Skip to main content

Santo Domingo, 10 de Noviembre de 2020

Page 1

MARTES 10 DE NOVIEMBRE DE 2020

Santo Domingo

#YoMeCuido

Disminuye el caudal en el río Lelia

La Epmapa de Santo Domingo hace un llamado a los usuarios para que hagan un uso adecuado del líquido vital en los domicilios. Al momento la producción se mantiene estable en 900 litros por segundo. Pero, de continuar esta situación de emergencia, se anuncia que, los turnos de agua serán reprogramados. Página A3

www.lahora.com.ec santodomingolahora santodomingolahora @lahorasd


CIUDAD gente A2

MARTES 10 DE NOVIEMBRE DE 2020 La Hora, sAnto domingo

I

Vía Plan Piloto-La Villegas se entregó oficialmente FORMALIDAD. Las autoridades junto a la comunidad participaron del acto.

La obra inició en el 2018, la ampliación de esta carretera satisface a quienes habitan en el lugar. Con la bendición por parte del padre Ruperto Patiño y el tradicional corte de cinta, fue inaugurada ayer la vía Plan Piloto- La Villegas, de 15.14 kilómetros de

P

longitud, 7.20 metros de ancho y 2 pulgadas de capa de rodadura. El presidente del Gobierno Parroquial de Plan Piloto, Pablo Loor, expresó su satisfacción por

este sueño hecho realidad, y que les abre camino hacia el desarrollo. Mientras que, Teresa Salas, habitante de esta parroquia, recor-

Francisco Efraín Lahuasi Mesa

dó el trajinar que le significó a Núñez, exaltó la perseverancia muchos de los habitantes del de los moradores tanto de Plan sector, la consecución de esta Piloto como La Villegas, parroanhelada vía en asfalto, reco- quias del cantón La Concordia. nociendo el aporte y la valía de “Aquí está plasmado el trabajo cada uno de los dirigende esta administración. tes, así como de las auto- El Dato Porque somos una Preridades que dieron paso fectura responsable, ina la construcción de esta cluyente y solidaria”. La vía está ubiobra. Detalló que, para cada desde el “Esta vía es la glo- kilómetro 32 de concluir la obra, fue necarretera que ria. Ahora pueden salir, la conduce al can- cesario realizar un conpuede caminar. Las per- tón Quinindé, de trato complementario la provincia de sonas de otros lados ya Esmeraldas, y para la construcción de en la nos vienen visitar, gra- finaliza las cunetas, por lo que parroquia La cias a esa lucha incansa- Villegas. su costo fue de 6’131.340 ble, de dolor y esfuerzo”, dólares. manifestó la lideresa, Participaron como invitando a todos los propieta- invitados especiales del evento rios de los predios colindantes de inauguración, Xavier Véa cuidarla y darle el respectivo lez, gerente zonal 4 del Banco mantenimiento a sus frentes. de Desarrollo del Ecuador, así como del exprefecto Geovanny Benítez, y el exviceprefecto RiTrabajo Por su parte, la prefecta Johana cardo Hasegawa.

Su esposa: Elsa Palma Zambrano.

La utilidad de la Filosofía

OP

AGRADECIMIENTO E INVITACIÓN A MISA DE RÉQUIEM Al cumplir un mes del sensible fallecimiento de quien en vida fue Sr.

Acaecido en la ciudad de Santo Domingo el 11 de octubre de 2020.

Sus hijos: Jonathan y Darío Lahuasi Palma, Adriana y William Lahuasi Albuja. Sus hijas políticas: Jacqueline y Alejandra.

Sus nietos: Francisco Lahuasi Moreira, Santiago y Lia Lahuasi Vasconez; Dainaly Lahuasi Santamaría, Adrián, Mateo y Camila Tupiza Lahuasi; Vanesa y Valentina Lahuasi Cuichan, Rafaela Lahuasi Coraquilla. su Suegra: Estrella Zambrano.

Sus cuñados: Teresa, Milton y Egda Palma Zambrano.

Sus Sobrinos: Palma Alcívar, Mendoza Palma, Morocho Palma, Salgado Palma, Palma Ibarra, Palma Zambrano. Agradecen a todas las personas e Instituciones que se solidarizaron con nuestro dolor e invitan a la Santa Misa a celebrarse el día Miércoles 11 de noviembre de 2020 a las 16:00 en Camposanto Jardines del Edén. Por este acto de piedad cristiana sus deudos anticipan sus eternos agradecimientos Santo Domingo, 10 de noviembre de 2020.

Celebrando el Día mundial para el mundo actual?’ por el de la Filosofía, cada año, el profesor Leonardo Santelices tercer jueves de noviembre, A. director nacional de Nueva UNESCO subraya el valor Acrópolis. - Martes 17 de noviembre, duradero de la Filosofía para 19:30. ‘El Caballo de el desarrollo del pensaAlejandro’, por el promiento humano, para El Dato fesor Gabriel Villalva C., cada cultura y cada indirector de Nueva Acródividuo. más inforpolis en Santo Domingo Y como todas las Para mación puede semanas, la Escuela comunicarse al de los Tsáchilas. 09 98 Todas las actividades de Filosofía de Nue- número: 58 20 95. se pueden ver por Fava Acrópolis brinda la cebook Live y son graoportunidad de acceder a la Filosofía, gracias a sus ac- tuitas, abiertas al público en general. tividades culturales. Inscríbase en: Para esta semana habrá dos https://www.facebook. conferencias: - Jueves 12 de noviembre, com/Nueva.Acropolis.Santo19:30. ‘¿Es útil la Filosofía DomingodelosTsachilas/


CIUDAD

Epmapa hace un llamado a no desperdiciar agua En los últimos días se registra una disminución en el caudal del río Lelia. La falta de lluvias ha provocado que disminuya considerablemente el caudal del río Lelia, ante esta situación desde la Empresa Pública Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, (Epmapa) se hace un llamado a los usuarios para que en los próximos días se haga un uso adecuado del líquido vital en los domicilios. Hasta el momento la producción se mantiene estable en 900 litros por segundo, sin embargo se indicó que el caudal está cambiando abruptamente. De continuar esta situación de emergencia, se anuncia que, los turnos de agua serán reprogramados, especialmente en los sectores donde el servicio es permanente. “El sistema de almacenamiento y distribución se encuentra en perfecto estado de funcionamiento lo que permite que hasta la fecha no hayan existido racionamientos”. Medida

Como solución a mediano plazo, se especificó, que la Epmapa está por iniciar la construcción de una nueva planta de captación,

I

MARTES 10 DE NOVIEMBRE DE 2020 La Hora santo domingo

A3

El Dato

MALESTAR. La ciudadanía solicitó que se habiliten más ventanillas donde se entregan los turnos.

Por persona se consume 12 litros de agua diario, es decir de 3 a 5 metros cúbicos por mes.

Larga fila para obtener turno en el hospital

RACIONAMIENTO. Se debe utilizar el agua necesaria, para lavarse las manos.

desde el río Otongo, con capacidad para procesar 500 litros de agua por segundo. También se manifestó, que la micromedición ayuda al control del consumo, sumado a que se trabaja diariamente en la recuperación de agua en la reparación de fugas. Según se informó, en la actualidad se producen 400 litros por segundo más de agua que hace una década atrás, lo que se debe a la nueva tubería instalada en administraciones anteriores.

Tener en cuenta Cómo cuidar el agua

Desde tempranas horas de ayer, se observó una larga fila de pacientes, que buscaban turnos para diferentes especialidades en el hospital Dr. Gustavo Domínguez. La ciudadanía solicitó que se habiliten más ventanillas para que la atención sea más eficiente. Hay personas que se quejaron porque ya tienen tres días yendo en busca de un turno, pero no se concreta. Otros porque estaban desde las 06:00, para la reprogramación de una operación, y así cada persona tenía una historia diferente, pero lo lamentable

es que no había control con el distanciamiento social, aunque todos utilizaban mascarillas. Se solicitó la versión oficial de las autoridades de esta casa de salud, El Dato pero se indicó que al momento no De las personas estaban disponiconsultadas, ninguna presen- bles. Se especificó taba malestar que, la larga fila por posible conde personas se tagio de Covid19. debe a que hay usuarios que no llegaron a las citas en los meses de pandemia, y ahora buscan agendarlas.

° No demorarse en la ducha. ° Cerrar la llave mientras te cepillas los dientes. ° Reparar las fugas y filtraciones en llaves y tuberías. ° Ajusta el nivel de agua en la lavadora. Lavar el vehículo con cubeta, no con manguera. ° No jugar con el agua.

Se reconoce el aporte de Fernando Espín Montúfar La concejal Martha Rosero, La próxima sesión de Concejo Municipal, prevista para el 16 indicó que, quienes tienen la de noviembre será diferente, oportunidad de servir a la ciuasí lo anunció el alcalde Wil- dadanía deben ser gratos con son Erazo, luego que los ediles quienes les han antecedido en el trabajo y lucha por la aprobaran rendirle un jerarquización. homenaje a Fernando El Dato “Ya se cumplieron Espín Montúfar, exconlos 13 años de provincejal del cantón, quien El Gobierno estuvo al frente de la lu- Provincial, en la cialización, en el marco conmecha por la provincializa- sesión morativa por los de esta fecha, el Concejo ción, por delegación del 13 años de pro- Municipal cree que es alcalde de ese entonces. vincialización, también recono- pertinente hacerle un reconocimiento a un amigo Erazo dijo, “es una ció su valioso aporte. de Santo Domingo, que deferencia justa, en vida a través de su medio de es todo, que Fernando Espín sienta el cariño y el agra- comunicación ha podido transdecimiento de los santodomin- mitir ese amor de civismo, más gueños, por eso se ha tomado allá de que en algunos casos esta decisión, la próxima sesión como el mío es amigo de la fade Concejo será en su homenaje milia”, expuso. Es así que para la próxima se le dará una condecoración”.

P

Importante empresa

P-242389-MIG

Busca

VenDeDor (a) RECONOCIMIENTO. A Fernando Espín Montúfar.

sesión de Concejo se invitará a Fernando Espín y a su familia, para destacar su aporte, no solo como exconcejal sino como ciudadano. “Será un poco más público para que los amigos le puedan acompañar”, se prevé realizarla en los bajos del Municipio, a las 10:00.

Para la ciudad de Santo Domingo

Empresa Ofrece: * Estabilidad y Buen nivel de Ingresos Requisitos: * Experiencia en ventas por mayor * Edad hasta 40 años * Con experiencia en las líneas de Ferretería o herramientas automotrices P-35025-LR/MA.

Enviar hoja de vida a: vendedorsantodomingo@yahoo.com


opinión

Acepta toda El aplauso experiencia, crea una resincluso lo ponsabilidad negativo, como permanente.” meros peldaños en Mercedes Sisa (1935-2009) el camino y sigue adelante.” Cantante folclórica argentina.

A4

MARTES 10 DE NOVIEMBRE DE 2020 La Hora santo domingo

Ram Dass (1931-2019)

O

Psicólogo y gurú estadounidense.

Alexander Rubio

Micro-plásticos en nuestras mesas El uso sin medida de los plásticos en la sociedad ha conllevado que varios problemas se desprendan de este material no biodegradable. Micro-plásticos, un término que se refiere a los fragmentos plásticos de menos de cinco milímetros de tamaño que se han formado a partir de la descomposición de otros productos o porque se han fabricado así, hoy en día es fácil encontrarlos en la arena de la playa, en los organismos de los animales, en el agua que consumimos. Las alarmas están encendidas por su alto grado de peligro para el medio ambiente y la salud de los seres humanos que día a día consumimos productos que desconocemos su procedencia. Según estudios realizados por la FAO, informa de la presencia de micro-plásticos hasta en ochocientas especies de peces, crustáceos y moluscos, pero ¿cómo terminan los micro-plásticos en estos animales?, la procedencia de los micro-plásticos es de textiles sintéticos, neumáticos, gránulos de plásticos, polvo de las ciudades y productos de cuidado personal, esta serie de objetos se encuentran regados por el mundo en especial en el mar. La plaga de plásticos es una grave amenaza que arruina el equilibrio de los ecosistemas e intoxica la cadena alimentaria, colocando en serio peligro el medio ambiente. Las políticas deberán endurecerse para que menor sea la cantidad de plásticos desechados en lugares no establecidos, incentivar para que más personas se sumen a la limpieza de ríos, playas, bosques y espacios verdes en las ciudades. Esta es una tarea de todos para disminuir la cantidad de plásticos en el mundo y de esta manera ya no servirnos un plato de micro-plásticos en nuestras mesas. alezrz17@gmail.com

Dirija sus cartas a: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.

Viveza electoral Ya vencido el periodo de inscripción electoral, asomó el fin de semana, un movimiento que no había cumplido con las firmas necesarias y presenta un ‘presidenciable’ cuyo partido tampoco cumplió con los requisitos para participar en el proceso. En el camino, el TCE vuelve a sus días de ‘mandamás’. Como en ocasiones anteriores, estos vacíos legales que permitirían a los interesados quebrar la cintura para acoplar “lo legal” a su juego político, reflejan la urgente necesidad de reformar el Código de la Democracia. Forjado por el correísmo al antojo de sus necesidades, pretende además someter el sistema de justicia a un Tribunal Contencioso Electoral (TCE) que tiene la última palabra en el arbitrario negocio político. El TCE ordenó ayer la destitución del juez que emitió medidas cautelares para habilitar al

Jorge Zambrano Andrade

El fracaso del gobierno Un grave problema de nuestro tiempo es la impunidad, por lo que muchos de los crímenes que ocurren en la sociedad no se investigan. En los últimos años el panorama delictivo en nuestro país se ha transformado en una medida tal, que actualmente es posible referirse al fracaso del Estado para garantizar la seguridad pública, el mantenimiento de la paz y el orden público. La seguridad pública es un servicio y una función del Estado. La consolidación del crimen ha desbordado el ámbito delic-

primer movimiento con el que Álvaro Noboa pretendía lanzarse a la presidencia. Además de remover al juez Vicente Ontaneda y tras la orden de Diana Atamaint, presidenta del CNE, se ‘impuso’ al juez una multa de 12 mil dólares; clara advertencia a un futuro transgresor. La Corte Constitucional sancionó la destitución de jueces por ‘error inexcusable’, lo que allana el camino para proteger a los operadores de justicia por el contenido de sus fallos. La Ley establece mecanismos para revertir dictámenes viciados, y el TCE puede inhabilitar actos que considere “interferencias” al proceso electoral. El artículo 279 del Código de la Democracia es un rezago del autoritarismo electoral que tanto daño hizo al país y debe reformarse para evitar que a pretexto de una ‘infracción electoral’ se utilice para inhabilitar a jueces incómodos para acomodar el tablero político.

tivo tradicional a otras áreas, como el sicariato, el robo de vehículos, los delitos informáticos y financieros. La inseguridad ciudadana ocupa el primer lugar en la lista de las preocupaciones de los ciudadanos, aun sobre temas como el del desempleo o la ingobernabilidad política. En pocos años nuestro país pasó de ser una sociedad con criminalidad a la que los indicadores de violencia la ubican entre las naciones violentas. La inseguridad pública constituye un cáncer de nuestro tiempo porque afecta lo más íntimo de la persona, que está representado por su integridad física y patrimonial. El fenómeno delictivo se enmarca en una situación de elevado desempleo, estancamiento económico, degradación del tejido social, profundas desigualdades. Existen dos realidades muy distintas: la que conciben las autoridades y

la que perciben los ciudadanos. El Estado no ha tenido capacidad de respuesta adecuada para enfrentar, disuadir a los delincuentes. Las políticas erráticas muy frecuentemente producen violaciones a los derechos humanos que se cometen en el contexto de la de la justicia con modalidades que van desde la tortura y las detenciones arbitrarias, hasta la alteración de los hechos y el control de de la prueba durante las averiguaciones previas, pasando por desatención a las víctimas del delito y la ejecución indebida de las órdenes de aprehensión. En este contexto es necesario disminuir la edad penal, y podríamos agregar el establecimiento del “toque de queda” en distintas ciudades del país. El gobierno tiene que poner más atención a la formación de los policías, para que no se formen con métodos fascistas de tortura. jorgegilberto@yahoo.com

Henry Basurto Jimbo

Veedurías ciudadanas Nuestros representantes en la Asamblea Legislativa, han sido cuestionados por su actuar político, en torno a los sendos casos de corrupción en los que han sido señalados, en torno a sus decisiones que beneficien a ciertos sectores del poder y no a la ciudadanía en su conjunto. Nosotros como ciudadanos nos queda mirar de lejos como se apoderan de la patria y nadie les pone un freno a estos tipos que a manos llenas se apropian de lo ajeno. Nuestros derechos constitucionales no han desaparecido, el asunto de ellos es que hemos permitido que el poder los manipule a su antojo, es decir hemos permitido que el derecho de velar directamente por lo que es nuestro, lo hayamos entregado a una función del Estado que con el tiempo se ha corrompido por personajes de la política que de ninguna forma tampoco es que han velado por el interés social, sino por el interés particular, es decir de unos cuantos. Es hora que como ciudadanos no seamos indiferentes con lo que le espera al país sino tomamos acciones concretas para recuperar la democracia, recuperar el derecho que nos han arrebatado en el camino, recuperar la participación ciudadana en velar directamente mediante veedurías ciudadanas el control de lo público y de lo general, también el recuperar el derecho de impugnar el carácter de quienes aspiran a un puesto en el sector público, pues es necesario que se conozcan de sus malas actuaciones para que no continúe el círculo de la corrupción. Los jóvenes no podemos permitir que el Estado sea secuestrado por personas poco capacitadas para tomar decisiones, pues el futuro que nos espera dependerá de lo que nosotros hagamos, ya sea de manera colectiva o individual, el punto es ser conscientes que en nuestras manos está el poder de elegir lo que queremos para los nuestros. henrry_b45@hotmail.com

Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Editora Nacional gabriela vivanco salvador

Email: cartasaldirector@lahora.com.ec Año: XXIV No. 10.244

www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.


Robo y supuesto secuestro Sandra C., de 40 años, pidió la colaboración de los policías para reportar que tres individuos la desvalijaron de varios pertenencias y se llevaron a la fuerza a su pareja, quien habría sido embarcado en un vehículo tipo taxi. El suceso ocurrió el domingo aproximadamente a las 20:00 en las calles Río Chila y pasaje José Enrique Guerrero. La fémina dijo que en el ingreso a su domicilio le quitaron una computadora laptop y su

Caso. Delincuentes se sustraen dos celulares y una arma de fuego.

sustrajeron sus teléfonos celulares. Al guardia también le robaron una escopeta Mossbert, que utilizaba para cumplir su trabajo dentro de la empresa. La Policía acudió a recabar indicios para tratar de ubicar a los sospechosos. Sin embargo; las tareas de búsquedas se complican al no existir una cámara que haya captado los rostros de los antisociales.

Suceso. Hasta el cierre de esta edición se desconocía si el ciudadano apareció.

teléfono celular. En medio del susto se grabó las placas del automotor y se las dio a la Policía para que traten de localizarlo. Se realizó un operativo por varios sectores de Santo Domingo, pero no se ubicó al supuesto secuestrado.

Desvalijan a los viajeros

sucesos I

MARTES 10 DE NOVIEMBRE DE 2020 La Hora santo domingo

A5

Cinco antisociales asaltaron un bus de transporte interprovincial. Momentos de pánico vivieron las personas que se movilizaban en una unidad de la cooperativa Gilberto Zambrano, la misma que cubría la ruta QuinindéSanto Domingo. El viaje se cumplía con tranquilidad hasta la altura del kilómetro 32 (ingreso a la parroquia Plan Piloto). En este punto cinco sujetos se levantaron de los asientos, con armas de fuego El Dato y cuchillos, para sustraerse las En los dos últipertenencias de mos meses, son más de tres los los pasajeros. asaltos a buses A la voz de interprovinciales que se han “esto es un asal- cometido en to” e insultos, los esta vía. antisociales se apoderaron de dinero en efectivo, celulares, joyas, maletas y demás artículos de valor que portaban los viajeros.

Foto referencia

Sujetos desconocidos irrumpieron en un predio ubicado en el kilómetro 36 de la vía a Quinindé con la intención de sustraerse varios artículos de valor. El establecimiento pertenece a una importante empresa y contaba con guardia de seguridad, quien fue sometido por los antisociales. El hecho se registró la madrugada de ayer, pero no había cámaras de videovigilancia para que haya quedado grabado el delito. Los antisociales sometieron al galponero y al custodio, quienes no tuvieron oportunidad de reaccionar. A las dos personas se les

en el interior de la pista para informarles lo sucedido. Posteriormente se coordinó el arribo de los agentes de la Policía Judicial (PJ), quienes verificaron que en el lugar no existen cámaras de video para tratar de identificar a los sujetos que cometieron el delito. Las características del carro fueron difundidas a través de las frecuencias policiales para que sea buscado en todos los sectores, sin embargo; no hubo resultados positivos.

Foto referencia

Asaltan en galpón de pollos

Suceso. La camioneta fue robada cuando estaba estacionada en la vía a Quito.

Foto referencia

Un joven fue víctima de los ladrones de carro mientras disfruta la competencia de Rally Cross, actividad que se desarrolló durante la mañana y tarde del último domingo en la pista del baipás QuinindéQuito. La víctima dejó su camioneta Mazda BT50 sobre la vía a Quito, aproximadamente a las 14:00. Inmediatamente ingresó a observar las carreras y se El Dato quedó hasta el final. Al afectado se le Cuando sa- indicó que formule la denuncia lió del even- para que inicien investigacioto deportivo las nes. eran más de las 17:00. Recién en ese momento se percató que su medio de transporte ya no se encontraba en el lugar donde la dejó estacionada. Acudió ante los policías que se encontraban desalojando a las personas que aún estaban

Foto referencia

Diversión terminó en robo

Reporte

Varios policías se trasladaron a la terminal terrestre de Santo Domingo para receptar las versiones de los perjudicados. Edito N., miembro de la tripulación, dijo que los 5 asaltantes se embarcaron en el cantón La Concordia. El delito duró varios minutos, tiempo en el que los usuarios permanecían amenazados P-242394-MIG

Novedad. El bus y los afectados llegaron a la terminal terrestre para pedir la intervención de la Policía.

con las armas de fuego y cuchillos. Los antisociales hicieron detener la marcha del bus a la altura de la Asogan (kilómetro 7 de la vía Quinindé) y huyeron con rumbo desconocido. Con estos antecedentes la

Policía inició un operativo para tratar de localizar a los sospechosos, pero no hubo resultados positivos. Se presume que los antisociales se internaron en la maleza, o; que tomaron otro carro para alejarse del sitio.

P


NEGOCIOS VARIOS

EMPLEOS

COMPRA/VENDE/ALQUILA objetos, electrodomésticos, muebles, autos, etc.

ENCUENTRA oportunidades de trabajo en las distintas ofertas laborales.

anúnciate al:

2761-876

VENDO

IMPORTANTE INDUSTRIA DE ALIMENTOS

P-242393-MIG

año 2015

recursoshumanosteb@gmail.com

AS

0997-441518 0963-861800

Telf.:

099 430 2266

A tiempo completo o parcial, e independiente para ventas en Sto Dgo. Con buena actitud y perseverancia.

Telf.

P-242251-MIG

varios

Enviar hoja de vida e-mail:

autos

sucesos

cultura

Cargo

convocatorias

SUPERVISOR DE TURNO LABORATORISTA

ciudad Santo Domingo Oferta OFERTA-00031062-2020 Institución MAQHAYES S.A.

Cargo

CONTADOR

Correo diana_intriago@trabajo.gob.ec Teléfono 02 2746664 ciudad Santo Domingo Oferta OFERTA-00031102-2020 Institución IMPORTANTE EMPRESA

Cargo

ASESOR COMERCIAL

Correo arriendos diana_intriago@trabajo.gob.ec sucesos Teléfono 02 2746664

opinión

jurídica

entorno

arte OPERADOR DE MAQUINA DE CORTE DE TABLEROS LAMINADOS

bienes raices deportes Correo diana_intriago@trabajo.gob.ec Teléfono 02 2746664 ciudad Santo Domingo Oferta OFERTA-00031650-2020 Institución

Requisitos:

avisos

Enviar hoja de a luis.vega@olamnet.com

policial

ciudad

jurídica

sucesos judiciales

arte

bienes raices

judiciales

opinión

jurídica

cultura

salud salud

arte

consultas o quejas, contactarse con: Ing. Freddy Marín, Cel 0979893620; avisos ciudad fmarin@cfpwood.com; o notificaciones policial escritas ciencia en: Km. 4,5 vía QuevedoValencia.

tecnología

Publica en

Llámanos:

099 787 8732

IMPORTANTE EMPRESA

Cargo

ciudad

Para entorno

ciencia

Cargo

ASESOR COMERCIAL DE MAQUINARIA

convocatorias

COLUMBIA-FOREST PRODUCTS tecnología S.A. está abasteciéndose de madera sucesos en las Prov. de Santo controlada autos Domingo de los Tsáchilas, Esmeraldas, entorno salud Guayas, Manabí, Los Ríos, Cotopaxi.

cultura

arriendos

avisos deportes

tecnología

policial varios

- Edad entre 22-28 años - Excelente manejo de Utilitarios: Excel, Word, Power Point, Outlook - Sexo: masculino - Carrera administrativa, comercio exterior logística empresa o afines. - Disponibilidad de tiempo completo.

VENDEDOR DE COBERTURA PARA STO DGO

ciudad Santo Domingo Oferta OFERTA-00031795-2020 Institución

Correo diana_intriago@trabajo.gob.ec Teléfono 02 2746664

Asistente de Operaciones

OLIOJOYA CIA. LTDA.

ciudad Santo Domingo Oferta OFERTA-00031744-2020 Institución Cargo

Enviar carpeta por medio digital, formato PDF, más foto actualizada de cuerpo entero, vía whatsapp al número 097- 987-6671

Importante Empresa Agrícola necesita contratar:

empleos judiciales deportes opinión

ciudad

tecnología Cargo

Correo diana_intriago@trabajo.gob.ec Teléfono 02 2746664

EJECUTIVO DE VENTAS

avisos

policial ciudad arte Santo Domingo judiciales Oferta OFERTA-00031095-2020 Institución convocatorias MEGAMADERAS BRITO LOPEZ S.A.

Correo diana_intriago@trabajo.gob.ec Teléfono 02 2746664

DISTRIBUIDORA LA CHORRERA

entorno

Tel: 2761 004 / 2761 005

Para temporada navideña, se paga buen sueldo, tiempo completo.

lugi3001c@yahoo.es

098 047 9000

Telf.:

Contacto

4 despachadores de mercadería, 1 cajera y una persona auxiliar.

Requiere:

ciudad autos Santo Domingo Oferta jurídica OFERTA-00029971-2020 Institución IMPORTANTE EMPRESA arte deportes

P-242223-MIG

2746612 - 0997952760

- Conductor Profesional (como chofer y despachador de mercadería) - Vendedor con experiencia en productos de consumo masivo. - Gerente de Ventas con experiencia

Lunes a viernes de 8:00 AM a 1:00 PM

REQUIERE CONTRATAR

EMPRESA DEDICADA A LA DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS DE CONSUMO MASIVO

VENDO CAS

Excelentes y económicos precios, sector Coop. 24 de Septiembre

Telf.

Horario

BERMAT

Requiere personal

P-242377-MIG

PERSONAL OPERATIVO

Clasificados económicos (1x2) $ 2 ,46 c/u. Clasificados destacados (1x4) $ 6,18 Clasificados destacados (2x4) $16,70 Clasificados destacados (2x6) $25,13 Clasificados destacados (2x8) $39,42 www.lahora.com

Empresa de Sabana y Cobertor

KIA RIO R

REQUIERE CONTRATAR:

Educación mínima Bachillerato. Enviar curriculum por medio digital al correo

P

P-242387-MIG

martes 10 de noviembre de 2020 La Hora, SANTO DOMINGO

Tarifas

P-242385-MIG

tiempo lectura 15 min.

P-242383-GF

A6

BIENES RAÍCES COMPRA/VENDE/ARRIENDA terrenos, casas, departamentos, oficinas, fincas, galpones, etc.

Da click

Correo diana_intriago@trabajo.gob.ec Teléfono 02 2746664

www.lahora.com.ec

entorno

P-35028-LR/EM.

P-242390-MIG

avisos


país 7

Utilice aquí un lector de código QR

tiempo lectura 15 min.

martes 10 de noviembre de 2020 La Hora ecuador

I

Su candidatura todavía no está en firme. Justicia Social deberá recorrer un largo camino, si recibe impugnaciones u objeciones.

ANUNCIO. El empresario guayaquileño depuso antes sus intenciones de ser candidato para no fragmentar el voto de la tendencia.

Que la candidatura de Álvaro lista 11. Esta organización polítiNoboa no está en firme, es lo que ca, representada por Jimmy Salaaclaró Diana Atamaint, presi- zar, esposo de Pamela Martínez, denta del Consejo Nacional Elec- quien fue sentenciada en septiembre pasado por cohecho junto con toral (CNE). Aunque el precandidato ha el expresidente Rafael Correa, regresó a la órbita política confirmado sus intenpor una sentencia dictada ciones de ir a las presi- El Dato por el Tribunal Contenciodenciales, todavía deso Electoral (TCE). ben transcurrir plazos CNE ha califiy sustanciarse trámites El cado en firme a administrativos o recur- 14 binomios pre- Efectos de la sentencia Las sos jurisdiccionales que sidenciales. elecciones son el El fallo de última instanpodrían presentar otras 7 de febrero de cia dispone al CNE que se 2021. organizaciones políticas le otorgue a Justicia Social sobre las intenciones elecun plazo para que la orgatorales de Noboa. nización política pueda hacer su El sábado pasado, el empre- proceso de democracia interna y sario Guayaquileño anunció que designe a autoridades. El tiemparticipará junto a Gino Corne- po que el Pleno dio fue de cinco jo, quien fue candidato a la Al- días, que corren desde el viernes caldía de Guayaquil en las elec- pasado. ciones de 2019. Sin embargo, la resolución El movimiento que cobija esta recibió dos impugnaciones adparticipación será Justicia Social ministrativas desde CREO y el

PSC. Ambas organizaciones políticas fijaron una alianza que cobija al binomio presidencial Guillermo Lasso – Alfredo Borrero. Esteban Ron, experto en temas electorales, tiene la certeza de que este recurso es improcedente y no prosperará. Según dijo, el CNE acató el fallo contencioso de última instancia. El jurista agregó que la candidatura de Noboa solo quedará en firme cuando se hayan agotado los trámites que el resto de organizaciones políticas hicieron. Tras concluir la fase de democracia interna, Justicia Social debe registrar su inscripción ante el CNE. El ente electoral correrá traslado al resto de organizaciones políticas para que presenten objeciones y además queda abierta la posibilidad de solicitar recur-

Álvaro Noboa ‘sacude’ el tablero electoral

Proceso de Alexandra Ocles no es nulo, según penalistas El proceso por tráfico de influencias que se sigue en contra de Alexandra Ocles, exdirectora del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos (SNGR) y cinco personas más se reanudará desde la etapa de evaluación preparatoria de juicio. Esta audiencia ya no la conocerá la Corte Nacional de Justicia (CNJ), pues una de sus juezas, Daniella Camacho, se inhibió de continuar tramitando el caso por falta de competencia. Desde lo jurídico

El proceso se trasladará a un juez de Garantías Penales, sin declarar nula la fase de formulación de cargos, sustanciada por Camacho. Los abogados de los procesados pidieron que el caso arranque desde cero y que se nulite todo lo actuado, a lo que la ma-

A replantear estrategias Alejandro Zavala, analista político, aseguró que la aparición de Álvaro Noboa en el escenario sí puede mover las fichas del tablero electoral o hacer que los equipos de los candidatos replanteen la estrategia. Dijo que el debate no se debe centrar en si le restará votos al candidato Guillermo Lasso por ser millonario o empresario. Sugirió que el análisis se debe centrar en cuál es el nicho de votantes de Noboa. Si él apunta a

una estrategia populista, esto podría afectar directamente a Andrés Arauz, candidato del corresímo. Agregó que si el CNE califica la candidatura, el voto en Guayaquil se fraccionaría más, ya que esa población tiene como opciones a Lasso, Isidro Romero, Arauz y el mismo Yaku Pérez. Para Zavala, si la alianza CREO – PSC quiere captar votos, debería voltear su mirada a Quito. A su criterio, no existe un candidato que represente a los estratos medios. “La clase media de Quito, que es un sector de votación muy importante, está abandonada”, concluyó.

sos contenciosos ante el TCE. Aunque los plazos para cumplir estas etapas concluyeron en el calendario electoral, Ron explicó que el fallo le ofrece a Justicia Social una reparación de sus derechos, por el tiempo que

estuvo suspendida por una indefinición de su estatus jurídico. “Se deja de lado los principios de preclusión y calendarización para que la organización política cumpla con el proceso interno”, indicó Ron.

°

Exasambleísta Daniel Mendoza se quedará tras las rejas

CASO. El viernes pasado la diligencia fue suspendida por falta de competencia de la jueza Daniella Camacho para conocer el caso.

gistrada se opuso. Para el penalista, Paúl Ocaña, lo que hizo Camacho es jurídicamente correcto. El abogado aseguró que no existen fundamentos que establezcan las causales de nulidad determinadas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP). Aunque Camacho, sí formuló los cargos, aquello no influye en la decisión de la causa, dijo. “Fiscalía es la titular de la acción penal. Lo que el juez hace es que se cumplan las garantías constitucionales”, explicó. A ese criterio se suma el especialista en derecho penal Pablo Encalada. Él añadió que existiera una causal de nulidad si la inhibición de Camacho no pudiera corregir el

vicio de procedimiento. Observación

Sin embargo, el penalista cuestionó el hecho de que la CNJ no se haya percatado de la incompetencia de la jueza para conocer el caso. El viernes pasado, el abogado de uno de los procesados, Stalin Raza, fue quien advirtió que Ocles no goza de fuero de corte nacional y que Camacho no debe seguir al frente. La magistrada resolvió a favor de esa observación. A Ocles y al resto de implicados se los investigó por presuntas irregularidades en la adquisición de kits alimenticios con sobreprecio en la emergencia sanitaria.

El juez nacional, Marco Rodríguez, sentenció ayer al exasambleísta Daniel Mendoza tras hallarlo culpable del delito de delincuencia organizada por la fallida construcción del hospital de Pedernales de Manabí. El exlegislador y otros siete acusados más se acogieron a un procedimiento abreviado. La fiscal general, Diana Salazar, calificó a los implicados como autores de este tipo penal, ejecutado entre 2019 y 2020, en Pichincha y Manabí. Según la funcionaria, hubo una estructura organizada jerarquizada a través de distribución de roles desde donde se planificaban y dirigían mecanismos de contratación pública y la entrega de dineros de manera ilícita. Salazar mencionó que los integrantes aprovechaban de sus cargos para concretar el ilícito. Por ejemplo, dijo, Mendoza desde la Asamblea Nacional gestionaba la entrega de puestos en el sector público a los líderes de la organización. Dentro de esta trama también figura el exasambleísta Eliseo

Pedido de penas ° Daniel Mendoza: 50 meses ° Jean Benavides: 34 meses ° René Tamayo: 34 meses ° Jennifer Cobeña: 40 meses ° José Veliz: 34 meses ° Franklin Calderón: 34 meses ° José Santos: 40 meses ° Ángel Andrade: 40 meses Azuero, quien se encuentra prófugo de la justicia. Según lo expuesto por el Departamento de Relaciones Públicas de la Corte Nacional de Justicia, Salazar fundamentó el procedimiento abreviado explicando, entre otras cosas, que “16 millones de dólares por la contratación de la construcción del hospital de Pedernales. (Mendoza) Supervisaba pagos”. El juez Rodríguez además dispuso el pago de ocho millones como reparación. Ese rubro será distribuido de manera proporcional para cada uno, de acuerdo a su grado de participación en los hechos.


país 8

martes 10 de noviembre de 2020 La Hora

I

Tráfico de drogas: ni la pandemia pudo frenarlo

Las cifras demuestran que a pesar del confinamiento el narcotráfico no paró. 2020 es el año en el que se registra mayor decomiso de drogas.

Ecuador registra un aumento Algunos casos del número de droga incauta emblemáticos durante este año, pese las restricciones de movilidad que se impusieron en los meses de con° El 4 de mayo del 2020 se incautó 514 kilogramos de marihuana cripy, finamiento por la pandemia del esta mercancía estaba camuflada en frutas y verduras, con destino hacía coronavirus. Perú y Chile. De enero a noviembre, la Policía Nacional decomisó 102 toneladas de diferentes drogas, ° El 8 de septiembre, la Policía retuvo cerca de 4 toneladas de marihuamientras que en 2019 la cifra na, esto en un camión en Rumichaca. llegó a 65 toneladas en el mismo período. Lo que representaría cerca de 38 toneladas más que ¿Por qué aumentaron las toneladas el año pasado. Y septiembre es de droga luego del confinamiento? el mes con el mayor número de Esto ocurre por dos temas contoneladas incautadas en lo que cretos. Por un lado, no hubo muva del año, con un total de 20. cha oferta por el confinamiento y Así lo confirmó, Erik eso provocó que se increBenítez, subdirector na- El Dato mente el precio de la drocional de Investigación ga en el mercado negro. Antidrogas, quien en Conforme los gobiernos sustancias entrevista con diario La Las fueron disminuyendo las más comunes Hora da a conocer cómo y son: clorhidrato restricciones de movilide cocaína, por qué sucede este fenó- marihuana y dad, este negocio ilícito meno con un delito trans- heroína. también se fue recuperannacional que nunca paró. do. La droga represada, que no podían sacar, empezó a moverse, al igual que los ¿El narcotráfico se reactivó con químicos para su elaboración. fuerza tras superar la etapa del En segundo lugar, el aumento confinamiento? Como las vías y fronteras esta- de los decomisos de debe también ban cerradas hubo un bajón del a las estrategias que utilizamos comercio ilegal tanto en la fabri- como Dirección Nacional Antinarcóticos. Hay muchos cación como el transporte cambios en el tema operade sustancias ilícitas. Pero tivo, en el manejo de operael narcotráfico se mantuvo porque las organizaciones toneladas tivos en territorio y nuevas de droga incautautilizan pasos no autori- das en 2020 disposiciones en las investigaciones. Además, de las zados en toda la línea de constantes capacitaciones frontera, para el traslado de la droga. Estos caminos tienen al personal de antinarcóticos, el características geográficas que apoyo de la embajada estadounidense ha sido fundamental. propician la actividad irregular.

102

Tres suicidios diarios en Ecuador

situación. Los problemas sentimentales son la principal motivación de suicidios en Ecuador.

DROGA. El narcotráfico ha retomado sus actividades con fuerza luego de los meses de confinamiento, en septiembre de 2020 se incautó 20 toneladas de droga.

¿Cuál es la ruta de la droga en Ecuador?

El tráfico de droga está latente en las provincias fronterizas a Colombia: Esmeraldas, Carchi y Sucumbíos. Los narcotraficantes utilizan mayoritariamente la vía ¿Ecuador continúa siendo un país marítima para traer droga y aco- de paso para el narcotráfico? piarla en Esmeraldas. Posterior- El fenómeno es que existen mente, tran sportan las sustancias plantaciones tanto de hoja de por las vías principales coca como de amapola y para luego enviarlas a Cen- El Dato marihuana cerca al territroamérica, desde pistas torio ecuatoriano, sobre clandestinas. También lo Durante este todo en los departamenhacen a través de lanchas año, hasta tos de Nariño y Tumaco. 9961 rápidas o en puertos prin- noviembre, personas fueron Al tener cercanía con detenidas., 79 cipales. nuestro país es más fácil menos que en En Carchi hay alre- 2019. que ingresen y trasladar dedor de 70 pasos no las sustancias por la vía autorizados, muchos de marítima o avionetas. En ellos para el ingreso de droga a cambio, si van a su mismo terrinuestro país. Las sustancias son torio, colombiano, se les dificulacopiadas en varios sectores de ta porque es más lejos.

La Dirección Nacional de Muer- de 0 a 11 años, “esto obedece a tes Violentas (Dinased), pertene- temas relacionados con bullying ciente a la Policía Nacional, re- (acoso escolar), redes sociales o gistra 977 suicidios en lo que va problemas familiares”. En cambio, en adultos, la madel 2020 a nivel nacional, lo que implica un promedio de 3 suici- yoría de suicidios están relaciodios por día. La cifra representa nados con temas sentimentales, un incremento, en comparación la policía apunta 350 personas que terminaron su vida al año anterior, cuando conpor esta causa y 321 por tabilizaron 948 decesos. De acuerdo a datos esta- suicidios problemas familiares. en 2020. 786 Las dificultades ecodísticos el suicidio es una son hombres y de las principales causas 191 mujeres. nómicas, problemas mentales, enfermedade muerte en Ecuador. La des terminales y crisis población, de 30 a 65 años, registra la tasa más alta de per- escolar también son motivantes sonas que se han quitado la vida, para el suicidio, según la Dinaluego están los individuos de 18 a sed. Las ciudades que registran 29, adolescentes de a partir de 12 años y adultos mayores con más la mayoría de casos son: Quito y Guayaquil, mientras las prode 65. El Director Nacional de la Di- vincias como Azuay, Manabí y nased, Fausto Olivo, indicó que Tungurahua encabezan la lista durante este año contabilizan 18 de zonas con alta prevalencia de casos de suicidios en menores personas que se quitan la vida.

977

Conforme los gobiernos fueron disminuyendo las restricciones de movilidad, este negocio ilícito también se fue recuperando”.

Tulcán y después son trasladadas por la panamericana hacia las provincias de Guayas o Manabí. En Sucumbíos ocurre lo mismo.

Erik Benítez,

subdirector nacional de Investigación Antidrogas,

¿En donde se ubican las pistas clandestinas?

Normalmente las pistas están en la Costa. En este año hemos encontrado una pista en El Oro, una en Guayas, una en Los Ríos, cuatro en Manabí de las cuales ya dos han sido inhabilitadas y dos en Santa Elena que también ya han sido destruidas. Análisis desde la psicología

° La psicóloga clínica, Sonnia Navas

Gafter, manifiesta que los suicidios e intentos de hacerlo son cada vez más recurrentes. “Es una época de muchas frustraciones, las personas se estresan porque no saben lo que sucederá en su futuro, eso está muy vinculado a la ansiedad y depresión”. ¿Qué hacer cuando una persona intentó suicidarse? La primera acción es acudir donde un especialista, para que analice el estado anímico de la persona y recete, si es el caso, psicofármacos y psicoterapias. “La persona tiene una descompensación cerebral, que también afecta en la toma de decisiones”, dijo la psicóloga clínica. Agrega que el apoyo familiar, estar en un ambiente tranquilo y el descanso son otros factores que ayudarán a la persona a sentirse mejor.


economía

El petróleo de Texas se dispara por efectividad de vacuna contra Covid-19 El precio del petróleo intermedio de Texas (WTI) cerró ayer con una subida del 8,48 %, hasta 40,29 dólares el barril, propulsado por el anuncio de prometedores resultados en las pruebas de la vacuna del coronavirus que desarrollan Pfizer y BioNTech. Al final

Según Miranda, la base de ese éxito es la agricultura familiar, la cual representa el 90% de la cadena productiva con pequeñas unidades de siembra que no superan las 3 hectáreas. En total,

El pequeño agricultor ha tenido que pelear a pulso e incluso recurrir -muchas veces- al chulquero para sacar adelante su producción. Existen programas de crédito de Banecuador de la

Innovación local a la baja por falta de conocimiento y tecnología Como resultado de un trabajo conjunto entre la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (Ompi), la Universidad de Cornell y la escuela de negocios Insead, el Índice Global de Innovación 2020 ubica al Ecuador en el puesto 99 dentro de 131 economías analizadas Ese índice evalúa dos grupos de indicadores: de entrada (insumos) y salida (resultados). En el primero se toma en cuenta las instituciones, el capital humano e investigación, la infraestructura, la sofisticación del mercado y la sofisticación de negocios. En el segundo se analizan los resultados en términos de producción de conocimiento y tecnología, y producción creativa. La relación se denomina razón de eficiencia, la cual expresa qué tan eficien-

te es un país en la generación de innovación teniendo en cuenta la calidad y la cantidad de los insumos empleados. Falta calidad

En este contexto, los peores resultados de nuestro país están, en primer lugar, en el área institucional, sobre todo en la calidad regulatoria (puesto 121) y el ambiente para hacer negocios (puesto 128). En segundo lugar, tampoco tenemos buenas calificaciones en el área de creación de conocimiento y tecnología. Así, estamos entre las 25 economías que menos generan patentes, crean negocios y exportaciones con alto valor agregado e invierten en el desarrollo de software y otras herramientas tecnológicas.

Francisco Miranda,

presidente de Anecacao.

Gran potencial a futuro

Para 2021 se espera un aumento de entre 5% y 10% en la producción; pero a mediano plazo, de la mano de una mejora de la productividad por hectárea, también es importante una diferenciación con los principa-

EVOLUCIÓN. El sector cacaotero ha ido creciendo paulatinamente los últimos 20 años.

80

Principales compradores de cacao ecuatoriano

70

CACAO EN TONELADAS

60

10 0

4.313 Japón

20

5.653 India

30

6.355 Italia

40

6. 27'266.149 7. 17'971.114 8. 15'085.963 9. 13'196.258 10. 10'835.660

7.477 Bélgica

50

1. 151'572.138 2. 109'354.850 3. 93'216.720 4. 45'108.323 5. 30'043.473

10.079 Alemania

Corporación Financiera Nacional (CFN), pero de acuerdo con Eduardo Morillo, productor cacaotero, se habla mucho de la entrega de recursos, pero lo que llega al campo es “poquito”. “Muchas veces no se entiende el proceso productivo del cacao. Cuando siembro maíz yo pido plata en enero y estoy pagando en septiembre, con la cosecha. En nuestro caso, puede ser al menos cinco años hasta que la siembra sea cosechada y se pueda repagar algo”, aseveró En este contexto, el proceso de crecimiento está basado en el ahorro familiar, donde se va invirtiendo sobre la ganancia de otros productos. Miranda puntualizó que, aunque en menor medida actualmente, los recursos para el sector se han mal utilizado, desde los Gobiernos de turno, como herramienta política.

Monto USD

Sin fuentes de financiamiento

El acceso a crédito sigue siendo tedioso, burocrático y difícil; no solo para la siembra, sino también para la transformación y el comercio”.

12.637 México

La clave

millones facturó el sector cacaotero hasta septiembre de 2020.

18.591 Holanda

son alrededor de 400.000 familias que continúan sosteniendo el crecimiento paulatino y constante de la actividad; a pesar de las dificultades y la falta de apoyo. “El crecimiento cacaotero ecuatoriano ha sido generado 100% por inversión privada. El Estado ha tenido algún tipo de apoyo y programas de asesoría, pero su contribución al sector ha sido marginal”, acotó el presidente de la Anecacao. En los últimos 20 años, con esfuerzo propio, el sector pasó de un modelo de grandes plantaciones con baja productividad, a otro de tecnificación que permite una producción de 1,5 toneladas por hectárea; pero todavía hay mucho por mejorar.

$578,16

39.110 Malasia

Francisco Miranda, presidente de la Asociación Nacional de Exportadores de Cacao del Ecuador (Anecacao), explicó que, en medio de las dificultades provocadas por la pandemia de la Covid-19, el sector cacaotero cerrará el año con una producción anual de 340.000 toneladas, lo que representa un 9% más que las 313.000 toneladas establecidas como la cifra récord hace algunos años. “Si bien vivimos momentos de precios bajos al principio de la pandemia, en la suma y resta el promedio ha sido estable. En las áreas rurales hubo poca incidencia de la enfermedad, por lo que los agricultores pudieron producir sin problemas y ponerle más atención a las plantas”, dijo.

9

46.078 Indonesia

Este año se superará el récord histórico de toneladas producidas. El 90% de la cadena depende de pequeños productores.

martes 10 de noviembre de 2020 La Hora

I

60.629 EE. UU.

Agricultura familiar, el éxito del cacao ecuatoriano

de las operaciones en la Bolsa Mercantil de Nueva York (Nymex), los contratos de futuros del WTI para entrega en diciembre sumaron 3,15 dólares con respecto a la sesión previa, recuperando la barrera de los 40 dólares. EFE

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

les productores a nivel mundial, que son países africanos como Ghana y Costa de Marfil. “Cada vez más compradores están buscando alternativas a la producción de África, que tiene probadas denuncias de falta de sostenibilidad, deforestación, trabajo infantil y esclavitud laboral. Tenemos mucho espacio para posicionar nuestras buenas prácticas”, aseveró Miranda. Por otro lado, se espera una recuperación paulatina del mercado de chocolatería fina, el cual quedó muy golpeado por la caí-

*Corte: Septiembre de 2020

da de la actividad mundial de panaderías, pastelerías, hoteles y todo el negocio turístico. Actualmente, Ecuador es el cuarto productor mundial de cacao y los principales destinos son: Estados Unidos, Indonesia, Malasia, Holanda. México. En productos terminados, como barras de chocolate y otros, todavía tenemos poca participación; pero hemos crecido mucho en China, India y Paquistán. Además, estamos incursionando en Medio Oriente, Hong Kong, Corea, Nueva Zelanda y Australia. (JS)

A la baja la innovación local

° Desde 2018, Ecuador ha perdido terreno en el Índice Global de Innovación, desde el puesto 97 al 99.

° Dentro de América Latina, estamos en el lugar 15 de 18 economías analizadas.

° Los tres países más innovadores del mundo son Suiza, Suecia y Estados Unidos. TRABAJO. En el estudio se analizaron 131 economías.

Uno de los problemas estructurales es que, a pesar de ubicarnos en el puesto 41 en gasto público en educación (como porcentaje del Producto Interno Bruto), la calidad o cómo se destinan esos recursos todavía es deficiente, explicó Roberto Rivera, experto en innovación. “Desde el gobierno pasado se implantó un sistema, enfocado

en la educación superior, donde se premia la cantidad de publicaciones científicas; pero no la calidad y el impacto de estas. Además, la mayor inversión no se vio reflejada en un verdadero incremento en el acceso, debido a que seguimos teniendo más de 500.000 ninis, es decir, jóvenes que ni estudian ni trabajan”, acotó.

Poco financiamiento

El acceso a las tecnologías de comunicación e información es otro aspecto en donde falta mucho por hacer. Además, menos del 40% de las empresas en el país tiene oportunidades de encontrar financiamiento para mejorar procesos y aumentar su productividad mediante innovación. (JS)


3 millones de niños no volverían a estudiar

país 10

martes 10 de noviembre de 2020 La Hora

I

Casi 3 millones de niños, niñas y adolescentes de América Latina y el Caribe están en riesgo de no regresar nunca a la escuela, una de los muchos efectos negativos del cierre de los colegios por la pandemia de la Covid-19, alertó un informe de Unicef. El estudio ‘Educación en pausa’ da cuenta de que están a punto de cumplirse casi ocho meses de pausa prolongada para 137 millones de niños, niñas y adolescentes latinoamericanos, un tiempo cuatro veces más alto que la media global, que pueden abocar a una "catástrofe generacional".

No solo es educación

° Al menos 80 millones de ni-

ños, niñas y adolescentes de América Latina han perdido las comidas escolares y corren el riesgo de desarrollar deficiencias nutricionales.

° Los niños, niñas y adolescentes también están más desprotegidos ante la violencia en el hogar

En desigualdad

ESFUERZO. Movimientos Sociales han presionado a las autoridades, junto a los familiares de las víctimas, para que se procese al implicado.

Presión social agiliza proceso de doble asesinato Los plantones y la presencia en Twitter fueron claves en el caso de la muerte de Adriana Camacho y su hijo.

¡Los femicidios son una pandemia y tienen que parar! Esperamos el sorteo del Tribunal de Juzgamiento para el juicio contra Erick O., acusado de asesinar a Adriana Camacho y su hijo Santiago”.

La tarde de ayer se realizó el que el juez que debía enviar el sorteo del Tribunal que llevará oficio al Tribunal de Garantías el Juicio contra Erick O., impli- para el sorteo no justifica el por cado en el asesinato de Adriana qué de la demora. Organización Nina Warmi. “De lo que sabemos, dicen, Camacho y su hijo Santiago, en que por los primeros meses de yaquil y ellos procedan con la febrero. El hecho se da a tres meses la pandemia hubo casos repre- audiencia de juzgamiento; por del vencimiento de la prisión sados, pero en un tema donde lo que diferentes organizaciones los plazos podrían lograr sociales han señalado que serán preventiva y esto, sin la impunidad y libertad veedoras, para que el doble houna audiencia de juzga- El Dato de un femicida esto es micidio sea procesado. miento habría desemboinaudito, más aún, cuancado en la libertad del Erick O., pareja do en septiembre dijeron ‘El tuitazo’ presunto culpable. de Camacho, Andreína Ojeda, abo- huyó con dinero que en dos meses podría De la misma manera en la que se su negocio. gada y activista por los de logró que se realice la audiencia Fue detenido por haber sentencia”, agrega Ojeda. derechos de la mujeres la Policía en preparatoria, las organizaciones Montañita. En su y minorías sexuales, se- primera versión sociales lograron el sorteo del ser cul- Vigilantes ñala que este caso es un confesó tribunal. pable del doble ejemplo de las “licencias homicidio. Hubo quienes realizaron Para la activista, uno de que el sistema judicial los principales proble- plantones, pero también un da, para que femicidas mas es que este tipo de ‘tuitazo’ con el hashtag #Justiqueden en libertad”. juicios tarda más, pues se debe ciaParaAdrianaYSantiago, que Ojeda recuerda que solo la demostrar la premeditación y ayer fue la tercera tendencia en audiencia preparatoria tardó seis alevosía, para que así la senten- Ecuador. meses y en ambos caso -destaca-, cia -que podría ir de 22 a “Todos los recursos fue la presión social la que logró 26 años- se extienda has- El Dato son válidos para hacer la celeridad del proceso. visible lo injusta que es la ta a 38 años de privación “Lamentablemente hay mu- de libertad. justicia. Si una mujer no Los cuerpos de chos casos que no se conocen y puede confiar en quienes Aunque el sorteo ya Adriana (36) y que obligan a las víctimas o las se realizó aún queda Camacho su hijo Santiago deben hacer cumplir las familias de las víctimas a vivir pendiente que se envíe (5) fueron leyes, entonces las cifras encontrados el un calvario del que muchas ve- la designación de los tres 24 de febrero en de muertes seguirán aucasa, en ces sus agresores salen impu- jueces al Tribunal de su mentando”, agrega Ojeda. Guayaquil. nes”, dice Ojeda, quien agrega Garantías Penales Gua(AVV)

El informe constata que la Covid-19 ha ampliado las brechas sociales también en la educación. En la región, solo la mitad de los alumnos de las escuelas públicas tiene acceso a clases a distancia de calidad, mientras que en las escuelas privadas esa cifra sube al 75 %, estimó Unicef. La desigualdad es más acuciante en grupos vulnerables con niños con discapacidad, migrantes indígenas o en zonas rurales donde la educación a distancia no llega, resaltó la entidad de las Naciones Unidas (ONU). También se advierte de que el porcentaje de niños que no recibe educación alguna, ni presencial ni remota, se ha disparado del 4 % al 18 % en los últimos meses. Impacto prolongado

"Si no hay realmente procesos de nivelación adecuados, esos niños van a tener un vacío durante toda su vida", afirmó Ruth Custode, especialista de educación de la Oficina Regional de Unicef para

REALIDAD. El 97 % de los niños, niñas y adolescentes latinoamericanos está a punto de cumplir casi un año sin pisar la escuela.

América Latina y el Caribe. Y esa pérdida terminará reflejándose en unos "peores salarios". El cierre de las escuelas no solo aplaza la educación para algunas familias, sino que supone la pérdida "de una cantidad enorme de servicios, como el de la salud, de apoyo psicosocial y de protección" para la infancia, añadió la especialista. EFE

Vicepresidenta conoció al Papa en medio de la austeridad Mientras en ciertos sectores hay que recortar el presupuesto por la crisis, la vicepresidenta del país, María Alejandra Muñoz, está de gira por Europa -en busca de cooperación internacional para la infancia- y aprovechó para visitar al papa Francisco, bajo el mismo “contexto”, según un boletín enviado a este medio desde la Vicepresidencia, que pese al reiterado pedido, se informó que no se divulgará detalles de la agenda oficial ni el presupuesto destinado al viaje, hasta el regreso de Muñoz, quien fue acompañada por dos personas más.


Posibles vacunas presentan resultados alentadores La empresa Pfizer anunció que su vacuna previene el 90% de infecciones de coronavirus.

La farmacéutica estadounidense Pfizer anunció ayer que su vacuna contra la Covid-19 es eficaz en un 90%, por encima de lo requerido por los reguladores estadounidenses, lo que permite augurar una rápida autorización de emergencia para su puesta a disposición del público, algo que podría suceder antes de final de este año. La vacuna, denominada ‘BNT162b2’, basada en tecnología de ARN mensajero, está siendo desarrollada conjuntamente con la alemana BionNTech y ha pasado por un riguroso proceso de ensayos clínicos, junto a un análisis de los datos preliminares de la fase 3 por parte de un comité independiente y externo que ha determinado su validez. El alto nivel de eficacia se ha logrado siete días después de la segunda dosis, es decir 28 días después del inicio de la vacunación, que requiere

I

martes lunes 10 de 12 de noviembre octubre de 2020 La Hora ecuador

11 9

Novavax logra la vía rápida ° La compañía Novavax anunció ayer que también obtuvo la au-

torización por parte del regulador estadounidense para la aprobación por vía rápida de su candidata a vacuna contra la Covid-19, que está en pruebas de fase 3 en el Reino Unido y que las empezará este mes en EE.UU. y México. En un comunicado, la farmacéutica estadounidense señaló que la concesión de la vía rápida o ‘Fast Track’ por parte de la Administración de Alimentos y Fármacos (FDA, por sus siglas en inglés) ayudará a acelerar el desarrollo de su vacuna.

¿Cuándo estaría lista?

Pfizer detalló que esperan tener dos meses de datos de seguridad acumulados en la tercera semana de este mes de noviembre, con lo que podrían así satisfacer los requisitos de la Agencia

Reunido Unido y Alemania confían en la vacuna °El Gobierno británico calificó de "prometedora" la vacuna desarrollada

por la farmacéutica estadounidense Pfizer y la firma alemana BioNTech, si bien expresó cautela al advertir de que "no hay garantías".

Un portavoz de Downing Street, la residencia oficial del primer ministro británico, Boris Johnson, dijo este lunes que el Reino Unido tiene comprometidas 40 millones de dosis de la vacuna. Por su parte, el Gobierno alemán expresó también su satisfacción por los avances logrados y mostró su confianza en que soliciten su autorización tanto en EE.UU. como en Europa.

"Basados en nuestras proyecciones, esperamos producir globalmente hasta 50 millones de

dosis de la vacuna en 2020 y hasta 1.300 millones de dosis en 2021", señaló Pfizer en su comunicado.

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “EDUCADORES DE LOJA”

automáticamente abrió el paso para despojar al mandatario de su poder. En consecuencia, se aplicará "el régimen de sucesión establecido en la Constitución", que será efectivo en cuanto se comunique al presidente, al primer ministro Walter Martos o se publique en el diario oficial, lo que suceda primero. Así, ahora la responsabilidad del cargo de Presidencia de la República recaerá en el presidente del Congreso, Manuel Merino, del grupo político de Acción Popular.

INVITACIÓN La Corporación de Ahorro y Crédito “Educadores de Loja”, invita a las personas naturales y/o jurídicas domiciliadas en el país y legalmente capacitadas para que participen en el concurso público de precios y presenten las ofertas para la, CONTRATACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA TECNOLOGICA DEL SITIO ALTERNO DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO EDUCADORES DE LOJA-CACEL. Los interesados en participar podrán adquirir las bases, en la secretaría general de la CACEL, Ubicada en la Calle Bolívar 207-43 entre Miguel Riofrío y Azuay de la ciudad y provincia de Loja, desde el 12 al 16 de noviembre del 2020, en horario de 09:00 a 12:00 y de 14:00 a 17:00, o mediante solicitud a los correos electrónicos bencarnacion@cacel. com.ec, cajaramillo@cacel.com.ec, o a los siguientes teléfonos: 072571200-072578247 – ext 345, 343; previo el pago no reembolsable de USD $50.00, valor que podrá ser cancelado en efectivo, cheque certificado o transferencia al número de Cuenta de Ahorros 8384 en la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Educadores de Loja”.

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE TRANSTERMICO S.A

Las ofertas se recibirán en sobre cerrado en la Secretaría General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Educadores de Loja”, hasta las 16h00 del jueves 19 de noviembre del 2020. El procedimiento para esta contratación se ceñirá a lo establecido en el Reglamento Interno de políticas, procesos y procedimientos para la adquisición de bienes, servicios y ejecución de obras.

La compañía de Transporte Térmico y Logístico TRANSTERMICO S.A. hace la cordial invitación a todos los socios a la elección de la nueva directiva que se realizará el día domingo 22 de noviembre del 2020, en las oficinas de la compañía ubicadas en Calderón calle San Camilo N4-405 y Panamericana Norte km 14 ½

El Comité de Adquisiciones se reunirá a las 16h30 del 19 de noviembre de 2020, para proceder a la apertura de los sobres. Se calificarán únicamente las ofertas que cumplen con todos los requisitos previamente establecidos; y se reserva el derecho de declarar desierto el proceso de contratación en caso de no convenir a los intereses institucionales. Loja, 09 de noviembre del 2020 001-003-0333

Eduardo Molina Gerente General saliente

Ciencia. Unas 12 vacunas están en las pruebas clínicas finales en el mundo, entre ellas la que desarrollan en Oxford y la farmacéutica AstraZeneca, pero la de Pfizer es la primera en comunicar sus resultados de la fase 3. EFE

de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. (FDA, en sus siglas en inglés) para pedir la autorización de emergencia. Una vez obtenida, la vacuna podrá ser distribuida y administrada, algo El Dato para lo que las autoridades estadounidenses La fase 3 se inició han preparado planes en julio y 43.500 personas han reci- que darán prioridad al bido al menos una de las dos inyeccio- personal sanitario, emnes que deben apli- pleados esenciales, pocarse dentro de dos semanas, para blaciones de riesgo y a tener la protección zonas con mayor ritmo del virus. de infección.

dos inyecciones, aunque Pfizer y BioNTech advierten que la eficacia final podría variar a medida que avancen los estudios.

Congreso peruano destituye al presidente Martín Vizcarra

El Congreso de Perú removió ayer al presidente Martín Vizcarra de su cargo, después de que el pleno del Parlamento lo declarara "incapaz moral", en el juicio político abierto en su contra y decretara su destitución. Con 105 votos a favor, la moción de vacancia impulsada contra el mandatario por las acusaciones de que cometió actos de corrupción cuando era gobernador de la provincia sureña de Moquegua (20112014), superó el número de apoyos que exige la Constitución (87 sobre 130 diputados) y

ecuador global

Lic. Galo Edgar López Flores PRESIDENTE DE LA CACEL Y DEL COMITÉ DE CONTRATACIONES.


CUIDEMOS EL AGUA


REVISTA JUDICIAL C00

LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR

MARTES, 10 DE NOVIEMBRE DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR

ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

C1

http//www.derechoecuador.com

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL MÉDICA

“Los médicos son geniales, siempre y cuando no los necesites.” Edward E. Rosenbaum.

AUTOR: AB. MSC. ISAAC ALEJANDRO GUERRERO

Curioso es el rol que ocupa el médico en la sociedad, necesario en extremo, pero nadie quisiera visitarlo. Esto se debe a nuestro natural temor a las dolencias y a la muerte, motivos por los que, en ocasiones buscamos con urgencia médicos, y otras, nos alejamos lo más que podamos de ellos. La delicada naturaleza de las funciones que realizan quienes prestan servicios de salud, han despertado en la sociedad, así mismo por momentos, por un lado una gratitud incondicionada, y por otro la desconfianza propia de poner tu vida en manos de un desconocido. Este temor de confiar la salud y vida en manos de otra persona radica en el pleno reconocimiento de que cualesquier ser humano puede cometer errores, que somos susceptibles de equivocar-

nos; y nadie, si tuviese otra posibilidad, pondría su salud y vida en manos de otro ser humano. Este justificado temor ha hecho que la sociedad intente regular y normar el accionar del personal de la salud, imponiéndole obligaciones y normas que lo exigen mucho más allá que al individuo común, reglas de obligatorio cumplimiento que no solo regulan su comportamiento en sus horas de trabajo, sino incluso, que le imponen obligaciones durante su tiempo de ocio, obligaciones que, parecería que está por demás decirlo, no tenemos el común de los mortales. En este intento de la sociedad por normar esta actividad de riesgo, nacen, a través de la historia diferentes reglas para exigir al profesional de la salud el máximo de cuidado, concentración y prudencia en el cumplimiento de sus labores. Es este intento de normar las actividades de riesgo, lo que dio origen a la responsabilidad profesional médica, tema que trataremos en el presente y siguiente artículo de este mismo espacio.

Antecedentes de regulación al labor de los médicos A través de la historia encontramos varios intentos de la sociedad por normar el ejercicio de la medicina, siendo el ejemplo más antiguo encontrado el “Código de Hamurabi”, Rey de Babilonia (1739-1685 a.n.e), donde se recogían varios aspectos sobre responsabilidad médica, con sanciones que iban desde la amputación de las manos del médico infractor hasta la restitución de esclavos o indemnizaciones monetarias, como ejemplo de ello cito su artículo 208, que versa: “Si un médico ha tratado a un hombre libre de una herida grave con una lanceta de bronce y hecho a morir al hombre, o si ha abierto la nube del hombre con una lanceta de bronce y se destruye el ojo del hombre, se les cortaran las manos…”(1) En otras culturas también se procuró normar esta actividad, siendo otro ejemplo claro que, en el antiguo Egipto se establecieron normas de obligatorio cumplimiento para los galenos en el denominado “Libro Sagrado”,

que era una suerte de código legal elaborado por los sacerdotes de la época, normas que debían cumplirse estrictamente, so pena de muerte para el médico, sin tomar en consideración las consecuencias que pudieran provocar en el paciente, bastando su mera observancia para exonerar al médico de toda responsabilidad. (2) El profesor Carlos Ignacio Jaramillo, nos indica que el “Codex Visigothorum”(una obra recopilatoria de Derecho Romano postclásico), en materia de responsabilidad médica, ponía al médico negligente o incompetente a la entera disposición de la familia del paciente muerto para que lo matase o redujese a la esclavitud. Así mismo impedía al galeno cobrar sus emolumentos cuando el resultado de su actividad no era satisfactorio. (3) Edad Media La Edad Media, debido a que encontramos a la medicina entremezclada con abundantes connotaciones religiosas, se cambia la norma escrita por una “norma natural” (ius naturalismo) que se entiende impuesta por un ser superior a través de la conciencia de los seres humanos, motivo por el cual se retorna a la concepción deontológica de la responsabilidad del médico, es decir se entiende que la labor del profesional de la medicina está regulado únicamente por su propia concepción y entendimiento de la ética. Según Darío Andrés Parra, miembro del Grupo de Investigaciones Jurídicas de la Facultad de Ciencias Jurídicas en la Universidad Católica de Temuco, Chile; en su artículo “La evolución ético-jurídica de la responsabilidad médica”, al analizar la situación que existía desde la edad media hasta la edad moderna, dentro del tema que nos con-

CONSULTA PENAL ¿Cuál es el plazo para la presentación y el anuncio de pruebas en las contravenciones penales? RESPUESTA

El artículo 642.3 determina que hasta tres días antes de la audiencia, las partes realizarán el anuncio de pruebas por escrito, salvo en el caso de contravenciones flagrantes. Los plazos en la prosecución de las contravenciones penales están debidamente dados por el legislador, no hay motivo de duda u obscuridad, a ellos la jueza o el juez deben someterse con el fin de procurar seguridad jurídica y en respeto a la legalidad. Debemos recordar además que el procedimiento expedito es ágil, flexible y debe evitarse todo incidente que tienda al retardo en la sustanciación de la causa. Siendo así queda claro que en las contravenciones penales, hasta tres días antes de la audiencia, las partes realizarán el anuncio de pruebas por escrito, salvo en el caso de contravenciones flagrantes. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


001-005-286

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8494831700 Nro. Cartola 19829380005 Cliente MENDOZA CHINACALLE, ROMMY-ANGELICA del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

001-005-286

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8018072700 Nro. Cartola 17157850540 Cliente NARANJO TERAN, LUIS-GUILLERMO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

001-005-286

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8260518400 Nro. Cartola 8260518400 Cliente NARVAEZ MEJIA, LUIS-CARLOS del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

001-005-286

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8012543200 Nro. Cartola 17314630348 Cliente NIETO FRANCO, JESUS-HELEODORO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8046551100 Nro. Cartola 16760540175 Cliente SUAREZ BALSECA, HECTOR-FABIAN del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8044342100 Nro. Cartola 18285160745 Cliente TIPANTUNA CHINCHIN, LUIS-RAUL del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

sanadoras del médico” Comprendemos entonces, que durante esta época el médico era un ser a quien no se le podía imputar responsabilidad alguna en su accionar, teniendo como única obligación el intentar curar al paciente, sin que sea necesario acudir a las prácticas comunes y probadas de la medicina, ni siquiera someter el tratamiento al consentimiento informado del paciente. Según el criterio de José Miola, profesor de la Universidad de Oxford, se empieza nuevamente a regular con normativa escrita todo lo concerniente a la responsabilidad de los médicos, a mediados del siglo XX, principalmente con la llegada de dos factores que hicieron esta evolución inevitable: por un lado Núremberg y, por otro, el avance de la tecnología médica. (4) Es decir, los repudiados experimentos médicos realizados por los médicos nazis durante la Segunda Guerra Mundial dejaron totalmente impactado al mundo entero y se entendió que la ética, por sí sola no bastaba para regular el accionar de los galenos, y, que era necesario juzgar y sancionar, no solo en Núremberg, sino todas las violaciones a los derechos individuales que pudieren cometer los profesionales de la salud en el futuro. Responsabilidad legal de los médicos Así las cosas, en la actualidad no existe país civilizado que no

ANUNCIE CON NOSOTROS

Escríbanos a: agenciasuio@lahora.com.ec o llámenos a: 0999901090 / 0997668381 Encuentre sus anuncios judiciales en:

lahora.com.ec derechoecuador.com

contemple normas que regulen la responsabilidad legal de los profesionales de la salud; de hecho, en nuestro país se puede apreciar un continuo aumento de las reclamaciones judiciales frente al personal sanitario, este incremento, a mi criterio, obedece a dos factores sumamente relevantes: Por una parte están los avances científicos y tecnológicos han creado socialmente la falsa imagen de que la medicina es omnipotente y podría curar todas las enfermedades, sin considerar que la ciencia médica es, por definición, una ciencia inexacta y que, además, depende de otros factores y circunstancias que no se encuentran bajo el control de los profesionales médicos. Es decir, los múltiples descubrimientos científicos y avances tecnológicos que se emplean en el diagnóstico, tratamiento y cura de las enfermedades, se han traducido en mayores expectativas por parte de los pacientes con respecto al resultado de los tratamientos aplicados y además en una casi nula aceptación del infortunio sanitario. Y, por otro lado, está el mayor conocimiento de sus derechos por parte de los ciudadanos, quienes no escatiman en exigirlos cuando lo estiman necesario, en ocasiones, valga el momento decirlo, inclusive sin tener razón científica alguna o con el único objetivo de aplacar el dolor de haber perdido un ser amado. Debemos considerar que la

Medicina va adquiriendo un mayor perfeccionamiento técnico, comparable casi al avance de la tecnología, haciendo que actualmente pueda ofrecer grandes posibilidades diagnósticas y asistenciales, con lo cual surge necesariamente una responsabilidad profesional más rigurosa, cuyo cumplimiento garantizará que no se accione legalmente a los profesionales de la salud, o, en su defecto, salir victoriosos de cualesquier proceso legal iniciado en su contra. Referencias 1.- Edgardo Malaspina Historia de la medicina del estado Guárico, segunda edición. Editorial Guárico, CONAC, Guárico 2006. 2.- De La Quintana Férguson M. La responsabilidad civil del médico. Madrid: Estades Artes Graf; 1949. 3.-JaramilloCI.Responsabilidad civil médica: la relación médicopaciente: análisis doctrinal y jurisprudencial. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana; 2008. 4.- Miola J. Medical ethics and medical law a symbiotic relationship. Oxford: Hardpublishing; 2007

Ab. Msc. Isaac Alejandro Guerrero Castellanos.

DIRECTOR EJECUTIVO DE LEGISMED Celular: +593 996910466 Correo electrónico: isaac.guerrero@legismedec.com Facebook: @legismed

CONVOCATORIA A LA JUNTA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA SERVICIOS DRILLING TECHNOLOGIES CIA. LTDA De conformidad con lo establecido en el Artículo 119 de la Ley de Compañías y con el Estatuto Social de la compañía SERVICIOS DRILLING TECHNOLOGIES CIA. LTDA, se convoca a los socios de la Compañía a la Junta General Extraordinaria de socios, que se llevará a cabo el día lunes 23 noviembre de 2020, a las 10H00 horas, en la siguiente dirección: Av. República de El Salvador N35-182 y Suecia, Piso 6 de la ciudad de Quito Distrito Metropolitano. En la mencionada junta se tratarán los siguientes puntos en el orden del día: 1. Remoción del Presidente de la Compañía y Designación del nuevo Presidente de SERVICIOS DRILLING TECHNOLOGIES CIA. LTDA, (SDT), de conformidad con el literal “a” del artículo 118 de la Ley de Compañías. Quito D.M., 11 de noviembre de 2020. JORGE OSWALDO BURBANO PAZMINO GERENTE GENERAL SERVICIOS DRILLING TECHNOLOGIES CIA. LTDA

001-003-0338

MARTES 10 DE NOVIEMBRE DE 2020 La Hora ECUADOR

001-005-286

C2

cierne, indica que: “Es el profundo significado ético de los antiguos códigos deontológicos que, desde el famoso juramento Hipocrático, ayudaron a otorgar un carácter sacrosanto a la profesión del galeno, la cual se traducía en un paternalismo absoluto del médico sobre el enfermo, siendo considerado este último como una persona carente de derechos sanitarios, convirtiéndolo en un mero objeto de cuidados de salud. En estos códigos, la palabra “derecho”, referida a los enfermos, no tiene cabida, ya que las obligaciones que le son exigidas al facultativo médico emanan de la grandeza de una profesión que lo pone al servicio del hombre enfermo, y no como una respuesta al derecho del enfermo de ser atendido médicamente. De esta forma, el sujeto enfermo, tal como es descrito en dichos códigos deontológicos, aparece como un individuo humano carente de capacidad de discernimiento y decisión, que se entrega completamente a las manos

001-005-286

REVISTA JUDICIAL


REVISTA JUDICIAL

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE CONTASIS S.A.

De conformidad con lo establecido en el artículo 236 de la Ley de Compañías y de acuerdo a lo dispuesto en el Estatuto Social de la compañía, se convoca a los señores accionistas de CONTASIS S .A . a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día 18 de noviembre de dos mil veinte a las 9h00, en el domicilio de la compañía ubicado en Calle Azucenas N47-60 y Eloy Alfaro, edificio TresT Planta Baja de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, con el objeto de conocer y resolver sobre lo siguiente:

MARTES 10 DE NOVIEMBRE DE 2020 La Hora ECUADOR

001-004-0346/ms

Quito D. M., a 10 de noviembre de 2020

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8075192700 Nro. Cartola 16915160952 Cliente CETRE QUIÑONEZ, ANGEL-DANILO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

y el presente auto de sustanciación a la parte demandada ABDON ADALBERTO ANDRADE VILLOTA, ALBA NOHEMI MONTENEGRO ROSERO, en el lugar que se indica en la demanda previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico, mediante deprecatorio electrónico a un Juez de la Unidad Judicial Civil del cantón Tulcán, provincia del Carchi. Para el efecto, remítase suficiente despacho.- CONTESTACIÓN: Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a los demandados ABDON ADALBERTO ANDRADE VILLOTA, ALBA NOHEMI MONTENEGRO ROSERO, el término de TREINTA (30) días una vez citados a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos.- ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en su demanda; para lo cual se observará lo previsto en los Art. 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del Código Orgánico General de Procesos, sobre la admisibilidad y práctica de prueba.- NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN: Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalados por el accionante para posteriores notificaciones.- Agréguese al expediente la documentación adjunta por la parte actora.Actúe el Ab. Jaime Cadena en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial Civil.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 6 de enero del 2020, las 11h51, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada señores ABDON ADALBERTO ANDRADE VILLOTA y ALBA NOHEMI MONTENEGRO ROSERO, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes.- A través de secretaría remítase al casillero judicial No. 3485 el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.-AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello

001-005-286

Los accionistas que asistan a través de un representante deberán acreditar tal representación en la forma establecida en el Estatuto Social de la sociedad y en la Ley de Compañías y sus reglamentos.

RAZON correspondiente al Juicio No. 17230201905483 (20721528) REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: ABDON ADALBERTO ANDRADE VILLOTA Y ALBA NOHEMI MONTENEGRO ROSERO.DEMANDADO: ABDON ADALBERTO ANDRADE VILLOTA Y ALBA NOHEMI MONTENEGRO ROSERO.JUICIO No. 17230-2019-05483.TRAMITE: ORDINARIO COBRO DE DINERO.CUANTÍA: CIENTO CUARENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 00/100.AB. DEFENSOR: MIGUEL ANGEL ALMEIDA HERRERA EN CALIDAD DE GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS EMPLEADOS, JUBILADOS Y EX EMPLEADOS DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR.OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE CONDENE A LOS DEMANDADOS AL PAGO DEL VALOR CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN DENTRO DEL PRESENTE PROCESO. UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 8 de abril del 2019, las 15h11, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito. En lo principal. CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE: Revisada la demanda presentada por MIGUEL ANGEL ALMEIDA HERRERA en calidad de gerente y representante legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS EMPLEADOS, JUBILADOS Y EX EMPLEADOS DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR en atención a lo consagrado en el Art. 169 de la Constitución de la República y 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) se la CALIFICA de completa y clara, pues cumple los requisitos legales generales contemplados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la ADMITE a trámite mediante procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado y en virtud de lo prescrito en el Art. 289 ibídem.- CITACIÓN: CÍTESE con el contenido de la demanda,

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8056092100 Nro. Cartola 16568220764 Cliente ACURIO SALGUERO, ROBERTO-CARLOS del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

001-003-0323/ms

Se convoca expresamente al Comisario de la sociedad, señora Katya Paredes Fiallos.

Manuel Ribadeneira T. Gerente General CONTASIS S.A.

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8037727100 Nro. Cartola 16895060420 Cliente ABALCO FARINANGO, FRANKLIN-EDUARDO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

001-005-286

De acuerdo a lo establecido en la Ley de Compañías, se deja expresamente indicado que por tratarse de primera convocatoria, la Junta General Ordinaria de Accionistas, se conformará con la concurrencia de la mitad del capital pagado.

C3

001-005-286

1. Lectura y aprobación de los informes presentados por el Administración (Gerente General) y Comisario de la Sociedad, relativos al ejercicio económico 2019 2. Resolución sobre las cuentas, balance general y estados financieros correspondientes al ejercicio económico 2019 3. Conocimiento y resolución respecto de las utilidades correspondientes al ejercicio económico 2019 4. Resolución sobre aumento de capital social y reforma parcial del estatuto propuesto por la administración. 5. Autorización de pago de obligaciones (Multas) pendientes con Superintendencia de Compañías. 6. Designación del Comisario para el ejercicio económico 2019

001-003-0330/ms

Juicio No. 17233-2020-01817 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCAI DE PICHINCHA. Quito, miércoles 19 de agosto del 2020, a las 18h48. REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP -CITACIÓN JUDICIALA LA DEMANDADA: MARIA JANETH SOTO TOAPANTA, por sus propios y personales derechos en su calidad de deudora hipotecaria ACTOR: ABG. ANA BELEN SERRANO GALARRAGA, en su calidad de PROCURADORA JUDICIAL DE LA COMPAÑÍA DE DESARROLLO DE MERCADO SECUNDARIO DE HIPOTECAS C.T.H. S.A. TIPO DE PROCESO: EJECUTIVO ACCION: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO No. DE JUICIO: 17233-2020-01817 AUTOS DE SUSTANCIACION: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA. VISTOS: Por cuanto se ha cumplido con lo ordenado en auto de sustanciación que antecede, se considera lo siguiente: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.La demanda presentada por la ABG. ANA BELEN SERRANO GALARRAGA, en su calidad de PROCURADORA JUDICIAL DE LA COMPAÑÍA DE DESARROLLO DE MERCADO SECUNDARIO DE HIPOTECAS C.T.H. S.A., conforme lo acredita con la documentación adjunta, es clara y cumple con los requisitos formales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO que obra en autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo prescrito en los artículos 347, 348 y 349 del COGEP, por lo que se la admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP; SEGUNDO.PROVIDENCIA PREVENTIVA: Previo a las citaciones; en mérito del certificado electrónico de Gravámenes suscrito por el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, de fecha 12 de junio del 2020; a las 17h44, y de la copia certificada de la escritura de compraventa e hipoteca abierta a favor de LA COMPAÑÍA DE DESARROLLO DE MERCADO SECUNDARIO DE HIPOTECAS C.T.H. S.A., de conformidad con lo dispuesto en los artículos 351, 384 y 387 del Código de Orgánico General de Procesos, se ordena el EMBARGO de la Casa C9, Planta baja alícuota parcial 0,9223%, Planta alta alícuota parcial 0.9796%, Patio de servicio y Jardín alícuota parcial 0,2383%, alícuota total 2,1402%, que forman parte del Conjunto Habitacional Palermo Manzana G2, situado en la parroquia CHILLOGALLO de este cantón, con las demás características y especificaciones constantes en la copia certificada de la escritura pública de hipoteca abierta; para cuyo efecto, cuéntese con la intervención del Depositario Judicial Señor JULIO CESAR GORDILLO MALDONADO, designado previo sorteo, a quien se le enviara atento oficio; y, de ser necesario se contara con un miembro de la Policía Nacional; para cuyo efecto, ofíciese al funcionario correspondiente. Hecho el embargo, inscríbaselo en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito; la parte actora brinde todas las facilidades del caso adjuntando las copias necesarias, para adjuntar a los oficios. TERCERO.- CITACIÓN: A fin de precautelar la tutela judicial efectiva y el debido proceso prescrito en los Arts. 75 y 76 de la Constitución de la República, específicamente el derecho a la defensa, cítese en legal y debida forma a la parte demandada señores: a) DARWIN OSWALDO CHANCUSI BARRERA, por sus propios y personales derechos, en su calidad de deudor principal; en la dirección señalada en el libelo inicial, las citaciónes se la hará en la dirección indicada a través de la oficina de citaciones de la Función Judicial, conforme la Resolución 300 del Consejo de la Judicatura y de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito Metropolitano de Quito, previniéndoles al demandado de la obligación que tiene de 129641165-DFE señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones, la parte accionante brinde las facilidades necesarias para la elaboración de las boletas de citación; b) En mérito del juramento rendido por la parte actora que obra a fojas 123 del proceso, se dispone que se cite a la demandada MARIA JANETH SOTO TOAPANTA, por sus propios y personales derechos en su calidad de deudora hipotecaria; por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de los que se editan en esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del COGEP; por Secretaria confiérase el extracto correspondiente, el mismo que, se lo envía al casillero judicial de la parte actora, ejecutoriado este auto de sustanciación. En aplicación del principio de cooperación con la Administración de Justicia y de economía procesal, la parte actora una vez hechas las publicaciones haga llegar a esta Judicatura debidamente adjuntadas, recortadas y pegadas en hojas formato A4 tamaño Inen., ( No adjuntar periódicos enteros). CUARTO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN: En aplicación de lo establecido en los artículos 351 y 352 del COGEP se concede el término de quince (15) días a fin de que la parte demandada DARWIN OSWALDO CHANCUSI BARRERA, por sus propios y personales derechos, en su calidad de deudor principal; y a MARIA JANETH SOTO TOAPANTA, por sus propios y personales derechos en su calidad de deudora hipotecaria, cumplan con la obligación o propongan excepciones de manera taxativa conforme lo prevé el artículo 353 ibídem una vez citados, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 ibídem; QUINTO.- ANUNCIO DE PRUEBAS: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer. SEXTO.- Por medio de Secretaria y a costas del peticionario, dejando copias certificadas en autos; de conformidad con lo establecido en el inciso primero del artículo 193 del COGEP, confierase el desglose de toda la documentación solicitada en la demanda., a excepción del titulo ejecutivo. Tengase en cuenta las autorizaciones referidas a los abogados mencionados en la demanda inicial. De conformidad con los memorandos No. CJ-DG-2020- 5386-M; CJ-DG-2020-5387-M, y las disposiciones del COE NACIONAL, que disponen la realización del Teletrabajo como opción primigenia, notifiquese a los correos electrónicos registrados dentro del sistema. CUMPLASE y NOTIFIQUESE.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico o correo electrónico para sus notificaciones. AB. ANGEL SIMBAÑA ARAUJO SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello


MARTES 10 DE NOVIEMBRE DE 2020 La Hora ECUADOR

001-005-286

C4

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8147723900 Nro. Cartola 17512350210 Cliente CHALA MINDA, LEOBARDO-JONAS del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8018711100 Nro. Cartola 16720390497 Cliente FLORES CABASCANGO, MARCO-EDUARDO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8332758300 Nro. Cartola 18763810001 Cliente GARRIDO RUIZ, MARCELA-VERONICA del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A LOS SEÑORES HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE SEÑOR PEDRO PABLO ARMIJOS AVILES EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL CAUSA: JUICIO DE INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS No. DE JUICIO: 17204-2019-04803 ACTORAS: SRAS. CONSUELO DEL PILAR ARMIJOS PEREZ Y TERESA DEL NIÑO JESUS ARMIJOS PEREZ DEMANDADOS: SEÑORES HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE SEÑOR PEDRO PABLO ARMIJOS AVILES JUEZA TITULAR: DRA. GABRIELA CRISTINA GARCIA GUANANGA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 18 de febrero del 2020, las 14h06.VISTOS: Quito, martes 18 de febrero del 2020, las 14h06, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, amparada en lo dispuesto en los artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, por el sorteo de ley que precede, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. En lo principal, [1] Calificación: La solicitud de INVENTARIOS propuesta por las señoras CONSUELO DEL PILAR ARMIJOS PEREZ y TERESA DEL NIÑO JESUS ARMIJOS PEREZ, reúne los requisitos de ley establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO determinado en el Art. 334 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el Art. 341 ibídem. [2] Una vez que consta de Autos el Acta de Juramento de desconocimiento del domicilio de los demandados, herederos desconocidos del causante del señor: PEDRO PABLO ARMIJOS AVILES, dando cumplimiento a lo que manda el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos y atendiendo el artículo 335 ibídem, CÍTESE con el contenido del acto de proposición y este auto de sustanciación a los señores: GILBERTO EFRAIN ARMIJOS PEREZ y SUSANA DEL CARMEN ARMIJOS PEREZ en los lugares determinados en la solicitud, de conformidad al Art. 53 del Código Orgánico General de Procesos, mediante la Oficina de Citaciones, para lo cual se remitirá suficiente despacho. A los *HEREDEROS DESCONOCIDOS del causante señor PEDRO PABLO ARMIJOS AVILES, se los citará por la prensa en uno de los periódico de circulación nacional, en atención a lo dispuesto en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual por secretaría entréguese el extracto de citación correspondiente. Se advierte a la parte citada de su obligación de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial y de conformidad al artículo 66 ibídem en concordancia con el Art. 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, señalen domicilio judicial electrónico en un correo electrónico, de un-a abogado-a-, para futuras notificaciones. 3) De conformidad con el artículo 191 del Código Civil, y artículo 341 del Código Orgánico General de Procesos, procédase a la formación del inventario y avalúo de los bienes hereditarios del causante señor PEDRO PABLO ARMIJOS AVILES. 4) Una vez cumplida la citación, previo sorteo observando lo dispuesto en el Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial, se procederá con la designación del o la perito. 5) De conformidad con el artículo 345 del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia se convocará una vez presentado el inventario. 6) Téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios documentales y testimonial que se ofrecen para acreditar los hechos, incorpórese al procesos los medios probatorios que adjunta a la solicitud.- 7) Téngase en cuenta el casillero judicial N° 338, señalado por la parte actora para recibir sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su Patrocinador. 8) Se conmina a la parte actora a fin de que se acerque a este Complejo Judicial Norte, y proporcione las copias necesarias para realizar las citaciones correspondientes y retire el extracto de citación.- Actúe el Dr. José Proaño Armas, en calidad de Secretario Titular de esta Unidad Judicial.- CITESE y NOTIFIQUESE.- (inventarios 17204-2019-04803-COGEP-ggg) Lo que comunico a usted para los fines de ley. DR. JOSE PROAÑO ARMAS SECRETARIO TITULAR Hay firma y sello

001-005-286

001-004-0326/ms

001-005-286

001-005-286

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8077517400 Nro. Cartola 17422600308 Cliente CHILE RIVERA, CARLOS-GERMAN del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

001-005-286

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8104107400 Nro. Cartola 17473240715 Cliente DIAZ ARCE, OSCAR-DARIO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

Juicio No. 17230-2020-00508 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 15 de octubre del 2020, a las 13h38 CITACION JUDICIAL para: PERLA DEL ROCIO ERIQUE OCHOA -EXTRACTOPROCESO N. 17230-2020-00508 MATERIA: CIVIL TIPO DE PROCESO: CONCURSAL ACCIÓN/ DELITO: CONCURSO DE ACREEDORES ACTOR: PINTURAS CONDOR S.A. (Ing. Juan Bernardo León Escobar-Representante Legal) DEMANDADO: PERLA DEL ROCIO ERIQUE OCHOA OBJETO: QUE SE DECLARE LA PRESUNCION DE INSOLVENCIA Y CON LUGAR EL CONCURSO DE ACREEDORES DE PERLA DEL ROCIO ERIQUE OCHOA CUANTIA: $ 6.004,94 DOLARES UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 30 de enero del 2020, las 16h32, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación que antecede En lo principal, al constatar que la solicitud de Concurso de Acreedores presentada, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica la demanda y admite a trámite mediante CONCURSO NECESARIO de conformidad con los artículos 414, 416, 422 y 424 ibídem. De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponden al juicio No. 17234-2014-0889, se advierte la razón de fecha 12 de noviembre del 2018, suscrita por el Dr. José Raúl Valencia Arias, secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, quien certifica que la señora PERLA DEL ROCIO ERIQUE OCHOA, no ha dado cumplimiento al mandamiento de pago dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibídem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA y SE DECLARA LA INTERDICCIÓN de la señora Perla del Roció Erique Ochoa, cédula de identidad número 110207680-7, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: 1.- Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación que antecede; y en virtud a que el Dr. Paul Ricardo Andrade Rivera, en calidad de Procurador Judicial de Pinturas Cóndor, ha declarado bajo juramento que pese a realizar las debidas averiguaciones en diferentes lugares le ha sido imposible determinar el domicilio de la señora Perla del Roció Erique Ochoa, de conformidad con lo determinado en el número 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se CITE a la señora Perla del Roció Erique Ochoa, a través de tres publicaciones realizadas en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, a fin de que en el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS presente su oposición al presente concurso necesario, pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual por secretaria confiérase el extracto de la demanda, el auto de calificación a la misma y este auto de sustanciación ; 2.- Verificada que sea la citación a la señora Perla del Roció Erique Ochoa, se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 3.- Se le requiere al deudor conforme lo determinado en el número 2 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem, mediante informe que contenga un detalle todos los bienes, un estado de deudas con expresión de procedencia, vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor, y los libros de cuenta si los tuviera; detalle además los títulos de crédito activos; 4.- Se designa como Síndico a ( FRANCISCO JAVIER ARIAS ARGOTTI, Telf. 0223151977/0984530309 mail: perito-xavier.arias@ hotmail.com) quien se posesionará de su cargo una vez que transcurra el término para la oposición previsto en el artículo 425 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se le notificará en legal forma, y será la depositaria de los bienes del fallido; 5.- No se dispone la práctica del embargo señalado en el número 4 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con el artículo 424 ibídem; por cuanto no se ha justificado lo determinado en el número 4 del artículo 377 del invocado cuerpo legal e inciso cuarto del artículo 384 eiusdem; 6.- La anotación de insolvencia en el registro virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que se declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 7.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte la señora Perla del Roció Erique Ochoa. 8.- Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, tanto en el Registro de la Propiedad como en el Registro Mercantil de este cantón Quito; 9.- Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 10.- Se prohíbe que la Perla del Roció Erique Ochoa, con número de cédula 1102076807, se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio; 11.- Ofíciese al Consejo de la Judicatura, haciéndose conocer del presente auto a fin de dar cumplimiento con lo determinado en el artículo 77 del Código Orgánico de la Función Judicial, que establece: “No puede ser nombrado ni desempeñar un puesto o cargo en la Función Judicial: 1. Quien se hallare en interdicción judicial, incluido el que haya realizado cesión de bienes o contra quien se haya iniciado juicio de concurso de acreedores o de quiebra...” 12.- Ofíciese al Ministerio de Trabajo y al Secretario Nacional de la Administración Publica, para que se ejecute a través del órgano correspondiente y surta efecto jurídico el auto emitido para declarar la insolvencia del demandado, conforme lo establecido en el Código Orgánico de la Administración COA y el artículo 5 de la Ley Orgánica de Servicio Publico L.O.S.E.P, el cual textualmente dice: Requisitos para el ingreso.- Para ingresar al servicio público se requiere: b) No encontrarse en interdicción civil, no ser el deudor al que siga el proceso de concurso de acreedores y no hallarse en estado de insolvencia fraudulenta declarada judicialmente; 13.- Ofíciese al Director General del Registro Civil Identificación y Cedulación, para que inscriba y se registre la insolvencia del demandado conforme lo determinado en el articulo10, Titulo III, Hechos y actos relativos al estado civil de las personas, Capítulo I Normas comunes , Ley Orgánica de gestión de la identidad y datos civiles el cual textualmente dice: “La Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación solemnizará, autorizará, inscribirá y registrará, entre otros, los siguientes hechos y actos relativos al estado civil de las personas y sus modificaciones: La interdicción de las personas y su rehabilitación”. Agréguese al proceso los documentos que se acompaña. Téngase en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos, señalados, a efecto de sus futuras notificaciones y la calidad en la que comparece la parte actora.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-f) CHACON ORTIZ FRANCISCO GABRIEL-JUEZ Lo que pongo en su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial o correo electrónico, para sus notificaciones posteriores.-Certifico DR. NILO GONZALO ALMACHI SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL ALMACHI ALMACHI NILO GONZALO SECRETARIO Hay firma y sello

001-003-0329/ms

REVISTA JUDICIAL


REVISTA JUDICIAL MARTES 10 DE NOVIEMBRE DE 2020 La Hora ECUADOR

C5

UNIDAD JUDICIALDE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, martes 13 de octubre del 2020, a las 11h54. VISTOS: Comparecen al Órgano Judicial la señora RUTH MARISOL ARGUELLO SALTOS después de consignar sus generales de Ley, en lo principal manifiesta: “Traigo a su conocimiento que mi señora madre CLEMENCIA PIEDAD SALTOS LOPEZ de 91 años de edad, de conformidad al certificado médico del neurólogo Dr. Carlos Nájera, sufre de CIE DEMENCIA VASCULAR POR INFARTOS MÚLTIPLES, lo cual se impide razonar, caminar, y desenvolverse normalmente, situación que se caracteriza por el deterioro de las funciones mentales superiores: memoria, lenguaje, abstracción, orientación espacial, juicio, lo que genera la pérdida de una vida autónoma, debiendo ser cuidada permanentemente por mi persona. Esta enfermedad tiene como consecuencia la incapacidad mental de mi madre para realizar sus actos, contratos e incluso para representarse a sí misma. Con este antecedente, es indispensable designar a una persona que represente a mi madre CLEMENCIA PIEDAD SALTOS LOPEZ, en todos sus actos y contratos, por lo que solicitamos que se proceda a declararla en interdicción provisional, para lo cual se servirá nombrar un curador interino, insinuando a mi persona por cuanto soy su única hija superviviente. Fundamento mi demanda en los Arts. 467 y 468, del Código Civil. Con los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, los comparecientes expresamente solicitan a usted que en sentencia, se sirva declarar la interdicción de su madre CLEMENCIA PIEDAD SALTOS LOPEZ y designar como su hija a la señora RUTH MARISOL ARGUELLO SALTOS.- Señala el trámite, cuantía y designa a su abogado defensor y señala casilla judicial para recibir sus notificaciones.- Admitida que fue la causa a trámite; se nombra a los especialistas Dra. Cristina Peña y Psi. Alexandra Arroyo médico de la Unidad, como peritos para el respectivo examen.- Se ha nombrado los facultativos correspondientes y se ha practicado la diligencia de examen o reconocimiento la señora CLEMENCIA PIEDAD SALTOS LOPEZ diligencia que se la ha realizado; así mismo la Juzgadora ha realizado la valoración a la señora CLEMENCIA PIEDAD SALTOS LOPEZ .- Una vez agotado el trámite de ley, encontrándose al estado de resolver, esta Unidad Judicial, motiva y dispone en las consideraciones que siguen: PRIMERO: La competencia de esta Unidad Judicial se encuentra asegurada de conformidad con el Art. 178 de la Constitución de la República; Arts. 233, 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; Art. 255 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, Art. 9 del Código Orgánico General de Procesos.- SEGUNDO: En la tramitación de la causa se han cumplido con todas las solemnidades sustanciales determinadas en el Art 76 numeral 1° de la Constitución de la República en concordancia con el Art. 107 del Código Orgánico General de Procesos, no existiendo por lo tanto nulidad que alegar.- TERCERO: Obra a fojas 16 la partidas de nacimiento de la actora.- 133910824-DFE CUARTO: A fojas 33 obra la razón de citación a la parte demandada.- QUINTO: 5. 1.- A fojas 26 a 27 obra el informe pericial psicológico practicado en la señora CLEMENCIA PIEDAD SALTOS LOPEZ, en el área motora ya no puede movilizarse por sí sola y menos con apoyo, debido a que su musculatura está deteriorada y débil…”.- 5. 2.- A fojas 22 a 23 obra el informe pericial médico practicado en la señora CLEMENCIA PIEDAD SALTOS LOPEZ; en las conclusiones expresa: “… El reconocido de nombres señora CLEMENCIA PIEDAD SALTOS LOPEZ es una persona adulta mayor de 91 años 9 meses de edad, con antecedentes de cirugía de prótesis de cadera concomitantemente signos de alteración cognoscitiva importante cuyo origen no concuerda con el diagnóstico que refiere su hija en relación al certificado médico presentado, por lo que se sugiere sea evaluada por perito psiquiatra y realice los exámenes respéctivo…”.- 5.3.- De la valoración en forma directa realizada por la Juzgadora se aprecia que en la primera fase la señora CLEMENCIA PIEDAD SALTOS LOPEZ no se ubica ni en espacio ni tiempo.- SEXTO: 6.1.- En los actuales momentos, la prueba no puede ser considerada únicamente como una carga onus probandi, sino también, como en la especie, un prototípico y autonómico derecho a probar. El Art. 164 del Código Orgánico General de Procesos prescribe: “Valoración de la prueba. Para que las pruebas sean apreciadas por la o el juzgador deberán solicitarse, practicarse e incorporarse dentro de los términos señalados en este Código. La prueba deberá ser apreciada en conjunto, de acuerdo con las reglas de la sana crítica, dejando a salvo las solemnidades prescritas en la ley sustantiva para la existencia o validez de ciertos actos. La o el juzgador tendrá obligación de expresar en su resolución, la valoración de todas las pruebas que le hayan servido para justificar su decisión. El Art. 169 inciso 1° prescribe: “…Carga de la prueba. Es obligación de la parte actora probar los hechos que ha propuesto afirmativamente en la demanda y que ha negado la parte demandada en su contestación a…”; así el art. 27 del Código Orgánico de la Función Judicial, determina: “Principio de la Verdad Procesal.- Las juezas y jueces, resolverán únicamente atendiendo a los elementos aportados por las partes…”.- SÉPTIMO: En el presente caso la accionante fundamenta su demanda en los Arts. 332 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con el Art. 371 del Código Civil.- OCTAVO: Por lo anotado ut supra, se justifica la necesidad, de que efectivamente se le ponga en interdicción y se le provea de curador o curadora.- [VI] La decisión adoptada con precisión de lo que se ordena. Por lo anotado este despacho judicial, y mientras se decida la causa, resuelve: 12. Declárese en interdicción provisional a la señora CLEMENCIA PIEDAD SALTOS LOPEZ, de estado civil viuda, con cédula de ciudadanía No. 1800569566, de 91| años de edad, ciudadana ecuatoriana, domiciliado en la parroquia Iñaquito, Avenida 10 de Agosto y pasaje Murgeón de esta ciudad de Quito.- 13. Se nombra curadora interina a su hija: Señora RUTH MARISOL ARGUELLO SALTOS con cédula de ciudadanía No. 1203187180, nacionalidad ecuatoriana, de estado civil soltera, domiciliada en esta ciudad de Quito.- 14. Notifíquese este auto interlocutorio al público en la forma establecida en el Art. 468 del Código Civil, publíquese por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, hecho que sea incorporen al proceso la publicación; se dispone que esta resolución se la inscriba en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, Distrito Metropolitano; y, se la publique por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, y por carteles en número de tres en los parajes más frecuentados del cantón, para el efecto por Secretaria confiérase lo pertinente.- 15. De conformidad con el Art. 468 del Código, artículo 27 de la Ley de Registro inscríbase en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito.- [VI] La procedencia o no del pago de indemnizaciones, intereses y costas: Sin indemnizaciones, intereses, costas ni honorarios que regular. 16. Actúe la Dra. Martha Elizabeth Maldonado Ruiz, en su calidad de secretaria de este despacho judicial. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Nubia Yineth Vera Cedeño.- Juez Lo comunico para los fines de ley. DRA. MARTHA ELIZABETH MALDONADO RUIZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIALDE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

001-003-0334

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8183076600 Nro. Cartola 17894850399 Cliente MASABANDA AMBATO, MILTON-PATRICIO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

001-005-286

001-005-286

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8053260800 Nro. Cartola 17079860601 Cliente HERRERA GALARZA, WASHINGTON-RUBEN del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

001-003-0328

R del E CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DED IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA A NOGUERA COZAR MARCO GILBER, se le hace saber que en esta judicatura se ha propuesto un juicio CONCURSAL No. 17230-2020-00506 en su contra, en los siguientes términos: ACTOR: ING. LEON ESCOBAR JUAN BERNARDO, Representante Legal de la Compañía PINTURAS CONDOR S.A. DEMANDADO: NOGUERA COZAR MARCO GILBERT TIPO PROCESO: CONCURSAL FUNDAMENTOS DE HECHO: Mediante sentencia emitida el 26 de marzo del 2019, se conminó al demandado cancele de manera inmediata a mi representada la cantidad de USD $10.000 dólares, más el interés legal vencido y de mora desde la fecha de vencimiento de la letra de cambio, incumpliendo así el mandamiento de ejecución ordenado el 24 de junio del 2019. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Artículos 414,416, 422, 423, 424 y más pertinentes del cogep. CUANTIA: USD$ 14.052,41 (Dólares) PRETENSIÓN: Se sirva declarar la insolvencia e Interdicción de Noguera Cozar Marco Gilber, se declarara haber lugar al Concurso de acreedores. JUEZA: Abg. Cecilia Simbaña Quishpe UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 31 de enero del 2020, las 15h29. VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede. Por haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto anterior.­En lo principal, se dispone PRIMERO: La solicitud que antecede presentada por el señor PINTURAS CONDOR SA a través de sus procuradores judiciales DR. PAUL ANDRADE RIVERA Y AB. JEANETH OCHOA ALBAN, cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos(COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante concurso necesario de acreedores de conformidad con el 422 ibídem.­SEGUNDO: De las copias certificadas adjuntas se desprende que, el demandado señor NOGUERA COZAR MARCO GILBER, con cédula de ciudadanía Nro.1400260640, se halla comprendido en la situación prevista en el numeral 1 del Art. 416 del Código Orgánico General de Procesos, por lo cual se presume su INSOLVENCIA y se declara con lugar al concurso de acreedores.­TERCERO: En consecuencia, al tenor de lo dispuesto en el Art. 424 ibídem, en concordancia con el Art. 423, se dispone que se cite al señor NOGUERA COZAR MARCOGILBER , con cédula de ciudadanía Nro. 1400260640, con la demanda y este auto, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se de esta ciudad de Quito; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un resumen de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. El demandado podrá OPONERSE al presente procedimiento concursal en el término de DIEZ (10) días después de citado, pagando la deuda, conforme lo dispone el Art. 426 ibídem. 2) Una vez citado el deudor se señalará d ía y hora a fin de que se realice la audiencia previsto en el numeral primero del Art. 424 del COGEP. 3) Se le requiere al deudor antes señalado la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem. 4) Se declara la interdicción del deudor señor NOGUERA COZAR MARCO GILBER, con cédula de ciudadanía Nro. 1400260640, por tanto se dispone que: se ocupen sus bienes, correspondencia y demás documentos de la fallida, mismos que se entregarán al síndico de concurso, quien será depositario de sus bienes. Para tal efecto, mediante sorteo en el SATJE se designa como síndico al señor ORTIZ CARLOSAMA LUIS ANIBAL (teléfono 022951204 / 0999206211 y al correo electrónico ortizcarlosama@hotmail.es); a quien se notificará en legal forma en el correo electrónico registrado en el sistema SATJE, a efectos de que en veinticuatro horas exprese su aceptación o excusa del cargo, conforme lo dispuesto en el Art. 434 del COGEP. De aceptarlo, deberá posesionarse del mismo el día 11 DE FEBRERO DEL 2020, 09H15 en las instalaciones de ésta judicatura ubicada en el Complejo Judicial del Norte, ubicado en la Avenida Amazonas y José Villalengua, sector Iñaquito de esta ciudad de Quito, quien deberá presentar el informe previsto en el Art. 435 del código procesal precitado en el término de quince días (15) contados desde su posesión, el mismo que deberá contenerlos requisitos previstos en el Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial.­Los honorarios del síndico designado, conforme el Art. 30 del referido Reglamento se regulan en USD$200,00, que deberán ser cubiertos por la parte actora.­5)Se dispone el embargo de todos los bienes muebles e inmuebles de propiedad del fallido señor NOGUERA COZAR MARCO GILBER , con cédula de ciudadanía Nro. 1400260640 de conformidad a los Arts. 376 y siguientes del COGEP. 6) Se dispone la anotación de la Insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura. 7) Se ordena la publicación del presente auto que declara la presunción de insolvencia de la fallida, en la página web del Consejo de la Judicatura. 8) Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra del demandado señor NOGUERA COZAR MARCOGILBER, con cédula de ciudadanía Nro. 1400260640. 9) Se dispone la inscripción en el Registro dela Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, del presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario. 10) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones previas a la calificación de insolvencia. 11) Se prohíbe que al demandado señor NOGUERA COZAR MARCO GILBER, con cédula de ciudadanía Nro. 1400260640 se ausente del territorio nacional; para el efecto ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio. CUARTO: Agréguese al proceso los documentos acompañados por el actor. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico designado por la parte accionante. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 17 de julio del 2020, a las 16h17.Agréguese al proceso el escrito y los anexos que anteceden, en atención al mismo, conforme lo dispuesto en auto de 31 de enero de 2020, las 15h29 por medio de secretaria elabórese el correspondiente extracto para citar por la prensa al demandado NOGUERA COZAR MARCO GILBER, para el efecto remítase el mismo al casillero designado por el accionante para el efecto.- Notifíquese Lo que comunico a usted y LO CITO para los fines legales consiguientes previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial o casilla judicial para sus posteriores notificaciones en la Unidad Judicial de lo Civil con sede en la parroquia de Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha y dentro del perímetro legal.- CERTIFICO.Dra. Ligia Leiva Brussil SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO, DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello


REVISTA JUDICIAL CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ALBORADA COMPAÑÍA DE TRANSPORTES S.A. EN LIQUIDACIÓN

Se CONVOCA a los accionistas de ALBORADA COMPAÑÍA DE TRANSPORTES S.A. EN LIQUIDACIÓN a JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y en el Estatuto Social de la Compañía, se convoca a reunión de JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ALBORADA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE S.A. EN LIQUIDACIÓN.

Conforme lo dispuesto por los artículos 230, 231, 233, 235, 236 y 292 de la Ley de Compañías los accionistas conocerán y resolverán sobre:

La reunión se efectuará en las oficinas de la Compañía ubicadas en la calle Enrique Garcés N65-83 y Nicolás Rodríguez, sector Comité del Pueblo, del Distrito Metropolitano de Quito, el día lunes 23 de noviembre del 2020, a partir de las 17h00.

1º Informe del comisario de la compañía, respecto del ejercicio económico 2019. 2º Informe del auditor externo de la compañía, del ejercicio económico 2019.

En razón del estado de excepción que atraviesa el país conforme los decretos presidenciales Nro. 1017-1052; y fundamentado en el Art. 233 de la Ley de Compañías, la reunión se realizará por vía telemática mediante la aplicación “Zoom”, con 30 minutos de anticipación, se remitirán a los accionistas el código de acceso y clave de la reunión que se desarrollará, para conocer y resolver sobre los siguientes puntos del orden del día.

3º Informe del gerente general de la compañía, del ejercicio económico 2019. 4º Balance y estado de la cuenta de pérdidas y ganancias de la compañía, del ejercicio económico 2019. 5º Distribución de utilidades del ejercicio económico 2019.

1. Conocimiento y resolución sobre la REACTIVACIÓN de la Compañía

6º Aprobación del acta.

001-005-286

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8030105600 Nro. Cartola 17404470373 Cliente VASQUEZ LOPEZ, CRISTIAN-GONZALO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

2. Autorización al actual representante legal de la Compañía para suscribir la escritura pública de reactivación.

La reunión se efectuará en las oficinas de la Compañía ubicadas en la calle Enrique Garcés N-65-83 y Nicolás Rodríguez, sector Comité del Pueblo, del Distrito Metropolitano de Quito, el día lunes, 23 de noviembre del 2020, a partir de las 10h00.

Los Accionistas podrán concurrir / conectarse a las reuniones de la Junta General, ya sea personalmente o por medio de un representante. La representación se remitirá por correo electrónico al Gerente General ante de la reunión.

En razón del estado de excepción que atraviesa el país conforme los decretos presidenciales Nos. 1017 y 1052; y fundamentado en el art. 233 de la Ley de Compañías, la reunión se realizará por vía telemática. Con 30 minutos de anticipación, se remitirán a los accionistas el código de acceso y clave de la reunión que se desarrollará en la plataforma Zoom.

Para que la Junta General pueda considerarse constituida para deliberar en primera convocatoria, será necesario que esté representada por los concurrentes a ella, con más de cincuenta y uno por ciento del capital social.

De conformidad con el inciso segundo del art. 11 de la Resolución No. SCV-DNCDN-14-014 de la Superintendencia de Compañías, si transcurrida media hora desde la hora señalada en esta convocatoria, no se ha obtenido el quórum legal, la junta se tendrá por no realizada.

En caso de no estar presente el quórum necesario, se efectuará la segunda convocatoria con 30 días de anticipación a la fecha determinada para la Junta; en segunda convocatoria, la Junta se instalará con el número de socios presentes sea cual fuere la representación del capital pagado; en la segunda convocatoria no podrá modificarse el objeto de la primera convocatoria.

Se convoca de manera especial e individual al Sr. Jaime Sangoluisa, Comisario de la Compañía. NOTA: los informes del Señor Comisario, del Sr. Gerente General, los estados financieros serán enviados a los correos electrónicos registrados en la Cía. de cada uno, a más de esto están disponibles en las oficinas de la compañía.

Quito, 09 de noviembre del 2020

Quito, lunes 9 de noviembre del 2020 Sr. Orcar M. Vaca Mosquera GERENTE GENERAL

CONVOCATORIA

EL PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN HOLSTEIN FRIESIAN DEL ECUADOR Convoca a todos sus Socios a la Asamblea General Ordinaria, que tendrá lugar el día lunes 16 de noviembre del 2020, a las 17H00. Debido a las medidas sanitarias emergentes, esta Asamblea la haremos de forma virtual para lo cual se enviará el respectivo enlace a sus correos electrónicos a su debido tiempo, y en donde trataremos los siguiente puntos: 1.- Lectura del acta aprobada de la Asamblea General Ordinaria del 2019 2.- Informe del señor Presidente 3.- Informe del Director Financiero 4.- Informe del Comisario Principal 5.- Informe de Auditoría externa Cítese a los señores Comisarios, Santiago Peña L. Y Patricio Gaibor S. En caso de no existir quórum a la hora señalada, la Asamblea se reunirá una horas más tarde con el número de Socios presentes.

001-003-0332/ms

Atentamente, Gustavo Navarro Guillén SECRETARIO DEL DIRECTORIO ASOCIACIÓN HOLSTEIN FRIESIAN DEL ECUADOR

Se convoca de manera especial e individual al Sr. Jaime Sangoluisa, Comisario de la Compañía. 001-003-0331/ms

001-005-286

ANULACON DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8202310600 Nro. Cartola 18045870062 Cliente PALOMO CAIZA, WILLIAMS-RUBEN del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

Sr. Oscar M. Vaca Mosquera GERENTE GENERAL

EXTRACTO JUDICIAL CAUSA NRO. 17230-2019-19487 UNIDAD JUDICIAL CIVL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MILTON OSWALDO BARRERA CHUYA ACTOR: ING. LEON ESCOBAR JUAN BERNARDO, REPRESENTANTE LEGAL DE PINTURAS CONDOR S.A. DEMANDADO: MILTON OSWALDO BARRERA CHUYA JUICIO: 17230- 2018-04286 MATERIA CIVIL: ORDINARIO.- COBRO DE DINERO CUANTÍA: USD. 8.510,37 DEFENSOR: DR. PAUL RICARDO ANDRADE RIVERA CASILLA JUDICIAL: 222 CORREO ELECTRÓNICO: paul.andrade@andradeyasociadosec.com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: Solicito a su autoridad que en el Auto de Apertura, se sirva declarar la INSOLVENCIA E INTERDICCION del señor BARRERA CHUYA MILTON OSWALDO.- Se declarará haber lugar al CONCURSO DE ACREEDORES, dictándose para el efecto las providencias establecidas en los Arts. 422, 423 y 424 del Código Orgánico General de Procesos.- AUTO ADMISORIO.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. PRIMERO: La demanda formulada por el señor LEON ESCOBAR JUAN BERNARDO REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA PINTURAS CONDOR S.A., a través de sus procuradores judiciales señores PAÚL RICARDO ANDRADE RIVERA y SILVIA JEANETH OCHOA ALBÁN, es clara, precisa y reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 414, 416, 422 y 424 ibídem, se la admite a trámite mediante procedimiento de CONCURSO NECESARIO. SEGUNDO: De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponde al juicio número 17230-2016-06917, se advierte la razón de fecha 28 de mayo de 2019, certifica que MILTON OSWALDO BARRERA CHUYA, no ha dado cumplimiento al mandamiento de pago dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibídem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA y SE DECLARA LA INTERDICCIÓN del señor MILTON OSWALDO BARRERA CHUYA, con cédula de ciudadanía Nro. 030223187-3, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: 1.- CITACIÓN: Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto de fecha 03 de diciembre del 2019, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de la parte accionada, se

dispone: CÍTESE, a la parte accionada señor MILTON OSWALDO BARRERA CHUYA, con cédula de ciudadanía Nro. 0302231873, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el EXTRACTO correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por la parte actora, a fin de que en el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS presente su oposición al presente concurso necesario, pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos; 2.Verificada que sea la citación a la parte demandada, se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 3.- Se le requiere al deudor, conforme lo determinado en el número 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 4.- Una vez cumplida la diligencia de citación, mediante sorteo se designará el Síndico a quien se le notificará en legal y debida forma y será depositario de los bienes del fallido; 5.- La anotación de insolvencia en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 6.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte el señor MILTON OSWALDO BARRERA CHUYA, con cédula de ciudadanía Nro. 030223187-3; 7.- Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, en el Registro de la Propiedad de este cantón; 8.- Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 9.- Se prohíbe que el señor MILTON OSWALDO BARRERA CHUYA, con cédula de ciudadanía Nro. 030223187-3, se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio. TERCERO: Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta la comparecencia de la parte actora, casilla judicial y correos electrónicos para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa, se llama severamente la atención a la funcionaria judicial Sandra Velasteguí.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE. Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- CERTIFICO.ABG. JESUS VICENTE DE LA CRUZ HARO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello

001-003-0339/ms

PERDIDA DE TITULO DE PROPIEDAD # 5959 DE JARDINES SANTAROSA PARQUESANTO

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ALBORADA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE S.A. EN LIQUIDACIÓN

001-003-0327/ms

MARTES 10 DE NOVIEMBRE DE 2020 La Hora ECUADOR

001-003-0336

C6


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook