50c incl. IVA JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017
Quito, Ecuador
Número total de ejemplares puestos en circulación: 28.518 PAÍS
“Glas y Rivera son hermanos siameses, se alimentan y respiran juntos, no hay diferencia alguna“. “Jorge Glas tenía conocimiento de pagos de coimas a Ricardo Rivera“.
Jalkh se las juega en la Asamblea Página B1
CIUDAD
La arqueología en un museo abierto Página A2
GLOBAL
“En una ocasión Jorge Glas me indicó que necesitaba un millón de dólares para la campaña“. “Por más odio a Odebrecht, Jorge Glas viabilizó el regreso de nosotros“.
Delator de Odebrecht hunde a Jorge Glas El testimonio de José Santos es demoledor. El Vicepresidente lo descalifica.
La audiencia de testimonio anticipado de José Conceição Santos se efectuó a través de una videoconferencia desde un consulado de Ecuador en Brasil, donde el exdirectivo de Odebrecht en Ecuador, detalló cada una de las coimas que la constructora brasileña pagó a altos funcionarios
del Gobierno de Rafael Correa. Los montos más grandes, según él, fueron entregados a Jorge Glas, a su tío Ricardo Rivera y al excontralor Carlos Pólit. Según Conceição Santos, el Vicepresidente habría pedido $1 millón para la campaña electoral. El contacto de Odebrecht
con Ricardo Rivera comenzó cuando el delator negociaba formalmente el retorno de la constructora al país. El vicepresidente Jorge Glas, de su parte, dijo que la empresa brasileña tiene 1,1 millones de razones para odiarlo... Páginas B2, B3 y B4
ELN ‘busca la paz’ y dinamita oleducto Página B6
PRIMERA SUERTE
37409
SEGUNDA SUERTE
TERCERA SUERTE
04271
22804
SUPLEMENTO
Citaciones Judiciales
CIRCULA CON LA HORA
www.lahora.com.ec lahoraecuador @lahoraecuador
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
A2
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR
P
MUESTRA. Variadas vasijas autóctonas se encuentran expuestas en el museo.
Una mirada a la historia preincásica en el Rumipamba Usted puede conocer la riqueza de las culturas ancestrales de forma gratuita en el parque arqueológico. Viajar en el tiempo y conocer manera en la que se realizaba una parte de la historia prein- el comercio entre estas sociedacásica de Quito es algo que se des, los bienes intercambiados, puede hacer de miércoles a do- la economía de las poblaciones mingo, en un horario de 09:00 y sus aspectos ideológicos. En la sala uno de la muesa 17:00. Esto es posible en el museo tra, se puede apreciar vasijas de la casa hacienda del par- del periodo de integración que Rumipamba, que abre sus temprano y tardío, relacionapuertas al público de forma das con las creaciones de filiación cultural Cosanga. gratuita, con la muestra arqueológica ‘Quito: Un TOME NOTA En la siguiente sala se puede admirar la alfaespacio de intercambio cultural (500 d.C. 1500 Para más infor- rería yumbo. mación puede En la exposición tamd.C.)’. al En esa muestra, comunicarse teléfono: 224 23 bién existen objetos de lítica (obsidiana) porque grandes y chicos pue- 13. las principales fuentes den aprender de forma didáctica y amena sobre las de esta roca volcánica se enrelaciones de intercambio en- cuentran cerca de Quito. Los tre los cacicazgos del altiplano cacicazgos de esa región conde Quito con los cacicazgos de trolaron el intercambio de este la región de Quijos, los cuales mineral. Según Angélica Arias, diestaban ubicados en las estribaciones de la cordillera Oriental rectora del Instituto Metropoy los de los yumbos, localizados litano de Patrimonio (IMP), esta exposición permite valoen el noroccidente. Al recorrer la exposición, los rar los bienes custodiados en la visitantes pueden observar la reserva del Instituto. Además
Muestras permanentes °
En los sitios arqueológicos de Rumipamba y La Florida existen huellas de los primeros asentamientos humanos en Quito, que datan de hace aproximadamente 4.000 años atrás. Estos espacios dan cuenta de la vida de los pobladores de la zona antes, incluso, de la llegada de los incas a estas tierras. El Museo de la Ciudad plantea esta experiencia como parte de su oferta cultural permanente, ligada a los procesos sociales de Quito. Para este sábado están previstas visitas de 08:30 a 17:00 con una reservación previa al: 228 38 83 Ext. 231. El costo es de $5 adultos y $2,50 niños y tercera edad. Incluye: transporte e ingreso a sitios arqueológicos.
explicó que los curadores de la muestra arqueológica fueron los arqueólogos Andrés Mosquera y Dayuma Guayasamín, profesionales graduados en la Pontificia Universidad Católica del Ecuador que actualmente laboran en el IMP. (JS)
Municipio Móvil llega a La Michelena
Desde las 09:30 los representantes de distintas dependencias atenderán los requerimientos de la gente que acuda al Municipio Móvil. La cita es en la plaza comercial Michelena, ubicada en la intersección de las avenidas Mariscal Sucre y Alonso de Angulo, al sur de la ciudad. (JN)
Obras ponen fin a un riesgo latente en El Calzado
CIUDAD
Desde hoy se entregan placas vehiculares
La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) entregó un lote de placas de vehículos nuevos. Para retirarlas hay que acudir desde hoy al Centro de Matriculación Bicentenario, de 08:00 a 16:30. Hay que presentar cédula, matrícula y la placa provisional. La serie que está lista va de la PCU-1000 a la PCU-3499. (JN)
I
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR
A3
Se construye un canal de desvío, muros de gaviones y otras estructuras. La inversión es de $720.000. Tras 30 años de incertidumbre, los moradores de El Calzado, al sur de Quito, vuelven a respirar con tranquilidad. Esto porque las obras de mitigación que se realizan en la quebrada del río Machángara registran un 40% de avance y estarán concluidas el próximo año. En esa zona, donde el 9 de diciembre de 2016 se registró el deslizamiento de un talud, se construye un canal de desvío, estructuras de disipación (que frena la fuerza del caudal) y se estabilizan los taludes con un muro de gaviones y rellenos. Respecto al muro de gaviones, las autoridades informaron que será de tres niveles: el primero de 4 metros y el segundo y el tercero de 3 metros. Todos estos trabajos se realizan con una inversión de 720.000 dólares. El riesgo
Alfonso Ulloa, uno de los habitantes del sector, acompañó al alcalde Mauricio Rodas durante
Trabajo participativo El gerente de Emseguridad, Jorge °Argüello, que financia esta obra,
indicó que en 2016 en mesas de trabajo, en las que participaron 100 habitantes del sector, se conoció la necesidad de construir una obra de mitigación “por los constantes deslizamientos que se daban en el cauce del Machángara” y desde el 15 de julio arrancó la obra que se ejecuta de lunes a domingo y se han duplicado esfuerzos para concluir en diciembre esta obra, ya que es un clamor de los moradores de este barrio.
el recorrido que hizo por la zona intervenida. Él narró que en el transcurso de los últimos 30 años vio cómo el río carcomió los taludes, generando un riesgo para las viviendas EL DATO del sector. En esa zona, en admiLa obra de mitiga- nistraciones anteriores ción inició el 15 de se construyó un relleno julio de 2017. que luego tuvo filtracio-
INVIERNO. Las filtraciones de agua durante el invierno ponían en riesgo a las viviendas que están junto a la quebrada.
nes. Esto se evidenció cuando a todas las viviendas del sector. dios aguas abajo y aguas arriba. colapsó un talud y una parte de “Este proyecto fue el resultado Como resultado se ha dispuesto la mesa de la carpeta asfáltica de mesas de diálogo con la co- la construcción de un colector de auxilio para trabajar primero en munidad”, puntualizó. cedió. La obra estaba prevista con- el cauce del río. El Alcalde informó que lueHabló sobre las estructuras cluir en marzo del próxigo de que se reportó este mo año, pero se está tra- de disipación y dijo que su funcaso se hizo una consul- EL DATO bajando para entregarla a ción será reducir la fuerza al toría para dar una solufinales de este año, infor- caudal del río y que con los mución definitiva al proble3 de junio de ma. En dicho estudio se El 2016 se implemen- mó el secretario de Segu- ros de gaviones de tres niveles ridad, Juan Zapata, quien se dará estabilidad al talud, algo pudo determinar el tipo taron mesas de entre de intervención que se diálogo representantes de insistió en que se trata de que no se hizo cuando se detectó el problema. una solución interequería y se empezaron las instituciones municipales y 100 “Es una inversión que a realizar las obras de moradores de este gral para el sector. para analiMIL permite dar tranquilidad El funcionario infraestructura que ac- sector zar este problema. es el costo informó que la dólares tualmente registran un total de esta obra al sector y sobre todo una consultoría cos- que inicialmente obra definitiva para haavance del 40%. se calculó que sería Agregó que con esta inter- tó $116.000 y que fue de medio millón de cer frente al invierno que dólares. se avecina”, dijo. (PSD) vención se brindará seguridad necesario realizar estu-
720
La calzada de la avenida Pichincha luce renovada
MOVILIDAD. El pavimento de la Av. Pichincha ha sido cambiado, solo está pendiente la señalización.
La intervención vial de la Av. Pi- informó que la repavimentación chincha concluyó ayer en lo que de la vía tiene un avance de inrespecta al cambio de la carpeta tervención del 90% y que en asfáltica, todavía está pendiente los próximos días se harán los la señalización horizontal. Tra- trabajos que están pendientes, bajadores y maquinaria realiza- mientras tanto la vía se mantendrá operativa. ron el último tramo, son Agregó que continuará unos 500 metros de esta LA CIFRA con el plan de intervenvía que empieza en San ción vial 24/7 en toda la Blas y termina en el PlaEl costo de la yón de La Marín. intervención vial ciudad. Sobre los trabajos Miguel Luna, admi- es superior a los en la avenida Pichincha $3’400.000. dijo que esa vía es una de nistrador de uno de los las más importantes de la negocios del sector, dijo que fueron días complicados en ciudad porque conectan el norte las ventas pese a que no se sus- y el sur con el centro, pero que pendió el tránsito vehicular. Sin también hay otras que están inembargo, reconoce que la vía se tervenidas, como es el caso de la encontraba en mal estado y que Av. Maldonado, al sur. Otras arterias viales que han su intervención era necesaria. El alcalde Mauricio Rodas sido reparadas son la Mariscal
Sucre, El Sena y el anillo vial de Collaquí. Esta última registra un avance del 50%. También mencionó que la vía a Nayón, la cual no había sido intervenida en los últimos 30 años, ya está concluida en su primera etapa. Continúan también los trabajos en los 23 ejes viales del Distrito y el asfaltado y adoquinado en más de 120 vías de accesos a barrios. “Estamos avanzando a razón de cien calles por semana en el mantenimiento vial, que tiene más de 6 mil calles intervenidas en lo que va del presente año y que van a continuar trabajando las 24 horas del día para darles a los quiteños las calles que se merecen”, dijo Rodas. (PSD)
OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR
O
De todas las virtudes, la más difícil y rara es la justicia. Por cada justo se encuentran diez generosos”. FRANZ GRILLPARZER DRAMATURGO AUSTRIACO (1791-1872)
La justicia no espera ningún premio. Se la acepta por ella misma. Y de igual manera son todas las virtudes”. CICERÓN ESCRITOR, ORADOR Y POLÍTICO ROMANO (106 AC-43 AC)
CARTAS Egocentrismo y fatuidad
Un Presidente y un expresidente de la República se ven enfrentados por las críticas de quien ya perdió su rumbo, como es Rafael Correa, al tildar nuevamente de traidor y mediocre a Moreno, quien no quiere seguir la ruta que dejó trazada. Ahora se dicen las verdades sobre la corrupción y las falacias que dejó el anterior gobierno. Ahora el pueblo le pide una consulta popular para ‘descorreizar’ y cambiar toda la podredumbre enquistada en el Estado. Como dice José Ayala Lasso: “Qué equivocados estuvieron y cuán arrepentidos, deberían estar, quienes tentados por el oro o el poder, cayeron en los abismos de la corrupción, y perdieron su dignidad, se verán distintos, raros, mirados con censura por los demás.” Luis Mario Contreras M. C.I.1701815555
Reconocimiento al IESS
Cuando presenté mi solicitud de jubilación el 17 de julio de 2017 fue aprobada de inmediato y mi primera pensión la recibí el 26 del mismo mes y año. A partir de esa fecha, mensualmente soy notificado en mi correo electrónico con el detalle del rol de pago de la pensión, y al día siguiente se refleja el valor del depósito en mi cuenta bancaria. En cuanto a la devolución de Fondos de Cesantía por jubilación, también tramitados a través del Internet, tuve la misma respuesta de eficiencia y agilidad. Estos cambios son los que me motivan a presentar mi gratitud al IESS y mi reconocimiento a la actual administración. Como un ecuatoriano más, deseo que continúen dentro de los parámetros de la gestión de calidad en la atención a sus afiliados y que esos logros de modernización se mantengan o, en lo posible, se continúen mejorando en áreas como la salud, lo cual redundará en el reconocimiento de más asegurados y en la ciudadanía en general. Byron Fuentes R. CC. 1000997567 DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.
Deben peDir perDón a ecuaDor
El testimonio del delator protegido por la Justicia brasileña, José Conceição Santos, sacudió a la opinión pública ante la total y desvergonzada amoralidad con que actuaron las más altas autoridades del Ejecutivo en tiempos del correísmo. La contundencia de la denuncia de los ‘tejemanejes’ millonarios del tío y el sobrino develó una trama delictiva sin precedentes en la historia judicial del país. El caso Odebrecht ha destapado una práctica delincuencial sistémica en la gestión gubernamental y también cómo la Fiscalía tuvo una ‘ceguera’ cómplice ante las denuncias de corrupción. Es más, lejos de tomarlas en cuenta, las archivó o persiguió y hasta hizo encarcelar a los denunciantes. Hasta en el bochornoso escándalo de la tesis universitaria de Glas, el fiscal Galo Chiriboga se hizo de
PABLO IZQUIERDO
Señor Presidente El surgimiento de nuevas demandas pondrá a prueba nuestro fragmentado sistema de salud. La población del Ecuador está cambiando su perfil epidemiológico. Las enfermedades crónicas asociadas a la vejez y a los hábitos de vida poco saludables están ganando terreno como causas de enfermedad y muerte. Este sistema difícilmente podrá responder a los nuevos desafíos. En salud perdimos 10 años y millones de dólares. No podemos demorar más el debate sobre el modelo de salud al que aspiramos. Los ministros del ramo
la vista gorda. El tío y el sobrino “eran como hermanos siameses”, dijo José Conceição Santos, quien señaló que entraba y salía de la Vicepresidencia como “Pedro por su casa”. En la Corte Nacional de Justicia, y ante decenas de medios de comunicación nacionales y extranjeros, enfatizó que “he trabajado en diez países y nunca he tenido acceso privilegiado a un vicepresidente”. El fiscal Baca Mancheno insiste en acusar a Glas por asociación ilícita. Sin embargo, los argumentos a favor del mandatario se van desmoronando con el paso de las horas. Tal vez es el momento de que el presidente Moreno le pida la renuncia, en un acto de adecentamiento de su gobierno y de su partido. Y que se le pida perdón al Ecuador por permitir que individuos de este tipo llegaran a dirigir sus destinos.
fueron “políticamente correctos” y expresaron nada al decir: “articulación, redes integradas, cruce de cuentas, fortalecimiento de atención primaria, acceso, calidez y calidad”; mientras miraron sin ver inequidad y muerte de una salud pública degradada en humillantes esperas de tres meses por un turno, 15 minutos por consulta, guardias colapsadas y paracetamol para todos. Exíjales a los jóvenes tecnócratas inexpertos de Salud que si quieren copiar, copien bien los modelos consensuados de Brasil, Costa Rica, Chile y Uruguay, no el fracaso de los ‘Médicos del Barrio’ de Cuba o ‘Barrio Adentro’ de Venezuela y Bolivia. Ecuador tiene las condiciones para recorrer un camino similar al de Costa Rica que desarrolló un sistema de salud integrando al Ministerio de Salud y al Seguro Social. Bajo un modelo de atención primaria, el ministerio
se encarga de la atención preventiva y el Seguro de la complejidad, eso garantiza un acceso a la salud equitativo y de calidad. Somos un país en crecimiento, de tradición sanitarista con Tanca Marengo, Izquieta Pérez, Plutarco Naranjo, Edmundo Granda, Rodrigo Fierro, Jaime Breilh y otros. Si seguimos haciendo lo mismo, con el mismo equipo, obtendremos siempre los mismos resultados Aunque el camino no está exento de conflictos, es tiempo de que la salud se convierta en una política de Estado que trascienda a los gobiernos de turno. Usted tiene la oportunidad de sentar las bases de un nuevo sistema de salud que ponga el foco en el futuro y no en el pasado, para ello es clave su compromiso como Presidente de la República, con una verdadera agenda sanitaria. pabloizquierdo7@gmail.com
ROSALÍA ARTEAGA SERRANO
De huracanes y terremotos
Cuando ocurren estas situaciones de la naturaleza, siempre existen dos lados que deberíamos analizar. El uno es la dramática situación para los habitantes, para las personas que sienten en carne propia el dolor de las pérdidas humanas y el acabarse, en muchos casos, de sus posesiones materiales. Pero hay otro lado y es la solidaridad de los propios nacionales y extranjeros, primero en las actividades inmediatas de rescate, de salvaguardia de las personas afectadas, en extenuantes jornadas de personas voluntarias o de los especialistas que se convocan inmediatamente de ocurrido el desastre, y luego viene la larga cadena de envíos, de entregas solidarias, como las que vivimos en el Ecuador luego del terremoto del 16 de abril. Es lo que está ocurriendo en estos mismos momentos con nuestros hermanos mexicanos, que sufrieron otro devastador terremoto, así como también con los de Puerto Rico, de República Dominicana, de diversas islas asoladas por los huracanes, que se han ensañado con la zona, que ha soportado oleadas sucesivas que van dejando desolación y muerte. Lo importante es que esos apoyos sean sostenibles en el tiempo. Las reconstrucciones no se hacen de un día para otro, las heridas no se restañan inmediatamente. Hay tiempos extendidos en que esa solidaridad se hace necesaria y nos da la idea de la dimensión de la ayuda que se necesita. El fragor de los fenómenos naturales se siente que las poblaciones en esos países lugares han crecido, lo que muestra de manera más sensible lo dramático de los huracanes y terremotos. Nos dejan un tremendo rastro de dolor y de muerte, pero también la sensación de que no estamos solos, de que la solidaridad entre pueblos vuelve menos duros los episodios y más humano el rostro del dolor. rarteaga@lahora.com.ec
Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General IVÁN FLORES POVEDA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXI No. 11929
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.
‘Tres musiqueros’ en el CAQ
La Casa de la Música recibe a la Zurich Chamber Orchestra de Suiza, uno de los principales grupos instrumentales de Europa, acompañada por el Swiss Piano Trio, uno de las más respetadas agrupaciones académicas del mundo. La cita es esta noche, a las 20:00. Entrada: $80. (DVD)
Sharon: un golpe reflexivo
Bastarda. ‘Impacto S.H.A.R.O.N.’ es una instalación-teatral que nació de una residencia, donde el ecuatoriano Pablo Roldán fue asumiendo la investigación de la argentina Yohana Pereyra, y viceversa. El femicidio en Argentina y el caso de Sharon fueron los elementos que permitieron montar esta obra que aborda a la violencia de género.
‘Impacto S.H.A.R.O.N.’: así, con un punto entre cada letra del nombre. Un punto que es un golpe o una bala. Un punto que es Propuesta un chirlazo cuyo eco puede de- El teatro, desde sus inicios, se cacir: “pegue no más, marido es”. racterizó por su capacidad mulSeñalar que la muerte de la tidisciplinaria, y esto es lo que popular Sharon ‘La Hese evidencia en ‘Impacto chicera’ es un pretexto TOME NOTA S.H.A.R.O.N.’, así como para hablar del femicidio en las obras propuestas es violentar la magnitud por Xona Bastarda. funciones del hecho, que se convier- Las Acordes a su (nuestro) son hoy a las te en la síntesis de un país 19:30 y 21:00. tiempo, la tecnología y el Entradas: $10 y donde el 68% de mujeres $5. diálogo de disciplinas van son maltratadas. construyendo el discurLa violencia traspasa so escénico, que se revela las fronteras y lo mediático se ante los tradicionales inicio, deconvierte en telón de apertura –y sarrollo y desenlace para conjude fondo- del tema. Esta realidad gar distintos soportes que termies la que se presenta en escena. nan armando un solo cuerpo, el Esta realidad es la que se articu- cual es un espejo donde se refleja la en el Teatro Variedades esta la otredad. noche desde lo sonoro, lo vocal, Durante los meses de preprolo corporal y lo visual por parte ducción, Roldán y Pereyra tradel Laboratorio de Teatro Xona bajaban desde el cyberespacio a
trata de manejar la psiquis a través del pasado y usa arquetipos nocivos y dañinos.
¿Cómo valora la dicotomía SierraCosta que Correa cita para explicar la ruptura interna de Alianza PAIS?
¿El regionalismo sigue vigente?
Absolutamente ningún argumento absurdo está lejos de la mente de Correa. La base de la estructura de su pensamiento es el ‘atrasapueblismo’. Él se basa en cualquier ícono antiguo y caduco. Él representa el pasado. Él
Correa dice que el pasado no volverá, pero él está trayendo prejuicios del pasado…
Él es el pasado, la trinca, la propaganda. Él es la nueva partidocracia.
Mi experiencia ha sido totalmente contraria. Vivo en Quito hace cuatro años, tengo un hijo quiteño: uno atrae lo que es. Si él siente odio es porque proyecta lo que tiene adentro. Ese partido (PAIS) es fundado por quiteños y Correa es un invento de ellos que salió mal, es como Frankenstein.
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR
A5
MÚSICA
FESTIVAL SONORA Lugar: La Estación (Andrade Marín y Almagro) Entrada: $10 (trago de cortesía) Horario: 20:30 Cuándo: hoy
PINTURA
FEMICIDIO. La obra trata acerca de la violencia de género desde un diálogo multidisciplinar. (Foto: Gonzalo Guana)
Festival Sudaka ° Se acerca la octava edición del Festival de Artes Escénicas multidisciplinarias y performance Sudaka, que se desarrollará en Quito entre el 24 y el 28 de
octubre de 2017. Este espacio busca resaltar la tendencia actual del arte hacia las multidisciplinas, y el performance articulando diferentes propuestas en torno a un mismo eje temático investigativo-experimental: ‘Cuerpo y Tecnología: emotividades latinoamericanas’. Entre los participantes confirmados al encuentro están Christian Masabanda, Kléver Viera, Tián Sánchez, DJ Lujuria y los Pachaqueer. También como invitado especial llega al Ecuador Oliver de Sagazan para presentar ‘Transfiguración’.
‘SESIONES FRENÉTICAS’, DE ÁLVARO PAZMIÑO Lugar: Alianza Francesa (Eloy Alfaro y Bélgica) Entrada: gratuita Horario: 09:00 a 19:00 Cuándo: hoy y mañana
COMEDIA ‘COMO EL MÍO, NINGUNO’, DE HISTERIA COLECTIVA Lugar: Patio de Comedias (18 de Septiembre y 9 de Octubre) Entrada: $15, $8 y $7 (jueves promocional) Horario: 20:30 Cuándo: hoy y mañana
TEATRO
‘A LA LUZ DE LOS HECHOS’
ANTECESOR. La obra tiene su origen en ‘División de gozo’.
través de mensajes y por medio de repasos vía webcam, y eso queda evidenciado en el escena-
EXPOSICIÓN ‘MUDANDO LA MEMORIA’
Lugar: Más Arte Galería (12 de Octubre y Lincoln) Entrada: gratuita Horario: 11:00 a 13:00 y 14:00 a 20:00 Cuándo: hoy y mañana
Es un Frankenstein y perdieron del control…
Es que el monstruo se fue de las manos.
¿Cómo desactiva ese discurso retrógrado?
No sé por dónde comenzar… Él vive su propia fantasía de grandeza. Creo que es un país unido por muchas cosas, y él ha tratado de desunirnos. La gente tiene que alejarse del odio como por instinto y tratar de buscar otro futuro. ¿Cómo hacer un llamado de atención a Correa?
Está pasando mucho tiempo en ese ático. Debería encontrar algo qué hacer: un hobby que no sea
Lugar: Asociación Humboldt (Vancouver y Polonia) Entrada: $10 (descuentos de Ley; jueves $5) Horario: 20:00 Cuándo: hoy y mañana
rio: los recursos tecnológicos son componentes de la poética que se genera en las tablas. (DVD)
Crespo: ‘Correa es la trinca’ El actor y guionista ecuatoriano Andrés Crespo, quien participa en la serie ‘Narcos’ de Netflix, da su opinión sobre el regionalismo y cómo este se desarrolló –más sus secuelas- tras la denominada década ganada del correísmo. Con su inconfundible acento guayaco, Crespo responde con total frontalidad.
I
AGENDA
XONA BASTARDA
La obra ‘Impacto S.H.A.R.O.N.’ tiene doble función esta noche en el Teatro Variedades.
CULTURA
Orquesta de Zurich, en escena
Lisette Pérez (flauta), Felipe Luzuriaga (violín) y Juan Carlos Moreno (violoncello) conforman ‘Los Tres Musiqueros’. Ellos presentarán lo mejor de su repertorio musical esta noche, a las 19:30, en la Sala 2 del Teatro Beethoven del Colegio Alemán Quito (CAQ). Entradas: $8 y $4. (DVD).
ACTOR. Ha colaborado en los trabajos de Sebastián Cordero. (Archivo)
el poder o buscar alguna clínica que lo ayude con la adicción al poder. ¿Es válido hablar del equilibrio regional?
Políticamente de pronto es una buena idea, pero en otros ámbitos ya es hora de salir de eso, tomar un nuevo rumbo. Estamos un poco estancados: no sé cómo hacer para que todos dejemos el pasado atrás. (SC)
ORACIÓN REZO DEL SANTO ROSARIO Lugar: Capilla de la Misericordia (Amazonas y NN.UU., en el CCI) Entrada: gratuita Horario: 17:30 Cuándo: hoy
EN VELA A6
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR
La prevención ° Ledy Zúñiga Rocha, secretaria técnica de Prevención Integral de
I
Drogas, sin embargo, dijo que este estudio se convierte en un insumo fundamental para la construcción de políticas públicas con un enfoque transversal de prevención integral. En tanto que Kristian Hölge, representante de Unodc para Perú y Ecuador, opinó que es importante conocer la realidad de un país para establecer las maneras de atender las problemáticas derivadas del fenómeno de drogas. (RVD)
Bajó consumo de licor y tabaco en los universitarios
El uso problemático de alcohol mantiene una tendencia a la baja entre los estudiantes uni- muestra que el consumo de taversitarios del Ecuador, según baco se redujo en un porcentael III estudio epidemiológico je de 3,9, en comparación con el andino sobre consumo de dro- 2012, año en el que se registró en 24,7%. El mayor descenso gas en este grupo poblacional. de consumidores es en la La investigación, que población masculina. fue presentada ayer en la Universidad Central MIL de Quito por el Gobier- estudiantes de 10 Aumenta la marihuana universidades no y la Oficina de las Na- públicas y priva- Sin embargo, también reparticiparon fiere que cerca del 30% de ciones Unidas contra la das para la elaboraDroga y el Delito (Uno- ción de este estu- estudiantes universitarios dio. dc), muestra que mienecuatorianos ha probado tras en el 2012 se realguna droga ilícita algugistró un consumo del 36,9%, na vez en la vida y que el consuen el ámbito universitario, en mo de marihuana registra un 2016, se registra un 33,1%, incremento del 2,5% en estos Asimismo, el estudio de- cuatro años. (RVD)
5
Concejal plantea instaurar la muerte en las corridas de toros Un concejal del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito ha planteado al presidente, Lenín Moreno, que incluya en la consulta popular que, anunció llevará a cabo, una pregunta destinada a revertir la ordenanza que impide que en las corridas de toros en la ciudad se pueda matar al animal. Patricio Ubidia, el responsable municipal y también presidente de la Comisión de Fiestas del Distrito Metropolitano, pide incluir en la consulta una pregunta sobre tauromaquia y aclarar con ella lo que consideró como “ambigüedad” que existe desde que se eliminó el tercio de muerte. En Quito, las corridas se celebran a la ‘portuguesa’ desde que en una anterior consulta celebrada en 2011 la población se inclinó por la abolición de cualquier forma de abuso a los animales, lo que en la práctica condujo a la cancelación de la famosa Feria de Jesús del Gran
Poder, que ahora se celebra fuera de la ciudad. Importante festejo
La Feria de Quito era uno de los festejos taurinos más importantes de América y se celebraba en la Plaza Monumental, que ha acogido a los toreros más importantes del mundo. Aunque el martes era en principio el último día para presentar propuestas al Presidente, a lo largo de la jornada de ayer distintos grupos se han acercado a Casa de Gobierno para hacer entrega de sus preguntas. Al presentar la suya, Ubidia manifestó que se trata de un tema polémico y necesita una solución definitiva. “Esta propuesta la presento de forma particular, no es de la Comisión de Festejos”, precisó. Y matizó que “es mejor poner el dedo en la llaga que ignorar el problema”, porque “solo así habrá un futuro claro para las corridas”. Según distintas fuentes, el presidente Moreno es aficionado a la fiesta. (Con EFE)
POLÉMICA. Durante una entrevista con CNN, el Presidente se mostró crítico frente a su antecesor, Rafael Correa.
Lenín Moreno: ‘No a la reelección indefinida’ Agroecología, reelección indefinida, sanciones a la corrupción, son algunos temas que incluiría la consulta popular.
Una vez más el presidente Lenín Moreno rechazó anoche la reelección indefinida, por lo que dijo será el pueblo el que se pronuncie sobre este tema en una consulta popular. “Quien piensa en una reelección no piensa en el futuro del país; solo en la próxima reelección”, manifestó el mandatario durante una entrevista a CNN. Refiriéndose al expresidente Rafael Correa, dijo que “repentinamente se obsesionó por el poder” por lo que se incluyó esta opción democrática en la Constitución de Montecristi (2008). A pesar de la crisis económica que afecta al país, dijo que se ha logrado unificar y pacificar a un país dividido y conflictivo. Desde el primer día de Gobierno, 24 de mayo, a pesar de la crítica de su sucesor optó por el diálogo con todos, incluso con quienes piensan distinto. Volvió a lanzar dardos en contra de Rafael Correa por el endeudamiento en que dejó al país. “Cuando hay dinero el economista funciona, cuando no hay dinero el economista no funciona”, expresó. Solo para el
pago del servicio de la deuda se necesitan de casi 10 mil millones de dólares, que significan recursos de educación, salud y seguridad. “Esa es la mesa servida que nos dejaron”. Libertad de expresión
Nuevamente el Presidente criticó a su antecesor por su intolerancia a las apreciaciones de sus opositores, así como a varios sectores gremiales y de los medios de comunicación. “Creo que fue una grosería romper periódicos”, manifestó. Reveló que en más de una ocasión le reprochó a Correa por su actitud poco tolerante frente al trabajo de los medios de comunicación. “Se mostraba como que no me entendía”. Incluso dijo que vivió en carne propia alguna decisión unilateral desde Carondelet, cuando durante su permanencia en Ginebra el programa Manuela Espeja fue eliminado sin ninguna explicación. Temas de consulta
Moreno adelantó que los ejes de
‘A recuperar el espíritu de Montecristi’ ° En una reunión con al menos 50 legisladores de PAIS en el Palacio
Carondelet, el presidente, Lenín Moreno, resaltó la necesidad de pensar diferente dentro de una unidad. “El diálogo se enriquece con quien piensa diferente, y tiene derecho de hacerlo”, expresó. Recordó que el espíritu de Montecristi, “liderado por un joven comprometido (Rafael Correa) con la libertad de expresión, el cuidado de la ecología, no a la reelección indefinida, pero me pregunto: “¿en qué momento perdimos el camino?” Invitó a PAIS y a todos, incluida la oposición, para que el sábado asistan a un evento en Montecristi para recordar la Constitución Política de 2008.
la consulta popular serán: institucionalidad, agroecología, reelección indefinida, sanciones a la corrupción y resarcimiento al Estado de bienes mal adquiridos. Dejó entrever que por ningún motivo él puede ser calificado como un hombre de derecha, pues se considera un socialista y humanista. (SE) MAS EN LA B3
Bananeros latinoamericanos analizan riesgos y oportunidades MIAMI,EFE• El VII Congreso Internacional sobre el Banano comenzó ayer a analizar en Miami los desafíos y oportunidades del mercado bananero ante la liberalización de las importaciones europeas en 2020, algo que según los expertos puede agudizar el problema de la sobreoferta del producto y abaratar los precios.
Unas 600 personas, entre productores, comercializadores, proveedores, investigadores, nutricionistas y autoridades fitosanitarias, participan en esta reunión organizada por la Corporación Bananera Nacional (Corbana) de Costa Rica. Los congresistas guardaron un minuto de silencio por los dam-
nificados por los huracanes en el Caribe y el sur de Estados Unidos y por los terremotos en México. Los problemas con la UE
El ministro de Comercio Exterior costarricense, Alexander Mora, advirtió durante la inauguración que el nuevo escenario que supone la liberalización de las importaciones de banano de la UE “entraña
nuevos riesgos” y llamó a la industria a estar preparada. Ecuador, primero
El mayor exportador de banano del mundo es Ecuador y en América Latina hay otros países importantes en este negocio como Costa Rica, Colombia, México, Honduras y República Dominicana.
Los efectos del cambio climático en la industria bananera, el mejoramiento genético, los modelos de predicción de cosechas, el reordenamiento del transporte de banano a raíz de la ampliación del Canal de Panamá, el comercio online de productos frescos y las regulaciones sobre pesticidas también se tratarán en esta cita.
Sabor solidario
En el parque México se desarrolló un festival gastronómico de comida tradicional mexicana para recaudar fondos de ayuda para los damnificados tras los sismos registrados en el país azteca. El público apoyó el evento.
Benjamín Chiriboga y Cristina Cabrera.
Xavier Gurza y Roberto Canseco.
Ximena Molina y Payasito BonGoo.
Fátima Bermeo, María Dolores Flores y Christian Vega.
Kathy Sánchez y Cristina Malvaís.
Nadia y Freddy Enríquez.
GENTE I
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR
A7
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
GENTE A8
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR
I
QUITO
Apertura de gastro bar La Condesa La Condesa Gastro Bar abrió sus puertas en Cumbayá. Este espacio busca brindar una exclusiva experiencia al paladar. Invitados especiales estuvieron presentes en la inauguración.
Carlos Bahamonde y Julio Arteaga.
Detalle
Una variedad de platillos.
Santiago Ochoa, Karina Hurtado y Ricardo Contreras.
Ricardo Contreras, durante el brindis.
Pamela Gutiérrez y Carolina Ramírez.
Mónica López y Tamara Torres.
PAÍS B1
Utilice aquí un lector de código QR
tiempo lectura 15 min.
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora ECUADOR
I
La consulta muestra más claramente la división de PAIS Si se pensaba que el bloque de dades de control, hay otros que Alianza PAIS en la Asamblea no decimos que no hay necesidad podía estar más dividido, era un de eliminarlas sino de regular error. Ayer las diferencias se evi- o de cambiar a los que están redenciaron más. Esta vez porque presentando estos organismos el presidente del Legislativo, José de control y que, de repente, no Serrano, en nombre del bloque, lo están haciendo como deberemitió el martes a la Presidencia rían”, dijo Arregui. de la República las propuestas de preguntas para la consulta po- La respuesta acelerada pular, lo que generó malestar en Esto generó que alrededor del algunos oficialistas. Ellos dijeron mediodía la bancada mantuviera que no había sido consensuado una reunión para hablar sobre con la bancada. esos temas ya entregados, con la “Nosotros indicamos finalidad de buscar criteque antes de que se entrerios comunes antes de la 4 PREGUNTAS reunión que estaba pregara debería tratarse con fueron acordadas el bloque. Personalmente, vista en horas de la tarde finalmente. yo no conozco cuáles son y la noche con Moreno en las preguntas”, declaró Mauricio Carondelet. Proaño en horas de la mañana. Tras la reunión de bloque, Su coidearia Marcia Arre- Serrano, en una rueda de prengui reconoció que en el interior sa en la que estuvo acompañado de la bancada había diferentes de 26 asambleístas, de los 74 que visiones sobre el alcance de las tiene PAIS, aseguró que se había preguntas que debían ser pre- remitido el cuestionario para sentadas al presidente de la Re- cumplir las formalidades ya que pública, Lenín Moreno, quien el martes venció el plazo para impulsa la consulta, por lo que la entrega. “Para que no exisel documento fue remitido a ta duda de que no hay ningún pesar de la existencia de disen- privilegio para el bloque frente sos. “Algunos están de acuerdo a otras organizaciones políticas con la eliminación de las enti- y sociales”, dijo Serrano. (HCR)
BLOQUE. Pocos legisladores oficialistas acompañaron a José Serrano en la rueda de prensa de ayer.
Tercer diferimiento de audiencia contra ‘Capaya’ Por tercera vez consecutiva no pudo instalarse la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio en contra del exministro de Hidrocarburos Carlos Pareja Yannuzzelli y otros tres acusados del presunto delito de peculado. El caso es producto del entramado de corrupción en Petroecuador. La primera vez fue porque el exministro cambió de abogado, luego porque el fiscal general, Carlos Baca Mancheno, no respondía a su pedido de cooperación eficaz y ayer porque el fiscal designado para el caso, Juan Tenesaca, se enfermó y
presentó un certificado médico. A la fallida diligencia tampoco acudió el exministro de Correa, pero estuvo representado por su abogado, Rainaldo Zambrano, quien sigue reticente a hablar sobre el acuerdo firmado con la Fiscalía. Los exfuncionarios Pareja Yannuzzelli, Germán Tapia Ayala y Álex Bravo, y el contratista Jorge Vivar Quintero son los procesados que esperan esta diligencia. El juez de la causa, Geovanny Freire, luego de dar a conocer la petición de diferimiento, dijo que se volverá a convocar, sin especificar fechas. (LC)
LEGISLADORES. Raúl Tello y Esteban Bernal iniciaron ayer el trámite en la Asamblea.
Jalkh niega injerencia, mientras inician juicio político en su contra La oposición lo acusa de incumplimiento de funciones. En su comparecencia, él defendió el rol que ha jugado.
Con el respaldo de 38 firmas, los asambleístas Raúl Tello (Unidos por Pastaza) y Esteban Bernal (CREO) presentaron la solicitud de juicio político en contra del presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh, y demás autoridades del Consejo. La causal que argumentan es un supuesto incumplimiento de funciones. Bernal aseguró que han evaluado a profundidad testimonios, información de audios y videos, que evidencian que la “famosa ‘metida de mano a la Justicia’, que anunció el expresidente Rafael Correa en marzo de 2011, efectivamente se hizo”. Agregó que pedirán que todos estos materiales sean reproducidos por el Consejo de Administración Legislativa (CAL) y por la Comisión de Fiscalización. El legislador argumentó que Jalkh y los vocales de la Judicatura tienen responsabilidad política en cada una de estas pruebas. “La pruebas son contundentes, documentadas”, dijo; y que incluyen más de 40 expedientes relacionados con el error inexcusable y testimonios notariados de exjueces que afirman que el Consejo incidió en el sistema judicial. La presentación de la solicitud coincidió con la comparecencia de Jalkh ante la Comisión de Justicia para que explique el alcance del error inexcusable, la
Las pruebas son contundentes, documentadas. (…) La famosa ‘metida de mano en la Justicia’ efectivamente se hizo”.
figura que un grupo de exjueces afirma se les aplicó de manera arbitraria. Al referirse a la propuesta de juicio político, Jalkh respondió que en ningún momento la Judicatura ha incumplido sus funciones. “Los asambleístas tienen esa posibilidad de presentar, si cumplen todos los requisitos, la propuesta. Lamentablemente, se lo hace sin fundamentos suficientes”, declaró.
ESTEBAN BERNAL
ASAMBLEÍSTA DE CREO
El error inexcusable ha servido para que los ciudadanos no queden en la indefensión”. GUSTAVO JALKH,
PRESIDENTE DE LA JUDICATURA
inexcusable, en términos generales, cuando los jueces dictan resoluciones ilógicas e injustificadas. “El error inexcusable ha servido para que los ciudadanos La comparecencia Mientras Jalkh ingresó a la Co- no queden en la indefensión”, misión de Justicia, un grupo de aseguró. Sin embargo, el asamexjueces, liderados por el bleísta Luis Fernando Toabogado Hernán Ulloa, rres le preguntó por qué se vio impedido por la CIFRAS los jueces que ratificaron Escolta Legislativa de la inocencia del coronel entrar. Ellos aseguraban (sp) César Carrión, proceque querían asistir para EXPEDIENTES se han abierto cuestionar directamente contra jueces en sado por el caso del 30-S lo que va de y hoy asambleísta, fueron a Jalkh. “Sin embargo, nos 2017. sancionados. Jalkh aseguhemos topado con que la ró que ese caso se dio anPolicía ha tenido la orden SANCIONES de no dejar ingresar a nin- se han ejecuta� tes de que él asumiera el do. cargo, por lo que no se le gún exservidor judicial”, podía pedir que rindiera dijo Ulloa. Sin embargo, en el EXPEDIENTES cuentas. Agregó que los en jueces sancionados por el transcurso de la compa- se abrieron 2013. caso Carrión ya no están recencia, la presidenta de en la Función Judicial, la Comisión de Justicia, SANCIONES pero que no hay constanMarcela Aguiñaga, infor- se registraron. cia de si fueron destituimó que los exjueces y su dos o no. “Lo que se había abogado serán convocados a comisión general en una informado es que salieron por una evaluación de desempeño próxima sesión. Por su parte, Jalkh defendió la que no hicimos nosotros, sino el aplicación de la figura del error Consejo anterior”, dijo. (HCR)
360 5
351 61
PAÍS B2
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR
Caso
El exrepresentante de Odebrecht en Ecuador José Conceição Santos detalló ayer cada una de las coimas que la constructora brasileña pagó a altos funcionarios del Gobierno de Rafael Correa. Los montos más grandes, según él, Odebrecht fueron entregados al Vicepresidente, a su tío Ricardo Rivera y a Carlos Pólit.
I
DETALLE POR OBRAS, LO QUE PAGARON Luego de disculparse con la sociedad ecuatoriana por los actos ilícitos, José Conceição Santos explicó cómo operó la corrupción en cada proyecto. POLIDUCTO PASCUALES-CUENCA
Para esta obra fue José Rubén Terán quien lo contactó para decirle que tenía control sobre la Comisión de Licitación por lo que, para obtener un trato preferencial, tenía que pagarle 5 millones. En junio de 2016, Terán le informó a Santos que el dinero se entregó a Gustavo Massuh, intermediario de Ramiro Carrillo, gerente de Transportación de Petroecuador. Por este proyecto, Odebrecht pagó un soborno total de 2,1 millones.
TERRENOS DE REFINERÍA DEL PACÍFICO
A inicios de 2012, el venezolano Freddy Salas Neuman buscó a Santos para que Odebrecht participara en la licitación del movimiento de tierras sobre la que se asentaría la refinería del Pacífico. A cambio de un trato preferencial en el concurso, Odebrecht pagó 7,7 millones entre noviembre de 2012 y junio de 2015.
ACUEDUCTO LA ESPERANZA
Satisfecho por el primer negocio, Salas habría contactado nuevamente a Santos, en julio de 2013, para que Odebrecht participara en la licitación por el acueducto La Esperanza y recibiera un trato preferencial. Luego, Alexis Arellano reemplazó a Salas en este nexo. Odebrecht pagó 2,5 millones.
MANDURIACU
Según Santos, Federico Dávalos le contactó para indicarle que era muy amigo de Eduardo Barredo, gerente de la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec), y que Odebrecht debía participar para construir la central hidroeléctrica Manduriacu. El Ministerio de Sectores Estratégicos mandó una carta al Ministerio de Industrias de Brasil a fin de conseguir financiamiento de ese país. En este caso, el soborno de Odebrecht fue de 3,8 millones.
DAULE-VINCES
En el primer semestre de 2012, Carlos Villamarín contactó a Santos para que Odebrecht participara en la construcción del trasvase Daule-Vinces, con trato preferencial. Este proyecto tenía apoyo del Banco de Desarrollo de Brasil, gracias a cartas enviadas por Jorge Glas. Villamarín se presentó como intermediario de Carlos Bernal y Walter Solís, entonces secretario nacional del Agua. Odebrecht pagó 7 millones en coimas.
Jorge Glas tenía conocimiento de pagos de coimas a Ricardo Rivera”.
DILIGENCIA. A través de una conferencia por Internet el delator brasileño ofreció detalles.
Delator dice que Glas sabía todo y que ‘sacó plata’ de Odebrecht
Perplejidad, indignación y frustración. Eran solo municaciones, puesto que en ese entonces ocupaba parte de las sensaciones que se expresaban en los su sobrino Jorge Glas. Pero aseguró que le hizo una rostros de los presentes en la recepción del testimo- advertencia: que para llegar a él tendría que pagar primero 2 millones de dólares. Y, en nio anticipado de José Conceição Sanefecto, ese habría sido el primer pago tos, delator de Odebrecht, en la Corte hecho al tío del Vicepresidente. Santos Nacional de Justicia. El delator se desestableció relación directa con Glas al tapó: “Jorge Glas y Ricardo Rivera son MILLONES punto de que se reunían dos o tres vehermanos siameses, se alimentan y respiran juntos, no hay diferencia alguna”. de dólares, paga- ces al año, según la declaración. Una vez concertado el acuerdo de Las reacciones vinieron de todo lado, dos por intermepago, que habría consistido en porcenincluidos los periodistas, nacionales y dio de Rivera, tajes fijos de cada contrato de Odebreextranjeros, que acudieron a la cita. habrían sido el ini- cht, Santos habría entregado 14 milloLa empresa brasileña habría pagado, según él, más de 52 millones de cio de la relación. nes de dólares a Rivera. De hecho, agregó Santos, la secretadólares en sobornos en el país. El contacto de Odebrecht con Rivera comenzó cuando ria del Vicepresidente, Olga Muentes, lo hacía inSantos negociaba formalmente con el exministro gresar sin que se registrara. El delator agregó que, Galo Borja el retorno de la constructora. Rivera le en su despacho, Glas llamaba a ministros y les daba habría contestado que Borja no tenía poder para órdenes con base en lo que Odebrecht pedía. Mentomar esa decisión, sino solo el ministro de Teleco- cionó a Esteban Albornoz y Rafael Poveda.
2
‘Odebrecht tiene 1,1 millones de razones para odiarme’, dice el Vicepresidente GUAYAQUIL • Luego de las acusa-
ciones vertidas por José Conceição Santos ante la Fiscalía General, el vicepresidente, Jorge Glas, reaccionó diciendo: “Odebrecht tiene 1,1 millones de razones para odiarme. Odebrecht me odia”. El segundo mandatario explicó así las expresiones del brasileño, quien lo definió como una misma persona con Ricardo Rivera, su tío. Esto, además de señalar que Glas y Rivera estuvieron entre los principales be-
neficiarios de los sobornos de la empresa brasileña. Respecto de esto, el segundo mandatario dijo que Santos no ha podido probar nada y que su odio es porque fue él quien dirigió la expulsión de Odebrecht del país y el retiro de varios contratos de obra pública, como la central Toachi Pilatón, San Francisco, Dauvin, entre otros. Reacciones
Glas calificó a Santos como
amoral confeso que destiló odio hacía él. “No sé cómo se permitió esto por fuera del proceso”, dijo tras cuestionar a jueces y fiscales por permitir ese tipo de comentarios. Refirió que lo presentado no son pruebas en su contra y señaló que cualquier cristiano diría que todo es una “miseria”. Se defendió argumentando que su patrimonio ha sido auditado dos veces y que vive de lo que gana, pese a que no tiene funciones; al
igual que su esposa, quien ayuda a su familia. Rechazó que lo vincularan como accionista de la empresa Gloria, según denuncia del excandidato Andrés Páez. “Entro con la cancha inclinada para saber si le encuentran algo a Glas”, declaró. Recordó que mañana declarará su tío Ricardo Rivera, en una versión muy esperada por él y mucha gente, dentro de este mismo proceso. (DAB)
SITIO. El segundo mandatario asistió desde las 17:00 de ayer a una entrevista en una radio de Guayaquil.
Jorge Glas y Ricardo Rivera son hermanos siameses, se alimentan y respiran juntos, no hay diferencia alguna”.
En una ocasión Jorge Glas me indicó que necesitaba un millón de dólares para la campaña”.
PAÍS I
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR
B3
LOS 10 MILLONES DE PÓLIT En dos ocasiones, según José Conceição Santos, habría pedido coimas el excontralor Carlos Pólit. La primera para desvanecer las glosas por el escándalo de la central hidroeléctrica San Francisco, que tuvo fallas estructurales y viabilizar el retorno de Odebrecht en 2010. La segunda para que la Contraloría emitiera informes favorables en los exámenes especiales a Odebrecht, tanto en los procesos de licitación como en la ejecución de obras. “Siempre me amenazaba”, relató Santos, en referencia a la actitud hostil de Pólit, que además le pedía que, en la medida de lo posible, le pagaran en efectivo. Alrededor de 10,1 millones de dólares se pagó en coimas a Carlos Pólit, según la declaración de ayer.
Odebrecht cumplió todos sus compromisos, los malos y los buenos”. EL CASO DE PAREJA CORDERO José Conceição Santos manifestó que su abogado, Carlos Pareja Cordero, le pidió 3,2 millones para pagar al secretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera, que redactó el decreto de expulsión de Odebrecht. Santos dice que nunca supo si el dinero se entregó a Mera. De hecho, nunca se reunió con él. Sospecha de que el soborno a Mera haya sido un engaño de Pareja Cordero, pues luego se descubrió que él tenía dinero en empresas ‘offshore’. Además, siempre lo consideró “astuto”.
Cuestión de cercanía
Según él, la grabación de juLa confianza era tal que Santos nio de 2011 tuvo la intención únidijo que redactó las cartas, luego ca de demostrar el acceso privifirmadas por Glas, para pedir a legiado que tenía a la oficina de organismos brasileños en Ecua- Glas, tanto cuando era ministro como cuando ascendió dor financiamiento a la Vicepresidencia. para proyectos de los Cuando Santos se Sectores Estratégisintió incómodo por cos. “Jorge Glas tenía AÑOS tener esas reuniones conocimiento de los en el Palacio, Glas le pagos de coimas a Rilleva Glas al habría dicho que el sicardo Rivera. En una frente de la ocasión Jorge Glas me Vicepresidencia. tio era seguro. El delator reveló otro detalle: indicó que necesitaba que Glas ponía música un millón de dólares y, por medio de su tableta elecpara la campaña”, aseguró. Ante la negativa de Santos, trónica, le preguntaba si ya había el Vicepresidente le habría di- hecho los pagos. “Odebrecht cumcho que los pagos a Rivera son plió todos sus compromisos, los aparte, que este era un pedido a malos y los buenos”, dijo el exdinombre del Gobierno nacional rectivo. “Por más odio a Odebrey del Presidente de la República cht, él (Jorge Glas) viabilizó el re(Rafael Correa). Santos declaró greso de nosotros, él sacó plata de la empresa”, señaló. (MMD) que no accedió.
4
DECISIÓN. La instrucción fiscal termina el lunes. Carlos Baca Mancheno deberá decidir, entonces, si acusa o no a Glas.
LOS MONTOS
Y beneficiarios
COIMA VALOR USD Ricardo Rivera y Jorge Glas 16 millones Carlos Pareja Cordero 3,2 millones Poliducto Pascuales-Cuenca 2,1 millones Acueducto La Esperanza 2,5 millones Hidroeléctrica Manduriacu 3,8 millones Trasvase Daule-Vinces 7 millones Carlos Pólit 10,1 millones Terrenos refinería del Pacífico 7,7 millones TOTAL:
‘Delincuente confeso’ Eduardo Franco Loor, el abogado del vicepresidente, Jorge Glas, rechazó °todas las aseveraciones de un “delincuente confeso”, en referencia al exdirec-
tivo de Odebrecht. De hecho, Franco Loor perdió el control durante el testimonio anticipado, criticando fuertemente las afirmaciones de Santos, por lo que el juez nacional Miguel Jurado le pidió que mantuviera la compostura. “El señor Santos, cuando coimaba y hablaba de coimas siempre grababa y lo que ha dicho contra el Vicepresidente es la palabra de él, un delincuente confeso, contra la palabra del Vicepresidente de la República”, señaló.
52,4 millones
Por más odio a Odebrecht, Jorge Glas viabilizó el regreso de nosotros, él sacó plata de la empresa”. PRESENCIA. La prensa nacional e internacional siguió con atención la declaración de Santos.
Moreno tiene certeza de que la corrupción de Odebrecht pasó por Ecuador El presidente, Lenín Moreno, mostró ayer su certeza de que los tentáculos de la corrupción de Odebrecht estuvieron presentes en Ecuador. “Las denuncias de los mismos ejecutivos de Odebrecht marcan la pauta de que aquí también hubo esa red. La pregunta es: Si en los otros países hubo, ¿por qué hemos nosotros de pensar que en Ecuador no?”. Moreno hizo estas declaraciones en la cadena internacional CNN, en entrevista con su perio-
dista Camilo Egaña. El diálogo fue grabado la mañana de ayer, pero se transmitió a partir de las 20:00. Al hablar de este tema, Egaña le preguntó: ¿Por qué en el Gobierno de Correa no se habló de Odebrecht? Y el primer mandatario contestó: “Sí se habló. No te olvides de que cuando se detectaron irregularidades en la central San Francisco, inmediatamente el Gobierno, de forma muy honesta y directa, reclamó
a Odebrecht, le multó. Por ahí dicen que no fue suficiente, que se le perdonó un monto importante. Pero luego, por alguna razón un tanto estrambótica, se perdonó a la empresa, se permitió que regresara y se le empezó a dar más y más contratos cada vez”. Contexto
Moreno se refirió también a otros temas, como su propuesta de consulta popular. “Yo estoy convencido de que la reelección indefinida
es una aberración”, declaró, por ejemplo. También aseguró que el expresidente Rafael Correa fue cambiando con el tiempo. Pero al referirse a la corrupción de Odebrecht, el periodista también le preguntó por el vicepresidente, Jorge Glas, y volvió a defender su decisión de dejarlo sin funciones. “¿Glas es un torpedo de Correa?, le preguntó Egaña. Moreno contestó: “No sé, creo que esa pregunta habría que hacérsela a él”. (ASC)
TRANSMISIÓN. La entrevista se grabó la mañana de ayer en el Palacio de Carondelet.
Glas consultaba todo a su tío
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR
I
Información de EE. UU. , otra pieza clave de Odebrecht Después del análisis reservado de dos dispositivos electrónicos enviados por el Departamento de Justicia de Estados Unidos, sobre el caso Odebrecht, el fiscal general, Carlos Baca Mancheno, dijo que la información extraída sirve como “complemento a la investigación” que realiza Ecuador. En un plazo de 48 horas se emitirá el informe sobre el contenido de los datos financieros de Odebrecht en el país. “Es una información muy relevante sobre las transacciones de la empresa”, agregó Baca Mancheno. La diligencia se cumplió en la Unidad de Criminalística de la Policía Nacional con la presencia de los abogados defensores de los implicados en el presunto delito de asociación ilícita, donde constan el vicepresidente, Jorge Glas, su tío Ricardo Rivera y otras 16 personas. El defensor de Jorge Glas, Eduardo Franco Loor, salió con rostro tenso. No dio declaraciones. Por su parte, César Montúfar, acusador particular de Jorge Glas, evitó emitir comentarios por su reserva juramentada. Los peritos se encargarán de procesar la información para la emisión del informe pertinente, que deberá ser incorporado al expediente. (SE)
El pendrive entregado por el empleado de Televisión Satelital describe la relación cercana de Glas y su tío.
En 1.779 folios le dice en uno de esos correos se transcribie- electrónico que “no hay nada ron todos los de qué preocuparse”. archivos que Este capítulo se cierra con salieron del dis- un email de Rivera que felicita Odebrecht positivo USB a Glas porque probaron que no de 32 gigas que hubo plagio alguno en las insentregó a la Fiscalía Alfredo A., el tancias universitarias y señala exempleado de Televisión Satelital, que “ya no les podrán molescomo prueba de la relación cerca- tar más adelante”. Luego viena del vicepresidente, Jorge Glas, ne el archivo de la denuncia de y su tío Ricardo Rivera. La amplia plagio por parte del fiscal Galo documentación da cuenta de una Chiriboga y aunque Glas quiere amplia y constante corresponden- demandar a los exasambleístas cia que mantenía Glas con su tío, por el mal trago, Rivera le aconentre 2010 y 2016. seja que no lo haga. Desde la famosa dirección En otra conversación, que de correo de Yahoo (jorse produce a inicios de ge_glas@yahoo.com), que EL DATO 2012, Rivera pide a AuGlas dice haber cerrado, gusto Espín, por enRivera era consultado tonces viceministro del proceso por sobre varios asuntos. El asociación ilícita Ministerio de TelecomuUno de los temas que alrededor de la nicaciones, que ponga a de corrupmás les ocupó fue pensar trama una persona de confianción de Odebrecht ha una estrategia para salir za en la dirección jurívinculado a 18 bien librados del escán- personas, uno de dica de la Senatel (hoy dalo por el plagio de la ellos Jorge Glas. Agencia de Regulación y tesis de grado, que fue Control de las Telecomudenunciado por los ennicaciones, Arcotel). A tonces asambleístas Galo Lara continuación el texto del email: y Jorge Escala. Este era el mo- “Augusto pon a la Dra. Vazcomento en que Glas saltaba a la nez en la dirección jurídica de Vicepresidencia, en 2013, y era la senatel.Nececitamos gente algo que no se podían permitir. capaz y conocida.Se nos vienen En al menos 30 correos intercambian datos e informes que usaron para probar la autenticidad de su tesis, que según la denuncia de los exlegisladores había sido copiada de sitios web como ‘El Rincón del Vago’ y ‘Monografías.com’. Rivera
Caso
TESIS. Rivera aconsejó a Glas durante el escándalo de la tesis plagiada, que fue denunciada por Galo Lara.
RELACIÓN. En agosto de 2016, Jorge Glas inauguró la Fábrica de Cables de Fibra Óptica, junto a Tomislav Topic y Augusto Espin (izquierda).
peso y criterio en el sector de las Telecomunicaciones. Además de la dirección electrónica de Glas aparecen otros que no están identificados como: archivos123456@gmail.com. Una prueba más del peso de Rivera es que durante la discusión de la Ley de Telecomunicaciones, en 2014, este recibe varios correos de parte de funcionarios del Ministerio en los que se indica que los adjuntos son para “para su consumo interno”. En los últimos correos, con fecha de 2016, Glas comparte con su tío noticias de corrupción. Aparecen los links de notas de Focus Ecuador y del periódico panameño Estrella de Panamá, como un artículo de opinión titulado ‘Con techo de vidrio’. No comenta nada y Rivera tampoco responde nada. En la documentación del ‘pen drive’ también constan varios números de teléfono y aparecen al menos tres con las iniciales: Jg1, Jg2, Jg3. Hay uno que llama la atención es el etiquetado como ‘Hermandad xxx’. Por supuesto hay números para XX1 y XX2, nombres con los que supuestamente se identificaban Jorge Glas y su tío, según la declaración de Alfredo A. Las decenas de folios ya engrosan el expediente que se abrió por asociación ilícita y que se cerrará el primero de octubre. La defensa del Vicepresidente ha insistido en la nulidad de este material, argumentando que no se siguió el debido proceso. (SCA)
toda clase de problemas. Haz lo que te pido por favor” (Sic). El nombre de esta persona, cuya hoja de vida consta en la documentación que tiene Fiscalía, aparece efectivamente en el cargo de Director Nacional, de la Dirección de Asesoría Jurídica, en el distributivo de personal de la Arcotel a abril de 2017. Lo que indica que la contratación se produjo. También hay abundante correspondencia con Tomislav Topic sobre proyectos en marcha, como la fábrica del cable de fibra óptica o la interconexión a lugares remotos como las Islas Galápagos. Rivera a través de emails incluso hace recomendaciones sobre pliegos de contratación. Un caso concreto es el proceso etiquetado como: Dotación de conectividad para 947 establecimientos educativos fiscales y 26 organismos de desarrollo social”, de 2010. Esto coincide con las fechas en las que Glas lideraba el Ministerio de Telecomunicaciones. A la luz de estos correos electrónicos se entiende que Rivera, sin ser parte del Gobierno, tenía
AVISO AL PÚBLICO NOTARÍA PÚBLICA SEGUNDA DEL CANTON TULCAN, PROVINCIA DEL CARCHI En aplicación a lo dispuesto en el numeral diecinueve agregado al artículo dieciocho de la Ley Notarial por el articulo seis de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicado en el Registro Oficial número cuatrocientos seis de veintiocho de noviembre del dos mil seis, pongo en conocimiento del público en general, que el día viernes veintinueve de septiembre del año dos mil diecisiete, a las quince horas, en las oficinas de esta Notaría actualmente a mi cargo, situada en la calle Olmedo sinnúmero y Ayacucho, junto al Edificio Mutualista Benalcázar de la Ciudad de Tulcán, se procederá a la exhibición, apertura y lectura del testamento otorgado por la señora MARIA ESTHER JIMENEZ, el ocho de diciembre del año mil novecientos noventa y nueve, en esta Notaría ante el Licenciado Edgar Narváez Silva. Particular que pongo en conocimiento de aquellas personas que tuvieren interés en la presente sucesión testada para que concurran a la referida diligencia notarial. Tulcán, agosto 25 de 2017. DR. NELSON OSWALDO TROYA PAZMIÑO NOTARIO PÚBLICO SEGUNDO DEL CANTON TULCAN
DETECTIVES CONFIDENCIALES
Descubrimos infidelidades, fotos, videos, grabaciones telefónicas, seguimientos, mensajes escritos, correos, Whatsapp, Facebook, Twitter, Instagram, Messenger, etc. Trabajos Garantizados a Nivel Nacional
Consúltenos:
PAG/34056
B4
P44136/ai
PAÍS
Claro:0979777538 - Movistar: 0987641426 Se guardará absoluta reserva.
30-S, la justicia no llega
Este sábado se cumplen siete años de la revuelta policial del 30 de septiembre del 2010 (30-S) y un grupo de 31 militares sigue esperando una fecha para que se dilucide su situación jurídica luego de que en julio de 2015, el juez de ese entonces, Raúl Salgado, les llamara a juicio por el presunto delito contra la seguridad interior al Estado. (LC)
PAÍS
Banca estatal apoya pequeña empresa
GUAYAQUIL• El estatal Banco del Pacífico anunció la apertura de
líneas de financiamiento dirigidas a desarrollar la pequeña y mediana empresas del país mediante transacciones electrónicas de bajo costo operativo. Efraín Vieira, su presidente ejecutivo, hizo este anuncio durante un foro organizado por la Escuela de Postgrado en Ciencias de la Empresa de la Universidad Espíritu Santo. (DAB)
I
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR
B5
Flagelo acaba con Embajada de Ecuador en Washington
ACCIÓN. Agentes del SRI se llevan mercadería de una distribuidora de licor en el norte de Quito.
Operativos del SRI por timbres fiscales alteran al sector licorero Los distribuidores y expendedores piden que se aumente el plazo hasta diciembre. Denuncian pérdidas. Más de una decena de agentes del Servicio de Rentas Internas (SRI) ingresaron al local comercial de Eddy Castillo, presidente de la Federación Nacional de Distribuidores y Expendedores de Licores. Dos camionetas y un camión grande esperaban afuera y, tras una hora de charlas en las que nadie pudo ingresar al local, los oficiales comenzaron a llevarse decenas de cajas de licor. ¿Qué sucedió? Los agentes del SRI realizaron un operativo de control en las bodegas del local y encontraron varias cajas con botellas que no contaban con las nuevas etiquetas fiscales dispuestas por la entidad. El nuevo Sello de Identificación, Marcación y Rastreo (Simar) fue instaurado en 2016 y debe ser colocado en cigarrillos, cervezas y bebidas alcohólicas de fabricación nacional, pero el plazo para que todos estos productos cuenten con esta etiqueta venció en julio de este año. “Se llevaron unos 15.000 dólares en mercadería y no es justo porque contamos con todos los documentos que certifican que son productos adquiridos legalmente”, explicó Castillo, quien para poder recuperar su mercadería deberá presentar al SRI las facturas de la compra junto con las nuevas etiquetas para las botellas. Pérdidas
El inconveniente es que esas etiquetas se las tiene que poner el
Lema, quien tiene un local cercano el mercado Iñaquito y detalla que en los últimos meses ha intentado desprenderse del producto con promociones de descuentos y hasta de venta al dos por uno, productor y, como Castillo mismo “pero la situación del país no da explica, hay licores nacionales para que, al menos ahorita, la gencuyos productores ya cerraron el te nos compre”, afirma. “A mi local ya han ido varias año pasado producto de la contracción económica. Esto aplica veces del SRI, alguna vez se me solo para un pequeño porcentaje llevaron 50 cajas y eso para mí son pérdidas porque no he pode la mercadería decomisada. El problema mayor es que los dido recuperar la inversión ni la distribuidores y expendedores mercadería”, acota. Emanuel Gonza, dueño de una no han logrado deshacerse de todas las botellas que no cuentan licorería, asegura que el problema todavía con los nuevos timbres en su caso es que cuenta con profiscales a pesar de los plazos del ducto que compró el año pasado SRI. Y ahora que se realizan los y este no venía con las nuevas eticontroles la mercadería puede quetas. “Nadie nos responde los timbres porque las fábricas tamser fácilmente decomisada. Los comerciantes del gremio poco tienen. Tenemos cualquier cantidad de producto, yo aseguran que en todas las tendré unas 50 cajas de lilicorerías existen todavía EL DATO cor sin los timbres”. decenas y hasta centenares de cajas con botellas 19 meses, el que no se han vendido y En Petición Servicio que no cuentan con las Nacional de Con esto, el gremio pide Aduana del nuevas etiquetas. a las autoridades del SRI Ecuador emitió Janeth Amaguaya, tam- 1’300.000 aumenten el plazo hasta sellos. bién distribuidora de licodiciembre para poder vares, comenta que, a pesar ciar sus bodegas y contar de que el nuevo producto ya viene con los timbres reglamentarios. con las nuevas etiquetas, en sus Castillo aseguró: “Nosotros misbodegas todavía tiene unas 300 mos podemos ayudar a los concajas de alcohol, cada una con 12 troles en nuestros locales, pero botellas que no cuenta con los tim- necesitamos aprovechar una bres fiscales. temporada de alto consumo para “Hay productos que tenemos poder vender la mercadería”. desde hace dos y hasta tres años Este Diario buscó una resy no se han vendido y que tam- puesta sobre este tema por parte poco se va a poder despachar tan de un vocero del SRI y se indicó fácilmente. En bodegas tengo in- que los operativos continuarán vertido unos 30.000 dólares que durante los próximos meses y si me decomisan me puedo ir a la que los resultados de los mismos quiebra”, añade. serán informados en los próxiUn caso similar es el de Byron mos días. (LGP)
WASHINGTON, EFE• Un incendio declarado ayer por la madrugada en la Embajada de Ecuador en Washington dejó notables daños materiales en las dos plantas superiores del edificio histórico pero ningún civil herido, informó a EFE una portavoz de la legación. El fuego comenzó alrededor de la medianoche del martes en el edificio situado en el número 2535 de la calle 15 del noroeste de la ciudad por causas aún no confirmadas, aunque se baraja la hipótesis del fallo eléctrico (ver recuadro), ya que se inició en la zona de los equipos de aire acondicionado. En el momento del suceso no había nadie en la Embajada, por lo que ninguno de los 38 trabajadores de la misión resultó herido. Los bomberos de Washington tardaron unas dos horas en sofocar el potente fuego y fueron necesarios más de 100 efectivos y 20 vehículos, según el relato que los oficiales hicieron en las redes sociales. Al menos uno de los bomberos tuvo que ser trasladado a un hospital, según medios locales, pero no se conocen más detalles sobre su estado.
Lo que quedó
La Embajada amaneció ayer rodeada de vehículos de Policía, bomberos y equipos de limpieza. Algunos de los trabajadores de la delegación acudieron a ver cómo estaba el edificio, al que, por la mañana, solo podían entrar los equipos de limpieza y los que iban a evaluar los daños. “Estamos esperando una evaluación técnica más deta-
SINIESTRO. El incendio ocurrió a la medianoche de Washinton. Un bombero fue afectado. (Foto: EFE)
Provocado por cortocircuito °
Edgar Moreno, ingeniero encargado de la reconstrucción del edificio tras el sismo ocurrido en Washington en 2011, cuya presencia fue requerida al momento del incendio, indicó que el flagelo se produjo por una falla eléctrica del equipo de aire acondicionado de la parte posterior de la Embajada, debido a un cortocircuito. Moreno indicó además, que el techo de la Embajada presenta daños estructurales y su reparación podría tomar alrededor de seis meses.
llada que nos dé un informe del alcance del daño”, explicó la portavoz de la misión. El edificio, propiedad de Ecuador y de estilo ‘Beaux-Arts’, forma parte del patrimonio de la capital estadounidense y tiene la particularidad de estar situado en el corazón residencial y de ocio de la ciudad, junto al famoso parque Meridian Hill (Malcom X Park) y no en la apartada zona donde están buena parte de las embajadas.
Papa se conduele con víctimas de accidente de Otavalo QUITO, EFE• El papa Francisco expresó su pesar por las 13 víctimas mortales del accidente de tránsito el pasado 24 de septiembre en el cantón de Otavalo (Imbabura), informó ayer en un comunicado la Conferencia Episcopal Ecuatoriana. Al conocer las circunstancias del suceso, el Pontífice trasladó “su sentido pesar y expresiones de consuelo a los familiares que lloran tan sensible pérdida”, al obispo de Ibarra, monseñor Valter Maggi. Una delegación de obispos ecuatorianos se encuentra de visita en la Santa Sede, donde fueron recibidos por el Papa Fran-
VISITA. El Papa Francisco estuvo en Ecuador entre el 5 y el 8 de julio de 2015.
cisco y mantuvieron diferentes encuentros y actividades. “Los obispos desde Roma están unidos en oración por las víctimas y sus familias y junto con el Papa envían sus bendiciones”, concluye el comunicado de la Conferencia Episcopal.
GLOBAL B6
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR
I
Ataque a oleoducto causa daño ambiental en Colombia
Más de 2.000 hectáreas de cultivos afectadas por la contaminación de crudo tras atentado atribuido al ELN. BOGOTÁ, AFP • El Gobierno de Co-
lombia atribuyó ayer al Ejército de Liberación Nacional (ELN) un nuevo ataque a uno de los principales oleoductos del país, a cinco días del inicio de la tregua con esa guerrilla. “Parecería que, con estos insensatos prólogos, el ELN quisiera entrar al cese al fuego el próximo primero de octubre con el mayor repudio y descrédito posible ante la opinión pública colombiana”, dijo Juan Camilo Restrepo, jefe negociador del Gobierno en los diálogos que se desarrollan en Quito. La nueva voladura al oleoducto Caño Limón Coveñas “compromete el medio ambiente contaminando las quebradas La Cristalina, La Tiradera y al río Catatumbo”, en el noreste del país, señaló la delegación del gobierno en un comunicado. El Ejército de Liberación Nacional (ELN), única guerrilla activa en Colombia, no se ha pronunciando hasta el momento
El desastre ° La huella del desastre ambiental que desató el vertimiento de crudo
en el río Catatumbo, tras un ataque al oleoducto Caño Limón-Coveñas perpetrado por el ELN, tiene en alerta a las autoridades de Colombia y Venezuela, que adelantan labores de vigilancia y monitoreo para evitar la contaminación del fluido en las aguas del lago Maracaibo, en territorio del vecino país. Un reporte preliminar reveló que el crudo ha recorrido 107 kilómetros y su estela nociva ha anegado 2.140 hectáreas de cultivos de yuca, maíz, plátano y cacao de los municipios de Teorama, El Tarra y Tibú, en Norte de Santander.
sobre este nuevo ataque. Los daños
El atentado produjo la ruptura del ducto y el derrame de petróleo en el río y las dos quebradas en el municipio de Teorema, en el departamento de Norte de
TRAGEDIA. La línea oscura marca el avance del derrame de crudo. (Semana)
Santander, fronterizo con Venezuela, indicó en un comunicado Ecopetrol, la mayor empresa de crudo del país. “Condeno atentado a Caño Limón Coveñas, que afecta a la población civil y deja grave daño ambiental”, expresó el presidente Juan Manuel Santos en su cuenta de Twitter. El embate afectó nuevamente al oleoducto de 780 km de longitud, blanco frecuente de ataques atribuidos por autoridades a al
guerrilla guevarista. Otro ataque
El ejército también atribuyó al ELN otro ataque el martes al oleoducto pero en un tramo del departamento de Arauca (noreste), que causó un “derrame de crudo sobre la flora”, según un comunicado. Las autoridades y expertos de Ecopetrol ya se desplazaron a la zona para verificar si existen otras afectaciones al oleoducto. La empresa hizo un llamado
a los habitantes de la zona para que no se acerquen al derrame y se abstengan de prender fuego en velas, motores, fogatas y cigarrillos. En lo que va del año se han registrado 44 ataques contra la misma tubería, según Ecopetrol. El ELN, con unos 1.500 combatientes según autoridades, se opone a las multinacionales petroleras y mineras, alegando que se llevan los recursos del país en detrimento de la mayoría de la población.
Publireportaje
ZEN, el joven detergente amigable con el ambiente Siguiendo principios de respeto a la naturaleza, Ecuasabia emprende la fabricación y empaquetado de productos biodegradables. Su marca estrella lleva cinco meses en el mercado. Con más de 20 años en el mercado nacional, Ecuasabia, una empresa de desarrollo y fabricante de productos de limpieza, presenta su más reciente estrella: ZEN, el detergente elaborado con ingredientes naturales y empaquetado en presentaciones biodegradables. ZEN significa equilibrio. Su nombre armoniza con su elaboración en la que se potencializa el uso de agentes minerales y orgánicos, como el bicarbonato, la sal de benzoato y el bórax, con miles de años de uso. Esto permite ser un detergente de alta biodegradabilidad, según cuenta Luis Cordovez González, gerente general de Ecuasabia. ZEN viene en dos presentaciones: en polvo, con paquetes desde 100 gr hasta 5 kilos. Y también en líquido, con botellas de 500 ml, 2 litros y galón. Sus ingredientes garantizan ropa limpia, perfumada, con colores vivos y sobre todo con más tiempo de vida. Cordobés dice que la composición de este detergente hace que sus residuos se degraden con más rapidez, a diferencia de otros productos similares que, por el uso de cloros en polvo, partículas, encimas, blanqueadores, son altamente dañinos para las personas y el ambiente. Un producto para cada necesidad Asimismo, hay un ZEN para cada necesidad. Para lavar la ropa de los deportistas Ecuasabia ofrece ZEN Sport, hecho para eliminar los olores que genera el sudor. ZEN Soft, en cambio, lava, desinfecta y suaviza su ropa sin necesidad de añadir otros productos. Tiene más compuesto suavizante y es excelente para la ropa íntima y delicada. ZEN Ultra incluye solo con bicarbonato y es recomendado para el lavado de ropa muy sucia. Sus compuestos hacen que los colores sean más vivos. ZEN Complet, finalmente, es de amplio espectro, pues tiene los tres elementos de su fórmula magistral: bicarbonato, sal de Epsom y bórax. Con esto logra desinfección, limpieza y suavidad. Con sello verde ZEN tiene cinco meses en el mercado y debido a las alianzas estratégicas en las que confía
Ecuasabia, ha sido posible ingresar a las grandes cadenas de supermercados, como Supermaxi, Magda y otras. Estas firmas –dice Cordobés- confían y “dan canal y ojos a emprendimientos diferentes de calidad con conciencia ecológica”. El detergente es el resultado de estudios propios y de aportes conseguidos de investigaciones internacionales. Todos actúan con los estándares INEN. Por ello, Ecuasabia emprendió el proceso de transición de empaques de plástico a biodegradables elaborados con base en papel hecho con el bagazo de la caña de azúcar. Esta es otra forma en que Ecuasabia contribuye con el planeta. Así, el joven detergente ZEN es una demostración de que en el país se realizan productos de altísima calidad con materia prima nacional, a precios razonables y amigables con el ambiente. (O SOXV GH OD ILUPD Ecuasabia –dice Luis Cordovez González– se caracteriza además por ofrecer una amplia línea de productos de limpieza para el hogar, así como de belleza. Fabrica limpiavidrios (O ELFDUERQDWR HOLPLQD WRGR sin amoniaco, desengrasantes con extractos naturales rastro de olor, es un excelente obtenidos de los cítricos y no del petróleo, desinfectantes con esencias de plantas como el eucalipto, que es antibacteantibacterial. rial. También pone a disposición la línea cosmética Studio (O EyUD[ HV XQ DQWLI~QJLFR \ Nuna, que significa ‘Estudio del alma’, con la producción de no es dañino. jabones, champú, rinse, crema, con un toque sensorial, para permitir que desde la ducha o cuarto de baño el usuario /D VDO GH (SVRP HV XQ EXHQ disfrute de fragancias que le lleven a una experiencia de suavizante. aromaterapia.
Bondades Elementos usados
GLOBAL
Avianca rompe negociaciones con huelguistas
BOGOTÁ, AFP • Avianca, la principal aerolínea de Colombia, se levantó ayer de la mesa de
negociaciones para acabar con la huelga que iniciaron hace una semana la mitad de sus pilotos, informaron las partes. “Avianca no puede más”, el presidente de la aerolínea, Germán Efromovich. “Los pilotos que están en paro no quieren negociar (...) ahora quien va a decidir esto es la Justicia”. El cese de actividades ha afectado a más 162.000 pasajeros por la cancelación de 1.690 vuelos nacionales e internacionales.
I
Crece tensión en Cataluña A cuatro días de la fecha para el referéndum por la independencia, la Justicia ordena cerrar los centros de votación.
BARCELONA/MADRID, EFE • El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) tomó ayer el control de las actuaciones para evitar el referéndum ilegal del primero de octubre, hasta ahora promovidas por la Fiscalía, y ordenó a la Policía que cierre los centros de votación e impida que se prepare la consulta en ellos. A cuatro días de la fecha fijada por el Gobierno catalán para celebrar el referéndum, la magistrada del TSJC Mercedes Armas ordenó a la Policía catalana, conocida como Mossos d’Esquadra, la Policía Nacional y la Guardia Civil que, de forma conjunta, impidan que se abran los locales designados para la consulta secesionista y requisen el material electoral que encuentren en los mismos.
Llamamientos políticos Diálogo ante la seseción
Los socialistas (PSOE) y los liberales (Ciudadanos) hicieron llamamientos al Ejecutivo °catalán para que retire su pretensión de una consulta y recupere el diálogo con el Gobierno español.
También llamó al diálogo y a una solución basada en el respeto a las leyes, la Conferencia °Episcopal Española (CEE), después de que más de 300 sacerdotes y diáconos catalanes
firmaran un manifiesto de apoyo a la independencia y, posteriormente, otros 400 religiosos pidieran la mediación del papa Francisco a favor de la consulta.
Desde las filas secesionistas, el presidente catalán Carles Puigdemont, convocó para este °jueves la llamada Junta de Seguridad de Cataluña, un organismo que agrupa a los responsables en ese ámbito tanto de carácter estatal como regional.
La convocatoria es otra muestra de la distancia entre el Gobierno español y el autonómico, °porque la reunión debe hacerse por iniciativa de ambas partes y Puigdemont ha optado por hacerlo de modo unilateral.
Podrían ser más
Según El Universal, que cita fuentes de la Fiscalía, el número de víctimas asciende a 16 y po-
dría aumentar ya que otros cinco hombres y una mujer resultaron gravemente heridos. Medios locales coinciden en señalar que un número indeterminado de pistoleros perpetraron el ataque en un centro de rehabilitación para adictos denominado ‘Uniendo familias, para vivir mejor’, ubicado en la colonia Rosario de esa ciudad del norte de México. También aseguran que los atacantes portaban rifles de asalto e iban vestidos con trajes militares y que en el momento del suceso más de una veintena de personas se encontraban en el local. Los heridos han sido trasladados a diversos hospitales de
MINUTERO El ‘Sí’ a independencia gana en referéndum del Kurdistán Kurdistán iraquí anunció ayer que más del 92% de los votantes dijeron ‘Sí’ en el referéndum de independencia que se celebró el pasado día 25 en esa región autónoma, a pesar de la oposición del Gobierno central de Bagdad y de la comunidad internacional. El jefe de ese organismo, Handarin Mohamad, dijo que el 92,73% de los poco más de tres millones de personas que acudieron a las urnas apoyó la independencia, en una consulta con un porcentaje de participación del 72,16%.
SOLIDARIDAD. Respaldo a la independencia catalana en El Salvador. (EFE)
¿Por qué Cataluña quiere separarse? ° La independencia de la región de Cataluña está cruzada por aspectos económicos, políticos y culturales que se remontan a finales del siglo XIX. Ahora, la
crisis económica sumada a varias disposiciones recientes del gobierno de Mariano Rajoy en el sentido de una re-centralización del país, han reavivado los ánimos independentistas de la que es la región más rica de España. YG no se trata de una minoría que busca la soberanía, sino que España enfrenta a un movimiento catalán transversal que afecta a todas las clases y sectores sociales, y que podría alcanzar una mayoría. Es este hecho el que ha forzado al Gobierno y al parlamento catalán a comenzar un proceso político en el que el pueblo de Cataluña decida en un referéndum si desea quedarse o no bajo la órbita del Gobierno de Madrid. La respuesta del gobierno central no se hizo esperar, y contó con el firme respaldo de la Unión Europea (UE) que esta semana, a través de su vicepresidenta, Vivianne Reding, ha recordado una vez más que en caso de separarse de España Cataluña quedará automáticamente fuera del bloque.
Ejecutan al menos a 14 personas en México MÉXICO, EFE • Varios sujetos armados ejecutaron anoche al menos a 14 personas e hirieron a otras 8 en un centro de rehabilitación de la ciudad mexicana de Chihuahua, informaron diversos medios locales. El ataque fue perpetrado aproximadamente a las 21:00 hora local cuando los agresores, que llevaban el rostro cubierto, penetraron en un inmueble y dispararon contra las personas que se encontraban allí, asegura el diario Reforma.
B7
(IRAK), EFE • La °AltaERBIL Comisión Electoral del
Operativo policial
La juez solicitó también a la Fiscalía que cese en sus “diligencias, actuaciones e instrucciones” sobre el referéndum ilegal, ya que será ella quien asuma las próximas directrices, tras semanas en que las que el Ministerio Público ha llevado la iniciativa. La Fiscalía dispuso también que la Guardia Civil y la Policía Nacional, junto a las policías locales, apoyaran si fuera necesario a los Mossos d’Esquadra, después de que la Policía catalana expresara sus reticencias a la orden de precintar los locales del referéndum antes del próximo sábado. En este contexto se enmarca la advertencia del jefe de los Mossos, ante el temor de posibles desórdenes.
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR
México hace el recuento de daños tras terremoto
MÉXICO, AFP • Los terremotos y la tormenta tropical Lidia que golpearon a México en septiembre dejaron más de 400 muertos y 150.000 casas dañadas en varios estados del país, y ahora necesitará una inversión multimillonaria para su reconstrucción, según cifras oficiales divulgadas este miércoles. Los daños también abarcan a poco más de 12.000 escuelas, que requerirán 13.000 millones de pesos (cerca de 717 millones de dólares) para su rehabilitación, y a 1.500 monumentos históricos, que necesitarán 8.000 millones de pesos (unos 440 millones de dólares).
Oposición abandona negociación en Venezuela EFE • La oposi°ciónCARACAS, venezolana abandonó
OPERATIVO. Las fuerzas de seguridad han instalado puntos de control para localizar a los responsables del ataque. (EFE)
la capital del Estado. Zona peligrosa
Por el momento, se ignoran las causas que motivaron el ataque. El estado de Chihuahua compar-
te frontera con Estados Unidos y es una de la zonas del país más afectadas por la violencia que imponen los cárteles de la droga y otros grupos criminales que operan allí.
el proceso de negociación política que inició este mes en República Dominicana con representantes del Gobierno de Nicolás Maduro, como ocurrió en diciembre pasado, al alegar que no se cumplen las condiciones para la continuidad de las conversaciones. La alianza de partidos opositores Mesa de la Unidad Democrática (MUD) denunció que el oficialismo no ha cumplido unos compromisos suscritos en las primeras reuniones exploratorias y, por tanto, “no habrá nadie viajando” hoy.
SE CASÓ CON UN NERD
TEMPO B8
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR
I
Sofía Vergara declaró en el programa de Stephen Colbert que su esposo “es un ‘nerd’”. “Yo siempre le digo que está atrapado en el cuerpo equivocado. Lo único que hace es leer y jugar a ‘Calabozos y dragones’, es lo suyo”, aseguró entre risas la colombiana a su paso por el show televisivo. (CC)
CINCO MINUTOS DE BELLEZA
“Tengo casi 53 años y sigo trabajando, así que no creo que se trate solo de belleza”, dijo Mónica Bellucci en una entrevista a medios internacionales y defendió el oficio en el que ha luchado por más de 25 años. “El impacto de la belleza dura apenas cinco minutos. La curiosidad inicial se queda en nada si detrás de esa belleza no sucede nada más”, expresó. AGENCIAS
‘Lollapalooza’ y ‘Estéreo Picnic’ se toman Latinoamérica
FESTIVALES
Ya se dieron a conocer los carteles para los principales encuentros musicales del año entrante. Colombia, Chile, Argentina y Brasil, países donde se desarrollan los cuatro encuentros musicales más grandes de Sudamérica, ayer dieron a conocer sus carteles en-
torno a los festivales ‘Lollapalooza’ y ‘Estéreo Picnic’. La agrupación Gorillaz, creada por el británico Damon Albarn, y la banda estadounidense The Ki-
ROCK. Red Hot Chili Peppers regresa a ‘Lollapalooza’ en latiniamérica, luego de cuatro años.
llers encabezan el cartel de la novena edición del Festival Estéreo Picnic, el más importante de Colombia, que se celebrará en marzo del próximo año en Bogotá.
P
AMBATO 20 -21 octubre – 2017
INSTITUCION PARA CHEFS
El festival, que se realizará del mediados de este año, cuando su 23 al 25 de marzo de 2018, con el vocalista volvió al país y anunció lema “Un mundo distinto”, tiene que retomaría el proyecto. Su última producción ‘Amael “cartel más contundente” de su historia, dijeron los organiza- rilla’ ya se encuentra en las principales plataformas de música dores en un comunicado. Además, es la primera vez ‘streaming’ en la web. que logra un récord de preventa, ya que 5.000 personas Los ‘Lollas’ compraron sus entradas en las Las bandas de rock alternativo primeras 75 horas sin que la or- Pearl Jam y Red Hot Chili Pepganización hubiera anunciado pers son junto a The Killers los los artistas. La agrupación que protagonistas principales del encabeza el cartel es Gorillaz, cartel del ‘Lollapalooza 2018’, el una banda digital y transme- evento de música internacional diática con personajes anima- más importante del sur del condos, creada por el británico Da- tinente. Argentina, Chile y Brasil mon Albarn, también vocalista celebrarán un festival que contade Blur, que cuenta con colabo- rá con más de 100 artistas. Por raciones de artistas legendarios primera vez este año los conciercomo Lou Reed o Snoop Dogg. tos se ampliarán a tres días tras Gorillaz estará por primera vez agotar la oferta de localidades en en Colombia para presentar su sus últimas ediciones. más reciente disco, ‘HuLos días 16, 17 y 18 de manz’, que tiene la par- EL DATO marzo tendrá lugar en el ticipación de la cantante Hipódromo de San Isidro colombiana Kali Uchis. ‘Lollapalooza’ de Buenos Aires la verfue creado en Los organizadores 1991 por Perry sión argentina del festival en prometen que en su Farrell y en el Parque O’Higgins Estados Unidos presentación harán un como un festival de Santiago, la chilena. “recorrido sonoro por itinerante. Esta última ya cuenta con himnos eternos” de sus ocho ediciones y más de anteriores producciones. La 900.000 asistentes. El turno de otra banda que encabeza el ‘Lollapalooza’ Brasil será los días cartel es The Killers, oriunda 23, 24 y 25 de marzo en el Autóde Las Vegas y encabezada por dromo de Interlagos. Con el carel cantante Brandon Flowers, tel sobre la mesa, Pearl Jam, una que hace menos de una sema- de las bandas más influyentes de na lanzó ‘Wonderful Won- los últimos 30 años, regresará al derful’, su quinto álbum de ‘Lollapalooza’. Por su parte, los estudio. Los estadounidenses californianos Red Hot Chili Pepregresan al festival después pers aterrizarán con su último de participar en la edición de trabajo ‘The Getaway’. 2013. Imagine Dragons, objeto de adoración en todo el planeta, también regresan a LollapalooEcuador presente Otra de las sorpresas anuncia- za como un fenómeno consadas para el festival es la pre- grado. Además, el festival consencia de la agrupación ecuato- tará con la participación de los riana La Máquina, quienes en estadounidenses Lana del Rey 2016 participaron también del o la banda LCD Soundsystem. festival internacional ‘Lollapa- Para culminar este gran arsenal looza’ en Argentina. Los ‘Ca- musical, The National será uno maleones’ liderados por Felipe de los grandes nombres de la Lizarzaburu tuvieron un parón escena alternativa junto a Liam musical justamente después de Gallagher, que vivirá su estreno aquella presentación, hasta como solista. (CC)
INTERCULTURAL
B9
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora ECUADOR
I
MAÍZ. Se realiza el compartimiento de los alimentos.
MUJER. Representa la fertilidad de la Madre Tierra.
EL KULLA RAYMI SE MANTIENE VIGENTE EN EL PUEBLO SALASAKA Bendijeron las semillas, agradecieron a la Madre Tierra y compartieron alimentos para dar inicio a los cultivos. Otras celebraciones °Ángel Masaquiza, quien encabeza las actividades que se realizan en la comunidad Salasaka, manifiesta lo importante que es para el pueblo indígena rescatar sus tradiciones. En ese marco informó que los salasakas tienen otra festividad importante, que es la del Día de los difuntos, porque llevan alimentos para servirse y compartir con sus seres queridos. En noviembre realizan la fiesta del Tzawarmishki, que es la preparación de un alimento tradicional que se prepara con el agua, que tiene un dulce natural, que se extrae de los pencos de la cabuya, más arroz de cebada y polvo de maíz.
ALIMENTOS. Ritual de fertilidad en donde la comunidad agradece a la naturaleza.
E
l tiempo de la fecundidad dio inicio en la comunidad Salasaka (Pelileo), que se encuentra a 14 km de Ambato (Tungurahua). Se trata del equinoccio de verano conocido como Kulla Raymi que fue celebrado con rituales ancestrales, danzas y cánticos. El 21 de septiembre, el inicio del nuevo año, es la época cuando empieza el equinoccio, es decir la aparición de la luna llena y con ello inicia el cultivo de los productos, que en Salasaka se realiza durante un mes aproximadamente, según sus creencias.
Y precisamente para rescatar las tradiciones en el inicio de las cosechas, los salasakas realizaron una ceremonia en el mercado Kayac Raymi, donde la colectividad conjuntamente con autoridades del cantón participaron en la bendición de las semillas, la gratitud a la Madre Tierra, compartieron los alimentos (pampa mesa), y disfrutaron de danzas, cánticos, entre otros eventos. Homenaje a la fertilidad
La celebración empezó con la entrada de Samia Masaquiza, la Killa Raymi o princesa, que representa a la Madre Luna y simboliza la fertilidad. “Para los indígenas es la celebración de las cosechas, ya que nosotros como generación contemporánea queremos recuperar y potenciar nuestras costumbres”, aseguró. Luego, todos los participantes, incluidos los infantes, quienes son los encargados de mantener estas tradiciones, se trasladaron a una chacra cercana (terreno con sembríos) para ser parte del ritual de la bendición y siembra de las semillas. Tras la siembra regresaron a la plaza, donde varias personas compartieron alimentos, en lo que se conoce como la pampa mesa. Los habitantes de Salasaka, sus autoridades, invitados y turistas presentes degustaron maíz, habas, tostado, choclos, chochos… productos propios del lugar, que fueron extendidos sobre una mesa. La celebración finalizó con juegos ancestrales, danzas y música.
Celebraciones
La próxima celebración es el Kapak Raymi, el 21 de diciembre. En esta época los sembríos, especialmente de maíz, están en etapa de desarrollo, es por eso que lo relacionan con el crecimiento de los niños. En esas fechas, en Salasaka, se rinde homenaje a los líderes de la comunidad y se agasaja a los niños con regalos que por lo general suelen ser animales para que los críen y de esa manera fomentar en ellos responsabilidad. En el equinoccio del 21 de marzo se celebra el Pawkar Raymi, tiempo en que el sol está más cerca de la tierra, y es la época del florecimiento de sus cultivos, como el brote del maíz, que luego es recolectado por toda la comunidad. A mediados de junio, cuando la cosecha empieza a madurar, es recolectada; se escogen las diferentes clases de maíz para preparar la chicha. Es la celebración del Inti Raymi, en agradecimiento a la Madre Tierra y al Padre Sol por los alimentos. Esta es la festividad más grande donde, antiguamente, incluso hacían sacrificios a mujeres. “Considero esto muy importante, ya que con ello damos a conocer lo que hacían nuestros antepasados, dar gracias a la Tierra por todos los productos que la misma produce, es muy interesante y se debería dar a conocer incluso a nivel del mundo porque lo que tenemos en nuestro Ecuador es fantástico”, manifestó Marco Riofrío, miembro del Concejo Cantonal de Pelileo. (EO)
MOSAICO B10
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR
• HORAGRAMA
H. MARCELO MEJIA R. hmejia@lahora.com.ec
¿Nació un 28 de Septiembre?
actRiz, cantantE, EMpREsaRia EstadounidEnsE.
Su fuerza de voluntad y energía hacen que casi nada sea imposible para Ud. Estas virtudes lo pueden llevar a conquistar sus más anheladas y altas metas, pero deberá procurar manejar con humildad el poder que adquiera a lo largo de su vida.
calaMbRE dE los Músculos
E
REnta, tasa
MonEda dE tuRquía cantidad,
ARIES
haciEnda
TVFAN
cloRuRo
Estado dE asia Río dEl EcuadoR
látEx cuadRúpEdo
dEbilidad
pEñasco con sal
ciudad dE Japón MagistRado dE EspaRta
nEblina
soMbRERo
Músico, coMpositoR y pRoductoR Esta-
Ouija, el origen del mal
cabER
hEREdad,
HBO:23:00
oMEga
(mayo 21 - junio 21)
paREJa
giRaR
pEquEña lEngua coMplicada
llanuRa
instituiR
Río dE alEMania gitano dE
astato
cabEllo blanco
MonEda dE costa Rica caRRo En
buRla coMbinaR El agua con algo
O
síMbolo dEl Racano
5 6
4 1 9
MAX: 12:05
°
9 5 3 7 8 2 7 2
7 9 1 8 7 6 3 3 5 1 6 9 4 3 5 6 1 2 8 7 8 5 4
6
1
4 8 8 7 2 5 9 4 7 6
3 6
4
5
1 9 5 6 3 1 9 4 2 7 8 8 2 1 3 9 4 5 7 1 2 9 3 6
3 7 6
2
5 8 8 5 9 4 7
2
CÁPSULA CIENTÍFICA
O
R
A
L
M
I
Y
Símbolo de
aStato departamen to del perú
A
T
L
M
A
O
E
R
R
aborreCer
T A
ConviCta
CÁNCER
(junio 22 - julio 22)
contRubuiR con pRopio EsfuERzo EJEcución dE algo
R
O
O N
A
R
L
O
A
N
O
A
O
D
G
A
embate
S
A M O R A CELEBRIDADES O S S GASPARD MONGE I m j (1746 - 1818) N A MAtEMáticO, MilitAR r E iNGENiEROfRANcES., f C , fuNDADOR DE lA GEOMEtRíA E DEScRiPtivA. Y E ortija
oneda de apón
egión de ranCia oChe automóvil
T
A
reperCuSión
eSColar eSpeCie de búfalo pigmeo
O
C
R
O
CalifiCaCión
agujerear
S
A
equivoCaCión
I
N
Capital de egipto (el) perforar,
T
A
A
C
gentío
C
R
R
R
E
E
moneda de Colombia tumulto,
A
T
E
muSiCal
O
Capital de noruega
A
T
derroChar
O A
ofidio de gran tamaño variedad de plátano
A
A
primera nota
reCua, traílla iSla de greCia
S
B
funeSto
O
Ciudad de italia
litera, palaquiín
deSembolSar,
E
fraganCia
F
1 2 3 5
5 7 9 8 3
I
Atención: en América se vive más pero… WASHINGTON, AFP • América aumentó la esperanza de vida a 75 años, casi cinco años más que el promedio mundial, pero en la región más desigual del planeta se sigue muriendo principalmente por enfermedades prevenibles, señaló el martes la Organización Panamericana de la Salud (OPS). “La población ha ganado 16 años de vida como promedio en los últimos 45 años, es decir, prácticamente dos años por quinquenio”, indicó el informe
inglatERRa
ViEnto quE sopla dEl E. síMbolo dEl MolibdEno
T
prinCeSa inCa en impreSoS
O
T
aStado
Sobar,
M
ConCluir,
A
palpar habitaCión en inlgéS
A
D
A
de preCio elevado
terminar
L
aCertar
químiCo de Símbolo ne.
C
A
C
A
R
eStrella en ingléS
labrar
C
A
R
O
M
taberna
R
A
B liZa
O
papagayo Cabello blanCo
N
A L
O R
C
eStampa perro
R
aCtor, direCtor, pro duCtor, eSta dounidenSe
Carro en ingléS
T
A
N
O
E
N
parte poSte rior del pie
K
R
E
T
E
A
R
A
V
O
N
ZarCillo
R
CalCio
A
ramo largo y delgado
Símbolo de roentgen
O
benigno y
A
M
hermano de moiSéS
A
A
R
O
R
A
C
Capital de italia Ciudad de japón
R
P
R
Cargo de un
S
A
I
N
labrar
A meS lunar mahometano
A
C
O
Símbolo del
N
A
L
enSenada
mahometano
R
(julio 23 - agosto 22)
niquel
neutro
Símbolo de
R
libro Sagrado
hogar
artíCulo
LEO
Suave
Ciudad de yemen
N S
miniStro
parafina
A E
A
Símbolo de nobelio
omega
O
C
familia
L
I
N
Su mente será brillante y reforzada con una memoria muy fuerte, lo cual deberá aprovechar en sus estudios. RECUERDE: El mejor método para encontrar la felicidad es trabajar por la felicidad de los demás.
VIRGO
(agosto 23 - septiembre 22)
La situación económica será muy buena en este período y puede contar con la ayuda y el apoyo de sus padres. RECUERDE: ¡Que humildad tan humana la humildad verdadera!
LIBRA
(septiembre 23 - octubre 22)
Adiós al lenguaje
4 8
D
Saludo indio
santo
1 6 2 9 5 3 4 2
A
aCtriZ, Cantante y modelo eSta dounidenSe
apócopE dE
Nro. 4046
caRbono
Sus deseos de que su familia crezca serán mucho mayores y es posible que lo logre. RECUERDE: El estado de serenidad y paz lo introducen en el ámbito de la felicidad.
La relación entre sus padres tomará mayor relevancia dentro de su vida. Esos tenderán a llevarse mejor. RECUERDE: Todo tiene remedio.
R
P
hogaR
Un relato sobre las infidelidades de dos parejas distintas y el perro que presencia ambas historias. Ganadora del Premio de Jurado en el Festival de Cannes del 2014, esta película dirigida por Jean-Luc Godard está protagonizada por Héloise Godet y Kamel Abdeli.
REina dE
Solución anterior
Radio
Nro. 4047
iglEsia, catEdRal
diluVio
Raza
inglés
• HORAKU
síMbolo dEl
patRiaRca dEl chanza,
síMbolo dEl
astRo REy
tacaño
sEca, EstéRil
cuERda gRuEsa dE EspaRto
atoMo
GÉMINIS
considERaR
EnsEnada
°
REnoMbRE REputación
MahoMEtano
RulaR, ViRaR
haciEnda
Los Ángeles, 1967. Una madre viuda y sus dos hijas invitan inadvertidamente a su hogar a una peligrosa entidad paranormal, después de añadir un nuevo truco para mejorar sus falsas sesiones espiritistas. Pero cuando la más pequeña de las chicas es poseída por el malvado espíritu, la familia deberá enfrentar sus peores miedos para salvarla y enviar a la entidad de vuelta al otro lado.
(abril 20 - mayo 20)
El área del trabajo tiende a mejorar y a ofrecerle muy buenas oportunidades. Es posible que reciba un ascenso dentro de su trabajo. RECUERDE: ¡Siga adelante con coraje y valor!
ExcEdER
libRo sagRado
pRoVincia dE España
coRtaR
dounidEnsE
TAURO
REalizaR,
fEMEnino
asoMbRaR patRiaRca dEl diluVio
La situación dentro de su matrimonio es positiva y ambos disfrutarán de la relación. RECUERDE: Su sonrisa ha de ser la revelación de su alma agradecida por la vida.
fotogRaViaR
dpto. dE honduRas VEllón
sazonaR dEclinación
(marzo 21 - abril 19)
dEpaRtaMEnto dE VEnEzuEla apaRato patRa
sódico
tuRbaR,
HORÓSCOPO
“Salud en las Américas + 2017”, la publicación insignia de la OPS que cada cinco años desde 1956 analiza las tendencias, los desafíos y las condiciones de salud en el continente. Sin embargo, la región debe aún combatir enfermedades no transmisibles (ENT), como el cáncer, la diabetes y las dolencias cardiovasculares y respiratorias, asociadas a estilos de vida y responsables de cuatro de cada cinco muertes anuales. Alimentación poco saludable, actividad física insuficiente,
CUIDADO. La región tiene la prevalencia más alta de sobrepeso y obesidad.
tabaquismo y consumo nocivo de alcohol son los principales factores de riesgo de estos males, según la OPS, que prevé un aumento de casos de ENT. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec
MICROBIOGRAFÍA
Víctor Jara (1932 – 1973)
Músico, cantautor, profesor y director de teatro chileno. Militante del Partido Comunista. Su figura es un referente internacional de la canción protesta. Uno de los artistas más emblemáticos del movimiento llamado ‘Nueva Canción Chilena’. Su ideología se refleja en su obra artística. Tras el golpe de Estado que derrocó al gobierno de Salvador Allende el 11 de septiembre de 1973, Jara fue detenido por la dictadura militar recién establecida. Fue torturado y asesinado en el Estadio Chile, que con el retorno de la democracia fue renombrado ‘Estadio Víctor Jara’. (OG)
Su personalidad llamará la atención donde Ud. se encuentre. Su alegría y positivismo es contagioso y atractivo. RECUERDE: Quien posee la actitud de la serenidad puede disfrutar de la vida aun en medio de las dificultades.
ESCORPIO
(octubre 23 - noviembre 21)
La familia será dónde se enfoque sus preocupaciones. Su padre y madre serán de gran ayuda para salir del desánimo. RECUERDE: El optimismo y la fe nos ayudan a volar muy alto.
SAGITARIO
(noviembre 22 - diciembre 21)
Aproveche la energía y la ayuda que recibirá en el área de los proyectos y póngalos a trabajar. RECUERDE: La contemplación le concede paz interior.
CAPRICORNIO
(diciembre 22 - enero 19)
Buena situación dentro de la profesión. La relación con su padre será más cercana y afectuosa. RECUEDE: Basta con ser persona para ser dignidad humana.
ACUARIO
(enero 20 - febrero 19)
Sus cuñados mostrarán una actitud afectuosa y familiar con Ud. Su interés por la religión y la filosofía será más fuerte. RECUERDE: Dé lo mejor de Ud a quienes le rodean.
PISCIS
(febrero 20 - marzo 20)
La adaptabilidad a los cambios mejora, lo cual ayuda a que estos den paso a nuevas y mejores situaciones. RECUERDE: La generosidad no consiste en dar, sino en darse con amor total.
CRONOS B11
tiempo lectura 15 min.
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora ECUADOR
D
Estrellas en la red
No lo dejó pasar por alto
Cristiano Ronaldo cumplió 400 partidos con el Real Madrid y lo festejó junto a sus compañeros. De regreso a Madrid, tras jugar ante el Dortmund en la Champions League, el delantero posteó una fotografía en Instagram (@ ronaldo) junto a sus amigos del equipo y una camiseta con el número 400. (JG)
Araúz vive y respira fútbol
La estratega alista a la ‘Tricolor’ para los Juegos Bolivarianos, que serán en noviembre. VANESSA ARAUZ
Desde niña sabía que quería entregarle su vida al fútbol y a sus 28 años lo vuelve a ratificar. Vanessa Arauz, quien fue la primera directora técnica de fútbol del país, se declara una soñadora innata. Todo lo que se ha propuesto lo ha conseguido. Su próximo objetivo es dirigir en Europa o en Estados Unidos. Por el momento se concentra en la Selección femenina Sub-20, con la que disputará en noviembre
los Juegos Bolivarianos, en Santa Marta, Colombia. También aprovecha para analizar el momento del fútbol femenino nacional, el que tuvo un cambio positivo a partir de la participación en el Mundial de Canadá 2015. Araúz estuvo en el banquillo como DT. En este mes fue designada como instructora oficial de la Conmebol. ¿Qué significa esto para usted?
Un paso más a nivel personal. Puedo compartir experiencias y conocimientos sobre lo que que se va viviendo en el fútbol femenino de Sudamérica. Espero aprender de esta nueva experiencia. ¿Por qué decidió entregar su vida al fútbol?
Se debe generar una cultura de fútbol femenino, en el que las niñas puedan jugar al 100% desde pequeñas”. VANESSA ARAUZ,
DT DE LA SELECCIÓN SUB-20.
ESTRATEGA. Vanessa Arauz se graduó como DT en 2011.
Desde muy pequeña el fútbol me cambió la vida. Me enseñó muchas cosas, como el respeto, la responsabilidad, el sentido de la lucha y de la motivación. A través de este se puede llevar mensajes positivos, enseñar a las personas a luchar por sus sueños, a trabajar duro y a no rendirse. Al fútbol le agradezco todo lo que tengo. Por eso le dedico el 100 % de mi vida. ¿Cómo cambió el Mundial tanto en su vida como en el fútbol ecuatoriano?
Me mostró una faceta que no conocía de fútbol femenino a escala internacional. El haber enfrentado a Canadá, Suiza, Japón y Camerún nos enseñó cómo hacer las cosas y también cómo se deben realizar los procesos para llegar en mejores condiciones en otra clasificación. En cuanto al fútbol femenino, abrió las puertas para que jugadoras ecuatorianas salgan a reforzar equipos del extranjero y para que exista más apoyo de los padres de familia, de los medios y de otros sectores. Luego del Mundial recibió reconocimientos, como el Récord Guiness al ser la DT más joven en dirigir un
Mundial. ¿Esto le sirvió para recibir alguna oferta del exterior?
Se ha generado bastante interés en Estado Unidos. Pero ha sido una propuesta en concreto. No me he puesto a analizar porque estoy cumpliendo con mi trabajo con la Selección. En su determinado lo haré. Sin embargo, cuando he ido alguna charla o seminario, siempre existe un gran reconocimiento. Si bien está enfocada con la Selección Sub 20, ¿cuál es el su sueño?
Aspiro a seguir teniendo la motivación y las ganas de seguir luchando y cumpliendo sueños. Una de las cosas que siempre he querido es llegar al fútbol del extranjero y poder avanzar un poco más. Me gustaría Europa o Estados Unidos. Además, ser instructora de la FIFA. Si le proponen de dirigir un equipo de hombres, ¿la aceptaría?
Sobre la estratega Vanessa Arauz se graduó en 2011 °como directora técnica en el insti-
tuto de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF). Fue la encargada de llevar a la Selección femenina a su primer Mundial, en 2015. Además, ingresó en los registros del Récord Guiness al ser la entrenadora más joven en dirigir en un Mundial, con 26 años. Desde 2013 está a cargo de las todas las selecciones femeninas del país. (JG)
ayudarán a mejorar el fútbol en nuestro país. ¿Es viable ese proyecto, tomando en cuenta que se necesita mucha inversión y el apoyo de la empresa privada?
Tal vez sea bastante duro al inicio, pero si no se lo intenta nunca Sería un honor y un halagado vamos a saber si podrá funcionar que me tomaran en cuenta, ha- o no. Venezuela, por ejemplo, que biendo tantos técnicos recono- tiene una crisis económica muy fuerte ha logrado sacar cidos a escala mundial, este proyecto adelante. para cumplir esta miEn el país, el apoyo al fútsión. Pero no aceptaría. MILLONES Desde los pocos años que de mujeres practican bol femenino ha ido crefútbol, según un ciendo. Por eso es imporllevo en el fútbol he tra- informe de Pedro bajado tanto en el fútbol Malabia, director de tante hacer una buena femenino de campaña e incentivar al femenino, en el que me fútbol La Liga Española, entregado en 2016. público a que asista a los he estado especializando, partidos. De la noche a la que se alejaría de lo que mañana no vamos a tener estahe venido realizando. dios llenos, pero sí vamos a tener un cambio. ¿Qué le hace falta al fútbol feme-
30
nino nacional para sobresalir más?
A nivel de Sudamericana hemos mejorado bastante. Sin embargo, nos hace falta una Liga Profesional como la de Venezuela o la de Colombia. Eso marca mucho la diferencia a nivel de jugadoras, porque permite tener un roce más fuerte. Aquí se está trabajando para que máximo en 2019 se realice la Liga Profesional de Fútbol femenina. Se vendrán cambios importantes que
¿Usted está en conversaciones con la Federación Ecuatoriana de Fútbol para crear la Liga Profesional?
El presidente de la Federación, Carlos Villacís, manifestó que tiene un interés grande en lanzar este proyecto. Sin olvidar el futbol a la Comisión Nacional de Fútbol Amateur del Ecuador, que realizó el Campeonato femenino. Es importante generar esta alianza. (JG)
CRONOS B12
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR
‘Esto es solo el principio’
D
Luego de la victoria 3-0 del París Saint-Germain sobre el Bayern Múnich en la segunda jornada de la Liga de Campeones, Kylian Mbappé dijo que: “Es solo el principio. Queríamos hacer un gran partido contra un gran equipo, hicimos un partido completo y ahora a otra cosa”. AFP
Romario llega a la ‘Tricolor’ GUAYAQUIL• La ausencia de Mar-
cos Caicedo fue confirmada en la Selección nacional. En su lugar se llamó a Romario Ibarra, para completar la nómina que enfrentará a Chile y Argentina en las dos últimas jornadas de Eliminatorias. La Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) oficializó que el elemento ‘canario’ no estará con la Selección. Por ello se pensó en Ibarra, quien milita en Universidad Católica y que justamente ahí fue dirigido por el entrenador Jorge Célico. Caicedo presenta un esguince de rodilla, incluso no jugó el lunes ante Delfín de Manta, por torneo doméstico y el cuerpo médico pidió que lo dejen en el club para recuperarlo. Fue entonces que el timonel del combinado patrio pensó en llamar a un hombre de su confianza. Célico sostuvo que la idea era convocar a un jugador que tenga similares características que Marcos y a su
parecer ese es Ibarra. El mediocampista indicó que su convocatoria se la ha ganado y agradeció al timonel argentino. “Lo tomé con tranquilidad, muy contento, muchos familiares y amigos me escribieron para felicitarme. Creo que he hecho buenos partidos a pesar que el equipo no está bien, he sido regular en el año, entonces me lo he ganado”, señaló a los medios. Añadió que “trabajé bastante tiempo con él (Célico) si debo quedarme en Quito, trataré de ayudar a mis compañeros en todo y si debo viajar a Chile, me entregaré al cien por ciento”. A su vez mencionó que será la primera vez que le toque concentrar con su hermano Renato Ibarra (América de México) que también fue convocado por Célico. “Mi hermano me dijo que me espera en la concentración y está muy feliz, mi mamá hasta lloró”, contó. (SJMS)
‘El rival fue mejor’
El técnico del Atlético de Madrid, Diego Simeone, no dudó en que el Chelsea “fue mejor”, tras perder 2-1 en el descuento con el equipo inglés en la Liga de Campeones.”El rival fue mejor, tuvo más intensidad, estuvo mejor tácticamente, técnicamente, fue superior”, dijo Simeone. AFP
Datos biográficos Nombres: Juan José Pidal Nació: Rosario- Arg. 30 de julio de 1978 Cargo: Entrenador Equipo: Iccan de Macas Nombre: Lucas Sebastián Gil Russo Nació: San Luis- Argentina 6 de junio 1982 Cargo: Entrenador Equipo: Piratas de Imbabura
TEMPORADA. Juan José Pidal (izq.), DT de Iccan, y Lucas Gil es el entrenador de Piratas de Ibarra.
Duelo ‘Albiceleste’ en la final LIGA NACIONAL
TEMPORADA. Romario Ibarra juega como extremo de Universidad Católica. (Foto de Archivo)
Juan José Pidal está al frente de Iccan y Lucas Gil es el entrenador de Piratas. La final de la Liga Ecuatoriana de baloncesto tendrá a dos entrenadores argentinos en sus zonas técnicas. Juan José Pidal y Lucas Gil llevaron a Iccan, de Macas, y Piratas, de Ibarra, respectivamente, a la disputa del título masculino.
GUAYAQUIL•
El PSG asusta y el United arrasa REDACCIÓN DEPORTES, EFE• El París Saint Germain logró una victoria de prestigio frente al Bayern Múnich (3-0) con la que dio un golpe de la mesa para asustar en Europa, en una jornada de la Liga de Campeones en la que el Chelsea se exhibió ante el Atlético (1-2) y el Manchester United arrasó al CSKA Moscú (0-4). Parece que este año los millones de euros invertidos en el conjunto parisino sí que van a surtir efecto. El París Saint Germain tiene muy buena pinta, pero hasta ayer prácticamente sólo se había enfrentado a equipos menores. El Bayern Múnich, era una prueba de fuego. El equipo de Unai Emery es un ciclón. Tiene una buena mezcla de jugadores estelares que pueden llegar lejos en la competición. Entre Neymar, Edinson Cavani, Dani Alves y Kyliam Mbappé, pasaron por encima de un gran equipo
PROTAGONISTA. Neymar es uno de los jugadores del PSG que goleó al Bayern. AFP
como el de Carlo Ancelotti. Con paso firme en la competición camina el Manchester United, que ganó 1-4 en el estadio del CSKA Moscú. Los hombres de José Mourinho no tuvieron piedad de su rival y en una primera parte excepcional desmontaron todo el sistema ruso. Y en el grupo D, el Barcelona continuó con su recuperación después de su debacle de la Supercopa de España ante el Real Madrid. Desde que perdió aquel trofeo, ha ganado todos sus partidos oficiales y su nueva víctima fue el Sporting Lisboa, al que ganó con autogol de Sebastian Coates.
Pidal tiene su revancha
raldas y Quito. A Gil lo conoce hace poco, ya que se midieron en dos partidos de esta Liga y apunta que es un gran profesional y que tiene un equipo bien estructurado. “La estrategia la voy a cambiar un poco para el próximo duelo y aspiro contar con estadio lleno. Nos llenaría de mucha alegría ganar”, dijo.
El rosarino llega por segunda vez a una final con Iccan. El año pasado la perdió frente a HR de Mentalidad Portoviejo. Ahora, Pidal consi- Gil, por su parte, dijo que les tocó dera que la experiencia que ha cambiar un poco la mentalidad adquirido lo ayudará para esta en el torneo cuando se dio cuenvez poder alzar la copa. ta que era bastante competitivo. El camino cuenta que no fue Cree que la fortaleza es la entrega fácil. Se quedó con la ‘esy carácter de sus jugadores, pinita’ de no haber podido TOME NOTA además el talento ofensivo, ganarle a Barcelona, aunpero tienen que manejar que ahora solo piensa en Se jugará el mejor la ansiedad y querer mejor de 7 Piratas. ser protagonista porque a play Las distancias para él modalidad off, (el que gane veces les jugó en contra. fue otra de las cosas que cuatro será cam� Su equipo, Piratas, antes peón). tuvieron que superar. A lo conformaron americaRiobamba viajaron cuatro nos y cubanos. Ahora tiehoras, pero los viajes más largos nen venezolano y puertorriqueño, fueron a Ibarra y Guayaquil. así como también de Esmeraldas, En su escuadra cuenta con Guayaquil e Imbabura. “Nos hetres venezolanos, Jesús Cente- mos afianzado como equipo, pero no, Juan Herrera y Cesar Silva. falta ese plus que lo vamos a conAdemás de jugadores de Esme- seguir pronto”, puntualizó.
Calendario Sábado (20:30): Coliseo La Loma- Macas Iccan vs Piratas Domingo (20:30): Coliseo La Loma- Macas Iccan vs Piratas Martes (20:00): Coliseo L. Leoro- Imbabura Piratas vs Iccan Miérc. (20:00): Coliseo L. Leoro- Imbabura Piratas vs Iccan Viernes 6 (de ser necesario) Macas Iccan vs Piratas: (20:30) Miércoles 11 (de ser necesario) Piratas vs Iccan: (20:30) Sábado 14 (de ser necesario) Iccan vs Piratas: (20:00)
El estratega, nacido en San Luis (Argentina), llegó en junio pasado cuando el equipo ya estaba armado. Antes estuvo colaborando con la Federación Deportiva de Imbabura, por eso quiere llevar el trofeo a esa provincia. “Quiero devolverles un poco a los jugadores de lo que ellos transmite en la cancha, también a toda la gente que ha sido recíproca conmigo”, puntualizó. Lucas lo conoce recién Pidal ante el que perdió dos duelos en esta Liga y por eso hay una revancha. “Es un excelente profesional y muy capaz. En la parte táctica y estratégica vamos a mejorar, queremos ganar con mucha esencia y hambre de gloria”, finalizó. (SJMS)
Romário pierde recurso contra Dunga
Romário da Souza Faria perdió un recurso ante la Justicia en el que pedía a Carlos Caetano Bledorn Verri Dunga, excompañero en la selección brasileña de fútbol campeona en el Mundial de 1994, una indemnización de 500.000 reales (unos 156.000 dólares) por daños morales. EFE
CRONOS
Diego Costa no se va bien del Chelsea
El hispano-brasileño Diego Costa, nuevo fichaje del Atlético de Madrid, se despidió ayer mediante una carta de los aficionados del Chelsea y manifestó que su ciclo en el conjunto londinense “no terminó de la forma” en la que él hubiera “querido”. EFE
D
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR
El momento esperado Esta noche se conocerá al campeón de la Copa Pichincha. Además se jugará el partido por el tercer lugar. Hoy se cierra la temporada de un espectáculo lleno de goles. Más de 200 en 40 partidos. Espe y Surkitu disputarán el título de la temporada 2017 del torneo de Pichincha Futsalón. Por el tercer lugar se enfrentarán Gornik y Chelsea. Un total de ocho equipos fueron parte del campeonato que se juega en el coliseo Los Libertadores, donde se disputaron dos etapas, con 10 fechas, a más de las semifinales y final. Casi tres meses de encuentros muy parejos y donde se pudo ver a grandes figuras. Entre los jugadores que se quedaron ‘gravados en la retina’ están Byron Calderón, de Surkitu; Fernando Cueva, de Chelsea; Kevin Ojeda y Carlos Zambrano, de Gornik; Javier Villacís, de Espe; Freddy Guadalupe, de Atlético San Pedro; Juan Clavijo, de FC United; Tanny Altamirano y Josué Noroña, de Barami;
Un grupo de amigos °
Esta es la segunda vez que Chelsea participa en Pichincha Futsalón. En las dos ocasiones se ha ubicado entre los cuatro mejores. Ellos disfrutan de este juego por la rapidez para pensar y el estilo, según sostiene uno de sus representantes, José Enríquez. Su plantilla la escogen entre los mejores de la cancha del barrio, donde también son protagonistas. El equipo fue fundado en marzo de 2010.
y el grupo de talentosos jóvenes de Globitos Jr, donde destacaron Bryan Sánchez, quien cumplió un gran papel como golero. Premios
Los tres mejores equipos recibirán medallas y trofeos. El campeón participará en la Copa Sul-
FÚTBOL DE SALÓN
Los ‘mandamás’ de Pichincha °
Espe es el equipo que más títulos ha ganado en el último lustro. Fue fundado el 16 de junio de 1997. En este año ostenta dos coronas: Torneo Preparación, categoría abierta y Levanta Tu Vuelo 1997. Juan Carlos Cerón, su técnico, señala que le gusta el fútbol de salón porque es “dinámico y lleno de movimientos tácticos, lo que hace que sea emocionante hasta el último segundo”.
tana del Café – Jipijapa 2017, que se desarrollará entre el 12 y el 14 de octubre. El vicecampeón se enfrentará al subcampeón de Rumiñahui FS, Quimiatec Sr., por un cupo para el torneo final del campeonato Mil Ciudades del Departamento de Cauca, donde intervendrán seis equipos, según lo confirmó Freddy Ortega desde Florencia, población cercana a Popayán. El ‘quinteto’ que se ubique tercero será parte del cuadrangular internacional que se desarrollará en Conocoto y que es promovido por el vocal de la junta parroquial Gabriel Bedón. (WOM)
Los métodos insólitos de Sampaoli Selección peruana de fútbol debe estar alerta ante los insólitos métodos que el entrenador de Argentina, Jorge Sampaoli, inventa para espiar a sus rivales. La advertencia es del entrenador peruano Fredy ‘Petróleo’ García, quien fue ayudante del argentino nacido en Casilda en el club Coronel Bolognesi. García dijo ayer a la emisora Radio Programas del Perú (RPP) que ejerció como espía de Sampaoli cuando coincidieron en ese club peruano. Según ‘Petróleo’ García, tuvo que infiltrarse como cargador de fruta, alumno de educación física o, incluso, de periodista para poder sacar información de los rivales que iba a enfrentar el equipo de Sampaoli. La ‘Blanquirroja’ peruana visitará a la ‘Albiceleste’ argentina en el estadio la Bombonera este 5 de octubre, en la penúltima
A9
DESEMPEÑO. Espe es el equipo más regular del fútbol de salón provincial.
Los ‘azules’ van por la hazaña
Los ‘linces’ quieren podio
°
equipo de Juan Ojeda le apuesta °a laElvelocidad. “Acá tienes que pensar
Surkitu deportes viene trabajando desde 2013. Es una organización que le apuesta a los procesos, con jóvenes de los barrios del sur de la ciudad. A su haber tienen tres vicecampeonato, uno de ellos en la Copa Serbal, que fue internacional, además de un Premio al Juego Limpio, ganado en Taminango, Colombia. En sus filas está el mejor del torneo Levanta tu Vuelo, Byron Calderón.
rápidamente, el jugador debe tener una exquisita técnica a la hora de tocar el balón y buen físico”, sostiene. Su plantilla la escoge de entre jugadores que tienen algo de experiencia en el ‘fútbol elegante’. Gornik conquistó el título provincial en 2015, además de dos vicecampeonatos en los C-20. Fue fundado en 1973.
Más billete por torneos de la Conmebol
LIMA, EFE • La
EXPECTATIVA. Jorge Sampaoli también fue criticado por el entrenador argentino Claudio Borghi. AFP
jornada de las eliminatorias del Mundial de Rusia 2018. Sampaoli tiene por costumbre de espiar a sus rivales antes de los partidos, insistió García. Para evitar cualquier visitante inesperado, la selección peruana se entrenó ayer con miras al partido de Argentina bajo la vigilancia policial. Por segundo día consecutivo, la Selección ‘Inca’ volvió a ejercitarse con la cancha mojada para simular la posibilidad de lluvia durante el
partido en la Bombonera. Gareca volvió a contar con 12 jugadores, aunque el lateral izquierdo Nilson Loyola se dedicó a realizar ejercicios en el gimnasio. Sorprende la progresión del portero Pedro Gallese, que puede estar recuperado para jugar ante Argentina, tras haberse quedado fuera de las dos últimas jornadas de las eliminatorias, cuando Perú ganó a Bolivia (2-1) y a Ecuador (1-2).
BOGOTÁ, AFP • La Conmebol aprobó una oferta para la co- TORNEO. La Copa Libertadores es mercialización de sus torneos uno de los campeonatos que tendrán de clubes que le garantiza un mejores ingresos para los clubes ingreso mínimo de 1.400 mi- participantes. AFP llones de dólares en el período 2019-2022, informó este miér- Libertadores, la Copa Sudamericana y la Recopa. El coles la institución del dirigente hizo el anunfútbol sudamericano. TOME NOTA cio tras una reunión del “Como resultado de Consejo de la Conmebol un proceso profesional, El consorcio de la en Bogotá que aprobó con reglas claras y múl- ganador licitación trabaja “por unanimidad” la tiples salvaguardas para con la Liga del fút- oferta del consorcio ingarantizar su integridad, Premier bol inglés y la tegrado por las empresas así como una compe- NBA, entre IMG y Perform, señaló tencia entre una plura- otros. un comunicado del órgalidad de oferentes, ayer la Conmebol aceptó una oferta no deportivo. La iniciativa abarca el esponpor un mínimo garantizado de 1.400 millones de dólares soreo, las transmisiones por por la comercialización, entre televisión y por Internet y los 2019-2022, de los derechos co- patrocinios. La Conmebol no descarrrespondientes a los torneos continentales de clubes”, dijo tó que “en el proceso de venta el presidente de la entidad, Ale- posterior se obtengan ingresos superiores al mínimo garantijandro Domínguez. El directivo detalló que la co- zado” que comprometió el conmercialización incluye la Copa sorcio ganador.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CRONOS A10
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR
Gasly sustituye a Kvyat
D
El piloto francés Pierre Gasly, de 21 años, sustituirá al ruso Daniil Kvyat en Toro Rosso en los próximos grandes premios del Mundial de Fórmula Uno, informó la escudería francesa en un comunicado. EFE
El pedido de Ucrania
El Centro Nacional Antidopaje de Ucrania pidió al Comité Olímpico Internacional que prohíba la participación de Rusia en los Juegos Olímpicos de Invierno de 2018 en PyeongChang (Corea del Sur) debido a los casos de corrupción y dopaje en el deporte ruso. EFE
Álvarez quiere revancha con Golovkin MEDELLÍN, EFE• El boxeador mexicano Saúl ‘Canelo’ Álvarez aseguró que está enfocado en que su primera pelea de 2018 sea la revancha con campeón invicto del peso mediano Gennady Golovkin, con quien protagonizó hace 11 días en Las Vegas una gran pelea que dejó un veredicto nulo de los jueces. “No quiero pelear otra que no sea el desempate. Quiero que sea la primera pelea del año, y eso es lo que vamos a tratar de hacer”, declaró Álvarez en Medellín, donde participó en la Convención 96 Anual de la Asociación Mundial de Boxeo (AMB), que se realizará del 30 de octubre al 2 de noviembre en esa ciudad. El pugilista de 27 años admitió que tras el veredicto “estaba triste porque no quería que terminara en empate; me sentí ganador, pero así es el boxeo”. Relató que una persona alle-
Quiero que cuando se hable de boxeo siempre salga la palabra ‘Canelo’”. SAÚL ÁLVAREZ, BOXEADOR.
gada lo hizo reflexionar al decirle “así está bien porque fue una gran pelea”, y eso le permitió sentirse “muy contento” con su desempeño y entender que “lo más importante es que la gente quiere ver la revancha”. “Trato que en mis peleas el público salga contento y que yo también pueda sentirme satisfecho con lo que hago”, acotó el mexicano. También manifestó que con algunos combates realizados “perdió un poco de afición” la disciplina, pero que peleas como la que protagonizó junto al kazajo Golovkin hace menos de dos semanas “le regresa al boxeo la credibilidad”.
MOMENTO. ‘Canelo’ Álvarez durante en la presentación de la 96a Convención de la AMB en Medellín.
Gasol: ‘Llego para ser mejor que la pasada temporada’ EE.UU., EFE• El pívot español Pau
Gasol hizo su debut en los entrenamientos de los Spurs de San Antonio para iniciar lo que será su segunda temporada con el equipo tejano y destacó que sus objetivos no son otros que mejorar el rendimiento del primer año y ayudar a que el equipo sea mejor. “La gran realidad es que llegó con muchas ganas, y mentalizado de mejorar incluso mi aportación del año pasado y sobre todo seguir disfrutando del gran ambiente que se da en esta franquicia”, destacó Gasol en su primer contacto con los periodistas. El mayor de los hermanos Gasol, de 37 años, que comienza la decimoséptima temporada en la NBA, reiteró que estar en la franquicia de los Spurs es un “lujo” y algo muy especial. “Digamos de esta suerte
ACCIÓN. Garbiñe Muguruza durante los octavos de final ante Magda Linette.
Muguruza pasa a cuartos de final en Wuhan La española derrotó a la polaca Magda Linette, por 6-2, 1-6 y 6-4. Se enfrentará a Ostapenko en el torneo de Wuhan.
te. “Fue un partido muy duro Otros duelos dial, la española Garbiñe Mugu- y tuve que luchar mucho. En En el resto de los partidos del día ruza, clasificó a cuartos de final el segundo set no me funcionó destacó la eliminación de la eslonada”, admitió Mugu- vaca Dominika Cibulkova, séptidel Torneo de Wuhan, ruza. al derrotar a la polaca ma cabeza de serie, al perder 6-3 Sobre el duelo ante y 7-5 ante la francesa Caroline Magda Linette, por 6-2, $2’365.250 REPARTE 1-6 y 6-4. Garcia, que jugará en los cuartos el torneo en premios. Ostapenko, que ha gando 20 de sus últimos 23 de final contra la rusa Ekaterina Por su parte, la puerpartidos a tres sets, se- Makarova (6-4, 6-4). torriqueña Mónica Puig, campeona olímpica en Río-2016, gún la WTA, Muguruza cree que La checa Karolina Pliskova, fue eliminada en octavos al per- será “un buen cuarto de final” y tercera favorita del torneo chino, der con la letona Jelena Osta- aseguró que disfruta juse clasificó a cuartos tras penko, octava cabeza de serie, gando partidos ante ri- EL DATO vencer claramente a la local vales fuertes. por 6-2, 3-6, 6-3. Qiang Wang (6-2, 6-1). En la Muguruza busca en Ostapenko, ganadora del últisiguiente ronda jugará ante Torneo de mo Roland Garros, será la adver- Wuhan borrar el mal El Wuhan se juega la australiana Ashleigh Barsaria de Muguruza, número uno sabor de la semana pa- sobre superficie ty, que derrotó a la polaca dura. sada en Tokio, donde del tenis mundial. Agnieszka Radwanska por fue derrotada en semi4-6, 6-0 y 6-4. El otro chofinales por la danesa Caroline que de los cuartos pondrá frente El duelo La jugadora sufrió más de lo Wozniacki por un aplastante a frente a la francesa Alizé Cornet con la griega Maria Sakkari. esperado para vencer a Linet- 6-2 y 6-0. CHINA, AFP• La número uno mun-
DEPORTISTA. Pau Gasol de España, durante una sesión de fotos en el Día de Medios de los Spurs.
que tengo de estar aquí con San Antonio, con este equipo, jugadores, entrenadores, franquicia y con muchas ganas de hacerlo bien y poder tener un impacto positivo y grande”, subrayó Gasol, que la pasada temporada logró promedios de 12,4 puntos; 7,8 rebotes y 2,3 asistencias.
TENIS
Boletas para menores implicados en asesinato La Policía busca a tres menores de edad que estarían involucrados con la muerte de Héctor Elián M. T., de 17 años. El hecho ocurrió hace seis meses y tras conocer la versión de un testigo presencial, el Juez que lleva el caso emitió las coletas de captura contra los presuntos implicados. (DMG)
POLICIAL
Moto acaba con la vida de ‘Radio Sucre’
QUINSALOMA • Agustín Briones de la Cruz, de 68 años,
murió tras ser arrollado por una motocicleta a la altura del puente Estero de Piedra, en Quinsaloma (Los Ríos). Antes de sufrir el percance, el popular ‘Radio Sucre’, como llamaban de cariño, salió de su casa a realizar unas diligencias personales. (MCC)
I
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR
A11
Menor involucrado en un crimen se entrega a la Policía El adolescente le disparó a un sujeto que habría agredido verbalmente a su madre. Un menor de 17 años se entregó voluntariamente a la Policía Nacional tras verse involucrado en una muerte violenta. Al rendir su versión ante las autoridades informó que le disparó a un hombre llamado Línner G. A. Quien presuntamente estaba agrediendo verbalmente a su madre. El proyectil que disparó terminó en el pecho del hombre de 29 años. El hecho ocurrió en el interior de una vivienda ubicada en el barrio Puerto Limón, en la ribera del río Esmeraldas. Después del hecho violento, el menor huyó del lugar y lanzó el arma de fuego en uno de los callejones del sector. Esa evidencia, sin embargo, no fue hallada por los agentes de la Policía Nacional. El sujeto al que le disparado fue trasladado por sus familiares hasta un centro de salud tipo ‘C’, ubicado en el sector Las Palmas, en el norte de la ciudad de Esmeraldas, donde falleció. Procedimiento
Alertados desde el ECU-911
RESCATE. El hoy difunto vivía cerca de la zona donde se lo encontró.
Cuerpo de desaparecido es hallado en una quebrada INFRACTOR. El adolescente confesó que fue quien disparó contra Línner G. A.
agentes de la Dirección Nacional del último lunes, el joven llegó de Delitos Contra la Vida, Muer- a entregarse acompañado por tes Violentas, Desapariciones, su madre. Él se presentó volunExtorsión y Secuestros (Dina- tariamente en las oficinas de la Policía Judicial donde se sed) acudieron a realizar el realizó el procedimiento levantamiento del cadáver correspondiente para su que fue trasladado hasta judicialización. el Centro Forense ubicado MUERTES Para la Policía Nacional en la isla Luis Vargas To- violentas se han rres donde se le practicó registrado en lo este es un crimen resuelque va del año en to, pues, el sospechoso se la autopsia. Esmeraldas. entregó para afrontar los Luego de ese procedicargos en su contra, por el miento los agentes policiales realizaron la búsqueda del delito de asesinato, siendo puessospechoso sin resultados posi- to a órdenes de las autoridades tivos. Sin embargo, a las 10:30 competentes. (DMG)
69
Llevaban droga en un bus de pasajeros PATRICIA PILAR • Jorge V., de 50 años, y Johnny E., de 22, fueron aprehendidos por agentes de la Unidad de Antinarcóticos de Quevedo cuando se movilizaban desde Santo Domingo hasta Quevedo a bordo de un bus de pasajeros portando sustancias sujetas a fiscalización. EL DATO Según un informe policial, En peso bruto fueron decomi- los sujetos se sados 1.780 gra- bajaron del bus mos de cocaína, es decir, la canti- a la altura de la dad que se retiró parroquia Patridel consumo serían de 17.800 cia Pilar, donde dosis de cocaína. había un control policial.
El cuerpo de un hombre, quien estaba reportado como desaparecido desde hace 15 días, apareció en una quebrada del barrio La Roldós, al noroccidente de Quito. Los familiares del difunto lo buscaron hasta por ‘debajo de las piedras’ sin tener un resultado positivo. El panorama de incertidumbre para ellos cambió la noche del último martes cuando recibieron la noticia de que un hombre de aproximadamente 45 años estaba sin vida, 30 metros al fondo de una quebrada. Los moradores de esa zona alertaron a la Policía encargada de esa zona sobre la presencia del cuerpo. Para acceder hasta el punto
tuvieron que llegar agentes del Grupo de Intervención y Rescate (GIR) para recuperar el cuerpo. También colaboró un equipo del Cuerpo de Bomberos. Los familiares del fallecido reconocieron a su ser querido gracias a sus prendas de vestir y una mochila que estaba cerca del cadáver. El estado de descomposición era avanzado y para los peritos policiales de Criminalística y Dinased fue complicado identificar a simple vista si los restos tenían huellas de violencia. El cadáver fue transportado a la morgue en donde se harán los análisis forenses que permitirán revelar las causas del deceso. (FLC)
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ZAIMELLA DEL ECUADOR S.A.
EVIDENCIAS. Los sujetos cargaban estos paquetes con droga.
Los uniformados notaron que algo andaba mal, se les acercaron y los sometieron a un cacheo. Los sospechosos llevaban 2 teléfonos celulares, 130 dólares y 2 fundas plásticas que contenían tres envolturas de forma circular recubiertas con una funda plástica transparente, presuntamente cocaína. Una vez verificada la flagrancia los detenidos fueron puestos a órdenes de la autoridad competente. (MCC)
De conformidad con lo dispuesto en la Ley y en el Estatuto Social de la compañía, se convoca a los señores Accionistas de Zaimella del Ecuador S.A. a la Junta General Extraordinaria que se llevará a efecto el día 19 de octubre de 2017, a las 17:00 horas, en la sede social de la compañía situada en la calle Juan de Dios Morales, Lote 1, y Panamericana Sur, Sector La Balbina, parroquia de Amaguaña, Distrito Metropolitano de Quito, para tratar el siguiente orden del día: 1.
Aceptación de la renuncia del señor Ross Johnson al cargo de Director de ZAIMELLA DEL ECUADOR S. A. y designación de su reemplazo.
Se convoca de manera especial, personal e individualmente al Comisario señor Jaime Hernán Tello Reina, cuya dirección registrada es en las calles Calicuchima y Princesa Toa, de esta ciudad de Quito. Quito, 28 de septiembre de 2017 Atentamente, Giovanni Di Mella Vespa PRESIDENTE EJECUTIVO
Ab. Diva Durán Vivanco SECRETARIA
PAB/17634/AS
AVISOS
EMPLEOS
Agencia 1
P
Agencia 3
Reina Victoria N23-55 y General Baquedano Teléfonos: 2503-266 / 2222-405 / 2222-406 Fax: 2228-918 e-mail: freina@lahora.com.ec
E
Av. Eloy Alfaro N39-219 y José Puerta Teléfonos: 6010303/ 6035249 6014-974 Fax: Ext 112 e-mail: fbatan@lahora.com.ec
C
LOJA
C
Agencia Guayaquil
Víctor Emilio Estrada 814 A entre Guayacanes e Higueras Teléfonos: 04 4549281 04 4549093 e-mail: admguaya@lahora.com.ec
IMBABURA Y CARCHI
Vendo extractor de olores industrial para planta, marca japonesa, perfecto funcionamiento inf: 0996161380 PAP/68899 Vendo menaje de restorant en Pifo, mesas, sillas, cocinas, vajilla, utensillos todo a precio de remate inf: 0992387966
PAP/68979/AS
Se renta dos habitaciones con baño y cocina, $ 160 llamar a partir de las 11 y 30 sector La Gasca Teléfono 2554467-3210427 PAR/106647/AT
ACC Inmobiliarios, ventas, arriendos, avalúos, administración de bienes y edificios, asesoría inmobiliaria, utilizamos para la difusión medios como televisión, prensa, internet inf: 0998343400 PAP/68899 Vendo Dpto. de 2 dormitorios en San Isidro de El Inca, en hermoso conjunto de torres con todas las seguridades y servicios de primera inf: 0998343400. PAP/68899
PAP/68899
Vendo baterías de filmadoras de diferentes marcas, semi nuevas desde $20 inf: 0998343400 PAP/68899 Técnico repara laptops e impresoras a domicilio u oficinas a bajos precios inf: 0998206809 PAP/68899
Casa 3 departamentos completos, Tras Seminario de lngahurco. Recibo parte de pago propiedad de menor valor o auto, $180.000. 03-2826306, 099734844. Cotopaxi
Bolívar y Rocafuerte (esq.) Cuarto piso Teléfonos: 06 2724-490 / 06 2723-882 06 2722 294 E-mail: esmeraldas@lahora.com.ec Agencia Quinindé Av. Simón Plata Torres y Av. 5 de Junio Teléfonos: 06 2736-154
O
N
10 de Agosto y Eloy Alfaro Ed. Shopping Rouse
TUNGURAHUA
Calle Quito N0245 entre Bolivar y Rocafuerte Teléfonos: 03 421730 / 03 2420-529 e-mail: ambato@lahora.com.ec
E
LATACUNGA
S
General Maldonado N7-08 y Sánchez de Orellana Telefono: 03 2810-619 / 03 2811-009
SANTO DOMINGO
LOS RIOS
Av. June Guaman Cortes 611 y Décima Teléfonos: 05 2760-540 / 05 2760-541 e-mail: quevedo@lahora.com.ec Agencia Babahoyo
Calle Pallatanga s/n entre Av. Quito y Guayaquil Teléfonos: 2761-876 / 2761-005 / 2763-759 Telefax: 2761-004 e-mail: santod@lahora.com.ec
VARIOS
SE VENDE CASA EN QUITO
Sector Quitumbe, Conjunto Residencial Solidario Quitumbe, 85 metros de construcción frente al Terminal Terrestre y Parada del Metro Infs.: 0994 478 636 / 0997 475 085
VENDO
DEPARTAMENTOS EN QUITO
1 suite de 1 dormitorio en el 4to piso; 1 departamento de 3 dormitorios, 2 baños, patio interior, área de máquinas, parqueadero, bodega. Ubicados en la Urbanización Santa Lucía al norte de Quito, calle Cipreses s/n y Av. Los Helechos Portal Andaluz N. 1. Informes Teléfonos: 0999551836 / 062952430 / 001(347)255-4399 USA
PAP/68899
Vendo baratísimo máquina de coser recta de 2 hilos industrial con mueble marca yuki inf: 0984610245 PAP/68899 Vendo aires acondicionados de medio uso para espacios grandes en empresas, marca alemana buenas condiciones inf: 2 260 989
ESMERALDAS
ZAMORA
p-226898
PAP/68899
I
Agencia Loja Imbabura 1548 y 18 de Noviembre. Ed. COVISA Telefonos 072577-099/ 2578-848 / 2585-805 e-mail: loja@lahora.com.ec Planta Editora Imbabura 1548 y 18 de Noviembre Telefax: 07 2579-848
PAP/68942
Cambio por casa o departamento en norte de Quito, linda finca en Puerto Quito con producción de palma africana y cacao, 5 hectáreas, con salida al río Kahoni, pequeña casa y vertiente inf: 0994 16 66 00. PAP/68899 Remato 3 herramientas de carpintería flamantes marca DWalt, tupi, sierra circular, lijadora, precio bajo inf: 0984610245
LOTES DE 5-10-20 HASTA 50 HECTÁREAS VENDO CON FRENTE AL RÍO CINTO Y VÍA CARROSABLE A 16 KMTS DE MINDO DAMOS FACILIDADES IMPUESTOS Y PAPELES AL DÍA TELÉFONOS 0995062298 Y 0997399564
VARIOS
Luis Márquez y Amazonas (esq.) Centro Comercial Reina del Cisne Local 19 Teléfonos:07 2606-750 e-mail: zamora@lahora.com.ec
Rocafuerte Telefax: 06 -612-661 / 2612-475 e-mail: ibarra@lahora.com.ec Agencia Tulcán Sucre entre Ayacucho y Junín. Ed. Burbano Segundo piso Of. 6 Telefax: 06 2984-551 / 06 2984-646
Clemente Ponce N45-119 y Piedrahíta Edificio Fenix PB Teléfax: 2560-734 / 2522-776 e-mail: fclemente@lahora.com.ec
SEGUROS A INCREIBLES PRECIOS Bróker Ilaló, propone para esta temporada paquetes muy atractivos para seguros de autos, maquinaria, transporte, consultas a www.ilaloseguros.com Telf: 2 33 43 31 / 0993262777
Vendo finca de 10 hectareas con río
p-226892-ar
Teléfono PBX 2475-724 Fax Secretaría: 2476-085 Fax Publicidad: 2485-708 Fax Redacción: 2483-742 e-mail de publicidad: fplanta@lahora.com.ec
Agencia 2
Agencia Ibarra Calle Mejia 350 entre Sucre y
VARIOS
SERVICIOS
P43998/ai
QUITO Planta Editora Av. Galo Plaza Lasso N62-08 y Nazareth
S
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR
TRANSPORTE
COMPRA VENTA RENTA DE TERRENOS, CASAS, DEPARTAMENTOS Y OFICINAS, VEHÍCULOS, OPORTUNIDADES DE TRABAJO, CURSOS DE CONSTRUCCIÓN, CONSULTORÍA, OBJETOS, ELECTRODOMÉSTICOS, MUEBLES, ETC.
Vía Chone km 47 Con hermosa casa de 4 dormitorios, 2 cocinas , garaje, árboles frutales, casa para trabajador, cacao, teca y todos los servicios básicos. inf: 0999194073 / 0993376076
PAP/68943
A12
BIENES RAÍCES
PAP/68899
vendo departamento una cuadra mercado central, Floreana y Tío Pullo. # 086061521 - # 085691569. Cotopaxi
P
PAB/17414/AS
Circula gratis cada quince en:
E CARTELERA DE CINES EN QUITO CINEPLEX TUMBACO BARRY SEAL, SOLO EN AMERICA 2D (ESPAÑOL) 17:30 19:40 21:50 MADRE 2D (ESPAÑOL) 19:30 21:40 IT (ESO) 2D (ESPAÑOL) 14:00 15:45 16:35
18:15 19:10 20:45 21:45
LA FAMILIA MONSTER 2D (ESPAÑOL) 14:10 16:05 18:00 19:55
AMITYVILLE : EL DESPERTAR 2D (ESPAÑOL) 15:50 VIAJE DE CHICAS 2D (ESPAÑOL) 21:50 LOCOS POR LAS NUECES 2 2D (ESPAÑOL) 16:00 17:45 LAS AVENTURAS DEL CAPITAN CALZONCILLOS 2D (ESPAÑOL) 14:00 EMOJI : LA PELICULA 2D (ESPAÑOL) 14:00
MI VILLANO FAVORITO 3 2D (ESPAÑOL) 14:05
CINEMARK IT (ESO) D-BOX SUB 14:00 16:45 19:35 22:20 EL CASTILLO DE CRISTAL SUB 14:10 FATIMA EL ULTIMO MISTERIO DOB 17:00 19:00
VIAJE DE CHICAS SUB 21:00 IT (ESO) D-BOX DOB 13:00 15:45 18:30 21:20 AMOR EN LINEA DOB 14:30 YOUR NAME (KIMI NO NA WA) SUB (+12) 17:00 19:30
AMOR EN LINEA SUB 21:50 FAMILIA MONSTER DOB 13:10 - 15:15 19:25 FAMILIA MONSTER 3D DOB 17:20 FAMILIA MONSTER DOB ANNABELLE 2 SUB 21:40 BARRY SEAL- SOLO EN AMERICA DOB 13:45 AMOR EN LINEA SUB 16:30 BARRY SEAL- SOLO EN AMERICA SUB 19:10 21:35
VORAZ SUB 13:15
SUPERCINES SAN LUIS Barry Seal: Solo en América 2D Doblada
2:00 pm 4:30 pm 7:00 pm 2D Subt. 9:30 pm ¡Madre! 2D Doblada 4:00 pm 6:30 pm 9:00 pm Premonición 2:22 2D Dobl. 6:10 pm 8:20 pm Si yo muero primero 2D Doblada 3:00 pm 5:20 pm 7:45 pm It (Eso) 2D Doblada 2:50 pm 3:30 pm 5:40 pm 6:20 pm 9:15 pm 2D Subt. 8:30 pm La Familia Monster 2D Doblada 3:20 pm 7:40 pm 3D Doblada 5:30 pm Viaje de Chicas 2D Doblada 8:40 pm Amityville: El Despertar 2D Doblada 6:45 pm 8:50 pm Robert: El Muñeco Poseído 2 2D Doblada 6:50 pm Alta Tensión 2D Doblada 4:50 pm Locos por las nueces 2 2D Doblada 2:30 pm 4:40 pm La Torre Oscura 2D Doblada 4:10 pm
MULTICINES CCI
SUPERCINES 6 DE DICIEMBRE
MULTICINES EL RECREO
MULTICINES EL CONDADO
Barry Seal: Solo en América 2D Doblada 2:30 pm 2D PREMONICIÓN 2:22 14:00 16:15 18:30
2D PREMONICIÓN 2:22 14:10 16:25 18:40
2D PREMONICIÓN 2:22 14:00 16:15
¡Madre! 2D Doblada 3:00 pm 5:30 pm 2D Subt.
2D AMERICAN MADE BARRY SEAL 13:30
2D MADRE 16:10 18:45 21:20 2D AMERICAN MADE BARRY SEAL
5:00 pm 2D Subt. 4:00 pm 7:30 pm 10:00 pm
20:45
2D MADRE 13:35 16:10 18:45 8:00 pm 10:30 pm 2D MADRE 21:20 Premonición 2:22 2D Doblada 3:20 pm 5:30 pm 2D 2D AMERICAN MADE BARRY SEAL 13:25
Subtitulada 7:40 pm 9:50 pm Si yo muero primero 2D Doblada 2:20 pm 4:40 pm 7:00 pm 9:20 pm It (Eso) 2D Doblada 4:15 pm 7:15 pm 2D Sub. 10:15 pm El Castillo de Cristal 2D Dob. 5:50 pm 8:30 pm La Familia Monster 3D Doblada 3:50 pm 2D Doblada 6:00 pm 8:10 pm Viaje de Chicas 2D Doblada 6:20 pm 9:00 pm Voraz 2D Subtitulada 4:20 pm 6:40 pm Amityville: El Despertar 2D Doblada 7:20 pm 2D Subtitulada 9:15 pm Robert: El Muñeco Poseído 2 2D Doblada 4:50 pm 6:45 pm Chuquiragua 2D Idioma Original 8:40 pm
15:55 18:25
2D AMERICAN MADE BARRY SEAL 20:55 2D AMOR EN LÍNEA 18:25 20:40 2D SI YO MUERO PRIMERO 16:55 19:15 21:35 2D IT - ESO 13:00 13:55 15:10 15:50 16:45 2D IT - ESO 18:00 18:40 19:35 20:20 20:50 2D IT - ESO 21:30 2D LA FAMILIA MONSTER 13:50 16:00 18:10 2D VIAJE DE CHICAS 14:20 2D CHUQUIRAGUA 13:50 2D NORMAN 15:50
20:55
16:00 18:30 21:05
2D MADRE 13:15 15:45 18:20 20:55 2D AMOR EN LÍNEA 13:45 16:00 21:05 2D SI YO MUERO PRIMERO 13:00 15:20
17:40 20:00
2D IT - ESO 13:10 13:50 14:30 15:00 15:35 16:00 2D IT - ESO 16:40 17:20 17:50 18:25 18:50 2D IT - ESO 19:30 20:10 20:40 21:15 21:35 2D LA FAMILIA MONSTER 14:00 16:10 18:20 20:30
18:30 20:45
13:20 15:50 18:20
2D SI YO MUERO PRIMERO 16:55 19:15 21:35
2D AMOR EN LÍNEA 19:00 20:55 2D VIAJE DE CHICAS 14:20 2D LA FAMILIA MONSTER 13:50 16:00 18:10
2D IT - ESO 13:00 13:55 15:10 15:45 16:45 18:00
2D LOCOS POR LAS NUECES 2 13:05 15:10
2D IT - ESO 18:35 19:35 20:20 21:10 20:50
2D ANABELLE 15:15 18:15 2D VIAJE DE CHICAS 21:25 2D CHUQUIRAGUA 13:15 2D PLANETA SIMIOS GUERRA 18:00
2D EMOJI LA PELÍCULA 14:05 2D CHUQUIRAGUA 14:10 2D CASTILLO DE CRISTAL 16:20
17:15 19:20
21:30
Recuperan arte religioso patrimonial
En un operativo ejecutado entre Policía y Fiscalía se recuperaron esculturas y obras religiosas que serían parte del patrimonio cultural del país. Las piezas se encontraban en una finca ubicada en Checa, al nororiente de Quito. También se hallaron piezas arqueológicas de Perú y Colombia. (FLC)
POLICIAL
Choque deja cuatro heridos
Tres mujeres y un hombre resultaron heridos en un choque registrado en la vía Ibarra–San Lorenzo, en Esmeraldas. El vehículo en el que viajaban se impactó contra una volqueta en el kilómetro 39. Según la Policía que atendió el incidente, el conductor del automóvil, de 25 años, presentaba aliento a licor. (FLC)
I
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR
A13
Acosa a menor, luego la persigue y la asesina La adolescente fue acuchillada frente a su hermano mientras intentaba escapar de su agresor. Ocurrió en el sur. La gente que habita entre las ca- que le gustó, pero el hombre que lles Carlos Larrea y calle 6 están la atendió comenzó a intimidarhorrorizados con el crimen de la y acosarla sexualmente. Él alcanzó a manosearla en sus paruna estudiante de secundaria. La menor de 13 años fue en- tes íntimas hasta que la víctima contrada con al menos 13 he- logró escapar junto a su pequeño ridas provocadas por un arma hermano. Las cosas no quedaron ahí. El cortopunzante distribuidas en el cuello, el pecho, el abdomen, la presunto agresor fue tras ellos cara, los hombros, las manos y la y a unos 40 metros de la tienda empezó a atacar con un espalda. cuchillo a la menor. El El hecho de sangre violento crimen ocurrió ocurrió a las 20:00 del EL DATO frente al niño. último martes en el barrio El sospechoso, idenEl Cisne de la Ciudadela Los familiares de la víctima exigen tificado como Carlos Ibarra, al sur de Quito. que se aplique la Los paramédicos del máxima pena en H., abandonó la escena del prodel crimen dejando a la Cuerpo de Bomberos, contra pietario de la tienda de ropa menor ensangrentada quienes llegaron a la sanen caso de que grienta escena, solo cons- sea hallado cul- y tendida sobre la calzada del lugar. tataron que la adolescente pable. ya no tenía signos vitales. La brutal agresión de la que fue Búsqueda víctima terminó con su vida. La Policía encontró el cuerpo Según las primeras indaga- ensangrentado desde el rostro ciones hechas por agentes de la hasta la cintura. Se dispuso Dirección Nacional de Delitos un equipo de la Dinased para contra la Vida, Desapariciones, rastrear al implicado. Fueron Extorsión y Secuestros de Per- a su casa, pero no lo encontrasonas (Dinased), el espeluznante ron. También visitaron el docaso el presunto criminal persi- micilio de su suegra y ahí haguió y mató a la menor, quien llaron la primera pista. Una se defendió cuando fue acosada prenda de vestir manchada sexualmente. de sangre era prueba de que el sujeto estuvo ahí después del asesinato. Los hechos Los agentes rastrearon la La noche del suceso, la víctima fue con su hermano de 8 años señal del teléfono celular de hasta un local de venta de ropa. Carlos H., cuya última señal Ella quiso probarse una prenda se emitió en Cotopaxi. Un
equipo de investigadores fue hasta esa provincia y tras recolectar información, descubrieron que el hombre estaba en Cuenca. Su captura se oficializó en una Unidad de Policía Comunitaria de esa ciudad y ya fue trasladado a Quito para que enfrente a la Justicia por el hecho que se le atribuye. Ayer por la mañana, agentes de la Dinased continuaban haciendo diligencias cerca de la escena del crimen. Los familiares de la adolescente llegaron a la morgue de la Policía a hacer los trámites pertinentes que les permita retirar el cadáver. (FLC)
REGISTRO. El crimen de la menor se registró en el suroccidente de la ciudad.
Colectivo de mujeres apelará una sentencia La sentencia de 17 años y 4 meses de privación de libertad que emitió el Tribunal de Garantías Penales contra Arnulfo P., quien intentó asesinar a Diana B. y le cercenó sus dos brazos, será apelada por la Red de Mujeres de Manabí y Santo Domingo, que ayudó a la víctima en este proceso. El hecho se dio en el barrio 12 de Octubre, de la cooperativa Plan de Vivienda, el pasado 12 de febrero. En la audiencia de juzgamiento, el presidente del Tribunal cambió la figura de intento de femicidio a intento de asesinato, por el cual fue sentencia-
do el detenido, además se dictaminó una indemnización de $15.000. Esta sentencia fue cuestionada por la parte acusadora, que insistió en que la figura que debe aplicarse es intento de femicidio y también debe considerarse que la víctima quedó discapacitada y no podrá trabajar para mantener a sus tres hijos menores de edad. Es así que la Red de Mujeres de Manabí y de Santo Domingo espera que se realicen las diligencias necesarias para la apelación, además realizarán una marcha. (CT) PAB/17630/AS
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CURIOSO A14
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR
QUITO
Abrazó a su madre
I
Brenda Coelho de Souza dio a luz a su hija el 5 de abril pasado en el hospital Santa Mónica de Brasil. Minutos después de la cesárea, Agata Ribeiro Coelho (la bebé) fue presentada a su madre. En cuanto se acercó, la pequeña extendió sus brazos y abrazó la cara de su madre mientras el equipo médico observaba con asombro. Las enfermeras sujetaron a la niña en esa posición durante un buen tiempo, ya que Ágata no quería soltar a su mamá. (infobae.com)
Llegaron a los 20 hijos y decidieron no tener más
Sue y Noel son una pareja de tar a tanta gente. esposos oriunda de Gran Bretaña que durante los últimos La historia 25 años, han tenido 20 hijos Sue y Noel se conocieron cuancon una diferencia de edad de do eran niños y comenzaron un un año aproximadamente en- amor que no entendió de reprotre cada uno. ches familiares. Sue Radford Ahora resulta que al fin la quedó embarazada cuando tepareja Radfords decidió no nía solamente 14 años y aunque tener más hijos. La relos padres de la parejita solución fue impulsada EL DATO querían que entregaran porque ya son abuelos. a su hijo en adopción, la Cuentan de que an- Los Radford se adolescente y su novio, 414 dóla- Noel, se negaron. tes que naciera Daniel, gastan res en comida a el quinto hijo, compra- la semana. Y así llegaron sus 20 día consuron su propio negocio: Cada hijos, el último, Archie men 18 litros de una próspera panade- leche, tres de Rowan, nombres elenaranja y tres ría, la cual sirve en su cajas de cereales. gidos por sus hermatotalidad de sustento. nos porque sus padres Ellos no reclaman bese habían quedado sin neficios estatales. ideas, llegó a la familia más Ahora, cuando ya son numerosa del Reino Unido 22 entre padres e hijos, los para darles más felicidad a Radford viven cómodamente su madre, de 42 años, y a su y bajo el mismo techo, a pesar papá, de 46. (elsiglo.com.pa/ del gasto que implica alimen- cronica.com.ar)
ARRIESGADOS. Los escaladores chinos 'araña' no usan cuerdas ni herramientas para escalar acantilados. (Foto: elsiglo.com.pa)
China tiene una mujer ‘araña’
Ella trabaja de 08:00 a 16:00 cada día por un salario mensual de unos tres mil yuanes (458 dólares)
SATISFECHOS. El matrimonio Radfords, oriundo de Morecambe, Lancashire, no se arrepiente de haber tenido tantos hijos.
Luo Dengping se ha hecho famosa como la única mujer en un grupo de ‘hombres araña' que suben acantilados verticales de hasta 100 m de altura, sin cuerdas ni equipo de seguridad de ningún tipo, para el entretenimiento de turistas en la provincia china de Guizhou. Hoy en día, solo unos pocos miembros del pueblo Miao, en el suroeste de China, todavía practican esta antigua tradición, lo que hace resaltar más el hecho de que entre ellos esté una mujer. Tradicionalmente, sólo los
hombres Miao eran considerados valientes y lo suficientemente expertos para convertirse en hombres araña, pero Luo Dengping no tenía más remedio que romper las normas sociales y tomar la práctica, pues quería apoyar económicamente a su esposo. ¡ Y vaya que recoge mucho chenchen! Con mucha experiencia
Luo empezó a escalar los acantilados cerca de la aldea de Getuhe cuando tenía apenas 15 años de edad. Al principio se sentía asustada y apenas podía moverse so-
Tradición
Costumbres milenarias araña de Miao escalaban °conLoselhombres fin de recolectar plantas medicinales.
Sin embargo, al llegar la medicina °tradicional, la actividad decayó. Hoy en día se hace pero como atracción °para los turistas. Solo unos pocos practican esta antigua °tradición y entre ellos está una mujer.ç
bre el precario barranco, pero con el paso del tiempo perfeccionó sus habilidades y, finalmente, subió por las rocas gigantes sin usar nada más que sus manos y pies, y se convirtió en rutina. Luo se casó en el año 2000 con un aldeano y tuvo hijos. Para apoyar a su esposo, que maneja camiones de carga, de vez en cuando subía cerca de acantilados en busca de plantas medicinales para vender. Atracción turística
Luego, en 2015, el gobierno local decidió promover la montaña kárstica como una atracción turística y comenzó a contratar hombres araña para practicar sus habilidades con fines de entretenimiento. (elsiglo.com.pa)
Arruinó el traje de boda, pero salvó a un niño La sesión fotografía del día de la boda de una pareja en Canadá sufrió un giro inesperado cuando el novio saltó al río para salvar a un niño que se estaba ahogando. Clayton y Brittany Cook estaban haciéndose las instantáneas para tener un recuerdo para siempre del día de su matrimonio en un puente del parque en Cambridge. Todo iba bien, a pesar de que unos niños estaban si-
guiéndoles para ver cómo vivían estos momentos. Sin embargo, mientras Britanny posaba para las fotografías individuales, todo cambió. Uno de los pequeños se resbaló y cayó al agua y Clayton se percató de lo ocurrió. Sin pensar
Su reacción: lanzarse al río para rescatarlo. “Vi al chico en el agua luchando por mantener la cabeza
erguida y simplemente lo agarré y él estaba bien”, recoge la BBC. Esta reacción fue tan repentina que Britrany pensaba que se había tirado al río de broma. Pero al comprender lo que pasaba, ella se sintió muy orgullosa de él y recordó a CTV (un canal de televisión), que esa fue una de las razones por la que se enamoró de él. “Eso es Clay para mí”, y añadió “es algo que él instintivamente haría”.
(abracadabranoticias.com)
AYUDA. El acto de este novio demostró su grandeza como ser humano. (Foto: abracadabranoticias.com)
UNDER GROUND
A15
tiempo lectura 15 min.
VIERNES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 I La Hora QUITO, ECUADOR
Ibarra
Under Fest Viernes 29 de septiembre °Daycore (Colombia) Mortuum Avathar Kanhiwara Oponente Interno Locus Autem Holger Quiñónez Cabra de Monte Gastrorrexis Flagrum Centurion Fire Serpiente Insurreccion Hate
Elektro Ibarra Viernes 29 de septiembre °Tom Enzy Oscar Troya Androsse Andes Machine Mydazz Giorkann Anders Aer Sek Habo & Bass ALX Kevin Naef Angelo Coronel Tarima Urbana
Viernes 29 de septiembre °Dennys The Black Manustar LMC Nano & DJ Krisis Runa Rap MC-Dary You Bombotunes K-Diel Mr. Travy Real Rangsta LC Killa Snake MC Rap Africam Ecualiza Flow LPJ Alex Wayne Irvin Lirico
Tarima pop – rock – ska - reggae
Sábado 30 de septiembre °Animal (Argentina) Guardarraya La Vagancia Skarma Fox Island Blacksun Sativa Roots Medival Okasso Vendredi Farmer Dub Esencia
Tarima salsa – cumbia - urbana
30 de septiembre °LosSábado Traviesos (Colombia)
Nigga (Panamá) Luis Alexis y los grandes del Vallenato Maykel Nikki Mackliff Honorato Jukio Lendavis La Sonora Municipal Tarima nacional – romántica
Sábado 30 de septiembre °Paulina Tamayo Noe Morales Juanita Burbano Marcelo Bedoya Villamarka Aurora tu Pasión Alex Santacruz Integración Festival Tríos
NACIONAL. Guardarraya, de Ecuador, se subirá a la tarima para presentar sus éxitos.
Dos días de música con más de 70 artistas en Ibarra Por cuarta ocasión el festival ‘Música al pie del Volcán’ se organiza como parte de las fiestas de la ‘Ciudad blanca’. IMBABURA• ‘Música al pie del Vol-
Tarima urbana, la novedad
cán’ es uno de los eventos más Este año, ‘Música al pie del Volgrandes y representativos por cán’ tendrá una tarima dirigida las fiestas de fundación de Iba- solo para el género urbano. rra. Este año es la cuarta edición Ahí se presentarán un total 16 de este evento musical, que reu- artistas locales que se han destanirá a más de 70 artistas y ban- cado a nivel local y nacional. das entre locales, nacionales e Según María José Torres, internacionales. del GAD Municipal, los artisPara el evento son tas locales de este género dos días destinados, el EL DATO solicitaron al Alcalde, en 29 y 30 de septiembre. Se una convocatoria interinformó que habrán tres na, que se les otorgue las 70 agrutarimas el viernes y tres De paciones, 50 son una tarima solo para el sábado, subdividas locales y provin- ellos, ya que el mayor núpor géneros donde los ciales. mero de artistas con los asistentes podrán elegir que cuenta la ciudad son entre más de 70 artistas. del género urbano. Según explicaron los organiEl objetivo que ellos tienen es zadores del evento, se presen- que haya un reconocimiento a la tarán alrededor de 12 artistas cultura urbana y se incentive a la por tarima. juventud a seguir aportando con El viernes inicia el show a las un trabajo de calidad, para que 15:00 en las tres tarimas, que sean tomados en cuenta como expondrán música electrónica, ellos en esta ocasión. heavy metal y urbana. Para este evento la El sábado en cambio Alcaldía de Ibarra delas tarimas presentarán TOME NOTA signó un presupuesto exponentes de rock – de 80.000 dólares, los pop, música tropical y El evento es mismos que serán invertotalmente granacional. tuito y se organi- tidos en todo el manejo “El festival reúne todos za en el Parque de logística y en el pago Ciudad Blanca los estilos, basado en un de Ibarra. a todos los artistas que mensaje claro de diversiprestarán sus servicios dad, respeto y tolerancia en los días del evento. entre las personas que gustan de Asimismo se contará con la distintos géneros musicales”, dijo seguridad respectiva para eviChristian Rivera, quien es parte tar cualquier acontecimiento. de la organización del evento. (CFDA)
Exponentes internacionales ° Daycore de Colombia, Mortuum de Atuntaqui y Kanhiwara de Quito son los exponentes más representativos del heavy metal que estarán en Ibarra.
En cuanto a la música electrónica, estará el quiteño Oscar Troya y Tom Enzy de Portugal. En lo nacional, que será con artistas locales, Paulina Tamayo, Noe Morales y Juanita Burbano mostrarán lo mejor de su repertorio. En la tarima pop - rock se presentará Animal de Argentina, Guardarraya y La Vagancia. En cuanto a la música tropical se destacan Los Traviesos de Colombia, Nigga y Mikel.
SUR. A.N.I.M.A.L. de Argentina pondrá las notas duras a la velada.
ELECTRÓNICA. El Dj y productor portugués Tom Enzy prenderá la fiesta.
PESADO. Daycore, banda colombiana de hardcore que se presentará en el festival.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
QUITO
50c incl. IVA JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017
Quito, Ecuador
48 PÁGINAS
Crimen de menor aterroriza al sur Un hombre le provocó 13 heridas de arma blanca a una muchacha que no se dejó manosear. PÁGINA A13
Arauz sueña con dirigir en EE.UU.
La estratega Vanessa Arauz no aceptaría dirigir a un equipo de hombres. Su prioridad es el fútbol femenino. PÁGINA B11
14 adictos ejecutados en clínica mexicana
Varios sujetos armados asesinaron al menos a 14 personas e hirieron a otras ocho en un centro de rehabilitación de la ciudad mexicana de Chihuahua. PÁGINA B7
Latinoamérica se enciende de festivales PÁGINA B7
Un ‘Pirata’ albiceleste Lucas Gil es el entrenador de Piratas, de Ibarra. Disputará la final de la Liga de baloncesto ante Iccan de Macas. PÁGINA B12
REVISTA JUDICIAL
C00
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
JUEVES, 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 11929 Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO
Editora DIANA BRIONES PUGA
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA
Nulidades en el
COGEP
AUTOR: AB. JOSÉ SEBASTIÁN CORNEJO AGUIAR.
D
e manera muy general, se ha contextualizado que un acto procesal es nulo cuando priva a un acto jurídico de sus efectos normales, es decir cuando en su ejecución no se han guardado las formas prescritas para ello. Por lo que la nulidad, es en síntesis el vicio que se opone a la validez de un acto procesal mismo que requiere tres requisitos fundamentales como son: existencia, validez y eficacia, siendo oportuno concentrarnos en como las nulidades se encuentran conceptualizadas en el Código Orgánico General de Procesos. 1.- Solemnidades sustanciales: El Art. 107 del Código Orgánico General de Procesos, ha determinado que son solemnidades sustanciales comunes a todos los procesos: 1. Jurisdicción: Entendida como aquella que designa la administración de justicia; es decir, la función estatal realizada por los órganos competentes para aplicar el derecho atendiendo a las reclamaciones que ante ellos se formulen.
Debiéndose puntualizar que las jurisdicciones contencioso tributaria y contencioso administrativa, tienen por objeto tutelar los derechos de toda persona y realizar el control de legalidad de los hechos, actos administrativos o contratos del sector público sujetos al derecho tributario o al derecho administrativo; así como, conocer y resolver los diversos aspectos de la relación jurídico tributaria o jurídico administrativa, incluso la desviación de poder.1 2. Competencia de la o del juzgador en el proceso que se ventila: Por regla general será competente, en razón del territorio y conforme con la especialización respectiva, la o el juzgador del lugar donde tenga su domicilio la persona demandada.2 Sin embargo también existe lo que se conoce como competencia concurrente, la misma que permite otorgan la competencia a elección de la persona actora, en donde la o el juzgador será delimitado en razón del lugar donde deba hacerse el pago o cumplirse la obligación respectiva; del lugar donde se celebró el contrato, si al tiempo de la
http//www.derechoecuador.com
Dirección: Panamericana Norte Km 31/2 y Nazareth | Telf: 2475723 al 728 | E-mail: revistajudicial@lahora.com.ec
demanda está presente la persona demandada o su procurador general o especial para el asunto que se trata; del lugar donde la persona demandada se haya sometido expresamente en el contrato; del lugar donde esté la cosa inmueble materia de la demanda; del lugar donde esté ubicada la casa de habitación, si la cosa materia de la demanda está en dos o más cantones o provincias; del lugar donde estén situados los inmuebles, si una misma demanda tiene por objeto reclamar cosas muebles e inmuebles; del lugar donde se causaron los daños, en las demandas sobre indemnización o reparación de estos; del lugar donde se produzca el evento que generó el daño ambiental; del lugar donde se haya administrado bienes ajenos, cuando la demanda verse sobre las cuentas de la administración; y del domicilio de la persona titular del derecho en las demandas sobre reclamación de alimentos o de filiación.3 También podrá concederse la competencia excluyente solo cuando: La o el
juzgador del domicilio del trabajador en las demandas que se interpongan contra este, quedando prohibida la renuncia de domicilio por parte de la o del trabajador; cuando la o el juzgador del lugar donde está la cosa a la que se refiere la demanda en los asuntos para cuya resolución sean necesarios conocimientos locales o inspección judicial, como sobre linderos, curso de aguas, reivindicación de inmuebles, acciones posesorias y otros asuntos análogos; cuando la o el juzgador del último domicilio del causante, si la apertura de la sucesión se realiza en territorio extranjero y comprende bienes situados en el Ecuador, será competente la o el juzgador del último domicilio nacional del causante o del lugar en que se encuentren los bienes; cuando la o el juzgador del lugar donde se abra la sucesión, en los procesos de inventario, petición y partición de herencia, cuentas relativas a esta, cobranza de deudas hereditarias y otras provenientes de una testamentaria; y cuando la o el juzgador del domicilio del pupilo en las cuestiones relativas a tutela o curaduría, aunque el tutor o curador nombrado tenga el suyo en lugar diferente.4 3. Legitimidad de personería: Es una solemnidad sustancial común a todos los juicios e instancias. En nuestro ordenamiento jurídico no se la define, sin embargo la ley establece que la falta de legitimación de personería se produce por incapacidad legal; o falta de poder, que será motivo de una excepción dilatoria. 4. Citación con la demanda a la o el demandado o a quien legalmente lo represente: Ya que como todos sabemos la citación es el acto por el cual se le hace conocer a la o al demandado el contenido de la demanda o de la petición de una diligencia preparatoria y de las providencias recaídas en ellas, misma, que se realizará en forma personal, mediante boletas o a través del medio de comunicación ordenado por la o el juzgador.5 CONTINUA EN LA PÁGINA - C2
C1
ENCICLOPEDIA
DE LA
POLÍTICA
ARREGLO JUDICIAL DEFINICIÓN La Carta de las Naciones Unidas usa esta expresión para denominar a uno de los métodos de solución pacífica de las controversias internacionales, que opera a través del juzgamiento y resolución por la Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya, de los litigios que se suscitan entre los Estados. El arreglo judicial representa un gran paso en el curso de la institucionalización de las normas del Derecho Internacional en la vida de relación entre los entes políticos. Largo ha sido el camino recorrido. Después de los esfuerzos hechos para crear el Tribunal Permanente de Arbitraje de La Haya en la primera Conferencia de Paz reunida en esa ciudad en 1899 —cuyos resultados no fueron muy alentadores entre otras razones debido a que el que se creó no fue realmente un tribunal orgánicamente constituido sino una lista de nombres entre los cuales las partes escogían los que debían integrarlo para cada caso de controversia— se pensó en la conveniencia de instituir un tribunal internacional de justicia compuesto por un cierto número de jueces permanentes y llamado a actuar en los casos en que las partes quisieran someter a resolución de él sus diferencias. Dr. Rodrigo Borja Cevallos
REVISTA JUDICIAL C2
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR
Es necesario destacar, que para que se declare la nulidad por falta de citación con la demanda, es necesario que esta omisión haya impedido que la o el demandado deduzca sus excepciones o haga valer sus derechos y reclame por tal omisión.6 5. Notificación a las partes con la convocatoria a las audiencias: Este constituye el acto por el cual se pone en conocimiento de las partes, de otras personas o de quien debe cumplir una orden o aceptar un nombramiento expedido por la o el juzgador determinándose, que en estas notificaciones se determinará la convocatoria a las audiencias dentro de los plazos establecidos por ley. Destacando que dichas notificaciones, se harán en persona dentro de la audiencia o por una boleta, cuando conste que la parte se ha ausentado, y además las providencias que se dicten en el curso de las audiencias y otras diligencias, se considerarán notificadas en la fecha y hora en que estas se celebren.7 6. Notificación a las partes con la sentencia.- Una vez finalizado el debate se procederá a notificar a las partes con la sentencia correspondiente misma que como todos sabemos es la decisión de la o del juzgador acerca del asunto o asuntos sustanciales del proceso, a fin de que estas puedan ejercer su derecho a recurrir en el caso de que se crean asistidas. 7. Conformación del tribunal con el número de juzgadores que la ley prescribe: Se trata de la determinación del número de jueces que conforman tanto los tribunales, que a su vez se encuentran conformados de las Salas de la Corte Provincial o de los Tribunales de lo Contencioso Tributario y Administrativo; así mismo en el caso de los Tribunales conformados de las Salas de la Corte Nacional de Justicia. Efecto de la nulidad: De conformidad con el Art. 109 del Código Orgánico General de Procesos, se determina, que: “La nulidad de un acto procesal tiene como efecto retrotraer el proceso al momento procesal anterior a aquel en que se dictó el acto nulo.” 8 Es decir declarada la nulidad
se retrotrae en el tiempo hasta la determinación del acto que causo la nulidad a fin de que se continúe sustanciando desde ese momento procesal en adelante. Dando la posibilidad de que dentro del desarrollo del proceso la declaración que invalida el acto viciado constituye ella misma un acto jurídico que de alguna manera aniquila derechos, mismos que al determinarse que el acto es nulo deben ser subsanados de inmediato mediante la expedición de un acto declarativo de una nulidad dirigido a aniquilar un derecho en razón de vicios de que padecía el acto jurídico que lo generó.
haya sido discutido en audiencia preliminar o fase de saneamiento. Debiéndose destacar que se puede solicitar la nulidad del remate por ejemplo siempre y cuando se verifique que se lo ha señalado en día distinto del que sea señalado por la o el juzgador; si no se ha publicitado el remate en la forma ordenada por la o el juzgador. Es decir la nulidad en este caso podrá ser declarada de oficio o a petición de parte en la audiencia de calificación de posturas, con la salvedad de lo que se resuelva no habrá recurso alguno, por lo que si se declara la nulidad del remate se señalará nuevo día para el remate. 9
Declaración de nulidad y convalidación: El Art. 110 del Código Orgánico General de Procesos, determina que: “La nulidad del proceso deberá ser declarada bajo los siguientes
Nulidad y apelación: El Art. 111 del Código Orgánico General de Procesos, determina que: “El tribunal que deba pronunciarse sobre el recurso de apelación examinará si en el escrito de inter-
aspectos: De oficio o a petición de parte, en el momento en que se ha producido la omisión de solemnidad sustancial: Es decir el juzgador podrá declarar la nulidad o de igual manera podrá efectuárselo a petición de parte conforme se ha podido evidenciar, cuales son dichas solemnidades establecidas en el Art. 107 del Código Orgánico General de Procesos. A petición de parte, en las audiencias respectivas cuando la nulidad haya sido invocada como causa de apelación o casación: Determinándose que no puede pedir la nulidad de un acto procesal quien la ha provocado, es decir la persona que causo el acto procesal de por si no puede pedir su nulidad; de igual manera no se declarará la nulidad por vicio de procedimiento cuando la omisión
posición se ha reclamado la nulidad procesal. Solamente en caso de que el tribunal encuentre que el proceso es válido, se pronunciará sobre los argumentos expresados por la o el apelante. Si encuentra que hay nulidad procesal y que la misma ha sido determinante porque la violación ha influido o ha podido influir en la decisión del proceso, la declarará a partir del acto viciado y remitirá el proceso a la o al juzgador de primer nivel. Los procesos conocidos por la o el juzgador superior, sin que se haya declarado la nulidad, no podrán ser anulados por las o los juzgadores inferiores, aun cuando hayan observado después, que ha faltado alguna solemnidad sustancial.” 10 Nulidad de sentencia: El Art. 112 del Código Orgánico
General de Procesos, determina que: “La sentencia ejecutoriada que pone fin al proceso es nula en los siguientes casos: Por falta de jurisdicción o competencia de la o del juzgador que la dictó, salvo que estas se hayan planteado y resuelto como excepciones previas: Es decir proceden cuando el juzgador no sea competente, o a su vez no tenga jurisdicción debiéndose destacar, que estas también pueden ser aducidas como excepciones previas, tal como lo determina el Art.153 del Código Orgánico General de Procesos, cuando determina que: “[…] solo se podrán plantear como excepciones previas las siguientes: 1. Incompetencia de la o del juzgador. 2. Incapacidad de la parte actora o de su representante. 3. Falta de legitimación en la causa de la parte actora o la
parte demandada, cuando surja manifiestamente de los propios términos de la demanda. 4. Error en la forma de proponer la demanda, inadecuación del procedimiento o indebida acumulación de pretensiones. 5. Litispendencia. 6. Prescripción. 7. Caducidad. 8. Cosa juzgada. 9. Transacción. 10. Existencia de convenio, compromiso arbitral o convenio de mediación.” 11 Es decir la incompetencia del juzgador es una excepción previa que causa a la vez nulidad, por lo que puede ser solicitada como excepción previa o a su vez a manera de nulidad. Por ilegitimidad de personería de cualquiera de las partes, salvo que esta se haya planteado
y resuelto como excepción previa: En este aspecto se debe verificar la capacidad para ser sujeto de derechos, misma que existe cuando se presentan ciertas circunstancias intrínsecas a la persona como son el hecho del nacimiento, cuando la persona es natural, según el artículo 60 del Código Civil que establece “El nacimiento de una persona fija el principio de su existencia legal, desde que es separada completamente de su madre”; y el reconocimiento, otorgándole personería, cuando la persona es jurídica”12, así como también la legitimación en la causa, misma que al contrario de la capacidad no es parte de la naturaleza íntima de la persona a quien se atribuye los efectos jurídicos del proceso, sino más bien es un requisito extrínseco a ella y consiste en la necesidad de que entre esta persona y el objeto del proceso concreto exista algún vínculo que legitime la intervención de tal sujeto, permitiendo que la sentencia dictada dentro de un proceso surta plenos efectos. Por no haberse citado con la demanda a la o el demandado si este no compareció al proceso: Ya que se le está dejando en total indefensión al no poder efectuar su derecho a la defensa por no haber sido citado con la demanda. Por no haberse notificado a las partes la convocatoria a las audiencias o la sentencia, siempre y cuando la parte no haya comparecido a la respectiva audiencia o no se haya interpuesto recurso alguno a la sentencia. Destacando, que las nulidades comprendidas en este artículo podrán demandarse ante la o el juzgador de primera instancia de la misma materia de aquel que dictó sentencia, mientras esta no haya sido ejecutada. No podrán ser conocidas por la o el juzgador que las dictó. La presentación de la demanda de nulidad no impide que se continúe con la ejecución y finalmente que la nulidad de la sentencia no podrá demandarse cuando haya sido expedida por las salas de la Corte Nacional de Justicia y se dejará a salvo las acciones que franquee la Constitución de la República.13 Correo: scor1719@hotmail.com Código Orgánico General de Procesos, s. f., Art.300 Ibíd., Art 9 Ibíd., Art. 10. Ibíd., Art. 11. Ibíd. Art. 53- 64. Ibíd., Art. 108. Ibíd., Art. 67. Ibíd., Art.109. Ibíd., Art.406. Ibid.,Art.111 Ibid., Art. 153. Código Civil, Art. 60. Ibid.,Art.112
EJECUTIVOS R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL A: La Compañía Rubén Mancheno RMCONSTRUCIONES CIA. LTDA. Representada por su Gerente General Rubén Patricio Mancheno Villacreses y por su Presidente Santiago Alfonso Loaiza Mancheno; y en contra de los accionistas de la empresa Rubén Alejandro Mancheno Vela y María José Mancheno Vela. JUICIO : N° 17230-2016-02411 TIPO DE PROCESO : EJECUTIVO ACCIÓN : COBRO DE FACTURAS ACTOR : Over Enrique Ortiz Robayo en Calidad de Gerente General de la compañía comercial K.R.O.N. . S.A. D E M A N DA D OS : La Compañía Rubén Mancheno RMCONSTRUCIONES CIA. LTDA. Representada por
su Gerente General Rubén Patricio Mancheno Villacreses y por su Presidente Santiago Alfonso Loaiza Mancheno; y en contra de los accionistas de la empresa Rubén Alejandro Mancheno Vela y María José Mancheno Vela. CUANTIA : DIEZ Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 51/100, DOLARES AMERICANOS . (US$. 16.997,51) FUNDAMENTO LEGAL : Inciso segundo del Art. 201 y 205 del Código de Comercio, y Art. 951 del Código de Procedimiento Civil UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 15 de marzo del 2016, las 11h20. Vistos.La demanda que por cobro de facturas presenta Over Enrique Ortiz Robayo en Calidad de Gerente General de la compañía comercial K.R.O.N. S.A., en contra de la compañía Rubén Mancheno RMCONSTRUCIONES CIA. LTDA. Representada por su Gerente General Rubén Patricio Mancheno Villacreses
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
Tenemos la cabeza para ganar dinero y el corazón para gastarlo. george Farquhar. Dramaturgo irlandés.
Pool de Ayudantes Judiciales de esta Unidad Judicial, coadyuvar para que en la sustanciación de esta causa, se garantice el derecho al debido proceso de las partes establecido en la Constitución de la República.- Los litigantes, ahora pueden gestionar su proceso en línea, ingresando a la siguientes dirección electrónica: www.funcionjudicial-pichincha.gob. ec; Servicios Corporativos; Ingreso de Requerimientos.NOTIFÍQUESE. f) Dr. Edwin Ernesto Cevallos Ampudia, Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 20 de septiembre del 2017, las 11h44.
Tumbaco, 26 de septiembre del 2017.
CONVOCATORIA
Quito, Septiembre 27 de 2017
De conformidad con las disposiciones de la Ley de Compañías y Art. Décimo Noveno de los Estatutos de la empresa se convoca a los señores accionistas de la Compañía de Transporte en Furgonetas COTRAFUR S.A. a la Junta General Extraordinaria la misma que tendrá lugar el día sábado 07 de Octubre del presente a las 9H:00 en las oficinas ubicadas en las calles Luis Felipe Borja N15-15 y Estrada del Distrito Metropolitano de Quito, para tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación del quórum 2. Apertura de la sesión a cargo del señor Presidente Ejecutivo 3. Análisis de entrega recepción de la compañía a la nueva directiva 4. Resoluciones para utilizar Fondos extraordinarios de la Compañía 5. Nombrar la comisión para reformar el Reglamento Interno de la Compañía 6. Elección de Comisario Principal Suplente
y por su Presidente Santiago Alfonso Loaiza Mancheno; y en contra de los accionistas de la empresa Rubén Alejandro Mancheno Vela y María José Mancheno Vela, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía Verbal Sumaria establecida en la Sección 23 Arts. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Previo a disponer la citación a los demandados Compañía Rubén Mancheno RMCONSTRUCIONES CIA. LTDA. Representada por su Gerente General Rubén Patricio Mancheno Villacreses y por su Presidente Santiago Alfonso Loaiza Mancheno; y en contra de los accionistas de la empresa Rubén Alejandro Mancheno Vela y María José Mancheno Vela; el demandante, en tres días indique la dirección domiciliaria de los mismos. Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese al demándate en la casilla judicial No. 472 y en el correo electrónico de su defensora Ab. Sonia Collaguazo. Encomiéndese al
y
7. Clausura NOTA. Se convoca especial y expresamente al Sr. Comisario Elías León. Atentamente,
A Junta General Extraordinaria de ACCIONISTAS de la Compañía VOLECAM S.A., con carácter urgente y obligatorio, a celebrarse el día sábado 14 de octubre del 2017, a las dos de la tarde (14:00 pm) en el domicilio de la empresa, ubicado en Tumbaco, Av. Interoceánica sector El Arenal; calle N9C Río Agoyan junto electromecánica Sr. Germán Díaz a fin de tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación de quórum. 2. Informe del Presidente encargado Sr. Raúl Núñez, sobre lo actuado. 3. Ratificación o Elección del Gerente y Presidente. 4. Posesión de Nuevos dignatarios. 5. Aprobación del Acta.
Nota: a) Se solicita puntual asistencia. b) De no contar con el quórum reglamentario a la hora señalada en esta convocatoria, la Junta General Extraordinaria, se instalará una hora más tarde con el número de socios presentes. Atentamente,
Sr. Mauricio Cruz PRESIDENTE EJECUTIVO
EDWIN ENRIQUE VALLEJO PORTUGAL
Sr. Pablo Benítez GERENTE GENERAL
C.C. 170700484-0
GERENTE ENCARGADO
PAC108910fa
Toda vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de 29 de agosto del 2017.- Toda vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de 8 de septiembre del 2017, en virtud del juramento rendido por la señora OVER ENRIQUE ORTIZ ROBAYO, en la calidad que viene actuando y de conformidad con lo previsto por los Arts. 56 del Código Orgánico General de Proceso se dispone citar mediante tres publicaciones distintas en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual entréguese a la parte actora el extracto de la demanda, auto de calificación y esta providencia.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-. f) Ab. Jackson Gutemberg Ovalle Samaniego, Juez. Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley, previniéndoles la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Abg. Carlos Quinchuela Villacís SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO Hay firma y sello P AR/106946/ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO-PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL A: PUPIALES GUAMAN DIEGO RICARDO ACTOR: DR. IVAN RACINES ENRIQUEZ PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: PUPIALES GUAMAN DIEGO RICARDO Y CHAVEZ MACIAS DARIO GONZALO JUICIO: EJECUTIVO TRÁMITE: 17230-2015-1860 PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 24 de febrero del 2015, las 15h53. VISTOS:: En virtud del sorteo corres-
pondiente en calidad de Juez Titular de esta Judicatura, avoco conocimiento de la presente causa, mediante acción personal No. 738-DP-UPYH, del 27-01-2015.-En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y por reunir los demás requisitos de Ley se la admite al trámite Ejecutivo. Consecuentemente los demandados: DARIO GONZALO CHAVEZ MACIAS y DIEGO RICARDO PUPIALES GUAMAN, en el término legal de tres días, paguen el valor adeudado o propongan excepciones de las que se crean asistidos. Cítese a los demandados en el lugar indicado en el libelo inicial debiendo para el efecto realizarse la citación al señor DARIO GONZALO CHAVEZ MACIAS, mediante comisión dirigida al señor Teniente Político de la parroquia de Tababela; y, al señor DIEGO RICARDO PUPIALES GUAMAN, mediante comisión dirigida al señor Teniente Político de la parroquia de El Quinche. De conformidad con el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejándose copia certificada y recibo en autos, devuélvase la documentación solicitado por la parte actora y entréguese a la persona solicitada para el efecto.-Tómese en cuenta la calidad en que comparece el Dr. Diego Francisco Larrea Alarcón, el casillero judicial y electrónico que señala para sus notificaciones y la autorización que confiere a su abogado patrocinador. Cuentese con la Dra. Mercy Criollo, en calidad de Secretaria designada por el Consejo de la Judicatura.-Notifíquese.- F) Dr. Luis Fernando Landazuri Salazar, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, miércoles 6 de septiembre del 2017, las 16h24. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial , y, en virtud de que la parte actora; ha dado cumplimiento con lo dispuesto providencia inmediata anterior; documentación anexada, juramento rendido; se dispone CITAR, al demandado PUPIALES GUAMAN DIEGO RICARDO ; con el auto de calificación inicial y providencia recaída; mediante tres publicaciones por la prensa; conforme lo determina el Art. 56 de Código Orgánico General de Procesos.- Al
REVISTA JUDICIAL JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR efecto, confiérase el extracto judicial; una vez, ejecutoriada esta providencia. Actúa la Ab. Paulina María Ayo Velasco en calidad de secretaria de reemplazo temporal, mediante acción de personal No.-3455-DP17-2016-VS. de fecha 17 de mayo del 2016.- NOTIFIQUESE. F) Dra. Viteri Moya Ana Patricia, Juez. Lo que comunico para los fines de Ley, previéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones.- Certifico. AB. PAULINA AYO VELASCO SECRETARIA E. CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITOPICHINCHA Hay firma y sello P AR/106943/ R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: CEVALLOS CERON BRYAN ALEXIS ACTOR: VEGA SERRANO HUGO WILSON DEMANDADA: CEVALLOS CERON BRYAN ALEXIS CUANTIA: $ 14500,oo JUICIO EJECUTIVO No, 17230-2015-08852 OBJETO: PAGO DE CAPITAL, INTERESES, Y COSTAS JUDICIALES UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 11 de junio del 2015, las 09h34. VISTOS.Asumo el conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en Quito conforme se desprende de la acción de personal No. 8586 DNTH-2014 de 27 de octubre de 2014.- En lo principal la demanda que antecede, propuesta por el señor HUGO WILSON VEGA SERRANO, es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley por lo que en mérito del documento adjunto al libelo dispongo se la tramite en la vía ejecutiva.- En consecuencia cítese al demandado señor
AVISO DE ACREEDORES AVISO DE LLAMAMIENTO A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA ALCORCUP IMPORTACIONES S.A. EN LIQUIDACIÓN En atención a lo dispuesto en el artículo 393 de la Ley de Compañías, se requiere públicamente a los acreedores de la Compañía ALCORCUP IMPORTACIONES S.A. EN LIQUIDACION, a fin de que quienes se consideren con tal derecho, se presenten ante el suscrito liquidador, en las oficinas ubicadas en el Edificio OPTIMUS en las calles Julio Moreno E11-84 y Av. 6 de Diciembre de la ciudad de Quito, cantón Quito, en el término de veinte días contados desde la última publicación del presente aviso, con los documentos que justifiquen su acreencia, bajo prevención que de no hacerlo, el liquidador tornará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su calidad y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la Compañía. Daniel Fabrizio Buratovich Mejía LIQUIDADOR ALCORCUP IMPORTACIONES S.A. EN LIQUIDACIÓN
PAC108900fa
PAC108894fa
C3
BRYAN ALEXIS CEVALLOS CERÓN con el contenido de la demanda y este auto en el lugar designado en la demanda a quien se le concede el término de tres días a partir de la citación para que pague lo adeudado o proponga las excepciones que se crea asistido de acuerdo con el artículo 421 del Código de Procedimiento Civil.- No ha lugar la emisión de la medida cautelar solicitada por la parte actora por no haber acompañado el certificado de gravámenes del bien, cuyo secuestro solicita.-Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado por la parte actora .- Líbrese suficiente Despacho a la oficina de Citaciones.Se le recuerda a la defensa técnica de la parte actora, especialmente a su defensa técnica observar lo dispuesto en el artículo 145 del Código Orgánico de la Función Judicial.- Notifíquese. f) Dra. Verónica Jaramillo Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 19 de abril del 2017, las 14h48… 2.Atento el juramento rendido por el actor conforme lo estable el Art. 56 del Código cítese al demandado mediante tres publicaciones por la prensa, en tres días distintos, en un diario de amplia circulación nacional, para lo cual confiéranse el extracto correspondiente. El accionante facilite las copias necesarias, para la elaboración de oficios, carteles y extractos correspondientes. Notifíquese. f) Dra. María de los Ángeles Ambas Cuatín Jueza. Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley, previniéndole la obligación que tiene de señala casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Dr. Luis Alfredo Chulde Ruano SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P AR/106941/ REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL SECRETARÍA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO A LA SEÑORA LORENA DEL ROCIO BASSANTE AMPUDIA LE HAGO SABER LO SIGUIENTE: EXTRACTO: ACTOR : Banco Guayaquil S.A DEMANDADO: LORENA DEL ROCIO BASSANTE AMPUDIA CAUSA : EJECUTIVO NO. 17230-2014-71. CUANTÍA: $ 5.600,00 USD JUEZ : DR. RICHARD CHINDE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO SECRETARIA: AB. ANDREA MALDONADO PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO.- 7 de noviembre del 2014, a las 09h34.- VISTOS:
REVISTA JUDICIAL C4
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR
Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza titular de esta Judicatura. La demanda que antecede es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos de ley, en consecuencia, se acepta al trámite ejecutivo previsto en el Art. 419 y siguientes de Código de Procedimiento Civil. El título acompañado a la demanda presta mérito ejecutivo, en consecuencia de conformidad con el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, la demandada señora LORENA DEL ROCIO BASSANTE AMPUDIA, en el término de tres días contados a partir de la citación, pague la obligación requerida o proponga excepciones. Cítese a la demandada en el lugar que se indica. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el compareciente.- Previa constancia de autos, se dispone el desglose de la documentación solicitada. NOTIFIQUESE.- f) Dra. Rocío Ayala. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, 20 de septiembre del 2017, a las 08h57. Vistos: Por cuanto la DRA. GEAN MAGALY BENALCAZAR AGUIRRE, en calidad de Procuradora judicial del Banco Guayaquil S.A., ha dado cumplimiento cumplido lo ordenado en providencia de fecha 13 de septiembre del 2017, a las 11h31, y en virtud del juramento rendido por el actor cítese a la demandada señora LORENA DEL ROCIO BASSANTE AMPUDIA de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- Notifíquese. f) Dr. Richard Chinde Chamorro. Lo que cito para los fines de Ley. AB. ANDREA MALDONADO SECRETARIA JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P AR/106971/MS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE LA DEMANDA CITACION JUDICIAL A: Marlene Noemí Abad Aponte ACTOR: Banco Pichincha C. A. DEMANDADO: Marlene Noemi Abad Aponte JUICIO: Verbal Sumario No. 172302016-06922 CUANTIA: USD. 6.000,00 OBJETO: Cobro de valores constantes en los estados de cuenta de la Tarjeta de Crédito Visa Banco Pichincha, adjuntos a la demanda. PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 13 de mayo del 2016, las 11h45. VISTOS: Avoco conocimiento de la pre-
sente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil, con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito; y, en virtud del sorteo electrónico de ley que precede.- Puesto que ha sido el expediente en mi despacho.En lo principal, la demanda que antecede, presentada por Dr. José Eliecer Tello Suárez, en su calidad de Procurador judicial del Banco Pichincha C.A., en contra de Marlene Noemí Abad Aponte; es clara, precisa y por reunir los demás requisitos de Ley, se acepta a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, con el contenido de la demanda y este auto, cítese al demandado señor MARLENE NOEMI ABAD APONTE, … Téngase en cuenta el casillero judicial, correo electrónico; así como, la calidad en la que comparece. Agréguese al proceso los documentos anexos a la demanda… NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- F) Dra. Celma Cecilia Espinosa Nevegas, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 19 de septiembre del 2017, las 12h29. 1) Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora con fecha 23 de agosto del 2017. En lo principal, de la revisión del proceso se desprende que la parte demandante, ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, por lo que, en virtud del juramento que tiene rendido con fecha 23 de agosto del 2017 y de conformidad con lo previsto por el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la demandada señora MARLENE NOEMÍ ABAD APONTE, mediante publicaciones de un extracto de y esta providencia, realizadas en tres fechas distintas en uno de los periódicos de amplia circulación nacional que se editan en esta ciudad de Quito, … F) Ab. Jackson Gutemberg Ovalle Samaniego, Juez. Lo que comunico a usted de la obligación que tiene que señalar casillero judicial o electrónico Quito, 20 de Septiembre del 2017. AB. CARLOS QUINCHUELA VILLACIS SECRETARIO PAP/69006 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: RICHARD GUILLERMO MORENO MONTENEGRO Y PRISCILA SUSANA MORENO ARCOS ACTORA: DRA. LIGIA JANETH VILLOTA VERA PROCURADOR JUDICIAL DE BANCO PICHINCHA S.A DEMANDADOS: RICHARD GUILLERMO MORENO MONTENEGRO Y PRISCILA SUSANA MORENO ARCOS JUICIO No. 17230-2017-05914 TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 19/04/2017
CUANTIA: $ 9.500,50 JUEZ PONENTE: DRA. LIZBETH RON CADENA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 24 de abril del 2017, las 16h12.- VISTOS: Dejo constancia que el día de hoy el señor Damian Coral pone a despacho la presente acción.- Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo realizado. Se dispone: La demanda presentada por la Dra. Ligia Janeth Villota Vera en calidad de Procuradora Judicial del Consorcio Pichincha S.A, como acredita con el instrumento público que acompaña, es clara y contiene los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro de un Pagare a la Orden, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal, constituye título ejecutivo y contiene una obligación conforme el artículo 348 ibídem, por lo que se admite a trámite en procedimiento ejecutivo; en consecuencia, CÍTESE a los señores RICHARD GUILLERMO MORENO MONTENEGRO, PRISCILA SUSANA MORENO ARCOS, en las direcciones indicadas en el demanda, para que en el término de quince (15) días cumplan la obligación demandada o formule oposición en la forma prevista por los Arts. 351, 353, 151 y siguientes del COGEP, bajo la prevención de lo dispuesto por el Art. 352 ibídem, esto es que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia.- Para el cumplimiento de la diligencia de citación remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones. Previniendo a los demandados la obligación que tienen de señalar casilla judicial y/o electrónica (el accionante provea de las copias necesarias).- En caso de oposición considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda, situación que estará a lo previsto por el Art. 354 ibídem. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones. Actúe el Dr. Paul Tapia en calidad de Secretario de ésta Unidad Judicial Civil. NOTIFÍQUESE.F) DRA. LIZBETH RON CADENA.- JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 15 de septiembre del 2017, las 14h30.- En virtud del juramento rendido por la accionante de la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los demandados y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicarlos y que incluso se ha acudido a los registros de público acceso, CÍTESE a los señores RICHARD GUILLERMO MORENO MONTENEGRO Y PRISCILA SUSANA MORENO ARCOS, con un extracto de la demanda, auto inicial y éste auto, mediante tres publicaciones en la prensa, en uno de
Tal es la locura de los pobres mortales, que frecuentemente desprecian los bienes que pueden gozar, y suspiran en pos de los inalcanzables. P í n da r o
de
c i n o S c é Fa L o S . Poeta griego.
los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, de acuerdo a lo determinado en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual por secretaría confiérase el extracto respectivo. Notifíquese.- F) DRA. LIZBETH RON CADENA.JUEZA. Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 20 de septiembre del 2017. Certifico.DR. PAUL ANDRES TAPIA SECRETARIO Hay firma y sello PAC108893fa EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACIÓN JUDICIAL A: GIANELLA ALEXANDRA ESTRELLA PARRA ACTO R : A B. DIANA ELIZABETH CAMPAÑA DE LA TORRE, PROCURADORA JUDICIAL DEL SEÑOR RODRIGO N E P TA L Í CEVALLOS BREILH, QUIEN OSTENTA LA CALIDAD DE PRESIDENTE EJECUTIVO Y R E P R E S E N TA N T E LEGAL DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA DEL SUR C.A DEMANDADOA: GIANELLA ALEXANDRA ESTRELLA PARRA FUNDAMENTO LEGAL: ART. 519 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. OBJETO: SE DECLARE I N S O LV E N T E AL DEMANDADO JUICIO: ESPECIAL INSOLVENCIA NO. 172302016-09648 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 31 de mayo del 2016, las 13h54. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura mediante acción de personal No. No. 7910-DNTH2015-KP de fecha 2 de junio del 2015.- y en virtud del sorteo de Ley correspondiente. En lo principal, la demanda que antecede presentada por RODRIGO NETALI CEVALLOS BREILH en contra de la señora GIANELLA ALEXANDRA ESTRELLA PARRA , es clara, precisa y reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite por la vía especial, previsto en el artículo 519 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En virtud de la documentación adjunta y su contenido, se presume legalmente el estado de insolvencia de la señora GIANELLA ALEXANDRA ESTRELLA PARRA con cedula de ciudadanía No. 1708283005 y se ordena que haya lugar al respectivo concurso de acreedores, en consecuencia, de conformidad con el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, cítese a la demandada señora
GIANELLA ALEXANDRA ESTRELLA PARRA, en el lugar indicado en el libelo de la demanda, para que dentro del término de tres (3) días se oponga pagando la deuda o dimitiendo bienes equivalentes; para el efecto, envíese suficiente despacho en forma a la oficina de citaciones, a fin de dar cumplimiento con este diligencia. Hecho que sea, se dispone: Se proceda a la ocupación y depósito de todos los bienes, libros, correspondencia y demás documentos del demandado, para éste fin cuéntese con la intervención del síndico del concurso Dr. Ángel Roberto Almeida (Telf. 2900 788 / 0998309929), a quien se lo nombra en este caso, cuya posesión se ordenará posteriormente; Hágase saber al público en general
de esta presunción de estado de insolvencia de la nombrada demandada a fin de que todos sus acreedores comparezcan a este juicio portando sus documentos de crédito y hagan valer sus derechos; Se ordena la acumulación de todos los juicios seguidos en contra de GIANELLA ALEXANDRA ESTRELLA PARRA, por obligaciones de dar o hacer, para este fin ofíciese a todos y cada uno de los Unidades Judiciales de lo Civil del Distrito Metropolitano de Quito; según el caso, por Secretaría ofíciese al Fiscal Provincial de Pichincha a fin de que unos de sus Fiscales investigue el estado de presunta insolvencia del demandado y de encontrar méritos remita al/a Juez/a de Garantías Penales y éste califique si la presunción de insolvencia es fortuita, culpable o fraudulenta. Se ordena que la demandado no se ausente del lugar del juicio, sin autorización de esta Unidad Judicial, así como también se dispone la prohibición de salida del país de la demandada de la señora GIANELLA ALEXANDRA
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA SHOES & SHOES CÍA. LTDA “EN LIQUIDACIÓN” De conformidad con lo establecido en el Estatuto Social y la Ley de Compañías, se convoca a los socios y de manera especial e individual al comisario de la Compañía, AGUINAGA Y ASOCIADOS - señor Patricio Xavier Aguinaga Valdivieso, domiciliado en la Av. Colón, E4-105 y 9 de Octubre, Edificio Solamar, oficina 904, a la reunión de Junta General Extraordinaria de Socios de la Compañía SHOES
&
SHOES
CIA. LTDA. “EN
LIQUIDACION”, que se llevará a cabo en
la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, el día miércoles 11 (once) de octubre del año dos mil diecisiete, a las 16h00 (dieciséis horas), en el domicilio principal de la Compañía ubicado en la Calle de los Naranjos No, 44-270 y Av. De los Granados, con el objeto de conocer y resolver el siguiente Orden del Día: 1. Ratificar y Convalidar la venta de activos (Inventario y Activos fijos) de la compañía y procedimiento de venta.
Sra. Mercy del Pilar Meza Reyes LIQUIDADORA PRINCIPAL SHOES & SHOES CÍA LTDA. “EN LIQUIDACIÓN” PAC108907fa
ESTRELLA PARRA. Como la demandada queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, hágase conocer de este particular a todos los Notarios de este Cantón, Registradores de la Propiedad y Mercantil de este Cantón, a la Superintendencia de Bancos y Superintendencia de Compañías, Contraloría General del Estado, Procurador General del Estado, Director Nacional del Registro Civil, Comisión Nacional del Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial, Dirección Nacional de Migración, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Servicio de Rentas Internas, Presidente del Consejo Nacional Electoral, y Ministerio de Relaciones Laborales; y, se ordena que la demandada en el término de 8 días luego de su citación presente el balance de sus bienes con expresión del activo y del pasivo. Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por el actor; así como, la calidad en la que comparece y la
autorización que le confiere a sus defensores.- Actúe la Abogada Glenda Bayas en calidad de secretaria encargada de la judicatura.- Notifique y Cúmplase.- f). DRA. LUZ ELISA DEL SALTO DAVILA, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 4 de julio del 2017, las 14h53. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Subrogante, mediante acción de personal No. 4896-DP172017-MP, en reemplazo de la Dra. Luz Elisa Del Salto Dávila. En lo principal, una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, atento al juramento rendido por la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR a la demandada GIANELLA ALEXANDRA ESTRELLA PARRA, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo
CONVOCATORIA Se convoca a los socios/as, del Programa Forestal Chita Huayco de la Cooperativa de Producción Agropecuaria “Freire Mena”; y, de la Asociación Agroforestal CHITA HUAYCO” a la Asamblea General Extraordinaria, que tendrá lugar el día sábado 30 de Septiembre del 2017, a las 08:00 (AM) horas de la mañana, a desarrollarse en la Biblioteca del parque “El Ejido” ubicado en la avenida Diez de Agosto y Patria, de la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha. Con el siguiente orden del día a tratarse: 1. Constatación del quorum. 2. Informe de presidentes Programa Forestal y Asociación Agroforestal 3. Informe económico por parte del Sr. Administrador de la Asociación 4. Lectura y aprobación del Reglamento interno del Programa Forestal 5. Situación de socios 6. Nombrar un económico; y,
tesorero
para
manejo
7. Asuntos varios NOTA: En caso de haber el quorum reglamentario a la hora señalada la Asamblea se postergará para una hora después y se instalara con los socios presentes. Siendo sus resoluciones obligatoriamente acatada por todos los socios. ATENTAMENTE, LOS DIRECTIVOS SR. ANTONIO TUQUERES REPRESENTE PROGRAMA FORESTAL SR. PASCUAL AUQUI PRESIDENTE ASOCIACIÓN AGROFORESTAL ” CHITA HUAYCO” PAC108909fa
cual, por Secretaría de esta Unidad Judicial Civil, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, dejando constancia en autos, emita el correspondiente extracto; ejecutoriada esta providencia, la parte actora concurra a esta Judicatura a fin de retirar el mismo. NOTIFÍQUESE.-f). DRA. CHANGO BAÑOS EDITH CRISTINA, JUEZA. Particular que le hago conocer a Usted CÍTANDOLE y previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.-
AB. GLENDA BAYAS REAL SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL. Hay firma y sello PAC108915fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA SE HACE SABER AL PÚBLICO EN GENERAL, LA CITACIÓN JUDICIAL A: GALLEGOS PONCE CONSUELO DEL
CARMEN y QUILUMBA ALMEIDA LUCIO FABIAN; DENTRO DEL JUICIO EJECUTIVO No. 17305-20110526. ACTOR: DR.CESAR GONZALO B E N A LCA ZA R PAVO N , PROCURADOR JUDICIAL DE BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADOS: GALLEGOS PONCE CONSUELO DEL CARMEN y QUILUMBA ALMEIDA LUCIO FABIAN. JUICIO No. 17305-2011-0526 CUANTIA: 20.000,00 TRAMITE: EJECUTIVO DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No.2222
COMPAÑÍA DE TRANSPORTES “ECUATAXIS” S.A.
DIRECCION: AV. EMILIO UZCÁTEGUI OE6-27 Y PASAJE OE 6A, SECTOR MARTHA BUCARÁM DE ROLDOS, PARROQUIA CHILLOGALLO, TELEF: 3052057, 3691100, 0998631831, 0989012172 RUC. No 1792212383001
AVISO PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUSCRIPCION PREFERENTE EN EL AUMENTO DE CAPITAL DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTES ECUATAXIS S. A. Se comunica a los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTES ECUATAXIS S. A., que la Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada el 21 de septiembre del 2015 resolvió Aumentar el Capital y Reformar el Estatuto de la Compañía, bajo los siguientes términos: Que se aumente el capital en USD. 2.050,00 mediante numerario, en efectivo en dinero de curso legal, en acciones nominativas y ordinarias por un valor nominal de USD. 1,00 cada una y que se proceda a reformar el estatuto social en las cláusulas pertinentes, de acuerdo al capital aumentado y reformas del estatuto aprobadas en dicha junta general. Además la Junta General Extraordinaria de accionistas resolvió autorizar al Gerente General y Representante Legal de la Compañía, señor Olivio Cruz Sarzosa Madril, para que realice todos los trámites concernientes al aumento de capital y reformas del estatuto social; así como autoriza para que proceda con la publicación del derecho de suscripción preferente y la estructura del cuadro de integración de capital definitivo fijando la cuantía exacta del aumento de capital, de acuerdo a lo que dispone el Artículo 181 de la Ley de Compañías y Resolución de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros No. 15 publicada en Registro Oficial No. 371 de 10 de noviembre de 2014 en sus artículos 2 y 3. De acuerdo a lo anterior y de conformidad con lo que dispone el Art. 181 de la Ley de Compañías; así como por lo resuelto por la Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 21 de septiembre del 2015, este derecho de suscripción preferente pueden ejercer a prorrata de las acciones que tuvieren los accionistas, dentro de los 30 días siguientes a la publicación del aviso del respectivo acuerdo de la Junta General. Cumplidos los 30 días acordados por la Junta General, desde la publicación de este aviso del ejercicio del derecho preferente y verificado por el Representante Legal, él queda facultado a elaborar el cuadro de integración definitivo del Aumento de Capital. Los señores accionistas deben acercarse ante el señor Gerente General y Representante Legal de la compañía en la oficina de la empresa ubicada actualmente en la Av. Emilio Uzcátegui OE6-27 y Pasaje OE6A del Distrito Metropolitano de Quito, para que suscriban las acciones a las que tengan derecho, cuyo valor al Aumento de Capital en numerario será pagado al contado por el accionista y depositado en la Cuenta Bancaria perteneciente a la Compañía.
Atentamente
Lcdo. Olivio Sarzosa Madril GERENTE GENERAL PAC108911fa
Tanto más fatiga el bien deseado cuando la esperanza está más cerca de poseerlo. MigueL
de
c e rva n t e S S a av e d r a . Escritor español.
AUTO DE CALIFICACION: JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 27 de abril del 2011, las 10h27. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo que antecede. En lo principal la demanda que antecede se la califica de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos de ley; en tal virtud, se la acepta a trámite en la vía del juicio ejecutivo.- En consecuencia, a los demandados LUCIO FABIAN QUILUMBA ALMEIDA y CONSUELO DEL CARMEN GALLEGOS PONCE, en su calidad de suscriptores; en el término de tres días cumplan con la obligación o dentro del mismo término propongan excepciones, bajo prevención de sentencia. Cítese a los demandados en el domicilio señalado para el efecto, para lo cual la parte actora proporcione las copias suficientes para la elaboración de las boletas respectivas. Tómese nota de la cuantía y la calidad que comparece el Dr. César Gonzalo Benalcázar Pavón, conforme lo justifica con el poder que acompaña. Dejándose copias fotostáticas, razón y recibo se ordena el desglose de la documentación que se solicita. Actúe el señor Dr. Luis Ron Villavicencio y Dr. Jaime Torres Carrera, en calidad de Secretario y Oficial Mayor en cargado respectivamente, de conformidad con lo dispuesto por el Concejo Nacional de la Judicatura, mediante oficio No. 226-07-CRH-CNJ-ES.CITESE Y NOTIFIQUESE.- f) DRA. MARIA MERCEDES POPRTILLA JUEZA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 15 de septiembre del 2017, las 15h10. Vistos: Agréguese al proceso, el escrito que antecede. En lo principal: En atención a lo solicitado, confiérase el extracto a fin de dar cumplimiento con la citación judicial, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación nacional. a los demandados GALLEGOS PONCE CONSUELO DEL CARMEN y QUILUMBA ALMEIDA LUCIO FABIAN; ejecutoriado que sea el presente auto remitido el extracto al casillero judicial 2222, señalado para el efecto.-NOTIFIQUESE.- f) Dr. CHINDE CHAMORRO RICHARD WILMER- JUEZ Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley. AB. MALDONADO PAREDES ANDREA CAROLINA SECRETARIA Hay firma y sello PAC108904fa REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA
IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL CITACIÓN A: BRAVO JUDITH LUCIA JUICIO: 17230-2015-04745 ACTOR (ES): BANCO DEL AUTRO S. A. DEMANDADO (S): PEREZ CABRERA DENNIS RODRIGO y BRAVO JUDITH LUCIA TRAMITE: EJECUTIVO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 13 de mayo del 2015, las 14h33. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de juez provisional, mediante acción de personal No. 932-DNTH2015-JT de 18 de febrero del 2015 y la razón de sorteo.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se lo acepta a trámite ejecutivo.- En consecuencia y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, los demandados señores PEREZ CABRERA DENNIS RODRIGO y BRAVO JUDITH LUCIA, paguen a la parte actora la cantidad demandada en el término de tres días o propongan excepciones dentro del mismo término, a quienes se le citará en el lugar que se indica en la demanda, para lo cual envíese suficiente despacho a la Sala de Citaciones.- De conformidad con lo previsto en el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, previa notificación a la parte contraria, dejándose copias y recibo en autos, desglósese y entréguese la documentación solicitada a la Ab. Virginia Molina. - Téngase en cuenta la comparecencia del Dr. Ferdinand Wladimir Galarza León, en calidad de Procurador Judicial del Banco del Austro S.A. Tómese en cuenta el casillero Judicial señalado.- Agréguense al proceso los documentos acompañados.- Notifíquese.f).- DR. PATRICIO MUÑOZ VALDIVIESO, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 19 de septiembre del 2017, las 14h54. Por cuanto de autos consta, que se ha dado cumplimiento con la providencia de fecha 14 de septiembre del 2017, las 11h17, esto es que la parte actora ha rendido declaración bajo juramento de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, respecto de la demandada BRAVO JUDITH LUCIA, en tal virtud se dispone CITESE POR LA PRENSA, a la prenombrada demandada, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, en tres publicaciones. Para el cumplimiento de esta disposición por Secretaria de esta Unidad Judicial, dejando constancia entréguese el correspondiente extracto. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.f).- DRA. SINDY PAMELA
ESCOBAR AREVALO, JUEZA. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndoles de la obligación de señalar casilla judicial para sus posteriores notificaciones.-Certifico. AB. ANA MARIELA ARCOS SECRETARIA Hay firma y sello PAC108905fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: HOLGER GONZALO NARANJO NARANJO ACTOR: DR. WLADIMIR GALARZA LEON PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A. D E M A N DA D O S : RINA ESTHER AYALA SALTOS, HOLGER GONZALO NARANJO NARANJO, PIEDAD DEL CARMEN MONAR MONTERO JUICIO No: 17230-2015-3062 CUANTIA: 12.000 DOLARES (DOCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA) T RA M I T E : E J EC U T I VO (COBRO DE PAGARE A LA ORDEN) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No. 2222 JUEZ: AB. RICARDO AUGUSTO VELASTEGUI ENDARA SECRETARIO: DR. JOSE VALENCIA ARIAS AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 6 de marzo del 2015, las 15h01.- VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa, Actúe la Secretaria encargada.-La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, tramítese la misma en la vía ejecutiva.-Los demandados: RINA ESTHER AYALA SALTOS, HOLGER GONZALO NARANJO NARANJO y PIEDAD DEL CARMEN MONAR MONTERO, cumplan con la obligación o propongan excepciones en el término de tres días de citados.- Cítese a los demandados, en el lugar que se indica,.-Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Dejándose copias certificadas o compulsas en autos, desglósese los documentos que se solicitan y entréguese.-Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora y la autorización concedida al abogado defensor.- NOTIFÍQUESE.f) DR. EDWIN ARMANDO ACELDO GUALLI-JUEZ PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 12 de septiembre del 2017, las 09h16.- Con base en los principios establecidos en los Arts. 18, 20, 21, 23, 25, 28 y 29 del Código Orgánico de la Función Judicial, que se relacionan con los principios de Sistema- Medio de Administración de Justicia, de Celeridad, de Tutela Judicial Efectiva, de Seguridad Jurídica, de Obligatoriedad de Administrar Justicia y en mérito del juramento rendido por la parte actora, sobre la imposibilidad de determinar la individualidad y residencia de la parte demandada,
REVISTA JUDICIAL JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR de conformidad con lo que dispone en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos se dispone citar a la parte demandada NARANJO NARANJO HOLGER GONZALO, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito; para tal efecto, a través de la Secretaría de esta Judicatura confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.-f) AB. RICARDO AUGUSTO VELASTEGUI ENDARA -JUEZ Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley DR. JOSE VALENCIA ARIAS SECRETARIO Hay firma y sello PAC108903fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA REPUBLICA DEL ECUADOR AVISO JUDICIAL SE HACE CONOCER AL PUBLICO EN GENERAL EL JUICIO DE INSOLVENCIA ACTOR: BANCO DEL AU ST RO S. A . D R. WLADIMIR GALARZA LEON PROCURADOR JUDICIAL D E M A N DA D O : E D GA R MOISES CASTELLANOS GARCIA JUICIO: 17304-2012-0322 TRAMITE: E S P EC I A L (Insolvencia) JUEZ: AB. RICARDO AUGUSTO VELASTEGUI ENDARA SECRETARIO: DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO DE LA DEMANDA: De acuerdo a lo estipulado en el Art. 519, numeral 1 del Código de Procedimiento Civil, se presume la insolvencia del señor EDGAR MOISES CASTELLANOS GARCIA, en calidad de deudor principal y con fundamento en lo estipulado por el Art. 507, 508 y siguientes del mismo cuerpo legal, solicito a Usted que se sirva declarar que hay lugar al concurso de acreedores y ordenar todas las medidas exigidas por la norma legal mencionada. JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 16 de abril del 2012, las 10h10. VISTOS: La demanda de presunción de insolvencia que presenta BANCO DEL AUSTRO S. A. a través de su Procurador Judicial Dr. Gonzalo Benalcázar Pavón, en contra de CAASTELLANOS GARCES EDGAR MOISES, portador de la Cédula de Ciudadanía NO. 1706857669, reúne los requisitos legales, en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía especial, prevista en la sección Cuarta, Parágrafos 1o. y 3o. Arts. 507 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Como de los documentos presentados se establece que requerido que ha sido el nombrado demandado, con
C5
el Mandamiento de Ejecución dictado por el Juez DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA, éste no ha pagado ni ha dimitido bienes, según consta de la razón sentada por el Secretario de la referida judicatura, encontrándose el demandado, por lo tanto, en la situación contemplada en el numeral primero del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se presume su estado de insolvencia; y, como consecuencia de ella, se declara con lugar al Concurso de Acreedores. En su orden, practíquense las siguientes diligencias: PRIMERO.- CITESE al demandado CASTELLANOS GARCIA EDGAR MOISES, con el contenido de la demanda y esta providencia en la dirección proporcionada por la parte actora, para que en el término de tres días luego de haber sido citado legalmente, se oponga a la demanda únicamente pagando la deuda.- SEGUNDO.- Se ordena la Ocupación y Depósito de los bienes del nombrado demandado; libros, correspondencia, y demás documentos, para el efecto, cuéntese con la intervención de un Depositario Judicial de este cantón.- Ofíciese al Jefe de la Oficina de la Sala de Sorteos y casillas Judiciales de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, a fin de que previo el sorteo correspondiente se asigne al indicado funcionario.- TERCERO.Hágase conocer al público de la Presunción del Estado de Insolvencia del EDGAR MOISES CASTELLANOS GARCIA, a través de la publicación de un extracto de la demanda y este auto en uno de los periódicos de esta localidad; por Secretaría elabórese y extiéndase el correspondiente aviso.- CUARTO.- Se ordena la acumulación de todos los pleitos seguidos en contra del nombrado demandado; por obligaciones de dar o hacer, para cuyo efecto, ofíciese a los jueces de lo Civil, de Inquilinato, y del Trabajo de Pichincha, a fin de que remitan a esta judicatura dichos pleitos.- QUINTO.- Se ordena, se califique el presunto estado de insolvencia del demandado CASTELLANOS GARCIA EDGAR MOISES, para establecer indicios de culpabilidad o fraudulencia, para lo cual, OFICIESE al Fiscal Distrital de Pichincha.SEXTO.- Se prohíbe que el demandado EDGAR MOISES CASTELLANO GARCIA, se ausente del territorio nacional, sin permiso del suscrito Juez, para cuyo efecto, hágase conocer mediante oficio al Jefe de la Policía de Migración y Extranjería y a los Jefes de los Aeropuertos Mariscal Antonio José de Sucre de Quito y José Joaquín de Olmedo de Guayaquil.- SEPTIMO.- Como los nombrados demandados quedan de hecho en interdicción de administrar sus bienes, mediante OFICIOS, hágase conocer de este particular a los Notarios Registradores de la Propiedad y Mercantil de este cantón, Tribunal Provincial Electoral; y
C6
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR
Superintendencia de Bancos, a la Contraloría General del Estado.- OCTAVO.- Se ordena que el demandado, dentro del término de ocho días después de citado, presenten el balance de sus bienes, con expresión del activo y del pasivo. Una vez citado el demandado, para el caso de que no pague, se dispone la entrega de los bienes concursados al SINDICO DR. ARNALDO FIALLOS; y, la notificación por la prensa a sus acreedores.- Agréguese al proceso los documentos presentados.- Regístrese la casilla judicial No. 2222, que señala el actor para recibir sus notificaciones.- CITESE, CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.f) DR. EDWIN ARGOTI REYESJUEZ ENCARGADO Lo que comunico a usted para los fines legales pertinentes. DR. JOSE VALENCIA ARIAS SECRETARIO Hay firma y sello PAC108902fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN A: CALLE LEÓN ESTEBAN XAVIER ACTOR: ING. SEGUNDO EDGAR CAJAS PALLO CASILLERO JUDICIAL No.665 ABG. JOHN GUSTAVO AYALA MARTÍNEZ JUICIO No. 17230-201521593 JUICIO: VERBAL SUMARIO (CHEQUE) CUANTIA: USD. 2.960,00. AUTO DE CALIFICACIÓN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 31 de diciembre del 2015, las 10h53.- VISTOS.Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora. En lo principal, la demanda que antecede propuesta por el señor SEGUNDO EDGAR CAJAS PALLO, es clara, completa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite verbal sumario.- En consecuencia cítese, con el contenido de la demanda y presente providencia al demandado señor ESTEBAN XAVIER CALLE LEON, EN PERSONA, en la dirección señalada para el efecto. Tómese en cuenta la cuantía. Incorpórese al proceso la documentación adjunta.Téngase en cuenta el casillero judicial así como su dirección electrónica, designada por la compareciente para sus posteriores notificaciones.- Actúa el Ab. Carlos Villacis en calidad de Secretario encargado de acuerdo a la Acción de personal - 9178-DP-UPTHMP 03/12/2015.- Cítese y Notifíquese.- f) DR. OSCAR RAMIRO CALERO SÁNCHEZ,
JUEZ. PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 23 de agosto del 2017, las 08h50.- Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia de 17 de agosto del 2017, las 15h38 y a los incisos 2do y 3ro, del numeral 2, del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, CITESE a CALLE LEÓN ESTEBAN XAVIER, por la prensa de acuerdo a previsto en el numeral 1 del Art. 56 ibídem, en un diario de amplia circulación de la ciudad de Quito.- Por Secretaria remítase a la casilla judicial de la parte accionante el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.f) ABG. MYRIAM VIVIANA CHALÁN GUAMÁN, JUEZA. Lo que comunico a Ud. para los fines de ley.- Previniéndole al demandado la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico. Abg. Carlos Fernando Olivo Ortiz SECRETARIO Hay firma y sello PAC108908fa EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: A LOS SEÑORES CINDY MONSERRATH ARMENDARIZ SEGOVIA y DARWIN GERARDO CUENCA CAMPOVERDE JUEZA PONENTE: AB. CECILIA SIMBAÑA QUISHPE JUICIO: 17307-2014-0590 TRAMITE: EJECUTIVO ACTOR: DR. FERDINAND WLADIMIR GALARZA LEON EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADOS: CINDY MONSERRATH ARMENDARIZ SEGOVIA y DARWIN GERARDO CUENCA CAMPOVERDE CUANTIA: CUATRO MIL DOLARES AMERICANOS (USD. 4.000) FUNDAMENTO DE DERECHO: LO DISPUESTO EN LOS ARTS. 413 Y SIGUEINTES DEL PROCEDIMIENTO CIVIL DEFENSOR ACTOR: AB. INGRYD ANASI HERRERA INICIADO: 20 DE JUNIO DEL 2017 JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 2 de julio del 2014, las 08h38. VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa, en mi calidad de Juez Titular, mediante acción de personal No. 3626DNTH-2014, de 9 de mayo del 2014. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. El título acompañado a la demanda presta mérito ejecutivo, en consecuencia, a los demandados DARWIN GERARDO CUENCA CAMPOVERDE, en calidad de deudor, CINDY MONSERRATH ARMENDARIZ SEGOVIA, en
calidad de deudora solidaria, en el término de tres días de ser citados legalmente, paguen la obligación requerida o propongan excepciones. Cítese a los demandados, en el lugar que se indica en la demanda. Previa citación a los demandados, se ordena que dejándose copias certificadas y recibos en autos, se proceda al desglose de la documentación presentada y solicitada, quedando la parte actora en la obligación de presentar la documentación desglosada en el momento que la Judicatura lo requiera. Téngase en cuenta la autorización conferida a la Ab. Ana Cristina Ayala Rodríguez, para que retire dichos documentos.- Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico señalado por el compareciente. Actúa el Abg. Paul Efraín Pérez en calidad de secretario encargado mediante de personal No. 2421-DP-DPP, de 03 de Abril del 2014.- Notifíquese.- f) Dr. Eduardo González Solorzano. Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 6 de Julio del 2017, las 14h50 En mérito del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los demandados CINDY MONSERRATH ARMENDARIZ SEGOVIA y DARWIN GERARDO CUENCA CAMPOVERDE, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito.- Notifíquese.- F) Ab. Cecilia Simbaña Quishpe. Jueza. Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. GUILLERMO GUAPI OBANDO SECRETARIO Hay firma y sello PAC108897fa EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MAYA YEPEZ CARLOS XAVIER ACTOR: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR PROCURACIÓN JUDICIAL BANCO DEL GUAYAQUIL S.A.. DEMANDADO: MAYA YEPEZ CARLOS XAVIER JUICIO: No 17230-201609667 FUNDAMENTO LEGAL Art. 413, 415 del Código de Procedimiento Civil. O B J E TO : PAG O DE OBLIGACION DEMANDADA CUANTIA: USD 11.238,1 (ONCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON DIEZ CENTAVOS). UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 1 de junio del 2016, las 14h17. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL
"Si quieres que algo se haga, encargaselo a una persona ocupada." P r ov e r b i o c h i n o
CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, conforme Resolución número 215-2015 de julio del 2015 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el Registro Oficial No. 567 de 18 de agosto del 2015 y por el sorteo realizado. En lo principal, la demanda presentada por la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcázar, en la calidad que comparece, conforme los documentos adjuntos, es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta al trámite ejecutivo.- En consecuencia, el demandado señor MAYA YEPEZ CARLOS XAVIER, de conformidad con el inciso primero del artículo 421 del Código de Procedimiento Civil, cumpla con la obligación requerida y pague al actor la cantidad adeudada o propongan excepciones en el término de tres días de citada.- Cítese con el contenido de la demanda y presente providencia a la demandada en la dirección señalada, para lo cual remítase suficiente despacho. De conformidad con el artículo 992 del Código de Procedimiento Civil, a través de secretaria dejando copias certificadas en autos a costa
del peticionario previo recibo, desglósese la documentación acompañada a la demanda, para el retiro de la documentación téngase en cuenta la autorización dada a los doctores Enrique Arboleda Espinel, Pablo Dávila Borja, Daniela Cuesta Figueroa y/o Fabián Merlo Ulloa. Tómese en cuenta la cuantía. Incorpórese al proceso la documentación adjunta.- Téngase en cuenta el casillero judicial No. 2617, así como su correo electrónico designado por la compareciente para sus posteriores notificaciones. Actúa como secretaria encargada la Ab. Paulina Ayo, mediante acción de personal No. 6455-DP172016-VS de 18 de mayo de 2016.- NOTIFIQUESE.- f) VITERI MOYA ANA PATRICIA, JUEZA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 15 de agosto del 2017, las 11h52. Por cuanto a este momento y en esta fecha se me ha puesto en conocimiento la presente causa se despacha. Agréguese a los autos, el escrito que antecede.- En vista que, la parte actora ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 56 numeral 2 del Código Orgánico General de
CONVOCATORIA A JUNTA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA GUSTO MEDITERRÁNEA RESTAURANTE SORÚ CIA. LTDA. De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Compañías y de acuerdo a los Estatutos Sociales de la Compañía, se convoca a los señores socios de laCompañía GUSTO MEDITERRÁNEA RESTAURANTE SORÚ CIA. LTDA, a la JUNTA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS, la misma que tendrá lugar en el domicilio de la compañía, en el local de la compañía ubicado en la calle Isabel la Católlica N24-587 y Francisco Salazar de laCiudad de Quito, el día 9 de octubre de 2017, a las 18:30 La junta convocada tratará el siguiente orden del día: PUNTO UNO.- Asociación con la ACP “Isabella Bar Restaurante” y pagos pendientes de la ACP Isabella Barrestaurante a Gusto Mediterranea Restaurante Sorú Cia. Ltda. PUNTO DOS.- Presentación de Inventario de activos de la compañía PUNTO TRES.- Delimitación de los Activos en préstamo para la ACP “Isabella Bar - Restaurante” y activos para la venta PUNTO CUATRO: Inversión de Gusto Mediterránea Restaurante Sorú CIA LTDA ante la ACP “Isabella Bar Restaurante” PUNTO QUINTO: Petición de prórroga para la presentación de información financiera por parte de Francisco Moscoso Quito, 28 de septiembre de 2017 Atentamente, Arturo Mora GERENTE GENERAL Gusto Mediterránea Restaurante Sorú CIA LTDA PAP/69021/AS
Procesos incisos: 2 y 3; esto es certificación que obra en autos (fs. 38), juramento rendido (fs. 44), se dispone que, se CITE al demandado MAYA YEPEZ CARLOS XAVIER, mediante tres publicaciones por la prensa, según lo dispone el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos y confiérase el extracto correspondiente.- Actúe la Ab. Daisy Ruiz Medina, en calidad de Secretaria Encargada de esta Judicatura.- NOTIFÍQUESE.-f) VITERI MOYA ANA PATRICIA, JUEZA.Lo que le comunico a ustedes para los fines de Ley pertinentes y le cito, recordándole la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para recibir sus futuras notificacionesAB. DAISY RUIZ MEDINA SECRETARIA (E) Hay firma y sello PAC108717fa R.DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A LA DEMANDADA: FATIMA TAT I A N A SANCHEZ CARAPAZ ACTOR: CARLOS ALBERTO VITERI ARGOTI, EN CALIDAD DE GERENTE DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DE LA FUNCION JUDICIAL DE PICHINCHA NRO. DE JUICIO. 17230-201515264 TIPO DE PROCESO: EJECUTIVO
ACCION: COBRO DE LETRA DE CAMBIO CUANTIA: OCHO MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA USD (8.500,00) N O R M AT I VA L EGA L : ART. 415 DEL CÓDIGO DE P R O C E D I M I E N TO CIVIL, ART. 410 Y 411 DEL CÓDIGO DE COMERCIO EN CONCORDANCIA CON EL ART. 413 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 6 de octubre del 2015, las 14h02.-VISTOS.- La demanda que por cobro de dinero, presenta, la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DE LA FUNCIÓN JUDICIAL DE PICHINCHA, por intermedio de su gerente CARLOS ALBERTO VITERI ARGOTI, en contra de, FATIMA TATIANA SÁNCHEZ CARAPAZ, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva establecida en el Título II, Parágrafo 2o, Artículos 419 al 490, del Código de Procedimiento Civil.-Por considerar título ejecutivo el documento aparejado a la demanda emitido y aceptado en esta ciudad de Quito, se ordena, citar, con el contenido de la misma y con el de esta providencia a la demandada, FATIMA TATIANA SÁNCHEZ CARAPAZ, en la dirección proporcionada por la demandante, para cuyo efecto, remítase las boletas de citación a la oficina correspondiente, enco-
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA PROFESIONALES EN SEGURIDAD PRIVADA PROSEGPRIM CIA. LTDA. De conformidad con lo establecido en el artículo 119 de la Ley de Compañías y 13ro. del Estatuto de la compañía, se convoca a los señores socios a la junta que tendrá lugar el día 12 de octubre del año 2017 a las 10h00, en la sala de reuniones de la compañía, ubicada en la avenida Capitán Rafael Ramos E2-87 y Alonso Donoso, para tratar los siguientes puntos del orden del día: 1.
2. 3.
Conocer y resolver sobre la renuncia al cargo de Presidenta de la compañía por parte de la señora Martha Cecilia López Flores, Nombrar al nuevo presidente de la compañía; y, Conocer y resolver sobre el pedido de exclusión del señor Héctor Aníbal Flores López, en su calidad de socio de la compañía, acorde a lo establecido en el artículo 82 de la Ley de Compañías.
Para el caso de no existir quórum de la totalidad del capital social, se estará a lo establecido en el artículo 14to. del Estatuto. Quito, 28 de septiembre de 2017. Sr. Rodolfo Morales Vaca GERENTE GENERAL PAP/69022/AS
mendándole al Citador, tener en cuenta, al momento de citar, lo dispuesto en el Art.77 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese a la demandante en la casilla judicial No. 4621 y en el correo electrónico de su defensor. Encargase la tramitación de este proceso al Sr.
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. C.O.G.E.P.
CITACION JUDICIAL PARA:_OÑA AMAYA NANCY VERONICA CAUSA EJECUTIVA NO. 17230-2017-07040 MATERIA: CIVIL TIPO PROCESO: EJECUTIVO ACCION: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO ACTOR: BANCO DE GUAYAQUIL S.A PROCURADORA JUDICIAL GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR DEMANDADO: OÑA AMAYA NANCY VERONICA CUANTIA: US$ 12.500,00 JUEZ PONENTE : DR. LUIS FERNANDO LANDAZURI SALAZAR Secretaria: Ab. Mirian Vizcarra Chávez EXTRACTO DE LA DEMANDA PRETENSION: El BANCO DE GUAYAQUIL S.A. CONCEDIO UNA OPERACIÓN DE CRÉDITO, A FAVOR DE LA SEÑORA OÑA AMAYA NANCY VERONICA, HABIENDOS SUSCRITO EL CONTRATO DEMUTUO EL 20 DE OCTUBRE DEL 2016, POR LA UMA USD 10.812,94 CON LA ESTIPULACION DE INTERESES, POR LOS PLAZOS Y LA MORA EN LA FORMA Y MONTO QUE CONSTAN CONVENIDOS Y, CON LOS DEMAS PARTICULARES QUE OBRAN DE DICHO DOCUMENTO DE CREDITO, ENCONTRANDOSE LEGALIZADAS LAS FIRMAS Y RUBRCIAS DE LOS COMPARECIENTES, CONTRATO DE MUTUO QUE CONSTITUYE UN REFINANCIAMIENTO DE LA OPERACIÓN DE CRÉDITO, RESPECTO A LA AMPLIACIÓN DE PLAZO, PARA EL PAGO DE LA PORCIÓN DE CALITAL NO PAGADO A UN NUEVO PLAN DE PAGO PARA LOS INTERESES DVENGADOS, VENCIDOS Y NO PAGADOS. PRETENSIÓN : EN SENTENCIA SE CONDENE A LA SRA. OÑA AMAYA NANCY VERONICA, LOS DIVIDENDOS VENCIDOS CONSTANTES DE LAS TABLAS Y AMROTIZACIÓN NO. 1 Y NO 2, LOS INTERESES DE MORA GENERADOS DESDE LA FECHA DE VENCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN, HASTA EL PAGO TOTAL DE LA MISMA, LAS COSTAS PROCESALES DE CONFORMIDAD A LOS ART. 284 , 285 Y 286 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUI IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, .- Quito, viernes 19 de mayo del 2017, 13h53.- VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo realizado. 1) La demanda que antecede es clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma que se fundamenta en un documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo Código, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 2) Cítese a la parte demandada OÑA AMAYA NANCY VERÓNICA, en el lugar que se indica; para tal propósito, remítase despacho suficiente a la Oficina encargada de realizar dicha diligencia, debiendo la parte interesada, acercarse a esta Unidad, para proveer de las copias necesarias, a fin de elaborar el número de boletas que se requieran. 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. 5) Agréguese la documentación que se acompaña. Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada, casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. Notifíquese y Cítese.-f) Dr. Luis Fernando Landázuri Salazar.UNDIAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQIUTO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, lunes 18 de septiembre del 2017, las 10h52.- En lo principal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la parte demandada OÑA AMAYA NANCY VERONICA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Luis Fernando Landazuri Salazar.- CERTIFICO.Lo que NOTIFICO a usted para los fines de Ley, para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un abogado como dispone la Ley.AB. MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ SECRETARI Hay Firma y Sello
PAB/17627/AS
REVISTA JUDICIAL
R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: herederos presuntos y desconocidos de los señores SALAZAR ERAZO VICTOR y CRUZ CARDENAS MIGUEL ANGEL ACTOR: DRS. JUAN CARLSOS CEPEDA CASSOLA y MARIA GABRIELA ENDARA BUENDIA PROCURADOR ES JUDICIALES DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: CRUZ TORRES JOSE DIEGO, SALAZAR CRUZ MARÍA TRINIDAD, MANUEL MESIAS CRUZ TORRES, NIEVE ROSARIO BRAVO BRAVO, MARÍA TRINIDAD CRUZ CÁRDENAS, CRUZ TORRES PEDRO VICENTE, MONTENEGRO BASTIDAS SILVIA GUADALUPE, CRUZ TORRES MIGUEL ANGEL, CRUZ TORRES ROBERTO LEOPOLDO, CRUZ TORRES RAFAEL FRANCISCO, CRUZ TORRES ROSA VERÓNICA; y herederos presuntos y desconocidos de los señores SALAZAR ERAZO VICTOR y CRUZ CARDENAS MIGUEL ANGEL. CUANTIA: $ 150000,oo JUICIO EJECUTIVO No. 17230-2015-19763 OBJETO: PAGO CAPITAL, INTERESES, COSTAS PROCESALES. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Quito, jueves 10 de marzo del 2016, las 09h39. VISTOS.- Asumo el conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial de lo Civil con sede en Quito conforme se desprende de la acción de personal No. 8586-DNTH-2014 de 27 de octubre de 2014.- En lo principal, la demanda que antecede presentada por los Doctores Juan Carlos Cepeda Cassola y María Gabriela Endara Buendía, como lo acreditan con el documento público certificado el 1 de abril de 2015 ante la Dra. María Cristina Vallejo, Notaria Trigésimo Octava del Distrito Metropolitano de Quito, es clara, completa y reúne los requisitos determinados por la ley por lo que se le admite a trámite ejecutivo al tenor de lo prescrito en el artículo 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia con el contenido de la demanda y este auto cítense a los señores: CRUZ TORRES JOSE DIEGO, SALAZAR CRUZ MARÍA TRINIDAD, MANUEL MESIAS CRUZ TORRES, NIEVE ROSARIO BRAVO BRAVO, MARÍA TRINIDAD CRUZ CÁRDENAS, CRUZ TORRES PEDRO VICENTE, MONTENEGRO BASTIDAS SILVIA GUADALUPE, CRUZ TORRES MIGUEL ANGEL, CRUZ TORRES ROBERTO LEOPOLDO, CRUZ TORRES RAFAEL FRANCISCO, CRUZ TORRES ROSA VERÓNICA, en las direcciones especificadas en el libelo, a quienes se les concede el término de tres días a partir de la citación para que paguen la deuda o propongan todas y cada una de las excepciones que se creyeren asistidos tal y como lo dispone el artículo 421 del Código de Procedimiento Civil.- Por cuanto la parte actora rindió el juramento instituido en la norma (fojas 106), cítese también a través de tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad a los herederos presuntos y desconocidos de los señores SALAZAR ERAZO VICTOR y CRUZ CARDENAS MIGUEL ANGEL para que dentro del término establecido en el artículo 421 del Código de Procedimiento Civil, paguen la deuda o propongan cada una de las excepciones que se creyeren asistidos.- De acuerdo a: a) Constitución de Gravamen Hipotecario Primero y Abierto y Prohibición de Enajenar celebrado el 1 de diciembre de 2010 ante el Notario Trigésimo Cuarto del Distrito Metropolitano de Quito (fojas 7 a 25) y certificado del Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito se ordena el embargo del lote de terreno número setenta y tres situado en la parroquia Chillogallo del Distrito Metropolitano de Quito comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE.- lote número setenta y cuatro en catorce metros.- SUR.- Lote número setenta y dos en catorce metros.-ESTE lote número ochenta y cuatro en ocho metros.OESTE.- Pasaje número siete en ocho metros de una superficie de ciento doce metros cuadrados.b) Contrato de Hipoteca Abierta celebrado el 8 de abril de 2008 ante el Notario Segundo del cantón Quito (fojas 27 a 44) y certificado del Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, se ordena el embargo del inmueble identificado como lote número 1 de la manzana F situado en la parroquia Chillogallo de Quito comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte. En treinta metros cincuenta centímetros con espacio verde, SUR.- En treinta metros cincuenta centímetros con calle tres.- ESTE En catorce metros con lote dos.- OESTE En catorce metros con calle A. De una superficie de cuatrocientos veinte y siete metros cuadrados.- c) Constitución de gravamen hipotecario celebrado el 27 de enero de 2004 ante el Notario Trigésimo del Distrito Metropolitano de Quito (fojas 47 a 72) y certificado del Registro PAB/17626/AS(1)
Jesús Damián Coral, Ayudante Judicial 1 de esta, UNIDAD JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL, C O N ST I T U C I O N A L Y DE INQUILINATO, DEL CANTÓN QUITO, DISTRITO METROPOLITANO; a quien se le encomienda ayudar a observar el derecho al debido proceso de las partes garantizado en el Art.76 de la Constitución de la Republica; en concordancia con las normas del Código Orgánico de la Función Judicial, del Código de Procedimiento Civil y del Reglamento de Arreglo de Procesos y Actuaciones Judiciales.- Los litigantes, ahora pueden gestionar su proceso en línea, ingresando a la siguientes dirección electrónica: www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec; Servicios Corporativos; Ingreso de Requerimientos.NOTIFÍQUESE.- F) Dr. Edwin Ernesto Cevallos Ampudia, Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 25 de septiembre del 2017, las 14h53. Agréguese al proceso el escrito que antecede, en atención al mismo se dispone: En virtud del juramento rendido por el señor CARLOS ALBERTO VITERI ARGOTI, en calidad de Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Funcionarios y empleados de la Función Judicial de Pichincha , previo a encontrarse agotado las diligencias para determinar el domicilio de la señora FATIMA TATIANA SANCHEZ CARAPAZ amparada en lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la citación de la señora FATIMA TATIANA SANCHEZ CARAPAZ con el contenido del auto de calificación y demás providencias necesarias para citar por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, para el efecto se remite al casillero judicial el respectivo extracto, concediéndole al requirente 3 días término, a fin de que justifique el diligenciamiento del trámite para poder citar por la prensa.- Notifíquese.- f) Dr. Ceño Camacho David, Juez Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previ-
de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, se ordena el embargo del inmueble número doce situado en la parroquia de Chillogallo del Distrito Metropolitano de Quito comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte En una extensión de veinte metros con calle pública.- Sur en una extensión de veinte metros con el lote número once.- Oriente.- En una extensión de diez y ocho metros con calle pública.- Occidente en una extensión de diez y ocho metros con el lote número diez y ocho. De una superficie de trescientos sesenta metros cuadrados.- Para la ejecución de las diligencias ordenadas, en razón del sorteo designo como depositario judicial al Sr. Luis Enrique Arias Velástegui. De ser necesario cuéntese con uno de los miembros de la Policía Nacional para lo cual líbrese el oficio respectivo.Agréguese al proceso la documentación adjunta, tómese en cuenta la cuantía fijada por la parte actora así como la casilla judicial, domicilio electrónico.- No ha lugar disponer el desglose solicitado por no ser el momento procesal oportuno.- Notifíquese. f) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi - Jueza. Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Dr. Luis Alfredo Chulde Ruano SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay Firma y Sello
PAB/17626/AS(2)
niéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones. Ab. Edwin Cardenas Vargas Msc. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC108896fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. EXTRACTO DE CITACIÓN. Citación judicial a BARROS GUALLPA RUTH YOLANDA, se le hace saber la demanda de EMBARGO Y REMATE DE PRENDA. Actor: Chalan Morocho Juan Salvador. Demandado: Barros Guallpa Ruth Yolanda. Asunto: Embargo y Remate de Prenda. Trámite: Especial. Cuantía: No es inferior a los diez mil dólares de los Estados Unidos de América. Fundamentos de derecho: Código de Comercio Artículos Innumerados 1, 9, 11, 14, 16 del Decreto Supremo N. 548CH Publicado en el Registro Oficial N. 68 del 30 de Septiembre de 1963, Sección Quinta, Título II del Código de Comercio . Abogado del Actor: Manuel Guzmán Salazar. Fecha de inicio: 11-03-2015. Juicio N. 17230-2015-03897. JUEZ PONENTE: DR. WILLAN ROMÁN CAÑIZARES UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 23 de marzo del 2015, las 16h09. VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa.- Actúe la Secretaria encargada.-En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los demás requisitos de forma previstos por la Ley.- En consecuencia, se da el trámite solicitado.- En mérito de la documentación que se acompaña y con fundamento en los Art. 10 y 16 agregados al Título II del Libro segundo, sección V del Código de Comercio, se ordena el Embargo y Remate en pública subasta del vehículo marca Chevrolet, modelo Grand Vitara 3P TM AC SPORT, motor G16B707579 año 2008, color plateado, Nro. De chasis 8LDBSV44280014725 de propiedad de la demandada Ruth Yolanda Barros Guallpa. Para la práctica de esta diligencia, y la designación de un Depositario Judicial; como también para la citación a la demandada, remítase atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de lo Civil del Cantón Cuenca, Provincia del Azuay.- Desglósese y entréguese los documentos que se solicita, previa la constancia en autos.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado.Notifíquese.-. F) Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. . Quito, viernes 21 de octubre del 2016, las 11h10. Vistos: Por la parte actora el señor CHALAN MOROCHO JUAN SALVADOR ha dado cumplimiento lo ordenado en providencia de fecha 14 de octubre del 2016, a las 11h49, y en virtud del juramento rendido se dispone que se cite a la señora RUTH YOLANDA BARROS GUALLPA de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria
Tan difícil es para los ricos adquirir la sabiduría como para los sabios adquirir la riqueza. ePicteto
de
Frigia.
Filósofo latino. confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- Notifíquese. F) Juez. Lo que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico en esta Unidad Judicial Civil del Distrito Metropolitano de Quito, para recibir posteriores notificaciones. Dra. Susana Guarango Jara SECRETARIA Hay firma y sello PAC108898fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA SE HACE SABER AL PÚBLICO EN GENERAL, LA CITACIÓN JUDICIAL A: CHACA MINDA LUZGARDA Y CUAMACAS IBUJES JAIME WILSON, DENTRO DEL JUICIO EJECUTIVO No. 17305-20140774. ACTOR: GALARZA LEON FERNANDO WLADIMIR, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A DEMANDADOS: CHACA MINDA LUZGARDA Y CUAMACAS IBUJES JAIME WILSON JUICIO No. 17305-2014-0774. CUANTIA: $15.000,00 TRAMITE: EJECUTIVO DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No.2222 AUTO DE CALIFICACION: JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 28 de agosto del 2014, las 09h56 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa mediante acción de personal No. 5282-DP-UPTH de 29 de Julio del 2014, en calidad de Juez Encargado del Juzgado Quinto de lo Civil de Pichincha.- En virtud de la razón de sorteo. En lo principal la demanda que antecede se la califica de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos de ley; en tal virtud, se la acepta a trámite en la vía del juicio ejecutivo.- En consecuencia, se dispone que los demandados JAIME WILSON CUAMACAS IBUJES y LUZGARDA OLIVA CHACA MINDA, en calidad de deudores; en el término de tres días pague la deuda o proponga excepciones, a quienes se les citara en el lugar indicado, para lo cual el peticionario proporcione copias para la elaboración de las boletas de citación respectivas. Tómese nota de la cuantía, casillero judicial, casilla electrónica señalados por el actor y téngase en cuenta la calidad en la que comparece el Dr. Fernando Wladimir Galarza León, Procurador Judicial del Banco del Austro S.A., según la documentación presentado. Agréguese al proceso los documentos acompañados. De conformidad con el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copias certificadas y recibo en autos desglósese la documentación que solicita.- Actúe el Dr. Luis Ron Villavicencio, en
calidad de Secretario encargado en virtud del oficio N. 5748-DP-UPTH de 11 de agosto del 2014. NOTIFIQUESE. f) DR. JUAN GUSTAVO SALAZAR RUIZ JUEZ PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 15 de septiembre del 2017, las 14h45. VISTO: Agréguese al proceso, el escrito que antecede. En lo principal: En atención a lo solicitado, confiérase el extracto a fin de dar cumplimiento con la citación por medio de la prensa a los demandados CHACA MINDA LUZGARDA Y CUAMACAS IBUJES JAIME WILSON, ejecutoriado que sea el presente auto será remitido al casillero judicial 2222,señalado para el efecto.NOTIFIQUESE.Lo que comunico a usted para los fines de ley. Ab. Maldonado Paredes Andrea Carolina SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC108895fa R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: SANCHEZ SIMBAÑA FAUSTO RIGOBERTO, GUAMAN MOLINA AMADA GEORGINA. ACTOR: DR. ENRIQUE A L B E RTO A R B O L E DA ESPINEL ENDOSATARIO VALOR AL COBRO DEL BANCO GUAYAQUIL S. A. DEMANDADOS: SANCHEZ SIMBAÑA FA U S T O RIGOBERTO, GUAMAN MOLINA AMADA GEORGINA. CUANTIA: $ 17738,80 JUICIO EJECUTIVO No. 17230-2016-10949 OBJETO: PAGO CAPITAL, COMISION Y COSTAS PROCESALES. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Quito, martes 28 de junio del 2016, las 11h25. VISTOS.Asumo el conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en Quito conforme se desprende de la acción de personal No. 8586 DNTH-2014 de 27 de octubre de 2014.En lo principal la demanda que antecede propuesta por el Dr. Enrique Arboleda Espinel, es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley por lo que en mérito del documento No. 01/01 dispongo se la tramite en la vía ejecutiva al tenor del artículo 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia cítense con el contenido de la demanda y este auto a los demandados SANCHEZ SIMBAÑA FAUSTO RIGOBERTO y GUAMAN MOLINA AMADA GEORGINA en el lugar determinado en el libelo, a quienes se les concede el término de tres días
a partir de la citación para que paguen la deuda o propongan las excepciones que se creyeren asistidos al tenor del artículo 421 del Código de Procedimiento Civil.- Una vez cumplidos los presupuestos del artículo 992 del Código de Procedimiento Civil se procederá al desglose.- Tómese en cuenta la casilla judicial señalada, la cuantía fijada por la parte actora así como la autorización dada a su defensa.- Incorpórese al expediente la documentación adjunta.Notifíquese y Cítese. f) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.. Quito, viernes 18 de agosto del 2017, las 16h07. Atento al juramento rendido por el accionante y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos cítese a los demandados SÁNCHEZ SIMBAÑA FAUSTO RIGOBERTO Y GUAMÁN MOLINA AMADA GEORGINA por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual confiérase el extracto correspondiente. Notifíquese. f) dra. María de los Angeles Amabas Cuatin.- Jueza. Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Dr. Luis Alfredo Chulde Ruano SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC108712fa
ORDINARIOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN A: - VILLACIS GALLARDO HERMINIA DOLORES JUICIO: ORDINARIO P R E S C R I P C I Ó N ADQUISITIVA DE DOMINIO NUMERO: 17230-2015-14015 ACTOR: QUISHPE PADILLA RAFAEL DEMANDADOS: VICTOR MANUEL LALALEO MAYORGA y HERMINIA DOLORES VILLACIS GALLARDO FECHA DE INICIO: 20/08/2015 CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DOMICILIO: CASILLERO JUDICIAL N° 1810 DR. NELSON FERNANDO SOLIS TACAN. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 20 de octubre del 2015, las 11h50. VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta judicatura mediante Acción de Personal No. 8851-DNTH de 29 de Octubre del 2014. En lo principal la demanda presentada y la ampliación a la misma, es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite ordinario. En consecuencia córrase traslado con el escrito de demanda y el presente auto a VICTOR MANUEL LALALEO MAYORGA y HERMINIA DOLORES VILLACIS GALLARDO, para
REVISTA JUDICIAL JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR que en el término de quince días contesten la demanda y propongan las excepciones de las cuales se creyeren asistidos, bajo apercibimiento en rebeldía.- CITESE a los prenombrados demandados en los lugares que se indica, para lo cual la parte actora provea de las fotocopias necesarias a fin de remitirlas a la Oficina de Citaciones.- Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Metropolitano del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.- De conformidad con el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.- Téngase en cuenta la designación efectuada al Dr. Fernando Solís Tacán, el casillero judicial y correo electrónico señalados. Agréguese la documentación presentada.- Notifíquese.- f). DRA. GRIMANESA MARISOL E RA ZO N AVA R R E T E . JUEZA”. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 21 de julio del 2017, 09h47. Por cuanto el señor RAFAEL QUISHPE PADILLA ha dado cumplimiento con lo dispuesto en providencia de martes 18 de julio del 2017, las 10h50, esto es rendir juramento de que es imposible determinar la individualidad del domicilio o residencia de la demandada VILLACIS GALLARDO HERMINIA DOLORES; de conformidad con lo que dispone el inciso segundo del numeral 2° del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la prenombrada demandada, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito; efecto para el cual por Secretaría confiérase el extracto correspondiente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1° Ibídem, previas las formalidades legales.- NOTIFIQUESE.f). VELASTEGUI ENDARA RICARDO AUGUSTO, JUEZ”. Lo que pongo en conocimiento para los fines de ley. ABG. VALENCIA ARIAS JOSÉ RAÚL SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC108912fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO JUEZ PONENTE: A LTA M I R A N O RUIZ SANTIAGO DAVID CITACION JUDICIAL Se le hace saber a: los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE ZOLDAN PASTERNAK ABRAHAM Y ELIAS ZOLDAN FOGEL, que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda de RESOLUCION DE CONTRATO,
C7
cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA, REFORMA Y REFORMA A LA DEMANDA ACTO R : SEGOVIA B E TA N C O U R T NERIS FA B R I C I O GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA DE SERVICIOS AUXILIARES DE GESTION DE COBRANZA RECYCOB S. A. LIQUIDADORA DE LA COOPERATIVA DE AHORRRO Y CREDITO “EJERCITO NACIONAL”, en Liquidación. DEMANDADOS: ISAAC ZOLDAN PASTERNAK, GLORIA RAQUEL CASARES CA R D E N AS, N I CO L AS ALEJANDRO MARCOVICI LO N G AV E R, M A Z U CA ALICE ESTUPIÑAN ROMO LEROUX, CESAR GUILLERMO ANDRADE OCHOA, MERCEDES YOLANDA TORRES OCHOA, RICARDO A N TO N I O PADRON AYALA, VICTORIA DE LOS ANGELES LAFEBRE DURAN, MOISES JACOBO ZOLDAN PASTERNAK, JAEL ZOLDAN YAHALOMI, LIOR DAVID ZOLDAN YAHALOMI, RONNY JAIA ZOLDAN YAHALOMI, ANAT SALOMEA YAHALOMI BZUSA, Y NORA CRISTINA ESTUPIÑAN ROMOLEROUX, LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE ZO L DA N PASTERNAKABRAHAM,YLOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE ELIAS ZOLDAN FOGEL CAUSA No.: 17230-201702597 PROCEDIMIENTO: ORDINARIO OBJETO: El accionante demanda: 1) la RESOLUCION del contrato de promesa de compraventa contenido en la Escritura pública celebrada el 30 de junio del 2008, ante el Dr. Homero López Obando, Notario Vigésimo Sexto de Quito, entre el señor ISAAC ZOLDAN PASTERNAK, por sus propios derechos y como apoderado especial de los cónyuges Nicolás Alejandro Marcovici Longaver y Mazuca Alice Estupiñan Romo Leroux, Moises Jacobo Zoldan Pasternak (de estado civil divorciado) de Gloria Raquel Casares Cárdenas y de Nora Cristina Estupiñan Romo Leroux (de estado Civil divorciada), el señor Cesar Guillermo Andrade Ochoa, por sus propios derechos y como apoderado de los cónyuges Ricardo Antonio Padron Ayala y Victoria de los Angeles Lafebre Durán, y la señora Mercedes Yolanda Torres Ochoa, por sus propios derechos, y la Cooperativa de Ahorro y Crédito EJERCITO NACIONAL CACEN, compareciendo por ella el Ing. Jaime Fernando Dueñas Pazmiño como Presidente y el señor Gustavo Eduardo Olmedo Vinueza como Gerente, contrato en que los primeros nombrados tienen la calidad de PROMITENTES VENDEDORES en tanto que la Cooperativa de Ahorro y Crédito Ejército Nacional CACEN, tiene la calidad de PROMITENTE COMPRADORA.- Contrato
REVISTA JUDICIAL C8
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR
en el que los PROMITENTES VENDEDORES, dicen ser los propietarios del 97.9% de los derechos y acciones del bien inmueble (terreno y construcciones ubicados en la Parroquia San Antonio de Pichincha, de la ciudad de Quito, actualmente Distrito Metropolitano, concretamente conocido como La Rinconada de Caspigasi, el área del terreno en mención es de aproximadamente 235 hectareas.- 2) Que la Señora NORA CRISTINA ESTUPIÑAN ROMO LEROUX NO es propietaria de los derechos y acciones que prometió vender, por tanto, al haber perdido su eficacia y validez jurídica, se ha frustrado en su fin, por ende existe la imposibilidad jurídica de cumplir la obligación principal de suscribir la escritura pública de compraventa de los derechos y acciones prometidos en venta.- Que la Sentencia que declare resuelto el contrato de promesa de compraventa de derechos y acciones se realice su respectiva anotación al margen de la matriz de la escritura pública otorgada el 30 de junio del 2008.- 3) Que ordene a los demandados restituyan la cantidad de USD $1’035.000, que recibieron de parte de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Ejercito Nacional”, CACEN, hoy en liquidación, como parte del precio de los derechos y acciones prometidos en venta; más los respectivos intereses legales que serán computados desde las fechas en que se efectivizaron los respectivos abonos, lo que se establecerá pericialmente.Y, que Condene a los demandados al pago de costas procesales y honorarios de la defensa de acuerdo con la Ley de Federacion de Abogados del Ecuador CUANTIA.- Se fija la cuantía en la suma de 3’500.000,00 PROVIDENCIA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 7 de marzo del 2017, las 15h38. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora.- Por haberse dado cumplimiento al auto de sustanciación anterior se dispone: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Revisada la demanda presentada por la Compañía de Servicios Auxiliares de Gestión de Cobranza RECYCOB S.A., LIQUIDADORA DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “EJERCITO NACIONAL” por intermedio de su gerente general Ab. Neris Fabricio Segovia Betancourt, en atención a lo consagrado en el Art. 169 de la Constitución y 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) se la CALIFICA de completa y clara, pues cumple los requisitos legales generales contemplados en los Arts. 142 y 143 del preciado cuerpo legal, por lo que se la ADMITE a procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado y en virtud
de lo prescrito en el Art. 289 ibídem.- SEGUNDO: CÍTESE con el contenido de la demanda, el escrito que antecede y el presente auto interlocutorio a la parte demandada: a) HEREDEROS CONOCIDOS DE: ABRAHAM ZOLDAN PASTERNAK Y ELÍAS ZOLDAN FOGEL, señores: ANAT SALOMEA YAHALOMI BZUZA, RONNY JAIA ZOLDAN YAHALOMI, LIOR DAVID ZOLDAN YAHALOMI, ISAAC ZOLDAN PASTERNAK, MOISES JACOBO ZOLDAN PASTERNAK, JAEL ZOLDAN YAHALOMI; en las direcciones señaladas en el libelo inicial de la demanda, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP; previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico, para el efecto remítase suficiente despacho a la Oficina de Citaciones, conforme el nuevo modelo de gestión; b) GLORIA RAQUEL CASARES C Á R D E N AS ; N I CO L Á S ALEJANDRO MARCOVICI LONGAVER; y, MAZUCA ALICE ESTUOPIÑAN ROMOLEROUX; CÉSAR GUILLERMO ANDRADE OCHO; y, MERCEDES YOLANDA TORRES OCHOA; RICARDO ANTONIO PADRÓN AYALA; y, VICTORIA DE LOS ÁNGELES LAFEBRE DURÁN; NORA CIRTINA ESTUPIÑAN ROMO LEROUX; en las direcciones señaladas en el libelo inicial de la demanda, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP; previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico, para el efecto remítase suficiente despacho a la Oficina de Citaciones, conforme el nuevo modelo de gestión. c) De conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se cite mediante la prensa a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de los causantes: ABRAHAM ZOLDAN PASTERNAK Y ELÍAS ZOLDAN FOGEL, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar, para lo cual Secretaría conferirá el extracto respectivo. CUARTO: CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a la parte demandada descrita en el considerando que antecede el término de TREINTA (30) días una vez citados, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del Código antes mencionado, quienes además deberán anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción conforme lo dispone el artículo 152 ibídem. QUINTO: ANUNCIO DE PRUEBA.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el apartado denominado “MEDIOS DE PRUEBA” de la demanda en concordancia con los del escrito de aclaración de la misma; para lo cual se observará lo previsto en los Art. 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes
del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba.SEXTO: NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por el accionante para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su defensor técnico.- Agréguese al expediente la documentación adjunta por la parte actora.- Actúe el doctor Paúl Andrés Tapia, en calidad de Secretario E de esta Unidad Judicial Civil.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 20 de marzo del 2017, las 08h33. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- La parte actora aclare su petición observando lo establecido en el Art 148 del Código Orgánico General de Procesos, puesto que el auto de calificación de la demanda, se lo emitió tomando en cuenta los datos consignados por el actor, a excepción del nombre del demandado: “CÉSAR GUILLERMO ANDRADE OCHO”, en el cual por un lapsus de escritura en lugar de OCHOA, consta únicamente OCHO, por lo que de conformidad con el art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el numeral 8 del Art. 130, se corrige dicho error y se convalida el auto de calificación inicial en ese sentido, esto es que se debe tener en cuenta al nombre de uno de los demandado como: CÉSAR GUILLERMO ANDRADE OCHOA”.- NOTIFIQUESE.f) ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 6 de abril del 2017, las 10h10. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora.- En lo principal y de conformidad al Art. 148 del COGEP, se acepta la reforma y se dispone lo siguiente: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.Revisada la reforma a la demanda presentada por la Compañía de Servicios Auxiliares de Gestión de Cobranza RECYCOB S.A., LIQUIDADORA DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “EJERCITO NACIONAL” por intermedio de su gerente general Ab. Neris Fabricio Segovia Betancourt, en atención a lo consagrado en el Art. 169 de la Constitución y 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) se la CALIFICA de completa y clara, pues cumple los requisitos legales generales contemplados en los Arts. 142 y 143 del preciado cuerpo legal, por lo que se la ADMITE a procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado y en virtud de lo prescrito en el Art. 289 ibídem.- SEGUNDO: CÍTESE con el contenido de la demanda, el escrito que antecede, el auto de calificación y el presente auto interlocutorio de reforma a la demanda a la parte demandada: a) HEREDEROS CONOCIDOS DE: ABRAHAM ZOLDAN PASTERNAK Y ELÍAS ZOLDAN FOGEL, señores: ISAAC ZOLDAN PASTERNAK,
Tanto en el científico como en el poeta, hay que honrar el desinterés del pensamiento. John PerSe.
MOISES JACOBO ZOLDAN PA S T E R N A K , A N AT SA LO M E A YA H A LO M I BZUZA, RONNY JAIA ZOLDAN YAHALOMI, LIOR DAVID ZOLDAN YAHALOMI, JAEL ZOLDAN YAHALOMI; en las direcciones señaladas en el libelo inicial de la demanda, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP; previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico, para el efecto remítase suficiente despacho a la Oficina de Citaciones, conforme el nuevo modelo de gestión; b) GLORIA RAQUEL CASARES CÁRDENAS; NICOLÁS ALEJANDRO MARCOVICI LONGAVER; y, MAZUCA ALICE ESTUPIÑAN ROMO LEROUX; CÉSAR GUILLERMO ANDRADE OCHO; y, MERCEDES YOLANDA TORRES OCHOA; RICARDO ANTONIO PADRÓN AYALA; y, VICTORIA DE LOS ÁNGELES LAFEBRE DURÁN; NORA CIRTINA ESTUPIÑAN ROMO LEROUX; en las direcciones señaladas en el libelo inicial de la demanda, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP; previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico, para el efecto remítase suficiente despacho a la Oficina de Citaciones, conforme el nuevo modelo de gestión. c) De conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se cite mediante la prensa a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de los causantes: ABRAHAM ZOLDAN PASTERNAK Y ELÍAS ZOLDAN FOGEL, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar, para lo cual Secretaría conferirá el extracto respectivo. CUARTO: CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a la parte demandada descrita en el considerando que antecede el término de TREINTA (30) días una vez citados, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del Código antes mencionado, quienes además deberán anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción conforme lo dispone el artículo 152 ibídem. QUINTO: ANUNCIO DE PRUEBA.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados
en el apartado denominado “MEDIOS DE PRUEBA” de la demanda en concordancia con los del escrito de aclaración de la misma; para lo cual se observará lo previsto en los Art. 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba.SEXTO: NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por el accionante para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su defensor técnico.Agréguese al expediente la documentación adjunta por la parte actora.- Actúe el doctor Paúl Andrés Tapia, en calidad de Secretario E de esta Unidad Judicial Civil.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.. f) ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 24 de mayo del 2017, las 14h23. VISTOS: Agréguese al proceso los escritos, extracto y razones de no citación que anteceden.En lo principal y de conformidad al Art. 148 del COGEP, se acepta la reforma a la demanda y se dispone lo siguiente: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.Revisada la reforma a la demanda presentada por la Compañía de Servicios Auxiliares de Gestión de Cobranza RECYCOB S.A., LIQUIDADORA DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “EJERCITO NACIONAL” por intermedio de su gerente general Ab. Neris Fabricio Segovia Betancourt, de fecha 08 de mayo del 2017, en atención a lo consagrado en el Art. 169 de la Constitución y 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) se la CALIFICA de completa y clara, pues cumple los requisitos legales generales contemplados en los Arts. 142 y 143 del preciado cuerpo legal, por lo que se la ADMITE a procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado y en virtud de lo prescrito en el Art. 289 ibídem.- SEGUNDO: CÍTESE con el contenido de la demanda inicial, el escrito que antecede, el auto de calificación y el presente auto interlocutorio de reforma a la demanda a la parte demandada: a) HEREDEROS CONOCIDOS DE: ABRAHAM
• La Empresa Reality Integridad Empresarial S.A. comunica que el Sr. José Miguel Cambindo Santana con C.C. 1711720969 Asesor Comercial Externo de la Compañía, ha extraviado los Contratos de Reserva Nº 246, 251, 252 y Formularios de Reserva del proyecto denominado Balcones de Alcalá. Por lo tanto, la Compañía declara que estos documentos van a ser anulados, por lo tanto, carecen de validez legal alguna. Mediante la presente notificación se deja constancia de lo indicado por lo que la Compañía no se responsabiliza del uso indebido o doloso que puede hacerse de los mismos. PAP/69023/AS
ZOLDAN PASTERNAK Y ELÍAS ZOLDAN FOGEL, señores: ISAAC ZOLDAN PASTERNAK, MOISES JACOBO ZOLDAN PA S T E R N A K , A N AT SA LO M E A YA H A LO M I BZUZA, RONNY JAIA ZOLDAN YAHALOMI, LIOR DAVID ZOLDAN YAHALOMI, JAEL ZOLDAN YAHALOMI; en las direcciones señaladas en el libelo inicial de la demanda, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP; previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico, para el efecto remítase suficiente despacho a la Oficina de Citaciones, conforme el nuevo modelo de gestión; b) GLORIA RAQUEL CASARES CÁRDENAS; NICOLÁS ALEJANDRO MARCOVICI LONGAVER; y, MAZUCA ALICE ESTUPIÑAN ROMO LEROUX; CÉSAR GUILLERMO ANDRADE OCHOA; y, MERCEDES YOLANDA TORRES OCHOA; RICARDO ANTONIO PADRÓN AYALA; y, VICTORIA DE LOS ÁNGELES LAFEBRE DURÁN; NORA CRISTINA ESTUPIÑAN ROMO LEROUX; en las direcciones señaladas en el libelo inicial de la demanda, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP; previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico, para el efecto remítase suficiente despacho a la Oficina de Citaciones, conforme el nuevo modelo de gestión. c) De conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se cite mediante la prensa a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de los causantes: ABRAHAM ZOLDAN
PASTERNAK Y ELÍAS ZOLDAN FOGEL, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar, para lo cual Secretaría conferirá el extracto respectivo. CUARTO: CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a la parte demandada descrita en el considerando que antecede el término de TREINTA (30) días una vez citados, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del Código antes mencionado, quienes además deberán anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción conforme lo dispone el artículo 152 ibídem. QUINTO: ANUNCIO DE PRUEBA.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el apartado denominado “MEDIOS DE PRUEBA” de la demanda en concordancia con los del escrito de aclaración de la misma; para lo cual se observará lo previsto en los Art. 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba.SEXTO: NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por el accionante para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su defensor técnico.- Agréguese al expediente la documentación adjunta por la parte actora.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE
IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 23 de agosto del 2017, las 16h06. VISTOS: Agréguese al proceso la publicación del diario La Hora de los días 04,07 y 08 de agosto de 2017 y el escrito que anteceden. Téngase en cuenta para los fines legales pertinentes. Atento a lo solicitado por la parte actora, por medio de Secretaría procédase a entregar un nuevo extracto conforme lo ordenado en auto pertinente, debiendo consignar correctamente los datos para efectuar la citación respectiva. NOTIFÍQUESE.f) ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID JUEZ Lo que le NOTIFICO Y LE CITO a usted para los fines de Ley, Para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley.AB. TAIPE REDROVAN BLANCA JANETD SECRETARIA Hay firma y sello PAC108887fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: ANDREA KARINA ZUÑIGA PROAÑO ACTOR: TERESA MARIETA GALARZA BARDELLINI DEMANDADA: ANDREA KARINA ZUÑIGA PROAÑO JUICIO: ORDINARIO CAUSA No. 17230-201601954 ABOGADO: JOFFRE
COMPAÑÍA DE TRANSPORTES TURISMO ESCOLAR UNIPRO C.A. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS En observancia de lo establecido en el artículo 236 de la ley de Compañías y de lo previsto en el artículo 22 del estatuto Social, se convoca a los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTES TURISMO ESCOLAR UNIPRO C.A., a la Junta General Extraordinaria que se celebrará el día Viernes 06 de Octubre del 2017, a las 19:H00 en la Sede Social de la Compañía, ubicada en la calle de las Belladonas E13-435 y De los Trigales, Barrio el Edén, del Distrito Metropolitano de Quito, para tratar el siguiente orden del día: 1. 2.
Selección de la firma auditora externa del registro de firmas auditoras calificadas por la superintendencia de compañías, valores y seguros; conforme dispone el artículo 320 de la ley de compañías;, Autorización a la Gerente para que proceda a la contratación de la firma auditora externa para la emisión de los informes anuales sobre los estados financieros de los ejercicios económicos de los años 2016 y 2017.
En observancia de lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Compañías, se convoca especial e individualmente a la Comisaria principal señora Verónica Alexandra González Mena. Quito, 27 de Septiembre del 2017. Atentamente, Ing. María Fernanda Villacís GERENTE UNIPRO C.A.
PAB/17633/AS
BARRAGAN PAZ PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 22 de abril del 2016, las 12h34.- VISTOS. Por haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el decreto anterior.- En lo principal, la demanda que presenta la señora TERESA MARIETA GALARZA BARDELLINI, reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la acepta al trámite correspondiente por la vía ORDINARIA, prevista en los Arts. 395 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se corre traslado a la demandada ANDREA KARINA ZUÑIGA PROAÑO con apercibimiento en rebeldía. CITESE a la demandada en la dirección señalada para que en el término de quince días conteste la demanda formulando las excepciones dilatorias y perentorias que se crea asistida.- De conformidad con el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad, para cuyo fin notifíquese al funcionario respectivo.- Regístrese la casilla judicial No. 2262 que señala la actora para recibir sus notificaciones.- Agréguese a los autos los documentos acompañados- NOTIFIQUESE.-F) Dra. Rocío Jaqueline Ayala Reyes, Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 22 de septiembre del 2017, las 09h36. VISTOS.- En mérito al juramento rendido por la parte actora, documentos que obran de autos y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese en legal y debida forma a la parte demandada ZUÑIGA PROAÑO ANDREA KARINA, con el auto de calificación y este decreto, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación editado en esta ciudad de Quito, la parte demandada una vez que fenezca el término señalado en el Art. 56 último inciso del Código Orgánico General de Procesos, que dispone: “… Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda…”, legalmente citado proponga las excepciones correspondientes a las que se creyera asistido. Para el efecto por Secretaría confiérase el extracto correspondiente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1° Ibídem, previas las formalidades legales.NOTIFIQUESE.-F) Dra. Iliana Patricia Cabrera Solórzano, Jueza Lo que comunico a usted para los fines de ley, recordándole la obligación que tiene de señalar casillero judicial en el lugar del juicio para recibir sus notificaciones. DR. PATRICIO CALDERON TOPANTA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D.M.Q Hay firma y sello P AR/106968/MS
SOCIEDADES CIVILES EXTRACTO
DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD CIVIL COMERCIAL NOTARÍA SEXAGESIMO NOVENA DEL CANTÓN QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante el Doctor Miguel Angel Tito Ruilova, Notario Sexagésimo Noveno del Cantón Quito, el 26 de Septiembre del 2017, los señores DENNIS JOSE BIRNBERG G A L L A R D O, EDISON PATRICIO CUEVA GARZON, JOSE RODRIGO TENELEMA GUALAN, LIZETH GABRIELA REYES TUPE; y, CARLOS CRISTOBAL ESPINOZA LUGMAÑA, cada uno por sus propios y personales derechos, procedieron a constituir la “SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL DENOMINADA EC UA D O R I A N TRADE CORPORATION S.C.C.”, cuyo domicilio es en la ciudad de Quito, con un capital de $1.000,00; y, su objeto social es: a) Compra venta de suministros de oficina al por mayor y menor, compra venta de suministros de aseo y limpieza al por mayor y menor, compra venta de suministros para equipos de protección y seguridad personal; compra venta e importación de equipos de computación, máquinas de oficina, suministros de las mismas, mantenimiento y reparación de equipos de computación y máquinas de oficina; b) Prestación de servicios de arrendamiento de equipos de construcción, importación, exportación, distribución y comercialización de materiales de construcción; ingreso y calificación de personal con vehículos propios como pudieran ser volquetas, plataformas mulas, cabezales y otros de similares características para la transportación de carga pesada y material pétreo, desalojo de tierras y afines, sin que por ello sean asociados y tengan relación d dependencia con la sociedad civil y comercial; c) Importación, exportación de toda clase de productos, artículos, materias primas, herramientas, accesorios, suministros, insumos, materiales, maquinarias, equipos, vehículos, naves, repuestos, partes y piezas relacionadas con las industrias, comercios del sector públicos, privados y demás sectores de la producción; d) Dar y recibir en consignación o comisión todo tipo de mercaderías, productos, materias primas, insumos, suministros, accesorios, repuestos de toda clase de maquinaria; e) Crear y administrar cadenas de micro y supermercados, comisariatos, farmacias y almacenes y depósitos de productos de consumo masivo; f) Crear y administrar servicios de operadores, Agencias de Viajes, de hotelería y todo lo relacionado al giro turístico; g) La compra venta, permuta, arriendo, consignación, administración y más de bienes muebles e inmuebles así como el giro inmobiliario en todas sus fases; h) La Sociedad Civil y Comercial operará directa o a través o en asocio de otras firmas nacionales y/o extranjeras y está en capacidad de otorgar y aceptar agencias, sucursales dentro y fuera del país, representaciones de personas naturales y jurídicas sean nacionales o extranjeras; i) La sociedad podrá representar a otras compañías sirviéndoles como agentes, representan-
tes, et. A nivel local y nacional, podrá celebrar contratos de administración delegada, principalmente para la provisión de servicios técnicos en general, así como la mano de obra especializada o no, participación en licitaciones y concursos de precios a nombre propio y en representación de firmas o en consorcio con las mismas; j) La Sociedad prestará servicios en todo lo inherente a la asesoría contable, administrativa y financiera; k) Podrá tener representaciones de firmas nacionales y extranjeras actuando como agente, representante o comisionista, podrá asociarse con otras compañías para cumplir con el objeto social y podrá realizar toda clase de contratos tanto con el sector público como privado; 1) Podrán suscribir y representar a entidades jurídicas, personas naturales para la construcción de carreteras, bienes inmuebles, realizar acabados de construcción, estudios y levantamientos planimétricos, diseños arquitectónicos y demás relacionados con el área de la construcción, diseño y planificación. Particular que pongo en conocimiento al público en general para los fines legales correspondientes Quito, 26 de Septiembre del 2017. DR. MIGUEL ANGEL TITO RUILOVA NOTARIO SEXAGESIMO NOVENO DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAC108913fa EXTRACTO CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD DE HECHO FECHA Y NOTARIA: 12 de septiembre del 2017, ante el Notario 76 del Cantón Quito Doctor Gonzalo Román Chacón.RAZON SOCIAL: Sociedad Civil “BRATEX” DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, Cantón Quito, Provincia de Pichincha. SOCIOS: ALCIDES BAYARDO RIERA RIERA, casado, ecuatoriano, SARA PAMELA RIERA PITA, soltera, ecuatoriana, domiciliados en la ciudad de Quito. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad que se constituye será para realizar las siguientes actividades.- a) Comercializar; b) distribuir y, c) importar telas e insumos textiles, nacionales y extranjeras que se encuentren en el marco Legal Ecuatoriano y cumplan con los requisitos y normas técnicas nacionales e internacionales y cuenten con la autorización de los organismos correspondientes, y d) Gestión y consecución de fondos económicos para el cumplimiento de estos objetivos. PLAZO DE DURACION: 20 años.CAPITAL SOCIAL: $ 200,00: distribuidos de la siguiente manera: ALCIDES BAYARDO RIERA RIERA aporta a la sociedad DOS COMPUTADORAS usadas con un avaluó de CIEN DOLARES ($100,00) de y la SEÑORITA PAMELA RIERA PITA aporta a la sociedad UN ESCRITORIO, SEIS SILLAS Y UN ARCHIVADOR (usados). Con un avalúo total de CIEN DOLARES ($100,00) Los estatutos y más datos de la Sociedad Civil y Comercial se encuentran detallados en el texto de la referida escritura pública de constitución. Por lo que, en aplicación
Tanta prisa tenemos por hacer, escribir y dejar oír nuestra voz en el silencio de la eternidad, que olvidamos lo único realmente importante: vivir. robert LouiS StevenSon. Escritor inglés. a lo dispuesto en el Art. 18 numeral 29 de la Ley Notarial, pongo en conocimiento del público en general, el extracto de la CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL “BRATEX” otorgada mediante escritura pública del 12 de septiembre del 2017, ante el suscrito doctor GONZALO ROMÁN CHACÓN, Notario Público Septuagésimo Sexto del cantón Quito, por el plazo de cinco días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que tuvieren interés en esta constitución puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines legales correspondientes. DOCTOR GONZALO ROMAN CHACON NOTARIO SEPTUAGESIMO SEXTO DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAC108914fa NOTARIA SÉPTIMA DEL CANTÓN QUITO Dr. David Pino Bastidas EXTRACTO ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL D E N O M I N A D A : · CORPORACIÓN FORTALEZA CORPLEZA S.C.C. CELEBRADA ENTRE: EL SR. RICARDO MONTALVO ESPINOSA Y EL SR. FRANCISCO JOSE ESPINOSA SAENZ. CUANTIA: USO $ 5.000.00 Comparecen a otorgar la presente escritura de CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL, el señor R I CA R D O M O N TA LVO ESPINOSA y el señor FRANCISCO JOSE ESPINOSA SAENZ, por sus propios y personales derechos. Los comparecientes son de nacionalidad ecuatoriana, mayores de edad, de estado civil casados, con capitulaciones matrimoniales, legalmente capaces para obligarse y contratar, conforme a derecho, domiciliados en la ciudad de Quito. PRIMERA.- Constituyen por medio de este instrumento público una sociedad que se denominará CORPORACIÓN FORTALEZA CORPLEZA S.C.C. SEGUNDA.- OBJETO DE LA SOCIEDAD.- El objeto social es una o varias de las siguientes actividades que constituyen su objeto social: A) CONSTRUCCIÓN.- a) Importación, exportación, compra, arriendo, venta, distribución, comercialización y elaboración de todo tipo de materiales de construcción de cualquier clase y naturaleza, entre estos: cemento, ladrillos, adobes, madera, productos cerámicos, de PVC y así mismo de cualquier tipo de acabados para la decoración de cualquier tipo de construcción y afines; b) Diseño, construcción, planificación, supervisión, estudios de factibilidad, y fiscalización de toda clase de viviendas
familiares o unifamiliares, edificios, centros comerciales, residenciales, condominios e industriales y de cualquier clase de obras arquitectónica, de ingeniería, de viabilidad, electromecánicas, puertos, represas, centrales hidroeléctricas, aeropuertos, fábricas, metal mecánicas; c) Para cumplir con estas finalidades podrá importar, comprar o arrendar maquinaria liviana y pesada para la construcción; d) Comercialización, promoción y venta de sus proyectos; e) Planificación, realización y fiscalización de decoraciones de interiores, exteriores y diseño de jardines.B) SERVICIOS.- a) Podrá prestar servicios de fiscalización de obras, elaboración de planos, asesoría en elaboración de planos, trámites de aprobación de construcciones, b) Instalación, explotación y administración de supermercados, pudiendo también extender su actividad a la asesoría técnica relacionada a este campo; c) Brindar asesoramiento técnico administrativo relacionado con los puntos anteriores; d) Podrá la sociedad tener la representación de compañías nacionales o extranjeras, así mismo establecer franquicias en calidad de franquiciado o franquiciante dentro o fuera del país, obteniendo y otorgando licencias de uso de marca y realizando todo trámite pertinente a este fin.C) SERVICIOS INMOBILIARIOS Y AFINES: a) la administración de bienes inmuebles destinados al alquiler.- La compraventa, corretaje, permuta, agenciamiento de estos bienes, el corretaje de los mismos en general al campo inmobiliario.- Para cumplir con su objeto social podrá ejecutar actos y contratos permitidos por las leyes ecuatorianas y que tengan relación con el mismo; podrá la sociedad, asociarse a personas naturales y/o jurídicas y fusionarse a otras sociedades, al igual que transformarse. También podrá intervenir como socia en la formación de sociedades o compañías, corporaciones, fundaciones, asociaciones, empresas y demás; aportar capital a las mismas o adquirir, tener o poseer acciones, obligaciones o participaciones de otras compañías, corporaciones, fundaciones y demás entes comerciales existentes o por constituirse en el futuro, tanto en el país como en el extranjero. En definitiva, podrá participar o ejercer actividades lícitas dentro del ámbito del comercio o la industria y artesanía; en general la sociedad podrá realizar toda clase de actos, contratos y operaciones permitidas por las leyes ecuatorianas, ql:Je sean acordes con su objeto y necesarios y convenientes para su cumplimiento. Sin perjuicio de las prohibiciones establecidas en otras leyes, la sociedad no podrá dedicarse a ninguna de las actividades contempladas en el artículo veinte y siete de la Ley de Regulación Económica y control del gasto público, cuyo
alcance fija la regulación ciento veinte - ochenta y tres de la Junta Monetaria.TERCERA.- DOMICILIO.- La Sociedad tendrá su domicilio principal en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, República del Ecuador. Podrá establecer agencias o sucursales en cualquier lugar del Ecuador o fuera de él previa resolución de la Asamblea General de Socios adoptada con sujeción a la Ley y este estatuto. CUARTA.- Autorizar al doctor Pablo Vela Vallejo para que convoque a la primera Asamblea General para la designación de Gerente General y Presidente. QUINTA.- DEL CAPITAL SOCIAL.- El capital social de la sociedad CORPORACIÓN FORTALEZA CORPLEZA S O C I E DA D CIVIL Y COMERCIAL es de CINCO MIL DÓLARES dividido en CINCO mil participaciones iguales, acumulativas e indivisibles, de un dólar cada una. SEXTA.- DURACIÓN.- El plazo de duración de la Sociedad será el de cincuenta años contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Mercantil, plazo que podrá ampliarse o reducirse a voluntad de la Asamblea General de Socios. NOTARIA SÉPTIMA DEL CANTÓN QUITO - QUITO, 22 DE SEPTIEMBRE DEL 2017, en mi calidad de NOTARIO SÉPTIMO, pongo en conocimiento el extracto de la escritura pública de CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CORPORACIÓN FORTALEZA CORPLEZA S.C.C., en base al art. 18 numeral 23 de la ley notarial. Publíquese por una sola vez, hágase conocer al público en general de la referida constitución para los efectos legales consiguientes transcurridos que sean cinco días de su publicación, se sentará la respectiva razón notarial. Particular que pongo en su conocimiento para los fines legales consiguientes. DR. OMAR DAVID PINO BASTIDAS NOTARIO SÉPTIMO DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello P AR/106966/MS
VARIOS R. DEL E. www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL PARA: VILLA CRIOLLO LUZ AMERICA -EXTRACTOCAUSA N° 17230-2017- 04729 Materia: CIVIL. Tipo proceso: CONCURSAL: Acción/Delito: CONCURSO DE ACREEDORES ACTOR: MOLINOS POULTIER SA (DRA. VILLOTA VERA LIGIA JANETH PROCURADORA) D E M A N DA D O : VILLA CRIOLLO LUZ AMERICA TRAMITE. CONCURSO NECESARIO OBJETO: DECLARAR CON LUGAR LA FORMACION DEL CONCURSO DE ACREEDORES DE LA SEÑORA VILLA CRIOLLO LUZ AMERICA CUANTIA: $ 900.oo dólares UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 30 de marzo
REVISTA JUDICIAL JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR del 2017, las 10h43. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, y en virtud a la razón de sorteos que antecede.- En lo principal, al constatar que la solicitud de Concurso de Acreedores presentada por la Dra. Ligia Janeth Villota Vera, en calidad de Procuradora Judicial de MOLINOS POULTIER S.A., es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica la demanda y admite a trámite mediante CONCURSO NECESARIO de conformidad con los artículos 414, 416, 422 y 424 ibídem. De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponden al juicio No. 17321-20121424, se advierte la razón de fecha 13 de enero del 2017 suscrita por la Dra. Rita Salazar Villajes, secretaria de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quito, quien certifica que la señora LUZ AMÉRICA VILLA CRIOLLO, no ha dado cumplimiento al mandamiento de pago dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibidem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA y SE DECLARA LA INTERDICCIÓN de la señora LUZ AMÉRICA VILLA CRIOLLO, cédula de identidad número 1710125715, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: 1.- Cítese a la señora LUZ AMÉRICA VILLA CRIOLLO, en el lugar señalado en el escrito de demanda a fin de que en el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS presente su oposición al presente concurso necesario, pagando la deuda ( USD $ 646,44) conforme a lo dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto de conformidad a lo determinado en el artículo 72 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con los artículos 30 y 146 del Código Orgánico de la Función Judicial, remítase atento deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha; 2.Verificada que sea la citación a la señora LUZ AMÉRICA VILLA CRIOLLO, se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 3.- Se le requiere a la deudora conforme lo determinado en el número 2 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem, mediante informe que contenga un detalle todos los
C9
bienes, un estado de deudas con expresión de procedencia, vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor, y los libros de cuenta si los tuviera; detalle además los títulos de crédito activos; 4.- Se designa como Síndico a JENNY ÁNGELA VACA MORENO (núm. 032252634; 0959031780; mail jennyvaca1@hotmail.com ) quien se posesionará de su cargo el día 07 de abril del 2017 a las 10h00 a.m., y presentará su informe en el término de 15 días contados a partir de su posesión, cumpliendo para el efecto lo determinado en el artículo 435 del Código Orgánico General de Procesos, a quien se notificará en legal forma, y será la depositaria de los bienes del fallido; 5.- La anotación de insolvencia en el registro virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que se declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 6.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte la señora LUZ AMÉRICA VILLA CRIOLLO, cédula de identidad número 1710125715; 7.- Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, tanto en el Registro de la Propiedad como en el Registro Mercantil de este cantón Quito; 8.- Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 9.- Se prohíbe que la señora LUZ AMÉRICA VILLA CRIOLLO, cédula de identidad número 1710125715, se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio. Agréguese al proceso los documentos que se acompaña. Téngase en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos señalados, a efecto de sus futuras notificaciones. Actúe en la presente causa el doctor Nilo Almachi, en calidad de Secretario.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.F) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 11 de septiembre del 2017, las 15h56. VISTOS: Atendiendo lo solicitado mediante escrito de fecha 30 de agosto del 2017, una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación que antecede; y en virtud a que la Dra. Ligia Janeth Villota Vera, en calidad de Procuradora Judicial de Molinos POULTIER S.A, ha declarado bajo juramento que pese a realizar las debidas averiguaciones en diferentes lugares le ha sido imposible
REVISTA JUDICIAL C10
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR
determinar el domicilio de la señora Luz América Villa Criollo, de conformidad con lo determinado en el número 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se CITE a la señora LUZ AMERICA VILLA CRIOLLO, a través de tres publicaciones realizadas en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por secretaria confiérase el extracto de la demanda, el auto de calificación a la misma y este auto de sustanciación. A la demandada en la presente causa se le advierte de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico a efecto de sus notificaciones. Conforme lo establecido en el artículo 426 del Código de Orgánico General de Procesos, se concede a la demandada en la presente causa el término de DIEZ (10) DÍAS, contados a partir de la última publicación conforme lo previsto en el penúltimo inciso del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a fin de que presente su oposición al presente concurso necesario, pagando la deuda (USD $ 646,44) conforme a lo dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos. Actúe en la presente causa el doctor Nilo Almachi en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial Civil.NOTIFIQUESE y CÍTESE.- F) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer y señalar casillero judicial o correo electrónico para sus notificaciones posteriores. DR.NILO GONZALO ALMACHI SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL COGEP Hay firma y sello PAC108892fa EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: WILSON NICOLÁS BASTIDAS MELO. ACTOR: DR. ANTONIO RAMON RODRIGUEZ VICENS (PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO). DEMANDADO: WILSON NICOLÁS BASTIDAS MELO. JUICIO ESPECIAL N°: 173242012-1495 FUNDAMENTO LEGAL: Art. 519 al 525, del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. OBJETO: Se declare la Insolvencia del demandado. CUANTIA: Indeterminada J U ZG A D O VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 18 de febrero del 2013, las 15h57.- VISTOS:- Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia inicial, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos legales. En conse-
cuencia se acepta al trámite especial pertinente.- De las copias presentadas aparece que el SR. WILSON NICOLAS BASTIDAS MELO, se halla comprendida en la situación prevista en el Art. 519 del Código de Procedimiento Civil vigente; por cuanto se presume la insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores; en consecuencia, de conformidad con el Art. 520 ibidem, se manda a formar concurso de acreedores y consiguientemente se ordena que se ocupen los bienes, correspondencia y demás documentos del fallido, que se entregarán a la Síndica de insolvencia Econ. Leticia Morales Gallegos ( 0995328591 ), quien los recibirá previo inventario y luego de la aceptación de su cargo.Hágase conocer al público de este particular por medio de la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad.- Que se acumulen todos los juicios seguidos en contra del SR. WILSON NICOLAS BASTIDAS MELO por obligaciones de dar, hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Prohíbese el demandado ausentarse del lugar del juicio, comunicando en este sentido a las autoridades respectivas Disponiéndose la presentación el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo en el término de ocho días.- Remítase copia de lo actuado a uno de los señores Jueces de lo Penal para la calificación de la insolvencia.- Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes, notifíquese del particular a los señores Registradores de la Propiedad y Mercantil de este Cantón.- Ofíciese haciéndose conocer del particular a los señores Notarios, Director General de Personal, a la Oficina de Servicio Civil y Desarrollo Institucional O.S.C.D.I., Dirección General de Registro Civil, Cedulación y Pasaportes, al señor Director Nacional de Tránsito, Contralor General del Estado, Superintendencia de Bancos y de Compañías.- Cúmplase en fin con todas las diligencias pertinentes en esta clase de juicios.- Podrá sin embargo el demandada oponerse al presente juicio pagando el valor adeudado o dimitiendo bienes equivalentes en el término de tres días.- Atento a la declaración juramentada rendida por el actor y de conformidad al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, previamente, cítese al referido Demandado, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de mayor circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- Tómese nota de la cuantía, domicilio judicial y correo electrónico señalados por el doctor Antonio Rodriguez Vicens, en calidad de Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A. tal como lo acredita con el Poder Especial que antecede.- Agréguese al
proceso la documentación acompañada.- Actúe la Dra. Guadalupe Narváez V. en virtud de la Acción de Personal No. 151-DP-DPP de fecha 14 de Enero del 2013.- Cítese y Notifíquese. f) Dr. Fabricio Segovia Betancourt, Juez encargado. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 20 de junio del 2017, las 14h53.- Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora. En atención al mismo, una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, atento al juramento rendido por la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR al demandado WILSON NICOLÁS BASTIDAS MELO, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual, por Secretaría de esta Unidad Judicial Civil, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, dejando constancia en autos, emita el correspondiente extracto; ejecutoriada esta providencia, la parte actora concurra a esta Judicatura a fin de retirar el mismo. NOTIFÍQUESE.- f) Del Salto Dávila Luz Elisa, Jueza. Lo que comunico a usted citándole y previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones.Ab. Glenda Bayas Real SECRETARIA ENCARGADA Hay firma y sello P AR/106959/ EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: ANDRADE SANTANDER RUBEN DARIO ACTOR: DRA. MARIA EUGENIA DONOSO PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCION S.A. DEMANDADOS: RUBÉN DARÍO ANDRADE SANTANDER y HERNÁN ANDRÉS MARTÍNEZ MARTÍNEZ JUICIO: No 17310-2011-0613 FUNDAMENTO LEGAL Art. 419 al 479 del Código de Procedimiento Civil OBJETO: PAGO DE CAPITAL ADEUDADO CUANTIA: QUINCE MIL DOLARES JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 29 de julio del 2011, las 10h24. VISTOS: En razón del sorteo legal, la competencia de esta causa, ha radicado en esta Judicatura, por lo tanto, en mi calidad de Juez, avoco conocimiento de la misma.En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia, los demandados, señores: RUBÉN DARÍO ANDRADE SANTANDER y HERNÁN ANDRÉS MARTÍNEZ MARTÍNEZ, en el término de tres días y bajo prevenciones de Ley, cumplan con la obligación demandada, más los intereses adeudados por la mora o dentro del mismo término, proponga excepciones bajo prevenciones legales.-
Ten paciencia con todas las cosas, pero sobre todo contigo mismo. San FranciSco
de
SaLeS.
Santo y Obispo de Ginebra.
CÍTESE al demandado HERNÁN ANDRÉS MARTÍNEZ MARTÍNEZ en el lugar indicado para el efecto.- Atento al juramento rendido por la parte actora, CÍTESE al señor RUBÉN DARÍO ANDRADE SANTANDER, de conformidad a lo dispuesto en el Art.82 del Código de Procedimiento Civil, esto es, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación nacional, que se editan en esta ciudad de Quito. Al efecto, confiérase el extracto respectivo. f) DR. JOSE MARTINEZ NARANJO, JUEZ.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 14 de noviembre del 2016, las 08h36. De conformidad con lo que establece el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y en mérito del juramento rendido por el accionante, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General deProcesos, CÍTESE al demandado señor ANDRADE SANTANDER RUBEN DARIO, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de mayor circulación nacional que se editan en esta ciudad de Quito. Para el efecto confiérase el extracto correspondiente. f) MOLINA ANDRADE CINTHYA GUADALUPE, JUEZA.-Notifíquese.Lo que le comunico a ustedes para los fines de Ley pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus futuras notificaciones. AB. ELIZABETH CHECA SECRETARIA Hay firma y sello P AR/106960 REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: C R I ST I A N O S WA L D O SÁNCHEZ AVELLAN. ACTOR: DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A., RON TORRES JOSE PATRICIO, PROCURADOR JUDICIAL. DEMANDADO: SANCHEZ AV E L L A N CRISTIAN OSWALDO JUICIO: 17305-2012-0133. TRAMITE: VERBAL SUMARIO VALES DE CONSUMO DE TARJETA DE CRÉDITO. JUEZ: Ab. Felipe Patricio Larrea Dávalos. SECRETARIO: Ab. Paul Efrain Pérez Salazar (E) CUANTIA: US $ 20.000,oo (VEINTE MIL DÓLARES NORTE AMERICANOS). OBJETO DE LA DEMANDA: Como CRISTIAN OSWALDO SÁNCHEZ AVELLAN. ,no ha pagado, según el estado de cuenta cortado al 2 de septiembre del 2011, que en copia certificada acompaño, las cantidades
de siete mil setenta dólares con cincuenta y cuatro centavos ($ 7.070.54), por concepto de capital, y de seis mil ciento ochenta y ocho dólares con trece centavos (6.188.13), por concepto de intereses de mora, por un total de trece mil doscientos cincuenta y ocho dólares con sesenta y siete centavos ($ 13.258.67) comparezco ante usted y, según lo prescrito por el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil, demando, en juicio Verbal sumario, a CRISTIAN OSWALDO SÁNCHEZ AVELLAN., en la calidad mencionada, a fin de que, en sentencia, lo condene al pago de las indicadas cantidades, más los intereses de mora sobre el capital al máximo estipulado por la ley desde el 2 de septiembre del 2011, de las costas judiciales y de los honorarios profesionales, que se dignará fijar según la Ley. “JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 3 de febrero del 2012, las 09h02. VISTOS. En virtud de la razón de sorteo, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. Tramítese en juicio verbal sumario. Con la demanda y providencia recaída cítese al demandado señor: CRISTIAN OSWALDO SÁNCHEZ AVELLAN en el lugar indicado para el efecto. El peticionario proporcione copias para la elaboración de las boletas de citación. Téngase en cuenta el Casillero Judicial señalado y la calidad en la que comparece el SR. DR. JOSE PATRICIO RON TORRES conforme lo acredita el documento acompañado. Agréguese al proceso los documentos adjuntos. Actúen el Dr. Luis Ron Villavicencio y Dr. Jaime Torres como Secretario y Oficial Mayor encargados respectivamente, de conformidad con lo dispuesto por el Consejo Nacional de la Judicatura mediante Of. No. 226-07-CRH-CNJ-ES de 5 de Marzo del 2007. Notifíquese. “ F) Dra. María Mercedes Portilla, Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 24 de marzo del 2017, las 15h02. Por haberse dado cumplimiento con lo ordenado por esta Judicatura y en virtud del juramento rendido, se dispone: De conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada: CRISTIAN O S WA L D O SÁNCHEZ AVELLAN por la prensa, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE. “ F) Ab. Velastegui Endara Ricardo Augusto, juez Lo que comunico para los fines
de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Ab. Paul Efrain Pérez Salazar. SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P AR/106961/ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: MARLON JACINTO MORA QUILISMAL ACTOR: DR. ANTONIO RAMON RODRIGUEZ VICENS, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCION S.A., PRODUBANCO DEMANDADO: MARLON JACINTO MORA QUILISMAL JUICIO No: 17301-2014-0082 CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: E S P EC I A L (INSOLVENCIA) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No. 797 JUEZ: DR. WILLIAN PATRICIO ROMAN CAÑIZARES SECRETARIA: DRA. SUSANA GUARANGO JARA AUTO DE CALIFICACIÓN: JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 5 de marzo del 2014, las 08h23.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Encargada, mediante Acción de Personal No. 918-DP-DPP, de 14 de febrero del 2014.La demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley; por lo que se la admite al trámite Especial.De la documentación aparejada por el actor, se presume que el Sr. MARLON JACINTO MORA QUILISMAL, portador de la cédula de ciudadanía No. 040093880-9, se halla inmerso en la disposición del numeral 1° del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se declara a lugar el concurso de acreedores.- En consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: La ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos del demandado señor EL MARLON JACINTO MORA QUILISMAL, que serán entregados al Síndico de Quiebra doctor Arnaldo Fiallos, quien será notificado y posesionado en legal forma.- Que se acumulen todos los juicios seguidos en contra del demandado, por las obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Acorde a lo previsto en el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, se prohíbe al accionado EL MARLON JACINTO MORA QUILISMAL, portador de la cédula de ciudadanía No. 0400938809, ausentarse del Territorio Nacional, sin la autorización del Juez que conoce ésta causa; para lo cual mediante oficio notifíquese a la Dirección Nacional de Migración y Extranjería.- Por Secretaria ofíciese al señor Fiscal Distrital de Pichincha, a fin de que disponga que uno de los señores Fiscales investiguen el presente estado de Insolvencia del accionado; y, de encontrar suficientes méritos ordene que un Juez de lo Penal califique el estado de Insolvencia, para esto adjúntese copias certificadas de todo lo actuado.- El demandado Sr. MARLON JACINTO
MORA QUILISMAL, portador de la cédula de ciudadanía No. 040093880-9, queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, debiéndose comunicar este particular al señor Contralor General del Estado, Director Nacional de Migración y Extranjería, Superintendente de Bancos, a fin de que haga conocer de éste particular a las Instituciones del Sistema Financiero, Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón Quito, Superintendente de Compañías, Cámaras de Comercio y de la Producción; y, Agencia Nacional de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial; para que se abstengan de celebrar contratos o registrarlos en sus casos, limitando de algún modo el dominio de los bienes del accionado.- Hágase conocer al público en general un extracto de la demanda y el presente Auto de calificación mediante publicación en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad.- El demandado Sr. EL MARLON JACINTO MORA QUILISMAL, podrá oponerse al presente juicio pagando lo señalado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, en el término de tres días luego de ser citado.- Cítese al demandado en el lugar indicado.-NOTIFÍQUESE.- f) DRA. VIVIANA PILA AVENDAÑO-JUEZA ENCARGADA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, jueves 27 de abril del 2017, las 10h45.- Incorpórese al proceso el escrito que antecede. En mérito del juramento rendido y los documentos anexados por la parte actora, de conformidad con el Arts. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado MARLON JACINTO MORA QUILISMAL, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito.- Por Secretaría confiérase el extracto requerido.- De conformidad al artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador y 130.8 del Código Orgánico de la Función Judicial, de oficio se convalida el nombre del demandado en el auto de calificación de la demanda, por cuanto, se ha hecho constar EL MARLON JACINTO MORA QUILISMAL, cuando en realidad, sus nombres y apellidos completos son: MARLON JACINTO MORA QUILISMAL.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-f) DR. WILLIAN PATRICIO ROMAN CAÑIZARES-JUEZ Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley. DRA. SUSANA GURANGO JARA SECRETARIA Hay firma y sello P AR/106950/ EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: DELIA MARIA FONTE VARGAS.
ACTOR: DR. ANTONIO RAMON RODRIGUEZ VICENS (PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO) DEMANDADO: DELIA MARIA FONTE VARGAS. JUICIO ESPECIAL N°: 173252013-0028 FUNDAMENTO LEGAL: Art. 519, 519 a 525, CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. OBJETO: SE DECLARE LA INSOLVENCIA DEL DEMANDADO. CUANTIA: INDETERMINADA. JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, lunes 21 de enero del 2013, las 08h22.- VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez encargado de ésta Judicatura mediante Acción de Personal No. 127-DP-DPP, de fecha 11 de Enero del 2013.En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la admite al trámite Especial.- De la documentación aparejada por el actor, se presume que la señora Delia María Fonte Vargas, portadora de la cédula de ciudadanía No. 1710571231, se halla inmersa en la disposición del numeral 1° del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se declara a lugar el concurso de acreedores.- En consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: La ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos de la demandada Delia María Fonte Vargas, que serán entregados al Síndico de Quiebra doctor Arnaldo Fiallos, quien será notificado y posesionado en legal forma.Que se acumule todos los juicios seguidos en contra de la demandada señora Delia María Fonte Vargas, por las obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Acorde a lo previsto en el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, se prohíbe a la demandada señora Delia María Fonte Vargas, portadora de la cédula de ciudadanía No.1710571231, ausentarse del Territorio Nacional, sin la autorización del Juez que conoce ésta causa; para lo cual mediante oficio notifíquese a la Dirección Nacional de Migración y Extranjería.- Por Secretaria ofíciese al señor Ministro Fiscal de Pichincha, a fin de que disponga que uno de los señores Fiscales investiguen el presente estado de Insolvencia de la demandada señora Delia María Fonte Vargas; y, de encontrar suficientes méritos ordene que un Juez de lo Penal califique el estado de Insolvencia, para esto adjúntese copias certificadas de todo lo actuado.La demandada señora Delia María Fonte Vargas, queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, debiéndose comunicar este particular al señor Contralor General del Estado, Director Nacional de Migración y Extranjería, Superintendente de Bancos, a fin de que haga conocer de éste particular a las Instituciones del Sistema Financiero, Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón, Superintendente de Compañías, Cámaras de Comercio y de la Producción; y, Comisión Nacional de Transporte Terrestre, Tránsito
y Seguridad Vial; para que se abstengan de celebrar contratos o registrarlos en sus casos, limitando de algún modo el dominio de los bienes de la demandada señora Delia María Fonte Vargas.- Hágase conocer al público en general un extracto de la demanda y el presente Auto de calificación mediante publicación en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad.Cítese a la demandada señora Delia María Fonte Vargas, en la dirección que se indica; para tal efecto se comisiona al señor Teniente Político de la Parroquia de Calderón. La demandada señora Delia María Fonte Vargas, podrá oponerse al presente juicio pagando lo señalado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, en el término de tres días luego de citada.Agréguese a los autos la documentación adjunta; tómese nota del casillero judicial No. 797 y correo electrónico señalado por el actor para recibir sus notificaciones que le correspondan.- CITESE Y NOTIFIQUESE. f) Dr. Wilson Lozada Villacis, Juez encargado. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 19 de junio del 2017, las 09h25.- Agréguese a los autos el escrito que antecede. En atención al mismo y atento al juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR a la demandada señora DELIA MARIA FONTE VARGAS, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual, por Secretaría de esta Unidad Judicial Civil, dejando constancia en autos, emita el correspondiente extracto; ejecutoriada esta providencia, la parte actora concurra a esta Judicatura a fin de retirar el mismo. NOTIFÍQUESE.- f) Del Salto Dávila Luz Elisa, Jueza. Lo que comunico a usted citándole y previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones.Ab. Glenda Bayas Real SECRETARIA ENCARGADA P AR/106951/ REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MARIA EUGENIA REYES TORRES ACTOR: DR. JOSE PATRICIO RON TORRES, PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A., SOCIEDAD FINANCIERA D E M A N DA DA : MARIA EUGENIA REYES TORRES JUICIO VERBAL SUMARIO No: 17323-2011-1240 ABOGADO DEFENSOR: DR. ANTONIO RODRIGUEZ VICENS CASILLERO JUDICIAL: No. 797 OBJETO: ART. 828 Y SIGUIENTES DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL CUANTIA: $ 27.000,00. “J U ZGA D O V I G ES I M O TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, 18 de
octubre del 2011, las 15h45: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Suplente mediante acción de personal No. 2682DP-.DPP, de 7 de diciembre de 2010, y en virtud del sorteo realizado.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos ley por lo que se le acepta al trámite verbal sumario.- CITESE a los demandados FRANKLIN RAFAEL CHAVEZ SALVADOR y MARIA EUGENIA REYES TORRES DE CHAVEZ, en el lugar indicado para el efecto, a quienes se les entregará boletas para los fines legales.- Agréguense a los autos los documentos presentados.Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor, la calidad con la que comparece y la autorización dada a su abogado defensor.Notifíquese. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUTIO, PROVINVIA DE PICHINCHAQuito, 14 de septiembre del 2017, las 14h28.- De conformidad con el Principio de Celeridad previsto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y en virtud de que la parte actora ha dado cumplimiento con lo ordenado en providencia anterior, se dispone que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP, cítese por la prensa, en un diario de amplia circulación en la ciudad de Quito, a la demandada señora MARIA EUGENIA REYES TORRES. Por secretaría confiérase el extracto correspondiente.- Notifíquese. Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones. DR. EMIRO RAMON BRAVO MEJIA SECRETARIO Hay firma y sello P AR/106949/ R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A FRANK ISIDRO MERA LLUMIQUINGA ACTOR: DR. PATRICIO RON TORRES PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA DEMANDADO : FRANK ISIDRO MERA LLUMIQUINGA JUICIO DE INSOLVENCIA No. 890-2014-RE CUANTIA: Indeterminada TRAMITE: Especial OBJETO: Que se declare que hay lugar al concurso de acreedores FUNDAMENTO LEGAL: Numeral 1 del Art. 519 del Còdigo de Procedimiento Civil. PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, mièrcoles 26 de noviembre del 2014, las 15h06. VISTOS: En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y por reunir los demás requisitos de Ley, se la admite al trámite Especial.De la documentación aparejada por el actor, se desprende que el señor FRANK ISIDRO MERA LLUMIQUINGA, se halla inmersa en la disposición de los Arts. 519 numeral 1° del Código de Procedimiento
Civil, por lo que se presume la insolvencia establecida en el Art. 507 Ibidem. Se declara a lugar el concurso de acreedores establecido en el Art. 509 del mismo cuerpo legal invocado, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: La ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos del demandado que serán entregados al Síndico de Quiebra Dr. Ángel Roberto Almeida (098309929/ 2900788/ 2552-970), quien será notificado en legal forma; Que se acumule todos los juicios seguidos en contra de la demandada por las obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado; Se prohíbe al señor FRANK ISIDRO MERA LLUMIQUINGA ausentarse del territorio nacional sin la autorización del Juez que conoce la causa, para lo cual deberá notificarse al Director Nacional de Migración de la Policía Nacional; Que el demandado presente el balance de sus bienes, con la indicación del activo y pasivo en el término de ocho días contados desde la fecha en fuera citado. Remítase copias de lo actuado a uno de los señores Jueces de lo Penal de Pichincha para que califique la quiebra. El demandado queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, debiéndose comunicar de este particular al señor Director Nacional de Personal, Jueces de lo Civil de ésta jurisdicción, Superintendente de Bancos, Superintendente de Compañías, Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantil de este cantón, para que se abstengan de celebrar contratos o registrarlos en sus casos, limitando de algún modo el dominio de los bienes del demandado.En fin, cúmplase con todas y cuantas diligencias necesarias conducentes a proteger los intereses de la parte actora Diners Club del Ecuador S.A. En virtud del juramento rendido por el actor a fs. 12vta., y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, con un extracto de la demanda y providencias recaídas, cítese al demandado FRANK ISIDRO MERA LLUMIQUINGA¸ mediante tres publicaciones realizados en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito.Hágase conocer al público en general, mediante aviso publicado en uno de los periódicos de mayor circulación nacional que se editan en ésta ciudad.El demandado podrá oponerse al presente juicio pagando el valor de lo adeudado o dimitiendo bienes equivalentes en el término de tres días posteriores a la citación que se le hiciera.- Agréguese a los autos la documentación adjunta, tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora y la designación de su abogado defensor.- Notifíquese.f) Abg. Oscar Lanata Alava.-Juez. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones.-Quito, Mayo 07 del 2015.-CERTIFICO. Abg. Andrea Escaleras Pardo SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO Hay firma y sello P AR/106948/
Tened el valor de ser locos. Ser cuerdos resulta barato. P ru t z .
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: JAIME LUIS VASCONEZ VASCONEZ AL PUBLICO EN GENERAL, HÁGASE CONOCER LO SIGUIENTE: ACTOR: HERNAN SANTIAGO ALTAMIRANO SALAZAR GERENTE GENERAL DE DINEDICIONES S.A. DEMANDADO: JAIME LUIS VASCONEZ VASCONEZ JUICIO No: 17230-2015-11304 C UA N T I A : 1 1 .0 0 0,0 0 DOLARES (ONCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) TRAMITE: VERBAL SUMARIO (COBRO DE FACTURAS) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No. 6085 JUEZA: DRA. ANA KARINA TORRES RECALDE SECRETARIA: AB. ZOILA ELENA SALAZAR SALAZAR AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 19 de agosto del 2015, las 11h13.- VISTOS: Por virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Civil DMQ-Quito, encargado del despacho del Dr. Eduardo González, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley por lo que se la admite al trámite Verbal Sumario.- Con la copia de la demanda y éste Auto, cítese al demandado señor VASCONEZ VASCONEZ JAIME, en el lugar que se indica, para tal efecto remítase el despacho suficiente a la Oficina de Citaciones.Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por la parte actora, y la calidad en la que comparece en la presente causa.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) AB. JUAN PABLO MARIÑO TAPIA-JUEZ ENCARGADO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 9 de agosto del 2017, las 14h09.- Atento la documentación adjunta y al juramento rendido por el actor, cítese al demandado JAIME LUIS VASCONEZ VASCONEZ , por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, por secretaria confiérase el respectivo extracto.NOTIFIQUESE.- f) DRA. ANA KARINA TORRES RECALDEJUEZA Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley Lo que comunico al Público en General, para los fines de ley. AB. ZOILA SALAZAR
SALAZAR SECRETARIA Hay firma y sello P AR/106945 (2) EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: JUAN EMILIO NUÑEZ AQUEVEQUE ACTOR: HERNÁN SANTIAGO ALTAMIRANO SALAZAR GERENTE GENERAL Y R E P R E S E N TA N T E LEGAL DE LA COMPAÑÍA DINEDICIONES S.A DEMANDADO: JUAN EMILIO NUÑEZ AQUEVEQUE JUICIO VERBAL SUMARIO No. 17230-2015-11303 F U N DA M E N TO L EGA L Artículo 828 del Código de Procedimiento Civil y Art. 1 y siguientes del Código de Comercio. OBJETO: Pago del monto total adeudado y especificado en la factura adjunta, pago de intereses legales máximos vigentes hasta la cancelación de la deuda contabilizado desde la fecha de vencimiento de las facturas impagas, al pago de costas judiciales y honorarios profesionales del abogado patrocinador. CUANTIA: Seis mil dólares americanos DEFENSOR: Abg. José Antonio Sánchez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 28 de julio del 2015, las 15h13 VISTOS: Agréguese el escrito que antecede. Por haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en decreto inicial, se califica la demanda de clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos que exige la Ley. Dese el trámite verbal sumario. En consecuencia con copia de la misma y éste auto, cítese al demandado JUAN EMILIO NÚÑEZ AQUEVEQUE, en el lugar que se indica, remitiendo despacho suficiente a la Oficina de Citaciones. Agréguense los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el accionante debidamente justificado con el instrumento que adjunta, autorización de patrocinio, correo electrónico y casilla judicial para sus notificaciones. Notifíquese y Cítese. F) DR. PAUL FABRICIO NARVAEZ JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 25 de octubre del 2016, las 12h25. Agréguese a los autos el escrito que antecede.- En virtud de que el accionante ha rendido juramento conforme lo dispone el Art. Art. 56, numeral 2, inciso 2 del Código Orgánico General de y atento a lo solicitado, se dispone que se cítese al demandado señor JUAN EMILIO NÚÑEZ AQUEVEQUE, por la prensa, en un diario de mayor circulación, editado en esta ciudad de Quito; para tal
efecto confiérase el extracto respectivo.- Tengase en cuenta el correo electrónico señalado por la parte actora.NOTIFIQUESE.-F) DR. ANGEL PATRICIO TELLO JUEZ. LO QUE COMUNICO A USTEDES PARA LOS FINES DELLEY,PREVINIENDOLESDE LA OBLIGACION QUE TIENEN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL DENTRO DE LA PRESENTE CAUSA, PARA RECIBIR POSTERIORES NOTIFICACIONES. ABG. NATALIA VITERI SECRETARIA Hay firma y sello P AR/105945 (1) REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL SECRETARÍA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO A LA SEÑORA JARAMILLO YANEZ MARÍA CRISTINA Y AL PÚBLICO EN GENERAL LES HAGO SABER LO SIGUIENTE: EXTRACTO: ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: JARAMILLO YANEZ MARIA CRISTINA CAUSA: 17309-2014-0976 CUANTÍA; $ 5.050,19 USD. JUEZ: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO.- 23 de diciembre del 2014, a las 11h49.- VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular. En lo principal, la demanda presentada por el señor DR. LARREA ALARCON DIEGO FRANCISCO, en su calidad de PROCURADOR JUDICIAL del BANCO PICHINCHA C.A., es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, entréguese copia de la demanda y providencia recaída en ella a la demandada JARAMILLO YANEZ MARÍA CRISTINA, a la misma que se la citará en el lugar señalado, para el efecto, remítanse las respectivas copias de la Oficina de Citaciones. Agréguese al proceso los documentos presentados. Téngase en cuenta el domicilio, casillero judicial y correo electrónica designados por el actor. En atención a lo solicitado, conforme lo dispone el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, desglósese la documentación solicitada, dejándose copias certificadas, razón y recibo en autos, mismo que será entregada a la persona autorizada. Notifíquese. f) Dra. Carmen Romero. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO.- Quito, 15 de junio del 2017, a las 12h59.- VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal atendiendo lo solicitado por la parte actora y una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en providencia de 30 de mayo del 2017, las 11h31, una vez que ha declarado bajo juramento la parte actora respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia de la demandada, se dispone cítese con el extracto a la demandada señora MARIA CRISTINA JARAMILLO
REVISTA JUDICIAL JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR YANEZ, con el auto inicial y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, que se editan en esta ciudad, por Secretaria confiérase el respectivo extracto. Actúe como Secretaria de esta Unidad, la Ab Andrea Maldonado mediante Acción de Personal No. 3627-DP-17-2016-MP de fecha 23 de mayo del 2016. NOTIFÍQUESE.-f) Dr. Richard Chinde Chamorro. Lo que cito para los fines de Ley. AB. ANDREA MALDONADO SECRETARIA JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P AR/106942/tf CITACIÓN JUDICIAL EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO Por desconocer su actual domicilio, residencia o individualidad de conformidad con lo que dispone el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos,. Se le hace saber lo que sigue: C L AS E DE JUICIO: CONCURSAL ASUNTO: CONSURSO DE ACRREDORES N.- DE JUICIO: 2016-04308 AC TO R : WA S H I N TO N OSWALDO NEPTALI VALLE GUERRERO CUANTIA Diecisiete mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica DEMANDADO: GUERRA SARMIENTO YASHIN NEY JUEZ: DR. DIEGO RICARDO ALTAMIRANO INTRIAGO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA, Ambato, lunes 5 junio del 2017 las 09h54.- VISTOS: El escrito que antecede agréguese al proceso. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Judicatura. En lo principal, la demanda de INSOLVENCIA presentada por WASHINGTON OSWALDO NEPTALI VALLE GUERRERO en contra de GUERRA SARMIENTO YASHIN NEY, con cédula No. 171241460-4, se la califica de clara y completa y por lo tanto se la admite a trámite de PROCEDIMIENTO CONCURSAL; razón por la cual, de conformidad con lo prescrito en los Arts 414, 421, 422, 423 y 424 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone lo siguiente: 1- Previo a la citación a la parte demandada. Se dispone que previo a proveer lo pertinente y legal, de conformidad con lo prescrito en el Art 56 inciso 2 del Código Orgánico General de Procesos, la parte actora comparezca a ésta Judicatura, a declarar bajo juramento que le ha sido imposible determinar la actual individualidad, el domicilio o residencia del señor accionado GUERRA SARMIENTO YASHIN NEY, y que se han efectuado todas las diligencias necesarias,
C11
para tratar de ubicar a quien se pide citar de la forma solicitada. Esta diligencia tendrá jugar el día lunes 12 de Junio del año en curso a las 11h00 2- Se requiere a GUERRA SARMIENTO YASHIN NEY que cumpliendo los requisitos formales de la demanda, présente a esta judicatura los documentos detallados en el articulo 421 del COGEP “...que son 1.- Una relación detallada de todos sus bienes y derechos. 2.- Un estado de deudas con expresión de procedencia, vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor y los libros de cuenta, si tos tiene 3- Los títulos de crédito activos 4.- Una memoria sobre las cusas de su presentación 3.- De conformidad con lo determinado en el Art. 424 numeral 2 inciso segundo se declara la interdicción de GUERRA SARMIENTO YASHIN NEY 4- Se designa sindico, previo sorteo, a FONSECA LUNA ROCIO JANETH (No. Teléfono 0992799502, y correo electrónico: rociofluna@outlook. com), quien será depositario de los bienes de GUERRA SARMIENTO YASHIN NEY; a quien se le fija por concepto de honorarios la cantidad del 50% del salario básico unificado del trabajador en general, pues, dada la cuantía de la demanda, su complejidad se la fija en baja: de aceptar el nombramiento, se posesionará del cargo del día lunes 19 de Junio del 2017, a las 09h00. 5.- Se dispone el embargo de todos lo bienes inmueble de propiedad GUERRA SARMIENTO YASHIN NEY, de conformidad al Art. 376 y siguientes del COGEP. 6.- Se ordena la anotación de la insolvencia de GUERRA SARMIENTO YASHIN NEY en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura. 7-Se ordena la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declara la insolvencia de GUERRA SARMIENTO YASHIN NEY 8- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte GUERRA SARMIENTO YASHIN NEY, en ningún caso se iniciara otro procedimiento concursal. 9.- Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad y demás entes correspondientes del auto que ordena la formación del concurso. 10.- Notifíquese a la Fiscalía General del Estado para que realice las respectivas investigaciones en torno al presente concurso necesario, para el efecto, notifíquese a la Fiscalía Provincial de Tungurahua, por medio de Secretaría confiérase despacho en forma 11.- Se prohíbe que GUERRA SARMIENTO YASHIN NEY se ausente del territorio nacional, para lo que Ofíciese a la oficina de Migración del Ministerio del inferior 12.- LA PARTE DEMANDADA GUERRA SARMIENTO YASHIN NEY DE CONFORMIDAD CON LO PRESCRITO EN EL ART. 425 DEL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS,
REVISTA JUDICIAL C12
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR
PODRA OPONERSE A ÉSTA DECLARATORIA PAGANDO LA CANTIDAD ADEUDADA. DENTRO DEL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS LUEGO DE LEGALMENTE CITADO. 1.3.- Téngase en cuenta la cuantía fijada. Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados, así como la autorización conferida a sus patrocinadores. NOTIFÍQUESE y CÍTESE.-f) Dr. DIEGO RICARDO A LTA M I R A N O JUEZ. CERTIFICA LA SECRETARIA F) ABG. FERNANDA VILLACRES S. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO, DE TUNGURAHUA, AMBATO, 24 DE JUNIO DEL 2017, LAS 13h43.VISTOS.- El escrito que antecede agréguese al proceso. Cítese extractada mente con la demanda, auto Inicial y este auto a GUERRA SARMIENTO YASHIN NEY, por uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, de conformidad a lo señalado en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, a fin de que transcurridos veinte días desde la ultima publicación comenzará el término para que conteste la demanda. Las publicaciones se realizarán en tres fechas distintas. Una vez realizada las publicaciones, se deberán agregar íntegramente al proceso para los fines pertinentes Notifíquese-f) Dr. Diego Ricardo Altamirano JUEZ Certifica la Secretaria f) Abg. Fernanda Villacres S. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales consiguientes. Previniendo de la obligación de señalar casillero judicial, para posteriores notificaciones. Ambato septiembre 4 del 2017. Firma ilegible AB. FERNANDA VILLACRES SANTAMARIA SECRETARIA. Hay un sello P * 1 4 24 3 8/2 0 1 6 - 0 4 3 0 8/ PAP/68961 EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: A LA SEÑORA MONTENEGRO PAVON MARIBEL DE LOS ANGELES ACTOR: AB. MARCELO QUINATOA VELATA EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO BOLIVARIANO C.A. DEMANDADA: MONTENEGRO PAVON MARIBEL DE LOS ANGELES JUICIO: 17307-2007-1203 C UA N T I A : D OS MIL CUATROCIENTOS DOLARES AMERICANOS ( U S D. 2.400.00) TRAMITE: EJECUTIVO JUEZ: AB. CECILIA SIMBAÑA QUISHPE FECHA DE INICIO: 27 DE NOVIEMBRE DEL 2007 JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 29 de noviembre del 2007, las 08h13. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez
titular de esta Judicatura. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. El título acompañado a la demanda presta mérito ejecutivo, en consecuencia, la demandada señora Maribel Montenegro Pavon, en el término de tres días de ser citada legalmente, pague la obligación requerida o proponga excepciones. Cítese a la demandada en el lugar que se indica. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la compareciente.- NOTIFIQUESE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO.- Quito, martes 18 de Julio del 2017, las 16h18. En mérito del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada MONTENEGRO PAVON MARIBEL DE LOS ANGELES, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito.Notifíquese.- F) Ab. Cecilia Simbaña Quishpe. Jueza Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. GUILLERMO GUAPI OBANDO SECRETARIO Hay Firma y Sello PAP/69002/AS REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: ORDOÑEZ S A LG A D O MARGARITA DE LOS ANGELES. ACTOR: MIRANDA AGUIRRE PATRICIA (PROCURADORA DEL BANCO BOLIVARIANO C.A.). DEMANDADO: ORDOÑEZ SALGADO MARGARITA DE LOS ANGELES. JUICIO: 17309-2007-1203 TRAMITE: EJECUTIVO – COBRO DE PAGARE A LA ORDEN. JUEZ: Dra. Ana Karina Torres Recalde. SECRETARIO: Ab. Zoila Elena Salazar Salazar. CUANTIA: USD. 1.200,oo (MIL DOSCIENTOS DÓLARES NORTE AMERICANOS) Objeto de la demanda: 1. Al pago del importe del Pagaré a la Orden con vencimientos sucesivos e intereses fijos cuya suma es de UN MIL SESENTA Y TRES DOLARES CON CINCO CENTAVOS ( $ 1063.05) 2. Al pago de la máxima tasa de interés de mora vigente, hasta la total cancelación de la obligación; 3. Al pago de las Tasas Judiciales, de las costas procesales que se produjeren, así como de los honorarios profesionales de mi abogado
defensor; 4. Al pago del 1% del impuesto a SOLCA, y demás impuestos que genere la recuperación de lo adeudado. 5. Al pago de la comisión del un sexto por ciento del principal del Pagaré de acuerdo al Art. 456, numeral 4 del Código de Comercio. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 19 de julio del 2017, las 09h05. Revisado que ha sido el proceso se desprende que la demanda presentada por el BANCO BOLIVARIANO C.A, no ha sido calificada, en consecuencia y de conformidad al artículo 1014 del Código de Procedimiento Civil se declara la nulidad de la providencia de fecha 06 de julio del 2017, las 09h34, y en su lugar se dispone; La demanda que antecede, propuesta por el Banco Bolivariano C.A por medio de su representante legal en contra de la señora ORDOÑEZ SALGADO MARGARITA DE LOS ANGELES, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que, se la admite a trámite por la vía ejecutiva, prevista en la Sección 2da. Parágrafo 2do. Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Atento el juramento rendido y a la documentación adjunta, cítese a la parte demandada por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad a fin que en el término de tres días de ser citado pague la obligación demandada o propongan excepciones, bajo prevenciones de Ley.NOTIFIQUESE.” F) Dr. Ana Karina torres Recalde, Juez. Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Ab. Zoila Elena Salazar Salazar. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay Firma y Sello PAP/69003/AS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL: AL DEMANDADO SEÑOR MARCO VINICIO LASSO ARELLANO, SE LE HACE CONOCER EL EXTRACTO DE LA DEMANDA, AUTO DE CALIFICIACIÓN Y ESTA PROVIDENCIA DEL PROCESO VERBAL SUMARIO, QUE SIGUE EL BANCO BOLIVARIANO C.A. ACTOR: BANCO BOLIVARIANO C.A. DEMANDADO: MARCO VINICIO LASSO ARELLANO TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: USD. 1.000,oo FECHA DE INICIACIÓN: 22 DE OCTUBRE DEL 2008. JUICIO No. 17308-2008-1100 JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 27 de octubre del 2008, las 14h49. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Suplente, mediante Oficio No. 1144DDP, de 11 de Julio del 2007, y en razón del sorteo correspondiente.- La demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, dése a la misma el trámite Verbal
Tendremos que arrepentirnos en esta generación no tanto de las acciones de la gente perversa sino de los pasmosos silencios de la gente buena. Martin Luther King. Líder pacifista EE.UU. Sumario.- Cítese con las copias de ley al demandado señor MARCO VINICIO LASSO ARELLANO, en el lugar que se indica.- Agréguese al proceso la documentación presentada. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado y la autorización conferida a sus defensores .- Por renuncia de la Secretaria titular, actúe el Dr. Juan Francisco Justicia Oficial Mayor de esta Judicatura, en virtud del Oficio No. 955 DP-DDP-JAR de 14 de diciembre del 2007.Cúmplase y Notifíquese.- f) Dr. Armando Aceldo Gualli, Juez.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 12 de diciembre del 2016, las 11h37. Avoco conocimiento de la presente causa AB. IRINA MIROSLAVA CHAVEZ COELLO en calidad Jueza Subrogante en reemplazo de Dr. Carlos Naranjo Borja mediante Acción de Personal No. 9537-DP172016-MG. por el periodo comprendido del 12 hasta el 23 de diciembre de 2016.- El escrito que antecede agréguese al proceso.- Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior, entréguese el extracto para respectiva citación por la prensa al demandado MARCO VINICIO LASSO ARELLANO, por sus propios derechos, de conformidad con lo prescrito en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- El extracto en referencia hágase llegar al casillero judicial No. 2326, señalado por la accionante en esta causa.- NOTIFÍQUESE.f) Ab. Irina Miroslava Chavez Coello, JUEZA. ABG. DORIS FERNANDA OVIEDO ORTEGA SECRETARIA Hay Firma y Sello PAP/69004/AS REPUBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec CITACION A SRA. LAGLA SALAZAR PAT R I C I A ALEXANDRA Juicio No: 17302-2013-0437 ACTOR: BANCO PICHINCHA C. A. DEFENSOR ./Ab.: DR. JUAN FRANCISCO GUERRERO CUANTIA.- USD. 5.500,oo INICIADO EL 16 DE MAYO DEL 2013 PROVIDENCIA.JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 31 de mayo del 2013.las 09h25.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza titular de esta Judicatura, mediante acción de personal N° 2953- DNP- de 25 de julio del 2012 y posesionada el 1 de agosto de 2012 del mismo. La demanda que antecede presentada por Dr. Juan Francisco Guerrero del Pozo en su calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A, según se desprende del documento habilitante adjunto en contra de LAGLA SALAZAR PATRICIA ALEXANDRA es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que se
la admite a trámite correspondiente por la vía verbal sumario, prevista en la sección 23 del Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Cítese a la demandada LAGLA SALAZAR PATRICIA ALEXANDRA en la dirección señalada por el accionante para cuyo efecto remítase suficiente despacho a la sala de citaciones. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la parte accionante y la autorización otorgada a su abogado defensor. Actúa como Secretario encargado Dr. Patricio Calderón Toapanta, en virtud de la acción de personal N°229DP- DPP de 16 de Enero del 2013. NOTIFIQUESE. f) DRA. VIVIANA PILA AVENDAÑO. JUEZ. JUEZ PONENTE: SOTO JIMENEZ CARLOS ENRIQUE, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.Quito, martes 11 de julio del 2017, las 14h27.- Actúa el ABG. RICARDO AUGUSTO VELASTEGUI ENDARA, en calidad de Juez encargado, mediante acción de personal No. 5953-DP17-2017-MP 11/07/2017.- Agréguese a los autos el escrito presentado, Atenta la aseveración juramentada del demandante respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia de PATRICIA ALEXANDRA LAGLA SALAZAR, de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, cítese con el extracto de la demanda, auto inicial y esta providencia en tres fechas distintas, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad, por Secretaria confiérase el respectivo extracto.- NOTIFIQUESE. f).ABG. RICARDO AUGUSTO VELASTEGUI ENDARA, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ SALAZAR PAUL EFRAIN SECRETARIO Hay Firma y Sello PAP/69014/AS
ANULACIONES
BANCO RUMIÑAHUI QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8298811700 Nro. Cartola 1 8 5 372 2 0 1 6 4 C l i e n te CASALIGLIA CASALIGLIA, MANUEL-ENRIQUE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de
ahorros Cta.No.- 8182904600 Nro. Cartola 17893210439 Cliente ARRIETA VALENCIA, HENRY-DAVID del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8213408200 Nro. Cartola 18122530035 Cliente ZURITA RIVERA, PATRICIA-NARCIZA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8204534800 Nro. Cartola 18063610291 C l i e n te QUICHIMBO VILLAFUERTE, WALTER-DANIEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8152250100 Nro. Cartola 17565110065 Cliente MERA BARRETO, JOSE-MIGUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8411438700 Nro. Cartola 19234880037 Cliente PENA LUDENA, JEAN-CARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8158684100 Nro. Cartola 17643030350 Cliente ARIAS NARVAEZ, ERIK-FABIAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8117545300 Nro. Cartola 16968090445 Cliente ZAMBRANO VELIZ, LUIS-FERNANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8164586200 Nro. Cartola 17710400361 Cliente GUERRA ESPINOZA, MARCOS-ALEXANDER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8250485100 Nro. Cartola 18312750385 Cliente PINTO VALLEJO, PABLO-ANDRES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8187012200 Nro. Cartola 17932120029 Cliente BUSTOS HINOJOSA, CHRISTIAN-EDUARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8285162000 Nro. Cartola 18479700090 Cliente SUAREZ BRITO, DANILO-RAUL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8183960400 Nro. Cartola 17905430272 Cliente VASQUEZ SANANGO, MIGUEL-LEONARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8431055600 Nro. Cartola 1 9373 6 3 0 0 03 C l i e n te QUESADA HERNANDEZ, DIANA- del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8418484700 Nro. Cartola 19300650009 Cliente MOROCHO VILLA, JINSOP-DANIEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8177457300 Nro. Cartola 17837840200 Cliente TORRES RAZA, JULIO-MARCELO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8028552000 Nro. Cartola 175 3 3 2 5 0 0 1 9 C l i e n te GUAMANZARA DAVILA, MARCIA-XIMENA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8375688800 Nro. Cartola 19036520047 Cliente SALAS SALAZAR, VICTORIA-ABIGAIL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8189051600 Nro. Cartola 17959330006 Cliente DIAZ YANQUI,
WASHINGTON-XAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8140796700 Nro. Cartola 17394430056 Cliente NAZATE VALLEJO, BYRON-JAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8019200100 Nro. Cartola 16507160246 Cliente INGA CANDO, ENMA-RAQUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8265878900 Nro. Cartola 18381120114 Cliente VASQUEZ SANTILLAN, BLANCA-MORAYMA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (22)NR
BANCO BOLIVARIANO Se comunica al público, la anulación por pérdida/sustracción del cheque No. 855 presentada por el girador LILIAN ARROYO NICOLALDE Cta. Cte. No. 5055014554. P/AC/ (1)NR
BANCO DEL AUSTRO Conforme dispone el Reglamento de Pólizas a plazo fijo, se comunica al público que la póliza No. CDP 50000621435 a nombre del Sr. SUNTAXI PAUCAR JOSE RAUL con número de cédula 1708325418 se encuentra extraviada, en tal virtud el banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. P/AC/ (1)NR
ANULACIONES VARIAS Se anula certificado de depósito a largo plazo #5171408030, perteneciente a Jonathan Carlos Jiménez Chale PAC108906fa ========= Anulado por pérdida de la libreta de ahorros Cta. 4500712439 Nº CI. 1712287240 Cliente Ángel Rene Luna Robalino Cooperativa 29 de Octubre. PAP/69018/AS ============= Por pérdida de la Póliza N. 217471397 de la Mutalista Pichincha de Ana María Chávez Galeano PAP/68962/AS
Ecuador, Quito 28 de septiembre de 2017, Diario La Hora
CITACION JUDICIAL A DEUDORES DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SEGUNDA CITACIÓN VERBAL SUMARIOS 1. CLAUDIA AMPARO BENAVIDES NIETO 2. MIGUEL DAVID CABRERA MORAN Y DELIA JUDITH FIGUEROA ARGUELLO 3. PAOLA ELIZABETH GONZALEZ ALAVA 4. HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE SR. JORGE FERNANDO HARO CORTEZ 5. ALBERTO NICOLAS MERELLO SOLOGUREN 6. HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA SRA. MARTA ELIZABETH OCHOA MORAN 7. ANGELA CATALINA MOULA ESCOBAR 8. MARÍA MERCEDES PORTUGAL PUERTAS 9. MILTON ANTONIO QUINTEROS LOOR 10. WASHINGTON RAMIRO RAMIREZ REYES 11. MARIO RODRIGO REYES COLLAHUAZO 12. GONZALO FABRICIO REYES TORRES 13. IAN KEVIN ROSILLO NOBLECILLA 14. AGUSTIN SERRANO DUEÑAS 15. HERMEL FABRICIO VIVANCO JARAMILLO 16. IVAN VOROBIEV
INSOLVENCIAS 1. PABLO VINICIO BELTRAN VASCONEZ 2. TELMO RAUL CASTILLO VINUEZA 3. ARTURO RAMIRO CÓRDOVA MUÑOZ 4. MARIA MONSERRAT FERREIRA SALAZAR 5. HOLGER ALFREDO MONCAYO JARRIN 6. DIEGO RAMIRO NARANJO MAYA 7. FELIPE FERNANDO OBANDO LOPEZ 8. DORIS AMPARO QUISTIAL CHABLA 9. FRANCISCO XAVIER TINAJERO HERRERA 10. WILSON WILFRIDO TUFIÑO VILAÑA
Suplemento Especial para circulación en la ciudad de Quito con Diario La Hora.
1
Ecuador, Quito 28 de septiembre de 2017, Diario La Hora
VERBAL SUMARIO SEGUNDA CITACIÓN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A LA SEÑORA BENAVIDES NIETO CLAUDIA AMPARO, DEL JUICIO VERBAL SUMARIO, PROPUESTO EN SU CONTRA POR: RON TORRES JOSE PATRICIO - PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A SOCIEDAD FINANCIERA ACTOR: RON TORRES JOSE PATRICIO-PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A SOCIEDAD FINANCIERA DEMANDADO:
BENAVIDES NIETO CLAUDIA AMPARO
JUICIO: No. 17321-2011-1378 TRAMITE: VERBAL SUMARIO FECHA DE INICIACIÓN: 7 DE ENERO DEL 2012 JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, sábado 7 de enero del 2012, las 11h23. VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda que antecede es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos preceptuados en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil.- Declarándose procedente al trámite en juicio Verbal Sumario, se manda entregar copia de la demanda y el contenido de este auto al señor: CLAUDIA AMPARO BENAVIDES NIETO, para los respectivos fines de Ley.Cítese al demandado en la dirección señalada para el efecto.- Agréguese la documentación acompañada.- Téngase en cuenta el casillero judicial designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones, y, la calidad en la que comparece.-Notifíquese.- F) RUBEN GILER CEDEÑO, JUEZ. OTRA PROVIDENCIA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 6 de abril del 2017, las 14h35. En lo principal, en mérito al juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, con un extracto de la demanda, auto de calificación y esta providencia, cítese en legal y debida forma a la demandada Benavides Nieto Claudia Amparo, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad; para el efecto confiérase el extracto correspondiente. Cítese y Notifíquese. F) LUIS SALTOS, JUEZ. Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. Ab. Víctor Reyes SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
EXTRACTO JUDICIAL Unidad Judicial Civil con sede el Distrito Metropolitano de Quito JUEZA PONENTE AB. EDITH CRISTINA CHANGO BAÑOS CITACION JUDICIAL A: Miguel David Cabrera Moran y Delia Judith Figueroa Arguello ACTOR: DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA. DEMANDADOS:
MIGUEL DAVID CABRERA MORAN Y DELIA JUDITH FIGUEROA ARGUELLO.
JUICIO No: 17310-2012-0890-LY TRAMITE: VERBAL SUMARIO OBJETO: En sentencia ordene el pago del monto adeudado CUANTIA: $30.000,00 PROVIDENCIA.JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 20 de julio del 2012, las 09h22. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Temporal de esta judicatura mediante acción de personal No 3009 DP-DPP de fecha 12 de julio del 2012 .- - En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta al trámite verbal sumario.- En consecuencia con la demanda y esta auto de calificación, cítese en legal y debida forma a la parte demandada señores Miguel David Cabrera Moran y Delia Judith Figueroa Arguello, en la dirección que se señala para el efecto.- Téngase en cuenta el casillero judicial, señalado para posteriores notificaciones.Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la calidad en que comparece el Dr. José Patricio Ron Torres conforme justifica en autos.- Cítese y Notifíquese.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITIO METROPOLITANO DE QUITO, PROVIENCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 21 de marzo de! 2017, las 08h54.- En mérito del juramento rendido por el actor en
2
la calidad que obra de autos, sobre la imposibilidad de determinar la residencia del demandado, cítese con el contenido de la demanda, auto inicial y presente providencia al demandado señor Miguel David Cabrera Moran y Delia Judith Figueroa Arguello, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndoles de la obligación de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.Certifico. AB. ALEJANDRA MARIBEL LAHUATTE CEDILLO SECRETARIA de la Unidad Judicial Civil con sede el Distrito Metropolitano de Quito
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: PAOLA ELIZABETH GONZALEZ ALAVA ACTOR: ABG. JOSÉ PATRICIO RON TORRES EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA DEMANDADO:
PAOLA ELIZABETH GONZALEZ ALAVA
CASILLA JUDICIAL 1936 DOMICILIO JUDICIAL DR. JUAN CARLOS CUEVA SERRANO JUICIO: VERBAL SUMARIO CUANTIA: VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CAUSA: No. 17308-2012-0076 OBJETO: A fin de que en sentencia se le condene al pago de la suma adeudada, debiendo añadirse los intereses de mora calculados con la máxima tasa vigente, desde que la deudora incurrió en mora hasta la total cancelación de la obligación, así como el pago de costas procesales y honorarios profesionales del abogado defensor. JUEZ PONENTE: NARANJO BORJA CARLOS WILFRIDO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA, Quito, 26 de enero del 2012, las 14h59 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en vista de sorteos realizado.- En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se acepta a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, con la demanda presentada y providencia que antecede, córrase traslado a la demandada PAOLA ELIZABETH GONZALEZ ALAVA. Cítese a la demandada en el lugar que se indica. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y agréguense los documentos acompañados.- NOTIFIQUESE.- F).- Dr. Armando Aceldo Gualli, Juez Suplente. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 7 de febrero de 2017, las 14h34. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Atento a lo solicitado y al juramento rendido por la parte actora y de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena CITAR a la demandada señora PAOLA ELIZABETH GONZALEZ ALAVA por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación y que se editan en la ciudad de Quito.- Al efecto, confiérase el extracto respectivo. Actúa en calidad de Secretaria Encargada de esta Unidad Judicial Civil la Ab. Lady Estefanía Alvarado López.- NOTIFÍQUESE.- F).- Naranjo Borja Carlos Wilfrido, Juez. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.ABG. DORIS FERNANDA OVIEDO SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE SEÑOR JORGE FERNANDO HARO CORTEZ ACTOR: JOSÉ PATRICIO RON TORRES, PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA. DEMANDADOS:
JORGE FERNANDO HARO CORTEZ y DORIS SALAS BARRIONUEVO
CASILLA JUDICIAL 1936 DOMICILIO JUDICIAL: DR. JUAN CARLOS CUEVA SERRANO JUICIO: VERBAL SUMARIO
Suplemento Especial para circulación en la ciudad de Quito con Diario La Hora.
CUANTIA: CATORCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CAUSA: No. 17308-2010-558 OBJETO: A fin de que en sentencia se les condene en forma solidaria al pago de la suma adeudada, debiendo añadirse los intereses de mora con la máxima tasa vigente, desde que los deudores incurrieron en mora, hasta la total cancelación de la obligación, así como el pago de costas procesales y honorarios profesionales del abogado defensor. JUEZ PONENTE: NARANJO BORJA CARLOS WILFRIDO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 29 de abril del 2010, las 15h28. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Suplente, mediante Oficio No. DDP-1144 de 11 de Julio del 2007 y en vista del sorteo correspondiente.- La demanda que antecede es clara y reúne los demás requisitos de ley; en consecuencia, dese a la misma el trámite Verbal Sumario, previsto en el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil.- Entréguese una copia de la demanda y esta providencia a los señores: JORGE FERNANDO HARO CORTEZ Y DORIS SALAS BARRIONUEVO, Cítese a los demandados, en la dirección señalada, conforme a ley.- Adjúntese la documentación presentada.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y Abogado Defensor designado.- Cítese y Notifíquese. Dr. Armando Aceldo Gualli, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIADE PICHINCHA, Quito, martes 14 de febrero de 2017, las 14h18, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa AB. IRINA MIROSLAVA CHAVEZ COELLO en calidad Jueza Encargada en reemplazo de Dr. Carlos Naranjo Borja, mediante Acción de Personal No. 1360-DP17-2017-MP., de fecha 10 de febrero del 2017. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Atento a lo solicitado y al juramento rendido por la parte actora y de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena CITAR a los herederos presuntos y desconocidos del causante señor JORGE FERNANDO HARO CORTEZ por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación y que se editan en la ciudad de Quito.- Al efecto, confiérase el extracto respectivo. Actúa en calidad de Secretaria Encargada de esta Unidad Judicial Civil la Ab. Lady Estefanía Alvarado López.- NOTIFÍQUESE.- F).-Chávez Coello Irina Miroslava, Juez. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que le corresponda.DORIS FERNANDA OVIEDO SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: ALBERTO NICOLÁS MERELLO SOLOGUREN ACTOR: AB. JOSÉ PATRICIO RON TORRES, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADO:
ALBERTO NICOLÁS MERELLO SOLOGUREN
CASILLA JUDICIAL 1936 JUICIO: VERBAL SUMARIO CUANTIA: VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA CAUSA: No. 17306-2014-208 OBJETO: A fin de que en sentencia se le condene al pago de lo siguiente: 1.- El pago del capital adeudado; 2.- Intereses de mora sobre el capital calculado con la máxima tasa vigente desde que el deudor incurrió en mora, hasta el pago total de la obligación. 3.- Costas procesales en las que se incluirán honorarios profesionales. JUEZ PONENTE: ABG. FELIPE PATRICIO LARREA DÁVALOS JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA, Quito, martes 18 de marzo de 2014, las 08h53 VISTOS: La demanda que por cobro de dinero presenta DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A, por intermedio de su procurador judicial, en contra de ALBERTO NICOLAS MERELLO SOLOGUREN , reúne los requisitos legales; en consecuencia se la acepta a trámite por la vía Verbal Sumaria establecida en la sección 23°, Arts. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Cítese al demandado en la dirección señalada por el actor en esta ciudad de Quito.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos y regístrese la casilla judicial No. 1936 así como el casillero electrónico señalado por el actor para recibir sus notificaciones posteriores, téngase en cuenta la autorización otorgada a su abogado patrocinador.- Actúe el Oficial Mayor en calidad de secretario encargado según acción de personal No. 4301-DP-DPP de 10 de septiembre del 2013, suscrita por el Dr. José Antonio Cedeño Armas, Director Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura.NOTIFIQUESE. f).- Dr. Jorge Alejandro Miranda, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 24 de enero de 2017, las 13h37. En mérito del juramento
Ecuador, Quito 28 de septiembre de 2017, Diario La Hora rendido por el actor, se han efectuado todas las diligencias necesarias como acudir a los registros de público acceso como Empresa Eléctrica Quito S.A. Empresa Municipal de Agua Potable del Municipio de Quito, Servicio de Rentas Internas, Corporación Nacional de Telecomunicaciones, para tratar de ubicar al demandado, sin embargo, pese a las múltiples averiguaciones se me ha hecho imposible determinar la residencia del accionado ALBERTO NICOLAS MERELLO SOLOGUREN, cítese con el contenido de la demanda y presente providencia al prenombrado demandado, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.NOTIFÍQUESE. f) Abg. Felipe Patricio Larrea Dávalos, Juez. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legar para recibir las posteriores notificaciones que le corresponda.ABG. BASTIDAS SARMIENTO JENNIFER ANDREA SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA R. del E. CITACIÓN JUDICIAL A los señores HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA SEÑORA MARTA ELIZABETH OCHOA MORAN DENTRO DEL JUICIO: ACTOR: DR. JOSE PATRICIO RON TORRES EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA DINERS CLUB DEL ECUADOR S. A. FINANCIERA DEMANDADO:
OCHOA MORAN MARTHA ELIZABETH
JUICIO: 17305-2013-1099 TRAMITE VERBAL SUMARIO CUANTÍA: USD $ 25.000,00 (VEINTE Y CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 00/100) PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 03 de enero del 2017, las 12h57. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa mediante acción de personal No. 6534-DNTH-2016-JT de fecha 28 de Julio de 2016 en calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito.Por haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el decreto de fecha 20 de Enero del 2014, las 09h19.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, y se acepta a trámite ordinario.Con la demanda y providencia recaída, córrase traslado a los demandados herederos presuntos y desconocidos de la señora MARTA ELIZABETH OCHOA MORAN por el término de quince días con apercibimiento en rebeldía.- En mérito del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los demandados herederos presuntos y desconocidos de la señora MARTA ELIZABETH OCHOA MORAN, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y la calidad en la que comparece el señor DR. JOSE PATRICIO RON TORRES, Procurador Judicial de DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A., SOCIEDAD FINANCIERA.Actúe como secretario el Ab. Guillermo Guapi Obando, en calidad de Secretario encargado de esta Unidad Judicial, según acción de personal número N° 3488-DP17-2016-MP de fecha 17 de mayo del 2016, emitida por la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura.Notifíquese. f) ABG. MARTHA CECILIA SIMBAÑA QUISPHE, JUEZA. Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. ABG. GUILLERMO GUAPI OBANDO SECRETARIO DE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: ANGELA CATALINA MOULA ESCOBAR. ACTOR ANTONI: P DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A SOCIEDAD FINANCIERA - RON TORRES JOSE PATRICIO. DEMANDADO:
CAPPIELLO WOL JORGE BLAS y MOULA ESCOBAR ANGELA CATALINA
JUICIO: 17301-2011-0795.
TRAMITE: VERBAL SUMARIO – DINERO. JUEZ: Dra. Ana Karina Torres Recalde. SECRETARIO: Ab. zoila elena salaza. CUANTIA: US $ 20.000,oo(VEINTE MIL DÓLARES NORTE AMERICANOS). OBJETO DE LA DEMANDA: Con los antecedentes antes mencionados, fundamentado en las condiciones de otorgamiento de emisión y uso de la tarjeta de crédito, y copia certificada del resumen de Estado de Cuenta cortada al 29 de abril de 2011 que adjunto, y por haber fallecido la señora ANGELA CATALINA MOULA ESCOBAR, tarjeta habiente-principal, demando únicamente al señor JORGE BLAS CAPPIELLO WOL tarjeta-habiente adicional en Juicio Verbal Sumario de, a fin de que en Sentencia se le condene al pago inmediato de la suma de USD $ 12.329,10 más la máxima tasa de interés anual vigente, así como para se les condene en costas procesales y al pago de los honorarios de mi Abogado Patrocinador. “JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 29 de junio del 2011, las 09H27. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en vista de la razón de sorteos que antecede. En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se acepta a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, con la demanda presentada y providencia que antecede, córrase traslado al señor JORGE BLAS CAPPIELLO WOL. Cítese al demandado en el lugar que se indica. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y agréguese al proceso la documentación que se adjunta.Notifíquese.” F) Dr. Alfredo Grijalva Muñoz, Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 25 de abril del 2017, las 10h01. Agréguese a los autos el escrito que antecede.- En atención al juramento rendido por la parte actora y de conformidad a lo dispuesto en el segundo inciso numeral 2 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos cítese a la parte demandada señora ANGELA CATALINA MOULA ESCOBAR mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación editado en esta ciudad de Quito.- Para el efecto por secretaria confiérase el correspondiente extracto judicial y remítase al casillero judicial de la parte actora.- Notifíquese.” F) Dra. Ana Karina Torres Recalde, juez Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Ab. Zoila Elena Salazar Salazar SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: A LA SEÑORA MARIA MERCEDES PORTUGAL PUERTAS JUEZA PONENTE: AB. CECILIA SIMBAÑA QUISHPE JUICIO: 17307-2014-0250 TRAMITE: VERBAL SUMARIO ACTOR: DR. JOSE PATRICIO RON TORRES PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A., SOCIEDAD FINANCIERA DEMANDADO:
MARIA MERCEDES PORTUGAL PUERTAS
CUANTIA: TREINTA Y CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. 35.000) FUNDAMENTO DE DERECHO: LO DISPUESTO EN EL ART. 828 DEL PROCEDIMIENTO CIVIL. DEFENSOR ACTOR: DR. JUAN CARLOS CUEVA SERRANO INICIADO: 17 DE MARZO DEL 2014 JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 27 de marzo del 2014, las 08h13. VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa, en mi calidad de Juez Encargado, mediante acción de personal No. 5501-DP-DPP, de 01 de Noviembre del 2013.- La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley.- Se da el trámite Verbal Sumario. Entréguese copia de la demanda y esta providencia a la demandada señora MARIA MERCEDES PORTUGAL PUERTAS, cítese a la demandada, en el lugar señalado para el efecto.Agréguese al proceso la documentación acompañada. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados.- NOTIFIQUESE.- f) Dr. Luis Eduardo Taipe Guanoluisa, Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 27 de abril del 2017, las 10h00. Agréguese al proceso el escrito que antecede.En virtud del juramento rendido, y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese por la prensa a MARIA MERCEDES PORTUGAL PUERTAS, en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad, para lo cual confiérase el extracto correspondiente y entréguese a las personas autorizadas.- Notifíquese. F) Ab. Cecilia Simbaña Quishpe. Jueza.
Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. GUILLERMO GUAPI OBANDO SECRETARIO
REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL SECRETARÍA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO AL SEÑOR MILTON ANTONIO QUINTEROS LOOR Y AL PÚBLICO EN GENERAL LES HAGO SABER LO SIGUIENTE: EXTRACTO: ACTOR: DR. JOSE PATRICIO RON TORRES PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A SOCIEDAD FINANCIERA DEMANDADO:
MILTON ANTONIO QUINTEROS LOOR
CAUSA : EJECUTIVO NO. 17230-2015-17068. JUEZ: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- 11 de diciembre del 2015, a las 10h30.-VISTOS.- Avoco conocimiento, en mi calidad de Juez Encargado de esta Unidad Judicial Civil y Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito, mediante acción de personal No.8111-DP-UPTH de 15 de octubre del 2015.- La demanda que antecede propuesta por el DR. JOSE PATRICIO RON TORRES en calidad de Procurador Judicial de DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA, reúne los requisitos de ley establecidos en el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, por lo que, se la califica de clara y completa, por lo que se admite a trámite por la vía ejecutiva, prevista en el Libro Segundo, Sección 2da., Parágrafo 2do. Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Cítese al demandado MILTON ANTONIO QUINTEROS LOOR, en la calidad invocada, en la dirección señalada en el libelo de demanda, para que en el término de tres días, pague la obligación demandada o proponga excepciones, bajo prevenciones de Ley.- Agréguense al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Regístrese la casilla judicial y correo electrónico señalados por la accionante y tómese en cuenta la designación de su defensor.- Actúe el Dr. Francisco Vásquez, en calidad de Secretario de esta Judicatura, según acción de personal número 3942-DP-UPTH, de 27 de mayo del 2015.- CITESE, NOTIFIQUESE.- f) Dr. Edwin Pancho. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, 22 de febrero del 2017, a las 12h02. VISTOS: Doctor Richard Chinde Chamorro, en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el D. M. de Quito, según Acción de Personal No. 3686-DP-17-2016-MP de fecha 23 de mayo del 2016. Avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en providencia de 9 de febrero del 2017, las 10h09, una vez que ha declarado bajo juramento la parte actora respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia del demandado, se dispone cítese con el extracto al demandado señor MILTON ANTONIO QUINTEROS LOOR, con el auto inicial y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, que se editan en esta ciudad, por Secretaria confiérase el respectivo extracto.- Actúe como Secretaria de esta Unidad, la Ab Andrea Maldonado mediante Acción de Personal No. 3627-DP-17-2016-MP de fecha 23 de mayo del 2016. NOTIFÍQUESE. f) Dr. Richard Chinde Chamorro. Lo que cito para los fines de Ley. AB. ANDREA MALDONADO SECRETARIA JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO DE CITACION CITACION JUDICIAL A: RAMIREZ REYES WASHIGTON RAMIRO ACTOR: RON TORRES JOSÉ PATRICIO-PROCURADOR JUDICAIL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A., SOCIEDAD FINACIERA DEMANDADO:
RAMÍREZ REYES WASHIGTON RAMIRO
CAUSA NRO: 17308-2011-1293 TRAMITE: VERBAL SUMARIO CASILLA JUDICIAL- 1936 CUANTIA.- VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Suplemento Especial para circulación en la ciudad de Quito con Diario La Hora.
3
Ecuador, Quito 28 de septiembre de 2017, Diario La Hora OBJETO DE LA DEMANDA.- A fin de que en sentencia se le condene al pago, debiendo añadirse los intereses de mora calculados con la máxima tasa vigente, hasta la total cancelación de la obligación, así como el pago de las costas procesales y los honorarios profesionales que se dignará fijar según la ley. JUEZ PONENTE: DR. CARLOS WILFRIDO NARANJO BORJA JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA-. Quito, miércoles 9 de noviembre del 2011, las 13h18. VISTOS: - Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Suplente, mediante Oficio No. DDP-1144 de 11 de Julio del 2007 y en vista del sorteo correspondiente.La demanda que antecede es clara y reúne los demás requisitos de ley; en consecuencia, dese a la misma el trámite Verbal Sumario, previsto en el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil.- Entréguese una copia de la demanda y esta providencia al señor WASHINGTON RAMIRO RAMIREZ REYES, CITESE, en la dirección señalada, conforme a ley.Adjúntese la documentación presentada.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y Abogado Defensor designado.- Notifíquese y Cítese, .-f). Dr. Armando Aceldo Gualli. Juez. Suplente UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-. Quito, martes 28 de marzo del 2017, las 11h48. Agréguese al proceso el escrito presentado.- Por cumplido lo ordenado en providencia de fecha 23 de Marzo del 2017, y en virtud del juramento rendido por el actor cítese al señor WASHINGTON RAMIRO RAMIREZ REYES de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para la respectiva citación por la prensa.NOTIFIQUESE.- f) Naranjo Borja Carlos Wilfrido, Juez. Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones.- Certifico. AB. FERNANDA OVIEDO ORTEGA SECRETARIA
EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRIO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACIÓN JUDICIAL A: REYES COLLAHUAZO MARIO RODRIGO. ACTOR: Dr. JOSE PATRICIO RON TORRES, en calidad de Procurador Judicial del Representante Legal de la empresa DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA. DEMANDADO:
REYES COLLAHUAZO MARIO RODRIGO.
JUICIO: Verbal Sumario No. 17230-2016-00017 CUANTÍA: 18000$ ABOGADO: DR. EDUARDO HERMOSA TORRES CASILLERO: No. 1420 PROVIDENCIA: Auto de Calificación y providencia. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 10 de marzo de 2016, las 16h00. VISTOS: La demanda que antecede propuesta por el Dr. JOSE PATRICIO RON TORRES, en calidad de Procurador Judicial del Representante Legal de la empresa DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA, en contra del Sr. REYES COLLAHUAZO MARIO RODRIGO, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la admite al trámite verbal sumario previsto en la Sección 23va, Arts. 828 y subsiguientes del Código de Procedimiento Civil.- Cítese a la parte accionada, Señor REYES COLLAHUAZO MARIO RODRIGO, en la dirección señalada en el libelo de la demanda.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Tómese nota del casillero judicial y correos electrónicos, señalados por el accionante.- NOTIFÍQUESE.- f).- DR. LUIS JÁCOME JEREZ, JUEZ.” “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 31 de octubre de 2016, las 15h08. Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Encargada de esta Judicatura mediante Acción de personal No. 8903-DP17-2016-MG. De conformidad con lo que establece el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y en mérito del juramento rendido por el accionante, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE al demandado señor REYES COLLAHUAZO MARIO RODRIGO, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de mayor circulación nacional que se editan en esta ciudad de Quito. Para el efecto confiérase el extracto correspondiente.-Notifíquese.- f).- DRA. MARÍA BELÉN DOMÍNGUEZ SALAZAR, JUEZA.” Lo que pongo en su conocimiento para los fines consiguientes. Le prevengo de la obligación de señalar domicilio legal dentro del perímetro urbano conforme a la Ley. Atentamente, AB. PAULINA AYO VELASCO SECRETARIA
4
REPUBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec Juicio No: 17230-2016-00017 Casilla No: 1420 Quito, jueves 30 de marzo del 2017 A: RON TORRES JOSE PATRICIO Dr./Ab.: En el Juicio Verbal Sumario No. 17230-2016-00017 que sigue RON TORRES JOSE PATRICIO en contra de REYES COLLAHUAZO MARIO RODRIGO, hay lo siguiente: JUEZ PONENTE: VITERI MOYA ANA PATRICIA, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 30 de marzo del 2017, las 15h52.- Se procede a anexar a la boleta de notificación de la parte actora el EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL, a fin de que se de cumplimiento a lo dispuestoNOTIFIQUESE. f).- VITERI MOYA ANA PATRICIA, JUEZ; Lo que comunico a usted para los fines de ley. AYO VELASCO PAULINA MARIA SECRETARIA
EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACIÓN JUDICIAL A: GONZALO FABRICIO REYES TORRES ACTOR. JOSE PATRICIO RON TORRES - PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A SOCIEDAD FINANCIERA DEMANDADO:
GONZALO FABRICIO REYES TORRES
OBJETO: Citación por la prensa. JUICIO: Verbal Sumario No. 17313-2012-0872 “JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, lunes 9 de julio de 2012, las 09h02. VISTOS: Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez Titular y en virtud del sorteo precedente. La demanda es clara y reúne los requisitos de Ley. Por consiguiente, de acuerdo a lo previsto en el Art. 829 del Código de Procedimiento Civil y al ser procedente el trámite verbal sumario, con el libelo inicial y esta providencia, cítese a GONZALO FABRICIO REYES TORRES en la dirección indicada, al efecto se depreca a uno de los señores Jueces de lo Civil de Santo Domingo de los Tsáchilas, con jurisdicción en la ciudad Santo Domingo, a quien se remitirá suficiente despacho. Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado por el actor y agréguese la documentación adjunta. Notifíquese. DR. FRANCISCO ALVEAR, JUEZ” “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 21 de diciembre de 2016, las 15h14. Por cuanto, el Procurador Judicial de la empresa demandante, Dr. PATRICIO RON TORRES, ha declarado bajo juramento que le ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado, GONZALO FABRICIO REYES TORRES; y, que ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar al nombrado demandado, como acudir a los registros de público acceso; en acatamiento a lo dispuesto en el Art.56 del Código Orgánico General de Proceso, se dispone citar con un extracto de la demanda y esta providencia, al demandado, GONZALO FABRICIO REYES TORRES, por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas; en un periódico de amplia circulación de esta ciudad; para este fin, por Secretaría, elabórese el extracto correspondiente y remítaselo a los demandantes a la casilla judicial por ellos señalada.-NOTIFIQUESE.DR. EDWIN CEVALLOS AMPUDIA, JUEZ” Lo que pongo en su conocimiento para los fines consiguientes. Le prevengo de la obligación de señalar domicilio legal dentro del perímetro urbano conforme a la Ley. Atentamente, AB. ANA ARCOS GUANOLUISA SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: IAN KEVIN ROSILLO NOBLECILLA ACTOR: JOSE PATRICIO RON TORRES EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADA:
IAN KEVIN ROSILLO NOBLECILLA
JUICIO: VERBAL SUMARIO No: 17230-2015-13343
Suplemento Especial para circulación en la ciudad de Quito con Diario La Hora.
ABOGADO DEFENSOR: DR. EDUARDO HERMOSA TORRES CUANTIA: US$.20.000,00 FUNDAMENTO LEGAL: Art. 828 C.P.C. OBJETO: EL PAGO DE CAPITAL E INTERESES PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 18 de agosto del 2015, las 15h29. VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- En lo principal, la demanda que antecede propuesta por el Dr. José Patricio Ron Torres, en la calidad en la que comparece como se desprende del documento adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite verbal sumario.- En consecuencia cítese con el contenido de la demanda y presente providencia al demandado señor IAN KEVIN ROSILLO NOBLECILLA, en la dirección señalada. Tómese en cuenta la cuantía. Incorpórese al proceso la documentación adjunta.- Téngase en cuenta el casillero judicial y su dirección electrónica, designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones, así como la autorización dada a su abogado defensor para que suscriba cuanto escrito sea necesarios en defensa de sus intereses. La parte actora otorgue las copias necesarias para la citación a la demanda.- Actúa el Ab. Carlos Villacis en calidad de Secretario encargado de acuerdo a la acción de personal No. 6641-DPUPTH, de 17 de agosto del 2015.- Cítese y Notifíquese. f) Dr. Oscar Ramiro Calero Sanchez- Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 29 de julio del 2016, las 09hl6. Agréguese al proceso el escrito presentado.- En mérito del juramento rendido por el actor en la calidad que obra de autos, sobre la imposibilidad de determinar la residencia del demandado, cítese con el contenido de la demanda, auto inicial y presente providencia al demandado señor IAN KEVIN ROSILLO NOBLECILLA, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 1 del numeral 2 del Art. 56 del Código Orgánico General del Procesos, para lo cual por secretaria se entregará el extracto correspondiente.-NOTIFÍQUESE. f) Dr. Luz Del Salto.- Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones. DRA. BAYAS REAL GLENDA SECRETARIA (e)
EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: AGUSTIN SERRANO DUEÑAS ACTOR: DR. JOSÉ PATRICIO RON TORRES, PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA DEMANDADO:
AGUSTIN SERRANO DUEÑAS
JUICIO VERBAL SUMARIO No. 17230-2016-06014 FUNDAMENTO LEGAL Artículo 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. OBJETO: Pago del monto total adeudado de la Tarjeta Diners Club, pago de intereses legales calculados desde la fecha del resumen de estado de cuenta al 27 de enero del 2016, más los intereses de mora con la máxima tasa vigente, que se generen hasta la fecha de cancelación total de la obligación, al pago de costas procesales y honorarios profesionales del abogado patrocinador. CUANTIA: Catorce mil dólares americanos. DEFENSOR: Drs. Carmen Elena Cepeda Pazmiño y Eduardo Hermosa Torres. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 5 de abril del 2016, las 12h55. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la Acción de Personal No. 8236-DP-UPTH-MP de 22 de octubre del 2015. La demanda que antecede propuesta por el Dr. José Patricio Ron Torres, en calidad de Procurador Judicial de DINERS DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA, en contra de SERRANO DUEÑAS AGUSTIN, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la admite al trámite verbal sumario previsto en la Sección 23va, Arts. 828 y subsiguientes del Código de Procedimiento Civil. Cítese a la parte accionada, en la dirección señalada en el libelo de la demanda. Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda. Tómese nota del casillero judicial
Ecuador, Quito 28 de septiembre de 2017, Diario La Hora y correo electrónico señalados por el accionante. NOTIFIQUESE F) Dr. Zambrano Ortiz Wilmer Ismael, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 15 de febrero del 2017, las 13h26. Cumplido que ha sido lo ordenado en providencia que antecede, en virtud del juramento rendido y con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a SERRANO DUEÑAS AGUSTIN, por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizarán en un diario de amplia circulación local, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto. Actúa el Dr. Emiro Bravo en calidad de secretario encargado. Notifíquese.- F) Dr. Zambrano Ortiz Wilmer Ismael, JUEZ. LO QUE COMUNICO A USTEDES PARA LOS FINES DEL LEY, PREVINIENDOLES DE LA OBLIGACION QUE TIENEN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL DENTRO DE LA PRESENTE CAUSA, PARA RECIBIR POSTERIORES NOTIFICACIONES. ABG. NATALIA VITERI SECRETARIA (E)
REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: VIVANCO JARAMILLO HERMEL FABRICIO. ACTOR: RON TORRES JOSE PATRICIO-PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A., SOCIEDAD FINANCIERA. DEMANDADO:
VIVANCO JARAMILLO HERMEL FABRICIO.
JUICIO: 17306-2012-0858. TRAMITE: VERBAL SUMARIO- DINERO. JUEZ: Dr. Felipe Patricio Larrea Dávalos. SECRETARIO: Ab. Jenniffer Andrea Bastidas Sarmiento. CUANTIA: USD. 35.000,00 (TREINTA Y CINCO MIL DÓLARES NORTE AMERICANOS) OBJETIVO: Con los antecedentes anotados, fundamentado en el contrato de emisión y uso que contiene las condiciones generales de otorgamiento de la tarjeta DINERS CLUB y de la copia certificada del estado de cuenta, al amparo del artículo 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, demando a HERMEL FABRICIO VIVANCO JARAMILLO corno tarjetahabiente principal, a fin de que en sentencia se les condene en forma solidaria al pago de la suma de DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 31/100 (USD. 19.481,31) debiendo añadirse intereses de mora con la máxima tasa vigente de conformidad con lo estipulado por la Autoridad Monetaria correspondiente, desde que los deudores incurrieron en mora hasta la total cancelación de la obligación, así como el pago de las costas procesales y los honorarios profesionales que se dignará fijar según la ley. Dejo aclarado que lo que demando es el pago del capital señalado, los intereses calculados hasta la fecha del resumen de estado de cuenta al 31 de mayo de 2012, más los intereses de mora que se generen hasta la fecha de cancelación total de la obligación, más costas procesales. “JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 13 de julio del 2012, las 15h09. VISTOS.- Por cumplido con el requerimiento que antecede.- La demanda que por cobro de dinero presenta el Dr. Patricio Ron Torres en calidad de procurador judicial de DINERSCLUB S.A., en contra de HERMEL FABRICIO VIVANCO JARAMILLO, reúne los requisitos legales; en consecuencia se la acepta a trámite por la vía Verbal Sumaria establecida en la sección 23°, Arts. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Cítese al demandado HERMEL FABRICIO VIVANCO JARAMILLO en la dirección señalada por el actor mediante comisión al teniente político de la parroquia de Cumbaya, para que en el término de tres día cumpla con la obligación reclamada o proponga excepciones en igual término.- Agréguese al proceso el escrito y los documentos adjuntos a la demanda; regístrese la casilla judicial No. 1936 señalada por el actor para recibir sus notificaciones posteriores y tómese en cuenta la autorización otorgada a su abogado patrocinador.NOTIFIQUESE”. F) Dr. Lucy Estupiñan Sánchez, Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 6 de enero del 2017, las 10h34.- Previo a proveer lo que en derecho corresponda, se anota: Garantizando el Derecho a la Defensa, consagrado en el Art. 75 de la Constitución de la República del Ecuador, que señala: “Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión (...)”; en concordancia con lo que disponen los Arts. 18 y 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, por cuanto de la revisión del proceso y del certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, constante de fs. 65, 66 y 67 del expediente, se verifica que el demandado VIVANCO JARAMILLO HERMEL FABRICIO registran salidas del país con destino a Estados Unidos Unidos; motivo por el cual, en cumplimiento de lo previsto en el inciso tercero, numeral 2, del Art. 56 Código Orgánico General de
Procesos, que prevé: “(...) Si se verifica que es así, se citará mediante carteles fijados en el consulado en el que se encuentra registrado (...)”, en concordancia con el Instructivo para la Certificación y Citación Conforme el Art. 56 del COGEP, emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Registro Oficial 636 de 26 de noviembre de 2015, se dispone OFICIAR al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, para que por los canales diplomáticos correspondientes se remita a todos los Consulados en Estados Unidos, el extracto y los carteles que se adjuntaran al oficio aquí dispuesto, esto con el objetivo de que sean publicados en dichos Consulados y cumplir con la citación al demandado VIVANCO JARAMILLO HERMEL FABRICIO, en la forma que establece la normativa precitada, cumplido lo anterior, por la misma vía se informará a esta Unidad Judicial Civil, sobre la fijación de los carteles.- Atento el juramento rendido, también cítese a los demandados mediante tres publicaciones por la prensa, en tres días distintos, en un diario de amplia circulación nacional, para lo cual, envíense los extractos correspondientes al casillero judicial que tiene señalado la parte actora.- El accionante facilite las copias necesarias, para la elaboración de oficios, carteles y extractos correspondientes.- NOTIFÍQUESE.” F) Ab. Larrea Dávalos Felipe Patricio, Juez. Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Ab. Jenniffer Andrea Bastidas Sarmiento. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A LOS SEÑORES: IVAN VOROBIEV ACTOR: DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA, RON TORRES JOSE PATRICIO, PROCURADOR JUICIO VERBAL SUMARIO No: 17320-2014-0437 FUNDAMENTO: ARTICULO 56 DEL COGEP CUANTIA: $25.000.00 Providencia JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 4 de septiembre del 2014, las 09h25. VISTOS: En virtud del sorteo correspondiente en calidad de Juez Titular de esta Judicatura, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal la demanda que antecede es clara precisa y reúne los requisitos de Ley. En consecuencia désele el trámite de verbal sumario.- Cítese al demandado, en el lugar que se señala para tal efecto, en esta Ciudad de Quito.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Téngase en cuenta el domicilio y casilla judicial señalado por el actor y la autorización a su abogado defensor.- Cuentese con la Dra. Mercy Criollo, en calidad de secretaria.Notifíquese.- f) DR. FERNANDO LANDAZURI UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 17 de enero del 2017, las 12h23. Agréguese al proceso el escrito presentado.- En lo principal Atenta la petición formulada por el actor; por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese al demandado IVAN VOROBIEV por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo. Actúe la Ab. Gloria Fajardo mediante acción de personal No. 0017-DP17-2017-MP Secretaria de esta Unidad. NOTIFÍQUESE.- f) DR. CARLOS FUENTES Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndoles de la obligación de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones. Ab. GLORIA FAJARDO SECRETARIA
INSOLVENCIAS SEGUNDA CITACIÓN UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA PROVINCIA DE PICHINCHA. R. del. E. EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL CITACION JUDICIAL AL SEÑOR PABLO VINICIO BELTRAN VASCONEZ. ACTOR: DR. PATRICIO RON TORRES, PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A., SOCIEDAD FINANCIERA. DEMANDADOS:
PABLO VINICIO BELTRAN VASCONEZ.
JUICIO NRO. 17230-2015-15617- ESPECIAL. CUANTIA: INDETERMINADA DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: CASILLERO JUDICIAL No. 797- JOSE PATRICIO RON TORRES. AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 29 de septiembre del 2015, las 15h04... VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez Temporal de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, mediante Acción de personal No. 6903-DP-UPTH-27/08/2015. En lo principal, la demanda de presunción de insolvencia que presenta el DR. PATRICIO RON TORRES, en calidad de Procurador Judicial de la COMPAÑÍA DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A, SOCIEDAD FINANCIERA., en contra del señor PABLO VINICIO BELTRÁN VÁSCONEZ, con cédula de ciudadanía No. 170803862-3, es clara y reúne los requisitos legales por lo que se la acepta al trámite ESPECIAL, previsto en la Sección 4a, parágrafo 3o, artículo 519 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. De las copias certificadas aparejadas al proceso se hace referencia al juicio civil (ejecutivo) No. 1347-2008, tramitado en el Juzgado Sexto de lo Civil de Pichincha (actualmente Unidad Judicial Civil), se establece que requerido que ha sido el demandado con el mandamiento de ejecución de fecha 15 de abril del año 2014, las 09h57, no ha dado cumplimiento al mismo según consta en la razón sentada por el doctor Wilmer Zambrano Ortiz, Secretario de la citada judicatura, de fecha 09 de mayo del año 2014, por lo que se presume legalmente su estado de insolvencia y como consecuencia se manda a formar concurso de acreedores y se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1.- Que se ocupen los bienes, correspondencia y demás documentos del fallido que se entregarán al Síndico de concurso Dr. Roberto Almeida, a quien se le nombra en este juicio. 2.- Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, hágase saber al público en general de este particular por medio una publicación del extracto de la demanda y de este auto, en uno de los medios de comunicación escrita de amplia circulación de este cantón. 3.- Que se acumulen todos los juicios en contra de el demandado por obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado. 4.- Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 14 del artículo 66 de la Constitución de la República, en concordancia con lo señalado en el artículo 510 del Código de Procedimiento Civil, se prohíbe al demandado señor PABLO VINICIO BELTRÁN VÁSCONEZ, con cédula de ciudadanía No. 170803862-3, salir del país, sin permiso de esta autoridad. 5.- Que, presente el balance de los bienes con indicación del activo y del pasivo, en el término de ocho días. 6.- Que, se copias certificadas de lo actuado a uno de los señores Agentes Fiscales de Pichincha, para que califique la insolvencia. 7.- Que, como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes comuníquese del particular a los señores Notarios, Registrador de la Propiedad y Registrador Mercantil del cantón Quito provincia de Pichincha, para que se abstengan de celebrar contratos o registrarlos en el ámbito de sus competencias, limitando de algún modo el dominio de los bienes del demandado, 8.- Que, se oficie haciéndole conocer del particular a la Superintendencia de Bancos y Seguros del Ecuador y a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, para que mediante comunicación circular hagan conocer a todas la Instituciones Financieras que se encuentran bajo su regulación y control. 9.- Que, se oficie haciéndoles conocer del particular a las siguientes instituciones públicas: Contraloría General del Estado; Dirección Nacional del Servicio de Rentas Internas(SRI)., Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Ministerio del Interior, Asociación de Municipalidades Ecuatorianas (AME), Superintendencia de Compañías, Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, Consejo Nacional Electoral Agencia Nacional de Tránsito, Fiscalía General del Estado, Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación, Dirección Nacional de Tránsito, Instituto Nacional de Contratación Pública; y, al Ministerio del Trabajo. 10.- Que, en fin, cúmplase con todas y cuantas diligencias necesarias con el fin de proteger los intereses del actor. Cumplidas que sean las diligencias ordenadas, cítese al accionado en la dirección indicada en la demanda, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones, la parte interesada proporcione las copias necesarias. Cúmplase a cabalidad todas las diligencias ordenadas. Citado que sea el demandado podrá oponerse al presente juicio pagando el valor de lo adeudado o dimitiendo bienes equivalentes al crédito en el término legal de tres días.- Agréguense al proceso los documentos presentados.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico designado por el actor. Se exhorta al abogado
Suplemento Especial para circulación en la ciudad de Quito con Diario La Hora.
5
Ecuador, Quito 28 de septiembre de 2017, Diario La Hora patrocinador señale el casillero judicial electrónico del Foro de Abogados, a fin de que reciba las notificaciones electrónicas. Actúa el Dr. Patricio Calderón en calidad de Secretario Encargado, mediante acción de personal No.6887-DP-UPTH-27-08-2015.- CITESE Y NOTIFIQUESE.-f) GRANDA HERRERA PEPE ALONSO, JUEZ ENCARGADO. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MEJIA, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 18 de abril del 2017, las 13h25.... Agréguese al proceso el escrito presentado. Atento el juramento rendido por la parte actora, cítese al demandado PABLO VINICIO BELTRAN VASCONEZ, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación nacional que se edita en esta ciudad de Quito, de conformidad con el Art. 56 numeral 1 del COGEP. NOTIFIQUESE.-f) ABG. DIANA JAZMIN ALBAN SOLANO, JUEZA. DRA. ALBA PALAGUACHI LASSO. SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA REPUBLICA DEL ECUADOR. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL TELÉGRAFO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: TELMO RAUL CASTILLO VINUEZA JUICIO No. 17230-2015-07198 INSOLVENCIA ACTOR: DR. RON TORRES JOSE PATRICIO - EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA. DEMANDADO:
TELMO RAUL CASTILLO VINUEZA
TRAMITE: INSOLVENCIA CUANTIA: INDETERMINADA
PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, sábado 12 de noviembre del 2016, las 09h22. VISTOS: VISTOS: El suscrito DR. JORGE DUARTE, AVOCO conocimiento de la presente causa mediante acción de personal N.- 9145-DP17-2016-MP, en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil del D.M. Q por traslado administrativo dispuesto por la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura y en virtud de resorteo de las causas realizada por Dirección General del Consejo.- Puesto en mi despacho fecha el 11 de noviembre del 2016 por la coordinadora de la unidad el presente expediente y entregado un escrito de fecha 27 de octubre del 2016 las 11h49 por parte del técnico de Archivo. De la revisión de la causa de conformidad con el Art. 1014 del Código de Procedimiento Civil, que señala: “La violación de trámite correspondiente a la naturaleza del asunto o al de la causa que se esté juzgando, anula el proceso; y los juzgados y tribunales declararán la nulidad, de oficio o a petición de parte, siempre que dicha violación hubiese influido o pudiere influir en la decisión de la causa, observando, en lo demás, las reglas...”.El artículo 69 del Código Civil determina: “Presentada la demanda, el juez examinará si reúne los requisitos legales. Si la demanda no reúne los requisitos que se determinan en los artículos precedentes, ordenará que el actor la complete o aclare en el término de tres días; y si no lo hiciere, se abstendrá de tramitarla...” la señora Jueza Jenny Tafur mediante providencia de fecha 6 de mayo del 2015, en la parte pertinente dispone: “... Previamente la actora en el término de tres días y bajo prevenciones del Art. 69 del Código de Procedimiento Civil, documente justificadamente el haber realizado todas las averiguaciones... “. Consta del proceso que el actor dentro del término concedido con fecha 11 de mayo del 2015 las 10H03 completa su demanda, pero la señora Jueza indicada, no calificada la demanda lo que provoca una violación de trámite correspondiente a la naturaleza de la causa, por lo que de oficio se declara la nulidad desde la foja 26 vuelta y siguientes hasta la página 40, a costas de la señora Dra. Jenny Tafur; ya que dicha violación pudiere influir en la decisión de la causa, disponiéndose se reponga el proceso a la presentación del escrito del actor de fecha 11 de mayo del 2015 las 10H03. En virtud de esta nulidad declarada agréguense al proceso el escrito presentado, así como la documentación adjunta. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. De las copias certificadas que se acompañan, se desprende que el demandado señor TELMO RAUL CASTILLO VINUEZA, portador de la cédula de ciudadanía No. 1705077145 se halla comprendido en la situación prescrita en el Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se presume su insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores. En consecuencia, procédase a la ocupación y depósitos de sus bienes, libros, correspondencia y más documentos del fallido, los mismos que se entregarán al síndico del concurso Dr. Roberto Almeida, con quien se contará en la presente causa. Publíquese la formación del concurso en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, oportunamente se señalará día y hora para la junta de acreedores. Que se acumule todos los juicios seguidos en contra del deudor por obligaciones de dar o hacer. Remítase copias necesarias a uno de los señores Fiscales Distritales de Pichincha, para la calificación de la insolvencia. El deudor en el término de ocho días
6
presente el balance de sus bienes en forma legal. Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes, notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del cantón a fin de que se inscriba el presente auto, así como también ofíciese a los siguientes órganos: Contraloría General del Estado, Procuraduría General del Estado, Dirección Nacional de Migración y Extranjería, Servicio de Rentas Internas (S.R.I.), Superintendente de Bancos y Seguros, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Municipio de Distrito Metropolitano de Quito, Notarías del cantón Quito, Registro de la Propiedad del Cantón Quito, Registro Mercantil del cantón Quito, Consejo Nacional Electoral, Director General del Registro Civil, Identificación y Cedulación, Agencia Nacional de Regulación y Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, Ministerio de Relaciones Laborales, Dirección Nacional de Registro de Datos Público, Servicio Nacional de Contratación Pública, sin perjuicio de esta declaratoria, el deudor en el término de tres días de ser legalmente citado, podrá oponerse a la insolvencia, pagando la deuda o dimitiendo bienes saneados y suficientes. Se dispone citar al demandado TELMO RAUL CASTILLO VINUEZA por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en la ciudad de Quito. Previo a la entrega del extracto correspondiente, se dispone que el doctor Jose Patricio Ron Torres comparezca a esta Judicatura, a fin de que se ratifique en el juramento dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil para lo cual se señala para el día 23 de noviembre del 2016 a las 11H30. Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el Jose Patricio Ron Torres. Previa constancia de autos, se dispone el desglose de la documentación solicitada, para lo cual téngase en cuenta la autorización conferida al señor doctor Juan Carlos Cueva. Actúe en la presente causa la AB. MAGALY GUARTÁN en calidad de secretaria de la Unidad Judicial Civil.- NOTIFÍQUESE.-f).- DUARTE ESTÉVEZ WASHINGTON JORGE, JUEZ. Lo que comunico y Cito para los fines de Ley.
Mercantil del cantón Quito provincia de Pichincha, para que se abstengan de celebrar contratos o registrarlos en el ámbito de sus competencias, limitando de algún modo el dominio de los bienes del demandado, 8.Que, se oficie haciéndole conocer del particular a la Superintendencia de Bancos y Seguros del Ecuador y a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaría, para que mediante comunicación circular hagan conocer a todas la Instituciones Financieras que se encuentran bajo su regulación y control. 9.- Que, se oficie haciéndoles conocer del particular a las siguientes instituciones públicas: Contraloría General del Estado; Dirección Nacional del Servicio de Rentas Internas (SRI)., Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Ministerio del Interior, Asociación de Municipalidades Ecuatorianas (AME), Superintendencia de Compañías, Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, Consejo Nacional Electoral, Agencia Nacional de Tránsito, Fiscalía General del Estado, Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación, Dirección Nacional de Tránsito, Instituto Nacional de Contratación Pública; y, al Ministerio del Trabajo. 10.- Que, en fin, cúmplase con todas y cuantas diligencias necesarias con el fin de proteger los intereses del actor. Cumplidas que sean las diligencias ordenadas, cítese al accionado en la dirección indicada en la demanda, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones, la parte interesada proporcione las copias necesarias. Cúmplase a cabalidad todas las diligencias ordenadas. Citado que sea el demandado podrá oponerse al presente juicio pagando el valor de lo adeudado o dimitiendo bienes equivalentes al crédito en el término legal de tres días.Agréguense al proceso los documentos presentados.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico designado por el actor. Se exhorta al abogado patrocinador señale el casillero judicial electrónico del Foro de Abogados, a fin de que reciba las notificaciones electrónicas. Actúa el Dr. Patricio Calderón en calidad de Secretario Encargado, mediante acción de personal No.6887-DP-UPTH-27-08-2015.- CITESE Y NOTIFIQUESE.f) DR. GRANDA HERRERA PEPE ALONSO, JUEZ
ABG. GUARTAN VINTIMILLA GINA MAGALY SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 27 de abril del 2017, las 10h48.- En lo principal atenta la aseveración juramentada del demandante respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia de CORDOVA MUÑOZ ARTURO RAMIRO, de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, cítese con el extracto de la demanda, auto inicial y esta providencia en tres fechas distintas, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad, por Secretaria confiérase el respectivo extracto.- NOTIFIQUESE. f).- SOTO JIMENEZ CARLOS ENRIQUE) JUEZ; .
UNIDAD JUDICIAL CIVIL TELÉGRAFO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: CORDOVA MUÑOZ ARTURO RAMIR Juicio No: 17230-2015-15616 ACTOR: COMPAÑÍA DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A, SOCIEDAD FINANCIERA DEMANDADO.-
CORDOVA MUÑOZ ARTURO RAMIRO
CUANTIA.- INDETERMINADA TRAMITE: ESPECIAL
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 29 de septiembre del 2015, las 15h15.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez Temporal de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, mediante Acción de personal No. 6903-DP-UPTH-27/08/2015. En lo principal, la demanda de presunción de insolvencia que presenta el DR. PATRICIO RON TORRES, en calidad de Procurador Judicial de la COMPAÑÍA DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A, SOCIEDAD FINANCIERA., en contra del señor ARTURO RAMIRO CÓRDOVA MUÑOZ, con cédula de ciudadanía No. 171037344-8, es clara y reúne los requisitos legales por lo que se la acepta al trámite ESPECIAL, previsto en la Sección 4a, parágrafo 3o, artículo 519 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. De las copias certificadas aparejadas al proceso se hace referencia al juicio civil No. 0340-2008, tramitado en el Juzgado Tercero de lo Civil de Pichincha (actualmente Unidad Judicial Civil), se establece que requerido que ha sido el demandado con el mandamiento de ejecución de fecha 23 de abril del año 2014, las 13h50, no ha dado cumplimiento al mismo según consta en la razón sentada por el doctor Washington Torres Suarez, Secretario de la citada judicatura, de fecha 15 de mayo del año 2014, por lo que se presume legalmente su estado de insolvencia y como consecuencia se manda a formar concurso de acreedores y se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1.- Que se ocupen los bienes, correspondencia y demás documentos del fallido que se entregarán al Síndico de concurso Dr. Roberto Almeida, a quien se le nombra en este juicio. 2.- Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, hágase saber al público en general de este particular por medio una publicación del extracto de la demanda y de este auto, en uno de los medios de comunicación escrita de amplia circulación de este cantón. 3.- Que se acumulen todos los juicios en contra de el demandado por obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado. 4.- Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 14 del artículo 66 de la Constitución de la República, en concordancia con lo señalado en el artículo 510 del Código de Procedimiento Civil, se prohíbe al demandado señor ARTURO RAMIRO CÓRDOVA MUÑOZ, con cédula de ciudadanía No. 171037344-8, salir del país, sin permiso de esta autoridad. 5.- Que, presente el balance de los bienes con indicación del activo y del pasivo, en el término de ocho días. 6.- Que, se copias certificadas de lo actuado a uno de los señores Agentes Fiscales de Pichincha, para que califique la insolvencia. 7.- Que, como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes comuníquese del particular a los señores Notarios, Registrador de la Propiedad y Registrador
Suplemento Especial para circulación en la ciudad de Quito con Diario La Hora.
PEREZ SALAZAR PAUL EFRAIN SECRETARIO
REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL SECRETARÍA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO A LA SEÑORA MARIA MONSERRAT FERREIRA SALAZAR Y AL PÚBLICO EN GENERAL LES HAGO SABER LO SIGUIENTE: EXTRACTO: ACTOR: RON TORRES PATRICIO PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A SOCIEDAD FINANCIERA DEMANDADO:
MARIA MONSERRAT FERREIRA SALAZAR
CAUSA: INSOLVENCIA No. 17303-2014-888. JUEZ: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- 21 de octubre del 2014, a las 11h35.VISTOS.- Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez titular de la Judicatura, por Acción de Personal No. 4444-DNP-OQ del 1 de Octubre del 2012.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley; por lo que se la admite al trámite Especial.- De la documentación aparejada por el actor, se presume que María Monserrat Ferreira Salazar portadora de la cédula de ciudadanía No. 1711604692, se halla inmersa en la disposición del numeral 1° del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se declara a lugar el concurso de acreedores.- En consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: La ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos del demandada señora María Monserrat Ferreira Salazar portadora de la cédula de ciudadanía No. 171160469-2, que serán entregados al Síndico de Quiebra doctor Roberto Almeida ( Fono. 0998309929), quien será notificado y posesionado en legal forma.- Que se acumulen todos los juicios seguidos en contra de la demandada, por las obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Acorde a lo previsto en el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, se prohíbe a María Monserrat Ferreira Salazar portadora de la cédula de ciudadanía No. 1711604692 ausentarse del Territorio Nacional, sin la autorización del Juez que conoce ésta causa; para lo cual mediante oficio notifíquese a la Dirección Nacional de Migración y Extranjería.- Por Secretaria ofíciese al señor Fiscal Distrital de Pichincha, a fin de que disponga que uno de los señores Fiscales investiguen el presente estado de Insolvencia del accionado; y, de encontrar suficientes méritos ordene que un Juez de lo Penal califique el estado de Insolvencia, para esto adjúntese copias certificadas de todo lo
Ecuador, Quito 28 de septiembre de 2017, Diario La Hora actuado.- La demandada María Monserrat Ferreira Salazar portadora de la cédula de ciudadanía No. 171160469-2, queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, debiéndose comunicar este particular al señor Contralor General del Estado, Director Nacional de Migración y Extranjería, Superintendente de Bancos, a fin de que haga conocer de éste particular a las Instituciones del Sistema Financiero, Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón Quito, Superintendente de Compañías, Cámaras de Comercio y de la Producción; y, Agencia Nacional de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial; para que se abstengan de celebrar contratos o registrarlos en sus casos, limitando de algún modo el dominio de los bienes de la accionada.- Hágase conocer al público en general un extracto de la demanda y el presente Auto de calificación mediante publicación en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad.- Cítese en persona a María Monserrat Ferreira Salazar portadora de la cédula de ciudadanía No. 171160469-2, en la dirección que se indica; para el efecto remítase las boletas correspondientes a la Sala de Citaciones de ésta ciudad de Quito.- La demandada María Monserrat Ferreira Salazar portadora de la cédula de ciudadanía No. 171160469-2, podrá oponerse al presente juicio pagando lo señalado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, en el término de tres días luego de ser citado.- NotifíqueseCITESE Y NOTIFIQUESE.- f)Ab. Santiago Altamirano. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, 24 de marzo del 2017, a las 09h44. VISTOS: En lo principal una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en providencia de 9 de marzo del 2017, las 09h27, una vez que ha declarado bajo juramento la parte actora respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia de la demandada, se dispone cítese con el extracto a la demandada señora MARIA MONSERRAT FERREIRA SALAZAR, con el auto inicial y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, que se editan en esta ciudad, por Secretaria confiérase el respectivo extracto.- Actúe como Secretaria de esta Unidad, la Ab Andrea Maldonado mediante Acción de Personal No. 3627-DP-17-2016-MP de fecha 23 de mayo del 2016. NOTIFÍQUESE. f) Dr. Richard Chinde Chamorro. Lo que cito para los fines de Ley. AB. ANDREA MALDONADO SECRETARIA JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: HOLGER ALFREDO MONCAYO JARRIN ACTOR: DINERS CLUB DEL ECUADOR DEMANDADO:
HOLGER ALFREDO MONCAYO JARRIN
JUICIO NUMERO 17325-2012-1377 JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 7 de marzo del 2012, las 14h28. VISTOS.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la admite al trámite Especial.- De la documentación aparejada por el actor, se desprende que el señor Holger Alfredo Moncayo Jarrin portador de la cédula de ciudadanía número 0501211031 se halla inmerso en la disposición del numeral 1° del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se declara a lugar el concurso de acreedores.- En consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: La ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos del demandado Holger Alfredo Moncayo Jarrin, que serán entregados al Síndico de Quiebra Dr. Jorge Macas, quien será notificado y posesionado en legal forma.- Que se acumule todos los juicios seguidos en contra del demandado Holger Alfredo Moncayo Jarrin, por las obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Se prohíbe al demandado Holger Alfredo Moncayo Jarrin, ausentarse del lugar del juicio, sin la autorización del Juez que conoce la causa.- Que el demandado presente el balance de sus bienes, con la indicación del activo y pasivo, en el término de ocho días.- Por Secretaria ofíciese al señor Ministro Fiscal de Pichincha, a fin de que disponga que uno de los señores Fiscales investiguen el presente estado de Insolvencia del demandado Holger Alfredo Moncayo Jarrin portador de la cédula de ciudadanía numero 0501211031; y, de encontrar suficientes méritos ordene que un Juez de lo Penal califique el estado de Insolvencia, para esto adjúntese copias certificadas de todo lo actuado.- El demandado Holger Alfredo Moncayo Jarrin, queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, debiéndose comunicar este particular al señor Contralor General del Estado, Director Nacional de Migración y Extranjería, Superintendente de Bancos, a fin de que haga conocer de éste particular a las Instituciones del Sistema Financiero, Notarías, Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón, Superintendente de Compañías, Cámaras de Comercio y de la Producción, Presidente del Consejo Nacional Electoral; Agencia Nacional de Tránsito, para que se abstengan de celebrar contratos o registrarlos en sus casos, limitando de algún modo el dominio de los bienes del demandado Holger Alfredo Moncayo Jarrin portador de la cédula de ciudadanía numero 0501211031.- Hágase conocer al público en general un extracto de la demanda y el presente Auto de calificación mediante publicación en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad.- Cítese al demandado Holger Alfredo Moncayo Jarrin en la dirección que se indica, para tal efecto envíese el suficiente despacho a la Oficina de Citaciones. El demandado señor Holger Alfredo Moncayo Jarrin, podrá oponerse al presente juicio pagando lo señalado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, en el término de tres días luego de citada.- Agréguese a los autos
la documentación adjunta; tómese nota del casillero judicial señalado por el actor para recibir sus notificaciones que le correspondan, así como la designación de su abogado defensor.- CITESE Y NOTIFIQUESE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 10 de abril del 2017 las 12h33.VOCO conocimiento de la presente causa.- Dra. Myriam Chalán Guamán, en calidad de Jueza encargada de este despacho, mediante acción de personal No 2369-DP172017-MP 13/03/2017.- Agréguese al proceso el escrito presentado.- En mérito del juramento rendido por el actor que obra a fojas 35 del proceso, sobre la imposibilidad de determinar la residencia del demandado, se dispone, cítese con el contenido de la demanda, auto inicial y presente providencia al demandado señor HOLGER ALFREDO MONCAYO JARRIN, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP.- para lo cual confiérase el extracto correspondiente.- Notifíquese.Lo que comunico a usted para los respectivos fines de ley, previniéndoles la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. DRA. RITA SALAZAR SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
de diciembre del 2016, las 14h33.-VISTOS.-Por licencia de la señora jueza de este Juzgado avoco conocimiento en calidad de jueza legalmente encargada, mediante acción de personal No. 9934-DP17-2016-MG. Agréguese a los autos el escrito que antecede. En mérito del juramento rendido por el accionante, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE al demandado señor DIEGO RAMIRO NARANJO MAYA por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de mayor circulación nacional que se editan en esta ciudad de Quito. Para el efecto confiérase el extracto correspondiente.- Cítese y Notifíquese.Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley, previniéndoles la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. CERTIFICO AB. ELIZABETH CHECA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL
EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: DIEGO RAMIRO NARAJO MAYA ACTOR: JOSE PATRICIO RON TORRES, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA DEMANDADO:
DIEGO RAMIRO NARANJO MAYA
JUICIO: No 17310-2012-1056 TIPO: ESPECIAL-INSOLVENCIA FUNDAMENTO LEGAL: Art. 507 y 519 del Código de Procedimiento Civil OBJETO: PAGO DE VALORES ADEUDADOS CUANTIA: INDETERMINADA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE PICHINCHA.- Quito, 27 de agosto del 2012, las 08h50.- VISTOS: La competencia de esta causa, se ha radicado en esta Judicatura mediante el sorteo respectivo, por lo tanto, avoco conocimiento de la misma.- En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley.- De las copias certificadas que se acompañan, se desprende que el señor DIEGO RAMIRO NARANJO MAYA, fue requerido con el Mandamiento de Ejecución en el Juicio Verbal Sumario, seguido en su contra, no ha pagado la deuda, ni ha dimitido bienes equivalentes y por lo mismo, atento a lo previsto por el Art.519 del Código de Procedimiento Civil, se presume la insolvencia del señor DIEGO RAMIRO NARANJO MAYA, contra quien se dirige la presente acción, en consecuencia de tal presunción, se declara lugar el concurso de acreedores que, se manda a formar.- Procédase a la ocupación y depósito de sus bienes, libros, correspondencia y más documentos, los cuales se entregarán al Síndico Dr. Nelson Quirola, a quien se le designa para el efecto, a quien se entregará la ocupación de los bienes indicados, previas las formalidades de Ley.- Ofíciese en legal y debida forma, a los señores Jueces de lo Civil de Pichincha, para la acumulación de causas seguidas en contra de la deudora, por obligaciones de dar, de hacer, a excepción de las hipotecarias, si sus dueños prefieren hacer valer sus derechos por cuerdas separadas. Hágase saber a uno de los señores Jueces de lo Penal de Pichincha, a fin de que califique la insolvencia del señor DIEGO RAMIRO NARANJO MAYA.- Publíquese el extracto de la demanda y de este auto, por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación y que se editan en esta ciudad de Quito.- Ofíciese a los señores Jueces de lo Penal, a los señores Gerentes de los Bancos de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Cheques. Notifíquese a los señores: Notarios del Cantón y Registrador de la Propiedad, a fin de que no otorguen ni inscriban ninguna Escritura en la que intervenga la demandada. Hágase saber a los señores: Directores de Seguridad, de Migración, de Extranjería, para los fines legales pertinentes, al señor Contralor General de la Nación, para que surtan los efectos de Ley.- Inscríbase la presente insolvencia, en el Registro de la Propiedad y Registro Mercantil del cantón Quito. Concédase al deudor el término de ocho días, para que presente el activo y pasivo, caso de no hacerlo, se ordenará la formación de dicho inventario por medio del Síndico del Concurso. Así mismo, se le concede el término de tres días, a fin de que pague la deuda o dimita bienes equivalentes dentro del mismo término, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 521 del mismo Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, CÍTESE al demandado señor DIEGO RAMIRO NARANJO MAYA, en el lugar que se indica en la demanda.- Agréguese la documentación acompañada. Téngase en cuenta el domicilio judicial señalado.- Actúe la Ab. Fany Esperanza Jumbo Gómez en calidad de Secretaria mediante acción de personal No. 2332DNP de fecha 4 de junio del 2012.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE PICHINCHA.- Quito, martes 20
CITACIÓN JUDICIAL A: FELIPE FERNANDO OBANDO LÓPEZ ACTOR: DINERS CLUB DEL ECUADOR DEMANDADO:
FELIPE FERNANDO OBANDO LOPEZ
CAUSA:No. 17301-2011-0915 CASILLA JUDICIAL 797 JUICIO: ESPECIAL-INSOLVENCIA CUANTIA: INDETERMINADA
OBJETO: SE SIRVA DECLARAR QUE HAY LUGAR AL CONCURSO DE ACREEDORES Y ORDENAR TODAS LAS MEDIDAS EXIGIDAS POR LA NORMA LEGAL MENCIONADA JUEZA PONENTE: IRINA MIROSLAVA CHÁVEZ COELLO JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 25 de julio del 2011, las 08h35, VISTOS: VISTOS: La demanda de insolvencia presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos legales, en consecuencia se la admite a trámite especial.- En mérito a la documentación adjunta, debidamente certificada por el funcionario competente y con fundamento en el Art. 519 numeral primero del Código de Procedimiento Civil se presume la insolvencia de FELIPE FERNANDO OBANDO LÓPEZ al no haber dado cumplimiento al mandato de ejecución emitido por el Juzgado Sexto de lo Civil de Pichincha por la cantidad de (USD. $ 16.505,64) DIECISÉIS MIL QUINIENTOS CINCO DOLARES CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS.- En consecuencia se declara haber lugar al concurso de acreedores y se dispone la práctica de las siguientes diligencias: Que se acumulen sus bienes, correspondencia y más documentos del fallido y se entreguen al sindico del concurso Dr. Roberto Almeida, quién tomará posesión del cargo el dia 31 de agosto del 2011, a las 11h00; Hágase saber al público de este particular por medio de una publicación en la prensa, que contenga un extracto de la demanda y presente providencia; Que se acumulen todos los juicios seguidos en contra del demandado, por obligación de dar o hacer, pudiendo sus acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado; Se ordena que se presente el balance de sus bienes con indicación del activo y del pasivo en el término de ocho días.- Remítase fotocopias certificadas de todo lo actuado a uno de los señores Agentes Fiscal de lo Penal de Pichincha para la calificación de la insolvencia.- Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes remítase sendos oficios a los señores: Presidente del Consejo Nacional Electoral, Superintendente de Bancos, Contraloria General del Estado, Registrador de la Propiedad del Cantón Quito, Director de la Policía Técnica Judicial y Director Nacional de Migración.- Al tenor del Art. 522 del Código Adjetivo Civil, el demandado se puede oponer al presente juicio pagando el valor adeudado o dimitiendo bienes saneados y suficientes en el término de tres días.- CÍTESE al demandado FELIPE FERNANDO OBANDO LÓPEZ en la dirección consignada.- Inscríbase el auto en los Registros de la Propiedad y Mercantil de este cantón Quito.NOTIFIQUESE.-f). Dr. Alfredo Grijalva Muñoz. Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, sábado 12 de noviembre del 2016, las 11h48. Agréguese al proceso el escrito presentado.- Cumplido que ha sido lo ordenado en providencia de fecha 6 de octubre del 2016, y en virtud del juramento rendido por el actor cítese al demandado señor FELIPE FERNANDO OBANDO LOPEZ, de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- NOTIFIQUESE.-f. Chávez Coello Irina Miroslava. Jueza. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.AB. FERNANDA OVIEDO ORTEGA SECRETARIA ENCARGADA
Suplemento Especial para circulación en la ciudad de Quito con Diario La Hora.
7
Ecuador, Quito 28 de septiembre de 2017, Diario La Hora EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: DORIS AMPARO QUISTIAL CHABLA AL PUBLICO EN GENERAL, HÁGASE CONOCER LO SIGUIENTE: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA ACTOR: DR. RON TORRES JOSE PATRICIO – PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA DEMANDADO:
DORIS AMPARO QUISTIAL CHABLA
JUICIO No: 17230-2015-07200 CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: ESPECIAL (INSOLVENCIA) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla Nol936 JUEZ: AB. RICARDO AUGUSTO VELASTEGUI ENDARA SECRETARIO (E): AB. SEGUNDO VERNAZA VIZCARRA AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, lunes 13 de julio del 2015, las 11h55.- VISTOS: En virtud del sorteo que antecede, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular legalmente posesionada.- El escrito presentado, agréguese al proceso.En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la acepta a trámite ESPECIAL.- De las copias certificadas adjuntas se desprende que la señora DORIS AMPARO QUISTIAL CHABLA, portadora de la cédula de ciudadanía No. 1713116950 se halla comprendida en la situación prevista en el artículo 519, numeral 1ro. del Código de Procedimiento Civil, por lo cual se presume su insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores, en consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: Que se ocupen los bienes, correspondencia y demás documentos de la fallida que se entregarán al síndico de concurso DR. ROBERTO ALMEIDA LLERENA (0998309929), a quien se le nombra en este juicio; hágase conocer al público en general de este particular por medio de la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto, confiérase el extracto correspondiente; que se acumulen todos los juicios en contra de la demandada por obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado; prohíbase a la demandada ausentarse del territorio nacional, para el efecto ofíciese a la Gerencia Del Proyecto De Fortalecimiento Institucional De Las Unidades De Control Migratorio; se ordena que presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo, en el término de ocho días; Remítase las copias necesarias a la Fiscalía de Pichincha, para las indagaciones previa a la calificación de insolvencia por uno de los señores Jueces de lo Penal de Pichincha; como la fallida queda en interdicción de administrar sus bienes comuníquese del particular al señor Registrador de la Propiedad del cantón, Registrador Mercantil, Superintendencia de Bancos y Compañías, Agencia Nacional de Tránsito, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social “IESS”, Consejo Nacional Electoral, Contraloría General del Estado, Director General del Registro Civil, Identificación y Cedulación, Director Provincial de Pichincha del Consejo Nacional de la Judicatura, Presidente del Colegio de Notarios de Pichincha, para el efecto remítanse los oficios correspondientes; cúmplase en fin con todas las diligencias necesarias para esta clase de juicios.- Podrá sin embargo la demandada oponerse al presente juicio pagando el valor adeudado o dimitiendo bienes equivalentes al mandamiento de ejecución en el término de tres días.- Cítese a la demandada en el lugar que se indica, mediante atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil de la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, con asiento en la ciudad de Santo Domingo.- Téngase en cuenta el casillero y correo judicial designados por la parte actora para futuras notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogado patrocinador dentro de la presente causa.- Agréguese la documentación presentada.- Actúe como Secretaria de esta Unidad Judicial Civil la Dra. María Isabel Solano Camacho, mediante Acción de Personal No 3954-DP-UPTH de fecha 27 de mayo del 2015.- NOTIFIQUESE.- f) DRA. CARMEN ROMERO RAMIREZ -JUEZA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, lunes 21 de noviembre del 2016, las 08h25.- VISTOS.- Por cuanto el actor ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior, y atento al juramento rendido por el actor señor Dr. José Patricio Ron Torres, en su calidad de procurador judicial de Diners Club del Ecuador S.A. Sociedad Financiera, escritura aparejada a los autos; y, de conformidad con lo que dispone el inciso segundo del numeral 2° del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada DORIS AMPARO QUISTIAL CHABLA, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito; por Secretaría confiérase el extracto respectivo conforme lo preceptúa el N° 1 del Art. 56 Ibídem.- NOTIFIQUESE.-f) AB. RICARDO AUGUSTO VELASTEGUI ENDARA -JUEZ Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.Para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley Lo que comunico al Público en General, para los fines de ley. AB. SEGUNDO VERNAZA VIZCARRA SECRETARIO (E)
8
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL A: FRANCISCO XAVIER TINAJERO HERRERA ACTOR: DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A SOCIEDAD FINANCIERA DEMANDADO:
FRANCISCO XAVIER TINAJERO HERRERA
JUICIO: PRESUNCION DE INSOLVENCIA CAUSA NRO: 17230-2016-06973 CASILLA JUDICIAL.- 1936
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. VISTOS: Por haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el decreto anterior. En lo principal la demanda de presunción de insolvencia que presenta el señor DR. JOSÉ PATRICIO RON TORRES en calidad de Procurador Judicial de DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A., SOCIEDAD FINANCIERA, en contra del señor FRANCISCO XAVIER TINAJERO HERRERA, portador de la cédula de ciudadanía No. 1713719381, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite por la vía especial, prevista en el parágrafo 3ro, Sección 3ra, Arts. 519 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Como de las copias certificadas adjuntas referentes al juicio Ordinario No. 2009-1602, seguido en el Juzgado Quinto de lo Civil de Pichincha ( Hoy Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito), se establece que requerido que ha sido el demandado con el mandamiento de ejecución de 30 de septiembre del 2013, las 10h40, no ha dado cumplimiento al mismo según la razón sentada por el Secretario de la judicatura el 18 de octubre del 2013, por lo que se presume legalmente su estado de presunta insolvencia y como consecuencia se ordena que hay lugar al concurso de acreedores, por tanto: Ordenase (1).- Cítese a la demandado FRANCISCO XAVIER TINAJERO HERRERA, portador de la cédula de ciudadanía No. 1713719381, para que en el término de tres días se oponga pagando la deuda o dimitiendo bienes equivalentes; Para el efecto cítese al demandado en el lugar indicado, para lo cual la compareciente proporcione copias para las boletas de citación respectivas; (2).- Que se proceda a la ocupación y depósito de todos los bienes, libros, correspondencia y demás documentos del demandado, para este fin cuéntese con la intervención del síndico del concurso Dr. Roberto Almeida, a quien se lo nombra en este caso, cuya posesión se ordenara posteriormente; (3).- Que se haga saber al público en general de esta presunción de estado de insolvencia del nombrado demandado a fin de que todos sus acreedores comparezcan a este juicio portando sus documentos de crédito y hagan valer sus derechos; (4).- Se ordena la acumulación de todos los juicios seguidos en contra de FRANCISCO XAVIER TINAJERO HERRERA, portador de la cédula de ciudadanía No. 1713719381, por obligación de dar o hacer para este fin ofíciese a todos y cada uno de los Jueces de la Unidad Civil, con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, de Trabajo, de Inquilinato, de Transito y Fiscal de este Cantón; (5).- Por secretaria ofíciese al Fiscal Distrital de Pichincha a fin de que unos de sus agentes investigue el estado de presunta insolvencia del demandado y de encontrar méritos remita al Juez Penal y este califique si la presunción de insolvencia es fortuita, culpable o fraudulenta; (6).- Se ordena que el accionado no se ausente del lugar del juicio, es decir, del Cantón Quito, sin permiso del suscrito Juez; (7).- Como la demandada queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes hágase conocer de este particular a todos los notarios de este Cantón, Registradores de la Propiedad y Mercantil de este Cantón; a los jefes de la Central de Riegos tanto de la Superintendencia de Bancos y de Compañías; Contraloría General del Estado, Procurador General del Estado, Gerente del Banco Central del Ecuador, Director Nacional del Registro Civil, Comisión Nacional del Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Servicio de Rentas Internas y Presidente del Consejo Nacional Electoral; (8).Ofíciese al Dirección Nacional de Migración, a fin de que prohíba la salida del país del presunto insolvente FRANCISCO XAVIER TINAJERO HERRERA, portador de la cédula de ciudadanía No. 1713719381; y, (9).finalmente se ordena que la demandada en el término de 8 días luego de su citación presente el balance de sus bienes con expresión del activo y del pasivo. Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese al demandante en la casilla judicial No. 1936.-Notifíquese.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. VISTOS: Agréguense al proceso los escritos que anteceden. Atento lo manifestado por la parte actora en su escrito de fecha 23 de noviembre del 2016, a las 11h50’, se niega lo solicitado por cuanto de la revisión del proceso se desprende que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha 14 de noviembre del 2016, a las 11h01’. Toda vez que la parte actora rendido juramento de conformidad con lo que establece el Art. 56, numeral 2 párrafo segundo del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se cite al demandado señor FRANCISCO XAVIER TINAJERO HERRERA, en unos de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito. Para lo cual confiérase el respectivo extracto.-NOTIFIQUESE Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones. AB. HARALDO SEGUNDO ROMERO BARBOTO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
Suplemento Especial para circulación en la ciudad de Quito con Diario La Hora.
EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: WILSON WILFRIDO TUFIÑO VILAÑA AL PUBLICO EN GENERAL, HÁGASE CONOCER LO SIGUIENTE: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA ACTOR: DR. RON TORRES JOSE PATRICIO - PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADO:
WILSON WILFRIDO TUFIÑO VILAÑA
JUICIO No: 17230-2015-13993 CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: ESPECIAL (INSOLVENCIA) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No. 1936 JUEZ: AB. RICARDO VELASTEGUI ENDARA SECRETARIO: DR. JOSE VALENCIA ARIAS AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, jueves 3 de septiembre del 2015, las 08h45.- Vistos: La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, como de las piezas procesales que se acompañan, aparece que el demandado WILSON WILFRIDO TUFIÑO VILAÑA, se encuentra comprendido en los Arts. 507, 509 y 519 del Código de Procedimiento Civil; se declara con lugar al concurso de Acreedores.- En lo principal, se ordena la ocupación y depósito de sus libros, correspondencia y demás documentos, los cuales entregarán al Síndico de Quiebras señor Dr. Arnaldo Fiallos Núñez, a quien se le nombra como tal en este juicio.- La formación del concurso antes mencionado, publíquese en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en el país.- Se señalará día y hora, a fin de que tenga lugar la primera junta de acreedores.- Se acumularán todos los juicios en contra del deudor, por obligaciones de Dar o Hacer, pudiendo los acreedores hipotecarlos hacer valer sus derechos por separado, si así lo prefieren.- Remítase a uno de los señores Jueces de lo Penal, las copias necesarias de esta providencia en orden a la calificación de la insolvencia.- Ordenase que se presente el balance de sus bienes, con la expresión del activo y pasivo en el término de ocho días.- Como la demandada WILSON WILFRIDO TUFIÑO VILAÑA, queda de hecho en interdicción con este auto, notifíquese a los señores: Registrador de la Propiedad del Cantón Quito, Director Nacional de Migración, Registrador Mercantil del Cantón Quito, Superintendente de Bancos y Seguros, Contralor General del Estado, Procurador General del Estado, Director General del Registro Civil, Identificación y Cedulación, Superintendente de Compañías, Presidente del Consejo Nacional Electoral, Director Nacional de la Agencia Nacional de Transito, Instituto Nacional de Contratación Pública, Servicio de Rentas Internas, Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Servicio Público, Ministerio de Relaciones Laborales, Director del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Notarios.- El deudor podrá oponerse a la insolvencia, pagando el valor adeudado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, en el término de tres días de citada.- Agréguese al proceso la documentación presentada.- Cítese al demandado WILSON WILFRIDO TUFIÑO VILAÑA, en el lugar que se indica.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el actor. NOTIFIQUESE.- f) DR. EDWIN ARMANDO ACELDO GUALLI –JUEZ PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, jueves 26 de enero del 2017, las 08h15.- VISTOS.- Agréguese al proceso el escrito que antecede.Atento lo solicitado y por cuanto el actor ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior y atento al juramento rendido por el actor señor Dr. José Patricio Ron Torres, Procurador Judicial de Diners Club del Ecuador S.A.; y, de conformidad con lo que dispone el inciso segundo del numeral 2° del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la parte demandada TUFIÑO VILAÑA WILSON WILFRIDO, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito; por Secretaría confiérase el extracto correspondiente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1° Ibídem, previas las formalidades legales.NOTIFIQUESE.-f) AB. RICARDO VELASTEGUI ENDARA-JUEZ Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.Para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley Lo que comunico al Público en General, para los fines de ley. DR. JOSE VALENCIA ARIAS SECRETARIO