50c incl. IVA
Quito, Ecuador
MIÉRCOLES 02 DE SEPTIEMBRE DE 2019
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REFORMAS ECONÓMICAS
2.000 millones más al Fisco
Se eliminan los subsidios a la extra y al diésel. No habrá incremento del IVA. La espera terminó. Luego de varios días de especulaciones y rumores, el presidente, Lenín Moreno, anunció ayer su propuesta de reforma económica. Lo hizo a través de una cadena nacional. Entre los temas más sensi-
bles: no se incrementará el valor del IVA, se retirará el subsidio a la gasolina extra y al diésel, se elimina el impuesto a la importación de tecnología, también el anticipo del Impuesto a la Renta. En total, el Gobierno aspira a
recaudar, con estas decisiones, unos 2.000 millones adicionales al año. De esos, 1.400 se obtendrán de la supresión de los subsidios a los combustibles y no necesitan debate en la Asamblea, sino un simple decreto ejecutivo.
Los 600 restantes sí deberán pasar por el Legislativo. La presentación de Moreno estuvo dividida en tres grandes grupos: reforma tributaria, reforma laboral y algunas imposiciones de austeridad Estatal.
Al final, Moreno dijo que estas eran medidas postergadas durante mucho tiempo y que buscan corregir muchos puntos de la economía nacional. Página B1
MATERIA TRIBUTARIA El IVA se mantiene en el 12%. • Reducción y simplificación del Impuesto a la Renta Único al Banano.
• Bajar el impuesto a vehículos de menos de 32.000 dólares.
• Se elimina el subsidio a la gasolina extra y al diésel.
• Eliminación del anticipo al Impuesto a la Renta.
• 1.000 millones en créditos hipotecarios al 4,99% para el plan Casa para Todos.
• Empresas con ingresos de más de 10 millones al año pagarán por tres años una contribución que dará un valor total de 300 millones.
• Bajar a la mitad el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) para productos que constan en el listado del Comité de Política Tributaria.
• Suprimir impuestos a la importación de tecnología: celulares, computadoras, tabletas…
MATERIA LABORAL
AUSTERIDAD ESTATAL • Contratos ocasionales en el sector público se renovarán con 20% menos de remuneración.
• Nuevas modalidades de contrato para quienes inician un emprendimiento. • Nuevo contrato de remplazo por maternidad y paternidad.
• Empleados públicos tendrán 15 días de vacaciones al año, y no 30, con excepción de la fuerza pública y prestadores de servicios sociales.
• Facilidades para el teletrabajo.
• Trabajadores de empresas públicas aportarán con un día de salario al mes.
• Nueva jubilación patronal, en la que el empleador paga 2% adicional.
CIUDAD
Cada vez hay más casas en periferias
Unos 757 proyectos habitacionales aprobados por el Municipio se asientan en el extremo sur de la capital. Quitumbe es el área de mayor crecimiento inmobiliario. Además, prevalece una tendencia de expansión hacia las periferias. Página A3
CIUDAD
4,5 millones por multas de tránsito
Los mal estacionados, los ‘aceleraditos’ y los ‘vivos’ que quieren evadir el ‘Hoy no circula’ están aportando con un promedio de 4,5 millones mensuales a las arcas municipales por el cobro de multas de tránsito, según el director de la AMT. Página A3
• Contratos con periodo determinado.
PERÚ
Apoyo popular a Vizcarra Página B6
PRIMERA SUERTE
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MIÉRCOLES 02 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR
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2.114 empresas privadas se han enchufado al teletrabajo Hay más de una modalidad para trabajar desde casa. La clave es la organización.
El anhelo de trabajar con hora- Cambio de paradigma rios flexibles y recibir todos los María José Rodríguez, directora beneficios de Ley es posible con general para Ecuador y Bolivia el teletrabajo, que está presente de Rodríguez & Baudoin, aseguen 2114 empresas privadas del ra que ella y su socia apostaron país. por el teletrabajo, debido a las Con esta modalidad, el traba- responsabilidades que conlleva jador no tiene que acudir a las la maternidad. instalaciones de la empre“De inicio fue difícil. En sa, únicamente necesita TOME NOTA el caso de Bolivia se debe un computador o un celudemostrar la relación lalar y acceso a Internet. boral ante las autoridades. ofertas de Según el último corte Las En Ecuador, poco a poco, esta modalidad del Ministerio del Traba- se encuentran lo instauramos como un ‘home offijo, las empresas que más como ce’ o teletrabajo. derecho dentro de la emse han enchufado con presa. Actualmente no esta forma de trabajo son hay ningún inconveniente las de comunicación, comercio en trabajar un día o dos fuera de y servicios administrativos. oficina para estar con los hijos”. En el sector público también La titular de Rodríguez & Bauhay nueve empresas que han doin asegura que es importante implementado esta modalidad, dejar de lado el paradigma de que entre ellas la Corporación Na- si no se observa al trabajador en el cional de Telecomunicaciones escritorio significa que no está tra(CNT), Petroecuador, Corpo- bajando y que es importante romración Eléctrica del Ecuador, per las barreras de la distancia. Petroamazonas, Correos del “Actualmente tenemos múltiples Ecuador y la Empresa Pública plataformas para poder trabajar del Agua. desde donde tú te encuentres. Lo
AGENDA
FERIA
TIEMPO. La organización es importante para un correcto desempeño laboral.
Regulación Las normas
En el acuerdo ministerial No. MDT-2016°190 se encuentran las normas que regulan
Durante los dos días se desarrollará una feria de adopciones, charlas médicas, tips de crianza, shows de perros, concursos y más. Fecha: hoy y mañana Hora: de 09:00 a 17:00 Lugar: Universidad San Francisco de Quito Valor: Entrada libre
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el teletrabajo en el país.
Esta modalidad puede ser parcial o permanente. teletrabajo parcial es cuando la labor °seElrealiza fuera de las instalaciones de empleador hasta un máximo de 24 horas.
° La forma permanente se cumple cuando las actividades laborales siempre se realizan fuera y el empleador acude únicamente si es necesario. ° La aplicación de esta forma de prestación de servicios es voluntaria y para su implementación debe existir un acuerdo por escrito entre las partes. Esto debe constar en un contrato de trabajo. ° Las personas que trabajan desde casa gozan de los mismos derechos y tendrán las mismas obligaciones que quienes lo hacen en las instalaciones donde la parte empleadora realiza sus actividades.
importante es motivar al trabajador y confiar en él para que desarrolle un trabajo eficaz”, dijo. El ministro de Trabajo, Andrés Madero, coincide en que esta modalidad es una nueva forma de aprovechar la tecnología y sus beneficios ya que permite conjugar de mejor manera la vida laboral y personal de los colaboradores. “Estamos contentos de la gran acogida por parte de las instituciones y empresas del país”. Experiencias
Nathaly Ramírez, de 34 años, vive
INAUGURACIÓN
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en San Antonio de Pichincha y se Pueblo. Él cuenta que empezó especializó en Contabilidad y Au- como pasante en una empresa ditoría. Trabajó en el área conta- transnacional en la que se desble de varias empresas, pero esa empeña hasta la actualidad. Tuvo un puesto de oficilabor era muy absorbente na, pero actualmente da y el sueldo era bajo. “A raíz EL DATO soporte tecnológico desde que fui mamá ya no me de su casa. “Ahora inigustaba ir a trabajar. En la última empresa mi hora- El teletrabajo se cio mis actividades a las reguló en 09:00 y, dependiendo el rio era de lunes a lunes de Ecuador en día, termino a las 18:00. 08:00 a 22:00. Estabafísi- 2016. Hay ocasiones en las que ca y emocionalmente destengo que levantarme a gastada”. Ahora trabaja desde su casa las 02:00 o 03:00 porque me y pasa más tiempo con su hija llaman por problemas desde de 5 años. Jonathan Yánez tie- otros países y como sea tengo ne 28 años y vive el Comité del que resolver”. (MLY)
CINE
INSPIRACINE
Es un proyecto de distribución de cine independiente infantil y juvenil, que trata de exhibir películas latinoamericanas fuera del circuito comercial para público de todas las edades. Fecha: sábado Hora: 11:00 Lugar: Cinemateca Nacional del Ecuador Ulises Estrella Valor: $ 2
CIUDAD
Contaminación de microplásticos en el Antisana bajo estudio
metros sobre el nivel del mar. El objetivo es conocer el posible efecto que el microplástico existente en los glaciares puede tener sobre los ecosistemas. Este es uno de los 10 proyectos que Ikiam desarrolla con financiamiento de la Cooperación Española y de la Unión Europea. (CM)
Docentes y estudiantes de la Universidad Ikiam realizarán un estudio de contaminación de microplásticos en el volcán Antinsana, ubicado en Pichincha y Napo. En el estudio se evaluará la abundancia, la distribución y la composición microplástica presente en el glaciar, en alturas de 5.200, 5.300 y 5.500
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Nuevas construcciones siguen proyectándose a las periferias Unos 757 proyectos habitacionales aprobados se asientan en el extremo sur. Quitumbe es el área de mayor crecimiento inmobiliario de la ciudad. Esto se confirma al revisar las estadísticas de aprobación de proyectos de construcción de la ciudad. En las cifras, además, se evidencia que prevalece una tendencia de expansión hacia las periferias y que las construcciones verticales del hipercentro se destinan más a edificios de oficinas y servicios. Desde 2018 hasta lo que va de este año, el Municipio avaló la ejecución de 2.396 obras arquitectónicas, de las cuales 757 se ubicaron en Quitumbe, en el extremo sur de la ciudad. Otras zonas en las que se registra una gran presión inmobiliaria son el Valle de Los Chillos, en suroriente; La Delicia y Calderón, en el extremo norte y Tumbaco, en el nororiente (ver gráfico).
Proyectos inmobiliarios en Quito OBRAS. En torno a la Plataforma Gubernamental del Norte, se observan nuevas construcciones.
Calderón Norte Norcentral
Noroccidente
1
Precios por metro cuadrado
271
284
1
Construcciones Cumbayá: $2.997 Hipercentro: $2.102 Quitumbe: $463 Calderón: $699
334 La Delicia
Centro 102
FUENTE: Portales inmobiliarios
84
Eloy Alfaro 196
Aeropuerto
250 Tumbaco
Quitumbe
757
373 Chillos
Análisis
A criterio del investigador del Instituto de Posgrado de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Central, estas estadísticas confirman los estudios urbanos realizados por la entidad que señalan que en el hipercentro de la ciudad se concentra edificaciones laborales y de servicios y que prevalece una tendencia de crecimiento de vivienda hacia las periferias. “La ciudad se sigue expandiendo, la vivienda se está yen-
do a los extremos del Distrito y no se está concentrando en el centro norte, donde hay muchas actividades laborales, pero poca población”, comenta el experto, quien advierte que esta expansión debe pararse con “reglas y límites claros”. Impacto ambiental
La presión inmobiliaria en las periferias provocará la pérdida
de biodiversidad autóctona y de secas de Tumbaco. En el sur, en cambio, la exlos ecosistemas naturales en casi pansión de la ciudad ha toda la ciudad”, comenta significado la destrucción la exsecretaria del AmEL DATO de humedales originales, biente, Verónica Arias. donde ahora se asientan La experta puntualiza casos concretos de En lo que va de una gran cantidad de viya se ha viendas: “Se han remplaproyectos por lo que se 2019 aprobado un 62% de proyec- zado humedales por un continúan perdiendo retos inmobiliarios manentes de algarrobos, en comparación concreto que impide que que permiten mantener el al año anterior se permee las aguas de lluvia, convirtiendo así a frágil equilibrio en zonas
Problemas en el hipercentro °
La tendencia de construir más edificios de oficinas y servicios en el hipercentro tiene consecuencias positivas y negativas para los 450 habitantes de cuatro torres de departamentos ubicadas en el costado norte del parque La Carolina. Digna Ávila, administradora de estos condominios comenta que lo beneficioso es que se ha revalorizado la propiedad y hay más servicios en el día. Lo negativo es la inseguridad que hay por las noches. A esto se suman las ventas ambulantes y los trancones en el tráfico.
Solanda en una plataforma con problemas de hundimientos”. Arias considera necesario que se planifiquen mejor los nuevos proyectos urbanos considerando los impactos ambientales. Una opción es el crecimiento vertical de la urbe. (JCER)
Las multas de tránsito dejan 4,5 millones mensuales al Municipio Los mal estacionados, los ‘aceleraditos’ y los ‘vivos’ que quieren evadir el ‘Hoy no circula’ están aportando con un promedio de 4,5 millones mensuales a las arcas municipales. Esto por el cobro de multas de tránsito. La cifra la confirmó el director de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), Danny Gaibor al término de un operativo de control a buses que se realizó en las vías principales del centro norte de la ciudad. Para el funcionario, el volu-
men de multas registradas desde mayo refleja que “la ciudad estuvo desordenada y el ciudadano estuvo mal acostumbrado”. Agregó que se necesitaban reforzar controles para enfrentar las contravenciones más frecuentes cómo conducir sin documentos, manipular celulares al viajar, exceder los límites de velocidad y tener contratos caducados. Esto último en el caso de transporte público. En el operativo “sorpresa”, por ejemplo, se impusieron 72
Rotación de placas depende de evaluación
°
Para el 15 de octubre las autoridades de movilidad prevén presentar un primer balance de la aplicación del Hoy no circula, es decir la restricción de circulación vehicular que desde el 9 de septiembre se amplió de horas pico a un horario de 05:00 a 20:00. De este informe de resultados dependerán posibles cambios, anticipó el alcalde Jorge Yunda. “Hasta el momento no tengo un reporte de que se haya incrementado la venta de automotores, que es lo que nos preocupaba. Muy probablemente seguiremos evaluando, no se tomará todavía esa medida”, sostuvo.
citaciones. Además, ingresaron a los patios municipales de retención un taxi y 14 buses cuyos
conductores fueron sorprendidos cometiendo contravenciones de tránsito. (JCER)
CONTROL. Los operativos en las vías incluyen el retiro de vehículos con winchas.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
QUITO
OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.
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Creer que un enemigo débil no puede dañarnos, es creer que una chispa no puede incendiar el bosque”.
La debilidad de actitud se vuelve debilidad de carácter”. ALBERT EINSTEIN CIENTÍFICO ALEMÁN (1879-1955)
MUSLIH-UD-DIN SAADI POETA PERSA (1184-1291)
CARTAS 2021 y el método D´Hondt
El método D´Hondt permitió al correísmo disfrutar de una amplia mayoría en la Asamblea, a pesar de no haber obtenido más de la mitad de los votos. Esto nos llevó por los rumbos del despilfarro y del saqueo, que han dejado al Ecuador sobre endeudado y en mala situación económica, de la cual el Gobierno trata débil y trabajosamente de salir. Si se mantiene este sistema en 2021, en lugar del método Webster, que es más democrático, tendremos algún grupo que haga mayoría sin control. El Webster permite dar más participación a minorías que son excluidas por el D´Hondt. Enrique Alberto Guerrero Barba CC: 1701954248
‘Greta la ingrata’
Greta es una niña de 16 años. Nació en un país con sus propios problemas y cultura. ¿Qué tiene que ver esto, o el hecho de no haber sido violada o sufrido una guerra, con su derecho de denunciar los graves problemas que la contaminación y excesos que una sociedad derrochadora dejan a las futuras generaciones? ¿Es posible trivializar y negar así el discurso político? ¿Les está acaso reservado el debate sobre los derechos sexuales de la mujer, solo a las que han sido víctimas? Calificar la destrucción de ecosistemas y el cambio climático como problema burgués, es un desliz intelectual del autor. ¿Es acaso un dilema burgués, la lucha de los pueblos amazónicos del Ecuador por exigir reparaciones a Texaco? Bravo, por quienes denuncian a los que deciden hacer oídos sordos frente a la evidencia científica. Bravo, por quienes ven las tibias medidas de algunos gobiernos europeos como insuficientes. Bravo, por quienes reconocen las casi ausentes medidas de países como el Ecuador. Ojalá más estudiantes salgan a las calles a tomar por la fuerza las riendas de su futuro. Luis Pesantez pesantez@web.de DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.
En mEdio dE todo, El puEblo
Después de mucho conjeturar y de un ir y venir de rumores las reformas económicas y laborales están sobre la mesa del debate. Toca a la Asamblea Nacional examinarlas y tramitarlas según la voluntad de la mayoría de sus miembros. El plazo es corto y las posiciones a favor y en contra se han venido perfilando en el transcurso de las últimas semanas. Los que se dicen de derecha coinciden extrañamente con el bloque correísta, lo cual nos da la medida de la respectiva consistencia ideológica de ambos bloques. Todos piden que se adelgace el Estado y esperan que no aumenten los impuestos. Sobre la cabeza de casi todos pende una suerte de “espada de Damocles”: el año próximo es preelectoral. La cosecha de votos de los partidos y movimientos representados en el
DANIEL MÁRQUEZ SOARES
El dólar que nos une
En economía y política, quedan ya muy pocas cosas en las que la gran mayoría de ecuatorianos estemos de acuerdo. La más popular de ellas, por mucho, es la dolarización. Ningún político, Ley o subsidio goza de una simpatía siquiera comparable a la que tiene el uso de la moneda norteamericana, sobre todo entre quienes recuerdan la convulsionada época del sucre. Así, es predecible que el Gobierno busque justificar medidas dolorosas apelando a la “defensa de la dolarización”; se trata de uno de los pocos intereses que aún nos une. Sin embargo, no deja de ser demagogia melodramática.
parlamento, depende de la reforma ante la que nadie puede quedar indiferente. Todos están contra la pared. Se juegan su futuro político. El Gobierno carga con la culpa de la tibieza y demora con la que enfrentó el desastre presupuestario que le legó el correísmo. También con un Estado que se fue engordando, de acuerdo a como le iban las cosas a ese régimen populista. A más aplausos, más funcionarios adentro. Si los aplausos flaqueaban, también. Todo era trabajar para contar con un voto duro en cada elección en la que su movimiento se “jugaba la vida” y seguir adelante con un líder victorioso, desafiante, mal educado y, la mayoría de las veces, grosero. En medio de todo, el pueblo. Y a padecer y aguantar, el mismo pueblo. Es lo de siempre.
La dolarización no necesita nadie que la defienda. Puede vivir de la misma forma como nació: por voluntad ciudadana y sin apoyo del Gobierno. Mientras los ciudadanos solo quieran transar en dólares, la dolarización existirá. No se puede acabar con ella por decreto o a la fuerza. Por simples limitaciones logísticas, no hay gobierno que pueda obligar a sus ciudadanos a emplear una moneda que no quieren usar. Se requeriría para ello un policía (que seguramente cobraría en dólares) supervisando cada transacción comercial. Muchas veces sobreestimamos la capacidad operativa del Estado, pero a la larga no importa lo que un gobierno diga que va a hacer o lo que crea que se debe hacer. Lo que importa es apenas lo que puede hacer y, hoy por hoy, el Gobierno ecuatoriano no cuenta con la capacidad operativa para acabar con la dolarización.
La dolarización sobrevivirá. Lo que no es tan seguro que sobreviva es la configuración actual del Estado. El volumen del gasto público, la cantidad de empleados públicos, los subsidios, los sectores protegidos, la legislación laboral o el sistema tributario actuales resultan extremadamente difíciles y costosos de mantener en la situación actual. No es la gente la que está en problemas, sino el Estado y sus socios. Cuando el Gobierno habla de salvar la dolarización, en verdad está hablando de cómo conseguir que el Estado siga operando sin renunciar a sus distorsiones y excesos. Lo único que podría terminar con la dolarización sería que los ecuatorianos llegaran a un consenso que rezara que es mejor tener política monetaria propia. Eso, al momento, es improbable y, por último, si llegara a suceder, sería legítimo y poco doloroso. dmarquez@lahora.com.ec
PABLO ESCANDÓN MONTENEGRO
¿Industria cultural? Es una pregunta retórica, de la que sabemos su respuesta: no existe en este país, pues las editoriales, el audiovisual y la música no son industrias, máximo llegarán a ser “emprendimientos”, al tono de las modas actuales, tan fugaces. En lo editorial, basta con mirar las ferias de libro: los gerentes, promotores y organizadores son grupo selecto de amigos que se invitan entre sí y que, por obvias razones, no pueden ver más allá de sus filias y sus fobias. No son gestores que hayan desarrollado la industria editorial con una lógica de negocio e innovación, sino desde sus perspectivas estéticas. En la música no hay un estudio de grabación fuerte, un verdadero promotor, un descubridor de talento. Tan solo compradores de franquicias que no aportan a ningún género, porque son productos perecibles gracias a los “realities” que se reproducen en la televisión. Lo audiovisual es lo más cercano al concepto de industria cultural con las producciones más recientes y el constante crecimiento y apoyo institucional del Estado, así como la formación desde universidades e institutos. Pero mientras no filman, son productores corporativos o institucionales. La economía naranja, tan cacareada por el Ministro y el Gobierno, no es tal ni existe un gajo de esa economía que podamos ver como infusión de progreso en la cotidianidad. A nadie le interesa lo que suceda con la industria editorial y las librerías, pocos son los que recuerdan que hubo disqueras nacionales. Los productores cinematográficos son los más destacados. En las radios no suenan los verdaderos creadores que aportan a la música del país. En las grandes cadenas de exhibición, las películas nacionales no pasan de estar una semana en cartelera. Y en las librerías de otros países, no hay sellos ecuatorianos en las estanterías. ¿Hay una industria cultural y creativa que gotea con su economía naranja? pescandon@gmail.com
Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General ALEXIS SERRANO CARMONA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXVI No. 12663
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.
‘Crónicas’ de la línea imaginaria
Moyano reflexiona sobre los límites y cómo encasillan el paisaje y la identidad.
El artista guayaquileño Leonar� do Moyano presenta su prime� ra muestra individual en Quito, ‘Crónicas’, un recorrido por la historia geopolítica del país. Paisajes a blanco y negro son atravesados por la línea amari� lla que en los mapas identifica la división entre dos territorios. A través de la pintura, el grafi� to y la serigrafía, Moyano lleva al extremo la abstracción del concepto de ‘frontera’ en com� posiciones que cuestionan el nacionalismo y el absurdo de construir barreras en lugar de derribarlas.
La exposición estará abierta en la Galería Más Arte (avenida 12 de Octubre y Abraham Lin� coln) hasta el 11 de este mes, con entrada libre. Protocolos e ironías
El viaje por ‘Crónicas’ inicia en el siglo XVIII, con la Misión Geodésica francesa. Moyano recorrió los paisajes del Parque Nacional El Cajas y de Papallacta para captar con su cámara imá� genes de la cordillera, que luego pintó sobre el lienzo y atravesó con representaciones de la línea equinoccial o ‘Ecuador’. “Es absurdo que nos sintamos identificados con una línea que pasa por todo el mundo, no solo sobre nosotros y aun así es el em� blema del país”, comenta. Otra de las piezas alude al protocolo Mosquera�Pedemon� te, firmado en 1830 con el inicio de la República: “Busco particu� laridades o ironías en los trata�
TRABAJO. Moyano tardó un año en realizar la investigación.
Experiencia
Leonardo Moyano Esta es la cuarta exposición individual de °Moyano. Las tres primeras se realizaron en Guayaquil.
Las obras fueron parte de su proyecto °final de graduación. Habrá un recorrido guiado por el artista ° el 11 de este mes.
dos, para representarlos en las obras. En ese protocolo, un artí� culo decía que Ecuador tiene que ceder tierra periódicamente a los países con que limita”. Moyano representa esta pérdida paula� tina de territorio cubriendo una sección del paisaje con el color amarillo. El paso al siglo XX está mar� cado por una reproducción de la firma del protocolo de Río de Janeiro, en 1942, que marcó el fin de la guerra con Perú. En la segunda parte de la muestra, el artista se basó en imágenes de ar� chivo para representar diferentes períodos del conflicto limítrofe con nuestro vecino del sur. Cierra la muestra con una imagen del mar atravesado por la línea amarilla, en alusión a “los espacios intangibles que crean los tratados”, en una postura que critica la tendencia caduca de nuestras sociedades a trazar diferencias donde no existen.
Comencé preguntándome por qué nos separamos. He intentado ir hacia la abstracción, cómo ver en el territorio, en el paisaje y cómo delimitarlo”.
CULTURA I
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MINUTERO Charlas y seminarios de literatura
La Feria del Libro Indepen� °diente de la Universidad San Francisco de Quito reúne a autores, ilustradores y gesto� res culturales en conversato� rios alrededor de la literatura y el arte. La agenda incluye mesas de debate, recitales de poesía, talleres de cartoneras y presentaciones de nuevas obras. Las actividades son de ingreso libre, de 10:30 a 17:30, hasta mañana. (AA)
La Biblioteca Nacional ya tiene sede un acuerdo entre °el Con Ministerio de Cultura y
LEONARDO MOYANO, ARTISTA.
Patrimonio y el Municipio de Quito, la Biblioteca Nacio� nal se trasladará finalmente al Centro de Convenciones Eugenio Espejo. La directiva del repositorio indicó que no existe una fecha definida para la reapertura de la biblioteca, pero que se estima que sea en el primer trimestre del 2020. (AA) (Foto: Quito Cultura)
CREACIÓN. Con grafito y serigrafía, reprodujo fotogramas de un video del Ejército ecuatoriano enterrando a sus muertos en la guerra del Cenepa.
‘Amasar’, la historia de un emprendedor
PRESENTACIÓN. Danielle Elie, gerente de Cyrano, junto con el equipo editorial.
La historia del legado de seis antiguas, fotografías y testimo� generaciones de panaderos se nios de quienes rodearon a René reúne en el libro ‘Amasar’, un Elie, migrante francés que fundó recorrido por la historia de la el negocio con su primer local en familia Elie, que llegó a Ecuador Machachi. El escenario de fondo desde Francia y constru� es el Quito de los años 60, yó, hace más de 60 años, EL DATO una presencia que se va uno de los mayores em� prendimientos culinarios La obra incluye transformando, como los personajes, a lo largo del del país: Cyrano y Corfú. el suplemento ‘Chusco’, una Los años de trabajo y guía de las rece- texto. Con diseño de Be� exclusivas de lén Mena y fotografía de crecimiento de la empresa tas Cyrano. Florencia Luna, la obra están atravesados por la despierta los sentidos del Historia del Ecuador y del mundo, a partir de la II Guerra lector apelando a las texturas, Mundial, en una narración do� olores y sabores de la panadería, cumentada por el escritor San� junto con un emotivo homenaje tiago Rosero a través de cartas a la memoria del artesano. (AA)
Un Dalí místico llega a México
misticismo y la divinidad °queElenvolvió la vida y la obra del pintor español Salvador Dalí se muestran por primera vez en la ciudad mexicana de Guadalajara con una exposi� ción de 40 obras originales del artista. La estrella de la exposición es ‘El nacimiento intrauterino’, un óleo poco conocido y considerado su primer cuadro surrealista, que pintó cerca de 1921, cuan� do tenía 17 años. EFE
EN VELA A6
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Destituyen a dos jueces por negligencia a favor de Alexis Mera
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El Consejo de la Judicatura (CJ) destituyó ayer a los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Luis Enríquez y Édgar Flores “por negligencia manifiesta”, en el tratamiento de un procesado dentro del caso Sobornos 2012-2016. La queja fue presentada por la fiscal general Diana
Salazar tras el cambio de medidas cautelares a favor del exsecretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera. A mediados de julio, el CJ inició sumarios administrativos en contra de los dos jueces, quienes levantaron la orden de prisión preventiva que pesaba en contra de Mera. (SE)
Cuantiosas pérdidas dejó el paro en Carchi Las actividades comerciales y agropecuarias dejaron de percibir unos tres millones de dólares diarios. Durante siete días la paralización no se compara con provincia del Carchi padeció los los más de 10 años de abandoavatares de la medida de hecho. no del Gobierno. Se ha dado un Tulcán se convirtió en punto primer paso, se ha conseguido focal de manifestaciones ciuda- algo bastante importante”, indicó Alexander Chamorro, danas y el bloqueo de las presidente de la Cámara diferentes vías de ingreso EL DATO de Comercio del Carchi. y salida de la ciudad. Sobre las pérdidas Tras el acuerdo al que paralización llegaron las autoridades La de Carchi inició sufridas en el sector coy dirigentes de organiza- el pasado 24 de mercial por la medida de septiembre y hecho, Chamorro expuso ciones sociales para le- culminó este lunes tras que dos millones de dólavantar el paro, hay varios último conseguir 12 sectores que expresan que acuerdos con el res diarios se mermó en nacio- el Carchi, situación que lo conseguido no es sufi- Gobierno nal. calificó como significativa ciente. Además, a esto se para los comerciantes y en suman las cuantiosas pérdidas que se generaron en estos el sector agrícola un aproximado de un millón de dólares. días de paralización. Por el contrario, las ganancias “Lo que se ha logrado en la
TULCÁN •
obtenidas según el personero de la Cámara de Comercio del Carchi es el apoyo por parte del Estado para la ejecución de los polos de desarrollo. “El hecho de que se reactive la economía en los cantones, especialmente en Tulcán, es demasiado importante para nosotros haber conseguido eso”, afirmó. Sector transporte
Con respecto al transporte, Winston Erazo, gerente de la Cooperativa de Taxis los Pupos argumentó que la paralización fomentó la unidad en la provincia. “Los problemas del Carchi se resuelven en el Carchi y precisamente vinieron ministros e hicimos la agenda con ellos, para tratar distintas problemáticas”, comentó. Erazo destacó que durante las negociaciones en la madrugada de este último lunes se solicitó la
El Señor Antonio Alejandro Asitimbay Carrera, en calidad de Liquidador y Representante legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COLEGIO DE ARQUITECTOS DEL ECUADOR PROVINCIAL DE PICHINCHA LTDA. CAE P EN LIQUIDACIÓN nombrado mediante resolución No. SEPS-IFMR-2017-0237 y el acta de posesión de fecha 30 de noviembre de 2017, emitida por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, y en uso de sus atribuciones establecidas en los artículos 312 numerales 3 y 6 del Código Orgánico Monetario y Financiero, artículo 61 inciso segundo de la Ley de Economía Popular y Solidaria; y, en atención a las disposiciones de los artículos 274 y 275 de la Subsección V, Sección XIII que contiene la “NORMA QUE REGULA LAS LIQUIDACIONES DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO SUJETAS AL CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA”, del Libro Primero, Título II de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, emitidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, se convoca a OFERTA PÚBLICA para la venta al mejor postor de los siguientes activos no realizados de propiedad de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Colegio De Arquitectos Del Ecuador Provincial de Pichincha Ltda. CAE P en Liquidación.
ACTIVOS OFERTADOS Muebles y Enseres
ESTADO Vencido Vencido
ESTADO Regular TOTAL
PROVINCIA Pichincha Pichincha
Nº DE PAGARES 8 9 17
CANTIDAD 14
PROVINCIA Pichincha
MONTO TOTAL $3.004,96 $30.922,18 $33.927,14
CALIFICACIÓN Tipo E Tipo E
MONTO TOTAL $ 230,00 $230,00
DIAS DE MORA Más de 360 días Más de 360 días
DESCRIPCION Muebles, archivadores, papeleras…
El valor referencial de los activos descritos puesto a su consideración para la oferta pública que se adjudicarán de forma individual o conjunta, ascienden a la cantidad de TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE CON 14/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICANA ($34.157,14 USD). Las ofertas deberán ser presentadas por escrito, en sobre cerrado, adjuntando el 10% del valor ofrecido, en efectivo o cheque certificado emitido a la orden de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Colegio De Arquitectos Del Ecuador Provincial de Pichincha Ltda. CAE P en Liquidación, en las oficinas ubicadas en las calles Amazonas N32-87 entre Mariana de Jesús y la Granja, oficinas de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria 4to piso, el día 4 de octubre de 2019 desde las 13H00 hasta las 17H00. En caso de ofertas presentadas por acreedores de la entidad en liquidación, de forma individual o conjunta, operara la compensación únicamente si el grado de prelación de crédito lo permite. En caso de que el oferente sea una empresa pública, deberá presentar la respectiva certificación presupuestaria emitida por el área correspondiente, por el valor total de la oferta; y en caso de ser una persona jurídica deberá adjuntar a su oferta copias certificadas del nombramiento que acredite la representación legal de la persona jurídica; registro único de contribuyentes; copias a color de cédula de ciudadanía y/o identidad y certificado de votación; copia certificada del estatuto o del acta de asamblea extraordinaria en la que se apruebe la participación en la oferta pública. Las ofertas pueden realizarse individualmente por cada activo, sin embargo se preferirán las ofertas que se presente por la totalidad de los mismos, señalando la dirección domiciliaria, teléfono fijo o celular y correo electrónico donde se realizaran las notificaciones a los oferentes. El liquidador tiene el derecho de declarar desierto el concurso si no se presentare oferta alguna; o si de haberlas, ninguna cumpliere con los requisitos establecidos. Para efectos de ley, la presente convocatoria se realiza en la ciudad de Quito el 2 de octubre de 2019.
ING. ANTONIO ALEJANDRO ASITIMBAY CARRERA LIQUIDADOR COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COLEGIO DE ARQUITECTOS DEL ECUADOR PROVINCIAL DE PICHINCHA LTDA. CAE P EN LIQUIDACIÓN
devolución de la compensación por concepto de gastos de combustible a raíz de la suspensión del subsidio de la gasolina. Espera que hasta máximo 10 de octubre se realice dicha situación. La paralización provincial según la óptica de Erazo dejó para el taxismo notorias pérdidas. “En una paralización se pierde bastante, de repente es la desesperación de no ser atendidos, no ser escuchados que decimos arriesguémonos vamos a perder esto”, enfatizó. (APRN)
Sentir ciudadano
°
La ciudadanía estuvo inmersa durante los eventos que protagonizaron los siete días que duró la medida de hecho. La tulcaneña María Vargas manifestó que la paralización fue necesaria. “Tulcán está en un total abandono. Nuestras autoridades no han tenido proyectos bien elaborados”, dijo. Además, se quejó que no se haya mencionado sobre fuentes y proyectos de trabajo en la urbe.
Analizan nuevos formatos periodísticos en Quito
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COLEGIO DE ARQUITECTOS DEL ECUADOR PROVINCIAL DE PICHINCHA LTDA. CAE P EN LIQUIDACIÓN SEGUNDA CONVOCATORIA A OFERTA PÚBLICA DE LOS ACTIVOS NO REALIZADOS
ACTIVOS OFERTADOS Pagarés Expedientes sin Pagares TOTAL
PARO. El sector comercial fue uno de los más afectados con la medida de hecho.
P.AB/23743
Toural indica que la jornada Desde las 9:00 hasta las 17:00, de hoy, la Universidad Técni- se desarrollará en dos momenca Particular de Loja (UTPL) tos: uno ligado a la fotografía realizará un taller donde se e imagen y otro relacionado a trabajos con bases de analizarán los nuevos EL DATO datos y visualización. formatos periodísticos. “Hay una necesidad “Se trata de una mode volver al origen de dalidad práctica en la El evento qué es lo que quiero conque los profesionales es gratuito tar, de cuál es la historia receptan conocimientos y saber cómo se idea un aplicables al trabajo”, dice el periodista español, Car- producto”, resalta el experto . los Toural que, junto a Denis “Está bien, pero no lo es todo Renó (Brasil), experto en pe- y no significa nada en manos riodismo transmedia, imparti- de quien no sabe qué hacer con ella (tecnología)”. (AVV). rá el taller.
Limpiaparabrisas ofrecieron disculpas a policías Cruz Riascos, John Elmer Riascos Riascos, Kevin Andrés Montaño Angulo y John Elmer Campaz Hernández refugiados colombianos que laboran limpiando parabrisas ayer pidieron disculpas públicas a los uniformados por las agresiones durante un operativo el pasado viernes 27 de septiembre. La jueza de la Unidad Judicial de Garantías Penales, Paulina Sarzosa, que los implicados dieran disculpas públicas e hicieran el compromiso de no
repetir el enfrentamiento. También se hicieron extensivas las excusas para Marcelo Rodas, de la Agencia Metropolitana de Control y a Edwin Pastas, del Cuerpo de Agentes de Control Metropolitano. En el caso de irrespetar con el compromiso acordado serán sancionados por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente y deberán cumplir una pena de hasta seis meses de prisión. (PSD)
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MIÉRCOLES 02 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora ECUADOR
I
Gobierno elimina subsidios a gasolina extra y diésel
Las medidas económicas buscan generar ingresos fiscales adicionales de 2.000 millones de dólares anuales. El Gobierno envió ayer a la ción de los subsidios a la gasoliAsamblea un paquete de refor- na extra y al diésel. A través de otras medimas en los campos tribudas, enfocadas a reducir tario, laboral, del Código EL DATO el gasto público, se espera Monetario y el Código generar ingresos por 600 de Finanzas Públicas. Al Asamblea millones más. En total, la final, las autoridades de- La tiene 30 días meta es conseguir 2.000 sistieron de un aumento para debatir las promillones para ayudar a de 3% en el Impuesto al sobre puestas, de carácter urgente, equilibrar las finanzas Valor Agregado (IVA). enviadas por el públicas y cumplir con los Sin embargo, la gran Ejecutivo. compromisos acordados apuesta es recaudar alrecon el Fondo Monetario dedor de 1.400 millones de dólares mediante la elimina- Internacional (FMI). (JS)
2,27
DÓLARES costará el galón de diésel.
2,30
DÓLARES costará el galón de gasolina extra.
Precio de gasolinas se liberaliza A través de un decreto ejecutivo, igual que ya ocurrió con la gasolina súper, el Presidente de la República eliminará los subsidios y liberará los precios de las gasolinas extra, eco país y diésel. Es decir, a partir de la emisión de las normativas, que ya están firmadas, los combustibles fluctuarán a precios internacionales. Con el precio actual del WTI, que está en 56 por barril, la gasolina extra costaría 2,30 por galón; mientras actualmente tiene un valor de 1,85. Por su parte, el diésel pasaría a costar 2,27 por galón, mientras actualmente se vende a 1,09 dólares. Con esta decisión, el Gobierno espera conseguir 370 millones adicionales por la gasolina extra; y 1.038 millones por el diésel. Es decir, 1.408 millones de dólares, que no podrán ser analizados u objetados por la Asamblea. Para mitigar el impacto, sobre todo en los sectores de más bajos ingresos, se aumentarán 15 dólares mensuales en las transferencias por el Bono de Desarrollo Humano. En este sentido, 1,3 millones de familias recibirá esa ayuda, lo que representará 16 millones anuales.
600 millones en ingresos deberán ser aprobados por la Asamblea
MANDATARIO. Moreno anunció las medidas anoche, en una cadena nacional.
Reforma laboral tiene 4 ejes La principal propuesta incluida es que se establece un esquema de jubilación patronal, donde el empleado deberá aportar 2% de su remuneración mensual, y podrá escoger entre ahorrarlo con el IESS o ir al sector privado. Este ahorro se acumulará sin importar si la persona cambia de empresa, y podrá retirarse a los 25 años, o cuando se acoja a la jubilación. El objetivo es romper con la jubilación patronal actual, que solo beneficia al 3% de los trabajadores, debido a que se debe permanecer por al menos 20 años en una misma empresa. Otra de las medidas, consensuadas en el Consejo del Trabajo, es la eliminación del 35% de recargo en los contratos ocasionales y eventuales. Además, se establece el contrato por emprendimiento, que tendrá una duración de 3 años, y a partir de ahí se volverá indefinido. Por otro lado, se simplificará y se eliminarán 36 tipos de contrato con poco o nulo uso; y se crearán modalidades de contratación por obra o servicio determinado; eventual por reemplazo de lactancia y maternidad; comisiones de servicio sin remuneración; contratación de duración determinada, que tendrá una duración de 1 año no renovable. Finalmente, se incluye una licencia por maternidad, que podrá ser utilizada por la mamá o el papá, o por los dos, y que tendrá una duración de 12 semanas como máximo.
Otras medidas de ajuste, que incluyen esfuerzos adicionales en la nómina estatal, y el establecimiento de 12% de IVA a las plataformas digitales, entre otras, deberán ser discutidas y aprobadas por la Asamblea. El Gobierno envió el paquete de reformas por la vía económica urgente, por lo que los legisladores solo tendrán 30 días para aprobar o negar las propuestas. Entre las decisiones de recorte de gasto, una de las principales es reducir 20% en las remuneraciones de los más de 150.000 contratos ocasionales que están vigentes en el sector público. Con esto, se conseguirán alrededor de 150 millones al año. Otra decisión es pedir la contribución de un día de sueldo al mes de todos los empleados de las empresas públicas de la función ejecutiva. Esta medida es indefinida, y se toma debido a que los salarios en ese sector son mucho mayores que en ningún otro. Asimismo, en todo el sector público se rebaja el periodo de vacaciones de 30 días a 15 días. Por el lado del sector privado, el Gobierno pedirá una contribución del 0,1% de los ingresos a las empresas que facturen más de 10 millones al año. Esa contribución se establecerá con relación a los ingresos declarados en 2018, y se mantendrá por 3 años. Con esto, se esperan ingresos por $200 millones más. Otro punto importante es un esquema de incentivos para la repatriación de capitales, y facilidades de pago para el Impuesto a los Consumos Especiales. En total, todas estas medidas buscan $600 millones en ingresos.
Facilidades para Pymes y construcción El Gobierno decidió la eliminación definitiva del anticipo del impuesto a la renta. Además, para dar un alivio al sector, se reducirá de 105.000 a 5.000 las empresas con obligación de hacer retención de IVA. Otra de las decisiones importantes es reducir de 5% a 2,5% el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) para insumos y materias primas. Además, se destinarán $1.000 millones, a través de un fideicomiso inmobiliario, para entregar créditos para viviendas de interés social de hasta 90.000 dólares. Estos préstamos se viabilizarán a través de la banca privada.
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MIÉRCOLES 02 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
Protesta de jubilados en Guayaquil en contra de reformas laborales
I
GUAYAQUIL• Un grupo de jubilados se apostó ayer en los bajos de la Regional del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), para rechazar las reformas laborales y una posible alza del Impuesto al Valor Agregado (IVA), algo que quedó descartado anoche por el presidente, Lenín Moreno. Ricardo Ramírez, de la Coordinadora Nacional de Jubilados, indicó que la protesta tiene como finalidad insistir en un
mensaje claro al Gobierno, en el sentido que se incumple con lo acordado respecto del pago de pensiones a los jubilados del Magisterio. Esto, mientras representantes del Frente Unitario de Trabajadores (FUT), advertían que, de existir retroceso de derechos laborales en el paquete propuesto por el Régimen, el gremio llamará a una asamblea general que desembocará en un paro nacional de trabajadores. (DAB)
Proyecto de ley para la extinción de dominio llega a la Asamblea El secretario Anticorrupción de la Presidencia, Iván Granda, entregó al presidente de la Asamblea, César Litardo, el proyecto de ley para la Extinción de Dominio, como una alternativa para combatir la corrupción. Según el funcionario, esta propuesta nace de un acuerdo nacional, en la que intervinieron varios sectores, y busca recuperar los bienes productos de actividades ilícitas, no solo CEREMONIA. El proyecto fue producto de la corrupción sino entregado por parte de Iván Granda también de actividades rela- a César Litardo. cionadas con el narcotráfico y otros delitos vinculados al cri- recuperemos los bienes que se han robado”, manifestó Granmen organizado. Agregó que el proyecto tiene da. Agregó que la propuesta cerca de 60 artículos y que una contempla el procedimiento de sus fortalezas será de actuar expedito de manera que no a tiempo, sin necesidad de que haya que esperar muchos años por medio haya sentencia eje- para proceder a la extinción de dominio. cutoriada, similar a lo Litardo aseguró que que se pretende con el toda iniciativa que imcomiso sin condena con- EL DATO pulse la lucha decidida templado en el proyecto contra la corrupción de reformas al Código El proyecto de fue entregaOrgánico Integral Penal ley do a cada uno de será tratada con prio(COIP), aprobado por los jefes de ban- ridad por parte de la cadas para que Asamblea. “Nuestra la Asamblea y que está lo analicen. responsabilidad como para el veto del EjecutiLegislatura del país es vo. “Esta herramienta es impor- trabajar de manera mancomutante para que los que lucha- nada en ese proceso”, dijo Limos en contra de la corrupción tardo. (HCR)
Aborto por violación: gremio propone un texto alternativo El Colegio de Abogados de Pichicha instó al presidente, Lenín Moreno, que incluya en su veto a las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) el aborto por violación, uno de los temas que se negó en Legislatura. Ramiro García, presidente del gremio, recordó que en el proyecto de reformas el aborto como materia sí fue tratado y aprobado en el mismo, a través cambios que se hicieron al Artículo de 148 (aborto no consentido), por lo que el tema está abierto y el Colegio propone que desde lo jurídico se incluya la despenalización del aborto por violación. García dijo que, en su calidad de colegislador, el Ejecutivo puede modificar el proyecto, suprimir aquello que se hubiese incluido o incluir lo que se hubiese suprimido. “No tiene lógica decir que solo puede modificar y suprimir y que no podría incluir”, aseguró, al
COMPARECENCIA. Pilar Rassa y Ramiro García informaron de la propuesta en rueda de prensa.
tiempo de aclarar que no es una posición activista sino jurídica, y que han remitido a la Presidencia de la República un texto alternativo. Pilar Rassa, del Observatorio de Género y Diversidad del Colegio, manifestó que es necesario legislar conforme a estándares internacionales, ya que en varias instancias se contempla la despenalización en esos casos. (HCR)
DIMISIÓN. Tras varios meses, María José Carrión dio un paso al costado en la presidencia de la Comisión.
Mesa de Trabajadores, en labor de elegir su nuevo presidente María José Carrión presentó su renuncia. Esta Comisión de la Asamblea no trabaja desde mayo anterior. La Comisión de los Derechos de para los trabajadores, (y) creo los Trabajadores sesionará hoy que la Comisión debe discutir con la misión de escoger a su ese proyecto”, dijo Carrión. presidente. Tras casi cinco meses de conflicto interno, lapso en que Las reacciones no pudo instalar ninguna sesión “Ha demorado muchísimo tiempor falta de quórum, María José po la sensatez, con los costos que Carrión (PAIS) presentó eso significó”, dijo Cristisu renuncia como titular na Reyes (PSC), integrande esta mesa legislativa, EL DATO te de la Comisión. Agregó pero seguirá integrando que la decisión tardía de Fausto Terán la misma. Carrión “retrasó el trase perfila La legisladora, quien (PAIS) bajo”, realizar el pago de para presidir la desde el inicio de su ges- Comisión de los una serie de asesorías “sin Derechos de los tión fue rechazada por Trabajadores. estar trabajando” por afeasambleístas de su Comirrarse a un cargo que no sión, primero por los de le correspondía, debido a oposición y luego por dos de sus falta de credibilidad o por falta coidearios, debido a su insisten- de respaldo. cia por mantenerse en el cargo, Las alternativas que se manedijo ayer que dejaba la presiden- jaban en la Asamblea, si es que cia por asuntos personales, pero la Comisión continuaba en esta reconoció que también lo hacía disputa de poderes, eran que los para dar gobernabilidad a proyectos que remita el la Asamblea, en momenGobierno los tramite otra tos en que está previsto Comisión Permanente o que el Ejecutivo remita el LEGISLADORES integrar una ocasional. integran la proyecto de reformas, que Comisión de los Para Reyes, con la dide los incluye temas laborales Derechos misión de Carrión ya no Trabajadores. que deben ser tratadoS en hay pretexto para que esos esa instancia. escenarios se concreten, “Es el momento de dar el por lo que la Mesa de los Traba‘paso al costado’ (…) permitir que jadores es la llamada a tramitar la Comisión sesione; viene una los proyectos. Mientras que Vireforma que es muy importante cente Taiano (PSC) afirmó que
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Otras Comisiones en crisis
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La Comisión de Gobiernos Autónomos vive una situación igual a la que pasó la de los Derechos de los Trabajadores. Los integrantes de esta mesa no le dan quorum para instalar las sesiones al presidente Héctor Yépez (CREO) y solicitan que dé un paso al costado, junto a la vicepresidenta Wilma Andrade (ID). En una especie de rendición de cuentas, Yépez menciona una serie de actividades realizadas, más en el plano personal antes que como Comisión, como reuniones de trabajo, pedidos de información, socialización de proyectos. Pero no consta el tratamiento en sí de proyectos de ley, que es la esencia de una comisión legislativa. Crisis de gobernabilidad también se vive en la Mesa de Relaciones Internacionales, que la preside Fernando Flores (CREO), quien no ha podido instalar las sesiones a las que ha convocado por falta de quórum.
el nuevo presidente debe ofrecer las condiciones mínimas para elaborar una agenda de trabajo. Aparte de las reformas laborales que remita el Ejecutivo, la Comisión tiene temas pendientes para tratar como el proyecto de un nuevo Código de Trabajo, y leyes relacionadas con la Seguridad Social. (HCR)
CNA presenta denuncia en la Contraloría
PAÍS
Versiones por caso Metro de Quito
Los representantes de la Comisión Nacional Anticorrupción (CNA) presentarán esta mañana, en la Contraloría, una denuncia por presuntos actos de corrupción en la adjudicación y obtención de insumos médicos en entidades de la red pública de salud entre 2016 y 2018. Además, darán a conocer documentos sobre presuntos sobreprecios de dichos insumos. (FLC)
Los activistas políticos, Fernando Villavicencio y César Montúfar, se presentaron ayer en la Fiscalía de Pichincha para rendir una versión por la investigación que se sigue en la adjudicación de contrato a Odebrecht de la obra del Metro de Quito. Esta diligencia se da a tres meses de que el fiscal provincial de Pichincha, Alberto Santillán, pidiera la reapertura del caso. (FLC)
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MIÉRCOLES 02 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
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Hoy se define quién tramitará ley de protección de datos
VOLUNTAD. Todas las bancadas dieron su voto a favor de prevenir la reincidencia en casos de abuso sexual contra niños y adolescentes.
Violadores de niños y adolescentes ingresarían a registro Ayer se realizó el segundo debate y votación para crear una base de datos de infractores por estos delitos. La Asamblea aprobó ayer la creación de un Registro Ecuatoriano de Violadores, Abusadores y Agresores Sexuales de Niños y Adolescentes por unanimidad de 110 legisladores. La ley, que pasará al Ejecutivo para un posible veto, busca prevenir que las personas con sentencia ejecutoriada por delitos contra la integridad sexual de ese grupo vulnerable no puedan ejercer profesión, cargo, empleo, oficio o voluntariado cerca de ellos. La medida duraría el mismo tiempo establecido en la sentencia, que corre desde que cumplen su condena. En Ecuador, entre agosto de 2014 y agosto de 2019, 18.840 causas ingresaron por delitos contra la integridad sexual y reproductiva, según el Consejo de la Judicatura (CJ). El 27% de esos procesos, es decir 5.135 causas, corresponde a infracciones cometidas en contra de niños y adolescentes. De estas, 3.891 fueron resueltas, aunque eso no implica que todas terminaron con sentencia. A la par, 6.132 hombres y 38 mujeres están en la cárcel por ese
señaló Cuesta, quien insistió que no se trata de una ley punitiva, ni discriminatoria o que implica doble sanción, puesto que lo que busca es distinguir a un grupo peligroso de un grupo prioritario. Los legisladores, en sus intervenciones, resaltaron, además, la importancia de prevenir la reincidencia de actos en contra de niños y adolescentes.
tipo de delitos, de acuerdo con la información entregada por el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI) a la Comisión de Justicia. De ellos, quienes hayan Críticas y aportes atentado contra niños y ado- Uno de los cuestionamientos lescentes ingresarían al nuevo más citados por los asambleísregistro, cuya información será tas fue la distinción de violaconfidencial y será entregada dores exclusivamente de niexclusivamente al titular o por ños y adolescentes. Mercedes orden judicial para no Serrano (PSC) y Ferdiscriminar a los sennando Callejas (CREO) tenciados, explicó la ASAMBLEÍSTAS insistieron que debía asambleísta indepen- participaron del incluirse a todos los indebate del fractores. Sin embargo, diente Lourdes Cuesta, segundo proyecto de ley. proponente de la ley. Cuesta explicó que eso violaría principios constitucionales. Lo que contiene Franklin Samaniego (RC) El registro será manejado por el Ministerio de Gobierno, con in- sugirió que se incluya en la formación del CJ y el SNAI. La prohibición a los contratistas cartera de Estado tendría 180 de servicios en establecimiendías para la creación de la base tos educativos, como bares y de datos, en el que se deberá in- transporte escolar, lo cual fue cluir a todos quienes cumplen incorporado. Igualmente fue condena privativa de libertad. incluida la propuesta de MóniQuienes ya salieron de la cárcel ca Alemán (RC) de establecer como requisito para ser candino ingresarían al registro. “Se busca disuadir y colabo- dato de adopción no constar en rar con la seguridad pública”, el registro. (AGO)
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El Consejo de Administración Legislativa (CAL) tiene previsto definir hoy a qué comisión irá el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo para la protección de datos personales. Hace dos semanas, el ministro de Telecomunicaciones, Andrés Michelena, entregó la propuesta con la que se busca precautelar el manejo de la información personal. A pesar de que el documento fue entregado en el marco de la denuncia de una filtración masiva de datos de casi todos los ecuatorianos, fue elaborado durante alrededor de nueve meses y esperado por años, explicó ayer el experto en telecomunicaciones Juan Carlos Solines durante un taller organizado por la Asociación Ecuatoriana de Edi- TALLER. Solines explicó el tema de los tores de Periódicos (Aedep). datos en un taller organizado ayer por El proyecto de ley de 90 artí- la Aedep, en Quito. culos incorpora derechos nuevos, como al olvido digital, que ción de una ‘autoridad de prose ha manejado en legislación tección de datos personales’, europea. Este consiste en que que dependería del Ejecutivo, una persona podría solicitar a aunque contaría con autonomía un juez la supresión de sus da- administrativa y financiera. La tos personales del entorentidad tendría más de 30 EL DATO no digital. funciones, atribuciones y También establece dos facultades. niveles de responsabili- Se prevé para Tanto para Solines, dad frente al tratamiento hoy la compare- como para Richar Martícencia de María de datos personales den- Paula Romo y nez, igualmente experto tro de una institución o Andrés en el área, este órgano no Michelena. empresa, el responsable debería depender de un y el encargado. Para ampoder político, sino funciobos se fijan infracciones leves nar como una superintendencia, y graves, con sus respectivas integrada por técnicos, porque “la sanciones. regulación debe ser apolítica”, dijo Solines. Este es uno de los temas que esperan sea modificado duPreocupación La propuesta plantea la crea- rante el debate. (AGO)
Preparatoria de juicio en caso ‘Sobornos’ será el 8 de este mes La jueza nacional Daniella Camacho fijó para el martes 8 de octubre la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio del caso ‘Sobornos 2012-2016’. En providencia de ayer, la magistrada indicó que esta diligencia se la efectuará desde las 10:00 en el octavo piso de la Corte Nacional de Justicia, en Quito. Camacho notificó a las partes el fin de la etapa de instrucción fiscal. Explicó que el pasado domingo venció el plazo improrrogable para dar fin a esa fase del proceso. Advierte que en el evento que alguna defensa técnica no pueda presentarse a la audiencia, se le asignará al procesado a un representante de la Defensoría Pública. En esta causa están involucradas 26 personas, entre exfuncionarios públicos y empresarios. En la lista que vinculó la Fiscalía
AUTORIDAD. La jueza, Daniella Camacho, dispuso la prisión preventiva del expresidente, Rafael Correa.
está el nombre del expresidente, Rafael Correa; el exvicepresidente, Jorge Glas; el exsecretario Jurídico, Alexis Mera; y otros. (FLC)
‘No se puede hacer mucho por fallo favorable a Perenco’
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MIÉRCOLES 02 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
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Gobierno decide salir de la OPEP El Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables informó que el Gobierno decidió dejar de pertenecer a la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP), desde el primero de enero 2020. “La decisión radica en los asuntos y retos internos que debe asumir el país, relacionados a la sostenibilidad fiscal. Esta medida se alinea con el plan del Gobierno de reducción del gasto público y generación de nuevos ingresos”, dice un comunicado. Ecuador ingresó a la OPEP en 1973, en su primer boom petrolero. En 1992, se dispuso la suspensión de la membresía, por no cumplir con las cuotas de producción. Desde 2007, con Rafael Correa, se volvió a participar en la organización. Según el Ministerio de Energía, el Gobierno apoyará todos los esfuerzos que buscan estabilizar el mercado petrolero mundial: “Deseamos éxitos a la OPEP en la continuación del importante trabajo que ha venido realizando desde 1960 en beneficio de los países productores como consumidores de petróleo”, concluye el documento. (JS)
DECISIÓN. Se ejecutaría en 2020.
Mi opinión en 30 segundos
Fernando Reyes, Vicepresidente del Colegio de Ingenieros Petroleros de Pichincha.
‘La salida beneficia’ un pequeño produc°torEcuador, internacional, tendrá mayor
libertad para negociar su crudo en el mundo y se ahorrará de pagar cuotas anuales a la OPEP. Si esta medida apunta a mejorar las finanzas del país, entonces se debe impulsar e incrementar nuestra producción petrolera. Seguramente, el Gobierno tendrá que buscar más y mejores contactos para colocar su petróleo en el mercado mundial. No sabemos cuáles serán los mecanismos que utilizará para su comercialización. No somos un gran productor de crudo, por eso no vamos a tener repercusiones de ninguna índole frente a la OPEP, cosa que sí sucedería, por ejemplo, con los países árabes.
El procurador Íñigo Salvador no avizora un panorama alentador sobre el millonario fallo. Se estudia el tema.
El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) emitió un fallo para que Ecuador pague 471,8 millones a la compañía Perenco. El procurador general, Íñigo Salvador, reconoce que será difícil revertir esta decisión. Asegura que el Estado está estudiando el laudo para armar una estrategia de defensa legal. De no encontrar una salida, se analizará un mecanismo de pago a la empresa que no afecte la golpeada economía del país. ¿Cuál es el contexto de la demanda de Perenco?
Perenco demanda al Estado en 2008 ante un Tribunal de Ciadi, porque en 2006, durante el gobierno de Alfredo Palacio, el Congreso Nacional emite la Ley 42 que modifica el porcentaje de participación de Perenco y el Estado que, según los contratos, establecían 75% y 25%, respectivamente. La norma varía al 50-50. Un año más tarde, con el expresidente Rafael Correa, se dicta el Decreto 662 con el que se modifica una vez más el porcentaje dejándolo en 99% para el Estado y 1% para el inversionista. En 2010, el Ministerio de Hidrocarburos declara la caducidad de ese contrato porque la compañía, a raíz de esas dos normas, abandona la producción de petróleo en los bloques 7 y 21. ¿Qué ocasionó ese abandono?
Con eso causan el daño ambiental, que es lo que da lugar a que el Tribunal Arbitral condene a Perenco al pago de 60,7 millones al Ecuador.
¿Cómo entender las modificaciones de contratos?
Porque en esos años se da el alza de los precios del petróleo. El Estado consideró que era necesario restablecer el equilibrio contractual.
A estas alturas, un buen acuerdo tendrá que ver con conseguir un buen descuento”.
o si está incurso en alguna de las causales de nulidad previstas en el convenio Ciadi. Podríamos pedir una acción de nulidad y se evitaría el pago inminente. ¿Cuáles serían las causales de nulidad?
Una de ellas tiene que ver con que el laudo esté suficientemente motivado. Si la decisión del El pago se da por dos conceptos: Tribunal se tomó en base a insupor violación del tratado bilate- ficientes fundamentos, estamos frente a una insuficiente ral para la protección de motivación. Otra de las las inversiones, por la causales es que se haya expedición de la Ley 42 MILLONES incumplido una norma y el Decreto 662; y por se pararían tras considerar que equiva- cruce de cuentas. procesal y también que el Tribunal se haya exlía a una expropiación tralimitado en sus faculla declaración de caducidad del contrato de 2010. Sin tades. embargo, a su vez también condena a pagarle al Estado 60,7 Si el proceso viene desde 2006, millones de dólares. Si hacemos ¿no era más factible sentarse a un cruce de cuentas, hay que negociar? pagar 411 millones. Hubo en al menos dos ocasiones acercamientos, pero no se llegó a un acuerdo. Cuando se iniUna fuerte suma… La cantidad original era de cia un arbitraje internacional, 1.423 millones. Si hacemos una la dinámica se vuelve más de comparación, este pago equi- confrontación. Lo ideal hubiera vale al 30% de esa pretensión. sido llegar antes a un acuerdo. Desde el punto de vista de la defensa del Estado, creo que ¿Y por qué no se dio? ha sido una defensa efectiva; No lo sé. Durante la década ansin embargo, 411 millones es un terior las decisiones se tomamontón de plata. ban sobre consideraciones más políticas que técnicas. ¿Las alternativas ante un eventual pago? ¿Quedan posibilidades de un Estoy por reunirme con el Mi- acuerdo? nistro de Recursos Naturales A estas alturas, un buen acuerNo Renovables (Carlos Pérez) do tendrá que ver con conseguir y con el Ministro de Finanzas un buen descuento y algunas (Richard Martínez) para ver en facilidades de pago en un pequé situación estamos y afron- ríodo que se determinará. Este tar este pago. Estamos estu- momento, Perenco tiene un laudiando el fallo y saber si se atie- do que les favorece. No es mune a la normativa internacional, cho lo que se puede hacer. (FLC) ¿En qué momento se establece la responsabilidad del Estado?
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POSICIÓN. Salvador estudia posibles vicios de nulidad en laudo de Perenco.
Las protestas en Hong Kong empañan aniversario de China La Policía hongkonesa dispara por primera vez contra un manifestante, un joven de 18 años. Empeora la situación. Hong Kong y Pekín, Agencias •
Los manifestantes de Hong Kong prometieron un “día de cólera” y lo hubo. Por primera vez en la historia de la antigua colonia británica una persona, un es-
tudiante de secundaria, resultó herido de bala por la Policía, en lo que representa una escalada en los enfrentamientos. La dura jornada de incendios, barricadas, detenciones y balazos dejó
DISTURBIOS. Un hombre cae herido durante la protesta en Hong Kong. (AFP)
en segundo plano las colosales celebraciones en Pekín del 70 aniversario de la República Popular, cuyo plato fuerte había sido un faraónico desfile militar y civil bajo la mirada del presidente Xi Jinping y que China no quería ver empañadas bajo ninguna circunstancia. En China
La mañana, sí, fue de Xi. Pese a la contaminación que velaba la vista, la ceremonia en la plaza de Tiananmen, bajo los retratos de Mao Zedong -el fundador de la República Popular- y Sun Yat-sen -el creador del Estado moderno chino- se desarrolló exactamente como estaba prevista. Un baño de masas y una demostración de músculo militar para el presidente, secretario general del Partido Comunista y jefe de la Comisión Militar, con el que transmitir un mensaje de unidad nacional, de progresos bajo el Partido Comunista y de modernización del Ejército. “Nada puede hacer tambalear los cimientos de nuestra gran nación. Ningún poder puede detener a la nación ni al pueblo chino en su progreso”, sostenía Xi en
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MARCHAS. Miles de personas participan en Pekín en el desfile por el 70 aniversario de la revolución china. (AFP)
un discurso en el que envió también otro mensaje: que el Ejército defenderá la soberanía y la seguridad del país con contundencia.
submarinos, con un recorrido de hasta 7.000 kilómetros. El DF17, el misil lanzadera de un planeador hipersónico.
Sobre Hong Kong
Desfile civil
En su breve discurso, el presidente chino también tuvo palabras para la antigua colonia británica: China “mantendrá la prosperidad y la estabilidad duraderas de Hong Kong y Macao”, señaló, antes de que comenzara la mayor exhibición de armamento y poderío militar que había hecho jamás el país. Un 40% de las armas mostradas no se habían enseñado hasta ahora al público. Todas han entrado ya en servicio. Los DF-41, misiles intercontinentales que pueden cargar hasta 10 cabezas nucleares y alcanzar Estados Unidos en 30 minutos. Los J-2 lanzados por
Después, un desfile civil en el que participaron 70 carrozas y cerca de 100.000 personas seleccionadas por su ejemplaridad entre todos los sectores de la sociedad -médicos, funcionarios, campesinos, estudiantes-, para dar un repaso a la historia y cultura de China a través del prisma del partido. No faltaron los guiños a los logros científicos, económicos o deportivos. Xi tuvo su propia carroza, con un gigantesco retrato, al que saludó desde el balcón de Tiananmen, la plaza donde hubo una protesta que desencadenó en matanza hace 30 años.
Reabren investigación por muerte de hijo de testigo de Odebrecht El ente de control solicitará a un juez desarchivar la indagación que la Fiscalía de Néstor Humberto Martínez terminó, luego de concluir que no hubo un crimen. La razón, de acuerdo con Blu Radio, es que el Ministerio Público considera que la Fiscalía no cumplió con su deber en el caso de Alejandro Pizano, hijo de Jorge Enrique Pizano, que murió poco después de su padre, cuando bebió una botella de agua con cianuro que estaba en el escritorio de su papá.
BOGOTÁ, AGENCIAS •
Hombre clave
Es preciso recordar que Jorge Enrique Pizano fue el que entregó audios en los que advertía de una posible corrupción en la Ruta del Sol, que luego desencadenó en el escándalo de Odebrecht. Su muerte aún sigue siendo un misterio. La Fiscalía inició una investigación por las muertes de los Pizano, pero archivó la del hijo porque, según recordó María Jimena Duzán en su columna
FALLECIDOS. Alejandro y Jorge Enrique Pizano. (Cortesía Noticias Uno)
‘Las muertes de los Pizano’, “no se encontraron pruebas de comisión de ningún crimen”. Sin investigación
No obstante, de acuerdo con el periodista de Caracol Radio Jorge Espinosa, la Procuraduría considera que las conclusiones del ente acusador no están demostradas, pues, “solo tuvo una línea investigativa, y por lo tanto, no descartó la participación de terceros en las muertes”. En otras palabras, no hubo investgación. P.AB/23736
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MINUTERO Seis desaparecidos al caer puente en Taiwán
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TAIPÉI, AFP • Un puente se derrumbó ayer en el este de Taiwán y dejó al menos 12 heridos y posiblemente seis personas desaparecidas, al quedar atrapadas en los barcos pesqueros sobre los que cayó la estructura, informaron los bomberos. Las cámaras de vigilancia grabaron el derrumbe de este puente de 140 metros de largo en Nanfangao, en la costa este de Taiwán, sobre unos barcos pesqueros amarrados justo debajo de él, así como la caída de un camión cisterna.
Al menos 17 muertos al rodar bus en Perú
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LIMA, AFP • Al menos 17 personas murieron y otras 30 resultaron heridas ayer al caer un autobús de pasajeros a un abismo de 100 metros de profundidad en una ruta de la región andina de Cusco, sureste de Perú, informó la policía local. “Tenemos reportado hasta el momento 17 fallecidos y 30 heridos tras la caída del autobús al abismo”, dijo a la AFP el oficial Álvaro Mendoza, de la comisaría de Marcapata.
Cataluña se prepara para nuevas protestas
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BARCELONA, AFP • Dos años
después del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017, miles de independentistas catalanes se manifestaron mientras preparan un nuevo periodo de “desobediencia civil” masiva ante la hipotética condena contra los líderes implicados en ese intento de secesión. En una jornada repleta de actos conmemorativos, partidos y asociaciones separatistas lanzaron un manifiesto conjunto llamando “a responder de forma masiva desde la lucha no violenta y la desobediencia civil pacífica” a la sentencia contra sus dirigentes juzgados
Disolución del Congreso afianza el poder de Vizcarra El choque entre instituciones sume a Perú en una grave crisis política. Legalmente, ¿hay dos presidentes? LIMA, AFP •
El presidente peruano, Martín Vizcarra, se afianzó ayer en el poder tras disolver el Congreso, en una medida apoyada por la cúpula militar, gobernadores y alcaldes, y rechazada por el propio Legislativo, que en respuesta juramentó como jefa de Estado interina a la vicepresidenta Mercedes Aráoz. El desconcierto por el choque de poderes que vuelve a sumir a Perú en una gran crisis política no se tradujo de momento en caos, donde la bolsa y el dólar se mantenían estables y todas las actividades se desarrollaban normalmente. Tras disolver el parlamento, que estaba controlado por la oposición fujimorista, Vizcarra dijo que convocará a elecciones para el 26 de enero de 2020 apegándose al plazo que establece la Constitución.
Algo de historia °
La crisis política se gestó hace tres años en Perú cuando el banquero Pedro Pablo Kuczynski (20162018) venció ajustadamente a la populista Keiko Fujimori. Aunque perdió la presidencia, el partido de la primogénita de Alberto Fujimori ganó una abrumadora mayoría en el Congreso con la que mantuvo contra las cuerdas a Kuczynski hasta forzarlo a dimitir en marzo de 2018. Fue sustituido por Vizcarra, quien era su primer vicepresidente. La segunda era Mercedes Aráoz.
PRESIDENTES. En esta imagen tomada en enero, aparecen Martín VIzcarra y la entonces vicepresidenta Mercedes Aráoz, hoy presidenta interina. (AFP)
¿Golpe de Estado?
El clima de tensión se centró en el Palacio de Gobierno y el Congreso, que estaban fuertemente custodiados por la policía, con más restricciones de ingreso que las habituales. A través de la Conferencia Episcopal, la Iglesia llamó al diá- RESPALDO. En su mayoría, los ciulogo y la calma, así como a "ac- dadanos han expresado su respaldo a tuar de acuerdo al orden consti- Vizcarra y su lucha anticorrupción. (AFP) tucional y democrático". La cúpula empresarial acu- dad y legitimidad de las decisiosó a Vizcarra de perpetrar una nes institucionales adoptadas", "violación de la Constitución y aunque consideró "conveniente" al sistema democrático". Los lí- que la polarización política "la deres del Congreso también lo resuelva el pueblo en las urnas". Hasta los nuevos comicios acusan de haber dado un "golpe funcionará la Comisión Permade Estado". El lunes en la noche, tras co- nente del Congreso, de 27 miemnocerse la disolución del Con- bros, 18 de ellos fujimoristas. greso, varias manifestaciones Ellos son ahora los únicos autocoloridas y bulliciosas se cele- rizados por la policía para ingresar al edificio legislativo, braron en todo el país en respaldo a Vizcarra. Pero TOME NOTA de acuerdo con la ley. Los legisladores cesanadie salió a las calles a dos no pueden postularse apoyar al Congreso, cuya la actuación es rechazada Según Constitución se a la reelección y, de hecho, por casi el 90% de la ciu- debe convocar a ya perdieron sus privielecciodadanía, según sondeos. nuevas nes parlamenta- legios: el parlamentario rias dentro de los Roberto Vieira no pudo cuatro meses abordar un vuelo a EstaLegalidad y legitimidad siguientes a la del dos Unidos este martes en Una disolución del disolución Congreso. el aeropuerto de Lima con Congreso no ocurría su pasaporte oficial. en Perú desde abril de 1992, cuando el presidente Alberto Fujimori (1990-2000) El ultimátum de Vizcarra dio lo que fue calificado como La organización de empresaun ‘autogolpe’ y asumió plenos rios privados, la Confiep, expoderes con apoyo de los milita- presó su "enérgico rechazo a la res. Ahora, en cambio, Vizcarra violación de la Constitución y invocó la Constitución para dar al sistema democrático que ha este paso. perpetrado el Presidente", que La Secretaría General de la "ha sumergido al país en una Organización de Estados Ame- grave incertidumbre". ricanos (OEA) instó ayer al TriVizcarra lanzó el domingo un bunal Constitucional de Perú a ultimátum al Congreso advirpronunciarse sobre la "la legali- tiéndole que lo disolvería si le ne-
ALERTA. La Policía controla las calles del centro de Lima, en prevención de posibles disturbios. (AFP)
gaba el lunes un voto de confianza para reformar el método de designación de los magistrados del Tribunal Constitucional, con lo que buscaba impedir que estuviera dominado por la oposición. El Congreso hizo caso omiso y tras el decreto de disolución respondió aprobando la suspensión temporal de Vizcarra de la presidencia, como un primer paso para destituirlo, y designó en su lugar a Aráoz, quien se había distanciado del mandatario. "En Perú no hay dilema de dos presidentes, hay un presidente que ejerce de hecho y derecho sus funciones, y ese es Martín Vizcarra", dijo a la AFP el jurista Diego García-Sayán, expresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y excanciller peruano. Un Congreso sin pueblo
En las calles se puede percibir la popularidad de Vizcarra. "Nosotros queremos democracia, que se cierre el Congreso se respalda", dijo a la AFP la enfermera Sandra Luyo, de 45 años, en la plaza de armas de Lima, al desconocer a Aráoz como presidente. Por su parte el abogado Ángel Sotomayor, de 60 años, manifestó también su acuerdo con
la medida de Vizcarra, al considerar que el Congreso estaba "dominado por un grupo político que su jefa está en la cárcel" por el escándalo de la brasileña Odebrecht, en referencia a Keiko Fujimori, quien se halla en prisión preventiva. Los jefes de las Fuerzas Armadas y la Policía expresaron su lealtad a Vizcarra, quien también recibió el apoyo de numerosos gobernadores regionales y de la Asociación de Alcaldes. Contra la corrupción
Vizcarra ganó popularidad al impulsar una cruzada contra la corrupción en un país donde los cuatro presidentes anteriores quedaron bajo la lupa de la fiscalía acusados de recibir sobornos de la constructora brasileña Odebrecht. Mercedes Aráoz, economista y exministra del difunto presidente Alan García (1985-1990 y 2006-2011), fue juramentada la noche del lunes por el jefe del Congreso, Pedro Olaechea, pero hasta ahora no ha recibido reconocimiento de ningún país. De realizarse las elecciones en enero, el mandato de los nuevos legisladores culminará en julio de 2021, igual que el de Vizcarra.
Llega una de las más esperadas
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El estreno en el país será mañana. El filme ha recibido reconocimientos en festivales.
TORONTO, AFP • Joaquin Phoenix dijo que su papel en ‘Joker’, aclamado por la crítica, fue "una de las mejores experiencias" de su carrera, cuando la oscura y am-
biciosa adaptación del personaje de historieta desató el furor en el festival de cine de Toronto. Tras un paso triunfal por Venecia, donde el sábado se alzó con el prestigioso León de Oro a Mejor película, el estreno de ‘Joker’ celebró su gala a sala repleta en uno de los más importantes festivales de cine de América del Norte. En el país, el filme se estrenará mañana. "Parecía ilimitado, respecto a cómo se interpretaría el personaje y qué se podía hacer con él;
no parecía haber ninguna regla", dijo Phoenix. La película, y la actuación de Phoenix, han comenzado a generar predicciones de los premios Óscar y polémica a partes iguales. Actores como Jack Nicholson y el australiano Heath Ledger habían interpretado con buenos resultados al tradicional archienemigo de Batman. Ha sido calificada de "sensacional" por algunos críticos, pero otros han opinado que podría resultar "incendiaria".
El célebre archienemigo de Batman y uno de los villanos más famosos de la historia, conocido en Hispanoamérica como el "Guasón", cuenta ahora con su propia película en la que se indagan los orígenes de Arthur Fleck (Joaquin Phoenix), un hombre ignorado por la sociedad.
JOSÉ JOSÉ
Hija confirma honras fúnebres Sara Sosa Salazar, la hija menor de José José, dijo en un comunicado que habrá dos ceremonias, una en Miami y otra en Ciudad de México, para que quien lo desee pueda despedirse del cantante mexicano, fallecido el sábado a los 71 años. “Queremos que esto sea una celebración de la obra y legado de un ser humano único”. EFE
QUENTIN TARANTINO
Con un nuevo proyecto
El cineasta está escribiendo un libro sobre un exmilitar que luchó en la II Guerra Mundial (1939-1945) y que acaba harto de la superficialidad de las películas, especialmente de Hollywood, hasta que descubre el cine extranjero. El director de ‘Kill Bill’ desveló este proyecto en una conversación con el también realizador Martin Scorsese, publicada en DGA Quarterly, la revista del gremio de directores de EE.UU. EFE
‘JOKER’
Huérfano de padre y con una madre débil de carácter, Arthur Fleck busca “conectar” con la sociedad Siempre solo en Ciudad Gótica, usa dos máscaras: su rostro maquillado de payaso y el del hombre incomprendido al que la vida golpea repetidamente Y con cada burla de la gente en la calle, en el metro y en el trabajo se robustece su personalidad asocial y Fleck pierde poco a poco la sintonía con las personas
Drama
4 octubre 2019 (EE.UU.) Director: Todd Phillips El nominado al Óscar a mejor guión adaptado por “Borat” (2007), es reconocido por dirigir la trilogía “The Hangover”
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Otros famosos Joker en el cine y la TV • Jared Leto (“Suicide Squad”, 2016) • Heath Ledger (“The Dark Knight”, 2008) • Jack Nicholson (“Batman”, 1989) • César Romero (“Batman: The Movie”, 1966)
Protagonistas
Joaquin Phoenix Arthur Fleck / Joker
Robert De Niro Murray Franklin
Zazie Beetz Sophie Dumond
Ganador del Globo de Oro por “Walk the Line” (2006), ha sido nominado tres veces al premio Óscar
Tendrá cuarta temporada Netflix anunció que se vendrán más episodios de la serie original más exitosa de la plataforma en línea. También dijo que firmó un acuerdo de varios años con los creadores de ‘Stranger Things’, los hermanos Matt y Ross Duffer, para proyectos de series y películas. AFP
Fotos: Warner Bros
‘STRANGER THINGS’
COCINA AMA MASCOTAS MIRA VIAJA
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Confecciones de Ágatha Ruiz se muestran en Francia El español Ágatha Ruiz de la Prada presentó en París sus creaciones para la primaveraverano 2020, que hicieron brillar sobre la pasarela la artesanía. Mostró conjuntos de dos piezas tipo pijama, en vibrantes colores, y vestidos de corte tubo, en tejidos metaliza-
dos, con generosas mangas de volantes en tonos flúor, que fueron las propuestas más atrevidas. Hubo también prendas de finas rayas de colores sobre fondo blanco emulando cintas de tenista para aquellos seguidores más discretos. EFE
Detrás de cada creación hay una historia, un color y un diseño que la autora se encarga de resaltar.
Olga Piedrahita, diseñadora colombiana, llegó a Ecuador con una nueva colección: ‘Islandia’, inspirada en lo que la naturaleza le brindó en Barichara, Santander, Colombia. La colección tiene 35 grafismos; es decir, composiciones gráficas con su propia interpretación e historia. Estos son interesantes, porque representan a los productos de la tierra. “En Barichara nos inspiramos en la riqueza de su suelo. Cogimos el carbón, el café, las tintas, el achiote, la hoja de la piña y la hoja de fique (vegetal con el que se hace papel)”, asegura Piedrahita, quien lleva más de 35 años en el mundo de la moda, que lo conjuga con su pasión de artista formada en el instituto de Bellas Artes de la Nicholls State University de Lousiana, Estados Unidos. U n a vez plasmada la idea, decidió “llevar el sol colombiano a Islandia”, donde se desarrolló el fashion film. Propuesta para los climas
A sus creaciones no las enmarca en colecciones de otoño, primavera, verano o invierno, como se maneja en el mundo de la moda. “Tenemos chaquetas, vestidos, pantalones, chalecos, abrigos… Diseñamos para clima caliente, templado, para la montaña… Tratamos de reunir propuestas para todos los climas”, enfatiza Piedrahita. La diseñadora sabe cómo trasladar sus ideas a las telas y luego transformarlas en vestidos sutiles, estructurados, contemporáneos, cómodos y utili-
La naturaleza inspira al mundo de la moda
PROPUESTA. Los chifones, crepés, tules y organzas envuelven la sutileza del cuerpo femenino.
tarios. “No confeccionamos para edades, sino para espíritus”. Dentro de la colección que trajo para exhibir en el país, también hay trajes de baño y ropa deportiva, que forma parte de la vida contemporánea y que brinda comodidad, no solamente cuando van al gimnasio, pues algunas usan esas prendas para ir a la oficina. Es decir, que les sirven para “expresarse en el día a día”. (CM)
Prendas sin caducidad °
La tendencia no depende de la temporada, sino del trabajo que haga el experto, dice la diseñadora colombiana Olga Piedrahita. Si logra una colección fuerte, las prendas se mantendrán. Cree que las mujeres se quedan con lo que se sienten bien, sobre todo con prendas que sean funcionales, duraderas y de fácil manipulación en su mantenimiento y cuidado.
OBJETIVO. Cada pieza corresponde a una sensación. Busca la comodidad y la elegancia.
La mejor medicina es la natural El uso de plantas para tratar enfermedades y curar el mal aire se conserva en Loja.
Con el crecimiento de la industria farmacéutica, aprovechar las propiedades medicinales de las plantas es una costumbre que se ha ido perdiendo, sobre todo en los sectores urbanos. No obstante, existen innumerables casos en que el legado ancestral de la sanación natural supera el alcance de la medicina moderna al momento de aliviar los males del cuerpo. El caso de Víctor González, oriundo de Loja, es un ejemplo del poder curativo de las plantas. Hace siete años se enfermó de los riñones y no encontró mejoría en la medicina tradicional; entonces, optó por utilizar la sabiduría popular para mejorar su
INTERCULTURAL I-F
berse varias veces al día. Otra condición. Preparó una infusión con planta que alivia los dolores de nueve plantas, entre ellas el ‘shu- este órgano es el ‘laritaco’. El toronjil y la congona se utillo’, el llantén, el toronjil, el ‘laritaco’ y el pelo de choclo. Luego lizan para alteraciones del sistede varios días consumiendo el ma nervioso. La ruda, preparada brebaje, los exámenes de labora- en una infusión caliente, evita torio comprobaron la mejoría en los desmayos repentinos. su estado, según contó. Edgardo Ruiz Saona, en su li- Limpias bro ‘Las curaciones populares en González cura también el coel Ecuador’, explica que nocido mal del aire o en las cuatro regiones se espanto, utilizando encuentra una “gran dihierbas con olor fuerte, versidad de portadores como el ‘monte de galliESPECIES de saber médico popu- de plantas medicinales nazo’, al ‘santa maría’, el existen en el país. lar” y cada una tiene su ‘chinchil’, la ‘ayartosa’, particularidad. ‘el poleo’, el ‘guanto’ y las hojas de eucalipto. El curandero toma un manojo de Una para cada mal Según González, para curar los plantas con el que golpea suaveproblemas de la próstata se debe mente al paciente, para absorber preparar una infusión con ‘ca- las malas energías. Además de las hierbas, usa samarucha’ y tres hojas de uvilla: “esto ayuda a que la patología un huevo de gallina, de preferencia criollo, con el que recorre el mejore notablemente”. Para los riñones, en cambio, cuerpo de la persona. Al abrirlo se puede preparar una infusión en un vaso con agua, la clara y la con la congona, la que debe be- yema dibujan formas que, según
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CONSERVACIÓN. Hay quienes tienen plantas medicinales en sus casas.
el experto, evidencian el mal que está afectando la salud del paciente. La costumbre
“El poder de las plantas es verdadero y puede utilizarse para curar distintas dolencias”, explica González. “Antiguamente, esta era la única medicina existente y su utilización era masiva” agrega y lamenta que la población ya no conozca los nombres ni el uso de
las plantas medicinales. Él cree que es fundamental cultivar el conocimiento sobre las plantas con propiedades curativas, ya que estas son la materia prima con que se elaboran los medicamentos. “Conservarlas es necesario y quienes conozcan sus poderes deben transmitirlos para no perder esta alternativa natural de sanación que otorga la madre naturaleza”, dice González. (DLH)
RESOLUCIÓN N° SB-DTL-2019-784 MARCELO GUSTAVO BLANCO DÁVILA DIRECTOR DE TRÁMITES LEGALES CONSIDERANDO: QUE con resolución No. SB-DTL-2019-737 de 16 julio de 2019, la Superintendencia de Bancos autorizó al Banco Pichincha C.A., el cierre de la “Agencia Terminal Terrestre", ubicada en la planta baja local 94 del Centro Comercial Terminal Terrestre Doctor Jaime Roldós Aguilera, Avenida Benjamín Rosales y Avenida de las Américas, parroquia Tarqui, cantón Guayaquil, provincia Guayas. QUE mediante memorando N° SB-DTL-2019-0845-M de 29 de julio de 2019, se estima procedente efectuar la rectificación; y, EN ejercicio de las atribuciones delegadas por el señor Superintendente de Bancos mediante resolución No. SB-2019-280 de 12 de marzo de 2019; y, resolución No. ADM-2019-14239 de 30 de abril de 2019, GASTRONOMÍA. Maní y panela son los principales ingredientes del manjar.
El bocadillo, un dulce lleno de tradición Visitar Loja y no comprar un bocadillo es imperdonable. Esta golosina es representativa de la provincia. La antropóloga Cristina Bustamante explica que la preparación se realiza principalmente en los cantones de Paltas, Olmedo y Chaguarpamba, donde sus pobladores mantienen esta tradición, la que ha sido transmitida y recreada de generación en generación. En el barrio Puente de Playas (en el cantón Paltas), cuyo nombre proviene de la ubicación a las orillas del río Tama-
rindo, Mariana Tinoco conoce sobre la técnica de preparar bocadillos. Comparte sus conocimientos, pues además de la suya hay tres familias más que se dedican a elaborar estos apreciados manjares. Mariana lleva en este oficio más de 14 años. Su padre se dedicaba a esta labor. Dice que el maní lo producen en su casa, pero la panela la compran en el sector llamado El Carmelo. Varios bocadillos son vendidos en Loja e incluso suelen tener pedidos de otras provincias. (DLH)
RESUELVE: ARTÍCULO 1.- SUSTITUIR en el segundo considerando de la resolución No. SB-DTL- 2019-737 de 16 de julio de 2019, “QUE mediante oficio No. GG.SD.35.19 de 01 de julio de 2019, se notifica a este organismo de control, la decisión adoptada por el Directorio del Banco, de proceder al cierre definitivo de la referida agencia” por el siguiente “QUE mediante oficio No. GG.SD.35.19 de 01 de julio de 2019, el señor Santiago Bayas Paredes, Gerente General, de Banco Pichincha C.A., notifica a este organismo de control, la decisión adoptada por el Directorio del Banco, de proceder al cierre definitivo de la referida agencia”. ARTÍCULO 2.- DISPONER que Banco Pichincha C.A. publique, por una sola vez, en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional, el texto íntegro de la presente resolución rectificatoria. ARTÍCULO 3.- DISPONER que el Registrador de la Propiedad y Mercantil del cantón Guayaquil, inscriba la resolución No. SB-DTL-2019-737 de 16 de julio de 2019 y la presente resolución rectificatoria y ponga las notas de referencia de acuerdo con la Ley de Registro. ARTÍCULO 4.- DISPONER que Banco Pichincha C.A., una vez que haya dado cumplimiento a lo ordenado en la resolución No. SB-DTL-2019-737 de 16 de julio de 2019 y en la presente resolución rectificatoria, remita a este despacho prueba de lo actuado. COMUNÍQUESE. – Dada en la Superintendencia de Bancos, en Quito, Distrito Metropolitano, el veintinueve de julio de dos mil diecinueve. Dr. Marcelo Gustavo Blanco Dávila DIRECTOR DE TRÁMITES LEGALES LO CERTIFICO. - En Quito, Distrito Metropolitano, el veintinueve de julio de dos mil diecinueve. Lcdo. Pablo Cobo Luna SECRETARIO GENERAL, (E) P.AB/23745
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H. MARCELO MEJIA R. hmejiadlh@gmail.com
Orden de arácnidos de tamaño muy pequeño
¿Nació un 02 de Octubre?
Los principales problemas de los nacidos este día suelen presentarse en el terreno profesional. Por ejemplo, después de años de lucha para alcanzar una elevada posición social, es posible que descubran que no era eso lo que querían. En parte, esto se debe a que son personas serias, que no saben disfrutar del éxito.
Roedor
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Afluente Rezar, suplicar
TVFAN
Pega, goma
Guerra en inglés
Flanco, costado Adverbio de lugar
Diosa Palo de beisbol De Italia
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Calor, afán Misteriosa, secreta
MAX PRIME: 23:21. HOY
Lecho
es un narcotraficante °quePriest quiere dejar atrás la vida de
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Tostar, dorar Gabán
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Buque de vapor Hembra del loro
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Bebida, néctar Tarea, trabajo
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Que ejerce la oratoria Hijo de Noé
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Destacar, acampar Mamífero mustélido
Aguantar, soportar Calor, afán
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Oración mahometana Soplo de aire suavemente
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Calamita, magnetita Fragancia
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Nave Pronombre personal Dispersa
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CÁPSULA CIENTÍFICA
Convicto
Acción de loar Metal precioso
JOSE TRUETA (1897 - 1977)
CiRUJAnO ESpAñOl. idEó divERSAS TéCniCAS pARA El TRATAmiEnTO dE hERidAS. ROR.
(agosto 23 - septiembre 22)
Su mente será fértil y aguda lo que le beneficiará a nivel de negocios, especialmente los que están relacionados al público femenino. Recuerde: Realice sus actividades de manera activa y con alegría.
LIBRA
(septiembre 23 - octubre 22)
• HORAKU
F
Nro. 4810
MICROBIOGRAFÍA
Graham Greene (1904 – 1991)
Fue un escritor y crítico literario británico, cuya obra exploró la confusión del hombre moderno y trató asuntos política o moralmente ambiguos en un trasfondo contemporáneo. Con 19 años militó en el Partido Comunista de la Gran Bretaña, lo que a la postre le valió restricciones para entrar en EE.UU hasta que fue elegido presidente John Kennedy. Fue subeditor del Times y luego empezó a trabajar discretamente en inteligencia, en el MI6. La mayor parte de sus novelas fueron llevadas al cine, pero sólo dos, ‘El tercer hombre’ y ‘El americano impasible’, pertenecen a la imaginación colectiva. (OG)
Nro. 4809
I
Bebés prehistóricos tenían ‘biberones’ de arcilla PARÍS, AFP • Un grupo de científicos descubrió vasijas de arcilla similares a los biberones en tumbas de niños bebés prehistóricos, lo que demuestra, por primera vez, que eran alimentados con leche de rumiantes cuando no eran amamantados. Pequeños recipientes en arcilla con una boquilla y que se podía sostener en la mano de un bebé aparecieron por primera vez en Europa en el Neolítico (alrededor de 5.000 antes de nuestra era), y se generalizaron en la
VIRGO Novena letra griega
Símbolo de yodo
CELEBRIDADES
(julio 23 - agosto 22)
Procure mantener las distancias y la calma con las mujeres de su hogar ya que estás serán más radicales y exigentes. Recuerde: Canalice sus energías para que le rindan progreso y satisfacción.
Nave Impresión, conmosción Dueño
(junio 22 - julio 22)
Las diversiones y esparcimientos le ayudan a distraerse un poco, sea original y concientice la necesidad de invertir sus finanzas de manera inteligente. Recuerde: Quien vive temiendo nunca se tendrá por libre.
LEO
Pica
Cuatro chicas, que han sido °amigas toda la vida, viajan a New Orleans para asistir al festival anual Essence, debido a que una de ellas es escritora de libros y dará una conferencia allí para presentar su nuevo material. Durante el viaje, su lazo de amistad se fortalece y su lado salvaje también sale a flote. No habrá suficiente baile, conflictos y romance para estas amigas.
Símbolo de nitrógeno Sucesión, serie
Cabo, ronzal
R
Trate de mantener una relación profesional con sus compañeros de trabajo a fin de no verse involucrado en inconvenientes. Recuerde: La falta de dominio emocional, puede destruir una relación
CÁNCER
Calcañar, tarso
M
(mayo 21 - junio 21)
Repercusión
A
Instrumento de ataque Atacar
GÉMINIS Sobresalto, espanto
Perro
Solución anterior F
(abril 20 - mayo 20)
El atractivo, sensualidad y belleza de su pareja se suman a su dulzura y sensibilidad. Recuerde: La paz ha de ser su objetivo primordial.
Pasar, filtrar Amarrar
Repercusión
A
MAX UP: 21:40 MAÑANA
Látex Habitación, casa
Caverna cueva
Actriz, guionista, escritora mexicana
Viaje de Chicas
Raíz en inglés
Onda Querer, adorar Ida, chflada
criminal, pero se da cuenta de que es más difícil de lo esperado. Cuando llega el momento, él viaja a México y lo arriesga todo para hacer un último trato antes de abandonar el negocio.
Pareja
Intriga
Actor, director y crítico de cine brasileño
(marzo 21 - abril 19)
TAURO
Punto cardinal
Farra, alboroto Ciudad de Italia
Ciudad de Japón Símbolo del sodio
ARIES
La vida emocional y sentimental pasará por un período de cambios profundos pero necesarios. Recuerde: Es realmente rico quien sabe disfrutar de los tesoros espirituales.
Furia
Ciudad de Chile
El supremo
Actriz de la telenovela La sombra de Helena
Primera nota musical Alquilar
Alabar
HORÓSCOPO
edad del Bronce y del Hierro. Los arqueólogos suponían que esos recipientes eran utilizados para hacer beber a los bebés, pero sin tener pruebas. Podrían también haber sido utilizados para alimentar a enfermos, ancianos o discapacitados. Para estar seguros, un equipo de investigadores analizó tres especímenes descubiertos en cementerios en Baviera (Alemania), dos de los cuales databan de entre 800 a 450 a. C., y el tercero de un sitio de entre
HALLAZGO. Los recipientes eran utilizados por los niños en la Prehistoria.
1.200 a 800 a. C. Habían sido enterrados junto a niños de 0 a 6 años de edad. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec
La situación económica se presentará más estable pero deberán evitarse los derroches en vanidades y cosas innecesarias. Recuerde: Mantenga la calma para que conserve la satisfacción de vivir
ESCORPIO
(octubre 23 - noviembre 21)
Su personalidad será más abierta y afectuosa. Su atractivo físico aumentará en este período al igual que sus deseos de sentirse bello y admirado. Procure estabilizar sus emociones. Recuerde: Elija ser feliz negándose al odio y la violencia.
SAGITARIO
(noviembre 22 - diciembre 21)
Los recuerdos de un amor pasado serán más fuertes y emotivos en este día. El apoyo de su madre y familia será de mucha ayuda para superar las crisis. La situación laboral mejora. Recuerde: Si dentro de Ud. está la raíz del amor, solo amor saldrá de Ud
CAPRICORNIO
(diciembre 22 - enero 19)
Es posible que siente una fuerte atracción por alguien de su círculo de amigos. La protección y afecto de sus amigos es importante en este momento. Recuerde: Vuele a las alturas.
ACUARIO
(enero 20 - febrero 19)
Las profesiones relacionadas al arte, belleza, estética o moda tenderán a verse un tanto complicadas; procure estar preparado. Recuerde: ¡El día de hoy es una nueva oportunidad que tiene para ser feliz
PISCIS
(febrero 20 - marzo 20)
Trate de mantener frescos los sueños que tenga en este día ya que estos le darán pautas para entender su situación actual y guiarse mejor en la misma. Recuerde: La felicidad aflora cuando enfoca la vida con optimismo realista.
CRONOS Álex Quiñónez hace B11
historia en Qatar
tiempo lectura 15 min.
MIÉRCOLES 02 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora ECUADOR D
El deporte ‘tricolor’
se unió en un mensaje de ánimo para Álex Quiñónez
HISTÓRICO
El ecuatoriano logró la medalla de bronce con un tiempo de 19.98 en la final de los 200m. Álex Quiñónez puso su firma en la historia del atletismo ecuatoriano al conseguir bronce en la prueba final de los 200 metros planos del Mundial de Atletismo que se desarrolla en Doha. El ‘tricolor’ llegó a la mata con un tiempo de 19.98, por detrás del estadounidense Noah Lyes, quien se llevó el oro con una marca de 19.83 y el canadiense André De Grasse que fue segundo (19.95). Con esta presea, el velocista de 30 años confirma una de sus mejores temporadas deportivas. Previo a este certamen, Quiñónez compitió en la Liga Diamante EL DATO donde se quedó con el quinto luEs la primera gar y ganó medamedalla, en la modalidad velo- lla de oro en los cidad, que alcanza Ecuador en un Juegos PanameMundial de ricanos de Lima Atletismo. 2019. El camino
La primera intervención de Quiñónez fue el pasado 29 de septiembre, durante el heat clasificatorio, el cual encabezó con una marca de 20.08 y así consiguió el cupo para la siguiente fase de la prueba. Esto, después de una mala racha para los represen-
Siete preseas mundiales en 12 días
°
Este, sin duda, ha sido el mejor año a nivel deportivo para Ecuador. Entre otras, ha logrado un Campeonato Sudamericano con la Selección Sub 20 de Ecuador y un Tercer lugar en el Mundial de la categoría. Y, los otros deportistas ‘tricolores’ no se han quedado atrás. En menos de 15 días, Ecuador sumó siete medallas a nivel mundial. La primera llegó de la mano de Julio Castillo de 21 de septiembre cuando obtuvo plata en el Mundial de Boxeo que se desarrolló en Rusia. Enseguida, Neisi Dájomes (24 de septiembre) y Tamara Salazar (26 de septiembre) alcanzaron un total de cuatro medallas de bronce en el Mundial de Halterofilia en Tailandia. Alfredo Campo también se suma a este grupo, con el histórico subcampeonato que obtuvo en BMX el fin de semana. Álex Quiñónez no quiso ubicarse fuera y también hizo historia al quedar tercero en Qatar.
tantes ecuatorianos que, debido al calor, no lograron destacar e incluso se registraron abandonos en los 50 kilómetros marcha (Andrés Chocho y Claudio Villanueva). A día seguido, Álex se preparó para la semifinal con el único objetivo de llegar a la gran final y entregar una nueva medalla a Ecuador. Con un tiempo de 19.95, que de hecho fue la mejor marca para Álex a lo largo de la competencia, alcanzó su cometido en segundo lugar, Noah Lyles venció al ecuatoriano con nueve segundos. En la etapa final que se disputó ayer, el ecuatoriano logró completar el podio con un crono de 19.98, y se suma a Jefferson TOME NOTA Pérez como los únicos medallisde 12 tas de Ecuador Luego años, Ecuador se en un Mundial de vuelve a subir a podio munAtletismo. Con la un dial en atletismo. presea alcanzada por el velocista esmeraldeño Ecuador lleva cinco medallas: tres de oro, una de plata y una de bronce. La participación del equipo ecuatoriano en esta cita mundialista, finalizará con los 20 km marcha (masculino) y con el salto triple femenino. (MP)
Les prometo que siempre voy a dar todo de mí, para conseguir cosas grandes para el país”.
TRICOLOR. Álex Quiñónez con la bandera de Ecuador luego de alcanzar el tercer lugar en el Mundial de Doha.
ÁLEX QUIÑÓNEZ
Puesto: Primero
Puesto: segundo
Puesto: tercero
Heat Clasificatorio
Semifinal
Final
Tiempo: 20.08
Tiempo: 19.95
Tiempo: 19.98
(mejor marca)
CRONOS B12
MIÉRCOLES 02 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
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MINUTERO Martino baja las exageraciones
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El argentino Gerardo Martino, entrenador de la Selección mexicana de fútbol, aseguró ayer que no vino a revolucionar el fútbol local y aceptó que le preocupa una posible sanción al ‘Tri’ por el grito de “puto” en los estadios. EFE
Álvaro Montero suspendido por dopaje
El guardameta del Deportes °Tolima Álvaro Montero, que hizo parte de la Selección colombiana en la Copa América jugada este año en Brasil, fue suspendido provisionalmente durante 60 días por haber dado positivo en una prueba antidopaje. EFE
Inicia el camino a la final Barcelona y Delfín juegan el partido de ida en el estadio Monumental.
GUAYAQUIL • Las semifinales de la Copa Ecuador se juegan desde esta noche (19:20) en el estadio Monumental. Barcelona recibe la visita del Delfín, en el juego de ida. Los ‘Canarios’ llegaron a esta instancia tras dejar en el camino al club El Nacional. Ayer entrenaron a puerta cerrada en su reducto, donde el DT Leonardo Ramos bosquejó la posible alineación. “Mi equipo viene ganando, es el más goleador del torneo. Confío mucho en lo que tengo y lo más importante, ellos confían en lo que están haciendo, eso me interesa y me pone feliz de que ninguno haya bajado las ganas de querer estar en la titularidad”, expresó Ramos. Añadió: “Considero que estoy en uno de los mejores planteles y con sana intención de ganar todos los partidos, queremos estar al frente de todo lo que se juegue”. En cuanto a la convocatoria
COPA ECUADOR
TORNEO. Barcelona llega de eliminar a El Nacional.
para la Selección nacional dijo: “Hablé con el entrenador Jorge Célico, porque se interpretó mis declaraciones como que yo no quiero prestar jugadores, lo que dije fue que me gustaría contar con todos para los partidos de Copa Ecuador, pero sé que hay muchos chicos que quieren estar en la ‘Tricolor’. El zaguero Darío Aimar señaló que aspiran “hacer las cosas de la mejor manera. No descuidar ningún torneo, pero vamos paso a paso. Delfín es un gran rival, hay que estar atentos”, sostuvo. El cuadro ‘Cetáceo’, en cam-
Gnabry se pasea con el Bayern en Londres Eto’o espera que Messi no juegue
El camerunés Samuel Eto’o, °exjugador de Barcelona e Inter de Milán, expresó el deseo de que el argentino Lionel Messi no juegue el duelo europeo de hoy (14:00) entre el conjunto catalán y el milanés, al opinar que de recuperarse el número 10 ‘Azulgrana’ el partido estaría demasiado desequilibrado.
Frascarelli (Banguera) Castillo Aimar Herrera (Erazo) Pineida Marques Pérez Arce Díaz Martínez Álvez DT: L. Ramos
DELFÍN
Ortiz Perlaza Riveros Cangá Nazareno Piñatares Caicedo Burbano López Garcés Ordóñez (Rojas) DT: F. Bustos
Hora: 19:30 Estadio: Monumental Árbitro: Augusto Aragón
El portugués Cristiano Ronaldo, delantero del Juventus, igualó ayer al español Raúl González como jugador que marcó a más equipos distintos en la Liga de Campeones (33), gracias al gol anotado al Bayer Leverkusen. EFE
BAYERN MÚNICH
LONDRES, AFP • El Bayern de Múnich goleó 7-2 al Tottenham, vigente subcampeón continental, con una exhibición del joven extremo germano Serge Gnabry, autor de cuatro goles ayer en Londres. El surcoreano Heung-min Son adelantó a los locales nada más al empezar (12), pero los alemanes voltearon el marcador antes de la pausa, con goles de Joshua Kimmich (15) y del polaco Robert Lewandowski (45). El segundo tiempo fue una exhibición de Gnabry, autor de cuatro goles (53, 55, 83 y 88) y otro de Lewandowski (87). Por el Tottenham marcó también, de penal, Harry Kane (61). Tras este resultado, el Bayern lidera con 6 puntos el grupo B, mientras que el Tottenham se queda con uno.
BSC
Cristiano iguala a Raúl como jugador que marcó a más equipos
2 7
TOTTENHAM
bio, entrenó ayer por la mañana y en la tarde viajó al ‘Puerto Principal’. Los jugadores y cuerpo técnico están entusiasmados con poder ganarle al Ídolo y esperar el partido de vuelta que será el domingo (15:00) en el Jocay de Manta. “Ha sido una buena campaña y a la par de otros que vienen igual. En Copa Ecuador es meritorio porque los que están con nosotros son los tres mejores del país, con más presupuesto y logística, eso me llena de orgullo”, puntualizó el timonel Fabián Bustos. (SJMS).
Campeonato
Posibles Formaciones
FIGURA. Serge Gnabry celebra uno de sus goles para el Bayern de Múnich. AFP
Liga de Campeones Otros resultados
° Atalanta ° Shakhatar C. ° Manchester ° Dínamo Z. Madrid ° Real ° Brujas ° Galatasaray ° PSG ° Juventus ° B. Leverkusen ° Lokomotiv ° Atlético de Madrid
1 2 2 0 2 2 0 1 3 0 0 2
River cerca de una nueva final
CRONOS D
Los ‘Millonarios’ vencieron 2-0 a Boca Juniors y acaricia la final de la Copa Libertadores, nuevamente. ARGENTINA, EFE • River
Plate venció este martes a Boca Juniors con autoridad por 2-0 con goles del colombiano Rafael Santos Borré y de Ignacio Fernández en el estadio Monumental en la ida de las semifinales de la Copa Libertadores y le propinó otro duro golpe al ‘Xeneize’ tras la histórica final de Madrid del pasado diciembre. Borré hizo el 1-0 de penalti a los siete minutos. Fernández anotó el 2-0 a los 70 minutos tras una gran jugada colectiva que incluyó varios toques rápidos y precisos y una asistencia de Matías Suárez. 296 días después de la final de la Libertadores 2018 que River Plate le ganó a Boca Juniors en
MIÉRCOLES 02 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
A7
MOMENTO. Disputa por el esférico entre Ivan Marcone (Boca Juniors) e Ignacio Fernández (River Plate), autor del segundo gol.
Madrid, el azar y los resultados deportivos volvieron a cruzar hoy en la Copa a los dos equipos más populares de Argentina.
bre Borré. El delantero colombiano se hizo cargo del penalti y con un remate lento al centro de la porSistema de juego River Plate salió al campo con tería puso el 1-0 a los 7 minutos. Boca Juniors respondió con un 4-4-2 clásico. Boca Juniors, en remates de media discambio, jugó 4-5-1, con tancia de Emanuel ‘Beel delantero Franco belo’ Reynoso y Alexis Soldano como centroESPECTADORES campista por la dere- se registraron en el cotejo Mac Allister, que se cha y Ramón ‘Wancho- de ida entre River Plate y fueron desviados. Boca Juniors por la semifiPero, a los 42 minupe’ Ábila como único nal de la Copa Libertadores. tos, Ramón ‘Wanchodelantero central. pe’ Ábila comandó un Apenas comenzacontraataque y asistió a do el partido, el árbitro brasileño Raphael Claus cobró Nicolás Capaldo, que, cara a cara un penalti a favor del ‘Millona- con el portero, definió por encirio’ después de consultar el VAR ma del travesaño y desperdició y corroborar una infracción so- una inmejorable oportunidad.
70.000
La segunda mitad
El segundo tiempo comenzó con los mismos 22 jugadores y una disposición táctica similar. El desarrollo tampoco varió: River siguió dominando y Boca, cuando recuperaba la pelota, la perdía rápido. A los 55 minutos, Gustavo Alfaro sacó a Soldano y puso en su lugar al ídolo del ‘Xeneize’ Carlos Tevez. El ‘Apache’ no se paró como centrocampista por la derecha, sino como enganche, detrás de Ábila. En la siguiente jugada, River estuvo cerca del 2-0 cuando un centro desde la derecha de Gonzalo Montiel impactó en el poste.
A los 70, una gran jugada colectiva de River Plate derivó en el gol de Fernández, que ingresó por el centro y definió tras una precisa asistencia desde la derecha de Suárez para poner el 2-0. Para buscar el descuento, Alfaro puso a Eduardo Salvio y Mauro Zárate en el lugar de Reynoso y Mac Allister. Sin embargo, el Xeneize no logró inquietar a Franco Armani. En el tiempo agregado, Claus consultó el VAR y expulsó a Nicolás Capaldo. La vuelta será el martes 22 de octubre en la Bombonera y el ganador se enfrentará en la final al Gremio o al Flamengo.
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DESARROLLO INTEGRAL EN LIQUIDACIÓN SEGUNDA CONVOCATORIA A OFERTA PÚBLICA DE LOS ACTIVOS NO REALIZADOS El Señor Antonio Alejandro Asitimbay Carrera, en calidad de Liquidador y Representante legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DESARROLLO INTEGRAL EN LIQUIDACIÓN nombrado mediante resolución No. SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLSF-2017-100 y el acta de posesión de fecha 17 de noviembre de 2017, emitida por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, y en uso de sus atribuciones establecidas en los artículos 312 numerales 3 y 6 del Código Orgánico Monetario y Financiero, artículo 61 inciso segundo de la Ley de Economía Popular y Solidaria; y, en atención a las disposiciones de los artículos 274 y 275 de la Subsección V, Sección XIII que contiene la “NORMA QUE REGULA LAS LIQUIDACIONES DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO SUJETAS AL CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA”, del Libro Primero, Título II de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, emitidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, se convoca a OFERTA PÚBLICA para la venta al mejor postor de los siguientes activos no realizados de propiedad de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Desarrollo Integral en Liquidación. CARTERA. ACTIVOS OFERTADOS Pagarés Expedientes sin Pagares TOTAL
ESTADO Vencido Vencido
PROVINCIA Pichincha Pichincha
Nº DE PAGARES 40 23 63
MONTO TOTAL $16.425,92 $20.572,36 $36.998,28
CALIFICACIÓN Tipo E Tipo E
DIAS DE MORA Más de 360 días Más de 360 días
ESTADO Vencido
PROVINCIA Pichincha
Nº DE PAGARES 8 8
MONTO TOTAL $6.457,81 $6.457,81
CALIFICACIÓN Tipo E
DIAS DE MORA Más de 360 días
OTRAS CUENTAS POR COBRAR ACTIVOS OFERTADOS Asientos Contables TOTAL BIENES. ACTIVOS OFERTADOS Muebles y Enseres Equipos de Computación
González: “Hay una sola meta, llegar al Mundial de Catar”
El nuevo seleccionador de Costa Rica, Ronald González, afirmó este martes durante su presentación oficial que existe una meta “innegociable” que es clasificar al Mundial de Catar 2022 y que para ello apostará por una mezcla entre juventud y experiencia. “Hay una sola meta, no hay otra y no es negociable, y es llegar al Mundial de Catar y para eso nos vamos a preparar”, declaró González tras ser presentado por el presidente de la Federación Costarricense de Fútbol, Rodolfo Villalobos. AFP
ESTADO Regular Regular TOTAL
CANTIDAD 36 4
PROVINCIA Pichincha Pichincha
MONTO TOTAL $ 434,00 $225,00 $659,00
DESCRIPCION Mesas, papeleras, sillas… CPU, monitor, impresora…
El valor referencial de los activos descritos puesto a su consideración para la oferta pública que se adjudicarán de forma individual o conjunta, ascienden a la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO QUINCE CON 09/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICANA ($44.115,09 USD). Las ofertas deberán ser presentadas por escrito, en sobre cerrado, adjuntando el 10% del valor ofrecido, en efectivo o cheque certificado emitido a la orden de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Desarrollo Integral en liquidación en las oficinas ubicadas en las calles Amazonas N32-87 entre Mariana de Jesús y la Granja, oficinas de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria 4to piso, el día 4 de octubre de 2019 desde las 13H00 hasta las 17H00. En caso de ofertas presentadas por acreedores de la entidad en liquidación, de forma individual o conjunta, operara la compensación únicamente si el grado de prelación de crédito lo permite. En caso de que el oferente sea una empresa pública, deberá presentar la respectiva certificación presupuestaria emitida por el área correspondiente, por el valor total de la oferta; y en caso de ser una persona jurídica deberá adjuntar a su oferta copias certificadas del nombramiento que acredite la representación legal de la persona jurídica; registro único de contribuyentes; copias a color de cédula de ciudadanía y/o identidad y certificado de votación; copia certificada del estatuto o del acta de asamblea extraordinaria en la que se apruebe la participación en la oferta pública. Las ofertas pueden realizarse individualmente por cada activo, sin embargo se preferirán las ofertas que se presente por la totalidad de los mismos, señalando la dirección domiciliaria, teléfono fijo o celular y correo electrónico donde se realizaran las notificaciones a los oferentes. El liquidador tiene el derecho de declarar desierto el concurso si no se presentare oferta alguna; o si de haberlas, ninguna cumpliere con los requisitos establecidos. Para efectos de ley, la presente convocatoria se realiza en la ciudad de Quito el 2 de octubre de 2019.
ING. ANTONIO ALEJANDRO ASITIMBAY CARRERA LIQUIDADOR COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DESARROLLO INTEGRAL EN LIQUIDACIÓN
P.AB/23744
CRONOS A8
MIÉRCOLES 02 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
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El nadador de El Oro portará en pabellón nacional en la ceremonia.
Farinango: ‘Será un momento inolvidable’
Intentaré no pensar tanto en la presión de ser abanderado, quiero ir más fuerte y que todo me salga bien”.
que no podrán acompañarlo al torneo por los gastos que eso ge� neraría. El deportista de 18 espera ansioso la inauguración, pero su entrenador David Martínez le aconseja que esté tranquilo. “Que tome eso con calma y que no me desconcentre del objetivo principal que es la competencia. Que en los entrenamientos tam� bién se gana”, comentó.
GUAYAQUIL • David Farinango está contento, pero nervioso. Él será encargado de portar la bandera ‘tricolor’ en los Juegos Mundia� les de Playa en Qatar, a desarro� llarse desde el 10 de octubre. Hoy estará presente en el evento que organiza el Comité Olímpico Ecuatoriano (COE) para despedir a la delegación nacional. El nadador orense logró esta Expectativas designación por sus tres últi� En cuanto a sus entrenamientos mos logros. Quinto lugar en dijo que lo hace en dos jornadas Juegos Panamericanos de Lima, diarias en su natal Machala. En medalla de plata en Pana� la mañana un poco de mericano Junior y otra en estiramiento y gimna� TOME NOTA los Juegos Sudamericanos sio, por las tardes más de Playa en Rosario, Ar� piscina. “Con el profe Viajará a Qatar gentina. el lunes 7 de este David estoy desde ene� “En primera instancia mes y competirá ro del 2018 y estoy agra� me dijeron que no era se� el domingo 13 decido por todo lo que guro, así que no le dije nada hace por mi progreso, a mi familia, pero igual agrade� eso sí, me recomienda soltarme cía estar como probable nomina� más porque he tenido competen� do. Fue fin de semana que reci� cias muy seguidas. Pero lo com� bí la llamada de confirmación”, para con el fútbol y me dice que sostuvo. eso es normal, aunque debo ba� Sus padres, Carlos Farinango jar un poco las cargas hasta que y Viviana Berrú, estarán pre� se acerque el día de competir”, sentes en el evento del COE, ya señaló.
DESTACADO. David Farinango muestra una de sus medallas de la temporada.
Considera que sería satis� factorio meterse entre los diez mejores del Mundial. “Para mí sería gratificante porque a ese evento no es que nos destinaron así nada más, el cupo tuve que ganarlo en Corea, van menos de�
portistas y se complica todo, será un torneo intenso “, puntualizó. Inicios
Comenzó a los 8 años por va� cacionales. El doctor le detectó problemas de asma y le dijo que
practique karate o natación y se inclinó por lo segundo. A los 14 ya fue seleccionado del Ecuador y logró medalla de bronce en Perú, en 2015. En el 2017 fue campeón sudamericano 2017 en Cali, Colombia. (SJMS).
Federer y Zverev jugarán en México • El suizo Roger Federer, campeón de 20 torneos Grand Slam y el alemán Alexander Zverev, sexto de la clasificación de la ATP, jugarán ante más de 41.000 aficionados el 23 de noviembre en la plaza de toros de la capital de Méxi� co. Raúl Zurutuza, director de Mextenis, anunció ayer en una rueda de prensa, que el partido transcurrirá en cancha dura y estará precedido por un encuentro de dobles entre EXPECTATIVA. Roger Federer tamlos hermanos estadounidenses bién jugará en Quito. Mike y Bob Bryan contra los mexicanos Santiago González pulco, torneo 500 de la ATP, y Miguel Reyes. "Es un enorme Federer no ha jugado en Méxi� co, donde sí han estado el gusto poder confirmar la español Rafael Nadal y el noticia que tanto medios serbio Novak Djokovic, como aficionados estaban DÓLARES esperando: Roger Fede� cuesta la entrada quienes forman junto al para ver suizo el trío de los gran� rer vendrá a la Ciudad de másacara Federer. des jugadores del presen� México. Es un proyecto te siglo. que nos propusimos hace Federer estará solo un mucho tiempo y hoy nos EL DATO día en la Ciudad de Méxi� sentimos orgullosos de decir que Mextenis logró Federer también co, pero se ha tomado en los serio el duelo ante Zverev concretar este magno muestra mejores números del circuito y pidió disponer de una evento", señaló. de la ATP, con hora para pelotear, una Por tener compromi� 102 títulos. muestra de su interés en sos con el torneo de Du� ganar el encuentro pacta� bai, que coincide en fecha con el Abierto de Tenis de Aca� do a tres sets.
MÉXICO, EFE
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P.A.P74096
Estaba en una fiesta y le propinaron dos tiros
La víctima habría recibido amenazas. También se cree que querían robarle.
ESMERALDAS • Un disparo lo hirió
en el costado derecho del cuerpo y otro atravesó el corazón de Jor-
SEGURIDAD I
ge Adalberto Cevallos Angulo, de 25 años, a quien sus amigos y familiares lo llamaban ‘Cristal’. El joven estaba en una fiesta que se realizó el domingo en una casa ubicada en el sector ‘50 Casas’, en el sur de la ciudad de Esmeraldas. Todo fue diversión hasta las 17:30, cuando un sujeto sacó un arma y le disparó. Aunque las heridas fueron mortales, el hombre fue trasladado al hospital Delfina Torres
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CASO. Jorge Adalberto Cevallos Angulo, de 25 años, fue asesinado durante una fiesta en el sector de ‘50 Casas’.
de Concha, donde una doctora confirmó su deceso.
‘Cristal vivía en el sector Santas Vainas, en San Martín de Porres Alto, pero trabajaba como estilista Investigaciones en un gabinete de belleza Aunque la Policía investiMUERTES se han de Santo Domingo de los ga las posibles causas de violentas registrado en lo esta muerte violenta, Jac- que va del año en Tsáchilas. Otra hipótesis es que queline Cevallos comen- Esmeraldas. el objetivo del delincuente tó que su hermano había era robarle una fuerte cantidad sido amenazado de muerte.
43
dinero que había sacado de un banco antes de ir a la fiesta. Tras conocer esos datos, los uniformados realizaron un barrido por el sector y detuvieron al presunto autor del crimen. El sujeto fue ingresado en la zona de aseguramiento temporal de la Unidad de Vigilancia Comunitaria del Distrito Esmeraldas.
Matarn al ‘Gato Pinargoti’ cuando jugaba naipes EL EMPALME • Al menos cuatro tiros
a quemarropa le propinó un sujeto al ‘Gato Pinargoti’, quien es oriundo de Chone. Ocurrió el domingo en la parroquia El Rosario, en El Empalme, en Guayas.
De acuerdo con testigos, la víctima había llegado al sitio para visitar y jugar naipes con unos amigos. Cuando llevaban varias partidas arribó un desconocido quien abrió fuego contra el ‘Gato Pinargoti’.
Los testigos corrieron en busca de un refugio, mientras que la víctima quedó tendida en el suelo. Elementos policiales arribaron hasta el lugar para levantar el cadáver y realizar las primeras indagaciones sobre el crimen. (MZA)
CONVOCATORIA
SUCESO. El hombre quedó tendido cerca de la casa de sus amigos.
PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL DEL BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA CLINICA MATERNIDAD MOSQUERA
La empresa Clínica Maternidad Mosquera como Administrado, en cumplimiento al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental y Ordenanza Metropolitana N° 138, invitan al público en general a participar del Proceso de Participación Social del Borrador del Estudio de Impacto Ambiental Expost y Plan de Manejo Ambiental, de la Clínica Maternidad Mosquera, ubicado en las calles Sodiro. Con el siguiente cronograma de actividades
EXTRACTO De conformidad con lo establecido en el literal c) del artículo 4, de la Ley de Aviación Civil, y el artículo 55 del Reglamento de Permisos de Operación para la Prestación de los Servicios de Transporte Aéreo Comercial y demás normas aplicables, se pone en conocimiento del público en general, que el Consejo Nacional de Aviación Civil, en Sesión Ordinaria No. 007/2019 realizada el 24 de septiembre de 2019, resolvió autorizar a la compañía AEROLÍNEA DEL CARIBE S.A. AER CARIBE, la suspensión temporal y total del permiso de operación, en la ruta: Bogotá (BOG) y/o Medellín (MDE) y/o Cali (CLO) y/o Barranquilla (BAQ) — Latacunga (LTX) y/o Quito (UIO) y/o Manta (MEC) y/o Guayaquil (GYE) y viceversa, hasta con cuatro (4) frecuencias semanales, con derechos de tercera y cuarta libertades del aire, de su permiso de operación para la prestación del servicio de transporte aéreo público, internacional, regular, de carga, a partir del 06 de octubre de 2019, hasta el 04 de mayo de 2020, fecha en la cual finaliza la vigencia del permiso de operación otorgado por el Consejo Nacional de Aviación Civil. La compañía AEROLÍNEA DEL CARIBE S.A. AER CARIBE tiene presentada una declaración juramentada, mediante la cual se compromete a cumplir con todas las obligaciones derivadas de los contratos de transporte que puedan ser afectados, por la suspensión temporal de las operaciones. La compañía AEROLÍNEA DEL CARIBE S.A. AER CARIBE deberá entregar en la Secretaría del Consejo Nacional de Aviación Civil, las tres (3) publicaciones consecutivas del presente extracto, realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación nacional. Dado en Quito D.M., a 24 de septiembre de 2019. Piloto Marcelo Alfonso Jácome Acosta SECRETARIO DEL CONSEJO NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, SUBROGANTE. TAB/SRC PAP/74088/AT
MECANISMO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL Reunión Informativa Centros de información Pública
Información Digital del EsIA y PMA
Medio adicional de ecepción de observaciones y comentarios
LUGAR
FECHAS
HORA
Sala de Consulta Externa de la Clínica Maternidad Mosquera, ubicada en la calle Sodiro 207 y los Ríos esquina
10 de octubre del 2019
15 horas (3:00 de la tarde)
Entrada a la Clínica Maternidad Mosquera, ubicada en la calle Sodiro 207 y Los Ríos esquina Página web del SUIA: regularizacióncontrol.ambiente.gob.ec/suia-iii/ publicarEstudio.jsf. (Código del Proyecto MAE-RA-2017-325361) Página web del proponente http://clinicamosquera.org/ Página web del consultor: www.costecam.com wpillajo@costecam.com
ACTIVIDADES PREVISTAS PARA PÚBLICO EN GENERAL Asistencia y participación con observaciones y comentarios
Desde el 3 octubre 8:00 a 12:00 del 2019 hasta horas en la mañana el 17 de octubre del 2019 y de 13:00 a 17:00 horas de la tarde
Análisis, revisión y emisión de observaciones y comentarios
Desde el 3 octubre del 2019 hasta el 17 de octubre del 2019
Análisis, revisión y emisión de observaciones y comentarios
Desde el 3 octubre del 2019 hasta el 17 de octubre del 2019
Emisión de observaciones y comentarios
La Clínica Maternidad Mosquera es una unidad operativa de servicios Médicos privada, constituida hace 55 años para brindar atención en las áreas de Ginecología, Obstetricia, Pediatría, Odontológica y Medicina General. La Clínica Maternidad Mosquera se encuentra ubicada en la calle Sodiro 207 y Ríos esquina, es una unidad de Salud privada, fundada sobre valores éticos, solidarios y de excelencia profesional, lo que nos permite prestar servicios médicos integrales de excelencia a precios muy asequibles, dirigido especialmente a grupos de población de escasos y muy bajos recursos económicos. Esperamos contar con su valiosa presencia, y a la vez solicitamos de la manera más comedida difundir esta información dentro de su comunidad. P.AB/112476
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Abominable d-box dob 14:00 Abominable 3d d-box dob 16:30 19:00 Ad astra: hacia las estrellas d-box sub 21:05 Historias de miedo para contar en la noche sub 14:30
Vencedor dob 16:50 Rambo v sub 19:45 Historias de miedo para contar en la noche sub 21:45 Dora y la ciudad perdida d-box dob 13:15 Ad astra: hacia las estrellas d-box dob 15:30 It: capitulo 2 d-box sub 18:00 21:20 Dora y la ciudad perdida dob 13:55 16:05 Había una vez en hollywood sub 18:50 22:00 Angry birds 2 dob (TP) 14:40 Yesterday sub 16:45 19:15 21:45 Abominable dob 13:00 15:10 17:20 Ad astra: hacia las estrellas sub 19:30 Chicos buenos sub 22:10 La mala noche dob 14:15 Azules turquesas dob 16:15 18:15 20:15
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Un amigo abominable 3D Doblada 2:00 pm 4:10 Un amigo abominable 2D Doblada 2:40 5:00 pm Azules Turquesas Español 13:05 15:10 17:15
pm 6:30 pm 2D Doblada 2:40 pm 4:50 pm 7:00 pm 9:10 pm Boda Sangrienta 2D Doblada 2:10 pm 6:50 pm 2D Subtitulada 9:00 pm
Midsommar: El Terror No Espera La Noche 2D Doblada 3:40 pm 8:30 pm
Azules turquesas 2D Idioma Original 5:15 pm
7:15 pm 9:15 pm
El Convento 2D Dobl 2:00 pm 7:20 pm 9:30 pm Ad Astra: Hacia las Estrellas 2D Doblada
3:45 pm 6:15 pm 8:45 pm
Rambo: La Última Misión 2D Doblada 5:10
pm 9:20 pm
Chicos Buenos 2D Doblada 3:10 pm 7:20 pm El Jilguero 2D Doblada 4:20 pm Historias de Miedo para Contar en la Oscuridad 2D Doblada 2:10 pm 6:30 pm 8:50 pm Yesterday 2D Doblada 2:45 pm Vencedor 2D Doblada 4:15 pm Mamá se fue de viaje 2D Idioma Orig. 4:30 pm
7:20 8:20 9:40 3D Doblada 3:40 6:00
Boda Sangrienta 2D Doblada 4:10 6:20 10:40
2D Subtitulada 8:30
Midsommar: El Terror No Espera La Noche
2D Doblada 6:15 9:15
Azules turquesas 2D Idioma Original 2:00 4:00 6:00 8:10 10:00
El Convento 2D Doblada 5:40 8:00 10:15 Ad Astra: Hacia las Estrellas 2D IMAX Doblada 3:20 2D Doblada 7:40 pm 2D Subtitulada 10:15
Rambo: La Última Misión 2D Doblada 2:30 4:50 7:10 2D Subt. 9:30 Chicos Buenos 2D Doblada 4:30 10:30 2D Subtitulada 8:30
El Jilguero 2D Doblada 4:40 9:00 Historias de Miedo para Contar en la Oscuridad 2D Doblada 2:40 5:00 9:50 2D
Subtitulada 7:20 Yesterday 2D Doblada 6:10 8:40 Vencedor 2D Doblada 3:50 6:20
19:20
Un Amigo Abominable Español 13:10 13:50
14:30 15:25 16:05 16:45 17:40 18:20 19:00 20:35 Midsommar Español 19:30 21:15 Rambo V Español 16:35 18:50 21:05 El Jilguero Español 13:45 Chicos Buenos Español 14:30 Ad Astra: Hacia las Estrellas Español 13:30 18:30
Historias de Miedo para Contar en la Oscuridad Español 16:00 21:10 Boda Sangrienta Español 16:45 18:55 21:10 It: Capítulo 2 Español 16:05 19:55 21:25 Dora y la Ciudad Perdida Español 13:55 El Inventor de Juegos Español 13:20 15:40
18:00 20:20
MULTICINES EL RECREO
MULTICINES EL CONDADO
Azules Turquesas Español 14:25 16:30 18:35
Azules Turquesas Español 13:10 15:10
Un Amigo Abominable Español 13:10 13:50
Un Amigo Abominable Español 13:00 13:50
20:40
14:35 15:10 15:25 16:05 16:50 17:25 17:45 18:20 19:05 19:40 20:05 20:35 Midsommar Español 19:00 21:20 Rambo V Español 13:40 15:55 18:10 20:30 El Jilguero Español 13:25 Chicos Buenos Español 14:00 18:40 Ad Astra: Hacia las Estrellas Español 16:05 20:45
Historias de Miedo para Contar en la Oscuridad Español 16:25 18:50 21:15 Boda Sangrienta Español 13:30 15:40 17:50
20:00
It: Capítulo 2 Español 13:35 14:35 17:00 18:00 20:25 21:30
Dora y la Ciudad Perdida Español 14:20 16:40 El Inventor de Juegos Español 14:00 16:20 18:40 21:00
17:10 19:10
14:30 15:15 16:05 16:45 17:30 18:20 19:00 19:45 Rambo V Español 14:00 16:15 18:30 20:45 Chicos Buenos Español VIP 13:40 Ad Astra: Hacia las Estrellas Español 17:25 Español VIP 15:40 20:25
Historias de Miedo para Contar en la Oscuridad Español 14:10 18:55 Boda Sangrienta Español 20:35 21:10
Español VIP 18:10 It: Capítulo 2 Español 20:00 21:15 Dora y la Ciudad Perdida Español 15:00 El Inventor de Juegos Español 16:35 21:25
Presentación de la segunda muestra de Arte desde la Academia
GENTE I
MIÉRCOLES 02 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
A11
Bajo la organización del Banco Mundial y la Universidad Central se realizó la semana pasada la exhibición de 17 obras realizadas por 25 estudiantes de la carrera de Artes Plásticas de la facultad de Artes, de la institución educativa.
Takeo Ishikawa, representante de Jica; y Rafael García, director cooperación Española.
Édison Vaca, Juan Carlos Álvarez, representante Banco Mundial; Fernando Sempértegui, rector de la Universidad Central; y Xavier León.
Adrián García, Joshbat Cabezas, Diana Lara y Jorge Vargas, expositores.
Nuria Frigola y Dafne Martos.
‘La cuerpa’, trabajo en óleo sobre tela collage -100 x 70-. Damaris Martínez.
Arnaud Peral, representante de las Naciones Unidas; María Clara Martin, representante de Acnur; y Joaquín González, de Unicef.
50c incl. IVA MIÉRCOLES 02 DE OCTUBRE DE 2019
Quito, Ecuador
Álex Quiñónez, histórico Barcelona en busca de la final
El cuadro ‘Torero’ enfrenta hoy a Delfín, en la semifinal de ida de la Copa Ecuador. PÁGINA B12
River se agranda en la Copa
River Plate venció 2-0 a Boca Juniors. Faltan 90 minutos para definir quién clasifica a la siguiente fase de la Libertadores PÁGINA A7
Bala en protestas de Hong Kong
Un joven resultó herido ayer en Hong Kong. Fue la primera vez que la Policía china disparó contra los manifestantes. PÁGINA B5
32 PÁGINAS
El velocista ecuatoriano se bañó en bronce en el Mundial de Atletismo de Doha. PÁGINA B11
Revista judicial
c00
LUNES 24de noviembRe de 2008 La Hora Quito, ecuadoR
miércoLES, 2 de octubRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR Revista no: 12663 Director dr. Francisco ViVanco rioFrío
es una edición de diario la hora
editora diana Briones Puga
http//www.derechoecuador.com
Dirección: Panamericana norte Km 31/2 y nazareth | telf: 2475723 al 728 | e-mail: revistajudicial@lahora.com.ec
SEGURO SOCIAL Y SEGURIDAD SOCIAL
Autor: Dr. MAnuel Posso ZuMárrAgA
Hablar del seguro y de la seguridad social es materia de varios tomos, de vivencias, denuncias, planes estratégicos y consultas y reformas parches que han complicado la evolución histórica de lo que llamamos Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Por esta situación nos remitiremos a un enfoque puntual que es la vía por donde debemos empezar con una reforma estructural al sistema del seguro y de la seguridad social El Frente Único de Defensa del IESS, a pedido de la OIT, desea aportar con una reflexión conceptual que no consta ni en la ley de seguridad social ni en la Constitución Concepto Legal Nos referimos a la falta de definiciones sobre del concepto legal de seguridad social con el objetivo de distinguir el rol de los seguros sociales administrados por el mal llamado IESS y sobre
el sentido político que tienen en común: la intervención del Estado sobre la economía con la protección integral por parte del Estado que no se definen ni en la Constitución de Montecristi ni en la ley de seguridad social 2001-55. Cuando observamos en los Estados Modernos o en las legislaciones del derecho comparado de Europa, un Estado se erige como gran gestor del bienestar humano, emergen conceptos tales como dignidad
CONSULTAS CONSTITUCIONALES
humana, derechos humanos, y otros conceptos ligados con lo humano, que se refiere al acceso incondicional de ciertos bienes y servicios Mientras que lo que se tiene en el Ecuador, son entes desarticulados que supuestamente hacen seguridad social como el IESS, el ISSFA, la ISSPOL, prestadoras de salud e incluso municipios, son organismos que administran prestaciones de salud, de pensiones, riesgos del trabajo, cesantías, fondos de
reserva, subsidios etc. Cada uno bajo leyes y normas exorbitantes y llenas de parches inaplicables En el Ecuador, al mezclar los conceptos de seguridad social y seguros sociales y trasladar financieramente la obligación de protección integral del Estado a una institución que no se sujeta a los principios de la técnica actuarial y financiera en el tiempo han aparecido serios desbalances en sus reservas en casi todos los seguros y en especial el de salud, pensiones
¿Las personas extranjeras pueden acceder a los servicios públicos en el Ecuador?
resPuestA El Pleno analizó la acción por incumplimiento de norma presentada, por un ciudadano cubano y en dicho contexto señaló que, pese a que no se acreditó en el proceso la realización del reclamo previo exigida por la LOGJCC, la Corte es consciente de la situación de vulnerabilidad de las personas en movilidad humana, al momento de acceder a servicios públicos. En tal virtud, estableció que resulta indispensable
que el Consejo de la Judicatura adopte las medidas necesarias para garantizar que las notarías presten sus servicios a todas las personas que los requiera, sin realizar distinciones ilegítimas con base en categorías prohibidas de discriminación como lo es el lugar de nacimiento. Para ello, dispuso de manera preventiva que el contenido de la sentencia sea difundido entre los funcionarios de las notarías públicas, así como, la publicación en el portal web de la institución.
Sentencia No. 3-11-AN/19 del Boletín Jurisprudencial Edición Periódica de la Corte Constitucional del Ecuador
c1
y riesgos del trabajo , producidos por la deformación de leyes que le obligan al seguro social , asumir financieramente, el costo de la atención a la familia del asegurado, a las amas de casa, al seguro social campesino que son temas de atención y obligación financiera del Estado. De igual forma se debe cambiar el ámbito de gestión de las inversiones no privativas del Banco del IESS que en un 70 % se destinan a proyectos del gobierno de turno y un 30% a inversiones privativas en beneficio del asegurado, lo que implica buscar una reforma para revertir estos porcentajes La Seguridad Social Integral para Ecuador, debe ser una institución legal, reglamentada especialmente para proteger los llamados derechos fundamentales, entre los que se encuentran: la vida, salud e integridad de todos los ciudadanos. Se llama Seguridad Social debido a que desde el plano normativo, tiene la pretensión de brindar seguridad a toda la población, desde la provisión de estos llamados “servicios elementales” sin distinciones basadas en raza, edad, sexo o condición socioeconómica; y es integral porque abarca un grupo de protecciones especiales para los trabajadores y sus familias; igualmente quienes se encuentren en condición de vulnerabilidad , también pueden beneficiarse de la seguridad social pues es un servicio público de obligatorio cumplimiento a cargo del Estado y no a cargo del IESS que debe atender las prestaciones clásicas para el asegurado obligado, del voluntario y de ciertos seguros especiales que por sus condiciones de riesgo necesitan protección en condiciones de accesibilidad especial Propósitos En otras palabras, el sistema de seguridad social sirve a dos propósitos fundamentales: legitimidad y financiación. En cuanto a legitimidad, la provisión de servicios sociales a escala ampliada a la población, tiende CONTINUA EN LA PáGINA - C2
Revista judicial c2
miércoLES 2 de octubRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR
a reivindicar el papel del Estado como garante de la protección de todos los individuos, protección no solamente frente a los derechos de propiedad individual o frente a la agresión física, sino también protección frente al acceso de servicios elementales
EJECUTIVOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: CABRERA ROSALES MARLON OLIMPO ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO 29 DE OCTUBRE LTDA DEMANDADO: CABRERA ROSALES MARLON OLIMPO JUICIO: Ejecutivo ASUNTO: Cobro de Pagaré No.- 15301-2018-00624 CUANTIA: 4.534.52 USD JUEZ: .- DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO Tena, miércoles 21 de noviembre del 2018, las 10h31, VISTOS: En mi calidad de Jueza Titular de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA-NAPO, nombrada por la Corte Provincial de Napo, mediante acción de personal Nro.- 1115-DNTH-2015 KP de fecha 24 febrero 2015, resolución número 24-2015 de fecha 18 febrero 2015.- Revisada que ha sido la acción propuesta por la actora COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO 29 DE OCTUBRE LTDA. debidamente representada por el Gerente de la Cooperativa EC. EDWIN CARLOS MARIO EGUEZ LUPERA, debidamente representado por los PROCURADORES JUDICIALES SR. DRA. DALIA UNDA MENA Y DR. JUAN HERNÁNDEZ ALTAMIRANO, con su escrito de fecha miércoles 24 de octubre del 2018 a las 15h36 ha completado su demanda el momento procesal oportuno, la misma que es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en la deuda que consta originariamente en el Pagaré No.6040900002464 (adjunto), documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que TERCERA:DISPONGO: 3.1:- Se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.(…).- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, viernes 7 de junio del 2019, las 09h50, VISTOS: Se dispone: 4) SEÑALAMIENTO DE DILIGENCIA.- En vista del juramento que hace la Procuradora Judicial en el escrito que antecede; de que le es imposible ubicar el domicilio actual del demandado CABRERA ROSALES MARLON OLIMPO portador de la cédula de ciudadanía No. 1500837206; se requiere su comparecencia de forma personal a esta Judicatura, diligencia que se señala para el día JUEVES 27 DE JUNIO DEL 2019, A LAS 11H30, a fin que esta afirmación la haga bajo juramento, con las formalidades del inciso segundo del numeral 2 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. 5) EXTRACTO.- Evacuada que sea la diligencia que antece-
que son separados de la lógica de la asignación espontanea del mercado sin caer en el intervencionismo del sector privado que en varias ocasiones ha tratado de privatizar el sistema de las pensiones y de la salud. Conclusión En conclusión ,la conceptualización y alcance diferenciador en la ley de seguridad social y en la Constitución debe ser el marco primordial que hay que cambiar ,no sin antes exigir la
de, CÍTESE al señor CABRERA ROSALES MARLON OLIMPO con cédula 1500837206; por medio del Diario “LA HORA” que tiene cobertura a nivel Nacional; para el efecto, el actuario de este despacho procederá a entregar el extracto respectivo.NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO Hay firma y sello PAR/111590/EG EXTRACTO JUDICIAL CAUSA NRO. 17230-201908751 UNIDAD JUDICIAL CIVL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: SUSANA OLIMPIA MIER AGUILAR ACTOR: ABG. ANA CECILIA ALMEIDA, PROCURADORA JUDICIAL DEL SR. EDWIN FERNADO MUÑOZ AYORA DEMANDADOS: EDISON GEOVANNY LOPEZ JARAMILLO Y SUSANA OLIMPIA MIER AGUILAR JUICIO: 17230- 2019-08751 MATERIA CIVIL: EJECUTIVO.COBRO DE PAGARE A LA ORDEN CUANTÍA: USD. 22.000,00 DEFENSOR: ABG. ANA CECILIA ALMEIDA HERNANDEZ CASILLA JUDICIAL: ----.CORREO ELECTRÓNICO: anyceci@hotmail.com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: En sentencia se ordene a los señores EDISON GEOVANNY LOPEZ JARAMILLO y SUSANA OLIMPIA MIER AGUILAR, al pago de: 1.- Al pago de la totalidad de los valores cancelados por concepto de capital e intereses a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Pablo Muñoz Vega, esto es la suma de $ 16.941,18.- 2.- Los intereses de mora.- 3.- Las costas procesales en las que se incluirán los honorarios profesionales.- Dr. LEONARDO ANDRES EGUIGUREN BERMEO.- JUEZ.AUTO ADMISORIO.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, miércoles 28 de agosto del 2019, las 15h10, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y la documentación que anteceden. En lo principal se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por AB. ANA CECILIA ALMEIDA, en calidad de Apoderada Especial y Procuradora Judicial del señor Edwin Fernando Muñoz Ayora, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- SEGUNDO: En consecuencia, los demandados señores: SUSANA OLIMPIA MIER AGUILAR y GEOVANNY LOPEZ JARAMILLO; en el término de QUINCE (15) días, contesten a la demanda conforme lo determina la parte final del
Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO: En virtud del juramento rendido, CITESE, al demandado señor SUSANA OLIMPIA MIER AGUILAR, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación nacional de los que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual por secretaria se extenderá el respectivo y al demandado EDISON GEOVANNY LOPEZ JARAMILLO, una vez que la parte actora ha rendido el juramento de rigor respectivo, y por cuanto del proceso consta el certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores que indica que el demandado, consta registrados en el consulado del Ecuador en Madrid- España, se dispone citar al demandado señor: EDISON GEOVANNY LOPEZ JARAMILLO, mediante tres carteles fijados en días distintos en el consulado del Ecuador en la ciudad de España-Madrid, de lo cual el funcionario responsable de la Oficina Consular deberá dejar constancia de lo actuado mediante registro físico fotográfico de lo actuado; para el efecto remítase atenta comunicación a la Coordinación Zonal del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, con toda la documentación certificada necesaria, en medio físico y digital, esto con fundamento en el Art. 69 del COGEP. La parte actora deberá prestar las facilidades del caso, para lo cual la parte accionante deberá prestar las facilidades del caso.QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados por la parte actora..- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones así como la autorización dada a su Abogado patrocinador. Actué Abg. Jesús de la Cruz secretario de este despacho.- NOTIFÍQUESE Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- CERTIFICO.ABG. JESUS VICENTE DE LA CRUZ HARO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello Par/111608/eg REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: LUIS
presentación de los estudios financieros actuariales de todos los seguros administrados por el IESS y el estado de la cartera de inversiones del Banco del IESS a través de los fideicomisos ,varios de ellos cuentan con exámenes de Contraloría que demuestran importantes márgenes de pérdidas y de igual forma exigir la presentación del avaluó catastral de los bienes inmuebles que según datos de prensa el IESS tiene 285 bienes inmuebles de uso no institucional; es decir, que
no usa para su operación, según un catastro previo de la entidad. Están ubicados en 15 provincias del país, pero cerca del 80% está en Pichincha, Guayas y Santa Elena e Imbabura y Carchi. El valor de estas propiedades asciende a USD 128 millones. Algunos son lotes, bodegas, parqueaderos y espacios de terreno sobrantes de urbanizaciones construidas por el IESS. En otros casos, son inmuebles recibidos en “dación de pago”, por parte de la banca cerrada, otros
Si quieres lograr el éxito en el mundo mata tu conciencia. Conde
de
M i r a B e au
Político francés.
A DA LV E R TO MORALES COROZO. DEMANDADOS: LUIS A DA LV E R TO MORALES COROZO. JUICIO No. 17230-2017-08522. TRAMITE: EJECUTIVO COBRO DE PAGARE A LA ORDEN. CUANTÍA: NUEVE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 00/100. AB. DEFENSOR: DRA. MARÍA EUGENIA DONOSO PROAÑO PROCURADORA JUDICIAL DE BANCO RUMIÑAHUI S.A. OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE CONDENE AL DEMANDADO AL PAGO DEL VALOR CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN MATERIA DEL PRESENTE PROCESO, INTERESES Y GASTOS PROCESALES. UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 23 de junio del 2017, las 13h14.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito del DM., de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.- En lo principal se considera: La demanda presentada por la ABG. GLENDA HIPATIA LUCERO ALVAREZ en calidad de procuradora judicial del ingeniero Alejandro Ribadeneira Jaramillo, gerente general del BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A., conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el pagaré a la orden establecidos a fs. 1, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Cítese a la parte demandada en la presente causa, señor LUIS ADALVERTO MORALES COROZO, en calidad de deudor principal en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará copias de la demanda y este auto inicial de conformidad al Art. 72 del COGEP mediante deprecatorio a un Juez de la Unidad
Judicial Civil de Esmeraldas; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe el Abg. Diego Acuña Naranjo en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. .- F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 4 de julio del 2019, las 15h55, Agréguese al proceso el escrito presentado y la Procuración Judicial adjunta. Toda vez que la parte actora ha dado cumplimiento con el auto inmediato anterior y en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada LUIS ADALVERTO MORALES COROZO, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/111601/EG CASILLERO: 666 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: IDER PATRICIO VÉLEZ LOOR ACTOR: BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A. DEMANDADO: IDER PATRICIO VÉLEZ LOOR PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO ASUNTO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUICIO No.: 17230-2017-12911 CUANTIA: USD. 8.500.00
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, viernes 22 de septiembre del 2017, las 08h26. VISTOS: En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Código Orgánico General de Procesos COGEP.Antecedentes: Comparece la Abg. Glenda Hipatia Lucro Álvarez, en su calidad de Procuradora Judicial del Banco General Rumiñahui S.A., conforme la documentación adjunta, expone sus generales de ley y manifiesta que demanda al señor IDER PATRICIO VÉLEZ LOOR, por el pago del saldo del capital del Pagaré a la Orden del actor por un valor de USD. 4,579.18, más los intereses legales, de mora, costas procesales y honorarios del abogado patrocinador. En tal virtud se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Una vez revisada la demanda presentada, dentro del término establecido en el artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 348 y 349 ibídem, pues se fundamenta en un Pagaré a la Orden que constituye título ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347.5 y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Ejecutivo, establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP.SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda, aclaración de la demanda y el presente auto interlocutorio a la parte ejecutada señor IDER PATRICIO VÉLEZ LOOR en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 53, 54 y 55 del COGEP, para el efecto envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. TERCERO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN.- Conforme lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 días a fin de que la ejecutada señor IDER PATRICIO VÉLEZ LOOR, formule oposición, reconvenga o proponga excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención de lo que estipula la norma del artículo 352 del Código citado. CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en su demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. QUINTO.- Téngase
bienes tienen orígenes difusos. Una gran parte fue heredada o donada al Seguro Social, otros dados en comodatos antes de la prohibición legal. Y un gran porcentaje han sido invadidos .177 de estos bienes están libres de gravámenes y se debería haber vendido en pública subasta, pero las administraciones politizadas y sin visión en materia de bienes inmuebles. Dr. Manuel Posso Zumárraga drposso@yahoo.com
en cuenta la cuantía señalada y agréguese al expediente la documentación que adjunta la parte actora.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- F:) VINICIO PALACIOS MORILLO, JUEZ.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, martes 2 de julio del 2019, las 14h30, En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora en escrito de fecha 29 de mayo del 2019, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos - COGEP, y en virtud del juramento rendido en acta de 25 de junio del 2019, CÍTESE al señor IDER PATRICIO VELEZ LOOR por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto respectivo. Notifíquese.- F:) VINICIO PALACIOS MORILLO, JUEZ Lo que pongo en conocimiento y se cita para los fines legales consiguientes recordándole la obligación de señalar casillero dentro de la referida causa. DR. FRANCISCO VASQUEZ GARCIA SECRETARIO Hay firma y sello PAR/111598/EG UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO PROCEDIMIENTO COGEP JUEZ PONENTE: DR. EDISSON LOPEZ TAPIA. CITACIÓN JUDICIAL Se le hace saber a: IVAN ANGEL REBUTTY CASTRO; que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en Proceso EJECUTIVO, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: ACTOR: BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A. DEMANDADO/S: IVAN ANGEL REBUTTY CASTRO CAUSA No: 17230-2017-16012. MATERIA: CIVIL. TIPO: EJECUTIVO. ACCION: DOCUMENTOS PRIVADOS LEGALMENTE RECONOCIDOS POR DECISIÓN JUDICIAL. CUANTIA: “CINCO MIL QUINIENTOS 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 5.500,00)”. PRETENSION: “De acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho mencionados, vengo ante Usted, Señor Juez, para demandar al señor IVAN ANGEL REBUTTY CASTRO, como deudor principal, para que mediante Sentencia, se condene al inmediato pago de lo siguiente: A) El saldo de capital, esto es la suma de CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO 57/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 4.234,57) constante en la liquidación de la obligación que se agrega como prueba”. B) El interés de plazo, calculado a la tasa del 16,06% anual, como se determina en el Convenio de Reestructuración Convencional de Obligaciones. c) El interés de mora, calculado de conformidad con las regulaciones vigentes al momento en que se hizo exigible la obliga-
ción, hasta su total cancelación. d) Los gastos judiciales, costas procesales y los honorarios profesionales de mis Abogados Defensores de conformidad con al inciso segundo del Art 285 del Código General de Procesos. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 27 de noviembre del 2017, las 16h03- “VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, La demanda presentada por la señora Ab. Glenda Hipatia Lucero Alvarez , es clara, precisa y contentiva de los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), además se fundamenta en el cobro de un documento privado con reconocimiento de firma y rúbricas aparejada a la demanda, documento que al tenor de lo previsto en el número 3 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 Ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.Téngase en cuenta la cuantía señalada. CÍTESE al demandado en la presente causa señor Iván Angel Rebutty Castro, en la dirección señalada; para lo cual se remitirá atento deprecatorio a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil , para lo cual se adjuntará en copias de la demanda, documentos adjuntos y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de QUINCE (15) DÍAS, contados a partir de la citación comparezca a juicio, cumpla con la obligación o conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Para el cumplimiento de la diligencia de citación remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones, debiendo el actor acudir a esta unidad judicial a proporcionar las copias necesarias para la elaboración de las boletas de citación respectivas. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y electrónica de sus notificaciones y la autorización conferida a su defensor, para el patrocinio en la presente causa. Actué el Dr. Iván Sandoval Campaña en calidad de secretario designado
por el Consejo de la Judicatura.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dr. EDISSON LÓPEZ TAPIA.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 15 de julio del 2019 a las 13h55- “VISTOS: Cumplido que ha sido la declaración bajo juramento y por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado IVAN ANGEL REBUTTY CASTRO por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.- NOTIFIQUESE” .- f) Dr. EDISSON LÓPEZ TAPIA.- JUEZ Lo que se CITA para los fines de ley, previéndole a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. Iván Sandoval Campaña. SECRETARIO Hay firma y sello PAR/111599/ EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: JUAN CARLOS FLORES USIÑA JUICIO: No. 17230-2017-08527 ACTOR: BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A. DEMANDADO: JUAN CARLOS FLORES USIÑA OBJETO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUEZ PONENTE: DR. OSCAR RAMIRO CALERO SANCHEZ TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 19 DE JUNIO DEL 2017 CUANTIA: SIETE MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA ( $7.000 ). AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 22 de junio del 2017, las 08h41, VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), además se fundamenta en el cobro de un Pagaré a la Orden, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada.- Se dispone citar al demandado en la presente causa, señor JUAN CARLOS FLORES USIÑA, en calidad de deudor principal, en la dirección indicada, con copia de la demanda y este auto inicial, para lo cual se Depreca a uno de los señores Jueces de lo Civil, del cantón Rumiñahui, de la Provincia de Pichincha, enviándose el suficiente despacho; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333
del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta el casillero judicial, así como su casillero electrónico designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones. La parte actora otorgue las copias necesarias para la citación. Actúe la Ab. Ligia Guerrero Medina, en calidad de Secretaria.- Cítese y Notifíquese .-DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ- JUEZ.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 5 de junio del 2019, las 15h59, En mérito al juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada, el señor JUAN CARLOS FLORES USIÑA, mediante publicaciones realizadas por la prensa, en un periódico de amplia circulación y del lugar en el que se encuentra enviado Deprecatorio Virtual dentro del presente proceso, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para tal propósito, por medio de secretaría remítase a la casilla judicial de la parte actora, el correspondiente extracto, a fin de dar cumplimiento a la presente disposición. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE..- F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ- JUEZ Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. LIGIA GUERRERO MEDINA S E C R E TA R I A UN I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO
REMATES JUDICIALES TIPO DE BIEN
Casa
Casa
UBICACIÓN
PICHINCHA, QUITO Sector: Ponciano Alto
Propiedad: 225 m2 Construcción: 174.54 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Cotocollao
Propiedad: 171.12 m2 Construcción: 170 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: San Isidro del Inca
Casa
Oficina
Casa
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Terreno
ÁREA
Propiedad: 121.20 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: La Carolina
Propiedad: 630 m2 Construcción: 54.69 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Libertad de Chillogallo
Propiedad: 180 m2 Construcción: 49.5 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Conocoto
Propiedad: 248.29 m2 Construcción: 146.58 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Corazón de Jesús
Propiedad: 72 m2 Construcción: 162.77 m2
PICHINCHA, Departamento QUITO Sector: San Carlos
Propiedad: 104.23 m2 Construcción: 104.23 m2
PICHINCHA, Departamento QUITO Sector: Norte
Propiedad: 298,11 m2 Construcción: 652,97 m2
CÓDIGO DE REMATE
FECHA DE REMATE
AVALÚO PERICIAL
EC-RJ-41027
03/10/2019
144,401.94 $
EC-RJ-42344
03/10/2019
79,508.00 $
EC-RJ-42565
04/10/2019
109,620.40 $
EC-RJ-42546
04/10/2019
63,865.79 $
EC-RJ-42600
04/10/2019
71,262.63 $
EC-RJ-42667
07/10/2019
109,181.15 $
EC-RJ-42147
07/10/2019
72,592.61 $
EC-RJ-42223
07/10/2019
71,073.75 $
EC-RJ-42591
07/10/2019
109,111.43 $
Si quieres procurarte una vida placentera no debes atormentarte por el pasado. J o h a n n W o l f ga n g
vo n
goethe.
Poeta alemán.
DE QUITO Hay firma y sello PAR/111597/EG UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO PROCEDIMIENTO COGEP JUEZ PONENTE: DR. EDISSON LOPEZ TAPIA. CITACIÓN JUDICIAL Se le hace saber a: LUIS FERNANDO JARAMILLO AÑAZCO EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA NOVAPALM S.A y el señor ALFREDO PAUL NOBOA GARCIA EN CALIDAD DE GARANTE SOLIDARIO; que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en Proceso EJECUTIVO, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: ACTOR: BANCO GENERAL RUMIÑAHUI. D E M A N D A D O/S : LU I S FERNANDO JARAMILLO AÑAZCO EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA NOVAPALM S.A y el señor ALFREDO PAUL NOBOA GARCIA EN CALIDAD DE GARANTE SOLIDARIO. CAUSA No: 17230-2017-16010. MATERIA: CIVIL. TIPO: EJECUTIVO. ACCION: DOCUMENTOS PRIVADOS LEGALMENTE RECONOCIDOS POR DECISIÓN JUDICIAL. CUANTIA: “CIENTO CUARENTA Y DOS MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD 142.000,00)”. PRETENSION: “De acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho mencionados, vengo ante usted, Señor Juez, para demandar a la COMPAÑÍA
INDUSTRIAL NOVAPALM S.A; representada legalmente por su Gerente General, señor ALFREDO PAUL NOBOA GARCIA, garante solidario; y, a los conyugues señor LUIS GERMAN JARAMILLO ARCINIEGA y señora JUDITH RENE AÑAZCO SANCHEZ, como garantes solidarios, para que mediante Sentencia se les condene al inmediato pago de lo siguiente: a.- El saldo del capital esto es, la suma de CIENTO VEINTE Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS 23/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 128.876,23) constante en la liquidación de la obligación que se agrega como prueba. b.- El interés de plazo, calculado a la tasa del 8,95% anual, como se determina en el Convenio de Reestructuración Convencional de Obligaciones. c.- El interés de mora, calculado de conformidad con las regulaciones vigentes al momento en que se hizo exigible la obligación, hasta la total cancelación. d.- Los gastos judiciales, costas procesales y los honorarios profesionales de mis abogados defensores de conformidad con el inciso segundo del Art 285 del Código General de Procesos”. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 27 de noviembre del 2017, las 15h40- “VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, La demanda presentada por la señora Ab. Glenda Hipatia
Lucero Alvarez , es clara, precisa y contentiva de los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), además se fundamenta en el cobro de un documento privado con reconocimiento de firma y rúbricas aparejada a la demanda, documento que al tenor de lo previsto en el número 3 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 Ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.Téngase en cuenta la cuantía señalada. CÍTESE al demandado en la presente causa compañía Industrial Novapalm SA; representada por el señor Luis Fernando Jaramillo Añazco como deudora principal, en la dirección señalada; para lo cual se remitirá atento Deprecatorio uno de los Jueces de la Unidad Judicial Civil de La Concordia, a los señores Alfredo Paúl Noboa García, Luis Germán Jaramillo Arciniega y señora Judith Rene Añazco Sánchez como garantes solidarios, en la dirección señalada, para lo cual se adjuntará en copias de la demanda, documentos adjuntos y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de QUINCE (15) DÍAS, contados a partir de la citación comparezca a juicio, cumpla con la obligación o conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA SEGURIDAD ELECTRONICA MONITOREO Y SERVICIOS SEMOSER S.A., EN LIQUIDACIÓN De conformidad a lo que dispone el art. 231, 234 y 236 de la Ley de Compañías; Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas de las Compañías de responsabilidad limitada y anónimas, en comandita por acciones y de economía mixta, y demás normativa vigente, Estatuto Social, se CONVOCA a los señores accionistas de la compañías SEGURIDAD ELECTRONICA MONITOREO Y SERVICIOS SEMOSER S.A., EN LIQUIDACION; y, de forma especial e individual y expresa a la comisaria de la empresa, señora Verónica Herrera, con domicilio en la ciudad de Quito, en frente de las calles segunda N53-169 y séptima, manzana A, sector la Quintana, a la celebración de la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA SEGURIDAD ELECTRONICA MONITOREO Y SERVICIOS SEMOSER S.A., EN LIQUIDACIÓN a efectuarse el día JUEVES DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ Y NUEVE (10-102019), a partir de las QUINCE HORAS (15H00), en el domicilio de la empresa ubicado en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, ubicado en las calles Jerónimo Carrión 0E1-18 y Av. 10 de Agosto, con el objeto de conocer y resolver los siguientes puntos en el Orden del día: UNO.- Conocer la situación legal y el motivo de la declaración de disolución emitida por la Superintendencia de Compañías; y, resolver la forma de como superar la causal de disolución de la misma; DOS.- Conocer y resolver sobre la reactivación de la compañía.
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Por las facultades conferidas, por la atención a la presente convocatoria y por su asistencia, anticipo mis agradecimientos. Atentamente, Edith Patricia Alvarez Salazar GERENTE GENERAL P AR/111615
Revista judicial miércoLES 2 de octubRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Para el cumplimiento de la diligencia de citación remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones, debiendo el actor acudir a esta unidad judicial a proporcionar las copias necesarias para la elaboración de las boletas de citación respectivas. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y electrónica de sus notificaciones y la autorización conferida a su defensor, para el patrocinio en la presente causa. Designado por el Consejo de la Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dr. EDISSON LÓPEZ TAPIA.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 13 de agosto del 2019, las 16h07- “VISTOS: Cumplido que ha sido la declaración bajo juramento y por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los demandados LUIS FERNANDO JARAMILLO AÑAZCO EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA NOVAPALM S.A y el señor ALFREDO PAUL NOBOA GARCIA EN CALIDAD DE GARANTE SOLIDARIO por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.NOTFIQUESE.- f) Dr. EDISSON LÓPEZ TAPIA.- JUEZ Lo que se CITA para los fines de ley, previéndole a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. Iván Sandoval Campaña. SECRETARIO Hay firma y sello PAR/ 111600/EG
ORDINARIOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. COGEP CITACIÓN JUDICIAL A LA PARTE DEMANDADA: YANEZ PILCO CLAUDIO ALEXANDER JUICIO: ORDINARIO (COBRO DE DINERO) NUMERO: 17230-2018-14534 ACTOR: Dr. JUAN CARLOS CUEVA SERRANO, en sus calidad de Procurador Judicial del BANCO DINERS CLUB S.A., DEMANDADO: YANEZ PILCO CLAUDIO ALEXANDER FECHA DE INICIO: 21 DE SEPTIEMBRE DEL 2018 CUANTIA: US $ 24.245,87 OBJETO: SE CONMINE AL PAGO INMEDIATO DEL CAPITAL E INTERESES VENCIDOS DOMICILIO JUDICIAL: DR. JUAN CARLOS CUEVA SERRANO. CASILLA 1936 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 3 de octubre del 2018, las 16h08, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado, con el cual se ha cumplido con lo ordenado en auto inmediato anterior. Revisada que ha sido la demanda se dispone: 1) La demanda presentada por el Dr. JUAN CARLOS CUEVA SERRANO, en
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sus calidades de Procurador Judicial del BANCO DINERS CLUB S.A., conforme consta de la documentación adjunta, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), al tenor de lo previsto en el artículo 289 del mismo Código, se tramitarán por el procedimiento ordinario todas aquellas pretensiones que no tengan previsto un trámite especial para su sustanciación; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. 2) Se ordena la citación al demandado señor YANEZ PILCO CLAUDIO ALEXANDER, en la dirección señalada en el escrito que completa la demanda, citación que se hará en persona por ser su lugar de trabajo conforme a lo dispuesto en el Art. 55 del COGEP; en virtud del Principio Dispositivo consagrado en el artículo 19 del Código Orgánico de la Función Judicial se solicita a la parte actora brindar las copias necesarias para la realización de las boletas de citación. 3) En aplicación de los artículos 291 inciso segundo del COGEP, se concede el término de treinta (30) días para que la parte demandada contesten la demanda conforme lo determina el artículo 151 del COGEP. 4) Considérese el anuncio de prueba formulado por la parte actora en el libelo de la demanda.- 5) Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda; téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial y electrónica señaladas por el actor para sus notificaciones. Actúe en calidad de Secretaria, la Abg. Jenniffer Bastidas Sarmiento, mediante acción de personal No. 3460-DP172016-VS de fecha 16 de mayo del 2016. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- F) DIANA ALBAN SOLANO, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 9 de julio del 2019, las 13h53, En lo principal, por cumplido que ha sido el auto de sustanciación inmediato anterior, se dispone lo siguiente: CITESE al demandado señor YANEZ PILCO CLAUDIO ALEXANDER portador de la cédula de ciudadanía No. 170888552-8, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo. CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE.F) DIANA ALBAN SOLANO, JUEZA. Particular que hago conocer a Ud., para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. AB. JENNIFFER BASTIDAS SARMIENTO SECRETARIA Hay firma y sello PAB/23725/EG CASILLA 1936 EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: HERVAS ROSENFELD SAMIA CRISTINA JUICIO: ORDINARIO No. 172302018-18750 CUANTIA: 17.506,40 USD ACTOR: CUEVA SERRANO JUAN CARLOS (REPRESENTANTE LEGAL DE BANCO DINERS CLUB S.A. / BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR) D E M A N DA D O : H E RVA S ROSENFELD SAMIA CRISTINA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO
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miércoLES 2 de octubRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR
METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, martes 18 de diciembre del 2018, las 16h27, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede y la documentación adjunta. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de eta Unidad Judicial, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito; y, en virtud del sorteo electrónico de ley que precede. La demanda presentada por JUAN CARLOS CUEVA SERRANO en la calidad de Procurador Judicial del representante legal del Banco Diners Club S.A. es clara y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de la demandada: SAMIA CRISTINA HERVAS ROSENFELD, en la dirección señalada para tal efecto en el libelo de la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, para el efecto remítase atento deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, a fin de dar cumplimiento con la diligencia de citación (en virtud del principio Dispositivo la parte accionante provea de las copias necesarias para la citación). Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la demandada el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados; así como, la autorización conferida a su abogado patrocinador. Actúe la Dra. Rosa Elvira Guerrero Castro, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE y CÍTESE..-F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA .Quito, lunes 9 de septiembre del 2019, las 16h08, Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte accionante. Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de la parte demandada, se dispone: CÍTESE, a la parte demandada señora HERVAS ROSENFELD SAMIA CRISTINA, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por la parte actora.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE..- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. DRA. ROSA GUERRERO CASTRO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAB/ 23723/EG REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
-E X T R A C T OCITACIÓN A: SR. HÉCTOR PATRICIO PARRA GUALOTUÑA JUICIO: 17320-2007-0713 ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADOS: SR. PARRA G U A L OT U Ñ A H E C TO R PATRICIO TRAMITE: ORDINARIO JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 29 de agosto del 2007, las 11h46.VISTOS.- En virtud del sorteo correspondiente y en mi calidad de Juez Encargado de esta judicatura mediante oficio No. DDP-JAR-1119-07 de 09 de julio del 2007 avoco conocimiento de esta causa.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y precisa, y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite en Juicio ORDINARIO.En consecuencia, córrase traslado por el término legal de quince días, que comenzará a decurrir a partir de la fecha de citación, con el escrito de demanda y esta providencia al demandado señor HECTOR PATRICIO PARRA GUALOTUÑA, a fin de que proponga las excepciones de las que se crea asistido, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 397 del Código de Procedimiento Civil, bajo apercibimiento en rebeldía..-Cítese al demandado, en el lugar que para tal efecto se señala.-Agréguese al proceso la documentación que se adjunta.-Téngase en cuenta el domicilio y casilla judicial señalada por la actora; y, así como también la calidad en la que comparece.-Actúe la Dra. Norma Almeida en calidad de secretaria encargada mediante oficio No.552-2006 de 30 de julio del 2006.-Notifíquese. F) DR. WILZON LOZADA VILLACIS, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 11 de junio del 2019, las 10h19, VISTOS.- En virtud de la acción de personal número 4933-DP17-2019-MP, AVOCA conocimiento de la presente causa el DR. ÁNGEL PATRICIO TELLO AIMACAÑA, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito en reemplazo del Dr. Carlos Fuentes López, mientras dure su licencia.- En lo principal, En virtud del juramento rendido por la parte actora, de conformidad a lo previsto en el Art. 56, numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos, cítese en legal y debida forma al demandado, Sr. HÉCTOR PATRICIO PARRA GUALOTUÑA, mediante tres publicaciones realizadas en fechas distintas, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad; para el efecto por secretaría, elabórese el extracto correspondiente, y remítase al casillero judicial señalado por el actor.- Notifíquese y cúmplase.F) DR. TELLO ÁNGEL PARICIO, JUEZ (E). Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones.Certifico. AB. ANA MARIELA ARCOS SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAB/23724/EG EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL: AL SEÑOR GALLEGOS VALLEJO
GERMAN VINICIO ACTOR: COMPAÑIA SEGUROS EQUINOCCIAL ( PROCURADOR JUDICIAL LARA DILLON EMILIO Y DEMANDADO: GALLEGOS VALLEJO GERMAN VINICIO Y SALVADOR ROSERO CARLOS RODRIGO GUSTAVO JUICIO NO: 17230-2018-15429 TRAMITE: ORDINARIO CUANTÍA: DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SIETE CON 84/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. 2.284.207.84) OBJETO: LA PARTE ACCIONANTE SOLICITA QUE ORDENE QUE LOS DEMANDADOS PAGUEN A SU REPRESENTADA SEGUROS EQUINOCCIAL S.A., EL DINERO POR LA INDEMNIZACIÓN QUE SU REPRESENTADA PAGO A LA EMAAP-Q, A NOMBRE DE LOS DEMANDADOS POR LAS PÓLIZAS DE SEGURO DE BUEN USO DE ANTICIPO NOS. 45229, 41970 Y 41986 EJECUTADAS. LOS VALORES QUE ADEUDAN LOS DEMANDADOS SON: EL MONTO ADEUDADO POR EL PAGO QUE LA PARTE ACTORA HIZO A NOMBRE DE LOS DEMANDADOS A LA EMAAP-Q, POR LAS PÓLIZAS DE BUEN USO DE ANTICIPO NOS. 45229, 41970, 41986, CUYO VALOR ASCIENDE A LA SUMA DE UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETENTA Y UNO CON 17/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 1.677.071.17); LOS INTERESES CORRIENTES Y DE MORA, DE ACUERDO AL MÁXIMO PORCENTAJE PERMITIDO Y ESTABLECIDO POR EL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, CALCULADO HASTA A LA FECHA DE SU EFECTIVO PAGO; LOS GASTOS Y LAS COSTAS JUDICIALES, MÁS LOS HONORARIOS DE LOS ABOGADOS DEFENSORES. JUEZ: AB. CECILIA SIMBAÑA QUISHPE DEFENSOR: AB. GILBERTO PEDRERA BUSTOS FECHA DE INICIO: 09 DE OCTUBRE DEL 2018 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, martes 6 de noviembre del 2018, las 16h36, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede, proveyendo el mismo se dispone: Por cuando el actor ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia inmediata anterior, se tiene lo siguiente: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Revisada la demanda presentada por COMPAÑIA SEGUROS EQUINOCCIAL en atención a lo consagrado en el Art. 169 de la Constitución y 191 del Código Orgánico General de Procesos se la CALIFICA de completa y clara, pues cumple los requisitos legales generales contemplados en los Arts. 142 y 143 del citado cuerpo legal, por lo que se la ADMITE al procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado y en virtud de lo prescrito en el Art. 289 ibídem.SEGUNDO: CITACIÓN.- CÍTESE con el contenido de la demanda, el escrito que antecede y el presente auto interlocutorio a la parte demandada señores GALLEGOS VALLEJO GERMAN VINICIO y SALVADOR ROSERO CARLOS RODRIGO GUSTAVO en la dirección que señala la demandante, advirtiéndole la obligación de señalar abogado defensor, correo electrónico y casillero judicial a fin de recibir sus notificaciones; para el efecto se dispone que la parte actora en el término de cuatro días proporcione las copias suficientes para elaborar las correspondientes boletas de citación TERCERO: CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a la parte demandada GALLEGOS VALLEJO GERMAN VINICIO y SALVADOR ROSERO CARLOS RODRIGO GUSTAVO, el término de TREINTA DÍAS una vez citados, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del COGEP.- CUARTO: ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios proba-
Tu eres tan joven como tu fe y tan viejo como tu duda. Tan joven como la confianza que pones en tu interior y tan viejo como tus temores. Tan joven como tu esperanza y tan viejo como desesperación. d o u g l a s M aC a r t h u r . torios señalados en la demanda; lo cual estará a lo previsto en los Art. 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba.QUINTO: NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalados por el accionante para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su defensor técnico.- Agréguese al expediente la documentación adjunta por la parte actora.- NOTIFÍQUESE.- F) Ab. Cecilia Simbaña Quishpe. Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 19 de septiembre del 2019, las 15h30, Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal. En virtud del juramento rendido en acta de fecha 15 de agosto del 2019, CITESE a la parte demandada: GALLEGOS VALLEJO GERMAN VINICIO, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- Ab. Cecilia Simbaña Quishpe. Jueza Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. GUILLERMO GUAPI OBANDO SECRETARIO
Hay firma y sello PAR/111616/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: COMPAÑÍA GOLDENPACK E M PAQ U ES PA RA EL DESARROLLO, REPRESENTADA LEGALMENTE POR LA SEÑORA REBECA DEL CONSUELO VILLAMAR PUENTE ACTOR: CUESTA CACERES HUGO MARCELO Y TORRES YAGUACHE MIRELLITA DEL CARMEN. DEMANDADOS: GOLDENPACK E M PAQ U ES PA RA EL DESARROLLO S.A., REPRESENTADO POR REBECA DEL CONSUELO VILLAMAR PUENTE Y REBECA DEL C O N S U E LO VILLAMAR PUENTE, REPRESENTANTE DE CIA. GOLDENPACK EMPAQUES PARA EL DESARROLLO S.A. TRAMITE/ASUNTO: CIVILORDINARIO-CUMPLIMIENTO DE CONTRATO JUICIO No. 17230-2018-04683 CUATIA: USD. 42.000 Juicio No. 17230-2018-04683 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA VISTOS: Quito, jueves 19 de abril del 2018, las 16h20, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede. En lo principal, por cuanto el actor ha dado cumplimiento con lo dispuesto en el auto inmediato anterior, se considera: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y
ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por los señores Hugo Marcelo Cuesta Cáceres, y Mirellita del Carmen Torres Yaguache, es clara, precisa y cumple con los requisitos de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento Ordinario de conformidad con lo que determina el Art. 289 Ibídem.- SEGUNDO: CITACIÓN.- CÍTESE con el contenido de la demanda, y el presente auto de sustanciación a la demandada COMPAÑÍA GOLDENPACK EMPAQUES PARA EL DESARROLLO S.A., debidamente representada por la Gerente General, señora REBECA DEL CONSUELO VILLAMAR PUENTE, en el lugar que se indica en la demanda, conforme al artículo 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina correspondiente. TERCERO.- CONTESTACIÓN.Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de TREINTA (30) días una vez citada, a fin de que conteste la demanda en la forma establecida por los artículos 151 y 153 del código antes mencionado, quien además deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, conforme lo dispone el artículo 152 ibídem. CUARTO.ANUNCIO DE PRUEBA.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por los actores en su demanda. En cuanto a la prueba se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y numeral 7 del artículo 294 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia.QUINTO.- NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por el accionante para sus
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE THE TESALIA SPRINGS COMPANY S.A. De conformidad con la Ley de Compañías y el artículo 19 del estatuto social de la compañía “THE TESALIA SPRINGS COMPANY S.A.” se convoca a los señores accionistas de la misma, a la Junta General Extraordinaria a celebrarse en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, el día viernes 11 de octubre del 2019 a las 9H30 en el domicilio de la Compañía ubicado en la Av. Maldonado S34-370 Y Manglar Alto, para tratar los siguientes puntos del orden del día: 1. Conocer y resolver sobre la designación de los miembros del Directorio de la compañía THE TESALIA SPRINGS COMPANY S.A. Quito, 02 de octubre de 2019. Atentamente, Jose Luis Cuesta Ribadeneira NOESIS REPRESENTACIONES NOSREP CIA. LTDA. Gerente General THE TESALIA SPRINGS COMPANY S.A. NOTA: A los accionistas que deseen hacerse representar en la Junta General, nos permitimos recordarles la necesidad de que los poderes de representación que otorguen deberán sujetarse a lo dispuesto en el Reglamento para Juntas Generales expedido por la Superintendencia de Compañías.
P.AB/23733
Revista judicial
notificaciones y la autorización que confiere a su defensor técnico.- Actúe la Dra. María Isabel Solano, en calidad de secretaria.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) Dra. Carmen Romero Ramírez, Jueza.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 23 de septiembre del 2019, las 10h11, Agréguese al proceso el escrito presentado.En mérito del juramento rendido y a lo solicitado por la parte
actora, se ordena la citación de la parte demandada compañía Goldenpack Empaques para el Desarrollo, representada legalmente por la señora Rebeca Del Consuelo Villamar Puente, con el contenido de la demanda, auto inicial y el presente, por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en el cantón Quito, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se entregará el
CASILLERO N° 3445 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., LEGALMENTE REPRESENTADA POR SU GERENTE GENERAL EL SEÑOR MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO ACTOR: BANCO GUAYAQUIL S. A. DEMANDADO: COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., LEGALMENTE REPRESENTADA POR SU GERENTE GENERAL EL SEÑOR MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO JUICIO N°: 17230-2018-12969 PROCEDIMIENTO: CONCURSAL CUANTIA: USD. 30.000.00 OBJETO DE LA PETICIÓN; PRESUNCIÓN DE INSOLVENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, miércoles 29 de agosto del 2018, las 14h26, VISTOS: En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en la Parroquia de Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.3 del Código Orgánico General de Procesos COGEP.- En virtud de la demanda presentada se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN DE SOLICITUD.- Una vez revisada la solicitud presentada, dentro del término establecido en el artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 416 y 422 ibídem, por lo que se CALIFICA y admite a trámite mediante concurso necesario de acreedores de conformidad con el 424 ibídem.SEGUNDO.- PRESUNCIÓN DE INSOLVENCIA y CONCURSO DE deudora COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., legalmente representada por su gerente general el señor MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO, se halla comprendido en la situación prevista en el numeral 1 del artículo 416 del COGEP; esto es, que no ha cumplido con el mandamiento de ejecución dictado por el doctor Vinicio Israel Palacios Morillo, el 23 de octubre de 2017, conforme la razón de 09 de febrero de 2018 dentro de la causa 17230 2017 - 09337, por lo cual se presume su INSOLVENCIA y se declara con lugar al CONCURSO DE ACREEDORES.TERCERO.- CITACIÓN.- En consecuencia de lo expresado en el considerando que antecede, al tenor de lo dispuesto en el artículo 424 del COGEP, en concordancia con el artículo 423 ibídem, CITESE con el contenido de la solicitud, aclaración y el presente auto interlocutorio a la parte deudora COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., legalmente representada por su gerente general el señor MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y citaciones, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico.- Los demandados podrán OPONERSE al presente procedimiento concursal en el término de 10 días después de citados pagando la deuda, conforme lo dispone el artículo 426 ibídem.CUARTO.- INTERDICCIÓN.- En atención a lo prescrito en el segundo inciso del artículo 424 del COGEP, se declara la interdicción de la deudora COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., legalmente representada por su gerente general el señor MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO y por tanto se dispone que se ocupen sus bienes, correspondencia y demás documentos, mismos que se entregarán al síndico de concurso, quien será depositario de sus bienes, así como representante judicial y extrajudicial de la masa de acreedores, activa y pasivamente.QUINTO.- SINDICO.- Conforme lo establecen los artículos 309 y 320 del Código Orgánico de la Función Judicial COFJ, en virtud de lo expresado en el considerando que antecede, mediante sorteo en el sistema SATJE se designa como síndico a la señora JENNY ANGELA VACA MORENO (Cel. 0959031780, registrado en el sistema, a efectos de que en 24 horas exprese su aceptación o excusa del cargo, conforme lo dispuesto en el artículo 434 del COGEP. De aceptarlo, deberá posesionarse del mismo el día 10 DE SEPTIEMBRE DE 2018 A LAS 14H30, en la sala de diligencia respectiva, ubicada en las instalaciones de ésta Unidad Judicial situada en el 5to. Piso del Complejo Judicial Norte, en la Av. Amazonas entre Pereira y Villalengua, sector Iñaquito. Sin perjuicio de la presente designación y pueda posesionarse, quien prestara la facilidades que el caso amerita. El Síndico designado, deberá presentar el informe previsto en el artículo 435 ibídem en el término de 15 días contados desde su posesión, el mismo que deberá contener los requisitos previstos en la norma señalada y actuar conforme lo determina el artículo 320 del COFJ.- Los honorarios del síndico designado conforme el artículo 30 del Reglamento del Sistema Pericial, se regulan en USD. 386.oo, que deberán ser cubiertos por la parte accionante.SEXTO.- DILIGENCIAS.- Al tenor de lo dispuesto en el artículo 424 del COGEP, en concordancia con el artículo 423 ibídem, una vez citado el fallido y de no cumplirse con los presupuestos del artículo 426 del mismo cuerpo legal, se dispone: 1). AUDIENCIA.- En caso de no existir oposición pagando la deuda, y en vista de junta de acreedores prevista en el artículo 424.1 del COGEP, y de ser el caso, en atención al tercer inciso del artículo 427 ibídem, previamente se designará un auditor.- 2). Se le requiere al deudor antes señalado la presentación de los documentos previstos en el artículo 421 del COGEP.- 3). Se dispone el embargo de todos los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la fallida COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., legalmente representada por su gerente general el señor MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO, de conformidad a los artículos 376 y siguientes del COGEP.- 4). Se dispone la anotación de la Insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura.- 5). Se ordena la publicación del presente auto que declara la presunción de insolvencia del fallido, en la página web del Consejo de la Judicatura.- 6). Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra de la COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., legalmente representada por su gerente general el señor MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO. En ningún caso se iniciará otro procedimiento concursal.- 7). Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, del presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario.- 8). Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones.- 9). Se prohíbe que la deudora COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., legalmente representada por su gerente general el señor MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO se ausente del territorio nacional; para el efecto, ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio.-CÍTESE Y NOTIFÍQUESE..- F: PALACIOS MORILLO VINICIO, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, lunes 26 de agosto del 2019, las 14h04, En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora en escrito de fecha 08 de agosto del 2019, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos - COGEP, y en virtud del juramento rendido en acta de 21 de agosto del 2019, CÍTESE a la COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., legalmente representada por su Gerente General el señor MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, MORILLO VINICIO, JUEZ
s
DR. FRANCISCO VASQUEZ GARCIA SECRETARIO PAB/23742
extracto correspondiente.NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Carmen Romero Ramírez, Jueza.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, (Ecuador), para posteriores notificaciones.Dra. María Isabel Solano Camacho SECRETARIA Hay firma y sello PAC/112473/AT CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA SALA CIVIL Y MERCANTIL
R. del E. “EXTRACTO” NOTIFICACION JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE ENRIQUE JORGE ANDRADE RONQUILLO JUICIO: ORDINARIO NUMERO: 17267-2014-0540 ACTOR: ANDRADE RONQUILLO ENRIQUE JORGE DEMANDADOS: AYALA MORETA RODRIGO GUALBERTO y OTRO CUANTIA: INDETERMINADA P ROV I D E N C I A : “ CO RT E PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- SALA CIVIL Y MERCANTIL. Quito, martes 17 de septiembre del 2019, las 15hl5, Por cuanto la parte acto-
ra ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia de 3 de septiembre del 2019, las 08h42, con fundamento en lo determinado en el Art. 83 del Codigo de Procedimiento Civil, se dispone notificar a los herederos presuntos y desconocidos del causante seiior Enrique Jorge Andrade Ronquillo, mediante una sola publicación de prensa, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual los actores deberán retirar el extracto.-Notifiquese. f) DR. VLADIMIR JHAYYA FLOR, JUEZ PONENTE. Lo que comunico para los fines de ley AB. MANUEL HURTADO
CONVOCATORIA A JUNTA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA AGRÍCOLA BLANCA FLOR BLANFLOR CÍA. LTDA. De conformidad a lo que dispone el art. 116, 117 y 118 de la Ley de Compañías; Reglamento sobre juntas generales de socios y accionistas de las compañías de responsabilidad limitada, anónimas, en comandita por acciones y de economía mixta, y demás normativa vigente, Estatuto Social; en atención a que la junta a realizarse el 01-10-19 se la da por fallida por las diversas circunstancias acontecidas se procede nuevamente a CONVOCAR a los señores socios de la compañía AGRÍCOLA BLANCA FLOR BLANFLOR CÍA. LTDA celebración de la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA AGRÍCOLA BLANCA FLOR BLANFLOR CÍA. LTDA., a efectuarse el día miércoles NUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ Y NUEVE (09-10-2019), en atención al artículo 119 de la ley de compañías que en lo pertinente establece “Las juntas generales serán convocadas en la forma prevista en el estatuto o por correo electrónico, con cinco días de anticipación, por lo menos, al fijado para la reunión”. A partir de las DIEZ HORAS DE LA MAÑANA (10H00 AM), en el domicilio de la empresa ubicado en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, en frente de la vía Nayón N. 44C y Leonardo Tejada, Edificio Terrazas del Moral, con el objeto de conocer y resolver los siguientes puntos del orden del día: UNO.- Conocer y resolver sobre las obligaciones pecuniarias tanto societarias, tributarias y crediticias de la compañía, que han sido solventadas por parte del Gerente General durante el año 2018 hasta la presente fecha, por falta de liquidez de la compañía, y, la restitución de los mismos, conforme lo establecido en el artículo 118 de la Ley de Compañías, literal c): ¨Aprobar las cuentas y los balances que presenten los administradores y gerentes¨; y, en el literal j) del artículo décimo noveno del estatuto de la compañía, que señala: ¨Atribuciones y deberes del Gerente General: ¨(…) j) Presentar a la junta general de socios (…) un informe relativo a su gestión y a la marcha de la empresa en el período correspondiente (…)¨; DOS.- Conocer y resolver sobre el presupuesto de proyecciones económicas/gastos a incurrirse durante este último trimestre del 2019 y año 2020, por cuanto la compañía requiere erogar recursos tanto para el pago de contribuciones societarias, pago de impuestos municipales, pago de valores pendientes en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, pago por tributos y realización de declaraciones en el Servicio de Rentas Internas, pago de contabilidad, pago de arriendo y otros costos directos e indirectos; conforme lo establece en el artículo 118 de la Ley de Compañías, literal c): ¨Aprobar las cuentas y los balances que presenten los administradores y gerentes¨ y de acuerdo a lo establecido en el literal j) del artículo décimo noveno del estatuto de la compañía, que señala: ¨Atribuciones y deberes del Gerente General: ¨(…) j) Presentar a la junta general de socios (…) un informe relativo a su gestión y a la marcha de la empresa en el período correspondiente (…)¨ TRES.- Conocer y resolver sobre la sobre la renuncia de la Presidenta en dicho cargo de administración, de conformidad a lo que establece el artículo 133 de la Ley de Compañías: ¨El administrador no podrá separarse de sus funciones mientras no sea legalmente reemplazado. La renuncia que de su cargo presentare el administrador, surte efectos, sin necesidad de aceptación, desde la fecha en que es conocida por la Junta General de socios. Si se tratare de administrador único, no podrá separarse de su cargo hasta ser legalmente reemplazado, a menos que hayan transcurrido treinta días desde la fecha en que la presentó¨ y lo previsto en el artículo décimo quinto, literal a) del contrato social que establece: ¨(…) Resolver sobre las renuncias que presentaren¨;
Un amigo es una imagen que tienes de ti mismo. roBert louis stevenson. Escritor inglés.
FLORES SECRETARIO RELATOR DE LA SALA CIVIL Y MERCANTIL DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA PICHINCHA P/569273 PAP/74104
SOCIEDAD CIVIL Notaría Quincuagésima Novena Quito, Distrito Metropolitano Quito, a 27 de Septiembre del 2019 EXTRACTO NOTARIA QUINCUAGESIMA NOVENA DEL CANTON QUITO. Cúmpleme poner en conocimiento del público en general, que mediante escritura pública, Nro.4917, otorgada ante el suscrito Dr. Eduardo Villagómez Vargas Notario Quincuagésimo Noveno del cantón Quito, de fecha 27 de septiembre del 2.019, que los ex cónyuges señores: WASHINGTON AGUSTIN FLORES SANCHEZ y CARMEN MATILDE JAMA BONE, proceden a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, que ellos la tenían formada, la misma que se encuentra disuelto el vínculo matrimonial, mediante sentencia de Divorcio dictada por el señor Juez Vigésimo Tercero de lo Civil de Pichincha, de fecha 12 de Abril del 2010, subinscrita en el Registro Civil libro de matrimonios, con el N°2015-1383. Quito, 17 de Marzo del 2015, AXO-Esp.val No.109058. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal celebrada ante el suscrito Notario el día 27 de Septiembre de 2019, bajo el N°.4017, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que reforma el Art. 18 de la Ley Notarial, agregando varios numerales, entre los cuales consta el numeral 23, que faculta al notario disponer la inscripción en los registros de la propiedad y Mercantil,
CUATRO.- Que la Junta de Socios conozca el informe de forma completa y documentadamente de la situación de la empresa; en atención a las pérdidas que se registran en la compañía, las que son superiores al 60% de su capital social; principalmente constantes en sus estados financieros cortados al 31 de diciembre del 2018; conforme lo establece el Art. 379 de la Ley de Compañías que en la parte pertinente establece: “Cuando se verifiquen las pérdidas a las que se refiere el numeral 5 del artículo 377, los administradores convocarán inmediatamente a la junta general, para informarla completa y documentadamente de dicha situación” CINCO.- Informada las pérdidas de la Compañía AGRÍCOLA BLANCA FLOR BLANFLOR CIA. LTDA., que la Junta de Socios, en consecuencia de ser el caso, tome u ordene las medidas para reintegrar o limitar el fondo social al capital existente, siempre que éste baste para conseguir el objeto de la compañía, amparados en el art 379 de la Ley de Compañías inciso segundo, esto es, “La junta general deberá tomar u ordenar las medidas para reintegrar o limitar el fondo social al capital existente, siempre que éste baste para conseguir el objeto de la compañía.”
Petrus Gerardus Adrianus Maria Persoon Gerente General
P.AB/23729
P.AB/112482
NOTARÍA CUADRAGÉSIMA TERCERA DR. FERNANDO CASTRO SALAZAR NOTARIO EXTRACTO NOTARIA CUADRACESIMA TERCERA DEL CANTÓN QUITO AVISO AL PUBLICO EN GENERAL Se comunica los herederos presuntos y desconocidos del señor AUGUSTO ALEJANDRO BALSECA PORTUGAL, que en la Notaria Cuadragésima Tercera del cantón Quito, se va a proceder a realizar la partición hereditaria de los bienes de quien en vida fue el señor AUGUSTO ALEJANDRO BALSECA PORTUGAL en aplicación a lo dispuesto en el numeral 37 del artículo 18 de la Ley Notarial, pongo en conocimiento del público en general, que el día 11 DE NOVIEMBRE del 2019 a las 11h en las oficinas de la Notaria Cuadragésima Tercera del Cantón Quito, ubicada en la Av. Ilaló y Río Tibacuno OE11-
SOCIEDADES CONYUGALES EXTRACTO. NOTARIA CUADRAGESIMA OCTAVA DEL CANTON QUITO.Cúmple poner en conocimiento del Público que mediante escritura pública otorgada ante mí Doctor Pool Martínez Herrera, Notario Cuadragésimo Octavo del Distrito Metropolitano de Quito, el treinta de agosto del dos mil diecinueve, los señores LUIS GUILLERMO CARRION EGUIGUREN, y CELIA DEL ROCIO VALAREZO IGLESIAS, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad Conyugal; y sentencia de divorcio, dictada por el Juez Sexto de lo Civil de Pichincha. Dicha sentencia está ejecutoriada y ejecutada e inscrita en el Registro Civil correspondiente el diez de febrero de mil novecientos noventa y seis. La adjudicación del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de liquidación de Sociedad Conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art.6 y Art. 18 numeral 23 de la Ley Notarial, que faculta al Notario disponer la inscripción en el Registro correspondiente de la escritura de Liquidación de la Sociedad Conyugal, previo al trámite previsto en dicha Norma Legal, pongo en conocimiento del público mediante una publicación, el extracto de Liquidación de Patrimonio de la Sociedad Conyugal conformada por los señores LUIS GUILLERMO CARRION EGUIGUREN, y CELIA DEL ROCIO VALAREZO IGLESIAS, otorgada mediante escritura pública ante el Doctor Pool Martínez Herrera, Notario Cuadragésimo Octavo del Distrito Metropolitano de Quito, el treinta de agosto del dos mil diecinueve, para que en el tér-
Revista judicial miércoLES 2 de octubRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR mino de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, las personas que eventualmente tuvieran interés en esta Liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. DR. POOL MARTÍNEZ HERRERA NOTARIO CUADRAGESIMO OCTAVO DEL CANTÓN QUITO. Hay firma y sello PAC/112483/EG DR. MIGUEL LENIN VACA MUÑOZ NOTARIO AVISO DE LIQUIDACIÓN DE LA EXTINTA SOCIEDAD CONYUGAL DE LOS SEÑORES CARLOS ALBERTO VELÁSQUEZ CALVACHE MARCIA ANGELA MERA CEVALLOS NOTARÍA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA DEL CANTÓN QUITO.San Francisco de Quito, hoy día 23 de septiembre de 2019, a las 09H53. De conformidad con lo dispuesto en el artículo dieciocho numeral veinte y tres de la Ley Notarial, pongo en conocimiento del público en general, que en ésta Notaría mediante escritura pública de veinte y tres de septiembre del año dos mil diecinueve, ante mí Doctor Miguel Lenin Vaca Muñoz, Notario Quincuagésimo Octavo del Cantón Quito, los señores Carlos Alberto Velásquez Calvache y Marcia Angela Mera Cevallos, mediante convenio, Liquidaron la Sociedad Conyugal habida entre ellos. La escritura pública que contiene la Liquidación de la Sociedad Conyugal puede ser revisada por las personas que justifiquen su interés en las oficinas de ésta Notaría, situada en la calle Chile mil veinte y ocho y Guayaquil esquina, Edificio Guerrero Mora, oficina seiscientos seis, sexto piso, de esta ciudad de Quito, Distrito Metropolitano. Previamente a la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente, los comparecientes procedan con la publicación del presente aviso, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, para los efectos legales consiguientes. Quito, 23 de septiembre de 2019. El Notario Público. Atentamente, DR. MIGUEL LENIN VACA MUÑOZ NOTARIO QUINCUAGÉSIMO OCTAVO DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAC/112486
VARIOS
SEIS.- Informar sobre el incumplimiento que registra a la fecha la sociedad extranjera Perfected Roses como socia de la Compañía, en sus deberes conforme lo determinan los artículos 115, literal h), que dispone: ¨(…)En caso de que el socio fuere una sociedad extranjera, según lo previsto en el inciso final del Art. 100, deberá presentar a la compañía, durante el mes de diciembre de cada año, una certificación extendida por la autoridad competente del país de origen en la que se acredite que la sociedad en cuestión se encuentra legalmente existente en dicho país, y una lista completa de todos sus socios o miembros, con indicación de sus nombres, apellidos y estados civiles, si fueren personas naturales, o la denominación o razón social, si fueren personas jurídicas y, en ambos casos, sus nacionalidades y domicilios, suscrita y certificada ante Notario Público por el secretario, administrador o funcionario de la prenombrada sociedad, que estuviere autorizado al respecto, o por un apoderado legalmente constituido. La certificación antedicha deberá estar autenticada por Cónsul ecuatoriano o apostillada, al igual que la lista referida si hubiere sido suscrita en el exterior. Si ambos documentos no se presentaren antes de la instalación de la próxima junta general ordinaria de socios que se deberá reunir dentro del primer trimestre del año siguiente, la sociedad extranjera prenombrada no podrá concurrir, ni intervenir ni votar en dicha junta general. La sociedad extranjera que incumpliere esta obligación por dos o más años consecutivos podrá ser excluida de la compañía de conformidad con los Arts. 82 y 83 de esta Ley previo el acuerdo de la junta general de socios mencionado en el literal j) del Art. 118 (…)¨ Por las facultades conferidas, por la atención a la presente convocatoria y por su asistencia, anticipo mis agradecimientos.
Atentamente,
la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores WASHINGTON AGUSTIN FLORES SANCHEZ y CARMEN MATILDE JAMA BONE, otorgada mediante escritura pública de 27 de septiembre de 2.019, ante el suscrito Notario, por el término de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines legales correspondientes. D O CTO R EDUARDO VILLAGOMEZ VARGAS NOTARIO QUINCUAGESIMO NOVENO DEL CANTON QUITO Hay firma y sello P AC/112479/tf
323 a media cuadra del Banco Pichincha vía al Tingo, actualmente a mi cargo, se procederá a la partición hereditaria solicitada por los señores NELSON ALEJANDRO BALSECA SALAS Y PATRICIO DANIEL BALSECA SALAS. Particular que pongo en conocimiento de aquellos que tuvieren interés en esta participación, para que concurran a esta diligencia notarial. DR. FERNANDO CASTRO SALAZAR NOTARIO Hay firma y sello PAC/112481/tf
EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO CITACIÓN JUDICIAL A: DELGADO TAPIA JACQUELINE JUICIO DE: DIVORCIO CAUSAL TRAMITE: SUMARIO ACTOR: LARA FLORES EUSEBIO CAUSA No.- 17204-2019-03875 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 17 de septiembre del 2019, las 12h36, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Cuarta de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito, provincia de Pichincha, en virtud del sorteo de ley. Agréguese el escrito que antecede.- En lo principal, la demanda que antecede reúne los requisitos de Ley, por lo que de conformidad con
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el artículo 332 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos se la admite al procedimiento sumario establecido en el artículo 333 del referido Código; en consecuencia: 1) Conforme lo solicita la parte actora, en base a los documentos adjuntos y al juramento rendido conforme lo señala el numeral segundo inciso segundo del Art. 56 del COGEP, se dispone CITAR a la demandada señora JACQUELINE DELGADO TAPIA con el contenido de la demanda y providencia respectiva, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fecha distinta en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, para lo cual se concederá el extracto respectivo; advirtiéndole al demandado que debe comparecer a juicio, contestar la demanda en el término de quince días conforme lo dispone el artículo 333.3 ibídem, cumpliendo además con lo ordenado en los artículos 151 y 152 del citado cuerpo legal, y que en caso de no hacerlo se procederá en rebeldía.- 2) De conformidad con el artículo 333.4 del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia única se señalará una vez que sea citada la demandada en legal y debida forma.- 4) Con relación a la prueba anunciada por la accionante: 4.1) En la audiencia única recéptese e la declaración de parte del accionante. 4.2.- En la audiencia única recéptese la declaración testimonial de los testigos que mociona a quienes se les notifica en el casillero judicial de la actora, quien tiene la obligación de hacerlos comparecer a la audiencia única en el día y hora que sean fijados.- 5) Agréguese al proceso la documentación que acompaña el actor a la demanda.- 6) Téngase en cuenta el casillero judicial que señala para sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su abogado defensor.- Actúe la Dra. Lorena Velasco G., en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-F) DR. EDISON GUALOTUÑA ASIMBAYA.- JUEZ Lo que comunico a usted para los fines legales pertinentes. CERTIFICO. DRA. LORENA PAULINA VELASCO GARCIA SECRETARIA DE LA UNIDAD Hay firma y sello PAP/74089/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ C I TA C I Ó N JUDICIAL A: OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ GARCIA.DEMANDADOS: OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ GARCIA.JUICIO No. 17230-2019-03331.TRAMITE: CONCURSAL.CUANTÍA: INDETERMINADA.AB. DEFENSOR: DR. ANTONIO RODRIGUEZ VICENS PROCURADOR JUDICIAL DE BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO.OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE DECLARAR EL ESTADO DE INSOLVENCIA DEL DEMANDADO. UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 14 de marzo del 2019, las 15h59, VISTOS: Atento al estado de la presente causa y toda vez que se ha dado cumplimiento al auto de sustanciación anterior: En lo principal se considera: Se califica la demanda formulada por el DR. ANTONIO RAMON RODRIGUEZ VINCENS, en calidad de Procurador Judicial de
Revista judicial c6
miércoLES 2 de octubRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR
BANCO DE LA PRODUCCION PRODUBANCO S.A. de clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 414, 416, 422 y 424 ibídem, se la admite a trámite mediante procedimiento de CONCURSO NECESARIO. 2) De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponden al juicio No. 172302015-2273, y conforme se advierte en la razón sentada por el señor Secretario de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, quien certifica que OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ GARCIA, no ha dado cumplimiento al mandamiento de ejecución dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibídem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA del demandado OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ GARCIA, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: 2.1. En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese al demandado OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ GARCIA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo, a fin de que en el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS presente su oposición al presente concurso necesario, pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos; para tal propósito, remítase suficiente despacho a la Oficina encargada de realizar dicha diligencia; 2.2. Verificada que sea la citación a la parte demandada, se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 2.3. Se le requiere a la deudora, conforme lo determinado en el número 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 2.4. De igual forma cumplida que sea la diligencia de citación de la fallida, se procederá con la designación del Síndico de Quiebra, mediante sorteo realizado en legal y debida forma a través del Sistema eSatje; 2.5. La anotación de insolvencia en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 2.6. Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que formen parte el demandado OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ GARCIA con C.C. No. 170846503-2; 2.7. Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, en el Registro de la Propiedad de este cantón; 2.8. Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 2.9. Se prohíbe que el demandado OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ GARCIA
con C.C. No. 170846503-2 se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio. 3) Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. 4) Téngase en cuenta la comparecencia de la parte actora, casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello Par/111607/eg UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL PARA: ROSA ELENA ORTIZ VARGAS ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A DEMANDADOS: ORTIZ VARGAS ROSA ELENA CAUSA No.: 17310-2008-0839 TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTÍA: $ 5.500 DÓLARES PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 28 de agosto del 2008, las 11h35.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular de esta judicatura, y previo sorteo de ley.- La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite verbal sumario solicitado.- En consecuencia con la demanda y esta auto de calificación, cítese en legal y debida forma a la parte demandada Rosa Elena Ortiz Vargas, en el lugar que se señala para dicho efecto, por tanto depréquese a uno de los jueces de lo Civil de la ciudad de Cuenca.- Tómese en cuenta la calidad en la que comparece el Dr. Patricio Ron Torres de conformidad con la Procuración Judicial anexada. Téngase en cuenta el casillero judicial, señalado para posteriores notificaciones así como la autorización conferida a su abogado defensor.- Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.- Cítese y Notifíquese.- f).- Dr. José Martínez Naranjo – Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 10 de junio del 2019, las 10h39, Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal: De acuerdo a lo establecido en el Art. 56 de Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada Rosa Elena Ortiz Vargas, a través de 3 publicaciones por la prensa. Por medio de secretaria emítase el correspondiente extracto y remítase al casillero judicial de la parte actor.- NOTIFÍQUESE.f).- Salazar Vasco Gustavo Javier-Juez Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para posteriores notificaciones. AB. GABRIELA HIDALGO SECRETARIA Hay firma y sello PAB/23727/EG UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: BERMUDEZ TAPASCO JOSE ESTALIN ACTOR: DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADO: BERMUDEZ TAPASCO JOSE ESTALIN JUICIO INSOLVENCIA NO. 17308-2014-0865 JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 15 de octubre del 2014, las 15h25. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta judicatura mediante Acción de Personal No. 3962DNTH-2014 de 12 de Junio del 2014. Agréguese al proceso el escrito que antecede. La demanda de insolvencia presentada, es clara, precisa y reúne los demás requisitos legales, en consecuencia se la admite a trámite especial.- En mérito de la documentación adjunta y certificada, con fundamento en el Art. 519 numeral primero del Código de Procedimiento Civil se presume la insolvencia del señor JOSE ESTALIN BERMUDEZ TAPASCO, portador de la cédula de ciudadanía No. 1706348453 al no haber dado cumplimiento al auto de pago emitido por el Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil de Pichincha, dentro del juicio Verbal Sumario No. 178-2011, por la cantidad de VEINTE Y TRES MIL NOVECINETOS CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA CON 47/100, en consecuencia, se declara haber lugar al concurso de acreedores y se dispone la práctica de las siguientes diligencias: Se prohíbe que el demandado, se ausente del lugar del juicio para lo cual ofíciese a la Dirección Nacional de Migración. Que se acumulen sus bienes, correspondencia y más documentos del fallido y se entreguen al síndico del concurso. Hágase saber al público de este particular por medio de una publicación en la prensa, que contenga un extracto de la demanda y presente providencia. Que se acumulen todos los juicios seguidos en contra del Demandado, por obligaciones de dar o hacer, pudiendo sus acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado; Se ordena que presente el balance de sus bienes con indicación del activo y del pasivo en el término de ocho días; Remítase fotocopias certificadas de todo lo actuado a uno de los señores Fiscales Penales de Pichincha para la calificación de la insolvencia.- Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes remíta-
Si sale, sale. Si no sale, hay que volver a empezar. Todo lo demás son fantasías. É d o ua r d M a n e t . Pintor francés.
se sendos oficios a los señores: Presidente del Consejo Nacional Electoral, Superintendente de Bancos y Seguros, Contralor General del Estado, Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, Registrador de la Propiedad de Guayaquil Registrador Mercantil del Cantón Quito y Guayaquil, Agencia Nacional de Tránsito, Jefe del Registro Civil, Ministerio de Relaciones laborales.- Al tenor del Art. 521 del Código Adjetivo Civil, el demandado se puede oponer al presente juicio pagando el valor adeudado o dimitiendo bienes saneados y suficientes en el término de tres días.- CITESE al demandado en el lugar que se indica.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado. Agréguese al proceso la documentación adjunta.Notifíquese.-f) GRIMANESA MARISOL ERAZO NAVARRETE, JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 6 de febrero del 2019, las 16h18, Por cumplido lo ordenado en providencia de fecha 17 de Enero del 2019, y en virtud del juramento rendido por el actor cítese a la demandada señora BERMUDEZ TAPASCO JOSE ESTALIN de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- NOTIFIQUESE.- f) DR. CARLOS NARANJO BORJA, JUEZ Lo comunico al público en general para q en caso de oposición señalen casilla judicial dentro del término correspondiente. AB. FERNANDA OVIEDO ORTEGA SECRETARIA Hay firma y sello PAB/23726/EG
R- DEL- E UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON
REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE INDUSTRIA NELGOR CIA LTDA
Se comunica al público que INDUSTRIA NELGOR CIA LTDA con domicilio principal en el canton Pedro Moncayo, aumento su capital en US $ 60.000.00; y, reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Primera del Distrito Metropolitano de Quito el 17 de diciembre 2012. Actos Societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ. DJC.Q.13.000926 de 22 de febrero de 2013 En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma el artículo cuatro del Estatuto Social, referente al capital, de la siguiente manera: “ARTICULO CUATRO.- CAPITAL SOCIAL.- El capital social de la compañía es de US$64,000.00 (Sesenta y cuatro mil con 00/100 dólares de los Estado Unidos de América) dividido en 64.000 participaciones de US$ 1.00 (un dólar de los Estados Unidos de América) cada una.” Distrito Metropolitano de Quito, 22 de febrero de 2013
Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO EXP. 16074 Tr. 01.1.12.001686 PAR/111589/EG
MEJIA, PROVINCIA DE PICHINCHA PUBLICACIÓN. Se le hace conocer que en la Unidad Judicial Multicompetente Civil con Sede en el Cantón Mejía, Provincia de Pichincha, a cargo del Dr. Msc. José Luis Ayora Mata, se está tramitando la siguiente demanda: EXTRACTO CAUSA: INTERDICCIÓN NO. DE JUICIO: 17204-201801509 ACTO R : L LU M I Q U I N GA AGUILAR ROSA ERMINIA. DEMANDADO: AGUILAR AGUILAR MARIA LUISA. TRAMITE: SUMARIO. CUANTÍA: INDETERMINADA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MEJIA, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Mejía, lunes 15 de julio del 2019, las 15h09. VISTOS: I PARTE EXPOSITIVA: 1.1. IDENTIFICACION DE LAS PARTES: a) Identificación del demandante: ROSA ERMINIA LLUMIQUINGA AGUILAR. b) Identificación de la demandada: MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR. 1.2 ENUNCIACION DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA DEMANDA: Comparece ante la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, la señora ROSA ERMINIA LLUMIQUINGA AGUILAR, quien luego de consignar sus generales de ley, en lo principal sostiene: Que su madre la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, portadora de la cédula de ciudadanía No.
1700365859, de estado civil viuda, de 98 años de edad, de profesión Quehaceres Domésticos, quien vive bajo su responsabilidad, sufre una discapacidad psicosocial del 77% de acuerdo al certificado otorgado por el Ministerio de Salud Pública, la que es catalogada como una discapacidad grave, discapacidad que lamentablemente con el paso del tiempo degenera las facultades mentales de su progenitora. Que a fin de asegurar su patrimonio económico interpone la presente acción de interdicción, solicitando se la nombre en calidad de CURADORA. Con estos antecedentes y fundada en lo que disponen los Arts. 367, 371, 398, 399, 400, 478, 479, 481, y 482 del Código Civil; 335 numeral 5 del Código Orgánico General de Procesos. Pide que la demandada sea citada en el lugar que se indica de esta ciudad Machachi, realiza su anuncio probatorio, fija la cuantía, designa Defensor Técnico y señala domicilio judicial. Mediante auto pronunciado el 26 de abril del 2018, por cumplir con los requisitos previstos en la ley, el Dr. Henry Tobías Navarrete Navarrete, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, ha procedido a calificar la demanda, disponiendo que la citación de la accionada y la realización de las experticias solicitadas. 1.3. ENUNCIACION DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA DEFENSA DE LA DEMANDADA. La demandada señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, se da por citada al tenor de lo previsto en el Art. 53 del Código Orgánico General de Procesos (a fs. 59), designando Defensora Técnica y señalando domicilio judicial. 1.4. ACTOS PROCESALES: Trabada así la Litis, se ha llevado a cabo la audiencia de parientes el 20 de marzo del 2019 (a fs. 74 y vta.), en donde los señores Lilia Piedad Llumiquinga Aguilar y Miguel Ángel Medina Pastrano, son unívocos y concordantes en manifestar que la demandante Rosa Erminia Llumiquinga Aguilar, es la persona adecuada
TRANSPORTES CARCELEN TARQUI C.A. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañía y en los Estatutos Sociales de Transportes Carcelén Tarqui C.A., convoco a los señores accionistas a la Junta General Extraordinaria, que se llevará a cabo el día jueves 10 de octubre a las 14H00, en las oficinas de la Compañía ubicadas en la ciudad de Quito, Av. Diego Vásquez de Cepeda N63-16o y Sabanilla, para tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación de quórum e instalación de la Junta. 2. Lectura y aprobación del acta anterior. 3. Análisis y resolución al informe de administración. 4. Análisis y resolución al informe de gerencia de operaciones (flota y producción por línea y unidades, informe laboral de empleados de buses convencionales) Atentamente, Dr. Telmo Martínez M. PRESIDENTE COMPAÑÍA CA-TAR AP/74105/BP
para ser ostentar el cargo de CURADORA de su progenitora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR. En esta diligencia se ha receptado el testimonio del facultativo Dr. Jaime Augusto Aroca Chiguano, quien hace conocer que ha procedido a la valoración de la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, el 18 de mayo del presente año, determinándose que tiene una demencia progresiva e irreversible, que en el futuro va a ser totalmente dependiente de otras personas para todas sus actividades, advirtiendo que necesita una persona que la represente en todos sus actos. En esta diligencia el señor Juez ha procedido a examinar de manera personal a la demandada. Mediante auto pronunciado el 30 de abril de 2019, el Dr. Henri Tobías Navarrete Navarrete, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito, se inhibe del conocimiento de la causa y remite todo lo actuado a esta Unidad Judicial, en donde previo el sorteo avoco conocimiento de la misma este Juzgador. El 04 de julio del 2019, se lleva a cabo la audiencia prevista para este tipo de causas a la que comparecen el Dr. Luis Alfonso Castillo Velasco, en calidad de Procurador Judicial de la demandante ROSA ERMINIA LLUMIQUINGA AGUILAR, según la escritura pública otorgada en Notaría Primera de este cantón Mejía; la demandada señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, acompañada de su Defensor Técnico Abg. Jorge Roberto Velasco Castillo, diligencia en donde las partes procesales se afirman y ratifican en sus actos propositivos y solicitan que la accionada sea declarada en interdicción y su hija LILIA PIEDAD LLUMIQUINGA AGUILAR, sea nombrada y posesionada en su calidad de CURADORA. II PARTE CONSIDERATIVA. PRIMERO.COMPETENCIA: Este Juzgador es competente para conocer y resolver la presente causa en
virtud de lo dispuesto en los Arts. 244 y 245 del Código Orgánico de la Función Judicial. SEGUNDO.- SANEAMIENTO PROCESAL: Mediante auto interlocutorio emitido de manera oral en la audiencia única, luego de una revisión de las actuaciones procesales se establece la existencia de los presupuestos procesales y las condiciones de la acción que permiten establecer una relación jurídica procesal válida entre la demandante y la demandada, que no se han deducido excepciones previas que requieren pronunciamiento, y que no se han violentado las solemnidades sustanciales que ocasionen la nulidad previstas en el Art. 107 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se declaró la validez del proceso. T E R C E R O . CONSIDERACIONES JURIDICAS Y DOCTRINARIAS: El Art. 478 del Código Civil vigente, dispone: “El adulto que se halla en estado habitual de demencia, deberá ser privado de la administración de sus bienes, aunque tenga intervalos lúcidos. La curaduría del demente puede ser testamentaria, legítima o dativa.”. El Art. 482 del ibídem, dispone: “El juez se informará de la vida anterior y conducta habitual del supuesto demente, y oirá el dictamen de facultativos de su confianza, sobre la existencia y naturaleza de la demencia. Pero no podrá decretar la interdicción sin examinar personalmente al demandado, por medio de interrogatorios conducentes al objeto de descubrir el estado de su razón”. El Art. 484 del cuerpo legal invocado, ordena: “Se conferirá la curaduría del demente: 2. A sus descendientes. (…)El juez elegirá, en cada clase de las designadas en los numerales 2, 3 y 4, la persona o personas que más idóneas le parecieren. El Art. 367 al referirse a las tutelas y curadurías expresa: “Las tutelas y curadurías o curatelas son cargos impuestos a ciertas personas, a favor de aquellos que no pueden gobernarse por sí
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE SEÑOR DEL JARDIN S. A. “TRANSJARDIN S. A.” De conformidad con los Estatutos Sociales y la Ley de Compañías, se convoca a los Accionistas de la Compañía de Transporte Señor del Jardín S.A.“TRANSJARDIN S.A.”, a la Junta General Extraordinaria, que se celebrara el día Jueves 10 de Octubre de 2019, a las 19h00, en la Casa Barrial de Chaupitena, ubicado en las calles Cacha y Pacha, de la Parroquia de Amaguaña, para conocer y resolver los siguientes puntos: 1.- Constatación del Quorum 2.- Lectura y Aprobación del Acta Anterior 3.- Conocer y resolver sobre la renuncia del Gerente General 4.- Conocer y resolver el nombramiento del Gerente General 5.- Conocer y resolver sobre la renuncia del Presidente 6.- Elección del nuevo Presidente de la Compañía. Se convoca de manera especial y particular a los señores Jorge Vinicio Suntaxi Pachacama y Gustavo Gualotuña Imbaquingo Comisarios de la Compañía. NOTA: Se ruega a los Accionistas puntual asistencia y que estén al día en sus obligaciones económicas. José Julio Toapanta C. PRESIDENTE
José Fabian Paucar S. GERENTE GENERAL PAR/111617/EG
de privación de la razón, sin importar cuál sea el nombre técnico de la enfermedad que la produce.” (Ramos Pazos, R., Derecho de Familia, Editorial Jurídica de Chile, 6ª. edición. Santiago, 2007, No. 867, p.612). La jurisprudencia ecuatoriana, sobre el tema afirma también esta interpretación amplia de la demencia, así, un fallo de la Corte Suprema de Justicia (hoy Corte Nacional), analiza lo siguiente: “Para efectos del control de legalidad, es necesario determinar el significado y alcance del vocablo “demente” o “demencia”. Cabanellas define a la demencia como la “Pérdida del juicio, de la capacidad de razonar. /Estado patológico que consiste en la decadencia de las funciones intelectuales y afectivas. /Situación en que se encuentra el que tiene perturbadas, las facultades mentales”. Para Arturo Alessandri Rodríguez: “Por demente debe, pues, entenderse todo individuo que adolezca de una enajenación mental que lo prive de su razón, cualquiera que sea la causa de la enfermedad o el nombre que la psiquiatría dé a ella. Son dementes no sólo el demente propiamente tal, sino el imbécil, el idiota, el loco furioso; y, en general, todo el que adolezca de una enfermedad mental que lo prive de su sano juicio y discernimiento, aunque la enfermedad sea pasajera o transitoria, congénita o adquirida con posterioridad; la ley no distingue. TODOS ELLOS CARECEN DE RAZON Y NO PUEDEN EXPRESAR SU VOLUNTAD VALIDAMENTE. El demente es incapaz de contratar hállese o no en interdicción esté o no recluido en un manicomio” (Arturo Alessandri Rodríguez, de los contratos, Editorial Temis, p. 49). Sobre este tema Arturo Alessandri comenta: “490.- Qué se entiende por “demente”.- La ley, al usar esta expresión, ha querido referirse a todas aquellas personas que están privadas de razón, cuyas facultades mentales están alteradas”. “Don José Clemente Fabrés opina que
mismos, o administrar competentemente sus negocios, y que no se hallan bajo potestad de padre o madre, que puedan darles la protección debida”. El Código Civil Ecuatoriano se refiere a las personas que sufren privación del uso de la razón, con el término “demente”, institución que en nuestra legislación se asemeja a la legislación chilena. La doctrina chilena ha sostenido que “…la expresión que utiliza el Código: “demencia”, debe entenderse en un sentido amplio o lato que alude a todo tipo de enajenación mental. Luis Claro Solar señala de este modo: “Comprende la ley en la palabra demencia la enajenación mental bajo todas las formas en que pueda presentarse en todos sus grados, cualquiera que sea el nombre que se le dé”. Entiende por enajenación mental todo tipo de privación, debilitamiento de la capacidad de razonar o discernimiento: “Hizo, pues, bien el Código en no entrar en la enumeración de las diversas formas que puede presentar la enajenación mental, incluyéndolas todas en la palabra demencia que se aplica a todo trastorno de la razón que impide a una persona tener la libre voluntad de obligarse y la responsabilidad de sus actos haciéndoles absolutamente incapaz. …” (Claro, Solar, L. Explicaciones de Derecho Civil Chileno y comparado, reimpresión Editorial Jurídica de Chile, Bogotá, 1992, T. V, No. 2420, p. 100). El tratadista Somarriva señala que: “…la expresión demente la toma nuestro Código (chileno), en un sentido amplio, comprendiendo toda alteración mental que prive de la razón a un individuo.” (Somarriva Undugarra, M. Derecho de Familia, Nacimiento, Santiago 1963, No. 769, p. 702, Editorial Jurídica de Chile, 7ª. edición, actualiza y corregida por María Dora Martinic y Graciela Weinstein, Santiago 1993). De igual manera, el tratadista Ramos expresa: “…la doctrina estima unánimemente que demencia implica cualquier tipo
la palabra “demente” tiene dos significados, según nuestro Código Civil: estado habitual de demencia, y enajenación actual de la mente. En el primer sentido se toma para decretar la interdicción y en el segundo para calificar el valor de los actos y contratos del que no está bajo i n te rd i cc i ó n . . .” (A r t u ro Alessandri Besa, La nulidad y la rescisión en el Derecho Civil Chileno, Tomo 2, Santiago, Ediar Editores Ltda., p. 499). Sobre el concepto “demencia” la Ex Corte Suprema de Justicia se ha pronunciado en el siguiente sentido: “Sin pretender dar una definición patológica de demencia, por la complejidad del tema y la multiplicidad de situaciones que puede abarcar esta palabra, podemos decir que nuestro Código Civil usa la palabra “demente” para referirse a aquella persona adulta que adolece de un grave trastorno de la mente, en virtud del cual habitualmente no puede cuidar de sí misma en forma adecuada, y que además es incapaz de administrar sus bienes con diligencia ordinaria o mediana (Gaceta Judicial 15, Serie 16, de 29 de marzo del 1999).” (Nulidad de Contrato. Expediente 76, Registro Oficial 45, 13 de Octubre del 2009. No. 76-2008 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SEGUNDA SALA DE LO CIVIL Y MERCANTIL).- FALLO: Lo anterior permite concluir que la interpretación que debe darse a la expresión demencia no es un significado científico o técnico, sino que debe tomarse claramente en un sentido más amplio, esto es, en sentido de enfermedad mental. CUARTO.DE LA PRUEBA: La prueba en todas las materias constituye la columna vertebral de un proceso, sin ella no se podría llegar a una solución o respuesta adecuada al usuario de la administración de la justicia. De ahí que los sistemas procesales deben estar orientados a hacer efectivos los principios de celeridad, economía procesal, inmediación y contradicción, pues, ante todo, resulta prioritario conferir una
NOTIFICACIÓN La Cooperativa de Vivienda ‘’Nuevo Amanecer en Liquidación”, de acuerdo a lo que dispone el artículo innumerado agregado a continuación del Art 64 de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, que indica: “Artículo....” Legalización de Predios. - En caso de existir socios o posesionarios que no han legalizado sus predios y los mismos aun estén a nombre de Cooperativas en Liquidación, el Liquidador realizará una publicación en un periódico del domicilio de la organización, indicando los nombres y apellidos de las personas que no cuentan con dichas escrituras y el número del lote para que ellos tramiten la legalización respectiva. El proceso de legalización deberá realizarse en el plazo máximo de noventa días (90), contados desde la fecha de la mencionada publicación, el mismo que podrá ser prorrogado por una (1) sola vez por igual plazo si durante este tiempo los socios o posesionarios no han realizado dicho proceso de escrituración, el liquidador procederá a solicitar la extinción de la Cooperativa. Los socios y posesionarios son los siguientes: NOMBRES
CEDULA
LOTE
PREDIO
ROSA MARÍA ARIAS MALDONADO
1000151405
213
373427
SEGUNDO RIVADENEIRA AUZ
1703860716
560
373745
RUTH IMELDA ANDRADE BONILLA
1708276991
661
373626
MARGOTH MALDONADO MORENO
1712989068
608
373677
VICTOR ALMACHE TENORIO
0500818495
159
373435
JAIME AMABLE GUANOTASIG CHICAIZA
1707855894
404
390005
RAUL DELGADO DE LA BASTIDA
0400461539
628
373646
MARCO GUICHAY LUVISACA
1707390546
594
373715
JONATHAN MAZA LLORE
1717499998
511
375106
JORGE RAMIREZ NARVAEZ
1703227098
267
373546
CIBV NUEVO AMANECER
1791267362
256
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Si sabes que nada puedes hacer contra tu destino, ¿por qué te produce ansiedad la incertidumbre del mañana? Si no eres tonto, goza del momento presente. o M a r K h ay ya M . Poeta y astrónomo persa. respuesta efectiva al ciudadano. Los cambios que se han generado en materia civil, con la promulgación del Código Orgánico General de Procesos, en el que el sistema de oralidad se refuerza, nos permite tramitar los procesos en tiempos rápidos, efectivizando de esta manera los principios ya enunciados. Para el tratadista Lino Enrique Palacio prueba es: “…la actividad procesal, realizada con el auxilio de los medios establecidos por la ley; y tendiente a crear la convicción judicial sobre la existencia o inexistencia de los hechos afirmados por las partes como fundamento de sus pretensiones o defensas”. La prueba tiene por finalidad llevar al juez/a al convencimiento de los hechos y circunstancias controvertidos, (Art. 158 COGEP), prueba que debe cumplir con el principio de legalidad, esto es debe ser solicitada, practicada e incorporada de conformidad con la ley. En cuanto a la valoración probatoria la ley da al juez la facultad de apreciarla en conjunto, quedando vinculado a las reglas de la sana crítica. Conforme los medios probatorios aportados en el proceso y lo actuado en la audiencia, tenemos: 4.1. PRUEBA DOCUMENTAL.- Al tenor de lo previsto en el Art. 196 del código orgánico General de Procesos, la demandante ha producido como prueba a su favor, la siguiente: (i) El certificado de nacimiento de su progenitora la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR. (ii) El certificado de nacimiento de su persona del que se puede constatar que es hija de la persona que se pretende declarar en interdicción. (iii) Copia certificada del carne de discapacidad de la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, otorgado por el CONADIS, del que se puede constatar que la demandada tiene una discapacidad tipo psicológico con un porcentaje del 79%. (iv) El certificado médico de la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, otorgado por La Dra. Elsa Nelly Baca López, Psiquiatra del Hospital del Adulto Mayor, del Ministerio de Salud Pública, en donde de determina que la demandada tiene un “…diagnóstico definitivo inicial (F001) DEMENCIA DE LA ENFERM EDAD DE ALZHAIMERS DE COMIENZO TARDIO. (F334) TRASTORNO DEPRESIVO RECURRENTE ACTUALMENTE EN REMISIÓN. EL DÍA: (01) uno DE febrero DEL 2017. Observaciones: Paciente con pronóstico malo, una secuela permanente. Inicio de tratamiento: 2009. Tratamiento: Memantina 20 mg HS, Sertralina 50 mg QD y Risperodina 3 gotas PRN”. (v) El certificado médico otorgado por la Dra. Elsa Nelly Baca López, Psiquiatra del Hospital del Adulto Mayor, del Ministerio de Salud Pública, del que se puede conocer que su diagnóstico definitivo inicial corresponde a la enfermedad del Alzheimer de comienzo tardía, con un trastorno depresivo recurrente actual actualmente
en remisión, cuyas observaciones son las siguientes: “… Tristeza la mayor parte del tiempo, casi todos los días y casi todo el día. Ansiedad, pérdida de reactividad a los acontecimientos, irritabilidad, retardo psicomotor, múltiples quejas físicas. Disminución del apetito, despertar durante el sueño, pesimismo. Episodios recurrentes a lo largo de los años en la actualidad en remisión con tratamiento antidepresivo. Enfermedad de Alzheimer: Perdida de la memoria manifestada en olvido de nombres de las personas con las cuales vive, no recuerda datos de su vida cotidiana, retiene algunos datos del pasado, desorientación témporo espacial, dificultad en cálculo elemental, disminución de la habilidad para vestirse, disminución de la habilidad para bañarse y para arreglarse solo, disminución de la continencia urinaria. Cambios en la personalidad con irritabilidad, ansiedad, obsesividad, mecanismo de negación domina el cuadro. Pffeiter 7 errores. Escala de deterioro global GDS 6d correspondiente a demencia moderadamente grave. Número de crisis: Deterioro progresivo característico de las demencias degenerativas. Prescripciones médicas actuales: Setralina 50 mg QD, Memantina 20 mg HS. Risoperidona 3 gotas HS. Pronostico: Malo. 4.2. PRUEBA PERICIAL: Contamos con el Informe Médico Pericial realizado por el Dr. Jaime Aroca Ch. Perito en Medicina General (fs. 19 a 23), quien hace conocer que las personas con Demencia tipo Alzheiner pueden dejar de ser capaces de pensar lo suficientemente bien para llevar a cabo las actividades normales tales como vestirse o comer. Que pueden perder su capacidad de resolver problemas o controlar sus emociones. Que puede haber cambios de personalidad. Que el cerebro queda reducido de volumen y ocurre la perdida de tejido. Que los pacientes pueden presentar conducta agresiva y alucinaciones, depresión y/o delirio, problemas para llevar a cabo tareas rutinarias como preparar la comida o conducir un automóvil, perder la conciencia de quien es. Que en la etapa final de la enfermedad el paciente ya no reconoce a sus amistades o familiares, no entienden el lenguaje y no pueden llevar a cabo tareas básicas tales como comer, bañarse o vestirse. La persona se hace totalmente dependiente de los demás. De las conclusiones realizadas por el perito, podemos conocer que luego del examen realizado a la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, el 25 de mayo del 2019, la demandada presenta una incapacidad para realizar sus actividades cotidianas y dependencia de terceras personas para su cuidado personal y precautelar sus intereses, que no se encuentra en capacidad de administrar dinero y firmar contratos. (ii) Contamos con el Informe Psicológico realizado por la facultativa Ps. Catalina Villafuerte (fs. 36 a 41),
quien ha utilizado como metodología para su realización una entrevista psicológica pericial semiestructurada, un test neuropsicológico de la Clínica Mayo y un Índice de Barthel. Del análisis forense, la facultativa hace conocer que la señora MARIA LUISA AGUILAR, al momento de realizar la entrevista se encontraba vigil, parcialmente orientada en persona, desorientada en tiempo y espacio. Que su pensamiento es normal en curso y presenta confusión en el contenido. Que su lenguaje es normal a nivel expresivo y comprensivo. Que su actitud durante la entrevista es pasiva e impávida, y que su función volitiva (voluntad) se encuentra significativamente afectada. Que de acuerdo a los hallazgos encontrados a lo largo de la entrevista, como los reactivos de especialidad la demandada presenta un deterioro cognitivo 11/38 GRAVE (demencia), de tipo cortical y de afectación global. Que en memoria de largo plazo presenta franca afectación, en memoria de corto plazo, trabajo y procedimental, afectación moderada, en orientación temporo-espacial franco deterioro, en abstracción deterioro moderado. Las funciones cálculo, ejecución, y planificación espacial franco están francamente deterioradas. En su conclusiones la Perito hace conocer que la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, de 98 años de edad, presenta un nivel de dependencia severo en cuanto a la funcionalidad de las actividades diarias, lo que significa que necesita de supervisión permanente y ayuda para realizar sus a c t i v i d a d es co t i d i a n a s. Recomienda que la accionada realice un proceso de rehabilitación de funciones, con el fin de preservar en lo posible las funciones no afectadas como el lenguaje y evitar que el deterioro sea acelerado en las demás. Que la examinada continúe involucrada en actividades familiares y ayuda permanente en todas las actividades cotidianas y se dé seguimiento al caso. 4.3. ENTREVISTA PERSONAL: Con sujeción a la disposición que emana del Art. 482 del Código Civil, la demandada MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, fue examinada personalmente por este Juzgador, a través de un interrogatorio conducente a determinar el estado de su razón, quien claramente al responder preguntas elementales como cuál fue su fecha de nacimiento, fecha actual en la que estamos, responde con inconsistencias. Pruebas con las que se han demostrado que la mencionada señora presenta demencia y por tanto tiene incapacidad para celebrar actos y contratos. Por lo expuesto, “ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR, Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA REPÚBLICA” se RESUELVE: 1.- Declarar la INTERDICCION PROVISIONAL de la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, quien en lo sucesivo no tendrá la libre administración de sus bienes. 2.- De conformidad con el artículo 484 del Código Civil y luego de haber escuchado personalmente a los parientes de la interdicta, se nombra como Curadora General provisional de la interdicta a su hija la señora LILIA PIEDAD LLUMIQUINGA AGUILAR, quien deberá representar a su progenitora, en todos los actos públi-
LLAMADO A ACREEDORES VRO. IMPORT CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN De conformidad con al Art. 393 de la Ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de la Compañía VRO. IMPORT CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN, a fin de que en el término de veinte (20) días contados desde la última publicación de este aviso, deberán presentar los documentos que acrediten su derecho como acreedores en la siguiente dirección: Sangolquí, Viñedos y Nogales Conjunto San Andrés casa 4. Transcurrido el término arriba mencionado se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su derecho en dicho término y aquellos que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación.
Quito, 02 de octubre del 2019. ATENTAMENTE,
Atentamente,
OSCAR RUBEN ANGULO RODRIGUEZ LIQUIDADOR PAP/74078/EG
Víctor Raúl Ocaña Liquidador VRO. IMPORT CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN
PAR/111591/EG
Revista judicial miércoLES 2 de octubRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR cos, privados, judiciales, extrajudiciales, y de la naturaleza que fueren, inclusive para administrar cuentas bancarias y todos los bienes muebles e inmuebles que a cualquier título pertenecieren a la interdicta, quien no está obligada a rendir fianza por su grado de parentesco. 3.Ejecutoriado que sea el presente fallo, inscríbase en el libro correspondiente del Registro de la Propiedad de este cantón Mejía; publíquese un extracto del mismo en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito, por no existir este medio de comunicación en la localidad, y mediante carteles que se fijarán en los parajes más frecuentados de esta localidad conforme lo dispone el artículo 468 del Código Civil. Hecho que sea, se conferirá copias certificadas de la presente sentencia a fin de que se proceda a protocolizar en una de las Notarías de este cantón Mejía, para que le sirva de habilitante a la curadora general quien se posesionará de su cargo el día que contaremos. 4.- Dada la avanzada edad y el estado de salud de la señora ROSA ERMINIA LLUMIQUINGA AGUILAR, al ser un deber constitucional proteger a aquéllas personas que se encuentren en estado de vulnerabilidad manifiesta, se dispone que el curador designado, precautele la salud e integridad física de su madre, para ello acudirá a los médicos respectivos, a fin de que reciba el tratamiento terapéutico que requiera.- Notifíquese y cúmplase.-f). Dr. Msc. José Luis Ayora mata. JUEZ. Lo que comunico a Usted para los fines de Ley. Atentamente, AB. DANNY PEREZ JACOME SECRETARIO. Hay firma y sello PAC/112480/EG EXTRACTO Visto Bueno N° 285196-2019KGAG ACTOR: PAUL RYAN DAHIK HARO Presidente Ejecutivo y Representante Legal de TURUTA. ACCIONADO: DANIEL ISAAC MONTALVO BRAVO CAUSAL: 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.Quito, 27 de septiembre de 2019, a las 11H00.- Dentro del Trámite Dentro del Trámite de Visto Bueno N° 285196-2019- KGAG, que sigue el (a) señor (a) PAUL RYAN DAHIK HARO, Presidente Ejecutivo y Representante Legal de TURUTA, en su calidad de empleador (a), en contra del (a) señor (a) DANIEL ISAAC MONTALVO BRAVO en su calidad de trabajador (a),. En lo principal atendiendo a la misma se dispone: 1) Agréguese al expediente la Declaración Juramentada y Certificación de Registro Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana presentada por la parte accionante, 2) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador, señor PAUL RYAN DAHIK HARO, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código de Orgánico General de Procesos, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de veinte y dos días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 3) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a
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la Inspectoría del Trabajo dentro del término de diez días siguientes desde la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. 4) Tómese en cuenta la casilla judicial señalado por el (a) actor (a) y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe en la presente causa..- NOTIFÍQUESE.F) AB. KATHERINE ANDRADE GALLARDO. AB. KATHERINE ANDRADE GALLARDO INSPECTORA DEL TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAB/23740/EG Casilla Judicial: 3121 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. PUBLICACIÓN: CÍTESE A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE SEÑORA MARTHA COSTALES HERRERA. EXTRACTO NÚMERO DE JUICIO: 17203-2019-03903. ACCIÓN: PARTICIÓN DE BIENES SUCESORIOS. TRÁMITE: VOLUNTARIO. ACTOR/A: C H A C O N HERRERA EDUARDO PATRICIO, COSTALES FLORES CARLOS ERNESTO, COSTALES FLORES FRANCISCO y OTROS. DEMANDADO/A: CHACON HERRERA BLANCA ISABEL, CHACON HERRERA VICTOR MANUEL, COSTALES FLORES MARIA DEL CARMEN y OTROS. CUANTÍA: INDETERMINADA. OBJETO DEL EXTRACTO: CITAR A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE SEÑORA MARTHA COSTALES HERRERA. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 23 de mayo del 2019, las 08h04, VISTOS: a) Aparéjese a los autos el escrito y anexos que anteceden. b) Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Mariscal Sucre, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. c) Se estima que la demanda de partición de bienes sucesorios propuesta por CHACÓN HERRERA EDUARDO PATRICIO, COSTALES FLORES CARLOS ERNESTO, COSTALES FLORES FRANCISCO y COSTALES FLORES YOLANDA DEL ROCIO, reúne los requisitos establecidos en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, y en consecuencia se la califica, y se la acepta al procedimiento voluntario que le corresponde, conforme lo prescrito en el Art. 334 numeral 5 del Código Orgánico General de Procesos. d) Inscríbase la demanda y auto de calificación en el Registro de la Propiedad del cantón Quito de conformidad a lo preceptuado en el 146 del Código Orgánico General de Procesos. Libérese el correspondiente oficio. e) Una vez que conste de autos el correspondiente certificado, que conste la inscripción de la demanda y éste auto de calificación; procédase a citar a los señores: CHACÓN HERRERA VICTOR MANUEL y COSTALES FLORES MARIA DEL CARMEN, en la dirección señalada por intermedio de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de la Unidad Judicial; y, a la señora CHACON HERRERA BLANCA
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ISABEL en la dirección señalada, mediante deprecatorio remitido a uno de los Señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Provincia de Chimborazo, cantón Riobamba ofreciendo reciprocidad en casos análogos. f) Mediante publicaciones en uno de los periódicos de circulación en el cantón Quito, cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la causante señora MARTHA COSTALES HERRERA, conforme lo prescrito en los artículos 58 y 56 del Código Orgánico General de Procesos. g) Cuéntese con los señores Alcalde, Procurador Síndico del Distrito Metropolitano del cantón Quito; y, con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas a quienes se los citará en sus respectivos despachos, mediante la Oficina de Citaciones y Notificaciones. h) Agréguese a los autos la documentación adjunta. i) Téngase en cuenta la casilla judicial y la autorización que le confieren a sus abogadas patrocinadoras. HÁGASE SABER.- f).- Dra. Patricia Mercedes Segarra Faggioni, Jueza.UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 3 de julio del 2019, las 11h38, a) Agréguese a los autos el escrito y anexos que anteceden para los fines consiguientes. b) Una vez que se ha cumplido con la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, se dispone a la Señora Actuaria, dar cumplimiento a lo dispuesto en auto de calificación. HÁGASE SABER.- f).Dra. Patricia Mercedes Segarra Faggioni, Jueza.Lo que comunico a Uds. para los fines de ley; previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica para futuras notificaciones que les correspondan.- Certifico.Ab. Germania Patricia Tamay Cevallos S EC R E TA R I A DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/112472/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL) CITACIÓN JUDICIAL A: ARAQUE RIVADENEIRA EDUARDO MAURICIO en calidad de REPRESENTANTE LEGAL DE KONNENCORP CIA. LTDA CAUSA NO. 17230-2017-10870 ACTOR: AYALA ORBE EVELYN PAULINA DEMANDADOS: ARAQUE RIVADENEIRA EDUARDO MAURICIO en calidad de REPRESENTANTE LEGAL DE KONNENCORP CIA. LTDA CUANTIA: USD $ 2.000 PRETENSIÓN: Demando el pago de la suma de USD 1.362,61, más el máximo del interés legal y los gastos incurridos por la mora del deudor desde el vencimiento de la obligación que adeuda. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito 30 de agosto del 2017.VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo respectivo, avoco conocimiento de la presente causa. La demanda pre-
sentada por EVELYN PAULINA AYALA ORBE, es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos, puesto que se fundamenta en documentos previstos en el numeral 2 del Art. 356 ibídem, por lo que se la admite a trámite en el procedimiento monitorio. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 del mismo cuerpo legal, se dispone que el demandado señor EDUARDO MAURICIO ARAQUE RIVADENEIRA en calidad de REPRESENTANTE LEGAL DE KONNENCORP CIA. LTDA, en el término de quince (15) días, pague la obligación demandada por concepto de facturas, lo cual suma la cantidad de MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON 61/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (US$1.362,61), o proponga las excepciones de las que se crea asistida; bajo la prevención que en caso de que no comparezca dentro del término concedido para el efecto, o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del artículo 358 de la norma citada, que dispone: “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución, (…)”; por tanto, de ser el caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 360 ibídem, además se deberá cancelar el máximo interés convencional y de mora, intereses que serán calculados únicamente sobre el capital adeudado y reclamado en la demanda el cual consta en líneas anteriores, valores que serán liquidados pericialmente.- CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto interlocutorio de pago, al demandado señor EDUARDO MAURICIO ARAQUE RIVADENEIRA en calidad de REPRESENTANTE LEGAL DE KONNENCORP CIA. LTDA, en el lugar que se indica en la demanda, de conformidad con lo establecido en el Art. 54 y 55 del COGEP, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico; para el efecto, remítase suficiente despacho a la Oficina de Citaciones (La peticionaria prestará las facilidades necesarias).- Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda, el escrito que antecede y los documentos adjuntos al mismo.- Actúe el Dr. Alejandro Ochoa, en calidad de Secretario de la Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 11 de diciembre del 2018, las 15h25, En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la Actora, conforme lo dispone el Art.- 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese al demandado ARAQUE RIVADENEIRA EDUARDO MAURICIO en calidad de REPRESENTANTE LEGAL DE KONNENCORP CIA. LTDA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual por Secretaría se entregará el extracto respectivo. NOTIFIQUESE.- f) AB. RUTH MARIANA RACINES MOLINA, JUEZA.Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico
en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. PATRICIA M. FEIJÓO C. SECRETARIA (e) UNIDAD JUDICIAL CIVIL SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITOCOGEP Hay firma y sello PAC/112461/AT EXTRACTO PARA NOTIFICACIÓN POR LA PRENSA TRÁMITE: Visto Bueno N°284889-2019MAGG ACTO R (A) : PA U L I N A ELIZABETH RO R I G U E Z CHAVEZ ACC I O N A D O (A) : DIANA LORENA POZO TOAPANTA CAUSAL(ES): Art. 172 numerales 1° del Código del Trabajo Dentro del Trámite de Visto Bueno N°284889-2019MAGG, que sigue la señora PAULINA ELIZABETH RO R I G U E Z CHAVEZ en su calidad de empleador (a), en contra del (a) señor (a) DIANA LORENA POZO TOAPANTA en calidad de trabajador (a), se ha dictado lo que sigue: INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 24 de septiembre de 2019, las 13h00.En mérito del sorteo que antecede, y en uso de las atribuciones que me confieren los Arts. 183, 545 numeral 5° y 621 del Código del Trabajo, AVOCO CONOCIMIENTO del Trámite de Visto Bueno N°2848892019MAGG que sigue la señora PAULINA ELIZABETH RORIGUEZ CHAVEZ en su calidad de empleador (a), en contra del (a) señor (a) DIANA LORENA POZO TOAPANTA en calidad de trabajador. En lo principal, atendiendo el mismo DISPONGO: 1.De conformidad con lo previsto en el Art. 56 y la Disposición Final Segunda del Código Orgánico General de Procesos COGEP, y considerando que la parte actora ha declarado, bajo juramento, desconocer la individualidad, domicilio o residencia de la accionada, con la copia de la solicitud de visto bueno que antecede, y el extracto de esta providencia, notifíquese a la trabajadora mediante 3 (tres) publicaciones a realizarse en 3 (tres) distintos días en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, previniéndose a la trabajadora que una vez transcurrido el término de 20 (veinte) días, a contarse a partir de la última publicación, comenzará a transcurrir el término de 2 (dos) días para contestar la petición de visto bueno, según prevé la citada normativa legal.- 2.- Se advierte a la accionada de su obligación de señalar casilla judicial o correo electrónico, para futuras notificaciones.- 3.Las publicaciones por la prensa deberán remitirse en el término máximo de 10 (diez) días, a contarse a partir de la emisión del correspondiente extracto. 4.- Tómese en cuenta el correo electrónico trianavanessa@ hotmail.com señalados por la parte empleadora para notificaciones que le correspondan en este trámite.- NOTIFÍQUESE.- f) NOTIFÍQUESE. f) Abg. MARIA AUGUSTA GUERRÓN Lo que comunico para los fines de Ley.AB. MARIA AUGUSTA GUERRON INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAP/74068/AT EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA NOTIFICACION JUDICIAL: AL SEÑOR PATRICIO RENEE BALSECA MAÑAY ACTOR: JORGE ALFONSO PAEZ ANDRADE- GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑIA AUTOLANDIA S.A. DEMANDADA: PATRICIO RENEE BALSECA MAÑAY Y TATIANA ENCARNACION ENRIQUEZ MEJIA JUICIO No: 17230-2017-00088 CUANTIA: USD. 9.865,07 TRAMITE: COBRO DE LETRA
Si quieres ser feliz, como me dices, ¡no analices, muchacho, no analices! J oaq u í n M. B a r t r i na . Poeta español.
DE CAMBIO OBJETO: AL PAGO DEL CAPITAL DE LAS LETRAS DE CAMBIO NÚMEROS 14/24, 15/24, 16/24, 17/24, 18/24, 19/24, 20/24, 21/24, 22/34, 23/34 Y 24/24, QUE ASCIENDEN A UN TOTAL DE USD. 8497,oo, OBLIGACIÓN EJECUTIVO QUE SE DESPRENDE DEL TÍTULO, MÁS LO INTERESES POR MORA A LOS QUE HUBIERE LUGAR EN RELACIÓN CON EL TÍTULO ADJUNTO QUE ASCIENDE A LA SUMA DE USD. 471,16, MÁS LOS GASTOS EXTRAJUDICIALES Y HONORARIOS PROFESIONALES.JUEZ: AB. CINTHYA MOLINA DEFENSOR: DRA. DANA ABAD ARÈVALO FECHA DE INICIO: 28-06-2018 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, martes 5 de junio del 2018, las 15h49, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En atención a lo manifestado por la parte actora se dispone: PRIMERO: De conformidad al artículo 372 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se ordena que la parte ejecutada señora TATIANA ENCARNACIÓN ENRÍQUEZ MEJÍA, pague la cantidad de NUEVE MIL TRECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 67/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de acuerdo al capital e intereses determinados en la liquidación antes señalada, cuyas copias se adjuntan al presente auto.- SEGUNDO: En tal virtud la ejecutada cumpla con la obligación materia de la presente ejecución, en el término de CINCO (5) días, bajo prevención que de no hacerlo, se procederá a la ejecución forzosa, conforme a lo dispuesto en la norma citada.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, martes 31 de julio del 2018, las 09h42, VISTOS: Conforme se desprende de la razón sentada por el secretario, en la que indica que se desprende: “... Siento por tal que la parte demandada no ha dado cumplimiento al mandamiento de ejecución de fecha 5 de junio del 2018, las 15h49.- Lo que comunico para los fines legales pertinentes...”, a fin de continuar con la ejecución forzosa continuando con el trámite de ejecución, con fundamento en los Arts. 358 y 375 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena que se publique en la página web de la Función Judicial, el auto de pago dictado en la presente causa, para conocimiento de terceros y para que todos aquellos que tengan interés en la ejecución, concurran a la audiencia con todas las pruebas necesarias para hacer efectivos sus derechos; para tal propósito, hágase conocer de este particular, a la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha, a fin de que proceda conforme lo ordenado.- Asimismo y con sustento en el inciso segundo de la disposición legal antes invocada, el ejecutante, en el término de ocho días, presente la documentación certificada pertinente, para que se pueda ordenar el embargo de los bienes de propiedad del ejecutado.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral anterior, fundamentado en el Art. 365 del mismo cuerpo legal que señala: “Acceso a información de datos del ejecutado. La o el juzgador tendrá la facultad de acceder de oficio o a petición de parte, a los registros públicos de datos de la o del ejecutado, para recabar información relacionada con sus bienes. Además, brindará a la o el ejecutante todo el apoyo y
facilidades para la realización de los actos necesarios dentro de la ejecución”, se dispone oficiar a la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos DINARDAP-, Superintendencia de Bancos, Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, a fin de que por intermedio del funcionario que corresponda, en el término de ocho días, informen a esta Unidad Judicial, respecto de los bienes de propiedad de la señora TATIANA ENCARNACIÓN ENRÍQUEZ MEJÍA, portadora de la cédula de ciudadanía No. 1710570803.- Notifíquese y Cúmplase.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, miércoles 29 de agosto del 2018, las 15h32, Agréguese al proceso el escrito que antecede. En atención a lo peticionado previamente a la práctica del embargo, de conformidad a lo establecido en el inciso 2º del Art. 380 del Código Orgánico General de Procesos, notifíquese al cónyuge de la demandada, señor PATRICIO RENEE BALSECA MANAY, en el lugar que se indica, en el escrito que se provee, a fin de que en el término de tres días después de notificado, se pronuncie sobre lo dispuesto en el mencionado artículo, previniéndole de que en caso de que no se pronuncie al respecto, se designará depositario judicial para que actúe en su lugar; para tal propósito, remítase despacho suficiente a la Oficina encargada de practicar dicha diligencia, debiendo la parte interesada acercarse a esta Unidad Judicial a proveer de las copias necesarias a fin de elaborar el número de boletas que se requieran.- Notifíquese.Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. MARIA LOURDES TAYA A. SECRETARIA Hay firma y sello PAB/23712/AT VISTO BUENO EXTRACTO Visto Bueno N° 285196-2019KGAG ACTOR: PAUL RYAN DAHIK HARO Presidente Ejecutivo y Representante Legal de TURUTA. ACCIONADO: DANIEL ISAAC MONTALVO BRAVO CAUSAL: 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO INSPECCION DEL TRABAJO DE PICHINCHA. - INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA. Quito, 27 de septiembre de 2019, a las 11H00.- Dentro del Trámite Dentro del Trámite de Visto Bueno N° 285196-2019- KGAG, que sigue el (a) señor (a) PAUL RYAN DAHIK HARO, Presidente Ejecutivo y Representante Legal de TURUTA, en su calidad de empleador (a), en contra del (a) señor (a) DANIEL ISAAC MONTALVO BRAVO en su calidad de trabajador (a),. En lo principal atendiendo a la misma se dispone: 1) Agréguese al expediente la Declaración Juramentada y Certificación de Registro Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana presentada por la parte accionante, 2) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador, señor PAUL RYAN DAHK: HARO, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código de Orgánico General de Procesos, por cuanto el emplea-
dor bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de veinte y dos días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 3) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspectoría del Trabajo dentro del término de diez días siguientes desde la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. 4) Tómese en cuenta la casilla judicial señalado por el (a) actor (a) y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe en la presente causa..- NOTIFÍQUESE.F) AB. KATHERINE ANDRADE GALLARDO. AB. KATHERINE ANDRADE GALLARDO. INSPECTORA DEL TRABAJO DE PICHINCHA hay firma y sello AP/74106/BP
ANULACIONES
banco rumiñahui QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8212364500 Nro. Cartola 18112320413 Cliente TERAN VIVAR, EDGAR-HUMBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8233992500 Nro. Cartola 18224780199 Cliente BONE SEGURA, BARBARAYSABEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8081242000 Nro. Cartola 17211940063 Cliente BONILLA ZAMBRANO, BYRONGABRIEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8121719400 Nro. Cartola 16728220423 Cliente LABANDA JARAMILLO, DARWIN-ROSENDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8047121200 Nro. Cartola 16700230333 Cliente OLIVO JIMENEZ, NORBERTOELIAS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8240213300 Nro. Cartola 18264260490 Cliente LOPEZ MOROCHO, SILVIA-ADRIANA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8174584000 Nro. Cartola 17804820243 Cliente GODOY ALVAREZ, NADIA-SOLANDA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8156545100 Nro. Cartola 17618340032 Cliente MOLINA VEGA, JORGE-GUILLERMO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8024248100 Nro. Cartola 16778910519 Cliente UCHUPANTA SULCA, MANUELMESIAS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8407593400 Nro. Cartola 19222100000 Cliente ONA SALAZAR, JOSE-IGNACIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8044685200 Nro. Cartola 17317870032 Cliente TROYA MORA, MANUELALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8031282900 Nro. Cartola 17467530469 Cliente PUENTE COELLO, JORGE- del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8148662100 Nro. Cartola 17522910862 Cliente ORTIZ TANICUCHI, DIEGOJACINTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8005656700 Nro. Cartola 16695710513 Cliente JACOME PORRAS, GALOANIBAL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8159255100 Nro. Cartola 17648880304 Cliente PILATASIG VINOCUNGA, WILLIAM-PAUL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8077119300 Nro. Cartola 16947240764 Cliente VELEZ MERA, LUIS-ANTONIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8059988900 Nro. Cartola 16784630747 Cliente CALAHORRANO JARAMILLO, DARWIN-SANTIAGO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8362655300 Nro. Cartola 18950580060 Cliente TROCELLIER RODRIGUEZ, KENNETH-ANTONIO del Banco
Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8362144900 Nro. Cartola 18945640086 Cliente MERO LOPEZ, VICTORGABRIEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8273988400 Nro. Cartola 18420370316 Cliente VELEZ CEVALLOS, ALVAROXAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8186715400 Nro. Cartola 17928130412 Cliente ROJANO CHICAIZA, CRISTIANALVARO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8059273200 Nro. Cartola 16999670587 Cliente VASQUEZ HERAS, MARILYJANETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8273597700 Nro. Cartola 18417080274 Cliente CARRIEL YUCCHA, ANGELREMIGIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8376084500 Nro. Cartola 19040300006 Cliente GUTIERREZ CORREA, MARTHA-CECILIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (24)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8464138500 Nro. Cartola 19609000005 Cliente PORTILLA ENRIQUEZ, GABRIELA-LORENA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25)NR
ANULACIONES VARIAS Se notifica la pérdida de póliza No. 011DPF00537751 de la Cooperativa Andalucía, perteneciente a Víctor Cevallos. PAR/111595/EG ========= TÍTULO EXTRAVIADO Queda anulado el titulo de la compañía TECOCEL S.A. HOSPITAL DE LOS VALLES S.A. No. 989 No. de acciones: 1 Propietario: JUAN ERASMO PEREZ FUENTES El título detallado será anulado de no presentarse reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados. Quito, 30 septiembre 2019 PAP/74087/EG ========= AVISO Se procederá a anular por pérdida los títulos N°s 24637, 24638, 24639 y 24640 por 60, 93, 40 y 6 acciones de USD. 1 c/u del Banco Pichincha C.A., emitidos a nombre de Bustamante Meneses Fernando transcurridos 30 días de la última publicación de este aviso. PAR/111606/EG