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Esmeraldas, Miercoles 14 Octubre 2026

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MIÉRCOLES 14 DE OCTUBRE DE 2026

Esmeraldas

La NJN: la mayor organización transnacional del crimen La Nueva Junta del Narcotráfico (NJN) es una federación criminal transnacional que conecta a la mafia balcánica y la Mocro Maffia con grupos locales como los Lobos para enviar cocaína de Ecuador a Europa. Uno de sus representantes fue capturado en el país. 6

CIUDAD

JUDICIAL

GLOBAL

Origen y Naturaleza del Contral Político Fuga de crudo en Cupa : gobernador de Esmeraldas recorre la zona afectada 3

Flávio Bolsonaro apoyará reducción de horario laboral 10


Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.

LORENA BALLESTEROS @loballesteros

Recomiéndame un libro

S

uelo recibir mensajes de WhatsApp con una petición aparentemente sencilla: recomiéndame un libro. Aunque parezca improbable, responder supone una tarea bastante más compleja de lo que se podría imaginar. Si bien buena parte de mi trabajo consiste en compartir lecturas con una comunidad, recomendar un título exige considerar un sinnúmero de factores. Lo que me resulta interesante puede no serlo para otra persona. Incluso la calidad literaria se valora con distintos criterios. Hay novelas alabadas por su estructura narrativa o la complejidad del lenguaje. Otras han sido premiadas por abordar temas íntimos, tabúes o conflictos universales. Pero ninguna de esas cualidades garantiza que un libro conecte con todos sus lectores. Por eso, cuando comparto mis lecturas, procuro explicar qué hace particular a cada libro: si conmueve, incomoda, entretiene, exige concentración o se lee con facilidad. Intento construir una suerte de algoritmo literario propio. Si disfrutaste determinada novela, probablemente conectarás con esta otra. Aunque, por supuesto, no existe una fórmula infalible. La tarea se complica cuando me piden recomendaciones para un club de lectura. Entonces se abre ante mí una biblioteca borgiana de posibilidades. Suelo sugerirles que revisen mis reseñas y videos, porque elegir una lectura colectiva también requiere conocer a quienes van a compartirla. Y cuando la recomendación es para regalar un libro, el desafío es todavía mayor. He aprendido a responder con preguntas: ¿qué edad tiene?, ¿a qué se dedica?, ¿cuál fue el último libro que disfrutó?, ¿qué series ve?, ¿cuándo suele leer? Y, sobre todo, ¿qué busca en la lectura? Hay quienes leemos para salir de la zona de confort, para escapar de la realidad o para aprender a enfrentarla. Porque hay momentos de luz y otros de sombra. Y por eso recomendar un libro es mucho más que sugerir un título, es tratar de comprender a quiénes leerán sus páginas.

CESAR ULLOA

cesarulloa77@gmail.com

Democracia al límite

S

egún el Latinobarómetro de las Américas en su informe del año 2026, Ecuador es el cuarto país en la región en donde se realiza el estudio, que presenta menos apoyo a la democracia (43%),

Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Josué Navarrete Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec Año: XXVIII

Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

OPINIÓN 02

O ESMERALDAS | MIÉRCOLES 14/OCTUBRE/2026

EDITORIAL

Apagar la luz

E

cuador enfrenta una nueva crisis energética. El estiaje obliga a las autoridades a buscar cómo evitar apagones residenciales y preservar el agua de los embalses hasta que lleguen las lluvias. Mientras tanto, las grandes industrias ya sufren cortes eléctricos y cuestionan una medida que consideran injusta y discriminatoria. Reclaman que el esfuerzo se distribuya entre todos los ecuatorianos. En medio de la crisis, hay quienes parecen más interesados en debilitar al gobierno que en encontrar soluciones. Alimentar el descontento en redes sociales con fines exclusivamente políticos no ayuda a enfrentar la emergencia. Cada estiaje, el país se torna extremadamente sensible. El riesgo apunta directamente a la economía, los empleos, la educación y la conectividad. Lo que menos importa cuando no hay luz es la política partidista que no ayuda a generar soluciones. Hoy, ante el riesgo de apagones gene-

ralizados y las fuertes lluvias que afectan a distintas regiones, el país necesita un esfuerzo conjunto. Autoridades de todas las tendencias políticas, municipios y prefecturas, empresas y familias deben contribuir al ahorro energético y asistir a quienes sufren las consecuencias de las tormentas. Centros comerciales, edificios, instituciones públicas, aquellos que administran alumbrado público y hogares pueden reducir la iluminación innecesaria y el consumo eléctrico. Las autoridades, por su parte, deberán acelerar las contrataciones pendientes, garantizar transparencia y ofrecer soluciones que eviten repetir esta crisis, aunque para este año quizá sea tarde. Exigir responsabilidades es indispensable, pero también lo es actuar ahora. La crisis requiere menos confrontación y más compromiso. Ante los problemas, se lidera con el ejemplo.

JOSELO ANDRADE

@JoseloAndrade

La liberación del tiempo y el progreso

U

na de las grandes tareas de la ciencia económica es explicar las razones del progreso humano, situación que ha dado lugar a más de una interpretación. Ahora bien, si pudiésemos resumir aquello que da lugar a tan anhelado resultado, ¿a qué variable deberíamos atribuirle gran parte de aquella explicación? Planteemos un ejemplo que describe cómo la variable tiempo podría contener la respuesta a la gran pregunta detrás del crecimiento y progreso económico. Imaginemos dos momentos de la historia: en el primer escenario no hay lavadoras de ropa; en el segundo, la utilización de las mismas es una situación ya generalizada y, de hecho, se ha convertido en la práctica usual de los hogares. La historia de nuestros hogares registra la enorme cantidad de horas que la jefa del hogar “pasó lavando a mano” la ropa de los integrantes de la familia. Sin embargo, a partir de la aparición de “la lavadora”, esta innovación tecnológica lo cambió todo para miles y miles de hogares. Analicemos el hecho de forma rápida. Si antes una ama de casa dedicaba entre 4 y 10 horas a la semana a esta tarea, ¿qué creen que ocurrió a partir de la adopción generalizada de la lavadora? La respuesta rápida fue que esa cantidad de tiempo quedó liberada para realizar otras cosas. Sí, muchas y diferentes cosas. Es decir, la liberación de tiempo otorgada por la aparición de la lavadora permitió a aquellas amas de casa contar con un tiempo que antes no existía. Tiempo que, utilizado en otras actividades, les permitió tener más tiempo para leer y educar mejor a sus hijos, más tiempo para educarse, para disfrutar junto a la familia, para visitar a familiares y amigos, para, en otras palabras, vivir una vida mejor. Sí, mis queridos amigos, lo que la tecnología trae es, en términos prácticos, tiempo para que logremos otras cosas, tiempo que podemos utilizar para encontrar soluciones diferentes a los problemas existentes, tiempo para vivir de mejor manera. Lo mismo pasó con la lavadora y, de forma aún más dramática, está pasando con la inteligencia artificial. Seguimos conversando.

20 puntos menos de aquellos que están en los primeros lugares, Argentina, Uruguay y Costa Rica. Desde el ciclo de protestas en octubre de 2019, este país no se ha podido recuperar, pues la insatisfacción de las personas en cuanto a las demandas al Estado sigue siendo igual o peor. Junto con Paraguay y Guatemala, el 33% cree que la democracia puede funcionar sin elecciones. En cuanto a los principales problemas, Ecuador es el país que mayor porcentaje registra (37%) cuando las perso-

nas dicen que han sido agredidas o asaltadas o incluso algún pariente. Nada es casual, pues la historia política responde a una trayectoria de acumulaciones, en donde las malas prácticas han sido la regularidad, entonces el problema no es de ayer sino desde la misma constitución como República y si quiere de las buenas intenciones no logradas en la transición de 1979. El resultado es una democracia de baja calidad, imposibilidad de un modelo económico, ausencia

de políticas de Estado e incapacidad de acuerdos mínimos para mejorar la calidad de vida de la población, sobre todo de aquella en condiciones de pobreza multidimensional. Desde 1830, año que Ecuador se constituye como República y el primer gobierno decide que la democracia será el tipo de régimen político, el país ha sido refundado en 20 ocasiones o su equivalente en el número de constituciones hasta la última del 2008. En promedio, cada una ha durado cerca de 10 años,

por lo cual, el cambio a las reglas del juego ha sido una constante como lo que sucede con el sistema electoral (conversión de votos a escaños, circunscripciones y sus tamaños, número de organizaciones y autoridades, etc.), las leyes orgánicas (códigos), sin perder de vista una tradición caudillista autoritaria y el clivaje regional entre la Sierra y la Costa, política y económica. Otro aspecto es la desaparición de la política de ideas a cambio del teatro en Tik Tok. EUROPA PRESS


03 COMUNIDAD ESMERALDAS | MIÉRCOLES 14/OCTUBRE/2026 I

Fuga de crudo en Cupa : gobernador de Esmeraldas recorre la zona afectada La causa de la fisura continúa bajo investigación técnica. La fuga de petróleo registrada en el Sistema de Oleoducto Transecuatoriano (SOTE), en el sector Cupa, cantón Quinindé, encendió las alertas por la posible afectación de los recursos hídricos de la zona. Petroecuador informó que el incidente está controlado, mientras organismos de respuesta reportaron presencia de crudo en el estero Caple y el río Cube. El evento se localizó en el kilómetro 420+840 del SOTE. En el lugar se mantienen las labores de contingencia, reparación de la tubería y contención del hidrocarburo para evitar una mayor dispersión. El gobernador de Esmeraldas, general Juan Jaramillo Paredes, recorrió la zona afectada para conocer el avance de los trabajos y las acciones desplegadas por los equipos técnicos. Bomberos reporta hidrocarburo en cuerpos de agua Habitantes de Cupa alertaron sobre la presencia de petróleo en el agua. El Cuerpo de Bomberos de Quinindé confirmó la existencia de manchas superficiales y reportó que el hidrocarburo habría alcanzado el estero Caple y el río Cube. La presencia de crudo en estos cuerpos de agua genera preocupación por sus posibles efectos ambientales y por los riesgos para las comunidades que dependen de las fuentes hídricas. Sin embargo, hasta el momento no se ha informado públicamente sobre una evaluación integral de los daños.

Petroecuador despliega trabajos de contingencia Según los reportes difundidos, más de 50 técnicos participan en las labores de respuesta. Entre las acciones ejecutadas consta la instalación

de piscinas de retención, estructuras de contención conocidas como cuellos de ganso y trabajos de succión de fluidos. Petroecuador también instaló barreras y material absorbente para contener el hidrocarburo en el río Cupa. Además, se prevé colocar una camisa de refuerzo en la tubería para sellar la fisura. Aunque la empresa estatal asegura que la fuga está controlada, la efectividad de las medidas de contención y el alcance de la contaminación deberán evaluarse a medida que avancen los trabajos de limpieza y remediación.

Dos versiones sobre el origen de la fuga

Mientras Petroecuador mantiene bajo investigación técnica la causa de la fisura, la Gobernación de Esmeraldas atribuye el incidente a una perforación vinculada con presuntos actos vandálicos relacionados con el robo de crudo. Esta última versión no debe considerarse una conclusión definitiva mientras no se conozcan los resultados de las investigaciones correspondientes. La Gobernación señaló que las acciones se concentran en la reparación del ducto, la limpieza y la remediación de las zonas afectadas, con atención prioritaria a los ríos y las comunidades cercanas.

Alerta por el abastecimiento de agua

La Alcaldía de Quinindé informó que la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Quinindé, Emapasosq-EP, mantiene una alerta preventiva ante la eventual llegada de hidrocarburo al río Esmeraldas. De acuerdo con la información municipal, se realizan labores de monitoreo del río Cupa junto con el Cuerpo de

TRABAJADORES de Petroecuador en el tramo del SOTE, afectado realizan tareas de remediación y mantenimiento y reparación.

Bomberos y se da seguimiento a la captación de agua que abastece a la parroquia Viche.

Habitantes piden una respuesta efectiva

Moradores de la zona consideran insuficientes las medidas de contención frente a la magnitud del incidente y reclaman una respuesta oportuna de las autoridades y de la empresa estatal. Sus preocupaciones se centran en la protección de los ríos, la limpieza de las áreas afectadas y la prevención de daños adicionales a las comunida-

des que dependen de estos recursos. En informe especial Petroecuador ha dado a conocer que fueron 1000 los barriles de Crudo de petróleo que han sido recuperados en la zona del derrame

Un antecedente que mantiene la preocupación

El incidente ocurre en una provincia que ya ha enfrentado emergencias por derrames de petróleo. Según antecedentes publicados, la rotura del SOTE registrada el 13 de marzo de 2025 en Quinindé provocó el

derrame de 25.116 barriles de crudo, de acuerdo con cifras atribuidas a Petroecuador. En marzo de 2026, habitantes de Cube protagonizaron reclamos por el primer aniversario de aquel derrame, mientras el gobernador Juan Jaramillo mantuvo un diálogo con los moradores. El nuevo incidente vuelve a poner en discusión la seguridad de la infraestructura petrolera, la capacidad de respuesta ante emergencias y la necesidad de garantizar una remediación verificable de los ecosistemas afectados MB


04 POLICIAL

ESMERALDAS | MIÉRCOLES 14/OCTUBRE/2026 I

Un bus intercantonal se incendia en el sur de Muisne; El ECU 911 no reporta heridos

El siniestro ocurrió en el ingreso al recinto Boca del Sucio, parroquia San Gregorio. Las causas están bajo investigación.

VEHÍCULO que sufrió el percance en la zona de Muisne

Un bus de transporte público de ruta intercantonal se incendió la mañana de este martes en el sur del cantón Muisne. El hecho se registró a la altura del ingreso al recinto Boca del Sucio, en la

Docente fue asesinada en Borbón La zona norte de Esmeraldas fue sacudida por la tristeza al conocerse el asesinato de una de las hijas de Borbón : Mónica Elizabeth Tello Zapata, Una profunda consternación embarga a la comunidad borboneña , tras conocerse el asesinat0 de la docente , educadora de la Unidad Educativa Técnica

DOCENTE Mónica Elizabeth Tello Zapata.

parroquia San Gregorio. La alerta llegó al ECU 911 a las 10:06. La institución coordinó la atención con el Cuerpo de Bomberos de Muisne y la Policía Nacional, cuyos equipos acudieron al lugar Agropecuaria Borbón. El trágico suceso ocurrió en el sector conocido como Torres Gemelas. De acuerdo con los primeros reportes, el principal sospechoso del crimen sería su pareja sentimental, quien tras cometer el acto huyó del lugar llevándose consigo a los dos hijos menores de la pareja. Los habitantes de la zona exigen una pronta y exhaustiva intervención de las autoridades policiales para dar con el paradero del hombre y poner a buen recaudo a los niños.EGC

para controlar las llamas. Según la información preliminar del ECU 911, no hay personas lesionadas. Las causas no han sido determinadas y las autoridades competentes las investigan.

Recomendaciones para la ciudadanía Si va a viajar por la zona, consulte con la cooperativa o la terminal el estado de su servicio. Ante una emergencia ve-

hicular, llame al 9-1-1 y aléjese del vehículo. Siga las indicaciones de la Policía Nacional y los bomberos. Fuente: ECU 911.


POLÍTICA 05

P ESMERALDAS | MIÉRCOLES 14/OCTUBRE/2026

formas sanas de protesta, y solo pueden conducir a regímenes autoritarios inhumanos como los de Nicolás Maduro en Venezuela o de Daniel Ortega en Nicaragua. Las ideologías autoritarias de izquierda y derecha son caducas, inhumanas y destructivas. Urge construir una democracia más evolucionada, por el camino de la no-violencia, la reconciliación y la sinergia, para lograr las grandes metas que tenemos como país. Toda mi vida he sido un rebelde no-violento contra todo sistema e ideología violenta y destructiva.

P. ¿La juventud debe unificar sus exigencias?

MOVILIZACIÓN. Ciudadanos durante la marcha del 10 de octubre de 2026 en Quito. (Foto: FARO).

¿SURGE UNA NUEVA ETAPA EN LA PROTESTA SOCIAL? La marcha del 10 de octubre de 2026 en Quito, que contó con estudiantes y ciudadanos de otros sectores de la sociedad, podría marcar una nueva fase de la protesta social, aunque analistas advierten que se requieren ajustes.

L

a marcha realizada en Quito el 10 de octubre de 2026 se derivó de la convocatoria de un movimiento social, a la cual respondieron varios gremios estudiantiles con demandas coincidentes. Analistas consultados creen que la acción puede dar pie a una nueva etapa de protesta social, pero observan que las demandas deben ser más definidas, no violentas y con propuestas. La convocatoria la realizó el Frente Autónomo de Resistencia Organizada (FARO) que se define como un movimiento social independiente, “integrado por ciudadanos de todas las edades y provincias”.

¿Nueva etapa de protesta juvenil?

Lolo Echeverría, analista político, evalúa que por cómo se presenta FARO (sin nexos con un partido político, con objetivos sobre diferentes temas) captó el interés de la ciudadanía para marchar. “Sí, es muy posible que se

inicie una nueva etapa porque los jóvenes no estaban participando en las marchas. Y ahora aparece una nueva organización que no quiere identificar a sus dirigentes, pero tiene poder de convocatoria. Ha organizado una marcha en la que ha existido participación de varios sectores”, observa. Aunque hay intereses sobre varios temas, en cierto momento podrían juntarse dos situaciones, menciona: “Este nuevo interés de los jóvenes por participar en la vida pública y los problemas que se generarían en el momento en que empiecen los apagones. Ahora el problema no es evidente porque se está cortando la energía solo al sector industrial”. Eso podría dar como efectos, detalla, por ejemplo: · Reducción de puestos de trabajo. · Incremento de precios en productos de consumo. Si eso ocurre, “habrá una nueva razón para protestar”,

advierte el analista.

Disparadores de la protesta ciudadana

Jaime Costales Peñaherrera, experto en Psicología y profesor del Colegio de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad San Francisco de Quito, da una visión sobre lo que implica la marcha y una pauta del rumbo a seguir.

P. Desde la Psicología, ¿por qué los jóvenes de distintas federaciones y estratos sociales han reaccionado así en este contexto? El malestar por las situaciones sociales de desempleo, pobreza, violencia delincuencial, limitaciones de la atención estatal a la salud, acciones autoritarias, entre otros factores, son disparadores de la protesta ciudadana, y es más probable que tal reacción se exprese en grupos juveniles.

P. ¿Cómo deben entender estas reacciones las auto-

ridades del Gobierno?

Lo más democrático, sano e inteligente que puede hacer el Gobierno, es actuar de forma contraria a la que acostumbraba el autoritario y corrupto régimen de Rafael Correa. Esto es: en vez del autoritarismo, la persecución a la oposición y presiones sobre la prensa, debe practicar impecablemente la tolerancia a la protesta social pacífica, la firmeza contra las mafias y delincuencia violenta, el respeto impecable por la prensa libre, el diálogo sincero con quienes le cuestionan.

P. ¿Cómo deben conservar los jóvenes el derecho de la protesta para que se mantenga dentro de los límites, la no violencia?

Inspirarse en movimientos no-violentos de gran impacto y eficacia, como los de Martin Luther King, de Nelson Mandela o de Corina Machado. Expresar el desacuerdo, pero de formas no-violentas, alejados completamente de ese tipo de paros violentos y tan destructivos, como los que se dieron en la agresión a Quito y otras ciudades en 2019, 2022 y 2025. Destruir partes del Centro Histórico, vandalizar edificios patrimoniales, incendiar la Contraloría, contaminar el agua potable, incinerar policías, abusar de mujeres policía, apedrear a periodistas, no son

Gonzalo Ordóñez, doctor en Ciencias Sociales y docente universitario, considera que las demandas de los jóvenes deberían contener más información, más datos y trabajar en hechos. “El problema es que los hechos no convocan marchas. Es la ideología y las emociones las que convocan a las marchas. De hecho, la convocatoria fue por la insatisfacción, pero en concreto ¿qué?”, cuestiona. · Hatari Ulcuango, estudiante de Economía y presidente de la Federación de Estudiantes de la Universidad Católica del Ecuador (Feuce-Q), indicó a LA HORA anteriormente que observaba que a nivel internacional hay una “ola general del descontento por políticas de los gobiernos de ultraderecha”. Ordóñez percibe una contradicción: “Son los jóvenes quienes votaron por la ultraderecha en el mundo y los adultos, que también salieron a la calle, están votando por la ultraderecha en el mundo. Además, el problema es que la ultraizquierda ha demostrado que no puede generar empleo y que el problema social no se resuelve con la ayuda del Estado, sino con la generación de empleo, que es lo que reclaman los estudiantes que salen de la universidad”. (KSQ)


06 POLÍTICA

ESMERALDAS | MIÉRCOLES 14/OCTUBRE/2026 I

Concurso para Fiscal: apelaciones incluirán repetir la impugnación El concurso para Fiscal General avanza con la notificación de los informes tras las audiencias de impugnación a los 21 descalificados. Los postulantes preparan sus alegatos y cuestionan los argumentos para inhabilitarlos.

CONCURSO. En el Consejo de Participación hubo audiencias públicas de impugnación ciudadana. (Foto:DLH)

Aproximadamente a las 22:30 del 12 de octubre de 2026 fueron notificadas las resoluciones de las audiencias de impugnación a los postulantes dentro del concurso para Fiscal General del Estado. Lo hizo la Comisión Ciudadana de Selección que realiza el proceso bajo el paraguas del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), entidad encargada por mandato constitucional de la designación de autoridades. A la fase de escrutinio público e impugnación ciudadana llegaron 26 postulantes. Se planificaron 41 audiencias, pero solo se concretaron 38, pues tres impugnantes no se presentaron y esas objeciones fueron archivadas. El documento que les llegó a los postulantes es el informe de la audiencia y se incluyen los apellidos de los candidatos y de quienes los impugnaron. Se hace una descripción de cómo se realizó la audiencia, si estuvo o no acompañado de alguna procuración judicial. Además, se cita el numeral y el artículo de la Codificación del Reglamento para el concurso de méritos y oposición para la selección y designación del Fiscal que refiere a la causa del cuestionamiento.

También se hace una explicación de si la documentación presentada por el impugnante cumple o no con los requisitos establecidos. Después de una argumentación hay un acápite en el que se destaca la decisión en relación a si la impugnación se negó o se aceptó. Postulantes descalificados alistan respuestas Tras las audiencias de impugnación, según las resoluciones de la Comisión Ciudadana de Selección, se descalificó a 21 de 26 postulantes. Los postulantes descalificados ya preparan sus argumentaciones. Inés Romero, jueza de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, recibió ocho impugnaciones, la candidata con más objeciones, pero se desecharon cinco y se aceptaron tres. Fue descalificada por falta de probidad. Hasta la fase de méritos tuvo 47,25 sobre 50 puntos. Varias de las impugnaciones dirigidas en su contra se concentraron en cuestionar la condición rural de la parroquia Cumbayá, donde vive, y una acción afirmativa que, acotó, ya había sido revisada, votada y aceptada en una etapa anterior del

concurso, con la documentación prevista en el propio reglamento. En diálogo con LA HORA, indicó que la Comisión Ciudadana de Selección cometió un error de interpretación extensiva de la ley, pues no puede hacer un análisis más allá de lo que establece el reglamento. Adujo que el medio de verificación de quienes aplican a una acción afirmativa es el certificado de la Junta Parroquial y esa comisión la admitió en las impugnaciones que negó. Sin embargo, en aquellas objeciones que aceptaron, añadió, los comisionados realizaron un análisis territorial sobre el beneficio de vivir en esa zona de plusvalía alta. Mencionó que si la comisión consideraba que no justificaba o no se podía aplicar, en la etapa de méritos, que era la correspondiente, la sumatoria de un punto por acción afirmativa por residir en un sector rural correspondía en esa etapa; sin embargo, esta ya fue calificada y se encuentra cerrada. “No es procedente volver a analizar algo que ya votaron, tengo el acta en la cual está calificada la acción afirmativa en la fase de méritos”, dijo.

Otro hecho que señaló es que a una de las audiencias no acudió el impugnante, pero se le dio otra fecha cuando se debió haber archivado la objeción, pues así procedieron con otros participantes. De los tres cuestionamientos, dos fueron por la acción afirmativa que recibió y el tercero por la presunta existencia de una declaración jurisdiccional, es decir, un requisito indispensable para la aplicación de sanciones disciplinarias a los servidores judiciales, pero Romero señaló que presentó una copia certificada de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) de que no había en su contra ese requerimiento. La postulante apelará y espera que el pleno del Cpccs, al estar conformado por profesionales y con experiencia, que han pasado por otros concursos, analice de manera técnica y jurídica y detecte los errores de la Comisión de Selección. Candidatos consideran que se puede regresar a etapa de objeciones Walter Macías, exjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), quien también fue inhabilitado para continuar en el proceso, expresó que entre “gallos y medianoche”,

notificaron las resoluciones. Sostuvo que las resoluciones son inmotivadas y, a su parecer, se incluyeron aspectos que no sucedieron en las audiencias. Anunció que apelará a sus dos impugnaciones que lo descalificaron por falta de probidad. A su criterio, en esas objeciones no hubo la práctica de prueba por parte de quienes lo cuestionaron, tampoco se adjuntaron documentos originales, copias certificadas o materializadas ante notario público. Macías además planteará la nulidad parcial del concurso, que no se resuelvan las apelaciones, cesar a los integrantes titulares de la Comisión Ciudadana, que se principalicen los suplentes y se vuelva a hacer la etapa de impugnación. ¿Quién tendrá la última palabra y cuáles son los plazos para pasar a la siguiente fase? Según el cronograma del proceso, el 12 de octubre se procedió a la notificación. Desde el martes 13 de octubre corre el plazo de tres días para presentar la solicitud de apelación, el cual terminará el jueves 15. La solicitud de apelación irá al Pleno del Cpccs y se presentará en la Secretaría General, delegaciones provinciales de ese organismo, o en las oficinas consulares del Ecuador, mismas que realizarán copias digitales de la documentación y la remitirán inmediatamente. Las apelaciones y su documentación original serán enviadas a Secretaría General, la que remitirá a la Coordinación General de Asesoría Jurídica, que elaborará un informe no vinculante respecto de las solicitudes de apelación. La convocatoria para la sesión del pleno de esa entidad se hará entre viernes 23 y lunes 26 de octubre. La resolución del pleno será el miércoles 28. Su decisión será de única y definitiva instancia. El informe final de la fase de escrutinio público e impugnación estará listo hasta el 4 de noviembre. La siguiente fase, de oposición, iniciaría el 13 de noviembre, incluirá pruebas oral y escrita. (JGP)


ECONOMÍA 07 P ESMERALDAS | MIÉRCOLES 14/OCTUBRE/2026

Quito: La Mariscal concentra 3,3 veces más comercio que Solanda El 71,74% de los quiteños vive a menos de 3 kilómetros de una zona comercial, pero la distancia no garantiza un acceso fácil. Las calles empinadas y la falta de rutas directas pueden aumentar el tiempo y el gasto en transporte. Quito tiene una particularidad que cualquiera que se mueva por sus calles conoce, aunque no siempre la vea en un mapa: vivir cerca de un lugar no significa que sea fácil llegar, y vivir en un barrio populoso no implica que allí se concentren los negocios. La capital funciona como una red de zonas con distintas actividades, conectadas por viajes diarios que cuestan tiempo, dinero y esfuerzo. Esa es una de las principales conclusiones de la investigación Quito se mueve, de André Zurita, subdirector de Inteligencia de la Información de la Universidad de las Américas (UDLA). El estudio muestra que la ciudad es un territorio de fuertes contrastes: hay barrios que concentran a miles de residentes y otros que, con muchos menos habitantes, reúnen una actividad comercial más intensa. “Hay una idea de esta investigación que se me quedó dando vueltas: la ciudad que reside y la ciudad que recibe no pesan igual”, reflexiona Zurita. En otras palabras, una cosa es el Quito donde la gente duerme y otra, el Quito al que acude para trabajar, comer, comprar, estudiar o resolver las necesidades de cada día. Entender esa diferencia es clave para planificar mejor el transporte, acercar los servicios a las familias y reducir los desplazamientos. Concentración de comercio Imagina que tienes dos mapas de Quito. En el primero aparecen las viviendas y sus habitantes. En el segundo, los lugares donde las personas encuentran comida, comercios y otros servicios. Al superponerlos, la ciudad cambia de aspecto. Solanda, uno de los grandes barrios del sur, tiene 72.489 residentes, casi cinco veces más que La Mariscal, donde viven 14.908 personas.

HECHO. El transporte y la economía van de la mano en una ciudad con varios polos comerciales como Quito. Foto: API

Exactamente, Solanda tiene 4,86 veces más habitantes. Pero el panorama se invierte cuando se mide la intensidad de la actividad comercial visible. La Mariscal concentra 618,03 actividades por kilómetro cuadrado, frente a las 186,68 de Solanda. Es decir, su intensidad comercial es 3,31 veces mayor. Iñaquito ocupa una posición importante en este mapa de contrastes. Tiene 57.428 habitantes y registra 116,39 actividades visibles por kilómetro cuadrado. ¿Qué significa esto para quienes viven en Quito? Que distribuir los servicios únicamente según la cantidad de habitantes deja fuera los lugares a los que miles de personas necesitan desplazarse todos los días. Un barrio puede tener muchos residentes y no concentrar tantos negocios, mientras que otro puede atraer visitantes, compradores y trabajadores desde distintos puntos de la capital. “Después de juntar estas capas, me cuesta pensar Quito simplemente como un centro y su periferia. Se parece más a una red de lugares que concentran funciones distintas”,

explica Zurita. Esta diferencia importa para el transporte público. Si los lugares donde viven los quiteños no coinciden con aquellos donde compran, trabajan o encuentran servicios, la ciudad necesita conexiones que permitan unirlos de manera eficiente. Zonas para distintos comercios No todos los barrios atraen a las personas por las mismas razones. Los negocios que se concentran en cada sector ayudan a explicar por qué se mueven y qué buscan cuando salen de casa los quiteños. · En La Mariscal, por ejemplo, la comida tiene un peso importante: el 32,60% de las actividades identificadas corresponde a este tipo de negocio. Son 595 de un total de 1.825 actividades. · En Solanda, en cambio, la actividad comercial está mucho más orientada a las compras. Estas representan el 56,89% de las actividades identificadas: 640 de un total de 1.125. · Cumbayá presenta otro perfil. Allí, el ocio y la recreación ocupan el 18,89% de los espacios identifica-

dos, con 129 de las 683 actividades registradas. La diferencia revela que Quito no funciona como un mercado uniforme. Hay zonas que atraen por su oferta gastronómica, otras que responden a las compras cotidianas y otras que reciben visitantes en busca de entretenimiento. Para planificar la movilidad, por tanto, no basta con saber cuántas personas viven en un barrio. También hay que identificar qué actividades ofrece, a quiénes atrae y desde dónde llegan sus visitantes. La influencia de las cuestas Hay un detalle que puede convertir un trayecto aparentemente corto en un recorrido agotador: el relieve de la capital. En un mapa plano, dos puntos pueden parecer cercanos. En la práctica, una pendiente pronunciada, una quebrada o una vía que obliga a dar un rodeo pueden complicar el viaje, tanto a pie como en vehículo. La investigación permite dimensionar ese desafío. Si se traza un recorrido imaginario de norte a sur, desde Ponceano hasta Guamaní, la distancia es de 22,03 kilómetros. En ese trayecto se acumulan

901,87 metros de subida y 743,69 metros de bajada. En conjunto, son 1.645,56 metros de desnivel acumulado. Y no se trata de una dificultad limitada a ese recorrido. En los segmentos viales analizados, el 17,59% de la longitud de las calles tiene pendientes superiores al 10%, una inclinación que puede representar un esfuerzo importante para peatones y vehículos. Las diferencias entre sectores son notables. La pendiente mediana es de apenas 2,12% en Solanda y de 2,49% en La Mariscal. En cambio, alcanza el 9,27% en Cumbayá, el 10,07% en Conocoto y el 12,73% en Calderón. En Chillogallo llega a un pronunciado 24,07%. Estas condiciones influyen en la facilidad con que una persona puede llegar a una parada de transporte, un centro comercial, un establecimiento educativo o un servicio de salud. La distancia importa, pero también importa el camino que hay que recorrer para cubrirla. Distancias engañosas A primera vista, Quito podría parecer una ciudad relativamente próxima a sus principales zonas comerciales. El 71,74% de sus residentes vive a menos de tres kilómetros, en línea recta, de uno de los 19 focos comerciales analizados en la investigación. Alrededor de Solanda, dentro de ese radio, viven 245.763 personas. En el entorno de La Mariscal Sucre se contabilizan 153.509; cerca de Conocoto, 82.838; y en Tumbaco, 52.565. Sin embargo, hay una diferencia fundamental entre estar cerca en el mapa y tener acceso efectivo a un lugar. Zurita advierte que se trata de una «oportunidad potencial de proximidad, no una garantía». La distancia en línea recta no considera por sí sola las pendientes, las quebradas, los trazados de las calles ni los horarios de funcionamiento. En la vida real, esos obstáculos pueden hacer que un recorrido resulte más largo, difícil o costoso de lo que sugiere el mapa. Por eso, si las viviendas, los comercios y los servicios se distribuyen de manera más inteligente, algunos desplazamientos podrían acortarse y la presión sobre las vías y el transporte podría reducirse. (JS)


SEGURIDAD 08

Así opera la Nueva Junta del Narcotráfico en Ecuador La detención de Jackson Zambrano expuso la infiltración en Ecuador de la Nueva Junta del Narcotráfico, una red criminal vinculada a la mafia balcánica y la Mocro Maffia. Un operativo conjunto entre la Policía Nacional del Ecuador, Europol y la Guardia Civil de España derivó en la captura de Jackson Felipe Zambrano Morejón en una residencia de la urbanización Plaza Lagos, en Samborondón (Guayas). Según fuentes de la Policía Nacional e Inteligencia, el arresto del presunto financista del grupo armado los Lobos dejó al descubierto el funcionamiento de la Nueva Junta del Narcotráfico (NJN), una federación criminal que ha convertido a Ecuador en un punto neurálgico para el envío masivo de cocaína hacia Europa. A la organización se le atribuyen al menos 14 incautaciones internacionales desde 2024, sumando un total de 42,5 toneladas de droga valoradas en aproxi-

madamente $1.765 millones. El papel de Zambrano De acuerdo con las investigaciones policiales y análisis de la Iniciativa Global contra la Delincuencia Organizada Transnacional (GI-TOC), la NJN opera mediante la figura del emisario o garante de pago. En Ecuador, Jackson Zambrano — quien carecía de antecedentes penales graves— cumplía la función de coordinar la logística con las bandas locales y asegurar que los pagos por custodia y traslado se completen una vez que los cargamentos desembarcan en Europa. Este rol de intermediario transnacional ya había sido desempeñado previamente en el país por figuras como el albanés Dritan Gjika. “En Ecuador, la NJN no busca el

control territorial directo, sino que subcontrata a bandas ecuatorianas, desencadenando violentas disputas entre estas agrupaciones por hacerse con los contratos de transporte y resguardo”, señala una fuente del servicio de Inteligencia que participó del operativo del 8 de octubre de 2026, en el que Jackson Felipe Zambrano fue detenido. NJN tiene empresas fachada Para dar apariencia de legalidad a sus operaciones, la NJN replica un modelo de infiltración en sectores económicos clave. En el caso de Zambrano, su red empresarial abarcaba firmas exportadoras de banano y frutas, compañías de transporte pesado y sociedades vinculadas a la explotación y comercialización de oro.

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Esta información se conoció durante la audiencia de formulación de cargos. Dichas estructuras permitían justificar movimientos de capital, camuflar la droga en contenedores marinos y financiar esquemas de resguardo armado. Dimensión de la red Las investigaciones de inteligencia revelan la dimensión global de la red: · Colombia: Se mantiene como el principal centro de producción de clorhidrato de cocaína. · Ecuador: Consolida su posición como el hub o plataforma logística de despacho marítimo. · España y Europa: Funcionan como la puerta de entrada y distribución en el mercado europeo. · Dubái y Turquía: Actúan como centros de dirección financiera y protección judicial. La Policía Nacional destaca que Dubái fue durante años el refugio predilecto para el lavado de dinero por sus flexibles regulaciones. Sin embargo, las redes han comenzado a desplazarse hacia Estambul (Turquía).

DETENIDO. Jackson Zambrano sería el emisario de la Nueva Junta del Narcotráfico (NJN), en Ecuador, según la Policía Nacional.

Esta ciudad ofrece ventajas estratégicas, esquemas de ciudadanía por inversión inmobiliaria y restricciones legislativas a la extradición de sus nacionales, otorgando un blindaje jurídico a la cúpula de la organización. De hecho, tras su evasión de los controles judiciales en Ecuador y la simulación de su propia muerte, alias Pipo, líder de la organización criminal los Lobos, habría utilizado identidades falsas para ocultarse inicialmente en Turquía como escala estratégica antes de asentarse en España. Su posterior localización y captura por parte de las autoridades europeas puso al descubierto la red transnacional que facilitaba su impunidad, dando inicio inmediato a los trámites judiciales para su extradición. De concretarse este proceso, el procesado enfrentará a la Justicia ecuatoriana por delitos graves vinculados al crimen organizado y el narcotráfico. Financista de los Lobos vivía en Quito A la par de la detención de Jackson Zambrano, como parte del operativo Gran Fénix, las autoridades ecuatorianas y la Policía Nacional capturaron en Quito a Jonathan Obed Cepeda Reza, alias El Parce —presunto cabecilla de los Lobos financiado con más de $2 millones. Esta red financiera, según el Ministerio de Interior, movió más de $2 millones en transferencias y depósitos bancarios en las provincias de Pichincha, Santa Elena, Cotopaxi y Tungurahua. Alias El Parce, quien registra antecedentes por tráfico de drogas desde 2016 y fue apresado junto a su hermana, coordinaba además actividades de extorsión, robo y microtráfico de marihuana aromatizada en discotecas y bares de distritos del norte de la capital como La Delicia, Eugenio Espejo y Calderón. Tras su arresto y su reclamo por el destino asignado, el ministro del Interior, John Reimberg, confirmó que el procesado será trasladado a la Cárcel del Encuentro bajo un régimen de máxima seguridad. (DLH)


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Argentina se activa contra proyecto petrolero en las Malvinas

DIPLOMACIA. El presidente de Argentina, Javier Milei. EP

El Gobierno de Argentina pide al Tribunal Internacional del Derecho del Mar que aplique “medidas provisionales” contra un proyecto petrolero en las Islas Malvinas. MADRID. Argentina ha presentado este 13 de octubre una solicitud ante el Tribunal Internacional del Derecho del Mar para la imposición de “medidas provisionales” para evitar la explotación de recursos por parte de Reino Unido en las islas Malvinas, tras reclamar a Londres el fin de los trabajos en el marco del proyecto ‘Sea Lion’. El presidente de Argentina, Javier Milei, ha señalado en un comunicado publicado en redes sociales que Buenos Aires ha presentado ante la citada corte “una solicitud de medidas provisionales para impedir la explotación de hidrocarburos por parte de Reino Unido en la plataforma continental de la Cuenca Malvinas Norte”. Así, ha explicado que este paso “busca preservar los derechos soberanos argentinos sobre su plataforma continental y evitar que las actividades autorizadas de manera unilateral e ilegal por Reino Unido agraven la controversia reconocida por

Naciones Unidas”. “La presentación se enmarca en el procedimiento arbitral que el Gobierno nacional inició el 28 de septiembre, confirme al anexo VII de la Convención de la ONU sobre el Derecho al Mar (Convemar), para defender su soberanía y los recursos naturales de todos los argentinos”, ha recalcado. En este sentido, ha enmarcado la solicitud en un artículo de la convención según el cual “mientras se encuentre pendiente la constitución de un tribunal arbitral, cualquiera de las partes en la controversia podrá solicitar al tribunal que prescriba medidas provisionales para preservar los respectivos derechos de las partes en la controversia o para prevenir daños graves al medio marino, y si la urgencia de la situación así lo requiere”. “La República Argentina reafirma, una vez más, sus legítimos e imprescriptibles derechos de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias

del Sur y Sándwich del Sur, y los espacios marítimos circundantes”, ha manifestado el mandatario. “Por historia y por derecho: las Malvinas son argentinas”, ha apostillado. Las reclamaciones de Argentina El ministro de Exteriores argentino, Pablo Quirno, ha recalcado que esta solicitud supone “un hecho sin precedentes”. “La estrategia integral impulsada por el presidente, Javier Milei, para defender nuestros recursos en la plataforma continental argentina está generando resultados concretos”, ha destacado. Quirno ha especificado que Buenos Aires ha reclamado al tribunal que Reino Unido “impida el inicio o la continuación de la explotación de los recursos de hidrocarburos en la plataforma continental de la Cuenca Norte de Malvinas por parte del denominado proyecto ‘Sea Lion’”, así como que “se abstenga de utilizar la información obteni-

da durante la exploración de los recursos naturales de las áreas marítimas en disputa en perjuicio de los derechos de Argentina”. Asimismo, la solicitud busca que Reino Unido “cese de impedir que la República Argentina cumpla con su obligación, en virtud de los artículos 192 y 194 de la Convemar, de proteger y preservar el medio marino de las áreas marítimas objeto de la controversia”, según un mensaje publicado a través de redes sociales. El jefe de la diplomacia argentina ha subrayado que la petición busca además que Londres “se abstenga de adoptar cualquier otra medida que pueda agravar la controversia, en particular, el otorgamiento de nuevos permisos para la explotación de los recursos de la plataforma continental en disputa”. “Reiteramos una vez más nuestro compromiso con el diálogo, la diplomacia, el Derecho Internacional, e invitamos a Reino Unido a

retomar la mesa de negociación bilateral para encontrar una solución pacífica y definitiva a la disputa de soberanía, tal como lo establecen las resoluciones de Naciones Unidas. Por historia y por derecho: las Malvinas son argentinas”, ha zanjado. El Gobierno británico, que por ahora no se ha pronunciado sobre el paso de Buenos Aires, ya rechazó a finales de septiembre la decisión de Argentina de iniciar un arbitraje internacional por la exploración petrolera en las Islas Malvinas y advirtió de que este comportamiento “plantea interrogantes sobre la fiabilidad” del país sudamericano como socio de Londres. Frente a las acusaciones de Argentina, Londres insistió en que las actividades petroleras están reguladas por la legislación de las Islas Malvinas y se llevan a cabo “en plena conformidad con el Derecho Internacional”, antes de reiterar su soberanía sobre las islas, a pesar de las reiteradas demandas de Buenos Aires. Por su parte, Milei ha afirmado que esta campaña diplomática y financiera fue desatada por las palabras del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, sobre que estaba “revisando” la posición de Washington respecto al contencioso, que ha puesto de nuevo sobre la mesa la guerra de diez semanas librada en 1982 por el control de la zona, que precipitó el final de las juntas militares argentinas y reforzó a Margaret Thatcher como jefa del Ejecutivo británico. (EUROPA PRESS)

María Luz Arellano

¿CÓMO ENTRENAR A LA MENTE? CON

Gabriela Vivanco


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Brasil: Flávio Bolsonaro respaldará reducción de jornada laboral El candidato presidencial por el Partido Liberal de Brasil, Flávio Bolsonaro, anunció su respaldo a la reducción de la jornada laboral.

POLÍTICO. El candidato presidencial por el Partido Liberal de Brasil, Flávio Bolsonaro. Cuenta de X

MADRID. El candidato presidencial y senador Flávio Bolsonaro ha anunciado este 13 de octubre su respal-

do a la propuesta constitucional para reducir la jornada laboral cuya primera votación tendrá lugar este

14 de octubre en el Senado de Brasil, tras haber defendido antes dejar en manos de empleados y emplea-

LATINA TRANSPORTES SELECTIVOS Y TURISMO LATITRANSTURSA S.A. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS De conformidad con los artículos 233, 235 y 236 de la Ley de Compañías y de lo dispuesto en el Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas, expedido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, se CONVOCA a las/los accionistas de LATINA TRANSPORTES SELECTIVOS Y TURISMO LATITRANSTURSA S.A., a la Junta General Extraordinaria a celebrarse el lunes 26 de octubre de 2026 a las 10h00, en la sala de sesiones del SINDICATO DE CHOFERES PROFESIONALES DE PICHINCHA, ubicado en la calle Inglaterra 30-197 y Vancouver, del Distrito Metropolitano de Quito, a fin de conocer, tratar y resolver sobre el siguiente único punto del orden del día: •

Autorización a los administradores de la compañía para que gestionen y obtengan un préstamo bancario mediante la constitución de una hipoteca abierta del bien inmueble (sede social) de propiedad de la compañía.

Opción de comparecencia virtual: De acuerdo a lo previsto en el artículo 233 de la Ley de Compañías, las/los accionistas que opten por comparecer telemáticamente a la Junta General, podrán hacerlo a través de la plataforma Zoom, consignando sus datos completos y la confirmación de esa su voluntad mediante correo electrónico remitido a la Gerencia de la compañía, la misma que habilitará la conexión antes del inicio de la sesión con el código de la reunión y la clave de acceso. Los correos en los que se confirme dicha comparecencia previo a la celebración de la sesión, así como aquellos en que se consigne la decisión, durante la junta, podrán ser materializados a través de la gestión del representante legal de la compañía, con el fin de dar cumplimiento a las formalidades de ley. Facultad de incluir puntos adicionales y realizar correcciones (de forma) a la convocatoria: Se deja a salvo el derecho de las/los accionistas a solicitar al representante legal de la compañía, la inclusión de puntos adicionales que consideren procedente y de manera motivada deban ser tratados en la junta general o bien realizar correcciones (de forma) en la convocatoria. Este derecho podrá ejercerse por parte de las/los accionistas por una sola vez hasta 72 horas después de haberse publicado esta convocatoria. Correo electrónico para asuntos vinculados a la Junta General de Accionistas: El representante legal recibirá en el correo electrónico: latina@latitranstursa.com, la confirmación de comparecencia telemática de la/el accionista (de ser el caso), así como la expresión de su voluntad en el ejercicio del derecho al voto, o bien para enviar los instrumentos de representación respectivos en caso de que la/el accionista resolviere comparecer a través de una tercera persona. Conforme dispone en el artículo 242 de la Ley de Compañías, se convoca especial e individualmente a la señora Comisaria Principal de la compañía Econ. Margarita Chiriboga. D.M. Quito, 13 de octubre de 2026

Lcdo. Fausto Salazar Tapia PRESIDENTE

Sr. Fabricio Vivanco Vergara GERENTE GENERAL

001-005-0945

Atentamente,

dores la negociación de los contratos. Bolsonaro ha dicho que tras haber estado viajando por todo el país, “la mayoría de los trabajadores brasileños quieren el fin del 6x1, como se conoce en Brasil a la iniciativa presentada por la izquierda que establece un máximo de 40 horas semanales y dotar de dos días de descanso sin que suponga una merma en el salario. “Entonces voy a votar a favor de acabar con el 6x1, pues siempre defendemos por algo aún mejor”, ha anunciado el vencedor de la primera vuelta de estas elecciones, quien ha concedido que “los trabajadores tengan derecho a descansos más largos”. Bolsonaro ha argumentado que su defensa de la libre negociación entre empleador y empleado buscaba que este último tuviera la “libertad” de organizar su horario laboral y ha cuestionado que la enmienda no contemple casos específicos como el teletrabajo o la crianza de los hijos, si bien la legislación brasileña sí lo hace. “¿Qué pasa con las personas que trabajan desde

casa? Eso no está definido en la propuesta de enmienda. ¿Qué pasa con las madres que no tienen con quién dejar a sus hijos, que solo pueden trabajar, por ejemplo, cuatro horas al día, solo por la mañana o solo por la tarde? Su horario laboral seguirá siendo rígido”, ha apuntado. Flávio ha dado estas declaraciones tras visitar a su padre, el expresidente Jair Bolsonaro, quien se encuentra, por motivos de salud, cumpliendo en arresto domiciliario su condena de más 27 años de prisión por liderar una trama golpista para revertir su derrota en las elecciones de octubre de 2022. Se trata de la primera vez que Flávio visita a su padre tras cumplir los 90 días de suspensión que impuso el juez del Tribunal Supremo Alexandre de Moraes por infringir las medidas cautelares a raíz de la publicación de una carta del expresidente en apoyo a su candidatura. La escala 6x1 La reducción de la jornada laboral ha irrumpido como otro acicate más en esta campaña para la segunda vuelta que se celebra el 25 de octubre con su inminente primera votación en el Senado, después de que ya contara con el aval de la Cámara de Diputados por 472 votos a favor por 22 en contra, en mayo de este año. La semana pasada, el presidente saliente, Luiz Inácio Lula da Silva, retó a Bolsonaro a dar conocer el sentido de su voto, así como el de su grupo parlamentario, el Partido Liberal. “Ha llegado la hora de conocer quién es quién en este país”, dijo el líder brasileño, que confiaba así en exponer las reticencias que ha venido mostrando la oposición conservadora para dilatar los plazos y presentar modificaciones. Si el Senado aprueba el texto sin modificaciones importantes, será promulgado por el Congreso y entrará en vigor. En caso de cambios estructurales, el proyecto deberá retornar a la Cámara de Diputados para una nueva revisión. (EUROPA PRESS)


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VIERNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 8694 MIÉRCOLES, 14 DE OCTUBRE Editor DE 2026 Director FRANCISCO LÓPEZ MURILLO Hora ESMERALDAS, ECUADOR DR. FRANCISCO La VIVANCO RIOFRÍO

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Dirección: Arenas y 10 de Agosto, Edif. Vivanco, 5to. piso | Teléfonos: 2551-552/2555-431/2500-245/2552-135 | E-mail: judicial@derechoecuador.com

ORIGEN Y NATURALEZA DEL CONTROL POLÍTICO

CONSULTA LABORAL ¿Según el Art. 333 del COFJ, referente a los abogados que pueden ofrecer poder y ratificación de gestiones, existe un óbice con el Art. 576 del Código de Trabajo?

RESPUESTA

Autora: María José Vega gallegos

Con el surgimiento del modelo político del Estado de Derecho, las constituciones del mundo empezaron a desarrollar no solo la parte orgánica sino también dogmática que involucraba el régimen político democrático representativo, así como, los derechos y garantías constitucionales de los ciudadanos; en este marco, se limitó la acción del Estado a través de la Administración Pública, de esta manera, en los textos constitucionales se empezaron a plasmar normas que regulen las relaciones entre el Estados y sus ciudadanos. Esto generó

que se incorporen normas de derecho administrativo y de otras ramas, estableciendo medios jurídicos que aseguren el control de la Administración Pública, en lo político, fiscal y jurisdiccional. En este contexto, el Estado además se organizó en función al principio de separación de poderes, lo cual permitió el control entre los diversos órganos del Estado. (Brewer, 2014, págs. 2-3) Es en este nuevo modelo de Estado que se reconoce entre otros derechos, los derechos políticos a la democracia, mismos que tienen una estrecha vinculación con el derecho a la

EN LA WEB derechoecuador.com separación de poderes, pues es este último el que facultará ejercer el control del poder, así como materializar otros derechos políticos del ciudadano en un Estado Democrático. (Brewer, 2014, pág. 15) Una de las características de un Estado de Derecho Democrático es la existencia de normas que hagan efectivo el principio de responsabilidad en todo ámbito, incluido el político, en tal razón, los gobernantes son políticamente responsables de sus actos ante el pueblo soberano, lo que se efectiv-

iza a través de mecanismos o herramientas de control político como la revocatoria de mandato, juicio político, entre otros. (Oyarte, 2005, pág. 35) 1. El control político, sus tipos y características El control político es una forma de vigilancia o de freno entre los servidores y funcionarios de órganos políticos, legislativos y ejecutivos, en la medida que, estos participan conjuntamente en diferente forma y grado en la voluntad del Estado, a

Si bien, el Código Orgánico de la Función Judicial establece, dentro de la regulación de presentación de escritos, que los abogados y abogadas puedan concurrir a los actos procesales ofreciendo poder o ratificación para legitimar su personería, no así a las audiencias en materia laboral tratándose de un procedimiento oral, pues uno de los principios que sustentan dicho procedimiento conforme el Art. 75 de la Constitución de la República es el de inmediación, por tanto a las audiencias laborales deben concurrir las partes con sus abogados. Ahora bien, el Código Orgánico General de Procesos en su Art. 86, dispone la obligatoriedad de concurrir las partes a las audiencias en forma personal con su abogado defensor o su abogado/a con procuración especial. La ratificación de la intervención solo es posible en los casos en que no se exige la presencia personal de las partes o mediante procuración Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia


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través de actos o decisiones políticas; así también, es una forma de regulación y limitación del poder. (Lozano, 2009, pág. 118) Este control que puede ser ejercido sobre los gobernantes, servidores y funcionarios públicos busca que su actuación sirva al interés general y actúen conforme a la normativa, así como que respondan de sus actos, esto, es posible a través de principios y procedimientos, que pueden determinar o no responsabilidad política; se practican sea a través de medios de participación social, crítica política o por medios parlamentarios, ya que estos últimos tienen facultad de solicitar información, investigar, solicitar informes de fiscalización, llamar a comparecencias, realizar debates, etc. (Peruzzoti y Smulovitz, 2002, págs. 25-26) En esta línea, a criterio de Peruzotti y Smulovitz existen tres tipos de control, siendo estos el legal, político y social. El control legal se refiere al orden constitucional e institucional, tal como separación de poderes, derechos y garantías ciudadanos, principios como el de legalidad, distribución de competencias, procedimientos de producción de actos y normas, régimen de contratación, función pública y de responsabilidad, etc. En este tipo de poder, el gobierno y Administración Pública son responsables de actuar conforme a la normativa, generando resultados, para lo cual, existen mecanismos de control interno y externo ejercido por ámbitos administrativos o judiciales. El control político, según estos autores, se basa en la relación entre los ciudadanos y gobernantes y diversas instancias institucionales; este es implementado por rendiciones de cuentas producidas en las elecciones, existe también un control político desde

los mecanismos constitucionales como la censura, cuestión de confianza, control ordinario del gobierno por el legislativo, comisiones de investigación, etc. Finalmente, el control social, conocido también como control vertical social, que tiene su origen en demandas de la ciudadanía respecto a la gestión directa e inmediata de las necesidades sociales por parte de los gobiernos. Este último se basa en las relaciones entre los gobernantes y ciudadanos organizados en la sociedad civil como sindicatos, ONGS, asociaciones, medios de comunicación, etc.; son también el conjunto de acciones de movimientos ciudadanos o de distintos medios cuyo fin es exponer actos gubernamentales incorrectos y aportar con nuevos temas a la agenda pública. (Peruzzoti y Smulovitz, 2002, págs. 25-30) Con lo expuesto, se infiere que el control político es un mecanismo o forma de vigilancia, freno y límite al ejercicio del poder entre los servidores y funcionarios de órganos políticos, legislativos y ejecutivos, que asegura la observancia del sistema jurídico e impone las sanciones previstas en el ordenamiento, estableciendo las responsabilidades del caso en observancia a los principios y procedimientos establecidos para el efecto. Respecto al órgano que lo ejerce, este ha sido histórica y tradicionalmente realizado por el Legislativo, Congreso o Parlamento, sin perjuicio de que, otras funciones del Estado o incluso la ciudadanía pueda ejercerlo, a través del control vertical social. En cuanto a las características del control político, estas son, que es subjetivo, ya que se basa en la libre apreciación del órgano de control, es voluntario ya que el órgano de control es libre de ejercer el mismo o no, por lo cual, no siempre se

deriva en la imposición de sanción o establecimiento de responsabilidad y la autoridad sometida a control tiene jerarquía. Control político y control jurídico ¿son lo mismo? El juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Eduardo Ferrer MacGregor Poisot, en su voto parcialmente disidente dentro del caso del Tribunal Constitucional (Camba Campos y Otros) vs Ecuador de 28 de agosto de 2013, señaló que, si bien el control jurídico y el control político son controles institucionales, acorde a la doctrina tradicional, existe una distinción entre los mismos; en el caso de control jurídico, este tiene su base en razones jurídicas, en un canon preexistente y no disponible para quien ejerce el control, es decir, este control tiene limitaciones preestablecidas y es necesario, ya que el órgano de control debe ejercerlo cuando se le solicita y emitir una sanción, es también ejercido por un órgano independiente e imparcial, que posee competencia para resolver el conflicto en Derecho. En cambio, el control político, tiene un carácter subjetivo, ya que no tiene un canon fijo y preestablecido de valoración, puesto que, se basa en la libre apreciación del órgano de control y por razones de oportunidad, en tal razón, constituye un ejercicio voluntario, ya que este órgano o sujeto de control es libre de ejercer o no el mismo, y no siempre se deriva en la imposición de una sanción; siendo otra característica de este tipo de control que, el órgano político, autoridad o sujeto de poder ostenta una supremacía o jerarquía. (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2013, págs. 18-19) En el referido voto parcialmente disidente, el magistrado realiza un importante análisis y acotación, al establecer que, continu-

ando con la línea jurisprudencial y pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación al juicio político de jueces realizado comúnmente por el poder legislativo, se observa que, el juicio político es materialmente un control jurídico en relación a la función que realiza. Dicho juez, considera además que, a pesar de que el órgano que lo ejerce, las faltas que se castigan y las sanciones que se imponen son de naturaleza política, en ejercicio de dicha función el órgano que lo ejerce, debe ser independiente e imparcial, cumpliendo con las garantías del debido proceso, teniendo como resultado, que al tener que aplicar estos últimos principios y garantías, este control ejercido por el órgano competente, a través del juicio político sea de naturaleza jurisdiccional, tal como lo ha previsto un sector importante de la doctrina, como Arteaga Nava, Huerta Ochoa, González Oropeza, Orozco Henríquez, etc.; concluyendo que no se debe confundir la naturaleza del órgano con el carácter de la función que ejerce, estableciendo ejemplos de control político citados por Aragón, como los efectuados por el cuerpo electoral, por los parlamentos sobre el gobierno o la administración o incluso los efectuados por el parlamento o el gobierno a los gobiernos autónomos descentralizados. (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2013, págs. 19-20) Base normativa del control político en el Ecuador A raíz de la Constitución del Ecuador del 2008, surge la Función Electoral configurándose la misma a través de principios de especialización de competencias y desconcentración técnica, mediante la creación de dos instituciones, el Consejo Nacional Electoral (CNE) en calidad de órgano encargado de la adminis-

tración electoral y el sistema de organizaciones políticas, así como el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) como órgano encargado de la administración de justicia electoral y dirimente de conflictos internos judiciales de organizaciones políticas; así también, debido a la iniciativa ciudadana y estatal, como consecuencia de la descentralización territorial y sus gobernantes, surge el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización Territorial, el cual contempla el funcionamiento básico de los gobiernos autónomos descentralizados y sus órganos, así como el control político de sus gobernantes. (Tribunal Contencioso Electoral, 2021, pág. 3) La fundamentación normativa para las figuras de control político en el Ecuador, se encuentran principalmente en la Constitución de la República del Ecuador (CRE), la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), que contempla los mecanismos de enjuiciamiento político y la destitución del cargo de asambleístas y de las autoridades de la Asamblea y el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), que establece la remoción de autoridades de elección popular de los gobiernos autónomos descentralizados frente a la existencia de cualquiera de las causales previstas en dicha norma, contemplando el debido proceso en su tramitación. A continuación, un detalle de las figuras de control político contempladas en las normas descritas en el párrafo precedente: ¿Debe observarse el debido proceso dentro de procesos de control político? El debido proceso contiene normas que contemplan principios y otras que establecen reglas, en el caso de principios podem-


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os observar que el artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador contempla el principio de igualdad, legalidad, seguridad jurídica, non bis in idem, pero también derechos como la presunción de inocencia y garantías como la de la legalidad de la prueba, así como normas mixtas como el principio de proporcionalidad. (Oyarte, 2016, pg. 24) En tal razón, conviene realizar una explicación de lo que se entiende por derecho, regla y principio. Siguiendo esta línea, el derecho subjetivo se entiende como el poder de actuar amparado en una norma, facultando al sujeto a ejecutar una conducta o abstenerse de ella, o exigir de otro su cumplimiento, es así como, el derecho tiene dos elementos, uno interno que otorga la posibilidad de actuar conforme la norma y otro externo, que se refiere a la posibilidad jurídica de exigir el respeto o cumplimiento a otro sujeto. Un derecho por lo general contiene los siguientes elementos: definición, bien jurídico protegido, el titular, el sujeto obligado, las condiciones de ejercicio y sus limitaciones. (Oyarte, 2016, págs. 24-25) Las garantías en cambio son mecanismos de protección de derechos, mismas que pueden ser genéricas y jurisdiccionales. Las primeras están encaminadas a limitar los poderes públicos como medida de protección de derechos, como por ejemplo la reserva de ley o las exigencias de motivación de las resoluciones dirigida a los jueces2 ; por otro lado, las garantías jurisdiccionales son mecanismos de protección que se hacen valer frente a los jueces, como sucede con el derecho a la defensa o la presunción de inocencia, así también, hay garantías mixtas, es decir genéricas y jurisdiccionales según la oportunidad en la que se hace valer, como el

principio de proporcionalidad. (Oyarte, 2016, págs. 26-27) Por otro lado, las normas abarcan reglas y principios. Se entiende por principios a las normas que mandan que algo sea realizado en la mayor medida posible dentro de las posibilidades jurídicas y reales existentes, en conclusión, los principios son mandatos de optimización que pueden cumplirse en diferente grado, en cambio, las reglas son normas que solo pueden ser cumplidas o no, es decir que se debe actuar conforme ellas disponen. Es así que, en el caso del derecho al debido proceso, se evidencia que el mismo se constituye a través de reglas como el de la defensa y también de principios como el de la seguridad jurídica, pero también como garantías a través de reglas como el “non bis in idem” (Oyarte, 2016, pág. 27) Con lo expuesto se concluye que, el debido proceso es un derecho, así también es una garantía mixta ya que opera como un mecanismo de protección de derechos y limita los poderes públicos, pero es además un principio ya que implica un mandato de optimización que debe cumplirse en diferente grado, pero también una regla ya que es una norma que debe ser observada conforme los parámetros que la misma establece. Asimismo, su fin es asegurar la solución justa dentro de una controversia, lo cual implica que la autoridad competente bajo la cual esté en consideración derechos y obligaciones de una persona, deba observar el mismo, operando también como un límite al poder punitivo del Estado, derecho que debe transversalizar todo el ordenamiento jurídico debido a su importancia e interdependencia y relación con otros derechos. La Corte Constitucional del Ecuador, mediante sentencia No. 2137-

21-EP/21 analizó por primera vez un mecanismo de control político, la misma en los párrafos 138, 139 y 140 de su sentencia, indica que si bien existen diferencias sustanciales entre los procesos judiciales y políticos, no implica que estos últimos no estén sometidos a la Constitución, no obstante, no todas las garantías del debido proceso contenidas en el artículo 76 pueden ser aplicadas en la misma medida en un proceso de control político, ya que por la naturaleza del mismo, no se puede manejar un estándar igual ni rígido al de un proceso judicial, sin embargo, la misma no determina ni analiza qué garantías del debido proceso deben ser observadas y cuáles no, además de no

explicar cuál sería el razonamiento para limitar algunas garantías del debido proceso en procesos de control político, mencionando únicamente algunas garantías, tales como, exponer argumentos, pruebas que respalden sus pretensiones y ser escuchadas, dando a entender que, estas serían las garantías del derecho a la defensa que deberían ser observadas pero sin decirlo del todo. No obstante, no se brindó respuesta a la interrogante de ¿Cuál es el alcance del debido proceso en procesos de control político? Si bien tradicionalmente se ha referido que en virtud de las características del control político, especialmente la de subjetividad, este, no debe observar

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de manera rígida el debido proceso o no debe existir debido proceso al ejecutar dicho tipo de control, es importante, tomar en consideración el voto parcialmente disidente del juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Eduardo Ferrer MacGregor Poisot, dentro del caso del Tribunal Constitucional (Camba Campos y Otros) vs Ecuador de 28 de agosto de 2013, quien señaló que, acotando a la línea jurisprudencial y pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación al juicio político de jueces realizado comúnmente por el poder legislativo, dicho juicio políti-


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MIÉRCOLES 14 DE OCTUBRE DE 2026 La Hora, LOJA, ECUADOR

co, pese a que el órgano que lo ejerce, las faltas y sanciones son políticas, es materialmente un control jurídico en relación a la función que realiza, por lo cual, el órgano que lo ejerce, debe ser independiente e imparcial, cumpliendo con las garantías del debido proceso, teniendo como resultado, que al tener que aplicar estos últimos principios y garantías, este control ejercido por el órgano competente, a través del juicio político sea de naturaleza jurisdiccional; en esta línea, es importante no confundir la naturaleza del órgano (es decir política) con el carácter de la función que ejerce (es decir jurisdiccional), ya que impondrá sanciones. Es importante acotar que, el debido proceso debe ser observado en procesos de control político no únicamente por la naturaleza de la función que ejerce el órgano político, tal como lo ha establecido el juez mencionado en el párrafo precedente, sino también, porque conforme se ha contemplado en el artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador este debe ser observado en todo proceso donde se determinen derechos y obligaciones de las personas; así también en la jurisprudencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, esta ha manifestado que, pese a que el artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos se denomina “Garantías Judiciales”, su aplicación no se limita a recursos judiciales en sentido estricto, sino también, al conjunto de requisitos que deben observarse en instancias procesales con el fin de que, las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier acto emanado del Estado; asi-

mismo, manifestó que, si bien la función jurisdiccional le compete al Poder Judicial, otros órganos o autoridades públicas ejercen funciones del mismo tipo, en tal razón cuando la Convención habla de “juez o tribunal competente” se refiere a cualquier autoridad pública, sea legislativa, administrativa o judicial que a través de diferentes mecanismos determine derechos y obligaciones de personas. Si bien existe un vacío jurisprudencial de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ya que, al analizar el caso Camba Campos y Otros vs. Ecuador, no analizó el alcance del debido proceso en los procesos de control político, ni ha analizado otras figuras de control político tales como la remoción de autoridades, es importante considerar que, estos mecanismos de control, sean juicio político, remoción, censura, entre otros, comparten ciertas características tales como, la subjetividad la voluntariedad y la jerarquía o supremacía del órgano que ejerce control, mismas que fueron explicadas en párrafos anteriores; y que por ende, nos permiten inferir que, si bien la Corte Interamericana no ha abordado la figura de remoción de autoridades específicamente, ni el alcance del debido proceso, esta sí ha desarrollado su línea jurisprudencial en torno al mismo y sus garantías, estableciendo que deben ser observadas en procesos de cualquier índole. Así también, en función del principio de progresividad de derechos y prohibición de regresividad, esta no podría disminuir, desmejora, eliminar derechos o hacer una interpretación restrictiva o arbitraria, determinando que este derecho no es aplicable a

procesos de control político; razón por la cual, en este caso particular es de vital importancia y estudio el voto parcialmente disidente del juez Ferrer Mc Gregor citado en líneas anteriores, ya que, en la construcción de los mismos, se permite generar una tendencia y progresividad en torno a derechos. En tal razón, es importante considerar que, si bien tradicionalmente no se ha contemplado o considerado el debido proceso como un elemento del control político, en función a la línea jurisprudencial emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como la interpretación sistemática y teleológica de la Constitución de la República del Ecuador, este derecho debe ser considerado dentro de este tipo de procesos; ya que, si bien la Corte Interamericana no ha desarrollado una línea jurisprudencial específicamente respecto al alcance del debido proceso en procesos de control político, como la remoción o juicio político a gobernantes, al ser estos mecanismos de control político y debido a la jurisprudencia emitida en torno al debido proceso, es importante considerarlo como un elemento esencial, ya que no hacerlo implicaría una regresión de derechos e inobservancia del corpus iuris del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Conclusiones El debido proceso o las garantías judiciales, es un derecho de protección que a su vez contiene un conjunto de principios tales como, el principio de proporcionalidad, reglas y derechos, como el derecho a la defensa que a su vez contiene principios y reglas, tal como el principio de imparcialidad que opera en todos los procedimientos de cualquier índole y carácter en los que se determinen

derechos y obligaciones por parte de la autoridad competente; su principal fin, es la protección de los derechos de las personas sometidas a procesos en los que se determinen derechos y obligaciones, así como limitar el poder sancionatorio o punitivo del Estado. El control político es un mecanismo o forma de vigilancia, freno y límite al ejercicio del poder, que asegura la observancia del sistema jurídico e impone las sanciones previstas en el ordenamiento, estableciendo las responsabilidades del caso en observancia a los principios y procedimientos establecidos para el efecto en la Constitución y la ley. 5.- Si bien tradicionalmente se ha mantenido que en virtud de las características del control político, especialmente la de subjetividad, este, no debe observar de manera rígida el debido proceso o no debe existir debido proceso al ejecutar dicho tipo de control, es importante, tomar en consideración, que este es materialmente un control jurídico en relación a la función que realiza, por lo cual, el órgano que lo ejerce, debe ser independiente e imparcial, cumpliendo con las garantías del debido proceso, por lo cual, no se debe confundir la naturaleza del órgano (es decir política) con la carácter de la función que ejerce (es decir jurisdiccional), ya que impondrá sanciones. En aplicación artículo 427 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el segundo inciso del artículo 426 ibídem; la corte Constitucional del Ecuador debía considerar para el análisis de la sentencia No. 2137-21-EP/21, y posteriores casos de control político puestos en su conocimiento, la línea jurisprudencial de la corte Interamericana de Derechos Humanos en torno al debido proceso, incluidas las sentencias

respecto al juicio político y demás mecanismos de control político. Bibliografía Asamblea Nacional del Ecuador. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Montecristi, Ecuador. Asamblea Nacional del Ecuador. (2009). Ley orgánica de la función legislativa. Quito, Ecuador. Asamblea Nacional del Ecuador. (2010). Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización. Quito, Ecuador. Brewer, A. (2014). Sobre el modelo político y el derecho administrativo [PDF]. Universidad Central de Venezuela. Corte Constitucional del Ecuador. (2021). Sentencia No. 2137-21-EP/21. [PDF]. Quito, Ecuador. Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2013). Caso Camba Campos y Otros vs. Ecuador. [PDF]. San José, Costa Rica. Lozano, G. (2009). Control político y responsabilidad política en Colombia. Hein Online. Oyarte, R. (2016). Debido proceso (Segunda ed., Ser. 1000). Corporación de estudios y publicaciones. Peruzzotti, E…& Smulovitz C. (2002). Controlando la política. Ciudadanos y medios en las nuevas democracias Latinoamericanas. [PDF]. Tribunal Contencioso Electoral. (2021). La consulta de remoción de autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados: Una garantía de verificación al debido proceso (pp. 01-16) (Ecuador, Tribunal Contencioso Electoral, Gobiernos Autónomos Descentralizados). Quito.


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Nuevos hallazgos sobre sistemas planetarios Un estudio internacional coliderado por la Universitat de València (UV) revela nuevos hallazgos sobre la formación y el futuro de los sistemas planetarios, según ha informado la institución académica en un comunicado. La investigación destaca que conocer el vínculo entre los planetas y sus estrellas es “clave” en la búsqueda de estructuras similares al Sistema Solar y otros mundos habitables. EUROPA PRESS

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