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Tungurahua 09 de septiembre de 2020

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Tungurahua

MIÉRCOLES 09 DE SEPTIEMBRE DE 2020

Primero de Mayo, incontrolable y peligrosa

Los alrededores de la plaza Primero de Mayo en Ambato se han convertido en una feria libre donde se vende todo tipo de productos. En este sector a más del desorden y el caos, reina la delincuencia y es un sitio de potencial contagio de Covid-19. Página A3

www.lahora.com.ec CIUDAD

Municipio busca medidas para frenar el covid Página A2

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Problemas en el sistema de salud se agravan Página A4

CRONOS

Macará esta noche recibe al Barcelona Página A7

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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

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TUNGURAHUA

CNE habilita sistema en línea para consulta de lugar de votación

Una vez definidos los recintos electorales, el Consejo Nacional Electoral (CNE) habilitó en su página web, una opción para que la ciudadanía pueda consultar su lugar de votación. A través de www.lugarvotacion.cne.gob.ec/consultaregistroelectoral, ingresando el número de cédula, apellidos y nombres completos, los ciudadanos podrán consultar la información correspondiente a la provincia, cantón, parroquia, zona, junta y la dirección del recinto electoral donde debe sufragar. Los ciudadanos en el exterior podrán visualizar únicamente el número de junta. (GI)

Municipio de Ambato plantea varias restricciones para enfrentar la pandemia Esta normativa busca mantener las acciones preventivas una vez que culmine el estado de excepción en el país. Continuar con las restricciones ción de servicios en la ciudad, de circulación vehicular, pro- serán responsables de cumhibir el consumo de alcohol, la plir de manera eficaz, técnica realización de eventos masivos y estricta todas las medidas de y uso de espacios públicos, así bioseguridad establecidas en la como el toque de queda entre las presente ordenanza. Sobre el transporte in23:00 y las 05:00, es lo tracantonal, urbano y paque se propone en el Pro- EL DATO rroquial, los pasajeros deyecto de Ordenanza reberán ir solo sentados en formatoria para prevenir locales sus respectivos puestos, de el contagio del Covid-19 Los deberán cumplir en Ambato. con el porcentaje acuerdo a la regla técnica aforo que de bioseguridad de distanEn la normativa plan- de determine la ciamiento que la Dirección tea la prohibición, venta, Unidad de de distribución, suministro Gestión Riesgos o el COE de Tránsito Transporte y Movilidad de la Municiy consumo de bebidas al- Cantonal. palidad (DTTM) aplique cohólicas dentro de la cirpara el efecto. Tampoco cunscripción territorial del cantón, en espacios públicos está permitido ingerir alimentos, o en establecimientos y even- beber, fumar o escupir dentro de tos de concurrencia masiva, de los buses. acuerdo al horario determinado por el Comité de Operaciones de Análisis Emergencia (COE) cantonal. El proyecto de ordenanza fue Además, se propone que las aprobado en primera por parpersonas naturales o jurídicas, te del Concejo Municipal. Esto de derecho público o privadas debido a que el estado de excepque realicen cualquier tipo de ción en el país solamente estará actividad económica o presta- vigente hasta este sábado 12 de

DETALLES. Entre las medidas planteadas es que en los buses solamente se transporten usuarios sentados.

septiembre. “Es importante recordar a todos los ciudadanos que la culminación del estado de excepción no significa poner fin a las restricciones que se vienen aplicando en nuestro país y en particular en nuestro cantón”, señaló Javier Altamirano, alcalde de la ciudad. Altamirano resaltó que hay que continuar con las medi-

SERVICIO. Las personas pueden acercarse a la Agencia de Matriculación.

Todos los dígitos se atienden para traspaso de dominio La Municipalidad de Ambato a través del director de Tránsito, Carlos Guerrero, anunció que para el proceso de traspaso de dominio vehicular están habilitados todos los dígitos sin excepción alguna. Según las autoridades anteriormente no se atendía a todos estos trámites, pero con el

fin de que los usuarios puedan concluir el traspaso y no caigan en sanciones se habilitó el servicio. Guerrero recordó a la ciudadanía que durante este mes se atiende a los dígitos 8 y 2, pero con el fin de ayudar a los usuarios que no pudieron concluir con este trámite los meses an-

teriores se está dando atención también a los dígitos 3, 4, 5, 6 y 7. De igual manera a través del call center 032 40 89 01 se están entregando 300 turnos adicionales a los 400 que se emiten a través de la página web www.ambato.gob.ec. Se ha evidenciado que la afluencia durante los primeros ocho días de septiembre es reducida, esto en relación con los ocho días últimos de agosto, por lo que se pide a la colectividad realice su trámite a tiempo y así evitar inconvenientes. (FCT)

das preventivas como el uso de mascarilla, distanciamiento social y lavado constante de manos, pues la pandemia aún no ha terminado. Con la aprobación en primera del proyecto, este fue remitido a la Comisión Especial integrada por Alex Balladares, Cecilia Pérez, María de los Ángeles Llerena, Rumiñahui Lligalo y Manuel Palate, para que realicen a la

brevedad del caso el análisis de esta y puedan remitirla nuevamente al pleno del Concejo para su aprobación definitiva. Se prevé que en una sesión extraordinaria se analice una resolución legislativa, esta será remitida a esta comisión especial, misma que realizará un dictamen en la cual se analizarán esta reforma planteada a la ordenanza para su análisis y aprobación. (NVP)

Esta semana las licoreras funcionan de martes a sábado Esta semana, la última con estado de excepción, las licoreras podrán funcionar entre semana de 14:00 a 22:00, mientras que de jueves a sábado de 14:00 a 23:00. Además, el intendente de Policía Diego Flores, recalcó que los centros de diversión nocturna no cuentan con autorización para su trabajo. Añadió que en la última semana se decomisaron 472 litros de licor, en diferentes cantinas clandestinas. Añadió que se clausuraron varias licoreras que estaban funcionando fuera del horario permitido para estos negocios. Por ello mencionó que los controles se seguirán ejecutando desde su competencia y mencionó que se están esperando las directrices desde el Gobierno Nacional para seguir con el trabajo dentro de la emergencia sanitaria, pues la pandemia no ha acabado.

LABOR. Se hizo un llamado a los propietarios de estos negocios para que funcionen conforme a las medidas estipuladas.

“Una vez que acabe el estado de excepción debemos esperar las líneas generales de actuación en cuanto al orden y control de los establecimientos sujetos a la competencia por parte de la Intendencia General de la Policía de Tungurahua”, puntualizó Flores. (NVP)


El Dato Hasta el 8 de septiembre se reportaron 3 mil 689 casos de Covid-19 en Tungurahua y 2 mil 648 en Ambato.


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Conagopare Tungurahua entrega proyectos de alcantarillado en la parroquia Presidente Urbina

La parroquia Presidente Urbina, de Píllaro recibió dos proyectos para alcantarillado. Segundo Caiza, presidente de Conagopare Tungurahua, manifestó que como institución brindaron asesoría técnica en el proceso. Con esta labor se esperar mejorar la calidad de vida de los habitantes del cantón. Cristian Criollo, técnico de proyectos, indicó que los dos proyectos tienen alrededor de 2 kilómetros de alcantarillado sanitario, acometidas domiciliarias y un presupuesto de 120 mil dólares. (GI)

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Más quejas al sistema de salud Falta de insumos, medicinas y trabajadores reclamando sus pagos son algunos de los inconvenientes. Varios trabajadores amparaLos problemas en el sistema de salud en el país no terminan de dos bajo la Organización Sindisubsanarse y por el contrario se cal Única de Trabajadores del suman más inconvenientes mu- Ministerio de Salud (Osuntramcho más evidentes en medio de sa), desarrollaron un plantón la la pandemia que se vive por la mañana de ayer en los exteriores de la Gobernación de Tungupropagación del coronavirus. Así en Tungurahua se denun- rahua. Según explicaron a pesar de ció la falta de insumos médicos y que cuentan ya con una de medicinas en el Hospiacción de protección, los tal General Docente Ampagos no llegan de forma bato, donde los familiares MIL normal. de los pacientes asegura- obreros de la ron que deben adquirir salud existentes a nivel del país. desde guantes, jeringuiRealidad llas y más para que sus Miguel, es trabajador del enfermos sean atendidos. Distrito Baños y aseguró que A esto se suma también la in- le adeudan de julio y agosto en conformidad de los trabajadores cuanto a lo que se refiere a suelde salud quienes exigen los pa- dos, pero además no ha recibido gos de los contratos colectivos de las compensaciones, horas exvarios meses que se adeuda en tras y más beneficios de ley. todos los distritos de salud de la “Yo tengo familia que debo provincia. mantener y en esta situación y Según los trabajadores no es crisis económica no es posible solamente el pago de sueldos, que nos tengan engañando y pasino también los beneficios so- gando a cuenta gotas”, reclamó. ciales que por ley les corresponRodrigo Jordán, secretario de. general de Osuntramsa en Tun-

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PREOCUPACIÓN. Trabajadores aseguran que continuarán con los plantones pacíficos.

gurahua, manifestó que son alrededor de 700 trabajadores en contratos colectivos y código de trabajo, que se suman a los profesionales de la salud. “No puede ser que incluso en los distritos a pretexto de las fusiones que se están dando no se

cumpla ni con los sueldos”, dijo. A decir del dirigente se ha evidenciado y denunciado la falta de insumos médicos en las casas de salud y que los familiares de los pacientes que están en cuidados intensivos deban gastar más de mil dólares para que se atien-

da a sus enfermos.

Autoridad

Se solicitó un pronunciamiento oficial a la Gobernación de Tungurahua sobre este tema, sin embargo, hasta el cierre de esta edición no se obtuvo una respuesta. (FCT)

‘Barrido’ de vacunación contra la fiebre aftosa

LABOR. Esta actividad se realizó en Pelileo la semana pasada.

Campaña de donación de sangre se realiza en Píllaro

Píllaro es parte de la campaña de donación de sangre denominada ‘Dona por la vida’ que desarrolla la Cruz Roja Ecuatoriana Junta Provincial de Tungurahua. Dentro del cronograma establecido esta actividad se desarrollará hoy en la parroquia San Andrés, mientras que, el jueves estarán en Marcos Espinel. El donante tiene derecho a

cinco productos sanguíneos, para él, ella o sus hijos menores de 17 años y dos productos sanguíneos para sus padres mayores de 65 años. Para acceder a este beneficio se debe contar con el carné que el donante recibe después de su donación, el cual tiene una vigencia de seis meses. Así mismo el ciudadano recibe control médico gratuito,

la donación equilibra los niveles de hierro, mejora el flujo sanguíneo, rejuvenece el organismo y reduce la posibilidad de padecer enfermedades coronarias o circulatorias. Si ha pasado un año desde tu último tatuaje también puedes donar sangre, los hombres pueden hacerlo cada cuatro meses y las mujeres cada tres meses. (RMC)

En Tungurahua inició una nueva fase de vacunación contra la fiebre aftosa, campaña denominada de barrido a cargo de la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario (Agrocalidad) que se realizará este mes. Según las autoridades se ha establecido un calendario de vacunación que cubrirá todos los cantones, así se inició ayer en Quero donde dos grupos de trabajo recorren varios sectores desde las 08:00, de igual forma en Píllaro. Las brigadas visitarán varios sectores hasta el viernes 13 de septiembre. Hoy se tiene previsto recorrer todo el territorio de Pelileo, mientras que otro grupo recorrerá Patate. El jueves las brigadas se trasladarán a los cantones de Mocha, Cevallos y Tisaleo, mientras que el viernes se encontrarán en Baños de Agua Santa. En Tungurahua se encuentran habilitadas dos operadoras de vacunación, la primera se ubica en el Centro Agrícola de Ambato y la segunda es San Juan Bautista de Mocha.

APORTE. La vacunación es importante para mantener al país libre de fiebre aftosa.

La fiebre aftosa es una enfermedad viral muy contagiosa que afecta al ganado, se caracteriza por fiebre y formación de vesículas principalmente en la cavidad bucal, hocico, entre otras partes del cuerpo del animal, por lo que es importante que quienes tengan ganado bovino accedan a este servicio. El costo de cada vacuna es de 60 centavos de dólar. Para sus consultas o inquietudes pueden comunicarse con los programadores de esta actividad a los números 09 98 30 26 09, al 09 84 12 91 24 o a su vez acercarse a las tenencias políticas. (FCT)


Piden investigación de procedimientos en Fiscalía de Quero Moradores aseguran que los agresores terminan como víctimas y varios casos no concluyen con los responsables. Moradores de Quero y de can- lescente de 15 años con el 43% de tones aledaños del frente sur discapacidad intelectual. En este caso la Fiscalía de occidental protagonizaron ayer un plantón en la Unidad Judicial Quero no se abstuvo de acusar al sentenciado y elevó a Multicompetente de Queconsulta de Fiscalía Proro a fin de denunciar irre- EL DATO vincial de Tungurahua, gularidades en las investidonde otro fiscal fue gaciones de la Fiscalía de En el 2019 el este catón. Fiscal se abstuvo quien realizó este proEsto en medio de una de acusar al pro- ceso. Luego de presentar audiencia de formulación cesado. pruebas contundentes de cargos en contra de como el parte policial, el una abogada y cuatro elementos policiales a quienes se informe pericial de extracción de les acusa de supuesto secuestro mensajes de texto, explotación de fotografías y audio de los cea un procesado. lulares del procesado y de la víctima, los exámenes ginecológico y Antecedentes El caso se dio en el 2019 cuando médico legal, el informe psicológiel Tribunal de Garantías Pena- co, entre otros, que determinaron les de Tungurahua, sentenció a su responsabilidad penal. Sin embargo, ahora se deEdwin R. a más de 29 años de cárcel y reparación integral, por sarrolla una investigación en el delito de violación, a una ado- contra de la abogada y los ser-

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vidores policiales que detuvieron al agresor, acusándolos de supuesto secuestro. Molestia

Según varios moradores y familiares de las víctimas este tipo de situaciones son las que hacen dudar de la justicia, puesto que ahora sería el sentenciado quien trata de tener una ‘revancha’. “La Fiscalía que en su momento no quiso acusar al ahora sentenciado hoy da oídos a los reclamos que él hace y quiere acusar de secuestro a una buena abogada y a los policías que lo que hicieron es cumplir con la ley y ayudar a atraparlo”, dijo Marcia Ortiz, moradora del sector. “Afuera los corruptos, no más injusticias, investigación a Fiscalía”, eran algunas de las consignas que los molestos ciudadanos gritaban, esto debido a que aseguran existe varios casos donde los agresores pasan a ser las víctimas.

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RECLAMOS. Varios ciudadanos realizaron un plantón en Quero.

Héctor Franco, afectado, manifestó que lo que requieren es que la Fiscalía General del Estado investigue a los malos elementos de esta institución. “No es posible que en Quero exista este tipo de injusticias”, dijo al tiempo de recordar que ya se cambió de Fiscal por denuncias similares. A este pedido se unieron ciudadanos de otros casos que se tramitan en la Fiscalía de

Quero, como el de la caída de un graderío en Tisaleo, donde aseguran que no se llamó a los verdaderos responsables de la tragedia donde murieron tres personas. Autoridad

Desde la Fiscalía de Quero se aseguró que al ser un caso que se encuentra en investigación no se puede brindar declaraciones. (FCT)


OPINIÓN A6 tiempo lectura 15 min.

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El hombre describe el mundo desde su perspectiva, la cual confunde con la verdad absoluta.”

Lo que quieren mis votantes es representación enfocada en ellos, y no en el circo político partidista.”

SIMONE DE BEAUVOIR (1908-1986) ESCRITORA Y FILÓSOFA; FRANCIA.

JON OSOFF (1987- ) POLÍTICO Y PERIODISTA; EE.UU.

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Los lectores comentaron sobre el fallo de la CNJ en el Caso Sobornos: Qué bien que la justicia se ratificó y no solo debe hacerlo con este delincuente de alta gama, sino con muchos otros que aún siguen enquistados, prófugos, refugiados y en la Asamblea. Que no solo paguen su condena, que también incauten sus bienes, cuentas bancarias y demás, para en algo recuperar lo que se robaron.

Ginnita Paola Romero Saltos

Sentencian a Correa y, ¿Abdalá libre? Vivimos en un país donde la gente se vende por dinero, en Ecuador no existe la justicia.

Yesita Rodriguez

Por fin se ha hecho justicia, los candidatos correístas y leninistas deberían reflexionar y no utilizar candidaturas para justificar la corrupción y el despilfarro de 14 años de gobierno. Ximena Alexandra Pillajo Pérez

Si eran culpables y se actuó en derecho, que brille la justicia. Pero también esperamos justicia para aquellos que vendían los insumos y jugaron con la vida y salud de tanta gente. Franklin Jaramillo Granda

Los fondos públicos son sagrados, no se tocan más que para hacer el bien a los ecuatorianos. La sentencia queda como muestra para las nuevas autoridades que pugnan por llegar a la Presidencia. Raquel Morales

¡Bien! Al fin algo de justicia para los ecuatorianos afectados por su mente criminal y revanchista, por su arrogancia y prepotencia, por todos los amarres que hizo perjudicando a profesionales honestos, por miles de estudiantes, jubilados, por miles de policías humillados y por millones de ecuatorianos honestos y trabajadores.

Consuelo Donoso

Qué bueno que la Justicia los sentenció, pero demasiado tarde, porque estamos sentenciando al fantasma y no se ha recuperando nada de lo que robó. Ni él ni su dinero o sus bienes se encuentran en el país. Ojalá se pudiera firmar convenios internacionales para poder recuperar lo robado que está en otros países, o esto quedará en letra muerta. La justicia y el pueblo ecuatoriano burlados por delincuentes que han echo de la política el negocio más fácil para robar.

Oscar Herrera Dávila

Paridad, la ley irresPetada La paridad de género en la administración pública está en la ley y debe aplicarse. La Defensoría del Pueblo lleva causas que muchos ven como una quijotesca misión por alterar el estatus quo, y eso es precisamente lo que hace falta. En una reciente reforma al Código Orgánico de Organización Territorial (COOTAD), se establece que “en el caso que la alcaldía le corresponda a una mujer se designará de entre los consejeros o concejeros al vicealcalde”, y viceversa. La aplicación del “principio de paridad entre hombres y mujeres” es de obligatorio cumplimiento para consejos regionales, concejos metropolitanos y municipales; así como para juntas parroquiales. Decían los activistas por el voto de la mujer en EE.UU., una empresa que tomó más de 40 años y que en 1920 lo logró solo para las blan-

JAIME LÓPEZ

Evitar las dudas La alianza entre el social cristianismo y CREO, en un país agobiado por la pandemia del Covid-19 y por la de la corrupción, obviamente ha provocado rechazos, maniobras ofensivas teledirigidas por el loco del ático, desquiciado por la sentencia que debe cumplir, ha causado dudas y las incertidumbres consiguientes, que deben superarse a tiempo con reflexiones serenas que exigen reflotar en nuestro interior valores que no se han perdido,

cas, que “el mayor enemigo” no era la oposición, sino la indiferencia. La Defensoría del Pueblo ha presentado más de 90 causas contra distintas administraciones locales, y solo ha ganado 23. Un total de 104 municipios cumplen con la paridad, y aunque son más que los 89 que aún desobedecen la ley, el país está lejos de alcanzar una verdadera representación equitativa en la administración pública. Es cierto que aún se espera el fallo de la Corte Constitucional sobre la reforma al artículo 317 del COOTAD, pero la Constitución garantiza, en su artículo 65, que las elecciones pluripersonales respetarán “la participación alternada y secuencial”. Es lamentable que los binomios que aspiran a la Presidencia entiendan que están por encima de esta norma tan clara, o piensen que no aplica para ellos.

como la ética social y política y el sentido de ser todavía ciudadanos de una sociedad debidamente conformada, es cierto, debilitada por la corrupción imperante, pero que puede y debe ser rescatada. Un primer paso para hacerlo, es llegar al Acuerdo Nacional dentro de un ejercicio político globalizante, que no se detenga en la vigencia de las ideologías y que sus ejecutores piensen y crean en el país. Por lo tanto, si los dirigentes de sus agrupaciones se reúnen, superando diferencias personales que algún tiempo atrás dijeron eran irreconciliables, y suscriben un acuerdo que contienen definiciones de políticas administrativas con las que todos los ecuatorianos están de acuerdo, que se implementarán si es que la alianza llega al poder, el lenguaje común nos dice, adelante no hay

otra, no hay porqué satanizar esta y otras alianzas que seguramente se darán antes de febrero 2021. Si las agrupaciones del centro, de la izquierda, de la derecha- denominaciones antipáticas y silvestres – persisten en su presencia, tienen un ejemplo, y que ayuden a que la papeleta electoral no se parezca a un papel que se usa en los higiénicos, porque es ofensivo y no ayuda a recobrar la creencia en que el voto es el camino para que la democracia no sea utopía, que tampoco pueda ser disfrazada con aumento de presupuestos, porque también ofende y genera protestas el hecho de que existan millones de dólares y que deben repartirse entre los grupúsculos y candidatos, en un país donde miles de niños no reciben educación porque no tienen para pagar internet y computadoras.

ÁNGEL POLIBIO CHAVES

Demasiadas candidaturas

En todos los ámbitos existe insatisfacción por el gran número de candidatos y la sensación de que muy pocos responden a la expectativa ciudadana; cabe preguntarse entonces ¿porqué está ocurriendo esto? La respuesta es sencilla: simple y llanamente no existe un régimen de partidos en el Ecuador; algunos ya lo admiten y creen que la solución solo podrá enfrentarse a través de una reforma constitucional a la que se llegaría por la vía de una consulta popular. Lo curioso es que el partido que propugna la consulta, fue, en su momento, el responsable del deterioro paulatino del régimen de partidos, cuando propugnó la participación de los llamados independientes. Esto nos evidencia a la vez, que los grandes cambios en el sistema democrático ecuatoriano no han respondido a un análisis profundo que determine sus efectos en el tiempo, y que además, han sido el producto del interés circunstancial de algún personaje o grupo político, antes que al auténtico interés nacional. Ya en el año 1978, el Ecuador inició un proceso serio de restauración política y sustentó el desarrollo democrático nacional precisamente en la existencia de un régimen de partidos que exigía a estas agrupaciones dos condiciones fundamentales: contar con una clara ideología, y una propuesta programática que responda a su postura ideológica. Formular entonces una propuesta electoral no puede obedecer a un estudio de mercado para ofrecer lo que los electores desearían oir, sino a la identificación de respuestas concretas a las necesidades del país, de la provincia o del cantón, desde la visión ideológica de sus autores. Súmele a ello, la necesidad de que en cada partido se viva una democracia auténtica; que los candidatos nazcan de la voluntad de los miembros del partido y no sea fruto del mandato de quien lo dirige. Entonces y solamente entonces, tendremos buenos candidatos y propuestas serías.

Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Editora Nacional GABRIELA VIVANCO SALVADOR Subdirector Tungurahua FABRICIO CEVALLOS CHÁVEZ Editor Tungurahua GRACE INFANTE GUERRA e-mail: cartasaldirector@lahora.com.ec Año: XXIII No. 9923

www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.


CRONOS

FIFA ofrece un programa para impulsar el fútbol femenino

Madrid (EFE) · La FIFA anunció este martes la puesta en marcha de un programa para impulsar el desarrollo del fútbol femenino, por el que sus 211 federaciones podrán solicitar recursos adicionales y conocimiento especializado sobre la materia. Enmarcada en la Estrategia de Fútbol Femenino de la FIFA, la iniciativa ofrece a las federaciones ponerse en contacto con expertos de este ámbito y acceder a más equipamiento y asistencia técnica para desarrollar este apartado de manera sostenible e incrementar su popularidad. La ocho áreas que abarca el programa son ‘Estrategia de Fútbol Femenino’, ‘Campaña de promoción’, ‘Desarrollo de ligas’, ‘Licencias de clubes’, ‘Formación de gestores y administradores’, ‘Becas de formación para entrenadoras’, ‘Mentores para entrenadoras’ y ‘Liderazgo femenino en el fútbol’.

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Nuevo choque de ‘ídolos’ en el Bellavista Macará recibe esta noche a Barcelona por la fecha 12 de la LigaPro. El cuadro ambateño es sexto con 16 puntos.

GUAYAQUIL (EFE) • Los clubes ecua-

torianos Independiente del Valle y Barcelona adelantarán para hoy sus partidos por el torneo local contra Deportivo Cuenca y Macará, respectivamente, previo a sus reapariciones en la Copa Libertadores el 17 de septiembre. Barcelona visitará a Macará en un crucial encuentro por mantenerse en puja por un billete para la final por el título de este año en Ecuador y otro para

Macará con 16 puntos, se quedó sin opción para ganar la primera fase, pero perfila sus aspiraciones a la acumulación de puntos pensando en algún billete al final de 2020 a la Copa Libertadores o la Copa Sudamericana del próximo año. Entretanto, el equipo cuenla Libertadores de 2021. cano, con 7 puntos, pugna por Por su parte, Independien- zafarse del último puesto de la te del Valle visitará a tabla de posiciones, que Deportivo Cuenca con EL DATO condenará a los dos últiel mismo propósito que mos con la pérdida de la Barcelona, pues miencategoría al final del 2020. Cuenca e tras los barcelonistas D. Independiente están con 23 puntos, dos se enfrentan a Libertadores 16:30, mienmenos que el líder, Liga las tras que Macará El técnico del Independe Quito, el cuadro del juega a las 19:00. diente, el español Miguel Valle, tiene 22 unidades. Ángel Ramírez, tiene todo calculado desde la reanudación del torneo, el pasado 14 de agosRivales

Aficionados al fútbol podrán regresar a las gradas en Bélgica Las autoridades belgas han aceptado que varios clubes de fútbol, como el Anderlecht, el Eupen o el Charleroi, puedan volver a acoger a miles de aficionados en sus estadios, pero limitando el aforo y respetando ciertas normas para prevenir la expansión del coronavirus. Hasta ahora, el límite máximo de público en Bélgica para deportes al aire libre estaba establecido en 400 personas, aunque todos los partidos de liga profesional se habían celebrado sin público desde el pasado 7 de marzo. Ese listón estaba abierto a revisarse a partir de la quinta jornada del campeonato, aunque sujeto al análisis de un comité formado por miembros de la liga y de la federación de fútbol y los responsables regionales de Deporte, del Ministerio del Interior, de los distintos cuerpos de policía y de los clubes. Este martes se ha aprobado el protocolo presentado por el Anderlecht, que podrá recibir este

BRUSELAS (EFE) •

SITUACIÓN. Las autoridades han acep� tado que varios clubes puedan volver a acoger a aficionados. (EFE)

domingo 13 de septiembre al Cercle de Brujas en el estadio Lotto Park de Bruselas. El club de la capital, con capacidad para unos 21.500 espectadores, podrá acoger a 6.350 aficionados en los tres próximos partidos que dispute en casa. Para ello deberán respetarse ciertas normas como el distanciamiento físico -aunque la distancia de seguridad se reducirá de 1,5 a 1 metro- o el uso obligatorio de mascarilla, entre otras.

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ENCUENTRO. El anterior partido Macará ganó a El Nacional.

to, y ha rotado la plantilla en cada partido pensando en la Libertadores donde está invicto en la fase de Grupos. Independiente se impuso por 0-3 en su visita a Barcelona y por 3-0 sobre el Júnior, de Barranquilla, por el Grupo A, en el que recibirá el 17 de septiembre a Flamengo, de Brasil. Por su parte, Barcelona, con dos derrotas consecutivas ante el equipo del Valle y por 3-0 en su visita a Flamengo, evitará anticipar su eliminación de la Libertadores, en el partido con-

tra el colombiano Júnior, el 17 de septiembre. El acceso a octavos de final de la actual Libertadores, otorgará de parte de la Conmebol el premio de 1.050.000 dólares a cada uno de los clasificados. Tras los partidos de mañana, Independiente del Valle recibirá el próximo domingo al campeón defensor del título local, Delfín, y Barcelona, ese mismo día, a Universidad Católica, que ocupa el segundo puesto de la tabla de posiciones, con 24 puntos.


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Trabajadoras sexuales se pelean entre bandos

Según las mujeres asociadas hay un grupo de personas que se dedican a la prostitución que están generando disturbios. Afuera de la Unidad de VigiEn medio de la trifulca tamlancia Comunitaria (UVC) se bién se pelearon los maridos de concentraron decenas de traba- las trabajadoras sexuales. Cuatro jadoras sexuales que pertenecen de ellos fueron detenidos por la a la Asociación 15 de Marzo y a la Policía Nacional. Asociación de Mujeres Transgénero de Ambato. Contexto El lunes en la tarde en los Las llamadas trabajadoras alrededores del parque 12 de sexuales clandestinas habrían Noviembre se armó una pelea llegado hace nueve meses, desentre dos bandos: las mujeres de entonces la delincuencia y los que forman parte de las problemas habrían auasociaciones y otro grupo EL DATO mentado. que estaría ejerciendo este Jéssica Martínez, repretrabajo desde la clandestisentante de la Asociación Los detenidos nidad. fueron liberados de Mujeres Transgénero, ayer en la audijo “no somos nosotras las diencia. que estamos generando los Pelea problemas, trabajamos en Durante la pelea que se registró a las 18:00 hubo agre- este lugar hace 20 años y durante siones físicas y verbales incluso ese tiempo hemos conseguido organizarnos, entendemos que ahoel uso de cuchillos. Según Carolina Zambrano, ra los moradores estén molestos, representante de la Asociación pero no somos las asociadas quie15 de Marzo, todo inició porque nes están generando líos”. Las trabajadoras sexuales malas mujeres que no forman parte de la organización las insultaron. nifiestan que se sienten inseguras

LUGAR. Las trabajadoras sexuales se concentraron en la UVC.

pues las amenazas son constantes, por lo tanto piden a las autoridades un acercamiento para poder manejar este tema. “Queremos que nos escuchen, queremos hablar, nosotras siempre hemos estado dispuestas al diálogo, queremos frenar con esta mafia que se está generan-

do”, agregó Martínez. La Ley

En el país, el trabajo sexual no está reconocido como una actividad laboral, por lo tanto quienes se dedican a la prostitución no tienen ningún derecho. El Código Orgánico Integral

Penal (COIP) tampoco lo establece como un delito o una contravención, es decir estas personas viven en el limbo. La administración anterior de la ciudad tuvo intentos por regular el trabajo sexual, pero los proyectos nunca dieron resultados. (APQ)

Choque deja tres heridos en Tisaleo

EVIDENCIA. Los vehículos quedaron totalmente destruidos.

Se accidentan en la vía Ambato-Guaranda Dos personas resultaron heridas la mañana de ayer en un accidente de tránsito en la vía Ambato-Guaranda. El suceso se registró en el kilómetro 65. Los involucrados fueron los conductores de un automóvil Volkswagen verde y un camión. El automóvil quedó destruido en su totalidad. La parte frontal y el lado izquierdo en donde iba el chofer fueron las partes más afectadas. El camión fue a parar en el carril contrario al que circu-

laba, quedó atrapado contra las barandas de la vía. Quienes pasaban por el lugar intentaron ayudar a las personas heridas. Se comunicó el hecho al ECU 911, la Policía Nacional y el Cuerpo de Bomberos acudieron al sitio. Después de recibir los primero auxilios por parte de los paramédicos, los heridos fueron trasladados al Hospital Alfredo Noboa Montenegro en Guaranda, donde se quedaron bajo pronóstico reservado. (APQ)

A través del ECU 911 se reportó un accidente de tránsito en la Panamericana Sur que dejó a tres personas heridas. El hecho se dio el lunes a las 13:00 en la comunidad de Santa Lucía La Libertad en el barrio El Porvenir. Los conductores de un camión y un taxi se impactaron provocando lesiones en dos mujeres y un hombre. Al lugar llegó la Policía Nacional para tomar el procedimiento y la ambulancia del Cuerpo de Bomberos de Tisaleo y Mocha, quienes después de dar los primeros auxilios a

INVOLUCRADOS. El accidente se dio entre un camión y un taxi.

las personas afectadas las trasladaron al Hospital General Docente Ambato. Además, los bomberos realizaron la limpieza de la calzada para evitar más accidentes de

tránsito y habilitar la vía. El Cuerpo de Bomberos de Tisaleo recomienda a los conductores respetar las señales de tránsito y no rebasar los límites de velocidad permitidos. (APQ)

Siniestros de tránsito en Píllaro En la vía a Píllaro un taxi habría perdido pista y se estrelló contra la montaña. El hecho se dio la tarde del lunes. Solo se reportó daños materiales, no hubo personas heridas. (APQ)


Estafan a dos adultos mayores

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La pareja estaba en una farmacia esperando su turno cuando vino un hombre que se hizo pasar por médico. A un estafador no le importó las versación haciéndose pasar por condiciones de salud ni la edad médico. El sujeto afirmó que podía de dos adultos mayores. La pareja fue engañada por un hombre ayudarles para que un doctor del Instituto Ecuatoriaque los convenció con una no de Seguridad Social historia ‘fantástica’ para EL DATO (IESS) vaya a hacerles un robarles su dinero. chequeo. Jorge y María de 73 Además, dijo que podía años son esposos, viven Las actitudes sospechosas de en Atahualpa. La mañana ciudadanos se verificar si habían recibidenun- do el dinero completo de del lunes, a las 09:30 salie- pueden ciar al ECU 911. su jubilación. Les pidió el ron hasta una farmacia que número de cédula y aseestá en la avenida Rodrigo guró que tenían un dinero extra Pachano y la calle 22 de Enero. que cobrar. El monto sería de 3 mil dólares. Hechos El hombre se ofreció para haLa mujer estaba enferma por lo que fueron a buscar unos medi- cer los supuestos trámites que camentos. Mientras estaban sen- eran necesarios para cobrar esa tados esperando su turno afuera plata, pero que necesitaba una del lugar, un hombre delgado cantidad de dinero para empezar se les acercó, entabló una con- con el proceso.

CASO. Lo adultos mayores fueron engañados.

Jorge le dijo al estafador que en ese momento no contaba con el dinero, pero que si tenía en la cuenta de su cooperativa. El delincuente lo subió a una camioneta doble cabina negra y lo llevó hasta la casa para que retire la libreta de ahorros. Luego lo trasladó hacia la entidad financiera. La víctima retiró 1.600 dólares. Posteriormente

fueron hasta el IESS en Atocha. En el trayecto, el dinero fue entregado al estafador. Cuando llegaron al IESS, el hombre le pidió a Jorge que se baje del vehículo mientras él supuestamente estacionaba el carro en el garaje. Procedimiento

Jorge nunca más volvió a ver a este sujeto. La hija del afectado

llamó a la Policía ya que notó a su padre consternado. Los agentes policiales acudieron al lugar para tomar procedimiento, informaron a las personas involucradas cual era el trámite que debían seguir. Se hizo un rastreo por el lugar pero hasta el momento no se ha logrado dar con el paradero del delincuente. (APQ)

Agrede a su pareja que está embarazada

DETENIDO. El hombre fue aprehendido por la Policía.

Manejaba borracho Al mediodía de ayer en la parroquia San Andrés en Píllaro un hombre que conducía en estado de embriaguez fue detenido por la Policía Nacional. El hecho se registró en la calle 7 de Julio y San José El Baratillo. La Policía detuvo al conductor para pedirle sus papeles, fue entonces cuando olieron su aliento a licor. Le aplicaron la prueba del alcohotest, la misma que dio como resultado 4,96 gramos de alcohol en la sangre. Según el artículo 385 del Có-

digo Orgánico Integral Penal, la persona que conduzca un vehículo en estado de embriaguez y rebase los 1,2 gramos de alcohol en la sangre tendrá una multa de tres salarios básicos unificados la suspensión de la licencia por 60 días y 30 días de privación de libertad. El hombre fue trasladado al Centro de Detención Provisional. Debido a los grandes daños materiales, los carros fueron trasladados hasta los patios de retención vehicular de Picaihua. (APQ)

En Píllaro una mujer de 24 años fue maltratada brutalmente por su pareja. Al hombre no le importó que ella esté embarazada. Alrededor de las 22:00 del lunes la Policía Nacional estaba retirando unos libadores en San Miguelito cuando los moradores informaron que en las calles Mirabeles y Uvillas había una pelea. Los agentes policiales llegaron al lugar donde estaba la mujer agredida, quien contó que minutos antes salió a buscar a su pareja que estaba tomando. Al encontrarlo en la calle le

Policía Nacional de Píllaro recibe reconocimiento

Varios miembros de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Municipalidad recibieron un reconocimiento por parte de la Gobernación de Tungurahua, por el trabajo realizado en beneficio de la ciudadanía para enfrentar la emergencia sanitaria. (APQ)

DELITO. Todos los días se reportan casos de violencia intrafamiliar al ECU 911.

pidió que vaya a la casa y él empezó a insultarla, luego le metió dio puñetes, le jaló los pelos y la tiró al piso. La Policía detuvo al victimario por violencia intrafamiliar,

fue trasladado hacia el Centro de Detención Provisional (CDP). A la mujer la llevaron hasta el Hospital Básico de Píllaro debido a sus heridas y su estado de gestación. (APQ)


AVISOS A10

MIÉRCOLES 09 DE SEPTIEMBRE DE 2020 La Hora TUNGURAHUA

EJECUTIVOS

AVISO JUDICIAL EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON DE AMBATO

CITACIÓN: SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LA DEMANDADA QUE POR AUTO DICTADO POR LA DRA. MARIANA XIMENA SANTILLAN ESCOBAR, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO, SE HA DISPUESTO QUE SE CITE, A LOS DEMANDADOS SEÑORES GAIBOR GAIBOR DUBAL FRANCISCO Y LLERENA LLERENA MIRIAN MARLENE; POR MEDIO DE LA PRENSA EN UNO DE LOS PERIODICOS DE LA CIUDAD DE AMBATO, DENTRO DEL JUICIO EJECUTIVO COBRO DE LETRA DE CAMBIO, PROPUESTO POR: MARTINEZ GAVILANEZ LUIS ELADIO, en contra de GAIBOR GAIBOR DUBAL FRANCISCO Y LLERENA LLERENA MIRIAN MARLENE. CLASE DE JUICIO: EJECUTIVO ASUNTO: COBRO DE LETRA DE CAMBIO ACTOR: MARTINEZ GAVILANEZ LUIS ELADIO DEMANDADO: GAIBOR GAIBOR DUBAL FRANCISCO Y LLERENA LLERENA MIRIAN MARLENE SECRETARIO: ABG. WILIAM SISALEMA TISALEMA INICIO DEMANDA: 12 DE NOVIEMBRE DEL 2019. CAUSA Nº: 18334-2019-04402. CUANTÍA: DOS MIL SETECIENTOS DÓLARES AMERICANOS ($ 2.700,00 USD). “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, jueves 21 de noviembre del 2019, las 13h00, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede.- La suscrita, Dra. Mariana Ximena Santillán Escobar, en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Ambato, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal: 1.- La demanda presentada por el señor LUIS ELADIO MARTINEZ GAVILANEZ, en contra de GAIBOR GAIBOR DUBAL FRANCISCO y LLERENA LLERENA MIRIAN MARLENE, por reunir los requisitos de ley establecidos en los Arts. 142, 143, 347 numeral 4, 348 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se califica y se la admite al TRÁMITE EJECUTIVO, ordenándose que los prenombrados demandados, una vez legalmente citados, de conformidad con los Arts. 351 y 352 del COGEP, en el término de QUINCE DÍAS, CONTESTEN la demanda en la cual podrán: 1.- Pagar o cumplir con la obligación; 2.- Formular Oposición acompañando la prueba conforme con lo previsto en el COGEP; 3.- Rendir caución con el objeto de suspender la providencia preventiva dictada, lo cual podrán hacer en cualquier momento del proceso, hasta antes de la sentencia; 4.- Reconvenir al actor con otro título ejecutivo.- Dentro de la oposición podrán proponer las excepciones previas y taxativas enunciadas en los Arts. 353 y 153 ibídem. Además deberán adjuntar la documentación viable para su defensa en virtud de lo previsto en los Arts. 151 y 152 ibídem. Bajo prevención que si la parte demandada dentro del respectivo término (15 días término luego de haber sido citada) no cumple la obligación, ni propone excepciones o si las excepciones propuestas son distintas a las permitidas en el COGEP para este tipo de procesos, se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al Art. 352 del COGEP. 2.- Por no haberse justificado en legal y debida forma se niega la medida cautelar solicitada por el accionante. 3.- Cítese a los demandados señores GAIBOR GAIBOR DUBAL FRANCISCO y LLERENA LLERENA MIRIAN MARLENE, en la dirección indicada en la demanda, mediante la Oficina de la Unidad Judicial Civil de Ambato, para el efecto la parte interesada proporcionará las copias necesarias de la demanda, copias de los documentos adjuntos; y, este auto inicial, obteniendo a través de la oficina de Gestores de Archivo del Complejo Judicial del cantón Ambato, a fin de que la parte accionada ejerza su legítimo derecho a la defensa, conforme lo establece el Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador. 4.- Los medios probatorios anunciados en el líbelo inicial y que se producirán en la correspondiente audiencia conforme las reglas establecidas en el COGEP de conformidad con el Art. 146 ibídem se dispone su práctica de la siguiente forma: 4.1.- Agréguese al expediente la documentación que hace mención en el acápite octava del anuncio de los medios de prueba documental. 4.2.- En la audiencia única de pasar el examen de admisibilidad; y, previo juramento, los señores LUIS ELADIO MARTINEZ GAVILANEZ, GAIBOR GAIBOR DUBAL FRANCISCO y LLERENA LLERENA MIRIAN MARLENE, rindan la declaración de parte al tenor del pliego de preguntas que en forma oral se realizarán. 4.3.- En la audiencia única de pasar el examen de admisibilidad; y, previo juramento, los accionados señores GAIBOR GAIBOR DUBAL FRANCISCO y LLERENA LLERENA MIRIAN MARLENE, reconozcan firma y rúbrica del documento que se hace mención en el acápite octava literal d) del anuncio de los medios de prueba. Se advierte que la admisibilidad de los medios probatorios anunciados y proveídos se la verificará de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. 5.- Téngase en cuenta la cuantía fijada. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Actúa en la causa el Dr. Jorge Barba, en calidad de secretario del despacho. NOTIFÍQUESE y CÍTESE.” f) Dra. Mariana Santillán Escobar, Juez. Certifica. Abg. Jorge Barba Galarza. Secretario. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, lunes 24 de agosto del 2020, las 10h31, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede para los fines de ley.- La suscrita, Dra. Mariana Ximena Santillán Escobar, en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Ambato; dicto el presente AUTO: Cumplido que ha sido el requerimiento realizado, cítese EXTRACTADAMENTE con la demanda, auto inicial y este auto al accionado señor GAIBOR GAIBOR DUBAL FRANCISCO con C.C. 1802718823 y LLERENA LLERENA MIRIAN MARLENE con C.C. 1802780575, por uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, de conformidad a lo señalado en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, a fin de que trans-

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curridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para que conteste la demanda. Las publicaciones se realizarán en tres fechas distintas. Una vez realizada las publicaciones, se deberán agregar íntegramente al proceso para los fines pertinentes. NOTIFIQUESE.” f) Dra. Mariana Santillán Escobar, Juez. Certifica. Dr. Ramiro Garces. Secretario. PARTICULAR QUE PONGO EN CONOCIMIENTO DE LOS DEMANDADOS, PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. PREVINIENDO DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL, PARA POSTERIORES NOTIFICACIONES. AMBATO, 19 DE AGOSTO DEL 2020. Firma ilegible ABG. WILLIAM SISALEMA TISALEMA SECRETARIO ( E ) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN AMBATO Hay un sello P* 156331 - 18334-2019-04402. ==

R. del E. EN EL JUICIO No. 18334-201901381

SEGUIDO POR LUIS JAVIER OCAÑA PALACIOS en contra de CHANGO MAISANCHE BLANCA ERMINIA, DE CONFORMIDAD CON LO QUE DISPONE LA PROVIDENCIA DEL DIA MIERCOLES 29 DE JULIO DEL 2020, SE DISPONE CITAR a CHANGO MAISANCHE BLANCA ERMINIA, mediante tres publicaciones que se realizarán en uno de los periódicos de amplia circulación en este cantón Ambato, para el efecto se entregará el extracto correspondiente. E X T RA C T O ACTOR: Luis Javier Ocaña Palacios DEMANDADO: Chango Maisanche Blanca Erminia CLASE DE JUICIO: Ejecutivo. TRAMITE: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN. CUANTÍA: 2.463,27. JUEZ DE LO CIVIL: Dra. Amnelore Elizabeth Loayza Jaramillo. CAUSA Nº: 18334-2019-01381 PROVIDENCIA: Ambato, miércoles 29 de julio del 2020, las 15h45, VISTOS.- Incorpórese a los autos el escrito que antecede presentado la parte accionante, para los fines de ley. 1.- En lo principal, cumplido que ha sido el requerimiento realizado, cítese extractadamente con la demanda, auto inicial y este auto a CHANGO MAISANCHE BLANCA ERMINIA, por uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Ambato, provincia de Tungurahua, de conformidad a lo señalado en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, a fin de que transcurridos veinte días plazo desde la última publicación comenzará el término para que conteste la demanda, ya sea cumpliendo la obligación, o proponiendo las excepciones permitidas en el Código Orgánico General de Procesos para este tipo de Expedientes. Las publicaciones se realizarán en tres fechas distintas. Notifíquese.LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES.Ambato, viernes 11 de agosto del 2020.Firma ilegible DR. JORGE BARBA GALARZA SECRETARIO Hay un sello P* 156329 - 18334-2019-01381 ==

CITACION JUDICIAL EXTRACTO

A, MAYRA ALEXANDRA MALQUI TOALOMBO y EDWIN RIGOBERTO ORTIZ CUJANO, dentro del juicio No. 18335-2019-00431, propuesto por WILIAN PATRICIO GOYES MORALES, PROCURADOR JUDICIAL DEL SR. ESTUARDO RIQUELME PAREDES LÓPEZ, GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SAN FRANCISCO LTDA, en contra de MAYRA ALEXANDRA MALQUI TOALOMBO, EDWIN RIGOBERTO ORTIZ CUJANO y JUAN ROLANDO ORTIZ CUJANO, se les hace saber lo que sigue: CLASE DE JUICIO: EJECUTIVO ASUNTO: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN ACTOR: WILIAN PATRICIO GOYES MORALES, PROCURADOR JUDICIAL DEL SR. ESTUARDO RIQUELME PAREDES LÓPEZ, GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SAN FRANCISCO LTDA. DEMANDADO: MAYRA ALEXANDRA MALQUI TOALOMBO, EDWIN RIGOBERTO ORTIZ CUJANO y JUAN ROLANDO ORTIZ CUJANO. CUANTIA: $10.000 JUEZ: DRA. RUTH AMPARO LLAMUCA CURAY AUTO INICIAL: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN QUERO DE TUNGURAHUA.Quero, miércoles 14 de agosto del 2019, las 12h38, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en auto inmediato anterior, en lo principal, la demanda presentada por el ABG. WILIAN PATRICIO GOYES MORALES, en calidad de Procurador Judicial del Ing. Estuardo Riquelme Paredes López, Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco Ltda,.”, en su calidad actor, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el PAGARÉ A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO. Se ordena la citación de los demandados MAYRA ALEXANDRA MALQUI TOALOMBO y EDWIN RIGOBERTO ORTIZ CUJANO, deudores principales, en el lugar que se indica en la demanda, mediante Comisión librado al señor Comisario Nacional del Cantón Tisaleo, Provincia de Tungurahua; y, JUAN ROLANDO ORTIZ CUJANO, deudor solidario, en el lugar que indica en la demanda, mediante comision librado al señor Comisario Nacional del Cantón Mocha, Provincia de Tungurahua, para lo cual se adjuntará copia de la demanda, copia de los documentos adjuntos y este auto inicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede EL TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmedia-

tamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. En virtud que el actor del proceso con su escrito de demanda ha anunciado prueba, se indica que dicha prueba será aceptada a trámite siempre y cuando cumpla los requisitos del Art. 160 del COGEP, esto es, cumpla los requisitos de pertinencia, utilidad y conducencia: Téngase en cuenta la prueba documental que se menciona será producida en la Audiencia Única. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 165 del Código Orgánico General de Procesos se pone en conocimiento de la contraparte los anuncios probatorios, para los fines pertinentes.- Tómese en cuenta el correo electrónico señalado por el accionante para sus notificaciones. Actué en calidad de Secretario el Abg. José Roberto Cusangua. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. - f).- DRA. RUTH AMPARO LLAMUCA CURAY, JUEZA. f) ABG. JOSÉ ROBERTO CUSANGUA VITERI, SECRETARIO. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN QUERO DE TUNGURAHUA.Quero, miércoles 5 de agosto del 2020, las 16h17, VISTOS: Agreguese a la causa el escrito presentado por el Ab. Patricio Goyes en la calidad que comaprece.- En lo principal, consta de autos a fs. 79 que la parte actora de este juicio presenta su escrito solicitando que se cite a la señora MAYRA ALEXANDRA MALQUI TOALOMBO y EDWIN RIGOBERTO ORTIZ CUJANO por publicaciones por la prensa en atención a los relatado en el numeral segundo de su escrito. Se dispuso que comparezca a reconocer firma y rubrica y ratificarse en el contenido de su escrito, reconocimiento que obra a fs. 79 de los autos, en la que señala: “que no obstante de haber realizado las investigaciones pertinentes, ha sido imposible dar con el actual paradero, residencia o domicilio de la demandados señores MAYRA ALEXANDRA MALQUI TOALOMBO y EDWIN RIGOBERTO ORTIZ CUJANO, para quien pido citar por la prensa”. Por consiguiente, CITESE a los demandados MAYRA ALEXANDRA MALQUI TOALOMBO y EDWIN RIGOBERTO ORTIZ CUJANO de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, en un periódico de mayor circulación que se edita en la provincia de Tungurahua. Por secretaria confiérase el respectivo Extracto para que una vez transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda proponiendo las excepciones previas y taxativas enunciadas en los artículos 151, 153 y 353 ibídem, así como señalar domicilio Judicial en éste Cantón Quero, bajo prevenciones de que si no comparece se procederá en rebeldía.NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- f).- DRA. RUTH AMPARO LLAMUCA CURAY, JUEZA. f) DR. JOHN HERIBERTO FRANCO CHILUIZA, SECRETARIO.Lo que pongo en conocimiento del citado para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para sus notificaciones en esta ciudad, dentro de los veinte días a contarse desde la última publicación, bajo prevenciones de ley.-Quero, a 21 de Agosto del 2019. Firma ilegible Dr. John Heriberto Franco Chiluiza Secretario de la Unidad Judicial Multicompetente Civil de Quero Hay un sello P* 156320 - 18335-2019-00431

ESPECIALES

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON BAÑOS DE AGUA SANTA AVISO JUDICIAL

EXTRACTO PARA PUBLICACION MATERIA: FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA TIPO DE PROCESO: ESPECIAL ACCION: INCIDENTE DE EXTINCION ALIMENTOS ACTOR: OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ TORRES DEMANDADO: RODRIGUEZ TAMAYO ERICK ALEXANDER JUEZ: Dr. Raúl Castro G CAUSA N° .18331-2005-00233 AUTO INTERLOCUTORIO: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON BAÑOS, PROVINCIA DE TUNGURAHUA.Baños de Agua Santa, miércoles 20 de febrero del 2019, las 12h23, VISTOS: Adjúntese a los autos el escrito que antecede.- La petición presentada por el señor OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ TORRES, del incidente de extinción de derecho de alimentos, se la califica de clara, completa y por reunir los requisitos de ley se la admite a trámite Sumario determinado en los Art. 332 y 333 del Código Orgánico General de Procesos, en aplicación a las disposiciones contenidas en el Art. 146 de la norma ibidem..- Cítese al demandado señor ERICK ALEXANDER RODRIGUEZ TAMAYO, en la dirección que se indica, a través del encargado de citaciones de esta Unidad Judicial, a fin de que señale casillero judicial y dé contestación a la demandada conforme a las normas establecidas en el COGEP.- En el día y hora de la audiencia única las pruebas anunciada por la parte actora será tramitada conforme lo manda la normativa vigente en el día y hora de la audiencia, esto es lo dispuesto en el artículo 160 del COGEP.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- . F) Dr. Raúl Castro Juez de la Unidad Judicial.- AUTO DE SUSTANCIACION: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON BAÑOS, PROVINCIA DE TUNGURAHUA.- Baños de Agua Santa, martes 14 de julio del 2020, las 10h39, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez ( E) de la Unidad Judicial de conformidad con la acción de personal No. 1232-DP18-2020, de fecha 13 de julio del 2020, por licencia médica del señor Juez Titular.- En lo principal el escrito de este folio agréguese, en atención a lo solicitado por el señor OSWALDO RODRIGUEZ TORRES y toda vez que se ha dado cumplimiento a la declaratoria bajo juramento de la imposibilidad de determinar la residencia o domicilio del demandado, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se cite al señor ERICK ALEXANDER RODRIGUEZ TAMAYO, con el extracto de la demanda de extinción de alimentos, auto de calificación y este auto, en uno de los diarios que se editan en la ciudad de Ambato, para lo cual por secretaria procédase a entregar el extracto correspondiente.NOTIFÍQUESE.- F).- Dr. Raúl Castro G. Juez de la Unidad Judicial. Lo que cito a usted para los fines de Ley, previniéndole la obligación que tiene de señalar domicilio para sus futuras notificaciones. Firma ilegible Dra. Gladys Flores Fuenmayor. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON BAÑOS Hay un sello P* 156334 - 18331-2005-0023

ORDINARIOS AVISO JUDICIAL EXTRACTO

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON DE AMBATO EN AUTO DICTADO CON FECHA Ambato, Ambato, viernes 27 de septiembre del 2019, las 14h58,

POR EL AB. CHRISTIAN MAURICIO PAREDES JORDAN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO, SE HA DISPUESTO CITAR POR LA PRENSA A; CRISTOBAL VACA PAREDES, así como a los y los herederos presuntos y desconocidos de quien vida fuera BERTHA CLEOTILDE VACA PAREDES, CON LA DEMANDA ORDINARIAPRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, PROPUESTA POR PRECIADO PIZARRO SARA ARACELY y VACA PAREDES PEDRO OSWALDO en contra CRISTOBAL VACA PAREDES; y los herederos presuntos y desconocidos de quien vida fuera BERTHA CLEOTILDE VACA PAREDES; en contra del DR. XAVIER ALTAMIRANO y DRA. MARTHA ALEXANDRA MORALES, en calidad de Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipalidad Ambato CLASE DE JUICIO: ORDINARIO JUEZ CHRISTIAN MAURICIO PAREDES JORDAN. A S U N TO : P R E SC R I P C I O N ADQUISITIVA DE DOMINIO ACTOR: PRECIADO PIZARRO SARA ARACELY y VACA PAREDES PEDRO OSWALDO. DEMANDADOS: CRISTOBAL VACA PAREDES; y los herederos presuntos y desconocidos de quien vida fuera BERTHA CLEOTILDE VACA PAREDES; del DR. XAVIER ALTAMIRANO y DRA. MARTHA ALEXANDRA MORALES, en calidad de Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipalidad Ambato SECRETARIA ( E ): AB. ENMA PATRICIA CONDOR B. INICIO DE DEMANDA: 30/05/2019 CAUSA No: 18334-2019-02054 CUANTIA: INDETERMINADA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA.- Ambato, viernes 27 de septiembre del 2019, las 14h58, VISTOS: El escrito que antecede agréguese al expediente, y toda vez que el actor ha dado cumplimiento a lo ordenado en el auto inmediato anterior, analizados los documentos adjuntos a la presente demanda, se dispone: 1. CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA: La demanda que antecede presentada por los señores PRECIADO PIZARRO SARA ARACELY y VACA PAREDES PEDRO OSWAÑDO, quien solicita la Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, en contra de CRISTOBAL VACA PAREDES; y los herederos presuntos y desconocidos de quien vida fuera BERTHA CLEOTILDE VACA PAREDES; en contra del DR. XAVIER ALTAMIRANO y DRA. MARTHA ALEXANDRA MORALES, en calidad de Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipalidad Ambato, respectivamente; por ser clara, precisa y reunir los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se califica de clara y completa y se admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO al tenor de lo determinado en los artículos 290 y siguientes Ibídem. 2. INSCRIPCIÓN DEMANDA.- De conformidad al inciso quinto del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, que dice: “…El juez dispondrá la inscripción en el registro correspondiente, de las demandas que versen sobre dominio o posesión de inmuebles o de muebles sujetos a registro, así como también de las demandas que versen sobre demarcación y linderos, servidumbres, expropiación, división de bienes comunes y acciones reales inmobiliarias…”; al tratarse la presente causa, de un proceso que versa sobre dominio se dispone la INSCRIPCIÓN DE LA DEMANDA del bien inmueble materia de la controversia, en el Registro Municipal de la Propiedad del cantón Ambato, para lo cual, ofíciese a su titular, a fin de que tome nota de la presente en los libros a su cargo, debiendo remitir copias necesarias, incluso de éste auto, para su pleno conocimiento. 3. CITACIÓN: Se dispone citar a CRISTOBAL VACA PAREDES, así como a los y los herederos presuntos y desconocidos de quien vida fuera BERTHA CLEOTILDE VACA PAREDES; conforme lo dispuesto en el artículo 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, en forma extractada mediante publicaciones a través de uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Ambato, en tres fechas distintas. Cítese también al DR. XAVIER ALTAMIRANO y DRA. MARTHA ALEXANDRA MORALES, en calidad de Acalde y Procurador Síndico del GAD Municipalidad Ambato respectivamente, en la dirección que indica la parte accionante en su escrito que completa la demanda, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con la Disposición General Décima del Código Orgánico de Organización Territorial, COOTAD, mediante uno de los señores citadores de este Complejo Judicial, para el efecto el interesado proporcionará las copias necesarias de la demanda, copias de los documentos adjuntos y este auto inicial, obteniendo a través de la oficina de Gestores de Archivo del Complejo Judicial del cantón Ambato. 4. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA: En aplicación del artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el TÉRMINO DE TREINTA (30) DIAS para que los demandados, contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 y 152 del mismo cuerpo normativo, especialmente deberán pronunciarse en forma expresa sobre cada una de las pretensiones de la parte actora, sobre la veracidad de los hechos alegados en la demanda y sobre la autenticidad de la prueba documental que se haya acompañado, con la indicación categórica de lo que admiten y de lo que niegan; y, deberán anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, precisando toda la información que sea necesaria para su actuación, en observancia y la oportunidad de la prueba establecida en el artículo 159 IBIDEM. 5.- DE LAS PRUEBAS: Téngase como anuncios de prueba planteadas por la parte accionante, las enunciadas y presentadas en su demanda, las mismas que serán admitidas o rechazadas, en el momento mismo de la audiencia preliminar conforme lo previsto en el artículo 160, 161 y 294 del Código Orgánico General de Procesos. 6.- OTRAS DISPOSICIONES: La Resolución interpretativa No. 07-2015, de fecha 10 de junio del 2015, emitida por la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, en el artículo 5 establece que el impulso del proceso corresponde a las partes y la omisión de esta carga procesal no es atribuible a la o el juzgador; por lo que la parte actora, deberá considerar lo dispuesto en los artículos 245 y siguientes del COGEP. Agréguese al proceso los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la cuantía fijada..- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.f) AB. CHRISTIAN PAREDES JORDAN. JUEZ. - Certifico la secretaria. - Ab. Enma Patricia Condor. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA.- Ambato, miércoles 11 de diciembre del 2019, las 14h07, VISTOS: En lo principal, por cuanto de la revisión de los autos, específicamente en auto inicial se visualiza que se ha deslizado un error involuntario en el nombre de uno de los accionantes haciendo constar como VACA PAREDES PEDRO OSWAÑDO; cuando lo correcto es VACA PAREDES PEDRO OSWALDO. En tal virtud este error no ha viciado al proceso de nulidad insanable, así como tampoco ha

provocado indefensión alguna; por tal consideración al amparo de lo que prescribe el artículo 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida dicho lapsus. En lo demás subsista el referido auto.- Notifíquese.f) AB. CHRISTIAN PAREDES JORDAN JUEZ.- Certifico la Secretaria Ab. Enma Patricia Condor. LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES; A FIN DE QUE LOS INTERESADOS SEÑALEN CASILLERO JUDICIAL PARA SUS NOTIFICACIONES Y EJERZAN SU DERECHO DEL QUE SE CREAN ASISTIDOS. Firma ilegible AB. ENMA PATRICIA CONDOR B. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN AMBATO (E) Hay un sello P* 156338 - 18334-2019-02054

VARIOS

AVISO JUDICIAL EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON DE AMBATO

CITACIÓN: SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LA DEMANDADA QUE POR AUTO DICTADO POR LA ABG. JUANA MARIBEL PELAEZ TORRES, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO, SE HA DISPUESTO QUE SE CITE, AL DEMANDADO SEÑOR LAUTARO ANIBAL ABAD SANTACRUZ; POR MEDIO DE LA PRENSA EN UNO DE LOS MONITORIO - DOCUMENTOS, PROPUESTO POR: PHD. NARANJO LÓPEZ GALO OSWALDO, EN CALIDAD DE RECTOR Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO, en contra de LAUTARO ANIBAL ABAD SANTACRUZ. CLASE DE JUICIO: MONITORIO ASUNTO: DOCUMENTOS ACTOR: PHD. NARANJO LÓPEZ GALO OSWALDO, EN CALIDAD DE RECTOR Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO. DEMANDADO: LAUTARO ANIBAL ABAD SANTACRUZ SECRETARIA: AB. DIANA NUÑEZ SOLIS INICIO DEMANDA: 28 DE FEBRERO DEL 2020. CAUSA Nº: 18334-2020-00914. CUANTÍA: USD. SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE DÓLARES AMERICANOS CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS DE DÓLAR AMERICANOS ($ 6.577,42 USD). “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, miércoles 4 de marzo del 2020, las 12h25, Juicio No. 18334-2020-00914 VISTOS: ABG. JUANA MARIBEL PELÁEZ TORRES, mediante acción de personal No. 1623-DP18-2018 de fecha 16 de julio del 2018 en base a los memorandos No. CJ-DNGP-2018-1134-M de fecha 03 de abril del 2018, en el que consta la solicitud de traslado de los Jueces del Sistema Escrito manejado con el Código de Procedimiento Civil al Código Orgánico General de Procesos suscrito por la ABG. FRÍAS MENDOZA CONNIE DIRECTORA NACIONAL ENCARGADA DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PROCESAL; memorándum No. CJ-DNGP-2018-1893-M de fecha 01 de junio del 2018, en el que consta se apruebe la solicitud de traslado de los Jueces del Sistema Escrito manejado con el Código de Procedimiento Civil al Código Orgánico General de Procesos suscrito por la ABG. FRÍAS MENDOZA CONNIE DIRECTORA NACIONAL ENCARGADA DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PROCESAL; y el memorando circular No. CJ-DG-2018-0353-MC de fecha 01 de junio del 2018, en el que consta la APROBACIÓN DE TRASLADO DE LOS JUECES DEL SISTEMA ESCRITO MANEJADO CON EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL AL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS, SUSCRITO POR EL DR. TOMAS ALVEAR PEÑA, DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA.Avoco conocimiento de la presente causa, Incorpórese a los autos el escrito presentado por la parte actora con el cumplimiento de lo dispuesto en auto inmediato anterior.- en lo principal se dispone: 1.- CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA: La demanda que antecede presentada por el señor PHD. NARANJO LÓPEZ GALO OSWALDO, EN CALIDAD DE RECTOR Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO, por cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos - COGEP, se la califica de clara y precisa, admitiéndose a trámite mediante procedimiento MONITORIO.- La demanda se basa en un documento denominado “COMPROMISO DE PAGO” adjunto al libelo inicial, previstos en el numeral 1 del Art. 356 ibídem. 2.- FUNDAMENTO DE HECHO.- La parte actora en su demanda manifiesta: “…1.- Es el caso señor Juez, que con fecha 16 de abril del 2018, mi representada esto es la Universidad Técnica de Ambato, procedió a suscribir un contrato de arrendamiento con el señor LAUTARO ANÍBAL ABAD SANTACRUZ, con vigencia desde el 01 de Abril del 2018 al 31 de marzo del 2019, en la cual la UTA arrendó un espacio físico para que funcione el bar-comedor ubicado en la Facultad de Ciencias de la Salud, predios de Ingahurco, ubicado en la Av. Colombia y Chile, de esta ciudad de Ambato, Provincia de Tungurahua, por el cual el demandado se comprometió a cancelar los cánones arrendaticios por la cantidad mensual de SEISCIENTOS VEINTE Y SIETE DÓLARES AMERICANOS CON CUARENTA CENTAVOS DE DÓLAR AMERICANOS ($ 627,40) MÁS IVA, dando la totalidad mensual de SETECIENTOS DOS DÓLARES AMERICANOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR ($ 702,69 USD) para el año 2018; y, para el año 2019, se comprometió a cancelar el canon arrendaticio por la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA DÓLARES AMERICANOS CON CUARENTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR ($ 640,41 USD) MÁS IVA, dando la totalidad mensual SETECIENTOS DIECISIETE DÓLARES AMERICANOS CON VEINTISÉIS CENTAVOS DE DÓLAR ($ 717,26 USD) esto al amparo de la cláusula Quinta del referido contrato de arrendamiento. 2.- El mencionado ciudadano dejó de cancelar los cánones arrendaticios en favor de mi representada correspondientes a los meses de abril 2018 (canceló solamente SETECIENTOS DÓLARES AMERICANOS adeudando a mi representada DOS DÓLARES CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR), mayo del 2018 (adeuda SETECIENTOS DOS DÓLARES AMERICANOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR); junio 2018 (adeuda SETECIENTOS DOS DÓLARES AMERICANOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR), julio 2018 (adeuda SETECIENTOS DOS DÓLARES AMERICANOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR), septiembre 2018 (adeuda SETECIENTOS DOS DÓLARES

AMERICANOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR), octubre 2018 (adeuda SETECIENTOS DOS DÓLARES AMERICANOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR), noviembre 2018 (adeuda SETECIENTOS DOS DÓLARES AMERICANOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR), diciembre 2018 (adeuda SETECIENTOS DOS DÓLARES AMERICANOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR), enero 2019 (adeuda SETECIENTOS DIECISIETE DÓLARES AMERICANOS CON VEINTISÉIS CENTAVOS DE DÓLAR), marzo 2019 (adeuda SETECIENTOS DOS DÓLARES AMERICANOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR); ya que los meses de agosto 2018 y febrero 2019, se encuentran exonerados los pagos por disposición del H. Consejo Universitario plasmada en Resolución 0287-CU-P-2009 de fecha 10 de marzo del 2019, el mencionado ciudadano desocupó de manera libre y voluntaria el espacio físico arrendado por mi Representada. 3.- Es por ello señor Juez, que con fecha 2 de octubre del 2019, el demandado señor LAUTARO ANÍBAL ABAD SANTACRUZ, presentó a mi Representada un compromiso de pago, por la cantidad total de dinero adeudado de SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS DÓLARES AMERICANOS CON DOS CENTAVOS DE DÓLAR AMERICANOS ($ 6.356,02 USD), la cual es una deuda determinada de dinero, líquida, exigible y de plazo vencido, cuyo monto no excede de cincuenta salarios básicos unificados del trabajador en general, en la que el mencionado ciudadano se compromete a cancelar a mi representada la cantidad total de dinero adeudado, en tres cuotas…” 3.- PRETENSIÓN DE LA DEMANDA.La parte actora solicita el pago de: 1.- El pago de total de SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS DÓLARES AMERICANOS CON DOS CENTAVOS DE DÓLAR AMERICANOS ($ 6.356,02 USD) constantes en el documento denominado compromiso de pago de fecha 2 de Octubre del 2019. 2.- El pago del máximo de interés convencional y de mora, de conformidad con lo determinado en el Art. 360 del Código Orgánico General de Procesos, valor que asciende a la suma de DOSCIENTOS VEINTIÚN DÓLARES AMERICANOS CON CUARENTA CENTAVOS DE DÓLAR AMERICANOS ($ 221,40 USD); y, 3.- Se reserva el derecho de solicitar mediante sentencia el pago de costas procesales y honorarios de profesionales de sus defensores, por parre del demandado si amerita el desarrollo de la presente causa. CUMPLIMIENTO y PAGO.- En aplicación del Código Orgánico General de Procesos, artículos 358, 359 y 361, se concede el TÉRMINO DE QUINCE (15) días para que la parte demandada señor ABAD SANTACRUZ LAUTARO ANÍBAL, pague la cantidad que el actor solicita en su demanda y documento adjunto a la misma (COMPROMISO DE PAGO); esto es por la cantidad de SEIS MIL TRECIENTOS CINCUENTA Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA CON 02/100 (USD 6.356,02), o en su defecto CONTESTE y adjunte la documentación viable para su defensa en virtud de lo previsto en el artículo 151 y 152 ibídem; o formule Excepciones conforme al Art. 153 del Código Orgánico General de Procesos. Bajo la prevención de lo establecido en el Código Orgánico General de Procesos - COGEP, artículo 358 Inciso tercero; (“Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución, comenzando por el embargo de los bienes de la o del deudor que la acreedora o el acreedor señale en la forma prevista por este Código.”); por tanto de ser el caso de conformidad con lo dispuesto en el Art. 360 del mismo cuerpo de Ley, además se deberá cancelar el máximo de interés convencional y de mora calculado a la tasa fijada por el organismo regulador, el mismo que se genera desde citación de la demanda.- Las costas procesales se regularan de ser pertinente de conformidad al Art. 284 del COGEP. 4.- CITACIÓN: Se dispone citar a la parte demandada señor ABAD SANTACRUZ LAUTARO ANÍBAL, en la dirección que indica la parte accionante en su demanda, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 53, 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos; para la práctica de esta diligencia se realizará mediante atento Deprecatorio, al haber incorporado, por parte del Consejo de la Judicatura, una nueva funcionalidad en el Sistema SATJE, cuya Directriz de Deprecatorio Virtual se encuentra vigente, se dispone que, para la práctica de la diligencia, se remita DEPRECATORIO VIRTUAL; Para la práctica de esta diligencia se enviará el deprecatorio virtual a uno de los Señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con Sede en el cantón Quito, provincia de Pichincha; a quien se le faculta contar con el funcionario correspondiente para el cumplimiento y ofreciendo reciprocidad en casos análogos; para el efecto, por Secretaría cúmplase con el Flujo Procesal respectivo, dejándose constancia en el proceso. La parte interesada debe comparecer ante el Juez Deprecado para que preste las facilidades necesarias para su cumplimiento.- el Deprecatorio se dispone de conformidad a lo que determina el Art. 72 del Código Orgánico General de Procesos; por medio de la señora actuaria libre despacho necesario al cual deberá adjuntar la fotocopia de la demanda, copias de la documentación aparejada a la misma y este auto inicial (para el efecto la parte actora proporcionará las copias necesarias de la demanda, copias de los documentos adjuntos y este auto inicial, obteniendo a través de la oficina de Gestores de Archivo del Complejo Judicial del cantón Ambato), a fin de que la parte accionada ejerza legítimo derecho a la defensa, consagrado en la Constitución de la República en el Art. 76.5.- PRUEBA: El anuncio de la prueba planteada por la parte accionante, Tómese en cuenta, para los fines pertinentes. Sobre la declaración de parte, se practicará en la audiencia única, conforme lo establece el Art. 188 del COGEP, bajo prevenciones legales; Sobre el reconocimiento de firma y rubrica solicitada en su anuncio probatorio, se realizará en la propia audiencia única, de conformidad al artículo 217 del COGEP; Sobre la prueba documental anunciada, se realizará en la propia audiencia única, de conformidad al artículo 196 del COGEP; La parte demandada de igual forma, tomará en cuenta el anuncio de prueba realizado, a fin de garantizar el principio de contradicción y de conformidad al inciso segundo del Art. 151 del Código Orgánico General de Procesos. Se les recuerda a las partes que los anuncios de pruebas serán ADMITIDOS de ser pertinentes, útiles y conducentes en la audiencia única de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos; y, siempre que exista oposición debidamente fundamentada a la demanda conforme lo previsto en el artículo 354 del mismo cuerpo legal.6.- OTRAS DISPOSICIONES: En aplicación a la Resolución interpretativa No. 07-2015, de fecha 10 de junio del 2015, emitida por la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, en el Art. 5 establece que el impulso del proceso

corresponde a las partes y la omisión de esta carga procesal no es atribuible a la o el juzgador. Téngase en cuenta la cuantía que se ha fijado y los lugares señalados para recibir notificaciones: casillero judicial y el correo electrónico; así como la autorización. Incorpórese al proceso toda la documentación ajunta. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.” f) Ab. Juana Pelaez Torres, Juez. Certifica. Ab. Diana Nuñez Solís. Secretaria. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, martes 18 de agosto del 2020, las 16h12, No. 183342020-00914 VISTOS: Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación de fecha 11 de agosto del 2020, Cítese al demandado señor LAUTARO ANIBAL ABAD SANTACRUZ; por haber dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, y por haber declarado bajo la solemnidad de juramento la imposibilidad de determinar el domicilio y residencia del demandado, de acuerdo con el numeral 1, Cítese al señor LAUTARO ANIBAL ABAD SANTACRUZ por medio de la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación en la ciudad de Ambato, publicaciones que se realizaran en tres fechas distintas, para lo cual la señora secretaria concederá el extracto correspondiente; a fin de que la parte accionada ejerza legítimo derecho a la defensa, consagrado en la Constitución de la República en el Art. 76.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.” f) Abg. Juana Pelaez Torres, Jueza. Certifica. Abg. Diana Nuñez Solís. Secretaria. PARTICULAR QUE PONGO EN CONOCIMIENTO DE LOS DEMANDADOS, PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. PREVINIENDO DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL, PARA POSTERIORES NOTIFICACIONES. AMBATO, 19 DE AGOSTO DEL 2020. Firma ilegible AB. DIANA NUÑEZ SOLIS SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN AMBATO Hay un sello P*156327-18334-2020-00914. ==

CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA CITESE:

a la señora MARIA TERESA CORRALES CEPEDA, a quién se le hace saber lo que a continuación se detalla: CAUSA No. 18334-2018-04453 TIPO DE PROCESO: SUMARIO ACCION: COBRO DE CHEQUE ACTOR: EDISSON FRANCISCO PAREDES PUNINA DEMANDADA: MARIA TERESA CORRALES CEPEDA DOMICILIO: CASILLERO No.219 DEL AB. LEONARDO POAQUIZA PADILLA CUANTIA: USD23.000,00 JUEZ: ABG. LORENA MERCEDES RAMIREZ RAMOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA Ambato, miércoles 7 de noviembre del 2018, las 16h10, Causa No. 18334-2018-04453. VISTOS: Ab. Lorena Mercedes Ramírez; en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil del Cantón Ambato; avoco conocimiento en la presente causa, en virtud del sorteo que antecede. En lo principal se dispone: Incorpórese a los autos el escrito presentado. CALIFICACIÓN.Por cumplido el requerimiento de esta Autoridad, se dispone: La demanda de COBRO DE CHEQUE presentada por el señor EDISSON FRANCISCO PAREDES PUNINA, en contra de la señora CORRALES CEPEDA MARIA TERESA, es clara y reúne los requisitos generales y específicos determinados en la Ley, se la admite a trámite SUMARIO determinado en el numeral 1 del Art. 332 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el art. 516 inciso segundo del Código Orgánico Monetario y Financiero, así como la Disposición Reformatoria Primera numeral 2 del COGEP. Téngase en cuenta la cuantía que se fija. CITACIÓN.- Cítese a la demandada CORRALES CEPEDA MARIA TERESA, en el lugar determinado por el accionante en la demanda, sin perjuicio de ser citado en donde fuere encontrado en persona, a fin de que señale casilla judicial y/o correo electrónico para recibir notificaciones, designe a su defensa técnica en la presente causa, conteste a la demanda, anuncie y adjunte la prueba, y presente las excepciones que se creyere asistido, conforme lo establece el Art. 151, 152 y 153 del Código Orgánico General de Procesos, en el término de (15) QUINCE DIAS conforme lo determinado en el Art. 333, numeral 3 ibídem, para la práctica de la diligencia que se realizará mediante Deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del Cantón Quito, Provincia de Pichincha, por lo que envíese despacho en legal y debida forma, ofreciendo reciprocidad en casos análogos.- Cumplidas las citaciones en base a lo dispuesto en el Art. 5 y el numeral 6 del Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos se señalará día y hora para que se lleve a efecto la Audiencia Única; en caso de inasistencia a esta diligencia se procederá conforme lo determina el Art. 87 de la norma invocada. ANUNCIOS DE PRUEBA. - Los medios probatorios anunciados en el líbelo inicial y que se producirán en la correspondiente audiencia conforme las reglas establecidas en el COGEP, deberán ser tomados en cuenta por el demandado a fin de que contradigan los mismos de conformidad al inciso segundo del Art. 151 del Código Orgánico General de Procesos. 1. En la Audiencia Única, prodúzcase el documento indicado en el numeral 7.1.,7.2, 7.3 y 7.4 de los anuncios de prueba. Estos anuncios de prueba serán ADMITIDOS de ser pertinentes, útiles y conducentes en la audiencia única de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. La parte actora deberá considerar lo dispuesto en los Art. 245 y siguientes del COGEP respecto del abandono. Tómese en cuenta el casillero judicial, y los correos electrónicos que se señalan; así como la autorización que realiza el actor a su Abogado Patrocinador en la presente causa. - NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. - f) RAMIREZ RAMOS LORENA MERCEDES, JUEZA. Certifico, f) GUTIERREZ HARO MARCO VINICIO, SECRETARIO. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA Ambato, martes 3 de marzo del 2020, las 16h21, VISTOS: Incorpórese al proceso el escrito que antecede; atento al mismo, una vez que la parte accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), cítese a la demandada MARIA TERESA CORRALES CEPEDA, en uno de los diarios de mayor circulación de ésta ciudad de Ambato, provincia de Tungurahua; a fin de que comparezca a hacer valer sus derechos, contestando la demanda y proponiendo excepciones dentro del término dispuesto en el penúltimo inciso del Art. 56 Ibídem, en concordancia con el Art. 333 numeral 3 del COGEP; para el efecto por Secretaria confiérase el correspondiente Extracto para su legal cumplimiento, previo el requerimiento de la parte actora.- Notifíquese.-

f) RAMIREZ RAMOS LORENA MERCEDES, JUEZA. Certifico, f) GUTIERREZ HARO MARCO VINICIO, SECRETARIO. Lo que comunico a usted, para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer hacer valer sus derechos de los cuales se considere asistida y señale domicilio judicial en esta Unidad Judicial para recibir futuras notificaciones. Certifico: Firma ilegible Ab. Marco Vinicio Gutiérrez H. SECRETARIO Hay un sello P* 156335 - 18334-2018-04453 ==

REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PILLARO PROVINCIA DE TUNGURAHUA A: Los Herederos y Presuntos Desconocidos del causante señor NESTOR AURELIO SÁNCHEZ PAZMIÑO, se hace saber lo que sigue: CAUSA No: 18333-2018-01004 TRAMITE: FAMILIA, MUJER, NIÑZ Y ADOLESCENCIA TIPO PROCESO: VOLUNTARIO ACCION: PARTICION DE BIENES SUCESORIOS ACTOR: DR. LUIS ANÍBAL VILLLAVA SORIA en su calidad de Procurador Judicial de los señores ÁNGEL MISAEL JACOME VALLE, MENTOR DE JESÚS JACOME VALLE, JOSÉ NÉSTOR JACOME VALLE, MARIA EVANGELINA JACOME VALLE, EMMA NOEMI JACOME VALLE, MANUEL MESÍAS JACOME VALLE, NESTOR EDUARDO SÁNCHEZ JACOME, NORMA ISABEL SANCHEZ JACOME, MARIO AURELIO SÁNCHEZ JACOME, JENNY MARIA SÁNCHEZ JACOME, MARGOTH DEL CARMEN SANCHEZ JACOME, MARTHA SUSANA SANCHEZ JACOME, MARCO LEONARDO SANCHEZ JACOME, CHRISTIAN FABIAN SALAZAR JACOME, JASMINA ALEXANDRA SÁNCHEZ JACOME, NÉSTOR AURELIO SÁNCHEZ PAZMIÑO, FABIOLA CARMITA ZUÑIGA VILLAROEL, GLADYS YOLANDA RAMÍREZ JIMÉNEZ y ZOILA VICTORIA BARRIONUEVO URQUIZO. DEMANDADOS: MARIANA EVANGELINA JÁCOME VALLE y ÁNGEL GABRIEL JÁCOME VALLE, los Herederos y Presuntos Desconocidos de PEDRO ANTONIO JACOME HARO y MARÍA ROSARIO VALLE AGUIRRE; y, a los Herederos y Presuntos Desconocidos del causante señor NESTOR AURELIO SÁNCHEZ PAZMIÑO. CUANTIA: UN MILLÓN CINCUENTA Y SIETE MIL DÓLARES AMERICANOS JUEZ: DR. ENCALADA MORENO CÉSAR OSWALDO U N I DA D JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PILLARO DE TUNGURAHUA. Santiago de Pillaro, jueves 16 de enero del 2020, las 12h35, VISTOS: El escrito presentado por MARIA DE LOURDES SANCHEZ APOLO, ERNESTO PACIFICO SANCHEZ APOLO y NÉSTOR OSWALDO SANCHEZ CHANCAY, junto con la documentación que antecede, agréguense al proceso; en lo principal, I.- Téngase en cuenta la comparecencia de los mencionados ciudadanos como herederos del señor NÉSTOR AURELIO SÁNCHEZ PAZMIÑO, en consecuencia se contará con los mismos en esta causa; II.- Tómese en cuenta que los peticionarios señores MARIA DE LOURDES SANCHEZ APOLO, ERNESTO PACIFICO SANCHEZ APOLO y NÉSTOR OSWALDO SANCHEZ CHANCAY designan como su procurador común al señor ERNESTO PACIFICO SANCHEZ APOLO. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado para sus notificaciones futuras; así como la autorización concedida a su Abogada defensora, para que presente cuanto escrito fuere necesario en la presente causa. NOTIFÍQUESE. f) ENCALADA MORENO CÉSAR OSWALDO, JUEZ. Certifica el Secretario encargado f) AB. FRANKLIN ROMEO ROBAYO ZURITA. U N I DA D JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PILLARO DE TUNGURAHUA. Santiago de Pillaro, jueves 6 de agosto del 2020, las 12h35, VISTOS: El escrito que antecede incorpórese al proceso. Una vez que la parte accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior. En mérito al juramento que tiene rendido el actor a fojas trescientos setenta y nueve (379) vuelta, en virtud que le ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los Herederos y Presuntos Desconocidos del causante señor NESTOR AURELIO SÁNCHEZ PAZMIÑO, de conformidad con el Art. 56 numeral 1 del Código General de Procesos, se ordena que se cite a los Herederos y Presuntos Desconocidos del causante señor NESTOR AURELIO SÁNCHEZ PAZMIÑO, con el extracto de la demanda y auto recaído, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Tungurahua, advirtiéndole de la obligación que tienen los Herederos y Presuntos Desconocidos del causante señor NESTOR AURELIO SÁNCHEZ PAZMIÑO de comparecer a juicio, así como de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para sus notificaciones. NOTIFÍQUESE. f) ENCALADA MORENO CÉSAR OSWALDO, JUEZ. Certifica el Secretario encargado f) AB. FRANKLIN ROMEO ROBAYO ZURITA. Particular que pongo en su conocimiento de los Herederos y Presuntos Desconocidos del causante señor NESTOR AURELIO SÁNCHEZ PAZMIÑO, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial para recibir futuras notificaciones, bajo prevenciones de rebeldía. Santiago de Píllaro 07 de agosto de 2020. Atentamente, Firma ilegible Ab. Franklin Romeo Robayo Zurita SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PILLARO Hay un sello P* 156322 - 18333-2018-01004

ANULACIONES

BANCO PICHINCHA

ANULACIÓN DE COMPROBANTES PROVISIONALES PARA DEPÓSITO BANCO PICHINCHA C.A. informa al público en general que el Comprobante Provisional para Depósito “CPDS”, de la siguiente numeración 0730982, queda anulado por haberse extraviado: “BANCO PICHINCHA C.A.” no se responsabiliza del uso que terceras personas pudieran darle al documento antes señalado. Ambato, 09 de septiembre 2020 P*156337 ==

BANCO PICHINCHA

ANULACIÓN DE COMPROBANTES PROVISIONALES PARA DEPÓSITO BANCO PICHINCHA C.A. informa al público en general que el Comprobante Provisional para Depósito “CPDS”, de la siguiente numeración 0757199, queda anulado por haberse extraviado: “BANCO PICHINCHA C.A.” no se responsabiliza del uso que terceras personas pudieran darle al documento antes señalado. Ambato, 09 de septiembre 2020 P*156337


PAÍS B1

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MIÉRCOLES 09 DE SEPTIEMBRE DE 2020 La Hora ECUADOR

I

Corte debe requerir a la Interpol captura de los prófugos Una sentencia ejecutoriada podría cambiar el criterio de la Interpol para la captura de Rafael Correa. Un presentimiento, una reco- tenciados a ocho años de cárcel mendación o un sentimiento de en calidad de coautores del deliculpa; nadie lo sabe. Lo cierto es to de cohecho. El expresidente Rafael Correa que antes de que se efectúe la audiencia de casación del caso ‘So- y sus exministros, Vinicio Alvabornos 2012 – 2016’, tres de los rado y Walter Solís, figuran como prófugos de la justicia. Sosentenciados dejaron de bre ellos pesan órdenes de cumplir con las medidas EL DATO prisión que no se han cumcautelares dispuestas por plido por ausencia. la Corte Nacional de JustiAyer, los abogacia (CNJ). dos de los proceSe trata de la asam- sados fueron ¿Cuál es el proceso? por bleísta Viviana Bonilla, de notificados El constitucionalista Emiescrito del fallo su coordinador de campa- del Tribunal de lio Suárez explicó que luego Casación. ña a la alcaldía de Guayade que la sentencia quede quil; Christian Viteri -el ejecutoriada, le corresponparadero de ambos es incierto- y de a la CNJ hacer un nuevo pedido de María de los Ángeles Duarte, a la Organización Internacional de exministra de Transporte, quien Policía Criminal (Interpol) para está refugiada en la Embajada de que oficie la localización y captura Argentina. Los tres fueron sen- de los procesados.

DECISIÓN. Los abogados tienen tres días para presentar aclaración y ampliación ante la Corte.

Prófugos y refugiados en el caso Sobornos RAFAEL CORREA

Prófugo

° Reside en Bélgica desde 2017. Se le ordenó

VIVIANA BONILLA

Se desconoce su paradero

una orden de prisión preventiva en julio de 2018 por el secuestro del político Fernando Balda. Dentro del caso Sobornos también se le emitió la misma medida cautelar y ahora está previo a recibir sentencia ejecutoriada. Fiscalía lo calificó como el líder de una estructura criminal y su sentencia es de 8 años.

° La asambleísta es una de las condenadas a 8 años. Desde el 13 de agosto no se ha presentado ante la Corte Provincial del Guayas. Hoy, las autoridades desconocen de su paradero. Se la acusó por haber recibido sobornos para financiar su campaña a la alcaldía de Guayaquil. Fue calificada como coautora de cohecho, tuvo un voto salvado.

VINICIO ALVARADO

CHRISTIAN VITERI

° Tiene una sentencia por ejecutoriarse en el caso

° El exasambleísta Christian Viteri fue coordinador de campaña de Bonilla. La CNJ había dispuesto para él una prohibición de salida del país, pero se supo que abandonó Ecuador. Fue sentenciado a 8 años como coautor.

Prófugo

Sobornos. Fue la principal ‘arma’ en el aparataje propagandístico de las campañas y del gobierno de Rafael Correa. Junto a su hermano, Fernando Alvarado, también prófugo, fueron las cabezas de las estrategias comunicacionales y propagandísticas, además de la persecución a periodistas. Su paradero estaría en Venezuela. Su sentencia es la de 8 años. WALTER SOLÍS

Prófugo

° Fue secretario del Agua en el régimen de Correa. En 2017, la justicia ordenó una prisión preventiva por un presunto peculado. Se conoce que actualmente reside en Estados Unidos. Espera una sentencia en firme por cohecho dentro del caso Sobornos. Se lo condenó a 8 años de cárcel. Para el caso de Correa, la Interpol ya ha negado solicitudes de captura para hacer efectiva una orden de prisión preventiva por el secuestro del político Fernando Balda. Sin embargo, Suárez cree que con una sentencia ejecutoriada por cohecho la suerte será distinta. “Su situación jurídica pasó

Paradero incierto

MARÍA DE LOS ÁNGELES DUARTE

° En la Embajada de Argentina

La exministra de Transporte tampoco cumplió con la presentación en la Corte Provincial del Guayas. Desde el 12 de agosto permanece en la Embajada de Argentina en calidad de “huésped por razones humanitarias”. Espera sentencia en firme por 8 años como coautora de cohecho.

de una prisión preventiva a la ejecución de una sentencia. Lo que procede es que se vuelva a insistir a la Interpol para que lo capturen internacionalmente y cumpla la pena en Ecuador”, explicó. Mauricio Gándara, excanciller del Ecuador, coincidió con Suárez. Dijo que solo la

El voto salvado no afecta a la sentencia ° La resolución del Tribunal de Casación que se leyó el lunes

tuvo un voto salvado. Esto quiere decir que uno de los jueces no estuvo de acuerdo con parte de la sentencia. Esto, dijo el constitucionalista Emilio Suárez, no abre la puerta a que los acusados puedan interponer recursos en la Corte Constitucional o a nivel internacional. “Es solamente el criterio de uno de los tres jueces. La decisión que tiene efectos jurídicos es la de mayoría”. El experto agregó, además, que el voto salvado del conjuez Milton Ávila no debilita la sentencia, desde el punto de vista jurídico. Sin embargo, desde un discurso político, agregó, esto puede tomarse como una discrepancia que no genera consecuencias positivas o negativas al fallo.

Interpol el órgano encargado de oficializar la captura de los prófugos, aunque no mira con optimismo que esto llegue a cristalizarse, pues, para él, el caso tiene un contexto político. “La Interpol es cuidadosa en no intervenir en cuestiones que puedan tener un tinte político”, dijo el diplomático. Agregó que poco es lo que se puede hacer desde Cancillería, pues no es un ente competente para pedir arrestos. (FLC)

La Corte acepta parcialmente fallo sobre infracciones de jueces

La Corte Constitucional (CC) aceptó parcialmente los pedidos de aclaración y ampliación formulados por la Defensoría Pública, Fiscalía y Consejo de la Judicatura, sobre una sentencia en que se declaró inconstitucional las sanciones de oficio de esta última institución. La decisión se tomó en Pleno con los cinco votos a favor de las juezas Karla Andrade, Daniela Salazar, los jueces, Ramiro Ávila, Agustín Grijalva y Alí Lozada. Existió además un voto salvado del juez Hernán Salgado y las abstenciones de Carmen Corral, Teresa Nuques y Enrique Herrería.

En la resolución, la CC aclaró que la sentencia no ordena la

restitución, ni indemnización manifiesta negligencia o error de ningún juez, fiscal o defen- inexcusable. sor público en particular y que los efectos retroactivos del fa- ‘Retomar análisis’ llo son exclusivamente para los La CC aclaró además que su fallo procesos judiciales de acno priva al CJ de su faculción de protección u otra EL DATO tad sancionadora respecto garantía constitucional o de estas fallas, sin embarde acción contencioso – go, sostiene que debe exisCJ aseguró administrativa propues- El que los montos tir previamente una deta por el funcionario des- de reparaciones claratoria jurisdiccional. a tituido por el Consejo de económicas El asambleísta Héctor jueces destituidos no puede la Judicatura, con la apliMuñoz, explicó que lo exsalir de su presucación del numeral 7 del puesto. puesto por la CC también artículo 109 del Código insta al Legislativo a reOrgánico de la Función tomar el análisis de una Judicial (COFJ). reforma al COFJ, en lo que conEsta normativa se refiere a cierne al error inexcusable. Según destituciones por infracciones dijo, él propuso esta modificación gravísimas por parte de los ope- hace tres años, pero su iniciativa radores de justicia como el dolo, aún no ha sido tomada en cuenta.

DECISIÓN. El trámite fue aceptado en el Pleno del órgano constitucional. (Cortesía: Corte Constitucional)

Agregó, que la preocupación fue que el Gobierno de turno utilice a la justicia como herramienta de persecución que podía alcanzar a los mismos jueces, pues, a su criterio, la Judicatura podía sancionarlos por sus fallos atribuyéndoles dolo, manifiesta negligencia o error inexcusable. “Esto se utilizó por el gobierno anterior”, aseguró. Muñoz dijo que quien tiene que

determinar si existen infracciones son jueces de alzada y no un órgano administrativo como el CJ. Es decir, si un juez de primer nivel incurre en una falta, en encargado de analizar la situación es otro de la Corte Provincial; si el que infringe es de ese nivel, el señalado a resolver es un juez nacional y si es un alto magistrado, pues lo calificará el Pleno de la Corte Nacional de Justicia. (FLC)


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ECONOMÍA B2

MIÉRCOLES 09 DE SEPTIEMBRE DE 2020 La Hora ECUADOR

I

La mejoría se debe a un aumento en los aportantes voluntarios o sin relación de dependencia. Desde noviembre de 2019, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) ya enfrentaba una tendencia decreciente en el número de afiliaciones por mes. Esa realidad se profundizó y se hizo completamente negativa desde marzo de este año. Así, hasta julio, más de 305.000 personas dejaron de ser aportantes activos. Eso quiere decir que, en promedio, se registraron 61.000 salidas del sistema durante los primeros cinco meses de la pandemia. Sin embargo, Jorge Wated, presidente del Consejo Directivo del IESS, anunció que la curva descendente “comenzó a dar la vuelta”, y, por primera vez desde el inicio de la emergencia sanitaria se alcanzaron más afiliaciones que desafiliaciones en agosto. Realidad

En términos netos, la seguridad social tuvo 22.194 afiliados más en agosto. Pero esto no significa que se solucionaron los problemas de falta de liquidez y sostenibilidad, porque esa pequeña recuperación no borra el hecho

TUNGURAHUA

Aumentan afiliaciones al IESS, pero no por el empleo formal MINUTERO

Evolución de: DESAFILIACIONES 18.297 ° MARZO: 111.990 ° ABRIL: 109.821 ° MAYO: 30.530 ° JUNIO: ° JULIO: 27.000 AFILIACIÓN

° AGOSTO: 22.194 de que, en total, de marzo a agosto 2020, más 282.000 personas dejaron de contribuir con sus aportes. Según Wated, una consolidación del cambio de tendencia solo se logrará si, hasta final de año, existe una efectiva reactivación productiva y una mejora sustancial en la economía del país. Por eso, dentro de las proyecciones del IESS no se descarta el escenario de que hasta diciembre se registren alrededor de 500.000 desafiliaciones, con lo que la institución tendría $732 millones menos en ingresos. “La mejora en agosto se debe al aumento de las afiliaciones voluntarias o sin relación de dependencia”, dijo Wated. Desde el sector pirvada

Patricio Alarcón, presidente de la Cámara de Comercio de Quito, alertó que el peso de las desafiliaciones está en el sector privado, donde se ha perdido 258.613 aportantes. En agosto, la caída

RETO. La seguridad social enfrenta problemas de liquidez y sostenibilidad.

fue de 10.709 afiliados, un impac- mas de sostenibilidad, sino tamto menor que entre marzo y julio. bién de liquidez, debido a que el El empleo formal continúa gasto anual en jubilaciones y been decline, pero un porcentaje neficios funerales es de $4.500 de los nuevos subempleados, y millones; pero los ingresos solo llegan a $2.700 millotrabajadores por cuenta nes. El resto no está fipropia, han optado por nanciado y, además, el aportar al sistema, aunque sea sobre el salario JUBILADOS Estado no cumple con han aumenta- el aporte del 40% desde básico ($400). La situación se agra- do en lo que octubre 2019. Ese déficit se suma a va con el hecho de que, va del año. El solo durante este año, gasto se incre- los $7.139 millones comentó en: rrespondientes a la deuel número de jubilados da acumulada del Estaaumentó y los ingresos do con el IESS. De ese mensuales, hasta la femonto, de acuerdo con cha, han caído en más millones. Wated, se ha logrado un de $160 millones. preacuerdo con el Ministerio de Economía para que se Problemas estructurales Rodrigo Ibarra, presidente eje- abone, al menos $400 millones cutivo de Actuaria Consultores, hasta fin de año con parte de los aseveró que el fondo de pensio- recursos que llegarán del Fondo nes no solamente tiene proble- Monetario Internacional. (JS)

10.000

$260

Cuatro principales preocupaciones de los emprendedores Nicolás Dueñas, director ejecutivo de Azurian Consulting, explicó que al principio de la pandemia un grupo de empresarios se sentó a pensar cómo ayudar a las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes). El resultado fue la creación de la plataforma Exponencial-Banco de Tiempo, en la que más de 600 ejecutivos de las 30 empresas más grandes del país donan horas de mentoría virtual. “Es una plataforma norteamericana de alta tecnología en la que los dueños de Pymes pueden, de manera gratuita, compartir ideas, oír una segunda opinión, recibir consejos y retroalimentación”, dijo. Hasta la fecha, más de 500 Pymes están inscritas para recibir ayuda en finanzas, temas legales, tecnológicos, recursos humanos, marketing y ventas, ambiental, entre otros. Dueñas resaltó que Ecuador es un país eminentemente emprendedor, incluso mucho más que Perú, Argentina o Chile. “La realidad de cada empresa es diferente; pero hay cuatro puntos que son los que más preocupan a los emprendimientos en el país en medio de la actual crisis”. Y esos son:

Tras dos meses, el petróleo baja a menos de $40

El petróleo intermedio de °Texas (WTI) cerró ayer con una caída del 7,6% y se situó en $36,76 el barril tras una jornada notablemente bajista marcada por el aumento de casos de coronavirus en EE.UU. y el fin de la temporada vacacional. El crudo de referencia en EE.UU. llegó a perder más de un 8% y acabó situándose en niveles no vistos desde mitad de junio debido, sobre todo, a los temores por la futura demanda de crudo, pero también al fortalecimiento del dólar frente a otras divisas. El precio también recibió presión a la baja después de que el lunes la petrolera estatal saudí, Aramco, recortara sus exportaciones de crudo con destino a Asia. EFE

3 Manejo de recursos humanos

°

CAMBIO. Las pymes deben revaluar sus procesos para mejorar su situación.

1 ¿Cómo hago

TOME NOTA Para inscribirse en la plataforma de clic aquí.

° Según datos de la Cámara de Com� ercio de Quito, durante los meses de

2 Manejo de caja

para vender?

pandemia las ventas se han reducido entre 20% y más de 50%, dependi� endo del sector económico. En ese contexto, lo primero es dar un paso atrás y analizar todo el negocio, con el fin de establecer cómo diferenciarse de la competencia, es decir, establecer un valor agregado. Muchas Pymes cerraron comple� tamente y ahora buscan recuperarse, por lo que pueden pensar en promo� ciones y descuentos. Además, por el lado de los empleados, se puede aplicar programas de bonificaciones por ventas.

y financiamiento °

Uno de los puntos de partida para una recuperación efectiva es analizar cuál es la estructura de costos de la empresa, es decir, tener claro que se necesita para operar cada mes. Con eso, es más fácil establecer dónde se puede optimizar y dónde vale la pena invertir más. El finan� ciamiento es escaso, pero se pueden explorar oportunidades en medios alternativos como el mercado de valores.

Una Pyme tiene, en prome� dio, entre 10 a 50 personas. La clave es, en una primera etapa, establecer el tamaño óptimo de la nómina para evitar que los gastos se coman los pocos ingresos. Si la empresa tiene muchas deudas, una opción de evitar la quiebra es recurrir a figuras como la fuerza mayor para minimizar el costo de desvinculaciones. Las alianzas con otros emprendimientos pueden ayudar a optimizar el trabajo con menos personas.

4 Intercambio

de opiniones y consejos ° Dueñas comentó que el dueño de una Pyme generalmente está solo, por eso, las conversaciones con ejecutivos le sirven, en muchos casos, para desa� hogarse un poco y contar su realidad “Hay mucha problemática hu� mana detrás de la parte económica. Hay mucho sufrimiento y muchas preocupaciones, incluso proble� mas sicológicos debido a la crisis”, aseguró. (JS)

Wall Street cierra con fuertes pérdidas

Wall Street cerró con fuertes °pérdidas en sus tres principales indicadores pero especialmente en el índice Nasdaq, que alargó su mala racha al caer un 4,11 %, arrastrado por destacadas firmas como Apple (-6,72 %), Microsoft (-5,41 %), Amazon (-4,39 %) y Facebook (-4,09 %). Por sectores, claramente el más perjudicado fue el tecnológico (-4,59 %), seguido por el energético (-3,71 %) y el financiero (-2,59 %). Los inversores estuvieron preocupados por el tono proteccionista del presidente estadounidense Donald Trump en un discurso, en el que abogó por “desvincular” económicamente a China de EE.UU. en represalia por “enviar” el coronavirus al resto del mundo. EFE


país I

Miércoles 09 DE SEPTIEMBRE DE 2020 La Hora tungurahua

B3

No es de ahora, hemos sido olvidados por décadas”. Gilberto Nenquimo,

presidente de la Nacionalidad Waorani de Ecuador (NAWE).

El Dato Pastaza tiene la tasa de contagio más alta del país con 173 casos por cada 10.000 habitantes. La tasa de Pichincha es de 43,8.

El Dato La mayoría de pacientes Covid19 en la Amazonía son leves o asintomáticos, pues tienen mejor estado físico. Es una población sin obesidad o sobrepeso.

Si una o dos personas se contagian y entran a la comunidad es muy probable que haya una transmisión explosiva y eso fue lo que encontramos. Había comunidades donde el 90% de los pobladores ya se había infectado”. Rodrigo Henríquez,

docente - investigador de Epidemiología y Salud Pública.


tome nota La Constituciรณn boliviana que Morales promulgรณ en 2009, permite solo dos mandatos consecutivos. Morales tuvo 3, aunque apuntรณ a 4.


GLOBAL

Francia, por reducir la cuarentena de 14 a 7 días París. El consejo científico francés recomienda acortar la cuarentena de los actuales 14 días a 7, señaló ayer el ministro francés de Sanidad, Olivier Véran. Véran apuntó que la decisión no se toma por cuestiones económicas, sino que tiene en cuenta que “somos sobre todo contagiosos en los cinco prime-

Circula en varios países una cadena de WhatsApp que afirma que la causa del Covid-19 no es un virus, sino “una bacteria amplificada con radiación electromagnética 5G” que "produce inflamación e hipoxia" y se puede combatir con antibióticos, aspirina, paracetamol, antiinflamatorios y anticoagulantes. Otros mensajes aseguran que en Italia se encontró “la cura” porque médicos practicaron la autopsia a un fallecido con Covid-19, supuestamente en contra de lo exigido por la Organización Mundial de la Salud (OMS), y, al descubrir evidencias de trombosis, administraron a los enfermos con éxito aspirina y apronax (un antiinflamatorio). El Covid-19 no es bacteria

La enfermedad del Covid-19 está causada por un virus de la familia de los coronavirus, bautizado como SARS-CoV-2. Y los virus no tienen nada que ver con las bacterias, tanto en tamaño, genoma y funcionamiento, como en sus efectos sobre el organismo humano y en las vías de transmisión. Los coronavirus son una extensa familia de virus que causan enfermedades tanto en animales como en humanos, a quienes pueden provocar infecciones respiratorias desde un resfriado común y enfermedades graves como el síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS), el síndrome respiratorio agudo grave (SARS) y la actual COVID-19. En cambio, las bacterias

Antibióticos vs. antivirales

Y ¿qué medicamentos se emplean en uno y otro caso? Para algunas bacterias hay antibióticos, mientras que para los virus hay antivirales que logran interferir con el material genético viral o con puntos específicos de su formación. Jorge Cortés, profesor de la Facultad de Medicina en la Universidad Nacional de Colombia, advierte de que siempre será más difícil tratar un virus que una bacteria, pues la mayoría de antivirales son poco potentes o con efectos lentos.

B5

Hasta el momento, la ciencia no confirma ningún fármaco que logre prevenir o curar el Covid19. Hay varios intentos por fabricar vacunas y medicamentos, pero aún si resultados.

TOME NOTA

La ciencia comprueba que no es posible ‘confundir’ una bacteria con un virus’.

La OMS recomienda no automedicarse frente al Covid-19 con ningún fármaco, especialmente con antibióticos. Aún nadie encontró aún la cura

El propio Ministerio de Salud de Italia desmiente que se haya encontrado en este país una cura contra el Covid-19 y aclara que tampoco conoce aún de una terapia eficaz contra la enfermedad. Tampoco existe esa supuesta ‘ley mundial de la OMS’ que prohibiría practicar autopsias a fallecidos con coronavirus. Primero, porque carecería de competencia para dictar ese tipo de prohibición y, segundo, porque la misma OMS ofrece un conjunto de recomendaciones para la realización de autopsias de fallecidos a causa del Covid-19, en su página web. EFE

ACTOR: CARLA DENNISE ALARCON PINTO ABG. DANNY TORRES VERGARA CASILLERO JUDICIAL No. 239 ACCIONADO: MARÍA PILAR USHIÑA USHIÑA CAUSAL: Numeral 1 del Art. 172 del Código del Trabajo Dentro del Tramite de Visto Bueno signado con el número No. 295059-2020AMIM, presentada por el señor (a) CARLA DENNISE ALARCON PINTO en su calidad de Empleador, en contra de su trabajador (a) señor (a) MARÍA PILAR USHIÑA USHIÑA, se ha dictado lo que sigue: INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 1 de septiembre de 2020, a las 10H15.- En virtud del resorteo de fecha 1 de septiembre de 2020 Avoco conocimiento del presente tramite de Visto Bueno signado con el número No. 295059-2020-AMIM, presentada por el señor (a) CARLA DENNISE ALARCON PINTO en su calidad de Empleador, en contra de su trabajador (a) MARÍA PILAR USHIÑA USHIÑA.- En lo principal agréguese al trámite la Declaración Juramentada presentada por la parte actora celebrada ante Notario Público en donde indica que desconoce el domicilio actual de la accionada y Certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores en el que se indica que el accionado no salió del país, atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta, y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código de Orgánico General de Procesos, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de dos días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones a partir de transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial. 2) Para el efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizaran a día seguido y se remitirán a la Inspección de Trabajo dentro del término de 10 días siguientes a la notificación con la presente providencia, en caso de no haber cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente.3) Tómese en cuento el casillero judicial señalado por el (a) actor (a) y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe la presente causa.- NOTIFIQUESE. f) Abg. Ana María Idrobo Morales. Lo que comunico para fines de Ley. -

001-004-0169

Rumor falso: ‘bacteria amplificada’

son organismos unicelulares presentes de forma habitual en casi todo el planeta y en el organismo humano. “Se estima que el cuerpo humano contiene más bacterias que células humanas", indica el estadounidense Instituto Nacional de Investigación del Genoma Humano.

MIÉRCOLES 09 DE SEPTIEMBRE DE 2020 La Hora ECUADOR

TOME NOTA

Mucho cuidado con creer todo lo que circula por WhatsApp: el virus no se cura con aspirina ni azitromicina, Italia no ha encontrado la cura y la OMS no prohíbe las autopsias. La COVID-19 no es una bacteria que se deba tratar con antibióticos o aspirina, frente a lo que afirman mensajes de WhatsApp difundidos en América Latina que contienen también falsedades como que Italia ha encontrado ya la cura de la enfermedad o que la OMS prohíbe las autopsias a fallecidos con coronavirus.

I

DOCTOR JAIME ANDRES ACOSTA HOLGUIN NOTARIO VIGÉSIMO OCTAVO QUITO-ECUADOR E.C. NOTARIA VIGÉSIMA OCTAVA DE QUITO AVISO AL PÚBLICO EN GENERAL ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL PROFEMAC S.C. CELEBRADA ENTRE: LOS SEÑORES ANA LIDIA TAPIA FUERTES Y NELSON RODRIGO TAPIA FUERTES CUANTIA: USD$5.000.00 COMPARECEN A OTORGAR LA PRESENTE ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD CIVIL, LOS SEÑORES ANA LIDIA TAPIA FUERTES Y NELSON RODRIGO TAPIA FUERTES, POR SUS PROPIOS DERECHOS. LOS COMPARECIENTES SON DE NACIONALIDAD ECUATORIANA, MAYORES DE EDAD, DE ESTADO CIVIL DIVORCIADOS AMBOS COMPARECIENTES, LEGALMENTE CAPACES PARA OBLIGARSE Y CONTRATAR, CONFORME A DERECHO, DOMICILIADOS EN LA CIUDAD DE TULCAN DE PASO POR ESTA CIUDAD DE QUITO DISTRITO METROPLITANO. PRIMERA.- CONSTITUYEN POR MEDIO DE ESTE INSTRUMENTO PÚBLICO UNA SOCIEDAD QUE SE DENOMINARÁ PROFEMAC S.C. SEGUNDA.- OBJETO DE LA SOCIEDAD.- LA SOCIEDAD TIENE COMO OBJETO SOCIAL: A) IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, COMERCIALIZACIÓN, DISTRIBUCIÓN, EXHIBICIÓN, COMPRA Y VENTAS AL POR MAYOR Y MENOR DE ARTÍCULOS DE FERRETERÍA, ASÍ COMO DE MATERIA PRIMA CONEXA, B) LA IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, COMPRA, ARRIENDO, VENTA, DISTRIBUCIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y ELABORACIÓN DE TODO TIPO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN DE CUALQUIER CLASE Y NATURALEZA, ENTRE ESTOS: CEMENTO, LADRILLOS, ADOBE, MADERA, PRODUCTOS CERÁMICOS, DE PVC, Y ASÍ MISMO CUALQUIER TIPO DE ACABADOS PARA LA DECORACIÓN Y CUALQUIER TIPOS DE CONSTRUCCIÓN AFINES; C) EN GENERAL PODRÁ IMPORTAR, EXPORTAR, DISTRIBUIR Y COMERCIALIZAR CUALQUIER CLASE DE PRODUCTOR QUE SEAN SUSCEPTIBLES DE COMERCIALIZACIÓN. PARA EL CUMPLIMIENTO DE SU OBJETO SOCIAL PODRÁ ACEPTAR COMISIONES O PRESTACIONES, PARTICIPAR EN TODA CLASE DE LICITACIONES, CONCURSOS PÚBLICOS O PRIVADOS DE OFERTAS O PRECIOS ANTE CUALQUIER INSTITUCIÓN PÚBLICA, SEMIPÚBLICA O PRIVADA. EN GENERAL PODRÁ REALIZARA TODA CLASE DE ACTOS, CONTRATOS, NEGOCIOS Y OPERACIONES PERMITIDOS POR LA LEY ECUATORIANA QUE SEAN ACORDES CON SU OBJETO SOCIAL Y NECESARIO Y CONVENIENTE PARA SU CUMPLIMIENTO. TERCERA.- NACIONALIDAD Y DOMICILIO.- LA SOCIEDAD TIENE LA NACIONALIDAD ECUATORIANA Y SU DOMICILIO PRINCIPAL ES LA CIUDAD DE TULCÁN, CANTÓN TULCÁN, PROVINCIA DEL CARCHI, PUDIENTE ESTABLECER SUCURSALES, AGENCIAS U OFICINAS EN UNO O VARIOS LUGARES DEL ECUADOR O FUERA DE ÉL, PREVIA RESOLUCIÓN DE LA JUNTA GENERAL, ADOPTADA CON SUJECIÓN A LA LEY Y A ESTOS ESTATUTOS. CUARTA.- DEL CAPITAL SOCIAL.- EL CAPITAL SOCIAL ES DE CINCO MIL DÓLARES 00/100 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD 5.000,00), DEBIENDO LAS GANANCIAS Y PÉRDIDAS SER ABSORBIDAS EN EL PORCENTAJE APORTADO, EN TODO LO NO ACORDADO SE ESTARÁ A LO DISPUESTO POR LAS RESPECTIVAS NORMAS DEL CÓDIGO CIVIL Y LEYES CONEXAS. QUINTA.- DURACIÓN.- EL PLAZO DE DURACIÓN ES DE CINCUENTA (50) AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE INSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DEBIDAMENTE APROBADO EN EL REGISTRO MERCANTIL, LA SOCIEDAD PODRÁ DISOLVERSE ANTES DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO, O ACORDAR LA PRÓRROGA DEL MISMO, PREVIO ACUERDO DE LOS SOCIOS. NOTARIA VIGÉSIMO OCTAVA DEL CANTÓN QUITO.- QUITO, 07 DE SEPTIEMBRE DEL 2020, EN MI CALIDAD DE NOTARIA SUPLENTE VIGÉSIMA OCTAVA, PONGO EN CONOCIMIENTO EL EXTRACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD PROFEMAC S.C., EN BASE AL ARTÍCULO NÚMERO DIECIOCHO (18) NUMERAL VEINTE Y NUEVE (29) DE LA LEY NOTARIAL. PUBLÍQUESE POR UNA SOLA VEZ, HÁGASE CONOCER AL PÚBLICO EN GENERAL DE LA REFERIDA. DOCTOR JAIME ANDRES ACOSTA HOLGUIN NOTARIO VIGÉSIMO OCTAVO QUITO – ECUADOR E.C. CONSTITUCIÓN PARA LOS EFECTOS LEGALES CONSIGUIENTES TRANSCURRIDOS QUE SEAN CINCO DÍAS DE SU PUBLICACIÓN, SE SENTARÁ LA RESPECTIVA RAZÓN NOTARIAL. PARTICULAR QUE PONGO EN SU CONOCIMIENTO PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. DRA. MARÍA DE LA DOLOROSA GARCIA ALMEIDA NOTARIA SUPLENTE VIGÉSIMA OCTAVA DEL CANTÓN QUITO E.C. HAY FIRMA Y SELLO

001-003-0180/ms

El Covid-19 no es bacteria ni se cura con antibióticos

ros días después de los síntomas o del positivo, y luego eso disminuye de forma significativa”. Además, el ministro admitió que una parte importante de franceses no respeta en la actualidad la cuarentena y confió en que un periodo más corto aumente su cumplimiento. EFE


ECUADOR B6

MIÉRCOLES 09 DE SEPTIEMBRE DE 2020 La Hora ECUADOR

I

SITUACIÓN. En Pichincha hay camas de hospitalización libres. En UCI, sin embargo, aún hay un promedio de 30 personas en espera.

Espacio para pacientes covid se cerrará temporalmente En el sur, la medida se toma ante la significativa baja de pacientes. El Hospital Quito Solidario seguirá activo. Más de 500 pacientes asistían al campamento móvil que, a mediados de abril, se instaló a las afueras del Hospital IESS Quito Sur, exclusivo para atención de Covid-19. Entre junio y julio hubo más de 500 pacientes en estos espacios determinados para atención primaria, de personas con síntomas leves o con sospecha. Sin embargo, según datos de dicha casa de salud, actualmente el promedio de pacientes es menor a 300 y en las primeras semanas de septiembre “siguen a la baja”. Jorge Wated, presidente del Consejo Directivo del Instituto

Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), informó que ante esta disminución se ha decidido cerrar temporalmente el campamento móvil. Señaló que el hospital está en capacidad de atender a los pacientes al interior. Sin embargo, dijo que las carpas no se desinstalarán y se usarán conforme la demanda, que afirmó va hacia la baja, pues “la curva (en Quito) está decreciendo”. Comparación

La semana del 31 de agosto al 04 de septiembre, el IESS Quito sur acogió a 1.438 pacientes. Mien-

Transporte interprovincial en Quito

tras que en la primera semana de agosto hubo 1.604, lo que refleja una baja. Esta cifra se reafirma en la Secretaría de Salud, que presentan informes de la situación epidemiológica de la capital ante el Concejo Metropolitano, cada semana. Francisco Pérez, epidemiólogo de la institución, señaló que desde la tercera semana de agosto hubo una reducción de casos “de pequeñas proporciones”. Esta situación también se ve reflejada en los pacientes a la espera de una cama UCI (cuidados intensivos), que pasaron de ser 50 a 30. Sobre la ocupación de camas, Jorga Wated detalló que en Pichincha hay 192 disponibles en hospitalización y 2 en UCI, por el momento, para ca-

sos críticos de Covid-19. las atenciones han disminuido. El médico investigador EsPor ejemplo, mientras a meteban Ortiz, en su cuenta de diados de agosto había un proTwitter (@Estebamedio de 150 casos, nOrtizMD) publicó actualmente la media mensajes en los que es de 60. médicos, de casas Pese a esto, la Sede salud públicas y cretaría de Salud inCASOS privadas, confirman formó que no cerrade Covid-19 también la ‘liberarán sus puertas y que registró Quito, ción’ de camas de continúan trabajando ayer, en la infogra- con normalidad. Inhospitalización. fía diaria que “Y aunque las caclusive ampliaron el mas de UCI aún (es- emite el Ministerio número de camas de tán) llenas (rotación 100 a 130. de Salud. lenta) esto es buena La sostenibilidad señal. Hoy más que de estas cifras, reiteayer, cuidémonos por favor”, aña- ran los expertos, dependerá del dió el experto en salud pública. comportamiento de la ciudadanía una vez que el estado de excepción culmine (12 de septiem‘Quito Solidario’ También en el Centro de Aten- bre) y con ello ya no se aplique el ción Temporal Bicentenario, lla- toque de queda, ni la restricción mado Hospital Quito Solidario, de fiestas.

22.742

Desde el miércoles 2 de septiembre funcionan nuevamente las terminales terrestres de Quitumbe y Carcelén. Las operadoras de transporte deben trabajar con el 40% de su flota. Los buses llevarán a pasajeron con un 50% del aforo. Cada 15 días se realizará un análisis para incrementar las frecuencias. Se tomará en cuenta los casos confirmados por Covid-19.

Decomisan licor sin registro sanitario en La Delicia

En las terminales se deberá cumplir con las medidas de bioseguridad: tomar la temperatura y desinfección.

La Policía Nacional informó ayer, a través de su cuenta de Twitter (@ PoliciaEcuador), que decomisaron 40 litros de licor artesanal, sin registro sanitario, en un establecimiento que fue clausurado, porque además no contaba con los permisos de funcionamiento. Esto ocurrió en los sectores Mena del Hierro, El Condado y Pomasqui, en la capital, donde con el apoyo de la Intendencia se ejecutaron los operativos.


ECUADOR MIÉRCOLES 09 DE SEPTIEMBRE DE 2020 La Hora ECUADOR

I

B7

MINUTERO

Cámara de Comercio recordó aniversario

Con una sesión solemne los °miembros de la Cámara de

Balnearios están a un paso de la reapertura SITUACIÓN. El balneario en San Gabriel, uno de los más concurridos, ha permanecido sin atención en el malecón.

El jueves y viernes se harán las inspecciones. El COE Cantonal ubicará stickers de sitios seguros en los que sean autorizados. Pese a no tener autorización, durante el fin de semana, varios balnearios abrieron sus puertas para atender al público en Santo Domingo. Sin embargo; las autoridades locales se activaron para desalojar a las personas que llegaron a estos establecimientos, pues; todavía no existe un pronunciamiento oficial para la reapertura. El intendente Wilson Rumiguano reconoce que hay confu-

sión por las versiones adelantadas de algunos funcionarios. Recordó que hasta el momento el COE Nacional ha diseñado un plan piloto para la reapertura, estrategia que demanda el cumplimiento de varias disposiciones a los propietarios de estos centros turísticos. El mayor movimiento de bañistas se detectó en la vía Aventura, pero; también se presentaron novedades en Alluriquín y

otras zonas la provincia. Rumi- inspecciones para supervisar el guano reveló que se encontró a cumplimiento de las recomenpersonas libando en las daciones y se colocarán orillas de los ríos, que se stickers a los establecihizo cerrar los balnearios EL DATO mientos autorizados, esto que estaban atendiendo y sin importar que todavía que los agentes de control Los balnearios no termine el Estado de cerrados municipal emitieron va- están Excepción. desde la declarias sanciones a los que no ratoria del Es decir; en las próxiEstado de portaban mascarilla. mas horas se conocerá Excepción. cuántos balnearios están acreditados para atenMás Hugo Parra, titular del Cuerpo der desde este fin de semana. de Bomberos de Santo Domingo, Sin embargo; las autoridades participó en las jornadas de so- aseguran que serán estrictos en cialización y dijo que la capaci- los controles porque hay varias dad de usuarios será regulada de prohibiciones, como: la venta acuerdo al área del terreno. En- de comida y bebidas alcohólicas tre el jueves y el viernes se harán dentro de los centros turísticos.

La tecnología, una aliada durante el Covid-19 Aunque para algunas personas alquilar y dar talleres. Indicó que, al haber palpado trabajar a través de plataformas online ya no es nuevo, para la de cerca la necesidad que tienen los emprendedores y mayoría sí, pero luego empresarios de capacitarde aparecer el Covid-19, se constantemente decidió esta herramienta digital EL DATO realizar talleres en línea. ha logrado que empresas e instituciones pú- A María Teresa “Se hizo la primera edición pueden conblicas y privadas salgan la tactar a su telé- con éxito, fueron varios emfono: 09 93 57 presarios y emprendedores adelante a través del 00 36, próximateletrabajo. También ha mente a través que se inscribieron a nivel su página nacional e internacional, dado oportunidad para de Web: www. la tecnología nos abre el que a través de las redes maytezavala. mercado y nos expande al sociales aparezcan em- com. mundo, podemos llegar a prendedores ofertando cualquier parte y crecer de una sus productos. María Teresa Zavala, inge- forma más rápida”. niera en Finanzas y reconocida en Santo Domingo por su labor Lo positivo desplegada durante los últimos A su criterio, la pandemia a más años en lo social y empresarial, de todo el daño que ha causado le apostó al ‘Taller de Negocios en la salud, también ha traído Integrales Online’, actividad que algo bueno, primero ha enseñaestá fortaleciendo luego de ce- do a cuidar a la familia, la salud rrar por la pandemia el Cowor- y aprovechar la tecnología. “Nos king, espacios de oficina para ayudó a culturizar a la sociedad,

Comercio recordaron los 53 años de creación. El presidente de la institución, José Luis Zavala, se refirió a la gestión y los esfuerzos concentrados de cada una de las presidencias. Al acto asistieron autoridades, socios e invitados especiales.

Trabajan en campaña de reciclaje

En busca de poder donar °bicicletas en Navidad a niños de escasos recursos económicos y a los hijos de las personas privadas de libertad se trabaja en una campaña para reciclar bicicletas en mal estado, que serán reparadas por los PPL. Representantes del Consejo Cantonal de Protección de Derechos y del Centro de Rehabilitación Social Bellavista mantienen reuniones para concretar este propósito.

Mejoran ornato de la vía Aventura

°

HABILIDAD. María Teresa cree que la tecnología ayuda a generar más negocios.

a entender que sí es posible el teletrabajo, las capacitaciones, servicios, asesorías y consultorías en línea. Nos ha hecho reflexionar, pero también trabajar en cosas que sí tienen resultado, somos más productivos”. María Teresa también se pre-

para para presentar su página Web, donde habrá diferentes talleres para emprendedores innovadores, de liderazgo femenino, cómo emprender y mezclar los roles de la vida, así como para asesores comerciales, entre otros.

Con el apoyo de los habitantes y dirigentes de las comunas San Gabriel del Baba y Julio Moreno, el Gobierno Provincial realiza la limpieza de parterres y cunetas en la vía Aventura. La jornada la ejecuta personal de la dirección de Obras Públicas, quienes con la ayuda de herramientas como motoguadañas, se encargan de desbrozar la maleza, mientras que la comunidad recoge los desperdicios.


Tungurahua

MIÉRCOLES 09 DE SEPTIEMBRE DE 2020


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Tungurahua 09 de septiembre de 2020 by LA HORA Ecuador - Issuu