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Quito, Ecuador
MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 CIUDAD
CULTURA
Excesivo tráfico afecta a dos vías
‘Vacío’: cine sin fronteras
Página A3
Número total de ejemplares puestos en circulación: 27.419 MIRA
Congele bien sus alimentos Página B8
Página A6
Debate social por abandono
¿Se queda o se va?
La muerte de una neonata en Ambato despierta distintas opiniones. Madre de la menor fue arrestada. El caso de la niña abandonada en Pinllo (Ambato) generó conmoción en la ciudadanía. Este se suma a los 17 que se registran a escala nacional entre 2018 y 2019. De estos, 5 se dieron en terrenos baldíos, según la Dinapen. La madre de la menor fue arrestada. Celeste Arias, responsable de adopciones del MIES, explica que las mujeres que quieran dar en adopción a un hijo pueden hacerlo sin problemas. Colectivos abogan por derechos de la mujer. Página B2
17
NEONATOS fueron abandonados entre 2018-2019.
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CASOS se registraron en 2018.
Rechazo ante posible demanda Ante la posibilidad de que sectores indígenas demanden contra el Estado, por el supuesto uso excesivo de la fuerza en las protestas de octubre de 2019, el Gobierno prepara un informe detallado a cargo de la Procuraduría General del Estado y la Cancillería sobre esos hechos. Esta documentación irá a la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), a donde ha dicho que acudirá la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie). Página B1
Inició el juicio al presidente Donald Trump. Demócratas buscan su destitución. Página B5
LA FRASE
“Contribución especial por mejoras es un error conceptual y jurídico”. NAPOLEÓN SANTAMARÍA, CONSULTOR TRIBUTARIO.
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Coronavirus llega a EE.UU.
Países de Asia reforzaron los controles para localizar y aislar a los pasajeros infectados por un coronavirus aparecido en China, del que se reportó un primer caso en EE.UU. Página B6
PRIMERA SUERTE
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SEGUNDA SUERTE
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‘Cobro de mejoras incumple el principio tributario de igualdad’
CIUDAD A2
tiempo lectura 15 min.
MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR
AGENDA MÚSICA Tango, Milonga & Candombe Disfrute de una noche única con ritmos argentinos interpretados por Richie Pimienta cantautor uruguayo. CUÁNDO: hoy DÓNDE: Wampra Arte Bar (Valladolid N24-218 y Guipuzcoa -La Floresta) HORA: 20:00 VALOR: entrada libre Reservas: 097 989 56 67
CONCIERTO Mondonguito Vlus Deléitese con la música de Mondonguito Vlus, un grupo que presenta una propuesta de blues con letras sobre vivencias cotidianas. CUÁNDO: hoy DÓNDE: Bandido Brewing, Olmedo E1-136 y Pedro Fermín Cevallos (frente al coliseo Julio César Hidalgo). HORA: 19:30 VALOR: evento gratuito
VOCES
I
2.090 contribuyentes piden que se dejen sin efecto los cobros de las mejoras. Un grupo de 2.090 contribuyentes que se declaran perjudicados por cobros “abusivos e ilegales” de “contribuciones especiales de mejoras” anunció que presentará una demanda colectiva en contra del Municipio. El trámite se cumplirá los próximos días en el Tribunal Contencioso Tributario de Pichincha con el objetivo de que la Justicia deje sin efecto esos cobros y ordene un nuevo cálculo justo, equitativo y que “cumpla con la normativa tributaria vigente en el país”. En diálogo con La Hora, el representante de esta agrupación de ciudadanos, el catedrático universitario y consultor tributario, Napoleón Santamaría, explica los fundamentos técnicos y legales de esta acción judicial. ¿Por qué califican de antitécnico el cobro de contribuciones especiales de mejoras?
Porque incumple el principio de generalidad que ordena la legislación tributaria de que este tributo de contribución especial de mejoras es para todos. Tenemos documentados casos donde, en un mismo barrio, en una misma calle, a una casa le cobran y a otra no.
SINFÓNICA Primer Concierto del Año Beethoven La Orquesta Sinfónica Nacional del Ecuador, bajo la dirección de Yuri Sobolev, y el pianista ecuatoriano Carlos Juris tocarán obras de Ludwig van Beethoven.
CUÁNDO: viernes DÓNDE: Sala de Conciertos Casa de la Música (Nuño de Valderrama N32-307 y Mariana de Jesús) HORA: 20:00 VALOR: $15
Es necesario que se corte el gasto innecesario y el ahorro se lo destine a inversiones para que los quiteños no suframos cada año con cobros desmedidos, camuflados sinvergüenzamente en contribuciones por mejoras”, ¿Eso es una consecuencia de los cambios en los avalúos de los predios tras la aprobación en diciembre de nuevas normas técnicas de avalúos?
Que ese cobro está mal distribuido, que estos malos funcionarios a los que los quiteños pagamos ingente cantidad de recursos, cometieron un error.
Los valores de los prediales bajaron por las normas que ellos mismos aprobaron. El artículo 593 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial Autonomías y Descentralización (Cootad) establece que el monto de las contribuciones especiales de mejoras no debe exceder en un 50% del valor adicional que experimente el predio a consecuencia de las obras. Por ejemplo, si antes el predio valía $100.000 y después de las obras vale $150.000, la contribución no puede exceder los $25.000.
¿Qué otros argumentos legales tiene esta demanda?
¿Qué cobros por mejoras consideran injustificados?
¿Eso que significa?
Cantares del alma Los dos mejores elencos vocales del país se unen para presentar un concierto de música ecuatoriana. CUÁNDO: mañana DÓNDE: Teatro Variedades Ernesto Albán (Plaza del Teatro, Manabí y Guayaquil) HORA: 19:30 VALOR: $5
LEGAL. Napoleón Santamaría representa a 2.090 contribuyentes que se declaran perjudicados por el cobro especial por mejoras.
Que también incumplieron el principio tributario de igualdad. También tenemos casos documentados de contribuyentes que tienen casas iguales y les cobran con proporciones diferentes. Nuevamente, el Municipio lo hizo mal. También porque la contribución especial por mejoras está siendo mayor que el impuesto predial, lo cual es un error conceptual y jurídico. Es decir por obras me cobran más que el valor mismo del inmueble que se refleja en el impuesto predial. Eso significaría que las obras de mejoras fueron tan magníficas y grandiosas que le dieron un valor de más del doble al inmueble. Esto viola el principio jurídico tributario de capacidad contributiva.
No puede ser que nos cobren por obras de adoquinado de 2010 en La Delicia, que se prorratearon a 10 años; por la construcción de puertas automáticas en las paradas de La Ofelia, en 2010; por $6 millones de obras patrimoniales, en 2011, que no especifican cuáles fueron. También hay obras que no aplican para un potencial cobro de mejoras como la adquisición de basureros y juegos infantiles en parques de todo el Distrito en 2014. Entonces, ¿qué hace (el Municipio) con la plata que le da el Estado? Para esto no aplican las contribuciones especiales. Entonces, están cobrando obras que debieron cobrar años atrás, y como se dieron cuenta que todavía están en el plazo de 10 años de cobro pretenden co-
brar en este año 2020 sin sustento de informes técnicos ni jurídicos. ¿Qué buscan con la demanda ante el Tribunal Contencioso Tributario?
Que se ordene que nos informen cuáles son las supuestas obras por las que nos están cobrando, por qué no se cobró en su momento y si realmente hay beneficios para los ciudadanos a los que se está cobrando. Por ejemplo por los basureros en sitios donde no se encuentra ni uno solo. Buscamos que esto deje de ser un infame, injurídico, antiténcio y absurdamente planteado cobro. Con esto también queremos decirle a Jorge Yunda que debe aprender a gobernar, porque un Alcalde debe ser quien oriente a la ciudad. Que corte el 62% en gasto corriente y ese ahorro del gasto innecesario lo destine a inversiones. ¿Qué le dirán al juez que llegue a conocer esta demanda?
En los tribunales de Justicia, queremos decir que esta es la arbitrariedad que se está cometiendo con los contribuyentes en Quito y que no se está destinando los recursos a obra pública. En consecuencia, los jueces tributarios, que deben resolver esto, deben declarar la ilegalidad de este cobro y que los ciudadanos no paguen hasta que se aclare la factura por la que se está pagando, que en este caso es desde los basureros hasta las grandes carreteras y eso no debe ser así. (JCER)
Dos vías pagan caro los errores en la planificación Con asfalto se cubren huecos de dos calles en Carcelén y en Guápulo. Desniveles, hundimientos y franjas de parches de asfalto para tapar huecos se ve a lo largo de una vía que conecta urbanizaciones de Carcelén con la extensión de la Simón Bolívar, en el norte. Lo mismo ocurre en la avenida De los Conquistadores, en el centro. La Quinta Avenida de Carce- CONSECUENCIAS. Una vía de desfogue de la Simón Bolívar afecta a urbanizaciones de Carcelén. lén es de adoquín y fue diseñada para la circulación de vehículos livianos, en lo que inicialmente ción Mastodontes, que tiene la categoría de privada”, sostuvo fue una urbanización privada. Con la extensión de la Si- el representante de los moradomón Bolívar esa arteria se abrió res de la urbanización, Vladimir para todo tipo de tráfico y ahora Correa. El constructor entregó luce destruida. En esa calle se esa vía al Municipio, convirinvirtieron al menos 500.000 tiéndola en una calle de desfodólares, que se obtuvieron con gue para Marianitas, Calderón el aporte de los dueños de 500 y San José de Morán. Un equipo de La Hora recolotes. En las obras no hubo participación del Cabildo, que aún rrió la zona y constató que en el inicio de la vía todavía DAÑOS. El incremento de la carga vehicular ha ocasionado numerosos hunno da respuesta a los rehay dos letreros que dan dimientos en la avenida De los Conquistadores. clamos de los vecinos. EL DATO la bienvenida a la urbaSobre este caso, la nización privada Los subterráneas de distribución de a La Vicentina y a la altura del Empresa Pública Metroextensión de Lirios de Carcelén. Tamagua potable “a consecuencia de barrio Tola Chica. politana de Movilidad La la Simón Bolívar bién están los soportes de los hundimientos que ha sufriy Obras Públicas (Epp- se habilitó en “Son arreglos que duran de 2018, do la vía por la excesiva carga poco y los conductores tienen mop), la administración junio durante la pasa- concreto que sostenían zonal Calderón, las se- da administra- cadenas para restringir vehicular pesada”. que hacer maniobras peligrosas ción. el acceso a quienes no vicretarías de Movilidad y para esquivar los huecos y no vían en la urbanización. Coordinación territorial chocar”, comentó Ángel Robles, Parches de asfalto En la arteria también se ve- La gran cantidad de reparacio- quien vive en Tola Chica. y otras entidades aseguraron que continúan en el análisis rificó que pasaron más de 60 nes y “parches” hechos con asde las posibles vías legales, de vehículos, entre los que desta- falto sobre una vía adoquinada Respuesta ingeniería u otras alternativas caban volquetas y camiones. La marcan la ruta de la avenida De Sobre la Av. De los Libertadovibración que se produce por el los Conquistadores, que conec- res, la Epmmop informó que para solucionar el problema. Hasta el cierre de esta edi- paso de estos automotores está ta al centro oriente de la ciudad conoce las quejas de los vecición, se esperaba una respuesta generando fisuras en las pare- con la parroquia de Cumbayá y nos de que “el exceso de carga de la Epmmop, sobre un pedido des de las casas, dijo Correa. con la avenida Simón Bolívar. vehicular ha deteriorado la vía, En un oficio remitido a la de información sobre este caso. La Hora constató el estado de dejando el pavimento en malas Los moradores de la zona Epmmop, la dirigencia barrial deterioro en que se encuentra condiciones y las consiguientes han realizado plantones para recuerda a las autoridades la esta vía luego de tres años y cua- afectaciones de contaminación exigir respuestas a las diferen- necesidad de que se retomen tro meses que se incrementó la ambiental”. tes afectaciones de lo que consi- los planes originales de diseñar “carga vehicular”, a consecuenAgregó que “las autoridades deran un error de planificación. una vía alterna que no afecte cia del cierre de la calle Germá- de la Epmmop se comprometie“El Municipio, de manera arbi- esta zona residencial, donde nico Salgado, en Guápulo. ron a trabajar hasta encontrar la traria, tomó la decisión de abrir habitan unas 2.500 personas. La vía luce con al menos 14 mejor alternativa y se concretó esta vía construida exclusiva- Además responsabilizan al Mu- franjas de “parches” de brea y una próxima reunión a finales mente para servir a la urbaniza- nicipio de la rotura de tuberías asfalto en los tramos de acceso del presente mes”. (JCER)
CIUDAD I
MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR
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Se normaliza atención en centros de revisión Superados los problemas por las fallas en el sistema de conexión con el Servicio de Rentas Internas (SRI), ayer se normalizó el servicio en los Centros de Revisión Técnica Vehicular. Los usuarios que no aprobaron por problemas menores detectados en el auto (luces dañadas, plumas) ingresaron nuevamente al sistema y agendaron las citas sin problemas. Amílcar Díaz EL DATO estuvo en el Centro de Revisión que no lograde San Isidro del Los ron matricular el Inca, en el norte. vehículo durante tienen que Comentó que dos 2019 pagar una multa luces de su camio- de $125 neta no se encendieron en el primer chequeo. Tras solucionar esas fallas sacó un nuevo turno por Internet y fue atendido en 25 minutos. Este mes acuden de forma obligatoria los conductores que incumplieron con la revisión y matriculación de sus automotores en 2019. (PSD)
MOVILIDAD. La revisión técnica vehicular se realiza con normalidad en los diferentes centros.
RECTIFICACIÓN Solicitada por Juan Manuel Aguirre Director de la Agencia Metropolitana de Tránsito En la nota titulada ‘Extensión de plazo para legalizar taxis carecería de sustento legal, que se publicó el 16 de enero, La Hora informó que la extensión del plazo por 60 días que la Agencia Metropolitana de Tránsi-
to decidió aplicar, para que el Municipio termine con la regularización de taxis, “carecería de sustento legal”. Se refirió que la decisión se tomó sin que exista una autorización previa del Concejo. Además se citó el punto de vista del representante del Observatorio Ciudadano de Movilidad, quien dijo que “el acto administrativo emitido por la AMT no puede irse por
encima de la norma que es jerárquicamente superior. Sobre estos puntos, la AMT asegura que no actuará en contra de la Ley y la normativa vigente y expresa lo siguiente: “La AMT no extiende el plazo por 60 días para legalizar taxis, es una extensión reglamentaria para resolver el proceso de regularización de los taxis, en un periodo de dos meses, así lo se-
ñala el artículo 204 de Código Orgánico Administrativo. La institución actúa dentro de las normas jurídicas vigentes actualmente, por lo que respetamos el orden jerárquico de la misma, amparados en orden de importancia, empezando por la Constitución, seguido por el Código Orgánico Administrativo y terminando con las Ordenanzas Municipales. La AMT al am-
pararse en el Código Orgánico Administrativo, recalca que no carece de sustento legal. La decisión tomada fue amparada en el artículo 204 del Código Orgánico Administrativo, el cual dicta que: En casos concretos, cuando el número de personas interesadas o la complejidad del asunto exija un plazo superior para resolver, se puede ampliar el plazo a dos meses”.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
QUITO
OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.
MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR
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La existencia es un viaje en el que no existen los caminos llanos: todo son subidas o bajadas”.
Todo lo que imaginamos, no es sino un sueño dentro de otro sueño”. EDGAR ALLAN POE ESCRITOR ESTADOUNIDENSE (1809-1849)
ARTURO GRAF ESCRITOR ITALIANO (1848-1913)
CARTAS La escalera eléctrica más larga
Hay que felicitar a los directivos de la ciudad por las mejoras que realizan en diferentes barrios. Santo Domingo tiene la escalera eléctrica más larga, no por la extensión en metros, sino por la extensión en el tiempo. Hace más de tres meses se inició el trabajo de la escalera mecánica en el Mercado Municipal. Todos esperaban que funcionara y diera a los usuarios comodidad, sobre todo para las personas de edad y con dificultades en sus articulaciones, así como facilitar el comercio de carnes, comidas y otros servicios. No se sabe si solo hay dos escaleras de subida y dos de bajada. El ascensor está sobresaturado. Los comercios que estaban en el segundo piso han invadido las calles aledañas y la parte baja del Mercado. Ya no hay espacio para la limpieza, tampoco no se puede transitar libremente. Las autoridades deben comprender que su principal y único papel es el servicio. Leonardo Oviedo Gallegos CC: 1702946086
¿Quién pagó por los daños?
Muchas ciudades fueron salvajemente atacadas en la última movilización social. Las pérdidas y daños fueron inmensos. Se maltrató a la ciudadanía y a quienes voluntariamente prestaban servicios de apoyo a los afectados en la refriega. Los prepotentes dirigentes indígenas alegan desconocer que el financiamiento del motín corrió a cargo de quienes en el gobierno anterior los masacró y encarceló sin piedad. Los gobiernos locales corrieron despavoridos a sus escondites y una vez terminada la movilización sacaron sus cabezas para simplemente decir que decidieron no participar por bando alguno. El incompetente régimen, con pasmosa irresponsabilidad cobija las fechorías del anterior y su propia inmoralidad. Luis Vásquez CC: 1000677359
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Un inclUsivo pacto democrático
El presidente Lenín Moreno declaró a la prensa internacional en al Foro Económico Mundial de Davos que seguirá adelante con las reformas económicas a pesar de las violentas protestas de octubre. “Pero claro que sí”, dijo al preguntársele al respecto. Quienes buscan entrar en el próximo proceso electoral deben haber tomado nota, así como también sus opositores más enconados. La crisis del petróleo, la amenaza nuclear, guerra comercial entre las superpotencias, inestabilidad en América Latina, hambrunas en gran parte del planeta, migraciones masivas e imparables, el mal reparto de la riqueza y el cambio climático, están sobre la mesa de discusiones en la helada localidad suiza. A pesar de todo eso, el Foro tiene como objetivo “mejorar el estado del mundo”. De más reformas habla el Presidente, pero JAIME DURÁN BARBA*
Las movilizaciones y los partidos Los estudiosos de la política de las universidades más importantes del mundo dicen que vivimos una hecatombe que arrasa los valores y las formas de la sociedad occidental del siglo XX. La vinculación de los seres humanos entre sí y su relación con los objetos es distinta a la que existía hace veinte años en todos los niveles, la realidad actual es más virtual que física. En cuanto a la democracia representativa, sus instituciones se desmoronan en medio de una crisis difícil de entender. Nacieron con la Revolución In-
¿cuáles? ¿La eliminación de subsidios a los combustibles? ¿Vendrá otro decreto como el que entonces paralizó al país? ¿La reforma laboral? ¿De la Seguridad Social? ¿Autonomía para el Banco Central? ¿Una enérgica ley anticorrupción? ¿Más impuestos encubiertos o soterrados? Si antes no hay un pacto democrático inclusivo y desprejuiciado, lo dicho por Moreno es sólo un “tiro al aire”. Moreno recordó que el costo de las protestas, que pusieron contra la pared, bordea los 800 millones de dólares. La participación política en iguales términos y oportunidades, la dimensión internacional, el control y acción del Gobierno, los derechos económicos, sociales y derechos civiles, todas esas las cartas están sobre la mesa. La anemia endémica de nuestra democracia, ¿le dará espacio real al régimen para más reformas?
dustrial y no logran acomodarse en la sociedad que nació con la Revolución de las Comunicaciones. Necesitamos profundizar en la teoría para diseñar hipótesis con rigor lógico, que se puedan contrastar con la realidad de manera empírica, porque la mayor parte de los conceptos que sirvieron para analizar la sociedad del siglo XX caducaron. Nada explica por sí mismo lo que pasa en una sociedad en un momento determinado. En esta coyuntura se mezclan conceptos que surgieron en la sociedad industrial, que se transforman y chocan con los que aparecieron con la Revolución de las Comunicaciones. En todo caso, está la pobreza. pero también existen otros factores que explican las actitudes políticas, como la división entre los que están más relacionados con el mundo, usan internet de manera sofisticada, tienen formación académica, viajan, ha-
blan otros idiomas. Otros que no vivieron fuera del país, son menos informados, solamente hablan castellano, leen poco o leen bibliografía añeja. Los primeros votan por el cambio, los segundos son conservadores, se ubican en una derecha que incluye a clericales y a izquierdistas antiguos. En todos los países, quienes están más informados acerca de lo que pasa en el mundo quieren cambiar la sociedad, desconfían de los partidos, el Congreso, la Justicia y el poder establecido, tanto de la democracia representativa como de dictaduras que han durado muchos años. Se comunican entre ellos, están inconformes con lo que viven y lo atribuyen a los políticos, a los sindicatos, a todas las instituciones, quieren cambios radicales que en cada sitio se entienden a su manera. *Profesor de la GWU. Miembro del Club Político Argentino. (Fuente www.perfil.com).
PABLO ESCANDÓN MONTENEGRO
Azogues, sin casa La capital cañari está sin casa. Sí, la casa hogar que recibe infantes en condición de vulnerabilidad, con enfermedades catastróficas y sin familiares próximos, está en crisis debido a que desde las instancias del Estado le han restringido y cerrado los pocos recursos con los que venía funcionando. Si bien la Casa Hogar, fundada hace varias décadas por Nancy Calle, es una organización sin fines de lucro, de carácter privado, ¿quién se hace rico u obtiene rentabilidad con una actividad como esta? ¿Quién que dedica su vida entera a cuidar niños y niñas, en condiciones de riesgo, lucra para su beneficio? La respuesta es obvia, y por ello, Azogues se quedará sin un espacio de esperanza, sin una casa de acogida para esos niños de madres solteras que no encuentran dónde tener un pequeño lugar de paz o sosiego para sus vidas enrevesadas o conflictuadas. Es cierto que se deben cumplir con normas para funcionamiento, pero también es cierto que el área social del Estado, de todos los gobiernos, es administrada de manera rígida por una burocracia que no cede, que no vigila ni vela por el bienestar de los niños, sino por el cumplimiento de las acciones en el plan operativo. Los indicadores sociales tienen caras, tienen nombres y tienen historias. De eso se trata el trabajo de esta fundación, de preservar y reforzar la identidad de cada niño y niña que son tratados como una cifra más en las estadísticas sociales del país. Si Azogues se queda sin esta casa, los niños y niñas serán una masa informe que a nadie le interesa, tan solo a aquellos que en épocas navideñas se hacen postales entregando carritos o muñecas, pero la solidaridad tiene que ser diaria y permanente, no de postal de aguinaldos. La Casa Hogar de Azogues es una institución que merece que todos los azogueños apoyen, porque si existe tanta fe en la Virgen de la Nube, hay que pensar que los hijos son los que deben tener una madre, y esa madre terrenal, doña Nancy Calle, necesita de la ayuda de todos. pescandon@gmail.com
Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General ALEXIS SERRANO CARMONA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXVII No. 12775
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.
Humberto Guaraca Aynaguano está desaparecido
La Fiscalía informa que Humberto Guaraca Aynaguano, de 69 años, se encuentra desaparecido desde el 20 de enero de 2018. Fue visto por última vez en la avenida Mariscal Sucre y Francisco Chiriboga, sector de Chillogallo. Tiene ojos café, cabello canoso, estatura 1.55 m y 160 libras de peso. Quienes conozcan alguna información sobre la referida persona, pueden comunicarse al 1800 DELITO (33 54 86). (SE)
EN VELA
Allanan casa de Guaidó
CARACAS, AFP • Agentes del servicio de inte-
ligencia (Sebin) allanaron ayer la oficina en Caracas del líder parlamentario venezolano Juan Guaidó, de gira en el extranjero, y detuvieron a un diputado aliado, denunció la oposición.
Lluvias producen un socavón en la Amazonas
MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR
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ARACA AYNAGUANO HUMBERTO
RECIO EL 20 DE ENERO DE 2018
PICHINCHA ,QUITO, SECTOR CHILLOGALLO, AV. MARISCAL SUCRE Y FRANCISCO DE CHIRIBOGA
Se suspendió la circulación vehicular entre la Gaspar de Villarroel y Naciones Unidas.
Las lluvias por dos días consecutivos no solo terminaron con semanas de excesivo calor sino que ocasionaron filtraciones de agua que terminaron provocando, la mañana de ayer, un gran hueco en pleno pavimento de la avenida Amazonas, a pocos metros de la recientemente “repavimentada” de las Naciones Unidas. El socavón de al menos dos metros de diámetro obligó a suspender la circulación vehicular en sentido norte-sur de la Amazonas en el estratégico tramo comprendido entre la Gaspar de Villarroel y la Naciones Unidas, frente a lo cual se improvisaron desvíos hacia la avenida 10 de agosto. En un comunicado oficial del Municipio de Quito se informó que fue necesaria la intervención conjunta de las empresas de Agua Potable y de Movilidad
MINUTERO Productos agrícolas se exhiben en Alemania será por primera °vezEcuador socio estratégico de la
Feria Fruit Logistica 2020, que se desarrollará en febrero en Berlín, Alemania. Esta es la mayor feria de frutas y hortalizas del mundo. El ministro de Comercio Exterior, Iván Ontaneda, explicó que es una oportunidad para abrir nuevos mercados para los productos ecuatorianos. (JS)
Alertan de falsos empleos en la Defensoría
Ante el falso anuncio de que °existen vacantes para laborar EMERGENCIA. Los trabajos de reparación empezaron de inmediato en el sector de Iñaquito.
y Obras Públicas para realizar reparaciones y reabrir la circulación vehicular. Los trabajos con obreros y una pala mecánica consistieron en el retiro de la calzada destruida y su reemplazo con un nuevo asfalto.
Apuestan por un sólido sistema electoral Un conversatorio sobre reformas electorales desde la perspectiva de sociedad civil se realizó ayer en un hotel de la ciudad. En la mesa participaron el asambleísta Sebastián Palacios, Nelson Nogales, docente de la UDLA, y Simón Jaramillo, subdirector de Participación Ciudadana. Ruth Hidalgo, directora de la Corporación Participación Ciudadana, abrió el encuentro. “La política –dijo– busca bienes comunes. Su camino no puede ser la violencia. Por eso debemos debatir las reformas necesarias para una democracia plena”. Palacios recordó que el 20% de los recursos con que cuenten las organizaciones políticas debe estar enfocado en promover paridad y mayor participación de jóvenes, mujeres y demás grupos sociales”. De su parte, Nelson Nogales apeló a la sostenibilidad e institucionalidad de los sistemas electorales. “No es dable esperar
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Siniestros de tránsito
A este percance se suman dos siniestros de tránsito que se produjeron en el transcurso de la tarde de ayer, cuando la ciudad soportaba una intensa lluvia. El primero se produjo en la
vía a Nono, a la altura de la Mena del Hierro. Un bus de transporte público y un automóvil colisionaron, dejando dos heridos. Otro accidente ocurrió en la Simón Bolívar, a la altura del rancho Los Pinos. (JCE)
Detienen a ‘coyote’ hondureño con tres ecuatorianos y un cubano La Policía de Honduras detuvo ayer a un hondureño supuesto traficante de personas o “coyote” por transportar de manera ilegal a tres migrantes de Ecuador y uno de Cuba, quienes pretendían llegar a Estados Unidos. El hondureño, de 21 años y cuya identidad no fue precisada por las autoridades, fue detenido cerca del punto fronterizo de Guasaule, frontera con Nicaragua, indicó el organismo de seguridad. El hombre fue capturado por agentes de la Unidad Transnacional de Investigación Criminal y la Dirección Nacional de Servicios Policiales Fronterizos, añadió. Será acusado por el delito de tráfico ilegal de personas en perjuicio de la libertad y seguridad de tres ecuatorianos y un cubano, quienes viajaban en una camioneta tipo “pick up” decomisada por las autoridades. Según las autoridades, el TEGUCIGALPA, EFE •
URNAS. Los panelistas enfocaron la temática.
reformas electorales cada cuatro años”, dijo. “Los partidos no deben pensar en el corto plazo y más bien deben enfocarse en fortalecer técnicamente sus propuestas”. Participación Ciudadana, en voz de su subdirector, Simón Jaramillo, habló sobre la discriminación positiva, una reflexión sobre los esquemas de proporcionalidad en la asignación de escaños y mayores herramientas de transparencia y de control a la publicidad estatal en tiempos de elecciones. (SE)
hondureño pretendía trasladar a los migrantes hacia la frontera con Guatemala para seguir en ruta hacia Estados Unidos. Los migrantes permanecen retenidos en una oficina del Instituto Nacional de Migración porque su estatus migratorio es ilegal en Honduras, donde el año pasado fueron detenidos alrededor de 31.000 extranjeros en diferentes puntos fronterizos del país. Honduras se ha convertido en los últimos años en un punto de tránsito de migrantes, especialmente cubanos y africanos, que atraviesan los países de Centroamérica para llegar a Estados Unidos, cuyas autoridades han reforzado la seguridad en la frontera con México. En septiembre pasado, el Gobierno de Honduras firmó un acuerdo, del que no ha trascendido detalles, con Estados Unidos que busca atajar la migración irregular desde los países centroamericanos
en la Defensoría del Pueblo, esta institución comunicó ayer que esto es falso y que la respectiva denuncia ha sido interpuesta ante la Fiscalía del Estado. “Actualmente la Defensoría del Pueblo no dispone de vacantes”, señaló a través de un comunicado. Se trataría de una red de estafadores que únicamente buscan su provecho personal, agregó. (SE)
Sicarios matan a una persona y hieren a dos
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GUAYAQUIL • Dos hombres heridos y uno muerto es el saldo trágico dejado en las últimas 24 horas, por ataques a personas bajo la modalidad de sicariato, en sectores del Guasmo y Suburbio, en el Puerto Principal. El primero de los hechos se registró la tarde del lunes, en el sur de la ciudad, en las afueras de una clínica de rehabilitación para adictos. Según las versiones de los testigos, dos hombres en moto pasaron cerca de las víctimas y les dispararon. Uno de ellos recibió 7 impactos y se encuentra grave en el hospital del sector, mientras la otra presentó una herida a la altura de la pierna derecha.(DAB)
CULTURA A6
MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR
‘Facilona’, lo nuevo de la escritora Silvia Stornaiolo El relato de la feminidad desnuda en la piel de una mujer imperfecta es el eje del nuevo libro de Silvia Stornaiolo, que se presentará mañana en el Centro Cultural Benjamín Carrión, a las 19:00. La obra ‘Facilona’, publicada bajo el sello de la Editorial Cactus Pink, explora la perversidad, el placer y la soledad de la
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protagonista en historias de crudeza y descaro. El diálogo con la autora estará a cargo de la poeta María Auxiliadora Balladares y el editor Santiago Peña Bossano. La entrada es libre. Otras de las publicaciones de Stornaiolo son ‘Tanta joroba’ (2011) y ‘Tenga’ (2012). (AA)
MINUTERO Charla con Cristina Otero El colectivo SolipsisArt orga°niza un conversatorio gratuito
sobre fotografía digital con la española Cristina Otero, conocida por ser la artista más joven que expuso en una galería de arte en su país. Trabaja para importantes marcas y lleva 16 años impartiendo ‘workshops’, charlas y conferencias a nivel internacional. El evento se llevará a cabo el viernes a las 18:00, en Casa DaVinci (Tomás Bermur N39-292 y Francisco Urrutia). (AA)
Vuelve la obra de teatro ‘Rabia’ La adaptación teatral de la °película de Sebastián Corde-
ro ‘Rabia’ vuelve al Museo Muñoz Mariño (Junín E2-27 y Almeida, San Marcos), con las actuaciones magistrales de Alejandro Fajardo, Carla Yépez, Itzel Cuevas, Lucho Mueckay y Diego Ulloa. El estreno será mañana, a las 20:30, y estará en cartelera de jueves a sábado hasta el 15 de febrero. La entrada cuesta 25 dólares. (AA)
ALIANZA FRANCESA DE QUITO CONVOCATORIA Conforme a lo establecido en el Art. 19 del Estatuto vigente, se convoca a los socios de la Alianza Francesa de Quito, a la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA, que se realizará el día MIÉRCOLES 29 de ENERO de 2020, a las 17h00, en el local de la institución, ubicado en la Av. Eloy Alfaro N32-468 y Rusia de la ciudad de Quito. El orden del día a tratar es el siguiente: 1. Lectura y aprobación del acta de la Asamblea anterior. 2. Informe de la Presidenta. 3. Informes : 3.1.- Diagnóstico financiero de la Alianza Francesa de Quito. 3.2.- Reestructuración de los estados financieros de la institución del 2011 al 2019. 3.3.- Proyección de la Alianza Francesa de Quito al año 2024. 4. Varios En caso de no haber quórum a la hora señalada en la presente convocatoria, los socios quedan citados para una hora más tarde, luego de la cual, la Asamblea se realizará con el número de socios asistentes. Quito, 22 de enero de 2020.
Dra. Amparo Ramón B. PRESIDENTA
P.AB/24459
ESCENA. En su etapa de desarrollo, ganó el premio a Mejor proyecto en el Festival de Cine de Beijing, China.
El ‘salto al vacío’ del migrante El nuevo estreno del cine local aborda el drama del desplazamiento chino.
“Migrar es como dar un salto al vacío, a la incertidumbre, el desasosiego y la angustia de no saber cuál será nuestro futuro”, dice el cineasta Paúl Venegas. Su última película, ‘Vacío’, retrata la realidad de la comunidad de migrantes chinos, una de la más grandes del mundo y, también, de las menos visibilizadas. Contada en mandarín, la película nace de la fascinación del director por la cultura asiática, luego de vivir cinco años en China en la época de los 90. En 2010 inició la escritura del guion junto con Carlos Terán Vargas, quien posee ascendencia china. La cinta busca poner en evidencia y abrir el diálogo
ria de Lei, una joven que decide abandonar su país en busca de mejores oportunidades en Nueva York. No obstante, Meg Day Ming, el hombre que la ayuda a llegar hasta Ecuador, se aprovechará de sus sueños para engañarla. La cinta se rodó con actores Historias reales Aunque la trama es una ficción, naturales, provenientes de la los guionistas se basaron en he- comunidad china de La Bahía, en Guayaquil: “A través chos reales, como la made un buen casting, me siva migración china que EL DATO interesó trabajar con acllegó a Guayaquil a partir tores que han vivido en su de la apertura de las políties una propia cotidianeidad estas cas migratorias, en 2008, ‘Vacío’ coproducción emociones que se retratan así como los métodos de entre Ecuador, y en la película”, dice Veneextorsión utilizados por Colombia Uruguay. gas. Así fue como dio con las mafias de trata de perFu Jing, Lidan Zhu, Meng sonas. Day Min, Yin Baode y “Hay quienes llegan de forma ilegal, en contenedo- Meizhen Deng, quienes encarres. Algunos se quedan y otros nan a los protagonistas. Ganadora a Mejor largomesiguen la ruta del migrante hacia EE.UU. Ese tipo de salida traje cuatoriano en su estreno, clandestina todavía existe y las en el quinto Festival Internaciomafias de la propia comunidad nal de Cine de Guayaquil, ‘Vacío’ china, que en el mundo entero estará disponible en 40 salas nason de muy bajo perfil, son espe- cionales, en 15 ciudades, desde el cialistas en la falsificación de do- viernes. La fecha coincide con la celebración del Año Nuevo chicumentos”, comenta el director. Con esa base nació la histo- no. (AA) sobre la situación de millones de personas alrededor del mundo. En Ecuador, la migración china se remonta a finales del siglo XIX, siendo una de las comunidades de extranjeros más prósperas y consolidadas en el país.
PAÍS B1
Glas deberá seguir en la cárcel de Latacunga
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MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora ECUADOR
Que no hubo un acuerdo entre la defensa legal del exvicepresidente, Jorge Glas, y la Secretaría de Derechos Humanos sobre el cumplimiento de las medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a favor del procesado, es lo que aseguró la titular de esa cartera de Estado, Cecilia Chacón. El plazo para que el Gobierno dé una respuesta a la CIDH venció el jueves de la semana pasada. La
funcionaria aclaró que ya hubo un pronunciamiento oficial al respecto y que no se dará un cambio de centro de detención, como, según dijo, era la ambición de la defensa de Glas. Glas deberá continuar cumpliendo su sentencia de seis años por asociación ilícita en la cárcel de Latacunga. La pena se le impuso en 2017 al ser hallado culpable en la trama de corrupción relacionada con la empresa Odebrecht. (FLC)
I
Mujeres refuerzan medidas contra la violencia de género Seis de cada 10 mujeres sufren algún tipo de violencia en el país. En algunas zonas, el número se incrementa incluso a ocho de cada 10. Para las autoridades encargadas de la seguridad ciudadana y del sistema judicial, esta cifra es alarmante e insisten en que es necesario reforzar el mecanismo de prevención para evitar que la afectada sea parte de esta estadística. El Gobierno anunció ayer la implementación del sistema de medidas de protección para víctimas. Se trata de un aplicativo digital que se incorporará a los servicios que prestan las tenencias políticas, juntas de protección cantonal, fiscalías, intendencias y comisarías de los cantones de todo el país, a través del Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano (Satje).
Medidas
de protección Más solicitadas ° Boleta de auxilio ° Orden de salida del agresor del domicilio ° Restitución de la víctima al hogar
da de protección que con un solo ‘click’ llega al correo electrónico del juez competente. “Lo que se le pide al juez es que actúe mediante la ratificación o modificación de las medidas que ya han sido otorgadas en un máximo de dos horas”, dijo. La primera etapa para la aplicación de este sistema se dará con los tenientes políticos. El plan piloto ya arrancó en la Tenencia Política de la parroquia de Pomasqui, en Quito y se replicará ¿Cómo funciona? Solanda Goyes, directora TENENCIAS en otras de Pichincha. funcionan de acceso a los Servicios políticas Desde marzo, el aplia nivel nacional. de Justicia del Consejo cativo se conectará con de la Judicatura, explicó los fiscales y progresique este aplicativo busca EL DATO vamente se replicará en optimizar tiempo para la las juntas cantonales de entrega de una medida protección, intendencias 2019 las de protección a la vícti- En tenencias políti- y comisarías hasta copar ma. Dijo que un trámite cas tramitaron el territorio nacional. medidas normal duraría días o se- 2.680 administrativas en favor de vícti- Cifras manas, pero que con este mas de violencia. sistema se simplificaría a La ministra de Gobiertan solo un par de horas. no, María Paula Romo, Por ejemplo, si una mujer reconoció que las cifras de vioestá en una parroquia rural le- lencia interpersonal represenjana a una dependencia de la tan casi la mitad de las muertes Judicatura, el teniente político violentas en el país. Al índice está facultado legalmente a tra- de agresiones que sufren las mitar la medida de protección. mujeres, la funcionaria calificó La víctima ya no deberá en- como las de una “pandemia”. Cifras de la Fiscalía revelan cargarse de llevar el documento ante el Juez y esperar horas hasta que, desde que se tipificó como delito el femicidio en agosto de que se acepte su requerimiento. Mediante una clave, usuario y 2015 hasta mayo de 2019, se refirma electrónica, el funcionario gistraron 335 decesos relacioaccede al sistema y para llenar el nados con ese tipo penal, lo que formulario del pedido de medi- corresponde al 36%. (FLC)
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ANUNCIO. Las representantes de seis entidades gubernamentales hicieron ayer el anuncio de la medida preventiva.
VANDALISMO. La Contraloría General del Estado fue uno de los edificios incendiados durante las manifestaciones.
Gobierno rechaza posible demanda de la Conaie Moreno, Sonnenholzner y Romo critican a los que promovieron la violencia en octubre.
Acusación de la Conaie ° En un comunicado, la Conaie sostiene que la CIDH condena enérgicamente la violación al derecho a la vida de las víctimas, mismas que “habrían ocurrido
como consecuencia del uso excesivo y arbitrario de la fuerza y actos de violencia dirigidos contra quienes no representaban una amenaza inminente” a los agentes de seguridad del Estado en el marco de las protestas. Especialmente, agrega, la CIDH advierte que la precipitación de dos personas del puente de San Roque habría ocurrido en un operativo policial.
Ante la posibilidad de que sectores indígenas demanden con- Se muestra solo un lado tra el Estado, por el supuesto La ministra del Interior, María uso excesivo de la fuerza en las Paula Romo, dijo que lastimosaprotestas de octubre de 2019, el mente algunos sectores parecen Gobierno prepara un informe haber olvidado el panorama comdetallado a cargo de la Procura- pleto de los “lamentables hechos duría General del Estado de octubre”, y pretenden y la Cancillería sobre esos mostrar solo un lado de la EL DATO hechos. historia. “Hay que entenEsta documentación der que la violencia organi14 de este irá a la Comisión Intera- El zada nunca será el camino mes, la CIDH mericana de los Derechos presentó el infor- del país”, comentó. sobre el paro Humanos (CIDH), a don- me nacional de de ha dicho que acudirá la octubre. Moreno está molesto Confederación de NacioEl presidente, Lenín Monalidades Indígenas del reno, se ha mostrado moEcuador (Conaie). lesto con el movimiento indígena En criterio del vicepresidente, por la demanda que presentará Otto Sonnenholzner, la posibili- en cortes internacionales, por el dad de demanda contra el Estado aparente uso excesivo de la fuerza carece de sustento, porque hubo durante las violentas protestas de gente que actuó en forma ilegal. octubre pasado, en las que falleSe afectó, dijo, a ciudadanos que cieron una decena de personas. poco o nada tenían que ver con la “Pocas cosas me descomposituación de la eliminación de los nen emocionalmente”, admitió subsidios de las gasolinas y el dié- el mandatario. Visiblemente sel, como fueron los casos de va- enojado, aseveró que ha recibido rios policías, militares y periodis- “con indignación” esta amenaza tas que resultaron secuestrados. de tipo judicial. (SE)
Mi opinión en 30 segundos
Rafael Oyarte - Constitucionalista
‘La CIDH no juzga el caso’ demanda ante la CIDH puede °serUna presentada por cualquier ciudadano que sienta que sus derechos han sido vulnerados por el Estado. Pero la CIDH no juzga el caso, sino actúa como una especie de fiscal y puede promover un acuerdo amistoso de reparación entre las partes como ocurrió con la desaparición de los hermanos Restrepo. Esto puede durar años. Si no hay un acuerdo, el caso puede judicializarse y pasar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), donde puede demorar años. El Gobierno ha dicho que el informe de la CIDH es pernicioso y la Conaie desconoce todo lo que ocurrió. Como país esperamos que esta demanda no se concrete”.
SECTOR. Busca apoyo policial.
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LUGAR DONDE FUE ABANDONADO
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Fuente: Dinapen
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VÍA PUBLICA
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INTERIOR DE UN BUS INTERPROVINCIAL
El sector camaronero del país asegura enfrentar una crisis debido al auge delictivo que opera en sus zonas de producción, en Guayas, Manabí y El Oro. La Cámara Nacional de Acuacultura (CNA) está en alerta, porque desde el 2019, los camaroneros son víctimas de la delincuencia. “Cada dos días las fincas camaroneras son asaltadas”, indica José Antonio Camposano, presidente del gremio. Acota que desde el Ministerio de Defensa no tienen respuesta sobre el presupuesto asignado para seguridad. La Cámara invierte 60 millones de dólares para resguardar sus negocios. (DAB)
Josué Gavilanes, coordinador subrogante del Ccpda, dice que una mujer está dentro de un grupo de atención prioritaria, por lo que el Estado está en la responsabilidad de generar mecanismos de protección. “Nosotros debemos asegurar el derecho a la vida no solo del niño, sino también de la madre. Estas actitudes, tienen un detonante. En muchas ocasiones, está relacionado con violencia intrafamiliar, uso de alcohol o drogas, un tema económico, o la falta de acceso al trabajo formal”, señala. Gavilanes opina que, si la madre se siente sola, debe buscar ayuda. (APQ)
Menores abandonados 2018 - 2019
julio
Camaroneros afectados por delincuencia
Ayuda
LUGAR. La niña fue dejada en un terreno entre la hierba.
HACIENDA
INUNDACIONES. Se registraron en la urbe de Guayaquil.
Según Celeste Arias, responsable de adopciones del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), las madres que quieran dar en adopción a un hijo pueden hacerlo. En el caso de la menor, Arias explica que la madre podía acercarse al Consejo Cantonal para la Protección de Derechos de Ambato (Ccpda); y a escala nacional a la Dinapen y al propio MIES. “Acompañamos a las instituciones con el fin de que al niño que se quiere dar en adopción tenga las medidas emergentes. Lo principal es buscar una familia ampliada hasta el cuarto grado de consanguinidad; pero de no encontrarse, la medida es la institucionalización”, agrega. Además indica que a veces las madres tienen miedo por el riesgo a ir presas, pero no es así: lo que sí es un delito es el abandono.
Para Amanda Salas, militante feminista, es preocupante las reacciones de la gente, pues se invisibiliza la presencia del padre: “Apuntan a la culpabilidad de la madre, juzgándola sin analizar el contexto: qué pasó con el padre, el factor económico. Hay muchos factores que deben ser investigados”. Ella cree que el Estado tiene culpabilidad, pues no existen políticas públicas que permitan a la mujer decidir sobre su cuerpo o que garanticen una real educación sexual: “La educación sexual no es algo que solo se aprende en casa, debe ser obligatoria en las instituciones que trabajan con niños y adolescentes”. Salas cree que se debe despenalizar el aborto, que debería ser legal, gratuito y seguro: “Es inhumano traer al mundo a alguien a morir de esa manera, a ser infeliz, a no tener recursos o a esperar que alguien lo adopte”.
marzo
Adopciones
Criterio
TUNGURAHUA
El caso de la niña abandonada en Pinllo (Ambato) generó conmoción en la ciudadanía. Fue encontrada en condiciones deplorables y comida por gusanos. Se presume que la menor tenía 10 días de nacida y sobrevivió por 72 horas. Debido a la gravedad de sus heridas, murió tres horas después de ser hallada. El caso se suma a los 17 que se registran a escala nacional entre 2018 y 2019. De estos, 5 se dieron en terrenos baldíos, según las estadísticas de la Dirección Nacional de Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen). En redes sociales, el tema despertó el debate: se habla de la legalización del aborto, del rol del Estado, qué pasó con la madre.
DOMICILIO
Según el Inamhi, las lluvias continuarán en Guayas y serán de variada intensidad. Esto, luego de que la madrugada de ayer se registraron precipitaciones en Guayaquil y Daule, donde las lluvias provocaron la caída de un árbol y una tormenta eléctrica. En Sambrondón se reportó un accidente en la vía Durán-Boliche, debido a la calzada mojada por la lluvia. En Durán, las lluvias anegaron algunas calles de distintos sectores, entre estos, del centro de la población y de las ciudadelas Abel Gilbert y El Recreo.(DAB)
Una neonata murió en Ambato. Madre de la menor fue arrestada. 17 abandonos se registran entre 2018 y 2019.
febrero
Fuertes lluvias en Guayas
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MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora, ECUADOR
enero
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Abandono de bebé abre debate social
CASA DE SALUD
PAÍS
89% de venezolanos sin contrato formal QUITO, EFE•
El 89% de los migrantes venezolanos radicados en Ecuador y que trabajan no cuenta con un contrato formal que regule su situación laboral, refirió señaló el viceministro de Seguridad, Patricio Pazmiño. Las cifra se conoció en un panel previo a la inauguración de la XII Cumbre del Foro Global sobre Migración y Desarrollo (FGMD), en Quito. Ese dato se desprende de una estadística elaborada por el Ministerio de Gobierno, a partir de encuestas obtenidas durante el proceso de registro biométrico
de los migrantes venezolanos en Otras áreas los últimos meses. En relación al nivel formativo, El estudio ha arrojado datos el 40% cuenta con estudios de reveladores sobre la situación de secundaria y el 31% universitalos venezolanos que optan por rios. Sobre el acceso a la sanidad regularizar su condición en el pública de los emigrantes venepaís mediante un censo o zolanos, el 52% no acudió registro migratorio iniciaa ningún centro de salud. do por las autoridades en Las estadísticas eviseptiembre pasado, que ya VENEZOLANOS dencian que en los últicobraba el salario aglutina más de 183.000 mínimo en 2019. mos cuatro meses el flujo registros. migratorio de venezolaEntre ellos, que el 51% nos se mantiene prácticade los emigrantes son mujeres y mente nulo a raíz de la entrada el 49% hombres y que el 63% no del Decreto 826, por el que se tiene trabajo frente al 33% que exige una visa de excepción hutiene un empleo. manitaria para poder ingresar
23%
FORO. Vicepresidente Otto Sonnenholzner estuvo en la inauguración.
en Ecuador. Con corte del 19 de enero de 2020, el Ministerio recoge 354.538 venezolanos que entraron al país por pasos regulares desde 2016.
Inasistencia de legisladores salva a Raúl Pérez Torres
PROPUESTA. El Pleno debatió ayer la conformación de una unidad de seguimiento de las leyes.
Asamblea verificará, con una unidad, si se cumplen las leyes No todo lo que ha aprobado el Legislativo se está cumpliendo. Se creará una unidad de seguimiento.
Solo el 35% de las leyes aproba- pendiente con un equipo muldas desde 2009 tienen un re- tidisciplinario. Se prevé que las glamento del Ejecutivo. Desde primeras semanas de febrero se ese año hasta 2019, la Asamblea debatan las reformas en el Pleno. El planteamiento tiene tres aprobó 156 normativas, entre nuevas, reformatorias e inter- componentes, explicó la exsepretativas, pero solo 55 se han cretaria de la Asamblea, Libia Rivas, quien está a cargo del depodido aplicar. Ante esa realidad y al factor sarrollo e implementación del de que el Legislativo no ha rea- sistema. Primero, se creará una lizado un seguimiento de la apli- plataforma tecnológica para el seguimiento, que será púcación de la normativa blica para los ciudadanos. que emite, ayer se aprobó EL DATO Allí se subirá la inforpor unanimidad una resomación de la ley, los benelución para crear una unila Comisión ficiarios y los plazos para dad de seguimiento y eva- En de Desarrollo la emisión del reglamento luación de las leyes, con el Económico se una o de otras disposiciones. fin de “cerrar el círculo del conformó subcomisión proceso legislativo”, se- para evaluar la La UTL será la encargada de Fomento ñaló el presidente, César Ley Productivo, que de alimentar la plataforLitardo, quien presentó ayer presentó su ma, que será creada por la informe. unidad de tecnología de la la propuesta junto con Asamblea. el asambleísta Fernando Una segunda etapa comprenBurbano. El objetivo, según Litardo, es de la participación ciudadana, mejorar el trabajo de la Asam- para incentivar un registro voblea y determinar si las leyes luntario en línea, según áreas de tienen una aplicación correcta. interés o categorías, para quienes También, garantizar la eficacia quieran participar en la formade la normativa y fortalecer la ción de la ley. Así la gente estará presente en la elaboración, aproparticipación ciudadana. bación, seguimiento y evaluación de la norma, agregó Rivas. Dos componentes El seguimiento, en una primera fase, estará a cargo de la Unidad Evaluación Técnica Legislativa (UTL) y des- Finalmente, el tercer componenpués, con las reformas a la Ley te tendrá dos fases. Antes de la Orgánica de la Función Legisla- presentación de un proyecto de tiva, se creará una unidad inde- ley, los asambleístas deberán
Hacia una Asamblea más ‘verde’ ° El Consejo de Administración Legislativa (CAL) aprobó que todos
los trámites administrativos de la Asamblea sean digitales, con una firma electrónica. En 30 días, el personal de jerarquía superior y los asambleístas deberán adquirir, a cuenta propia, el ‘módulo de firma electrónica’. En 40 días, a partir de la notificación de la resolución, esta aplicará para los servidores legislativos y autoridades administrativas, y en 70 días a los asambleístas y sus despachos. Esto, según el presidente, César Litardo, permitirá ahorrar 7 millones de papeles y 200 mil dólares.
establecer indicadores que permitan verificar su cumplimiento y deberán establecer a qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), de la Agenda 2030, se ajusta. Ayer, el Pleno aprobó una ficha para establecer los ODS en una norma. Después de la aprobación de normas, la Asamblea deberá determinar qué leyes serán evaluadas, para lo cual se elaborará un plan, con métodos de investigación y estadísticas, que permitan verificar el cumplimiento de la Ley y establecer recomendaciones y conclusiones. Este trabajo sería ejecutado por las comisiones, con apoyo de la nueva unidad. (AGO)
PAÍS I
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Durante las cuatro horas, aproximadamente, que duró la sesión 651 de la Asamblea, los legisladores correístas Juan Cristóbal Lloret y Lira Villalba monitoreaban cómo estaba el Pleno. Tenían que calcular el momento preciso para solicitar la reconsideración de la votación del juicio político en contra del exministro de Cultura, Raúl Pérez Torres. El miércoles pasado no alcanzaron los votos para censurarle. Esperaron bastante, pero MOCIÓN. Lira Villalba pidio la aunque se aprobó reconside- reconsideración de la votación del rar la votación, es decir, el Ple- juicio político al exministro. no aceptó que nuevamente se llame a una votación, nunca se censura por un presunto indio esa moción porque el nú- cumplimiento de funciones. mero de asambleístas fluctuaba en el salón. Qué pasará EL DATO La sesión inició con Debido a que la reconsi104 legisladores prederación fue aprobada, Raúl Pérez sentes de 137, lo cual A los legisladores pueden Torres se le daba cierto margen para acusa de no mocionar la nueva vofacilitado votar, pues se requieren haber tación en cualquier mola entrega de 91 voluntades a favor presupuesto a mento de la sesión 651. los núcleos propara censurar a un ex- vinciales de la Ayer, ya no lo hiciede la ministro. Pero confor- Casa ron y el Pleno fue susCultura. me avanzaba el debate pendido para continuar del segundo punto del otro día con el primer orden del día, el número dis- debate de las reformas al Cóminuía. digo Orgánico de OrganizaAsí, en la votación de una ción Territorial, Autonomía resolución para crear la uni- y Descentralización (Cootad). dad de seguimiento, participa- Por lo que queda en suspenso ción y evaluación de las leyes, la posibilidad de censurar al se registraron 101 legisladores exministro. y, apenas unos minutos desLloret confirmó que si hay pués, cuando Villalba mocionó más de 100 legisladores cuanreconsiderar la votación, hubo do se reinstale la sesión, mo89, no los suficientes para una cionarán la votación. (AGO)
Atamaint se defiende hoy ante Comisión legislativa La presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint, aseguró ayer que ninguna de las cuatro causales presentadas en su contra para iniciarle juicio político, se enmarcan en el incumplimiento de funciones como aseguran sus interpelantes, los asambleístas Jeannine Cruz y Fernando Flores (de CREO). Atamaint deberá comparecer hoy ante la Comisión de Fiscalización, para presentar sus pruebas de descargo en cuatro temas: consulta popular solicitada por los Yasunidos, irregularidades en las elecciones seccionales en Los Ríos, Luis Loyo, exfuncionario del CNE sentenciado por tráfico de influencias, y lo relacionado con el sistema informático del organismo electoral. Añadió que acudirá a la Comisión con documentos que demostrarán la transparencia
PRESIDENTA. Diana Atamaint (centro) lidera el organismo electoral.
de su gestión y no como lo han hecho sus interpelantes y sus testigos, quienes llegan con “relatos de anécdotas”. “Voy a demostrar documentadamente que este juicio político lo ha presentado la bancada de CREO con la finalidad de tomarse el CNE”, dijo. Con la comparecencia de Atamaint, la mesa de Fiscalización concluirá la recepción de pruebas de cargos y descargo, por lo que procederá a valorar las mismas y preparar hasta el lunes el informe en que recomiende su archivo o que el juicio político continúe en el Pleno de la Asamblea. (HCR)
A 20 años de la caída de Mahuad
PAÍS B4
MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora, ECUADOR
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Mi opinión en 30 segundos
Leonardo Tipán, constitucionalista
‘Buscan protagonismo político’ °
“Un golpe de Estado violenta toda norma constitucional. Un derrocamiento es más bien una acción de tipo personal, una manera de buscar el poder sin pasar por las elecciones. Con ese tipo de hechos lo que buscan es un protagonismo político para ocupar un cargo presidencial. No se justifica ni siquiera por los paquetazos económicos, ajustes presupuestarios, ni por ninguna otra circunstancia que afecte al bolsillo de los ecuatorianos. Es una mala imagen para el país, ya que ese tipo de circunstancias no permiten que exista una buena relación comercial, política con el resto de naciones con las que Ecuador está relacionado”.
Se recordaron ayer las circunstancias que rodearon el golpe de Estado de 2000 en Ecuador. Justamente ayer se cumplieron 20 años del derrocamiento del expresidente Jamil Mahuad. El 21 de enero de 2000, tras semanas de movilizaciones de sectores sociales inconformes con la política económica del Gobierno de ese entonces, especialmente con el “feriado bancario” decretado meses antes, los indígenas con el apoyo de militares sublevados se tomaron primero el Congreso y luego el Palacio de Gobierno. De inmediato se formó un triunvirato integrado por el coronel del Ejército, Lucio Gutiérrez, luego reemplazado por el general Carlos Mendoza, a esa fecha jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; por el presidente de la Conaie, Antonio Vargas, y por el expresidente de la Corte Suprema de Justicia, Carlos Solórzano. Triunvirato que duró apenas unas tres horas, ya que Mendoza
renunció al mismo y los militares dieron su respaldo a Gustavo Noboa, vicepresidente de Mahuad, para que asumiera como presidente de la República. El ambiente
Uno de los efectos inmediatos fue la separación de Gutiérrez del Ejército, tras lo cual fundó su partido Sociedad Patriótica, organización con la que llegó al poder en 2002. Ayer, en un mitin político con las bases de su partido, Gutié- REUNIÓN. Sociedad Patriótica se citó para recordar el golpe de Estado. Lucio rrez justificó la rebelión militar Gutiérrez (tercero de la derecha) aplaudía el acto. asegurando que fue una gesta No hay cosa más heroica liderada por “militares pero obviamente su responsabihermosa que sacrifipatriotas que en lugar de repri- lidad por la conducción del Estacar algo que uno ama, mir al pueblo, nos unimos con el do en ese momento y por haber pueblo para decirle basta al Go- sido permisivo y no haber puesto como es la carrera militar, las cosas en su lugar cuan- por defender algo mucho bierno, a la oligarquía y a do tuvo que resolverlas, más excelso como es al los banqueros corruptos EL DATO llevaron a una de las eta- pueblo”, que nos robaron más de 8 mil millones de dólares”, Lucio Gutiérrez, pas más oscuras de la ReLUCIO GUTIÉRREZ por el feriado bancario. quien fue uno de pública”, dijo el analista. EXPRESIDENTE DE ECUADOR Y LÍDER que derrocó DE SOCIEDAD PATRIÓTICA Agregó que esto conEl exmilitar aseguró los a Mahuad, con dujo al levantamiento poque fue una medida el tiempo fue presiEl 21 de enero termina necesaria frente a la elegido dente y en 2005 pular que terminó por desiendo un reflejo de crisis económica y sufrió la misma fenestrar a Mahuad, pero suerte de lo que tenemos como a la vez poniendo en el social por la que atra- Mahuad y fue escenario político a Gutié- nación: una institucionalivesaba el país en ese depuesto. rrez y a Antonio Vargas, dad débil”. entonces. Para el analista político en ese entonces presidente de la OSWALDO MORENO Oswaldo Moreno, el país vi- Conaie. POLITÓLOGO El politólogo añadió que lo vía una de las convulsiones sociales más grandes. “Hubo positivo fue que a la final la ins- de esa convulsión, pues estaba una serie de acontecimien- titucionalidad se impuso, ya que claro que no iba a tener mayor tos, que tampoco fueron Noboa terminó conduciendo a la futuro y terminó siendo algo moculpa exclusiva de Mahuad, nación. “El triunvirato fue parte mentáneo”, subrayó. (HCR)
Moreno vuelve a reunirse con el FMI en Davos Hace un año el Gobierno volvió a tener un acercamiento con el Fondo Monetario Internacional (FMI) en Davos, en el Foro Económico que se realiza en esa ciudad suiza. Tras eso, Ecuador logró créditos por $4.600 millones en 2019. Ayer el presidente, Lenín Moreno, volvió a reunirse con ese organismo. Según la Secretaría de Comunicación, Moreno se reunió con Kristalina Georgieva, directora del FMI, quien señaló que “hablamos sobre la importancia de prestar gran atención a los aspectos sociales del programa para asegurarnos que las personas más vulnerables estén protegidas”. En esta cita también se pasó revista a la agenda que mantiene el país con el FMI, la cual tiene, “avances concretos para entregar sostenibilidad a las finanzas públicas, garantizando el apoyo social a las personas que más lo necesitan”. (DAG)
GLOBAL
Diputado iraní ofrece tres millones de dólares por matar al Presidente de EE.UU. Un diputado iraní ofreció ayer tres millones de dólares a “cualquiera que mate” al presidente de Estados Unidos, Donald Trump, en venganza por el asesinato de Qasem Soleimani. La bravuconada, sobre la que el Gobierno no se ha manifestado, da una idea de lo bajo que han caído las relaciones entre Teherán
y Washington después de la operación estadounidense que acabó con la vida de ese general iraní en Irak. “En nombre de la gente de Kermán, pagaremos una recompensa en efectivo de tres millones de dólares a cualquiera que mate a Trump”, ha proclamado Ahmad Hamzeh ante el plenario.
Pugna al arrancar juicio histórico contra Trump Republicanos quieren evitar que las pruebas lleguen a conocimiento de todos, dicen los demócratas. El histórico juicio político contra el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, comenzó ayer en el Senado con un enconado debate sobre las reglas del proceso en el que la oposición demócrata acusó a la mayoría republicana de “encubrimiento”. Los siete legisladores demócratas que harán de “fiscales” denunciaron que se trata de un proceso “amañado”, en respues-
WASHINGTON, EFE-AFP •
ta a la resolución de los republicanos para establecer las reglas de lo que se conoce en inglés como “impeachment”. “Este no es un proceso para un juicio político justo. Este es un proceso para un juicio político amañado. Este es el proceso si no quieren que el pueblo estadounidense vea pruebas”, dijo el jefe de los “fiscales”, Adam Schiff, presidente del Comité de Inteligencia de la Cámara Baja, que
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Abuso de poder ° Los senadores deberán decidir en un tribunal que preside el jefe
PROCESO. Adam Schiff, presidente del Comité de Inteligencia de la Cámara Baja y jefe de los ‘Fiscales’ habla a los reporteros. (AFP)
lideró la investigación previa a la apertura del juicio político. Lo que ha pasado
Según la acusación que pesa sobre Trump, el mandatario intentó presionar a Ucrania para que interfiriera en las elecciones de 2020 para ayudarlo, sugiriendo a su homólogo Volodimir Zelenski que investigara los negocios en ese país del hijo del exvicepresidente Joe Biden, quien
podría ser su rival demócrata en las presidenciales. Después, según los opositores, obstruyó el trabajo de la investigación en el Congreso al negarse a que sus principales asesores testificaran. Largas jornadas
De esta manera, los demócratas reaccionaban a la resolución presentada por el líder de la mayoría republicana en el Senado, Mitch McConnell, que proponía una
de la Corte Suprema, John Roberts, sobre los cargos que la Cámara de Representantes -controlada por los demócratas- le imputó a Trump el mes pasado: abuso de poder y obstrucción al Congreso. El juicio probablemente concluirá con la absolución del mandatario ante la mayoría oficialista en la Cámara alta de 53 bancas en 100. Mitch McConnell, jefe de la mayoría republicana, introdujo un proyecto de resolución sobre las reglas del procedimiento con el que busca poner restricciones a la exposición de pruebas y a la presentación de testigos, así como para acelerar el proceso.
serie de normas para regir este proceso, que tendrán que ser sometidas a votación en el pleno de este hemiciclo, controlado por los conservadores, una vez que se abra el “impeachment”. En opinión de Schiff, el motivo por el que McConnell ha propuesto que las sesiones en el Senado se alarguen hasta altas horas de la noche es porque “espera que el pueblo estadounidense no lo esté viendo”.
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GLOBAL B6
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Se reactivan con fuerza protestas en Colombia en medio de choques con Policía Los colombianos reactivaron con fuerza ayer las protestas contra el Gobierno de Iván Duque con marchas y bloqueos de vías en ciudades como Bogotá, donde estallaron disturbios que dejaron al menos diez lesionados y 62 detenidos. La policía enfrentó con gases lacrimógenos, grana-
BOGOTÁ, AFP •
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das aturdidoras y chorros de agua a encapuchados que lanzaron piedras y generaron destrozos. La movilización congeló el tráfico en varios puntos de la capital colombiana. Antes de caer la noche, los manifestantes hicieron sonar cacerolas y los uniformados bregaban para restablecer el orden.
Trump y Thunberg: distintas posturas en cumbre climática Donald Trump y Greta Thunberg expusieron ayer sus posturas radicalmente opuestas sobre el cambio climático en el foro de Davos, donde el presidente estadounidense denunció a los “catastrofistas” y la joven activista sueca lamentó al contrario que “no se ha hecho nada” por el planeta. “Tenemos que rechazar a los eternos catastrofistas y sus predicciones de apocalipsis”, dijo Trump, acusando a los “herederos de los insensatos adivinos del pasado” de equivocarse en el cambio climático, como ya hicieron, según él, cuando predijeron la superpoblación del planeta o el fin del petróleo. Pocas horas antes, Thunberg había criticado al contrario, en uno de los coloquios del foro, la inacción de los poderes públicos.
DAVOS, AFP •
PREVENCIÓN. Pasajeros que arriban a la estación del ferrocarril en Pekín, intentan protegerse de contagio con mascarillas. (AFP)
EE. UU. registra su primer caso del coronavirus chino
Alerta máxima en varios países por el contagio de esta nueva enfermedad.
VARIAS CAPITALES, AFP-EFE • Países
de Asia y del Pacífico reforzaron ayer los controles para localizar y aislar a los pasajeros infectados por un coronavirus aparecido en China, del que se reportó un primer caso en Estados Unidos. Un ciudadano estadounidense que regresó recientemente de un viaje por China central fue diagnosticado con el nuevo coronavirus chino, confirmaron las autoridades. El hombre llegó a Seattle a mediados de la semana pasada tras recorrer la región de Wuhan, donde fue detectada la enfermedad por primera vez. El paciente, que no ha sido identificado, tiene unos 30 años y se encuentra en buenas condiciones, aunque “bastante enfermo”, en un hospital en Everett, en las afueras de Seattle. De esta manera, Estados Unidos se convierte en el quinto país en registrar casos de la en-
Estricto control ° El Centro de Control y Prevención de Enfermedades de Estados Unidos adelantó que espera que se registren más casos del coronavirus en el país.
La agencia desarrolló un examen que permite identificar rápidamente la presencia del virus en personas que hayan viajado a China y espera que la revisión de los pasajeros se extienda también a los aeropuertos de Atlanta y Chicago. También se reforzó la vigilancia sanitaria en los aeropuertos de Australia, Bangladés, Japón, Corea delSur, Nepal, Tailandia, Singapur, Malasia, Vietnam, India, Hong kong y Vietnam.
fermedad, ya detectada en China, Tailandia, Corea del Sur y Japón. Síntomas de neumonía
CIFRAS
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PERSONAS han fallecido hasta ahora
primeros casos, pero sí estuvo en la región. Aumentan casos
El caso llega poco después de la confirmación Según los reportes, la por parte del Gobierpersona afectada regresó no chino de que el vide China antes de que las rus puede transmitirse autoridades estadouni- PACIENTES están en denses ordenaran mo- observación. de persona a persona y de un aumento signinitorear a los viajeros ficativo de los casos en provenientes de Wuhan en los aeropuertos de Los Án- el gigante asiático. Además, la geles, San Francisco y el John F. Organización Mundial de la Kennedy de Nueva York, y ex- Salud (OMS) confirmará hoy, perimentó síntomas de neumo- tras una reunión de expertos, si nía que lo llevaron a consultar debe declararse la emergencia al médico. Nancy Messonnier, internacional por riesgo para la directora del departamento de salud pública. La OMS considera que la enfermedades respiratorias de los Centros de Control y Pre- “fuente primera más plausible” vención de Enfermedades de de contagio parecen ser los aniEstados Unidos, dijo que el en- males, con “una transmisión fermo no visitó los mercados de limitada entre humanos por Wuhan, donde surgieron los contacto estrecho”.
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Ante el Apocalípsis
“Estamos todos luchando por el clima y por el medioambiente. Pero si lo miran desde una perspectiva general, en la práctica no se ha hecho nada”, dijo la sueca, lamentando además las dificultades para transmitir su mensaje a pesar de su presencia mediática. Ambos simbolizan el abismo
ATENTA. Con los ojos cerrados, Greta Thunberg escucha la intervención de Donald Trump. (AFP)
entre la visión de los que, como el presidente estadounidense, creen que la protección del medio ambiente es un freno al crecimiento económico y la de una joven generación que pide medidas urgentes antes de que sea demasiado tarde. “Nuestra casa está ardiendo, vuestra inacción aviva las llamas”, afirmó Thunberg en otra de las sesiones de la jornada llamada “Evitar el apocalipsis climático”, y pidió en concreto “poner fin de inmediato a todas las subvenciones a las energías fósiles”, no en 2030 o 2050 “sino ahora”.
Mortífera borrasca sigue azotando a España El temporal Gloria comienza a remitir en España, donde dejó un total de cuatro muertos y olas de 14 metros en zonas costeras, mientras que el viento y la nieve causaron daños y afectados en amplias zonas del país. Doscientas carreteras afectadas por la nieve, cortes de luz e inundaciones en varias regiones del país y 100.000 alumnos sin clase en Cataluña es el balance de ayer de este temporal, que comenzó el domingo. Desde entonces, Gloria causó acumulaciones de lluvia de hasta 567 litros por metro cuadrado vientos de 144 kilómetros por hora y temperaturas de 11 grados bajo cero en algunos puntos. Gloria, la séptima borrasca de la temporada y primera de 2020, azotó con especial virulencia la región oriental española, tanto en la península como en las Islas Baleares.
MADRID, EFE •
Servicios afectados
En la región de Cataluña (noreste), sigue cerrado el puerto de Barcelona, uno de los más importantes del país, mientras
TEMPORAL. La nevada caída durante las útimas 24 horas en Ávila ha causado numerosos problemas. (EFE)
que el tráfico ferroviario de corta y larga distancia está muy afectado, incluyendo la línea de alta velocidad con Madrid. Unos 220.000 abonados se quedaron sin luz en la provincia de Girona a primera hora de la mañana, pero el servicio fue recuperado parcialmente durante la mañana. En numerosos puntos del interior las inundaciones puntuales o las acumulaciones de nieve causaron trastornos al tránsito rodado o inundaciones puntuales, e incluso algunas localidades de montaña quedaron aisladas.
TEMPO B7
Kim regala entradas
tiempo lectura 15 min.
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Kim Kardashian quiere que todos vean la nueva cinta de Michael B. Jordan y Jamie Foxx, sobre los problemas de la justicia penal. Por eso, Kim y su esposo decidieron donar boletos de cine para que vean ‘Buscando justicia’. “Prepárese para maravillarse con el increíble trabajo de Bryan Stevenson”, dijo la celebridad. (JG)
Lucha contra el párkinson
TRANQUILIDAD. Meghan, antes de casarse, vivió en Canadá.
La familia se completa en Canadá TORONTO, EFE • El príncipe Harry de Inglaterra se reunió en Canadá con su esposa, Meghan Markle, después de que la pareja anunciara que abandona sus deberes en la familia real británica y mientras en Canadá continúa el debate sobre quién pagará los costos de seguridad de los duques de Sussex. La cadena británica de televisión Sky News mostró imágenes del Príncipe llegando a la isla de Vancouver, donde Markle se encuentra desde hace días junto con el hijo de la pareja, Archie. Los duques de Sussex sacudieron la tranquilidad de la familia real británica a principios de enero, cuando anunciaron que abandonarían sus
PAMELA ANDERSON
Se casa por quinta vez
La exestrella del show de televisión ‘Baywatch’, Pamela Anderson, de 52 años, contrajo matrimonio por quinta vez, informó el sitio especializado The Hollywood Reporter (TWR). La actriz, activista por los derechos de los animales, se casó con el productor de ‘Batman’ y ‘Nace una estrella’, Jon Peters (74), en una ceremonia privada en Malibú el lunes, más de tres décadas después de que la pareja se conociera. EFE (Foto: elperiodico.com)
funciones oficiales y se trasladarían a vivir por temporadas a Canadá. El primer ministro canadiense, Justin Trudeau, dijo que su Gobierno todavía no ha decidido si correrá con los gastos de la seguridad de los duques de Sussex. Como antigua colonia británica, Canadá es una monarquía constitucional cuyo jefe de Estado nominal es la reina de Inglaterra y que mantiene todavía intensos lazos políticos, sociales y económicos con su antigua metrópolis. Una encuesta señaló que de forma abrumadora los canadienses no quieren que su país pague la seguridad de los duques de Sussex mientras residen en el país.
El artista, de 71 años, recibió el diagnóstico hace 11 meses. Dice que ha sido un proceso difícil. El rockero británico Ozzy Osbourne, exvocalista de la banda Black Sabbath, reveló ayer que fue diagnosticado con la enfermedad de párkinson en febrero del año pasado, tras una “mala caída” en casa que le obligó a someterse a una cirugía en el cuello y le “jodió” los nervios. Osbourne se sinceró sobre sus problemas de salud en el programa ‘Good Morning America’ de la televisión estadounidense junto a su esposa Sharon, quien explicó que el cantante padece Prkn2, un tipo de párkinson “que no es una sentencia de muerte” pero “afecta a ciertos nervios del cuerpo”. “Ha sido terriblemente difícil. Hice mi último concierto en Nochevieja en The Forum (Los Ángeles, EE.UU.), entonces tuve una mala caída. Me operaron el cuello, lo que me jodió todos los nervios”, recordó. El artista explicó que tiene insensibilizado un brazo por la cirugía y se le enfrían las piernas. “No sé si eso es el párkinson o qué, ¿sabes? Pero ese es el problema. Porque me
NUEVA YORK, EFE •
cortaron nervios cuando me operaron. Nunca había oído lo del dolor en los nervios, y es una sensación rara”, dijo Osbourne, cuya salud ha estado en el punto de mira desde hace años. Su esposa sostuvo que la familia Osbourne ha “obtenido todas las respuestas” que podía de los médicos en Estados Unidos y por eso en abril viajará a ver a un profesional en Suiza especializado en el sistema inmunitario, a lo que el artista agregó que se siente “afortunado” pero también “culpable”. De momento, el cantante parece estar recuperando las fuerzas y ha lanzado recientemente su primera nueva canción en más de una década, ‘Ordinary Man’, junto a Elton John. “No me voy a ir a ninguna parte aún”, declaró el rockero, que en cambio sí aseguró tener ganas de volver de nuevo a la carretera.
OZZY OSBOURNE
COCINA AMA MASCOTAS MIRA VIAJA
MIRA B8
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Con el proceso adecuado tiene la posibilidad de conservar su comida por varios días.
Los alimentos congelados mantienen sus nutrientes
Todos los alimentos -carnes, producto dentro de un recipienverduras, frutas, tubérculos y te con agua. La acción de la prelácteos- pueden ser congelados. sión sacará el aire. Además, hay que etiquetar Pero, cada uno tiene un proceso cada paquete. Se debe escribir el distinto para su conservación. La nutricionista Daniela To- producto que se guarda y la fecha de congelación. ledo explica que los reciPara descongelar, la pientes de plástico, conte- EL DATO experta dice que se deben nedores de cristal, fundas pasar los alimentos al recon cierre hermético, pamantener pel aluminio o film son los Para una temperatura frigerador y nunca al amrecomendados para em- estable dentro biente. Lo que sí se puede del refrigerador paquetarlos. es necesario que hacer es poner un producto congelado directo a Al guardar los alimen- esté lleno. cocción. tos, crudos o cocinados, Las siguientes son las en fundas herméticas se debe extraer el aire para evitar recomendaciones que brinda que se contaminen y así garan- la especialista para realizar un tizar su conservación por los buen proceso de congelación y días, las semanas o los meses descongelación de los alimenrecomendados. Toledo compar- tos, para guardar sus propiete el siguiente truco para conse- dades sin que se contaminen. guirlo: introducir la funda con el (CM)
NUTRICIÓN. Daniela Toledo explica el manejo adecuado de los alimentos que serán congelados.
Las proteínas °Las carnes rojas, los pescados y el pollo no necesitan cocción previa para ser congeladas.
Pero sí distribuirlas en porciones pequeñas para ser descongeladas y consumidas. Para evitar que las carnes se ‘quemen’, por el contacto con el oxígeno durante la congelación, hay que eliminar el aire del recipiente y sellarlo herméticamente. Si se utilizan envases no térmicos es indispensable cubrirlos con papel film o aluminio. Las carnes se conservan máximo por seis meses. Por seguridad se sugiere consumirlas antes de los tres. Los mariscos pueden permanecer en congelación de 12 a 15 meses y los pescados de cuatro a seis meses.
Legumbres y verduras precocidas °
Para conservar las propiedades de los alimentos, como las verduras, antes de congelarlos deben ser sometidos a una precocción. Se los coloca en agua hirviendo y se espera hasta que el color tome una tonalidad fuerte, que puede ser después de 30 segundos o máximo de un minuto y medio, dependiendo de cada producto. Después se tiene que introducir inmediatamente en agua con hielo para cortar la cocción. Se escurre, empaqueta y congela. Este proceso disminuye la producción de microorganismos y conserva las propiedades.
Comida lista °Los alimentos preparados también se congelan, como la carne cocinada, el pollo estofado
o la sopa. Tienen que estar fríos y obligatoriamente hay que colocarlos en fundas con cierre hermético o papel encerado. El tiempo recomendado de congelación no debe pasar los 15 días, pero lo idóneo es consumirlo durante los primeros siete. El aguacate, la papa y el huevo cocinado también se guardan. Al primero se le hace puré, se le añade unas gotas de limón, se le enfunda, se le retira todo el aire y se le congela, máximo por tres días. Al huevo y a la papa se los envuelve en papel aluminio y no perderán sus propiedades.
Frutas frescas ° Las aromáticas, como la papaya, son preferibles consumirlas frescas. Las que tienen
piel pueden ser congeladas. Para evitar que se oxiden hay que darles un baño con ácido ascórbico. Si no tiene, disuelva media pastilla de vitamina C en media taza de agua. Las frutillas, las cerezas y las uvas se guardan individualmente. Después de lavarlas se las pone en una bandeja y se las lleva por unos 30 minutos al congelador. Luego se las coloca en fundas y se continúa con su congelación. Las frutas se las puede conservar hasta por 12 meses. A la hora de consumir, no espere a que se descongelen por completo, para evitar que las vitaminas se vayan.
Constitución de la República del Ecuador Capítulo segundo Función Legislativa Sección primera Asamblea Nacional
Kamachiypak Awlli SHUKNIKI PAKMA Mamallakta Tantanakuy
Art. 124.- Los partidos o movimientos políticos que cuenten con un número de asambleístas que represente al menos el diez por ciento de los miembros de la Asamblea Nacional podrán formar una bancada legislativa. Los partidos o movimientos que no lleguen a tal porcentaje podrán unirse con otros para formarla.
124 niki.- Llaktay tantanakuykuna, llaktay kuyurikuna Mamallakta Tantanakuy ukupi chunka patsakrita kamachik killkakkunata charikkunaka, paykunamanta rikurik tantanakuyta wallpanata ushankakuna. Llaktay tantanakuykuna, llaktay kuyu- rikuna mana chunka patsakritallapash charikkunaka ushankapa shuktakman kimirinatami ushanka.
INTERCULTURAL
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Una mezcla de adrenalina con tradición
El Centro Cultural Mushily renovó su propuesta turística con los deportes extremos. La necesidad de brindar más opciones a los visitantes ha hecho que los miembros de la nacionalidad Tsáchila innoven y potencialicen la oferta turística en el interior de su territorio. Una de las últimas novedades es la práctica de canopy, que consiste en atravesar de una polea suspendida por cables montados en una inclinación. Esta atracción, muy practicada en varios puntos turísticos del país, se habilitó hace aproximadamente dos meses en las instalaciones del Centro Cultural Mushily, en la comuna Chigüilpe de Santo Domingo de los Tsáchilas. La actividad ha despertado el interés de la ciudadanía, que llega desde diferentes localidades para fusionar la adrenalina con la ancestralidad profesada por los ‘colorados’. Los tsáchilas consideran que esta es una muestra de vinculación con la sociedad civil, pues el canopy es nuevo para los integrantes de la etnia. “Antes nuestros deportes eran la caza y la pesca como medida de subsistencia. También saltábamos y brincábamos, pero nunca realizamos algo tan extremo”, manifiesta Emilio Calazacón, miembro de la comunidad mejor conocido como ‘Samayá’, que significa ‘hombre de energía y poder’. Él afirma que es importante fusionar sus creencias con las costumbres de los mestizos. De esta manera, los visitantes se sentirán más familiarizados, ya que conocerán las tradiciones de esta nacionalidad y, a la vez,
TRAMO. El canopy tiene una extensión de 170 metros. El regreso es por un sendero ecológico.
La acción y adrenalina se juntan cuando las personas llegan hasta el área de equipamiento, donde se colocan Fusión el arnés, casco, guantes y Destacar las tradiciones CUESTA tsáchilas es uno de los realizar canopy. demás elementos de seguridad para cruzar un abisprincipales objetivos de la propuesta de Mushily, motivo por mo de 170 metros de longitud, el que los turistas siempre son re- aproximadamente. Jorge Arcos, encargado de cibidos al son de la marimba y con bailes tradicionales de la etnia. instalar el canopy, tiene más de En estas actividades los visitan- 13 años de experiencia en este tes pueden tomar protagonismo, deporte y asegura que es “100% pues muchos optan por bailar y seguro”. Además, explica que entonar los diferentes instrumen- “los arneses son nuevos y certificados. El canopy está compuestos de bambú y pambil. tendrán la opción de vincularse a la adrenalina deportiva.
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to por dos cables de acero -cada vajes, iguanas, garzas y a veces uno aguanta cuatro toneladas-, guatusas”, dice. A futuro, los tsáchilas planifidos poleas y dos frenos, uno aucan la ejecución de trabatomático y el otro es manual”. TOME NOTA jos para descontaminar y recuperar el afluente que Calazacón explica que, pasa por la comuna Chidespués del canopy, las El canopy se personas retornan por un habilita los fines güilpe. Tienen en mente semana y sendero ecológico, donde de feriados. Pueden la construcción de botes disfrutan de la vegetación practicarlo niños para que los turistas tenmayores de 5 gan más opciones de diy la fauna que pertenece años. versión: “primero harían al territorio tsáchila. “Es el canopy, después un algo bonito porque mezcla el deporte con la naturaleza. En paseo en el río y, finalmente, la la caminata los turistas tienen caminata ecológica”, dice Calala suerte de observar patos sal- zacón. (JD)
Los dulces secretos saraguros
LOJA, LA HORA• Los eventos especiales de la comunidad del cantón Saraguro, en Loja, siempre van acompañados de recetas ancestrales que no dejan que el paso del tiempo desvanezca su sazón particular y milenaria. Uno de los platos más apetecidos es el ‘pinshe’, una vianda que lleva papas, cuy, queso, mote y pan. Además, es popular el ‘matiucho’, que contiene cuy, pero va acompañado únicamente con papas y queso. Debido a la poca producción de hortalizas y cereales, algunos
ingredientes ya no se utilizan en he’ o al ‘matiucho’ cautiva a quien las viandas; no obstante, en fies- la prueba. La chicha se prepara tas importantes como el Pawkar de una variedad de maíz, que se Raymi o el Inti Raymi, se sigue la llama jora, y es apetecida ante receta original. todo por su preparación. Cada 21 de marzo, juAl maíz molido se lo deja nio, septiembre y diciem- EL DATO en remojo por cuatro días; bre, los priostes, que geneluego se le agrega panela ralmente son autoridades y agua tibia. Esta bebida La chicha de jora es elaborada desde la épode la comunidad, llevan suele utilizarse los alimentos para com- en las mingas y ca preincaica y todavía es ofrece como partirlos con los asistentes se considerada sagrada, por bebida refrescante. de esas festividades. lo que se la utiliza en actos ceremoniales y fiestas de todas las culturas prehispánicas La chicha La bebida que acompaña al ‘pins- de la zona central andina. (DLH)
RECETA. El pan es un cereal infaltable en los dos tipos de viandas.
MOSAICO B10
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• HORAGRAMA
H. MARCELO MEJIA R. hmejiadlh@gmail.com
Cantante, actriz, presentadora y mexicana
¿Nació un 22 de enero?
Avaluar, valuar Crema de la leche
Cantante y compositor mexicano
TVFAN
Su disciplina es estricta y busca que toda persona que entre en contacto con Ud. sea igualmente disciplinada. Sus actos en cada área de su vida son impecables ya que busca el orden y la perfección en todo.
Fiador, avalista Manto beduino
E
ARIES
Acequia
(marzo 21 - abril 19)
Ciudad de Venezuela
Tapir
Convicta
Vasija grande de metal Arbusto chino
Extenso, prolongado Familia Caminar
Si está buscando concebir este es el momento oportuno ya que estará más fértil. Disfrutará mucho más de la compañía de sus hijos. Recuerde: Perdone siempre a sus enemigos: nada les molesta más.
Caudillo de los hunos
Alga de los charcales Mortífero, mortal Terminación verbal
Palma de fibra textil Ánfora
TAURO
Girar
Argolla
Igual
Báscula
Saludo indio
Batracio Altar
GÉMINIS
Químico de símbolo Ne.
(mayo 21 - junio 21)
Flotar en el agua
Calle de un pueblo Símbolo del molibdeno
Símbolo del calcio
Parker
Brincar
Marca, cicatriz Guerrilla vasca Especie de búfalo pigmeo
(abril 20 - mayo 20)
El ambiente dentro de su casa será positivo pero deberá ser paciente con su madre ya que su carácter será fuerte. Recuerde: Hay varios tipos de ángeles: unos tienen alas…otros no.
Moneda de Turquía
Sabrosa
Reina de Inglaterra
Antorcha
Átomo
Alfa
Seca, estéril
Parker es un ladrón con un °particular código de honor:
(junio 22 - julio 22)
División territorial
Ensenada
Embuste, trampa Depósito de cereales
Tostar, dorar
Solución anterior
Actriz de la telenovela Qué bonito amor
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Símbolo del calcio Aparato para fotografiar
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Antorcha
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Embuste, trampa
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Arte de pesca Metal precioso
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Reposo, palmeral
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Religiosa Símbolo del cobalto
CELEBRIDADES JOSE IMBELLONI (1885 - 1967) ANtrOpóLOgO ArgENtINO. SOStuvO EL OrIgEN OcEáNIcO dEL hOMBrE AMErIcANO.
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Ciudad de Yemen Liebre de la Patagonia
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Artículo femenino
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Terminación verbal
E
(julio 23 - agosto 22)
Su capacidad de demostrar sus afectos será más amplio. Su generosidad y buen ánimo le dará popularidad y foco de afectos. Recuerde: Desarrolle sus valores, crecerán y desplazarán sus defectos
Secreto
I
Santo en portugués
Diosa
Rostro
D
Se torna más desprendido con el dinero. Procure ser un poco más ahorrativo y evite gastar en cosas superfluas. Recuerde: Ninguna persona merece sus lágrimas, y quien las merezca no le hará llorar.
LEO
Símbolo del messier Puerta en inglés
Saludo indio
Altar
Sociedad anónima Apócope de valle
N
R
Airear, ventila Voz de arrullo
A
Escritor mexicano Afirmación
R
Olisquear, olfatear Adverbio de cantidad
Signo zodiacal Pato
E
Tostar, dorar
S
L
A
Licor
A
Prime nota musical
Rio de Europa Anómalo
Su mente será más optimista lo cual hará que su manera de expresarse sea más alegre y afectuosa. Sus hermanos serán más cálidos y demostrativos. Recuerde: No tema a las tinieblas, si lleva la luz dentro de Ud.
CÁNCER
Onda
MAX PRIME 16:10. HOY
no robar a quien no lo merece. Después de ser traicionado por sus socios y dado por muerto, Parker no descansará hasta que paguen por lo que hicieron.
HORÓSCOPO
Enfermedad, padecimiento Peñasco Grito taurino Jactancia, presunción
Omega Segunda vocal
(agosto 23 - septiembre 22)
No se dejará llevar por la tristeza o el pesimismo. Su madre o esposa serán una gran fuente de apoyo al momento de enfrentar las adversidades. Recuerde: Los problemas más difíciles tienen las soluciones más simples.
LIBRA
(septiembre 23 - octubre 22)
• HORAKU Nro. 4513
En casa todo está bien
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MAX: 16:20. MAÑANA
°
Una tormenta repentina deja varados a una numerosa familia que se había reunido en una isla para celebrar las bodas de oro de los abuelos. Sin prepararse para mayor tiempo de convivencia, empiezan a surgir viejos recelos, traiciones y ansiedades.
6
Nro. 4512 9
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CÁPSULA CIENTÍFICA
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Grigori Rasputín (1869 – 1918)
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I
Objetos misteriosos en la Vía Láctea Un grupo de investigadores internacionales reportó en la revista Nature el hallazgo de cuatro objetos en órbitas cercanas a un agujero negro en el centro de la Vía Láctea. Según la reseña, los cuerpos tienen órbitas diferentes, pero comparten un origen similar con los encontrados anteriormente. El equipo cree que podría tratarse de un híbrido de gas y estrella. Los científicos franceses y estadounidenses, liderados por
Anna Ciurlo de la Universidad de California, en Los Ángeles, fueron los encargados de este reciente descubrimiento en conjunto con Observatorio W. M. Keck en Hawai. En su publicación especifican que estos cuerpos registraron emisiones de hidrógeno, que por sus velocidades y sus órbitas son satélites de Sagitario A* (un agujero negro supermasivo), sin embargo, los indicadores de sus trayectorias muestran una gran variedad.
MICROBIOGRAFÍA
Fue un místico ruso con una gran influencia en los últimos días de la dinastía Románov. En su lugar de origen pretendía darse una apariencia de Jesucristo y tenía fama de sanador mediante el rezo, razón por la cual fue llamado al palacio de los zares para cortar una hemorragia de su hijo y heredero Alekséi Nikoláyevich Románov, que padecía de hemofilia. El zarévich efectivamente mejoró -algunos sostienen que fue mediante hipnosis- y la familia Románov, especialmente la zarina Alejandra, cayó bajo la influencia de este controvertido personaje. Decía que las prácticas orgiásticas eran un camino a Dios. (OG)
La compañía de sus amigos, especialmente las mujeres, será bastante gratificante. Ellas serán más atentas, cariñosas y protectoras con Ud. Recuerde: La alegría es el paso del hombre de una menor perfección a una mayor.
ESCORPIO
(octubre 23 - noviembre 21)
Procure solucionar sus diferencias con personas de autoridad con total tranquilidad y ecuanimidad. Trate a sus subalternos con respeto y consideración. Recuerde: La paciencia es amarga, pero sus frutos son dulces
SAGITARIO
(noviembre 22 - diciembre 21)
Su sensibilidad espiritual se incrementa. Su búsqueda de enriquecimiento espiritual se vuelve más exhaustiva. Apoyo y ayuda de amigas extranjeras. Recuerde: Cuando reina la virtud, los caballos de guerra aran los campos.
CAPRICORNIO
(diciembre 22 - enero 19)
Su modo de encarar las situaciones deberá pasar por ciertos cambios. Las finanzas de su pareja se estabilizan pero deberá tratar de ahorrar. Recuerde: Quien tropieza y no cae, dos pasos adelanta.
ACUARIO
(enero 20 - febrero 19)
El temperamento de su pareja será bastante agradable por lo que buscará compartir más tiempo con esta. Esto fortifica la relación. Recuerde: Sólo en el diccionario el éxito está antes del trabajo.
PISCIS ESPACIO. Imagen de la Vía Láctea. (Shutterstock) Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec
(febrero 20 - marzo 20)
Se sentirá más a gusto en su lugar de trabajo y sus compañeros tendrán mucho que ver con ello. Cuide su alimentación y realice ejercicios para mantenerse saludable. Recuerde: Todos los triunfos nacen cuando nos atrevemos a comenzar
CRONOS B11
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MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora, ECUADOR
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Estrellas en la red El almuerzo de dos campeones del mundo “Y llega un día que te juntas para comer. Y hablas de ‘Clásicos’; de los momentos vividos en Eurocopas y Mundiales; ¡y de mil historias más! Un gusto verte @carles5puyol”, publicó en su cuenta de Instagram (@ikercasillas) el arquero español Iker Casillas, quien almuerza junto a su compatriota y excompañero de selección, el defensa Carles Puyol. (AVV)
Jaime Ayoví volvió al fútbol argentino El delantero ecuatoriano Jaime Esto no impidió los acercala ‘Yoya’ Ayoví está de vuelta en mientos del equipo de la Priel fútbol argentino, tras llegar mera división argentina, con a un acuerdo con Godoy Cruz, la ‘Yoya’. El cuadro árabe dio faciliequipo en el que militó entre 2014 y 2017, con una destaca dades para la negociación con Godoy, que la tarde de participación. ayer confirmó la noticia. En diversas entrevis- EL DATO El contrato del exEmelec tas Ayoví declaró que su será por seis meses, con corazón seguía ‘atado’ a la camiseta la ‘Tomba’ y que espera- Con de Godoy, Ayoví la posibilidad de extenanotó 26 goles derlo en junio. ba retornar. “Vuelve a la ‘TomEn mayo de 2019 en 56 partidos. ba’, Jaime Ayoví, quien el delantero ‘Tricolor’ sufrió una lesión, la que hizo supo darle al equipo muchas que no volviera a jugar con su alegrías”, publicó el periodista club ‘Shabab Al Ahli de EAU’. argentino Agustín Rey. (AVV)
¿Debería volver a la Tri? FELIPE CAICEDO
EXPECTATIVA. Felipe Caicedo es titular en la Lazio de Italia. EFE
El delantero renunció a la selección en septiembre de 2017. Hoy es figura en Italia.
EXPERIENCIA. La ‘Yoya’ ha vestido las camisetas de Emelec, Toluca, Pachuca, Tijuana, Godoy Cruz, Beijing Renhe y Shabab Al Ahli.
Campana firmó por tres años y medios con su nuevo club
Leonardo Campana, de 19 años, firmó un contrato, de un millón de dólares anuales, por tres años y medio con el Wolverhampton. El equipo de la Primera división de la Premier League, le dio la bienvenida al ecuatoriano publicando un video, en Twitter (@Wolves), con la frase “Welcome Leonardo Campana”. (AVV)
Han pasado dos años desde que Felipe Caicedo renunció a la Selección Ecuatoriana de Fútbol. El delantero de 31 años, hizo pública su decisión luego de que el técnico de aquel entonces, Gustavo Quinteros, fuese separado de su cargo tras los malos resultados en las Eliminatorias para el Mundial Rusia 2018. Las críticas al trabajo hecho por Quinteros y los jugadores no faltaron, pues Ecuador se quedó fuera del mundial, con una campaña en la obtuvo 28 de 69 puntos disputados. Acercamiento de Cruyff
En rueda de prensa, el nuevo estratega de la ‘Tricolor’, Jordi Cruyff, indicó su interés por hablar personalmente con Caicedo, quien vive un dulce momento en su equipo, el Lazio de Italia. El atacante guayaquileño ha marcado seis goles en 14 partidos. Y suma 21 tantos desde su llegada (2017) al equipo. Aunque Caicedo dejó la selección en 2017, a mediados de 2019, su representante, Gonzalo Vargas, reiteró la negativa del delantero ante la posibilidad de regresar.
Vargas resaltó que su representado se mantiene alejado de la opinión de la hinchada, directivos y medios deportivos. Esto tras un cruce de palabras que ‘Felipao’ tuvo con Francisco Egas, presidente de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF), quien criticó la falta de compromiso del jugador. “15 años defendí y maté por la camiseta de la selección, tú no me vas a venir a dar clases”, respondió Caicedo. ¿Debe volver?
El director técnico argentino, Luis Soler, considera necesario el retorno de ‘Felipao’ a la ‘Tri’. “Cuando uno forma un plantel para la selección debe llamar a los jugadores que están en su mejor momento”. La opinión la comparte el exfutbolista ecuatoriano, Nicolás Asencio, quien señala que “un jugador jamás debe renunciar a jugar para su país”. Mientras algunos ven factible el retorno de Caicedo, el 23 de diciembre de 2019, el mediocampista Cristhian Noboa apoyó la decisión de su amigo y excompañero se selección. (AVV)
Felipe Caicedo Lazio de Italia
2017-2018: marcó seis goles 2018-2019: marcó nueve goles En lo que va del 2020: ha marcado seis goles
Felipe Caicedo aportaría calidad, experiencia (…) La selección del Ecuador necesita ponerse a trabajar lo más pronto porque se ha perdido mucho tiempo”, LUIS SOLER,
DIRECTOR TÉCNICO ARGENTINO.
Lazio queda fuera de la final de la Copa ° El Nápoles es el primer equipo clasificado para las semifinales de la Copa de Italia después de derrotar ayer a la Lazio por 1-0, gracias a un gol de Lorenzo Insigne nada más comenzar el duelo, a los dos minutos Felipe Caicedo fue titular en la Lazio y fue reemplazado al minuto 55.
Si Felipe tomó su decisión, hay que respetarla”, CRISTHIAN NOBOA,
MEDIOCAMPISTA ECUATORIANO.
CRONOS B12
MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora, ECUADOR
La Recopa sudamericana 2020 se jugará en febrero
La Recopa sudamericana 2020 entre el brasileño Flamengo y el ecuatoriano Independiente del Valle se jugará el próximo mes de febrero, en partidos de ida y vuelta, informó la Conmebol. Flamengo, campeón de la Libertadores 2019,
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e Independiente del Valle, monarca de la Sudamericana, se medirán el miércoles 19 de febrero en duelo de ida en el estadio Atahualpa de Quito. La revancha se disputará en el mítico estadio Maracaná de Rio de Janeiro, el 26 de ese mes. EFE
Por llegar a la fase de grupos
LIBERTADORES
Barcelona visita a Progreso. Los Toreros’ necesitan acceder al siguiente nivel. • Luego de 30 años, hoy se vuelven a enfrentar Progreso de Uruguay con Barcelona SC, por la Fase 1 de Copa Libertadores, en el estadio Alfredo Víctor Viera, con capacidad para 15.000 espectadores. La última vez fue el 14 de agosto de 1990, que terminó en un empate 2-2. Los ‘Toreros’ esperan ganar los duelos de ida y vuelta, hasta llegar a la fase de grupos, en la que además podrían conseguir buenos réditos económicos y así saldar una parte de las deudas que heredó la actual dirigencia. El ‘Ídolo’ viajó el domingo por la tarde y el lunes entrenó en el Parque Capurro de Montevideo,
GUAYAQUIL
Grupo A
mientras que ayer, ejecutó fútbol en espacio reducido y definición. Llega de perder 0-1 ante Delfín de Manta, en duelo de presentación de la ‘Noche Amarilla’. Su timonel, Fabián Bustos, espera estar a la altura del compromiso copero. “Será un gran partido, sabemos la responsabilidad que tenemos. Estos arranques son totalmente distintos por la premura del torneo, pero no hay excusas”, expresó. “Debemos tratar de sacar los partidos adelante de la mejor manera. El objetivo es claro, el equipo sabe cómo jugar y lo que intentaremos hacer, por eso hemos trabajado bastante la parte física, nos falta todavía porque
Grupo B
Grupo C
PRESENCIA. Liga de Quito llega como campeón de la Copa Ecuador.
Copa Libertadores Posibles Formaciones EQUIPO A
EQUIPO B
Progreso Pérez Gonzáles Platero Díaz Loffreda Andrada Riquero Viega Rosso Silva Gasparí (Roldán) DT: Leonel Rocco
Barcelona Burrai Velasco Aimar Riveros Pineida Piñatares Marques (Oyola) F Martínez E Martínez Díaz Álvez DT: Fabián Bustos
Hora: 19:30 Estadio: Alfredo Víctor Viera Árbitro: Eduardo Gamboa (Chi)
estamos comenzando el año”, añadió. Resaltó además que el contrincante ha variado mucho, a pesar de que cambió de entrenador.. (SJMS). Grupo D
Rivales
Enfrentamientos Flamengo (BRA)
Palmeiras (BRA)
Peñarol (URU)
Sao Paulo (BRA)
8 de agosto de 1990 °Barcelona SC 2- Progreso 0 (goles de Jimmy Izquierdo)
Independiente del Valle (ECU)
Bolívar (BOL)
Junior (COL)
Atlético Tigre (ARG)
G1
G2
Grupo E
COMIENZA EL GRAN TORNEO DE CLUBES DE SUDAMÉRICA Este 21 de enero comienza a rodar el balón en una nueva edición de la Copa Libertadores de América, con la disputa de la fase 1 que marca el derrotero hasta una única final el 21 de noviembre en el mítico estadio Maracaná de Rio de Janeiro (Brasil).
Colo Colo (CHI)
River Plate (ARG)
° 14 de agosto 1990 Progreso 2-2 Barcelona (Machain, Ramos, Izquierdo y Bravo)
‘Chucho’ Benítez acogerá la final de la Supercopa • El próximo 1 de febrero se llevará a cabo la Supercopa Ecuador, en el que se enfrentarán Delfín de Manta y Liga de Quito, en el estadio Christian Benítez. Así lo anunció ayer la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF), a través de un comunicado. Primero se había establecido que sea en el estadio Monumental, en el que hace de local Barcelona SC. El cambio se realizó de manera forzosa, ya que el cuadro ‘Canario’ recibirá el 29 de este mes a Progreso de Uruguay, en el cotejo de vuelta por la Fase 1 de la Copa Libertadores. “Cabe mencionar que, en la
GUAYAQUIL
Censura a declaraciones de Máximo Banguera GUAYAQUIL •
Athletico Paranaense (BRA)
Liga de Quito (ECU)
Bolivia 2
Binacional (PER)
Grupo F
Grupo G
Grupo H
Gremio (BRA)
Nacional (URU)
Olimpia (PAR)
Boca Juniors (ARG)
Universidad Católica (CHI)
Racing (ARG)
Santos (BRA)
Libertad (PAR)
América de Cali (COL)
Alianza Lima (PER)
Delfín SC (ECU)
Caracas (VEN)
G4
Estudiantes de Mérida (VEN)
Defensa y Justicia (ARG)
G3
21/01
22/01
22/01
Carabobo (VEN) vs Universitario (PER)
San José (BOL) vs Garaní (PAR)
Progreso (URU) vs Barcelona SC (ECU)
No hay que dar pelota por perdida y saber cuándo hay que jugar y cuándo cerrar los partidos”. LEONEL ROCCO, DT DE PROGRESO
Me gusta que mi equipo tenga juego interior, que mantenga la pelota. Buscamos equilibrio, buscamos potenciar de la mejor manera”. FABIÁN BUSTOS, DT DE BARCELONA
misma fecha, la empresa operadora del Vídeo Assistant Referee (VAR), llevará a cabo el partido de validación del campo de juego, por lo que la nueva sede ha sido inspeccionada y aprobada para el desarrollo del primer partido oficial con dicha tecnología”, detalló el escrito de la FEF. Este será el único partido que enfrentará al cuadro ‘Cetáceo’, campeón de LigaPro y a los ‘Albos’, ganadores de la primera edición de la Copa Ecuador. Las entradas comenzarán a venderse desde hoy en las oficinas del organismo rector del fútbol nacional, a un costo de 5 dólares. (SJMS).
SITUACIÓN. Máximo Banguera
La LigaPro solici- no salió en buenos términos de tó, por medio de un escrito, al Barcelona. club el Nacional que advierta al golero Máximo Banguera, pone que cada club afiliado a de que se abstenga de hacer LigaPro, debe hacerse respondeclaraciones que puedan sable del buen uso de sus redes ofender o dañar a terceros. sociales, como también de los Esto luego de que el guar- directivos, entrenadores, jugadameta de 34 años publicara dores y personal. Del mismo en sus redes personales modo, acorde al artílo siguiente: “Muchas EL DATO culo 13 (literal e), está veces no es bueno queprohibido hacer publidarse callado, escucho caciones que puedan se hizo la como habla este señor, Ayer presentación del dañar a alguien más. queriendo tirar todo en balón oficial para “Instamos a que, por su 2020, mi contra. Hablaremos LigaPro intermedio, se advierta que llevará el nombre de con evidencias para que al mencionado jugador, ‘Merlin’ y se vean la clase de perso- estrenará el 14 señor Banguera, que se na que llegó a sacar al de febrero. abstenga de hacer ese club”, expresó. tipo de declaraciones”, culminó. “No quería hablar, Por su parte, Lucía Vallecipero veo que tengo que defenderme y ustedes mismos se dan lla, titular de los ‘Puros Criocuenta lo mentiroso que es Al- llos’, sostuvo que “Banguera, falso”, añadió. Sin embargo, des- me dijo que era algo que él escribió, sin dar nombres ni pués borró dicha publicación. De acuerdo a lo que indica nada y no creo que esté afecel escrito del organismo, el Re- tando absolutamente la honra glamento de Medios de Comu- de nadie. Solo es un comentanicación, en su artículo 12, dis- rio que puso”. (SJMS).
CRONOS
El Zaragoza sorprende al Mallorca en la Copa del Rey El Mallorca se estrelló ante un equipo de la Segunda División, el Zaragoza (3-1), y quedó eliminado ayer en el inicio de los dieciseisavos de final de la Copa del Rey, donde el Sevilla y el Osasuna sí pudieron lograr su billete a octavos. La nueva ronda del ‘torneo del KO’ no tuvo que esperar
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ECUADOR
mucho para registrar su primera sorpresa. El Mallorca, que venía de golear 4-1 a un equipo ‘Champions’ como el Valencia el pasado fin de semana, mostró su peor cara en el estadio de La Romareda, donde los locales, cuartos de la clasificación de segunda división, fueron claramente superiores. EFE
SUB -23
COLOMBIA
Despiertan del sueño olímpico Ecuador fue goleado por Colombia. Es último en el Grupo A con siete goles en contra. Se juegan 32 minutos. Desde las gradas del Centenario de Armenia se escucha el ¡ole, ole¡ El marcador dice que la Sub-23 de Colombia ya le ha hecho tres goles a su similar de Ecuador, en el La selección Sub-23 de Chile aprovechó el hombre de más que tuvo por un torneo Preolímpico. lapso superior a los 25 minutos y con un gol del centrocampista Ángelo Araos Faltan aún 60 minutos por juen los minutos finales se impuso por 1-0 a su par de Venezuela en partido de la gar. El aroma a desgracia ronda segunda jornada del Grupo A del Preolímpico de Colombia jugado en el estadio Centenario, de Armenia. el área técnica de Jorge Célico. El El centrocampista, que jugó el año pasado en el Ponte Preta, pero es propieentrenador argentino, mientras dad del Corinthians, ingresó en el segundo tiempo y anotó el tanto de la victoria corre el reloj, busca en el césped en un encuentro parejo hasta que fue expulsado por doble amonestación Jholvis una explicación. ¿Cómo pasó de Acevedo. ser campeón Sudamericano con muchos de esos jugadores, en 2019, a ser la primera Selección los jugadores que pidió y en el camino se le ‘fueron’ Leoeliminada del PreolímpiGrupo A nardo Campana, flamante co? Viernes EL DATO jugador del WolverhampDos derrotas, la priton, y Jordi Alcívar, expulmera ante Chile, y siete vs. Ecuador: 18:00 sado. goles en contra terminan, Nicolás °Venezuela Benedetti, a los 20:30 °Chile vs. Argentina: prematuramente, con 15 minutos, Jorge Carrascal, el sueño olímpico de los a los 26, Edwin Confundidos ‘Tricolores’, que llegaron Cetre, a los 32, y Sin brújula, perdidos en Johan a territorio ‘cafetero’ con Carbonero, a los la cancha y faltos de tra- revoluciones hizo el cuarto gol, a anotaron un equipo diferente al que 87 bajo lucieron los seleccio- cuatro minutos del final. para Colombia. dibujó Célico. Para rematar, José Cifuentes, nados. El mes de prepaEl que fue DT interino ración que tuvieron fue uno de los jugadores rescatables de la Selección Absoluta, donde inútil para evitar el papelón por- de la ‘Tri’ se tuvo que ir lesionaperdió tiempo, no tuvo a todos que cuando Colombia subió las do, a los 77 minutos. (WOM)
Chile derrota a Venezuela con gol de Araos °
MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR
A7
Liga de Quito no volverá a jugar al mediodía El dirigente de Liga Deportiva Universitaria Esteban Paz confirmó que los ‘Albos’ no volverán a jugar sus encuentros al mediodía, como era costumbre en la capital. “Vamos a dejar de jugar al mediodía. Tenemos que empezar a cuidarnos, los rayos UV están elevados y no queremos exponer a nuestros hinchas y
MOMENTO. Jugadores de Colombia celebran uno de los goles ante Ecuador. AFP
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CRITERIO. Esteban Paz, dirigente de los ‘Albos’.
futbolistas. Jugaremos sábado o domingo, pero en la tarde”, dijo Paz en radio La Red. Las declaraciones de Paz contradicen a la postura que siempre manejó el equipo ‘Universitario’ de disputar sus encuentros a las 11:30 en domingo.
Arsenal empata y Agüero sale al rescate LONDRES, AFP • El Arsenal resistió con 10 durante más de una hora para arrancar un empate en el derbi frente al Chelsea (22), mientras que el Manchester City se afianzó en su segunda plaza con un triunfo ante el Sheffield United (7º), gracias a un solitario gol del argentino Sergio Agüero. “Un partido difícil ante un gran rival, pero tuvimos paciencia y la victoria es merecida. Feliz por convertir y más aún cuando el equipo gana”, declaró tras el partido el ‘Kun’ en sus redes sociales. El delantero argentino, después de haberse convertido en el extranjero que más goles ha marcado en el campeonato inglés, sigue demostrando que se encuentra en un gran momen-
DESTACADO. Sergio Agüero anota para el Manchester City. AFP
Después de una derrota o un empate, la victoria siempre es una buena respuesta por parte del equipo”. PEP GUARDIOLA,
DT DEL MANCHESTER CITY.
to de forma, tras anotar su séptimo gol en los últimos cuatro partidos de la Premier League. El City suma 51 puntos, por los 64 de los ‘Reds’, que el jueves se enfrentarán al Wolverhampton y que actualmente cuentan con dos partidos menos. El Leicester, que recibe el miércoles al West Ham, queda a seis puntos de los ‘Citizens’.
Lyon supera a Lille en penales y pasa a final El Lyon se convirtió en el primer finalista de la Copa de la Liga francesa tras superar en la tanda de penales (4-3 tras empate 2-2) al Lille, ayer en semifinales, que se disputan a partido único. El rival del Lyon en la final será el Reims o el París Saint-Germain, que se enfrentan hoy en la segunda semifinal. AFP
CRONOS A8
MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR
Federación de Tenis suspende a Farah de toca actividad
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El colombiano Robert Farah, líder del ranking mundial de dobles, fue suspendido provisionalmente ayer por la Federación Internacional de Tenis (ITF) después de dar positivo por un esteroide prohibido, a la espera de sus comparecencias para dar explicaciones. La ITF confirmó que se encontró boldenona
en una muestra de Farah, en un control fuera de competición en octubre. “No quiero vivir achantado, quiero seguir siendo yo. Sé que no he hecho nada malo, así que no temo de nada. Quiero seguir viviendo mi vida y ojalá que todo esto se resuelva muy pronto”, afirmó en Instagram.
Nadal brilla y Zverev deslumbra
TENIS
El español ganó con autoridad, el alemán se llevó el respeto del público. Si Rafael Nadal brilló ayer bajo el sol de Melbourne para pasar a segunda ronda del Abierto de Australia, Alexander Zverev deslumbró después, ganándose el corazón del público local al prometer que si consigue ganar el torneo, donará el premio económico del mismo a la lucha contra los incendios que asolan el país. El alemán, séptimo jugador mundial, anunció además que dará 10.000 dólares por cada victoria en el Open de Australia. “Daré 10.000 dólares por victoria. Sé que no soy el favorito para ganar el torneo, pero si lo gano, ofreceré mi prima hasta el último céntimo” para la lucha contra los incendios, prometió tras clasificarse para la segunda ronda, derrotando al italiano Marco Cecchinato (77º), por 6-4, 7-6 (7/4) 6-3. La prima del vencedor de la final del torneo es de 4,12 millones de dólares australianos (2,5 millones de euros), pero Zverev no precisó si hablaba de dólares estadounidenses o australianos. Por su parte, Rafael Nadal se clasificó fácilmente para segun-
MELBOURNE, AFP •
Dudas sobre Sharapova °
En el cuadro femenino, la checa Karolina Pliskova, número dos mundial y semifinalista el año pasado, venció a la francesa Kristina Mladenovic (41ª), por 6-1, 7-5. La jornada estuvo también marcada por la nueva eliminación en primera ronda de un Grand Slam de la rusa Maria Sharapova, derrotada por 6-3, 6-4 por la croata Donna Vekic (20ª). Esta derrota parece lanzar dudas sobre el futuro de la ahora 145ª mundial, pero que va a caer más allá de la 350ª plaza al término de este Open de Australia.
da ronda a expensas del boliviano Hugo Dellien (73º), al que ganó por 6-2, 6-3, 6-0, y seguirá su búsqueda de un vigésimo título de Grand Slam para igualar a Roger Federer. “Es un buen debut. El tercer set en particular ha sido muy bueno. He jugado a un muy buen nivel”, comentó el español, número uno mundial.
Australia Open
Algunos partidos de hoy Ito (JPN) vs. Novak Djokovic (SRB/2) ° Tatsuma Zidansek (SLO) vs. Serena Williams (USA/N.8) ° Tamara ° Filip Krajinovic (SRB) vs. Roger Federer (SUI/N.3)
JUEGO. Alexander Zverev destacó en el partido de inicio del Abierto de Australia. AFP
James y Lakers sucumben en Boston
Que de Dios goce.
Jornada maratoniana en la NBA para celebrar la festividad del Día de Martin Luther King que dejó la humillación de Los Ángeles Lakers de LeBron James en Boston ante los nuevos Celtics, la marca de 61 puntos del base Damian Lillard y los 21 triples de los Pelicans de Nueva Orleans. Mientras los Bucks de Milwaukee se consolidaron como mejor equipo de la liga, los Nuggets de Denver y Jazz de Utah
HOUSTON, EFE •
AGRADECIMIENTO E INVITACIÓN A la memoria de
Blanca Costales Gavilanes de Piedra Su esposo, Pancho Piedra Vélez, sus hijas: Yohanna , Silvia. Su nieta Karlita Johana Gianini Piedra. Sus hermanos: Gonzalo (+) Rebeca (+) Bertha (+) Elsa, Gladys, Fabiola, Bolívar Costales Gavilanes, su hermana del alma María Orozco, invitamos a la Santa Misa por el eterno descanso de su alma, en la Capilla del Colegio San Gabriel, el día sábado 25 de enero del 2020, a las 11:00 horas. Sus restos mortales fueron atendidos en la intimidad familiar. Dejamos expresa constancia de nuestro agradecimiento a la Provincia ecuatoriana de la Compañía de Jesús, a la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, instituciones, familiares y amigos que nos acompañaron en tan doloroso momento.
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mantuvieron la lucha por el liderato de la División Noroeste, que comparten, y los Thunder de Oklahoma City dejaron en crisis a los Rockets de Houston. El base Kemba Walker vivió la noche más especial como profesional desde que llegó a los Celtics al conseguir por primera vez en su carrera vencer a un equipo del alero LeBron James tras imponerse por 139107 a Los Ángeles Lakers. Walker, como jugador franquicia de los Hornets de Charlotte, nunca pudo ganar
a James (28-0), pero esta vez aportó 20 puntos y ayudó al ataque balanceado de los Celtics a conseguir la victoria que tanto había deseado como profesional y acabar con la racha perdedora ante el cuatro veces ganador del premio de Jugador Más Valioso (MVP) de la NBA. El alero Jayson Tatum también destacó como líder del ataque de los Celtics al conseguir 27 puntos que dejaron a los Lakers, actuales líderes de la Conferencia Oeste con la peor derrota en lo que va de temporada.
AVISO
Se va a proceder al pago de: SEGURO DE CESANTIA Del que en vida fue:
MYR. HIDALGO TORRES DIEGO MAURICIO Quienes se creyeren con derecho a este beneficio, podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de TREINTA (30) DÍAS a contarse de la presente publicación JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICÍA NACIONAL PAR/112073/EG
PARTIDO. Gordon Hayward, de los Celtics, anota para su equipo. AFP
Habitantes de zonas rurales se sienten ajenos a Quito Las parroquias y comunidades que pertenecen al Distrito mantienen su propia identidad.
Levantarse todos los días a las 04:00, ducharse en agua fría y servirse un desayuno rápido es parte de la rutina de Aníbal Granda, un habitante de Perucho, una parroquia rural del norte del Distrito. Aunque las vías de asfalto y las construcciones modernas se acercan cada vez más a su zona, el hombre de 58 años mantiene las tradiciones del campo y se siente ajeno a la ciudad. Antes del alba, toma las llaves de su camioneta y se enrumba por una carretera que fue pavimentada hace poco. El recorrido por el camino moderno dura 10 minutos y contrasta con accesos de tierra. Luego de conducir por 40 minutos, Granda llega a una huerta que está cerca del río Guayllabamba. En esa propiedad que heredó de sus padres, riega y cuida más de 200 árboles de aguacates, chirimoyas, naranjas, limones, guayabas y otros frutos que se dan en Perucho. “Cuando era pequeño, mis padres me enseñaron la importancia del campo, de la tierra y cómo se la trabaja”. El peruchano, como se identifica con orgullo, sabe que su parroquia pertenece al Distrito, pero comenta que no siente “como un quiteño”. Su estilo de vida es muy parecido al que llevan las 600.000 personas que viven en las zonas más alejadas de las 33 parroquias rurales de Quito. “Nosotros vivíamos y comíamos de esta tierra antes de que se considerara que Quito llegaba hasta acá”, dice. Carmen Paredes, de 48 años, vive a 15 minutos de Pacto, parroquia del noroc-
AVISO
Se va a proceder al pago de: DEVOLUCIÓN DE APORTES Del que en vida fue:
CBOS. CUENCA CASILLAS GALO FRANCISCO
Quienes se creyeren con derecho a este beneficio, podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de TREINTA (30) DÍAS a contarse de la presente publicación JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICÍA NACIONAL PAC/112916/AT
SOCIEDAD I
MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR
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Lista
Parroquias rurales Alangasí Amaguaña Atahualpa Calacalí Calderón Conocoto Cumbayá Chavezpamba Checa El Quinche Gualea Guangopolo Guayllabamba La Merced Llano Chico Lloa Nanegal Nanegalito
Nayón Nono Pacto Perucho Pifo Píntag Pomasqui Puéllaro Puembo San Antonio de Pichincha San José de Minas Tababela Tumbaco Yaruquí Zámbiza
AMBIENTE. Los caminos de tierra son parte de la cotidianidad para quienes viven en las zonas rurales del Distrito.
cidente, y concuerda con esta visión. Ella sostiene que en las zonas rurales siempre se ha sentido la “falta de representatividad y participación del Municipio de turno”. Ella dice que en el campo saben que funciona más “tener vecinos organizados que un municipio alejado”. Aunque las diferentes administraciones municipales han intentado potenciar el turismo en las zonas rurales, Paredes sostiene que la política pública no se ha enfocado en garantizar una buena calidad de vida en esas áreas. Agrega que incluso las fiestas son diferentes. “Nosotros no festejamos tanto Fiestas de Quito, tenemos nuestros propios festejos y tradiciones”. Al igual que Granda y Paredes, habitantes de poblaciones como Calderón, Tumbaco y El
Quinche admiten que se sienten ajenos hasta de una forma inconsciente. Esto porque cada vez que tienen que trasladarse hacia la zona urbana dicen que van a Quito. Problema de identidad Para el sociólogo Ricardo Fiallos, uno de los principales problemas que tiene Quito es la diversidad de personas que viven en ella, especialmente en las zonas rurales. “Cifras del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), de 2017, detallan que el 45,3% de la población es de ‘chullas’, algo así como los quiteños de cepa. Mientras que el 54,7% corresponde a personas que llegaron de provincia o de zonas rurales”. Agrega que en una ciu-
TAXPARAISO DEL VALLE OPERADORA DE TAXIS S.A
COMUNICADO Ponemos en su conocimiento que mediante oficio de fecha 17 de enero del año en curso, La Agencia Metropolitana de Tránsito de Quito notificó a nuestra compañía el plazo de subsanación de documentos dentro del proceso de asignación de cupos de taxis, por lo que debe acercarse con el carácter de urgencia a la oficina principal de la compañía, el accionista: QUIMBIULCO QUISAGUANO JAIRO DANIEL Esto con el fin de garantizar el debido proceso de los socios cuyos documentos deben ser subsanados. De hacer caso omiso a la presente, se entenderá como desistimiento voluntario de accionista.
dad, donde más de la mitad de las personas no son autóctonas siempre se tienen identidades fragmentadas. A esto se agrega la relación que durante años ha tenido la zona ‘urbana y desarrollada’ de Quito con las ruralidades, y se puede entender porque la gente que vive en las parroquias no siente a la ciudad como algo suyo. “Quito ha tenido una relación de poder en torno a las ruralidades. El desarrollo se ha centrado en el sector urbano. Los colegios, los centros burocráticos, están en Quito.
Esto ha obligado a las personas que nacen en zonas rurales a migrar hacia la ciudad para superarse”, pero la ven como un territorio ajeno. Todos estos factores, según explica Fiallos, hacen que Quito sea una ciudad sin una identidad fuerte y arraigada. Eso es algo que sí se ve en Cuenca o Guayaquil. Fiallos considera que para cambiar la visión en las ruralidades del Distrito es importante afianzar la identidad quiteña y, desde la política pública, “reforzar y valorar las diferentes identidades de la ciudad”. (ECV)
QUITOTAX SOCIEDAD ANONIMA COMUNICADO Ponemos en su conocimiento que mediante Oficio de fecha 16 de enero del año en curso, La Agencia Metropolitana de Tránsito de Quito notificó a nuestra compañía el plazo de subsanación de documentos dentro del proceso de asignación de cupos de taxis, por lo deben acercarse con el carácter de urgente a la oficina principal de la compañía, los accionistas: AGUAGALLO CAYAMBE ANGEL DELFIN; ALBAN PLAZA JOSE MIGUEL; AVILES ALVEAR LUIS FERNANDO; BRAVO RAMIREZ EDISON ORLANDO; CUENCA MANUEL DE JESUS; GOMEZ SANIPATIN WILSON GEOVANNY; GUAMAN RAFAEL DAVID; HERRERA BERMUDEZ DIEGO ARMANDO; LLUMIQUINGA LUMIQUINGA SEGUNDO GABRIEL; QUIMUÑA VASCO FERNANDO; QUISHPE TERAN JORGE ARTURO; QUITO BANEGAS OLIVER PATRICIO; TAPUY CAHUATIJO MARIA ALEXANDRA; TITUAÑA CUICHAN JORGE HERNAN; TITUAÑA JUIÑA MIGUEL ANGEL; TOAQUIZA TITUAÑA JAIME PATRICIO; TOASA SAYAVEDRA JOSE ROBERTO; VELASCO PADILLA WASHINGTON ARNULFO; VINUEZA SONIA MIRELLY Y VIZUETE DUICELA REINALDO ALBERTO. Esto con el fin de garantizar el debido proceso de los socios cuyos documentos deben ser subsanados. De hacer caso omiso a la presente, se entenderá como desistimiento voluntario del accionista.
Atentamente, Sra. Lourdes Quinga GERENTE GENERAL TAXPARAISO DEL VALLE OPERADORA DE TAXIS S.A. PAC/112913/AT
Atentamente, Sr. Jonathan David Madrid GERENTE GENERAL/ QUITOTAX S.A. PAC/112914/AT
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DOLITTLE - 2D DOB. 15:00 17:05 19:10 21:15 DOLITTLE - 2D DOB 14:00 16:10 18:20 20:30 DÍA DE MUERTOS - 2D (DOBLADA) 13:20 LA HORA DE TU MUERTE 2D DOB. 15:20 LOS ÁNGELES DE CHARLIE 2D DOB 17:15 LA HORA DE TU MUERTE 2D DOB 19:30 EL CASO DE RICHARD JEWELL 2D DOBLADA 21:20
CINEMARK
SUPERCINES SAN LUIS
Dolittle d-box dob 14:10 Dolittle 3d d-box dob 16:30 19:00 Dolittle d-box sub 21:20 frozen ii dob 14:45 Espias a escondidas dob 17:00 Los angeles de charlie sub 19:15 Amenaza en lo profundo sub 21:45 Jumanji: el siguiente nivel d-box dob 14:00
Amenza en lo profundo Español 14:30 16:40
16:45 19:30 22:05
Judy sub 14:30 17:10 19:45 22:15 Dedicada a mi ex dob 15:50 Richard jewell sub 18:00 20:45 Dolittle dob 15:00 17:30 22:20 Dolittle sub 20:00 Panama dob 15:20 17:05 18:50 Star wars: el ascenso de skywalker sub
20:35
18:50 Subtitulada 21:00
La Reina de las Nieves Español 14:45 16:45
18:45
Los Ángeles de Charlie Español 14:00 16:30
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Los Muertos No Mueren Español 20:45 Día de muertos Español 13:50 16:00 18:10 Jexi: Un Celular sin Filtro Español 19:50
SUPERCINES 6 DE DICIEMBRE
MULTICINES CCI
MULTICINES EL RECREO
Amenza en lo profundo Español 15:40 17:50 22:10 Amenza en lo profundo Español 14:20 16:30
Amenza en lo profundo Español 14:20 16:30
La Reina de las Nieves Esp. 13:30 15:30 17:30 19:30 Los Ángeles de Charlie Esp 14:15 16:45 19:15 21:45 Los Muertos No Mueren Esp. 18:15 20:30 22:45 Panamá Español 16:10 18:20 20:30 Día de muertos Español 14:30 16:40 18:50 Jexi: Un Celular sin Filtro Español 17:20 19:20
La Reina de las Nieves Esp 14:20 16:15 18:15 Los Ángeles de Charlie Español 13:45 16:20
La Reina de las Nieves Español 13:45 15:35 17:25 Los Ángeles de Charlie Español 13:30 16:05 18:40
Los Muertos No Mueren Español 13:40 16:00 18:20 20:40 Panamá Esp. 13:00 14:50 16:40 18:30 20:20 Día de muertos Español 13:40 Jexi: Un Celular sin Filtro Español 15:50 17:50 Cats Subtitulada 13:15 15:40 Espías a Escondidas Español 14:50 17:05 Jumanji: El Siguiente Nivel Español 13:10 15:50 18:30 21:10 La Llegada del diablo Español 18:00 20:00 Star Wars: El Ascenso de Skywalker Español 19:50 21:20 El Ojo del Demonio Español 19:15 Dedicada a mi Ex Español 20:10
Los Muertos No Mueren Español 13:20 14:20
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MULTICINES EL CONDADO Amenza en lo profundo Español 14:10 16:20
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Una velada cinematográfica
GENTE I
El filme ‘El secreto de sus ojos’, drama argentino dirigidos por Juan José Campanella, se proyectó en Wampra Arte Bar. Los cinéfilos disfrutaron de la cinta.
Danny Trujillo y Dayana Rivadeneira.
Alexander Rosas y Belén Cáceres.
Alejandro Yépez y Michel Carrera.
Paola Santacruz y David Ayala.
Juan Sebastián Serrano y Ana Cabrera.
Karol Chávez y Pablo López.
MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR
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Quito, Ecuador
32 PÁGINAS
Barcelona busca ‘Progreso’ en la Libertadores El cuadro ‘Canario’ debuta hoy en la Copa Libertadores ante el Progreso de Uruguay. PÁGINA B12
El aroma a Olimpiadas se esfuma
La Selección Sub-23 de Ecuador fue goleada 0-4 por Colombia y queda eliminada del Preolímpico. PÁGINA A7
Socavón en la Amazonas
El ‘hueco’, de al menos dos metros de diámetro, obligó a suspender la circulación vehicular. Página A5
Tristeza en el rock Lluvias azotan a España
El temporal ‘Gloria’ dejó ayer un total de cuatro muertos y olas de 14 metros en zonas costeras, mientras que el viento y la nieve también causaron daños. Página B6
Ozzy Osbourne confesó que tiene párkinson. PÁGINA B7
REVISTA JUDICIAL
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LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
MIÉRCOLES, 22 DE ENERO DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 12775 Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO
Editora DIANA BRIONES PUGA
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA
http//www.derechoecuador.com
Dirección: Panamericana Norte Km 31/2 y Nazareth | Telf: 2475723 al 728 | E-mail: revistajudicial@lahora.com.ec
DERECHOS DE LA NATURALEZA
AUTOR: AB. JOSÉ SEBASTIÁN CORNEJO AGUIAR.
Nuestra actual Constitución, reconoce plenamente a la naturaleza como titular de derecho, tanto así, que en su Art. 71, manifiesta que “La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos […].” 1 Esto debido a que el medio ambiente, se ha convertido en un bien jurídico digno de respuesta penal, tanto así que la Constitución del Ecuador, reconoce por primera vez el derecho de la naturaleza como un derecho autónomo del ser humano. Partiendo de esta concepción establecida, en nuestra norma Constitucional, es necesario referirnos a la relación existente entre la teoría del derecho y el derecho a la naturaleza en concatenación con la protección que el Estado nos brinda. Para lo cual, el doctor Ramiro Ávila Santamaría, manifiesta que tanto “el desarrollo evolutivo de los derechos como el reconocimiento de la titularidad de los derechos de la naturaleza es una etapa inevitable”2, haciendo alusión dentro de su ensayo “Los derechos de la naturaleza fundamentos”, la determinación de ciertos elementos como son: La Dignidad Analizada desde el imperativo categórico de Kant, en donde se distinguen dos tipos de leyes; Las leyes de la naturaleza, de las que los seres humanos no tienen control alguno, y las leyes que regulan las relaciones entre los seres humanos. Considerando que la naturaleza y el ser humano siempre serán
Entendido brevemente, estos elementos necesarios, dentro del desarrollo de los derechos de la naturaleza, cabe mencionar, que el Doctor. Eugenio Raúl Zaffaroni, en su ensayo “La naturaleza como persona: Pachamama y Gaia”, manifiesta una esquematización sumamente interesante, en relación al desarrollo de la naturaleza como persona abordando una serie de temáticas, dentro de las cuales, se considera de mayor importancia las siguientes:
un medio, que necesitan el uno del otro para vivir, en consecuencia se deben tratar con dignidad.3 El derecho subjetivo Según Ferrajoli “es una condición prevista por una norma jurídica positiva que sirve de presupuesto para ser titular de situaciones o autor de actos.”4. Esta teoría del derecho se aplica tanto en las relaciones horizontales entre particulares, y las verticales entre particulares y Estado. Consistiendo básicamente en la protección de los seres humanos y de la naturaleza, como sujetos protegidos dentro de un estado constitucional.5 La capacidad Vinculada con la libertad, y el
concepto de titularidad de derechos para vender, obrar, contratar, decidir, ejercer funciones y contraer obligaciones. Entendida como una categoría jurídica convencional, que depende de decisiones y evoluciona en el tiempo, concediendo el derecho de representación.6 La igualdad Consistente en tratar igual a lo que tiene características iguales y diferentes, a lo que es diferente, que consiste básicamente en respetar la diferencia cuando la igualdad se caracteriza, o la distinción subordina.7 Entendida como un contrato que incluye la participación con representación de seres no humanos como la naturaleza.
El humano y su entorno como problema filosófico, ético y jurídico: Dentro de este tema, el maestro Zaffaroni, aborda la relación del humano con su medio y en especial con las formas de vida no humanas, en donde el humano tuvo una relación ambivalente frente al animal, dado que se quiso diferenciar de este, e identificarse con Dios.8 Tanto así, que los fisiognomistas9, clasificaron jerárquicamente a los humanos, luego paso por la frenología10 de Gall, para dar finalmente lugar a la criminología de Lombroso, misma que se fundamentó en jerarquizaciones racistas, asociando lo feo y lo malo.11 En donde, se puede llegar a determinar posteriormente con Bentham, cuando el manifestaba que los animales lleguen a ser considerados como sujetos de derechos, en tanto que para el spenciarismo, no podían ser titulares de derechos los animales.12 El maestro Zaffaroni concluye, que en “el derecho penal la cuestión de personalidad animal se planteó especialmente en torno a la tipificación del delito de maltrato de animales.”13 Que si lo interpolamos dentro de nuestro ordenamiento jurídico, podríamos decir, que el Art. CONTINUA EN LA PÁGINA - C2
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DERECHOS
CONSTITUCIONALES
¿CÓMO FUNCIONA EL HABEAS CORPUS PARA PROTEGER EL DERECHO A LA LIBERTAD CONTRA PARTICULARES? RESPUESTA La Corte Constitucional, en sentencia de revisión, se pronunció sobre el derecho a la libertad en el caso de la privación efectuada por un centro de desintoxicación. La Corte estableció que las personas afectadas por privaciones de libertad llevadas a cabo por particulares deben ser escuchadas en audiencia y su versión es determinante para constatar su autonomía y las condiciones de privación de libertad. En caso de no poder dar el consentimiento, lo hará la persona responsable. Cuando existieren versiones contradictorias sobre la privación de libertad, se interpretará a favor de la libertad. Finalmente, la Corte afirmó que además de verificar el consentimiento, en el hábeas corpus el juez deberá analizar, caso por caso, las circunstancias de la privación de libertad y supervisar las condiciones de privación y restricción de este derecho en lugares privados Sentencia No.166-12-JH/20 www.corteconstitucional.gob.ec
REVISTA JUDICIAL C2
MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR
249 del Código Orgánico Integral Penal, se reconoce como contravención de maltrato y muerte de mascotas o animales de compañía14, es decir se la reconoce como contravención más no como delito. Ya, que para ser considerado como delito, debía existir una violación clara a los siguientes parámetros: a. El bien jurídico, sería la moral pública o las buenas costumbres, con el inconveniente de que se dejarían atípicos los actos de crueldad realizados en privado. b. Es un interés moral de la comunidad, que se convertiría en un tipo de sospecha, porque en realidad no lesiona ningún bien jurídico, sino que se crea la sospecha de que puede lesionarlo. c. Se trata de una lesión al medio ambiente, en donde no resulta fácil considerar a la fauna urbana como parte del medio ambiente. El animal como persona Según el maestro Zaffaroni “el bien jurídico en el delito de maltrato de animales no es otro que la salud y el bienestar del propio animal, para lo cual es menester reconocerle el carácter de sujeto de derechos […].”16 Es decir lo que se está realizanEJECUTIVOS UNIDAD JUDICIAL CIIVL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL PARA: SERGIO PATRICIO PÉREZ LÓPEZ ACTOR: DRA. GEAN MAGALY AG U I R R E B E N A LCA ZA R, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GUAYAQUIL S.A DEMANDADOS: PÉREZ LOPEZ SERGIO PATRICIO CAUSA No.: 17230-2016-03505 TRAMITE: EJECUTIVO CUANTÍA: $7.988.76 PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 14 de marzo del 2016, las 14h20.VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo realizado. La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos que exige la Ley. Dese el trámite Ejecutivo. El demandado en el término de tres días, más dos en razón de la distancia y bajo prevenciones legales, cumpla con la obligación exigida o proponga las excepciones a las que se crea asistido. Cítese al demandado SERGIO PATRICIO PÉREZ LÓPEZ, en el lugar que se indica, mediante atento DEPRECATORIO remitido a uno de los jueces de lo Civil de la Unidad Judicial con sede en el cantón Riobamba, provincia de Chimborazo, remitiendo suficiente despacho en forma y ofreciendo
do, según esta conceptualización del bien jurídico, es determinar, que los animales tengan un lugar intermedio entre los seres humanos y las cosas, entendiéndose que son entes capaces de sufrir y de sentir. Es por ello, que cuando se plantea el ejemplo del puma que está deambulando por la vía pública, y que lo correcto sería llevarlo a un zoológico, y no matarlo, es la comparación con el oligofrénico, que se lo interna pese a ser una persona incapaz, es decir nunca se le desconocen sus derechos.17 Entra el juego la cuestión ecológica Se hace referencia al aparecimiento del ambientalismo jurídico, que dio lugar al desarrollo del derecho ambiental, y al derecho penal, como tutela penal del medio ambiente, en donde básicamente lo que se busca es garantizar el pleno reconocimiento al medio ambiente de sus derechos de protección, pese a que son entes no humanos. La hipótesis Gaia y el paso de Gaia a la ética: James Lovelock, planteo la hipótesis Gaia, en donde se concibe al planeta como un ente viviente, no en el sentido de un organismo o un animal, sino en el de un sistema que se autorregula. Es decir se entiende que al ser nosotros parte de esa vida en el planeta, nos incumbe contribuir a su auto regulación y no perturbar sus
reciprocidad en casos análogos. Agréguense los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la accionante debidamente justificada con el instrumento que adjunta, autorización de patrocinio, correo electrónico y casilla judicial para sus notificaciones. Notifíquese y Cítese. F).- Dr. Paúl Fabricio Narvaez Narvaez-Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 30 de mayo del 2019, las 10h28, Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En atención a lo solicitado por la parte actora, y de conformidad con el Art. 56 del COGEP, cítese por la prensa a SERGIO PATRICIO PEREZ LOPEZ, para lo cual confiérase el extracto correspondiente, el mismo que se enviará a la casilla judicial de la accionante.- Notifíquese.- f).Salazar Vasco Gustavo Javier-Juez Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para posteriores notificaciones. AB. GABRIELA HIDALGO SECRETARIA Hay firma y sello PAC/112851/AT EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACION JUDICIAL A: MEDINA POMA LAURO CELESTINO Y MOLINA SARANGO MARIANA DE JESUS ACTOR: BANCO DEL AUSTRO
S. A DEMANDADO: MEDINA POMA LAURO CELESTINO Y MOLINA SARANGO MARIANA DE JESUS JUICIO NO: 17230-2018-12158 TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD. 7078.88 OBJETO: SALDO DEL CAPITAL CONSTANTE EN EL PAGARE, INTERES CORRIENTE, INTERES DE MORA Y PAGO DE COSTAS PROCESALES. JUEZ: DR. WILMER ZAMBRANO ORTIZ DEFENSOR: ABG. GRACE PAULINA FLORES ERAZO INICIO: 15/08/2018 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 21 de agosto del 2018, las 15h28, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, y en virtud de la razón del sorteo realizado, se dispone. La demanda presentada por la Abg. Grace Flores Erazo, Procuradora Judicial del Ing. Jaime Guillermo Talbot Dueñas, Gerente General y Representante Legal del Banco del Austro S.A, conforme se justifica con el documento que acompaña, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante
finos equilibrios y reequilibrios.18 Mientras que la ética hacia Gaia, nos denota la importancia de reconocer los derechos de todos los otros entes que comparten con nosotros la tierra y reconocerles el derecho a la existencia y al desarrollo pacífico de sus vidas. El pasó al derecho en el constitucionalismo andino: la Pachamama y el sumak kawsay. Dentro de este tema, me he permitido, referirme específicamente a lo concerniente a la Constitución de la República del Ecuador, que según menciona Zaffaroni, esta parte del reconocimiento de los derechos de la naturaleza desde su preámbulo, cuando dice: “[…] Celebrando a la naturaleza, la Pacha Mama, de la que somos parte y que es vital para nuestra existencia […]”19, y después señala que “[…] Decidimos construir una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el sumak kawsay […].”20 Y posteriormente a ello, en el Art. 71 manifiesta: “La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos
PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.SEGUNDO: En consecuencia, los demandados: MEDINA POMA LAURO CELESTINO y MOLINA SARANGO MARIANA DE JESUS, en el término de QUINCE (15) días, contesten a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan algunas de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO: CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a los demandados señores: MEDINA POMA LAURO CELESTINO y MOLINA SARANGO MARIANA DE JESUS, en el lugar señalado en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 53 y siguientes del COGEP. Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones, previniendo a los ejecutados la obligación que tienen de señalar casilla judicial y/o electrónica (el accionante provea de las copias necesarias para la citación).- QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados por la parte actora.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones. Actúe el Dr. Alejandro Ochoa, en calidad de Secretario de la Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA
de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema.”21 Es decir, dentro de nuestro ordenamiento jurídico ecuatoriano, se le reconoce el derecho pleno a la naturaleza, tanto así, que incluso el sumak kawsay o buen vivir, no se limita solo a la protección de las personas, sino al bien de todo viviente, incluso la naturaleza y los animales. Conclusión: La Constitución de la República del Ecuador, consagra los derechos de la naturaleza, sin embargo desde el punto de vista jurídico, el reconocimiento constitucional de la personalidad jurídica de la naturaleza, constituye un corte en la historia del Derecho Constitucional contemporáneo, no solo en lo referente a la protección de la Naturaleza, sino también respecto a los sujetos de derechos. Ya que la constitución Ecuatoriana busca ir más allá del fundamento del constitucionalismo clásico, basado en el contrato social, incluyendo el contrato natural que es el acuerdo y la reciprocidad que deben existir entre los seres humanos y la Tierra.
IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 16 de enero del 2020, las 10h00, VISTOS: En virtud del juramento rendido, así como del certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana constante a (fjs.58-59) y; con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la parte accionada MEDINA POMA LAURO CELESTINO y MOLINA SARANGO MARIANA DE JESUS por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación local, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto.- Una vez entregado el extracto la parte actora deberá presentar en esta Unidad Judicial las publicaciones respectivas en el término de 15 días.-CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- F.) Juez Dr. Wilmer Zambrano Ortiz. Lo que se CITA/NOTIFICA para los fines de Ley, previniéndole/s de la obligación de señalar Casilla Judicial en esta ciudad de Quito, a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. ABG. ALEX CURAY CAMACHO SECRETARIO Hay firma y sello PAC/112909/AT EXTRACTO CASILLA 5506 CITACIÓN JUDICIAL A: ESTRADA VARGAS MARCELA JACQUELINE JUICIO: EJECUTIVO No. 17230-2018-14696 CUANTIA: 1.500,oo.000 USD ACTOR: BARBA SALAZAR DIEGO Y SERRANO CRUZ EDWIN (PROCURADORES JUDICIALES DE CA D E N A H ECTO R,
REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA.) D E M A N DA D O : EST RA DA VARGAS MARCELA JACQUELINE y VERDEZOTO GAVILANEZ JOSE LUIS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 27 de septiembre del 2018, las 11h58, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito; y, en virtud del sorteo electrónico de ley, que precede. La demanda que antecede presentada por la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza del Valle Ltda., en contra de los señores José Luis Verdezoto Gavilanez y Marcela Jaqueline Estrada Vargas; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que consta dentro de los títulos previstos en el artículo 347 del mismo Código; y, contiene los requisitos establecidos en el art. 348 ibídem; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. En consecuencia, CÍTESE, a los demandados señores JOSÉ LUIS VERDEZOTO GAVILANEZ y MARCELA JACQUELINE ESTRADA VARGAS; en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia de los documentos adjuntos y este auto inicial; para el efecto envíese suficiente despacho en forma a la oficina de citaciones; a fin de que se dé cumplimiento con esta diligencia (la parte accionante provea de
1. REGISTRO OFICIAL No. 449, CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR (2008)., Art 71. 2. Ramiro Ávila Santamaría y Miguel Carbonell, Los derechos y sus garantías: ensayos críticos, 1. reimpr, Pensamiento jurídico contemporáneo 1 (Quito: Corte Constitucional para el Periodo de Transición, 2012). 3. Ibíd. 4. Luigi Ferrajoli, “Derechos Fundamentales”, en Los Fundamentos de los derechos fundamentales, Madrid, Edit, Trotta, 2001, p.19. 5. Ávila Santamaría y Carbonell, Los derechos y sus garantías. 6. Ibíd. 7. Ibíd. 8. Eugenio Raúl Zaffaroni, «La naturaleza como persona: Pachamama y Gaia», s. f. 9. Pretenden explicar los sentimientos y el carácter de los individuos mediante el estudio de la configuración externa del cráneo. 10. Teoría médica del siglo XIX, según la cual cada instinto o facultad mental radica en una zona precisa del cerebro que se corresponde con un determinado relieve del cráneo. 11. John Passmore, La responsabilidad del hombre frente a la naturaleza. (Madrid, s. f.). 12. Eugenio Raúl Zaffaroni, «La naturaleza como persona: Pachamama y Gaia». 13. Ibíd. 14. REGISTRO OFICIAL SUPLEMENTO No. 180, CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL (2014)., Art 249. 15. Eugenio Raúl Zaffaroni, «La naturaleza como persona: Pachamama y Gaia». 16. Ibíd. 17. Ibíd. 18. Ibíd. 19. REGISTRO OFICIAL No. 449, CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR (2008). 20. Ibíd. 21. ibíd.
las copias necesarias para la citación). De conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados por el accionante para sus notificaciones; así como, la calidad en la que comparece. Actúe Dra. Rosa Guerrero Castro, en calidad de Secretaria de este despacho NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.-F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 11 de diciembre del 2019, las 13h35, Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de la parte demandada, se dispone: CÍTESE, a la parte demandada señora ESTRADA VARGAS MARCELA JACQUELINE, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por la parte actora.NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.- F)
Dra. Celma Espinoza Venegas.Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAB/24444/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: MARGARITA SOLEDAD RAMIREZ DELGADO.DEMANDADO: MARGARITA SOLEDAD RAMIREZ DELGADO.JUICIO No. 17230-2018-13601.TRAMITE: EJECUTIVO.CUANTÍA: CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 00/100.AB. DEFENSOR: AB. DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR EN CALIDA DE PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA.OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE CONDENE A LA DEMANDADA AL PAGO DEL VALOR CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN DENTRO DEL PRESENTE PROCESO. UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 10 de septiembre del
2018, las 12h04, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil, con sede en la parroquia Iñaquito del el D.M., de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.En lo principal se considera: La demanda presentada por DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR, EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ, en calidad de procuradores judiciales del Ing. Héctor Rolando Cadena Lucero, representante legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el pagaré a la orden establecida a fs. 1, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Cítese a la parte demandada en la presente causa, señora MARGARITA SOLEDAD RAMIREZ DELGADO en calidad de deudora principal, en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará copias de la demanda y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico
General de Procesos.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones.Actúe el Abg. Diego Acuña Naranjo en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 6 de enero del 2020, las 12h02, VISTOS: En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a la demandada MARGARITA SOLEDAD RAMIREZ DELGADO, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes.- A través de secretaría remítase al casillero judicial No. 5506 el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.-AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAB/24445/AT R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUI IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) CITACIÓN JUDICIAL A: FREIRE PALACIOS SANTIAGO MANUEL y CARDENAS VELASCO MIRIAM JOSETH EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-2019-06005 Actor: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., por intermedio de DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR y EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ en calidad de PROCURADORES JUDICIALES Demandado: FREIRE PALACIOS
SANTIAGO MANUEL Y OTROS Tipo/Acción: Ejecutivo-Cobro de Pagare a la Orden Cuantía: $15.000 Inicio: 12 de Abril del 2019 Defensor: Ab. Diego Armando Barba Salazar Casillero: 5506 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 17 de abril del 2019, las 15h53, VISTOS: Avoco conocimiento de la causa mediante acción de personal No. 7903-DNTH-2015 -KP de 2 de junio del 2015, en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- En lo principal, la demanda presentada por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., por intermedio de DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR y EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ en calidad de PROCURADORES JUDICIALES, conforme lo acredita con la documentación adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código. En consecuencia, se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo y se ordena la citación a la parte demandada FREIRE PALACIOS SANTIAGO MANUEL y CARDENAS VELASCO MIRIAM JOSETH (EN PERSONA POR SER EL LUGAR DE TRABAJO), en el domicilio señalado en el libelo de demanda, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto de calificación, debiendo remitirse las boletas de citación a la oficina correspondiente (El peticionario prestará las facilidades necesarias), a fin de que se cite a la parte demandada en la forma prevista por los artículos
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54 y 55 del COGEP. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado, se ordena que se le haga conocer a la parte demandada por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. Publíquese la citación en la página web del Consejo de la Judicatura, conforme lo determina el numeral 2 de las DISPOSICIONES REFORMATORIAS PRIMERA al CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO, que de manera textual manifiesta lo siguiente “…Toda citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial…”. En aplicación a lo dispuesto en los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda conforme lo determina el artículos 351 último inciso del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, conforme lo determina el artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora en su escrito de demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO
METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 17 de diciembre del 2019, las 14h22, Agréguese al proceso el escrito que antecede. Se señala para el día 07 de enero del 2020, las 15H00, a fin de que la parte actora COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., por intermedio de DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR o EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ en calidad de PROCURADORES JUDICIALES, comparezcan a esta Unidad Judicial de lo Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, ubicada en el quinto piso del edificio Complejo Judicial Norte, cuya dirección es: Av. Amazonas y calle Juan José Villalengua, sector Iñaquito de esta ciudad, y dé cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 inciso 2 del Código Orgánico General de Procesos, y con JURAMENTO DECLARE que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la parte demandada FREIRE PALACIOS SANTIAGO MANUEL y CARDENAS VELASCO MIRIAM JOSETH; y que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, juramento que se realizará ante esta juzgadora. HECHO QUE SEA, por intermedio de la Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, confiérase el extracto necesario a fin de que se cite a la parte demandada FREIRE PALACIOS SANTIAGO MANUEL y CARDENAS VELASCO MIRIAM JOSETH, por la prensa de acuerdo a lo prescrito en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos. NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en seña-
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA ACOPIO DE GRASAS S.A. ACOGRASAS
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA “EMPRESA DE SERVICIOS EXEQUIALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL ECUATORIANA S.A.” De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y al artículo décimo quinto de los Estatutos de la Empresa de Servicios Exequiales de la Seguridad Social Ecuatoriana S.A, convoca a sus accionistas y de manera especial a la Comisaria Principal de la compañía, señora Myriam Masabanda, cuya dirección es: Bosmediano N3-121, a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse el día 07 de febrero de 2020 a las 10:00, en las oficinas de la compañía ubicadas en la ciudad de Quito, Av. Rio Coca y Av. Eloy Alfaro (esquina); para tratar el siguiente orden del día: 1. Conocer, resolver y aprobar la reforma de Estatutos de la Compañía. 2. Conocer, resolver y aprobar la reforma al Reglamento Interno de Trabajo. 3. Conocer, resolver y aprobar el presupuesto de la Compañía para el año 2020. 4. Conocer y resolver sobre la designación de Comisarios principales y suplentes y fijar sus honorarios. 5. Conocer, resolver y aprobar el capital social por pagar para llegar al capital suscrito. 6. Conocer y aprobar la reestructuración de los libros societarios de la compañía. Atentamente,
Se convoca a los accionistas de Acograsas a la junta general ordinaria, que tendrá lugar el jueves 30 de enero del 2020, en Santo Domingo de los Colorados Av. Rio Lelia entre Ceibos y Zarzas MZ 1413 lote 11 Urb. Banco de Fomento Edificio Coral, ref: edificio color café, segundo piso, oficina número 203, a las 12:00 con el objeto de tratar, el siguiente orden del día: 1.- Conocimiento y resolución de informes de la administración. 2.- Conocimiento y resolución sobre informe del comisario del año 2019. 3.- Conocimiento y resolución de informe de auditoría externa correspondiente al año 2019. 4.- Conocimiento y resolución sobre los estados financieros de la empresa por el año 2019 5.- Distribución de utilidades 6.- Designación de comisario para el año 2020 7.- Designación de auditor externo para el año 2020 8.- Elección de directores Esmeraldas 21 de enero del 2020 PD: los documentos se encuentran disponibles a los señores accionistas en las instalaciones de la empresa.
Ing. Daniel Guerrero.M BA Gerente General Empresa de Servicios Exequiales de la Seguridad Social Ecuatoriana S.A
GONZALO MEJIA GERENTE GENERAL PAR/112072/EG
PAR/112067/EG
lar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.Certifico. AB. VERONICA MENA T. SECRETARIA Hay firma y sello PAB/24446/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: ESPINOSA ESTRELLA DIEGO MAURICIO ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA. DEMANDADOS: ESPINOSA ESTRELLA DIEGO MAURICIO TRAMITE/ASUNTO: CIVILEJECUTIVO-PAGARE A LA ORDEN JUICIO No. 17230-2018-12975 CUATIA: USD. 7.436,70 Juicio No. 17230-2018-12975 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 4 de septiembre del 2018, las 14h36, VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, se considera: PRIMERO: CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- La demanda presentada por los Abs. Diego Armando Barba Salazar y Edwin Mauricio Serrano Cruz, Procuradores Judiciales del Ing. Héctor Rolando Cadena Lucero, en su calidad de Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Alianza del Valle” Ltda., es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- SEGUNDO.- En consecuencia, el demandado, señor ESPINOSA ESTRELLA DIEGO MAURICIO, en el término de QUINCE (15) días, pague la obligación demandada, o conteste a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP y proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. TERCERO.- CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a la parte demandada en el lugar señalado en el libelo, conforme al artículo 53 siguientes del Código Orgánico General de Procesos, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico; para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina correspondiente.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.QUINTO.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones.- Actúe la Dra. María Isabel Solano Camacho, en calidad de secretaria de este despacho jurisdiccional.- NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Carmen Romero Ramírez, Jueza.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, viernes 29 de noviembre del 2019, las 08h35, En lo principal, en virtud del juramento realizado por la parte actora, se ordena la citación al demandado, señor ESPINOSA ESTRELLA DIEGO MAURICIO, por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en el cantón Quito, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos; para el efecto, confiérase el extracto correspondiente. Notifíquese.- f) Dra. Carmen Romero Ramírez, Jueza.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, (Ecuador), para posteriores notificaciones.-
REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR
Dra. María Isabel Camacho SECRETARIA Hay firma y sello PAB/24447/AT
Solano
R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUI IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) CITACIÓN JUDICIAL A: MARTINEZ ZAMBRANO ERIK JAVIER EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-2017-1518 Actor: Cooperativa De Ahorro Y Credito Alianza Del Valle Ltda., por intermedio de Andrea Nataly Sarauz Rivadeneira, Edwin Mauricio Serrano Cruz y Diego Armando Barba Salazar en calidad de Procuradores Judiciales Demandado: Albuja Ruiz William Orlando y Otros Tipo/Acción: Ejecutivo-Cobro de Pagare a la Orden Cuantía: $7.000 Inicio: 13 de Noviembre del 2017 Defensor: Ab. Edwin Mauricio Serrano Cruz Casillero: 5506 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 16 de noviembre del 2017, las 12h49, VISTOS: Avoco conocimiento de la causa mediante acción de personal No. 7903-DNTH-2015 -KP de 2 de junio del 2015, en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- En lo principal, la demanda presentada por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., por intermedio de ANDREA NATALY SARAUZ RIVADENEIRA, EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ y DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR en calidad de PROCURADORES JUDICIALES, conforme lo acreditan con la documentación adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código. En consecuencia, se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo y se ordena la citación a la parte demandada ALBUJA RUIZ WILLIAM ORLANDO en calidad de deudor principal, mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Cotacachi, provincia de Imbabura, a quien se le remitirá suficiente despacho ofreciéndole reciprocidad en casos análogos (El peticionario prestará las facilidades necesarias); y, MARTINEZ ZAMBRANO ERIK JAVIER y ROSERO ERAZO MARIA FERNANDA en calidad de deudores solidarios, en el domicilio señalado en el libelo de demanda, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto de calificación, debiendo remitirse las boletas de citación a la oficina correspondiente (El peticionario prestará las facilidades necesarias), a fin de que se cite a la parte demandada en la forma prevista por los artículos 54 y 55 del COGEP. En aplicación a lo dispuesto en los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda conforme lo determina el artículos 351 último inciso del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, conforme lo determina el
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artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora en su escrito de demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 7 de noviembre del 2019, las 16h10, Agréguese al proceso el escrito y anexos que anteceden, así como la razón de NO citación a MARTINEZ ZAMBRANO ERIK JAVIER. UNO: Atenta lo solicitado en el escrito que se provee, se señala para el día 14 DE NOVIEMBRE del 2019, las 15H30, a fin de que la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., por intermedio de ANDREA NATALY SARAUZ RIVADENEIRA, EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ o DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR en calidad de PROCURADORES JUDICIALES, comparezca a esta Unidad Judicial de lo Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, ubicada en el quinto piso del edificio Complejo Judicial Norte, cuya dirección es: Av. Amazonas y calle Juan José Villalengua, sector Iñaquito de esta ciudad, y dé cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 inciso 2 del Código Orgánico General de Procesos, y con JURAMENTO DECLARE que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la parte demandada MARTINEZ ZAMBRANO ERIK JAVIER, y que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, juramento que se realizará ante esta juzgadora, hecho que fuera se concederá el extracto correspondiente. DOS: De la revisión del sistema se puede evidenciar que con fecha 19 de marzo del 2018 (fecha en la cual aún no entraba en vigencia la utilización de los deprecatorios virtuales) se ha hecho constar lo siguiente: “… Siento por la presente que con fecha 19 de marzo del 2018, se procedió con él envió al casillero Judicial del actor No. 5506 el respectivo deprecatorio para la práctica de inscripción de prohibición de enajenar, para los fines legales pertinentes…”; por tal razón la parte actora en el término de tres días, realice las gestiones pertinentes a fin de obtener el deprecatorio físico en la que se dispuso la citación al demandado ALBUJA RUIZ WILLIAM ORLANDO, y sea incorporado a la presente causa. NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.Certifico. AB. VERONICA MENA T. SECRETARIA Hay firma y sello PAB/24448/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHACOGEP-TRÁMITE ORAL EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: VINTIMILLA GA N DARA VERONICA ALEXANDRA ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA. DEMANDADO/S: VINTIMILLA GANDARA VERONICA ALEXANDRA JUICIO No: 17230-2018-15058 CUANTIA: USD. 4.466,26 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 18 de octubre del 2018, las 08h34, VISTOS.- Actúo en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito, encargado de este despacho según acción de personal No. 4962-DP17-2018-MP,
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MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR
de 05 de junio del 2018.- En lo principal: PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos; y, por cuanto el pagaré a la orden que adjunta constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 5 ibídem, en concordancia con el Art. 486 del Código de Comercio, misma que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible conforme lo determina el Art. 348 del mismo COGEP; en tal virtud se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.- CONTESTACIÓN.Se concede a la parte demandada el término de QUINCE (15) días para que conteste a la demanda conforme lo determina el Art. 351 del COGEP, contestación que deberá reunir los requisitos de los Arts. 142, 143, 151, 152 y demás pertinentes ibídem; de ser el caso deberán proponer alguna de las excepciones previstas en el Art. 353 ibídem, bajo prevención que, de no hacerlo SE PRONUNCIARÁ SENTENCIA, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del mismo cuerpo legal.TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación en el lugar señalado a la demandada VINTIMILLA GANDARA VERONICA ALEXANDRA, por sus propios y personales derechos, a quienes se citará con una copia de la demanda y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- La parte actora comparezca a esta Unidad Judicial y proporcione las copias necesarias para efectuar la citación dispuesta.CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- De ser procedente, previo ejercicio de admisibilidad, se dispondrá la producción de los medios probatorios anunciados por la parte actora.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la demanda.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se encuentra a su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.QUINTO.- Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la calidad en que comparece la procuradora y autorización conferida a su defensor.- Actúe la Ab. Patricia Feijoo en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 12 de diciembre del 2019, las 14h34, Vistos. En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a la demandada VINTIMILLA GANDARA VERONICA ALEXANDRA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.- f) EDWIN G. PANCHO. JUEZ.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, para posteriores notificaciones. AB. ANDRÉS GARCÍA H SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL D.M.Q – COGEP Hay firma y sello PAB/24449/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS
ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: RENAN BRYAN BUITRON PROAÑO Y MONICA PATRICIA POZO JOJOA.DEMANDADO: RENAN BRYAN BUITRON PROAÑO Y MONICA PATRICIA POZO JOJOA.JUICIO No. 17230-2019-01493.TRAMITE: EJECUTIVO.C UA N T Í A : T R EC E MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA CON 36/100.AB. DEFENSOR: AB. DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “ALIANZA DEL VALLE” LTDA.OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE SIRVA DISPONER QUE LOS DEMANDADOS CANCELEN LA OBLIGACION CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN MATERIA DEL PRESENTE PROCESO INTERESES Y GASTOS.UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 21 de febrero del 2019, las 16h46, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y la procuración judicial que anteceden.- Por cuanto se ha dado cumplimiento al auto de sustanciación anterior.- En lo principal, se considera: La demanda presentada por los abogados MARIA VICTORIA ENRIQUEZ JURADO; EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ; y DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR, en su calidad de procuradores judiciales de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “ALIANZA DEL VALLE” LTDA., conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro del pagaré a la orden que adjunta, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Cítese a la parte demandada en la presente causa, señores POZO JOJOA MONICA PATRICIA y RENAN BRYAN BUITRON PROAÑO, en calidad de deudores principales; en calidad de deudores solidarios, en las direcciones indicadas, para lo cual se adjuntará copias de la demanda, escrito de aclaración, y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.Sin necesidad de dejar copias en autos procédase con el desglose de la primera Procuración Judicial anexada al escrito de la demanda, observando las formalidades del caso.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe el Abg. Diego Acuña Naranjo en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-AB. CARLOS ALFREDO MOGRO
PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, sábado 11 de enero del 2020, las 15h51, VISTOS: En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a la parte demandada señores RENAN BRYAN BUITRON PROAÑO y MONICA PATRICIA POZO JOJOA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes.- A través de secretaría remítase al casillero judicial No. 5506 el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.-AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAB/24450/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACIÓN JUDICIAL A: PABON MINDA MARIA DEL CARMEN ACTOR: BARBA SALAZAR DIEGO ARMANDO Y SERRANO CRUZ EDWIN MAURICIO DEMANDADO: MALDONADO PABON ROSA DEL CARMEN Y PABON MINDA MARIA DEL CARMEN JUICIO EJECUTIVO: 17233-201804325. CASILLERO JUDICIAL: 5506 ABOGADO: DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR ACCION: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN. CUANTIA: USD. 6100,00. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 30 de octubre del 2018, las 11h11, VISTOS: Agréguense a los autos el escrito y anexos adjuntos.- En lo principal, la demanda presentada por el Dr. EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ, Procurador Judicial de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA y el Ab. EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ, conforme lo justifican con la copia certificada de la Escritura Pública de Procuración Judicial constante a fs. 9 a la 15 de los autos y con la cual legitiman su intervención, en contra de las señoras MALDONADO PABON ROSA DEL CARMEN, en calidad de deudora principal, y PABON MINDA MARIA DEL CARMEN, en calidad de deudora solidaria; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en un PAGARE A LA ORDEN por un valor de SEIS MIL CIEN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA CON 00/100 (USD $ 6.100,00); documento que constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en los artículos 347, 348 y 349 del mismo código; ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se la califica y se la admite a trámite de procedimiento ejecutivo.-Se ordena la citación de las demandadas señoras: MALDONADO PABON ROSA DEL CARMEN, y PABON MINDA MARIA DEL CARMEN, en calidad de deudora principal y deudora solidaria respectivamente, en el domicilio señalado, esto es, Barrio Santa Isabel, Calle Huancavilca, y Calle Princesa Quilago, Lote E6-74. Ref. frente a Comercial Suntaxi, Casa en construcción de 3 pisos, con puertas de color verde, Parroquia Amaguaña, Cantón Quito, Provincia de Pichincha; debiendo la parte interesada en el término de tres días, acercarse a esta Unidad Judicial, para proveer las copias necesarias, a fin de elaborar el número de boletas que se requieran para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos aparejados, el escrito presentado y este auto inicial, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir las notificaciones que le correspondan; para
Tan perjudicial es desdeñar las reglas como ceñirse a ellas con exceso. l u i s V i V e s cuyo efecto remítanse las copias de ley a la Oficina de Citación de esta Unidad Judicial Civil a fin de que cumplan con el acto procesal dispuesto.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que las demandadas propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del cuerpo legal en mención, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 ibídem.-Tómese en cuenta la cuantía, la casilla judicial No. 5506, así como los correos electrónicos edwinserrano@hotmail.com.ar; que señalan los actores para recibir futuras notificaciones.-Actúe la Ab. Gloria del Cisne Fajardo Paladines en calidad de secretaria encargada del despacho.-según acción de personal No. 1139-DP17-2018KV, de fecha 22 de enero de 2018. CITESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DRA. ADRIANA MARCELA ROMERO ALVAREZ, JUEZ Quito, miércoles 18 de diciembre del 2019, las 14h51, VISTOS: En virtud del juramento rendido por el Ab. EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ previo a encontrarse agotadas las diligencias para determinar el domicilio de la parte demandada, amparada en lo dispuesto en el artículo 56 numeral 2 incisos segundo, tercero y cuarto reformado por la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos publicada en el Registro Oficial 517 de fecha 26 de junio de 2019 se dispone la citación de la señora PABON MINDA MARIA DEL CARME mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas dis-
tintas en un periódico de amplia circulación del lugar que deberán ser agregadas al proceso, para lo cual la actuaria elabore un extracto de la demanda y de esta providencia.- NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.- f) AB. ADRIANA ROMERO ALVAREZ, JUEZA. AB. MARÍA MERCEDES ENRÍQUEZ ROSERO. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (E). Hay firma y sello PAB/24451/AT RAZON correspondiente al Juicio No. 17233201803556(20077059) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CÍTESE CON LA SIGUIENTE DEMANDA EJECUTIVO A: KATIUSSKA MARISOL POVEDA CARRERA, CUYO EXTRACTO ES EL SIGUIENTE: JUICIO: EJECUTIVO ACTOR: ANA BELEN SERRANO GALARRAGA - PROCURADORA JUDICIAL DE LA CORPORACION DE DESARROLLO DE MERCADO SECUNDARIO DE HIPOTECAS CTH S.A. D E M A N DA D O : NELSON PATRICIO PAEZ CARRERA y KATIUSSKA MARISOL POVEDA CARRERA CAUSA: 17233-2018-03556 CASILLA JUDICIAL: 3178 CUANTIA: $29.000,00 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
CONVOCATORIA El Presidente de la Compañía Global Rent A Car P. T. Taxi Ejecutivo S.A., convoca a los accionistas a la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA a realizarse el día viernes 31 de enero del 2020 a las 14:00 pm, en las instalaciones ubicadas en la calle Los Olivos OE 10-77 y calle Tabiazo con el fin de tratar el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1.- Constatación del quórum reglamentario 2.- Instalación de la Asamblea actual por parte del Sr. Presidente. 3.- Lectura y aprobación del acta anterior. 4.- Informe del sr. Presidente de la compañía con respecto a la reactivación. 5.- Ratificación de los Administradores de la Compañía y elección de Comisario Principal y suplente, para lo cual se convoca al sr. Raúl Hinojosa Comisario actual. Nota: Se solícita puntual asistencia, el representante que no asista será sancionado económicamente de conformidad a lo establecido por la Ley. De no haber quórum reglamentario a la hora señalada, la Asamblea se instalará una hora después y sesionará con el número de accionistas presentes de acuerdo al Reglamento Interno vigente y las resoluciones tomadas en la Asamblea serán válidas y aplicables para todos socios. Se pone a disposición de los representantes el informativo de la presente convocatoria mediante, prensa y en nuestras oficinas tanto en los paneles de la Compañía. Quito, 21 de enero de 2.020
Quito, miércoles 22 de agosto del 2018, las 08h37, VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez Encargado de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia de Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, en virtud de la acción de personal No. 9854-DP17-2018-MP, de fecha 13 al 27 de agosto del 2018. Agréguese al proceso el escrito y documentos presentados por la parte actora, por haberse dado cumplimiento con lo dispuesto en auto precedente, dentro del término establecido por la ley. En lo principal se considera: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), misma que se fundamenta en un Contrato de Préstamo con Amortización Gradual No.3900046650 que obra de fs. 114 a 32 de autos, documento que constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en el Art. 347 Ibídem, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.SEGUNDO.- EMBARGO: Previa a la citación, por así solicitarlo la parte actora, y en mérito al certificado del Registro de la Propiedad del Cantón Quito y a la Escritura de Hipoteca Abierta adjunta al proceso, de conformidad al artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, se dispone el EMBARGO de la casa número UNO, compuesta de P.B., alícuota de 7.6685% P.A., alícuota de 5.5394%, Jardín número UNO, alícuota de 62.7698%, Parqueadero UNO, alícuota de 2.2943%,alícuota total de 78.2720%, situado en la parroquia de CONOCOTO, de este cantón Quito, y demás características constantes en el certificado. Para el efecto, y en razón del sorteo en el SATJE se designa como Depositario Judicial al señor BASSANTE JOSE EDMUNDO GUILLERMO, quien contará con el apoyo de los miembros de la Policía Nacional, para lo cual, líbrense los oficios respectivos. Quienes levantaran el Acta de ejecución de embargo, conforme lo determina el articulo 388 COGEP. Hecho el embargo, ofíciese al
señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, a fin de que inscriba el embargo, como así lo dispone el artículo 389 del Ibídem.TERCERO.- CITACIÓN: Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto a la parte demandada señores NELSON PATRICIO PAEZ CARRERA y KATIUSSKA MARISOL POVEDA CARRERA, en la dirección señalada en el libelo inicial, la citación se la hará a través de la oficina de citaciones y de conformidad con lo establecido en el artículo 53, 54, 55 y 63 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito Metropolitano de Quito, previniéndoles a los demandados de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones, la parte accionante brinde las facilidades necesarias para la elaboración de las boletas de citación.CUARTO.- CONTESTACIÓN: Conforme lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 (QUINCE) días, a fin de que la parte demandada cumpla con la obligación o proponga excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 Ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente SENTENCIA ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 del Código citado.- QUINTO.- ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la demanda.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se encuentra a
su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.- SEXTO: NOTIFICACIÓN: Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por el compareciente para notificaciones.- Actúe como Secretario Encargado de esta Unidad Judicial Civil, el Abg. Ángel Ricardo Simbaña Araujo.NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE Y CÍTESE.- DR. GONZALEZ S O LO R Z A N O EDUARDO ENRIQUE, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 13 de enero del 2020, las 09h06, VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia de Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, en virtud de la acción de personal No. 1403-DP17-2018-MP, de fecha 6 de febrero del 2018. Por haber comparecido el actor a rendir el juramento ordenado en auto inmediato anterior, con la finalidad de citar a la parte demandada señora KATIUSSKA MARISOL POVEDA CARRERA, por la prensa; al respecto se tiene en cuenta lo siguiente: PRIMERO.- Que el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, en lo pertinente señala: “Citación a través de uno de los medios de comunicación. A la persona o personas cuya individualidad, domicilio o residencia sea imposible determinar, se la citará mediante: 1. Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación. (…) La declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o del demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso, la hará la o el solicitante bajo juramento que se presentará ante la o el juzgador (…)”; SEGUNDO.- Con el juramento rendido por el actor en el sentido de que le ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE CAMIONETAS DE CARGA LIVIANA TRANSPION EJIDO S.A. En virtud de lo establecido en la Ley de Compañías y en el Estatuto Social, se convoca a los Accionistas de la COMPAÑÍA TRANSPION EJIDO S.A. a la JUNTA GENERAL ORDINARIA, la misma que se llevará a cabo el día viernes 07 de Febrero del 2020, a las 15:00 de la tarde, en la oficina y domicilio principal de la compañía ubicada en la calle los Pinos y Antizana Nro. SN parroquia Amaguaña, Cantón Quito D.M., Provincia de Pichincha, con la finalidad de conocer y resolver los siguientes puntos del orden del día: 1. Conocer el Informe del Gerente General 2. Conocer y aprobar el Informe de Comisario; 3. Conocer y aprobar los balances y estados financieros de la compañía comprendidos entre el 01 de enero al 31 de diciembre del año 2019; y, 4. Resolver acerca de la distribución de los beneficios sociales; Se convoca, especial e individualmente, al Comisario Principal de la Compañía señor HECTOR DAVID GUALACATA BARRERA con cédula de identidad Nro. 1714359658. El balance General, el estado de las cuentas pérdidas y ganancias y sus anexos, así como, el informe de la administración y el informe de Comisario, se encuentra a disposición de los señores Accionistas, para su estudio y conocimiento, en las oficinas de la Compañía, en la dirección antes indicada. La exhibición de los documentos descritos, se llevará a cabo desde la publicación de la presente convocatoria. ANGEL VICENTE QUISHPE GERENTE GENERAL PIONEROS EL EJIDO S.A. RUBEN EFRAIN ANASI PRESIDENTE PIONEROS EL EJIDO S.A.
Atentamente, Sr. Edwin Acosta Morán PRESIDENTE
Quito D.M., 21 de Enero de 2020 PAP/74541/AT
PAP/74543/AT
la parte demandada y sobre la base de la certificación conferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Coordinación Zonal 09 en el sentido de que el demandado en este juicio no ha salido del país ni consta en el registro consular en el exterior; de conformidad con el Art 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR a la señora KATIUSSKA MARISOL POVEDA CARRERA, a través de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, con un extracto de la demanda, auto de calificación y esta providencia.- Por Secretaría elabórese y extiéndase el extracto correspondiente.- Actúe como Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, la Abg. Lady Estefania Alvarado López, mediante Acción de Personal No. 2007-DP17-2018KV de fecha 14 de febrero del 2018. NOTIFÍQUESE. f) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DAVALOS, JUEZ Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones.- Certifico. AB. LADY ESTEFANIA ALVARADO LÓPEZ SECRETARIA Hay firma y sello PAC/112912/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN. Citación judicial a DARWIN MORALES CUMBAJÍN, se le hace saber: Actor: ALICIA JANETH TAPIA GONZÁLEZ, en calidad de apoderada y representante legal de IMPORTADORA TOMEBAMBA S.A. Demandados: COMPAÑÍA I M P O R TA D O R E S & EMPRESARIOS MORALES & MORALES CIA. LTDA (nombre Comercial Tecnología & Hogar), como deudora principal a través del señor DARWIN MORALES CUMBAJIN, cónyuges EDGAR DARWIN MORALES ALDAZ y MARIA YOLANDA CUMBAJIN GUAMAN en calidad de fiadores solidarios
Juicio No. 17233-2017-01689 Trámite: Ejecutivo Cuantía: Ciento treinta y cinco mil dólares (USD$ 135.000,00) Fundamentos de derecho: numeral 5 del Art. 347 numeral 5 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, referentes al pagare la orden como título ejecutivo, sobre la procedencia; además los Art. 486 al 489 del Código de Comercio, referentes al pagare a la orden y sus requisitos y el Art. 2238 del Código Civil. Abogado del Actor: Dr. Marco Proaño, casillero judicial No. 1858 Fecha de inicio: 18 de agosto del 2017 Asunto: Pago de capital adeudado, más intereses legales. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 10 de octubre del 2017, las 10h35. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito de fecha 27 de septiembre del 2017, a las 13h37 que antecede. En lo principal, por haber contestado dentro del término establecido se dispone lo siguiente: PRIMERO.- CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA Y ADMISIÓN A TRÁMITE: La demanda presentada por la señora ALICIA JANETH TAPIA GONZÁLEZ, en calidad de apoderada y representante legal de IMPORTADORA TOMEBAMBA S.A., según poder de factor de comercio, conforme lo acredita con el documento que adjunta, en contra de la demandada COMPAÑÍA IMPORTADORES & EMPRESARIOS MORALES & MORALES CIA. LTDA (nombre Comercial Tecnología & Hogar),como deudora principal a través del señor DARWIN MORALES CUMBAJIN ( únicos nombres que conoce), en calidad su calidad de gerente General y Representante Legal y por sus propios derechos y los cónyuges EDGAR DARWIN MORALES ALDAZ y MARIA YOLANDA CUMBAJIN GUAMAN, en calidad de fiadores solidarios, por cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, se califica de clara y precisa, admitiéndole a trámite m e d i a n te p ro ce d i m i e n to EJECUTIVO.- La demanda se basa
en un PAGARÉ A LA ORDEN, fundamentándose en lo previsto en el numeral 5 del Art. 347nueral 5 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, referentes al pagare la orden como título ejecutivo, sobre la procedencia; además los Art. 486 al 489 del Código de Comercio, referentes al pagare a la orden y sus requisitos y el Art. 2238 del Código Civil, indicando el nacimiento de las obligaciones y la obligación civil que da derecho para exigir su cumplimiento, indicando que contienen una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible. SEGUNDO.- MEDIDA PREVENTIVA: En mérito de la documentación aparejada a la presente demanda y a la solicitud del accionante, al tenor del Art. 351 del Código General de Procesos - COGEP, en concordancia con los art. 124 y 126 ibídem, se dispone la prohibición de enajenar del siguiente bien inmueble: Propiedad de los señores EDGAR DARWIN MORALES ALDAZ y MARIA YOLANDA CUMBAJIN GUAMAN, consistente en una casa PB, nivel, mas cero punto dieciocho.- TERRENO: Área de construcción noventa y siete metros y veinte decímetros; subtotal, ciento veinte y nueve metros cuadrados sesenta y seis decímetros cuadrados; alícuota terreno, cuarenta y ocho punto ochenta y dos por ciento.- CONSTRUCIÓN: Área de construcción de la Parroquia Sangolqui, del Cantón Quito, Provincia de Pichincha. LINDEROS GENERALES.NORTE, con frente a la calle publica, en un longitud de diez metros; SUR: propiedad de Luis Verduga, en un longitud de diez metros; ESTE: linda con el lote número tres de Abel Cumbajin, en una longitud de veinte y siete, treinta centímetros; y OESTE: con la propiedad del señor Rodrigo Pillaje actualmente, en una longitud de veintisiete metros, treinta centímetro; superficie total: doscientos setenta y tres metros cuadrados, cincuenta decímetros cuadrados (273.50M2), cuyas características obran del certificado de gravámenes adjunto a la demanda (Referencias: Folio Registra NRO. 20.391), para la inscripción de la prohibición de enajenar, ofíciese y notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del cantón
Sólo vale la pena luchar y vivir por lo que se está dispuesto a morir. m a n u e l J. c l o u T h i e r
Rumiñahui, provincia de Pichincha, a fin de que tome nota en los libros a su cargo, para el efecto a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto por la suscrita Jueza, de conformidad con el art. 72 del COGEP, en concordancia con el Art. 146 del COFJ, remítase atento DEPRECATORIO al Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha. El accionante deberá prestar las facilidades del caso. TERCERO.- CITACIÓN: Realizada la diligencia mencionada en el acápite segundo de éste auto, se ordena la citación en el lugar señalado a la demandada 1) COMPAÑÍA IMPORTADORES & EMPRESARIOS MORALES & MORALES CIA. LTDA (nombre Comercial Tecnología & Hogar), como deudora principal a través del señor DARWIN MORALES CUMBAJIN (únicos nombres que conoce), en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la compañía, y por sus propios derechos, con una copia de la solicitud y este auto inicial, de conformidad con el Arts. 54 del COGEP, para la práctica de esta diligencia, por Secretaría remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones para su cumplimiento, una vez que el interesado proporcione las copias necesarias de la demanda, escrito, de los documentos adjuntos y este auto inicial, mismas que deberán ser obtenidas a través de la oficina de Gestores del Archivo del Complejo Judicial, estableciendo así que la parte accionada ejerza su legítimo derecho a la defensa, conforme lo establece el Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador. 2) Cítese a los cónyuges EDGAR DARWIN MORALES ALDAZ y MARIA YOLANDA CUMBAJIN GUAMAN, en calidad de fiadores solidarios, con una
copia de la solicitud y este auto inicial, de conformidad con los Arts. 54 y 55 del COGEP, para la práctica de esta diligencia, de conformidad con el art. 72 del COGEP, en concordancia con el Art. 146 del COFJ, remítase atento DEPRECATORIO al Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha; una vez que el interesado proporcione las copias necesarias de la demanda, de los documentos adjuntos y este auto inicial, mismas que deberán ser obtenidas a través de la oficina de Gestores del Archivo del Complejo Judicial, estableciendo así que la parte accionada ejerza su legítimo derecho a la defensa, conforme lo establece el Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador. El citador o funcionario que realice la citación deberá cumplir con lo dispuesto en el Art. 63 del COGEP, cerciorándose de la identidad de la persona citada y la determinación del lugar, fecha y hora de la citación, si existiere la negativa de la persona citada de firmar en la constancia, deberá sentar la correspondiente razón de sustento. Al momento de la citación a la parte demandada se le prevendrá de su deber procesal de comparecer a esta causa designando abogado patrocinador, el mismo que debe cumplir con lo establecido en el artículo 324 numeral 3 del Código Orgánico de la Función Judicial, casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal, para sus respectivas notificaciones, tal como lo prescribe el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos. CUARTO.- CONTESTACIÓN A LA DEMANDA: En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del
CONVOCATORIA
“UNIÓN DEL VALLE” COOPERATIVA DE VIVIENDA CONVOCATORIA De acuerdo al Art. 37, Numeral 1 del Reglamento General de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del sector Financiero Popular y Solidario, y Art. 36 del Reglamento Interno de la Cooperativa, el señor Presidente convoca a todos los socios de la Cooperativa de Vivienda “Unión del Valle”, a la Asamblea General Extraordinaria a realizarse el día domingo 26 de Enero de 2020, en el terreno de la Cooperativa ubicado en las calles Condorazo y Cacha de la parroquia Fajardo, del cantón Rumiñahui, a las 08:00 horas (OCHO DE LA MAñANA). Para tratar el siguiente Orden del Día: 1. Constatación del Quórum. 2. Informe de la Sra. Gerente y Resoluciones. 3. Redacción, lectura y aprobación del Acta. De no haber quórum para la hora señalada, los socios quedarán citados por segunda vez, para una hora después de la primera citación; y la Asamblea se realizará con el número de socios presentes. NOTA: • Requisito para ingresar a la Asamblea, se presentará el Carné de Identificación o Cédula de Ciudadanía y se aceptarán tan solo representaciones de socios según lo establece la Ley. Sangolquí, 22 de Junio del 2019. Atentamente,
Se convoca a todos los accionistas de la compañía ASISTENCIA PETROLERA Y MINERA ASISPEMI S.A., a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, con carácter de obligatorio que se realizará el día martes 28 de enero de 2020 a las 15h30 en la dirección: AV. REPUBLICA DEL SALVADOR Nro. 36-146 y Suecia, Edificio Prisma Norte, Piso 2, Of. 2, para tratar el siguiente orden del día: 1.- CONOCER LAS OPERACIONES O ACTOS REALIZADOS POR EL SEÑOR PRESIDENTE EJECUTIVO DE LA COMPAÑÍA NECESARIOS PARA LA LIQUIDACIÓN DISPUESTA POR LA SEÑORA DIRECTORA REGIONAL DE ACTOS SOCIETARIOS Y DISOLUCIÓN, SUBROGANTE MEDIANTE RESOLUCION No. SCVS-IRQDRASD-2019-00008435 DE FECHA 26 DE SEPTIEMBRE DE 2019. 2.- RESOLVER SOBRE LA REACTIVACION DE LA COMPAÑÍA DE CONFORMIDAD CON LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA LEY DE COMPAÑIAS. 3.- AUTORIZAR AL SEÑOR GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA A FIN DE QUE SUSCRIBA LA CORRESPONDIENTE ESCRITURA PUBLICA DE REACTIVACION. Quito, 21 de enero de 2020
Dr. Julio Hernán Cárdenas O. PRESIDENTE
Ing. Leonardo Javier Jaramillo García GERENTE GENERAL PAC/112917/AT
PAB/24458/AT
COGEP, se concede el TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS, una vez citados legalmente para que COMPAÑÍA IMPORTADORES & EMPRESARIOS MORALES & MORALES CIA. LTDA (nombre Comercial Tecnología & Hogar),como deudora principal a través del señor DARWIN MORALES CUMBAJIN (únicos nombres que conoce), en calidad su calidad de gerente General y Representante Legal y por sus propios derechos y los cónyuges EDGAR DARWIN MORALES ALDAZ y MARIA YOLANDA CUMBAJIN GUAMAN en calidad de fiadores solidarios, CONTESTEN la demanda en la cual podrán: 1. Pagar o cumplir con la obligación; 2. Formular Oposición acompañando la prueba conforme con lo previsto en el Código Orgánico General de Procesos; 3. Rinda caución con el objeto de suspender providencia preventiva, lo cual podrá hacer en cualquier momento del proceso, hasta antes de la sentencia; 4. Reconvenir al actor con otro título ejecutivo.- Dentro de la oposición podrán proponer las excepciones previas y taxativas enunciadas en los artículos 353 y 153 ibídem. Además deberá adjuntar la documentación viable para su defensa en virtud de lo previsto en el artículo 151 y 152 ibídem. Bajo prevención que si la parte demandada dentro del término concedido, (15 días término luego de haber sido citados) no cumplen la obligación, ni proponen excepciones o si las excepciones propuestas son distintas a las permitidas en el COGEP para este tipo de procesos, se pronunciará inmediatamente sentencia y la resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO.- PRUEBA: Tómese en cuenta todos los anuncios probatorios propuestos por el accionante en su demanda, para los fines pertinentes. Las demandadas de igual forma, deberá tomar en cuenta los anuncios de prueba, a fin de que contradigan los mismos de conformidad al inciso segundo del Art. 151 del Código Orgánico General de Procesos. Se les recuerda a las partes que los anuncios de pruebas serán ADMITIDOS de ser pertinentes, útiles y conducentes en la audiencia única de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos; y, siempre que exista oposición debidamente fundamentada a la demanda conforme lo previsto en el artículo 354 del COGEP. SEXTO.- OTRAS DISPOSICIONES: La Resolución interpretativa No. 07-2015, de fecha 10 de junio del 2015, emitida por la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, en el Art. 5 establece que el impulso del proceso corresponde a las partes y la omisión de esta carga procesal no es atribuible a la o el j u z g a d o r. SEPTIMO.NOTIFICACIONES Y CASILLERO.Téngase en cuenta la casilla judicial Nro. 1858 y el correo electrónico señalado por el actor y la calidad en la que actúa. Incorpórese al proceso toda la documentación adjunta. Actúe en calidad de secretaria titular de éste despacho la Ab. Zaruma Cando M ay ra Jolima. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, sábado 4 de enero del 2020, las 16h15, VISTOS: De conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y de la revisión del proceso se puede verificar que a fojas 88, 150, 184, 200, 211, 223 y 247 de autos, constan las certificaciones de no citación al demandado DARWIN MORALES CUMBAJÍN; además, en atención a lo solicitado por la parte accionante en el escrito de 19 de noviembre del 2019 a las 12h31, en el que textualmente dice: “De acuerdo a la razón sentada por el Señor Citador y sin embargo de las averiguaciones efectuadas, ha sido imposible determinar la individualidad o el actual domicilio y lugar de trabajo del demandado SR. DARWIN MORALES CUMBAJÍN, lo cual lo declaro bajo juramento, y según lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, le solicito a Ud. Señor Juez que se digne ordenar la citación del SR. DARWIN MORALES CUMBAJÍN con cédula de ciudadanía No. 171669701-4, a través de uno de los periódicos de amplia circula-
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ción de esta ciudad”; y en base al certificado de Registro Consular del demandado señor DARWIN MORALES CUMBAJÍN emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en el que consta que el demandado no registra salida del país, tampoco registro consular en el exterior; en tal virtud, en atención a lo solicitado por el actor y continuando con la sustanciación del proceso, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en base del juramento rendido por la parte actora, misma que ha sido realizada ante esta autoridad el 29 de noviembre del 2019 a las 09h45, en el que el accionante dice: “…Dando cumplimento a lo ordenado por su señoría y de conformidad con los Arts. 56 del Código Orgánico General de Procesos, bajo juramento de ley declaro que pese a las averiguaciones realizadas, y luego de acudir a los registros de público acceso, NO ha sido posible determinar el domicilio y/o residencia del demandado señor DARWIN MORALES CUMBAJÍN. Por lo que pido sea citado por la prensa…”; en tal virtud, cítese al demandado DARWIN MORALES CUMBAJÍN mediante publicaciones realizadas por la prensa, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para lo cual concédase el extracto correspondiente, el cual es enviado a la casilla judicial No. 1858 señalada por la parte accionante a fin de que se dé cumplimiento a la presente disposición.-NOTIFÍQUESE.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico o correo electrónico para sus notificaciones. Ab. ELIZABETH CHECA A. SECRETARIA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL QUITUMBE. Hay firma y sello PAR/112061/EG EXTRACTO DE CITACIÓN Casilla 4535 A: MARIA ALEJANDRA ALMEIDA DAVILA. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio ejecutivo No. 17233-2018-04931, seguido por IVAN FRANICSCO TORRES VILLACIS TRÁMITE: EJECUTIVO ACCION: COBRO LETRA DE CAMBIO CUANTIA USD (200.000,00) DOSCIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. OBJETO DE LA DEMANDA: “ Que en sentencia se condene al demandado al pago del capital que asciende a la suma de CIENTO DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 00/100 (USD 110.000), se condene al demandado al pago de los intereses tomando en cuenta la tasa máxima activa referencial a partir de la fecha del protesto, se condene al demandado al pago de los honorarios profesionales de mis abogados defensores, al pago de los gastos y costas procesales.f) El actor. AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 14 de junio del 2019, las 09h29, VISTOS: Forme parte del proceso el escrito presentado por la parte actora, por cuanto ha dado cumplimiento con lo solicitado en auto precedente, dentro del término concedido para del efecto, se dispone lo siguiente: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el señor IVAN FRANCISCO TORRES VILLACÍS, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en una LETRA DE CAMBIO y que obra a fs. 1 de autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347.4 ibídem,
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mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP. SEGUNDO.CITACIÓN.- Se dispone la citación de la demandada señora MARIA ALEJANDRA ALMEIDA DAVILA, en el lugar señalado en el líbelo de la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, el escrito que la completa y este auto inicial, para lo cual emítase atento DEPRECATORIO VIRTUAL a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, a fin de que dé cumplimiento con la diligencia de citación, ofreciendo reciprocidad en casos análogos. Por intermedio de secretaría envíese el deprecatorio virtual correspondiente, dejando constancia en el SATJE. El citador o funcionario que realice la citación deberá cumplir con lo dispuesto en el Art. 63 del COGEP, cerciorándose de la identidad de la persona citada y la determinación del lugar (domicilio), fecha y hora de la citación, si existiere la negativa de la persona citada de firmar en la constancia, deberá sentar la correspondiente razón de sustento. TERCERO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN.- De conformidad con lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 (QUINCE) días a fin de que la parte demandada señora MARIA ALEJANDRA ALMEIDA DAVILA, cumpla con la obligación, formule oposición, o proponga excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 del Código citado.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda y escrito que la completa, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer. QUINTO.NOTIFICACIÓN.Téngase en cuenta el casillero judicial y correos electrónicos señalados por la parte actora para sus posteriores notificaciones, así como la autorización conferida a su defensa técnica. En cumplimiento a lo previsto en el numeral 4 del artículo 196 del Código Orgánico General de Procesos, que dispone: “La prueba documental actuada quedará en poder de la o del juzgador para tenerla a la vista al momento de tomar su decisión sobre el fondo del asunto, dejando a salvo la facultad de las partes de volver actuarla o usarla durante la audiencia de juicio”, y cumpliendo con el principio de contradicción, se niega el desglose solicitado por el actor mediante escrito de fecha 28 de enero del 2019, por no ser el momento procesal oportuno. Se niega lo solicitado en el acápite XII del líbelo de la demanda. Actúe la Ab. Glenda Bayas en calidad de Secretaria encargada, en reemplazo de la Ab. Lorena Albán, según acción de personal No. 6923-DP17-2019MS, por el periodo comprendido entre el 3 al 17 junio del 2019. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 13 de enero del 2020, las 10h06, VISTOS: Forme parte del proceso el escrito presentado por la parte actora.- Atenta la petición formulada por la
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parte accionante y en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora (fs. 60), conforme lo dispone el Art.- 56 del Código Orgánico General de Procesos, CITESE a la parte demandada señora MARIA ALEJANDRA ALMEIDA DAVILA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, para lo cual por secretaría de esta Unidad Judicial Civil Laboral elabórese el extracto respectivo, dejando constancia en el Sistema SATJE, remitiéndose el extracto correspondiente al casillero judicial señalado por la parte actora. CITESE y NOTIFIQUESE.Ab. Lourdes González G. SECRETARIA Hay firma y sello PAR/112068/EG
HEREDEROS REPÚBLICA DEL ECUADOR AVISO UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SAN JOSE DE CHIMBO DE BOLÍVAR E X T R A C T O. A LOS DEMANDADOS: Señores.A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS DE CUJUS SARA BOLIVIA GALARZA LÓPEZ Y FAUSTO VICENTE GALARZA LÓPEZ, Y A LOS EMPLAZADOS ERICK VICENTE GALARZA LEÓN Y FERDINAND WLADIMIR GALARZA LÓPEZ . Se le hace saber lo siguiente: JUICIO: ORDINARIO PRESCRIPCION EXTINTIVA Nro. 02305- 2019 - 00253 ACTOR: BERTHA ALICIA DÁVILA SOLANO; MATILDE ISABEL DÁVILA SOLANO; MONICA MARICELA DÁVILA GORDILLO Y GUSTAVO ESTEBAN DÁVILA GORDILLO Demandado: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS DE CUJUS SARA BOLIVIA GALARZA LÓPEZ Y FAUSTO VICENTE GALARZA LÓPEZ, Y A LOS EMPLAZADOS ERICK VICENTE GALARZA LEÓN Y FERDINAND WLADIMIR GALARZA LÓPEZ Y OTROS CUANTÍA: INDETERMINADA. JUEZ: Dr. Byron Ferdinan Allauca Valdivieso. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON SAN JOSE DE CHIMBO DE BOLIVAR. Chimbo, martes 5 de noviembre del 2019, las 14h06, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Procédase a citar a los demandados Fanny Teresa Galarza López en su domicilio indicado en la demanda, para el efecto remítase atento Deprecatorio virtual a la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, que tenga competencia en la parroquia Conocoto; para el efecto envíese el despacho necesario, ofreciendo reciprocidad en casos análogos; al demandado Gabriel Aquiles Galarza López, cítesele en la ciudad de Guaranda en el domicilio que indica en la demanda, para el efecto remítase atento Deprecatorio virtual a la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Cantón Guaranda; para el efecto envíese el despacho necesario, ofreciendo reciprocidad en casos análogos; a Rody Gabriel Galarza León en su domicilio indicado en la demanda, para el efecto remítase atento Deprecatorio virtual a la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, que tenga competencia en Alangasi; para el efecto envíese el despacho necesario, ofreciendo reciprocidad en casos análogos; al demandado Gabriel Galarza Larrea en su domicilio indicado en la demanda, para el efecto remítase atento Deprecatorio virtual a la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito
Metropolitano de Quito, que tenga competencia en San Rafael, para el efecto envíese el despacho necesario, ofreciendo reciprocidad en casos análogos.-Por cuanto los actores Bertha Alicia Dávila Solano; Matilde Isabel Dávila Solano; Monica Maricela Dávila Gordillo y Gustavo Esteban Dávila Gordillo, han comparecido a esta Judicatura y en base a los documentos que adjunta, protesta desconocer la individualidad, domicilio y residencia de los demandados herederos, presuntos y desconocidos de los extintos Sara Bolivia Galarza López; Fausto Vicente Galarza López, así como de los demandados Erick Vicente Galarza León y Ferdinand Wladimir Galarza López, se ordena la citación de los referidos demandados herederos presuntos y desconocidos de los de cujus Sara Bolivia Galarza López y Fausto Vicente Galarza López, y a los emplazados Erick Vicente Galarza León y Ferdinand Wladimir Galarza López, se les citara de acuerdo a lo establecido en el Art. 58 del COGEP, en armonía con el Art. 56 Ibídem; esto es con un extracto de la demanda y el auto inicial; mediante publicaciones que se realizaran en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación nacional; así también por mensajes que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de esta localidad, en un horario de 6h00 a 22h00, para lo que se remitirá un extracto de la demanda; para constancia de esta citación el gerente o propietario de la radiodifusora emitirá una certificación de las fechas y horas de difusión de la citación.Transcurridos veinte días desde la última publicación y transmisión del mensaje radial comenzara el termino para contestar la demanda .- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, citados que sean y después de decurrido el término legal, se concede a los demandados el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Con amparo jurídico en el quinto inciso del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la inscripción en el Registro correspondiente de demandas en el Registró de la Propiedad de este Cantón, con la intervención del señor Notificador de esta Unidad Judicial.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- - Dr. Byron Allauca Valdivieso. JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SAN JOSE DE CHIMBO DE BOLIVAR. (Sigue el certifico y notificaciones) Lo que llevo a conocimiento de los demandados Señores HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS DE CUJUS SARA BOLIVIA GALARZA LÓPEZ Y FAUSTO VICENTE GALARZA LÓPEZ, Y A LOS EMPLAZADOS ERICK VICENTE GALARZA LEÓN Y FERDINAND WLADIMIR GALARZA LÓPEZ Y OTROS para los fines de Ley, previniéndoles de su obligación que tienen de señalar casillero judicial en esta Ciudad de San José de Chimbo para sus posteriores notificaciones. San José de Chimbo, 23 de diciembre del 2019 ATENTAMENTE, Dra. Martha Cecilia Ramírez Ruiz. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON SAN JOSE DE CHIMBO DE BOLIVAR Hay firma y sello PAP/74520/AT
ORDINARIOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITOCOGEP JUEZ PONENTE: DRA JENNY TAFUR SALAZAR EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL POR LA PRENSA
EXTRACTO DE LA DEMANDA: CAUSA N°: 17230-2019-12777 MATERIA: Civil TIPO: ORDINARIO ACCION: PRESCRIPCION ADQUIASITIVA DE DOMINIO ACTOR: UYAGUARI AGUILAR MIGUEL ANGEL DEMANDADO/s: herederos presuntos y desconocidos de los causantes señores ROSARIO ANDRANGO MORALES y PEDRO ANDRANGO MORALES A quien se le C I T A: Haciendo conocer que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en su contra, cuyo extracto es el siguiente: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 6 de agosto del 2019, las 12h12, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, y en virtud a la razón de sorteos que antecede.- Previo a proveer lo que en derecho corresponda, la parte actora, en el término de CINCO días, bajo las prevenciones del inciso segundo del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos y la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos, publicada en el Registro Oficial de fecha 26 de junio del 2019, Art. 19 inciso 2. ACLARE y COMPLETE la demanda, bajo los siguientes términos: a) Determine de forma clara y precisa los nombres de los demandados y el lugar donde, deben ser citados. Además, comparezca el DIA 12 DE AGOSTO DEL 2019, A LAS 14H30 a esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, ubicada en la Avenida Amazonas y José de Villalengua, de esta ciudad de Quito, Complejo Judicial del Norte; y rinda el juramento de rigor al que hace referencia el artículo 56 y 58 del invocado cuerpo legal respecto de los herederos presuntos y desconocidos de los causantes señores ROSARIO ANDRANGO MORALES y PEDRO ANDRANGO MORALES; b) Conforme lo determinado en el número 9 del artículo 142 del COGEP, señale con claridad y precisión lo que se pretende por esta vía; c) En virtud a lo señalado, de conformidad con lo determinado en el número 10 del artículo 142 del COGEP, determine la cuantía, considerando para el efecto lo determinado en el artículo 144 del invocado cuerpo legal. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado a efecto de sus futuras notificaciones y la autorización conferida a su defensor.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- F).- DRA. JENNY TAFUR SALAZAR JUEZA TITULAR. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, miércoles 18 de septiembre del 2019, las 09h29, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado. Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto anterior, se dispone.- En lo principal, la demanda, aclaración y ampliación a la misma, es clara, precisa y contentiva de los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se ADMITE al Procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP). Conforme lo ordenado en los incisos quinto y sexto del artículo 146 del COGEP, se dispone que se inscriba la presente demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual notifíquese mediante oficio al señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.HECHO QUE SEA, se dispone que se cite con el contenido de la demanda y el presente auto interlocutorio a los demandados señores, CARMEN JUANA ANDRANGO MORALES, en el lugar que se indica, para lo cual remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones; y, a los herederos presuntos y desconocidos de los señores ROSARIO ANDRANGO MORALES y PEDRO ANDRANGO MORALES, de conformidad con lo determinado en el artículo 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, a través de tres publicaciones realizadas en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por secretaria confiérase el
Si eres el primero te enterarás de quien ha sido el segundo. Si eres el segundo, deberías entrenar más. s l o Ga n d e T e l e f ó n i ca .
extracto de la demanda y este auto de sustanciación; previniéndole de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico a efecto de sus notificaciones. Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a los demandados, EL TÉRMINO DE 30 DÍAS, contados a partir de la citación, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 ibidem, de ser el caso. De conformidad con lo ordenado en la Disposición General Décima del Código Orgánico de Organización Territorial, COOTAD, con el contenido de la demanda y este auto, CÍTESE a los personeros del Ilustre Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a fin de que hagan valer los derechos que puedan existir en la presente causa y señalen casilla judicial para sus notificaciones.- ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados tanto en el escrito inicial de demanda como en el de complemento y aclaración a la misma; para lo cual se estará a lo previsto en los artículos 160 y 294.7 literal d) del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba que se realice en la respectiva audiencia. NOTIFIQUESE. F) DRA. JENNY MARGOTH TAFUR SALAZAR JUEZA TITULAR. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 19 de noviembre del 2019, las 14h31, Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Por secretaria convalídese la información digital adjunta al escrito que se provee respecto de la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad, hecho que sea cítese a los demandados en la forma indicada en auto de calificación, para lo cual confiérase el extracto correspondiente, así también se requiere a la parte interesada proporcione las copias necesarias para la elaboración de las boletas de citación.- NOTIFIQUESE.- F).- DRA. JENNY TAFUR SALAZAR JUEZA TITULAR. Lo que se C I T A por la prensa para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. AB. JAIME CADENA VÁSQUEZ SECRETARIO JUDICIAL Complejo Judicial Quito Norte, ubicado en la Av. Amazonas entre Pereira y Villalengua Hay firma y sello PAP/74529/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL) EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: WILLIAM ALBERTO CASTILLO CASTILLO CAUSA NO. 17230-2019-15845 ACTOR: MARIA ERCILIA SILVA CARVAJAL TRAMITE: ORDINARIO CUANTIA: USD. 90.000 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 15 de octubre del 2019, las 10h54, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal, la demanda presentada por la señora MARIA ERCILIA SILVA CARVAJAL, es clara y contiene los requisitos previstos en el artículo 142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se ADMITE a procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP). Conforme lo ordenado en los incisos quinto y sexto del artículo 146 del COGEP,
se dispone que se inscriba la presente demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual notifíquese mediante oficio al señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.HECHO QUE SEA, se dispone que se cite con el contenido de la demanda y el presente auto a la parte demandada, de conformidad con lo solicitado por la parte actora y una vez que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor WILLIAM ALBERTO CASTILLO CASTILLO, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por medio de Secretaría, entréguese el correspondiente extracto de la demanda y providencias respectivas, debiendo la parte actora agregar al proceso las publicaciones íntegras, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico a efecto de sus notificaciones. Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede al señor WILLIAM ALBERTO CASTILLO CASTILLO, EL TÉRMINO DE 30 DÍAS, contados a partir de la citación, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 ibidem, de ser el caso. De conformidad con lo ordenado en la Disposición General Décima del Código Orgánico de Organización Territorial, COOTAD, con el contenido de la demanda y este auto, CÍTESE al Alcalde y Procurador Sindico del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a fin de que hagan valer los derechos que puedan existir en la presente causa y señalen casilla judicial para sus notificaciones.- ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados tanto en el escrito inicial de demanda como en el de complemento y aclaración a la misma; para lo cual se estará a lo previsto en los artículos 160 y 294.7 literal d) del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba que se realice en la
respectiva audiencia. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe el Ab. Santiago Chango en calidad de Secretario (E) de esta Unidad Judicial Civil.- NOTIFIQUESE.- f) MARTINEZ SALAZAR KARINA ALEJANDRA, JUEZA. Lo que se C I T A para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. AB. SANTIAGO CHANGO SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITOCOGEP Hay firma y sello PAC/112897/AT
SOCIEDADES CONYUGALES NOTARÍA PRIMERA DEL CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL De conformidad a lo dispuesto en el numeral 23 del Artículo 18 de la Ley Notarial, se pone en conocimiento del público en general, que se va a proceder a la inscripción de la escritura pública que contiene la Liquidación de la Sociedad Conyugal habida entre los ex cónyuges señores CASTRO CASTRO FELIPE GONZALO Y ZAPATA YANEZ MERCEDES CUMANDA; convenio celebrado mediante escritura pública otorgada en la Notaría Primera del cantón La Joya de los Sachas, bajo el número de protocolo 20202203000P00141, en fecha 20 de enero del 2020. Los interesados podrán oponerse en el término de veinte días, contados desde la fecha de esta única publicación.- La Joya de los Sachas, a 20 días del mes de enero del año 2020. Dr. Bayron Zúñiga Hugo NOTARIO PRIMERO DEL CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS Hay firma y sello PAB/24464/AT
VARIOS CASILLLA No: 2122 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL: herederos desconocidos de la señora (+) Cabascango Quinatoa María Ángela CAUSA: NOMBRAMIENTO DE
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CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL, EXTRAORDINARIA Y UNIVERSAL DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA DENERSOL CIA. LTDA. DESARROLLO ENERGETICO SOLAR CIA. LTDA. A CELEBRARSE EL 31 DE ENERO DEL 2020
De conformidad a lo dispuesto en los artículos 114, 116, 119 Y 230 de la Ley de Compañías, se convoca a los Socios de la Compañía DENERSOL CIA.LTDA. DESARROLLO ENERGETICO SOLAR CIA. LTDA., Sr. RENE CONSTANTINO VARGAS PAZOS, LUIS ALEJANDRO VARGAS PEÑAHERRERA, RENE PATRICIO VARGAS PEÑAHERRERA,Y Sra. NIDIA ALEXANDRA VARGAS PEÑAHERRERA; a la Junta General Extraordinaria y Universal que tendrá lugar el día viernes 31 de Enero del 2020 a las 09:00 horas, en el domicilio de la empresa, ubicada en la Provincia de Pichincha, Cantón Quito, San Rafael, Calle Grupo Febres Cordero, lote No. 40 y calle Teniente Hugo Ortiz; con la finalidad de tratar el siguiente orden del día.
TUTOR O CURADOR NO.: 17203-2019-08435. ACTOR: TUBON CABASCANGO ANA PAULINA, TUBON CABASCANGO EDISON MAURICIO, TUBON CABASCANGO LUIS GALO DEMANDADA: herederos desconocidos de la señora (+) Cabascango Quinatoa María Ángela CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO DE LA DEMANDA: …”de conformidad con lo ordenado en el Art. 370 del Código Civil se sirva otorgar a nuestro hermano menor de edad Francisco Leonel Cabascango Quinatoa un tutor, cargo para el cual insinuamos al señor Edison Mauricio Tubón Cabascango, quien previa aceptación y discernimiento, representara a nuestro hermano menor Francisco Leonel Cabascango Quinatoa”… .- f.) Accionante. JUEZ: DR. FRANKLIN PAUL ALTAMIRANO SANCHEZ.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 20 de diciembre del 2019, las 16h12, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de juez de la Unidad Judicial De Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia Con Sede en la Parroquia Mariscal Sucre Del Distrito Metropolitano De Quito y de conformidad con lo establecido en el Artículo 175 de la Constitución de la República en concordancia con los Arts. 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y por la razón del sorteo de Ley.- 1) en lo principal: la demanda y el escrito que antecede en aplicación al Art 169 de Constitución de la República del Ecuador considerándole completa en lo posible, por lo que se admite al trámite VOLUNTARIO de conformidad con el Art. 334 ultimo inciso del COGEP.- 2) NOTIFICACIÓN: Cítese y/o notifíquese a las personas interesadas o que puedan tener interés en el presente asunto, conforme lo previsto en los artículos 334 y 335 del Código Orgánico General de Procesos; esto es: 2.1. Cítese en legal y debida forma con el contenido de la demanda y el presente auto en calidad de demandados
A las o los herederos desconocidos de la señora (+) Cabascango Quinatoa María Angela, en el lugar que se indica en la demanda, acorde a lo previsto en los artículos 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, en tal virtud remítase el Extracto: Por cumplimiento de la diligencia que antecede en la que rinde el juramento de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos numeral 1 Cítese en uno de los diarios de mayor circulación con el contenido de la demanda, la calificación; este auto recaído en ella a la parte demandada A las o los herederos desconocidos de la señora (+) Cabascango Quinatoa María Angela, de conformidad con lo que dispone el artículo citado anteriormente, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito, mediando entre una y otra publicación ocho días por tres veces, para el cumplimiento del mismo remítase el EXTRACTO correspondiente; Se deja bajo estricta responsabilidad a las partes procesales (accionantes) previo a las publicaciones verificar el cumplimiento de las formalidades de rigor; Además las partes demandadas tienen de la obligación de señalar domicilio judicial y/o correo electrónico, bajo prevenciones de continuar la causa en ausencia, para que en el término de quince días conteste la demanda y proponga todas las excepciones de que se creyere asistida, cumplido que sea la formalidad en toda la causa se convocará a la respectiva Audiencia; A fin que, el demandado anuncie la prueba al contestar la demanda, quien contestará en el término de quince días conforme lo determina el Art. 334 y 335 del Código Orgánico General de Procesos, una vez citado el demandado, se señalará día y hora para la audiencia única, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se continuará la causa en ausencia; y 2.2. al Curador Insinuado, en la casilla judicial y correo electrónico señalado por la actora; de conformidad a lo dispuesto en el Art. 1 de la resolución N°10-2016 dictado por la Corte Nacional de Justicia se escuchará al adolescente en audiencia reservada sobre la
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTES VENCEDORES DE PICHINCHA S.A. VEPIEX. Se convoca a todos los señores (as) accionistas, de conformidad a los Estatutos y Ley de Compañías; a la sesión de Junta General Ordinaria, que se llevará a cabo el día viernes 7 de febrero del 2020, a las 16H00, en la oficina de la compañía, ubicada en la calle Angamarca Oe7-118 y pasaje 4, Cdla. Biloxi, de esta ciudad de Quito, con el objeto de tratar los siguientes puntos: 1.- Informe de Administradores 2.- Elecciones de Presidente, Gerente, Directorio y Comisiones para el período de 2 años, de acuerdo al Estatuto de la Compañía. 3.- Elecciones de Comisarios para el ejercicio económico del año 2020. CONVOCASE DE MANERA ESPECIAL AL SR. JORGE ZAMBONINO RIVERA, COMISARIO PRINCIPAL DE LA COMPAÑÍA.
ORDEN DEL DIA
La falta a Junta General, se sancionará de acuerdo a lo estipulado.
1.- Reactivación
Quito, enero 20 del 2020.
2.- Reforma de Estatutos 3.- Conversión de sucres a dólares NIDIA ALEXANDRA VARGAS PEÑAHERRERA GERENTE DENERSOL CIA.LTDA. PAR/112069/EG
Atentamente, Sr. Luis Oswaldo Barahona Pineda GERENTE PAR/112065/EG
insinuación del curador especial, diez minutos antes de la audiencia por la naturaleza de su edad; en su defecto en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 60 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia en concordancia con el Art. 31 del Código Orgánico General de Procesos y conforme la Resolución N° 10-2016 expedida por la Corte Nacional de Justicia, el 21 de diciembre de 2016. En el evento de la ausencia o negativa de pronunciamiento del menor de edad, se escuchará en Audiencia de parientes, en el mismo día y hora a dos parientes del menor de edad, los mismos que serán personas capaces y aptas, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, en cumplimiento del Art. 27 del Código Sustantivo Civil, o en su defecto a 2 personas capaces, cumpliendo con la Resolución N° 10-2016 expedida por la Corte Nacional de Justicia, a fin de que se pronuncien respecto de la persona insinuada como Curador. quienes deberán comparecer el día y hora que se fije la audiencia en la presente causa, a fin de que sea representado en el acto de nombramiento de Curador; 3) AUDIENCIA: Por la naturaleza de la causa y de conformidad con lo previsto en el Art. 335 inciso 3 del Código Orgánico General de Procesos, y BAJO LAS PREVENCIONES DE LEY constantes en el Art. 87 numeral 1 íbidem, se dispone que las partes accionantes, así como la persona insinuada como Curadora Especial del menor de edad, y los interesados en la causa, una vez cumplido con la citación dispuesta en el numeral 2 de este auto (PISO 5to de esta Unidad Judicial), a fin de que se lleve a cabo la AUDIENCIA, correspondiente, acto procesal al que concurrirán de forma personal y/o acompañadas de su abogado patrocinador, como lo determina el Art. 86 del mismo cuerpo legal, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 132 del Código Civil, posteriormente proceder con la posesión y discernimiento del cargo.- por cuanto ya se ha acreditado la idoneidad de la curadora especial insinuada dentro de la presente causa no se requiere de testigo; 4) domicilio judicial parte accionante: De conformidad con el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por el accionante para sus futuras notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogado Defensor.- Actúe el Dr. René Barba en calidad de Secretario de este despacho.Notifíquese.- f.) DR. FRANKLIN ALTAMIRANO SANCHEZ, JUEZ.Lo que comunico a usted, Y LO
CITO, para los fines legales consiguientes previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casillero judicial para sus posteriores notificaciones en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia Con Sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha y dentro del perímetro legal.Certifico. DR. RENE BARBA SECRETRARIO JUDICIAL Hay firma y sello PAC/112849/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N° 2896542020-PDZ ACTOR: JOSE ALEJANDRO J Á T I VA R O D R I G U E ZREPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA DICOMVISEK CIA. LTDA ACCIONADO: EDDY LEÓNIDAS BALSECA GARCÍA CAUSAL: 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO Se le hace saber: Dentro del Trámite de VISTO BUENO No. 289654-2020PDZ, presentado por el señor JOSE ALEJANDRO JÁTIVA RODRÍGUEZ-REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑIA DICOMVISEK CIA. LTDA, en calidad de empleador en contra de su trabajador señor EDDY LEÓNIDAS BALSECA GARCÍA, en calidad de trabajador, se ha dictado lo que sigue: INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 16 de enero del 2020, a las 13H30.- Dentro del Trámite de VISTO BUENO No. 289654-2020-PDZ, presentado por el señor JOSE ALEJANDRO J Á T I VA R O D R I G U E ZREPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA DICOMVISEK CIA. LTDA ; Agréguese al expediente el escrito y la Declaración Juramentada presentada por la parte accionante, atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta, y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador EDDY LEÓNIDAS BALSECA GARCÍA mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 2) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que
Quito, 9 de enero del 2020
las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspectoría del Trabajo dentro del término de diez días siguientes desde la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. 3) Tómese en cuenta el casillero judicial N° 638; y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe la presente causa. NOTIFIQUESE.- F) AB. EVELYN PAMELA DELGADO ZAPATA Lo que comunico para los fines de Ley. AB. EVELYN PAMELA DELGADO ZAPATA INSPECTORA DE TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/112905/AT Casilla Nro. 5297 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y LA ADOSLESCENCIA DE PICHINCHA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL D.M.Q. CITACION: MARIA MERCEDES TUPIZA SIMBAÑAS y MARIA MAGDALENA TUPIZA SIMBAÑA EXTRACTO JUICIO: PARTICION DE BIENES SUCESORIOS NRO. JUCIO: 17203-2019-01077 ACTOR: TUPIZA SIMBAÑA MARIA CONCEPCION TRAMITE: SUMARIO CUANTIA: ABOGADO PATROCINADOR: LUIS MARCELO OJEDA ALVARADO UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y LA ADOSLESCENCIADE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL D.M.Q. DE LA PARROQUIA PICHINCHA Quito, miércoles 11 de diciembre del 2019, las 14h31, VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito Provincia de Pichincha, encargada del despacho de la Dra. Johana Paola Ayala Taco.- Agréguese al proceso el escrito presentado por la señora Maria Concepción Tupiza Simbaña.- En lo principal, en atención al mismo, se dispone: CITESE a los señores MARIA TERESA TUPIZA SIMBAÑA, JUAN MANUEL TUPIZA SIMBAÑA, MARIA SUSANA TUPIZA SIMBAÑA, ROSA MARIA TUPIZA SIMBAÑA, MIGUEL ANGEL, MARIA CAROLINA, ROBERTO, LUIS EDUARDO, EDISON DANIEL, FAUSTO HUGO y BERTHA ELIZABETH SIMBAÑA TUPIZA, de conformidad al Art. 72 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual
También los senderos de la gloria conducen a la tumba. T h o m a s G r ay
remítase atenta COMISION al Teniente Político de la Parroquia Calderón, Cantón Quito, Provincia de Pichincha.- 2) CITESE a las demandadas señoras MARIA MERCEDES TUPIZA SIMBAÑAS y MARIA MAGDALENA TUPIZA SIMBAÑA, de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, mediante EXTRACTO.- NOTIFIQUESE.- f) DRA. Johanna Ayala Taco A.JUEZA DE UNIDAD Lo que le hago saber para los fines de ley. Muy atentamente DRA. VIVIANA CECILIA AYALA ANDRADE SECRETARIA Hay firma y sello PAP/74536/AT EXTRACTO ACTOR: Esequiel Rigoberto Medina Araujo y Julio Marcelo Lita Espinosa DEMANDADOS: Ministerio del Interior y Procurador General del Estado JUICIO: CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO No. 178112013-10869 TRAMITE: PREVISTO EN EL CAPITULO IV DE LA LEY DE LA JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. OBJETO: Con los antecedentes expuestos y habiéndose demostrado categórica y objetivamente la violación de la Constitución de la República y demás leyes, por no haberse cumplido con todos los requisitos legales y de procedimiento y por cuanto el acto administrativo por compra de renuncias con indemnización para cesarnos de los puestos de trabajo que ocupábamos es ilegítimo y nulo, de nulidad absoluta, en merito a las normas constitucionales y legales acudimos ante los Señores Jueces de la Sala de lo Contencioso Administrativo No.1 de Quito y solicitamos que acogiendo íntegramente la presente demanda de carácter subjetivo o plena jurisdicción se disponga a la autoridad pública demandada, Ministerio del Interior: 1.- Deje sin efecto y valor legal alguno las acciones de personal números: 1457 y 1450 de 28 de octubre del 2011 y seamos reintegrados inmediatamente a nuestros puestos de
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA CENTRO DEL ACERO STEEL CENTER CIA. LTDA.
CONVOCATORIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE MARCA ABACÁ S.A.
De acuerdo con el Artículo Séptimo del Estatuto de la Compañía, se convoca a la Junta General Extraordinaria de accionistas que se celebrará el día viernes, 31 de enero del 2020 a las 10h00 en las oficinas ubicadas en la Av. 6 de diciembre 2816 y Paul Rivet, Edificio Josueth González, piso 5. Orden del día 1. Conocer y resolver sobre los aportes de capital de los accionistas y aumento de capital de la compañía. 2. Conocer y resolver sobre la renuncia del Gerente General de la compañía.
De conformidad con la Ley de Compañías, su Reglamento y los Estatutos Sociales de la Compañía, se convoca a los SOCIOS de la compañía CENTRO DEL ACERO STEEL CENTER CIA. LTDA. A la junta extraordinaria que tendrá lugar en la ciudad de Quito, el día lunes 03 de febrero del 2020 a las 16h00, a realizarse en las oficinas de la compañía ubicada en la Calle H N37-234 y Avenida Villalengua, para tratar el siguiente Orden del Día: 1. Nombramiento del nuevo gerente general y representante legal de la compañía. 2. Autorización de venta del camión Mitsubishi Canter, placas PTQ0963, de propiedad de la compañía. 3. Asiento y autorización de valores adeudados y por cobrar de socios de la compañía. 4. Resolución sobre acciones legales a tomar en contra del Sr. Juan Carlos Neira Carrillo para la recuperación de valores adeudados a la compañía.
3. Nombrar Gerente General de la compañía.
La Junta, en primera convocatoria, se dará como plenamente constituida con la presencia de más de la mitad de los socios. De no ser así en segunda convocatoria se reunirá con los socios presentes.
Martín Miguel Eras Moreira Gerente General
Arq. María Gioconda Herrera Ramírez PRESIDENTE Quito, 22 de enero 2020
PAR/112066/EG
PAR/112071/EG
trabajo que lo veníamos desempeñando hasta antes de la destitución. 2.-El reconocimiento y pago de todas las remuneraciones dejadas de percibir desde la cesación injusta e irresponsable hasta nuestra efectiva reincorporación al cargo, 3.-Indemnización por los años de servicio en el sector público en la forma establecida en el Art. 8 del Mandato No. 2 de la Asamblea Constituyente y 4.-Que se dejen a salvo nuestros derechos para demandar la reparación e indemnización del daño moral y daños y perjuicios causados deliberadamente por la autoridad nominadora a cada una de nuestras personas y familias, al colocarnos injustificadamente en la desocupación. CUANTIA: La cuantía por el momento es Indeterminada. DOMICILIO DE ACTOR: CASILLA JUDICIAL No. 4915 DEL PALACIO DE JUSTICIA DE QUITO. PROVIDENCIAS: TRIBUNAL DISTRITAL No. 1 DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.-PRIMERA SALA. Quito, viernes 10 de febrero del 2012, las 09h46. La demanda que antecede presentada por los señores ESEQUIEL RIBOGERTO MEDINA ARAUJO Y JULIO MARCELO LITA ESPINOSA en contra del señor MINISTRO DEL INTERIOR, Doctor José Serrano Salgado y pide se cuente también con el señor PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO, Doctor Diego García Carrión, por reunir los requisitos formales previstos en los artículos 30 y 31 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa se la acepta al trámite establecido en el Capítulo Cuarto de la Ley ibidem. En consecuencia se dispone citar a los demandados con el contenido de esta demanda y providencia recaída en ella, a fin de que en el término de veinte días la contesten y propongan las excepciones de las que se consideren asistidos. Dentro del mismo término la autoridad administrativa correspondiente remita a esta Sala el expediente administrativo debidamente numerado. Tómese en cuenta la casilla judicial señalada por los actores para futuras notificaciones.- Cítese y notifíquese. DR. MARCO IDROBO ARCINIEGA.- JUEZ TITULAR TRIBUNAL D I S T R I TA L DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 2 de enero del 2020, las 11h47, Agréguese a los autos los escritos que anteceden.- Por cuanto el señor Hassam Ariel Lita Rivera, la señora Fanny Janeth Rivera Medrano, en representación de su hijo menor de edad Alan Shair Lita Rivera y el señor Luis Alejandro Lita Oña, han declarado bajo juramento ante este Tribunal la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos presuntos del causante Julio Marcelo Lita Espinosa y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicarlos, como acudir a los registros de público acceso; de conformidad con lo dispuesto en el Art. 68.1 del Código Orgánico General de Procesos, NOTIFÍQUESE POR PRENSA mediante una publicación en un periódico de mayor circulación a nivel nacional, a los herederos desconocidos del señor JULIO MARCELO LITA ESPONOSA, para que comparezcan a juicio; debiendo por Secretaría entregarse a la parte actora el extracto correspondiente.- Con el contenido del escrito presentado por el Ministerio del Interior el 24 de septiembre del 2019, córrase traslado a la señora María Fernanda Merizalde Zaldumbide, perito designada dentro de la presente causa, por el término de cinco días.- Oportunamente se atenderá la petición formulada por la parte actora mediante escritos de 26 de septiembre y 21 de noviembre del 2019.- Actúa el Dr. Hugo Francisco Acuña Vizcaino, en calidad de Secretario (E) del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo de Quito.- Notifíquese.- f)
DR. CARLOS ALBERTO VELA NAVAS.-JUEZ DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTATIVO ( PONENTE ) TRIBUNAL D I S T R I TA L DE LO CO N T E N C I OSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 14 de enero del 2020, las 10h12, Por cuanto en el decreto de 02 de enero del 2020, se ha producido un lapsus calami, de conformidad con lo establecido en el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida la parte pertinente que dice: “…NOTIFÍQUESE POR PRENSA mediante una publicación en un periódico de mayor circulación a nivel nacional, a los herederos desconocidos del señor JULIO MARCELO LITA ESPONOSA…”.En su lugar deberá decir: “… NOTIFÍQUESE POR LA PRENSA mediante una publicación en un periódico de mayor circulación a nivel nacional, a los herederos desconocidos del señor JULIO MARCELO LITA ESPINOSA…”. En lo demás se estará a lo dispuesto en el citado auto.- Notifíquese.f) DR. CARLOS ALBERTO VELA NAVAS.-JUEZ DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTATIVO ( PONENTE ) Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial dentro del perímetro legal del D.M. de Quito y correo electrónico. DR. LUIS VICTOR ANDRANGO ROMERO SECRETARIO DEL TRIBUNAL DE LO CO N T E N C I OSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC/112915/AT EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: A LOS SEÑORES BAQUERO LATORRE GALO RAMIRO, FLORES CANGO ANDRES RAMIRO, ARREGUI NOBOA MARIA FERNANDA, HIDALGO OROZCO CARLOS ARTURO; Y, A LA COMPAÑÍA HIDALGO & BAQUERO CIA. LTDA., REPRESENTADA LEGALMENTE POR EL SEÑOR FRANCISCO ADOLFO PACHECO OSORIO ACTOR: SEGUROS CONFIANSA S.A. CARDENAS TRAQUET DANIELA (REPRESENTANTE) DEMANDADA: BAQUERO LATORRE GALO RAMIRO, ENRIQUEZ JARAMILLO MARIA GABRIELA, FLORES CANGO ANDRES RAMIRO, ARREGUI NOBOA MARIA FERNANDA, HIDALGO OROZCO CARLOS ARTURO; Y, A LA COMPAÑÍA HIDALGO & BAQUERO CIA. LT DA . , R E P R E S E N TA DA LEGALMENTE POR EL SEÑOR FRANCISCO ADOLFO PACHECO OSORIO JUICIO No: 17230-2017-15080 CUANTIA: USD. 16.500,oo TRAMITE: FACTURA O PRIMA DE SEGUROS OBJETO: AL PAGO DE USD. 10.150,69, QUE CORRESPONDE AL IMPORTE DE LAS PRIMAS IMPAGAS DE LAS 20 FACTURAS, MÁS LOS I N T E R ES ES MORATORIOS DESDE LA FECHA EN QUE CADA PRIMA SE HIZO EXIGIBLE (DESDE LA FECHA DE EMISIÓN DE LA FACTURA) HASTA LA FECHA EFECTIVA DE PAGO, MÁS COSTAS PROCESALES Y HONORARIOS PROFESIONALES.JUEZ: AB. CINTHYA MOLINA DEFENSOR: AB. RICARDO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ FECHA DE INICIO: 08-11-2017 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, martes 24 de abril del 2018, las 11h28, Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza titular de ésta Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito y en virtud del sorteo realizado. PRIMERO: La demanda presentada por la señora Daniela Cardenas Traquet, en calidad de Gerente y como tal representante legal de Seguros Confianza S.A., conforme lo acredita con el documento adjunto, es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos
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(COGEP); puesto que, se fundamenta en facturas o primas de seguros que adjunta y que obra a fojas 1 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 8 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- SEGUNDO: En consecuencia, los demandados COMPAÑÍA HIDALGO Y BAQUERO CONSTRUCCIONES CIA. LTDA, representada por su Gerente General, Andrés Ramiro Flores Cango; como fiadores solidarios, por sus propios y personales derechos a los señores ANDRES RAMIRO FLORES CANGO, MARIA GABRIELA ENRIQUEZ JARAMILLO, GALO RAMIRO BAQUERO LATORRE, MARIA FERNANDA ARREGUI NOBOA, y, CARLOS ARTURO HIDALGO OROZCO, en el término de QUINCE (15) días, contesten la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme a lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el numeral 7 del escrito de demanda en lo que hubiere lugar; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO.- CITACIÓN.- Con el contenido de la demanda y el presente auto, cítese a los demandados COMPAÑÍA HIDALGO Y BAQUERO CONSTRUCCIONES CIA. LTDA, representada por su Gerente General, Andrés Ramiro Flores Cango; como fiadores solidarios, por sus propios y personales derechos a los señores ANDRES RAMIRO FLORES CANGO, MARIA GABRIELA ENRIQUEZ JARAMILLO, GALO RAMIRO BAQUERO LATORRE, MARIA FERNANDA ARREGUI NOBOA, y, CARLOS ARTURO HIDALGO OROZCO, en el lugar señalado en la demanda; para cuyo remítase suficiente despacho a la oficina correspondiente.- SEXTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- En cuanto a la medida preventiva solicitada por la parte actora adjunte el certificado del Registro de la Propiedad actualizado. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado por la parte accionante para recibir sus notificaciones, así como la autorización que le confiere a sus defensores técnicos. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, lunes 18 de noviembre del 2019, las 13h03, VISTOS: En mérito al juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a la parte demandada señores BAQUERO LATORRE GALO RAMIRO, FLORES CANGO ANDRES RAMIRO, ARREGUI NOBOA MARIA FERNANDA, HIDALGO OROZCO CARLOS ARTURO; Y, A LA COMPAÑÍA HIDALGO & BAQUERO CIA. LT DA . , R E P R E S E N TA DA LEGALMENTE POR EL SEÑOR FRANCISCO ADOLFO PACHECO OSORIO, mediante publicaciones realizadas por la prensa, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para tal propósito, por medio de secretaría y una vez ejecutoriado el presente auto remítase al casillero judicial de la parte actora, el correspondiente extracto, a fin de dar cumplimiento a la presente disposición. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de
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recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. MARIA LOURDES TAYA A. SECRETARIA Hay firma y sello PAC/112903/AT
EXTRACTO NOTARÍA SEXTA DEL CANTÓN AMBATO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública de fecha diecisiete de enero del año dos mil veinte, otorgada Ante mí, Doctor CARLOS HERNÁN CEVALLOS RUIZ, NOTARIO SEXTO DEL CANTÓN AMBATO, los cónyuges señores SANTIAGO ALBERTO ALVAREZ VELASCO, y PATRICIA JEANETTE CEPEDA INTRIAGO, mediante sentencia de fecha 12 de Julio del 2013, dictada por la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, Provincia de Pichincha, se declaró disuelta la sociedad conyugal conformada entre, la misma que fue inscrita al margen de la inscripción de Matrimonio en el Registro Civil de Quito, el ocho de Agosto del dos mil trece; razón por la cual liquidan la sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 18 numeral 23 donde faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los cónyuges señores SANTIAGO ALBERTO ALVAREZ VELASCO, y PATRICIA JEANETTE CEPEDA INTRIAGO. Para que en el término de veinte (20) días a contarse desde la publicación de este extracto, las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Ambato, Enero 17 del año 2020. Firma ilegible DR. CARLOS HERNÁN CEVALLOS RUIZ NOTARIO SEXTO DEL CANTÓN AMBATO Hay sello No. 154675 – 26129 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP -CITACIÓN JUDICIALAL DEMANDADO: AGUIRRE TARTAGLIONE ANDRES MANUEL ACTOR: GRANI & TORRI CIA. LTDA. TIPO DE PROCESO: CIVIL ACCION: EJECUTIVO COBRO DE LETRA DE CAMBIO No. DE JUICIO: 17233-201905137 CUANTIA: $. 4.200 CUATRO MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA AUTOS DE SUSTANCIACION: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 18 de septiembre del 2019, las 09h46, VISTOS.Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia de Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, en virtud de la acción de personal No.- 1404-DP17-2018-MP y del sorteo de Ley en la oficina correspondiente. PRIMERO.CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el compareciente señor FABIO MAROTTI, en su calidad de GERENTE GENERAL y como tal REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA GRANI & TORRI CIA. LTDA., conforme lo justifica con la documentación adjunta, es
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clara y cumple con los requisitos formales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en la letra de cambio que obra a fojas 1 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo prescrito en los artículos 347.4, 348 y 349 del COGEP, por lo que se la admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP; SEGUNDO.- CITACIÓN: A fin de precautelar la tutela judicial efectiva y el debido proceso prescrito en los Arts. 75 y 76 de la Constitución de la República, específicamente el derecho a la defensa, cítese en legal y debida forma a la parte demandada, señor: ANDRES MANUEL AGUIRRE TARTAGLIONE; en la dirección que indica la parte accionante en su demanda, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que practique la citación, diligencia que se efectuará por medio de la Oficina de citaciones de la Función Judicial, para el efecto la parte actora preste las facilidades del caso a fin de elaborar las boletas de citación. Se requiere a la defensa de la parte actora que en el término de 3 días colabore con este despacho judicial en la obtención de las copias necesarias para que se cumpla con las indicadas citaciones, so pena de lo establecido en numeral 1 del artículo 132 del Código Orgánico de la Función Judicial, mismas que deberán ser ingresadas por medio de escrito para constancia de dicho acto. TERCERO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN: En aplicación de lo establecido en los artículos 351 y 352 del Código Orgánico General de Procesos; se concede el término de QUINCE (15) días a fin de que la parte demandada ANDRES MANUEL AGUIRRE TARTAGLIONE; cumpla con la obligación o proponga excepciones de manera taxativa conforme lo prevé el artículo 353 ibídem una vez citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 ibídem; CUARTO.ANUNCIO DE PRUEBAS: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer. QUINTO.- Respecto a lo solicitado por la parte actora, en el acápite VI del libelo de su demanda, PROVIDENCIAS PREVENTIVAS; el suscrito Juzgador previo a proveer conforme a derecho, de acuerdo con lo establecido en el Art. 127 del Código Orgánico General de Procesos, convoca a la parte interesada a la Audiencia en la que resolverá dicha solicitud, misma que se llevará a cabo el día JUEVES 19 DE SEPTIEMBRE DEL 2019, A LAS 09H30; en las instalaciones de esta Unidad Judicial Civil, ubicada en el Complejo Judicial Sur Quitumbe, en el sector Tambo Llacta, calle Lira Ñan, lote 32 y Otoya Ñan. En esta virtud, y conforme lo establecido en el artículo 86 del Código Orgánico General de Procesos las partes deberán comparecer PERSONALMENTE, acompañados de abogado patrocinador, dejando a salvo la comparecencia en la forma prevista en el mismo artículo 86 ibídem, en cuyo caso deberán comparecer a través de Procurador Judicial con suficiente poder para transigir. Hecho que fuere se atenderá lo que corresponda. CUMPLASE Y NOTIFIQUESE. f) DR. DAVID CEDENO CAMACHO, JUEZ.AUTOS DE SUSTANCIACION: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA
QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 9 de enero del 2020, las 12h41, De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, se dispone lo siguiente: En mérito del juramento rendido por la parte actora que obra a fojas 41 del proceso, se dispone que se cite al demandado ANDRES MANUEL AGUIRRE TARTAGLIONE; por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de los que se editan en esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del COGEP; por Secretaria confiérase el extracto correspondiente, el mismo que, se lo envía al casillero judicial de la parte actora, ejecutoriado este auto. En aplicación del principio de cooperación con la Administración de Justicia y de economía procesal, la parte actora una vez hechas las publicaciones haga llegar a esta Judicatura debidamente adjuntadas, recortadas y pegadas en hojas formato A4 tamaño Inen., (No adjuntar periódicos enteros) para lo cual se le concede el término de 20 días; So pena de lo establecido en numeral 1 del artículo 132 del Código Orgánico de la Función Judicial. CUMPLASE y NOTIFIQUESE.-f) DR. DAVID CEDENO CAMACHO, JUEZ.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico o correo electrónico para sus notificaciones. AB. ANGEL SIMBAÑA ARAUJO SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/112062/EG R. del E. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON TENA, PROVINCIA DE NAPO CITACION JUDICIAL: JUICIO: AUMENTO DE PENSION ALIMENTICIA NUMERO: 15951-2011-0197 ACTORA: VIRGINIA MARIA CERDA TANGUILA DEMANDADO: JORGE ARMANDO SHIGUANGO COQUINCHE TRAMITE: SUMARIO CUANTIA: 6.600USD JUEZ: DR. HERNAN WILFRIDO OBANDO PAREDES SECRETARIA: AB. ELSA MARIELA POVEDA SANTILLAN PROVIDENCIA: UNIDADA JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA, PROVINCIA DE NAPO.- Tena, viernes 27 de diciembre del 2019, las 14h39, VISTOS.- Avoco conocimiento, en calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Tena, provincia de Napo, mediante Acción de Personal No. 7852-DNTH2015-SBS de fecha 04 de junio de 2015 en cumplimiento de la Resolución No. 138-2015 Art. 1 y 2 emitida por el Pleno del Concejo de la Judicatura el 20 de mayo de 2015, y en razón del sorteo de ley, de la demanda que antecede la misma que reúne los requisitos de ley contemplados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, y se la califica de clara precisa y completa, por lo que se admite a trámite respectivo, establecido en los Art. 333 del mismo cuerpo legal invocado y se considera: 1) Que se halla justificada la calidad de la accionante VIRGINIA MARIA CERDA TANGUILA, con documento que obra del proceso; 2) Que los alimentarios DEYSI MARIA Y JOSE ARMANDO SHIGUANGO CERDA, al momento son titulares de una pensión alimenticia; esta Judicatura DECRETA: la pensión alimenticia fijada dentro de esta causa, que la parte demandada JORGE ARMANDO SHIGUANGO COQUINCHE cancelará mensualmente más beneficios de ley en favor de sus hijos DEYSI MARIA Y JOSE ARMANDO SHIGUANGO
CERDA.- 3) Al demandado señor JORGE ARMANDO SHIGUANGO COQUINCHE se lo citará conforme el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para cuyo efecto se señala para el día LUNES 13 DE ENERO DE 2020 A LAS 11H30, a fin de que la actora declare bajo juramento que desconoce el domicilio del demandado, y que ha realizado todas las diligencias para determinar su residencia.Se advierte a la parte demandada, la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para sus notificaciones.- 4) El demandado contestara la demanda conforme los Art. 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos.- 5) Para depósitos de pensiones alimenticias, se pone en conocimiento del demandado la cuenta de ahorros señalada en la demanda.- 6) Agréguese los documentos adjuntos como consta el numeral 13 del formulario.-7) ANUNCIO DE PRUEBAS: a) Ofíciese al ISSFA como solicita; a fin de que certifique los haberes de Jorge Armando Shiguango Coquinche con cedula No. 1500117138.- b) Téngase en cuenta el anuncio de la prueba documental anunciada en el numeral 2 del escrito anexado al formulario de demanda.- 8) Téngase en cuenta el casillero electrónico y la designación a su Ab. Patrocinador…” Tena, lunes 13 de enero del 2020, las 16h06, VISTOS: Cumplido que ha sido lo ordenado en el auto de calificación del 27 de diciembre de 2019 a las 1439, entréguese el extracto a fin de que se proceda con la citación a través de publicaciones en la presan escrita en uno de los diarios de alcance nacional…”. CUMPLASE Y NOTIFIQUESE…”. TENA, martes 15 de enero del 2020. Ab. Elsa Mariela Poveda Santillan SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE TENA Hay firma y sello PAP/74542/EG
ANULACIONES
BANCO RUMIÑAHUI QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8051037000 Nro. Cartola 16996950768 Cliente NOGALES URIBE, EDGARPATRICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8188948400 Nro. Cartola 17958290193 Cliente CARDENAS VASCO, TERESA-GUILLERMINA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8032428700 Nro. Cartola 17185260464 Cliente BUENO AREVALO, EDGAR-RENE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8024558600 Nro. Cartola 17169120312 Cliente MORALES ALVAREZ, RICARDOdel Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8138973000 Nro. Cartola 17319250589 Cliente ARAUZ SANCHEZ, NORA-ISABEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8049833600 Nro. Cartola 16540380652 Cliente TRUJILLO LASCANO, MANOLOJOSE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar
dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8214292100 Nro. Cartola 18131440192 Cliente CUVI CUVI, LIGIA-MARGOTH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8031645400 Nro. Cartola 17088830074 Cliente TERAN MINDA, MARIAGRICELDA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8224049300 Nro. Cartola 18171360268 Cliente LAVERDE HINOJOSA, HERIBERTO-NICOLAS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8032379500 Nro. Cartola 17295640654 Cliente MEJIA VITERI, EDGAR-FEDERICO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8274816100 Nro. Cartola 18426370138 Cliente ESPARZA NAVARRETE, MARCO-JAIME del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8061679800 Nro. Cartola 16725090548 Cliente CASTRO BRAVO, KLEVERLEONIDAS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8051417500 Nro. Cartola 16722150915 Cliente SIMBANA TACURI, LUIS-EDUARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8411438700 Nro. Cartola 19234880136 Cliente PENA LUDENA, JEAN-CARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8221276700 Nro. Cartola 18162740189 Cliente ELIZALDE MONTALVAN, ELIAS-FRANCISCO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8021376600 Nro. Cartola 17268590217 Cliente NASIMBA GUALLICHICO, YOSELYN-KATHERINE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8159161100 Nro. Cartola 17647860596 Cliente MIRANDA LOOR, LEONARDOGREGORIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8390362700 Nro. Cartola 19108570003 Cliente
CHAVEZ PUMISACHO, JOSEORLANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8348754400 Nro. Cartola 18856660032 Cliente CHASING MERA, ANGELICAMARGARITA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8033000700 Nro. Cartola 16953500606 Cliente OBACO SARANGO, LUIS-MERI del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8045296400 Nro. Cartola 17169910142 Cliente RON SOASTI, TOBIAS-ALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8237998700 Nro. Cartola 18261230314 Cliente SAA VALLEJOS, LUIS-HOMERO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8401060700 Nro. Cartola 19175540004 Cliente BRIONES CEDENO, XIMENAVERONICA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8407580700 Nro. Cartola 19221940018 Cliente SANCHEZ VARGAS, BYRONANGEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (24)NR
REMATES JUDICIALES TIPO DE BIEN
Casa
Departamento
Departamento
Casa
Casa
Terreno
Departamento
Terreno
Casa
Oficina
Casa
Terreno
Casa
Terreno
COOPROGRESO COOPERATIVA COOPROGRESO Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF / DPFP Nº 002000100000043003 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ROMO MARIA CECILIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/31219/NR
ANULACIONES VARIAS “Por pérdida se anula el Certificado de Depósito a Plazo No. 0249688 del Banco Solidario, cuyo titular es el señor Acebes Lopez Miguel Angel, emitido el 29 de abril de 2013.” PAP/74544/AT ============ CAMPOSANTO MONTEOLIVO ANULA POR PERDIDA SOLICITUD Y ACUERDO DE ADQUISICION N 21533 Y 21534 RECIBOS CUOTA INICIAL Y SERVICIOS ADICIONALES N 80530-8053180532-80533 P.AB/24437 ========= Se anula por pérdida las pólizas a plazo fijo 1001PRI10001596 y 1001PRI000876 de la Camara de Comercio Quito. Pertenecientes a la Sra. Maria Barriga A. PAR/112070/EG ========= Se anula Certificados de Inversión No.006 821830, No.006 821899, No.006 822503, No.006 822918 y No.006 821769, del Banco Guayaquil, correspondiente a Ana Paulina Mariana Troya Mena PAP/74429/EG
Casa
Terreno
Casa
Casa
Departamento
Casa
Casa
Departamento
UBICACIÓN
ÁREA
CÓDIGO DE REMATE
FECHA DE REMATE
AVALUO PERICIAL
PICHINCHA, QUITO Sector: Llano Grande
Propiedad: 180 m2 Construcción: 75 m2
EC-RJ-45799
23/01/2020
42,950.00 $
PICHINCHA, QUITO Sector: Bellavista
Propiedad: 95.44 m2 Construcción: 194.96 m2
EC-RJ-45767
23/01/2020
90,292.82 $
PICHINCHA, QUITO Sector: Valle de los Chillos
Propiedad: 499.99 m2 Construcción: 264.86 m2
EC-RJ-45899
24/01/2020
79,269.48 $
PICHINCHA, QUITO Sector: Calderón
Propiedad: 512.80 m2 Construcción: 213.75 m2
EC-RJ-45745
24/01/2020
117,346.32 $
PICHINCHA, QUITO Sector: Guangûitagua
Propiedad: 549.63 m2 Construcción: 613.62 m2
EC-RJ-45404
24/01/2020
552,224.00 $
PICHINCHA, QUITO Sector: El Quinche
Propiedad: 60070 m2
EC-RJ-45428
24/01/2020
2,614,072.90 $
PICHINCHA, QUITO Sector: La Pradera
Construcción: 76 m2
EC-RJ-45317
24/01/2020
88,483.76 $
PICHINCHA, QUITO Sector: Barrio Ferroviaria Baja
Propiedad: 470 m2
EC-RJ-44911
24/01/2020
12,551.36 $
EC-RJ-45025
27/01/2020
37,307.96 $
EC-RJ-45448
27/01/2020
37,802.38 $
EC-RJ-45785
27/01/2020
113,136.77 $
EC-RJ-45535
27/01/2020
618,000.00 $
EC-RJ-45546
27/01/2020
58,360.05 $
EC-RJ-45604
27/01/2020
30,991.46 $
EC-RJ-45976
27/01/2020
85,915.43 $
EC-RJ-45605
28/01/2020
31,130.27 $
EC-RJ-45076
29/01/2020
107,689.00 $
EC-RJ-45480
29/01/2020
100,430.40 $
EC-RJ-45537
29/01/2020
106,501.50 $
EC-RJ-45629
29/01/2020
97,138.40 $
EC-RJ-45820
29/01/2020
108,199.36 $
EC-RJ-45974
29/01/2020
97,756.00 $
PICHINCHA, QUITO Sector: Calderón
Propiedad: 114.13 m2 Construcción: 102.63 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Chaupicruz
Propiedad: 15.16 m2 Construcción: 45.0 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Alangasí
Propiedad: 359 m2 Construcción: 325.24 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Av. Galo Plaza Lasso
Propiedad: 939.32 m2 Construcción: 896.70 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Las Orquídeas
Propiedad: 201.09 m2 Construcción: 225.37 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Guamaní
Construcción: 301.40 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Autopista Gral. Rumiñahui
Propiedad: 79.25 m2 Construcción: 82.65 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Chillogallo
Propiedad: 302.75 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Solanda
Propiedad: 59.79 m2 Construcción: 341.13 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Kenedy
Propiedad: 103.37 m2 Construcción: 108.76 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Tumbaco
Propiedad: 143.50 m2 Construcción: 146.50 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Dammer 1
Propiedad: 270 m2 Construcción: 103.97 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Santo Domingo
Propiedad: 455 m2 Construcción: 270 m2
PICHINCHA, QUITO Sector:
Propiedad: 315 m2 Construcción: 179.57 m2
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