

Lojanos participaron de actividades en honor a la aparición de la Virgen
Cientos de fieles participaron del lucernario mariano y de las eucaristías en honor a la Virgen del Cisne, conmemorando más de cuatro siglos de fe y amor a la patrona espiritual del sur del Ecuador. 4 Liberan a ciudadano víctima de secuestro en Yantzaza 7
Carrera de Geología de la UTPL celebrará sus 41 años 3


Tensa relación entre Corte Nacional y Judicatura 9
Remesas digitales transforman el envío de dinero 10
PAÍS
¿El Gobierno puede regalar lo que incauta el Estado? 11

Loja se unió al Día Mundial de la Parálisis Cerebral 5
Loja - Zamora
lojalahora
@ lojalahora
ECONOMÍA
ZAMORA CIUDAD

MANUEL CASTRO M. manuelcastromurillo@hotmail.com
Diálogo y liderazgo
Frente
a la posición del Gobierno de poner fin al paro nacional, pues hay violencia en el mismo y afecta a la economía y seguridad del país, y la de los dirigentes de mantener el paro indefinidamente mientras no se atienda sus demandas al momento ampliadas no solo a la revocatoria del decreto sobre la eliminación del subsidio al diésel, sino la rebaja del IVA, fin de la política extractiva (petróleo y minería) y otras permanentes demandas de educación, salud y seguridad, hay voces serias -no de las otras, correístas y crimen organizadoque exigen un diálogo como medio de restaurar la paz y concordia en el país y continuar la senda del trabajo, emprendimiento, seguridad, desarrollo económico, empleo. Un diálogo formal debe tener lugar no solo entre el Gobierno y la Conaie, sino también participar en el mismo los empresarios, organizaciones de trabajadores, sociedad civil, sin olvidar que el Gobierno -por lo menos eso es lo que se aspira- es de todos los ecuatorianos, es el que administra y guía al país, por su origen democrático y legítimo. Un diálogo formal exige que la comunicación sea directa y el resultado exitoso; exige pautas más rígidas que una simple conversación, con cierto protocolo implícito que ordena y secuencia el diálogo. El tema debe conocerse con anterioridad, con un orden acordado, cuidadoso en el uso del lenguaje, con adecuadas formas de cortesía, y con elementales conocimientos del orden técnico, sin descuidar las diferencias jerárquicas, pues en el caso es entre gobernantes y gobernados, sometidos sin discusión a la Constitución y leyes vigentes en el Ecuador. Los dirigentes de la Conaie -entre que sí o no- consideran un posible diálogo, pero sin admitir en dejar sus demandas. Lo referente a la supresión del subsidio del diésel tiene aceptación casi nacional, inclusive las compensaciones en transporte y ayuda a los agricultores están en vigencia; lo del a aumento al IVA fue aprobado hace algún tiempo y sus ingresos constan en el presupuesto del Estado, su fin es conocido y toca al Gobierno, que es mandatario del pueblo, dar una veraz explicación de cómo fue aplicado en la cuestión seguridad. Por tanto, un diálogo justo debe contemplar la realidad, buscar la concordia y la paz, deponer cualquier enfrentamiento o sanciones y buscar soluciones conjuntas.

PACO MONCAYO GALLEGOS pmoncayog@gmail.com
Estado de Derecho y de derechos
La democracia constituye la mayor conquista política de la humanidad, al haber superado a sistemas absolutistas, autoritarios, teocráticos, dictatoriales y discriminatorios, que imposibilitan la plena realización material y espiritual de las personas y los
EDITORIAL
Imbabura ya no aguanta más
El país entra en la cuarta semana de paro nacional.
Ayer, en Pichincha, Guayas, Imbabura y Azuay se realizaron marchas para exigir la derogatoria del subsidio al diésel, el combate a la inseguridad y la declaratoria de emergencia en salud y educación. Pese a que la sede del Gobierno se trasladó a Latacunga para evitar protestas en Quito, se registraron manifestaciones en varios puntos de la capital, desde las 10:00 hasta las 18:00. El Gobierno calificó de revoltosos a quienes respaldaron el paro en las calles. Aunque las protestas han sido lideradas por la Conaie, ya tienen el respaldo de más organizaciones, como los sindicatos, ambientalistas, artistas y otros.
El Gobierno reitera que no dará marcha atrás, respaldado por gremios productivos e industriales. Desde la Conaie cuestionan la respuesta de la fuerza pública y se asegura que esta es una muestra de que no existe voluntad de diálogo.
Mientras, Imbabura sigue atrapada por los manifestantes causando una crisis inédita en su economía y turismo, de la que tardará al menos un año en recuperarse, según análisis preliminares. La esperanza de diálogo circuló en Cotacachi, Otavalo, Atuntaqui e Ibarra hasta la semana pasada, pero ahora se percibe lejana. La situación ha obligado a establecer salvoconductos humanitarios para el transporte de leche y alimentos, así como horarios restringidos de atención comercial. En las protestas de ayer, al menos en Quito, nadie recordó a los imbaburenses, pero su desesperación es real y urgente, como la de muchas comunidades en todo el país.
A 22 días de iniciado el paro, es obligación de las autoridades evitar más daños y, de los líderes sociales, asegurar la integridad y prioridades de su propia gente. Estos intereses jamás serán incompatibles; y las acciones de los siguientes días deberían reflejarlo.

pueblos; pero no es un logro plenamente alcanzado; es un sistema complejo, perfectible, con avances y retrocesos que, por lo mismo, se debe defender. La democracia implica el imperio de la Constitución y la Ley. La Carta fundamental de 2008 contiene normas claras que, en la actualidad, están siendo irrespetadas o, intencionalmente, mal interpretadas: El Art. 56, al referirse a las comunidades, pueblos, y nacionalidades indígenas, a los pueblos afroecuatoriano y montubio les atribuye el dere -
cho a: “Construir y mantener organizaciones que los representen, en el marco del respeto al pluralismo y a la diversidad cultural, política y organizativa . El Estado reconocerá y promoverá todas sus formas de expresión y organización”. Por otra parte, garantiza a todas las personas , “Una vida libre de violencia en el ámbito público y privado… El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia…” ; el derecho para transitar libremente por el territorio nacio -

Renunciar a la violencia
KarlMarx dejó muy claro en su Manifiesto comunista (1848) que “los comunistas no tienen por qué ocultar sus ideas e intenciones. Abiertamente declaran que sus objetivos solo pueden ser alcanzados derrocando por la violencia todo el orden social existente”. Merece la pena recordarlo para caer en la cuenta de la importancia que tiene defender el orden social.
El orden aunque sea imperfecto, es preferible al caos y la anarquía que expulsan al diálogo y a la razón como medios para pactar los términos de la convivencia en sociedad. Tras esta expulsión, toman su lugar la violencia y la irracionalidad, la muerte y el enfrentamiento. Se puede creer –desde la ignorancia, la ingenuidad o el engaño– que el nuevo orden que se pretende parir mediante el palo, la piedra y el fuego, será mejor que el que se tiene ahora.
La historia ha demostrado una y otra vez que la violencia nunca da frutos de paz. Quizá los ecuatorianos, tan huérfanos de guerras, tendríamos que hacer un mayor esfuerzo por comprender estas lecciones en la experiencia ajena. No hace falta perder demasiado para entender que la violencia no tiene justificación.
El paro aúna inconformidades diversas. No todos los que lo secundan son terroristas y delincuentes . Sin embargo, los discursos incendiarios y las acciones que son más propias de salvajes que de personas civilizadas, pueden llevar a las masas a convertirse en depredadores del pueblo al que dicen representar y defender. Ante ese peligro, el Estado debe actuar como garante del orden que nos pone a todos a salvo de la brutalidad.
Hay que dejar que militares y policías hagan su trabajo. La sociedad civil tiene también el suyo: evitar la confrontación La mejor manera de desactivar el discurso de ciertos dirigentes que encienden la mecha y esperan a que se convierta en incendio, es no reaccionar como a ellos les gustaría. Recordemos las sabias palabras de Gandhi: “No hay camino para la paz, la paz es el camino.”
nal… a dirigir quejas y peticiones individuales y colectivas a las autoridades y a recibir atención o respuestas motivadas. No se podrá dirigir peticiones a nombre del pueblo. Entre las responsabilidades:1. Acatar y cumplir la Constitución, la ley y las decisiones legítimas de autoridad competente . 4. Colaborar en el mantenimiento de la paz y de la seguridad 5. Respetar los derechos humanos y luchar por su cumplimiento . Art. 98.Los individuos y los colectivos podrán ejercer el derecho a la
resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales… ”. Se entiende que respetando la Constitución. Por lo anterior, es evidente que los brutales “levantamientos” de los años 2019, 2022 y las acciones de violencia desmedida actuales fueron y son inconstitucionales; presuponen un atentado contra la democracia y los derechos de todos los ecuatorianos; y, merecen sanción.
CORINA DÁVALOS* Columinsta Invitado
Carrera de Geología de la UTPL invita a celebrar sus 41 años
La carrera de Geología de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) reunirá a sus alumni de todas las promociones desde 1984 en un evento académico y de confraternidad que busca fortalecer los lazos profesionales.
Con el objetivo de celebrar más de cuatro décadas de formación académica, la carrera de Geología de la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) organiza el “Encuentro Geológico UTPL 2025”, que se llevará a cabo el viernes 7 de noviembre en el campus universitario.
José Guartán, director de la carrera, explicó que este evento busca generar un espacio de reencuentro entre profesionales formados desde 1984, año en que se creó la carrera bajo el nombre de Tecnología en Minas. “Queremos que nuestros alumni compartan sus experiencias laborales y motiven a los estudiantes actuales a ampliar su visión profesional y a emprender en su propio campo”, señaló.
Actividades previstas
Durante la jornada matutina, en el auditorio Pío Jaramillo,
se desarrollarán tres conferencias dictadas por alumni, quienes abordarán temas como minería y sostenibilidad social, buenas prácticas en el ámbito geológico-minero y emprendimiento en consultorías geotécnicas. De forma paralela, se realizará una feria con ocho stands donde empresas y consultoras del sector mostrarán sus productos y servicios.
La jornada concluirá con una cena de confraternidad a las 19:00 en el Hotel Sonesta, donde se entregarán placas de reconocimiento a los exdirectores de la carrera por su compromiso y liderazgo a lo largo de los años.
El director destacó que este encuentro incluye a todas las generaciones de graduados y busca fortalecer la red de egresados de la UTPL.
“Es una oportunidad para reencontrarse con compa-
ñeros después de décadas, compartir experiencias y generar nuevas alianzas profesionales”, comentó. Finalmente, invitó a los jóvenes interesados en el estudio de la tierra a conocer la carrera de Geología, la cual ofrece dos itinerarios: Exploración y evaluación de recursos y Geotecnia y riesgo geológico. “La geología no se limita a la minería, abarca campos tan diversos como la hidrogeología, la sismicidad, el ordenamiento territorial o la paleontología. Es una carrera apasionante para quienes aman la naturaleza y la ciencia”, concluyó.
Dato
Los interesados en participar de la integración pueden inscribirse a través del siguiente enlace: https://eventos.utpl. edu.ec/encuentro-geologicoutpl-2025-41-anos-forjandorutas-de-conocimiento


ARCSA ejecuta controles
continuos a farmacias para garantizar turnos reglamentarios
PROFESIÓN. La carrera de Geología de la UTPL ha aportado con profesionales competitivos y con valores a la sociedad.
La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa), por medio de su Coordinación Zonal 7, mantiene controles nocturnos en farmacias de El Oro, Loja y Zamora Chinchipe, para controlar su cumplimiento efectivo, con el fin de garantizar el acceso oportuno a medicamentos por parte de la población. En cumplimiento al Artículo 166 de la Ley Orgánica de Salud el cual establece que “las farmacias deben atender al público mínimo 12 horas diarias ininterrumpidas y cumplir obligatoriamente los turnos establecidos”, equipos técnicos de Arcsa realizan inspecciones nocturnas constantes en los establecimientos que se encuentran de turno con base en el calendario disponible en la página web de la institución.
En estos controles se revisa que realicen la atención ininterrumpida de 24 horas, además que cuenten con el permiso de funcionamiento vigente, que el letrero con la palabra “Turno” sea visible y luminoso, y que dispongan de ventanilla de turnos. En lo que va del año, 14 farmacias no han cumplido esta
disposición, por lo que se les inició el proceso administrativo correspondiente, que conlleva multas de hasta 5 salarios básicos unificados y la clausura temporal o definitiva del establecimiento. El cronograma de turnos está disponible en la página web: www.controlsanitario. gob.ec/turnos-de-farmacias/, así como en la aplicación de descarga gratuita para celulares Arcsa Móvil; y se actualiza de forma mensual, ya que suele estar sujeto a modificaciones, debido a que los mismos representantes de farmacias notifican aperturas o cierres de sus establecimientos.
Arcsa invita a la ciudadanía en caso evidenciar incumplimientos, reportarlos a través de la aplicación de descarga gratuita Arcsa Móvil.

ANULACIÓN DE CHEQUE
El BANCO DE MACHALA Sra. Mery Yoredy Ruiz Calle, comunica al público en general la suspensión de pago, por revocatoria, por anulación de los cheques Nº 1994 al 1995 de la cuenta corriente Nº 1250152465, dichos cheques serán anulados en caso de no presentarse reclamo.
CONTROL. Se verifica atención continua, permiso vigente, letrero visible y ventanilla operativa.
Lojanos celebraron con devoción los 431 años de aparición de ‘La Churonita’
Cientos de fieles participaron del lucernario mariano y de las eucaristías en honor a la Virgen del Cisne, conmemorando más de cuatro siglos de fe y amor a la patrona espiritual del sur del Ecuador.
Con profunda devoción y fervor religioso, Loja celebró los 431 años de aparición de la Santísima Virgen del Cisne, una de las advocaciones marianas más queridas del país. La programación inició el sábado 11 de octubre con el tradicional lucernario mariano, una procesión llena de luz, oración y cantos que recorrió las principales calles del centro de la ciudad.
La caminata, encabezada por el obispo de Loja, monseñor Walter Eras, y el padre William Arteaga, reunió a cientos de fieles que, con velas en mano, acompañaron a la Imagen por las calles José Antonio Eguiguren, 18 de Noviembre, Celica, Sucre, Miguel Riofrío y Bernardo Valdivieso, hasta llegar a la Iglesia Catedral, donde se celebró la eucaristía central.
Posteriormente, los asistentes disfrutaron de la tradicional quema de castillos preparada especialmente para la ocasión.
El padre William recordó
que esta celebración es un homenaje a la Virgen, por haber traído al mundo la luz que es Jesucristo. Por su parte, el obispo Walter Eras exhortó a pedir la intercesión de la Virgen del Cisne ante el Padre celestial por los enfermos y por todas las necesidades que nacen del alma y del cuerpo.
El 12 de octubre, día central de la conmemoración, se realizó la misa de fiesta en su honor y se recordó el milagroso suceso ocurrido en 1594 en el sector de El Cisne, cuando la Virgen María se apareció a los pobladores indígenas en medio de la sequía y el hambre, prometiéndoles ayuda y protección si permanecían en el lugar y construían un templo en su honor. Desde entonces, su presencia se ha convertido en símbolo de esperanza, fe y unidad para el pueblo lojano y el sur del Ecuador.
La celebración de este año reafirmó que la devoción a la Virgen del Cisne continúa
9.338 ciudadanos conformarán las Juntas

viva y arraigada. Entre oraciones, cantos y luces, los
lojanos renovaron su amor y gratitud a ‘La Churonita’, agradeciendo por siglos de guía y protección espiritual.
El miércoles 8 de octubre, en Sesión Ordinaria los vocales de la Junta Provincial Electoral designaron a 9.338 Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV), quienes serán los encargados de contar los votos el próximo 16 de noviembre en la provincia de Loja.
rios (86.91%), 100 empleados privados (1.07%), 469 servidores públicos (5.02%), 85 estudiantes de colegio (0.91%), y 568 ciudadanos y ciudadanas residentes en zonas (6.08%).
De los seleccionados son: 8.116 estudiantes universita-

Sandra Rodríguez, presidenta de la Junta Provincial Electoral, informó que la designación se realizó mediante sorteo público, con presencia de Patricia Quiñones Rojas, notaria octava del cantón Loja, que garantizó la transparencia en esta actividad.
La notificación a los MJRV que conformarán las 1.334 Juntas Receptoras del Voto inició el jueves 9 y posterior a ello, la capacitación será desde el 10 de octubre.


Tratamiento de várices mediante Esclerosamiento (inyecciones)
DESIGNACIÓN. Los miembros de las Juntas Receptoras del Voto contarán los sufragios el 16 de noviembre en Loja.
ACTO. La Sagrada Imagen recorrió las principales calles de la ciudad. Foto: Holger Tene.

El Centro de Apoyo Social Municipal de Loja (CASMUL) organizó una jornada emotiva junto a los niños del proyecto Senderos de Alegría, para visibilizar la importancia de la inclusión y el respeto a los derechos de las personas con parálisis cerebral.
Con una marcha y un acto cultural lleno de color, música y emoción, Loja conmemoró el Día Mundial de la Parálisis Cerebral, una fecha que invita a mirar con el corazón y reconocer la fuerza, ternura y esperanza de los niños, niñas y jóvenes que viven con esta condición.
La actividad fue organizada por el Centro de Apoyo Social Municipal de Loja (CASMUL) y contó con la participación de los pequeños del proyecto Senderos de Alegría, quienes junto a sus familias protagonizaron momentos llenos de sensibilidad y unión.
Chriss Jiménez, directora del Centro de Apoyo Social Municipal de Loja, manifestó que esta fecha invita a reconocer la fuerza, la ternura y la esperanza que habitan en los niños, niñas y jóvenes
que viven con parálisis cerebral. Señaló, además, que la inclusión se construye día a día con empatía, respeto y acciones concretas que transforman vidas.
Durante la jornada, los padres de familia destacaron la necesidad de garantizar una vida incluyente para sus hijos, donde se respeten sus derechos y tengan acceso a las mismas oportunidades que cualquier otra persona.
El centro Senderos de Alegría, regentado por el CASMUL, brinda atención integral a niños con parálisis cerebral, ofreciendo rehabilitación física, apoyo psicológico y acompañamiento a las familias. Este espacio se ha convertido en un lugar caracterizado por la resiliencia y la esperanza, reafirmando que la diversidad es motivo de inclusión.
Loja conmemoró el Día Mundial de la Parálisis Cerebral

ACTIVIDAD. Niños participaron con alegría y emoción en la marcha por el Día Mundial de la Parálisis Cerebral en Loja.
Aprehenden a dos ciudadanos por presunto delito de robo
La Policía Nacional aprehendió a dos ciudadanos implicados en un presunto robo, incautando un cuchillo, un machete y los objetos sustraídos reconocidos por la víctima.
En el cantón Catamayo, la mañana de este 12 de octubre, personal policial logró la aprehensión de dos ciudadanos por el presunto delito de robo a personas.
El hecho se suscitó luego de que un ciudadano se acercara al UPC Catamayo, manifestando que minutos antes, dos individuos le habrían solicitado un servicio de transporte, y al llegar a las inmediaciones del estadio del barrio San José, lo habrían amenazado con armas blancas, despojándolo de dinero en efectivo, un teléfono celular y otros objetos perso-
nales. Posteriormente, bajo amenazas, lo habrían obligado a continuar la marcha hasta el barrio Buena Esperanza, donde descendieron del vehículo y se dieron a la fuga.
De inmediato, los servidores policiales iniciaron las acciones investigativas y operativas, logrando ubicar a los presuntos implicados, quienes fueron plenamente identificados por la víctima. Durante el registro corporal se encontró entre sus pertenencias un cuchillo, un machete y los objetos sustraídos, mismos que fueron
reconocidos por el afectado. Los aprehendidos responden a los nombres de José S. S. y Ever L. C., quienes fueron trasladados al centro de salud para la valoración médica correspondiente, y posteriormente fueron puestos a órdenes de la autoridad competente para determinar su situación jurídica.
La Policía Nacional del Ecuador reafirma su compromiso de garantizar la seguridad ciudadana y el orden público, actuando de manera oportuna ante cualquier hecho delictivo que vulnere la tranquilidad de los ciudadanos.



Rescatan a ciudadano secuestrado en Yantzaza
Operativo de la Policía Nacional culminó con la liberación de un hombre secuestrado y la captura de dos presuntos integrantes del grupo armado organizado “Los Lobos”, en un operativo desarrollado en el cantón Olmedo.
La intervención de la Policía Nacional del Ecuador permitió rescatar con vida a un ciudadano que había sido secuestrado en el cantón Yantzaza, provincia de Zamora Chinchipe. El operativo se ejecutó en el cantón Olmedo, en Loja, donde fue-
ron aprehendidas dos personas implicadas en el delito de secuestro y robo de un vehículo.
De acuerdo con las investigaciones preliminares, los sospechosos se movilizaban en una camioneta doble cabina que había sido reportada
como robada, mientras mantenían retenida a la víctima en el interior del automotor. Su objetivo era trasladarse hacia la provincia de El Oro. El coronel José Eduardo Cóndor, comandante de la Subzona Loja subrogante, manifestó que, durante el
operativo, uno de los ocupantes intentó huir entre la vegetación, lo que desencadenó una persecución que terminó con su captura pocos minutos después. Gracias a esta acción coordinada, los agentes lograron liberar a Mauricio B. F., propietario de una
discoteca en Yantzaza, quien fue trasladado a un centro de salud para recibir atención médica.
Los detenidos fueron identificados como Andrés F. M., de 39 años y nacionalidad extranjera, y un adolescente de 17 años. Ambos serían parte del grupo armado organizado “Los Lobos”, vinculado al expendio de sustancias sujetas a fiscalización y a otros delitos cometidos en las provincias de Loja y Zamora Chinchipe. Tras su captura, los implicados fueron sometidos a valoración médica y puestos a órdenes de las autoridades competentes para que se determine su situación judicial.

Ejército Ecuatoriano frena operación de minería ilegal en Zamora Chinchipe
En una operación militar liderada por el Batallón de Selva N.° 17 “Zumba” y con información de inteligencia militar se desmanteló una operación de minería ilegal en el sector Las Conchas del cantón Zamora Chinchipe. La operación se llevó a cabo en el límite político internacional, donde se evidenció la presencia de máquinas excavadoras y ciudadanos realizando actividades ilícitas, quienes al percatarse de la presencia militar, proceden a abandonar el lugar, cruzan-
do al Perú por el río Canchis.
Después de una búsqueda en el lugar se encontró el siguiente material:
- 1 excavadora marca Hyundai (inhabilitada)
- 1 excavadora marca Caterpillar (inhabilitada)
- 2 motores de succión de agua (incautados)
Con estos resultados, el Ejército Ecuatoriano busca controlar las actividades mineras consideradas ilegales en el sur del Ecuador.

OPERACIÓN. Se detectó maquinaria y personas realizando minería ilegal, huyendo hacia Perú por río Canchis.
ACTUACIÓN. La Policía Nacional ejecutó un operativo y detuvo a dos presuntos integrantes de “Los Lobos”.

MOVILIZACIONES. Manifestantes dispersados durante la marcha del 12 de octubre de 2025 en el sur de Quito. (Foto: API).
¿Cómo evitar la escalada del paro?
Encontrar puntos de conexión entre los intereses del Gobierno y de las organizaciones sociales que promueven el paro es el reto para bajar la intensidad de las manifestaciones. Si este conflicto continúa quien más perderá será el país, según expertos.
La marcha del 12 de octubre de 2025, convocada por organizaciones sociales e indígenas , no tuvo un recorrido directo desde la Villaflora hasta el parque El Arbolito , en Quito . Policías y militares intentaron en varios puntos bloquear el avance de los manifestantes e hicieron uso de bombas de gas lacrimógeno.
A pesar de eso, los manifestantes llegaron al punto previsto y allí la Fuerza Pública también utilizó gas lacrimógeno para dispersar a los ciudadanos. Hoy, 13 de octubre, se cumplen 22 días del paro en Ecuador y no hay luces de un diálogo entre el Gobierno, la Conaie y demás organizaciones que promueven las manifestaciones.
¿Cómo desescalar el conflicto?
Juan Fernando Páez , director del Centro de Métodos Alternativos para la Solución de Conflictos
(Cemasc) de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (Puce) , dice que para bajar la intensidad del conflicto es necesario saber cuáles son los intereses que podrían compartir las partes. Es decir, puntos en común.
“Para poder desescalar un conflicto de esta naturaleza, un conflicto social que no es atípico, lamentablemente en nuestro sistema jurídico, tenemos que encontrar puntos de conexión, saber cuáles son los intereses que podrían las partes compartir. Detectar cuáles son las necesidades de las dos partes”, explica. Cuando se haya sentado un principio y una posibilidad de diálogo respecto a aquellos intereses comunes, se puede dejar para una segunda etapa los intereses que no son en principio incompatibles , añade.
Páez ya proyectaba que con la marcha del 12 de octubre de 2025 las diferencias podrían agudizarse, como ocurrió con las mar -
chas de 2019 y 2022 desarrolladas en la capital.
“Lo que es necesario y urgente es encontrar a ese tercero (tercer actor, mediador )” para que las partes vayan a un diálogo, señala Paéz, quien fue parte del equipo de facilitadores y relatores en las mesas de diálogo en 2022
“Mientras no aparezca este tercero que garantice que las partes van a poder conversar en igualdad de condiciones, vamos a estar en esta escalada, que es un círculo que se repite”, menciona.
Cree que el cambio de dirigentes en la Conaie y en la Presidencia de Ecuador son factores que impiden institucionalizar el diálogo. “La única alternativa aquí es que todos se depongan posiciones y puedan sentarse a conversar”.
Frenar el conflicto para evitar mayor riesgo César Ulloa , politólogo y doctor en Ciencias Sociales, dice que el paro de 2025
que genera el conflicto, pero que el Gobierno probablemente no decline sobre su decreto que eliminó el subsidio al diésel.
Urge un diálogo pronto Francis Romero , analista político y director general de la encuestadora Click Report , realiza un estudio sobre el nivel de aceptación del presidente Daniel Noboa y del paro. Aún no concluye el análisis, pero adelanta de forma preliminar que el Gobierno tiene respaldo ciudadano.
es distinto a los anteriores, porque es hiperfocalizado y eso hace que las estrategias del Gobierno y de la dirigencia indígena sean distintas.
“Es importante desescalar, pero en la medida que las partes manifiesten una voluntad política de hacerlo”, subraya. Duda que el paro dure hasta el 16 de noviembre, fecha de la consulta popular , pero ve otro riesgo: una confrontación interna entre habitantes de una provincia.
“La primera cosa que se debería exigir para un posible desescalamiento del conflicto es el cese de cualquier medida violenta , que atente contra la vida de los ciudadanos. Y esto porque en la provincia de Imbabura prácticamente está enfrentado pueblo contra pueblo, mestizos contra indígenas, incluso indígenas de comunidades con otras, por el tema del abastecimiento del gas , de acceso a alimentos , de normalización de las actividades cotidianas”, argumenta.
Sin embargo, enfatiza en que hay cosas que no son visibles para la opinión pública, por lo que no descarta que el Gobierno y la Conaie podrían estar negociando. Pero eso también dependerá de los escenarios, donde apunta tres:
Por cansancio o fatiga el paro puede perder fuerza. Radicalización de la protesta. Las partes se sienten a dialogar por el cansancio
Señala que en este paro hay una diferencia: “Hemos sentido que la mayoría no apoyan como en otros momentos el paro indígena”. Dice que “para bajar la escalada, el movimiento indígena debería ser sensible a la situación real de los hogares ecuatorianos”. Aunque reconoce que se han dado excesos de ambos lados.
Plantea al Gobierno amplificar e informar sobre las compensaciones para el movimiento indígena por la afectación de la eliminación del diésel, y al movimiento indígena abrirse y proponer objetivos reales en una mesa de diálogo. “Ojalá sea en esta semana . Tienen que sentarse, realmente abrirse y decir las compensaciones que va a recibir el movimiento indígena. Y en base a eso empezar una negociación . Es la única forma”, de lo contrario habrá más protestas y más detenidos, refiere.
¿Quién pierde con el paro? Paéz considera que con el paro todos pierden. Reitera la necesidad de un diálogo, pero recalca: “Es necesario que se entienda que la negociación supone renuncia”. Ulloa coincide en que todos pierden con el paro porque el tejido social cada vez está más descompuesto. Romero también observa que quienes más pierden son los ecuatorianos, pero también pierde la imagen del movimiento indígena, añade. Sobre el Gobierno reitera: “El respaldo que tiene de la mayoría de los ecuatorianos en este momento es muy alto”. (KSQ)
Jueces nacionales esperan respuestas del Consejo de la Judicatura
Los jueces de la Corte Nacional de Justicia esperan que la Judicatura retome el concurso para la designación de 11 magistrados, el concurso para integrar las judicaturas especializadas por mandato de la consulta popular de 2024, y solucionar problemas de infraestructura de unidades judiciales.

REUNIÓN.
de la CNJ, en una cita del 7 de octubre de 2025. (Foto CNJ).
Los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) están a la expectativa de las decisiones que podría empezar a adoptar en los próximos días el nuevo Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ).
titulares (José Suing, Marco Rodríguez, Katherine Muñoz, Enma Tapia, Consuelo Heredia, Alejandro Arteaga, Milton Velázquez, Rosana Morales, Daniella Camacho y Felipe Córdova), de los 21 jueces con los que normalmente debe operar.
El resto son conjueces titulares y jueces de cortes provinciales. “Se ha requerido de ellos para que el trabajo de la CNJ no se detenga, pero no hay una conformación legal ni constitucional de la CNJ desde 2019. Hay un déficit en todo sentido. Ningún Consejo de la Judicatura ha sido capaz de llevar a cabo un concurso”, subrayó la fuente.
Los jueces de la Corte, aunque algunos son escépticos, esperan que la Judicatura retome el concurso público de oposición y merecimientos para designar a los 11 jueces que faltan para completar las salas penales, civil, etc.
Con este panorama, el 21 de noviembre de 2024, el Consejo de la Judicatura, que también estaba administrado por Mario Godoy, declaró la nulidad total del concurso tras hallar irregularidades.
Los jueces nacionales insisten que la integración de la CNJ con 21 magistrados no solo permitirá destrabar causas , sino incluso poder nombrar al presidente titular de la Corte.
sición de nuevas unidades a escala nacional. El funcionario judicial que habló con LA HORA, que pidió la reserva del nombre, dijo que no pierde la esperanza de que estas “urgencias” se vayan solucionando y que la gestión de Mario Godoy empiece a dar resultados.
Eventuales cambios con una Asamblea Constituyente En la sede de la CNJ, cinco jueces nacionales (Marco Rodríguez, Felipe Córdova, Katherine Muñoz, Daniella Camacho y Consuelo Heredia) están por culminar el periodo de nueve años (en enero de 2027) para el que fueron electos.
Por ello, un juez consultado opinó que la evaluación a los funcionarios judiciales debe afincarse en jueces de primer y segundo nivel (jueces de distritos). Sin embargo, reconoce que también estarán supeditados a una eventual convocatoria a una Asamblea Constituyente.
En caso de que en la consulta popular del 16 de noviembre triunfe el Sí, podrían darse nuevas reglas para la conformación de la CNJ.
La tarde del martes 7 de octubre de 2025, casi dos semanas después de su posesión en la Asamblea Nacional, los magistrados del alto tribunal recibieron, en comisión general, al presidente del máximo organismo de administración y disciplina de la Función Judicial, Mario Godoy, junto a los vocales Magaly Ruiz, Alfredo Cuadros, Damián Larco y Fabián Fabara.
dieron varios detalles del encuentro.
La cita se desarrolló en el salón de sesiones de la CNJ, en el quinto piso. Fue declarada reservada y sin acceso a la prensa. Sin embargo, por fuentes del tribunal trascen-
Escepticismo en algunos jueces de la Corte Nacional de Justicia
° Según un relato de la fuente consultada por LA HORA, tras la sesión del martes 7 de octubre de 2025 en la sede de la CNJ, algunos magistrados se mostraron escépticos.
“Es que, en el pasado, ya hemos tenido este tipo de reuniones en medio de una comisión general. Por ejemplo, cuando justamente María del Carmen Maldonado asumió la presidencia de la Judicatura, fue con los vocales, pero mire todo lo que pasó años después”, señaló.
La fuente se refiere a la decisión de Maldonado que en febrero de 2022 renunció al cargo, ya que, a partir de entonces, el Consejo de la Judicatura atravesó por varias crisis en su integración por renuncias e investigaciones a vocales.
Los jueces nacionales y vocales del CJ buscaron delinear, en una reunión de menos de media hora, los requerimientos y una hoja de ruta con las prioridades de lo que debería considerarse como el reto de la Función Judicial hasta el 2031 (periodo constitucional para el que fueron designados los vocales).
Según fuentes consultadas, Mario Godoy hizo énfasis en la necesidad de evaluar el desempeño de los servidores judiciales, donde ambos sectores también hablaron de la necesidad de recuperar la legitimidad y la confianza en el sistema judicial. Aunque el cómo es todavía una incógnita.
Faltan más de la mitad de jueces Desde la última evaluación en el año 2019, la CNJ está incompleta. Solo tiene 10 jueces
José Suing asumió la presidencia temporal del alto tribunal el 8 de febrero de 2024, pero aún no ha podido ser reemplazado, ya que el titular de la CNJ debe ser designado con el voto de al menos 12 jueces, que se requieren para que en una sesión haya quórum.
Otras prioridades de los jueces nacionales
En la lista de prioridades también urge avanzar en el concurso para conformar el banco de elegibles (jueces suplentes) para cubrir más de 500 vacantes de jueces en el país, para dar atención al usuario del sistema de justicia.
Está también pendiente el concurso para designar a 91 magistrados para integrar las judicaturas especializadas, según mandato de la consulta popular de abril de 2024.
Y, el tema de la infraestructura de unidades judiciales, que adolecen de deficiencias, por lo que se plantea la adqui-
“Así ocurrió con la Constitución de 2008 redactada en Montecristi. Se generó una nueva conformación de la CNJ y, tras un concurso, los jueces y conjueces entraron en funciones en 2012”, recordó la fuente consultada.
En todo caso, señaló que, de instalarse una Constituyente, se debería proponer que la Corte vuelva a tener la denominación de Corte Suprema de Justicia (CSJ), para dar legitimidad al más alto organismo de justicia ordinario del país.
El funcionario judicial recordó que la denominación cambió a Corte Nacional de Justicia con la Constitución correísta de 2008, “con el propósito de deslegitimar a la Corte y restarle potestad”.
Opinó, además, que habría que analizar si de acuerdo con la carga procesal es necesario que se vuelva a conformar con 31 magistrados o si se mantiene con 21.
Además, enfatizó en que una eventual Constituyente debería poner reglas claras para que los concursos sean rigurosos y transparentes, para evitar declaratorias de nulidad. (SC)
Mario Godoy, titular del Consejo de la Judicatura, junto a José Suing, presidente encargado
El mapa del dinero migrante: de Queens a Cuenca en un clic
Las remesas desde Estados Unidos hacia Ecuador se digitalizan a gran velocidad. Nueva York, Nueva Jersey y Florida, en Estados Unidos, concentran la mayor parte de los envíos. Cada vez más ecuatorianos usan aplicaciones como Remitly, Xoom o Wise para enviar dinero en segundos, reduciendo costos y fortaleciendo a miles de hogares en Cuenca, Loja o Manta.
En una esquina de Queens (Estados Unidos), una madre ecuatoriana revisa su celular y en segundos confirma que el dinero llegó: $320 que cruzaron miles de kilómetros para cubrir la matrícula escolar de su hija, en Loja. No hubo filas, ni comprobantes en papel, ni esperas frente al mostrador de una remesadora. Solo un clic.
Esa escena, cada vez más común, resume una historia mayor: la de las remesas que llegan desde Estados Unidos a Ecuador, una corriente invisible de dólares que sostiene a millones de familias y que hoy fluye más rápido que nunca.
Cifras sobre las remesas
En el primer semestre de 2025, las remesas se afianzaron como un pilar clave de la economía ecuatoriana. Según el Banco Central (BCE), el país recibió más de $3.724 millones hasta junio de 2025, impulsado por un segundo trimestre récord de $2.000,5 millones, el mayor desde 1993. En solo tres meses, los envíos crecieron 16% frente al primer trimestre y 24,2% respecto a 2024, convirtiendo a las remesas en la tercera fuente de divisas, después del petróleo y el camarón. El impulso provino principalmente de los migrantes en Estados Unidos , responsables del 76,8% de los envíos ($1.535 millones). El BCE asocia este salto a la incertidumbre migratoria en ese país, que llevó a muchos ecuatorianos a enviar más dinero como medida de protección familiar. España ocupó el segundo lugar con el 14,1% del total ($281,8 millones), mientras que Italia aportó el 2,1% ($41,8 millones). El resto del mundo completó el 7,1%.

A nivel interno, el mapa de la recepción mantiene una clara concentración: Guayas, Pichincha, Azuay y Cañar recibieron el 70,5% del total ($1.410 millones).
Mapa del dinero migrante en EE.UU. El dinero que sostiene a miles de familias ecuatorianas proviene de una red de ciudades y estados de EE.UU., donde los migrantes han echado raíces por décadas. Aunque el Banco Central no detalla cifras por estado o ciudad, estudios de universidades como la San Francisco, la Flacso y del BID (Banco Interamericano de Desarrollo) permiten trazar una radiografía clara del origen de esas remesas.
Nueva York y Nueva Jersey lideran el envío de remesas desde EE.UU., aportan-
Texas, Illinois y Connecticut completan el mapa principal, aportando alrededor de otro 15%. En Houston y Dallas, la migración ecuatoriana ha crecido con fuerza desde la crisis económica de 1999, mientras que Chicago y Hartford mantienen comunidades más antiguas que combinan oficios tradicionales con pequeños emprendimientos.
TECNOLOGÍA.
Cada vez más remesas llegan a Ecuador en segundos, con solo un clic.
transferencias hacia el Ecuador aún se hacen por bancos o empresas remesadoras tradicionales, como Western Union o MoneyGram, los envíos a través de ‘apps ‘son cada vez más comunes.
do entre 45% y 50% del total. En su área metropolitana Queens, Bronx, Newark y Paterson— viven más de 400.000 ecuatorianos, muchos en trabajos de servicios, construcción o limpieza. Con envíos constantes sostienen un flujo millonario que llega cada trimestre al país.
En un segundo bloque aparecen Florida y California , que en conjunto aportan entre el 20% y 25% de las remesas. En Florida, la concentración se da especialmente en Miami-Dade y Broward, mientras que en California destacan Los Ángeles y el condado de Santa Clara, donde en los últimos años se ha notado una presencia creciente de migrantes ecuatorianos vinculados al sector tecnológico y de servicios personales
El restante 10% se dispersa entre estados del interior y del oeste, como Colorado, Carolina del Norte, Massachusetts y Nevada, donde nuevos migrantes llegan en busca de empleos agrícolas, en construcción o en servicios de logística.
“En conjunto, este mosaico geográfico revela una tendencia clara: las remesas hacia Ecuador no dependen de un solo estado, sino de múltiples núcleos urbanos interconectados, que reflejan las distintas olas migratorias ecuatorianas desde los años noventa hasta hoy”, apuntó Carla Vera, economista.
Cómo se envía el dinero
Durante años, la escena fue casi ritual: los domingos, después del trabajo o la misa, decenas de ecuatorianos hacían fila frente a las ventanillas de Western Union o Vigo en el Bronx, en Queens o en Newark. Cada uno con un sobre de billetes doblados, una foto familiar en la billetera y una cifra exacta que debía llegar a Cuenca, Loja o Santo Domingo antes de que terminara el mes.
Ese gesto —mirar cómo la cajera tecleaba el monto y sellaba el recibo— fue, por décadas, la forma más concreta de seguir conectados con el país. Pero las cosas están cambiando.
Aunque el 54,6% de las
El Banco Interamericano de Desarrollo estima que entre el 35% y el 40% de las remesas ya se envían por aplicaciones móviles o transferencias digitales, y Ecuador es uno de los países donde este salto ha sido más rápido. La pandemia empujó a miles de migrantes a probar plataformas como Remitly, Zelle, WorldRemit o Wise , que ofrecen menor comisión y la posibilidad de enviar dinero “en segundos”. Las empresas lo confirman: Remitly reportó un aumento del 24% en los envíos hacia Ecuador entre 2023 y 2024, y Western Union reconoce que, aunque mantiene más del 40% del mercado, gran parte de sus transacciones ya se hacen en línea.
Los jóvenes ecuatorianos en Estados Unidos son los verdaderos protagonistas de esta transformación silenciosa. No cargan fajos de billetes ni hacen fila los domingos frente a una agencia: cargan una ‘app’ en el bolsillo.
Según el Pew Research Center, más del 60% de los migrantes latinos menores de 40 años —incluidos miles de ecuatorianos— prefieren enviar dinero a través de plataformas digitales antes que cruzar la puerta de una remesadora. Son hijos de la conectividad: crecieron con la idea de que un clic puede acortar distancias que antes parecían imposibles.
“Los que salimos del país en los 90 todavía confiamos en el mostrador, en el papelito que dice ‘ya llegó el giro a Quito’ y en la sonrisa del cajero. Para nosotros, mandar dinero no es solo una transacción, es una forma de decir: “sigo aquí, trabajando por los míos”. Pero los más jóvenes lo hacen distinto. Ya no hay sello ni fila: solo una vibración en el celular que anuncia que el dinero llegó. Dura un segundo, pero detrás de ese mensaje hay todo un viaje y una historia que sigue uniendo familias a miles de kilómetros”, contó Carlos Salas, migrante. (JS)
Chanchos y bonos: ¿qué puede hacer el Gobierno con lo que se incauta?
Luego de las declaraciones del presidente, Daniel Noboa, sobre regalar chanchos incautados de personas vinculadas a la narcoguerrilla, hubo gran desinformación sobre bonos y donaciones. ¿Qué puede hacer el Gobierno Nacional con lo que incauta el Estado?
Tras las declaraciones del presidente, Daniel Noboa, sobre los chanchos incautados en propiedades vinculadas a la narcoguerrilla, surgió una ola de desinformación en redes sociales y medios digitales respecto a supuestos bonos, obsequios masivos y repartos. La confusión encendió el debate público sobre los límites legales y éticos del uso de bienes incautados
por el Estado . ¿Qué puede realmente hacer el Gobierno con los bienes decomisados en operativos contra el crimen organizado?
Esta situación abre la puerta a una revisión sobre el marco legal vigente, los mecanismos de administración de bienes incautados y el riesgo de que medidas puntuales se interpreten como propaganda o improvisación.
Ecuador cuenta con una Ley de Extinción de Dominio Ana Salas, abogada penalista , indicó que Ecuador cuenta con la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, que regula que los bienes de origen ilícito, injustificado o con destino ilícito pasen a ser propiedad del Estado.
La extinción de dominio se hace mediante sentencia judicia l, sin contraprestación alguna al dueño original y se aplica a bienes localizados dentro o fuera del país si están vinculados con delitos ilícitos.
Salas señala que hay excepciones para la exigencia de sentencia condenatoria ejecutoriada, que son:
1
Bienes de miembros de grupos de delincuencia organizada nacional o transnacional, terrorismo u otros actores no estatales beligerantes reconocidos oficialmente.
2
Bienes injustificados vinculados causalmente con el crimen organizado.
3
Casos de delitos flagrantes en donde los bienes pertenecen a personas en esos grupos delincuenciales.
Esto se basa en la Ley Orgánica para el Ahorro y la Monetización de Recursos
Económicos para el Financiamiento de la Lucha contra la Corrupción , vigente desde el 9 de febrero de 2024, luego de la aprobación en la Asamblea con 129 votos. Ahí se dispone que no se requerirá de una sentencia condenatoria ejecutoriada previa , cuando los bienes objeto de extinción de dominio sean de propiedad de uno o varios grupos de delincuencia organizada (GDO) nacional o transnacional.
Destino de los bienes incautados Una vez que se declara la extinción de dominio, el Estado puede monetizar los bienes (venderlos) en un plazo máximo de 12 meses. Si después de ese tiempo no se han vendido, los bienes muebles e inmuebles pueden ser puestos a disposición de entidades públicas , como Salud o Educación, según el tipo de bien y la necesidad institucional.
La Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público (Inmobiliar) tiene la función de custodiar, administrar y resguardar los bienes incautados, bajo mandato legal o judicial. (AVV)

¿Puede el Gobierno regalar lo incautado por el
Estado?
° Salas señala que no hay base legal clara que faculte al Estado a simplemente “regalar” bienes incautados, sin un proceso judicial ni un procedimiento administrativo que lo autorice (comodato, donación, etc.), salvo que esté previsto dentro de los convenios o regulaciones específicas bajo la administración de Inmobiliar y el marco de la extinción de dominio.
Cualquier uso no regulado públicamente de bienes incautados podría contravenir derechos constitucionales si no respeta las garantías judiciales ni los procedimientos legales. Un ejemplo de esto es lo que hace el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).
Desde hace cinco años, en las bodegas del SRI, la Agencia de Servicios Postales y Cenace había mercadería que, por cuestiones administrativas, no se liberaba. El MIES logró acelerar los procesos y lo embodegado ha sido liberado y permitió reamoblar casas de quienes, por las lluvias u otros fenómenos climáticos, lo han perdido todo. Sin embargo, Salas indica que sin un proceso –similar al que sigue el MIES– el Gobierno no puede regalar lo incautado.
A esto se suma que declaraciones como las del Presidente, de supuestamente regalar los cerdos decomisados de fincas relacionadas al crimen organizado, “crean especulaciones y caos social, como ya sucedió en Esmeraldas, el 2 de octubre, cuando miles de personas hacían filas fuera de una finca, ya que les habían dicho que solo presentando la cédula les daban un chancho”, recuerda Salas. El Gobierno negó que esto haya sido convocado de manera oficial, así como también advirtió sobre estafas en la entrega de bonos, por lo que ha hecho un llamado a la ciudadanía a informarse por canales oficiales.
LUGAR. Hacienda vinculada a los Comandos de la Frontera, allanada en mayo de 2025.
¿Qué sucede en nuestro cerebro al leer?
Desde fortalecer el uso del lenguaje y ayudar a la memoria, convertir a la lectura en un hábito permite estimular áreas del cerebro que ayudan en la planificación, la atención y la regulación emocional. ¿Cuáles son otros de sus beneficios?
“ Leer es como una danza entre la vista, el lenguaje y el pensamiento”. Así lo determina Gabriela Rada Cevallos, máster en Neuropsicología y Educación, docente de la Universidad Internacional del Ecuador (UIDE). Cuando leemos, miles de neuronas trabajan en conjunto para decodificar letras y sonidos. El cerebro es el encargado de darles un significado a las palabras que leemos a través de tres áreas importantes. En la lectura y la comprensión lectora intervienen distintas regiones cerebrales. Para la conciencia fonológica actúa el lóbulo temporal , que es el encargado de decodificar y discriminar los sonidos. El área de Broca, en el lóbulo frontal, es la que regula el habla y el lenguaje . Y, finalmente, las circunvoluciones angular y supramarginal permiten combinar las formas de las letras para formar palabras. Así lo explica un estudio sobre la lectura y el cerebro publicado por Harvard Medical School
En otras palabras, la lectura cambia la forma en que trabaja el cerebro. A nivel neurobiológico, se presenta un aumento de la conectividad de las áreas de lenguaje. De igual manera, la estimulación del lóbulo

temporal y frontal va a influir en el funcionamiento del hemisferio izquierdo del cerebro, fortaleciendo la memoria a corto plazo.
El cerebro tiene la capacidad de adaptarse, reorganizarse y aprender durante toda la vida, conocida como neuroplasticidad. Generar un hábito lector, entonces, refuerza los circuitos del cerebro relacionados con la atención, la planificación y la regulación emocional. Así, “mientras más actividad tenga el cerebro, va a mejorar la memoria de trabajo, el razonamiento verbal, la comprensión, la velocidad del procesamiento del lenguaje y del vocabulario”, detalla Rada.
Además, los hábitos de lectura también permiten cuidar nuestra mente. La activación del sistema parasimpático genera una calma fisiológica, reduciendo la tensión muscular y convirtiéndose en una aliada contra el estrés.
¿Realidad o ficción?
El cerebro también actúa de forma distinta según el tipo de texto para leer. Existe una diferencia al momento de leer una noticia o una novela . Al elegir un texto informativo, explica la especialista, el cerebro activa la memoria semántica, procesa datos, conceptos y he-
ACTIVIDAD. La lectura estimula el desarrollo cognitivo y tiene un efecto terapéutico a nivel fisiológico. (Imagen: Referencial)
estímulos, conduciendo a una sobreestimulación.
Convertir la lectura en un hábito
Aunque no es un músculo, el cerebro también necesita ser estimulado, para lo cual la lectura es una gran herramienta. “Así como a las personas les gusta entrenar un deporte , leer se convierte en un entrenamiento cerebral”, expresa Rada. Leer mejora la función cerebral, por lo que generar un hábito de lectura es un método de prevención del deterioro de la función cognitiva, retrasando la aparición de síntomas de enfermedades como el Alzheimer y la demencia.
chos. En cambio, en un texto narrativo o de ficción, el cerebro activa también otras redes relacionadas al sistema límbico y la amígdala cerebral, que se relacionan con las partes emocionales, sensoriales y la empatía.
En el caso de una lectura informática se activa el hemisferio izquierdo del cerebro, que ayuda con la decodificación y el análisis lógico, por lo que la persona tiene un procesamiento más racional, secuencial y analítico. Al leer una investigación, un artículo científico o una noticia, el cerebro compara, clasifica y archiva datos estadísticos.
Por otro lado, en una lectura de ficción se activa la amígdala, el hipocampo o el córtex prefrontal, encargados de las estructuras emocionales, que hacen que una persona imagine, sienta e incluso empatice con los personajes. Este proceso de representación mental activa también las neuronas espejo, las cuales permiten recrear las sensaciones de los personajes en una historia, convirtiéndola en una experiencia más ‘real’. Podría decirse incluso que es como ‘vivir’ lo que se lee.
Por ejemplo, explica Rada, al leer un libro como ‘El Principito’, una persona no sólo entiende la trama,
sino que el cerebro activa las mismas zonas que se utilizarían para experimentar el amor, la amistad, la tristeza o la muerte.
Digital vs. papel
Con el uso de la tecnología, es común que las personas acudan a libros digitales o al uso de pantallas para leer. Sin embargo, aunque el cerebro usa las mismas áreas básicas del lenguaje, la manera en que se procesa la información es totalmente distinta. “El formato modifica la atención, la memoria y la comprensión”, detalla Rada. Al leer el papel, se mantiene la actividad de la corteza prefrontal, la encargada de conservar la atención. Asimismo, el papel permite una lectura secuencial y ordenada que le permite al cerebro realizar una integración semántica , conectar ideas, reflexionar y armar un mapa mental con ideas clave. Todo esto hace que sea más fácil recordar la información. Por otro lado, en un formato digital como la pantalla de un celular o una tablet , el sistema de atención es mucho más rápido debido a múltiples estímulos como el movimiento de la pantalla, el brillo, hipervínculos, entre otros. Esto provoca que el cerebro alterne la atención entre la lectura y estos otros
Esta inversión en la atención y la memoria debe iniciarse desde el ejemplo de los padres o cuidadores. Para la especialista, ellos son los encargados de aplicar un modelo y estilo de crianza que fomente la lectura y permita compartir este hábito con niños y adolescentes
Así, este hábito empieza por algo tan simple como leer de 10 a 15 minutos diarios. “Si tenemos tiempo para estar en redes sociales o ver un video de Tik Tok o Instagram, podemos dedicar 10 minutos a leer algo que sea de nuestro interés”, señala Gabriela.
Esta simple actividad va a activar tanto el lóbulo temporal como el lóbulo parietal y, poco a poco, mejorar la memoria de trabajo. Una vez que esto se convierte en un hábito, la persona no lo asocia con un “deber”, sino con un ritual de “placer”.
Leer también puede ser una herramienta para regular el sueño. En el caso de los padres, por ejemplo, en vez de optar por que los hijos vean la televisión, pueden leerles un cuento. De esta manera, se genera también un vínculo afectivo en donde el niño adquiere el hábito desde una recompensa positiva: el tiempo de calidad.
Asimismo, considerando que la lectura aumenta la capacidad de concentración , convertirla en un pasatiempo puede ayudar a disminuir el exceso de tiempo en pantalla, que tiene un efecto negativo en la capacidad de concentrarse. (CPL)
Nuevas tensiones entre China y Estados Unidos
En medio de una crítica de China al “intervencionismo” de EE.UU. en Argentina y otros países latinoamericanos, el país asiático insta al americano a retirar sus recientes medidas arancelarias y pide regresar a la senda del diálogo.

TENSIÓN. China y EE.UU. vuelven a tener diferencias en sus relaciones comerciales y políticas.
Las autoridades chinas han instado al Gobierno de Estados Unidos, liderado por Donald Trump, a “corregir” las recientes medidas arancelarias impuestas contra el país asiático y han hecho un llamamiento a la negociación para resolver las disputas comerciales después de que Trump anunciara un arancel adicional del 100% a China y controles en la exportación de software procedente de Pekín a partir del 1 de noviembre de 2025.
“China insta a Estados Unidos a corregir con prontitud sus prácticas erróneas,
atenerse a los importantes consensos de las conversaciones telefónicas entre ambos jefes de Estado (...) y a abordar las respectivas preocupaciones y gestionar adecuadamente las diferencias mediante el diálogo , sobre la base del respeto mutuo y la consulta en igualdad de condiciones”, ha sostenido un portavoz del Ministerio de Comercio chino.
El Gobierno chino justifica las medidas establecidas recientemente sobre el control de la exportación de tierras raras como una nece-
sidad para “defender mejor la paz mundial y la estabilidad regional”.
En concreto, han detallado que no se trata de una prohibición a la exportación, sino de un aumento de la vigilancia de las normas ya establecidas para el comercio de tierras raras. De esta manera, China se reserva la capacidad de no otorgar licencias a quienes no cumplan la normativa, aunque han asegurado que las empresas “no tienen de qué preocuparse” en caso de estar cumpliendo las medidas.
“China ha evaluado ex-
haustivamente con antelación el posible impacto de las medidas en las cadenas industriales y de suministro y está segura de que dicho impacto es muy limitado”, ha mencionado el portavoz.
Este endurecimiento en la emisión de licencias provocó la indignación del mandatario estadounidense, que calificó la medida de “vergüenza”. Como respuesta, Trump anunció que elevaría los aranceles a China un 100% (entrando en vigor el próximo mes) y aumentaría los controles para las
exportaciones chinas de software, dejando en el aire una reunión programada con el líder del gigante asiático, Xi Jinping, en la cumbre de la Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) que tendrá lugar en dos semanas.
“Las amenazas deliberadas de aranceles elevados no son la manera correcta de llevarse bien con China. La postura de China sobre la guerra comercial es consecuente: No la deseamos, pero no le tememos”, ha reaccionado la cartera comercial del Ejecutivo chino.
Igualmente, han amenazado con continuar tomando medidas comerciales contra Washington si “insiste en seguir el camino equivocado”
Conflicto por las tasas portuarias
La Administración Trump decidió el pasado mes de abril aumentar los recargos por servicios portuarios a los buques propiedad de u operados por empresas chinas, medida que entrará en vigor el 14 de octubre. Ante esto, China ha anunciado que implementará acciones similares contra barcos estadounidenses.
“Las contramedidas de China son actos necesarios de defensa pasiva y tienen como objetivo proteger los derechos e intereses legítimos de las industrias y empresas chinas”, han expresado las autoridades de Pekín.

Al igual que con las anteriores medidas expuestas, el gigante asiático espera que Estados Unidos “reconozca su error” y “retome la vía correcta del diálogo y la consulta”. (EUROPA PRESS)




Perú: José Jerí pone la lucha contra la inseguridad como su principal meta
El nuevo presidente de Perú, José Jerí, llama a la “calma” y fija la lucha contra la delincuencia como principal objetivo de su gobierno.

El presidente de Perú, José Jerí, ha reclamado “calma y tranquilidad”, en sus primeras declaraciones ante los medios, a quienes ha reiterado que será la lucha contra la delincuencia el principal objetivo a lograr.
“Pido calma y tranquilidad. Tenemos que trabajar justamente para combatir la delincuencia que es la prioridad número uno en este momento. Es el sentir ciudadano”, ha dicho quien había ejercido como presidente del Congreso hasta la semana pasada, ante las puertas de su casa tras volver de jurar el cargo, informa ‘El Comercio’. En su discurso ante el Congreso, Jerí ya incidió en esa idea de la guerra contra la delincuencia aunando todas las fuerzas y poderes del Estado , no solo para declararla, sino también para ganarla “de una vez por todas”.
Ocho presidentes en diez años Jerí ha sido ataviado con la banda presidencial menos de tres años después de que la recibiera Dina Boluarte tras la caída en desgracia de un Pedro Castillo que intentó sin éxito cerrar el Congreso y convocar una asamblea constituyente, ante la imposibilidad de poner en marcha su programa electoral.
Con Jerí son ya ocho los presidentes que Perú ha tenido en diez años, alguno con un paso tan efímero como el de Manuel Merino en 2020, forzado a dimitir apenas cinco días después tras varios días de protestas que dejaron dos muertos, mientras que la mayoría acabaron enfangados en diversos casos de corrupción.
La inseguridad ciudadana y los altos índices de criminalidad que padecen algunos sectores, como el de los transportistas, ha acabado por echar del cargo a una Boluarte
que ha acumulado hasta siete causas pendientes en estos casi tres años de mandato.
Un tiroteo en un concierto en Lima ha sido el detonante para una moción de censura contra ella que ha obtenido un amplio consenso en el Congreso.
Como el resto de sus vecinos de la región, Perú es un sistema presidencialista con la particularidad de contar con una única cámara. En la práctica otorga mucho más poder al Congreso, lo que ha provocado durante las dos últimas décadas que los presidente del país tuvieran que hacer frente a una honda ingobernabilidad
Desde el año 2000, ninguno ha contado con más del 40% de los escaños, por lo que lograr mayorías se ha convertido en una tarea muy complicada. Tanto que se han vivido no pocos escándalos, sobre todo en forma de compra de votos,
como la que habría realizado el expresidente Pedro Pablo
EXTRACTO
Gobierno como jefe de Estado, el 10 de octubre de 2025. (Foto: Presidencia de Perú)
Al señor JOSE GEOVANY ARIAS ARIAS, se le hace saber del Juicio de (CIVIL VOLUNTARIA DECLARATORIA DE MUERTE PRESUNTA ) No. 02335-2025-00091 que se sigue en este despacho:
JUICIO: No. 02335-2025-00091
ACTOR: SANCHEZ ARTEAGA LILIAN KARINA
DEMANDADO: SR. JOSE GEOVANY ARIAS ARIAS
TRAMITE: (CIVIL-VOLUNTARIA-DECLARATORIA DE MUERTE PRESUNTA)
JUEZ TITULAR: AB. JOFFRE MARCELO RAMIREZ FRANCO
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES. Chillanes, martes 8 de julio del 2025, a las 14h08. ISTOS: Ab. Joffre Marcelo Ramírez Franco, en mi calidad de Juez Permanente de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Chillanes de la provincia de Bolívar de acuerdo a la acción de personal No.0166-DNTH-2024- SA; avoco conocimiento de la presente causa, y en consecuencia la demanda que antecede se considera de clara, precisa y completa propuesta por la señora LILIAN KARINA SÁNCHEZ ARTEAGA de estado civil casado, demanda que por reunir los requisitos legales generales y especiales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al trámite ordinario que le corresponde acorde al Art. 289 Ibídem, cítese a JOSÉ GEOVANY ARIAS ARIAS de acuerdo a lo establecido en el Art. 56 No. 1 del COGEP para cuyo efecto se dispone además que el actor rinda declaración bajo juramento, de acuerdo a lo preceptuado en la disposición antes indicada en su inciso segundo, diligencia que podrá realizarse en cualquier hora hábil. Realizada las publicaciones correspondientes, luego de transcurridos veinte días posterior a la última publicación, comenzará a correr el término de treinta días dentro del cual deberá contestar deduciendo las excepciones de las que se crea asistida, y anuncie todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción de ser el caso, con apercibimiento a los demandados de la obligación que tiene de señalar correo electrónico para recibir las notificaciones que le correspondan en la presente causa, y en caso de no comparecer a juicio se procederá conforme a derecho corresponde. En atención a los principios de eficacia, celeridad, buena fe y lealtad procesal, que deben ser tutelados en toda actuación judicial, conforme lo previsto en el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el Art. 18 del Código Orgánico de la Función Judicial, los accionantes brinden las facilidades para la práctica de la diligencia de citación. Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba que ofrece la accionante para acreditar los hechos, cuya admisibilidad será resuelta oportunamente en la audiencia preliminar correspondiente acorde al Art. 294 numeral 7 literal d) del COGEP. Agréguese al proceso los documentos adjuntos al libelo de demanda y escrito complementario. Téngase en cuenta la cuantía de la acción, los correos electrónicos señalados por la accionante para recibir notificaciones que le correspondan, así como la autorización que les concede a sus defensores técnicos. Actué como secretaria la Dra. Bethy Cobos Albán en calidad de Secretaria titular del despacho. CÍTESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- F). ABG. JOFFRE MARCELO RAMIREZ FRANCO, UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON CHILLANES. Chillanes, lunes 28 de julio del 2025, a las 16h22. VISTOS: Ab. Joffre Marcelo Ramírez Franco, en mi calidad de Juez Permanente de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Chillanes de la provincia de Bolívar de acuerdo a la acción de personal No.0166-DNTH-2024- SA, dentro de la presente causa, en lo principal se dispone: 1.- Agréguese al expediente el escrito presentado por Lilian Karina Sanchez Arteaga de fecha 17 de julio de 2025.Se dispone: Que por medio de secretaría se proceda a entregar el extracto solicitado en el escrito que antecede a fin de que se dé cumplimiento a la citación ordenada dentro de la presente causa. Actúe la señora secretaria del despacho Ab. Bethy Cobos Albán. Cúmplase y Notifíquese.- F). ABG. JOFFRE MARCELO RAMIREZ FRANCO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN CHILLANES. (Sigue el certifico y


MANDATARIO. El nuevo presidente de Perú, José Jerí, en su primer ingreso al Palacio de
Kuczynski para evitar su cese. (EUROPA PRESS)
ACCIÓN EXTRAORDINARIA DE PROTECCIÓN

C ONSULTA P ENAL
¿Debería existir una reforma en el sentido de que los acuerdos probatorios deban presentarse en la audiencia de juicio, incluso al momento mismo de la práctica de la prueba.?
La acción extraordinaria de protección en el Ecuador, por su naturaleza se convierte en un mecanismo eficiente y eficaz capaz de poder subsanar aquellas afectaciones de los derechos que han sido causado ya sea por una acción u omisión por una autoridad como tal.
Se debe de dejar en claro, que la acción extraordinaria de protección se convierte en el último mecanismo de protección de derechos Constitucionales dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano, y su aplicación será siempre que todos los procesos y procedimientos ordinarios hayan sido agotados de manera tal, que el único mecanismo disponible a usar, sea esta acción extraordinaria de protección.
Introducción
Con la entrada en vigencia desde hace ya varios años de la Constitución de la República del Ecuador de 2008, tenemos que está dentro
de su ordenamiento jurídico recoge en su artículo 94 la acción extraordinaria de protección, a pesar de ello, tenemos que en ocasiones a la acción extraordinaria de protección se le denomina recurso y en otras acción, lo cual hace que en muchas ocasiones quienes estamos en el litigio diario, podamos tener una cierta confusión acerca del tipo de acción que se da – recurso o acción – de ahí que las consecuencias jurídicas de cómo se denomine a esta institución resultan y se convierten en relevantes para la protección de los derechos fundamentales toda vez que aquel trato que se le dé significa darle verdadera efectividad a la institución en el caso de hacer uso de manera correcta de lo que determina la norma, o alargar más el ya doloroso proceso de las víctimas por la búsqueda de la justicia y de la tutela de sus derechos, en el caso errático de haber hecho uso de manera incorrecta a esta acción jurisdiccional.
Sin embargo, esta confusión no nace del mal estudio de la norma, sino que nace exclusivamente de la misma norma, es así que, tene-
mos:
En la Constitución del Ecuador, en el Art. 94.- La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución, y se interpondrá ante la Corte Constitucional. El recurso procederá cuando se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal, a menos que la falta de interposición de estos recursos no fuera atribuible a la negligencia de la persona titular del derecho constitucional vulnerado.
De ahí que, dentro del mismo cuerpo jurídico esto es la Constitución del Ecuador, en el artículo 437 estable que: Art. 437.- Los ciudadanos en forma individual o colectiva podrán presentar una acción extraordinaria de protección contra sentencias, autos definitivos y resoluciones con fuerza de sentencia.
Sin embargo, la confusión tal como lo expresábamos en líneas
anteriores, empieza cuando la Ley Orgánica de Garantías Constitucionales y Control Constitucional, que limita y establece las reglas procesales para la aplicación y correcto proceder de las acciones Constitucionales dentro de nuestro ordenamiento jurídico – y de la cual ya he hablado en artículos anteriores –, empieza a denominarla recurso, es así que tenemos que de la LOGJCC en el Art. 62 se determina que:
Art. 62.- Admisión. - La acción extraordinaria será presentada ante la judicatura, sala o tribunal que dictó la decisión definitiva; éste ordenará notificar a la otra parte y remitir el expediente completo a la Corte Constitucional en un término máximo de cinco días.
[…]
8. Que el admitir un recurso extraordinario de protección permita solventar una violación grave de derechos, establecer precedentes judiciales, corregir la inobservancia de precedentes establecidos por la Corte Constitucional y sentenciar sobre asuntos de relevancia y trascendencia nacional.

RESPUESTA
Los acuerdos probatorios forman parte del ámbito de la prueba, conforme a nuestro sistema penal vendrían a ser aquellos convenios celebrados entre las partes, con la debida aprobación del juez, respecto a hechos que no serán sometidos a contradicción, de esta forma se logra expurgar la prueba, para que así en el juicio oral solo se debatan los aspectos realmente controvertidos. Solamente cabe la presentación de los acuerdos probatorios en la Audiencia Preparatoria de Juicio, los que deberán ser aprobados o no por la Jueza o el Juez de Garantías Penales en esa misma diligencia.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
Director
DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Editor FRANCISCO LÓPEZ MURILLO
La Hora LOJA, ECUADOR
LUNES, 13 DE OCTUBRE DE 2025
Autor: Yandry M. Loor Loor
La institución es llamada recurso, tal como lo expresaba en líneas anteriores en el artículo 62.8 de la LOGJCC, y en el Art. 94 inciso segundo de la Constitución, sin embargo, esto fue suficiente para que la Corte Constitucional para el Período de Transición, haya confundido la institución y la asuma precisamente como un recurso.
Pero, ¿cuál es la diferencia entre recurso y acción?, y, sobre todo, ¿En que afecta jurídicamente hablando este tipo de interpretación?
En el contexto de las preguntas que nos acabamos de hacer, debemos tomar en cuenta que en derecho procesal lo que respecta a una acción, tenemos que la misma significa el génesis de un proceso es decir, el acto jurídico mediante la actividad jurisdiccional de los jueces y antes los jueces de instancia se inicia, este proceso tal como es conocido, y así como la norma lo prevé puede tener otros niveles jerárquicos en cuanto a la jurisdicción a los cuales se puede acceder mediante los recursos horizontales o verticales que estén “disponibles” para ese proceso. Es por ello que un recurso siempre estará dentro de un proceso indistintamente de cual sea este, sin embargo, es necesario volver a dejar en claro que una acción sólo inicia un nuevo proceso judicial o jurisdiccional. De ahí que cuando se acude a recursos tales como el de apelación o el de nulidad, se mantiene el objeto del litigio y las partes procesales, que se deberán de someter de manera directa – siempre y cuando este ejecutoriada la sentencia – a lo que el juez o jueces hayan determinado al respecto de dichos actos, y consecuentemente sobre dicha vulneración o no de derechos. Por otra parte, es necesario determinar que el recurso de apelación o el de casación tienen la particularidad de que el juez o jueces que lo resuelven dicten una nueva sentencia, sobre los hechos que versaron desde primera instancia, pero son la finalidad de que se revoque parcial o totalmente lo que ya se haya determinado, siendo esto así, tal como lo indicábamos una nueva sentencia, esto teniendo en cuenta que no importa hasta que instancia haya llegado el proceso, si mediante el recurso de nulidad se resuelve la misma como favorable, pues se devuelve al juez que conocía la causa para que continúe sustanciando el proceso desde el momento en que se produjo la nulidad por lo cual todo el proceso retrocede mediante una nueva sentencia – la sentencia que dictamino la nulidad – tanto en el uno como en el otro caso, el
efecto es exclusivamente sobre el proceso.
Centrándonos en nuestro objeto de estudio, nos hacíamos la pregunta sobre cuál era la diferencia entre el recurso y la acción, pues bien esto es la acción extraordinaria de protección, si esta institución fuese un recurso como lo determina la LOGJCC, significaría que las partes continúan siendo las que litigaron en la justicia ordinaria y que la decisión versaría sobre la materia de dicho litigio o que podría ordenarse que se retrotraiga el proceso hasta el punto en el que se originó la violación al debido proceso o a otros derechos constitucionales tal como lo expresábamos en líneas anteriores, pero no solo ello, sino también que el juez que conocía el caso, en el momento de producirse la violación, debería volver a sustanciar la causa.
ahora bien, la otra parte es si la institución es una acción, el objeto de la causa sería determinar si existió una violación a los derechos humanos que fue provocada en el proceso o que no se pudo tutelar mediante el proceso y que, por tanto, se debe repara dicho daño de manera urgente, y eficaz mediante las medidas de reparación integral en materia constitucional, ya en otro artículo publicado por este espacio jurídico me permití establecer los mecanismos, formas y modos de reparación integral.
De ahí que tenemos que esta acción extraordinaria de protección tiene como presupuesto el hecho de que las personas que acudieron a la justicia ordinaria para reclamar acerca de la violación de sus derechos o que dentro del trámite del proceso se violaron los mismos, sin que dicha vía haya resultado efectiva para garantizarle el derecho a la tutela judicial, y que estos sean reparados, por ello dentro del análisis del presente artículo entraremos a analizar la naturaleza de la acción extraordinaria de protección y a su vez sobre los requisitos que la misma determina para poder ser interpuesta.
Acción Extraordinaria de Protección en instrumentos internacionales. Dentro del contexto jurídico, en cuanto a la acción extraordinaria de protección se trata, tenemos que la Corte Interamericana, en el marco de lo que determina el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o CADH se ha referido así al amparo directo – como se le conoce en algunos países – o acción extraordinaria de protección como le conocemos nosotros de acuer-
do a lo determinado en nuestra legislación que: artículo 25.1 de la Convención es una disposición de carácter general que recoge la institución procesal del amparo, como procedimiento sencillo y breve que tiene por objeto la tutela de los derechos fundamentales […].
Es en ello, y de acuerdo a lo que nos establece este artículo, que en aplicación igualmente en términos amplios, consta la obligación a cargo de los Estados de ofrecer de manera eficaz y eficiente, a todas las personas que se encuentran ya sea por ser naturales de ese estado, o por otra circunstancia y que se hayan sometidas a su jurisdicción, a la protección mediante un recurso judicial efectivo contra actos violatorios de sus derechos fundamentales, que sean cometidos por cualquier persona o por omisión de alguna de estas, y que dicho amparo será de manera directa, procurando así generar los
mecanismos tendientes a eliminar las barreras de protección tal. De ahí que se dispone, además, que la garantía que se encuentra consagrada se aplica no sólo respecto de los derechos contenidos en la Convención, sino también de aquéllos que estén reconocidos por la Constitución o por la ley.
Por otra parte, y aterrizando en lo que determinar nuestra normativa interna, tenemos que la norma suprema en su artículo 86 señala que las garantías jurisdiccionales, y entre las cuales se encuentra la acción extraordinaria de protección, deberán en su sentencia determinar las formas de reparación del derecho y las autoridades responsables de su ejecución, y así mismo los jueces podrán determinar otros mecanismos para ejercer la reparación de dichos derechos constitucionales que se encuentran violentados, o que fueron violados en su momento tal, de acuerdo a como
11332-2025-00102 EXTRACTO 00001-2025.
lo sostuve en mi artículo sobre la reparación integral en materia constitucional.
De ahí que ese echo o hilo conductor en el cual “coinciden con la CADH y con la CorteIDH” en decir que estas garantías deben ser sencillas, rápidas y efectivas, y es que, permitir que la vulneración de dichos derechos se mantenga, solo harán que existan daños constantes a los derechos constitucionales como tal.
Por todas estas características se puede determinar que la institución de la acción extraordinaria de protección, mas allá de que la LOGJCC determine que es un recurso, este procedimiento extraordinario de protección de los derechos, no es otra cosa que una acción y no un recurso, ya que conoce de una situación diferente a las de la jurisdicción ordinaria, no conoce el fondo de lo que se discutió sino si la administración de justicia tuteló o no tuteló los
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN EL CANTÓN MACARÁ. EXTRACTO DE CITACIÓN.
Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales que anteceden a los herederos DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS de la causante señora SANTOS NILDA ESCOBAR VEINTIMILLA (+), dentro del juicio CIVIL/ ORDINARIO/RECONOCIMIENTO O DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO, No. 11332202500102, cuyo extracto es como sigue:
ACTOR: VOLANIO GUTERNID VASQUEZ CHALACO.
DEMANDADO: JORGE LUIS LUZURIAGA ESCOBAR, JUNIOR BLADIMIR VASQUEZ ESCOBAR e IRVIN DARIO VASQUEZ ESCOBAR, hijos de la extinta señora SANTOS NILDA ESCOBAR VEINTIMILLA (+).
MATERIA: CIVIL
JUICIO: REIVINDICACIÓN.
TRÁMITE: ORDINARIO.
CUANTÍA: INDETERMINADA.
JUEZ: DR. GUIDO RAÚL CASTILLO ABAD.
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MACARÁ, PROVINCIA DE LOJA DE LOJA. Macará, lunes 12 de mayo del 2025, a las 12h43. VISTOS: Una vez que el actor dentro del término legal concedido ha procedido a calificar y completar la demanda, EN PRINCIPAL: La demanda que antecede presentada por el señor VOLANIO GUTERNID VASQUEZ CHALACO, que por Declaratoria de Unión de Hecho ha presentado en contra de los señores: JORGE LUIS LUZURIAGA ESCOBAR, JUNIOR BLADIMIR VASQUEZ ESCOBAR, IRVIN DARIO VASQUEZ ESCOBAR, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se dispone la citación de los demandados JORGE LUIS LUZURIAGA ESCOBAR, JUNIOR BLADIMIR VASQUEZ ESCOBAR, IRVIN DARIO VASQUEZ ESCOBAR, en los lugares y domicilios señalados, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, para el efecto se COMISIONA al señor Comisario Nacional de Policía del cantón Sozoranga para cumpla con la citación a los demandados, para lo cual se deberá remitir despacho comisorio para su cumplimiento, previniendo a los demandados de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 del COGEP.- Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de la extinta SANTOS NILDA ESCOBAR VEINTIMILLA, por la prensa conforme a lo estipulado en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Loja por no existir diarios escritos en esta ciudad de Macará; y, considerando que en la actualidad la gran mayoría de diarios son digitales, y con la finalidad de garantizar aún más los derechos de los herederos presuntos o desconocidos que pudieran existir, publíquese también un extracto mediante transmisión de mensajes en una radiodifusora de la localidad conforme lo prescribe el Art. 56 numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el Art. 58 ibídem. Previo a elaborar el extracto para la publicación por un medio de comunicación, el actor del proceso comparezca en días y horas hábiles a esta Unidad Judicial a prestar el juramento de ley conforme lo solicita el accionante.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo; debiendo pronunciarse sobre cada una de las pretensiones de la parte actora, la veracidad de los hechos alegados y la autenticidad de la prueba documental, con la indicación categórica de lo que admiten y de lo que niegan. Así mismo, presenten las excepciones de las que se crean asistidos.- Se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Macará, conforme lo dispone el Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos y por así haberlo solicitado la actora.- Tómese en cuenta los casilleros judiciales y correos electrónicos señalados por los accionantes para sus notificaciones.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda.- Tómese en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico señalado para sus notificaciones.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE…”. Particular que pongo a su conocimiento para los fines de Ley.- Macará, 23 de junio del 2025.- LO CERTIFICO.- EL SECRETARIO.-
MILTON IGNACIO JARAMILLO GRANDA.
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LOJA CON SEDE EN EL CANTÓN MACARÁ.
derechos fundamentales si existió o no violación del derecho al debido proceso, y a su vez determinar quién es responsable de dichas vulneraciones, y siendo el Estado (mediante la administración de justicia) es este quien debe reparar la violación, y es ahí donde debe de determinarse los mecanismos de reparación para eliminar las afectaciones jurídicas a las que hubieron lugar.
De ahí que tengamos, por su parte, en sentencia No. 011-09-SEP-CC, Caso No. 003808-EP, publicado en el R.O.S. 637 del 20-julio-2009, donde la Corte Constitucional ha explicado la diferencia entre admisión y procedibilidad de la acción extraordinaria de protección, determinando entre otras cuestiones dentro de sus consideraciones que “… este órgano constitucional debe revisar para su admisión si se cumple con dos requisitos que son: 1.- Que se trate de fallo, vale decir sentencias, autos y resoluciones firmes y ejecutoriadas; y, 2.- Que el accionante demuestre que, en el juzgamiento, ya sea por acción u omisión, se ha violado el debido proceso u otros derechos reconocidos en la Constitución.
En lo que tiene que ver con la procedencia de esta acción, se deben observar los siguientes requerimientos: 1.- Que exista una violación contra un derecho constitucional, ya sea por acción u omisión; 2.- Que la violación contra un derecho ya sea por acción u omisión, se produzca en la parte resolutiva de la sentencia, sin que exista otro mecanismo idóneo para reclamar la prevalencia del derecho constitucional violado; 3.- Que la violación contra un derecho constitucional ya sea por acción u omisión, pueda ser reducida de manera clara y directa, manifiesta, ostensible; 4.- Que la violación contra un derecho constitucional ya sea por acción u omisión, por vía negativa, queda excluida la posibilidad de practicar pruebas, a fin de determinar el contenido y alcance de la presunta violación a un derecho constitucional; y, 5.- Que no exista, a diferencia de la acción extraordinaria de protección, otro mecanismo idóneo de defensa judicial para reclamar el derecho constitucional violado, del cual puede predicarse la misma inmediatez y eficacia para la protección efectiva, idónea y real del derecho constitucional violado”.
Entonces, a más de la declaración de la parte accionantes de que existió la vulneración de los derechos constitucionales y consagrados en los tratados in-
ternacionales, la misma parte accionante deberá de demostrar en la propuesta de la acción extraordinaria de protección que existió dicha vulneración de derechos.
De ahí que, para que pase la etapa de admisibilidad tal como lo determinar la Corte Constitucional, se deberá también de observar a la hora de que la etapa procesal tenga a bien ser iniciada, que no existen más mecanismos para la protección de dichos derechos, y que fue el estado, que a través de alguna de sus autoridades de manera directa o por omisión de estas que ocurrió dicha vulneración a los derechos antes descritos.
Por último, es necesario dejar en claro, lo que el maestro Patricio Freire, determina en uno de sus artículos, al mencionar que “El establecimiento o reconocimiento de un derecho en la Constitución no implica la garantía para su cumplimiento tal como lo determinan varios tratadistas al indicar que un derecho constitucional puede ser conferido o atribuido, pero ello no conlleva que el derecho esté garantizado, protegido o tutelado por tanto, la simple enunciación de un derecho no genera la garantía de su cumplimiento. Será necesario entonces establecer instrumentos adecuados que permitan prevenir la violación de la constitución, y remedios para el caso de que sea vulnerada o desconocida.”
Tal como sucede con la acción extraordinaria de protección, ya que la misma se convierte en el medio, o el mecanismo de protección de dichos derechos.
De ahí que se pueda determinar que desde este punto de vista que hemos analizado dentro del presente artículo y sobre todo en su última parte, es necesario dejar en claro, que decir que el ejercicio de los derechos Constitucionales, en estado ecuatoriano, y en cualquier estado solo es posible cuando se han establecido mecanismos directos para su protección de ahí y por ende un Estado en el que no se prevea estos mecanismos no podría ser un Estado constitucional de derechos y justicia, toda vez que ante alguna vulneración de derechos no podría bajo ningún concepto hacer prevalecer los derechos de índole constitucional a los que hubiere lugar y de los que a bien se podría determinar como tales.
Pero dentro del marco de protección de los derechos, para que la Constitución dentro de todo lo que determinar y se protege, sea verdaderamente suprema y la norma de mayor jerarquía, no solo basta con ser tal, sino que se requiere que todos los poderes
públicos, absolutamente todos afirmen esta superioridad, para ello se debe de permitir que existan efectos jurídicos en caso de no cumplimiento de este mandato de ahí el nacimiento de las acciones jurisdiccionales.
Es decir, en este caso las constituciones contemporáneas, que se encuentran vigentes dentro de las democracias constitucionales han permitido y a su vez han creado ciertas vías que permiten a los particulares acudir ante los jueces para que se ponga en funcionamiento el aparato del Estado con el fin de que se tutelen sus derechos y se logre el resarcimiento de los daños y perjuicios causados, y que muchas veces no es por omisión sino por acción directa de los llamados a ejecutar de manera perfecta lo que determina la constitución, lo cual muchas veces se convierte en actos graves de vulneración de derechos.
En ese sentido se puede establecer que son instrumentos que atienden a la necesidad de proteger los derechos promulgados en la Constitución y no pueden alegar falta jurídica para proteger dichos derechos de ahí que existan tratadistas que nos dictaminen que lo que es garantía apunta a la disponibilidad que tiene la persona para movilizar al Estado en protección suya, tanto para evitar ataques como para restablecer la situación anterior al ataque, o para compensarle el daño sufrido, sin dejar de lado la sanción al agresor. Conclusiones.
1.Hablar de garantías jurisdiccionales, no tiene sentido si no se habla de derechos, y si no se busca proteger a los mismos.
2.Los derechos son aquellas facultades o poderes atribuidos a los sujetos naturales o jurídicos para exigir algo frente a alguien que ha cometido una vulneración de di-
chos derechos.
3. En el caso de los derechos humanos son las facultades que tienen los seres humanos para exigir que se respete su libertad frente al poder, sea este estatal o personal, asegurándonos así que dichas vulneraciones ya no tengan cabida.
4.La acción extraordinaria de protección, se convierte en el mecanismo de última instancia donde el estado por su naturaleza constitucional y de derechos y justicia social, puede determinar que existió tales vulneraciones y por ende permitir que las mismas no se sigan repitiendo, así como de asegurar una correcta aplicación de garantías de protección uy restitución del derecho o reptación integral.
Yandry M. Loor Loor Socio director – Yandry Loor & Asociados. Yandrylooryl_97@hotmail.com relacionespublicasyanasociados@gmail.com



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Un nuevo análisis de los aerosoles en las nubes de Venus, a partir de datos recopilados en 1978 durante la misión Pioneer Venus, ha encontrado evidencia de una cantidad sustancial de agua y hierro. El estudio está publicado en la revista Journal of Geophysical Research: Planets. EUROPA PRESS
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LUNES 13 DE OCTUBRE DE 2025
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