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LUNES 29 DE DICIEMBRE DE 2025
Esmeraldas
El 2025 cierra con más de 10.000 muertes violentas
La Fiscalía General del Estado ha contabilizado 10.630 muertes que pueden considerarse como violentas, entre asesinatos, homicidios y sicariatos. Solamente los asesinados suman 8.606 hasta finales de noviembre. Desde 2018 hasta 2025 la cifra es impactante: 40.305 asesinados. 5 ECONOMÍA
Ecuador, el rey de la pirateria digital en América Latina 6
POLÍTICA
Viaje de Noboa genera expectativa por exención de visa 3
SOCIEDAD
La Toquilla busca ser más internacional 7
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
PACO MONCAYO GALLEGOS
pmoncayog@gmail.com
El verdadero espíritu de la Navidad
E
n el mundo entero se ha conmemorado el nacimiento de Jesús. Si se observa un mapa sobre las religiones, se podrá destacar la presencia dominante del cristianismo en los continentes americano y euro-asiático, así como en el África del sur y Australia. Esto es: un tercio del total de la humanidad. Como cada año, esas familias cristianas se reunieron alrededor del pesebre para rezar la Novena y recordar que, hace ya más de dos mil años, nació un tierno y vulnerable niño, en un humilde lugar de Belén. Ese infante, llamado Jesús, originó la mayor transformación social y moral que ha experimentado la humanidad. Nació el Redentor en Palestina, una colonia del Imperio romano, gobernado por Augusto, en uno de los períodos de mayor esplendor de aquel gran Estado. En tiempos de excesos, de lujos y derroche, de concentración de privilegios y riqueza, escogió nacer en un pesebre, cerca de sencillos pastores, abrigado por el amor de José y María, sus padres, rodeado por apacibles animales. Doctrina de la humildad. En una época de odios exacerbados, de feroces luchas por el poder, de inauditas crueldades, de guerras de exterminio, predicó que se debe amar al prójimo como se ama uno mismo. Doctrina del amor. Cuando el adjetivo divino acompañaba al nombre del emperador de turno y a sus familiares; cuando el cargo público servía para que los magistrados consoliden o incrementen sus grandes fortunas, Jesús,hijodeDios,dijohabervenido a servir, no a ser servido. Doctrina del buen servicio público. En una era de ofensas y vindictas que no aceptaban perdón ni olvido, de odios entre clases y castas, predicó el respeto, la no violencia y ofreció al agresor su otra mejilla en lugar de reclamar venganza. Doctrina de la tolerancia. En este mundo aciago del siglo XXI, de guerras genocidas, acoso feroz del crimen organizado transnacional, dictaduras corruptas, acumulación demencial de la riqueza, persecución inhumana a infelices migrantes y soberbia insolente de los poderosos, se torna indispensable volver al verdadero espíritu de la navidad, rescatando el mensaje de Jesucristo: amor, perdón, hermandad, igualdad, tolerancia, justicia y buen servicio. La esencia del humanismo cristiano.
MANUEL CASTRO M.
manuelcastromurillo@hotmail.com
Largo plazo y oposición
N
os guste o disguste el Gobierno que nos rige es el de Daniel Noboa, elegido en elecciones libres y transparentes. Han transcurrido casi dos años de su período presidencial. Como es usual en un país del tercer mundo ya existe descontento, pues el pueblo esperaba milagrosamente seguridad, empleo, aguinaldos, educación y salud gratis, además
Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Josué Navarrete Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec Año: XXVIII
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
OPINIÓN 02
O ESMERALDAS | LUNES 29/DICIEMBRE/2025
EDITORIAL
FRANKLIN BARRIGA LÓPEZ f-barri@uio.satnet.net
Seguridad y la nueva estrategia
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025 es el año más violento de la historia nacional. Las cifras lo confirman. Los registros de la Fiscalía, como revela LA HORA, señalan que se han producido 10.630 muertes violentas, 1.034 más que en 2024. El problema más serio del país es el narcotráfico. La cocaína sigue ingresando al Ecuador y Colombia ha incrementado su producción. Ecuador puede reforzar el control en las calles, con más militares y policías ejecutando operativos, pero otros cambios son necesarios. El primero consiste en un ultimátum al gobierno de Colombia. La advertencia debe salir del ámbito diplomático pues el presidente Gustavo Petro no logra frenar al narco. Al contrario, con el plan de Paz Total varios cabecillas han logrado impunidad. En 2026 se requiere una intervención total en los puertos. Desde
libertades, derechos humanos, nada de impuestos ni exigencias ni legales ni reglamentarias. Jauja (lugar imaginario de abundancia infinita) esperaba que se dé en el Ecuador en menos de que se persigne un cura ñato, como se dice con gracia, cuando se espera que todo suceda en forma instantánea. Explicable en el pueblo su actitud, irresponsable en los analistas sabelotodo. A gritos argumentan que el Gobierno no tiene planes ni a largo ni a corto plazo para acabar con la inseguridad, proveer de empleos, salud garantizada, carreteras de primer orden. Sin embargo, se oponen a la explotación petrolera y minera, actividades que producirán recursos económicos; exigen seguridad integral y se oponen a la
reforzar la seguridad de los contenedores hasta mejorar procesos anticorrupción. Incluso pedir ayuda a los países más afectados porque las redes delincuenciales llegan hasta ellos: España, Alemania, Bélgica, EE.UU. y Rusia. El tercero es un ajuste legal para perseguir con ‘mano dura’ el dinero mal habido. La unidad legislativa debe implementar normas claras que permitan identificar y perseguir fortunas no justificadas. El cuarto cambio es una medida fundamental para cortar la violencia: la generación de empleos a través de mejorar la productividad. Nada será suficiente si el desempleo también es una justificación para delinquir. El 2026 debe llegar con una estrategia fresca y efectiva.
ayuda internacional y a bases extranjeras, Exigen una Asamblea o Congreso de primera y auspiciaron el No a cualquier reforma de esa Función. Dicen pestes del Consejo de Participación Ciudadana y alentaron a que no se toque la Constitución correísta que no nos constituye en Estado de derecho. Todos se rasgan las vestiduras por la situación del IESS y de la deficiente atención a la salud. Pero no quieren la Salud Universal, cuando apenas el 10% de afiliados y jubilados tienen derecho a atención médica, desde luego deficiente por la forma demagógica en que está integrada. No hay fondos argumentan, entonces como exigen atender la salud de todos los ecuatorianos. En resumen, hay oposición a todo
proyecto a largo plazo. Hasta quisieran cambio de Gobierno, para caerle con renovadas fuerzas al nuevo, como ya lo hicieron con el Gobierno de Lasso, ajeno a la realidad política de la nación ecuatoriana. Como dice Oppenheimer y otros tratadistas y agudos economistas: Tenemos que hacer crecer la economía, no oponernos al arbitraje internacional, fomentar las inversiones con trámites fáciles. Vivir en democracia, respetar al Gobierno mientras actúe legalmente, que es vivir en democracia. Lo contrario, no sé si den cuenta, son las deficientes economías de Venezuela, Nicaragua, Cuba. Combatir la corrupción, desde la casa, escuela, colegio y universidad. Solo se
El fuego purificador
S
e ha determinado que hace cientos de miles de años, los homínidos empezaron a producir y controlar el fuego. En el mito griego, Prometeo, que robó el fuego a los dioses para entregar a los seres humanos, se consagró como el gran benefactor de la humanidad; con su imponderable acto, comenzó la civilización. El titán fue condenado a castigo eterno, encadenado en una roca del Cáucaso, para que un águila le devore el hígado que cada noche volvía a crecer. Fue liberado por Hércules que, de un flechazo, mató al ave rapaz. En Japón, uno de los principales rituales budistas –abierto al turismo- es el Hiwatari. En la comunidad Takao, cercana a Tokio, los yamabushi (monjes guerreros de la montaña), caminan descalzos entre las llamas, para purificar su cuerpo y su mente. Estas dos referencias, de las tantas que pueden exponerse, en Occidente como en Oriente, dan a conocer la significación del fuego, al que se llegó a valorar como de origen divino. Con poder de saneamiento, se lo sigue utilizando: en piras, hechas con maderas olorosas, se consumen cadáveres o se los crema, en hornos especiales, para guardar las cenizas de los fallecidos en urnas de máximo recuerdo y respeto. El fuego es simbólicamente preservado de diferentes maneras en nuestro medio: desde el ancestral fogón en el interior de las chozas hasta la quema de chamiza que los indios continúan efectuando en plazas de ciertos pueblos andinos, desde el incensario que dispensa humo fragante hasta la llama eterna de los templos cívicos, para mantener viva la memoria de los héroes. Signo de catarsis la quema del monigote, que representa al año viejo, a fin de que los males desaparezcan y la prosperidad no falte en los días venideros.
puede acabar fomentando e impulsando el crecimiento económico. No ser optimistas ni pesimistas, sino prácticos, y convencernos que si es posible ser felices. Aumentar las actividades comunitarias, desterrar el yo primero, segundo y tercero, como decían los españoles antiguos: “Ande yo caliente (cómodo) y ríase la gente (indiferente”. No esperar todo del Estado, suficiente tiene con el déficit fiscal y mantener más de diez mil empleados públicos. Y tener un propósito: mirar para adelante para enfrentar los desafíos a escala nacional, es decir pensar positivamente y no dedicarnos a la crítica negativa que si no es realista, demostrable y positiva no sirve para nada.
03 POLÍTICA ESMERALDAS | LUNES 29/DICIEMBRE/2025 I
Beneficios comerciales y metas de Noboa en su viaje a Europa El presidente Daniel Noboa visitará dos países europeos en enero de 2026 y, aunque la agenda completa de actividades no ha sido difundida aún, expertos plantean los temas que resultan relevantes actualmente.
El presidente Daniel Noboa visitará Suiza y Bélgica entre el 19 y 25 de enero de 2026. De forma general, la Presidencia de la República anunció en noviembre los asuntos del viaje: Davos, Suiza: del 19 al 22 asistirá al Foro Económico Mundial. Bélgica: del 22 al 25, encuentros con representantes de la Unión Europea (UE), “tercer socio comercial del Ecuador y fuerte cooperante en materia de seguridad, estas reuniones serán fundamentales para avanzar en la negociación de un acuerdo de inversión”. El 26 de diciembre de 2025 LA HORA consultó el contenido de la agenda detallada, pero desde la Secretaría de Comunicación se indicó que eso se dará a conocer “oportunamente”. Hasta esa fecha tampoco había decreto sobre la comitiva oficial que acompañará a Noboa a Europa.
Ventajas de asistir a Davos
La reunión anual del Foro Económico Mundial 2026 tiene el lema: “Un espíritu de diálogo”. Ese evento reúne a diferentes actores como líderes gubernamentales, del sector empresarial, de la sociedad civil, del ámbito científico y cultural. Marcelo Fernández de Córdova, exvicecanciller de Ecuador, señala que allí Noboa puede hacer “contactos importantes”, sobre todo si
VIAJE. El presidente Daniel Noboa se ausentará de sus funciones del 1 al 18 de enero de 2026 y la Presidencia la asumirá la vicepresidenta María José Pinto. (Foto: Presidencia de Ecuador).
está empeñado en relanzar a Ecuador en lo internacional, si busca inversiones y comercio. “A Davos van muchos jefes de Estado. Es la oportunidad de conversar con varios de ellos, es un Foro muy importante, quizá es más importante que viajar a un solo país”, subraya el exfuncionario. Carlos Estarellas, analista internacional, coincide: “Es una oportunidad para que el
Factores que dificultarían eliminar la visa Schengen °La canciller de Ecuador, Gabriela Sommerfeld, dijo el 23 de diciembre en Teleamazonas que para acceder a la exención del visado se necesitan dos factores: una ventana de oportunidad y el respaldo de los países europeos. Pero hay un riesgo menos positivo: “La tasa de rechazo de las solicitudes de visa Schengen es altísima”. Explicó que esto pasa porque muchos ecuatorianos contratan tramitadores y estos llenan los formularios con información falsa.
Ecuador haga conexiones y pueda generar posteriores acuerdos o convenios. Ojalá que eso ocurra”.
Seguridad y comercio
La presencia de un presidente agiliza los acuerdos, además las reuniones que se pueden dar son al más alto nivel, explica Estarellas. Con Bélgica y con la UE, en general, se puede buscar apoyo económico porque Ecuador lo necesita para el ámbito de seguridad, dice. “Estamos en desventaja con los carteles del narcotráfico, que a veces tienen más dinero que el mismo Estado ecuatoriano”. La UE puede cooperar con asesoría sobre control de fronteras, destaca. “En la UE hay un control migratorio muy bueno. Aquí no hay esos controles. Nosotros no tenemos controles ni siquiera con
Perú o Colombia. Hay fronteras irregulares”. Otro tema que Noboa debe abordar en la UE es la exención de la visa Schengen, un permiso para ciudadanos no europeos para viajar por una duración de 90 a 180 días, en 29 países de la UE. “Es la oportunidad del Gobierno para tratar de agilizar que se nos quite la obligación de la visa para viajar a la UE”, menciona Estarellas. El exvicecanciller añade que eliminar ese requisito para los ecuatorianos no solo implica un beneficio para el turismo, sino también para mejorar las relaciones comerciales. Dice que este es un tema traspapelado y responsabiliza al Gobierno del expresidente Rafael Correa: “Nos quedamos al margen con esa idea de soberanía de la época de Correa, ahí fue que no entramos en conjunto”. Para Daniel Legarda, exministro de Comercio Exterior, la exención de la visa tendría un impacto positivo porque facilitaría el viaje de los empresarios. “Sea por negocios, ferias y eventos. Hay centenares a lo largo del año, en diferentes rubros, en diferentes países de la UE como Alemania, Francia, España. Para conexiones familiares. Por otro lado, hay ciertos riesgos migratorios que la UE tiene que valorar”, refiere. Legarda explica que el Foro de Davos puede ser importante para anclar el nombre de Ecuador sobre temas relevantes a nivel global. Por ejemplo, en temas medioambientales para conseguir financiamiento, de integración, cadenas de valor globales frente al escenario de los aranceles, integración comercial al tenor de las políticas arancelarias de Estados Unidos, temas de innovación, entre otros.
EL DATO La edición 56 del Foro de Davos se enfocará en temas de tecnología, inteligencia artificial, computación cuántica, biotecnología y sistemas energéticos de última generación, mercados emergentes y fuerza laboral.
CIFRA
2 pasos internacionales
delimitó Ecuador el 24 de diciembre: Rumichaca y Huaquillas. Otro tema importante es conocer quiénes integrarán la comitiva que acompañará a Noboa, “porque al ser una oportunidad de conectar proyectos, programas, personas y demás, siempre es importante la agenda paralela que tenga el sector privado, son las empresas, los sectores, los representantes los que van a tener un rol clave en esas conexiones, no solo los gobiernos”, resalta. Legarda hace dos observaciones: Noboa debe informar al país su agenda, su comitiva y posteriormente los resultados alcanzados; también sugiere balancear su agenda internacional con la nacional porque en Ecuador hay temas que también son prioritarios como seguridad y salud. Hay otro tema olvidado por gobiernos anteriores, apunta Estarellas: el tratado de extradición entre Ecuador y Bélgica, que está vigente y fue firmado en 1887. “El Presidente podría solicitar al Gobierno belga la negociación para la suscripción de un nuevo tratado de extradición, independientemente del asunto de Correa”. El exmandatario reside en Bélgica desde 2017 y tiene el estatus de refugiado. (KSQ)
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POLÍTICA 04
P ESMERALDAS | LUNES 29/DICIEMBRE/2025
EN LA
WEB lahora.com.ec TUNGURAHUA
Máscaras de diablos cuestan entre $40 y hasta $1.000 POLÍTICA
Ley de Inteligencia: artículos polémicos siguen en la nevera HECHO. Petroecuador depende de traders internacionales para importar derivados y combustibles.
Por disposición de la Corte Constitucional, 12 de los 58 artículos que tiene la Ley de Inteligencia siguen suspendidos provisionalmente. También ocho artículos del Reglamento y la disposición general primera. Tras las demandas de inconstitucionalidad contra la Ley de Inteligencia, aprobada el 10 de junio de 2025 en la Asamblea Nacional, planteadas por sectores políticos, sociales y sindicales, 12 de 58 artículos de la norma permanecen congelados. La iniciativa, que fue planteada por el presidente de la República, Daniel Noboa, se mantiene, por disposición de la Corte Constitucional (CC) con medidas cautelares (decisión temporal a favor de los demandantes mientras se toma una decisión definitiva) desde el 4 de agosto de 2025. Ciro Guzmán, director del Colegio de Abogados de Pichincha, afirmó que los jueces de la CC han tenido el tiempo suficiente para analizar el caso luego de la audiencia telemática del 1 de septiembre, cuando los representantes legales de la Asamblea y de los demandantes plantearon sus argumentos a favor y en contra de la vigencia de la norma. Guzmán confía que la CC emita un pronunciamiento en estos días. Cree que no cabe esperar más un pronuncia-
miento que le interesa y preocupa a todo el país. Según Guzmán, con la Ley de Inteligencia se vulnerarían derechos como la reserva de datos personales, el derecho a la reserva y al secreto profesional, en el caso de los abogados, y el derecho a la reserva de la fuente, para los comunicadores sociales.
Los artículos polémicos
Por disposición de la CC, 12 de los 58 artículos que tiene la Ley de Inteligencia siguen suspendidos provisionalmente. También ocho artículos del Reglamento y la Disposición General Primera. Los artículos suspendidos son los que obligan a las instituciones públicas a entregar cualquier información, de manera oportuna y completa, al Centro Nacional de Inteligencia. También a las operadoras de servicios de telecomunicaciones de conexiones de abonados telefónicos, que tienen la obligación de entregar la información histórica o en tiempo real, para operaciones de inteligencia y contrainteligencia.
La retención, apertura, interceptación o examinación de documentos o comunicaciones. La competencia del Centro de Inteligencia para la clasificación de la información reservada, secreta y secretísima. También está suspendida la asignación de un fondo de gastos especiales para operaciones de inteligencia y contrainteligencia, la regulación de los agentes de seguridad, la obtención de doble identidad y la aplicación de técnicas de infiltración sin autorización judicial.
Otros artículos suspendidos
Hay artículos del Reglamento a la Ley de Inteligencia y la Disposición General Primera, que también están suspendidos: 9:Gestión y Control del Fondo Permanente de Gastos Especiales del Sistema Nacional de Inteligencia. 16:Actividades de inteligencia y contrainteligencia (fuentes humanas, abiertas, ciberinteligencia, financiera). 17:De las operaciones de in-
teligencia y contrainteligencia (recopilación, análisis, y difusión de información). 25:Calificación y clasificación de documentos (reservado, secreto, secretísimo). 33 :Requerimiento de información a entidades públicas. 34:Requerimiento de información a las operadoras de servicio de telecomunicaciones. 35:Requerimiento de información general a personas naturales públicas y privadas. 36: Coordinación para examinar documentos o comunicaciones. La autoridad podrá disponer la apertura, retención, interceptación o análisis de documentos o interceptaciones, por cualquier medio. “Por razones de seguridad integral del Estado, la máxima autoridad de la Unidad de Análisis Financiero y Económico podrá requerir la entrega y actualización de bases de datos e información de la que dispongan las entidades públicas, mediante comunicación dirigida a la autoridad del Sistema Nacional Inteligencia”,dice la Disposición General Primera. (SC)
¿A quiénes quemarán los ecuatorianos este Año Nuevo? SOCIEDAD
Cábalas para atraer salud, dinero y amor en 2026 SEGURIDAD
Ingreso a Ecuador solo por Rumichaca y Huaquillas SEGURIDAD
FF.AA. descartan ataque reciente y vínculo guerrillero
SERVICIOS
Estado de vías en Ecuador por cierres de fin de año MUNDO
Australia prohíbe redes sociales a menores de 16 años
05 SEGURIDAD ESMERALDAS | LUNES 29/DICIEMBRE/2025 I
La violencia golpeó en 2025 con 10.630 muertes violentas
Las cifras de Fiscalía arrojan datos alarmantes sobre la ola de violencia creciente en Ecuador. Desde 2018 suman 40.305 asesinatos. Expertos catalogan a 2025 como el año más violento y que se ha dado bajo operaciones en combate al crimen organizado.
Los índices de violencia para Ecuador son alarmantes, pues han ido en aumento, según lo confirman los datos. De acuerdo con cifras de la Fiscalía, en 2025 se registraron 10.630 muertes violentas con corte al 30 de noviembre de este año. La institución clasifica estas muertes violentas por asesinato con 8.606, por sicariato con 43 y por homicidios con 1.981. La información de Fiscalía detalló que Guayas es la provincia más golpeada por la violencia, ya que agrupa 5.469 muertes violentas, seguido de Manabí con 1.299, luego están Los Ríos con 1.096 y El Oro con 757 casos. Las cifras evidencian que desde 2020 inició una escalada de violencia en Ecuador. Estadísticas de la Fiscalía muestran que de 2018 a 2025 hubo 40.305 asesinatos. La Fiscalía muestra datos analizados desde el 1 de enero de 2018 hasta el 30 de noviembre de 2025, ahí se señala que en 2022 hubo 6.652 muertes violentas; en 2023, 10.867; en 2024, 9.596; y en 2025, 10.630. Las alertas también se han dado desde organismos internacionales, pues el 11 de diciembre de 2025, la organización Proyecto de Ubicación y Datos de Eventos de Conflictos Armados (ACLED, por sus siglas en inglés) publicó información sobre los países más peligrosos en 2025 a nivel global. En el sexto puesto de diez países del listado, se ubicó a Ecuador. El informe destaca que “la violencia de pandillas impulsó el conflicto en Brasil, Ecuador, Haití y México, que se encuentran entre los 10 países con mayor violencia del mundo” Y se destaca que Ecuador subió al puesto 6 porque más de 50 grupos armados parti-
control territorial de distintas organizaciones”. Daniela Valarezo menciona a 2025 como el año más violento para el país, con una característica que antes no se veía que es el año con más decretos ejecutivos al respecto de la lucha contra el crimen organizado. Así también, Lorena Villavicencio dice que en 2025 hubo un escenario diferente a 2023, que en su momento también fue catalogado como el año más violento en la historia de Ecuador, porque los militares ingresaron al combate a la violencia y que en 2024 se dio la declaratoria del conflicto armado interno.
Retos para enfrentar la violencia en 2026
SEGURIDAD. Operativos en Posorja para combatir la delincuencia y brindar seguridad (Foto: API)
ciparon en actos violentos en los últimos 12 meses, incluidas alrededor de 40 pandillas. “Más de la mitad de estas pandillas participaron en más de 2.500 ataques contra civiles”. “Lamentablemente, Ecuador ha batido su propio récord como el año más violento de toda su historia”, recalcó la experta en seguridad y docente universitaria, Lorena Villavicencio. Carlos Bravo, gerente de Panóptico y parte de la red de expertos en crimen organizado, destacó que en 2025 ha habido un incremento exponencial en cuanto a muertes violentas, porque “hasta noviembre hemos superado el 2023, que fue el año más violento que registró el país. Lo que es un dato más que alarmante, ya que en 8 años, el país se convirtió entre 6 o 7 veces más violento”. Según consta en el decreto ejecutivo 110 firmado en enero de 2024 por el presidente, Daniel Noboa, Ecuador cerró 2023 con 8.008 homicidios intencionales, por lo que en
recordó la ola de violencia a inicios de 2024 con la toma ¿Por qué la violencia del grupo armado a TC Televisión, lo que desencadenó aumentó en 2025? La criminóloga Daniela Va- la declaratoria de conflicto larezo dijo que hay muchas armado interno “fueron derazones para que la violen- cisiones en un contexto reaccia se haya incrementado en tivo. De ahí hasta acá hemos el país. Por lo que indicó que visto una acción de respuesta, la forma en la que se come- si analizamos lo que pasa en ten los delitos ha camLatinoamérica sobre biado. Por ejemplo, “el políticas de mano dura, TOME NOTA valor de la cocaína ha que sí generan resulbajado por kilo, y para tados, pero si la fuerza Guayas es la venta de la cocaína una de las pública no viene acomprovincias en mercados interna- más afectapañada de una respuespor la viocionales, aunque es das ta a los temas sociales lencia. Esta el 51% rentable para las orga- agrupa no voy a tener resultade las muerviolentas nizaciones criminales tes dos a largo plazo sosteen el país. Le siguen el transporte de dro- Manabí y El nibles”. ga desde los puertos Oro en índiBravo coincide en ces de violenecuatorianos, para el cia. que “las acciones y opedelincuente que se enraciones reactivas gecarga de cometer los delitos neran más violencia”. Aunen el territorio ecuatoriano es que recalca que, “en general sí mucho más rentable, econó- hay un mayor accionar delicmicamente, cometer un sica- tivo, por ejemplo, la entrada riato o un secuestro extorsivo de mafias balcánicas. Enporque los ingresos son mu- tonces, tenemos disputas por cho más altos que la venta de territorio y la fragmentación cocaína”. que hubo en el crimen orgaPara Villavicencio, las po- nizado, a partir de la muerte líticas de mano dura no son de alias Rasquiña, derivó en sostenibles a largo plazo y lo que tenemos ahora como el 2025 el país aumentó la cifra.
El experto en crimen organizado cree que se deben aplicar varias medidas en distintas esferas, aunque destaca que lo más importante es comenzar con restablecer el sistema de justicia. También, Carlos Bravo insiste en que hay que controlar las fronteras, trabajar con los municipios, fortalecer los barrios, trabajar en prevención de delitos y controlar las cárceles porque son “los centros logísticos del crimen organizado”. Por su parte, Valarezo asegura que no hay una política criminal en el país y que es necesaria. “Hay que dejar de improvisar en las medidas que se toman en cuanto a la violencia y seguridad del país”, dice. Lorena Villavicencio aseguró que el Estado tiene temas que plantearlos como eje para 2026 como el control de fronteras y puertos, “recordando que Guayaquil es el sexto puerto más grande de la región, porque si estamos en una economía contraída, adquirimos préstamos internacionales hay que pensar que Ecuador se sostiene de esa economía exportadora y tiene que tener sus puertos controlados”. La docente también afirma que el Estado necesita políticas a largo, mediano y corto plazo, lo que implica que haya un trabajo con la sociedad para gestar todo el proceso de seguridad y saber cuáles son las necesidades de la población sumado los índices de empleo y subempleo. (PSR)
ECONOMÍA 06
Ecuador lidera la piratería digital en América Latina
P ESMERALDAS | LUNES 29/DICIEMBRE/2025
Ecuador lidera la piratería digital en América Latina, con 65% de hogares con internet fijo consumiendo contenido pirateado, muy por encima del promedio regional de 38%. En un contexto de creciente conectividad y expansión de servicios digitales en América Latina, la piratería digital se ha convertido en un fenómeno estructural y de preocupación económica y social. De acuerdo con los últimos datos del informe de Origin Insights, Ecuador encabeza la región con el mayor nivel de piratería digital. Un 65% de los hogares ecuatorianos con conexión a Internet fijo accedieron todos los días a contenido pirateado durante el segundo trimestre de 2025. Este porcentaje está muy por encima del promedio regional del 38%, que representa más de 40 millones de hogares en toda América Latina. Este liderazgo en piratería coloca a Ecuador en una posición singular: lejos de ser un fenómeno marginal, la accesibilidad y uso de contenidos digitales pirateados se ha convertido en parte de la experiencia cotidiana de millones de ecuatorianos. Según el periodista y analista económico independiente Sebastián Angulo, el problema en Ecuador ha trascendido la marginalidad para convertirse en un elemento estructural de la economía digital. “El nivel de piratería en Ecuador ya no es marginal, sino estructural. Para inversionistas en telecomunicaciones, medios y plataformas digitales, este indicador introduce un riesgo directo sobre modelos de negocio basados en suscripción y monetización de contenidos”, acotó.
Esta visión subraya cómo la piratería no solo afecta al consumo de entretenimiento, sino que también es percibida como un riesgo real para inversiones en infraestructura digital, modelos de suscripción y desarrollo de plataformas legales.
Acceso a contenido pirata
El informe de Origin Insights también desglosa las principales formas mediante las cuales los usuarios acceden a contenido no autorizado: • Sitios web ilegales: alrededor del 73% de los casos. • Aplicaciones y complementos no autorizados: 39%.
•
Servicios IPTV pirata: 16%. • Torrents y otros métodos: también presentes como opciones complementarias. Los sitios web ilegales siguen siendo el principal punto de acceso, en gran parte por su facilidad de uso y disponibilidad. Sin embargo, el crecimiento de aplicaciones no autorizadas indica una sofisticación creciente en las formas de consumo ilegal.
El impacto económico
La piratería digital no solo representa una vulneración de derechos de autor, sino también pérdidas significativas para la industria audio-
visual, de telecomunicaciones y plataformas digitales. En América Latina, las estimaciones sitúan las pérdidas en más de $521 millones al año debido a contenidos consumidos por vías informales —causando vacíos en suscripciones pagadas, inversiones y recaudación fiscal. Para Ecuador, este impacto se traduce en desafíos puntuales: • Menor recaudación de impuestos vinculados a servicios digitales y entretenimiento. • Entorno menos atractivo para inversión extranjera en medios y telecomunicaciones. • Riesgos de seguridad asociados al uso de plataformas no reguladas (malware, fraudes y ciber riesgos derivados del consumo ilegal). Además, organismos y alianzas internacionales han identificado vínculos entre piratería y otros delitos digitales, reforzando la necesidad de fortalecer la cooperación legal y técnica para combatir estas prácticas. En el caso de contenidos audiovisuales y televisión pagada en
Ecuador, estudios del sector estiman que las pérdidas anuales alcanzan alrededor de $63 millones para los operadores, $34 millones para productores de contenido y hasta $236,5 millones en recaudación fiscal no percibida. Estas cifras reflejan un mercado informal de gran escala que afecta inversión, empleo y tributación. Se calcula que los operadores de piratería generan decenas de millones de dólares al año en ingresos informales por publicidad, suscripciones ilegales y tráfico web.
Factores detrás de la piratería
El informe vincula el repunte en el consumo de la piratería digital a múltiples factores interrelacionados. Por un lado, la expansión de plataformas y servicios digitales, como Netflix, Spotify y otros servicios de entretenimiento, ha ampliado la oferta legal de contenidos, pero también ha fragmentado el mercado, lo que a su vez ha incentivado la búsqueda de alternativas más económicas o gratuitas para los hogares. Además, la pandemia de Covid-19 aceleró la digitalización y la necesidad de acceso a entretenimiento desde casa. Esto condujo a búsquedas de opciones más accesibles e incluso a consumos ilegales por parte de quienes enfrentaban restricciones económicas o presupuestarias. La combinación de estas condiciones creó un terreno fértil para que las prácticas de piratería se masificaran. (JS)
07 SOCIEDAD
La Toquilla ESMERALDAS | LUNES 29/DICIEMBRE/2025 I
sugiere cinco temas para despedir el 2025 Para la artista ecuatoriana, el 2026 llega cargado de música nueva. Raíz, renacimiento y gratitud, son las tres palabras con las que Alejandra García, mejor conocida como La Toquilla, describe su 2025. Para la cantante ecuatoriana, a pesar de los eventos inesperados por los que atravesó el país, que afectaron a la industria cultural, pudo desarrollar su trabajo y presentaciones sin inconvenientes. Su intención siempre fue clara, comenta, consistió en llevar la música tradicional ecuatoriana a nuevos espacios y seguir consolidándose como una artista que respeta la esencia y que está orgullosa de la tierra de donde proviene. La Toquilla fusiona su música de ritmos tradicionales con un toque de modernidad. Dentro de su repertorio están los albazos, danzantes, pasillos, yaravíes y tonadas con trazos de rock, sin dejar de lado el sonido del requinto. Ciudades y provincias como Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Azuay, Pichincha, El Oro, Portoviejo Latacunga, Morona Santiago y más fueron los lugares más visitados en el 2025. Revela que el nuevo año llega cargado de música nueva, colaboraciones y una propuesta escénica más potente. “2026 será un año de expansión, con una mirada más internacional y un lenguaje sonoro que sigue evolucionando, siempre desde la raíz ecuatoriana”, asegura. Este año lo cierra “com-
pletamente enamorada” de Diego, su novio, con quien comparte contenido divertido y romántico en sus redes sociales. También tiene listo su plan para cerrar el 2025. Consiste en agradecer, hacer pausas y compartir con la familia. Además, desea cerrar ciclos con conciencia, escribir intenciones para el nuevo año y hacer un inventario de situaciones y personas que la rodean. La artista envía un mensaje de amor y paz a sus seguidores, sugiriéndoles que cuiden su raíz, que se atrevan a transformarse sin miedo y sin permiso y que encuentren alegría en la música y en la vida. “Deseo que el nuevo año nos recuerde que bailar, crear y compartir también son formas de resistencia y esperanza”, comenta. (ECA)
canciones sugeridas por La Toquilla para cerrar el año bailando como se debe
1
Que no quede huella La artista toma la famosa canción del grupo Bronco para visibilizar y “tratar de sanar el dolor” de mujeres víctimas de violencia de género. La Toquilla interpreta el tema con historias reales, buscando que el maltrato no deje marca ni en la memoria ni en la vida de las afectadas. Utiliza la música como terapia y voz para otras mujeres que sufren en silencio.
2
A mi no me engañas Este tema se refiere a una expresión para defenderse de la manipulación, diciendo que “confía porque quiere, pero que no la engañen”. También busca ser un himno de empoderamiento y autenticidad en su estilo de música fusión. El tema lo interpreta junto con la Familia Orquesta.
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Ingratitud Esta canción aborda el dolor y la desilusión ante la ingratitud en el amor, pero lo presenta con un giro moderno y bailable, transformando un clásico ecuatoriano en una cumbia. Fusiona ritmos tradicionales con arreglos contemporáneos para poder “bailar y disfrutar, no solo sufrir”.
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Mariposita Mariposita es “un hermoso tema del folklore ecuatoriano”, una mezcla de amor y nostalgia, que usa la metáfora de la mariposa para describir una relación fugaz, la libertad y la melancolía, a menudo expresando sentimientos sobre un amor que se fue o se transforma. Entremezcla raíces de la cultura andina y ritmos como el sanjuanito.
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Así se Goza
ARTISTA: Alejandra García, más conocida como La Toquilla, nació en Portoviejo.
Este clásico ecuatoriano “celebra la alegría del amor, la intimidad y la naturaleza”, usando metáforas como el agua bajo los almendros para representar un amor puro que fluiría sin obstáculos como chismes o “malas lenguas”. Además, expresa un deseo profundo de conexión y disfrute. Es un homenaje al goce natural y la belleza del amor.
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Brasil refuerza arrestos para evitar fugas por la trama golpista El Tribunal Supremo de Brasil ordenó el arresto domiciliario de diez condenados por la trama golpista de 2022 para evitar nuevas fugas, tras el intento de huida del exdirector de la Policía de Carreteras, Silvinei Vasques. El juez del Tribunal Supremo de Brasil Alexandre de Moraes ordenó este sábado el arresto domiciliario de diez condenados por la trama golpista que intentó mantener en el poder al expresidente Jair Bolsonaro tras las elecciones de 2022. La decisión busca evitar nuevas fugas, luego del reciente intento de huida del exdirector de la Policía de Carreteras, Silvinei Vasques. Según explicó el magistrado, el comportamiento de los implicados evidencia un patrón de actuación orientado a eludir las condenas impuestas por la Justicia. “El modus operandi de la organización criminal condenada por el Tribunal Supremo Federal indica la posibilidad de planificar y ejecutar fugas fuera del territorio nacional”, sostuvo De Moraes, al recordar que algunos acusados ya han logrado salir del país con ayuda de terceros, de acuerdo con información recogida
por Agencia Brasil. El caso más reciente es el de Silvinei Vasques, condenado a 24 años de prisión, quien fue detenido este viernes por la Policía de Paraguay cuando se encontraba en su territorio con la intención de viajar en avión hacia El Salvador. Vasques cumplía arresto domiciliario en Brasil, pero escapó del país tras romper la tobillera electrónica que debía portar como parte de las medidas cautelares. Otro de los ejemplos citados por el juez es el de Alexandre Ramagem, exdirector de la Agencia Brasileña de Inteligencia (ABIN), condenado a 16 años de cárcel, quien actualmente se encuentra en Estados Unidos para evitar cumplir su sentencia. A este escenario se suma la situación del propio Jair Bolsonaro, acusado de intentar romper su tobillera electrónica mientras permanecía bajo arresto domiciliario. Ante lo que calificó como
una “oleada de incumplimientos” de las medidas impuestas por la Justicia, De Moraes sostuvo que los condenados estarían siguiendo una estrategia coordinada para abandonar Brasil y evitar ingresar en prisión. Por este motivo, el Supremo decidió endurecer las restricciones y ordenar el arresto domiciliario de un nuevo grupo de implicados. En concreto, la medida afecta a siete militares, un delegado de la Policía Federal, el presidente del Instituto Voto Legal, empresa promovida por el Ejecutivo de Bolsonaro para auditar las elecciones de 2022, Carlos César Moretzsohn Rocha, y el exasesor de Asuntos Internacionales del expresidente, Filipe Martins. Todos ellos deberán permanecer en sus domicilios bajo estricta vigilancia. La resolución judicial establece además la obligatoriedad de portar tobilleras electrónicas, la entrega de pasaportes, la prohibición de mantener contacto con otros acusados del caso, la restricción del uso de redes sociales y la imposibilidad de portar armas de fuego, como parte de un paquete de medidas destinadas a garantizar el cumplimiento de las condenas.
BRASIL endurece medidas y ordena arrestos para frenar fugas en la trama golpista. (Foto: Europa Press)
En paralelo, el exdirector de la Policía de Carreteras, Silvinei Vasques, ingresó este sábado en prisión preventiva tras ser devuelto a Brasil luego de su intento de fuga. La Justicia considera que su huida constituye una violación grave de las medidas cautelares y refuerza la necesidad de adoptar acciones más severas frente a los
condenados por la intentona golpista. Con estas decisiones, el Supremo de Brasil busca cerrar el cerco judicial sobre los responsables de la trama que intentó desconocer los resultados electorales de 2022 y evitar que nuevos implicados eludan las penas impuestas por la Justicia. (EUROPA PRESS/EC)
Ana Luisa Jijón
¿NOS ESTAMOS VOLVIENDO MENOS INTELIGENTES? CON
Gabriela Vivanco
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ESMERALDAS | LUNES 29/DICIEMBRE/2025 I
GUSTAVO Petro renueva a altos mandos de las Fuerzas Armadas de Colombia. (Foto: Presidencia de Colombia)
Petro anuncia cambios en la cúpula militar de Colombia para 2026
El presidente Gustavo Petro anunció una reestructuración de la cúpula de las Fuerzas Militares de Colombia de cara a 2026, con el objetivo de reforzar la seguridad, la democracia y la lucha contra el narcotráfico. El presidente de Colombia, Gustavo Petro, anunció este sábado una reestructuración de la cúpula de las Fuerzas Militares con miras a enfrentar los “desafíos del 2026”, una decisión que implica, por el momento, la sustitución de hasta ocho comandantes y segundos comandantes del alto mando militar del país.
“La prioridad será la seguridad y la democracia”, afirmó el mandatario al dar a conocer los cambios, al tiempo que agradeció a los oficiales salientes por el trabajo realizado durante su gestión. El anuncio fue difundido a través de una publicación en su cuenta oficial en la red social X, donde Petro subrayó que las transformaciones
en la cúpula militar buscan consolidar los avances logrados en los últimos años. Según el presidente colombiano, la labor del alto mando saliente permitió avanzar en la transformación del territorio “hacia la legalidad” y contribuir a la liberación de comunidades campesinas de lo que calificó como “la esclavitud del narcotráfi-
co”. En ese sentido, Petro se mostró confiado en que la nueva cúpula militar trabajará “de la mano de todo el pueblo para proteger la vida y alcanzar la paz”, uno de los ejes centrales de su política de seguridad. Entre los principales logros atribuidos a la actual dirección de las Fuerzas Militares, el jefe de Estado destacó el récord histórico de incautación de cocaína alcanzado durante 2025, así como la neutralización de más de 4.400 integrantes de los carteles del narcotráfico considerados más peligrosos. Asimismo, resaltó el incremento del pie de fuerza de la fuerza pública en un 6%, en contraste con las reducciones registradas durante los gobiernos de Iván Duque, cuando cayó un 11%, y de Juan Manuel Santos, con una disminución del 4%.
En cuanto a la nueva conformación del alto mando, Petro detalló que el general Hugo Alejandro López Barreto asumirá como Comandante General de las Fuerzas Militares, mientras que el vicealmirante Harry Ernesto Reyna Niño ocupará el cargo de Jefe de Estado Mayor Conjunto. En el Ejército Nacional, el general Royer Gómez Herrera fue designado como nuevo comandante del Ejército, acompañado por el general Jaime Alonso Galindo, quien ejercerá como segundo comandante y apoyará la conducción estratégica y operativa de la institución. Para la Armada Nacional, el almirante Juan Ricardo Rozo Obregón asumirá la Comandancia, mientras que el vicealmirante Orlando Enrique Grisales Franceschi fue nombrado segundo comandante y jefe de Estado Mayor Naval, con responsabilidad directa en la planificación y coordinación de las operaciones navales. Finalmente, en la Fuerza Aeroespacial Colombiana, el general Carlos Fernando Silva Rueda ocupará el cargo de comandante, y el general Alfonso Lozano Ariza asumirá como segundo comandante y Jefe de Estado Mayor, con el objetivo de fortalecer la conducción estratégica de la institución aérea. Con estos cambios, el Gobierno colombiano busca ajustar su estructura militar a los retos del próximo año, en un contexto marcado por la lucha contra el narcotráfico, la seguridad territorial y la consolidación de la democracia y la paz en el país. (Europa Press/EC)
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VIERNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 8694 LUNES, 29 DE DICIEMBRE DE 2025 Editor Director FRANCISCO LÓPEZ MURILLO Hora ESMERALDAS, ECUADOR DR. FRANCISCO La VIVANCO RIOFRÍO
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CADUCIDAD EN LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS
CONSULTA SOBRE EL COGEP
¿Cuándo los jueces se abstienen de tramitar la demanda por no presentar el certificado de Ministerio de Relaciones Exteriores en el término de tres días? RESPUESTA
AUTORES: JOSÉ SEBASTIÁN CORNEJO AGUIAR Y JULIO ACOSTA LASSO ¿Qué es la caducidad? La caducidad, para Roberto Dromi, es: “(…) un modo de extinción del acto administrativo en razón del incumplimiento por el interesado de las obliga-
ciones que aquél le impone. (…) Evidenciado que la posibilidad de declarar la caducidad es una competencia otorgada por la ley a la Administración Pública, para extinguir unilateralmente un acto administrativo (…)”1 Es decir la caducidad administrativa hace alusión, a un
modo de extinción anormal de los actos administrativos en razón del transcurso de un determinado tiempo en el cual se ha configurado la inacción por parte de la administración pública. En este sentido, se entiende por caducidad administrativa la extinción de ciertas situaciones
activas que están acompañadas de la necesidad de cumplir con determinados deberes, cargas o modalidades, tanto así que en la caducidad administrativa no existe ilegalidad o vicio alguno en el acto administrativo, que habiliten a la Administración del Estado para volver sobre sus actos, sino que simplemente ocurre una circunstancia de
La jueza o juez que decida por su cuenta previamente “requerir” al Ministerio de Relaciones Exteriores la certificación, no cabe exigir que la parte actora gestione en tres días la obtención de dicho documento, pues, se estaría interpretando erradamente el mandato legal, en cuyo caso se debería esperar la contestación del Ministerio al requerimiento que ha realizado y no abstenerse de tramitar la demanda por el hecho de no haber entregado en el término de tres días el documento requerido. Existeyael“Instructivoparalacertificación y citación conforme lo determina el Art.56 del COGEP” expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en cuyo dispone: “El Servicio de Consejería Virtual del Viceministro de Movilidad Humana, a través de sus funcionarios, procederá a verificar en los sistemas de consulta de información y registro que posee con la información solicitada y elaborará la respuesta en la que indique si la persona salió del país o consta en el registro consular ecuatoriano…” Por lo tanto, de acuerdo con el mencionado instructivo ya no es necesario que haya orden judicial para que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana otorgue la certificación en el que se indique sí la persona que va a ser citada por la prensa salió del país o consta en el registro consular, puesto se ha establecido un trámite para dar respuesta a las solicitudes en tal sentido. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
hecho a la que el ordenamiento jurídico le atribuye el efecto de generar la extinción del acto administrativo.2
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Lo cual provoca en palabras de Madariaga, que se entienda a la caducidad como: “(…) una sanción impuesta por el orden jurídico en vistas de resguardar el interés general de la colectividad, que sin lugar a dudas se encuentra comprometido en la ejecución de las actuaciones admitidas y facilitadas por un acto administrativo de efectos individuales. Si el titular de estas facultades no las ejerce dentro del tiempo previsto, debe la administración velar porque otro interesado pueda desarrollar la misma actividad lícita, en las mismas condiciones y con acceso a los mismos bienes de carácter público, generalmente escasos.”3 La caducidad en el COA La caducidad es un hecho jurídico procesal que se produce por la mera inactividad negligente de las partes dentro de los plazos previstos por la ley, originando la finalización anormal del proceso. Por consiguiente, cabe concluir, como regla general, que la caducidad sucede en el proceso administrativo como consecuencia de una paralización del procedimiento, en donde dicha paralización le debe ser imputable al menos a título de culpa y nunca en los supuestos de fuerza mayor, ni por causas independientes de la voluntad de los litigantes dentro de las cuales hay que entender incluidas las dilaciones indebidas, provocadas por inusual funcionamiento anormal de la justicia. En tal sentido de operar cualquiera de los presupuestos antes enunciados en los cuales opera la caducidad, el órgano competente emitirá, a solicitud del inculpado una certificación en la que conste que ha caducado el procedimiento y se ha procedido al archivo de las actuaciones, dejando constancia que si la administración se niega a emitir la correspondiente declaración de caducidad, el inculpado la puede obtener mediante procedimiento sumario contemplado en el Código Orgánico General de Procesos. Conforme se ha dicho la caducidad es una institución de difícil construcción en base de
las similitudes y diferencias con otras figuras extintivas que utiliza la Administración del Estado, la misma que en el Código Orgánico Administrativo, trae la configuración de varios plazos como son: Caducidad en Revisión de Oficio: El artículo 132 del Código Orgánico Administrativo, determina que en el transcurso del plazo de dos meses Caducidad en Actuaciones Previas: El artículo 179 del Código Orgánico Administrativo, determina el plazo de seis meses. Caducidad por falta de resolución en procedimientos de oficio: El artículo 207 y 208 del Código Orgánico Administrativo, determina que será de treinta días, plazo el cual estaría sujeto la caducidad por falta de resolución en procedimientos de oficio. Caducidad del procedimiento de oficio: El artículo 213 del Código Orgánico Administrativo, determina dos meses contados a partir de la expiración del plazo máximo para dictar el acto administrativo. Lo cual nos permite evidenciar que el tema de caducidades en el Código Orgánico Administrativo se encuentra totalmente disperso, lo cual si no se efectúa una lectura a profundidad del texto normativo antes referido puede generar confusión. Determinación del tiempo de inicio en los procedimientos administrativos sancionadores Como todos sabemos, existen formas de iniciar el procedimiento: una de oficio, por acuerdo del órgano competente, por propia iniciativa, orden superior, y petición razonada de otros órganos o denuncia. Estas formas, están orientadas a actuar la evidencia necesaria a efectos de precisar con mayor exactitud los hechos susceptibles de motivar el inicio del procedimiento administrativo sancionador. Debiendo recordar que el plazo de inicio está sujeto a los plazos de prescripción, los mismos que conforme el Códi-
go Orgánico Administrativo, están catalogados de acuerdo a las infracciones, ya sean leves, graves y muy graves, en 1, 3 y 5 años respectivamente. Lo que evidencia que dicho procedimiento sancionador exige la tramitación del oportuno expediente, en la que habrán de respetarse las garantías y observarse los requisitos establecidos en el Código Orgánico Administrativo. Es importante señalar que como se ha dicho, el proceso administrativo sancionador inicia con un acto de iniciación emitido por parte del funcionario instructor. El cual debe ser notificado, constituyendo así la comunicación al administrado de que la entidad administrativa correspondiente ha tomado una decisión respecto de sus derechos o intereses, para que este pueda decidir aceptar, cumplir o presentar sus descargos si se trata de un procedimiento sancionador. Ya que recordemos que, si un acto administrativo es emitido pero no es notificado, no es un acto administrativo eficaz, por más que sea un acto administrativo válido, ya que el acto administrativo, para que sea eficaz significa que logre la finalidad para la cual fue emitido, destacando que el artículo 252 del Código Orgánico Administrativo, no delimita un tiempo de notificación pero si un tiempo de 10 días para la contestación del auto de inicio. Determinación del tiempo de la Fase de Instrucción Como se estableció anteriormente, una vez que el inculpado de la infracción administrativa ha sido notificado legalmente con el acto de inicio, esté conforme al artículo 252 del COA tiene un término de diez días para alegar, mismo que al fenecer pasa a etapa de instrucción. Sin embargo el COA, no es claro respecto del término que refiere al desarrollo de la etapa de instrucción, toda vez que en su artículo 255 señala que: “La o el inculpado dispone de un término de diez días para alegar, aportar do-
cumentos o información que estime conveniente y solicitar la práctica de las diligencias probatorias. Así mismo podrá reconocer su responsabilidad y corregir su conducta. (…)”, mismo término de diez días que ya refiere el artículo 252 que tiene administrado o inculpado para contestar el acto inicio y dentro del cual deberá alegar y aportar los elementos probatorios que creyere conducentes a eximir su responsabilidad de la infracción administrativa imputada. De igual manera, en el artículo 256 se recoge el mismo término de diez días al señalarse que: “Recibidas las alegaciones o transcurrido el término de diez días, el órgano instructor evacuará la prueba que haya admitido hasta el cierre del período de instrucción. (…)”, si hacemos una interpretación restrictiva de la norma citada, podremos señalar que una vez que ha trascurrido el plazo de diez días para que el administrado o inculpado conteste el acto de inicio, el órgano instructor debe comenzar a evacuar la prueba que ha establecido y solicitado el administrado en su escrito de contestación, lo cual evidenciaría el inicio de las actuaciones de la fase de instrucción, dentro del cual el órgano instructor también puede disponer de oficio las actuaciones que sean necesarias para el esclarecimiento de los hechos, recabando datos e información que sean relevantes en la determinación de las responsabilidades susceptibles de sanción. En esta última parte, radicaría la interpretación extensiva de la norma, al creer que el legislador, no establece un periodo cerrado del desarrollo de la etapa de instrucción, toda vez que el órgano instructor al tener la carga de la prueba en representación de la administración pública, este puede llevar a cabo actuaciones que conlleven tiempos o plazos que no dependan de la gestión del órgano instructor, sino de la entidad pública o privada a la cual se le ha requerido la información que coadyuve en la determinación de las responsabilidades administrativas de la infracción; por supuesto que este término de la fase de instrucción no podrá irse en con-
tra de las reglas determinadas para los casos de la prescripción del ejercicio de la potestad sancionadora y de las sanciones conforme se lo establece en los artículos 245 y 246 del COA. Por lo antes referido, es que el legislador en el inciso segundo del artículo 256 del COA, ha establecido que “el órgano instructor evacuará la prueba que haya admitido hasta el cierre del período de instrucción.”, sin determinarse un término o plazo del desarrollo de la etapa de instrucción, el cual finaliza con la evacuación de la prueba tanto del administrado como de la administración pública, para posteriormente emitir el dictamen de fin de instrucción de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 257 del cuerpo normativo en mención, y del cual una vez finalizado esta fase se pasa a etapa de resolución dentro del cual se tiene que emitir la resolución correspondiente en el término dispuesto en el artículo 203 del COA que refiere al plazo máximo de un mes, contado a partir de terminado el periodo de prueba, que como señalamos anteriormente dentro del proceso administrativo sancionador el legislador no lo ha determinado de manera expresa, para manejo de las actuaciones del órgano instructor en la evacuación de la prueba, lo cual dificulta la contabilización de la caducidad en este tipo de procesos administrativos; teniendo únicamente certeza de la contabilización de la caducidad desde la emisión del dictamen de fin de instrucción, que es la actuación administrativa mediante la cual se tiene certeza del cierre de la etapa de prueba y de la fase de instrucción. Plazo de Resolución conforme al COA La determinación del plazo de resolución dentro de un procedimiento administrativo, es muy importante para el cómputo de la caducidad, el COA lo ha recogido en su artículo 203 señalando que: “El acto administrativo en cualquier procedimiento será expreso, se expedirá y notificará en el plazo máximo de un mes, contado a
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partir de terminado el plazo de la prueba.” La obligación de resolver que tiene el órgano competente administrativo, es primordial en cualquier procedimiento administrativo, y más en los procedimientos administrativos sancionadores que desembocan en el establecimiento de responsabilidades administrativas y derechos de acreencia de la administración pública, por lo cual el artículo 202 del COA prevé que “El vencimiento de los plazos previstos para resolver no exime al órgano competente de su obligación de emitir el acto administrativo.”, inclusive se señala enfáticamente que las administraciones públicas no pueden abstenerse de resolver con la excusa de la falta u oscuridad de la ley. Obviamente el acto emitido por la administración pública fuera de los plazos establecidos en la norma, desembocara en su ineludible nulidad, ya que ha sido emitido fuera de contexto, y del cual el administrado deberá ejercer su derecho de impugnación y recurrir el mismo. En base a lo referido, como regla general se tiene que el ejercicio de la caducidad en los procedimientos administrativos sancionadores, deviene en que la administración pública inicio un proceso sancionador y no lo resolvió dentro del término general resolver, que sería de un mes contabilizado desde que concluyó el periodo de prueba o la fase de instrucción. Sin embargo, a lo referido
tenemos la excepción establecida el artículo 204 del COA que establece la ampliación extraordinaria del plazo para resolver, en casos concretos de cuando el número de personas interesadas o la complejidad del asunto exija un plazo superior para resolver, pudiendo ampliarse hasta dos meses o sesenta días. De igual manera, es importante tener en cuenta que de conformidad al artículo 250 del COA, se señala que: “El procedimiento sancionador se inicia de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia.”; es decir que un procedimiento sancionador puede iniciarse por denuncia, actuación previa en los términos que establece el COA, o en su defecto de oficio; cuando los procedimientos sancionadores son iniciados de oficio hay que tener muy en cuenta que para estos casos el COA prevé un plazo de caducidad especial, establecido en su artículo 213, al señalar: “Cuando se trate de procedimientos iniciados de oficio se entienden caducados y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de la persona interesada o de oficio, en dos meses contados a partir de la expiración del plazo máximo para dictar el acto administrativo, de conformidad con este Código.”, es decir que para estos casos el plazo de caducidad es de dos meses y no de un mes como por regla
general se tiene para los demás casos. Determinación de la problemática de los plazos para la caducidad Como se lo ha establecido anteriormente, si bien los plazos de caducidad son claros y determinados por el COA, tanto en la regla general de un mes desde que ha fenecido la etapa de prueba, como la de dos meses para el caso de los procedimientos iniciados de oficio; la problemática radica en la determinación de saber que término o plazo dura la etapa de prueba o fenece la fase de instrucción dentro del proceso administrativo sancionador, toda vez que únicamente se ha señalado por parte de legislador en la norma, que el administrado o inculpado una vez que ha sido notificado con el acto de inicio, esté tiene el término de 10 días para alegar, aportar documentos o elementos de prueba y solicitar diligencias que crea correspondientes a eximir su responsabilidad de la infracción administrativa imputada, y que posterior a este término el órgano instructor procederá a evacuar la prueba hasta el cierre de instrucción, sin determinarse expresamente un término o plazo que dictamine el mismo, que es fundamental para contabilizar el periodo de caducidad de este tipo de procedimientos. Este escenario que se ha previsto en la norma, puede dejar en evidencia la discrecionali-
dad del manejo de los tiempos en la evacuación de prueba que puede realizar el órgano instructor, sin embargo se podría pensar que el espíritu del legislador, fue dejar a discreción el manejo de esta etapa al órgano instructor, toda vez que dentro de la evacuación y practica de las diligencias probatorias, existen plazos y términos que no devienen de la gestión del órgano instructor, y por ello no se ha previsto un término o plazo de duración de la etapa de instrucción en la norma, además que es de responsabilidad del órgano instructor recabar todos los elementos que confluyan en el establecimiento de la responsabilidad de la infracción administrativa imputada, así como de evacuar toda la prueba solicitada por el administrado o inculpado, en observancia de los derechos constitucionales de defensa y debido proceso. Conclusiones El COA establece dos plazos de caducidad para los procedimientos administrativos sancionadores, el primero que es de un mes por regla general contados a partir de fenecida la etapa de prueba; y el otro de dos meses para los casos que el procedimiento administrativo haya sido iniciado de oficio. El COA no establece de manera expresa el plazo o término de duración de la etapa de instrucción, dentro de la cual se evacua la prueba tanto del administrado como de la administración pública, por lo cual
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dificulta la contabilización del plazo de caducidad en este tipo de procedimientos, sin embargo una vez emitido el dictamen de fin de instrucción por el órgano instructor, se puede tener la certeza que la etapa de prueba a concluido y ha pasado a fase de resolución, y se podrá contabilizar de una manera certera el plazo de caducidad. BIBLIOGRAFIA Bermúdez, J, Derecho Administrativo General, 2a edic, Santiago- Chile: Abeledo Perrot, 2011. Cassagne Juan Carlos, Principio de legalidad y el control judicial de la discrecionalidad administrativa, España, Ed. Marcial Pons, 2009. Dromi, José Roberto, Derecho administrativo, 5. Ed, Buenos Aires- Argentina: Ed. Ciudad Argentina, 1996. Ecuador, Código Orgánico Administrativo, 2019. Ecuador, Constitución de la República del Ecuador, 2008. Madariaga, M, Seguridad jurídica y administración pública en el siglo XXI, 2a edic. Santiago- Chile: Editorial Jurídica de Chile, 1993. 1.José Roberto Dromi, Derecho administrativo, 5. Ed (Buenos Aires- Argentina: Ed. Ciudad Argentina, 1996).; pág. 256. 2.Bermúdez, J, Derecho Administrativo General , 2a edic (Santiago- Chile: Abeledo Perrot, 2011).; pág. 142- 143. 3.Madariaga, M, Seguridad jurídica y administración pública en el siglo XXI , 2a edic. (SantiagoChile: Editorial Jurídica de Chile, 1993).; pág. 103.
@ Esmeraldaslahora Esmeraldaslahora
LUNES 29 DE DICIEMBRE DE 2025
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