MARTES 28 DE JULIO DE 2026
Esmeraldas

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MARTES 28 DE JULIO DE 2026
Esmeraldas

Esmeraldas celebra sus festividades con una multitudinaria cabalgata segura y prepara la elección de su nueva Reina para este 31 de julio de 2026 en el balneario Las Palmas. 3


Armada del Ecuador
verifica alistamiento naval en zona fronteriza 4
Remate judicial de bienes embargados en la fase de ejecución


La violencia le cuesta $1.127 al año a cada ecuatoriano 8

MILDRED MOLINEROS G. mmolinerosg@masmediacion.law
Cada vez que ocurre una crisis solemos hacernos la misma pregunta: ¿qué falló? Sin embargo, con mucha menos frecuencia nos hacemos otra pregunta que, en mi opinión, puede ser incluso más importante: ¿qué dejamos de hacer para que ese problema llegara a producirse?
Como sociedad, pareciera que hemos desarrollado una cultura más reactiva que preventiva. Basta observar lo que ocurre en distintos ámbitos. Modificamos protocolos después de una crisis, buscamos apoyo cuando una relación ya está deteriorada o revisamos nuestras prácticas cuando un conflicto afecta a una familia, una escuela o una organización. Parecería que la urgencia termina definiendo nuestras prioridades. Desde mi perspectiva, prevenir no significa evitar que existan diferencias o conflictos. Eso sería imposible. Las diferencias forman parte de cualquier comunidad. Prevenir significa fortalecer capacidades, mejorar procesos e implementar acciones que permitan afrontar esas situaciones antes de que escalen o generen un mayor impacto.
La prevención no comienza cuando aparece un problema. Comienza cuando decidimos fortalecer a las personas, mejorar los procesos y crear las condiciones necesarias para afrontar las dificultades de una mejor manera.
Este cambio de enfoque transforma la forma de gestionar personas, organizaciones e instituciones. La prevención deja de entenderse como una reacción anticipada y pasa a convertirse en una decisión estratégica que orienta la manera de educar, liderar, gestionar y tomar decisiones.
No siempre podremos evitar que existan conflictos. Lo que sí podemos decidir es dónde concentrar nuestros esfuerzos: en corregir las consecuencias cuando los problemas ya aparecieron o en invertir de manera permanente en aquellas acciones que reduzcan su frecuencia y su impacto.
En mi opinión, una cultura preventiva no se construye reaccionando más rápido. Se construye cuando prevenir deja de ser una excepción y pasa a formar parte de la manera en que educamos, lideramos, gestionamos y tomamos decisiones.

SALVATORE FOTI ecuasalvo@yahoo.it
Campaña para ingenuos
Con unos indicadores que reflejan el preocupante estado del país en materia de seguridad, desempleo, crisis económica y las graves deficiencias en los sistemas de salud y hospitales, el Gobierno se pre-
Hay una tendencia regional para limitar el trabajo de la sociedad civil a través de leyes que son usadas contra delitos, como el terrorismo y el lavado de activos. Incluso, se utilizan leyes que deberían garantizar la transparencia de los gobiernos.
El estudio de Fundamedios y la red TrustLaw determinó que este tipo de restricciones se aplican en Argentina, Bolivia, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Perú y Venezuela.
Las autoridades usan la misma Constitución, códigos civiles, leyes especiales para las oenegés, leyes de agentes extranjeros, leyes de prevención de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo, y las leyes tributarias.
Las normas creadas para el control suelen ser de aplicación
discrecional con el fin de callar críticas.
En el informe, estas legislaciones someten a las organizaciones a registros extremos, retención de fondos, prohibición de patrocinar acciones en contra del Estado.
Ecuador es uno de los países donde, según el informe, se produce esta práctica. Actualmente, hay personas que tienen sus cuentas congeladas y la cooperación internacional ha tenido que sortear controles para seguir con los proyectos, incluso, relacionados con la productividad.
La Corte Constitucional tiene, desde septiembre del 2025, una demanda en contra de la Ley de Fundaciones. Los demandantes consideran que la derogatoria de la ley ayudará al ejercicio de la libertad de asociación y de participación social. Ese Tribunal debe pronunciarse.

para para las próximas elecciones seccionales. El Presidente continúa en campaña electoral. Una campaña basada en la búsqueda de la confianza y la credibilidad de la ciudadanía.
Sin embargo, los tiempos han cambiado y el incumplimiento de muchas de sus promesas ya le ha pasado factura. La derrota en la consulta popular fue una muestra de ello y ahora podría enfrentar un nuevo revés en las elecciones seccionales. Es evidente que el Gobierno,
por miedo y con el respaldo del CNE, según denuncian diversos sectores de la oposición, ha impulsado decisiones que han reducido la participación de algunos de sus principales adversarios políticos. Asimismo, es previsible que apelará a los recursos estatales para intentar convencer a los electores, pero sabemos, y saben, que el escenario político ha cambiado. El Presidente ya no goza del mismo nivel de credibilidad ni de la imagen positiva que tuvo al

VÉLEZ @achanguin
No soy una fanática del fútbol. No sigo equipos ni ligas y, sin embargo, cada cuatro años me encuentro detenida frente a una pantalla, completamente involucrada en algo que, en teoría, no es lo mío. Con el Mundial ya terminado, esa sensación se vuelve más clara: el Mundial es más que deporte. Es, sobre todo, una conversación. Una conversación global que ocurre al mismo tiempo, en múltiples idiomas, en millones de salas, plazas y pantallas. Se habla de goles, sí, pero también de identidad nacional, de pertenencia, de emoción compartida. De pronto, el mundo coincide. Hay algo profundamente simbólico en el estadio. No solo como infraestructura, sino como espacio de encuentro. El estadio, entonces y ahora, es eso: un lugar donde miles de personas miran en una misma dirección.
Esa dimensión también se reconoce en gestos mínimos: cantar un himno en una sala, en un bar o en la calle, como si, por un instante, el territorio se condensara en una voz compartida. No elimina lo que está en juego, pero lo suspende. Y, sin embargo, esa misma condición también deja tensiones. Los precios de las entradas, cada vez más excluyentes, alejan a los hinchas de una experiencia que debería pertenecerles. Ahí aparece una contradicción: un evento que, en esencia, funciona como espacio de encuentro empieza a definirse más por la capacidad de pago que por el deseo de estar.
Esa fragilidad aparece también en su forma más visible. La escena posterior a la final incomoda porque rompe con la idea de celebración compartida. No es una excepción: los episodios de agresión entre hinchadas, incluso en contextos recientes en la región, recuerdan que lo colectivo no siempre es armónico. Y aun así, el Mundial resiste. Alcanzó a cerca de 5.000 millones de personas en el mundo, y la final fue seguida por alrededor de 1.500 millones. Pocas experiencias consiguen hoy esa escala. Pocas logran que el mundo, al mismo tiempo, mire hacia un mismo punto. Quizás ahí está lo que deja esta conversación.
No en el resultado, ni en el equipo que levanta la copa, sino en la posibilidad de coincidir. De emocionarse con desconocidos. De reconocerse, por un momento, en otros. De disputar sin romper del todo. Tal vez por eso, incluso para quienes no somos fanáticos, el Mundial importa. Porque, por un instante, el mundo logra coincidir.
inicio de su mandato. Es más, hoy tiene una fuerte desaprobación por parte de la ciudadanía. Por todo ello, podemos afirmar que el mandatario atraviesa el momento político más complejo de su pauperrima gestión, una situación que podría agravarse si la oposición logra imponerse en las principales alcaldías y prefecturas del país. Paradójicamente, esa misma oposición tampoco ha logrado consolidar una estrategia convincente. No solo su campaña aún no
despega, sino que continúa mostrando falta de creatividad y de propuestas capaces de conectar con la ciudadanía. Mientras tanto, buena parte de la clase media percibe que ha soportado un incremento de la carga tributaria sin recibir mejoras proporcionales en seguridad, empleo o calidad de los servicios públicos. Hoy, el país está en manos de grupos irregulares que hacen de las suyas, mientras que el Gobierno solo está interesado en sostener su poder político.
Esmeraldas celebra sus festividades con una multitudinaria cabalgata segura y prepara la elección de su nueva Reina para este 31 de julio de 2026 en el balneario Las Palmas.
La ciudad de Esmeraldas se encuentra en el desarrollo de una amplia agenda de festividades para conmemorar simultáneamente los 206 años de su Independencia y los 202 años de cantonización. Estas celebraciones oficiales han sido estructuradas por la municipalidad con el propósito fundamental de dinamizar la economía local, promover el turismo y fortalecer la identidad cultural de los habitantes. La participación ciudadana ha sido constante en los primeros actos de la agenda, destacando eventos de gran afluencia pública. Tras la realización de actividades tradicionales que convocaron a cientos de familias en las calles, la atención del cantón se concentra ahora en la etapa final de las festividades, la cual culminará con la elección de la nueva Reina de Esmeraldas.
Despliegue de seguridad
El pasado viernes, el casco urbano de la ciudad fue el escenario de la Gran Cabalgata, uno de los actos más representativos del cronograma conmemorativo. El recorrido estuvo encabezado por la alcaldesa subrogante, Laura Yagual, y contó con la participación de diversas delegaciones de jinetes provenientes de toda la región, quienes exhibieron la cultura ecuestre local. El evento

se desarrolló en un ambiente festivo, congregando a ciudadanos y turistas a lo largo de las principales avenidas. Para asegurar que la jornada se llevara a cabo con absoluto orden, la empresa pública ESMEVIAL EP desplegó un operativo integral de control. Decenas de agentes civiles de tránsito fueron distribuidos estratégicamente para coordinar la movilidad vehicular, implementar desvíos temporales y resguardar la seguridad de los peatones. Esta planificación interinstitucional permitió que la celebración se viviera con tranquilidad y prevención, garantizando el bienestar de los asistentes sin interrumpir drásticamente la operatividad de la ciudad.
Preparación física
De manera paralela, las doce aspirantes a la corona de Esmeraldas han cumplido con un estricto cronograma de actividades. Entre ellas, destacó la prueba denominada “belleza deportiva”, un certamen evaluativo orientado a medir el rendimiento y la salud de las jóvenes. Según detalló Javier Delgado, director de Deportes del municipio, la competencia incluyó un circuito exigente compuesto por dos kilómetros de ciclismo, pruebas de natación y ejercicios de resistencia física. Este evento fue el resulta-

DOCE jóvenes compiten por la corona de Esmeraldas este viernes.
do de un mes y medio de preparación continua. Marcos Arroyo, entrenador a cargo de las jóvenes, precisó que el acondicionamiento incluyó rutinas de tonificación en gimnasio, demostrando la disciplina de las participantes. Las autoridades resaltaron que esta iniciativa busca fomentar hábitos saludables en la población, alejándose de los estereotipos tradicionales. Además, se hizo hincapié en que la figura de la nueva reina tendrá un fuerte componente de labor comunitaria, enfocándose en el desarrollo de proyectos de asistencia social para grupos vulnerables.
Elección final en el balneario Las Palmas Tras una agenda que ya ha contemplado el pregón inaugural, la cabalgata y los retos deportivos, las festividades se acercan a su evento de mayor expectativa. La elección y coronación de la Reina de Esmeraldas está programada oficialmente para este viernes 31 de julio de 2026. La gala final tendrá lugar
en las instalaciones del balneario Las Palmas, un reconocido punto de encuentro turístico, y comenzará a las 19:00 horas. Durante esta ceremonia, un jurado calificador evaluará el desempe-
ño integral de las candidatas para elegir a la nueva representante de la ciudad, quien asumirá el liderazgo de las iniciativas sociales del cantón durante el próximo año de gestión.(DLH)

La Policía Nacional detuvo a dos presuntos integrantes de la organización ‘Los Chechenos’ en Borbón, Esmeraldas. Se incautaron armas de fuego, municiones y una motocicleta.
La Policía Nacional del Ecuador aprehendió a dos individuos en la parroquia de Borbón, provincia de Esmeraldas, durante un operativo estratégico ejecutado este lunes 27 de julio de 2026. Los sujetos fueron interceptados mientras se desplazaban en una motocicleta por la localidad. Ambos individuos fueron identificados por las autoridades como presuntos miembros de la organización delictiva conocida como ‘Los Chechenos’. Entre los detenidos se encuentra un adulto identificado como Byron Edward Corozo Batioja, y un adolescente de sexo masculino. Este grupo ha sido vinculado por las fuerzas de seguridad con el frente Iván Ríos, una facción disidente de la antigua guerrilla de las FARC que opera cerca de la
frontera con Colombia.
Judicialización
Durante el registro físico a los sospechosos, los agentes del orden hallaron y decomisaron dos armas de fuego de calibre nueve milímetros, específicamente de las marcas
Glock y Taurus. Además del armamento, la policía aseguró veintidós municiones, dos alimentadoras, un dispositivo móvil y la motocicleta utilizada para el transporte. Los reportes policiales preliminares sugieren que las armas incautadas podrían estar relacionadas con diversas actividades ilícitas en la región, incluyendo extorsión, secuestro, robo y muertes violentas. Todos los indicios materiales, junto con los ciudadanos aprehendidos, fueron entregados a las autoridades judiciales
alistamiento
Las Fuerzas Armadas del Ecuador, a través del Comando de Operaciones Norte de la Armada, llevaron a cabo una evaluación operativa de las estrategias desplegadas en el sector septentrional de la provincia de Esmeraldas. El objetivo de esta actividad fue verificar la correcta distribución de las fuerzas militares asignadas a la zona y asegurar el cumplimiento de las directrices establecidas por el Alto Mando. Durante el proceso, los oficiales analizaron los resultados obtenidos en las intervenciones orientadas a neutralizar delitos como la minería ilegal, el tráfico de sustancias sujetas a fiscalización y el comercio

competentes para dar inicio a los procesos legales y peritajes correspondientes.
Presencia fronteriza ‘Los Chechenos’ son monitoreados por la inteligencia estatal como un brazo armado asociado a estructuras irregulares transnacionales. Su presencia operativa se ha detectado principalmente en
el cantón Eloy Alfaro, jurisdicción aledaña a Borbón.
La agrupación es investigada por su participación en redes de minería ilegal y crimen organizado. Esta acción policial se enmarca en las directrices de seguridad implementadas por el gobierno nacional, el cual declaró un conflicto armado interno en 2024 para enfrentar los índices de cri-
minalidad. Bajo este parámetro legal, estas agrupaciones reciben la catalogación de organizaciones terroristas. El operativo responde a un despliegue de seguridad continuo en la provincia de Esmeraldas, donde semanas atrás las autoridades reportaron la aprehensión de otros nueve integrantes de la misma facción.(DLH)
ilícito de armamento y explosivos. Estas acciones tácticas tienen como propósito principal desarticular las capacidades logísticas de las estructuras irregulares que operan en la zona fronteriza.
Control marítimo en la jurisdicción de Rioverde En el transcurso de la jornada, el comandante a cargo supervisó las maniobras navales que ejecuta el buque BAE “Hualcopo”. Esta unidad se encuentra desplegada en la bocana de Rioverde, ejecutando labores continuas de vigilancia y control de los espacios acuáticos. Las funciones de este contingente naval se centran
en la detección temprana y prevención del uso de rutas fluviales y marítimas para el transporte de mercancías ilícitas, incrementando de esta manera la seguridad en el tránsito de embarcaciones por este sector estratégico de la costa ecuatoriana.
Operatividad de las unidades guardacostas El itinerario oficial incluyó también una inspección técnica a las instalaciones del Subcomando de Guardacostas Norte. En dicha base, las autoridades evaluaron la operatividad mecánica de las unidades de superficie, la gestión de los recursos logísticos y el nivel de instrucción y alistamiento del personal militar en funciones. Durante la revisión, se emitieron nuevas directrices con el fin de optimizar la capacidad de respuesta institucional ante

posibles emergencias o alertas de ilícitos en el mar. Estas supervisiones forman parte de las directrices castrenses para mantener un monitoreo
permanente en la frontera norte y asegurar la vigilancia sobre las zonas acuáticas del territorio nacional. (DLH)
Lenín Moreno tiene 73 años de edad y enfrenta un proceso judicial por presunto cohecho en el caso Sinohydro, delito por el que, de ser hallado culpable, recibiría una pena de seis años y seis meses. El exmandatario afirma que no hay pruebas que sustenten la acusación fiscal y que no saldrá de Ecuador.
La Corte Nacional de Justicia (CNJ) confirmó que aún no existe la convocatoria para la reinstalación de la audiencia del caso Sinohydro en el que el Tribunal debe dar a conocer su sentencia sobre los 21 procesados por presunto cohecho, relacionado con la construcción de la hidroeléctrica Coca Codo Sinclair. Moreno fue vicepresidente de Ecuador entre 2007 y 2013 y presidente de la República entre 2017 y 2021. En diálogo con LA HORA comenta sobre sus expectativas ante la sentencia pendiente en el caso Sinohydro y observa que el correísmo no desaparecerá por una razón.
Dice que no abandonará Ecuador
En el caso también están procesados su esposa Rocío González, su hija Irina Moreno y sus dos hermanos: Guillermo y Edwin Moreno
El fiscal general del Estado (e), Carlos Alarcón, acusó al exmandatario de ser uno de los autores directos del cohecho Moreno es señalado por supuestamente beneficiarse cuando fue vicepresidente de Rafael Correa de las coimas entregadas por la empresa Sinohydro, para obtener el contrato para la construcción de la hidroeléctrica. Hubo $76 millones en sobornos, según la investigación fiscal.
“No tuve ningún acto, ninguna acción, ninguna decisión, ningún nombramiento. No hay ninguna prueba en la que se pueda sostener la Fiscalía. Pero me han hecho perder ocho años de pagar abogados, de pagar peritos. Las investigaciones que ellos debían hacer, no las hicieron. Me correspondió
Aún está pendiente que se conozca la sentencia del Tribunal en el caso Sinohydro, sin embargo, el exmandatario de Ecuador, Lenín Moreno, asegura que no abandonará el país pese al fallo que exista. Él es uno de los 21 procesados en el caso.
a mí hacer las investigaciones para poder entregarlas a la Fiscalía y desvirtuar absolutamente todas las acusaciones que hace el fiscal (Alarcón)”, expresa Moreno.
La Fiscalía solicitó al Tribunal que imponga una pena de seis años y seis meses a siete procesados como autores directos, entre ellos Lenín Moreno.

Lo que ocurra, yo estaré en Ecuador, podría haberme quedado en Paraguay, se me ofreció incluso protección, no la acepté y regresé porque sé perfectamente que somos inocentes”
LENÍN MORENO EXPRESIDENTE DE ECUADOR.

sados en este caso. Moreno asegura que independientemente de la sentencia que emita el Tribunal de la CNJ no se irá del país: “No, bajo ninguna circunstancia. Lo que yo estaré en Ecuador. Yo podría haberme quedado . Tengo una amistad personal con el presidente Santiago Peña). Se me ofreció incluso protección. No la acepté regresé porque sé perfectamente que somos inocentes”.
¿La venganza de Correa? El exvicepresidente critica que el caso Sinohydro se originó por una “acusación incorrecta” que hizo el exasambleísta del Ronny Aleaga, en febrero de 2019. Moreno tiene una hipótesis: “Fue por orden de Rafael Correa Delgado, por supuesto, porque nos ofreció . Él dijo que se va a vengar de nosotros, de todos aquellos que supuestamente le hemos hecho daño”.
Moreno relata que no estaba de acuerdo con cómo actuaba Correa. “No le hice ningún daño. Lo único que hice fue rescatar la institucionalidad y hacer lo que se debía en beneficio del país”. Por ejemplo, Moreno no admitía que existiera una reelección presidencial inde-
Menciona que fue Correa Ginebra a buscarlo para proponerle que fuera candidato presidencial, pero tras asumir el cargo Moreno se encontró con una situación
compleja.
“Él lo tenía planificado. En el momento en que dijo que dejaba la mesa servida encontré que no había ni siquiera para pagar el primer sueldo. En ese momento me di cuenta de que estaba ante un farsante, una persona que había dejado quebradas las arcas del Estado, endeudado indebidamente al Gobierno, incluso con instituciones como el Seguro Social”, resume Moreno.
Reclamó a Correa y “la respuesta de él fue agresividad”. Cree que Correa tenía ese comportamiento por cierto motivo: “A él le dolió muchísimo no poder ser otra vez presidente. Y no fue presidente por una razón sencilla: la gente ya no lo quería. No tenía una aprobación sino del 30% que él mismo me lo dijo”.
¿Está cerca el fin del correísmo?
La Revolución Ciudadana (RC) aún no ha revelado a qué organización política se va a adherir para las elecciones seccionales de 2026, luego de su propia suspensión y la suspensión del movimiento Amigo Sin embargo, Moreno duda que el correísmo desaparezca.
“Encontrarán otro partido político donde estar porque no pueden estar lejos del poder. Es por eso que les importa poco. Es un tema baladí para ellos el con quién se meten o con quién se alían”, subraya Moreno.
Para el exvicepresidente, los políticos deben tener una postura definida según sus propios principios políticos.
“Me refiero al comportamiento de la gente que hace política, tiene que actuar correctamente y tiene que aliarse con la gente que corresponde, con los mismos principios políticos No es que solamente por ganar elecciones, por hacer daño, por echar la contra a otro movimiento político o a un mandatario, hay que aliarse con quien quiera. No, no debe ser así”, sugiere Moreno. (KSQ)
Un informe de Fundamedios y TrustLaw advierte que las normas antilavado, justificadas en argumentos de transparencia y combate al lavado de activos, se aplican de manera desproporcionada a las organizaciones de la sociedad civil en 10 países de la región.

INCIDENCIA. Las leyes gubernamentales afectan a la sociedad civil en 10 países de Latinoamérica.
Las organizaciones de la sociedad civil (OSC) en América Latina enfrentan un escenario de mayores controles legales y administrativos. Un informe elaborado por Fundamedios , en alianza con TrustLaw —la red legal pro bono de Thomson Reuters Foundation —, advierte sobre un patrón regional de normas que han limitado el funcionamiento, financiamiento y capacidad operativa de organizaciones dedicadas a derechos humanos, transparencia, periodismo independiente y participación ciudadana.
El estudio, que analiza las regulaciones de Argentina, Bolivia, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Perú y Venezuela, señala que, aunque varias medidas se justifican en la necesidad de fortalecer la transparencia, prevenir el lavado de activos o combatir el crimen organizado, en algunos casos han generado cargas adicionales que afectan la autonomía y sostenibilidad de las organizaciones sociales. Las organizaciones de la
sociedad civil incluyen fundaciones, asociaciones, colectivos comunitarios y oenegés que trabajan en distintos ámbitos de interés público.
Patrones de restricción
El informe identifica cuatro patrones regulatorios que se repiten en los países analizados. El primero es el endurecimiento de los controles bajo las normas de prevención del lavado de activos , que han incrementado las obligaciones de reporte, auditorías y supervisión financiera sobre las organizaciones sociales sin distinguir su nivel de riesgo. El segundo es la ampliación de las facultades de las autoridades administrativas para imponer sanciones, suspender actividades o cancelar personerías jurídicas con base en conceptos amplios como “orden público”, “seguridad nacional” o “moral pública”.
A esto se suman mayores restricciones al financiamiento internacional , mediante nuevos requisitos, autorizaciones estatales y cargas tributarias que dificultan
el acceso a recursos de cooperación, especialmente para organizaciones pequeñas. Finalmente, el estudio advierte una disminución de las garantías para recurrir decisiones estatales, ya que en algunos países las sanciones o el cierre de organizaciones pueden resolverse por vía administrativa con escasas posibilidades de revisión judicial
Según el informe, este conjunto de medidas afecta con mayor fuerza a las organizaciones que trabajan en derechos humanos, libertad de expresión, lucha contra la corrupción y observación electoral, así como a colectivos comunitarios que enfrentan crecientes barreras burocráticas para constituirse y operar.
El caso de Ecuador
En Ecuador, el informe analiza el marco regulatorio implementado a partir de la Ley Orgánica de Transparencia Social (LOTS) de 2025 y su reglamento. Esta normativa incorpora mecanismos de supervisión relacionados con
regulatorios de diez países de América Latina e identificó diferentes mecanismos de control sobre las organizaciones de la sociedad civil. Aunque las medidas varían según el contexto nacional, el estudio detecta un patrón común de mayores exigencias administrativas, financieras y de supervisión.
transparencia financiera y prevención del lavado de activos, otorgando nuevas facultades de control a entidades como la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) y la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). El estudio sostiene que el modelo ecuatoriano avanzó hacia un esquema de “control intensivo”, basado en la clasificación de niveles de riesgo y seguimiento de recursos utilizados por las organizaciones.
Nicaragua, el caso más restrictivo
Entre los países analizados, Nicaragua aparece como uno de los casos con mayores restricciones al espacio de la sociedad civil. El informe señala que, mediante distintas reformas legales, el régimen nicaragüense ha cancelado miles de personerías jurídicas de organizaciones y ha establecido mayores controles sobre la cooperación internacional.
Perú y El Salvador endurecen controles
El estudio también identifica cambios regulatorios relevantes en Perú y El Salvador
En Perú, el informe analiza las modificaciones relacionadas con la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y nuevas obligaciones para organizaciones que reciben recursos extranjeros.
En El Salvador, el documento destaca la aprobación de normas que incrementan la supervisión sobre organizaciones financiadas con fondos internacionales y amplían las facultades estatales de fiscalización.
Así se aplican las restricciones
El informe de Fundamedios y TrustLaw analizó los marcos
Sobre Argentina, el informe señala un aumento de las cargas administrativas y los controles financieros para las organizaciones sociales. En Bolivia identifica amplias facultades estatales sobre el registro y reconocimiento jurídico de las organizaciones. En Colombia advierte una mayor supervisión mediante mecanismos tributarios para las entidades sin ánimo de lucro. En Ecuador destaca nuevos mecanismos de control financiero y sistemas de clasificación de riesgos.
En El Salvador, el estudio registra mayores restricciones al financiamiento internacional; en Guatemala, procesos administrativos más complejos y mayores controles sobre las organizaciones; y en Honduras, nuevos requisitos para el registro y funcionamiento de las oenegés. En el caso de Nicaragua documenta la cancelación de organizaciones y restricciones a la cooperación internacional. En Perú identifica un incremento de los controles sobre las organizaciones que reciben financiamiento externo, mientras que en Venezuela señala una regulación más estricta del financiamiento y una fiscalización permanente de las oenegés.
Investigadores piden proteger el espacio de la sociedad civil El informe plantea que los Estados deben garantizar mecanismos de supervisión proporcionales, enfocados en riesgos comprobables, y evitar que las regulaciones financieras se conviertan en obstáculos para la participación ciudadana.
Fundamedios y TrustLaw señalan que la transparencia y la lucha contra delitos financieros son objetivos legítimos, pero advierten que estos procesos deben aplicarse con garantías legales, debido proceso y respeto al derecho de asociación. (ACZ)
La capital registra una disminución de homicidios intencionales entre enero y junio de 2026 en comparación al mismo periodo en 2025. La Policía señala que la mayoría están relacionadas a retaliaciones entre bandas.
Explosiones, robos a vehículos, asesinatos en zonas residenciales y desapariciones siguen causando conmoción en Quito. Aunque entre enero y julio de 2026 los homicidios han disminuido en comparación con el mismo periodo de 2025, las autoridades señalan que la mayoría de muertes violentas se deben a disputas territoriales entre bandas narcodelictivas.
De acuerdo con información de la Policía del Distrito Metropolitano de Quito (DMQ), del 1 de enero al 26 de julio de 2025, considerado el año más violento de la historia del país, se registraron 156 homicidios intencionales , mientras que en esos mismos meses en 2026 se han registrado 132 muertes violentas Es decir, que hay una reducción del 15%, que es menos 24 casos.
Patricio Campaña, comandante de la Zona 9 de DMQ (s), evaluó la situación de Quito en los últimos siete meses y recalcó que ha habido una reducción de los índices delictivos.
Homicidios en Quito por disputas territoriales
El coronel de Policía de Estado Mayor indicó que hay más incidencia en las muertes violentas relacionadas al tráfico de drogas , por lo que tiene que ver con el control del territorio. “Las muertes violentas vienen asociadas a una situación directamente con objetivos directos, pero que están relacionados a la droga ”, detalló.
Campaña aseguró que hay

En Quito hay 4.240 servidores policiales y cuentan con un parque automotor de 1.440 unidades entre patrullas, buses y motocicletas.
un número menor de muertes violentas por una situación específica de ámbito personal o por alguna situación de venganza, entre otras.
El oficial señaló que los distribuidores de droga se abastecen con dos o tres kilos y ellos les entregan a los microtraficantes en menores cantidades para que realicen microdosis y con ello procedan al expendio en la capital.
Los Lobos predominan en Quito
De acuerdo con el Comandante de la Zona 9 de DMQ (s), en Quito hay presencia de Lobos y Choneros, pero los primeros tienen mayor incidencia.
Según la información del uniformado, los Lobos han ganado presencia en Quito a causa del microtráfico. “Ahí es donde se da esta pugna de poderes entre estas dos organizaciones”.
Sobre el actuar de Lobos y Choneros, Campaña aseguró que se han visto casos en los que de otras bandas se han pasado a esas y, en esos casos, hay retaliaciones y muertes violentas.
“Hay distintas bandas que, inclusive, recién nacen, pero ya se tratan de insertar en es-


tas bandas grandes para obtener mayor poder”, explicó. Además, mencionó que los Lobos se organizan de manera que hay liderazgos en cada sector. Estos suben de categoría de acuerdo con lo que cada uno produce.
Quito es una zona de microtráfico Según Camp aña, la droga
ingresa de distintas maneras a Quito, esta puede ser por la Costa, la Amazonía o a través de las fronteras, y llega hasta la capital a través de distintas carreteras. En cuanto al microtráfico , Campaña señaló que hay sectores que les han dado mucha conflictividad, y estos son la Roldós, en el noroccidente de Quito, y el Comité del Pueblo , en el norte, donde la Policía ha encontrado gran actividad de las microdosis de droga. Además, los distritos Quitumbe, Eloy Alfaro y la Ecuatoriana, en el sur, también acumulan índices elevados de microtráfico. (PSR)
La violencia y el crimen le cuesta a Ecuador más de $12.200 millones al año. Mientras hogares, empresas y el Estado pagan la factura, hasta $3.800 millones de dinero ilícito se lavan cada año dentro de la economía nacional.
La violencia tiene una factura. En Ecuador esa cuenta llega a más de $12.200 millones al año. El equivalente a un costo de $1.127 por cada ecuatoriano
Ese es uno de los datos más contundentes del capítulo “¿Quiénes se han enriquecido con las crisis de seguridad?”, incluido en el estudio ‘El narcotráfico en Ecuador’, elaborado en 2026 por el Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN). En ese estudio se examina cómo la expansión del narcotráfico no solo genera homicidios, extorsiones y desplazamientos, sino también una redistribución de riqueza: la sociedad asume los costos (en forma de más gastos, menos ingresos, menos oportunidades de em-
pleo, entre otros), mientras las rentas criminales buscan refugio en empresas, comercio exterior y estructuras económicas aparentemente legales. Ecuador no está entre los países de América del Sur con más costo por habitante debido a la violencia, pero supera a economías como las de Perú, Bolivia y Chile
El costo de la violenci
El costo de la violencia representa 6% del PIB ecuatoriano . El cálculo incluye los efectos económicos y sociales de la criminalidad . En otras palabras, mientras miles de familias viven las consecuencias directas de la inseguridad, el país también pierde pro -
Costo Económico de la violencia en América del Sur
ducción, inversión y recursos que podrían destinarse a otras actividades.
Pero el dato tiene otra dimensión. Según el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) , los costos de enfrentar desde el Estado a la violencia y el crimen en Ecuador representan 3,57% del PIB, por encima del promedio regional de 3,44%. Ese dinero se destina a enfrentar los efectos de la criminalidad y reduce la capacidad del Estado para invertir en educación, salud y desarrollo social
La cuenta no se distribuye de manera uniforme. El estudio señala que los hogares y las empresas cargan con una parte importante del costo del crimen, a través de gastos en seguridad, pérdidas económicas y reducción de sus actividades. El Estado, por su parte, debe destinar más recursos a enfrentar la violencia y sus consecuencias.
En América Latina, el 47% de los costos directos del crimen corresponde a gastos privados asumidos por hogares y empresas; el 31% es gasto público y el 21% corresponde a costos sociales.
En conjunto, el costo del crimen equivale al 78% del presupuesto público destinado a educación , al doble del gasto en asistencia social y a 12 veces el destinado a investigación y desarrollo
El resultado es una paradoja: la sociedad paga la factura, pero las rentas del narcotráfico se concentran en

quienes logran capturarlas y ocultarlas.
“La crisis de seguridad no solo produce violencia, sino que también redistribuye riqueza criminal hacia sectores y actores que operan en la frontera entre circuitos lícitos e ilícitos”, señala el estudio del IAEN.
La ruta del dinero narco
El narcotráfico no termina cuando la droga llega a su destino. Una parte fundamental del negocio comienza después: transformar las ganancias ilícitas en dinero aparentemente legítimo.
El estudio sostiene que entre $2.100 millones y $5.400 millones podrían estar vinculados cada año a flujos financieros ilícitos asociados al crimen organizado en Ecuador. De ese monto, entre $1.500 millones y $3.800 millones podrían lavarse dentro de la economía ecuatoriana. Además, se identificaron aproximadamente $2.500 millones en discrepancias comerciales entre las exportaciones declaradas por Ecuador y las importaciones registradas por sus socios comerciales . Estas diferencias podrían estar relacionadas con subfacturación, comercio ficticio o manipulación de declaraciones aduaneras utilizadas para facilitar el envío de drogas o el lavado de activos mediante el comercio internacional
El dinero puede circular a través de empresas, operaciones comerciales, bienes, contratación pública y estructuras financieras
El objetivo es que el origen criminal se vuelva cada vez más difícil de rastrear.
“El narcotráfico no opera únicamente mediante redes criminales visibles, sino también a través de mecanismos empresariales, financieros y comerciales que desdibujan las fronteras entre lo lícito y lo ilícito”, apuntó Carlos Peña, economista e investigador
La dimensión global ayuda a entender el problema. Cerca del 70% de los recursos provenientes de economías criminales se integran al sistema financiero formal, mientras el 30% restante circularía en economías
informales . Es decir, una parte mayoritaria del dinero criminal busca entrar al sistema legal y mezclarse con actividades aparentemente legítimas.
Por eso, la pregunta económica ya no es únicamente cuánto dinero mueve la droga. También es quiénes capturan esas ganancias, cómo las introducen en la economía formal y en qué sectores terminan invertidas.
Factura para la economía local En Ecuador, la violencia asociada al crimen organizado no se queda en las estadísticas de homicidios. También golpea directamente a las economías locales: encarece la producción, reduce el turismo, frena el comercio y obliga a empresas y comunidades a gastar más para protegerse.
El sector exportador pasó de destinar aproximadamente $150 millones en seguridad privada en 2022 a más de $200 millones actualmente. Ese dinero se utiliza en vigilancia, rastreo satelital, guardianía armada y seguros de carga, y terminó afectando la competitividad del comercio exterior ecuatoriano.
El turismo también recibe el golpe. Durante 2023, la ocupación hotelera llegó a ubicarse entre 5% y 10% de la capacidad en algunos momentos. En Santa Elena, las visitas cayeron hasta 75% en el último trimestre de ese año , principalmente por los problemas de seguridad en las carreteras y las restricciones derivadas de los estados de excepción. El impacto se extiende a la actividad económica de los territorios. En América Latina, los municipios con tasas de homicidio 10% superiores al promedio registran niveles de actividad económica aproximadamente 4% menores, mientras que las empresas pueden enfrentar costos asociados al delito equivalentes a alrededor del 7% de sus ventas anuales. La paradoja es que, mientras la economía legal pierde, el dinero de la economía criminal busca oportunidades para crecer. (JS)







El presidente electo de Colombia, Abelardo de la Espriella anunció que cerrará 14 embajadas de Colombia y suspenderá la apertura de la legación en Palestina. También romperá las relaciones diplomáticas con los regímenes de Cuba y Nicaragua
MADRID. El presidente electo de Colombia, Abelardo de la Espriella, ha puesto de manifiesto su intención de poner en marcha un proceso de “optimización” de las embajadas, consulados y misiones diplomáticas del país alrededor del mundo, anunciando como primer paso el cierre de 14 legaciones, amén de la suspensión de la apertura de la sede prevista en Palestina.
“Colombia necesita una diplomacia que sea moderna, eficiente y al servicio de los intereses nacionales, no de la politiquería y de la burocracia”, ha considerado el mandatario en un discurso emitido en directo a través de sus redes sociales en el cual ha anunciado su decisión de emprender el referido “proceso de optimización ” de las representaciones del país latinoamericano por todo el globo.
Como pasos de la primera etapa de dicho proceso, De la Espriella ha especificado que cerrará las embajadas de Colombia en Argelia, Azerbaiyán, Barbados, Cuba, República Checa, Etiopía, Ghana, Haití, Hungría, Malasia, Nicaragua, Rumanía, Senegal y Sudáfrica.
De ellos, ha puesto el foco sobre Cuba y Nicaragua advirtiendo que con tales países romperá relaciones diplomáticas porque, ha defendido, su Ejecutivo no mantendrá “ vínculo alguno con tiranías ”. En cambio, “con el resto de países y organismos Colombia mantendrá sus relaciones internacionales y garantizará la atención” a sus connacionales “mediante esquemas de representación concurrente (...) desde otras embajadas de la región”.

MANDATARIO. El presidente electo de Colombia, Abelardo de la Espriella. EP
Más medidas diplomáticas
Al hilo, el dirigente entrante ha hecho referencia a su idea de ordenar la suspensión de la apertura de la embajada en Palestina que, ha apuntado, “nunca llegó a entrar en funcionamiento”, a la par que ha defendido que hay legaciones que deben ser unificadas.
“Hay embajadas que además se deben unificar. Por ejemplo, en París tenemos la embajada en Francia y en la Unesco. Hay que unificar la misión, al igual que Roma. En Roma tenemos embajada en Italia y en la Organización

Juicio No. 15951-2026-00444

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, jueves 9 de julio del 2026, a las 14h28.
CITO: Con el contenido de la demanda, en cumplimiento de lo que estipula el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos.
JUICIO: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS
NUMERO: 15951-2026-00444
ACTOR: DALGO DIAZ DORIS DEBORA
DEMANDADO: DIAZ EBLI JENNI NATALIA.
TRAMITE: VOLUNTARIO
CUANTIA: INDETERMINADA
JUEZ: DR. MARCOS GUERRERO FUENTES, JUEZ ENCARGADO
SECRETARIA: ABG. MARIELA POVEDA SANTILLÁN
de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. Será una sola”, ha señalado.
Finalmente, el líder ultraderechista que tomará posesión del cargo el próximo 7 de agosto ha anunciado que en aras de fortalecer la presencia de su país “donde existen verdaderas oportunidades estratégicas”, abrirá la embajada de Colombia en Jerusalén, así como una nueva legación en Nigeria que, ha indicado, “permitirá reorganizar y hacer más eficiente” la presencia diplomática colombiana en África. EUROPA PRESS
DEMANDA: El extracto de la referida demanda es como sigue: “…Agréguese al proceso el escrito presentado por la actora, proveyendo el mismo, por ser procedente lo solicitado y de conformidad con el Art. 130 numeral 8 del C.O.F.J, se aclara el auto de calificación de la demanda, que por un error se hizo constar: “…HELEN GUILLERMINA DÍAS…” CUANDO LO CORRECTO ES: HELEN GUILLERMITA DÍAZ, por lo tanto, se encuentra atendido su pedido, dejando los demás datos inalterables, en tal virtud se vuelve a oficiar como corresponda, conminándole a la peticionaria que deberá acercarse al complejo judicial de Tena, para brindar las facilidades del caso. 1.- Agréguese al expediente el escrito que antecede presentada por la parte actora, dando cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior, por lo que se califica la presente demanda de inventario presentada por DALGO DIAZ DORIS DEBORA y DIAZ EBLI JENNI NATALIA, por sus propios derechos y en calidad de apoderados de la señora HELEN GUILLERMITA DÍAZ; al reunir los requisitos de ley; por consiguiente se le admite a trámite mediante procedimiento VOLUNTARIO, conforme el Art. 334 numeral 4 y Art. 341 del COGEP.- 2) 2.1.- Cítese al señor JORGE WALDI ANIBAL DÍAZ, a la dirección señalada, mediante exhorto dirigido a la autoridad consular correspondiente en Alemania, elabórese el despacho suficiente por medio de secretaría, la parte actora dará las facilidades del caso.- 2.2.- Cítese a la señora LORENA LEONOR RUBIO DÍAZ, a la dirección señalada, mediante exhorto dirigido a la autoridad consular correspondiente en Italia, elabórese el despacho suficiente por medio de secretaría, la parte actora dará las facilidades del caso.- 2.3.- Cítese a los presuntos herederos y desconocidos, de quien en vida fue la señora MARÍA DIOCELINA DÍAZ GÁLVEZ, a través del diario de mayor circulación a nivel nacional, mediante tres publicaciones en tres días distintos, para lo cual se elaborará el correspondiente extracto de la demanda y el presente auto por medio de secretaría, la parte actora prestará las facilidades del caso…” F).- Dr. Marcos Guerrero Fuentes Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Napo..-CERTIFICO


RESOLUCIÓN No. SB-DTL-2026-2271
SANDRA CATALINA TORRES CABRERA DIRECTOR DE TRÁMITES LEGALES
CONSIDERANDO:
QUE, el artículo 82 de la Constitución de la República del Ecuador consagra: “El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes.”;
QUE, el último inciso del artículo 204 de la Constitución de la República del Ecuador establece que las superintendencias “(...) tendrán personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera, presupuestaria y organizativa.”;
QUE, el artículo 213 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que: “Las superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoria, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general. (...) Las superintendencias serán dirigidas y representadas por las superintendentas o superintendentes. La ley determinará los requisitos que deban cumplir quienes aspiren a dirigir estas entidades (...)”’,
QUE, el artículo 226 de la Carta Magna, dispone que: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
QUE, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador manda: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.”;
QUE, el artículo 59 del Código Orgánico Monetario y Financiero dispone: “La Superintendencia de Bancos es un organismo técnico de derecho público, con personalidad jurídica, parte de la Función de Transparencia y Control Social, con autonomía administrativa, financiera, presupuestaria y organizativa, cuya organización y funciones están determinadas en la Constitución de la República y la Iey.”;
QUE, el artículo 60 del Código Orgánico Monetario y Financiero, en su tenor literal dispone que: “La Superintendencia de Bancos efectuará la vigilancia, auditoría, intervención, control y supervisión de las actividades financieras que ejercen las entidades públicas y privadas del sistema financiero nacional, con el propósito de que estas actividades atiendan al interés general, se sujeten al ordenamiento jurídico, y de evitar, prevenir y desincentivar prácticas fraudulentas y prohibidas con el fin de proteger los derechos de los usuarios y/o clientes del sistema financiero nacional.”;
QUE, el numeral 36 y el último inciso del artículo 62 del mismo cuerpo legal, dispone que: “36. Las demás que le asigne la Ley”; y “(...) La superintendencia, para el cumplimiento de estas funciones, podrá expedir todos los actos y contratos que fueren necesarios. Asimismo, podrá expedir las normas en las materias propias de su competencia, sin que puedan, alterar o innovar las disposiciones legales ni las regulaciones que expida la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria.“;
QUE, el numeral 8 del artículo 69 del Código Orgánico Monetario y Financiero prescribe entre las funciones del Superintendente de Bancos, la de: ”(...) 8. Ejercer las demás funciones que le asigne la ley.”;
QUE, los artículos 434 y 436 del Código Orgánico Monetario y Financiero disponen, en su orden, que los servicios auxiliares serán prestados por personas jurídicas no financieras, constituidas como sociedades anónimas o compañías limitadas; y que deberán calificarse previamente ante el Organismo de Control correspondiente;
QUE, el artículo 5, del Capítulo XVII ”Norma general que regula la definición, calificación y acciones que comprenden las operaciones a cargo de las entidades de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado”, del Título II “Sistema Financiero Nacional”, del Libro I “Sistema Monetario y Financiero”, de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, expedida por la Junta de Política y Regulación Financiera, establece como un servicio a cargo de las compañías de servicios auxiliares el de cobranza; y, en la Disposición General Primera estatuye que la Superintendencia de Bancos emitirá las disposiciones para la ejecución de la precitada normativa; QUE, los artículos 1 y 2 del Capítulo III “Norma de control para la calificación y supervisión de las compañías de servicios auxiliares que presten servicios a las entidades de los sectores financieros público y/o privado, y de los Burós de Información Crediticia”, del Título II “De la constitución y emisión de la autorización para el ejercicio de las actividades financieras y permisos de funcionamiento de las entidades de los sectores financieros público y privado“, del Libro I “Normas de control para las entidades de los sectores financieros público y privado“, de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos, determinan la información y documentación que debe allegarse a este Organismo de Control para obtener la calificación como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado;
QUE, el señor Rodrigo Torres Vivanco, en calidad de Representante Legal de la compañía DINAMICANETWORK ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS CÍA. LTDA., con Registro Único de Contribuyentes número 1792620090001, mediante comunicaciones ingresadas a este Organismo de Control de fechas: 18 de diciembre de 2025; y, 27 de enero de 2026, ingresó la información necesaria y solicitó la calificación como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado, en el área de cobranza;
QUE, la Intendencia Nacional de Riesgos y Estudios con Memorando Nro. SB-INRE-2026-0483-M de 25 de junio de 2026, emitió informe favorable para la calificación de DINAMICANETWORK ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS CÍA. LTDA. como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado en el área de cobranza;
QUE, mediante Memorando número SB-DTL-2026-0630-M de 20 de julio de 2026, la Dirección de Trámites Legales verificó el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 1 y 2 del Capítulo III “Norma de control para la calificación y supervisión de las compañías de servicios auxiliares que presten servicios a las entidades de los sectores financieros público y/o privado, y de los Burós de Información Crediticia”, del Título II “De la constitución y emisión de la autorización para el ejercicio de las actividades financieras y permisos de funcionamiento de las entidades de los sectores financieros público y privado”, del Libro I “Normas de control para las entidades de los sectores financieros público y privado”, de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos, por parte de DINAMICANETWORK ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS CIA. LTDA., compañía de servicios auxiliares en el área de cobranza; QUE, el “Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Superintendencia de Bancos”, expedido con Resolución No. SB-2017-893 de 16 de octubre de 2017, y reformado con Resolución No. SB-2026-0556 de 13 de febrero de 2026, dispone como atribución y responsabilidad de la Dirección de Trámites Legales: “b) Autorizar y aprobar la organización y funcionamiento de las entidades, controladas; y e) Calificar a las personas naturales y jurídicas que requieran acreditación de la Superintendencia de Bancos“; y, EN ejercicio de las atribuciones que me han sido delegadas por el Señor Superintendente de Bancos, mediante Acción de Personal No. 0059 de 18 de febrero de 2026, en virtud de la cual fui designada Director de Trámites Legales, por Io cual, me encuentro legalmente facultada para la suscripción del presente documento;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- CALIFICAR a la compañía DINAMICANETWORK ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS CÍA. LTDA., con Registro Único de Contribuyentes número 1792620090001, como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado, en el área de cobranza.
ARTÍCULO 2.- AUTORIZAR a la compañía DINAMICANETWORK ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS CÍA. LTDA., a prestar el servicio de cobranza, de conformidad con su objeto social, a las entidades de los sectores financieros público y privado.
ARTÍCULO 3.- SOMETER a la compañía DINAMICANETWORK ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS CÍA. LTDA., al control de la Superintendencia de Bancos en los términos previstos en el Código Orgánico Monetario y Financiero, quedando en consecuencia, sujeta a las disposiciones que emane este Organismo de Control y la Junta de Política y Regulación Financiera.
ARTÍCULO 4.- DISPONER que la compañía DINAMICANETWORK ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS CÍA. LTDA., publique por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, el texto íntegro de la presente resolución.
ARTÍCULO 5.- DISPONER que el Registrador Mercantil del cantón Quito, inscriba la presente resolución y siente las notas de referencia contempladas en el artículo 51 de la Ley de Registro.
ARTÍCULO 6.- DISPONER que en el término de treinta (30) días contados a partir de la notificación de la presente resolución, la compañía DINAMICANETWORK ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS CIA. LTDA., remita a esta Dirección de Trámites Legales, la documentación que acredite el cumplimiento de los actos posteriores requeridos para su operatividad formal, conforme Io dispuesto en los artículos 4 y 5 de esta resolución. El incumplimiento de esta disposición, habilitará a la Superintendencia de Bancos para revocar la calificación otorgada.
ARTÍCULO 7.- Una vez que la compañía calificada a través del presente instrumento cumpla con Io ordenado en los artículos antecedentes, se le otorgará el Código de Identificación a DINAMICANETWORK ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS CÍA. LTDA., a través de la Secretaría General de la Superintendencia de Bancos.
ARTÍCULO 8.- NOTIFÍQUESE con la presente resolución a la compañía DINAMICANETWORK ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS CÍA. LTDA, en la dirección electrónica: rtorres@dínamicanetworks.com.ec; señalada para el efecto. COMUNÍQUESE. - Dada en la Superintendencia de Bancos, en Quito, Distrito Metropolitano, a los veinte y dos días del mes julio del dos mil veintiséis.

LO CERTIFICO.- En Quito, Distrito Metropolitano, a los veinte y dos días del mes de julio del dos mil veintiséis.

La presidenta de Perú, Keiko Fujimori, se posesiona este 28 de julio de 2026. Previamente resolvió designar a su vicepresidente Luis Galarreta como nuevo primer ministro de su país.
MADRID. Keiko Fujimori asumirá oficialmente la presidencia del Perú este 28 de julio de 2026, tras haber sido proclamada por el Jurado Nacional de Elecciones como presidenta electa para el periodo 2026-2031.
El Jurado Nacional de Elecciones la declaró ganadora el 3 de julio de 2026, cerrando el proceso electoral y validando jurídicamente los resultados en que Fujimori obtuvo 9.223.396 votos (50,13%) , superando por apenas 49.641 sufragios al candidato de izquierda Roberto Sánchez (49,86%)
Primeros nombramientos
Fujimori ha anunciado la designación de Luis Galarreta como próximo primer ministro , en vísperas de que tome posesión este martes de su cargo como nueva jefa de Estado.
Galarreta, quien participó como aspirante a ‘número dos’ de Fujimori en estas elecciones de abril y junio de 2026, asumirá su cargo como nuevo jefe del gabinete este 28 de julio cuando se confirme la investidura de la primera presidenta electa de Perú, que llega a cargo tras los intentos falli-
La ceremonia de posesión será en el Palacio de Gobierno en Lima.
dos en los comicios de 2011, 2016 y 2021.
El nuevo primer ministro de Perú, presidente del Congreso entre 2017 y 2018, ha sido parte importante de las dos últimas campañas presidenciales de Fujimori, quien le ha definido como “un hombre leal, trabajador y profundamente comprometido” con el país, según recoge la cadena RPP.
“Un hombre que nunca ha permitido que la adversidad doblegue sus convicciones ni su voluntad de servir”, ha dicho, en lo que parece un guiño a la manquedad que le acompaña desde que era un niño tras nacer con malformaciones congénitas debido al fármaco talidomida.
La misión del nuevo ministro
“Le he pedido que lidere un gabinete unido, que trabaje con sentido de urgencia,
que escuche a la ciudadanía y que su gestión se mida por los resultados que entregue a todos los peruanos”, ha manifestado la presidente electa de Perú.
Por su parte, Galarreta ha señalado que recibe el encargo con la responsabilidad que merece y ha fijado como principales objetivos bajar los altos índices de inseguridad ciudadana, hacer más atractivo al país para las inversiones, generar empleo, así como reducir la pobreza y las desigualdades.
Asimismo, Fujimori ha anunciado también la designación de Elmer Cuba como nuevo jefe de la cartera de Economía, y del periodista Carlos Espá como próximo ministro de Asuntos Exteriores , conocido por su faceta como director entre 2002 y 2024 del popular programa de investigación periodística Cuarto poder.
Con apenas 50.000 votos de diferencia Fujimori se impuso a Roberto Sánchez en una cita electoral marcada por una década de profunda crisis de inestabilidad política e institucional, por la que han circulado hasta ocho presidentes EUROPA PRESS



REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DEL TRABAJO
EXTRACTO
ACTOR: Sergio Esteban Espinosa Araujo en calidad de Gerente General y representante legal de la compañía Dipropacking Cía. Ltda.
PATROCINADORES: son: Abg. José Javier Suasnavas Alarcón
ACCIONADO: EDWIN ALBERTO CATAGRA MORALES
CAUSAL: NUMERAL 1 DEL ARTICULO 172 DEL CÓDIGO DE TRABAJO
INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA. - Quito, 24 de julio de 2026, a las 15h00.- Continuando con la sustanciación del trámite de Visto Bueno No. 3608572026-GMAN, seguido por la compañía DIPROPACKING CÍA. LTDA., legalmente representada por el señor Sergio Esteban Espinosa Araujo, en calidad de empleadora y parte accionante, en contra del señor EDWIN ALBERTO CATAGRA MORALES, en calidad de trabajador y parte accionada, se dispone: PRIMERO.- Agréguese al expediente el escrito ingresado mediante documento No. MDT-DRTSPQ-202619700-E, así como la documentación que acompaña, mediante la cual la parte accionante presenta la declaración juramentada otorgada ante Notario Público, en la que manifiesta bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia actual del trabajador accionado; además, acompaña el Certificado Nro. MREMH-CZ9-2026-31400, de 14 de julio de 2026, emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, del cual se desprende que el señor CATAGRA MORALES EDWIN ALBERTO, portador de la cédula de ciudadanía No. 1720676820, no consta registrado en una oficina consular en el exterior. SEGUNDO.- En aplicación de lo previsto en el artículo 11 del Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-041, y al haberse justificado la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia del trabajador accionado, notifíquese al señor CATAGRA MORALES EDWIN ALBERTO mediante una publicación en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito; adicionalmente, la parte accionante deberá fijar una copia del extracto correspondiente en varios sitios visibles del lugar de trabajo, conforme dispone la referida norma. TERCERO.- Para tal efecto se entregará el correspondiente extracto; se concede a la parte accionante el término de cinco (5) días para que remita a este Despacho el ejemplar o constancia de la publicación efectuada, así como la certificación o constancia legible que acredite haber fijado una copia del extracto en varios sitios visibles del lugar de trabajo. De no cumplir con lo dispuesto dentro del término concedido, se dispondrá el archivo del expediente, de conformidad con la normativa aplicable. CUARTO.- Concédase al señor CATAGRA MORALES EDWIN ALBERTO el término de veinte (20) días para que conteste la solicitud de Visto Bueno y señale casillero judicial y correo electrónico para futuras notificaciones, término que correrá a partir del día siguiente al de la publicación. Con su contestación o en rebeldía, se continuará con la sustanciación del presente trámite y se resolverá conforme a Derecho. NOTIFÍQUESE . AB. GERMÁN MARCELO ÁLVAREZ NÚÑEZ






La Universidad Andina Simón Bolívar presentó Andina en Línea, una nueva oferta de posgrados 100% virtuales.
Actualmente, la educación virtual se convirtió en una modalidad que cada vez gana más espacio entre quienes buscan especializarse sin dejar de trabajar o cambiar de ciudad.
La Universidad Andina Simón Bolívar lanzó Andina en Línea, su nueva plataforma de maestrías y especializaciones completamente virtuales. El rector de la Universidad Andina Simón Bolívar, César Montaño Galarza, explicó que esta decisión responde a los cambios tecnológicos que vive el mundo y a la necesidad de que las universidades evolucionen sin perder sus estándares de calidad. “Estamos viviendo una revolución tecnológica y la universidad no podía quedarse al margen. La apuesta es ofrecer programas virtuales de alto nivel, porque la calidad y la excelencia son innegociables” señaló.
El reto: demostrar que la educación virtual también puede ser de calidad
Uno de los principales desafíos será cambiar la percepción de que estudiar en línea ofrece una formación inferior a la presencial. Para lograrlo, la universidad sostiene que el modelo se
basa en cuatro pilares:
● Docentes nacionales e internacionales especializados en cada área
● Profesores capacitados para enseñar en entornos virtuales
● Soporte técnico permanente
● Tutores que acompañarán a cada estudiante durante todo el posgrado
Según Montaño, el objetivo es que ningún estudiante sienta que estudia solo frente a una plataforma.
“Ponemos en el centro a las personas y no únicamente a la tecnología. El estudiante tendrá un tutor que lo acompañará desde el inicio hasta el final del programa.”
¿Qué diferencia a Andina en Línea de otras plataformas?
La principal apuesta de la universidad es el acompañamiento personalizado.
Cada estudiante contará con un tutor que hará seguimiento a su avance, resolverá dudas y servirá como puente entre el alumno, los docentes y la plataforma virtual. La institución considera que este acompañamiento puede ayudar a reducir uno de los principales problemas de la educación en línea: la deserción.
● Estudiantes de otras provincias
● Profesionales que residen en otros países
Actualmente, la universidad cuenta con estudiantes provenientes de todas las provincias del Ecuador y de varios países de América Latina y otros continentes.
“La virtualidad permite llegar más lejos. Muchas personas no pueden trasladarse a Quito, pero sí pueden acceder a una formación de alto nivel desde donde viven”, indicó el rector. La flexibilidad también busca adaptarse a quienes deben combinar estudios con trabajo, familia u otras responsabilidades.
Así integrará la inteligencia artificial en sus posgrados
La inteligencia artificial también será parte de Andina en Línea. Sin embargo, Montaño aclaró que estas herramientas no reemplazarán el análisis académico ni el criterio de los estudiantes.
La IA se utilizará como apoyo en distintas áreas, por ejemplo:
● Comparación de legislaciones
● Herramientas predictivas para el análisis jurídico
Además, la propuesta incluye clases sincrónicas, materiales interactivos, videos, recursos multimedia y espacios de trabajo colaborativo entre estudiantes.
Una experiencia que comenzó desde la pandemia
Aunque Andina en Línea se presenta oficialmente este año, la preparación empezó en 2020, durante la pandemia.
Desde entonces, la universidad capacitó a docentes, personal administrativo y estudiantes en herramientas digitales y creó una Unidad de Gestión de Educación Virtual para diseñar contenidos específicos para esta modalidad. De acuerdo con Montaño, la plataforma incorpora recursos pedagógicos pensados para el aprendizaje en línea y busca trasladar la experiencia académica presencial a un entorno completamente virtual.
Una modalidad pensada para quienes trabajan
o viven fuera de Quito
La universidad señala que Andina en Línea busca ampliar el acceso a sus programas de posgrado. La modalidad está dirigida especialmente a:
● Profesionales que trabajan y necesitan horarios flexibles
● Personas que viven fuera de Quito
● Comunicación Transmedia
● Contratación Pública
● Derecho Administrativo
● Políticas Públicas para la Educación
● Responsabilidad Civil
Especializaciones en línea
● Comercio Internacional y Práctica Aduanera
● Contratación Pública
● Derecho Administrativo
● Derechos Humanos con mención en Peritajes.
● Derechos Humanos y Justicia Juvenil Restaurativa
● Educación e Inteligencia Artificial
● Marketing Digital y Comercio Electrónico
● Desarrollo y gestión de proyectos
● Procesamiento y análisis de grandes volúmenes de información
El rector enfatizó que la universidad mantendrá un enfoque basado en el pensamiento crítico y en principios éticos para el uso de estas tecnologías.
“La inteligencia artificial es una herramienta, pero siempre debe utilizarse con criterio crítico y con principios éticos.”
¿Cuáles son las maestrías y especializaciones que ofrece Andina en Línea?
En su primera etapa, la Universidad Andina Simón Bolívar ofrece 12 maestrías y siete especializaciones completamente virtuales.
Maestrías en línea
● Derecho de la Economía Digital
● Derecho Financiero, Bursátil y de Seguros
● Gestión Estratégica de Turismo
● Guiones Audiovisuales
● Edición
● Arbitraje, Negociación y Dispute Board
● Comercio Global y Acceso a Mercados Internacionales
La selección se realizó después de evaluar cuáles áreas académicas tenían la experiencia, capacidad docente y condiciones para trasladar sus programas a un formato virtual sin afectar la calidad. Además, la universidad consideró las necesidades actuales del país y de la región andina para formar profesionales en áreas estratégicas.
¿Cómo medirán si el proyecto funciona?
La universidad adelantó que evaluará el desempeño de Andina en Línea mediante varios indicadores, entre ellos:
● Número de estudiantes matriculados
● Tasas de permanencia y deserción
● Cantidad de graduados
● Satisfacción de estudiantes y docentes
● Resultados académicos
● Calidad de la plataforma tecnológica
● Inserción laboral de los graduados
● Reputación académica del programa
A cinco años, la meta es que Andina en Línea se consolide como un referente en educación virtual de posgrado y que sus egresados continúen ocupando cargos de liderazgo en instituciones públicas, privadas y universidades, como ha ocurrido con los graduados de la modalidad presencial.
Autores: Abg. Darwin Dennis
Castillo Vásconez, Mgs.
Introducción
La fase de ejecución, regulada por el Código Orgánico General de Procesos (COGEP), es la etapa del proceso judicial destinada a garantizar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en un título de ejecución, como una sentencia ejecutoriada, un laudo arbitral o un acta de mediación. Este procedimiento inicia a petición de la parte acreedora y da lugar a la emisión del mandamiento de ejecución, mediante el cual la autoridad judicial ordena al deudor cumplir con la obligación o efectuar el pago correspondiente dentro del plazo legal establecido. Cuando el obligado no cumple voluntariamente, la ley prevé medidas para asegurar el pago de la deuda, entre ellas el embargo y el remate de bienes. El remate consiste en la venta pública de los bienes embargados con la finalidad de obtener recursos económicos que permitan satisfacer la obligación pendiente.
Con la entrada en vigencia del COGEP, el sistema de remate judicial fue modernizado mediante la incorporación de herramientas electrónicas y reglas orientadas a garantizar procesos más ágiles, transparentes y seguros. De esta manera, se fortalecen principios como la publicidad, la igualdad entre los participantes, la eficiencia y la seguridad jurídica.
Por ello, resulta importante analizar las diferentes etapas del procedimiento de remate previstas en el COGEP, desde la presentación de las posturas hasta la adjudicación de los bienes. El estudio de estos aspectos permite comprender su importancia dentro de la ejecución y su incidencia en la protección de los derechos de las partes involucradas.
Remate de los bienes de la o

del ejecutado: concepciones generales
El remate judicial constituye una institución propia de la fase de ejecución prevista en el COGEP, cuya finalidad es hacer efectivo el cumplimiento de una obligación cuando la o el ejecutado no la satisface voluntariamente. En la doctrina reciente se sostiene que la ejecución forzosa constituye la garantía material de la tutela judicial efectiva, pues la sentencia únicamente adquiere eficacia cuando logra su cumplimiento real. No se trata de una sanción patrimonial contra el deudor, sino de un mecanismo procesal que permite convertir los bienes embargados en recursos económicos destinados al pago del crédito, en armonía con el derecho a la tutela judicial efectiva previsto en el artículo 75 de la Constitución. De conformidad con el artículo
372, inciso tercero, del COGEP, una vez emitido el mandamiento de ejecución, la o el ejecutado cuenta con el término de cinco días para pagar o cumplir la obligación; si no lo hace, procede la ejecución forzosa. En esa línea, los artículos 389 y 390 del COGEP regulan los efectos del embargo y la posibilidad de que el ejecutado libere los bienes antes del cierre del remate, siempre que consigne el valor correspondiente a la deuda.
Todo esto ajustándose a lo preceptuado por el artículo 398 del COGEP, que dispone que los bienes muebles, inmuebles, derechos o acciones de la o del ejecutado serán rematados mediante la plataforma electrónica del Consejo de la Judicatura, salvo las modalidades autorizadas por la ley.
Su desarrollo debe observar
principios como publicidad, transparencia, igualdad entre postores, seguridad jurídica y debido proceso, procurando equilibrar el derecho del acreedor a cobrar su crédito con las garantías patrimoniales y procesales de la o del ejecutado. Los principios de publicidad, igualdad y seguridad jurídica son indispensables para preservar la confianza ciudadana en los procedimientos de remate judicial y evitar arbitrariedades durante la ejecución.
Las posturas del remate y requisitos
Las posturas son las ofertas económicas presentadas por los interesados para adquirir los bienes que han sido sometidos a remate judicial. La finalidad de las posturas es garantizar que la enajenación de los bienes embargados se realice en condiciones de libre concurrencia, transparencia e igualdad entre los participantes, permitiendo obtener el mejor precio posible para que así se logre cubrir el crédito del ejecutante. La utilización de plataformas electrónicas para la presentación de ofertas fortalece la transparencia, reduce la discrecionalidad administrativa y garantiza igualdad entre los participantes.
El COGEP nos dice que las posturas deberán presentarse a través de la plataforma electrónica del Consejo de la Judicatura, dentro del término señalado para el remate. Conforme al Art. 399 del COGEP las ofertas permanecerán en reserva hasta la audiencia de calificación, garantizando la confidencialidad y evitando ventajas indebidas entre los postores.
Según el art 400 del COGEP como requisitos para las posturas estas no podrán ser inferiores al 100% del avalúo pericial tanto en el primer como en el segundo señalamiento. Asimismo, cuando la oferta se realice a plazo, deberá cumplir las condiciones establecidas en la ley respecto del pago inicial y la
¿En qué consiste la confesión judicial en materia laboral?

En términos generales el COGEP ha eliminado la prueba de confesión judicial y sus efectos. Existe la declaración de parte, que deberá ser apreciada por el juzgador de acuerdo a las reglas de la sana critica, de acuerdo con los Art.177-6 y 164 del COGEP. Al eliminarse el Art.581 del Código de Trabajo, que establecía los efectos de la confesión ficta, en especial del empleador demandado, efectivamente se ha suprimido uno de los medios de prueba que ofrecían cierta protección para los trabajadores frente a la evasiva del empleador a la hora de presentar su declaración.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
forma de cancelar el saldo del precio. Esto busca que las ofertas sean serias y económicamente viables.
A su vez el Art. 401 del COGEP establece que toda postura deberá estar acompañada del comprobante que acredite la consignación del porcentaje previsto por la ley, requisito indispensable para su calificación. Esta garantía tiene como finalidad demostrar la capacidad económica del oferente y proteger la seriedad del procedimiento, evitando que se presenten propuestas sin respaldo financiero.
Las formas de pago en los remates judiciales El Art. 402 del COGEP nos establece que el pago del bien adjudicado podrá efectuarse al contado o a plazos, según las condiciones ofrecidas en la postura y siempre que estas se ajusten a los requisitos legales. Cuando la oferta sea de contado, el adjudicatario deberá cancelar el valor correspondiente dentro del término fijado por la ley. Por el contrario, si la postura contempla el pago a plazos, deberá especificar el monto entregado inicialmente, el saldo pendiente y el tiempo en que este será cancelado, respetando las condiciones del juez. La posibilidad de admitir posturas con pago a plazos responde a la necesidad de ampliar la participación de interesados en el remate y favorecer la obtención de mejores ofertas económicas. Esta diferenciación busca asegurar la seriedad de las ofertas, garantizar el cumplimiento de la obligación asumida por el adjudicatario y brindar mayor seguridad al procedimiento de remate.
La calificación de las posturas
En mismo COGEP, dispone que, una vez concluida la fase de recepción de ofertas, se desarrolle la audiencia de calificación de posturas, concebida como una etapa procesal destinada a la evaluación técnica y jurídica de las ofertas presentadas. Su finalidad es verificar el cumplimiento de los requisitos legales que permitan determinar la procedencia de la adjudicación del bien objeto del remate. En este estado, el juzgador debe realizar un examen de idoneidad sobre las ofertas consignadas, aplicando una regla de preferencia absoluta, que privilegia las ofertas con pago de contado. Este criterio no es arbitrario, sino que responde a la necesidad de dotar de liquidez inmediata a la ejecución, asegurando que el capital, los intereses y las costas procesales sean cubiertos expeditamente.
El artículo 403 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) regula el supuesto en el que dos o más posturas presenten igualdad
tanto en el monto ofertado como en las condiciones de pago. En tales circunstancias, la norma prevé que, si dichas ofertas son calificadas como las más favorables, el órgano jurisdiccional adjudicará el bien al mejor postor entre quienes se encuentren en esa situación de igualdad durante la misma audiencia de calificación de posturas. Este mecanismo procesal tiene por finalidad garantizar la continuidad del procedimiento de ejecución, evitando que la existencia de ofertas equivalentes impida la adjudicación del bien y contribuya a la celeridad, eficiencia y seguridad jurídica del remate judicial.
Retasa y embargo de otros bienes
En los casos en que el remate sea declarado desierto por falta de interesados, el acreedor tiene la facultad de solicitar la retasa de los activos. Esta figura implica una nueva valoración económica del bien para reactivar el mercado judicial. Desde una perspectiva de imparcialidad, resulta aconsejable la designación de un perito distinto con el propósito de garantizar una nueva valoración técnica objetiva del bien, asegurando una nueva perspectiva técnica sobre el valor comercial del objeto. Alternativamente, se permite al acreedor desistir de dichos bienes y perseguir otros activos del deudor para asegurar la integridad de su cobro.
Nulidad del Remate
La transparencia del remate se fundamenta en su publicidad y en la observancia de las formalidades legales. La normativa vigente sanciona con nulidad aquellos remates celebrados fuera del día señalado o aquellos que omitan la publicidad obligatoria en los términos dispuestos por la misma. Esta nulidad puede ser declarada de oficio y no admite recurso alguno, obligando a una retrotracción inmediata para señalar nuevo día y hora, salvaguardando así la confianza de los terceros postores en el sistema de subastas judiciales. La inobservancia de las formalidades esenciales del remate compromete el debido proceso y puede generar la nulidad del procedimiento por vulneración de la tutela judicial efectiva.
Auto de Adjudicación
El acto jurídico que perfecciona la transferencia de la propiedad es el auto de adjudicación. Este se emite una vez que el postor preferente ha cancelado la totalidad del saldo ofrecido. La importancia de este auto radica en los efectos de saneamiento registral que produce, mediante los cuales se ordena la cancelación de todos los gravámenes,
embargos o hipotecas que pesaban sobre el inmueble, permitiendo que el bien reingrese al tráfico jurídico libre de cargas. En casos de pagos a plazos, la ley ordena la constitución de una hipoteca legal para garantizar el saldo pendiente, armonizando el derecho de propiedad con la seguridad del crédito.
Conclusiones
Del análisis del procedimiento de remate previsto en el Código Orgánico General de Procesos (COGEP) se concluye que este constituye un mecanismo procesal orientado a garantizar la tutela judicial efectiva, al armonizar el derecho del acreedor a obtener la satisfacción de su crédito con las garantías procesales y patrimoniales del deudor.
La regulación de las etapas de calificación de posturas, adjudicación y nulidad del remate evidencia que el legislador ha diseñado un procedimiento sustentado en los principios de legalidad, transparencia, celeridad y seguridad jurídica, con el propósito de dotar de eficacia a la ejecución forzosa y preservar la confianza de los participantes en el sistema de remates judiciales.
El tratamiento diferenciado que el artículo 404 del COGEP reconoce a las acreencias laborales constituye una manifestación del principio constitucional de protección al trabajo, al permitir que las y los trabajadores participen en el remate en condiciones preferentes, garantizando la efectividad del carácter privilegiado y alimentario de sus créditos.
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1 Abogado en libre ejercicio, Matricula Profesional 06-2017-81 del Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura, ex Secretario Financiero FEUE-R, Magister en Derecho con mención en Derecho Procesal Penal, Articulista, Escritor y Poeta, Ponente en Congresos y Diplomados a nivel nacional e internacional, socio fundador de la firma jurídica RIO Legacy, Casilla Postal: 060104., Riobamba, Ecuador. Correos Electrónicos: dc1thekings@ gmail.com / riolegacy307abogados@ gmail.com
2 Abogado litigante, Matricula Profesional 06-2022-283 del Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura,
Juicio Nª 08332-2026-00644
socio de la firma jurídica RIO Legacy, Riobamba, Ecuador. Correo Electrónico: victorpilco95@gmail.com
3 Abogado en Litigante por la Universidad Laica Vicente Rocafuerte damiancuadrado.17@gmail.com
4 TICHE-ANDAGANA, Juan José, y Martha Alejandra MORALES-NAVARRETE. 2023. “El debido proceso en la fase de ejecución de juicios ejecutivos en el Ecuador.” Revista Metropolitana de Ciencias Aplicadas 6 (2): 287-298. https://doi.org/10.62452/ c7ede163
5 HARO ALVARADO, Franklin Rubén, y César Humberto MOREIRA DE LA PAZ. 2022. “Retasa dentro del procedimiento de ejecución y vulneración de la seguridad jurídica.” Revista Facultad de Jurisprudencia RFJ 11. https://doi.org/10.26807/rfj. v11i11.318
6 OJEDA MONTECINOS, Jhonny Byron. 2022. “La fase de ejecución en sentencias y dictámenes emitidos por la Corte Constitucional del Ecuador.” Polo del Conocimiento 7 (9).
7 HARO ALVARADO, Franklin Rubén, y César Humberto MOREIRA DE LA PAZ. 2022. “Retasa dentro del procedimiento de ejecución y vulneración de la seguridad jurídica.” Revista Facultad de Jurisprudencia RFJ 11. https://doi.org/10.26807/rfj. v11i11.318
8 HERRERA-FALCÓN, Gladys Elizabeth, y Fernando Andrés MONTALVO-RAMOS. 2025. “Falta de uniformidad en la adjudicación y saneamiento de bienes rematados en juicios ejecutivos en Ecuador.” Portal de la Ciencia.
9 CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS, Artículo 402 10 FLORES-TORRES, Mario Raúl, y Diego Fernando Trelles-Vicuña. 2022. “Vulneración de la tutela judicial efectiva en el artículo 413 del Código Orgánico General de Procesos.” Dominio de las Ciencias 8 (1).
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL DE QUININDÈ. Quinindé, miércoles 22 de julio del 2026, a las 16h37
PROCESO: 08332-2026-00644
JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL
ACTOR: BRAVO CANTOS MANUEL AUDALDO
DEMANDADO: DELGADO MACIAS NORMY YANETH
JUEZ DE LA CAUSA: DR. RIOFRIO CARRANZA PATRICIO ROBERTO
OBJETO DE LA DEMANDA.- Avoco conocimiento en mi calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Multicompetente Civil, con sede en la ciudad de Quinindé, según resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura N.- 138 - 2015, de fecha 18 de mayo del 2015 en la cual se resuelve crear la Unidad Judicial Multicompetente Civil del cantón Quinindé, y con acción de personal N.- 7846-DNTH2015-SS, de fecha 4 de junio del 2015. Cumplido que ha sido lo ordenado en auto inmediato anterior, la demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos. Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento sumario. Por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. (...) Por cuanto la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de fecha 21 de julio del 2026, a las 11h26, esto es: AFIRMO Y DECLARO, QUE PESE A HABER EFECTUADO TODAS LAS DILIGENCIAS NECESARIAS PARA TRATAR DE UBICAR A LA DEMANDADA SEÑORA DELGADO MACIAS NORMY YANETH, HABIENDO ACUDIDO, INCLUSIVE, A LOS REGISTROS DE ACCESO PÚBLICO, Y REALIZAR LAS GESTIONES RAZONABLES ME ES IMPOSIBLE DETERMINAR LA INDIVIDUALIDAD, EL DOMICILIO O RESIDENCIA DEL/LA DEMANDADO/A SEÑOR/ DELGADO MACIAS NORMY YANETH. Tal como se dispuso en autos. De conformidad a lo que señala el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos por intermedio de publicaciones en uno de los periódicos que se editan en ésta Provincia de Esmeraldas, todo esto a fin de garantizar los derechos de todos los sujetos procesales, confiérase por secretaria el extracto respectivo. De conformidad con lo que señala el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos(...). Por haber comparecido la demandante a dar cumplimiento con lo ordenado, esto es, declarar bajo juramento en este despacho, en legal y debida forma, confiérase el respectivo extracto para citación por la prensa. FDO. POR EL DR. PATRICIO RIOFRIO CARRANZA EN CALIDAD DE JUEZ. Una vez transcurridos los 20 días desde la última publicación, comenzará el término de 15 días para contestar su demanda, de conformidad al Art. 56 del COGEP. Caso contrario será declarado en rebeldía.
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Las obras en el Centro Integral de Formación de Seguridad y Emergencias (Cifse) del Ayuntamiento de Madrid (españa) han ‘desenterrado’ en el distrito de Latina los restos del caparazón de una gran tortuga de hace más de 15 millones de años. Se trataría de restos de un caparazón de tortuga gigante identificada como una Titanochelon bolivari y datada entre el Mioceno medio e inferior. EUROPA PRESS/IA
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