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Los Ríos: 12 de agosto, 2026

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50c incl. IVA

Los Ríos

EDICIÓN DIARIA - MIÉRCOLES 12 AGOSTO DE 2026 CIRCULACIÓN: 4159

12 PÁGINAS

Edición: Año XLI No. 14.421

Policía y Fuerzas Armadas refuerzan controles en colegios Las autoridades ejecutan controles para detectar objetos prohibidos y posibles sustancias sujetas a fiscalización dentro de los planteles. 4 CIUDAD

POLÍTICA

GLOBAL

W

“Noboa y De la Espriella son un complemento perfecto” Cuerpo de Bomberos de Quevedo fortalece la prevención 3

FRANCISCO SANTOS,

EXVICEPRESIDENTE DE COLOMBIA

5

Colombia activa respuesta humanitaria tras terremoto 10


Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.

VÍCTOR CORCOBA HERRERO

corcoba@telefonica.net

COPARTÍCIPES

E

l camino de la vida no es fácil para nadie, se allana si lo hacemos en comunión y en comunidad. Siguiéndolo unidos, todo es más llevadero. Para empezar, tenemos que entrar en conversación entre sí, no podemos permanecer solos como espectadores, estamos llamados a interpretar nuestro tiempo y a tomar decisiones conjuntas, siguiendo la senda humanitaria. Indudablemente, estamos aquí para vencer la resignación y el recelo, en contextos diversos, pero con aspiraciones comunes, para disipar las dudas y resguardar los anhelos, para escribir nuevas páginas de la genealogía vivencial. La labor no es fácil, en un mundo cada día más egoísta, incapaz de fomentar las alianzas y el acceso equitativo a oportunidades, que permitan a todo ser humano prosperar en todas partes. Tanto los jóvenes como los menos jóvenes, de todos los países, se enfrentan cada vez más a desafíosinterconectados relacionados con la educación, el empleo, el cambio climático, la inclusión digital y el bienestar mental. Es verdad que la innovación juvenil está ahí, ofreciendo soluciones prácticas y creativas para los retos locales y mundiales; pero también la sabiduría de nuestros mayores debe ser escuchada y considerada, sabiendo que el misterio de los años vividos con sus caídas y levantadas, son una lección imborrable, que suele transformarse en acciones concretas, que es lo que realmente nos hace avanzar hacia el espíritu solidario universal. Todo ello, contribuirá a que nos hermanemos como sociedad, con capacidad de discernimiento. Será precisamente este brío copartícipe, el que nos ayudará a reconstruir juntos un presente y un futuro, en los que puedan avanzar todas las generaciones. Es cierto que mientras mil cosas avanzan, otras retroceden; esto es el progreso. Por eso, cada ciudadano debe labrar sus propios logros, que ha de participarlos a sus análogos como deber personal y vocación al desarrollo. JOSÉ ALVEAR

@JoseRAlvearC

Cuando el poder compra silencios

H

ay algo más peligroso para una democracia que un gobierno que intenta controlar a la prensa: una prensa que termina aprendiendo a convivir cómodamente con el poder. Porque cuando el poder presio-

Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec Publicidad: publicidad@lahora.com.ec Año: XLI No. 14.421

Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

OPINIÓN 02

O LOS RÍOS | MIÉRCOLES 12/AGOSTO/2026

EDITORIAL

¿Para qué sirven los impuestos?

E

cuador está recaudando más impuestos, pero eso no necesariamente significa que su economía es más sana. El país debe plantearse cómo financiar al Estado sin quitarle a la economía los incentivos que necesita para crecer, invertir y generar empleo. Los datos oficiales muestran que la recaudación aumentó 8,2% durante el primer semestre de 2026 y alcanzó $12.572 millones. El Gobierno atribuye parte de ese crecimiento al mayor consumo de los hogares y lo presenta Sin embargo, el aumento de la recaudación refleja una política tributaria que prioriza la recaudación sobre el crecimiento. De hecho, $6.742 millones corresponden al IVA, y $1.385 millones al ICE (Impuesto a Consumos Especiales). Juntos, representan el 63,9% del total. Es decir, dos de cada tres dólares recaudados por el Estado provienen de impuestos asociados al consumo.

El debate debe centrarse en la sostenibilidad de este tipo de recaudación (basada en el consumo) y en los incentivos que se necesitan para dinamizar la economía ecuatoriana. Desde hace años, los empresarios denuncian que el Estado hace muy poco por empujar el crecimiento económico; en su lugar castigando la inversión, dificultando la creación y disolución de empresas, encareciendo la generación de empleo, por ejemplo. Una economía dolarizada exige generar y atraer más dólares. Eso supone atraer inversiones, crecer las exportaciones y las remesas y nuevos negocios en sectores alejados de las materias primas y del comercio. Ahora que la Agenda Ecuador 2040 plantea revisar la manera en que el Estado recauda, el debate nacional debe dejar de fijarse tanto en cuándo recauda el Estado, para buscar cómo crear una economía más grande sobre la cual recaudar.

CARLOS SÁNCHEZ BERZAÍN

La diferencia entre llegar al gobierno y tener el poder

E

l socialismo del siglo 21 pierde gobiernos en países de las Américas pero retiene el poder con las leyes que impuso, la estructura y funcionarios que estableció, el cambio cultural que realizó, las burguesías que formó, los medios de comunicación que controló, los sistemas de justicia que instaló, las fuerzas armadas y de seguridad que deformó. Esta realidad impone recordar la diferencia entre llegar al gobierno y tener el poder. En esta realidad, los ganadores de elecciones toman el gobierno pero en muchos casos no el poder que permanece bajo control del régimen desplazado. Esto es ingobernabilidad, gobiernos débiles que sumados a las expectativas de sociedades en crisis económicas y sociales generadas por el régimen saliente, a la conspiración y operación con mecanismos delictivos, producen fracaso de los procesos de cambio y regímenes dictatoriales blindados. Cuando se llega al gobierno luego de un régimen dictatorial o paradictatorial del socialismo del siglo 21 es imprescindible entender que el mandato popular es el cambio de la autocracia a la democracia, del terrorismo de Estado al Estado de derecho, del miedo a la libertad, del narcoestado a la seguridad ciudadana, del centralismo económico a la libre empresa y propiedad privada, del oprobio a la vigencia de los derechos humanos. Estos principios generales se expresan en hechos concretos en cada país de Latinoamérica. La eliminación de la estructura jurídica del terrorismo de Estado debe incluir en casos como Cuba, Bolivia, Nicaragua la restitución constitucional, y en general el cambio de leyes que establecieron órganos judiciales verdugos y sicarios, órganos legislativos títeres y Fuerzas Armadas y de seguridad sin doctrina democrática; la reposición de leyes y procedimientos de lucha contra el narcotráfico y ajuste fundado en el respeto a los derechos humanos de todo el sistema legal, con especial atención en la educación manipulada por décadas. *Tomado con autorización del Instituto Interamericano para la Democracia.

na, amenaza o intenta intimidar, la obligación del periodista es resistir. Pero cuando quienes deberían defender la libertad de expresión comienzan a comportarse como cortesanos, el problema deja de estar únicamente en el Palacio de Gobierno. El problema empieza a estar también en las redacciones, en los gremios y, sobre todo, en las conciencias. En Ecuador hemos visto, con demasiada frecuencia, cómo algunos voceros de organizaciones vinculadas al periodismo han pasado de reclamar independencia a justificar al poder; de cuestionar a los gobernantes a acompañarlos; de defender

principios a administrar conveniencias. Y aquí cabe una pregunta incómoda: ¿qué ocurrió? No hay nada malo en dialogar con un gobierno. Todo lo contrario. El periodismo y sus organizaciones deben hablar con todos los gobiernos, con todos los partidos y con todos los sectores de la sociedad. El problema aparece cuando el diálogo se transforma en subordinación; cuando la crítica desaparece; cuando la defensa de la libertad de expresión se vuelve selectiva; cuando se exige independencia a los adversarios y comprensión al poder

de turno. Eso tiene un nombre: doble estándar. Y el doble estándar es letal para la credibilidad. Un gremio de periodistas no está para ser oposición de un gobierno, pero tampoco está para ser su departamento de relaciones públicas. Su obligación es mucho más incómoda: defender la libertad de expresión incluso cuando quien habla es antipático, cuando la opinión molesta, cuando el periodista se equivoca o cuando la crítica golpea directamente al poder. Por eso resulta preocupante ver

cómo determinados representantes de la prensa parecen haber cambiado la trinchera de los principios por el palco de los privilegiados. Ya no parecen estar mirando al poder desde la distancia necesaria para fiscalizarlo, sino desde una cercanía que termina nublando la mirada. El periodismo nació para incomodar. Para preguntar lo que otros no quieren responder. Para investigar lo que otros quieren ocultar. Para poner límites al poder. Para recordarles a los gobernantes que no son dueños de la verdad, ni de las instituciones, ni mucho menos de la libertad de los ciudadanos.


03 CIUDAD

sísmico Cuerpo de Bomberos de Quevedo Riesgo en Ecuador promueve capacitación °

LOS RÍOS MIÉRCOLES 12/AGOSTO/2026

I

Ecuador se encuentra en una zona de alta actividad sísmica por su ubicación en el Cinturón de Fuego del Pacífico, por lo que siempre existe la posibilidad de que ocurra un terremoto. Aunque no es posible predecir cuándo sucederá, las autoridades recomiendan contar con una mochila de emergencia, un plan familiar de evacuación, identificar zonas seguras y participar en simulacros. La preparación sigue siendo la mejor medida para reducir riesgos y proteger vidas.

La institución fomenta la preparación ciudadana frente a posibles emergencias y desastres. Ante los recientes sismos registrados en países de la región y los cambios constantes en las condiciones climáticas, el Cuerpo de Bomberos de Quevedo reiteró la importancia de fortalecer la cultura de prevención mediante capacitaciones dirigidas a instituciones educativas, organizaciones y ciudadanía en general. El teniente coronel Humberto Gavilanes informó que el Cuerpo de Bomberos desarrolla jornadas de capacitación en primeros auxilios, control de incendios e incendios forestales dirigidas al personal del Grupo de Fuerzas Especiales N.° 26 Cenepa, con el objetivo de fortalecer la capacidad de respuesta y el trabajo coordinado ante situaciones de

QUEVEDO.

QUEVEDO. Bomberos fortalecen los conocimientos sobre primeros auxilios y atención de emergencias.

emergencia. El oficial destacó que estas acciones forman parte del trabajo coordinado que mantiene el Cuerpo de Bomberos con otras entidades de respuesta, como la Policía Nacional, agentes de tránsito, Policía Municipal y Gestión de Riesgos, con el fin de actuar de manera articulada en operaciones de rescate y atención de emergencias.

Clima impredecible Respecto a los eventos na-

turales, Gavilanes señaló que el comportamiento del clima se ha vuelto impredecible, con cambios bruscos de temperatura, fuertes vientos y lluvias que obligan a mantenerse en constante estado de alerta. Por ello, insistió en que la prevención debe convertirse en una tarea permanente para toda la población. El comandante advirtió que, frente a fenómenos de gran magnitud como terremotos o inundaciones, los

recursos institucionales podrían resultar insuficientes, por lo que consideró indispensable que la ciudadanía conozca cómo actuar antes, durante y después de una emergencia para reducir riesgos y proteger vidas.

Invita a participar En ese sentido, invitó a directivos de instituciones educativas a solicitar capacitaciones gratuitas sobre protocolos de evacuación, respuesta ante sismos,

inundaciones, olas de calor y otros eventos adversos. Indicó que estas jornadas pueden desarrollarse en pocas horas y brindan conocimientos prácticos para estudiantes, docentes y personal administrativo. Finalmente, Gavilanes enfatizó que la preparación de la comunidad es tan importante como el equipamiento de los organismos de socorro. Añadió que aprender primeros auxilios básicos, atender una fractura, un atragantamiento o asistir a una persona en una emergencia puede marcar la diferencia y salvar vidas.

UTEQ celebra su identidad cultural QUEVEDO.- La

Universidad Técnica Estatal de Quevedo (UTEQ) promovió un espacio de arte y tradición con el III Festival de Voces y Colores: Ecuador Ancestral, organizado por la Facultad de Ciencias de la Educación como parte de las actividades por su quinto aniversario.

La jornada reunió a estudiantes que demostraron su talento a través de una exposición de obras pictóricas y presentaciones musicales, donde destacaron elementos de la identidad cultural ecuatoriana y la creatividad de la comunidad universitaria. El encuentro finalizó con

la entrega de certificados a los participantes, como reconocimiento a su aporte artístico y al fortalecimiento de espacios culturales dentro de la institución. La demostración artística se desarrolló el pasado miércoles en la institución, con la participación de estudiantes y docentes.

ARTE.- Estudiantes mostraron su talento en el festival cultural de la UTEQ.


Se ejecutan operativos en instituciones educativas para garantizar la seguridad I

Los controles buscan prevenir el ingreso de objetos prohibidos y sustancias ilícitas a los planteles educativos. QUEVEDO. Con el objetivo de fortalecer la seguridad en los establecimientos educativos y prevenir posibles hechos delictivos, la Policía Nacional, en coordinación con personal de las Fuerzas Armadas, ejecuta operativos de control en diferentes unidades educativas de Quevedo. Las intervenciones tienen como finalidad evitar el ingreso de objetos prohibidos, armas, sustancias sujetas a fiscalización u otros elementos que puedan representar un riesgo para estudiantes, docentes y demás integrantes de la comunidad educativa.

Controles De acuerdo con las autoridades, estos controles ya se

ESTUDIANTES y padres de familia respaldan los operativos en las unidades educativas

han desarrollado en varios planteles educativos, donde durante las intervenciones se han encontrado y decomisado objetos considerados peligrosos. Las acciones buscan además identificar posibles situaciones relacionadas con el expendio o consumo de sustancias ilícitas dentro de los establecimientos. Desde la Policía Nacional se señaló que este tipo de operativos constituye una herramienta preventiva para mantener el orden y reforzar la seguridad en los espacios educativos. “Existen estudiantes que

AUTORIDADES del cantón dan acompañamiento a los controles

no respetan a nadie y hacen lo que quieren dentro de las aulas, por lo que estos operativos ayudarán muchísimo en la formación de Las autoridades indica-

CIUDAD 04

LOS RÍOS MIÉRCOLES 12/AGOSTO/2026

ron que los controles se realizan de manera articulada con el Ministerio de Educación, la Subintendencia de Policía y las Fuerzas Armadas, como parte de

las acciones destinadas a prevenir hechos delictivos y promover entornos escolares seguros.

Estudiantes respaldan los controles Los operativos también han generado reacciones entre los estudiantes, quienes consideran que estos controles contribuyen a mejorar la seguridad dentro de las instituciones educativas y señalan que deberían mantenerse de manera periódica. “Como estudiantes nos sentimos protegidos y está muy bien que realicen estos controles”, expresó uno de los alumnos. Por su parte, padres de familia también respaldan la iniciativa y consideran que la presencia de los uniformados puede contribuir a prevenir que adolescentes vinculados a actividades delictivas ingresen objetos peligrosos o generen situaciones que afecten a otros estudiantes. Las autoridades reiteraron que estas acciones tienen un carácter preventivo y buscan garantizar que las instituciones educativas sean espacios seguros para el aprendizaje, la convivencia y el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes.

Montalvo avanza con la remodelación de su malecón La Alcaldía de Montalvo continúa con los trabajos de remodelación del malecón de la localidad, una obra que tiene como objetivo recuperar y mejorar uno de los espacios destinados al encuentro y esparcimiento de los habitantes del cantón. Los trabajos avanzan

MONTALVO.

de manera progresiva y se prevé que la obra esté concluida próximamente, para posteriormente ser entregada a la ciudadanía. El proyecto contempla la adecuación de áreas destinadas a la recreación y convivencia familiar, generando un entorno más cómodo y seguro para quienes acu-

dan al lugar. Uno de los principales objetivos de la intervención es que las familias de Montalvo cuenten con un espacio digno para compartir y disfrutar de actividades al aire libre. Asimismo, se busca que los niños dispongan de áreas apropiadas para jugar y re-

crearse bajo condiciones de mayor seguridad. Con la culminación de los trabajos, el malecón se convertirá nuevamente en un punto de encuentro para las familias y visitantes, contribuyendo a mejorar la imagen urbana y los espacios públicos del cantón.


05 POLÍTICA LOS RÍOS | MIÉRCOLES 12/AGOSTO/2026 I

‘Noboa y De la Espriella son un complemento perfecto’ El exvicepresidente de Colombia, Francisco Santos, prevé que los gobiernos de Abelardo de la Espriella y de Daniel Noboa tendrán oportunidades de cooperación en varias áreas porque hay preocupaciones comunes, como la seguridad fronteriza.

FRATERNIDAD. Daniel Noboa, presidente de Ecuador, junto a Abelardo de la Espriella, mandatario de Colombia. (Foto: Presidencia de Ecuador).

Abelardo de la Espriella lleva seis días como presidente de Colombia. Uno de los problemas en los cuales se centró en su discurso de posesión es la seguridad, problema que es un factor común en la frontera con Ecuador, pero esta prioridad tendrá que esperar unos días debido al terremoto del 10 de agosto de 2026, evalúa Francisco Santos, exvicepresidente de Colombia. Santos ejerció durante dos periodos (2002-2010) como vicepresidente de Álvaro Uribe Vélez. En diálogo con LA HORA, analiza las expectativas y posibilidades de cooperación que hay entre los presidentes De la Espriella y Daniel Noboa.

¿Es momento de una acción regional?

“Cesó la horrible noche”, dice Santos al recordar la letra del himno nacional de Colombia y destacar que con De la Espriella como mandatario se percibió un “sentido de tranquilidad” en los colombianos. Subraya como un aspecto importante la presencia de autoridades que estuvieron

en la posesión del 7 de agosto en Cali, entre ellos Todd Blanche, fiscal general adjunto de Estados Unidos. “El mensaje es clarísimo: la guerra contra las drogas es el elemento fundamental de la relación. Creo que se va a recuperar el plan Colombia (acuerdo de cooperación contra los grupos guerrilleros, implementado en el año 2000)”, menciona. EE.UU. lidera la iniciativa Escudo de las Américas en la región desde marzo de 2026. “Es importante utilizar este momento para que el Escudo de las Américas no sea solo un tema de narcotráfico, sino un tema más de fondo que una a Ecuador, Argentina, Colombia, Perú, Chile, a muchos de los países de Centroamérica y que sea una alternativa, algo que no ha funcionado en la OEA (Organización de los Estados Americanos)”, agrega Santos.

Cercanía entre Noboa y De la Espriella

Santos considera que la posición que mostró De la Espriella en Cali fue un men-

saje que los ecuatorianos deben tener en cuenta: “El suroccidente de Colombia es el cáncer geográfico que tenemos y hay que combatir ahí el narcotráfico. Él tiene claro ese problema geográfico. Él tiene claro el tema de la frontera”. Por eso enfatiza en la cercanía que De la Espriella tendrá con Noboa: “Tener a De la Espriella y a Noboa como socios en la lucha contra el narcotráfico y la criminalidad le quita la tranquilidad con la que estaban viviendo los narcos y los guerrilleros. Con De la Espriella, hay un socio absoluto. La tranquilidad con que operaban los narcotraficantes en la frontera, como las disidencias de las FARC (Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia) y el ELN (Ejército de Liberación Nacional), se va a acabar”. Sin embargo, por su experiencia como exvicepresidente, Santos advierte que afrontar a los narcotraficantes en la frontera será difícil. “Ya tenemos un plan conjunto para darle seguridad, justicia y dignidad a

nuestros pueblos”, dijo Noboa a la prensa local el 7 de agosto. Anticipó su expectativa por asegurar la frontera, fortalecer el comercio y el intercambio energético con Colombia. Santos evalúa que la acción conjunta se dará lo más pronto, luego de que De la Espriella atienda la emergencia por el terremoto del 10 de agosto. “Estoy absolutamente seguro de que una vez que salgamos de este bache tan terrible por el terremoto, en dos o tres semanas, los otros problemas que se pueden ir preparando mientras tanto van a tener la dimensión y la importancia que tienen y que De la Espriella les ha dado”, refiere. Además, Santos ve la posibilidad de cooperación no solo en el tema de seguridad: “Noboa y De la Espriella son un complemento absolutamente perfecto y creo que van a trabajar muy bien en todos los aspectos políticos y que incluyen el tema energético”. Apunta que si el fenómeno de El Niño “pega fuerte” a Colombia, este necesitará la energía de Ecuador.

¿La izquierda socialista está derrotada en la región?

Para Santos, en Colombia “la izquierda está viva”. Observa que en el caso ecuatoriano sucede lo mismo y explica el siguiente paso que debe dar el Gobierno de De la Espriella. “En Ecuador la tienen clarísima, el presidente Noboa ganó (en 2023 y 2025), pero la izquierda sigue viva. Ellos (los representantes de la izquierda socialista) saben cómo manejar una narrativa, se mueven muy bien. La única manera de derrotar a la izquierda es con resultados y esos resultados se van a tener que ver muy pronto”,

EL DATO Hasta el 11 de septiembre de 2026, el Operador Nacional de Electricidad (Cenace) registraba una producción energética total de 51.765 megavatios por hora en Ecuador. Noboa y De la Espriella son un complemento absolutamente perfecto y creo que van a trabajar muy bien en todos los aspectos políticos y que incluyen el tema energético” FRANCISCO SANTOS

EXVICEPRESIDENTE DE COLOMBIA.

expresa. “Si Iván Cepeda hubiera quedado como presidente, Colombia habría acabado como Venezuela. Son marxistas, leninistas, comunistas absolutos que no creen en la democracia, creen en su poder, ustedes lo vieron con Rafael Correa también, pero acá en Colombia hubo un componente añadido que es el tema de las organizaciones criminales y el narcotráfico”, señala.

Las fumigaciones y el narco

De la Espriella anunció que implementará la fumigación con herbicidas de última generación que no causan daño a la salud. Santos es partidario de que esa medida se aplique: “Hay que fumigar con lo que sirve, que es el glifosato. Se necesita una fumigación con drones en lugar de helicópteros y aviones que son costosos. Se puede montar una industria de drones con inteligencia artificial para fumigar por tres o cuatro hectáreas y que se tumben (las plantaciones de coca). El tema de la fumigación se viene, incluyendo en la frontera (con Ecuador)”. Dice que no se deben excluir de la fumigación “los territorios colombianos que generan violencia y recursos ilegales en Ecuador, no hay territorios ni zonas vedadas”. (KSQ)


ECONOMÍA 06 I LOS RÍOS| MIÉRCOLES 12/AGOSTO/2026

Es decir, el Estado tuvo un pico de ingresos, pero el motor estructural siguió siendo el gasto de los hogares.

Recaudación y producción

HECHO. La economía ecuatoriana se basa en el consumo, pero deja relegada la producción y la inversión.

Ecuador paga más impuestos, pero no se hace más rico El Estado recaudó $12.572 millones en el primer semestre de 2026, un 8,2 % más que hace un año. Pero ese crecimiento proviene sobre todo del IVA y otros impuestos ligados al consumo diario. Abra la billetera y haga un ejercicio sencillo. Imagine que durante un año entero su sueldo no cambia, pero cada visita al supermercado, cada recarga del celular, cada tanqueada de gasolina y cada compra en una tienda terminan costándole un poco más. Al final del semestre, usted siente que el dinero rinde menos. Sin embargo, alguien sí ganó: el Estado. Esa es la fotografía que deja el análisis de Braulio Véliz Loor, Asesor Tributario Estratégico, sobre las cifras oficiales del Servicio de Rentas Internas (SRI) y del Banco Central del Ecuador (BCE) para el primer semestre de 2026. Entre enero y junio, el fisco recibió $12.572 millones en impuestos, un 8,2 % más que en el mismo período del año anterior. A primera vista, parece una noticia excelente para las finanzas públicas. Pero al mirar con lupa aparece una paradoja inquietante: el Gobierno recauda como si la economía estuviera acelerando, mientras

la producción y el empleo no muestran el mismo entusiasmo. El consumo diario de los ecuatorianos sostiene casi dos tercios de la caja fiscal

El valor del consumo diario

La clave del aumento en la recaudación de impuestos está en el consumo. Cada vez que un ecuatoriano compra un producto gravado con IVA, paga una bebida, un servicio de telefonía o un bien sujeto a ICE, está alimentando directamente las arcas públicas. De hecho, casi dos de cada tres dólares que ingresaron al Estado durante el primer semestre de 2026 provinieron de impuestos ligados al gasto cotidiano de las familias y de la operación corriente de los negocios. El IVA, por sí solo, aportó $6.742 millones, más de la mitad de toda la recaudación nacional. El ICE añadió otros $1.385 millones. Juntos sumaron $8.127 millones, equivalen-

tes al 63,9 % del total. En otras palabras, de acuerdo con Véliz Loor, el gran sostén de las finanzas públicas no fue un extraordinario aumento de utilidades empresariales ni una ola de nuevas inversiones, sino la suma de millones de transacciones pequeñas: la compra del desayuno, la factura del internet, una medicina, una bebida, un electrodoméstico o un pasaje.

Meses de mayor consumo

El comportamiento mes a mes también cuenta una historia interesante. Durante abril y mayo la caja fiscal pareció despegar con fuerza. La recaudación superó los $2.200 millones mensuales, impulsada por el pago anual del Impuesto a la Renta de empresas y personas naturales. Pero ese impulso fue temporal. Apenas terminó el calendario de declaraciones, junio volvió a rondar los $2.000 millones, un nivel sostenido principalmente por el IVA del consumo diario.

Hay otra ilusión estadística que el debate económico suele pasar por alto. Muchos creen que el cantón que más impuestos paga es necesariamente el que más produce. Los datos muestran que no siempre es así. Quito concentró el 34 % de toda la recaudación nacional y Guayaquil otro 27,2 %. Entre ambas ciudades reunieron más del 61 % de los impuestos del país. Sin embargo, su participación en la generación de riqueza real es menor: juntas representan aproximadamente la mitad del Valor Agregado Bruto nacional (VAB). ¿Qué ocurre? Que las grandes empresas suelen declarar sus impuestos donde está registrada su matriz, aunque fabriquen, exporten, pesquen o generen empleo en otras ciudades. Un supermercado puede vender en Machala, Manta o Santo Domingo, pero si su domicilio fiscal está en Quito, el IVA terminará apareciendo en las estadísticas de la capital. “El VAB muestra dónde se crea la riqueza; la recaudación muestra dónde el Estado cobra los impuestos. No siempre son el mismo lugar.”, apuntó Carlos Morales, tributarista. Ejemplos claros de esta distorsión: • Comercio e Industria local: Las ventas minoristas en tiendas y almacenes de Santo Domingo, Machala o Portoviejo tributan en Quito si la matriz está allí. • Manufactura y Logística: Cantones eminentemente industriales y agroexportadores como Samborondón ($2.168 M en VAB puesto 4) y Durán ($1.797 M en VAB - puesto 5) superan con creces en valor productivo real a cantones que figuran más alto en recaudación fiscal, como Daule ($139,44 millones recaudados) o Rumiñahui ($72,62 millones recaudados). • Servicios y Turismo: El dinamismo hotelero, pesquero y comercial de Manta (puesto 7 en VAB con $1.219 millones, representando el 70,0 % del promedio nacional

por cantón) o del turismo en Baños y Montañita tributa centralizadamente en las capitales provinciales donde operan sus matrices jurídicas. La concentración empresarial refuerza ese fenómeno. De las 10.844 grandes compañías registradas en Ecuador, Pichincha alberga 3.884 y Guayas 2.842. Es decir, seis de cada diez grandes contribuyentes tienen su domicilio legal en solo dos provincias. El SRI recauda con eficiencia donde están las matrices; la producción, en cambio, está mucho más dispersa por el territorio nacional.

Impuestos vs. riqueza

Los datos estadísticos oficiales dejan una lección clara para analistas, autoridades y empresarios: los datos no mienten, pero su interpretación sin contexto distorsiona la toma de decisiones, de acuerdo con Véliz Loor. Un crecimiento del 8,2 % en la recaudación tributaria durante el primer semestre de 2026 es una buena noticia para la sostenibilidad del presupuesto del Estado. No obstante, dado que casi 64 de cada 100 dólares recolectados provienen del consumo (IVA e ICE) y no del crecimiento en las utilidades corporativas o la inversión productiva, el riesgo de sofocar la demanda interna es real. “En otras palabras, la gallina de los huevos de oro que es el consumo se puede acabar si la política tributaria solo está enfocada en sacar más impuestos y no que la economía produzca más”, apuntó Morales. Medir la riqueza de una ciudad o provincia únicamente por la cantidad de impuestos que deposita en las ventanillas del SRI invisibiliza el esfuerzo diario de cantones como Durán, Manta, Machala, Ambato o Samborondón, donde se fabrica la materia prima, se procesa la pesca, se cultiva la fruta de exportación y se genera el empleo directo. “Para construir un Ecuador competitivo y equitativo, las decisiones tributarias deben evaluar el panorama completo: dónde se pagan los impuestos, pero, sobre todo, dónde se trabaja y se genera la riqueza real”, concluyó Véliz Loor. (JS)


07 SOCIEDAD LOS RÍOS| MIÉRCOLES 12/AGOSTO/2026 I

¿Qué hacer durante un terremoto?

co y Quijos se reportaron paredes cuarteadas y vidrios rotos. Estos eventos muestran que la preparación no debe comenzar cuando ocurre un sismo. Conocer los lugares de menor riesgo, las rutas de evacuación y las condiciones de la vivienda puede ayudar a reducir los riesgos ante una emergencia.

Seguridad de las viviendas

Evitar correr, protegerse en un lugar de menor riesgo y evacuar cuando el movimiento termine son recomendaciones para reducir el riesgo de lesiones ante un sismo. Un terremoto puede durar pocos segundos, pero esos instantes de susto pueden ser determinantes para reducir el riesgo de lesiones. La forma en que una persona reacciona durante la sacudida y las decisiones que toma después pueden marcar la diferencia. En Ecuador, donde la activi-

SEGURIDAD. El Cuerpo de Bomberos de Quito recomienda mantener la calma y no correr durante un sismo.

dad sísmica es frecuente, conocer cómo actuar ante un sismo es parte de la preparación frente a una emergencia. No se trata únicamente de saber cuándo evacuar, sino también de identificar previamente los lugares de menor riesgo, las rutas de salida y el punto de encuentro.

Juicio No. 15951-2026-00291 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, jueves 30 de julio del 2026, a las 11h28. R. del E. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON TENA, PROVINCIA DE NAPO NOTIFICA CIÓN POR LA PRENSA: PUBLICACIÓN JUICIO: NUMERO: ACTOR: DEMANDADO: TRAMITE: CUANTIA: JUEZ (E): SECRETARIA:

DECLARATORIA DE UNION DE HECHO POST MORTEM 15951-2026-00291 CAIZA RODRIGUEZ ANGEL LUZ KLEVER HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA SRA. MIÑO ROSERO LILIA TARGELIA (+) ORDINARIO INDETERMINADA DR. MARCOS GUERRERO FUENTES, JUEZ ENCARGADO AB. ELSA MARIELA POVEDA SANTILLAN

“UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. VISTOS: Ab. Marcos Vinicio Guerrero Fuentes, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, de la ciudad de Tena, dependencia de la Corte Provincial de Napo, según Acción de Personal Nro. 0194- UPTH-2026-MA, de 11 de marzo del 2026, avoco conocimiento de la presente causa, en lo principal se considera: 1. La demanda presentada por CAIZA RODRIGUEZ ANGEL LUZ KLEVER es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. 2.- CÍTESE, a los señores CAIZA MIÑO TANIA MARISOL y CAIZA MIÑO HENRY FABIAN por medio de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial, con una copia de la demanda, los documentos probatorios y la presente providencia, la parte actora prestará las facilidades del caso, para la obtención de copias.- 3.CÍTESE.- A herederos presuntos y desconocidos de la señora LILIA TARGELIA MIÑO ROSERO a través de tres publicaciones en tres días distintos en un diario de amplia circulación a nivel nacional con un extracto de la demanda, escrito de alcance y el presente auto, elabórese el despacho suficiente por secretaría, la parte actora prestará las facilidades del caso.- 4.- Conforme lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, una vez citada en legal y debida forma, se concede a la parte demandada el término de 30 días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. 5.- Conforme lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, una vez citada en legal y debida forma, se concede a la parte demandada el término de 30 días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. 6.- Téngase en cuenta el anuncio y solicitud de prueba; la cual de ser procedente será admitida en la respectiva audiencia preliminar con estricta observancia de lo prescrito en el Art. 160 y 161 del cuerpo legal antes invocado. 7.Téngase en cuenta la cuantía como indeterminada; la designación y autorización de su defensa, el correo electrónico señalado, incorpórese la documentación aparejada a la demanda. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE...”

Gabriel Rodríguez, capitán de Bomberos de Quito y líder del Grupo USAR EC 01, explica lo que una persona debe hacer mientras durante un sismo. “Lo primero que debe hacer cualquier persona es mantener la calma, no correr, no salir corriendo durante el sismo porque esto puede causar más lesiones”. Intentar abandonar una vivienda o bajar por las escaleras mientras continúa el movimiento puede provocar caídas, pérdida de estabilidad o golpes con otras personas. Por eso, mientras dura la sacudida, se recomienda permanecer en un lugar de menor riesgo y evitar desplazamientos innecesarios. El capitán explica que los espacios de supervivencia dependen de la forma en que falle la estructura y de sus elementos resistentes.“Lo que primero tendríamos que buscar son las estructuras que sostienen la edificación, como columnas, en las cuales podemos tener mayor seguridad”, señala. El especialista aclara que estos espacios no necesariamente están junto a una cama o un sofá y que la posibilidad de supervivencia depende de las características y del comportamiento de cada estructura.

La evacuación es después

001-005-0774

Tena, 30 de julio del 2026.

POVEDA SANTILLAN ELSA MARIELA SECRETARIA

¿Dónde protegerse?

La evacuación debe realizarse una vez que haya terminado la sacudida, siempre que las condiciones permitan salir de manera segura. “La salida debe hacerse de forma ordenada, por las rutas previamente identificadas y sin utilizar ascensores, únicamente cuando haya acabado el movi-

miento.” Una vez fuera, hay que dirigirse al punto de encuentro familiar, laboral o institucional y mantenerse alejado de edificaciones que puedan representar un riesgo, además de postes y cables eléctricos. Si una persona observa daños importantes en la vivienda, como grietas o fallas estructurales, no debería regresar al inmueble hasta que sea evaluado por personal competente. Después de un sismo también es importante verificar la información antes de compartirla. Rodríguez recomienda consultar únicamente canales oficiales, ya que los rumores, audios o mensajes no confirmados pueden generar pánico y dificultar la respuesta ante la emergencia.

4.518 sismos en 2025

La actividad sísmica registrada en el país muestra por qué es importante estar preparados. Según el Instituto Geofísico de la Escuela Politécnica Nacional (IG-EPN), Ecuador registró 4.518 sismos durante 2025, un promedio de más de 12 movimientos al día. La mayoría fueron de baja magnitud: el 74% no superó los 2,5 grados. Sin embargo, 67 sismos fueron de magnitud 4 o mayor y 12 alcanzaron los 5 grados o más. El sismo de mayor magnitud del año ocurrió el 25 de abril en Esmeraldas. Fue de 6,3 grados y provocó daños en paredes, algunos colapsos parciales y asentamientos del suelo. Otro movimiento importante ocurrió el 31 de enero en Napo. Fue de 5,5 grados y se sintió en 14 provincias. En Tena, El Cha-

La prevención depende de las condiciones de las edificaciones. Diego Ordóñez, presidente del Colegio de Arquitectos de Quito, explica que las construcciones legales que cumplen la normativa vigente desde 2015 incorporan criterios de sismorresistencia. Ordóñez estima que cerca del 70% de las construcciones de Quito son informales, una estimación que no corresponde a un registro oficial municipal. Para conocer el estado de una vivienda, recomienda revisar su documentación técnica y legal e identificar posibles señales de riesgo, como fisuras en elementos estructurales, asentamientos del suelo o corrosión en estructuras metálicas. Ante estos indicios, lo recomendable es solicitar una evaluación técnica del inmueble. “El mantenimiento no solo de lo que se ve, sino de lo que no se ve también”.

Preparación

La preparación también implica contar con suministros básicos para las primeras horas después de un evento. Rodríguez recomienda que cada hogar tenga una mochila de contingencia con elementos que puedan ser útiles en caso de evacuación. “Debe tener una linterna, con pilas de repuesto, enlatados, unas galletas y sobre todo botellas de agua” . El Capitán explica que la mochila debe permanecer en un lugar de fácil acceso para poder tomarla rápidamente si es necesario evacuar. Además de preparar estos suministros, conviene “identificar con anticipación las rutas de evacuación, establecer un punto de encuentro y conocer los lugares de menor riesgo de la vivienda o del lugar de trabajo”. Agrega que la preparación también implica saber cómo actuar con las personas que viven en el hogar, incluidos niños, adultos mayores o personas que puedan necesitar asistencia durante una evacuación. (ACZ)


REMATES DIVORCIOS

ANULACIONES EJECUTIVOS

Juicio No. 12U03-202600486 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN BUENA FE. Buena Fe, viernes 31 de julio del 2026, a las 16h14 FUNCION JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN BUENA FE EXTRACTO DE CITACIÓN A: herederos desconocidos de la señora LAURA ESPERANZA INTRIAGO SION. SE LE HACE SABER: Que en esta Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Buena Fe, se tramita el Juicio Voluntario (INVENTARIO) signado con el No.12U03-2026-00486 cuyo extracto es como sigue: ACTORA La señora: JOANNIE JACQUELINE MEDINA INTRIAGO. V. NARRACIÓN DE LOS HECHOS DETALLADOS Y PORMENORIZADOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO A LAS PRETENSIONES 5.1 Con el certificado de matrimonio que adjunto a la presente demanda, justifico que mis padres quienes en vida se llamaron GALO DE JESÚS MEDINA OROZCO y LAURA ESPERANZA INTRIAGO SIÓN, contrajeron matrimonio civil en la ciudad de Quevedo el 28 de diciembre de 1960, registrado bajo el tomo 1 página 93 acta 93. 5.2.- Con los Certificados defunción que adjunto a la presente demanda, justifico que mis padres quienes en vida se llamaron GALO DE JESÚS MEDINA OROZCO y LAURA ESPERANZA INTRIGO SION, fallecieron el 4 de diciembre del 2024 y el 25 de febrero del 2026, respectivamente; el primero en la parroquia Dr. Camilo Ponce Enríquez, del cantón Babahoyo, provincia de Los Ríos, y la segunda en el cantón Quevedo, provincia de Los Ríos, conforme consta en los documentos que acompaño. 5.3.- Con el certificado de nacimiento que adjunto, justifico mi calidad de heredera de los causantes GALO DE JESÚS MEDINA OROZCO y LAURA ESPERANZA INTRIAGO SION. 5.4.- Sucede, señor(a) juez(a), que los causantes GALO DE JESÚS MEDINA OROZCO y LAURA ESPERANZA INTRIAGO SIÓN, a su fallecimiento, dejaron varios bienes inmuebles, en este Cantón Buena Fe, los cuales fueron adquiridos durante la vigencia de su sociedad conyugal y que forman parte del acervo hereditario, mismos detallo a continuación: a) INMUEBLE URBANO: compuesto de casa y solar de 12 m de frente por 25 m de fondo, más o menos, ubicado en la parroquia Buena Fe, provincia de Los Ríos. Superficie no especificada. b) INMUEBLE URBANO: solar ubicado en la comuna central, zona urbana de la parroquia San Jacinto, jurisdicción del cantón Buena Fe, Provincia Los Ríos: c) INMUEBLE URBANO: Lote desmembrado del Remanente del solar No.1 que inicialmente

tenía la superficie de 936m2, ubicado en la zona urbana de la Parroquia y Cantón Buena Fe, Provincia de Lo Ríos.-Con una superficie actual de 31 m2, 20 dm2. d) INMUEBLE URBANO: Solar desmembrado del terreno No. 1 de 936m?, ubicado en la Parroquia y Cantón Buena Fe, Provincia de Los Ríos.- Con una superficie actual de 208m2 5.5.Debo poner en conocimiento de su autoridad, señor(a) Juez(a), que con fecha 11 de septiembre de 2025, la compareciente procedió a realizar la ampliación de la posesión efectiva del causante GALO DE JESÚS MEDINA OROZCO, en razón de que inicialmente no se hizo constar un bien inmueble que forma parte del acervo hereditario. El bien omitido corresponde al solar signado con el No. «5», de la manzana No. «6», ubicado en la Comuna Buena Fe, cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos. En tal virtud, el referido inmueble debe ser considerado dentro del inventario y avalúo de bienes materia del presente proceso sucesorio. 5.6.- En cuanto a la apertura de la sucesión, debo indicar que la misma se encuentra legalmente abierta, conforme se justifica con las respectivas posesiones efectivas de los causantes GALO DE JESÚS MEDINA OROZCO y LAURA ESPERANZA INTRIAGO SION, así como también con la ampliación de la posesión efectiva las cuales acompaño a la presente demanda. 5.7.- Señor(a) juez(a) debo indicar que el último domicilio de los causantes GALO DE JESÚS MEDINA OROZCO y LAURA ESPERANZA INTRIAGO SION fue en el cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos, lo cual se justifica con los pagos de los impuestos prediales, así como los certificados de fichas registrales. FUNDAMENTO DE DERECHO QUE JUSTIFICAN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN EXPUESTO CON CLARIDAD Y PRECISIÓN .- La presente demanda tiene fundamento en lo prescrito en los Art. 1270, 1271, 1275, 1276, 1280, y 1287 del Código Civil, en concordancia con los artículos 334 #4, 335, 341, 342, y 345 del Código Orgánico General de Procesos. Señores Directores de los Diarios: Este extracto debe publicarse en un espacio no menor a dos columnas por 8 cm. de alto. Letra Helvetica, tamaño 8. CUANTÍA: POR SU N AT U R A L E Z A ES INDETERMINADA. ACCIÓN: VOLUNTARIO INVENTARIO AUTO INTERLOCUTORIO DE CALIFICACIÓN, JUEZ DE LA CAUSA: VISTOS: Ab. Edgar Ricardo Moreira Contreras, en mi calidad de juez encargado del despacho de la Dra. Magali Vaca Zambrano jueza de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Buena Fe, Provincia de Los Ríos, mediante acción de personal No. 1384-DPLR-2026, suscrito por la Directora General del Consejo de la Judicatura, AVOCO CONOCIMIENTO de

BABAHOYO

0989396044 QUEVEDO 0959608854

AVISOS LOS RÍOS P

LOS RÍOS /MIÉRCOLES/12/AGOSTO/2026

gerencialosrios@lahora.com.ec la demanda de INVENTARIO, asignada con el proceso No. 12U03-2026-00486, por petición de JOANNIE JACQUELINE MEDINA INTRIAGO, se emite el AUTO DE CALIFICACIÓN A LA DEMANDA: PRIMERO: La demanda presentada por JOANNIE JACQUELINE MEDINA INTRIAGO , en su examinación, se verifica que cumple con los requisitos formales del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica de clara, completa, precisa y se la admite a trámite en procedimiento voluntario. SEGUNDO: En cuanto al ejercicio del derecho a la defensa de los legitimados pasivos como demandados, se dispone lo siguiente: 2. 1. Cítese a la demandada KERLY MIRELLA MEDINA INTRIAGO, en calidad de heredera conocida de los causantes GALO DE JESUS MEDINA OROZCO Y LAURA ESPERANZA INTRIAGO SION, en el domicilio por los peticionarios, con copia de la demanda, auto de sustanciación de calificación a la demanda y croquis que se ha adjuntado, a través de la OFICINA DE CITACIONES de esta Unidad Judicial Multicompetente, conforme al Art. 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos. De conformidad a la directriz No. DNGP-DIR-2025-009, dictada por la Dirección Nacional de Gestión Procesal, del Consejo de la Judicatura, se dispone a la Policía Nacional para que a través de uno de los servidores policiales de la Unidad de Policía Comunitaria (UPC), realice el acompañamiento necesario a la citadora/citador, para lograr la consecución de la citación. Siempre y cuando esto sea necesario, para dicho efecto se oficiará a la Policía Nacional. Se previene a la parte demandada que deberá contestar la demanda en la forma prevista en el Art. 151 ibídem dentro del término de DIEZ DÍAS en virtud de lo dispuesto en el artículo 335 inciso tercero de la ley procesal antes referida, sin perjuicio de comparecer en cualquier estado o etapa del proceso, deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción en caso de así considerarlo, precisando toda información que sea necesaria para su actuación de acuerdo a lo estipulado en el artículo 152 del mismo cuerpo legal. Se dispone a la parte actora, en el término de diez días, comparezca a esta dependencia judicial a fin de entregar al archivo las fotocopias necesarias para la gestión de citación. 2. 2. A los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fué la causante LAURA ESPERANZA INTRIAGO SION con CI. 1301222558; de conformidad a lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se los citará por medio de tres publicaciones en uno de los Diarios Periódicos de mayor circulación del Cantón Buena Fe, Provincia de Los Ríos, o del lugar más cercano, se previene a la parte demandada que deberá contestar la demanda en la forma prevista

en el Art. 151 ibídem dentro del término de DIEZ DÍAS en virtud de lo dispuesto en el artículo 335 inciso tercero de la ley procesal antes referida, sin perjuicio de comparecer en cualquier estado o etapa del proceso, deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción en caso de así considerarlo, precisando toda información que sea necesaria para su actuación de acuerdo a lo estipulado en el artículo 152 del mismo cuerpo legal. Lo que comunico a ustedes para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles la obligación que tienen de señalar casillero judicial electrónico para las notificaciones correspondientes. Buena Fe, Julio 31 del 2026.-

fact 001-005-0778

Juicio No. 12U03-202600486 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN BUENA FE. Buena Fe, viernes 31 de julio del 2026, a las 16h12 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN BUENA FE EXTRACTO DE APERTURA DE LA SUCESIÓN DE BIENES A: herederos desconocidos del señor GALO DE JESUS MEDINA OROZCO. SE LE HACE SABER: Que en esta Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Buena Fe, se tramita el Juicio Voluntario (INVENTARIO) signado con el No.12U03-2026-00486 cuyo extracto es como sigue: ACTORA La señora :JOANNIE JACQUELINE MEDINA INTRIAGO.V. NARRACIÓN DE LOS HECHOS DETALLADOS Y PORMENORIZADOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO A LAS PRETENSIONES 5.1 Con el certificado de matrimonio que adjunto a la presente demanda, justifico que mis padres quienes en vida se llamaron GALO DE JESÚS MEDINA OROZCO y LAURA ESPERANZA INTRIAGO SIÓN, contrajeron matrimonio civil en la ciudad de Quevedo el 28 de diciembre de 1960, registrado bajo el tomo 1 página 93 acta 93. 5.2.- Con los Certificados defunción que adjunto a la presente demanda, justifico que mis padres quienes en vida se llamaron GALO DE JESÚS MEDINA OROZCO y LAURA ESPERANZA INTRIGO SION, fallecieron el 4 de diciembre del 2024 y el 25 de febrero del 2026, respectivamente; el primero en la parroquia Dr. Camilo Ponce Enríquez, del cantón Babahoyo, provincia de Los Ríos, y la segunda en el cantón Quevedo, provincia

de Los Ríos, conforme consta en los documentos que acompaño. 5.3.- Con el certificado de nacimiento que adjunto, justifico mi calidad de heredera de los causantes GALO DE JESÚS MEDINA OROZCO y LAURA ESPERANZA INTRIAGO SION. 5.4.- Sucede, señor(a) juez(a), que los causantes GALO DE JESÚS MEDINA OROZCO y LAURA ESPERANZA INTRIAGO SIÓN, a su fallecimiento, dejaron varios bienes inmuebles, en este Cantón Buena Fe, los cuales fueron adquiridos durante la vigencia de su sociedad conyugal y que forman parte del acervo hereditario, mismos detallo a continuación: a) INMUEBLE URBANO: compuesto de casa y solar de 12 m de frente por 25 m de fondo, más o menos, ubicado en la parroquia Buena Fe, provincia de Los Ríos. Superficie no especificada. b) INMUEBLE URBANO: solar ubicado en la comuna central, zona urbana de la parroquia San Jacinto, jurisdicción del cantón Buena Fe, Provincia Los Ríos: c) INMUEBLE URBANO: Lote desmembrado del Remanente del solar No.1 que inicialmente tenía la superficie de 936m2, ubicado en la zona urbana de la Parroquia y Cantón Buena Fe, Provincia de Lo Ríos.-Con una superficie actual de 31 m2, 20 dm2. d) INMUEBLE URBANO: Solar desmembrado del terreno No. 1 de 936m?, ubicado en la Parroquia y Cantón Buena Fe, Provincia de Los Ríos.- Con una superficie actual de 208m2 5.5.Debo poner en conocimiento de su autoridad, señor(a) Juez(a), que con fecha 11 de septiembre de 2025, la compareciente procedió a realizar la ampliación de la posesión efectiva del causante GALO DE JESÚS MEDINA OROZCO, en razón de que inicialmente no se hizo constar un bien inmueble que forma parte del acervo hereditario. El bien omitido corresponde al solar signado con el No. “5”, de la manzana No. “6”, ubicado en la Comuna Buena Fe, cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos. En tal virtud, el referido inmueble debe ser considerado dentro del inventario y avalúo de bienes materia del presente proceso sucesorio. 5.6.- En cuanto a la apertura de la sucesión, debo indicar que la misma se encuentra legalmente abierta, conforme se justifica con las respectivas posesiones efectivas de los causantes GALO DE JESÚS MEDINA OROZCO y LAURA ESPERANZA INTRIAGO SION, así como también con la ampliación de la posesión efectiva las cuales acompaño a la presente demanda. 5.7.- Señor(a) juez(a) debo indicar que el último domicilio de los causantes GALO DE JESÚS MEDINA OROZCO y LAURA ESPERANZA INTRIAGO SION fue en el cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos, lo cual se justifica con los pagos de los impuestos prediales, así como los certificados de fichas registrales. FUNDAMENTO DE DERECHO QUE JUSTIFICAN EL

EJERCICIO DE LA ACCIÓN EXPUESTO CON CLARIDAD Y PRECISIÓN .- La presente demanda tiene fundamento en lo prescrito en los Art. 1270, 1271, 1275, 1276, 1280, y 1287 del Código Civil, en concordancia con los artículos 334 #4, 335, 341, 342, y 345 del Código Orgánico General de Procesos. Señores Directores de los Diarios: Este extracto debe publicarse en un espacio no menor a dos columnas por 8 cm. de alto. Letra Helvetica, tamaño 8. CUANTÍA: POR SU N AT U R A L E Z A ES INDETERMINADA. ACCIÓN: VOLUNTARIO INVENTARIO AUTO INTERLOCUTORIO DE CALIFICACIÓN, JUEZ DE LA CAUSA: VISTOS: Ab. Edgar Ricardo Moreira Contreras, en mi calidad de juez encargado del despacho de la Dra. Magali Vaca Zambrano jueza de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Buena Fe, Provincia de Los Ríos, mediante acción de personal No. 1384-DPLR-2026, suscrito por la Directora General del Consejo de la Judicatura, AVOCO CONOCIMIENTO de la demanda de INVENTARIO, asignada con el proceso No. 12U03-2026-00486, por petición de JOANNIE JACQUELINE MEDINA INTRIAGO, se emite el AUTO DE CALIFICACIÓN A LA DEMANDA: PRIMERO: La demanda presentada por JOANNIE JACQUELINE MEDINA INTRIAGO , en su examinación, se verifica que cumple con los requisitos formales del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica de clara, completa, precisa y se la admite a trámite en procedimiento voluntario. SEGUNDO: En cuanto al ejercicio del derecho a la defensa de los legitimados pasivos como demandados, se dispone lo siguiente: 2. 1. Cítese a la demandada KERLY MIRELLA MEDINA INTRIAGO, en calidad de heredera conocida de los causantes GALO DE JESUS MEDINA OROZCO Y LAURA ESPERANZA INTRIAGO SION, en el domicilio por los peticionarios, con copia de la demanda, auto de sustanciación de calificación a la demanda y croquis que se ha adjuntado, a través de la OFICINA DE CITACIONES de esta Unidad Judicial Multicompetente, conforme al Art. 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos. De conformidad a la directriz No. DNGP-DIR-2025-009, dictada por la Dirección Nacional de Gestión Procesal, del Consejo de la Judicatura, se dispone a la Policía Nacional para que a través de uno de los servidores policiales de la Unidad de Policía Comunitaria (UPC), realice el acompañamiento necesario a la citadora/citador, para lograr la consecución de la citación. Siempre y cuando esto sea necesario, para dicho efecto se oficiará a la Policía Nacional. Se previene a la parte demandada que deberá contestar la demanda en la forma prevista en el Art. 151 ibídem dentro del término de DIEZ DÍAS en

08

virtud de lo dispuesto en el artículo 335 inciso tercero de la ley procesal antes referida, sin perjuicio de comparecer en cualquier estado o etapa del proceso, deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción en caso de así considerarlo, precisando toda información que sea necesaria para su actuación de acuerdo a lo estipulado en el artículo 152 del mismo cuerpo legal. Se dispone a la parte actora, en el término de diez días, comparezca a esta dependencia judicial a fin de entregar al archivo las fotocopias necesarias para la gestión de citación. 2. 2. A los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fué el causante GALO DE JESUS MEDINA OROZCO con CI. 1200283057; de conformidad a lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se los citará por medio de tres publicaciones en uno de los Diarios Periódicos de mayor circulación del Cantón Buena Fe, Provincia de Los Ríos, o del lugar más cercano, se previene a la parte demandada que deberá contestar la demanda en la forma prevista en el Art. 151 ibídem dentro del término de DIEZ DÍAS en virtud de lo dispuesto en el artículo 335 inciso tercero de la ley procesal antes referida, sin perjuicio de comparecer en cualquier estado o etapa del proceso, deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción en caso de así considerarlo, precisando toda información que sea necesaria para su actuación de acuerdo a lo estipulado en el artículo 152 del mismo cuerpo legal. TERCERO: De conformidad con lo previsto en el Art. 997 del Código Civil, se DECLARA LA APERTURA DE LA SUCESIÓN DE BIENES, dejados por el causante señor GALO DE JESUS MEDINA OROZCO con CI. 1200283057 para lo cuál se dispone la publicación de dicha apertura en uno de los Diarios Periódicos de mayor circulación del Cantón Buena Fe, Provincia de Los Ríos por una sola ocasión; por secretaría se generará el respectivo extracto judicial; siendo responsabilidad de los actores dar cumplimiento a lo ordenado. Lo que comunico a ustedes para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles la obligación que tienen de señalar casillero judicial electrónico para las notificaciones correspondientes. Buena Fe, Julio 31 del 2026.-


AVISOS LOS RÍOS 09

LOS RÍOS /MIÉRCOLES/ 12/AGOSTO/2026 P

R.DEL. E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO. EXTRACTO DE CITACIÓN

A: MANTILLA BARRAGAN MARIA JOSE. SE LES HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quevedo, la demanda del Procedimiento Ejecutivo No.

EXTRACTO DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA NO. GADPLR-085-2026 A LOS HEREDEROS PRESUNTOS, DESCONOCIDOS Y A QUIENES SE CREAN CON DERECHO DEL CAUSANTE SEÑOR ARAGUNDI ECHAVARRIA ENDOR. SE LES HACE SABER: Que el Prefecto de la Provincia de Los Ríos, Mediante resolución administrativa No. GADPLR-085-2026, dado y firmado en el despacho de la Prefectura, a los 14 días del mes de julio del 2026, resuelve Declarar de utilidad pública e interés social el bien inmueble con clave catastral 1201540620001 (rural), perteneciente a SR. ENDOR ARAGUNDI ECHAVARRIA, con un área a expropiarse de 79.564,65 M2, ubicada en el Sector EL JOBO PERTENECIENTE A LA PARROQUIA PIMOCHA, CANTÓN BABAHOYO, PROVINCIA DE LOS RÍOS. Aceptando para el efecto el informe del Director Técnico de Geomática, Avalúos y Catastros ( E) del Gobierno Autonomo Descentralizado Municipal del Canton Babahoyo, mediante el cual determina que el valor del bien inmueble que se declara de utilidad pública e interés social, del área afectada por metro cuadrado de la clave catastral 1201540620001 (rural). El mismo que será utilizado para el ´´CONSTRUCCIÓN DEL PASO LATERAL BABAHOYO - JUJAN HASTA EL LÍMITE PROVINCIAL CON GUAYAS QUE INCLUYE PUENTES, EN BASE AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS Y EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE LOS RÍOS”. En virtud del certificado de defunsion con el cual se ha justificado que el señor ARAGUNDI ECHAVARRIA ENDOR, su estado actual es de fallecido, se ha Dispuesto la notificación por medio de la publicación de la RESOLUCION ADMINISTRATIVA NO. GADPLR-085-2026, Las Publicaciones se realizarán en dos fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del canton Babahoyo. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, Asi mismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional y en la página electrónica del Gobierno Autonomo Descentralizado de la Provincia de Los Ríos. Particular que comunico para los fines de Ley. Babahoyo, 11 de agosto del 2026 ABG. Juan Acurio Romero PROCURADOR SINDICO

BABAHOYO

REMATES DIVORCIOS ANULACIONES EJECUTIVOS

12331-2024-00297, seguida por el DR. WASHINGTON FIDEL DÁVILA PAZMIÑO, AB. LUIS FERNANDO HINOSTROZA QUEZADA, EN SUS CALIDADES DE PROCURADORES JUDICIALES DEL BANCO PICHINCHA C.A., REPRESENTADO LEGALMENTE PARA LOS ASUNTOS JURÍDICOS POR EL DR. JAIME MANUEL FLOR RUBIANES, en contra de MANTILLA BARRAGAN MARIA JOSE, cuyo extracto es como sigue: ACTORES: DR. WASHINGTON FIDEL DÁVILA PAZMIÑO, AB. LUIS FERNANDO HINOSTROZA QUEZADA, EN SUS CALIDADES DE PROCURADORES JUDICIALES DEL BANCO PICHINCHA C.A., REPRESENTADO LEGALMENTE PARA LOS ASUNTOS JURÍDICOS POR EL DR. JAIME MANUEL FLOR RUBIANES. DEMANDADO: MANTILLA BARRAGAN MARIA JOSE. OBJETO DE LA DEMANDA: Los accionantes en su demanda solicitan que previo al trámite del procedimiento Ejecutivo, en sentencia disponga el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el PAGARÉ A LA ORDEN No. 8002858778-00 , suscrito por la señora MANTILLA BARRAGAN MARIA JOSE, portadora de la cedula de ciudadanía No. 1206560201, con fecha 07 de febrero del año 2023, que se encuentran vencidos desde el dividendo ocho, hasta la presente fecha, adeudando a nuestra representada la cantidad de DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE con 39/100 ($2.897,39) de capital, más el interés normal de DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE con 88/100 ($239,88), interés de mora TREINTA Y OCHO con 34/100 ($38,34), gestión gasto por mora de TREINTA Y DOS con 50/100 ($32,50), más seguro de desgravamen VEINTE Y DOS con 24/100 ($22,24), dando el total de TRES MIL TRESCIENTOS VEINTE con 35/100 ($3.320,35), más intereses legales, de mora, como todos los rubros contemplados en el Art. 166 del Código de Comercio, hasta la total cancelación de las órdenes incondicionales de pago y, más costas procesales, gastos judiciales y honorarios de la defensa. Amparan su demanda en lo dispuesto en los Arts. 347 numeral 5, en concordancia

con el 348 del Código Orgánico General de Procesos. CUANTÍA: CINCO MIL DÓLARES AMERICANOS ($5.000,00).TRAMITE: EJECUTIVO. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Raúl Antonio Goyes Reyes, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quevedo, provincia de Los Ríos, quien mediante auto de fecha Quevedo, martes 14 de marzo del 2024, a las 17H09´, quien admite a trámite la demanda a trámite, La demanda ejecutiva que antecede presentada por el ciudadano Dr. Washington Davila Pazmiño, y otros, en sus calidades de procuradores judiciales del Banco Pichincha CA., representado legalmente por el señor Dr. Msc. Jaime Flor Rubianes, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el pagaré a la orden que se adjunta, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 numeral 5, 348 y 349 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se la califica y admite a su trámite mediante procedimiento ejecutivo.- Se ordena se practique de forma obligatoria la diligencia de citación a la parte demandada: MANTILLA BARRAGAN MARIA JOSE, titular de la cedula No. 1206560201, en el domicilio señalado en la demanda, para su cumplimiento se adjuntará copia de la demanda y documentos adjuntos con este auto inicial; la parte actora consigne los juegos de copias necesarios para esta actividad citatoria.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP- OTRO DECRETO: miércoles 06 de mayo del 2026, a las 12h34´, VISTOS.- Forme parte del expediente, el acta de declaración jurada que realiza la parte accionante. Atento a la misma y según el estado de la causa se dispone lo siguiente: 1.- Que,

0989396044 QUEVEDO 0959608854

gerencialosrios@lahora.com.ec por secretaría se proceda a elaborar un extracto de citación a fin de que, se cite a MARIA JOSE MANTILLA BARRAGAN, en un periódico de amplia circulación nacional o local, mediante tres publicaciones en tres días distintos, luego de lo cual correrán los términos a fin de que la parte accionada conteste la demanda. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE. - Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar correo electrónico para que reciba sus notificaciones y dentro del término de veinte días conteste la demanda, caso contrario se dictará sentencia. Certifico. AB. HERNAN ALFONSO RIVERA SOLORZANO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS CITACIÓN-EXTRACTO DEMANDADO: CASTRO ALVARADO GINA ELIZABETH ACTOR: VARGAS PERLAZA JHON ANTONIO JUICIO: SUMARIO CAUSA: PARTICION DE BIENES DE LA SOCIEDSAD CONYUGAL CON OPOSICION CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: AB. MENDOZA GARCIA PEDRO RAMIRO UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS. VISTOS: Ab. Ramiro Mendoza García, Juez de la Unidad Especializada de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del Cantón de Esmeraldas, legalmente posesionado mediante Acción de Personal Nª 1364-DP08CJT-2013 de fecha 25 de abril del 2013.- en concordancia con lo establecido en el Art. 171, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial.- Avoco conocimiento de la presente causa de PARTICIÓN, asignada con el Nº 08201-2026-00346, que sigue el señor VARGAS PERLAZA JHON ANTONIO,

que sigue en contra de la señora CASTRO ALVARADO GINA ELIZABETH, en legal y debida forma. La solicitud que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143, 332 y 333 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento SUMARIO. Se ordena la citación de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la solicitud.- Se dispone se entre Calle G y H, de la Parroquia San Camilo, Cantón Quevedo, Provincia de los Ríos, el mismo que se realizara de conformidad con lo que señala el art. 72 del Código Organico General de Proceso, esto es mediante deprecatorio librado ante uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial, de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quevedo Provincia de los Rios; De la misma manera se dispone se cite al señor Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Esmeraldas, para que se dé cumplimiento con la citación, de conformidad con lo que señala el Art. 53 del COGEP; a fin de que incorporen al proceso el informe favorable del Departamento Municipal respectivo, para que se lleve a efecto la partición judicial objeto de la demanda, conforme lo determina el Art. 473 del COOTAD, por lo que se dispone se remita la presente causa a la oficina de citación.Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta los correos electrónicos señalados y la autorización conferida a su abogada patrocinadora Ab. Olga Lucia Vera Gallego, para que lo represente en la presente causa; Cítese a la parte demandada, de conformidad al Art. 56 del CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS, para lo cual por medio de secretaría de esta Unidad Judicial concédase el extracto de citación. Actúe la Abg. Vasconez Bastidas Erika Anabelle, en calidad de Secretaria Titular del Despacho. NOTIFÍQUESE .

AB. PEDRO RAMIRO MENDOZA GARCIA JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS 001-005-0780

BANCO BOLIVARIANO BABAHOYO ANULACION DE CHEQUE Se comunica al público que, de conformidad con el artículo 27 de la ley de cheques, de no presentarse anulación dentro de los ocho días siguientes a la última publicación de este aviso, se declarara sin efecto la solicitud del girador el cheque No. 60-61, 107, 112-116, 132-133, sin valor de la cuenta corriente No. 2055028376 a favor IBIS IVONNE MANZO CASTRO.

BANCO BOLIVARIANO BABAHOYO ANULACION DE CHEQUE Se comunica al público que, de conformidad con el artículo 27 de la ley de cheques, de no presentarse anulación dentro de los ocho días siguientes a la última publicación de este aviso, se declarara sin efecto la solicitud del girador el cheque No. 4091, sin valor de la cuenta corriente No. 2055022554 a favor NAHIN FABRICIO MURILLO ESPINOZA.

BANCO BOLIVARIANO BUENA FE ANULACION DE CHEQUE Se comunica al público que, de conformidad con el artículo 27 de la ley de cheques, de no presentarse anulación dentro de los ocho días siguientes a la última publicación de este aviso, se declarara sin efecto la solicitud del girador el cheque No. 704, sin valor de la cuenta corriente No. 2035017725 a favor JOSELO IGNACIO LLERENA ALTAMIRANO.


GLOBAL 10

Las oenegés activan la respuesta humanitaria tras el terremoto de Colombia y advierten de riesgos en niños. MADRID Las oenegés World Vision, Save the Children y Acción contra el Hambre han activado sus comités de emergencia y dispositivos de respuesta humanitaria para evaluar los daños y atender a la población tras el terremoto de 7,4 grados de magnitud registrado en Colombia y han alertado de que la infancia queda “en riesgo extremo” tras esta situación. El temblor, cuyo epicentro se ha situado en el municipio de San José del Palmar, en el departamento del Chocó, en la costa Pacífica del país, ha dejado al menos 169 muertos y más de 660 heridos, según el balance provisional ofrecido por la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales). Se trata del seísmo más fuerte de la última década ocurrido en el país. En este sentido, World Vision ha activado su comité de emergencias para evaluar la situación. Según los reportes preliminares recopilados por la entidad, los daños más severos se concentran en Cali, Quibdó --capital del departamento del Chocó-- y en el aeropuerto de Pereira, donde se han registrado heridos. “El sismo nos sacudió temprano en la mañana. Algunas personas iban camino al trabajo, pero a otras las sorprendió en sus casas”, ha afirmado el gerente de Seguridad Corporativa de World Vision en Colombia, Raúl Rodríguez.

Asimismo, la organización ha alertado de que en Cali varias localidades permanecen sin servicio eléctrico ni agua, mientras que los sistemas de comunicación están colapsados y saturados. El seísmo, que se ha registrado a una profundidad de 88 kilómetros, se ha percibido también en Ecuador y Panamá, cuya capital ha suspendido de forma preventiva el servicio de metro, y ha generado al menos dos réplicas de 2,8 y 4,8 grados en la escala Richter. Rodríguez ha explicado que permanecen “en permanente comunicación” con las regiones en las que operan para confirmar el estado de sus colaboradores y valorar las afectaciones en las comunidades, un aspecto en el que el director binacional de la oenegé para Colombia y Venezuela, Peter Gape, ha reafirmado la prioridad de responder a las necesidades que puedan surgir en materia de protección de la infancia. “Como organización comprometida con la infancia, estamos monitoreando la situación y preparados para evaluar y responder a las necesidades que puedan surgir”, ha afirmado Gape, al tiempo que ha añadido que en este momento la prioridad es confirmar que los colaboradores se encuentren bien y valorar el alcance de las afectaciones en las comunidades donde operan.

Efectos para la infancia

Save the Children ha advertido

DESTRUCCIÓN. Los efectos del terremoto en Cali. EP

EL DATO El Gobierno de Estados Unidos ha anunciado la llegada a Colombia de un equipo de respuesta a desastres. de que los niños han quedado en una “situación de riesgo extremo” tras la destrucción generalizada registrada en la región del Pacífico. La oenegé ha expresado su preocupación por el derrumbe de viviendas, así como por la evacuación de colegios y centros sanitarios que han sufrido graves daños estructurales, interrumpiendo el acceso de la infancia a la educación y a la atención médica. “Aunque aún se está evaluando el alcance total de los daños, sabemos que los terremotos pueden tener un impacto devastador en la infancia. Es un acontecimiento inesperado, que hacen que niños y niñas puedan enfrentarse a mayores riesgos para su seguridad, su bienestar y su acceso a servicios esenciales. Las comunidades se enfrentan actualmente a la desestabilización y la incertidumbre”, ha expresado la directora nacional de Save the Children en Colombia, María Mercedes Liévano. La oenegé ha indicado asimismo que los cortes de electricidad y las interrupciones en las comunicaciones dificultan las evaluaciones en las zonas más afectadas y ha confirmado su disposición para movilizar ayuda urgente de rescate y asistencia para las familias. En paralelo, Acción contra el Hambre ha activado a 15 profesionales en el departamento del Chocó y se ha integrado en el Puesto de Mando Unificado liderado por la Presidencia de la República para coordinar la asistencia con las autoridades nacionales, según han informado en un comunicado. La responsable de operaciones de la entidad para América Latina y Filipinas, Benedetta

Lettera, ha precisado que el despliegue inicial se centrará en Quibdó y sus áreas rurales contiguas, donde se concentra un elevado número de heridos y donde las dificultades de acceso aún impiden conocer el “verdadero alcance” del terremoto “Nuestros equipos ya están activados sobre el terreno y trabajan estrechamente con las autoridades para identificar las necesidades más urgentes y determinar dónde debemos intervenir primero. Contamos con personal y suministros preparados para responder, pero es esencial coordinarnos con el resto de los actores para que la ayuda llegue allí donde sea más necesaria”, ha explicado Lettera. Para hacer frente a las ne-

cesidades inmediatas, Acción contra el Hambre dispone en la zona de 772 kits de higiene, 470 sistemas familiares de filtración de agua, una planta potabilizadora con capacidad para atender a 2.000 personas, 324 paquetes de alimentos, 200 kits de alojamiento temporal y capacidad para otorgar hasta 550 transferencias monetarias a las familias afectadas. La organización ha mostrado asimismo su preocupación por la alta presión que sufre la red hospitalaria y la falta de agua potable en los municipios afectados, así como ha subrayado la “necesidad de proporcionar alojamiento temporal” a quienes han perdido sus viviendas o no pueden regresar a ellas. EUROPA PRESS

EXTRACTO CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA (S) FUENTE (S) SIN NOMBRE - VERTIENTE/ MANANTIAL UBICADA EN JAMANCO FINCA SR. OSWALDO CORO, PARROQUIA PAPALLACTA, CANTÓN QUIJOS, PROVINCIA DE NAPO, EL AGUA SERÁ UTILIZADA PARA USO Y/O APROVECHAMIENTO CONSUMO HUMANO. ACTOR(ES): ZAMBRANO GONZALEZ ADITA LETICIA MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, DIRECCIÓN ZONAL 8. Proceso Administrativo Nro. DZ08-DZ08-2025-00009-AUAA. Fecha 14-08-2025 A las 16:54. VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado. Ministerio de Ambiente y Energía. En lo principal: Agréguese al expediente los documentos referentes a la Solicitud de Autorización de Uso y/o Aprovechamiento de Agua, presentada por ZAMBRANO GONZALEZ ADITA LETICIA de 2025-08-14 16:54:28.872, en el mismo que solicita la Autorización de CONSUMO HUMANO, provenientes de la fuente, SIN NOMBRE-VERTIENTE/MANANTIAL ubicada en JAMANCO FINCA SR. OSWALDO CORO, parroquia PAPALLACTA, cantón QUIJOS, provincia de NAPO. Con estos antecedentes en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado, se DISPONE: 1.- Aceptar a trámite la solicitud de Autorización de Uso y/o Aprovechamiento de Agua CONSUMO HUMANO, por haberse emitido el Certificado de Disponibilidad de Agua – CDA, en cumplimiento con Art. 23 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua y en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General Aplicación a la ley, por lo expuesto se dispone el cumplimiento de las siguientes diligencias. 2.-Notifíquese a los señores Sin Servidumbre, en su domicilio señalado en la petición inicial; y a los usuarios desconocidos y presuntos mediante la fijación de carteles que contendrán un extracto de la solicitud y ésta providencia, los que permanecerán expuestos por diez días consecutivos en los parajes más concurridos JAMANCO FINCA SR. OSWALDO CORO - PAPALLACTA QUIJOSNAPO, mediante comisión que le imparte al señor Teniente Político de la parroquia PAPALLACTA, anunciar por la prensa tres publicaciones consecutivas. 3.- Finalizado el plazo de publicidad, se contarán diez días para que se puedan presentar adhesiones, oposiciones o proyectos alternativos en sobre cerrado, cumpliendo los mismos requisitos fijados en el numeral 1 del Art. 107 (procedimiento general). 4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 212 del Código Orgánico Administrativo. 5.- Luego de cumplidas estas diligencias se designará un analista técnico/perito, quien realizará la inspección de rigor y emitirá su informe en atención a lo solicitado. 6.-Téngase en cuenta Casillero Judicial 0, correo electrónico aleticiazambrano@ hotmail.com señalados para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su abogado defensor de ser el caso ZAMBRANO GONZALEZ ADITA LETICIA NOTIFIQUESE. – DIRECTOR/A ZONAL

DIRECCIÓN ZONAL 8

001-0056-0772

Colombia: se activa respuesta humanitaria tras terremoto

I LOS RÍOS | MIÉRCOLES 12/AGOSTO/2026


GLOBAL

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LOS RÍOS| MIÉRCOLES 12/AGOSTO/2026 I

Venezuela e Israel restablecerán relaciones Venezuela e Israel acuerdan restablecer las relaciones consulares tras años de ruptura diplomática

MADRID. Los gobiernos de Venezuela e Israel han anunciado que pondrán en marcha un mecanismo para restablecer las relaciones consulares tras la visita de una delegación israelí a territorio venelozano con

motivo del doblete sísmico registrado a finales de junio, poniendo fin así a la ruptura de lazos diplomáticos desde 2009. “Los dos países acuerdan establecer un mecanismo de coordinación que permita la prestación de servicios consulares a sus respectivos ciudadanos residentes en el otro país, según sea necesario”, ha informado la cartera de Exteriores venezolana en un comunicado. Puente de amistad Asimismo, ha resaltado que “ambos gobiernos re-

DIPLOMACIA. La encargada del poder en Venezuela, Delcy Rodríguez. EP

conocen la importancia del vínculo” entre Israel y “la comunidad judía residente en Venezuela”, lo que “constituye un importante puente de amistad histórico entre

ambos países”. Las partes también han acordado “permitir la continuidad de la cooperación técnica bilateral derivada de los esfuerzos de emer-

gencia y recuperación tras el doble terremoto” de 7,2 y 7.5 registrado el pasado 24 de junio en el norte del país, que ha dejado 6.301 personas muertas. El ministro de Exteriores israelí, Gideon Saar, ha aplaudido en redes sociales que esta medida permita “crear un canal de coordinación oficial entre Israel y Venezuela, que no mantienen relaciones diplomáticas entre sí desde el año 2009”. “Como se recordará, una misión de ayuda partió hacia Venezuela tras los terremotos ocurridos allí el 24 de junio. La misión fue liderada por el Ministerio de Exteriores y el Mando de Retaguardia, y brindó asistencia profesional a los esfuerzos de emergencia y rehabilitación en el país”, ha recordado. (EUROPA PRESS)

AVISO DE REMATE EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL Cadena Ecuatoriana de Televisión C.A. CANAL 10 (C.E.T.V.) –TC TELEVISIÓN- efectuará un remate de bienes muebles, en el estado en que se encuentran, en la ciudad de Guayaquil, el día viernes 21 de agosto de 2026 a las 10h30am en la Av. de las Américas y Calle Abel Romeo Castillo, Ciudadela Adace, Solar No. 4. Fecha y Lugar de exhibición de los bienes: En la ciudad de Guayaquil: Patios de TC Televisión - Av. de las Américas, Solar 4 frente al Centro de Convenciones, el lunes 17 de agosto de 2026 y martes 18 de agosto de 2026 en el siguiente horario: De 10:00am hasta las 16:00pm. Nro

PLACA

TIPO

COLOR

MARCA

MODELO

AÑO

ESTADO

PRECIO

1

GSE2665

CAMIONETA CABINA DOBLE

PLATEADO

CHEVROLET

LUV D-MAX 3.0L DIESEL CD TM 4X2

2012

NO OPERATIVO

$ 5,000.00 más IVA

2

GSE2615

CAMIONETA CABINA DOBLE

PLOMO

CHEVROLET

LUV D-MAX 3.0L DIESEL CD TM 4X2

2012

NO OPERATIVO

$ 5,000.00 más IVA

3

GSE2678

CAMIONETA CABINA DOBLE

PLATEADO

CHEVROLET

LUV D-MAX 3.0L DIESEL CD TM 4X2

2012

OPERATIVO

$ 5,000.00 más IVA

4

GPW0954

CAMIONETA CABINA DOBLE

PLOMO

CHEVROLET

LUV D-MAX C/C DIESEL 4X2 T/M

2007

NO OPERATIVO

$ 3,000.00 más IVA

5

GRW7090

CAMIONETA CABINA DOBLE

CREMA

TOYOTA

CET HILUX 4X2 CD NO AA DIESEL

2010

NO OPERATIVO

$ 3,500.00 más IVA

6

GPF0452

CAMIONETA CABINA DOBLE

CREMA

TOYOTA

HILUX 4X2 CD AA DIESEL

2007

OPERATIVO

$ 5,000.00 más IVA

7

GRQ-0121

CAMIONETA CABINA DOBLE

AZUL

MAZDA

BT-50 CD 4X2 STD CRD 2.5

2009

NO OPERATIVO

$ 5,000.00 más IVA

8

PCA8503

JEEP

CAFÉ

HYUNDAI

VERACRUZ EJ 7P 4X2 3.8 TA

2012

OPERATIVO

$ 7,000.00 más IVA

9

GNW0725

BUS

VINO

MITSUBISHI

BUSETA ROSA 30 PASAJEROS

2005

NO OPERATIVO

$ 2,500.00 más IVA

10

PCI1639

FURGONETA

BLANCO

VOLKSWAGEN

CRAFTER 30 TDI 2ED0F5 AC 2.0 5P

2014

NO OPERATIVO

$ 2,000.00 más IVA

11

GMH0128

FURGONETA

BLANCO

MERCEDES BENZ

SPRINTER313 CDI FURGON

2003

NO OPERATIVO

$ 2,500.00 más IVA

12

GHM0412

FURGON

BLANCO

HINO

FB 112 SA

1991

NO OPERATIVO

$ 3,000.00 más IVA

13

-

REMOLQUE

-

SKYLINE ALJO

-

2016

NO OPERATIVO

$ 1,000.00 más IVA

Fecha y Lugar de exhibición de los bienes en la ciudad de Quito: Patios de TC Televisión de la ciudad de Quito, ubicados en Ruiz de Castilla y Murgeón, el lunes 17 de agosto de 2026 y martes 18 de agosto de 2026 en el siguiente horario: De 10:00am hasta las 16:00pm. Nro PLACA

TIPO

COLOR

MARCA

MODELO

AÑO

ESTADO

PRECIO

14

PFU0099 CAMIONETA CABINA DOBLE PLATEADO

MAZDA

B2600 DOBLE CABINA

2003

OPERATIVO $ 5,000.00 más IVA

15

PBI5964 CAMIONETA CABINA DOBLE

MAZDA

BT-50 CD 4X2 STD CRD 2.5

2010

OPERATIVO $ 7,000.00 más IVA

BLANCO

Estado de los bienes: Se rematarán en el estado en que se encuentran en la fecha del remate. Procedimiento: SOBRE CERRADO. LA OFERTA PODRÁ SER PRESENTADA POR CADA VEHÍCULO O POR TODO EL LOTE DE VEHÍCULOS. Formas de pago: Por transferencia bancaria. No se aceptarán cheques. Consultas sobre vehículos de la ciudad de Guayaquil: Luis Ferigra, correo electrónico: lferigra@tctelevision.com Consultas sobre vehículos de la ciudad de Quito: Santiago Andino, correo electrónico: sandino@tctelevision.com


MIÉRCOLES, 12 DE AGOSTO DE 2026 La Hora QUITO, ECUADOR

ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

http//www.derechoecuador.com

CAUSAS DE EXCEPCIONES A LA COACTIVA EN ECUADOR

C1

CONSULTA LABORAL ¿Cuándo caben las medidas cautelares en la etapa de ejecución?

RESPUESTA

EN LA WEB derechoecuador.com Jaqueline de la Torre Andrade Luis Pallares

1.- Contexto Histórico Para entender la coactiva, es fundamental conocer de dónde viene y quiénes participan en ella. Históricamente, en el Derecho Romano, el acreedor podía perseguir físicamente al deudor, llegando a disponer de su vida o libertad para cobrar una deuda. Esta extrema severidad generó un profundo malestar social, lo que llevó a la expedición de la “lex poetelia papiria” en el año 441, la cual cambió el enfoque para

que la persecución se dirigiera contra el patrimonio del deudor (“pignoris capio”) y no contra su persona. Con el tiempo, el Estado asumió el rol de acreedor exclusivo en el ámbito público usando su poder de “imperium” (potestad de hacer cumplir sus órdenes mediante la fuerza pública), influenciado posteriormente por la estructuración del Derecho Francés a través del Código Napoleónico. En la actualidad, este mecanismo responde a una necesidad del Estado ecuatoriano debido a un problema estructural: la acumulación

de cartera vencida. Los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs), así como diversas entidades y empresas públicas, requieren liquidez frente al incumplimiento en el pago de tasas, contribuciones y servicios esenciales. La falta de recuperación oportuna de estos valores no solo restringe la capacidad de inversión estatal, sino que afecta directamente la sostenibilidad fiscal y la legitimidad de la administración pública frente a los ciudadanos. Para comprender cómo funciona este procedimiento, es necesario dominar los siguientes conceptos jurídicos esenciales: Administración Pública:

Es el sistema estatal encargado de gestionar el interés colectivo mediante reglas claras y competencias legales, buscando garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos. Administrado: Es el ciudadano (persona natural o jurídica) que interactúa con el Estado y al que se le reconoce como “persona interesada” cuando interviene en un proceso para defender sus derechos e intereses. Seguridad Jurídica: Es la certeza que tiene el ciudadano de que la ley se aplicará de forma justa, predecible y sin arbitrariedades. Buena Administración: Es el derecho a recibir una

El Art.594 del Código del Trabajo dispone: “La prohibición, el secuestro, la retención, el arraigo, podrán solicitarse con sentencia condenatoria, así no estuviere ejecutoriada”. El Art. 363.1 del COGEP, establece que son títulos de ejecución, la sentencia ejecutoriada. Las medidas cautelares en materia laboral, solo proceden en el caso previsto en el Art.594 del Código del Trabajo. Cuando existe sentencia ejecutoriada, ya no es necesario dictar medidas cautelares, sino entrar directamente en la etapa de ejecución, en la cual, si no se ha dado cumplimiento a lo ordenado en el mandamiento de ejecución se procederá al embargo de bienes o derechos. Por lo tanto, cuando existe sentencia ejecutoriada, lo que procede es entrar a la etapa de ejecución en la que no son necesarias las medidas cautelares, sino de ejecución. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

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QUITO

REVISTA JUDICIAL 02 P QUITO | MIÉRCOLES 12/AGOSTO/2026

2. El Proceso Coactivo y el Derecho a la Defensa El Proceso Coactivo Administrativo es una herramienta o “potestad exorbitante” del Estado que le permite cobrar deudas, impuestos, multas o servicios de manera forzada sin necesidad de acudir previamente ante un juez. Se fundamenta en la autotutela, que es la presunción de que los actos del Estado son legítimos y pueden ejecutarse por sí mismos. No obstante, esta facultad es estrictamente administrativa (no jurisdiccional) y siempre está sujeta al control judicial posterior para evitar abusos. La ejecución recae sobre el funcionario ejecutor (denominado por costumbre “Juez de Coactiva”), aunque ese nombre no lo convierte en integrante de la Función Judicial. Frente al poder coactivo estatal, el ciudadano cuenta con una herramienta legal exclusiva para defenderse: Las Excepciones. Al TÍTULO EXTRAVIADO

Quito, 12 de agosto de 2026

Reglas procesales clave para la presentación de excepciones: El actor cuenta con un término preclusivo e improrrogable de 20 días hábiles para interponer la demanda ante el Tribunal Contencioso Administrativo, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de la orden de pago inmediato (Art. 158 COA y Art. 315 COGEP). Para lograr la suspensión temporal del procedimiento coactivo, el deudor debe realizar obligatoriamente una consignación equivalente al 10% del total de la deuda exigida, valor que incluye intereses y costas (Art. 317 COGEP). Dicho requisito es ineludible incluso si la excepción planteada alega prescripción de la acción o falsificación de documentos.

Si el deudor presenta sus excepciones sin adjuntar la prueba de haber realizado la consignación, el proceso de embargo y ejecuciones continuará su marcha sin suspensión alguna. El cumplimiento de esta consignación procesal no representa, en ningún caso, la cancelación o el pago total de la deuda. 3. Cuadro de las Causales de Excepción El Código Orgánico Administrativo (COA) y el Código Orgánico General de Procesos (COGEP) enumeran las causales mediante las cuales el ejecutado puede oponerse al cobro 4. Causales de Excepción A continuación, se examinan a las causales que el deudor puede invocar en el procedimiento: 4.1. Incompetencia del órgano ejecutor, la competencia es la medida en que la Constitución y la ley habilitan a un órgano para actuar por razón de materia, territorio, tiempo y grado (Art. 65 COA). La facultad coactiva no se autoasigna; la otorga la

Quito 7 de agosto de 2026 SEÑORES: PRESIDENTES DE LOS CLUBS JURIDICOS PRESENTE:

Dolo, negligencia EXTENCIÓN DE DOMINIO error COMOyINSTITUCIÓN inexcusable AUTÓNOMA

CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES LIGA DEPORTIVA BARRIAL Y CULTURAL “NUEVOS HORIZONTES DEL SUR #1” La liga deportiva barrial y cultural nuevos horizontes del sur #1, con Acuerdo Ministerial N°0549 de fecha 9 de noviembre del 2015, , realiza la SEGUNDA CONVOCATORIA, a los clubs jurídicos a la Asamblea extraordinaria de Elecciones del nuevo Directorio de la liga para el periodo 2026-2030, a llevarse a cabo el día sábado 29 de agosto del 2026 a partir de las 16:00 (4:00 p.m.), en la sede social de La Liga Deportiva Barrial nuevos horizontes del sur #1 ubicada en la calle S40 y Calle E8B, Sector barrio nuevos horizontes del sur #1, para tratar el siguiente orden del día: 1. 2.

Análisis jurídico sobre la extinción de dominio como una institución autónoma, independiente de la nulidad civil, destinada a impedir la circulación y conservación de bienes de origen o destinación ilícita. 001-006-0870

Queda anulado el titulo de la compañía HOSPITAL DE LOS VALLES S.A. No. 2986 No. de acciones: 1 Propietario: LASTENIA MARIA APOLO TINOCO El título detallado será anulado de no presentarse reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados.

presentar oportunamente una demanda de excepciones ante los Tribunales Distritales de lo Contencioso Administrativo, el deudor puede oponerse al cobro forzoso y proteger sus derechos mientras se resuelve el conflicto en la vía judicial.

(pago, compensación, etc.), siendo la prescripción la más habitual. En el ámbito tributario la prescripción es de 5 años (7 si no hubo declaración), mientras que las infracciones en el COA prescriben en 1, 3 o 5 años según su gravedad. Dado que la administración pública carece de competencia en el tiempo para cobrar deudas prescritas, los jueces pueden declararla e incluso la autoridad administrativa puede aplicar la caducidad-prescripción mediante autotutela. 4.4. No ser deudor ni responsable de la obligación exigida Permite impugnar un cobro cuando se exige el pago a una persona física o jurídica a la que no le corresponde la deuda por carecer de relación directa, representación legal o responsabilidad solidaria justificada. Esta causal evita embargos indebidos sobre personas ajenas al crédito y abarca también los casos en que se demuestra que la pretensión de cobro se fundamenta en documentos falsos. 4.5. Reclamo o recurso administrativo pendiente El COA (Art. 269) permite al deudor presentar un reclamo contra el título de crédito por falta de requisitos formales o por falta de derecho del Estado para emitirlo. Mientras este reclamo o recurso se encuentre en trámite, la administración no puede iniciar la ejecución forzosa ni dictar medidas

Lee el artículo completo en derechoecuador.com

3.

Constatación de Quórum; Elección del nuevo directorio de Liga Deportiva Barrial Nuevos Horizontes del Sur #1, para el periodo 2026-2030, Cierre de sesión. Particular que ponemos en su conocimiento para los fines consiguientes.

Nota: En caso de no existir el Quorum reglamentario para la instalación de la Asamblea, la misma se realizará 30 minutos después de la hora señalada de acuerdo al Artículo 17 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación

001-006-0869

gestión gubernamental eficiente y orientada siempre al bien común. Término: Son los plazos legales establecidos para realizar actos procesales, los cuales son obligatorios, máximos y se contabilizan estrictamente en días hábiles.

ley (principalmente el COA y el Código Tributario). Si el funcionario o la institución carecen de esta potestad legal o si la facultad ha caducado por el paso del tiempo (Art. 261 COA), el acto es nulo y el título de crédito debe darse de baja. 4.2. Ilegitimidad de personería del ejecutado o su representante, esta excepción ataca la falta de capacidad legal o de representación de la parte ejecutada, impidiendo la formación de una relación procesal válida. Proviene de dos fuentes: Falta de capacidad procesal (legitimidad ad causam): Incapacidad para hacer valer los derechos en el proceso. Defecto o insuficiencia de representación (legitimidad ad procesum): Falta de poder para comparecer a juicio en nombre de otro. Aplica si se demanda a una persona errónea, si se cita a un menor de edad sin sus padres, o si se cita a un ciudadano como representante de una empresa que ya se encontraba en liquidación y donde él ya no ejercía dicha representación. 4.3. Inexistencia o extinción de la obligación Inexistencia: Procede cuando se cobra una deuda que no ha nacido a la vida jurídica, que requiere declaración judicial previa, o cuando el acto sancionador que la originó ya fue anulado en vía judicial. Extinción (Prescripción): Ocurre cuando la deuda se extingue por los modos del Código Civil


03 REVISTA JUDICIAL QUITO | MIÉRCOLES 12/AGOSTO/2026 P

hecho y sujeto. 4.9. Nulidad del auto de pago o del procedimiento Funciona como la vía procedimental para corregir omisiones de solemnidades sustanciales, falta de requisitos formales, quebrantamientos en las normas de emisión o falsificaciones en el título de crédito que dejan en indefensión al coactivado. De acuerdo con el Art. 320 del COGEP, esta causal es catalogada como una “acción de impugnación” y debe tramitarse mediante procedimiento ordinario, a diferencia de las demás causales de excepciones que se sustancian por vía sumaria. Conclusiones El procedimiento coactivo administrativo, representa la manifestación del poder público para garantizar la recaudación de recursos necesarios para el funcionamiento del Estado y la prestación de servicios esenciales. Sin embargo, la autotutela ejecutiva no es irrestricta ni absoluta; su validez depende del estricto apego a los principios de legalidad, debido proceso, seguridad jurídica y tutela judicial efectiva. Las excepciones a la coactiva consagradas en el COA y en el COGEP operan como un contrapeso indispensable frente al ejercicio del poder estatal. Permiten al ciudadano oponerse ante la justicia contencioso-administrativa cuando la Administración Pública incurre en vicios de competencia, irregularidades en la notificación, cobro de deudas prescritas o inexistentes, o transgresiones en la emisión de los títulos de crédito. En última

instancia, la correcta sustanciación de estas defensas asegura un equilibrio entre la necesidad de recaudación fiscal del Estado y la protección ineludible de los derechos fundamentales del administrado. 6. Bibliografía Dromi, R. (2000). El procedimiento administrativo. Ediciones Astrea. García de Enterría, E., & Fernández, T. R. (2006). Curso de Derecho Administrativo. Thomson Reuters. Gordillo Cevallos, D. P. (2023). Medidas cautelares en el proceso coactivo tributario en Ecuador. Universidad y Sociedad, 15(S3), 704-712. Granda Aguilar, V. M. (2026). Derecho procesal administrativo ecuatoriano I: Fundamentos y contenidos. Universidad Andina Simón Bolívar. Guerrero, F. (2022). Procedimientos Administrativos. Editorial Cevallos. Guerrero Sánchez, G. E.

(2023). La jurisdicción coactiva y los derechos del deudor. Guayaquil. Moreta, A. (2022). El Juicio de Excepciones a la Coactiva (EBOOK). Legalité. Moreta, A. (2023). Derecho administrativo ecuatoriano. Legalité. Oyarte, R. (2016). Debido proceso. Corporación de Estudios y Publicaciones (CEP). Rivero Ortega, R. (2017). Derecho Administrativo. Corporación Editora Nacional. Santofimio Gamboa, J. O. (2017). Compendio de Derecho Administrativo. Universidad Externado de Colombia. Vinueza Vargas, J. R. (2024). El derecho a la defensa en los procedimientos de coactiva en la legislación ecuatoriana. UMET. Yannuzzelli Gomez, K. Y. (2025). El control de legalidad en los procesos de excepción a la coactiva según el COA. Guayaquil, Ecuador.

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA EXTRACTORA ATAHUALPA EXTRACATA S.A. EN LIQUIDACIÓN. De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías, el estatuto social y el Reglamento sobre Juntas Generales de Sociedades emitido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, se convoca a los señores accionistas de la COMPAÑÍA EXTRACTORA ATAHUALPA EXTRACATA S.A. EN LIQUIDACIÓN, a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo el día miercoles 02 de septiembre de 2026, a las 10h00, de forma presencial y telemática como la compañía ya no cuenta con un local la misma se efectuara en la Provincia de Pichincha, Cantón Quito, Calle Diego de Almagro y Orellana, Circulo Militar Salón de Honor de acuerdo a solicitud y propuesta de los socios. Cabe mencionar que la convocatoria efectuada el dia 28 de julio y publicada en el periodico la Hora queda insubsistente. Con el siguiente orden del día: 1. Constatación del quórum e instalación de la junta. 2. Conocimiento del Balance Incial de Liquidación aprobado por parte de la Superintendencia de Compañias. 3. Aprobación para la venta del activo de la compañia 4. Lectura y aprobación del acta. Nota: •

Se solicita a las y los accionistas confirmar por escrito o enviar al email: roberth_torres@yahoo.com , su asistencia vía telemática (Google Meet) Vínculo a la videollamada: https://meet.google.com/zsu-cvwc-aov

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Las y los accionistas que asistan telemáticamente, el procedimiento de votación será el siguiente. Previa la consulta por secretaria, el accionista deberá emitir su voto el mismo que será registrado en el listado de accionistas que asistan telemáticamente. Los accionistas que asistan a la Junta General, de manera telemática, emitirán su voto en cada uno de los puntos al siguiente correo electrónico: roberth_torres@yahoo.com; no obstante, si algún accionista no envía su correo electrónico confirmatorio al secretario de la junta, el sentido de su votación podrá ser justificado mediante cualquier otro medio probatorio lícito, incluyendo la correspondiente grabación de la reunión. Los accionistas que deseen incluir o corregir puntos en el orden del día, pueden hacerlo conforme lo establece la ley de compañías y el reglamento de Juntas generales. Se informa y se comunica a los y las accionistas, la documentación que sustenta y justifica los puntos a tratar en la presente Junta, se enviaran a todos los accionistas el 10 de agosto de 2026; además se adjuntarán en el correo electrónico. El accionista que decida asistir mediante representación de un tercero deberá notificar por escrito su decisión al siguiente correo electrónico: roberth_torres@yahoo .com

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Quito, 12 de agosto de 2026 Atentamente: Mgtr. Roberth Torres REPRESENTANTE LEGAL

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cautelares. Con ello se evita ejecutar un valor cuya legalidad aún se está discutiendo en la propia sede administrativa. 4.6. Facilidades de pago en trámite o vigentes Es una protección para el deudor de buena fe que busca cumplir mediante pagos fraccionados. No procede el cobro si la solicitud de facilidades está en trámite, si los plazos no han vencido o si se está al día en las cuotas. Sin embargo, la excepción no se puede invocar si la administración ya negó la solicitud justificadamente (lo que constituiría abuso del derecho) o si el deudor incumplió los dividendos acordados, caso en el cual el Estado recupera de inmediato su potestad ejecutora. 4.7. Eficacia suspendida del acto administrativo Para que la coactiva proceda, la obligación debe ser actualmente exigible. Si los efectos del acto administrativo dependen de un acontecimiento futuro o si sus efectos están paralizados debido a una medida cautelar, resolución judicial o recurso de apelación pendiente (como ocurre con las sanciones en vía administrativa según los Arts. 218 y 260 del COA), el acto carece de ejecutoriedad y la coactiva se vuelve ilegal. 4.8. Duplicación de títulos Diseñada para evitar el doble cobro de una misma obligación a una misma persona y prevenir un enriquecimiento ilícito del Estado, respetando el principio non bis in idem. Se configura si la administración exige una deuda que ya fue pagada en un proceso anterior o si emite simultáneamente dos o más títulos sobre un mismo

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MIÉRCOLES 12 DE AGOSTO DE 2026

Los Ríos

Eclipse total en los pueblos mágicos de España El eclipse total de sol de este 12 de agosto de 2026 será visible en 68 municipios pertenecientes a los Pueblos Mágicos de España, distribuidos en las autonomías de Galicia, Asturias, Cantabria, Castilla y León, País Vasco, La Rioja, Navarra, Aragón, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Cataluña y Baleares. EUROPA PRESS

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