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Loja, Viernes 04 Septiembre 2026

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@ lojalahora lojalahora

VIERNES 04 DE SEPTIEMBRE DE 2026

Loja - Zamora

Ineficiencia estatal cuesta $1.200 millones al año Permisos interminables, trámites duplicados y reglas ambiguas asfixian al sector productivo. Un estudio revela que la ineficiencia del Estado le cuesta a Ecuador $1.200 millones anuales en productividad perdida, convirtiendo a la burocracia en el principal freno económico del país. 8

CIUDAD

Cerro Zañe: el refugio natural para los amantes de la aventura 3

POLÍTICA

Ser sede de inteligencia: ¿beneficio o riesgo? 6

CRONOS

CIUDAD

94%

91%

90%

Visión y Distribución de Pase.

Control de Juego y Ritmo.

Toma de Decisiones / Inteligencia.

PAÍS

Licencia de maternidad traba reforma Código de la Niñez 7

Loja exige puntualidad a los buses urbanos 5 GLOBAL

El millonario fichaje de Enzo Fernández 9

84%

81%

74%

Capacidad Física y Despliegue.

Tiro de Media/Larga Distancia.

Velocidad / Aceleración Pura.

De la Espriella hace su primer cambio en el Gobierno 12

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.

ANTONIO RICAURTE @AntonioRicuarte

Animales que la gente relaciona con los candidatos a la Alcaldía

U

n grupo focal sobre la realidad de Quito y las próximas elecciones para la Alcaldía se llevó a cabo con 30 personas del centro, sur y norte de Quito. Se les pidió a los integrantes que identificaran y argumentaran con qué animal relacionan a los tres candidatos más opcionados para ganar la Alcaldía de Quito: Pabel Muñoz, Jorge Yunda y Wilson Merino. Este fue el resultado: 1. Pabel Muñoz Oso perezoso, oso panda y borrego. La identificación con el oso perezoso y el panda tiene que ver con el poco trabajo que perciben en la ciudad, con la lentitud de las obras, con los trámites burocráticos interminables en el Municipio y con la falta de agilidad para sacar permisos de obras, construcciones y negocios. A Pabel Muñoz se lo percibe lento, cansado y apagado. También se lo relaciona con un borrego porque a los correístas se los asocia con ese animal. 2. Jorge Yunda Se lo relaciona con un cuy, un puercoespín y un roedor. Para la gente del estudio es un cuy por su origen andino y un puercoespín por las características de su cabello. Yunda se ha empeñado en identificarse con el sector más popular de Quito: por eso juega vóley — deporte popular—, cuenta chistes en sectores populares y come en tarrina. El problema es que, con esas características físicas y esa forma de actuar, se queda en un nicho electoral popular de alrededor del 19% de intención de voto, insuficiente para ganar la Alcaldía. No hace nada para ampliar su votación. También se lo relaciona con un roedor por su pasado como exalcalde envuelto en escándalos y controversias. 3. Wilson Merino Se lo relaciona con una lagartija y con un conejo. La lagartija se debe a su físico delgado y a sus bailes descoordinados. El conejo, también a sus características físicas: es un personaje blanco, de clase media alta de Quito. Merino todavía no tiene mucho conocimiento entre la gente y no es fácil que lo relacionen con un animal. 4. El resto de candidatos no existen para la gente y es difícil que los encuestados los relacionen con un animal.

WELLINGTON TOAPANTA wtoyos@gmail.com

Serrano acumularía penas

H

ace siete días reingresó al país, cabizbajo y esposado, quien fue ministro de Trabajo, subsecretario de Minas, secretario de Transparencia, ministro de Justicia, ministro del Interior, presidente de la

QUITO Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Franklin Maldonado Publicidad: mcarrion@lahora.com.ec Año: XXVIII

Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

OPINIÓN 02 O LOJA | VIERNES 04/SEPTIEMBRE/2026

EDITORIAL

EDUARDO F. NARANJO C.

Sin empleos para el futuro

E

l 87% de los empleos del futuro no exigirá título universitario, advirtieron tres investigadores de Harvard al Fondo Monetario Internacional. Entonces, ¿para qué mercado laboral estamos educando a nuestros jóvenes? El sistema educativo aún plantea una ruta tradicional: terminar el colegio, obtener un título y encontrar un empleo relacionado. Pero ese mercado laboral agoniza y, en pocos años, será irreconocible. Ecuador aún se enfoca en formar para puestos insuficientes, mientras faltan competencias técnicas, vocacionales y prácticas. Apenas el 36,6% de la población económicamente activa en Ecuador tiene empleo adecuado y solo 11 de cada 100 trabajadores se emplean en la industria y manufactura. La manufactura seguirá siendo indispensable, pero ya no será el gran generador de empleo que fue en el siglo XX. El Gobierno debe ajustar su estrategia. El desafío es elevar la produc-

Asamblea Nacional, entre 2006 y 2018, José Ricardo Serrano Salgado, ahora imputado como autor intelectual del asesinato del 9 de agosto de 2025 contra el entonces aspirante presidencial Fernando Villavicencio y otras causas. El caso Magnicidio FV que se procesa contra Serrano Salgado de 55 años y otros, es uno de los que tiene en línea con elementos de convicción, si lo condenan el indiciado recobraría su libertad a los 95 años de edad, por acu-

tividad de los sectores donde trabaja la mayoría: servicios, comercio, agricultura, construcción, turismo y pequeñas empresas. Y la respuesta tiene dos vías. La primera es educativa. Ecuador necesita acercar el bachillerato al mundo real del trabajo mediante formación técnica, vocacional y dual, competencias digitales, idiomas, emprendimiento y capacidad para resolver problemas. La segunda vía es laboral y productiva. No sirve formar jóvenes para incorporarse al mundo productivo si el régimen laboral dificulta y encarece la contratación. Asimismo, debe elevar la productividad de pequeñas y medianas empresas con tecnología, capacitación, acceso a mercados y financiamiento. Coordinar las políticas educativa, laboral y productiva evitará que Ecuador siga preparando a sus jóvenes para un mercado laboral que ya no existe, y le permitirá construir el productivo que necesita.

mulación de penas. En lo de Villavicencio, fiscal y jueces tienen anticipado testimonio del 3 de septiembre de 2025 de Daniel Salcedo, quien dijo que Serrano fue soporte policiaco para determinar en qué momento se podía atentar contra la vida del entonces postulante presidencial; los dos, como Xavier Jordán y Ronny Aleaga, serían autores intelectuales del crimen. Serrano adicionaría casos como el fallido rapto en 2012,

en Colombia, a Fernando Balda, quien dice que grabaciones judicializadas demostrarían “hasta la saciedad” que el entonces ministro tuvo relación con el hecho. Luigi García, quien fue legislador alterno de Fuerza Ecuador le imputa por tener “un plan estructurado para asesinarlo” con el narcotraficante Washington Prado, alias Gerald, por haber divulgado una grabación entre los tres; Serrano le habría pedido que él y su estudio jurídico representen

eduardofnaranjoc@gmail.com

Futuro incierto

L

a población mundial es enorme y fragmentada por creencias religiosas, políticas, culturales y de espacio e intereses económicos, pero hoy podemos decir que existe un pequeño grado de “pertenencia” con la circulación de información en el sistema electrónico. Sin embargo, no se dispone de gobernanza visionaria en la mayoría de lugares, pero quedan perdidos aquellos principios solidarios que nacieron en los primeros albores de existencia tribal para la sobrevivencia colectiva, donde todos pertenecían al clan como iguales y estaban protegidos. Hoy las cosas van en dirección contraria, la ‘dispersión social’ es evidente aun estando en el mismo lugar, elementos extraños a la vida marcan el ritmo de las muchedumbres ensimismadas y las masas jóvenes ven como única posibilidad ‘existir’ a través de las emociones, que son sensaciones momentáneas, restando importancia a la construcción de futuro, puesto que el aquí y ahora es lo pragmático existencial y es donde entran las fuerzas de la oscuridad cabalgando en la IA creada por humanos, ¿con interés de servicio? No, pero si de riqueza, poder y control para pocos tecno oligarcas que dirigen los sistemas cibernéticos a nivel planetario y conocen información sobre la vida de cada individuo conectado. En este escenario moderno y actual, las personas estamos subordinadas al poderoso sistema de redes controladas por mentes ególatras, que tienen el poder de decisión y control sobre todo individuo que esté “conectado”, determinando una clara restricción de las libertades y logros que el racionalismo propuso como solución hace doscientos años en busca de un mundo más justo. Es necesario decirlo pese al corto alcance del mensaje, pero hay convicción en señalar y advertir a los lectores, cumpliendo el objetivo profesional del periodismo cuyos principios dictaminan que para servir a la comunidad y promover el equilibrio social es necesario “comunicar”, concepto que implica intercambio de datos para “poner la verdad en común con hechos” y la vida y sus potencialidades, advirtiendo los riesgos que acechan hoy a la humanidad entera sin exagerar.

a Gerald y otros. Enfrentaría otros procesos por sobornos, inversiones anómalas del Isspol, pases policiales, el dramático caso de Galo Lara, 30S; casos autónomos, independientes, que responden a conductas diversas, pluralidad de delitos, por lo que los tiempos de sentencias contra José Ricardo Serrano Salgado se acumularían al tenor de los Arts. 20 y 55 del COIP, con máximo de 40 años de privación de la libertad. Efímero poder.


03 CIUDAD

LOJA | VIERNES 04/SEPTIEMBRE/2026 I

Cerro Zañe: el refugio natural para los amantes de la aventura La elevación, ubicada a 2.700 metros sobre el nivel del mar, ofrece rutas accesibles, atractivos naturales y espacios equipados para el campismo.

DISTRITO JUDICIAL DE LOJA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a BUSTAMANTE VILLAVICENCIO CRISTHIAN JAVIER, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: SARANGO ORDOÑEZ RUBI LILIBET DEMANDADO: BUSTAMANTE VILLAVICENCIO CRISTHIAN JAVIER OBJETO DE LA DEMANDA: ALIMENTOS TRÁMITE: SUMARIO JUICIO Nro.: 11203-2026-00921 JUEZA: Dra. Sandra Vidal Rodríguez AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- “...UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, jueves 16 de julio del 2026, a las 16h32. VISTOS: Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en el auto de fecha 28 de abril de 2026 de clara y completa se califica la demanda de fijación de pensión alimenticia presentada por RUBI LILIBET SARANGO ORDOÑEZ en contra de CRISTHIAN JAVIER BUSTAMANTE VILLAVICENCIO a favor de la niña Taylor Aitana Bustamante Sarango por lo que se la acepta al procedimiento sumario que le corresponde conforme lo establecido en el Art. 332, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. Por cuanto la actora bajo juramento manifiesta que ha sido imposible determinar la individualidad o residencia actual del demandado se ordena citar al señor CRISTHIAN JAVIER BUSTAMANTE VILLAVICENCIO por la prensalocal mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación conforme lo dispuesto en los Arts. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, De conformidad a lo establecido en el Art. 146 párrafo quinto del Código Orgánico General de Procesos se fija en la cantidad de CIENTO TREINTA Y CINCO DÓLARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 135,54) que debe cancelar el señor CRISTHIAN JAVIER BUSTAMANTE VILLAVICENCIO a favor de la niña Taylor Aitana Bustamante Sarango como pensión mensual a partir de la presentación de la demanda y depositarlos en la cuenta de Ahorro Nro. 401-01-0845570 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Manuel Esteban Godoy Ortega que señala la actora por lo que se ordena pase el expediente a la Pagadora de esta Unidad Judicial a fin de que la Pagadora vincule la cuenta en el Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA). Téngase en cuenta la prueba anunciada, sobre la admisibilidad se proveerá en audiencia: PRUEBA DOCUMENTAL:1)Certificados de nacimiento de la niña Taylor Aitana Bustamante Sarango. PRUEBA TESTIMONIAL: 1)Declaración de parte del demandado Cristhian Javier Bustamante Villavicencio, 2) Declaración de parte de la actora Rubí Lilibet Sarango Ordoñez. El demandado debe contestar la demanda en la forma y término establecidos en los artículos 151 y 152, y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos; y de acuerdo al Art. 169 inciso cuarto del COGEP la prueba sobre los ingresos del obligado recae en el demandado. A petición de la actora con fundamento en lo dispuesto en el artículo innumerado 25 de la Ley Reformatoria al Título V, Libro Segundo del Derecho a Alimentos se ordena la prohibición de salida del país del señor Cristhian Javier Bustamante Villavicencio con cédula de ciudadanía Nro. 1900725175. Téngase en cuenta la cuantía; el casillero judicial y correo electrónico señalado por la actora, así como la autorización que le concede a su abogado defensor.- Agréguese al expediente la documentación aparejada a la demanda. Se deja constancia que la demora en la calificación de la demanda no es responsabilidad de ésta juzgadora, ya que la diligencia de obtención de prueba que ha presentado las actora en la Unidad Judicial respectiva no ha sido aceptada, por lo que ha correspondido en este proceso garantizar el derecho a la tutela judicial de la actora, y oficiar a diversas entidades para obtención de prueba que justifique el desconocimiento del domicilio del demandado. Se llama a intervenir a la Dra. Krupskaya Betsabéth Campoverde Guerrero en calidad de Secretaria Encargada de este despacho. NOTIFÍQUESE…” f). Dra. Sandra Vidal Rodríguez, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, con sede en el cantón Loja.OTRO AUTO.- “...UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, miércoles 22 de julio del 2026, a las 10h19. Incorpórese al proceso y póngase en conocimiento de las partes el informe que antecede emitido por la Pagadora de la Unidad Judicial, del mismo que se evidencia que: “…se ha vinculado la cuenta Nro. 401010845570 del Banco de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO VICENTINA MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA LTDA. a nombre de RUBI LILIBET SARANGO ORDOÑEZ, vinculada al código Nro. 110141894, por lo tanto, es con este código que el alimentante debe cancelar las pensiones alimenticias en el Banco del Pacifico o sus redes asociadas…”.- NOTIFÍQUESE.-” f). Dra. Sandra Vidal Rodríguez, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, con sede en el cantón Loja.-

Significado histórico y accesibilidad

El nombre de la montaña proviene del término kichwa Sañi, que significa “morado”, en referencia a la planta moradilla que

habitaba en la zona. El punto de partida principal se sitúa en el barrio La Florencia, sector al que se puede llegar en vehículo particular o transporte público. Michael Sánchez, integrante del grupo de aventura Perro Zorro Loja, destacó la diversidad de trayectos disponibles para los visitantes: “Hay tres modos: el nivel fácil, medio y el difícil, que tienen un aproximado de una hora, dos horas y tres horas de caminata, dependiendo del nivel”. El tramo básico comprende un kilómetro

OTRO AUTO.- “...UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, miércoles 29 de julio del 2026, a las 12h52. VISTOS.- De conformidad a lo establecido en el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial de oficio, se convalida el auto emitido y notificado con fecha jueves 16 de julio del 2026, a las 16h32, en el sentido que el número de cédula del demandado es: “0706272739”, y no el que erróneamente se ha hecho constar, lo cual se rectifica en el presente auto.- Quedando en lo demás inalterable el auto inicial en referencia y al cumplimiento de lo ordenado en el mismo.- NOTIFÍQUESE…”.- f). Dra. Sandra Vidal Rodríguez, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, con sede en el cantón Loja.Particular que comunico para los fines legales pertinentes. Loja, 26 de agosto de 2026.-

Dr. Pedro Gustavo Ruíz Reinoso SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA(E)

001-006-0939

El Cerro Zañe se posiciona como un destino natural estratégico para la práctica de senderismo y turismo de aventura en Loja. Esta montaña, situada a 2.700 metros sobre el nivel del mar, cuenta con accesos señalizados, una laguna, una cascada y espacios habilitados para el campismo a poca distancia del sector urbano.

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QUITO

CIUDAD 04

A I LOJA | VIERNES 04/SEPTIEMBRE/2026

EL DATO Durante el mes de mayo, la cumbre del Cerro Zañe alberga un espacio de investigación de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) enfocado en el avistamiento y ciclo biológico de los escarabajos. AVENTURA. El Cerro Zañe es uno de los atractivos geográficos más vistosos de la ciudad por su altura. VIENE PÁG3

hasta la iglesia de La Florencia, apto para niños desde los cinco años.

Atractivos naturales en la cumbre

A lo largo de la travesía desde el barrio La Florencia , la señalización permanece clara a través de senderos definidos y potreros. En la vertiente norte del cerro se localiza un pequeño ojo de agua y una cascada de aproximadamente 15 metros de altura. Al alcanzar la cima, los excursionistas disponen de una cruz patrimonial, una minicapilla y un área delimitada para acampar. “Arriba hay una estructura para las personas que deseen acampar, hay un pequeño fogón o una tulpa donde se puede llevar comidita para calentar. Existe zona para acampar y la zona de la cruz”, detalló Sánchez.

Equipamiento técnico e hidratación

Debido a la fragilidad del terreno por las variaciones climáticas, los montañistas deben contar con calzado de buen labrado, prendas de recambio y bastones de trekking. Asimismo, resulta indispensable portar agua suficiente y alimentos de alto valor energético. Para quienes decidan pernoctar, se sugiere el uso de sacos de dormir de alta gama e impermeables por la constante humedad de la cumbre. “Se aconseja un buen sleeping y un buen impermeable porque esa parte siempre es húmeda. Si van a acampar, siempre recuerden guardar en su mochila la basura para traerla nuevamente a la ciudad”, enfatizó el deportista. Cabe mencionar que el cerro ha cobrado relevancia en los últimos años debido al auge turístico y deportivo. Actualmente, se organizan competencias de trekking en distintos niveles.


05 CIUDAD

LOJA | VIERNES 04/SEPTIEMBRE/2026 I

Loja exige puntualidad a los buses urbanos

Los controles detectaron demoras de entre 15 y 30 minutos, principalmente en rutas que conectan con sectores periféricos de la ciudad.

La medida responde al retorno masivo de estudiantes a las aulas y a las múltiples denuncias ciudadanas por retrasos de hasta 30 minutos en el servicio. Meses atrás, tras fijarse la tarifa del pasaje urbano en $ 0,30 y finalizar el periodo vacacional, personal de la Unidad de Control Operativa de Transito (UCOT) desplegaron personal técni-

co para exigir la regularización inmediata del transporte y garantizar la movilidad estudiantil.

Operativos confirman demoras en el servicio

Autoridades de la UCOT desplegaron controles de tiempo en paradas estratégicas de la ciudad, entre ellas las ubicadas en el parque Bo-

lívar. El operativo permitió constatar el incumplimiento de los horarios en las unidades que circulan por la ruta troncal. Las principales alertas provienen de usuarios residentes en los sectores periféricos de la urbe, quienes reportaron mayores afectaciones para trasladarse a sus destinos.

«El retraso de las unidades oscila entre 15 y 30 minutos, lo que ocasiona inconvenientes a los usuarios», indicó Alejandro Bermeo, jefe operativo de la Unidad de Control Operativo de Tránsito (UCOT). Además, la autoridad recordó que un bus urbano no debe registrar una demora superior a los cinco minutos respecto al

cronograma fijado.

Sanciones económicas y posible suspensión de operadoras

Durante el periodo vacacional, la Unidad de Tránsito aceptó la solicitud de las empresas de transporte para disminuir las frecuencias operativas ante la baja demanda estudiantil. Sin embargo, el acuerdo obligaba a restablecer la capacidad completa de la flota con el inicio de las clases. Pese a recibir la notificación formal la semana anterior, el Consorcio de Transportistas no implementó los cambios solicitados. «Si en los operativos que se realizarán se constata que no están cumpliendo con lo dispuesto, se sancionará con ocho salarios básicos unificados», declaró Luis Peña, director de la Unidad de Tránsito. El funcionario enfatizó que la reincidencia provocará la suspensión de las operadoras incumplidas. Peña anunció diálogos directos con los directivos del consorcio para exigir la aplicación de correctivos urgentes. Este medio se contactó con el Consorcio de Transportistas Urbanos de Loja para conocer su postura sobre los tiempos de las rutas, pero hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta por parte de la entidad.

EL DATO La multa fijada en ocho salarios básicos unificados (SBU) equivale a $ 3.856.

OPERATIVOS. Personal de la UCOT realizó controles en varios puntos estratégicos de la ciudad. CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


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QUITO

POLÍTICA 06

¿Tener un centro de inteligencia regional traería ventajas?

A I LOJA | VIERNES 04/SEPTIEMBRE/2026

Ecuador busca ser la sede del Centro de Fusión de Inteligencia del Grupo del Pacífico, en el marco de la Coalición de las Américas contra los Carteles. Expertos en seguridad observan que eso causaría un impacto positivo para el país. había anunciado que esa fue una de las propuestas hechas a Francis Donovan, jefe del Comando Sur de EE.UU.; la otra fue que Ecuador lidere el Grupo de países del Pacífico que forman parte de la A3C. ¿Cómo funcionaría? El Gobierno no ha dado mayores detalles de su propuesta sobre el Centro de Fusión de Inteligencia. El Ministerio de Defensa tampoco respondió si existe confirmación del Comando Sur para esa propuesta. Una alta fuente del Ejército indica que aún no se conoce sobre la confirmación de esa propuesta: “Ojalá sea

aceptada, una vez aceptada nos corresponderá trabajar a Fuerzas Armadas, al Ministerio de Defensa y todos los organismos de inteligencia empezarán a estructurar procedimientos y métodos. Pero hasta el momento no tenemos ninguna disposición”. El coronel (sp) Mario Pazmiño, exdirector de Inteligencia del Ejército, recuerda que hace dos años envió un proyecto a la Presidencia. “Hablaba justamente de esto, de que Ecuador sea sede de un estamento regional de inteligencia multidominio interagencial para el combate específicamente al crimen organizado y al narcotráfico”, refiere. Para el funcionamiento de un Centro de ese tipo se requieren compromisos, resume Pazmiño: “Se necesita que los presidentes de los países involucrados en el Escudo de las Américas se comprometan a enviar equipos técnicos de inteligencia para estructurar y conformar esto. Estos equipos técnicos pueden ser personal militar y policial o analistas que aporten directamente sobre diferentes temáticas”. Menciona, por ejemplo: · Rutas de narcotráfico. · Temas portuarios. · Incursiones aéreas. · Fronteras. · Delitos conexos como minería ilegal, tráfico de armas, entre otros.

001-005-0832

El presidente de la República, Daniel Noboa, integró a Ecuador al Escudo de las Américas, iniciativa de Estados Unidos y a la Coalición de las Américas contra los Carteles (A3C). Ahora busca que el país sea sede del Centro de Fusión de Inteligencia del Grupo del Pacífico. Expertos señalan que esto traería múltiples beneficios al país, pero no descartan riesgos. “Queremos que Ecuador sea la sede del Centro de Fusión de Inteligencia del Grupo del Pacífico”, dijo Noboa a diario El Universo el 30 de agosto de 2026. El ministro de Defensa, Gian Carlo Loffredo, ya

El experto considera que el Centro que propone el Gobierno debería abarcar a Canadá, países de Centroamérica y México. Ventajas para Ecuador “Las ventajas son tremenda-

SEGURIDAD. Un centro de inteligencia regional con sede en Ecuador permitiría interconectar las capacidades de respuesta, según los expertos consultados. (Foto referencial: Pexels).

mente importantes y estratégicas, porque Ecuador estaría participando directamente con EE.UU. como un socio estratégico que plantea soluciones integrales, en lugar de solo pedir cooperación internacional. La posición de Ecuador mejoraría en el contexto regional y latinoamericano”, destaca Pazmiño. La fuente del Ejército también resalta que “el beneficio sería amplio porque el conflicto que estamos viendo no es solamente en el Ecuador. Estarían reconociendo que hay un conflicto regional, causado por el narcotráfico y el terrorismo”. Sin embargo, avizora que esto también implicaría un desafío: “Que nos consideren como el centro de irradiación de toda la inteligencia sería fabuloso y un reto para las autoridades del país para manejar la información de la región”. El general (sp) Patricio Carrillo, exministro del Interior, observa que Ecuador tendría múltiples ventajas institucionales que impactarán en la ciudadanía. “Es la oportunidad para emplear de forma articulada, firme y unificada las capacidades que tienen los diferentes sistemas de defensa y de seguridad en la región”. Detalla otros beneficios, como contar con: · Asistencia permanente. · Infraestructura. · Tecnología de última ge-

neración. · Base de datos ampliada sobre temas especializados. · Sistemas robustos de información. “Hay un clamor ciudadano por medidas extraordinarias de empleo de la fuerza porque vive con desesperación en lo cotidiano, es un gran momento para hacer una adecuada anticipación del comportamiento delictual en el país”, resalta Carrillo. ¿Cuáles serían las desventajas? Según Pazmiño, habría una mínima desventaja para Ecuador si consigue la sede del Centro. “Al ser un organismo internacional de inteligencia que combate al crimen organizado, este se transformaría en un objetivo para el crimen organizado”. Pero cree que eso se puede contrarrestar con mayor protección y resguardo. Carrillo es más optimista, pero considera que un inconveniente podría ser la insuficiente confianza de los países para que entreguen información. Por otro lado, no descarta que los cambios de gobierno en los distintos países sea un factor de riesgo. “Vería como un riesgo la posibilidad de que los países que tengan una línea ideológica distinta se separen, no quieran cofinanciar y voluntariamente creen otros mecanismos”, concluye. (KSQ)


07 PAÍS

LOJA | VIERNES 04/SEPTIEMBRE/2026 I

Debate sobre licencia de maternidad entra en pausa en la Asamblea La Asamblea Nacional suspendió el debate para aprobar cambios claves en materia de infancia. Aunque hay consensos en temas como la tenencia compartida, la extensión de la licencia de maternidad a 14 semanas dividió al oficialismo y a la oposición. La ampliación de la licencia de maternidad se ha convertido en el principal obstáculo para aprobar el proyecto de Ley Orgánica reformatoria Código de la Niñez y Adolescencia en la Asamblea Nacional. El 4 de agosto de 2026, el Pleno de la Legislatura inició el segundo debate tomando en consideración el informe de la Comisión de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes. La propuesta, según la Función Legislativa, actualiza el marco normativo de protección integral e incorpora nuevas disposiciones en materia de derechos, familia, educación, trabajo y primera infancia. Sin embargo, tras un debate en el que intervinieron 13 legisladores se suspendió el tratamiento de la normativa. Trato a los menores en las aulas Entre los cambios se plantean definiciones de plurinacionalidad e interculturalidad, controles y la atención durante el embarazo, parto, posparto y lactancia a favor de la madre y los menores.

Incluye el trato que se da a los menores de edad en los planteles. Por ejemplo se prohíben las sanciones corporales, colectivas y cualquier trato cruel, inhumano o degradante, que implique amenazas, intimidación, acoso o violencia en sus diferentes tipos. Según el texto a ninguna niña, niño o adolescente se le podrá negar la matrícula o expulsar por la condición de sus progenitores, representantes legales o responsables de cuidado. Se incluyen en esas prohibiciones, las medidas discriminatorias por causa de embarazo o maternidad de una adolescente. En el derecho a la información, se menciona que el Estado adoptará medidas de protección frente a la exposición de niñas, niños y adolescentes a contenidos pornográficos o sexuales no educativos, así como a contenidos que promuevan la apología del delito por la producción o tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización, terrorismo, delincuencia organizada, la violencia, el racismo, la dis-

criminación, la autolesión o el suicidio. Reglas sobre tenencia de hijos El documento hace cambios a las reglas para determinar la tenencia de los hijos. Hay siete criterios: opinión de los hijos, acuerdo de progenitores, a falta de acuerdo se encargará la tenencia al progenitor que se encuentre en mejores condiciones de garantizar el desarrollo integral del hijo, tenencia compartida, prevención de amenaza de todo tipo de violencia, decisión judicial o a falta de inhabilidad de ambos progenitores nombrará un tutor. El documento, explicó Berenice Cordero, exministra de Inclusión Económica y Social y especialista en temas de niñez y adolescencia, cumple parcialmente la sentencia de la Corte Constitucional (CC) al eliminar la preferencia materna y establecer criterios. No obstante, acotó, introduce la tenencia compartida como un criterio suelto, sin definir condiciones ni salvaguardar frente a contextos de violencia y sin exigir un

DISCRIMINACIÓN. Mujeres ecuatorianas enfrentan trabas para conseguir empleo. (Foto: archivo)

informe técnico previo. En 2021, la CC declaró inconstitucionales a los numerales 2 y 4 del artículo 106 del Código de la Niñez y Adolescencia, en donde se establecía la preferencia materna a la hora de determinar la tenencia de los niños. El artículo 2 indicaba que a falta de acuerdo de los progenitores o si lo acordado por ellos es inconveniente para el interés superior del hijo o hija de familia, la patria potestad de los que no han cumplido 12 años se confiará a la madre, salvo que se pruebe que con ello se perjudica los derechos del hijo o la hija. En tanto que el artículo 4 se refería a que si ambos progenitores demuestran iguales condiciones, se preferirá a la madre, siempre que no afecte el interés superior del hijo o la hija. Diego Rivadeneira, de la fundación Padres por Justicia, organización que defiende derechos de la niñez y trata casos de obstrucción de vínculos, sostuvo que las legislaciones más adelantadas del mundo promueven la custodia o tenencia compartida como regla sin dejar de lado el análisis caso por caso. Para él, legislar sobre custodia compartida, pero sin incluir el resto de problemáticas no va a conducir a nada. Indicó que en otros países se está normando acerca de las denuncias falsas para que de esa manera padres y madres inescrupulosas no puedan seguir abusando del sistema, perjudicando la salud emocional y psicológica de los hijos. Tiempo de la licencia de maternidad Hasta este punto existe acuerdo entre la bancada gobiernista y la oposición. No obstante, el escollo a superar son las reformas para ampliar la licencia de maternidad remunerada. El proyecto propone que toda mujer trabajadora tiene derecho a una licencia con remuneración de 14 semanas por el nacimiento de su hija o hijo y en caso de nacimientos múltiples el plazo se extiende por diez días adicionales. Esa ausencia se justificará

mediante la presentación de un certificado médico otorgado por el IESS, certificado en el que debe constar la fecha probable del parto o la fecha en que tal hecho se ha producido. Patricia Borja, abogada y experta en temas de Seguridad Social, indicó que en 1991 una reforma al Código del Trabajo extendió el período de licencia por maternidad de 8 a 12 semanas. Agregó que el proyecto propone aumentar dos semanas más y no se evidencia que se haya considerado el impacto financiero para el Seguro General de Salud Individual y Familiar del IESS. Para Esteban Torres, primer vicepresidente de la Asamblea y legislador de ADN, la ampliación del plazo de maternidad es inconveniente para las propias mujeres. Adujo que por la realidad laboral las mujeres enfrentan problemas de empleabilidad. Esto, señaló, porque los empleadores suman casi un 6,7 % de gastos adicionales por una eventual maternidad. Mencionó que si con la ley se amplían los plazos pagados lo que va a pasar es que menos empresas van a querer contratar mujeres por lo que se terminaría haciendo un daño a ellas pues no tiene viabilidad empresarial. Según el último censo del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Inec), del 2022 se contabilizó 1’056.868 personas en la desocupación, el 47,7 % correspondía a mujeres y el 52,3 % a hombres. Viviana Veloz, legisladora de Revolución Ciudadana y presidenta de la Comisión de la Niñez, mencionó que la normativa, elaborada con la participación de equipos asesores, incluyó un delegado de la presidencia de la Asamblea, y está enfocada en la política de cuidado desde la primera infancia. Torres planteó que se mantenga en 12 semanas. Dejó entrever que hasta que eso no esté claro no será aprobado por lo que la reinstalación de la sesión del 4 de agosto, prevista para el 1 de septiembre se suspendió sin una nueva fecha. (JGP)

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QUITO

ECONOMÍA 08

Ineficiencia estatal le cuesta $1.200 millones al año a Ecuador La burocracia, los trámites duplicados y la baja efectividad del Estados frenan la productividad y encarecen hacer negocios en Ecuador, según un estudio que analiza a 18 países de América Latina.

TRABA. El Estado ineficiente ahoga a los emprendedores de países como Ecuador.

Imagínese a un emprendedor ecuatoriano que ha reunido sus ahorros para abrir una pequeña fábrica de alimentos procesados. Compra maquinaria moderna, contrata trabajadores entusiasmados y proyecta sus ventas. Pero justo cuando va a encender los motores, choca de frente contra una pared invisible: permisos sanitarios que tardan ocho meses en tramitarse, trámites duplicados en tres ministerios distintos, cortes de luz no programados por mala infraestructura estatal y reglas de juego que cambian cada vez que un nuevo funcionario asume el despacho. Esa escena mantiene estancada la riqueza de Ecuador. Durante décadas se ha dicho que el problema de la economía ecuatoriana es la falta de dólares o la caída del precio del petróleo. Sin embargo, la ciencia económica aclara que un Estado inepto es el que cuesta una fortuna en productividad. Esta es la conclusión cen-

tral del estudio científico titulado ‘Institutions: The role of institutional quality in technical progress in Latin America and the Caribbean’ (Instituciones: El papel de la calidad institucional en el progreso técnico en América Latina y el Caribe), publicado en la revista académica internacional Heliyon (volumen 12, editado por Cell Press / Elsevier, 2026). La investigación fue elaborada por los economistas e investigadores León Padilla (Universidad de las Américas - UDLA, Ecuador), Sarah J. Carrington (Universidad Espíritu Santo - UEES, Ecuador) y Begoña Leiva (Enabling Qapital AG, Ecuador). Ineficiencia vs. crecimiento económico Para entender qué tan profundo es el problema, los investigadores analizaron el comportamiento económico de 18 países latinoamericanos a lo largo de 18 años. Su objetivo fue medir el impacto sobre la

Productividad Total de los Factores (PTF), que es la fórmula mágica de la economía: lograr producir más riqueza y ofrecer mejores productos usando la misma cantidad de horas de trabajo y de dinero. Los resultados rompen mitos. De todos los servicios que debe prestar un país, la variable que más acelera o destruye la productividad es la Efectividad del Gobierno (GE). Cuando los autores aplicaron modelos matemáticos avanzados para comprobar si es el Estado ineficiente el que causa el estancamiento o viceversa, descubrieron que el impacto negativo de la ineficiencia pública se multiplica casi por tres. Como señalan los investigadores ecuatorianos: “Los gobiernos efectivos y creíbles reducen la incertidumbre, mejoran la implementación de políticas y crean un entorno propicio para la inversión productiva y la coordinación entre agentes

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económicos, reduciendo así los costos de transacción y mejorando la eficiencia general”. En concreto, cuando un trámite en la aduana toma dos meses en lugar de dos días, la fruta se daña, los camiones se paran y el comerciante pierde dinero. En Ecuador, esa trampa de ineficiencia representa una pérdida estimada de más de $1.200 millones anuales en riqueza que las empresas y emprendedores dejan de generar por culpa del desorden estatal. Burocracia frena a las empresas El estudio aclara que el problema no es el “gobierno de turno”, sino el sistema, es decir, las trampas institucionales del Estado como aparato. Un gobierno cambia cada cuatro años; la maquinaria tramposa del Estado lleva décadas enraizada y sobrevive a todos los presidentes. ¿Cuáles son esos procesos, estructuras y organismos estatales que le hacen la trampa a quienes intentan producir en Ecuador? La trampa de la discrecionalidad en los organismos de control: Entidades como las de regulación sanitaria (Arcsa), aduanas (Senae), permisos ambientales (Ministerio del Ambiente y Energía) o los municipios operan bajo reglamentos ambiguos. Cuando una norma no es clara, el funcionario de turno tiene el poder de decidir si aprueba o niega un permiso “a su criterio”. Esa incertidumbre es una trampa: paraliza inversiones enteras a la espera de una firma. Estructuras normativas superpuestas y duplicadas: Un emprendedor en Ecuador debe pedir el mismo documento a tres dependencias distintas que no se hablan entre sí (por ejemplo, el SRI, la Superintendencia de Compañías y el Municipio). Esta falta de interoperabilidad es una estructura tramposa: obliga a la empresa a gastar semanas de trabajo y salarios solo en “hacer papeleo” en lugar de estar vendiendo o contratando.

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El “silencio administrativo” al revés: En un Estado efectivo, si una institución no responde a un trámite en 30 días, la ley asume que el ciudadano tiene la razón. En nuestro sistema estatal, el silencio de la burocracia actúa como un “no” indefinido que congela operaciones comerciales, importaciones de maquinaria o permisos de construcción sin que nadie rinda cuentas. Tribunales y justicia administrativa lentos: Cuando el Estado comete un error, clausura injustamente un local o se demora en devolver impuestos, la empresa debe acudir a la justicia contencioso-administrativa. Que un juicio contra el Estado tarde de 3 a 5 años en resolverse es un mecanismo tramposo que asfixia el flujo de caja de las Pymes. Estas trabas estructurales aumentan dramáticamente los llamados “costos de transacción”. Las empresas no quiebran por falta de clientes, sino porque agotan sus recursos luchando contra los engranajes de un Estado diseñado para frenar en lugar de facilitar. La realidad del Estado ineficiente ha sido retratada claramente por Marc Vidal, analista económico y divulgador tecnológico español. Vidal dice que, si algo funciona, ese Estado “lo regula, si deja de funcionar lo subvenciona, si fracasa crea un organismo para supervisar el fracaso y si ese organismo tampoco funciona, lo dota de más presupuesto”. Y, cuando las cosas salen mal, “nunca se hace responsable de nada, porque siempre dispone de una explicación, una comisión, una competencia compartida o una administración anterior a la que se le puede culpar. Y lo extraordinario es que cuanto peor funciona, más poder reclama para arreglarlo, más dinero, necesitamos más dinero. Una empresa que hiciera eso desaparecería, un ciudadano que viviera así quebraría. El Estado, en cambio, convierte su ineficiencia en argumento para seguir creciendo”. (JS)

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Considerado uno de los mediocampistas más completos y determinantes del fútbol mundial actual.

Títulos individuales

Su capacidad en el juego 94%

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90%

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Visión y distribución de pase.

Control de juego y ritmo.

Toma de decisiones / inteligencia.

Recuperación y agresividad táctica.

Tiro de media/larga distancia.

Títulos en la carrera de Enzo Fernández Con la Selección Argentina Copa Mundial de la FIFA: 2022. Copa América: 2024. Con el Chelsea FC UEFA Conference League: 2025. Mundial de Clubes de la FIFA: 2025.

Gráfico: Xavier Peña Merchán Fuente: Investigración propia

Diario LA HORA

Mejor Jugador Joven de la Copa Mundial de la FIFA (2022).

84%

74%

Capacidad física y despliegue.

Velocidad / aceleración pura.

Con River Plate Liga Profesional de Fútbol: 2021 / 2022. Trofeo de Campeones: 2021. Con Defensa y Justicia Copa Sudamericana: 2020. Recopa Sudamericana: 2021. Con el Benfica Primeira Liga (Portugal): 2022-23.

Incluido en el Equipo Ideal de la Copa Sudamericana (2020). Mejor Mediocampista del Mes en la Primeira Liga (múltiples ocasiones en 2022).

Enzo Jeremías Fernández Fecha de nacimiento: 17 de enero de 2001 (25 años). Lugar de nacimiento: San Martín, Buenos Aires, Argentina.

Historial de sus traspasos

En el cierre del mercado de pases, el Manchester City concretó la llegada del mediocampista argentino Enzo Fernández tras alcanzar un acuerdo con el Chelsea por una cifra millonaria. Fue presentado oficialmente el 1 de septiembre de 2026. Llevara en su dorsal el número 17.

River Plate a Defensa y Justicia (2020): Cesión a préstamo para sumar rodaje. River Plate a S. L. Benfica (2022): Comprado por el equipo portugués en $10-18 millones (por el 75% del pase más variables).

Equipo actual: Manchester City Football Club (Premier League, Mánchester).

Posición: Mediocampista central / Mediocentro organizador. Estatura: 1,78 m Dorsal: 17

Benfica a Chelsea F. C. (Enero 2023): El Chelsea pagó la cláusula de rescisión de $121 millones, convirtiéndolo en uno de los traspasos más caros de la historia del fútbol.

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RESOLUCIÓN Nro. SEPS-INSEPS-IGS-DNGRT-2026-0241 SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA INTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA CONSIDERANDO: Que, el artículo 309 de la Constitución de la República del Ecuador prescribe: “El sistema financiero nacional se compone de los sectores público, privado, y del popular y solidario, que intermedian recursos del público. Cada uno de estos sectores contará con normas y entidades de control específicas y diferenciadas, que se encargarán de preservar su seguridad, estabilidad, transparencia y solidez. (...)”; Que, el artículo 311 de la Carta Fundamental dispone: “El sector financiero popular y solidario se compondrá de cooperativas de ahorro y crédito, entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales, cajas de ahorro. Las iniciativas de servicios del sector financiero popular y solidario, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas, recibirán un tratamiento diferenciado y preferencial del Estado, en la medida en que impulsen el desarrollo de la economía popular y solidaria.”; Que, el numeral 7 del artículo 62, en concordancia con el inciso final del artículo 74 del Código Orgánico Monetario y Financiero, determina como función de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria: “Velar por la estabilidad, solidez y correcto funcionamiento de las entidades sujetas a su control y, en general, vigilar que cumplan las normas que rigen su funcionamiento, las actividades financieras que presten (...)”; Que, el numeral 4 del artículo 163 del Código Orgánico ut supra señala: “El sector financiero popular y solidario está compuesto por entidades: 4. De servicios auxiliares del sistema financiero, tales como: software bancario, transaccionales, de transporte de especies monetarias y de valores, pagos, cobranzas, redes y cajeros automáticos, contables y de computación y otras calificadas como tales por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria en el ámbito de su competencia.”; Que, los numerales 1 y 8 del artículo 433 del Código ibídem, determinan que son servicios auxiliares de las actividades financieras los de software financiero y computación; Que, el artículo 434 del mismo Código prescribe: “Naturaleza.- Los servicios auxiliares serán prestados por personas jurídicas no financieras constituidas como sociedades anónimas o compañías limitadas, cuya vida jurídica se regirá por las disposiciones de la Ley de Compañías. El objeto social de estas compañías será claramente determinado. (...)”; Que, el artículo 436 del Código ya referido prescribe: “Las compañías, para prestar los servicios auxiliares a las entidades del sistema financiero nacional, deberán calificarse previamente ante el organismo de control correspondiente, la que como parte de la calificación podrá disponer la reforma del estatuto social y el incremento del capital, con el propósito de asegurar su solvencia (...)”; Que, el artículo 10 de la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos, en lo pertinente indica: “Las entidades reguladas por esta Ley presumirán que las declaraciones, documentos y actuaciones de las personas efectuadas en virtud de trámites administrativos son verdaderas, bajo aviso a la o al administrado de que, en caso de verificarse lo contrario, el trámite y resultado final de la gestión podrán ser negados y archivados, o los documentos emitidos carecerán de validez alguna, sin perjuicio de las sanciones y otros efectos jurídicos establecidos en la ley (...)”; Que, el primer inciso del artículo 335 de la Subsección I: “De la Inversión de las Entidades Financieras Populares y Solidarias en el Capital de las Compañías de Servicios Auxiliares y de la Constitución de Organizaciones de la Economía Popular y Solidaria para la Prestación de Servicios Auxiliares”, Sección XIX “Norma general que regula la definición, calificación y acciones que comprenden las operaciones a cargo de las entidades de servicios auxiliares del sector financiero popular y solidario”, Capítulo XXXVI “Sector Financiero Popular y Solidario”, Título II “Sistema Financiero Nacional”, Libro I “Sistema Monetario y Financiero”, de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, dispone: “Los servicios auxiliares serán prestados por personas jurídicas no financieras constituidas ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros como sociedades anónimas o compañías limitadas, cuya vida jurídica se regirá por la Ley de Compañías. El objeto social estará claramente determinado”; Que, el artículo 337 de la Subsección II: “De la calificación y prohibiciones de inversión”, Sección XIX “Norma general que regula la definición, calificación y acciones que comprenden las operaciones a cargo de las entidades de servicios auxiliares del sector financiero popular y solidario”, Capítulo XXXVI “Sector Financiero Popular y Solidario”, Título II “Sistema Financiero Nacional”, Libro I “Sistema Monetario y Financiero”, de la Codificación ut supra determina: “La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, de manera previa a la prestación de los servicios, calificará a las organizaciones de la economía popular y solidaria y a las compañías de servicios auxiliares que vayan a prestar sus servicios a las entidades financieras populares y solidarias, que cumplan con los requisitos que mediante norma de control establezca dicha Superintendencia, la que como parte de la calificación podrá disponer la reforma del estatuto social y el incremento del capital, con el objeto de asegurar su solvencia. El capital de las organizaciones y entidades de servicios auxiliares deberá guardar directa proporción con el volumen y monto de sus operaciones.”; Que, el artículo 340 de la Subsección III “De los servicios a cargo de las compañías y de las organizaciones de la economía popular y solidaria de servicios auxiliares”, Sección XIX “Norma general que regula la definición, calificación y acciones que comprenden las operaciones a cargo de las entidades de servicios auxiliares del sector financiero popular y solidario”, Capítulo XXXVI “Sector Financiero Popular y Solidario”, Título II “Sistema Financiero Nacional”, Libro I “Sistema Monetario y Financiero”, de la Codificación ibidem, señala: “Art. 340.- De software financiero y computación: Este servicio auxiliar corresponde a la administración de aplicaciones o plataformas tecnológicas que soportan las operaciones financieras determinadas en el Código Orgánico Monetario y Financiero y la normativa vigente”; Que, los artículos 3 y 4 de la Resolución Nro. SEPS-IGT-IGS-IGJ-INR-INSESF-INSEPS-INGINT-2025-0227 de 08 de diciembre de 2025, que contiene la “Norma de control para la calificación y supervisión de las organizaciones y compañías de servicios auxiliares del sector financiero popular y solidario”, establecen los requisitos para obtener la calificación para prestar servicios auxiliares; Que, la Disposición General Undécima, del mismo cuerpo normativo, dispone: “Para el caso de las organizaciones o compañías que soliciten la recalificación y tengan contratos vigentes con entidades del sector financiero popular y solidario, y no alcancen los niveles mínimos requeridos en los indicadores financieros, podrán obtener su calificación con la condición de remitir al área de supervisión y control, información trimestral de los requisitos establecidos en los numerales 13, 16, 17 y 18; y, el estado de situación financiera y estado de resultados trimestrales, que evidencien la mejora de sus indicadores financieros, para que en el plazo máximo de un (1) año se pueda realizar la evaluación para ratificar la calificación, lo cual será notificado mediante oficio; o, retirar la calificación conforme el artículo 18 de la presente norma”; Que, mediante Resolución Nro. SEPS-INSEPS-2022-0357 de 24 de octubre de 2022, esta Superintendencia resolvió calificar a la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., como compañía de servicios auxiliares del sector financiero popular y solidario, para prestar el servicio auxiliar de software financiero y computación; Que, con “FORMULARIO PARA LA CALIFICACIÓN DE COMPAÑÍAS DE SERVICIOS AUXILIARESAUXILIARES “ de 28 de abril de 2026, ingresado a este organismo de control con trámite Nro. SEPS-CZ8-2026-001-047925 el 29 del mismo mes y año, la señora Rocío Maribel Verdezoto Bósquez, en su calidad de Gerente General NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., con RUC Nro. 1793131336001, solicitó la calificación como compañía de servicios auxiliares de software financiero y computación; Que, mediante oficio Nro. SEPS-SGD-INSEPS-DNGRT-2026-17311-OF de 21 de mayo de 2026, esta Superintendencia realizó observaciones dentro del trámite de calificación a la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A.; Que, con trámite Nro. SEPS-CZ8-2026-001-062157 de 3 de junio de 2026, la señora Rocío Maribel Verdezoto Bósquez, en su calidad de Gerente General de la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., dio cumplimiento a las observaciones realizadas por este organismo de control; Que, mediante memorando Nro. SEPS-SGD-INSEPS-DNGRT-2026-0619 de 24 de junio de 2026, la Dirección Nacional de Gestión Resolutiva de Trámites remite a esta Intendencia Nacional, el Informe Técnico Legal en el que concluye: “El análisis de cumplimiento de requisitos contenido en el numeral 3 del presente informe, se desarrolló en base a la Resolución Nro. SEPS-IGT-IGS-IGJ-INR-INSESF-INSEPS-INGINT-2025- 0227 de 08 de diciembre de 2025; bajo esta premisa se emite pronunciamiento favorable para la calificación con condición de la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., como entidad de servicios de software financiero y computación del sector financiero popular y solidario, una vez que se ha constatado el cumplimiento de todos los requisitos”; Que, las letras g) y n) del numeral 1.2.2.1.1., del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, expedido con Resolución Nro. SEPS-IGT-IGS-IGD-IGJ-001 de 31 de enero de 2022, establecen como atribución y responsabilidad del Intendente Nacional de Servicios de la Economía Popular y Solidaria: “g) Calificar a las organizaciones de servicios auxiliares de las entidades del sector financiero de la Economía Popular y Solidaria;” “n) Suscribir las resoluciones relacionadas a los servicios institucionales prestados, dentro del ámbito de su competencia;”; Que, mediante Acción de Personal Nro. 969 de 04 de junio de 2025, que rige a partir del 05 de junio de 2025, se nombró a Patricia Yessenia Mariño Paredes, Intendente Nacional de Servicios de la Economía Popular y Solidaria; y, En ejercicio de sus atribuciones, RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CALIFICAR, a NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., con RUC Nro. 1793131336001, como compañía de servicios auxiliares de software financiero y computación del sector financiero popular y solidario. Esta calificación tendrá vigencia de dos años, posterior a este tiempo la compañía deberá solicitar nuevamente la calificación, la cual será emitida mediante una nueva resolución de calificación. ARTÍCULO 2.- DISPONER, a la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., remita al área de supervisión y control, información trimestral de los requisitos establecidos en los numerales 13, 16, 17 y 18 del artículo 3 de la Resolución Nro. SEPS-IGT-IGS-IGJ-INRINSESF-INSEPS-INGINT-2025-0227 de 08 de diciembre de 2025; y, el estado de situación financiera y estado de resultados trimestrales, que evidencien la mejora de sus indicadores financieros, para que en el plazo máximo de un (1) año se pueda realizar la evaluación para ratificar la calificación, lo cual será notificado mediante oficio; o, retirar la calificación conforme el artículo 18 de la referida norma. ARTÍCULO 3.- DISPONER, a la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., que el servicio auxiliar sobre el cual fue calificada, se enmarque en el proceso de administración de aplicaciones o plataformas tecnológicas que soportan las operaciones financieras determinadas en el Código Orgánico Monetario y Financiero y la normativa vigente. ARTÍCULO 4.- DISPONER, a la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., el cumplimiento de las disposiciones del Código Orgánico Monetario y Financiero, del órgano regulador y de este organismo de control. ARTÍCULO 5.- DISPONER, a la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., que incluya en el respectivo contrato a suscribir con la entidad contratante, la especificación concreta de los servicios técnicos y operativos que se obliga a proporcionar. ARTÍCULO 6.- DISPONER, a la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., inscriba la presente resolución ante el Registrador Mercantil. ARTÍCULO 7.- DISPONER, a la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., publique por una sola vez, en un periódico de circulación nacional el texto íntegro de la presente resolución. ARTÍCULO 8.- DISPONER, a la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., exhiba en un lugar público y visible de la oficina matriz, la presente resolución de calificación conferida por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. ARTÍCULO 9.- DISPONER, a la Dirección Nacional de Gestión Resolutiva de Trámites, actualizar el listado de “COMPAÑÍAS Y ORGANIZACIONES DE SERVICIOS AUXILIARES DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO CALIFICADAS”, incluyendo a la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., de conformidad a la presente resolución; así como, su publicación en la página web institucional. ARTÍCULO 10.- NOTIFICAR, el presente acto administrativo a la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., en la persona de su representante legal. DISPOSICIÓN DEROGATORIA.- Se deja sin efecto la Resolución Nro. SEPS-INSEPS-2022-0357 de 24 de octubre de 2022. DISPOSICIÓN GENERAL.- DISPONER, a la Secretaría General de esta Superintendencia, sentar la correspondiente razón de derogatoria al margen de la Resolución Nro. SEPS-INSEPS-2022-0357 de 24 de octubre de 2022. DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su expedición. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- Dado y firmado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los 29 días del mes de junio de 2026.

Av. Amazonas N32-87 y La Granja | Quito – Ecuador | PBX: (593) 2 394 8840

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Patricia Yessenia Mariño Paredes INTENDENTE NACIONAL DE SERVICIOS DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA


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LOJA | VIERNES 04/SEPTIEMBRE/2026 I

Estudiantes de Chile convocan protestas contra Kast La Asamblea Coordinadora de Estudiantes Secundarios (ACES) ha convocado una protesta nacional contra la “represión” y las políticas económicas del Gobierno de José Antonio Kast. MADRID. La Asamblea Coordinadora de Estudiantes Secundarios (ACES) ha convocado este 3 de septiembre a protestas en casi una decena de las principales ciudades del país contra la “represión” y las políticas económicas del Gobierno del presidente José Antonio Kast.

En un comunicado, la ACES ha indicado que en la capital, Santiago de Chile, la marcha partirá desde la parada de metro Baquedano, en la plaza homónima, que y a fue un punto de vital importancia durante las manifestaciones masivas que tuvieron lugar a finales de 2019 en el país.

EXTRACTO NOTARIA ÚNICA DEL CANTÓN QUERO.- Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante el DOCTOR POLIVIO NARVAEZ MONTENEGRO, Notario Público del Cantón Quero, el día lunes treinta y uno de agosto del año dos mil veinte y seis, los señores SEGUNDO JUAN AREVALO OLMEDO, de estado civil divorciado, portador de la cédula de ciudadanía número uno ocho cero tres cinco nueve seis seis nueve nueve (1803596699); y, MARGARITA DE LOS ANGELES MARTINEZ GAVILANES, de estado civil divorciada, portadora de la cédula de ciudadanía número uno ocho cero tres seis seis ocho cero cinco cero (1803668050), procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, sociedad que fue disuelta mediante Acta Notarial otorgada en el cantón Quero, ante el Notario Doctor Polivio Narváez, el veinte de marzo del año dos mil veinte y cuatro, se declaró disuelta por mutuo consentimiento la sociedad conyugal o de gananciales existente entre los cónyuges señor SEGUNDO JUAN ARÉVALO OLMEDO y MARGARITA DE LOS ÁNGELES MARTÍNEZ GAVILANES, misma que está marginada en la partida de matrimonio inscrita en el Registro Civil, Identificación y Cedulación correspondiente, el veinte y cinco de marzo del año dos mil veinte y cuatro. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura de liquidación de sociedad conyugal, conforme a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial Nro. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el número 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantil, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, medianteuna sola publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores SEGUNDO JUAN ARÉVALO OLMEDO y MARGARITA DE LOS ÁNGELES MARTÍNEZ GAVILANES, mediante escritura pública de fecha treinta y uno de agosto del año dos mil veinte y seis, ante el Doctor POLIVIO NARVAEZ MONTENEGRO, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término..

Ahora, los convocantes han indicado en un comunicado que el objetivo de estas protestas es “defender el futuro” frente a un Gobierno que está “al servicio de los ricos”. En este sentido, han hecho un lla-

mamiento a la población a sumarse a las marchas para fortalecer y extender a todo el país las protestas. Las consignas Los estudiantes han lamentado que el Gobierno y sus aliados internacionales están al servicio de los intereses imperialistas y buscan activamente “precarizar aún más las condiciones de vida de las familias trabajadoras a nivel global”. “Utilizan la bandera de la seguridad solo para dotarse de herramientas de control social, enfocándose en criminalizar a la juventud”, han añadido. No es la primera vez que grupos estudiantiles salen a la calle para protestar contra el Gobierno desde que Kast llegó al cargo en marzo de 2026. Desde entonces, las manifestaciones

se han saldado con decenas de detenidos y críticas desde el Ejecutivo y las fuerzas de seguridad sobre la supuesta presencia de “encapuchados” que ponen en peligro “la integridad de los transeúntes”. El pasado mes de abril, los estudiantes protagonizaron otra protesta en la capital para rechazar las políticas de Kast y los recortes presupuestarios anunciados, que tendrán un impacto contundente sobre áreas como la educación, entre otras. Con estas protestas, que se han convocado a escala nacional para ejercer una mayor presión sobre las autoridades chilenas, los estudiantes buscan propiciar un nuevo paro nacional que obstaculice la agenda económica de Kast. (EUROPA PRESS)

GOBIERNO. El presidente de Chile, José Antonio Kast. EP

Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondiente.Quero a 03 de Septiembre del año 2026.-

Dr. POLIVIO NARVAEZ MONTENEGRO NOTARIO PÚBLICO DEL CANTÓN QUERO

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De la Espriella confirma un primer cambio en su Gobierno

El presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, confirmó un primer cambio en su Gobierno tras la dimisión de la ministra de Educación, Viviane Morales. gia” a Morales, a quien ha descrito como “una querida amiga”. “Los designios de Dios son insondables y debe dejarnos tempranamente para estar al frente de una situación personal que deseo, de todo corazón, pueda resolver muy pronto”, ha sostenido.

y de que servirá a Colombia con entrega, carácter y convicción”, ha dicho. Asimismo, ha asegurado que despide “con nostal-

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA El CENTRO ECUATORIANO DE TEOTERAPIA INTEGRAL CENTI, con Personería reconocida mediante Resolución No. 1685 de 16 de Julio de 1985, con Reforma de Estatuto del 14 de abril de 1997 mediante acuerdo No 105 del Ministerio de Gobierno y última Reforma de Estatuto de fecha 21 de noviembre del 2024 mediante Acuerdo No. MDG-SMS-DRMS2024-0219-A otorgada por el Ministerio de Gobierno; en virtud de las facultades otorgadas en los artículos 41 y 47 del Estatuto vigente; se permite convocar a todos los miembros activos de la Confesión Religiosa denominada Centro Ecuatoriano de Teoterapia Integral CENTI, a la Asamblea General Extraordinaria, que se llevará a cabo el 15 de septiembre del año dos mil veintiséis (2026), a las 8h00am, en el inmueble ubicado en la calle La Tierra E-10-60 y Shyris, de la ciudad de Quito, en el Distrito Metropolitano, Provincia del Pichincha, a fin de tratar el siguiente orden del día: ORDEN DEL DÍA: 1. 2. 3. 4. 5.

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Verificación del Quorum Oración Lectura y aprobación del Orden del día Conocer sobre las solicitudes de ingreso de personas interesadas para ser parte de la confesión religiosa en calidad de miembros activos y ministros de culto. Elección del Comité Ejecutivo conformado por presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, vocal; por período de un año, comprendido desde el 26 de septiembre de 2026 al 26 de septiembre de 2027, de conformidad al artículo 47 del Estatuto vigente. Receso para la elaboración del Acta de la presente sesión Clausura.

Quito, 03 de septiembre de 2026 Sandra Patricia Berrezueta Romero C.C.1712573417 Presidenta y Representante Legal Centro Ecuatoriano de Teoterapia Integral CENTI

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MADRID. El presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, ha anunciado el nombramiento de una nueva ministra de Educación en sustitución de Viviane Morales, quien ha dimitido por “una situación familiar inesperada”, en el que supone el primer cambio en su gabinete, menos de un mes después de jurar el cargo tras su victoria electoral. De la Espriella ha señalado en un mensaje en redes sociales que Morales será reemplazada por Ilva Myriam Hoyos y ha ensalzado que “su talante, fortaleza, honradez y firme defensa de los valores la preceden”. “Estoy seguro de que será una gran ministra

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AUTORIDAD. El presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella. EP

Ministra enfrentó una ‘campaña woke’ “Viviane se va con mi gratitud, mi afecto y mis oraciones. Las puertas de este Gobierno y de mi amistad siempre estarán abiertas para ella”, ha señalado en su mensaje, en el que ha publicado la carta de dimisión de Morales, en la que argumenta que “una situación familiar inesperada reclama su

presencia y toda su atención de manera inmediata”. Durante sus semanas al frente de la cartera de Educación, Morales denunció a la existencia de “una campaña ‘woke’ que ha metido una cantidad de sutiles movimientos para apoderar-

se de la enseñanza y de la educación de los hijos, especialmente en el programa de educación sexual integral”, al tiempo que apostó por “restaurar principios y valores” en Colombia. Morales se posicionó así cerca de las posiciones defendidas en este asunto por De la Espriella, quien se ha declarado abiertamente ‘anti woke’ y ha expresado una sintonía con el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, y mandatarios como el salvadoreño Nayib Bukele en asuntos como la lucha contra la criminalidad y la migración. (EUROPA PRESS)


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Machado pide transparencia en acuerdo petrolero con EE.UU. La opositora venezolana, María Corina Machado, asegura que la única garantía de éxito para el acuerdo petrolero con Estados Unidos es que haya un “gobierno democrático” en Caracas. POLÍTICA. La opositora venezolana y premio Nobel de la Paz, María Corina Machado. EP

MADRID. La líder opositora venezolana y premio Nobel de la Paz, María Corina Machado, ha señalado este 3 de septiembre de 2026 que el acuerdo petrolero con Estados Unidos, anuncia-

do por la encargada del poder, Delcy Rodríguez, debe abordarse desde la “transparencia” y la “legalidad”, incidiendo en que este solo es posible y tendrá éxito con un “gobierno democrático”

en Caracas. En un vídeo publicado en sus redes sociales en reacción al acuerdo alcanzado entre Estados Unidos y Venezuela para la venta de parte de las reservas petro-

DR. JORGE MACHADO CEVALLOS NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN QUITО EXTRACTO DE DISOLUCION, LIQUIDACION Y CANCELACION DE LA SOCIEDAD CIVIL GEORGE & EDNA LEGACY S.C.C.

Principios de transparencia Machado ha ahondado en que este acuerdo “requiere trabajar de forma sostenida bajo los principios innegociables de transparencia absoluta, legalidad y eficiencia”. A su juicio, este pacto solo se puede dar “con la legitimidad y la estabilidad que ofrece un gobierno serio

Mediante escritura pública número P02248, otorgada ante mi Dr. JORGE MACHADO CEVALLOS, NOTARIO PRIMERO DEL CANTÓN QUITO, el día veintiocho (28) de agosto de dos mil veintiséis (2026), se disolvió, liquidó y canceló la Sociedad Civil denominada GEORGE & EDNA LEGACY S.C.C., a fin de proceder a su aprobación, de conformidad con la ley, pongo en conocimiento del público el extracto de la referida compañía cuyas características son las siguientes: PRIMERA: COMPARECIENTES. Comparece al otorgamiento del presente instrumento público la señora Edna María North, identificada con cédula de identificación No. 1720156668, con nacionalidad británica, con domicilio en la ciudad de Quito, en calidad de Gerente General de la sociedad GEORGE & EDNA LEGACY S.C.C., identificada con Registro Único de Contribuyentes No. 1793192222001, conforme se desprende del nombramiento que se adjunta a la presente. SEGUNDA: ANTECEDENTES. 1. La compañía GEORGE & EDNA LEGACY S.C.C., en adelante la “Compañía”, fue constituida mediante escritura pública otorgada ante la Notaría Sexta del cantón Quito, el día veinte y seis (26) de febrero de dos mil veinte y uno (2021), debidamente inscrita en el Registro Mercantil del cantón Quito el ocho (08) de marzo del mismo año. 2. La Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la Sociedad Civil y Comercial, celebrada el uno (1) de junio del dos mil veinte y seis (2026), resolvió y autorizó de manera unánime, la disolución, liquidación y cancelación voluntaria de la sociedad civil y comercial GEORGE & EDNA LEGACY S.C.C de forma anticipada, en un solo acto. TERCERA: DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y CANCELACIÓN VOLUNTARIA Y ANTICIPADA. Con los antecedentes expuestos, la señora Edna María North en calidad de Gerente General y representante legal de la compañía, en cumplimiento de lo resuelto por unanimidad de los socios en la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios, la disolución, liquidación y cancelación voluntaria y anticipada de GEORGE & EDNA LEGACY S.C.C. Por otro lado, Edna María North, en su calidad de única socia, aprobó los balances finales de la sociedad, así como, la distribución final de capital. Además, se designó a Edna María North como liquidadora principal de la sociedad civil y comercial GEORGE & EDNA LEGACY S.C.C., quien ejercerá la representación legal, judicial y extrajudicial de la sociedad para fines de la liquidación. CUARTA: DECLARACIONES: En virtud de lo resuelto, declara que todos los fondos de la transacción son de origen lícito y declara sobre la veracidad y autenticidad de la información contable, la misma que se obliga a declaro que la misma se mantendrá durante siete años, de conformidad con el Código Tributario. También, declara que la Sociedad no tiene obligaciones pendientes con terceras personas, naturales o jurídicas, públicas o privadas. Finalmente, declara, sobre la veracidad y autenticidad de la información proporcionada y de la documentación de soporte para el trámite de disolución, liquidación y cancelación voluntaria y abreviada de la compañía. Particular que pongo en conocimiento del público, por el término de tres días a contar desde su publicación a fin de que quienes tuvieran interés en ella puedan hacer su apreciación. Vencido el término de tres días, de no haber oposición alguna se procederá a su aprobación y se oficiará al Registro Mercantil del Cantón Quito para su inscripción.

Puntos para un acuerdo petrolero Machado ha planteado que cualquier acuerdo en materia °petrolera se encuadre en “un marco legal transparente” con reglas

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QUITO, 28 DE AGOSTO DE 2026

DR. JORGE MACHADO CEVALLOS NOTARIO PRIMERO DEL CANTÓN QUITO

leras del país, la dirigente opositora ha recalcado que el pueblo venezolano siente “tristeza, rabia y ese malestar tan repetido en la historia” porque, según ha incidido, “alguien decida sobre lo nuestro, en nuestro nombre, sin contar con nosotros”. Aunque no se ha opuesto al acuerdo, ha cuestionado que “aún no se conoce el verdadero alcance” del mismo. “¿Quién firma? ¿Qué es lo que realmente se firma? ¿Quién pone el dinero? ¿Quién da las garantías? ¿Cómo beneficia esto a los venezolanos?”, se ha preguntado, apuntando a las “implicaciones” que puede tener este pacto con Washington en el futuro de Venezuela. De esta forma, la líder opositora ha asegurado que cualquier pacto sobre las reservas energéticas venezolanas, asunto que ella misma ha planteado en el pasado para concitar el apoyo de Estados Unidos, debe basarse en “una asociación sólida de beneficio mutuo”. “Como yo siempre he dicho, ganar-ganar o win-win”, ha apuntado.

y democrático”, en contraposición con el “régimen ilegítimo” de Delcy Rodríguez, quien asumió la presidencia tras la captura de Nicolás Maduro en una operación militar estadounidense el pasado enero y desde entonces ha exhibido una política de colaboración total con el presidente norteamericano, Donald Trump. De esta forma, ha criticado que el patrimonio natural de Venezuela “no le pertenece a un régimen ilegítimo, sino al pueblo venezolano”. “Por supuesto que los Estados Unidos son el socio principal que Venezuela necesita para desarrollar a plenitud su valor estratégico, pero los enemigos de Estados Unidos en Venezuela están hoy en Miraflores”, ha avisado, en referencia a los dirigentes chavistas que siguen en el poder tras la salida de Maduro. “Precisamente por eso, porque esta asociación entre Venezuela y Estados Unidos reviste un factor estratégico es que todos necesitamos que las cosas se hagan bien”, ha sostenido. De esta forma, ha alertado, en un mensaje implícito a Washington, que “solo con el respaldo y acompañamiento de la gente”, a través de un gran acuerdo nacional, puede tener éxito un acuerdo de este tipo, tanto para Estados Unidos como para Venezuela. “Los venezolanos sabemos que no hay desarrollo posible sin instituciones sólidas y sin un gobierno electo por el voto popular. Esa es la única y verdadera garantía de éxito y estabilidad para cualquier inversión”, ha añadido. (EUROPA PRESS)

aprobadas públicamente por una Asamblea Nacional “legítima”, “no por decreto ni a puerta cerrada”. También ha pedido que una agencia de hidrocarburos venezolana independiente sea “un regulador serio” y deje de ser “juez y parte” del sector petrolero. Machado ha propuesto “licitaciones públicas y abiertas”, con “reglas claras” y “resultados transparentes” para, de esta forma, acabar con “adjudicaciones a dedo”. De la mano del acuerdo tiene que venir “un régimen fiscal competitivo y estable” y un marco que “atraiga al inversor”, ha agregado la líder opositora, así como ha sugerido mecanismos de arbitraje internacional y elementos que den seguridad jurídica a los actores que intervengan en el sector. CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


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JUDICIAL QUITO

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VIERNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 8694 VIERNES, 04 DE SEPTIMBRE DE 2026 Editor Director FRANCISCO LÓPEZ MURILLO Hora LOJA, ECUADOR DR. FRANCISCO La VIVANCO RIOFRÍO

ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com

ACCIÓN DE PROTECCIÓN EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA Autores: Paolo Vega López y Patricio Cargua Villalva El equilibrio entre las facultades exorbitantes del Estado y los derechos constitucionales de los contratistas ha sido objeto de constante debate en la administración de justicia ecuatoriana. En el centro de esta discusión se ubica la acción de protección, una garantía jurisdiccional concebida para la tutela inmediata e integral de los derechos reconocidos en la Constitución, cuyo alcance en la contratación pública ha atravesado transformaciones cruciales a la luz de las decisiones de la Corte Constitucional. El antecedente: El veto implícito del artículo 95 Históricamente, la relación contractual entre las entidades públicas y los particulares ha estado marcada por la premisa de que los desacuerdos deben canalizarse a través de la vía ordinaria ordinario-contencioso administrativa o el arbitraje. El artículo 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) restringía drásticamente la procedencia de garantías jurisdiccionales, generando un escenario donde las decisiones unilaterales de la administración —tales como terminaciones unilaterales o declaraciones de contratista incumplido— se ejecutaban sin un control constitucional inmediato. Esta dinámica propiciaba una asimetría jurídica en la que las presuntas

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CONSULTA LABORAL ¿Cómo se calcula la cuantía en el despido ineficaz?

vulneraciones a derechos fundamentales, como el debido proceso, el derecho a la defensa o la seguridad jurídica, quedaban relegadas a procesos contenciosos de larga duración que no siempre garantizaban una restitución eficaz e inmediata.

RESPUESTA

El giro jurisprudencial y la declaratoria de inconstitucionalidad El punto de quiebre en esta materia responde a la declaratoria de inconstitucionalidad parcial del referido artículo 95. La Corte Constitucional del Ecuador determinó que el legislador ordinario no puede limitar abstracta ni apriorísticamente la competencia de los jueces constitucionales para conocer violaciones a derechos fundamentales, sin importar que estas se originen en el ámbito contractual público. Residualidad vs. eficacia: Si bien la vía contencioso-administrativa continúa siendo el canal idóneo para resolver disputas de mera legalidad, cuantías o incumplimientos contractuales técnicos, la acción de protección se consolida como la vía adecuada cuando existe una vulneración directa a un derecho constitucional que la justicia ordinaria no pueda reparar con la celeridad requerida. Desnaturalización de la garantía: La jurisprudencia impone un doble reto: evitar que la acción de protección reemplace a la jurisdicción ordinaria para discutir aspectos económicos o contractuales,

EN LA WEB derechoecuador.com pero garantizando que no se cierre la puerta constitucional cuando la administración pública actúa de forma arbitraria. Desafíos actuales para el Estado y los contratistas La aplicación de la acción de protección en la contratación pública plantea nuevos retos doctrinarios y prácticos para los operadores de justicia: Identificación de la vulneración: Los jueces constitucionales deben verificar minuciosamente si el acto administrativo impugnado transgrede un derecho constitucional o si se trata de un conflicto de mera legalidad. Seguridad jurídica: La correcta delimitación de las competencias entre la justicia constitucional y la

contencioso-administrativa es clave para evitar la saturación judicial y asegurar la predictibilidad en los procesos de contratación estatal. El debate técnico y doctrinario sobre la procedencia, límites y desafíos procesales de esta garantía continúa desarrollándose a medida que los tribunales fijan nuevos criterios sobre el alcance de las medidas cautelares y la reparación integral en materia contractual. Para una revisión detallada del análisis académico y procesal sobre este tema, puede consultar el estudio publicado en la revista Derecho Crítico: Revista Jurídica, Ciencias Sociales y Políticas. Artículo completo Universidad de Guayaquil

La acción de despido ineficaz tiene por objeto que ese despido no surta efecto de tal manera, que la persona trabajadora no pierda su puesto de trabajo, garantizándola en su estabilidad laboral, aun cuando el empleador pretenda pagar las indemnizaciones. Por lo tanto, no es una acción que pretenda directamente un pago pecuniario. De la naturaleza misma de esta acción, se trataría de cuantía indeterminada, conforme el Art.144.6 del COGEP. Aun cuando se deba pagar al accionante las remuneraciones pendiente con un 10% de recargo. Solo alternativamente, si el accionante lo decide, puede solicitar se le pague la indemnización de un año de remuneraciones, más las otras procedentes del despido intempestivo; en ese caso, si se deberá establecer la cuantía. Por lo tanto, la acción de despido ineficaz por su naturaleza es de cuantía indeterminada, salvo que la propia parte actora solicite el pago de indemnizaciones. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia, pág.76

https://revistas.ug.edu. ec/index.php/dcjcsp/article/view/1137 1 Magíster por la Universidad Bolivariana del Ecuador. Correo: pvega_87@hotmail.com 2 Magíster por la Universidad de València. Correo: patiiciocargua85@ gmail.com


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VIERNES 04 DE SEPTIEMBRE DE 2026

Loja - Zamora

Herramienta permite distinguir artefactos antiguos de arcilla

Los museos de todo el mundo cuentan ahora con una nueva herramienta para distinguir los auténticos artefactos antiguos de arcilla de las falsificaciones, gracias al trabajo de un equipo de investigación del Instituto Scripps de Oceanografía de la UC San Diego (Estados Unidos). Sus resultados se publican en la revista ‘PNAS’. EUROPA PRESS

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Loja, Viernes 04 Septiembre 2026 by DIARIO LA HORA - Issuu