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Quito 12 de julio de 2017

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50c incl. IVA

Quito, Ecuador

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017

Número total de ejemplares puestos en circulación: 28.501

‘No hay tal mesa servida’

El presidente, Lenín Moreno, cuestiona el Estado económico en que recibió el país de manos de su antecesor, Rafael Correa. ‘Ahora se respira libertad’, afirma. Páginas A6 y B1

8.693 taxis más para la capital

Jubilados sufren al negociar sus bonos Conforme al Decreto Ejecutivo No. 59, del 4 de julio de 2017, firmado por el presidente, Lenín Moreno, los servidores públicos que se acojan a la jubilación obligatoria podrán cobrar una parte de los incentivos que les otorga el Estado en bonos, cuando el fisco no cuente con los recursos suficientes.

“El Estado podrá pagar en bonos dichos beneficios en caso de no contar con los recursos suficientes. Podrá pagarse un porcentaje en efectivo y la diferencia en bonos”, señala el documento. Esta decisión preocupa a la Coordinadora Nacional de Maestros Jubilados del Ecuador. Página B2

SERVICIO. Se confía en la calidad.

Con 20 votos a favor y uno en contra, el Concejo Metropolitano de Quito dio paso a un nuevo registro para 8.693 prestadores de servicio de taxi. En un plazo de 60 días, la Secretaría de Movilidad deberá informar a la ciudadanía sobre este proceso. Página A3

Ayuda fiscal si chicos van a la escuela

INCERTIDUMBRE. Nadie quiere que le paguen con papeles luego de trabajar durante muchos años. CULTURA

Un mar de recuerdos Página A11

Que los niños vayan a los establecimientos educativos es una de las condiciones a las cuales deben sujetarse quienes reciben el bono de desarrollo humano, pero no todos los favorecidos cumplen. Página B3

Piden cárcel para Humala por Odebrecht

Un fiscal pidió ayer que se ordene la prisión preventiva del expresidente de Perú Ollanta Humala y su esposa, Nadine Heredia, por recibir dinero de la empresa brasileña. Página B6

PRIMERA SUERTE

252633

SEGUNDA SUERTE

TERCERA SUERTE

487698

815477

www.lahora.com.ec lahoraecuador @lahoraecuador

SUBSIDIO. Este podría suspenderse si no se cumplen los requisitos. CIUDAD

CIUDAD

Seminario busca nuevo destino Página A2

Se viene el VAQ Página A5

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


CIUDAD A2

tiempo lectura 15 min.

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR

I

ARTE ‘Ángulo ciego’, de Moisés Yunga Lugar: Galería Viteri (Destruge y Salazar)

Entrada: gratuita Horario: 09:30 a 13:30 y

15:00 a 19:00 Cuándo: hoy y mañana

BAILE Milonga clásica, Maleola Gutiérrez (musicalizadora invitada) Lugar: Cafelibro (Plaza, entre Wilson y Veintimilla)

Entrada: $5 Horario: 21:00 Cuándo: hoy

RECITAL Música Pop con Juan Diego Rosado Lugar: Casa de la Música (Nuño de Valderrama y Mariana de Jesús) Entrada: $5 Horario: 19:30 Cuándo: hoy

TEATRO ‘Cyrano de Bergerac’, de La Buena Compañía Lugar: Patio de Comedias (18 de Septiembre y 9 de Octubre) Entrada: $8 Horario: 20:30 Cuándo: hoy

ORACIÓN Rezo del Santo Rosario Lugar: Capilla de la

Misericordia (Amazonas y NN.UU., en el CCI) Entrada: gratuita Horario: 17:30 Cuándo: mañana

CONCIERTO Los Tres Musiqueros Lugar: Fundación

Zaldumbide Rosales (Washington y 6 de Diciembre) Entrada: $30 Horario: 19:30 Cuándo: hoy

EDIFICIO. Por más de medio siglo el edifico del Seminario Mayor, en el centro norte de Quito, ha albergado a varios generaciones de sacerdotes.

La Curia planea mudar de sitio el Seminario Mayor

El nuevo edificio estará ubicado en La Betania. No se sabe todavía del futuro de las actuales instalaciones.

Como parte de un plan integral de no más de 10 seminaristas para actualizar las estructuras puedan recibir una enseñanza y y prácticas de la Iglesia, la Curia aprendizaje más cercano y moadelanta un proyecto para cam- derno. biar la sede del Seminario Mayor San José de Quito, ubicado en la Razones del cambio avenida América, muy cerca de Actualmente, en el tradicional la Universidad Central, hacia La edificio en funcionamiento desBetania. de hace más de 60 años, Según el monseñor EL DATO reciben instrucción un Fausto Trávez, arzobispo grupo de unos 30 semide Quito, el mismo papa La actual edifica- naristas. Según Trávez, Francisco le hecho llegar ción tiene más debido a que ni el espacio 60 años. las directrices muy cla- de Además, por su físico ni la forma de enseras de dar un giro hacia sector hay dos ñanza se ha modernizado, burdeles. el siglo XXI en las práctien el último año un procas seminaristas. Por tal medio de 20 aspirantes motivo, se busca construir un dejaron el Seminario a mitad del nuevo y moderno Seminario proceso. en terrenos que posee la instiPor eso, aparte del proyecto tución en el extremo norte de de mudanza, la Curia ha enviado Quito. al exterior, en los últimos meses, “La idea es dejar atrás la an- a un grupo de más de 15 sacerdotigua estructura que está más tes para que se capaciten en difeacorde con un tipo de Semina- rentes temas religiosos y pastorio del siglo XVII”, puntualiza rales, y así puedan regresar con Trávez. El proyecto, que todavía renovados conocimientos para está en fase de estudio, com- instruir a los aspirantes. prendería la edificación de un Además, la Curia ya cuenta complejo de pequeñas casas in- con la aprobación vaticana para dependientes para que grupos- cambiar a la orden que regenta

el Seminario Mayor. Antes eran los padres Eudistas, ahora sería la congregación de los Operadores Diocesanos del Sagrado Corazón. ¿Qué pasará con el edificio?

Con respecto a la serie de rumores sobre la utilidad que se le daría al antiguo edificio del Seminario luego de que se realice la mudanza, Trávez asegura que no hay nada en concreto. “Se ha oído hablar de que se va a hacer un hotel 5 estrellas, un centro comercial o un edifico de apartamentos, pero esas son solo especulaciones”, dijo. Asimismo, como paso previo al inicio de la construcción del nuevo Seminario en La Betania, todavía falta el visto bueno del Vaticano a través de la Nunciatura Apostólica. Por el momento, ya se ha cumplido con el requisito de aprobación de las instancias correspondientes de la Iglesia católica en el país. Más detalles específicos sobre la nueva construcción y sobre la utilización que se le dará al antiguo complejo serán comunicados por la Curia el momento en que se reciba el visto bueno final desde el Vaticano. Se espera que esto suceda en unos dos meses. (JS)


8.693 nuevos taxis se regularizarán en Quito La Secretaría de Movilidad convcocará a los prestadores del servicio habilitados. Con 20 votos a favor y uno en contra, el Concejo Metropolitano de Quito dio paso a un nuevo registro para 8.693 prestadores de servicio de taxi. En un plazo de 60 días, la Secretaría de Movilidad deberá elaborar un plan de comunicación para informar a la ciudadanía sobre este proceso. Los nuevos registros que se abrirán para la prestación del servicio de taxi en la capital están sujetos a una mejora en la calidad del servicio y al cumplimiento de parámetros de calidad, de no hacerlo, se someterán a un régimen sancionatorio contemplado en una transitoria de la normativa. El Concejo Metropolitano de Quito, de esta forma, ayer dio paso a un nuevo proceso de registro para lograr un equilibrio entre la oferta y la demanda de taxis. Los ediles coinciden en que se tiene que obligar una calidad del servicio y erradicar la venta de cupos. La sesión

Se instaló pasadas las 15:00. Los concejales se solidarizaron con el alcalde de Quito, Mauricio Rodas, por el fallecimiento de su cuñado Gonzalo Muñoz y de inmediato se dio paso a la orden del día, que tenía como único punto a tratar el segundo debate de la

CIUDAD I

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

A3

MINUTERO Cierre de T. Guayasamín por mantenimiento A partir de las 22:00 de hoy °hasta las 03:00 de mañana

está previsto el cierre del túnel Guayasamín, donde se efectuarán trabajos de mantenimiento y limpieza, así como las mejoras de los jerseys que se encuentran cerca del corredor, donde transitan diariamente más de 33.000 automotores. La encargada de las labores es la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas (Epmmop). (DAG)

RESPALDO. En los exteriores del Municipio, con danzas y música de banda de pueblo, se apoyó la moción de ir a una regularización.

ordenanza para la prestación del sidad de exigir un buen servicio servicio de taxi en la ciudad. a los taxistas y erradicar la venta Eddy Sánchez, presidente de de cupos. la Comisión de Movilidad, El edil Mario Granda, expuso los cambios que EL DATO por su parte, insistió en se hicieron por pedido de la necesidad de cuidar la los concejales en el primer prestación de este servicio Concejo está debate y abrió la puerta El conformado por al usuario y que este sea de para que se discuta sobre 22 ediles y se calidad, seguro y eficiente. requerían 12 la nueva normativa. El alcalde Rodas, al votos a favor para dar paso a final, felicitó a los transla ejecución de Insistencia en un servicio de esta propuesta portistas y les conminó de ordenanza. a ofrecer un buen servicalidad cio a la ciudadanía, pues Carlos Páez, a nombre de con esta resolución se les los Concejales de Alianza PAIS, dijo que no insistirá en el conmina a atender de una forma tema de la denominación de auto adecuada a la demanda existente taxi, un mecanismo que no está de taxis, que permita reducir los en la Ley, pero insistió en la nece- tiempos de espera al ciudadano.

Prestación del servicio Algunos requisitos

ser militar o policía activo. ° No un prestador histórico del servicio °deSer taxi. Demostrar que ha sido parte de una °compañía.

Mientras esto ocurría en el interior del Municipio, en los exteriores la gente vio la sesión y la votación a través de una pantalla gigante que se colocó en la Plaza Grande. Luego de la decisión favorable a sus intereses, se encendió la fiesta. (PSD)

Inicia la repavimentación de la avenida Maldonado La Empresa Pública Metropoli- ministración. Primero se realizó tana de Movilidad y Obras Pú- una intervención integral de la Av. blicas (Epmmop) se dispone al Sena y hoy esta ofrece un traslado cambio de la carpeta asfáltica en seguro hacia el sur de Quito. El alcalde Mauricio Rodas, la avenida Pedro Vicente Maldonado, en el sur de Quito. Este durante un recorrido que hizo de la vía, informó que la trabajo se realizará desde ejecución de este plan tiela intersección de la 21 de EL DATO ne un costo de 2’170.000 Agosto hasta la calle S 29. dólares. Se trata de una Las labores se realizan total de 27 obra que se la hace por addespués de que concluyó Un brigadas de ministración directa. el cambio de pavimento bacheo están a lo La intervención en la en la avenida Mariscal operando largo y ancho del Av. Maldonado constituiSucre, una de las princi- Distrito rá en una reposición compales y más largas vías de Metropolitano de Quito. pleta de la carpeta asfáltila urbe. En los próximos ca que actualmente luce días se colocará la señalética horizontal y vertical, además deteriorada. El último invierno de la intervención en los espa- agravó la situación de esta arteria principal de la ciudad. cios verdes. El mejoramiento de las vías es parte de un plan de mejoramiento Los que se viene vial que emprendió la actual ad- Laura Donoso, moradora del sec-

Mega minga en Atucucho

°

El Cabildo, mediante la Epmmop, realizó la mega minga en el barrio de Atucucho, parroquia de Cochapamba, norte de Quito. Allí se hicieron labores de mejoramiento vial y espacios verdes, con personal capacitado para la coordinación de los trabajos y el manejo de maquinarias como motoniveladora, retroexcavadora, volquetas, minicargadora, rodillo o tanquero. Estas actividades son coordinadas por la Secretaría General de Coordinación Territorial, Participación Ciudadana y la Administración Zonal. (DAG)

Nuevas vías rurales en Calderón y Tumbaco

junio, el Municipio inició °la En construcción de nuevas vías

OBRA. En la vía se le colocó nueva carpeta asfáltica, todavía está pendiente la señalización.

tor de Chimbacalle, dice que a esta avenida se le debería dar un mantenimiento más continuo y que hay mayor deterioro en los carriles que son ocupados por los buses articulados y biarticulados. Dentro del cronograma de trabajo que presentó la Epmmop constan 162 vías que serán intervenidas a corto, mediano y largo plazo. Aún están pendientes las avenidas Pichincha (desde la Velasco Ibarra hasta el Playón de La Marín) y Eloy Alfaro (desde la Av. Gaspar de Villarroel hasta la Carlos Julio Arosemena).

En una segunda etapa está prevista la intervención de 16 tramos viales que incluyen las avenidas Antonio José de Sucre, Simón Bolívar, 10 de Agosto, Amazonas, 6 de Diciembre, De los Shyris, De la Prensa, Diego de Vásquez, Morán Valverde, 24 de Mayo, etc. Finalmente, se hará intervenciones preventivas en la Interoceánica, Simón Bolívar y ruta VIVA. De igual forma, se hará la rehabilitación integral de 64 vías en 89 barrios y el mejoramiento de calles de acceso. (PSD)

en los sectores Julio Zabala, de la parroquia de Calderón, y Collaquí de Tumbaco, por un monto total de 900.000 dólares, en beneficio directo de más de 5.600 personas, según detalló la Alcaldía en un documento, que añadió que dichas poblaciones, por muchos años, no contaron con vías de calidad. (DAG)


OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR

O

Nuestras Yo no hablo virtudes y de venganzas defectos ni perdones, son inseparables, el olvido es la como la fuerza y única venganza y la materia. Cuanel único perdón”. JORGE LUIS BORGES: do se separan, el ESCRITOR ARGENTINO (1899-1986) hombre no existe”. NIKOLA TESLA FÍSICO CROATA (1856-1943)

CARTAS Juzgue usted

Esa cursi, barata y adefesiosa corriente filosófica del “socialismo del siglo XXI” no ha significado nada para cambiar la mentalidad de politiqueros que tanto daño han causado y seguirán causando al país. Tanto desgaste en palabrerías, amenazas y discursillos de barricada, ¿para qué? La Asamblea Nacional y su Comisión Fiscalizadora, que debería llamarse “comisión encubridora”, es implacable en unos casos y benigna y protectora en otros. Júzguense los casos del excontralor y Vicepresidente de la República. ¿Comunicó a la Asamblea Nacional su salida del país el expresidente de la República? El Art. 144, párrafo tercero, de la Constitución, dice: “La Presidenta o Presidente de la República, durante su mandato y hasta un año después de haber cesado en sus funciones, deberá comunicar a la Asamblea Nacional, con antelación a su salida, el período y las razones de su ausencia del país”. Sale protegido por unos cuantos esbirros que le costarán mucho al Estado. ¿Existe o no doble moral en la Asamblea? Fabián F. Pérez de Castro CC: 170237767-0

Violencia genera más violencia

Es ofender con palabras o acciones, también es la acción de agredir, acto contrario al derecho del otro, propenso a ofender o faltar a los demás, que implica provocación o ataque. Igual se puede decir de las acusaciones de cualquier tipo entre las personas, sin pruebas, fundamentos o evidencias. Estas acciones no son positivas en las relaciones humanas. Si por el contrario, las autoridades de turno dan ejemplo de cordura, equilibrio y respeto entre sí y hacia los demás, esto se transmite y ayuda a los ciudadanos como un hilo conductor de buena energía y mejora las relaciones en general. Giovanni Rosania di Domenico CC: 1702558816 DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.

La mesa no estaba servida

“No hay tal mesa servida” dijo el presidente Lenín Moreno y que “se podía haber sido un poquito más mesurado en dejar cuentas en mejores condiciones”. La contundente afirmación estaría basada en informes que le habrá proporcionado su equipo económico, en el que la mayoría de sus miembros estuvo a las órdenes del expresidente Correa. “Una cosa es lo que se dice y otra es lo que está”, explicó Moreno Añadió que el país no está quebrado e insistió en que “vamos a salir adelante” con la colaboración y los esfuerzos de todos. Moreno alertó contra la desidia, la grosería, la falta de tolerancia y respeto. Sus declaraciones se produjeron durante la presentación de la estrategia de combate contra la corrupción del Frente de Transparencia y Contra la Corrupción.

DANIEL MÁRQUEZ SOARES

El purismo de los derrotados La historia de las grandes revoluciones y grandes gobiernos no suele ser una épica sucesión de decisiones dramáticas, enfrentamientos gloriosos y momentos de grandeza, como nos hacen creer las miniseries o los libros que novelan el pasado. Las verdaderas transformaciones políticas suelen consistir, en su mayoría, en interminables y engorrosos procesos de negociación; sus protagonistas no suelen estar llevando a cabo meditaciones trascendentales ni cubriéndose de grandeza en campos de batalla, sino devanándose los sesos haciendo y disolviendo

En su intervención dijo que “ahora se respira libertad y eso es maravilloso” y exclamó: “Qué linda es la libertad”. Las declaraciones de Moreno tienen como contexto el violento discurso de despedida del exmandatario Correa, los anuncios del Fiscal respecto a que se harán públicos documentos y vídeos relativos al caso Odebrecht y el intento por llevar a juicio político el vicepresidente Glas. Durante diez años desde la Presidencia se repartía el calificativo de “mentirosos” a diestra y siniestra. Si alguien señalaba problemas en la economía, de inmediato saltaba el término descalificador. Correa llegó a decir, incluso, que aparte de él en Ecuador no había economistas sino contadores. Durante la pasada campaña electoral dijo que en esta materia dejaba “la mesa servida”.

alianzas, transando con oponentes y cediendo en un campo para avanzar un palmo en otro. Hechos así no se asemejan tanto a ‘La Ilíada’ como a ‘El proceso’. Por eso llama tanto la atención la actitud que Rafael Correa, quien para estas alturas es un político experimentado y no un académico advenedizo, ha tenido hacia las políticas de acercamiento de Lenín Moreno. El expresidente sabe de sobra la piel de elefante y el estómago de acero que requiere la política; pese a las circunstancias absurdamente favorables de las que gozó, tuvo que aprender a apretar los dientes al ver cómo personas cuestionadas se incorporaban a su régimen, decir medias verdades, mirar a otro lado y defender a funcionarios y procedimientos indefendibles. ¿Por qué la mezquindad de exigirle pureza a su sucesor, que

ha tenido que gobernar en tiempos mucho más difíciles, cuando ni siquiera él pudo darse el lujo de cultivarla? Sus críticas no surgen bajo la bandera del bienestar de la población o la de la conveniencia política, sino de la moral: reclama coherencia, decencia y lealtad. El moralismo, en política, suele ser el patrimonio único de los derrotados. Las peores catástrofes suelen ser producto de gobernantes que le dan la espalda al pragmatismo y sacrifican a sus pueblos por su tozudez y pureza ideológica. Si Moreno se ve obligado a negociar con adversarios, es debido al embrollo que Correa le ha dejado: un país económicamente quebrado y políticamente hundido en el odio y el sectarismo. El Presidente no tiene muchas opciones al respecto, pero Correa tiene una buena: callarse. dmarquez@lahora.com.ec

JORGE OVIEDO RUEDA

Ya se fue Desde hace diez años en el Ecuador no se habla de otra cosa que no sea de Rafael Correa. Unos a su favor, otros en contra. ¿Realmente se justifica esta especie de manía colectiva? A mí me parece que es una exageración. Siempre lo he dicho: ha sido el mejor mandatario que ha tenido la derecha, mejor que Ponce, Velasco Ibarra, Plaza y todos. Lo he dicho también, su superioridad está en que ha sabido secuestrar magistralmente el discurso de la izquierda. Si queremos retratar a Correa podemos decir: el mejor presidente burgués con discurso revolucionario. Su mérito es haber consolidado el Estado-nación, construyendo una infraestructura que favorece directamente los intereses de la oligarquía. Su concepción burguesa nos deja un país híper endeudado, con las mismas taras de siempre y con un pueblo engañado y decepcionado. Su sucesor trata de sincerar la política burguesa que está detrás del discurso revolucionario de Rafael. Dice con razón: para qué pelearnos con los actores a los que estoy favoreciendo desde el poder. Yo no veo en Lenín al sepulturero de AP, veo a un político realista que, con la tesis de la reconciliación nacional, trata de superar la falsa confrontación ideológica que tuvo su antecesor con la oligarquía. Si fuera cierto que Correa es la nueva izquierda en el Ecuador no se hubiera ido, se hubiera quedado a luchar por su revolución. Amenazar con desafiliarse de AP no es sino una fanfarronada. En estos momentos hay que construir una opción de izquierda que esté a la izquierda de RC y de la RC, lo que se ha comenzado a llamar posprogresismo, tesis que he defendido desde siempre y que no ha recibido el apoyo de los canijos intelectuales nacionales que no se sienten seguros si no les dan diciendo los pensadores extranjeros. joviedo@lahora.com.ec

Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General LUIS EDUARDO VIVANCO ARIAS Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXI No. 11851

www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.


Parques y plazas listos para el VAQ

CIUDAD I

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

A5

MINUTERO 90% de rehabilitación de Capilla de los Milagros En el marco del programa de °preservación de edificaciones

Los sábados de julio y agosto vivirán actividades lúdicas y culturales. Artesanos participarán. La Organización InternacioEl clima estival es muy propicio para acudir a los espacios públi- nal para el Desarrollo Humano cos y disfrutar de las posibilida- será la encargada de impartir des que ofrecen para esta tempo- los talleres de yoga, meditación rada. Para que no falte de nada, el y taichí. También se suma el Municipio ofrece los sábados de Instituto de Física Mental, que julio y agosto una reactivación de enseñará sobre una correcta los parques con nuevas activida- respiración, a través de lo que des recreativas, deportivas, cul- se denomina “las respiraciones científico – espirituales”. turales y artísticas al aire libre. Otra muy importante proLos eventos se ofrecerán en un horario de 08:00 a 13:00 en puesta será la de Urbanimal y la los parques metropolitanos: Las Policía Metropolitana, quienes Cuadras, Itchimbía, Guangüil- se unen para activar las zonas tagüa, La Armenia, La Carolina caninas a través de charlas sobre y Equinoccial, dentro de las ac- Bienestar Animal y tips de adiestramiento canino. tividades del Verano de Asimismo habrá otras las Artes de Quito 2017 EL DATO iniciativas más tradicio(VAQ). nales, como cuenta cuenAdemás de los eventos esta edición tos, show de magia, vuelo tradicionales de deportes, En del VAQ se inteactividades culturales y gra ‘La Fiesta de de cometas y karaoke. Luz’, tras la juegos para niños, ofre- la convocatoria de Para información detallacerán algunas novedades 1,5 millones de da consultar la página del en Municipio de Quito. como las caminatas por personas 2016. los senderos guiados por los guardaparques de la Muestra de artesanos Empresa Metropolitana de Mo- Dentro del marco del Verano de vilidad y Obras Públicas (Epm- las Artes de Quito 2017, se celemop), quienes guiarán a los asis- brará una ‘Ruta artesanal del tentes y contarán sobre la flora, verano’ en tres espacios simultáfauna e historia del lugar. Los neos de la capital. Los lugares semás valientes podrán incluso rán la Plaza Veintimilla (Amazosubir a alguno de los árboles pa- nas y Veintimilla), la Plaza de El trimoniales de los parques. Quinde (Foch y Reina Victoria)

religiosas de Quito, avanza en forma planificada la rehabilitación de la Capilla del Señor de los Milagros, ubicada en la calle Fernández Madrid y Rocafuerte, en el tradicional barrio La Loma, afectada por los sismos del año anterior. Según el Instituto Metropolitano de Patrimonio, hay un 90% de avance. (DAG)

APRENDIZAJE. Los juegos están dirigidos a los niños con el fin de desarrollar capacidades sociales y cognitivas.

y la plaza Gabriela Mistral (Luis Cordero y Reina Victoria). En estos mercados se podrán adquirir una amplia gama de objetos como bisutería, prendas de vestir, artículos decorativos y productos de alimentación a precios competitivos. La feria, que se celebra los días jueves 27 y viernes 28 de julio, desde las 10:00 hasta las 18:00, consta de artesanos de Calderón y de la zona de La Mariscal, quienes previamente han sido seleccionados y capacitados por ConQuito para ofrecer el mejor servicio posible. La presencia de estos artesanos asegura también la de productos únicos y genui-

nos hechos en Ecuador, como las famosas figuras de mazapán, prendedores, vestimenta ancestral, camisas bordadas, muebles para el hogar, tallados artísticos en madera, miel de abeja, turrones, galletería, pastelería, pristiños, colada morada o confites, por mencionar algunos. Esta iniciativa tiene como finalidad promover el trabajo de los artesanos e incentivar su economía, en este caso de los de Calderón. (MAP)

Fiesta de sabores, en agosto

Los aromas y sabores de la °cocina quiteña, ecuatoriana y del mundo serán los protagonistas de las mesas de restaurantes gourmet, cafeterías tradicionales y bistros, huecas y mercados con el ‘Festival Gastronómico Sal Quiteña 2017’. Esta actividad es parte del ‘Verano de las Artes de Quito 2017 (VAQ)’ y llegará en agosto. (DAG)

P

Muere el abogado Gonzalo Muñoz Sánchez Gonzalo Muñoz Sánchez, socio fundador y presidente del Estudio Jurídico Muñoz Hidalgo & Muñoz Abogados, falleció este lunes en Quito. El letrado se destacó en la jurisprudencia, la cátedra y en el servicio público como funcionario de alto nivel en los gobiernos de Sixto Durán Ballén, Gustavo Noboa y Lucio Gutiérrez. El jurisconsulto fue asesor del presidente Durán Ballén entre 1993 y 1995. Fue Secretario General de la Contraloría General del Estado en 1997, Subcontralor General del Estado en 1997 y 1998, Director de Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República en el Gobierno de Noboa (2001) y Subsecretario General de la Administración Pública (2002) durante el mismo Régimen, donde además sirvió como Subsecretario General de la Administración Pública.

Entre 2004 y 2005, en el gobierno de Lucio Gutiérrez, fue Secretario General de la Vicepresidencia de la República y Ministro Juez de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia. Otros ámbitos

Muñoz Sánchez tuvo una amplia experiencia profesional en el ámbito del Derecho Público, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, así como también en la asesoría de compañías en temas de contratación pública, elaboración y gestión de proyectos ante el sector público y en impugnación de glosas ante la Contraloría General del Estado. Ha sido reconocido, incluso, en el ámbito jurídico nacional, como uno de los mejores abogados en materia de Derecho Administrativo. Su experiencia lo llevo a

FIGURA. Gonzalo Muñoz Sánchez.

dar cátedra en Derecho Administrativo en establecimientos de educación superior como la Universidad Internacional SEK. También fue profesor titular de Derecho Contencioso Administrativo en la Universidad de las Américas UDLA, donde en varias ocasiones fue calificado como el mejor maestro de la Facultad de Derecho. Ha participado en calidad de expositor en un sinnúmero de conferencias sobre Derecho Administrativo, Derecho Público y Constitucional. Recibió la condecoración al mérito por parte del Colegio de Abogados de Quito, por su trayectoria profesional. (DAG) PAB/17044/AS


EN VELA A6

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

I

Dos ecuatorianos capturados en Perú con 508 kilos de cocaína LIMA. AFP • La

Policía antidrogas de Perú confiscó 508 kilos de cocaína que era trasladada en una camioneta de chatarra y capturó a dos ecuatorianos miembros de una banda internacional de narcotraficantes durante un operativo en el norte del país, informó

INCAUTACIÓN. La droga tiene un valor superior al millón de dólares. (Foto Punto Platino)

el martes el Ministerio de Interior. La droga ilegal estaba camuflada dentro de 21 sacos de polietileno y fue hallada en una camioneta que transportaba chatarra en la carretera Panamericana cerca a la localidad de Sullana, próxima a la frontera con Ecuador. “Tenemos detenidos a dos ciudadanos ecuatorianos y cuatro peruanos que transportaban 508 paquetes de cocaína”, dijo en conferencia de prensa el general Héctor Loayza, jefe de la policía antidrogas. El operativo policial se realizó el fin de semana en coordinación con la Policía de Colombia y Ecuador, indicó Loayza. Más de un millón de dólares

La cocaína hallada está valorizada en 1,2 millones de dólares en Perú, pero su valor se dispara a 13 millones de dólares en Estados Unidos, acotó la policía. A inicios de junio, la policía decomisó 474 kilos de cocaína en el puerto de Paita, cercano a Sullana. Dicha droga tenía como destino Costa de Marfil, en África. Perú es uno de los mayores productores mundiales de hoja de coca, insumo para la cocaína. De acuerdo con cálculos oficiales, Perú anualmente puede producir hasta 400 toneladas de esa droga. En Perú operan principalmente mafias de México, que envían la droga a su país para posteriormente llevarla a Estados Unidos y Europa.

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA ASISTENCIA TECNOLÓGICA COOPERATIVA ASISTECOOPER S.A. Citase con carácter de obligatorio a los señores miembros accionistas de la compañía Asistencia Tecnológica Cooperativa ASISTECOOPER S.A., a Junta Extraordinaria de Accionistas que se realizará el viernes 26 de julio de 2017, a las 9h00 horas en las oficinas de la compañía, ubicadas en la Av. Naciones Unidas E2-30 e Iñaquito, Edificio Metropolitan, piso 12, Of. 1209, de esta ciudad de Quito, para conocer y tratar el siguiente Orden del día: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

Constatación del Quorum. Lectura y Aprobación del Orden del Día. Análisis y Resolución para renovación del Contrato de mantenimiento con la Compañía COBISCORP S.A. Análisis y Resolución del informe de avances y cumplimiento, al contrato con el Fondo de Cesantía de la Policía Nacional. Análisis y Resolución del estado societario de la documentación de la Compañía ASISTECOOPER S.A. Análisis y Resolución para la contratación de un profesional del derecho de la terna que se presenta. Análisis y resolución de la contratación de un Auditor, a efectos que realice una auditoría Financiera – Administrativa del año 2017. Ratificar y convalidar lo resuelto en las juntas generales ordinaria y extraordinaria del 28 de abril de 2017, por falta de suscripción de las actas por parte del secretario. Aprobación del acta de sesión extraordinaria de 26 de julio de 2017

En observancia de lo previsto en la Ley de Compañías y el Reglamento de Juntas Generales, se convoca especial e individualmente a Junta General Extraordinaria de Accionistas de la compañía Asistencia Tecnológica Cooperativa ASISTECOOPER S.A. a la Ing. María Verónica Auqui, Comisaria de la Compañía, en el domicilio registrado en la Av. Amazonas N37-18 y Japón, en la ciudad de Quito. ING. MARITZA GUALLICHICO PRESIDENTA

PAB/17045/AS

TRANQUILIDAD. Por más de tres horas, Lenín Moreno dijo que como en el fútbol, “con el pitazo final, todo se olvida”.

Moreno pide ‘fumar la pipa de la paz’

El Presidente y los legisladores oficialistas hablaron de la necesidad de trabajar en unidad por el país. Una intensa reunión fue la de anoche en el Palacio de Carondelet, después de un cruce de frases en las redes sociales entre el presidente, Lenín Moreno, y sectores allegados al gobiernista Alianza PAIS. Antes de la reunión con Moreno, durante una corta intervención del Presidente ante la prensa, los más de 70 legisladores de PAIS mostraron sus rostros de preocupación y miradas fijas. A manera de dis-

culpas, el Ejecutivo comentó que no se refería a ellos (cuando escribió ayer sobre el “comportamiento ovejuno”), sino a quienes actúan de esa manera. Igualmente, comentó que los “roces” que pudiesen existir entre “dos líderes de PAIS” (refiriéndose a él y al expresidente Rafael Correa), no deben afectar el proceso que viene en marcha desde hace una década. “El Movimiento debe permanecer unido”, recalcó.

‘Respirar libertad’

Moreno insistió que en este período de Gobierno se podrá “respirar libertad” al margen de las divergencias y las coincidencias. No obstante, dijo sentirse “molesto” por los comentarios en su contra por parte de algunos sectores del oficialismo, no obstante, aclaró que esto lo ha dado por terminado. “Nosotros, como lo digo en un tuit el día de hoy (ayer), por si acaso no se hayan enterado, ganamos las elecciones, las elecciones las ganó Alianza PAIS, no las ganó Lenín Moreno ni Jorge Glas, las ganó Alianza PAIS”, afirmó. Hizo un llamado de unidad para la aplicación de las reformas que se requieren para consolidar la democracia y ampliar el bienestar en la población Agenda legislativa

Comunica el sensible fallecimiento de quien en vida fue:

Lic. CARLOS ALBERTO CASTILLO GARCIA Sus restos mortales fueron Velados en las Salas de Memorial, ubicada en la Av. América N° 38-44 y Villalengua. Sus restos mortales fueron sepultados en cementerio el Batán Paz en su tumba... PAB/17042/AS

COMUNICADO

Se comunica a todos los señores accionistas de la Compañía Jóvenes del Futuro TRANS JODEFU S.A. que en la JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, celebrada el 14 de junio del 2017, se dio a conocer que la Compañía no se responsabilizará de los actores de sus socios/accionistas, que acarree el cometimiento de actividades ilegales como realizar furgorutas o situaciones similares, y que como consecuencia de esto, traiga sanciones administrativas a la Compañía TRANS JODEFU S.A. La Compañía sancionará de acuerdo a los Estatutos y Reglamentos Internos de la misma, ya que en uno de sus literales hace mención que si estos actos son comprobados, el socio podrá ser expulsado, más aún si fuera reincidente con estos hechos de indisciplina. Sr. Edgar Insuasti Gerente INTERES GENERAL SOLICITADO POR: EDGAR INSUASTI C.C 1709895765

Sr. Franklin Moscoso Presidente AR/106279/AT

Según el presidente de la Asamblea Nacional, José Serrano, uno de los temas principales tratados anoche con el presidente, Lenín Moreno, fue la agenda legislativa, aunque admitió que también se discutieron las diferencias surgidas entre los dos poderes en estos días. “Hemos expresado nuestro compromiso por mantener la unidad”, destacó. Agregó que no se refirieron en la mesa de trabajo al eventual juicio político al vicepresidente Jorge Glas. (SE). Más en la B1

Los actores ° En esta reunión, el presidente, Lenín Moreno, participó en la mesa de trabajo conjuntamente con el vicepresidente, Jorge Glas; Paola Pabón, secretaria de Gestión de la Política; José Serrano, titular de la Asamblea Nacional,; Eduardo Mangas, secretario general de la Presidencia; y la bancada de legisladores de PAIS.


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Moisés y Bolívar Yunga, Marina Veintimilla y María Yunga.

Yunga, ángulo artístico

En Ileana Viteri Galería se exhibe la muestra de Moisés Yunga, titulada ‘Ángulo ciego’. Allegados al artista le acompañaron en la apertura. Francisco Maldonado, Luigi Stornaiolo, Hernán Cueva y Gloria Campuzano.

Malcom Gore, María José Iturralde y Tyler Jones. Moisés Yunga, Andrea Huilca y Byron Gallardo.

Ana María Viteri, Nixon y Dana Córdova.

Estefanía Espín, Margoth Pastuña y María José Espín.


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

QUITO

GENTE A8

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

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Detalle.

Caro en su promocional.

Nardel Acuña, Manuel Gildengers, Héctor Caro (actor) y Juan Patricio Ponce, de Los Ponchos Banda.

Héctor Caro, en acción

El actor y director mexicano Héctor Caro presentó su recital escénico ‘La lengua erecta’ en los miércoles alternos del Patio de Comedias. El público se deleitó con su acto de seducción auditiva con música en vivo.

Carolina Baca, Daniele Rocchio y Rolanda Teruzzi.

Edison Celi y Ana Lucía Cazar.

Carolina Atencio y Rosa Amelia Poveda.

Alicia Yazbek, Susana Revelo, Ana Cristina Burbano y Pablo Valencia.


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MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora ECUADOR

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‘La gente abandonará el comportamiento ovejuno’, dice Moreno

El Presidente cuestiona el estado económico en el que recibió el país de manos de su antecesor, Rafael Correa. No podemos preEn el marco de un encuentro tender que todo ha con los miembros del Frente estado bien. No nos por la Transparencia y Lucha contra la Corrupción, en el que engañemos”. le entregaron su propuesta esMORENO tratégica, el presidente, Lenín LENÍN PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. Moreno, se refirió a la situación económica que atraviesa el país, a la que calificó de “sumamenEstrategias te difícil”. “No digo que el país Lucha anticorrupción esté quebrado, porque realmente tenemos mucho entusiasmo de la transparencia. por salir adelante”, dijo. ° Promoción Educación y reflexión en valores. ° En ese sentido, cuestionó el contra la impunidad. ° Lucha Combate a la corrupción en la gestión Estado en que recibió el país de °pública. manos de su antecesor, Rafael ° Combate a la corrupción en la gestión Correa, quien al anunciar el privada. mecanismo de transición, el pasado 2 de abril, dijo que dejaba la ‘mesa servida’ al nuevo Presi- respirar esa libertad nueva”. Por la tarde, en su cuenta de dente. “No hay tal mesa servida, esa es la pura y neta verdad”, Twitter (@Lenin), respondió a dijo Moreno, “entiendo que todo las críticas de Correa al diálogo eso fue consecuencia de mucho nacional. Primero, dijo que uno trabajo y esfuerzo por reinsti- nunca puede arrepentirse de actuar como caballero, tucionalizar el país, pero, pues “lo que natura non por favor, creo que se po- EL DATO da, Salamanca non presdía haber sido un poquita”. Además, replicó a la to más mesurado, al moMoreno última duda que Correa mento de dejar cuentas en Lenín fue vicepresidente por seis expresó antes de partir mejores condiciones”. de Quito, de que no está Por primera vez, desde años. seguro de que ganó la reque asumió el mando, el pasado 24 de mayo, el Presiden- volución ciudadana. “Por si alte habla abiertamente del Estado guien duda, perdió la oposición. de la economía. Sin embargo, su La Revolución Ciudadana ganó declaración estuvo acompañada y continúa”, dijo. “No podemos pretender que de un mensaje de optimismo. “Ahora se respira libertad y eso todo ha estado bien. No nos es maravilloso”, señaló. Ade- engañemos. Hemos avanzado más, pronosticó: “Toda la gente mucho, pero hay largos trechos va ir abandonando su compor- por recorrer”, señaló al recordar tamiento ovejuno y empezar a que al dejar la Vicepresidencia,

POSTURA. El presidente, Lenín Moreno, criticó la supuesta ‘mesa servida’ que le dejó su antecesor.

en 2013, guardó silencio ante el “desmantelamiento” de la Misión Manuela Espejo por “respeto a la autoridad”. “No ha habido reciprocidad”, señaló y luego dio por cerrado el capítulo. Lucha contra la corrupción

Como un “laberinto” calificó el jefe de Estado al hecho de pasar del discurso electoral al hecho concreto en la lucha contra la corrupción. “Un laberinto del cual muy difícilmente se puede salir sin la ayuda que ustedes están representando. Un laberinto en el cual cualquier momento le cae el minotauro y le tacha de traidor. Eso es peligrosísimo”, expresó Moreno a los miembros del Frente por la Transparencia y la Lucha contra la Corrupción.

Las estrategias propuestas por el Frente, para la lucha contra la corrupción, incluyen cinco ejes (ver recuadro) que constarán en el acuerdo que el Gobierno firmará con la ONU, e incluirán propuestas de reformas legales e institucionales, como en el sistema de contratación pública y el sistema educativo. En ese sentido, la ministra de Justicia y coordinadora del Frente, Rosana Alvarado, habló de la importancia de combatir la corrupción desde la educación. “Una tarea pendiente, la de recuperar en el sistema educativo los valores como país”, dijo. También mencionó que el fenómeno de la corrupción deteriora la democracia y tiene daños colaterales, como “disminuir la esperanza, el sentimiento de la gente

en torno a ser parte de un país, de unos sentimientos y de unos objetivos nacionales”. Por su parte, Xavier Zavala Egas calificó como “espaldarazo” y “aval” la actitud de Moreno y su decisión de apoyar la estrategia planteada. Señaló que el Frente no intervendrá en competencias de los organismos de control ni ahondará en casos particulares, “estamos yendo hacia políticas públicas o reformas legales”, dijo. “La corrupción no es un problema nacional, es un problema internacional, y aún más, no es propio del sector público, también es del sector privado y también es del sector productivo”, añadió, al aseverar que el camino de la lucha también se encontrará con el diálogo ciudadano. (MMD)

Banco Mundial: contracción económica de Ecuador sería menor en este año La economía ecuatoriana ex- 2019 el crecimiento se retomaría perimentaría ligeras mejoras a cerrando con 0,3%. El informe ‘Perspectivas ecofuturo, cerrando 2017 con una contracción de -1,3%, según las nómicas mundiales indica que el proyecciones del Banco Mundial, crecimiento económico mundial se recuperará “frágilmenque si bien es una cifra tote” hasta ubicarse en el davía negativa, mejora en EL DATO 2,7% en 2017, debido al rerelación a 2016, año que punte de las manufacturas cerró con un -1,5% según economía cifras oficiales del Banco La ecuatoriana cre- y el comercio. El ritmo de ció en un 2,6% la recuperación en AméCentral del Ecuador. en el Las proyecciones del interanual primer trimestre, rica Latina, sin embargo, Banco Mundial señalan según el Banco será lento, esto como resulCentral del tado de la “incertidumbre que la economía podría Ecuador. política persistente”, cita. recuperarse de a poco y Esta cifra no coincide terminar 2018 con un decrecimiento del -0,4%, cifra aún con la previsión realizada meses menor a la de este año, pero para atrás por la Comisión Económi-

ca de América Latina y el Caribe (Cepal), que estimó que la economía de Ecuador crecerá el 0,6% en 2017, tres décimas más de lo proyectado por la organización en diciembre de 2016. Cifras oficiales

A finales de junio, el Banco Central del Ecuador presentó su informe de las cuentas nacionales donde indicaba que la economía ecuatoriana creció en un 2,6% interanual en el primer trimestre de 2017, impulsado por las exportaciones y el consumo de los hogares. Este sería el segundo trimestre consecutivo de cre-

ECONOMÍA. Ecuador cerró 2016 con cifras negativas a causa de la caída de los precios internacionales del crudo y la apreciación del dólar.

cimiento interanual que experimenta la economía nacional desde mediados de 2015, cuando registró saldos negativos por la caída del precio del crudo y una apreciación del dólar.

“La economía ecuatoriana está en una recta de crecimiento, ya pasamos el bache”, dijo la gerente del Banco Central, Verónica Artola, en rueda de prensa. (LGP)


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Ministra reconoce la deuda con Solca

ACERCAMIENTO. La ministra de Salud, Verónica Espinosa, visitó ayer el hospital de Solca en Guayaquil.

rectivos de Solca para hablar sobre aspectos relacionados con la deuda y de fármacos que fueron retirados de los listados de medicamentos para personas con enfermedades de alta complejidad. Juan Tanca Campuzano, presidente de Solca, señaló que no hay ni siquiera la mitad de medicinas que requieren los pacientes oncológicos. “Hemos pedido un acortamiento de los trámites respectivos para la aprobación de cada uno de ellos, hay un trámite bastante prolongado”, dijo. El galeno comentó que durante el trámite de requisición de las medicinas, el paciente puede correr el riesgo de morir, pero reconoció que ahora existe la predisposición del Gobierno para cumplir con los pagos y acortar los trámites de aprobación de los fármacos. (DAB)

GUAYAQUIL •El Ministerio de Sa-

lud Pública (MSP) se reconoció ayer que tiene una deuda por $60 millones con la Sociedad de Lucha Contra el Cáncer del Ecuador (Solca), por servicios hospitalarios. La ministra del ramo, Verónica Espinosa, tras visitar el hospital de Solca en Guayaquil, anotó que siempre habrá deuda con un prestador que es continuo, pero que se quiere agilitar el pago de estos compromisos. Desde que las unidades médicas privadas se integraron a la red nacional de salud del Ecuador, el hospital de Solca atiende a pacientes con cáncer que son referidos del sector público. Diálogo

Espinosa se reunió con los di-

Tabla de consumo de drogas será revisada La titular de la Secretaría Técnica de Drogas (Seted), Ledy Zúñiga, ratificó ayer que la tabla de consumo de estas sustancias, que fue aprobada por el anterior Gobierno, será revisada, aunque algunos actores políticos piden su eliminación. “No está prevista la eliminación, el Presidente de la República ha pedido una revisión, todo esto dentro del diálogo que estamos haciendo con todos los actores, no solamente políticos”, enfatizó la funcionaria. FORO. Ledy Zúñiga se reunió ayer Zúñiga se reunió ayer en un en Quito con representantes de la hotel de Quito con represen- OEA y de los municipios. tantes de varios municipios y una ordenanza que de la Organización de regula el consumo de Estados Americanos alcohol y drogas en el (OEA) para continuar AÑOS espacio público, por lo con la elaboración de pasado desde que invitó al resto de una estrategia que han que se creó la Ley permita enfrentar la para la prevención ayuntamientos a que integral del consumo se sumen a iniciativas problemática de las de drogas. de este tipo. drogas en el país. Diego Abente Brun, A los cabildos les pidió que sean parte del Acuerdo representante de la OEA en Nacional que el presidente, Le- Ecuador, comentó que este ornín Moreno, propone contra las ganismo dará asistencia técnica drogas, de tal manera que “se a los cabildos. Mientras Antoresponsabilicen por la política nio Rodríguez, director ejecutivo de la Asociación de Munide prevención en territorio”. En este sentido, aplaudió cipios, se mostró partidario de que el Municipio de Pelileo, una “articulación interinstituen Tungurahua, ya cuenta con cional” en este tema. (RVD)

‘Fue un mal negocio cobrar mi jubilación en bonos del Estado’

Los jubilados cuentan lo que sufrieron luego de que recibieron los papeles.

Medida positiva ° Ante las preocupaciones del sector, el ministro de Trabajo, Raúl Ledesma, anunció que el Gobierno contaría con un disponible de 150 millones de dólares

para pagar las compensaciones de los jubilados de 70 años en adelante, personas con discapacidad y enfermedades catastróficas. El funcionario indicó que el dinero proviene de endeudamiento externo, posiblemente con el Banco Interamericano de Desarrollo y aseguró comprender el nerviosismo de los jubilados por lo que se están buscando soluciones para un problema que se acarrea desde 2008 y que se acentuó en 2015. (LGP)

Un poco molesto al recordar su experiencia, Rómulo Manosalvas contó a La Hora que cuando ese dinero es una cantidad surecibió el pago de su jubilación mamente alta”. A Milton Hidalgo le fue meen Bonos del Estado, tuvo que perder 12.000 dólares de su ju- jor. Se jubiló hace poco más de bilación para poder cobrar su tres años, luego de 44 años de trabajo, 35 de los cuales fue parte dinero. En 2014, luego de 42 años del sector público. Al igual que de servicio en la Educación, es- Manosalvas se jubiló pasados los 60 años, pero a él si le peraba recibir una bonipagaron su jubilación en ficación de $47.700 que EL DATO efectivo. le correspondía por Ley. Trabajaba en el Ban“Ese año, el Gobierno no Gobierno co Central del Ecuador esperaba ninguna crisis El pagará parte de económica, el país no te- las compensa- (BCE). “Cuando presenté ciones jubilares la renuncia nos abonaron nía apreciación del dólar con bonos del es decir, el dinero a las cuentas coni caída del petróleo, pero Estado; con papeles. A rrientes, fue inmediato”, nos indicaron que no ha- través del comenta. Pero asegura bía dinero y que nos paga- Decreto Ejecutivo 059 que actualmente sus exrían en bonos del Estado”, firmado por el presidente, Lenín cuenta. Moreno, el 4 de compañeros le han coComo todo maestro o julio pasado, se mentado que en dicha fijaron nuevas institución les han ofrejubilado tiene sus necesi- reglas para cido también la opción dades, Manosalvas buscó dichos pagos. de pagar sus jubilaciones la forma de efectivizar el con bonos. “Lo que sucede pago que había recibido en papeles del Estado y buscó es que el Gobierno ya no dispone una casa de valores que lo ayu- de dinero y debe buscar algún dara a vender ese ‘patrimonio’ en mecanismo. No es justo porque la Bolsa de Valores de Quito. Ese necesitan ese dinero”, comenta. proceso, sin embargo, tuvo un costo y recibió cerca 12.000 dó- Bonos por decreto lares menos. “No me quedó otra Conforme al Decreto Ejecutivo alternativa (…) Fue una situación No. 59, del 4 de julio de 2017, firmuy lamentable, porque para mí mado por el presidente, Lenín

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PERSONAJE. Rómulo Manosalvas se jubiló y recibió Bonos del Estado en 2014.

Moreno, los servidores públicos que se acojan a la jubilación obligatoria podrán cobrar una parte de los incentivos que les otorga el Estado en bonos, cuando el fisco no cuente con los recursos suficientes. “El Estado podrá pagar en bonos dichos beneficios en caso de no contar con los recursos suficientes. Podrá pagarse un porcentaje en efectivo y la diferencia en bonos”, señala el documento. Esta decisión preocupa a la Coordinadora Nacional de Maestros Jubilados del Ecuador. El titular de esta organización, Alfonso Yánez, aseguró que en el pasado ya se han recibido pagos en papeles y no han tenido buenas experiencias. “La situación es grave, porque el jubilado se ve obligado a vender los bonos. Con la venta se pierde entre un 25% y un 35% del total”, cuenta. Estos bonos son negociados en las bolsas de valores. En 2016, la negociación de Bonos del Estado disminuyó en un 58%. De 474.860 dólares negociados en 2015, pasaron a 273.704 en 2016, según información de la Bolsa de Valores de Quito. (LGP)


Sismo de 5,7 sacude a Esmeraldas

USUARIOS. Desde que el 12 de junio inició el proceso de actualización de datos hasta ayer, 95.766 atenciones se han dado en los 58 balcones de servicio del MIES.

Bono para 25 mil beneficiarios puede suspenderse En oficinas del MIES se actualizan datos de quienes reciben la ayuda. Se alerta sobre cobros indebidos.

Un fuerte temblor sorprendió ayer, a las 07:09, a los habitantes de Esmeraldas, una de las poblaciones que resultaron afectadas durante el terremoto ocurrido el 16 de abril de 2016. El sismo fue de magnitud 5,7 en la escala de Richter, según lo confirmó el Instituto Geofísico (IG), de la Escuela Politécnica Nacional en sus redes sociales, y también se lo sintió en Quinindé, Manta, Portoviejo, Guayaquil, Santo Domingo y Quito. Según los datos técnicos del IG el evento se produjo a una profundidad de 8 km y se situó a 16,22 km de Atacames, donde se sintió con más fuerza. Hasta el cierre de esta edición el IG aún no confirmaba si el sismo de ayer correspondió a una réplica del terremoto del año pa-

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Sismo 5,7o en Atacames Martes 11 de julio de 2017 Océano Esmeraldas Ríoverde Las Peñas Pacífico Tonsupa Atacames Súa Tonchigue Vuelta Larga El Salto Viche Muisne

Mompiche Cojimíes San José de Chamanga Pedernales Jama

Quinindé La Independencia

Santo EPICENTRO El Carmen Domingo

Fuente: Instituto Geofísico EPN

Elaboración: LA HORA

sado o si fue un evento aislado. No se reportaron víctimas o daños a infraestructuras de importancia. (JN)

Beneficiarios Actualmente, las provincias °donde mayoritariamente se entrega el Bono de Desarrollo Humano son

Que los niños vayan a los esta- adelanta un proceso de actuaGuayas, con más de 76.000 beneblecimientos educativos es una lización de datos de contacto, ficiarios; Manabí (74.000); Los Ríos de las condiciones a las que de- ubicación y referencia residen(40.000) y Esmeraldas (26.000). ben sujetarse quienes reciben cial de las 423 mil personas en Para lo que resta del año, el MIES el bono de desarrollo humano, situación de pobreza y extrema realizará una inversión de más de pero no todos cumplen con esta pobreza que reciben esta ayuda. $254 millones para entregar este disposición. bono y las pensiones a alrededor de Según la viceministra de Byron Romero, subsecreta- Inclusión Económica, Pamela 1’230.000 personas en situación de rio de familia del Ministerio de Falconí, hasta el momento se pobreza y extrema pobreza. Inclusión Económica y Social ha actualizado la información (MIES), reveló ayer que en la de cerca de 94 mil beneficiarios, sentar su cédula y demostrar Sierra hay 19 mil personas que entre los que también se inclu- que los 50 dólares que recibe afrontan un proceso de suspen- ye a quienes reciben pensiones cada mes le sirven para la edusión de ese beneficio, y otras 6 mil para adultos mayores y perso- cación de su hijo que está en en la Costa, lo que da un total de nas con discapacidad. primer curso. 25.000 usuarios. La funcionaria subrayó que El funcionario explicó a La no existe un plazo límite para el Denuncias Hora que se trata de cierre de este proceso, que es Falconí comentó que el aumenuna suspensión tem- EL DATO gratuito y que se da en 58 bal- to en el número de usuarios poral y que el tiempo cones de servicio que tiene el es más notorio en Manabí. El depende “de lo que se MIES a escala naciolunes, por ejemplo, a las el demore la persona en Hasta nal, desde las 08:00 ventanillas que funcionan momento el actualizar los datos”, Gobierno no ha hasta las 17:00, de en Chone llegaron unas 1 una MILLÓN es decir, en demostrar definido 2.000 personas, por lo fecha para que el lunes a viernes. de personas recique si sus hijos tienen bono sea increque fue necesario ubicar bían el bono en mentado a 150 2009, pero un personal adicional para entre 5 y 17 años estén dólares, a una Expectativa registro social de los inscritos en el sistema parte El trámite ha genera- hecho en 2013 atender la demanda. usuarios, que fue el educativo. La funcionaria denundo gran expectativa redujo ade423 una de las oferbenede campaña entre los usuarios, número ficiarios. Otra de las obli- tas ció que existen abusos en del presidente, gaciones, para el Lenín Moreno. al punto de que solo centros de cómputo con caso de las mujeres en la oficina matriz en Qui- cobros por hacer llamadas a la es que se practiquen to, cada día se atiende a unas línea gratuita del MIES (1800 el examen del papanicolaou o 250 personas en la actualidad, 002 002), así como de actualique aquellas que están emba- lo que supone un incremento zación de datos en plataformas razadas acudan a los controles que supera el 50% en relación falsas, como la inscripción al que corresponden en el sistema al promedio registrado en me- plan ‘Toda una vida’. de salud. El pago se retoma –de ses anteriores. “Se han tomado las medidas manera acumulada- cuando se Hasta allí llegó ayer Emeli necesarias para evitar el abuso resuelvan estos temas. Sánchez, de 24 años de edad, de cobros por el tema de actuaquien desde hace tres años ac- lización, reiteramos que este cede a esta asistencia social. es un servicio gratuito y que el Actualización El dato sale a la luz, porque des- Aseguró que la gestión no le usuario lo debe hacer de manede el 12 de junio pasado el MIES tomó mucho tiempo, tras pre- ra personal”, enfatizó. (RVD)

GREMIOS. Varios sectores se unen para pedir la derogatoria del Decreto 16.

FUT convoca a un plantón en contra de la corrupción El Frente Unitario de Trabajadores (FUT) convocó para hoy a las organizaciones sociales y obreras a cumplir un plantón nacional a partir de las 16:00 frente a las fiscalías con el propósito de rechazar los hechos de corrupción y exigir una investigación ágil y oportuna de los casos de corrupción. En Quito la medida se cumplirá frente a la Fiscalía General del Estado, ubicada en la Patria y 12 de Octubre. José Villavicencio, presidente de la organización sindical, cuestionó que denuncias hechas por la Comisión Nacional Anticorrupción hayan sido archivadas cuando Galo Chiriboga era titular de la Fiscalía, por lo que se hace necesario exigir a las nuevas autoridades una investigación profunda. “Está el tema Petroecuador, Odebrecht, Caminosca, refinería de Esmeraldas. Requerimos que la Fiscalía cumpla su papel de manera eficiente”, dijo Villavicencio. Nelson Erazo, presidente

del Frente Popular, coincidió con el pedido hecho el lunes por asambleístas de la Izquierda Democrática al presidente Lenín Moreno, para que el vicepresidente, Jorge Glas, tome licencia mientras se investiga el caso Odebrecht. Decreto 16

El FUT en conjunto con el Colegio de Abogados de Pichincha, la UNE, el Comité Empresarial Ecuatoriano, entre otras organizaciones, remitieron una carta al Presidente de la República en la que le solicitan la derogatoria del Decreto 16 y que interceda ante los legisladores del oficialismo para que se archive el proyecto de Código del Sistema de Participación Ciudadana que está en trámite en la Asamblea. Ramiro García, presidente del Colegio de Abogados, manifestó que el Decreto 16 es inconstitucional porque limita y restringe la libre asociación, que es una de las formas básicas de libertad. (HCR)


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‘Capaco’ con estatus de refugiado en Perú La justicia ecuatoriana no podrá lograr la extradición del abogado Carlos Pareja Cordero (apodado como ‘Capaco’), por su estatus de refugiado político concedido por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur). Alfonso Zambrano Pasquel, abogado de ‘Capaco’, recibió el correspondiente carnet de refugiado para su cliente. El pedido de refugio se sustentó en una supuesta persecución política en su contra y contó con el apoyo del Comité Ecuatoriano de los Derechos Humanos y Sindicales (Cedhus). Capaco ha sido uno de los señalados dentro de la trama de corrup-

GUAYAQUIL •

ción de Odebrecht. El defensor señaló que pedirá el archivo del pedido de extradición solicitado por las autoridades ecuatorianas en Lima, Perú. Reiteró que su cliente jamás negó la relación laboral con la constructora brasileña y que precisamente por su trabajo de asesoría legal, percibía valores económicos que cumplían con su formalidad con el Servicio de Rentas Internas (SRI). “Nunca se negó la relación de abogado con Odebrecht, una relación estrictamente profesional que consistía en una asesoría legal en temas de contratos, ese era su trabajo”, remarcó. Sobre el proceso seguido a Odebrecht en Ecuador, Zambrano Pasquel puso en duda la investigación que intenta dar con las cabecillas de la trama. “Ecuador, a través de la Fiscalía General, asumo que ha pactado o negociado con Odebrecht”, expresó tras contar que entregaron un pendrive con información a cambio de que no involucren a sus funcionarios. Demandó que se hagan públicas todas las imputaciones que se han realizado y si han recibido dinero conocer las razones de estas entregas. “En el caso Odebrecht, la justicia en Ecuador está negociada”, concluyó. (DAB)

PRÓFUGO. Carlos Pareja Cordero está en Perú desde diciembre pasado.

FORMACIÓN. Cinco de los siete integrantes del Consejo de Administración Legislativa (CAL) son del oficialismo.

El oficialismo pide más pruebas para juzgar a Jorge Glas La oposición presentó los procesos judiciales en los que están implicadas personas cercanas al Vicepresidente. Asambleístas de oposición cuestionaron que la mayoría oficialista que integra el Consejo de Administración Legislativa (CAL) argumente que la solicitud de juicio político esté incompleta y la extensión de tres días para presentar más pruebas. Roberto Gómez (CREO), proponente del proceso, considera que lo que está haciendo el oficialismo es dilatar un juicio político necesario dentro del ejercicio de la transparencia. “El Ecuador exige de esta Asamblea que no tolere la impunidad, que cumpla con la tarea de fiscalizar a todos los funcionarios”, dijo Gómez. Agregó que como proponente puede decidir qué pruebas presentar y que el CAL debe limitarse

a revisar aspectos de forma y no de fondo ya que se estarían ejerciendo una función que le compete a la Corte Constitucional. “El oficialismo no entiende que una cosa es el poder judicial, que otra cosa es la Corte Constitucional, y otro poder distinto es el Legislativo”, aseguró. Para Franco Romero (CREO), que el CAL exija más pruebas es una forma de “curarse en salud” ya que lo que están haciendo es valorar las pruebas, función que no les compete. “Ellos lo que tienen que hacer es verificar que se cumplan los requisitos de forma para calificar el juicio político, eso es todo”, dijo Romero. Anticipa que después de tres días el argumento oficialista para evitar

Tienen que plantear la prueba, los cargos, y tienen que exponer esa prueba en su totalidad. Esos requisitos no han sido cumplidos. El informe de Unidad de Técnica Legislativa así lo señaló en el debate que tuvimos en el CAL”.

También decían los oficialistas que no habían pruebas contra Capaya, contra (Carlos) Pólit, contra (Pedro) Delgado, hasta que la realidad y la verdad les golpeó en las narices y no les quedó más que llamarles traidores de la revolución ciudadana”.

SOLEDAD BUENDÍA

ROBERTO GÓMEZ

(PAIS), INTEGRANTE DEL CAL.

(CREO), PROPONENTE DEL JUICIO POLÍTICO.

CONVOCATORIA De conformidad con lo dispuesto a los artículos 90 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y 23 de su Reglamento, por desconocer su domicilio actual, se convoca al señor Carlos David Castillo Valencia, C.C. 080054653-3, contratista de la obra: “Construcción de la primera planta del lectura del borrador de informe del examen especial de ingeniería a los procesos precontractuales, contractuales, ejecución de obras y consultorías practicado por la Unidad de Proyectos y Ambiental de la Delegación Provincial de Esmeraldas de la Contraloría General del Estado al Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural de Lagarto, por el período comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de marzo de 2017. Diligencia que se realizará el día lunes 17 de julio de 2017, a las 10h00, en las instalaciones de la Delegación Provincial de Esmeraldas, ubicada en la calle Mejía entre Olmedo y Sucre. Dra. Cristina Macías Vera DELEGADA PROVINCIAL DE ESMERALDAS, ENCARGADA

PAB/17018/AS

que Glas comparezca ante la Asamblea es que no han presentado las pruebas y aprovechando que tienen mayoría en el CAL (cinco de siete integrantes) archivarán la solicitud. El argumento oficialista

Ana Belén Marín (PAIS) aseguró que en la documentación presentada por CREO no hay un solo indicio de que el Vicepresidente de la República esté involucrado en hechos que ameriten llamarlo a juicio político. “Deben presentar pruebas contundentes como la que presentó la Fiscalía en contra de Carlos Pareja Yannuzzeli”, dijo la legisladora oficialista. Su compañera de bancada e integrante del CAL, Soledad Buendía, dijo que “no hay el anuncio de la prueba y tampoco se acompaña la prueba documental”. Como anuncio de prueba, CREO presentó los juicios penales que se siguen contra Carlos Pareja Yannuzzeli y Alex Bravo, exgerentes de Petroecuador, procesados por corrupción. Pero Buendía aseguró que son delitos cometidos por terceros que no pueden ser imputados al segundo mandatario, ya que las causales que establece la Constitución para llamar a juicio político son por “acción” directa. Pero Gómez aseguró que la vinculación de Glas con esos juicios penales es que los delitos se cometieron en los sectores estratégicos que él controlaba. (HCR)

ANULACIÓN POR PERDIDA DE LA LIBRETA DE AHORROS DEL BANCO BAN ECUADOR # 0840038081, DE LA SRA. GLORIA FLORES EL DÍA 10 DE JUNIO EN EL CANTÓN EL TRIUNFO.

PAB/17039/AS


Fiscal venezolana desafía otra vez a Nicolás Maduro

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‘Me mantendré en mi cargo’, afirma Luisa Ortega ante la amenaza de destitución del oficialismo. La crisis no para. CARACAS, AFP-EFE • La

fiscal general de Venezuela, Luisa Ortega, quien se rebeló contra el presidente Nicolás Maduro, advirtió que se mantendrá en el cargo aun si la máxima corte la destituye como parte de un juicio planteado por el oficialismo. “Voy a mantenerme firme en mi cargo para defender la democracia (...) Me han tratado como si hubiera cometido un delito”, dijo Ortega en una entrevista a la emisora argentina Radio Con Vos. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), acusado de seguir los dictados del Gobierno, anunciará a más tardar hoy su decisión, luego de la audiencia celebrada hace una semana en la que el oficialismo señaló a Ortega de mentir en afirmaciones contra los magistrados. “Yo denuncié a los magistrados que me están procesando porque no son legítimos. No sé si me van a destituir o no, acá puede pasar cualquier cosa”, agregó Ortega.

La suerte echada

El mismo día de la audiencia en su contra, el 4 de julio, el TSJ juramentó como vicefiscal y eventual sustituta a Katherine Harington, polémica abogada chavista sancionada por Estados Unidos bajo cargos de violación de Derechos Humanos. Ortega rompió con el Gobierno en medio de una convulsión social y política por las protestas opositoras, que dejan 93 muertos desde el 1 de abril y que exigen la salida de Maduro. Su suerte será decidida en una semana de intensa movilización de la oposición y el oficialismo en contra y a favor de una Asamblea Nacional Constituyente convocada por Maduro, y que la fiscal rechaza por considerarla violatoria de la democracia. Plebiscito y Constituyente

El Gobierno realiza toda esta semana actos de campaña para promocionar a sus candidatos de cara a la elección, el 30 de julio, de la Constituyente, un suprapoder que regirá al país por tiempo indeterminado y que según la oposición busca imponer un ‘régimen al estilo Cuba’. “A los traidores no los quiere nadie, no sé cómo pueden dormir pensando que los que te ayudaron le das una puñalada por la espalda”, dijo Diosdado Cabello, candidato a la Constituyente, aludiendo a la fiscal y a chavistas críticos que se oponen a la Constituyente.

14 millones votarán contra Constituyente ° La oposición venezolana espera que el próximo domingo voten 14

de los 20 millones de electores que tiene el país, en la consulta que el antichavismo ha convocado al margen del Poder Electoral sobre la aceptación o rechazo a la Asamblea Nacional Constituyente que impulsa el Gobierno. Con el respaldo institucional del Parlamento, donde tiene mayoría absoluta, la coalición opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD) instalará un total de 1.933 centros de votación y prevé que en el proceso participen “al menos 14 millones de personas”, dijo el dirigente Negal Morales.

La opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD) organizó un plebiscito simbólico para el próximo domingo, confiada en mostrar un rechazo masivo a la Constituyente, con la que, asegura, Maduro busca perpetuarse en el poder. El diputado oficialista Pedro Carreño, quien solicitó el antejuicio contra la Fiscal, presentó el lunes un recurso de nulidad de la consulta popular convocada por la oposición, porque se hará sin el aval del Consejo Nacional Electoral (CNE), también acusado de oficialista. “Ese plebiscito solo tiene la intención de echar a andar un plan golpista. Es inconstitucional porque no está en la Carta Magna y porque el ente rector es un poder público y lo están desconociendo”, aseveró el diputado.

VÍCTIMA. Otro joven estudiante murió ayer por balazos disparados por un guardia nacional. (AFP)

Lo afirma la ONU

Hay más de un millar detenidos La Oficina del alto comisionado de la °ONU para Derechos Humanos dijo ayer que el paso de prisión a arresto domiciliario del opositor venezolano Leopoldo López es “un paso inicial en la buena dirección”, pero recordó que más de un millar de personas siguen detenidas en relación con las manifestaciones.

° En concreto, sostuvo que 3.600 personas sufrieron detención en los tres meses que llevan las protestas en Venezuela y que -según informaciones que ha recibido de organizaciones civiles- más de 1.100 siguen detenidas. ° Sobre el caso de López, el alto comisionado agregó que este sigue privado de su libertad y ello pese a que el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detenciones Arbitrarias estudió su caso y determinó que el arresto del líder opositor es arbitrario y, por lo tanto, ilegal.

FISCAL. Luis Ortega. (AFP)

° “Pedimos la liberación inmediata de todos aquellos detenidos de forma arbitraria, incluidos aquellos que han sido juzgados por tribunales militares”, señaló el alto comisionado mediante una declaración por escrito.

Guerra anunciada

Para Ortega, abogada de 59 años, la decisión de la corte está “cantada” y rechazó asistir a la audiencia por considerarla un “circo” e “ilegítimos” a los magistrados, nombrados por el anterior Parlamento chavista. Desde ese día, no obstante, aceleró una serie de imputaciones y resoluciones contra funcionarios civiles y militares, atizando aún más el enfrentamiento con el gobierno, acusado por sus adversarios de la devastación económica que sufre el país. El Parlamento, de mayoría opositora, tenía previsto debatir la tarde de ayer sobre el proceso de destitución contra la funcionaria, a quien respalda, pero su directiva suspendió la sesión al denunciar “restricciones” que

94

MUERTOS se han registrado en las protestas. BÚSQUEDA. Familiares de presos políticos y desaparecidos protestaron ayer. (AFP)

impuso la militarizada Guardia Nacional. Esta iba a ser la primera sesión del Congreso tras la violenta irrupción, el pasado miércoles, de un grupo de chavistas que hirió a siete diputados y mantuvo bajo asedio el palacio legislativo durante unas nueve horas, según los diputados con la anuencia y complicidad de la Guardia Nacional.

Contra militares

En su guerra abierta con el Gobierno, la Fiscalía imputó el lunes por presunta violación de Derechos Humanos al jefe militar responsable de la seguridad de la cámara, coronel Bladimir Lugo, a quien citó para mañana. También abrió una investigación contra 43 militares por supuestamente haber “despoja-

do” de sus pertenencias a manifestantes en las protestas, y citó a dos empresarios cercanos al Gobierno por supuestos “sobreprecios” en la compra de suministros para la petrolera estatal PDVSA. La posible destitución de Ortega desataría otra lluvia de críticas contra el Régimen, como la que recibió la semana pasada por la agresión a los parlamentarios.


GLOBAL B6

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora, ECUADOR

I

Arde el oeste de EE.UU. Los incendios forestales han consumido cientos de hectáreas y siguen activos. Miles de propiedades destruídas. LOS ÁNGELES, EFE • Miles

IMPLICADOS. Ollanta Humala y su esposa. (EFE)

Piden prisión contra Humala y su esposa LIMA, EFE • Un fiscal pidió ayer

que se ordene la prisión preventiva del expresidente de Perú Ollanta Humala (20112016) y su esposa, Nadine Heredia, en el proceso que se les sigue por la presunta recepción de 3 millones de dólares de la empresa brasileña Odebrecht para la campaña electoral de 2011. “Se confirma pedido de prisión preventiva contra Ollanta Humala y Nadine Heredia”, informó el Ministerio Público en un mensaje publicado en su cuenta oficial en Twitter. Agregó que la audiencia en la que se escuchará a las partes para analizar el pedido se celebrará a las 10.00 hora local de hoy. Investigación

La solicitud fue hecha por el fiscal Germán Juárez, a cargo de la investigación contra Humala y Heredia por la presunta comisión de los delitos de lavado de activos y asociación ilícita para delinquir, informaron fuentes de la Fiscalía. El pedido fiscal deberá ser analizado y resuelto en las próximas 48 horas por el juez Richard Concepción Carhuancho, quien investiga las denuncias de presuntos sobornos y aportes irregulares entregados en Perú por la empresa brasileña Odebrecht.

de bomberos siguen luchando contra decenas de incendios en el oeste de EE.UU., mientras un aumento de la humedad y una disminución en la fuerza del viento favorecen las acciones de los bomberos para controlar varios grandes incendios en California. En el norte del Estado Dorado, el incendio en Wall en el condado de Butte que ha consumido 5.800 acres (23,5 kilómetros cuadrados) y ha destruido 412 propiedades está contenido en un 45%. El portavoz de la agencia estatal californiana de protección contra incendios Cal Fire, Gabe Lauderdale, informó que los bomberos que combaten este incendio -uno de los más grandes en California- están construyendo nuevas líneas de protección a su alrededor para favorecer el trabajo de extinción.

Cierre de autopistas

No obstante, en California se presentaron nuevos incendios como el de Farad, cerca de la autopista interestatal 80 y del límite con Nevada. Según informó Cal Fire, esta conflagración, que ha crecido

Temperatura récord °

La “combinación de altas temperaturas, sequedad y vientos, son condiciones propicias para el avance de los incendios forestales”, dijo Scott McLean, portavoz de la agencia estatal californiana de protección contra incendios Cal Fire. En California, con cerca de 8.000 evacuados por la amenaza del fuego a sus viviendas, las temperaturas están batiendo récords. En el centro de Los Ángeles, en el sur del estado, el sábado pasado los termómetros marcaron 36,6°C, tres grados más que la máxima de 95°F (35°C) establecida en 1886.

hasta consumir 600 acres (2,4 km cuadrados) y ha obligado al cierre de la autopista, ha sido contenida en un 10%. De igual forma, el fuego en Whittier en el condado de Santa Bárbara que inició el sábado alcanzó 44 km cuadrados y en la mañana de ayer había sido contenido en un 25%. El Departamento de Bomberos de Truckee Meadows en Nevada informó que la autopista

FUEGO. Las llamas parecen incontrolables en algunos sectores. (EFE)

Se quema Siberia Casi 70.000 hectáreas de bosque arden en Siberia y el Lejano Oriente rusos, °según los últimos datos sobre incendios ofrecidos por las autoridades rusas

a la agencia TASS. La superficie afectada por los incendios ha crecido en casi 22.000 hectáreas en sólo 24 horas, informó el servicio federal de vigilancia de los bosques.

80 fue cerrada hasta nuevo aviso a causa del incendio Farad. El fuego en Aspen en Palomino Valle 1,3 km cuadrados y está contenido en un 45%, según informó el oficial Erin Moore de Truckee Meadows. 10.000 evacuados

Por otra parte, en Oregón los bomberos luchan contra un incendio que ya alcanzó unas 6.200 acres (25 km cuadrados)

en el sector de Summer Lake en el área sur-centro de este estado. El incendio, denominado Ana, que comenzó el sábado en la tarde sólo ha podido ser contenido en un 20%. Aunque parte de las cerca de 10.000 personas evacuadas en el oeste del país por los incendios han podido volver a sus residencias, la mayoría permanecen en campamentos y asilos temporales. EFE

Aseguran que el líder del Estado islámico está muerto BEIRUT, AFP • El

jefe del grupo Estado Islámico (EI), Abú Bakr al Bagdadi, está muerto, anunció una onegé siria ayer, dos días después de la proclamación por Irak de su victoria en Mosul frente a esta organización yihadista responsable de atrocidades y atentados. Si se confirma la muerte del jefe de EI, se trataría de un nuevo revés a esta organización que acaba de perder Mosul, su último gran bastión urbano en Irak. En Siria, su bastión de Raqa es también objeto de una ofensiva para su reconquista. El Observatorio Sirio de los

Derechos Humanos (OSDH) afirmó que responsables del EI le confirmaron la muerte de su líder, Abú Bakr al Bagdadi. “Responsables del EI presentes en la provincia (siria) de Deir Ezor confirmaron al OSDH la muerte de Abú Bakr al Bagdadi, emir del EI”, declaró a la AFP el director de la oenegé, Rami Abdel Rahman. “Nos hemos enterado hoy pero ignoramos cuándo y cómo ha muerto”. ¿Solo rumores?

El 22 de junio, Rusia afirmó que era “muy probable” que hubiera matado a Bagdadi en

un ataque aéreo a finales de mayo en Siria, una información no confirmada entonces por ninguna otra fuente. El portavoz estadounidense de la coalición internacional, el coronel Ryan Dillon, indicó a la AFP que no podían confirmar esta información. “Pero esperamos que sea verdadera”, afirmó. El presidente estadounidense, Donald Trump, celebró en Twitter “grandes victorias contra el EI”, sin precisar si se refería a la reconquista de Mosul, a la muerte de Bagdadi o a los dos. Hasta el martirio

Desde 2014 circulan rumores e informaciones sobre

la muerte del líder del EI, pero nunca fueron confirmadas. Estados Unidos ofrece una recompensa de 25 millones de dólares por su captura. Bagdadi “estaba presente en el este de la provincia de Deir Ezzor” los últimos meses, agregó Rahman, que subrayó no obstante que no quedaba claro si murió en esta región u otra. De momento, el EI no confirmó oficialmente la información. Bagdadi no ha dado señales de vida desde una grabación sonora difundida en noviembre, poco después del lanzamiento de la ofensiva para la reconquista de Mosul. En ella animaba a sus hombres a luchar hasta el martirio.

CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO NOTIFICACIÓN De conformidad con lo que disponen los artículos 90 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y 21, letras b) y c) de su reglamento, por desconocer su domicilio actual, se notifica a los señores: Byron Onofre Zambrano Macías de cédula 2100038542 Director Administrativo, encargado y Enma Margarita Villegas Guevara de cédula 1600348575 Directora Administrativa. Que la Contraloría General del Estado, a través de la Unidad de Auditoria Interna del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Shushufindi, se encuentra realizando el examen especial a los procesos de reclutamiento y selección de personal, bajo las modalidades de contrato y nombramiento; control de asistencia y permanencia; capacitación; y , evaluación de desempeño, en la Dirección Administrativa y demás unidades relacionadas, por el período comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2015, a fin de que ejerza su derecho a la defensa, proporcione los elementos de juicio que estime pertinentes y señale domicilio para futuras notificaciones. Ing. Senaida Esmeralda Sánchez Cárdenas Auditora General Interna GADM del cantón Shushufindi

TERRORISTA. Abú Bakr Al Bagdadi, dirigente del EI. (AFP)


Endulzará la farándula

La carismática animadora se despidió de Gama TV el pasado viernes para sumarse a la conducción ‘VCT’.

Jaramillo cer tras su debut en el programa pondrá el aderezo especial a las ‘Magneto’ conducido entonces tardes durante el programa rosa por la brasileña Paloma Fiuzza. “Estoy feliz. Fue un recibi‘Vamos con todo’ (VCT) de RTS. La modelo y antes animadora miento muy cálido por parte de de programas como ‘Te tomaste todo el canal en el que trabajé. la noche’ y ‘Guerra de los sue- Hay muchos compañeros de esa ños’ tiene un nuevo desafío que época que me recordaban con es mantener un equilibrio al mo- mucho cariño”, señaló. ‘La Caramelo’ confiesa que mento de comentar los polémisiempre se visualizó en cos acontecimientos de la la televisión, pero nunca farándula criolla. EL DATO haciendo farándula. “No “Para esto debo ser me imaginé en un promuy objetiva, comentanmodelo estudo lo justo y necesario y La dia la carrera de grama de mucha trayecsiempre manteniendo Comunicación toria como es ‘Vamos con todo’. Estoy encantada y algo que me caracteriza, Social. con grandes expectatiser yo misma” expresó la vas”, expresó. animadora de 24 años de edad. “Definitivamente es una etapa y muy linda, de la que pienso Trayectoria Jaramillo, mejor conocida como aprender mucho y disfrutarla ‘La caramelo’, regresa a este me- al máximo, esperando conecdio tras 12 años. Para ella, fue tarme mucho con el público”, todo un cúmulo de emociones dice mientras agradece el reciya que fue el lugar que le abrió bimiento que tuvo por parte de las puertas para darse a cono- sus compañeros Adriana, ‘La GUAYAQUIL • Alejandra

TEMPO E

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B7

ALEJANDRA JARAMILLO

Bomba’ Sánchez, Katherine Velastegui, Oswaldo Segura, Jorge Heredia. “Todos con esa personalidad que los define y que hacen un excelente equipo de trabajo” acota. En la farándula, Jaramillo se ha mostrado en un ‘perfil bajo’. Ella está consciente que comentar sobre la vida de los demás hace que su vida se exponga, sin embargo, dice saber cómo manejarlo. “Siempre he pensado que puedo mantener un equilibrio y balance en lo que respecta a mi vida personal y a mi trabajo. Sin exponerla demasiado. Incluso trabajando en un programa de farándula”, recalca. Jaramillo se inició en la televisión a los 12 años de edad en el programa ‘Magneto’ de RTS. Después le apostó a la actuación con tan solo 14 años de edad en la telenovela ‘Cholicienta’. También tuvo su paso por ‘Mi Recinto’ de TC Televisión. Posteriormente llegó a Caravana TV donde condujo el programa ‘Destino Aventura’. (JCL)

SENSUAL. Unas curvas envidiables posee la actual presentadora de televisión.


PLANETA B8

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora, ECUADOR

I

En 2017 se han dado incendios que han afectado a 229 hectáreas de bosques y páramos. Con el afán de reducir la incidencia negativa en flora y fauna a causa de los incendios en época de verano, la Secretearía de Riesgos, el Ministerio del Ambiente y el ECU-911 anunciaron la unión de esfuerzos de estas y otras instituciones para estar alertas y combatir el fuego en los páramos y bosques, como parte del programa ‘Amazonía sin fuego’ que este año se presentó bajo el lema ‘Algo nuestro se quema’. Tarsicio Granizo, ministro de Ambiente, manifestó que los incendios en páramos y bosques tienen impactos graves directos e indirectos, porque afectan a la flora y a la fauna de cada zona. Los procesos de recuperación son lentos y dependen del ecosistema afectado. En todo caso, “los incendios en los bosques son más perniciosos, más dañinos para la fauna y la flora que lo que podría pasar en los páramos”. En los páramos se afecta a conejos, lobos, nidos de aves y otras especies pequeñas; mientras que en los bosques la fauna es más grande, muchos de los cuales son alcanzados por el fuego y quedan heridos y mueren, y otros huyen de su hábitat. Por lo general la fauna tarda en regresar al sitio original. Siniestros graves

El combate terrestre de los incendios forestales cuesta entre 5 mil y 20 mil dólares la hora y si es vía aérea el valor puede ser entre 50 mil y 70 mil dólares la hora, informó el ministro Granizo. Por eso, señaló que es importante invertir un poco en prevención para reducir estos costos. Añadió que según los ejes del programa ‘Amazonía sin fuego’, se trabaja en planes de contingencia y una estrategia nacional de incendios, técnicas de prevención y control, alternativas al uso de fuego, educación, institu-

Nueva campaña para evitar los incendios en Ecuador

INCENDIOS. Los costos para controlar los incendios son elevados. (Foto: Archivo de La Hora)

Costumbres ° “La quema agrícola es una tradición de las comunidades indígenas y campesinas del país y es complicado romper con esa parte de la cosmovisión, pero es

importante ayudar a realizarlas de manera controlada para evitar que provoquen incendios”, dijo Alexandra Ocles, secretaria de Gestión de Riesgos. De acuerdo con el ministro del Ambiente, Tarsicio Granizo, muchas veces la gente quema los pajonales para reverdecerlos con las primeras lluvias, obtener pasto más joven y proporcionar un alimento más nutritivo a sus animales.

Sanciones ° El Art. 246 del Código Integral Penal, relacionado a los incendios forestales y de vegetación, dice que: “La persona que provoque directa o indirectamente

incendios o instigue la comisión de tales actos, en bosques nativos o plantados o páramos, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Se exceptúan las quemas agrícolas o domésticas realizadas por las comunidades o pequeños agricultores dentro de su territorio. Si estas quemas se vuelven incontrolables y causan incendios forestales, la persona será sancionada por delito culposo con pena privativa de libertad de tres a seis meses. Si como consecuencia de este delito se produce la muerte de una o más personas, se sancionará con pena privativa de libertad de 13 a 16 años”.

cionalidad y un sistema de alerta temprana. Ocles informó que se han realizado campañas en instituciones educativas y se ha trabajado con gobiernos locales y organizaciones sociales para hacer un equipo y generar conciencia en cada uno de los territorios. En los últimos años

De acuerdo con datos proporcionados por la Secretaría de Gestión de Riesgos, desde 2012 hasta

la fecha se han producido 7.655 incendios forestales en Azuay, Bolívar, Cañar, Carchi, Chimborazo, Cotopaxi, Guayas, Manabí, El Oro, Tungurahua, siendo Loja, Imbabura y Pichincha donde se registraron mayor cantidad de eventos. Estos cobraron la vida de 14 personas. Mientras que el reporte del ECU-911, según su director general, Andrés Sandoval, es que la tendencia de los incendios es a la baja. Hasta septiembre de 2015

LLAMADO. La Secretaria de Gestión de Riesgos, el Ministerio del Ambiente y el ECU-911 hicieron un llamado para evitar incendios.

se reportaron 2.369 incendios forestales y en el mismo periodo de 2016 fueron 717, lo que significa una disminución de más del 70%, una tendencia como resultado de las campañas de prevención. Reiteró que el país cuenta con los recursos técnicos y humanos para combatir los flagelos. “Estamos preparados y en constante actualización para mejorar tiempos de respuesta, pero el objetivo es prevenir”, puntualizó.

montañas”, manifestó el andinista ecuatoriano Iván Vallejo, quien se suma a los objetivos de cuidar la naturaleza y prevenir todos los daños. Hizo un llamado para aumentar las voces de todos los ciudadanos para transformarse en soldados de la naturaleza a la que se debe demostrar amor, cuidado y protección. “Debemos buscar un Ecuador verde para rato”, insistió. (CM)

Llamado de un amante de la naturaleza

Vea el video en: www.lahora.com.ec

“Yo amo mi oficina que son las

Presentan nueva guía de mamíferos de Ecuador 435 especies de mamíferos que actualmente forman parte de la fauna nativa de Ecuador, en la que se incluye la de las islas Galápagos y por primera vez la de la zona antártica ecuatoriana, se recopila en la segunda edición de la ‘Guía de campo de los mamíferos de Ecuador’ que presenta el biólogo e investigador Diego Tirira. El documento, que oficialmente será presentado el 18

de julio, contiene información sobre características de identificación (medidas morfométricas, patrones de coloración y particularidades anatómicas), historia natural (ecología, biología y conducta), distribución y hábitat (acompañados por más de 380 mapas), situación actual (estado de conservación, abundancia y presencia en áreas protegidas) y nombres locales (comunes e indígenas

de 15 grupos étnicos del país). Las especies de mamíferos son mostradas en 182 láminas a color y 620 fotografías; también se incluye una guía de huellas y referencias bibliográficas seleccionadas. Se trata de una obra de utilidad y un referente de consulta obligatoria para científicos, naturalistas, estudiantes y público en general interesado en conocer la fauna de Ecuador. (CM)

TRABAJO. El libro cuenta con edición en español e inglés y proporciona información detallada de los mamíferos.


INTERCULTURAL

B9

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I

Parte de la tradición oral de los indígenas son sus historias. Afirman que todas tienen algo de verdad.

TRADICIÓN. Los indígenas cuentan sus historias a sus familiares y personas que les rodean. (Foto: Archivo de La Hora)

‘EL DIABLO ESTÁ SENTADO CON UN PLATO DE ARENA EN LA CASCADA’

O

tavalo es una de las ciudades que se encuentran en Imbabura. Esta alberga muchas de las raíces de la cultura nacional. Los aproximadamente 65 mil indígenas que habitan en este sector pertenecen a la etnia Kichwa y se encuentran distribuidos en distintas comunidades, entre las cuales destacan: Agato, La Bolsa, Peguche, Quinchuquí, Cotama e Ilumán. Aunque han pasado los años, los habitantes de este sitio han fortalecido y transmitido a las

nuevas generaciones todos sus historias para que se compartan conocimientos, costumbres y tra- entre nosotros”, agrega. diciones que han sido recibidas por sus ancestros, entre ellas está Hay una cueva la leyenda que envuelve a un lugar La leyenda principal que guarda místico, característico y emblemá- la cascada de Peguche es que en tico de esta ciudad: la cascada de su interior existe una cueva donPeguche. de está una paila llena de Mishelle Santillan, in- EL DATO oro. dígena del lugar y conoceSe dice que esta enorme dora del tema, afirma que Las leyendas son cacerola está custodiada en torno a esta “mágica” parte de la cultu- por dos grandes perros ra de algunas cascada hay varias leyen- comunidades negros y a un costado de das que han permanecido indígenas. la misma está sentado el vivas a lo largo de los años diablo con un plato de aredentro de su entorno. “Los abue- na, que es intercambiado por la los son prácticamente los encar- paila de oro a manera de préstagados de difundir este tipo de mo para quienes desean hacer

ESPACIO. Esta cascada es uno de los principales destinos turísticos de Otavalo. (Foto: Archivo de La Hora)

negocios con este personaje. La condición es que a diario se vaya desechando un granito de arena y si el plazo se vence y el pago no se efectúa, cuando se termina hasta el último rezago de arena, el diablo se apodera del alma de quien realizó el trato. El corta cabezas

Cuenta la leyenda que una tarde, hace muchísimos años, el Jefe Político de Otavalo había viajado a Peguche por invitación de un indígena en cuya casa había una fiesta y la bebida era abundante. El hombre tomó un trago y luego otro y otro, hasta perder la cuen-

ta. Como ya se acercaba la media noche, pese a su estado, decidió retirarse para regresar a su casa, se despidió de su anfitrión y de los invitados, montó su caballo e inicio el viaje de retorno. A las 00:00 en punto pasó por la cascada de Peguche y de pronto el caballo se detuvo. Por más que el hombre intentaba hacerlo andar, el animal no se movía. Ante esto, el Jefe Político pensó que lo mejor sería bajarse de este para revisarlo, cuando lo hizo se dio cuenta que echaba espuma por su hocico. A pocos pasos vio algo que le llenó de terror, un ser que no tenía rostro ordenaba a varios indígenas que se formaran en fila. Cuando estuvieron listos el misterioso personaje llamó al primero de la hilera y con una gran espada le cortó su cabeza, lo mismo hizo con los siguientes. El hombre creyó que deliraba y se dirigió hacia la cascada para tomar un poco de agua y refrescarse, al acercarse a la chorrera de agua visualizó que en el centro de la corriente se encontraba un ser extraño y repugnante que tenía dos grandes cuernos y una cola espantosa: era precisamente quien daba la orden al verdugo para que corte las cabezas de la gente que se encontraba en el sitio. En ese mismo instante, el caballo salió despavorido del sitio y, para suerte del político, logró sostenerse de la cola del animal y huyó con este. Al llegar al centro de Otavalo, el individuo, muy asustado, se topó su cabeza para cerciorarse que se encuentre completo, sano y salvo, dándose cuenta que estaba libre de todo mal. El caballo, en cambio, no corrió con la misma suerte, pues cayó enfermo y al siguiente día, a las 00:00 en punto, murió. (MLY/PT)


MOSAICO B10

• HORAGRAMA RíO de italia

Se lo considera una persona muy laboriosa y entregada a lo que hace. Posee la facilidad de trabajar en armonía con las demás personas ya que su don de mando es tan fuerte como su don de gentes.

cómicO mexicanO.

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(junio 22 - julio 22)

Las diversas situaciones pueden llevarle a darse cuenta de que la solución de los problemas no puede atrasarse más de lo que ya se lo ha hecho. RECUERDE: Quien bien ordena su casa, puede gobernar la patria.

LEO

Este será un muy buen momento para centrar sus fuerzas en la realización de sus planes y proyectos, especialmente si estos se relacionan con su desarrollo individual. RECUERDE: Nadie sabe de lo que es capaz de hacer, hasta que trata de hacerlo.

(agosto 23 - septiembre 22)

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El ambiente dentro de lo profesional tenderá a ser muy tenso y Ud. deberá resistir y no dejarse llevar por la ira y el arrebato. Sus jefes serán muy exigentes. RECUERDE: Todos los triunfos nacen cuando nos atrevemos a comenzar.

LIBRA

(septiembre 23 - octubre 22)

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MICROBIOGRAFÍA

Pablo Neruda

Un viaje inesperado

(1904-1973)

MAX UP. 23:45 Nro. 3967

debe regresar a su hogar tras varios años de ausencia. Ahí tendrá que reencontrarse con una familia problemática y con emociones que vienen del pasado.

CÁPSULA CIENTÍFICA

CÁNCER

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Su energía y vitalidad serán muy fuertes y deberá desfogarlas de la manera adecuada ya que de lo contrario podría caer en rabietas e irritabilidad. RECUERDE: Los sueños y la perseverancia son una poderosa combinación.

(julio 23 - agosto 22)

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Arañas marinas: sangre y oxígeno diferentes MIAMI, AFP • Las arañas marinas no hacen circular sangre y oxígeno a través de sus cuerpos con la ayuda de corazones latiendo vigorosamente, como la mayoría de los animales, sino a través de intestinos que actúan como bombas, dijeron investigadores. “A diferencia de nosotros, con nuestras entrañas confinadas a una sola cavidad corporal, los intestinos de las arañas marinas se ramifican por varias secciones del tubo digestivo y bajan hasta el final de cada pata”, explicó

(mayo 21 - junio 21)

símbOlO

T E Q - O R p CELEBRIDADES c PAUL HERMANN S MULLER (1899 - 1965) A QUíMico sUizo. DEscUbRió LAs PRoPiEDADEs DEL L DDT. PREMio NobEL DE LA c MEDiciNA 1948

de la muerte de °unoDespués de sus hermanos, Johana

símbOlO del neón

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GÉMINIS

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HBO: 23:50

tiempO musical

estadO en

inglés pasta gRuesa de papel

mamífeRO mustélidO demente, chiflacO

(abril 20 - mayo 20)

Su situación económica puede mejorar en gran medida siempre y cuando Ud. tome las oportunidades y las ponga a su favor. Evite la irritabilidad ante lo económico. RECUERDE: El secreto del éxito radica en saber qué debemos mantener cerca de nosotros y de qué debemos alejarnos.

segunda nOta

escOgeR

Guernica, un crimen olvidado no y una española encargada de la censura de la prensa local luchan por la libertad de expresión y el periodismo ético luego de que el pueblo es atacado por los alemanes. Película basada en el bombardeo de Guernica, protagonizada por James D’Arcy (‘La Red Invisible’), Burn Gorman (‘Batman: El Caballero de la Noche Asciende’) y Jack Davenport (‘Piratas del Caribe’).

RObaR

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En Guernica, al norte de °España, un reportero america-

amOntOnaR

peRfectO,

albOReaR

El área de los negocios se activa dando paso a un muy buen período para las mismas. Este puede ser un buen momento para iniciar nuevos estudios, sobre todo técnicos. RECUERDE: Piense, crea, sueñe y atrévase.

pluma en

amaneceR, espOsa de abRaham pRimeRa

(marzo 21 - abril 19)

embROllO

pROvincia de españa

mantO beduinO

tacañO

HORÓSCOPO ¿Nació un 12 de julio?

fue actOR

cORtaR MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora, ECUADOR

H. MARCELO MEJíA R. hmejia@lahora.com.ec

el autor principal del estudio publicado en la revista Current Biology, H. Arthur Woods, de la Universidad de Montana en Missoula. Woods sintió fascinación por las gigantescas arañas marinas mientras trabajaba en la Antártida, donde dijo que se encontró a sí mismo pasando “mucho tiempo simplemente viendo la sangre y el intestino fluyendo” en estos animales. Se dio cuenta de que sus corazones palpitaban débilmente y

PERISTALSIS. Las arañas marinas poseen entrañas fuertes.

movían sangre sOlo en la parte central de sus cuerpos. Pero sus entrañas mostraban fuertes y organizadas oleadas de contracciones. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec

Seudónimo de Neftalí Ricardo Reyes Basoalto, poeta chileno, premio Nobel de Literatura en 1971 y una de las máximas figuras de la lírica hispanoamericana del siglo XX. A su juventud pertenece el que es acaso el libro más leído de la historia de la poesía: ‘Veinte poemas de amor y una canción desesperada’. Otras obras suyas destacadas son: ‘Residencia en la Tierra’, ‘Canto general’ y ‘Odas elementales’. Falleció en Santiago el 23 de septiembre de 1973, profundamente afectado por el golpe de Estado que, 12 días antes, había derrocado a Salvador Allende. De publicación póstuma es la autobiografía ‘Confieso que he vivido’. (OG)

Ud. enfocará todas sus energías en llevar a cabo sus planes de viajes y expansión comercial. La relación con sus cuñados se optimiza. RECUERDE: Un esfuerzo más y lo que iba a ser un fracaso se convierte en un éxito.

ESCORPIO

(octubre 23 - noviembre 21)

Los cambios que se acercan tienden a ser bruscos para Ud. por lo que deberá estar preparado para ellos ya que son inevitables y dejarán paso a lo nuevo y provechoso. RECUERDE: Con paciencia no hay nada que no se pueda lograr.

SAGITARIO

(noviembre 22 - diciembre 21)

Su pareja será mucho más vital y enérgica lo que hará que esta tenga una paciencia muy limitada; evite caer en riñas y discrepancias ya que no logrará nada. RECUERDE: Cada uno labra su propia corona, cada quien es hijo de sus obras.

CAPRICORNIO

(diciembre 22 - enero 19)

Dentro del área de trabajo las situaciones pueden ser algo tensas, especialmente con sus compañeros de labores; evite caer en sus provocaciones. RECUERDE: Hay un límite donde la tolerancia deja de ser virtud.

ACUARIO

(enero 20 - febrero 19)

El temperamento de sus hijos puede tornarse irritable e indomable por lo que deberá preparar su paciencia y procurar calmarlos con amor y calma. RECUERDE: Deje que el mediocre se preocupe de sus errores y Ud. de sus aciertos.

PISCIS

(febrero 20 - marzo 20)

Su madre puede ser un poco más irritable y agresiva por lo que deberá ser paciente con la misma. Procure actuar con calma y serenidad dentro de su hogar. RECUERDE: No hay mayor peso para un ser humano que un gran potencial.


CRONOS B11

tiempo lectura 15 min.

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora ECUADOR

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Estrellas en la red

Pone la fiesta donde sea

Antoine Griezmann disfruta de sus vacaciones y no importa dónde esté. A su cuenta de Instagram (antogriezmann) subió un video en el que está cantando y bailando con mucho entusiasmo, tanto así que contagió con su ritmo a quien iba manejando el taxi, que lo transportaba. (JG)

Rodríguez, el segundo colombiano en el Bayern

JUEGO. Liga de Quito en un partido del Campeonato nacional.

Pablo Repetto se estrena con la ‘U’ Será el primer partido del uruguayo, quien llegó para sustituir a su compatriota Gustavo Munúa. • El flamante campeón boliviano Bolívar enfrentará hoy (17:15), en el partido de ida de la segunda fase de la Copa Sudamericana, a Liga de Quito que estrenará al DT uruguayo Pablo Repetto, quien describió a su equipo como un “león dormido”. Bolívar llega a la segunda fase, tras vencer al colombiano Deportes Tolima, mientras que Liga lo hizo con solvencia ante el uruguayo Defensor Sporting.

BOLIVIA, AFP

El momento

El panorama en el plantel ‘Universitario’, es diferente. Terminó la primera fase del torneo en la antepenúltima posición, con tres partidos ganados y 10 empates en 22 partidos, lo que motivó a principios de mes la salida del técnico uruguayo Gustavo Munúa. Tras la salida de Munúa, la semana pasada llegó al plantel su compatriota Pablo Repetto, quien reconoció la actual situa-

Tenemos pocos días de trabajo y tenemos que adaptarnos a un plantel que en la gran mayoría ya estaba conformado”. PABLO REPETTO, DT DE L. DE QUITO.

ción, pero mostró optimismo para remontar el mal momento. “Liga es un león dormido y de a poquito tenemos que despertarlo”, dijo a poco de asumir el mando del plantel. Novedades del rival

El más popular equipo de Bolivia disputará el encuentro en buen momento, como campeón del Apertura 2017, aunque con varias bajas, como la de su eficiente delantero chileno Ronnie Fernández quien optó por migrar al fútbol de Emiratos Árabes. El plantel del DT español Be-

El centrocampista Ja- EL DATO minutos que le faltaron mes Rodríguez se conen el equipo ‘blanco’. vertirá en el segundo El club bávaro “se Rodríguez reserva el derecho de colombiano en vestir James llegó al Real la camiseta del Bayern Madrid en el compra del jugador de 2014 al finalizar el periodo Múnich, después de verano tras su gran Adolfo Valencia, y el actuación en el de cesión” en junio de de noveno en disputar la Mundial 2019, un año antes del Brasil. Bundesliga. fin de su contrato con el El ‘Tren’ Valencia Madrid en 2020. jugó con el Bayern en la tem“Estamos muy felices por porada 1993/1994, marcó 11 haber cerrado este traspaso. goles y se coronó campeón El fichaje de James Rodríguez alemán y además fue el primer era uno de los grandes deseos colombiano en probar suerte de nuestro técnico Carlo Anen Alemania. celotti, después de que ambos trabajaran con éxito juntos en el Real Madrid”, aseguró el El contrato El centrocampista colombiano director general del conjunto del Real Madrid, Rodríguez, alemán, Karl-Heinz Rummejugará cedido las dos próxi- nigge, citado en un comunicamas temporadas, buscando los do del Bayern. AGENCIAS

Posibles

alineaciones Bolívar ° M. Dituro ° E. Rodríguez ° R. Raldes ° M. Prieto ° E. Flores ° L. Justiniano ° L. Morales ° L. Maygua ° J. Arce ° G. Sirino ° J. Fierro ° DT: B. San José

L. de Quito ° D.Viteri ° L. Cangá ° H. Salaverry ° J. Narváez ° N. Araujo ° F. Hidalgo ° J. Intriago ° E. Vega ° A. Bolaños ° J. Anangonó ° H. Barcos ° DT: P. Repetto

Hora: 17:15 Estadio: Hernando Siles de La Paz Árbitro: Mauro Vigliano (ARG)

ñat San José también sufrió las bajas de su defensa el paraguayo Nelson Cabrera, quien retornó a su país, de su volante local Wálter Flores, quien colgó los botines, y de tres más por diferentes factores. Al equipo han llegado reemplazantes, pero no podrán ser alineados ante los ecuatorianos. Ante la ausencia del chileno Fernández, el timonel San José estudia usar la dupla conformada por el uruguayo Gastón Sirino y el boliviano Juan Carlos Arce, y como delantero neto a Juan Eduardo Fierro.

ARCHIVO. James Rodríguez antes de un partido con Real Madrid.

¿Dani Alves, a Francia?

El futbolista Dani Alves viajó ayer a París para someterse a un control médico en el París Saint-Germain (PSG) y habría alcanzado un acuerdo oral con el club francés, informaron los medios franceses. Alves, exjugador del Barcelona, generó polémicas con la hinchada del club italiano al haber aconsejado al argentino Paulo Dybala irse de la Juventus para mejorar. EFE


CRONOS B12

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora, ECUADOR

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Entrenadores ‘Charrúas’ siguen gobernando SERIE A

MINUTERO Mbappé ‘puede escoger a dónde ir’

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El francés Kylian Mbappé es un ‘crack’ “que puede escoger dónde ir”, dijo en rueda de prensa el entrenador del Arsenal, Arsene Wenger, que reconoció además haberse interesado por varios jóvenes futbolistas del Mónaco. AFP

Muriel llega al Sevilla

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El Sevilla, tras anunciar el pasado sábado un “principio de acuerdo” con la Sampdoria para fichar a Luis Muriel, oficializó ayer la incorporación del atacante colombiano para las próximas cinco temporadas. AFP

Messi y Neymar a Japón

°

Los jugadores del Barcelona Leo Messi, Neymar, Gerard Piqué y Arda Turan participarán mañana, en Tokio, en la rueda de prensa de presentación del grupo japonés de comercio en línea Rakuten, nuevo patrocinador principal del equipo ‘azulgrana’. AFP

Seis DTs uruguayos, tres argentinos, un ecuatoriano, un colombiano y un albanés están para la segunda etapa. GUAYAQUIL • La segunda etapa de la Serie A del fútbol ecuatoriano inica este fin de semana. Diez de los 12 clubes sostendrán a sus directores técnicos, mientras que dos buscaron otros horizontes. Clan Juvenil, colista del certamen, reemplazó al argentino Julio Asad por el albanés Febrón Ziu, mientras que Liga de Quito cambió a Gustavo Munúa por Pablo Repetto, los dos uruguayos. Ziu no es un desconocido en el medio local, al menos en la Serie B y Segunda Categoría. Antes comandó a Norte América y Deportivo Azogues.

Son mayoría

En Emelec se mantiene el ‘charrúa’ Alfredo Arias, a pesar que los últimos resultados no fueron los mejores tanto en torneo local, como en Copa Libertadores, por lo que los hinchas pedían que sea cesado de sus funciones. De la misma manera en Barcelona SC continúa con Guillermo Almada, quien culminó en la segunda casilla del certamen, y además ganó el partido de ida copero ante Palmeiras, de Brasil. En Liga de Quito se vinculó’ Pablo Repetto, reconocido en el medio por su vicecampeonato de América, con Independiente del Valle. También tuvo un paso por el fútbol del Medio Oriente y en el Olimpia de Paraguay. Repetto tiene el reto de levantar al cuadro ‘Rey de Copas’, que

realizó una de las peores campañas de su historia con Gustavo Munúa, en primera fase. Siguiendo la misma línea, club El Nacional, también sigue apostando por el también oriental Eduardo Favaro, aunque el equipo se ubica en novena casilla, con apenas cinco partidos ganados en 22 fechas disputadas. Y el último de esa nacionalidad, es el timonel Guillermo Sanguinetti, causante que Delfín de Manta, gane la primera etapa y se clasifique a la Copa Libertadores 2018. Otro uruguayo en el balompié nacional es Marcelo Fleitas, quien dirige las riendas de Fuerza Amarilla, equipo que está en los últimos puestos y en riesgo de perder la Serie. Él, llegó en lugar del ecuatoriano Ángel Gracia. Independienete del Valle mantiene en sus filas técnicas al colombiano Alexis Mendoza, con quien se coloca en los primeros cuatro lugares del Campeonato doméstico. Aporte ‘albiceleste’

En tanto que Guayaquil City (ExRiver Ecuador) trajo a sus filas al argentino Gabriel Perrone, cuando ya habían disputado varias fechas de la primera etapa y no les había ido bien. Antes estuvo el español Ángel Gómez, con quien no lograron buenos resultados. Él antes estuvo en filas ‘Millo-

RESULTADOS. El DT uruguayo Sanguinetti ganó la primera etapa al frente del Delfín. (Foto de Archivo)

narias’, por lo que se le hizo fácil la adaptación. Jorge Célico, hasta ahora sigue siendo entrenador de U. Católica, aunque reconoció que está en conversaciones con la Ecuafútbol, por un proyecto

como coordinador general en las Formativas de la Selección. La lista se cierra con Gabriel Schurrer, en el Deportivo Cuenca, que ha ido levantando nivel en las últimas fechas, hasta llegar a la sexta casilla. (SJMS)

Caicedo ansioso por volver a jugar GUAYAQUIL • Marcos

Caicedo está contento con la oportunidad de seguir vistiendo la casaca de Barcelona. El jugador se mostró ansioso porque llegue el transfer desde México y poder jugar de inmediato con el plantel ‘torero’. Indicó que faltan unos detalles y que está bien encaminado, una vez que la dirigencia ‘amarilla’ hizo la gestión por retenerlo, ya que León no quiso prestarlo y al parecer el ‘Ídolo’ tuvo que desembolsar al menos 1.5 millones de dólares por una parte del pase. “Como siempre orando para que llegue el transfer y poder comenzar a jugar lo más rápido posible. Yo tomé la decisión de quedarme en el club para aportar con mi granito de arena y ayudar a la institución en lo que

más pueda”, expresó ayer a los medios. Añadió que “estoy contento, mi familia muy alegre, quiero saltar a la cancha, tengo que primero revisar mi contrato, pero sería de tres años y medios. Es bonito estar en el país de uno, le agradezco a dios por estar en este equipo grande y también a la dirigencia por el respaldo”. De la misma manera Alfredo Cuentas, vicepresidente financiero, sostuvo en radio Super K800, que hay pequeños detalles que están por resolverse, pero que la idea de la directiva es mantenerlo por un par de años. Así mismo Aquiles Álvarez, expresó que quieren retener el mayor tiempo posible al atacante que llegó en calidad de préstamo a mediados de 2016.

PROTAGONISTA. Marcos Caicedo fue titular en los partidos de Copa y campeonato. (Foto de Archivo)


Froome teme a Urán, Colombia confía en Quintana CRONOS

TOUR DE FRANCIA

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MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

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Los papeles cambiaron. Nairo está lejos del líder, mientras que Urán espera hacer su mejor carrera.

BERGERAC, EFE • Una

nube de banderas colombianas rodea al autobús del Movistar en medio gritos de “¡Nairo, Nairo!. Al lado, el del Cannondale de Rigoberto Urán está calmado, sin que nadie ensalce al cuarto de la general. Los colombianos mantienen la fe en el de Boyacá pese a que el Tour de Francia 2017 parece haberle dado la espalda. Incluso el líder, el británico Chris Froome, considera ya una amenaza mayor al de Antioquía. “Urán ha hecho una gran carrera hasta hoy. Voy a considerarle como una amenaza para el amarillo, si ataca no le dejaré espacio”, dijo el líder del Sky, quien, sin embargo, no evaluó la amenaza que supone Quintana. Froome situó a Urán al mismo nivel que el italiano Fabio Aru, segundo a 18 segundos, y al francés Romain Bardet, tercero a 51. El ciclista del Cannondale está a

55 segundos de Froome; Quintana a 2.13. Ambos tienen que contar con la contrarreloj del penúltimo día en Marsella, donde perderán tiempo con el británico. Quintana, quien ha subido al pódium en sus tres participaciones en el Tour, reconoce que le faltan fuerzas para rivalizar con los favoritos. Urán, nunca ha terminado entre los 20 primeros la ronda gala, afirma que está concentrado para “hacer bien este Tour”.

PROTAGONISTA. Froome se mantiene vestido de amarillo en el Tour de Francia. EFE

Kittel logra el póker °

El alemán Marcel Kittel (Quick Step) se convirtió en Bergerac en el auténtico ‘Tirano’ del esprint en la presente edición del Tour al anotarse su cuarta victoria en una jornada tranquila, la décima etapa, de transición, que no varió la general, con el británico Chris Froome al frente. Kittel, de 29 años, abrillantó su maillot verde con absoluta superioridad, como corresponde al actual rey de las llegadas masivas, esta vez por delante de su compatriota John Degenkolb (Trek) y del holandés Dylan Groenewegen (Lotto Jumbo). Todos con un tiempo de 4h.01.00, a una media de 44 por hora.

Muguruza a un paso de la final, Pliskova número uno JUEGO. Said Santín durante el partido de ayer.

Santín sigue, Márquez se va La suerte de los jugadores ecua- enfrenta a su compatriota Juan torianos en la gira Sudamerica- Diego Rojas. En otra cancha, el brasileño na (COSAT) que se cumple en el club Jacarandá fue distinta en Fernando Barros venció al ecuatoriano Enrique Márquez la jornada de ayer. Said de la Plata por 6-4 y 6-2 en Santín sigue firme en su camino al título, mientras TOME NOTA el primer turno de la cancha 3 del club Jacarandá, que Enrique Márquez fue eliminado. El torneo cuenta sede de la Parada Sudla participaSantín pasó a los cuar- con ción de tenistas americana Júnior que se tos de final, de 16 años, de cinco países, realiza en el Ecuador por mismo es válidécimo primer año. con una victoria sobre el el do para el rán“Es complicado jugar estadounidense Mario Fe- king sudamericano, los ganarri con parciales de 6-1 y dores obtendrán por la altura, es muy diferente a lo que se puede 6-2. “Espero ganar el tor- 60 puntos. hacer en Brasil, pero estoy neo. Sé que hay que privilegiar lo físico, hasta ahora lo he entrenando mucho para adapsabido manejar bien porque soy tarme”, señalo Barros, quien de acá”, dijo el tenista ‘tricolor’, en la siguiente ronda medirá al quien en la siguiente ronda se ecuatoriano Fernando Arguello.

LONDRES, EFE • La española Garbiñe Muguruza, finalista en 2015, se situó a un paso de la final de Wimbledon al vencer a la rusa Svetlana Kuznetsova, por 6-3 y 6-4, en una jornada en la que de rebote, la checa Karolina Pliskova se convirtió en la nueva número uno del mundo. En la misma pista 1 en el que el lunes Rafael Nadal abandonó el torneo tras ceder en un épico quinto set (15-13) ante el luxemburgués Gilles Muller, Muguruza impuso su tenis, del mismo calibre con el que había derrotado en octavos a la alemana Angelique Kerber, hasta ese entonces número uno del mundo. La jugadora nacida en Caracas se impuso a Kuznetsova, ganadora del Abierto de EE.UU. (2004) y Roland Garros (2009), por cuarta vez consecutiva en 75 minutos, y se medirá por un puesto en la final con la sorprendente eslovaca Magdalena Rybarikova, 87 del mundo, de 28 años, que derrotó a la estadounidense Coco Vandeweghe, verdugo de Gar-

DESEMPEÑO. Muguruza devuelve una bola en el partido de ayer. EFE

Federer busca la venganza ante Raonic Este día se disputarán los cuartos masculinos de Wimbledon con un duelo °entre Milos Raonic y el suizo Roger Federer, repetición de la semifinal del pasado año, en la que el canadiense superó a la raqueta de Basilea en cinco sets. Federer, campeón en siete ocasiones, disputará su partido número cien en Wimbledon con ánimo de venganza y amparado en el balance de nueve victorias y solo tres derrotas ante el finalista del pasado año. EFE

biñe en los cuartos de final del Abierto de Australia, por 6-3 y 6-3 en una hora y 14 minutos. La que sí que ya es número uno es la checa Karolina Plisko-

va, que gracias a la victoria de la británica Johana Konta ante la rumana Simona Halep, por 6-7 (2),7-6 (5) y 6-4 se alzará con esta posición el lunes.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


CRONOS A10

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

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Los samuráis fueron los creadores del ka-ju kenpo japonés, un sistema para todas las edades. Los samuráis son uno de los íconos más representativos de Japón y fueron ellos los encargados de crear el ka-ju, un sistema de combate cuerpo a cuerpo, según explica Isaac Pico, karateca con el cinturón negro. Esta técnica es apta para niños desde los 6 años. “No existe límite. Tengo alumnos hasta los 60”, manifiesta el experto. Sin embargo, explica que en Japón este modo es elitista y lo practican a escala gubernamental, policías y militares.

que se mantenga así. No quieren vincularse con lo moderno. Para que no haya contaminación de otros estilos. Recibo niños desde los 6 años de edad y no hay límite. Como es práctico no exige descuartizarse y tampoco es de alto impacto. Se trata de manejar la técnica para resolver una situación de conflicto. ¿Tienen algún ritual antes de iniciar la clase y también cuándo termina?

Isaac Pico imparte clases en Combat Club (Charles Darwin y avenida Brasil).

¿Quién es el creador?

Es un arte marcial de la era de los samuráis. Ellos peleaban con espadas (katana), pero durante la guerra vieron la necesidad de defenderse también con el cuerpo. Así, desarrollaron estrategias de combate que les permitían resolver, en la guerra, rápidamente contra su oponente. Ahí es donde nace el karate jujutsu, en el que trabajaron técnicas de derrumbes, de patadas, de puñetazos, de agarres… Estos samuráis desarrollaron el primer modo del karate para la guerra que es la ka-ju antiguo. ¿Por qué es elitista en Japón?

Se pretende ser tradicional. Quieren guardar todo lo antiguo,

ARTES

MARCIALES

¿Quiénes pueden practicarlo?

Siempre se hace un saludo. No es hablado, son movimientos. Por ejemplo, en el primer saludo está representado el símbolo de dos animales que nosotros manejamos en el ka-ju: el tigre, símbolo de la fuerza, y el dragón, TOME NOTA símbolo de la inteligencia.

¿Qué es kaju tempo?

Si podemos desglosar el nombre ka-ju kenpo, significa el primer modo de la mano vacía para la guerra.

Ka-ju kenpo, una técnica ancestral

¿Cómo se ejecutan las clases?

Les enseño únicamente la técnica. Dividimos la defensa personal en cuatro etapas: defensiva (en la que se aprende a bloquear y esquivar), ofensiva (en la que se puede atacar), sumisión (una vez atacado puede tomar del cuerpo y derrumbar al piso) y hacer una llave para fracturar el cuerpo, esa decisión la toma cada estudiante

¿Les enseña a manejar la katana (espada)?

Decido enseñar cuando un alumno haya pasado a un nivel alto, como un cinturón café. La katana tiene un significado muy especial, porque para manejar primero tiene que aprender un tipo de filosofía que es el bushido, un código de honor que todos seguimos de rectitud, honestidad y valor.

MOVIMIENTO. Este es un golpe suki.

¿Hay niveles en el kaju?

Hay nivel simbólico de cinturón, al igual que en otras artes marciales. Empieza con el naranja, pasa al violeta, al azul, al verde, al café y termina en el negro. ¿Cuánto tiempo se necesita para cambiar de cinta?

No pongo tiempo. Cuando el alumno está listo me dice. La perfección no tiene límite. ¿Por qué hay gritos cuando ejecutan los movimientos?

El grito se hace desde abajo del ombligo y tiene dos objetivo. El primero es utilizar la fuerza del centro de la gravedad en un solo golpe y el segundo es para dominar los nervios.

¿Cuáles son los beneficios del ka-ju?

La autoconfianza y la seguridad de caminar por la calle con seguridad. (JG)

TÉCNICA. El yoko tobi geri es una patada lateral que incluye salto.

Silverstone activa la cláusula de rescisión con la F1 El Club de Pilotos el Gran Premio Británico en los de Carreras Británicos (BRDC términos del actual contrato... por sus siglas en inglés), propie- Soportamos pérdidas de 3,6 mitario del circuito de Silverstone, llones de dólares en 2015 y de 6,17 millones en 2016, y preveha activado formalmente mos perder una cantidad la cláusula de rescisión EL DATO semejante este año. Hemos con la Fórmula uno, por llegado al punto en que no lo que, si no hay un nuefin de sema- podemos permitir por más vo acuerdo, 2019 será el Este na se correrá el tiempo que nuestra pasión último año que se disputa GP de Silverstone. por el deporte dirija nuesaquí el GP Británico. tras cabezas”, afirma Grant El presidente del Club, John Grant, ha explicado así la en un comunicado del Club. Con el actual acuerdo, asegumedida: “La decisión ha sido tomada porque no es financie- ra Grant, “no solo estaría en riesramente viable para nosotros go el futuro de Silverstone y del

LONDRES, EFE •

BRDC, sino toda la comunidad británica del motor que depende de nosotros”. “De todas formas”, advierte, “quiero dejar claro que, aunque hemos activado la cláusula de rescisión, apoyamos totalmente los cambios que el equipo Liberty (actual propietario de la FI) está introduciendo para mejorar la F1. Tenemos la esperanza de que se pueda llegar a un acuerdo para que podamos garantizar un futuro sostenible y viable para el GP Británico y Para Silverstone por muchos años”.

ARCHIVO. Lewis Hamilton cruzó la bandera a cuadros en el GP de Silverstone, del año pasado.


Mujeres en el mar de la memoria

CULTURA I

Laboratorio Malayerba

Malayerba convoca a °suCasa laboratorio permanente de

FIGURAS. Las actrices junto a la directora Martha Ormaza. (Foto: Cortesía)

El mar se traga todo, pero al pasar los días devuelve a los muertos. Quizás por eso una casa de playa es el espacio ideal para que tres mujeres vayan reconstruyendo a la madre difunta quien, tanto en la vida como en la muerte, ha sopesado con su ausencia. Esa casa y esos recuerdos entran en escena en el Ochoymedio desde hoy debido al preestreno de ‘Tres historias del mar’, una obra de la dramaturga peruana Mariana de Althaus, que está dirigida por la ecuatoriana Martha Ormaza, una de las actrices con mayor recorrido en el país, y que en los últimos años ha sido buscada por diferentes artistas para que dirija sus proyectos. Claro que Martha a no todo le dice que ‘sí’, pero en este caso se enfrentó con un texto que “aparenta cierta simpleza, pero se vuelve fantástico, onírico y toca las fibras humanas más profundas en medio de un encuentro de varias feminidades”. Las actrices Carolina Pérez, Carla Yépez y Salomé Velasco fueron quienes le propusieron a Martha dirigir la obra. “Después de haber trabajado en ‘Las presidentas’ y de haber congeniado tan bien, nos propusimos hacer más cosas. Leímos varios textos

manas. “Me resultó interesante la mujer, sobre la madre. “Siento el personaje porque en algunas que hubo un enriquecimiento en cosas se parece a mí: es distante nuestras miradas y un replancuando no conoce gente, hasta teamiento de lo que pensamos que se relaja; y me puso a pen- sobre todo lo que involucra ser sar en mucho sobre el perdón, mujer. Fue un proceso profundo porque a ella le cuesta perdonar y removedor”, comenta la direca la madre, porque eso a mí no tora. me cuesta”, comparte la actriz, En medio del descubrimiento, quien también reflexionó sobre la demolición y la reconstrucción las “distintas facetas de una ma- sobre la madre, la escenografía dre, que no deja de ser mujer”. será una metáfora de la situación La hija segunda, la del medio, para evidenciar el deterioro y el está interpretada por Salomé, vacío. “Se enseñan los vestigios. quien se pone en la piel de Vania, Pensaba en una casa de infanquien entre una aparente bana- cia. Aunque suene redundante, lizad “lucha por no quebrarse y quería partir de lo femenino, que utiliza el humor como escudo e en el aire se sienta los estrógenos intenta mantenerse en pie”. “Su de una manera dulce: que la casa fortaleza es una máscara represente a la propia mapara no enseñar su vacío: dre”, dice Paloma Pierini TOME NOTA el abandono de la madre”, Ormaza, encargada de la explica Salomé. escenografía. Hoy es el preesEso sí, pese a que los treno (20:00). estrógenos se sienten en Ambiente La temporada del 13 al 23 la obra y la feminidad es Martha señala que el pro- será de julio, de juela columna vertebral de la ceso de trabajo fluyó por la ves a sábado y los misma, “el tema humano, “entrega e híper-respon- (20:00) domingos sabilidad de las chicas que (18:00). Entrada: el encuentro de unas her$12 ($6 tarifa manas y la reconstrucción venían con mucha infor- preferencial), de la memoria”, dice Salomación y desde un inicio viernes 2x1. mé, resultan un epicentro sabíamos al punto al que de empatía para todo el queríamos llegar”. Un proceso donde ellas se público, que puede zambullirse permitieron reflexionar sobre en los mares propuestos por eslos arquetipos que pesan sobre tas mujeres. (DVD)

‘Tres historias del mar’

° Dramaturgia: Mariana de Althaus. ° Dirección: Martha Ormaza. Elenco: Carolina Pérez, Carla Yépez y °Salomé Velasco. ° Escenografía: Paloma Pierini Ormaza. ° Producción: Andrea Mora. y en medio de esa búsqueda nos encontramos con este trabajo de Mariana”, cuenta Salomé, quien agrega que con el guión en mano tenían en la mira a Martha como primera opción. Se acercaron “timoratas”, pero se dio el ‘sí’. Roles

Carolina enfatiza en que “nosotras no elegimos a los personajes, ellas nos eligieron a la primera”. Ella interpreta a Ananú, la última de las hijas, quien tendrá una relación menos lejana con la madre, en comparación con sus hermanas. “Ella es la que empieza a hacerse cargo de todo, de alguna manera, hace esto porque no quiere quedarse sola”, agrega. Por su parte, Carla encarna a Josefina, la mayor de las her-

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MINUTERO

Desde hoy arranca la temporada de ‘Tres historias del mar’. Martha Ormaza dirige la pieza teatral. Ficha Técnica

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

formación actoral, dirigido a jóvenes a partir de los 17 años de edad que deseen conocer técnicas para la creación teatral, basadas en la ética personal. Las inscripciones se receptarán hasta este 21 de julio. El inicio será el 24 de julio de 2017, los lunes, martes y miércoles en dos grupos: de 14:00 a 16:00, y de 16:00 a 18:00. El taller dura tres meses y tiene un costo de $75 de matrícula y $90 mensuales. Los cupos son limitados.

Fallece Glazunov

pintor ruso Iliá Glazu°nov,El miembro de la Academia de Bellas Artes de Rusia, falleció a sus 87 años. El artista cobró fama tras pintar los retratos de célebres artistas y políticos como David Alfaro Siqueiros, Salvador Allende o Indira Gandhi. Sus lienzos sobre temas históricos y sus ilustraciones de las obras de los clásicos rusos de la literatura han tenido un gran reconocimiento tanto de la crítica como del público. Glazunov, que también era un destacado escenógrafo, fundó la Academia de Pintura, Escultura y Arquitectura que lleva su nombre y que dirigió hasta su deceso. Entre 1996 y 1999 estuvo a cargo de la dirección artística de la restauración del Gran Palacio del Kremlin. EFE

Sabina Paredes da forma a las ‘Guarichas’ La artista Sabina Paredes inau- poético, fundamentado en la gurará su muestra ‘Guarichas, situación de la mujer andina y pasado y presente’, en el Museo mestiza, durante su transitar de Camilo Egas, ubicado en el Cen- la América colonial a la contemtro Histórico de Quito. La cita es poraneidad. Dando cuenta de la superación que, como género el 14 de julio a las 18:30. Sobre el trabajo de Paredes, y actor social, ha cursado hasta Mario García dice: “La muestra ubicarse en el presente, reclaaborda la presencia proactiva mando todos sus derechos por de la mujer en la sociedad ac- igual”. La obra dialoga con tual. Una sociedad decicrónicas históricas y mididamente encaminada EL DATO crorelatos de mujeres hacia la superación de los contemporáneas que trasatavismos de género que muestra estapor demasiado tiempo La rá abierta hasta cienden el rol de género, han encorsetado las rela- el 15 de agosto mostrando fotografía incon entrada tervenida, escultura en ciones humanas, dificul- libre. cerámica, dibujo en téctando el desarrollo de las nicas mixtas y nuevas teccapacidades productivas y emocionales inherentes a sus nologías aplicadas al arte. Paredes apela a las represenactores”. García agrega que la artista taciones populares que “simboejecuta “un ejercicio histórico- lizan visualmente la trascenden-

RECTIFICACIÓN

OBRA. Una de las piezas expuestas. (Foto: Cortesía)

cia de la mujer, su capacidad de amar y de cohesionar la familia, su capacidad creadora, de renovar estructuras, de interpelar,

de establecer paralelismos con otros segmentos de la población subvalorados por raza, condición social y género”.

En la edición de ayer, 10 de julio, en esta misma página, se publicó la nota titulada ‘Juan Castro se postula para el Grammy’, cuando lo correcto es: ‘Juan Castro se inscribe para el Latin Grammy’. Ofrecemos disculpas a nuestros lectores y en especial al destacado músico ecuatoriano.


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Cinco armas iban a manos de ‘sacapintas’ Según la Policía, el armamento era para abastecer la logística del crimen organizado.

POLICIAL I

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

A13

Policía incauta dos kilos de ‘coca’ en La Alameda

Dos kilos de cocaína fueron hallados en poder de un par de extranjeros, uno de nacionalidad colombiana y el otro, venezolana. El operativo fue ejecutado por agentes de la Jefatura Provincial de Antinarcóticos de Pichincha en las calles Los Ríos y Antonio Elizalde, en el sector de La Alameda, centro de Quito. Los extranjeros, identificados como Garvinton R. y Eddy F., de 35 y 33 años, respectivamente, fueron aprehendidos en delito flagrante mientras transportaban los dos paquetes envueltos en cinta de embalaje. Los peritos de esa unidad policial estiman que salieron de circulación aproximadamente 19.910 dosis de la sustancia sujeta a fiscalización. La cantidad de droga con la que fueron ‘pescados’ hizo que las autoridades consideren como tenencia a gran escala dentro del rango establecido por la Ley. De acuerdo con las investigaciones policiales, esta droga tenía como destino el consumo interno de Quito. Los dos sospechosos fueron trasladados a la Unidad de Flagrancia para que sea un juez quien determine su grado de responsabilidad en el delito por el que se les investiga. (FLC) P

La Policía Judicial venía planificando el operativo desde hace un mes atrás. Capturar a un sujeto fuertemente armado no era cosa fácil. Dentro del vehículo en que se movilizaba cargaba nada más y nada menos que cinco pistolas de grueso calibre de diferente marca. Los agentes tenían información, por una fuente anónima, que las armas presuntamente iban a parar a manos de organizaciones delictivas dedicadas al robo de entidades financieras y al asalto bajo la modalidad de ‘sacapintas’. El operativo se llevó a cabo DESTINO. Estas pistolas halladas por la Policía eran para el crimen organizado. en las calles De los Pinos y Moisés Lara Andrade, en Pon- mentación alguna la legalidad cada a la clonación de tarjetas Identidad por duplicado de las armas y por eso fue ciano Alto, norte de Quito. de crédito y de débito. Los uniformados quisieron saDe acuerdo con un infor- arrestado. Dentro del automóvil también ber si el sospechoso tenía algún El armamento fue entregame preliminar de la Policía, se hallaron dos lectores de cintas tipo de antecedente o cuenta al percatarse de la presencia do a Criminalística para que magnéticas con los que presunta- pendiente con la justicia. de los uniformados el sospe- se realicen los análisis y cotemente se estaban adulterando los Cuando ingresaron su nomchoso intentó darse a la fuga, jamientos balísticos y saber documentos bancarios. bre en el sistema apareció una pero todas las vías estaban ya científicamente si las pistolas Estos artefactos también doble nacionalidad. Jefferson S., cercadas y tras una breve per- fueron usadas en algún delito. fueron puestos en cadena de a más de ser ecuatoriano, tamEntre las evidencias tamsecución lograron capturarlo. custodia para que las autorida- bién aparecía como colombiano, Los gendarmes de la Policía bién se incautaron 296 munides de justicia los consideren pero no se encuentra en la base Judicial de Pichincha encon- ciones que serían para cargar al momento de encaminar la de datos de la Procuraduría Getraron el armamento dentro las alimentadoras de las armas investigación. neral de Colombia. (FLC) de una maleta que ocupaba el que no llegaron a manos del piso del lado del copiloto del crimen organizado. automóvil que conducía. COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO Aunque ya sabían las inten- Otro delito “SAN FRANCISCO” LTDA. ciones del sujeto, los policías le Además de los atracos bajo INSTITUCIÓN FINANCIERA COOPERATIVA preguntaron que para qué ne- la modalidad ‘sacapintas’ y COMITÉ ELECTORAL PICHINCHA cesitaba tantas pistolas y que asaltos en bancos, la Policía de dónde provenían. presume que el implicado CONVOCATORIA El implicado no pudo jus- también estaba involucrado ELECCIÓN DE REPRESENTANTES A LA ASAMBLEA GENERAL tificar con permisos ni docu- en alguna organización dedi-

Pichincha de conformidad con la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario, su Reglamento General, el Estatuto Social, el Reglamento Interno y Reglamento de Elecciones; CONVOCA a los socios de las oficinas Carcelén, Villaflora, Puengasí, Conocoto, Alangasí, Tambillo, Quinche, Sangolquí a la elección de Representantes a la Asamblea General, que se realizará el día sábado 15 de julio de 2017, desde las 08:00 hasta las 16:00, en los siguientes recintos electorales:

AVISO

NOTIFICACIÓN A LOS ACREEDORES

En mi calidad de liquidador y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 393 de la Ley de Compañías y Reglamento correspondiente, me permito notificar a todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, a efecto de que en el termino de veinte (20) días a partir de la fecha de la última publicación de este aviso, procedan a justificar su calidad de acreedores de la compañía “SOLUTIO INGENIERIA CIA LTDA” en liquidación, para lo que deberán en forma personal o por el medio que estimen pertinente, dirigirse al liquidador de la empresa, haciéndole conocer su reclamo, con copia del o los documentos que acrediten su derecho. Vencido el término establecido, de conformidad con lo que dispone la ley, solo serán reconocidos como acreedores quienes dentro del mismo hubiesen comparecido con su reclamo. Para el efecto indicado anteriormente, se deberán dirigir a la siguiente dirección: QUITO-DM – Parroquia Calderón, calle Elías Godoy y Jorge Carvajal conjunto Portal San Fermin 3, también se recibirá el o los reclamos, dentro del plazo establecido, en el correo electrónico: solutioproyectos@gmail.com

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• El voto es obligatorio, su incumplimiento será sancionado con 5,00 dólares de los Estados Unidos

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Quito DM, 25 de junio del 2017

Lcdo. Ramiro García PRESIDENTE C.E.P.

Ing. Angélica Paillacho SECRETARIA C.E.P.

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Una mujer gasta una fortuna en su propio ‘Palacio de cerámica’

CURIOSO A14

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

I

DULCE. Cuesta 23 dólares, un precio que oscila en algún lugar entre las sandías estándar y las cuadradas. (Foto: periodismo.com)

Pan-Sandía, el nuevo hit culinario en Japón

PERIODISMO.COM •

La importancia de las sandías cuadradas en Japón está muy exagerada. Claro, si entras en las secciones de frutas de regalo de los grandes almacenes puedes encontrarlas, pero la gente no las compra regularmente para consumir en casa. No solo son varias veces más caras que una sandía normal sino que aparte de la forma, no hay nada realmente especial sobre ellas. Así que si tienes un poco de dinero extra y un antojo de sabor a sandía, te invitamos a saltear la fruta cúbica y probar algo aún más original: una barra de pan de sandía. Oficialmente llamado Suika Pan (literalmente ‘Pan de sandía’ en japonés), este exótico alimento horneado viene de la panadería japonesa Bo-Lo’Gne y puede encargarse online. El producto se envía en una caja en forma de cubo decorada con un patrón de cáscara de

sandía, que en realidad es una descripción bastante buena del pan en sí. Al rebanar una porción, el interior rojo vivo se revela a sí mismo, junto con pedacitos de chocolate que imitan las semillas que encontrarías en una sandía real. La recreación visual es tan minuciosa que le toma un tiempo a tu cerebro procesar lo que está viendo y tus papilas gustativas probablemente también necesitarán unos momentos para enfrentarse a lo que estás comiendo. El Suika Pan está hecho con jugo de sandía y entre eso y la consistencia del chocolate, el mordisco causa una cierta confusión momentánea, mientras que tu mente intenta encajarlo en la categoría del pan, del postre, o de la fruta. Cuesta 2.592 yenes (23 dólares), un precio que oscila en algún lugar entre las sandías estándar y las cuadradas.

‘Pablo Escobar’ vende helados en Kuwait Una familia latina abrió en Kuwait una heladería que lleva el nombre del narcotraficante más famoso del mundo, Pablo Escobar. Aunque el local empezó a funcionar hace varios meses, hasta el momento su existencia no había trascendido a los medios. Los propietarios de la heladería ‘Pablo Escobar’ se inspiraron en ‘Narcos’, la serie de Netflix sobre la vida del líder del cártel de Medellín. También de esa serie sacaron el nombre de su cóctel insignia en base a café, ‘Plata o plomo’. Los empleados del local llevan camisetas con una imagen de un joven y sonriente Pablo Escobar, una reproducción de la fotografía que le tomaron cuando fue detenido por primera vez por la Policía colombiana. ‘El Patrón’

Pablo Escobar fue el fundador del cártel de Medellín y el nar-

Yu Ermei coleccionó cerámica durante los últimos 30 años de su vida y la utilizó para construir su ‘castillo’.

PERIODISMO.COM • Yu Ermei, una mujer de 86 años, de Jingdezhen, China, invirtió alrededor de 900 mil dólares y cinco años de su vida construyendo un ‘palacio’ completamente decorado con piezas de cerámica. La mayoría de la gente consideraría una locura gastar tanto tiempo y dinero en este proyecto, pero ella asegura que su vida estaría incompleta sin este. Cuando hace seis años a Yu se le ocurrió la idea de su original palacio de porcelana, su familia pensó que se había vuelto senil, pero intentó explicarles que era el sueño de su vida. Jingdezhen se considera la ‘capital de la porcelana de China’ y, habiendo vivido aquí desde los 12 años, la mujer quería dejar algo en honor a la ciudad que dio forma a su existencia. Había trabajado en el negocio de la cerámica la mayor parte de su vida, primero como aprendiz en un taller de porcelana y luego como trabajadora en dos fábricas estatales, antes de tener la experiencia suficiente para abrir su propia fábrica de porcelana, lo que terminó por generarle una considerable fortuna. Este palacio es su forma de devolverle algo a Jingdezhen y un tributo a la cerámica.

Con 60.000 piezas

Además de la venta de porcelana en toda China y en el extranjero, Yu Ermei también había estado coleccionando cerámica durante los últimos 30 años de su vida, pero no sabía qué hacer con su gigantesca colección, hasta que vio la famosa casa de porcelana de Tianjin, edificada por un amante de la cerámica de ideas afines. La encontró exquisita y supo de inmediato que había encontrado un propósito para su propia colección de más de 60.000 piezas de porcelana. Yu compró un pedazo de tierra en las afueras de Jingdezhen y comenzó a trabajar en un gran edificio circular que iba a ser completamente decorado con varias piezas de cerámica. Casi terminado, el palacio ahora ocupa más de 1.200 metros cuadrados y consta de alrededor de 80 toneladas de porcelana rota, que se utiliza como material de construcción y como decoración. Acabados de primera

El increíble palacio de porcelana de Yu Ermei es un espectáculo para la vista, que ofrece modelos de brillantes mosaicos inspirados en diversos elementos de la cultura china, drago-

Detalles

Lo que debe saber A pesar de la carga física y financiera de °esta épica empresa, Yu Ermei dice que no podría estar más feliz.

Ella espera que su original palacio de °cerámica atraiga a los turistas y mejore la vida de la gente del lugar.

Yu considera la estructura intrincada°mente decorada su logro más significativo y memorable.

nes y fénix, signos del zodíaco chino y símbolos de Tai Chi. Pero el interior es realmente impresionante. La porcelana cubre prácticamente todo. Los suelos y las paredes están completamente recubiertos con piezas de cerámica y hay platos y tazas que cuelgan del techo. Incluso las ventanas tienen forma de jarrones de porcelana. Ermei afirma que la construcción del palacio de porcelana le costó una pequeña fortuna, alrededor de 6 millones de yuanes (880 millones de dólares), y eso no incluye el valor de la porcelana utilizada como decoración. La mujer dice que vale 40 millones de yuanes (5,8 millones de dólares) y que incluso había recibido una oferta de 3.7 millones de dólares por su colección, de una persona en Beijing, pero que ni siquiera piensa en considerarlo, a pesar de las súplicas de su familia.

CAPO. La imagen del narcotraficante más buscado en Colombia y EE.UU. revivió en Medio Oriente gracias a la serie ‘Narcos’. (Foto: @ gusgaitan)

cotraficante más buscado en Colombia y EE.UU. Previo a ser abatido por las autoridades colombianas en diciembre de 1993 en Medellín, Escobar, conocido como ‘El Patrón’, fue responsable directo de la matanza de al menos 3.000 personas.

ASOMBROSO. El ‘palacio’ ocupa más de 1.200 metros cuadrados y consta de alrededor de 80 toneladas de porcelana rota. (Foto: periodismo.com)


REPORTE A15

tiempo lectura 15 min.

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora ECUADOR

I

PROTOTIPOS. Galo Becerra, uno de los responsables del proyecto, rodeado de algunos de los prototipos.

TECNOLOGÍA. Un dispositivo se coloca en el antebrazo para evaluar el proceso de aprendizaje.

ECUATORIANOS, EN MUNDIAL DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL Son los únicos representantes de Latinoamérica. Participan con una propuesta de aprendizaje inteligente. Es uno de los sueños de cualquier fanático de la ciencia ficECX LABS ción: que en un futuro -no muy Integrantes lejano- se pueda desarrollar una tecnología que nos permita Manosalvas aprender de inmediato grandes ° Efraín Rojas ° Diego habilidades, como manejar un Jorge Jaramillo ° helicóptero, controlar un proMontúfar ° Diego Armas grama de arquitectura o incluso ° Marcos Tamara Isch ° hablar un idioma desconocido. ° Galo Becerra Bien, en esta línea están trabajando e investigando el equipo ecuatoriano ECX LABS, quienes tivo o aplicación basada en la Inparticipan en el programa X Pri- teligencia Artificial. Durante tres ce que organiza IBM sobre Inte- años, los equipos tienen que ir ligencia Artificial. ensayando y desarrollanParticipar en este do sus ideas. El ganador prestigioso concurso es tendrá un premio de 3 miEQUIPOS en sí un premio. Son uno de todo el mundo llones de dólares, además en el del desarrollo de su idea. de los 147 equipos del participan concurso. mundo clasificados, de Luego de mucho penuna primera selección de sar y valorar ideas este 600. De toda Latinoamérica tan equipo de jóvenes que rondan solo prosperó el suyo. Compiten los 30 años decidieron apostar con grupos de Estados Unidos, por el aprendizaje. Desarrollar Australia, Inglaterra, Francia o un software y un hardware que Japón, países punteros en esta permita agilizar los procesos de futurista disciplina. aprendizaje. A modo de prototipo están trabajando con aprender a tocar la guitarra y maneInteligencia Artificial Las bases del concurso son muy jar un carro. “A través de un análisis de abiertas: desarrollar un disposi-

147

EMPRENDEDORES. Parte del equipo que participa en el concurso sobre Inteligencia Artificial.

datos, el programa mejora tu capacidad de aprender. Cuando ve que el aprendizaje es más rápido sigue en esa metodología para implementar y agilizar, cuando no se produce el aprendizaje cambia de estrategia, básicamente el programa se adapta a tu manera de aprender”, explica Galo Becerra, unos de los integrantes de ECX LABS. Uso de brazalete

Además de la parte del software también están desarrollando prototipos de hardware. Se trata de un brazalete que se coloca en el brazo. En función de la frecuencia de la vibración podemos

saber si el aprendizaje mejora o empeora. “Es una retroalimentación para poder comprender a tiempo real el nivel verdadero del proceso de nuestro aprendizaje, esto podría ahorrar entre un 30 y un 40% el tiempo que dedicamos a aprender una tarea”, añade Becerra. A pesar de que a día de hoy se trata de un dispositivo que se coloca de manera externa este equipo de ingenieros (que trabaja conjuntamente con Handy Tech en la parte de software), ya están trabajando en dispositivos que estarán integrados directamente en el carro o en la guitarra.

Calidad de vida

Para Tamara Isch, otra de las integrantes del equipo, participar en el proyecto de IBM es una gran victoria, que les posiciona en un primer nivel de competición. “En septiembre vamos a presentar los primeros resultados para conseguir becas que ofrece el programa. Seguimos trabajando duro para tener en algunos meses ya un primer producto competitivo y, claro, nos gustaría ganar el concurso y poder comercializarlo, pero para nosotros lo más importante es lograr soluciones a problemas con el fin de mejorar la calidad de vida de las personas”, concluye. (MAP)


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QUITO

50c incl. IVA MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017

Quito, Ecuador

36 PÁGINAS

A imponer ‘Repetto’ en La Paz

Liga Deportiva Universitaria enfrenta a Bolívar de La Paz por la Copa Sudamericana, en el debut del técnico Pablo Repetto. PÁGINA B11

Un ‘caramelo’ en la TV

Alejandra ‘La Caramelo’ Jaramillo se consolida como presentadora de farándula en la pantalla chica. PÁGINA B7

‘Charrúas’ siguen gobernando en la Serie A Los directores técnicos uruguayos seguirán siendo mayoría en la segunda etapa. Clan Juvenil hará debutar a un entrenador albanés. PÁGINA B12

Arde California Los incendios forestales siguen consumiendo miles de hectáreas en el oeste de Estados Unidos. PÁGINA B5


REVISTA JUDICIAL

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LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR

MIÉRCOLES, 12 DE JULIO DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 11851 Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO

Editora DIANA BRIONES PUGA

ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

http//www.derechoecuador.com

Dirección: Panamericana Norte Km 31/2 y Nazareth | Telf: 2475723 al 728 | E-mail: revistajudicial@lahora.com.ec

PATRIA POTESTAD Y ALIMENTOS AUTOR: DRA. MARÍA DANIELA AYALA A.1

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os niños, niñas y adolescentes, como grupo de atención prioritaria, son titulares de varios derechos humanos específicos a su edad; muchos de los cuales corresponden a la vez derechos-obligaciones de sus progenitores. Para nadie es extraño que entre estos derechos, los que presentan más conflicto y accionan más comúnmente el sistema de justica ecuatoriano sean aquellos relacionados con su cuidado y protección, en especial durante proceso de separación de sus progenitores. Lo cual nos obliga a reflexionar profundamente sobre los elementos socio-jurídicos en torno a ellos. En este análisis no me adentraré en un estudio de los orígenes de las instituciones jurídicas relacionadas con la familia; sobre esto existen innumerables textos que nos permiten comprender como nacieron figuras como la de la patria potestad, así como los cambios históricos que han sufrido. Sin embargo si me referiré a estas instituciones para evidenciar los efectos que aun hoy tienen en nuestra sociedad y entender la diferencia entre un rol socialmente asignado y un privilegio. De igual forma, realizaré una reflexión en torno a los avances más recientes que se han presentado en el ordenamiento jurídico ecuatoriano y respecto del rol social que juegan los profesionales del derecho y operadores de justicia en la garantía de los derechos de esto ciudadanos. Así como también me referiré

de manera general al rol de la sociedad en torno a la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Los roles de género en la familia. Una reciente corriente desde las masculinidades en el Ecuador2 ha empezado a criticar el hecho que la legislación ecuatoriana prevé lo que consideran un “privilegio” de las madres en detrimento de los derechos de los padres3, en cuanto se refiere a la tenencia y cuidado de las y los hijos, así como respecto a su manutención. Es en este aspecto que resulta necesario referirse a los orígenes jurídicos de las instituciones relacionadas con la familia, para determinar si es que existen privilegios en la legislación ecuatoriana en detrimento del otro progenitor. Para este fin parto de señalar que el Art.106 del Código Orgánico de la Niñez y la Adolescencia (en adelante CONA), establece las reglas para confiar la patria potestad; dentro de las que se encuentran la obligación de la autoridad judicial de escuchar la opinión de los niños, niñas y adolescentes que pudieren ser escuchados y valorarla en su decisión, el respeto al acuerdo de los

progenitores, a falta de acuerdo la confianza de la patria potestad a la madre (cuando no han cumplido 12 años) o quien demuestre mayor estabilidad emocional y madurez (cumplidos los 12 años); en todos los casos la norma prevé que la decisión se

adoptará siempre que sea conveniente para el interés superior del hijo o hija. La lectura de dicho artículo sin un análisis de género, nos lleva fácilmente a presumir que corresponderían a un privilegio. ¿Por qué habría de preferirse a la madre normativamente, cuando ello implica poner automáticamente la de los alimentos sobre el padre? Llegar a esta conclusión sin un análisis del contexto histórico en torno a la familia y los efectos sociales que aun mantienen los roles de género socialmente asignados, sería aventurarse hacia conclusiones equivocas. En primer lugar, se debe señalar que esta preferencia únicamente se da en el caso de no existir acuerdo entre los progenitores. Ya que se presume que los progenitores velarán por el interés superior de sus hijos/ as, llegando al acuerdo que más convenga para su protección. El Estado como garante de derechos solo interviene ante la falta de acuerdo o acuerdo perjudicial para las y los hijos. Prefiere a la madre en efecto, pero en razón de existir una presunción legal que es ella quien se encarga del cuidado y por tanto la más apta para su protección. Como toda presunción legal, admite prueba en contra; por lo que se puede –y de hecho debe- analizar si esto garantiza efectivamente

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el interés superior de estos/as niños/as. Pero ¿por qué existe esta preferencia? La familia en su origen constituía el elemento primordial de distinción entre el ámbito público y lo privado; línea infranqueable que dividía el espacio en que al Estado no le estaba permitido actuar. Conforme al derecho romano, en la familia mandaba solo paterfamilias bajo la figura de la patria potestas, que incluso le otorgaba el derecho de disponer sobre la vida de quienes se encontraban bajo su mano: hijos/as, cónyuge y esclavos - (vitae necisque potestas)-. A pesar de haber sido la mujer históricamente quien se encargaba de las tareas de cuidado, no ejercía la patria potestad sobre sus hijos. En Ecuador, hasta el Código Civil de 1860 se establecía que los derechos correspondientes a la patria potestad “no pertenecen a la madre”4; y es apenas en 1930 que se regula la patria potestad como el derecho conjunto de ambos padres5. Ambos Códigos mantienen la norma que establece que “el que vive bajo patria potestad sigue el domicilio paterno”6. No es sino hasta el Código Civil de 1970 que en caso de separación, los hijos pueden jurídicamente seguir el domicilio materno7. Lo dicho implica que hasta 1970, en caso de separación o divorcio de los cónyuges, la mujer se encontraba jurídicamente impedida de exigir que sus hijos e hijas no emancipadas vivan con ella. Incluso a pesar de ser ella quien desde su nacimiento, se encontrare a cargo de su cuidado. Hecho que en la práctica implicaba que, por mantener la relación con sus hijos, se obligare a quedarse en una relación que incluso podría ser violenta, bajo la amenaza jurídicamente sustentada de que perderían a sus hijos en caso de separarse; constituyendo una restricción hacia la autonomía de la mujer, que difícilmente se traducía en CONTINUA EN LA PÁGINA - C2


REVISTA JUDICIAL C2

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR

una garantía del bienestar de los niños, niñas y adolescentes. Norma que se socialmente se traduce en una carga históricajurídica difícil de contrarrestar. Ahora, si bien es cierto que ya son cuatro décadas desde que la madre puede exigir que sus hijos sigan su domicilio; me permito dejar planteada la siguiente interrogante: ¿se mantenían los efectos sociales de la norma previa, en la medida en que un padre que no había ejercido el rol de cuidador, podía seguir exigiendo la patria potestad? Sin necesidad de resolver esta interrogante, se puede afirmar que en Ecuador, aun hoy prevalece una marcada división de roles. División que conlleva a que las mujeres sigan siendo las principales dadoras de cuidado dentro de las familias (sean estas madres, abuelas o incluso empleadas domésticas), mientras que los hombres siguen siendo los principales proveedores8. Considero importante en este sentido referirme a dos datos importantes relacionados con el empleo que sustentan fuertemente lo afirmado: el menor acceso al empleo remunerado de las mujeres9 y el hecho que su ingreso promedio es un 22% más bajo que el de los hombres10. Lo cual implica, junto con otros factores que socio-culturales, la existencia de un fuerte coadyuvante material que resulta en una marcada tendencia de las mujeres hacia asumir el rol de mujer-madre y por tanto, en la conservación de esta división de roles. El resultado de lo analizado es que las mujeres siguen siendo las principales dadoras de cuidado y los hombres los principales proveedores. Por lo que si bien como sociedad debemos trabajar fuertemente en crear las condiciones materiales y socio-culturales para que tanto las tareas del hogar, como la posibilidad de convertirse en el/la proveedor/a de la familia puedan ser ejercidas libre y equitativamente por hombres y mujeres; no podemos desconocer que existe una realidad que nos dice que las dadoras principales de cuidado en la

familia promedio ecuatoriana sigue siendo la mujer, mientras que el proveedor principal de la familia sigue siendo el hombre 11. Esta realidad material es precisamente lo que reconoció el CONA en su artículo 106. Por lo que lo adecuado sería referirnos no a un privilegio, sino a un reconocimiento normativo de una realidad social; más aun cuando la norma transforma considerablemente un derecho del progenitor en fuerte obligación12. Obligación sobre la que se debe agregar que implica una distribución inequitativa del trabajo, que en el caso de las mujeres trabajadoras se traduce en una doble jornada. Por lo que resulta indispensable trabajar fuertemente en políticas públicas que nos permitan modificar estructuralmente esta inequitativa distribución de los roles sociales;

ción13. Siendo la autoridad judicial quien se encuentra llamada a garantizar sus derechos14, incluso cuando existe acuerdo entre las partes. En este mismo sentido, considero importante referirme al momento en que una persona puede plantear demandas relativas a los alimentos o la patria potestad. Esto en razón que existe una errónea concepción, bastante difundida, respecto a que no se podría iniciar procesos como los referidos sino cuando existe separación entre los progenitores. ¿Qué pasaría entonces en los casos del progenitor proveedor que siendo disipador, no cubre las necesidades básicas familiares? ¿Qué pasaría si es que el progenitor maltrata a los hijos? Siendo el CONA es una norma absolutamente garantista de los derechos de los niños,

la norma establece varias formas en que se puede satisfacer esta obligación, existe una tendencia hacia fijar casi exclusivamente pensiones en numerario. Hecho que quizá se deba a una inadecuada concepción sobre las implicaciones de la sentencia de la Corte Constitucional sobre las pensiones mínimas18, tanto por parte de jueces y juezas, como por parte de las y los profesionales del derecho. En efecto, la norma establece que la forma de prestar los alimentos es “a través del depósito de una suma de dinero que deberá efectuarse por mensualidades anticipadas”19, pero esta no solo que no prohíbe que satisfaga a través de otros mecanismos, sino que además establece expresamente dos posibilidades para su prestación: a) La constitución de derechos de usufructo, percepción de pensiones

pero ¿esto implica que los cambios deben materializarse a través de sentencia? Analizaremos esta pregunta a continuación.

niñas y adolescentes no exige ni si quiera haber dejado de vivir bajo el mismo techo para plantear acciones en garantía como la pérdida de la patria potestad15 o la de alimentos, como expresamente lo establece su artículo 7 del CONA16. El derecho de visitas por supuesto sería la excepción, en razón que presupone que el progenitor que las solicita está siendo privado de poder ver a sus hijos/as.

de arrendamiento, entre otros; y el pago o satisfacción directos por parte de los obligados20. Por lo que bien podría un progenitor o un obligado subsidiario cubrir estas necesidades en especie. Lo dicho presenta un problema adicional ya que esta posibilidad de poder satisfacer directamente las obligaciones por parte de los alimentados implica en la práctica incidentes dentro de las liquidaciones de las pensiones alimenticias que dificultan el ejercicio de los derechos de las y los alimentados. Esto en razón que se pretende deducir todos los gastos adicionales en los que ha incurrido el alimentante (en sus días de visita o como regalos de navidad incluso); hayan sido estos o no necesarios, consultados o no con quien se encuentra a cargo de su cuidado. El resultado deviene en un problema social grave, ya que

¿Qué debe resolver una autoridad judicial cuando conoce procesos de alimentos, visitas, tenencia y/o patria potestad? En primer lugar, inicio aclarando que he utilizado las conjunciones “y/o” con un motivo; esto es que un número significativo de los procesos de familia la autoridad judicial -además de la materia principal sobre la que versa la demanda- debe resolver otra de las materias relacionadas; tal es el caso de los procesos de divorcio. Esto en razón que una autoridad judicial no puede emitir sentencia sin haber resuelto previamente sobre la situación de las y los hijos en relación a sus alimentos, cuidado y protec-

Derecho de Alimentos. Adentrándonos en los alimentos, se debe señalar que tiene un objetivo esencial: “la satisfacción de las necesidades básicas de los alimentarios”17 . Necesidades que incluyen elementos como la alimentación nutritiva, equilibrada y suficiente, educación, vivienda segura, cultura, recreación y deportes, entre otros. Resulta interesante que si bien

además del tiempo sin poder satisfacer adecuadamente las necesidades básicas de las y los alimentados (aunque siempre se buscan modos de satisfacerlas: préstamos, ayuda de terceros, etc.), se ven obligadas a incurrir en procesos legales para el cobro de las pensiones. Problema que se soluciona simple y sencillamente con el establecimiento claro de la forma en que se satisface la pensión; es decir, o permitiendo a los alimentantes incurrir en determinados gastos deducibles de la pensión o impidiéndoles hacerlo para brindar seguridad jurídica a los alimentados y la persona que se encuentre bajo a cargo de su protección. Me parece importante en este punto realizar una fuerte crítica a la visión social respecto de la tabla de alimentos, comúnmente presente en nuestra sociedad. Un triste imaginario que debemos desterrar aquel que sostiene que el padre no puede vivir con tan poco, mientras la madre se encuentra haciendo negocio de los hijos. Considerando que el 85% de las pensiones no supera los 200 dólares21, es decir, algo así como 100 o 66 dólares mensuales por cada hijo/a; creo que se puede afirmar que no es negocio tener hijos y encargarse de su cuidado. Al igual que se puede afirmar que si tres niños/as pueden subsistir con 200 dólares al mes o menos, un alimentante también puede hacerlo. Por ello la Corte Constitucional ha sido reiterativa en la constitucionalidad de la tabla de pensiones. Como ya se dijo, la intervención del Estado no es necesaria cuando los progenitores brindan las garantías necesarias a sus hijos; por lo que se debe reprochar además que el elevado número de causas de alimentos que se encuentran activas en el país, lo están porque existen obligados a los alimentos que se desentienden de sus obligaciones paterno-filiales. Es decir, cuando y porque se ven obligados, en muchos casos por el apremio, cumplen con una obligación connatural como es la protección de la prole; lo cual debería recibir un fuerte reproche social. Si debemos referirnos a uno de los mecanismos de reproche social, como es el apremio personal, que solo existe constitucionalmente para las deudas alimenticias. La más reciente sentencia de la Corte Constitucional CONTINUA EN LA PÁGINA - C3


topa precisamente este tema, ratificando su constitucionalidad al buscar garantizar un bien superior como son los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Peor reconoce hechos que las autoridades judiciales si deberían ser capaces de analizar cómo son las situaciones excepcionales que impiden a una persona cumplir con sus obligaciones. Así la Corte declaró inconstitucional el artículo 137 del COGEP, sustituyéndolo por otro que mantiene el apremio, pero que obliga a la autoridad judicial a convocar a una audiencia previa en la que se verificarán las razones del incumplimiento previo a dictar el apremio22. Lo dicho resulta adecuado, toda vez que mal podría dictarse una orden de apremio a un padre que ha incumplido el pago de más de dos pensiones porque se encuentra en tratamiento por una enfermedad catastrófica, así como mal podría seguir siendo el obligado principal. Por lo que resulta indispensable un compromiso serio por parte de las autoridades judiciales, en las que no solo se limiten a cumplir los procedimientos como meras formalidades, sino que realmente les preocupe y ocupe el bienestar de esos niños/as y de la sociedad en su conjunto. Al respecto se debe agregar que una de las herramientas más importantes con las que cuentan las unidades judiciales de familia

DIVORCIOS Casillero 808 EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA CAUSA No. 17203-2015-08464. TRAMITE: ESPECIAL ACTOR: MONTALVO JACOME SEGUNDO RICARDO PROCURADOR JUDICIAL DE LILIANA LUCÍA MÉNDEZ LOMA DEMANDADO: RICARDO WLADIMIR OÑA AGUILAR CITACION JUDICIAL A: RICARDO WLADIMIR OÑA AGUILAR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 15 de julio de 2015, las 08h45 VISTOS: Por sorteo de ley, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, provincia de Pichincha, en virtud de la Resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, de fecha 11 de septiembre del 2012, publicada en el Registro Oficial No. 810 de 16 de octubre de 2012. En lo principal, la demanda de divorcio presentada por la señora LILIANA LUCÍA MÉNDEZ LOMA, se la califica de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos de ley señalado en el Art. 67 del C.P.C.; por lo tanto, se la acepta a trámite en la vía del juicio verbal sumario.- CITESE con el contenido de la demanda y este auto al señor RICARDO WLADIMIR OÑA

para su trabajo son las oficinas técnicas. Equipos que tienen la capacidad de proveer a las autoridades judiciales de los elementos de convicción que les permitan garantizar verdaderamente los derechos; por ejemplo, para permitir conocer verdaderamente las condiciones económicas del alimentante a través de visitas de trabajo social. Esto ya que en la práctica, cuando una persona no cumple con sus obligaciones tributarias o no se encuentra bajo relación de dependencia, resulta sumamente complejo demostrar sus ingresos; escondiéndose estos e incumpliendo por tanto materialmente la tabla mínima de pensiones alimenticias. Finalmente señalar que tanto las resoluciones relativas a las pensiones alimenticias, como aquellas que resuelven sobre visitas, tenencia o patria potestad, deben tener como centro de preocupación e interés a los niños, niñas y adolescentes. Ellos deben ser oídos, aunque procurando que los procesos judiciales no les afecten –lo cual es bastante difícil de lograr-. Pero además la autoridad judicial debe asumir firmemente su rol de garante, en este sentido, procurar tener todos los elementos de convicción previa a resolver la causa. Procurando además que las resoluciones que adopte, modifiquen de la menor manera posible la estabilidad de estos/as niños/as; por lo que se puede afirmar que

AGUILAR, mediante la Oficina de Citaciones de esta Unidad, en el domicilio señalado por la parte actora.- Previo al nombramiento de curadora ad litem en favor del niño Ricardo Mateo Oña Méndez, para que le represente en esta causa con la insinuación formulada de la señora Carmen Amelia Loma Guachamín, una vez citado el demandado, cuéntese en la presente causa con la opinión de uno de los señores Agentes Fiscales del Distrito de Pichincha.Agréguense al proceso la documentación adjunta.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico designados por el Dr. Ricardo Montalvo Jácome, en calidad de Procurador Judicial de la actora, con la faculta a él conferida para que actúe en la presente causa.- Actúa la Doctora Rocío Parra Galarza, en su calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- NOTIFIQUESE. En lo principal, por cumplido con lo dispuesto en providencia anterior esto es en mérito al juramento rendido por parte del señor DR. RICARDO MONTALVO JACOME, con matrícula profesional No. 808 del Colegio de Abogados de Pichincha, en calidad de Procurador Judicial de la señora LILIANA LUCIA MENDEZ LOMA; y, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, CITESE con el contenido de la demanda, auto de calificación; y, este decreto al demandado señor OÑA AGUILAR RICARDO WLADIMIR, por la prensa, mediante tres publicaciones en fechas distintas que se realizarán en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito. El extracto dispuesto remítase a la casilla judicial de la accionante. Actúa la Ab. Patricia Llerena, mediante acción de

personal No. 5515-DP17-2017MP 03/07/2017, en calidad de Secretaria Encargada por ausencia de la Titular.- NOTIFIQUESE y CITESE DRA. MARTHA DEL ROCIO PARRA GALARZA SECRETARIA DE UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON Hay firma y sello PAC108391fa UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Se le hace conocer que, en la UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, a cargo del Dr. ROGER CUSME MACIAS, Juez titular, dentro del juicio de Divorcio por causal No.17204- 2017-03039, se ha dictado lo siguiente: EXTRACTO JUDICIAL CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL No. DE JUICIO: 17204-201703039 ACTORA: ROSA MARIA ALCIVAR LOOR DEMANDADO: ANGEL ANTONIO ARALUCE RIERA CUANTÍA: INDETERMINADA TRÁMITE: SUMARIO Hago saber: En el Juicio de Divorcio por causal Nro. 172042017-03039, que sigue ROSA MARIA ALCIVAR LOOR en contra de ANGEL ANTONIO ARALUCE RIERA, hay lo siguiente:

la autoridad judicial debe tener absolutamente claro cómo funcionaba determinada familia, antes de poder dictar sentencia en que se resuelva sobre estos derechos y obligaciones. Conclusión Podemos establecer que hace falta un trabajo fuerte en aspectos sociales que nos estructuran: entre ellos la distribución de los roles de cuidado y provisión, de tal forma que podamos caminar hacia regímenes de tenencia compartida entre ambos progenitores. Debemos asumir un compromiso fuerte con la responsabilización social de los progenitores; de tal forma que nos convirtamos en una sociedad que depende menos del litigio para garantizar necesidades básicas de un grupo de atención prioritaria. Finalmente señalar que se requiere un compromiso serio de los profesionales del derecho, desterrando prácticas que buscan ilegítimamente reducir pensiones alimenticias o asumir los cuidados para eliminarlas; así como también se requiere un compromiso de las autoridades judiciales, para lograr un enfoque mucho más social en los procesos, que les permita armarse verdaderamente de convicción sobre una realidad familiar antes de resolver sobre ella, de tal forma de convertirse en un catalizador del diálogo, la convivencia social, pero por sobre todo garantes de

los derechos de los niños, niñas y adolescentes que son a quienes están llamados a proteger. Abogada por la PUCE, Máster en Ciencias Sociales, con mención en género y desarrollo por la FLACSO y candidata a Máster en Derecho Constitucional por la UASB. Me permito utilizar el término solo con fines referenciales, ya que existen muchas críticas respecto a si es que sus planteamientos parten verdaderamente desde el estudio de las masculinidades. Entrevista realizada a uno de los miebros de la organización “Papá por siempre” http://www. eldiario.ec/noticias-manabi-ecuador/187852-laley-discrimina-a-los-padres/ Código Civil de 1860, “Art. 234.- La patria potestad es el conjunto de derechos que la ley da al padre legítimo sobre sus hijos no emancipados. Estos derechos no pertenecen a la madre. (…)” Código Civil de 1930, “Art. 234.- La patria potestad es el conjunto de derechos que tienen los padres legítimos sobre sus hijos no emancipados. (…)” Art. 68 del Código Civil de 1860 y Art. 69 del Código Civil de 1930. Art. 58 del Código Civil de 1970 establece: “El que vive bajo patria potestad sigue el domicilio de quien la ejerce (…)” Existe un sinnúmero de publicaciones al respecto en el área de estudios de la cultura y de género de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, por ejemplo. A marzo de 2017 la tasa de empleo global, fue 1,9 puntos porcentuales más bajo para las mujeres (96,4% v. 94,5%), esto aun a pesar de encontrarse incluido el trabajo no remunerado del hogar (879.801 personas –rural+ urbano), mientras que la tasa de empleo adecuado es del 45,3% en los hombres y 29,5% en las mujeres y la tasa de desempleo del 5.5% en el caso de las mujeres y 3,6% para los hombres; lo cual corresponde a variaciones “estadísticamente significativa[s]”, conforme lo determina el INEC. Fuente INEC, disponible en http://www. ecuadorencifras.gob.ec/documentos/web-inec/ EMPLEO/2017/Marzo/032017_Presentacion_M. Laboral.pdf Armas, Amparo, Empleo público en el ecuador: una mirada desde el género, 2008, pg. 68. Disponible en http://library.fes.de/pdf-files/ bueros/quito/06816.pdf ; diferencia salarial que se mantiene a marzo de 2017, en que se observa que el ingreso promedio de los hombres es de 354,69USD, mientras el de las mujeres es de 277,08USD, un 21,87% más bajo, según informa-

La virtud no consiste en abstenerse del vicio, sino en no desearlo. s h aw , G e o r G e b e r na r d

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 19 de junio del 2017, las 16H22VISTOS: AVOCO conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Especializada Cuarta de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, en virtud del sorteo de ley, y de conformidad con la resolución número 199-2013 de fecha 10 de diciembre de 2013 del pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el R.O.S. 195 del 5 de marzo de 2014.- Una vez que se ha dado estricto cumplimiento a lo requerido en providencia inmediata anterior.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que de conformidad con el artículo 332 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al procedimiento SUMARIO establecido en el artículo 333 del referido Código.- De conformidad con lo previsto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demanda-

do ANGEL ANTONIO ARALUCE RIERA mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito. Para la práctica de esta diligencia confiérase el extracto respectivo. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso.Se le previene al demandado su obligación de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial y contestar a la demanda en el término de quince días luego de haber sido citado conforme a lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos; contestación que debe cumplir lo determinado en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal.- La audiencia única establecida en el Art. 333 numeral 4 inciso segundo COGEP, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir.- Con relación al anuncio de pruebas formulado por la accionante se dispone: Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda; De ser procedente Tómese en cuenta en la Audiencia Única los medios probatorios presentados por la parte acto-

ra así como la documentación que adjunta. De ser procedente, recéptese la declaración de los testigos nominados, en la audiencia única. Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado por el accionante para sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su abogado patrocinador.- Actúe la doctora Cecilia Guamán Quinzo, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Especializada.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) DR. ROGER CUSME MACIAS, JUEZ.Lo Certifico. Lo que comunico a usted para los fines de Ley.DRA: CECILIA GUAMAN QUINZO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello AR/106278/AT

EJECUTIVOS REPUBLICA DEL ECUADOR AVISO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCIA SE HACE CONOCER AL PUBLICO EN GENERAL EL JUICIO DE INSOLVENCIA ACTOR: LIGIA JANETH VILLOTA VERA PROCURADORA JUDICIAL PROCURADORA JUDICIAL Y MANDATARIA DEL SEÑOR ROBERTO PATRICIO BORJA PAREDES GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA CIA. AUTO DELTA CIA. LTDA. DEMANDADO: MIRIAN ALEXANDRA TRUJILLO CAMINO

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ción del INEC (Ibídem cita anterior) La lectura analítica de las jefaturas de hogar en el Ecuador nos demuestran precisamente lo dicho, así se observa que el 71% de las jefaturas de hogar está a cargo de hombres, de los cuales, de cada 10 ,9 forman parte de la población económicamente activa y solo el 15,6% se dedican a actividades domésticas; conforme al análisis (infografía) del INEC, publicada en el año 2013. Disponible en: http://www.ecuadorencifras.gob. ec/en-el-ecuador-existen-1-961-562-jefes-dehogar-con-hijos/ CONA “Art. 105.- Concepto y contenidos.- La patria potestad no solamente es el conjunto de derechos sino también de obligaciones de los padres relativos a sus hijos e hijas no emancipados, referentes al cuidado, educación, desarrollo integral, defensa de derechos y garantías de los hijos de conformidad con la Constitución y la ley”. CONA “Art. 29.- Aplicación de estas normas en otros juicios.- Dentro de los juicios o procesos por violencia intrafamiliar, reclamación de la filiación, separación de bienes, divorcio y en general, en cualquier otro procedimiento en el que la ley contemple expresamente la posibilidad de solicitar alimentos a favor de niños, niñas y adolescentes, se aplicarán obligatoriamente las normas establecidas en la presente ley.” Ver: artículo 332 numeral 4 e inciso tercero del artículo 340 del COGEP. Aunque en ese caso además se incluirían medidas de protección de derechos como la salida del agresor de la vivienda. “[l]a pensión de alimentos procede aún en los casos en que el alimentado y el obligado convivan bajo el mismo techo” Artículo 2 del Capítulo I, del título V del CONA, sustituido por la Ley No. 00, publicada en el Registro Oficial Suplemento 643, de 28 de julio de 2009 Sentencia 0148-13-SCN-CC, de 4 de septiembre de 2013, Caso No. 0179-12-CN y acumulados. Artículo 14 del CONA Ibídem http://www.eltiempo.com.ec/noticias/ecuador/4/414814/el-85-de-las-pensiones-nosupera-los-usd-200 Sentencia No. 012-17-SIN-CC, de 10 de mayo de 2017; Caso No. 0026-10-IN, 0031-10-IN y 005216-IN, acumulados.

JUICIO: No. 17230-2015-06695 TRAMITE: ESPECIAL (INSOLVENCIA) CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: AB. RICARDO AUGUSTO VELASTEGUI ENDARA SECRETARIO: DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS OBJETO DE LA DEMANDA: De acuerdo a lo estipulado en el Art. 519, numeral 1 del Código de Procedimiento Civil, se presume la insolvencia de la señora MIRIAN ALEXANDRA TRUJILLO CAMINO, en calidad de deudora principal y con fundamento en lo estipulado por el Art. 507, 508 y siguientes del mismo cuerpo legal, solicito a Usted que se sirva declarar que hay lugar al concurso de acreedores y ordenar todas las medidas exigidas por la norma legal mencionada. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 15 de mayo del 2015, las 11H02.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez de Primer Nivel de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, según acción de personal No. 8476- DNTH-2014-SBS, de 29 de Octubre del 2014, emitida por la Ing. María Cristina Lemarie Acosta, Directora Nacional de Talento Humano, y la Econ. Andrea Bravo Mogro, Directora General del Consejo de la Judicatura.- La demanda que antecede, propuesta por la señora LIGIA JANETH VILLOTA VERA, en calidad de Procurador Judicial del señor Roberto Patricio Borja Paredes, Gerente General y Representante Legal de la Compañía AUTO DELTA CIA. LTDA.; en contra de la señora MIRIAN ALEXANDRA TRUJILLO

CAMINO, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, esto es, cumple lo previsto en el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, como son: 1. La designación del juez ante quien se la propone; 2. Los nombres completos, estado civil, edad y profesión del actor y los nombres completos del demandado; 3. Los fundamentos de hecho y de derecho, expuestos con claridad y precisión; 4. La cosa, cantidad o hecho que se exige; 5. La determinación de la cuantía; 6. La especificación del trámite que debe darse a la causa; 7. La designación del lugar en que debe citarse al demandado, y la del lugar donde debe notificarse al actor; y, 8. Los demás requisitos que la ley exija para cada caso”; por lo que, se la admite a trámite por la vía especial, prevista en el Título II, Sección 4a., Arts. 507 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.De las copias certificadas que se acompañan, se desprende que la señora MIRIAN ALEXANDRA TRUJILLO CAMINO, fue requerida con el Mandamiento de Ejecución en el Juicio Ordinario número 1342-2011, seguido en su contra en el Juzgado Vigésimo Quinto de lo Civil de Pichincha, hoy Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Dr. Paúl Narváez Narváez, Juez de Primer Nivel.- Como la accionada no ha pagado la deuda ni ha dimitido bienes equivalentes y por lo mismo, atento a lo previsto por el Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, se presume la insolvencia de la señora MIRIAN ALEXANDRA TRUJILLO CAMINO, contra quien se dirige la presente acción, en consecuencia de tal presunción, se declara con lugar el concurso de acreedores que se manda a formar.- Procédase


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a la ocupación y depósito de sus bienes, libros, correspondencia y más documentos, los cuales se entregarán al Síndico Dr. Roberto Almeida, al que se le designa para el efecto, previas las formalidades de Ley.- Ofíciese en legal y debida forma, a los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, para la acumulación de causas seguidas en contra de la deudora, por obligaciones de dar o de hacer, a excepción de las hipotecarias, si sus dueños prefieren hacer valer sus derechos por cuerda separada.- Remítase copias de todo lo actuado a uno de los señores Fiscales de esta Provincia, a fin de que califique la insolvencia de la señora MIRIAN ALEXANDRA TRUJILLO CAMINO.- Publíquese el extracto de la demanda y de este auto, por la Prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación y que se editan en el Distrito Metropolitano de Quito.Ofíciese a la Superintendencia de Bancos; Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; Superintendencia de Economía Popular y Solidaria; Gerente General del Banco Central del Ecuador; Presidente del Directorio de la Corporación de Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados; Contraloría General del Estado; Servicio de Rentas Internas; Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; Consejo Nacional Electoral; Agencia Nacional de Tránsito del Ecuador.- Notifíquese a los señores Notarios, Registradores de la Propiedad y Registros Mercantiles del País, a fin de que no otorguen ni inscriban ninguna Escritura o contrato en los que intervenga el demandado.- Se ordena la prohibición de salida del país de la demandada, señora MIRIAN ALEXANDRA TRUJILLO CAMINO, con cédula de ciudadanía número 172205639-5; al efecto, ofíciese a la Dirección Nacional de Migración y al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, para los fines legales pertinentes.- Concédase a la deudora el término de 8 días, para que presente el activo y pasivo; en caso de no hacerlo, se ordenará la formación de dicho inventario por medio del Síndico del Concurso.- Cítese a la parte accionada en la dirección señalada en la demanda, quien en el término de 3 días, podrá oponerse pagando la deuda o dimitiendo bienes equivalentes, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Regístrese el casillero judicial y correo electrónico señalado por la accionante.- Actúe el Dr. Francisco Vásquez, en calidad de Secretario Encargado de esta Judicatura, según acción de personal número 2577-DP-UPTH, de 15 de Abril del 2015, emitida por la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura.- CUMPLASE, CITESE y NOTIFIQUESE.- f) DR. JORGE ALEJANDRO MIRANDA CALVACHE JUEZLo que comunico a usted para los fines legales pertinentes. DR. JOSE VALENCIA ARIAS SECRETARIO Hay firma y sello PAC108433fa R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE MANTA CITACION JUDICIAL A la señora GEOMARA ANGELICA CORDOVA MANTUANO , se le hace saber, que en esta Unidad Judicial Civil de Manta, se ha presentado una demanda Ejecutiva, cuyo extracto y Auto recaído en ella es como sigue: ACTORA: Dra. ANA ALICIA VELEZ PINOARGOTE en su calidad de Procuradora Judicial del Dr. Jaime Manuel Flor Rubianes en su calidad de Representante jurídico en la representación legal del BANCO PICHINCHA C.A. D E M A N DA DA : G EO M A RA ANGELICA C O R D O VA MANTUANO

JUICIO No: 887-2015-13337 VIA: EJECUTIVA CUANTIA: $.19.000,oo DÓLARES OBJETO DE LA DEMANDA: La actora en su demanda, manifiesta lo siguiente: OPERACIÓN DE CRÉDITO UNO. Del pagaré a la ordena número 181813700 por el valor de $.13.600,oo, así como de la Tabla Informativa que adjunta debidamente suscrita y aceptada, vendrá a su conocimiento que su representada Banco Pichincha C. A. concedió un crédito a la señora GEOMARA ANGELICA CORDOVA MANTUANO a ser cancelado en el plazo de 1.091 días a partir de Junio 20 del 2013 pagaderos en 36 cuotas mensuales de $.476,28, de las cuales están vencidas 6 cuotas, encontrándose hasta el momento en mora a partir de las cuota número 19 que venció en Enero 15 del 2015. OPERACIÓN DE CRÉDITO DOS.- Del pagaré a la orden número 8000016143 por el valor de $.1.400,oo, así como de la tabla Informativa adjunta debida mete suscrita y aceptada , vendrá a su conocimiento que su representada Banco Pichincha C. A. concedió un segundo crédito a ser cancelado en el plazo de 1.090 días a partir de marzo 22 del 2012 pagaderos en 36 cuotas mensuales de $.50,66, de las cuales están vencidas las últimas 5 cuotas, encontrándose hasta el momento en mora a partir de las cuota número 32 que venció en noviembre 17 del 2014. Con estos antecedentes demanda a la mencionada demandada señora GEOMARA ANGELICA CORDOVA MANTUANO para que en sentencia sea condenada al pago de lo siguiente: 1.-El capital adeudado de las dos operaciones de crédito señaladas. 2.-Los intereses legales y los de mora, con los reajustes de intereses previstos y autorizados por las leyes de la materia y regulaciones, según lo determinan los pagares a la orden en que se fundamenta la demanda. 3.-Los valores por gastos y expensas, según lo establece en el art. 936 del Código de Procedimiento Civil; y 4.-Las costas judiciales en las que se incluirán los honorarios de la compareciente como ab. defensora, a fin de que dentro del término de tres días pague la obligación demandada o dentro del mismo término proponga las excepciones de las que se crea asistido. Fundamenta su demanda en lo dispuesto en Art. 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil y Art.45 y 57 de la Ley de Cheques. JUEZ DE LA CAUSA Y AUTO RECAIDO EN ELLA.- Dra. Laura Joza Mejía, Juez Jueza de la Unidad Judicial Civil de Manta, quien acepta la demanda al trámite con fecha Julio 23 del 2015, las 14h47 y en Auto de fecha 21 de Diciembre del 2016, las 08h25 dictado por el Señor Juez de la Unidad Judicial de Manta Ab. Holger Rodríguez Andrade; dispuso que se cite a la demandada señora GEOMARA ANGELICA CORDOVA MANTUANO ,por medio de la prensa, en extracto que se publicará en tres fechas distintas en uno de los periódicos de amplia circulación de la ciudad de Quito y en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Manta donde se tramita la causa, de acuerdo con lo prescrito en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por manifestar la Actora bajo Juramento que le es imposible determinar la individualidad o

residencia de la demandada. Se le advierte a la demandada la obligación que tiene de comparecer a Juicio señalando domicilio legal para futuras notificaciones y que en caso de no comparecer a la tercera y última citación podrán ser declarados rebelde.Lo que se hace saber para los fines de ley. Manta, Diciembre 23 del 2015 Abg. Carlos Castro Coronel Secretario de la Unidad Judicial Civil de Manta Hay firma y sello PAC108424fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL: AL DEMANDADO FLORES ULLOA WASHINGTON VLADIMIR ACTOR: DIEGO FRANCISCO LARREA ALARCON PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA S. A. DEMANDADO: FLORES ULLOA WASHINGTON VLADIMIR TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD 5.263,68 FECHA DE INICIACIÓN: 16 DE MAYO DEL 2014 JUICIO No. 17309-2014-0445 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 08 de julio del 2014, a las 16h00.- VISTOS: Por haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia inmediata anterior y en virtud del sorteo que antecede, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular.- En lo principal la demanda presentada por el señor DR. DIEGO LARREA ALARCON, en su calidad de Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A., es clara, precisa y reúne los requisitos legales por lo que se la acepta a trámite Ejecutivo.- Cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones en el término de tres días los demandados señores FLORES ULLOA WASHINGTON VLADIMIR, en su calidad de deudor principal, y FLORES ULLOA LUIS FERNANDO BOANERGIS, en su calidad de garante solidario.- Cítese a los demandados en el lugar señalado, mediante deprecatorio al señor Juez Décimo Séptimo de lo Civil de Pichincha, a fin de citar a FLORES ULLOA WASHINGTON VLADIMIR, así también, remítanse las respectivas copias a la Oficina de Citaciones, a fin de citar a FLORES ULLOA LUIS FERNANDO BOANERGIS.Téngase en cuenta el domicilio, casillero judicial y correo electrónico designado.- Agréguese la documentación presentada.Actúe como secretario encargado el Ab. Paul Efraín Pérez, mediante Acción de Personal Nº 4357-DP-UPTH de 26 de junio del 2014.-Notifíquese.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 05 de julio del 2017, a las 13H43. Agréguese a los autos el escrito que antecede.- Atendiendo el mismo se dispone: 1) Atento lo solicitado por la parte actora, y en atención al juramento rendido y de conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado señor FLORES ULLOA WASHINGTON VLADIMIR, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un diario de amplia circulación en esta ciudad de Quito, para lo cual confiérase el extracto correspondiente.- Notifíquese. ABG. SEGUNDO LENIN VERNAZA VIZCARRA SECRETARIO Hay firma y sello PAC108422fa

Para dejar una huella, no importa su tamaño, sino el signo que indique pasaste por allí.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: Villamarin Villarreal Verónica Jacqueline JUICIO : Verbal Sumario No.: 17230-2015-05738 ACCION : Cobro de crédito en cuenta corriente ACTOR : Dr. Diego Francisco Larrea Alarcón Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A. DEMANDADO : Villamarin Villarreal Verónica Jacqueline CUANTIA: (USD 1.073,48) MIL SETENTA Y TRES CON 48/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. NORMATIVA LEGAL: Articulo 951 del Código de Procedimiento Civil. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 21 de abril del 2015, las 15h52. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de la razón de sorteos.- La demanda presentada por el doctor Diego Francisco Larrea Alarcón, en calidad de procurador judicial del Banco Pichincha C. A., es clara y cumple los requisitos exigidos por el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil; por tanto se admite a trámite en la vía verbal sumaria establecida en el Art. 828 y siguientes del Código de Procesal Civil. Cítese el contenido de la demanda y esta providencia al señor VILLAMARIN VILLARREAL VERONICA JACQUELINE en el lugar señalado, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado y agréguese los documentos acompañados.- Notifíquese.- F) RITA GEOVANNA ORDOÑEZ PIZARRO, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 12 de abril del 2017, las 13h03. Agréguese al proceso el escrito presentado.- En lo principal Atenta la petición formulada por el actor; por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto ene l Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la demandada VILLAMARIN VILLARREAL VERONICA JACQUELINE por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.- F) CEDEÑO CAMACHO SIMON, JUEZ. Lo que comunico a usted para los respectivos fines de ley, previniéndoles la obligación que tiene de señala casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Dr. Edwin Cárdenas Vargas MS.c SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC108431fa REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO

LLAMAMIENTO A ACREEDORES

De conformidad con al Art. 393 de la Ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de la Compañía PROVEEDORES ALEXANDROS KARRAS S.A., EN LIQUIDACIÓN, a fin de que en el término de veinte (20) días contados desde la última publicación de este aviso deberán presentar los documentos que acrediten su derecho como acreedores en la siguiente dirección: Av. 9 de Octubre N22-108 y Ramírez Dávalos Ed. Turriaga Of. 102 de la ciudad Quito. Transcurrido el término arriba mencionado se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su derecho en dicho término y aquellos que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación. Atentamente, Diana Alexandra Godoy Saker Liquidadora

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: CORNEJO LOAYZA DIANA JEANINA JUICIO: EJECUTIVO TRAMITE: 17307-2011-1618 ACTOR: DR.DIEGO FRANCISCO LARREA ALARCON, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A D E M A N DA D O : CO R N E J O LOAYZA DIANA JEANINA CUANTIA: $. 18.012,96 JUEZ: Dr. CHINDE CHAMORRO RICHARD WILMER. SECRETARIA: DRA. ALBA PALAGUACHI LASSO JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 6 de febrero del 2012, las 10h366.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Los títulos acompañados, prestan mérito ejecutivo. En consecuencia, los demandados señores OJEDA ROVALINO EDISON PAUL y CORNEJO LOAYZA DIANA JEANINA en sus calidades de deudores principales, y CORNEJO LOAYZA JENNY ALEXANDRA en su calidad de garante solidaria, en el término de tres días de ser legalmente citados paguen la obligación demandada o propongan excepciones. Cítese a los demandados, en el lugar señalado, para lo cual se depreca a uno de los señores jueces de lo civil de pichincha con asiento en el cantón Rumiñahui, OJEDA ROVALINO EDISON PAUL y CORNEJO LOAYZA DIANA JEANINA, y a la señora CORNEJO LOAYZA JENNY ALEXANDRA se le citara median-

te deprecatorio dirigido a uno de los señores jueces de lo civil de la ciudad de Santo Domingo de los Tsachilas. Agréguese la documentación acompañada.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el peticionario, para posteriores notificaciones que le corresponda.-NOTIFIQUESE. f) DR. RAUL MARIÑO HERNANDEZ, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 5 de julio del 2017, a las 09h01. Vistos: Por cuanto el DR.DIEGO FRANCISCO LARREA ALARCON, en calidad de procurador judicial del Banco Pichincha C.A., ha dado cumplimiento cumplido lo ordenado en providencia de fecha 27 de junio del 2017, a las 10h10, y en virtud del juramento rendido por el actor cítese a la demandada señora CORNEJO LOAYZA DIANA JEANINA de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- Notifíquese f). DR. RICHARD CHINDE CHAMORRO. Lo que comunico a usted para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. DRA. ALBA PALAGUACHI LASSO SECRETARIA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC108430fa EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACIÓN JUDICIAL A: NADYA JANETH CARTAGENA OROZCO ACTOR: DR. FRANCISCO ESTEBAN CARRERA DURÁN PROCURADOR JUDICIAL DE BANCO PICHINCHA C.A DEMANDADO: NADYA JANETH CARTAGENA OROZCO FUNDAMENTO LEGAL: Art. 413 Y 415 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA PRONTOAJUSTE S.A. AJUSTADORES DE SINIESTROS Se convoca a los señores accionistas, a la junta general extraordinaria de accionistas de la compañía, PRONTOAJUSTE S.A. AJUSTADORES DE SINIESTROS, que se celebrará en el domicilio principal de la compañía, ubicado en la calle La Niña E872 y Yánez Pinzón de la ciudad de Quito, el día viernes 21 de julio del 2017 a las 10:30 horas. Se convoca expresamente a la Comisaría de la Compañía, Sta. María Chávez. La junta se celebrará, de acuerdo con el siguiente orden del día: 1.- Nombramiento y Remuneración del Comisario para el ejercicio económico 2015; 2.- Nombramiento y Remuneración del Comisario para el ejercicio económico 2016; 3.- Remuneración del Gerente General y Presidente en el ejercicio económico 2015; 4.- Renuncia del Señor Luis Adolfo Tamayo Veintimilla. 5.- Nombramiento del nuevo Presidente de la compañía; 6.- Autorización para suscribir contratos de arrendamiento de oficinas. Quito, 12 de julio del 2017.

dispone CITAR a la demandada NADYA JANETH CARTAGENA OROZCO por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual, por Secretaría de esta Unidad Judicial Civil, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, dejando constancia en autos, emita el correspondiente extracto; ejecutoriada esta providencia, la parte actora concurra a esta Judicatura a fin de retirar el mismo. NOTIFÍQUESE.f). DRA. LUZ ELISA DEL SALTO DAVILA, JUEZA. Particular que le hago conocer a Usted CÍTANDOLE y previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.AB. GLENDA BAYAS REAL SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL. Hay firma y sello PAC108434fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: MARCO EDUARDO JURADO MANTILLA ACTOR: SANTIAGO ROBERTO JEREZ RODRIGUEZ DEMANDADO: MARCO EDUARDO JURADO MANTILLA JUICIO: 17323-2013-0812 FUNDAMENTO LEGAL: Art. 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil ABOGADO: MARCO V. ROSALES CASILLERO: N° 2066 CUANTIA: SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA JUZGADO VIGESIMO TERECERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, jueves 24 de noviembre del 2013, las 10h13. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular de esta Judicatura. En lo principal, la demanda presentada es clara y precisa por lo que se la acepta a trámite EJECUTIVO.- En consecuencia, MARCO EDUARDO JURADO MANTILLA, de conformidad con inciso 1ro. del Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, cumpla con la obligación demandada o proponga excepciones en el término legal de tres días.Cítese en el lugar que se indica.-

CONVOCATORIA COLUMTRAD CÍA. LTDA. Convoca a los Señores Socios a la Junta Ordinaria; a llevarse a cabo el día lunes 24 de julio del 2017 a las 9h30 en las instalaciones de la compañía Av. Diego de Almagro N32-27 y Whymper. Edificio Torres Whimper, Oficina 602 de esta ciudad de Quito. Se tratará el siguiente orden del día: 1.- Lectura y aprobación de los Balances General y el Estado de Pérdidas y Ganancias del año económico 2016. 2.- Lectura y aprobación del Informe sobre el ejercicio económico del año 2016, elaborado por el Sr. Teodoro Marcelo Arpi Mora en su calidad de Gerente. 3.- Destino de los Beneficios Sociales generados en el ejercicio fiscal 2016. Quito, a 10 de julio del 2017 Atentamente, Teodoro Marcelo Arpi Mora Gerente

XAVIER BELTRAN WITT Gerente General AR/106228/AT

OBJETO: SE ORDENA EL PAGO DE CAPITAL, INTERESES Y GASTOS PROCESALES. JUICIO: EJECUTIVO NO. 173112014-0753 JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 2 de septiembre del 2014, 09h59. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular del Juzgado Undécimo de lo Civil de Pichincha, mediante Acción de Personal No. 2937-DNP, de fecha 25 de Julio del 2012 y en virtud del acta de sorteo que antecede.La demanda que antecede, propuesta por Dr. Francisco Esteban Carrera Durán en la calidad en la que comparece como se desprende del documento adjunto es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite Ejecutivo.En consecuencia los cónyuges Franklin Gonzalo Albán Pozo y Nadya Janeth Cartagena Orozco paguen al actor la cantidad adeudada o propongan excepciones en el término de tres días de citados.Cítese a los cónyuges Franklin Gonzalo Albán Pozo y Nadya Janeth Cartagena Orozco con el contenido de la demanda y presente providencia en la dirección señalada para el efecto de esta ciudad de Quito.-Agréguese a los autos la documentación adjunta.Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por el actor para sus notificaciones.-De conformidad a lo determinado por el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, desglósese los documentos aparejados a la demanda y entréguese a la persona autorizada.-NOTIFIQUESE.f). DRA. VERÓNICA JARAMILLO HUILCAPI, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 16 de junio del 2017, las 11h40. En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora en escrito presentado de fecha 17 de mayo del 2017; una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior y atento al juramento rendido por la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se

PAR/106284/AT

PAR/106283/AT


Dejando copia certificada, razón y recibo en autos procédase al desglosé de los documentos solicitados, entréguese a la persona autorizada; al actor se le previene del contenido del artículo 992 del Código de Procedimiento Civil.Téngase en cuenta el casillero y domicilio judicial designado por el accionante para sus posteriores notificaciones, así como la autorización que confiere a su abogado defensor.- NOTIFIQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE PICHINCHA.- Quito, martes 22 de noviembre del 2016, las 12h23. Agréguese al proceso el escrito presentado, atendiendo el mismo digo: de la revisión del proceso se desprende que en providencia de fecha 18 de febrero del 2016 a las 10h21, erróneamente se ha dispuesto “CITESE a MARCELO EDUARDO JURANDO MANTILLA, por la prensa de acuerdo a previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, en un diario de amplia circulación de la ciudad de Quito”, en virtud de antes mencionado y de conformidad a lo que dispone el numeral 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial, de oficio se corrige dicho error, tomando en cuenta que lo correcto es: cítese a MARCO EDUARDO JURADO MANTILLA, por la prensa de acuerdo a previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, en un diario de amplia circulación de la ciudad de Quito. En lo demás quedara a lo dispuesto en providencia en dicha providencia. Por secretaría confiérase el extracto solicitado.Notifíquese. DR. EMIRO BRAVO MEJIA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC108403fa EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA . CITACIÓN JUDICIAL A: CO M PA Ñ Í A I N D U ST R I A L AGRÍCOLA GANADERA YAG

S.A., EN LA PERSONA DE SU GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL SEÑOR JACINTO HOMERO ANDRADE ANDRADE; Y, AL SEÑOR JACINTO HOMERO ANDRADE ANDRADE, POR SUS PROPIOS DERECHOS EN CALIDAD DE GARANTE SOLIDARIO. ACTOR: DRA. GEAN AGUIRRE BENALCAZAR, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A DEMANDADO: COMPAÑÍA I N D U ST R I A L AG R Í C O L A GANADERA YAG S.A., EN LA PERSONA DE SU GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL SEÑOR JACINTO HOMERO ANDRADE ANDRADE; Y, SEÑOR JACINTO HOMERO ANDRADE ANDRADE, POR SUS PROPIOS DERECHOS EN CALIDAD DE GARANTE SOLIDARIO. FUNDAMENTO LEGAL: ARTS. 413 Y 415 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. OBJETO: SE ORDENA EL PAGO DE CAPITAL, INTERESES Y GASTOS PROCESALES. JUICIO: EJECUTIVO NO. 172302014-1483 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 15 de diciembre del 2014, las 12h20.- Vistos.-Avoco conocimiento en la presente causa, en mi calidad de Jueza Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha, Juzgado que pasó a integrar la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DEQUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, según Acción de Personal No. 8111-DP-UPTH de 13 de Octubre del 2014. La demanda que por cobro de dinero presenta AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A, en contra de ANDRADE ANDRADE JACINTO HOMERO en calidad de REPRESENTADA LEGAL DE LA COMPAÑIA INDUSTRIAL GANADERA YAG S.A, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la admite al trámite correspondiente por la vía ejecutiva, establecida en el Titulo II, Sección 2°, Parágrafo 2°, Art 419 al 490 del Código de Procedimiento Civil. Por considerar título ejecutivo el documento apareja-

CONVOCATORIA HEAVYTRANS S.A

Convoca a los Señores Accionistas a la Junta Ordinaria; a llevarse a cabo el día lunes 24 de julio del 2017 a las 14h30 en las instalaciones de la compañía Av. Diego de Almagro N32-27 y Whymper. Edificio Torres Whimper, Oficina 602 de esta ciudad de Quito. Se tratará el siguiente orden del día: 1.- Conocer y Aprobar el Balance General y el Estado de Pérdidas y Ganancias correspondientes al ejercicio económico 2016. 2.- Conocer y Aprobar el informe de Gerente General correspondiente al ejercicio fiscal 2016. 3.- Conocer y aprobar el informe presentado por el Comisario de la Compañía por el ejercicio fiscal 2016. 4.- Nombrar Comisario de la Compañía para el ejercicio fiscal 2017. 5. Destino de los beneficios Sociales generados en el ejercicio fiscal 2016. Especial e individualmente se convoca al Sr. Jhonatan Espinosa Andrade. Comisario de la Compañía.

do a la demanda, cítese con el contenido de la misma y con el de esta providencia al demandado ANDRADE ANDRADE JACINTO HOMERO en calidad de REPRESENTADA LEGAL DE LA COMPAÑIA INDUSTRIAL GANADERA YAG S.A; para que en el término de 3 días cumpla con la obligación reclamada o formule excepciones, remítase las boletas a la Oficina de Citaciones. Por Secretaría procédase al desglose solicitado una vez que el demandado sea citada en legal y debida forma, notifíquese al accionante en la casilla judicial No. 1784 y en el correo electrónico señalado. Encargase la tramitación de este proceso a Paul Romero, Ayudante Judicial de esta Judicatura; encomendándole ayudar a observar el debido proceso dispuesto en el Art.76 de la Constitución de la República; en concordancia con las disposiciones del Código Orgánico de la Función Judicial, el Código de Procedimiento Civil y el Reglamento de Arreglo de Procesos y Actuaciones Judiciales. Actúe en la presente causa la Ab. Glenda Bayas Real, Secretaria Subrogante según acción de personal No. 8495-DP-UPTH, para el período comprendido del 20 de Noviembre al 19 de Diciembre del 2014. NOTIFIQUESE.- f). DRA. CELMA CECILIA ESPINOSA VENEGAS, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 3 de julio del 2017, las 16h06. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Subrogante, mediante acción de personal No. 4896-DP17-2017-MP, en reemplazo de la Dra. Luz Elisa Del Salto Dávila. Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora. En atención al mismo, una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, atento al juramento rendido por la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR a la demandada compañía INDUSTRIAL AGRÍCOLA GANADERA YAG S.A., en la persona de su Gerente General y Representante Legal

La inteligencia y el sentido común se abren paso con pocos artificios. G o e t h e , J o h a n n w o l f Ga n G

señor Jacinto Homero Andrade Andrade; y, al señor Jacinto Homero Andrade Andrade, por sus propios derechos en calidad de garante solidario, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual, por Secretaría de esta Unidad Judicial Civil, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, dejando constancia en autos, emita el correspondiente extracto; ejecutoriada esta providencia, la parte actora concurra a esta Judicatura a fin de retirar el mismo. NOTIFÍQUESE.- f). DRA. CHANGO BAÑOS EDITH CRISTINA, JUEZA. Particular que le hago conocer a Usted CÍTANDOLE y previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.AB. GLENDA BAYAS REAL SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL. Hay firma y sello PAC108399fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA DRA. NORMA NOEMÍ MEDRANO - JUEZA CITACIÓN JUDICIAL A: LUIS ALBERTO CUICHAN CHECA y OLGA PATRICIA TOAPANTA OÑA ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADO: LUIS ALBERTO CUICHAN CHECA y OLGA PATRICIA TOAPANTA OÑA JUICIO No: 17324-2007-1041 FUNDAMENTO: EJECUTIVO CUANTIA: $10.500, 00 DÓLARES AMERICANOS JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO

CONVOCATORIA

A la Junta General Ordinaria de Socios de la Sociedad Civil y Comercial “FLAMENQUITO TAPAS” Se convoca a los señores socios de la Sociedad Civil y Comercial “FLAMENQUITO TAPAS” a la Junta General Ordinaria a celebrarse el día 27 de julio de 2017 a las 10:00 am, en las instalaciones de Casa Damián, ubicado en la Av. Diego de Almagro N3-133 y Francisco Andrade Marín (Frente al CIESPAL, en esta ciudad de Quito D.M., en la que tratará el siguiente orden del día: 1. Constatación de Quórum. 2. Conocimiento y aprobación de balance del ejercicio fiscal 2016. 3. Situación general de la Sociedad Civil y Comercial “Flamenquito Tapas; y, 4. Asuntos varios. Los representantes de accionistas sean personas naturales o jurídicas deberán presentar el documento legal que los acredita como representantes ante la Junta. Quito, D.M., a 7 de julio del 2017. Atentamente,

Quito, a 10 de julio del 2017 Esteban Felipe Arpi Báez Gerente General

PAR/106282/AT

Damián Montarelo Martínez GERENTE GENERAL

PAR/106286/AT

vo n

DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 30 de octubre del 2007, las 17h33.- VISTOS: En virtud de la nota sentada por la Oficina de Sorteos, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal, la demanda que antecede se la califica de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos de ley; por lo tanto, se la acepta a trámite en la vía del juicio ejecutivo.En consecuencia, con copias de la demanda y auto recaído, cítese a los demandados Luis Alberto Cuichán Checa y Olga Patricia Toapanta Oña en el domicilio señalado en el libelo de demanda para que en el término de tres días paguen la obligación demandada o propongan excepciones bajo prevenciones de dictar sentencia de no hacerlo.- Tómese nota de la cuantía y domicilio judicial señalados por el doctor Gonzalo Benalcázar Pavón en su calidad de Procurador Judicial del Banco del Austro S.A. tal como lo acreddita con el Poder que antecede.- Agréguese al proceso la documentación acompañada.Cítese y notifíquese. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, 4 de julio del 2017, las 15h54.- El escrito que antecede agréguese a los autos.- En virtud del juramento rendido por el Ab. En virtud del juramento rendido por el Dr. Wladimir Galarza León realizado a nombre BANCO DEL AUSTRO S.A., en su calidad de Procurador judicial, previo a encontrarse agotado las diligencias para determinar el domicilio de la parte demandada, amparada en lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la citación de los demandados LUIS ALBERTO CUICHAN CHECA y OLGA PATRICIA TOAPANTA OÑA, con el contenido del auto de calificación y esta providencia por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, para el efecto confiérase el respectivo extracto. NOTIFÍQUESE F) DRA. NORMA NOEMÍ MEDRANO GAVILANEZ, JUEZA Lo que comunico para los fines legales consiguientes, indicando la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones. AB. PAÚL ROMERO LÓPEZ SECRETARIO Hay firma y sello PAC108418fa EXTRACTO CITACIÓN: - CHACASAGUAY LLERENA ELSA LIVINA JUICIO: ESPECIAL EMBARGO Y REMATE DE PRENDA NUMERO: 17306-2014-0700 A C TO R : BANCO DE GUAYAQUIL S.A. AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY (REPRESENTANTE). DEMANDADO: CHACASAGUAY LLERENA ELSA LIVINA FECHA DE INICIO: 23/07/2014 CUANTIA: $ 9.500,00 (NUEVE MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA) OBJETO: EL PAGO DEL CAPITAL DEL EMBARGO Y REMATE DEL AUTOMOTOR DETERMINADO EN EL CONTRATO, PAGO

DE COMISION, COSTAS PROCESALES Y HONORARIOS. DOMICILIO: CA S I L L E RO JUDICIAL N° 1784 DR. ALVARO PAEZ BENALCAZAR. “JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 22 de septiembre del 2014, las 10h17. VISTOS.- La demanda de Embargo y remate presentada en contra de CHACASAGUAY LLERENA ELSA LIVINA, es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se acepta el trámite respectivo, en merito al contrato de compraventa con reserva de dominio acompañado se ordena el EMBARGO del automotor marca CHERY, tipo chasis y más características constantes en el respectivo contrato adjunto. Diligencia para la cual se contará con uno Depositario Judicial del Cantón, cuya designación se realizara previo el respectivo sorteo, quien procederá al embargo del mismo en legal y debida forma, de ser necesario se contara con el auxilio de la Policía, se habilita el tiempo deficiente. Hecho. Se citará a la demandada en el lugar indicado por el accionante. Previa las formalidades de Ley se ordena el desglose de la documentación solicitada. Agréguese la documentación acompañada. Actúe el Oficial Mayor en calidad de Secretario encargado según Acción de Personal No. 5253-DP-UPTH de fecha 28 de julio del 2014, suscrita por el Dr. Hernán Calisto M. Director Provincial de Pichincha.NOTIFIQUESE.- f). DR. JORGE ALEJANDRO MIRANDA.- JUEZ” “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 4 de julio del 2017, 09h59. Por haberse dado cumplimiento con lo ordenado por esta Judicatura y en virtud del juramento rendido, se dispone: De conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada: CHACASAGUAY LLERENA ELSA LIVINA, por la prensa, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.- f). LARREA DÁVALOS FELIPE PATRICIO.- JUEZ” Lo que pongo en conocimiento para los fines de ley. ABG. BASTIDAS SARMIENTO JENNIFFER ANDREA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC108421fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA DRA. NORMA NOEMÍ MEDRANO - JUEZA CITACIÓN JUDICIAL A: CECILIA IVONNE ALARCÓN BRITO ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADO: CECILIA IVONNE ALARCÓN BRITO Y OTRO JUICIO No: 17324-2005-0666 FUNDAMENTO: EJECUTIVO CUANTIA: $3.500, 00 DÓLARES AMERICANOS JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 1 de septiembre del 2005, las 11h17.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, la demanda presentada es clara, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se lo acepta a trámite.- En consecuencia, los ejecutados señores CECILIA IVONNE ALARCON

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR BRITO Y LUIS ORLANDO JACOME PIEDRA, cumplan con su obligación o propongan excepciones en el término de tres días.- Cítese a los demandados en el lugar que se indica.- Tómese en cuenta el casillero Judicial señalado.Agréguense al proceso los documentos presentados.-Notifíquese UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, 4 de julio del 2017, las 15h56.- En virtud del juramento rendido por el Dr. Wladimir Galarza León realizado a nombre BANCO DEL AUSTRO S.A., en su calidad de Procurador judicial, previo a encontrarse agotado las diligencias para determinar el domicilio de la parte demandada, amparada en lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la citación de la demandada CECILIA IVONNE ALARCÓN BRITO, con el contenido del auto de calificación y esta providencia por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, para el efecto confiérase el respectivo extracto. NOTIFÍQUESE F) DRA. NORMA NOEMÍ MEDRANO GAVILANEZ, JUEZA Lo que comunico para los fines legales consiguientes, indicando la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones. AB. PAÚL ROMERO LÓPEZ SECRETARIO Hay firma y sello PAC108416fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: SABANDO LOPEZ WALTER AGUSTIN, en calidad de deudor principal; y, señores CONDOR RAMON ADRIANA ROSARIO y CAIZA UBILLUS WILLIAM EDUARDO Garantes y AL PUBLICO EN GENERAL SE LE HACE CONOCER LO SIGUIENTE ACTOR: Dr GALO GUSTAVO ALARCON COSTTA, PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “CORPORACION CENTRO LTDA DEMANDADOS SABANDO LOPEZ WALTER AGUSTIN, en calidad de deudor principal; y, señores CONDOR RAMON ADRIANA ROSARIO y CAIZA UBILLUS WILLIAM EDUARDO Garantes JUICIO No: 172302016-10153 CUANTIA: 2.500 DOLARES NORTEAMERICANOS TRAMITE: EJECUTIVO (PAGARE) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: 3485 JUEZ: AB. FELIPE LARREA DAVALOS SECRETARIO: AB. JENNIFFER BASTIDAS OBJETO.- Pago del capital adeudado , los intereses pactados, el sexto por ciento sobre el capital del pagare las expensas y costas judiciales en la que se incluirá honorarios profesionales de mi abogado defensor,. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO

AVISO DE ACREEDORES GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA S.A. EN LIQUIDACIÓN

Conforme a lo dispuesto en el artículo 393 de la ley de Compañías, GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA S.A. EN LIQUIDACIÓN, notifica a los posibles acreedores de la compañía en liquidación para que dentro del término de veinte días, contados a partir de la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho, en la calle Veintimilla E9-26 y Leonidas Plaza, Edificio Uziel, 6to. Piso oficina 604, de esta ciudad de Quito. KATTYA MIREYA MONCAYO DONOSO LIQUIDADORA

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METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA .-Quito, jueves 2 de junio de 2016, las 10h18.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez de Primer Nivel de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, según acción de personal No. 7905-DNTH-2015-KP de 2 de junio de 2015, suscrita por la ingeniera María Cristina Lemarie Acosta, Directora Nacional de Talento Humano, y economista Andrea Bravo Mogro, Directora General del Consejo de la Judicatura, en cumplimiento de lo dispuesto en Resolución No. 142-2015 de 25 de mayo de 2015, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura.- La demanda que antecede, propuesta por el doctor GALO GUSTAVO ALARCÓN COSTTA, en calidad de Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “CORPORACIÓN CENTRO LTDA”, en contra del señor SABANDO LOPEZ WALTER AGUSTIN, en calidad de deudor principal; y, señores CONDOR RAMON ADRIANA ROSARIO y CAIZA UBILLUS WILLIAM EDUARDO, como garantes solidarios, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, esto es, cumple lo previsto en el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil; por lo que, se la admite a trámite por la vía ejecutiva, prevista en la Sección 2da. Parágrafo 2do. Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.Cítese a través de la Oficina de Citaciones a la parte demandada, señor SABANDO LOPEZ WALTER AGUSTIN, en calidad de deudor principal; y, señores CONDOR RAMON ADRIANA ROSARIO y CAIZA UBILLUS WILLIAM EDUARDO, como garantes solidarios, en la dirección señalada en el libelo de demanda, emplazándolos para que en el término de 3 días, paguen la obligación demandada o propongan excepciones en igual término, bajo prevenciones de Ley.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Regístrese el casillero judicial y correo electrónico señalado por el accionante para recibir sus notificaciones.Téngase en cuenta la designación y autorización extendida a favor de su abogado defensor.- Previo recibo y razón en autos se ordena el desglose de los documentos requeridos, debiendo entregarse a la persona autorizada.- Actúe la abogada BASTIDAS SARMIENTO JENNIFFER ANDREA, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil.- CÍTESE y NOTIFÍQUESE.- f) Dr Felipe Larrea, Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA .-Quito, martes 14 de febrero de 2017, las 14h07.- Por haberse dado cumplimiento con lo ordenado por esta Judicatura y en virtud del juramento rendido, se dispone: De conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los demandados: SABANDO LOPEZ WALTER AGUSTIN, CONDOR RAMON ADRIANA ROSARIO y CAIZA UBILLUS WILLIAM EDUARDO por la prensa, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr Felipe Larrea, Juez Lo que CITO a usted para los fines legales consiguientes, previniendole de señalar casillero judicial para sus notificaciones.AB JENNIFFER BASTIDAS SECRETARIA Hay firma y sello PAC108408fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: TERESA MARICELA RODAS ROMERO y PABLO FERNANDO CHUQUIN PONCE ACTOR: DR. GALO GUSTAVO


REVISTA JUDICIAL C6

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR

ALARCON COSTTA EN CALIDAD DE GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “CORPORACIÓN CENTRO LTDA.” D E M A N DA D OS : T E R ESA MARICELA RODAS ROMERO, PABLO FERNANDO CHUQUIN PONCE Y BALSECA CHORLANGO ENMA BEATRIZ. DOMICILIO JUDICIAL LUIS EMERSON GUEVARA TORRES CASILLA JUDICIAL 3485 JUICIO: EJECUTIVO CUANTIA: USD. 7.000,00 (SIETE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) CAUSA: No. 17230-2016-10112 OBJETO: A fin de que en sentencia sean condenados al pago de lo siguiente: 1.- El pago del saldo del capital adeudado 2.- El pago de los intereses pactados en el pagaré y los intereses moratorios que serán liquidados de forma pericial en el momento oportuno. 3.- La comisión de un sexto por ciento sobre el capital del pagaré; 4.- Las expensas y costas en las que se incluirá el pago de los honorarios del abogado patrocinador. JUEZ PONENTE: SALAZAR AGUIRRE MARCO PAÚL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, martes 7 de junio de 2016, las 13h34 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, mediante Acción de Personal No. 8709-DNTH2015-SBS de fecha 23 de junio del 2015.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, tramítese la misma en la vía ejecutiva.- Los demandados: señores RODAS ROMERO TERESA MERISELA, CHUQUIN PONCE PABLO FERNANDO, como deudores principales; y, BALSECA CHORLANGO ENMA BEATRIZ en calidad de garante solidario, cumplan con la obligación o proponga excepciones en el término de tres días de citado.Cítese a los demandados, en el lugar que se indica.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- La parte accionante proporcione suficiente despacho, para remitir las boletas a la oficina de citaciones.- Previo recibos en autos por medio de secretaria, dejando copias certificadas en el proceso, de conformidad al Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el desglose solicitado.- Téngase en cuenta al Dr. Galo Gustavo Alarcón Costta, en la calidad en que comparece a la presente acción. Regístrese y tómese en cuenta el casillero judicial, correo electrónico y la autorización concedida al profesional del derecho señalado por la parte actora.- Actué la Ab. Lady Estefanía Alvarado López en calidad de Secretaria Encargada.NOTIFIQUESE.- f).- Chávez Coello Irina Miroslava, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 20 de febrero de 2017, las 16h15. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal, por cuanto la parte actora ha rendido juramento de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, con un extracto de la demanda auto de calificación y esta providencia cítese a los demandados señores TERESA MARICELA RODAS ROMERO y PABLO FERNANDO CHUQUIN PONCE; mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito.Notifíquese. f).- Salazar Aguirre Marco Paúl, Juez. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.LEYTON GUAYASAMIN CLAUDIA SOLANGE SECRETARIA

Hay firma y sello PAC108407fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO, DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE SEÑORA AMPUDIA VALLEJO MARIA JOSEFINA ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE SEÑORA AMPUDIA VALLEJO MARIA JOSEFINA JUICIO: No. 17302-2013-0226 (EJECUTIVO-PAGARÉ A LA ORDEN) CUANTIA: QUINCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (US$15.000,00) BASE LEGAL: ART.486 AL ART.489 Y ART.441 Y SIGUIENTES DEL CÓDIGO DE COMERCIO EN CONCORDANCIA CON EL ART.413, ART.415, ART.419 Y SIGUIENTES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL ABOGADO DEFENSOR: DR. WLADIMIR GALARZA LEÓN CASILLA JUDICIAL: 2222 JUEZ PONENTE: DRA. VIVIANA JEANNETH PILA AVENDAÑO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 21 de marzo del 2013, las 13h36. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura, mediante acción de personal No. 2953-DNP-de 25 de julio de 2012 y posesionada el 1 de agosto de 2012. En lo principal, la demanda presentada en contra de JORGE ENRIQUE CÓRDOVA ENCALADA y MARIA JOSEFINA AMPUDIA VALLEJO, es clara, precisa y reúne los requisitos legales, en consecuencia se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva prevista en la sección 2da parágrafo 2do Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Por lo que los demandados dentro del término de tres días paguen la obligación demandada o dentro del mismo término propongan excepciones. Cítese a los demandados en la dirección y forma indicada en la demanda.- Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por el actor debidamente representada por su Procurador Judicial y la autorización otorgada a su abogado patrocinador.- Agréguese al proceso la documentación acompañada. Atento lo solicitado, previas las formalidades del art. 992 del código de Procedimiento civil, se ordena el desglose de la documentación requerida por el peticionario dejando copias en autos dentro del proceso. Téngase en cuenta la autorización otorgada para la entrega de los mismos. Actúe como Secretario encargado el Dr. Patricio Calderón Toapanta, en virtud de la acción de personal, mediante acción de personal Nº 229 DP-DPP de 16 de enero del 2013.- - CITESE Y NOTIFIQUESE.f).- Dra. Viviana Pila Avendaño, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 19 de junio del 2017, las 10h25. Agréguese al proceso el escrito que antecede. Con fundamento en lo dispuesto en el Art. 58 y el inciso segundo del Art. 56.2 del Código Orgánico General de Procesos, en mérito al juramento rendido por la actora, cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la causante señora AMPUDIA VALLEJO MARIA JOSEFINA, a través de la prensa, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito; para el efecto, confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFIQUESE.- f).- Dra. Pila Avendaño Viviana Jeanneth, Jueza. Lo que comunico a Ud., para

los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.AB. CLAUDIA SOLANGE LEYTON GUAYASAMIN SECRETARIA Hay firma y sello PAC108417fa EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: A LOS SEÑORES SEGUNDO ANGEL RUMIGUANO CANDO, MARIA ROSA GUAQUIPANA GUARANDA, SEGUNDO MARCOS CHILENO CUNCHI y MARIA JULIANA CHILENO CHILENO JUEZA PONENTE: AB. CECILIA SIMBAÑA QUISHPE JUICIO: 17307-2014-0833 TRAMITE: EJECUTIVO ACTOR: DR. FERDINAND WLADIMIR GALARZA LEON EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADOS: SEGUNDO ANGEL RUMIGUANO CANDO, MARIA ROSA GUAQUIPANA GUARANDA, SEGUNDO MARCOS CHILENO CUNCHI y MARIA JULIANA CHILENO CHILENO CUANTIA: DIEZ MIL DOLARES AMERICANOS (USD. 10.000) FUNDAMENTO DE DERECHO: LO DISPUESTO EN LOS ARTS. 419 Y SIGUEINTES DEL PROCEDIMIENTO CIVIL DEFENSOR ACTOR: AB. LUIS GUILLERMO RODRIGUEZ REYES INICIADO: 29 DE AGOSTO DEL 2014 JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 9 de septiembre del 2014, las 12h19. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez titular de esta Judicatura. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. El título acompañado a la demanda presta mérito ejecutivo, en consecuencia, a los demandados SEGUNDO ANGEL RUMIGUANO CANDO, MARIA ROSA GUAQUIPANA GUARANDA, en calidad de deudores principales, SEGUNDO MARCOS CHILENO CUNCHI y MARIA JULIANA CHILENO CHILENO, en calidad de avales, en el término de tres días de ser citados legalmente, paguen la obligación requerida o propongan excepciones. Cítese a los demandados, en el lugar que se indica en la demanda. Previa citación a los demandados, se ordena que dejándose copias certificadas y recibos en autos, se proceda al desglose de la documentación presentada y solicitada, quedando la parte actora en la obligación de presentar la documentación desglosada en el momento que la Judicatura lo requiera.

PICHINCHA Hay firma y sello PAC108420fa

Solamente se blasfema a los dioses. s t e n d h a l ( M a r i e -h e n r i b e y l e )

Téngase en cuenta la autorización conferida a la Ab. Virginia Molina Pazmiño, para retirar dichos documentos.- Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico señalado por el compareciente. Actúa el Abg. Paul Efraín Pérez en calidad de Secretario Encargado mediante de personal No. 5317-DP-UPTH, de 01 de Agosto del 2014.- Notifíquese.- f) Dr. Eduardo González Solorzano. Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 16de junio del 2017, las 11h20. En mérito del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los demandados SEGUNDO ANGEL RUMIGUANO CANDO, MARIA ROSA GUAQUIPANA GUARANDA, SEGUNDO MARCOS CHILENO CUNCHI y MARIA JULIANA CHILENO CHILENO, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito.- Notifíquese.- F) Ab. Cecilia Simbaña Quishpe. Jueza. Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. GUILLERMO GUAPI OBANDO SECRETARIO Hay firma y sello PAC108411fa EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PÍCHINCHA JUEZA PONENTE AB. EDITH CRISTINA CHANGO BAÑOS CITACION JUDICIAL A: JESUS ANGEL LORENZO DUPERET ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A DEMANDADO: JESUS ANGEL LORENZO DUPERET JUICIO No: 17310-2014-0979 TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: PAGO DE VALOR ADEUDADO POR PAGARE CUANTIA: SIETE MIL DÓLARES (USD 7.000) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, viernes 31 de octubre del

2014, las 10h32, VISTOS: En razón del sorteo legal, la competencia de esta causa, se ha radicado en esta Judicatura. Por lo tanto, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil Con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia De Pichincha mediante acción de personal No 4195-DNPEn lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo.En consecuencia, los demandados: LORENZO DUPERET JESUS ANGEL en calidad de deudor principal, MANAY MORALES ISABEL SUSANA en calidad de garantes, bajo prevenciones de Ley, paguen la obligación adeudada o propongan las excepciones de las que se crean asistidos, en el término de tres días de legalmente citados.- CÍTESE a la parte demandada en el lugar indicado para el efecto.- Téngase en cuenta el domicilio judicial, casilleros electrónicos señalados y la calidad en la que comparece el actor.- NOTIFÍQUESE” DRA. LIZBETH MARISOL RON CADENA, JUEZA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.viernes 9 de junio del 2017, las 14h06.- En mérito del juramento rendido por el actor en la calidad en la que comparece como se desprende de la documentación adjunta, sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia del demandado, cítese con el contenido de la demanda, auto inicial y presente providencia al demandado señor JESUS ANGEL LORENZO DUPERET, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.-NOTIFÍQUESE” AB. EDITH CHANGO, JUEZA.Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.-Certifico. ABG. ALEJANDRA LAHUATTE SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE

LLAMADO A ACREEDORES WASSER SOCIEDAD ANÓNIMA ESPAÑOLA EN LIQUIDACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 393 de la Ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de WASSER SOCIEDAD ANÓNIMA ESPAÑOLA EN LIQUIDACIÓN a fin de que en el termino de veinte (20) días, contados desde la ultima publicación de este aviso, deberán presentar documentos que acrediten su derecho como acreedores en la siguiente dirección: Cumbayá, By Pass Vía Interoceánica s/n y Calle G. Urbanización Santa Lucía III. Edificio Milenio III. Oficinas 2 y 3. Dr. Xavier Freile Darquea Liquidador Principal AR/106281/AT

LLAMAMIENTO A ACREEDORES

De conformidad con al Art. 393 de la Ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de la Compañía ARQUYCONSA ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN S.A., EN LIQUIDACIÓN, a fin de que en el término de veinte (20) días contados desde la última publicación de este aviso deberán presentar los documentos que acrediten su derecho como acreedores en la siguiente dirección Robles 653 y Amazonas de la ciudad Quito. Transcurrido el término arriba mencionado se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su derecho en dicho término y aquellos que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación. Atentamente, Ruben Procel Liquidador

AR/106241/AT

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: PINO TINAJERO MAURICCI JOFFRE ACTOR: GALARZA LEÓN FERDINAND W L A D I M I R, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADO: PINO TINAJERO MAURICCI JOFFRE CUANTIA: $ 10.000,oo JUICIO: EJECUTIVO Nº 173132014-0783 OBJETO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 28 de agosto del 2014, las 14h20. VISTOS.- La demanda que por cobro de dinero presenta el Dr. Wladimir Galarza León en calidad de Procurador Judicial del Banco del Austro S.A., en contra de Mauricci Joffre Pino Tinajero, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la admite al trámite correspondiente por la vía ejecutiva establecida en el Titulo II, Sección 2°, Parágrafo 2°, Arts. 419 al 4910 del Código de Procedimiento Civil. Por considerar título ejecutivo el documento aparejado a la demanda, se ordena citar con el contenido de la misma y con el de esta providencia al demandado en la dirección proporcionada por el actor, para cuyo efecto remítase las boletas a la oficina de citaciones, para que en el término de 3 días cumplan con la obligación reclamada o formulen excepciones. Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese a la accionante en la casilla judicial No. 222 y en el correo electrónico. Encargase la tramitación de este proceso a la Dra. Karla Liseth Muela Bravo, Oficial Mayor de esta Judicatura; encomendándole a ayudar a observar el debido proceso dispuesto en el Art.76 de la Constitución de la República, en concordancia con las disposiciones del Código Orgánico de la Función Judicial, el Código de Procedimiento Civil y el Reglamento de Arreglo

de Procesos y Actuaciones Judiciales. NOTIFÍQUESE.- f) DR. FERNANDO LANDAZURI SALAZAR, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 19 de junio del 2017, las 14h54. Agréguese al proceso el escrito precedente.- Atenta la petición formulada por el actor, cítese al demandado MAURICCI JOFFRE PINO TINAJERO en la dirección proporcionada; para cuyo efecto, remítase las boletas a la Oficina de Citaciones. Requiérase al peticionario proporcionar las fotocopias necesarias, a fin de cumplir con la referida diligencia. NOTIFIQUESE.- f) DR. FUENTES LÓPEZ CARLOS FRANCISCO, JUEZ. Lo que comunico para los respectivos fines de Ley, previniéndole la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Gloria Fajardo Paladines SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC108419fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE LA DEMANDA Y PROVIDENCIAS RECAÍDAS CITACION JUDICIAL A: Lourdes Patricia Salazar Borja ACTOR: Dra. María Eugenia Donoso Proaño, Procuradora Judicial del banco de la Producción S. A., PRODUBANCO. JUICIO: No. 17230-215-05941 TRAMITE: Verbal Sumario OBJETO: Cobro de valores por consumo de tarjeta de crédito. Cuantía: $. 15.690,77 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 13 de mayo del 2015, las 15h55.- VISTOS: Avoco conocimiento de la causa en cali-

dad de jueza titular y en virtud del sorteo precedente. La demanda es clara y reúne los requisitos de Ley. Por consiguiente, de acuerdo a lo previsto en el Art. 829 del Código de Procedimiento Civil y al ser procedente el trámite verbal sumario, con el libelo inicial y esta providencia, cítese a SALAZAR BORJA LOURDES PATRICIA en la dirección indicada para el efecto y mediante comisión dirigida al señor Teniente Político de la Parroquia Cumbayá. Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado por la actora y agréguese la documentación adjunta. Por Secretaría, desglósese los documentos solicitados, previo copias y recibo en autos, y entréguese a la peticionaria. Actúe la Ab. Glenda Bayas Real en calidad de Secretaria encargada de este despacho. Notifíquese.- F) Dra. Celma Cecilia Espinoza Venegas, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 24 de noviembre del 2016, las 10h43. Avoca conocimiento la Dra. Patricia Viteri Moya, en calidad de Jueza subrogante del Dr. Jackson Ovalle Samaniego, Juez ponente, de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, en virtud de la acción de personal 9843-DP17-2016-VS, entre el 17 de noviembre del 2016 y 1ro de diciembre de 2016. 1) Agréguese a los autos el escrito presentado por María Eugenia Donoso Proaño, con fecha 29 de septiembre del 2016, a las 11h05, en atención al mismo, en lo principal se dispone: a) En virtud del juramento rendido por sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de la demandada, se dispone de conformidad al artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, CITAR a la demandada SALAZAR BORJA LOURDES PATRICIA, mediante 3 publicaciones por la prensa, esto es, en uno de los diarios de mayor circulación y que se editan en esta ciudad de Quito; para el efecto, confiérase el extracto respectivo. (…) Actúe en la presente causa la Dra. Ángela Santillán Abarca, en su calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- F) Ab. Ana

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA “AUXILIARES DE DIAGNOSTICO E INVESTIGACIÓN S.A.” ADICENMEPSA

Convocase a los accionistas de la compañía “AUXILIARES DE DIAGNOSTICO E INVESTIGACIÓN S.A.” ADICENMEPSA a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que tendrá lugar en las oficinas administrativas, ubicado en la Roma N38-05 y Brújula, de esta ciudad de Quito, el día Jueves 20 de Julio del 2017, a las 10:00 Horas, para tratar el siguiente orden del día: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

Informe del Comisario. Pronunciamiento. Informe de Auditores Externos. Pronunciamiento. Informe del Gerente General. Pronunciamiento. Conocimiento del balance general y estado de situación correspondiente al ejercicio económico del 2016. Pronunciamiento. Informe de Resultados y Pronunciamiento. Designación de Comisario y su suplente. Designación de auditor externo. Autorizar al Gerente General para que inicie el trámite correspondiente para la liquidación de la Compañía. Nombrar el liquidador de la compañía.

Se convoca especial e individual al Comisario de la compañía, señor CPA Marcelo Guevara. Los estados financieros y demás documentos a tratarse en la presente Junta, están a disposición de los señores accionistas, en las oficinas administrativas de la Compañía ubicado en la Roma N3805 y La Brújula planta baja. Quito, 11 de Julio del 2017 Dr. Nelson García Cevallos. GERENTE GENERAL

PAR/106285/AT


Patricia Viteri Moya, Jueza (S). Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones.- Quito, 05 de Julio del 2017.- CERTIFICO. DRA. ÁNGELA SUSANA SANTILLÁN ABARCA SECRETARIA Hay firma y sello PAC108398fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO DE CITACION CITACION JUDICIAL A: CARLOS RUBEN TENORIO LASCANO ACTOR: MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO DEMANDADO: CARLOS RUBEN TENORIO LASCANO CAUSA NRO: 17230-2015-06095 TRAMITE: VERBAL SUMARIO DOMICILIO JUDICIAL: DR. ALVARO PAEZ BENALCAZAR CASILLA JUDICIAL: 1784 C UA N T I A : TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 37/100 ( USD. 3.768,37 ) OBJETO DE LA DEMANDA: EN SENTENCIA LES CONDENE AL PAGO DE LO SIGUIENTE: 1.- AL PAGO DEL CAPITAL ADEUDADO POR CONSUMO DE LA TARJETA DE CREDITO, MAS LOS INTERESES LEGALES Y DE MORA, A LA MAXIMA TASA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, DESDE QUE LA PARTE DEUDORA CAYO EN MORA, HASTA SU TOTAL CANCELACION. 2.- AL PAGO DE LAS COSTAS PROCESALES. 3.- AL PAGO DE TASAS POR SERVICIOS JUDICIALES Y HONORARIOS DEL ABOGADO DEFENSOR JUEZ PONENTE: D R. WASHINGTON JORGE DUARTE ESTEVEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-. Quito, miércoles 29 de abril del 2015, las 09h15. VISTOS.-Avoco conocimiento de la presente causa, en vista de sorteos realizado.- En lo principal, la deman-

da presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se acepta a tramite Verbal Sumario. En consecuencia, con la demanda presentada y providencia que antecede, córrase traslado al demandado CARLOS RUBEN TENORIO LASCANO. Cítese al demandado en el lugar que se indica. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y agréguense los documentos acompañados.-NOTIFIQUESE.f) Dr. Edwin Armando Aceldo Gualli, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-. Quito, miércoles 28 de junio del 2017, las 08h59. En lo principal del juramento realizado por el accionante constante a fs. 42 Y a la documentación aparejada al proceso, de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte DEMANDADA TENORIO LASCANO CARLOS RUBEN con el extracto de la demanda y las providencias de calificación de la misma, por medio de publicaciones que se realizaran en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de lugar, confiérase el extracto correspondiente. Notifíquese.f) Dr. Washington Jorge Duarte Estévez, Juez. Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones.- Certifico. AB. CARLOS DAVID QUINCHUELA VILLACIS SECRETARIO Hay firma y sello PAC108397fa EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: JARAMILLO BONIFAZ ANDREA PAULINA y SALAZAR CRIOLLO GABRIELA PATRICIA ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A DEMANDADO: JARAMILLO BONIFAZ ANDREA PAULINA y SALAZAR CRIOLLO GABRIELA PATRICIA JUICIO EJECUTIVO: 17325-20140822 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO,

CONVOCATORIA

De conformidad con lo dispuesto en los estatutos sociales se convoca a los socios de la Compañía ASTORGAL CIA. LTDA. a la Junta General Extraordinaria de socios que se llevará a cabo el lunes día 24 de julio del 2017 a las 11h00 en el domicilio principal de la empresa ubicada en la Av. Diego de Almagro y Ponce Carrasco Edificio Almagro Plaza oficina 312, para conocer y resolver el único punto del orden del día: 1. Conocimiento y aprobación del Balance General y Estado de Resultados de la compañía por el año 2016. 2. Conocer y resolver sobre el informe de Auditoría Externa referente al ejercicio económico por el año 2016. 3. Designación de Auditores Externos para el año 2017. Los socios podrán concurrir a las reuniones de Junta General, ya sea personalmente o por medio de un representante. La representación se conferirá mediante poder otorgado ante Notario Público o por carta con dicho carácter, dirigida a la Liquidadora de la Compañía. Atentamente, MARIA CECILIA DURAN MOSQUERA Presidenta Ejecutiva PAR/106288/AT

PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 1 de octubre del 2014, las 09h55. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez titular de esta judicatura y en virtud del sorteo correspondiente. La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos que exige la Ley. Dese el trámite Ejecutivo. Las demandadas en el término de tres días y bajo prevenciones legales cumplan con la obligación exigida o propongan las excepciones a las que se crean asistidas. Cítese a las demandadas JARAMILLO BONIFAZ ANDREA PAULINA deudora principal, y a SALAZAR CRIOLLO GABRIELA PATRICIA garante, en el lugar que se indica para el efecto, remítase el suficiente despacho a la oficina de citaciones. Agréguense los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el accionante debidamente justificado con el documento que se acompaña, la autorización conferida a su abogada patrocinadora, correo electrónico y casilla judicial para sus notificaciones. Notifíquese y Cítese. f) Dr. Paul Narváez. Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 8 de junio del 2017, las 10h02. En lo principal. - De conformidad con el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador en concordancia con el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, en aplicación a los principios, de inmediación, celeridad y economía procesal y en mérito del juramento rendido por la parte actora sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de las demandadas, cítese a JARAMILLO BONIFAZ ANDREA PAULINA, y a SALAZAR CRIOLLO GABRIELA PATRICIA, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación nacional, conforme lo dispone el Art. 56 del COGEP.- para lo cual confiérase el extracto correspondiente. Actúe la Dra. Blanca Sánchez en calidad de secretaria encargada de esta Unidad Judicial Civil.NOTIFIQUESE.- f) MEZA MERA JACKELINE PATRICIA, JUEZA Lo que comunico a usted para los respectivos fines de ley, previniéndoles la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. DRA. BLANCA SANCHEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC108415fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO DE CITACION CITACION JUDICIAL A: RAFAEL LEMUS RAMOS, CLARA MARIA CARMEN CEPEDA CARRERA, ZOILA LEMUS CEPEDA, ANA MARIA LEMUS CEPEDA, HERMINIA PIEDAD LEMUS CEPEDA, CRISTOBAL LEMUS CEPEDA y ALFONSO LEMUS CEPEDA. ACTOR: DR. WLADIMIR GALARZA LEON EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADOS: RAFAEL LEMUS RAMOS, CLARA MARIA CARMEN CEPEDA CARRERA, ZOILA LEMUS CEPEDA, ANA MARIA LEMUS CEPEDA, HERMINIA PIEDAD LEMUS CEPEDA, CRISTOBAL LEMUS CEPEDA y ALFONSO LEMUS CEPEDA. CAUSA NRO: 17306-2013-0450 TRAMITE: EJECUTIVO DOMICILIO JUDICIAL: AB. INGRYD ANASI HERRERA

Un hombre de virtuosas palabras no es siempre un hombre virtuoso. confucio

CASILLA JUDICIAL: 2222 CUANTIA: $. 15.000,00 DOLARES DE LOS ESTADOS U N I D OS DE A M E R I CA OBJETO DE LA DEMANDA: EN SENTENCIA LES CONDENE AL PAGO DE LO SIGUIENTE: 1.- AL PAGO DE CAPITAL CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDE. 2.- AL PAGO DE INTERES DE PLAZO, DESDE LA SUSCRIPCION HASTA EL VENCIMIENTO, A LA TASA CONSTANTE EN EL TITULO EJECUTIVO Y A LA TASA REAJUSTABLE CONFORME CONSTA DEL PAGARE A LA ORDEN. 3.- AL PAGO DE INTERES DE MORA, VIGENTE PARA EL SISTEMA FINANCIERO CON EL MAXIMO RECARGO PERMITIDO POR LA LEY, HASTA SU TOTAL CANCELACION. 4.- AL PAGO DE LAS COSTAS PROCESALES EN LAS QUE SE INCLUIRAN LOS HONORARIOS PROFESIONALES DE LOS ABOGADOS PATROCINADORES. JUEZ PONENTE: D R. WASHINGTON JORGE DUARTE ESTEVEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-. Quito, lunes 14 de marzo del 2016, las 14h57. VISTOS: Amparado en lo que dispone el Art. 130, numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, por haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en providencias de fechas 11 de septiembre de 2014, las 11h01; y, 5 de agosto de 2015, las 14h13, a fin de enderezar la tramitación de la presente causa, se dispone: La demanda que antecede, propuesta por el doctor WLADIMIR GALARZA LEÓN, en calidad de Procurador Judicial del BANCO DEL AUSTRO S.A, en contra del señor LEMUS CEPEDA MILTON AMABLE, más por cuanto esté a fallecido, en contra de sus herederos conocidos RAFAEL LEMUS y CARMEN CEPEDA; y, en contra de los presuntos y desconocidos herederos del referido causante, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; consecuentemente, se la admite a trámite por la vía ejecutiva, prevista en la Sección 2da. Parágrafo 2do. Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Cítese a los herederos conocidos del causante, señores RAFAEL LEMUS y CARMEN CEPEDA, en la dirección señalada en el escrito de fecha 13 de octubre de 2015, a fin de que en el término de 3 días, pague la obligación demandada o proponga las excepciones dilatorias o perentorias de las que se crea asistidos, bajo prevenciones de Ley; así como, se pronuncien sobre su condición de herederos del señor LEMUS CEPEDA MILTON AMABLE.- Atento a la declaración juramentada que ha efectuado el accionante el 13 de noviembre de 2014, sobre la imposibilidad de dar con la individualidad, domicilio o residencia de los presuntos y desconocidos herederos del señor LEMUS CEPEDA MILTON AMABLE, de conformidad a lo previsto en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, cíteselos mediante tres publicaciones realizadas en días distintos, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad, a fin de que en el término de 3 días, contados vente días después de la última publicación, paguen la obligación

demandada o proponga las excepciones dilatorias o perentorias de las que se crea asistidos, bajo prevenciones de Ley; así como, se pronuncien sobre su condición de herederos del causante, para lo cual por Secretaría confiéranse los extractos correspondientes.Regístrese el casillero judicial y correo electrónico señalados por el accionante para recibir sus futuras notificaciones.- Téngase en cuenta la designación y autorización conferida a favor de sus abogados defensores.- Actúe el Dr. Francisco Vásquez, en calidad de Secretario de esta Judicatura, según acción de personal número 3942-DP-UPTH de 27 de mayo de 2015, emitida por la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura.NOTIFÍQUESE y CÍTESE. Ab. Felipe Patricio Larrea Dávalos, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-. Quito, miércoles 24 de mayo del 2017, las 14h59. De conformidad a lo manifestado en el artículo 20 del Código Orgánico de la Función Judicial de oficio se DISPONE: 1) Toda vez que se ha reconocido bajo juramento desconocer el domicilio de la parte demandada y por ser procedente al tenor de lo previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos elabórese el extracto correspondiente a fin de proceder con la citación mediante la prensa de la parte demandada.- Actúe como Secretario el Dr. Diego Mancero en calidad de secretario encargado de la Unidad Judicial Civil con acción de personal 4446-DP17-2017-VS.CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- Dr. Washington Jorge Duarte Estevez, Juez Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones.- Certifico. AB. CARLOS DAVID QUINCHUELA VILLACIS SECRETARIO Hay firma y sello PAC108414fa EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: GILBERT MARCELO REQUELME PIZARRO AL PUBLICO EN GENERAL, HÁGASE CONOCER LO SIGUIENTE: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A.-DR WLADIMIR GALARZA LEON (PROCURADOR JUDICIAL) D E M A N DA D O : GILBERT MARCELO REQUELME PIZARRO Y BEATRIZ GRACIELA PIZARRO MACAS JUICIO No: 17304-2014-0325 CUANTIA: 8.000,00 DOLARES (OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) TRAMITE: EJECUTIVO (PAGARE A LA ORDEN) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No. 2222 JUEZ: DRA. ANA KARINA TORRES RECALDE SECRETARIA: AB. ZOILA ELENA SALAZAR SALAZAR AUTO DE CALIFICACIÓN: JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes

De conformidad con lo prescrito en el Artículo 393 de la Ley de Compañías, se notifica públicamente a los acreedores de la compañía INGENIERIA MONTERO JIMENEZ ECUADOR S.A. , EN LIQUIDACION para que en el término de 20 días contados desde la fecha de la última publicación del presente aviso, presenten ante el Liquidador de la compañía, en las oficinas de éste, ubicadas en la Av. Pampite C122 y Simón Valenzuela, Cumbayá, Distrito Metropolitano de Quito; los documentos que acrediten sus derechos, previniéndolos que de no hacerlo se tomarán en cuenta sólo a los acreedores que hayan probado su calidad y a todos los que aparezcan como tales en la contabilidad de la compañía. Quito, 11 de Julio del 2017 ROBERTO AUGUSTO EGÜEZ LIZARZABURU Liquidador

PAB/17035/AS

11 de abril del 2014, las 10h12.VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez Cuarto de lo Civil de Pichincha, según acción de personal No. 2922 DNP de 25 de julio del 2012.- Actúe la Secretaria encargada.-La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, tramítese la misma en la vía ejecutiva.-Los demandados GILBERT MARCELO REQUELME PIZARRO y BEATRIZ GRACIELA PIZARRO MACAS, cumplan con la obligación o propongan excepciones en el término de tres días de citados.- Cítese a los demandados, en el lugar que se indica.Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.Dejándose copias certificadas o compulsas en autos, desglósese los documentos que se solicitan y entréguese.-Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la actora y la autorización concedida al abogado defensor.NOTIFÍQUESE.-f) DR. ARMANDO ACELDO GUALLI-JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 22 de junio del 2017, las 08h53.- Atento el juramento del actor respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia del demandado, cíteselo con un extracto de la demanda, auto inicial y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiérase el respectivo extracto.- NOTIFIQUESE .- f) DRA. ANA KARINA TORRES RECALDE-JUEZA Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley Lo que comunico al Público en General, para los fines de ley. AB. ZOILA SALAZAR SALAZAR SECRETARIA Hay firma y sello PAC108413fa EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: JOSE ORLANDO TOLEDO, CARMEN ROCIO MACAS VARGAS Y MARIA PAULINA ALMACHI ALOMOTO AL PUBLICO EN GENERAL, HÁGASE CONOCER LO SIGUIENTE: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A.-DR. WLADIMIR GALARZA LEON PROCURADOR JUDICIAL DEMANDADOS: JOSE ORLANDO TOLEDO, CARMEN ROCIO MACAS VARGAS Y MARIA PAULINA ALMACHI ALOMOTO JUICIO No: 17305-2014-0370 CUANTIA: 7.000,00 DOLARES (SIETE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) TRAMITE: EJECUTIVO (PAGARE A LA ORDEN) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No. 2222 JUEZ: DRA. ANA KARINA TORRES RECALDE SECRETARIA: AB. ZOILA ELENA SALAZAR SALAZAR AUTO DE CALIFICACIÓN: JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 7 de mayo del 2014, las 11h20.VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa mediante acción de personal No. 703-DP-DPP de fecha 4 de Febrero del 2014 en calidad de Juez Encargado del Juzgado Quinto de lo Civil de Pichincha. En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley. Declarase procedente el trámite verbal sumario. En consecuencia, con la demanda y providencia recaída en ella, cítese al demandado señor TOLEDO JOSE ORLANDO y la señora MACAS VARGAS CARMEN ROCIO en la calidad de deudores y la señora ALMACHI ALOMOTO MARIA PAULINA en la calidad de garante; en los domicilios señalados para el efecto para lo cual el actor proporcione las copias a fin de elaborar las boletas respectivas. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el actor y la calidad en la que comparece el señor Dr. Ferdinand Galarza León conforme lo acredita el documento acompañado. Previa fotocopia certificada razón y recibo desglósese y entréguese la documentación solicitada. Actúe el señor Dr. Luis Ron Villavicencio, en calidad

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR de Secretario encargado, de conformidad con lo dispuesto por el Concejo Nacional de la Judicatura, mediante oficio No. 226-07-CRHCNJ-ES. -NOTIFÍQUESE.- f) DR. FRANCISCO JAVIER ONOFA MEDINA-JUEZ (E ) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 15 de junio del 2017, las 10H12.-Atento el juramento del actor respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia de los demandados, cíteselos con un extracto de la demanda, auto inicial y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, que se editan en esta ciudad, por Secretaria confiérase el respectivo extracto.- NOTIFIQUESE.-f) DRA. ANA KARINA TORRES RECALDE-JUEZA Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley Lo que comunico al Público en General, para los fines de ley. AB. ZOILA SALAZAR SALAZAR SECRETARIA Hay firma y sello PAC108412fa REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL CITACIÓN A: PULUPA IBARRA MONICA MARILYN JUICIO: 17230-2016-10148 A C TO R : C O O P E R AT I VA DE AHORRO Y CREDITO “COORPORACION CENTRO LTDA.” DEMANDADO (S): PULUPA IBARRA MONICA MARILYN y VEGA RIVERA FRANKLIN PATRICIO TRAMITE: EJECUTIVO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 21 de junio del 2016, las 10h43. VISTOS.- La demanda que por cobro de dinero presenta, la Cooperativa de Ahorro y Crédito “CORPORACIÓN CENTRO” LTDA., por intermedio de su Gerente y representante legal Dr. GALO ALARCÓN COSTTA ; en contra de, MONICA MARILYN PULUPA IBARRA, en calidad de deudor principal; y en contra de FRANKLIN PATRICIO VEGA RIVERA en calidad de garante; reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva establecida en el Título II, Parágrafo 2o, Artículos 419 al 490, del Código de Procedimiento Civil.-Por considerar títulos ejecutivos el documento aparejado a la demanda, emitido, aceptado y garantizado, en esta ciudad de Quito; del cual se observa además que las partes se han sometido a los jueces de este cantón Quito, se dispone citar con el contenido de la misma y con el de esta providencia a los demandados, MONICA MARILYN PULUPA IBARRA, en calidad de deudor principal; y a, FRANKLIN PATRICIO VEGA RIVERA, en calidad de garante, en la dirección proporcionada por la Cooperativa demandante, para que en el término de tres días, cumplan con la obligación reclamada o formulen excepciones en igual término; para cuyo efecto, por secretaria, REMÍTASE, las boletas de citación a la oficina correspondiente; debiendo el citador, tener en cuenta, al momento de citar, lo dispuesto en el Art.77 del Código de Procedimiento Civil; esto es, cerciorarse de que la dirección proporcionada por la cooperativa demandante para citar a los demandados, sea verdadera; es decir, que se trate de la respectiva habitación o establecimiento de comercio para hacer allí la citación en forma legal.-. Agréguese al proceso los documentos presentados; mismo que se desglosarán observando las solemnidades

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legales establecidas en el Art.992 del Código de Procedimiento Civil; y, notifíquese a la cooperativa demandante en la casilla judicial No.3485, y en la dirección electrónica señalada.- Encomiéndase a los Ayudantes Judiciales 1 de esta, UNIDAD JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL, CONSTITUCIONAL Y DE INQUILINATO, DEL CANTÓN QUITO, DISTRITO METROPOLITANO; ayudar a observar el derecho al debido proceso de las partes garantizado en el Art.76 de la Constitución de la Republica; en concordancia con las normas del Código Orgánico de la Función Judicial, del Código de Procedimiento Civil y del Reglamento de Arreglo de Procesos y Actuaciones Judiciales.-Los litigantes, ahora pueden gestionar su proceso en línea, ingresando a la siguientes dirección electrónica: www. funcionjudicial-pichincha.gob.ec; Servicios Corporativos; Ingreso de Requerimientos.- NOTIFÍQUESE.f).- DR. CEVALLOS AMPUDIA EDWIN ERNESTO, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 19 de mayo del 2017, las 15h22. Por cuanto de autos consta, que se ha dado cumplimiento con la providencia de fecha 10 de mayo del 2017, las 16h12, esto es que la parte actora ha rendido declaración bajo juramento de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, respecto de la demandada PULUPA IBARRA MONICA MARILYN, en tal virtud se dispone CITESE POR LA PRENSA, a la prenombrada demandada, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, en tres publicaciones. Para el cumplimiento de esta disposición por Secretaria de esta Unidad Judicial, dejando copia y recibo en autos entréguese el correspondiente extracto. Actúa la Abg. Ana Mariela Arcos Guanoluisa, en calidad de Secretaria. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- f).- DRA. SINDY PAMELA ESCOBAR AREVALO, JUEZA. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial para sus posteriores notificaciones.Certifico. AB. ANA MARIELA ARCOS SECRETARIA Hay firma y sello PAC108410fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: ROBERTO CARLOS TIPANTUÑA TREJO y CARLOS TULCAN CUNGUAN ACTOR: DR. GALO GUSTAVO ALARCON COSTTA, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “CORPORACIÓN CENTRO LTDA.” DEMANDADOS: ROBERTO CARLOS TIPANTUÑA TREJO y CARLOS TULCAN CUNGUAN. DOMICILIO JUDICIAL: DR. EMERSON GUEVARA CASILLA JUDICIAL 3485 JUICIO: EJECUTIVO CUANTIA: USD. 2500,00 (DOS MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CAUSA: No. 17230-2016-08218 OBJETO: A fin de que en sentencia sean condenados al pago de lo siguiente: 1.- El saldo del capital adeudado; 2.- Los interés pactados en el pagaré y los intereses moratorios que serán liquidados en forma pericial: 3.- La comisión de un sexto por ciento sobre el capital del pagaré; 4.- Las expensas y costas judiciales en las que se incluirán los honorarios profesionales de su Abogado defensor. JUEZ PONENTE: SALAZAR AGUIRRE MARCO PAÚL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO


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MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR

METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA., Quito, lunes 1 de agosto del 2016, las 12h29 VISTOS: ABG. RICARDO AUGUSTO VELASTEGUI ENDARA, avoco conocimiento de la presente causa mediante Acción de personal No. 4314-DP17-2016MG.- En lo principal, la demanda presentada por el Dr. Galo Gustavo Alarcón Costta, en calidad de Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “CORPORACIÓN CENTRO LTDA.”, es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite Ejecutivo.- De conformidad con el primer inciso del Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, los demandados TIPANTUÑA TREJO ROBERTO CARLOS y TULCAN CUNGUAN CARLOS, cumplan con la obligación demandada o proponga excepciones en el término de tres días.- Cítese a los demandados en el lugar señalado, para el efecto envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico para sus futuras notificaciones.Dejando fotocopias certificadas y recibo en autos, desglósese y entréguese los documentos adjuntos a la demanda al Dr. Luis Emerson Guevara Torres, persona autorizada para el efecto.- Actúa el Ab. Paúl Pérez Salazar en calidad de Secretario Encargado, mediante acción de personal Nº 3492-DP17-2016-MP de 16 de mayo del 2016.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. f).- Velastegui Endara Ricardo Augusto, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 20 de febrero de 2017, las 12h53. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal, por cuanto la parte actora a rendido juramento de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, con un extracto de la demanda auto de calificación y esta providencia cítese a los demandados señores ROBERTO CARLOS TIPANTUÑA TREJO y CARLOS TULCAN CUNGUAN; mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito.- Notifíquese. f) Salazar Aguirre Marco Paúl, Juez. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.ABG. LEYTON GUAYASAMIN LAUDIA SOLANGE SECRETARIA Hay firma y sello PAC108409fa R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACIÓN JUDICIAL A: NUÑEZ GUERRERO CLAUDET CRISTINA ACTOR: DRA. MONICA JACQUELINE FLOR PAZMIÑO PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: NUÑEZ GUERRERO CLAUDET CRISTINA CUANTÍA: $ 5000,oo JUICIO EJECUTIVO No,173112014-0199 OBJETO: PAGO DE CAPITAL, INTERESES, Y COSTAS P RO C ESA L ES. J U ZGA D O DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 21 de abril del 2014, las 10h28. VISTOS.En mi calidad de Jueza Titular de esta judicatura, mediante acción de personal No. 2937-DNP- de 25 de julio del 2012, avoco conocimiento de la presente causa y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- La demanda que antecede, propuesta por la Dra. Mónica Jacqueline Flor Pazmiño en la calidad en la que comparece como se desprende del documento adjunto es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite Ejecutivo.- En

consecuencia, las demandadas, Nuñez Guerrero Claudet Cristina en calidad de deudora principal y la señora Nuñez Zambrano Gina Catherine en calidad de garante solidaria, paguen a la actora la cantidad adeudada o propongan excepciones en el término de tres días de citadas.- Cítese a las demandadas Nuñez Guerrero Claudet Cristina en calidad de deudora principal y la señora Nuñez Zambrano Gina Catherine en calidad de garante solidaria, con el contenido de la demanda y presente providencia en la dirección señalada para el efecto, envíese atento deprecatorio a uno de los Jueces de lo Civil de la Cuidad de Guayaquil así como también envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la actora para sus notificaciones, así como la facultad dada a su abogado defensor para que suscriba los escritos necesarios.- Actúe el Dr. Luis Chulde Ruano en calidad de secretario encargado mediante acción de personal NO. 2031, DP-DPP de 18 de agosto del 2011.Notifíquese. F) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi. Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 24 de mayo del 2017, las 10h38. MIÉRCOLES 24 viernes 24 de mayo del 2017, las 10h43. Atento al juramento rendido y Atento al juramento rendido y de conformidad con el art. 58 del Código Orgánico General de Procesos cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la causante CLAUDET CRISTINA NUÑEZ GUERRERO por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual confiérase el correspondiente extracto para su publicación. La parte interesada provea de las copias necesarias para el deprecatorio dispuesto para citación a la demandada GINA KATHERINE NUÑEZ ZAMBRANO, en el término de tres días. Notifíquese. F) Dra. María de los Angeles Ambas Cuatin Jueza. Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley, previniéndole la obligación que tiene de señala casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Dr. Luis Alfredo Chulde Ruano SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello AR/106236/AT EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: EDDY JONATHAN VELASQUEZ MERA, PAQUITA MARIA VELEZ MUNOZ Y GONZALO CAGUA CEDEÑO ACTOR: BANCO INTERNACIONAL S.A., DR. MARCELO GUSTAVO SILVA VARGAS (PROCURADOR), DR. JOSE ROMERO SORIANO (REPRESENTANTE). DEMANDADO: EDDY JONATHAN VELASQUEZ MERA, PAQUITA MARIA VELEZ MUNOZ Y GONZALO CAGUA CEDEÑO JUICIO EJECUTIVO N°: 17313-

2014-0595 FUNDAMENTO LEGAL: Art. 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil OBJETO: Se ordene el pago del monto adeudado y más gastos judiciales CUANTÍA: $ 1.500,00. JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 15 de julio del 2014, las 09h18.- VISTOS: La demanda es clara y reúne los requisitos de Ley. Por consiguiente, de acuerdo a lo preceptuado en el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, se dispone que VELASQUEZ MERA EDDY JONATHAN, VELEZ MUNOZ PAQUITA MARIA Y CAGUA CEDEÑO GONZALO, en las calidades demandadas, cumplan su obligación o propongan excepciones en el término de tres días. Cítese a los accionados en la dirección indicada y mediante deprecatorio remitido a uno de los señores .Jueces de lo Civil de Santo Domingo de los Tsáchilas, con jurisdicción en el cantón Santo Domingo. Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado por el actor y agréguese la documentación adjunta. Notifíquese.f) Dr. Edwin Cevallos Ampudia, Juez-Titular. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 19 de junio del 2017, las 14h10.- En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora en escrito presentado de fecha 24 de mayo del 2017; una vez que se ha dado -cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior y atento al juramento rendido par la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR a los demandados EDDY JONATHAN VELASQUEZ MERA, PAQUITA MARIA VELEZ MUNOZ Y GONZALO CAGUA CEDEÑO, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual, por Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, dejando constancia en autos, emita el correspondiente extracto; ejecutoriada esta providencia, la parte actora concurra a esta Judicatura a fin de retirar el mismo. NOTIFÍQUESE.f) Del Salto Dávila Luz Elisa, Jueza. Lo que comunico a usted citándole y previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones.Ab. Glenda Bayas Real SECRETARIA ENCARGADA Hay firma y sello AR/106251/AT R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) AVISO JUDICIAL A: ENRIQUE RUPERTO OCAMPO GARCIA Y MARIA CECILIA RUANO EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-2016-16550 Actor: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL ECON. ÁNGELO LUIS CAPUTI OYAGUE, PRESIDENTE EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO GUAYAQUIL S.A. Demandado: ENRIQUE RUPERTO OCAMPO GARCIAY OTROS Tipo/ Acción: Ejecutivo-Contrato de mutuo o préstamo Cuantía: $612.700 Inicio: 19 DE Octubre del 2016 Defensor: Dr. Carlos Wilson Veloz Falconi Casillero: 684

La virtud no habita en la soledad: debe tener vecinos. confucio

Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 20 de octubre del 2016, las 15h42.- VISTOS: Avoco conocimiento de la causa mediante acción de personal No. 7903-DNTH-2015 -KP de 2 de junio del 2015, en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- En lo principal, la demanda presentada por la DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCÁZAR en calidad de Procuradora Judicial del Economista Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco de Guayaquil S.A., conforme lo acredita con la documentación adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el Contrato de Mutuo que obra de fojas 1 a 5 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código. En consecuencia, se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo y se ordena la citación a la parte demandada ENRIQUE RUPERTO OCAMPO GARCÍA y MARÍA CECILIA RUANO, en el domicilio señalado en el libelo de demanda, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto de calificación, debiendo remitirse las boletas de citación a la oficina correspondiente a fin de que se cite a la parte demandada en la forma prevista por los artículos 54 y 55 del COGEP. En aplicación a lo dispuesto en los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda conforme lo determina el artículos 351 último inciso del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, conforme lo determina el artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora en su escrito de demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 26 de abril del 2017, las 16h30.- Por cuanto se ha realizado la declaración bajo juramento de acuerdo a lo prescrito en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, por medio de la Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, confiérase el extracto necesario para que se proceda a la citación por la prensa a la parte demandada ENRIQUE RUPERTO OCAMPO

AVISO A ACREEDORES NENKIPARE SERVICIOS & CONSULTORIA CIA. LTDA., EN LIQUIDACIÓN En mi calidad de Liquidadora de la compañía NENKIPARE SERVICIOS & CONSULTORIA CIA. LTDA., notifico, basada en el art. 393 de la Ley de Compañías, a todos aquellos acreedores de mi representada para que presenten en el término de (20) días contados a partir de la última publicación los documentos que acrediten su derecho, presentación de documentos que deberán realizar en la calle Lino María 31-3 y José María Urbina en la parroquia Conocoto, de la ciudad de Quito. Silvia Flor Zúñiga LIQUIDADORA

PAB/17016/AS

GARCÍA y MARÍA CECILIA RUANO. NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.Certifico. AB. VERONICA PAOLA MENA TASINTUÑA SECRETARIA Hay firma y sello AR/106262/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL SECRETARÍA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO AL SEÑOR CANDONGA QUISPE JOSE ANTONIO Y AL PÚBLICO EN GENERAL LES HAGO SABER LO SIGUIENTE: EXTRACTO: ACTOR : BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: CANDONGA QUISPE JOSE ANTONIO CAUSA : EJECUTIVO NO. 172302015-3110. CUANTÍA: $16.000,00 USD JUEZ : UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.26 de marzo del 2015, a las 09h01.- VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza titular, legalmente posesionada.- En lo principal, la demanda presentada por la DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, en su calidad de PROCURADORA JUDICIAL del Econ. Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente

Ejecutivo y Representante Legal del BANCO DE GUAYAQUIL S.A., es clara, precisa y por reunir los requisitos de ley se la acepta al tramite EJECUTIVO.- En consecuencia, el señor JOSE ANTONIO CANDONGA QUISPE, en su calidad de deudor principal; de conformidad con el 1er. inciso del Art. 421 del Código Procesal Civil, cumpla con la obligación demandada o proponga excepciones en el término legal de tres días.- Cítese al demandado en la dirección señalada mediante Deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil de la Provincia de Esmeraldas, con asiento en la ciudad de Esmeraldas, a quien se le enviara despacho en forma, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico designados por la actora y la calidad en la que comparece, conforme la documentación habilitante que adjunta, y la autorización conferida a su abogado patrocinador.- NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Carmen Romero Ramirez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, 27 de abril del 2017, a las 11h56.- VISTOS: En lo principal una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en providencia de 12 de abril del 2017, las 09h26, una vez que ha declarado bajo juramento la parte actora respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia del demandado, se dispone cítese con el extracto al demandado señor CANDONGA QUISPE JOSE ANTONIO, con el auto inicial y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, que se editan en esta ciudad, por Secretaria confiérase el respectivo extracto. Actúe como Secretaria de esta Unidad, la Ab Andrea Maldonado mediante Acción de Personal No. 3627-DP-17-2016-MP de fecha 23 de mayo del 2016. NOTIFÍQUESE. f) Dr. Richard Chinde Chamorro. Lo que cito para los fines de Ley. AB. ANDREA MALDONADO SECRETARIA JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA “FLORES PARA EL MUNDO FLORMUNDO CIA. LTDA.” Se convoca a los Socios de la compañía “FLORES PARA EL MUNDO FLORMUNDO CIA LTDA” a la Junta General Extraordinaria de Socios que se celebrara el día martes 25 de julio del 2017 a las 10:00 Horas en la calle Urcesino Lucas Baquero E1-36 y N16A María Isabel Anderson, instalaciones de Expoflor Cía. Ltda., Barrio Mangahuantag del Distrito Metropolitano de Quito, Parroquia Puembo, de la Provincia de Pichincha. El punto a tratar en esta Junta será el siguiente: 1. Designar Presidente y Gerente General (Representante Legal) para el próximo periodo estatutario de 2 años. Quito DM, 12 de julio de 2017 Hanspeter Hug Richnon Gerente General

PAP/68541/AS

Hay firma y sello AR/106263/AT REPUBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha. gob.ec CITACIÓN A SR. FAUSTO RUBEN PAREDES TELLO EN SU CALIDAD DE FIADOR SOLIDARIO. Juicio No: 17302-2014-0839 ACTOR: SRA. DRA. GEAN MAGALI AGUIRRE BENALCAZAR en su calidad de Procuradora Judicial del Sr. Angelo Caputi Oyague Presidente Ejecutivo del Banco de Guayaquil S. A DEMANDADOS.- FAUSTO RUBEN PAREDES TELLO EN SU CALIDAD DE FIADOR SOLIDARIOS.COMPAÑÍA NACIONAL DE TRIBUTACIÓN MORILLO & PAREDES ASOCIADOS CIA. LTDA. PAREDES TELLO FAUSTO RUBEN (REPRESENTANTE) DEFENSOR./ Dr./Ab.: CARLOS WILSON VELOZ FALCONI CUANTÍA.-5.500,oo INICIADO EL 03 DE SEPTIEMBRE DEL 2014 PROVIDENCIA.JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 11 de septiembre del 2014.- las 15h27.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular del Juzgado Segundo de lo Civil de Pichincha en virtud de la acción de personal N. 2953DNP de 25 de julio del 2012.- y posesionada el 01 de Agosto del 2012. .Agréguese al proceso los escritos que anteceden la demanda presentada en contra de la COMPAÑÍA NACIONAL DE TRIBUTACIÓN MORILLO y PAREDES ASOCIADOS CIA. LTDA, en la persona de su Gerente General representante legal señor FAUSTO RUBEN PAREDES TELLO , es clara , precisa, y reúne los requisitos legales en consecuencia se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva prevista en la sección 2da parágrafo 2do Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Por lo que el demandado dentro del término de tres días pague o proponga excepciones, bajo prevenciones de Ley. Cítese a los demandados en la dirección indicada en la demanda.- Tómese en cuenta la casilla judicial señalada por el actor .Dejando copias debidamente certificadas y reci-

bo en autos para descargo del Juzgado, desglósese los documentos aparejados a la demanda y entréguese conforme lo solicita la actora. .- Agréguese al proceso la documentación acompañada Actué como secretario encargado el Dr. Patricio Calderón , mediante Acción de Personal N. 4911-DP-UPTH de 15 de julio de 2014.-Cítese y Notifíquese.- f) DRA. VIVIANA PILA AVENDAÑO. JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 31 de mayo del 2017, las 10h27.- En atención al juramento rendido por la SRA. DRA. GEAN MAGALI AGUIRRE BENALCAZAR en su calidad de Procuradora Judicial del Sr. Angelo Caputi Oyague Presidente Ejecutivo del Banco de Guayaquil S. A. y conforme a lo previsto en el Art. 56 del COGEP, cítese por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita el esta ciudad de Quito al señor FAUSTO RUBEN PAREDES TELLO en su calidad de fiador solidario, a fin de que comparezca a la presente causa y haga valer sus derechos. Notifíquese. f).- SOTO JIMENEZ CARLOS ENRIQUE, JUEZ; . Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ SALAZAR PAUL EFRAIN SECRETARIO Hay firma y sello AR/106264/AT EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: FERNANDEZ SANCHEZ VICTOR NICOLAS ACTOR: BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: FERNANDEZ SANCHEZ VICTOR NICOLAS JUICIO EJECUTIVO: 17230-20141984 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 19 de diciembre del 2014, las 16h09. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial, mediante acción de personal No. 4196-DNP-OQ, de

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA LATINFLOR S.A. Se convoca a los accionistas de la compañía LATINFLOR S.A., a la Junta General Extraordinaria que tendrá lugar el día viernes 21 de julio del 2017, a las 10H00, en las instalaciones de la empresa, ubicadas en la calle 10 de Agosto S/N, sector Chaquibamba, para tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación de Quorum. 2. Designación de miembros del Directorio y fijar remuneraciones 3. Designación de Presidente de la compañía y fijar remuneración 4. Designación de Gerente General de la compañía y fija remuneración Quito, 12 de julio del 2017 Salome Flores Tamayo GERENTE GENERAL

PAP/68543/AS


EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACIÓN JUDICIAL A: KLEVER ALCIDES BANO TORO ACTOR: DRA. GEA MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR Procuradora del Banco de Guayaquil S.A DEMANDADO: KLEVER ALCIDES BANO TORO FUNDAMENTO LEGAL: Artículos 413, 415, 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil OBJETO: Cobro de obligaciones vencidas de contrato de mutuo préstamo JUICIO: Ejecutivo, No. 17230-2015-19073 CUANTÍA: $ 10,000.00 diez mil con 00/100. ABOGADOS: DR. MARÍA GABRIELA ENDARA BUENDÍA CASILLERO: No. 3445 PROVIDENCIA: Auto de Calificación y providencia.

ABG. EDISON FABRICIO CHICAIZA SECRETARIO Hay Firma y Sello

PAB/17032/AS

“UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 14 de diciembre del 2015, a las 12h45. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial Civil del Distrito Metropolitano de Quito y en virtud del sorteo realizado por la oficina correspondiente. En lo principal, por cumplidos los preceptos legales contenidos en los artículos 419 y 421 del Código de Procedimiento Civil, la demanda es clara, precisa y por reunir los demás requisitos de Ley, se la acepta formalmente a trámite Ejecutivo. Consecuentemente, se ordena que el demandado KLEVER ALCIDES BANO TORO en el término de tres días cumpla con la obligación demandada o proponga las excepciones que considere pertinentes. Para el efecto, con la copia de la demanda y auto recaído en ella, cítese al demandado en el lugar señalado en el libelo de demanda inicial, debiendo para el efecto librarse atento deprecatorio al señor Juez de la Unidad Judicial Civil del cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas. Téngase en cuenta la calidad en que comparece la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar y el casillero judicial para futuras notificaciones. Dejando copias certificadas a costa del peticionario, entréguese la documentación adjunta a la demanda, a la persona autorizada por el actor.- Actúe como Secretaria de esta Unidad Abg. Alejandra Lahuatte, según Acción de Personal No. 3899-DPUPTH de 26 de mayo del 2015, emitido por el Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura.- Notifíquese.-f) DR. LUIS FERNANDO LANDAZURI SALAZAR.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 06 de abril del 2017, las 11h34. Agréguese al proceso escrito que antecede.- Atento a lo solicitado se requiere a cualesquiera de los señores autorizados dentro del prsente escrito, a fin de que concurra a esta judicatura y proceda a retirar el extracto correspondiente dejando constancia de su recibido en autos.-NOTIFÍQUESE.-F) MEZA MERA JACKELINE PATRICIA.- JUEZA Lo que pongo en su conocimiento para los fines consiguientes. Le prevengo de la obligación de señalar domicilio legal dentro del perímetro urbano conforme a la Ley. Atentamente,

JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 8 de junio del 2017, las 09h54. - En lo principal. - De conformidad con el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador en concordancia con el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, en aplicación a los principios, de inmediación, celeridad y economía procesal y en mérito del juramento rendido por la parte actora sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia del demandado, cítese al señor FERNANDEZ SANCHEZ VICTOR NICOLAS, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación nacional, conforme lo dispone el Art. 56 del COGEP.- para lo cual confiérase el extracto correspondiente. Actúe la Dra. Blanca Sánchez en calidad de secretaria encargada de esta Unidad Judicial Civil.NOTIFÍQUESE.- f) MEZA MERA JACKELINE PATRICIA, JUEZA Lo que comunico a usted para los respectivos fines de ley, previniéndoles la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. DRA. BLANCA SANCHEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello AR/106265/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: SEGUNDO IVAN CANGAS MENDEZ ACTOR: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR en su calidad de Procuradora Judicial del Ec. Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del BANCO GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: SEGUNDO IVAN CANGAS MENDEZ JUICIO.- EJECUTIVO (CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO) CAUSA No. 17230-2015-18433 DOMICILIO JUDICIAL.- DR. WILSON VELOZ FALCONI CASILLA JUDICIAL.- 684 CUANTÍA.- NO ES MENOR A CINCO MIL SETECIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD $ 5.700,oo) OBJETO DE LA DEMANDA.- VALOR CORRESPONDIENTES A LAS CUOTAS Y/O DIVIDENDOS M E N S UA L ES V E N C I D OS, INTERESES DE MORA, SALDO DEL PRÉSTAMO O CAPITAL REDUCIDO, TOTALIDAD DE LOS GASTOS QUE SE GENEREN CON OCASIÓN DE GESTIONES DE COBRANZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 5 de enero del 2016, las 14h29. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular, mediante Acción de Personal No. 8249-DNTH-2014AMD de fecha 28 de octubre del 2014.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la admite a trámite ejecutivo.- De conformidad al Art. 421 inciso primero del Código de Procedimiento Civil se dispone que el demandado SEGUNDO IVAN CANGAS MENDEZ, cumpla con la obligación demandada o proponga excepciones en el término de tres días.- Procédase al desglose de la documentación aparejada a la demanda, dejando copias certificadas y recibo en autos y entréguese a la persona autorizada.- Cítese al prenombrado demandado en el lugar indi-

cado.- Actúa como Secretaria Titular la Ab. Cecilia Simbaña, mediante Acción de Personal No. 4031-DP-UPTH desde el 27 de mayo del 2015.- Notifíquese.- f) DRA. ROCIO JAQUELINE AYALA REYES. JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 6 de junio del 2017, las 10h45. Por haberse dado cumplimiento con lo ordenado por esta Judicatura y en virtud del juramento rendido, se dispone: De conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado: SEGUNDO IVAN CANGAS MENDEZ, por la prensa, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.- F) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DÁVALOS. JUEZ Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones.- Certifico. AB. JENNIFFER BASTIDAS SARMIENTO SECRETARIA Hay firma y sello AR/106266/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: CINTHYA FERNANDA ESCUDEROS DIAZ JUICIO: EJECUTIVO NUMERO: 17230-2016-10347 ACTOR: GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, PROCURADORA JUDICIAL DEL . BANCO GUAYAQUIL S.A. D E M A N DA D O : C I N T H YA FERNANDA ESCUDEROS DIAZ CUANTÍA: USD. 6.800,00. JUEZ PONENTE: AB. RICARDO A U G U STO V E L A ST EG U I ENDARA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 14 de junio del 2016, las 14h00. VISTOS.- Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito.En lo principal, la demanda que por cobro de dinero presenta la Dra. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCÁZAR, EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A., en contra de la señora: CINTHYA FERNANDA ESCUDEROS DÍAZ, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva prevista en el Título II Sección 2a, parágrafo 2do Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Cítese a la demandada: CINTHYA FERNANDA ESCUDEROS DÍAZ, para que dentro del término de tres días cumpla con la obligación reclamada o formule excepciones, en el lugar indicado, de conformidad al nuevo modelo de gestión esta diligencia se la realizará a través de Correos del Ecuador, institución acreditada por el Consejo de la Judicatura, para lo cual el compareciente proporcione copias para las boletas de citación respectivas.- Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese a la actora en la casilla 684.- De conformidad con lo establecido en el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copias certificadas y razón de recibo en autos, procédase a efectuar el desglose la documentación solicitada,

Queda Anulado

Se notifico la pérdida de placas de la moto de placa HX354V año 2013 marca Pulsar 2205

Por haberse extraviado cheques del Banco del Pichincha de la cuenta #34954782-04 con los números de cheques 362 – 366 y desde el 368 hasta el 420. PAP/68535/AS

23 de septiembre del 2012.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite Ejecutivo.En consecuencia, la parte demandada señor FERNANDEZ SANCHEZ VICTOR NICOLAS; pague la obligación adeudada o proponga las excepciones de las que se crea asistido en el término de tres días de legalmente citado.- Cítese en legal y debida forma a la parte demandada en la dirección que se señala para el efecto, hecho previa petición se ordenará el desglose solicitado.Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcázar, en calidad de Procuradora Judicial del Ec. Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco de Guayaquil S.A..- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalada para posteriores notificaciones; así como la autorización conferida a su defensor.Actúe la Dra. Mercy Criollo, en calidad de secretaria designada por el Consejo de la Judicatura.Cítese y Notifíquese.- f) Fernando Landázuri. Juez. UNIDAD

Pongo en conocimiento del público para los fines consiguientes. PAP/68537/AS

Es más fácil ser genial que tener sentido común. b e nav e n t e , J ac i n t o

debiendo tomarse en cuenta la autorización conferida.- Actúe como secretario de esta Unidad Judicial Civil el Dr. Carlos Lovato.NOTIFÍQUESE.-f) VELASTEGUI ENDARA RICARDO AUGUSTO, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 7 de junio del 2017, las 08h20. VISTOS.- Por cuanto la actora ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior y atento al juramento rendido por la accionante señora Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, procuradora judicial del Banco de Guayaquil S.A.; y, de conformidad con lo que dispone el inciso segundo del numeral 2° del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la parte demandada ESCUDEROS DIAZ CINTHYA FERNANDA, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito; por Secretaría confiérase el extracto correspondiente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1° Ibídem, previas las formalidades legales.- NOTIFÍQUESE f) ENDARA RICARDO AUGUSTO, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones. DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello AR/106267/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: ALEXANDRA XIMENA LOPEZ MARTINEZ JUICIO: EJECUTIVO NUMERO: 17230-2015-3119 ACTOR: GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: ALEXANDRA XIMENA LOPEZ MARTINEZ CUANTÍA: 8.200,00. JUEZ PONENTE: AB. RICARDO A U G U STO V E L A ST EG U I ENDARA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 6 de marzo del 2015, las 15h04. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, Actúe la Secretaria encargada.-La demanda presentada por la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, Procuradora Judicial del Ec. Angelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo del Banco de Guayaquil S.A, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, tramítese la misma en la vía ejecutiva.La demandada ALEXANDRA XIMENA LOPEZ MARTINEZ, |cumpla con la obligación o proponga excepciones en el término de tres días de citada.- Cítese a la demandada, en el lugar que se indica, para lo cual se Depreca al señor Juez de lo Civil del cantón Guayaquil, provincia del Guayas .-Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.Dejándose copias certificadas o compulsas en autos, desglósese los documentos que se solicitan y entréguese.-Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora y la autorización concedida al abogado defensor.- Notifíquese. f) DR. EDWIN ARMANDO ACELDO GUALLI, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 2 de junio del 2017, las 11h51. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Encargada de la Unidad Judicial Civil, mediante acción de personal No. 4562-DP17-2017-VS, de fecha 02 de junio del 2017.- Por

cuanto la parte actora ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior y atento al juramento rendido por la accionante señora Dra. Aguirre Benalcazar Gean Magaly, procuradora judicial del Banco de Guayaquil S.A.; y, de conformidad con lo que dispone el inciso segundo del numeral 2° del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la parte demandada LOPEZ MARTINEZ ALEXANDRA XIMENA, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito; por Secretaría confiérase el extracto correspondiente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1° Ibídem, previas las formalidades legales.- NOTIFÍQUESE-f) VELASTEGUI ENDARA RICARDO AUGUSTO, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones. DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello AR/106268/AT EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACIÓN JUDICIAL A: KLEVER GONZALO GALLEGOS MONTESDEOCA. ACTOR: DRA. GEAN MAGALY AG U I R R E B E N A LCA ZA R, Procuradora Judicial del Eco. Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco de Guayaquil S.A. DEMANDADO: KLEVER GONZALO GALLEGOS MONTESDEOCA. FUNDAMENTO LEGAL: Arts. 413, 415 del Código de Procedimiento Civil. OBJETO: Cobro de la totalidad del préstamo, por haber incurrido en la mora en el pago de los dividendos de dicho préstamo, otorgado por el Banco de Guayaquil S.A, al demandado Klever Gonzalo Gallegos Montesdeoca. CUANTÍA: Diez mil quinientos dólares americanos (USD. $10.500) JUICIO: 17230-20141983. ABOGADOS: DR. WILSON VELOZ FALCONÍ CASILLERO No. 684 PROVIDENCIA: Auto Calificación y providencia recaída. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 29 de diciembre del 2014, las 16h39.- VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa, en mi calidad de Jueza Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha, Juzgado que pasó a integrar la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, según Acción de Personal No. 8111-DNTH-2014, 13 de Octubre del 2014.-En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se la acepta a trámite Ejecutivo. En consecuencia el demandado: KLEVER GONZALO GALLEGOS MONTESDEOCA, en el término de tres días, desde la última citación, cumpla con la obligación requerida o proponga todas y cada una de las excepciones que se creyera asistido.- Cítese al accionado en el lugar designado para el efecto.Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial señalado por el actor, la calidad en la que éste comparece, la designación de su defensor y la facultad que le concede, para que suscriba cuanto escrito sea necesario, dentro de la presente causa en defensa de los intereses.- Agréguese la documentación adjunta.- Cítese y Notifíquese.- f).- DRA. CELMA CECILIA ESPINOSA VENEGAS, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL

CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 13 de abril del 2017, las 15h27. Dr. WILMER ISMAEL ZAMBRANO ORTIZ Juez Subrogante la Dra. Patricia Viteri Moya, Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito cantón Quito, provincia de Pichincha, por el periodo comprendido desde el 10 hasta el 13 de abril de 2017, inclusive mediante Acción de Personal 2372-DP17-2017-MP 13/03/2017, avoco conocimiento de la presente causa.- Agréguese al proceso el escrito precedente.- Por cuanto la parte accionante ha comparecido a rendir bajo juramento que le ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado de KLEVER GONZALO GALLEGOS MONTESDEOCA, se dispone citar con un extracto de la demanda, providencia inicial y esta providencia al mencionado demandado, por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, extiéndase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- f).- DR. WILMER ISMAEL ZAMBRANO ORTIZ, JUEZ. Lo que pongo en su conocimiento para los fines consiguientes. Le prevengo de la obligación de señalar domicilio legal dentro del perímetro urbano conforme a la Ley. Atentamente, AB. PAULINA AYO VELASCO SECRETARIA (E) Hay firma y sello AR/106269/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO A: MARITZA XIMENA MAISINCHO VINUEZA ACTOR: Ora. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, en calidad de Procuradora Judicial del Ec. Angelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco de Guayaquil S.A . DEMANDADO: MARITZA XIMENA MAISINCHO VINUEZA JUICIO: EJECUTIVO No. 172302016-16548 TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 19-10-2016 CUANTÍA: $ 9800,00 JUEZ PONENTE: ORA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 01 de noviembre del 2017, las 15h15. VISTOS: La demanda y ampliación presentadas por la doctora Gean Magaly Aguirre Benalcazar, en calidad de Procuradora Judicial del Ec. Angelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco de Guayaquil S.A., son claras, precisas y cumplen los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), puesto que se fundamenta en el Contrato de Mutuo que adjunta a la demanda, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 3 de los artículos 347 y 348 ibídem, por lo que se CALIFICA y admite a tramite mediante procedimiento ejecutivo.- En consecuencia, la parte demandada MARITZA XIMENA MIASINCHO VINUEZA, en el término de quince (15) días, cumpla la obligación demandada o formule oposición en la forma prevista por los Arts. 351, 353, 151 y siguientes del: COGEP, bajo la prevención de lo dispuesto por el Art. 352 ibídem, esto es que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CITACIÓN: Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto, a la parte demandada MARITZA XIMENA MIASINCHO VINUEZA, en la dirección señalada en la demanda, para el efecto envíese suficiente despacho a la Oficina de Citaciones.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado por la parte accionante para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida en el patrocinio a su abogado defensor.-NOTIFÍQUESE .- f) ORA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO .. Juez .. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 08 de mayo del 2017, las 14h38 .. En vista de la petición y juramento rendido por la doctora Gean Magaly Aguirre Benalcazar, en calidad de Procuradora Judicial del Banco Guayaquil, de la imposibilidad de determinar la residencia o domicilio de la demandada señora MARITZA XIMENA MAISINCHO VINUEZA, se dispone que de acuerdo al Art.56 del Código Orgánico General de Procesos, se la cite por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad; para lo cual entréguese el extracto correspondiente.- Notifíquese.- f) DRA. RITA ORDOÑEZ .. Jueza….. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 18 de mayo del 2017, las 16h28. Con fundamento en el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con los Arts. 18 Y 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y Art.245 del Código Orgánico General por Procesos, de oficio, se corrige el error de escritura respecto del nombre de la demandada, y se aclara el auto se sustanciación de martes 1 de noviembre del 2016, las 15h15 en el sentido de que el nombre de la demandada es MARITZA XIMENA MAISINCHO VINUEZA Y no como consta.- Notifíquese.-f) DRA. RITA ORDOÑEZ .. Jueza..... Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir susa notificaciones.- Quito, 29 de mayo del 2017. Certifico.AB. RAUL VELEZ NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello AR/106270/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: LUIS RODOLFO AGUILERA PLUA y MARÍA SOLEDAD CHAMORRO CHAMORRO ACTOR: DRA GEAN MAGALY AG U I R R E B E N A LC Á ZA R, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GUAYAQUIL CASILLERO No. 684 - DR. CARLOS WILSON VELOZ FALCONI JUICIO EJECUTIVO No.172302016-10617 CUANTÍA: USD. 6.100,00 AUTO DE CALIFICACIÓN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 23 de agosto del 2016, las 11h23.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la reasignación de causas aprobada por la Dirección General del Consejo de la Judicatura, previo informe favorable de la Dirección Nacional de Gestión Procesal y la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica; y, en calidad de Juez Encargado; en reemplazo de la Jueza Ab. Myriam Chalán Guamán; según Acción de Personal No.7345DP17-2016-MP; por el periodo comprendido desde el 20 al 31 Agosto del año 2.016.- La demanda que por cobro dinero presenta, El Banco de Guayaquil S.A., por intermedio de su Presidente Ejecutivo Eco. Angelo Luis Caputi Oyague; y este intermedio de su Procuradora Judicial Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcázar; en contra de Luis Rodolfo Aguilera Plua como deudor principal; y, de Maria Soledad Chamorro Chamorro, como fiadora solidaria, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva establecida en el Título II, Parágrafo 2o, Artículos 419 al 490, del Código de Procedimiento Civil.- Por considerar título ejecutivo el documento aparejado a la demanda; emitido y reconocido, en esta ciudad de Quito; y; documento del cual se observa que, para el caso de controversia las partes se han sometido a los

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jueces de este Cantón; se dispone citar, con el contenido de la misma y con el de esta providencia a los demandados, Luis Rodolfo Aguilera Plua como deudor principal; y, de Maria Soledad Chamorro Chamorro, como fiadora solidaria, en la dirección proporcionada por el demandante; para que en el término de tres días, cumplan con la obligación reclamada o formulen excepciones en igual término; para cuyo efecto, por secretaria REMÍTASE las boletas de citación a la oficina correspondiente, debiendo el citador, tener en cuenta, al momento de citar, lo dispuesto en el Art.77 del Código de Procedimiento Civil; esto es, cerciorarse de que la dirección proporcionada por el demandante para citar a los demandados, sea verdadera; es decir, que se trate de la respectiva habitación o establecimiento de comercio para hacer allí la citación en forma legal.Agréguese al proceso los documentos presentados; mismos que se desglosarán, observando las formalidades legales establecidas en el Art.992 del Código de Procedimiento Civil; y, notifíquese al demandante en la casilla judicial No. 684, y en su dirección electrónica.- Encomiéndase a los Ayudantes Judiciales 1 de esta, UNIDAD JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL, CONSTITUCIONAL Y DE INQUILINATO, DEL CANTÓN QUITO, DISTRITO METROPOLITANO; ayudar a observar el derecho al debido proceso de las partes garantizado en el Art.76 de la Constitución de la Republica; en concordancia con las normas del Código Orgánico de la Función Judicial, del Código de Procedimiento Civil y del Reglamento de Arreglo de Procesos y Actuaciones Judiciales.-Los litigantes, ahora pueden gestionar su proceso en línea, ingresando a la siguientes dirección electrónica: www. funcionjudicial-pichincha.gob. ec; Servicios Corporativos; Ingreso de Requerimientos.NOTIFÍQUESE.- f) DR. EDWIN ERNESTO CEVALLOS AMPUDIA, JUEZ (E). OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 29 de mayo del 2017, las 09h47.- De conformidad a lo establecido en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y por cuanto se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia que antecede, CÍTESE a LUIS RODOLFO AGUILERA PLUA y MARÍA SOLEDAD CHAMORRO CHAMORRO, por la prensa de acuerdo a previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, en un diario de amplia circulación de la ciudad de Quito, para lo cual se entregara a la parte accionante el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.- f) ABG. MYRIAM VIVIANA CHALÁN GUAMÁN, JUEZA. Lo que comunico y cito a los demandados previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial de un abogado en esta judicatura.- Quito, 30 de mayo del 2017.- CERTIFICO. Abg. Carlos Fernando Olivo Ortiz SECRETARIO Hay firma y sello AR/106271/AT R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACIÓN JUDICIAL A: CARBO GUILLEN JANETH ELIZABETH ACTORA: doctora Gean Magaly Aguirre Benalcázar, en calidad de procuradora judicial del economista Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco Guayaquil S.A DEMANDADA: CARBO GUILLEN JANETH ELIZABETH CUANTÍA: $ 23.0000,oo JUICIO No. 17230-2015-18428 OBJETO: DEL CAPITAL, INTERESES DE PLAZO VENCIDO , MORA, COSTAS PROCESALES. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO


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MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR

METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 5 de enero del 2016, las 08h31 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de la razón de sorteos.- La demanda y ampliación presentadas por la doctora Gean Magaly Aguirre Benalcázar, en calidad de procuradora judicial del economista Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco Guayaquil S.A., son claras y cumplen los requisitos exigidos por el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil; por tanto se las acepta a trámite en la vía ejecutiva.- Se dispone que se cite a la demandada señora CARBO GUILLEN JANETH ELIZABETH, en el lugar indicado en la demanda para que, dentro del término de tres días, cumpla la obligación o proponga excepciones conforme dispone el Art. 421 del Código Procesal Civil.- Para la citación a la demandada depréquese a la Unidad Judicial Civil de la ciudad de La Concordia, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos, la parte accionante proporcionará copias suficientes para remitir las boletas de citación.- Previa citación a la demandada, conforme la norma del Art. 992 ibídem, dejándose copia certificada, constancia, recibo en autos desglóseselos documentos aparejados a la demanda y entréguese a la persona autorizada en la demanda.Tómese en cuenta el casillero judicial y electrónico señalados por la parte actora y agréguese la documentación acompañada. Notifíquese.- Dra. Rita ORDOÑEZ JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 20 de abril del 2017 las 09h36 Agréguese a los autos el escrito que antecede.- Atento al juramento rendido y de por el accionante y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada CARBO GUILLEN JANETH ELIZABETH , por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual confiérase el extracto correspondiente y entréguese a la persona autorizada. Notifíquese F) Ab. Luis Saltos Juez. Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley, previniéndole la obligación que tiene de señala casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Víctor Reyes Chulde SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello AR/106272/AT

ORDINARIOS REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: APUNTE CRIOLLO EDWIN FABIÁN Y LOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DE LOS CAUSANTES CRIOLLO PANCHA JOSÉ MANUEL, CRIOLLO MONTAQUIZA ROSA ELENA, CRIOLLO MONTAQUIZA ROSARIO Y SOTO CRIOLLO MARCO VINICIO ACTOR: SOTO QUINTEROS GERMANIA ELIZABETH DEMANDADO: SOTO CRIOLLO SEGUNDO CESAR Y OTROS CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO: ORDINARIO Nº 173202013-0707 OBJETO: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 9 de septiembre del 2013, las 11h01. VISTOS.- En virtud del sorteo realizado avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular legalmente posesionado.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y precisa

por lo que se la acepta a trámite ORDINARIO.- En consecuencia, se corre traslado por el término legal de quince días, que comenzará a decurrir a partir de la fecha de citación, con el escrito de demanda y esta providencia a los demandados SEGUNDO CESAR, CARLOS ANIBAL, MARTHA CECILIA, MARIA IRENE SOTO CRIOLLO y BLANCA HERMINIA ZAPATA CRIOLLO, herederos directos del causante JOSE MANUEL CRIOLLO PANCHA, señores GLADYS, WASHINGTON, EDGAR, SONIA, GONZALO, ROSARIOGEOVANNY, FABIAN , JENNY, MILTON y JORGE PAUNTE CRIOLLO, que son herederos del causante JOSE MANUEL CRIOLLO PANCHA por representación de su madre fallecida ROSA ELENA CRIOLLO MONTAQUIZA; a los señores MIRIAN ROSS, LUIS EFRAIN, MARCELA, XIMENA DEL ROSARIO y OMAR ORLANDOVILLACIS CRIOLLO, que son herederos del causante JOSE MANUEL CRIOLLO PANCHA, por representación de su fallecida madre señora ROSARIO CRIOLLO MONTAQUIZA; a los señores GREGORI DAVID, MARCO VINICIO y KRLA KATERINE SOTO RAMIREZ que son herederos del causante JOSE MANUEL CRIOLLO PANCHA por representación de su padre fallecido MARCO VINICIO SOTO CRIOLLO, a los mismos que se los citará en los lugares que se indica; y, a los herederos presuntos y desconocidos y todas las personas que se creyeren tener derechos, a los mismos que atento el juramento de la actora respecto de la imposibilidad de determinar la individualidad y /o residencia habitual de éstos, se los citará por la prensa, esto es en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, de acuerdo a lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Téngase presente la cuantía fijada; y, el casillero judicial señalado por la actora para las notificaciones posteriores.- Inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual notifíquese al Titular de dicha Dependencia.- Cuéntese con los personeros del I. Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.- Agréguense al proceso los documentos presentados.Notifíquese.- f) DR. FERNANDO LANDAZURI SALAZAR, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 27 de junio del 2017, las 16h10. De conformidad con el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y atento al juramento rendido por la parte actora y de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada EDWIN FABIÁN APUNTE CRIOLLO y los presuntos y desconocidos herederos de los causantes JOSE MANUEL CRIOLLO PANCHA, ROSA ELENA CRIOLLO M O N TAQ U I ZA , ROSA R I O CRIOLLO MONTAQUIZA Y MARCO VINICIO SOTO CRIOLLO, por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación, que se editan en esta ciudad de Quito, para tal efecto confiérase el extracto correspondiente.- Notifíquese.f) DR. FUENTES LÓPEZ CARLOS FRANCISCO, JUEZ. Lo que comunico para los respectivos fines de Ley, previniéndole la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Gloria Fajardo Paladines SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC108435fa

VARIOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (24) EXTRACTO

CITACIÓN JUDICIAL: FALCONI POLIT CESAR AUGUSTO ACTORA: DINERS CLUB DEL ECUADOR S,A,, RON TORRES JOSE PATRICIO (REPRESENTANTE) DEMANDADOS: FALCONI POLIT CESAR AUGUSTO JUICIO: ESPECIAL No. 173242012-0557 CUANTÍA: INDETERMINADA CASILLERO JUDICIAL: 797 ABOGADO DEFENSOR: DR. JOSÉ PATRICIO RON TORRES UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, 29 de mayo del 2012, las 16h05.- VISTOS:- Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia inicial, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos legales. En consecuencia se acepta al trámite especial pertinente.- De las copias presentadas aparece que el demandado SR. CESAR AUGUSTO FALCONI POLIT, se halla comprendida en la situación prevista en el Art. 519 del Código de Procedimiento Civil vigente; por cuanto se presume la insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores; en consecuencia, de conformidad con el Art. 520 ibídem, se manda a formar concurso de acreedores y consiguientemente se ordena que se ocupen los bienes, correspondencia y demás documentos del fallido, que se entregarán al Síndico de insolvencia Dr. Jorge Macas Romero quien los recibirá previo inventario y luego de la aceptación de su cargo.Hágase conocer al público de este particular por medio de la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad.- Que se acumulen todos los juicios seguidos en contra del SR. CESAR AUGUSTO FALCONI POLIT por obligaciones de dar, hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Prohíbese el demandado ausentarse del lugar del juicio, comunicando en este sentido a las autoridades respectivas Disponiéndose la presentación el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo en el término de ocho días.- Remítase copia de lo actuado a uno de los señores Jueces de lo Penal para la calificación de la insolvencia.- Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes, notifíquese del particular a los señores Registradores de la Propiedad y Mercantil de este Cantón.- Ofíciese haciéndose conocer del particular a los señores Notarios, Director General de Personal, a la Oficina de Servicio Civil y Desarrollo Institucional O.S.C.D.I., Dirección General de Registro Civil, Cedulación y Pasaportes, al señor Director Nacional de Tránsito, Contralor General del Estado, Superintendencia de Bancos y de Compañías.- Cúmplase en fin con todas las diligencias pertinentes en esta clase de juicios.- Podrá sin embargo el demandada oponerse al presente juicio pagando el valor adeudado o dimitiendo bienes equivalentes en el término de tres días.- Atento a la declaración juramentada rendida por el actor y de conformidad al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al referido demandado SR. CESAR AUGUSTO FALCONI POLIT, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de mayor circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- Tómese nota de la cuantía y domicilio judicial señalados por el DR. JOSE PATRICIO RON TORRES en su calidad de Procurador Judicial de DINERS CLUB DEL ECUADOR S. A. SOCIEDAD FINANCIERA tal como lo acredita con el Poder Especial que antecede.- Agréguese al proceso la documentación acompañada.- Cítese y Notifíquese UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 07 de diciembre del 2016, las 09h53. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, desde foja 25 de los autos, en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, designada mediante Resolución número 139-2015 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, conforme consta en la acción de personal número 8067-DNTH-2015-JV de 3 de junio de 2015; y, en virtud de la reasignación de causas aprobada por

Solamente hay un éxito: poder vivir la vida a tu gusto. christopher Morley

la Dirección General del Consejo de la Judicatura, previo informe favorable de la Dirección Nacional de Gestión Procesal y la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica. En lo principal, en virtud del juramento rendido por el señor Ron Torres José Patricio, realizado en calidad de Procurador Judicial de DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A., SOCIEDAD FINANCIERA, previo a encontrarse agotado las diligencias para determinar la individualidad, domicilio o residencia de la parte demandada, amparada en lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la citación del demandado señor FALCONI POLIT CESAR AUGUSTO, con el contenido del auto de calificación y esta providencia, por la prensa mediante tres publicaciones que se realizarán en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, para el efecto por Secretaría, confiérase el respectivo extracto. Notifíquese y Cúmplase.-f) DRA. NORMA MEDRANO GAVILANEZ Lo que comunico para los fines de ley. Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. AB. PAUL ROMERO LÓPEZ SECRETARIO (e) Hay firma y sello AR/106257/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL EDWIN MARCELO CISNEROS ECHEVERRIA JUICIO No. 173022010-0774 A C TO R : BANCO DE LA P RO D U CC I Ó N S. A . PRODUBANCO DEMANDADO: EDWIN MARCELO CISNEROS ECHEVERRIA TRÁMITE: VERBAL SUMARIO CUANTÍA: MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA JUEZ: AB. GABRIELA LEMOS TRUJILLO SECRETARIA: AB. TANIA VILLARREAL PRETENSIÓN: Como el demandado no ha pagado la cantidad de USD. 494,60 por concepto de capital, de acuerdo con el estado de cuenta cortado al 30 de Julio del 2004, demanda que en sentencia se le condene al pago de la mencionada cantidad, más los intereses de mora al máximo estipulado hasta la total cancelación del crédito. AUTO DE CALIFICACIÓN: JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 8 de abril del 2014, las 10h54. VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Jueza Titular del Juzgado Segundo de lo Civil de Pichincha, Dra. Viviana Jeanneth Pila Avendaño, en virtud de la acción de personal Nro. 2953-DNP-de 25 de Julio del 2012 y posesionada el 01 de Agosto del 2012. La demanda presentada por el señor DR. ANTONIO RAMON RODRIGUEZ VICÉNS (PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A PRODUBANCO), en contra de EDWIN MARCELO CISNEROS ECHEVERRIA , es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la admite a trámite correspondiente por la vía verbal sumaria, prevista en la sección 23 del art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Cítese al demandado en la dirección indicada por el demandante. Agréguese a los autos el escrito y los documentos adjuntos. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora y la calidad en la que comparece. Actúe como Secretario encargado el Dr. Patricio Calderón, mediante acción de personal Nº 875-DP-DPP de 12 de febrero del 2014.- CÍTESE y NOTIFÍQUESE. Dra. Viviana Pila Avendaño

(Jueza). UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 9 de mayo del 2017, las 11h42. Agréguese al proceso el escrito presentado. En atención a lo solicitado por la parte actora y con el juramento rendido de acuerdo a lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos se dispone que se cite al demandado por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Quito, para lo cual se conmina al solicitante dar las facilidades de ley. Actúa la Abg. Tania Paola Villarreal Soto, en calidad de Secretaria (E), mediante acción de personal No. 3771-DP17-2017VS, del 02 de mayo de 2017.NOTIFÍQUESE.- F. Gabriela Lemos Trujillo (Jueza). Lo que pongo en su conocimiento, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito, para posteriores notificaciones. Ab. Tania Villarreal SECRETARIA (E) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello AR/106258/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: ASENCIO ANASTASIO AVILÉS VELOZ JUICIO No. 17310-2008-0948 A C TO R : BANCO DE LA P RO D U CC I O N S. A , PRODUBANCO. TRAMITE: VERBAL SUMARIO A S U N TO : COBRO DE OBLIGACIONES IMPAGAS DE TARJETAS DE CRÉDITO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. VISTOS.- Al haberme correspondido en Sorteo, avoco conocimiento en la presente causa.- En lo principal la demanda formulada, es clara precisa y reúne los requisitos de Ley en consecuencia dese el trámite VERBAL SUMARIO, cítese A: ASENCIO ANASTASIO AVILES VELOZ.- Agréguese la documentación acompañada.- f) Dr. José Martínez Naranjo, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 24 de marzo del 2017, las 11h38. (…) Atenta la petición del actor de su escrito doce de diciembre del año 2016 a las 15h05, se revoca el auto de abandono de fecha ocho de diciembre del año 2016 a las 13h02; y , se dispone agréguese a los autos el certificado de relaciones exteriores.-De conformidad con los Arts. 20 y 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, en virtud del Juramento rendido por el accionante cítese mediante tres publicaciones al demandado señor Asencio Anastasio Avilés Veloz en un diario de mayor circulación de Quito para el efecto confiérase el extracto correspondiente, quedando a si subsanado la inobservancias en la presente causa.- F) Dra. MOLINA ANDRADE CINTHYA GUADALUPE, JUEZA.Lo que comunico para los fines de Ley consiguientes, y lo CITO, recordándole la obligación de señalar casillero judicial y correo electrónico para recibir sus notificaciones. ABG. ELIZABETH CHECA ALTUNA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello AR/106259/AT REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL

CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: MARIANITA DE JESÚS YÚPEZ VALENCIA. ACTO R : RODRIGUEZ VICENS ANTONIO RAMONPROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCION S.A., PRODUBANCO. DEMANDADO: YEPEZ VALENCIA MARIANITA DE JESUS. JUICIO: 17303-2009-0120. TRAMITE: VERBAL SUMARIO DINERO. JUEZ: Dra. Ana Karina Torres Recalde. SECRETARIO: Ab. Zoila Elena Salazar Salazar. CUANTÍA: US $ 779,27 (SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE 27/100 DÓLARES NORTE AMERICANOS). Objeto de la demanda: Como MARIANITA DE JESÚS YÉPEZ VALENCIA no ha pagado la cantidad de setecientos setenta y nueve dólares con veinte y siete centavos ($ 779.29), por concepto de capital, de acuerdo con el estado de cuenta cortado al 25 de febrero del 2008, que me permito acompañar en copia certificada, comparezco ante usted y, según lo prescrito por el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil , en juicio verbal sumario, demando a MARIANITA DE JESUS YEPEZ VALENCIA, por sus propios derechos y como tarjeta habiente principal, a fin de que, en sentencia, le condene al pago de la mencionada cantidad, más los intereses de mora al máximo estipulado por la ley desde el 25 de febrero del 2008 y hasta la total cancelación del crédito , las costas procesales y los honorarios profesionales “JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 9 de marzo del 2009, las 10h02. VISTOS: :La demanda formulada es clara precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia, dése el trámite verbal sumario, cítese a la demandada MARIANITA DE JESUS YEPEZ VALENCIA, en el lugar señalado en el escrito que se atiende .- Agréguese la documentación acompañada. Téngase en cuenta la casilla judicial señalada..- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.” F) Dr. Wagner Arturo Játiva Quiroz, Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 5 de junio del 2017, las 08h22. Incorpórese al proceso el escrito que antecede.- Atento al juramento rendido por el actor respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia de la señora Marianita de Jesús Yépez Valencia, cítesela con extracto de la demanda, auto inicial y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, que se editan en esta ciudad, por Secretaria confiérase el respectivo extracto.- NOTIFÍQUESE ” F) Dra. Ana Karina Torres Recalde, juez Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Ab. Zoila Elena Salazar Salazar. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello AR/106260/AT Unidad Judicial de Trabajo con sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha EXTRACTO Juicio de Trabajo Oral Nº 201601650 Actor: LARREA VALVERDE XIMENA DEL ROCIO Demandados: CARLOS ALBERTO JORGE ESPINOSA MONTALVO, ANGELA MARIA LOURDES ESPINOSA MONTALVO, FRANCIA JANNETH CUERVO GIRALDO y JUAN SEBASTIAN ESPINOSA RIOFRIO Cuantía: USD $ 150.000 Inicio: 02 de marzo del 2016. Defensor: DOCTOR ESTUARDO RENE RAMIREZ MOLINA Casillero: 848 Juez: Dr. Richard Buenaño Secretario: Ab. Julio Orozco AUTO DE CALIFICACIÓN VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado.-En lo principal, la parte actora ha cumplido con lo dispuesto en providencia de fecha 11 de abril del 2016, las 16h50, por lo que la demanda se la califica de clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite oral, de conformidad con el artículo 575

del Código del Trabajo.- Cítese con el contenido de la demanda y este auto a: La señora FRANCIA JANNETH CUERVO GIRALDO, por sus propios y exclusivos derechos, como su empleadora directa y además quien fue la conviviente superviviente con derechos sobre la sociedad conyugal que conformó con su empleador, ya fallecido a la fecha, señor CARLOS ALBERTO ESPINOSA VILLACRESES, propietarios del Restaurante SHORTON GRILL STEAK HOUSE (nombre comercial) y a los herederos legítimos de este ultimo los señores CARLOS ALBERTO JORGE ESPINOSA MONTALVO Y ANGELA MARÍA DE LOURDES ESPINOSA MONTALVO, JUAN SEBASTIAN ESPINOSA RIOFRIO y JOSE DANIEL ESPINOSA RIOFRIO, por sus propios derechos, así como a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fueron los señores CARLOS ALBERTO ESPINOSA VILLACRESES y JOSE ALEJANDRO ESPINOSA MONTALVO, por la solidaridad laboral, en el domicilio señalado para el efecto, a fin de que dé cumplimiento, en el término de cinco días, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, correo electrónico y de contestar a la demanda en forma escrita, sin perjuicio de su exposición oral.- Por cuanto la accionante han dado cumplimento lo dispuesto en el inciso primero del numeral 2 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los presuntos y desconocidos herederos de los señores CARLOS ALBERTO ESPINOSA VILLACRESES y JOSE ALEJANDRO ESPINOSA MONTALVO, mediante tres publicaciones que se harán en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Pichincha.- Si contados veinte días a partir de la fecha de la última publicación no comparecieren, se seguirá con la causa en su rebeldía, para el efecto remítase el extracto correspondiente.-Hecho que fuere, convocase a la audiencia preliminar de conciliación, contestación a la demanda y formulación de pruebas, el día 18 de agosto del 2016, a las 10h10, a la que comparecerán las partes en forma personal acompañados de su abogado defensor o por medio de procurador judicial dotado de poder suficiente para transigir, de conformidad con el numeral 11 del artículo 130 del Código Orgánico de la Función Judicial en concordancia con lo establecido en el Art. 44 del Código de Procedimiento Civil.- Adjunto sírvase encontrar el extracto para la publicación, hecho que fuere la actora incorporará a los autos.- Actúa como secretario el Abg. Manolo Álvarez Espín, mediante acción de personal Nº 14226-DNTH, de 01 de diciembre de 2015.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.VISTOS: En lo principal y por cuanto la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de 29 de Junio del 2017, a las 14h51 se dispone se cite a la parte demandada CARLOS ALBERTO JORGE ESPINOSA MONTALVO, ANGELA MARIA LOURDES ESPINOSA MONTALVO, FRANCIA JANNETH CUERVO GIRALDO y JUAN SEBASTIAN ESPINOSA RIOFRIO, conforme lo dispuesto en el Artículo 56 del Código Orgánico General del Proceso a través de Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación.Si contados veinte días a partir de la fecha de la última publicación no comparecieren, se seguirá con la causa en su rebeldía, para el efecto remítase el extracto correspondiente.-Adjunto sírvase encontrar el extracto para la publicación, hecho que fuere la actora incorporará a los autos.Actúa como secretario el Ab. Julio Orozco Castillo.-CÍTESE y NOTIFÍQUESE.Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.Certifico.QUITO, 07 de julio del 2017 AB. JULIO OROZCO Unidad Judicial de Trabajo con sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha Hay firma y sello AR/106287/AT NOTARÍA DECIMA PRIMERA DEL CANTÓN QUITO AVISO DE OTORGAMIENTO DE

PODER GENERAL Cúmpleme poner en conocimiento del público en general que mediante escritura pública otorgada ante la doctora Ana Julia Solís Chávez, Notaria Décima Primera de este cantón, el diez de diciembre del dos mil quince, el señor José Rafael Rosales Kuri, Gerente General de Corral & Rosales Cía. Ltda., a su vez Presidente Ejecutivo de PRODUCTOS FAMILIA SANCELA DEL ECUADOR S.A., por disposición de la Junta General Ordinaria Universal de Accionistas de la Compañía, otorgó poder mercantil general, amplio y suficiente en favor de la señora Hulda Mariela Gamez Cortes, a quien se le confiere las atribuciones y deberes que se han establecido en el estatuto de la compañía para los administradores, incluyendo la representación legal, judicial y extrajudicial para el cumplimiento del objeto social de la Compañía El poder tendrá una duración indefinida y no podrá ser delegado. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes. Quito, 10 de julio de 2017. DRA. ANA JULIA SOLÍS CHÁVEZ NOTARIA DECIMA PRIMERA DEL CANTON QUITO Hay un sello PAP/6851 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MEJÍA, PROVINCIA DE PICHINCHA R. del E. CITACION JUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES SEÑORES CESAR AUGUSTO LOPEZ JARAMILLO Y LUZ MARIA OÑA PEREZ. Se les hace conocer que en la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el Cantón Mejía, Provincia de Pichincha, se está tramitando la siguiente demanda. EXTRACTO ACTORES: CLAVIJO LOPEZ ALEX FERNANDO, CLAVIJO LOPEZ ROBINSON, LOPEZ OÑA AIDA DOLORES GRACIELA, LOPEZ OÑA AMPARITO DEL ROCIO, LOPEZ OÑA CESAR ANIBAL, LOPEZ OÑA FRANCISCO MARCELO, LOPEZ OÑA JORGE ELICIO, LOPEZ OÑA LIGIA YOLANDA, LOPEZ OÑA LUZ MARIA DEL ROSARIO, LOPEZ OÑA WILSON AUGUSTO, DEMANDADA: LOPEZ OÑA MARIA FABIOLA JUICIO No: 17202-2015-0035 TRAMITE: ESPECIAL ACCION: PARTICION DE BIENES. CUANTÍA: 348.163,00 CASILLERO: 12, carlos.albuja.v@ gmail.com; Perteneciente al Ab. Albuja Viteri Carlos Alfonso. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MEJÍA, PROVINCIA DE PICHINCHA. Mejía, martes 4 de mayo del 2016, las 11H56. Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura. De conformidad con el Art. 70 del Código de Procedimiento Civil, se acepta la reforma a la demanda presentada por Jorge Elicio López Oña, César Aníbal López Oña, Aida Graciela López Oña, Francisco Marcelo López Oña, Ligia Yolanda López Oña, Wilson Augusto López Oña, Amparito del Rocío López Oña, Luz María Del Rosario López Oña, Robinson Aníbal Clavijo López y Alex Fernando Clavijo López. Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior: La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley, razón por la que se la acepta al trámite especial del juicio de partición, previsto en la Sección 8ª del Título II, del Libro Segundo del Código de Procedimiento Civil.Consecuentemente, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 642 del Código de Procedimiento Civil, se concede el término de quince días a fin de que se presenten todas las cuestiones que fueren necesarias para llevar a cabo la partición, inclusive lo relacionado con la competencia o Jurisdicción de la Judicatura. En la consecución del juicio se contará con los siguientes interesados: los comparecientes; la señora María Fabiola López Oña a quien se le citará con la demanda, reforma de la demanda y el presente auto en el domicilio señalado en la demanda, para el efecto envíese el proceso a la oficina de citaciones, advirtiéndole de la obligación que


tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad para sus posteriores notificaciones; con los señores: Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Mejía, a quienes se los citará en sus respectivos despachos, con el contenido de la demanda, reforma de la demanda y el presente auto conforme la dirección señalada en el libelo de demanda.- Conforme a la declaración juramentada que obra de autos y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 del Código General de Procesos, cítese por la prensa a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES SEÑORES CESAR AUGUSTO LOPEZ JARAMILLO Y LUZ MARIA OÑA PEREZ, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito.Inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Mejía, para lo cual notifíquese a dicho funcionario en su despacho.- En atención a lo solicitado y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 52 del Código de Procedimiento Civil, cuéntese en lo posterior con el señor CESAR ANIBAL LOPEZ OÑA, en calidad de procurador común de los actores dentro de la presente causa.- Téngase en cuenta la cuantía, la casilla judicial el correo electrónico señalado y la autorización concedida al Abogado de la Defensa.- Agréguese al juicio la documentación que se adjunta a la demanda.- Remítase los autos a la Oficina de Citaciones.- Para los fines legales consiguientes la parte accionante presente los certificados del Registro de la Propiedad adjuntos a su demanda, debidamente actualizados, para el efecto se le concede el término de cinco días.- HAGASE SABER.- F). DRA. WILMA IVONNE GUAIPATIN GARZON JUEZA. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MEJÍA, PROVINCIA DE PICHINCHA. Mejía, martes 31 de mayo del 2016, las 15h48. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por el señor Cesar Aníbal López Oña.En lo principal, de la revisión del proceso se constata que esta judicatura ha omitido citar a todos los intervinientes en esta causa, como también ordenar se inscriba la demanda en los respectivos Registros de la Propiedad. El Art. 76 de la Constitución de la República, establece que corresponde a los jueces garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes, conforme dispone el numeral 1 del precitado artículo. El Art. 1014 del Código de Procedimiento Civil, señala que la violación del trámite correspondiente a la naturaleza del asunto o al de la causa que se está juzgando, anula el proceso; y los juzgados y tribunales declararán la nulidad, de oficio o a petición de parte, siempre que dicha violación hubiese influido o pudiere influir en la decisión de la causa. Por lo expuesto, se declara la nulidad de todo lo actuado de fojas 111 a fojas 113 inclusive, reponiendo el proceso al estado de calificar la demanda. Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura. De conformidad con el Art. 70 del Código de Procedimiento Civil, se acepta la reforma a la demanda presentada por Jorge Elicio López Oña, César Aníbal López Oña, Aida Graciela López Oña, Francisco Marcelo López Oña, Ligia Yolanda López Oña, Wilson Augusto López Oña, Amparito del Rocío López Oña, Luz María Del Rosario López Oña, Robinson Aníbal Clavijo López y Alex Fernando Clavijo López. Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior: La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley, razón por la que se la acepta al trámite especial del juicio de partición, previsto en la Sección 8ª del Título II, del Libro Segundo del Código de Procedimiento Civil.Consecuentemente, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 642 del Código de Procedimiento Civil, se concede el término de quince días a fin de que se presenten todas las cuestiones que fueren necesarias para llevar a cabo la partición, inclusive lo relacionado con la competencia o Jurisdicción de la Judicatura. En la consecución del juicio se contará con los siguientes interesados: los comparecientes; la señora María Fabiola López Oña a quien se le citará con la demanda, reforma de la demanda y el presente

auto en el domicilio señalado en la demanda, para el efecto envíese el proceso a la oficina de citaciones, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad para sus posteriores notificaciones; con los señores: Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Mejía, así como también al señor Alcalde y Procurador Síndico del Distrito Metropolitano del Cantón Quito a los primeros se los citará en sus respectivos despachos, con el contenido de la demanda, reforma de la demanda y el presente auto conforme la dirección señalada en el libelo de demanda.- Conforme a la declaración juramentada que obra de autos y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 del Código General de Procesos, cítese por la prensa a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES SEÑORES CESAR AUGUSTO LOPEZ JARAMILLO Y LUZ MARIA OÑA PEREZ, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito.- Inscríbase la presente demanda en los Registros de la Propiedad del cantón Mejía y del Cantón Quito, a estos últimos de los citara y notificara mediante Deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de las Unidades Judiciales de lo Civil del Distrito Metropolitano del Cantón Quito, Provincia de Pichincha, para lo cual notifíquese a dichos funcionarios en su despacho.- En atención a lo solicitado y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 52 del Código de Procedimiento Civil, cuéntese en lo posterior con el señor CESAR ANIBAL LOPEZ OÑA, en calidad de procurador común de los actores dentro de la presente causa.- Téngase en cuenta la cuantía, la casilla judicial el correo electrónico señalado y la autorización concedida al Abogado de la Defensa.- Agréguese al juicio la documentación que se adjunta a la demanda.- Remítase los autos a la Oficina de Citaciones.- Para los fines legales consiguientes la parte accionante presente los certificados del Registro de la Propiedad adjuntos a su demanda, debidamente actualizados, para el efecto se le concede el término de cinco días.- HAGASE SABER.- F). DRA. WILMA IVONNE GUAIPATIN GARZON JUEZA. ATENTAMENTE, DRA. BELGICA GUERRA GUERRA SECRETARIA Hay firma y sello PAC108427fa UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. CITACION JUDICIAL AL SEÑOR JUAN CARLOS FERRI LARENAS, SE LE HACE SABER A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE CARLOS ALBERTO VEGA QUIMBIULCO EXTRACTO JUDICIAL ACTOR: CARLOS HUMBERTO, ELVIA MARINA, ANGELA ZORAIDA Y JOSEFINA PATRICIA VEGA UMAQUIZA DEMANDADO: FLORES VEGA LILIANA ELIZABETH JUICIO: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS CAUSA: 17204-2017-01735 UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO. Quito, lunes 19 de junio del 2017, las 10h42. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, además conforme la resolución No. 051-2017 del Pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el Registro de fecha 17 de abril de 2017 y en virtud del sorteo de ley.- Agréguese al proceso el inscrito que antecede.- En lo principal, la solicitud presentada por CARLOS HUMBERTO, ELVIA MARINA, ANGELA ZORAIDA y JOSEFINA PATRICIA VEGA UMAQUIZA reúne los requisitos de ley, por lo que se la admite al procedimiento voluntario previsto en el artículo 334, numeral 4, del Código Orgánico General de Procesos.- En consecuencia, se dispone: 1) Una vez que la parte actora proporcione las copias suficientes, de conformidad con el artículo 335 del Código Orgánico General de Procesos, cítese con el contenido de la soli-

citud y este auto al señor FLORES VEGA LILIANA ELISABETH, en el domicilio señalado, para el efecto COMISIONESE al señor Teniente Político de Alangasi; advirtiéndole a la demandado que debe comparecer a juicio en esta Unidad Judicial ubicada en las calles Av. Amazonas y Juan José Villalengua y señalar domicilio judicial y/o dirección de correo electrónico para recibir notificaciones, y que en caso de no hacerlo se procederá en rebeldía. 2) En aplicación del Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante CARLOS ALBERTO VEGA QUIMBIULCO a través de un diario de mayor circulación de este cantón, para lo cual por secretaria expídase el extracto correspondiente.- 3) De conformidad con el artículo 191 del Código Civil, y artículo 341 del Código Orgánico General de Procesos, procédase a la formación del inventario y avalúo de los bienes dejados por el ciudadano CARLOS ALBERTO VEGA QUIMBIULCO.- 4) Una vez citada la demandada, previo sorteo observando lo dispuesto en el Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial, se procederá con la designación del o la perito.- 5) De conformidad con el artículo 345 del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia se convocará una vez presentado el inventario.- 6) Con fundamento en los artículos 151, 152, 336 y 346 del citado cuerpo legal, en caso de oposición, deberá fundamentar la misma y anunciar las pruebas que hará valer en el proceso por escrito, de conformidad con la ley.- 7) en observancia del COGEP, Art. 146 incisos 5 y 6, Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón, ofíciese en este sentido para su cumplimiento y remitan el certificado correspondiente. 8) Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda.- 9) Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por los actores para recibir sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa técnica.- Actúe el Ab. Edgar Rolando Ávila en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.- CITESE y NOTIFIQUESE.AB. EDGAR ROLANDO AVILA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC108437fa CASILLERO: 1283 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE, DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A LOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DEL CAUSANTE SEÑOR SERGIO AUGUSTO BRITO SANTOS EXTRACTO JUICIO: ALIMENTOS No. 172032017-04393 ACTOR: GAON GARCIA LUCIA ESTELA TRAMITE: VOLUNTARIO UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 07 de junio del 2017, las 14h54.- “VISTOS: Ab. Alexandra Apolo Almeida, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Cantón Quito; y, asegurando competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 175 de la Constitución de la República del Ecuador y Artículos 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial.[1] Calificación: La solicitud de Autorización de Venta de Bienes de menor de edad, presentada por LUCIA ESTELA GAON GARCIA es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley previstos en el Arts. 142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a procedimiento VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334 numeral 6 IBIDEM.- [2] Citación: De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que la accionante ha rendido su juramento conforme lo requiere el cuerpo

La virtud resplandece en las desgracias. aristóteles

legal antes invocado, CITESE a los presuntos y desconocidos herederos del causante señor SERGIO AUGUSTO BRITO SANTOS (C.I. 170005216), a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito.- Para el cumplimiento de esta diligencia, remítase el extracto respectivo.- [3] Anuncio de Prueba: En cuanto al anuncio de prueba realizado por la parte actora, esta se tendrá en cuenta en el momento procesal oportuno y de ser procedente.[3.1] A los testigos nominados, con fundamento en los Arts. 18, 19 y 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, a fin de hacer efectivos los principios de concentración, economía procesal y celeridad, se les notificará mediante boleta depositada en el casillero judicial del defensor técnico de la parte actora, para de que comparezcan de manera obligatoria a la audiencia que se señalará oportunamente, con la asistencia de un defensor técnico. [3.2] Agréguese a los autos los documentos que se acompañan a la demanda. [4] Audiencia: Una vez cumplida la citación dispuesta, se convocará a la audiencia prevista en el Art. 335 inciso 3 del Código Orgánico General de Procesos.- [5] Notificaciones: Téngase en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados por los sujetos procesales para sus futuras notificaciones, y la autorización conferida a su Abogado Defensor.- Actúe el Ab. Mauricio Dávalos Delgado en calidad de Secretario encargado de esta Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.-“. F.-) AB. ANA APOLO ALMEIDA, JUEZA. Lo que comunico a Uds. Para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillas judicial y electrónica para futuras notificaciones.- Certifico.AB. MAURICIO ALEJANDRO DAVALOS DELGADO SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL Hay firma y sello PAC108262fa CASILLA No: 2582 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL A LA SEÑORA: SIMBAÑA SALAZAR ANA LUCIA CAUSA: ALIMENTOS NO: 17203-2016-13317. ACTOR: JARA CHICAIZA EDWIN RUBEN con C.C. No. 1803541836 D E M A N DA D O : S I M BA Ñ A SALAZAR ANA LUCIA, con C.C. No. 1719381723 CUANTIA: $1 .800.00 OBJETO DE LA DEMANDA:..” INCIDENTE DE REBAJA DE PENSION ALIMENTICIA” f.) Accionante. JUEZ: DR. FRANKLIN PAUL ALTAMIRANO SANCHEZ. UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 2 de diciembre del 2016, las 08h57. VISTOS: Avoco conocimiento del presente incidente de disminución de pensión alimenticia, amparado en el Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, en mi calidad de Juez Ponente de esta Unidad Judicial.- Hágase parte del proceso el escrito de 25 de noviembre de 2016 las 16h18 en cumplimiento al auto de sustanciación de miércoles 23 de noviembre de 2016, las 14h12.- En lo principal se dispone, [1] CALIFICACION: El incidente de rebaja de pensión alimenticia propuesta por EDWIN RUBEN JARA CHICAIZA, reúne los requisitos de ley, por lo que se acepta a trámite PROCEDIMIENTO SUMARIO, de acuerdo al artículo 332 numeral 3 del Código Orgánico General de

Procesos.- Consecuentemente: [2] CITACION: CITESE de INMEDIATO al amparo de lo dispuesto en los artículos 20 y 130 numeral 9) del Código Orgánico de la Función Judicial con copia del formulario de demanda y este auto en su calidad de parte demandada a la señora SANDRA CECILIA MUÑOZ ROSERO, citación que se hará en el domicilio señalado por el actor incidental, mediante la Oficina de Citaciones, en tal virtud remítase el despacho correspondiente; advirtiéndole a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial con sede en Quito y CONTESTAR A LA DEMANDA EN EL TERMINO DE DIEZ DIAS luego de haber sido citada, conforme a lo establecido en el Art. 333 numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos, contestación que debe cumplir lo determinado en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal. Caso contrario el proceso se sustanciará en rebeldía de la parte demandada y con las implicaciones que señala la Ley.- La audiencia única establecida en el Art. 333 numeral 4 inciso segundo del COGEP, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir.- [3] ANUNCIO DE PRUEBA: a) Tómese en cuenta en la Audiencia Unica, los medios probatorios presentados por la parte actora así como la documentación aparejada al formulario de incidente de rebaja de pensión alimenticia.-b) Ofíciese a las instituciones conforme solicita en los numerales 1 y 2 del escrito de 25 de noviembre de 2016, advirtiendo a dichas instituciones que deberán remitir su contestación a ésta Unidad Judicial en el término de 48 HORAS, conforme lo establece el Art. Innumerado 18 de la Ley reformatoria del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia.- Los oficios en mención remítase a la casilla del actor incidental, quien deberá justificar la entrega-recepción en el término de tres días.- [4] NOTIFICACION: Tómese en cuenta la casilla judicial, correo electrónico señalado por la parte accionante para sus notificaciones, así corno la autorización conferida o su abogado defensor- NOTIFIQUESE Y CÍTESE- f.) DR. FRANKLIN AL TAMIRANO SANCHEZ, JUEZ, UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 23 de junio del 2017, las 16h29. VISTOS.- Por cuanto el actor incidental ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad o residencia de la señora ANA LUCIA SIMBAÑA SALAZAR, se dispone CITAR a la demandada incidental señora ANA LUCIA SIMBAÑA SALAZAR, mediante publicaciones en uno de los periódicos de amplía circulación nacional, publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas de conformidad a lo establecido en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Por Secretaría concédase el extracto correspondiente, y deposítelo en el casillero judicial señalado por la parte actora.- Notifíquese y Cítese.- f.) DR. FRANKLIN ALTAMIRANO SANCHEZ, JUEZ.Lo que comunico a usted, Y LO CITO, para los fines legales consiguientes previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casillero judicial para sus posteriores notificaciones en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia Con Sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha y dentro del perímetro legal.Certifico. DR. RENE BARBA SECRETRARIO JUDICIAL Hay firma y sello PAC108432fa =======

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA CARCELÉN DEL D.M.Q. DE PICHINCHA. EXTRACTO Citación Judicial a: YANET YOHANDRA LORENZO ALVAREZ y REINALDO LEDIAN GONZALEZ o REYNALDO LEDIAM GONZALEZ Actor: Dr. EDMUNDO MARCELO NAPOLEON PALACIOS DÁVILA PROCURADOR JUDICIAL DE LA CORPORACION HOGAR PARA SUS NIÑOS Demandado/os: YANET YOHANDRA LORENZO ALVAREZ y REINALDO LEDIAN GONZALEZ o REYNALDO LEDIAM GONZALEZ Juicio: MEDIDA DE PROTECCIÓN No. 17983-2016-00656 Tr á m i te : CO N T E N C I OS O GENERAL Cuantía: INDETERMINADA Juez: DR. GONZALO UBALDO SANTILLAN MANCERO Secretario: ABC. VÍCTOR CÓRDOVA GRANDA JUEZ PONENTE: DR. GONZALO UBALDO SANTILLAN MANCERO, JUEZ U N I DA D JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA CARCELÉN DEL D.M.Q. DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 25 de mayo de 2016, las 12h29. VISTOS: En mi calidad de Jueza Titular Avoco conocimiento de la presente causa, avoco conocimiento, del oficio No. 2016-765-JEPROPENA-P-ZD, y anexos de fecha 20 de mayo de 2016, remitido por la señora Cecilia Garcés, Sargento Primero de la Policía, Encargada de la DINAPEN Distrito de Policía la Delicia, quien remite el Parte Policial No. 092578, mediante el cual informa la posible situación de la niña neonata N/N, de días de nacida; por lo que en atención al mismo y precautelando el principio del interés superior de los niños, niñas y adolescentes, consagrados en los artículos 44, 45 y 46 de la Constitución de la República; artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño; y, artículos 79, numeral 2; 215 y siguientes del Código de la Niñez y Adolescencia, esta autoridad, ORDENA: i) Imponer como MEDIDA DE PROTECCIÓN el ACOGIMIENTO INSTITUCIONAL a favor de la niña N/N, en la casa Hogar Corporación para sus Niños, entidad que será la representante legal de la mencionada niña, hasta que esta autoridad disponga lo contrario; obligándose a preservar, mejorar, y, fortalecer los vínculos familiares, al efecto ofíciese a la Fundación a fin de que dé cumplimiento con lo dispuesto por esta Unidad Judicial; ii) Cuéntese con la Defensoría Pública, para el estricto patrocinio y defensa de la presenta causa, por tanto notifíquese en la casilla judicial 6049; v) CÍTESE de los señores YANET YOHANDRA LORENZO ALVAREZ y REINALDO LEDIAN GONZALEZ o REYNALDO LEDIAM GONZALEZ en uno de los periódicos de amplia circulación de la provincia de Pichincha, con el Auto de Calificación de la presente demanda, para lo cual remítase el extracto correspondiente al casillero del accionante.- vi) Cuéntese con el consulado Cubano, en virtud de que los padres de la menor N/N son de nacionalidad cubana.- Las partes presentarán sus escritos directamente en esta Judicatura ubicada en la Casa de Justicia, calles Joaquín Mancheno y Tadeo Benítez, sector Carceién Industrial-Zona la Delicia.[Acogimiento Institucional 2016-00656 ARA] OFICÍESE Y NOTIFIQUESEAbg. Víctor Córdova Granda SECRETARIO ENCARGADO Hay Firma y Sello PAP/68523/AS

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO AVISO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL JUICIO: ESPECIAL-INSOLVENCIA NUMERO: 17304-2011-1182 ACTOR: TOPSEG CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. DEMANDADO: SALGADO AYALA JOSE WASHINGTON CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ PONENTE: RICARDO AUGUSTO VELASTEGUI ENDARA JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 16 de septiembre del 2011, las 12h03.- Vistos: Avoco conoci-

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR miento de la presente causa, en mi calidad de Juez encargado de esta Judicatura, en virtud de la Acción de Personal No. 1748-DP-DPP de 08 de agosto del 2011.- En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley.- De las copias certificadas que se acompañan, se desprende que el señor José Washington Salgado Ayala, fue requerido con el Mandamiento de Ejecución en el Juicio Ejecutivo , seguido en su contra, mismo que no ha pagado la deuda, ni ha dimitido bienes equivalentes y por lo mismo, atento a lo previsto por el Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, se presume la insolvencia del señor José Washington Salgado Ayala, contra quien se dirige la presente acción, en consecuencia de tal presunción, se declara lugar el concurso de acreedores que, se manda a formar .- Procédase a la ocupación y depósito de sus bienes, libros, correspondencia y más documentos, los cuales se entregarán al Síndico Dr. Jorge Luis Macas, a quien se le designa para el efecto, a quien se entregará la ocupación de los bienes indicados, previas las formalidades de Ley.- Ofíciese en legal y debida forma, a los señores Jueces de lo Civil de Pichincha, para la acumulación de causas seguidas en contra del deudor, por obligaciones de dar, de hacer, a excepción de las hipotecarias, si sus dueños prefieren hacer valer sus derechos por cuerdas separadas. Hágase saber al Ministerio Fiscal de Pichincha, a fin de que califique la insolvencia del señor José Washington Salgado Ayala.- Publíquese el extracto de la demanda y de este auto, por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación y que se editan en esta ciudad de Quito.Oficiese a los señores Jueces de lo Penal, a los señores Gerentes de los Bancos de la localidad, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Cheques. Notifíquese a los señores: Notarios del Cantón y Registrador de la Propiedad, a fin de que no otorguen ni inscriban ninguna Escritura en la que intervenga el demandado. Previo a disponer la prohibición de salida del país del demandado, se requiere al peticionario indicar el número de cédula de identidad del miso. .- Ofíciese al señor Contralor General de la Nación, Tribunal Supremo Electoral, Director Nacional del Registro Civil, Agencia de Garantía de Depósitos, Instituto Nacional de Compras Pública INCOP, para que surtan los efectos de Ley.Inscríbase la presente insolvencia, en el Registro de la Propiedad y Registro Mercantil del cantón Quito. Concédase al deudor el término de ocho días, para que presente el activo y pasivo, caso de no hacerlo, se ordenará la formación de dicho inventario por medio del Síndico del Concurso. Así mismo, se le concede el término de tres días, a fin de que pague la deuda o dimita bienes equivalentes dentro del mismo término, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 521 del mismo Código de Procedimiento Civil. Cítese al demandado JOSE WASHINGTON SALGADO AYALA, en el lugar indicado para el efecto.- Agréguese la documentación acompañada. Téngase en cuenta el domicilio judicial señalado y la calidad en la que comparece el actor.- Notifíquese.- f) DR. EDWINARGOTI REYES, JUEZ ENCARGADO. Lo que se comunica al público en general para los fines de Ley. Atentamente. DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay Firma y Sello PAP/68539/AS

NOTARÍA QUINCUAGUESIMA PRIMERA DEL CANTON QUITO DISTRITO METROPOLITANO A CARGO DEL Dr. MARCO ANDRE NAVAS SUASNAVAS SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL

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PÚBLICO EN GENERAL QUE EN ESTA NOTARÍA SE HA ELEVADO A ESCRITURA PÚBLICA CON NÚMERO 20171701051P00973 LA CUAL CONTIENE LA CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL DENOMINADA “IMPORPLASTICK”, CUYO EXTRACTO DE LA PETICIÓN DE APROBACIÓN PRESENTADA POR LA DRA. MONICA RAQUEL JACOME TAPIA. CON MATRÍCULA 17-2014-510 DEL FORO DE ABOGADOS, Y DE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS DE CONSTITUCIÓN CORRESPONDIENTES ES COMO SIGUE: EXTRACTO DE LA PETICIÓN.SOLICITA: De conformidad con lo establecido en el Registro Oficial No. 506, Suplemento de 22 de Mayo del 2015, sírvase emitir los respectivos extractos para publicar por la prensa la Constitución de la Sociedad Civil denominada “IMPORPLASTICK”, para que posteriormente se digne aprobar la misma, de conformidad con la ley y las atribuciones a usted conferidas. EXTRACTO DE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS DE CONSTITUCIÓN.En el Distrito Metropolitano de Quito, capital de la República del Ecuador, hoy día JUEVES OCHO DE JUNIO del dos mil diez y siete, comparecen ante mí Doctor Marco André Navas Suasnavas Notario Quincuagésimo Primero del Cantón Quito; por una parte, los señores KATY MISHELL PROAÑO CARDENAS y GRICERIA PIEDAD CAMPOVERDE BUSTAN, ecuatorianos, nacidos y domiciliados en este cantón Quito Distrito Metropolitana, sector Calderón, Teléfono.- 0992715916 (cero nueve nueve dos siete uno cinco nueve uno seis), email.mishell1012@hotmail.com y fabi22838@hotmail.com. Los comparecientes son mayores de edad, capaces de contratar y obligarse, domiciliados en la ciudad de Quito, a quienes de conocerles por haberme presentado sus cédulas de ciudadanía cuya información procedo a convalidar bajo su expreso consentimiento en el Sistema Electrónico de Datos del Registro Civil cuya impresión piden se agregue como habilitante, de lo cual doy fe. Previamente cumplidos con todos los requisitos legales del caso y con el fin de que se eleve a Escritura Pública el texto de la minuta que a continuación se transcribe: “SEÑOR NOTARIO: En el registro de escrituras públicas a su cargo, sírvase incorporar una de constitución de sociedad civil al tenor de las siguientes cláusulas: PRIMERA: CO M PA R EC I E N T ES. Comparecen a la celebración de este instrumento público las señoras KATY MISHELL PROAÑO CARDENAS y GRICERIA PIEDAD CAMPOVERDE BUSTAN, ecuatorianas, nacidas y domiciliadas en este cantón Quito Distrito Metropolitano, sector Calderón, Teléfono.- 0992715916 (cero nueve nueve dos siete uno cinco nueve uno seis), mail.- mish e l l 1 0 1 2 @ h o t m a i l .co m y fabi22838@hotmail.com mayores de edad, y con capacidad legal suficiente cual en derecho se requiere; SEGUNDA.DECLARACIÓN DE VOLUNTAD: Los comparecientes declaran su voluntad de constituir, como en efecto constituyen, la sociedad civil denominada “IMPORPLASTICK”, la misma que se regirá por las leyes ecuatorianas; de manera especial por la Constitución de la República del Ecuador, estos estatutos, por las disposiciones pertinentes del Título XXVI del Libro IV del Código Civil Ecuatoriano. TERCERA.ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD CIVIL “IMPORPLASTICK” CAPITULO PRIMERO: NOMBRE. DOMICILIO. OBJETO SOCIAL Y PLAZO DE DURACIÓN ARTICULO UNO.- NOMBRE.- La sociedad civil llevará el nombre de “IMPORPLASTICK” ARTÍCULO DOS.- DOMICILIO.- El domicilio principal de la compañía es en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano; por resolución de la Junta General de Socios, podrá establecer sucursales agencias, oficinas representaciones y esta-


REVISTA JUDICIAL C12

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR

blecimientos en cualquier lugar del Ecuador o de países extranjeros, conforme a la ley. ARTICULO TRES.- OBJETO DE LA SOCIEDAD CIVIL.- La sociedad civil tiene como objeto la importación, exportación y comercialización de artículos varios de diferentes partes del mundo al por mayor y menor, comercio al por mayor y menor de artículos y de bienes muebles, intermediario de comercio de bienes muebles de cualquier categoría o denominación, por lo que la sociedad civil podrá importar equipos, insumos, y toda clase de productos que le sean necesarios para el cumplimiento de su objeto, para cumplir con su objetivo social o finalidades la compañía podrá adquirir participaciones de otras sociedades, representar comercialmente a empresas, de origen nacional. Además, la Sociedad podrá realizar toda clase de actos y contratos civiles y mercantiles permitidos por la ley, relacionados con el objeto social principal, además de arrendar bienes inmuebles y muebles de su propiedad. ARTICULO C U AT R O . DURACIÓN.- El plazo de duración de la sociedad es de cincuenta años contados a partir de la fecha de inscripción de la escritura en el Registro Mercantil del domicilio principal; pero podrá disolverse en cualquier tiempo o prorrogar su plazo de duración, si así lo resolviese la Junta General de Socios en la forma prevista en estos estatutos y en la ley. ARTICULO CINCO.- DEL CAPITAL SOCIAL.- El capital social de la sociedad civil es de MIL DOLARES, dividido en mil participaciones de un dólar cada una, el mismo que ha sido pagado en su totalidad y en dinero efectivo. ARTICULO SEIS.- DERECHOS, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS FRENTE LA SOCIEDAD Y TERCEROS.- En cuanto no haya sido expresamente modificados, por esta escritura de constitución los derechos, obligaciones y responsabilidad de los socios frente a terceros y la Sociedad, se regularan por lo establecido en el Titulo XXVI, Libro IV del Código Civil, además de los derechos, obligaciones y responsabilidades de los socios que constan en otras cláusulas de esta escritura se estipula que unánimemente serán las siguientes: a) Los socios pueden intervenir en la administración de la Sociedad sea desempeñando la Presidencia o la Gerencia cuando sean elegidos para esas funciones por la Asamblea General de Socios o por medio de su participación en dicha Asamblea General, en la que gozaran del derecho a voto a prorrata de su contribución al capital social de la Sociedad. B) La responsabilidad de los socios frente a terceros por actos o contratos de la Sociedad, será exclusivamente a prorrata de su interés social. C) El fallecimiento de uno de los socios no será causa de disolución de la Sociedad. Si no hicieren este nombramiento en el plazo de sesenta días, a partir del fallecimiento del socio, los administradores de la Sociedad, podrán solicitar a un Juez de lo Civil y Mercantil de Quito, el que con audiencia de sucesores, procederá al nombramiento en una persona de su libre elección. D) Los socios quedan privados del derecho de renunciar a la Sociedad. E) Solo por acuerdo unánime de todos los socios y siempre que ninguno de ellos desee adquirir la participación del socio interesado en enajenar o ceder su participación a terceras personas, podrá esta haber tal enajenación o cesión a terceras personas. Se presumirá que los otros socios no desean hacer uso de este derecho de preferencia si en el plazo de sesenta días a partir de la fecha en que por intermedio de los administradores se les haga conocer la voluntad del cedente y a los administradores su resolución de adquirir dicha participación. F) Solo por unanimidad de los socios, se podrá aumentar el capital en cuyo caso cada uno de los socios tendrá derecho de preferencia a prorrata

de sus aportes sociales. Este derecho de preferencia deberá ejercerse dentro de los siguientes sesenta días posteriores a la resolución de aumento, caso contrario revertirá automáticamente a los otros socios. G) Cualquiera de los socios podrá impugnar en el plazo de treinta días de la fecha del acuerdo o resolución las decisiones de los organismos administrativos de la Sociedad si tales decisiones fueran contrarias a lo estipulado en esta escritura o a la legislación vigente o lesionaren los intereses de la Sociedad en beneficio de uno o más socios. En estos casos el recurrente se presentara ante un Juez de lo Civil y Mercantil de Quito acreditando no haber participado en la decisión materia de la impugnación y precisando la cláusula contractual o disocian legal infringida. La tramitación de este litigio se hará por el procedimiento sumario y siempre quedaran a salvo los derechos adquiridos por tercero de buena fe en virtud de estos actos o contratos realizados en ejecución de la decisión materia de la Litis. ARTICULO SIETE.ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD.- La Asamblea General de Socios es el organismo supremo y sus decisiones adoptadas de conformidad con lo estipulado en esta escritura son obligatorias para la sociedad y los socios. Los socios pueden concurrir por si mismos o por medio de un mandatario. El mandato para una Junta se otorgara por documento privado dirigido al representante legal de la sociedad. Cada año, dentro de los tres primeros meses, deberá reunirse una Asamblea General Ordinaria de Socios, cuando fuere debidamente convocada de acuerdo a este Estatuto, se reunirá en cualquier tiempo una Asamblea General Extraordinaria de Socios. La Asamblea se entenderá convocada y quedara constituida en cualquier lugar dentro del territorio nacional para tratar cualquier asunto siempre que estén presentes todos los socios y haya unanimidad para la celebración de la Asamblea y para el orden del día de la misma. En este caso el acta de Asamblea deberá ser firmada por todos los socios. ARTICULO OCHO.CONVOCATORIAS.- La convocatoria para Asamblea General podrá hacerse por el Gerente y el Presidente actuando conjuntamente o por separado. Las convocatorias podrán hacerse por comunicación escrita dirigida a cada uno de los socios o por la prensa por un aviso en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito con una anticipación en ambos casos de por lo menos ocho días a la fecha fijada por la Asamblea. ARTICULO NUEVE.- DECISIONES DE LA ASAMBLEA.- Quorum para la Asamblea General.- Para que una decisión de la Asamblea General sea obligatoria se requerirá el voto afirmativo de uno número de socios que represente, por lo menos el sesenta por ciento de capital social si la sociedad concurrente a la Asamblea General deberá hallarse presente o estar debidamente representado un número de socios que represente el cincuenta y uno por ciento del capital social. ARTICULO DIEZ.AU TO R I DA D ES DE LA ASAMBLEA.- ACTAS.- Las Asambleas serán precedidas por el Presidente de la Sociedad actuará como Secretario el Gerente de la misma, en caso de ausencia de uno o de ambos funcionarios, los concurrentes designaran presidente o secretario ocasionales. Corresponderá a las autoridades que hayan actuado la formación o legalización de un expediente de cada Asamblea en el que deberá incluirse copia de la convocatoria, lista de los socios asistentes, nota de la Asamblea y todos los documentos que hayan sido conocidos por las Autoridades de la Asamblea. ARTICULO ONCE.ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL.- La Asamblea General y ejercerá las atribuciones conferidas en ella en

estos estatutos y además las siguientes: a) Conocer y decidir sobre todo asunto relativo a las actividades de La Sociedad. Sin embargo sus resoluciones respecto a asuntos que correspondan el Gerente y al Presidente podrán referirse únicamente al examen de conducta de estos funcionarios de la Sociedad y no perjudicaran en ningún caso a terceras personas. B) Nombrar y remover por causas legales al Gerente y al Presidente de la Sociedad. Al proceder a los nombramientos señalara el periodo de ejercicio. C) Conocer y aprobar las cuentas, balances e informes que deben presentar los administradores anualmente o cuando así lo requiera la Asamblea. D) Resolver acerca de la distribución de beneficios. E) La Asamblea General solo podrá conocer y decidir de los asuntos que hayan constatado en la convocatoria correspondiente. ARTICULO DOCE.- DEL PRESIDENTE.- El presidente ejercerá las atribuciones y responsabilidades que se le señale en estos estatutos o que le confiere la Asamblea General de Socios durara en su cargo dos años, reemplazara al Gerente en caso de impedimento temporal o definitivo de este y mientras la Asamblea General no hay nombrado el correspondiente reemplazo. ARTICULO TRECE.- DEL GERENTE.- El Gerente quien durara dos años a su cargo ejercerá la administración y representación legal de la Sociedad, actividades estas en las que deberá ceñirse a lo estipulado en estos estatutos y supletoriamente en el Código Civil. En especial tiene las siguientes atribuciones y deberes: a) Es responsable de la buena administración y gestión de los negocios sociales y del inmediato y exacto cumplimiento de las resoluciones de la Asamblea General. B) Le corresponde todo acto de gestión administrativa, celebrar toda clase de contrato sin limitaciones. C) Puede decidir, bajo su exclusiva responsabilidad todo acto o contrato por el cual la Sociedad adquiera derechos u obligaciones; dar garantías. D) Dentro de los primeros sesenta días del año presentara suscritos conjuntamente por él y el Contador de la Sociedad los informes, balances, cuentas e inventarios anuales y por todo el periodo, si es que así lo solicita la Asamblea General. A RT I C U LO C AT O R C E . DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD.- Además de lo estipulado en otras cláusulas de esta escritura y en el Código Civil. La Sociedad se disolverá sea al vencimiento o de su plazo o por resolución adoptada por unanimidad en una Asamblea General.ARTICULO QUINCE.INTEGRACION Y PAGO DEL CAPITAL SOCIAL.- El capital suscrito con que se constituye la sociedad civil es de mil dólares; el que ha sido suscrito en su totalidad y pagado en la siguiente forma: la señora KATY MISHELL PROAÑO CARDENAS suscribe quinientas participaciones de un dólar cada uno, lo que da un aporte de quinientos dólares, y paga en numerario la cantidad de quinientos dólares; La señora GRICERIA PIEDAD CAMPOVERDE BUSTAN suscribe quinientas participaciones, de un dólar cada una, lo que da un aporte de quinientos dólares, y paga en numerario la cantidad de quinientos dólares. Los socios declaran bajo juramento que depositaran el capital suscrito en la cuenta de la sociedad una vez que la misma sea apertura da en cualesquier institución financiera autorizada una vez realizado el trámite correspondiente de constitución, el capital social que se deposita suma la cantidad de MIL DOLARES AMERICANOS correspondiente al cien por ciento de participaciones. El cuadro de integración y pago del capital queda como a continuación se detalla..................................... Nombre del socio suscrito Capital Pagado Capital Suscrito Número de Participaciones Porcentaje Katy Mishell Proaño Cárdenas 500.00 500.00 500 50% Griceria Piedad Campoverde Bustan 500.00 500.00 500 50% Totales 1.000.00

El sentido común es el instinto de la verdad. J ac o b s , M a x

1.000.00 1.000 100% C UA RTA . D I S P OS I C I O N TRANSITORIA: NOMBRAMIENTO DE ADMINISTRADORES: Los socios fundadores, por unanimidad, nombran como presidente a la señora GRICERIA PIEDAD CAMPOVERDE BUSTAN como Presidente de la sociedad por el periodo estatutario establecido y como Gerente de la sociedad a la señora KATY MISHELL PROAÑO CARDENAS por el periodo estatutario igualmente establecido para el periodo determinado en estos estatutos. QUINTA: DECLARACION Y ACEPTACION: Los socios declaran que están de acuerdo en cada uno de los artículos establecidos en la presente Escritura de Constitución de Sociedad Civil por que la aceptan y la ratifican en todas y cada una de sus partes y se someten a la misma. SEPTIMA: AUTORIZACION: Los socios facultan y autorizan a la Abg. Monica Raquel Jácome Tapia o al señor José Luis Escudero Salazar para que de forma individual o conjunta efectúe los trámites correspondientes y gestiones necesarias para obtener la legal aprobación de la presente Escritura Pública de Constitución de la Sociedad Civil así como para que proceda con la respectiva inscripción en el Registro Mercantil, obtención del Registro Único de Contribuyentes y en general para que cumpla con todo lo que fuere necesario para el perfeccionamiento del presente contrato de constitución de sociedad civil. Usted señor Notario se dignara agregar las demás clausulas para la plena validez del presente instrumento público. HASTA AQUÍ LA MINUTA, que se agrega al protocolo de la Notaria a mi cargo; y, se halla firmado por la Abogada Monica Raquel Jácome Tapia, con matrícula profesional número diez y siete guion dos mil catorce guion quinientos diez del Foro de Abogados de Pichincha.La misma que los comparecientes reconociéndole como suya la aceptan y ratifican en todas sus partes, dejándole elevada a Escritura Pública para los fines legales consiguientes.- Para el otorgamiento de la presente Escritura Pública, se observaron y se cumplieron con todos los requisitos legales del caso; y, leído que les fue el presente instrumento íntegramente a los comparecientes, por mí el Notario en todo su contenido y firman conmigo; en unidad de acto, de todo lo cual doy fe.- NOTARÍA QUINCUAGESIMA PRIMERA DEL CANTON QUITO, A CARGO DEL Dr. MARCO ANDRE NAVAS SUASNAVAS.—Quito, miércoles 14 de junio del 2017, atendiendo la petición arriba descrita, de conformidad con lo establecido en el Registro Oficial No. 506, Suplemento de 22 de Mayo del 2015, la ley y las atribuciones a mi conferidas, publíquese por una sola vez un extracto de la constitución de la Sociedad Civil “IMPORPLASTICK”, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito. Lo que pongo en conocimiento del público en general para los fines consiguientes. DR. MARCO ANDRE NAVAS SUASNAVAS NOTARIO QUINCUAGUESIMO PRIMERO DEL CANTON QUITO PAP/68540/AS UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TOSAGUA DEMANDA CIVIL DE PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO EXTRACTO JUDICIAL DE CITACIÓN A la ciudadanía en general, se le hace saber que en ésta Unidad Judicial Multicompetente Civil con Sede en el Cantón Tosagua, el señor MERA ZAMBRANO EDISON FERNANDO, ha presentado demanda de PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, en contra de PARTIDO POLÍTICO IZQUIERDA

DEMOCRÁTICA, cuyo extracto de citación es el siguiente: JUICIO N° 13320-2016-00348 ACTOR: MERA ZAMBRANO EDISON FERNANDO D E M A N DA D O : PA R T I D O POLÍTICO IZQUIERD D E M O C R Á T I C A , REPRESENTADO POR WILMA PIEDAD ANDRADE MUÑOZ ABOGADO DEL ACTOR: AB. LERHY ELI ANTONIO MONTESDEOCA VELEZ. OBJETO DE LA DEMANDA: El actor solicita que en sentencia se otorgue la titularidad sobre el predio, ordenando que se protocolice en una Notaría y se inscriba en el Registro de la Propiedad del Cantón Tosagua, demanda que la fundamenta de conformidad a lo que dispone los Arts. 2392 y 2411 del Código Civil en concordancia los Arts. 715 del mismo cuerpo legal; JUEZ DE LA CAUSA (A): Abogado Holger Alberto García Navarrete Juez titular de la Unidad Judicial Multicompetente de lo Civil, acepta la demanda al trámite con fecha viernes 28 de octubre del 2016 a las 12h01, en la cual se dispone citar al demandado mediante deprecatorio enviado a la ciudad de Portoviejo, posteriormente el actor reforma la demanda en escrito de fojas 30 indicando los nombres de la demandada, y en decreto de fecha viernes 11 de noviembre del 2016 a las 09h07 se dispuso citar a la demandada señora WILMA PIEDAD ANDRADE MUÑOZ, mediante deprecatorio enviado a la ciudad de Quito, mismo que fue devuelto desde la foja 35 a la foja 44 en el que consta que no se ha podido localizar el edificio donde funciona la sede de Izquierda Democrática; y, en decreto de fecha lunes 22 de mayo del 2017 a las 15h03, previa declaración juramentada del actor constante a fojas 52 el señor MERA ZAMBRANO EDISON FERNANDO, indica desconocer el domicilio de la demandada, por lo cual el señor Juez ordena que de conformidad a lo que dispone el Art. 56. 1 del Código Orgánico General de Procesos, se cite a la señora WILMA PIEDAD ANDRADE MUÑOZ, por medio de la prensa en uno de los diarios de mayor circulación a nivel Nacional, por cuanto el actor declara bajo juramento desconocer la individualidad del domicilio de la demandada. Se le previene a la demandada de la obligación de señalar domicilio jurídico en esta ciudad de Tosagua para posteriores notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación. Lo que se comunica para los fines de ley. Ab. CINDY ESTEFANI REYNA MARMOLEJO SECRETARIA Hay Firma y Sello PAP/68542/AS

ANULACIONES

BANCO RUMIÑAHUI QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8184116400 Nro. Cartola 17907240174 Cliente MENDEZ TOCAGON, CRISTIANMANUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8177331200 Nro. Cartola 17836480024 Cliente NUNEZ PROANO, CARMENDOLORES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.

P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8006245300 Nro. Cartola 16893930665 Cliente BARAHONA CARLOS, ERNESTOdel Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8026787700 Nro. Cartola 16980310516 Cliente SANCHEZ VILLALBA, ALVAROANDRES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8080151800 Nro. Cartola 17197730025 Cliente PARRA HERNANDEZ, ANGELENRIQUE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8283213800 Nro. Cartola 18462530074 Cliente SANTACRUZ RUIZ, MARCELOPATRICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8371063400 Nro. Cartola 18994010090 Cliente CELA CAMPANA, NILDADUDIVERY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8208720400 Nro. Cartola 18082260169 Cliente CORONEL TREJO, XAVIERMARCELO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8289577600 Nro. Cartola 18489250300 Cliente GARRIDO CHAVEZ, MONICAXIMENA DEL CARMEN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8184709900 Nro. Cartola 17913440370 Cliente LEON PACHAR, MARIA-ELENA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8061654000 Nro. Cartola 16758450775 Cliente CALVOPINA SOTO, MANUEL-HERIBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8075448200 Nro. Cartola 16777070638 Cliente MUNOZ CAMACAS, JOSE-LEONIDAS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8019455800 Nro. Cartola 16898130527 Cliente BERMUDEZ NACATO, WASHINGTON-RUBEN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR

========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8234311000 Nro. Cartola 18227650084 Cliente CEVALLOS INAPANTA, BLADIMIR-AURELIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8002799300 Nro. Cartola 17188740454 Cliente CHILUISA TAIPE, SANTOS-OMAR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8137557900 Nro. Cartola 17084810427 Cliente CORDONEZ MANTILLA, EDISON-RODRIGO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8030028200 Nro. Cartola 17172380150 Cliente CASTRO SOTELO, ALICIA-MARGARITA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8203206200 Nro. Cartola 18051300251 Cliente VELASCO YASELGA, SANTIAGO-HERMOGENES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8175998500 Nro. Cartola 17820420341 Cliente CANDO PILLAPA, JORGE-WLADIMIR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8339228700 Nro. Cartola 18796530030 Cliente LEON CHAVEZ, FLOR-MARIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8156821900 Nro. Cartola 17621900319 Cliente CHILUISA CHAUCA, LUIS-WLADIMIR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8208473400 Nro. Cartola 18079880201 Cliente MOROCHO PACHECO, MARIA-MAGDALENA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8000485000 Nro. Cartola 16938000789 Cliente GUARNIZO ERAS, WILMANSTALIN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8307420400 Nro. Cartola 18578510184 Cliente VILLALBA MINDA, ALEXARTURO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (24)NR ========

COOPROGRESO Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF/DPFP No. 001000010000250002 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GORDON QUILAPA MARCO TULIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/29849 /NR

BANCO BOLIVARIANO POR PERDIDA SE ANULA EL CDP NO. 05101DPV004767-1 POR EL VALOR DE $ 10.033,89 A FAVOR DE la Sra. ZARA LEONILA ESPINOZA ZAMORA C.I. 1611012333 DE BANCO BOLIVARIANO P/AC/ (1)NR ========= POR PERDIDA SE ANULA EL CDP NO. 16701DPV00002-0 A FAVOR DE PABLO ANIBAL YÁNEZ NARVAEZ CI.1707276257 POR VALOR DE $135.000 DE BANCO BOLIVARIANO P/AC/ (2)NR

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO OSCUS LTDA. COOPERATIVA OSCUS LTDA. La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 755779, perteneciente a TENESACA LEMA LUIS DAVID , por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso. Ambato, 12 de julio 2017 P*141432/PAP/68538 ======= COOPERATIVA OSCUS LTDA. La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 765444, perteneciente a QUISHPE VIMOS JOSE ROSENDO, por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso. Ambato, 12 de julio 2017 P*141432 PAP/68538 ======= COOPERATIVA OSCUS LTDA. La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 702705, perteneciente a ORTA FRANCO VERONICA VIVIANA, por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso. Ambato, 12 de julio 2017 P*141432 PAP/68538

ANULACIONES VARIAS Se anula la libreta de ahorros No. 020771144 de la Mutualista Pichincha, perteneciente a Sandra Paola Apolo Díaz y Mishelle Estefanía Zapata Arregui PAC108402fa ========= Anulada por pérdida la libreta de ahorros Cta. 404170000447 perteneciente a Luis Ambrocio Acuña Pulluquitin C.I. 1707499958 de COOPAD PAP/68534/AS


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Quito 12 de julio de 2017 by LA HORA Ecuador - Issuu