Nacional: 27 de enero, 2026

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Sistema tributario ayuda a formalizar la economía

Los impuestos sí pueden ayudar a crecer. De hecho, Ecuador puede usar el sistema tributario para formalizar su economía. Un esquema bien diseñado puede ayudar a reducir la informalidad, atraer inversión y crecer más, sin subir impuestos. 6

FF.AA.: sigue el legado del Cenepa ante nuevo enemigo

ADN y RC han coincidido en temas sensibles 3

Trump envía al ‘zar de la frontera’ a Minneapolis 9

Alcalde guarda silencio ante denuncia por peculado 8

ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ aquereje@gmail.com

Todo tiene su lado bueno y su lado malo

Esdifícil de asimilar la propuesta de dejar de recurrir, o por lo menos bajar el tono, al tremendismo, que desborda en los medios de comunicación. Llega la noche y, antes de dormir, suelo decirme que “todo va a estar bien”. Pero al día siguiente la prensa ecuatoriana, por ejemplo, vuelve por sus fueros negativos.

En general los medios no suelen presentar la realidad, sino lo peor de ella. Sin embargo, pese a tantas noticias sombrías, los peores escenarios no se han materializado a pesar de aquellos severos vientos que el “torrente” de marras nos dejara los días anteriores. Nos encanta alardear de que somos virtuosos, pero no queremos asumir el coste de la virtud.

Hay problemas reales, pero pretendemos (editores, periodistas y “opinólogos”), enfrentarlos y resolverlos de inmediato, haciendo que todo el mundo prometa cosas que en la práctica no es posible resolver. Sumar en lugar de dividir para semejante empeño debería ser tender puentes donde otros levantan muros. En la vida real, todo tiene su lado bueno y su lado malo. La disposición “natural” de los medios en la mayoría de los conflictos, es ir a los extremos. Todo el mundo vocifera y nadie sabe en verdad qué debería hacerse. Si lo bueno predominara en los titulares de todos los medios, se los calificaría de aburridos.

Articular las necesidades, deseos, sueños y aspiraciones de nuestra sociedad, y transformarlos en un diagnóstico de la situación, es viable siempre que haya intereses coincidentes. Como sabemos, en las democracias legítimas se acaba encontrando el camino para salir de las crisis... hasta la siguiente. Y en el proceso, los medios ocupan una posición central.

¿Qué podría pasar ahora? Muchos de los que tienen una visión alarmista minimizan la capacidad de adaptación de la gente. Los medios cuentan las crueles tragedias que les pasan a otras personas de su entorno y en sitios lejanos, pero quienes consumen las “ofertas” informativas nunca imaginan que todo eso les pueda pasar a ellos.

PABLO GRANJA ÁVALOS granja.pablo@yahoo.com

El Presidente que a nadie deja indiferente

Los presidentes al pasar de la tarima al escritorio generan sentimientos que se potencian y radicalizan. Más aún al poseer un poder tan enorme y una determinación tan férrea como Donald Trump, que acaba

EDITORIAL

Riesgosa polarización en EE.UU.

El homicidio de un ciudadano estadounidense el sábado pasado, a manos de agentes del Servicio de Control de Inmigración y Aduanas de Estados Unidos (ICE), constituye el segundo episodio de esta naturaleza en Minneapolis en menos de un mes. La ciudad, símbolo de resistencia y activismo cívico, fue también el escenario del asesinato de George Floyd, víctima del abuso policial que viró la discusión sobre el uso de la fuerza en EE.UU.

Diez disparos recibió el enfermero Alex Pretti, del servicio federal de atención a veteranos de guerra; analistas del New York Times lo comparan con una ejecución extrajudicial. Tres mil agentes del ICE llegaron a Minnesota, un estado con una población inmigrante considerablemente menor que la de Texas o Florida.

Preocupa la creciente polariza-

ción en EE.UU. y la distancia que ya guardan algunos estados con el gobierno federal. Esta Unión nació cuando los estados cedieron ciertas competencias al poder federal que debía garantizar la seguridad, la estabilidad política y un mercado integrado, sin renunciar al control de sus asuntos internos ni la protección de las libertades individuales.

Cuando fuerzas federales atentan contra ciudadanos que protestan frente a medidas percibidas como abusivas, se erosiona la confianza pública, y se pone en riesgo la cohesión de la propia Unión. El magro resultado del Foro de Davos mostró una geopolítica mundial hostil y poco colaborativa: los nórdicos hablan de reforzar su seguridad y la OTAN tambalea. Ante una geopolítica mundial hostil y poco colaborativa, bien haría el gobierno estadounidense en mantener la paz, al menos, dentro de sus fronteras.

de cumplir su primer año sacudiendo los tableros mundiales. Sin tapujos ni esperas está liderando grandes transformaciones, como la anexión de Groenlandia; acabar con las guerras, ya lo ha hecho con ocho; retirarse de organismos internacionales; renegociar acuerdos comerciales; combatir al narcotráfico y las dictaduras; eliminar los gastos superfluos.

El presupuesto 2025-2026 contempló una reducción de $100.000 millones. Se eliminaron apoyos millonarios a organizaciones Lgbti+ en Serbia y Lesoto; clases de cocina y danza

de prostitutos en Haití; circuncisiones y vasectomías en Zambia, y un largo etcétera. Está en camino un recorte de $500.000 millones del Medicare, por ser “fuente de fraude, desperdicio y abuso”.

En su discurso inaugural, Trump dijo que “En lugar de gravar a nuestros ciudadanos para enriquecer a otros países, aplicaremos aranceles e impuestos a los países extranjeros para enriquecer a nuestros ciudadanos”. En esta línea, renegoció tratados que han reactivado las inversiones domésticas y reportado ingresos al Gobierno; como con China que asciende a $70.000 millones.

MILDRED MOLINEROS G. mmolinerosg@masmediacion.law

¿Debe todo conflicto llegar a un juez?

Lossistemas judiciales en el mundo están saturados. Millones de causas se acumulan año tras año y los procesos se prolongan hasta el punto en que el tiempo le quita fuerza a la propia Justicia. Porque cuando una decisión llega tarde, deja de ser verdaderamente justa. Ecuador no es ajeno a este escenario. Según las estadísticas oficiales del Consejo de la Judicatura, publicadas en su Portal de Estadística Judicial, el sistema judicial ecuatoriano recibe anualmente más causas de las que logra resolver dentro del mismo período, lo que genera una acumulación sostenida de procesos pendientes.

La sobrecarga procesal, sumada a la escasez de jueces y recursos, convierte al tiempo en un enemigo silencioso. Según los indicadores regionales elaborados por el Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), Ecuador presenta una tasa de congestión judicial superior a los niveles considerados eficientes.

Felizmente, en Ecuador existe un mecanismo alternativo que puede aliviar esta carga: la mediación. Este es un proceso voluntario y confidencial mediante el cual las personas, con la ayuda de un tercero imparcial, dialogan y construyen sus propios acuerdos, sin necesidad de someterse a un juicio largo y costoso. Utilizarla no solo permite resolver conflictos de manera más rápida y eficaz, sino que evita gastos innecesarios y reduce costos que hoy asume el aparato judicial del Estado. Cada conflicto que se resuelve por la vía del diálogo es un expediente menos que ingresa al sistema, menos recursos públicos invertidos y más tiempo disponible para que los jueces atiendan los casos que verdaderamente requieren una decisión jurisdiccional.

De esta manera, los jueces pueden concentrarse en los casos que realmente lo requieren, mientras que las personas encuentran soluciones más rápidas y adecuadas cuando la naturaleza del conflicto lo permite.

Tal vez el desafío no sea solo mejorar los tribunales, sino repensar cómo entendemos la justicia.

No ha escatimado sus críticas contra la Unión Europea por acogerse a la Agenda 2030 y admitir la islamización que desafía y amenaza a la cultura de Occidente; y ha arremetido contra el globalismo del Foro de Davos. Logró que los integrantes de la OTAN incrementen sus aportes al presupuesto, que Estados Unidos cubría en un 62%. Ha dispuesto el retiro de 66 organismos internacionales, la mitad de ellos de las Naciones Unidas, a la que ha criticado por no cumplir con las funciones para las que fue creada. Al respecto, la semana pasada anunció

la conformación del “Consejo de Paz”, cuyo fin será el de resolver conflictos y participar en procesos de paz. La cuota de ingreso es de mil millones por país y su primera gestión será conformar un Gobierno en Gaza que administrará su reconstrucción. Ya hay 25 países que han confirmado su integración.

Su determinación para imponer un nuevo orden mundial nos hace recordar al poeta Campoamor: “Nada es verdad ni mentira, todo es del color del cristal con que se mira”, que sirve para juzgar al presidente que a nadie deja indiferente.

Hostilidad y coincidencias marcan gestión de ADN y RC en la Asamblea

Las mismas organizaciones políticas que hoy cuestionan a Mario Godoy, se alinearon en varias ocasiones para designarlo presidente del Consejo de la Judicatura.

El juicio político a Mario Godoy, presidente del Consejo de la Judicatura (CJ), planteado por el correísmo entra a una semana clave.

Hasta el 31 de enero de 2026, Godoy y sus interpelantes deberán presentar pruebas de cargo y descargo en la Comisión de Fiscalización dominada por el gobiernista Acción Democrática Nacional (ADN).

La hostilidad política que en las últimas horas se ha intensificado entre ADN y la Revolución Ciudadana (RC) por desacuerdos en torno a la fiscalización de funcionarios públicos y trabajo legislativo. También está marcada por antecedentes de mutuas coincidencias que los ha llevado a buscar consensos para impulsar sus agendas político-electorales.

Un acuerdo que se cocinó en conjunto con el Partido Social Cristiano (PSC) ocurrió en noviembre de 2023, cuando ADN y el correísmo

dieron sus votos para que Henry Kronfle (PSC) asuma la presidencia del Parlamento. El acuerdo que duró menos de cinco meses, le permitió a ADN aprobar proyectos de ley.

Ese pacto político en el Legislativo se rompió en abril de 2024 tras la captura del exvicepresidente de la República, Jorge Glas, en la sede de la Embajada de México en Quito.

En ese mismo periodo, Mario Godoy fue elegido como presidente del CJ. Sin embargo, durante 2024 y 2025, las mismas organizaciones políticas que hoy cuestionan a Godoy gestionaron en varias ocasiones para designarle como titular del CJ para el período 20192025 y, posteriormente, ratificarle hasta 2031.

El correísmo, que allanó el camino para colocarlo al frente del CJ, en julio de 2024, ahora busca su destitución. ADN dice que aún no toma una decisión.

Coincidencias para asignar escaños

El 20 de junio de 2025, ADN y el correísmo volvieron a unir sus voluntades. En una sesión de la Asamblea aprobaron las reformas al Código de la Democracia.

Las modificaciones a la Ley Electoral, aprobadas con 125 votos, de ADN, el correísmo y un sector de Pachakutik, trazaron la cancha para las futuras elecciones. Con esta decisión quedaron definidas las reglas de juego para la futura competencia electoral.

La decisión modificó el sistema de asignación de escaños. Pasó a regir el método D´Hondt , desplazando a la fórmula Webster, que adjudicaba escaños con proyección a beneficiar a las minorías, ya que el total de votos obtenidos se divide para números impares (1, 3, 5 ,7 y más) hasta llegar al número de escaños disponibles.

El método D’Hondt, en cambio, estimula el fortalecimiento de las organizaciones políti-

JUSTICIA

cas más grandes y con mayor apoyo (ADN y el correísmo) y elimina competidores o a los partidos y movimientos que están en minoría.

D´Hondt le permitió, en su momento, al correísmo con el nombre de Alianza PAIS (AP) tener una sobrerrepresentación dentro de la Asamblea. En 2013, AP llegó a tener 100 legisladores que coparon el Legislativo.

Con D´Hondt se avizora un escenario de mayorías denominadas “ aplanadoras”. Los partidos y movimientos pequeños ya no tendrían representación dentro del Parlamento.

Fausto Jarrín, una ficha clave Fausto Jarrín llegó a la Asamblea en mayo de 2021 por la entonces bancada correísta de Unión por la Esperanza (UNES), y dimitió a la curul el 13 de julio de 2022. Argumentó que se dedicaría a ejercer su profesión de abogado. Jarrín formó parte de la defensa de Rafael Correa, en el caso ‘Sobornos’.

Pero, en octubre de 2025, la entonces ministra de Gobierno, Zaida Rovira, declaró a periodistas que Jarrín se desempeñaba como asesor del presidente de la República, Daniel Noboa. Rafael Correa criticó a Jarrín por su papel en el régimen de Noboa, y dijo “los corruptos siempre fueron ellos”. La influencia de Jarrín también se habría extendido al Cpccs. (SC)

Fiscalía: comisionados se autoconvocarán a primera sesión para elegir presidente y vicepresidente

COMERCIO

Ecuador fija nueva tarifa al crudo colombiano

ECONOMÍA

Ecuador vuelve a los mercados internacionales con la emisión de $4.000 millones en bonos

PAÍS FF.AA. conmemora los 31 años de la Guerra del Cenepa

VIBE QUITO ¿Dónde montar bicicleta en Quito?

ESMERALDAS 40 bomberos controlaron incendio estructural lahora.com.ec

FUNCIONARIOS. Niels Olsen (ADN), presidente de la Asamblea Nacional, y Viviana Veloz, excoordinadora del bloque de la Revolución Ciudadana (Foto: archivo)

Guerra del Cenepa dejó un legado de unidad y experiencia

El conflicto del Cenepa de 1995 dejó pérdidas humanas, pero también lecciones aprendidas e inspiración para las siguientes generaciones de militares. Un día despejado enmarcó, este 26 de enero de 2026, la ceremonia de conmemoración de los 31 años de la gesta heroica de la guerra del Cenepa, que involucró a los ejércitos de Ecuador y de Perú, en 1995.

El evento se desarrolló en las instalaciones de la Brigada de Selva 21 ‘Cóndor’ del Ejército, en la parroquia Patuca, de la provincia de Morona Santiago.

Hasta allí llegaron, tras un vuelo de 4.500 pies de altura, autoridades del Gobierno y familiares de los héroes del Cenepa.

Exaltación de unidad frente al enemigo

John Miño, comandante general del Ejército, dijo que en 1995 los militares actuaron bajo el lema del expresidente de Ecuador, Sixto Durán Ballén: “Ni un paso atrás”.

Exaltó que, en ese momento de la historia, el Ecuador “unido” demostró su capacidad para defender la soberanía.

Pero ahora, “nuestro oponente es invisible”, señaló con respecto a las estructuras criminales influenciadas por carteles y narcotraficantes.

El ministro de Defensa, Gian Carlo Loffredo, coincidió en que ahora cambió la forma del enemigo, pero no su intención, porque también busca arrebatar la soberanía.

“Aquí no hablamos solo del pasado. Hablamos de herencia. La sangre que se ofrendó en el Cenepa no fue en vano, es la misma que

hoy impulsa la defensa del territorio, el combate frontal al crimen organizado y la determinación de no permitir que el miedo gobierne al Ecuador”, expuso.

Loffredo indicó que el 26 de enero de 2026 fue un acto para rendir homenaje a los héroes del ayer, pero también fue un momento para reafirmar la confianza en los guardianes del presente: las Fuerzas Armadas del Ecuador.

Recuerdos difíciles de borrar María Herrera, viuda del sargento Agustín Anchico, es del Carchi, tiene 60 años y hace 31 años perdió a su pareja en la guerra del alto Cenepa. Afrontó la crianza de sus cuatro hijos, pero contó con la ayuda económica del Estado. “Con eso pudieron estudiar mis hijos, ellos ya son profesionales y ahora tengo tres nietos”, comentó.

Para Herrera, la guerra del Cenepa significa la paz para el país. “Mi esposo defendió nuestra tierra, son 31 años y no se han olvidado de

Los héroes del Cenepa

° El comandante Miño manifestó que el acto también representa un tributo a quienes ofrendaron su vida en la guerra del Cenepa. Se trata de los caídos en combate en 1995. Es decir, 33 efectivos militares de diferentes rangos. Los familiares de algunos excombatientes fallecidos recibieron un reconocimiento simbólico.

Soldados del Ecuador, el país observa, la historia registra y las futuras generaciones aprenderán que hubo un tiempo en el que el terror quiso imponerse y ustedes dijeron: no”,

CARLO

EL DATO

En 1995 Perú contaba con 75.000 efectivos del Ejército y Ecuador con 50.000, según Apuntes de un conflicto, documento del Centro de Estudios Históricos del Ejército de Ecuador.

mi esposo y siguen nuestros héroes aquí”, destacó.

La última vez que habló con su esposo, Herrera tuvo un presentimiento: “Me dijo: cuida a los niños, yo no sé si voy a regresar. Para una es triste, han pasado 31 años, pero es como si fuera hoy”, expresó.

Anchico decía que era “un soldado de guerra y que siempre, si la Patria lo llama, él tiene que estar ahí”, recordó su viuda.

El coronel en servicio pasivo Dehivi Salgado considera a la conmemoración como un hito en la historia de Ecuador. “Las presentes y futuras generaciones no

deben perder la memoria histórica, lo que se hizo en el país sirvió para cambiar la historia y hacer prevalecer la soberanía para permanecer activos, victoriosos en una de las últimas guerras en Sudamérica”, comentó.

La guerra es el último recurso para hacer respetar la identidad de un país, pero “en 1995 Ecuador hizo respetar su soberanía, los valores como ecuatorianos y nos sentimos orgullosos”.

Durante la guerra del Cenepa, Salgado tenía el grado de subteniente de Infantería y lo último en que pensaba era que le podía pasar algún accidente. “Como oficiales jóvenes teníamos unos valores y una forma de pensar íntegros”. Resultó herido en combate. En febrero de 1995, pisó una trampa explosiva que afectó a su pierna.

Aún recuerda la frase de Durán Ballén y mencionó que eso impulsaba a “mucha gente que quería enlistarse” en el Ejército.

El sargento primero en servicio pasivo del Ejército, Francisco Martínez Ushpa, combatió en el conflicto de Paquisha de 1981 con Perú y en la guerra de 1995 del Cenepa.

En su mente mantiene un recuerdo: “El enfrentamiento de persona a persona, la eliminación del enemigo por la defensa de nuestra integridad territorial, la Patria es primero”.

Sufrió una herida pero sin complicaciones. Envía un mensaje a los jóvenes militares: “Tenemos que conocer a profundidad nuestra historia (...), vivan y sientan en el alma porque nuestra Patria es única y defendamos nuestra libertad que es lo más importante”.

El cabo primero Iván Cabezas tiene 32 años y lleva 14 años de servicio. Dijo que para él la gesta del Cenepa es algo importante. “Es un legado que nos dejaron nuestros héroes”.

Símbolo de unidad nacional Paco Moncayo Gellegos, general en servicio pasivo del Ejército, lideró las operaciones terrestres durante el conflicto del Cenepa y estableció el puesto de mando en Patuca, por eso la importancia del sitio para la conmemoración.

Moncayo fue uno de los invitados a la ceremonia del 26 de enero y le asigna un significado a la gesta del Cenepa: “Unidad nacional, todo un pueblo con el corazón latiendo por la Patria, eso es el Cenepa”. Hay tantas anécdotas, pero una importante fue la disposición de atacar base norte (instalada por Perú) y el haber recibido el respaldo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, del Ministerio de Defensa y del presidente Durán Ballén “cuando dijo ni un paso atrás, ahí comenzó la guerra”.

Por eso enfatizó que las decisiones no son solo de los militares, sino “desde el Presidente hasta el último ciudadano, desde el más alto general hasta el último soldado, unidos por la Patria”.

También se refirió a la situación actual de inseguridad de Ecuador. “El Estado cuando entra en una guerra de estas, no entra en una guerra militar. Por supuesto, las políticas del Estado, del área social por ejemplo educación, salud, empleo, son tan importantes como las operaciones militares y policiales”, mencionó al plantear que con un enfoque global se puede enfrentar la problemática. (KSQ)

CIVISMO. Ceremonia por la conmemoración de los 31 años de la gesta del Cenepa. (Foto: La Hora).
GIAN
LOFFREDO, MINISTRO DE DEFENSA.

Extradición de alias Pipo no frena vinculación en caso Villavicencio

La extradición de Wilmer Chavarría no cambia el curso del proceso judicial en Ecuador. La audiencia de vinculación está prevista para este 28 de enero de 2026, donde se busca conectar a tres integrantes de los Lobos en el caso.

Wilmer Chavarría, alias Pipo , pasará de haber fingido su muerte a ser ex-

traditado a Estados Unidos . Chavarría es señalado como el líder del grupo nar -

La Gerencia General y el personal de Concesionaria Vial del Sol S.A., Operadora de la Concesión en el tramo Trujillo-Sullana en Perú, ante el sensible fallecimiento de quien en vida fuera:

Doña María de Jesús

Ortega de Garrido

Expresamos nuestro profundo pesar a toda su distinguida familia, en especial a sus nietos: Juan Francisco, Leonor, Natalia y José Antonio Hidalgo Garrido, y elevamos una oración para que la Paz y el consuelo los acompañen en estos momentos

Rosero enfatizó en que la extradición “no debería ser una causal para el diferimiento porque él ya estaba con defensoría pública para su vinculación”.

“Lo que puede darse es que se intente usar esta situación como un argumento para dilatar, eso es algo que está en lo previsible del caso, pero jurídicamente el juez no está obligado a suspender ni postergar audiencias por este motivo”, detalló.

Asistencia internacional

Verónica Sarauz, viuda de Fernando Villavicencio , afirmó que si Wilmer Chavarría es extraditado a Estados Unidos, en medio del proceso de la audiencia de vinculación y si se dilatan las audiencias, habrá que pedir asistencia internacional a EE.UU. por el caso de alias Pipo.

codelictivo de los Lobos y es una de las personas a quien se busca vincular en el caso del magnicidio de Fernando Villavicencio

El 23 de enero de 2026, el ministro del Interior, John Reimberg , informó que alias Pipo será extraditado a Estados Unidos desde España . Y destacó que, en coordinación estratégica con el país norteamericano, la Fiscalía estadounidense formuló cargos contra Wilmer Chavarría. Además, el líder de los Lobos fue solicitado por la Fiscalía para la audiencia de vinculación al caso Villavicencio , junto con dos integrantes más del grupo delictivo como Ángel Aguilar, alias Lobo menor, y Luis Arboleda, alias Gordo Lucho . Dicha diligencia está prevista para este 28 de enero, a las 15:00.

¿Qué pasa con la extradición?

Los representantes jurídicos de las víctimas del caso destacaron que, pese a lo ocurrido con alias Pipo, la audiencia de vinculación seguiría su curso.

El 4 de septiembre de 2025, Estados Unidos catalogó a los Lobos y los Choneros como organizaciones terroristas extranjeras. En el caso del Magnicidio FV, hasta el momento, son cuatro los procesados como presuntos autores intelectuales: Xavier Jordán, José Serrano, Ronny Aleaga y Daniel Salcedo.

Patricio Rosero , abogado de Tamia y Amanda Villavicencio, indicó que la extradición del líder de los Lobos, no lo blinda ni lo saca del radar del caso en Ecuador

“Desde un punto de vista jurídico, el que esté bajo una jurisdicción estadounidense abre una vía más sólida a una cooperación internacional por las circunstancias y las relaciones que hay actualmente, ya sea para recibir información, tomar versiones, practicar asistencias penales, o avanzar en responsabilidades conexas entre otros delitos que podrían haber existido”, explicó.

“A mí me pone un tanto contenta que este señor sea llevado a Estados Unidos y no a Ecuador porque el sistema judicial del país es el más corrupto de lo que nos ha tocado pasar en los últimos tiempos. Así que, una vez en ese país, este señor tiene que decir quién contrató a las personas que ordenaron el crimen de Fernando (Villavicencio) y decirnos qué mismo pasó”, destacó.

La viuda de Villavicencio espera que este 28 de enero se dé la audiencia de vinculación de estas tres personas, miembros de los Lobos , que faltan y que se les llame a pedir su versión.

Añadió que al ser Estados Unidos los custodios de Chavarría son a quienes se les debe solicitar la asistencia internacional y ya no a España, como se estaba realizando.

Nathalya Salazar, abogada de Verónica Sarauz , mencionó que en este caso no se requiere la presencia de las personas que serán vinculadas. Sin embargo, ya se han señalado casilleros de la Defensoría Pública, porque una vez que sean vinculados transcurrirán 30 días más para que puedan ejercer su derecho a la defensa. (DLH)

MAGNICIDIO. Fernando Villavicencio en el Coliseo del Colegio Anderson antes del atentado. (Foto: Archivo API)
TOME NOTA

El sistema tributario puede usarse para formalizar la economía

Un sistema tributario bien diseñado puede ayudar a Ecuador a reducir la informalidad, atraer inversión y crecer más, sin subir impuestos.

TRIBUTACIÓN.

Para millones de personas y pequeños negocios en Ecuador, tributar es sinónimo de trámites, sanciones y costos que no siempre se traducen en mejores servicios públicos

Por eso, una gran parte de la economía prefiere mantenerse al margen del sistema. Sin embargo, el problema es de diseño. El Banco Mundial plantea que los impuestos pueden dejar de ser un castigo y convertirse en un incentivo para crecer, formalizarse e invertir, si se construyen pensando en cómo reaccionan las personas y las empresas ante ellos.

Ese cambio de enfoque es clave para países como Ecuador, donde la informalidad sigue siendo alta y el crecimiento económico es bajo y frágil.

Recaudar bien los impuestos

El informe Repensar la tributación para impulsar el crecimiento en América Latina y el Caribe del Banco Mundial parte de un hecho contundente: Ecuador recauda relativamente poco en relación con sus necesidades, pero lo hace con impuestos que afectan de forma desproporcionada al crecimiento económico y que dejan a la mayoría en la informalidad.

Así, por ejemplo, en 2025

se cerró con una recaudación bruta de $21.500 millones. Desde el Gobierno de Daniel Noboa se celebró que ese monto es el más alto registrado en Ecuador.

“La mayor recaudación de impuestos está enfocada en exprimir a los pocos que ya pagan, desincentivando la inversión y la generación de empleo”, explicó Andrés Rodríguez, economista

Si se restan las devoluciones de impuestos y las notas de crédito, al final al presupuesto estatal llegaron $17.349 millones. Esto solo alcanzó para cubrir el 62% de todos los gastos de 2025.

El problema pasa por las siguientes características del sistema tributario ecuatoriano:

Las tasas del impuesto a la renta empresarial están entre las más altas del mundo. El IVA tiene múltiples exenciones, lo que reduce su eficiencia.

El impuesto a la renta personal recauda poco porque su base es muy estrecha. Menos del 10% de la población lo paga

Los impuestos a la propiedad, que son menos dañinos para el crecimiento, están subutilizados.

acotó Rodríguez.

¿Qué necesita hacer Ecuador?

Establecer tasas de impuesto a la renta empresarial moderadas y estables por ley, con cláusulas de no modificación en periodos mínimos (por ejemplo, 5 años).

Eliminar figuras temporales recurrentes que elevan la carga sin previsibilidad.

Dar señales claras de que el crecimiento formal será premiado, no castigado.

La lógica es simple: si crecer significa pagar mucho más y sin reglas claras, nadie quiere crecer

2. Reglas claras y previsibles: menos discrecionalidad, más confianza. Un sistema tributario no solo se define por sus tasas, sino por cómo se aplican las reglas

En Ecuador, la discrecionalidad administrativa y la complejidad normativa elevan los costos de cumplimiento, especialmente para pequeñas y medianas empresas.

El resultado es un sistema que empuja a empresas y trabajadores a la informalidad, reduce la inversión y termina recaudando menos de lo que podría en el largo plazo.

Cuando las tasas son altas, las reglas complejas y no hay transparencia sobre cómo se gastan los impuestos, las personas trabajan menos horas formales, evaden, eluden o simplemente no crecen.

Subir impuestos en ese contexto suele producir el efecto contrario al esperado.

1Tasas más moderadas y estables: que invertir deje de ser una apuesta. En Ecuador, uno de los principales problemas no es solo cuánto se paga de impuestos, sino la incertidumbre sobre cuánto se pagará mañana Cambios frecuentes en tasas, contribuciones temporales que se vuelven permanentes y reformas parciales generan un entorno donde invertir se siente como una apuesta de alto riesgo.

En los últimos 15 años, en promedio, se han hecho dos reformas tributarias al año en Ecuador.

“Cuando una empresa no puede prever su carga tributaria a cinco o diez años, posterga inversiones, reduce contratación o decide no crecer”,

mente, solo en exenciones y exoneraciones del IVA se van $4.190,07 millones al año. Eso representa más del 63% del gasto tributario. Mantener una estructura simple, con una tasa general clara.

Evitar tasas diferenciadas que fragmentan el sistema. Esto no implica subir impuestos indiscriminadamente, sino hacer que el IVA funcione como un impuesto eficiente y transparente.

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. Usar lo recaudado para transferencias monetarias focalizadas: ayuda directa, sin intermediarios. El Banco Mundial es contundente: si el objetivo es proteger a los hogares vulnerables, las transferencias directas funcionan mejor que las exenciones tributarias.

Esto porque el dinero llega directamente a quien lo necesita, se puede focalizar mejor; no distorsiona precios ni decisiones de consumo.

Las economías con reglas claras, simples y predecibles logran mayores niveles de cumplimiento voluntario , incluso con tasas más bajas.

¿Qué debe hacer Ecuador?

Normas tributarias simples, con menos excepciones y criterios interpretativos claros. Guías públicas y vinculantes del SRI que reduzcan el margen de interpretación. Procedimientos automáticos y digitales que sustituyan decisiones caso por caso. En términos prácticos: cuando cumplir es fácil y predecible, la formalidad deja de ser un problema

3. Un IVA más simple, con menos excepciones: menos parches, más eficiencia. El IVA en Ecuador, como en gran parte de la región, está lleno de exenciones que buscan proteger a los más pobres, pero que en la práctica benefician más a quienes consumen más, es decir, a los hogares de mayores ingresos. El problema es que las exenciones reducen la recaudación; complican la administración; y no son un instrumento preciso de política social.

¿Qué debe hacer Ecuador? Reducir gradualmente las exenciones del IVA. Actual-

¿Qué debe hacer Ecuador? Destinar parte del aumento de recaudación por un IVA más eficiente a fortalecer transferencias monetarias. Vincular estos programas a registros sociales actualizados y digitales.

Hacer visible el vínculo entre impuestos y beneficios: “lo que se recauda vuelve en protección social”.

Esto cambia la percepción ciudadana: pagar impuestos deja de ser un costo abstracto y se convierte en un pacto social visible.

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Impuesto a la renta personal: ampliar gradualmente la base hacia ingresos medios-altos. En Ecuador, como en el resto de la región, muy pocas personas pagan impuesto a la renta, pero quienes lo hacen enfrentan tasas relativamente altas. El resultado es evasión, informalidad y rechazo al sistema.

¿Qué debe hacer Ecuador? Incorporar progresivamente a los ingresos medios-altos al sistema.

Reducir el umbral de entrada de forma gradual y predecible. Evitar cambios abruptos que generen choques económicos. Más personas pagando poco es mejor que pocas personas pagando mucho (JS)

Ecuador necesita menos informales y más gente formal pagando impuestos.

Tasas de natalidad han caído por cambios económicos

y sociales

La reducción de la natalidad es un fenómeno que no se limita solo a la falta de deseo, sino que refleja también limitaciones estructurales y socioeconómicas.

Factores como realización personal, situación económica, crisis ambiental , entre otros influyen en mujeres que tienen entre 20 y 39 años y deciden no tener hijos. Las nuevas generaciones, además, dimensionan la responsabilidad que implica traer un niño al mundo.

Los datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), indican que una ecuatoriana tiene en promedio 1,7 hijos, frente a décadas pasadas donde la tasa de natalidad bordeaba los 6,8 por cada mujer.

Según la socióloga Alejandra Santín, esta tendencia, que se ha consolidado en el siglo XXI, cobrará más fuerza con el paso de los años. “En otros tiempos la preocupación era la sobrepoblación, en el futuro será el descenso de la fecundidad”, asegura.

Sus análisis, sobre este fe-

nómeno multifactorial, ubican como primera razón los motivos económicos, no solo en Ecuador, sino en América Latina . Indica que la juventud enfrenta inestabilidad laboral, empleos precarios, bajos ingresos, falta de seguro médico y escaso acceso a servicios de salud. “Esto no solo es motivo para no tener hijos, sino para limitar el número, en caso de ya tenerlos”, dice.

Esto, de acuerdo con Santín, viene de la mano de las desigualdades de género, debido a que las mujeres tienen menores oportunidades cuando son madres, ya que debido al rol de cuidadoras deben dividir su tiempo reduciendo, en la mayoría de casos, la productividad que busca una empresa. “Hablando de días, las madres se dedican entre 5 y 6 veces más al cuidado, en relación con el padre”, comenta.

Los cuidados y la maternidad son un trabajo no remunerado que también incide en el desarrollo profesional de la mujer. “Si consultamos solo en nuestro círculo cercano, la mayoría de madres cuidadoras no tienen un título profesional”. Esto es generacional, es decir, de un machismo que se viene arrastrando, afortunadamente, cada vez menos, comenta la experta.

La inestabilidad, el miedo a limitarse en el crecimiento profesional, el sentirse solas al momento de maternar, la falta de apoyo de una pareja e incluso la situación del país, por la inseguridad, para la socióloga, son los principales anticonceptivos de estos días.

Aunque todo apunta a generaciones de mujeres más responsables , muchas veces, desde el desconocimiento, se tilda de egoistas

La natalidad decrece en Ecuador

° Durante 2024, Ecuador registró 215.714 nacimientos, mostrando una disminución de 23.963 respecto a 2023 y una tendencia decreciente notable desde 1990.

° Las edades más frecuentes fueron:

° De 20 a 24 años, con un 25,8%.

° De 25 a 29 años, con un 25,1%.

° De 30 a 34, años, con un 19,7%.

EL DATO

Según datos de Naciones Unidas, a escala mundial la tasa de fecundidad ha caído desde 1950, con 5 hijos por mujer, a la actualidad con 2,2

factores como la educación sexual o la promoción de anticonceptivos, la pastilla del día después e incluso el aborto, situaciones que las jóvenes conocen a temprana edad”, dice.

a las que no quieren tener hijos, sin tomar en cuenta dichos factores. Para Santín, vivimos en una sociedad dada a cuestionar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y a culpabilizarlas por tener la autonomía que deben ejercer como derecho.

Una alerta y riesgo a futuro La falta de población joven derivada de la baja natalidad conlleva riesgos como el envejecimiento poblacional, la fragilidad de los sistemas de afiliación y salud y la escasez de profesionales jóvenes, indica la ginecóloga Jannette Rivas.

Según lo que ve en sus consultas, sobre todo de planificación familiar, el tener hijos ya no es una decisión conjunta de la pareja, sino más bien de las mujeres. “El no querer tener hijos viene también de una serie de

“Estos factores pueden interpretarse como libertad sexual para las mujeres, y está bien, sin embargo, muchas se arrepienten de la decisión que tomaron de jóvenes y llegan con avanzada edad a querer tratamientos para tener hijos, en algunos casos ya es imposible”, indica.

La doctora indica que los 40 años ya representan una edad de riesgo para tener un bebé, ya que existe mayor probabilidad de complicaciones para la madre, como preeclampsia o diabetes gestacional. La calidad y cantidad de óvulos disminuye con la edad, reduciendo la probabilidad de concebir y aumentando el riesgo de un aborto esponténeo.

Cuando una madre es mayor, el niño también puede sufrir de problemas cromosómicos, como síndrome de Down o parto prematuro, “pero con un buen control médico, muchas mujeres en estas edades tienen embarazos saludables”, dice Rivas. (ECA)

ALERTA. Experta advierte que las mujeres que no quieren tener hijos pueden arrepentirse a futuro. Foto: Archivo.

Compra de trolebuses lleva al Municipio a una crisis legal

La denuncia penal presentada por el concejal Wilson Merino se sustenta en un informe de Contraloría que identificó irregularidades en la contratación, un perjuicio económico y fallas técnicas en las unidades.

La situación política y administrativa del Municipio de Quito se tensó tras la denuncia penal presentada

jal Wilson Merino , quien acusa al alcalde Pabel Muñoz y a otros altos mandos municipales del presunto

marco de la compra de trolebuses eléctricos.

La acción se produce luego de que la Contraloría

‘La fiscalización está bloqueada’

Para Rocío Bastidas, representante del Cabildo Cívico, la denuncia presentada por Merino responde al ejercicio legítimo de su rol fiscalizador, ante la imposibilidad de avanzar en procesos de control político dentro del Concejo Metropolitano

toma de decisiones y bajo qué argumentos se optó por este mecanismo.

Responsabilidades políticas

Durante la entrevista con LA HORA, Merino explicó que la denuncia presentada ante la Fiscalía se sustenta exclusivamente en el informe de la Contraloría General del Estado, el cual contiene indicios de responsabilidad penal dentro del proceso de adquisición de los trolebuses eléctricos para Quito.

Bastidas sostuvo que, pese a los reiterados pedidos para que las autoridades comparezcan y expliquen el proceso de compra de los trolebuses, la mayoría afín al Alcalde ha impedido una fiscalización seria. “En esas circunstancias, Merino ha actuado conforme a la ley al acudir a los órganos de control y a la Fiscalía”, señaló.

La dirigente ciudadana enfatizó que, de acuerdo con la normativa nacional y local, un memorando firmado por la primera autoridad municipal no reemplaza los procedimientos de contratación pública. “Eso es justamente lo que se está cuestionando y lo que también ha despertado el interés de la Asamblea Nacional”, agregó.

La representante del Cabildo Cívico sostuvo que existe falta de claridad sobre los criterios que motivaron al Municipio de Quito a recurrir a la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (Unops), así como sobre los actores que intervinieron en ese proceso. “¿Por qué hay tanto interés en trabajar con la Unops?”, cuestionó, al tiempo que pidió que se investigue quiénes participaron en la

en el Trole: millones buses con fallas

La Contraloría detectó un perjuicio económico de $2,5 millones en la compra de 60 trolebuses eléctricos. El informe revela que el Municipio recibió unidades que incumplen 15 parámetros técnicos.

Principales hallazgos:

Convenio con Unops sin informes legales ni Prototipos aprobados sin inspección

Ausencia del sistema de estabilidad (ESP), clave para la seguridad.

Se pagó por unidades con estándares superiores, pero se recibieron buses que no cumplen lo contratado. El caso ya está en manos de la Fiscalía.

y penal.

Merino señaló que, pese a la gravedad de las observaciones del organismo de control, no se adoptaron correctivos políticos ni administrativos oportunos por parte de las autoridades municipales responsables, lo que motivó su decisión de acudir a instancias judiciales.

Asimismo, cuestionó la falta de acción del Alcalde y del Directorio de la Epmtpq, a quienes les correspondía ejercer control y fiscalización sobre el proceso contractual. En ese sentido, sostuvo que su intervención busca que se determinen responsabilidades y se esclarezca el uso de los recursos públicos.

‘Es una denuncia política’ El concejal de la Revolución Ciudadana, Emilio Uzcátegui, cuestionó la denuncia presentada por Merino y la calificó como una acción temeraria con motivaciones políticas. Afirmó que el informe de Contraloría no determina la existencia de peculado ni de beneficio personal para el Alcalde o funcionarios municipales.

Según explicó, el informe señala una posible elusión de procesos de contratación pública y detalla el pago de una compensación administrativa de $2,5 millones a Unops, tarifa que, dijo, está definida por los reglamentos internos de Naciones Unidas y no por el Municipio.

Uzcátegui también rechazó que exista riesgo para la ciudadanía por supuestas fallas técnicas en los trolebuses y aseguró que las observaciones se basan en criterios aplicables a buses de combustión. Recordó que las unidades ya han cumplido más de dos millones de viajes y que operan con normalidad. (EC)

Trump envía al ‘zar de las fronteras’ a Minnesota

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció que envía al “zar de las fronteras”, Tom Homan, a Minnesota tras la muerte de Alex Pretti en Minneapolis.

MADRID. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha anunciado que enviará al “zar de las fronteras”, Tom Homan, al estado de Minnesota tras la muerte de Alex Pretti en Minneapolis a manos de agentes del Servicio de Control de Inmigración y Aduanas de Estados Unidos (ICE) en el marco de las manifestaciones por las redadas contra la migración.

“Enviaré a Tom Homan a Minnesota esta noche. No ha estado involucrado en esa área, pero conoce y aprecia a mucha gente allí. Tom es duro, pero justo, y me informará directamente”, ha

Trump pide a Minnesota la entrega de sus presos extranjeros

° El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha defendidoque las autoridades de Minnesota deberían entregar a las federales a “todos los criminales inmigrantes ilegales” encarcelados en centros penitenciarios estatales “para su deportación inmediata” y ha instado a la Policía Local a “ayudar” a los agentes federales a la detención de extranjeros en situación irregular “buscados por delitos”, en medio de la criticada operación federal migratoria que ha dejado a dos estadounidenses muertos en el septentrional estado.

señalado este 26 de enero de 2025 en un mensaje publicado en redes sociales.

La portavoz de la Casa Blanca, Karoline Leavitt, ha precisado en redes sociales que Homan se encargará de gestionar las investigaciones de fraude en el estado que han provocado “el robo de miles de millones de dólares de los contribuyentes” y también de dirigir las operaciones del ICE en Minnesota.

Por su parte, la secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, ha afirmado que se trata de una “buena noticia para la paz, la seguridad y la rendición de cuentas en

Minneapolis”. “He trabajado estrechamente con Tom durante el último año y ha sido un activo fundamental para nuestro equipo”, ha expresado.

En este sentido, ha aseverado que “su experiencia y perspicacia” ayudará a las

ORACIÓN

Espíritu Santo, Tu que me aclaras todo, que iluminas todos los caminos para que yo alcance mi ideal.

Tu que me das el don Divino de perdonar y olvidar el mal que me hacen y que en todos los instantes de mi vida estás conmigo.

Quiero agradecerte por todo y confirmar que nunca quiero separarme de Ti, por mayor que sea la ilusión material.

autoridades en las “investigaciones de fraude a gran escala en el estado”, así como a “eliminar amenazas a la seguridad pública y a inmigrantes ilegales delincuentes violentos de las calles de Minneapolis”.

Agentes son presentados como’víctimas’ Esto se produce después de que el comandante de la Patrulla Fronteriza en Minneapolis, Gregory Bovino , afirmara el domingo que los agentes federales son “víctimas” del incidente en el que el sábado murió tiroteado Pretti por un agente. Bovino instó a los manifestantes a no “ meterse a sabiendas en una intervención de las fuerzas de seguridad ”. “Lo que tienen que afrontar los agentes aquí en Minneapolis son situaciones caóticas, muy difíciles y violentas”, subrayó.

Esta y otras actuaciones de los agentes, como la muerte de Reneé Good el pasado 7 de enero también tiroteada o la detención de un niño de cinco años, han desatado la indignación entre la población del estado. Las autoridades municipales y estatales han pedido la retirada de las fuerzas federales adicionales y el fin de la “ocupación”. EUROPA PRESS

Deseo estar contigo y todos mis seres queridos en la gloria perpetua. Gracias por tu misericordia para conmigo y los míos.

AMEN Tu devota AG. Gracias por el favor recibido.

AUTORIDAD. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump. Cuenta de X de la Casa Blanca.

Costa Rica cierra una muy larga campaña electoral

Costa Rica cerró la campaña electoral más larga de su historia reciente con la oposición apelando a una poco probable segunda vuelta.

MADRID. Los candidatos de las elecciones del próximo 1 de febrero en Costa Rica han cerrado la campaña electoral más larga de la historia reciente del país, con la oposición apostando por una poco probable segunda vuelta, a tenor de las últimas encuestas que sitúan a la aspirante del oficialismo Laura Fernández como ganadora en primera ronda con el 40% de los votos.

Hasta veinte candidatos se presentan para suceder al presidente Rodrigo Chaves , a quien Fernández ya ha prometido un cargo en su próximo Gobierno. Ella es una de las cinco mujeres que aparecen en unas papeletas, en las que destacan conocidas figuras de ciclos anteriores, como la exprimera dama Claudia Dobles, o viejos aspirantes como el conservador Fabricio Alvarado Muñoz.

Más de 3,7 millones de costarricenses están llamados a votar para renovar los 57 escaños que conforman el Parlamento. Una hipotética segunda vuelta se celebraría el 5 de abril, en caso de que ninguno de los aspirantes alcance el 40% nece-

sario.

No parece el caso en estas elecciones. Fernández, ministra a las órdenes de Chaves hasta hace un año, vencería este 1 de febrero de 2026 con dicho porcentaje, según las últimas encuestas. “ A ganar en primera ronda con 40 diputados” , dijo la candidata de Pueblo Soberano este fin de semana durante un acto de campaña. Fernández, de 39 años, ha apostado por un proyecto continuista, aprovechado la popularidad de un Chaves, que cerrará su etapa con un 60% de aprobación, a pesar de las críticas de un sector del país que advierte de una posible deriva autoritaria, con el Poder Judicial y la Constitución en el punto de mira.

Los otros aspirantes

El segundo en los sondeos es Álvaro Ramos, con el 8% de los votos. Candidato del Partido Liberación Nacional (PLN), una de las fuerzas políticas históricas del país, ha pedido a los costarricenses que vayan a votar en libertad. “La gente ya no quiere más de lo mismo”, ha dicho en un vídeo difundido

TSE llama al voto sin injerencias externas

° El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) se ha dirigido a los costarricenses a través de un discurso televisado en el que ha incidido en la importancia de acudir a las urnas este próximo domingo “sin miedo” en un momento en el que la democracia está retrocediendo en varias partes del mundo.

“Nadie nos regaló nuestra democracia. Fue construida con esfuerzo, con generosidad y confianza mutua”, ha expresado la presidenta del TSE, Eugenia Zamora Chavarría. “Elegir en libertad, en paz y en secreto a sus nuevas auto-

este domingo.

Por su parte, Claudia Dobles, de la Coalición Agenda Ciudadana (CAC) apenas alcanza un 5% de los apoyos. Aún con todo, confía en que el próximo 5 de abril se celebren de nuevo elecciones. “Vamos a segunda ronda entre dos mujeres”, ha manifestado en un último mitin celebrado este domingo en la capital, San José.

“Somos el movimiento que puede derrotar al continuismo, Costa Rica está lista para un debate entre dos mujeres, dos mujeres muy diferentes que creemos en la política de manera muy distinta, doña Laura quiere quemar puentes yo quiero construirlos, doña Laura quiere excusarse yo quiero trabajar”, ha señalado.

Dobles también ha aprovechado el último acto de campaña para recordar las antiguas acusaciones de acoso sexual contra Chaves, las cuales no le impidieron ganar las elecciones de 2022 con un 53% de los votos en segunda vuelta. “Costa Rica se merece más que tener un pachuco acosador sexual”, ha dicho, recoge ‘La Nación’. EUROPA PRESS

ridades no es un simple trámite”, ha subrayado, en medio de una tasa de indecisos del 32%.

Por su parte, Héctor Fernández Masís, uno de los magistrados del TSE, ha remarcado que la elección de sus gobernantes es una “es una decisión exclusivamente costarricense” y ha advertido de las tentaciones de permitir que “actores externos” intervengan en la voluntad soberana del pueblo de Costa Rica.

“Nuestra democracia no necesita tutelas ni presiones del extranjero”, ha enfatizado Fernández Masís, en un mensaje que apunta hacia las últimas intervenciones estadounidenses en América Latina, siendo el caso hondureño el más paradigmático de todos ellos.

AVISO

Se pone en conocimiento, que se dispondrá la inscripción de la escritura de liquidación de la sociedad conyugal de los cónyuges señores ISIDRO AGAPITO CARRION OCHOA y MERI DEL ROCIO PULLAGUARI, celebrada en la Notaria Primera del cantón Loja, el 21 de enero del 2026, sobre dos propiedades ubicadas en el cantón y provincia de Loja. Los interesados podrán oponerse en el termino de 20 días contados a partir de la presente publicación.Loja, 22 de enero de 2026.

Dra. Gina Calva Tapia NOTARIA PUBLICA PRIMERA DEL CANTON LOJA

POLÍTICA. Laura Fernández, de Pueblo Soberano, es la más opcionada para ganar las elecciones. Cuenta de X de la candidata.

Imbabura le apuesta a las fiestas del Carnaval

Imbabura alista una variada agenda de Carnaval en todos sus cantones, con fiestas tradicionales, conciertos, ferias y atractivos naturales para atraer visitantes y dinamizar la economía provincial durante febrero de 2026.

IMBABURA.- Imbabura se prepara para recibir el feriado de Carnaval con una amplia y diversa oferta turística que se extenderá por todos sus cantones, la cual combinará celebraciones tradicionales, espectáculos artísticos, ferias, gastronomía y atractivos naturales.

La provincia, ubicada en el norte de Ecuador, vuelve a apostar a esta fecha como uno de los principales motores para dinamizar la economía local y atraer visitantes nacionales y extranjeros durante febrero de 2026.

La planificación de la agenda carnavalera se trabaja con anticipación y contempla actividades en todos sus cantones: Ibarra, Otavalo, Antonio Ante, Pimampiro, Cotacachi y Urcuquí, además de eventos comunitarios en zonas rurales. A la programación cultural y festiva se suman los paisajes característicos de Imbabura, como lagos, montañas, miradores, cascadas y aguas termales, que se convierten en un complemento clave para quienes buscan combinar descanso, naturaleza y celebración en el feriado.

Actividades en Ibarra Uno de los ejes más visibles del feriado estará en Ibarra, donde la Alcaldía presentó el programa ‘Ibarra Vive el Carnaval del Amor’, una agenda que se desarrollará del 11 al 17 de fe-

brero y que busca posicionar a la capital imbabureña como un destino turístico clave durante el feriado, al tiempo que impulsa la economía local.

La propuesta integra actividades culturales, deportivas y recreativas, que convoca tanto a la ciudadanía ibarreña como a visitantes de toda la provincia y del país.

El programa contempla eventos de alto impacto, como el Chota Trail, que reunirá a más de 2.500 deportistas de varios países, la ‘Carrera del Amor’ y ferias que apuntan a consolidar a Ibarra como epicentro de grandes eventos.

Entre el 11 y el 14 de febrero se habilitará la ‘Calle del Amor’, en la calle José Domingo Albuja, con espacios diseñados para el disfrute de parejas y familias.

El 15 de febrero se realizará la ‘Fiesta de Espuma más grande del Ecuador’, en el parque Ciudad Blanca, y el mismo día se desarrollará el ‘Desfile Vive el Carnaval’ en la avenida Camilo Ponce. La agenda incluye la Expoferia Ibarra Vive el Carnaval, que tendrá como atractivo principal la presentación del artista internacional Jessi Uribe.

A estas actividades se suma el respaldo municipal, del 15 al 17 de febrero, a más de una decena de carnavales tradicionales del cantón, entre ellos los de Coangue, Ambuquí, Angochagua, Zuleta, San An-

tonio de Ibarra, Lita y varias parroquias más, fortaleciendo las expresiones culturales comunitarias.

Desde el Municipio se destacó que este programa no solo celebra el amor y las tradiciones, sino que también promueve el turismo, el deporte y el emprendimiento, como parte de los ejes de dinamización económica de Ibarra.

Tiempo de Pawkar Raymi En Otavalo, el Carnaval se vive en parte desde una perspectiva ancestral. Diversas comunidades kichwa afinan los detalles para la celebración del Pawkar Raymi, una fiesta vinculada a la cosmovisión indígena que marca la época del florecimiento y el agradecimiento a la Pachamama.

Comunidades como Peguche, Agato, Pinsaqui o Monserrath preparan agendas que incluyen rituales, actividades culturales, música, deportes y encuentros comunitarios, pensados tanto para las familias

indígenas como para turistas interesados en conocer de cerca estas tradiciones. Las celebraciones se desarrollarán entre el 7 y el 22 de febrero de 2026, según la agenda de cada sector.

‘Carnaval del Sol’ en Pimampiro

Pimampiro organizará una edición más del ‘Carnaval del Sol ’, una de las propuestas que más visitantes atrae en el norte de la provincia, gracias a su clima cálido y ambiente festivo.

La agenda contempla conciertos, actividades culturales y deportivas, con presentaciones de artistas nacionales e internacionales entre los días 14 y 15 de febrero en el mercado de transferencia

La espuma carnavalera, el juego con agua y el sol característico del cantón marcarán la jornada, a lo que se suma la competencia de downhill en la tradicional pista El Calvario, que aportará adrenalina al feriado.

Atuntaqui, la capital textil En Antonio Ante se perfila uno de los eventos más concurridos del feriado: la Expo Carnaval Atuntaqui 2026. Del 14 al 17 de febrero, las calles del centro de Atuntaqui albergarán pasarelas, exhibiciones de moda textil local, artesanías, gastronomía y espectáculos artísticos, con una programación pensada para el disfrute familiar y la promoción de la producción del cantón.

Aguas termales y agenda carnavalera Cotacachi también se suma a la agenda provincial con ferias y eventos culturales que complementan su oferta turística permanente. La zona de Intag, reconocida por sus aguas termales y alternativas ecoturísticas, se presenta como uno de los principales atractivos para quienes buscan experiencias ligadas a la naturaleza y el turismo comunitario.

En Urcuquí, también las opciones recreativas en cascadas, ríos y piscinas de aguas termales se combinarán con una agenda cultural, artística y deportiva que, además, coincidirá parcialmente con las fiestas de cantonización , las cuales concluirán el 15 de febrero, permitiendo ampliar la oferta de actividades durante el feriado.

Con esta programación, Imbabura busca consolidarse como uno de los destinos más completos para el Carnaval, ofreciendo alternativas para distintos públicos y reforzando al turismo como un eje clave de desarrollo económico para la provincia. (FV)

CULTURA. Comunidades kichwa de Otavalo celebrarán el Pawkar Raymi durante el mes de febrero.
FERIADO. Actividades culturales y musicales formarán parte de la agenda de Carnaval en Imbabura.

Subasta de bienes municipales deriva en acciones judiciales

Colectivos ciudadanos y ambientales acudieron a la Unidad Judicial para frenar la enajenación de bienes municipales, mientras persisten cuestionamientos al proceso aprobado por el concejo.

La decisión de subastar 27 predios municipales continúa generando reacciones en Santo Domingo y ayer, lunes 19 de enero, se presentó la primera acción de protección constitucional por este tema.

Representantes de la fundación Ecológica Chanchay y otros colectivos ciudadanos iniciaron esta medida judicial por considerar que la venta de algunos bienes provocará daños ambientales en la localidad.

Con carteles en mano llegaron hasta la Unidad Judicial a entregar el documento e indicaron que agotarán

hasta las últimas instancias para que se revise la subasta aprobada el 9 de diciembre por el pleno del concejo municipal.

¿Irrespeto a la normativa?

Luis Chanchay cuestionó que, a través de este proceso, se pretenda enajenar un lote de más de 230 metros cuadrados que en 2010 fue cedido por ordenanza para integrar el parque ecológico etnobotánico Mariano Chanchay. “Vamos a defender lo que hemos construido. No nos han notificado de ninguna manera y, si lo venden, le

POSTURA. Se presentó una acción de protección ante la subasta de 27 predios en Santo Domingo.

afectaría a toda la naturaleza”, detalló el principal accionante del proceso judicial. La defensa legal también habló sobre la vulneración de varios derechos. “ Manipularon documentos y señalan en un informe que este espacio no está usado, lo cual es totalmente falso”, expresó uno de los juristas.

Adolescentes sospechosos de extorsionar en Santo

Dos adolescentes de 14 años fueron neutralizados por la Policía Nacional tras la alerta de presuntas extorsiones en la urbanización Ciudad Verde, en Santo Domingo.

Se sospecha que los menores ingresaron a bordo de una motocicleta con el propósito de solicitar ‘vacunas’ en los negocios que funcionan en este populoso sector, de acuerdo a la información de la entidad competente.

Los uniformados se desplazaron al lugar con el propósito de verificar la novedad. Ambas personas fueron aisladas y se informó a la autoridad competente para que ejecute el trámite correspondiente, pero hasta el cierre de esta edición se desconocía el resultado del procedimiento judicial.

Domingo

TRABAJO. La Policía Nacional acudió a verificar el presunto acto de extorsión.

Investigaciones

La Policía Nacional ha confirmado la continuidad del delito de extorsión en la provincia Santo Domingo de los Tsáchilas e incluso esto habría motivado algunos atentados explosivos en el inicio de 2026.

También se ha verificado que varios grupos delictivos reclutan a menores de edad para que comentan

varios ilícitos y, con el último procedimiento, ya se contabilizan seis adolescentes aislados en diferentes intervenciones de los agentes.

La provincia se encuentra en estado de excepción. Las autoridades han ratificado que gestionan acciones con el Bloque de Seguridad para reducir el impacto delictivo. (JD)

Avance de la subasta Algunas personas aún están en desacuerdo con el enajenamiento de los 27 predios, sobre todo porque consideran que no es prioridad construir un nuevo edificio municipal.

“Se trata del patrimonio santodomingueño, no pueden comercializarlos de la no-

Con la venta de los 27 predios se prevé recaudar 8’ 000.000 de dólares para construir el nuevo edificio municipal.

che a la mañana para satisfacer el capricho de una obra”, expresó Carmen Macías. La concejal Liliana Silva reiteró su oposición a la subasta e indicó que les han informado sobre la conformación de un comité para la negociación. “En el transcurso de enero y febrero ya plantearían cuáles son los requisitos para acceder a la subasta; me preocupa que en el listado de 27 bienes consten áreas comunales, como ocurre en la urbanización Chigüilpe”, acotó. (JD)

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ESTUDIO DESVELA DETALLES DE LA ‘ADOLESCENCIA’ DE LOS SISTEMAS PLANETARIOS

Un equipo internacional de astrónomos ha captado los detalles de los sistemas planetarios en una época que estuvo rodeada de misterio durante mucho tiempo. Gracias a este trabajo se han obtenido las imágenes más nítidas hasta la fecha de 24 discos de escombros, los cinturones de polvo que quedan tras la formación de los planetas, informa el IAC en una nota. Estos discos son el equivalente cósmico de la adolescencia de los sistemas planetarios. EUROPA PRESS

MARTES 27 DE ENERO DE 2026 Ecuador

INFORME DE REGULACIÓN METROPOLITANA (IRM)

Autora: Ab. Rosana Castro Arroyo, MSc

Los Gobiernos Autónomos

Descentralizados Municipales tienen la función de establecer un régimen de uso del suelo y urbanístico, así como de elaborar y ejecutar el plan cantonal de desarrollo, incluyendo el de ordenamiento territorial, así lo determina el art. 54, literales c) y e) y art. 84, literales c), e) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Des-

centralización (COOTAD).

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales ejercen como competencias exclusivas el control sobre el uso y ocupación del suelo; elaboran y administran los catastros inmobiliarios urbanos y rurales, así lo determina el art. 55, literales b) e i) y art. 85 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), en concordancia con el art. 264, numerales 1 y 2 de

la Constitución de la República del Ecuador.

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales son entidades públicas, con personería jurídica, y son quienes emiten el Informe de Regulación Metropolitana, a través de la dependencia municipal correspondiente. Tienen el deber de planificar el ordenamiento territorial, de conformidad con el Art. 241 de la Constitución de la República del Ecuador.

¿Qué es el Informe de Regulación Metropolitana? También es conocido como IRM, es un documento técnico que contiene información básica del predio, contiene todas las especificaciones obligatorias que aplican a un predio y necesarias para la respectiva habilitación del suelo, que implica dividir o fraccionar un lote o edificación, incluye a construcciones nuevas o ampliaciones a construcciones existentes.

CONSULTA CIVIL

¿Cabe el abandono cuando existe una presentación de nueva demanda?

RESPUESTA

Los casos en que se puede declarar el abandono están expresamente establecidos en los Arts. 87 y 245 del COGEP. En cuanto a los efectos, la norma es absolutamente clara, cuando el abandono se declara en primera instancia no podrá interponerse una nueva demanda, entendiéndose así que el auto interlocutorio que declara el abandono tiene efectos de finales y definitivos, como la cosa juzgada; esto significa que no podrá interponerse una nueva demanda que tenga identidad subjetiva y objetiva.

Generalmente el abandono se produce respecto de la acción y afecta a la parte actora, cuando aquella ocurre en la audiencia preliminar o única; y, en el caso de la apelación o casación, surte efectos sobre el recurso y afecta al recurrente.

En cuanto a si el abandono y concretamente sus efectos, debe formularse como excepción por el demandado en caso de existir una nueva demanda, se considera que efectivamente aquella debe proponerse como excepción de cosa juzgada aplicando los Arts. 99 numeral 4 y 101 del COGEP, pues los efectos del abandono son iguales a los de la cosa juzgada. Por tanto, cuando la parte demandada alegue que existe auto interlocutorio ejecutoriado que declara el abandono en un proceso anterior, esto se deberá resolver en la audiencia única en la etapa de preliminar o en la audiencia preliminar en los juicios ordinarios, pues la o el juzgador deberá analizar si existe identidad subjetiva y objetiva entre las dos acciones

Oficio: FJA-CPJA-2018-0040 Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

La Hora QUITO, ECUADOR
UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com MARTES, 27 DE ENERO DE 2026

El IRM no es un permiso de funcionamiento, es decir, este no autoriza el funcionamiento de ninguna actividad; no autoriza ningún trabajo de construcción o división de lotes; por lo que es necesario obtener el respectivo permiso de funcionamiento; el permiso de construcción, etc.

En el Distrito Metropolitano de Quito, el IRM guarda relación con el Plan de Uso y Ocupación del Suelo (PUOS) e instrumentos de planificación complementarios, como lo es el Plan Metropolitano de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, que se encuentren vigentes en el Distrito Metropolitano de Quito.

¿Qué es el PUOS?

Es un componente técnico- legal del Plan Metropolitano de Ordenamiento Territorial, cuyo objeto es la estructuración de la admisibilidad de usos y la edificabilidad, mediante la fijación de los parámetros y normas específicas para el uso, ocupación, habilitación del suelo y edificación; esto de conformidad con el artículo IV.1.22 del Libro IV del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito. El PUOS tiene una vigencia

tiene una planificación estratégica, como: i) calidad de vida; ii) mayores oportunidades para desarrollarse económica, cultural y socialmente; iii) correspondencia entre el desarrollo y el ordenamiento territorial, que implica cuidar del patrimonio natural y cultural, el desarrollo económico deberá estar acoplado al territorio; iv) transversalidad e integralidad, que implica interrelacionar el desarrollo–social, ambiental y económico-productivo.

La Ordenanza Metropolitana No. 0041, de febrero 2015, fue reformada mediante la Ordenanza Metropolitana No. 0095, sancionada el 28 de diciembre de 2015. El IRM guarda relación con el Plan Metropolitano de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Distrito Metropolitano de Quito.

¿Qué información debe contener el IRM?

Contiene los datos del predio, como: 1) datos del titular del dominio; 2) datos del predio; 3) datos del lote; 4) Implanta-

ción gráfica del lote; 5) Vías: i. fuente; ii. nombre; iii. ancho; iv. referencia; y v. nomenclatura; 6) Regulaciones: i. zonificación; ii. pisos; iii. retiros; 7) Afectaciones/ protecciones: i. descripción; ii. tipo; iii. derecho de vía; iv. retiro; v. observación específicas; 8) Observaciones generales.

También debe incluir las especificaciones obligatorias para fraccionar el suelo, tales como: 1) área de lote y frente mínimo; 2) afectación por vías, ríos, quebradas y otras especiales; y, especificaciones obligatorias para la edificación, tales como: 1) altura máxima, 2) área libre mínima, 3) retiros obligatorios, 4) usos; y, 5) dotación de servicios.

El IRM contiene la cédula de identidad o clave catastral del predio. Este ayuda al desarrollo del sector constructivo, tanto público como privado; al debido uso del suelo, que implica garantizar la calidad, seguridad y estabilidad de las edificaciones. Implica procesos de gestión y control de las edificaciones, urbanizaciones,

subdivisiones y asentamientos.

¿Requisitos para obtener el IRM?

1.Formulario del Informe de Regulación Metropolitana;

2.Copia de la carta del impuesto del pago predial del año en que se presente la solicitud;

3.Localización exacta del predio en una hoja cartográfica del Instituto Geográfico Militar, en escala uno a cincuenta mil o uno a veinticinco mil, para los terrenos que se encuentren en áreas de suelo urbanizable y no urbanizable. (art. 11, R.II.209 Requisitos, de la Ordenanza Metropolitana Nro. 0138, de fecha 24 de diciembre de 2004).

¿Qué prueba el IRM?

1.Prueba la propiedad de un predio porque contiene los datos del titular del dominio del predio;

2.Prueba los datos del predio, sus características y ubicación;

3.Prueba la existencia del predio, es decir, que no es imaginario;

4.Prueba la habilitación del suelo;

5.Prueba si la construcción de un predio es legal o no, esto en conjunto con el respectivo permiso de construcción o con el certificado del Municipio, de que la construcción del predio no tuvo los permisos respectivos. Cuando una construcción es ilegal; o haya una invasión o una apropiación indebida del predio y en el que se haya construido, esta construcción no tendrá el respectivo IRM ni el permiso de construcción. El IRM fortalece al título de propiedad, porque lo complementa técnicamente. Los títulos de propiedad pueden ser: 1) la sentencia emitida dentro de un juicio de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, legalmente ejecutoriada; 2) sentencia de hijuela divisoria, legalmente ejecutoriada; 3) escritura de venta (art. 718 del CC); 4) permuta (art. 718 del CC); 5) donación entre vivos (art. 718 del CC); 6) testamento; 7) posesión efectiva (art. 603 del CC); 8) resolución administrativa de adjudicación de predio sin dueño; estos documentos prueban la propiedad de un

predio, sus características y linderos; con estos documentos los interesados deberán actualizar el catastro en el Municipio respectivo.

El IRM al ser una prueba técnica, esta deberá cumplir con la lealtad procesal, debiendo ser anunciada en la demanda; así también deberá ser anunciada en la contestación a la demanda, reconvención y contestación a la reconvención. (art. 159 del COGEP). En caso de materia penal, en una querella, deberá estar anunciada en la etapa probatoria (art. 648, inciso 2do del COIP). En caso de materia administrativa, deberá ser oportunamente anunciada para luego ser practicada. (art. 194 del COA).

Como prueba técnica deberá cumplir con los principios relacionados con la actividad jurisdiccional, como: 1) el principio de necesidad de la prueba, menciona que los hechos alegados por las partes deben probarse y sobre estos debe fundarse la decisión del juzgador. (art. 162 del COGEP); 2) el principio de la eficacia jurídica, lleva al juzgador al convencimiento de la verdad sobre los hechos controvertidos. El medio de prueba empleado debe tener la capacidad de demostrar lo que se desea probar. (arts. 158 al 160 del COGEP); 3) el principio de la unidad de la prueba, lleva al juzgador a evaluar la prueba en su conjunto, esto conduce a una evaluación, que se encuentra integrada por todo el material probatorio del proceso. (arts. 160 al 164 del COGEP); 4) el principio de la comunidad de la prueba, no solo aporta a la parte que aportó la prueba, porque la finalidad de la prueba es establecer la verdad procesal. Una vez practicada esta,

le pertenece al proceso y no se puede desistir o renunciar a esta solo porque le favorece a la parte contraria. (arts. 160 al 164 del COGEP); 5) el principio del interés público de la función de la prueba, obliga al juez a practicar toda la prueba admitida, para que los elementos que estas aporten al proceso, sirvan para la fundamentación de la decisión del juzgador. Esta se relaciona con el debido proceso; 6) el principio de la lealtad y veracidad de la prueba, se relaciona con el juzgador y este no admitirá prueba encaminada a dilatar el proceso, a ocultar la verdad, a inducirlo a engaño. (arts. 2 y 160 del COGEP); 7) el principio de contradicción de la prueba, permite a las partes ejercer su derecho a conocer oportunamente las pruebas que se van a practicar, a oponerse a estas de manera fundamentada y contradecirlas. (arts. 142, numeral 7mo; 152, 159, 160 inciso 4to, 165 del COGEP); 8) el principio de publicidad de la prueba, indica que los procesos sometidos a la justicia son de conocimiento público. (arts. 8; 294, numeral 8; 297, numeral 7 del COGEP); 9) el principio de formalidad y legitimidad de la prueba, menciona que para que esta sea admitida en el proceso y tenga validez, debe reunir los requisitos de: pertinencia, utilidad, conducencia. Para la eficacia de la prueba obtenida, esta deberá estar exenta de vicios, como la simulación, dolo, fuerza física, fuerza moral, soborno, falta de oportunidad de contradicción; 10) el principio de la preclusión de la prueba, indica que la prueba debe ser anunciada, presentada, solicitada, practicada e incorporada en el momento procesal en que debe cumplirse, so pena de carecer

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA

COMPAÑÍA DE TRANSPORTE POR EL CIELO DEL ECUADOR COTRACIER S.A. Sangolquí, a 26 de enero del 2025

Por la presente se convoca a los accionistas a la a la Junta General ORDINARIA de nuestra organización dando cumplimiento Art.234 de la ley de Compañías la misma a celebrarse el:

Para tratar asuntos contenidos:

ORDEN DEL DIA

1.- Constatación del Quórum

2.- Conocer el informe del Gerente General

3.- Conocer el Informe del Comisario

4.- Conocer y aprobar los balances y estados financieros de la compañía comprendidos entre el 01 de enero al 31 de diciembre del año 2025

5.- Resolver acerca de la distribución de los beneficios sociales

8.- Aprobación de presupuesto 2025 Se convoca especialmente e individualmente, al Comisario Principal de la Compañía Señora Diana Marisol Quishpe Anasi con número de cédula a 1714109533

EI Balance General, el estado de les cuentas de pérdidas y ganancias con sus respectivos anexos, así como, el informe del Gerente y el informe de Comisario, se encuentre a disposición de los señores Accionistas, para su estudio y conocimiento, en las oficinas de la Compañía, en la dirección antes indicada. La exhibición de los documentos descritos, se llevará a cabo desde la publicación de la presente convocatoria. Atentamente

de eficacia si se cumple fuera de la etapa procesal determinada por la ley. (arts. 142, numeral 7; 152; 294, numeral 7, literal a; 297, numeral 3 del COGEP); 11) el principio de inmediación y de la dirección del juez en la producción de la prueba, implica que el juzgador celebre las Audiencias en conjunto con las partes y con la prueba aportada por estas, la inmediación es relevante a la hora de practicar las pruebas porque estás conducirán a la verdad procesal; con las pruebas las partes probarán su teoría del caso, los hechos alegados. (art. 160 del COGEP); 12) el principio de imparcialidad del juzgador, implica el deber del juzgador de dirigir el proceso con imparcialidad, pudiendo solicitar pruebas de oficio. (arts. 160 y 168 del COGEP); y, 13) el principio de concentración de la prueba, implica que esta se practique en una sola instancia y en una sola diligencia. (art. 258, inciso 2do del COGEP).

Por ejemplo, en materia administrativa, prueba que una construcción es ilegal, porque no tuvo los permisos respectivos, al no tener el IRM, el suelo no fue habilitado legalmente,

con eso el Municipio a través de la dependencia municipal respectiva, podrá sancionar con el derrocamiento de dicha construcción ilegal. En materia civil, prueba la propiedad o dominio (art. 599 del CC); prueba la posesión (art. 715 del CC); prueba la posesión del suelo (art. 969 del CC); prueba la habilitación del suelo, sus características, linderos y ubicación. En materia penal, prueba la habilitación del suelo, sus características, linderos y ubicación. De lo expuesto, el Informe de Regulación Metropolitana, es una prueba técnica que debe ser utilizada en litigios responsables; porque establece datos muy importantes del predio, datos que habilitan el suelo, datos que son muy útiles en cualquier materia.

Ab. Rosana Castro Arroyo, MSc rosipaocastro@yahoo.com

Se anula por perdida títulos 6667- 6668 - 6669 - 6670 correspondiente a unidades de inhumación del Camposanto Monteolivo. 001-005-0167

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPANIA NACIONAL DE PLASTICOS CONAPLAS S.A.

En el uso de la facultad estatutaria conferida mediante el Artículo Décimo Cuarto del estatuto social de la compañía, que dice: “La convocatoria a Junta la hará el Directorio, el Presidente o el Vicepresidente y a fatal de estos dos últimos, el Gerente General de la compañía (...)” (énfasis incorporado) se convoca a los accionistas de la COMPANIA NACIONAL DE PLASTICOS CONAPLAS S.A. a la Junta General Extraordinaria la cual se celebrará de manera telemática por medio de la plataforma Zoom: https://us06web.zoom.us/j/86968541954?pwd=XDXZKaLS JhqZubuPNqOWgGeNEcmaNz.1 o mediante los siguientes datos: Meeting ID: 869 6854 1954, Passcode: 389904, el jueves 05 de febrero del 2026 a las 10:00 am, para tratar el asunto contenido en el único punto del Orden del Día:

1. Conocer y resolver respecto de la renovación del nombramiento de la Presidente de la compañía.

Se invita a la Junta General de forma especial e individual al Comisario Principal de la compañía el señor Erick Alejandro Grijalva Vinueza, con C.C. 1714108691, cuya dirección es en la ciudad de Guayaquil, Km 16 y medio vía a Daule, y cuyo correo electrónico es egrijalva@ferpacific.com

Facultad de incluir puntos adicionales: Se deja a salvo el derecho de los accionistas a solicitar, por una sola vez, la inclusión de puntos adicionales que consideren, deben ser tratados en la Junta de Accionistas, o bien realizar correcciones (de forma) en la convocatoria. Este derecho podrá ejercerse una sola vez, hasta 72 horas luego de publicarse este llamado.

Correo electrónico para asuntos vinculados a la Junta de Accionistas: El Gerente General de la compañía recibirá en el correo electrónico alvarog@bonita. com, la solicitud para el ejercicio de los derechos referidos en el párrafo anterior, o bien enviar los instrumentos de representación respectivos en caso de que un accionista compareciere a través de terceros.

Se informa a los señores accionistas que, conforme lo dispone el artículo 4 del Reglamento de Juntas Generales, al no existir información relacionada con los asuntos del orden del día, no existirá información ni documentación a disposición.

En Guayaquil, a los 27 días del mes de enero del 2026.

001-005-0166

Juicio No. 17267-2025-00338

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PEDRO VICENTE

MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Pedro Vicente Maldonado, lunes 19 de enero del 2026, a las 10h29.

REPUBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PEDRO VICENTE

MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA

AVISO DE CITACION JUDICIAL

EXTRACTO DE AVISO DE CITACION JUDICIAL AL PUBLICO GENERAL DENTRO DEL EXPEDIENTE DE PRESCRICION EXTRAORDINARIA ADQUISITUVA DE DOMINIO, que sigue SEGUNDO ROGELIO CUNDURI SORIA Y MERCI DEL CARMEN VACA HEREDIA en contra de ALEJANDRINA ANGELITA SARANGO AMBULUDI, AUGUSTO GEOVANNY

ROJAS SARANGO, HOLGER HUMBERTO ROJAS SARANGO, HOMER RONMEL

ROJAS SARANGO, JACQUELINE ELIZABETH ROJAS SARANGO, NINFA ARACELY

ROJAS SARANGO, RONALD ORLANDO ROJAS SARANGO, HOLGER VICENTE

ROJAS GRANDA, JORGE WASHINGTON ROJAS CATOTA y STEEVEN JESUS ROJAS

MACHADO; cítese a los presuntos y desconocidos herederos de la persona fallecida

HOLGER AUGUSTO ANGEL ROJAS, en aplicación de lo establecido en el Art. 56, del COGEP, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación que se editan en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha.

CAUSA No. 17267-2025-00338

MATERIA: CIVIL

TIPO DE PROCEDIMIENTO: ORDINARIO

ASUNTO: PRESCRICION EXTRAORDINARIA ADQUISITUVA DE DOMINIO

ACTOR: SEGUNDO ROGELIO CUNDURI SORIA Y MERCI DEL CARMEN VACA HEREDIA.

DEMANDADA: ALEJANDRINA ANGELITA SARANGO AMBULUDI, AUGUSTO GEOVANNY ROJAS SARANGO, HOLGER HUMBERTO ROJAS SARANGO, HOMER RONMEL ROJAS SARANGO, JACQUELINE ELIZABETH ROJAS SARANGO, NINFA ARACELY ROJAS SARANGO, RONALD ORLANDO ROJAS SARANGO, HOLGER VICENTE ROJAS GRANDA, JORGE WASHINGTON ROJAS CATOTA y STEEVEN JESUS ROJAS MACHADO; HEREDEROS DE LA PERSONA FALLECIDA HOLGER AUGUSTO ANGEL ROJAS

DEFENSOR: DRA. JUDITH PANATA.

JUEZ: DR. FREDY CHULDE OBANDO DEL CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA, UNIDAD MULTICOMPETENTE EXTRACTO DE LA DEMANDA

Comparece SEGUNDO ROGELIO CUNDURI SORIA y, MERCI DEL CARMEN VACA HEREDIA luego de manifestar sus generales de ley dicen que demanda la PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, a ALEJANDRINA ANGELITA SARANGO AMBULUDI, Y a los herederos del Sr. HOLGER AUGUSTO ANGEL ROJAS, señores: AUGUSTO GEOVANNY ROJAS SARANGO, HOLGER HUMBERTO ROJAS SARANGO, HOMER RONMEL ROJAS SARANGO, JACQUELINE ELIZABETH ROJAS SARANGO, NINFA ARACELY ROJAS SARANGO, RONALD ORLANDO ROJAS SARANGO, HOLGER VICENTE ROJAS GRANDA, JORGE WASHINGTON ROJAS CATOTA, y STEEVEN JESUS ROJAS MACHADO. Y o los herederos/ras desconocidos del señor: HOLGER AUGUSTO ANGEL ROJAS, se les citará por la prensa, conforme determina el art. 58 del COGEP, que dispone: Cítese al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado. Cítese a la Subsecretaria de tierras, MAGAP, LA NARRACION DE LOS HECHOS DETALLADOS Y PROMENORIZADOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO A LAS PRETENSIONES, DEBIDAMENTE CLASIFICADOS Y NUMERADOS. Es el caso que, desde el año dos mil nueve, somos poseedores de manera tranquila, pacifica e ininterrumpida con ánimo de señores y dueños, del bien inmueble lote s/n, ubicado en la parroquia y cantón Pedro Vicente Maldonado, de acuerdo al certificado de gravamen y de acuerdo al levantamiento planimétrico se ha hecho constar lote No. 152-2-11, comprendido con los siguientes linderos y dimensiones: POR EL NORTE: Con lote No. 152-2-10, en 19,43 metros. POR EL SUR: Con lote No. 152-2-12, en 22,32 metros. POR EL ESTE: Con lote No. 152-2-13, en 10,60 metros; y, POR EL OESTE: Con calle S/N, en 11,35 metros. ÁREA TOTAL: DOSCIENTOS VEINTE Y DOS METROS CUADRADOS, CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS, tenemos más de dieciséis años de posesión pacifica, tranquila, e ininterrumpida, sin violencia, ni interferencia de nadie, con ánimo de señores y dueños, reconocidos por vecinos como propietarios del inmueble objeto de la demanda, el mismo que adquirimos mediante contrato verbal a los cónyuges señores: HOLGER AUGUSTO ANGEL ROJAS Y ALEJANDRINA ANGELITA SARANGO AMBULIDI, con nuestro propio peculio hemos realizado posteriormente desde el día que nos entregaron la posesión, una casa de bloque con cubierta de zinc de una sola planta, casa en la que habitamos hasta la presente fecha, tenemos los servicios básicos de agua y luz, siempre manteniendo el ánimo de señores y dueños, tanto que somos reconocidos como legítimos propietarios de dicho inmueble. No existe perturbación de parte de ninguna persona sobre la propiedad que intentamos prescribir, nuestra posesión es sin clandestinidad, todos nuestros vecinos nos conocen como los señores y dueños del bien inmueble, antes descrito. LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO QUE JUSTIFICAN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN, EXPUESTOS CON CLARIDAD Y PRECISIÓN. Los fundamentos de derecho en los que sustentamos esta acción se encuentran consagrados en los Art. 603, 715, 2392, 2410, 2411, del Código Civil. El tiempo para adquirir por esta especie de prescripción es de quince años contra toda persona, según el Art. 2411 del Código Civil. - PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO. Anuncia los medios de prueba documental, testimonial y pericial, realiza la pretensión, señala correo judicial y designa abogado Juicio No. 17267-2025-00338 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Pedro Vicente Maldonado, lunes 10 de noviembre del 2025, a las 16h27. VISTOS: Dr. Fredy Chulde Obando.- En mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura según acción de personal No. 11482DNTH-RO-de fecha 16 de Octubre que rige a partir del 1 de Noviembre del 2013, dispongo: Agréguese al proceso el escrito y anexo presentados por la parte demandante.- En lo principal.- La demanda de Pre-

scripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, presentada por: Segundo Rogelio Cunduri Soria y Merci del Carmen Vaca Heredia, por ser clara, precisa y reunir los requisitos previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se la CALIFICA y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO establecido en el Art. 289 del COGEP.- De conformidad con el Art. 146 ibídem, al tratarse la presente causa de un proceso que versa sobre dominio, se dispone la INSCRIPCION DE LA DEMANDA del bien inmueble materia de la litis, en el Registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado, para lo cual, notifíquese mediante oficio a la mencionada Autoridad, para que tome nota de la presente en los libros a su cargo, debiendo acompañarse las copias certificadas necesarias.- CITACION: Realizada la inscripción de la demanda, se ordena la citación con la copia de la demanda y este auto, a los demandados: ALEJANDRINA ANGELITA SARANGO AMBULUDI, AUGUSTO GEOVANNY ROJAS SARANGO, HOLGER HUMBERTO ROJAS SARANGO, HOMER RONMEL ROJAS SARANGO, JACQUELINE ELIZABETH ROJAS SARANGO, NINFA ARACELY ROJAS SARANGO, RONALD ORLANDO ROJAS SARANGO, HOLGER VICENTE ROJAS GRANDA, JORGE WASHINGTON ROJAS CATOTA y STEEVEN JESUS ROJAS MACHADO, en la dirección proporcionada por la parte actora en el libelo de demanda, a través de la Oficina de Citaciones de esa Unidad Judicial. Se les prevendrá a la parte demandada, de su deber procesal de comparecer a esta acción designando abogado patrocinador y señalar correo electrónico para recibir notificaciones futuras.- En mérito al juramento rendido por los actores y de conformidad con el Art. 56 del COGEP, cítese a los presuntos y desconocidos herederos de la persona fallecida Holger Augusto Angel Rojas, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación que se editan en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, que deberán ser agregadas al proceso; para lo cual, el Actuario elabore un extracto de la demanda y de esta providencia. Se le previene a la parte demandada, de su deber procesal de comparecer a esta acción designando abogado patrocinador y señalar correo electrónico para recibir notificaciones futuras.- Cítese al Dr. Freddy Roberth Arrobo Arrobo, Alcalde, y al Ab. Mauricio Lorenzo Vera Ayora, Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado, conforme se encuentra dispuesto en la disposición general décima del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, en sus respectivos despachos, para el efecto, remítase las boletas a la Oficina de Citaciones de esta Judicatura. El incumplimiento de esta disposición será causal de nulidad del juicio.- Se requiere a la parte actora acercarse al archivo de esta dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares de las piezas procesales pertinentes, hecho lo cual remítase las boletas correspondientes a la Oficina de Citaciones para los fines de Ley.- Atendiendo lo solicitado por la parte accionante, Cítese a la Subsecretaria de Tierras del MAGAP, mediante deprecatorio dirigido a la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha.- CONTESTACIÓN A LA DEMANDA: La parte accionada ejerza su legítimo derecho a la defensa establecido en el Art. 76 de la Constitución, y en aplicación del Art. 291 Ut Supra, se les concede a los demandados el TERMINO DE TREINTA (30) días, una vez citados legalmente, para que CONTESTEN la demanda en la forma establecida en los Arts. 151 y 152 del mismo cuerpo normativo, especialmente deberán pronunciarse en forma expresa sobre cada una de las pretensiones de la parte actora, sobre la veracidad de los hechos alegados en la demanda y sobre la autenticidad de la prueba documental acompañada, con la indicación categórica de lo que admiten y de lo que niegan; además, deberán anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, precisando toda la información que sea necesaria para su actuación, en observancia y la oportunidad de la prueba establecida en el Art. 159 del enunciado Código.- PRUEBA: El anuncio de los medios de prueba propuesto por la parte accionante en su demanda, deberán ser tomados en cuenta por los demandados, a fin de que contradigan los mismos; y, de conformidad al Art. 294 numeral 7 del Código Orgánico General de Procesos, en la Audiencia Preliminar, se anunciará la totalidad de los medios de prueba de forma oral, a fin de respetar el principio de contradicción, hecho lo cual, serán ADMITIDOS de ser pertinentes, útiles y conducentes de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 160 ibídem, o se excluirá, rechazará o inadmitirá de ser el caso.- Incorpórese al expediente la documentación aparejada a la demanda por la parte demandante.- Téngase en cuenta la autorización conferida por los actores a la Dra. Judith Panata y el correo electrónico señalado para recibir notificaciones futuras.- Actúe el Dr. José Bejarano en calidad de Secretario de esta Judicatura.- CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.- CHULDE OBANDO FREDY BOANERGES JUEZ (E) (PONENTE).

Lo que comunico para los fines legales pertinentes.-

Juicio No. 17267-2024-00225

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Pedro Vicente Maldonado, lunes 19 de enero del 2026, a las 10h39.

REPUBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA AVISO DE CITACION JUDICIAL

EXTRACTO DE AVISO DE CITACION JUDICIAL  AL PUBLICO GENERAL DENTRO DEL EXPEDIENTE DE DEMARCACION DE LINDEROS, que sigue LILIA MARIA  SANCHEZ SANCHEZ en contra de ZOILA MARIA MORALES BARRETO, MERCEDES NARCISA  MORALES BARRETO, VERONICA DOLORES MORALES BARRETO y MARCELO  JAVIER MORALES BARRETO, JOSE RAMÓN MORALES BARRETO, MANUEL ANTONIO MORALES BARRETO Y SANTIAGO ANDRÉS MORALES BARRETO;  cítese cite a los demandados los  señores MORALES BARRETO MANUEL ANTONIO y MORALES BARRETO   VERONICA DOLORES, mediante publicaciones que se realizarán en uno de los Diarios de  mayor circulación a nivel  nacional, en tres días distintos, en un periódico de amplia circulación  que se editan en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha.

CAUSA No. 17267-2024-00225

MATERIA: CIVIL

TIPO DE PROCEDIMIENTO:SUMARIO

ASUNTO: DEMARCACION DE LINDEROS

ACTOR: LILIA MARIA  SANCHEZ SANCHEZ

DEMANDADA: ZOILA MARIA MORALES BARRETO, MERCEDES NARCISA  MORALES BARRETO, VERONICA DOLORES MORALES BARRETO y MARCELO  JAVIER MORALES BARRETO, JOSE RAMÓN MORALES BARRETO, MANUEL ANTONIO MORALES BARRETO Y SANTIAGO ANDRÉS MORALES BARRETO

DEFENSOR: DRA. JUDITH PANATA.

JUEZ: DR. FREDY CHULDE OBANDO DEL CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA, UNIDAD MULTICOMPETENTE

EXTRACTO DE LA DEMANDA Comparece el ciudadano, LILIA MARIA SANCHEZ SANCHEZ, luego de manifestar sus generales de ley dice; que presenta la demanda de demarcación de linderos  a los herederos de los señores MANUEL AVELINO MORALES BARRETO, Y MANUELA ABELINA BARRETO MONTERO, quienes dejaron de existir legalmente, conforme justifico con los certificados de defunción adjuntos, por tal razón, de conformidad con el artículo 58 de la norma adjetiva civil, a fin de completar el Litis consorcio pasivo necesario se debe citar a los herederos conocidos y desconocidos. A los herederos ZOILA MARÍA MORALES BARRETO, MERCEDES NARCISA MORALES BARRETO, VERÓNICA DOLORES MORALES BARRETO,  MARCELO JAVIER MORALES BARRETO, JOSÉ RAMÓN MORALES BARRETO, MANUEL ANTONIO MORALES BARRETO, SANTIAGO ANDRÉS MORALES BARRETO.  Por último, a los herederos desconocidos se los deberá citar conforme lo determina el artículo 56 y 58 del COGEP, a través de uno de los medios de comunicación, en la forma prevista en la norma ibídem. FUNDAMENTOS DE HECHO.-De acuerdo a los fallos de Corte Nacional en los juicios de DEMARCACIÓN DE LINDEROS, cuya principal finalidad es que exista una mejor vecindad y sobre todo una separación de predios, mediante líneas de separación y cuyas direcciones se precisen o repongan, es absolutamente necesario que se justifique la propiedad de los bienes pertenecientes a las partes procesales, para cuyo efecto, como antecedente, en primer momento identifico los predios tanto de la parte actora como de la parte demanda. Conforme consta en el certificado actualizado del Registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado, soy propietaria de un lote de terreno, identificado como el LOTE No. 8, con los siguientes linderos y dimensiones: NORTE: Con terreno de la Cooperativa Bonanza, en 220 metros; SUR:   Con los lotes 77 y 78, en la extensión de 220 metros; ORIENTE: Con lote 7 en la extensión de dos mil metros; y, OESTE: Con el lote 9, en la extensión de dos mil metros. ÁREA TOTAL: 44.88 has. Sobre el predio en mención tengo la totalidad de las facultades del dominio (uso, goce y disposición). Resulta su bien raíz, colinda con el bien inmueble de propiedad de quien en vida fueron los señores MANUEL AVELINO MORALES BARRETO, Y MANUELA ABELINA BARRETO MONTERO, bien identificado como el LOTE No. 7, que de acuerdo al Certificado del Registro de la Propiedad, tiene los siguientes linderos y dimensiones: NORTE: Con propiedad de Hugo Sigchos, SUR: Con propiedad de Amada Polanco. ESTE: terrenos de la Cooperativa John F. Kennedy; y, OESTE, con propiedad de Luis Morales, SUPERFICIE: 43.80 hectáreas, conforme consta del certificado de gravamen que adjunto. De acuerdo con estos primeros datos, así como de la revisión de los certificados del Registro de la Propiedad y las escrituras públicas de los bienes inmuebles, se llega a determinar que en el sector se encuentra los lotes No. 8 y 7, de propiedad de la parte actora y demandada, con una superficie de 44.88 has y 43.80 has, cada uno, respectivamente, lotes que lindan o limitan, son vecinos, siendo el caso que han surgido varios inconvenientes, al punto que se ha presentado una acción reivindicatoria en contra de uno de los herederos de los señores MANUEL AVELINO MORALES BARRETO y MANUELA ABELINA BARRETO MONTERO, pues se encuentra dentro del terreno que me pertenece.  Cabe indicar que, en el informe pericial realizado por el ingeniero Rafael Guillermo Villalba Villalba, en su parte pertinente se indica: “…Una vez que se procedió a realizar el levantamiento planimétrico con equipo de precisión se pudo determinar que las dimensiones de los linderos y cabida de los mismos no corresponden a las que se encuentran detalladas en la escritura como son:

Lote Nro. 8

Norte Sur Este Oeste

ÁREA

ÁREA AFECTADA

ÁREA TOTAL

Lote Nro. 7

Norte Sur Este Oeste

ÁREA

MENOS ÁREA DE AFECTACIÓN

ÁREA TOTAL

Escrituras

220 m

220 m 2000 m 2000 m 44,88 Ha

Escrituras

225 m 230 m 2040 m 2040 m 43,87 Ha

Levantamiento Planimétrico

245,29 m 232,98 m 1945,68 m 1987,98 m 39,93 Ha 4,62 Ha 44,55 Ha

Levantamiento Planimétrico

239,46 m 217,16 m 1931,91 m 1945,68 m 47,85 Ha 4,62 Ha 43,23 Ha

Entonces, se observa que el LOTE No. 8 tiene un área de 39.93 Has., y un área de afectación de 4.62 hectáreas; y, que el LOTE No. 7, tiene un área de 47.85 Has., y un área adicional de 4.62 hectáreas.  Así, queda claro que el LOTE No. 7, según la medición pericial, ha avanzado hacia dentro del LOTE No. 8; por haber movido el cerco de postes y alambres de púas, trayendo como consecuencia que los herederos MORALES BARRETO se encuentren dentro de las 4.62 hectáreas que son de propiedad de la señora LILA MARÍA SÁNCHEZ SANCHEZ. Específicamente, el lindero ESTE, que divide a las dos propiedades ha sufrido graves trastornos en vista de que mis vecinos han procedido a mover el cerco de postes y alambres de púas del lindero antes mencionado, de manera que han desaparecido las referencias naturales, que según la escritura pública que acompaño había antes de ese trastorno.  Cabe indicar, que la presente acción no se presenta con el objeto de vulnerar derechos de propiedad o posesión o tratar de recuperarlos, sino tan solo de aclarar la división de las propiedades, evi-

tar que desaparezcan las señales antiguas, fijar otras nuevas y así prevenir pleitos.  Con esto, solicitamos su intervención a fin de que se restablezca y reponga el cerco de postes y alambres de púas en relación con el lindero ESTE. FUNDAMENTOS DE DERECHO,  La presente acción la fundamenta en la siguiente normativa: CÓDIGO CIVIL.  El Segundo Libro del Código Civil.  “Art. 878.- Todo dueño de un predio tiene derecho a que se fijen los límites que lo separan de los predios lindantes, y podrá exigir a los respectivos dueños que concurran a ello, haciéndose la demarcación a expensas comunes.”  “Art.- 879.- Si se ha quitado de su lugar alguno de los mojones que deslindan predios vecinos, el dueño del predio perjudicado tiene derecho para pedir que el que lo ha quitado lo reponga a su costa y le indemnice de los daños que de la remoción se le hubieren originado, sin perjuicio de las penas con que las leyes castiguen el delito…”. CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESO. “Art.-  332.2 Procedencia. - Se tramitarán por el procedimiento sumario: […] 2. Las acciones posesorias y acciones posesorias especiales, acción de obra nueva, así como la constitución, modificación o extinción de servidumbres o cualquier incidente relacionado con una servidumbre ya establecida, demarcación de linderos en caso de oposición y demanda de despojo violento y de despojo judicial…”. Hace anuncia sus pruebas documentales y testimoniales, periciales  y señala la  PRETENSIÓN.-  Se proceda al restablecimiento del lindero ESTE de mi propiedad que ha experimentado graves trastornos por acción de mis vecinos los señores: Zoila María Morales Barreto, Mercedes Narcisa Morales Barreto, Verónica Dolores Morales Barreto, José Ramón Morales Barreto, Manuel Antonio Morales Barreto, Marcelo Javier Morales Barreto, Y, Santiago Andrés Morales Barreto, herederos de los cónyuges señores: Manuel Avelino Morales Barreto, y Manuela Abelina Barreto Montero, restablecimiento que será de acuerdo a los linderos constantes en las escrituras públicas tanto de la compareciente como de los demandados.  Que, se condene a los demandados a las costas procesales, y al pago de los honorarios de mi abogada patrocinadora en el caso de que en el presente proceso actúen de forma abusiva, maliciosa, temeraria, o con deslealtad procesal. CUANTÍA  La cuantía, por su naturaleza es indeterminada. PROCEDIMIENTO.  El procedimiento que debe darse a la causa es el SUMARIO. Y señala casillero judicial y designa Abogado defensor.  Juicio No. 17267-2024-00225 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Pedro Vicente Maldonado,  lunes 15 de julio del 2024, a las 16h50.  VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto inmediato anterior.  1) CALIFICACION.- La demanda que antecede presentada por la señora LILIA MARIA  SANCHEZ SANCHEZ, es clara, completa y cumple con los requisitos legales previstos en los  Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se  califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento sumario de Demarcación de  Linderos.- 2) CITACION: CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a los  demandados señores: a) ZOILA MARIA MORALES BARRETO, MERCEDES NARCISA  MORALES BARRETO, VERONICA DOLORES MORALES BARRETO y MARCELO  JAVIER MORALES BARRETO, en el domicilio señalado por la parte actora, de acuerdo con  lo dispuesto en los Arts. 54, 55 y 63 del citado Código, a través de la Oficina de Citaciones de  esta Unidad Judicial; b) JOSE RAMÓN MORALES BARRETO, MANUEL ANTONIO MORALES BARRETO Y SANTIAGO ANDRÉS MORALES BARRETO, mediante  Deprecatorio Virtual dirigido a la Unidad Judicial Civil con Sede en la Parroquia  Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha; conforme a la  directriz sobre uso del deprecatorio virtual, emitido mediante Memorando circular-CJ-DNGP-  2018-0159-MC de fecha 11 de mayo del 2018, por la Abg. Connie Frías Mendoza, Dirección  Nacional de Gestión Procesal, para que las partes estén en condiciones de ejercer sus derechos  conforme lo dispone el Art. 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos; c) En base al  juramento rendido por la parte accionante de la imposibilidad de determinar la individualidad,  domicilio residencia de los herederos presuntos y desconocidos de las personas fallecidas  MANUEL AVELINO MORALES BARRETO y MANUELA ABELINA BARRETO  MONTERO; cítese mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de  la Provincia o a nivel nacional, en tres días distintos, conforme lo estable los artículos 56 y 58  del Código Orgánico General de Procesos, para esto por secretaría elabórese el extracto  correspondiente. Para las citaciones a los demandados dentro de esta jurisdicción, de acuerdo  a la última Reglamentación respecto de las citaciones emitida por el Consejo de la Judicatura  y en aplicación al Memorando Circular CJ-DNGP-2018-0289-MC suscrito por el Dr. Esteban  Alejandro Echeverría Carrera Director Nacional de Gestión Procesal de la Dirección General  del Consejo de la Judicatura la parte accionante deberá acercarse al archivo de esta  dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es,  tres (3) ejemplares de las piezas procesales pertinentes para los fines de Ley- 3) TÉRMINO  PARA CONTESTAR LA DEMANDA: Con fundamento en lo previsto en el Art. 333  numeral 3 del citado Código, se concede a los demandados el TÉRMINO DE QUINCE días,  contados a partir de la fecha en que sean legalmente citados, a fin que contesten la demanda  (acto de proposición), quienes deberán observar lo dispuesto en los Arts. 151 y 152 del  enunciado Código.- 4) AUDIENCIA ÚNICA: La audiencia única se señalará una vez que sea  citado el demandado conforme lo dispuesto en el Art. 333 numeral 4 del Código Orgánico  General de Procesos, diligencia que a la que deben acudir las partes personalmente o mediante  procurador judicial con cláusula especial para transigir de conformidad a lo que establece el  numeral 1 del artículo 86 del COGEP.- 5) De conformidad al inciso quinto del Art. 146  ibídem, al tratarse la presente causa, de un proceso que versa sobre dominio, inscríbase de la  demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Pedro Vicente Maldonado, para lo cual,  notifíquese a la mencionada Autoridad a fin de que tome nota de la presente en los libros a su  cargo.- 6) ANUNCIO DE PRUEBA: (a) DOCUMENTAL: Agréguese al proceso la  documentación adjunta a la demanda que hace mención en el acápite VI (VI.I), la misma que  de ser pertinente, útil y conducente será valorada en el momento procesal oportuno, según las  reglas del citado Código; (b) TESTIMONIAL: Conforme lo previsto en los Arts. 188 y 333  numeral 4 ut supra y de ser pertinente en el momento procesal oportuno se receptará la  declaración de parte de los señores: ZOILA MARIA MORALES BARRETO; MERCEDES  NARCISA MORALES BARRETO; VERONICA DOLORES MORALES BARRETO,  MARCELO JAVIER MORALES BARRETO; JOSE RAMÓN MORALES BARRETO;  MANUEL ANTONIO MORALES BARRETO y SANTIAGO ANDRÉS MORALES  BARRETO.- (c) PERICIAL.- Citada la parte demandada, se señalará día y hora para que  tenga lugar la inspección judicial solicitada por la parte actora en su demanda; y, se designará perito.- 7) Téngase en cuenta como prueba de su parte el informe que adjunta, el mismo que  ser procedente será considerado en el momento oportuno; así como certificado de gravámenes  que adjunta.- 8) DOMICILIO JUDICIAL: Tómese en cuenta los correos electrónicos  señalados por el actor para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogada defensora Dra. Judith Panata Coloma.- Actúe el Dr. José Bejarano Galarza en calidad  de Secretario de este Despacho.- CÍTESE, NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- CHULDE OBANDO FREDY BOANERGES  JUEZ (PONENTE)

Juicio No. 17267-2024-00225 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Pedro Vicente Maldonado,  lunes 22 de diciembre del 2025, a las 16h44.  VISTOS: En lo principal; una vez que la señora LILIA MARIA SANCHEZ SANCHEZ, ha  rendido su declaración bajo juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad,  residencia y/o domicilio de los demandados, conforme lo determina el artículo 56, inciso  segundo del Código Orgánico General de Procesos; se dispone se cite a los demandados los  señores MORALES BARRETO MANUEL ANTONIO y MORALES BARRETO   VERONICA DOLORES, mediante publicaciones que se realizarán en uno de los Diarios de  mayor circulación a nivel  nacional, en tres días distintos; que contendrá un extracto de la  demanda y éste auto de aceptación a trámite; a fin de que hagan valer sus derechos, conforme  lo establece los artículos antes indicados, para esto por secretaría elabórese el extracto  correspondiente.- Notifíquese.  CHULDE OBANDO FREDY BOANERGES  JUEZ (E) (PONENTE) Lo que comunico para los fines legales pertinentes.-

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