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MARTES 20 DE OCTUBRE DE 2026
Esmeraldas
Asesinos seriales que dejaron huella en Ecuador Personajes como Doña Veneno o la descuartizadora son parte de los asesinos seriales que han conmocionado a los ecuatorianos. Sus crímenes superan cualquier historia de ciencia ficción y muestran que la realidad puede ser una pesadilla.4-5
POLÍTICA
CNE recopila pruebas de posibles actos de precampaña 3
JUDICIAL
Declaraciones patrimoniales juradas: ¿Armas políticas o control a la corrupción?
POLÍTICA
‘Chalecos amarillos’ anuncian otra protesta en Francia 8
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
BEATRICE E. RANGEL Columinsta Invitada
¿Podrá Bolsonaro satisfacer al pueblo de Brasil?
E
l 25 de octubre, el pueblo de Brasil emitirá su veredicto sobre quién deberá gobernarlo durante los próximos cuatro años. Flávio Bolsonaro parece beneficiarse del desgaste de Lula y del profundo cansancio que su figura provoca en una parte del electorado. Se abre así para Flávio Bolsonaro una oportunidad política que el desencanto con Lula favorece, pero que no garantiza su victoria. Si llega a la Presidencia, la pregunta decisiva será si comprende las prioridades de sus electores y convierte su atención en el eje de su gobierno. Si, en cambio, dedica recursos y energías a tejer una red de agrupaciones políticas de derecha mientras desatiende los sueños de quienes lo eligieron, podría limitar su paso por el poder a un solo mandato. La alternancia forma parte de la democracia: los ciudadanos eligen a un depositario de la soberanía y pueden retirarle su confianza. El problema surge cuando la sucesión de desencantos impide sostener las políticas necesarias para resolver dificultades que requieren tiempo. Si la frustración se instala durante los primeros veinte meses de gobierno, recuperar la confianza exige resultados extraordinarios, difíciles de producir en plazos tan breves. El electorado se lanza entonces a la búsqueda de un sucesor, mientras se debilita la continuidad de políticas públicas indispensables, como las destinadas a mejorar la seguridad. No es la alternancia en sí misma la que amenaza a la democracia, sino la repetida incapacidad de los gobiernos para responder a las aspiraciones ciudadanas. Esa frustración acumulada puede alimentar la tentación autoritaria. Esperemos que Flávio Bolsonaro, si resulta elegido, comprenda las razones de su respaldo popular y gobierne en función de ellas. Los brasileños que confían en él esperan una vivienda, seguridad y oportunidades para emprender. Una alianza de derechas latinoamericanas difícilmente sustituirá la obligación de responder a esas expectativas. La medida de su éxito será su capacidad para convertir el apoyo electoral en mejoras concretas para la vida de los brasileños. ©Instituto Interamericano para la Democracia
SALVATORE FOTI
ecuasalvo@yahoo.it
Por suerte tienen a Correa
P
or suerte, el Gobierno tiene a Rafael Correa. Porque, de no tenerlo, el Gobierno de Daniel Noboa tendría que hablar de su falta de gestión y de sus promesas incumplidas. Tendría que hablar, por ejemplo, de la crisis energética que nuevamente enfrenta el país.
Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Josué Navarrete Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec Año: XXVIII
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
OPINIÓN 02
O ESMERALDAS | MARTES 20/OCTUBRE/2026
EDITORIAL
PABLO GRANJA ÁVALOS
Fractura social en Francia
F
rancia tiene una larga historia de protestas e insurrecciones civiles, pero la violencia del sábado 17 de octubre revela una sociedad que no se reconoce en el otro, protestas pacíficas sometidas por grupos violentos y la destrucción del patrimonio nacional. La violencia desplazó las reivindicaciones de miles de jóvenes contra el alto costo de vida y la calidad educativa. Desde septiembre, las protestas habían expresado su ira contra las escuelas; esta vez, la violencia alcanzó los símbolos nacionales. El incendio provocado en el Ayuntamiento de Limoges, inaugurado en 1883 y sobreviviente de dos guerras mundiales, destruyó gran parte del edificio. En varias ciudades, los disturbios destruyeron grandes y pequeños comercios, restando legitimidad a los reclamos. “Toda la opulencia de los barrios más ricos de
Una crisis que no solamente provoca cortes de electricidad aleatorios y no programados, sino que también representa un enorme sacrificio para el sector productivo. Empresas que pierden dinero, industrias que ven comprometida su producción y negocios obligados a asumir costos adicionales. Y, como siempre, la factura terminará llegando a los ciudadanos. Por suerte tienen a Correa, porque, de lo contrario, tendrían que explicar cómo es posible que, después de haber sometido al país a apagones de hasta catorce horas diarias, bajo el
París quedó de pronto al alcance de la mano o del martillo”, describió Le Monde en su crónica. El domingo, algunos parisinos salieron con palas y escobas a limpiar los destrozos. Participaron unos 550.000 manifestantes y dejó 1.200 detenidos y 150 policías heridos. Miles protestaron pacíficamente, mientras otros formaron “grupos determinados a chocar con la policía”, dijo Le Monde. El Gobierno atribuyó parte de la violencia a la ultraizquierda. Como en América, en Europa ganan espacio los extremos que promueven una visión de la sociedad basada en el conflicto y la confrontación. Conviene observar lo que ocurre en Francia, no solo por la posible radicalización de las protestas estudiantiles, sino porque una sociedad fragmentada, sin identidad ciudadana y enfrentada a sí misma, puede estallar más temprano que tarde.
liderazgo de Daniel Noboa, hoy volvamos a enfrentar la misma situación por haberse gastado 240 millones de dólares en equipos inservibles. Por suerte tienen a Correa, porque, si no lo tuvieran, también deberían hablar de la violencia y la criminalidad que azotan al país. Tendrían que explicar por qué, después de tantos anuncios, estados de excepción y puro show, la inseguridad continúa siendo una de las mayores tragedias nacionales. Y por suerte tienen a Correa, porque también tendríamos que preguntarle al mandatario adón-
de va el dinero de los ecuatorianos. Entre el incremento del IVA del 12% al 15% y la eliminación o reducción de los subsidios a los combustibles, tenemos más o menos un ahorro de 2.000 millones de dólares anuales, que no sabemos en qué nos beneficia puesto que nada funciona aunque seguramente 200 millones más menos fueron a Progen. Por suerte tienen a Correa, porque, de lo contrario, también deberíamos hablar de los períodos en los que el precio internacional del petróleo ha registrado incrementos significativos, sin que esos ingresos se hayan
granja.pablo@yahoo.com
Israel: la paz pasajera
L
a normalización de las relaciones de Israel con sus vecinos ha transitado por un camino escabroso, con miles de pérdidas humanas, daños incalculables y división política mundial. No obstante, la naturaleza de los conflictos y la presión internacional han logrado la firma de algunos acuerdos de paz. El primero fue el Tratado de 1979, entre Israel y Egipto, luego de los Acuerdos previos logrados en Camp David, poniendo fin al estado de guerra entre los dos países, reconocimiento oficial mutuo, garantía de libre circulación por el Canal de Suez, devolución de la península del Sinaí a Egipto, y el marco general de un régimen autonómico para los habitantes de Cisjordania y Gaza. Los Acuerdos de Oslo en 1993, suscritos entre Israel y la Organización para la Liberación de Palestina OLP, titulado Declaración de Principios sobre las Disposiciones relacionadas con un Gobierno Autónomo, fue firmado por el primer ministro israelí Y. Rabin y el negociador palestino M. Abbas por la OLP, con la mediación de Estados Unidos y Noruega. En 1994 se firmó el Tratado de paz entre Israel y Jordania, poniendo fin a 46 años de controversias fronterizas y acordando un reparto justo del agua de los ríos Jordán y Yarmuk; además se entregó a Jordania la custodia de lugares simbólicos de Jerusalén Oriental. En 2020 se firmaron los Acuerdos de Abraham que establecieron relaciones diplomáticas plenas entre Israel y los Emiratos Árabes Unidos, Baréin, Marruecos y Sudán, aunque éste quedó suspendido en 2021. También se contempla la cooperación en comercio, seguridad y tecnología. El más reciente es el Acuerdo de paz en Gaza, en 2025, que tiene el propósito de resolver el conflicto en la Franja de Gaza y la liberación de los rehenes tomados en octubre de 2023. Por tratarse de un asunto vigente, de gran cobertura mediática y tan manipulado por sectores interesados, merece ser tratado en capítulo aparte.
traducido en mejoras perceptibles para los ciudadanos. Es mucho más sencillo responsabilizar al pasado que rendir cuentas sobre el presente y seguir hablando de Correa para evitar hablar de la escasez de combustibles que también se viene perfilando. Por suerte tienen a Correa que es el único capital político que le queda junto a la prepotencia y violencia características de los mediocres y por suerte que en su momento Correa hizo las hidroeléctricas, porque sino no tendríamos ni Gobierno ni luz.
03 POLÍTICA
ESMERALDAS | MARTES 20/OCTUBRE/2026 I
CNE recopila pruebas de posibles actos de precampaña El CNE investiga 11 presuntas infracciones electorales y más de 4.000 artículos promocionales en todo el país. Expertos advierten sobre el “silencio electoral” no regulado en plataformas digitales. Unas 11 presuntas infracciones electorales y evidencias del uso de más de 4.000 artículos promocionales han sido detectadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE) a escala nacional, de cara a las elecciones seccionales del 29 de noviembre de 2026, cuando se elegirán autoridades seccionales y siete integrantes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs). Marco Peña, coordinador nacional técnico de Participación Política del CNE, mencionó que, para controlar las candidaturas a prefectos, alcaldes, concejales, vocales de juntas parroquiales, mantienen activos mecanismos a fin de detectar posibles actos de campaña anticipada o artículos promocionales utilizados. Las 24 delegaciones de la institución y el área de fiscalización hacen recorridos en las vías. También monitorean los medios de comunicación. Recopilación de pruebas José Cabrera, presidente del CNE, indicó que, en los casos de campaña anticipada, están recopilando las evidencias, como videos, para remitir un informe al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) con la debida motivación y pruebas. Peña señaló que, a escala nacional, habían detectado aproximadamente 4.000 artículos promocionales. En la etapa poselectoral, acotó, las organizaciones políticas tienen la responsabilidad de presentar sus expedientes de campaña y el CNE realizará un cruce. Si estos artículos identificados no son reportados por las organizaciones políticas, se puede imputar al gasto electoral. Recordó que existe un tope de gasto electoral de recursos privados para esas postula-
ciones. En el caso de sobrepasar este límite, se configuraría una infracción electoral. Sofía Guerrero, politóloga, precisó que el concepto de gasto electoral se refiere al origen y destino del dinero que utilizan los movimientos y partidos dentro de las elecciones. Para establecer un límite se toma en cuenta la dignidad a la que se postula y del número de electores. Peña agregó que se están investigando once presuntas infracciones electorales, pero no hubo detalles de los hechos. Para el efecto se hacen solicitudes de información. Si se tienen los elementos suficientes, se podría llegar a presentar la denuncia al TCE Apuntó que es competencia de las delegaciones provinciales realizar esas investigaciones y se maneja cierta reserva para, de ser el caso, presentar las denuncias que correspondan. El titular del CNE puntualizó que monitorean las precampañas en radio, televisión, prensa escrita, vallas publicitarias y medios digitales que no son redes sociales. En principio, comentó Cabrera, esa información será imputada al gasto electoral. Si se sobrepasa, es su obligación -con las evidencias- presentar ante el TCE que tomará la decisiones que amerite, aunque no existe una fecha para acudir a esa entidad. Límites del control Medardo Oleas, expresidente del exTribunal Supremo Electoral (TSE), sostuvo que si las organizaciones políticas están alquilando locales o se movilizan en vehículos son gastos anticipados a la campaña. El exfuncionario expresó que cuando se inscribe una candidatura es obligatorio obtener un RUC, abrir una
cuenta en una entidad financiera y aquellos pagos superiores a $100 deben realizarse mediante transferencia o cheque. Oleas consideró que no hay nada que no pueda controlar el CNE porque tiene esa facultad legal. Se refirió, por ejemplo, a convenios con la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), Servicio de Rentas Internas (SRI), Contraloría. Sin embargo, uno de los inconvenientes es que los aportes ilícitos, si es que los hay, no se hacen a través del sistema bancario. Diego Zambrano, abogado especialista en derecho constitucional y electoral, opinó que el CNE tiene a su cargo el monitoreo. Además, cuenta con la infraestructura y el personal para efectuar el control y su obligación es denunciar todas las infracciones que tengan. Zambrano afirmó que 90 días después de las elecciones, las organizaciones políticas deben presentar sus cuentas de campaña, el CNE debe contrastar y verificar si lo que le están reportando es lo mismo que ellos recabaron en el monitoreo realizado. De lo contrario, y a modo de ejemplo, agregó que si hubo publicidad en la red social X y no fue reportada se pide al movimiento que lo incluya, si no lo hace, el caso tendría que ir al TCE. Para Alfredo Espinosa, experto electoral y profesor universitario, lo que no se consigue controlar es el denominado “silencio electoral”, que es el lapso desde que termina la campaña hasta la hora en que las elecciones concluyen. Destacó que el silencio electoral se aplica en medios convencionales (prensa, radio, televisión) y medios digitales, pero en las redes sociales continúan activos
los candidatos. Planteó reformas legales para elecciones futuras. Comentó que en otras naciones hay una moratoria de redes o el silencio digital con respecto a actividades electorales. Promoción y control Peña resaltó que existe un pronunciamiento de la Corte Constitucional (CC), y la ciudadanía y los candidatos al Cpccs, en el ejercicio al derecho a la libertad de expresión, pueden pronunciarse en redes sociales, participar en entrevistas, ir a eventos para dar a conocer su nombre, su trayectoria, propuestas, y esto contribuirá al voto informado de la ciudadanía. “No pueden utilizar ni recibir financiamiento privado de ningún tipo, eso configuraría una causal de descalificación para estos candidatos”, dijo.
Esto, a su criterio, no implica que se haya adelantado la campaña para los 65 candidatos al Cpccs. La promoción se llevará a cabo del 12 al 26 de noviembre y se verá en los medios de comunicación, la publicidad electoral que el CNE como órgano competente estará preparando para estas postulaciones. Peña citó una regla jurisprudencial del TCE que determina que cualquier publicación en redes sociales o medios de comunicación que tenga por objetivo incidir en el voto de la ciudadanía, debería considerarse como publicidad electoral y estar sujeta al control de los órganos de la Función Electoral. Debido a esa normativa, subrayó que están realizando un monitoreo de redes sociales, específicamente para el Cpccsl. Respecto al gasto electoral en redes sociales, para Cabrera el CNE solo puede acceder a la información que entreguen. Según Guerrero no todas las plataformas digitales proporcionan datos suficientes de quien pagó una promoción. Además, que la normativa no refiere controles a redes sociales, pero sí de plataformas digitales. (JGP)
CAUSA No: 08332-2026-00881. JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL. ACTOR: MEZA ORTIZ JOSE EDILBERTO. DEMANDADO: CHICAIZA RAMOS EMMA GUADALUPE. JUEZ DE LA CAUSA: DR. PATRICIO RIOFRIO CARRANZA. OBJETO DE LA DEMANDA.- La parte demandante MEZA ORTIZ JOSE EDILBERTO, comparece a esta judicatura y demanda en juicio SUMARIO de DIVORCIO POR CAUSAL a CHICAIZA RAMOS EMMA GUADALUPE. Mediante auto de calificación de fecha 15 de octubre de 2026, las 15h04. VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Multicompetente Civil, con sede en la ciudad de Quinindé, según resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura N.- 138 – 2015, de fecha 18 de mayo del 2015 en la cual se resuelve crear la Unidad Judicial Multicompetente Civil del cantón Quinindé, y con acción de personal N.- 7846-DNTH2015-SS, de fecha 4 de junio del 2015. Cumplido que ha sido lo requerido por el suscrito en auto inmediato anterior por el actor dentro del término legal concedido para el efecto, la demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos. Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento sumario. Se ordena la citación de la parte demandada señora Chicaiza Ramos Emma Guadalupe de conformidad al Art. 56.1 del Cogep, mediante tres fechas distintas, en un períodico de amplia circulación que se editan en ésta provincia de Esmeraldas, todo esto por cuanto la demandada no es analfabeta, conforme lo dispone la Corte Constitucional N.- 2791-17-EP-23, para lo cual la parte actora dará las facilidades del caso. Se concede a la parte demandada el término de quince días, para que conteste la demanda de conformidad a lo establecido en el Art. 333.3 del Código Orgánico General de Procesos.- FDO POR EL DR. PATRICIO RIOFRIO CARRANZA EN CALIDAD DE JUEZ LO CERTIFICO.Una vez transcurridos los 20 días desde la última publicación, comenzará el término de 15 días para contestar su demanda, de conformidad al Art.56 del COGEP Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente documento, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.
04 SEGURIDAD
Los ocho asesinos E seriales de Ecuador ESMERALDAS | MARTES 20/OCTUBRE/2026 I
Al menos ocho asesinos en serie dejaron historias tan crudas que superan la ficción en Ecuador. Sus macabros crímenes dejan una huella que trasciende en el tiempo.
Lissa Caiza
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Andreína Lamota
Lugar: Pifo (Quito). Modus operandi: Utilizaba venenos (combinando plaguicidas, fármacos para epilepsia y químicos). Víctimas: Envenenó y causó la muerte de sus dos hijos (de 5 y 9 años), su pareja (cuyo cuerpo ocultó bajo el mesón de la cocina) y fue vinculada a la muerte de al menos otros dos conocidos, además de intentar envenenar a más de una docena de personas. Sentencia: 34 años y 8 meses de prisión. Cómo fueron los crímenes: En octubre de 2020, Lissa Caiza envenenó a sus dos hijos (de 5 y 9 años) usando un potente plaguicida mezclado en alimentos. La Policía sospechaba que no era su primer ataque, ya que tiempo atrás su esposo había fallecido repentinamente sin causa clara. Al inspeccionar la vivienda en Pifo, población ubicada al nororiente del Distrito Metropolitano de Quito, las autoridades descubrieron debajo del mesón de la cocina el cadáver descompuesto de un arrendatario a quien también había envenenado con una mezcla de medicamentos y tóxicos. La investigación posterior reveló un patrón reiterado en el que utilizaba venenos químicos y fármacos para la epilepsia para acabar con la vida de conocidos y familiares.
Lugar: Guayaquil. Período: Capturada a fines de 2025. Modus operandi y víctimas: Asesinó por estrangulamiento y descuartizó a su madre (guardó los restos en una lavadora y un tanque). Tras su detención, las investigaciones la vincularon al asesinato de su mejor amiga, cuyo cuerpo (desmembrado dentro de una maleta) había sido hallado en 2022. Sentencia: Condenada a la pena máxima de 40 años de prisión por el asesinato de su madre, mientras afronta procesos adicionales por la muerte de su amiga. Cómo fueron los crímenes: En Sauces (Guayaquil), Andreína Lamota mató a su madre ahogándola y estrangulándola tras una discusión doméstica. Posteriormente desmembró el cuerpo y ocultó las partes entre una lavadora y un tanque en la vivienda. Para ocultar el crimen y evitar sospechas de la familia, usó herramientas de inteligencia artificial para clonar la voz de su madre y enviar mensajes de texto y notas de voz simulando que ella seguía con vida. Luego de su captura, se descubrió su vinculación directa con el asesinato de su mejor amiga (Jeniffer Banguer, a la que le debía dinero) en 2022, cuyo cuerpo descuartizado había sido abandonado dentro de una maleta en una vía pública.
Pedro Alonso López
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Daniel Camargo Barbosa
Origen: Colombia. Actividad en Ecuador: Década de 1970 hasta 1980. Víctimas estimadas: Más de 300 niñas y jóvenes en Colombia, Perú y Ecuador. Se le atribuyen al menos 110 en territorio ecuatoriano, principalmente en zonas rurales y en la provincia de Pichincha. Estatus: Capturado en Ambato en 1980. Tras cumplir la pena máxima legal de la época (16 años) fue liberado y deportado a Colombia en la década de 1990; actualmente su paradero es desconocido. Cómo fueron los crímenes: Capturaba a niñas y adolescentes en mercados rurales, ferias y zonas de alta vulnerabilidad. Se ganaba su confianza ofreciéndoles caramelos, pequeños regalos o dinero, para luego llevarlas a campos aislados, terrenos baldíos o quebradas lejanas. Una vez en el lugar, abusaba sexualmente de ellas y las estrangulaba lentamente con sus propias manos o usando cuerdas. Luego enterraba sus restos en fosas comunes improvisadas a lo largo de Ecuador, Perú y Colombia.
Origen: Colombia. Período de actividad en Ecuador: 1984 – 1986. Víctimas estimadas: Más de 70 mujeres jóvenes y niñas, principalmente en la provincia del Guayas (Guayaquil, Durán, El Triunfo). Estatus: Tras fugarse de una prisión colombiana operó en Ecuador hasta su captura en Guayaquil en 1986. Fue condenado a 16 años de prisión y fue asesinado por otro recluso en el penal García Moreno de Quito en 1994 Cómo fueron los crímenes: Se disfrazaba de hombre piadoso, evangélico o comerciante con acento extranjero para engañar a colegialas y jóvenes. Les pedía ayuda para orientarse en la ciudad, llevar un encargo o encontrar una dirección. Cuando las víctimas aceptaban acompañarlo, las conducía bajo engaños a zonas bananeras, matorrales y bosques apartados (principalmente en Guayas). Allí las ataba, abusaba de ellas y las ejecutaba con un machete o por estrangulamiento, dejando sus cuerpos escondidos en la vegetación.
(‘DOÑA VENENO’ / ‘LA ENVENENADORA DE PIFO’)
(‘EL MONSTRUO DE LOS ANDES’)
2
cuador alberga en su historia criminal al menos ocho casos reales de asesinos en serie cuyos escalofriantes detalles, modus operandi y frialdad superan cualquier superproducción de Hollywood. Relatos tan oscuros, complejos y perturbadores que bien podrían inspirar impactantes películas de terror psicológico o verdaderos ‘thrillers de true crime’, demostrando que las peores pesadillas no nacen en la imaginación de un guionista. Todo esto cobra un matiz aún más tenebroso durante octubre, cuando —impulsadas por la época de ‘Halloween’— las plataformas de streaming y el cine se abarrotan de producciones sobre asesinos en serie que fascinan a la audiencia, olvidando que la realidad más espeluznante está mucho más cerca de lo que creemos.
(‘LA DESCUARTIZADORA DE SAUCES’)
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( Camargo o ‘El Sádico del Chanquito’)
Juan Fernando Hermosa
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Gilberto Chamba
Origen: Ecuador. Período de actividad: 1991 – 1992. Víctimas: Asesinó a más de 20 personas (taxistas, homosexuales y choferes de servicio público) en Quito cuando tenía solo 15 y 16 años, liderando una pequeña banda juvenil. Estatus: Capturado en 1992. Al ser menor de edad, cumplió cuatro años en un centro de rehabilitación. Tras ser liberado fue hallado muerto en 1996 en el cantón Sucesos (Sucumbíos). Cómo fueron los crímenes: Siendo solo un adolescente de 15 años, lideraba una banda de jóvenes en Quito. Su modus operandi consistía en tomar taxis o vehículos de transporte informal durante los fines de semana por la noche. Pedía ser llevado a zonas oscuras o periféricas de la capital y, una vez en el lugar, disparaba a traición en la cabeza a los conductores con una pistola calibre 22 para robarles el dinero y el vehículo. En otras ocasiones frecuentaba discotecas y bares para captar a hombres a quienes engañaba para luego asaltarlos y ejecutarlos a tiros.
Período: 2002 – 2003 en Quito. Víctimas: Atacó, violó y estranguló a por lo menos 9 mujeres y niñas en zonas descampadas y matorrales. Estatus: Detenido en 2003 y sentenciado a 25 años de prisión Cómo fueron los crímenes: Trabajaba como taxista nocturno en la ciudad de Machala, lo que le facilitaba seleccionar a sus víctimas: mujeres jóvenes o estudiantes que abordaban su vehículo a altas horas de la noche. En lugar de llevarlas a su destino, desviaba la ruta hacia matorrales, cañaverales o bananeras en las afueras de la ciudad, donde las agredía sexualmente y las estrangulaba con sus propias prendas de vestir antes de abandonar los cuerpos. Luego de ser condenado en Ecuador obtuvo la prelibertad y viajó a España donde fue condenado a 45 años de prisión, en 2006, por el asesinato de la estudiante Maía Isabel Bascuñana y a otros 12 por violarla. La sentencia también le condenó a 13 años de prisión por el intento de asesinato y la violación de una prostituta rumana.
William Cumbajín B.
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Luis Taipe Llerena
Período: 2002 – 2003 en Quito. Víctimas: Atacó, violó y estranguló a mujeres y niñas en zonas descampadas y matorrales de la capital. Estatus: Detenido en 2003 y sentenciado a 25 años de prisión. Cómo fueron los crímenes: Acechaba a sus víctimas —mujeres y niñas— en los sectores del sur de Quito y valles aledaños. Las abordaba en zonas poco transitadas, senderos o paradas de autobús solitarias, interceptándolas por la fuerza mediante el uso de cuchillos o agresiones físicas. Las arrastraba hacia matorrales, quebradas y terrenos baldíos, donde las ultrajaba y posteriormente las asfixiaba manualmente para evitar que lo identificaran.
Luis Taipe Llerena (‘El asesino de la bufanda’) Período: 2005 – 2011 (Pichincha y Cotopaxi). Víctimas: Acusado de la muerte de al menos seis personas. Establecía vínculos afectivos con sus víctimas, para luego asfixiarlas con una bufanda y sepultarlas en construcciones o quebradas. Cómo fueron los crímenes: Operaba en las provincias de Pichincha y Cotopaxi, ganándose la confianza de trabajadores agrícolas, conocidos o pequeños comerciantes mediante engaños laborales o falsas promesas de negocios. Una vez que lograba aislar a la víctima en construcciones abandonadas, fincas remotas o quebradas, las atacaba por la espalda usando una bufanda o cuerda para asfixiarlas. Luego procedía a enterrar los restos dentro de las mismas edificaciones o en fosas poco profundas para ocultar las evidencias.
(‘El niño del terror’)
(‘El asesino de los matorrales’)
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SEGURIDAD 05 P ESMERALDAS | MARTES 20/OCTUBRE/2026
(‘El monstruo de Machala’)
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(‘El asesino de la bufanda’)
06 ECONOMÍA ESMERALDAS | MARTES 20/OCTUBRE/2026 I
$24 de cada $100 de impuestos van a pagar intereses de la deuda El país destina casi la cuarta parte de su recaudación tributaria (23,5%) únicamente a cubrir los intereses de sus deudas, una cifra que duplica el promedio de las economías emergentes y supera a las naciones más pobres. Ecuador destina cada vez más de sus ingresos tributarios a pagar los intereses de la deuda pública. Ese gasto
ya representa el 23,5% de los impuestos recaudados, más del doble del rango de entre 7,5% y 9%, que corresponde a
las economías emergentes como la ecuatoriana. El problema no es únicamente cuánto debe el país,
sino cuánto le cuesta financiarse y con qué frecuencia debe conseguir dinero para cubrir sus obligaciones.
La situación coincide con la advertencia del Fondo Monetario Internacional (FMI) en su publicación ‘El aumento de los rendimientos soberanos tensiona las finanzas públicas’, del 15 de octubre de 2026. El organismo señala que el encarecimiento del financiamiento, en un contexto de deuda elevada, reduce los recursos disponibles para inversión pública y gasto social, y dificulta la capacidad de los gobiernos como el ecuato-
FINANZAS. El pago de la deuda pública es un peso creciente para el fisco ecuatoriano.
ECONOMÍA 07 P ESMERALDAS | MARTES 20/OCTUBRE/2026
queda más expuesto a las condiciones que impongan los mercados.
Pago de intereses
El análisis del exministro de Economía Fausto Ortiz, basado en los intereses del Presupuesto General del Estado (PGE) frente a los ingresos tributarios, mues-
tra cómo se ha deteriorado la relación entre ambas variables. En 2011, los intereses equivalían al 6,9% de los impuestos. La proporción aumentó progresivamente hasta alcanzar el 23% en 2019. Durante la pandemia, el indicador bajó, pero volvió a subir con la normalización de los pagos y llegó al 23,5% en 2025. Según los cálculos de Ortiz, el promedio fue del 15,8% durante 2020 y 2021, mientras que entre 2022 y 2025 alcanzó el 20,7%. La comparación internacional distingue tres grupos de países:
Juicio No. 15301-2019-00482 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, lunes 5 de octubre del 2026, a las 13h27. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: ANDY TANGUILA FILOMENA FANNY, JARAMILLO CHAPA LUIS GABRIEL, VARGAS JARAMILLO ÁNGEL JOHN
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ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO OSCUS LTDA. DEMANDADO: ANDY TANGUILA FILOMENA FANNY, JARAMILLO CHAPA LUIS GABRIEL, VARGAS JARAMILLO ÁNGEL JOHN JUICIO: EJECUTIVO ASUNTO: PAGARÉ A LA ORDEN CAUSA NO.- 15301-2019-00482
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UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, miércoles 18 de septiembre del 2019, las 14h50. VISTOS: Dr. Manuel Armijos Curipoma, en mi calidad de Juez encargado de la Unidad Judicial Civil mediante acción de personal No. 0656 UPTH2019DV, de fecha 12 de septiembre del 2019. En lo principal dispongo: Avoco conocimiento de la presente causa y del sorteo de Ley en la oficina correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Código Orgánico General de Procesos, se considera: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE. La demanda presentada por la señora NARANJO MORA MARIA EUGENIA, en su calidad de Procuradora Judicial del señor Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “ Oscus Ltda”, conforme lo acredita con la documentación que adjunta es clara y cumple con los requisitos formales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el pagaré a la orden que obra a fojas 3 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo prescrito en los artículos 347. 5, 348 y 349 del COGEP, por lo que se la admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP; 2. CITACIÓN: Cítese a la parte demandada señores Jaramillo Chapa Luis Gabriel en calidad de deudor principal, Vargas Jaramillo Angel John y Andy Tanguila Filomena Fanny en calidad de garantes respectivamente en la dirección señalada en el libelo inicial, la citación se la hará en la dirección indicada a través de la oficina de citaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 53, 54, 55 y 63 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de esta judicatura, previniéndole al demandado de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones, la parte accionante brinde las facilidades necesarias para la elaboración de las boletas de citación; 3. TÉRMINO PARA CONTESTAR: En aplicación de lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el TÉRMINO DE QUINCE (15) días a fin de que la parte demandada cumplan con la obligación o propongan excepciones de manera taxativa conforme lo prevé el artículo 353 ibídem una vez citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 ibídem; 4. ANUNCIO DE PRUEBAS: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer. Agréguese al proceso los documentos acompañados por el actor a su demanda; 5. NOTIFICACIÓN: Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por el compareciente para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a sus Defensores Técnicos.
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Economías avanzadas: destinan entre el 6% y el 8% de sus ingresos tributarios al pago de intereses. Economías emergentes: destinan entre el 7,5% y el 9%. Países de bajos ingresos: destinan entre el 9% y el 15%, según los rangos recogidos en el análisis.
Ecuador no pertenece al grupo de países de bajos ingresos. Sin embargo, con un indicador del 23,5% supera incluso el rango de referencia para ese grupo y se encuentra muy por encima del correspondiente a las economías emergentes. La diferencia es considerable. Por cada $100 que recauda en impuestos, el Estado ecuatoriano destina $23,50 a pagar intereses. Como advierte Ortiz, el desafío es reducir esa carga para liberar recursos que puedan destinarse a inversión pública y gasto social. En palabras del exministro: “Crecer más para generar más impuestos, ampliar plazos para bajar la necesidad anual de financiamiento y
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, jueves 10 de septiembre del 2026, a las 16h50. VISTOS: En lo principal, dispongo: 1.- Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora, en atención al mismo, continuando con la sustanciación de la presente causa, hecho que se ha dado cumplimiento a la declaración Bajo Juramento por la parte actora, a través de secretaría concédase de manera inmediata el EXTRACTO para su respectiva publicación y CÍTESE a: ANDY TANGUILA FILOMENA FANNY, JARAMILLO CHAPA LUIS GABRIEL, VARGAS JARAMILLO ÁNGEL JOHN por medio de la prensa escrita que tiene cobertura a nivel Nacional; para el efecto, el actuario de este despacho procederá a entregar el extracto respectivo.
ANULACIÓN
001-005-0947
Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, para futuras notificaciones.Certifico.-
POR HABERSE EXTRAVIADO, QUEDAN ANULADOS LOS TITULOS DE ACCIONES Nos 36853875-4999-11461-1301614623 DEL CONJUNTO CLINICO NACIONAL – CONCLINICA C.A., DE PROPIEDAD DE MARIO ANTONIO TRÁVEZ TRÁVEZ.
001-006-1084
riano para responder a las recesiones. El FMI también advierte que los vencimientos más cortos transmiten con mayor rapidez las subidas de las tasas de interés al costo de la deuda. En otras palabras, un país como Ecuador, que debe refinanciar grandes cantidades de dinero en pocos años,
repotenciar sector petrolero contribuirán a mejorar el acceso a menores costos financieros para tener la expectativa de destinar más recursos a inversión pública y gasto social en el futuro”. La presión no se limita al pago de intereses. El Gobierno también debe devolver el capital de la deuda que vence cada año o conseguir nuevos préstamos para refinanciarlo. Esa combinación obliga a buscar miles de millones de dólares para cumplir las obligaciones financieras y deja las cuentas públicas expuestas a las tasas de interés y a las condiciones que exijan los acreedores.
Los pesos de la deuda pública
Para Andrés Rodríguez Verdesoto, economista, uno de los principales problemas de Ecuador está en el calendario de vencimientos de la deuda. No basta con observar el saldo total. El Estado también debe conseguir recursos para devolver el capital que vence cada año o refinanciarlo mediante nuevas obligaciones. Según su análisis, en 2026 las amortizaciones de capital superaron los $8.300 millones. Para 2027, la cifra volverá a superar los $8.600 millones, con el 51% correspondiente a deuda interna. El FMI también identifica necesidades de refinanciamiento. En su quinta revisión del programa económico de Ecuador proyectó amortizaciones del sector público no financiero por $8.078 millones en 2027 y $8.356 millones en 2028. “El problema es que devolver el capital no es lo mismo que pagar intereses. Las amortizaciones son la devolución de lo que el Estado recibió prestado; los intereses son el costo de ese financiamiento. Ambos generan presión sobre la caja pública, pero deben contabilizarse por separado”, explicó Rodríguez Verdesoto. Cuando una proporción importante de la deuda vence en plazos cortos, el Gobierno debe conseguir grandes cantidades de dinero en períodos reducidos. Si no dispone de recursos suficientes, tiene que buscar nuevos préstamos o emitir bonos para
pagar obligaciones anteriores. Ese mecanismo puede convertirse en un círculo de refinanciamiento: el Estado vuelve a endeudarse para cubrir vencimientos y queda expuesto a las tasas que estén vigentes cuando negocie la nueva deuda. Ortiz también advierte sobre el papel de instituciones públicas como el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) y la Corporación del Seguro de Depósitos (Cosede), que, según su análisis, esperan recuperar solo este 2026 alrededor de $2.000 millones de sus inversiones en bonos del Estado. Si esos recursos deben reinvertirse en nuevos títulos públicos para mantener sus portafolios, el Gobierno seguirá dependiendo del financiamiento interno. El exministro plantea que extender los plazos de la deuda permitiría reducir la presión de las amortizaciones anuales. Sin embargo, conseguir financiamiento externo a plazos más largos exige mejorar las condiciones financieras y acceder a tasas que el país pueda sostener.
Endeudamiento a un costo alto
La carga de intereses no se explica solamente por el tamaño de la deuda. También influye el riesgo que los acreedores atribuyen al país, las tasas internacionales, la capacidad de generar ingresos fiscales y la posibilidad de refinanciar las obligaciones sin dificultades. Ecuador opera en una economía dolarizada y no puede emitir su propia moneda para financiar directamente al Estado. Por eso, el acceso al financiamiento depende de los ingresos públicos, las reservas de liquidez, los créditos de organismos multilaterales y la disposición de los acreedores a prestar. El historial de dificultades fiscales y de acceso a los mercados también pesa en las condiciones que los inversionistas exigen. Si perciben una mayor probabilidad de impago o de reestructuración, solicitan una rentabilidad más elevada para compensar el riesgo. (JS)
GLOBAL 08
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PROTESTAS. Las manifestaciones continúan en distintos espacios de Francia. Captura de pantalla de un video publicado en X
‘Chalecos amarillos’ anuncian otra protesta en Francia
El colectivo ‘chalecos amarillos’ anuncian para el 24 de octubre de 2026 un “segundo acto” de su gran protesta en Francia. Exigen la dimisión inmediata de Emmanuel Macron y condenan la respuesta policial a las marchas del fin de semana. MADRID. El colectivo de protesta francés de los ‘chalecos amarillos’ ha anunciado una nueva jornada de movilización masiva contra el Gobierno francés por el costo de la vida para el próximo 24 de octubre de 2026; un “segundo acto” de las enormes concentraciones de este pasado fin de semana, en el que volverán a exigir la dimisión inmediata del presidente del país, Emmanuel Macron. “Macron habla de ira y vergüenza. Compartimos ese sentimiento: rabia por pagar precios cada vez más altos por la gasolina, los alimentos y el alquiler, y vergüenza
de un presidente que prometió en 2020 recibir a los ‘chalecos amarillos’ en el Elíseo y nunca lo hizo”, publican los organizadores del movimiento, en una airada respuesta frente al discurso ante la nación pronunciado ayer por la noche por el presidente francés, en el que se dedicó principalmente a denunciar a grupos de “extrema izquierda” por convertir las protestas en disturbios. Por contra, los ‘chalecos’ apuntan a la Policía como responsable de una “violencia desenfrenada” contra los manifestantes y recuerdan las mutilaciones que han sufrido jóvenes participantes
tras recibir el impacto directo de granadas lacrimógenas o de conmoción lanzadas por las fuerzas de seguridad. “Su apoyo (de Macron) va dirigido a las fuerzas del orden, pero el nuestro se dirige a los heridos. La Policía mutila, los pesticidas matan, la destrucción de los servicios públicos mata y la concentración de la riqueza mata. Cada día que pasa representa un acto de violencia mayor que cualquier revuelta”, condenan. Los organizadores acompañan su comunicado con la publicación de un mapa de sus movilizaciones ya acordadas para el 24 de octubre: un total provisional de 84
manifestaciones en otras tantas ciudades del país, y ocho concentraciones puntuales en rotondas y plazas. “El pueblo francés merece ser finalmente tomado en cuenta, escuchado y atendido”, concluyen los ‘chalecos’ antes de avisar que no tienen intención alguna de “volver a casa”. El “segundo acto” del sábado, consideran, no es más que otro prolegómeno de la gran huelga general del 5 de noviembre.
Posible incorporación de los estudiantes
Las asociaciones de estudiantes todavía se están pensando si se incorporan a la movili-
zación de los ‘chalecos’. La Coordinación Nacional de Escuelas Secundarias, que reúne a los portavoces de las escuelas secundarias movilizadas en 27 ciudades, ha declarado su respaldo no solo al llamamiento del sábado, sino que también ha pedido a los estudiantes que salgan el próximo jueves a la calle otra vez, según un comunicado recogido por ‘Le Figaro’. La CGT Interfacultades, por su parte, se ha sumado al llamamiento estudiantil del jueves, día para el que ha convocado otra “jornada nacional de manifestaciones”, pero deja por ahora en el aire su participación en las movilizaciones del sábado. Otra destacada organización como es la Unión de Estudiantes tampoco se ha pronunciado sobre el “segundo acto” pero ha avanzado en redes sociales que “permanecerá movilizada hasta obtener compromisos concretos”, y llama “a todos los estudiantes a seguir organizándose en los campus y en las calles”. EUROPA PRESS
Nacarid Portal
¿CÓMO PASAR DEL DOLOR AL PROPÓSITO?
CON
Gabriela Vivanco
09 GLABOL
ESMERALDAS | MARTES 20/OCTUBRE/2026 I
Perú prevé una ‘situación terrible’ con la llegada de El Niño
El Gobierno de Perú advierte de que espera “una situación terrible” con la llegada de el fenómeno de El Niño. Autoridades piden evacuar zonas de riesgo.
situación terrible y hay que decirlo fuerte y claro a la población”, ha alertado el ministro de Salud de Perú, Luis Dyer, en una entrevista para Panamericana Televisión, en la que ha puesto de relieve que se enfrentan a un fenómeno climático como nunca visto desde hace medio siglo. Dyer ha explicado que “científicamente hablando” se trata de un fenómeno inédito en la historia reciente del país. “Va a estar por encima de cualquier esfuerzo que vamos a hacer como Gobierno”, ha apuntado el ministro de Salud.
MADRID. Las autoridades peruanas han advertido de que con la llegada de el fenómeno de El Niño esperan “una situación terrible”, después de que las proyecciones reflejen un panorama “por encima de cualquier expectativa” por lo que han “implorado” a los sectores de la población en riesgo que evacuen sus vi-
Las previsiones climáticas Las expectativas mencionadas por el ministro peruano vaticinan que las consecuencias de ‘El Niño’ para este año superarán los registros de 1982, 1997 y 2016. “Está por encima de cualquier expectativa que podíamos tener”, ha dicho. Dyer ha advertido a las po-
viendas. ‘El Niño’ está oficialmente activo en Perú y se prevén lluvias por encima de lo normal en la costa norte, central y en la sierra nororiental, mientras que en la zona sur se espera todo lo contrario, precipitaciones inferiores a lo habitual. “Nos espera realmente una
blaciones en riesgo que hagan caso de las recomendaciones de las autoridades y se trasladen a alguno de los más de 30.000 albergues que han habilitado para dar cabida a las personas afectadas. “Sigo implorando a esas personas que tienen que salir de ahí, no estamos haciendo
una especie de estrategia de temor y miedo, sino que es la realidad científica”, ha exhortado el ministro, que ha advertido de golpes de calor sin precedentes, daños a cultivos, viviendas, infraestructuras y colapso de hospitales. EUROPA PRESS.
Juicio No. 15301-2013-0753 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, lunes 5 de octubre del 2026, a las 13h13. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: GUERRERO VALLE SIXTO MAURICIO, BENALCAZAR PEÑAFIEL GLORIA ESPERANZA, ARTEAGA BERMELLO LELIS GEOVANNY, PEÑA ESPÍN GLORIA SONIA ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO OSCUS LTDA. DEMANDADO: GUERRERO VALLE SIXTO MAURICIO, BENALCAZAR PEÑAFIEL GLORIA ESPERANZA, ARTEAGA BERMELLO LELIS GEOVANNY, PEÑA ESPÍN GLORIA SONIA JUICIO: EJECUTIVO ASUNTO: PAGARÉ A LA ORDEN CAUSA NO.- 15301-2013-0753 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, 22 de agosto del 2013, a las 16h09. Dr. Clever Urgilez Calle, en mi calidad de Juez Titular del Juzgado Primero de lo Civil de Napo, avoco conocimiento de la demanda ejecutiva presentada por el Dr. Víctor Javier Rivera Álvarez, en su calidad de Gerente General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Oscus Ltda., la misma que es clara, precisa y reúne los demás requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite. Téngase en cuenta la cuantía fijada. Cítese a los demandados SONIA LEONOR PEÑA ESPIN, LELIS GEOVANNY ARTEAGA BERMELLO, GLORIA ESPERANZA BENALCAZAR PEÑAFIEL y SIXTO MAURICIO GUERRERO VALLE, en los lugares indicados en la demanda, para que una vez citados legalmente, dentro del término legal de tres días paguen el valor adeudado o propongan excepciones, bajo prevenciones de dictar sentencia. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, viernes 11 de septiembre del 2026, a las 08h44. VISTOS: En lo principal, dispongo: 1.Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora, en atención al mismo, continuando con la sustanciación de la presente causa, hecho que se ha dado cumplimiento a la declaración Bajo Juramento por la parte actora, a través de secretaría concédase de manera inmediata el EXTRACTO para su respectiva publicación y CÍTESE a: GUERRERO VALLE SIXTO MAURICIO, BENALCAZAR PEÑAFIEL GLORIA ESPERANZA, ARTEAGA BERMELLO LELIS GEOVANNY, PEÑA ESPÍN GLORIA SONIA por medio de la prensa escrita que tiene cobertura a nivel Nacional; para el efecto, el actuario de este despacho procederá a entregar el extracto respectivo. - NOTIFÍQUESE
PREVENCIÓN. Las autoridades piden a las personas que viven en zonas de riesgo que empiecen a evacuar. EP/Archivo
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Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, para futuras notificaciones.Certifico.-
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VIERNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 8694 MARTES, 20 DE OCTUBRE DEEditor 2026 Director FRANCISCO LÓPEZ MURILLO Hora ESMERALDAS, ECUADOR DR. FRANCISCO La VIVANCO RIOFRÍO
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Dirección: Arenas y 10 de Agosto, Edif. Vivanco, 5to. piso | Teléfonos: 2551-552/2555-431/2500-245/2552-135 | E-mail: judicial@derechoecuador.com
DECLARACIONES PATRIMONIALES JURADAS: ¿ARMAS POLÍTICAS O CONTROL A LA CORRUPCIÓN?
CONSULTA PROCESAL ¿Es procedente, basada en principios constitucionales recoger en los fallos pruebas que cambiarían la resolución del juez?
RESPUESTA
Resumen. Las declaraciones patrimoniales juradas permiten contrastar la evolución económica de quienes ejercen función pública y pueden aportar a la prevención y detección de enriquecimiento ilícito. Su uti-
lidad depende de que el examen parta de criterios verificables, interprete los datos en su contexto y respete las garantías de defensa, privacidad y presunción de inocencia. Este artículo examina los límites de una diferencia
EN LA WEB derechoecuador.com patrimonial como señal de riesgo, las condiciones para seleccionar casos sin arbitrariedad, el papel de las herramientas
automatizadas, la reserva de la verificación y la necesidad de medir resultados con indicadores comparables. La tesis es
Los juzgadores están en la obligación de resolver la causa de acuerdo a las pruebas legalmente actuadas en el proceso; debiendo señalar que la carga de la prueba está definida en el COGEP y corresponde a quien alega un derecho o su improcedencia. Esto se desprende de las siguientes normas Art.19 COFJ.- Principio dispositivo: “Las juezas y jueces resolverán de conformidad con lo fijado por las partes como objeto del proceso y en mérito de las pruebas pedidas, ordenadas y actuadas de conformidad con la ley”. Art 27 COFJ.- Verdad procesal: “Las juezas y jueces resolverán únicamente atendiendo a los elementos aportados por las partes. No se exigirá prueba de los hechos públicos y notorios, debiendo la jueza o juez declararlos en el proceso cuando se tome en cuenta para fundamentar su resolución”. El juzgador no puede hacer referencia o resolver en base a pruebas que no estén debidamente actuadas en la causa; y solo excepcionalmente puede disponer prueba de oficio, con la debida motivación, suspendiendo su resolución hasta que se practique esa prueba. Ahora bien, si en segunda instancia se observa que existe prueba no admitida o no valorada y esta circunstancia fue materia del recurso de apelación, los juzgadores pueden considerar dichas pruebas y como consecuencia de ello, confirmar o revocar la sentencia subida en grado. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
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sencilla: la declaración habilita preguntas y el examen debe responderlas con evidencia; ninguno de esos pasos permite anticipar una conclusión de responsabilidad. Introducción La declaración patrimonial jurada es una herramienta constitucional de transparencia. El artículo 231 de la Constitución exige a las servidoras y servidores públicos declarar sus activos y pasivos al iniciar y finalizar la gestión, con la periodicidad prevista en la ley. La Contraloría General del Estado puede confrontar y examinar esa información. El propósito es legítimo: identificar variaciones que requieran explicación y proteger los recursos públicos. La pregunta del título plantea una tensión que no debe resolverse con consignas. Un examen patrimonial puede contribuir a la lucha contra la corrupción; también puede causar daños injustificados si se activa selectivamente sin razones comprobables o si una alerta se presenta ante la opinión pública como prueba de una infracción. La legitimidad depende del método, de la calidad de la evidencia y de las garantías que acompañan cada etapa. La diferencia patrimonial es una señal que requiere contexto La Ley para la Presentación y Control de las Declaraciones Patrimoniales Juradas dispone que la Contraloría confronte las declaraciones y, ante diferencias evidentes que hagan presumir un incremento no explicado por ingresos legalmente percibidos, comunique
el resultado a la persona examinada para que explique el origen de los recursos y presente respaldo. La ley prevé, como regla, un plazo de hasta cuarenta y cinco días; puede ampliarse por otros cuarenta y cinco cuando los bienes estén en el exterior y se solicite la extensión. La comparación contable es un punto de partida, no una conclusión. Para determinar qué significa una variación hay que reconstruir su cronología y considerar ingresos previos, créditos, herencias, donaciones, ventas y compras de activos, deudas, cambios de valoración, actividad económica, régimen patrimonial familiar y movimientos entre cuentas propias. También importa distinguir el valor declarado de los flujos de dinero: un activo puede cambiar de precio sin que exista un ingreso nuevo y una transferencia puede reflejar un préstamo temporal, una devolución o una operación de terceros que necesita ser documentada. El examen gana rigor cuando cada diferencia se formula de manera concreta: qué rubro cambió, entre qué fechas, qué información sustenta la comparación y qué explicación se solicita. Una cifra aislada, una coincidencia de nombres o una operación inusual no demuestran por sí mismas el origen ilícito de un patrimonio. La hipótesis debe ser contrastada con información completa y con la versión de la persona examinada.
y también conforme al plan anual de control. La existencia de varias vías de inicio hace necesaria una práctica institucional consistente: registrar qué criterio se aplicó, qué información estaba disponible cuando se tomó la decisión y por qué el caso requería revisión. Ese registro permite diferenciar una priorización técnica de una selección motivada por presión externa o por trato desigual. [2] La Contraloría expidió en 2025 un reglamento específico para la ejecución de estos exámenes, que debe leerse junto con la ley y las garantías constitucionales. No es necesario publicar datos patrimoniales individuales ni revelar operaciones reservadas para rendir cuentas. Sí es posible explicar la metodología general, los criterios de riesgo, el universo considerado, la cantidad de exámenes iniciados y concluidos, sus tiempos, los archivos, las derivaciones y las rectificaciones. La publicación de datos agregados puede mostrar si casos comparables reciben un tratamiento semejante y si la institución utiliza sus recursos de manera razonable. Cuando un examen coincide con una controversia mediática, la institución debe poder demostrar que existía una razón técnica documentada para iniciarlo. La exposición pública de una persona no constituye, por sí sola, un criterio de riesgo. La trazabilidad de la selección protege tanto a quien es examinado como a la credibilidad del órgano de control.
La selección debe poder explicarse La normativa permite Garantías durante que el control se realice el examen por hechos o denuncias La ley distingue en-
Las herramientas de análisis pueden ordenar grandes volúmenes de datos, detectar variaciones y priorizar verificaciones. Su resultado depende de la calidad de las bases, de las variables escogidas y de cómo se interpreten las alertas. Un modelo puede marcar como inusual una operación legítima si desconoce la cronología de los ingresos, las deudas, una herencia o una transferencia entre cuentas propias. Por eso, una alerta automatizada debe conducir a una revisión humana documentada. El equipo debe comprobar la exactitud de los datos, explicar qué variables elevaron el riesgo y descartar errores de identificación o información incompleta. La persona examinada debe poder corregir datos y aportar contexto antes de que una inferencia se consolide en un hallazgo. El sistema también necesita auditorías periódicas que midan falsos positivos, diferencias de tratamiento entre grupos comparables y consistencia de sus resultados. La tecnología puede ayudar a decidir dónde mirar primero; no puede La información finan- reemplazar el examen de ciera y familiar exige es- la evidencia, la motivapecial cuidado. Que la ción de los hallazgos ni la ley autorice el examen decisión de la autoridad de ciertos datos, inclu- competente. Si no es poso de personas vincula- sible explicar por qué una das cuando concurran alerta se generó, tampoco los presupuestos legales, es posible someterla a no vuelve irrelevantes contradicción efectiva. la finalidad, la pertinencia y la seguridad de su Información tratamiento. Cada dato pública y resultados requerido debe guardar institucionales relación con el objeto del La comunicación debe examen y circular por los respetar las etapas del canales institucionales procedimiento. Una alerta, un reporte de intehabilitados. ligencia, el inicio de un examen, un informe con Automatización indicios, una investigay revisión humana IA
tre la declaración y el procedimiento de control: dispone que la información de la declaración sea pública, mientras que la confrontación y el examen tienen carácter reservado, con las excepciones legales previstas. Además, reconoce a los abogados patrocinadores el acceso a la documentación y a los resultados del examen. Esta distinción protege la rendición de cuentas sin convertir una verificación en una sanción reputacional anticipada. La reserva no elimina el derecho de defensa. La persona examinada debe conocer las diferencias que se le atribuyen, las fuentes utilizadas y el periodo considerado; contar con tiempo y medios para explicar los movimientos y aportar documentos; y recibir una valoración motivada de sus descargos. La Constitución exige que toda persona sea tratada como inocente mientras no exista una resolución firme o sentencia ejecutoriada que declare su responsabilidad.
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ción fiscal y una sentencia son actos distintos. Usarlos como sinónimos confunde a la ciudadanía y puede afectar derechos. En particular, un reporte de operaciones inusuales e injustificadas (ROII) es un insumo de análisis que se remite por los canales legales; no equivale por sí mismo a denuncia, acusación o condena. Los datos de rendición de cuentas también requieren precisión. En su informe de gestión 2025, la UAFE reportó un crecimiento del 15 % en la recepción y análisis de ROII respecto del año anterior. En ese mismo informe registró 2.366 requerimientos atendidos de la Fiscalía y describió los informes ejecutivos como respuestas a pedidos específicos, con información financiera de referencia y sin carácter pericial. En 2024, la entidad había reportado 1.869 informes ejecutivos a Fiscalía. Estas cifras miden productos diferentes y no deben sumarse ni presentarse como número de denuncias o condenas. Para evaluar eficacia hacen falta series comparables que permitan seguir el trayecto de la información: cuántos reportes se analizaron, cuántos dieron lugar a nuevas diligencias, cuánto duraron los exámenes, cuántos concluyeron con hallazgos sustentados, cuántos se archivaron, qué recursos se recuperaron y qué errores se detectaron. Los datos deben publicarse de forma agregada para proteger investigaciones y datos personales. También se requiere cautela con estimaciones sobre el tamaño de la economía ilícita. La Evaluación Nacional de Riesgos de lavado de ac-
tivos de la UAFE, basada en información del periodo 2018–2022, calificó el riesgo de lavado como medio alto. Una estimación regional puede abrir una discusión, pero no sustituye una medición nacional transparente ni permite juzgar el desempeño de una institución por sí sola. Un estándar de control confiable Un sistema confiable necesita reglas de selección anteriores a cada caso, motivos de inicio documentados y análisis patrimoniales que consideren las explicaciones económicas ordinarias. Debe validar la información que utiliza, escuchar a la persona examinada, proteger los datos durante la revisión y motivar por separado cada conclusión. Si utiliza automatización, debe conservar registros auditables y someter el modelo a controles de calidad. La comunicación pública ha de distinguir las alertas de los resultados firmes y las derivaciones de una decisión judicial. La pregunta del título admite una respuesta institucional. La declaración patrimonial es un mecanismo legítimo de control y puede volverse un instrumento de estigmatización cuando se aparta de la evidencia, la igualdad y el debido proceso. Evitar ese riesgo no debilita la fiscalización. Permite que sus resultados sean más útiles, defendibles y confiables. El control empieza con una señal, pero solo se justifica cuando la autoridad explica, comprueba y permite responder. Referencias [1] Constitución de la República del Ecuador, arts. 76 y 231. Asamblea Nacio-
nal, texto constitucional y reformas. https://www. asambleanacional.gob. ec/es/contenido/constitucion_de_la_republica_del_ ecuador_reformada [2] Ecuador, Ley para la Presentación y Control de las Declaraciones Patrimoniales Juradas, arts. 1, 3, 15, 16 y 18. Registro Oficial Suplemento 729, 8 de abril de 2016, con reformas posteriores. https://www. tce.gob.ec/wp-content/ up l o ad s /2 0 2 2 /0 1 / L e yPresentacion-y-Controlde-Declaraciones-Patrimoniales-Juradas.pdf [3] Unidad de Análisis Financiero y Económico, Informe de Rendición de Cuentas 2025, pp. 6–8. https://www.uafe.gob.
ec/wp-content/uploads/ downloads/2026/rendicion_cuentas/Informe_ de_RC_publicado_en_pag_ web.pdf [4] Unidad de Análisis Financiero y Económico, Informe de Rendición de Cuentas 2024, indicador de informes ejecutivos remitidos a Fiscalía. https:// w w w.u a f e.gob.e c/w p content/uploads/downloads/2025/12/Art19/12/ A N E XO S/ I N F O R M E D E -R E N D I C I O N-D E CUENTAS-2024.pdf [5] UAFE, Evaluación Nacional de Riesgos en Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, periodo 2018–2022, resumen ejecutivo. Disponible en el sitio colaborativo de la
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SEPS. https://www.seps. gob.ec/sitio-colaborativopara-prevencion-de-lavado-de-activos/ [6] EXPRESO, “Michelle Maffei: el 40 % de la economía de Ecuador proviene del dinero sucio”, 27–28 de agosto de 2026. La nota identifica la cifra como estimación no oficial, sin un estudio público específico para Ecuador. [7] Contraloría General del Estado, Acuerdo 075CG-2025, Reglamento para la ejecución del examen especial a las declaraciones patrimoniales juradas, Registro Oficial Suplemento 160, 10 de noviembre de 2025.
@ Esmeraldaslahora Esmeraldaslahora
MARTES 20 DE OCTUBRE DE 2026
Esmeraldas
Tras las pistas del orígen de los murciélagos El genoma y los fósiles de los murciélagos sitúan su origen en Europa hace 65 millones de años. La Universidad de Granada (España) participa en un estudio con 137 investigadores de 64 países que ha secuenciado el genoma de 103 especies y ha analizado 44 fósiles. EUROPA PRESS
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