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Esmeraldas, 22 Septiembre 2026

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MARTES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2026

Esmeraldas

Esmeraldas ejecuta simulacro de sismo

En la provincia de Esmeraldas se ejecutó un simulacro de sismos para evaluar la respuesta institucional, promoviendo las evacuaciones seguras y planes de protección ciudadana hoy. 3

CIUDAD

JUDICIAL

¿Protección de datos personales en Ecuador, mito o realidad?

Certifican a 42 tutores para prevenir la desnutrición infantil 4

PAÍS

Fiscal en funciones queda sin impugnaciones 8


Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.

SALVATORE FOTI

ecuasalvo@yahoo.it

Seguimos en lo mismo

P

asan los meses, pasan los años de gobierno, cambian los discursos, aparecen nuevas promesas y se multiplican los anuncios. Pero cuando dejamos a un lado el show y miramos la realidad cotidiana del país, la pregunta es inevitable: ¿qué ha cambiado realmente? Seguimos hablando de salud, de hospitales con problemas, de pacientes que esperan y de un sistema que no ofrece respuestas. Seguimos hablando de delincuencia, asesinatos y secuestros. Seguimos hablando de pobreza, desempleo y falta de oportunidades. Los problemas son los mismos; lo que cambia es la propaganda. Y nuevamente aparece sobre nosotros la sombra de los cortes de luz. Después de años en el poder, el Gobierno vuelve a pedir la colaboración de la sociedad y de las empresas para reducir el consumo. Resulta difícil aceptar que, después de tanto tiempo, no se hayan generado las soluciones suficientes. Mientras tanto, continúa el espectáculo: declaraciones, cadenas, videos, enfrentamientos y culpables del pasado. Mucha comunicación, mucha propaganda y demasiado ruido para tan pocos resultados. Yseguimoshablandodecorrupción. Casos antiguos que nunca terminan de aclararse y nuevos contratos que generan interrogantes. Allí está Dedalus: un proyecto de 240 millones de dólares para la salud pública que sigue despertando cuestionamientos. Ese es precisamente el problema: cada nuevo escándalo sustituye al anterior antes de que conozcamos toda la verdad. Llegan las denuncias, comienza la batalla política y después aparece otro tema que ocupa los titulares. El ciudadano, mientras tanto, no vive de discursos. Necesita seguridad, medicinas, electricidad, empleo y oportunidades. Necesita un Estado que funcione y un Gobierno que gobierne. Después de años seguimos discutiendo los mismos problemas, escuchando las mismas excusas y esperando las mismas soluciones mientras una parte importante y supuestamente intelectual del país apoya tácitamente el actuar primitivo del Ejecutivo. Seguimos en lo mismo. Seguimos peor.

JAIME DURÁN BARBA Columnista Invitado

No llega el apocalipsis

L

os grandes saltos tecnológicos siempre despiertan el temor al apocalipsis en los sectores más conservadores, mientras que la mayoría de las personas se adaptan y mejoran sus condiciones de vida. La historia demuestra que la resistencia

Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Josué Navarrete Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec Año: XXVIII

Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

OPINIÓN 02

O ESMERALDAS | MARTES 22/SEPTIEMBRE/2026

EDITORIAL

CARLOS SÁNCHEZ BERZAÍN

Trump: cifras a la baja

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l presidente Donald Trump atraviesa un período político de mucha turbulencia. Esta situación ocurre antes de las elecciones de medio mandato, en las que se eligen a los integrantes de la Cámara de Representantes y del Senado. La elección será el 3 de noviembre. En estas votaciones el partido opositor suele ser favorecido con la mayoría, pero en esta ocasión se cree que el partido de Trump puede perder con un amplio margen. Las sospechas de un duro revés son varias mediciones de la opinión pública. Una reciente encuesta de Fox News, cadena aliada de los republicanos, sitúa la aprobación del presidente Trump en 39% y una desaprobación del 61%. La explicación es que las tres cuartas partes de los encuestados han calificado de forma negativa las condiciones económicas. El 63% es determinante y dice que el gobierno de Trump ha empeorado

al cambio y el miedo al futuro son reacciones recurrentes ante las innovaciones que transforman las reglas de la sociedad. El error común de las predicciones catastróficas es ignorar que una revolución tecnológica destruye empleos que se vuelven obsoletos, pero genera otros de mayor calidad. Actualmente, la mayor parte de la población no trabaja en fábricas, sino en ocupaciones que antes eran inimaginables. Hoy en día, el proletariado tradicional está en vías de extinción, siendo reemplazado en sus

la economía del país. Además, obtiene otras bajas calificaciones por la guerra con Irán, el alto costo del combustible, el encarecimiento de la atención médica, el costo de la vivienda y los aranceles. Si Trump obtiene una Cámara de Representantes y un Senado en contra de sus iniciativas, incluyendo la ayuda contra el narcotráfico y el rol de algunas agencias como la CIA, llegará una vigilancia extrema. Los países de la región que han llegado a acuerdos con Estados Unidos, incluido Ecuador, deben diseñar un plan diplomático para sostener las ayudas durante el periodo de Trump, si las condiciones políticas cambian en el país del norte. Los mandatarios siempre tienen la oportunidad de levantar sus cifras. No obstante, el país debe prepararse si ocurre lo contrario.

tareas repetitivas por la robótica y la Inteligencia Artificial (IA), con humanos que son técnicos con formación sofisticada y altos ingresos. La realidad de la inteligencia artificial. La llegada de la IA ha reactivado la histeria colectiva sobre el fin de los tiempos, una idea propia de las religiones monoteístas que suponen que hace poco tiempo hubo un Dios que creó el universo y a la especie humana a su imagen y semejanza. Sin embargo, está comprobado que el universo tiene miles de millones de años de existencia y es improbable que

colapse porque los humanos creamos herramientas complejas. A diferencia de los seres vivos, la inteligencia artificial carece de autonomía real debido a limitaciones técnicas estructurales: Funciona mediante estadísticas Carece de ética y emoción Falla ante lo imprevisto Muestra dependencia absoluta de los seres humanos. La Inteligencia Artificial es una herramienta cien veces más poderosa que la máquina de vapor. Su impacto generará una transformación mayor a la del siglo XIX en

Los hechos criminales no producen derecho

L

a suplantación del Estado de derecho por el terrorismo de Estado para institucionalizar las dictaduras del socialismo del siglo 21 en Cuba, Venezuela, Bolivia y Nicaragua ha sido hecha con una larga cadena de delitos como falsificaciones, masacres, violación de derechos humanos, extorsiones, usurpaciones, atribuirse los derechos del pueblo, traición y más, dando lugar a constituciones, leyes y un sistema resultado del crimen. En estas condiciones, en la restitución de la democracia es imprescindible recordar que los hechos criminales no producen Derecho, son nulos. La estructura jurídica impuesta por el socialismo del siglo 21 o castrochavismo es uniforme en las Américas. Se trata de la concentración total del poder con proclama de soberanía, de la usurpación de la soberanía nacional con declaración de populismo, de la violación de derechos humanos con rótulo de liberación, de la formulación de un sistema jurídico violando el derecho y sin justicia. Los sistemas constitucionales y jurídicos que hoy tienen Cuba, Venezuela, Bolivia y Nicaragua no son derecho ni justicia porque simplemente no son legales, son el resultado de delitos y están destinados a proteger el crimen. La restitución de la democracia consiste en reestablecer como mínimo el sistema jurídico con los elementos esenciales de la democracia y eliminar los elementos de la dictadura que los suplantan. Mientras existan constituciones y leyes castrochavistas vigentes en Cuba, Venezuela, Bolivia y Nicaragua no habrá democracia y quienes lleguen al Gobierno serán meros operadores de un sistema delictivo. En cada uno de los países afectados -Cuba, Venezuela, Bolivia, Nicaragua- el iter criminis de la imposición por el socialismo del siglo 21 de constituciones, enmiendas, reformas y leyes que han construido su sistema jurídico, tiene delitos y tiempos específicos con una metodología y objetivo común. Son hechos criminales con los que han creado constituciones y leyes que para retornar a la democracia, no son ni pueden considerarse como Derecho.

Europa, pero su éxito dependerá del uso humano para construir una era de prosperidad y salud. No trae consigo el apocalipsis. Si es bien usada podrá ayudar a que los seres humanos avancemos de manera increíble en todos los ámbitos, como la salud. Necesitamos élites políticas, científicas y de todo orden para afrontar la transformación con una mente abierta, sin prejuicios mágicos. © Diario Perfil, 2026


03 CIUDAD

Esmeraldas ejecuta simulacro de sismo ESMERALDAS | MARTES 22/SEPTIEMBRE/2026 I

En la provincia de Esmeraldas se ejecutó un simulacro de sismos para evaluar la respuesta institucional, promoviendo las evacuaciones seguras y planes de protección ciudadana hoy.

LOS funcionarios gubernamentales evacúan los edificios en 30 segundos.

puntos seguros. En estos espacios de concentración confluyen varias dependencias mientras equipos evaluadores, integrados por miembros del cuerpo de bomberos, califican el desempeño general. La gobernación reportó que la salida de su personal se efectuó de manera organizada, procediendo piso por piso para evitar aglomeraciones.

especializadas de cada institución, como las áreas de talento humano, tienen la obligación de formular estos planes para salvaguardar la salud ocupacional del personal. Durante el simulacro, los funcionarios que laboran en el segundo piso del edificio gubernamental pusieron en práctica las directrices de protección vigentes. Estas normas dictan que, al inicio del movimiento sísmico, los individuos deben resguardarse inmediatamente debajo de sus escritorios de madera para evitar impactos. Una vez que el temblor se detiene, deben evacuar las instalaciones en un lapso estimado de treinta segundos hacia zonas abiertas como los parques aledaños. Los empleados destacan que la capacitación es vital para erradicar las antiguas reacciones de pánico y lograr evacuaciones seguras.

Protocolos de Evacuación

Evaluación General

LAS empresas privadas deben elaborar sus protocolos ante el desastre.

En cumplimiento con las normativas establecidas por la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos, se desarrollan ejercicios de prevención a escala nacional. En la provincia de Esmeraldas, la actividad programada corresponde a un simulacro de sismo, ejecutado bajo las especificaciones técnicas del director zonal de riesgos. El propósito fundamental de esta intervención es evaluar la capacidad de respuesta operativa de las diferentes instituciones frente a eventuales desastres naturales. Mediante este ejercicio se pretende fomentar la conciencia en la población, identificar a los responsables de cada sector, afinar la planificación interna y establecer rutas de evacuación hacia

Los procedimientos de seguridad que los servidores públicos deben acatar están ligados al plan de contingencia particular de cada entidad, puesto que las exigencias varían si se trata de una edificación de veinte pisos frente a una estructura de un solo nivel. Las unidades

Concluida la evacuación física en los exteriores de la gobernación, el proceso de revisión continúa en el puesto de mando ubicado en las instalaciones del ECU 911. Desde ese centro de monitoreo, las autoridades analizan el tiempo de respuesta y el cumplimiento de

las normativas de todas las instituciones participantes, apoyándose en el sistema de videovigilancia. Paralelamente, las autoridades instan al sector privado a desarrollar sus propios mecanismos de comunicación y planes de respuesta ante emergencias. Debido a que Esmeraldas está situada sobre una zona caracterizada por su alta sismicidad, se recomienda a la

ciudadanía preparar y mantener a disposición kits de emergencia y botiquines de primeros auxilios. Las autoridades anunciaron que estos simulacros preventivos, que buscan minimizar riesgos y proteger la integridad de los habitantes ante eventos impredecibles, se replicarán de manera progresiva en el resto de los cantones y parroquias. (DLH)

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DE MUISNE JEFATURA DE AVALÚOS Y CATASTROS

El GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MUISNE Extracto de Publicación De acuerdo a lo establecido en el CAPÍTULO III, Artículo 10, numeral 6, de LA ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE NORMA LA REGULARIZACIÓN Y ADJUDICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS BIENES MOSTRENCOS DEL CANTÓN MUISNE. REGISTRO OFICIAL No. 979 de fecha 27 de julio 2023. Se comunica a la ciudadanía en general, que a través de la Jefatura de Avalúos y Catastros se ha solicitado la adjudicación de un bien inmueble mostrenco, con clave catastral: 50010800200700000000, Ubicado en el Sector: Subestación Parroquia; Muisne, Cantón: Muisne, Provincia: Esmeraldas, demarcado dentro de los siguientes linderos y dimensiones: LOTE NORTE: Colinda con CALLE SIN NOMBRE, del P3 al punto P4 ,con rumbo N80º06,16”W y una distancia de 8.00 mts S U R : Colinda con CALLE SIN NOMBRE, del punto P1 al punto P2 con rumbo S80º06,16”E y una distancia de 8.00 mts, ESTE: Colinda con CALLE SIN NOMBRE, del punto P2 al punto P3 con rumbo N09º53”44”E y una distancia de 34.00 mts OESTE: colinda con Sra. KARINA MONTERO , del punto P4 al punto P1 con rumbo S09º53,44”W y una distancia de 34.00 mts, la propiedad del SEÑOR SABANDO CHILA ALBARO ALFONSO, con una Superficie de 272.09 𝒎𝒎𝟐𝟐

Lo comunico para los fines de Ley


CIUDAD 04

P ESMERALDAS | MARTES 22/SEPTIEMBRE/2026

BRIGADAS médicas brindan pruebas de VIH y vacunas en Eloy Alfaro.

Certifican a 42 tutores para prevenir la desnutrición infantil

Salud Pública certificó a 42 tutores comunitarios contra la desnutrición infantil y ofreció atención médica preventiva en una feria interinstitucional en el Distrito Eloy Alfaro. El Ministerio de Salud Pública, a través de la Dirección Nacional de Participación Social en Salud, llevó a cabo la certificación de cuarenta y dos tutores como Vigilantes Comunitarios. Este programa de capacitación se estructuró con el objetivo central de implementar acciones directas para la prevención de la desnutrición crónica infantil en diversas zonas de atención prioritaria. La iniciativa busca establecer una red de colaboración sólida que vincule las capacidades operativas de los servicios de salud pública con el liderazgo de los representantes comunitarios, optimizando así el alcance de los programas estatales orientados al bienestar nutricional de los menores de edad.

Monitoreo de Factores de Servicios de Salud en el Riesgo Familiar Distrito Eloy Alfaro La acreditación de estos nuevos tutores permite ampliar la cobertura del monitoreo preventivo relacionado con la salud y los índices de nutrición en la población infantil. Esta estrategia de vigilancia facilita la identificación temprana de posibles factores de riesgo presentes en el entorno familiar de los menores, lo que permite una intervención institucional oportuna. A través de este modelo de trabajo en territorio, se fomenta una participación activa de la ciudadanía en el cuidado y la protección de los grupos vulnerables, garantizando un seguimiento continuo de las condiciones de desarrollo físico de los infantes en sus respectivas comunidades.

En el marco de la articulación interinstitucional, personal de salud participó en una Feria de Seguridad y Casa Abierta organizada por la Policía Comunitaria del Distrito Eloy Alfaro. Durante esta jornada, se instalaron espacios de atención donde la ciudadanía accedió a servicios de vacunación familiar y chequeos preventivos de presión arterial. Además, se ejecutaron campañas informativas sobre la prevención del embarazo adolescente y el cuidado de la salud mental, incluyendo orientación para la prevención del suicidio. La brigada médica también facilitó la realización de pruebas rápidas de VIH, consolidando los esfuerzos operativos para la protección ciudadana.(TS)

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DE MUISNE JEFATURA DE AVALÚOS Y CATASTROS

El GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MUISNE Extracto de Publicación De acuerdo a lo establecido en el CAPÍTULO III, Artículo 10, numeral 6, de LA ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE NORMA LA REGULARIZACIÓN Y ADJUDICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS BIENES MOSTRENCOS DEL CANTÓN MUISNE. REGISTRO OFICIAL No. 979 de fecha 27 de julio 2023. Se comunica a la ciudadanía en general, que a través de la Jefatura de Avalúos y Catastros se ha solicitado la adjudicación de un bien inmueble mostrenco, con clave catastral: 56020100900200000000, Ubicado en el Sector: Bunche Parroquia; San Francisco, Cantón: Muisne, Provincia: Esmeraldas, demarcado dentro de los siguientes linderos y dimensiones: LOTE NORTE: Colinda con CALLE SIN NOMBRE, del P1 al punto P2 ,con rumbo S59º11,22”W y una distancia de 14.95 m S U R : Colinda con Sra. CAGUA CHEME MIRIAN DORITA, del punto P5 al punto P6 con rumbo N61º48,08”E y una distancia de 14.86 m, ESTE: Colinda con el GAD PARROQUIAL RURAL CABO SAN FRANCISCO, del punto P6 al punto P7 con rumbo N32º26”30”W y una distancia de 5.71 m, Colinda con la Sra. CAGUA OJEDA ODELAIDA INTALITA, del punto P7 al punto P1 con rumbo N32º26”46”W y una distancia de 17.00 m OESTE: colinda con el Sr. ROLDAN CAGUA DANIS JOSE , del punto P2 al punto P3 con rumbo S30º53,56”E y una distancia de 4.84 m, colinda con la Sra. CAGUA ALCIDA , del punto P3 al punto P4 con rumbo S32º27,48”E y una distancia de 7.94 m, colinda con la Sra. CAGUA YANEZ KARLA THALIA, del punto P4 al punto P5 con rumbo S34º00,06”E y una distancia de 9.25 m la propiedad de la SEÑORA VALENCIA TENORIO VICTORIA, con una Superficie de 335.60 𝒎𝒎𝟐𝟐 Lo comunico para los fines de Ley


05 POLICIAL

ESMERALDAS | MARTES 22/SEPTIEMBRE/2026 I

Pareja es detenida por presunta explotación infantil

RESCATAN a hombre secuestrado junto a su bebé en Esmeraldas.

UNASE logra desarticular un secuestro en Atacames La Policía Nacional ejecutó el Operativo Libertad 1059 en Atacames, rescatando a un ciudadano secuestrado y deteniendo a tres sujetos. Se evitó el pago de 60 mil dólares.

La Policía Nacional del Ecuador, mediante sus unidades especializadas, llevó a cabo el Operativo Libertad 1059 en el cantón Atacames, provincia de Esmeraldas. Esta intervención táctica tuvo como objetivo central la resolución de un caso de secuestro extorsivo reportado en la zona costera. Las acciones operativas coordinadas permitieron la localización de un inmueble que era utilizado para el cautiverio de un ciudadano, logrando su liberación en condiciones estables y evitando el desembolso de una fuerte suma de dinero exigida ilícitamente. La operación requirió el despliegue inmediato de múltiples equipos para garantizar la integridad física de las personas involucradas y asegurar el perímetro durante todo el procedimiento de rescate.

Dinámica del Secuestro

De acuerdo con el reporte oficial de las autoridades, el suceso inició cuando cinco individuos ingresaron por la fuerza a una residencia. Durante este acto, los implicados sustrajeron diversos bienes materiales del domicilio y retuvieron contra su voluntad a un hombre, a su esposa y a la hija de ambos, una bebé de apenas dos meses de edad. Transcurridas varias horas desde la incursión inicial, los captores decidieron liberar a la mujer y a la infante en otra ubicación. Posteriormente, establecieron comunicación directa para exigir el pago de sesenta mil dólares estadounidenses a cambio de otorgar la libertad del ciudadano aún retenido, configurando legalmente el escenario de extorsión.

La Policía Nacional del Ecuador efectuó una intervención operativa táctica en la provincia de Esmeraldas, en la parroquia Tonsupa del cantón Atacames, logrando la localización y aprehensión de dos personas requeridas por el sistema de justicia. Esta acción se desarrolló el 19 de septiembre de 2026 bajo las directrices del Decreto Ejecutivo 498 y la aplicación de la Estrategia Operacional 3D, El despliegue policial requirió de labores previas de inteligencia y rastreo para ubicar a los ciudadanos, garantizando su detención mediante protocolos constitucionales estrictos y sin registrarse alteraciones al orden público durante la incursión en este sector de la costa ecuatoriana.

Perfil Legal

Los ciudadanos capturados en esta operación fueron identificados formalmente como Julio V. y Yesenia S., sobre quienes pesaban boletas de captura activas emitidas por las autoridades por su presunta participación en el delito de violación. Según los reportes oficiales de la institución policial, el procedimiento reviste particular importancia dado que Julio V. constaba en los registros

estatales clasificado como un Individuo de Interés Penal Relevantísimo (IIPR). Esta categoría de alta prioridad en las labores de localización delictiva movilizó recursos especializados de los bloques de búsqueda para asegurar la interceptación de ambos procesados en su refugio temporal esmeraldeño.

Antecedentes del Caso

Los informes derivados de las investigaciones preliminares señalan que los dos aprehendidos están presuntamente vinculados a una causa penal originada en 2025 en la provincia del Guayas. El expediente judicial investiga hechos de suma gravedad relacionados con la presunta explotación sexual, donde las víctimas directas serían los propios hijos de los procesados. Tras la captura en Tonsupa y el respectivo cumplimiento de las diligencias médicas y administrativas de rigor, los implicados fueron puestos inmediatamente a disposición de las instancias judiciales competentes. Estas autoridades serán las encargadas exclusivas de resolver su situación legal y determinar sus responsabilidades penales definitivas. (DLH)

Liberación

Tras las labores técnicas de investigación, las fuerzas del orden lograron identificar el lugar exacto donde se encontraba la víctima, ejecutando una incursión que resultó en el rescate del ciudadano. En el sitio, los agentes policiales procedieron con la aprehensión en flagrancia de tres sujetos, identificados como Kevin Alexander Pata Salazar, Joan Stick Campo Carranza y Maykel Joel Cheme Portez. Durante el registro del lugar, el personal incautó un vehículo y tres motocicletas, confirmando que dos presentaban reportes vigentes por robo. Adicionalmente, se recolectaron como evidencias diez cartuchos, dos teléfonos celulares y dos radios de comunicación, ingresados bajo estricta cadena de custodia. (DLH)

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DE MUISNE JEFATURA DE AVALÚOS Y CATASTROS

El GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MUISNE Extracto de Publicación De acuerdo a lo establecido en el CAPÍTULO III, Artículo 10, numeral 6, de LA ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE NORMA LA REGULARIZACIÓN Y ADJUDICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS BIENES MOSTRENCOS DEL CANTÓN MUISNE. REGISTRO OFICIAL No. 979 de fecha 27 de julio 2023. Se comunica a la ciudadanía en general, que a través de la Jefatura de Avalúos y Catastros se ha solicitado la adjudicación de un bien inmueble mostrenco, con clave catastral: 51010101702100000000, Ubicado en: Bolívar : Parroquia; Bolívar, Cantón: Muisne, Provincia: Esmeraldas, demarcado dentro de los siguientes linderos y dimensiones: LOTE NORTE: Colinda con JAMA BRAVO JANET AMARILI del P4 al punto P1 , rumbo N78º 32,44E y una distancia de 12.20 mts S U R : Colinda con CALLE SIN NOMBRE, del punto P2 al punto P3 con rumbo S76º 38,42W y una distancia de 12.20 mts ESTE: Colinda con CHEME CASTILLO SANDRA LILIANA, del punto P1 al punto P2 con rumbo S13º22,43E y una y una distancia de 16.00 mts OESTE: colinda con SÁNCHEZ ESPINOZA CARMEN GUADALUPE, del punto P3 al punto P4 con rumbo N13º21,16W y una distancia de 16.00 mts la propiedad de la SEÑORA AREQUIPE CORREA MARÍA GLORIA con una Superficie de 197.86 𝒎𝒎𝟐𝟐 Lo comunico para los fines de Ley


POLÍTICA 06

P ESMERALDAS | MARTES 22/SEPTIEMBRE/2026

Elecciones en EE.UU.: ¿peligra el Escudo de las Américas? Las elecciones generales en Estados Unidos serán en noviembre de 2026; de su resultado dependerán los efectos para la iniciativa Escudo de las Américas, de la que forma parte Ecuador. El electorado de Estados Unidos deberá elegir el 3 de noviembre de 2026 a los 435 miembros de la Cámara de Representantes y a 35 miembros de los 100 del Senado. Si en esos espacios gana la oposición (demócratas), esta limitaría el marco de acción del presidente Donald Trump, aunque el impacto para el Escudo de las Américas y para Ecuador sería mínimo, observan analistas consultados. Las nuevas autoridades del Senado y de la Cámara de Representantes se posesionarán el 3 de enero de 2027 y legislarán durante los dos años de mandato que le restan a Trump, que representa al Partido Republicano. Su segundo periodo como presidente finalizará el 20 de enero de 2029.

¿El Escudo seguirá sin Trump?

El 16 de septiembre de 2026, Fox News difundió los resultados de su encuesta en la que se observan los siguientes datos: • El 61% considera que el precio de la gasolina es un problema grave. • El 64% cree que los aranceles perjudican la economía estadounidense. • El 63% afirma que la administración Trump ha empeorado la economía. • El 51% indica que, si tuviera que votar, apoyaría al candidato demócrata en su distrito electoral y el 44% al republicano. Francisco Endara Daza, analista político ecuatoriano radicado en EE.UU., señala que hasta 2029 pueden ocurrir varios hechos, incluso que haya intentos de sacar del poder a Trump antes de concluir su mandato. Sin embargo, no descarta que tras las elecciones de noviembre Trump pierda influencia en la Cámara o el Senado, pero apunta que ya ha dejado sentadas las bases sobre la estrategia de seguridad.

EL DATO Delcy Rodríguez, presidenta encargada de Venezuela, tiene previsto reunirse con el presidente Donald Trump. Perú no se estableció una cifra, pero será algo importante porque allí hay influencia de China con el Puerto de Chancay. A Ecuador le ofrecieron $55 millones y algunos equipos militares”. Bajo esa lógica, Leví ve que no habría mayor impacto para Ecuador si hubiera cambios en el Escudo: “Si pasa algo en el Escudo de las Américas, los más afectados serán Colombia y Perú. Ecuador tendría un impacto, la cooperación que recibe se vería más limitada, pero no es una cooperación gigantesca. No será un golpe terrible contra la capacidad de acción del país”.

¿Elecciones le pasarán factura a Trump? INICIATIVA. Donald Trump, presidente de EE.UU., junto a los presidentes de la región que firmaron la creación del Escudo de las Américas en marzo de 2026. (Foto: Casa Blanca).

La estrategia de seguridad nacional de la administración Trump fue presentada en diciembre de 2025. Endara agrega que en ausencia de Trump el Escudo continuaría vigente, porque surgió de esa estrategia de seguridad. “A partir del 2001, EE.UU. dejó sola a Latinoamérica y empezaron a ganar terreno las políticas de estos grupos del socialismo del siglo XXI, relacionados con el crimen organizado. El Escudo de las Américas está relacionado justamente con un ataque al crimen organizado”, señala. Comenta que un gobierno debe garantizar la seguridad física y jurídica de un país y que eso en Latinoamérica, por lo general, no se cumple: “El presidente Daniel Noboa tiene que cumplir, hasta ahora lo está haciendo bien. Él tiene que mantenerse en eso (Escudo), independientemente de lo que pase con Trump o las elecciones en EE.UU.”.

Ecuador no sufriría un efecto Michel Leví Coral, experto en Derecho Internacional y Europeo, refiere que los votos de

PROFESIONAL. Francisco Endara Daza, analista político ecuatoriano radicado en EE.UU.

noviembre legitimarán o no la acción del Gobierno de Trump. “Si el Gobierno no tiene una buena aceptación, debería reflejarse en los votos; pero no siempre sucede porque el Gobierno de Trump ha buscado limitar las capacidades del voto por vía del correo”, agrega. En algunos Estados de EE.UU. ha comenzado el proceso del voto por correo desde septiembre de 2026. Leví tiene otra perspectiva sobre el Escudo de las Améri-

cas: “Es una iniciativa del Gobierno de Trump. Pero, como tal, no tiene una institucionalidad establecida a nivel de EE.UU. ni a nivel regional”. El experto hace una comparación entre lo que dejó la visita de Marco Rubio, secretario de Estado de EE.UU. en la región: “Ecuador es un socio marginal de EE.UU., lo ha demostrado de forma muy clara en la última visita de Rubio. Con Colombia se habló de acuerdos de $1.000 millones para temas de seguridad. Con

Para Esteban Santos, experto en Relaciones Internacionales, hay aspectos que evidencian la desesperación de la administración Trump ante el panorama electoral. “Ese desespero se demostró cuando un presidente en funciones lanzó esa propuesta casi digna de populistas sudamericanos, de que si ganan los republicanos se pagará $5.000 a cada adulto”, recuerda. Observa que, si los demócratas ganan en noviembre, el mandatario tendrá una “pérdida importante”, pero reaccionaría. “Se viene una radicalización de las políticas de Trump a punta de decretos y por lo tanto una polarización y mayor inestabilidad”, advierte. Explica su hipótesis: “Históricamente, una elección de medio término no es favorable al presidente de turno por el normal desgaste de su gestión. Trump ahora trata de cambiar el eje y así se puede entender que Delcy Rodríguez, presidenta encargada de Venezuela, hoy (22 de septiembre de 2022) en la Asamblea General de las Naciones Unidas. Este tipo de cosas se dan por el desespero de Trump de mostrar resultados, por ejemplo, sobre el petróleo”. (KSQ)


07 POLÍTICA

ESMERALDAS | MARTES 22/SEPTIEMBRE/2026 I

teaba la despenalización del autocultivo de hasta 30 plantas de cannabis por persona para consumo adulto, restringía el acceso estricto a menores de edad salvo prescripción médica, y proponía la creación de una entidad encargada de su regulación para supervisar la cadena productiva.

Los ejes de la propuesta •

ACTIVISMO. Una organización ciudadana recolectó firmas durante dos años para impulsar la normativa.. (Foto: DHL)

Cannabis psicoactivo: legalización estaría en manos de la CC

•

La iniciativa ciudadana que buscaba regular el uso responsable y el autocultivo de cannabis en Ecuador tomaría un camino alternativo tras la imposibilidad de su análisis en la Asamblea Nacional. El grupo que lo promueve espera que la Corte Constitucional (CC) dé vía libre.

•

Por vía constitucional, la Red de Acción Cannábica del Ecuador (Redcann), una organización ciudadana que agrupa a personas vinculadas a la planta del cannabis, espera conseguir lo que no pudo a través del camino electoral ni de la Función Legislativa. Esto porque la Asamblea Nacional declaró, a finales de agosto de 2026, la imposibilidad de continuar con el tratamiento de un proyecto de ley que planteaba el uso responsable y el autocultivo del cannabis en Ecuador. El archivo de la iniciativa popular se dio luego de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) emitiera un informe definitivo sobre la verificación de apoyos, pero el número de firmas fue insuficiente.

•

Firmas invalidadas

A pesar de que el organismo

electoral otorgó un plazo adicional de 90 días para completar los respaldos requeridos, la meta no se cumplió. La Redcann recolectó firmas durante dos años y el 24 de julio de 2026 presentó al CNE 34 sobres con 800 firmas ciudadanas cada uno. El objetivo del colectivo era cubrir las firmas que restaban para que el organismo electoral valide el proceso y devuelva la propuesta a la Asamblea Nacional para su trámite legislativo. Se requerían 34.136 firmas, correspondientes al 0,25% del registro electoral nacional, reunieron unas 48.000 firmas, pero se validaron 27.697. Según Daniela Onofre, vocera de la Redcann, varias de las firmas que presentaron fueron invalidadas y se terminó el proceso en el ámbito legislativo. En 2024 ingresaron una deman-

da a la Corte Constitucional (CC), que aceptó a trámite su pedido en 2025. Onofre explicó que plantearon una demanda por vulneración al libre desarrollo de la personalidad. Piden la legalización del cannabis psicoactivo, es decir, aquel que tiene más del 1% de THC. Actualmente, el Código Orgánico Integral Penal (COIP)

permite el uso, comercio y consumo de productos derivados de cáñamo con una concentración de tetrahidrocannabinol (THC) inferior al 1%.

Dichos productos requieren certificados de laboratorio que avalen dicho porcentaje para su comercialización legal como cáñamo no psicoactivo. El proyecto normativo presentado por la Redcann buscaba extender la regulación al uso recreativo y a concentraciones superiores. Además, la normativa plan-

Autocultivo y licencias: Establecía un límite de hasta 30 plantas para uso personal con el fin de diferenciar el autocultivo de la actividad comercial. Proponía que el Ministerio de Agricultura emitiera licencias accesibles para pequeños agricultores y emprendedores. La Asamblea podría modificar el número de plantas permitidas. Marco normativo y sanciones: Planteaba retirar el THC de la tabla de sustancias sujetas a fiscalización. En lugar de penas privativas de la libertad, proponía sanciones económicas y multas para quienes comercialicen sin licencia o superen los límites permitidos. Modelos de distribución: Se contemplaba la creación de clubes cannábicos para mayores de edad con acompañamiento profesional y dispensarios medicinales, inspirados en legislaciones de Uruguay, España y Estados Unidos. Economía y turismo: La propuesta buscaba aprovechar las condiciones climáticas del país para la producción agrícola, incentivar el turismo especializado y generar ingresos fiscales destinados a programas de prevención y salud pública.

Cifras de la industria formal

En Ecuador hay 30 empresas que se dedican a la siembra y cultivo, extracción, productos finales y servicios, pues desde 2024 integran el denominado Clúster Nacional de Cannabis No Psicoactivo y Cáñamo. La actividad alcanzó una facturación aproximada de $10 millones en 2024, unos $15 millones en 2025 y esperan alcanzar los $20 millones en 2026. Hay usos en alimentos, suplementos, productos de bienestar, cosmética, veterinaria, deporte.

Lizbeth Fajardo, quien es presidenta del clúster, indicó que la propuesta de la Red Cannábica no tiene relación con la industria que han desarrollado. Indicó que el clúster tiene cinco regulaciones: • Despenalización del COIP. • Licencias otorgadas por el Ministerio de Agricultura. • Normativas de la Agencia Nacional de Regulación, Control, y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) para consumo humano. • Normativa de Agrocalidad para consumo de animales. • 1% del THC para recetas especiales.

Psicoactivo y no psicoactivo

Una paciente con esclerodermia, una enfermedad autoinmune que engrosa la piel y la endurece, empezó a tomar gotas con cannabis, y en ocasiones usa crema cuando le duelen las articulaciones. Comentó que le ayuda a dormir y se siente calmada. Su uso, acotó, no ha sido continuo sino cuando lo necesitaba. Fajardo expresó que la diferencia entre el cannabis psicoactivo y no psicoactivo radica en el tipo de planta. Además, cuando tiene menos de 1% de THC es no psicoactivo y, acotó, permite el desarrollo de la industria sin causar adicción. Es psicoactivo cuando supera ese porcentaje y podría causar euforia, desorientación, sin embargo, en ciertas patologías como tratamientos oncológicos se usa con receta especial. Para Onofre, la ley actual permite el uso de cannabis psicoactivo bajo una receta médica, pero no permite su cultivo ni su procesamiento. Agregó que no solo están defendiendo el uso medicinal sino también el uso recreativo y el autocultivo. Argumentó que el usuario cannábico está siendo perseguido y criminalizado sin ser esa la situación. Asimismo, adujo que buscan proteger a los menores de edad para evitar que sean reclutados por grupos de economías no reguladas o que usen cannabis a edades tempranas. Onofre no es optimista con que la Corte Constitucional (CC) emita un fallo pronto, pero señaló que seguirán con su objetivo de trabajar en educación en territorio. (JGP)


PAÍS 08

P ESMERALDAS | MARTES 22/SEPTIEMBRE/2026

EN LA

WEB lahora.com.ec SOCIEDAD

Plan sobre la primera infancia se presentó en Nueva York SEGURIDAD

¿Quién es Dritan Rexhepi?: el narco albanés ayudado por médicos ecuatorianos

PROCESO. Carlos Alarcón se presentó a la audiencia de impugnación dentro del concurso para la Fiscalía General, pero quien lo objetó no.

Concurso de Fiscal: impugnación contra Carlos Alarcón fue archivada El funcionario es uno de los participantes del concurso que lleva adelante el Cpccs. La única impugnación contra Carlos Alarcón, fiscal (e) y quien busca ser el titular de esa entidad, dentro del

concurso que lleva adelante el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) fue archivada.

CONVOCATORIA De conformidad con lo establecido en los artículos 67, 77, 78, 79, 80 y 81 de la Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación (Registro Oficial – Sexto Suplemento N.° 223, 11 de febrero de 2026); artículos 67, 69 y 70 de su Reglamento General, expedido mediante Decreto Ejecutivo N.° 422 (Registro Oficial, junio de 2026); y, artículos 13, 14, 15, 17 y 49 literal c) del Estatuto de la Federación Deportiva Provincial de Cotopaxi; CONVOCO A sesión de ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA de la Federación Deportiva Provincial de Cotopaxi, para el día miércoles 30 de septiembre de 2026, a las 10h00, Vía Telemática, (REUNIÓN POR ZOOM), para conocer y resolver exclusivamente sobre el siguiente: ORDEN DEL DÍA: 1.Constatación del quórum reglamentario. 2.Instalación de la Asamblea General Extraordinaria. 3.Conocimiento y resolución respecto de los estados financieros del ejercicio en curso. 4.Conocimiento y resolución respecto de la proforma presupuestaria correspondiente al ejercicio fiscal 2027. 5.Clausura de la sesión. NOTA: Los informes económicos, financieros y la proforma presupuestaria que sustentan los puntos constantes en el orden del día se adjuntan a la presente convocatoria para conocimiento previo por parte de los asambleístas. SE REMITIRA EL LINK DE ACCESO EL DIA DE LA ASAMBLEA DISPOSICIONES SOBRE EL QUÓRUM Y REPRESENTACIÓN • Quórum: De conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación, en concordancia con el artículo 69 de su Reglamento General y el artículo 15 del Estatuto de la Federación Deportiva de Cotopaxi, la Asamblea se instalará con la presencia de la mitad más uno de sus miembros activos con derecho a voz y voto. El Secretario General verificará el quórum correspondiente previo a la instalación de la sesión. En caso de no existir el quórum requerido, se procederá conforme a lo establecido en la Ley y su Reglamento, respecto de la segunda convocatoria. • Representación: De conformidad con el artículo 69 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación y el artículo 17 del Estatuto de la Federación Deportiva de Cotopaxi, los presidentes de los organismos filiales no requerirán carta de acreditación, poder o delegación, siempre que cuenten con su registro de directorio vigente. En caso de subrogación, se deberá presentar la documentación habilitante respectiva, conforme a la normativa aplicable. La presente convocatoria será notificada por correo electrónico y publicada adicionalmente en la página web y redes sociales oficiales de la Federación, así como en un diario de circulación nacional o local, conforme lo establece el artículo 79 de la Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación.

Latacunga, 22 de septiembre de 2026

La tarde de este lunes había sido convocado para responder por la objeción presentada por Leonid Arboleda. A las 14:00 se instaló la audiencia de impugnación en el piso 10 del Cpccs donde una Comisión Ciudadana de Selección realiza las diligencias. La mesa y silla de Alarcón estaban ocupadas en tanto que la de su impugnante lucieron vacías. Integrantes de la comisión mencionaron que, en vista de que no se ha presentado la persona que planteó el cuestionamiento, se debe aplicar el numeral 5 del artículo 52 del reglamento para la selección y designación del Fiscal General del Estado, que establece el archivo de la objeción. No hubo tampoco ninguna comunicación de Arboleda con un pedido de diferimiento. Alarcón indicó que la inasistencia activa de manera

inmediata el archivo de la impugnación y así lo pidió a la comisión. Acotó que hubo “temeridad” por parte de la persona que lo objetó. Solicitó además avanzar en las siguientes fases del concurso. Las etapas pendientes son las de oposición y recalificación y designación. En la fase de méritos y recalificación Alarcón obtuvo 46,5/50 puntos, pero las mejores puntuadas son Daniella Camacho con 48/50 puntos, jueza de la Corte Nacional de Justica (CNJ) e Inés Maritza Romero, jueza de la Corte Provincial de Pichincha, que alcanzó 47,25/50 puntos. Es la única impugnación contra el funcionario y se presentó porque, supuestamente, es sospechoso del presunto delito de perjurio. Dentro del concurso no se admitieron tres impugnaciones contra Alarcón. (JGP)

DIPLOMACIA

Roberto Kury se reunió con el canciller de la India, en EE.UU. PAÍS

Gobierno acercó opciones de acceso a vivienda a ecuatorianos en EE.UU. TUNGURAHUA

Ambato: cierre de hostales cambia la realidad de la 12 de Noviembre


09 PUBLICIDAD ESMERALDAS | MARTES 22/SEPTIEMBRE/2026 I

Juicio No. 17203-2023-03413 CASILLERO UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 31 de julio del 2026, a las 15h04. EXTRACTO JUICIO No: 17203-2023-03413 ACCIÓN: INTERDICCIÓN TRAMITE: SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA ACTORA: MARIA ELENA MINA SALAZAR DEMANDADO: JUAN ANTONIO ANDINO LEIVA Y OTROS DEFENSOR TECNICO: AB. ZOILA MARIA ESTEFANIA PINOS GALINDO PUBLÍQUESE POR UNA SOLA VEZ EN UNO DE LOS PERIÓDICOS DE MAYOR CIRCULACIÓN QUE SE EDITAN A NIVEL NACIONAL, LA DECLARATORIA DE INTERDICCION DEFINITIVA DE JUAN ANTONIO ANDINO LEIVA, C.C. 0601410111.

001-005-0863

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 18 de junio del 2026, a las 16h22. VISTOS: En lo principal: [1] Antecedentes: [1.1] Identificación de las partes procesales: Mediante resolución emitida con fecha 30 de abril del 2024 (fs. 281 a 285), se ha declarado la interdicción provisional del señor JUAN ANTONIO ANDINO LEIVA. Mediante acto de proposición presentado con fecha 07 de noviembre del 2025 (fs. 538 a 546), consignando sus generales de ley, comparece ante la autoridad jurisdiccional la señora MARIA ELENA MINA SALAZAR, solicitando la interdicción definitiva de su cónyuge antes referido. [1.2] Enunciación de los hechos y circunstancias objeto de la demanda: Manifiesta principalmente: “...3.1.- Que yo la señora MARÍA ELENA MINA SALAZAR y el señor JUAN ANTONIO ANDINO LEIVA, contrajimos matrimonio civil el día diez y nueve (19) de marzo de mil novecientos ochenta y uno (1981) en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, matrimonio que consta en el Tomo 4, Página 260, Acta 1450. 3.2. - Que, mi conyugue el señor JUAN ANTONIO ANDINO LEIVA, sufrió un paro cardiaco en el año 2010 y a consecuencia de esto en el año 2014 fue sometido a STUNTS, por infarto coronario; (un stunt coronario es un dispositivo que se coloca en las arterias para suministrar sangre al corazón); en efecto por esta condición se le ha suministrados medicamentos en base a OMACOR, VASCUBID PLUS, URALO; BLOPRESS, CARDIOASPIRINA, CONCORD; que han afectado a su función cerebral.- 3.3.- Mi cónyuge el señor JUAN ANTONIO ANDINO LEIVA a partir de 2019 empezó a manifestar deterioro cognitivo severo: olvidos frecuentes, dificultades para reconocer rostros, nombres y objetos, cambios de conducta, impulsividad y pérdida de memoria.- 3.4.- Del historial clínico que se encuentra inmerso en el proceso judicial de INTERDICCIÓN PROVISIONAL 17203-2023-03413, se desprende que mi cónyuge el señor JUAN ANTONIO ANDINO LEIVA presenta un deterioro cognitivo severo de origen neurológico, diagnosticado mediante múltiples exámenes de resonancia magnética, estudios de video EEG y evaluaciones neuropsicológicas, los cuales evidencian demencia tipo Alzheimer con afectación de memoria, razonamiento y conducta. Dichos informes médicos y periciales concluyen que el paciente carece de capacidad para administrar sus bienes o tomar decisiones respecto a su vida personal y patrimonial. Lo señalado se acredita en el expediente de interdicción provisional, constante en el Cuerpo I y II de foja 106 a la 112. 3.5.- Con todos estos antecedentes con fecha 12 de julio del 2023, procedí a ingresar demanda de interdicción provisional, misma que fue sorteada a la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quito, con sede en Mariscal Sucre, y designada como Juez Ponente la doctora ANA ALEXANDRA APOLO ALMEIDA, proceso signado con el número de causa 17203-2023-03413.- Lo señalado se acredita en el expediente de interdicción provisional, constante en el Cuerpo II de foja 125 a la 132. 3.6.- Se deja constancia que el estado del interdicto ha quedado establecido en el proceso de INTERDICCIÓN PROVISIONAL 17203-2023-03413, es decir, la condición cognitiva del señor JUAN ANTONIO ANDINO LEIVA ya fue debidamente establecida en la demanda anterior, conforme los informes médicos que constan en autos: i) Informe del Dr. Jaime Augusto Aroca Chaguaro, médico general, de fecha 9 de mayo de 2023, obrante en Cuerpo I de fojas 6 a la 13; ii) Informe de la perito psicóloga Laura Iñiguez Ojeda, de fecha 12 de junio de 2023, obrante en Cuerpo I de fojas 21 a la 24; y iii) Informe del Dr. Hugo Ramiro Montenegro López, perito en neurología, de fecha 31 de enero de 2024, obrante en Cuerpo II y III de fojas 177 a 251, los cuales coinciden en determinar el deterioro cognitivo severo del mencionado. 3.7.- Con fecha 30 de abril del 2024, la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quito, con sede en Mariscal Sucre, dictó auto de interdicción provisional al señor Juan Antonio Andino Leiva, nombrando como curadora interina a nuestra hija la señora María Beatriz Andino Mina.- Lo señalado se acredita en el expediente de interdicción provisional, constante en el Cuerpo III y IV de foja 281 a la 301. 3.8. - Posterior a esto los días 7, 10 y 15 de mayo de 2024, se fijaron carteles de aviso de interdicción en tres lugares: Unidad Judicial Mariscal Sucre, Complejo Judicial Norte (Iñaquito) y Sorteos y Casilleros Judiciales de Quito. Lo señalado se acredita en el expediente de interdicción provisional, constante en el Cuerpo IV a foja 320. 3.9.- El día 10 de mayo de 2024, se realizó la posesión de la curadora interina, María Beatriz Andino Mina, quien aceptó el cargo y asumió la representación de su padre.- Lo señalado se acredita en el expediente de interdicción provisional, constante en el Cuerpo IV a foja 312 a la 314. 3.10.- Con fecha 20 de mayo del 2024, se procede a realizar la publicación del extracto de juicio de interdicción en el diario la hora. Lo señalado se acredita en el expediente de interdicción provisional, constante en el Cuerpo IV a foja 321 a la 325. 3.11.El día 20 de mayo del 2024, ante el Notario Octogésimo Primero del cantón Quito, se procedió a protocolizar el acta de posesión de curadora interina. Lo señalado se acredita en el expediente de interdicción provisional, constante en el Cuerpo IV a foja 326 a la 329. 3.12.- Entre el mes de septiembre y octubre del 2024, se realizó las inscripciones dispuestas en los registros correspondientes, respecto a la interdicción. Lo señalado se acredita en el expediente de interdicción provisional, constante en el Cuerpo IV a foja 334 a la 351.- 3.13.- Con fecha 31 de enero de 2025, con el objeto de realizar inventario solemne de bienes del interdicto, conforme al art. 403 del Código Civil; mediante auto de sustanciación se designaron tres peritos: 1) Edixon Felipe Saritama (contabilidad y auditoría). 2) Katherine Betancourt (avalúo de inmuebles). 3) Rubén Francisco Mena (ingeniería mecánica). Lo señalado se acredita en el expediente de interdicción provisional, constante en el Cuerpo IV a foja 367 a la 368.- 3.14.- El día 11 de marzo del 2025, el Perito Rubén Francisco Mena Mena, presentó su informe pericial respecto a los bienes muebles (vehículos) del interdicto.- Lo señalado se acredita en el expediente de interdicción provisional, constante en el Cuerpo IV a foja 386 a la 398.- 3.15.- El día 27 de marzo del 2025, la Perita KATHERINE BETANCOURT, presentó su informe pericial respecto a los bienes inmuebles del interdicto.- Lo señalado se acredita en el expediente de interdicción provisional, constante en el Cuerpo IV y V a foja 400 a la 432.- 3.16.- Con fecha 28 de marzo del 2025, el Perito EDIXON FELIPE SARITAMA GUERRERO, presentó su informe pericial contable respecto a las cuentas y activos del interdicto.- Lo señalado se acredita en el expediente de interdicción provisional, constante en el Cuerpo V y VI a foja 433 a la 521.- Con todos los antecedentes expuestos, la demencia que padece mi cónyuge, señor JUAN ANTONIO ANDINO LEIVA, determina de manera definitiva que no se encuentre en condiciones de celebrar actos ni contratos con la capacidad legal requerida. En consecuencia, resulta indispensable iniciar el presente proceso de INTERDICCIÓN DEFINITIVA, puesto que dentro del trámite de interdicción provisional No. 17203-2023-03413, y con base en los informes médicos y periciales evacuados, ha quedado plenamente establecida la incapacidad del mencionado para administrar sus bienes y tomar decisiones válidas en derecho, consecuentemente es indispensable se nombre un CURADOR DEFINITIVO que lo represente y defienda sus intereses, cargo para el cual insinúo a nuestra hija la señora MARIA BEATRIZ ANDINO MINA, con cédula de ciudadanía número 171382625-1, quien no se encuentra inmersa en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 518 del Código Civil y que, además, ha venido desempeñando de manera diligente y eficiente las funciones de curadora provisional…” Fundamenta su acción en el Art. 367 y siguientes del Código Civil; señala el lugar para recibir notificaciones así como la autorización al Abogado patrocinador; anuncia y solicita la prueba que pretende actuar para sustentar su petición. (…) SEXTO: Decisión: Con los antecedentes expuestos, por cuanto de la valoración conjunta de los recaudos procesales, la suscrita jueza ha llegado al convencimiento del avance y deterioro del estado de salud físico y mental de JUAN ANTONIO ANDINO LEVIA, el mismo que no le permite administrar sus bienes ni realizar actos que pueda suscribir con su libre consentimiento y que impliquen asumir obligaciones, con fundamento en los Arts. 82 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador, Arts. 267, 467, 468 y siguientes del Código Civil, tomando como antecedente la Resolución de Declaratoria de Interdicción Provisional de fecha 30 de abril del 2024, que ha sido legalmente sustanciada; esta Unidad Judicial, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR, Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA REPÚBLICA, RESUELVE: [6.1] Declarar la INTERDICCIÓN DEFINITIVA del señor JUAN ANTONIO ANDINO LEIVA, con cédula de ciudadanía No. 0601410111. [6.2] De conformidad con el Art. 468 del Código Civil, inscríbase ésta resolución en el Registro Mercantil, Registros de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, Latacunga y Cuenca y Agencia Nacional de Tránsito; publíquese por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan a nivel nacional y por carteles en número de tres en los parajes más frecuentados de los cantones Quito. Hecho que sea, incorporen al proceso la publicación y la constancia de la publicación de carteles. [6.3] De conformidad con el Art. 10 numeral 23 de la Ley de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, ofíciese a la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación a fin de que procedan a marginar esta resolución en los datos de filiación y /o registro único personal del señor JUAN ANTONIO ANDINO LEIVA, con cédula de ciudadanía No. 0601410111, para lo cual remítase suficiente despacho, una vez ejecutoriada esta sentencia y déjese constancia de la marginación en el proceso. [6.4] Conforme lo determina el Art. 484 del Código Civil, por no existir oposición a la designación realizada sobre la curadora interina, se nombra Curador General a la señora MARIA BEATRIZ ANDINO MINA con cédula de ciudadanía No. 1713826251, a quien, se le releva de la obligación de rendir fianza conforme lo establece el Art. 400 numeral 1 del Código Civil, pero si queda sometida a la obligación de rendir cuentas de ser el caso que alguien lo requiera, a quien, se le releva de la obligación de rendir fianza conforme lo establece el Art. 400 del Código Civil, dada la naturaleza del nombramiento. La posesión del cargo se realizará el día 01 DE JULIO DEL 2026, A LAS 09H00, en la Sala 10, piso 5 de esta Unidad Judicial. Cumplido que han sido el requisito establecido en el Art. 403 del COGEP, la indicada curadora general entrará en administración de los bienes de su padre de acuerdo al Inventario de los Bienes del Interdicto que ha sido aprobado por las partes y la autoridad jurisdiccional y que consta de autos: (i) informe pericial mecánico (fs. 386 a 398), (ii) informe pericial inmuebles (fs. 400 a 432); (iii) informe pericial contable (433 a 521), así como los habilitantes (fs. 343 a 350, fs. 701 a 775). [7] En aplicación de la Resolución 102-2023 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, en observancia al principio de austeridad del servicio público y reingeniería institucional, en concordancia con el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos, el presente auto es notificado a las partes procesales en los Casilleros Judiciales Electrónicos, de sus defensores técnicos, como también en los correos electrónicos (defensor / partes procesales) que han señalado dentro de la presente causa, para los fines pertinentes. Se recuerda a las partes procesales y defensores técnicos, que de ser necesario, procedan a realizar la actualización del lugar donde recibirán sus notificaciones electrónicas. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. APOLO ALMEIDA ANA ALEXANDRA JUEZA (PONENTE).


GLOBAL

ESMERALDAS | MARTES 22/SEPTIEMBRE/2026 I

CNN, MSNOW y Politico demandarán a la administración Trump

redes sociales que la decisión de vetarles la entrada está relacionada con la “constante difusión de noticias falsas”. “Los medios de comunicación no deberían poder escribir o informar constantemente sobre ficción y mentiras cuando cubren noticias sobre el presidente, la Administración Trump o Estados Unidos”, dijo el pasado viernes. Previamente, la Casa Blanca había impedido el acceso a la agencia The Associated Press al Despacho Oval, el ‘Air Force One’ y otros espacios de la Presidencia en represalia por la negativa del medio a utilizar la denominación golfo de América para el golfo de México. AP denunció la medida al amparo de la Primera Enmienda y un juez federal ordenó a la Casa Blanca retirar el veto. La Administración ha recurrido. También un periodista de ‘The Wall Street Journal’ fue vetado del ‘Air Force One’ en 2025 tras las quejas de Trump sobre la información publicada por el periódico acerca del magnate estadounidense Jeffrey Epstein, fallecido en prisión tras ser condenado por dirigir una red de tráfico sexual de menores que implicaba a personalidades y millonarios estadounidenses.

Las cadenas de televisión CNN, MSNOW y el diario Politico demandarán a la Administración del presidente, Donald Trump, por prohibirles el acceso a la Casa Blanca.

Las cadenas de televisión CNN y MSNOW, así como el diario estadounidense Politico, han anunciado este 21 de septiembre de 2026 que demandarán a la Administración del presidente, Donald Trump, por prohibir a sus periodistas el acceso a la Casa Blanca en una serie de medidas de represalia adoptadas supuestamente por la publicación de “mentiras”. “Esta mañana hemos notificado al Gobierno de que vamos a presentar una demanda para proteger nuestro derecho, tal y como lo recoge la Primera Enmienda de la Constitución, para proteger nuestro derecho y evitar que sea el Gobierno el que decide de qué informa la prensa o qué publica”, han indicado los tres medios en un comunicado conjunto. En este sentido, han lamentado que la Casa Blanca “revocara sin justificar ni notificar previamente las credenciales de los pe-

PERSONAJE. El presidente de EE.UU., Donald Trump. Casa Blanca

riodistas afectados porque tenían objeciones sobre su forma de informar”. “Si no hacemos nada, esto amenaza la libertad de prensa y el derecho de la población a un periodismo independiente y libre de la interferencia del Gobierno”, han asegurado.

Los periodistas afectados

Los periodistas en cuestión

se vieron afectados la semana pasada. En el caso de CNN, la periodista Betsy Klein no pudo entrar el 19 de septimebre en la Casa Blanca y se le retiró su pase de prensa, mientras que la periodista de MSNOW Akayla Gardner y un cámara tampoco pudieron acceder. Gardner tuvo que informar desde fuera del recinto presidencial.

Desde Politico, su redactor jefe, Jonathan Greenberger, denunció que la periodista Cheyenne Haslett intentó entrar en la Casa Blanca para hacer su trabajo como corresponsal pero se le negó la entrada y se le confiscó su acreditación.

La versión de Trump

Trump ha señalado en sus

ANULACION POR HABERSE EXTRAVIADO QUEDAN ANULADOS LOS TITULOS DE ACCIONES Nos. 4587; 5948; 8074; 9487; 10994; 12537; 14133 DEL CONJUNTO CLINICO NACIONAL CONCLINA C.A. DE PROPIEDAD DE LA SRA. GUILLERMINA LUCRECIA MERCHAN SANCHEZ.

Delano Massey

CUANDO INFORMAR YA NO ES SUFICIENTE CON

Gabriela Vivanco

001-006-0969

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GLOBAL

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ESMERALDAS | MARTES 22/SEPTIEMBRE/2026 I

Delcy Rodríguez llega a EE.UU. para la Asamblea General de la ONU Delcy Rodríguez llegó este 21 de septiembre de 2026 a Nueva York (EE. UU.) para “llevar la voz de Venezuela” a la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas.

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTASDE LA COMPAÑIA AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS ASESCARE S.A. De conformidad al Estatuto Social, a la Ley de Compañías y Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, se convoca a los señores accionistas de la compañía AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS ASESCARE S.A., a la reunión de Junta General Extraordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día jueves 1 de octubre del 2026, a las 16h00, en las oficinas de Lexvalor Abogados, Piso 8, Av. 12 de octubre N24-744 y Av. Coruña. Edificio Urban Plaza. (Quito, Ecuador).

MADRID. La encargada del poder en Venezuela, Delcy Rodríguez, ha llegado este 21 de septiembre de 2026 a la ciudad estadounidense de Nueva York para asistir a la 81ª Asamblea General de Naciones Unidas, que está previsto que tenga lugar a lo largo de esta semana y a la que espera “llevar la voz de Venezuela”. “Llegamos a Nueva York con la firmeza y la esperanza de un pueblo que cree en el encuentro y la unión entre las naciones. En la 81ª Asamblea General de Naciones Unidas, Venezuela estará presente para llevar su voz y defender sus principios”, ha destacado Rodríguez en un comunicado difundido tras aterrizar. Así, ha expresado que la agenda de trabajo para estos días “se basa en el respeto, la cooperación y el entendimiento”. “Somos un país que apuesta por la paz, el diálogo y la construcción de caminos comunes”, ha zanjado.

Los accionistas también podrán asistir vía telemática, a través de la plataforma TEAMS en el siguiente enlace: https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_NTMzNzk4ZDctY jE0Ny00MDU1LWJjZjItZjIwZTdmMTg5ZWYy%40thread.v2/0?context=%7b %22Tid%22%3a%22d65a746d-8ceb-4b1c-94b0-6067e2f4fd01%22%2c%2 2Oid%22%3a%22ede3f8da-6409-426c-b29c-6d23448b9935%22%7d Se conocerá y resolverá sobre el siguiente punto: 1.

Conocer y resolver sobre la designación del Gerente General de la Compañía.

Se convoca individual, expresa y legalmente al Comisario Principal de la compañía, Ing. Diego Rolando Méndez Castillo, así como el Comisario Suplente, Roberto Antonio Navas Sánchez ambos domiciliados en la ciudad de Quito. Información adicional 1.

2.

3.

4.

5.

Los accionistas podrán solicitar, por una sola vez, la inclusión de asuntos de orden del día de la junta general convocada, para tratar los puntos que indiquen en su petición, o que se efectúen correcciones formales a la convocatoria. Este requerimiento deberá ser efectuado al señor Galo Gamboa, al correo electrónico galo.gamboa@aliadoseguro.com, dentro del plazo improrrogable de 72 horas, contadas desde que se efectúa esta convocatoria. El accionista que compareciere telemáticamente dejará constancia de su asistencia mediante un correo electrónico dirigido al correo galo.gamboa@aliadoseguro.com. De no hacerlo, su comparecencia será justificada con la grabación de la reunión. Para remitir el voto de los accionistas que participen por medios telemáticos, deberán hacerlo vía correo electrónico dirigido al Secretario de la Junta General, dejando clara su identidad, el punto del orden del día y su voto “APROBADO” o “NO APROBADO” o el que correspondiera, respecto de cada moción. En el caso de no hacerlo, el sentido de su votación será justificado con la grabación de la reunión. Los accionistas pueden hacerse representar por otra persona mediante poder especial o general o autorización conferida con carta poder dirigida al representante legal de la Compañía al correo electrónico hasta la hora de inicio de la Junta General. Cualquier comunicación que los accionistas deseen cursar con respecto a esta convocatoria se lo realizará al correo galo. gamboa@aliadoseguro.com

Encuentro con Donald Trump

001-005-0870

Atentamente, Daniel Alejandro Gamboa Rosero Gerente General y Representante Legal AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS ASESCARE S.A

dos, Donald Trump, en los márgenes de la asamblea, tal y como indican fuentes del Gobierno estadounidense. El Gobierno de Estados Unidos ha confirmado que Trump se reunirá el próximo martes con Rodríguez, durante la Asamblea General de la ONU, lo que supondrá el primer cara a cara entre ambos mandatarios y la reunión de mayor nivel entre Washington y Caracas en más de una década. Según ha confirmado la Casa Blanca, la cita entre ambos líderes pondrá fin a la

agenda oficial de Trump en la Semana de Alto Nivel de Naciones Unidas, jornada en la que el líder estadounidense intervendrá ante la Asamblea General y mantendrá reuniones bilaterales con los primeros ministros de Reino Unido y Japón, así como con diversos líderes del golfo Pérsico. Este encuentro sería el primero entre líderes de ambos países desde el que tuvo lugar entre el dictador venezolano, Nicolás Maduro, y el presidente estadounidense, Barack Obama, en 2015. Estados Unidos y Venezuela restablecieron sus relaciones diplomáticas el pasado mes de marzo tras siete años de ruptura y tan solo unos meses después de que el Ejército estadounidense lanzara una operación militar contra el país caribeño que derivó en la captura y encarcelamiento de Maduro, que se encuentra actualmente en una prisión de Nueva York a la espera de que se celebre el juicio en su contra. EUROPA PRESS

Está previsto que durante su viaje Rodríguez mantenga un encuentro informal con el presidente de Estados Uni-

DIPLOMACIA. La encargada del poder en Venezuela, Delcy Rodríguez, a su llegada a EE.UU. Cuenta de X


C00

VIERNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 8694 MARTES, 22 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Editor Director FRANCISCO LÓPEZ MURILLO Hora ESMERALDAS, ECUADOR DR. FRANCISCO La VIVANCO RIOFRÍO

ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA http//www.derechoecuador.com

ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

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¿PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN ECUADOR, MITO O REALIDAD? Autor: Abg. J. Francisco López M.

1.Antecedentes: En septiembre de 2019, un equipo de investigadores en ciberseguridad descubrió un servidor desprotegido ubicado en la ciudad de Miami, estaba operado por la empresa ecuatoriana Novaestrat. Este servidor contenía los datos personales de más de 20 millones de ecuatorianos, entre personas vivas, fallecidas y menores de edad, se incluía información como nombres completos, números de cédula, historial laboral y financiera recopilada de varias fuentes incluido el Registro Civil, entidades financieras públicas y una asociación gremial del sector automotor. En su momento esta filtración constituyó la más grande registrada en América Latina. El caso Novaestrat expuso de manera cruda, un vacío normativo que el Ecuador arrastraba desde hacía años. Aunque la Constitución de la República ya reconocía el derecho a la protección de datos de carácter personal, el país no contaba con una ley que desarrollara esta garantía, ni con una autoridad de control capaz de investigar y sancionar o exigir remediación frente a hechos como este. Ante este caso la reacción política fue inmediata en el discurso, pero lenta en los hechos: apenas días después de conocerse la filtración, la Presidencia de la República, a través del Ministerio de

Telecomunicaciones y Sociedad de la Información (MINTEL) y la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (DINARDAP), presentó el 19 de septiembre de 2019, el proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Sin embargo, ese proyecto tardaría casi dos años en convertirse en ley. Novaestrat funciona, en la historia regulatoria del país, como el punto de quiebre: el hecho concreto que transformó una discusión académica en una prioridad legislativa. Es también, siete años después, el espejo en el que debemos mirarnos para evaluar qué tanto ha cambiado realmente la forma en que el Estado y las empresas ecuatorianas tratan la información personal de los ecuatorianos, lo que veremos más adelante. A pesar de que la ley fue expedida en el 2021, casi dos años y medio después el entonces presidente Guillermo Lasso expidió, mediante Decreto Ejecutivo No. 904, el Reglamento General a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, un 6 de noviembre de 2023. Con este reglamento se logró definir aspectos operativos clave: los criterios para calificar un tratamiento de datos como de “gran escala”, el contenido mínimo del Registro de Actividades de Tratamiento, y el funcionamiento de la Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP), la autoridad de control prevista

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CONSULTA LABORAL ¿Existen acciones diversas e incompatibles en el despido ineficaz?

RESPUESTA

EN LA WEB derechoecuador.com desde la propia ley de 2021. ¿Qué información está protegida como dato personal? La LOPDP no deja abierta la pregunta de qué es, exactamente, un dato personal. El artículo 4 de la ley lo define como todo dato que identifica o hace identificable a una persona natural, de forma directa o indirecta: un nombre, una cédula, una dirección o un número de teléfono entran, sin discusión, en esa categoría. Pero la ley reserva una protección reforzada para los datos denominados sensibles: aquellos relativos a

etnia, identidad de género, identidad cultural, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición migratoria, orientación sexual, salud, datos biométricos, datos genéticos, y, en general, cualquier dato cuyo tratamiento indebido pueda dar origen a discriminación. Dentro de esa categoría, la propia ley define los datos biométricos como el dato único, relativo a características físicas, fisiológicas o de conducta, que permite identificar de forma unívoca a una persona, como una imagen facial, una huella dactilar, o el patrón de un iris del

La acción de despido ineficaz en única y exclusiva para los casos contemplados en el Art.195. 1 del Código del Trabajo, es decir, para el despido de personas embarazadas o asociado a su condición de gestación o maternidad, así como para los dirigentes sindicales; tiene como propósito garantizar a la persona trabajadora en su puesto de trabajo, por ende, su objetivo es reintegrarla y mantenerla en su lugar de trabajo. En consecuencia, tal acción es incompatible con otras que tengan también origen en otros derechos laborales que pueda reclamar el trabajador, como sueldos u otros haberes atrasados. En cuanto al trámite, como ya se expresó, actualmente son aplicables las normas del COGEP para el juicio sumario, con la reducción de plazos prevista en ese Código. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia


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ojo, exactamente el tipo de información que empresas como Worldcoin recolectaron a cambio de un incentivo económico. También define los datos genéticos, los datos crediticios (aquellos que reflejan el comportamiento económico de una persona) y los datos relativos a la salud, que incluyen cualquier información sobre el estado de salud físico o mental de un titular. El consentimiento del titular El artículo 8 de la LOPDP exige que el consentimiento del titular sea libre, específico, informado e inequívoco: no basta con una casilla marcada por defecto ni con un texto legal ilegible; el titular debe entender con claridad qué datos entrega, para qué se usarán y por cuánto tiempo. Ese consentimiento, además, puede revocarse en cualquier momento y sin necesidad de justificación por parte del titular. Cuando el dato es sensible (biométrico, de salud, o cualquiera de los mencionados arriba) la exigencia sube un peldaño: el artículo 26 requiere que el consentimiento sea explícito, con los fines del tratamiento especificados con claridad, algo que organizaciones como FUNDAMEDIOS cuestionaron abiertamente en el caso Worldcoin. Existe, sin embargo, un elemento que suele pasarse por alto: el consentimiento no es la única base legal para tratar datos personales. El artículo 7 de la ley reconoce hasta seis supuestos en los que una empresa puede tratar datos sin pedir consentimiento, entre ellos, el cumplimiento de una obligación legal, una orden judicial, la ejecución de un contrato, o la protección de intereses vitales del titular, lo que en la práctica exige que cada empresa identifique, dato por dato, cuál es su base legal de tratamiento antes de empezar a recolectar información, algo que en la práctica puede llegar a ser muy complejo

para una organización. La estructura que la ley exige a las empresas Más allá del consentimiento, el artículo 47 de la LOPDP fija un catálogo de obligaciones (quince en total) para quienes tratan datos personales, sea como responsable o como encargado del tratamiento. En la práctica, esas obligaciones se traducen en una estructura mínima que toda empresa (pequeña, mediana o grande), negocio personal, o ejercicio profesional debería tener: aplicar medidas administrativas, técnicas y organizativas adecuadas; establecer políticas específicas de protección de datos; realizar evaluaciones previas de seguridad antes de iniciar un tratamiento riesgoso; incorporar la protección de datos desde el diseño de cualquier producto o servicio; suscribir acuerdos de confidencialidad y cláusulas de protección de datos con los terceros que procesen información por su cuenta; y registrarse en el Registro Nacional de Protección de Datos Personales. A esa estructura se suma una obligación con plazos muy concretos: el artículo 43 exige notificar cualquier vulneración de seguridad a la Superintendencia de Protección de Datos Personales tan pronto sea posible, y como máximo hasta cinco días después de ocurrida la vulneración; si quien detecta la falla es un encargado del tratamiento como un proveedor externo, debe alertar al responsable dentro de dos días. Y, conforme al artículo 48, designar un Delegado de Protección de Datos deja de ser opcional para las entidades del sector público y para cualquier organización, pública o privada, cuya actividad principal requiera una observación o control sistemático y permanente de los titulares. Es decir, implementar la misma estructura básica de registro, política de privacidad, consentimiento válido, seguridad, protocolo

de notificación y, cuando corresponde, un Delegado que, como se explica a continuación, sigue siendo en la práctica la excepción y no la regla entre las empresas ecuatorianas. Situación actual de la protección de datos en el Ecuador A pesar de que la SPDP, inició actividades a finales de 2024, no empezó a operar de manera plena sino hasta mediados o finales del 2025 a decir del propio Superintendente de Protección de Datos Públicos. Sus primeras sanciones de peso llegaron recién entre diciembre de 2025 y enero de 2026, cuando multó a LigaPro y a la Federación Ecuatoriana de Fútbol, con montos entre 190.000 y 260.000 dólares, por el tratamiento indebido de datos biométricos, incluido el reconocimiento facial, a través de aplicaciones de hinchas que no contaban con un consentimiento libre, informado e independiente. Fue la primera señal concreta de que la ley, más de cuatro años después de su expedición, empezaba a tener consecuencias reales. A pesar de estas multas, podemos ver como en este mismo año cerca de 15 millones de registros de identidad de ecuatorianos entre los que constaba información como fotografías y datos biométricos, aparecieron circulando en foros clandestinos, en un hecho presuntamente vinculado al Registro Civil, mientras que, de forma casi simultánea, la Superintendencia abrió una investigación por una posible filtración de datos biométricos, incluidas huellas dactilares, en once cooperativas de ahorro y crédito sin que hasta la actualidad exista sanciones concretas o medidas correctivas a implementarse. Estos episodios, ocurridos cinco años después de la entrada en vigor de la ley y casi tres después de su reglamento, muestran una brecha persistente entre la norma y su aplicación efec-

tiva. En el ámbito empresarial, obligaciones básicas como mantener un registro de actividades de tratamiento, contar con una política de privacidad, designar un delegado de protección de datos cuando corresponde, o tener un protocolo de notificación de brechas, siguen siendo, en la práctica, poco conocidas e implementadas, sobre todo entre pequeñas y medianas empresas y profesionales independientes (médicos, contadores, abogados, agencias de publicidad, etc.) que procesan a diario información sensible de sus clientes sin haber formalizado ni siquiera un aviso de privacidad. Conclusión Respecto de la pregunta que motiva el presente artículo, ¿Es la protección de datos personales en Ecuador un mito o una realidad?, la respuesta honesta es que es ambas cosas a la vez, según el ángulo desde el que se mire. Como marco normativo, es una realidad consolidada: el Ecuador cuenta hoy con un reconocimiento constitucional expreso, una ley orgánica moderna e inspirada en los mejores estándares internacionales, un reglamento que la desarrolla, y una Superintendencia con competencia para investigar y sancionar. Como práctica cotidiana, la que efectivamente protege a un ciudadano cuando entrega su iris a cambio de treinta dólares, o a una empresa que maneja los datos de sus clien-

tes sin saber que tiene obligaciones legales concretas, sigue siendo una aspiración todavía en construcción. Cerrar esa brecha no depende únicamente de que la SPDP tenga más personal, más presupuesto o más rapidez para sancionar, aunque eso sin duda haría falta. Depende, en igual o mayor grado, de algo menos técnico y más cultural: la educación de los ciudadanos. Mientras una parte importante de la ciudadanía siga sin saber qué es un dato biométrico ni por qué es irremplazable, seguirá dispuesta a canjearlo por treinta dólares. Y mientras buena parte de las empresas y profesionales ecuatorianos sigan viendo el cumplimiento de la LOPDP como un trámite prescindible en lugar de una obligación básica hacia sus clientes, ninguna ley por bien redactada que esté logrará, por sí sola, convertir el papel en garantía real. La norma ya existe; lo que Ecuador todavía tiene pendiente es construir, junto a ella, la cultura que la haga efectiva y la cultura que permita a los ciudadanos conocer, exigir y proteger sus datos personales. 1 Gerente general, FASLEX.

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Dolo, negligencia y error inexcusable PRISIÓN PREVENTIVA: ¿EXCEPCIÓN O PENA ANTICIPADA? Conoce los requisitos para participar en un

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Aunque suconsignación finalidad es garantizar el desarrollo del la proceso y qué debes realizar según formapenal, concibeindebida al Derecho Penal como último recurso su aplicación puede afectar gravemente la libertad, de pago propuesta. cuando los la presunción demecanismos inocencia y el extrapenales debido proceso.

resultan insuficientes.

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