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Los Ríos: 21 de octubre de 2026

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50c incl. IVA EDICIÓN DIARIA - MIÉRCOLES 21 OCTUBRE DE 2026 CIRCULACIÓN: 4812

Los Ríos

12 PÁGINAS

Edición: Año XLI No. 14.502

En Quevedo aumentan las motos sin placas

QUEVIAL EP mantiene controles con apoyo de la fuerza pública, mientras se cuestiona que algunos comercios entreguen motocicletas sin placas y con trámites de legalización pendientes. 3 CIUDAD

JUSTICIA

Elección de jueces nacionales demorará seis meses10 ECONOMÍA

BABAHOYO: El Festival de la Alegría llegó a El Salto. 4

El fin de los ‘alcaldes salvadores’ 11

ENTORNO

Pichincha: COE vigila la represa DaulePeripa 5

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Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.

LORENA BALLESTEROS @loballesteros

No sé qué leer

E

n una época en la que las recomendaciones son infinitas, nuestros hábitos de consumo dejan de responder a necesidades individuales y se convierten en una respuesta a demandas colectivas. La lectura tampoco escapa a esta tendencia. La semana pasada escribí sobre los pedidos de recomendaciones literarias que recibo por WhatsApp. Pero la frase “recomiéndame un libro” adquiere otro significado cuando quien la pronuncia no puede explicar qué le gusta, qué le interesa o qué espera de una lectura. Pedir recomendaciones es absolutamente válido, como también lo es recomendar lo que nos gustó, conmovió, sacudió, o incluso lo que no nos terminó de convencer. Lo cierto es que, las redes sociales, los rankings de ventas, los premios literarios y las tendencias editoriales nos ofrecen respuestas antes de que nos formulemos las preguntas. Por ejemplo, la semana pasada Isabel Allende ganó el Premio Planeta y basta con que un escritor gane un premio importante para que sintamos la necesidad de leerlo. En uno de mis clubes propuse leer o releer La casa de los espíritus, de Isabel Allende, y posteriormente la secuela La hora antes del alba, que publicará Planeta en diciembre. ¿Para qué? Para establecer un análisis comparativo, descubrir los orígenes de la escritora y conectarlos con el otoño de su carrera. Regresando a las recomendaciones, es maravilloso dejarse sorprender por una lectura inesperada. En los clubes que modero, a veces hay consensos y democracia; otras, una dictadura gobernada por Lorena. Porque, al fin y al cabo, seré yo quien prepare la clase para analizar el libro. Pero cuando un lector elige por su cuenta, debería aprender a reconocerse a través de lo que lee. Saber qué historias lo interpelan, qué temas despiertan su curiosidad y qué autores lo desafían. No se trata de rechazar las recomendaciones, sino de evitar que el criterio ajeno sustituya permanentemente al propio. Hay que preguntarse: ¿qué clase de lector quiero ser?

CESAR ULLOA

cesarulloa77@gmail.com

Brasil, ¿izquierdas o derechas?

E

l resultado de la elección en Brasil este próximo domingo tiene dos escenarios: la continuidad y radicalización del Lulismo o el regreso y también la radicalización del Bolsonarismo. Es decir, un país polarizado y que tiene como

Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec Editor Los Ríos: Kathy Loor E-mail: editorlosrios@lahora.com.ec Publicidad: gerencialosrios@lahora.com.ec Año: XLI No. 14.454

Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

OPINIÓN 02

O LOS RÍOS | MIÉRCOLES 21/OCTUBRE/2026

EDITORIAL

JOSELO ANDRADE

Aumento de turismo colombiano

L

a frontera norte vive un cambio en las relaciones comerciales. En Rumichaca, en la línea fronteriza, y Tulcán, la capital de Carchi, hay más visitantes colombianos que pasan a Ecuador para disfrutar un día en familia o hacer una parada antes de ir para las playas de Esmeraldas y Manabí. En Tulcán hay restaurantes abarrotados de motos y autos con placas colombianas, como sucedía hace más de dos décadas, antes de que el dólar se hiciera más fuerte. Asimismo, en la zona comercial y en el Cementerio, que es el mayor atractivo turístico de esa ciudad. Actualmente, el peso colombiano ha sido afectado por el costo del petróleo, el ingreso de más dólares a la economía del vecino del norte, el aumento de las remesas que alcanzaron los $13.000 millones y tasas de intereses muy atractivas. La moneda

primera tarea la reconstitución de su tejido social. Es un país que va herido a las urnas. Este fenómeno no es único, pues evidencia un síntoma del deterioro de la democracia por dentro, en especial debido a la radicalización de las narrativas en contra del otro (enemigo) y la búsqueda de soluciones (innegociables) a problemas como la inseguridad, el desempleo, la convivencia con los otros distintos. Esta disputa de los extremos o falsa superioridad moral coloca a dos posiciones irreconciliables

de Colombia se cotiza por debajo de los 3.200 pesos por dólar. Esto ha provocado que lleguen del norte a comprar, incluso ropa, en Tulcán. Los comerciantes de varias partes de la Sierra aprovechan esta nueva ola para ofertar sus productos, en especial la comunidad otavaleña. No obstante, estas buenas noticias también llegan con pedidos para las autoridades. Tulcán y la provincia pueden ofrecer más en el ámbito turístico y de gastronomía, pero necesitan apoyo de la Gobernación, Prefectura y las alcaldías. Los visitantes necesitan más seguridad, guía turística y saber con mayor precisión dónde encontrar las mejores ofertas. Este es el momento de que la ciudadanía fronteriza se reconcilie con sus autoridades luego del golpe por la guerra arancelaria de inicios de este año.

que, sin embargo, ponen en primer lugar al Estado desde diversas vertientes. Por un lado, los nuevos leviatanes que buscan “orden y seguridad” a toda costa y sobre todas las cosas, porque el “hombre es el lobo del hombre” y el Estado debe crear una esfera de control, en desmedro incluso de las libertades, mientras que por el otro lado, está la idea de que Estado debe corregir las asimetrías o brechas socioeconómicas, porque el hombre es bueno por naturaleza y más bien es el contexto quien lo transforma, sin que

se pierdan las libertades. En caso de ganar el Lulismo, su tendencia buscará robustecer la tendencia en alianza con el gobierno de México con las propias particularidades de cada uno, pero si hay un escenario contrario, el Bolsonarismo acelerará su ingreso al Escudo de las Américas, sin que ello signifique que las derechas son uniformes, pues el tiempo determinará en qué y cómo coinciden los gobiernos de Colombia, Ecuador, Perú, Costa Rica, El Salvador, Argentina en temas

@JoseloAndrade

El costo del analfabetismo económico

E

n septiembre se publicaron los resultados de las pruebas PISA 2025 y, aunque nuestro desempeño fue decepcionante, eso es solo la punta del iceberg. Hay un problema más profundo en nuestro país. Se trata de nuestro elevadísimo grado de analfabetismo económico. Situación que hace implosionar toda oportunidad que se nos presenta para cambiar la situación de nuestro país. Podemos poner como ejemplo que, en materia energética, nos quedamos sin luz hasta 14 horas y, sin embargo, no aceptamos el fracaso de la noción de “sectores estratégicos”, motivo por el cual terminamos dependiendo del clima, y no de mecanismos reales de solución al problema; no hay empleo, y nos negamos a realizar una reforma en materia laboral para introducir cambios que permitan modificar esa realidad, nuevamente por motivos mito-ideológicos, y, como último ejemplo, el sistema de pensiones va a volar por los aires, pero volteamos la espalda a la realidad, pensando que, al obrar de esa manera, no va a pasar nada. Entender el problema es condición necesaria para encontrar soluciones. Pero eso exige superar el elevadísimo analfabetismo económico que padecemos en Ecuador. En términos simples, si no comprendemos las causas de nuestros problemas, no solo no podremos resolverlos, sino que incluso corremos el riesgo de agravarlos. Para muestra, un botón: tenemos déficits crónicos en las finanzas públicas y, al mismo tiempo, votamos por quitarle ingresos al fisco al respaldar la suspensión de la explotación petrolera en el bloque 43-ITT del Yasuní. Es decir, ayudamos a complicar las cosas, en lugar de contribuir a solucionarlas. Al final del día, la ignorancia (analfabetismo en materia económica) nos pasa una elevadísima factura, que no solo complica nuestro presente, sino que también condiciona nuestro futuro. Y así, finalmente, es como la libertad económica no encuentra puerto en tierra ecuatoriana, y, en lugar de ello, navegamos en un mar de regulaciones e impedimentos, que evitan curiosamente lograr aquello que tanto anhelamos, convertirnos en un país libre y próspero. Seguimos conversando.

más pragmáticos como el combate contra la inseguridad, el comercio, las políticas migratorias y su política exterior. La pregunta a resolver es si el ganador, más allá de quien sea, tomará una posición más pragmática en su relación con China, Rusia y la guerra con Ucrania, y los países de Medio Oriente por el petróleo. O, incluso, en temas como la disputa del control digital en temas de Inteligencia Artificial. Solo después del domingo tendremos unas pistas.


03 CIUDAD LOS RÍOS MIÉRCOLES 21/OCTUBRE/2026

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Quevedo busca frenar motos sin placas

QUEVIAL EP refuerza controles y cuestiona la entrega de motos sin placas ni documentación completa. QUEVEDO. La circulación de ve-

hículos y motocicletas sin placas continúa siendo un problema para el control del tránsito en Quevedo. Pese a los operativos, todavía se observan automotores sin identificación, lo que dificulta reconocerlos y puede complicar investigaciones por accidentes o delitos. Hace unas semanas, los agentes ejecutaron controles en las avenidas 7 de Octubre y Bolívar, donde detectaron motocicletas sin placas, con placas ocultas y conductores sin casco. También hubo operativos en la avenida Walter Andrade, con apoyo de las Fuerzas Armadas. Carlos Ortega, conductor de taxi, señaló que durante

CONTROLES. Los agentes detectan a diario motocicletas sin placas y con identificaciones ocultas.

las noches es más frecuente observar vehículos sin placas o con ellas ocultas. Por ello, considera necesario reforzar los controles nocturnos con agentes de tránsito, policías y militares para mejorar la seguridad. Hay más control Janio Moreno, gerente de QUEVIAL EP, indicó que los controles a los vehículos sin placas se realizan con apoyo de la fuerza pública. Explicó que, en el caso de los automóviles, muchos pertenecen a instituciones de seguridad o circulan con

permisos especiales de la Fiscalía General del Estado. Sin embargo, señaló que las motocicletas representan una parte importante de los automotores que circulan sin placas y cuestionó que algunos comercios las entreguen sin esta identificación. Aunque no precisó cifras actuales, indicó que se mantienen los operativos de control. Según Moreno, en 2025 se estimaba que alrededor de 4.000 vehículos y motocicletas circulaban sin placas en la ciudad. Sanciones Quevedo cuenta con una or-

denanza aprobada en 2024 que regula la circulación de vehículos sin placas. El artículo 6 establece una multa de 144,60 dólares, equivalente al 30 % del salario básico unificado de 2026, y la retención del automotor durante dos días por la primera infracción y hasta cinco días en caso de reincidencia. Para recuperarlo, el propietario debe cumplir los requisitos establecidos y regularizar su identificación. Disminuir la inseguridad El exconcejal Leonardo Jiménez, proponente de la

Retención de motocicletas gerente de QUEVIAL °EPElseñaló que cada día ingresan más motocicletas a los patios de retención por incumplir la ordenanza, pero algunos propietarios no regresan a retirarlas. Aunque no precisó cifras, advirtió que la acumulación de estos vehículos aumenta la ocupación de los patios.

ordenanza, manifestó que solicitó informes mensuales sobre los resultados de los controles. Explicó que la medida busca reducir los hechos delictivos, pues, según la Policía, algunos vehículos utilizados para cometer delitos circulan sin placas o con identificaciones adulteradas para evitar ser reconocidos. Jiménez agregó que la seguridad también depende de la gestión de las autoridades de tránsito y de la colaboración ciudadana. Por ello, destacó la importancia de denunciar situaciones sospechosas y mantener operativos coordinados entre QUEVIAL EP, sus agentes y la fuerza pública. También recordó que existe una ordenanza que prohíbe que dos hombres adultos circulen en una misma motocicleta.

Nueva Acrópolis abre Escuela de Filosofía QUEVEDO. -La organización

Nueva Acrópolis abrirá en Quevedo su Escuela de Filosofía con el curso ‘Filosofía para vivir’, una propuesta orientada al autoconocimiento, la práctica de valores y el desarrollo humano. Las clases comenzarán el jueves 5 de noviembre,

de 17:30 a 19:30, en la Galería Willy, ubicada en la parroquia 7 de Octubre, calle B, entre la séptima y octava, casa 201. El programa incluye el estudio de tradiciones filosóficas de Oriente y Occidente, con temas relacionados con la ética, la convivencia y el sentido de la existen-

cia. La iniciativa busca acercar la filosofía a la vida cotidiana, fortalecer el carácter y fomentar la reflexión para afrontar los desafíos diarios. Las personas interesadas pueden solicitar información sobre el curso y las inscripciones al número 098 053 8985.

INSCRIPCIONES. Las clases comenzarán el 5 de noviembre en la Galería Willy.


I

CIUDAD 04

LOS RÍOS MIÉRCOLES 21/OCTUBRE/2026

Babahoyo vivió el primer Festival de la Alegría El encuentro en la parroquia El Salto combinó recreación familiar, deporte y oportunidades para los emprendedores. BABAHOYO. La parroquia El

Salto reunió a familias, deportistas y emprendedores durante el primer Festival de la Alegría, una jornada organizada por la Alcaldía de Babahoyo para fomentar la convivencia ciudadana, promover la recreación y generar oportunidades para los pequeños negocios. Durante el fin de semana, niños, jóvenes y adultos disfrutaron de juegos infantiles y encuentros de vóley, en un ambiente pensado para compartir en familia y fortalecer los lazos entre habitantes de distintos sectores del cantón.

Espacio para los emprendedores La actividad también abrió oportunidades para los emprendedores de la parroquia, quienes exhibieron y comercializaron

sus productos ante los visitantes. La iniciativa permitió dar a conocer sus negocios y generar ingresos para sus hogares. “Estos eventos deberían continuar dándose porque nos ayudan mucho a poder vender nuestros productos y, sobre todo, contribuyen a que nuestra parroquia sea visitada por habitantes de otras localidades”, manifestó Israel Sandoya, uno de los participantes.

Recreación y economía local El festival busca recuperar los espacios comunitarios y convertirlos en puntos de encuentro para las familias, al tiempo que se impulsa la economía de los barrios y parroquias. La propuesta combina actividades deportivas y recreativas

RECREACIÓN. Niños y adultos disfrutaron de juegos y actividades familiares.

con espacios para la promoción de los emprendimientos locales. Con esta primera edición, El Salto contó con una jornada que integró diversión, participación ciudadana y oportunidades comerciales. La iniciativa apunta a promover nuevos encuentros que favorezcan la convivencia y el desarrollo de los pequeños negocios en Babahoyo.

GASTRONOMÍA. Los emprendedores ofrecieron variedad de productos a los visitantes del festival.

CNE Los Ríos se capacita en primeros auxilios BABAHOYO. La

Delegación Provincial Electoral de Los Ríos capacitó a sus funcionarios en primeros auxilios, con el apoyo del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Babahoyo. La jornada estuvo orientada a fortalecer la capacidad de respuesta ante posibles emergencias y promover la seguridad en

el entorno laboral. Durante la actividad, los servidores electorales recibieron conocimientos sobre prevención de accidentes y atención oportuna ante situaciones que puedan poner en riesgo la integridad de las personas. Estas herramientas permiten mejorar la preparación del personal y actuar de

manera adecuada mientras llega la asistencia especializada. La capacitación busca fomentar la prevención y reducir riesgos laborales. El apoyo de los bomberos permitió reforzar los conocimientos básicos de primeros auxilios y la preparación ante posibles emergencias.

INSTRUCCIONES. La capacitación busca fomentar los riegos laborales.


05 ENTORNO

Pichincha mantiene activo el COE cantonal

LOS RÍOS MIÉRCOLES 21/OCTUBRE/2026

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La instancia está operativa para prevenir riesgos y coordinar acciones ante posibles emergencias.

El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Cantonal de Pichincha permanece activo desde el pasado 13 de octubre, con el objetivo de fortalecer la prevención y la capacidad de respuesta ante posibles emergencias relacionadas con el fenómeno de El Niño. Las autoridades y las instituciones que integran las mesas técnicas coordinan acciones para anticiparse a posibles desastres, vigilar las condiciones del cantón y responder de manera oportuna ante situaciones adversas. El trabajo también contempla la articulación con los organismos de socorro para atender las emergencias que pudieran presentarse. PICHINCHA.-

PREVENCIÓN. El COE Cantonal de Pichincha permanece activo desde el 13 de octubre.

Vigilancia a la represa La represa Daule-Peripa, ubicada en la zona de influencia del cantón Pichincha, en Manabí, tiene una capacidad de almacenamiento de 6.000 millones de metros cúbicos y cumple funciones de generación eléctrica, abastecimiento de agua y regulación de caudales. Durante la época lluviosa, las precipitaciones pueden elevar el nivel del embalse y de los ríos que lo alimentan, por lo que las des-

Control epidemiológico

Durante las reuniones se °abordó la prevención y el

VIGILANCIA. Las autoridades coordinan el monitoreo del caudal del río Daule y las condiciones del cantón.

cargas controladas y las crecientes aguas abajo requieren monitoreo permanente. Ante este escenario, las autoridades

deben mantener informada a la población y coordinar acciones preventivas frente a posibles inundaciones.

control del dengue, incluidos los casos reportados en el cantón, algunos de ellos graves. Además, se informó que el caudal del río Daule se mantenía controlado desde la represa DaulePeripa, mientras continuaba la vigilancia para detectar posibles cambios.

Pichincha impulsa a sus emprendedores PICHINCHA. La Plaza Cívica

de Pichincha fue el punto de encuentro de hombres y mujeres emprendedores que participaron en la feria gastronómica, artesanal y de emprendimientos ‘Dejando Huellas’, organizada como parte de los 82 años de fundación del cantón. Durante la jornada, los

participantes exhibieron y comercializaron productos, creaciones artesanales y alimentos que forman parte de su trabajo diario y representan una fuente de ingresos para sus hogares. La actividad permitió mostrar el talento local, promover sus iniciativas y generar oportunidades para dinamizar la economía del cantón.

El alcalde Leodan Intriago, junto con la vicealcaldesa Yuly Mendoza y el concejal Jhonny Molina, recorrió los stands y compartió con los participantes. Además, se reconoció al mejor emprendimiento y se entregaron distinciones a todos los expositores, en reconocimiento a su aporte al desarrollo económico local.

EMPRENDIMIENTOS. Hombres y mujeres exhibieron sus productos y creaciones en la feria ‘Dejando Huellas’.


SUCESOS 06

Operativo militar en cárcel de Quevedo I

LOS RÍOS MIÉRCOLES 21/OCTUBRE/2026

Hallan celulares, chips y presuntas drogas en el pabellón de máxima seguridad. QUEVEDO.- La Policía Nacio-

nal, en coordinación con las Fuerzas Armadas, ejecutó un operativo de control y requisa en el pabellón de máxima seguridad del Centro de Privación de Libertad (CPL) Los Ríos N. º 2, en Quevedo, con el objetivo de fortalecer la seguridad penitenciaria. Durante la intervención se encontraron 16 teléfonos celulares, 15 chips y cinco cargadores. También se localizaron 11 envolturas con una sustancia blanquecina, presumiblemente cocaína, y cuatro con una sustancia verdosa, presumiblemente marihuana. Entre los objetos hallados constan además dos paquetes de cuchillas de afeitar, cuatro audífonos, cuatro pipas artesanales, nueve encendedores, 32 cigarrillos y un anillo. Los indicios fueron puestos a disposición de la auto-

REQUISA. Policías y militares realizaron controles en el pabellón de máxima seguridad de la cárcel de Quevedo.

Una cárcel en Los Ríos

En la provincia de Los Ríos se identificaron dos estableci°mientos penitenciarios: el Centro de Privación de Libertad Los Ríos N.º 2, ubicado en Quevedo, y el Centro de Privación Provisional de Libertad Los Ríos N.º 1, en Babahoyo. Sin embargo, este último fue cerrado en diciembre de 2022, cuando 204 personas privadas de libertad fueron trasladadas a otras cárceles del país. Por ello, el centro de Quevedo se mantiene como el establecimiento penitenciario operativo de la provincia.

ridad competente para los procedimientos legales correspondientes.

Operativos buscan mantener el control Las requisas forman parte

de los controles de seguridad que se ejecutan en los centros penitenciarios para localizar y retirar objetos prohibidos, como teléfonos celulares, armas, municiones y sustancias

INDICIOS. Entre los objetos encontrados constan celulares, chips, cargadores y sustancias sujetas a verificación.

sujetas a fiscalización. Estos artículos pueden facilitar comunicaciones no autorizadas y actividades ilícitas desde el interior de

las cárceles. La frecuencia de las intervenciones depende de la planificación y las necesidades de seguridad de cada centro.

Ejército se prepara ante el fenómeno El Niño LOS RÍOS.- El Ejército Ecua-

toriano, a través de la Brigada de Fuerzas Especiales N.° 9 Patria, culminó el Ejercicio Nacional de Preparación y Respuesta ante el fenómeno El Niño-Oscilación del Sur (ENOS), desarrollado en las provincias de Cotopaxi

y Los Ríos. Durante la jornada se realizaron actividades de planificación estratégica y simulacros para evaluar la capacidad de respuesta y los protocolos de actuación ante posibles emergencias asociadas a este fenómeno climático.

Con estas acciones, la institución militar busca fortalecer su preparación y coordinación con otras entidades para apoyar a la ciudadanía y contribuir a la gestión de riesgos frente a eventuales inundaciones y otras emergencias.

PREPARACIÓN. El Ejército realizó simulacros en Cotopaxi y Los Ríos ante posibles emergencias por El Niño.


07 POLÍTICA LOS RÍOS | MIÉRCOLES 21/OCTUBRE/2026 I

¿Habrá polarización en las elecciones seccionales? Se acercan las fechas para la campaña electoral y el sufragio de las elecciones seccionales en Ecuador. Analistas evalúan los escenarios que se podrían presentar en esas etapas electorales.

DEMOCRACIA. El electorado deberá elegir a 5.749 autoridades el 29 de noviembre de 2026. (Foto: CNE).

Son 13’827.643 los ciudadanos habilitados para votar el 29 de noviembre de 2026 en las elecciones seccionales en Ecuador, en las que se debe elegir a autoridades locales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs). Analistas consultados hablan de los factores que tendrán mayor peso en este proceso, entre ellos la polarización. El electorado deberá elegir a 5.749 autoridades principales con sus respectivos suplentes. Proceso atravesado por la polarización Para Ruth Hidalgo, abogada y directora de la Corporación Participación Ciudadana (CPC), el actual “es un proceso electoral marcado por la polarización, ese va a ser el punto de partida y sobre todo la característica más importante. Y desde allí podemos tener una lectura aproximada respecto de hacia dónde la ciudadanía va a dirigir su votación o sus preferencias electorales”, explica. Por eso considera que es

difícil que puedan surgir candidatos nuevos sin vinculaciones con uno u otro partido político contrarios, como sucede actualmente. “La polarización es un fenómeno que se ha hecho presente desde hace tiempo, no solamente en Ecuador, sino en América Latina. Lo que pasará probablemente es que en la campaña esta polarización sea más fuerte”, comenta. Señala que otros dos factores marcarán este proceso electoral: · El fenómeno de El Niño: “Es probable que haya un ausentismo”. · Campaña electoral anticipada: “Hay una fecha puntual para la campaña (del 12 al 16 de noviembre), pero se repiten estas campañas anticipadas en redes sociales y eso habla de una debilidad importante del sistema de partidos”. El CNE indicó que se investigan 11 presuntas infracciones electorales y el uso de más de 4.000 artículos promocionales, como

parte de una presunta campaña anticipada. Hidalgo sostiene que esos actos de precampaña “manchan las elecciones porque las hacen inequitativas”. Mientras en Ecuador no haya un nuevo sistema de partidos riguroso, no se superará la polarización, según Hidalgo. Campaña personalizada César Ulloa, politólogo y doctor en Ciencias Sociales, evalúa que en una contienda local más que la polarización en cuanto a organizaciones políticas es una polarización que se establece por una campaña exacerbadamente personalizada. “El electorado no votará por ADN, sino porque le simpatiza o no Cynthia Viteri, candidata a la Alcaldía de Guayaquil. En Quito, la votación será por la figura, por Pabel Muñoz, Jorge Yunda, Carla Larrea, Wilson Merino. Pesan mucho las cualidades de las personas más que las tiendas políticas que la auspician”. Pone ejemplos: “Si hace-

mos memoria, Yunda tiene su origen en la Revolución Ciudadana (RC). Luego se candidatizó por Pachakutik. En esta tercera ocasión va por Avanza. A la gente no le interesa el partido de Yunda, le interesa la figura de Yunda. En el caso de Muñoz le toca ir por el socialismo. En el caso de Merino a la gente poco le interesa que sea de Imparables. En Guayaquil, al estar su principal autoridad privada de libertad (Aquiles Alvarez), se trata de que esa circunstancia capitalice hacia el voto de su esposa (Fiorella Icaza)”. Ulloa evalúa que el Gobierno ha tratado de establecer una estrategia de polarización por determinadas condiciones: · ADN debuta en las elecciones seccionales, si no tiene candidatos, el partido no existe. · Tiene que cumplir un umbral de votación, el Código de la Democracia establece el 5% de votos válidos a escala nacional para mantener el

registro de una organización política. · Al Gobierno le interesa cuatro “bastiones nacionales”: Guayas, Pichincha, Manabí y Azuay. “Esto va a afectar negativamente o va a apoyar positivamente al Gobierno porque esta elección, además, se produce después de un año de la consulta popular que perdió el presidente de la República, Daniel Noboa. Si vuelve a perder en los bastiones importantes, indudablemente hay un síntoma que le obligará a replantear su actuación política”, plantea. Sin embargo, Ulloa recuerda que más del 50% de las personas habilitadas a votar no han decidido por quién votar porque “las distintas candidaturas, tanto a la alcaldía como a la prefectura, no logran convencer al electorado y por tanto la decisión se posterga”. El poder de la antipolítica Para Carlos Ferrín, consultor en Comunicación Política y experto en campañas electorales, inicialmente hubo un escenario marcado por dos fuerzas hegemónicas que creaban un bipartidismo: ADN y la RC. “A pesar de la proscripción, la RC (suspendida en marzo de 2026) se relajó un poco pensando que ADN no lograría una supremacía en las elecciones o una recuperación de la imagen del Presidente. Lo cierto es que en los tres últimos meses vimos un crecimiento de la imagen gubernamental y eso cambia las reglas del juego, porque ADN pasó a ser un partido que en este momento le está aportando entre 10 y 12 puntos de arranque (a los candidatos)”, explica el consultor. Por eso Ferrín plantea que en el proceso electoral actual se polarizan los siguientes sectores: “Los correístas; los noboístas sumados a los anticorreístas y la antipolítica. La antipolítica es lo nuevo que se está estipulando en la elección del Ecuador. La antipolítica es la base en este momento, es decir, no queremos a los políticos en sí, pero queremos lo nuevo. Eso va a ser sorpresivo para la siguiente elección”. (KSQ)


REMATES DIVORCIOS

BABAHOYO

0989396044 QUEVEDO 0959608854

ANULACIONES EJECUTIVOS

12333-2026-00578OFICIO-02932-2026 Causa N.- 12333202600578 Vinces, miércoles 14 de octubre del 2026 Señor(es) EXTRACTO DE CITACIÓN Presente En el juicio N.- 12333202600578, hay lo siguiente: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPENTE CON SEDE EN EL CANTÓN VINCES. REPÚBLICA DEL ECUADOR PROVINCIA DE LOS RÍOS EXTRACTO DE CITACIÓN JUICIO: No.12333-2026-00578. DEMANDA: AUTORIZACIÓN JUDICIAL O LICENCIA ART. 334 COGEP. ACTOR: ESPINOZA FRANCO CARLOS IVAN, FRANCO ALVARADO ROSA IRENE.. DEMANDADOS: A LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN VIDA SE LLAMÓ ESPINOZA CORTEZ IVÁN HERMES. Se le hace saber que en esta Unidad Judicial se está tramitando el juicio de AUTORIZACIÓN JUDICIAL O LICENCIA ART. 334 COGEP. OBJETO DE LA DEMANDA: VOLUNTARIO A: A LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN VIDA SE LLAMÓ ESPINOZA CORTEZ IVÁN HERMES. Antecedentes: Del acta de defunción que nos permitimos agregar a la Solicitud de Licencia Judicial, justificamos el fallecimiento de nuestro recordado conviviente y padre, que en vida se llamó IVAN HERMES ESPINOZA CORTEZ, hecho ocurrido trágicamente en la Ciudad de Vinces, de tristeza recordación. Al igual del acta de nacimiento que adjuntamos, la existencia de un menor de edad, que responde a los nombres y apellidos de HERMES ADRIAN ESPINOZA FRANCO, hijo del que en vida se Ilamó Iván Hermes Espinoza Cortez. De la documentación que nos permitimos adjuntar a la presente solicitud de Licencia Judicial, la Posesión Efectiva de los bienes que dejo, nuestro difunto conviviente y padre, resalta un bien inmueble, que se trata de un predio rustico de la extensión de 13 hectáreas, con ubicación en el sector la Felicidad, de la jurisdicción de la Parroquia Antonio Sotomayor, Cantón Vinces, por compraventa al Señor Javier Andrés Ruz Baque, ante la Notaria Publica del Cantón Guayaquil, la misma que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad y Mercantil de la localidad. Nuestro recordado conviviente y padre, Iván Hermes Espinoza Cortez, iba a realizar la transferencia del dominio del bien inmueble , de la extensión de las 13 hectáreas, Sector la Felicidad , de la jurisdicción Antonio Sotomayor, Cantón Vinces, en favor de su sobrina FLOR MARIA ESPINOZA ANDRADE, potadora de la cedula de Identidad Nro. 1208400422, quien fue que otorgo los valores correspondiente para la compra al Señor JAVIER ANDRES RUIZ BAQUE, pero lamentablemente falleció trágicamente, sin cristalizar tal objetivo del traspaso de dominio, del bien inmueble, situación que también es conocida por el Vendedor, Señor Javier Andrés

AVISOS LOS RÍOS P

LOS RÍOS /MIÉRCOLES/21/OCTUBRE/2026

gerencialosrios@lahora.com.ec

Ruiz Baque. En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Vinces, mediante acción de personal No- 1831-DNTH-ROG, de fecha 07 de marzo del 2014, suscrito por la Econ. Andrea Bravo Mogro.- Avoco conocimiento de la demanda de Autorización Judicial o Licencia Art 334 del Código Orgánico General de Procesos formulada por los actores la señores ESPINOZA FRANCO CARLOS IVAN Y FRANCO ALVARADO ROSA IRENE, en calidad de madre y representante legal de la menor Hermes Adrián Espinoza Franco.- La misma que se califica de clara, precisa y completa por cuanto reúne los requisitos de ley, por lo que se la admite al trámite en Procedimiento Voluntario, contenido en los artículos 334 Numeral 6 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).- No se cita al demandado por que no hay legítimo contradictor ya que el padre del menor está fallecido conforme lo justifica con la partida defunción del señor que en vida se llamó Iván Hermes Espinoza Cortez, por lo que de conformidad con lo que determinan los artículos 56.1 y 58 del COGEP se dispone que se cite a los herederos desconocidos por la prensa Diario la Hora de la ciudad de Quevedo en tres fechas distintas.- De conformidad con lo que determina el Art 142 numeral 7 anuncia la pruebas documentales y testimoniales de los señores Javier Andrés Ruiz Baque, Espinoza Andrade Flor María, Franco Alvarado Abrahán Augusto, Andrade Olivo Cristóbal Ramón, quienes depondrán al pliego de preguntas que de forma oral realizará el Abogado defensor de los actores.- Conforme disponen los artículos 187 y 188 del COGEP, se recepte la declaración de parte de los señores ROSA IRENE FRANCO ALVARADO Y CARLOS IVAN ESPINOZA FRANCO, pruebas documentales y testimoniales que serán practicadas y considerados en la audiencia única.- De conformidad con lo previsto en el Art 335 del COGEP una vez realizada la citación por la prensa a los herederos desconocidos en un término no mayor a 20 días se convocará a la audiencia única.-En dicha audiencia se escuchará a los concurrentes y se practicarán las pruebas que sean pertinentes. NOTIFÍQUESE, CÍTESE Y CÚMPLASE.Lo que comunico para los fines de ley.

COELLO ARRICIAGA ROSA LUCÍA SECRETARIO/A (RT) 001-005-000942

Juicio No. 12334-2026-00315 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO. Babahoyo, miércoles 30 de septiembre del 2026, a las 11h11. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO

EXTRACTO DE CITACIÓN POR LA PRENSA SE LE HACE SABER: A: SEÑORES DELIA ARGENTINA GONZALES RODRIGUEZ, ARACELY MONICA GONZALEZ RODRIGUEZ, ARGELIA LEONOR GONZALEZ RODRIGUEZ, EDSON FIDEL GONZALEZ RODRIGUEZ, EDWIN MAURO GONZALEZ RODRIGUEZ, SANDRA EDITH GONZALEZ RODRIGUEZ, presuntos desconocidos del mismo, ACTOR: PANCHIS CEVALLOS LUPITA JULIANA JUICIO: ORDINARIO Nº 123342026-00315. CAUSA: ORDINARIO PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO JUEZA DE LA CAUSA: AB. VANESSA ALEXANDRA HENRIQUEZ PALMA. AUTO DE CALIFICACIÓN: VISTOS: Abogada Vanessa Henríquez Palma, Mgtr. Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil Babahoyo- de La Corte Provincial De Los Ríos, mediante acción de personal N° 3606-DNTH-2014, de fecha 08 de mayo del 2014. AVOCO conocimiento de la presente causa en legal y debida forma.- En lo principal, conforme al Art. 10 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, siendo COMPETENTE para conocer de esta causa, procedo a calificar la demanda presentada por LUPITA JULIANA PANCHIS CEVALLOS, en contra de Herederos conocidos y desconocidos de los señores AIDACIO SANTOS GONZALEZ VASQUEZ, EUSEBIA DEL CARMEN RODRIGUEZ GARCIA, Herederos conocidos señores DELIA ARGENTINA GONZALES RODRIGUEZ, ARACELY MOONICA GONZALEZ RODRIGUEZ, ARGELIA LEONOR GONZALEZ RODRIGUEZ, EDSON FIDEL GONZALEZ RODRIGUEZ, EDWIN MAURO GONZALEZ RODRIGUEZ, SANDRA EDITH GONZALEZ RODRIGUEZ, presuntos desconocidos del mismo, es clara, precisa y al cumplir con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del mencionado Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica y admite a trámite mediante procedimiento Ordinario. DILIGENCIAS.-Se ordena la citación de DELIA ARGENTINA GONZALES RODRIGUEZ, ARACELY MOONICA GONZALEZ RODRIGUEZ, ARGELIA LEONOR GONZALEZ RODRIGUEZ, EDSON FIDEL GONZALEZ RODRIGUEZ, EDWIN MAURO GONZALEZ RODRIGUEZ, SANDRA EDITH GONZALEZ RODRIGUEZ, presuntos desconocidos del mismo, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, al efecto, en atención al juramento rendido, elabórese el extracto correspondiente, quien deberá observar lo establecido en el Art. 56 del COGEP, y se los citará a través de PRENSA ESCRITA NO DIGITAL.Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. De conformidad a lo

que establece el Art. 146 del mentado COGEP inciso 5to Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Babahoyo, para lo cual, NOTIFIQUESE en legal y debida forma al señor Registrador entregándosele la boleta al señor Citador, por lo que, la señora Actuaria primero deberá remitir la boleta de Notificación y posteriormente, las citaciones, se le hace conocer que la parte actora deberá adjuntar la razón de inscripción para proseguir el trámite de la causa conforme al Art. 5 del mentado COGEP.- Por cuanto lo ordena el Código Orgánico de Organización Territorial COOTAD, en la Disposición General Décima CITESE al Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Babahoyo, en la persona del Alcalde y Procurador Síndico sin perjuicio de lo ordenado en el al Art. 9 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, una vez citados contesten la demanda en el término de veinte días, para lo cual de igual forma se remitirán las boletas cumplida la notificación y devolución de inscripción. ANUNCIO DE PRUEBAS.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados situación que estará a lo previsto en el artículo 294.d ibídem, en el evento que se formule la contestación y se llamare a Audiencia.- NOTIFIQUESE.miércoles 23 de septiembre del 2026, a las 16h12. VISTOS: Forme parte del proceso el escrito que presenta la parte Actora en lo principal atenta a lo solicitado, y de una mejor revisión del proceso y De conformidad a lo dispuesto en el artículo 130.8 del Código Orgánico de la Función Judicial se convalida el auto de fecha 10 de julio del 2026 a las 09h37 específicamente donde se indicó el nombre de una de las herederas conocidas como ARACELY MOONICA GONZALEZ RODRIGUEZ cuando lo correcto y específicamente es ARACELY MONICA GONZALEZ RODRIGUEZ, en todo lo demas estese a lo dispuesto en el mismo; en mérito de lo solicitado y por ser procedente confierase nuevamente el extracto de citación.CÚMPLASE NOTIFÍQUESE. FUNDAMENTO DE HECHO: De la posesión y sus características.- Señor(a) Juez(a), por cuanto ha transcurrido ampliamente el plazo de quince años exigido por el articulo 2411 del Código Civil para la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, pongo en su conocimiento que he venido y continúo en posesión pública, pacífica, ininterrumpida, sin violencia, ni clandestinidad, con ánimo de señora y dueña, sin reconocer dominio ajeno, a vista y paciencia de todo el mundo, ejerciendo actos que solo el dominio confiere, de un lote de terreno signado con el #2, ubicado en la Manzana “B”, Recinto “Mata de Cacao”, Parroquia Febres Cordero, perteneciente al cantón Babahoyo, Provincia de Los Ríos, actualmente signado con el COD. CATASTRAL 12-01-028-12, que tiene una superficie aproximada de 312,62 m² según levantamiento planimétrico referencial, cuya superficie exacta será determinada mediante la pericia judicial, conformado por los siguientes linderos: POR EL NORTE, Lote # 3 de cod. catastral 12-01-028-13 EN 32.65 mts.,

POR EL SUR, Lotes # 14-15-1 de cod. catastral 12-01-028-(0809-11) respectivamente en 32.65 mts., POR EL ESTE, Lote de cod. catastral 12-01-028-03 en 9.50 mts. y, POR EL OESTE, Calle “Julio Guerrero” 9.65 mts.; ubicado, dentro del lote de terreno general v de mayor extensión adquirido por AIDACIO SANTOS GONZALES VASQUEZ (+), mediante COMPRAVENTA, inscrita el martes, 11 de noviembre de 1986, Tomo: 03, Folio Inicial: 524 - Folio Final: 529, Número de Inscripción: 92, Número de Repertorio: 207, Oficina donde se guarda el original: Notaria Pública del cantón Babahoyo, Fecha de Otorgamiento: miércoles, 05 de julio de 1967, circunscrito dentro de las siguientes medidas y linderos: 1) DOS retazos de terrenos ubicados en la Hda. el Cacahual, en esta Jurisdicción Parroquial y Cantonal, Cantón Babahoyo, Provincia de Los Ríos. Circunscrito dentro de los siguientes linderos: El uno la porción o superficie de UNA CUADRA CUADRADA Y CUARTO DE CUADRA, POR LOS DOS COSTADOS: Terreno inculto del lote treinta y cuatro perteneciente a la Compañía vendedora: POR EL UN COSTADO: Finca de Aurelio Martínez, en el terreno del lote treinta y tres de la Sección B propiedad de la misma Compañía vendedora: y: POR EL OTRO COSTADO: Finca de Lorenzo Martínez en terrenos del lote treinta y tres de la Sección B de propiedad de la misma Compañía vendedora, finca de Alberto Moyano en terrenos del lote treinta y tres y treinta y cuatro de la Sección B propiedad de la Compañía vendedora y terreno del lote treinta y cuatro de la sección B que ahora propiedad de los vendedores. LA OTRA PORCION: De terreno que tiene la superficie de DOS Y MEDIA DE CUADRAS, POR EL UN COSTADO: El terreno del lote treinta y cuatro de la sección B ya mencionada ocupada con la finca de los vendedores señora Amalia Aguirre de Olvera y terrenos incultos del mismo lote treinta y tres y treinta y cuatro de la sección B de la Hda Victoria de Cacahual y POR EL OTRO COSTADO Terreno inculto del lote treinta y cinco de la mismas Sección B propiedad de la Compañía vendedora: POR EL OTRO COSTADO: Finca de Alberto Moyano y de Sabino Vera, en terrenos del lote treinta y cuatro de la sección B propiedad de la Compañia vendedora: y: POR EL OTRO COSTADO. Finca de Froilán Moyano en terrenos del lote treinta y cuatro de la Sección B propiedad de la Compañia vendedora: DOS) CUATRO CUADRAS de terrenos circunscritas dentro de los siguientes linderos. POR EL FRENTE: La Finca de Froilán Moyano, POR ATRÁS Y UN COSTADO: La Finca levantada por Carmen Ramírez en terreno de propiedad de la Hda. Victoria de Cacahual de la Compañía Anónima Victoria, y, POR ABAJO. La Finca levantada, por Sabino Saturnino Vera y Aurelio Martínez PERO EN CUANTO A LA SUPERFICIE QUE ESTÁ DENTRO DEL PRENOMBRADO BIEN INMUEBLE Y QUE ES DE MI POSESIÓN: SUS DERECHOS QUEDARAN EXTINGUIDOS POR LA DECLARATORIA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA

DE DOMINIO que reclamo sobre el área especifico de la cual me encuentro en posesión, quedando de esta forma fijada la situación geográfica, individualización y singularización del referido lote de terreno, de tal forma que, con mi pecunio, he rellenado el terreno, levantado un cerramiento de ladrillos con pilares de cemento y varilla, edifique en el fondo una villa con materiales como ladrillo, cemento y techado de zinc, la cual en la actualidad la tengo alquilada a mi sobrina TAMAYO PANCHES ALIDA ISABEL, quien habita con su familia desde el 1 de agosto del 2016 en calidad de mi inquilina, de igual forma en el 2019 inicie la colocación de unos puntales mediante una estructura de hormigón armado a fin de realizar la edificación de otra vivienda, pero que por falta de recursos económicos paralice y no he podido continuar, porque he priorizado primero legalizar mi posesión y ya luego de culminar con este juicio, terminar mi edificación. Durante todo el tiempo de mi posesión jamás he reconocido dominio ajeno ni he mantenido relación jurídica de dependencia, tenencia o mera tolerancia respecto de los titulares registrales o de terceros. De la individualización del bien.- La fracción materia de prescripción se encuentra plenamente individualizada mediante levantamiento planimétrico, código catastral, superficie exacta y linderos determinados, permitiendo su perfecta identificación e independencia física respecto del inmueble matriz, para lo cual me he permitido anexar a este libelo inicial de demanda el documento denominado “Levantamiento Planimétrico” como referencia de la geolocalización de mi posesión dentro del lote de terreno general y de mayor extensión, ampliamente descrito en el Numeral anterior. Del origen material de la posesión.- Ingresé materialmente en posesión del inmueble mediante un documento denominado “Acta de Compraventa de Solar” suscrito el 28 de diciembre de 1999 con el señor Ernesto Gonzalo Solórzano Bravo que era posesionario que me antecedió, ante el Ing. Joser Nivela Icaza, en ese entonces Teniente político de la Parroquia Febres Cordero, por cuanto con el señor Ernesto Gonzalo Solorzano Bravo manifestó ser el dueño del lote de terreno de mi posesión descrito en el numeral anterior de este considerando, pero que por cuanto el señor AIDACIO SANTOS GONZALES VASQUEZ (+) se encontraba en planes de lotización aun no tenía las escrituras individualizadas a nombre de él y que una vez terminen con dicho trámite de lotización el mismo gestionaría las escrituras definitivas a mi nombre, pagando por el mismo la suma en ese entonces de $ 3′500.000,00 TRES MILLONES OUINIENTOS MIL SUCRES, pero que por un descuido involuntario mientras el causante perdiendo todo contacto con los antes mencionados ciudadanos. Instrumento que no constituyó la compraventa título traslaticio de dominio inscrito, pero si determinó el inicio de mi posesión material. pública y exclusiva sobre el inmueble, desde esa fecha ejerci la posesión material exclusiva, pública y autónoma, sin subordinación ni dependencia respecto de terce-

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ros y sin reconocimiento posterior de dominio ajeno sobre el área cuya prescripción reclamo. De los actos de señora y dueña y de la justificación de la legitimación pasiva. - Gracias a mi trabajo honrado, he venido cuidando el inmueble, manteniendo al día el pago de los predios correspondientes y realizando con mi propio peculio las edificaciones antes descritas, sin injerencia alguna de terceros, demostrando en todo momento actos de señora y dueña que solo el dominio confiere. Sin embargo, la doctrina jurisprudencial del país (R.O. No. 335, de 14 de junio de 2004, pág. 25) dispone que el legitimado pasivo en los juicios de usucapión es quien figura como propietario en el correspondiente Registro de la Propiedad; y del certificado que adjunto aparece y consta que el señor AIDACIO SANTOS GONZALES VASQUEZ (+) figura como propietario registral y que, a la presente fecha, existe posesión efectiva registrada en favor de sus herederos y demás titulares de derechos y acciones hereditarias. Por ello, la presente acción se dirige contra quienes aparecen como titulares registrales o sucesores de éstos, sin que aquello implique reconocimiento de dominio ajeno respecto de la posesión ejercida por la actora. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Que justifican el ejercicio de la presente acción son los siguientes: Código Civil Ecuatoriano: Art. 603 del dominio, Art. 715, del concepto de posesión, Art. 716 de la posesión material, Art. 717 del ánimo de señor y dueño, Art. 2392 del concepto de prescripción, Art. 2398 de la prescripción adquisitiva, Art. 2405 de la regla general de adquisición por prescripción, Art. 2410 de la prescripción ordinaria y extraordinaria, Art. 2411, de la prescripción extraordinaria de quince años, Art. 2413 de la sentencia e inscripción. Código Orgánico General de Procesos: Art. 289 del procedimiento ordinario, Art. 142 COGEP, de los requisitos de la demanda, Art. 146 de la inscripción de la demanda.PRETENSIÓN: Concurro ante usted para que en sentencia se declare CON LUGAR esta demanda y que la suscrita LUPITA JULIANA PANCHIS CEVALLOS, titular de la cédula de ciudadanía No. 1201037213, ha ganado y adquirido POR LA PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, la propiedad de su POSESIÓN constituida en el lote de terreno signado con el #2, ubicado en la Manzana “B”, Recinto “Mata de Cacao”, Parroquia Febres Cordero, perteneciente al cantón Bababoyo, Provincia de Los Ríos, actualmente signado con el COD, CATASTRAL 12-01-02812,, que tiene una superficie aproximada de 312,62 m. CUANTÍA: Por su naturaleza es INDETERMINADA, atento a lo que dispone el Art. 144 Num. 2 del COGEP.- PROCEDIMIENTO: Es el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, que está regulado desde el Art. 289 al 298 del COGEP. SANCHEZ ARBOLEDA GLADYS IVONNE

fact 001-005-0971


AVISOS LOS RÍOS 09

LOS RÍOS /MIÉRCOLES/ 21/OCTUBRE/2026 P

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO EXTRACTO DE CITACIÓN POR LA PRENSA

A: PONCE AGUIRRE TATIANA NATIVIDAD.SE LES HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad Judicial Civil con

Registro de la Propiedad

AVISO De conformidad con 1a Ley publicada en el Registro oficial #261 de Junio 10 de 1982 de Reposición del Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón Babahoyo, se va a proceder a REPONER la Inscripción de la Escritura Pública de COMPRAVENTA, que otorgó el Señor ZUÑIGA BARCO JUAN VIRGILIO y señora a favor del Señor ATIENCIA ALARCON BENJAMIN LEONIDAS, celebrada en 1ª Notaria Primera del Cantón Babahoyo, el treinta y uno de julio de mil novecientos setenta y nueve, sobre el solar número SIETE, de la manzana número TRECE, con la superficie de TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS, ubicado en esta Ciudad en la Lotización que ha hecho para viviendas; circunscrito dentro de los siguientes linderos y dimensiones: POR EL FRENTE: Con once metros de longitud, calle; POR ATRÁS: Con igual longitud de once metros, solar signado con el número catorce; POR EL UN COSTADO: con treinta metros de longitud, calle; y. POR EL OTRO COSTADO: También con treinta metros de longitud, solar signado con el número seis. De fojas 1.607 a fojas 1.609 bajo el número 518 y anotada en el Repertorio con el número 821, la misma que constaba inscrita con fecha 23 de agosto de 1.979- Los que pudieren tener interés, pueden oponerse en el término de 15 días a partir de la presente publicación. Babahoyo, 07 de octubre del 2026. AB. HÉCTOR CECILIO ALVARADO ZAMORA REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DEL CANTON BABAHOYO (E).

BABAHOYO

REMATES DIVORCIOS ANULACIONES EJECUTIVOS

sede en el cantón Quevedo, la demanda de Procedimiento Ordinario por Cobro de dinero No. 12331-202500565, seguida por BANCO PICHINCHA C.A., en contra de PONCE AGUIRRE TATIANA NATIVIDAD, cuyo extracto es

0989396044 QUEVEDO 0959608854

gerencialosrios@lahora.com.ec

como sigue: ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A.DEMANDADO: AGUIRRE NATIVIDAD.-

EXTRACTO DE CITACIÓN

PONCE TATIANA

A: PRESUNTOS DUEÑOS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS. SE LE HACE SABER QUE DENTRO DEL TRÁMITE DE LEGALIZACION DE BIENES MOSTRENCO CON SOLICITUD N° 0095187-2023, SEGUIDO POR EL LCDO. CIRO ERNESTO VELIZ ALCÍVAR EN SU CALIDAD DE DIRECTOR DISTRITAL 09D15 EL EMPALME- EDUCACIÓN, SE ENCUENTRA LO SIGUIENTE: El Empalme, 14 de marzo del año 2023, continuando con el trámite de la causa de legalización de Bienes Mostrenco ingresada en la Dirección de Ordenamiento Territorial. En lo principal por haberse cumplido con lo dispuesto, en la “ORDENANZA QUE REGULA EL PLAN SOCIAL MASIVO DE ADJUDICACIÓN, ESCRITURACIÓN Y VENTA DE TERRENOS MOSTRENCO Y ASENTAMIENTOS HUMANOS CONSOLIDADOS, UBICADOS EN LAS CABECERAS PARROQUIALES VELASCO IBARRA, LA GUAYAS Y EL ROSARIO DEL CANTÓN EL EMPALME”, PRIMERO.- Que el Lcdo. CIRO ERNESTO VELIZ ALCÍVAR EN SU CALIDAD DE DIRECTOR DISTRITAL 09D15 EL EMPALME - EDUCACIÓN, cumpliendo con lo establecido en Ley Cantonal (Ordenanza), conforme lo dispone en el Art. 21, la publicación por tres ocasiones en un diario de mayor circulación a nivel regional, y mediante cuñas radiales a través de una radio de difusión local, la publicación contendrá un aviso que comunique a la ciudadanía que se procederá a declarar como bien mostrenco, un solar ubicado en el sector entrada a La Caracas, parroquia Velasco lbarra, cantón EI Empalme, Provincia del Guayas, coordenadas X 652,898 Y 9,886,783 con sus respectivos linderos. POR EL NORTE: Con Villavicencio Alcívar Freddy en 34.00m. POR EL SUR: Con camino público en 33.00m. POR EL ESTE: Con camino público en 38.60m. y POR EL OESTE: Con Santana Martinez Sandra y Párraga Romero Pedro en 38.60m. CON UNA SUPERFICIE TOTAL 1294.67m², Los particulares que se consideren afectados por el inicio del proceso para declaratoria del bien mostrenco podrán presentar sus reclamos a la Dirección de Ordenamiento Territorial, con un plazo de 30 días contados a partir de la entrega de las publicaciones, en la página WEB redes sociales y diferentes medios de comunicación, en el caso de las publicaciones por el diario y la radio, deberán ser entregadas a la Dirección de Ordenamiento Territorial, y de igual forma, en cuanto a las transmisiones por la radio, el propietario o representante de la misma emitirá un certificado que acredite las fechas y horas en que se realizaron las transmisiones y una copia del audio.SEGUNDO: Una vez cumplido con los anuncios presentados por la parte solicitante del bien mostrenco se tomará en cuenta como prueba a su favor, CÍTESE y CÚMPLASE.Arq. Ricardo Loor Costabalos. GADM EL EMPALME DIRECTOR DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante BANCO PICHINCHA C.A. a través de su Procurador Judicial solicita que mediante sentencia y previo al trámite de procedimiento ordinario se declare con lugar su demanda y ordene a los demandados el pago de la obligación que asciende a la cantidad de USD$ 2.687,13 (DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON TRECE CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) más los intereses legales, interés financiado, de mora, intereses diferidos, costas procesales y honorarios profesionales.- Los fundamentos de derecho se encuentran establecidos en los Artículos 1453, 1454, 1461,1486, 1561, 1567 del Código Civil, Art. 194 del Código Orgánico Monetario Financiero; Art. 8 literal del Código de Comercio; Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos. CUANTÍA: USD $4.500,00 (CUATRO MIL QUINIENTOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). TRÁMITE: ORDINARIO. JUEZ DE LA CAUSA: La Ab.

BANCO BOLIVARIANO PERDIDA DE CDP Se comunica al público, el Extravió/Robo/Hurto de CDP Nº 02001DPV0129319 emitida por BANCO BOLIVARIANO C.A, con vencimiento 09/11/2026 comunicamos al público en general y quien se crea con derechos sobre dicho CDP, deberá presentar ante nuestra institución su reclamo por escrito en el término de 15 días contados desde la última fecha de la última publicación de este aviso. Vencido el plazo y no existiendo reclamación, el Banco procederá a su anulación y a la emisión de un nuevo CDP.

Betzabeth Raquel Plaza Benavides, Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quevedo, quien mediante auto de fecha martes 29 de abril del 2025, a las 17h15, califica la demanda interpuesta por BANCO PICHINCHA C.A de clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que, se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo determinado en el artículo 289 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos y ordena citar a la demandada TATIANA NATIVIDAD PONCE AGUIRRE en el lugar contenido en la demanda, en vista de los solicitado por la abogada Jennifer Hinojosa Valdiviezo, en su calidad de procuradora judicial de BANCO PICHINCHA C.A. mediante escrito de fecha miércoles 19 de Agosto del 2026, a las 10h40, solicita se la cite por la prensa a la demandada, por lo que la señora Jueza mediante auto de fecha lunes 24 de Agosto del 2026, a las 16h11, de confor-

midad con lo establecido en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, dispone CITAR a la demandada TATIANA NATIVIDAD PONCE AGUIRRE mediante tres publicaciones en fechas distintas en un periódico de amplia circulación del lugar, por cuanto la parte actora bajo la gravedad del juramento afirmó que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la mencionada demandada.Lo que llevo a sus conocimientos para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad y/o y correo electrónico para que reciban sus notificaciones. - Certifico. Quevedo, 16 de Octubre del 2026.AB. MARIA FERNANDA BARZOLA ALMEIDA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN QUEVEDO


POLÍTICA 10

Concurso para jueces nacionales duraría seis meses

I LOS RÍOS | MIÉRCOLES 21/OCTUBRE/2026

El concurso público para la Corte Nacional de Justicia tomaría unos seis meses, según el Consejo de la Judicatura. Mientras tanto, se evalúan alternativas para evitar la acefalía en el máximo tribunal del país. Conozca las alternativas.

LABOR. Jueces de la Corte Nacional de Justicia en una audiencia de la sala de lo Contencioso Tributario. (Foto: cortesía)

El Consejo de la Judicatura (CJ) estima que el concurso público de méritos y oposición para la designación de jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) tomará unos seis meses. Sin embargo, el proceso carece de un cronograma oficial de inicio y cierre. La CNJ está integrada por 21 jueces. Actualmente hay 10 jueces titulares, en enero de 2027 deberían salir 6 y se quedaría con 4 titulares. Dennis Coronel, directora nacional de Gestión Procesal del CJ, mencionó que hay un déficit de 11 jueces por lo que, el 3 de julio de 2026, esa entidad aprobó el reglamento para el concurso con el objetivo de llenar 17 vacantes de jueces y 20 de conjueces. Se prevé que el concurso dure al menos seis meses, agregó.

Proceso e integración del alto tribunal

Los jueces se organizan en seis salas especializadas que son: 1. De lo Contencioso Administrativo. 2. De lo Contencioso Tributario. 3. De lo Penal. 4. De lo Civil. 5. De lo Laboral. 6. De la Familia.

Son designados previo concurso de oposición y méritos,

con impugnación y control social dirigido por el Consejo de la Judicatura para un período de nueve años. No podrán ser reelectos. Se renovará, de manera parcial, por tercios cada tres años. El concurso tendrá las siguientes fases, según el reglamento aprobado: • Convocatoria. • Postulación. • Méritos. • Examen de confianza. • Prueba psicológica. • Impugnación ciudadana. • Oposición. • Audiencia pública. Los postulantes tendrán que certificar que no poseen bienes o capitales en paraísos fiscales. También se someterán a un examen de confianza, que para la Judicatura es un mecanismo técnico que permitirá recopilar, verificar, analizar y contrastar información objetiva sobre integridad, probidad, conducta ética, transparencia patrimonial, responsabilidad y confiabilidad institucional. Los aspirantes serán calificados sobre 100 puntos: 50 correspondientes a méritos y 50 a la fase de oposición, integrada por una prueba teórica y una prueba práctica. En una audiencia pública finalmente darán a conocer su trayectoria profesional y experiencia laboral, así como su

visión sobre la administración de justicia. El registro y la postulación de los aspirantes se realizará en una plataforma tecnológica institucional de la Judicatura.

Prórroga en funciones

El proceso duraría seis meses, pero en enero deben terminar los períodos de algunos magistrados, por lo que se analizarían opciones para que no haya acefalía. Coronel señaló que ya se han previsto mecanismos legales para llenar las vacantes de jueces. Acotó que esto se hizo con el nombramiento de conjueces temporales que provinieron de cortes provinciales. A inicios de agosto arrancó el proceso interno de selección de cinco conjueces temporales de la CNJ. La convocatoria estuvo dirigida a jueces titulares de las cortes provinciales de justicia de todo el país, que debieron cumplir requisitos de probidad y el perfil profesional de la especialidad correspondiente. Se requerían tres para la sala de lo Penal, uno para la sala de lo Civil, y uno para la sala de lo Laboral. El procedimiento contempló la verificación de inhabilidades y antecedentes disciplinarios, informó la Judicatura. Coronel agregó que hay con-

jueces en la sala de lo Penal. Otra alternativa para que no haya interrupciones en la atención podría ser la prórroga de la temporalidad de los jueces que están en funciones; sin embargo, en la Judicatura no se ha tomado ninguna decisión. Fuentes judiciales consideran que el Consejo de la Judicatura tendría que plantear una consulta respecto de la prórroga de funciones a la Procuraduría General del Estado debido a que es el ente nominador, y los jueces de la CNJ tienen nombramientos a periodo fijo. Daniella Camacho es una de las juezas cuyo período vence el 26 de enero de 2027. Sostuvo que hay causas represadas, pero la Corte Nacional avanza en su labor con el apoyo de los conjueces temporales. Recordó que desde 2021 no se han realizado concursos y debe haber 21 jueces titulares y 21 conjueces titulares. El presupuesto para el concurso de la CNJ es de $616.039.

Posesión de jueces temporales

Si bien el concurso para la CNJ está en el horizonte de la Judicatura, el proceso para llenar 222 plazas de jueces temporales avanza. Este 24 de octubre iniciará la etapa de evaluación. Hay 1.050 preguntas que fueron elaboradas por jueces de cortes provinciales. Previamente hubo 1.469 postulaciones completadas. Concluyó la etapa de revisión y validación de requisitos e inhabilidades, y se realiza la comprobación de los méritos (trayectoria, experiencia y formación académica del postulante). Los informes finales se emitirán el 11 y 12 de noviembre y los nuevos jueces temporales para llenar vacantes en unidades judiciales multicompetentes, penales y no penales de primer nivel, serán nombrados el 17 de noviembre.

Las provincias que requieren mayor cantidad de jueces son Pichincha, Guayas, Manabí y Azuay, localidades en las cuales hubo más postulaciones. Coronel afirmó que no existe un tiempo específico de permanencia en el cargo, pero sería hasta que se pueda contar con jueces definitivos que serán elegidos a través de un concurso público de méritos y oposición debido al déficit de 487 magistrados. Ese proceso podría llevarse a cabo en dos años. Comentó que se determinó un 54% de criticidad en las dependencias judiciales a escala nacional, lo que significa que están en alerta y que han superado su capacidad máxima. “Hay judicaturas que no se encuentran ni siquiera con el mínimo de jueces, menos aún con el óptimo. Se requieren cinco jueces para una judicatura específica y están funcionando con uno o dos (…) la capacidad de respuesta del sistema de justicia es muy baja, existe mucha tardanza y acumulación en las causas procesales”, dijo. A criterio del abogado y profesor universitario, Fausto Albuja, el número de jueces siempre va a ser un inconveniente versus la carga de trabajo que de manera general tiene la Función Judicial. No obstante, consideró que el cuello de botella de la demora de juicios es la etapa de citación con la demanda, por ejemplo, en el área civil con casos como letras de cambio, pagarés o contratos. Ese trámite oscilaría entre 3 a 6 meses. Debido a la carga laboral que hay en los juzgados, las audiencias, acotó Albuja, no son convocadas de manera inmediata sino uno o dos meses después. Para la funcionaria, hay criticidad de citaciones en Manabí, Los Ríos, El Oro, Guayas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Esmeraldas y Pichincha, pero tras emitir un plan nacional en la última provincia hubo un proyecto piloto con la contratación de siete vehículos con conductor para alrededor de 30 citadores. Pichincha concentra más del 40% de los nudos de citación. Tras la implementación del plan piloto, la Judicatura prevé evaluar los primeros resultados en noviembre. (JGP)


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ECONOMÍA LOS RÍOS | MIÉRCOLES 21/OCTUBRE/2027 I

La economía de cada cantón depende de sus vecinos Un análisis territorial demuestra que la economía ecuatoriana no respeta fronteras políticas y funciona en “bloques”: o los cantones se unen para generar riqueza compartida, o se hunden juntos en trampas de pobreza regional. Un cantón puede inaugurar una nueva avenida, construir un parque industrial o lanzar un ambicioso plan para atraer empresas. Pero ninguna de esas decisiones funciona por sí sola. Los trabajadores viven en un lado y se movilizan a otro, las empresas compran insumos a proveedores de cantones vecinos, los consumidores cruzan fronteras todos los días, y las carreteras o mercados no terminan donde un alcalde dice que empieza su jurisdicción. Esta es la revelación que deja un análisis territorial realizado por el investigador Pablo Gómez Lema, de Flacso Ecuador. Su estudio cruza datos del SRI y del Banco Central para crear un mapa que cambia por completo la forma en que entendemos el desarrollo local: la mayoría de nuestras ciudades no funcionan como islas independientes, sino como grandes “vecindarios” económicos. Este enfoque es vital hoy en día, cuando Ecuador busca desesperadamente dejar de depender del petróleo para crear un modelo de negocios que genere empleo formal y duradero. A nivel gubernamental, se ha planteado la Agenda de Crecimiento Ecuador 2040 como la hoja de ruta para este fin. Sin embargo, las esperanzas depo-

sitadas en este plan chocan con sus propias limitaciones. Según un análisis de Pablo Lucio Paredes, director del Instituto de Economía de la USFQ, la Agenda 2040 proyecta una modesta senda de crecimiento promedio del 2,7% a mediano plazo. Esta cifra es insuficiente frente a la realidad del país, que requiere crecer de manera sostenida entre un 4% y un 5% anual para lograr generar empleo para los nuevos trabajadores, mejorar los ingresos y ganar productividad. Como concluye Lucio Paredes, este plan corre el riesgo de quedar como un “ejercicio burocrático-académico, sin mucho futuro”. Esto significa que, incluso si nuestros cantones logran integrarse físicamente, podrían estar uniéndose para quedar estancados en una economía de muy bajo crecimiento si no se corrigen los problemas de fondo a escala nacional.

Grandes motores geográficos

Para entender cómo se mueve realmente la economía en el país, el estudio de Gómez midió la riqueza generada por cada habitante (excluyendo los ingresos petroleros). El objetivo era responder a una pregunta clave: ¿la riqueza de una ciudad

logra contagiar a sus vecinos? La respuesta de los datos fue un rotundo sí. Al analizar los 218 cantones continentales, el mapa identificó 19 territorios que funcionan como verdaderos “motores geográficos”. Se trata de cantones ricos que están rodeados por vecinos igual de prósperos. En estas zonas, el comercio, el empleo y el consumo fluyen como un solo bloque, ignorando por completo los límites que dibujan los mapas municipales. Ecuador, en la práctica, se mueve gracias a tres grandes vecindarios económicos: • El gran corredor andino: Es un encadenamiento masivo en la Sierra centronorte. La fuerza económica de Quito y la provincia de Pichincha irradia prosperidad hacia el norte, integrando a Imbabura, y empuja con fuerza el eje productivo e industrial del sur, abarcando Cotopaxi y Tungurahua. Operan como un ecosistema continuo. • La gran fábrica agroexportadora de la Costa: Un bloque sumamente compacto donde no hay pausas comerciales. Toda la actividad agrícola y agroindustrial de Los Ríos se

DESAFÍO. Si Ecuador quiere crecer, debe juntar sus pueblos y ciudades para formar bloques de desarrollo.

enlaza de forma directa con el músculo comercial, industrial y portuario de Guayas. • El espejismo del norte amazónico: Un tercer bloque concentrado en Sucumbíos y Orellana. Es un motor impulsado netamente por la extracción de recursos. Aunque las cifras estadísticas muestran una alta generación de riqueza por habitante, la implicación real es que ese dinero sale de la zona, dejando un desarrollo urbano y social muy pobre en sus calles. En el extremo opuesto de los “motores” de prosperidad, el estudio revela una realidad mucho más dura. Existen 19 cantones catalogados estadísticamente como “bajo rodeado de bajo”. En estas zonas, la crisis funciona como arenas movedizas: el rezago económico de un municipio arrastra inevitablemente a sus vecinos. Las implicaciones de esto son muy prácticas. Si en el cantón “A” no hay empleo, sus familias no tienen dinero para viajar y comprar en los comercios del cantón “B”. Al quedarse sin clientes, los negocios del cantón “B” quiebran y despiden a su gente, esparciendo el desempleo por toda la zona. Esta dinámica ha formado dos enormes “trampas de pobreza regional” en el país: • El aislamiento del interior de Manabí: Una amplia franja en la costa centro-norte (como Chone o Jipijapa) que, al estar desconectada del dinamismo turístico de las playas y del comercio de los puertos, sobrevive en un estancamiento agrícola continuo,

sin lograr darle mayor valor a sus productos. • El gran bloque del Sur profundo: Una inmensa mancha territorial que abarca casi toda la provincia de Loja, la parte alta de El Oro, el extremo sur de Azuay y la frontera de Zamora Chinchipe. Es una región donde las distancias, la mala conectividad y el olvido histórico asfixian el emprendimiento en bloque. Aquí radica la mayor advertencia de Gómez: pretender que un solo alcalde puede salvar la economía de su municipio es vivir de ilusiones. De nada sirve que una autoridad local gaste millones construyendo un hermoso mercado municipal o apruebe ordenanzas para atraer fábricas, si en un radio de 100 kilómetros a la redonda los consumidores no tienen capacidad adquisitiva y no hay carreteras eficientes para sacar los productos hacia otras provincias. “En estas ‘trampas regionales’, las soluciones locales y aisladas están condenadas al fracaso. Rescatar a estas ciudades exige entender que la pobreza no respeta la frontera del cantón. O los alcaldes de estas zonas se unen para exigir y construir megaproyectos regionales (corredores viales, distritos de riego, seguridad en bloque), o seguirán hundiéndose juntos, administrando municipios cada vez más pobres”, acotó Carolina López, economista

Economía en territorios

Al cruzar el mapa territorial de Gómez con el análisis macroeconómico de Lucio Paredes, surge una respuesta : sí es posible impulsar el crecimiento, la productividad y el desarrollo de todo el Ecuador si utilizamos los “motores geográficos” como punta de lanza para aplicar las reformas que la Agenda 2040 omite. La Agenda 2040 propone, dentro de su eje de competitividad, desarrollar corredores estratégicos multimodales e infraestructura (vial, portuaria, energética) para potenciar la conectividad territorial. Sin embargo, Lucio Paredes advierte que estas propuestas ignoran reformas esenciales, como una verdadera reforma laboral o la reducción de la percepción interna de riesgo. (JS)


SOCIEDAD 12

Inocar: el riesgo de lluvias intensas crece para 2027 por El NIño El mar registra anomalías de temperatura de hasta 5 °C, mientras las lluvias ya dejan viviendas, vías y cultivos afectados. El Inocar advierte que enero, febrero y marzo podrían ser los meses más complejos. El fenómeno de El Niño ya deja miles de personas impactadas por las lluvias en Ecuador, pero los efectos más complejos podrían presentarse cuando el calentamiento del océano coincida con la temporada lluviosa, entre enero y marzo de 2027. El capitán Carlos Perugachi, director de Oceanografía y Meteorología Marina del Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada (Inocar), advierte que el pico de temperatura del mar no significa necesariamente que los impactos alcancen su punto máximo en los mismos meses. El balance de la Secretaría Nacional de Gestión de

Riesgos (SNGR), con corte al 20 de octubre de 2026, registra 24.694 personas impactadas por las lluvias desde el 29 de agosto, cuando se declaró oficialmente el evento El Niño en el país. De ellas, 22.850 constan como afectadas y 1.844 como damnificadas. El informe contabiliza 450 eventos adversos en 22 provincias, 111 cantones y 249 parroquias. Las inundaciones representan el 56,67% de los eventos y los deslizamientos, el 20,22%.

Los meses de mayor riesgo

Perugachi explica que el océano mantiene un calentamiento significativo tanto en la superficie como debajo

de ella. La anomalía de temperatura superficial se encuentra alrededor de los 5 °C, mientras que las mediciones reportadas por el buque oceanográfico Orión identificaron temperaturas de hasta 20 °C a profundidades superiores a los 100 metros, una condición que evidencia la profundización de la capa cálida. De acuerdo con los modelos que monitorea el Inocar, el pico de temperatura superficial se prevé para el trimestre de octubre a diciembre de 2026. Sin embargo, el director de Oceanografía y Meteorología Marina diferencia ese momento de la etapa en que pueden intensificarse los da-

Cronología de el niño en Ecuador: de la alerta al impacto(26-27)

I LOS RÍOS | MIÉRCOLES 21/OCTUBRE/2026

ños. La preocupación del Inocar se centra en la coincidencia entre las condiciones de El Niño y el régimen normal de precipitaciones del país. Octubre todavía corresponde a un periodo relativamente seco en la Costa, pero las lluvias ya han superado los valores habituales en algunos episodios. Perugachi señala que, en condiciones normales, las precipitaciones de octubre no deberían superar aproximadamente los 30 milímetros en promedio (1 milímetro lluvia equivale a un litro de agua por metro cuadrado). Para diciembre, la referencia sube a más de 100 milímetros, mientras que entre enero y abril los acumulados mensuales pueden ubicarse entre 200 y 270 milímetros. Con El Niño, esas precipitaciones estacionales pueden intensificarse. Por eso, aunque ya se registran inundaciones y anegamientos, el escenario podría complicarse cuando las lluvias sean más

frecuentes y coincidan con su periodo de mayor intensidad. “Los meses más complejos en términos de precipitaciones son enero, febrero y marzo”, advierte Perugachi. Abril marca el inicio del descenso de las lluvias, aunque las condiciones dependerán de la evolución del evento y de su interacción con la atmósfera.

Efectos de El NIño para 2027

El pronóstico sobre los efectos de El Niño en 2027 no es el mismo entre los organismos consultados. Mientras el Centro Internacional para la Investigación del Fenómeno de El Niño (Ciifen) prevé que el evento comience a debilitarse progresivamente desde enero, el Inocar advierte que las afectaciones por las lluvias podrían intensificarse durante los primeros meses del año. En una entrevista con LA HORA publicada el 9 de octubre de 2026, el Ciifen señaló que El Niño alcanzaría


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SOCIEDAD LOS RÍOS | MIÈRCOLES 21/OCTUBRE/2026 I

su máxima intensidad entre octubre y diciembre de este año. Desde enero de 2027, las anomalías del Pacífico comenzarían a disminuir, con una posible finalización del fenómeno entre abril y junio. Esa evolución no implicaría que sus efectos desaparezcan de inmediato, sino una reducción progresiva de su intensidad. En cambio, Perugachi explica que el calentamiento del océano podría coincidir con la temporada lluviosa de Ecuador y agravar las precipitaciones. Aunque el pico de temperatura superficial del mar se prevé para el último trimestre de 2026, los meses de enero, febrero y marzo podrían ser los más complejos por la frecuencia y los acumulados de lluvia, según el Inocar. DESASTRES. Las inundaciones y los deslizamientos están entre los principales eventos registrados en Ecuador desde el 29 de agosto de 2026. (Foto: API)

El calentamiento del mar no afecta por igual a todas las especies. Según Perugachi, algunas pueden beneficiarse temporalmente de temperaturas más altas, como el camarón, mientras que otras se desplazan hacia distintas

latitudes o profundidades, lo que dificulta su captura. Entre las especies que pueden verse favorecidas están los camarones, cuya producción puede aumentar bajo determinadas condiciones.

En cambio, algunos pelágicos pequeños como Pinchagua, Macarela, Sardina, Chuhueco, Hojita y Jure, importantes para la pesca artesanal, registran dificultades por los cambios en la temperatura y

AVISO LATINA TRANSPORTES SELECTIVOS Y TURISMO LATITRANSTURSA S.A. De conformidad con lo previsto en el Art. 179 de la Ley de Compañías y de lo establecido en el Estatuto Social de Latina Transportes Selectivos y Turismo Latitranstursa S.A., se pone en conocimiento del público en general, el extravío y/o deterioro físico de los Títulos de Acción Nros. 473 y 478 de USD. 2.000,00 de valor cada uno, emitidos por la compañía a favor de CALUPIÑA CASTRO MARIA BELÉN; por consiguiente, transcurridos quince (15) días luego de la tercera publicación del presente aviso, se procederá a sus respectivas anulaciones; en tal virtud, quien/es se consideren con derecho sobre aquellos títulos valores, deberá/n en el mismo periodo de tiempo, presentar a la administración de la compañía su oposición debidamente fundamentada para los fines pertinentes.

Preparación y prevención

El Inocar señala que la información técnica sobre la evolución de El Niño se ha presentado a las autoridades nacionales y a los gobiernos autónomos descentralizados para orientar las acciones de prevención, preparación y respuesta. La coordinación

ANULACIÓN

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D.M. Quito, 15 de octubre de 2026 Wilson Fabricio Vivanco Vergara GERENTE GENERAL LATITRANSTURSA S.A.

la disponibilidad de nutrientes.

POR HABERSE EXTRAVIADO, QUEDAN ANULADOS LOS TITULOS DE ACCIONES Nos 36853875-4999-11461-1301614623 DEL CONJUNTO CLINICO NACIONAL – CONCLINICA C.A., DE PROPIEDAD DE MARIO ANTONIO TRÁVEZ TRÁVEZ.

001-006-1084

Los efectos en la pesca

se realiza también en el marco del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) y sus mesas técnicas. La evolución del evento se ha seguido desde febrero de 2026. En mayo se estableció el estado de observación; posteriormente, el evento pasó a aviso activo y, en julio, se elevó la alerta. El 28 de agosto, el Comité Nacional ERFEN declaró oficialmente El Niño en Ecuador y, al día siguiente, la SNGR emitió la alerta roja nacional. Perugachi recalca que las previsiones se actualizan conforme se dispone de nueva información. El objetivo, explica, es que las instituciones puedan identificar los territorios expuestos y ejecutar medidas para reducir los daños. (EC)


Colombia: “ofensiva total” contra el ELN y las FARC

El presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, anuncia una “ofensiva total” contra el Ejército de Liberación Nacional y las disidencias de las FARC en Arauca. suficientes. “Vamos por más, no nos vamos a conformar con lo que ya se ha conseguido”, ha indicado De la Espriella, quien ha destacado que los homicidios han caído un 56,3% en Arauca entre el 7 de agosto y el 15 de octubre, mientras que los ataques contra las fuerzas de seguridad “han disminuido un 71%, frente al mismo periodo del año anterior”. “Cuando el Estado se decide, derrota a los bandidos. Cuando los bandidos están ganando, es porque está asociado con el Gobierno, con el Estado, y eso no lo vamos a seguir permitiendo”, ha argumentado, al tiempo que ha anunciado la decisión de “reforzar la fuerza pública, la Inteligencia y las operaciones para proteger a las comunidades, a los soldados y a los policías”, además de reforzar “el control terrestre y fluvial de la frontera” para hacer frente a la criminalidad.

Por todo ello, ha trasladado a los cabecillas del Frente Domingo Laín Sáenz del ELN y a la Estructura 10 de las FARC que “tienen los días contados”.”Vamos por ustedes. Cuando menos lo piensen, una bomba caerá sobre el campamento. Los vamos a derrotar”, ha dicho De la Espriella, quien ha incidido que los líderes de estos grupos “son un cáncer de Colombia”. “Los vamos a acabar”, ha insistido. El presidente colombiano ha adelantado además que las autoridades van a expulsar de Arauca a los extranjeros responsables de diversos delitos y crímenes. “Tenemos identificados ya a los extranjeros que están aquí con distintas anotaciones. Se van derechitos para su país. Aquí no vamos a permitir extranjeros haciendo fechoría”, ha asegurado, sin más detalles sobre su número o los delitos que se les imputan.

El departamento de Arauca, situado en la frontera con Venezuela, es uno de los más afectados por la violencia y cuenta con la presencia de efectivos del ELN y las disidencias de las FARC, que también han protagonizado enfrentamientos entre ellos por el control de territorios, además de llevar a cabo ataques contra elementos de las fuerzas de seguridad colombianas.

(EMBF), la disidencia de las FARC liderada por Alexánder Díaz Mendoza, apodado ‘Calarcá’. “La Policía Nacional capturó en Morales, Bolívar, a alias Brayan Veneco (...) Era requerido por homicidio, terrorismo y concierto para delinquir”, así como por lanzar operaciones contra los narcoparamilitares del Clan del Golfo, ha detallado en un mensaje en redes sociales, compartiendo imágenes del susodicho. “Su captura golpea la capacidad de mando y expansión territorial de estas estructuras criminales en el sur de Bolívar. A la plaga narcoterrorista la vamos a acabar”, ha celebrado De la Espriella. EUROPA PRESS

Detención de un cabecilla

Este mismo martes, el presidente colombiano ha informado del arresto del cabecilla conocido bajo el alias de Brayan Veneco, al mando de una de las estructuras del Estado Mayor de Bloques y Frentes

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA GALAPAGOS MARITIME AGENTS GALAGENTS S.A. De conformidad con lo previsto en el Artículo Décimo del Estatuto Social de la Compañía, en concordancia con las disposiciones pertinentes de la Ley de Compañías y del Reglamento sobre Juntas Generales o Asamblea General de Socios y Accionistas, se convoca a los señores accionistas de GALAPAGOS MARITIME AGENTS GALAGENTS S.A. a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el día 30 de octubre de 2026, a las 10h00, de manera telemática, para conocer y resolver sobre el siguiente orden del día: 1. Conocer y resolver sobre la venta y transferencia de dominio a favor de GALAXY EXPEDITIONS GALAXYEXP S.A.S. del inmueble de propiedad de GALAPAGOS MARITIME AGENTS GALAGENTS S.A., situado en la parroquia CHAUPICRUZ del cantón Quito, provincia de Pichincha, incluyendo las condiciones de la compraventa y el reconocimiento de los valores recibidos a cuenta del precio. 2. Autorizar al Presidente y representante legal de la Compañía para que, en ejecución de lo resuelto por la Junta General, realice todos los actos y suscriba los instrumentos públicos y privados necesarios para la cancelación de la hipoteca actualmente constituida sobre el inmueble a favor de Banco Internacional S.A., así como para la celebración, instrumentación e inscripción de la correspondiente compraventa y transferencia de dominio a favor de GALAXY EXPEDITIONS GALAXYEXP S.A.S. La documentación e información relacionada con los asuntos que serán conocidos por la Junta General será remitida a los accionistas conjuntamente con la convocatoria enviada a sus correos electrónicos registrados en la Compañía y permanecerá a su disposición en el domicilio de la compañía. Los accionistas deberán guardar la debida reserva respecto de la información no divulgada de la Compañía a la que tengan acceso con ocasión de la presente convocatoria. Conforme lo establece el Estatuto Social, los socios podrán concurrir personalmente o por medio de su representante legal o a través de poder notarial o carta poder debidamente suscrita. Es importante que cada socio deje constancia de su comparecencia y el medio por la que lo hace mediante un correo electrónico dirigido a la siguiente dirección: agordillo@galaxycruises.com, situación que deberá ser especificada en la lista de asistentes. Una vez confirmada su comparecencia se enviará el enlace de conexión para la reunión virtual. Los socios deben remitir sus votos al correo electrónico agordillo@galaxycruises.com, con la identificación clara de su identidad, el punto del orden del día y su voto de “APROBADO” o “NO APROBADO” Puerto Ayora, 20 de octubre de 2016 GALAXY REPRESENTACIONES AGGR S.A.S. PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE GALAPAGOS MARITIME AGENTS GALAGENTS S.A.

CONTROL. Militares de Colombia durante una operación contra la guerrilla. EP

Debidamente representada por: ALEXIS PAUL GORDILLO GRANDA Gerente General GALAXY REPRESENTACIONES AGGR S.A.S.

001-007-0087

MADRID. El presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, ha anunciado una “ofensiva total” contra la guerrilla del Ejército de Liberación Nacional (ELN) y las disidencias de las disueltas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) en el departamento de Arauca y ha resaltado que las autoridades “no se van a conformar” con lo que ya se ha conseguido en materia de seguridad. “He ordenado una ofensiva total contra el ELN y las disidencias de las FARC”, ha dicho tras un consejo de seguridad en Arauca. “Esos miserables narcoterroristas sabrán, en la ‘Era del Tigre’ --en referencia a su mandato como presidente--, cómo es que la voluntad política se materializa en hechos concretos de decisión para defender la seguridad de los colombianos”, ha destacado. “Vamos a golpear a los cabecillas de esos grupos narcoterroristas, a sus estructuras, a su logística, y, por supuesto, a su financiación, los testaferros”, ha reseñado el mandatario. “Todo el que participe en eso va a caer, y le va a caer todo el peso de la ley”, ha argumentado, según un comunicado publicado por la Presidencia del país sudamericano tras la reunión. Así, ha recalcado que los resultados obtenidos a nivel de seguridad hasta ahora no son

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Nacarid Portal

¿CÓMO PASAR DEL DOLOR AL PROPÓSITO?

CON

Gabriela Vivanco


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GLOBAL

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CRISIS. Uno de los objetivos de las fuerzas del orden será evitar disturbios como los registrados en la jornada anterior de protestas. Captura de pantalla

Un masivo despliegue policial enfrentará las nuevas protestas en Francia

El primer ministro francés anunció un “masivo” y mejorado despliegue policial frente a las protestas convocada por los chalecos amarillos para el 24 de octubre de 2026 en Francia. MADRID. El primer ministro de Francia, Sébastien Lecornu, ha prometido que la nueva ola de movilizaciones nacionales convocadas por los ‘chalecos amarillos’

y sindicatos de estudiantes para el 24 de octubre de 2026 se encontrará con un “masivo” despliegue policial que nada tendrá que ver con la “estática y poco móvil” respuesta de ocasiones

anteriores. Lecornu se ha sometido este 20 de octubre a una sesión de preguntas en la Asamblea Nacional, junto al ministro del Interior, Laurent Nuñez, para responder sobre el papel desempeñado por las fuerzas de seguridad durante las concentraciones que llevan semanas agitando el país. Las manifestaciones alcanzaron su apogeo este pasado fin de semana cuando se juntaron los estudiantes y docentes que reclaman una reforma integral de la educación secundaria, con el movimiento de los ‘chalecos amarillos’ y sus quejas generalizadas contra el coste de la vida y la labor del presidente, Emmanuel Macron. “Está claro que vamos a intensificar el despliegue para el 24 de octubre, con una doctrina revisada en términos de volumen de re-

cursos, en términos de número de fuerza, en términos de respuesta para atacar a estos grupos que dispersan a nuestras fuerzas de forma planificada”, ha añadido Nuñez. Lecornu ha insistido así en que las protestas pacíficas acaban degenerando en disturbios porque existe un grupo “de ultraizquierda” que está alentando la “insurrección”. El primer ministro rechazó que las propias fuerzas de seguridad estén inflamando la tensión a través del uso de ‘secretas’ escondidos entre los manifestantes. “Como creemos en la responsabilidad individual, cuando empieza el vandalismo los culpables son los vándalos, no la retórica que sugiere que son las autoridades quienes están detrás de estos daños”, ha indicado.

Indicios de manipulación oficial

Parte de la comparecencia de Lecornu ha abordado un reportaje publicado este pasado jueves por Mediapart en el que altos cargos de los servicios de Inteligencia franceses aseguran, bajo condición de anonimato, que han recibido órdenes desde arriba para culpar al principal exponente de la izquierda radical francesa, La

Francia Insumisa (LFI) del candidato presidencial JeanLuc Mélenchon, de fomentar los disturbios. Según estimaciones de Inteligencia citadas por el mismo medio, no se ha establecido ningún vínculo formal entre activistas de extrema izquierda en Francia y la movilización de las últimas semanas. El primer ministro galo, en cualquier caso, ha negado de manera tajante el contenido del reportaje. “Resulta impensable que un Gobierno pueda dar semejantes instrucciones”, ha contestado Lecornu antes de avisar por última vez que ni un solo manifestante se acercará al Elíseo (la sede presidencial) o Matignon (la oficina del propio Lecornu) el próximo sábado. Tras la publicación del artículo en Mediapart, LFI anunció su intención de demandar a Laurent Nuñez ante el Tribunal de Justicia de la República . “Si los servicios de inteligencia territorial elaboran informes falsos, si se les pide que escriban cosas falsas en esos informes, eso se llama escándalo de Estado”, declaró el coordinador general del partido, Manuel Bompard, en France Info. EUROPA PRESS


MIÉRCOLES, 21 DE OCTUBRE DE 2026 La Hora QUITO, ECUADOR

ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

http//www.derechoecuador.com

¿CÓMO LOS GENES DE LA FAMILIA AFECTAN NUESTRA SALUD Y NUESTROS DERECHOS?

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CONSULTA PROCESAL ¿Es posible evitar el recargo establecido en el Art.94 del Código de Trabajo, a través de la realización de audiencias en las inspectorías de trabajo?

RESPUESTA

EN LA WEB derechoecuador.com Autor: Juan José Jiménez Cadena.

La reproducción sexual del “Sujeto del Derecho” es por naturaleza: EXOGÁMICA, porque se rige a “Leyes Genéticas” que ya están dadas entorno al “Sujeto del Derecho” y sus “Parientes Consanguíneos”: - “La endogamia es la reproducción sexual de individuos que son cercanamente emparentados. La depresión endogámica (inbreeding depression) es la disminución de la variabilidad genética o heteroci-gosis en favor de los Individuos Homocigóticos que generalmente llevan carga génica con mutaciones

letales. La endogamia es un camino seguro de extinción biológica”. - “La consecuencia de la endogamia particularmente la que se da entre parientes muy próximos es un incremento de los homocigotos y un incremento de la probabilidad de aparición de trastornos muy raros (los riesgos aproximados de mortalidad o anomalía hereditaria severa en la descendencia por incesto es del 30% al 32%, la proporción de variantes alélicas en común es de ½)”. - “La endogamia provoca un incremento de la homocigosis, afecta a todos los loci

de una población por igual, y por sí sola no tiene efecto sobre las frecuencias alélicas, aunque sí puede exponer alelos deletéreos a la selección. Las consecuencias de la endogamia se pueden observar por la aparición de caracteres recesivos que son a menudo deletéreos. La endogamia aumenta la tasa de muertes fetales y malformaciones congénitas en la Raza Humana que es normalmente exogámica”. Conceptos “JurídicoEnciclopédicos” sobre “Exogamia” & “Endogamia” El “Sujeto del Derecho” puede llegar a ser concebido sexualmente solo bajo 2 tipos de reproducciones: “exogámica” o “endogámica”:

1)Concepto Jurídico-Enciclopédico de “Reproducción Sexual Exogámica”: “-Obligación sexual, práctica natural y tradición moral- de contraer matrimonio fuera del círculo familiar [matrimonio no consanguíneo]”. 2)Concepto Jurídico-Enciclopédico de “Reproducción Sexual Endogámica”: “Casamiento entre personas que cuentan con un ascendiente común próximo. Este sistema es peculiar de los Pueblos Primitivos [ dinastías arcaicas], donde se prohíbe casarse fuera de un núcleo social determinado [ costumbre consuetudinaria del Derecho Divino]. El caso más frecuente es el de los primos hermanos y también el del tío y sobrina o el inverso de sobrino y tía”.

Es preciso señalar que, en la inspectoría de trabajo, se realizan trámites administrativos y no son judiciales. El Art. 94 del Código de Trabajo señala no solo la existencia de remuneraciones impagas, sino también que para su cobro hubiere sido necesaria una acción judicial, por lo que debemos entender que el triple de recargo se da solo ante instancia judicial y no ante la instancia administrativa. Ahora bien, si el empleador justifica que consignó en la Instancia administrativa el valor de remuneraciones impagas correspondientes al último trimestre de la relación laboral y que esa consignación fue notificada a la persona trabajadora, por lo que, no requería iniciar una acción judicial, estaría exento de la sanción, establecida en el Art.94 del Código del Trabajo. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

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QUITO

REVISTA JUDICIAL 02 P QUITO | MIÉRCOLES 21/OCTUBRE/2026

relaciones familiares siempre existentes en la sociedad humana, es decir: una Relación de Consanguinidad, una Relación de Alianza y una Relación de Filiación (Lévi-Strauss. ‘Antropología Estructural’, p. 46); dicho de otra forma: un hermano y una hermana, un marido, un niño. Esta exigencia se deduce inmediatamente de la universalidad de la prohibición del incesto: En la sociedad humana, un hombre no puede obtener una mujer más que de otro hombre, que se la cede bajo la forma de una hija o una hermana”. - En el Derecho Penal: “Conclusiones del Análisis Dogmático del Delito de Incesto: 1)El elemento objetivo del delito de incesto lo constituyen las relaciones sexuales, entre los agentes que prevé la figura delictiva que nos ocupa. 2)La ejecución del delito de incesto únicamente puede realizarse mediante una conducta activa. 3)El delito de incesto es de resultado formal. 4) La figura delictiva que nos ocupa es de carácter instantáneo. 5)El bien jurídico tutelado en el delito que nos ocupa, lo constituyen la moral familiar y la salud de la estirpe. 6)Los sujetos activos del delito de incesto pueden ser 2 personas de distinto sexo o bien 2 personas del mismo sexo. 7)El delito de incesto proviene de un tipo normal, fundamental, independiente, de formulación libre y de lesión. 8)El delito de incesto únicamente contempla como

forma de realización el dolo. 9)Habrá atipicidad en el delito de incesto cuando la calidad de los sujetos exigidos en -los respectivos artículos- del Código Penal; cuando falte el consentimiento de uno de los sujetos o bien éste se encuentra viciado por error de tipo (por falta de dolo). 10)En el delito de incesto no opera ninguna causa de justificación. 11)El trastorno mental y el desarrollo intelectual retardado, sí podrán ser involucrados como causas de inimputabilidad en el delito de incesto. 12)En el ilícito que nos ocupa, es posible que opere como causa de inculpabilidad el error de prohibición, cuando se acredite que la relación sexual se realizó con la creencia de que no existía vínculo de parentesco alguno. 13)El Código Penal no condiciona de ninguna manera la penalidad del delito que nos ocupa. 14)Es posible que la tentativa se presente en el delito de incesto. 15)El dolo en el incesto es compatible con el de adulterio, de ahí que se puede dar el concurso de ambas figuras delictivas. 16)Es factible el concurso TÍTULO EXTRAVIADO Queda anulado el título de la compañía HOSPITAL DE LOS VALLES S.A. HODEVALLES. No. 2565 No. de acciones: 1 Propietario: FATIMA ROCIO DEL CARMEN HIDALGO MARTINEZ El título detallado será anulado de no presentarse reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados. Quito, 20 de octubre de 2026

001-005-0967

La “Endogamia” según el “Derecho Comparado” - En el Derecho Civil: “El parentesco de incesto tiene diverso alcance en las legislaciones… por eso el matrimonio entre parientes consan-guíneos que se encuentren en la línea recta y los hermanos es nulo sin saneamiento posible. No podemos olvidar que, independientemente de las consideraciones que en su momento se tuvieron para establecer el impedimento de parentesco, en nuestros días no nos cabe duda de que en la medida en que haya mayor proximidad genética es más alto el riesgo de una patología hereditaria para el individuo, luego, este impedimento cobija el parentesco genético, así jurídicamente haya desaparecido, luego, los consanguíneos próximos no pueden casarse entre ellos así pertenezcan a familias diferentes por la adopción o por haber sido procreados mediante sistemas de procreación asistida heteróloga. La ley no aclara cómo afectaría al matrimonio un eventual incesto ‘sobreviniente’, entendiendo por tal el que se presentaría cuando el parentesco consanguíneo sólo se establece luego de celebrado el matrimonio… en este caso habrá necesidad de inclinarse por la nulidad”. - En el Derecho Constitucional: “Es absolutamente nulo el matrimonio entre parientes consanguíneos”. - En el Derecho Genético: “Para que una estructura de parentesco exista, es necesario que se encuentren presentes en ella las 3 clases de

real entre el delito de incesto y el de violación”. En el derecho a la salud reproductiva “En conclusión, esta revisión exhaustiva ha puesto de relieve la intrincada relación entre el aumento de la homocigosidad y la fertilidad humana, esclareciendo sus implicaciones para la salud reproductiva, los resultados del embarazo y la diversidad genética general de las poblaciones. Los hallazgos subrayan el mayor riesgo de heredar trastornos genéticos recesivos en poblaciones consanguíneas y el impacto potencial en la diversidad del sistema inmunitario y la susceptibilidad a las enfermedades. Además, la revisión ha enfatizado la importancia del asesoramiento genético para

brindar apoyo informado a individuos y parejas, particularmente en poblaciones con altos niveles de homocigosidad. Equilibrar las consideraciones éticas del asesoramiento genético con las prácticas y creencias culturales sigue siendo un desafío crucial, que requiere un enfoque culturalmente sensible y participativo. De cara al futuro, es fundamental seguir investigando, incluyendo la exploración de tecnologías emergentes, estudios longitudinales y la colaboración interdisciplinaria, para avanzar en nuestra comprensión de las implicaciones del aumento de la homocigosidad, lo que permitirá desarrollar políticas e intervenciones de salud pública eficaces que tengan en cuenta tanto la diversidad genética como


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“Efectos Dolosos” de la “Endogamia” en el “Sujeto Del Derecho” “Varios autores han hecho notar que en una Familia Derivada de Consanguíneos: No todos han sido atacados, y no todos los atacados lo han sido de la misma manera pero sí están diversamente influidos [afectados] ya en la ‘forma’ [fenotípicamente], ya en el ‘fondo’ [genotípicamente]… La constitución física y moral de los descendientes de los Matrimonios Consanguíneos es IMPERFECTA [por mutaciones genéticas = cromosomopatías], (Rilliet – de Ginebra, Monil. des liápil., 5 de junio de 1856, p.532). Entre las principales anor-malidades causadas por la consanguinidad se destacan las siguientes: enfermedades mentales (idiotas / bobos); escrofulosis (adenopatía tu-berculosa); sordomudez; enanismo; epilepsia; paraplejia; deformidades (fenotipos físicos monstruosos); raquitismo (enclenques); poca probabilidad de vida (muerte a corta edad); visión defectuosa; disquinesia (corea – mal de San Vito); y alienados [hostiles]”. Ejemplo: Los Whittaker son una familia de West Virginia – EE.UU. conocida por vivir en condiciones de extrema pobreza y presentar graves problemas físicos y de comunicación debido a generaciones de endogamia (reproducción entre familiares cercanos). Conclusión “JurídicoGenética” sobre la “Endogamia” Como hemos podido observar durante los parámetros de esta investigación con base en el Derecho Genético, el “Sujeto del Derecho” proviene biológicamente solo de 2 tipos de reproducciones sexuales diferentes, a través de los cuales se define su genotipo: 1)Reproducción Sexual Exogámica.- La procreación del “Sujeto del Derecho” proviene de “Progenitores

No Consanguíneos” por lo tanto su “genotipo es indemne”, es decir: El “Sujeto del Derecho” no posee cromosomopatías en su genotipo, por ende no hereda ningún tipo de enfermedad genética a su descendencia. - “La exogamia es el apareamiento caracterizado por el intercruzamiento de individuos no relacionados o genéticamente distintos. Debido a que este proceso tiene a reforzar la diversidad genética y a aumentar el vigor o aptitud biológica de los individuos, se emplea muy a menudo para contrarrestar los efectos perjudiciales de la endogamia”. Reproducción sexual endogámica La procreación del “Sujeto del Derecho” proviene de “Progenitores Consanguíneos” por lo tanto su “genotipo es patológico”, es decir: El “Sujeto del Derecho” sí posee cromosomopatías en su genotipo, por ende sí hereda algún tipo de enfermedad genética a su descendencia. - “Cuando los estudios de familias, gemelos y adopción indican que los factores genéticos tienen un papel en la patogenia de un trastorno, puede usarse el ‘Análisis de Segregación’ para intentar determinar el modo de transmisión de estos factores genéticos. Esto se hace estudiando el modelo de la herencia del trastorno en una colección de familias y comparándolo con los modelos conocidos de herencia. Las mutaciones en cualquier gen único son hereditarias de una manera dominante o recesiva, y pueden ser autosómicas o ligadas al sexo. Si el trastorno se transmite en las familias en uno de estos modelos, es probable que se deba a un único gen. Por ejemplo, aproximadamente el 50% de los descendientes de los padres afectados por uno de los trastornos monogénicos dominantes (la enfermedad de Huntington o la porfiria aguda intermitente) se ven afectados. La descendencia afectada siempre tiene un padre afecto (a menos que el problema de la descendencia represente una nueva mutación, lo que es raro). Si un grupo de

familias con un trastorno concreto tienen todos este patrón de transmisión, el trastorno se produce por un único gen dominante. Para los trastornos recesivos (p. ej., la fenilcetonuria o la fibrosis quística), cada individuo afecto tendrá padres no afectos que no obstante deben ser portadores, y aproximadamente el 25% de la descendencia de 2 padres porta-dores se verán afectados. A menudo, la incidencia de matri-monios consanguíneos (endogamia) es elevada en estas fa-milias”. - “Los tumores de células germinales son neoplasias benignas (no se propaga el tumor) o malignas (se propaga el tumor) que aparecen en localizaciones gonadales o extragonadales y que derivan de las células germinales primigenias… Las primeras células germinales aparecen en el embrión hacia las 4 semanas de gestación. Desde su probable localización inicial en el endodermo del Yolk Sac, las células emigran y pueden ser identificadas a partir de la 6ta semana en el epitelio germinal del cordón gonadal. Desde allí colonizan los testículos u ovarios en fase de desarrollo. Estas células germinales primigenias están destinadas a ser los tubos seminíferos en el varón y los folículos ováricos primarios en la mujer. Si durante la emigración estas células no alcanzan su des-tino normal, pueden reproducirse en lugares extraños a su entorno adecuado. Así, pueden localizarse en el área sacrocoxígea, retroperitoneal, mediastino, cuello o la región pineal del cerebro. Si se produce una transformación maligna de las células, pueden aparecer tumores germinales malignos, tanto gonadales como ex-tragonadales. El tipo de tumor depende del grado de diferenciación de la cédula germinal en el momento de su malignización. Cambios estructurales en los cromosomas: 1, 5, 7, 9, 12, 17, 21 y 22 han sido asociados con el desarrollo de tumores germinales”. Como podemos evidenciar a través del Derecho Genético, se puede llegar a la conclusión fidedigna que lo que marca la diferencia

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIAN CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN A: ESTEFANIA FERNANDA MORENO CÁRDENAS CAUSA: NRO. DE JUICIO: ACTOR: DEMANDADA: INSTANCIA: JUEZ:

CONSIGNACIÓN VOLUNTARIA DE ALIMENTOS (INCIDENTE DE REBAJA) 17203201344937 DANIEL ALEXANDER OCHOA MOYA (actor incidental) MORENO CÁRDENAS ESTEFANIA FERNANDA (demandada incidental) PRIMERA DR. PEDRO ALEJANDRO ARIAS

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 8 de septiembre del 2026, a las 14h46. VISTOS: Por secretaría incorpórese dentro de la presente causa el escrito presentado por el señor Daniel Alexander Ochoa Moya de fecha 08 de septiembre de 2026. En atencion al mismo. De la revisión del cuaderno procesal a fs 265 consta el acta de juramento de desconocimiento de domicilio suscrita por el señor Daniel Alexander Ochoa Moya con fecha 07 de septiembre de 2026. En lo principal el Incidente de rebaja de pensión alimenticia presentada por el señor DANIEL ALEXANDER OCHOA MOYA. En lo principal: 1) CALIFICACIÓN: La demanda de Incidente de rebaja de pensión alimenticia presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se acepta al procedimiento sumario cuya procedencia está prevista en el Art. 332 numeral 3 y el procedimiento en el Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos. 2) CITACIÓN: 2.1. Cítese por la prensa a la misma mediante tres publicaciones que se harán en fechas distintas, en uno de los diarios de mayor circulación del Distrito Metropolitano de Quito, con el contenido de este auto y el formulario de incidente de rebaja de pensión alimenticia, previniéndole a la misma de su obligación que tiene de señalar casilla judicial para sus notificaciones así como de contestar la demandada y anunciar las pruebas a las que se creyere asistido de conformidad a los Arts. 151 y siguientes del COGEP, en el término de diez días una vez citado. 2.2. Se le previene a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio, señalar casillero judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, de contestar la demanda planteada en su contra en el TÉRMINO DE DIEZ DÍAS contados a partir de la citación, así como de anunciar los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción observando lo dispuesto en los Arts. 151, 152, 153, 157, 169 inciso cuarto del Código Orgánico General de Procesos.- 3) AUDIENCIA ÚNICA.- Las partes deberán comparecer a la Audiencia Única prevista en el Art. 333 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, personalmente o mediante procuración judicial con cláusula especial para transigir. La audiencia única se desarrollará en dos fases, la primera de saneamiento, fijación de los puntos en debate y conciliación y la segunda, de prueba y alegatos, para la cual las partes deberán contar con todos los medios de prueba anunciados en su demanda y contestación. 4) ANUNCIO DE PRUEBAS: 4.1. Incorpórese al proceso la prueba adjunta a la demanda, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios que se ofrecen para acreditar los hechos, los mismos que de ser procedente en derecho y en el momento procesal oportuno se tomarán en cuenta. 5. DOCUMENTOS: Regístrese por secretaría en el sistema de software e-Satje y tómense en cuenta el casillero judicial y las direcciones de correos electrónicos señalados por el accionante para sus notificaciones en esta causa tanto en el formulario contentivo del acto de proposición, conforme lo determina el Art. 66 del Código 301795135-DFE Orgánico General de Procesos y así mismo téngase en cuenta la autorización conferida por el la legitimado activo a la defensora técnica abogada Clara Carolina Núñez. De conformidad con el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, se les indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita, en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial. Notificaciones. En aplicación del artículo 66 del Cogep; y en cumplimiento de la Resolución 1022023 de veintiuno de junio de dos mil veintitrés, dictada por el Consejo de la Judicatura, referente a la priorización de notificaciones electrónicas de todas las actuaciones jurisdiccionales a nivel nacional, éste auto se notificará a los correos electrónicos señalados por los sujetos procesales. - Actúe el Dr. Segundo Vernaza en calidad de secretario titular de esta judicatura. NOTIFÍQUESE y CITESE. - f.- ARIAS CORONEL PEDRO ALEJANDRO JUEZ(PONENTE) Lo que comunico a usted para los fines legales pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir notificaciones en la causa que antecede.-

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las normas culturales. Estos esfuerzos son cruciales para promover el bienestar y la salud genética de las futuras generaciones en poblaciones diversas de todo el mundo”.

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QUITO

REVISTA JUDICIAL 04 P QUITO | MIÉRCOLES 21/OCTUBRE/2026

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS: - Cabanellas, G. (1994). “Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual (tomo III)”. Argentina: Heliasta. - Erazo, S., Calle, R., Ordoñez, L., et al. (2019). “Derechos de los Grupos de

Atención Prioritaria”. España: Editorial DYKINSON S.L. - Hales, R., & Yudofsky, S. (2005). “Tratado de Psiquiatría Clínica”. España: Masson. - Hernández, M. (1994). “Pediatría”. España: Díaz de Santos. - Jáuregui, J., & Chávez, N. (2006). “Glosario de Biotecnología (1era ed.)”. México: Universidad Autónoma de Aguascalientes. - Laburthe-Tolra, P., & Warnier, J. (1998). “Etnología y Antropología”. España: Akal. - Ley Orgánica de Salud de la República del Ecuador (Ley No 2006-67). https:// w w w.e t ap a . n e t .e c/ Po r tals/0/TRANSPARENCIA/ Literal-a2/LEY-ORGANICA-DE-SALUD.pdf - Martínez, J. (1996). “Análisis Dogmático del Delito de Incesto”. México: México, D.F. - Medina, J. (2010). “Derecho Civil: Derecho de Familia”. Colombia: Editorial Universidad del Rosario / Facultad de Jurisprudencia. - Mitchell, K. (2015). “The Genetics of Neurodevelopmental Disorders”. EE.UU.: Wiley-Blackwell. - Página Oficial de la Cor-

te Constitucional de la República de Colombia – Rama Judicial / Jurisprudencia on-line / Sentencia C-727 DE 2015. https://www.corteconstitucional.gov.co/ relatoria/2015/c-727-15.htm - Prem P, Muneshwar K N, Agrawal S, et al. (November 18, 2023) The Impact of Increased Homozygosity on Human Fertility: A Comprehensive Review. Cureus 15 (11): e49000. DOI: 10.7759/ cureus.49000 - Rodríguez, R. (1895). “Gaceta Médica Catalana”. España: Tipografía La Academia de Serra Hermanos y Russell. - Sarmiento, F. (2000). “Diccionario de Ecología: Paisajes, Conservación y Desarrollo Sustentable para Latinoamérica”. Ecuador: Abya Yala. - Tamarin, R. (2015). “Principios de Genética”. España: Departamento de Genética y de Microbiología – Facultad de Ciencias – Universidad Autónoma de Barcelona / Reverté. 1 Presentación: Jurisperito Hermeneuta, Investigador Académico y Expositor Académico, nacido en Ambato el 06/09/1988 y graduado con 10/10 (el mejor egresado graduado de la promoción 2006-2011) en la UCE / Facultad de Jurisprudencia / Escuela de Derecho el 21/03/2012. Autor y editor de libros sobre Derecho Genético. 2 Fausto Sarmiento. (2000). “Diccionario de

Ecología: Paisajes, Conservación y Desarrollo Sustentable para Latinoamérica”. Ecuador: Abya Yala. P. 83. 3 Juan Jáuregui & Norma Chávez. (2006). “Glosario de Biotecnología (1era ed.)”. México: Universidad Autónoma de Aguascalientes. P. 179. 4 Robert Tamarin. (2015). “Principios de Genética”. España: Departamento de Genética y de Microbiología – Facultad de Ciencias – Universidad Autónoma de Barcelona / Reverté. P. 556. 5 Guillermo Cabanellas. (1994). “Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual (tomo III)”. Argentina: Heliasta. P. 634. 6 Guillermo Cabanellas. (1994). Op. Cit. P. 452. 7 Juan Medina. (2010). “Derecho Civil: Derecho de Familia”. Colombia: Editorial Universidad del Rosario / Facultad de Jurisprudencia. P. 287. 8 Página Oficial de la Corte Constitucional de la República de Colombia – Rama Judicial / Jurisprudencia on-line / Sentencia C-727 de 2015. https://www.corteconstitucional.gov.co/ relatoria/2015/c-727-15.htm 9 Philippe Laburthe-Tolra & Jean-Pierre Warnier. (1998). “Etnología y Antropología”. España: Akal. Pp. 53 y 54. 10 José Martínez. (1996). “Análisis Dogmático del Delito de Incesto”. México: México, D.F. Pp. 91 al 93. 11 Prem P, Muneshwar K N, Agrawal S, et al. (November 18, 2023) The Impact of Increased Homozygosity on Human Fertility: A Comprehensive Review. Cureus 15 (11): e49000. DOI: 10.7759/cureus.49000 12 Rafael Rodríguez. (1895). “Gaceta Médica Catalana”. España: Tipografía La Academia de Serra Hermanos y Russell. Pp. 189 al 195. 13 Juan Jáuregui Rincón & Norma Chávez. (2006). Op. Cit. P. 93. 14 Robert Hales & Stuart Yudofsky. (2005). “Tratado de Psiquiatría Clínica”. España: Masson. P. 11. 15 Manuel Hernández. (1994). “Pediatría”. España: Díaz de Santos. P. 983. 16 Kevin Mitchell. (2015). “The Genetics of Neurodevelopmental Disorders”. EE.UU.: WileyBlackwell. P. 89. 17 Robert Hales & Stuart Yudofsky. (2005). Op. Cit. P. 22. 18 Ley Orgánica de Salud de la República del Ecuador (Ley No 2006-67). https://www. etapa.net.ec/Portals/0/TRANSPARENCIA/ Literal-a2/LEY-ORGANICA-DE-SALUD.pdf 19 Silvana Erazo, Rubén Calle, Luis Ordoñez, et al. (2019). “Derechos de los Grupos de Atención Prioritaria”. España: Editorial DYKINSON S.L.

CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA Se convoca a los señores accionistas de la compañía a la Junta General Ordinaria, el día sábado 7 de Noviembre del 2026, a las 10:00 horas, en primera convocatoria, en el domicilio social, calle S45B N° Oe3-28 y Quitumbe Ñan (Cdla del Ejercito), para tratar lo siguiente: Orden del día: Primero.- Constatación de quórum e instalación de la Junta Segundo.- Elecciones Directiva periodo 2026-2028 Tercero.- Posesión nueva directiva Cuarto. - Asuntos varios Quinto.Lectura y aprobación del acta. NOTA: Se solicita su puntual asistencia y compromiso. Atentamente Sr. Ángel Vivas Aulestia PRESIDENTE

Sr. Nelson Vivas Venegas GERENTE

001-006-1117

conocimiento el extravío de la garantía bancaria N° GRB05025000963 emitido por el Banco Bolivariano C.A. con vencimiento 07/06/2027

001-001-0234

Habiéndose puesto en nuestro

Endogámico” en el Artículo 3 de la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos: “El genoma humano… está so-metido a mutaciones [cromosomopatías]. Entraña posibilidades que se expresan de distintos modos en función del entorno natural y social de cada persona, que comprende su estado de salud individual, sus condiciones de vida, su alimentación y su educación”. - Análisis Jurídico.- “Por su parte, el artículo innumerado (1), inciso primero, capítulo III-A, de las enfermedades catastróficas y raras o huérfanas, de la Ley Orgánica de Salud (del Ecuador), es-tablece que: ‘Las personas que sufran estas enfermedades serán consideradas en condiciones de doble vulnerabilidad’, haciendo referencia a las enfermedades catastróficas y raras o huérfanas”.

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bio-jurídica entre el “Sujeto del Derecho Exogámico” y el “Sujeto del Derecho Endogámico” son las “CROMOSOMOPATÍAS” - elementos fácticos de Hecho (mutaciones patológicas) que ANULAN el “Principio de Igualdad Jurídica” por medio de los elementos fácticos de Derecho (como la “exclusión” o la “inclusión”): - Exclusión Jurídica Indirecta del “Sujeto del Derecho Endo-gámico” en el Artículo 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Todos los seres humanos [Sujetos del Derecho Exogámicos] nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia [capacidad jurídica]…”. - Análisis Jurídico.- “La depresión por endogamia arroja re-sultados sobre el impacto de la carga mutacional en los humanos. Las mutaciones deletéreas homocigotas suelen causar mucho más del doble del daño de la misma mutación en un estado hetero-cigoto; la endogamia aumenta el número de mutaciones deletéreas homocigotas… Existe abundante evidencia de que la depresión por endogamia conduce a una disminución de la capacidad intelectual (Badaruddoza y Afzal, 1993). Varios estudios también han sugerido que conduce a mayores tasas de esquizofrenia (Keller et al., 2012, y Mansour et al., 2010)”. “El ámbito de la Genética Psiquiátrica ha logrado avances significativos y está llamado a conseguir más en los próximos años… hay muchos trabajos de ligamiento genético (linkage) cuyos resultados han podido reproducirse en algunas muestras independientes. Entre estos están, entre otros, los ligamientos en los brazos cromosómicos: 1q, 5q, 6p, 6q, 8p, 10p, 13q, 15q, y 22q (revisado en Baron, 2001), en la esquizofrenia”. - Inclusión Jurídica Directa del “Sujeto del Derecho


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¿GLOSAS SINÓNIMO DE Dolo, negligencia ¿Firmar un ¿Está Claves enlaborales lamédico justicia para una CORRUPCIÓN? ycrisis error consentimiento especializada buena inversión inexcusable libera al doctor en de Ecuador? responsabilidad?

Juicio No. 21331-2014-0157 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, martes 29 de septiembre del 2026, a las 18h38.

Conoce los requisitos para participar en un

EXTRACTO - CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA.-

Lafirma pérdida especialización de los jueces penal, Conozca el principio de mínima La del de paciente no bastaintervención por sí sola remate judicial, cómoefectiva presentar tu postura genera preocupación por sus aún posibles efectos La ley existe, pero su aplicación enfrenta desafíos. libera automáticamente de limita el poder punitivo del Estado y Eque El l ni análisis expone el papel de al la médico mediación en el en lade calidad de las decisiones judiciales, yUna qué consignación debes realizar según laclave forma Conocer y cumplir las obligaciones laborales es para Filtraciones, uso datos biométricos y desconocimiento de responsabilidad. Conoce qué derechos y Derecho de Familia ecuatoriano, proponiéndola como una glosa determina responsabilidades administrativas concibe al Derecho Penal como último recurso seguridad jurídica y una el acceso a una justicia de pago propuesta. reducir riesgos y construir inversión responsable laslaobligaciones evidencian una brecha entre obligaciones están en juego. herramienta idónea para canalizar acuerdos prenupciales o económicas, pero ¿implica necesariamente la existencia y dey cuando los mecanismos extrapenales efectiva. en Ecuador. la norma y la realidad. postnupciales allá de lo patrimonial. unsostenible actomás de corrupción?

AVISO AL PUBLICO Y A LOS ACREEDORES ACTOR :

VERA ARCOS MANUEL OTILLO

DEMANDADO:

MANUEL ANTONIO ANDRADE

JUICIO:

21331-2014-0157

TRAMITE:

ESPECIAL-CONCURSO DE ACREEDORES

FECHA DE INICIO:

16 -07-2009

CUANTIA:

INDETERMINADA

JUEZ:

ABG. JUAN PRADO MORENO

SECRETARIA:

ABG. FANY JUMBO GOMEZ

resultan insuficientes.

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Juicio N° 17981-2025- 05109 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 29 de enero del 2026, a las 12h18.

PRETENSIÓN: Por cuanto existe la constancia de que el accionante o en este caso ejecutante ha abandonado la prosecución de este proceso por mas de doce años, por lo que solicito se proceda a disponer mi rehabilitación conforme determina el inciso tecero del Art. 430 del Código Orgánico General de Procesos. CON EL FIN DE QUE LOS ACREEDORES PUEDAN OPONERSE A LA REHABILITACION DE LAS CAUSAS.-

REPUBLICA DEL ECUADOR. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL D.M.Q. DE PICHINCHA.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS funcionjudicial. gob.ec EXTRACTO JUDICIAL Con el Contenido del Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio Especial Concurso de Acreedores.- Se hace conocer al público sobre la insolvencia y concurso de acreedores del deudor señor MANUEL ANTONIO ANDRADE, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: MANUEL OTILIO VERA ARCOS DEMANDADOS: ANDRADE JIBAJA MANUEL ANTONIO JUICIO NRO: 2014-0157 CUANTIA: $ 18.038,41 USD. CAUSA: CONCURSO DE ACREEDORES. TRAMITE: ESPECIAL JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LA AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBIOS CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBIOS.- UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo de ley que antecede y en mi calidad de Juez Temporal de este despacho conforme el oficio N° 0358-DG-CJ-MJ-09. En lo principal y por cuanto la demanda y alcance a la misma presentada por MANUEL OTILIO VERA ARCOS. Es clara. Completa y reúne los demás requisitos legales. Se la admite a trámite especial respectivo: en consecuencia y por cuanto de la documentación que se acompaña a la demanda. Se desprende que el demandado MANUEL ANTONIO ANDRADE. En el juicio laboral N° 066-2009, seguido en el Juzgado Segundo de lo Civil de Sucumbíos. Y actuando como actor el hoy demandante, y de la certificación conferida por el señor Actuario de dicha Judicatura, se desprende que el demandado no ha cumplido con el mandamiento de ejecución; esto es que no ha pagado la liquidación de la deuda a la actora, ni dimitido bienes para el embargo; en consecuencia se presume la insolvencia del deudor y demandado en esta causa, por hallarse incurso en lo dispuesto en los numerales 1ro y 3ro del art. 519 del código de procedimiento civil codificado, por lo mismo se declara haber lugar a la formación del concurso de acreedores en la forma determinada por el art. 509 ibídem: al efecto ordenase la ocupación y depósito de bienes tanto muebles como inmuebles, libros, correspondencia y demás documentos de la deudora, para cuyo cumplimiento intervenga como sindico de quiebra ocasional el señor Ab. Juvenal Ortiz Criollo, a quién se lo designa con fundamento de lo dispuesto por el art. 309 del Código Orgánico de la Función Judicial, y entregarle todos los bienes del concursado. Así mismo se ordena la acumulación de juicios que se sigan en contra del demandado Manuel Antonio Andrade, por obligaciones de dar o hacer, a excepción de créditos hipotecarios, para cuyo objeto se oficiará a los Juzgados de lo Civil de esta Provincia, disponiéndose se deje constancia de sus ejecuciones, en los mismos. Igualmente se ordena la interdicción civil del mismo demandado para administrar sus bienes, para lo cual se oficiará tanto a los señores Notarios. Como Registradores de la Propiedad de la Provincia de Sucumbíos. Cantón Quito, a fin de que se abstengan de inscribir cualquier tipo de enajenación de bienes del mentado demandado. De otro lado se dispone que el señor Manuel Antonio Andrade, dentro del término de diez días a partir de su citación. Presente informe sobre el balance de sus bienes y negocios. Al tenor de lo dispuesto en el art. 510 de Código Adjetivo Civil, prohíbase la salida del país del tantas veces referido demandado Manuel Antonio Andrade, y del lugar del juicio sin previa autorización y rendición de fianza suficiente a criterio del Juzgado. Para cuyo objeto y su cumplimiento ofíciese tanto a la Dirección Nacional de Migración para la prohibición de ausentarse del país. Así como a la comandancia de la Policía de Sucumbíos. Previamente el interesado facilite el número de cédula del demandado. Ofíciese a los señores Superintendente de Compañías y Bancos, Presidente de la Función Electoral, Contralor General del Estado. Petroproducción, Registro Mercantil, Jefe de Policía Judicial de Pichincha. Palmeras del Ecuador, haciendo conocer de la declaratoria de la interdicción para administrar los bienes del demandado. Remítase copias debidamente certificadas de todo lo actuado a la Fiscalía del Distrito de Sucumbíos, para el respectivo inicio de la investigación e instrucción fiscal y posterior calificación de la insolvencia. Publíquese y hágase saber al público sobre la insolvencia y concurso de acreedores del deudor, mediante tres publicaciones de prensa que se harán en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en la ciudad de Quito o Guayaquil, así como en uno de los semanarios que se editan en esta ciudad, para los fines legales consiguientes, para cuyo efecto la señora secretaria elabore el correspondiente extracto de prensa. Oportunamente se señalará día y hora para la realización de la junta de acreedores. Cítese al mismo en el lugar indicado para el efecto; previniéndole además al demandado de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones en esta jurisdicción; también se le previene al mentado demandado que puede hacer uso de derecho que le asiste en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil, y que podrá hacerlo uso dentro del término de tres días, una vez citado.

Cítese con el siguiente extracto de la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL, cuyo tenor es el siguiente ACTOR:

MENDOZA MENDOZA NORI CONSUELO

DEMANDADO:

TOSCANO TOAPANTA LUIS FERNANDO

CLASE DE JUICIO:

DIVORCIO POR CAUSAL

NRO. DE CAUSA

N° 17981-2025- 05109

TRAMITE:

SUMARIO

CUANTIA:

INDETERMINADA

EXTRACTO.CONTENIDO DE LA DEMANDA: MENDOZA MENDOZA NORI CONSUELO, ante usted acudo y con los debidos Respetos comparezco y presento la siguiente demanda de DIVORCIO POR CAUSAL - f) parte Actora AUTO DE CALIFICACIÓN.- UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOILESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL D.M.Q DE PICHINCHA.- Una vez que se ha dado cumplimiento al Art. 56 del COGEP, es pertinente la prosecución se la causa. En lo principal, la demanda de DIVORCIO POR LA CAUSAL propuesta por MENDOZA MENDOZA NORI CONSUELO se califica como clara, precisa y reúne los requisitos formales de Ley establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite al TRÁMITE SUMARIO, establecido en el Art. 332 numeral 4 ibídem. CITACIÓN.- por cuanto la accionante ha declarado con juramento que pese a los esfuerzos no ha conseguido el domicilio de la demandada y ésta no tiene registro Consular, Cítese al demandado TOSCANO TOAPANTA LUIS FERNANDO CC. 1714929856 de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, mediante tres publicaciones en un periódico de mayor circulación de esta ciudad de Quito; para lo cual remítase el correspondiente extracto, advirtiéndole a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial y CONTESTAR A LA DEMANDA EN EL TÉRMINO DE QUINCE DÍAS luego de haber sido citado, conforme el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. Caso contrario el proceso se sustanciará en rebeldía de la parte demandada y con las implicaciones que señala la Ley. [3] AUDIENCIA.- La audiencia única establecida en el Art. 333 numeral 4, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir. ANUNCIO DE PRUEBAS: Téngase en cuenta TODO el anuncio probatorio. PENSIÓN ALIMENTICIA PROVISIONAL.- no se fija alimentos provisionales dado que ya se ha fijado en otras causas. DOCUMENTOS: Agréguese a los autos los documentos que acompaña la parte actora en su demanda. NOTIFICACIONES: Tómese en cuenta la casilla judicial como pide la accionante.- La accionante a la brevedad posible debe sugerir curador ad litem para que represente los intereses de su hija menor de edad.- Confiérase el extracto para la publicación por la prensa.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.

PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, viernes 18 de septiembre del 2026, a las 14h30.Incorpórese al expediente el escrito presentado por la parte demandada de fecha 11 de septiembre de 2026. Previo a resolver la solicitud de rehabilitación, con fundamento en el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil, secretaría elabore un extracto judicial con los datos principales de la causa, judicatura, número de proceso, e identificación de las partes (actor y fallido), para que se proceda a dar aviso al público y a los acreedores, quienes podrán oponerse a la rehabilitación por las causas expresamente señaladas en la misma norma; dicha publicación deberá realizarse en tres fechas distintas en un periodico de amplia circulación de esta localidad. Intervenga la Ab. Fany Jumbo en calidad de secretaria de este despacho. Notifíquese.NOTIFÍQUESE.- Abg. Juan Prado Moreno, JUEZ

Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial, para sus notificaciones.- Nueva Loja, 29 de septiembre del 2026.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

001-001-0232

001-006-1111

Ab. Susana Guarango Jara SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL D.M.Q. DE PICHINCHA


EDICIÓN DIARIA - MIÉRCOLES 21 OCTUBRE DE 2026

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Los Ríos: 21 de octubre de 2026 by DIARIO LA HORA - Issuu