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Quito 26 de julio de 2019

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50c incl. IVA

Quito, Ecuador

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019 CIUDAD

Número total de ejemplares puestos en circulación: 26.565 REPORTE

PAÍS

A ciegas en el cementerio

Guayaquil aún vibra con su fiesta

Página A15

Página B7

Habrá Reina, pero sin aval municipal Página A2

La Fiscalía pide vincular a Correa en caso ‘Sobornos’ Jorge Glas, Vinicio Alvarado y Walter Solís están en la lista, así como varios directivos de empresas. La Fiscalía General pidió a la Corte Nacional de Justicia se fije fecha para la audiencia de vinculación de 22 personas, entre funcionarios públicos y empresarios, por el caso ‘Sobornos 2012-2016’ que investiga supuestos aportes ilícitos a la campaña del correísmo durante esos años. En la lista están el expresidente Rafael Correa, su exvicepresidente Jorge Glas y varios de sus más cercanos colaboradores. Por otra parte, desconocidos atacaron el inmueble de Laura Terán, exasistente de la presidencia de Rafael Correa y

actualmente procesada por el mismo caso, propinándole al menos cinco disparos . Luego se marcharon dejando una nota intimidatoria. Terán es un testigo clave en las investigaciones. Paralelamente, ayer se receptó en la Fiscalía General la versión de Gerardo de Souza, exgerente financiero de la empresa Odebrecht entre 2010 y 2015, quien confirmó la entrega de varios sobres a Pamela Martínez, exasesora de Correa y procesada junto a Alexis Mera y María de los Ángeles Duarte.

Se pide

vinculación de 22 empresarios y funcionarios.

Disparan

contra la casa de testigo clave.

Exdirectivo

de Odebrecht confirma entrega de sobres a asesora de Correa.

Página B3

AMENAZA. Este cartel fue dejado en la casa de Terán.

Explotación de Ishpingo desde 2020

Grito boricua obliga a renunciar a Gobernador

Los puertorriqueños marcharon ayer para expresar su alegría por la dimisión del gobernador, Ricardo Rosselló, tras dos años y medio en el poder, a causa del escándalo desatado por su participación en un polémico chat en el que se denostaba a rivales políticos, artistas y miembros de la comunidad LGBT. Página B5

A pesar de tener las licencias ambientales para las plataformas A y B del campo Ishpingo, que es parte del bloque 43 o ITT, el Gobierno ha descartado tener producción efectiva para este año, confirmó Álex Galárraga, gerente de Petroamazonas. Desde mediados de 2020, se espera que este campo genere 10.000 barriles diarios y ya no los 15.000 previstos en las primeras proyecciones. Para el próximo año, además del inicio de Ishpingo, se continuarán los trabajos de Campos Menores, Oil & Gas y Campos Maduros, así como más perforación en el Campo Sacha. Página B1

CPC no atina ni en su orden del día El Consejo de Participación Ciudadana (CPC), a más de un mes de su posesión, no aprueba el reglamento para el funcionamiento del Pleno. La necesidad de esa normativa quedó reflejada en la sesión de ayer. Estaba previsto que la normativa se tratara en segundo debate y se aprobara, pero el punto fue retirado de la convocatoria. Ayer, los consejeros no pedían la palabra, había interrupciones, uno le ayudaba a terminar las frases del otro y se retiraban mociones por no estar bien formuladas. Es así que los seis consejeros presentes se demoraron dos horas para aprobar el orden del día e inmediatamente después, el presidente, José Carlos Tuárez, suspendió la sesión para ir a almorzar. Página B2

PRIMERA SUERTE

708358

SEGUNDA SUERTE

TERCERA SUERTE

823808

643125

www.lahora.com.ec lahoraecuador @lahoraecuador


CIUDAD A2

ÍNDICE UV

tiempo lectura 15 min.

RIESGO

TME*

4a5

Bajo

6a7

Moderado 45

PROTECCIÓN SUGERIDA

60+

8 a 10 Alto

30

11 a 15 Muy alto

25

16 o + Extremo

10

*TME: Tiempo máximo recomendado de exposición (expresado en minutos.

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR

Radiación UV se mantiene ‘Muy Alta’

El valor más alto de radiación UV que se registrará hoy será de 11. Ayer, el índice llegó a 11. Se recomienda no exponerse al sol entre las 10:00 y las 13:00. Más información en www.quitoambiente.gob.ec

Pronóstico del día

Para hoy se prevé una temperatura máxima de 20 grados centígrados y una mínima de 6. Pronóstico: Cielo nuboso. Para mañana se espera una temperatura máxima de 20 grados y una mínima de 6.

I

Se cambia el enfoque para elegir a la futura Reina El certamen tendrá que elegir otro nombre, pues el Municipio no cedió los derechos.

Requisitos Reina de Quito

de nacimiento. ° Quiteñas tengan entre 19 y 26 años. ° Que ° Solteras. No tener hasta tercer grado de con°sanguinidad o segundo de afinidad con quienes han sido reinas de Quito.

realizado voluntariado o proyec°tosHaber a favor de la comunidad. Estar cursando estudios superiores o °haber terminado una carera. a hacer voluntariado de °unDecididas año, con disponibilidad a tiempo

Las representantes de la Fundación Reina de Quito (FRQ) y exreinas de belleza dieron a conocer ayer, en rueda de prensa, completo. que, por primera vez en 60 años, serán ellas las encargadas de la organización del certamen y no la Unidad Patronato San José, Yunda, para plantear un nuevo enfoque para el certamen presidida por Lilia Yunda. y evitar que se lo elimine. Sonriente, Paola Vin- EL DATO Sin embargo, a través timilla, excandidata a la de un comunicado, el Alalcaldía y reina de la capiFundación calde reiteró su decisión tal en 1991-1992, dijo que La Reina de Quito dará a conocer la de suprimir la elección. la “elección va porque va”, de inscrip“El Municipio que me pese a la resolución de la fecha ción en sus Alcaldía de eliminar el redes sociales y honro representar, por las página web. Se evento, para dar paso a estima que será razones públicas expuesmediados de tas en otras ocasiones, se actividades que “revalori- aagosto. ratifica en su decisión de cen a la mujer desde otros no organizar el evento espacios de construcción oficial, ni autorizar el uso de la social”. Días atrás, las exreinas se marca ‘Reina de Quito’, de titureunieron con el alcalde, Jorge laridad de la Unidad Patronato

ALIANZA. Representes de la Fundación Reina de Quito pidieron apoyo a la empresa privada para continuar con el certamen.

Municipal San José”, señala el escrito. Vintimilla calificó la decisión de Yunda como una oportunidad para tener una reina que esté más cerca de la gente, que pueda ir a los barrios de todos los sectores pues, al trabajar con el Municipio la soberana se veía relegada de este tipo de acciones. Otro nombre

Sofía Arteta, directora ejecutiva de la FRQ, comentó que iniciará diálogos con la empresa privada para la realización del certamen, al que, por motivos legales, de-

berán cambiar de nombre. Esto, sin embargo, no interferiría con el nombre de la fundación, ya que está inscrita bajo otra figura legal. La directora no señaló cuáles serían los costos de la gala, aunque ratificó que habrá una ceremonia austera pero elegante “a la altura de Quito” y que varias instituciones le han ofrecido posibles espacios. Parámetros

Los requisitos para quienes deseen participar están listos y responden al nuevo enfoque que las exsoberanas quieren

darle al evento. Las interesadas en participar deberán presentar un proyecto social, enfocado en sostenibilidad y ambiente, educación inclusiva y empoderamiento y emprendimiento de grupos de atención prioritaria. Luego de que un jurado (conformado por un periodista, un empresario y una exreina) escoja los mejores 30 proyectos. Las participantes seleccionadas presentarán sus propuestas mediante un video y una exposición. De esa manera, se elegirá a las 12 finalistas (AVV).

Inscripciones abiertas al premio Dolores Veintimilla de Galindo Desde 2004, el Municipio entre- principales aportes, así como ga el premio Dolores Veintimilla una breve reseña del impacto de sus actividades en la sode Galindo a jóvenes que hayan realizado una con- TOME NOTA ciedad. Las postulaciones se tribución notable en el derecibirán hasta las 12:00 sarrollo de la ciudad o del Para mayor del miércoles 1 de agosto país, a través de actividades información pueden comunicívicas, culturales, educati- carse al número de 2019, en las oficinas de exten- la Secretaría de Inclusión vas, sociales, ecológicas, la- 3952300, sión 24303. Social, ubicadas en las borales, entre otras. calles Jorge Washington Los interesados deberán presentar su hoja de vida y E4-54 y Amazonas, tercer piso.

Una vez receptadas, la Comisión de Igualdad, Género e Inclusión Social analizará cada una de las carpetas. El Premio se entregará en el Concejo Metropolitano de Quito el 12 de agosto, en conmemoración del Día Internacional de la Juventud. Éste es un reconocimiento histórico a la memoria de la poetisa ecuatoriana Dolores Veintimilla de Galindo (AVV).

CEREMONIA. El premio se entregará el 12 de agosto, cuando se conmemora el Día de la Juventud.


Presupuesto depende de informes de 23 entidades La Comisión solicita que se puntualice cuánto necesitan 12 secretarías y 11 empresas. De los informes que las 12 secretarías y 11 empresas municipales deben presentar en los próximos días dependerán las inversiones que hará el Municipio desde agosto hasta diciembre. Esta es la principal tarea pendiente para que el Concejo Metropolitano apruebe el proyecto de ordenanza de reforma del presupuesto, que se reduce de $1.563 millones a $1.251 millones. Para concretar esta labor, la Comisión de Presupuesto solicitó montos específicos, planes y demás detalles de las necesidades que tienen las entidades municipales. Los cinco concejales integrantes realizaron este pedido tras escuchar los alcances de la propuesta que presentaron Pablo Dávalos, asesor económico del alcalde, Jorge Yunda, y directivos de la Administración General. Dávalos reiteró que se incrementaron de $87 millones a $270 millones los recursos que, de manera inmediata, puede disponer el Municipio para obras. Manifestó que eso fue posible con “optimización” de recursos y presupuestos de todas las entidades municipales: “Se distribuyen especialmente en Movilidad, Obra Pública, Seguridad e Inclusión Social, que son los principales sectores de inversión”. Prioridades

El presidente de la Comisión de Presupuesto, Eduardo del Pozo

I

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

A3

OBRA. La ampliación de la vía Alóag Santo Domingo se realiza por fases.

Contraloría pone el ojo a la Alóag-Santo Domingo

LABOR. La reforma se encuentra en manos de la Comisión de Presupuesto.

(CREO), Marco Collahuazo (Unión Ecuatoriana), Soledad Benítez y Luís Reina (Fuerza Compromiso Social) cuestionaron que no se haya especificado en qué medida se están cumpliendo deudas con las empresas municipales por préstamos internacionales. “Es necesario conocer a detalle cuáles son las obras a dónde estarían destinándose esos recursos y eventualmente hacer cambios a lo presentado en esta proforma si se consideran importantes, necesarios o prioritarios hacia unas áreas más que a otras”, sostuvo Del Pozo. Una de esas decisiones pendientes, es el de infraestructuras y de obras necesarias para reorganizar rutas y frecuencias de buses para cuando funcione el Metro, que demandaría inver-

Variación

Presupuesto de inversión 42% se destina al pago del Metro y 58% a otras inversiones. Para inversiones Para pagar el Metro TOTAL

Actual (U$D) 699’597.090 863’942.315 1.563’539.405

Reforma para terminar el año (U$D)

Inversiones sin el Metro Presupuesto de inversión

Actual (U$D) 703’824.726

Reforma (U$D) 723’035.201

siones de entre $30 millones y $100 millones, según una consultoría que se realizó en la anterior administración Otra resolución clave, en materia social, es la de justificar con qué recursos se ha superado un déficit de $5 millones y se le ha asignado $1,5 millones adicionales al Patronato. Los integrantes de la Comisión de Presupuesto

723’035.201 528’768.569 1.251’803.771

se mostraron de acuerdo en que no se incremente ese presupuesto y más bien se lo entregue a la Secretaría de Inclusión. Reina y Benítez, además, sugirieron que en Seguridad se incluya recursos para levantar informes de gestión de riesgos en los cientos de barrios que están pendientes de regularización. (JCER)

Informales y tramitadores son retirados de alrededores del SRI Atendiendo denuncias de personas que viven cerca de las oficinas del Servicio de Rentas Internas (SRI), ubicadas en la Salinas N17-203 Y Santiago, cerca del parque El Ejido, la Agencia Metropolitana de Control (AMC) realizó ayer un operativo para retirar a comerciantes autónomos, tramitadores y revisar que los locales comerciales cuenten con los permisos de funcionamiento. En la jornada se constató la presencia de 25 vendedores informales y se entregaron ocho exhortos a dueños de locales, para que regularicen su actividad antes de que se aplique alguna sanción. Con este operativo, son 470 de comercio informal los que

CIUDAD

se han realizado desde el 15 de mayo. En este sector ya se han realizado 85 intervenciones, pero los autónomos y los tramitadores siguen ocupando ese espacio. En esta ocasión, el operativo se realizó con la presencia de 12 funcionarios de la AMC, 10 Agentes Metropolitanos de Control, 15 efectivos de la Policía Nacional y 15 Agentes Metropolitanos de Tránsito. La AMC, en un comunicado, recuerda que toda persona que utilice el espacio público para actividades informales se expone a una sanción de $197 de acuerdo a lo que establece el Código Municipal. Los locales comerciales que operan sin la Licencia Única de Actividades Económicas,

GESTIÓN. Los funcionarios de la Agencia Metropolitana de Control, durante la intervención en los alrededores del parque El Ejido.

en cambio, son sancionados de acuerdo a la categoría del establecimiento con multas que van desde 1 hasta 15 Remuneraciones Básicas Unificadas . “Seguiremos trabajando in-

cansablemente por recuperar los espacios públicos de nuestra ciudad” afirmó la supervisora de la AMC, Estefanía Grunauer, tras presentar los resultados de esta acción.

El incumplimiento de las recomendaciones técnicas para la ampliación de la autopista Alóag-Santo Domingo, a cargo de la Prefectura de Pichincha impidió que se priorice una obra clave de seguridad para miles de sus usuarios de la arteria que conecta a la Sierra con la Costa. Según el primer informe de resultados del examen especial que la Contraloría General realizó a este proyecto entre el primero de noviembre de 2016 y el 31 de enero de 2019, no se consideraron prioritarios trabajos de estabilización e instalación de taludes. En la investigación, además, se establece que este incumplimiento de recomendaciones técnicas también ocasionó que no se cuente con financiamiento para un normal desarrollo de los trabajos de la construcción de la vía. Las “planillas de avance” de la obra, por ejemplo, se presentaron con retrasos de entre 32 y 338 días. Las consecuencias económicas, detectadas por la Contraloría fueron no solo la postergación de los pagos al personal a cargo de la obra sino también “reajuste de precios”, que a su vez incrementó los montos de liquidación del proyecto. En el examen también se señala que, sin evidencias de justificación, se autorizaron pagos de $4.210 por limpieza de derrumbes, $317.751 por excavaciones y $2’247.727 por rediseños de los pavimentos que no cumplieron especificaciones técnicas. El documento se leyó en presencia de funcionarios y exfuncionarios de la Prefectura, quienes evitaron realizar pronunciamientos públicos sobre el tema. Esto, debido a que tienen un plazo de cinco días laborables para presentar documentación o pruebas de descargo que consideren pertinentes para que el organismo de control concluya la redacción del informe definitivo del caso. (JCER)


OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR

No hay países subdesarrollados sino mal gestionados”. PETER FERDINAND DRUCKER ECONOMISTA ESTADOUNIDENSE (19092005)

O

No es demasiado tarde para construir una utopía que nos permita compartir la tierra”. GABRIEL GARCÍA MÁRQUEZ ESCRITOR COLOMBIANO (1927-2014)

CARTAS Los buses del escalofrío

El 9 de julio de 2019 en la Ciudadela los Ceibos un accidente de un bus produjo la muerte de una persona. Un hecho parecido se suscitó en el parque de la Iglesia la Merced, donde un peatón perdió la vida. Muchos accidentes de tránsito están ligados a la imprudencia, negligencia y experticia en la conducción del vehículo. Al no quejarnos ni protestar por los malos servicios, somos cómplices. Los choferes de buses hacen corcovear a los vehículos con sus arrancadas, aceleradas y frenadas, y las personas saltan de sus asientos como canguil; imprimen velocidades no permitidas en la ciudad; hacen parada en cualquier lugar, cuando lo establecido es cada doscientos metros. Es solo el principio de las mil y una infracciones que cometen al día. Podrían prevenirse si hubiera la voluntad de conductores y peatones, respetando las leyes de tránsito. Son una pantomima los controles y sanciones: se eliminaron los radares, quieren eliminar la licencia por puntos y las pruebas de conocimientos las suspendieron. Luis Medina de la Bastida vmedina53@hotmail.com

La llegada del 5G

Percibimos con mucha emoción la euforia que provoca la llegada del 5G, escuchamos noticias donde se señala que el nivel de vida va a mejorar considerablemente. El Gobierno de Moreno ha señalado que va a convertir al país en un Ecuador digital ¿será cierto? ¿Acaso esta tecnología de alta velocidad podría aniquilar por completo lo poco que queda de nuestra cultura, y ahora sí nos convirtamos en dependientes? Ecuador no se caracteriza por producir bienes culturales digitales; en consecuencia, vamos a incrementar con el 5G, si no actuamos con sentido crítico, el consumo cultural externo. Hernán Yaguana hayaguana@utpl.edu.ec DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.

Desaciertos superan a los aciertos En la Asamblea Nacional son habituales los juicios políticos. Unos valederos, otros coyunturales y no pocos obedecen a intereses de algún partido o movimiento. Hay integrantes de comisiones parlamentarias que los usan como arma arrojadiza contra funcionarios a quienes ciertas “barras” condenan. Sin embargo, sus miembros juraron cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes que de ella emanen. Malo es rendirse al espectáculo político y no ceñirse a las razones. Razones hay, por ejemplo, cuando apuntan señalar las inconstitucionalidades e ilegalidades en la determinación de candidatos para una función del Estado de elección popular como es el Consejo de Participación. Las evidencias están a la vista. Por añadidura, el Estado laico, como principio constitucional, ha sido pisoteado. JAIME DURAN BARBA

Propiedad privada y corrupción Hasta fines del siglo XVIII la inmensa mayoría de la gente vivía en extrema pobreza, solo tenían riqueza los nobles, los eclesiásticos y una incipiente burguesía conectada con el comercio. Cuando se produjo la Revolución Industrial aparecieron el capitalismo y la democracia. Personas que no tenían poderes mágicos produjeron una cantidad de bienes inimaginables con su trabajo, y la nueva realidad permitió que se desarrollen paulatinamente las ideas

La herencia totalitaria, corrupta y populista es abrumadoramente costosa desde todo punto de vista. Ahora hay libertad para denunciarla, desentrañarla, precisarla y poner a sus autores y actores ante la Ley. Enderezar el rumbo en lo económico comporta tomar medidas radicales, hacer sacrificios y procurar que la transición sea lo menos dolorosa posible. En lo judicial también, en lo político mucho más. Anteponer el interés de un sector al de la mayoría tiene en Ecuador una larga historia, donde los desaciertos superan a los aciertos. Es más provechoso procurar un consenso justo, por equilibrado y razonable, que “ganar” una pelea, que luego se tornara en una costosa derrota para hoy y mañana. La clase política nuestra carece de sensatez y nadie de afuera puede echarnos una mano. Es un problema endógeno.

democráticas, como el respeto por la propiedad privada, los Derechos Humanos, de las minorías, de la mujer y otros valores que son parte de la cultura contemporánea. Nada de eso existió en la sociedad precapitalista, ni en los Estados socialistas que persiguieron a los homosexuales, fueron machistas y creyeron que la propiedad privada era una institución burguesa. En el centro y el norte de Europa se desarrolló un conjunto de actitudes y valores que Max Weber denominó “la ética protestante”, basada en el culto al trabajo, al ahorro, al sacrificio, al respeto por las normas. Sobre esa base se construyeron países ricos en los que la gente tenía claras las normas que regían sus relaciones y las respetaban. No pasó lo mismo con los habitantes del sur de Europa, y menos con los latinoamericanos, que generaron socie-

dades masivamente anómicas, con habitantes poco inclinados a cumplir con las normas. Durante el siglo pasado se enfrentaron los países capitalistas con los comunistas. Los revolucionarios que asaltaban un banco no creían que cometían un delito; decomisaban el dinero de los ricos para financiar su lucha. Los gobiernos revolucionarios nacionalizaban o expropiaban los bienes de sus adversarios o de países extranjeros como nota legítima de rebeldía. Más de la mitad de la población del mundo estaba gobernada por regímenes anticapitalistas que eran solidarios con los revolucionarios y garantizaban su impunidad. Cuando se derrumbó la Unión Soviética esto cambió, pero algunos latinoamericanos todavía no saben que esto es así. *Profesor de la GWU. Miembro del Club Político Argentino. (Fuente www.perfil.com).

EDUARDO F. NARANJO C.

Petróleo amargo Pasamos de la riqueza agrícola a la extracción minera cuando, en el pozo Lago Agrio, Texaco confirmó yacimientos de oro negro. En 1972 se creó la empresa petrolera CEPE, luego Petroecuador. La estrategia era buena, enviaron a numerosos jóvenes a calificarse en el exterior y se compró las acciones que Gulf, tenía en consorcio con Texaco para la explotación de los yacimientos amazónicos, convirtiéndose en socio mayoritario. Asumió la vieja refinería en Libertad, operada por Anglo. CEPE comenzó a desarrollar operaciones y construyó la refinería de Esmeraldas, las cosas comenzaron a caminar bien, pero llegó la ambición de los corsarios del puerto que querían la gerencia de la empresa. La mayoría de veces hubo administradores que no sabían ostia, que a su vez llenaron la nómina con gente de toda calaña. Decepcionados los mejores técnicos fueron migrando a empresas internacionales que ofrecían excelentes condiciones, no comparables con la estatal que pese a ser altos y envidiables para el resto, eran muy inferiores. Así fraguó la tragedia, pese a que Borja dictó la Ley para el sector y que con un buen gerente las cosas mejoraron sustancialmente, pero las presiones para nombrar a tal o cual en puestos claves fue in crescendo, hasta llegar a poner analfabetos frente a una industria altamente técnica. La ley entre otras cosas, daba autonomía financiera a la empresa, que para su operación requería grandes capitales, se envió un nuevo contingente de técnicos a especializarse en el exterior, pero de nada sirvió, la voraz política quería más y más del petróleo, enrumbando a la industria nacional al camino del fracaso, sin embargo, gente honesta y de convicción sacó cientos de veces al país de los apuros propiciados como siempre, por la política y la corrupción. eduardofnaranjoc@gmail.com

Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General ALEXIS SERRANO CARMONA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXVI No. 12595

www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.


el fin de semana

A5

tiempo lectura 15 min.

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR

I

AGENDA

Fiesta selvática y buena música para sandungear

Este fin de semana habrá una gran programación para disfrutar en el centro de artes El Útero. Energías y rituales son parte de ‘UnderNatura’, una celebración para sentir el llamado de la selva en el centro de arte El Útero. Esta

ENCUENTRO

DÍA DE INTEGRACIÓN LGBTI

Cuándo: mañana Hora: 13:30 Entrada: gratuito Lugar: Centro de Arte Contemporáneo (Montevideo y Luis Dávila).

es una experiencia para sentir el arte y disfrutar las presentaciones de artistas nacionales e internacionales. La jornada contará con

una feria Independiente, actos circenses con fuego, danza afro, pintura en vivo, hip hop selvático. Se presentarán Tambores y otros Demonios, LineUp Djs, Mind Haze, Chill-in set y Andrés Psy. El sábado por la noche, desde Manabí, llegarán Don Bolo y Los Pescados para ofrecer una noche de sandungueo y marroneo rocolero.

Popular ° Sirviéndose de una pantalla de proyección y su desenfadada comedia, Pancho Viñachi ofrece un recorrido por aquellas experiencias, traumas y circunstancias que han construido la idiosincrasia ecuatoriana. Las poco sutiles maniobras didácticas de los padres, el contraste entre generaciones, la novia que se hizo ex, el choque tecnológico, lo popular de un encebollado y la obsesión por ser popular son parte del material de este espectáculo.

FORO

LUNES FEMINISTA, UN DIÁLOGO CON MUJERES POLÍTICAS

Cuándo: lunes 29 de julio Hora: 19:00 Entrada: $20 (incluye cena) Lugar: El cafecito (Luis Cordero R6-46 y Reina Victoria)

PROGRAMACIÓN. Sonidos feroces y música para bailar son parte de la propuesta. CUÁNDO : hoy y mañana HORA: 16:00 a 23:55 ENTRADA: no especifíca LUGAR: El Útero (Reina Victoria y Carrión)

FERIA

AGUJERO NEGRO EN PRESENCIA DE DANIELA ROEPKE (LANZAMIENTO DVD)

Sucre Viajero ° Del 20 de julio al 17 de agosto, las plazas y parques de nueve

Cuándo: mañana Hora: 16:00 Entrada: $5 Lugar: Ocho y medio (Valladolid N 24- 353 y Vizcaya)

CINE

ELEFANTE BLANCO

Cuándo: martes 30 de julio Hora: 18:00 Entrada: gratuito Lugar: Msaya Hostels (Calle Rocafuerte y Venezuela).

ANIVERSARIO

CASA DE LA CULTURA REBELDE

Cuándo: hoy Hora: 17h30 Entrada: gratuita Lugar: Casa de la Cultura Rebelde (Venezuela N8-22 y Manabí)

parroquias urbanas y rurales del Distrito se llenarán de música y alegría gracias al proyecto Sucre Viajero de la Fundación Teatro Nacional Sucre. La propuesta contará con la participación de reconocidos artistas nacionales, entre ellos: Orquesta de Instrumentos Andinos, La Vagancia, Los Cristales, Banda Sinfónica Metropolitana de Quito, Paco Godoy, Batahola, Grupo Yavirac, Mosquito Mosquera, Los Garles, Eclipse Solar, Trío Pambil y Zandunga. CUÁNDO: sábado HORA: 19:00 ENTRADA: evento gratuito LUGAR: San Luis de Chillogallo (Calle 2 y calle L, detrás de la Iglesia)

CUÁNDO: hoy y mañana ENTRADA: cover: $18 (incluye $8 dólares de consumo), con cena $27. LUGAR: Teatro Patio de Comedias (18 de Septiembre y 9 de Octubre)

“Zoom un viaje en el agua” ° Disfrute de una nueva aventura en las instalaciones de Yaku Parque Museo del Agua desde lo lúdico, lo interactivo, lo sensorial y lo tecnológico, esta propuesta invita a conocer más sobre la importancia del líquido vital. Sumérjase en esta propuesta expositiva que se encuentra en las antiguas bóvedas de distribución y almacenamiento de agua para la ciudad.

MÚSICA

MICRÓFONO ABIERTO

Cuándo: hoy Hora: 21:00 Entrada: gratuito Lugar: Espíritu distrital sideral (Luis Cordero E5-48 y Juan León Mera)

CUÁNDO: hoy, mañána y el domingo HORA: DE 9:00 a 17:30 (último ingreso 16:30) ENTRADA: $ 3 adultos, $ 2 estudiantes con carnet, $ 1,50 niños. Adultos mayores, personas con discapacidad acceso gratuito LUGAR: Yaku Museo del Agua (barrio El Placer)


EN VELA A6

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

Dinero de la corrupción en Suiza y Panamá

I

Iván Granda, secretario Anticorrupción de la Presidencia, informó que cerca de 35 millones que salieron del país producto de actos de corrupción han sido localizados por el Gobierno. Aparentemente, 30 millones estarían en Suiza, y al momento se gestiona un acuerdo para tratar de repatriar esta suma. También mencionó que los otros 5 millones están en Panamá.

Anticorrupción pide el retorno de su presidente

Los integrantes de la Comisión Nacional Anticorrupción (CNA), pidieron al su expresidente, Jorge Rodríguez, que revierta la decisión de dimitir al organismo civil creado en 2015. El coordinador de la CNA, Germán Rodas, dijo que pese a la renuncia continuarán fiscalizando los actos de poder público. Según comentó, la Comisión no depende de una sola persona, sino de una voluntad colectiva. (FLC)

Moreno anuncia visas para venezolanos GUAYAQUIL • El presidente Lenín Moreno anunció ayer en esta ciudad la entrega de dos tipos de visas para los venezolanos que llegan al Ecuador. Aseguró que firmó un decreto que establece una visa humanitaria excepcional de residencia temporal para los que

ÉXODO. Miles de venezolanos han ingresado al país por la frontera norte.

ya están radicados en el país y no han violado la Ley, y la otra para los que deseen ingresar al país, cumpliendo con la Ley de Movilidad Humana. También ordenó la realización de un censo para conocer dónde están y a qué se dedican los migrantes en el Ecuador. Adicional, habrá control y seguimiento a través de algunas dependencias del Estado, para que se garanticen y se respeten sus derechos. El embajador del presidente encargado de Venezuela, Juan Guaidó, en Quito, René De Sola, señaló en un comunicado que tomará contacto con el colectivo venezolano en el país para informar sobre este particular. “Estas medidas responden a distintas acciones conjuntas entre los dos gobiernos”, agregó la misiva diplomática. (DAB/SE)

Un grito por el cuadro básico de medicamentos oncológicos Protegiéndose de la lluvia con paraguas, decenas de personas se tomaron la Plaza Argentina en un plantón desde las 16:00. Y lo hicieron con indignación: gritaron a todo pulmón contra la corrupción y porque se apruebe la actualización del cuadro básico de medicamentos. Los manifestantes pidieron respuestas concretas al Gobierno. “No basta con la salida de RECHAZO. Frente a la Corte una ministra de Salud (Veróni- Provincial de Pichincha, decenas de ca Espinosa). La nueva ministra personas se hicieron escuchar. encargada (Catalina Andramuño) debe aprobarlo en un plazo hacer ustedes para evitar estas de 30 días”, expresó Gustavo muertes”, expresó el vicepresiDávila, director de la Fundación dente del Colegio de Médicos de Jóvenes Contra el Cáncer, que Pichincha, Santiago Carrasco. conjuntamente con el Colegio de Aproximadamente 400 miMédicos de Pichincha convoca- llones de dólares se requiere ron a la jornada de protesta. npara la adquisición de estos Decenas de organizaciones y medicamentos, cuyo cuadro báagrupaciones como Olimpiadas sico no ha sido actualizado desde Especiales, la Facultad de Me- 2012. dicina de la Universidad “Siempre la respuesta Central, Fundación Úlce- EL DATO ha sido la misma: no hay ra de Pie Diabético, entre presupuesto”, expresó otras, se sumaron a la conenérgicamente Carrasco. de 70 “No entendemos por qué centración, que por varios Alrededor medicamentos minutos se tomó la aveni- para enfermeda- el Ministerio de Salud no des catastróficas da 6 de Diciembre. aprueba este cuadro báson prioritarios “Esto es inaudito, ve- en las casas de sico que es fundamental salud del país. mos que hay plata para para para la vida de la corrupción y no para las gente y el trabajo de los medicinas del pueblo”, comentó médicos”, se interrogó Carrasco. Dávila. En coro, la gente gritó: “La vida es un derecho, queremos medicinas…”. Una mujer, que Un derecho “Estamos pidiendo justicia, es- mostraba una pancarta, lamentamos luchando por la dignidad tó que los medicamentos genéride un pueblo, pobre y humilde, cos que recibe su pariente le está que está diciendo: vean señores, afectado notablemente en su sanos estamos muriendo, qué van lud. (SE)

DISCURSO. La alcaldesa Cynthia Viteri, estuvo acompañada por el presidente Lenín Moreno y el vicepresente Otto Sonnenholzner.

Viteri: Jaime Nebot puede enrumbar la nave de Ecuador La ocasión fue aprovechada para resaltar la obra del exalcalde de Guayaquil, que asistió a la ceremonia. GUAYAQUIL • La alcaldesa Cynthia

Viteri encontró en la sesión solemne por los 484 años de fundación de Guayaquil, el mejor espacio para decir al exalcalde Jaime Nebot que “sus manos están libres para enrumbar una nave mucho más grande, el Ecuador, que Dios guíe su decisión”. Las palabras de la burgomaestre porteña, ante el presidente, Lenín Moreno, ministros de Estado y su cuerpo edilicio, evidenciaron que el líder del PSC-Madera de Guerrero, estaría analizando a profundidad una posible candidatura a la Presidencia de la República. “Guayaquil tiene mucho de usted, y el modelo también; un modelo que gasta poco e invierte mucho”, refirió la alcaldesa a Nebot que ocupaba junto a su esposa Cynthia Bohrer, una butaca como invitado especial. Así el discurso de Viteri hizo que el numeroso público congregado en la Plaza de la Integración del Malecón 2000, coree la frase “Nebot presidente… Nebot presidente”. Pero en medio del discurso y el caluroso clima, la funcionaria expresó que “Guayaquil sigue siendo libre, Guayaquil sigue estando de pie y Guaya-

quil progresa por cada uno de ustedes, porque son ustedes los que protegen con valor, pero también con amor a la Perla del Ecuador”. En el marco de su gestión de menos de 100 días, Viteri dijo esperar firmar un convenio con el Gobierno para reactivar el ‘Plan más seguridad’, suspendido hace 11 años, pero como eso no ocurrió, le hizo notar al presidente Moreno que la decisión es de él y que las cartas están sobre la mesa con el fin de reestablecer esa iniciativa bajo los mismos términos con que nació. Leyes y obras

Respecto de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), señaló que el presidente del Legislativo, César Litardo, dio el primer paso, poniendo en el orden del día la ley presentada en Guayaquil, que impide que los que matan, roban, secuestran y violan, salgan en libertad. “Estoy clara que hay quienes heredan pérdidas y fango bajo la alfombra, es verdad, señor presidente, pero está en manos de sus gobernantes no pasarle la nota de venta a quienes solo fueron víctimas de indolentes acciones”, dijo.

Bromas y gestión ° A su turno, el presidente Lenín Moreno comenzó su intervención

bromeando con el exalcalde Jaime Nebot al decirle que lo envidia. “No sabes Jaime como te envidio, estarás cuidando nietos, que satisfacción tan grande, que Dios los bendiga a todos”, anotó el mandatario. Después hizo un recuento de lo que trabajó toda esta semana en Guayaquil, donde entregó casas y destacó la reunión anual del BID, en esta ciudad.

Más adelante se refirió a las obras que su administración está ejecutando, entre otras. Habló de obras sociales y de salud, sin dejar de destacar la Aerovía, nuevos desarrollos en la vía a la costa. “Mi corazón está siempre en lo social”, dijo al sostener que esta promesa es real en 120 mil ciudadanos que han recibido atención médica. Pide ayuda al Gobierno

Demandó el inicio de los trabajos para la construcción del quinto puente que conectará a Guayaquil con Durán, en el sur de la ciudad. “Hoy reclamamos que los ministros honren su disposición, señor presidente, porque hasta al momento, no se ha hecho nada. Que se construya el puente para que la ciudad dinamice su economía”, remarcó.


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Fortalecimiento de los países en la región

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La Secretaría de la Comunidad Andina, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (CAN) y la Universidad Andina Simón Bolívar inauguraron el martes el seminario internacional ‘El proceso de integración andina y el mecanismo de solución de controversias en la CAN’.

Jorge Hernando Pedraza, secretario general de la CAN; César Montaño, rector de la universidad; y Hugo R. Gómez, magistrado del tribunal de justicia.

María Clara Sharupi Jua, Katherine Paola Troya Esquivel y Cristina Rosero Fuentes.

Xavier Páez, Cristina Vega, Virginia Rosero, Myriam Guerra y María Elena Izurieta.

María José Arrobo y Esthela Gaona.

Nicole Olmedo, Verónica Salvador, Gabriel Bolaños y Carolina Morales.

Juan Pablo Munizaga, Juan Manuel Indacochea y Mariohr Pacheco.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

Presentación de ‘Poesías de un día’

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QUITO

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La sala Benjamín Carrión acogió el evento en el que se mostró el libro del escritor Jairo Mejía Carpio. El texto llegó tras 30 años de espera y es un homenaje a quien fue su abuelo, José Abel Mejía.

Karla Checa, Jairo Mejía y Sonia Bustos.

Karla Checa en la presentación del libro.

Premio para ecuatoriana

Impulsan desarrollo de los jóvenes Se realizó la presentación del programa ‘Emprendiendo avanzamos’, un proyecto de entre adolecentes para potenciar sus habilidades para el emprendimiento.

En el I Encuentro Latinoamericano de Literatura Moderna y Congreso Científico Iberoamericano de Educadores, realizado en Paraguay, se concedió el certificado de Conferencista Internacional, a la ecuatoriana Mónica Brito y el premio a la Trayectoria Tacurú Pucú de Oro, por su contribución a la sociedad.

Andrea Mulky, Ana Saravia y María Fernanda Leòn.

Mónica Brito con su reconocimiento.

Festejo por cumpleaños de Pacheco En un hotel de la capital se celebró los 80 años de René Pacheco, uno de los reconocidos fotoperiodistas de la generación Pacheco, fundador de la Sociedad de Cronistas Gráficos de Pichincha.

Jean Pierre, Jacqueline, René, Andrea Catalina y Diego Pacheco.


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Producción petrolera supera los 546 mil barrilles

La producción petrolera nacional fiscalizada alcanzó los 546.192 barriles diarios. Esto representa un aumento de 6.348 barriles desde el pico alcanzado el 11 de julio pasado, con una producción de 539.844 barriles por día. Esta cifra es el resultado del incremento sostenido de producción en los campos ITT, Sacha, Shushufindi, Auca y Edén Yuturi, operados por la empresa pública Petroamazonas, que registró en esta misma fecha un pico de 436.911 barriles diarios. El Ministro de Energía, Carlos Pérez, señaló que estas cifras son el resultado de la gestión realizada por el Go-

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Producción diaria Por Campo

82.854 barriles ° Auca: 73.039 barriles ° ITT: 71.127 barriles ° Sacha: 63.757 barriles ° Shushufindi: ° Edén Yuturi: 33.238 barriles

bierno en el sector, a través de las nuevas inversiones en explotación, que permiten incrementar la operatividad en los campos petroleros del país. “Tenemos previsto realizar el lanzamiento de la Ronda Intracampos II, para noviembre de 2019”, acotó. Durante el primer semestre de 2019, Petroamazonas registró una producción promedio superior a los 420.890 barriles por día, o sea, un incremento de más de 17.388 barriles en comparación con el mismo período de 2018. (JS)

El 30 de julio será la licitación de cuatro proyectos eléctricos Carlos Pérez, ministro de Energía, anunció durante la realización de una Mesa Redonda sobre el futuro de la Energía en Ecuador, que el 30 de julio se iniciará el proceso para que empresas internacionales interesadas presenten propuestas técnicas y económicas para cuatro proyectos de generación eléctrica. ANUNCIO. La información la dio el “Desde el sector eléctrico ministro de Energía, Carlos Pérez. estamos dando importancia a concretar proyectos de cons- te 20 años de concesión, todos trucción. Como parte del Plan los proyectos y activos vuelven Maestro de Electricidad, que al Estado ecuatoriano. Los incontempla el aprovechamien- versionistas recuperan su dineto de los recursos energéticos ro mediante el cobro de la tarifa renovables no convencionales, eléctrica”, dijo el funcionario. En este sentido, acotó contamos con un porque los dos principales tafolio de 39 proyectos. EL DATO parámetros para escoger De esos, 21 son de ese a los concesionarios es, tipo. La próxima semana demanda de lanzaremos licitación de La gas natural en el por un lado, cuánto ofrepaís es de 95 cen cobrar por la energía tres”, destacó. de pies y, por otro, cuánto ofreLos dos primeros son millones cúbicos, pero los proyectos eólicos ‘Vi- varía dependien- cen generar. “Ganará do de las tempoquien presente más gellomaco 2 y 3’, con los que radas. neración y menor costo”, se espera generar 100 puntualizó. megavatios. El siguiente Sin embargo, aclaró que no es el fotovoltaico en El Aromo, con una capacidad de 200 me- se prevé ningún aumento en gavatios. Finalmente, se ofer- la tarifa eléctrica, sino que los tará el proyecto hidroeléctrico oferentes deberán presentar Cardenillo, con una generación sus propuestas dentro de los rangos establecidos: 4 centavos de 600 megavatios. “El modelo es el de venga, por kilovatio-hora (tarifa de la construya, invierta y adminis- dignidad) y 9 centavos de dólar tre. Luego de aproximadamen- (tarifa regular). (JS)

CAMPO. Las metas de producción están comprometidas por estos retrasos. El bloque 43 tenía objetivos para este mismo año.

Producción de Ishpingo, en ITT, se descarta para 2019

Retraso en otorgamiento de licencias es la causante. Objetivos propuestos no se cumplirán en este Gobierno.

Álex Galárraga, gerente de Pe- Reformular los objetivos troamazonas, confirmó que, a Por su parte, Carlos Pérez, mipesar de ya tener las licencias nistro de Energía, aclaró que ambientales para las platafor- esta realidad ha obligado a mas A y B del campo Ishpingo, que se reajuste el presupuesque es parte del bloque 43 o to de ingresos petroleros de ITT, el Gobierno ha descartado 2019, para que ya no se tome tener producción efectiva para en cuenta la producción de Iseste año. “Ya están listos todos hpingo. “Se retrasa la produclos permisos para intervenir en ción esperada y se revalúan el área. Las plataformas estarán las metas. Para el final de este fuera de la zona de amortigua- Gobierno ya no llegaremos a miento, pero el proceso los 700.000 barriles licitatorio para escoger a diarios, sino a un máxilas constructoras de es- EL DATO mo de 580.000”, puntas estructuras, en el metualizó. jor de los casos, podría Defensoría del Además, Pérez aclaró exhortó a demorar hasta octubre Pueblo que se continúa trabajanPetroamazonas a que suspenda do con el Ministerio de próximo”, dijo. nuevas actividaEn primera instan- des en los Finanzas para optimizar 31 y 43. los presupuestos y minicia se están preparando Bloques La estatal reslas bases y los contratos pondió que si se mizar las pérdidas por la las para la construcción de paralizan entrada en operación de operaciones los accesos ecológicos y habría un impac- Ishpingo en este año. al Estado de las plataformas. Si se ad- to 500 millones al judica en octubre, según año. Meta más baja Galárraga, la perforación Según Galárraga, la meta de pozos iniciaría en abril de Petroamazonas para o mayo de 2020. 2019 es llegar a 430.000 barriles En otras palabras, las autori- diarios en promedio. Al momendades descartan tener produc- to, se alcanzaron los 436.000, ción efectiva de Ishpingo para pero al final del año se llegará a 2019. Además, desde mediados un tope de 455.000 de crudo. de 2020, se espera que este camEsto provocará que la propo genere 10.000 barriles dia- ducción total, incluyendo a la rios y ya no los 15.000 previstos estatal petrolera y las compañías en las primeras proyecciones. privadas, llegará a los 560.000 “Si hubiéramos recibido la barriles como máximo, y ya no licencia ambiental en septiem- los 600.000 establecidos a finabre de 2018, podríamos haber les de 2018. comenzado la construcción en Sin embargo, para 2020, la marzo de este año y la perfora- producción total de Petroamación a fines de año”, acotó Ga- zonas podría estancarse en los lárraga. 450.000 barriles, si el presu-

Suspenden visita de Defensoría y ecologistas

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Manuel Bayón, miembro del colectivo Geografía Critica, denunció que, luego de dos días en la Amazonía, ese grupo junto con representantes de la Defensoría del Pueblo y a Red de Líderes Angel Shingre, no pudieron realizar una visita de inspección a las operaciones petroleras en los bloques 31 y 43, ubicados en la zona de influencia del Parque Nacional Yasuní. “Queremos que nos permitan hacer las mediciones de contaminación de suelo, agua y aire en la zona. Petroamazonas ha tenido una práctica de boicot de esta inspección defensorial”, dijo. Aseguró que, según sus informaciones, ya se habría superado las 300 hectáreas de intervención petrolera que se determinó en la consulta de febrero de 2018. El gerente de Petroamazonas señaló que se hizo establecer los lineamientos y protocolos que se debe tener antes del ingreso al área. “Les pedimos con anterioridad que se vacunen y hagan todas las cosas. Cuando llegaron al Coca no tenía las vacunas. Cuando llegaron al bloque 31, como esta no era una gestión de Petroamazonas, las comunidades decidieron no recibirles”, aclaró.

puesto asignado a esta empresa se mantiene en los 2.700 millones de dólares de este año. Para el próximo año, además del inicio de operaciones de Ishpingo, se continuarán los trabajos de Campos Menores, Oil & Gas y Campos Maduros. También se espera más perforación en el Campo Sacha. (JS)


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Estudiantes podrán revisar en línea la lista de carreras

Administración de Empresas, Medicina, Enfermería, Derecho, Contabilidad y Sicología fueron las carreras más solicitadas en la postulación a las universidades públicas del año pasado. Más de 13.000 personas se inscribieron para la primera opción; y 11.000 para la segunda y la tercera. Entre las menos requeridas estuvieron las tecnologías en mecánica automotriz, automatización e instrumentación y

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logística y transporte. Todos estos detalles, los estudiantes los podrán revisar en un suplemento que estará disponible en la página web www. admision.senescyt.gob.ec. Entre el lunes y el martes de esta semana, quienes rindieron el examen Ser Bachiller ya pudieron revisar sus notas. El puntaje sumado con otras dos variantes sirve para acceder a un cupo en la etapa de postulación para la cual aún no hay fecha. (PCV)

El CPC de Tuárez no sabe ni cómo sesionar Todavía no se aprueba el reglamento de funcionamiento del Pleno. Desconocen el procedimiento parlamentario.

El Consejo de Participación Ciu- suspendiera la sesión para ir a dadana (CPC), a más de un mes almorzar. “Es lamentable. Hay mucho de su posesión, no aprueba el reglamento para el funcionamien- desconocimiento de cómo se to del Pleno. La necesidad de esa lleva el Pleno y de cuáles son normativa quedó reflejada en la nuestras competencias y atribuciones”, criticó la consejera sesión de ayer. Estaba previsto que la norma- María Fernanda Rivadeneira. Ella insiste en aprobar el tiva se tratara en segundo reglamento y que se les debate y se aprobara, pero EL DATO capacite. el punto fue retirado de Su compañero, Walter la convocatoria porque ciudadanía Gómez, al contrario, reel “documento mártir”, La solicitó al chazó las “aseveraciones como lo llamó el secre- Consejo de sobre nuestra ignorancia tario Édison Burbano, Participación conformar una de proceso parlamentatodavía no está listo. Ac- veeduría para observar la evatualmente, el CPC funcio- luación a los jue- rio”. “Este es un ente colena con la norma que usó ces nacionales. giado y debemos respetarnos”, dijo. la entidad de transición, pero que por la consulta popular tenía facultades Dilatación adicionales. “Para no dilatar esto, retiMES Ese reglamento estaro la moción”, decía Sofía tiene en el blece cómo se aprueba el funciones Almeida. Ella pidió cinco Consejo. orden del día, en qué mocambios al orden del día, mento pedir la palabra, de los cuales se aprobaron cuándo solicitar un punto de in- dos. Los consejeros se entramformación, cómo son las votacio- paron en debates sobre el fondo nes, entre otros. de lo propuesto, en lugar de ir Por eso ayer, los consejeros directamente a la votación de las no pedían la palabra, había in- mociones. Por la demora, Almeiterrupciones, uno le ayudaba a da sugirió que se reúnan en un terminar las frases del otro y se ‘pre-pleno’. retiraban mociones por no esMientras, Victoria Desintonio tar bien formuladas. Es así que proponía consultar a la Corte los seis consejeros presentes Constitucional (CC) si están en se demoraron dos horas para la facultad de aprobar un reglaaprobar el orden del día, para mento nuevo o uno que se base que, inmediatamente después, el en la normativa del transitorio, a presidente, José Carlos Tuárez, lo que Tuárez agregó preguntar-

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Listo para su juicio político °

El consejero Walter Gómez, acusado junto con sus compañeros Victoria Desintonio, Rosa Chalá y José Carlos Tuárez, confirmó ayer que su abogado prepara las pruebas de descargo dentro del juicio político que lleva la Asamblea en su contra. Los cuatro deberán comparecer ante la Comisión de Fiscalización el lunes, para responder sobre las acusaciones de un presunto desacato al incumplir una disposición legal de la Corte Constitucional. “Ya tengo planteado cómo defenderme, considerando que no se está actuando con legalidad y que es una persecución política”, dijo. Gómez también fue llamado a rendir versión en la Fiscalía, debido a que se abrió una indagación por presunto desacato, pero se acogió al derecho al silencio.

le a la Procuraduría. Ante esas declaraciones, Rivadeneira les recordó que la Ley Orgánica de la entidad establece que tienen la competencia para redactar normativa interna. “No nos alarguemos”, pedía Rosa Chalá, cuando se hizo otra solicitud. Inclusive, en son de broma, Gómez, quien enfrenta un proceso de juicio político en la Asamblea junto con Desintonio, Tuárez y Chalá, decía: “Tenemos que ser muy finos en nuestros términos; si no, nos hacen juicio político”. La primera parte de la sesión culminó sin definir cuándo se aprobará el reglamento. (AGO)

DESESPERACIÓN. Los consejeros de Participación se movían en sus sillas sin saber cómo aprobar rápidamente el orden del día.

TRATAMIENTO. El presidente de la Comisión de Soberanía, Fernando Flores, confirmó que se priorizarán las reformas.

15 reformas a la Ley de Movilidad Humana se debaten La alerta de que tres presuntos terroristas del Estado Islámico (ISIS, por sus siglas en inglés) entraron a América a través de Ecuador pone presión a los legisladores para reformar la Ley de Movilidad Humana, que todavía no tiene un informe aprobado por la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales. Ante la confirmación de la presencia de los integrantes del grupo terrorista, la ministra del Interior, María Paula Romo, anunció que se enviará al Legislativo un proyecto de reforma que contemple limitaciones para el ingreso, sin violar la libre circulación. Pero esa no es la única propuesta, sino que se sumaría a otras 15 que se han recibido desde 2017. El 10 de abril de

este año, la Comisión inició el análisis y el debate. Se conformó una mesa de trabajo, cuya última reunión se dio el 15 de abril. Ese día se receptaron las observaciones de ocho asambleístas y del grupo parlamentario por los derechos de los migrantes. Romo señaló que se analiza pedir visas a ciertos países. Sin embargo, según Fernando Flores, presidente de la Comisión, “ningún ciudadano en el mundo está impedido de ingresar en nuestro territorio”. Por lo que, a su criterio, se debería también plantear un cambio a la Constitución. “Hay que tener mucho cuidado de no querer afectar a derechos de ciudadanos”, agregó el legislador, refiriéndose a los venezolanos. (AGO)

Despedidos 518 empleados de Prefectura de Guayas GUAYAQUIL • El Consejo Provincial de Guayas anunció ayer el despido de 518 trabajadores. Son 210 obreros y 308 de nombramientos provisionales, que fueron parte de las administraciones del exprefecto Jimmy Jairala. Ayer, en el área de galpones, ubicada en la avenida Pedro Menéndez Gilbert y Plaza Dañín, en el norte de Guayaquil, los trabajadores cesados abarrotaron el acceso en busca de una explicación. La decisión se debe a que los resultados de un informe de la Dirección de Talento Humano reflejarían un exceso de personal. Entre las razones constan: la duplicidad en el mismo cargo y funciones en

áreas relacionadas a obreros, conserjes, auxiliares de limpieza y guardias; exceso de supervisores de seguridad y de personal en áreas de trabajo; exceso de personal de limpieza en relación al área física a dar mantenimiento. También se indica que la “justa” reducción de personal implica bajar gastos por un monto de al menos 6 millones de dólares al año. Los obreros, según explicó Fernando Delgado, coordinador Administrativo y Financiero de la institución, “corresponden a personal de limpieza, obreros, guardias y otros que han sido contratados y no corresponden al número de trabajadores que se necesita”. (DAB)


Atentan contra casa de Laura Terán, testigo clave de Fiscalía La exfuncionaria hizo un informe sobre dineros para AP durante el correato. La amenaza se habría dado el miércoles.

Cortaron el abastecimiento de energía para vulnerar las cercas eléctricas del domicilio de Laura Terán, en Quito. Desconocidos Terán es la supuesta autora de atacaron el inmueble propilos 6.148 archivos que conforman el informe ‘Verde Final’, donde se nándole al menos cinco disparevelan millonarios sobornos que ros. Se marcharon dejando una habría recibido el movimiento nota que ahora está en manos de oficialista Alianza PAIS (AP), del agentes de Criminalística para entonces presidente Correa, entre las investigaciones pertinentes. 2012 y 2016. Eso fue lo que denunció Luis En los documentos figuran Muñoz, uno de los abogados de exfuncionarios, asambleístas del la exasistente de la presidencia correísmo y empresas que supuesde Rafael Correa y ahora protamente entregaron aportes a AP cesada por el caso de ‘Sobornos en épocas de campaña electoral a 2012-2016’. cambio de beneficios en la contrataLlegó por la mañana a la Fisción pública. calía para advertir del hecho. En su cuenta de Twitter, el actiDijo que a eso de las 01:00 de vista Fernando Villavicencio dijo que ayer recibió una llamada de pareste atentado se dio para impedir te de la familia de su defendida que se conozca la información con explicando lo ocurrido. la que ya cuenta la Fiscalía. Agregó El letrado calificó como un que “son 22 mil correos que revelan “ataque intimidatorio” que pulos sobornos y la metida de mano a diera estar relacionado con la inla Justicia”. vestigación de la Fiscalía por el caso ‘Sobornos 2012-2016’, antes conocido como ‘Arroz Verde’. “Se gubernamentales, tomarán repretende intimidar en un mo- caudos para garantizar la segumento en que las investigaciones ridad de los procesados dentro están llegando a un punto que de la investigación ‘Sobornos 2012-2016’. están tocando a alguien o algo que es neurálgico”, EL DATO afirmó. Segunda amenaza El ataque se dio a horas El informe ‘Verde Este miércoles, Pablo Mude que ella haya partici- Final’ es parte ñoz, otro de los abogados del expediente pado de una diligencia re- que maneja la de Terán, denunció que por el servada en la Fiscalía este Fiscalía días atrás el esposo de caso. miércoles. su defendida recibió un En un comunicado, la mensaje de voz a su celuFiscalía rechazó la “acción de- lar amenazándolo con que, si su lictiva de amedrentamiento” y esposa se somete a un proceso de aseguró que, con otras entidades cooperación con la Fiscalía, sus

Informe revelador

DENUNCIA. Luis Muñoz, abogado de Laura Terán, llegó a denunciar el supuesto atentado en la Fiscalía General del Estado.

hijos sufrirán las consecuencias. A la hora del atentado, el inmueble estaba ocupado precisamente por el esposo y los hijos de Terán. Muñoz descartó que la procesada tenga una relación

de cooperadora con Fiscalía y que continúa teniendo la figura de procesada. “No hemos tenido como defensa la necesidad de someternos a una cooperación eficaz”, aclaró. (FLC)

Nuevos vinculados Caso sobornos

1. Rafael Correa Delgado (expresidente de

no asistió aduciendo motivos personales. También acudieron empresarios. Correa, a través de su cuenta de Twitter, rechazó su vinculación y escribió: “¿Se acuerdan que el ‘escándalo’ fue ‘Odebrecht puso presidente’? No vinculan a nadie de Odebrecht. Todo fue mentira. Les dije que nunca lo iban a poder probar. Pero el show debe continuar. Ya es cualquier cosa. ¡Qué daño hacen a gente inocente! Resistiremos y venceremos”. (FLC-ECV)

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Exgerente de Odebrecht dice que sí entregó sobres a Martínez

¿Se confirma la hipótesis?

Fiscalía pide vinculación de Correa en ‘Sobornos 2012-2016’

CUESTIONADO. Correa gobernó una década Ecuador. (Foto: Presidencia)

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La versión de Gerardo de Souza, exgerente financiero de Odebrecht entre 2010 y 2015, se receptó ayer en la Fiscalía General. Se hizo vía Skype desde el consulado ecuatoriano en Sao Paulo, Brasil. Confirmó la entrega de varios sobres a Pamela Martínez, exasesora de Rafael Correa y ahora procesada en el caso ‘Sobornos 2012-2016’ junto a Alexis Mera y María de los Ángeles Duarte. Estas supuestas entregas se hacían en una oficina particular que ella tenía cerca de donde funcionaba Odebrecht, en el norte de Quito. Esto fue por disposición de su jefe, José Santos, exdirector de Odebrecht en Ecuador.

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Rafael Correa consta en la lista de 22 personas de su gobierno a quienes la Fiscalía pide que sean vinculados en el caso ‘Sobornos 2012-2016’. Ayer, la Fiscalía hizo la petición a la Corte Nacional de Justicia para que se fije fecha y hora para la audiencia de vinculación de 22 personas, entre funcionarios y empresarios, por el mencionado caso que investiga supuestos aportes ilícitos a la campaña del correísmo durante esos años. El anuncio se hizo en la cuenta de Twitter de la institución y se indica que durante la diligencia se sustentarán los elementos necesarios para la formulación de cargos en esta causa. En las últimas dos semanas, la Fiscalía llamó la semana pasada a rendir versión a las asambleístas por del movimiento Revolución Ciudadana, Soledad Buendía y Doris Soliz. La última

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la República). 2. Jorge Glas Espinel (exvicepresidente de la República). 3. Walter Solís Valarezo (exsecretario Nacional de Agua). 4. María Agusta Enríquez (mano de derecha de Vinicio Alvarado). 5. Vinicio Alvarado (secretario de la Administración de la Presidencia de Rafael Correa). 6. Viviana Bonilla (exgobernadora del Guayas y actual asambleísta elegida por AP). 7. Christian Viteri (exasambleista por AP). 8. Yamil Farah Massuh Jolley (exfuncionario de la dirección provincial del Ministerio de Relaciones Laborales). 9. Ítalo Romano Centenaro Villacís (asesor en Constructora ICV). 10. Francisco Javier Noboa López. 11. Alberto José Hidalgo Zavala (expresidente y representante legal del Consorcio Puerto Limpio / Hidalgo Hidalgo). 12. Víctor Manuel Fontana Zamora (Fopeca S.A.). 13. Ramiro Leonardo Galarza Andrade (contratista que represento a más de 40 compañías y consorcios, de 2016 a 2018 mantuvo relaciones comerciales con la

empresa Construhidrocab CIA. LTDA – Concrenor, de propiedad de los hermanos Vélez Ruperti / vinculado a Consermín). 14. Edgar Román Salas León (gerente general y representante legal de la Compañía Construcciones y Servicios de Minería S.A. Consermin en 2014). 15. Pedro Vicente Verduga Cevallos (representante legal de la compañía Equipos y Terrenos S.A., Equitesa, en 2016). 16. Du Yeon Choi Kim (primer apoderado de SK Engineering en Ecuador) 17. Bolívar Napoleón Sánchez Rivadeneira (gerente general de la compañía Hidro Ibarrafugua S.A. en 2018 / vinculado a Gezhouba). 18. William Wallace Phillips Cooper (Grupo Azul). 19. Rafael Leonardo Cordova Carvajal (Mercantil Técnica Córdova / apoderado de Welsby International S.A. – Panamá). 20. Cai Runguo (exembajador de China en Ecuador / representante de Sinohydro). 21. Teodoro Fernando Calle Enríquez (Técnica General de Construcciones TGC / director de Berilo International Corp. – Panamá). 22. José Enrique Verdú Rodríguez (Constructora Verdú).

La defensa de los otros procesados presenció la diligencia telemática. Edgar Molina, abogado de Martínez, indicó que, De Souza, en su versión, no precisó qué contenían esos sobres, ni tampoco cuál era su destinatario final, pero sostuvo que sí llevaban dinero en efectivo y que de eso sí tenían conocimiento De Souza, Santos y la propia Martínez. Para él, la versión del brasileño guarda coherencia con lo expuesto por su defendida y que solo Santos podría confirmar a manos de quién iban a parar los sobres. Fausto Jarrín, defensor de Alexis Mera, exsecretario Jurídico de la Presidencia de Correa, también estuvo en la comparecencia. Aseguró que De Souza admitió conocer a Martínez y que llegó a su oficina particular a entregar sobres, pero que jamás firmó un documento que certifique una recepción de los mismos. Lo que el abogado sí cree es que la versión proporcionada por pedido del mismo De Souza, beneficiará a su defendido, pues según dijo, él no mencionó a ningún otro funcionario público que no sea Martínez en esas entregas de sobres. Odebrecht aparece en los cuadros del informe ‘Verde Final’, supuestamente elaborado por la asistente de Presidencia en el gobierno de Correa, Laura Terán. Con base en esos documentos de 6.148 archivos, la Fiscalía investiga una supuesta trama de sobornos de AP para la campaña política de esta tienda política. (FLC)


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Emisiones de Refinería Esmeraldas se monitorean semanalmente

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Todas las actividades en la refinería de Esmeraldas son monitoreadas constantemente, así como las emisiones de esta instalación al ambiente. Como una de las políticas empresariales de transparentar la información se desarrolló un recorrido técnico, al cual fueron invitados medios de comunicación de Esmeraldas. Miguel Valdivieso, intendente de Seguridad, Salud y Ambiente de la refine-

ría, explicó: “No hemos detectado ninguna alteración, ni problemas con este tema”, enfatizó. Además, técnicos del Ministerio del Ambiente realizaron una inspección y también descartaron que exista algún inconveniente. En esta visita se se recorrieron las Unidades Catalíticas 1 y 2, durante aproximadamente una hora, acompañados de técnicos de Petroecuador. (JS)

Los traslados sin sustento exponen más a los presos Autoridades del sistema cuestionan órdenes judiciales que terminaron en asesinatos. Expertos analizan el tema. Nueve presos que se cambia- les -que en estos casos se otorgan ron de pabellones con Hábeas al revisar la forma y condiciones Corpus han sido asesinados, en en las que se cumple la detenlo que va del año. Los dos últi- ción- han sido cuestionadas por mos fueron William Humberto las autoridades. Sobre los hechos, el director del ServiPoveda Salazar, alias ‘El cio Nacional de Atención Cubano’, y Jonathan Arol EL DATO a Adultos privados de la Rodríguez Sánchez, alias libertad y Adolescentes ‘Susuki’. 16 de julio se La cifra la compartió El renovó el Estado Infractores (SNAI), Edel Ministerio del Interior de Excepción en mundo Moncayo, sin mucárceles por chos detalles, ha afirmado junto con un llamado de las 30 días. que se están realizando las atención a la administraindagaciones respectivas ción de Justicia, debido a que los internos habían sido ubi- y que se va a revisar por qué los cados en áreas de Tratamiento jueces aceptaron las medidas. El experto en seguridad RicarEspecializado por dificultades de adaptación, conocidas como do Camacho cuestiona la creación de las TEDA, pues mencioTEDA. Esas garantías jurisdicciona- na que para la clasificación debió

haberse conformado un comité con especialistas (sicólogos, psiquiatras, trabajadores sociales y otros) que pudieran determinar de forma técnica quiénes eran peligrosos y quiénes no. El especialista compara la implementación con un Arca de Noé en la que se quiso mezclar a tigres con cebras y que, a diferencia del relato bíblico, no tuvo éxito. Violencia permanente

Desde el inicio de los traslados que se anunciaron como parte de las estrategias para aliviar el hacinamiento del 40% que existe en las cárceles, ya se registraron enfrentamientos entre bandas delictivas que controlan estos centros. En mayo, días después de su llegada a la cárcel de Latacunga, Darwin Eddy Corozo, alias ‘Negro Jessy’, murió apuñalado presuntamente por ajuste de cuentas y sus familiares han

PROBLEMÁTICA. Cuatro de las 22 muertes violentas del año se han registrado en la cárcel de Latacunga.

El subdecano de la facultad de denunciado que ya había recibiJurisprudencia de la Universidad do amenazas. Según Camacho, otros facto- Central, Ramiro García Falconí, res, como las condiciones en las dice que para la formación de que viven los presos, también aquellos especialistas solo se necesitaría que se incluyera han influido en los aseen las facultades una masinatos. Por ejemplo, la EL DATO teria que se llame Derecho muerte de alias ‘Susuki’, Penitenciario o Derecho de en esa misma prisión, se las unidades la Rehabilitación Social. dio en medio de un amoti- En judiciales de Chimborazo y Sin embargo, para él, la namiento masivo. hay solución no está en un solo Desde el enfoque jurí- Cotopaxi tres solicitudes dico, expertos han critica- en curso de pre- eje sino debe abordarse de sos que piden do que en el país no exis- que los trasladen manera interdisciplinaria. el pabeGarcía sostiene que tan jueces de garantías desde llón TEDA. mientras no se mejoren penitenciarias, a pesar de las condiciones de vida y que el inciso 3 del artículo 203 de la Constitución establece el enfoque sea solo la seguridad, que sean ellos quienes aseguren la violencia va a prevalecer, pues los “derechos de las personas in- solo se ha cambiado de nombre a ternas en el cumplimiento de la las instituciones que manejan el pena” y decidan “sobre sus mo- sistema, pero la lógica no ha sido la rehabilitación. (DLH) dificaciones”.

Guías y reos investigados en Ambato por asociación ilícita Seis guías penitenciarios, tres reos y cinco personas más fueron detenidas la madrugada de ayer, por supuestos delitos de asociación ilícita, concusión y tráfico de influencias. Un operativo simultáneo se cumplió en la cárcel de Ambato y en domicilios de Píllaro, Guaranda, Riobamba y Puyo. La Fiscalía, en conjunto con el personal de la Policía Judicial, encabezó esta labor con otras unidades de élite. El fiscal Édison Villegas mencionó: “El operativo empezó a la 01:00. Contó que la indagación inició hace cuatro meses por el presunto delito de asociación ilícita, por el ingreso de artículos prohibidos y tráfico de influencias para dar ciertos beneficios a internos. “Pese a los controles con la Policía y militares, siempre se hallaban cosas, lo que es ilegal. Se descubrió celulares y otros objetos”, afirmó el Fiscal. La autoridad dijo que los allanamientos se realizaron

CAPTURA. Las personas investigadas llegaron en un bus policial hasta la Unidad de Aseguramiento Transitorio.

también en casas de familiares de los guías y presos, para recabar más evidencias. La Brigada Anticorrupción y la Policía Judicial trasladaron a los detenidos a la Unidad de Aseguramiento Transitorio. “Abusivamente ingresaron a mi domicilio para amenazarnos con meternos presos. Pero nosotros somos pobres y no sabíamos nada. Él es guía y trabaja cerca de siete años. En el operativo no encontraron

nada”, contó la madre de uno de los detenidos. También mencionó que a su hijo lo aprehendieron en la cárcel cuando estaba en una reunión, “yo traté de hablar con él cuando se bajó del bus, pero me dijeron que debería llegar con un abogado”, finalizó la mujer. Mientras, Sixto P. aseguró que es ilegal la detención, ya que quizás su familiar prestó a un reo el teléfono para que realizara alguna llamada. (EV)


GLOBAL I

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MINUTERO Incendio destruye 200 casas en Lima

LIMA, AFP • Un incendio de°clarado ayer de madrugada

GOBIERNO. Nicolás Maduro junto a su esposa Cilia Flores. (Archivo)

EE.UU. impone sanciones a hijastros de Nicolás Maduro Se habrían lucrado con cientos de millones de dólares del programa de comida supuestamente subsidiada. Estados Unidos sancionó ayer a tres hijastros del presidente venezolano, Nicolás Maduro y al empresario colombiano Alex Saab, acusándolos de organizar "una vasta red de corrupción" en el programa CLAP de subsidios alimentarios del Gobierno de Venezuela, en beneficio del presidente Nicolás Maduro. "Hoy estamos imponiendo sanciones para acabar con uno de los esquemas más despreciables que se han ejecutado contra el pueblo venezolano (...) No permitiremos que Maduro se beneficie de la hambruna forzada del pueblo venezolano", manifestó el

funcionario, que habló con EFE bajo condición de anonimato. Los hijastros de Maduro sancionados son Walter, Yosser y Yoswal Flores, conocidos como ‘Los Chamos’ e hijos de Cilia Flores, esposa del mandatario. 10 implicados

En total, el Departamento del Tesoro ha sancionado a 10 individuos (incluidos Saab y los tres hijastros), que a partir de ahora verán congelados todos los activos o bienes inmuebles que puedan tener en EE.UU. y, además, se les prohíbe hacer transacciones financieras con cualquier ciuda-

Se busca ° El citado funcionario de EE.UU. afirmó que Saab está “escondido” en Venezuela, aunque la Interpol ya ha emitido contra él una “circular azul”, destinada

en el Callao, puerto contiguo a Lima, destruyó unas 200 casas precarias sin causar víctimas en la víspera de la inauguración de los Juegos Panamericanos. “Alrededor de 200 casas han sido arrasadas por el fuego”, dijo a la prensa el vicecomandante de los Bomberos, Larry Lynch, aunque el balance final todavía no ha sido elaborado. Lynch explicó que el fuego se propagó por el fuerte viento y la falta de agua en el “asentamiento humano Juan Bosco”, conformado principalmente por casas de madera y cartón, situado en el norte de la capital peruana, entre la terminal portuaria y el aeropuerto internacional Jorge Chávez.

a localizarlo, identificarlo y obtener información sobre esa persona para una investigación criminal. En opinión de esa fuente, las acciones de hoy son “muy significativas” porque se dirigen contra el círculo más cercano de Maduro al golpear con sanciones a sus tres hijastros.

dano estadounidense. Como consecuencia, esos sujetos tendrán grandes dificultades para acceder al sistema financiero internacional, basado en el dólar. Pago de sobornos

EE. UU. sitúa a la cabeza del "esquema de corrupción" a Saab, que presuntamente pagó sobornos a los hijastros de Maduro para que ellos le pusieran en contacto con el propio mandatario y con el vicepresidente eco-

nómico y ministro de Industrias de Venezuela, Tareck el Aissami, sancionado en febrero de 2017 por supuesto narcotráfico. "Lo que hizo Saab es sobornar para ganar acceso y tomar control del programa CLAP y procedió a lavar cientos de millones de dólares mediante empresas pantalla en todo el mundo, en Hong Kong, Emiratos Árabes Unidos, Turquía, México, Panamá, Colombia y hoy vamos detrás de toda esa red", aseveró el alto funcionario.

Presión popular tumbó al gobernador de Puerto Rico SAN JUAN, AFP-EFE • El gobernador de Puerto Rico, Ricardo Rosselló, anunció su dimisión efectiva a partir del 2 de agosto, tras dos años y medio en el poder y luego del escándalo desatado por su participación y la de algunos de sus asesores en un chat privado en el que se denostaba a rivales políticos, artistas y miembros de la comunidad LGBT. Rosselló es el primer gobernador de la isla que dimite a mitad de mandato. Tras el anuncio, ofrecido más de seis horas después de lo previsto, las miles de personas que se aglutinaron a la entrada de la calle Fortaleza, que conduce hasta la sede del Ejecutivo, estalla-

ron de júbilo. Fiesta popular

"Ricky (Rosselló) te botamos", gritaban al unísono tras conocer la decisión. En varias partes de la ciudad los ciudadanos salieron a las ventanas y llevaron a cabo un cacerolazo. En la noche hubo bailes en las calles hasta la madrugada. En su mensaje grabado, el gobernador indicó que la persona que le sustituirá al frente de la gobernación será la secretaria de Justicia, Wanda Vázquez. La isla se encontraba inmersa desde hace once días en la peor crisis política de su historia a consecuencia de la participación

de Rosselló, junto a varios asesores, por sus insultos y burlas de comunicadores sociales, artistas, algunos políticos, miembros del colectivo LGTB y hasta víctimas del huracán María de 2017. Mensaje

"Luego de escuchar el reclamo, hablar con mi familia, pensar en mis hijos y en oración, hoy les anuncio que estaré renunciando al puesto del gobernador efectivo 2 de agosto", dijo el mndatario. A su vez, indicó que espera que esta decisión "sea un llamado de reconciliación ciudadana" y se mostró convencido de que culmina su mandato deseando la paz y el progreso del país".

JÚBILO. Miles de personas se aglutinaron en las calles ayer. (AFP)


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Sánchez fracasó otra vez en su intento por obtener la investidura que lo legitime. MADRID, EFE-AFP • Tras salir derrotado el martes en una primera votación, el presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, necesitaba ayer más votos a favor que en contra para por fin formar Gobierno y ser investido como el nuevo jefe del ejecutivo. Pero la incapacidad del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) de conformar una coalición con los movimientos de izquierdas del parlamento español evitó que esto sucediera. La votación en el debate de investidura terminó con una cantada derrota para Sánchez, que asumió la presidencia tras la renuncia de Mariano Rajoy en junio del año pasado. La abstención anunciada por el movimiento de izquierdas Unidas Podemos, liderado por Pablo Iglesias, y otros grupos minoritarios hizo que la balanza se inclinara hacia la derecha. La votación en el debate de in-

España: Socialistas no logran formar Gobierno vestidura terminó con 124 votos a favor de Sánchez, frente a los 155 en contra de su investidura. Las abstenciones, claves para que el socialista no consiguiera su objetivo, se situaron en 67. Nuevas negociaciones

Ante el fracaso de Sánchez en ambos debates, a partir de este 25 de julio empiezan a correr dos meses (60 días) para que los partidos intenten negociar una nueva investidura. Por tanto el próximo lunes 23 de septiembre será el último día para pactar una investidura. El panorama para los socialistas no parece claro por ahora. Sánchez reconoció que el acuerdo no se dio por el programa de Gobierno, sino en el reparto de los ministerios. Según él, los socialistas propusieron a Podemos cuatro carteras ministeriales (Sanidad, Vivienda, Economía Social e Igualdad), una de ellas con rango de vicepresidencia del ejecutivo. Pero la formación de Iglesias se plantó en su reclamo de pedir Sanidad, Igualdad y una vicepresidencia, así como las

Nuevas elecciones ° Com están las csoas, a Sánchez le quedan dos meses para limar

asperezas con Unidos Podemos, algo que no parece sencillo ante la reticencia de los socialistas de incluirlos en su plan de Gobierno. La desconfianza prevaleció entre las dos fuerzas de izquierda durante estas semanas, que en las últimas horas no dejaron de acusarse. En caso de que no haya acuerdo, el 24 de septiembre el Rey de España tendrá que disolver las Cortes y se agendará otra vez una nueva jornada electoral. Ese día quedarán convocadas las nuevas elecciones que tendrán lugar en un plazo de 47 días, es decir, el 10 de noviembre.

carteras de Trabajo y Ciencia y Universidades. Agrio debate

Minutos antes de que comenzara el debate, Iglesias le lanzó un salvavidas a Sánchez y dijo que cedería a una de sus más importantes pretensiones, el Minis-

DERROTA. Pedro Sánchez, abandona el Parlamento español después de fracasar en el Pleno. (EFE)

terio del Trabajo, a cambio de que se le otorgara a Podemos las competencias para las políticas activas de Empleo. Sin embargo, los socialistas desestimaron, casi

de inmediato, esa posibilidad. "Lo único que pedimos son competencias, no sillones", le contestó a Sánchez el líder de Podemos, Pablo Iglesias.


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EVENTO. Lenín Moreno (i) y Cynthia Viteri presidieron los festejos.

Promesas y desfiles en las fiestas de Guayaquil PAÍS

El comandante Darwin Jarrín mencionó las necesidades de la Armada, con el fin de cuidar la soberanía. • El presidente Lenín Moreno reiteró el apoyo a las tareas científicas que desarrolla la Armada. Las palabras del Jefe de Estado fueron parte de su discurso, por el homenaje a los 78 años del combate Naval de Jambelí de 1941 y la fundación de Guayaquil (484 años). Junto a él estuvo Cynthia Viteri, alcaldesa de la ‘Perla del Pacífico’. Moreno recordó que la Armada ecuatoriana ha vuelto a participar en ejercicios regionales junto a Colombia, Estados Unidos y Perú. “Luego de 17 años -en 2020- seremos la sede de las maniobras Unitas”, dijo en mandatario. Además, sostuvo que atrás quedaron los enemigos. Lo que se tiene que vencer es el narcotráfico, la corrupción, el subdesarrollo y la pobreza. Pidió a la Armada convertirse en soporte de la investigación científica del agua. “Es el mayor componente del planeta. En lo que respecta a Ecuador, la extensión de nuestro mar es cinco veces mayor al territorio terrestre. Tienen que preservar los nuevos desafíos, como la investigación de la plataforma submarina, donde está la minería y el futuro”.

GUAYAQUIL

Planteamiento

El comandante de la Armada Darwin Jarrín dijo que todos tenemos la responsabilidad de “mantener unas Fuerzas Armadas sólidas, unidas, democráticas, despolitizadas, subordinadas a la autoridad civil y comprometidas con su pueblo”. Formuló al Gobierno algunas necesidades para mejorar. Por ejemplo, dijo que la Armada debe contar con buques oceánicos con bases de operaciones en Manta, Guayaquil, Galápagos, Esmeraldas, Posorja y Puerto Bolívar. Con aviación Naval -dotada de aeronaves de vigilancia oceánica-, una fuerza submarina disuasiva y una infantería fortalecida, complementaria a la Policía Marítima. Un sistema satelital, para cubrir los espacios jurisdiccionales y los de interés nacional. Afirmó que se necesita un buque oceanográfico, con capacidad antártica, que le ayude al país hasta 2022, a sustentar ante la ONU las características geomorfológicas de las cordilleras submarinas de Cocos, lo que le permitirá adicionar una extensión de 250 mil km2 de plataforma continental, equivalente a la extensión del Ecuador continental. (DAB)

Marinos y estudiantes desfilaron por la ‘Perla’ °

GUAYAQUIL • La Armada rindió homenaje a los héroes de Jambelí de 1941, con una parada militar en la Base Naval de la Primera Zona, en el sur de Guayaquil. En ese espacio, comparecieron el presidente Lenín Moreno y el vicepresidente Otto Sonnenholzner, para solemnizar el acto que además sirve para rendir homenaje al proceso de fundación de Guayaquil. Además asistieron otras autoridades, como el presidente de la Asamblea, César Litardo. Estudiantes guayaquileños protagonizaron el tradicional desfile ‘Guayaquil vive por ti’, el que recorrió gran parte de la avenida Quito, hasta la emblemática 9 de Octubre.

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COCINA AMA MASCOTAS MIRA VIAJA

Desde Yanacocha se vive una aventura natural

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Esta reserva es un sitio privilegiado que llena de paz a las personas que la recorren. Los amantes de la naturaleza y de las aves pueden encontrar lugares privilegiados como Yanacocha, reserva ecológica asentada en la ladera occidental del volcán Guagua Pichincha, a la que se llega luego de un viaje de una hora desde Quito. Aquí se encuentra una extraordinaria diversidad de aves, como las tangaras, el cóndor andino y los colibríes. También hay pajonales, bosque andino, árboles de Polylepis o ‘árboles de papel’, orquídeas y bromelias, que son observadas mientras se camina por los senderos abiertos en el interior de la reserva. Pero hay vida animal que no es vista con facilidad, como el oso de anteojos, el tigrillo chico, el puma, el lobo de páramo, el coatí andino y el venado colorado enano. Esta diversidad le ha dado el nombre de ‘santuario natural’.

NATURALEZA. Esta es una de las vistas privilegiadas que se obtienen desde Yanacocha.

¿Cómo llegar? ° El camino hacia Yanacocha comienza cerca de El Condado, al

norte de Quito, en la intersección de la calle Machala y avenida Mariscal Sucre o avenida Occidental. Se cruza el paso a desnivel de la calle Machala, cuesta arriba, hacia el occidente, manteniéndose siempre en la calle principal con dirección a Nono. Se viaja hasta encontrar un desvío, en el cual existe un rótulo que indica por dónde seguir hasta llegar a la reserva Yanacocha.

Recomendaciones No olvide llevar

permiten observar a pleni°tudBinoculares: el vuelo de las aves y la magnitud del volcán Pichincha.

° Botas de montaña: por el tipo de terreno, le harán desplazarse con facilidad. ° Poncho de agua: indispensable para protegerse de las lluvias que se presentan en la zona. ° Gorra, protector solar, gafas, cámara de fotos. Pueden llevar un refrigerio, pero no ensuciar el lugar.

también son parte de las actividades para hacer en este santuario. Una gran variedad de orquíYanacocha es una reserva privadeas y bromelias se observan a da que forma parte del territorio lo largo del camino que conduce de la parroquia de Nono, poblaa un gran mirador, desde donde do que se caracteriza por sus case aprecia al volcán Pichincha. lles angostas, las casas con En este sitio los turistas paredes de adobe y techos EL DATO encuentran desde una de teja. En el interior EL DATO tienda de regalos, una caDesde Nono comienza Las personas tiefetería, hasta bebederos y la aventura. El visitante Por más de un nen la posibilidad dólares cuesta esta reser- de disfrutar de tres 5 comederos de aves y mapuede disfrutar de la pes- siglo el ingreso por va ha sido consiadulto míferos. ca recreativa, los deportes derada como horas de caminata cada y3 de las princi- a través de cuatro nacional, Yanacocha es una de de aventura, el ciclismo, una dólares los pales fuentes de las reservas de la Fundalas cabalgatas, además de agua para Quito. amplios senderos y niños. ción Jocotoco, encargada las montañas y la naturacuatro túneles arleza que le rodean. tificiales que atraviesan de proteger y custodiar al meUna gran alternativa es la ca- la montaña. En los trayectos es nos 10 reservas de bosques en el minata por el ‘Sendero de relax’, posible contemplar los sutiles país. Asimismo, conserva unas hacia la cascada de Guagrapam- aleteos de colibríes y la gran bio- 850 especies de aves en alrededor de 15.000 hectáreas de bosba, que se encuentra a cinco mi- diversidad del sitio. nutos del centro poblado, denEl aviturismo y el camping que. (CM) Turismo rural

tro de una propiedad privada, pero que sus propietarios la han abierto al público, previo al pago por el ingreso. Y a 20 minutos de Nono está Yanacocha.

Avistamiento de ballenas Las embarcaciones salen toDesde finales de mayo, las ballenas jorobadas llegaron a las dos los días desde Súa, Atacacostas del país. Durante su per- mes y Same, con 12 pasajeros, manencia -hasta septiembre- un guía local y dos miembros de tripulación. El horario las agencias turísticas es de 07:30 a 14:30. Tras ofrecen servicios de avisrecorrer 5 millas (8 km) o tamiento. Carmen MoVALE jarrango, representante el traslado para el 10 (16) se observan a las avistamiento, ballenas, que brindan un de Seathesua, una de las que incluye una espectáculo natural. cinco empresas autorizapóliza de seguros. Mientras los tripulandas para movilizar a los tes se desplazan, los guías turistas en alta mar, dice que el traslado -ida y vuelta- tar- explican datos y relatos sobre las da una hora; la permanencia en ‘jorobadas’, que llegan desde la el lugar va desde 15 minutos has- Antártida, tras un viaje de 7 mil ta 60 y los costos varían entre 3 km, para aparearse y parir en aguas más cálidas. y 15 dólares.

$15

DIVERSIDAD. El avistamiento de colibríes se realiza con facilidad, porque se acercan a los bebederos instalados dentro de la reserva. Parroquia Nono

La Planada

Reserva Ecológica Yanacocha

Plan techo

Cotocollao

24 km. (54min.)

Presentan campaña ‘Ecuador destino seguro’ ATENCIÓN. Las actividades se deben realizar con embarcaciones autorizadas.

Aparte de este mágico encuentro, también ofertan otros tours, en los cuales se conocen la Isla de los Pájaros, el manglar de Súa, el estuario del río Atacames, la cueva del amor, la playa nudista y el puerto pesquero. (CM)

El Condado

Con el apoyo de las embajadas de Gran Bretaña, Estados Unidos y Canadá, Ecuador quiere mostrar al mundo la seguridad para acoger a los turistas. Así, en forma conjunta presentaron la campaña ‘Ecuador destino seguro’. Se trata de una estrategia preventiva, con productos comunicacionales en español, inglés y francés, encaminada

Quito

Av. de la Prensa

a minimizar los sucesos que se puedan presentar con los turistas extranjeros durante su estancia en el país y a informar en cada uno de esos países y el mundo que Ecuador es un destino turístico seguro. El objetivo es que viajen con la confianza de poder experimentar sensaciones y experiencias únicas, dijo la ministra de Turismo, Rosi Prado de Holguín. El país es uno de los destinos preferidos por los británicos, por su riqueza natural, cultural y gastronómica, aseguró la embajadora de Gran Bretaña Katherine Ward. (CM)


INTERCULTURAL ESTUDIAN UN

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ESQUELETO DE LA CULTURA CARANQUI En el entorno donde se encontró la osamenta, en Pegucho, existen varios sitios arqueológicos.

OBRA. Quienes gustan del patrimonio alimentario podrán encontrar recetas preparadas con productos agroecológicos. (Foto: INPC)

Presentan el recetario ‘Saberes y Sabores del Inti Raymi’ Con el objetivo de fortalecer el Patrimonio Cultural en su integralidad, el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC), con el apoyo de la Casa de la Cultura, Núcleo del Azuay, la Red Agroecológica del Austro y el proyecto Pukushka presentaron en la parroquia Turi, en Cuenca, el recetario gastronómico coleccionable ‘Saberes y Sabores del Inti Raymi’, fascículo 2. Este proyecto –según el INPC–rescata los procesos productivos en los cuales se reproducen las técnicas y los saberes agrícolas ancestrales; pasando

por el intercambio y la transformación de los alimentos, que por su importancia sociocultural, económica, e identitaria son considerados relevantes en la consecución de la soberanía alimentaria. En este trabajo, el lector dispone de recetas hechas con productos agroecológicos, además de las memorias construidas alrededor de estas recetas. Con esto apuesta por la soberanía alimentaria basada en los principios de la agroecología, salvaguardando así el patrimonio alimentario, concluye el INPC.

Exige tus derechos

Español CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR TITULO II DERECHOS

Capítulo tercero Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria

Sección octava Personas privadas de libertad Art. 51.- Se reconoce a las personas privadas de la libertad los siguientes derechos: 3.Declarar ante una autoridad judicial sobre el trato que haya recibido durante la privación de la libertad. 4.Contar con los recursos humanos y materiales necesarios para garantizar su salud integral en los centros de privación de libertad. 5.La atención de sus necesidades educativas, laborales, productivas, culturales, alimenticias y recreativas.

Kichwa ECUADOR LLAKTAPAK MAMAKAMACHIY KIMSANIKI WANKURIY Runakunapak hayñikuna, kallaripi chaskina tantarikunapash

PUSAKNIKI PAKMA Kishpiyta kichushka runakuna

51 niki.- Kishpiyrita kichushka runakunamanka kay katik hayñi- kunatami riksirin 3.Kishpiyta kichushka pachakuna imashina llakita chaski- shkata, paktakay apupak ñawpakpi willana. 4.Wanachina wasikunapi kishpiyta kichushka runakuna ama unkuchunka, alli yanapak runakunata, mutsurishka hillayku- nata, hampikunata charina. 5.Kishpiyta kichushka runamanka yachayta, llankayta, ka- puchiyta, kawsaytarpuyta, mikunata, puklllanata, samay mutsuykunata rikunkami.

Investigadores del Instituto Metropolitano de Patrimonio (IMP) recuperaron la osamenta encontrada el 23 de junio, a un costado de la carretera que se abrió hace 20 años y que conecta Perucho con San José de Minas, poblaciones que están a 90 km al norte de Quito. El arqueólogo del IMP del Municipio de Quito, Andrés Mosquera, contó que acudieron al sitio ante un llamado de la Unidad de la Policía especializada en investigaciones de delitos contra el patrimonio cultural, porque durante los trabajos de limpieza de maleza del borde de la carretera se hallaron las partes expuestas. Tras pedir los permisos respectivos al Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC), acudieron al lugar y a simple vista determinaron que se trataba de un enterramiento prehispánico por la profundidad y la relaciones físicas verticales y horizontales de la zona. Al esqueleto le falta el brazo izquierdo, las tibias, los peronés y las falanges de los pies, que pudieron haberse perdido cuando construyeron la vía, indicó Mosquera.

Identificación

Los trabajos de recuperación determinaron que se trataba de una tumba de pozo simple, poco profundo (70 cm), con un esqueleto en posición flexionada (fetal). No tenía ajuar funerario y estaba sellada con una capa de ceniza volcánica, perteneciente a la última erupción del volcán Quilotoa, en 1250 d.C. Con los estudios de laboratorio realizados al cráneo, al maxilar inferior y a los huesos, y a través de comparaciones con publicaciones antropológicas forenses, se determinó que se trató de una mujer de aproximadamente 1,50 m de estatura, quien habría fallecido entre los 20 y 35 años. También, siguiendo los patrones del cráneo y de los huesos llamados incaico o interparietal, en la parte posterior del mismo se determinó que fue un individuo mongoloide, una característica de los indígenas de América, aseveró Mosquera. “Lo que sabemos es que este entierro se produjo entre 1250 y 1300 d.C., porque las cenizas están dentro de la tumba, y revisando fuentes bibliográficas

Una zona arqueológica ° Al tratarse de un sector de “bastante densidad arqueológica”, el director de Áreas Arqueológicas, Paleontológicas y de Patrimonio Subacuático del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC), Marcos Labrada, cree indispensable que se hagan más estudios para evitar que se pierda material histórico. En el entorno donde apareció el enterramiento hay cerca de medio centenar de sitios arqueológicos, y para analizar la zona, necesitan estudios de mayor alcance. “Esto (el hallazgo) nos ayuda, a nosotros como Instituto, a tener que establecer diálogos mucho más fuertes con los gobiernos territoriales para valorar incluso programas arqueológicos a nivel territorial que consideren este tipo de daños”, comentó Labrada. (EFE)

RESTOS. La osamenta incompleta se exhibe hasta el miércoles en el hall del Palacio Municipal de Quito.

ESTUDIOS. El análisis del cráneo fue importante para obtener datos de la osamenta prehispánica. (Foto: IMP)

encontramos que hay enterramientos preshipánicos similares en otras partes de la Sierra. Es decir, que estamos viendo una tradición prehispánica, una reutilización de la ceniza volcánica para sellar los contextos funerarios”, comentó. Del pueblo caranqui

De acuerdo con las evidencias encontradas alrededor de la tumba, como fragmentos de cerámica, se pudo constatar que la mujer pertenecía al pueblo caranqui. La caranqui es una cultura que habitó en la parte norte de la Sierra ecuatoriana y que pudo extenderse en distintos momentos de su existencia por las actuales provincias del Carchi, Imbabura y el norte de Pichincha. Pero también se evidenció, mediante la influencia de la cerámica de Cosanga, que se producía en Baeza, Quijos, Misahuallí, que tenían contacto con pobladores de la Amazonía, con los que realizaban intercambio o trueque, al parecer de coca y sal. El antropólogo refiere que fuentes bibliográficas consultadas señalan que el bosque seco-montano de Perucho se prestaba para la producción de coca, un bien suntuario y con una cognotación sagrada; y también tenía minas de sal, elementos que eran buscados por otros pueblos. (CM)


MOSAICO B10

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019 La Hora, ECUADOR

• HORAGRAMA

H. MARCELO MEJIA R. hmejiadlh@gmail.com

Tela de algodón, a rayas o a cuadros. Instrumento de ataque

TVFAN Día de la semana

Proyectil Aparato radiolocalizador Porción cantidad

Cumpleaños

Vasija grande de metal Cansado, fatigado

La última pelea HBO SIGNATURE: 23:09

Depto. del Perù Contar, comentar Abuela Primer hombre

Encogido, tímido Envase, tacha

Moneda de Turquía Río de Alemania

Pareja

Verdadero

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Pústula, ascara

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Símbolo del fósforo Girar

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Eminencia, excelencia Planeta

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Querer, amar Enfermedad, dolor

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CELEBRIDADES S inglés Nota, noticia CLAUDIO ARRAU A O (1903 - 1991) Hogar, vivienda T Tinaja PIAnIstA ChILenO. PRemIO InteRnACIOnAL De T A GInebRA en 1941 A D

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(mayo 21 - junio 21)

Palmera, remanso Artículo neutro

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Voz de arrullo

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Ciudad de Venezuela Artículo neutro

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Extensión

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Trate de demostrar su ecuanimidad y generosidad para que así pueda mantener una buena relación con quienes le rodean. Recuerde: Ud. es un triunfador potencial.

VIRGO

(agosto 23 - septiembre 22)

Gastar, utilizar

Segunda vocal Símbolo del yodo

Ciudad de Japón

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R

(julio 23 - agosto 22)

Engaño

Átomo

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LEO

Carcajear

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Símbolo del radio Dios de la India

M

Costoso

La situación económica tiende a ser dificultosa sobre todo si sus gastos son superiores a lo que ud. gana. Recuerde: Crea en ud. y en sus capacidades.

Símbolo del azufre

Símbolo del nobelio

B

Perro

(junio 22 - julio 22)

Aposento Carro en inglés

R

Evite ser exagerado en el campo de los negocios y no se confié de las personas que ofrecen demasiado ya que no le cumplirán. Recuerde: Su responsabilidad ha de orientar su libertad.

CÁNCER

Capital de Tungurahua Astado

Actor de la terlenovela Alguien te mira

T

Holganza, descanso

Refugio, retiro Crecida

O

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Estado del Brasil Estado de Europa

GÉMINIS

Astro rey

Estrella, vedette Plantígrado

Trate de evitar que la soledad y la preocupación hagan presa de ud. Los asuntos pendientes deberán ser resueltos con eficiencia y prontitud. Recuerde: No puede apetecerse otro bien mejor, ni poseerse otro más provechoso que la paz.

LIBRA

(septiembre 23 - octubre 22)

• HORAKU

F

Nro. 4742

MICROBIOGRAFÍA

Alexandre Dumas (1802 - 1870)

Nro. 4741

I

Cambio climático: Alaska se quema y se derrite Los rigores del cambio climático se están dejando sentir con fuerza en las tradicionalmente frías tierras del norte, donde una ola de calor y una cadena de incendios han provocado una situación atípica en el Estado de la Última Frontera. El pasado sábado se batió un récord de temperatura en Juneau, la capital, 28 grados centígrados, rompiendo una marca que se había mantenido en pie durante 110 años. Anchorage, por su parte, la

Río de China y de la URSS Sociedad anónima

Mono

Ciudad de Turquía P

(abril 20 - mayo 20)

Banda, tira

Punto cardinal Trabajador manual

(marzo 21 - abril 19)

El optimismo y la alegría son virtudes que no debe perder en ningún momento. Sus hijos necesitarán ánimo de su parte. Las relaciones afectivas pueden causarle preocupaciones. Recuerde: Si no controla su nerviosismo el le dominará y aniquilará.

Dentro de su hogar será necesario aplicar un poco de positivismo por lo que deberá demostrar más emotividad. Su madre puede necesitar un poco de apoyo emocional. Recuerde: no permita que las situaciones difíciles le alteren emocionalmente.

Pedir

Caudillo de los hunos

ARIES

TAURO

Obsequiar Pato

Actor de la telenovela Abismo de pasión

L

CÁPSULA CIENTÍFICA

Símbolo del tantalio Instrumento musical

Continente

A

°

Actriz de la telenovela Mañana es para siempre

Caer dando vueltas

L

Doug MacCray, el líder de un grupo de ladrones de bancos, se enamora de Claire Keesey, gerente del banco que acaban de robar. Sin saber la verdad, Claire comienza una relación con Doug, lo que le hace meditar a este acerca de su vida pasada. Tras este repentino cambio, su mejor amigo y socio desesperadamente trata de hacerle reflexionar sobre la vida que tiene la intención de dejar atrás y de centrarlo en un gran y último golpe.

Voz de arrullo Flotar en el agua

Fragancia

Tiempo

C

CINEMAX: 23:15

Ido, trastornado Artificio, intriga

Alabar

Solución anterior

Atracción peligrosa

Su refinamiento y sensibilidad son muy amplios por lo que buscará siempre estar rodeada de un ambiente íntimo pero de buen gusto. Sus amigos lo consideran una persona muy especial ya que se entrega sin reservas en las relaciones afectivas.

Tercera vocal

Solitario Saludable

Tommy Riordan, un problemático exMarine, regresa a casa y le pide a su padre, un alcohólico recuperado, que lo entrene para un torneo de artes marciales mixtas. Esto pone al luchador en la esquina contraria con su distante hermano mayor, Brendan.

¿Nació un 26 de julio?

Onda

E

HORÓSCOPO

urbe más importante del estado norteño y donde se concentra el 40% de la población, alcanzó los 27 grados, un registro inusual para una zona que en verano no suele pasar de los 19 grados de media en julio, con mínimas estivales de hasta 10 grados. En enero, rara vez se superan los 0 grados centígrados, con una media de -5 de máxima y -12 de mínima. A eso hay que sumarle una cadena de incendios activos, más de 350, de acuerdo con las cifras

INUSUAL. Incendio en un área cercana a Delta Creek, en Alaska.

facilitadas por las autoridades estatales. El cambio climático ha llegado a sentirse con rigor también en esta parte del mundo. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec

Novelista francés. Hijo de un general del ejército francés que dejó a su familia prácticamente en la ruina al morir en 1806, Alexandre Dumas tuvo que abandonar pronto sus estudios. La aparición de ‘Los tres mosqueteros’, en 1844, significó su salto a la fama. Trabajando incontables horas al día, y con la ayuda de varios colaboradores, llegó a producir ochenta novelas, de desigual calidad. La mayoría de ellas pertenecen al género histórico o al de aventuras, en el que destaca sin duda ‘El conde de Montecristo’. sus obras fueron frecuentemente trasladadas al teatro, con un perfecto dominio de los diálogos, ágiles y vivaces. (OG)

La relación con sus amigos deberá ser muy sincera y abierta a fin de que se conserve sana. Los proyectos deberán ser asumidos con responsabilidad. Recuerde: Ser optimista es sacar lecciones de todas las situaciones.

ESCORPIO

(octubre 23 - noviembre 21)

Las ambiciones excesivas pueden ser perjudiciales sobre todo en el campo profesional. Su padre puede pasar por momentos y difíciles y necesitará de su ayuda. Recuerde: Cuando su corazón está lleno de amor se ve el mundo rebosante de belleza.

SAGITARIO

(noviembre 22 - diciembre 21)

Las posibilidades que proyecta el extranjero pueden ser menos interesantes en el plano concreto por lo que deberá ser más realista en este aspecto. Recuerde: Una sonrisa no cuesta nada y vale muchísimo.

CAPRICORNIO

(diciembre 22 - enero 19)

Trate de realizar y asumir sus cambios de manera más silenciosa y humilde. Procure guiar a su pareja en lo referente al dinero ya que puede cometer errores. Recuerde: Tome las cosas con calma, pues su serenidad es fuente salud y eficiencia.

ACUARIO

(enero 20 - febrero 19)

Trate de inyectarle fuerza y positivismo a su matrimonio ya que de lo contrario este puede pasar por dificultades fuertes. Recuerde: El progreso es la realización de las utopías.

PISCIS

(febrero 20 - marzo 20)

Dentro de su trabajo ud. deberá ser cauteloso y no dejarse impresionar por nada ya que tienden a engañarlo. Su salud puede ser un tanto débil por lo que deberá descansar más. Recuerde: Su fe optimista de hoy le dará paso al gozo de realizar sus proyectos.


CRONOS

Panam. Norte

JUEGOS PANAMERICANOS

B11 Se enciende la antorcha en Lima tiempo lectura 15 min.

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019 La Hora ECUADOR

Aeropuerto Internacional Jorge Chávez

D

CALLAO

2

1 3

Estadio Nacional

14

La ceremonia de inauguración de los Juegos Panamericanos será hoy a partir de las 18:00, en el Estadio Nacional de Lima. El evento tendrá como ‘show’ principal la interpretación de Luis Fonsi junto con el cantante Juan Diego Flórez, además se llevará a cabo el tradicional recorrido de la antorcha para dar inicio oficialmente al evento multideportivo. Esta será la décimo octava edición de los Juegos que tendrá la participación de seis mil deportistas de 41 países, los mismos que buscarán sumar medallas en 39 deportes (62 disciplinas) a lo largo de estos 17 días de competencia. A continuación les presentamos las sedes y los deportes en los que los atletas ‘tricolores’ participarán. (MP)

15

EN

MIRAFLORES

4 21 5

11 10 9

JUEGOS PANAMERICANOS

Ecuador acude con 201 deportistas, quienes participarán en 28 disciplinas.

7

EN Estadio Nacional VP Villa Panamericana y Parapanamericana

UAC

LA MOLINA

Centro Histórico de Lima

UAC

Vía Evitamiento

12 13

16

Team Ecuador

° Pentatlón moderno - femenino ° Hora: 9:00 ° Atletas: Lourdes Cuaspud, Valerie León ° Sede: Escuela Militar de Chorrillos LOS DUELOS DE LIMA Doménica Azuero (ECU) - Mariana Pajón (COL)

Seis veces campeona del mundo y dos veces campeona olímpica de ciclismo BMX, la colombiana

EVENTO. Hoy se llevará a cabo la ceremonia de inauguración de los Juegos en el Estadio Nacional de Lima.

8

VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

VP

Centro de Acreditación y Uniformes

Mariana Pajón regresa a la alta competición tras un periodo plagado de enfermedades y lesiones. Ella ganó el oro en los Juegos de Guadalajara 2011 pero en los de Toronto 2015 sufrió una caída en la final que la apartó del podio. La plata fue entonces para la ecuatoriana Doménica Azuero, que en la Copa Sudamericana de abril gano a Pajón en una de las mangas y quedo por detrás de ella en la siguiente.

LIMA

Líneas 1 del Metro de Lima

Competencias ° Patinaje artístico – femenino ° Hora: 10:00-11:00 ° Atleta: María Eduarda Fuentes ° Sede: Videna

6

Videna

Panam. + Km 90 Sur

17 18 19

Suma once oros panamericanos, siete latinoamericanos consecutivos y tres sudamericanos.

na panamericana.

Yulimar Rojas (VEN) - Caterine Ibargüen (COL)

La karateca dominicana Maria Dimitrova siente que “debe” una medalla a su país y quiere lograrla a los 33 años en sus primeros Juegos Panamericanos. Acumula tres medallas de oro en Juegos Centroamericanos y del Caribe; ocho en Campeonatos Panamericanos de kárate entre la competición individual y la de equipos; una medalla de bronce en un Mundial de categoría juvenil y un quinto puesto en uno de categoría superior. Todo en la modalidad de katas, en la que es undécima en la clasificación mundial. Cuatro puestos por encima de ella se sitúa la estadounidense Sakura Kokumai, cuatro veces medalla de bronce este año en pruebas de la liga mundial.

Después de dos años sin enfrentarse, la campeona olímpica del triple salto Ibargüen y la campeona mundial Rojas lo han hecho en el último mes en dos ocasiones, con una victoria para cada una. La venezolana tiene la mejor marca del año en 15,06 y la colombiana la segunda en 14,89. Paola Longoria (MEX) - Ana Gabriela Martínez (GUA) - Montserrat Mejía (MEX)

Considerada la mejor racquetbolista de todos los tiempos, el historial de la mexicana Paola Longoria asusta. Tres títulos mundiales individuales y tres en dobles, más los tres oros posibles (individual, dobles y equipos) tanto en los Juegos Panamericanos de 2011 como de 2015. Pero su hegemonía se verá por primera vez cuestionada en Lima, y no por una rival sino por dos. La guatemalteca Ana Gabriela Martínez le ganó el oro mundial de 2018 y la mexicana Montserrat Mejía le privó el pasado marzo del título de su país por primera vez en 14 años. Recién inaugurada la treintena, Longoria tendrá que hacer valer su experiencia ante Martínez, de 20 años, y Mejía, de 19, si quiere una nueva coro-

María Dimitrova (RDO) - Sakura Kokumai (USA)

Julio César La Cruz (CUB) - Rogelio Romero (MEX)

El boxeador cubano cuatro veces campeón mundial del peso supermediano, Julio César La Cruz, también campeón olímpico, tiene todo de su parte para volver a triunfar en el cuadrilátero panamericano. Pero si alguien puede hacerle sombra es el mexicano Rogelio Romero, en un enfrentamiento regional clásico. En los Centroamericanos y del Caribe de hace un año el triunfo en la final de los 81 kilos fue para el cubano, Romero se quedó con la plata.


CRONOS B12

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019 La Hora, ECUADOR

El Real Madrid cede a Dani Ceballos al Arsenal

D

MINUTERO Gignac busca ser goleador histórico de Tigres

con 104 goles °enEmpatados la historia de Tigres, el delantero francés André-Pierre Gignac y Tomás Boy, director técnico del Guadalajara, se toparán este fin de semana por la segunda jornada del torneo Apertura-2019 mexicano. AFP

El Real Madrid y el Arsenal anunciaron ayer la cesión por una temporada al equipo inglés del centrocampista merengue Dani Ceballos, que busca en Londres los minutos que podrían faltarle en el equipo ‘blanco’. Ni el cuadro español ni el inglés dan mayores detalles, pero según la prensa española se trataría de una cesión por una temporada sin opción a compra y el Arsenal

se haría cargo de la ficha del jugador, que ronda los tres millones de dólares. “Estamos muy emocionados con la llegada de Dani. Es un jugador talentoso, con una gran técnica, creatividad y precisión”, afirmó el técnico del Arsenal, Unai Emery. En sus dos campañas como madridista, Ceballos ha disputado 56 partidos en los que ha marcado 5 goles y dado 2 asistencias. AFP

‘Albos’ hacen un paréntesis en la Copa Visitan al Guayaquil City en el inicio de la décimo novena fecha de la Serie A. GUAYAQUIL • El ‘Rey de Copas’ vi-

Neymar no entra en la lista del PSG

°

Neymar tendrá descanso al no entrar en la convocatoria del París Saint-Germain para medirse al Inter de Milán, mañana en un amistoso en Macao, indicó el club de la capital francesa. AFP

LIGAPRO

sita esta noche (19:15) al ‘Equipo de la Ciudad’. El cotejo se jugará en el estadio Christian ‘Chucho’ Benítez, por la fecha 19 de la Liga Profesional del Ecuador (LigaPro). Los ‘Albos’ llegan motivados a este cotejo, tras ganar el martes su encuentro por Copa Libertadores (3-1), al Olimpia de Paraguay. Antonio Valencia fue uno de los más emocionados por volver a una competencia copera en América, luego de 15 años de permanencia en Europa. “Ninguna gota de sudor es suficiente para defender estos colores, gracias a toda la hinchada por su apoyo, volveremos, volveremos Liga”, expresó en redes. El dirigente Esteban Paz agradeció al ‘Toño’ por inyectar mística ganadora a la plantilla y jerarquía. “Somos de Liga. La ilusión de verte jugar en nuestra casa, en nuestro estadio, eso no tiene precio. Juntos vamos por

MOMENTO. Liga de Quito llega de ganar al Olimpia por la Copa Libertadores.

Posibles alineaciones Torneo nacional G. CITY

Viteri Cangá Jiménez Sosa Perlaza Mancilla Solíz Caicedo Chávez Hoyos Mastriani DT: P. Gavilánez

LDU

Nazareno Quintero Guerra Ordóñez Ayala Vega Alcívar Ayoví Chicaiza Murillo Martínez DT: P. Repetto

Hora: 19:15 Estadio: ‘Chucho’ Benítez Árbitro: Mario Romero

más”, expresó. Por su parte, el DT Pablo Repetto, resaltó que el equipo está más fuerte y unido que nunca. “Los vi a todos con muchas ganas (ante Olimpia) y eso es fundamental, eso demuestra que estamos bien en lo anímico, hay

que proyectarnos bien hasta fines de año”, manifestó. En cuanto al duelo con los paraguayos dijo que “veníamos de una dura derrota que deja secuelas, teníamos que reponernos y lo principal era ganar. Nos enfrentamos a un equipo que no venía bien, pero que ha hecho buenos juegos a todos”. Rodrigo Aguirre, que se ha convertido en pieza fundamental del cuadro ‘Azucena’, publicó en su cuenta de Twitter: “Primer paso en casa, todavía quedan 90 (minutos) en Paraguay, estamos concentrados y dejando todo como siempre. Vamos Liga”. Andrés Chicaiza prefiere no concentrarse en el tema de la titularidad, para él es más importante el momento del equipo. “No es la primera vez que me pasa algo así, sé manejar la situación, uno sigue trabajando día a día por las oportunidades”,

señaló en Mundo Deportivo. Para el juego de hoy, Repetto realizará algunos cambios. Los principales en la defensa con los ingresos de Ánderson Ordóñez y Franklin Guerra, ausentes por lesión. Esperan ver al ‘Toño’

“Se acerca la hora cero, nos encontramos esperando a Liga, queremos brindar un buen espectaculo”, detalló el cuadro porteño en redes, quien espera recaudar buena taquilla con la presencia de Antonio Valencia en el ‘Chucho’ Benítez. El cuadro dirigido por Pool Gavilanes rescató un punto ante Independiente del Valle (2-2), pero es décimo tercero en el tablero, es decir, está fuera de la zona de playoffs. Sin embargo, esperan salir de esa incómoda posición y meterse en la pelea. (SJMS).

Fiesta colombiana en los Alpes: Quintana resucita y Bernal es segundo Gomes da la victoria al Manchester United

El adolescente inglés Angel °Gomes anotó ayer, a falta de 10 minutos, el gol de la victoria del Manchester United sobre el Tottenham (2-1), en un amistoso en Shanghái. El delantero francés Anthony Martial puso por delante a los de Ole Gunnar Solskjaer en la primera parte (21), antes de que el brasileño Lucas Moura igualara el marcador (65). AFP

VALLOIRE, AFP • El colombiano Nairo Quintana (Movistar) ganó en solitario la 18ª etapa del Tour de Francia, la primera del tríptico en los Alpes, ayer en Valloire, en una gran jornada para los escarabajos, con Egan Bernal (Ineos) situándose en la segunda plaza de la general. Tras sufrir en la parte final del Galibier y recuperar en el descenso final, el francés Julian Alaphilippe (Deceuninck-Quick Step) pudo mantener el liderato en la general. “De amarillo a tres días de París, nunca lo imaginé, hay mucha expectación, pero intento que no me afecte todo lo que me rodea”, señaló el N.1 de la clasificación de la UCI. Quintana, quien lanzó un ataque decisivo en el Galibier, logró así su tercera victoria de etapa en un Tour (antes 2013 y 2018), superando en un recorrido de 208 kilómetros al francés Romain Bardet (AG2R-La Mondiale) y al kazajo Alexey Lutsenko (Astana).

Nairo correrá con el Arkéa-Samsic ° El ciclista colombiano Nairo Quintana partirá la próxima

temporada con el equipo francés Arkéa-Samsic tras siete años con el español Movistar, afirmó su padre. “Nairo cambia de equipo, se va para el Arkéa”, dijo Luis Quintana a Blu Radio de Bogotá. “Yo les digo a ustedes, colombianos, que probablemente a Nairo le va a ir muy bien”. De momento, Arkéa-Samsic no se ha pronunciado al respecto.

“Hemos trabajado a conciencia y bien, hemos seguido adelante y no hemos dejado de insistir sabía que podía ser un buen día para mí”, dijo nada más al finalizar. “Estas montañas nos tratan muy bien, puedo respirar más limpio, sin alergia”, añadió.

ESCAPADA. Nairo Quintana entra en la recta final de la etapa 18 para luego ganarla. AFP

Tour de Francia Clasificación general

1.- Julian Alaphilippe (Quick Step): 2.- Egan Bernal (Team Ineos): 3.- Geraint Thomas (Team Ineos):

75:18:49 a 1’30” a 1’35”


CRONOS

Djokovic y Del Potro renuncian al Masters 1000 de Montreal El serbio Novak Djokovic, campeón del Grand Slam de Wimbledon y número uno del mundo, y el argentino Juan Martín Del Potro renunciaron a disputar el Masters 1000 de Montreal, previsto en agosto.“Lamento anunciar que decidí retirarme de la Copa Rogers”, dijo Djokovic en un comunicado

Hamilton y Bottas buscan otro doblete para Mercedes • Coin- COCHE. El Mercedes de Hamilton en cidiendo con la celebración del zona de pits. AFP 125 aniversario de su incursión en el mundo del motor, Merce- das solo se les escapó el triunfo des renovará este fin de sema- en Austria. Hamilton pisó el na en Hockenheim (Alemania) primer cajón del podio en siete su vínculo con la Fórmula Uno carreras. Bottas, en las dos rescon el deseo de ver nuevamente tantes. Ambos, aunque especialmenal británico Lewis Hamilton y al te el inglés, poseen en el finlandés Valtteri Bottas al ecuador de la temporada frente de la clasificación. TOME NOTA una jugosa distancia soLa imagen victoriosa bre sus adversarios. de su dupla sería el cierre circuito de Camino de su sexta codeseado a un fin de sema- El Hockenheim na especial para la fábrica comprende 67 rona, Hamilton lidera la vueltas a una clasificación general del alemana. pista de 4,574 El cuartel general de kilómetros, para Mundial de pilotos con total de 223 puntos. Bottas es seMercedes está en Stutt- un 306,458. gundo, con 184. gart, a unos 120 kilómeEl holandés Max Verstros del circuito, lo que garantiza la presencia de miles de tappen, campeón con su Red aficionados entregados al mejor Bull en Austria, contempla su superioridad desde la tercera equipo de la parrilla. Este año a las flechas platea- plaza. Tiene 136 unidades.

REDACCIÓN DEPORTES, EFE

Madrid y Atlético calientan motores para su primer derbi EAST RUTHERFORD, EFE • El Real Madrid y el Atlético se enfrentarán INICIO. Real Madrid realiza partidos de hoy en el estadio Metlife de la pretemporada em Estados Unidos. AFP ciudad estadounidense de East Rutherford. El renovado equipo entrenador Diego Simeone. Saúl, que recordó que de Simeone busca seguir consolidándose, mientras TOME NOTA es un partido de pretemporada en el que el equipo que el Madrid llega todatiene que "seguir mejovía consternado por la leLa Liga inicia el sión de Asensio. 16 de agosto con rando" y que avisó de que “A pesar de que sea un el juego entre el los jugadores "llevamos de mucha carga en las pierpartido amistoso es un Athletic Bilbao y el Barcelona. nas" además de los viajes, derbi. Es el primero que subrayó que lo jugarán se juega fuera de Europa, nos hace mucha ilusión competir con "muchas ganas" y que en ", dijo el ‘rojiblanco’ Saúl Ñíguez un derbi siempre hay "pique" y en una rueda de prensa junto al "morbo".

emitido por Tennis Canada. “Con el apoyo de mi equipo, he decidido darle a mi cuerpo más tiempo de descanso y recuperación antes de volver a jugar”. Djokovic ganó cuatro veces el evento canadiense que alterna entre Toronto y Montreal, dos veces en cada ciudad. AFP

D

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

A9

Derrota remontable Universidad Católica perdió por un gol en Argentina. La revancha, ante Independiente, el próximo jueves en Quito.

1 0

INDEPENDIENTE

Se logró la victoria y se mantuvo el arco en cero. Vamos allá en busca del resultado”. PABLO HERNÁNDEZ

JUGADOR DE INDEPENDIENTE

U. CATÓLICA

A punto de descarrilarse

‘Uno es ninguno’, dirán en el entorno de Universidad Católica. El cuadro capitalino perdió 0-1 en su visita a Independiente de Avellaneda, por el juego de ida de los octavos de final de la Copa Sudamericana. El solitario gol del ‘Rojo’ lo hizo Pablo Hernández a los 55 minutos del partido, después de una falla en la salida del portero Hernán Galíndez.

Ecuador (LigaPro). Independiente se Si bien el marcador en contra es manejable para TOME NOTA aprovechó de eso. Con la picardía de Benítez y Doel ‘Trencito’, el trámite mínguez, llegaron con del partido, sobre todo Católica juga- peligro, pero fallaron en en la etapa de comple- U. rá la revancha la definición. La lluvia mento, pudo ser lapida- ante a rio. Los dirigidos por el Independiente las 19:30 del jue- fue uno de los cómplices técnico Santiago Esco- ves primero de para que el resultado no agosto. haya aumentado. bar perdieron el orden y El ganador de esta manejo del partido que propusieron. Ofensivamente serie enfrentará, en cuartos de estuvieron lejos de ser el equi- final, a Independiente del Valle, po arrollador de la Serie A de que eliminó al Caracas.

COPA SUDAMERICANA

JUEGO. Bruno Vides, de U. católica, intenta llevarse la pelota ante la marca de Domingo y Bustos, de independiente. AFP

Futuro de James Rodríguez depende del fallo de Florentino Miguel Ángel Gil Marín, consejero delegado del Atlético de Madrid, dijo: “Sería muy bonito” que el colombiano James Rodríguez jugara en su equipo, pero apuntó que se tienen que “dar muchas circunstancias” para ello y repasó que “depende mucho del presidente del Real Madrid”, Florentino Pérez. EFE P.ag/34946

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


CRONOS A10

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

Fallece Hugo Santillán, el boxeador argentino internado tras una pelea

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El boxeador argentino Hugo ‘Dinamita’ Santillán, de 23 años, falleció ayer en un hospital de la provincia de Buenos Aires en el que estuvo internado en coma tras desmayarse este sábado durante la lectura del fallo de su pelea con el uruguayo Eduardo Abreu, informaron fuentes médicas. Santillán fue asistido

Julián, el niño que no le teme a la velocidad

en el cuadrilátero, le dieron oxígeno y fue trasladado al hospital San Felipe, donde fue internado en terapia intensiva. Santillán y Abreu se disputaron el título latino plata ligero del Consejo Mundial de Boxeo (CMB). Cuando era retirado del cuadrilátero, Abreu lo aplaudió con gestos de preocupación. EFE

KARTING

El piloto de cinco años alcanzó un boleto para el Mundial que tendrá lugar en Italia. Julián Rivera es uno de los pilotos de karting más jóvenes que se quedó con un boleto para el Mundial que tendrá lugar en Italia. ‘Juli’, como le dicen sus padres, lleva una cuenta amplia de trofeos nacionales e internacionales en karting, entre los cuales destacan los dos títulos que ganó en el Panamerican Rok Cup que se desarrolla en el Kartódromo de Cotopaxi. Sus primeros pasos, en el ‘deporte motor, los dio de la mano de su padre, Camilo Rivera. Pues la familia de Julián lleva la pasión por el automovilismo en la sangre. Su padre y su tío, Juan José Rivera, quien además es director general del Kartódromo de Cotopaxi, han sido campeones en múltiples ocasiones en diferentes competencias y disciplinas y el pequeño Julián no se queda atrás. Con apenas cinco años ha participado en varias competencias a nivel nacional e

Julián es el rey en la pista”.

MOMENTO. Julián posa con el trofeo del Panamerican Rok Cup junto a sus padres Ximena Salas y Camilo Rivera.

Como madre siento nervios cuando se sube al kart, pero es un niño seguro y no se asusta con facilidad, eso me tiene más tranquila”. XIMENA SALAS

MADRE DE JULIÁN

lia”, expresa su padre Camilo. El Panamerican Rok Cup se PADRE DE JULIÁN llevó a cabo por segundo año consecutivo en Cotopaxi y fue internacional. Su primer logro la oportunidad perfecta para fue a los tres años y, aunque no que este pequeño, carismático, recuerda mucho de aquella ca- espontáneo y con una fuente de rrera, tiene muy claro que no fue energía interminable, repita el del todo cómodo al principio por máximo título en su categoría. Ahora se prepara para el tipo de asiento que tenía el torneo mundial, certael kart en el que compitió. men en el que se enfrentaEl Kartódromo de EL DATO rá a niños de hasta 10 años, Cotopaxi fue el escenario pero como dice su madre, que vio por primera vez en Julián quedó acción a Julián. Un piloto campeón pana- “él no le tiene miedo a nada, mericano en que no le teme a la veloci- Colombia y Perú, poco le preocupa que haya los cuatro niños más grandes que él dad, que se concentraba aaños. compitiendo. Cuando se en cada curva y que, a pesube al kart y está en la grisar de su corta edad, no se dio por vencido y logró su primer lla de salida, tan solo piensa en lo podio. “Julián tuvo la oportuni- que debe hacer, se concentra”. Aunque no siempre fue así, dad de ser campeón durante la carrera de inauguración y ade- confiesa su padre. “Había ocamás ha ganado las carreras más siones en las que iba ganando y importantes del país y de la fami- cuando llegaba a la meta se paCAMILO RIVERA

PASIÓN. Julián Rivera compite en karting desde los tres años.

raba antes de la línea y no cruzaba, pero son cosas propias de la edad. Ahora es más consciente de lo que sucede y lo que implica estar en competencia”. Julián es un niño que no domina al 100% el lenguaje, aún así se da modos para expresar lo que quiere, como contar que el karting no es el único deporte que le interesa y que, pese a que en su cuarto hay muchas pistas de juguete y autos de colección, guarda un espacio muy especial para el fútbol. “Me gusta jugar de delantero y me gustan todos los equipos”, dice emocionado. “Él nació para los deportes, siempre está en actividad. Por ejemplo, lunes, miércoles y viernes practica karate, los martes y jueves bajamos juntos

a la pista y se pasa entrenando mientras yo trabajo. Además, todas las tardes jugamos fútbol en la casa”. Julián es un deportista nato y su personalidad se presta para practicar cualquier cosa que él quiera. Fue justamente una de las características que la leyenda de la Fórmula 1 Emerson Fittipaldi destacó del pequeño. “Durante la competencia me dijo que Julián tiene madera para esto, que hay que seguirlo motivando para que vaya perfeccionando y crezca en este deporte”. Julián ama cada uno de los deportes que practica y, aunque gusta mucho del fútbol, asegura que le encantaría dedicarse al karting”, finaliza su padre, Camilo Rivera. (MP)

Se cumplió la segunda parada de El Reto

ATLETAS. El 13 de julio se desarrolló la segunda válida de la décimo quinta edición del reto.

La segunda válida de la décimo quinta edición de El Reto que combina trekking con bicicleta de montaña y orientación tuvo como punto de partida Sierra Alisos Hotel de Campo, ubicado en Tambillo. 100 equipos participaron en esta tradicional carrera que se ha venido realizando consecutivamente y en diferentes lugares, la cual tiene como premisa realizarse siempre en nuevos sitios en las cercanías de Quito. Los equipos recorrieron en la categoría élite y categoría aventura entre damas, master, varones y mixto. El evento deportivo inició con el registro obligatorio de corredores y la entrega de kits, y la partida se produjo en 2 olas

separadas por 15 minutos, iniciando a las 09:15 con los élite, seguido de aventura a las 09:00. El primer equipo en cruzar la meta fue D_mentes Team con un tiempo total de 2:09:49, dentro de la categoría aventura varones, seguido de Balance Fit Center Alm (2:15:39) y Claro Tv / Galo Tamayo (2:17:00) dentro de la misma categoría. En aventura mixta, los primeros 3 puestos fueron para Pekes Rps Ambato (2:28:07), Helchican (2:37:55), y Volta - Andalucia (2:44:15). Dentro de los élite varones, Life Adventure Imptek se llevó el primer lugar con un tiempo total de 4:16:05. El segundo lugar fue ocupado por Team Fairis- Uniandes (4:22:24) y Movis-

tar - Terra Aventura (4:36:30). La categoría élite mixta tuvo a Claro Tv - Insatnu Sa en el primer puesto (5:06:56), Team Fairis- Uniandes (5:13:13) y Qualificar – Beatfitness en tercer lugar (5:13:17). En la categoría damas, Hoja Verde / San Jose se llevo el primer puesto en un tiempo de 2:50:28, fueron seguidas por Aventura Promise (2:54:52) y por Alma Team Adventure (2:58:32). La última categoría master, Team Massi ganó el primer lugar en 2:17:17, seguido por Wachi Team (2:40:23) y por Haku (2:40:51). El campeonato de aventura de este 2019 finalizará el próximo 14 de septiembre con la tercera válida.


CULTURA

El cine turco llega a la cartelera de la Cinemateca Nacional La Casa de la Cultura y la Embajada de Turquía en Ecuador presentan el ciclo de cine ‘Érase una vez en Turquía’, que estará en cartelera del 29 al 31 de julio, en la sala Alfredo Pareja Diezcanseco de la Cinemateca Nacional. La inauguración se realizará el lunes, a las 19:00, con la cinta ‘Érase una vez en

Anatolia’, del reconocido director Nuri Bilge Ceylan. La película destacó en el Festival de Cannes 2011, en el que obtuvo el Gran Premio del Jurado. Durante la semana se presentarán ‘The girl with de red scarf’, de Atif Yilmaz, y ‘El bandido’ de Yavuz Turgul. La entrada es libre. (AA) (Foto de Cortesía).

I

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

A11

Un homenaje al hombre que fue poema El encuentro ‘Podría ser también’ rinde tributo a Jorge Enrique Adoum, en el décimo aniversario de su muerte.

Diez años pasaron desde la muerte del escritor y pensador Jorge Enrique Adoum, una de las voces más relevantes de la cultura y la poesía nacional. Falleció un 3 de julio en la tierra que amó, Quito, a los 83 años. En su honor, jóvenes artistas han organizado la velada ‘Podría ser también’, con apoyo de la Fundación Jorgenrique Adoum y la Universidad Andina Simón Bolívar (UASB). El evento se llevará a cabo hoy a las 19:30, en el Salón Espejo de la UASB. La iniciativa nació del sicólogo Andrés Serrano y del pintor Fernando García (‘Micelio’). “Siempre tuve afinidad por la poesía, desde que era pequeño, y era ineludible encontrarme con la influencia de Jorg Enrique”, dice Serrano, quien encontró en los versos del ambateño el calor del hogar, durante sus viajes por el extranjero. En un país ajeno empezó a declamar, para otros latinoamericanos, ‘Yo me fui con tu nombre por la tierra’ y otros poemas que le recordaban a su lugar de origen. “Ha estado siempre su presencia ahí, matizando las experiencias de la vida”. Hace dos años, en vista de que se acercaba la primera década desde la desaparición del escritor, Serrano y García armaron una propuesta que luego fue presentada a la Fundación Jorgenrique Adoum, presidida por la hija del autor, Alejandra. Más adelante, la UASB les abrió las puertas para realizar el evento. Serrano dice que se buscó generar un encuentro

Instalaciones caleidoscópicas

Dos visitantes posan durante su visita a la exposición de arte y diseño ‘Fancy Kaleidoscope’ en Taipéi (Taiwán), un evento que se celebra hasta el 22 de septiembre. EFE/ David Chang

Hablaremos sobre lo que ha hecho por nosotros y por el país sin que ‘el ciudadano de la república de Platón’, como diría él, lo sepa y lo recuerde”.

ANDRÉS SERRANO, ORGANIZADOR.

él “un nuevo descubrimiento con otra mirada, volver a leerlo y volver a emocionarme con su poesía”. Otras artes

LEGADO. Fue autor de obras clave de las letras nacionales, como ‘Entre Marx y una mujer desnuda’ y ‘Los cuadernos de la tierra’.

que celebre la figura del escritor, “desde el cariño y la admiración”. Se pidió la colaboración de poetas, músicos y artistas plásticos y escénicos que tuvieran a Adoum como referente.

Serrano, Andrea Segovia, Victoria Cárdenas, Calih Rodríguez y Alejandro Fundación Mera participarán en este Jorgenrique Adoum tiene en recital. su canal de “La poesía de Adoum YouTube videos del autor recies como una hoguera”, tando sus poedice Cárdenas, joven poemas. ta quiteña. Llegó a la obra de Adoum por su madre. En nuevas voces Aunque la obra de Adoum TOME NOTA “Siempre me pareció dulce; cuando crecí me es amplia y muy apreciaidentifiqué con su juego da en novela y ensayo, es La entrada al innegable que su sensibi- evento es libre de palabras, es un tipo de escritura que me gusta. lidad poética conquista al Cambiar el orden de la lector y lo desarma. En ‘Podría ser también’, poe- oración, inventar neologismos”. Adoum despertó ese mismo tas y declamadores revivirán en sus voces los versos más conmo- interés en Rodríguez, reconovedores, ingeniosos, dolorosos y cido escritor macabeo, quien sinceros del escritor, inconfun- afirma: “Siempre me ha intedible por su destreza al convertir resado su apropiación del lenal lenguaje en una herramienta guaje, cómo logra hacerlo suyo”. maleable a su antojo. Además de Este homenaje representa para EL DATO

La trascendencia de Adoum no se limita al campo de las letras. El cantautor Igor Icaza, conocido por sus orígenes en la emblemática banda latacungueña Sal y Mileto, compartirá escenario con la voz potente y el ritmo andino de Grecia Albán con una versión musicalizada de algunos poemas del homenajeado. Los músicos del Taller La Bola interpretarán piezas inspiradas en ‘El amor desenterrado’, el mítico poema que habla del descubrimiento arqueológico de dos esqueletos abrazados en un cementerio paleoindio, conocidos como ‘Los amantes de Sumpa’. También se presentará una intervención de danza butoh, originaria de Japón durante la reconformación del país después del caos de la II Guerra Mundial. La puesta en escena entrará en diálogo con los textos que Adoum dedicó a esta tragedia, en especial con ‘Monumento a los niños de Hiroshima’. Los artistas ‘Micelio’ y Carolina Iturralde serán parte del homenaje con un ‘show’ de pintura en vivo, en el que crearán una ‘Vasija de barro’, en alusión al popular tema que nació de un cuadro de Oswaldo Guayasamín, con letra de Adoum, el pintor Jaime Valencia y los poetas Hugo Alemán y Jorge Carrera Andrade, y con música del dúo Benítez y Valencia. (AA)

AUTOR. Madrid tiene más de una decena de poemarios publicados. (Foto: www.emr-rosario.gob.ar)

Edwin Madrid representa al país en el festival de poesía ‘Voix Vives’ Uno de los encuentros literarios más importantes de Europa se desarrolla este mes, con presencia de destacados artistas, músicos, comediantes y escritores de todo el globo. La edición 22 del Festival de poesía ‘Voix Vives, de Méditerranée en Méditerranée’, tiene lugar hasta el sábado en la ciudad francesa de Séte, tierra natal del juglar de la ‘chanson’ francesa Georges Brassens y refugio de los restos del poeta Paul Valéry. Entre los más de 80 poetas invitados a este enorme festejo del arte y la escritura se encuentra el ecuatoriano Edwin Madrid, autor de libros como ‘Open doors’, ‘Caballos e iguanas’ (semifinalista del Premio Casa de las Américas en Cuba) y ‘Mordiendo el frío’ (ganador del IV Premio Casa de América de Poesía Americana). “Porque la palabra de los poetas grita todas las verdades, los dramas y las alegrías nuestras, del otro y de los otros, es necesaria”, manifiestan los organizadores en la página del evento. La selección de los autores, indican, pretende reunir en Séte a “grandes nombres y voces emergentes de la poesía mediterránea” y de países del mundo “influenciados por la cultura europea”. En esta búsqueda, se toma en cuenta a autores “representativos de todas las tendencias de la poesía contemporánea”. Madrid, una de las voces más reconocidas de la poesía nacional en el extranjero, es también director de la colección poética Ediciones de la Línea Imaginaria y dirige el taller de escritura creativa de la Casa de la Cultura Ecuatoriana. (AA)


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Roban una tienda ubicada a 10 pasos de una UPC

Los delincuentes ingresaron armados y se apoderaron de mil dólares. Los vecinos piden más seguridad. Como si protagonizaran una película del viejo oeste, dos sujetos ingresaron armados a una tienda que está solo a 10 pasos de la Unidad de Policía Comunitaria (UPC) de Turubamba Bajo, en el sur. Los delincuentes apuntaron con un revólver a la administradora del local en el que no solo se venden productos de primera necesidad, sino que también se pueden realizar depósitos y retiros de dinero en efectivo. Tras amenazarla de muerte, la obligaron a que les entregara el dinero que había recaudado el miérco-

I

en la cabeza y las extremidades. Los pasajeros del bus llamaron al 911, para solicitaron el arribo de ambulancias, ya que veían a los afectados que estaban muy mal. Personal del Cuerpo de Bomberos de Ambato rescató a los afectados y dos ambulancias del Ministerio de Salud Pública los trasladaron al hospital Docente de Ambato. Desde el área de emergencia de la casa de salud se informó que el estado de los pacientes es grave, ellos presentan politraumatismos a nivel del cráneo y de la columna. (EV)

Un sujeto con actitud sospe°chosa advirtió la presencia de

MALESTAR. La administradora de la tienda ofrece el servicio de depósitos y retiro de dinero en efectivo.

mes les respondieron que pertenecen a la UPC de Santa Rita. Los moradores, indignados, señalaron que no es la primera vez que esto ocurre. Aseguraron que hace tres meses se reportó un ataque a la propietaria de una sala de belleza que está junto a la tienda. A la mujer le golpearon con el mango de un revólver en la cabeza y le robaron. Hugo Tipán, vecino, denunció más casos de robo y amedrentamiento de los antisociales en este sitio. “Los policías del sector conocen estos casos, pero, como no pasan ahí, no dan respuesta”. (PSD)

La inobservancia de una señal de Pare hizo que el conductor de una camioneta que circulaba por la Francisco Robles, que es secundaria, chocara a un taxi que se aproximaba por la Reina Victoria, que es vía principal, en La Mariscal, en el centro norte. Tras la colisión, registrada a las 07:00, la camioneta perdió pista y sufrió un volcamiento. La gente que pasaba por el lugar ayudó a estabilizar el automotor. Al sitio acudió personal del Cuerpo de Bomberos para

asistir a cuatro personas que se trasladaban en el taxi y resultaron con heridas leves. Todas recibieron el alta en el mismo sitio. Los habitantes denunciaron que los accidentes son frecuentes en esa intersección. Explicaron que el 19 de enero se impactaron un auto Volskwagen y una camioneta Mazda, dejando graves pérdidas materiales. En marzo y septiembre del 2017 también se registraron otros siniestros en el mismo sitio. (PSD)

SERVICIO SOCIAL Ayúdanos a encontrarlo Juan Otavalo Aguilar tiene 37 años. Desapareció el 18 de julio de 2019. Fue visto por última vez en Imbabura, Otavalo, en la comunidad Cachiviro. Tiene los ojos de color café y el cabello negro. Cualquier información sobre su paradero la puede reportar al 1800 33 54 86.

A13

Llevaba en su poder 58,5 gramos de marihuana

Conductor de camioneta ignoró la señal de Pare y chocó contra un taxi PIE de foto

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

MINUTERO

que no intentaran hacer nada, les. Así se llevaron mil dólares que no gritaran y que colaboraran. que tenía en la caja. A una vecina que estaba comprando víveres también le apun- Indignación taron con arma. Durante el robo, Un joven que caminaba por el que ocurrió a las 20:00, lugar alcanzó a ver lo que ella sufrió un ataque de EL DATO ocurría y corrió a denunnervios y no pudo gritar. ciar el hecho en la UPC, Lo que recuerda es que pero no encontró a nadie. sector cuenta Ayer los vecinos acudiehabía dos dujetos, uno El con alarma alto trigueño, quien em- comunitaria. ron a esta dependencia, puñaba el arma y las amepero los uniformados les nazaba, y otro pequeño y dijeron que no podían obeso, quien tomó la caja con el actuar, porque no tienen una dedinero de la tienda. nuncia en firme. Cuando les reSegún el testimonio de la mu- clamaron por su ausencia en la jer, los delincuentes les dijeron vigilancia del sector, los gendar-

Dos heridos en siniestro de tránsito en Ambato Washigton Paúl Chimbo, de 21 años y José Alberto Chacha, de 24 años, ambos oriundos de Bolívar, resultaron heridos en un siniestro de tránsito ocurrido el miércoles por la madrugada en la Panamericana, a la altura de Samanga, en Ambato (Tungurahua). Ellos viajaban a bordo de un Hyundai Accent plateado. Se presume que el conductor se quedó dormido y el vehículo se impactó contra un bus Flota Pelileo que circulaba en sentido contrario. A causa de este fuerte impacto, los dos ocupantes del auto quedaron atrapados en la cabina. Sufrieron lesiones graves

POLICIAL

PROBLEMA. En la intersección de la Reina Victoria y Francisco Robles los accidentes de tránsito son frecuentes.

la Policía mientras caminaba por las calles Jorge Garcés y Francisco Reboledo, en el norte de Quito. Al percatarse de que agentes de la Policía lo estaban siguiendo arrojó una envoltura de papel. Al revisar su contenido, los uniformados encontraron pequeñas fundas con una sustancia vegetal verdosa. Después de las pruebas químicas determinaron que se trataba de marihuana. En total había 58,5 gramos del estupefaciente.

Detienen a ‘brujo’ que estaba prófugo de la justicia °porUnelprófugo presunto delito de

tráfico de sustancias sujetas a fiscalización fue detenido en Cotama, en Otavalo (Imbabura). El sujeto, de 29 años, tenía orden de detención emitida por el Tribunal de Garantías Penales de Imbabura desde el primero de noviembre de 2013. El individuo fue llevado al Centro de Detención Provisional de Ibarra y puesto a órdenes de la autoridad competente. (PSD)

Capturado por caso de femicidio

que era buscado °porUnunsujeto delito de femicidio ocurrido en 2015 fue capturado el martes en Pastaza. Para atrapar al individuo, quien se encontraba ingresado en la lista de los más buscados a nivel nacional se allanó un domicilio ubicado en la parroquia Canelos. La operación la realizó la Policía Nacional en coordinación con la Fiscalía. Según datos oficiales, el hombre habría matado a su esposa.


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

QUITO

Si encuentras al perro perdido, te obsequia una casa

CURIOSO A14

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I

Tan grande es el amor hacia su mascota, que un hombre además ofrece varios bienes como recompensa. Una estudiante ejemplar

Dorothy Counts se convirtió en la primera mujer afroamericana en cursar en una ‘escuela de blancos’ en Estados Unidos, específicamente la Harry Harding High School de Charlotte, en Carolina del Norte. En la fotografía se aprecia cómo algunos de sus compañeros de clase se burlan mientras ella los ignora. 1957. (red.land)

Después de pasar meses buscando a su perro chihuahua, un hombre desesperado de Tucson (EE.UU.) anunció que ofrece su casa y la parcela de tierra que viene con esta a quienquiera que encuentre a su ‘mimado’. Eddie Collins perdió a su amada mascota, ‘Jenny’, hace tres meses, y ha pasado todos los días tratando de encontrarla. Después de buscar en los lugares en los que podía pensar, pegar carteles por todo Tucson y visitar refugios para perros a diario, decidió aumentar sus posibilidades de encontrar a su mascota ofreciendo su posesión material más preciada como recompensa. Quien

encuentre a ‘Jenny’ y la traiga de vuelta, recibirá a cambio el departamento de un dormitorio de Eddie, su taller y un terreno. “He mirado en todas partes, voy a la perrera todos los días”, dijo, desconsolado, a los medios locales. “Estoy ofreciendo una propiedad con una casa de una habitación. Estoy dispuesto a entregar el terreno, el tráiler, el taller, todo de forma gratuita, sin preguntas. Solo quiero recuperar a ‘Jenny’”. Desesperado

Una foto de Eddie sosteniendo la foto de ‘Jenny’ y un mensaje que dice “¿Me has visto? Me sa-

caron de Circle K. Mi papá me está buscando. Si me ayudas a regresar, él te dará una casa de un dormitorio, un taller y un terreno. Si sabes dónde estoy, ayúdame a llegar a salvo y todo será tuyo. Mi nombre es Jenny” ha estado rondando las redes sociales durante las últimas tres semanas. Collin espera que su gesto llame la atención sobre su historia y motive a las personas a ayudar a encontrar a su sabueso. “La vida importa, no importa de quien sea, ya sea una ardilla o una marmota. Depende del dueño, la persona y de sus valores morales. Para mí, no se trata de cosas materiales, se trata de ella”, adujo Collins. “Ella es un ser querido, es parte de mi familia”. Desafortunadamente, hasta el momento ‘Jenny’ no ha sido encontrada.

AVENTURERA. Yelena no quiere saber nada de compras, sino de coNocer el mundo. (Foto: excelsior.com.mx)

Abuelita se gasta su pensión viajando de mochilera La historia de Yelena se hizo viral luego de que la usuaria Ekaterina Papina, quien la conoció en un viaje, contara su historia en Facebook, menciona excelsior.com.mx. Es cierto que mientras somos jóvenes tenemos tiempo, pero no dinero, y al crecer, es totalmente lo opuesto. Probablemente tengamos plata; sin embargo, las horas alcanzan apenas para trabajar, dormir y quizá algún ‘hobbie’ que no demande mucho tiempo. Pero claro, siempre hay excepciones a la regla, como el caso de Yelena, una mujer de 92 años, de Siberia, quien recorre el mundo sola, únicamente acompañada de su mochila y su bastón.

Va por más

Desde que se jubiló, Yelena ha gastado el dinero de su pensión en atesorar recuerdos. Así que ahorra todos sus fondos para poder viajar a cualquier parte del mundo al menos una vez al año. Alemania, Turquía, Rusia, Polonia, Vietman y la República Checa son solo algunos de los sitios que ha visitado en los últimos años. Según relata Ekaterina, lo que más le gusta de viajar a la mujer es probar nuevos platillos y también conocer lo más que pueda de la cultura del lugar. Esperemos pronto tener nuevas noticias de Yelena y saber que sigue disfrutando de sus viajes como el primer día.

PERDIDA. Eddie Collins con carteles de su amada ‘Jenny’ (Foto: periodismo.com)

Tienda ‘regala’ por error un equipo fotográfico Durante las 48 horas del Prime Day, la jornada de descuentos de Amazon, la compañía de comercio electrónico ofreció miles de ofertas. Inclusive cuando finalizó, esta afirmó que se vendieron más de 175 millones de productos, superando los registros del Black Friday y el Cyber Monday, según indicó eltiempo.com. Pero dentro del mar de productos y ofertas se presentaron errores en algunos de los precios etiquetados. Con esa sorpresa se encontraron varios usuarios que notaron referencias de equipos de cámara de gama alta que estaban con el 99% de descuento. El error estaba presente en lentes que cuestan 550 dólares,

l1.299 dólares y de 2.000 dólares. Todos tenían un precio de 94 dólares. Pero los internautas rápidamente encontraron una mejor oferta, el lente tele que normalmente cuesta 13.000. El teleobjetivo, al igual que todos los otros equipos, estaba con un descuento del 99%. Su precio estaba en 94,48 dólares. La noticia rápidamente se hizo viral en grupos de Facebook. Si bien se desconocen cuántas unidades de estos equipos se vendieron y lo que originó el error en el precio durante la jornada de descuentos, lo cierto es que Amazon cumplió con los pedidos en lugar de cancelarlos.

GANGA. Un teleobjetivo que cuesta 13.000 dólares estaba en 94,48 dólares. (Foto ilustrativa: pixabay)

Usuarios en redes que lograron hacer la compra antes de que la compañía de Jeff Bezos notara el error y lo diera de baja afirmaron que sus pedidos llegaron sin problema.


REPORTE A15

tiempo lectura 15 min.

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I

Un recorrido a ciegas por el cementerio de El Tejar Los sentidos se agudizan en un paseo que invita a reflexionar sobre la última morada. “El coro es mi celda, la cocina es mi comedor. He ensuciado estos hábitos. Perdóname Padre. El coro es mi celda. La cocina es mi comedor. Perdóname Padre. He ensuciado estos hábitos”. Así grita un penitente mientras se escucha el sonido de un látigo que golpea su espalda. Sus hábitos están manchados con sangre y sus rodillas lastimadas. “Soy el Padre Agustín Rubio. Cometí un error. No fue un asesinato, ni una violación”, cuenta a quienes están sentados en la capilla del Convento de El Tejar. Son 30 personas las que escuchan los gritos de un muerto que cuenta su historia. -Aún recuerdo cuando estaba en el altar y el cura preguntó: ‘¿Hay alguna objeción para casar a esta pareja? Que hable ahora o calle para siempre’. Cuatro personas levantaron su voz. ‘Nosotros, porque es padre en nuestra comunidad y no puede contraer matrimonio’. Le había fallado a mi padre. Después de ser juzgado terminé aquí, en el Convento de El Tejar. Aquí paseo ¡Día y noche arrodillado!Tras hacer esa confesión, el fantasma calla y se arrodilla en el frío piso del convento mientras señala una cruz encendida por velas. Ahí, en la cruz del coro con la sangre chorreando por su frente reitera: “El coro es mi celda. La cocina es mi comedor. Perdóname Padre. He ensuciado mis hábitos y el sonido de los latigazos continúa.

ESTEBAN CÁRDENAS •

Otras rutas ° ‘Quito Post Mortem’, colectivo organizador del recorrido, ofrece

otro tipo de experiencias. Entre estos destacan también experiencias en el convento de La Basílica y en el expenal García Moreno.

“Pocos saben este hecho. Pero, incluso, si se fijan en las escaleras para subir al coro aún se puede ver la señal de mis rodillas ensangrentadas. ¿No lo escuchan?, es nuestro creador” dice mientras santigua a los visitantes, quienes luego son escogidos por una persona con túnica negra y capucha. Directo al cementerio

“Es tu turno”, susurra el alma que lleva la túnica y que toma las manos de los asistentes para guiarlos a la entrada del cementerio. Una vez ahí sentencia: “Espera aquí”. La venda se colocaba en los ojos de quien llega hasta este lugar. La macabra experiencia empieza y el camposanto recibe a 30 personas que caminarán por sus corredores sirviéndose unicamente del tacto, el olfato y el oído. “Es por aquí”, “sigue caminando”, susurran los guías, mientras un escalofrío recorre la espalda. De a poco la sensación de frío propia de la noche se siente a cada paso. Los exploradores que se atreven a meterse en el inframundo se desorientan entre gradas y caminos empedrados, pero se mantienen pendientes de los susurros y de un silencio que cada vez se vuelve más incómodo. Oído

“Ten cuidado. Vas a entrar a un mausoleo antiguo. El piso es irregular”, dice una de las almas que acompañan a los visitantes,

CEMENTERIO. Los visitantes llegan antes que anochezca. Su intención es saber cómo será su último lugar de descanso.

EXPERIENCIA. Con vendas en los ojos, los participantes se guían tocando las paredes y las tumbas con las manos.

quienes andan a tientas, con las manos estiradas y que deben atravesar una tela que tiene una textura paracida a la telaraña. “Quédense ahí parados y esperen”, dice otra voz de ultratumba. “¿Cuáles son sus nombres?”, pregunta una mujer, cuyo eco se escucha en lo profundo del mausoleo. Verónica, Mily… responden los asistentes. Luego, la misma mujer cuestiona “¿quién es la persona más importante en su vida?” Mis hijos, mi mamá, mi esposa… dicen los asitentes. “Qué pasaría si esa persona muere mientras están aquí. Creen que han hecho lo suficiente para demostrar a esa persona que la aman”, continúa . “Nunca es suficiente. El tiempo es demasiado corto y la vida solo es una. Retiren las vendas de sus ojos y vean hacia la luz, solo a la luz; verán cómo terminará su ser querido”, dice la macabra voz. Al abrir los ojos solo se ven huesos alumbrados por una vela. La siguiente orden es que todos vuelvan a colocarse las vendas y el recorrido continúa. Tacto

“Es tu oportunidad de sentir”, dice una voz de mujer mientras toma las manos de cada asistente para colocarla en un recipiente con algo que parecen intestinos. Justo ahí, una de las guías cuenta que en esa zona del cementerio se encontraban las víctimas de muertes violentas. “Luis Chicaiza era un

CAPILLA. Desde la cruz, Agustín Rubio cumple su penitencia en el convento de El Tejar.

taxista que un día no volvió a su Luego, el silencio congela el amcasa. Meses después se encontró biente durante 10 minutos y alsu cuerpo en una quebrada con guien ordena a la gente que se reuna sonda en el estómago. Le tire las vendas. El paisaje de uno habían quitado todos los órga- de los primeros cementerios de nos, hasta los ojos. Aquí la ciudad se vuelve claro. tenemos algo que le per- EL DATO Verónica Rodríguez, tenece”. de 38 años, cuenta que la experiencia le permitió Para más inforExperiencia mación de este y reflexionar acerca de la recorridos muerte y de la importancia Al finalizar el recorrido, otros puede ingresar a de disfrutar el día a día. una voz gutural rompe el la página de ‘Quito Ella no fue la única que silencio y luego se escu- Facebook Post Mortem’ termina con una sensachan otras voces de seres ción de miedo y reflexión. que quieren tocar a los visitantes y que les invitan a per- Daniel Guzmán, de 25 años, manecer dentro de un oscuro ni- también cuenta que disfrutó de cho, “el último lugar de descanso la experiencia y la calificó como “algo renovador”. eterno”.


50c incl. IVA VIERNES 26 DE JULIO DE 2019

Quito, Ecuador

40 PÁGINAS

La antorcha panamericana está en Lima La mayor fiesta deportiva inicia hoy en la capital peruana. PÁGINA B11

‘Nairoman’ resucita en Los Alpes

El colombiano Quintana ganó la etapa 18 del Tour de Francia. PÁGINA B12

DERROTA MANEJABLE

Universidad Católica perdió 0-1 en su visita a Independiente de Avellaneda por la Copa Sudamericana. La revancha, para acceder a cuartos, será el próximo jueves. PÁGINA A9

200 casas destruidas por el fuego Un gran incendio se desató ayer en un barrio populoso del Callao, vecino a Lima, donde unas 200 casas de madera se quemaron y dejaron en la calle a más de 500 personas, aunque sin víctimas. PÁGINA B5


Revista judicial

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LUNES 24de noviembRe de 2008 La Hora Quito, ecuadoR

VIERNES, 26 de julio de 2019 La Hora Quito, ecuadoR Revista no: 12595 Director dr. Francisco ViVanco rioFrío

editora diana Briones Puga

es una edición de diario la hora

http//www.derechoecuador.com

Dirección: Panamericana norte Km 31/2 y nazareth | telf: 2475723 al 728 | e-mail: revistajudicial@lahora.com.ec

FUNCIONES DEL JUEZ EN EL COGEP

Autor: Dr. PAblo CAstAñeDA

Q

uienes ejercen a judicatura son su cara visible y, a la vez, quienes tienen a su cargo decidir los conflictos llevados ante la Justicia, tiempo atrás, se creía que los jueces no requerían preparación por encima de su educación formal para ejercer su trabajo, en la actualidad ante el cambio radical de las normas procesales, es necesaria la capacitación de abogados y

funcionarios para aumentar sus competencias, conocimientos, técnicas y habilidades en su desempeño, así como su motivación, confianza y moral; para lo cual los medios de comunicación, como es la prensa escrita cumple un papel trascendental. LA JURISDICCIÓN Es un servicio del Estado, a disposición de los particulares para evitar las formas de auto tutela de los derechos que conducen a la justicia por mano propia; el Juez es un funcionario público que tiene como misión juzgar,

ejecutar lo juzgado y resolver las controversias planteadas entre las partes aplicando el Derecho objetivo al caso concreto. Para ello dictan providencias: sentencias, autos, constituye uno de los pilares fundamentales del Estado de Derecho. Para Leopoldo Parra y Aura Suarez (2010), el conocimiento y la capacitación de los jueces, es necesaria en relación con las materias, las técnicas procesales y las actitudes que conduzcan a la máxima protección de los derechos humanos; la justicia no está por encima de la sociedad, ni de la democracia, el contrapoder empieza por, el autocontrol, de quien conoce los mecanismos estructurales; el autocontrol ético, moral, deontológico, jurídico, impiden al juez apropiarse del poder para sus propios fines, en una solitaria función. Siguiendo a Parra, sería útil que entre las varias pruebas, se incluyese una de resistencia nerviosa como se exige a los aspirantes a aviador; es un buen juez (dice) quién no pierde la cabeza por una palabra mal intencionada o entendida, que ante la villanía sepa reaccionar, la nobleza debe ser razonable; tener dominados los nervios, que responda de manera adecuada; el juez requiere de diligencia, la justicia debe ser expedita, cuando es retardada no cumple su función, esto no quiere decir que los jueces deben resolver con exceso a la dedicación propia y de sus colegas y colaboradores, dictando sentencias con ligereza, porque para Calamandrei: “…la Justicia ha de ser diligente, pero

no apresurada”. Para Juan Vilá (1999), el juez que solo maneja las normas legales es como un autómata que pudiera ser sustituido, por un sistema informático; por otra parte el juez no puede dejar de juzgar, sea bajo el pretexto de silencio, oscuridad o insuficiencia de las leyes, sea porque le faltan elementos de juicio para aceptar o rechazar las pretensiones, le está prohibido abstenerse, violar su deber de juzgar, tiene que hacer alguna de las dos cosas, o aceptar la demanda o rechazarla. Para Marcelino González (2013), al sentenciar en contra del demandado, el juez tiene que invocar una norma que establezca la obligación de comportarse en la forma pretendida por el actor; si tal norma no existe (como ocurre en el caso de laguna), entonces el juez tiene que “llenar” la laguna, “creando” esa norma, para poder justificar con ella su sentencia; si el juez decidiera rechazar la demanda, no necesitaría (para González), introducir nuevas normas en el sistema; le basta decir que no existe ninguna norma que imponga la demandado la obligación de comportarse en la forma pretendida por el actor. Este hecho negativo (la inexistencia de una norma) constituiría un buen fundamento para una sentencia denegatoria, que de tal manera quedaría justificada por el derecho. En consecuencia, se sostiene que los jueces pueden –en el sentido de la posibilidad lógica y aun empírica- resolver todos los casos sobre la base del derecho existente, aun CONTINUA EN LA págINA - C2

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ENCICLOPEDIA

DE LA POLÍTICA

DISIDENCIA DeFINICIÓN

es la separación de la común doctrina, creencia o conducta. es un fenómeno muy frecuente en la vida política. se produce cuando el seguidor de un partido u organización discrepa de los puntos de vista oficiales y se separa de sus filas. cuando la disidencia no es individual sino masiva se suscita el rompimiento de la unidad partidista y generalmente se dirige a la formación de un nuevo partido. sería muy largo relatar las más importantes disidencias en la historia del pensamiento político. hubo disidencias que cambiaron el curso de la historia, como la reforma protestante en el campo religioso o el desprendimiento del ala socialdemócrata dentro del marxismo, en el campo político. los disidentes, en estos casos, alcanzaron tanta o más fuerza que el núcleo del que se desprendieron. el desviacionismo, término marxista también, es la tendencia a apartarse parcialmente de los principios de una doctrina política, pero sin abandonarla o romper con ella. el introducir modificaciones consideradas como poco ortodoxas por los guardianes de la pureza ideológica, no implica separarse de ella o de la organización política que la sustenta. esa es la diferencia con la disidencia que significa una separación completa y con frecuencia hostil entre el grupo original y el disidente. al respecto, la historia enseña dos cosas: primera, que la extremada rigidez de una doctrina política, que llega a convertirla en dogma, lleva inevitablemente a la disidencia por la falta de debate interno; y segunda, que la lucha entre la facción disidente y el núcleo ortodoxo suele ser mucho más enconada que la que se libra con los tradicionales adversarios ideológicos. Dr. rodrigo borja Cevallos


Revista judicial c2

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en los casos en que no haya ninguna norma que se refiera a ellos. El juez es un ser humano y, por consiguiente, no está exento de cometer algún error en sus fallos, por esta contingencia, las sentencias de un juez pueden ser revisadas por tribunales superiores mediante un recurso judicial, permitiéndose de esta manera confirmar, modificar o revocar las decisiones tomadas por el juez que emitió su veredicto en El juez no solamente administra justicia cuando dicta sentencia (poder de decisión), sino en todo momento del proceso en que se le pida o se le exija una resolución judicial; se conjuga, este deber, con el deber de proveer, y al respecto la ley conjuga este deber, señalando al juez cuando debe proveer, como debe proveer y sobre que debe proveer. Para formar la convicción necesaria respecto a la verdad jurídica objetiva, el juez se valdrá de todas las medidas de prueba que a su juicio sean razonables, incluso en caso extraordinario a pruebas de oficio, a condición de que no medie agravio para el derecho de defensa; las decisiones de los jueces siempre serán cuestionadas, al menos por alguna de las partes involucradas en un proceso, en la medida que al reconocerle el derecho, o hallarle mérito a la causa de alguien, se le está negando a otro u otros que creen o desean tenerlo, y formularán críticas contra el fallo. EL TRABAJO DEL JUEZ EN EL COGEP Con la vigencia total del COGEP el 23 de mayo del 2016, las responsabilidades de Juez y Secretarios (as) se incrementan en el servicio público de justicia; en efecto, desde el momento mismo que se presenta la demanda, una vez que el usuario del sistema de justicia cumple con su obligación de recurrir al sistema de justicia por escrito, poniendo en consideración de la justicia su pedido, allí inicia el trabajo para garantizar el acceso a la justicia; el juez está en la responsabilidad de entrada de aceptar al trámite la demanda o mandar a completar o ampliar esa demanda, una vez confirmada la existencia de todos

los requisitos de la demanda, se acepta a trámite la demanda, comenzando por ordenar la citación al demandado. Una vez citados los demandados, comienza en el procedimiento común, esto es el procedimiento ordinario, las audiencias del caso. FUNCIONES GENERALES DEL JUEZ DE ACUERDO AL COGEP • Sustanciar las providencias de procesos • Devolver los escritos ofensivos o injuriosos, sin perjuicio de la sanción que pudiera imponer • Coordinar y solicitar la colaboración de secretarios y ayudantes judiciales en las providencias escritas necesarias

FUNCIONES GENERALES DEL JUEZ EN LAS AUDIENCIAS: • Manejar agenda: tiempo entre una y otra audiencia • Resolver incidentes, recursos y pedidos en audiencia • Poner límites a intervención partes y abogados • Fijar los temas a debatir, moderar discusión, impedir que alegaciones se desvíen (art. 80 inc. 2) • Interrumpir a quien abuse del tiempo • Iniciar y clausurar las audiencias, manejando: comunicación, orden • Dirigir, controlar y cumplir los objetivos de audiencias: preliminar-juicio (arts. 80, 87,87, 294,297)

• Promover la conciliación • Indicar los asuntos a debatir y moderar sus intervenciones: pertinencia • Asistir de manera ininterrumpida a las audiencias: continuidad (art. 81) • Utilizar técnicas y herramientas, con base a principios procesales para conciliar y guiar el debate • Fijar temas a debatir, impedir dilaciones (art. 80 inc. 2) • Interrumpir a quien abuse del tiempo • Utilizar un lenguaje que las partes y el público comprendan (art. 80) • Resolver incidentes, excepciones, admisión de pruebas, fallo de causa • Expulsar de las actuaciones judiciales a quienes alteren

su desarrollo o atenten contra su legal evolución (arts. 131 del COFJ, Disposición Reformatoria Segunda del COGEP) • Utilizar un lenguaje que las partes y el público comprendan (art. 80) • Permanecer en ella (art. 81) ACTIVIDADES DEL JUEZ EN LA AUDIENCIA PRELIMINAR El COGEP, señala que el Juez: • Controla la comparecencia de las partes y sus efectos • Concede palabra al actordemandado sobre las excepciones previas, validez del proceso • Resolverá sobre las excepciones previas y validez del proceso • Concede palabra al actor-

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demandado sobre fundamentos de demanda- reconvención -contestación-reconvención Tramita hechos-prueba nuevos Determina el objeto de la controversia Buscar la convalidación o saneamiento, omisión de juzgadores: costas Promueve conciliación y/o deriva a mediación Conciliar: “Las manifestaciones de dirección de la audiencia, incluso la proposición de fórmulas de arreglo entre las partes y las ordenadas para el cumplimiento de las actividades previstas en la misma, en ningún caso significarán prejuzgamiento.” (art. 294.8) Concede palabra al actordemandado, sobre anuncio de pruebas

• Concede palabra al actordemandado, sobre impugnaciones a oferta de pruebas • Ordenar prueba de oficio, de considerarlo facultativamente como necesario • Resolver admisibilidad y exclusión de la prueba conducente, pertinente y útil • Señalar practica de pruebas antes de la audiencia de juicio • Confirmar los acuerdos probatorios de las partes • Fijar la fecha de la audiencia de juicio • Anuncia sus resoluciones (art. 294) ACTIVIDADES DEL JUEZ EN LA AUDIENCIA DE JUICIO: • Dirige producción de prueba: en el orden solicitado por el

abogado • Ordena la lectura en parte pertinente: exhibición documentos • Controla los interrogatorios: peritos, testigos (196.1, 297.3) • Controla tiempo de alegatos -réplica • Pide aclaraciones, en exposiciones o al fin • Resuelve: fin de audiencia • Emite sentencia escrita: Término: 10 días • Suspensión audiencia, puede hacerlo para formar convicción, pero dicta sentencia el mismo día • Juzgador suspende hasta 10 días para resolver (excepcionalmente). • Señala fecha de reanudación de audiencia al suspenderla. (Art. 93, 94, 297.6 y 7) • Ordenar la práctica de pruebas (procedencia, pertinencia, utilidad de pruebas) • Contralor de admisión de prueba Admisión de la prueba: “dirigirá el debate probatorio con imparcialidad y estará orientado a esclarecer la verdad procesal”; “...rechazará de oficio o a petición de parte la prueba impertinente, inútil e inconducente”; “...declarará la improcedencia de la prueba cuando se haya obtenido con violación de la Constitución o de la ley” (art. 160) Prueba de oficio: “…podrá, excepcionalmente, ordenar de oficio y dejando expresa constancia de las razones de su decisión, la práctica de la prueba que juzgue necesaria para el esclarecimiento de los hechos controvertidos. Por este motivo, la audiencia se podrá suspender hasta por el término de quince días” (art. 168). Finalmente, acepta los recursos impugnatorios horizontales y verticales, ordenando que el expediente sea remitido a la instancia de revisión de acuerdo al caso. Como se observa el trabajo del Juez que debe desarrollar dentro y fuera de audiencia se incrementa y es un desafío esta verdadera revolución o innovación del sistema procesal, para el debido cumplimiento de las funciones y deberes del juez, que requiere el apoyo de quienes forman parte de las Unidades Judiciales; para un total dominio de este y otros temas del COGEP es necesario que abogados y funcionarios del sistema profundicen el estudio de la ley y se capaciten para que su desempeño este a la altura de este nuevo sistema procesal.


PODERES pODER gENERAL Nosotros, Arkham SA (de aquí en adelante denominada “Compañía”), una empresa privada de responsabilidad limitada, establecida en Ginebra con oficina registrada en Boulevard du Pont- d’ Arve 28, 1205 Ginebra, Suiza debidamente constituida y con existencia legal bajos las leyes de Suiza, otorga y autoriza al Señor José Luis Moreno Herrera Ciudadano Argentino Cédula de Ciudadanía o Pasaporte No. 16765280 N Dirección: Manuel Sotomayor 255 y Flores Jijón Quito - Ecuador Para ser nuestro Apoderado auténtico y legal (de aquí en adelante “el Apoderado”) En tal calidad el apoderado actuará a nombre de la Compañía, dentro de las limitaciones indicadas en este Poder General, para firmar cualquier y todos los contratos u otra documentación considerados como necesarios o requeridos para la compra de productos petroleros (Contrato a largo plazo o Contrato Spot), entre la Compañía y cualquier otra empresa ecuatoriana de petróleo y/o cualquier entidad pública o privada, incluyendo pero no limitando a las licitaciones internacionales en cualquier cambio, renovación, enmienda, extensión o adición a aquellos contratos

que el Apoderado considere necesarios o recomendables para el mejor interés de la compañía. Este Poder General estará regido por las leyes de Suiza y estará sujeto a la exclusiva jurisdicción de las cortes de Ginebra. Este Poder General tiene vigencia desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020 a menos que sea antes revocado por escrito. Suscrito este 9 de noviembre de 2018 FIRMA: llegible ARKHAM S.A. Nombre Completo: William D. Laneville Boulevard du Pont-d’Arve 28 Titulo: Director 1205 GINEBRA- Suiza LEGALIZACIÓN DE FIRMA El abajo firmante, Me Frédéric DELATENA, Notario Público de Ginebra, para exclusiva legalización de la firma del señor William Dennis LANEVILLE, quien firmó de acuerdo con el original de su firma archivada en esta Oficina, Ginebra, hoy 9 de noviembre de 2018 Sello que dice: Frédéric Delatena NOTARIO DE GINEBRA Firmado Ilegible APOSTILLA (Convención de la Haya de 5 de octubre de 1961) 1.País: Suiza La presente Acta Pública 2.ha sido firmada por Me F. Delatena 3.en calidad de Notario

CONVOCATORIA La compañía de Transporte Pesado en Camiones TRANSMALAGA S.A. convoca a la Asamblea General Ordinaria con el único punto de orden; elecciones generales de la directiva 2019-2021, a realizarse el día Sábado 3 de agosto del 2019 a las 14:00 horas con el siguiente orden del día: 1. Constatación de quórum. 2. Conformación de vocales para la elección de las diferentes dignidades. 3. Elección de Presidente. 4. Elección de Gerente General (Representante Legal). 5. Elección de Comisario. 6. Elección de las diferentes comisiones (Asuntos Sociales, deportes). 7. Posesión de la nueva directiva 20192021. 8. Clausura de la Junta General. Se ruega puntual asistencia. En cumplimiento con el estatuto que rige la Superintendencia de Compañías en caso de no existir el quórum reglamentario a la hora de la convocatoria, la junta General se instalara a las 15:00 en punto con el número de socios presentes. Atentamente

4.es sello/timbre de Atestiguado 5.en Ginebra 6. el 12 NOV 2018 7.República y Municipio de Ginebra 8.bajo No. 011518 9.Sello 10. Firma Claire-Lise Vaucher DR. JORGE MACHADO CEVALLOS RAZON NOTARIAL.- De conformidad con el numeral veintinueve del artículo dieciocho de la Ley Notarial, previa a la aprobación de la Inscripción en el Registro Mercantil, del PODER GENERAL, OTORGADO POR ARKHAM S.A., A FAVOR DE JOSE LUIS MORENO HERRERA, Protocolizado ante mi DOCTOR JORGE MACHADO CEVALLOS el doce de julio de dos mil diecinueve, pongo en conocimiento del público, por una sola vez el texto del referido PODER GENERAL, OTORGADO POR ARKHAM S.A,, A FAVOR DE JOSE LUIS MORENO HERRERA.Quito, 12 de julio de 2019.DR. JORGE MACHADO CEVALLOS NOTARIO PRIMERO DE QUITO Hay firma y sello PAR/111299/EG

DIVORCIOS REpUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI CITACIÓN JUDICIAL PARA EL SEÑOR BALDEON MOYA HERMAN ALFONSO ACTORA: MARIA ZOILA QUIMBIULCO ANDRANGO DEMANDADO: BALDEON MOYA HERMAN

La juventud es un disparate; la madurez, una lucha; la vejez, un remordimiento. B e n Ja M í n d i S r a e l i . Político y escritor inglés. ALFONSO JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL CAUSA NUMERO: 17205-2019-00469 CUANTIA: INDETERMINADA PROCEDIMIENTO: SUMARIO ABOGADO: DR. RAMIREZ ZURITA ROBERTO HERNAN CASILLERO JUDICIAL: 335 CORREO ELECTRONICO: dr.rhrz@hotmail.com UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, martes 25 de junio del 2019, las 15h59, VISTOS.- Conforme lo dispuesto en el en el auto inmediato anterior se ha dispuesto lo siguiente: (...La demanda de divorcio por la causal presentada por QUIMBIULCO ANDRANGO MARIA ZOILA, por reunir los requisitos legales señalados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, se acepta a procedimiento sumario, establecido en el Art. 332 numeral 4, consecuentemente: 1) En mérito al juramento rendido en diligencia de fecha 13 DE JUNIO DEL 2019 A LAS 15H00 por la actora QUIMBIULCO ANDRANGO MARIA ZOILA, de conformidad con el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, CITESE al señor BALDEON MOYA HERMAN

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTES EXPRESSJOSUE DE POMASQUI S.A. Se convoca a todos los accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTES EXPRESSJOSUE DE POMASQUI S.A., a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA con el carácter obligatorio que se realizará el día MARTES 6 DE Agosto de 2019, a las 17H00, en el domicilio de la compañía ubicado en la calle Ignacio Carrasco y Marieta de Veintimilla, parroquia Pomasqui, de este cantón Quito, provincia de Pichincha, para tratar el siguiente orden del día: 1.- CONSTATACION DEL QUORUM 2.- ELECCION Y NOMBRAMIENTO DEL PRESIDENTE DE LA COMPAÑIA 3.- ELECCION Y NOMBRAMIENTO DEL GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑIA 4.- ELECCION Y NOMBRAMIENTOS DE LOS COMISARIOS PRINCIPAL Y SUPLENTE DE LA COMPAÑÍA. Quito, 25 de Julio de 2019.

Rolando Pacheco Presidente

Atentamente,

José Toaquiza Gerente General

PATRICIO PALLO QUISILEMA PRESIDENTE PAC/112229/AT

PAP/73763/AT

ALFONSO, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad; para el efecto confiérase el correspondiente extracto, se advierte a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad de Judicial con sede en Rumiñahui y CONTESTAR A LA DEMANDA EN EL TÉRMINO DE QUINCE DÍAS luego de haber sido citado, conforme el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, contestación que debe cumplir lo determinado en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal. Caso contrario el proceso se sustanciará en rebeldía de la parte demandada y con las implicaciones que señala la Ley.- 2) La audiencia única establecida en el Art. 333 numeral 4, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir. 3) De ser procedente y conforme a derecho en el momento procesal oportuno se tomará en cuenta los medios probatorios anunciados por la parte actora, así como la documentación aparejada a su demanda. 4) El día de la Audiencia Única comparezcan los testigos nominados por el actor, para el efecto procédase con la notificación, a los mismos. 5) Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalado por el actor así como la autorización conferida a su abogado patrocinador…).- NOTIFÍQUESE.f).- Dra. RITA PATRICIA PERASSO CESPEDES.JUEZA. LO QUE COMUNICO AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS FINES DE LEY.SANGOLQUI 28 DE JUNIO DEL 2019.- CERTIFICO. AB. JOHANNA HERRERA SECRETARIA (E) Hay firma y sello PAC/112224/AT

EJECUTIVOS REpUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA pARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO, pROVINCIA DE pICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE EDMUNDO RODRÍGUEZ CASTELO. ACTOR: Dr. EDMUNDO RODRÍGUEZ CASTELO. DEMANDADO: Ab. XAVIER EDMUNDO FLORES MARÍN, JUICIO: 17309-1998-0252 TRAMITE: EJECUTIVO COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUEZ: Dra. Ana Karina Torres Recalde. SECRETARIO: Dr. Juan Francisco Justicia Salgado. CUANTIA: $ 30.000,oo (TREINTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) “JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.

Quito, a 3 de marzo de 1998; las 09h00.- VISTOS.- En virtud del sorteo que antecede avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal la demanda es clara, completa y reúne los demás requisitos legales.Cumpla con la obligación demandada o propongan excepciones en el término de tres días el demandado señor Ab. XAVIER EDMUNDO FLORES MARÍN.- Por solicitarlo el actor en mérito de la información sumaria presentada y de conformidad con lo dispuesto por el Art. 432 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el secuestro de los bienes muebles y enseres que se dice son de propiedad del demandado y que los tiene en su domicilio ubicado en la casa Nº B-7 del Conjunto Residencial El Portal del Bosque, situado en la calle Edmundo Carvajal Nº 737 y Brasil, de esta ciudad de Quito, hasta por un valor equivalente al crédito ma de un diez por ciento, prescindiéndose de lo inembargable.- Para la práctica de la presente diligencia cuéntese con los funcionarios respectivos.- Hecho el secuestro cítese al demandado en el lugar que se indica.- Téngase en cuenta el domicilio y casillero judicial designado por el actor.- Agréguese la documentación presentada..” F) Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 30 de mayo del 2019, las 09h28, Incorpórese al proceso el escrito que antecede.-No ha lugar la aclaración solicitada por la parte demandada en escrito de fecha veinte de mayo del dos mil diecinueve, por cuanto la providencia de fecha 15 de mayo del 2019, las 10h46, es clara y entendible, por lo que las partes estén a lo dispuesto en la referida providencia.Atento el juramento rendido, se dispone citar a los herederos presuntos y desconocidos del causante Edmundo Rodríguez Catelo, con los recaudos procesales necesarios, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional, de conformidad al artículo 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, por secretaria confiérase el respectivo extracto.-NOTIFIQUESE.” F) Dra. Ana Karina Torres Recalde, Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 6 de junio del 2019, las 15h20, Revisado que ha sido el proceso se desprende que por un error mecanográfico en providencia de fecha 30 de mayo del 2019, las 09h28, se ha hecho constar el nombre del causante como Edmundo Rodríguez Catelo, en la que se ha omitido la letra S, por lo que de conformidad al artículo 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida dicho nombre debiendo hacerse constar Edmundo Rodríguez Castelo, en lo demás las partes estén a lo dispuesto en providencia anterior.-NOTIFIQUESE Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Dr. Juan Francisco Justicia Salgado. SECRETARIO DE LA UNIDAD

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JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/111282/EG EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA CITACION A: PINDUISACA QUISHPI LUZ MARÍA (0604003707), SAENZ YAURIPOMA BENJAMÍN (0603018623); ACTOR: COOPERATIVA DE HORRO Y CRÉDITO 29 DE OCTUBRE LTDA., debidamente representada por el gerente EDWIN CARLOS MARIO ÉGUEZ LUPERA, quien comparece mediante PROCURADORA JUDICIAL . DRA. DALIA UNDA MENA DEMANDADOS: PINDUISACA QUISHPI LUZ MARÍA (0604003707), SAENZ YAU R I P O M A BENJAMÍN (0603018623); JUICIO: EJECUTIVO No.- 15301-2019-00078 ASUNTO: COBRO PAGARE CUANTIA: USD. 4.788,26 JUEZA ENCARGADA: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, miércoles 20 de febrero del 2019, las 07h54, VISTOS: DISPONGO: PRIMERO:- Se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO: CITACION- Se ordena la citación del demandado PINDUISACA QUISHPI LUZ MARÍA (0604003707), SAENZ YAU R I P O M A BENJAMÍN (0603018623). TERCERA: CONTESTACION A LA DEMANDA:.- En aplicación de los artículos 351 y 355 y 333, numeral 3 del COGEP, SE CONCEDE EL TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, El demando/a contestará la demanda en la forma que determinan las normas señaladas, y anunciando la prueba respectiva como manifiesta el artículo 152 ejusdem; una vez calificada la contestación, se aplicará lo dispuesto en el artículo 151 inciso cuarto del COGEP de ser necesario, y se señalara día y hora, a fin de que se lleve a efecto la audiencia única. Bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP (…).-.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, viernes 7 de junio del 2019, las 10h04, VISTOS: Se dispone: EXTRACTO.- Evacuada que sea la diligencia que antecede CÍTESE a los señores LUZ MARIA PINDUISACA QUISHPI y BENJAMIN SAENZ YAURIPOMA, por medio del Diario “LA HORA” que tiene cobertura a nivel Nacional; para el efecto, el actuario de este despacho procederá a entregar

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el extracto respectivo.NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta judicatura, para futuras notificaciones.- Certifico.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO Hay firma y sello PAR/111288/EG UNIDAD JUDICIAL CIIVL CON SEDE EN EL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL PARA: MARIA ESTERFILIA TORRES PARDO y HENRY FERNANDO CABRERA SANDOVAL ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ANDALUCÍA DEMANDADOS: MARIA ESTERFILIA TORRES PARDO, HENRY FERNANDO CABRERA SANDOVAL y CABRERA SANDOVAL ERICK FABIAN CAUSA No.: 17230-201611116 TRAMITE: EJECUTIVO CUANTÍA: $ 9.500,oo DÓLARES PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.-Quito, viernes 17 de junio del 2016, las 12h34. Agréguese al proceso el escrito presentado.Cumplido que ha sido lo ordenado en providencia anterior y por cuanto la demanda presentada por la AB. ANA LUCIA TAPIA, en su calidad de Procurador Judicial, otorgada por el Eco. Mauricio Bolívar Ortiz Paredes, en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la “Cooperativa de Ahorro y Crédito Andalucía Limitada”, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, tramítese la misma en la vía ejecutiva.- A los demandados señores CABRERA SANDOVAL HENRY FERNANDO, TORRES PARDO MARIA ESTERFILIA, CABRERA SANDOVAL ERICK FABIAN cumpla con la obligación o propongan excepciones en el término de tres días de citados.- Cítese a los demandados en la dirección señalada en el contenido de la demanda. - Agréguese al expediente la documentación aparejada a la demanda.- La parte accionante proporcione suficiente despacho, para remitir las boletas a la oficina de Correos del Ecuador.- Regístrese y tómese en cuenta la casilla judicial 1718, correo electrónico y la autorización concedida a los profesionales del derecho señalados por la parte actora.- NOTIFIQUESE.f).- Chavez Coello Irina Miroslava-Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 25 de junio del 2019, las 10h25, En virtud del juramento rendido por la parte actora, y de conformidad con


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el Art. 56 del COGEP, cítese por la prensa a los demandados MARIA ESTERFILIA TORRES PARDO y HENRY FERNANDO CABRERA SANDOVAL, en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad, en consecuencia remítase el extracto correspondiente a la casilla judicial del actor.Notifíquese.- f).- Salazar Vasco Gustavo Javier-Juez Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para posteriores notificaciones. AB. GABRIELA HIDALGO SECRETARIA Hay firma y sello PAC/112210/AT REpUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COgEp CON SEDE EN EL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO, pROVINCIA DE pICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: ANTONIO DARWIN TENORIO AVILES Y NORMA ISABEL NAVARRETE MUÑOZ EN CALIDAD DE DEUDORES PRINCIPALES, EUCEVIO BENITO TENORIO AVILEZ, MARTHA DEIXI CHICA TINOCO EN CALIDAD DE DEUDORES SOLIDARIOS. DEMANDADOS: ANTONIO DARWIN TENORIO AVILES Y NORMA ISABEL NAVARRETE MUÑOZ EN CALIDAD DE DEUDORES PRINCIPALES, EUCEVIO BENITO TENORIO AVILEZ, MARTHA DEIXI CHICA TINOCO EN CALIDAD DE DEUDORES SOLIDARIOS. JUICIO No. 17230-201816128. TRAMITE: EJECUTIVO COBRO DE PAGARE A LA ORDEN. CUANTÍA: SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 62/100. AB. DEFENSOR: AB. ANA LUCIA TAPIA MESIAS PROCURADORA JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “ANDALUCIA” LTDA. O B J E TO : QUE EN SENTENCIA SE CONDENE A LOS DEMANDADOS AL PAGO DEL VALOR CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN MATERIA DEL PRESENTE PROCESO, INTERESES Y GASTOS PROCESALES. UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 24 de octubre del 2018, las 15h45, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el D.M., de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.- En lo principal se considera: La demanda presentada por la Abg. ANA LUCIA TAPIA MESIAS, en su calidad de procuradora judicial del Economista MAURICIO BOLIVAR ORTIZ

PAREDES, gerente general y representante legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “ANDALUCIA” LTDA., conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro del pagaré a la orden constante a fs. 1, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Cítese a la parte demandada en la presente causa, señores ANTONIO DARWIN TENORIO AVILES y NORMA ISABEL NAVARRETE MUÑOZ en calidad de deudores principales, y, EUCEVIO BENITO TENORIO AVILEZ, MARTHA DEIXI CHICA TINOCO en calidad de deudores solidarios en la dirección indicada, mediante deprecatorio electrónico a un juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Pedro Vicente Maldonado, para lo cual se adjuntará copias de la demanda y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones.Actúe el Abg. Jaime Cadena en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.-Quito, martes 2 de julio del 2019, las 16h55, Vistos: Agréguese al proceso el escrito presentado. De conformidad con el artículo 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial se convalida el error constante en el auto de sustanciación de

fecha 20 de junio del 2019, las 16h15, en el sentido que por un error se hizo constar “(…) la parte actora ANA LUCIA TAPIA MESIAS en calidad de Gerente General y Representante Legal de la “Cooperativa de Ahorro y Crédito Andalucía” Ltda. (…)”; siendo lo correcto “(…) la parte actora ANA LUCIA TAPIA MESIAS en calidad de Procuradora Judicial del Economista MAURICIO BOLIVAR ORTIZ PAREDES, Gerente General y Representante Legal de la “Cooperativa de Ahorro y Crédito Andalucía” Ltda. (…)”; mas no como erróneamente consta, en todo lo demás se estará a lo dispuesto en el auto precedente. Conjuntamente, en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a la parte demandada ANTONIO DARWIN TENORIO AVILES y NORMA ISABEL NAVARRETE MUÑOZ en calidad de deudores principales, EUCEVIO BENITO TENORIO AVILEZ, MARTHA DEIXI CHICA TINOCO en calidad de deudores solidarios, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFIQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAC/112211/AT REpUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO, pROVINCIA DE pICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: LENIN JAVIER RECALDE BENALCAZAR JUICIO: No. 17230-201814335 ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “ANDALUCIA “LTDA. DEMANDADO: LENIN JAVIER RECALDE BENALCAZAR OBJETO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUEZ PONENTE: DR. OSCAR RAMIRO CALERO SANCHEZ TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 19 DE SEPTIEMBRE DEL 2018 CUANTIA: CINCO MIL SETECIENTOS VEINTE Y TRES CON 13/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ 5.723,13) AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 28 de septiembre del 2018, las 11h02, VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del

En mi casa mando yo, pero mi mujer toma las decisiones. a l l e n , W o o dy

Código Orgánico General de Procesos (COGEP), además se fundamenta en el cobro de un Pagaré a la Orden, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada.- Se dispone citar al demandado en la presente causa, señor LENIN JAVIER RECALDE BENALCAZAR, en calidad de deudor principal, en la dirección indicada, con copia de la demanda y este auto inicial, a través de la oficina correspondiente; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta el casillero judicial, así como su casillero electrónico designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones. La parte actora otorgue las copias necesarias para la citación. Actúe la Ab. Ligia Guerrero Medina, en calidad de Secretaria.Cítese y Notifíquese.-F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZJUEZ.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 3 de julio del 2019, las 15h56, Atendiendo lo solicitado por la parte actora.Atento al juramento rendido por la Ab. ANA LUCIA TAPIA MESIAS, PROCURADORA JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “ANDALUCIA” LTDA., de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado LENIN JAVIER RECALDE BENALCAZAR, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editen en esta ciudad de Quito, mediante tres fechas distintas, la publicación contendrá un extracto de la demanda y providencia respectiva.Notifíquese.- F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ- JUEZ. Lo que les comunico para los

fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. LIGIA GUERRERO MEDINA SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC/112212/AT REpUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA pARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO, pROVINCIA DE pICHINCHA. CITACIÓN A LA PARTE D E M A N DA DA PEREZ MEDINA MARGOD BEATRIZ y ALBAN LOPEZ LICIDAS VINICIO. ACTOR: CORPO ILALO S.A. DEMANDADO: PEREZ MEDINA MARGOD BEATRIZ y ALBAN LOPEZ LICIDAS VINICIO. NO. DE JUICIO. 17233-201702826. TIPO DE PROCESO: ORDINARIO. ACCION: COBRO DE DINERO. CUANTIA: USD. 13.013,70. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 24 de enero del 2018, las 10h28, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Quitumbe del D.M. de Quito, y por el correspondiente sor-

teo.- En lo principal, examinada la demanda, se dispone: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.La demanda presentada por la INGENIERA MARIA CRISTINA ROSERO BARRENO, en su calidad de Gerente y Representante Legal de CORPO ILALO S.A., conforme lo justifica con el documento adjunto, es completa, clara, precisa y cumple los requisitos legales generales contemplados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I, Art. 289 del citado Código.SEGUNDO: CITACIÓN.CÍTESE a los demandados SEGUNDO OLMEDO PASPUEL MANZANO, LICIDAS VINICIO ALBAN LOPEZ y MARGOD BEATRIZ PEREZ MEDINA, en el lugar que se indica en la demanda, el mismo que por no haberse señalado que corresponda al lugar de domicilio de los demandados, la citación se efectuará EN PERSONA en la forma prevista en el Art. 54 del COGEP; previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónica para sus notificaciones; para el efecto, remítase suficiente despacho a la Oficina de Citaciones.La parte accionante provea las copias necesarias a fin de elaborar las boletas de citación respectivas.TERCERO: TÉRMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA.Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de TREINTA (30) días una vez citada, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del COGEP.- CUARTO: N OT I F I C A C I O N E S Y AUTORIZACIÓN.- Agréguese al expediente la documentación adjunta a la demanda por la parte actora.- Téngase en cuenta el casillero judicial No 4649 y correos electrónicos señalados por la parte

CONVOCATORIA Conforme a los dispuesto en el último inciso del artículo 236 numeral 5 del artículo 279 de la Ley de Compañías, se convoca de manera obligatoria a Junta General Extraordinaria de Accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL COMTRANSESAPR S.A., la misma que se llevará a cabo en Calle San José 0E-341 y Guillermo Valdiviezo en la parroquia Pomasqui de la ciudad de Quito, el día Viernes 9 de agosto de 2019 a las 7:00 PM, con el objeto de conocer y resolver sobre los siguientes puntos del orden del día: 1.- Constatación del Quorum 2.- Informe de Comisario 3.- Situación actual de la compañía Quito, 25 de julio del 2019

accionante para sus notificaciones.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f) DRA. ROCIO AYALA, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 5 de julio del 2019, las 09h07, VISTOS: En virtud del juramento rendido por la señora ROSERO BARRENO MARIA CRISTINA previo a encontrarse agotadas las diligencias para determinar el domicilio de la parte demandada, amparada en lo dispuesto en el artículo 56 numeral 2 incisos segundo, tercero y cuarto reformado por la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos publicada en el Registro Oficial 517 de fecha 26 de junio de 2019 se dispone la citación de los señores PEREZ MEDINA MARGOD BEATRIZ y ALBAN LOPEZ LICIDAS VINICIO mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación del lugar que deberán ser agregadas al proceso, para lo cual la actuaria elabore un extracto de la demanda y de esta providencia.- NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.- f) DRA. ADRIANA ROMERO ALVAREZ, JUEZA. AB. MARCELA EUGENIA CIFUENTE SOSA.

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (E). Hay firma y sello PAC/112218/AT REpUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE pICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A ARTEAGA TUMBACO MARIA AUXILIADORA, FARINANGO SIMBAÑA MARIA ROCIO, GONZALEZ ENCALADA SEGUNDO LUIS y IRUA DE LA TORRE BLANCA INES ACTORA: ING. SONIA GUADALUPE QUINTERO MONTERO. EN CALIDAD DE GERENTE DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PUELLARO LTDA. DEMANDADOS: ARTEAGA TUMBACO MARIA AUXILIADORA, FARINANGO SIMBAÑA MARIA ROCIO, GONZALEZ ENCALADA SEGUNDO LUIS y IRUA DE LA TORRE BLANCA INES JUICIO No. 17230-201803270 TRAMITE: EJECUTIVO F EC H A DE INICIO: 03/03/2018 CUANTIA: JUEZ PONENTE: DRA.

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: COMPAÑÍA CONSTRUCCIONES Y COMERCIO DESIGNEING CIA LTDA., REPRESENTADA POR SU GERENTE GENERAL MARÍA JOSÉ VEGA CASTRO EN CALIDAD DE DEUDOR PRINCIPAL, Y, ALEX FABIAN VEGA MORENO, NOEMI ENRIQUETA CASTRO LLANEZ EN CALIDAD DE DEUDORES SOLIDARIOS. DEMANDADOS: COMPAÑÍA CONSTRUCCIONES Y COMERCIO DESIGNEING CIA LTDA., REPRESENTADA POR SU GERENTE GENERAL MARÍA JOSÉ VEGA CASTRO EN CALIDAD DE DEUDOR PRINCIPAL, Y, ALEX FABIAN VEGA MORENO, NOEMI ENRIQUETA CASTRO LLANEZ EN CALIDAD DE DEUDORES SOLIDARIOS. JUICIO No. 17230-2018-15119. TRAMITE: EJECUTIVO - COBRO DE PAGARE A LA ORDEN. CUANTÍA: NUEVE MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 00/100. AB. DEFENSOR: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR PROCURADORA JUDICIAL DE BANCO DE GUAYAQUIL S.A. OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE CONDENE A LOS DEMANDADOS AL PAGO DEL VALOR CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN MATERIA DEL PRESENTE PROCESO, INTERESES Y GASTOS PROCESALES. UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 4 de octubre del 2018, las 09h42, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil, con sede en la parroquia Iñaquito del el D.M., de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.- En lo principal se considera: La demanda presentada por GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCÁZAR en calidad de procuradora judicial de BANCO GUAYAQUIL S.A., conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el pagaré a la orden establecidos a fs. 1y2, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Cítese a la parte demandada en la presente causa, compañía CONSTRUCCIONES Y COMERCIO DESIGNEING CIA LTDA., representada por su gerente general MARÍA JOSÉ VEGA CASTRO en calidad de deudor principal, y, ALEX FABIAN VEGA MORENO, NOEMI ENRIQUETA CASTRO LLANEZ en calidad de deudores solidarios en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará copias de la demanda y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe el Abg. Diego Acuña en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 2 de julio del 2019, las 16h32, VISTOS: En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a la parte demandada compañía CONSTRUCCIONES Y COMERCIO DESIGNEING CIA LTDA., representada por su gerente general MARÍA JOSÉ VEGA CASTRO en calidad de deudor principal, y, ALEX FABIAN VEGA MORENO, NOEMI ENRIQUETA CASTRO LLANEZ en calidad de deudores solidarios, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes.- A través de secretaría remítase al casillero judicial No. 3445 el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.-

MSc. Jeferson Note Comisario PAC/112233/AT

AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello

PAB/20067/AT


LIZBETH RON CADENA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 15 de marzo del 2018, las 09h22, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial Civil, encargada del despacho de la Dra. Lizbeth Ron. 1) Se califica la demanda de clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma se fundamenta en un Pagare a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 5 del Art. 347 del mismo Código, en armonía con el Art. 486 del Código de Comercio, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, por lo que se admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 2) Cítese a los demandados señores BLANCA INÉS IRUA DE LA TORRE, MARIA AUXILIADORA ARTEAGA TUMBACO, MARIA ROCIO FARINANGO SIMBAÑA Y SEGUNDO LUIS GONZALES ENCALADA, en el lugar que se indica; para el efecto remítase suficiente despacho, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica. 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada cumpla con la parte final del Art. 351 ibídem, conteste la demanda o proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo pre-

vención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulado por la parte actora. 5) Agréguese la documentación que se acompaña. Téngase en cuenta la comparecencia de la parte accionante debidamente justificada con la documentación adjunta, casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización a su abogado defensor. Notifíquese y Cítese.- f) Dra. Lizbeth Ron Cadena, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 16 de julio del 2019, las 15h51, Avoco conocimiento en la presente causa, en mi calidad de Jueza encargada del despacho de la Dra. Lizbeth Ron Cadena, Jueza de la Unidad Judicial Civil.Atento el juramento rendido y de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada ARTEAGA TUMBACO MARIA AUXILIADORA, FARINANGO SIMBAÑA MARIA ROCIO, GONZALEZ ENCALADA SEGUNDO LUIS y IRUA DE LA TORRE BLANCA INES por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo, que será enviado al casillero judicial que lo tiene señalado la parte accionante.- NOTIFÍQUESE y

CÚMPLASE.- f) Dra. Lizbeth Ron Cadena, Jueza. Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 18 de julio del 2019. Certifico.DR. PAUL ANDRES TAPIA SECRETARIO Hay firma y sello Sto D m go 23 8 3 2 0 PAP/73752

ORDINARIOS EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA pARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO, pROVINCIA DE pICHINCHA DE pICHINCHA CITACION JUDICIAL: A LO S SEÑORES HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS, DE LOS CAUSANTES SEÑORES AURELIO ABEL RON CARVAJAL, Y, SU CÓNYUGE ROSARIO PARRA OÑATE ACTOR: ALMEIDA PARRA MANUELA LILIBED D E M A N D A D O /A : HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS, DE LOS CAUSANTES SEÑORES AURELIO ABEL RON CARVAJAL, Y, SU CÓNYUGE ROSARIO PARRA OÑATE JUICIO No:17230-201903337 CUANTIA: USD. 70.000,oo TRAMITE: ORDINARIO O B J E TO : QUE EN SENTENCIA SE ACEPTE LA DEMANDA Y POR EFECTOS DE LA PRESCRIPCIÓN A D Q U I S I T I V A EXTRAORDINARIA DE DOMINIO, QUE LA ACTORA ADQUIERA EL DOMINIO DEL

junta

general

En las tinieblas la imaginación trabaja más activamente que en plena luz. Kant, inManuel BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA PROVINCIA DE PICHINCHA, CANTÓN Q U I TO, PA R R O Q U I A EL QUINCHE, BARRIO LA ES P E RA N ZA , Y QUE SE ORDENE LA PROTOCOLIZACIÓN DE LA MISMA Y POSTERIOR INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 2413 DEL CÓDIGO CIVIL, QUE EN SU PARTE PERTINENTE SEÑALA: “LA SENTENCIA JUDICIAL QUE DECLARA UNA PRESCRIPCIÓN HARÁ LAS VECES DE ESCRITURA PÚBLICA PARA LA PROPIEDAD DE BIENES RAÍCES…” JUEZ: AB. CINTHYA MOLINA ANDRADE DEFENSOR: AB. HUMBERTO ZAMBRANO H. FECHA DE INICIO: 27-022019 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, jueves 25 de abril del 2019, las 16h37, VISTOS: En lo principal, por cuanto los accionantes han cumplido con lo dispuesto en el auto de sustanciación inmediato anterior, se considera: PRIMERO: CALIFICACIÓN.- La deman-

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA A

PAR/111307/EG

extraordinaria

de

accionistas de la compañía de Transporte Escolar e Institucional “San Isidro School S.A.”. De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías, el reglamento y los estatutos sociales de la compañía, se convoca a junta general extraordinaria de accionistas, que se realizará el día lunes 05 de agosto del 2019 a las 9:h00 a.m. en la dirección California Alta, pasaje E15, nueva iglesia de San Isidro del Inca, de la ciudad de Quito, cantón Quito, provincia de Pichincha, para conocer y resolver sobre el siguiente orden del día: 1. Constatación del Quórum. 2. Elección de comisario. 3. Elección de la nueva directiva.

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA COMPAÑÍA DE TAXIS EJECUTIVOS TRANSINMEDIAT S.A. Se convoca a Junta General Extraordinaria de la Compañía De Taxis ejecutivos Transinmediat S.A., a celebrarse el día lunes 05 de agosto del 2019 a las 14H00, en las Oficinas de la Compañía Ubicadas en la calle S 35D y Martha Bucaram, para tratar los siguientes puntos del orden del día: 1. 2. 3. 4.

Constatación del Quorum Informe del señor Presidente Informe del señor Gerente General. Informe del señor Comisario y de los Vocales principales. 5. Elecciones de directorio, por fenecimiento del periodo; de Gerente General, Presidente, Vocales Principales, Suplentes, Comisario principal y Suplente. 6. Entrega y recepción de la documentación y actas de la compañía una vez que los nuevos administradores sean registrados en el Registro Mercantil. Se convoca de manera especial y expresa al Señor VICTOR AGILA, Comisario Principal, de la Compañía.

4. Asuntos varios Quito, D.M. 25 de julio del 2019.

Atentamente,

Rojas Quilachamin Jairo David PRESIDENTE. PAP/73762/EG

TLGO. WILSON JINEZ GERENTE GENERAL PAR/111303/EG

da presentada por ALMEIDA PARRA MANUELA LILIBED, es clara, precisa y cumple con los requisitos de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento Ordinario de conformidad con lo que determina el Art. 289 Ibídem.- SEGUNDO: CITACIÓN.- En virtud del juramento realizado por la actora, se ordena la citación a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS, de los causantes señores AURELIO ABEL RON CARVAJAL, y, su cónyuge ROSARIO PARRA OÑATE, por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en el cantón Quito, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos; para el efecto por medio de secretaría, confiérase el extracto correspondiente. 2.1. De conformidad con la Disposición General Décima de Código Orgánico de Organización Territorial (COOTAD), cítese al Alcalde y Procurador Síndico del I. Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, en la dirección consignada en la demanda. Para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Se le requiere a la parte actora que proporcione de las copias suficientes con la finalidad de que se lleve a cabo la diligencia de citación dispuesto en el presente auto. TERCERO: CONTESTACIÓN.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, los demandados, en el TÉRMINO DE TREINTA DÍAS, contesten la demanda en la forma establecida en los artículos 151 y 153 del mismo cuerpo normativo; además deberán anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción conforme lo dispuesto en el artículo 152 ibídem.CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de prueba presentado por la parte actora en su libelo y en el escrito de ampliación y aclaración del mismo.- QUINTO.INSCRIPCIÓN.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, conforme lo ordena el inciso quinto del artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual por medio de secretaría ofíciese conforme corresponda. SEXTO.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico señalado por la accionante y la autorización conferida a su abogado patrocinador. NOTIFÍQUESE y CÍTESE.Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. MARIA LOURDES TAYA A. SECRETARIA Hay firma y sello

R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA pARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO, pROVINCIA DE pICHINCHA (COgEp) CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE EDWIN GERMAN VACA ORTEGA EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-201816178 Actor: Mejia Roldan Ligia Mercedes Demandado: Monica Alexandra Pazmiño AldasRepresentante De Edwin Alexander Vaca Pazmiño y otros Tipo/Acción: OrdinarioCobro De Dinero Cuantía: $194.500 Inicio: 23 de Octubre del 2018 Defensor: Ab. Angel Lennon Portilla Rodriguez Casillero: 2080 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 21 de noviembre del 2018, las 14h56, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y contentiva de los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se ADMITE al Procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP). CITACIÓN: Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto interlocutorio a: 1) VACA PEREZ YESSENIA ELIZABETH, en el lugar que se indica en el libelo de demanda, para lo cual remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico a efecto de sus notificaciones. EL PETICIONARIO PRESTARÁ LAS FA C I L I D A D E S NECEARIAS. 2) MONICA ALEXANDRA PAZMINÑO ALDAS en calidad de representante del menor de edad EDWIN ALEXANDER VACA PAZMIÑO; en el lugar que se indica en el libelo de demanda, para cuyo efecto, mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con Sede en el cantón Las Tulcán, provincia del Carchi, a quien se le remitirá suficiente despacho ofreciéndole reciprocidad en casos análogos (El peticionario prestará las facilidades necesarias). 3) PAZMIÑO ALDAS MONICA ALEXANDRA, en el lugar que se indica en el libelo de demanda, mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con Sede en el cantón Las Tulcán, provincia del Carchi, a quien se le remitirá suficiente despacho ofreciéndole reciprocidad en casos análogos (El peticionario prestará las facilidades necesarias). 4) En virtud del juramento rendido y la documentación agregada, CÍTESE por la prensa, con el conteni-

Revista judicial VIERNES 26 de julio de 2019 La Hora Quito, ecuadoR

do de la demanda, el escrito que antecede y el presente auto interlocutorio a los herederos presuntos y desconocidos de EDWIN GERMAN VACA ORTEGA; mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código General de Procesos. Previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico. Publíquese la citación en la página web del Consejo de la Judicatura, conforme lo determina el numeral 2 de las DISPOSICIONES REFORMATORIAS PRIMERA al CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO, que de manera textual manifiesta lo siguiente “…Toda citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial…”. Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la demandada, EL TÉRMINO DE 30 DÍAS, contados a partir de la citación, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 ibídem, de ser el caso. ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de la demanda; para lo cual se estará a lo previsto en los artículos 160 y 294.7 literal d) del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba que se realice en la respectiva audiencia. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones, y autorización conferida a su defensor técnico.- Actúe la abogada Verónica Paola Mena en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil.NOTIFÌQUESE.-f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 10 de julio del 2019, las 15h40, Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito. Por haberse autorizado vacaciones a la Ab. Lucia Vaca Duque, Juez de la Unidad Judicial Civil - Iñaquito, la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura, dispone que dicho cargo sea subrogado por el Dr. EDWIN GERMAN PANCHO MALES, por el período comprendido desde el 08 de julio del 2019 hasta el 17 de julio de 2019, correspondiéndole todas las atribuciones del caso, mediante ACCION DE PERSONAL No. 8715-DP172019-MP.- Agréguese al proceso el escrito que antecede y el Deprecatorio remitido por la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Tulcán, provincia de Carchi, del cual se desprende que se ha citado a la parte demandada MONICA ALEXANDRA PAZMINÑO

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ALDAS en calidad de representante del menor de edad EDWIN ALEXANDER VACA PAZMIÑO. Atento lo solicitado se dispone: UNO: Cítese a la parte demandada, conforme se encuentra dispuesto en auto de calificación del 21 de noviembre del 2018, las 14h56, para el efecto confiérase el extracto correspondiente a fin de que se cite a los herederos presuntos y desconocidos de EDWIN GERMAN VACA ORTEGA. DOS: La parte actora en el término de tres días proporcione las copias necesarias para la realización de las boletas al tenor del principio dispositivo establecido en el Art. 19 del Código Orgánico de la Función Judicial, a fin de citar a VACA PEREZ YESSENIA ELIZABETH. NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico. AB. VERONICA MENA T. SECRETARIA Hay firma y sello PAR/111269/EG CARTELES EXTRACTO JUDICIAL Causa No 17203-201904833 JUICIO: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO ACTOR: BLANCA OLIVA SARMIENTO CARVAJAL DEMANDADO VICENTE ANDRES TAIANO GONZALEZ TRAMITE: ORDINARIO CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO: INSCRIPCION DE LA UNION DE HECHO UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 10 de julio del 2019, las 14h30, VISTOS: Por sorteo que antecede, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza titular traslado Administrativo acción de personal 4939-DP-UPTH, del 17 de julio del 2014, Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, creada mediante Resolución No 116-2012, de fecha 11 de septiembre del 2012, suscrita por el Pleno del Consejo de la Judicatura; de conformidad con lo establecido en los artículos 167 , 178 numeral 3 y Art. 175 de la Constitución de la República, en concordancia con los artículos 150, 156, 157, 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial.- En lo principal: En lo principal, la demanda de INSCRIPCIÓN DEL ACTA NOTARIAL DE EXISTENCIA DE UNION DE HECHO, que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite ORDINARIO, previsto en el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos, en


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consecuencia notifíquese al accionante señor SARMIENTO CARVAJAL BLANCA OLIVA, con la admisión de la demanda, para los fines pertinentes.[2] CITACIÓN, cítese en legal y debida forma con el contenido de la demanda y el presente auto en calidad de demandados a las siguientes personas: 2.1 DIRECTOR GENERAL DE REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACION Y CEDULACION, VICENTE ANDRES TAYA N O GONZALEZ en el lugar que se indica en la demanda esto es ( Av. Amazonas No 37-61 y Naciones Unidas , Edificio la Previsora, Planta Baja , Parroquia Iñaquito, del Cantón Quito, Provincia de Pichincha), Memorando Circular- CJ-DNGP- 20180289-MC, de fecha 18 de julio del 2018, la parte interesada proporcione las copias necesarias para que se remita a Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial 2.2 Herederos conocidos del hoy fallecido señor REMIGIO RUPERTO SARMIENTO PEÑA, es decir a los señores FRANKLIN REMIGIO SARMIENTO SARMIENTO Y BYRON GEOVANNY SARMIENTO SARMIENTO, a quienes se les citará en la siguiente dirección ( Calle Carlos Andrade Marín E10, NO S8-179, Lote No 29, Urbanización San Jose del Valle, Parroquia de Conocoto, del Cantón Quito, Provincia de Pichincha) para lo cual conforme el Memorando Circular- CJ-DNGP- 20180289-MC, de fecha 18 de julio del 2018, la parte interesada proporcione las copias necesarias para que se remita a Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial 2.3 una vez que la actora señora SARMIENTO CARVAJAL BLANCA OLIVA ha rendido juramento del desconocimiento de domicilio los herederos desconocidos del señor REMIGIO RUPERTO SARMIENTO PEÑA, conforme el artículo 58 del COGEP, Reformado por el Art. 12 de la Ley s/n,R.O. 517-S, 26-VI-2019, en concordancia con el artículo 56 Reformado por el Art. 11 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI-2019 Ibídem CITESE, por la prensa mediante tres publicaciones que se realizaran en tres días distintos en un periódico de amplia circulación a nivel nacional , en tal virtud por Secretaria gírese el respectivo extracto 3) Se advierte a los demandados, que deben constar la demanda cumpliendo los requisitos del Art. 142 y 151 del COGEP, en el término previsto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos; una vez citados el y transcurrido el termino de treinta días, para contestar la demanda a partir de la última citación y a petición de parte, se señalará día y hora para la audiencia preliminar, bajo prevenciones. 4.- Las partes deberán comparecer a la Audiencia Preliminar, como lo determina el Art. 86 del Código Orgánico General de Procesos, personalmente o mediante procuración judicial con cláusula especial para transigir y bajo las prevenciones del Art.

131.4 del Código Orgánico de la Función Judicial.- 5.ANUNCIO DE PRUEBAS: DOCUMENTAL.- Téngase en cuenta la prueba documental señalada en el momento procesal oportuno de haber mérito para aquello, pudiendo los accionados revisar la prueba anunciada a través de una de las ventanillas de esta Unidad Judicial 6.NOTIFICACIONES: Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados por la accionante para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado defensor.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.Lo que comunico a Usted para los fines de Ley. Atentamente, VON LIPPKE NAVARRETE JESICA ALEXANDRA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC/112225/AT

SOCIEDADES CONYUGALES NOTARIA SEXAgESIMA OCTAVA DEL CANTON QUITO DR. JUAN FRANCISCO ARBOLEDA ORELLANA NOTARIO EXTRACTO LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL PATRIMONIAL CELEBRADA ENTRE LOS SEÑORES EDGAR IVAN IBAÑEZ SHUGULI Y ELSA SUSANA PORRAS LOPEZ PONGO EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO QUE: Mediante Escritura Pública otorgada el trece de julio de dos mil diecinueve ante mí, Notario Sexagésimo Octavo del Cantón Quito, los señores EDGAR IVAN IBAÑEZ SHUGULI y ELSA SUSANA PORRAS LOPEZ, de estado civil divorciados, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal; la misma que fue disuelta mediante Sentencia de Divorcio dictada por el señor Juez Vigésimo Cuarto de lo Civil de Pichincha, de fecha nueve de Enero del año dos mil doce, debidamente marginada en la Jefatura del Registro Civil del cantón Quito, el siete de Febrero del año dos mil doce. La forma de distribución del patrimonio, se ha detallado en la escritura pública señalada anteriormente de trece de julio de dos mil diecinueve. De conformidad con lo que dispone el Art, 18 numeral 23 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial cuatrocientos seis de veintiocho de noviembre de dos mil seis, que faculta a los Notarios disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles correspondientes, las escrituras de liquidación de sociedad conyugal; previo al trámite previsto en dicha norma legal. Yo. Doctor JUAN FRANCISCO ARBOLEDA ORELLANA, Notario Sexagésimo Octavo

del Cantón Quito. Dispongo la publicación por una sola vez del presente extracto en uno de los periódicos de circulación Nacional, con el que se pone en conocimiento del público en general que por escritura pública otorgada ante mí, Notario Sexagésimo Octavo del cantón Quito, el trece de julio de dos mil diecinueve, se procede a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal que tenían formada los señores EDGAR IVAN IBAÑEZ SHUGULI y ELSA SUSANA PORRAS LOPEZ. De conformidad con la norma legal, se concede el término de 20 días a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en dicha liquidación, puedan presentar su oposición fundamentada. Lo que pongo en conocimiento para los fines legales consiguientes. Quito, a trece de julio de dos mil diecinueve.DR. JUAN FRANCISCO ARBOLEDA ORELLANA NOTARIO SEXAGESIMO OCTAVO DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAC/112227/AT EXTRACTO NOTARIO SEXAgÉSIMO SEgUNDO DEL CANTÓN QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante el doctor Cristhian Recalde De la Rosa, Notario Sexagésimo Segundo del cantón Quito, el veinticuatro de julio del año dos mil diecinueve, el señor Luis Alberto Merizalde Solano, por sus propios y personales derechos; y, la señora María Inés Salazar Sánchez, por sus propios y personales derechos, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, la misma que fuera disuelta mediante ACTA NOTARIAL de divorcio celebrada en la NOTARÍA VIGÉSIMA SEGUNDA DEL CANTÓN QUITO, de fecha siete de mayo del año dos mil diecinueve, en la cual se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre Luis Alberto Merizalde Solano y María Inés Salazar Sánchez, debidamente inscrita en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación el ocho de mayo del año dos mil diecinueve. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal, por lo que en aplicación de lo dispuesto en el numeral veintitrés del artículo dieciocho de la Ley Notarial, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal del señor Luis Alberto Merizalde Solano; y, la señora María Inés Salazar Sánchez, por el término de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes. Quito, 24 de Julio del 2019 DR. CRISTHIAN RECALDE DE LA ROSA NOTARIO SEXAGÉSIMO SEGUNDO DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAC/112231/AT

Si los rebeldes pudieran triunfar descubrirían que se habían destruido a sí mismos. c l i v e S ta p l e S l e W i S . Escritor inglés. Factura: 001-002000040831 191701081O00712 NOTARIO (A) JOSE ANTONIO CEDEÑO ARMAS NOTARIA OCTOGÉSIMA PRIMERA DEL CANTÓN QUITO En el Distrito Metropolitano de Quito, Capital de la República del Ecuador; hoy TREINTA Y UNO DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE, ante mí, DOCTOR JOSÉ ANTONIO CEDEÑO ARMAS, NOTARIO OCTOGÉSIMO PRIMERO DEL CANTÓN QUITO, con acción de personal número ocho dos ocho cinco- DNTH-dos mil quince-JT, del Consejo de la Judicatura, Comparecen por una parte el señor JOSÉ GUSTAVO PONCE GRANJA, casado, por sus propios y personales derechos, domiciliado en Gonzalo Díaz de Pineda S/N y Abdón Caderón de la Parroquia Tumbaco de esta ciudad de Quito, correo electrónico: joseponce66@ hotmail.com, Teléfono: cero nueve nueve cuatro dos dos uno cinco siete ocho (0994221578); y, por otra parte, la señora CECILIA DEL CARMEN ELIZABETH ANDRADE ANDRADE, casada, por sus propios y personales derechos; domiciliada en la calle Avenida Manuel Samaniego Lote cincuenta y tres guion ciento ochenta y seis de esta ciudad de Quito, teléfono cero nueve nueve cuatro dos dos uno seis cuatro siete (0994221647). Los comparecientes son capaces y hábiles para contratar y obligarse, a quienes de conocer doy fe, en virtud de haberme exhibido sus documentos de identificación y con su autorización se ha procedido a verificar la información

en el Sistema Nacional de Identificación Ciudadana del Registro Civil; los mismos que junto con la papeleta de votación debidamente certificadas, me solicitan se agregue al presente instrumento como habilitarte, y me piden que eleve a escritura pública el contenido de la minuta que me presentan cuyo tenor literal transcribo: SEÑOR NOTARIO: Sírvase incorporar en libro se escrituras públicas a su cargo una Liquidación y Adjudicación de los bienes de la Sociedad Conyugal, contenida en la siguiente minuta: PRIMERA.C O M PA R E C I E N T E S . Comparecen por una parte el señor JOSÉ GUSTAVO PONCE GRANJA, casado, por sus propios y personales derechos, y por otra parte la señora CECILIA DEL CARMEN ELIZABETH ANDRADE ANDRADE, casada, por sus propios y personales derechos, quienes libre y voluntariamente convienen en celebrar el siguiente contrato de liquidación y adjudicación de Los bienes de la sociedad conyugal ya disuelta.- SEGUNDA: ANTEDENTES.-UNO.- Con fecha veinte y cinco de enero de mil novecientos setenta y uno, los comparecientes señores JOSÉ GUSTAVO PONCE GRANJA y CECILIA DEL CARMEN ELIZABETH ANDRADE ANDRADE contrajeron matrimonio civil y como consecuencia de aquello se formó la sociedad conyugal según la disposición contenida en el artículo ciento treinta y nueve del Código Civil. DOS.- a) Mediante acta dictada por la Notaria Trigésima Novena del Cantón Quito, de fecha diez y nueve de diciembre del año das mil once, la misma

que fue inscrita en el Registro Civil el día tres de enero del dos mil doce se declaró disuelta la sociedad conyugal existente entre JOSÉ GUSTAVO PONCE GRANJA y CECILIA DEL CARMEN ELIZABETH ANDRADE ANDRADE b) Dentro de la Sociedad Conyugal existe el siguiente activo: El vehículo de marca el vehículo de marca CHEVROLET Tipo Coupe, Modelo AVEO del año dos mil seis tres P (3P) uno coma cuatro L (1,4L) T/M HATCH BACK, Color PLOMO, de Placa PTO cero nueve cuatro cinco (PTO0945), Chasis KL1TJ dos ocho siete uno seis B seis cuatro siete cuatro cero seis (KL1TJ28716B647406), Motor F uno cuatro D tres cuatro dos cuatro uno seis seis K (F14D3424166K), así como consta en el documento de matrícula del vehículo, que en copia certificada se adjunta. El bien descrito anteriormente se encuentra libre de todo gravamen, conforme se desprende del Certificado Único Vehicular emitido por la Agencia Nacional de Tránsito, documento que se adjunta como habilitantes. La sociedad conyugal no mantiene deudas.TERCERA.- LIQUIDACION Y ADJUDICACIÓN.- Siendo el haber líquido de la sociedad conyugal el resultante de la diferencia entre el haber total y el deber total, este asciende a la suma de un mil trescientos cuatro dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, por lo que los comparecientes de manera libre y voluntaria convienen en liquidar la sociedad conyugal de la siguiente forma: a) AL SEÑOR JOSÉ GUSTAVO PONCE GRANJA se le adjudica en la liquidación de la sociedad conyugal lo siguiente: El vehículo de marca CHEVROLET Tipo Coupe, Modelo AVEO del año dos mil seis tres P (3P) uno coma cuatro L (1,4L) T/M HATCH BACK, Color PLOMO, de Placa PTO cero nueve cuatro cinco (PTO0945), Chasis KL1TJ dos ocho siete uno seis B seis cuatro siete cuatro cero seis (KL1TJ28716B647406),

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CUYABENOPETRO S.A. De conformidad con las disposiciones de la Ley de Compañías y del Estatuto Social vigente, se convoca a los señores accionistas de la compañía CUYABENOPETRO S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Compañía, que tendrá lugar el día 6 de Agosto del año 2019 a partir de las 10h00 en las oficinas de la empresa, ubicadas en la en la Ave. Pampite SN y Simón Valenzuela, Ed. YOO Cumbayá, Piso cinco, parroquia Cumbayá, de esta ciudad de Quito, para conocer y resolver sobre los siguientes puntos del orden del día:

1. Conocer y resolver sobre la designación de Oficial de Cumplimiento de la Compañía. 2. Conocer y resolver sobre alternativas de financiamiento para la Compañía. Se convoca de forma expresa e individual al Sr. Santiago Sebastián Andrade Ordoñez (ssao1210@hotmail.com), Comisario Principal de la compañía, y a la señorita Susana Sivoney del Carmen Toledo Albornoz (eculiber@puntonet.ec) Comisario Suplente.

Motor F uno cuatro D tres cuatro dos cuatro uno seis seis K (F14D3424166K), así como consta en el documento de matrícula del vehículo, que en copia certificada se adjunta. CUARTA. - El señor JOSÉ GUSTAVO PONCE GRANJA y la señora CECILIA DEL CARMEN ELIZABETH ANDRADE ANDRADE, declaran de manera expresa que se encuentran conformes con esta liquidación y partición extrajudicial de la sociedad conyugal, por así convenir a sus mutuos intereses y que las partes han acordado por concepto de los gananciales que les corresponden de los bienes habidos en la sociedad conyugal, sin tener nada que reclamarse ni en lo presente ni en lo futuro por este concepto. Así mismo manifiestan que los bienes enumerados son todos los que sobran de los adquiridos durante la sociedad conyugal, por lo solicitan al señor Notario de este cantón, se apruebe la presente Liquidación Partición Extrajudicial de la Sociedad Conyugal y que la misma sea inscrita en los Registros de la Propiedad que correspondan, Agencia Nacional de Tránsito, Servicio de Rentas Internas, y en las demás entidades correspondientesQUINTA.- Los gastos que ocasionen la celebración de esta escritura pública será de cuenta del señor JOSÉ GUSTAVO PONCE GRANJA.SEXTA.- En todo aquello que no estuviera expresamente previsto en estas cláusulas, se entiende incorporadas las disposiciones legales que le son aplicables y que no se le opongan.- Usted señor Notario se servirá agregar las demás cláusulas de estilo para el efecto y la plena

validez de este instrumento. PAR/111296/EG

SOCIEDADES CIVILES EXTRACTO NOTARIA DECIMOSEgUNDA DEL CANTÓN QUITO Se pone en conocimiento del público en general que en esta notaría se ha elevado a escritura pública con el número 20191701012P02110, de fecha cinco de julio de dos mil diecinueve, la cual contiene la constitución de la sociedad “MLF CONSULTING S.C.C.”, cuyo extracto de la petición de aprobación presentada por la abogada Rafaela Marcos Roldán con matrícula número diez y siete guion dos mil diecinueve guion veinte y siete del Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura, y de las escrituras públicas de constitución correspondientes es como sigue: SOCIOS: La señora MARÍA LAURA FUENZALIDA FUENZALIDA, por sus propios y personales derechos, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casada, de ocupación estudiante, mayor de edad, domiciliada en la ciudad de Quito, en la dirección: Urbanización Pillagua, Cumbayá, teléfono: cero nueve ocho cero seis cuatro tres cero cero seis, mail: marialaurafuenzalida@gmail.com, y, el señor SANTIAGO EMILIO GANGOTENA GONZALEZ, por sus propios y personales derechos, de estado civil divorciado, de profesión físico, mayor de edad, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliado en la ciudad de Quito, en la dirección Urbanización Pillagua, Cumbayá, teléfono: cero nueve nueve uno siete

Quito D.M. 23 de Julio del 2019.

CONVOCATORIA Se convoca a todos los señores Accionistas de la Compañía de Transportes V. Yépez V. Transyep S.A. con carácter obligatorio a la JUNTA GENERAL EXTRA-ORDINARIA que se realizará el día LUNES, 05 DE AGOSTO DEL 2019 a las 18:00 horas, en el local ubicado en la Av. Los Libertadores Oe6-29 y Av. Mariscal Sucre Recepciones “Golden House” (Frente a la parada de Taxis Paulo VI), para tratar el siguiente orden del día: ORDEN DEL DÍA. 1.- CONSTATACIÓN DEL QUÓRUM 2.- NFORME DEL SEÑOR PRESIDENTE 3.-INFORME DEL SEÑOR COMISARIO 4.-INFORME DEL SEÑOR GERENTE 5.-APROBACIÓN DEL BALANCE DEL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2019 6.-RESOLUCION SOBRE EL FONDO DE INVERSION 7.-LECTURA Y APROBACIÓN DE ESTA MISMA ACTA DE JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS. Se invita de manera especial al señor Fausto Huertas Comisario de la Compañía. Atentamente:

EDUARDO FERNANDO MORA UNDA GERENTE GENERAL CUYABENOPETRO S.A.

EDY AVILA PRESIDENTE PAR/111306/EG

MANUEL LARA GERENTE GENERAL par/111304/eg


ocho cinco uno nueve tres, mail: sgangotena@usfq.edu. ec. NOMBRE: “MLF CONSULTING S.C.C.” OBJETO Y RAZÓN SOCIAL: La Sociedad tiene como objeto social todo lo relacionado a: A) Prestación de servicios de asesoramiento legal y aquellos que son propios del ejercicio de la abogacía en general, tales como preparación de documentos jurídicos: escrituras de constitución, contratos de sociedad y documentos similares para la formación de sociedades, patentes y derechos de autor, escrituras, testamentos, fideicomisos, etcétera. B) Servicios profesionales especializados de consultoría para empresas nacionales o extranjeras. C) Servicios profesionales en investigación en ciencias sociales y afines. D) Brindar servicios de educación y enseñanza en todos los niveles permitidos por la Ley. Las actividades antes detalladas no son limitativas, pudiendo realizar otras no previstas que tengan relación directa o indirecta con su objeto. Para el cumplimiento de su objeto la compañía podrá intervenir como socio en la formación de toda ciase de sociedades o compañías, aportar capital a las mismas o adquirir, tener y poseer acciones y obligaciones o participaciones de otras compañías. Podrá adquirir interés o participación en otras sociedades mercantiles o civiles, formando parte en su constitución o adquiriendo acciones o participaciones en las ya constituidas, así como enajenar o traspasar tales acciones o participaciones. Podrá comprar, vender, transar, hipotecar, pignorar,

arrendar, enajenar, importar, recibir y entregar bienes, y de cualquier otra forma poseer y disponer de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos reales y personales. Podrá recibir propiedad fiduciaria por contrato o testamento, además de toda clase de bienes y derechos que legalmente estén dentro del comercio. Podrá abrir cuentas corrientes y de cualquier clase en los bancos nacionales y/o extranjeros; contratar con instituciones públicas del país así como contratar con organismos multinacionales tanto a nivel local como en el exterior, adquirir bonos o acciones de otras sociedades o estatales. Podrá eventualmente constituir fianzas y garantías para la realización de su objeto, sin estar inmersa en las actividades de la ley de la materia. Podrá asimismo donar o recibir donaciones, herencias o legados; así como la realización de todos aquellos actos lícitos que el cumplimiento de sus fines demande. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente instrumento. CAPITAL SOCIAL: El capital suscrito de la Sociedad es de ochocientos dólares de los Estados Unidos de América ($800.00), dividido en ochocientas participaciones, con el valor nominal de un dólar de los Estados Unidos de América (1$) cada una. DURACIÓN: El plazo de duración de la Sociedad es de noventa y nueve años, a contarse desde la fecha de inscripción de la escritura pública de constitu-

ción en el Registro Mercantil. Plazo que podrá ampliarse o reducirse a voluntad de la Asamblea General de Socios NACIONALIDAD Y DOMICILIO: La Sociedad es de nacionalidad ecuatoriana y tiene su domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, República del Ecuador, pero podrá establecer agencias o sucursales, en uno o varios lugares de la República del Ecuador. NOTARIO: Abogado Ramiro Giovanny Berrones Torres, Notario Décimo segundo suplente del cantón Quito. ESCRITURA NÚMERO: 20191701012P02110 D I S P O S I C I Ó N TRANSITORIA.Autorizamos a los abogados Juan Gabriel Reyes, Alejandro Páez Vallejo, y Rafaela Marcos para que conjunta o separadamente, realicen todas las gestiones y actos necesarios para obtener la legal constitución de esta sociedad, su correspondiente inscripción en el registro mercantil, y cualquier otro trámite, en las entidades que por ley está obligada a pertenecer, tales como el Servicio de Rentas Internas, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. N O TA R Í A DÉCIMO SEGUNDA DEL CANTÓN QUITO, ACTUALMENTE A CARGO DE LA DRA. MARÍA DEL PILAR FLORES FLORES.- Quito, lunes, veinte y dos de julio de dos mil diecinueve, atendiendo la petición arriba descrita, de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico General de Procesos, publicado en el Registro Oficial No. 506, Suplemento de 22 de Mayo del 2015, la ley y

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA “COMPAÑÍA ANONIMA DE TRANSPORTE ESTUDIANTIL TRANSTILSTUDY C.A.” Quito, 25 de julio de 2019 De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías y estatutos sociales, se convoca a los accionistas de la COMPAÑIA ANONIMA DE TRANSPORTE ESTUDIANTIL TRANSTILSTUDY C.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará el día sábado 03 de agosto de 2019, a las 8H30 a.m., en la Sala Comunal del Conjunto Nuevo Amanecer, ubicado en la calle José Amesaba Oe2-02 y 10 de Agosto, para tratar los siguientes puntos: 1) 2) 3) 4) 5) 6) 7) 8) 9)

Constatación del Quórum Lectura y Aprobación del Acta anterior (6 de abril de 2018) Informe de Presidente Informe de Gerente General Informe de Comisario Informe económico de junio 2017 a junio 2019 Informe sobre el avance de la Auditoria (PERITAJE) Elección de la nueva Directiva periodo 2019-2021 Resoluciones

Nota: -

Se entregará las comisiones correspondientes: septiembre 2018 a junio 2019

Se permitirá el acceso a la asamblea únicamente a los accionistas con la presentación de la cédula de identidad, la misma que entregaran en la garita del condominio al momento de ingresar y les devolverán a la salida. Las personas que tengan un poder legal deberán entregar de igual forma su cedula al ingreso. Por ser de vital importancia se ruega puntualidad; se iniciará la reunión con los accionistas presentes y se tomarán las resoluciones pertinentes. Atentamente, Lic. Cristian Rodríguez GERENTE GENERAL

Lic. Consuelo Rubio M. PRESIDENTE PAC/73765/AT

No basta con alcanzar la sabiduría, es necesario saber utilizarla. cicerón, Marco tulio

las atribuciones a mí conferidas, publíquese por una sola vez un extracto de la constitución de la Sociedad “MLF CONSULTING S.C.C.” celebrada ante el Abogado Ramiro Giovanny Berrones Torres, Notario Décimo Segundo Suplente del Cantón Quito, el cinco de julio de dos mil diecinueve ante en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, para que en el término de cinco (5) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, las personas que tuvieran interés en esta escritura puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines legales correspondientes. Dra. María del Pilar Flores Flores NOTARIA DECIMOSEGUNDA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAC/112222/AT EXTRACTO NOTARIA DECIMOSEgUNDA DEL CANTÓN QUITO Se pone en conocimiento del público en general que en esta notaría se ha elevado a escritura pública con el número 20191701012P02109, de fecha cinco de julio de dos mil diecinueve, la cual contiene la constitución de la sociedad “SJGR CONSULTING S.C.C.”, cuyo extracto de la petición de aprobación presentada por la abogada Rafaela Marcos Roldán con matrícula número diez y siete guion dos mil diecinueve guion veinte y siete del Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura, y de las escrituras públicas de constitución correspondientes es como sigue: SOCIOS: El señor SANTIAGO JOSÉ GANGOTENA RUIZ, por sus propios y personales derechos, de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, de estado civil casado, de ocupación estudiante, domiciliado en la ciudad de Quito, en la dirección: Urbanización Pillagua, Cumbayá, teléfono; cero nueve nueve cero seis nueve siete dos dos cinco, mail: santiago.gangotena@icloud.com, y, el señor SANTIAGO EMILIO GANGOTENA GONZALEZ, por sus propios y personales derechos, de estado civil divorciado, de profesión físico, mayor de edad, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliado en la ciudad de Quito, en la dirección Urbanización

Pillagua, Cumbayá, teléfono: cero nueve nueve uno siete ocho cinco uno nueve tres, mail: sgangotena@usfq.edu. ec. NOMBRE: “SJGR CONSULTING S.C.C.” OBJETO Y RAZÓN SOCIAL: La Sociedad tiene como objeto social todo lo relacionado a: A) Servicios profesionales especializados de consultoría para empresas nacionales o extranjeras; B) Brindar, en forma directa o con el concurso de terceros, servicios de asistencia y asesoría en gestión empresarial en materia económica y afines. C) Servicios profesionales en investigación en ciencias sociales y afines. D) Brindar servicios de educación y enseñanza en todos los niveles permitidos por la Ley. Las actividades antes detalladas no son limitativas, pudiendo realizar otras no previstas que tengan relación directa o indirecta con su objeto. Para el cumplimiento de su objeto la compañía podrá intervenir como socio en la formación de toda clase de sociedades o compañías, aportar capital a las mismas o adquirir, tener y poseer acciones y obligaciones o participaciones de otras compañías. Podrá adquirir interés o participación en otras sociedades mercantiles o civiles, formando parte en su constitución o adquiriendo acciones o participaciones en las ya constituidas, así como enajenar o traspasar tales acciones o participaciones. Podrá comprar, vender, transar, hipotecar, pignorar, arrendar, enajenar, importar, recibir y entregar bienes, y de cualquier otra forma poseer y disponer de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos reales y personales. Podrá recibir propiedad fiduciaria por contrato o testamento, además de toda clase de bienes y derechos que legalmente estén dentro del comercio. Podrá abrir cuentas corrientes y de cualquier clase en los bancos nacionales y/o extranjeros; contratar con instituciones públicas del país así como contratar con organismos multinacionales tanto a nivel local como en el exterior, adquirir bonos o acciones de otras sociedades o estatales. Podrá eventualmente constituir fianzas y garantías para la realización de su objeto, sin estar inmersa en las actividades de la ley de la materia. Podrá asimismo donar o recibir donaciones, herencias o legados; así como la realización de todos aquellos actos lícitos

que el cumplimiento de sus fines demande. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente Instrumento. CAPITAL SOCIAL: El capital suscrito de la Sociedad es de ochocientos dólares de los Estados Unidos de América ($800.00), dividido en ochocientas participaciones, con el valor nominal de un dólar de los Estados Unidos de América (1$) cada una. DURACIÓN: El plazo de duración de la Sociedad es de noventa y nueve años, a contarse desde la fecha de inscripción de la escritura pública de constitución en el Registro Mercantil. Plazo que podrá ampliarse o reducirse a voluntad de la Asamblea General de Socios NACIONALIDAD Y DOMICILIO: La Sociedad es de nacionalidad ecuatoriana y tiene su domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, República del Ecuador, pero podrá establecer agencias o sucursales, en uno o varios lugares de la República del Ecuador. NOTARIO: Abogado Ramiro Giovanny Berrones Torres, Notario Décimo segundo suplente del cantón Quito. ESCRITURA NÚMERO: 20191701012P02109 D I S P O S I C I Ó N TRANSITORIA.Autorizamos a los abogados Juan Gabriel Reyes, Alejandro Páez Vallejo, y Rafaela Marcos para que conjunta o separadamente, realicen todas las gestiones y actos necesarios para obtener la legal constitución de esta sociedad, su correspondiente inscripción en el registro mercantil, y cualquier otro trámite, en las entidades que por ley está obligada a pertenecer, tales como el Servicio de Rentas Internas, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. N O TA R Í A DÉCIMO SEGUNDA DEL CANTÓN QUITO, ACTUALMENTE A CARGO DE LA DRA. MARÍA DEL PILAR FLORES FLORES.- Quito, lunes, veinte y dos de julio de dos mil diecinueve, atendiendo la petición arriba descrita, de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico General de Procesos, publicado en el Registro Oficial No. 506, Suplemento de 22 de. Mayo del 2015, la ley y las atribuciones a mí conferidas, publíquese por una sola vez un extracto de la constitución de la Sociedad “SJGR CONSULTING S.C.C.”, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, para que en el término de cinco (5) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, las personas que tuvieran interés en esta escritura puedan

LLAMAMIENTO PARA ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTES PESADO MANUEL ESCOBAR & HIJOS S.A EN LIQUIDACIÓN De conformidad con la resolución Nº SCVS-IRQ-DRASD-SD-2018-000411617-O, de la ley de compañía, se convoca a los acreedores de la compañía TRANSPORTES PESADO MANUEL ESCOBAR & HIJOS S.A para qué. EN EL TÉRMINO DE 40 DÍAS, contados desde la última publicación de este aviso, presenten los documentos originales que acrediten su derecho como tales (acreedores) Los alegados’ deberán acercarse a la, ubicación calle Manglar Alto s15-178 y Pungala Sector San Bartolo ciudad de quito. Una veas finalizados el termino se tomara en cuenta solamente a los acreedores que hayan aprobado con la documentación respectiva su calidad y al mismo tiempo que se encuentren reconocidos como tal en los libros contables de la COMPAÑÍA TRANSPORTES PESADO MANUEL ESCOBAR & HIJOS S.A EN LIQUIDACIÓN LUIS RAMIRO ESCOBAR CANCHIG Liquidador ruc.1792363411001

PAC/112216/AT

Revista judicial VIERNES 26 de julio de 2019 La Hora Quito, ecuadoR

presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines legales correspondientes. Dra. María del Pilar Flores Flores NOTARIA DECIMOSEGUNDA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAC/112223/AT DR. SANTIAgO gUERRÓN AYALA NOTARIO TRIgÉSIMO QUINTO DE QUITO, D.M Quito a, 22 de julio del 2019 Oficio No. 0260-2019 Notario Trigésimo Quinto – Quito. NOTARIO TRIGÉSIMO QUINTO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO AVISO DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL HERANZA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL ANÓNIMA Cúmpleme poner en conocimiento del público en general, que mediante escritura pública otorgada ante mí, el día 22 de Julio del 2019, la señora MARIA DEL CARMEN BAHAMONDE RODRIGUEZ, divorciada, por sus propios derechos y el señor OSCAR EFREN REYES RODRIGUEZ, casado, por sus propios derechos; de nacionalidad ecuatorianos, domiciliados en esta ciudad de Quito, constituyeron la sociedad civil y comercial cuya razón social es SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL HERANZA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL ANONIMA siendo su objeto social el constante en el Capítulo Primero, Artículo Tercero la compañía podrá: realización de todo tipo de actividades de carácter inmobiliario, en especial, las relativas a la adquisición, tenencia, arrendamiento, enajenación, promoción, rehabilitación y explotación por cualquier título de toda clase de bienes inmuebles; b) La ejecución o construcción de obras civiles, por si misma; asociada o a través de terceros; b) Desarrollo, con financiamiento y/o aportaciones de los accionistas, de proyectos inmobiliarios bajo régimen de propiedad horizontal; c) Para el desarrollo de los proyectos inmobiliarios la Sociedad podrá celebrar toda clase de contratos con empresas constructoras o constructores particulares en todas las ramas requeridas para el cumplimiento de su objeto social; podrá también celebrar contratos de corretaje, promesas de compraventa o compraventas definitivas, permutas, arrendamientos sobre los inmuebles que formen parte de los proyectos inmobiliarios, ....” La nacionalidad de la sociedad es ecuatoriana y su domicilio es Quito. El señor Oscar Efrén Reyes Rodríguez, es designado como Gerente General y la señora María del Carmen Bahamonde Rodríguez, es designado como Presidente. La sociedad se constituye con un capital suscrito y pagado de USD. 10.000,00, siendo el valor nominal de cada acción un dólar. Cada socio aporta de la siguien-

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te manera: el señor OSCAR EFREN REYES RODRIGUEZ, con un aporte de UDS. 9.900,00; y la señora MARIA DEL CARMEN BAHAMONDE RODRIGUEZ, con un aporte de USD.100,00. El tiempo de duración de la sociedad es 15 años.- Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes. DR. SANTIAGO GUERRERO AYALA NOTARIO TRIGESIMO QUINTO DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAR/111302/EG

VARIOS REpUBLICA DEL ECUADOR CITACION JUDICIAL A: herederos presuntos y desconocidos de la causante MARIA JOSEFINA RODRIgUEZ CRUZ EXTRACTO JUICIO: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS No. 17203-17203-2018-00735 ACTO R ES : CA R LOTA EUGENIA GUILLERMINA RODRIGUEZ; MARCELO LEONIDAS RODRIGUEZ ROJAS; ROQUE RAFAEL RODRIGUEZ ROJAS; DIEGO JULIAN RIDRIGUEZ ROJAS; y, AB. SANTIAGO JESÚS AGUINAGA BARRAGÁN con Mat. 17-2004-180 en calidad de procurador judicial del señor ALFONSO PATRICIO RODRIGUEZ ROJAS.DEMANDADOS: FERNANDO SEBASTIAN RODRIGUEZ LUNA, GUILLERMO CESAR BASABE RODRIGUEZ, JUAN ANDRES RODRIGUEZ LUNA, KRUPSKAYA VERONICA BASABE RODRIGUEZ, MARIA JOSEFINA RODRIGUEZ CRUZ, MARINA JACQUELINE BASABE RODRIGUEZ, MATILDE GUADALUPE RODRIGUEZ LUNA, PEDRO PABLO ALFONSO GUILLERMO BASABE RODRIGUEZ, herederos presuntos y desconocidos del señor Alfonso Rafael Rodriguez Cruz, Carlota Marina Rodriguez Cruz, Alfonso Isidoro Rodriguez Sandoval y MARIA JOSEFINA RODRIGUEZ CRUZ.PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO: SE PROCEDA A LA FORMACION DE INVENTARIO Y AVALUO DE LOS BIENES DEJADOS POR LOS causantes señores ALFONSO RAFAEL RODRIGUEZCRUZ,CARLOTA MARINA RODRIGUEZ CRUZ, ALFONSO ISIDORO RODRIGUEZ SANDOVAL y MARIA JOSEFINA RODRIGUEZ CRUZ.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 22 de marzo del 2018, las 14h46, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, al amparo de lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en cumplimiento de la Resolución del Pleno del Consejo de la


Revista judicial c8

VIERNES 26 de julio de 2019 La Hora Quito, ecuadoR

Judicatura número 116-2012, de 11 de septiembre de 2012, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial N° 810 de 16 de octubre de 2012; y por el sorteo de ley, en mi calidad de Jueza titular de esta Unidad Judicial.- en lo principal la demanda de PARTICION DE BIENES HEREDITARIOS que antecede, es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se la admite a PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO previsto en el artículo 341 del Código Orgánico General de Procesos.- En consecuencia se dispone: 1) Con la demanda y este auto CÍTESE a la parte demandada FERNANDO SEBASTIAN RODRIGUEZ LUNA, GUILLERMO CESAR BASABE RODRIGUEZ, JUAN ANDRES RODRIGUEZ LUNA, KRUPSKAYA VERONICA BASABE RODRIGUEZ, MARIA JOSEFINA RODRIGUEZ CRUZ, MARINA JACQUELINE BASABE RODRIGUEZ, MATILDE GUADALUPE RODRIGUEZ LUNA, PEDRO PABLO ALFONSO GUILLERMO BASABE RODRIGUEZ, en la dirección señalada en el libelo de demanda, para el efecto remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones de esta Unidad judicial; previniendo a los demandados la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad de Quito y correo electrónico para posteriores notificaciones.- Atento el juramento rendido por la parte actora cítese a los herederos presuntos y desconocidos del señor Alfonso Rafael Rodriguez Cruz, Carlota Marina Rodriguez Cruz, Alfonso Isidoro Rodriguez Sandoval, al efecto confiérase el extracto respectivo.2) Cítese a los personeros del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, así como al representante del Servicio de Rentas Internas, para el efecto remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial.- 3) De conformidad a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, para efectos de la inscripción y previo a emitir la documentación correspondiente a la oficina de citaciones, la parte actora deberá concurrir a esta Unidad Judicial a fin de retirar de forma personal el oficio para la inscripción.- 5) Tómese en cuenta la casilla judicial señalado por la parte actora para sus notificaciones.- CÍTESE y NOTIFÍQUESE.- f.-) DRA. JOHANA PAOLA AYALA TACO.-JUEZA.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 24 de junio del 2019, las 14h04, En mérito al juramento de la parte actora, CÍTESE por la prensa con el auto de calificación de la demanda y este decreto a los herederos presuntos y desconocidos de la

causante MARIA JOSEFINA RODRIGUEZ CRUZ, por medio de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito. Se le advierte a la demandada de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial y/o correo electrónico, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual por secretaría concédase el Extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.- f.-) DRA. JOHANA PAOLA AYALA TACO.-JUEZA.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para futuras notificaciones que le correspondan.- CERTIFICO.AB.ALBERTOMONTENEGRO ROLDAN SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, M U J E R, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/111272/EG UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN LA pARROQUIA QUITUMBE EN EL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO pROVINCIA DE pICHINCHA DE pICHINCHA CITACION JUDICIAL A: JUAN CARLOS URRESTA VALLEJO en calidad de representante legal de MEGESEC ESTRUCTURAS ECUADOR MEGESEC S. A ACTOR: ANDRES RODRIGO ESTRADA VELASTEGUI. DEMANDADO: MEGESEC ESTRUCTURAS ECUADOR MEGESEC S. A, legalmente representada por su gerente general y representante legal JUAN CARLOS URRESTA VALLEJO. JUICIO MONITORIO: 172332087-02472 CASILLERO JUDICIAL: 3855 FUNDAMENTO LEGAL: ART. 356 Y SIGUIENTES DEL CODIGO ORGANICO GENERAL DE PROCESOS CUANTIA: $ 6.000 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 14 de junio del 2018, las 15h49, VISTOS: Agréguese al proceso el anexo y escrito presentado por la parte actora; por haberse dado cumplimiento a lo ordenado en auto emitido el 7 de junio de 2018, digo: La demanda presentada por Andrés Rodrigo Estrada Velastegui es clara, precisa y reúne los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y una vez analizado el documento adjunto, se establece que es uno de los previstos en el artículo 356 del mencionado cuerpo legal. Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento monitorio. Se ordena la citación de

la demandada MEGESEC ESTRUCTURAS ECUADOR MEGESEC S. A., por intermedio de su representante legal el señor Juan Carlos Urresta Vallejo en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado, se ordena que se le haga conocer al demandado por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, la señora Secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. Se dispone que la demandada MEGESEC ESTRUCTURAS ECUADOR MEGESEC S. A., por intermedio de su representante legal el señor Juan Carlos Urresta Vallejo en el término de quince (15) días de citado, pague el valor de la obligación demandada que es de CINCO MIL DOSCIENTOS CUATRO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA CON SESENTA Y DOS CENTAVOS DE DÓLAR o proponga las excepciones de las que se crea asistida, bajo la prevención de que en caso de que no comparezca dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el artículo 358 del COGEP. Tómese en cuenta la casilla judicial y los correos electrónicos señalados por la parte actora. Ejecutoriado este auto, la parte actora presentará mediante escrito las copias para realizar las boletas de citaciones.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 22 de enero del 2019, las 11h43, VISTOS: De conformidad con el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y en mérito del juramento rendido por el actor, sobre la imposibilidad de determinar la residencia de la parte demandada, cítese con el contenido de la demanda, auto inicial y presente providencia al demandado JUAN CARLOS URRESTA VALLEJO en calidad de representante legal de MEGESEC ESTRUCTURAS ECUADOR MEGESEC S. A., por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.-NOTIFÍQUESE. F) DRA. ENRIQUEZ SALTOS ESTEFANIA CARLA - JUEZA. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.-Certifico. ABG. MAYRA LISBETH GUERRA PORTERO SECRETARIA Hay firma y sello PAR/111291/EG EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA pARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROpOLITANO DE

Uno está enamorado cuando se da cuenta de que la otra persona es única. JorGe luiS BorGeS. Escritor argentino.

QUITO, pROVINCIA DE pICHINCHA DE pICHINCHA CITACION JUDICIAL: AL SEÑOR YANNUZZELLY GARRIDO BRUNO CESAR ACTOR: BOLIVAR RENATO MARTIN CORONEL MOLINAGERENTE GENERAL DE LA COMPAÑIA METROCAR S.A DEMANDADA: YANNUZZELLY GARRIDO BRUNO CESAR, DE LA TORRE LASCANO CARLOS MAURICIO Y YANNUZZELLY GARRIDO BRUNO CÉSARGERENTE GENERAL DE LA COMPAÑIADETRANSPORTE YANNUTRANS CIA. LTDA. JUICIO No: 172302017-03833 CUANTIA: USD. 431.026,24 TRAMITE: EJECUCIÓN OBJETO: EJECUCIÓN DEL ACTA DE MEDIACIÓN NO. 900-16 SUSCRITA ENTRE LAS PARTES, DE FORMA QUE SE SOLICITA A SU AUTORIDAD QUE ORDENE EL C U M P L I M I E N TO DE LA OBLIGACIÓN PENDIENTE DE PAGO Y ADICIONALMENTE QUE SE CUMPLA CON EL PAGO DE LA PENALIDAD CONFORME CONSTA EN EL PUNTO 4.4. DEL INSTRUMENTO DE MEDIACIÓN ADJUNTO A LA DEMANDA.JUEZ: AB. CINTHYA MOLINA DEFENSOR: DR. MARCO PROAÑO FECHA DE INICIO: 13-032017 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado. En atención a lo manifestado por no haber observaciones y así solicitarlo la parte actora se aprueba el informe pericial presentado por el Perito Mauricio De La Torre Lascano. Por corresponder al estado de la causa y de conformidad al artículo 372 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se ordena que la parte ejecutada Compañía YANNUTRANS CIA. LTDA., en la persona del señor Bruno César Yannuzzely Garrido, en la calidad de Gerente General y por sus propios y personales derechos, pague la cantidad de DOSCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 75/100 DÓLARES AMERICANOS (USD 205.597,75) de acuerdo a lo determinado en el informe de liquidación, cuya copia se adjunta al presente auto. La parte ejecutada presente oposición conforme lo establece el artículo 373 del COGEP o cumpla con la obligación materia de la

presente ejecución, en el término de cinco (5) días, bajo prevención que de no hacerlo, se procederá a la ejecución forzosa, conforme a lo dispuesto en la norma citada. Por tratarse de la ejecución de un título distinto a sentencia ejecutoriada, se ordena que se notifique con el presente mandado de ejecución al señor Bruno César Yannuzzely Garrido, por sus propios y personales derechos y en la calidad de Gerente General de la Compañía YANNUTRANS CIA. LTDA en persona o mediante tres boletas, en la dirección señalada en la solicitud presentada por el ejecutante BOLIVAR RENATO MARTIN CORONEL MOLINA Gerente General y Representante Legal de la Compañía METROCAR S.A., de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y siguientes del COGEP, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico (el peticionario prestará las facilidades necesarias).- Téngase en cuenta el casillero judicial y el casillero electrónico señalados por el actor para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a su Defensor Técnico.- Actúe el Doctor Juan Francisco Justicia Salgado, en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, miércoles 17 de julio del 2019, las 16h26, VISTOS: En mérito al juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a la parte demandada señor YANNUZZELLY GARRIDO BRUNO CESAR por sus propios derechos, mediante publicaciones realizadas por la prensa, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para tal propósito, por medio de secretaría y una vez ejecutoriado el presente auto remítase al casillero judicial de la parte actora, el correspondiente extracto, a fin de dar cumplimiento a la presente disposición. Actúe en calidad de secretario encargado de este despacho el Ab. Walter Altamirano. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar

Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. MARIA LOURDES TAYA A. SECRETARIA Hay firma y sello PAR/111294/EG UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA pARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO, pROVINCIA DE pICHINCHA Se le hace conocer que en la UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, a cargo de la AB. PAOLA CHAVEZ RODRIGUEZ, Juez titular, dentro del juicio de Suspensión de la Patria Potestad signado con el No.17204-2019-02840, se ha dictado lo siguiente: EXTRACTO JUDICIAL CAUSA: SUSPENCIÓN DE LA PATRIA POTESTAD No. DE JUICIO: 17204-201902840 ACTORA: KARLA CRISTINA POZO MORETA DEMANDADO: GILBERTO ALEJANDRO CORTES FIERRO TRÁMITE: SUMARIO CUATÍA: INDETERMINADA Hago saber: En el Juicio de Suspensión de la Patria Potestad signado con el No.- 17204-2019-02840 que sigue: KARLA CRISTINA POZO MORETA, en contra de GILBERTO ALEJANDRO CORTES FIERRO, hay lo siguiente: AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 12 de julio del 2019, las 14h34, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, en virtud del sorteo de ley y de conformidad con los artículos 175 de la Constitución de la República, 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que de conformidad con el artículo 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se la ADMITE al procedimiento SUMARIO establecido en el artículo 333 del referido Código.- De conformidad con lo previsto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico

AVISO De conformidad con el Art. 393 de la Ley de Compañías, se notifica a los acreedores de la Compañía DISTRIBUIDORA DEPORTIVA BATISPORT CÍA. LTDA. “EN LIQUIDACIÓN”, para que en el término de veinte (20) días, contados desde la tercera y última publicación de este aviso, se acerquen a las oficinas ubicadas en la Calle De los Cerezos 13205 y Av. Galo Plaza Lasso, correo electrónico marcela. guzman@ec.aseyco.com, y presenten los documentos que acrediten su derecho. Transcurridos dichos términos se tomarán en cuenta solo los acreedores que hubieran probado su calidad y a los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la Compañía. DR. ALEX RENÁN PAZ Y MIÑO ALVARADO LIQUIDADOR PRINCIPAL DISTRIBUIDORA DEPORTIVA BATISPORT CÍA. LTDA. “EN LIQUIDACIÓN PAP/73740/EG

General de Procesos, cítese al demandado señor Gilberto Alejandro Cortés Fierro mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito. Para la práctica de esta diligencia confiérase el extracto respectivo. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso.- Se le previene al demandado sobre su obligación de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial y contestar a la demanda en el término de diez días luego de haber sido citado conforme a lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. Contestación que debe cumplir lo determinado en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal.- La audiencia única establecida en el Art. 333 numeral 4 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir.- Con relación al anuncio de pruebas formulado por la accionante se dispone: 1) Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda. 2) Una vez practicada la

citación, con fundamento en el artículo 123 numeral 2 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia en concordancia con el artículo 130 numeral 10 del Código Orgánico de la Función Judicial, remítase el proceso a la oficina técnica de esta Unidad Judicial a fin de que realice una investigación del entorno social y familiar del niño Francisco Alejandro Cortés Pozo, debiendo practicar una valoración psicológica a sus progenitores.- 3) El niño Francisco Alejandro Cortés Pozo será escuchado en audiencia reservada antes de la realización de la audiencia única, según lo previsto en la Observación General número 12 del Comité de los Derechos del Niño, artículo 12 de la Convención de los Derechos del niño, 60 del Código de la Niñez y Adolescencia y 31 último inciso del Código Orgánico General de Procesos.Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la accionante para sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su abogado patrocinador.- NOTIFÍQUESE.f) AB. PAOLA CHAVEZ RODRIGUEZ, JUEZ. Lo Certifico. Lo que comunico a usted para los fines de Ley.DRA. CECILIA GUAMAN QUINZO

COMITÉ BARRIAL URBANIZACIÓN MIRAVALLE 2 Cantón Quito, Parroquia Nayón De acuerdo con los Estatutos del Comité Barrial Urbanización Miravalle 2 y con las normas del Decreto Ejecutivo 193 publicado en el Registro Oficial Suplemento 109 del 27 de Octubre de 2017, la Directiva notifica la exclusión de los siguientes socios: Quito, 18 de julio de 2019. NOMBRE DE LOS SOCIOS

CEDULA

DAVILA CASTILLO NELSON EDUARDO

1700402728

ESPINOZA BAEZ JOSE OSWALDO

1702023134

MUÑOZ SALAZAR EDGAR EDMUNDO

1700102716

HIDALGO LOPEZ RAFAEL ALBERTO

1700301730

LEON GUARDERAS FABIAN NEPTALI

1702736412

DAVILA GRIJALVA WILSON JOSE ALBERTO

1700185414

GUERRERO BUENO MIREYA DE LAS MERCEDES 1702925916 PEÑAHERRERA CORRAL SUSANA GUADALUPE 1703395838 LIBERMAN CAHN DAVID ANDRE

1703196657

MARINKOVIC ESPOZ ESTELA DE LOURDES

1705586871

URBINA PAEZ GUSTAVO ADOLFO

1702020395

SALVADOR CHAVEZ MARIA AUGUSTA

1704564838

ANDINO ROMERO JORGE HERNAN

1701969337

STADLER CORTEZ MARIANA

1701148296

RAISER SCHULE ANNEGRET

1703762490

ENRIQUEZ PARRA FERNANDO

1702806223

MORILLO BATLLE ODETTE MONSERRAT

1703216638

VERGARA RECALDE ALFREDO

1701702829

RODRIGUEZ SAONA ROCIO DEL PERPETUO SOCORRO

1701623942

MUÑOZ JARAMILLO GONZALO VINICIO

1703567014

GARCIA JAEN MANUEL ANTONIO

1701500447

SALGADO CARRILLO CARLOS EDUARDO

1800158154

VIVANCO FIGUEROA JUAN FROILAN

1705586822 PAR/111301


SECRETARIA DE LA UNIDAD Hay firma sello PAR/11295/EG EXTRACTO pARA CITACIÓN pOR LA pRENSA TRáMITE DE VISTO BUENO No.: 283532-2019pAVg ACCIONANTE: SR. ELOY ANIBAL ARROYO CLAVIJO. ACCIONADO: SRA. NULVIA PATRICIA MIÑO JATIVA. CAUSAL: Art. 172 numeral 1° del Código del Trabajo Dentro del Trámite de Visto Bueno N° 283532-2019PAVG, que sigue el (a) señor. (a) ELOY ANIBAL ARROYO CLAVIJO, empleador (a), en contra del (a) señor (a) NULVIA-. PATRICIA MIÑO JATIVA, trabajador (a), se ha dictado lo que sigue: INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 22 de julio del 2019 a las 12h50.En mi calidad de Inspectora del Trabajo de Pichincha, y en mérito del sorteo de ley, AVOCO CONOCIMIENTO del Trámite de Visto Bueno N° 283532-2019-PAVG, que sigue el (a) señor (a) ELOY ANIBAL ARROYO CLAVIJO, empleador (a), en contra del (a) señor (a) NULVIA PATRICIA MIÑO JATIVA, trabajador (a).- En lo principal, atendiendo el mismo, DISPONGO: 1.- Téngase en cuenta la declaración juramentada y el certificado de registro consular presentados por la parte actora. 2.De conformidad con el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos numeral 1, en concordancia con el artículo 6 del Código del Trabajo, y considerando que la parte actora ha manifestado, bajo juramento, desconocer el lugar de domicilio actual de la parte accionada, con la copia de la solicitud de visto bueno que antecede, y el extracto de esta providencia, notifíquese al trabajador mediante 3 (tres) publicaciones a realizarse en 3 (tres) distintos días, y a día seguido, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, previniéndose al accionado que de no dar contestación al petitorio en el término máximo de 22 (veinte y dos) días, a contarse a partir de la última publicación, se continuará con el trámite en su rebeldía.- 3.- Se advierte al accionado de su obligación de señalar casilla judicial, para futuras notificaciones.-4.- Las publicaciones por la prensa deberán remitirse a esta inspectoría en el término de 10 días contados a partir de la notificación con la presente providencia, bajo prevención de ordenar el archivo del expediente en caso de no dar cumplimiento.- 5.- Tómese en cuenta el domicilio señalado por la parte actora para notificaciones NOTIFIQUESE.AB. PAOLA VILLACIS GALINDO INSPECTORA DEL TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAP/73760/EG REpÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA pARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL DE INTERDICCIÓN PROVISIONAL HÁGASE SABER AL PÚBLICO EN GENERAL JUICIO No.: 17204-2018-

02341 ACCION: INTERDICCIÓN PA R T E ACTORA: MOSQUERA PESANTEZ GUADALUPE JEANETH PARTE DEMANDADA: PESANTEZ VELEZ ELSA DOLORES BEATRIZ PROCEDIMIENTO: SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZA: AB. IRINA CHAVEZ COELLO UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.Quito, martes 30 de abril del 2019, las 13h05, VISTOS: Ab. Irina Chávez Coello en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial, en ejercicio de las atribuciones que me hallo investida, conforme a lo dispuesto en el artículo 95 del Código Orgánico General de Procesos emite la siguiente Sentencia de INTERDICCIÓN DEFINITIVA dentro de la causa No. 172042018-02341: 1) “IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES PROCESALES”: ACTORA: GUADALUPE JEANETH MOSQUERA PESANTEZ, con cédula de ciudadanía número 171101451-2.- DEMANDADA: ELSA DOLORES BEATRIZ PESANTEZ VÉLEZ, con cédula de ciudadanía número 1720739091.- 2) LA ENUNCIACIÓN BREVE DE LOS HECHOS Y C I R C U N S TA N C I A S . OBJETO DE LA DEMANDA Y DE D E F E N SA DEL DEMANDADO. 1° La demanda de declaratoria de interdicción, presentada por GUADALUPE JEANETH MOSQUERA PESANTEZ, quien se funda en los siguientes hechos, con el carnet de discapacidad, certificad médico y Psicológicos que anexan se concluye que la señora Elsa Pesantes presenta una discapacidad intelectual moderada código 318.0 (F1). Por lo que ella necesitará ayuda para poder realizar actividades de la vida cotidiana y su juicio social y la capacidad para tomar decisiones son limitada y los cuidadores han de ayudar en las decisiones de la vida, es evidente, y no puede valerse por sí sola para administrar sus bienes, derechos y obligaciones. 2.1.- Mediante resolución de fecha 02 de enero del 2019, las 11h53 (fjs.125 a la 127 todas vuelta 128) se declara la Interdicción Provisional de la señora ELSA DOLORES BEATRIZ PESANTEZ VELEZ, y en su parte pertinente consta: “… DECISIÓN: Por lo expuesto, en aplicación al Principio de celeridad procesal contemplado en el artículo 20 del Código Orgánico de la Función Judicial; principios de simplificación, eficacia, celeridad y economía procesal consagrados en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, al haberse justificado con los informes efectuados por los DOS peritos nombrados en la presente causa; así como, por la examinación personal efectuada por la suscrita jueza en la diligencia de reconocimiento de la señora ELSA DOLORES BEATRIZ PESANTEZ VELEZ, con cédula de ciudadanía número 1720739091; la procedencia de la interdicción y por ende el nombramiento de un o una curadora a su favor, de conformidad a lo prescrito en los artículos 478 y siguientes del Código Civil, la suscrita RESUELVE declarar la

I N T E R D I C C I Ó N PROVISIONAL de la señora ELSA DOLORES BEATRIZ PESANTEZ VELEZ, con cédula de ciudadanía número 1720739091, nombrándose por lo mismo como CURADORA INTERINA a su sobrina la s e ñ o ra GUADALUPE JEANETH MOSQUERA PESANTEZ con cédula de ciudadanía número 171101451-2, a fin de que lo represente en todos los actos públicos y privados. Se advierte que la interdicta no será privada de su libertad personal ni podrá ser trasladado a un hospital psiquiátrico a no ser que obtenga autorización judicial. Ejecutoriado que sea el presente auto, inscríbase en el Registro de la Propiedad y notifíquese al público mediante la publicación en uno de los diarios de esta ciudad, así como mediante los carteles respectivos en los parajes más frecuentados, conforme establece el artículo 468 del Código Civil. - A petición de parte se dará cumplimiento a lo determinado en el artículo 398 y siguientes del Código Civil.”3) PRONUNCIAMIENTO SOBRE LAS EXCEPCIONES PREVIAS: En la presente causa NO se han presentado NI alegado excepción previa.4) RELACIÓN DE LOS HECHOS PROBADOS, RELEVANTES PARA LA R E S O LU C I Ó N . 4 .1 . Mediante auto de 11 de abril a las 11h20, se convocó a la Audiencia Única.- 4.2.-A la Audiencia comparecen las partes procesales la Curadora Provisional se ñ o ra GUADALUPE JEANETH MOSQUERA PESANTEZ, la señora ELSA DOLORES BEATRIZ PESANTEZ VELEZ en compañía de sus Defensas Técnicas, 4.4.- En dicha audiencia las partes asistentes manifestaron que no existe ningún vicio de procedibilidad que alegar por lo que se declaró la validez del proceso hasta dicha fase. Fijado el objeto de la controversia en “determinar si la señora ELSA DOLORES BEATRIZ PESANTEZ VELEZ se encuentra inmersa en las causales de Interdicción Definitiva, NO se realizó la conciliación dada la naturaleza de la causa conforme lo establece el artículo 2352 del Código Civil evacuándose la prueba correspondiente que en lo pertinente consistió en: PRUEBA DOCUMENTAL: 1) Resolución de Interdicción Provisional de la señora ELSA DOLORES BEATRIZ PESANTEZ VELEZ (fs. 125 a la 127 todas vuelta a la 128), 2) La Notificación en el Periódico (fs. 143 vuelta), 3) Fijación de Carteles (fs. 151 a la 146); 4) Inscripción del Registro de la Propiedad (fs. 144 vuelta y 145 vuelta); PRUEBA PERICIAL: Los peritos designados dentro de la presente causa Psic. YORDANO LAGUADO y la Doctora YO L A N DA VILLACRECES VINUEZA sustentaron sus informes en la Audiencia Única para ser Declarada la Interdicción Provisional a la señora ELSA D O LO R ES B E AT R I Z PESANTEZ VELEZ.- 4.5.Dentro del Proceso no existe oposición alguna con relación a la Curadora Provisional.- 4.6.- El 02 de enero de 2019, en la audiencia única la suscrita procedió con la examinación de la supuesta interdicta conforme lo dispuesto en el artículo 482 del Código Civil, realizándose preguntas básicas a la demandada, como: ¿Cuál es su nombre?; ¿sabe qué día

Si la pobreza es la madre de los crímenes, la falta de espíritu es su padre. Jean

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Literato y moralista francés. es hoy?, ¿qué hora es?, ¿reconoce algún pariente?, ¿sabe el nombre de dos parientes que se le indicó en ese momento, las respuestas no fueron entendibles ya que hacía unos sonidos.- 4.7.Conforme lo dispuesto en el artículo 483 del Código Civil en concordancia con los artículos 467; y, 468 ibídem la suscrita en la misma audiencia única de fecha 01 de enero de 2018, se escuchó a los parientes de la señora ELSA D O LO R ES B E AT R I Z PESANTEZ VELEZ, con cédula de ciudadanía No. 1720739091, con el fin de formarse criterio de la persona idónea a quien de ser necesario se nombrará como curadora; es así que, se escuchó a los señoras ROSA MARIA PESANTEZ VELEZ hermana de la demandada y MONICA GRACIELA MOSQUERA PESANTEZ quienes coincidieron que la s e ñ o ra G UA DA LU P E JEANETH MOSQUERA PESANTEZ es la persona idónea para que sea la curadora de la demandada- 5) MOTIVACIÓN: Con estos antecedentes, encontrándose el proceso en estado de resolver, para hacerlo se considera: 5.1.- La suscrita jueza es competente para conocer y resolver la presente causa de conformidad a lo prescrito en el artículo 175 de la Constitución de la República, artículos 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, así como en los artículos 332 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos y al sorteo de ley.- 5.2.- No se advierte omisión de ritualismo o solemnidad sustancial que pueda influir en la decisión de la causa, por lo que se declara su validez procesal.- 5.3.- El Código Orgánico General de Procesos en el artículo 333 numeral 4 establece que el procedimiento sumario “4. Se desarrollará en audiencia única, con dos fases, la primera de saneamiento, fijación de los puntos en debate y conciliación y la segunda, de prueba y alegatos.”.- 5.4.El Código Orgánico General de Procesos en lo pertinente prescribe: “Art. 169.- Carga de la prueba. Es obligación de la parte actora probar los hechos que ha propuesto afirmativamente en la demanda y que ha negado la parte demandada en su contestación”.(…), estableciendo que “Art. 158.- Finalidad de la prueba. La prueba tiene por finalidad llevar a la o al juzgador al convencimiento de los hechos y circunstancias controvertidos.”.- 5.5.En los actuales momentos, la prueba no puede ser considerada únicamente como una carga onus probandi, sino también, como en la especie, un prototípico y autonómico derecho a probar. El Artículo 76 numeral 7 literal h) de la Constitución de la República, determina “En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas: (…) 7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías: (…) h) Presentar de forma

verbal o escrita las razones o argumentos de los que se crea asistida y replicar los argumentos de las otras partes; presentar pruebas y contradecir las que se presenten en su contra…”; el artículo 27 del Código Orgánico de la Función Judicial, determina: “Principio de la Verdad Procesal.- Las juezas y jueces, resolverán únicamente atendiendo a los elementos aportados por las partes…”; el Artículo 9 inciso 2° ibídem, determina “PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD.- La actuación de las juezas y jueces de la Función Judicial será imparcial, respetando la igualdad ante la ley. En todos los procesos a su cargo, las juezas y jueces deberán resolver siempre las pretensiones y excepciones que hayan deducido los litigantes, sobre la única base de la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado, la ley y los elementos probatorios aportados por las partes…”; de su parte el inciso primero del Artículo 19 ibídem, determina “PRINCIPIOS DISPOSITIVO, DE INMEDIACIÓN Y CONCENTRACIÓN.- Todo proceso judicial se promueve por iniciativa de parte legitimada. Las juezas y jueces resolverán de conformidad con lo fijado por las partes como objeto del proceso y en mérito de las pruebas pedidas, ordenadas y actuadas de conformidad con la ley…”.5.6.- Juan Larrea Holguín, sobre el vocablo interdicción, dice: “Decreto o sentencia judicial que priva a una persona de la libre administración de sus bienes y, normalmente, la sujeta a un guardador, quien le representará o autorizará para los actos jurídicos, exceptuándose solamente los de carácter muy personal, como los testamentarios.” (Diccionario del D e re c h o Civil, Corporación de Estudios y Publicaciones, Quito Ecuador, 2006, p. 248).- 5.7.El Diccionario Jurídico Anbar, Tomo IV A-G, Cuenca Ecuador, p. 197, dice “Prohibición, incapacitación.|| Denominación de las penas restrictivas de la capacidad jurídica, de la libertad o de determinados derechos. || Personas que han sido incapacitadas para la realización de un acto o actos de la vida civil: dementes, pródigos, quebrados, condenados. La interdicción puede ser determinada por resolución judicial y a petición de parte interesada.”. 5.8.- El Dr. Aníbal Guzmán Lara, en su obra Diccionario Explicativo Derecho Procesal Civil, Tomo II I V, editorial jurídica del Ecuador, 1ª edición, QuitoEcuador, 1999, p. 499, dice “Interdicción es la situación jurídica en que se coloca a una persona y en virtud de la cual es privada de ciertos derechos, muy especialmente de administrar sus propios bienes, de obligarse, de contratar, por ejemplo vender, en virtud de encontrarse en especiales circunstancias de falta de conciencia, salud, vicio, etc.”.- 5.9.- Para el insigne tratadista chileno,

Luis Claro Solar, expresa que “En la interdicción del demente la ley se propone un doble objeto, uno de interés privado, el otro de interés público. En interés de la persona demente y de su familia, autoriza la interdicción, cuando en definitiva esta persona se halla, con respecto a sus facultades mentales, en la imposibilidad de gobernarse a sí misma y de administrar sus bienes. En interés público, la autoriza también para garantir a la sociedad de los peligros a que podría exponerla la presencia un demente que ejecutara actos dañosos en sus accesos de furia o que pudiera ser peligroso si su monomanía, aparentemente tranquila, fuera el homicidio por ejemplo. Los jueces no están llamados a investigar más o menos científicamente la influencia de tal o cual lesión cerebral sobre las facultades del hombre en general, sino de saber, en el hecho, en un caso dado, si tal persona, cuya interdicción se pide, conserva o no una inteligencia suficiente de los negocios de la vida civil y la aptitud conveniente para la marcha ordinaria de la administración de un patrimonio. Debe, naturalmente, el magistrado, atender a las enseñanzas de la ciencia e ilustrarse en sus investigaciones y descubrimientos; pero sólo para poder apreciar debidamente el estado particular de las facultades mentales del supuesto demente y decidir con pleno conocimiento de causa si debe decretar o no la interdicción pedida.”, (Explicaciones de Derecho Civil Chileno y Comparado De las Personas, Tomo Tercero, editorial jurídica de Chile, Santiago de Chile 2013, p. 100, apartado 2421). 5.10.- Los presupuestos procesales en el presente asunto se encuentran acreditados a plenitud. La capacidad legal de una persona es la facultad que tiene para ejercer sus derechos y administrar sus bienes, sin que para ello se requiera la intervención de otra (art. 1461 último inciso del Código Civil), dicha capacidad es la regla general para los mayores de edad, de la cual quedan excluidos por excepción ciertas personas a quienes por razones especiales el mismo cuerpo legal invocado niega o limita esa capacidad de ejercicio. Tenemos, por tanto, que están excluidos en forma absoluta de la facultad en mención los dementes, los impúberes y los sordomudos que no pueden darse a entender por escrito. Sus actos no surten ni aun obligaciones naturales, y no admiten caución (Art. 1463 Ib.). El tercer inciso de la disposición legal referida, señala que son incapaces relativos los menores adultos, los que se hallan en interdicción de administrar sus bienes, y las personas jurídicas. En el plano jurídico la finalidad de la institución jurídica denominada incapacidad sea absoluta o relativa, es la de proteger a las personas que en razón de su edad o por limitaciones graves de índole psicológica o fisiológica, no pueden actuar en condiciones normales en el medio social que los rodea, ayer el legislador y hoy el asambleísta crearon la figura jurídica de la interdicción mediante la cual se desvirtúa la presunción de capacidad general de que goza en principio toda persona. En los procesos de interdicción por demencia, el asambleísta patrio creó dicha figura para darle protección al enfermo,

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con los que se busca desvirtuar la presunción legal de capacidad de las personas consagradas en el Art. 1462 ibídem “Toda persona es legalmente capaz, excepto las que la ley declara incapaces.”. En esta clase de procesos es forzosa la práctica de la prueba pericial, dicho medio probatorio legalmente practicado y legalmente apreciado y valorado, es el que le permite al juzgador concluir si la interdicción debe o no ser decretada. A la persona que se le declara en estado de interdicción se le designa un curador provisional para que lo represente legalmente, quien deberá hacerse cargo entre otros aspectos del su cuidado personal, de la recuperación de ser aquello posible y de la administración de sus bienes del interdicto. Por esto, se exige que la persona designada cuente con suficientes capacidades morales y económicas para que pueda ejercer este encargo con responsabilidad y garantice el desempeño adecuado de sus funciones. La interdicción constituye, en esencia, una garantía para el incapaz, porque podría quedar desprotegido si no se le proporcionara la protección jurídica necesaria a través de la intervención de las y los jueces, quienes tienen la potestad de apreciar los elementos incorporados a la causa y de pronunciarse sobre la capacidad o incapacidad de las personas.- 5.11.- En el presente caso se ha justificado la necesidad de declarar a la demandada señora ELSA DOLORES BEATRIZ PESANTEZ VELEZ, con cédula de ciudadanía número 1720739091 en interdicción conforme se desprende de los informes periciales que en lo principal han manifestado que la señora tiene un retraso moderado con analfabetismo, hipoacusia bilateral, no puede valerse por sí misma por no cumplir con la edad, por tener déficit y alteraciones concurrentes de la actividad adaptativa, en consecuencia necesita de terceras personas para que pueda realizar todas las cosas cotidianas por ser una persona vulnerable y es incapaz de tomar decisiones sobre lo que le conviene de manera consiente; y, con del reconocimiento efectuado por la suscrita juzgadora a la señora demandada ELSA D O LO R ES B E AT R I Z PESANTEZ VELEZ se verificó que no puede valerse por sí sola; y que se ha cumplido con todo lo que determina el Art. 468 del Código Civil, tal como consta dentro del proceso: 1) La Resolución de Interdicción Provisional de la señora ELSA DOLORES BEATRIZ PESANTEZ VELEZ (fs. 125 a la 127 todas vuelta a la 128), 2) La Notificación en el Periódico (fs. 143 vuelta), 3) Fijación de Carteles (fs. 151 a la 156); 4) Inscripción del Registro de la Propiedad ( fs. 144 vuelta a 145 vuelta) .- Al respecto el Código Civil en su artículo 484 prescribe: “Se conferirá la curaduría del demente: 1. Al cónyuge si no hubiere separación conyugal. Pero el cónyuge tendrá derecho de aceptar o repudiar esta guar-

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da, y en caso de no aceptarla, podrá pedir la liquidación de la sociedad conyugal; 2. A sus descendientes; 3. A sus ascendientes; y, 4. A sus colaterales, hasta el cuarto grado, o a sus hermanos. Los padres no podrán ejercer este cargo, sin el consentimiento del otro cónyuge. El juez elegirá, en cada clase de las designadas en los numerales 2., 3 y 4, la persona o personas que más idóneas le parecieren. A falta de las personas antedichas, tendrá lugar la curaduría dativa.” (Énfasis añadido).6) DECISIÓN: Por lo expuesto, en aplicación al Principio de celeridad procesal contemplado en el artículo 20 del Código Orgánico de la Función Judicial; principios de simplificación, eficacia, celeridad y economía procesal consagrados en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, al haberse justificado con los informes efectuados peritos nombrados, la Resolución de Interdicción Provisional de la señora ELSA DOLORES BEATRIZ PESANTEZ VELEZ, la Notificación en el Periódico, la Fijación de Carteles; La Inscripción del Registro de la Propiedad, así como, por la examinación personal efectuada por la suscrita jueza en la diligencia de reconocimiento de la señora ELSA DOLORES BEATRIZ PESANTEZ VELEZ, con cédula de ciudadanía número 1720739091 la procedencia de la interdicción y por ende el nombramiento de un o una curadora a su favor, de conformidad a lo prescrito en los artículos 478 y siguientes del Código Civil, la suscrita “ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DEL PUEBLOSOBERANO DEL EC UA D O R Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA REPUBLICA”, se declara DEFINITIVA LA INTERDICCIÓN de la señora ELSA DOLORES BEATRIZ PESANTEZ VELEZ, con cédula de ciudadanía número 1720739091 y como consecuencia de esta declaratoria, se nombra curador general a su sobrina la señora GUADALUPE JEANETH MOSQUERA PESANTEZ, portadora de la cédula de ciudadanía número 1711014512, designada anteriormente Curadora Interina. Se advierte que la interdicta no será privada de su libertad personal ni podrá ser trasladada a un hospital psiquiátrico a no ser que obtenga autorización judicial.Ejecutoriado el fallo, cúmplase con lo dispuesto en los artículos, 468 del Código Civil; practicado, notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del cantón Quito, provincia de Pichincha, para los fines pertinentes, confiérase a la Curador General, copias certificadas suficientes para que le sirva de habitante en sus gestiones y administración posterior.Una vez que se cumpla con lo ordenado en sentencia, es decir, ejecutoriada y ejecutada la misma, se procederá con la posesión y discernimiento de Curador General.Sin costas ni honorarios que regular.- NOTIFIQUESE. f) Ab. Irina Chavez Coello,


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JUEZA. Lo que comunico a para los fines de ley. AB. Lilian Santander SECRETARIA Hay firma y sello PAR/111300/EG UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA pARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO, pROVINCIA DE pICHINCHA Se le hace conocer que en la UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, a cargo de la AB. PAOLA CHAVEZ RODRIGUEZ, Juez titular, dentro del juicio de Suspensión de la Patria Potestad signado con el No.17204-2019-02840, se ha dictado lo siguiente: EXTRACTO JUDICIAL CAUSA: SUSPENCIÓN DE LA PATRIA POTESTAD No. DE JUICIO: 17204-201902840 ACTORA: KARLA CRISTINA POZO MORETA DEMANDADO: GILBERTO ALEJANDRO CORTES FIERRO TRÁMITE: SUMARIO CUATÍA: INDETERMINADA Hago saber: En el Juicio de Suspensión de la Patria Potestad signado con el No.- 17204-2019-02840 que sigue: KARLA CRISTINA POZO MORETA, en contra de GILBERTO ALEJANDRO CORTES FIERRO, hay lo siguiente: AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 12 de julio del 2019, las 14h34, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, en virtud del sorteo de ley y de conformidad con los artículos 175 de la Constitución de la República, 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que de conformidad con el artículo 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se la ADMITE al procedimiento SUMARIO establecido en el artículo 333 del referido Código.- De conformidad con lo previsto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado señor Gilberto Alejandro Cortés Fierro mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito. Para la práctica de esta diligencia confiérase el extracto respectivo. Las publicacio-

nes íntegras se agregarán al proceso.- Se le previene al demandado sobre su obligación de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial y contestar a la demanda en el término de diez días luego de haber sido citado conforme a lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. Contestación que debe cumplir lo determinado en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal.- La audiencia única establecida en el Art. 333 numeral 4 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir.- Con relación al anuncio de pruebas formulado por la accionante se dispone: 1) Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda. 2) Una vez practicada la citación, con fundamento en el artículo 123 numeral 2 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia en concordancia con el artículo 130 numeral 10 del Código Orgánico de la Función Judicial, remítase el proceso a la oficina técnica de esta Unidad Judicial a fin de que realice una investigación del entorno social y familiar del niño Francisco Alejandro Cortés Pozo, debiendo practicar una valoración psicológica a sus progenitores.- 3) El niño Francisco Alejandro Cortés Pozo será escuchado en audiencia reservada antes de la realización de la audiencia única, según lo previsto en la Observación General número 12 del Comité de los Derechos del Niño, artículo 12 de la Convención de los Derechos del niño, 60 del Código de la Niñez y Adolescencia y 31 último inciso del Código Orgánico General de Procesos.Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la accionante para sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su abogado patrocinador.- NOTIFÍQUESE.f) AB. PAOLA CHAVEZ RODRIGUEZ, JUEZ. Lo Certifico. Lo que comunico a usted para los fines de Ley.DRA. CECILIA GUAMAN QUINZO SECRETARIA DE LA UNIDAD Hay firma sello PAR/111295/EG UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO pROVINCIADE pICHINCHA CITACION A: VELASTEGUI CARABALLO JOSE LUIS ACTOR: GEAN MAGALY AGUIRRE ENALCAZAR, PROCURADORA JUDICIAL DE BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: VELASTEGUI CARABALLO JOSE LUIS CUANTIA: USD$ 20.700,00 (VEINTE MIL SETECIENTOS D O L A R ES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

NORTEAMERICA) JUICIO No: 17307-2012-1019 TRAMITE: EMBARGO Y REMATE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIADE PICHINCHA. Quito 22 DE AGOSTO DEL 2012, LAS 14H08. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez encargado de esta Judicatura, mediante Acción de Personal No. 3829- DPDPP de fecha 22 de Agosto de 2012. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Por hallarse en vigencia el contrato de Venta Con Reserva de Dominio que se acompaña a la demanda, se ordena el embargo y remate en pública subasta del vehículo Marca Chevrolet, Color Plata Escuna, Año 2009, Motor 4JH1-691744 y más características constantes en el referido contrato, para con el producto del remate pagarse al acreedor. Para la práctica de esta diligencia cuéntese con uno de los señores miembros de la Policía Nacional y con uno de los señores Depositarios Judiciales de este cantón, quien será asignado mediante el sorteo correspondiente. Cítese al demandado señor VELASTEGUI CARABALLO JOSE LUIS en el lugar que se indica, mediante comisión al señor Teniente Político de Conotoco. Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el compareciente. Previamente dejándose copia certificada y recibo en autos desglósese y entréguese la documentación solicitada. NOTIFIQUESE.- F) DR. CRISTOBAL OJEDA juezencargado. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIADE PICHINCHA Quito, jueves 18 de julio del 2019, las 14h39, Una vez que la parte actora ha declarado bajo juramento sobre el desconocimiento del domicilio del demandado de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado VELASTEGUI CARABALLO JOSE LUIS, mediante tres publicaciones en la prensa, que se realizarán en un diario de amplia circulación en el País, previniéndole de señalar casillero judicial para sus notificaciones, para el efecto confiérase el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.- F) DRA. GRIMANESA ERAZO-JUEZA Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, electrónico o correo electrónico en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.ABG. ZOILA ELENA SALAZAR SALAZAR SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC/112220/AT Casilla Judicial: 1819 REpÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA pARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO, pROVINCIA DE pICHINCHA. PUBLICACIÓN: CÍTESE AL SEÑOR PEDRO

La respuesta es la desgracia de la pregunta. M au r i c e B l a n c h o t . Escritor francés.

S EG U N D O G UA LOTO SIMBAÑA, Y A LA SEÑORA V I C E N TA P U L U PA GUACHAMIN. EXTRACTO NÚMERO DE JUICIO: 17203-2019-04898. ACCIÓN: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS. TRÁMITE: VOLUNTARIO. AC TO R /A : G UA LOTO PULUPA LUIS ALBERTO DEMANDADO/A: - GUALOTO BARAHONA EDGAR JAVIER. - GUALOTO BARAHONA JORGE MANUEL. - GUALOTO BARAHONA LUIS RAUL. - GUALOTO BARAHONA MARIA ISABEL. - GUALOTO PULUPA VICTOR ENRIQUE. C U A N T Í A : INDETERMINADA. OBJETO DEL EXTRACTO: CITAR AL SEÑOR PEDRO S EG U N D O G UA LOTO SIMBAÑA, Y A LA SEÑORA V I C E N TA P U L U PA GUACHAMIN. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 28 de junio del 2019, las 11h58, VISTOS: a) Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Mariscal Sucre, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. b) Anéxese a los autos el escrito y anexos que anteceden. c) La petición que antecede formulada por el señor GUALOTO PULUPA LUIS ALBERTO, en contra de: GUALOTO BARAHONA JORGE MANUEL, GUALOTO BARAHONA EDGAR JAVIER, GUALOTO BARAHONA LUIS RAUL, GUALOTO BARAHONA MARIA ISABEL; y, GUALOTO PULUPA VICTOR ENRIQUE, es clara y reúne los requisitos formales contemplados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia, al tenor del Art. 146 ibídem, en concordancia con el Art. 335 ibídem se la acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, que le corresponde, según lo prescrito en el Art. 334 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, en relación con el Art. 341 ibídem. CÍTESE a los señores: GUALOTO BARAHONA JORGE MANUEL, GUALOTO BARAHONA EDGAR JAVIER, GUALOTO BARAHONA LUIS RAUL, GUALOTO BARAHONA MARIA ISABEL; y, GUALOTO PULUPA VICTOR ENRIQUE, en la dirección señalada por intermedio de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de la Unidad Judicial. Y, conforme lo prescrito en el Art. 335 del Código Orgánico General de Procesos, se le concede el término de quince días para dar contestación a la demanda. Al tenor del Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes PEDRO SEGUNDO G UA LOTO S I M BA Ñ A y VICENTA PULUPA GUACHAMIN, mediante tres

publicaciones en un periódico de amplia circulación local. Considérese la casilla judicial señalada para posteriores notificaciones, y la autorización que le confiere a su abogado patrocinador. HÁGASE SABER. f).- Dra. Patricia Mercedes Segarra Faggioni, Jueza.Lo que comunico a Uds. para los fines de ley; previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica para futuras notificaciones que les correspondan.- Certifico.AB. GERMANIA PATRICIA TAMAY CEVALLOS SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC/112221/AT R. DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA pARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO, pROVINCIA DE pICHINCHA NOTIFICACION JUDICIAL A: Presuntos y desconocidos herederos del causante señor LUIS NESTOR SILLO CASILLAS. ACTORA: ROSA MARGARITA MACIAS TIGSE en calidad de madre y representante legal de los menores LUIS ESTEBAN SILLO MACIAS, MICHAEL ANDRES SILLO MACIAS y BRIGUETT ELENA SILLO MACIAS por el fallecimiento del causante LUIS NESTOR SILLO CASILLAS. D E M A N D A D O : C O O P E R AT I VA DE TRANSPORTES ECUADOR, representada por Sofía Vanessa Molina Tipán PROCEDIMIENTO SUMARIO (indemnización por despido intempestivo) No.172332018-05460. FUNDAMENTO LEGAL: Arts. 33,326, Numerales 2,3 y 4 Art.327,328 de la Constitución de la República del Ecuador en concordancia con los artículos 3,4,5,7,42 ,69,71,83,94,95,111,113,188 del Código de trabajo y Art. 575 de la ley ibídem sustituidos por la Disposición Reformatoria Sexta Numeral 6 del Código Orgánico General de Procesos, en armonía con el Art. 333 del mismo cuerpo legal; y Art.51 de Ley Orgánica de Discapacidades. CUANTIA: 12.184,50. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 26 de abril del 2019, las 11h51. VISTOS: La parte actora ha cumplido con el juramento ordenado en el auto que antecede, en tal virtud, notifíquese a los presuntos y desconocidos herederos de LUIS NESTOR SILLO CASILLAS mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad.Remítase al casillero judicial de la parte actora el extracto

correspondiente.-Notifíquese. f) DRA.ENRIQUEZ SALTOS ESTEFANÍA CARLA.JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 19 de julio del 2019, las 09h09, VISTOS: Amparada en lo dispuesto en los Arts. 20 y 25 del Código Orgánico de la Función Judicial, y con fundamento en lo establecido en el Art. 15 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 517 del 26 de junio del 2019 que textualmente dice: “A continuación del artículo 68, agrégase un artículo con el siguiente texto: “Art. 68.1.- Si alguno de los litigantes fallece, se notificará a sus herederos para que comparezcan al proceso. A los herederos conocidos se les notificará en persona o por una sola boleta. A los herederos desconocidos o de quienes no se puede determinar su residencia, mediante una sola publicación en la forma y con los efectos señalados en el artículo 56 de este Código. La notificación se hará mediante providencia en la que se dispondrá contar con los herederos en el proceso. La publicación por la prensa contendrá únicamente un extracto de aquella.”, se dispone que la notificación a los presuntos y desconocidos herederos del causante LUIS NESTOR SILLO CASILLAS se realice mediante una sola publicación del auto en el que se ordena notificar a dichos herederos.-Notifíquese. f) DRA.ENRIQUEZ SALTOS ESTEFANÍA CARLA.-JUEZA. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico y correos electrónicos para sus notificaciones.-CERTIFICO. ABG. GUERRA PORTERO MAYRA LISBETH SECRETARIA Hay firma y sello PAC/112228/AT UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA pARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROpOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL SE PONE EN CO N O C I M I E N TO DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE EN ÉSTA UNIDAD JUDICIAL SE HA DECRETADO LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA DE FARINANGO SALAZAR ANA ELIZABETH CUYO TENOR ES EL SIGUIENTE: CAUSA: INTERDICCIÓN Nro. DE JUICIO 17203-2018-10862 B.P. ACTOR: FA R I N A N G O LANCHIMBA MATIAS DEMANDADO: FARINANGO SALAZAR ANA ELIZABETH CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: DR. BENJAMIN PINEDA CORDERO OBJETO: DECLARAR INTERDICCIÓN DEFINITIVA DE FARINANGO SALAZAR ANA ELIZABETH SENTENCIA: JUEZ PONENTE: BENJAMIN PINEDA CORDERO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA

MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.Quito, jueves 20 de junio del 2019, las 15h11, VISTOS.- A fojas 14 del cuaderno procesal comparece el señor Matías Farinango Lanchimba, con sus demás generales de ley, mediante demanda en forma y en lo principal manifiesta lo hace en calidad de padre de la demandada Ana Elizabeth Farinango Salazar a quien su discapacidad física 83% no le permite desenvolverse con normalidad, asumiendo entonces el accionante el acto de proposición. La demandada tiene 27 años de edad y su discapacidad intelectual se encuentra establecida en el 85% según carné del Ministerio de Salud Pública, además presenta un cuadro de deterioro cognitivo grave; solicitando con fundamento jurídico en el Art. 478 y ss. del Código Civil estableciendo la necesidad de que se declare su interdicción y solicita se nombre como su curadora general a su madre la señora Laura María Salazar Quilumbaquin a fin de que la represente en todos los actos o contratos que realice y se ocupe de su cuidado integral. Luego de mandarse a completar la demanda cuyo resumen antecede ha sido calificada conforme obra del cuaderno procesal a fojas 21 mediante el correspondiente auto de fecha 12 de diciembre del 2019 a las 10h46 ordenándose la citación de la demandada, por el que ha sido admitida a trámite y sustanciada en procedimiento sumario al tenor de lo que establece el Art. 332 y ss. del Código Orgánico General de Procesos, encontrándose la causa en estado de notificar a las partes procesales con la resolución dictada en oralidad en la audiencia única de fecha miércoles 19 de junio del 2019 a las 15h30, se hacen las siguientes considera c i o n e s : PRIMERO: Competencia.- Esta Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, Provincia de Pichincha, actualmente denominada Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en la parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, de la provincia de Pichincha acorde con la Resolución 051 - 2017 dictada por el Pleno de Consejo de la Judicatura con fecha 17 de abril del 2017 y vigente desde el 24 de abril del 2017 con jurisdicción territorial en el Distrito Metropolitano de Quito y siendo que la materia del litigio es de interdicción, así como teniendo en cuenta la dirección domiciliaria de la demandada que establece la parte actora en su libelo inicial, esta autoridad judicial es competente para conocer y resolver la presente causa de conformidad con lo establecido en el Art. 175 de la Constitución de la República del Ecuador y con los Arts. 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial que definen la competencia de esta unidad judicial, así como en atención a lo que establece el Art. 9 y ss. del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO: Validez procesal. - Que en la tramitación o sustanciación del presente juicio se han observado cada una de las solemnidades sustanciales comunes a todos los juicios así como se han respetado las garantías del debido pro-

ceso, tuteladas en el Art. 76 de la Constitución de la República, y el trámite específico para este tipo de causas en procedimiento sumario contemplado en el Art. 332 y ss. del Código Orgánico General de Procesos, ergo en la fase respectiva de la audiencia única y por así solicitar en la misma expresamente la parte procesal que asiste a la diligencia, en la primera fase de la audiencia única se declara la validez de todo lo actuado. TERCERO. In probandi. En la audiencia única la parte accionante demuestra o prueba instrumentalmente la existencia del vínculo consanguíneo entre las accionantes y el demandado insano así como entre el demandado y el insinuado como su curador general, y en la audiencia única al reproducirse como prueba fehaciente los informes periciales de los facultativos médica y psicóloga del equipo técnico de esta unidad judicial así como un informe médico anterior otorgado por el respectivo facultativo del Hospital Metropolitano a fojas 3 del cuaderno procesal y del Hospital de Niños Baca Ortiz del Ministerio de Salud Pública a fojas 4, Certificado de Discapacidad otorgado por el Ministerio de Salud Pública a fojas 7, así como credencial de Discapacidad del Ministerio de Salud a fojas 9 del que consta que la demandada señorita Ana Elizabeth Farinango Salazar se encuentra afectado en un 83% de discapacidad intelectual, el accionante en atención al principio de la carga de la prueba demuestra los factos que presenta en su acto de proposición y la necesidad de declarar la interdicción definitiva de la demandada así como de dotarla de curadora definitiva para la administración de sus bienes y su cuidado, atención y protección, probatio est probandis como decía el gran Catulo y en aparente tautología se traduce como: se prueba probando, obrando de autos respectivamente a fojas 35 - 37 el informe pericial médico que determina la realidad y naturaleza de la enfermedad que padece la demandada señorita Ana Elizabeth Farinango Salazar estableciéndose en sus conclusiones, por parte de la doctora Cristina Peña miembro de la oficina técnica de esta unidad judicial, que padece discapacidad física del 83% según consta en el Carné de Persona con Discapacidad del Ministerio de Salud Pública . “La reconocida de nombres Ana Elizabeth Farinango Salazar es una persona de 27 años 6 meses de edad, que adolece de Secuela de Afectación Cerebral en la Infancia, Trastorno Moderado de las Fu n c i o n e s Mentales Superiores, Trastorno motor y cerebeloso según diagnóstico emitido por el Dr. Juan Samaniego, neurólogo y según informe de Resonancia Magnética Cerebral emitido por el Dr. LEnnyn Albán que demuestran lesiones irreversibles a nivel fotoparietal bilateral. Como consecuencia de esta condición de salud la paciente, requiere el cuidado y la supervisión permanente de terceras personas.” Conforme obra textualmente a fojas 36 vuelta del cuaderno procesal, así como el correspondiente informe pericial psicológico a fojas 40 - 42 que determina la situación psicológica que padece la demandada seño-


rita Ana Elizabeth Farinango Salazar, estableciéndose en sus conclusiones por parte de la psicóloga Alejandra Arroyo Suasnavas, que “presenta defecto cognitivo muy grave que se corresponde con una demencia en estadio grave, es decir una alteración de las funciones mentales: orientación temporal y espacial, memoria, cálculo, lenguaje y reconocimiento visual que interfiere con la actividad e interacción social. Refleja dependencia total para la realización de las actividades básicas de la vida diaria, es decir que requiere ayuda de terceros para la satisfacción de sus necesidades elementales (baño, vestido, aseo, uso de retrete, defecación, micción). Para la ejecución de las actividades instrumentales de la vida diaria (usar el teléfono, ir de compra, transportación, responsabilidad sobre la medicación y capacidad de utilizar dinero), muestra dependencia total, es decir no puede vivir de manera totalmente independiente de la comunidad.” habiendo constatado el suscrito juez personalmente el estado de la presunta interdicta en atención a lo que establece el Art. 482 del Código Civil en lo aplicable, el suscrito juez la examinó por medio de interrogatorios de su vida, estado actual, de la razón y circunstancias personales, al objeto de descubrir el estado de su salud, obteniendo como resultado que la señorita Ana Elizabeth Farinango Salazar no puede orientarse espacial y temporalmente, presenta graves dificultades para comunicarse adecuadamente aunque parece entender algún gesto y más aún para desenvolverse por sí sola. Con fecha miércoles 19 de junio del 2019 a las 15h30 se ha cumplido con la audiencia única en este procedimiento sumario, conforme determina el Art. 333 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, habiéndose en la misma solicitado por la parte actora a través de su abogada defensora técnica se declare la interdicción definitiva de la señorita Ana Elizabeth Farinango Salazar y se nombre como su curadora a la madre de la demandada señora Laura María Salazar Quilumbaquin, y en la misma se ha procedido a dictar la resolución en oralidad conforme con el Art. 4 del Código Orgánico General de Procesos. CUARTO.- Con anterioridad a la vigencia del Código Orgánico General de Procesos en este tipo de trámites al calificar la demanda se disponía se cuente con la opinión favorable del Ministerio Público a la interdicción, a través de alguno de los señores Agentes Fiscales de Pichincha, más que por la existencia de un mandato legal expreso, por una costumbre judicial sin embargo al entrar en vigencia el Código Orgánico de la Función Judicial tácitamente se derogaron en su mayoría las denominadas vistas fiscales, y posteriormente con las reformas introducidas en el Código Civil con el R.O. No. 526 de 19 de junio de 2015, se suprimen expresamente algunas aunque no todas, de las disposiciones que por falta de derogatoria expresa se continuaban aplicando, tanto para el nombramiento de curadores Ad - litem como las que se contenían en los Arts. 441, 447, 459, 462, 464, 473, 497, 553, 543 en esta materia en cuanto a escuchar u oir al Ministerio Público y

siendo así con las reformas antes enunciadas, en esta resolución se determina expresamente no existe necesidad alguna de que sea oído en esta causa el Ministerio Público a través de alguno de los señores Agentes Fiscales de Pichincha, o que se emita por parte del Ministerio Público opinión favorable alguna a la interdicción en esta causa, sin que norma alguna así lo exija como parte o trámite conditio sine que non del presente procedimiento. QUINTO: en su obra Explicaciones de Derecho Civil, Volumen II, de las Personas, Editorial Jurídica Chile, el maestro Luis Claro Solar pág. 103 y 104 de manera resumida establece que en la interdicción la ley se propone un doble objeto, uno de interés privado, el otro de interés público. El interés de la persona demente por ejemplo aclarando que no es el caso en la especie y de su familia, autoriza la interdicción, cuando en definitiva esta persona se halla en la imposibilidad de gobernarse a sí misma y de administrar sus bienes. El interés público, la autoriza también para garantir a la sociedad de los peligros a que podría exponerla quien ejecutara actos dañosos en sus accesos de furia o que pudiera ser peligroso si su monomanía, aparentemente tranquila. Los jueces están llamados a investigar más o menos científicamente la influencia de tal o cual lesión cerebral sobre las facultades del hombre en general, si tal persona cuya interdicción se pide conserva o no una inteligencia suficiente de los negocios de la vida civil y la aptitud conveniente para la marcha ordinaria de la administración de un patrimonio. Debe, naturalmente, el magistrado, atender a las enseñanzas de la ciencia e ilustrarse en sus investigaciones y descubrimientos; pero sólo para poder apreciar debidamente el estado particular de las facultades mentales del supuesto interdicto y decidir con pleno conocimiento de causa si debe decretar o no la interdicción pedida. En la antigua Roma el demente no era puesto en interdicción. La incapacidad del demente principiaba de pleno derecho con la locura y cesaba de pleno derecho al desaparecer o suspenderse ésta. Como el demente se halla privado de inteligencia y por lo mismo de voluntad, todos sus actos eran válidos. Resultaba de ésta distinción que si el demente se hallaba bajo curaduría, las funciones del curador parecían inútiles desde que el demente recobraba el uso de sus facultades mentales, lo que dio lugar a discusión, antiquitas disputabat, en orden a determinar si cada vez que el demente recobraba su capacidad por la sobrevenida de un intervalo lúcido el curador debía cesar en sus funciones o debía conservarlas sin solución alguna de continuidad; y Justiniano, haciéndose cargo de esta dificultad en una constitución del año 530, que es la ley 6 del tit. 70 De curatore furiosi vel prodigi del libro 5 del Código y fundándose en que es tan incierto como imposible establecer cuándo volverá en sí, bien sea por poco o por mucho tiempo, así como el fijar el límite entre el furor y la serenidad, dispuso que la curatela debía durar mientras viviera el loco, pero que no era necesaria la intervención del curador en

los intervalos lúcidos y que durante ellos el furioso puede obrar por sí mismo, adir herencias y hacer todo aquello que pueden hacer los hombres cuerdos, per intervalo quae perfectissima sunt, nihil curatorem agere sed imsum furiosum dum sapit et hereditatem adire et omnia alia facere quae sanis hominibus competant; empero si el furor renacía, debía volver a intervenir el curador; de modo que siempre haya curaduría, pero limitada a la vuelta del furor, renacía, debía volver a intervenir el curador; de modo que siempre haya curaduría, pero limitada a la vuelta del furor la intervención del curador, a fin de que el nombramiento de curador no se hiciera muchas veces y pareciera un juego, removiendo las curatelas tantas veces cuantas cesaren. Las partidas siguieron al Derecho romano; y por eso la ley 1. del tít. 13 Partida 6ª decía que el que fuesse salido de memoria non puede fazer testamento mientra que fuere desmemoriado. La interdicción definitiva adoptada por nuestra legislación evita los peligros de las cuestiones litigiosas, tanto más difíciles de resolver entre la confección del acto y el litigio a que diera lugar la determinación del verdadero estado de las facultades mentales de su autor u otras discapacidades en este caso física, estando además el acto amparado por la presunción de la capacidad de éste. Según Accarias (133) los romanos habrían distinguido en toda época entre los intervalos lúcidos y los momentos de demencia. Durante los intervalos lúcidos, el loco era considerado tan plenamente capaz como una persona que no hubiera perdido jamás la razón; y por eso Justiniano decía en las Instituciones, libro II, tít. 12, Quibus non est permissum facere testamentum, que era válido el testamento del furioso hecho en el tiempo en que lo dejaba el furor, furiosi autem si per id tempus fecerint testamentum quo furor eorum intermissus est, jure testati ese videntur. Si por el contrario se encontraba en un momento de demencia, como la inteligencia y por lo tanto la voluntad le faltaban en absoluto, todos los actos que podía hacer, eran nulos, sin distinguir si tendían a hacer su condición mejor o peor.”. Sin más consideraciones corresponde entonces según lo dispuesto en la audiencia antes referida y la decisión dictada oralmente dentro de la misma, notificarla por escrito debidamente motivado y fundamentado, habiéndose entonces en la especie establecido la necesidad de la declaratoria de la interdicción, y demostrados así los factos constantes del acto de proposición conforme con la teoría de la carga de la prueba, sin más consideraciones atento al estado de la causa el suscrito juez doctor Benjamín Pineda Cordero ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA REPÚBLICA acepta la demanda y declara la interdicción definitiva de la señorita Ana Elizabeth Farinango Salazar, nombrando como su curadora definitiva para la administración de todos sus bienes a su madre la señora Laura María Salazar Quilumbaquin, a quien por la naturaleza de la guarda se exime de rendir fianza acorde

La juventud es una enfermedad que se cura con los años. G e o r G e B e r na r d S h aW . Dramaturgo irlandés.

con lo establecido en el numeral 4 del Art. 400 del Código Civil y con fundamento jurídico en lo que determinan los Arts. 398 y ss. del Código Civil, inciso primero del Art. 496 del Código Civil, Arts. 469 numeral 3, 478, 481, 482, 483 y ss. del Código Civil así como en los Arts. 482 y 484 Ibidem normas aplicables que así se determinan también como fundamento jurídico en relación con el principio Iura novit curia, conforme faculta la normativa vigente Art. 140 del Código Orgánico de la Función Judicial y Art. 91 del Código Orgánico General de Procesos, por existir justo motivo considerando que la interdicta señorita Ana Elizabeth Farinango Salazar así lo requiere en cuanto por su discapacidad mental del 83% y deterioro cognitivo muy grave que se corresponde con una demencia en estadio grave y no puede valerse por sí misma, acorde con el acta de reconocimiento e informes periciales tanto de la facultativa médica como de la psicóloga respectivamente y adicionalmente de los informes médicos y demás instrumentos adjuntos a la demanda entre ellos fundamentalmente los provenientes del Ministerio de Salud Pública fecha de recalificación 28 de enero del 2014 certificado de discapacidad a fojas 7 del cuaderno procesal, así como carné de persona con discapacidad a fojas 9 emitido por el Ministerio de Salud Pública del que consta que la demandada señorita Ana Elizabeth Farinango Salazar se encuentra afectada en un 83% de discapacidad intelectual así como de la entrevista personal del suscrito juez al tenor del Art. 482 del Código Civil. La curadora definitiva señora Laura María Salazar Quilumbaquin queda autorizada para ejercer su cargo y funciones conforme a derecho en cuanto esta sentencia se encuentre ejecutoriada y deberá dedicar todos sus esfuerzos u otros recursos que hubiere y demás beneficios a los que tiene derecho la interdicta señorita Ana Elizabeth Farinango Salazar por su situación de discapacidad mental en su totalidad al cuidado de su salud, atención de sus enfermedades, necesidades de movilización y protección de su hija la interdicta señorita Ana Elizabeth Farinango Salazar, esto es para aliviar su situación y procurar su restablecimiento al tenor de lo que determina con absoluta claridad el Art. 488 del Código Civil. La presente sentencia deberá ser publicada íntegramente y por una ocasión por la prensa, en alguno de los diarios impresos de mayor circulación con asiento principal en esta ciudad de Quito debiendo el accionante presentarla con su último escrito previo a disponer el archivo definitivo del expediente. Se ordena la inscripción de esta sentencia en el Registro de la Propiedad de este cantón Quito, al efecto en cuanto esta sentencia se encuentre ejecutoriada con la razón actuarial correspondiente

remítase por Secretaría despacho suficiente y en forma a la parte interesada. NOTIFÍQUESE, INSCRÍBASE, PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.. f).- BENJAMIN PINEDA CORDERO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL; Lo que comunico para los fines de Ley.Certifica.AB. ANDRES CRESPO IZQUIERDO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PAP/73757/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO pROCEDIMIENTO COgEp JUEZ PONENTE: DR. EDISSON LOPEZ TAPIA. CITACIÓN JUDICIAL Se le hace saber a: VALVERDE HERRERIA EDWIN HORACIO; que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en Proceso SUMARIO, cuyo extracto es el siguiente: E X T RACTO DE LA DEMANDA: ACTOR: LASSO MARTINEZ MARIO IVAN DEMANDADO/S: VALVERDE HERRERIA EDWIN HORACIO CAUSA No: 17230-201908298. MATERIA: CIVIL. TIPO: SUMARIO. ACCION: CONTRATO O DECLARACIÓN JURADA POR MORA DEL PAGO DE PENSIONES DE ARRENDAMIENTO. CUANTIA: “SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNDIOS DE AMÉRICA ($ 6.480,00)” PRETENSION: “La pretensión clara y precisa que persigo es que su señoría en sentencia se sirva disponer lo siguiente: 1.- Declarar terminado el contrato escrito de arrendamiento cuya copia está debidamente inscrita en el Juzgado Primero de Inquilinato, de fecha 01 de febrero del 2019 suscrita entre el señor ingeniero Mario Iván Lasso Martínez, como arrendador; y el señor Edwin Horacio Valverde Herrería como arrendatario. 2.- Ordenar la inmediata desocupación, desarrajamiento y entrega del inmueble casa, habitación arrendado al señor Edwin Horacio Valverde Herrería, por encontrarse en evidente abandono y que trae un perjuicio económico por no poder arrendarlo y realizar las mejoras necesarias. 3.- El pago de las pensiones vencidas y las que ha o posterior se venciere hasta la total entrega del inmueble arrendado; y, 4.- Reclamo expresamente el pago de los honorarios de mi abogado defensor, que usted lo regulara de conformidad con la Ley de Federación de Abogados del Ecuador La pretensión que se exige es la terminación del contrato de arrendamiento, desocupación y pago de los canones de arrendamiento

adeudadas hasta su efectiva desocupación”. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 16 de julio del 2019, las 15h39“VISTOS: Revisada la demanda. Se considera: En atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP, situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Sumario, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo III del Código citado.- Cumplido que ha sido la declaración bajo juramento y por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado VALVERDE HERRERIA EDWIN HORACIO por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Conforme lo establecido en el artículo 333.3 del COGEP se concede a la demandada el término de 15 días una vez citado, a fin de que conteste su demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, considerando la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el ordinal Quinto de la demanda, los mismos que se estarán a lo previsto en los artículos 160, 161, y 333.4 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Única.- Téngase en cuenta la cuantía señalada, y agréguese al expediente la documentación que adjunta la parte actora.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- f) Dr. EDISSON LÓPEZ TAPIA.- JUEZ Lo que se CITA para los fines de ley, previéndole a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. Iván Sandoval Campaña. SECRETARIO Hay firma y sello PAC/112230/AT AVISO JUDICIAL EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON DE AMBATO SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS DEMANDADOS QUE POR AUTO DICTADO POR EL AB. PACO VINICIO MIRANDA MARTINEZ JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL CANTON AMBATO, SE HA DISPUESTO QUE SE CITE, A LOS DEMANDADOS, CONSORCIO DE TRANSPORTES EN MICROBUSES SIMON BOLIVAR “TRANSMISIBO” en la persona de su representante legal señor AGUAGUIÑA GONZALEZ WILLIAN ENRIQUE, (gerente); al señor GUEVARA E S PA R Z A J A C I N TO ELEUTERIO, en calidad de presidente; a HUTO CHOCHOS GLADYS CECILIA y TOAPANTA PINTA CESAR MURICIO en calidad de garante y deudores solidarios, POR

Revista judicial VIERNES 26 de julio de 2019 La Hora Quito, ecuadoR

MEDIO DE LA PRENSA EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACIÓN DE LA CIUDAD DE AMBATO; LA DEMANDA EJECUCION DE CONTRATOS DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, PROPUESTO POR: JOSE EDUARDO MIRANDA ALBAN Y SANDRA XIMENA VILLACIS AYUQUINA, propietarios del MIRAL-AUTOBUSES, en contra de AGUAGIÑA G O N ZA L ES WILLIAM ENRIQUE REPRESENTANTE LEGAL DE CONSORCIO DE TRANSPORTES EN MICROBUSES SIMON BOLIVAR “TRANSMISIBO”, G U E VA R A E S PA R Z A JACINTO ELEUTERIO, HUTO CHOCHOS GLADYS CECILIA y TOAPANTA PINTA CESAR MAURICIO CLASE DE JUICIO: EJECUCION ASUNTO: CONTRATOS DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO ACTOR: JOSE EDUARDO MIRANDA ALBAN Y SANDRA XIMENA VILLACIS AYUQUINA, propietarios del MIRAL- AUTOBUSES DEMANDADO: AGUAGIÑA G O N ZA L ES WILLIAM ENRIQUE REPRESENTANTE LEGAL DE CONSORCIO DE TRANSPORTES EN MICROBUSES SIMON BOLIVAR “TRANSMISIBO”, G U E VA R A E S PA R Z A JACINTO ELEUTERIO, HUTO CHOCHOS GLADYS CECILIA y TOAPANTA PINTA CESAR MAURICIO SECRETARIA: AB. MARIELA AVILA RIVERA INICIO DEMANDA 14 DE AGOSTO DEL 2018 CAUSA Nº: 18334-2018-03587 CUANTÍA: OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CUARENTA CENTAVOS ($ 87,809.40 USD) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, miércoles 15 de agosto del 2018, las 15h12, VISTOS: Mediante Resolución No. 0039-2014, de fecha 06 de marzo de 2014, el Consejo de la Judicatura, crea la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Ambato, provincia de Tungurahua, el Art. 5 de la mencionada resolución, establece que los jueces que conformaban los ex juzgados, pasarán a forma parte de la Unidad.- El suscrito, Ab. Paco Vinicio Miranda Martínez, en calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Ambato, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal: 1.- La demanda presentada por la JOSE EDUARDO MIRANDA ALBAN Y SANDRA XIMENA VILLACIS AYUQUINA, propietarios del MIRAL-AUTOBUSES, en contra de AGUAGIÑA G O N ZA L ES WILLIAM ENRIQUE REPRESENTANTE LEGAL DE CONSORCIO DE TRANSPORTES EN MICROBUSES SIMON BOLIVAR “TRANSMISIBO”, G U E VA R A E S PA R Z A JACINTO ELEUTERIO, HUTO CHOCHOS GLADYS CECILIA y TOAPANTA PINTA CESAR MAURICIO, es clara, completa y cumplir con los requisitos establecidos en el Código Orgánico General de Procesos Arts. 142, 143 y 370, y se fundamenta en una ADDENDUM

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AL CONTRATO DE COMPRA VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, documento que constituye título de ejecución, al tenor de lo previsto en el artículo 363, numeral 4 ibídem; se califica y se la admite a trámite mediante procedimiento de Ejecución. 2.- Previo a designar perito para la liquidación de capital, intereses y costas, en cumplimiento de lo establecido en el Orgánico General de Procesos Art. 371; se dispone que la parte Actora presente los comprobantes de respaldo de gastos, en el término de cinco (5) días, de conformidad a las normas de costas previstas en el código citado. 3.- Téngase en cuenta la cuantía fijada. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados.- NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA.Ambato, lunes 3 de junio del 2019, las 14h06, VISTOS.Atento a la declaración bajo juramento, conforme acta que antecede, realizada por la parte accionante JOSE EDUARDO MIRANDA ALBAN y SANDR XIMENA VILLACIS AYUQUINA, de la cual consta que pese a haber efectuado todas las diligencias necesarias, le ha sido imposible determinar la individualidad, actual domicilio, residencia o paradero de la parte demandada: CONSORCIO DE TRANSPORTES EN MICROBUSES SIMON BOLIVAR “TRANSMISIBO” en la persona de su representante legal señor AGUAGUIÑA GONZALEZ WILLIAN ENRIQUE, (gerente); al señor GUEVARA ESPARZA JACINTO ELEUTERIO, en calidad de presidente; a HUTO CHOCHOS GLADYS CECILIA y TOAPANTA PINTA CESAR MURICIO en calidad de garante y deudores solidarios; al tenor del Art. 56 numeral 1, e incisos 2 y 3, del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE de forma extractada, a la parte demandada: CONSORCIO DE TRANSPORTES EN MICROBUSES SIMON BOLIVAR “TRANSMISIBO” en la persona de su representante legal señor AGUAGUIÑA GONZALEZ WILLIAN ENRIQUE, (gerente); al señor GUEVARA ESPARZA JACINTO ELEUTERIO, en calidad de presidente; a HUTO CHOCHOS GLADYS CECILIA y TOAPANTA PINTA CESAR MURICIO en calidad de garante y deudores solidarios; en 3 fechas distintas, en un diario de amplia circulación de esta jurisdicción. Citación que se cumplirá con todas las prevenciones constantes en auto de pago emitido en esta causa y el presente; previo el requerimiento de la parte accionante. Una vez legalmente citada la parte demandada, en aplicación del artículo 56 del COGEP, transcurrido el plazo de 20 días desde la última publicación, comenzará a decurrir el término para contestar la demanda. Las publicaciones se realizarán en tres fechas distintas. Una vez realizada las publicaciones, se deberán agregar íntegramente al proceso para los fines pertinentes. Notifíquese.-


Revista judicial c12

VIERNES 26 de julio de 2019 La Hora Quito, ecuadoR

PARTICULAR QUE PONGO EN CONOCIMIENTO DE LOS DEMANDADOS, PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. PREVINIENDO DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL, PA RA P OST E R I O R ES NOTIFICACIONES. AMBATO, 19 DE JUNIO DEL 2019 Firma ilegible AB. MARIELA ÁVILA RIVERA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN AMBATO P * 1 5 23 4 4/ 1 8 3 3 4 -2 0 1 8 03587 PAP/73749

AVISO JUDICIAL EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON DE AMBATO SEPONEENCONOCIMIENTO DE LOS DEMANDADOS QUE POR AUTO DICTADO POR EL AB. PACO VINICIO MIRANDA MARTINEZ JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL CANTON AMBATO, SE HA DISPUESTO QUE SE CITE, AL CONSORCIO DE TRANSPORTES EN MICROBUSES SIMON BOLIVAR TRANSMISIBO, representada por su Gerente señor OSCAR JONAS GAVILANEZ VILLAREAL y su Presidente JOSE ESTRADA CARTAJENA, deudores principales, y BEATRIZ LUCIA GALLARDO MOGOLLON, POR MEDIO DE LA PRENSA EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACIÓN DE LA CIUDAD DE AMBATO; LA DEMANDA EJECUCIÓN DE CONTRATOS DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, PROPUESTO POR: MIRANDA ALBAN JOSÉ EDUARDO y SANDRA XIMENA VILLACÍS AYUQUINA, en contra de CONSORCIO DE TRANSPORTES EN MICROBUSES SIMON BOLIVAR TRANSMISIBO, representada por su Gerente señor OSCAR JONAS GAVILANEZ VILLAREAL y su Presidente JOSE ESTRADA CARTAJENA, deudores principales, y BEATRIZ LUCIA GALLARDO MOGOLLON, deudora solidaria, CLASE DE JUICIO: EJECUCIÓN ASUNTO: CONTRATOS DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO CTO R : MIRANDA ALBAN JOSÉ EDUARDO y SANDRA XIMENA V I L L AC Í S AY U Q U I N A DEMANDADO: CONSORCIO DE TRANSPORTES EN MICROBUSES SIMON BOLIVAR TRANSMISIBO, representada por su Gerente señor OSCAR JONAS GAVILANEZ VILLAREAL y Su Presidente JOSE ESTRADA CARTAJENA, deudores Principales, y BEATRIZ LUCIA GALLARDO MOGOLLON, Deudora solidaria,, SECRETARIA: AB. MARIELA AVILA RIVERA INICIO DEMANDA 14 DE NOVIEMBRE DEL 2018 CAUSA Nº: 18334-201804843 CUANTÍA: PASANDO LOS OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, jueves 15 de noviembre del 2018, las 11h27, VISTOS: En mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Ambato, mediante Resolución No.- 64-2014 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, conforme la Acción de Personal No.-3609-DNTH-2014; la Suscrita Dra. Lidia Elizabeth Naranjo Llerena; avoco conocimiento de la presente causa. CALIFICACION.La solicitud/demanda de EJECUCION DE CONTRATO DE COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO, presentada por los señores MIRANDA ALBAN J OS É E D UA R D O y SANDRA XIMENA VILLACÍS AYUQUINA en contra de CONSORCIO DE TRANSPORTES EN MICROBUSES SIMON BOLIVAR TRANSMISIBO, representada por su Gerente señor OSCAR JONAS GAVILANEZ VILLAREAL y su Presidente JOSE ESTRADA CARTAJENA, deudores principales, y BEATRIZ LUCIA GALLARDO MOGOLLON, deudora solidaria; por sustentarse en el título de ejecución determinado en el Art. 363.4 del COGEP (contrato de compraventa con reserva de dominio), y cumplir los requisitos determinados en la ley, se la califica de clara y completa y por lo tanto se la admite a trámite de EJECUCION determinado en los Arts. 370, 371 y demás pertinente del Código Orgánico General de Procesos. COMPROBANTES POR GASTOS.- De conformidad con lo establecido en el Art. 371 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), previo a designar perito para la liquidación de capital, intereses y costas, se dispone que la parte actora presente los comprobantes de respaldo de gastos, en el término de cinco (5) días, de conformidad a las normas de costas previstas en el código citado. ANUNCIOS DE PRUEBA.- Incorpórese al proceso toda la documentación adjunta como medios probatorios anunciados. Se advierte que la admisibilidad de los medios probatorios anunciados y proveídos se la verificará de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. Incorpórese al proceso toda la documentación ajunta como medios probatorios anunciados. DOMICILIO JUDICIAL.Tómese nota del domicilio judicial que señalan para recibir sus notificaciones, así como la autorización que confieren a los Profesionales del derecho con quienes suscriben. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f) Ab. Paco Miranda Martínez, Juez. Certifica Ab. Mariela Ávila Rivera, Secretaria. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, lunes 1 de julio del 2019, las 09h45, VISTOS.Atento a la declaración bajo juramento, conforme acta que antecede, realizada por

la parte accionante JOSE EDUARDO MIRANDA ALBAN y SANDR XIMENA VILLACIS AYUQUINA, de la cual consta que pese a haber efectuado todas las diligencias necesarias, le ha sido imposible determinar la individualidad, actual domicilio, residencia o paradero de la parte demandada: CONSORCIO DE TRANSPORTES EN MICROBUSES SIMON BOLIVAR TRANSMISIBO, representada por su Gerente señor OSCAR JONAS GAVILANEZ VILLAREAL y su Presidente JOSE ESTRADA CARTAJENA, deudores principales, y BEATRIZ LUCIA GALLARDO MOGOLLON, deudora solidaria; en 3 fechas distintas, en un diario de amplia circulación de esta jurisdicción. Citación que se cumplirá con todas las prevenciones constantes en auto de pago emitido en esta causa y el presente; previo el requerimiento de la parte accionante. Una vez legalmente citada la parte demandada, en aplicación del artículo 56 del COGEP, transcurrido el plazo de 20 días desde la última publicación, comenzará a decurrir el término para contestar la demanda. Las publicaciones se realizarán en tres fechas distintas, publicaciones que efectuaran en u periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito y así como de amplia circulación de esta ciudad de Ambato. Una vez realizada las publicaciones, se deberán agregar íntegramente al proceso para los fines pertinentes. Notifíquese.PARTICULAR QUE PONGO EN CONOCIMIENTO DE LOS DEMANDADOS, PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. PREVINIENDO DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL, PA RA P OST E R I O R ES NOTIFICACIONES. AMBATO, 12 DE JULIO DEL 2019 Firma ilegible AB. MARIELA ÁVILA RIVERA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN AMBATO P * 1 5 23 45/ 1 8 33 4 -2 0 1 8 04843 PAP/73748 JUICIO NO. 08331-2017 MONITORIO - COBRO DE FACTURAS ACTOR: MARQUEZ DAZA XAVIER DEMANDADO: SELECTFOOD S.A. REPRESENTADA LEGALMENTE POR LA SEÑORA SARA SOLEDAD OJEDA RIVADENEIRA CUANTÍA: DIECIOCHO MIL DÓLARES AMERICANOS ($.18.000,00 USD). JUEZ PONENTE: AB. MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ CEVALLOS OBJETO DE LA DEMANDA: MARQUEZ DAZA XAVIER, comparece demandando a SELECTFOOD S.A. REPRESENTADA LEGALMENTE POR LA SEÑORA SARA SOLEDAD OJEDA RIVADENEIRA, en Juicio Monitorio, por cobro de factura.- Reclama pago de intereses (interés convencional e interés de mora) y el pago de costas procesales y honorarios de su abogado patrocinador.- Fundamenta su demanda amparada en los artículos 356 #2 del COGEP. AUTO: VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil de Esmeraldas según acción de personal No.7916-DNTH2015-KP de fecha 23 de junio de 2015.-Agréguese a los autos el escrito presentado.-

No basta saber, se debe también aplicar. No es suficiente querer, se debe también hacer. G o e t h e , J o h a n n W o l f Ga n G

En lo principal, una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto que antecede, la demanda presentada por el señor XAVIER MARQUEZ DAZA en contra de SELECTFOOD S.A. representada legalmente por la señora SARA SOLEDAD OJEDA RIVADENEIRA se observa que es clara, precisa y reúne los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y una vez analizados los documentas adjuntos, se establece que son unos de los previstos en el artículo 356 ibídem.Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento monitorio.-Se ordena la citación de la demandada SELECTFOOD S.A. representada legalmente por la señora SARA SOLEDAD OJEDA RIVADENEIRA en el domicilio señalado, esto es, en el Bar Comedor de la Refinería Estatal de Esmeraldas, localizado en el edificio (s/n) contiguo al edificio administrativo donde funciona la Superintendencia de la Refinería Estatal de Esmeraldas; cuya dirección exacta está ubicada en el kilómetro 7 1/2 antigua vía a Atacames, apartado 238, de este cantón y Provincia de Esmeraldas, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos, el escrito presentado y este auto inicial, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir las notificaciones que le correspondan, para cuyo efecto remítanse las copias de ley a la Oficina de Citación de esta Unidad Judicial Civil a fin de que cumplan con el acto procesal dispuesto.-Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico de la demandada, se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse.-Se dispone que la demandada SELECTFOOD S.A. representada legalmente por la señora SARA SOLEDAD OJEDA RIVADENEIRA, en el término de quince (15) días de citada, pague el valor de la obligación demandada, esto es la cantidad de CATORCE MIL CIENTO CINCUENTA y UNO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 08/100 (USD $14.151,08) o proponga las excepciones de las que se crea asistida, bajo la prevención de que en caso de que no comparezca dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el artículo 358 del cuerpo legal en referencia. - Tómese en cuenta la casilla judicial No. 394, así como los correos electrónicos abrahamd uquerebolledo@hotmail.com / zulima_duque@hotmail. com señalados por la parte actora para recibir futuras notificaciones- Actúe la Ab.

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Brígida Corozo Díaz en su calidad de secretaria encargada del despacho mediante memorando N° DP08-CJ2016-0950-TH de fecha 26 de agosto de 2016.-CÍTESE y NOTIFÍQUESE.- VISTOS: “Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil de Esmeraldas, mediante acción de personal N° 13342- 2015 DNTH-2015SBS, de 29 de septiembre del 2015 y legalmente encargada del despacho de la Jueza Titular ab. María José Sánchez Cevallos, según la Acción de Personal con el Nª. 1068-DP08-2019JE, de fecha 29 de Abril del 2019. Agréguese a los autos el cumplimiento de la diligencia de declaración bajo juramento de la parte actora Xavier Márquez Daza, la misma que se efectuó con fecha del lunes 8 de abril del 2019, a las 10h30, en la Unidad Judicial Civil de Esmeraldas. En lo principal: Por cuanto el demandante, bajo juramento declara desconocer el domicilio o residencia de la demandada SARA SOLEDAD OJEDA RIVADENEIRA, se dispone CITARLA por la prensa en la forma que prevé el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en todo el país que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva, a quienes se les previene de la obligación que tienen una vez trascurrido 20 días desde la última publicación de prensa, comenzará el término de 15 días para contestar la demanda, acorde a lo previsto en el ordinal 2 del inciso 5to. del artículo 56 ibídem. Para el efecto, por secretaria confiérase el correspondiente extracto. Actúe la Ab. Ana Reinoso Rodríguez, en calidad de Secretaria del despacho, designada mediante Memorando No. DP08-CJ-2018-0078, de fecha 16 de Enero del 2018. NOTIFIQUESE”.- Fdo. Ab. María José Sánchez Cevallos.- Lo que se le comunica, para los fines de Ley.Ab. Ana Reinoso Rodríguez Secretaria de la Unidad Judicial Civil de Esmeraldas Hay firma y sello Fact.107508 PAP/73758

ANULACIONES

banco rumiñahui QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8219884100 Nro. Cartola 18152240281 Cliente BALAREZO ARIAS, FANNY-BEATRIZ del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA

Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8204666500 Nro. Cartola 18065000160 Cliente CHAGLLA MOYOLEMA, GUSTAVO-ADOLFO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8353594300 Nro. Cartola 18899860029 Cliente CACHIGUANGO FARINANGO, SANDRAYANETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8393857300 Nro. Cartola 19141750091 Cliente SILVA PEREZ, GLORIA MARIADE LOURDES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8178282500 Nro. Cartola 17850650007 Cliente VIRACOCHA PAUCAR, DIEGO-MAURICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8034367400 Nro. Cartola 17005560150 Cliente CHALEN PAZMINO, JULIOCESAR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8050941500 Nro. Cartola 17141170567 Cliente ARCOS SORIA, CEIN-NOMAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8014887100 Nro. Cartola 172 1 9 59 014 2 C l i e nte PENAHERRERA CARRERA, ZOILA-MARIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8003307900 Nro. Cartola 16518550534 Cliente BRIONES BRIONES, HERMES-ANIBAL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8029424700 Nro. Cartola 16818600393 Cliente SOTO QUINA, JORGE-ABRAHAN del Banco Rumiñahui. Quien

tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8335025400 Nro. Cartola 18768110324 Cliente LOPEZ URDIALEZ, EFREN-AQUILES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8221361100 Nro. Cartola 18163600143 Cliente ORBE TAMAYO, OFELIA-YOLANDA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8110886100 Nro. Cartola 16714300965 Cliente MINDA LEGNA, PEDRO-VINICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8299593000 Nro. Cartola 18544600093 Cliente H E R R E RA BA R R I GA , EDISON-DANIEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8364285300 Nro. Cartola 18965100029 Cliente VILLEGAS GUTIERREZ, HEIDY-VANESSA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8154410100 Nro. Cartola 17593660065 Cliente REVELO CARVAJAL, HECTOR-ARMANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8028826200 Nro. Cartola 17072640638 Cliente PUENTE SALAZAR, PAULINA-DEL ROSARIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8020949500 Nro. Cartola 16656350739 Cliente PANCHI PURUNCAJAS, HENRRY-MAURICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR ========

banco inTErnacionaL

Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0900613377 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 187 al número 225 P/AC/ ()NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 480604086 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 141 al número 141 P/AC/ ()NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 480604086 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 82 al número 82 P/AC/ ()NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 480604086 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 62 al número 62 P/AC/ ()NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 480604086 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 47 al número 47 P/AC/ ()NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 480604086 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 34 al número 34 P/AC/ ()NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 480604086 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 517 al número 517 P/AC/ ()NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 480604886 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 516 al número 516 P/AC/ ()NR

cooProGrESo COOPERATIVA COOPROGRESO Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF/ DPFP Nº 002000100000146001 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SUBIA CASTRO LUZ ESMERALDA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/30970/NR


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Quito 26 de julio de 2019 by LA HORA Ecuador - Issuu