Santo Domingo: 19 de Noviembre, 2025

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¡Se viene la tasa por la recolección de basura!

El concejo municipal de Santo Domingo aprobó el primer debate de la ordenanza para establecer la tasa de recolección de basura. El cobro se aplicará a través de la planilla de agua potable, pese a que varios concejales manifestaron su desacuerdo con la propuesta. 03

Comerciante de cacao es atacado a tiros y su hijo resulta herido

Víctima logra pedir ayuda y frustra intento de secuestro extorsivo

Crisis en cuatro dimensiones afectaría a Ecuador

OEA pide control a redes sociales en campaña

Noboa puede impulsar un plan B económico Sociedad por acciones

DAN i EL m á Rqu E z sOARE s dmarquez@lahora.com.ec

A la gente le gusta

Nadie

sabe —y no hay manera de saberlo— por qué la mayoría de los ecuatorianos votaron ‘N o’ en la consulta del domingo. Cualquier conclusión al respecto es mera especulación. Se busca imponer el discurso de que fue un voto de rechazo al régimen de Noboa, pero hay ciertos indicios que ponen en duda esa hipótesis. Hay disparidades en los resultados por pregunta, lo cual indica que la decisión no fue una cuestión de negativa tajante e irracional al Gobierno. Igualmente, hay el precedente de la consulta anterior, en la cual la pregunta del trabajo por horas fue derrotada, pese al amplio apoyo del que disfrutaba el Presidente. Así, nos vemos obligados a contemplar la deprimente posibilidad de que a la mayoría de los ecuatorianos sí le gusta el ordenamiento actual del Estado ecuatoriano. Quizás, esa vena social, estatista y garantista sí va acorde con el espíritu de nuestra nación; eso explicaría por qué toda iniciativa en esa dirección — Enríquez Gallo, Isidro Ayora, Rodríguez Lara, las constituciones de 1945, 1978 y 2008— han tenido éxito, mientras que los esfuerzos reformistas liberales —Arroyo del Río, Febres Cordero, Durán Ballén, Lasso, Noboa— siempre fracasan. Lamentablemente, esas ideas del siglo XX no sobrevivirán en el siglo XXI. No son sostenibles, peor en un país pequeño, agrícola, sin moneda propia, caotizado y —dentro de poco—envejecido. El Estado ecuatoriano unitario, centralista, socialista, con una fuerza pública emasculada , desaparecerá, tarde o temprano, como una especie obsoleta. Ya tenemos subempleo mayoritario, crecimiento económico insignificante, 10 mil asesinados al año, mafias crecientes y deuda pública asfixiante; y las cosas empeorarán. Pero a la gente no le importó, y se aferró a este modelo. Al final, una gran minoría organizada con fuerza real –pero minoría al fin— tendrá que imponerse a la mayoría tozuda e irracional, para salvar al pueblo de sus propios deseos irresponsables e insostenibles. Ojalá no suframos más de lo necesario antes de llegar a ese punto.

La verdad

Ala verdad se llega a través de la razón y la evidencia empírica. El camino es la argumentación honesta, la capacidad de aceptar la equivocación ante la evidencia.

Editor General: Jean Cano

Editor Regional: Lorena Melo Mieles

Redacción: santodomingo@lahora.com.ec

Publicidad: mgranda@lahora.com.ec

Año: XXVII No. 11.510

EDiTORiAL

¿Quién se activa ahora?

Ecuador no ha desperdiciado una oportunidad con el No en la consulta popular. Ha considerado que no es momento, no existen las condiciones, no cree en la política actual, no cree en sus propuestas ni en quienes quieren entorpecerlas.

El triunfo del No tiene miles de razones y pocas tienen que ver exclusivamente con el correísmo y el noboísmo.

Las mayores preocupaciones no han desaparecido –inseguridad, desempleo, crisis económica, corrupción, narcotráfico–. Tampoco el escaso respaldo que tienen los partidos políticos, el riesgo de protestas ni el coqueteo internacional con posturas antidemocráticas que han lastimado a América Latina.

Pese a esto el país continúa ensayando las mismas fórmulas para solucionar sus problemas, esperando que el resultado sea distinto. El empleo está estancado desde hace siete años, el riesgo fluctúa según

la coyuntura, el hueco en el presupuesto es cada vez más grande y los jóvenes quieren salir del país con el mismo ahínco que hace un cuarto de siglo.

Esta especie de esquizofrenia nacional —que lleva al país a esperar cambios sin emprenderlos— evidencia que aún no se define por qué tipo de liderazgo apostar. Aquel que piense, proponga y ejecute soluciones

No se trata de buscar culpables, sino de entender que la cultura cívica y política se construye desde la academia, la escuela, las familias y los espacios públicos. Ese proceso exige acuerdos, compromisos y, quizá, un estadista capaz de guiar al país hacia una visión común de futuro.

El país debe preguntarse quiénes deben activarse para reflexionar sobre las salidas viables. ¿Las universidades? ¿La sociedad civil? ¿Partidos políticos verdaderamente renovados?

La búsqueda de la verdad en la actual sociedad pervertida en valores, nos convierte en enemigos morales de los que se sustentan en la ley, para proteger sus “derechos” artificialmente logrados. La realidad es verificable, por tanto, no somos un papel moldeable por aberraciones, puesto que existen límites biológicos, antropológicos, psicosociales que no pueden ser eliminados por la “ideología”, sin atropellar derechos inmanentes (vida, libertad,

propiedad, Patria), sin causar daño psicológico, sin provocar sufrimiento humano. Producir leyes, políticas, instituciones, genera efectos concretos en vidas humanas reales. Hoy asistimos a una sociedad adoctrinada, rota, consecuencia de la ideologización en género, en lenguaje torpemente inclusivo, políticamente correcto. Hoy presenciamos una sociedad estupidizada, que destruye reglas gramaticales, para expresar

Un trago amargo para el Gobierno , después de que la ciudadanía NO dio paso a la redacción de una nueva constitución . Este intento por cambiar la Carta Magna se vino fraguando con tiempo por varias figuras políticas, hasta convertirse en un hecho, una pregunta cerrada, una nueva oportunidad para concebir la relación entre el Estado y la ciudadanía; a lo que el pueblo contestó con un NO mayoritario que, sumado al resultado de la consulta popular, podría convertirse en la primera derrota para Noboa.

Y es que, para los entendidos en el tema, la Constitución de Montecristi es reconocida como una de las cartas políticas más garantistas de la región, inclusive ha sido objeto de análisis por la innovación jurídica que representa y porque, en su estructura, otorga mecanismos de participación ciudadana en donde los derechos son el eje central de la acción pública. Sin embargo, a pesar de los buenos aciertos de Montecristi, existen varios temas que podrían mejorarse, pero quizá el escaso conocimiento a fondo por parte de la ciudadanía, la desacertada administración pública y los escándalos de corrupción que pesan sobre los organismos de justicia se han convertido en el justificativo clave para desestimar el verdadero espíritu de la norma suprema. Pero ¿cuál puede ser el verdadero interés de quienes apuestan por una constituyente? Expertos han explicado que la Constitución tiene una base sólida que asegura la progresividad de derechos; es decir, los derechos ganados no se pierden, delimitando al Estado a actuar con una política pública encaminada al buen vivir, una filosofía garantista de dignidad que prioriza la sostenibilidad y el desarrollo de los pueblos a través de garantías fundamentales para todos, inclusive el medio ambiente. Entonces, cuando se tiene una constitución de esta línea, no siempre los grandes poderes que se han nutrido de la clase obrera son los más favorecidos. En conclusión, mejorar la Carta Magna es viable, pero cambiarla por completo sin duda pudo ser un retroceso.

perversiones biológicas; que se autocancela, para evitar la censura por la corriente estupidizante. Que crea “espacios seguros” a través de leyes, para proteger mentiras que no se sostienen ante la evidencia biológica e histórica. Para identificar el totalitarismo de las ideas “progresistas”, wok, hay que verificar si respetan la naturaleza humana. Si no lo hacen, es aberración totalitaria que destruye la verdad con ideología. Lo que sucedió ayer en la Consulta, fue un rechazo a la imposición de cambio total, por no desarmar por partes, cuando tuvo la oportunidad de hacerlo, a inicios del 1er. mandato, pese a contar con un instrumento jurídico, el Dictamen 7-19-RC-19 que permite eliminar todas las funciones e instituciones creadas por el narcoterrorismo. Pero tampoco significa aprobación a lo actuado por el socialismo del s.XXI, sino rechazo a la equivocada estrategia para proponer cambios.

CIUDAD 03

Primer debate aprueba ordenanza para fijar tasa de recolección de basura

La ordenanza incluye valores diferenciados para sectores residenciales, comerciales e industriales y proyecta una recaudación anual de 10 millones de dólares.

Con siete votos a favor, uno en blanco que se suma a la mayoría y cinco en contra, fue aprobada en primer debate la ordenanza para fijar la tasa por recolección de basura en Santo Domingo

Fue un debate extenso, donde los integrantes del concejo municipal tuvieron el tiempo suficiente para exponer sus criterios de respaldo y rechazo a esta normativa, que tomó fuerza desde que el Gobierno Nacional dispuso que CNEL ya no ejecute dicho cobro. Pedro Alcívar fue el primer en emitir su voto y mostró su oposición porque considera que es un incremento desmedido que afectará la economía de la ciudadanía. La negación fue respaldada por Diana Coloma, Clara Hinojosa, Tania Saltos y Liliana Silva

Por otro lado, recibió apoyo de Ana Caicedo, Julio Calero, Jhonny Espinoza, Wil-

son Macías, Alberto Pantoja y Mario Pazmiño, mientras que Ximena Toro dejó su postura en blanco hasta que se hagan algunas modificaciones que sugirió.

Valores

El proyecto de ordenanza tendrá que ser aprobado en segundo debate antes que finalice el año y, desde enero de 2026, la recaudación se realizará a través de las planillas de agua potable.

La propuesta contempla varias categorías, entre ellas el sector residencial, con una base inicial de $1.25 para inmuebles cuyo avalúo no supere los 20.680 dólares. También incluye tarifas para el sector industrial, comercial, lotes baldíos y predios rurales.

La ordenanza aún debe ser aprobada en segundo debate y tendrá como base el catastro actualizado del cantón Santo Domingo. Se prevé recaudar un prome-

Censo catastral en La Concordia ° Desde el 17 de noviembre hasta el último día laborable de este año, en La Concordia se lleva a cabo un censo para actualizar los datos del catastro municipal. El equipo técnico recorre distintos sectores de la ciudad para levantar información necesaria sobre bienes inmuebles y servicios básicos. Se pide a los ciudadanos brindar las facilidades correspondientes al personal. (LMM)

dio de 10 millones de dólares por año. Sin embargo, algunas autoridades coincidieron en que, aunque es necesaria la aplicación de la tasa, el Municipio aún tendrá que subsidiar aproximadamente 8 millones anuales para el servicio de recolección.

Preocupación

Los santodomingueños se encuentran a la expectativa y esperan que no se apliquen valores muy altos, pues consideran que su economía po-

EL DATO

El cobro por lotes baldíos será calculado según los metros cuadrados.

dría verse afectada.

“Ojalá no suban tanto; las autoridades tienen que ser conscientes que en los hogares hay gastos y no todos tienen trabajo seguro”, manifestó Elizabeth Maldonado. (JD)

Choque en la Alóag deja dos heridos ° Un vehículo de carga pesada y una furgoneta protagonizaron un fuerte siniestro de tránsito en la Unión del Toachi, kilómetro 72 de la vía Alóag – Santo Domingo. La carga del tráiler cayó sobre la furgoneta. El percance ocurrió la madrugada de ayer, martes 18 de noviembre. Se informó que no hubo víctimas mortales, solo dos heridos que fueron atendidos por paramédicos de la Cruz Roja y derivados a casas de salud. (LMM)

Extienden vigencia de comprobantes de pago

° El Registro Civil amplía, hasta el 31 de diciembre de 2026, la vigencia de los comprobantes de pago para cedulación y pasaportes efectuados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Mediante esta medida, el documento que antes tenía una validez de 180 días ahora se extiende a 365 días.De igual forma,

tidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 mantendrán su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025. (LMM)

AnÁLiSiS. La semana anterior se socializó la propuesta de la nueva tarifa para la recolección de desechos sólidos.

Sicarios asesinan a comerciante de cacao

El ataque ocurrió frente a un comercial agrícola y dejó herido al hijo de la víctima, quien lo acompañaba al momento del crimen.

Héctor Raúl Intriago Espín, de 43 años, murió tras recibir un ataque armado en el ingreso de la vía a la parroquia rural Puerto Limón, en Santo Domingo.

Esta muerte violenta ocurrió aproximadamente a las 16:00 de ayer, martes 18 de noviembre, y fue protagonizada por sicarios que escaparon a bordo de una motocicleta.

La víctima estaba junto a un vehículo tipo jeep y en compañía de su hijo, quien resultó herido tras haber sido alcanzado por las balas.

cacao y había llegado a este punto de Santo Domingo con la intención de cobrar un dinero. Llevaba 40 billetes de 100 dólares, que sumaban un total de 4.000 dólares.

El asesinato ocurrió afuera de un comercial agrícola.

cadena de custodia para el trámite legal.

El cadáver quedó sobre la calzada con varios impactos de bala. Minutos después fue trasladado al Centro Forense y este miércoles 19 de noviembre, se hará la autopsia correspondiente.

El crimen quedó registrado en cámaras de video, donde se observa que el copiloto de la moto saca el arma y dispara a quemarropa contra Intriago.

Comerciante de cacao De acuerdo a la información preliminar, Intriago Espín se dedicaba al comercio de

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Las causas del ataque mortal no han sido esclarecidas, pero las unidades de la Policía Nacional trabajan en flagrancia para tratar de atrapar a los autores materiales.

Agentes de Criminalística y Dinased cercaron la escena para recabar alrededor de siete indicios balísticos que quedaron en

Paramédicos del Cuerpo de Bomberos llegaron al lugar para certificar que no tenía signos vitales, pero sí pudieron brindarle los primeros auxilios a su hijo, de 23 años, quien resultó con heridas en su cuerpo y fue movilizado a una casa de salud para que reciba atención médica. (JD)

VIOLENCIA. El cadáver de Héctor Intriago fue trasladado al Centro Forense.

El perjudicado fue puesto a buen recaudo. El caso está en investigación. EL DATO

ARCHIVO. La Policía Nacional acudió al banco para auxiliar a un hombre que habría sufrido un aparente secuestro.

Intento de secuestro se frustra en una agencia bancaria

Un hombre fue obligado a retirar una póliza de seguro, pero logró alertar a la Policía Nacional.

Agentes de la Unase y otras unidades de la Policía Nacional se movilizaron a una agencia bancaria para auxiliar a un hombre que había sufrido un presunto secuestro , en Santo Domingo

Los gendarmes acudieron rápidamente a la avenida Quevedo para salvaguardar la integridad de la víctima, quien aparentemente fue trasladada por los mismos delincuentes hasta la entidad financiera

para que retirara una póliza de seguro valorada en 13.000 dólares. De acuerdo a la información preliminar, el ciudadano aprovechó un descuido y pidió una llamada para solicitar ayuda a los integrantes de la fuerza del orden

Varias horas secuestrado La víctima, un hombre que bordea los 30 años, habría

sido secuestrado durante la tarde del domingo 16 de noviembre en el sector de la terminal terrestre. Delincuentes no identificados lo mantuvieron varias horas retenido en contra de su voluntad, pero el delito se truncó cuando lo trasladaron a la entidad financiera. Los integrantes de la Policía Nacional sospecharon que los antisociales estaban en el

perímetro del banco e hicieron una búsqueda minuciosa, pero no los ubicaron. Entre las evidencias consta un celular que quedó ingresado en cadena de custodia para el desarrollo de las investigaciones. De acuerdo a la información preliminar, este dispositivo electrónico fue dado a la víctima para que se contacte con los delincuentes una vez retirado el dinero. (JD)

Balas perdidas hieren a una mujer y un niño en el Plan de Vivienda

Una mujer de 52 años y un niño de 2 fueron afectados por balas perdidas que dispararon sujetos desconocidos en el Plan de Vivienda Municipal, populoso sector de Santo Domingo.

Estas detonaciones se confundieron con los fuegos artificiales activados en diferentes puntos de la ciudad tras conocerse el resultado del Referéndum y Consulta Popular 2025

Las víctimas dormían en el interior del domicilio y repentinamente sintieron el impacto de los proyectiles. La mujer notó que estaba sangrando e inmediatamente pidió ayuda para trasladarse al hospital Gustavo Domínguez.

Se preveía el traslado de la mujer a otra casa de salud para el tratamiento de la fractura. EL DATO

Continúa internada

La adulta resultó más afectada, la bala ocasionó una fractura en la mano izquierda y permanece internada luego que se determinara que necesitaba ser intervenida quirúrgicamente. El caso del niño fue más leve. La herida se presentó en el pie izquierdo, después de recibir atención médica le dieron el alta para que conti-

REFERENCIA. Las personas heridas fueron ingresadas al hospital.

núe la recuperación en casa. Agentes de la Dinased acudieron al establecimien-

to de salud para verificar el caso. No hay pistas sobre los responsables de los dispa-

ros, pero afortunadamente los proyectiles no alcanzaron órganos vitales. (JD)

Las redes sociales acercan la política a los jóvenes

Una generación que parecía estar desconectada de la política, ha elevado la indignación y activado la empatía ante temas sociales.

Empleo, seguridad, política, entretenimiento, deporte y tendencias son las temáticas que enganchan a los jóvenes de 18 a 30 años en las diferentes redes sociales.

De acuerdo con datos de Golden Social Suite, un 70% de ellos se interesa e interactúa activamente con temas políticos y causas sociales, como se evidenció durante octubre y noviembre de 2025 con la Consulta Popular convocada por el presidente de la República, Daniel Noboa.

La especialista en manejo de datos en redes sociales, Alondra Enríquez, indica que este segmento de la población digital consume contenidos relacionados con medioambiente, salud, educación superior, derechos laborales o seguro social.

“Esta generación que parecía estar desconectada de causas y necesidades ha elevado su voz de preocupación frente a los diferentes problemas del país”, indica.

Ejemplifica la tendencia con casos como la muerte de

11 neonatos en un hospital de Guayaquil o la defensa de Kimsacocha, dónde, según ella, se evidenció como este segmento de la población “elevó la indignación y activó la empatía”.

La especialista observa además un rechazo hacia partidos políticos, tanto nuevos como tradicionales, y asegura que los jóvenes prefieren seguir a organizaciones sociales, estudiantiles o influenciadores , cuyas causas conecten con las suyas.

Dice que se pasó de un marketing tradicional a uno de influencia, es decir, un mensaje generado de manera auténtica y natural con información que parece más una recomendación y no un anuncio clásico.

“Los jóvenes quieren generar comunidad a partir de una u otra causa, también observan con atención a voces frescas o nuevas como Helena Gualinga , Shawn Mendes o Leonardo DiCaprio, discursos que se viralizan en las audiencias más

jóvenes”, comenta.

Otro de los contenidos más consumidos por esta generación son los bytes o extractos de videos cortos con información de entrevistas, testimonios y, sobre todo, de debates que, por lo general, terminan siendo el contenido más viral.

Esto sucede mientras que el 30% restante, no busca consumir noticias, ya sea por desinterés o cuidado de su salud mental. Optan por temas ligeros como deportes, mascotas, moda o tendencias.

Sin embargo, Enríquez recalca que, sea cual sea la temática que busquen los jóvenes en redes sociales, la viralidad sin causa no da resultados. “Todo debe apuntar a conectar con las audiencias”, indica.

Por ejemplo, una plataforma que ha dejado de conectar con la juventud es X, antes conocida como Twitter, debido a que no cumple su interés de formato, al manifestarse con “mucho texto, mucha pelea, mucha polari-

cada, ya que todos pueden producir lo que gusten y los resultados se miden por el carisma o calidad de contenidos y no tanto por el estatus que se tenga o de la familia que se venga.

Lo ejemplifica con influenciadores que se ubican en clases sociales diferentes. “Uno que venga de abajo puede ganar en redes, tanto en seguidores como en monetización, mucho más que alguien que haya nacido arriba, algo que hace algunos años era imposible”, explica.

Redes sociales y salud mental

Para la psicoterapeuta, Carolina Díaz , los temas de consumo en redes sociales y sus preferencias tienen que ver con el entorno de cada persona.

Los jóvenes, sobre todo, tienen un grado de influencia importante, ya sea de su padres, amigos o de las instituciones y grupos a los que pertenecen.

zación y discursos de odio”. Asegura que a los jóvenes no les interesa aquello. Instagram y TikTok, en cambio, son utilizados con mucha fuerza debido a la manera de contar historias y noticias.

En estas redes los jóvenes observan relatos en video, tipo blogs o reels. Además, hay debates políticos latentes, versátiles y novedosos que resultan entretenidos.

Otro dato importante para la analista es como la juventud ha pasado de ser consumidora a creadora de contenido, produciendo sus propias alternativas de respuesta a los temas de interés.

Además, se ha ampliado el equilibrio de participación digital entre hombres y mujeres. “Hasta hace seis años predominaba la participación de hombres, ahora las redes sociales han sido mejor explotadas por mujeres”, asegura.

También resalta que en la juventud digital no se siente una división de clase mar-

Estas acciones repercuten en su percepción de la vida, la política o los pasatiempos y hacen que se involucren en diversos temas, aunque aclara que no se debe generalizar.

“La juventud asimila la necesidad de ser un ente activo de las causas con las que se sienten identificados”, comenta.

Sugiere, que tanto los que consumen política como los que consumen entretenimiento deben priorizar su salud mental, porque las redes sociales están asociadas a un tema de adicción.

“El formato de Instagram y TikTok, principalmente, está diseñado para que las personas generen dopamina, un neurotransmisor asociado con el sistema de placer y recompensa”, indica.

Agrega que el algoritmo de las redes reconoce las preferencias del usuario gracias al tiempo de permanencia y le muestra una infinidad de contenidos similares que pueden ser vistos por horas.

Finalmente, recomienda a quienes pasan de consumidores a creadores de contenido, no caer en la sobreexigencia al éxito, a la felicidad o a la perfección. (ECA)

REDES. Los jóvenes que tienen entre 18 y 30 años se informan y comunican en Instagram y TikTok. (Foto: Pexels)

4 riesgos que ponen en alerta a Ecuador

Un estudio regional revela los niveles de riesgos en varias categorías que tienen algunos países de América Latina, entre ellos Ecuador. Se trata de los riesgos en lo político, económico, social e internacional que, en conjunto, ponen en una situación compleja a 12 países analizados.

Los niveles de riesgos político, económico, social e internacional fueron revelados por el Latin America Country Risk Index & Analysis 2025 (Índice y Análisis de Riesgo País de América Latina 2025), un estudio regional dirigido por el Adam Smith Center for Economic Freedom de la Florida International University (FIU).

El estudio se aplicó en 12 países: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, México, Panamá, Paraguay y Perú. Además, incluye las tendencias identificadas en los estudios de junio y noviembre de 2025, realizados por el Adam Smith Center for Economic Freedom.

Para el estudio se desarrolló el Trust-O-Meter, una herramienta analítica para medir los niveles de confianza en América Latina.

Nivel de riesgo político Los resultados en relación a Ecuador estuvieron a cargo del Instituto Ecuatoriano de Economía Política (IEEP).

Las variables para la calificación del nivel de riesgo en cada categoría son del 1 al 5, donde 5 representa un mayor riesgo (negativo) en la variable. Según sea la calificación, se ubica el nivel de confianza de acuerdo a cuatro rangos: sostenible, precaución, advertencia o alerta.

El estudio regional plantea que los diferentes tipos de riesgo (político, económico, social e internacional) “interactúan para crear fragilidad o resiliencia sistémica”. Por lo que su objetivo es proporcionar una evaluación integral que puede ser considerada por empresas que operan en la región para saber cuándo invertir, así

EL prESidEntE de la República, Daniel Noboa, tiene el reto de atender las demandas ciudadanas tras el rechazo a la consulta popular y referéndum. (Foto: Presidencia de Ecuador).

como permitir a las autoridades a identificar dónde se necesitan reformas

Ecuador registraba el riesgo político más alto de la región, según el IEEP. Explica que esto es: “Debido al alto nivel de incertidumbre de las elecciones presidenciales de febrero del presente año. Si bien en la segunda edición el riesgo disminuyó (de 4,10 en junio pasó a 3,49 en noviembre de 2025), el promedio del año nos ubica en el tercer puesto (3,8)”. Es decir, que Ecuador es el tercer país con mayor percepción negativa en el ámbito político, solo después de México (3,96) y Bolivia (3,94).

Los resultados del TrustO-Meter mostraron que los niveles promedio anuales de riesgo de confianza en toda la región (4,08) alcanzaron el rango de “alerta”, el nivel más alto.

Eso, según el estudio regional, subraya la gravedad del problema. “Cuando la con-

fianza disminuye, como lo ha hecho en América Latina, la credibilidad y la eficacia de la gobernanza democrática se erosionan”.

La baja confianza en la clase política y en las instituciones es un problema crítico en todos los sectores y países encuestados. “Los expertos señalaron que los políticos y los partidos políticos eran vistos ampliamente como ineficaces y desconectados de las necesidades de los ciudadanos”.

También se observó que “la pérdida de confianza se debe principalmente a las fallas de los gobiernos en liderar eficazmente en medio de crecientes desafíos sociales y económicos”.

Riesgo

económico

El riesgo económico en Ecuador disminuyó levemente en el segundo estudio respecto al primero (de 3,21 en junio pasó a 3,10 en noviembre de 2025), lo que ubica al país en un punto medio en la región (3,15 de

EL DATO

El estudio regional incluye a 765 encuestados de diversos sectores en América Latina en 2025. 165 fueron ejecutivos de negocios, 152 eran académicos, 150 eran representantes de organizaciones de la sociedad civil, 149 eran funcionarios gubernamentales y 149 eran periodistas. Además, el estudio realizó 360 entrevistas en profundidad con expertos de cada grupo.

crimen organizado, delincuencia y la situación general de seguridad”.

Añade que “la incertidumbre derivada de protestas sociales (septiembre-octubre) influyó en mantener elevada la puntuación en el país”. El riesgo social de Ecuador registraba un puntaje de 4,18 en junio de 2025.

promedio anual 2025). “Esta relativa buena calificación se explica por dos factores: la buena puntuación en las variables monetarias (inflación, devaluación) por la estabilidad de la dolarización y el rebote económico del 2025”, explica el IEEP. Agrega que el riesgo de desempleo elevado de Ecuador mantiene un puntaje muy alto (4,4, siendo 5 un mayor riesgo de desempleo generalizado).

La mayoría de los entrevistados de toda la región indicaron en el estudio que el alto desempleo y la inflación persistente son riesgos económicos estrechamente relacionados.

Todos estos países del estudio cayeron en la categoría “advertencia”.

Riesgo social regional

El IEEP refiere que, en cuanto al riesgo social, “Ecuador mantiene la peor calificación promedio del año (4,08 en 2025) debido al problema del

Los dos estudios anteriores de 2025 revelaron que el crimen organizado ya no se limita al narcotráfico. “Ahora incluye minería ilegal, trata de personas, contrabando, ciberdelincuencia, destrucción ambiental y redes de lavado de dinero que operan sin problemas a través de las fronteras”.

Riesgo internacional Ecuador mantiene un perfil bajo respecto a otros países de la región respecto al riesgo internacional. “La influencia externa que más afecta al país viene de parte de los organismos multilaterales al momento de financiar al Estado ecuatoriano”, explica el IEEP. Se refiere al Fondo Monetario Internacional , entre otros.

Ecuador está en el octavo puesto con un riesgo internacional del 2,9 de promedio anual 2025. Y el promedio regional general es de 2,96. Fue la única categoría que se mantuvo dentro del nivel “precaución”. (KSQ)

Observadores llaman a regular campañas en plataformas digitales

La OEA también observó el diseño de la papeleta electoral. Recomendó evitar elementos que puedan limitar el ejercicio de un voto informado, como la inclusión de múltiples temas, el uso de anexos extensos y poco legibles o la presentación de una cantidad excesiva de información.

La misión de observación electoral de la Organización de Estados Americanos (OEA) para la consulta popular y referéndum del 16 de noviembre de 2025, destacó en su informe, el compromiso cívico del país que se manifestó de manera clara y pacífica en las urnas.

La misión se reafirmó en señalar que las votaciones, el escrutinio y la divulgación de resultados por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE) se desarrollaron con transparencia y sin irregularidades que pudieran poner en duda su validez.

No obstante, los observadores de la OEA, liderados por el exvicecanciller de Uruguay, Nicolás Albertoni, hicieron un llamado a las autoridades del CNE para que avance en la regulación de la difusión de propaganda electoral en plataformas digitales.

En una parte de su informe de 25 páginas, la misión de la OEA recogió las preocupaciones de representantes de organizaciones de la sociedad civil y académicos, quienes expresaron que el debate por el Sí y por el No se encontró

mayoritariamente en las redes sociales, que no son normadas como mecanismo de campaña posible de financiamiento público.

En un pronunciamiento televisivo, la presidenta del CNE, Diana Atamaint, afirmó que el organismo no puede frenar ese contenido digital por falta de previsión de ello en el Código de la Democracia. También señaló que la ley permite controlar publicidad en prensa, radio, televisión y medios digitales, pero no en redes sociales.

En su informe, la misión de la OEA recordó que es fundamental que el CNE avance en la regulación de la difusión de propaganda electoral en plataformas digitales.

En primer lugar, para garantizar que esa publicidad no se difunda fuera del periodo oficial de campaña.

En segundo lugar, para supervisar el gasto en propaganda electoral en redes sociales, con el fin de imputar al tope establecido por la normativa ecuatoriana y, además, prevenir el ingreso de financiamiento ilícito, a través de publicidad en espacios digitales.

En tercer lugar, la incorporación de las plataformas digitales en el marco regulado por la propaganda electoral también resulta importante para evitar que éstas sean utilizadas por las campañas como vehículo de desinformación que pudiera afectar la integridad de la información con que cuentan las y los votantes.

La misión, asimismo, reiteró sus recomendaciones realizadas en 2024:

Incorporar en la normativa pertinente el seguimiento de la publicidad pagada en redes sociales y plataformas digitales, así como sus respectivas sanciones.

Realizar las reformas normativas necesarias para remover la publicidad pagada en redes sociales y plataformas digitales que difunda contenido falso sobre información clave relativa al proceso electoral, como la fecha y horario de la jornada o el local asignado para el sufragio.

Que el CNE y el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) adopten las medidas pertinentes para remover las publicaciones efectuadas en plataformas digitales que excedan

A diferencia de lo ocurrido en las elecciones pasadas en las que se elegían candidaturas, este fue un ejercicio de democracia directa, señaló la OEA, cuyo proponente fue el Ejecutivo y en el que parte de las organizaciones inscritas para hacer campaña son los propios partidos políticos.

la cláusula de protección a la libertad de expresión contenida en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Diseño de la papeleta:

La misión de la OEA también observó el diseño de la papeleta electoral. Para el proceso de la consulta popular y el referéndum, las cuatro preguntas fueron agrupadas en una misma papeleta.

Los observadores internacionales señalaron que, al consultarse temas diversos e inconexos en una misma boleta, se corre el riesgo de confundir a la ciudadanía, especialmente cuando se considera al limitado tiempo disponible para difundir información.

Sumado a lo anterior, al condensar todas las preguntas en una boleta, los anexos debieron ubicarse en el reverso, en un tamaño de letra muy pequeña que dificultaba su legibilidad.

En este sentido, la principal barrera identificada fue que este agrupamiento entorpeció el acceso de las personas a la información contenida en los anexos durante la votación.

Por ello, la OEA reiteró la recomendación formulada en 2023:

Evitar elementos que puedan limitar el ejercicio de un voto informado, como la inclusión de múltiples temas en una sola papeleta, el uso de anexos extensos y poco legibles, o la presentación de una cantidad excesiva de información para el votante.

Licencia para hacer campaña

La misión observó que una de las controversias giró en torno a la posibilidad de que las autoridades electas pudieran hacer campaña, tal como sucedió en las elecciones de febrero y de abril de 2025.

La misión pudo constatar que, si bien los artículos 93 y 96 del Código de la Democracia señalan la obligatoriedad de solicitar licencia sin goce de sueldo para dignatarios que opten por la reelección, así como personas servidoras públicas y docentes que deseen ser candidatas, esta obligación no se extiende de manera explícita a los ejercicios de democracia directa.

También el artículo 278, párrafo tercero, señala como infracción electoral grave a la inducción del voto o promoción de aportes económicos a una organización política o candidatura por parte de servidores públicos en ejercicio de sus funciones. Así, el vacío normativo abre espacio para la interpretación de la norma, añade la OEA en su informe.

La misión tomó nota de que, a diferencia de lo ocurrido en las elecciones de 2025, en esta ocasión la presidenta del CNE realizó declaraciones públicas respecto de la necesidad de que las autoridades electas soliciten licencias. Sin embargo, la inexistencia de una disposición normativa específica que establezca la forma de participación de funcionarios públicos en las campañas durante los ejercicios de democracia directa generó incertidumbre y tensiones entre los actores participantes.

Frente a vacíos en la norma actual, la misión recomienda: • Establecer normas claras con respecto a la forma de participación de funcionarios públicos en procesos de democracia directa. Tales disposiciones deben considerar la posibilidad del poder proponente de realizar campañas y las restricciones al uso de recursos públicos para favorecer una contienda equilibrada.

La regla deberá aclarar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que esta campaña podrá ser desarrollada, con vistas a la equidad en el proceso. (SC)

¿Noboa debe cambiar de estrategia económica tras el revés electoral?

Tras la derrota en la consulta popular, el Gobierno enfrenta el desafío de reactivar al país. Con el espejo de líderes globales que superaron distintas crisis, esta es una guía sobre cómo el Presidente puede impulsar un plan B de reformas económicas.

La derrota del Gobierno de Daniel Noboa en la consulta popular del 16 de noviembre de 2025 fue un golpe político, pero no tiene por qué afectar su agenda de cambio.

La historia económica mundial está llena de líderes que, tras un revés electoral o una crisis, supieron cambiar de estrategia, negociar y usar el poder legislativo para impulsar reformas estructurales que transformaron sus países.

Ecuador necesita ese tipo de liderazgo. La reciente pérdida en las urnas significa que la posibilidad de una nueva Constitución proinversión por la vía rápida se ha esfumado. Eso obliga a cambiar de perspectiva.

Estancamiento vs. reformas

El economista y editor de Análisis Semanal, Alberto Acosta Burneo, ha puesto el dedo en la llaga sobre el riesgo de mantener todo como está.

“El PIB per cápita de Ecuador creció solo 1,7% anual en 30 años. A este ritmo nos tomará 44 años alcanzar el PIB per cápita que tiene hoy Costa Rica, 52 años el de Chile y 91 años el de España. ¡Así no se construye desarrollo! Perdimos la oportunidad de reemplazar una Constitución socialista y antiinversión por una moderna, competitiva y orientada al progreso”, acotó.

Pero el mismo Acosta Burneo asegura que no todo está perdido, aunque este panorama, de un crecimiento lento que retrasa el bienestar de la población por décadas, es lo que Noboa debe enfrentar con las herramientas que tiene a mano.

La meta es clara: salir del estancamiento y atraer la inversión privada que genere empleo formal.

Lecciones para Noboa

El camino ya no es la Constituyente, con todos los riesgos y oportunidades que tenía, sino la construcción de consensos en la Asamblea Nacional. Noboa cuenta con una mayoría legislativa que debe usar para impulsar cambios a través de la vía de la reforma parcial de la Constitución y Leyes Orgánicas

Aquí están las siete lecciones clave de líderes que lograron el éxito económico tras un revés político:

1Del“todo o nada” a las reformas focales y estratégicas. Si el error fue apostar por un cambio constitucional masivo, la solución es dividir el plan en piezas pequeñas y negociables.

• Lección de Bill Clinton (EE. UU.): Tras perder la mayoría en el Congreso en 1994, Clinton abandonó su ambiciosa agenda de salud y se movió hacia el centro. Trabajó con la oposición en reformas muy específicas, como el ajuste fiscal y la reforma del bienestar social.

Para Noboa esto debe significar dejar de lado la retórica de una nueva Constitución. En su lugar, impulsar paquetes de reformas enfocados en un solo objetivo. Por ejemplo, un paquete de competitividad laboral o una Ley específica de Atracción de Inversión Extranjera. Esto reduce la resistencia y facilita la aprobación por la Asamblea.

Enrique Herrería, exjuez constitucional , ha planteado que se debería formar un “equipo de notables” que ayude al Gobierno a armar una hoja de ruta que pueda discutirse

en la Asamblea y hasta en la Corte Constitucional. Esto para viabilizar las reformas e incluso extirpar “de manera quirúrgica” las partes más nocivas de la Constitución para el crecimiento, la inversión y la generación de empleo.

2La credibilidad es el cimiento de la economía y debe iniciar con la discipli-

na fiscal. La estabilidad es el imán de la inversión. En una economía dolarizada como la de Ecuador, la disciplina fiscal es fundamental para la supervivencia del modelo.

• Lección de Fernando Henrique Cardoso (Brasil): La clave del éxito de Cardoso no fue solo su moneda, sino la disciplina fiscal que siguió a la derrota de la hiperinflación. Usó la Ley de Responsabilidad Fiscal para imponer límites estrictos al gasto público en todos los niveles de gobierno, a cambio de inversión bien focalizada con impacto social y en la mejora de la productividad.

Para Noboa, la opción es utilizar su mayoría en la Asamblea para aprobar una Ley de Responsabilidad Fiscal (LRF), estricta e inquebrantable. Esta ley debe garantizar que no se pueda gastar más de lo que se tiene, generan-

do confianza a largo plazo en los mercados internacionales. De acuerdo con el exministro de Economía, Mauricio Pozo, lo peor que podría hacer el Gobierno es caer en medidas populista para “ganar apoyo” luego de perder la consulta popular. La única opción es persistir con las medidas del programa con el FMI, comunicar mejor las políticas que se implementarán y tomar medidas para reducir de manera real el tamaño del Estado.

3El

motor del crecimiento: concesión y desregulación. Las empresas públicas a menudo son ineficientes y fuentes de corrupción. Abrirlas al capital privado es una inyección de recursos y productividad.

• Lección de Margaret Thatcher (Reino Unido): Tras enfrentar una huelga sindical masiva (un revés a su autoridad), Thatcher no cedió. Su Gobierno privatizó empresas clave como British Telecom y British Gas, atrayendo miles de millones de dólares en Inversión Extranjera Directa y modernizando la

Para Noboa, la apuesta no debe ser reconstruir su apoyo a través de populismo y medidas fáciles, sino priorizar la concesión de áreas críticas energía, las telecomunicaciones, el petróleo y la infraestructura vial Cada concesión exitosa es un Ecuador está abierto a los negocios

La vía del libre comercio: exportar y crecer. Los países pequeños no pueden crecer solo con su mercado interno. Necesitan vender al mundo. Lección de Brian Mulroney (Canadá): A pesar de enfrentar una fuerte oposición popular y reveses constitucionales, Mulroney impulsó el Tratado de Libre Comercio con EE. UU. (FTA) , que sentó las bases para el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). Esto generó gran salto en el crecimiento económico canadiense y la IED. (JS)

LABOR. En manos de Daniel No-

Ecuador alberga 187 santuarios criminales y 5 microestados delictivos

Cinco microestados se han formado en el país, tras la unión de los santuarios criminales. Un informe del coronel (sp) Mario Pazmiño evidencia que estos espacios aumentaron desde 2024.

El aumento de santuarios criminales en Ecuador es una evidencia de que la ola de violencia en el país no disminuye, pese a que el Gobierno busca cómo combatir el crimen organizado, el narcotráfico y la inseguridad.

El coronel (sp) Mario Pazmiño , director regional de América Latina del Security College y exjefe de Inteligencia del Ejército, detalló que los santuarios criminales son espacios territoriales, donde el Gobierno no tiene una presencia efectiva y donde las organizaciones delictivas desarrollan una “gobernanza criminal”.

Pazmiño explicó que lo último implica el despojo de las atribuciones estatales como seguridad. Así, cuando el Estado no tiene presencia en un cantón o en un barrio, quien asume esa competencia son los grupos delictivos, que implantan un sistema de extorsión (cobros) a cambio de su ‘protección’.

En los santuarios también funciona el reclutamiento de menores y el sicariato, cuyos grupos se empoderan de los territorios, hasta formar microestados delictivos, que son zonas más grandes, como una parroquia o un cantón. De acuerdo con el informe de Pazmiño, estos microestados delictivos se desarrollan en lugares donde hay mayor presencia del crimen organizado. Uno de estos, según el experto, se está desarrollando en El Oro

Cifras de santuarios criminales

En Ecuador hay alrededor de 187 santuarios criminales. Hasta octubre de 2024 había 167, confirma Pazmiño, quien comentó que “estos santuarios no se reducen, van creciendo. Mientras más organizaciones delictivas concurren a un espacio geográfico, más áreas se van copando, y al coger un es-

pacio lo defienden a sangre y fuego”, por lo que existen disputas territoriales entre las bandas delictivas.

Pazmiño detalló que hay factores que permiten identificar los santuarios criminales: el microtráfico , el reclutamiento de menores y las extorsiones. “Tres elementos funcionan ahí y eso es lo que cuidan, porque es parte de su financiamiento”, agregó.

Microestados delictivos

“En el país hay aproximadamente unos cinco microestados delictivos. Estos son Durán, Nueva Prosperina, Esmeraldas, Santo Domingo; y uno que está entre Manabí y Portoviejo”, indicó.

El exjefe de Inteligencia militar explicó que un microestado delictivo se da cuando barrios que son santuarios criminales se unen bajo un mismo liderazgo.

Sin embargo, aclaró que hay características que per-

pertenecer a una banda delictiva, pues tiene cobertura y un pago”.

El informe evidencia que el santuario se forma por la estructura delictiva como las bandas que ya existen, por ejemplo, Choneros, Tiguerones o Lagartos, pues ellos se toman el espacio para el microtráfico y las extorsiones, ya que la organización pone una célula operativa en un territorio.

Los santuarios pueden abarcar 15 o 20 personas de una organización delictiva que está asentada en sitios que tienen entre dos y cinco manzanas. Quienes los conforman pueden ser niños, jóvenes o adultos, pues la estructura los organiza.

Las medidas para enfrentarlos

El exjefe de Inteligencia militar aseguró que si hay manera de poner fin a los santuarios criminales. Detalló que se debe realizar una presencia disuasiva permanente con la fuerza pública.

“Lo que estamos haciendo nosotros no es lo correcto. Estamos entrando allá, hacemos un barrido o patrullaje y nos retiramos. Lo que hace la organización delictiva es retomar el lugar cuando sale el policía o el militar”, dijo.

miten la creación de estos microestados delictivos, como estar cerca a una ruta que va a un puerto y un grupo consolidado en todo ese territorio. Además, en ese espacio, dice, el grupo criminal debe mantener un control de entidades gubernamentales, como alcaldías, casas de salud y servicios de educación. Agregó que a esos microestados ya no ingresan células, sino sólo la organización. “Es un estado regulado dentro del mismo Estado”, indicó Pazmiño, cuyo informe advierte que en esta formación hay una penetración mayor del crimen organizado a la fuerza pública.

¿Quiénes conforman los santuarios?

Los sectores con mayores índices de pobreza son los más vulnerables a la presencia de los santuarios. Pazmiño indicó que “al existir pobreza, la alternativa de trabajo es

También recomendó tener un “sistema de Inteligencia multidominio interagencial”, altamente profesional y técnico para que opere con efectividad en esas zonas.

“Y, el más importante de estos es que el Estado tiene que recuperar ese espacio territorial con políticas públicas de largo alcance, desarrollando políticas sociales de seguridad como mejorar educación, acceso a salud, de servicios básicos y de fuentes de trabajo . Todo esto cambia el panorama en esa localidad y, con ello, el Estado empieza a recuperar”, resaltó.

De acuerdo con un informe de Insight Crime, el país es el “hogar de varias mafias carcelarias y bandas de narcotraficantes ” que se han sofisticado y crecido en los últimos años. Y afirman que estos grupos trabajan tanto con narcotraficantes ecuatorianos como interna cionales. (PSR)

CONTROL. Policía y Fuerzas Armadas realizan operativos simultáneos en diferentes sectores de Durán (Foto: API)

Maduro invita a la Administración Trump a hablar “cara a cara”

El dictador de Venezuela, Nicolás Maduro, ha invitado al Gobierno de Estados Unidos a dialogar “cara a cara”. Lo hizo luego de que Donald Trump mencionó la posibilidad del diálogo con Caracas.

MADRID. El dictador de Venezuela, Nicolás Maduro, ha invitado al Gobierno de Estados Unidos a dialogar “cara a cara”, presentando la paz como única opción para Caracas, tras las declaraciones de su homólogo estadounidense, Donald Trump, en las que ha afirmado que “probablemente” hablará “en algún momento” con éste, aunque no ha descartado el empleo de la fuerza militar contra el país latinoamericano.

“El que quiera dialogar, encontrará siempre en nosotros gente de palabra, gente decente y gente con experiencia para dirigir a Venezuela. Así que, en Estados Unidos, el que quiera hablar con Venezuela, se hablará ‘face to face’, cara a cara, sin ningún problema”, ha declarado el dictador venezolano en su programa Con Maduro +, donde ha añadido que “lo que no se puede permitir es que se bombardee y se masacre a un pueblo”, según ha recogido la cadena Globovisión. De este modo, ha mantenido que “sólo a través de la diplomacia se deben en-

tender los países libres, los gobiernos, y solo a través del diálogo se deben buscar puntos comunes en temas de interés mutuo”. “Esa es nuestra posición invariable (..). El diálogo es el camino a buscar la verdad y la paz, la paz no tiene alternativa”, ha declarado.

Maduro, que ha manifestado su “respeto absoluto al Derecho Internacional” y su rechazo a “la amenaza del uso de la fuerza o el uso de la fuerza para imponer reglas en las relaciones entre los países” , ha defendido que la posición de Trump se debe a que alguien quiere que “cometa el error más grave de toda su vida y se meta militarmente contra Venezuela, lo cual sería el fin político de su liderazgo y de su nombre”.

“Lo están azuzando, provocando (...) y estoy seguro de que ese azuzamiento, esa provocación, no solo viene de sus adversarios y sus enemigos conocidos --él sabe quiénes son--, sino que tiene gente a su alrededor, que ya calcula en función de la era post-Trump y no le importa hacerle un daño”,

ha opinado, antes de aseverar que “lo están llevando a un desfiladero”.

Una posibilidad para el diálogo

Las declaraciones de Maduro han llegado poco después de que el inquilino de la Casa Blanca afirmase que “probablemente” hablará “en algún momento” con él, aunque sin precisar cuándo y evitando valorar la permanencia de Maduro en el poder como nada más que una “cuestión complicada”. Pese a ello, en cuanto al posible envío de tropas a Venezuela, ha dicho que no “descarta nada”.

Estados Unidos ha desplegado un importante contingente militar en aguas del Caribe aludiendo al combate contra el narcotráfico. En los 21 ataques militares contra supuestos narcotraficantes en el Caribe y el Pacífico han muerto 83 personas en las últimas semanas, según el recuento basado en los comunicados oficiales.

Además, en este marco, ha anunciado que designará como organización terroris-

ta extranjera al cartel de los Soles, acusando a Maduro y otros cargos de su “régi-

men ilegítimo” de dirigir dicha organización. EUROPA PRESS

DIPLOMACIA. El dictador de Venezuela, Nicolás Maduro. EUROPA PRESS

Fiscalía de Colombia investiga ataques que mataron a siete menores

La Fiscalía investiga los ataques contra grupos armados ordenados por el presidente de Colombia, Gustavo Petro, en el sureste de Colombia y que mataron a siete menores.

MADRID. La Fiscalía de Colombia ha anunciado la apertura de una investigación por la operación del Ejército lanzada la semana pasada contra las disidencias de las FARC lideradas por ‘Iván Mordisco’ en el departamento del Guaviare que dejó 20 muertos, incluidos siete menores de edad.

“Se ha dispuesto la apertura de una indagación con ocasión de la operación militar y policial adelantada el 11 de noviembre de 2025 en el

EL DATO

El Instituto de Medicina Forense de Colombia apunta a 15 menores fallecidos desde agosto en estos operativos ordenados por Gustavo Petro.

sector rural de Puerto Cubarro (Municipio de Calamar, Guaviare), en la que fueron neutralizados integrantes del

grupo armado organizado al mando de alias ‘Iván Mordisco’ y se produjo la incautación de material de guerra de alto poder ofensivo”, ha declarado el organismo en un comunicado difundido en redes sociales.

Se trata de un trámite iniciado por l a Fiscalía Penal Militar y Policial con el que pretende determinar “si las acciones empleadas por los miembros de la Fuerza Pública se ajustaron a los principios y reglas que orientan

a la muerte de menores.

el uso legítimo de la fuerza en el contexto del conflicto armado”.

Muertes de menores

El anuncio llega en medio de la polémica desatada por el fallecimiento de niños soldados en los operativos ordenados por el Gobierno de Gustavo Petro, quien ha perdido perdón por lo sucedido, si bien ha rechazado suspender los bombardeos argumentando que “los capos van a reclutar más niños y niñas, porque se darán cuenta (de) que así se cubrirán de riesgos militares mayores”.

El Instituto Nacional de Medicina Legal y Forense ha precisado que son 15 los menores de edad muertos como resultado de estas ope-

raciones desde finales del pasado agosto y la diputada de Alianza Verde en el Congreso Katherine Miranda ha anunciado que presentará una moción de censura contra el ministro de Defensa de Petro, Pedro Sánchez, y ha criticado la “incoherencia absoluta de este Gobierno” en declaraciones a la emisora W Radio.

“Tanto el presidente Gustavo Petro, como en su momento también el senador Iván Cepeda, decían que iban a denunciar frente al Tribunal Penal Internacional (TPI) violaciones al Derecho Internacional Humanitario porque esto era para ellos un crimen de Estado, lo que me parece inverosímil es que ahora digan que son justificados este tipo de bombardeos cuando en años anteriores lo calificaban como crimen de Estado”, ha señalado en alusión a las dos mociones de censura presentadas durante el mandato de Iván Duque (2018-2022) por hechos similares. EUROPA PRESS

conocer al público y para los fines de ley, que en la Notaria Segunda del

Pangua se ha procedido a suscribir con fecha 24 de octubre de 2025, la escritura de liquidación de la sociedad conyugal entre LISINTUÑA ARCOS ANGEL JOSELITO; y, YANCHALIQUIN AUCATOMA OLGA ROSA por tanto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.23 de la Ley Notarial, previa la inscripción en el Registro Público correspondiente, se ha ordenado por el suscrito la publicación por una sola vez de un extracto en un periódico de amplia circulación nacional, para quien se sienta con derecho presente oposición en la calle Simón Bolívar S/N y General Alberto Enríquez Gallo, parroquia el Corazón, cantón Pangua, provincia Cotopaxi. Los datos son: ACTIVO: $ 15438,46 DÓLARES. A la señora YANCHALIQUIN AUCATOMA OLGA ROSA se le adjudica: 3.1. Un lote de terreno rural, ubicado en la parroquia El Corazón, cantón Pangua, provincia Cotopaxi. El avaluó del presente bien asciende a $13532,76 DÓLARES 3.2. Una casa y terreno urbana ubicada en la parroquia El Corazón, cantón Pangua, provincia Cotopaxi. El avaluó del presente bien asciende a $1905,70 DÓLARES ABG. MANUEL SANTIAGO MOLINA CÁCERES. NOTARIO SEGUNDO (e) DEL CANTÓN PANGUA

MANUEL SANTIAGO MOLINA CACERES Firmado digitalmente por MANUEL SANTIAGO MOLINA CACERES

ABG. SANTIAGO MOLINA CÁCERES. NOTARIO SEGUNDO (e) DEL CANTÓN PANGUA

INDAGACIÓN. Los operativos ordenados por el presidente de Colombia, Gustavo Petro, están bajo investigación debido
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SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA ( I )

Autor: Dr. Roberto Salgado Valdez

Breves antecedentes

Iniciamos estos breves comentarios señalando los aspectos fundamentales de estas Sociedades, a las que se denomina “S.A.S.” -siglas que deben agregarse a su denominación o razón social- que han sido incorporadas a la legislación ecuatoriana y concretamente a la Ley de Compañías, a través de 79 innumerados artículos contenidos en la Sección innumerada, a continuación de la Sección VIII, por medio de la Disposición Reformatoria Octava de la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación, promulgada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 151 de 28 de febrero del 2020. No es ninguna novedad genuina porque proviene de inspiración francesa en la que aproximadamente en un 80% constituye prácticamente una copia -muchas veces textual- de normas contenidas en la Ley colombiana Nro. 1258 de 5 de diciembre del 2008, publicada en el Diario Oficial Nro. 47.194 del mismo día, inclusive en su secuencia. De igual manera, basándose en la Ley colombiana, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil (UNCITRAL) desarrolló una ley modelo que fue aprobada por la Organización de Estados Americanos (OEA), el 20 de junio de 2017. La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, por Resolución No. SCVS-INCDNCAN-2020-0015 de 14 de septiembre del 2020, publicado en el Registro Oficial del 25 de septiembre del 2020, expidió el Reglamento para estas Sociedades S.A.S. y en forma complementaria, se establecieron ciertos cambios y precisiones en la Ley de Modernización a la Ley de Compañías, promulgada en el Tercer Suplemento del Registro Oficial número 347 de 10 de diciembre del 2020.

La referida incorporación de las “S.A.S.” a nuestra legislación desde el punto de vista positivo contiene una posibilidad para que el pequeño y mediano empresario, e inclusive el gran empresario cuenten con una herramienta que basándose en el ejercicio del principio de autonomía de la voluntad permita contar con una sociedad acorde a la medida en beneficio de sus

intereses económicos, solo el futuro nos podrá dar una respuesta real con respecto a su utilidad práctica.

Definición de S.A.S.

Esta Sociedad ha sido definida como “Tipo de sociedad mercantil conformada por una o más personas mediante un trámite simplificado para fomentar la formalización y desarrollo de empresas”, según lo señala el numeral 9º del artículo 3 de la referida Ley, y como “Una sociedad de capitales cuya naturaleza será siempre mercantil, independientemente de sus actividades operacionales”, según lo señala el primer artículo innumerado de la Disposición Transitoria Primera de la misma.

Controlada por a Superintendencia de Compañias, Valores y Seguros

De conformidad con la Ley estas Sociedades son controladas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, de modo que ante ella se constituyen y se inscriben los nombramientos de los representantes legales. Los principales actos societarios posteriores deben ser aprobados por la misma.

Dicha institución podrá declarar la intervención administrativa en estas Sociedades

de acuerdo con las causales previstas en la Ley de Compañías y de conformidad con los reglamentos correspondientes. Así mismo, en consecuencia, sus representantes legales están obligados a remitirle información documental dentro del primer cuatrimestre del correspondiente ejercicio económico, considerando las obligaciones previstas en el artículo 20 de la misma Ley.

La existencia de la Sociedad se probará con una certificación conferida por dicho organismo. Per se no se trata de nueva especie de compañía mercantil

La Ley Colombiana no las califica así, pero en el Ecuador estas Sociedades han nacido absurdamente como una nueva “especie” mercantil de Compañía, lo que doctrinariamente no corresponde ya que, en el fondo, se trata de una modalidad o variación de las Compañías Anónimas con la posibilidad, eso sí, de que sus accionistas pacten una restricción a la libre negociabilidad de sus acciones. La nueva Ley, en el decimoséptimo considerando y en el artículo 3, numeral noveno, se refiere a ellas como “tipo” y no “especie”, sin embargo se ha hecho constar expresamente como que se tratara de una nueva especie al reformarse, en

CONSULTA PeNAL

¿Procede la conciliación en el delito de abuso sexual cuando el sujeto activo es un adolescente?

RESPUESTA

ese sentido, el artículo 2 de la Ley de Compañías. Si se quiere hasta se trata de un “híbrido” entre sociedades de personas y sociedades de capitales regidas en gran magnitud por la voluntad de los accionistas fijada en los estatutos.

Puede constituirse con un solo accionista

Se incorpora la posibilidad de que una S.A.S. pueda constituirse y permanecer con un solo accionista (Artículo 1º de la Disposición Reformatoria Primera), estableciéndose para el efecto, la modificación al artículo 1° de la Ley de Compañías en el sentido de que el “Contrato de Compañía es aquel por el cual una o más personas, dependiendo de la modalidad societaria utilizada, unen sus capitales o industrias, para emprender en operaciones mercantiles, participar de sus utilidades y de otros beneficios sociales, colectivos y/o ambientales”. Es decir, bajo la incorporación en la definición de “Compañía”, de que puede celebrarse “por una o más personas dependiendo de la modalidad societaria utilizada”, dicho contrato puede celebrarse inclusive por una sola persona natural o jurídica, lo cual no se compadece con lo que constituye un “contrato” en la legislación ecuatoriana, evidenciándose una absurda contradicción cuando

e l a rt. 38 determina claramente que los menores de 18 años en conflicto con la ley penal, estarán sometidos a las reglas del código orgánico de la niñez y adolescencia. el cona reconoce a la conciliación para todos aquellos casos en donde la pena privativa de libertad del delito en materia del procesamiento no supere los diez años. n o corresponde entonces bajo ningún concepto buscar más excepciones a la conciliación en materia de adolescentes infractores, claramente existe un enfrentamiento entre los principios que para la conciliación se reconocen en el cona con los del coiP, y cuando las reglas de éste último no son más favorables de las del cona para la vigencia de los derechos del adolescente. cuando el sujeto activo de la infracción penal sea un adolescente, procede la conciliación en todos aquellos delitos que sean sancionados con penas privativas de libertad de hasta diez años, entre ellos se encuentra el abuso sexual.

en el sexto artículo innumerado que trata sobre las S.A.S. se establece que esta Sociedad “se creará mediante contrato o acto unilateral”, que permite, entonces, que puede constituirse por “contrato” (de conformidad con el artículo 1454 del Código Civil, cuando sus fundadores

La Hora Santo Domingo
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

sean al menos dos personas) o por “acto unilateral” -que no es contrato- (cuando exista un solo fundador), causando un absoluto deterioro jurídico a la definición general de “Compañía” prevista en la Ley de Compañías como “contrato”. ¿En consecuencia, ello significa que existe “contrato” de Compañía cuando lo suscriben al menos dos personas y un “acto unilateral” si lo suscribe una sola persona?. Sin duda, jurídicamente, en este segundo caso, no es un contrato, aunque se lo disfrace como “modalidad societaria”, (que tampoco existe porque lo “societario” implica “Sociedad” y ésta es la unión de dos o más personas).

Posiblemente la idea fue que las S.A.S. pudieran constituirse por acto unilateral pero, en el momento en que se incorporen nuevos accionistas, ese acto se transformaría en un contrato. Solo así podría tratar de entenderse esta suigeneris concepción antinatural de Sociedad. ¿Ello significaría que, inclusive, luego de haberse constituido como Contrato, con un número plural accionistas, continuaría siéndolo si quedara con un solo accionista?. En el caso de las otras Compañías continuaría siendo transitoriamente un Contrato ya que podrían subsistir con ese único accionista hasta dentro de un plazo de seis meses y, si no alcanzaren a tener al menos dos accionistas, deberían disolverse (como lo prevé el artículo 361, numeral 8°, de la Ley de Compañías). En ese caso existirían excepcionalmente, durante ese plazo, como “Compañías con un solo socio” o “Compañías Unipersonales”. Pero dicha causa de disolución no existe tratándose de las S.A.S., de modo que en forma permanente podrían permanecer con un solo accionista desde el inicio y también posteriormente o constituirse con un solo accionista pudiendo incorporarse otros o constituirse con un número plural de accionistas y luego quedar en uno. ¿Eso significaría que, según cada caso, la Sociedad sería o un “acto unilateral” o un “contrato”?.

Caso distinto es el de las “Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada” que no nacen de un contrato sino de un acto unilateral, por lo que no son sociedades ni compañías y que, con la adopción de las S.A.S., ya no tienen ningún sentido.

La Ley de Modernización a la Ley de Compañías, tratando de superar el entuerto, nuevamente modificó al artículo 1 de la Ley de Compañías estableciendo: “Contrato de compañía es aquel por el cual dos o más personas unen sus capitales o industrias, para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus utilidades”, con lo que volvió a definir al de “Sociedad” como un contrato

entre dos o más personas. Sin embargo, el esfuerzo fue parcial ya que se agregó a dicho artículo lo siguiente: “La Ley también reconoce a las Sociedades por Acciones Simplificadas que podrán constituirse mediante un contrato o acto unilateral”, es decir que puede constituirse con una sola persona, con lo que el resultado es que una S.A.S. es una compañía unipersonal de responsabilidad limitada.

Sociedad de capitales con responsabilidad limitada Con estos antecedentes cabe señalar que, de acuerdo al primer artículo innumerado, a las S.A.S. se las considera como sociedades de capitales y sus accionistas responden limitadamente hasta por el monto total de sus aportes como lo señala el segundo artículo innumerado, al igual que las Compañías Anónimas, salvo el caso de que renuncien a ello por escrito. ¿Existirá alguna persona, en sus cabales, que renuncie a este trascendental derecho? no podemos entender la razón para haberlo previsto en la nueva Ley.

Cuando se utilice una S.A.S. en fraude de la Ley o en perjuicio de terceros, los accionistas y administradores que hubieren realizado, participado o facilitado esos actos responderán solidariamente por las obligaciones originadas y por los perjuicios causados. El develamiento de este velo societario se regirá por lo previsto en los artículos 17, 17A, 17B y Disposición Transitoria Tercera de la Ley de Compañías, esto es por declaratoria judicial, tomada por acción alternativa iniciada para el efecto o en un juicio por colusión.

Plazo de duración y domicilio principal

Existe la posibilidad de que en las S.A.S. el plazo de duración pueda ser determinado o indefinido. Si nada se expresa en el acto de constitución se entenderá que el plazo es indefinido, lo que no constituye ninguna innovación ya que, en nuestro criterio, en las otras compañías también puede estipularse un plazo indefinido (Así lo señalamos en nuestro “Tratado de Derecho Empresarial y Societario”, Tomo I, Volumen II, pags. 612-618).

La fijación de domicilio principal es igual que en el de las otras compañías y tiene efectos cantonales.

Objeto social

Contradiciendo lo establecido en la legislación ecuatoriana las S.A.S. pueden alternativamente concretar las actividades de su objeto social o señalar que podrán realizar cualquier actividad mercantil o civil, lícita. Si nada se expresa en el acto de constitución se entenderá que pueden realizar cualquier actividad lícita.

Esta posibilidad, a más de contradecir la dirección que para las otras compañías ha venido permanentemente siguiendo la legislación ecuatoriana en el artículo 3, va a traer verdaderos problemas en la práctica, por lo que debería reformársela en el sentido de que deben concretarse las actividades.

Estas Sociedades no pueden realizar actividades relacionadas con operaciones financieras, de mercado de valores, seguros y otras que tengan un tratamiento especial.

Utilidades

Las normas de reparto de utilidades deben señalarse en el documento constitutivo. No se han establecido normas especiales con respecto a las utilidades de las S.A.S. de modo que, de acuerdo a las normas de la nueva Ley, debe aplicarse con respecto a ellas lo que se establezca en los estatutos sociales y, si nada se dice en ellos, debe aplicarse lo que señalan las normas legales que rigen para las sociedades anónimas, esto es que debe repartírselas en proporción al valor pagado de las acciones.

Constitución debe realizarse por documento privado excepcionalmente por escritura pública

Las S.A.S. se constituirán mediante documento privado, es decir por instrumento jurídico distinto al que se exige para la constitución de las otras compañías que, en cambio, deben hacerlo por escritura pública.

En el caso de que los aportes requieran la solemnidad de escritura pública, las S.A.S. deberán constituirse cumpliendo esa formalidad y todos sus actos posteriores deben también cumplir con la misma.

Cabe entonces otra interrogante: ¿Pueden las S.A.S. constituirse por escritura pública, aunque por los aportes de sus accionistas no se requiera de ello para la constitución?. Cualquier persona, sin mayor análisis, diría que sí, pero en nuestro criterio sería desacertado por cuanto la Ley en forma concreta exige que la constitución debe hacerse -imperativamente- “en documento privado”. No dice -como debió hacerse- “o por escritura pública”, de modo que en el estricto plano jurídico, por esa lamentable omisión, una S.A.S. no puede constituirse por escritura pública si los aportes de los accionistas no exigen esa solemnidad. El Modelo de la OEA, en el artículo 6, inciso final, en cambio, sí lo posibilita cuando dice: “En ningún caso se exigirá el requisito de escritura pública…”.

Constitución requiere de control previo de legalidad e inscripción en registro de sociedades

Las S.A.S. deben constituirse

ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros en base a un “Control previo de legalidad”, institución que las inscribirá directamente, sin emitir resolución aprobatoria, en su Registro de Sociedades, con lo que adquirirán personalidad jurídica “control de legalidad” que fue tomado del artículo 6 del Modelo de la OEA.

Si la Superintendencia interviene -según la nueva Ley- solo ejerciendo un “control previo de legalidad”, no encontramos ninguna diferencia de fondo con sus actuaciones anteriores ya que -antes de agosto del 2014- también ejercía dicho control tratándose de constitución de compañías sometidas a su vigilancia pero, formalmente, emitía una resolución aprobatoria.

Los posteriores actos societarios, -disminución de capital social, transformación, fusión, escisión, disolución, liquidación, y cancelación abreviada, exclusión de accionistas, reactivación, cualquier acto societario cuya aprobación requiera de una inspección de control, y convalidación- requerirán de resoluciones aprobatorias previas de dicha Institución para poder ser inscritas en el referido Registro. Esto altera el sistema registral ya que tratándose de las otras compañías estas deberán continuar inscribiéndose, así como sus posteriores actos societarios, en el Registro Mercantil. Lo lógico y deseable hubiera sido que también las S.A.S. debieran inscribirse en el Registro Mercantil o que todas las Compañías, incluidas las S.A.S., debieran inscribirse en el Registro de Sociedades de la Superintendencia de Compañías, a fin de mantener una unidad registral. En virtud de que para efectos de la constitución de la Sociedad la Superintendencia no emitirá una resolución aprobatoria necesariamente, por mero oficio, deberá disponer -suponemos- cuando los aportes así lo exijan, la inscripción del acto o contrato constitutivo en los Registros de la Propiedad u otros registros pertinentes. Solo si existiere negativa de la Superintendencia para proceder a la inscripción de la constitución, por resolución administrativa, esta negativa podrá ser objeto de un recurso de apelación ante ella misma de acuerdo al Código Orgánico Administrativo. En caso de negativa siempre deberá expedir una resolución motivada en la que exprese los motivos de la negativa.

Como el acto (o contrato) de constitución tiene que establecerse en un documento privado, que no tiene ningún costo, no tendría sentido la apelación sino la presentación de un nuevo instrumento y documentos requeridos por la Ley sin que quepa ni siquiera una convali-

dación.

Pues bien, cumpliendo los requisitos que establece la nueva Ley, en documento privado y acompañando los documentos que sean necesarios y la declaración, bajo juramento, sobre la veracidad y autenticidad de la información y de los documentos presentados, la Superintendencia, presumiendo (presunción de derecho) que son verdaderos los inscribirá en el Registro de Sociedades a su cargo y la fecha en que lo haga será la del inicio de existencia y funciones de la Sociedad que, desde entonces, adquirirá personalidad jurídica sin que tal inscripción pueda revocarse en sede administrativa, cancelarse, dejarse sin efecto o anularse, salvo disposición expresa emitida por Juez competente. Para obtenerse informe favorable previo para la constitución de una S.A.S., dentro del “control previo de legalidad”, deben conjuntamente presentarse el o los nombramientos de los representantes legales (Innumerado artículo 9, inciso primero), cuya designación -aunque no lo dice expresamente la Ley- deben originarse en el acto constitutivo, en el que debe mencionarse la designación -pero creemos que debe hacérselo también acompañando un documento concreto ya que se requiere que conste “la razón de su aceptación”-, nombramientos sobre los cuales también posteriormente la Superintendencia ejercerá un “control de legalidad” -que en las otras compañías corresponde a los Registros Mercantiles- y, de cumplirse estos requisitos, los inscribirá en su Registro de Sociedades y, en caso contrario, lo negará mediante resolución, la misma que podrá ser objeto de apelación ante la misma Superintendencia de acuerdo al Código Orgánico Administrativo.

La constitución podrá también realizarse por vía electrónica. Si con posterioridad a la inscripción se desvirtuare la presunción de veracidad de la información y documentos proporcionados o se constatare la infracción de normas jurídica y no se las subsanare mediante convalidación, de persistirse en el incumplimiento la Superintendencia, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales, podrá ordenar la cancelación de la inscripción, en cuyo caso “se retrotraerán las cosas al estado anterior al de la inscripción” lo que, debemos entender (?), tendrá los mismos efectos que en el caso de nulidad de las compañías.

Mientras la Sociedad no se encuentre inscrita en el Registro de Sociedades, se la considera como una “sociedad irregular”, con todos sus efectos y circunstancias previstas en el artículo 29 de la Ley de Compañías.

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miércoles 19 de noviembre de 2025
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