FACTURAS); por lo que, se la admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO MONITORIO; SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el Art. 358 del COGEP, la demandada LUCIA PAMELA MURILLO BARROS, en el término de QUINCE (15) días contados a partir de la citación, pague la obligación demandada; es decir, la suma de USD. $ 9.357,59 (NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA), o proponga las excepciones de las que se crea asistida; Bajo la prevención de que, en caso de no comparecer dentro del término concedido o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución; de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del Art. 358 del COGEP, que ordena: “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución, (…)”.- TERCERO: CÍTESE con el contenido de la demanda, escrito de aclaración y este auto interlocutorio de pago a la parte demandada en el lugar indicado en el libelo de la demanda, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 y siguientes del COGEP; previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Sin perjuicio de la citación ordenada, se dispone que por secretaría también se le haga conocer al demandado el extracto de la demanda y del auto inicial, en el correo electrónico, proporcionado por la parte actora, de lo cual, se dejará constancia en el sistema.- CUARTO: Considérese el anuncio de prueba realizado en la demanda, para lo cual se observará lo previsto en el Art. 359 del COGEP, en el evento de que se formule oposición.- QUINTO: La medida preventiva será atendida en el momento procesal oportuno; SEXTO.- Agréguense al expediente los documentos acompañados a la demanda; Téngase en cuenta la cuantía fijada, el casillero judicial y electrónico señalados por la parte actora para sus notificaciones.- Actúe el Abg. Paul Pérez Salazar, en calidad de Secretario Titular de esta Judicatura.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE. SOTO JIMENEZ CARLOS ENRIQUE JUEZ (PONENTE).

FIGURA. Nayib Bukele durante su intervención en Naciones Unidas.

MADRID. El Tribunal Supremo Electoral (TSE) de El Salvador ha fijado el 28 de febrero de 2027 como fecha para las próximas elecciones presidenciales, en las que el actual jefe de Estado, Nayib Bukele, aspirará a un tercer mandato tras la reforma de la Constitución en 2025 para eliminar los límites a los mandatos presidenciales y abrir la puerta a que intente renovar su periodo en el cargo, al que llegó en 2019. “El TSE convoca oficial-

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 14 de septiembre del 2026, a las 16h00. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal se dispone lo siguiente: Atento al juramento rendido por la Señora TANIA ISABEL PAZMIÑO REINOSO; y de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena CITAR a LUCIA PAMELA MURILLO BARROS por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación y que se editan en la ciudad de Quito.- Al efecto, confiérase el extracto respectivo. Por medio de secretaria de esta Unidad Judicial, confiérase el extracto ordenado, ejecutoriado que sea este auto de sustanciación; en relación a ello, una vez que conste dentro del nuevo sistema E-SATJE-2020, la parte actora (interesada), visualizara su contenido y deberá acercarse a la oficina de diligencias del complejo judicial NORTE piso 8, a fin de que retire el mismo. Conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos – COGEP que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente establece: “ Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”, todas las notificaciones en la presente causa se realizarán únicamente de forma electrónica a los correos o casilleros electrónicos que las partes han designado para el efecto. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- MONICA JACQUELINE FLOR PAZMIÑO JUEZA (PONENTE).

ANULACION

VALENCIA ARIAS JOSÉ RAÚL SECRETARIO (A)

001-005-0889

Lo que pongo en su conocimiento y Cito a Usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.

ALFRED SPECK ANDRADE C.I. 1703456218

001-006-1008

POR HABERSE EXTRAVIADO, QUEDA(N) ANULADO(S) EL(LOS) TITULO(S) DE ACCIONES Nos. 458 DEL CONJUNTO CLÍNICO NACIONAL – CONCLINA C.A., DE PROPIEDAD DE ALFRED SPECK ANDRADE

mente a la ciudadanía a las elecciones 2027. La jornada electoral se celebrará el domingo 28 de febrero de 2027”, dijo la presidenta del organismo, Roxana Soriano, quien ha detallado que en dicha jornada serán elegidos 528 funcionarios, incluidos el presidente, el vicepresidente, diputados, alcaldes y regidores, entre otros. “Son ustedes, los ciudadanos, quienes mediante el voto decidirán el rumbo del país y legitimarán a las autoridades que ejercerán la representación pública durante el próximo período. Esa decisión pertenece exclusivamente al pueblo salvadoreño”, destacó. Así, ha detallado que los aspirantes a la Presidencia, la Vicepresidencia y la Asamblea Legislativa tendrán que presentar sus candidaturas entre el 1 de octubre y el 19 de noviembre,

mientras que los aspirantes a los Concejos Municipales deberán hacerlo entre el 9 y el 19 de noviembre, fechas fijadas para la recepción de las candidaturas. Soriano ha manifestado además que, a fecha del 15 de septiembre, hay más de 6,5 millones en el censo de votantes, incluidos más de 982.000 residentes en el extranjero, al tiempo que ha confirmado que, a raíz de la modificación constitucional, estos últimos contarán con circunscripción electoral propia y elegirán a un total de seis diputados. “Cada etapa del proceso electoral desde el extranjero, se rige por la ley y por rigurosos controles técnicos: auditorías independientes antes, durante y después de la votación; pruebas de seguridad y simulacros; registros auditables que no vinculan al votante con su voto; y comprobante de recepción”. “A cada salvadoreño habilitado para votar, dentro y fuera del territorio nacional, le hago un llamado: ejerzan su derecho al sufragio. Infórmense por los canales oficiales y participen de manera libre, consciente y responsable”, ha señalado Soriano, quien ha pedido además a los medios que “consulten, verifiquen y difundan responsablemente la información de los canales oficiales”. Bukele obtuvo en julio el apoyo del partido Nuevas Ideas para una tercera candidatura al frente del país centroamericano tras unas primarias en las que la formación no informó sobre porcentaje de votos o aspirantes, si bien aún ha de dar el paso de presentarla oficialmente, algo que puede hacer desde este mismo jueves, según el calendario desvelado por el TSE. El país se encuentra desde marzo de 2022 bajo estado de excepción, en medio de los argumentos de las autoridades sobre la utilidad de la medida para la lucha contra las pandillas y la criminalidad y las denuncias de diversas organizaciones no gubernamentales sobre abusos por parte de las fuerzas de seguridad durante las operaciones, que dejan miles de detenidos. (EUROPA PRESS)


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Santo Domingo

VIERNES 02 DE OCTUBRE DE 2026

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El Carmen vive horas de violencia por nuevos asesinatos

Tres personas fueron asesinadas esta semana en distintos sectores de El Carmen, en hechos que causaron preocupación entre la población. La violencia también alcanza zonas cercanas a Santo Domingo, donde se han registrado otros crímenes en las últimas semanas. 11

Delincuentes se hacen pasar por pasajeros y asaltan un bus Alrededor de cuatro sujetos armados abordaron un bus en Guayaquil y esperaron hasta la madrugada para cometer el asalto. El hecho ocurrió cerca de Luz de América, cuando la unidad circulaba por la vía a Quevedo. La Policía realizó operativos de búsqueda, pero no logró localizar a los sospechosos.

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Santo Domingo: 02 de octubre, 2026 by DIARIO LA HORA - Issuu