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Quito 23 de enero de 2020

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50c incl. IVA

Quito, Ecuador

JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 GLOBAL

GLOBAL

Alegatos contra Trump

Davos: más acciones, menos discursos

Página B5

Página B6

Piden reformas al sistema judicial Magistrados nacionales, al no ser de carrera judicial, no deben ser evaluados, propone la Presidenta de la CNJ. Los jueces y conjueces nacionales deberían estar exentos de una evaluación del Consejo de la Judicatura (CJ). Esa es la propuesta que hizo ayer la presidenta de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Paulina Aguirre, dentro de las reformas al Código Orgánico de la Función Judicial. Esto, al no ser funcionarios de carrera judicial. El año pasado, la Judicatura evaluó a los 21 jueces y 15 conjueces de la CNJ, que resultó en la ratificación de los

Jueces deberían ser evaluados por una comisión de magistrados de la Corte Nacional”.

Número total de ejemplares puestos en circulación: 27.278 CRONOS

Jiu Jitsu, ‘llave’ contra la violencia Página A7

Coronavirus, ¿puede llegar a Ecuador? Nuestro país, al igual que el resto de naciones de América Latina, no está exento de la enfermedad que ha causado 17 muertes. Desde el 16 de este mes, cuando se activó la alerta epidemiológica sobre el nuevo coronavirus (2019-nCoV), llamado ‘neumonía de Wuhan’, se ha confirmado el fallecimiento de 17 personas y 444 infectadas en China. Se investiga sobre posibles casos en la región. Página B8

ROBERTO GÓMEZ

EXPRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

cargos de 13 magistrados, mientras el resto fueron removidos, al no obtener el puntaje mínimo. Página B3

POSTURA. La presidenta Paulina Aguirre acudió ayer a la Asamblea. CONTAGIO. La OPS dice que continúan investigando sobre el mal.

PRIMERA SUERTE

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Lluvia sin tregua

Inundaciones, granizadas y vientos fuertes son algunas de las amenazas que acompañan a las lluvias, que se darán hasta el fin de semana, según el Inamhi. Se produjeron dos deslizamientos ayer. Página A3

SEGUNDA SUERTE

TERCERA SUERTE

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www.lahora.com.ec lahoraecuador @lahoraecuador


CIUDAD ‘La construcción A2

tiempo lectura 15 min.

JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR

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genera trabajo en época de crisis’ Henry Yandún asegura que el bono social para vivienda abre una oportunidad.

AGENDA TEATRO

ALMA TEATRO

Clase gratuita de teatro. Un encuentro con los personajes que habitamos. Cuando: viernes Donde: Wachuma Laboratorio Cultural. (Pasaje Nicolás Jiménez y Av. 12 de Octubre) Hora: 18:30 Valor: entrada libre

LITERATURA Y MÚSICA

JAM LITETARIO & BLUES EN VIVO

Forme parte de este Jam de enero, puede ser participante o protagonista. Entre los invitados están María Kamila Kobo, Ricardo Pacheco, Roxana Landivar y Juan José Pozo. CUÁNDO: hoy DÓNDE: Wampra Arte Bar (Valladolid N24-218 y Guipuzcoa-La Floresta) HORA: 19:00 VALOR: entrada libre

ROCK

HEAVY LACRIMÓGENO

Potentes riffs de guitarra y una contundente base rítmica se acoplan a la perfección con los arreglos melódicos del teclado y la versatilidad del vocalista de Acrozz. CUÁNDO: mañana DÓNDE: Bendito Rocker Classic Bar (Joaquín Lalama y José Maria Alemán) HORA: 18:00 VALOR: entrada libre

Impulsar la construcción y generar nuevos empleos es uno de los desafíos económicos que tiene el país, especialmente desde marzo de 2019, cuando se derogó la denominada Ley de Plusvalía. La eliminación de la norma fue resuelta luego de una consulta popular y referendo celebrado en febrero, tirando abajo un emblema del correísmo. Dicha legislación dejó graves efectos para un sector económico que ya había sido fuertemente golpeado por la crisis económica. En 2016, cuando fue aprobada, constr uctores, PROYECTOS empresarios y de construcción sindicatos advir- se aprobaron en Quito en 2018. tieron que dicha Para 2019 la cifra norma desalen- se redujo a 1.251. taba el empleo y afectaba al sector inmobiliario. Henry Yandún, vocero de Constructores Positivos, que aglutina a 700 empresarios, sostiene que los efectos negativos de esa medida siguen presentes. Según su percepción, desde 2016 hasta 2019 se dejó de generar mano de obra y se redujeron las ventas. Frente a esta situación, los integrantes del colectivo se propusieron abaratar costos, trabajar para que la población recupere la confianza en el sector y el Estado y los municipios impulsen políticas que promuevan la ejecución de nuevos proyectos.

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¿Cuál es la situación actual de la construcción? FIESTA

FARRA TROPICAL

La verdadera farra quiteña está en Friends Corner. Disfrute de los grandes éxitos junto a Bucare Grupo Musical. CUÁNDO: mañana DÓNDE: Friends Corner Disco – Karaoke (Amazonas N41-77 e Isla Floreana) HORA: 21:00 VALOR: entrada libre Reservas: 099 291 64 97

SECTOR. Henry Yandún, vocero del colectivo Constructores Positivos, habla sobre la situación que enfrenta el sector de la construcción.

Participación Los constructores

El registro para participar en el °programa de vivienda que parte del Bono Social Soberano está en la página www. habitatyvivienda.gob.ec

° Tienen que presentar una declaración juramentada de cumplimiento de requisitos técnicos y legales. ° Registro por parte del Ministerio de Vivienda. estructuras metálicas, vidrios… ¿Qué tipo de políticas se están promoviendo desde el Estado?

El Gobierno, a través del Bono Social Soberano, está ofreciendo créditos al 4,99% y al 5,99% con una inversión de $1.350 millones. Es una buena oportunidad para el 90% de las personas que aspira tener una casa. Solo tienen que dar una cuota inicial de 5%, que son $4.500.

Política

El bono social Ecuador es el primer país del mundo °que ha emitido un bono social para que los ecuatorianos accedan a créditos hipotecarios con tasas preferenciales del 4,99%, para vivienda social y pública, a un plazo de 20 a 25 años.

° El Banco Interamericano de Desarrollo respaldó al país con una garantía de 300 millones para que se emita el Bono Social Soberano de 400 millones. ° El potencial de colocación, a través del sistema financiero es de 1.350 millones. Las casas de interés social a las que pueden acceder los beneficiarios del programa deben tener un avalúo de 71.066. ° El avalúo de las viviendas de interés público debe ser de hasta 91.370. ¿Cuál debe ser el papel del Municipio de Quito?

Se necesita de una declaratoria de emergencia al interior de Concejo para acelerar los procesos de construcción. No sirve de nada si se aprueba un proyecto al año.

El país va de mal en peor, pero ¿qué estamos hacien- EL DATO EL DATO do para revertir esa situaTomando en cuenta ¿Ese es un reto para el Alción?, ¿rezando para que El colectivo la crisis que enfrenta calde y los concejales? suba el precio del Petró- Constructores el país, ¿cree oportu- El desempleo en Son ellos los que tienen Positivos ayudó leo? No puede ser, los paí- a reconstruir las no endeudarse a 20 Quito pasó de que dictar políticas para 8,17% a 7,91% de la ciuses tienen que salir a base zonas años o más? de diciembre de agilitar los trámites. La dad que fueron a diciemde su trabajo. A través de vandalizadas construcción en una époCon trabajo o no, 2018 bre de 2019. durante el paro la construcción se debería de octubre. ca de crisis genera trabajo, la gente tiene que generar un promedio de se contrata mano de obra, seguir pagando el 180 mil empleos anuales, arriendo. El préstamo a mejora la situación de los prestapero se ha reducido en 115.000. 20 o 25 años con esa tasa de in- dores de insumos. La construcción activa otros terés está calculada con cuotas En otros países le apuestan a negocios, los transportistas, los que representan un arriendo. la construcción. El ecuatoriano, carpinteros, las ferreterías, la Realmente es una oportunidad. en vez der estar pensando en que señora de la tienda de la esqui- Tener una casa es como tener un va a perder el trabajo, debería na. Los vendedores de insumos seguro, porque no se deprecia, es pensar en qué hacer para mejopara las edificaciones: cemento, una inversión sana y segura. rar la situación. (PSD)


Quiteños se embarcan competencia de Robótica

CIUDAD

Desafío turístico para jóvenes

Estudiantes de la Escuela de Robótica de Quito participarán en la competencia World Festival, que se realizará el 15 de abril en Houston (EE. UU.) con una idea de ‘juego del robot’, plasmada en legos. Representantes de 80 países presentarán propuestas de robótica para resolver problemas cotidianos y actuales en el ámbito ambiental, ciudadano y urbano. (MLY)

Jóvenes de entre 15 y 18 años están invitados a integrarse al concurso ‘Ecuador Inspira’ cuyo objetivo es fortalecer el potencial turístico del país. Los videos deben producirse con teléfonos inteligentes o dispositivos portátiles. Más información en http://marketing. udla.edu.ec/eventsAdmin/public/ecuador-inspira.

El invierno se pone feo y provoca deslizamientos

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SECTORES de la ciudad son propensos a inundaciones y 72 a movimientos en masa.

El temporal continuará hasta el fin de semana. Podrían registrarse granizadas y vientos fuertes. Inundaciones, granizadas y vientos fuertes son algunas de las amenazas que acompañan a las pertinaces lluvias que se registran en Quito desde el lunes y que continuarán hasta el fin de semana, según advirtió el Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología (Inamhi). Entre el martes y ayer, los persistentes aguaceros provocaron dos deslizamientos estructurales en los barrios San Salvador, en el sector Toctiuco (Centro Histórico) y Alma Lojana (oriente de Quito). En el primer caso se registró el colapso de una vivienda deshabitada y un deslizamiento talud por saturación de aguas lluvias. La vivienda estaba vacía desde hace al menos cinco años, ya que fue expropiada por estar en una zona de riesgo no mitigable. “El predio ya fue expropiado por riesgos. Retiramos escombros en el filo de la quebrada. Se tapó la alcantarilla, se acumuló el agua y cedió el talud”, informó Fabio Vélez, jefe de Gestión de Riesgos de la administración zonal Manuela Sáenz. Ayer por la mañana, obreros y maquinaria del Municipio limpiaron el sitio mientras que los técnicos de gestión de riesgos evaluaban los daños.

A dos familias que habitan en la calle Buar, donde se produjo el deslizamiento, les informaron que con el resultado de los estudios se determinará si tienen que evacuar sus casas. Los trabajos de mitigación, el desalojo de escombros y la limpieza de la vía tardarán unos tres días. Gladis Vive, moradora del sector, dijo que la casa donde se registró el colapso debió ser derrocada luego de que se evacuó a la familia que la habitaba. Mónica García, presidenta del barrio, agregó que durante meses ha solicitado la intervención de la quebrada. “Me respondían que no hay maquinaria disponible”. Alexandra Ortega, comisaria de la Zona Centro, dijo que este tipo de problemas se dan por el irrespeto a la zona de borde y a que no se toman en cuenta los retiros cuando empiezan a construir. Para evitar más complicaciones a futuro, Vélez recomendó a los vecinos del sector que no boten basura en los sumideros y quebradas. En Alma Lojana Alta, asimismo, se registró el deslizamiento estructural de un muro de piedras. La emergencia ocurrió ayer por la madrugada en

INTERVENCIÓN. En el barrio San Slavador de Toctiuco, una maquinaria empezó a estabilizar el talud.

una casa ubicada en las calles Cipriano. El cerramiento se desplomó por la fuerza de la lluvia. Balance

Mientras en el Inamhi se anunciaba que las precipitaciones se incrementarán y podrán estar acompañadas de tormentas eléctricas y bancos de niebla, en la Secretaría de Seguridad se hizo un recuento de los estragos que ha provocado el invierno.

Desde el 24 de septiembre del año pasado hasta este martes se registraron 131 emergencias por lluvias (58 inundaciones, 61 movimientos en masa, 12 colapsos estructurales) En este mismo periodo se han contabilizado 18 familias afectadas, 53 viviendas evacuadas. Los aguaceros de inicios de año incidieron en el desprendimiento y caída de una roca del talud de la Av. Simón Bolívar.

La piedra gigante cayó sobre un vehículo en el que se trasladaban cuatro personas. Una murió y las otras tres resultaron heridas. Las filtraciones de agua también han generado conflictos en la movilidad. El último caso se registró el martes por la formación de un socavón en la intersección de las avenidas Amazonas y la Naciones Unidas. (PSD)

Guarderas cuestiona decisión sobre regularización de taxis “Que quede claro, esta comisión ni el Concejo Metropolitano tiene la facultad de declarar nulo absolutamente nada. Ha habido una actuación administrativa de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), que la estamos señalando, no tenía competencia para emitirla en función de una ordenanza”. Con estas palabras el vicealcalde, Santiago Guarderas, cuestionó la decisión de la AMT de extender el plazo para concluir la el proceso de regularización de taxis, que debía concluir el 13 de enero, según disponía la orde-

nanza que regula este proceso. Lo dijo ayer durante una sesión que se convocó para escuchar los justificativos técnicos y legales del titular de la AMT, Juan Manuel Aguirre, sobre la mencionada ampliación sin una previa reforma a la a ordenanza. En la ordenanza aprobada el 29 de agosto de 2019 se estableció como plazo “improrrogable” el 10 de enero anterior para concluir la variación de requisitos y de documentación legal para la entrega de las autorizaciones a 8.656 taxistas precalificados entre más de 12.000 postulantes.

En la cita se pidió el criterio de un delegado de la Procuraduría General del Municipio, quien indicó que la AMT no tenía competencia para emitir el mencionado acto administrativo que, para efectos legales, es jerárquicamente inferior a la ordenanza que regula el proceso. El delegado expresó este criterio luego de escuchar el justificativo de Aguirre, quien señaló que se invocó el Código Orgánico Administrativo sobre trámites administrativos frente al volumen de trabajo pendiente. Antes de concluir la sesión

TENSIÓN. La Comisión de Movilidad analizó este caso.

Guarderas y los concejales de la Comisión ratificaron, en cambio, que la AMT si tiene la competencia para resolver “individualmente” los 8.656 casos pendientes “a la brevedad posible”. Lo que viene

En un plazo de 15 días la Pro-

curaduría deberá ratificar formalmente el criterio emitido en la sesión de ayer sobre la competencia para extender el plazo. Este criterio y el informe que deberá presentar la Secretaría de Movilidad, serán remitidos a la Contraloría para que analice la actuación de la AMT. (JCER)


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

QUITO

OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.

JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR

Genio es la capacidad de renovar las emociones cotidianas”. PAUL CÉZANNE PINTOR FRANCÉS (1839-1906)

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Sólo las mentiras pueden ser coherentes. La vida cambia sin cesar”. OSHO FILÓSOFO HINDÚ (1931-1990)

CARTAS ¿Nos sentimos seguros?

Afiliados que cumplen sus obligaciones: obreros, trabajadores, empleados, empleadores, libres profesionales, voluntarios y otros, pagan puntualmente al IESS. Pero escuchamos, asombrados, de su situación precaria respecto al irregular y mal manejo económico de la institución, pese a recibir tanto dinero, en cuanto a servicios y prestaciones. Cierto, toda regla tiene su excepción. Oímos que va a quebrar si no se toman las adecuadas y correctas medidas. Serán a lo mucho y exagerando mil personas las que toman la bandera, actuando de una u otra forma, colaborando, reclamando, preocupándose para que el IESS salga a flote. Sin embargo, es una institución que pertenece a los ciudadanos que pagan con su esfuerzo, mes a mes, este seguro. Los otros tres millones y medio o más de afiliados ¿qué hacen en la práctica para interesarse, mejorar, apoyar, para obtener una buena administración y servicios del IESS? No es suficiente con pagar mensualmente y por muchísimos años, se debe hacer algo más. Giovanni Rosania di Domenico CC: 1702558816

No financian décimos

La sentencia 2318 IN19 de la Corte Constitucional, dictaminó la inconstitucionalidad del descuento de 2,76 % que se hacía con ese fin a los jubilados. Desde junio el Instituto IESS debe crear una tabla para financiar los décimos y el fondo mortuorio de los jubilados, que se pagará durante la vida activa de los afiliados. No les parece que el Estado deba cubrir este desfase en su calidad de patrono y no el IESS. Esta falta de previsión de las autoridades del IESS al descontar pagos de los décimos sin sustento técnico financiero no se debe cargar a los afiliados activos, porque se está mermando el fondo de pensiones. Manuel Posso Zumárraga drposso@yahoo.com DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.

IrracIonal, extravagante, torpe

De espaldas a la opinión pública, desde hace 11 años solo el 35% de las leyes aprobadas en la Asamblea Nacional tiene un reglamento del Ejecutivo. De 156 normativas, entre nuevas, reformatorias e interpretativas, apenas 55 se han podido aplicar. Es como si no existieran, son ‘papel mojado’. En la práctica, los procesos, situaciones, procedimientos y derechos personales e institucionales que rigen, siguen en el limbo. Las horas que se invirtieron (y que con nuestros impuestos pagamos) duermen en una congeladora legal, a pesar de que en el período del correísmo puro las relaciones del Ejecutivo y el Legislativo nunca fueron tan en contubernio, de tanta convivencia y conveniencia, de tanta subordinación del segundo respecto al primero. Entonces, ¿para qué se proyectaron, discutieron, aprobaron, vetaron y volvieron a aprobar? RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL

¿Estrés crónico? Cuando se tiene voluntad y se persevera en lo que se hace, se pueden crear muchas cosas. Para tener éxito en la vida hay que intentar muchas veces con seguridad y confianza en uno mismo; sin embargo, con alguna frecuencia se pierde el interés. La apatía y la indiferencia superan a la razón y la dinámica de insistir para alcanzar el éxito; el cuerpo y la mente se agotan y malgastan su energía en hechos intrascendentes sin tener conciencia del tiempo perdido. Debemos tener en cuenta que gran parte del agotamiento

Según los diccionarios ‘absurdo’ es “un concepto que refiere al pensamiento irracional (lo contrario al pensamiento racional, que se aparta de la razón) y a la conducta extravagante (lo contrario de la conducta considerada como normal o convencional)”. Para la Real Academia de la Lengua, se es estúpido cuando se exhibe una “torpeza notable en comprender las cosas”. En otras palabras, la Asamblea Nacional olímpicamente ha desconocido qué sucede con gran parte su propio trabajo. ¿Cómo determinar si han tenido o no una aplicación correcta? El tema es tan vergonzoso que los asambleístas, por unanimidad, aprobaron una resolución para crear una unidad de seguimiento y evaluación de las leyes. Buscan, por fin, “cerrar el círculo del proceso legislativo”, señaló su presidente.

mental es de origen nervioso. Se consume energía, recursos físicos y emocionales en sucesos baladíes. Nuestra vida y nuestra presencia en el mundo necesitan encontrar el sentido de nuestra existencia para evitar la fatiga y la angustia. Es verdad que la vida social del país va cambiando permanentemente. La violencia, la inseguridad, la corrupción, la política intrascendente van alterado la vida de los ecuatorianos; el cinismo, la insensatez y las argucias para delinquir y eludir a la Justicia con hechos vergonzosos van saturando la razón y el intelecto de la ciudadanía. El cansancio emocional y físico van terminado con la confianza y las normas del buen vivir. La gente va cayendo en un estrés crónico, inducidos por la injusticia y el sainete político que funciona a la perfección con la actuación de juristas animadores del espectáculo, que buscan

liberar a los delincuentes eludiendo sus responsabilidades civiles y penales en las instituciones del Estado en las que encontraron el lugar perfecto para delinquir y quebrantar la Ley. Nuestra existencia debe tener sentido en la sociedad. Hay que dejar de ser espectadores, ser críticos con nosotros mismos y no caer en el estrés; estamos a tiempo para reaccionar ante la injusticia y la deshonra de quienes arruinaron el país convirtiéndolo en un enredo del engaño populista. La fatiga emocional no puede seguir causando agotamiento en la gente honesta. La vergüenza instituida por el engaño populista no puede ni debe interferir en el pensamiento de la gente honesta que busca dar sentido a su existencia en un país donde se requiere rescatar el honor, la decencia y la dignidad. rcontero@gmail.com

ROSALÍA ARTEAGA SERRANO

Cierra, reabre, cierra, reabre… Parece un juego pero no lo es, sobre todo porque en ello está inmerso el futuro de miles de niños ecuatorianos y también el de sus familias. Tampoco es un juego, porque resulta altamente costoso para el presupuesto del Ministerio de Educación y, por lo tanto, del Estado ecuatoriano. Una extrapolación mecánica e impensada de modelos que, por sus consecuencias, se transformó en una medida rayana en lo absurdo. Nos referimos al desastre que significó para la educación ecuatoriana, la decisión instrumentada por las autoridades educativas, de cerrar las escuelas comunitarias, muchas de ellas rurales, con el pretexto de juntarlas y hacer enormes unidades educativas, sin contar con ningún criterio técnico y peor humano. Me refiero a los “elefantes blancos” de la era del correísmo pleno, que sirvieron estratégicamente más a la propaganda oficial que a la enseñanza. No veían ni les importaban las distancias que los niños y jóvenes debían caminar (horas de horas), ni tampoco los riesgos que corrían. Desde luego tampoco contaba el costo, si al final quien pagaba era el Estado, despilfarrando los dineros de los impuestos y aquello que ingresaron por el boom petrolero. Menos aún sus graves implicaciones culturales e idiosincráticas. Se cerraron miles de escuelas a lo largo y ancho del territorio nacional, ahora se reabren decenas, tal vez centenas, también cuesta reabrirlas, readecuar las que se quedaron abandonadas, destinar partidas, mover profesores. ¿A quién le importa? Por lo que se ve, a muy pocos. Tampoco interesan los negociados y las corruptelas que acompañaron a este infortunado proceso. A mí me importa y reclamo por el despilfarro, la incuria, el retroceso. rosaliaa@uio.telconet.net

Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General ALEXIS SERRANO CARMONA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXVII No. 12776

www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.


EN VELA

Inclusión, alianzas y seguridad acaparan foro de alcaldes en Quito Temas sobre inclusión, alianzas y seguridad acapararon ayer el inicio de la VI Reunión del Foro de Alcaldes, que se desarrolla en el marco de la segunda jornada de la XII Cumbre del Foro Global de Migración (FGMD), que tiene lugar en Quito. El presidente del FGMD, el ecuatoriano Santiago

Chávez, destacó al inaugurar la reunión de alcaldes la necesidad de intercambiar experiencias para expresar más sistemáticamente las posiciones de los representantes locales sobre temas relevantes de la movilidad humana y buscar soluciones de acuerdo a determinadas agendas. EFE

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Listas las nuevas reglas para los comicios del 2021

Moreno trató la crisis venezolana en Davos

GESTIÓN. El presidente Lenín Moreno finaliza hoy su agenda en Suiza con una visita a la FIFA.

Se confirmó que la Unión Europea realizará una reunión de donantes, para enfrentar la crisis humanitaria. La crisis en Venezuela y el costo de la migración, y la eliminación del visado Schengen a los ecuatorianos, marcaron la agenda, ayer, del presidente ecuatoriano, Lenín Moreno, en Davos, donde se reunió con el presidente de Colombia, Iván Duque, y del Gobierno español, Pedro Sánchez. Moreno participó en el diálogo diplomático ‘La crisis migratoria de Venezuela’, un espacio que compartió con Duque, autoridades de organismos internacionales y representantes del sector empresarial, informó la Secretaría de Comunicación en un comunicado. “Ante este fenómeno que ha impactado Latinoamérica, el Gobierno Nacional es firme en que se debe buscar una salida democrática”, agrega en ese sentido. DAVOS, EFE •

Asistencia

La cita sirvió para plantear la posibilidad de solicitar asistencia y apoyo internacional, en

virtud de las demandas que se generan al recibir un gran flujo de migrantes venezolanos. Según la nota de prensa, el canciller José Valencia, que acompaña a Moreno, indicó que -entre marzo y abril de este año- se desarrollará una reunión de donantes, organizada por la Unión Europea. “En ese espacio los países podrán obtener recursos para enfrentar esta crisis humanitaria”, indicó el ministro, quien aseguró que su país “promueve la migración ordenada, regular y segura”. Hay 400.000 venezolanos

Ecuador es uno de los países del continente que más migrantes venezolanos ha recibido, alrededor de 400.000, con una sobrecarga de más de cien millones de dólares en su presupuesto, según datos difundidos esta misma semana en la XII Cumbre del Foro Global de Migración, que se celebra en Quito.

Varias reuniones °

Durante los tres días que ha estado en el Foro de Davos, el jefe de Estado ecuatoriano mantuvo reuniones con empresarios de los sectores financiero y de alimentos y bebidas, quienes expresaron su confianza para invertir en el país. “Es el caso de Jay Collins, vicepresidente de la Banca Corporativa y de Inversión de Citigroup, quien comprometió el apoyo de esta entidad para brindar asesoría a Ecuador con el fin de atraer a grandes compañías”, indica la nota de prensa.

El mandatario ecuatoriano también mantuvo un encuentro trilateral con Duque y Sánchez, en el que abordaron la situación de Venezuela y donde Moreno elevó el requisito del visado Schengen. Según la Secretaría de Comunicación, Sánchez reiteró su respaldo y mantiene en firme la solicitud a la UE para la exención de esa exigencia, con el fin de que los ecuatorianos que visiten esa zona comunitaria se vean exentos del visado de 90 días.

Las elecciones del 2021 se realizarán con un Código de la Democracia reformado, una vez que anoche la Asamblea aprobara el informe no vinculante de la Comisión de Justicia sobre el veto parcial del Ejecutivo al proyecto de reforma. En el Pleno hubo un respaldo mayoritario al informe: 122 votos para ratificarse en 10 artículos aprobados en segundo debate por la Asamblea; y 124 votos para allanarse a ocho artículos observados por el Ejecutivo. Con la ratificación de los textos, se descartó de manera definitiva cualquier posibilidad de eliminar las circunscripciones electorales, un tema propuesto por el Ejecutivo y que, a pesar de que se conocía que no se iba a dar paso, fue muy criticado durante el debate realizado en el Pleno por parte de legisladores de distintas bancas, desde el oficialismo hasta la oposición. Cambio leve

Tras el debate en el Pleno hubo un cambio de última hora en el informe. Se decidió ratificarse en el Artículo 39 de la reforma, a

VOTACIÓN. Hubo amplio respaldo en el Pleno de la Asamblea a los cambios propuestos.

pesar de que en el informe aprobado por la Comisión se sugería allanarse. Con la aprobación de este Artículo uno de los requisitos para postularse a un cargo de elección popular será que el candidato deberá constar en el registro electoral del lugar al que desea representar y haber sufragado en el mismo en el último proceso electoral. Los asambleístas aseguraron que así se evitará la costumbre de ciertos políticos que viven en un lugar pero se presentan como candidatos en otra zona diferente por considerar que tiene mayor posibilidad de ganar la elección. Otro cambio fue en el Artículo 63, donde se proponía ratificarse pero finalmente se allanaron a la observación del Ejecutivo para que en las actas de resultados de los comicios consten los resultados numéricos desagregados por cada día de escrutinio. (HCR)

Armados ejercen control en frontera colombo-venezolana Grupos armados de Colombia y Venezuela ejercen un “control social feroz” en ambos lados de una zona fronteriza, a la altura de Arauca y Apure, con la “connivencia” de autoridades venezolanas, dijo ayer la ONG Human Rights Watch (HRW). Durante la presentación del informe “los guerrilleros son la policía”, el director para las Américas de la organización, José Miguel Vivanco, denunció las operaciones que llevan a cabo guerrilleros del ELN, disidentes de las FARC y las Fuerzas Patrióticas de Liberación Nacional (FPLN), un grupo venezolano de ideología chavista. Todos “tienen la fuerza y la capacidad para imponer su ley” y someter a la población a homicidio, tortura, extorsión, secuestro, reclutamiento de menores, abuso sexual y trabajo forzado, agregó Vivanco. De acuerdo con la investigación, tanto los rebeldes guevaristas del ELN, como los disidentes de la que fue la guerrilla más poderosa de América “se mueven

BOGOTÁ, AFP •

con total facilidad, mantienen campamentos en Apure y usan a Venezuela como su retaguardia”. Según el jefe de la ONG, el grupo armado FPLN está concentrado en Apure. Aunque se desconoce su tamaño y poder de fuego, HRW asegura que esa organización cuenta en sus filas con exmiembros de los llamados “colectivos” -grupos que la oposición considera un brazo armado del chavismo- y que “trabaja en colaboración con autoridades y fuerzas de seguridad locales”. La ONG, que no habló de alianzas entre las tres fuerzas, documentó casos de trabajo forzado como castigo. Las víctimas son llevadas a campamentos en Venezuela, para luego obligarlos a desempeñar tareas agrícolas o de alimentación de los combatientes. En Arauca viven cerca de 44.000 venezolanos, que en su mayoría huyeron de la peor crisis de su historia moderna, agravada por la hiperinflación y el desabastecimiento.


CULTURA A6

JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR

Concierto dedicado a Beethoven con Carlos Juris La Casa de la Música presenta el primer Concierto del Año dedicado al compositor Ludwig Van Beethoven, con la Orquesta Sinfónica Nacional del Ecuador, bajo la dirección del maestro Yuri Sobolev y la participación del destacado pianista ecuatoriano Carlos Juris.

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Este es el primero de una serie de conciertos programados por la Casa de la Música para conmemorar el aniversario 250del natalicio del gran compositor alemán. El evento se llevará a cabo mañana, a las 20:00. La entrada tiene un valor de 25 dólares. (AA)

Homenaje sinfónico a Extremoduro Los tributos de rock sinfónico han alcanzado gran popularidad en los últimos meses. Hoy se llevará a cabo segunda edición del homenaje a una de las bandas más trascendentales del rock español, Extremoduro, que anunció a fines del año pasado su separación definitiva. El evento se realizará a las 20:00 en la Cámara de Comercio de Quito. Las entradas están a la venta en Meet2Go.com, con un precio de 15 dólares. Iniciativa

Con 11 álbumes en estudio, la agrupación liderada por Robe Iniesta se despide con una gira por España con sus mejores éxitos durante el 2019. Varias iniciativas buscan llamar la atención de los integrantes para que expandan su tour a Latinoamérica, y una de ellas es el espectáculo ‘La Ley Innata Sinfónico’, que replicará en su totalidad el disco del mismo nombre. Felipe Aizaga, director de

uno de los elencos de la Fundación Orquesta Sinfónica Juvenil del Ecuador, estuvo a cargo de los arreglos para este tributo, que incluirá una orquesta de cuerdas conformada por 12 músicos. “Para mí tiene un valor gigante. Soy fan de Extremoduro desde mi adolescencia”, cuenta Aizaga, quien formó parte de ‘La vereda’, una de las primeras bandas locales que rindió tributo al grupo español. Junto a ellos estará la banda conformada por Daniel Torres en voz y guitarra, Jordan Naranjo en el bajo, David Lara en el teclado, Francisco Zambonino en la batería y Sergio Espinosa en la guitarra principal. Próximamente, la orquesta liderada por Aizaga participará en homenajes a Fito & Fitipaldis, Soda Stereo y Pink Floyd. “Lo interesante es la fusión, uno nunca se imagina ver a una orquesta tocando esta música. A la gente le da curiosidad y abre su mentalidad”, dice el director. (AA)

MÚSICA. Los integrantes anunciaron su separación tras 32 años en el rock.

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La libertad solitaria del poeta AUTOR. Oquendo es director de El Ángel Editor y del encuentro de poesía Paralelo Cero.

‘Compañías limitadas’ se suma a la prolífica obra poética de Xavier Oquendo Troncoso. El nuevo poemario de Xavier Oquendo Troncoso explora la soledad, pero no desde el punto de vista pesimista del solitario. En ‘Compañías limitadas’, la voz poética reflexiona sobre los afectos en un viaje interior hacia el encuentro con la esencia de lo poético. Cinco años después de su último libro, Oquendo vuelve con esta obra que reúne 31 poemas inéditos publicados bajo el sello de El Ángel Editor. La presentación del libro se realizará hoy, a las 19:00, en el auditorio de la Alianza Francesa.

¿Cómo surgió la inquietud alrededor del amor y la soledad, tema que trabajas en este libro?

El primer poema lo escribí en 2016. Quería crear una voz poética llena de afecto. Partir desde el aglutinamiento, pero hablar de una soledad en compañía. Buscaba irme en contra de esa noción de que la gente está hecha para querer, para amar. Uno no puede amar a todo el mundo.

fue tu encuentro con la escritura que no surge del frenesí, sino en la contemplación?

Euler Granda me dijo alguna vez: “Hay un montón de gente que escribe bien, pero se tiene que tener una voz”. Uno muchas veces tiene ganas de pertenecer al grupo de moda, pero yo permanecí fiel a mi escritura, hasta encontrarle un estilo distinto. Fui fiel a mi asombro y a un discurso alejado del canon mediático. ¿Hay lectores de poesía en Ecuador?

Pocos, pero son importantes. Juan Ramón Jiménez hablaba de “la inmensa minoría”. Sigo creyendo ¿Cuál fue tu experiencia constru- que la poesía es de las élites, pero yendo el libro y cómo le encon- no desde la cuestión económica, traste sentido a la división en tres sino entendido como grupos pequeños que encontraron el gusto partes? Creo que cuando uno entra y el servicio de la poesía. El gran problema de la poeen ese momento poético, con la necesidad de decir algo, sía de hoy es que lo que más debe escribir siguiendo un consume la gente es parecido a hilo conductor. No creo en los los libros de autoayuda. Dicen libros que no tienen una in- exactamente lo que la gente quiere oír. Son de un discurso fácil. tencionalidad temática. Los poemarios no se de- Muy a lo Elvira Sastre, a estos ben parecer entre sí, debe poetas ‘booktubers’. Ahora, si las nuevas generahaber un tiempo prudencial ciones buscan lo visual, entre uno y otro. Que los poetas podrían hacerla voz poética tenga EL DATO lo. Juan Gelman se juntó otra preocupación. Y con los tangueros e hizo sí creo que la poesía títulos de cosas maravillosas con el llega en su momento. Otros su autoría son ‘Compañías limita- ‘Lo que aire es’ bandoneón, en teatros rey ‘Piel de pletos; o Ernesto Cardenal das’ me causa la mis- (2014) náufrago’ (2012). recitando en el festival de ma emoción del autor Cosquín. novel que publica su No es nuevo que la poesía lleprimer libro. Son momentos de esa niñez eterna que dicen ne estadios, que use la tecnología. Lo que pasa es que son pocos que tienen los poetas. y el miedo que tienen los poetas Niñez que se expresa en esa es a la Academia, que frena esta capacidad de asombro. ¿Cómo idea de la libertad. (AA)


PAÍS B1

Remueven a ocho empleados del Hospital del IESS GUAYAQUIL • Ocho empleados del hospital Teodoro Maldonado Carbo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) fueron separados de la institución, por no entregar a tiempo medicamentos a pacientes que padecen de enfermedades renales. La medida fue dada a conocer ayer por parte del presidente del directorio del IESS, Paúl Granda,

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JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 La Hora ECUADOR

I

Gasto del Fondo de Salud creció seis veces desde 2006 El 28% del egreso anual corresponde a servicios prestados a personas que no aportan al sistema de seguridad social.

EXPLICACIONES. El ministro de Energía, José Agusto Briones, dio detalles de la intervención de la estatal Celec.

‘Intervención de Celec tiene cuatro metas’: Agusto

“15.000 millones de dólares en activos merecen ser explotados de mejor manera”, señaló Gonzalo Uquillas, viceministro de Electricidad, quien además explicó que la intervención de la Corporación Eléctrica del José Agusto Briones confirmó Ecuador (Celec), ordenada el que el proceso para delegar la 18 de diciembre de 2019, busca administración de la hidroeléctrica mejorar la potencia efectiva y Sopladora está avanzando, según dotar de una mayor confiabililo planificado. “Estamos terminandad al suministro eléctrico. do las consultas técnicas a nivel Para eso, José Agusto Briode Contraloría y Procuraduría, con nes, ministro de Energía, el fin de encontrar el mecanismo recalcó que con asesoría de de recepción definitiva de la obra. Administración Nacional de Esperamos tener una definición Usinas y Trasmisiones Eléchasta la primera semana de tricas (UTE) de Uruguay, se febrero”, dijo. trabajará para cumplir cuatro Con esto, la concesión se conmetas. cretaría hasta máximo el segundo En primer lugar, establecer semestre 2020. El valor sería el tamaño ideal de la emprede, al menos 950 millones. Esta sa, debido a que actualmente operación está incluida dentro del tiene 14 unidades de negocio acuerdo con el Fondo Monetario que van desde las más granInternacional (FMI) como una de des como Coca Codo hasta las metas que deben cumplirse otras menores como Hidro este año. Azogues. “Es una desFinalmente, con el proporción”, afirmó el EL DATO fin de hacer más rentafuncionario. En segunble a Celec, las autorido, se espera enconMaldonado dades buscan impulsar trar una solución a una Raúl fue designado cantidad importante de como interven- oportunidades de negodel Celec y contratos abiertos, pero tor trabajará con un cios, mediante el concurso de la inversión que no tienen avances equipo de 15 personas provede ningún tipo. Terce- nientes de enti- privada, en la provisión del de energía al sector caro: otro gran problema dades Gobierno y de la maronero y minero; exa enfrentar son los di- interventora portación de excedenversos procesos disper- UTE. tes a Colombia y Perú, sos no estandarizados y alineados, que provocan inefi- y construcción de centrales de ciclo combinado. (JS) ciencias y pérdidas.

Concesión de Sopladora para este año °

quien señaló que los empleados del área respectiva habrían ocultado injustificadamente los fármacos a quienes requerían tratamiento de diálisis. El gobernador de Guayas, Pedro Pablo Duart, acompañó a Granda. Los involucrados pertenecen a las áreas de administración financiera, compras y bodegas del centro hospitalario. (DAB)

Hace 14 años, el presupuesto del Fondo de Salud del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) se cubría con unos 400 millones de dólares. Ahora supera los 2.500 millones al año. Un 70% de ese monto se destina a cubrir atenciones médicas, otro 24% a la repotenciación de establecimientos de salud, compra de equipos y de medicamentos y al fortalecimiento del primer nivel de atención. Uno de los principales problemas es que, mientras el gasto necesario se multiplicó por más de seis veces, nunca se acompañó con más fuentes de financiamiento. Por ejemplo, el 28% del presupuesto, unos 700 millones, corresponde a servicios prestados a hijos menores de 18 años de los afiliados, enfermedades catastróficas y atención odontológica. El actual Consejo Directivo del IESS, encabezado por Paúl Granda, busca darle sostenibilidad al sistema y para febrero próximo se espera la publicación del estudio actuarial del Fondo de Salud. Con eso, se espera transparentar la situación y el nivel de desinversión de ahorro al que se ha

tenido que recurrir para cubrir el aumento desmesurado de la cobertura durante el Gobierno de Rafael Correa. Según el mismo Granda, el número total de beneficiarios de la atención médica duplican al número de aportantes o afiliados. “Actualmente tenemos 4,5 millones de afiliados, pero prestamos servicio a más de 8 millones de personas”, dijo.

fecto, encontrar vías de financiamiento alternativo. Además, los presupuestos de los hospitales y centros médicos deben basarse en las atenciones efectivas realizadas, con un control estricto de que la adquisición de medicamentos cumpla con la Ley y esté dentro de los cuadros de insumos establecidos. “Los hospitales y centros que más atienden deben recibir mayores recursos”, acotó. Deuda del Estado

Desde el año pasado, un comité del Ministerio de Economía y del IESS trabaja en el establecimiento del monto total de la deuda del Estado con el Fondo de Salud, Por un sistema más eficiente Hugo Villacrés, expresidente que se viene arrastrando desde 2001 como consecuencias del Consejo Directivo del de las atenciones a paIESS, aseveró que el Fon- EL DATO cientes con enfermedades do de Salud debe ser más catastróficas. Sin embareficiente y aumentar sus 37% de las ingresos mediante el co- El atenciones de un go, hasta la fecha, no hay bro a todos los beneficia- hospital de ter- definiciones; aunque un cer nivel (alta informe de Contraloría rios de los servicios. especialidad) “El sistema funciona corresponde al estableció que el monto, primer nivel mediante un esquema (patologías sim- al menos, superaría los mientras 3.000 millones. de prima y siniestro, es ples), que el 48% es A criterio de Villacrés, decir, su sostenibilidad de segundo las autoridades están enestá dada en el hecho nivel. frascadas en discusiones que todos los que reciben atenciones paguen o aporten”, legales y falta de voluntad polípuntualizó. Este es un tema tica. “Desde 2011 está todos los políticamente sensible, porque datos ahí, con respecto a monse debe buscar cómo cobrar los tos y número de personas atenservicios recibidos por los me- didas. La deuda no se paga por nores de 18 años y la población tecnicismos de abogados y falta mayor a los 70 años; o en su de- de decisión”, comentó. (JS)

SITUACIÓN. El Fondo de Salud atiende a 8 millones de personas, pero solo recibe aportes de 4,5 millones.


PAÍS B2

JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 La Hora, ECUADOR

MINUTERO Turismo, optimista por el Carnaval

°

GUAYAQUIL • La Federación Nacional de Cámaras de Turismo del Ecuador (Fenacaptur), espera que el sector incremente su flujo de visitas durante el feriado de Carnaval 2020. Holbach Muñetón, presidente de este gremio, recordó que el año pasado se evidenciaron ingresos por alrededor de 800 y 900 mil visitantes, que dejaron un promedio de 67,2 millones de dólares y estableció “la ocupación hotelera en un 49,2%. Esperamos este año tener un 20% más de visitantes que el año anterior”, dijo. (DAB)

Violentos en paro de octubre, a audiencia 3 de febrero que viene °seElrealizará la audiencia de

evaluación y preparatoria de juicio por los delitos de sabotaje, toma de instalaciones públicas y destrucción de registros, en concurso real de infracciones, contra 27 personas detenidas luego de actos violentos ocurridos en la Contraloría General del Estado (CGE), el 12 de octubre pasado, durante el paro que se registró ese mes de 2019. (DLH)

Larrea promueve reforma a la LOES

GUAYAQUIL • Gustavo °Larrea, presidente nacional

de Democracia Sí presentó una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), para suprimir el bachillerato unificado, volver al ciclo diversificado y terminar con el examen Ser Bachiller. Anotó que esta propuesta se hace frente al perjuicio que el sistema le ha causado a más de un millón de jóvenes. (DAB)

I

Se difiere juicio contra Fernando Alvarado

A uno de los hombres duros del correísmo se le sigue un proceso judicial por peculado. El 4 de abril de 2019, la jueza La fecha para el inicio del juicio contra del extitular de la Secre- nacional Sylvia Sánchez, dictó el taría de Comunicación (Secom) auto de llamamiento a juicio tras durante el régimen de Rafael Co- analizar los elementos de cargo rrea, Fernando Alvarado y sus y de descargo expuestos por la excolaboradores, Pablo Yánez, Fiscalía y la defensa de los procesados. Galo Pacheco y quien fueEl Tribunal de Juzgara proveedor de la institu- EL DATO miento, designado por ción, Carlos Bravo, procesorteo, está integrado por sadosados por el presunto Interpol emidelito de peculado, toda- La tió una orden de los jueces de la Sala Penal difusión roja en Iván León, Iván Saquicela vía debe definirse. de y Daniella Camacho. La La diligencia estaba contra Fernando Alvarado. Fiscalía formuló su acusaprevista para las 16:00 de ción por el inciso primero hoy en la Corte Nacional de Justicia (CNJ), pero la tarde de del tipo penal sancionado en el ayer, por un pedido de la Fiscalía artículo 278 del Código OrgániGeneral del Estado y los aboga- co Integral Penal, que sanciona dos de Alvarado, hubo un dife- el peculado de 10 a 13 años de rimiento por el tratamiento que cárcel. Durante la audiencia de evase dará a un audio y que servirá de base para la preparación de la luación y preparatoria de juicio, la entidad presentó 16 elementos defensa de Alvarado.

Tribunal ratifica prisión para María Sol Larrea La orden de prisión preventiva que pesa sobre la exfuncionaria del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), María Sol Larrea, fue ratificada la tarde de ayer por un Tribunal de la Corte Provincial de Pichincha. Los jueces Fabricio Robalino, Carlos Figueroa y la jueza Ana- CORRUPCIÓN. María Sol Larrea célida Burbano rechazaron el re- también enfrenta otro proceso por un curso de apelación de la medida presunto peculado. cautelar solicitada por la proceAdemás de Larrea (quien está sada, dentro de la causa por el presa en Ambato) y sus presunto delito de lavado parientes, en el proceso de activos que se sigue EL DATO también figuran las seis en su contra, a raíz una personas jurídicas que denuncia formulada por fue una la Secretaría Anticorrup- Larrea de las funciona- la Fiscalía involucró. Los rias más cercacontratos entre el IESS y ción de la Presidencia. de Ramiro De acuerdo con la teo- nas González, prófu- estas compañías, según ría que maneja la Fiscalía, go de la Justicia, la entidad habrían alcanquien fue presizado los 35,.6 millones de Larrea, junto a su cónyuge dente del del dólares. y cuñado habrían regis- Directorio IESS. Actualmente, Larrea trados compañías presestá privada de su libertad tadoras de servicio de la salud para que sean clientes del en la cárcel de Ambato, donde ya IESS. En varias de esas empre- cumplió condenas por hechos de sas, los familiares de la excoordi- corrupción relacionados con las nadora de la institución fungían actividades que desempeñaba en el mismo IESS. (FLC) como accionistas mayoritarios.

FUNCIONES. El prófugo Fernando Alvarado fue uno de los hombres más cercanos a Rafael Correa durante su mandato.

Cronología

Proceso contra Fernando Alvarado 8 de agosto de 2018 fue retenido en °Manta para investigaciones. 9 de agosto de 2018 la Fiscalía ordena °medidas cautelares y uso de grillete

electrónico, en audiencia de formulación de cargos.

de octubre 2018 se fuga y se despoja °del20grillete. 8 de marzo 2019 inició la audiencia °preparatoria de juicio.

de convicción para fundamentar el proceso en contra de Alvarado y otros 10 que involucrarían a Yánez, exsubsecretario de Comunicación durante el correísmo. El contexto

Este caso, que ‘salpica’ a otro exfuncionario del régimen de Correa, nació por un informe de Contraloría que identificó pre-

suntas irregularidades en contratos de la Secom que facilitaron la transmisión de los enlaces ciudadanos (las sabatinas), ejecutados en Ecuador entre el primero de junio de 2013 y el 24 de mayo de 2017. Según el órgano de control, este supuesto mal uso de recursos públicos habría generado un perjuicio para el Estado de 250.000 dólares. También está sobre la mira un pago que, presuntamente, se habría hecho por dos ocasiones para un mismo video. Al inicio, en este caso se involucraron a siete exfuncionarios del Gobierno, pero tres quedaron fuera. Actualmente, Alvarado es prófugo de la Justicia. Al ser investigado en esta causa, él abandonó el país retirándose el grillete electrónico. El uso del dispositivo era obligatorio como parte de las medidas cautelares que le permitían defenderse en libertad de este proceso. (FLC)

Juicio contra Glas y Capaya por caso Singue, el 30 de enero Para el 30 de enero está previsto que arranque la audiencia contra el vicepresidente Jorge Glas y el exministro Carlos Pareja Yannuzzelli, por el caso Singue. El juez nacional Iván Saquicela llamó a juicio por peculado a 15 procesados, en el que argumenta “serios indicios de corrupción”. La diligencia está programada en la Corte Nacional de Justicia (CNJ). Entre los procesados también figuran el exministro de Recursos Naturales no Renovables, Wilson Pastor; su hija, Silvana Pastor (apoderada de la firma apoderada general de la firma Gente Oil) y otros 11 exfuncionarios.

La Contraloría General del Estado, en un informe con indicios de responsabilidad penal de agosto de 2017, analizó la adjudicación del campo Singue al Consorcio Dygoil Consultora y Servicios Petroleros Cia. Ltda y a la firma Gente Oil Development LLC (DCG) para la explotación y exploración del Bloque Singue y advirtió sobre supuestas irregularidades. Según la teoría fiscal, el perjuicio al Estado ascendería a los 28 millones de dólares porque, aparentemente, hubo errores al definir el precio de la tarifa de cada barril extraído del campo Singue. (DAG)

PROCESADOS. Los exfuncionarios del correísmo, Jorge Glas y Carlos Pareja Yannuzzelli guardan prisión por casos de corrupción.


No más evaluación a jueces nacionales La presidenta de la CNJ presentó propuestas de reformas a la Función Judicial.

Los jueces y conjueces nacionales deberían estar exentos de una evaluación del Consejo de la Judicatura (CJ). Esa es la propuesta que hizo ayer la presidenta de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Paulina Aguirre, dentro de las reformas al Código Orgánico de la Función Judicial. El año pasado, la Judicatura evaluó a los 21 jueces y 15 conjueces de la CNJ, que resultó en la ratificación de los cargos de 13 magistrados, mientras el resto fueron removidos por no alcan- EXPLICACIÓN. La presidenta de la CNJ, Paulina Aguirre, durante su comparezar el puntaje mínimo. cencia en la Comisión de Justicia del Legislativo. Esa evaluación se hizo, según sostuvieron las autoridades en una falta, sostuvo el juez nadurante el proceso, con base en cional Pablo Valverde. Así como Otras propuestas el artículo 87 del Código, que le tampoco de la rendición de Reforma de la CNJ faculta al Consejo a realizar una cuentas a la que están obligados “evaluación individual y perió- como servidores públicos o a un dica” a los servidores de la Fun- control constitucional. ° Reincorporar la vacancia judicial de 30 ción Judicial, que puede termidías anuales, en dos periodos de 15 días. nar en la remoción de los Posiciones ° Establecer que la manifiesta negligencia cargos. Los legisladores Henry y el error judicial también sea declarada EL DATO por un juez superior, como el error inexcuAunque para Aguirre Cucalón y Esteban Torres, sable, y no por el ente administrativo. no existe una congruencia los dos abogados, están de anterior entre la Ley y la Constitu- La acuerdo con la presidenta semana, la presi° En casos graves y urgentes, no suspender al juez por 90 días sin remuneración, ción, pues la Carta Magna denta del de la Corte, pues conside la sino igualmente darle su salario. establece, en el artículo Consejo Judicatura, acu- deran que existe asidero dió a la 170, que la evaluación pelegal para que no se haga Asamblea para riódica es una condición presentar sus la evaluación a los jueces de indispensable para la pro- propuestas y conjueces nacionales al ces serán irresponsables en sus reforma. moción y permanencia en no ser ellos de la carrera acciones administrativas o que la carrera judicial. no serán controlados conforme judicial. Sin embargo, los jueces y conInclusive, señaló Cucalón, a la Ley. Sino que suprimir ese jueces nacionales, afirmó la pre- esta podría prestarse a una dis- proceso puede favorecer la indesidenta, no son de carrera pues crecionalidad, como en años pa- pendencia judicial, porque no se tienen un cargo fijo de nueve sados, y “alterar o violentar los daría paso a interferencias. años. Además, en otros países principios de independencia juMientras, el expresidente de las cortes supremas no son su- dicial”. La misma alerta dio To- la Corte Suprema de Justicia, Rojetas de evaluación por órganos rres, quien planteó que de existir berto Gómez, quien está en conadministrativos. una evaluación, esta podría ser tra de que la Judicatura aplique La propuesta de reforma, con entre los mismos integrantes de una evaluación por ser un ente la que se incluiría una excepción la CNJ para evitar presiones po- netamente administrativo, cree al artículo 87 del Código, no exi- líticas. que los jueces sí deberían ser me a los jueces de las sanciones En la misma línea está el cons- evaluados, pero por quienes “coy responsabilidades penales, ci- titucionalista Jorge Benavides. nozcan muchísimo más”, como viles y administrativas a las que Él sostiene que eliminar la eva- una comisión de magistrados de están sujetos en caso de incurrir luación no supone que los jue- la CNJ. (AGO)

PAÍS I

JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 La Hora, ECUADOR

B3

COMISIÓN. La presidenta del CNE, Diana Atamaint, presentó sus pruebas de descargo en la Comisión de Fiscalización de la Asamblea.

Atamaint descargó contra consejeros de minoría La presidenta del Consejo Na- jetivo del juicio político es que cional Electoral (CNE), Diana Pita ocupe la presidencia del Atamaint, no se guardó nada organismo electoral. durante su comparecencia ante la Comisión de Fiscali- Cuestionamientos zación de la Asamblea, donde Pero Atamaint también descapresentó las pruebas de des- lificó al proceso de juicio polícargo dentro del proceso de tico. Dijo que tiene errores de juicio político que se le sigue fondo y de forma, ya que “no por presunto incumplimiento es otra cosa que una mala code funciones. pia de otro juicio político que En lo que podría conside- se realizó en esta Asamblea”. rarse una continuación “La bancada de del permanente conflic- EL DATO CREO presentó un juito que mantiene con los cio político al apuro y consejeros de minoría, sin la seriedad que el Atamaint país exige”, aseguró. Luis Verdesoto y Enri- Diana hizo su entrada que Pita, la titular del al salón de la Como prueba de lo exen organismo apuntó con- Comisión puesto manifestó que medio de una tra ellos toda su “artille- ‘calle de honor’ el juicio político precon integrantes ría”. de comunidades sentado en su contra se “Al interior del orga- indígenas. basa en el realizado a los nismo se evidencia que miembros del Consejo las vanidades, el ego de Participación Ciudapersonal y la frustración del dana y que solo lo acomodaron consejero Verdesoto, al no ha- para presentarlo contra ella. ber sido electo presidente del “Esto evidencia de forma conCNE, ha generado un ambien- tundente que los interpelantes te hostil, de violencia machista realizaron una mala copia de e inclusive racista de descali- otro juicio político”, comentó. ficaciones que llegaron al inDijo que los interpelantes sulto y la agresión afectando la confunden entre las funciones imagen de la institucionalidad que cumple la presidenta del del CNE, esta actitud ha tenido CNE, las funciones del Pleno eco por el vicepresidente del del CNE, las del delegado proCNE (Pita)”, aseguró. vincial, las del Tribunal ConEn todo momento se encar- tencioso Electoral las de las gó de recordar que Pita llegó juntas provinciales electorales. al CNE en representación del Al detallar las cuatro cauMovimiento CREO, al que se sales del juicio político manipertenecen los dos asambleís- festó que en ninguna de ellas tas que la interpelan: Jeannine se ha logrado demostrar que Cruz y Fernando Flores. Por ha incumplido sus funciones. eso aseguró que el único ob- (HCR)

Una nueva agenda legislativa en la mira Los jefes de bloques y los presidentes de las comisiones fueron convocados hoy a las 07:30, por el presidente de la Asamblea, César Litardo, a una reunión para discutir cuál será la agenda legislativa que se fije para este año. La anterior semana, los jefes de bancadas, los miembros del Consejo de Administración Legislativa (CAL) y algunos presidentes de comisiones escucharon los informes sobre los proyectos de ley en trámite.

Sin embargo, no todas las mesas estuvieron representadas y tampoco hubo especificidad sobre la etapa del trámite. Por eso, se pidió información actualizada para la siguiente reunión, en la que debería quedar marcada la agenda. Lo que sí se acordó es mantener que las sesiones del Pleno sean los martes y los jueves, para que las comisiones se reúnan los lunes y los miércoles. En 2021 se elige a nuevos asambleístas y eso marcará la

agenda. Litardo llamó a considerar que en el primer semestre del año se aprueben los temas más conflictivos y que el segundo sean temas que no tengan mayor conflictividad. Los proyectos que estarían en la agenda son: la Ley de Seguridad, reformas laborales, reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa y al Código Orgánico de la Función Judicial, la Ley de reducción del plástico de un solo uso, entre otros. (AGO)

DECISIÓN. El titular de la Asamblea, César Litardo, deberá definir con los jefes de bloque las prioridades del Legislativo para este año.


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JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 La Hora, ECUADOR

Exhuman a menor por una posible negligencia

I

BABAHOYO •

El 15 de enero, en el Hospital del IESS-Babahoyo, un menor de ocho años falleció de manera sorpresiva. El pequeño ingresó para ser operado de las amígdalas; sin embargo, de forma inesperada los galenos informaron a sus familiares del fallecimiento por un infarto. El cadáver del menor fue exhumado la tarde del lunes, para trasladar el cuerpo hasta el Centro Forense de Guayaquil con el fin de determinar si se extrajeron sus amígdalas. Los resultados estarán el 29 de enero. El médico legista de la Fiscalía de Los Ríos, Arnoldo Romero, tras la autopsia (con la presencia del cardiólogo Klever Valencia), informó que no encontró ninguna lesión. “Pude observar también que el niño mantenía las amígdalas... Hay que determinar las sustancias que se utilizaron para la operación”, expresó. Agregó que extrajo muestras biológicas, que han sido enviadas a Guayaquil para su investigación. La patrocinadora y familiar del menor, Mariella Zúñiga, indicó: “Desde el IESS dicen que se realizó una intervención que jamás existió. El bebé siempre estuvo muerto desde que lo anestesiaron”. El Hospital del IESS, a través de su directora administrativa, Liliana Junco, y el director médico, Byron Encalada, informó que la operación sí se hizo. La directora aseguró que, en caso de encontrarse alguna irresponsabilidad, no dudarán en establecer sanciones. El equipo médico no está laborando en sus áreas, por un tema de seguridad, pero no están suspendidos.

RESCATE. Varias unidades de emergencia de Chimborazo y Tungurahua ayudaron a las víctimas del siniestro.

Mueren atrapados por la tierra Las víctimas son miembros de una misma familia que fue a Baños. Fatal incidente se dio en su retorno a casa. Cinco personas, tres adultos y dos niños, todos miembros de una misma familia y oriundos de Guano (Chimborazo), murieron la noche del martes en un derrumbe en la vía Penipe-Cotaló, en los límites de Chimborazo con Tungurahua. Esta familia llegó a Baños para festejar el cumpleaños de uno de sus hijos, el pequeño sopló su vela de 7 años junto a sus seres queridos, sin imaginarse

que esta celebración sería la última, ya que horas más tarde un fatal accidente cobró la vida de sus padres, hermana y tía. Los afectados, quienes estaban de regreso a su ciudad natal, quedaron atrapados en medio de la tierra, lo que provocó que se asfixiaran y no lograran escapar ante la fuerza de la naturaleza que taponó la carretera por más de 24 horas. Los cuerpos fueron levanta-

EXTRACTO

dos a las 05:00 de ayer, luego de que maquinaria del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) removiera los escombros de tierra. Procedimiento

Francisco Viteri, inspector de obras del MTOP, aclaró que tuvieron un llamado en horas de la tarde del martes por un talud. “Coordinamos con el Municipio de Pelileo y los miembros del MTOP de Chimborazo y nosotros como Tungurahua y tras un trabajo conjunto se logró localizar el automotor”, aseguró Viteri. Dijo que la zona es un lugar de continuos derrumbes y que no necesita que llueva para que se den deslizamientos de tierra: “Nos encontramos 15 personas trabajando para habilitar la vía: nuestra labor

es de 24 horas, hasta que la zona quede limpia no nos podremos retirar”. Los trabajadores pretenden sacar cerca de 50 volquetas, debido al desprendimiento del talud de 60 metros de ancho por 12 metros de alto. Habitantes

Francisco Escobar, habitante de Cotaló, mencionó que el derrumbe se dio cerca de las 19:00 del martes, pero se logró localizar al auto en la madrugada, cuando removieron la tierra. Un comerciante, quien viaja cuatro veces a la semana por la vía, dijo que los derrumbes son permanentes: “Penosamente en esta ocasión cobró con la vida de una familia, lo que me da temor a volver a pasar, pero por mi trabajo lo tengo que hacer”. (EV)

De conformidad con lo establecido en el literal c) del Artículo 45 del Reglamento de Permisos de Operación para la Prestación de los Servicios de Transporte Aéreo Comercial, se pone en conocimiento del público en general, que se acepta a trámite la siguiente solicitud: SERVICIOS AEROFOR S.A.

REPRESENTANTE LEGAL: GENERAL.

CAP. GALO DANIEL ORTIZ ORELLANA, GERENTE

SOLICITUD: Renovación del permiso de operación para la prestación del servicio de transporte aéreo, público, doméstico, no regular, de pasajeros, carga y correo, en la modalidad de Taxi Aéreo, en todo el territorio continental ecuatoriano, otorgado por el Consejo Nacional de Aviación Civil mediante Acuerdo No. 017/2015 de 22 de mayo de 2015, y modificado mediante Acuerdo No. 02/2019 de 23 de enero de 2019 por el Director General de Aviación Civil. Región, regiones o puntos operación: °Territorio continental ecuatoriano. Ficha técnica de las aeronaves: La compañía SERVICIOS AEROFOR S.A., utiliza en su servicio, equipo de vuelo consistente en aeronaves: Cessna 182 en sus diferentes series; Cessna 172 A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K, L, M, N, O, P, Q, R, S, RG, XP; Cessna T-41 A, B, C, D; Cessna U, P, TU, TP (206); Cessna 208A, B; y, Seneca I, II, III, IV, V. Se aclara que la aceptación a trámite de la solicitud presentada por la compañía SERVICIOS AEROFOR S.A., encaminada a que se le renueve el permiso de operación no implica un análisis o menos aún aprobación del pedido de fondo. Dado en Quito D.M., a 16 de diciembre de 2019.

TAB/SRC

Piloto Anyelo Patricio Acosta Arroyo SECRETARIO DEL CONSEJO NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL P.AB/24465

NOTARÍA PRIMERA DEL CANTÓN LOJA DRA. GINA MARGOTH CALVA TAPIA AVISO DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL ACTORES: Martha Rocío León Torres y Vicente Javier Tenezaca Ramírez OBJETO: Liquidación de la sociedad conyugal Se pone en conocimiento del público en general y a quienes pudieren tener algún interés en este acto, que se va a proceder a la inscripción de la escritura pública que contiene la LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL habida entre los ex cónyuges señores MARTHA ROCIO LEÓN TORRES y VICENTE JAVIER TENEZACA RAMÍREZ, convenio celebrado mediante escritura pública ante la Notaría Primera del Cantón Loja, el veintinueve de octubre del año dos mil quince, correspondiente a un bien inmueble ubicado e3n la parroquia el Valle, del cantón y provincia de Loja, semovientes, un vehículo de placas: LBB3172 y un puesto de taxi en la Cooperativa de veinte días, contados desde esta publicación.- Loja 22 de enero del 2020.- de lo cual doy FE la Notaria.Dra. Gina Margoth Calva Tapia NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN LOJA

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NOMBRE DE LA COMPAÑÍA:


GLOBAL

Pompeo urge a Venezuela y a Nicaragua celebrar elecciones libres KINGSTON, AFP • El jefe de la diplomacia de Estados

Unidos, Mike Pompeo, urgió a los gobiernos de Venezuela y Nicaragua a celebrar elecciones libres y democratizar sus países, durante una visita a Costa Rica, segunda escala de su gira por Latinoamérica y el Caribe.

Las tensas relaciones de Washington con los gobiernos de Nicolás Maduro en Venezuela y de Daniel Ortega en Nicaragua, a quienes acusa de autoritarismo, graves violaciones a los Derechos Humanos y corrupción, dominaron las conversaciones con el presidente costarricense, Carlos Alvarado.

Demócratas presentan acusaciones contra Trump Los observadores advierten que una absolución llevaría a futuros presidentes a creerse por encima de Ley. buscar ayuda en el extranjero WASHINGTON, AFP • Los demócratas comenzaron ayer a pre- para mejorar su posibilidad de sentar su alegato acusador en reelección", dijo el congresista y el juicio político contra Do- remató afirmando que cuando nald Trump en el Senado, un el mandatario fue descubierto, día después de que la sesión "utilizó los poderes a su cargo para fijar las reglas del proceso para obstruir la investigación". Schiff rebatió los argumenrevelara cohesión en la mayoría republicana, que avizora una tos de los republicanos de que probable absolución del man- deben ser los electores estadounidenses quienes decidan datario estadounidense. El congresista demócra- en las elecciones de noviembre ta Adam Schiff, titular de la si Trump permanece en la Casa Comisión de Inteligencia de Blanca y que este no es el rol del la Cámara Baja y a cargo de la Senado. "La mala conducta del acusación contra Trump, presidente no puede desubió al podio del Senado EL DATO cidirse en las urnas porpara argumentar que el que no podemos estar semandatario debería ser Para que guros que la votación se apartado del cargo por prospere el las acusaciones de abuso proceso contra Trump se gane de una forma justa", dijo el congresista. de poder y obstrucción al necesita una mayoría de dos Congreso. tercios, "El presidente ha equivalente a Presiones 67 senadores. mostrado que cree estar Según la acusapor encima de la Ley", ción, Trump intentó dijo Schiff, quien lideró la in- presionar a Kiev para que investigación contra Trump en la terfiriera en las elecciones de Cámara de Representantes. 2020 en su favor, sugiriendo a su homólogo ucraniano, Volodimir Zelenski, que investigara los Mala conducta "El presidente Trump solici- negocios del hijo de Joe Biden, tó interferencia extranjera en quien podría ser su rival demónuestras elecciones, abusando crata en las presidenciales. Trump presionó a Ucrania del poder de su mandato para

PROCESO. Captura de pantalla de la señal televisiva del Senado en la que se ve al Jefe de Justicia estadounidense, John Roberts, presidiendo la audiencia.

‘Investigaciones falsas’ ° Cuatro meses después de que estallara el escándalo ucraniano, Trump se convirtió en el tercer presidente en la historia de Estados Unidos en ser some-

tido a un proceso de destitución, después de Andrew Johnson, en 1868, y Bill Clinton, en 1999. El representante de Trump, Pat Cipollone, dijo durante la audiencia que un juicio partidista equivale a “robar unas elecciones” y acusó a los demócratas de lanzar una “investigación política falsa” contra Trump justo antes de las elecciones presidenciales de noviembre. “Ellos quieren sacar al presidente Trump de las papeletas”, concluyó.

al retener cerca de 400 millones de dólares en ayuda militar para un país que tiene un conflicto con rebeldes prorusos en el este de su territorio. Después, Schiff imploró a los senadores a que actuaran como jurados imparciales. "Nuestra lealtad es a la Constitución y al imperio de la ley", dijo. Pero sus palabras probable-

mente estén destinada a oídos sordos, ya que el martes el jefe de la mayoría republicana de la Cámara Alta, Mitch McConnell, exhibió un férreo control de la bancada oficialista unida que goza de 53 de las 100 bancas, en un indicio de cómo se desarrollará el juicio que probablemente concluirá con la absolución del mandatario.

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MANDATARIA. Ekaterini Sakellaropoulou. (AFP)

Grecia elige por primera vez una mujer presidenta ATENAS, AFP • La magistrada de 63 años, Ekaterini Sakellaropoulou, fue elegida ayer presidenta de la República por una amplia mayoría y se convirtió en la primera mujer en la historia de Grecia en acceder a este cargo. La actual presidenta del Consejo de Estado, el principal tribunal griego, fue elegida en la primera vuelta de las elecciones, a instancias del primer ministro Kyriakos Mitsotakis, por 261 votos a favor sobre un total de 300 diputados. Esta experimentada magistrada, especialista en derecho medioambiental, jurará el cargo el 13 de marzo, el mismo día en que finalice el mandato de su predecesor, el conservador Prokopis Pavlopoulos. Al recibir más de los 200 votos exigidos por la Constitución griega, la nueva presidenta fue elegida para cinco años. Divorciada y madre de un niño, pasa así de ocupar las más importantes funciones judiciales a situarse a la cabeza del Estado.

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GLOBAL B6

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Parlamento británico aprueba definitivamente el acuerdo del Brexit

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LONDRES, AFP • El Parlamento británico aprobó definitivamente ayer el acuerdo de Brexit, lo que abre las puertas a la histórica salida del Reino Unido de la Unión Europea dentro de nueve días. El texto, que sienta las modalidades del divorcio, y que fue negociado por el primer ministro conserva-

dor Boris Johnson con Bruselas, debe ser promulgado ahora por la reina Isabel II. A principios de enero, la Cámara de los Comunes, donde el líder conservador tiene una aplastante mayoría, dio luz verde al proyecto de ley sobre la salida, prevista para el 31 de enero, antes de enviarlo a la Cámara de los Lores.

Un año de duelo por el desastre minero en Brasil

FORO. Jennifer Morgan, de Greenpeace, durante la cumbre de Davos. (AFP)

Greenpeace pide en Davos que acciones sean más concretas Año tras año, las buenas intenciones de países y empresas contra el cambio climático no se llevan a cabo. DAVOS, AFP • El

50º Forum Económico Mundial (WEF) de Davos es uno de los “escenarios del crimen del cambio climático”, afirma la directora ejecutiva de Greenpeace, Jennifer Morgan, para quien las buenas intenciones de las empresas, fundamentalmente financieras, no se traducen en hechos. Pregunta: ¿Es una señal alentadora que la emergencia climática sea una prioridad este año en Davos? Respuesta: Es esencial centrar la atención en el clima (...), pero no creo que los actos estén por el momento a la altura de los discursos pronunciados. Se oye mucho hablar del clima, los jóvenes (activistas) son invitados a los paneles, pero todavía no se ven los compromisos que se necesitan. Por ejemplo, que los bancos excluyan efectivamente los combustibles fósiles de sus financiaciones y que otros grupos actúen para descarbonizar rápidamente sus cadenas de producción. (En cuanto al discurso del presidente estadounidense Donald Trump el martes, alardeando de sus resultados económicos sin mencionar el clima) “es obvio que no es consciente o no acepta el conocimiento científico, porque el mundo que describe no existe, y no se hace dinero en un planeta muerto”.

Dirección equivocada

P. El gestor de activos BlackRock anunció que dejará de invertir en las empresas que obtienen 25% de sus ingresos del carbón. ¿Hay una movilización mayor del sector financiero? R. Tomaré esto con un poco de calma. Greenpeace publicó (el martes) un informe sobre el sector financiero, que muestra que, desde el acuerdo de París (sobre el clima en 2015), 24 de los grandes bancos que vinieron a Davos invirtieron un total de 1,4 billones de dólares en combustibles fósiles. Afirman que respetan el acuerdo de París, pero siguen vertiendo su dinero en la dirección equivocada. Una vez más, muchos discursos, pero todavía se esperan las propuestas para regular el sector financiero. (...) Hasta que no vea el contenido de los compromisos (de estos bancos), no los tomaré en serio. Esto vale incluso para BlackRock. Anuncian que van a dejar de financiar el carbón. Pero no dicen cuándo (la exclusión será total), y no han excluido otros combustibles fósiles. Es cierto que son pasos pequeños, pero la próxima década será absolutamente crucial y estos bancos deben contribuir a la solución. Por el momento, son tan responsables (del calentamiento global) como el sector de las in-

EE.UU. amenaza de nuevo con gravar autos europeos

°

Estados Unidos amenazó con imponer aranceles a los automóviles europeos en caso de que Europa grave “arbitrariamente” sus empresas tecnológicas, aseguró ayer en Davos el secretario del Tesoro, Steven Mnuchin, repitiendo sus anteriores amenazas de Washington. Son amenazas que ya evocó el presidente estadounidense Donald Trump, que también está en Davos, y que se reunió con la presidenta de la Comisión Europea Ursula von der Leyen para hablar de un “acuerdo comercial” bilateral.

BRUMADINHO • “Vale #Asesinos”. El cartel con letras negras entre dos árboles a la entrada de Brumadinho avisa que esta pequeña ciudad del sudeste de Brasil sigue cargando el dolor y los estigmas de la rotura hace un año de un dique perteneciente a ese grupo minero. Un total de 270 personas (11 de ellas desaparecidas hasta hoy) murieron tras el colapso de la presa, el 25 de enero de 2019, que sepultó gran parte de la región bajo un torrente de lodo. El lugar ya nunca será el mismo, pese a las millonarias indemnizaciones de unos 2.000 millones de reales (unos 480 millones de dólares) que Vale fue condenada a pagar. Los ausentes no son olvidados y los bomberos siguen buscando hasta ahora los desaparecidos. “Brumadinho es pequeño y la mayoría de la gente se conoce. Tenemos a nuestros amigos de infancia. Yo he ido a unos 30 o 40 entierros”, cuenta Natalia de Oliveira, que perdió a una hermana y a muchos amigos. “Cuando nos encontramos en la calle o en el supermercado, nos decimos: ‘¡Cuánta gente murió aquí!’ Alguien que perdió a su padre, a su madre, que habían ido a trabajar”. Al duelo se suman la devastación y el impacto ecológico de los 12 millones de metros cúbicos de lodo cargado con residuos mineros que se desprendieron del dique. El siniestro es particularmente

visible en los suburbios rurales de Brumadinho: viviendas abandonadas, poblaciones desplazadas, pescadores y agricultores a quienes se prohibió ejercer su oficio. Una región parada

La contaminación del río Paraopeba paralizó las actividades de la zona y dejó sin sustento a pescadores y agricultores. Adelson Silva de Oliveira aplasta con su tractor las malezas de dos metros de altura que invadieron su campo junto al río. Desde hace un año, no ha plantado nada. “Plantábamos lechuga, coles, maíz. Pero paramos todo. ¿Quién quiere comprar productos de aquí. ¡Nadie!”, afirma. Los 106.000 habitantes que viven a menos de un kilómetro del río reciben una “ayuda de emergencia” de 1.000 reales por mes (240 dólares), equivalente a un salario mínimo. Esa suma se reducirá a la mitad a partir de febrero. Homicidio intencional

Vale, por su lado, que había perdido un cuarto de su valorización de mercado, recuperó la semana pasada en la Bolsa de Sao Paulo su nivel de antes de la catástrofe. Y se mantuvo por encima de esa marca incluso tras perder 2,32% el martes, después de que la fiscalía de Minas Gerais acusase a su expresidente y otros ejecutivos de ese época de homicidio intencional y a la firma de crimen ambiental.

dustrias fósiles. Apocalípsis climático

P. ¿No es una contradicción que el WEF evoque el “Apocalipsis climático” y al mismo tiempo organice ballets de jets privados? ¿Qué interés tienen las oenegés como Greenpeace en venir a Davos? R. Es ciertamente contradictorio cuando la gente va en jet privado, es claramente un gran problema. Pero el Foro tiene preocupaciones mucho más serias de credibilidad que las emisiones de CO2 que genera. O bien el WEF se esfuerza por promover cambios reales (...) atacando seriamente el clima, o bien sobrevive como una reliquia del pasado.

DESASTRE. Vista aérea del Parque da Cachoeira, destruído hace un año por la rotura de un dique. Murieron cientos de personas.(AFP)


TEMPO B7

Netflix: 167 millones de suscripciones

tiempo lectura 15 min.

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La plataforma digital informó que sumó 167 millones de suscriptores, en un entorno cada vez más competitivo. Además, superó los pronósticos con un beneficio de 587 millones de dólares en el cuarto trimestre de 2019, con un alza interanual del 31% en los ingresos hasta los 5.500 millones. Una de sus famosas producciones es ‘The Crown’. EFE

Entre un universo sonoro Lo tradicional y lo contemporáneo es el concepto de la cantante ecuatoriana.

LATORRE MÚSICA

GUAYAQUIL • Su propuesta mu-

sical lo ha posesionado en el extranjero. Renata Nieto, conocida como LaTorre, busca darle un giro a la música actual, sin dejar la esencia ecuatoriana. Su estilo lo denomina electro sinfónico y sus videos proyectan lo novedoso de la escena local contemporánea. Precisamente, su propuesta la llevó a ganar el premio de composición dentro del programa internacional ‘Ibermúsicas’, que pretende fomentar la diversidad cultural de las canciones. “Este premio representa un galardón para Ecuador, porque uno de mis objetivos es que la música de mi país llegue a niveles muy altos”, dijo la cantante. Su estilo reúne armoniosamente elementos que nunca antes convivieron, como clásico, electrónico, orquestal, ancestral, pasillo y albazo. Ella lo describe como “un intento de hacer algo diferente, alejándose de esa tendencia marcada”.

Camino al triunfo

EL DATO El video de ‘Ser eternos’ fue lanzado el año pasado.

Música

Extractos de canciones eternos’: °Ser‘Ser estrellas

infinitas/ Ser sol ardiente y volcán/ Dijiste que nacimos solo para brillar/ Quiero llenarme de la gloria…

SUTILEZA. Las imágenes de sus videos hacen referencia a la escuela quiteña de arte colonial. EL DATO LaTorre realizará en abril un show en Guayaquil y en mayo en Quito.

° ‘Desaventura’: Rayito de luna llena/ Florecita e’ madrugada/ Siempre que el amor me llega la desventura me alcanza/ Que no llegue la mañana en que tu te alejes de mí… ° ‘Temporal’: La lluvia caía/Nos mojaba la cara/ Y los pies/ Yo supe que un día se iba a terminar/ Y tal vez el agua es como el tiempo que se va…

Nieto se alza con un reconocimiento internacional, después de haber obtenido un premio similar en 2019, por la Sociedad de Autores y Compositores del Ecuador (Sayce). Como si fuera poco, su videoclip ‘Ser eternos’ fue seleccionado para transmitirse este mes en las pantallas del Metro de México. Este audiovisual tiene el enfoque del pasillo ecuatoriano; es decir, pasional, lleno de dolor y ego. Es parte del grupo ‘El Viejo Hombre de los Andes’ (EVA). A la par emprendió su proyecto como solista bajo el seudónimo de LaTorre, nombre en el que hace una analogía con el cimiento y la altura, que es lo que representa para ella la música. Quiere seguir cosechando logros y mantenerse sumergida en el universo sonoro, para rescatar sinfonías poco comunes que cambien la estética del panorama de la música actual. Su sencillo ‘Temporal’ fue lanzado en 2018. Estuvo bajo la dirección de Saúl Endara. En el visual, la cantante proyecta un arquetipo de reina, un fondo barroco y con mucho brillo. (JCL)


SALUD B8

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Al igual que el resto de naciones, no estamos exentos de la enfermedad que ha causado 17 muertes.

¿Cuáles son las posibilidades de que llegue coronavirus al país?

Desde el 16 de este mes, cuando se activó la alerta epidemiológica sobre el nuevo coronavirus (2019-nCoV), llamado ‘neumonía de Wuhan’, por la ciudad china -de 11 millones de habitantes- donde se generó el primer reporte, se ha confirmado el fallecimiento de 17 personas y 444 infectadas en China. Además, hay contagios en Japón, Corea del Sur, Tailandia y Taiwán. Estados Unidos confirmó el martes el primer caso. Se trata de un ciudadano norteamericano que llegó a Seatle, después de haber estado en China. La Organización Panamericana de la Salud (OPS) manifiesta que se desconocen aún muchos de los comportamientos de la en- PREVENCIÓN. Pasajeros que llegan desde China y Hong Kong al Aeropuerto Indira Gandhi, en Nueva Delhi, pasan por una cámara termográfica. fermedad y las medidas específicas para controlarla. influenza, por ejemplo, es aislar llegan vuelos provenientes de Esteban Ortiz, médico salu- al paciente, trasladarlo al hospiWuhan, ya pusieron en marcha brista y epidemiólogo, y docente tal y tomar todas las medidas de controles de detección. de la Universidad De Las Amé- control en la localidad donde se En Tailandia han decretado ricas (UDLA), cree que, en base detecte el caso. controles de temperatura corpoSíntomas al comportamiento de los otros También se proporciona inral obligatorios, para los pasajeFiebre alta (38º centígrados) tipos de coronavirus que se han formación y recomendaciones al ros procedentes de zonas de alto manifestado con anterioridad, el viajero, sobre todo al que se moriesgo de China. Medidas similanuevo es el resultado de la mu- vilice a zonas donde la enfermeres han tomado en Hong Kong. tación de virus que estaban pre- dad está en circulación. Taiwán ha emitido una alerta Tos seca sentes solo en animales (murSin embargo, Ortiz expresó para los pasajeros que viajen ciélagos, camellos y otros) y que su preocupación, porque en el hacia o desde la provincia china ahora se transmiten de humano país no están disponibles los médonde se encuentra el foco del a humano. todos para diagnosticar problema y Vietnam ha reforzaDificultades respiratorias Según Arnaud Fonta- EL DATO el nuevo coronavirus. El do los controles terrestres con su net, jefe del departamendiagnóstico requiere de vecino chino. to de epidemiología en el Al tratarse de un pruebas genéticas que se EL DATO Instituto Pasteur de París, nuevo virus, no deben realizar en centros Sospechas en el nuevo coronavirus es tiene vacuna. especializados. América Latina Problemas gástricos el país no en un 80% idéntico geLa Sociedad EcuatoriaEl presidente de En están néticamente al Síndrome na de Microbiología, a traMéxico, Andrés disponibles los EL DATO para Respiratorio Agudo Sevevés de sus redes sociales, Manuel López métodos diagnosticar el nuevo ro (SRAS). pidió estar alerta y evitar Obrador, anunció Diarrea coronavirus. Los coronavirus contacto con personas que que un posible pueden agravar caso está en obEcuador toma medidas y desencadenar hayan viajado a China, otras especialmente a Wuhan o servación en el estado de TamauAlfredo Olmedo, director en enfermedades, sus alrededores. lipas. El enfermo es un doctor en de Vigilancia Epidemio- como la Aunque aún no se cobiología molecular del Instituto lógica del Ministerio de neumonía, que causan la noce mucho sobre la enPolitécnico Nacional, que viajó Salud Pública, dijo que muerte. fermedad, se cree que la a Wuhan el 25 de diciembre, seante la presencia del coroPrevención gún la información recogida por navirus, en Ecuador se han for- evolución podría durar una o Lavarse las manos Infobae. talecido las medidas de control y dos semanas, si no se registra Usar de mascarilla RCN Radio, medio de comuvigilancia en puntos de entrada alguna otra complicación. Por Cubrirse la boca, al estornudar, eso, los pacientes deben ser aisnicación colombiano, reportó terrestres, marítimos y aéreos. con el interior del codo que autoridades de salud estu“Evitar que el virus ingrese al lados, explica Ortiz. En China, el Evitar sitios con aglomeración dian a un ciudadano chino, de país es muy complicado”, dijo. Se Gobierno dispuso la cuarentena Cocine bien la carne 19 años, que llegó a Bogotá proestá socializando con el personal obligatoria para los diagnosticay los huevos cedente de Turquía en la made salud y de control epidemio- dos y una restricción para viajar. drugada del miércoles y que a lógico información sobre el coroContagio su arribo dijo que se sentía mal. navirus, así como los signos, los Con rigurosidad Presentaba síntomas asociados a síntomas y el tratamiento a se- La OPS alientó a los Estados El virus podría transmitirse por la enfermedad. guir en caso de detectar un caso Miembros a fortalecer las activivía aérea, cuando la persona Mientras que en Brasil, la sospechoso. dades de vigilancia y a informar infectada tose o estornuda. Secretaría de Salud de Minas Si ese fuera el caso, se activa- a los profesionales de la salud Contacto con objetos Gerais informó que investiga el rán inmediatamente los equipos sobre las acciones a implementar contaminados. caso de una mujer, de 35 años, de vigilancia epidemiológica. La ante un caso sospechoso. que había viajado a Shangai. disposición, después de descarPaíses asiáticos, Reino Unido, (CM/AGENCIAS) tar otras enfermedades como la Italia y Estados Unidos, donde

Alerta por el nuevo virus


Constitución de la República del Ecuador KIMSANIKI WANKURIY PUSAKNIKI WANKURIY Ukllaypak hayñikuna TÍTULO II DERECHOS Capítulo octavo Derechos de protección Art. 81.- La ley establecerá procedimientos especiales y expeditos para el juzgamiento y sanción de los delitos de violencia intrafamiliar, sexual, crímenes de odio y los que se cometan contra niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas con discapacidad, adultas mayores y personas que, por sus particularidades, requieren una mayor protección. Se nombrarán fiscales y defensoras o defensores especializados para el tratamiento de estas causas, de acuerdo con la ley. Art. 82.- El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes.

81 niki.- Kamachiyka ayllupi millaynakushkamanta, millayyu- maymanta, tsiknimanta, kariwarmi wawata, imillata, paktarunata, tisiku runata, yuyakrunata, shuktak wakllirishka runa kamayta mutsuk runakunata tsiknishkamanta wanachinkapaka akllashka ñawpachimuyta, rikurayak tiyachun churanka. Huchachikkunata, wanachina katinata yachak kariwarmi harkakkunata shutichinka, kaytaka kamachiywan yuyarishpami churarka. 82 niki.- Kamachiyta kamana hayñika Mamakamachiyta sumakchaymi tiksirin, uchilla kamachiykunarak tiyashka, achiklla kak, tukuyllakunami tiksirin; kaykunataka, kayta yachak kamachikkuna patachishkami kan.

INTERCULTURAL

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Los múltiples usos de la chambira

ESPECIALES. Las flautas fálicas antropomorfas fueron elaboradas en la época precolombina. (Foto: Museo)

Sonidos ancestrales en la flauta

Evolución

Permanece en el tiempo Hoy existe la flauta en tamaño grande, °mediano y pequeño. Es utilizada por grupos folclóricos °para interpretar la música andina en las festividades religiosas.

° Se ha adaptado a la escala diatónica.

Los instrumentos musicales de las culturas precolombinas se conservan en la Casa de la Cultura Ecuatoriana. Antes de la conquista espa- cedieron a las que se confecñola, los pueblos ancestrales cionaron más tarde con fibras desarrollaron una rica cultura vegetales como la caña, tunda y musical con los materiales que duda. Por la extrema delicadeza tenían a la mano. Las flautas del material con que están hemás antiguas que se conservan chas, la tradición de fabricarlas de los hallazgos arqueológicos estuvo a punto de desaparecer. En la actualidad, este tipo de en el territorio nacional fueron artefactos se realizan con las esfabricadas con hueso o barro. Una amplia colección de es- calas de la cultura occidental, la tos objetos se encuentra en el gama tonal diatónica, (Do, Re, Museo de Instrumentos Musi- Mi, Fa, Sol, La, Si); y son tocacales Pedro Pablo Traversari, das especialmente en la Sierra, ubicado en la sede nacional de la en las fiestas del Carnaval, de Casa de la Cultura Ecuatoriana. San Pedro y San Pablo, en el Inti Se trata de flautas de filo, Raymi y más. clasificadas dentro de los instrumentos aeróRitual fonos, que son aquellos EL DATO Las flautas fálicas, insque producen sonido por trumentos que emitían la vibración del viento y La pirámide escalas menores a la pen14 de de la masa de aire en su número tafónica que hoy se conoCochasquí fue interior, sin necesidad de un sitio ceremo- ce, fueron usadas por los nial de la fecuncuerdas o membranas. sabios, los hombres inididad. Allí se tocaba la flauta ciados o shamanes en los fálica. ritos de fecundidad. Patrimonio Antes de tocarlas, se Los vestigios indican que en la época precolombina se fa- purificaban en los sitios sagrabricaron flautas antropomorfas dos (manantiales y lagunas), (con forma humana), zoomor- consumían las plantas sagradas fas (con forma de animales pro- y ayunaban para luego, en estapios de cada zona), ictiomorfas do de éxtasis, tocar la flauta y (en forma de peces) y fálicas (en convertirse en una especie de caja de resonancia. forma de pene). En ese estado, ellos tenían Algunas de estas datan del período comprendido entre los visiones que eran plasmaaños 500 años a.C. y 500 d.C., y das en los instrumentos pertenecieron a las culturas Ba- musicales y tocaban mehía, Jama Coaque, Tolita, entre lodías en agradecimiento a la naturaleza que los rootras. Estas flautas antiguas pre- deaba. (DLH)

Los miembros de la nacionali- Para emplear dad waorani han encontrado La chambira es una palmera diversos beneficios en la planta típica de la Amazonía de EcuaAstrocaryum chambira: los fru- dor, Perú, Colombia, Venezuetos son su alimento; con la fibra la y Brasil, que puede desarroque obtienen de sus hojas confec- llarse hasta los 15 m de alto y cionan redes de pesca, hamacas, entre 20 y 30 cm de diámetro. shigras, llaveros, aretes, pulseras Los frutos ovoides que crecen o fabrican hilos para coser y bor- en forma de racimos son verdes dar otros productos, que se com- cuando están tiernos y amariplementan con semillas llos o cafés cuando maamazónicas. duran. EL DATO El recurso se ha vuelEn ‘Tejiendo por la to escaso debido a la invida’, una guía para la nacionalidad elaboración de artetensidad de su uso y a las La waorani está prácticas no sostenibles de integrada por 46 sanías con base en los say la cosecha, por lo cual las comunidades beres waoranis, se señala una población estimada de mujeres, encargadas de las que tras la recolección de entre 3.500 a labores textiles, han tenido 4.000 habitan- la fibra de la chambira se que adentrarse más en el tes. la seca, se la cocina a fuebosque para conseguirlo. go lento, se la vuelve a seCon el fin de asegurar la con- car bajo el sol durante tres días, servación de la chambira, las co- se la entorcha para obtener el munidades están reforestando la hilo y se realizan los trabajos. palma en viveros y chacras y proPara dar color a la fibra, las mueven la extracción mesurada mujeres waos se valen de plande los frutos y las hojas. Asimis- tas que consiguen en el bosque. mo, trabajan en la identificación y A pesar de no obtener una coconservación de las especies vege- loración intensa, sus artesanías tales con las que obtienen los tin- tienen el encanto natural que tes naturales para las artesanías. les da un valor especial. (DLH)

COLECCIÓN. Las flautas zoomorfas poseen representaciones de animales.

DOBLE. La flauta doble confeccionada en barro cocido es un instrumento difícil de tocar.

CREACIONES. Los waorani potencian el turismo con sus artesanías.

P.AB/20206


MOSAICO B10

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• HORAGRAMA

H. MARCELO MEJIA R. hmejiadlh@gmail.com

HORÓSCOPO ¿Nació un 23 de enero?

Ama hasta la devoción a sus familiares y personas muy cercanas. Dentro de su hogar Ud. se siente confortable y protegido, como un pez en el agua. El excesivo orgullo es su punto débil y debe manejarlo y canalizarlo.

Perforar, agujerear Mamífero rumiante

E Aposento Tiza

TVFAN

Daño, perjuicio Político chino

Apócope de santo País de centro américa

Actor de la Época de Oro del cine mexicano Vasija para guisar Río del Ecuador

Dipserso Existir Esposa de Abraham

Símbolo de nobelio Terminación verbal

Hilera

Aparato para fotografiar

Ciudad de Filipinas Río del Ecuador

Tejido de lana

Línea de emergencia

Furia

Licor

A

R

N

Cantante y compositor mexicano

P

A

A

M

C

Caminar Reina de Inglaterra

A

R

C

A

N

O

N

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L

A

L

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E

I

Fiador, avalista Manto beduino

N

A

Avaluar, valuar Crema de la leche

N

A

T

A

S

A

Ciudad de Venezuela

A

C

Alga de los charcales

L

I

T

A

Caudillo de los hunos

Vasija grande de metal Arbusto chino

A

E

T

O

T

A

Marca, cicatriz

R

A

A

Guerrilla vasca Especie de búfalo pigmeo

Argolla

C

crisipo

(281 - 208 ac.) FilósoFo griego discípulo de Zenón;

Fundador del estoicismo.

Báscula

M

R O

Mortífero, mortal Terminación verbal

R

A

Palma de fibra textil Ánfora

A

U

A

L

I

R

A

D

A

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A

R

Átomo

Calle de un pueblo Símbolo del molibdeno

S

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R

A

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Sociedad anónima Apócope de valle

A

V

A

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Símbolo del radio

O

L

A

Girar

R

A

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Prime nota musical

A

O

Altar

Secreto

Río del Perú

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2 4 5 6 2 7 1

8 4

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4 3 7 6

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1 2 7 6 3 1 3 4 5 9 5 8 6

9 5 4 5 8 2

3 7

9

5

2 8

9 3

U B O

T

Antorcha

A

Embuste, trampa Depósito de cereales

Onda División territorial

A

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Saludo indio

A

C

Rostro

Tacaño

A

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R

A

O

N

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Símbolo del messier Puerta en inglés

A

R

L

O

Enfermedad, padecimiento Peñasco

R

Bondadoso

Califa árabe

Plantígrado

I

O D

Símbolo del litro Sortija

Seco, estéril

Alfa

S

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Toque militar al amanecer

Probar, gustar

A

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Perezoso del Brasil Tiempo

Tonto, necio

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Dios del amor

I

S

Omega

Tacaño

Segunda vocal

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8 4 6

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9 7 4 6 8

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Jorge Eliécer Gaitán

9

Jurista, escritor, y político colombiano. Fue rector de la Universidad Libre y catedrático de Derecho Penal , alcalde de Bogotá , titular en dos ministerios (Educación y Trabajo) y congresista durante varios períodos. También fue candidato presidencial disidente del Partido Liberal y su posterior jefe único, además que iba a ser el candidato oficial del partido para las presidenciales de 1950. Se forjó una reputación como orador y defensor de causas populares. Fue asesinado el 9 de abril, al salir de su oficina, iniciándose así la más pavorosa jornada de muerte y destrucción que haya vivido Colombia. (OG)

4

4 6

I

y en robótica presagian que este tipo de máquinas cada vez serán más capaces y que estarán más presentes. Quizás llegarán a ser hermosas y a bailar. Esta semana, un grupo de investigadores ha presentado un artículo en la revista « Physics of Fluids» donde han demostrado el funcionamiento de un sistema de succión, basado en un circuito de agua, que le permite a un robot trepar por una pared rugosa, coger objetos con esta textura o ayudar a una persona a escalar.

MICROBIOGRAFÍA

2 7

Robot escala paredes como Spiderman Ciencia La compañía Boston Dynamics ha diseñado robots capaces de subir escaleras y caminar por terrenos accidentados. Otras espectaculares máquinas, con aspecto de avestruz, están equipadas con sistemas neumáticos y ventosas para succionar cajas de cartón y moverlas de lugar. Los robots humanoides Atlas, son capaces de caminar, dar volteretas y saltar con una agilidad humana. Y esto es solo el comienzo: los enormes avances en inteligencia artificial

Su trabajo se hará más fácil ya que se organizará de mejor manera y tendrá la facilidad de liderar dentro de esta área. Empleados fieles y responsables. Recuerde: Ud. es un poder positivo capaz de fomentar la fraternidad y la solidaridad.

VIRGO

(agosto 23 - septiembre 22)

La disciplina que Ud. impondrá a sus hijos, será mayor y un poco exagerada para ellos. La forma de imponer orden o comprensión de las cosas es a través del ejemplo en todo momento. Recuerde: Convierta su bondad en excelente bondad.

LIBRA

CÁPSULA CIENTÍFICA

ABC •

(julio 23 - agosto 22)

Señora

A

O

L

R

Brincar

Moneda de Turquía

R

Solitaria

3 5

A

R

E

C

Nro. 4513 1

N Batracio

O

E

N

O A

A

Químico de símbolo Ne.

Altar

A

Grito taurino Jactancia, presunción

R

A

A

LEO

Agredir

Flotar en el agua

R

Nro. 4514

8

Seca, estéril

Tostar, dorar

• HORAKU

7 5

O

A

E

E

Saludo indio

C

Ensenada

S

Batea

Igual

Gigante, horroroso Trabajo, obra Querer, amar

R O

Convicta

Sabrosa

M

A

Acequia

R

O

Rio de Europa Anómalo

C

(junio 22 - julio 22)

Su pareja llevará el mando dentro del matrimonio y será favorable ya que ella lo sabrá desenvolverse mejor en las épocas difíciles. Recuerde: Lo mejor para nosotros nos lo dice el corazón.

Lecho

A

T

Símbolo del calcio

3 1 9

B

Tapir

CELEBRIDADES

6

A

A

I

A

una madre sobrecargada al borde del agotamiento que decide aceptar un regalo extravagante: una niñera para su tercer hijo. A pesar de la vacilación inicial, pronto se forma un enlace entre la experimentada Marlo y la joven y algo desafiante niñera. Una historia sobre ser madre y mujer en el siglo XXI, Tully cuenta con guión de la ganadora del Óscar Diablo Cody y la dirección del ganador del Golden Globe Jason Reitman.

N

U

L

D

L

A

(mayo 21 - junio 21)

Procure ser más expresivo y efusivo en sus relaciones íntimas. Tomará cada cambio con mucha seriedad y de estos sacará gran sapiencia. Recuerde: Que ningún pensamiento negativo contamine su mente.

CÁNCER

Religiosa Transferir, traspasar

Solución anterior

G

Extenso, prolongado Familia

° La ganadora del Óscar Charlize Theron interpreta a Marlon,

Tostar, dorar

Ofidio de gran tamaño

Apócope de tanto

A

MAX UP 19:15. MAÑANA

Hurtar

Precurso, fundador Alcanzar, obtener

Cloruro sódico Palma de Canarias

Actriz de la telenovela, Las malcriadas

Cantante, actriz, presentadora y mexicana

GÉMINIS Vereda, orilla

Falta

Viento

R

Tully

Carcomido

Enfermedad contagiosa

O

Liebre de la Patagonia Símbolo del sodio

Pluma en inglés

Grito taurino

°

Una operadora telefónica de la línea de emergencia es puesta a prueba por segunda vez, cuando atiende el llamado de una joven adolescente para pedir auxilio, mientras permanece en la maleta del auto de su secuestrador. ¿Podrá salvarla a tiempo?

Los viajes que realice serán más de tipo comercial que de turismo o distracción. De estos puede sacar mucho provecho. Recuerde: La crítica es la luz que deja ver, al mismo tiempo, lo perfecto y lo imperfecto.

Guarnición Transportar

Rebaño

MAX PRIME: 19:29. HOY

(abril 20 - mayo 20)

Puro, simple

Nación

(marzo 21 - abril 19)

Ud. sentirá mayor apoyo y ayuda de personas influyentes. Sus deseos de sobresalir y lucirse serán mayores en este tiempo. Recuerde: Colme su corazón de amabilidad.

TAURO

Altar

Ónice, cuarzo Apócope de grande

ARIES

SUCCIÓN. El sistema basado en un circuito de agua permite agarrar con firmeza incluso paredes rugosas.

Lo más relevante es que este dispositivo ha mostrado ser más eficiente en estas superficies que los sistemas de vacío basados en aire desarrollados hasta el momento. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec

(1903 – 1948)

(septiembre 23 - octubre 22)

En su hogar trate de ser más cariñoso y afectuoso. Trate de hacer su hogar más agradable tanto física como energéticamente. Recuerde: Si le falta la destreza, súplala con su diligencia.

ESCORPIO

(octubre 23 - noviembre 21)

Puede sentir la protección y apoyo de su hermano mayor o de algún pariente cercano. Los negocios marchan sobre ruedas. Recuerde: No se deje dominar por la angustia.

SAGITARIO

(noviembre 22 - diciembre 21)

Su situación económica será buena y Ud. pondrá mayor interés en que ésta mejore cada día. Mucho interés por lo material. Recuerde: Deje entrar la alegría a su alma.

CAPRICORNIO

(diciembre 22 - enero 19)

El liderazgo y la autoridad serán su distintivo. Será más ordenado, reservado y un tanto frío en su manera de actuar. Recuerde: Cultive su capacidad de mirar con simpatía a sus semejantes.

ACUARIO

(enero 20 - febrero 19)

La soledad y el aislamiento serán acogedores para Ud. hoy; Será un buen momento para reflexionar y meditar. Recuerde: Negaos a la aventura en la que cuenta más el orgullo que el servicio.

PISCIS

(febrero 20 - marzo 20)

Se presenta la posibilidad de llevar a cabo y concretar alguno de sus proyectos por los que ha luchado fuertemente. Apoyo de parte de sus amigos. Recuerde: Conviértase en el promotor número uno del perdón.


CRONOS B11

tiempo lectura 15 min.

JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 La Hora, ECUADOR

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Lluvia de estrellas en los Juegos TOKIO 2020

Biles, Dressel, Federer o Mbappé son algunas de las figuras del deporte a seguir en las Olimpiadas. • Simone Biles para hacer historia, Caeleb Dressel para suceder a la leyenda Michael Phelps, un duelo entre los estadounidenses Christian Coleman y Noah Lyles en atletismo. La lluvia de estrellas del deporte está asegurada dentro de seis meses en los Juegos de Tokio. En el país del judo, el gigante francés Teddy Riner buscará entrar en la leyenda con un tercer título olímpico, mientras que el trío de gigantes del tenis, Roger Federer, Rafael Nadal y Novak Djokovic competirán por un oro en individuales que solo tiene el español (Pekín-2008).

PARIS, AFP

Favoritos avanzan por la vía rápida

Roger Federer, Novak Djokovic y Serena Williams resolvieron por la vía rápida sus partidos de la segunda ronda del Abierto de Australia. El serbio, defensor del título, ganó con autoridad al japonés Tatsuma Ito, por 6-1, 6-4 y 6-2. Tampoco tembló Federer, con un contundente 6-1, 6-4 y 6-1 ante el serbio Filip Krajinovic. AFP

Montecarlo abre un Mundial de Rallies FRANCIA, AFP •

En su última temporada en el Mundial de Rallies (WRC), el francés Sébastien Ogier intentará alcanzar las ocho victorias -siete de ellas consecutivas- en el Rally TOME NOTA de Montecarlo, donde iniciará su colaboración con Los pilotos completarán, la marca japonesa desde la noche del jueves, 1.505 Toyota. kilómetros, con A los 36 años, 16 especiales y Ogier llega a Toun total de 304 kilómetros. yota para cerrar su exitoso periplo en esta disciplina. Tendrá como reto recuperar la corona mundial que logró en 2019 el estonio

Biles, la estrella ACCIÓN. La carrera en Montecarlo iniciará la noche del jueves. AFP

Ott Tanak, que sale de Toyota para competir con Hyundai. "Cada coche tiene características diferentes y hacen falta algunos kilómetros para habituarse, pero hasta ahora todo va bien en los entrenamientos. Vamos a pelear por un séptimo título este año, creo que tengo buenas opciones con este coche", subrayó.

A Simone Biles, de 22 años, se la espera como la gran estrella de los Juegos 2020. Su historia personal y su posición pública después de que explotara el 'caso Nassar' (abusos sexuales en el equipo estadounidense) le han hecho traspasar las fronteras del deporte para convertirse en una figura social. En 2019 se convirtió en la gimnasta con más medallas a nivel mundial (contando hombres y mujeres), al alcanzar las

LA AMA

Deja a Rusia sin laboratorio La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) suspendió el laboratorio antidrogas de Moscú, tras confirmar el mes pasado que Rusia había falsificado datos antidopaje que le había entregado en 2019. La suspensión impide que el laboratorio realice cualquier trabajo relacionado con el análisis de muestras de sangre del programa de pasaportes biológicos. EFE

HISTORIA. Simone Biles va camino a romper nuevos récords en los Juegos de Tokio. AFP

25, 19 de oro. En Tokio tendrá la ocasión de buscar un nuevo récord: el número de títulos olímpicos en categoría masculina o femenina. Lo tiene con 9 Larissa Latynina (años 1950-60) y la estadounidense tiene 4 (todos en Rio). Dressel, el sucesor

Decir que se puede convertir en el sucesor de Michael Phelps no

parece exagerado. A los 23 años Caeleb Dressel, que en 2016 logró el oro únicamente en relevos, está todavía lejísimos de las 23 medallas de oro que consiguió su compatriota. Pero al ritmo de sus exhibiciones en el Mundial 2017 (7 títulos) y 2019 (8 medallas, 6 oros), el explosivo esprinter espera ampliar su palmarés en la capital japonesa. Mbappé sigue a Neymar

En Tokio, el fútbol puede atraer a algunas supersetrellas, entre ellas el francés Kylian Mbappé, que seguiría los pasos de su compañero en el PSG Neymar, oro con Brasil en Rio-2016. A los 21 años el campeón del mundo en 2018 ya ha declarado su intención de viajar con los ‘Bleus’. Federer, última oportunidad

Federer, y también Djokovic, busca el único título mayor que falta en su interminable palmarés, el oro olímpico en individuales. Sí lo tiene Nadal, que lo ganó en 2008, mientras que Andy Murray, que intenta recuperar su mejor nivel, le siguió en Londres-2012 y Rio-2016. Camino de los 39 años -el 8 de agosto, en la víspera de la inauguración de los Juegos-, normalmente Federer -ausente en Rio por lesión y que cayó en Londres en la final- está ante su última oportunidad. Djokovic, que cumplirá 33, sí podría estirar su carrera hasta París2024.


CRONOS B12

JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 La Hora, ECUADOR

Nicolás Kata a un paso del campeón de Ecuador

El atacante Nicolás Kata Martínez, de Guinea Ecuatorial, está a un paso del Delfín de Ecuador con miras a la actual Copa Libertadores y para los torneos locales, por pedido del técnico español Miguel Ángel López, precisó Edison Baldeon, gerente deportivo del club.

D

“Senga Nicolás Kata Martínez se encuentra en Manta negociando su vinculación con el Delfín por pedido del técnico del equipo, pero todavía faltan detalles para su contratación”, precisó Baldeón. Niko Kata, de 27 años, llega del Valencia de la Segunda División B de España. EFE

¿Quiénes fueron los culpables del fracaso?

Se distrajo la atención del entrenador de la Sub-23 encargándole la mayor.

SUB-23

GUAYAQUIL • Cero puntos y siete go-

les en contra, después de dos partidos, resumen la decepcionante participación de la Selección Sub 23 de Ecuador en el Preolímpico que se juega en Colombia.

“Virtualmente sí, estamos eliminados”, dijo el entrenador Jorge Célico, después de la goleada 0-4 sufrida ante Colombia, la noche del martes. Más allá de reconocer la realidad, pese a que faltan dos partidos (Venezuela y Argentina), qué le pasó a esta selección. Raúl Avilés, exseleccionado de Ecuador, considera que la culpa es compartida con la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF). Tras la salida de Hernán Darío Gómez como seleccionador absoluto se llamó a Jorge Célico como entrenador interino. “Jorge (Célico) estuvo enfocado en otras cosas, a viva voz quería ser entrenador de la Selección mayor, aunque ya la Federación le había indicado que era para las menores. Anduvo con la cabeza en otro lado, sabiendo cuál es la condición para la que lo contrataron”, manifestó. Raúl Duarte, entrenador paraguayo radicado en el país, opinó que su colega argentino, tenía la cabeza pensando en que podría quedarse con la Selección de mayores. No fue el equipo ideal

Patricio Lara, exasistente de Célico, apuntó un aspecto importante y es que algunos clubes no quisieron prestar a sus jugado-

Liga oficializa su sexto refuerzo extranjero

Lucas Villarruel se une a Liga Deportiva Universitaria como su sexto refuerzo extranjero. El mediocampista argentino de 29 años llega para cubrir la plaza dejada por Jefferson Orejuela. “Ante estos retos uno como jugador trata de hacer todo para venir”, dijo el exjugador de Newell’s.

TORNEO. Ecuador tiene aún dos juegos pendientes. Uno ante Venezuela y el otro ante Argentina.

Sentí derrota a nivel de jugadores y técnico”. RAÚL AVILÉS,

EXJUGADOR DE FÚTBOL

Tricolor

Jugadores ausentes

Los jugadores son los protagonistas, pueden tener un buen o mal desempeño. Hay que proteger al futbolista en el sentido de la autoestima”, PATRICIO LARA,

ENTRENADOR DE FÚTBOL

equipos, faltaron elementos importantes y en las últimas semanas discutió hasta con su cuerpo ° Stiven Plaza (Valladolid-España) técnico”, destacó. ° Gonzalo Plata (Sporting de Lisboa) ° Jhegson Méndez (Orlando City) Duarte también cree que afec° Pervis Estupiñán tó la falta de apoyo de los equipos ° Joao Rojas (Emelec) y el tiempo de trabajo. “Incluso ° Alexander Alvarado (Aucas) tratar de acoplar a todos los que ° Bryan Cabazas (Emelec) quería el técnico. Muchos nueJhon Espinoza (Aucas) ° vos jugadores se sumaron de forma obligatoria”. Stiven Plaza, del Vallares, pero también al poco EL DATO dolid, Gonzalo Plata, del tiempo que tuvo esta SeSporting de Lisboa y Jheglección para trabajar. “In- La Sub 23 de son Méndez, del Orlando cide, porque sí lo tuvimos Ecuador se mañana City, no tuvieron el peren otras oportunidades, medirá a Venezuela miso de sus clubes para pero es una mezcla de va- (18:00). unirse a la Selección. Pero rios motivos”, enfatizó. la falta de apoyo también Con él coincide Avilés. “No tuvo muchos partidos fue a nivel local. Emelec y Aucas amistosos, ni colaboración de los negaron a sus jugadores. (SJMS).

SITUACIÓN. Los réferis no aceptan la rebaja de sus sueldos.

Árbitros mantienen posición sobre sus salarios GUAYAQUIL • Luis Muentes, ti- lec, lo están haciendo decir tular de la Agremiación de cosas que no son. Habrá gente Árbitros del Ecuador, espera que no les conviene, como a la reunirse hoy con Miguel Án- señora Vallecilla, de El Nacional, que nunca nos quiso gel Loor, presidente de escuchar. Están enfrasla LigaPro, para resolver EL DATO cados en una situación la problemática sobre sus sueldos. Caso con- La LigaPro asu- que tiene salida”, añadió. El martes, Nasib trario, no pitarán en la mió el pago a los desde Neme, principal de Emeapertura del certamen, réferis, 2019, antes lo lec, contó que en un Conel próximo 14 de febrero. hacía la sejo de Presidentes de “Haremos la aclara- Federación Ecuatoriana de ción que tengamos que Fútbol, cuando LigaPro, en 2019, solicitó les pertenecía el a los dirigentes de clubes hacer sobre nuestros pa- Campeonato que hagan un aporte de gos. Una Comisión que nacional. 2.700 dólares para cudesignaron ellos (Ligabrir costos de los réferis. Pro), quiere que se reduzcan nuestros sueldos y eso “Este costo no estaba calculado no fue al acuerdo que llegamos en nuestro esquema financiero. Luego nos enteramos que costó con Loor”, expuso. “No se trata de retroceder, 3.100 dólares, lo que significa sino de conversar, llegar a un un 300% por encima de lo que acuerdo y aclarar la situación. había costado antes”, manifestó Al señor Nasib Neme, de Eme- Neme. (SJMS).

Se alistan para la ‘Explosión Azul’ GUAYAQUIL •

La dirigencia de de luces robóticas, escenario Emelec anunció ayer nove- con tecnología Led, pirotecnia dades de lo que será la fiesta sincronizada, lluvia de perlas ‘Eléctrica’, para presentar a la y una sorpresa para todos los asistentes, antes de presentar a plantilla oficial. los jugadores con nueva En la ‘Explosión Azul’ enfrentará a Liga de Por- TOME NOTA indumentaria (19:15). El programa iniciará a las toviejo, en un duelo que 17:45, con un show artísestá previsto para las sábado tico de diferentes géne(20:30), del jueves 30 Este (06:00), los de enero, en el estadio ‘eléctricos’ juga- ros musicales. “No queun amistoso remos que se pierdan George Capwell. El go- rán con el elenco lero Esteban Dreer, que romano FC. CFR esos momentos, es algo Cluj, en las canbonito que tenemos preactualmente milita en chas del hotel Nova, de parados, por eso invita‘La Capira’, recibirá un Oliva Valencia. mos a que llenen el estapequeño homenaje, sedio y apoyen al equipo”, gún adelantó el dirigente señaló Ivonne Tufiño, gerente ‘Azul’, Marcos Pisco. Previo al duelo habrá juego de marketing del club. (SJMS).

EXPECTATIVA. Emelec alista su nuevo uniforme para la temporada 2020.


CRONOS

Los Mets nombrarán al dominicano Rojas como nuevo mánager Los Mets de Nueva York conrtrataron a Luis Rojas como el nuevo mánager del club de las Grandes Ligas de béisbol luego de la partida de Carlos Beltrán, dijo el directivo el equipo, Brodie Van Wagenen. Beltrán renunció a su cargo la semana pasada después de verse implicado en la investigación de las

Grandes Ligas sobre el escándalo de robo de señales de los Astros de Houston en 2017. El boricua había sido contratado en noviembre y fue el cuarto oficial de equipo en perder su trabajo por el escándalo. Rojas ya había sido entrevistado para el trabajo de los Mets el año pasado. AFP

D

JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR

A7

El Jiu Jitsu es una herramienta de poder para ti, para que sepas de lo que eres capaz”, AMANDA VILLAVICENCIO, COORDINADORA DE NINARI.

El Jiu Jitsu permite prevenir ataques y da más confianza y seguridad a las mujeres”, ALEJANDRO PÁEZ, INSTRUCTOR.

CONCEPTO. Este arte marcial se enfoca en la lucha cuerpo a cuerpo en el suelo.

JIU JITSU

Una disciplina para empoderar a las mujeres

FUSIÓN. En Ninari al Parque se combinan otros ejercicios, como el Yoga.

El proyecto Ninari está enfocado en prevención de violencia. Las clases de defensa son gratuitas. “Todo lo que pasa en el Jiu Jitsu ma para que sepas cuánto puepasa en la vida”, dice Amanda des y debes entregar”. Durante el combate, el luchaVillavicencio, coordinadora de Ninari, un proyecto enfocado en dor que no puede seguir dice la defensa personal de las muje- ‘tap’ y todo se detiene. La anares y la prevención de la violen- logía sirve de mucho en la vida real, pues saber en qué cia de género. momento rendirse es uno Amanda reseña que EL DATO de los elementos que más este deporte es un arte marcial en auge. En Ecua- En Ecuador hay aportan a la formación de los ‘jiujitseros’. Amanda dor, hay apenas cinco cinco mujeres preta’: el detalla que es así como mujeres ‘faixa preta’ (el ‘faixa cinturón más cinturón más alto de esta alto en Jiu Jitsu. muchas mujeres aprenden a salir de relaciones disciplina) frente a 30 hombres. “Está todavía domina- tóxicas. “Se dan cuenta que luchar y luchar por algo que no es, do por ellos”. Es por eso que Ninari busca no les hace bien”. Ely Coral (46) se inició practiinvolucrar a más mujeres y enseñarles que el Jui Jitsu “es la ola cando kick boxing para combatir del empoderamiento femenino”. la depresión. “Luego empecé a Para lograrlo, el colectivo im- practicar Jiu Jitsu y me enamoré. parte clases gratuitas, los martes Aprendí a quitarme los temores. y viernes, a las 18:30, en la aca- Siento que fluyo, más que con la demia Atos, ubicada en la Isla fuerza, con mi cuerpo. Aprendí a conocerme”. Genovesa y Tomás de BerAna Garzón (27), intelanga, al norte Quito. grante de Ninari, dice que También hay Ninari al EL DATO este espacio significa, adeParque: un encuentro el último domingo de cada Ninari al Parque más del esfuerzo físico, realizará este trabajo mental. “Buscames, en La Carolina (jun- se domingo 26 de enero, a las mos que haya consciencia to a la laguna). 10:00. del cuerpo. Te permite defenderte y estar atenta a lo Fuerza y confianza Amanda practica este deporte que pasa a tu alrededor”. Las tres mujeres coinciden en desde hace un año y medio y reitera que es semejante al día a día. que el Jiu Jitsu ha logrado que se “Las luchas nunca son contra tu conecten con ellas mismas y con contrincante, son contra ti mis- su fuerza interna. (AVV)


CRONOS A8

JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR

El PSG se enfrentará al Lyon en la final

D

El París Saint-Germain clasificó para la final de la Copa de la Liga después de ganar 0-3 al Reims y se enfrentará por el título al Olympique de Lyon, que superó el martes al Lille en los penaltis y peleará con el conjunto parisino por su segunda corona. Thomas Tuchel apostó por un once ofensivo con Neymar, Kylian Mbpappé y Pablo Sarabia

Barcelona inició con pie derecho en su debut

en la zona de ataque para acabar con la resistencia de un equipo que peleaba por alcanzar la primera final de su historia. Sin el uruguayo Edinson Cavani, una vez más fuera de la convocatoria intentando aclarar su futuro, y sin los argentinos Mauro Icardi y Ángel Di María, ambos en el banquillo, el PSG no perdió potencial. EFE

COPA

0 2

PROGRESO

BARCELONA

En un tibio partido, el equipo ‘Torero’ se impuso 2-0 ante Progreso por la Libertadores. Al partido, que careció de Sin complicaciones, Barcelona SC se impuso por 2 goles a 0 ante emociones, le sobraron las tarel cuadro uruguayo Progreso, al jetas amarillas. El referí sacó 4 que sus imprecisiones en los úl- para los jugadores del Progreso timos metros y de cara al arque- y una para el ‘Ídolo’, que formó con: Javier Burrai; Pedro ro, le pasaron factura. Velasco, Darío Aimar, El primer tanto lo con- EL DATO Williams Riveros, Mario virtió Fidel Martínez al minuto 23’, tras una asis- La revancha se Pineida; Bruno Piñatatencia de Emanuel Martí- jugará el 29 de res, Gabriel Marques, en Fidel Martínez (Matías nez quien, en el segundo enero Guayaquil Oyola), Emmanuel Martiempo, liquidó el cotejo, tínez (Jean Carlos Montaal minuto 48’, por un pase filtrado de Damián Díaz, uno de ño); Damián Díaz (Ely Esterilla) y Jonathan Alvez. (AVV) los jugadores destacados.

DESTACADO. El capitán del Barcelona, Damián Díaz, fue la figura del partido.

El Barça remonta con un doblete de Griezmann IBIZA, EFE • El Barcelona clasificó para los octavos de final de la Copa del Rey al derrotar ayer al Ibiza por 1-2 con un doblete del francés Antoine Griezmann culminado en el tiempo añadido y cuando parecía que el partido en el estadio municipal de Can Misses iba directo a la prórroga. El conjunto ibicenco, de Segund División B, tocó con los dedos la hazaña de hacer historia eliminando a su poderoso rival, abrió el marcador por medio de Javi Pérez en la primera parte y tuvo ocasiones inmejorables para sentenciar la eliminatoria. Pero sucumbió ante los galones de un Barça que tuvo que aplicarse a fondo para evitar una eliminación prematura, como ya le ocurrió años atrás en la Copa del Rey también a partido único y ante equipos de Segunda B como Figueres, Novelda y Gramanet.


Un caballo toma el autobús para volver a casa

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JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR

A9

LONDRES, AFP• Un

CONDENA. Dos veces fue arrestado Oualid Sekkaki, quien sigue prófugo. (Foto:static.gva.be)

Preso se fuga y envía una postal desde la playa

El recluso, que escapó hace un mes, envió saludos a tres directores del lugar.

BRUSELAS, EFE.• Un recluso que se escapó de la cárcel belga de Turnhout, el 19 de diciembre del año pasado, envió una postal a la prisión desde Tailandia, informó ayer el diario local Het Laatste Nieuws. ‘¡Saludos desde Tailandia!’, escribió Oualid Sekkaki, de 26 años, quien se fugó de la cárcel junto con otros cuatro cómplices trepando por un muro de 6 me-

tros de altura. de dos años de cárcel por su imEl diario señala que la postal plicación en tiroteo en marzo de iba dirigida a tres directores del 2015, en la localidad flamenca de establecimiento penitenciario Hoboken, en el sur de Amberes, y contenía, además, su tarjeta en el que un hombre resultó hede identificación, mientras que rido en una rodilla. Antes había los responsables del centro han sido sentenciado también por confirmado la recepción de un allanamiento de morada y por sobre del fugado sin mencionar transportar 25.000 pastillas de su contenido. éxtasis. “Todas las informa- EL DATO Los cuatro cómplices ciones relativas al prisioque participaron en la nero que se escapó han fuga fueron detenidos, cómplices sido transmitidas a los Los no lograron huir pero no Oualid Sekkaki, servicios de policía en- con él. Ellos considerado el cerebro de cargados de encontrar a están detenidos la operación y quien es la persona concernida”, hermano de Ashraf Sedeclaró la portavoz de la institu- kkaki, delincuente apodado ‘El ción, Kathleen Van De Vijver. rey de la evasiónp’, que en 2009 protagonizó una espectacular fuga de la prisión de Brujas en Antecedentes Sekkaki cumplía una condena helicóptero.

caballo suelto que fue encontrado corriendo en una concurrida carretera de Cardiff, Inglaterra, fue puesto en un autobús público para llevarlo de vuelta con su propietario, explicó la Policía local. La autoridad tuiteó una foto del animal dentro del vehículo, prácticamente vacío, afirmando que tras correr “suelto por la A48” acabó “tomando un autobús”. El incidente se dio la semana pasada, cuando varios automovilistas se detuvieron para tratar de rodear al animal después de que este fuera visto en el carril rápido de una de las principales vías de acceso a la ciudad. “La Policía llegó y estábamos un poco desconcertados sobre qué hacer porque no podíamos conseguir un contenedor para transportar caballos en ese momento”, explicó una de las participantes en el rescate, Harley Stephens. Así que los presentes calmaron al animal y lograron que este entrase tranquilamente en un autobús, utilizando la rampa para discapacitados, añadió. Stephens acompañó al caballo hasta una parada donde su dueño pudo recogerlo. El caballo “estaba bastante tranquilo”, explicó. “Dio un

CURIOSO

TRASLADO. El recorrido fue de cinco minutos. Una pasajera lo acompañó. (Foto: walesonline.co.uk)

agradable paseo de cinco minutos en el autobús. Fue una locura, hasta el oficial de Policía dijo: ‘Tengo que hacer fotos si no nadie me va a creer’”. La empresa de transporte Cardiff Bus confirmó la inusual misión de rescate. “Afortunadamente el autobús regresó al establo, pero ahora necesita una limpieza”, bromeó.

Ponen a la venta huevo de dinosaurio El artículo fue sacado a la jánguelsk, en Rusia, puso a la venta en un portal de interventa un huevo de dinosaurio net por 770.000 rublos, unos con un embrión fosilizado en 12.500 dólares. El doctor en ciencias biolósu interior, que tiene, supuestamente, más de 65 millones de gicas Boris Filippov consideaños, informó el portal de noti- ró en declaraciones a la agencia Interfax que “hay cias local Región29. posibilidad” de que el El hallazgo, según descubrimiento sea su autor, fue realizado PIDEN en 2010 en el río One- por el huevo del dino- auténtico, porque la saurio con un embrión zona donde se reaga de Arjánguelsk. fosilizado. lizó es conocida por De acuerdo con el albergar vestigios de vendedor, el embrión -de unos 6 centímetros- perte- periodos tan antiguos como el nece a la antigua especie de los Proterozóico, hace entre 650 terópodos y tendría entre 65 y millones y 2500 millones de años. 120 millones de años.

MOSCÚ, EFE• Un habitante de Ar-

$12.500

Elefante entra a un hotel de lujo

DISTRACCIÓN. Una usuaria compartió el video del gracioso momento. (Foto: bbc.com)

Un video grabado en un hotel en su visita es habitual desde 2013. Sri Lanka, en la India, muestra el Viene y se va en paz, toma siestas y ‘roba’ comida de las cocimomento en el que un elenas. Es libre, gentil y muy fante entra y se da un pa- EL DATO querido por el personal”. seo por el lobby. La usuaria El hotel le regaló una de Twitter @upidaisy fue hotel también estancia tras hacerse viral la encargada de compartir El apoya la conservación de tortu- el video, pero la joven piel gracioso momento. dió que donaran el dinero Además, escribió: “La gas marinas. para la conservación local familia dueña del hotel me envió un mensaje, son muy ama- de elefantes, según el portal web bles. El elefante es Natta Kota y Planeta Curioso. (DLH)

TIEMPO. El hallazgo se realizó en 2010. (Foto ilustrativa/ cdni.rt.com)


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° Viernes: 20:00 a 21:30 ° Sábado: 20:00 a 21:30 ° Domingo: 18:00 a 19:30

Lucía Donoso y Cristina Donoso.

Álex Cisneros, Khristian Castillo, Diego Mignone, Marilú Vaca, Gabriela Giese y Ave Jaramillo, elenco.

Cristina Rodas y Orielson Sarabia Ascanio.

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Roberto Minaya, Solange y Lorena Lastra, Dorys y Óscar Cevallos.

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50c incl. IVA JUEVES 23 DE ENERO DE 2020

Quito, Ecuador

32 PÁGINAS

Clasificación, allá vamos

Barcelona venció 2-0 a Progreso, en el inicio de su participación en Copa Libertadores. PÁGINA A8

Cimientos firmes LaTorre se inspira en la

Selección mayor consumió a la Sub-23

música nacional Página B7

Qué factores incidieron para fracaso de la ‘MiniTri’. PÁGINAB12

La tierra se les fue encima

Cinco miembros de una familia murieron tras un derrumbe en la vía Penipe-Cotaló. PÁGINA B4


REVISTA JUDICIAL

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LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR

JUEVES, 23 DE ENERO DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 12776 Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO

Editora DIANA BRIONES PUGA

ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

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REFORMAS AL COIP: “ERROR DE PROHIBICIÓN”

AUTOR: 1 MANUEL ALEXANDER VELEPUCHA RÍOS

Sobre la última reforma al COIP respecto al “error de prohibición” La Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal, publicada en el Registro oficial suplemento No. 107 de 24 de diciembre de 2019, reforma las causas de inculpabilidad, desarrollando el “error de prohibición” como una de ellas, en armonía con el artículo 34 del COIP, que textualmente establece: “Para que una persona sea considerada responsable penalmente deberá ser imputable y actuar con conocimiento de la antijuridicidad de su conducta”; legislado de la siguiente manera: “Artículo 35.- Causas de inculpabilidad.- No existe responsabilidad penal en los casos de error de prohibición invencible y trastorno mental, debidamente comprobados.” Artículo 35.1.- Error de prohibición.- Existe error de prohibición cuando la persona, por error o igno-

rancia invencible, no puede prever la ilicitud de la conducta. Si el error es invencible no hay responsabilidad penal. Si el error es vencible se aplica la pena máxima prevista para la infracción, reducida en un tercio”. Existe “error de prohibición” cuando una persona (sujeto activo del delito) no conoce o comprende que su conducta se encuentra prohibida por la norma penal; es decir, que dicha (conducta) es ilícita. Una persona puede cometer un acto típico y antijurídico, pero no necesariamente culpable si no conoce o comprende la ilicitud o antijuridicidad (prohibición) de su acción u omisión. El conocimiento –real o potencial, que tiene el ser humano sobre la conducta reprochable o prohibitiva es uno de los aspectos más relevantes en el marco de la teoría de la culpabilidad y en el proceso penal en sí, el cual deberá ser probado, precisamente, por las circunstancias fácticas que rodean al agente, e internas que lo llevaron a cometer la conducta punible. Considerado que el “error de

prohibición”, según el texto del artículo 34 del COIP está consagrado en nuestra legislación, cuando señala: “y actuar con conocimiento de la antijuridicidad de su conducta”, el desarrollo para su aplicación no existía –por asuntos que los trataré a continuación–, dejando uno de los más preocupantes vacíos legales en la parte dogmática del sistema penal, cuando finalmente fue aprobado el COIP: ¿Cuándo existe error de prohibición? ¿Cuáles son los efectos de un error de prohibición vencible e invencible? ¿Cómo se determina la pena si existe un error invencible? Elementos que no constaban en el COIP hasta la última reforma. Sin perjuicio de lo indicado, bienvenida la reforma al COIP en tan importante elemento dogmático del delito como es la culpabilidad, pues, aunque el Código Orgánico Integral Penal no contempla desde su promulgación la “ignorantia juris non excusat” (la ignorancia de la ley no es excusa), la cual fue superada por la escuela finalista en su teoría estricta

de la culpabilidad, dando relevancia a la culpabilidad no solo como elemento dogmático del delito, sino como principio, sí era indispensable su desarrollo, tomando en consideración que la legislación –ahora reformada–, no permitía una aplicación adecuada del “error de prohibición”. Veto presidencial del COIP No puedo obviar lo ocurrido en el veto presidencial del COIP sobre cuáles fueron los motivos para no permitir un desarrollo adecuado de la “falta de conciencia de la antijuridicidad” o “error de prohibición”, porque precisamente ese criterio, sin sustento jurídico alguno, –además de protervo en contra de la justicia penal ecuatoriana– a la presente fecha, motivó para que, finalmente la Asamblea Nacional pueda determinar, al amparo de la seguridad jurídica y de la dignidad del ser humano, qué es el error de prohibición y cómo se lo aplica. Lo establecido en el “proyecto” CONTINUA EN LA PÁGINA - C2

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CONSULTAS CONSTITUCIONALES

CONSULTA PROCESAL

¿Cuáles son los requisitos de las actas de citación? RESPUESTA El Art.63 del COGEP, describe la forma de proceder del citador, en este sentido: “ En el proceso se extenderá acta de la citación con la expresión del nombre completo de la o del citado, la forma en la que se la haya practicado y la fecha, hora y lugar de la misma. La o el citador tendrá responsabilidad administrativa, civil y penal por el incumplimiento de sus obligaciones, incluida la certificación de la identidad de la persona citada y de la determinación del lugar de la citación. Se deja a salvo la responsabilidad del Estado por la falta o deficiencia en la prestación del servicio. La o el citador podrá hacer uso de cualquier medio tecnólógico para dejar constancia de lo actuado. El Consejo de la Judicatura reglamentará el sistema de acreditación de las personas naturales o jurídicas qaue deban realizar la citación.” Por la cual, en el caso consultado, las actas de citación deben realizarse conforme al COGEP y al “Reglamento del sistema de acreditación de las personas naturales o jurídicas que deban realizar la citación y de su funcionamiento”. Por ejemplo, si en el acta citatoria no existe fecha, siendo la “Citación con la demanda a la o el demandado o a quien legalmente lo represente”, solemnidad sustancial de acuerdo al Art.107.4 del COGEP, siempre y cuando tal omisión haya impedido que el demandado deduzca sus excepciones o haga valer sus derechos y reclame por tal omisión; deberá declararse la nulidad del acta citatoria a costa del citador, y se ordenará que se cite en legal y debida forma. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia


REVISTA JUDICIAL C2

JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR

del COIP respecto a la falta de conciencia de la antijuridicidad desapareció parcialmente, quedando el contenido del artículo 34, pero el argumento con el cual fue suprimido el texto, fue establecido en el veto parcial presidencial incluido en el documento: oficio No. T.6136-SGJ- l4-46 de 16 de enero de 2014, indicando que el plasmar ésta figura legal, en el marco de la teoría finalista, sería susceptible de corrupción por los jueces ecuatorianos. Así lo señala el citado veto: “Esta figura es bastante peligrosa, ya que podría ser utilizada por jueces inescrupulosos para dejar en la impunidad un sinnúmero de delitos, ya que bastaría la nueva alegación del desconocimiento de la antijuridicidad de una conducta y la aquiescencia de un administrador de justicia corrupto o ignorante para que cualquier persona que haya cometido un delito pueda quedar en la impunidad, aumentando la desconfianza en la administración de justicia. Es por esto que no considero conveniente incluir esta causa de inculpabilidad tanto más cuanto que, en el presente Código se les otorga una gran preeminencia a los derechos de la víctima, pero que en este caso quedaría en una total indefensión si algún juez acepta y aplica esta institución ligeramente”.

DIVORCIOS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE LA DEMANDA CITACION JUDICIAL A: CASTILLO CEVALLOS MANUEL DE JESUS NÚMERO DE JUICIO: No. 17981-2018-02579 ACTOR: MORETA SALGADO ANITA ISABEL JUICIO: Divorcio por la causal 9 del Art. 110 del Código Civil TRAMITE: Sumario PRETENSIÓN: Se declare disuelto el vínculo matrimonial y se inscriba la sentencia en el Registro Civil EXTRACTO DE AUTOS RECAIDOS UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE Q U I TO, P R OV I N C I A DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 16 de agosto del 2018, las

La definición en la última reforma sobre el error de prohibición, hace una diferenciación entre lo que es “error” e “ignorancia” sobre la prohibición de la norma. Así, “error” es la falsa apreciación de la realidad, mientras la “ignorancia” es el desconocimiento de algo; sin embargo, tienen –según la nueva reforma– las mismas consecuencias, de probarse en el proceso penal. Podría ser el caso de la persona que arrienda un local comercial sobre el cual el arrendador no ha pagado el último año los cánones correspondientes, y, el arrendatario, creyendo que le asiste una norma –que en verdad no existe–, decide tomar varias cosas que están dentro del negocio para cobrar lo adeudado, configurándose un delito contra la propiedad; en el presente caso yerra (error), porque piensa que la norma le asiste, estando el sujeto activo en un “error de prohibición indirecto”. En tanto la “ignorancia”, que es el desconocimiento de la infracción en sí, el hecho que una persona desconoce que llevarse una mariposa del país al cual fue por turismo es un delito de tráfico de vida silvestre lo cual acarrea un “error de prohibición directo”. El “error de prohibición” directo, indirecto y de comprensión El “error de prohibición directo” radica en el desconocimiento de la norma penal que prohíbe la conducta; v. gr.: el extranjero que ingresa a otro país donde el consumo de marihuana es tipi-

15h54. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora con fecha 24 de julio del 2018 dando contestación a lo ordenado por esta Autoridad mediante auto de 19 de julio del mismo año; en virtud de lo cual, se considera: PRIMERO (calificación de la demanda).- La demanda presentada por la señora ANITA ISABERL MORETA SALGADO, es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite al trámite sumario, establecido en el Art. 332 numeral 4 ibídem… TERCERO (anuncio de pruebas).- Incorpórese al proceso la documentación presentada junto a la demanda, mismos que en lo que fuere procedente y conforme a derecho se tomarán en cuenta en el momento procesal oportuno, así como también se tomará en cuenta el anuncio de los medios probatorios que se ofrecen para acreditar los hechos; no obstante, en atención a lo solicitado en el párrafo Quinto (Prueba testimonial), de considerarlo admisible, en la Audiencia Única que se convocará oportunamente, recéptese

las declaraciones testimoniales de María Teresa Puente Salgado y Ángel Adán Bazantes Gusman, quienes serán notificados con esta convocatoria en los correos electrónicos y casillero judicial señalados por el actor para tal efecto. CUARTO (notificaciones).- Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalado por la parte actora para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensa técnica. Actué en la presente causa la Ab. Yolanda Vargas en calidad de Secretaria encargada mediante Acción de personal No. 9210-DP17-2018-KP. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) Dra. Del Salto Dávila Luz Elisa, Jueza. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 10 de diciembre del 2019, las 09h58. VISTOS: En lo principal, continuando con la tramitación de la causa, visto las razones de no citación sentadas a fojas 26 y 32, en virtud de la declaración rendida por

ficado como delito, creyendo que no lo está: desconocía en absoluto dicha norma penal y por ende actuó con falta de conciencia de la antijuridicidad (error de prohibición). Por su parte, el “error de prohibición indirecto” consiste en la creencia errónea del agente que piensa que su conducta se encuentra permitida por la ley, o, que existe de por medio una causa de justificación; v. gr.: el padre de familia que cree le asiste la ley – cuando no es así–, para reprender a su hijo físicamente configurándose un delito de lesiones. En tanto el “error de comprensión” se da cuando el agente sabe que la conducta se encuentra prohibida por la norma penal, sin embargo, no puede adaptase a la norma por la carga (interna) que tiene, que en algunos casos es cultura o moral, cometiendo la infracción: v. gr.: Los padres que no permiten una trasfusión de sangre para su hijo que tuvo un accidente porque su religión no lo permite, falleciendo el menor a los pocos días, y siendo procesados por un delito de homicidio culposo (sabían la norma reprochable, pero su carga religiosa no les permite internalizar pautas ajenas a sus creencias). V. gr.: La persona creyente en su religión que viaja a otro país con una imagen religiosa, sobre la cual la policía presume está con droga, negándose de manera agresiva, por su conciencia, a entregar la efigie a los agentes, cometiendo

un desacato a la autoridad (sabe que es prohibido el desacato, sin embargo, lo comete por las consideraciones expuestas). O, el miembro de una tribu amazónica que mantiene relaciones sexuales con una menor de 15 años de su misma tribu por costumbre de su cultura, pese a saber que aquello se encuentra prohibido por la norma penal común. Error de prohibición vencible e invencible En lo que se refiere a cuáles son los efectos de un error de prohibición, cabe analizar si se trata de un “error de prohibición vencible” o “invencible”; el primero de ellos da paso –siempre y cuando se demuestre– a que exista responsabilidad penal, pero ésta es reducida, y por ende la aplicación para la reducción de la pena es del máximo previsto en el tipo penal reducido en un tercio. En tanto, si es invencible no existiría responsabilidad penal. Se requiere valorar correctamente cuan exigible es para una persona conocer o comprender que, lo que está cometiendo se encuentra prohibido por la norma penal, para saber si dicho error fue vencible o no. Sobre la valoración probatoria en el “error de prohibición” a) ¿Tuvo el sujeto activo probabilidades (medios de información) para conocer el carácter antijurídico de su acto? b) ¿Dudó o reflexionó sobre la antijuridicidad de su acto, “fuerza

Se puede engañar a algunos todo el tiempo y a todos algún tiempo, pero no se puede engañar a todos todo el tiempo. abraham linColn. Político EE.UU.

la parte actora con fecha 05 de diciembre del 2019 (fj. 77) y en conformidad con lo previsto por el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado MANUEL DE JESÚS CASTILLO CEVALLOS con C. C. 0200873297, mediante publicaciones del extracto de la demanda, auto de calificación y esta auto de sustanciación, realizadas en tres fechas distintas en uno de los periódicos de amplia circulación nacional que se editan en esta ciudad de Quito, para tal efecto, la parte actora acuda al archivo de estas Unidad Judicial a fin de que retire el extracto correspondiente dejando constancia en autos. Cúmplase y notifíquese. F) Dra. Del Salto Dávila Luz Elisa, Jueza. AB. CARLOS HUILCA AGUILAR SECRETARIO Hay firma y sello PAC/112892/AT

MENORES EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CAUSA: ALIMENTOS CON PRESUNCION DE PATERNIDAD Nro. DE JUICIO: 172032013-16903 ACTO R : L A G U AT E RODRIGUEZ MARTHA ROCIO DEMANDADO: DELGADO CEVALLOS CARLOS OMAR CUANTÍA: 3.000 TRAMITE: SUMARIO JUEZ: DR. LUIS LABREJUEZ ENCARGADO OBJETO: NOTIFICACION AUTO: SEÑOR JUEZ DEL UNIDAD JUDICIAL DE

FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA No. Proceso Judicial 172032013-16903 QUITO, 15 de enero de 2020 En atención a su providencia de 14 de enero de 2020 y luego de revisar la tarjeta de pagos # 1701-52355 INFORMO: El alimentante, Sr(a): CARLOS OMAR DELGADO CEVALLOS adeuda Pensiones Alimenticias a partir de: Año Mes Tipo de deuda Valor Interés 2019 Febrero Liquidación de pago 2148,41 2019 Marzo Pensión 61,39 5,12 2019 Abril Pensión 61,39 4,55 2019 Mayo Pensión 61,39 4,07 2019 Junio Pensión 61,39 3,32 2019 Julio Pensión 61,39 2,96 2019 Agosto Pensión 61,39 2,64 2019 Septiembre Adicional 61,39 2,11 2019 Septiembre Pensión 61,39 2,11 2019 Octubre Pensión 61,39

espiritual”, para poder conocer lo prohibido? c) ¿Goza el sujeto activo de suficiente capacidad intelectual acorde a su preparación para exigirle que comprenda que dicho acto es antijurídico? Cada caso deberá valorarse particularmente. Consideraciones finales La última reforma al COIP complementa parcialmente el enorme vacío legal sobre la aplicación del “error de prohibición” en nuestra legislación, para garantizar la culpabilidad no solo como elemento dogmático del delito, sino como un principio que abarca la garantía del derecho a la dignidad del ser humano y el libre desarrollo de la personalidad; y, de legitimación de la pena (proporcionalidad), que no estaban considerados (aún falta mucho por legislar sobre la culpabilidad como elemento legitimador de la pena). Por qué manifesté en líneas anteriores “complementa parcialmente”, porque será a través de la administración de justicia y de los abogados en el día a día en los tribunales, el desarrollo pleno de la teoría del error en derecho penal, siendo indispensable un adecuado uso, sobre todo en la prueba y valoración probatoria para garantizar el ejercicio pleno de los derechos del procesado. 1. Abogado de los tribunales y juzgado de la república del Ecuador. Correo electrónico: malex_004@yahoo.es

1,66 2019 Noviembre Pensión 61,39 1,14 2019 Diciembre Adicional 61,39 0,67 2019 Diciembre Pensión 61,39 0,67 2020 Enero Pensión 61,39 0,16 SubTotale 2946,48 31,18 Total: 2977,66 El valor adeudado por el alimentante asciende a: $2977.66 salvo error u omisión. TERESA GABRIELA CILIO GUEVARA PAGADOR(A) Hay firma UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, viernes 17 de enero del 2020, las 14h44, Agréguese al proceso el informe remitido por la Oficina de Pagaduría de esta Unidad Judicial el 16 de enero del 2020.- En lo principal: 1) Póngase en conocimiento de las partes procesales la liquidación practicada, por el término de 72 horas, a fin de que sea aprobado u objetado, observando los principios de ´verdad´, ´buena fe y lealtad procesal´, previstos en los

Arts. 26 y 27 del Código Orgánico de la Función Judicial, en su orden, prescindiendo del discurso litigioso que incursione en el “abuso del derecho” y el “fraude a la ley”, que se prohíbe en el Art. 130 número 13 Ibídem, solamente en el caso de haber error, formulen alguna observación a la liquidación constante en dicho reporte, acompañando los documentos correspondientes que justifiquen los mismos.- 2) Una vez que la accionante señora LAGUATE RODRIGUEZ MARTHA ROCIO, ha dado cumplimiento con el juramento establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, NOTIFÍQUESE por una sola vez por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación nacional, al demandado señor DELGADO CEVALLOS CARLOS OMAR, con esta providencias y el informe de liquidación realizada el 16 de enero del 2020, para tal efecto confiérase el extracto correspondiente a la actora de esta causa.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f) DRA. ANGELA NUÑEZ.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA


PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Lo que le comunico para los respectivos fines legales.Certifica.AB. GENNYTH TULCANAZA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC/112871/AT

EJECUTIVOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN. Citación judicial a DARWIN MORALES CUMBAJÍN, se le hace saber: Actor: ALICIA JANETH TAPIA GONZÁLEZ, en calidad de apoderada y representante legal de IMPORTADORA TOMEBAMBA S.A. Demandados: COMPAÑÍA I M P O R TA D O R E S & EMPRESARIOS MORALES & MORALES CIA. LTDA (nombre Comercial Tecnología & Hogar), como deudora principal a través del señor DARWIN MORALES CUMBAJIN, cónyuges EDGAR DARWIN MORALES ALDAZ y MARIA YOLANDA CUMBAJIN GUAMAN en calidad de fiadores solidarios Juicio No. 17233-201701689 Trámite: Ejecutivo

Cuantía: Ciento treinta y cinco mil dólares (USD$ 135.000,00) Fundamentos de derecho: numeral 5 del Art. 347 numeral 5 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, referentes al pagare la orden como título ejecutivo, sobre la procedencia; además los Art. 486 al 489 del Código de Comercio, referentes al pagare a la orden y sus requisitos y el Art. 2238 del Código Civil. Abogado del Actor: Dr. Marco Proaño, casillero judicial No. 1858 Fecha de inicio: 18 de agosto del 2017 Asunto: Pago de capital adeudado, más intereses legales. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 10 de octubre del 2017, las 10h35. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito de fecha 27 de septiembre del 2017, a las 13h37 que antecede. En lo principal, por haber contestado dentro del término establecido se dispone lo siguiente: PRIMERO.- CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA Y ADMISIÓN A TRÁMITE: La demanda presentada por la señora ALICIA JANETH TAPIA GONZÁLEZ, en calidad de apoderada y represe nta nte l e ga l de I M P O R T A D O R A TOMEBAMBA S.A., según poder de factor de comercio, conforme lo acredita con el documento que adjunta, en contra de la demandada C O M P A Ñ Í A I M P O R TA D O R E S &

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ASISTENCIA Y PREVISION ASSISPREV S.A. De conformidad a lo dispuesto en e Estatuto Social de la compañía, convocase a Junta General Ordinaria de Accionistas de ASISTENCIA Y PREVISION ASSISPREV S.A.; que se realizará el día LUNES 10 DE FEBRERO DEL 2020 , a las 16:00; en el domicilio principal de la compañía ubicado en la Avenida de los Shyris N33134 y República del Salvador, edificio Libertador, Oficina 804, de la ciudad de Quito, para conocer y resolver el siguiente orden del día: 1. Conocer el informe del Comisario, correspondiente al ejercicio económico 2019. 2. Conocer y Resolver sobre el informe del Gerente General, correspondiente al ejercicio económico 2019. 3. Conocer y Resolver sobre el Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias, correspondiente al ejercicio económico 2019. 4. Conocer y Resolver acerca del destino de las utilidades generadas, correspondientes al ejercicio económico 2019. Los informes del Comisario, el Balance General, el Estado de Pérdidas y Ganancias y el Informe de Gerencia se encuentran a disposición de los Accionistas, en el domicilio de la Compañía. Quito, 22 de enero de 2020 Ing. Karina Borja Flores GERENTE GENERAL Asistencia y Previsión ASSISPREV S.A. PAR/112076/EG

EMPRESARIOS MORALES & MORALES CIA. LTDA (n o m b re C o m e rc i a l Tecnología & Hogar),como deudora principal a través del señor DARWIN MORALES CUMBAJIN ( únicos nombres que conoce), en calidad su calidad de gerente General y Representante Legal y por sus propios derechos y los cónyuges EDGAR DARWIN MORALES ALDAZ y MARIA YOLANDA CUMBAJIN GUAMAN, en calidad de fiadores solidarios, por cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, se califica de clara y precisa, admitiéndole a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO.- La demanda se basa en un PAGARÉ A LA ORDEN, fundamentándose en lo previsto en el numeral 5 del Art. 347nueral 5 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, referentes al pagare la orden como título ejecutivo, sobre la procedencia; además los Art. 486 al 489 del Código de Comercio, referentes al pagare a la orden y sus requisitos y el Art. 2238 del Código Civil, indicando el nacimiento de las obligaciones y la obligación civil que da derecho para exigir su cumplimiento, indicando que contienen una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible. SEGUNDO.MEDIDA PREVENTIVA: En mérito de la documentación aparejada a la presente demanda y a la solicitud del accionante, al tenor del Art. 351 del Código General de Procesos - COGEP, en concordancia con los art. 124 y 126 ibídem, se dispone la prohibición de enajenar del siguiente bien inmueble: Propiedad de los señores EDGAR DARWIN MORALES ALDAZ y MARIA YOLANDA CUMBAJIN GUAMAN, consistente en una casa PB, nivel, mas cero punto dieciocho.- TERRENO: Área de construcción noventa y siete metros y veinte decímetros; subtotal, ciento veinte y nueve metros cuadrados sesenta y seis decímetros cuadrados; alícuota terreno, cuarenta y ocho punto ochenta y dos por ciento.- CONSTRUCIÓN: Área de construcción de la Parroquia Sangolqui, del Cantón Quito, Provincia de Pichincha. LINDEROS GENERALES.- NORTE, con frente a la calle publica, en un longitud de diez metros; SUR: propiedad de Luis Verduga, en un longitud de diez metros; ESTE: linda con el lote número tres de Abel Cumbajin, en una longitud de veinte y siete, treinta centímetros; y OESTE: con la propiedad del señor Rodrigo Pillaje actualmente, en una longitud de veintisiete metros, treinta centímetro; superficie total: doscientos setenta y tres metros cuadrados, cincuenta decímetros cuadrados (273.50M2), cuyas características obran del certificado de gravámenes adjunto a la demanda (Referencias: Folio Registra NRO. 20.391), para la inscripción de la prohibición de enajenar, ofíciese y notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, a fin de que tome nota en los libros a su cargo, para el efecto a fin de dar cumplimiento con lo dis-

Si la castidad no es una virtud, sin duda es una fuerza. J u l e s r e na r d . Escritor francés.

puesto por la suscrita Jueza, de conformidad con el art. 72 del COGEP, en concordancia con el Art. 146 del COFJ, remítase atento DEPRECATORIO al Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha. El accionante deberá prestar las facilidades del caso. TERCERO.- CITACIÓN: Realizada la diligencia mencionada en el acápite segundo de éste auto, se ordena la citación en el lugar señalado a la demandada 1) C O M P A Ñ Í A I M P O R TA D O R E S & EMPRESARIOS MORALES & MORALES CIA. LTDA (n o m b re C o m e rc i a l Tecnología & Hogar), como deudora principal a través del señor DARWIN MORALES CUMBAJIN (únicos nombres que conoce), en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la compañía, y por sus propios derechos, con una copia de la solicitud y este auto inicial, de conformidad con el Arts. 54 del COGEP, para la práctica de esta diligencia, por Secretaría remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones para su cumplimiento, una vez que el interesado proporcione las copias necesarias de la demanda, escrito, de los documentos adjuntos y este auto inicial, mismas que deberán ser obtenidas a través de la oficina de Gestores del Archivo del Complejo Judicial, estableciendo así que la parte accionada ejerza su legítimo derecho a la defensa, conforme lo establece el Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador. 2) Cítese a los cónyuges EDGAR DARWIN MORALES ALDAZ y MARIA YOLANDA CUMBAJIN GUAMAN, en calidad de fiadores solidarios, con una copia de la solicitud y este auto inicial, de conformidad con los Arts. 54 y 55 del COGEP, para la práctica de esta diligencia, de conformidad con el art. 72 del COGEP, en concordancia con el Art. 146 del COFJ, remítase atento DEPRECATORIO al Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha; una vez que el interesado proporcione las copias necesarias de la demanda, de los documentos adjuntos y este auto inicial, mismas que deberán ser obtenidas a través de la oficina de Gestores del Archivo del Complejo Judicial, estableciendo así que la parte accionada ejerza su legítimo derecho a la defensa, conforme lo establece el Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador. El citador o funcionario que realice la citación deberá cumplir con lo dispuesto en el Art. 63 del COGEP, cerciorándose de la identidad de la persona citada y la determinación del lugar, fecha y hora de la citación, si existiere la negativa de la persona citada de firmar en la constancia, deberá sentar la correspondiente

razón de sustento. Al momento de la citación a la parte demandada se le prevendrá de su deber procesal de comparecer a esta causa designando abogado patrocinador, el mismo que debe cumplir con lo establecido en el artículo 324 numeral 3 del Código Orgánico de la Función Judicial, casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal, para sus respectivas notificaciones, tal como lo prescribe el artículo 66 del Código Orgánico General de Pro cesos. C UA RTO. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA: En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS, una vez citados legalmente para que C O M P A Ñ Í A I M P O R TA D O R E S & EMPRESARIOS MORALES & MORALES CIA. LTDA (n o m b re C o m e rc i a l Tecnología & Hogar),como deudora principal a través del señor DARWIN MORALES CUMBAJIN (únicos nombres que conoce), en calidad su calidad de gerente General y Representante Legal y por sus propios derechos y los cónyuges EDGAR DARWIN MORALES ALDAZ y MARIA YOLANDA CUMBAJIN GUAMAN en calidad de fiadores solidarios, CONTESTEN la demanda en la cual podrán: 1. Pagar o cumplir con la obligación; 2. Formular Oposición acompañando la prueba conforme con lo previsto en el Código Orgánico General de Procesos; 3. Rinda caución con el objeto de suspender providencia preventiva, lo cual podrá hacer en cualquier momento del proceso, hasta antes de la sentencia; 4. Reconvenir al actor con otro título ejecutivo.- Dentro de la oposición podrán proponer las excepciones previas y taxativas enunciadas en los artículos 353 y 153 ibídem. Además deberá adjuntar la documentación viable para su defensa en virtud de lo previsto en el artículo 151 y 152 ibídem. Bajo prevención que si la parte demandada dentro del término concedido, (15 días término luego de haber sido citados) no cumplen la obligación, ni proponen excepciones o si las excepciones propuestas son distintas a las permitidas en el COGEP para este tipo de procesos, se pronunciará inmediatamente sentencia y la resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO.- PRUEBA: Tómese en cuenta todos los anuncios probatorios propuestos por el accionante en su demanda, para los fines pertinentes. Las demandadas de igual forma, deberá tomar en cuenta los anuncios de prueba, a fin de que contradigan los mismos de conformidad al inciso segundo del Art. 151 del Código Orgánico General de

Procesos. Se les recuerda a las partes que los anuncios de p r u e ba s se r á n ADMITIDOS de ser pertinentes, útiles y conducentes en la audiencia única de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos; y, siempre que exista oposición debidamente fundamentada a la demanda conforme lo previsto en el artículo 354 del COGEP. SEXTO.OTRAS D I S P OS I C I O N ES : La Resolución interpretativa No. 07-2015, de fecha 10 de junio del 2015, emitida por la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, en el Art. 5 establece que el impulso del proceso corresponde a las partes y la omisión de esta carga procesal no es atribuible a la o el juzgador. S E P T I M O . N OT I F I CAC I O N ES Y CASILLERO.- Téngase en cuenta la casilla judicial Nro. 1858 y el correo electrónico señalado por el actor y la calidad en la que actúa. Incorpórese al proceso toda la documentación adjunta. Actúe en calidad de secretaria titular de éste despacho la Ab. Zaruma Cando Mayra Jolima. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE Q U I TO, P R OV I N C I A DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, sábado 4 de enero del 2020, las 16h15, VISTOS: De conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y de la revisión del proceso se puede verificar que a fojas 88, 150, 184, 200, 211, 223 y 247 de autos, constan las certificaciones de no citación al demandado DARWIN MORALES CUMBAJÍN; además, en atención a lo solicitado por la parte accionante en el escrito de 19 de noviembre del 2019 a las 12h31, en el que textualmente dice: “De acuerdo a la razón sentada por el Señor Citador y sin embargo de las averiguaciones efectuadas, ha sido imposible determinar la individualidad o el actual domicilio y lugar de trabajo del demandado SR. DARWIN MORALES CUMBAJÍN, lo cual lo declaro bajo juramento, y según lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, le solicito a Ud. Señor Juez que se digne ordenar la citación del SR. DARWIN MORALES CUMBAJÍN con cédula de ciudadanía No. 1716697014, a través de uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad”; y en base al certificado de Registro Consular del demandado señor DARWIN MORALES CUMBAJÍN emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en el que consta que el demandado no registra salida del país, tampoco registro consular en el exterior; en tal virtud, en atención a lo solicitado por el actor y continuando con la sustanciación del proceso, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en base del juramento rendido por la parte actora, misma que ha sido realizada ante esta autoridad el 29 de noviembre del 2019 a las 09h45, en

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el que el accionante dice: “…Dando cumplimento a lo ordenado por su señoría y de conformidad con los Arts. 56 del Código Orgánico General de Procesos, bajo juramento de ley declaro que pese a las averiguaciones realizadas, y luego de acudir a los registros de público acceso, NO ha sido posible determinar el domicilio y/o residencia del demandado señor DARWIN MORALES CUMBAJÍN. Por lo que pido sea citado por la prensa…”; en tal virtud, cítese al demandado DARWIN MORALES CUMBAJÍN mediante publicaciones realizadas por la prensa, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para lo cual concédase el extracto correspondiente, el cual es enviado a la casilla judicial No. 1858 señalada por la parte accionante a fin de que se dé cumplimiento a la presente disposición.NOTIFÍQUESE.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico o correo electrónico para sus notificaciones. Ab. ELIZABETH CHECA A. SECRETARIA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL QUITUMBE. Hay firma y sello PAR/112061/EG EXTRACTO DE CITACIÓN Casilla 4535 A: MARIA ALEJANDRA ALMEIDA DAVILA. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio ejecutivo No. 172332018-04931, seguido por IVAN FRANICSCO TORRES VILLACIS TRÁMITE: EJECUTIVO ACCION: COBRO LETRA DE CAMBIO CUANTIA USD (200.000,00) DOSCIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. OBJETO DE LA DEMANDA: “ Que en sentencia se condene al demandado al pago del capital que asciende a la suma de CIENTO DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 00/100 (USD 110.000), se condene al demandado al pago de los intereses tomando en cuenta la tasa máxima activa referencial a partir de la fecha del protesto, se condene al demandado al pago de los honorarios profesionales de mis abogados defensores, al pago de los gastos y costas procesales.f) El actor. AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 14 de junio del 2019, las 09h29, VISTOS: Forme parte del proceso el escrito presentado por la parte actora, por cuanto ha dado cumplimiento con lo solicitado en auto precedente, dentro del término concedido

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para del efecto, se dispone lo siguiente: PRIMERO.CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el señor IVAN FRANCISCO TORRES VILLACÍS, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en una LETRA DE CAMBIO y que obra a fs. 1 de autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347.4 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP. SEGUNDO.- CITACIÓN.- Se dispone la citación de la demandada señora MARIA ALEJANDRA ALMEIDA DAVILA, en el lugar señalado en el líbelo de la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, el escrito que la completa y este auto inicial, para lo cual emítase atento DEPRECATORIO VIRTUAL a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, a fin de que dé cumplimiento con la diligencia de citación, ofreciendo reciprocidad en casos análogos. Por intermedio de secretaría envíese el deprecatorio virtual correspondiente, dejando constancia en el SATJE. El citador o funcionario que realice la citación deberá cumplir con lo dispuesto en el Art. 63 del COGEP, cerciorándose de la identidad de la persona citada y la determinación del lugar (domicilio), fecha y hora de la citación, si existiere la negativa de la persona citada de firmar en la constancia, deberá sentar la correspondiente razón de sustento. TERCERO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN.- De conformidad con lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 (QUINCE) días a fin de que la parte demandada señora MARIA ALEJANDRA ALMEIDA DAVILA, cumpla con la obligación, formule oposición, o proponga excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 del Código citado.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda y escrito que la completa, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las


REVISTA JUDICIAL C4

JUEVES 23 DE ENERO DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR

partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer. QUINTO.NOTIFICACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correos electrónicos señalados por la parte actora para sus posteriores notificaciones, así como la autorización conferida a su defensa técnica. En cumplimiento a lo previsto en el numeral 4 del artículo 196 del Código Orgánico General de Procesos, que dispone: “La prueba documental actuada quedará en poder de la o del juzgador para tenerla a la vista al momento de tomar su decisión sobre el fondo del asunto, dejando a salvo la facultad de las partes de volver actuarla o usarla durante la audiencia de juicio”, y cumpliendo con el principio de contradicción, se niega el desglose solicitado por el actor mediante escrito de fecha 28 de enero del 2019, por no ser el momento procesal oportuno. Se niega lo solicitado en el acápite XII del líbelo de la demanda. Actúe la Ab. Glenda Bayas en calidad de Secretaria encargada, en reemplazo de la Ab. Lorena Albán, según acción de personal No. 6923-DP17-2019MS, por el periodo comprendido entre el 3 al 17 junio del 2019. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 13 de enero del 2020, las 10h06, VISTOS: Forme parte del proceso el escrito presentado por la parte actora.- Atenta la petición formulada por la parte accionante y en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora (fs. 60), conforme lo dispone el Art.- 56 del Código Orgánico General de Procesos, CITESE a la parte demandada señora MARIA ALEJANDRA ALMEIDA DAVILA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, para lo cual por secretaría de esta Unidad Judicial Civil Laboral elabórese el extracto respectivo, dejando constancia en el Sistema SATJE, remitiéndose el extracto correspondiente al casillero judicial señalado por la parte actora. CITESE y NOTIFIQUESE.Ab. Lourdes González G. SECRETARIA Hay firma y sello PAR/112068/EG EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACION JUDICIAL A:

MEDINA POMA LAURO CELESTINO Y MOLINA SARANGO MARIANA DE JESUS ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S. A DEMANDADO: MEDINA POMA LAURO CELESTINO Y MOLINA SARANGO MARIANA DE JESUS JUICIO NO: 17230-201812158 TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD. 7078.88 OBJETO: SALDO DEL CAPITAL CONSTANTE EN EL PAGARE, INTERES CORRIENTE, INTERES DE MORA Y PAGO DE COSTAS PROCESALES. JUEZ: DR. WILMER ZAMBRANO ORTIZ DEFENSOR: ABG. GRACE PAULINA FLORES ERAZO INICIO: 15/08/2018 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE Q U I TO, P R OV I N C I A DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 21 de agosto del 2018, las 15h28, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, y en virtud de la razón del sorteo realizado, se dispone. La demanda presentada por la Abg. Grace Flores Erazo, Procuradora Judicial del Ing. Jaime Guillermo Talbot Dueñas, Gerente General y Representante Legal del Banco del Austro S.A, conforme se justifica con el documento que acompaña, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- SEGUNDO: En consecuencia, los demandados: MEDINA POMA LAURO CELESTINO y MOLINA SARANGO MARIANA DE JESUS, en el término de QUINCE (15) días, contesten a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan algunas de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO: CÍTESE con el contenido de la deman-

da y el presente auto, a los demandados señores: MEDINA POMA LAURO CELESTINO y MOLINA SARANGO MARIANA DE JESUS, en el lugar señalado en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 53 y siguientes del COGEP. Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones, previniendo a los ejecutados la obligación que tienen de señalar casilla judicial y/o electrónica (el accionante provea de las copias necesarias para la citación).- QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados por la parte actora.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones. Actúe el Dr. Alejandro Ochoa, en calidad de Secretario de la Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 16 de enero del 2020, las 10h00, VISTOS: En virtud del juramento rendido, así como del certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana constante a (fjs.58-59) y; con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la parte accionada MEDINA POMA LAURO CELESTINO y MOLINA SARANGO MARIANA DE JESUS por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación local, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto.- Una vez entregado el extracto la parte actora deberá presentar en esta Unidad Judicial las publicaciones respectivas en el término de 15 días.-CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- F.) Juez Dr. Wilmer Zambrano Ortiz. Lo que se CITA/NOTIFICA para los fines de Ley, previniéndole/s de la obligación de señalar Casilla Judicial en esta ciudad de Quito, a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. ABG. ALEX CURAY CAMACHO SECRETARIO Hay firma y sello PAC/112909/AT EXTRACTO CASILLA 5506 CITACIÓN JUDICIAL A: ESTRADA VARGAS MARCELA JACQUELINE JUICIO: EJECUTIVO No. 17230-2018-14696 CUANTIA: 1.500,oo.000 USD ACTOR: B A R B A SALAZAR DIEGO Y SERRANO CRUZ EDWIN (PROCURADORES JUDICIALES DE CADENA HECTOR, REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA.) DEMANDADO: ESTRADA VA R G A S MARCELA JACQUELINE y VERDEZOTO GAVILANEZ JOSE LUIS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 27 de septiembre del 2018,

Si la felicidad de la masa del género humano puede asegurarse a costa de una pequeña tempestad de vez en cuando, o incluso de un poco de sangre, sería una adquisición preciosa. Thomas JeFFerson. Político EE.UU. las 11h58, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito; y, en virtud del sorteo electrónico de ley, que precede. La demanda que antecede presentada por la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza del Valle Ltda., en contra de los señores José Luis Verdezoto Gavilanez y Marcela Jaqueline Estrada Vargas; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que consta dentro de los títulos previstos en el artículo 347 del mismo Código; y, contiene los requisitos establecidos en el art. 348 ibídem; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. En consecuencia, CÍTESE, a los demandados señores JOSÉ LUIS VERDEZOTO GAVILANEZ y MARCELA JACQUELINE ESTRADA VARGAS; en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia de los documentos adjuntos y este auto inicial; para el efecto envíese suficiente despacho en forma a la oficina de citaciones; a fin de que se dé cumplimiento con esta diligencia (la parte accionante provea de las copias necesarias para la citación). De conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados por el accionante para sus notificaciones; así como, la calidad en la que comparece. Actúe Dra. Rosa Guerrero Castro, en calidad de Secretaria de este despacho NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.-F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 11 de diciembre del 2019, las 13h35, Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de la parte demandada, se dispone: CÍTESE, a la parte demandada señora ESTRADA VARGAS MARCELA JACQUELINE,

mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por la parte actora.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAB/24444/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: MARGARITA SOLEDAD RAMIREZ DELGADO.-

DEMANDADO: MARGARITA S O L E DA D RA M I R E Z DELGADO.JUICIO No. 17230-201813601.TRAMITE: EJECUTIVO.CUANTÍA: CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 00/100.AB. DEFENSOR: AB. DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR EN CALIDA DE PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA.O B J E TO : QUE EN SENTENCIA SE CONDENE A LA DEMANDADA AL PAGO DEL VALOR CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN DENTRO DEL PRESENTE PROCESO. UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 10 de septiembre del 2018, las 12h04, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil, con sede en la parroquia Iñaquito del el D.M., de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.- En lo principal se considera: La demanda presentada por DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR, EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ, en calidad de procuradores judiciales del Ing. Héctor Rolando Cadena Lucero, representante legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., conforme lo acredita con el documento que adjunta, es

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTE INTERNACIONAL ROCALOBA CIA.LTDA. De conformidad a las disposiciones de la Ley de Compañía y los estatutos sociales; se convoca a la Junta General Ordinaria de Socios de la compañía TRANSPORTE INTERNACIONAL ROCALOBA CIA.LTDA., la misma que tendrá lugar en la ciudad de Quito, en el domicilio ubicado en la Pereira E4-23 y Jorge Drom Edificio lñaquito II Oficina 603, el día Viernes 31 de Enero del 2020, a partir de las 10:30 am, en donde se trataran los siguientes puntos: 1. Constatación del Quórum. 2. Nombramiento de Presidente de la Compañía. 3. Nombramiento de Gerente General de la Compañía.

clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el pagaré a la orden establecida a fs. 1, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Cítese a la parte demandada en la presente causa, señora MARGARITA S O L E DA D RA M I R E Z DELGADO en calidad de deudora principal, en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará copias de la demanda y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolu-

ción no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe el Abg. Diego Acuña Naranjo en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 6 de enero del 2020, las 12h02, VISTOS: En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a la demandada MARGARITA S O L E DA D RA M I R E Z DELGADO, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes.- A través de secretaría remítase al casillero judicial No. 5506 el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.-AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE COMERCIAL, ESCOLAR E INSTITUCIONAL “VANSEXPRES” S.A. Por no haberse evacuado los puntos a tratar en la primera convocatoria, Se convoca a los señores accionistas de la Compañía de Transporte Comercial, Escolar e Institucional “Vansexpres” S.A. A la segunda Junta General Extraordinaria con los mismos puntos del orden del día de la primera Convocatoria, que se realizara el día, Martes 28 de Enero del 2020, A las 9H00, en el domicilio principal de la Compañía, ubicado en las calles García Moreno 771 y Bruning, de la Ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, Parroquia de Conocoto, para tratar el siguiente orden del día: 1.- Constatación del quórum. 2.- Eleccion de Nuevos Administradores de la Compañía periodo. 2020-2022. 3.- Eleccion de Comisario Principal y Comisario suplente. Quito, 23 de Enero del 2020 Sr. Julio R. Lema L. PRESIDENTE

Quito, 23 de Enero del 2020 Lcdo. José López Melo GERENTE GENERAL

Sr. Hugo G. Salazar C. GERENTE PAP/74546/AT

PAC/112921/AT


SECRETARIO Hay firma y sello PAB/24445/AT R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUI IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) CITACIÓN JUDICIAL A: FREIRE PALACIOS SANTIAGO MANUEL y CARDENAS VELASCO MIRIAM JOSETH EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-201906005 Actor: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., por intermedio de DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR y EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ en calidad de PROCURADORES JUDICIALES Demandado: FREIRE PALACIOS SANTIAGO MANUEL Y OTROS Tipo/Acción: EjecutivoCobro de Pagare a la Orden Cuantía: $15.000

Inicio: 12 de Abril del 2019 Defensor: Ab. Diego Armando Barba Salazar Casillero: 5506 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 17 de abril del 2019, las 15h53, VISTOS: Avoco conocimiento de la causa mediante acción de personal No. 7903-DNTH-2015 -KP de 2 de junio del 2015, en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- En lo principal, la demanda presentada por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., por intermedio de DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR y EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ en calidad de PROCURADORES

JUDICIALES, conforme lo acredita con la documentación adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código. En consecuencia, se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo y se ordena la citación a la parte demandada FREIRE PALACIOS SANTIAGO MANUEL y CARDENAS VELASCO MIRIAM JOSETH (EN PERSONA POR SER EL LUGAR DE TRABAJO), en el domicilio señalado en el libelo de demanda, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto de calificación, debiendo remitirse las boletas de citación a la oficina correspondiente (El peticionario prestará las facili-

CONVOCATORIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA SEVMORGEO S.A. Dando cumplimiento a lo establecido en la Ley de Compañías y conforme lo dispuesto en la Resolución No. SCV.DNCDN-14-014 emitida por la Superintendencia de Compañías y Valores (Actualmente Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros) , publicada en el Registro Oficial No. 371 de 10 de Noviembre de 2014, se convoca a los señores accionistas de la Compañía SEVMORGEO S.A., a la sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas que tendrá lugar el 3 de Febrero de 2020, a las 9:00 horas en las oficinas ubicadas en la Calle del Establo Calle E, Site Center, Torre 1, Piso 3, Oficina 301, de esta ciudad de Quito, Provincia de Pichincha a fin de conocer y resolver sobre los siguientes asuntos: 1. Conocimiento y Resolución sobre el informe de Gerente General, Auditores Externos y Comisarios del año 2017; 2. Conocimiento y resolución sobre el balance general y los Estados financieros correspondientes al año 2017; 3. Conocimiento y resolución sobre el destino de las utilidades correspondientes al año 2017; 4. Conocimiento y designación del Comisario para el ejercicio fiscal 2018 y su correspondiente honorario; 5. Conocimiento y Resolución sobre el informe de Gerente General, Auditores Externos y Comisarios del año 2018; 6. Conocimiento y resolución sobre el balance general y los Estados financieros correspondientes al año 2018; 7. Conocimiento y resolución sobre el destino de las utilidades correspondientes al año 2018; 8. Conocimiento y designación del Comisario para el ejercicio fiscal 2019 y su correspondiente honorario; 9. Conocimiento de la resolución No. SVCS-IRQDRASD-2019-00008354 emitida por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. Se convoca en forma especial, individual y expresa al Comisario de la Compañía, señor Luis Pablo Rodríguez Rivera domiciliado en las calles: Av. Raúl Padilla y Mariscal Sucre N78-383. Los Estados Financieros con sus anexos, el Informe de Gerente General y el Informe de Comisario se encuentran con ocho días de anticipación a la celebración de la Junta, a disposición de los accionistas, en las oficinas de la compañía, para su conocimiento y estudio. Quito, 23 de Enero de 2019

Ruben Sosa Viracucha Gerente General PAR/112078/EG

Si junto a la biblioteca tienes un jardín, ya no te faltará nada. marCo Tulio CiCerón. Político, orador, filósofo y literato romano.

dades necesarias), a fin de que se cite a la parte demandada en la forma prevista por los artículos 54 y 55 del COGEP. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado, se ordena que se le haga conocer a la parte demandada por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. Publíquese la citación en la página web del Consejo de la Judicatura, conforme lo determina el numeral 2 de las DISPOSICIONES REFORMATORIAS PRIMERA al CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO, que de manera textual manifiesta lo siguiente “…Toda citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial…”. En aplicación a lo dispuesto en los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda conforme lo determina el artículos 351 último inciso del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, conforme lo determina el artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora en su escrito de demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 17 de diciembre del 2019, las 14h22, Agréguese al proceso el escrito que antecede. Se señala para el día 07 de enero del 2020, las 15H00, a fin de que la parte actora COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., por intermedio de DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR o EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ en calidad de PROCURADORES JUDICIALES, comparezcan a esta Unidad Judicial de lo Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, ubicada en el quinto piso del edificio Complejo Judicial Norte, cuya dirección es: Av. Amazonas y calle Juan José Villalengua, sector Iñaquito de esta ciudad, y dé cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 inciso 2 del Código Orgánico General de Procesos, y con JURAMENTO DECLARE que le es imposible determinar la individualidad, el

domicilio o residencia de la parte demandada FREIRE PALACIOS SANTIAGO MANUEL y CARDENAS VELASCO MIRIAM JOSETH; y que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, juramento que se realizará ante esta juzgadora. HECHO QUE SEA, por intermedio de la Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, confiérase el extracto necesario a fin de que se cite a la parte demandada FREIRE PALACIOS SANTIAGO MANUEL y CARDENAS VELASCO MIRIAM JOSETH, por la prensa de acuerdo a lo prescrito en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos. NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico. AB. VERONICA MENA T. SECRETARIA Hay firma y sello PAB/24446/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: ESPINOSA ESTRELLA DIEGO MAURICIO ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA. DEMANDADOS: ESPINOSA ESTRELLA DIEGO MAURICIO TRAMITE/ASUNTO: CIVILEJECUTIVO-PAGARE A LA ORDEN JUICIO No. 17230-201812975 CUATIA: USD. 7.436,70 Juicio No. 17230-201812975 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 4 de septiembre del 2018, las 14h36, VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, se considera: PRIMERO: CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- La demanda presentada por los Abs. Diego Armando Barba Salazar y Edwin Mauricio Serrano Cruz, Procuradores Judiciales del Ing. Héctor Rolando Cadena Lucero, en su calidad de Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Alianza del Valle” Ltda., es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento eje-

cutivo.- SEGUNDO.- En consecuencia, el demandado, señor ESPINOSA ESTRELLA DIEGO MAURICIO, en el término de QUINCE (15) días, pague la obligación demandada, o conteste a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP y proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. TERCERO.- CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a la parte demandada en el lugar señalado en el libelo, conforme al artículo 53 siguientes del Código Orgánico General de Procesos, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico; para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina correspondiente.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- QUINTO.Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones.- Actúe la Dra. María Isabel Solano Camacho, en calidad de secretaria de este despacho jurisdiccional.- NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Carmen Romero Ramírez, Jueza.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, viernes 29 de noviembre del 2019, las 08h35, En lo principal, en virtud del juramento realizado por la parte actora, se ordena la citación al demandado, señor ESPINOSA ESTRELLA DIEGO MAURICIO, por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en el cantón Quito, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos; para el efecto, confiérase el extracto correspondiente. Notifíquese.- f) Dra. Carmen Romero Ramírez, Jueza.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, (Ecuador), para posteriores notificaciones.Dra. María Isabel Solano Camacho SECRETARIA Hay firma y sello PAB/24447/AT R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUI IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) CITACIÓN JUDICIAL A: MARTINEZ ZAMBRANO ERIK JAVIER EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-20171518 Actor: Cooperativa De

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Ahorro Y Credito Alianza Del Valle Ltda., por intermedio de Andrea Nataly Sarauz Rivadeneira, Edwin Mauricio Serrano Cruz y Diego Armando Barba Salazar en calidad de Procuradores Judiciales Demandado: Albuja Ruiz William Orlando y Otros Tipo/Acción: EjecutivoCobro de Pagare a la Orden Cuantía: $7.000 Inicio: 13 de Noviembre del 2017 Defensor: Ab. Edwin Mauricio Serrano Cruz Casillero: 5506 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 16 de noviembre del 2017, las 12h49, VISTOS: Avoco conocimiento de la causa mediante acción de personal No. 7903-DNTH-2015 -KP de 2 de junio del 2015, en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- En lo principal, la demanda presentada por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., por intermedio de ANDREA NATALY SARAUZ RIVADENEIRA, EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ y DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR en calidad de PROCURADORES JUDICIALES, conforme lo acreditan con la documentación adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código. En consecuencia, se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo y se ordena la citación a la parte demandada ALBUJA RUIZ WILLIAM ORLANDO en calidad de deudor principal, mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Cotacachi, provincia de Imbabura, a quien se le remitirá suficiente despacho ofreciéndole reciprocidad en casos análogos (El peticionario prestará las facilidades necesarias); y, MARTINEZ ZAMBRANO ERIK JAVIER y ROSERO ERAZO MARIA FERNANDA en calidad de deudores solidarios, en el domicilio señalado en el libelo de demanda, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto de calificación, debiendo remitirse las boletas de citación a la oficina correspondiente (El peticionario prestará las facilidades necesarias), a

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fin de que se cite a la parte demandada en la forma prevista por los artículos 54 y 55 del COGEP. En aplicación a lo dispuesto en los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda conforme lo determina el artículos 351 último inciso del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, conforme lo determina el artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora en su escrito de demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 7 de noviembre del 2019, las 16h10, Agréguese al proceso el escrito y anexos que anteceden, así como la razón de NO citación a MARTINEZ ZAMBRANO ERIK JAVIER. UNO: Atenta lo solicitado en el escrito que se provee, se señala para el día 14 DE NOVIEMBRE del 2019, las 15H30, a fin de que la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., por intermedio de ANDREA NATALY SARAUZ RIVADENEIRA, EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ o DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR en calidad de PROCURADORES JUDICIALES, comparezca a esta Unidad Judicial de lo Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, ubicada en el quinto piso del edificio Complejo Judicial Norte, cuya dirección es: Av. Amazonas y calle Juan José Villalengua, sector Iñaquito de esta ciudad, y dé cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 inciso 2 del Código Orgánico General de Procesos, y con JURAMENTO DECLARE que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la parte demandada MARTINEZ ZAMBRANO ERIK JAVIER, y que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, juramento que se realizará ante esta juzgadora, hecho que fuera se concederá el extracto correspondiente. DOS: De la revisión del sistema se puede evidenciar que con fecha 19 de marzo del 2018 (fecha en la cual aún no entraba en vigencia la utilización de los deprecatorios virtuales) se ha hecho constar lo siguiente: “…Siento por la presente que con fecha 19 de marzo del 2018, se procedió con él


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envió al casillero Judicial del actor No. 5506 el respectivo deprecatorio para la práctica de inscripción de prohibición de enajenar, para los fines legales pertinentes…”; por tal razón la parte actora en el término de tres días, realice las gestiones pertinentes a fin de obtener el deprecatorio físico en la que se dispuso la citación al demandado ALBUJA RUIZ WILLIAM ORLANDO, y sea incorporado a la presente causa. NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico. AB. VERONICA MENA T. SECRETARIA Hay firma y sello PAB/24448/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-COGEPTRÁMITE ORAL EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: VINTIMILLA GANDARA VERONICA ALEXANDRA ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA. D E M A N D A D O/S : VINTIMILLA GANDARA VERONICA ALEXANDRA JUICIO No: 17230-201815058 CUANTIA: USD. 4.466,26 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 18 de octubre del 2018, las 08h34, VISTOS.- Actúo en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito, encargado de este despacho según acción de personal No. 4962-DP172018-MP, de 05 de junio del 2018.- En lo principal: PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos; y, por cuanto el pagaré a la orden que adjunta constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 5 ibídem, en concordancia con el Art. 486 del Código de Comercio, misma que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible conforme lo determina el Art. 348 del mismo COGEP; en tal virtud se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. S E G U N D O . CONTESTACIÓN.- Se concede a la parte demandada el término de QUINCE (15) días para que conteste a la demanda conforme lo determina el Art. 351 del COGEP, contestación que deberá reunir los requisi-

tos de los Arts. 142, 143, 151, 152 y demás pertinentes ibídem; de ser el caso deberán proponer alguna de las excepciones previstas en el Art. 353 ibídem, bajo prevención que, de no hacerlo SE PRONUNCIARÁ SENTENCIA, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del mismo cuerpo legal.TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación en el lugar señalado a la demandada VINTIMILLA GANDARA VERONICA ALEXANDRA, por sus propios y personales derechos, a quienes se citará con una copia de la demanda y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.La parte actora comparezca a esta Unidad Judicial y proporcione las copias necesarias para efectuar la citación dispuesta.CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- De ser procedente, previo ejercicio de admisibilidad, se dispondrá la producción de los medios probatorios anunciados por la parte actora.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la demanda.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se encuentra a su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.QUINTO.- Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la calidad en que comparece la procuradora y autorización conferida a su defensor.- Actúe la Ab. Patricia Feijoo en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 12 de diciembre del 2019, las 14h34, Vistos. En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a la demandada VINTIMILLA GANDARA VERONICA ALEXANDRA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.f) EDWIN G. PANCHO. JUEZ.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, para posteriores notificaciones. AB. ANDRÉS GARCÍA H SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL D.M.Q – COGEP

Hay firma y sello PAB/24449/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: RENAN BRYAN BUITRON PROAÑO Y MONICA PATRICIA POZO JOJOA.DEMANDADO: RENAN BRYAN BUITRON PROAÑO Y MONICA PATRICIA POZO JOJOA.JUICIO No. 17230-201901493.TRAMITE: EJECUTIVO.CUANTÍA: TRECE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA CON 36/100.AB. DEFENSOR: AB. DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “ALIANZA DEL VALLE” LTDA.O B J E TO : QUE EN SENTENCIA SE SIRVA DISPONER QUE LOS DEMANDADOS CANCELEN LA OBLIGACION CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN MATERIA DEL PRESENTE PROCESO INTERESES Y GASTOS.UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 21 de febrero del 2019, las 16h46, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y la procuración judicial que anteceden.- Por cuanto se ha dado cumplimiento al auto de sustanciación anterior.En lo principal, se considera: La demanda presentada por los abogados MARIA VICTORIA ENRIQUEZ JURADO; EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ; y DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR, en su calidad de procuradores judiciales de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “ALIANZA DEL VALLE” LTDA., conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro del pagaré a la orden que adjunta, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.Cítese a la parte demandada

Si la belleza es la llave de los corazones. La coquetería es la ganzúa. andré mason.

en la presente causa, señores POZO JOJOA MONICA PATRICIA y RENAN BRYAN BUITRON PROAÑO, en calidad de deudores principales; en calidad de deudores solidarios, en las direcciones indicadas, para lo cual se adjuntará copias de la demanda, escrito de aclaración, y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Sin necesidad de dejar copias en autos procédase con el desglose de la primera Procuración Judicial anexada al escrito de la demanda, observando las formalidades del caso.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe el Abg. Diego Acuña Naranjo en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, sábado 11 de enero del 2020, las 15h51, VISTOS: En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a la parte demandada señores RENAN BRYAN BUITRON PROAÑO y MONICA PATRICIA POZO JOJOA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes.- A través de secretaría remítase al casillero judicial No. 5506 el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.-AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAB/24450/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACIÓN JUDICIAL A:

PABON MINDA MARIA DEL CARMEN ACTOR: BARBA SALAZAR DIEGO ARMANDO Y SERRANO CRUZ EDWIN MAURICIO D E M A N D A D O : MALDONADO PABON ROSA DEL CARMEN Y PABON MINDA MARIA DEL CARMEN JUICIO EJECUTIVO: 172332018-04325. CASILLERO JUDICIAL: 5506 ABOGADO: DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR ACCION: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN. CUANTIA: USD. 6100,00. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 30 de octubre del 2018, las 11h11, VISTOS: Agréguense a los autos el escrito y anexos adjuntos.- En lo principal, la demanda presentada por el Dr. EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ, Procurador Judicial de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA y el Ab. EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ, conforme lo justifican con la copia certificada de la Escritura Pública de Procuración Judicial constante a fs. 9 a la 15 de los autos y con la cual legitiman su intervención, en contra de las señoras MALDONADO PABON ROSA DEL CARMEN, en calidad de deudora principal, y PABON MINDA MARIA DEL CARMEN, en calidad de deudora solidaria; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en un PAGARE A LA ORDEN por un valor de SEIS MIL CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA CON 00/100 (USD $ 6.100,00); documento que constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en los artículos 347, 348 y 349 del mismo código; ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se la califica y se la admite a trámite de procedimiento ejecutivo.Se ordena la citación de las demandadas señoras: MALDONADO PABON ROSA DEL CARMEN, y PABON MINDA MARIA DEL CARMEN, en calidad de deudora principal y deudora solidaria respectivamente, en el domicilio señalado, esto es, Barrio Santa Isabel, Calle Huancavilca, y Calle Princesa Quilago, Lote E6-74. Ref. frente a Comercial Suntaxi, Casa en construcción de 3 pisos, con puertas de color verde, Parroquia Amaguaña, Cantón Quito, Provincia de Pichincha; debiendo la parte interesada en el término de tres días, acercarse a esta Unidad Judicial, para proveer las copias necesarias, a fin de elaborar el número

de boletas que se requieran para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos aparejados, el escrito presentado y este auto inicial, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir las notificaciones que le correspondan; para cuyo efecto remítanse las copias de ley a la Oficina de Citación de esta Unidad Judicial Civil a fin de que cumplan con el acto procesal dispuesto.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que las demandadas propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del cuerpo legal en mención, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 ibídem.-Tómese en cuenta la cuantía, la casilla judicial No. 5506, así como los correos electrónicos edwinserrano@hotmail. com.ar; que señalan los actores para recibir futuras notificaciones.-Actúe la Ab. Gloria del Cisne Fajardo Paladines en calidad de secretaria encargada del despacho.-según acción de personal No. 1139-DP17-2018-KV, de fecha 22 de enero de 2018. CITESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DRA. ADRIANA M A RC E L A ROMERO ALVAREZ, JUEZ Quito, miércoles 18 de diciembre del 2019, las 14h51, VISTOS: En virtud del juramento rendido por el Ab. EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ previo a encontrarse agotadas las diligencias para determinar el domicilio de la parte demandada, amparada en lo dispuesto en el artículo 56 numeral 2 incisos segundo, tercero y cuarto reformado por la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos publicada en el Registro Oficial 517 de fecha 26 de junio de 2019 se dispone la citación de la señora PABON MINDA MARIA DEL CARME mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación del lugar que deberán ser agregadas al proceso, para lo cual la actuaria elabore un extracto de la demanda y de esta providencia.- NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.- f) AB. ADRIANA ROMERO ALVAREZ, JUEZA. AB. MARÍA MERCEDES ENRÍQUEZ ROSERO. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (E). Hay firma y sello PAB/24451/AT RAZON correspondiente al Juicio No. 17233201803556(20077059) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CÍTESE CON LA SIGUIENTE DEMANDA EJECUTIVO

A: KATIUSSKA MARISOL P OV E DA CA R R E R A , CUYO EXTRACTO ES EL SIGUIENTE: JUICIO: EJECUTIVO ACTOR: ANA BELEN SERRANO GALARRAGA PROCURADORA JUDICIAL DE LA CORPORACION DE DESARROLLO DE MERCADO SECUNDARIO DE HIPOTECAS CTH S.A. DEMANDADO: NELSON PATRICIO PAEZ CARRERA y KATIUSSKA MARISOL POVEDA CARRERA CAUSA: 17233-2018-03556 CASILLA JUDICIAL: 3178 CUANTIA: $29.000,00 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 22 de agosto del 2018, las 08h37, VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez Encargado de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia de Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, en virtud de la acción de personal No. 9854-DP17-2018-MP, de fecha 13 al 27 de agosto del 2018. Agréguese al proceso el escrito y documentos presentados por la parte actora, por haberse dado cumplimiento con lo dispuesto en auto precedente, dentro del término establecido por la ley. En lo principal se considera: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), misma que se fundamenta en un Contrato de Préstamo con Amortización Gradual No.3900046650 que obra de fs. 114 a 32 de autos, documento que constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en el Art. 347 Ibídem, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite

mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- SEGUNDO.EMBARGO: Previa a la citación, por así solicitarlo la parte actora, y en mérito al certificado del Registro de la Propiedad del Cantón Quito y a la Escritura de Hipoteca Abierta adjunta al proceso, de conformidad al artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, se dispone el EMBARGO de la casa número UNO, compuesta de P.B., alícuota de 7.6685% P.A., alícuota de 5.5394%, Jardín número UNO, alícuota de 62.7698%, Parqueadero UNO, alícuota de 2.2943%,alícuota total de 78.2720%, situado en la parroquia de CONOCOTO, de este cantón Quito, y demás características constantes en el certificado. Para el efecto, y en razón del sorteo en el SATJE se designa como Depositario Judicial al señor BASSANTE JOSE EDMUNDO GUILLERMO, quien contará con el apoyo de los miembros de la Policía Nacional, para lo cual, líbrense los oficios respectivos. Quienes levantaran el Acta de ejecución de embargo, conforme lo determina el articulo 388 COGEP. Hecho el embargo, ofíciese al señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, a fin de que inscriba el embargo, como así lo dispone el artículo 389 del Ibídem.TERCERO.- CITACIÓN: Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto a la parte demandada señores NELSON PATRICIO PAEZ CARRERA y KATIUSSKA MARISOL POVEDA CARRERA, en la dirección señalada en el libelo inicial, la citación se la hará a través de la oficina de citaciones y de conformidad con lo establecido en el artículo 53, 54, 55 y 63 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito Metropolitano de Quito, previniéndoles a los deman-

CONVOCATORIA La Compañía de Transportes TAXVIRTUDNORTE S.A. CONVOCA a la Junta General de Accionistas Extraordinaria a realizarse el día Miércoles 29 de Enero del 2020 a las diez horas (10:00 AM) a realizarse en la sede de la compañía (Dir.: Pio XII S/N Y Carlos Mantilla); sector San Juan de Calderón, con la siguiente orden del día: 1) Constatación del quórum 2) Aprobación aumento de capital y reforma de estatuto de la Compañía Taxvirtudnorte S.A. NOTA.- SE REQUIERE LA PRESENCIA OBLIGATORIA DEL SEÑOR (A) ACCIONISTA. SR. SOPA DARWIN PRESIDENTE

SR.VILLARRUEL MARCELO GERENTE GENERAL PAP/74547/EG


dados de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones, la parte accionante brinde las facilidades necesarias para la elaboración de las boletas de citación.- CUARTO.CONTESTACIÓN: Conforme lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 (QUINCE) días, a fin de que la parte demandada cumpla con la obligación o proponga excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 Ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente SENTENCIA ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 del Código citado.- QUINTO.ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la demanda.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se encuentra a su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.- SEXTO: NOTIFICACIÓN: Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por el compareciente para notificaciones.- Actúe como Secretario Encargado de esta Unidad Judicial Civil, el Abg. Ángel Ricardo Simbaña Araujo.- NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE Y CÍTESE.- DR. GONZALEZ SOLORZANO EDUARDO ENRIQUE, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 13 de enero del 2020, las 09h06, VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia de Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, en virtud de la acción de personal No. 1403-DP17-2018MP, de fecha 6 de febrero del 2018. Por haber comparecido el actor a rendir el juramento ordenado en auto inmediato anterior, con la finalidad de citar a la parte demandada señora KATIUSSKA MARISOL POVEDA CARRERA, por la prensa; al respecto se tiene en cuenta lo siguiente: PRIMERO.- Que el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, en lo pertinente señala: “Citación a través de uno de los medios de comunicación. A la persona o personas cuya individualidad, domicilio o residencia sea imposible determinar, se la citará mediante: 1. Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circula-

ción del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación. (…) La declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o del demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso, la hará la o el solicitante bajo juramento que se presentará ante la o el juzgador (…)”; SEGUNDO.- Con el juramento rendido por el actor en el sentido de que le ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la parte demandada y sobre la base de la certificación conferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Coordinación Zonal 09 en el sentido de que el demandado en este juicio no ha salido del país ni consta en el registro consular en el exterior; de conformidad con el Art 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR a la señora KATIUSSKA MARISOL POVEDA CARRERA, a través de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, con un extracto de la demanda, auto de calificación y esta providencia.- Por Secretaría elabórese y extiéndase el extracto correspondiente.Actúe como Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, la Abg. Lady Estefania Alvarado López, mediante Acción de Personal No. 2007-DP17-2018-KV de fecha 14 de febrero del 2018. NOTIFÍQUESE. f) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DAVALOS, JUEZ Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones.- Certifico. AB. LADY ESTEFANIA ALVARADO LÓPEZ SECRETARIA Hay firma y sello PAC/112912/AT

VARIOS Casilla Nro. 5297 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y LA ADOSLESCENCIA DE PICHINCHA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL D.M.Q. C I TA C I O N : MARIA M E RC E D E S TUPIZA SIMBAÑAS y MARIA MAGDALENA TUPIZA SIMBAÑA EXTRACTO JUICIO: PARTICION DE BIENES SUCESORIOS NRO. JUCIO: 17203-201901077 ACTOR: TUPIZA SIMBAÑA MARIA CONCEPCION TRAMITE: SUMARIO CUANTIA: A B O G A D O PATROCINADOR: LUIS MARCELO OJEDA ALVARADO UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y LA ADOSLESCENCIADE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL D.M.Q. DE LA PARROQUIA PICHINCHA Quito, miércoles 11 de diciembre del 2019, las

14h31, VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito Provincia de Pichincha, encargada del despacho de la Dra. Johana Paola Ayala Taco.Agréguese al proceso el escrito presentado por la señora Maria Concepción Tupiza Simbaña.- En lo principal, en atención al mismo, se dispone: CITESE a los señores MARIA TERESA TUPIZA SIMBAÑA, JUAN MANUEL TUPIZA SIMBAÑA, MARIA SUSANA TUPIZA SIMBAÑA, ROSA MARIA TUPIZA SIMBAÑA, MIGUEL ANGEL, MARIA CAROLINA, ROBERTO, LUIS EDUARDO, EDISON DANIEL, FAUSTO HUGO y BERTHA ELIZABETH SIMBAÑA TUPIZA, de conformidad al Art. 72 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual remítase atenta COMISION al Teniente Político de la Parroquia Calderón, Cantón Quito, Provincia de Pichincha.- 2) CITESE a las demandadas señoras MARIA MERCEDES TUPIZA SIMBAÑAS y MARIA M AG DA L E N A TUPIZA SIMBAÑA, de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, mediante EXTRACTO.NOTIFIQUESE.- f) DRA. Johanna Ayala Taco A.JUEZA DE UNIDAD Lo que le hago saber para los fines de ley. Muy atentamente DRA. VIVIANA CECILIA AYALA ANDRADE SECRETARIA Hay firma y sello PAP/74536/AT UNIDAD JUDICIALDE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PUBLICACION JUICIO: INTERDICCION No. 17203-2018-08849 A C TO R : HINOJOSA CASTILLO R I TA MAGDALENA DEMANDADO: ANDRES ANTONIO LASSO FERRO TRAMITE: SUMARIO C U A N T Í A : INDETERMINADA. UNIDAD JUDICIALDE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, lunes 18 de noviembre del 2019, las 12h18, VISTOS: Comparecen al Órgano Judicial la señora RITA MAGDALENA HINOJOSA CASTILLO después de consignar sus generales de Ley, en lo principal manifiesta: “Debo recalcar que desde su nacimiento ANDRES ANTONIO LASSO HINOJOSA y por el síndrome de Dauw con el cual nació mi hijo, siempre ha vivido y ha estado conmigo, bajo mi cuidado y protección hasta la actualidad, quien a la fecha tiene 32 años de edad. Los Arts. 478, 481, 482, 483, 484 del Código Civil, en concordancia con lo dispuesto en los Arts. 467 y 468, del mismo código. Con los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, los comparecientes expresamente

Si juzgamos el amor por la mayor parte de sus defectos, se parece más al odio que a la amistad. François

de la

r o C h e F o u Cau l d . Escritor francés.

solicita a usted que en sentencia, se sirva declarar la interdicción de su hijo señor ANDRES ANTONIO LASSO HINOJOSA y designar como su madre la señora RITA MAGDALENA HINOJOSA CASTILLO .- Señala el trámite, cuantía y designa a su abogado defensor y señala casilla judicial para recibir sus notificaciones.Admitida que fue la causa a trámite; la Juzgadora ha realizado la valoración al señor ANDRES ANTONIO LASSO HINOJOSA; una vez agotado el trámite de ley, encontrándose al estado de resolver, esta Unidad Judicial, motiva y dispone en las consideraciones que siguen: PRIMERO: La competencia de esta Unidad Judicial se encuentra asegurada de conformidad con el Arts. 175, 178 de la Constitución de la República; Arts. 233, 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; Art. 255 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia.SEGUNDO: En la tramitación de la causa se han cumplido con todas las solemnidades sustanciales determinadas en el Art 76 de la Constitución de la República en concordancia con el Art. 107 del Código Orgánico General de Procesos, no existiendo por lo tanto nulidad que alegar.TERCERO: Obra a fojas 3 la partida de nacimiento de ANDRES ANTONIO LASSO HINOJOSA.- CUARTO: Obra la razón de citación a la parte demandada.- QUINTO: A fojas 4 obra el certificado emitido por el Ministerio de Salud Pública, Hospital Provincial General Pablo Arturo Suárez, certifica que el señor ANDRES ANTONIO LASSO HINOJOSA presenta síndrome de Dawn, con retraso del 79 %, trastorno depresivo.- SEXTO: 6.1.- En los actuales momentos, la prueba no puede ser considerada únicamente como una carga onus probandi, sino también, como en la especie, un prototípico y autonómico derecho a probar. El Art. 164 del Código Orgánico General de Procesos prescribe: “Valoración de la prueba. Para que las pruebas sean apreciadas por la o el juzgador deberán solicitarse, practicarse e incorporarse dentro de los términos señalados en este Código. La prueba deberá ser apreciada en conjunto, de acuerdo con las reglas de la sana crítica, dejando a salvo las solemnidades prescritas en la ley sustantiva para la existencia o validez de ciertos actos. La o el juzgador tendrá obligación de expresar en su resolución, la valoración de todas las pruebas que le hayan servido para justificar su decisión. El Art. 169 inciso 1° prescribe: “…Carga de la prueba. Es obligación de la parte actora probar los hechos que ha propuesto afirmativamente en la demanda y que ha negado la parte demandada en su contestación a…”; así el art. 27 del Código Orgánico de la Función Judicial, determina: “Principio de la Verdad

Procesal.- Las juezas y jueces, resolverán únicamente atendiendo a los elementos aportados por las partes…”.- SÉPTIMO: En el presente caso la accionante fundamenta su demanda en los Arts. 332 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con el Art. 371 del Código Civil.- OCTAVO: Por lo anotado ut supra, se justifica la necesidad, de que efectivamente se le ponga en interdicción y se le provea de curador o curadora.- [VIII] La decisión adoptada con precisión de lo que se ordena. Por lo anotado este despacho judicial, y mientras se decida la causa, resuelve: Declárese en interdicción provisional al señor ANDRES ANTONIO LASSO HINOJOSA, de estado civil soltero, con cédula de ciudadanía No. 1716604549, de 34 años de edad, ciudadano ecuatoriano, se nombra curadora interina a su madre: Señora RITA MAGDALENA HINOJOSA CASTILLO portadora de la cédula de ciudadanía No. 1703389088, nacionalidad ecuatoriana, de estado civil divorciada, domiciliada en esta ciudad de Quito.Notifíquese este auto interlocutorio al público en la forma establecida en el Art. 468 del Código Civil, publíquese por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, hecho que sea incorporen al proceso la publicación.- De conformidad con el Art. 468 del Código, artículo 27 de la Ley de Registro inscríbase en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito.- La procedencia o no del pago de indemnizaciones, intereses y costas: Sin indemnizaciones, intereses, costas ni honorarios que regular.- Actúe la Dra. Martha Elizabeth Maldonado Ruiz, en su calidad de secretaria de este despacho judicial. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Nubia Yineth Vera Cedeño.Juez.-OTRO AUTO.UNIDAD JUDICIALDE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, miércoles 20 de noviembre del 2019, las 14h24, VISTOS.Al tenor del Art. 100 del Código Orgánico General de Procesos, de oficio se amplia la auto de fecha 18 de noviembre del 2019, las 12h18, en lo referente a la parte resolutiva entendiéndose de la siguiente manera “[…]resuelve: Declárese en interdicción provisional al señor ANDRES ANTONIO LASSO HINOJOSA, de estado civil soltero, con cédula de ciudadanía No. 1716604549, de 34 años de edad, ciudadano ecuatoriano, se nombra curadora interina a su madre: Señora RITA MAGDALENA HINOJOSA CASTILLO portadora de la cédula de ciudadanía No. 1703389088, nacionalidad ecuatoriana, de estado civil divorciada, domiciliada en esta ciu-

dad de Quito.- Notifíquese este auto interlocutorio al público en la forma establecida en el Art. 468 del Código Civil, publíquese por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, hecho que sea incorporen al proceso la publicación.- De conformidad con el Art. 468 del Código, artículo 27 de la Ley de Registro inscríbase en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito.- Se realice los carteles en los parajes más frecuentes del cantón.- La procedencia o no del pago de indemnizaciones, intereses y costas: Sin indemnizaciones, intereses, costas ni honorarios que regular.- Actúe la Dra. Martha Elizabeth Maldonado Ruiz, en su calidad de secretaria de este despacho judicial. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- […]”en lo demás las partes estarán a lo ordenado en auto de fecha 18 de noviembre del 2019, las 12h18.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- f) Dra. Nubia Yineth Vera Cedeño.- Juez Lo comunico para los fines de ley. DRA. MARTHA ELIZABETH MALDONADO RUIZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIALDE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC/112918/AT CITACION JUDICIAL A LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE JOHN ALEX SALGADO ZAPATA EXTRACTO AC TO R : SANCHEZ SANCHEZ JULIA ANDREA DEMANDADO: HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE JOHN ALEX SALGADO ZAPATA P R E T E N S I Ó N : AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIEN DEL MENOR LLEYTON MAXIMILIANO SALGADO SANCHEZ (porcentaje correspondiente al vehículo de placas PBH 1485) CUANTÍA: USD $ 1.540,00 dólares (50%) JUICIO NÚMERO: 179812019-04957 TRÁMITE: VOLUNTARIO JUEZ: AB. LUCILA SORIA PÉREZ UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 6 de enero del 2020, las 14h21, VISTOS: En mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en la Parroquia de Quitumbe D.M.Q. provincia de Pichincha; amparada en lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la Republica, artículos 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, y por sorteo de Ley, Avoco conocimiento de la presente causa.: Agréguese los escritos que anteceden. 1.- CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- La demanda de Autorización de Venta de Bienes de un Menor de edad, presentada por la señora JULIA ANDREA SANCHEZ SANCHEZ es clara, precisa y reúne los demás

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requisitos de ley previstos en el Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334 numeral 6 ibídem. 2.-CÍTESE A HEREDEROS DESCONOCIDOS: De conformidad con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a herederos desconocidos del causante JOHN ALEX SALGADO ZAPATA, por medio de la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, para lo cual entréguese por medio de secretaria el extracto pertinente; a fin que el los terceros interesados actúen conforme lo determina el Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. 3.- AUDIENCIA RESERVADA.-Con fundamento en los arts. 44, 45, 175 de la Constitución de la República del Ecuador; art. 12.2 de la Convención Sobre los Derechos del Niño; artículos 11, 60, 106, 253.5, 257 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, Art. 31 inciso final del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con la Resolución No. 10-2016 de la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, expedida el 21 de diciembre del año 2016, una vez cumplida y verificada la citación en audiencia que se señalará para el efecto, previo a la audiencia Única de procedimiento voluntario, se escuchara en Audiencia Reservada a los parientes de la solicitante o terceras personas y se pronuncie respecto de la insinuación del curador ad-litem; cumplido con esta diligencia, se designara Curador Ad-Lítem al señor CRISTIBAL VICENTE SA N C H E Z SA N C H E Z (TIO MATERNO) del niño LLEYTON MAXIMILIAO SALGADO SANCHEZ, a fin de que los represente en éste proceso. 4.- AUDIENCIA.- La audiencia única establecida en el Art. 335 inciso segundo, se señalará una vez que sea citada a los terceros interesados, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir. La audiencia única se escuchara a los concurrentes y se practicará las pruebas, para la cual los accionantes deberán contar con todos los medios de prueba anunciados en su solicitud. 5.-DOCUMENTOS.Agréguese a los autos los documentos que acompaña la parte actora en su demanda. 6.- NOTIFICACIONES.Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados por la accionante para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado defensor. NOTIFÍQUESE.- F) AB. LUCILA SORIA PÉREZ, JUEZ TITULAR Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir futuras notificaciones.- CERTIFICO.DR. JULIA CAIZALUISA

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ORTIZ SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL Hay firma y sello PAP/74550/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: JUAN MIGUEL PAULINO CONGO ACTOR: Ing. SONIA G UA DA LU P E QUINTERO MONTERO en calidad de Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Puellaro DEMANDADOS: CONGO JUAN MIGUEL PAULINO, CLEVER PETILU OGONAGA CONGO y MONICA XIMENA LEON ESPINOZA JUICIO: Civil No. 17230-2017-17221 TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 14-122017 CUANTIA: USD. 19.642,37 JUEZ PONENTE: DRA.RITA ORDOÑEZ PIZARRO DEMANDA: “… condene a la demandada….al pago del valor de (USD.19642,37) ….más los intereses, costas procesales, honorarios profesionales .…”. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 5 de febrero del 2019, las 15h34, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil, del Distrito Metropolitano de Quito, en legal y debida forma.- En lo principal, la demanda presentada por la ingeniera SONIA GUADALUPE QUINTERO MONTERO en calidad de Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Puellaro Ltda., es clara y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), puesto que se fundamenta en el pagaré a la orden que adjunta a la demanda, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 5 del artículo 347 ibídem, contiene que determina el artículo 348 del mismo código, por lo que se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.En consecuencia, la parte demandada esto es el señor CONGO JUAN MIGUEL PAULINO, en calidad de deudor principal, y los cónyuges, CLEVER PETILU OGONAGA CONGO y MONICA XIMENA LEON ESPINOZA, en calidad de deudores solidarios, en el término de quince (15) días, cumplan la obligación demandada o formulen oposición en la forma prevista por los Arts. 351, 353, 151 y siguientes del COGEP, bajo la prevención de lo dispuesto por el Art. 352 ibídem, esto es que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule


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oposición debidamente fundamentada.- CITACIÓN: Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto, a la parte demandada, esto es el señor CONGO JUAN MIGUEL PAULINO en calidad de deudor principal, y a los cónyuges, CLEVER PETILU OGONAGA CONGO, y MONICA XIMENA LEON ESPINOZA en calidad de deudores solidarios, en la dirección señalada en la demanda, para el efecto, envíese suficiente despacho a la Oficina de Citaciones, para lo cual, la parte accionante proporcione las copias necesarias para el cumplimiento de la diligencia .Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado por la parte accionante para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida en el patrocinio a su abogado defensor.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro.Juez…………… UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 6 de enero del 2020, las 14h56, Avoco conocimiento en la presente causa, en mi calidad de Jueza encargada del despacho de la Dra. Rita Ordoñez Pizarro, Jueza de esta Unidad Judicial Civil; mediante Acción Personal N° 15422-DP17-2019-MS. Desde el 2 al 9 de enero del 2020.- En virtud del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos cítese al señor JUAN MIGUEL PAULINO CONGO, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se de esta ciudad de Quito; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un resumen de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.- NOTIFÍQUESE.f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro.Juez…………… Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.Quito, 09 de enero del 2020. Certifico.- AB.RAUL VELEZ NARANJO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL COGEP Hay firma y sello P-240763-VF REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP -CITACIÓN JUDICIALAL DEMANDADO: AGUIRRE TARTAGLIONE ANDRES MANUEL ACTOR: GRANI & TORRI CIA. LTDA. TIPO DE PROCESO: CIVIL ACCION: EJECUTIVO COBRO DE LETRA DE

CAMBIO No. DE JUICIO: 17233-201905137 CUANTIA: $. 4.200 CUATRO MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA AUTOS DE SUSTANCIACION: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 18 de septiembre del 2019, las 09h46, VISTOS.Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia de Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, en virtud de la acción de personal No.1404-DP17-2018-MP y del sorteo de Ley en la oficina correspondiente. PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.La demanda presentada por el compareciente señor FABIO MAROTTI, en su calidad de GERENTE GENERAL y como tal REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA GRANI & TORRI CIA. LTDA., conforme lo justifica con la documentación adjunta, es clara y cumple con los requisitos formales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en la letra de cambio que obra a fojas 1 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo prescrito en los artículos 347.4, 348 y 349 del COGEP, por lo que se la admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP; SEGUNDO.CITACIÓN: A fin de precautelar la tutela judicial efectiva y el debido proceso prescrito en los Arts. 75 y 76 de la Constitución de la República, específicamente el derecho a la defensa, cítese en legal y debida forma a la parte demandada, señor: ANDRES MANUEL AGUIRRE TARTAGLIONE; en la dirección que indica la parte accionante en su demanda, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que practique la citación, diligencia que se efectuará por medio de la Oficina de citaciones de la Función Judicial, para el efecto la parte actora preste las facilidades del caso a fin de elaborar las boletas de citación. Se requiere a la defensa de la parte actora que en el término de 3 días colabore con este despacho judicial en la obtención de las copias necesarias para que se cumpla con las indicadas citaciones, so pena de lo establecido en numeral 1 del artículo 132 del Código Orgánico de la Función Judicial, mismas que deberán ser ingresadas por medio de escrito para constancia de dicho acto. TERCERO.- SOBRE

LA OBLIGACIÓN: En aplicación de lo establecido en los artículos 351 y 352 del Código Orgánico General de Procesos; se concede el término de QUINCE (15) días a fin de que la parte demandada ANDRES MANUEL AGUIRRE TARTAGLIONE; cumpla con la obligación o proponga excepciones de manera taxativa conforme lo prevé el artículo 353 ibídem una vez citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 ibídem; CUARTO.ANUNCIO DE PRUEBAS: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer. QUINTO.Respecto a lo solicitado por la parte actora, en el acápite VI del libelo de su demanda, PROVIDENCIAS PREVENTIVAS; el suscrito Juzgador previo a proveer conforme a derecho, de acuerdo con lo establecido en el Art. 127 del Código Orgánico General de Procesos, convoca a la parte interesada a la Audiencia en la que resolverá dicha solicitud, misma que se llevará a cabo el día JUEVES 19 DE SEPTIEMBRE DEL 2019, A LAS 09H30; en las instalaciones de esta Unidad Judicial Civil, ubicada en el Complejo Judicial Sur Quitumbe, en el sector Tambo Llacta, calle Lira Ñan, lote 32 y Otoya Ñan. En esta virtud, y conforme lo establecido en el artículo 86 del Código Orgánico General de Procesos las partes deberán comparecer PERSONALMENTE, acompañados de abogado patrocinador, dejando a salvo la comparecencia en la forma prevista en el mismo artículo 86 ibídem, en cuyo caso deberán comparecer a través de Procurador Judicial con suficiente poder para transigir. Hecho que fuere se atenderá lo que corresponda. CUMPLASE Y NOTIFIQUESE. f) DR. DAVID CEDENO CAMACHO, JUEZ.AUTOS DE SUSTANCIACION: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 9 de enero del 2020, las 12h41, De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, se dispone lo siguiente: En mérito del juramento rendido por la parte actora que obra a fojas 41 del proceso, se dispone que se cite al demandado ANDRES MANUEL AGUIRRE TARTAGLIONE; por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de los que se editan en esta ciudad de Quito, de confor-

Si hubiera un solo hombre inmortal sería asesinado por los envidiosos. Chumy Chúmez Humorista y dibujante español.

midad con lo dispuesto en el artículo 56 del COGEP; por Secretaria confiérase el extracto correspondiente, el mismo que, se lo envía al casillero judicial de la parte actora, ejecutoriado este auto. En aplicación del principio de cooperación con la Administración de Justicia y de economía procesal, la parte actora una vez hechas las publicaciones haga llegar a esta Judicatura debidamente adjuntadas, recortadas y pegadas en hojas formato A4 tamaño Inen., (No adjuntar periódicos enteros) para lo cual se le concede el término de 20 días; So pena de lo establecido en numeral 1 del artículo 132 del Código Orgánico de la Función Judicial. CUMPLASE y NOTIFIQUESE.-f) DR. DAVID CEDENO CAMACHO, JUEZ.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico o correo electrónico para sus notificaciones. AB. ANGEL SIMBAÑA ARAUJO S E C R E T A R I O ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/112062/EG REPÚBLICA DEL ECUADOR SECRETARÍA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO AL PÚBLICO EN GENERAL LES HAGO SABER LO SIGUIENTE: EXTRACTO: ACTOR: LEON MARQUINA SEGUNDO FRANCISCO ( R E P R E S E N TA N T E ) , CO M PA Ñ I A C L I N I CA VILLASALUD CIA.LTDA. DEMANDADA: LOPEZ PUEDMA LUCILA CLEMENCIA CAUSA: INSOLVENCIA 17307-2010-1518 C U A N T I A : INDETERMINADA JUEZ: DR. RICHARD CHINDE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO SECRETARIA: AB. ANDREA MALDONADO PROVIDENCIA: PICHINCHA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- 16 de julio del 2014, a las 12h03.- Agréguese al proceso el escrito presentado. Atenta la petición que antecede, se dispone la entrega a la parte actora señor SEGUNDO FRANCISCO LEON MARQUINA, de la cantidad de doce mil seiscientos treinta y siete dólares ($ 12.637, oo), depositados por la parte demandada por concepto del mandamiento de ejecución, para lo cual ofíciese al Banco Nacional del Fomento. Por haberse hecho el pago y cumplido

con la obligación, se declara hecho el pago y extinguida la obligación. De conformidad con lo que dispone el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial en concordancia con el inciso 4to del Art. 608 del Código de Procedimiento Civil, se dispone publicar por la prensa en uno de los periódicos de esta localidad, la rehabilitación de la señora LUCILA CLEMENCIA LOPEZ PUEDMA, a costas de la demandada.- Actúa la Abg. Griselda Albàn Tigasi, Secretaria encargada mediante acción de personal No. 4762 DP-UPTH, de fecha 11 de julio del 2014.- NOTIFIQUESE.-f) Dr. Eduardo Gonzalez.Particular que cito para los fines de Ley. ANDREA MALDONADO SECRETARIA JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAP/74545/EG ACTA correspondiente al Juicio No. 1512320100230 (4593429) REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE NAPO QUIJOS-EL CHACO CITACION JUDICIAL CITO: con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales, al señor Avalos Azogue Adrian Alexander; cuyo extracto es como sigue: ACTOR: AVALOS AVALOS JORGE RODRIGO DEMANDADO: AVALOS AZOGUE ADRIAN ALEXANDER. JUICIO: Nro. 15123-20100230 TRAMITE: Sumario, Alimentos OBJETO: Extinción de alimentos CUANTIA: Indeterminada JUEZ: Dr. Manuel de Jesus Armijos Curipoma AUTO: Quijos, martes 14 de enero del 2020, las 08h35. VISTOS.- En mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón QUIJOS-BAEZA, de la dependencia de la Corte Provincial de Napo Mediante Acción de personal Nro.- 0169-DNTH-2015LG de fecha 08 de enero del 2015, resolución del Consejo de la Judicatura número 300-2014 de fecha 21 de noviembre del 2014, suscrita por el Ab. Milton Hidalgo Ruiz, Director Provincial del Consejo de la Judicatura de Napo, en tal virtud avoco conocimiento de la presente causa y dispongo: 1.- La demanda de extinción de Pensión Alimenticia presentada por AVALOS AVALOS JORGE RODRIGO, de fecha 9 de enero del 2020, las 17h13, en contra de AVALOS AZOGUE ADRIAN ALEXANDER, se la califica de clara y precisa por reunir los requisitos de ley y se la admite al trámite sumario conforme al Art. 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos.- En

tal virtud, al haber justificado documentadamente no poder individualizar la residencia del demandado, se dispone; CÍTESE con la demanda y auto de aceptación a trámite bajo prevenciones de ley, al demandado AVALOS AZOGUE ADRIAN ALEXANDER, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, (COGEP) es decir mediante 3 publicaciones por la prensa en fechas distintas en un diario de amplia circulación nacional; en ese sentido a través de secretaría provéase el extracto necesario de la demanda y auto de calificación, para su publicación, se le previene la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta Judicatura para futuras notificaciones. Una vez citado el demandado y conforme lo establece el Art. 333 numeral 3 se les concede el término de 10 días para que conteste la demanda, transcurrido dicho término se procederá a señalar día y hora para la Audiencia Única. Se suspende provisionalmente la pensión alimenticia que viene sufragando el alimentante, sin perjuicio de que el alimentario pruebe el derecho que tiene de seguirla percibiendo esto de conformidad a lo que establece el artículo 351, y 360 del Código Civil, para lo cual envíese el proceso a pagaduría a fin de que se registre en el Código SUPA, Téngase en cuenta el anuncio y solicitad de prueba señalados, las mismas que serán admitidas el día de la audiencia única conforme lo determina el ART. 160 y 161 del COGEP. CÚMPLASE Y CÍTESE.- Dr. Manuel de Jesus Armijos Curipoma, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Napo.- Particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines de ley.- Baeza, a veinte y uno de enero del año dos mil veinte.- EL SECRETARIO.Dr. Manuel de Jesus Armijos JUEZ. Hay firma y sello PAR/112075/EG

ANULACIONES

BANCO RUMIÑAHUI QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8045219200 Nro. Cartola 1692337010 6 C l i e nte COLIMBA CIFUENTES, WILMER-ARTURO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8047870700 Nro. Cartola 165 1 8 670365 C l i e nte NAVAS , GLADYS-FABIOLA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8045782100 Nro. Cartola

172 1 3 5 1 0 922 C l i e n te ESPINOSA ABENDANO, DANIEL-EMILIANO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8163657500 Nro. Cartola 17697810111 Cliente ALDAZ QUIMBIULCO, EDDITHJAQUELINE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8063908000 Nro. Cartola 16875900843 Cliente PILCO CONDO, EDGAR-AMADO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8137321600 Nro. Cartola 16930580457 Cliente JIMA JIMA, JOSE-ANTONIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8037807700 Nro. Cartola 16541510562 Cliente DEFAZ ESPIN, MARCO-BENJAMIN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8027641100 Nro. Cartola 16631940331 Cliente GUERRA GALLEGOS, CARLOSdel Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8262555300 Nro. Cartola 1 8 37732 0 017 C l i e nte SIMBANA TOAPANTA, PRISILA-DEL ROCIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8197398100 Nro. Cartola 18023740378 Cliente TAPIA ENRIQUEZ, WILLIAM-FERNANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8046550200 Nro. Cartola 16725600429 Cliente SOTO ORTIZ, JUAN-FRANCISCO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-

cación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8296684500 Nro. Cartola 1 8 5 1 99 8 01 32 C l i e nte QUISATAXI TOAPANTA, MARIA-ELENA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8081439900 Nro. Cartola 17062090877 Cliente ZAMBRANO MENDOZA, ERWIN-YOHAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8489383700 Nro. Cartola 1 978 4 33 0 01 1 C l i e nte GUAIRACAJA MANAY, IVAN-DANIEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8158564200 Nro. Cartola 176 4 1 9 1 0389 C l i e nte CA RVA JA L GUZMAN, JOSE-RICARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8532795000 Nro. Cartola 20095580005 Cliente N N AC H I E S P I N OZ A , CLELIO-GUSTAVO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR

COOPROGRESO COOPERATIVA COOPROGRESO Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF / DPFP Nº 002000100000043003 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ROMO MARIA CECILIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/31219/NR

ANULACIONES VARIAS Se anula por perdida el certificado de ahorro a Plazo # 215152904 emitido por la Mutualista Pichincha, por un valor de USD$10.000,00 perteneciente a Rosa Santos p.ab/24405 ========= POR PERDIDA DE TITULO DE UNIDAD TU #1060 TU #1398 DEL CAMPOSANTO MONTEOLIVO PAB/24466/AT


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Quito 23 de enero de 2020 by LA HORA Ecuador - Issuu