50c incl. IVA
Quito, Ecuador
MIÉRCOLES 16 DE ENERO DE 2019
Número total de ejemplares puestos en circulación: 27.052 GLOBAL
Nueva hidroeléctrica beneficia a 222.000 familias, pero costó 300 millones más
La obra se demoró casi 3 años más de lo previsto. Genera el 5,6% de la demanda nacional de electricidad. Página B5
Acuerdo de Topic no lo libra de culpa El empresario tiene dos indagaciones en curso: la una por peculado y la otra por lavado de activos. El hecho de que el empresario Tomislav Topic haya ofrecido devolver 13,5 millones de dólares no implica que se le excluya de responsabilidad, de acuerdo con la fiscal (e) Ruth Palacios. Recalcó que la mencionada devolución, no constituye ninguna colaboración, sino una reparación por los perjuicios provocados al Estado. CAMINO A LA ALCALDÍA
“Los quiteños ya nos pronunciamos sobre los toros. Soy una demócrata”. PAOLA VINTIMILLA, candidata del PSC
Página A3
Germán Rodas, de la Comisión Nacional Anticorrupción, afirmó que resulta sospechosa la carta de Topic, en la que ofrece pagar según su flujo de caja. Fabricio Villamar, de CREO, dijo que los anuncios no son más que la reafirmación de los negocios turbios entre Topic, Jorge Glas y Ricardo Rivera. Página B1
Robo de droga en Ecuador enfureció a ‘El Chapo’ Página B6
Clínicas ilegales, ¿centros de tortura? Apenas 39 clínicas de tratamiento de adicciones cuentan con licencia de funcionamiento en todo el país. Lo refleja la lista de 2019 publicada por la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (Acess), encargada de otorgar los permisos, que se renuevan de forma anual. Según las versiones de la Policía y sobrevivientes, los jóvenes quemaron colchones para que los liberaran del encierro en el que estaban. De acuerdo con los familiares que han dado de-
claraciones a varios medios, la falta de atención en el sistema de salud pública los ha hecho recurrir a sitios clandestinos. Para Elsie Monge, directora de la Comisión Ecuménica de los Derechos Humanos (Cedhu), las cosas no van a cambiar hasta que las adicciones sean tratadas como una enfermedad y no como un delito. Recalcó que debe respetarse la Norma que exige que las personas no pueden estar contra su voluntad en ningún centro. Página B2
Fiscalía ‘maniatada’ exige más autonomía JUSTICIA. Ruth Palacios, Fiscal subrogante. 2016-2017
38 millones sin justificar en Educación Sin planificación ni control se imprimieron y distribuyeron entre 2016 y 2017 textos escolares por los que el Ministerio de Educación pagó unos 38 millones de dólares a beneficiarios de tres contratos. Así lo establece la Contraloría General del Estado en el informe borrador de los resultados de un examen especial realizado sobre los respectivos procesos de contrataciónes. Página A6
El Ministerio público “debe ser autónomo administrativa y financieramente” con respecto a otras instituciones del Estado para poder ejercer su labor, afirmó ayer la fiscal general en funciones, Ruth Palacios. “Demandamos respetuosamente del actual Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) y del Consejo de la Judicatura, la autonomía e independencia administrativa de la Fiscalía, así como la reanuda-
ción de los concursos para incrementar el número de fiscales y funcionarios”, expresó Palacios en una rueda de prensa. La funcionaria aseguró que la actual Constitución recoge que la institución debe ser autónoma, y que la falta de independencia está afectando a su trabajo diario. Por otro lado, opinó que las consecuencias de la corrupción, “debilitan la confianza en la democracia”. Página B3
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CIUDAD A2
Revisión vehicular se iniciará el 21 de enero Debido a que se realizan mejoras en el sistema informático de los centros de revisión y matriculación vehicular, la atención de estos procesos se iniciará a partir del 21 de enero, se informó desde el Municipio. Inicialmente estaba previsto que desde el lunes de esta semana se podrían agendar las citas y que hoy se iniciaría la atención a los dueños de 5.000 vehículos que incumplieron con este trámite el año pasado. Los usuarios podrán cumplir con la obligación que dejaron pendiente, pero deberán pagar recargos, son $50 dólares por no pasar la revisión, $25 por incumplir con la calendarización y 25 por no matricular al automotor. Para mayor información llamar al 1800-AMT-AMT. (PSD)
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MIÉRCOLES 16 DE ENERO DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR
I
Nuevo sistema para parqueaderos municipales Se implementará un hardware y software en 2.514 estacionamientos fuera de la vía.
Más innovaciones Para que los usuarios de la red de °parqueaderos municipales identi-
fiquen la disponibilidad de plazas libres, se desarrollará una aplicación móvil para sistemas operativos Android e IOS, que tendrá como funcionalidad consultar la lista de estacionamientos municipales, su ubicación, horarios y más.
La automatización de 2.514 plazas de estacionamiento fuera de la vía es lo que se logrará con un sistema de hardware y software Algo que destaca el funcionaque la Empresa Pública de Movilidad y Obras Públicas (Epm- rio es que los guardias, quienes mop) contrató el 28 de noviem- se encargaban de entregar los papeles de registro en los parbre de 2018. Bolívar Muñoz, gerente de queaderos no automatizados, terminales y estacionamientos podrán dedicarse 100% a su labor, que es resguardar a de la Epmmop, señala la ciudadanía. que el sistema permitiEl nuevo sistema ya rá que haya una mejor PERSONAS se ha instalado en los administración de los utilizan estos serestacionamientos. Esto, vicios a diario. estacionamientos de los parques La Carolina, Biporque habrá un macentenario, Cumandá y yor control de registros contables y cierres de cajas au- La Esquina, en Cumbayá. Postetomáticos. La nueva tecnología riormente se trabajará en los sieimpide que se realicen informes te edificios de estacionamiento, o registros manuales del ingreso ubicados en el Centro Histórico. Muñoz indica que se realiza o salida de vehículos.
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INVERSIÓN. La automatización de parqueos tuvo un costo de $139.218.
la adecuación de ductos para el cableado de datos y la construcción de la base, donde se instalarán los dispensadores de tiques y la barrera automática de ingreso y salida de autos. Se estima que la obra estará en funcionamiento en marzo. Exoneración de pagos
Además, se continuará con la emisión de facturas electrónicas, validadas por la normativa
del Servicio de Rentas Internas (SRI) y se tendrá acceso a un servicio en línea de la Dirección Nacional de Registro y Datos Públicos, para verificar y validar la información, en tiempo real, de los usuarios que deseen acceder a la exoneración de estacionamientos, de acuerdo a la Ordenanza 170, que beneficia con tarifa cero a los adultos mayores y personas con discapacidad. (AVV)
Parqueos Centro Histórico 1. Cadisán (399 espacios) Dirección: Mejía Oe5-36 y Benalcázar Costos y horarios: $0.75 de 6:00 a 18:00 y $0.90 de 18:00 a 6:00.
2
Sucre
Plaza San Francisco Benalcázar
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2. El Tejar (313 espacios) Dirección: Mejía y Chimborazo Costos y horarios: $0.75 de 6:00 a 18:00 y $0.90 de 18:00 a 22:00.
Garcia Moreno
Olmedo
Mejía
La Ronda
Venezuela
Chile
Plaza Grande
3. Montufar 1 (113 espacios) Dirección: Bustamante N16-18/ Olmedo y Mejía Costos y horarios: $0.75 de 6:00 a 18:00 y $0.90 de 18:00 a 06:00.
5 Guayaquil
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Centro histórico
El horario de atención es de 06:00 a 18:00 con una tarifa de $ 0,75 la hora o fracción y de 18:00 a 06:00 y la noche tiene un costo de $0,90 la hora o fracción, excepto El Tejar que opera hasta las 22:00 y Yaku que opera hasta las 20:00.
Los miembros del Cuerpo de Agentes de Control Metropolitano en ciertas épocas del año se ven superados en número por los comerciantes informales que se toman las calles. Se calcula que en la ciudad hay un promedio 30.000 autónomos, quienes deben ser controlados por 1.420 agentes de control. Eduardo Mosquera, director del Cuerpo de Agentes de Control Metropolitano, explica que la labor de los uniformados no solo se enfoca en los comerciantes, sino en el adecuado uso del espacio público. Lo óptimo, según el funcionario, es que haya un agente por cada mil habitantes, pero la realidad es que se tiene 3 uniformados por cada 10.000. Esto hace que en las temporadas de mayor comercio (Carnaval, San Valentín, Día de la Madre y Navidad) la capacidad de los efectivos se vea superada. En territorio
Automatización de estacionamientos Chimborazo
Falta personal en Cuerpo de Agentes de Control
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4. Montúfar 2 (243 espacios) Dirección: Olmedo E1-36 y
Otros sectores Los horarios de atención son: de lunes a viernes, entre las 08:00 y las 22:00 con una tarifa de USD$ 0,50 y sábados, domingos y días feriados, tiene un costo de USD$0,50, por tiempo ilimitado.
Av. Pichincha Costos y horarios: $0.75 de 6:00 a 18:00 y $0.90 de 18:00 a 06:00. 5. La Ronda (258 espacios) Dirección: Guayaquil S1-124 y Morales Costos y horarios: $0.75 de 6:00 a 18:00 y $0.90 de 18:00 a 06:00. 6. San Blas (394 espacios) Dirección: Guayaquil N443-1 y Caldas Costos y horarios: $0.75 de 6:00 a 18:00 y $0.90 de 18:00 a 06:00. 7. YAKU (193 espacios) Dirección: Bolívar S/N y Rocafuerte) Costos y horarios: $0.75 de 6:00 a 18:00 y $0.90 de 18:00 a 20:00.
La Carolina siete bahías de estacionamientos Parque Bicentenario (tres bahías de estacionamientos Cumandá una bahía de estacionamientos Cumbayá una bahía de estacionamientos
Esto se eviden- EL DATO ció en el último festivo, cuando controles en en el Centro His- Los el Centro tórico se dispu- Histórico empiezan a las 06:00 y so la presencia se mantienen pasadas de 350 agentes hasta las 20:00, hacen de control. Se lo turnos. hizo como una acción urgente frente a la masiva presencia de informales. Para optimizar el trabajo, el Cuerpo de Agentes de Control Metropolitano prioriza sectores considerados críticos ubicados en calles y avenidas como la 10 de Agosto, Chile, Pichincha, la Mariscal Sucre, la ‘J’ y sectores como El Tejar, Las Cuadras, Cablec, Comité del Pueblo, Chillogallo y Chiriyacu. Para los dirigentes de los comerciantes, el Cuerpo de Agentes de Control Metropolitano tiene un rol de prevención no de ejecución. “El comercio autónomo no es un delito, es una infracción que tiene como origen el desempleo. 160.000 trabajadores van a salir del servicio público, 500.000 jóvenes no tienen trabajo, que va a pasar con ellos”, comentó uno de ellos. (PSD)
Rectificación Mosquera es direc°tor Eduardo del Cuerpo de Agentes de
Control Metropolitano, no de la Agencia Metropolitana de Control, como se indicó en la nota publicada el domingo 13 de diciembre con el título ‘248 aspirantes a agentes de control son evaluados’. La Hora ofrece disculpas a las instituciones y personas afectadas por este error.
MINUTOS CON: A3
Paola Vintimilla
LUISA MALDONADO CANDIDATA A LA ALCALDÍA DE QUITO
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MIÉRCOLES 16 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO, ECUADOR
I
“Es muy fácil echarle la culpa al Alcalde cuando no se sabe qué pasa en el Concejo”. PERSONAJE La figura
NOMBRE: Paola Vintimilla NACIMIENTO: 29 de agoto 1971 TRAYECTORIA: Asambleísta Nacional (2018 - 2017), Reina de Quito (1991)
‘HAREMOS UNA REINGENIERÍA DEL MUNICIPIO’
PERFIL. Paola Vintimilla es la candidata a la Alcaldía por el Partido Social Cristiano.
La candidata del Partido Social Cristiano propone mediatizar la labor que realizan los concejales.
D
esde el 21 de diciembre que inscribió su candidatura en el Consejo Nacional Electoral, Paola Vintimilla prefirió mantenerse alejada de los medios de comunicación para recorrer los barrios y entender las necesidades de la gente. La candidata a la Alcaldía por el Partido Social Cristiano, liderado por Jaime Nebot, dice que ahora tiene el panorama claro y que está a punto de terminar su plan de Gobierno. A pesar de que menciona que extraña un poco la Asamblea, la exreina de Quito asegura que confía en la bancada de su partido para que continúe con los proyectos que dejó y que ella podrá dedicarse a poner en orden la casa con el modelo de la 6.
¿Cómo es una ciudad con modelo de la 6?
Cada ciudad es diferente, sin embargo, el modelo de la 6 es exitoso. Lo que hacemos es gastar poco en deuda y en roles de pago de funcionarios municipales e invertir la mayor cantidad
de dinero en obras para la gente. El dinero que recauda Quito debe ser para los quiteños. ¿Cuánto influiría el líder de su partido en su gestión?
Con Jaime (Nebot) hemos hablado muchísimo, porque es una persona que conoce el manejo de una ciudad. Fue elegido como el mejor servidor público de Latinoamérica. Así que su opinión es importante, pero la particularidad de Quito no es la misma que Guayaquil, así que se va a manejar distinto. A penas entre a la Alcaldía vamos a contratar una empresa para que haga una reingeniería técnica del Municipio. Además, que determine la cantidad de gente que se necesita para ser eficiente. ¿Una empresa internacional?
Eso ya lo veremos, el BID (Banco Interamericano de Desarrollo) te da ese tipo de asesorías y podemos hacerlo con ellos. Sin embargo, la reingeniería va. No podemos seguir pagando, muchos dicen a 20 mil empleados, según el Alcalde, son 17.900. Si comparamos con Guayaquil que el Municipio trabaja con 4 mil empleados.
Necesitamos respetar la ciclovía y promover que la gente la use”.
Algunos candidatos hablan de aprobar el Estatuto Autonómico, ¿usted se lo ha planteado?
Quito tiene que volver a ser Distrito. Hemos hablado con mucha gente que sabe de Municipios. Hay que volver al tema de las zonales. Lamentablemente, no sé si son las personas o las atribuciones que tienen, pero no están funcionando como deberían. Por eso planteamos gobernaciones. ¿Quién las dirigiría?
Son puestos por el Alcalde. Yo me aseguraré de que ahí esté gente que viva en el sector y conozca las necesidades. ¿Cuál es la diferencia con las administraciones zonales?
Tendrán más autonomía y presupuesto. Desde el Municipio no podemos manejar una ciudad tan grande y centralizada. ¿Qué modelo de gestión propone para las empresas públicas?
Hablemos de una de esas empresas que es Emaseo. No ha cumplido con las necesidades de Quito. Seguimos con problemas de basura graves. Vamos a llamar a una licitación de varias empresas privadas para darles por un tiempo la administración.
¿Sería una empresa privada?
cisiones. Vamos a mediatizar a los concejales para que la gente sepa qué están haciendo. Es muy fácil echarle la culpa al Alcalde cuando no se sabe qué pasa en el Concejo.
¿Lo mismo con otras empresas?
¿Con ellos se puede hacer una reestructuración?
Seguiría siendo pública, pero administrada por una empresa privada. No estamos hablando de privatización. Hay que ver, te hablo únicamente de lo que conozco. ¿Qué propuestas tiene para la movilidad?
Hablamos de tres tipos de movilidad. Está el peatón, necesitamos aceras libres para que la gente pueda caminar. Tenemos el tráfico. Los redondeles se convirtieron en ‘cuello de botella’, sin duda. Tenemos que pasar por abajo o atravesarlos por la mitad. ¿Hay presupuesto para hacerlo?
Claro que sí. No son obras de millones de dólares. Desde febrero el tag del peaje ya no será gratuito. Lo que proponemos son cámaras que capten la placa y que se envíe la cuenta vía mail, en la planilla de agua, luz o teléfono. Vamos a trabajar en la sectorización de los taxis. Hay que hacer que se cumplan las ordenanzas. Con un GPS se puede controlar y multar a quienes incumplan. ¿Lo mismo con los buses? Se plantea la municipalización de rutas.
No estoy de acuerdo. Lo que hay que hacer es usar GPS para que no paren donde ellos quieran. Creo que algunas paradas deben ser reubicadas. Tienen que tener un reloj que diga el tiempo en el que llega el bus. Si llegan tarde serán multados. Si llegan a tiempo, se reducen los problemas de inseguridad. Trabajaremos de la mano con el Ministerio de Interior porque no es competencia del Municipio. Plantea sesiones del Concejo itinerantes, ¿cómo?
Sesionaremos donde yo crea necesario, donde se vayan a tomar de-
No bajar el número de concejales, pero sí de la gente que trabaja con ellos. ¿Para la fauna urbana qué plantea?
En el sur es triste que hay varias calles que las llaman de los perros. Vamos a trabajar con las fundaciones que ya existen. Vamos a devolverle al PAE (Protección Animal Ecuador) el presupuesto y la autonomía. Vamos a apoyar económicamente a fundaciones para que nos sigan ayudando a rescatar. En los ‘petshops’ tenemos la idea de una ordenanza que diga que no se pueden vender perros de pedigrí, que pongan los perros adoptados. ¿Cuál es su postura sobre las corridas de toros?
Los quiteños ya nos pronunciamos sobre los toros. Soy una mujer demócrata, ya hubo una consulta popular y la respeto. Lo que circula en redes es la cosa más absurda que he oído. Jamás diría que un animal no siente cuando le meten la pica. Ha sido manipulado. Quien quiera saber realmente debería revisar la entrevista completa. Mientras no haya otra consulta, las cosas seguirán como están. ¿Cómo proyecta a Quito?
Tenemos que llevarla al siglo XXI con la tecnología. Conversaba con Inty Gronneberg, condecorado como mejor inventor por MIT, sobre el Machángara y los ríos que tienen muchos plásticos. Se puede trabajar en este tema. (PCV)
OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.
MIÉRCOLES 16 DE ENERO DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR
No vemos El amor es PABLO ESCANDÓN jamás las una cosa y MONTENEGRO cosas tal cual la palabra son, las vemos tal amor es otra cosa, El miedo a cual somos”. y solo el alma sabe los bárbaros Asistimos a la mayoría de edad de dónde las dos se ANAIS NIN algunos formatos mediáticos y de ESCRITORA FRANCESA (1903-1977) encuentran”. varias plataformas digitales, pero
O
JUAN GELMAN ESCRITOR ARGENTINO (1930-2014)
CARTAS Romper con Venezuela
En 1789 la Revolución Francesa lanza al mundo la trilogía de gobernanza bajo la funcionalidad del Legislativo, Ejecutivo y Judicial, sosteniéndose en el gran poder llamado pueblo, dentro de los nuevos Estados de Derecho. Ciertos tribunales electorales en la democracia contemporánea, rompiendo todo principio constitucional, legal, ético y humano han proyectado un anti valor y se ha identificado que quienes escrutan, eligen. El caso que nos ocupa se constriñe a la reelección de Maduro como presidente de Venezuela. La comunidad internacional ha venido reaccionando frente a esa reelección amañada y frente a los efectos del desgobierno que ubican a Venezuela como el país con más alta inflación y deflación del mundo, y con cerca de tres millones de venezolanos exiliados. La decisión del presidente Moreno de no enviar delegación a la investidura de esa “reelección” no es suficiente. El compromiso con Correa y sus aliados debe pasar de reflejo condicionado a dato del pretérito. Ecuador debe romper relaciones diplomáticas con Venezuela, mientras el dictador Maduro siga usufructuando un poder que no le corresponde. Walter Enríquez Vásquez mariabelenalmeida@hotmail.com
En sus 90 años
Martin Luther King, Jr., nació en Atlanta, EE.UU’, el 15 de enero de 1929 y fue asesinado el 4 de abril de 1968 en Memphis. Pastor bautista, se destacó por su activismo en favor de los derechos civiles de los afroamericanos y su rechazo a la guerra de Vietnam. Fue el principal militante del movimiento de derechos civiles y contra la discriminación racial en la legislación federal y estatal. Es autor de los más grandes discursos históricos de los Estados Unidos, junto con Lincoln y Kennedy. Carlos Javier Jarquín carlosjavierjarquin2690@yahoo.es
DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.
A buscAr gente probA y decente
Mal va el Estado ecuatoriano, pues no tiene quién lo defienda en los frentes que le competen. El número de nuestros fiscales es menor al índice que existe en América Latina. La Fiscalía General solo tiene 840 agentes investigadores, la mayor parte en Pichincha y Guayas. La falta de peritos también es alarmante. Si el Estado no tiene suficientes agentes fiscales y peritos, ¿quién vela por los intereses de la sociedad toda? Es otra herencia de la década correísta, cuando quienes estuvieron al frente de la Fiscalía no mostraban interés porque la corrupción que campeaba por sus respetos fuera investigada a fondo. El Consejo de la Judicatura de entonces no cumplía con su obligación de dotar a esa institución de los fiscales necesarios. Mejor era construir edificios (algunos hoy casi vacíos) y salir en las fotos inaugurales.
DANIEL MÁRQUEZ SOARES
No es tele Las historias nos seducen. Un personaje humano, un buen villano, un conflicto de voluntades, una buena dosis de drama y un final inesperado pueden hacernos simpatizar con cualquiera. Nuestra adicción a las buenas historias y nuestra aversión al aburrimiento nos dejan a merced de creadores poco escrupulosos. Gobiernos parias o movimientos radicales han sabido aprovecharse de ello para manipular la opinión pública. La industria del entretenimiento, igualmente, ha lucrado tejiendo leyendas alrededor de personajes u oficios indignos de glamour y admiración.
Tampoco se quedan al margen de responsabilidades el CPCCS de entonces o la Defensoría del Pueblo. Entendieron de manera amañada su función de contrapoderes de las otras funciones del Estado. Llueven en la Fiscalía las denuncias, las investigaciones se amontonan y los procesos tardan en resolverse y cuando esto ocurre los principales implicados brillan por su ausencia. Pero tampoco hay que incurrir en un craso error: improvisar fiscales e inventar peritos. El remedio, al decir popular, sería peor que la enfermedad. Sobre la base de la nefasta realidad que se vive hay que buscar gente proba y decente de las cuales la sociedad, a la que deberán representar y cuyos intereses tendrán la obligación de salvaguardar, sienta el debido respeto.
Durante siglos, la maquinaria del militarismo y la violencia irracional ha sido lubricada con historias de sacrificio y heroísmo tan conmovedoras como fraudulentas; la Guerra Fría fue, en ese sentido, una mina de oro de personajes, epopeyas y sentimentalismo. Lo mismo, con sus hagiografías y su monumental mitología, hicieron antes las grandes religiones durante siglos. Se abusaba de la narración para justificar el fanatismo. El mundo se ha ido al otro extremo. El empresarial, la industria del espectáculo y el deporte profesional han buscado barnizar con bellas historias la esencia codiciosa de sus industrias. El cine, la televisión, la industria del ‘bestseller’ y el mal periodismo han creado un culto al héroe amoral, desleal y ególatra. Los grandes personajes dramáticos son criminales, parias, autorida-
des corruptas o creadores pragmáticos. Ciertos elementos antes tenidos como trágicos o vergonzosos en un personaje, ahora resultan sexys. Se ve en el pandillero, el narcotraficante, el mercenario, el especulador financiero, el cantante de reggaetón, el abogado inescrupuloso y demás personajes de las series de televisión. El héroe mediático contemporáneo exhibe características muy poco heroicas: cínico, codicioso, víctima impotente de las circunstancias. Ni siquiera la política se salva. Series como “House of Cards” han hecho por la escoria humana e institucional de la política lo mismo que “Narcos” por los carteles internacionales. Queremos convertir algo tan simple y aburrido como la administración pública en un juego de egos, codicia y conspiraciones. dmarquez@lahora.com.ec
aún hay espacios académicos en donde estos fenómenos y la cultura son solo casos que no merecen ser estudiados, que no tienen razón de estar en los programas de estudios de carreras de pregrado, menos aún de posgrado. Cuando eso dicen, miran sus iphones para revisar sus medios sociales y participar en sus diferentes redes académicas en donde se juntan deslocalizadamente para estudiar lo que realmente es importante. Tienen razón cuando dicen que las herramientas son solo eso, pero las prácticas con esas herramientas son las que importan, cómo los usos cambian los contenidos, la sociabilidad y hasta los compromisos, por eso ratifican lo que acuñó Castells sobre Interntet, que es una cultura. Una cultura que debe ser estudiada cada día más y a profundidad. Las falsas noticias y sus efectos son de interés para los expertos en opinión pública, para saber cómo se producen y cómo inciden en las audiencias. Investigar sobre públicos y comunidades en estos espacios digitales, incluso, ha modificado la forma de plantear metodologías de investigación. Pero para muchos académicos hiperconectados, el big data, el hipertexto, las estrategias transmediales y la configuración o transformación de metodologías de análisis en espacios digitales es algo que pasará, como un virus que será controlado y mejor aún aniquilado. En el pregrado, aún sin internet, nos quejábamos de que las teorías llegaban tarde, ahora con la conexión al día y los avances a un solo clic, no hay el pretexto de que llegamos tarde. No se quiere llegar porque no se comprende y se tiene temor. Vivimos en una burbuja de la que no queremos salir. Hay nuevos medios que cumplen 20 años y no sabemos cómo son, son los otros, los monstruos, los vampiros, los bárbaros, que nos hacen perder el espíritu, la esencia, el pasado. pescandon@gmail.com
Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General ALEXIS SERRANO CARMONA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXI No. 12404
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.
ÍNDICE UV
4a5 6a7 8 a 10 11 a 15 16 o +
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10 *TME: Tiempo máximo recomendado de exposición (expresado en minutos.
Radiación UV se mantiene ‘Muy Alta’ El valor más alto de radiación UV que se registrará hoy será de 12, según la proyección de Weather Online. Ayer el índice llegó a 7. Se recomienda no exponerse al sol entre las 10:00 y las 13:00. Más información en: www.woespana.es.
Pronóstico del día
Hoy, temperatura máxima: 19 grados. Mínima: 9. Pronóstico: llovizna. Mañana, temperatura máxima: 19. Mínima: 10. Pronóstico: llovizna.
Más deslaves por lluvias en la vía Alóag-Santo Domingo El paso estuvo interrumpido desde la madrugada y se habilitó a las 18:00. Cerca de 10.000 metros cúbicos de tierra y roca fracturada cayeron sobre la calzada de la E25, red estatal que conecta las regiones de la Costa y Sierra del país. El deslizamiento ocurrió aproximadamente a las 03:00 de ayer, interrumpiendo los dos carriles de la carretera. Cerca de mil vehículos, en su mayoría pesados, interrumpieron su viaje por alrededor de cinco horas. A las 08:00, la maquinaría de la Prefectura de Pichincha habilitó un carril para la evacuación de dichos automotores, sin embargo, los que habían esperado en las poblaciones de Tandapi y Alluriquín debieron esperar hasta las 18:00, cuando se habilitó el paso. Cristhian Morroy, fiscalizador de la vía Alóag-Santo Domingo por parte de la Prefectura de Pichincha, dijo que es el primer deslave de gran magnitud que se
ENTORNO I
MIÉRCOLES 16 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
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AGENDA PRESENTACIÓN
LIBRO EL PODER Y LA MUERTE
Cuándo: miércoles 16 de enero Hora: 18:30 Entrada: gratuito Lugar: Universidad Andina Simón Bolívar (Toledo N22-80/ Plaza Brasilia)
LECTURA
FIESTA ANIVERSARIO HARRY POTTER
Cuándo: sábado 26 de enero Hora: 14:00 Entrada: gratuito Lugar: Centro Cultural Carlos Fuentes (Av. 6 de Diciembre y Wilson)
TEMPORADA
SITUACIÓN. Aproximadamente 10.000 metros cúbicos de tierra y piedras cayeron en el kilómetro 68.
presenta este año por las lluvias. “Es una réplica tres veces más grande al derrumbe del sábado. El agua escurre el limo de las piedras y por eso se deslizan con gran facilidad”, explicó. Intervención
A pesar de las condiciones climáticas en el sitio afectado operaron tres excavadoras, dos cargadoras, 33 volquetas y un
PASO. Hubo vehículos que pasaron el tramo afectado al final del día.
trigo en un tráiler y fue uno de los tantos conductores que no pudieron pasar el tramo afectado. Al ver el reloj ya se resignaba a permanecer un día Afecciones más en Quito, situación Muchas personas sortearon EL DATO que le representará pérel peligro con la finalidad de didas económicas “Así llegar a su destino en el melo que va del nor tiempo posible. Martha En año se han regis- me den paso, ahorita ya no me descargan en la Alvarado quería llegar a su trado 40 leves empresa, porque lleganatal Esmeraldas y por eso derrumbes que han intepagó 5 dólares para que una rrumpido cune- ría muy tarde. Esperar tas. hasta mañana significa camioneta la trasladara hasque pierdo un día de trata el kilómetro 68. “Haciendo trasbordo era la única forma bajo”, manifestó. de llegar a mi ciudad. Me sale más caro, pero tampoco me podía que- Alternativas dar varada en la Sierra”, expresó. La vía Calacalí-La IndependenLa preocupación invadía a cia-Quito fue utilizada por cenAlexis Nogales, porque el tiempo tenares de vehículos pequeños transcurría y la guía para movi- y buses interprovinciales. Sin lizar la carga estaba a punto de embargo, muchos conductores caducar. Él transportaba madera de carros extra pesados optaron y su viaje se vio interrumpido a por esperar la reapertura de la causa del deslizamiento. “Nadie Alóag-Santo Domingo. “Por Los puede imaginar esto, calculaba Bancos es muy estrecho y eso estar a las 12 en Quito y fue im- incrementa el peligro para noposible”, dijo. sotros”, manifestó Julio Castro, Carlos Sánchez transportaba trailero. (JD)
tractor. Las tareas fueron difíciles, sobre todo cuando la lluvia se incrementó.
Un día que potencia el empoderamiento de la mujer Con el afán de brindar las herra- dables, maquillaje, emprendi- en su mayoría mujeres. El costo crecer. El encuentro se desarromientas necesarias para poten- miento y comunicación en re- para participar en dos activida- llará en el Hotel Dann Carlton y des sociales son parte de des es de 20 dólares. ciar el empoderamiento se encuentra abierto a mujeres de la mujer en el país, el TOME NOTA los tópicos que se de 15 años en adelante. Cristina Santatratarán en el ensábado se llevará a cabo Como parte de la ormaría, una de las EL DATO cuentro. una actividad denominaganización se podrán enorganizadoras del ENTRADAS más inforCada actividad serán da ‘Women’s Lab’. Habrá Para contrar estands de los direcaudadas acto, explica que mación puede acto está pro- ferentes colaboradores de acceder a la tendrá una dura- por la Fundación la iniciativa, que la El talleres, cursos y foros. gramado para el Reina de Quito. de ción aproximada Baile urbano, defensa página la iniciativa. Entre estos diseñaron con Julia sábado. Facebook o de 50 minutos y personal, cómo establecer Instagram se incluirá a la Fundación Mortgat y Fernan‘Women´s Lab’. contará con diferentes ex- da Franco, busca brindar conexiones emocionales Reina de Quito, que colecpositores especializados, nuevos espacios a la mujer en los tará enseres y ropa para entregar con hijos, cuidados de la piel, nutrición, postres salu- nacionales e internacionales, cuales relacionarse, aprender y a los más necesitados. (ECV)
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¿DÓNDE ESTÁS ANGÉLICA SAZ? Cuándo: sábado 26 de enero Hora: 16:00 Entrada: $10 Lugar: Auditorio de Radio Visión (Francisco Arizaga Luque 123 y Federico Páez)
PERFORMANCE
EL AMOR ES UN FRANCOTIRADOR Cuándo: jueves de 31 de enero Hora: 20:00 Entrada: $12 Lugar: Casa Mitómana (Martín Utreras N31-296 y Mariana de Jesús)
MONÓLOGO
LA LEYENDA DEL PRÍNCIPE EGO
Cuándo: hoy y mañana 17 de enero Hora: 19:30 Entrada: $10 Lugar: Teatro Variedades (Manabí N8-131 entre Guayaquil y Flores)
MÚSICA
LANZAMIENTO DE MARIMBA Y SALPRIETA Cuándo: sábado 19 de enero Hora: 19:30 Entrada: $10 Lugar: Teatro Variedades (Manabí N8-131 entre Guayaquil y Flores)
EN VELA A6
MIÉRCOLES 16 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
MINUTERO Inocar advierte sobre aguajes
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GUAYAQUIL • El Instituto Oceanográfico de la Armada del Ecuador (Inocar) alertó ayer sobre la presencia de aguajes hasta mañana, en el borde costero continental de Ecuador. Según la información, el perfil muestra que no habría condiciones de aguaje, no hay nivel medio del mar elevado y no hay períodos mayores a 18 segundos. Se prevé que a partir del 18 de enero arribarán olas desde el noroeste. (DAB)
Puná contará con agua potable
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GUAYAQUIL • La parroquia Puná tendrá agua potable en los próximos meses. Así lo dijo ayer el Municipio de Guayaquil, durante la presentación de los avances en la ejecución del proyecto que prevé dotar de líquido vital a toda la isla. El sitio, ubicado en el Golfo de Guayaquil, es una parroquia rural del Puerto Principal con un área de extensión de 920 kilómetros cuadrados y 5.408 habitantes.(DAB)
Un año por robo a reina de Quito
Presentan proyecto anticorrupcipción en la Justicia
I
El proyecto de resolución para implementar el Sistema Integral de Lucha Contra la Corrupción, Delincuencia Irganizada y Combate a la impunidad en la Función Judicial fue presentado ayer por la vocal del Consejo de la Judicatura, Zobeida Aragundi. Propone crear unidades judiciales especializadas (ejemplo: financiera) y un equipo de peritos contra la corrupción, así como reformas al Código Integral Penal. (SE)
El ex subsecretario (e) de medios institucionales, en el gobierno de Rafael Correa, Marco Antonio Bravo, obtuvo ayer su libertad tras 76 días de detención, dentro de una investigación por peculado, según trascendió anoche en Twitter. La jueza Silvia Sánchez dictó un auto de sobreseimiento a favor de cinco personas que eran procesadas en el caso Secom. Entre ellas está Marco Antonio Bravo.
Contraloría: sin planificación se compraron textos escolares El Ministerio de Educación no logró justificar contratos por U$D 38 millones entre 2016 y 2017. Sin planificación ni control se Sin justificativos imprimió y distribuyó entre El informe concluye que a pesar 2016 y 2017 textos escolares por de pedidos expresos, Educación los que el Ministerio de Educa- no proporcionó justificativos ción pagó unos 38 millones de técnicos sobre la demanda real dólares a beneficiarios de tres de textos escolares por parte contratos. de las unidades educativas del Así lo establece la Contraloría país, no hubo una planificación en el informe borrador de ni coordinación de la enlos resultados de un exatrega, no hay registro de EL DATO men especial realizado la cantidad de textos que para verificar si las autoefectivamente ingresaron dato ridades de dicha Secreta- Como o salieron de las bodegas. curioso el inforría de Estado cumplió o me recoge la Y si hubo algún regisde una no las principales normas “queja” tro de estos ingresos y funcionaria del de contratación pública y Ministerio de egresos únicamente hade sus propios reglamentos Educación que este tema se brían servido para pagar haya publicado internos. a los contratistas estableen redes La lectura de este in- sociales. ce el examen en el que se forme por parte de repreinsiste que el sistema de sentantes del equipo de bodegas del Ministerio de auditores del organismo de con- Educación no brinda confianza. trol se realizó con la presencia Y para abundar en detalles de exfuncionarios de diferentes de esta conclusión, la Contraloáreas del Ministerio, responsa- ría General del Estado enfatiza bles de diferentes partes del pro- que al menos unos 56 mil textos ceso de contratación. se imprimieron en exceso y este
INVESTIGACIÓN. Un informe borrador de Contraloría revela una serie de irregularidades en las adquisiciones de los textos escolares.
momento están embodegados y prácticamente condenados a no poder usarse y sobre todo la obsolescencia debido a actualizaciones de las mallas curriculares y contenidos de los nuevos textos escolares.
Abandono
En esta investigación de Contraloría también se incluye el tema de miles de textos escolares que el año anterior se encontró en una planta recicladora en la provincia de Imbabura.
Candidato a concejal de AP, preso por agredir a mordiscos a un vigilante de ATM
robarle un celular a °laPor reina de Quito, Daniela Almeida, en la noche de Navidad, Edgar Ll. deberá purgar un año de cárcel. La audiencia de juzgamiento se realizó ayer y la sentencia se produjo en procedimiento abreviado, después de que el imputado se declarara culpable del delito. El hecho se produjo el 24 de diciembre en San Roque, durante un agasajo navideño. El abogado de Daniela Almeida, Roberto Calderón, solicitó que como reparación integral se le brinde apoyo psicológico, boleta de amparo y ninguna reparación económica, es decir renunció a cualquier dinero del agresor. (AGO)
Marco Bravo recupera su libertad
GUAYAQUIL • El candidato a con-
TEMÁTICA. Se analizaron temas sobre recuperación de capitales y protección al informante.
Asamblea cierra primer debate sobre Ley Anticorrupción Ayer culminó en el Pleno de la Asamblea Nacional el primer debate sobre el proyecto de Ley Anticorrupción. 11 asambleístas intervinieron ante un tema que se ha convertido en un sube y baja entre los poderes Ejecutivo y Legislativo. Ahora el proyecto volverá a la Comisión de Justicia para tomar nota de las observaciones del Pleno y generar un segundo informe que termine en votación por todos los asambleístas. Marcela Aguiñaga, presidenta de la Comisión de Justicia des-
tacó que “más allá de nuestras diferencias políticas, los asambleístas nos hemos puesto de acuerdo para sacar adelante esta Ley. No aceptamos que mandaderos del Ejecutivo cuestionen nuestro trabajo”. Mensaje que ciertamente caló entre los parlamentarios, al menos entre los que conforman la comisión debido a que tanto Henry Cucalón como su par, Franklin Samaniego, ambos de bancadas diferentes, estuvieron de acuerdo en defender la posición de Aguiñaga. (JDC)
cejal de Guayaquil por Alianza País (AP), Manuel Barzola, debe cumplir cinco días de prisión por haber agredido a un agente de tránsito municipal, con varios mordiscos. La pena se la impuso ayer el juez de garantías penales de Guayas, Édgar Ojeda Jiménez, de la Unidad Judicial de Florida Norte, en audiencia pública. Barzola fue detenido el lunes, en horas de la noche, en el norte de Guayaquil, tras un incidente con el uniformado de la Autoridad de Tránsito Municipal (ATM), Christian Requena, luego de que este le solicitara sus documentos de conducción. Esa noche, Barzola fue grabado por ciudadanos cuando forcejeaba con el uniformado con gritos de “soy candidato a concejal, respétenme”. “El agente de tránsito Requena lo detuvo para solicitar los documentos, a lo que el conductor Barzola se bajó ira-
cundo del vehículo y empezó a agredirlo de palabra”, detalló la ATM en un comunicado divulgado a la prensa. Incluso, videos de ciudadanos recogieron la agresión haciéndola circular por las redes sociales. El suceso también quedó registrado en las cámaras del Centro de Control Integrado de Tránsito y Transporte (CCITT), que sirvieron como elementos de convicción para la decisión del juez Barzola muerde por varias ocasiones al agente de tránsito y, posteriormente, lo golpea, se observa en el video. El juez, además de los cinco días de prisión, impuso al candidato una multa de 98. 50 dólares, equivalente a un porcentaje de un salario mínimo vital, 50 dólares como reparación al vigilante y disculpas públicas al uniformado a través de una publicación pagada en un diario de circulación nacional. (DAB)
Proyección de ‘Cantinflas’
GENTE I
La Cinemateca Nacional Ulises Estrella, de la Casa de la Cultura Ecuatoriana, y la Embajada de México en Ecuador presentaron una muestra de uno de los cómicos más prestigiosos de México, Mario Moreno ‘Cantinflas’.
Thalía Calle y Josué Veloz.
Catalina y Ángel Verdesoto.
Katherine Vega y Diana Rodríguez. Sam Romero y Marco Toapanta.
Bolivia Guerrero y Mariana Escobar.
Aidita Guerrero, Nelly Varela y Consuelo Guerrero.
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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
QUITO
GENTE A8
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Fotografías y aromas
En la sala Juan Villafuerte, del Ministerio de Cultura y Patrimonio, se inauguró la exposición ‘Cacao- el fino aroma de nuestra identidad’.
María del Carmen Guerra durante en la charla explicativa.
Elizabeth Feria.
Diego López y Consuelo Barrera.
Oswaldo Navarrete y Gabriela Ordoñez.
Jorge Moreno, Cristina Ampuero y Mario Ojeda.
PAÍS B1
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Bajo Alto se hunde, 150 días para reparación Representantes de Petroecua- 60% de daños dor y del Ministerio de Energía Patricio Larrea, viceministro realizaron una visita técnica a la de Hidrocarburos, recalcó planta de Gas de Bajo Alto, ubi- que más del 60% de las escada en El Oro. El objetivo fue tructuras presentan probleverificar los problemas estruc- mas de hundimiento, por lo turales y de construcción deta- que se está trabajando bajo llados en el informe del consor- una operación de riesgo concio español ICC- Tecnatom, con trolado. Además, por el hunel aval del Programa de dimiento de las losas, Naciones Unidas para el EL DATO varias tuberías se han Desarrollo (PNUD). desplazado, lo que geLas autoridades explinera separaciones en presupuesto caron que, sobre todo de- El varias uniones y distininicial se increbido a los problemas de mentó de 40,1 tos puntos de presión. a 76,5 hundimiento en la ma- millones Pablo Flores, gerente millones de yoría de estructuras, que dólares. de Petroecuador, confirllega hasta los 70 centímó que aunque la capametros, se requiere una cidad de procesamiento paralización de operaciones es de 200 toneladas de gas por de 150 días, lo que ocasionaría día, solo se llega a máximo 100 una pérdida de 6,8 millones de toneladas. dólares. Dentro del programa de John Ochoa, gerente de remediación, que cuesta 20,2 transporte de Petroecuador, millones de dólares, se incluye manifestó que también se veri- un nuevo generador a Gas Naficó la falta de pilotaje que so- tural, con un precio estimado porte a la planta. En otras pala- de 8 millones, pero que ayubras, todo se sostiene sobre 45 daría a ahorrar 1,8 millones pilotes, pero se requieren 60 anuales. Además, se deben pilotes más para dar mayor so- reemplazar los motores de geporte a las plataformas. neración eléctrica. (JS)
ARREGLO. Más de 11 acciones se deben hacer para recuperar la planta.
ASCENSO. Telconet, la empresa de Tomislav Topic, creció de la mano de Jorge Glas.
Dos investigaciones abiertas tiene Topic en Fiscalía General
El empresario está siendo indagado, hace más de año y medio, por peculado y lavado de activos.
"El que el señor (Tomislav) Topic haya ofrecido devolver 13,5 millones de dólares no implica que se le excluya de responsabilidad. Fiscalía hace su trabajo y, como tal, nosotros llegaremos a determinar si existe o no responsabilidad”, dijo ayer Ruth Palacios, fiscal general encargada. La funcionaria también explicó que el acuerdo entre la Unidad de Análisis Económico y Financiero (UAFE) y el empresario no fue conocido previamente por la Fiscalía; además puntualizó que las investigaciones siguen abiertas. En este sentido, aclaró que Topic, desde hace más de un año y medio, tiene dos indagaciones en curso. La una por peculado, actualmente a cargo de la fiscal Ivonne Proaño y, la otra, por lavado de activos, que está siendo llevada por el fiscal Diego Rosero. “Me hubiera gustado que el señor Topic se acerque a Fiscalía, que es la única dueña del proceso penal. No teníamos conocimiento de lo que se estaba haciendo. Hoy
Gobierno no presentó otra denuncia °Ayer, Iván Granda, subsecretario de acción política, entregó a la Fiscalía dos elementos relacionados con el anuncio hecho el lunes sobre la recuperación de
13,5 millones de dólares procedentes de sobornos de Odebrecht. En primer lugar, la carta donde el empresario Tomislav Topic se compromete a devolver esos dineros. Y, en segundo, la investigación hecha en 2017 por la UAFE sobre movimientos inusuales en las cuentas de Topic. Sin embargo, no aclaró en qué consiste el acuerdo con el empresario. “No hemos presentado ninguna denuncia. Existe una indagación previa, abierta desde hace un año y medio y cuenta con la cooperación internacional de varios países”, subrayó Granda. Finalmente, apuntó que la forma y el plazo para que Topic devuelva los 13,5 millones deben ser establecidos por la Fiscalía.
la Comisión Nacional Anticorrupción, afirmó que resulta sospechosa la carta de Topic, donde ofrece pagar según su flujo de caja. “Debe ser tomada con pinzas. No puede seguir EL DATO siendo el inversionista esNo es colaboración eficaz trella de las telecomunicaRecalcó que la menciotiene nada devolución, en el Telconet ingresos por más ciones mientras se esclaevento que se produzca, de 140 millones rezca todo”, enfatizó. dólares al año Por su parte, Fabricio no constituye ninguna co- de y se ubica entre laboración eficaz o aporte las 100 mayores Villamar, asambleísta de empresas del al proceso, sino una repa- país, con contra- CREO, dijo que se deben con alcaldías, iniciar inmediatamente ración por los perjuicios tos ministerios y provocados al Estado. otras dependen- procesos de fiscalización a las concesiones hechas “No he tenido contacto cias públicas. a Telconet, propiedad de con el señor Topic. No sé lo que pretenda hacer o cómo va Topic, además puntualizó que todirigida esa supuesta devolución. dos los últimos anuncios no son Por eso debe acercarse a la Fisca- más que la reafirmación de los negocios turbios entre Topic, Jorge lía”, añadió la fiscal encargada. Germán Rodas, miembro de Glas y su tío, Ricardo Rivera. (JS) (ayer) en la mañana el subsecretario (Iván) Granda nos entregó el oficio con el ofrecimiento de pago. A Fiscalía nadie le dijo nada”, acotó Palacios.
Corte de Pichincha ratifica destitución de Sofía Espín La Corte Provincial de Pichincha ratificó la destitución de la exasambleísta afín al correísmo, Sofía Espín. La exlegisladora, después de ser destituida por la Asamblea Nacional el 13 de noviembre de 2018, presentó una acción de protección para que se dejara sin efecto esa decisión. Dicho recurso fue rechazado y apelado por la defensa de
la exlegisladora. Sin embargo, ayer, los jueces de la Sala Civil y Mercantil de la Corte negaron la apelación, confirmando la sentencia en primera instancia. Así lo informó la Procuraduría en un comunicado. Espín fue destituida después de que se comprobó que visitó en la cárcel a la exagente de la Secretaría Nacional de Inteli-
gencia (Senain) Diana Falcón, quien con su testimonio vinculó al expresidente Rafael Correa en el caso del secuestro del político Fernando Balda. Durante la audiencia, la jueza Jaqueline Meza acogió los argumentos del Estado y no la posición de Espín de que se habrían vulnerado sus derechos constitucionales a la defensa.
La Fiscalía tiene abierta una instrucción fiscal en contra de Espín por el delito de oferta de tráfico de influencias, junto a la abogada Yadira Cadena. El 26 de diciembre, el juez Iván Saquicela ordenó la prohibición de salida del país y la presentación cada ocho días ante el presidente de la Corte Superior de Justicia del Guayas. (AGO)
POLÉMICA. Espín fue sacada del Legislativo por una visita a la exagente Diana Falcón. (Foto: Asamblea)
REPORTE
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CLÍNICAS CONTRA ADICCIONES: TODOS VEN PARA OTRO LADO
39 son legales, pero hay sub registros, control insuficiente y todo un debate estancado.
Silencio oficial ° Cinco días después del fallecimiento de 17 personas en un cen-
tro de desintoxicación sin permiso
en Guayaquil, las autoridades del Apenas 39 clínicas de trata- ha hecho recurrir a sitios clanMinisterio de Salud han comunimiento de adicciones cuentan destinos. En noviembre de 2018 se recado que esperan un pronunciacon licencia de funcionamienmiento del Presidente para hablar to en todo el país. Lo refleja la gistró un siniestro en las instadel tema. lista de 2019 publicada por la laciones de una clínica que no Mientras, a través de un comuAgencia de Aseguramiento de tenía permiso. Situaciones como esta emnicado, la Defensoría del Pueblo la Calidad de los Servicios de instó al Estado a que realice “una Salud y Medicina Prepagada pezaron a salir a la luz, a partir investigación diligente, tanto (Acess), encargada de otorgar del caso de David Romo quien administrativa como judicial” para los permisos, que se renuevan habría sido asesinado en un centro de desintoxicaestablecer las causas y responde forma anual. ción clandestino en Quisables no solo del incendio y sus Del total, cuatro esto. consecuencias sino, en especial, tán en Guayaquil, una en CIFRAS Lo recuerda Elsie de las “circunstancias estructuraQuito y tres en Cuenca. Monge, directora de la les que derivan en la existencia de Pero la realidad es otra. Comisión Ecuménica de centros clandestinos, a los cuales Norman Pérez, exasesor AÑOS tiene los Derechos Humanos la ciudadanía recurre, por la falta del Ministerio de Salud, deelvigencia reglamento de atención de las instituciones asegura que existen mu- para estos cen- (Cedhu), quien asegutros. ra que la problemática públicas de salud”. chos más fuera de la Ley, es complicada porque, especialmente porque se muchas veces, va de la do que habría al menos 500 permanejan como negocios MIL personas falle- mano de los tratamienrentables. sonas que fueron rescatadas de cieron por conLa cantidad de centros sumo de drogas tos de supuesta desho- lugares clausurados. “No se coen 2016. mosexualización. varió drásticamente desde noce qué ha pasado con ellos ni 2017, cuando 110 lugares ha habido ninguna sentencia”, contaban con licencia a nivel Panorama dice Calao. nacional. Varios de ellos, clau- Para Monge, las cosas no van a Entre los abusos que se han surados, seguirían funcionando cambiar hasta que las adicciones detectado están: tortura, consin control o con permisos en sean tratadas como una enfer- gelamiento, encierro, confitrámite. medad y no como un delito. Ade- namiento y violencia sexual. Las miradas se volvieron a más, cuando se respete la Norma Pérez, quien asesoró a la exmienfocar en los centros de desin- que exige que las personas no nistra Carina Vance cuando se toxicación del país, el viernes pueden estar contra su voluntad. emitieron los acuerdos minispasado, cuando un incendio proteriales en 2012, recuerDesde 2000, el ‘Taller vocado en una clínica sin permi- de Comunicación Mu- TOME NOTA da que conoció en perso en Guayaquil se llevó la vida jer’ ha seguido los casos sona un lugar de Quito de 17 personas. Ese mismo día, de violación a Derechos Puede revisar los en el que tenían cuatro Acess clausuró siete centros de Humanos que se han re- centros con perros encerrados en en www. esa ciudad. jaulas y el castigo para gistrado en estas clínicas. licencia calidadsalud. Según las versiones de la Po- Cayetana Calao, coordi- gob.ec. los internos era dormir licía y sobrevivientes, los jóve- nadora de proyectos de la junto a ellos, escuchannes quemaron colchones para organización, asegura que han do sus ladridos. que los liberaran del encierro podido corroborar 65 casos de Lo califica como “tortura” y en el que estaban. De acuer- víctimas de diferentes procedi- dice que la única manera de dedo con los familiares que han mientos. tectar abusos son los operativos dado declaraciones a varios Adicionalmente, a través de en los que los mismos pacientes medios, la falta de atención en un monitoreo de medios e infor- narran la situación a la que son el sistema de salud pública los mación del Estado, han detecta- sometidos. (PCV)
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RECIENTE. La semana pasada, el país entero se conmocionó por la muerte de 17 personas en un centro de Guayaquil.
La mayoría se puede calificar como centros de tortura”. ELSIE MONGE,
DIRECTORA DE CEDHU.
‘Siempre viviré en recuperación’ ° GUAYAQUIL• Un grupo de personas con problemas de adicción se acercó ayer a la Gobernación de Guayas, para pedir que no se cierren las clínicas en las que se atienden.
La pequeña delegación se ubicó en el acceso principal del Ejecutivo provincial, esperando que los reciba su titular, Raúl Ledesma. Sin embargo, ahí les informaron que Ledesma había viajado a Quito, para tratar precisamente este tema. Kléber, de 51 años, se presentó como adicto en proceso de recuperación. Sostenía una pancarta que decía: “Somos personas humildes que prestamos labor social, no somos asesinos, ni lucramos con los adictos”. “Consumí drogas durante 31 años. Estoy en una clínica desde hace 6 meses y me estoy recuperando. Por eso, estoy en contra de que se cierren, porque hay muchos jóvenes que buscan una salida”, dijo. El paciente cree que el Estado debe apoyar los centros que ofrecen bajos costos, porque son los únicos donde la gente pobre puede llevar a sus hijos con problemas de consumo. “Hay algunos que mensualmente cuestan 600 y hasta 1.500 dólares y eso no podemos pagar”. En la clínica donde él está, hay unos 18 jóvenes. El centro cubre gastos de médicos, terapistas y sicólogos para las charlas grupales. “A un terapista se le paga 20 dólares y al doctor unos 150, semanales. Se debe considerar que el doctor lleva una enfermera”. Torres cierra con una idea: que no hay fecha para la recuperación total. “Dura toda la vida, siempre viviré en recuperación, solo el día en que me muera podré decir que me he recuperado”. (DAB)
Responsabilidades del Estado
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En 2012, a través del acuerdo ministerial 80, se expidió la norma para el control de estos centros. Para Norman Pérez, exasesor del Ministerio de Salud, la responsabilidad del Estado viene desde la Constitución y el control que no se ha logrado responde a la ineficiencia. Sugiere que se cree una unidad especial.. Elsie Monge dice que el Gobierno debe asumir este problema con ayuda física, sicológica y médica real. ‘Taller de Comunicación Mujer’ ha acudido a tres instancias internacionales, entre ellas el Comité contra la Tortura, que ha pedido respuestas al Estado desde 2015 sin obtener resultado.
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Trujillo y Celi, cabezas de Transparencia PRONUNCIAMIENTO. La fiscal general (e), Ruth Palacios, dio una rueda de prensa ayer.
Fiscalía en terapia intensiva Cada fiscal recibe, en promedio, 481 casos anuales. Se requiere 400 agentes para cubrir el déficit.
La Fiscalía, a criterio de su ti- institución. A criterio de Ramiro García, tular encargada, Ruth Palacios, trabaja “atada de manos”. Se- presidente del Colegio de Abogún la Constitución, el organis- gados de Pichincha, la Fiscalía mo tiene autonomía financiera sí requiere un mayor nivel de y administrativa. En la práctica, autonomía, para realizar sus no puede seleccionar personal, propias contrataciones, pero ni realizar concursos. Actual- esta no debe ser total, porque mente tiene 840 fiscales, pero debe someterse a la Judicatura como órgano disciplinario. necesita 400 más. La realidad no es nueva. Desde 2014, cuando el Consejo de la Carga de trabajo Judicatura anunció un concur- “Estamos realmente en alerta”, so, se hablaba del mismo déficit. dijo ayer la Fiscal General (e) Gustavo Jalkh, en esa época, y puso de ejemplo a Orellana, ofreció que en 2015 los nuevos donde hay dos fiscales. “Nos investigadores se iban encontramos atados a incorporar a la Fisde manos”, repitió vacalía. rias veces al explicar Pero el número se que no hay suficientes DENUNCIAS mantiene y la institu- han ingresado a Fiscalía fiscales para investide 2014 y ción no puede contra- entre agosto gar las 360.000 de2018. tar personal, ni para nuncias que ingresan cubrir las 39 partidas anualmente. de fiscales que renunciaron o En promedio, cada fiscal fueron destituidos. Y la Judica- recibe 481 casos al año, la matura de transición está impedi- yoría por robo, violencia intrada de continuar con el concurso, familiar, hurto e intimidación, tras una disposición del Conse- los delitos más recurrentes jo de Participación Ciudadana desde 2014. Palacios anunció transitorio. Las autoridades una reestructuración de la Fispermanentes serán las encar- calía, para lo cual se revisarán gadas de hacerlo. Por lo que las zonas que requieren mayor Palacios pide autonomía para la atención y las de menos carga
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Informes de Contraloría con indicios de responsabilidad penal en indagación previa en Fiscalía 142
Peculado Enriquecimiento ilícito Concusión Peculado por abuso de bienes o dineros públicos o privados en virtud o razón del cargo del servidor público
63 2
2
Informes totales:
209 Fuente: Fiscalía General del Estado
laboral, para “desactivarlas” de ser necesario. A estas denuncias se suman los informes con indicios de responsabilidad penal de Contraloría, que están represados desde 2006. Entre ese año y 2015 ingresaron 3.000 informes a los que no se ha dado trámite. “Estamos analizando con qué empezar”, dijo Palacios. Otro inconveniente
Según la Fiscalía, los informes que ingresan desde Contraloría tendrían deficiencias. “Demando la colaboración institucional de la Contraloría, organismo que debe elaborar los informes debidamente motivados para justificar la responsabilidad co-
rrespondiente”, señaló Palacios. Además, hay informes para delitos que no requieren ese requisito de procedibilidad. Entre junio de 2017 y enero de 2019, la Contraloría envió 372 informes, de los que se han abierto 209 indagaciones (ver infografía). La información que envía esa institución, así como la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) sirve de insumo para que la Fiscalía los sustente con su propia investigación. Este Diario solicitó la postura del contralor general, Pablo Celi, sobre el tema. Sin embargo, desde la institución se indicó que no habría un pronunciamiento oficial. (AGO)
La Función de Transparencia y Control Social ratificó ayer a Julio César Trujillo como presidente de esta entidad y a Pablo Celi como su vicepresidente. La Función de Transparencia está integrada por los titulares del Consejo de Participación Ciudadana (Trujillo), de la Contraloría (Celi), por la Defensora del Pueblo, la superintendenta EL DATO de Economía Popular y Solidaria, el superintenden- Celi asumió el tras la te de Control de cargo renuncia de Poder del Merca- Carlos Pólit, en junio de 2017. do, el de Bancos, el de Compañías, de Información y por el de Ordenamiento Territorial. Trujillo se viene desempeñando como Presidente de esta Función desde septiembre del año pasado y se extendió su nombramiento hasta que se elija al nuevo Consejo de Participación permanente, cuyo titular reemplazará a Trujillo en la presidencia de la Función de Transparencia hasta enero de 2020, cuando se designen a las nuevas autoridades. Durante la sesión de ayer se resolvió también trabajar en el plan para prevenir y combatir la corrupción. (HCR)
CARGO. Trujillo fue ratificado.
Futuro de Contralor en espera tras suspención
CONCURSO. El Cpccs debe trara si Celi continúa en el cargo, que ahora ocupa como subrogante.
El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana de transición (Cpccs-t) tenía previsto sesionar hoy. Entre los puntos del orden del día constaba la aprobación del mandato para la elección del Contralor General del Estado, a través de concurso de méritos y oposición; así como la conformación de la comisión técnica que llevará el proceso de selección. La noche de ayer, el organismo informó que, por disposición del presidente Julio César Trujillo, se suspendía la sesión. En lugar de ella se realizará una reunión de trabajo de carácter reservado.
Esta situación se da en medio de las reflexiones del consejero Luis Hernández, quien recordó que el actual contralor, Pablo Celi, está en calidad de subrogante, por lo que no fue sometido a la evaluación que el Consejo realizó a las autoridades. Celi, quien se desempeñaba como subcontralor, asumió la subrogación –no el encargo- tras la renuncia de Carlos Pólit como contralor titular, en junio de 2017. El debate gira en relación a si Celi debe completar el periodo para el cual fue elegido Pólit, es decir, hasta el 15 de marzo de 2022, o si procede una nueva
selección de autoridad. Hernández asegura que eso es lo que se analiza al interior del Consejo de Participación y que se resolverá este día. Por su parte, Celi evitó pronunciarse sobre la posible aprobación del concurso para nombrar a su reemplazo. Sin embargo, recordó que viene ejerciendo la función de contralor por subrogación, de acuerdo al mandato constitucional y legal. Extraoficialmente se conoce que no habría un concenso entre los miembros del Consejo transitorio sobre el reglamento para la designación del cargo, lo que
aplaza la decisión en torno a la continuidad de Celi. Criterio
El constitucionalista José Chalco recuerda que a través de la aprobación de la Consulta Popular de febrero de 2018, se le autorizó al Cpccs para que realice la evaluación y control de todos los funcionarios, por lo que tiene facultad para definir la situación del contralor subrogante, sin descartar que se le pueda ratificar en el cargo. Añadió que la gestión de Celi ha sido significativa en la reinstitucionalización del país. (HCR)
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Distintivos vehiculares de personas con discapacidad se entregan en 15 días Los ‘stikers’ distintivos de vehículos para el uso personal o para el traslado de personas con discapacidad se empezarán a entregar en los próximos 15 días a escala nacional. Así lo anunciaron ayer autoridades del Consejo Nacional de Discapacidades (Conadis) y de la Agencia Nacional de Tránsito con la indicación que
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serán los únicos documentos que facultan legalmente el uso de estacionamientos preferenciales. Además del característico ícono de una silla de ruedas sobre un fondo azul y las placas del vehículo, estas pegatinas tendrán código de barras y sellos de seguridad para evitar falsificaciones o duplicados. (JCER)
Aborto, el debate continúa
Caso Posorja: difieren audiencia GENERAL VILLAMIL-PLAYAS • El
linchamiento de tres personas en Posorja aún no entra en la etapa de juicio, donde se encuentran 20 personas como sospechosas en el hecho que ocurrió en octu- HECHO. Tres linchados y el fuego al bre del año pasado. recinto policial causason conmoción a Ayer, el juez multicompe- escala nacional. (Foto: Archivo) tente de Playas, Carlos Flores, acogiendo una petición de uno dieron los acontecimientos. de los defensores públicos asigFrancisco Freire, agente fiscal nados a la defensa de 9 presos, que lleva el caso, explicó que de suspendió la diligencia prepa- los 20 procesados 9 están deteratoria de juicio en contra de nidos. Esto, mientras familiares 20 procesados en un delito de de varios de los detenidos dijeasesinato, resultado de la acción ron que se está procesando a del populacho que linchó a tres personas inocentes que no estupersonas e incendió varios ve- vieron en los hechos y tampoco hículos de propiedad privada y actuaron en la turba que termibienes públicos. nó con la vida de las tres persoLa Fiscalía del Guayas nas acusadas de robo de y la Defensoría Pública niños. pidieron al Juez el difeEl pasado 13 de octurimiento de la audiencia PERSONAS bre de 2018, moradores en el de Posorja, ante un rumor para prepararse y ejercer murieron incidente. una adecuada defensa técsobre un supuesto robo de nica a los procesados. niños, atacaron un cuartel El juez Flores aceptó el pe- policial para sacar a la calle a dos dido, pero advirtió que en el hombres y una mujer, para linsegundo llamado se instalará la charlos y luego quemarlos aún audiencia de evacuatoria y pre- con vida. paratoria de juicio. Horas después de cometido el hecho, la Policía aclaró que las personas ya fallecidas haDefensa La Defensoría Pública argumen- bían sido detenidas por el robo tó que no tenía conocimiento del de 200 dólares y un teléfono cecaso, porque no llevó el proceso lular, pero no por robo de niños. en la primera etapa, cuando se (DAB)
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Asambleístas dan ponencias entre las estadísticas y sus principios morales. No solo los interiores de la Asamblea Nacional vivieron una jornada intensa en torno al debate de la despenalización del aborto, sobre todo por el causal de violación. Nuevamente, ayer desde temprano, los alrededores del parlamento se llenaron de seguidores en pro y contra del aborto. Ya en el Pleno, las gradas llenas de manifestantes, marcaron la tónica del debate en las reformas del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Fueron más de 15 intervenciones de los asambleístas y una comisión general las que dieron virajes al timón de la ruta trazada por la Comisión de Justicia del parlamento nacional a las reformas del COIP en su primer informe, donde se suman cinco causales para la despenalización del aborto. Ánimos
“Yo siempre estaré a favor de la protección de la vida desde la concepción”, aseguró la asambleísta Viviana Bonilla, quien presentó datos del Ministerio de Salud de Chile sobre cómo “a través de planes de prevención y educación se logró disminuir los casos de violación y
ACTIVIDAD. El apoyo a la despenalización se vivió en los alrededores de la Asamblea Nacional. Opositores al aborto también fueron parte de la jornada.
despenalización del aborto. En embarazos no deseados”. Bonilla agregó datos del Ins- Ecuador es un riesgo ser mujer”. tituto Nacional de Estadística del Ecuador (INEC), donde se Más criterios especifica que las causales ma- Jaime Arturo Pallares, miembro yores de muerte de las mujeres del Colectivo Provida, indicó que son “enfermedades al co“el aborto es un negocio, razón y la diabetes, no el EL DATO además, en caso de vioaborto”. Sus declaraciolación tiene un culpable, nes causaron abucheos de sancionémoslo; tiene dos reformas del parte del público presente Las vidas en peligro, respetéCOIP también a lo que la asambleísta in- discuten la lega- moslas”. lización del candicó “aceptaré cualquier nabis medicinal. Por su parte, la asamcalificativo, pero no dejaré bleísta Amapola Narande defender a la vida”. jo indicó que “muchos Por otro lado, en comisión hombres en este debate hablan general, la defensora del Pueblo sin saber los peligros y retos que (e) Gina Benavides abogó por “la implica ser mujer en el Ecuador. protección de los Derechos Hu- No tienen consideración por las manos” y recordó que cinco co- víctimas”. Al final, la sesión fue mités de las Naciones Unidas se suspendida hasta una nueva han pronunciado “a favor de la convocatoria. (JDC)
Galarza en manos de comisión Lourdes Cuesta, de CREO; Amapola Naranjo, del ala correísta; y Raúl Tello, de la Bancada de Integración Nacional, son los tres asambleístas que conformarán la comisión multipartidista que investigará a su colega Ana Galarza, por supuestos cobros de diezmos dentro de la Asamblea Nacional. Una vez que el Consejo de Administración Legislativa (CAL) calificó la solicitud de investigación del asambleísta Ronny Aleaga, se aprobó la constitución de dicha comisión que deberá catalogar y sopesar cada una de las pruebas presentadas por las partes. Aleaga, como demandante, será el encargado de presentar videos, conversaciones por celular y transferencias bancarias que dice tener para comprobar la su-
ASAMBLEÍSTA. Fue denunciada por cobro de diezmos.
puesta culpabilidad de Galarza, mientras que la asambleísta denunciada deberá comprobar su inocencia. La comisión podrá exhortar a otros involucrados en la denuncia para que comparezcan. El
hecho se dio cuando el exasesor de Galarza, Lenín Rodríguez, indicó que la asambleísta obligaba al personal de su despacho a pagar montos desde sus salarios para pagar gastos ajenos a su función legislativa. (JDC)
PAÍS
El precio del pan popular podría aumentar 5 centavos El gremio de panificadores de Pichincha espera que el Gobierno permita que el pan popular suba de 12 centavos a 17 centavos, debido a que el precio no se ha modificado desde 2011, pero los costos de operación han seguido subiendo. “Nuestra situación es bastante delicada en cuanto a costos, y ya
es insostenible. En este sentido la subida es inminente”, explicó Hugo Rojas, presidente del Gremio, quien señaló que se ha reunido con representantes de asociaciones de Cotopaxi, Imbabura, Quevedo, Huaquillas, Chimborazo, Santo Domingo, Guayas y del Azuay para analizar los costos. (JS)
Hidroeléctrica Minas San Francisco, en acción La obra se demoró casi 3 años más de lo previsto. Genera el 5,6% de la demanda nacional de electricidad.
Carlos Pérez, ministro de Ener- concretó por problemas técnigía y Recursos Naturales no cos, especialmente relacionados Renovables, junto a otras autori- a la obra civil, por lo que los pladades del sector eléctrico, inau- zos tuvieron que ser extendidos. guraron la central hidroeléctrica Minas San Francisco, ubicada Acción en la provincia de Azuay, y que En mayo de 2017, al inicio del atraviesa las parroquias de Pu- actual Gobierno, el proyecto tecará y Abañín del cantón Zaru- nía más de un año de retraso. ma, pertenecientes a las Pérez explicó que se tuvo provincias de Azuay y El EL DATO que emprender diálogos Oro, respectivamente. y negociaciones, tanto Según las autoridades, con la constructora chiconstrucción na como con la empresa tiene una capacidad para La fue adjudicada proporcionar energía directamente fiscalizadora, además de el Gobierno eléctrica a aproximada- por otras correcciones sobre anterior a la mente de 222.000 fami- empresa china la marcha. Harvin Electric. lias, equivalente al 5,6% Por ejemplo, fue necede la demanda nacional. sario rediseñar el estriEsto es alrededor de 270 mega- bo izquierdo de la presa para vatios por hora. evitar problemas a largo plazo. La construcción inició en La inversión total fue de 479,3 marzo de 2012 y debía culminar millones de dólares. La central en marzo de 2016, pero no se tiene tres unidades de 90 me-
Se busca protección sobre datos de carácter personal La recolección, archivo, procesamiento, distribución o difusión de datos de carácter personal requerirán la autorización del titular o el mandato de la Ley. Esa disposición legal vigente es clara y directa, pero luego de una década de establecida en el artículo 46 de la Constitución, no se cumple: así lo verifican ciudadanos ecuatorianos que cada día son acosados con llamadas telefónicas publicitarias y que no tienen una Ley que garantice la protección de sus datos personales. Así también lo reconoce el propio Gobierno, que propone una convocatoria abierta para que ciudadanos y autoridades discutan sobre qué debería contemplar una posible propuesta de ley de protección de datos personales. “Es necesario que el usuario tenga la potestad de decidir qué puede hacer con sus datos, cómo lo puede usar una empresa del sector público o privado y gestionen estos”, señala la directora de la Dirección Nacional de Datos Públicos (Di-
LEY. Busca que se proteja la información de ciudadanía. (Archivo)
nardap), Lorena Naranjo. Este vacío legal ha permitido, agrega Andrade, que en el 2016 se registren en la Secretaría de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Senescyt) 366 títulos universitarios adulterados o la reciente emisión ilegal de 600 licencias de conducción o envío de notificaciones falsas de asignación de viviendas a 400.000 ciudadanos. Por ahora, la Dinardap propone que en la Ley se incluya la creación de un organismo independiente del Gobierno con plenas facultades no solo para proteger y controlar el uso de datos personales, sino también para sancionar directamente casos de usos indebidos. (JCER)
LOGRO. El proyecto es el segundo inaugurado en el actual Gobierno. (Cortesía)
gavatios cada una, con turbinas to, el país perdió 137 millones de dólares, por el uso de tipo Pelton. La capacicombustible para generadad del embalse es de 14 ción de energía eléctrica; millones de metros cúbiAÑOS duró la obra. es decir, al menos 388 micos de agua. llones de dólares hasta su Por cada año de retraso en la construcción del proyec- inauguración. (JS)
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ENCUENTRO. Los funcionarios conversaron al mediodía de ayer.
ONU se reunió con Gobierno Ayer, Lenín Moreno, presidente de la república, se reunió en el palacio de Carondelet con Arnaud Paeral, representante del Programa de Naciones Unidas (PNUD) en el Ecuador. El objetivo fue tratar sobre el Gran Acuerdo Nacional que busca impulsar el Gobierno. “La visita tiene que ver con la propuesta del Gobierno, de llamar a un Gran Acuerdo Nacional para tratar varios temas relacionados a los objetivos nacionales y enfocarlos hacia los que ha planteado la ONU dentro del programa de Desarrollo Sostenible 2030”, puntualizó Moreno. En este sentido, el mandatario solicitó sugerencias y recomendaciones al representante del PNUD, en vista de los resultados de la cooperación del año pasado, donde también se establecieron diálogos con varios sectores. (JS)
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Más de 500 hondureños inician una nueva caravana con la idea de llegar a EE.UU.
TEGUCIGALPA, EFE • Más de 500 migrantes hondureños iniciaron ayer una nueva caravana con la idea de cruzar Guatemala y llegar a Estados Unidos, pese a los constantes llamados de las autoridades del país a no migrar por los riesgos en la ruta. Los migrantes hondureños decidieron salir desde la
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ciudad de San Pedro Sula, norte del país, con rumbo hacia la frontera con Guatemala, pudo constatar EFE. Las autoridades hondureñas han pedido a los inmigrantes desistir de su pretensión de salir del país con la idea de llegar a Estados Unidos, pero no han tenido un resultado positivo.
‘El Chapo’ ordenó asesinatos por droga perdida en Ecuador El capo tuvo serias diferencias con Jorge Cifuentes, su mano derecha, por incautaciones.
JESÚS GARCÍA, EL DIARIO NY • Las operaciones de Joaquín ‘El Chapo’ Guzmán Loera en Ecuador lo llevaron a comprar cientos de kilos de cocaína para llevar a México, Estados Unidos y Canadá, pero no todo salió como lo tenía planeado, ya que el Ejército incautó entre ocho y 10 toneladas de cocaína de una de sus bodegas, lo cual enfureció al mexicano, quien quería matar a alguien por ello. En 2008, el presunto líder del Cártel de Sinaloa aceptó la propuesta de Jorge Cifuentes de comprar droga en Ecuador para
Soborno, negocios y problemas El capitán Telmo Castro fue arrestado y ‘El Chapo’ quería que lo sacaran de °prisión, así que Alex Cifuentes habló con él vía Blackberry.
“Pidió 500,000 dólares para asegurar que los magistrados votaran a su favor”, contó Alex. Los negocios en Ecuador continuaron, así como los problemas, como cuando se estrelló una avioneta en las montañas con dinero de ‘El Chapo’. Eran cinco millones de dólares. En el percance murieron dos pilotos, contó el colombiano.
ampliar sus negocios, según contó Álex Cifuentes, hermano de Jorge, quien continuó su testimonio en la corte de Brooklyn. Los operadores en Ecuador serían Jaime Alberto Roll Cifuentes y un hombre ubicado por ‘El Ajedrecista’ o ‘Político’, hombre de confianza de Jorge Cifuentes. Bodegas en Ecuador
Guzmán Loera no aceptó entrar de lleno, sino comenzar con algunos cargamentos a través del mar. El primero fue de 6,000 kilos de
cocaína que fue enviado a través del Pacífico para distribuir a Nueva York y Canadá. La operación fue un éxito, así que continuaron los negocios en el país sudamericano, donde había una bodega para esconder la droga y coordinar a lancheros y otros empleados de “La Empresa”, como se refiere ‘El Chapo’ a su organización. En la región también trabajaba el capitán Telmo Castro. Uno de los primeros problemas que enfrentaron fue la incautación de otros 6,000 kilos de cocaína, pero ‘El Chapo’ se
JUICIO. Reproducción de un dibujo realizado por la artista Jane Rosenberg en el que aparece Joaquín ‘El Chapo Guzmán (2i) y sus abogados Eduardo Balarezo (i) y Jeffrey lichtman (d), junto a una mujer sin identificar. (EFE)
‘hizo responsable de ello, ya que uno de sus hombres aseguró desde México que la ruta era segura para transportar la droga, pero la mercancía fue incautada “en aguas internacionales”, indicó Álex Cifuentes, quien luego explicó una operación que molestó a Guzmán Loera. Saquen esa droga
“Háganme el favor de sacar esa droga lo antes posible”, afirmó Alex Cifuentes que ‘El Chapo’ pidió sobre las toneladas que se tenían guardadas en Ecuador,
así que ordenó a los colaboradores a mover su mercancía, pero cuando la transportaban por tierra fue incautada por el Ejército. Guzmán Loera pidió que mataran a ‘El Político’ por esa pérdida, incluso habló con Jorge Cifuentes al respecto, pero este se negó a cumplir la petición. “Él dijo que no tenía la culpa… mátame a mí si quieres”, contó Álex, por lo que Jorge dijo hacerse responsable por la mitad de la droga, y “dejó una de sus tierras a crédito”, expuso el testigo citado por los fiscales.
Acuerdo sobre ‘Brexit’ muere en el parlamento LONDRES, EFE •El Parlamento del Reino Unido votó ayer en contra del acuerdo sobre el ‘Brexit’ que alcanzó con la Unión Europea la primera ministra británica, la conservadora Theresa May, que se enfrenta hoy a una moción de censura convocada por la oposición laborista. Por 432 votos en contra y 202 a favor, la Cámara de los Comunes rechazó el pacto presentado por May, que cuenta ahora con un plazo hasta el próximo lunes para exponer un plan alternativo. Más de 100 conservadores se rebelaron contra la disciplina de voto de su formación para oponerse al pacto de la primera ministra, que ha sufrido una de las derrotas parlamentarias más amplias infligidas a un Gobierno británico en tiempos modernos.
Censura
Momentos después de la votación, el líder de la oposición, el P.AB/21599
MINISTRA. Theresa May enfrenta una moción de censura. (EFE)
laborista Jeremy Corbyn, presentó una moción de censura contra el Gobierno conservador con el objetivo de tratar de forzar unas elecciones. Si May supera la moción, para lo que necesitará los votos de al menos la mitad de la cámara, la Primera Ministra planea abrir una ronda de reuniones con otras formaciones británicas para explorar posibles alternativas a su acuerdo. El norirlandés Partido Democrático Unionista (DUP), clave para formar mayorías parlamentarias en esta legislatura, ha insistido esta semana en que no apoyaría una eventual moción de censura laborista, por lo que May confía en ganar la votación. El próximo 29 de marzo, el Reino Unido abandonará la Unión Europea.
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MODA
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EL RAPERO QUE SORPRENDE EN LA LISTA BILLBOARD
Gracias al streaming y a las nuevas formas de consumir música, un rapero de Nueva York llegó a ser número uno de la lista semanal Billboard, pese a haber vendido apenas 823 ejemplares físicos de su disco, una cifra excepcionalmente baja. Los sistemas de equivalencia que convierten en ventas las escuchas en línea y las descargas permitieron que, la semana del 3 al 10 de enero, el músico A Boogie Wit Da Hoodie consiguiera el equivalente a 58.000 ventas de su disco ‘Hoodie SZN’. Según las cifras comunicadas el lunes por Billboard, la lista semanal de los 200 álbumes más vendidos en Estados Unidos, es la primera vez que un disco llega a la cumbre de esta clasificación con tan pocas ventas físicas. Se trata del segundo álbum estudio de este joven rapero de 23 años del barrio neoyorquino de Bronx. Estas cifras confirman una vez más la importancia del streaming, y la caída de las ventas físicas en la industria musical actual, especialmente en géneros populares que llegan a un público joven como el rap. La semana pasada fue otro rapero quien se posiciono en cabeza de la lista Billboard: 21 Savage, con 84 millones de escuchas en línea y 3.481 ventas físicas, llegó al número uno con su disco ‘I Am > I Was’.
NUEVA YORK, AFP •
ESTRENO DEL PRIMER TRÁILER DE ‘SPIDERMAN: FAR FROM HOME’
Se encenderá la temporada playera
Marvel Studios lanzó a nivel mundial el primer y esperado adelanto de Spider-Man: Far From Home (Spider-Man: Lejos de casa). Peter Parker regresa a los cines el 5 de julio. El peligro persigue a Tom Holland lejos de casa. Hasta el momento sabemos que la historia tendrá lugar durante las vacaciones de verano del adolescente Peter Parker, en Europa. Sin embargo, el joven superhéroe apenas podrá descansar y disfrutar, ya que tendrá que aceptar una misión especial de Nick Fury, interpretado por Samuel L. Jackson. INFOBAE
El ‘Salinas Fashion Weekend’ exhibirá las últimas tendencias de ropa playera de 2019. GUAYAQUIL • Una gama de colores, estilos en trajes de baño, vestidos, bisuterías y sandalias, es lo que exhibirá en el ‘Salinas Fashion Weekend 2019’ (SFW), que se realizará el próximo mes. La cita de la moda congregará a 150 modelos y a 17 diseñadores nacionales. Se ha convocado también a siete profesionales extranjeros, quienes presentarán sus propuestas de moda, fusión de colores y nuevas tendencias en ropa para niños, jóvenes y adultos, en una pasarela de 30 metros. Si bien la temática del evento será el traje de baño, también habrá propuestas casuales y de noche, durante el desfile. Sobre las pasarelas se destacará el uso de algodón, chifón y licras. Las texturas logradas a través de estampados, el uso de colores cítricos y fuertes, y los cortes de los trajes de baño inspirados en la naturaleza y en otros elementos que se acoplan con la temporada. Cecilia Niemes, directora de la agencia CN Modelos, empresa que este año celebra 33 años de creación, adelantó que hoy se realizará una pasarela, donde se proyectarán ciertas prendas como adelanto de lo que se verá en el SFW.
Rostros conocidos
En esta inauguración participarán diseñadores y personajes del entretenimiento, como Luis Tippan, Julio Asang, Eduardo Andrade, Nelly Pazmiño, César Romero, Cinthya Coppiano, María Fernanda Pérez y María Fernanda Pincay. También estarán exreinas de belleza como
Karime Borja Ansaldo, Sofía Baquerizo Medina y María Paula Ortega. Niemes dijo que las expectativas del evento son altas. “Me siento agradecida y feliz de que este proyecto cada año tenga esas matices que ponen por alto el nombre de Ecuador respecto a la moda”. Asimsimo, explicó que han crecido en en todo el ámbito de la belleza y la moda. “Este año contaremos con una amplia variedad de prendas en varios estilos, muy novedosos. Como siempre, nos esmeramos para que cada evento de CN Modelos cuente con todos los estándares de calidad y profesionalismo para seguir creciendo”, señaló Niemes quien, prevé inaugurar el nuevo Centro Integral de Imagen y Belleza ‘Fashion Beauty World’. Este espacio servirá para seguir colocando al país en uno de los pioneros de la moda, según Niemes.
Durante las diversas salidas de los modelos se premiarán las dos mejores pasarelas, que a su vez representarán al país en los desfiles ‘Latino Fashion Week’, que será en octubre en Chicago, y ‘Cartagena Fashion Week’, en mayo. (JCL) EL DATO La madrina del ‘Salinas Fashion Weekend’ 2019 será anunciada en la gala de hoy.
¿PARECE OTRA? EXPERIENCIA. Cecilia Niemes es una de las precursoras de la moda y el modelaje en Ecuador. (Foto de Cortesía)
Durante muchos años, la actriz Gabriela Spanic fue considerada una de las mujeres más bellas del mundo del entretenimiento, y aunque hoy, a sus 45 años sigue conservando el carisma que la llevó a la fama, sus seguidores afirman que luce muy diferente, y hay quienes incluso creen que se trata del resultado de excesos en procedimientos estéticos. ¿Usted qué opina?. YAHOO
MIDDLETON DESPRECIA A MARKLE
Kate Middleton hizo algo que aumenta la brecha entre ella y su cuñada Meghan Markle, algo que de verdad nadie se podría imaginar. El pasado 9 de enero la duquesa de Cambridge celebró en casa de una de sus mejores amigas su cumpleaños número 37, y no quiso invitar a Meghan, la esposa de Harry, el único hermano de su esposo. LA BOTANA
MALUMA PASÓ POR EL QUIRÓFANO
El cantante colombiano Maluma fue sometido a una cirugía por la ruptura de los ligamentos de una de sus rodillas, una operación que había aplazado más de un año, informaron allegados al artista. Paola España, quien maneja las relaciones públicas del artista colombiano, aseguró que en febrero estará listo en los escenarios y pronto nuevo sencillo y disco. Ante esta situación el cantante manifestó en sus redes sociales: “Siempre andamos positivos”. Maluma, ganó el año pasado su primer Grammy latino en la categoría de Mejor Álbum Vocal Pop Contemporáneo por su álbum “F.A.M.E.”. EFE
CHANNING FALLECE A LOS 97 AÑOS
La legendaria actriz de Broadway Carol Channing, quien protagonizó exitosos musicales como ‘Hello, Dolly!’ y ‘Gentlemen Prefer Blondes’, murió a los 97 años, anunció ayer su publicista, B. Harlan Boll. “Es muy difícil ver bajar el telón final a una mujer que ha sido parte diaria de mi vida durante más de un tercio de mi existencia”, expresó Boll. La actriz atrajo multitudes a Broadway durante más de cinco décadas, desde que conquistó a los críticos en 1949. AFP
INTERCULTURAL
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Ayampaco, una delicia shuar La nacionalidad shuar es el pueblo amazónico más numeroso de Ecuador. Residen en varias provincias del país como: Napo, Pastaza, Morona Santiago, Zamora Chinchipe, Sucumbíos e incluso en algunos poblados de la Costa. Dentro de su cultura, al hablar de sus antepasados, ellos aseguran que los tigres son sus ancestros, los venados son una encarnación de los abuelos muertos, el perezoso es un animal sagrado y el mono machin es un aliado mitológico. Alimentación sana
El Atlas Alimentario de los Pueblos indígenas y afrodescendientes del Ecuador señala que entre las costumbres culi-
VARIEDAD. En la receta tradicional se utilizan diversos ingredientes.
narias de esta población se destaca una preparación denominada como ‘ayampaco’. Se trata de un envuelto en hoja aromática de monte, cocinado a la brasa, cuyo contenido puede variar entre pescado, carne de monte, res, pollo, pato o menudencias, acompañado de palmito. Este manjar era habitual en la alimentación cotidiana de los shuaras. Ahora, se prepara en eventos importantes o para brindar en homenaje a visitas consideradas importantes.
Exige tuts derechos
Español CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR TÍTULO II DERECHOS
Capítulo cuarto Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades
Sección tercera Comunicación e Información Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos: 3.El reconocimiento, reparación y resarcimiento a las colectividades afectadas por racismo, xenofobia y otras formas conexas de intolerancia y discriminación. 4.Conservar la propiedad imprescriptible de sus tierras comunitarias, que serán inalienables, inembargables e indivisibles. Estas tierras estarán exentas del pago de tasas e impuestos. 5.Mantener la posesión de las tierras y territorios ancestrales y obtener su adjudicación gratuita. 6.Participar en el uso, usufructo, administración y conservación de los recursos naturales renovables que se hallen en sus tierras.
Kichwa ECUADOR LLAKTAPAK MAMAKAMACHIY KIMSANIKI WANKURIY Runakunapak hayñikuna, kalaripi chaskina tantarikunapash
CHUSKUNIKI WANKURIY Ayllullaktapak, llaktakunapak, kawsay markakunapak hayñikuna
57 niki.- Mamakamachiypi nishkashina sapsita, ayllullaktata, llaktata, runallaktata riksin, kamarinpash; shinallatak runa hay- ñikuna, ista Mamallaktakunapak hatun willaykuna, arinishkaku- nata shinami paktachin, runahayñikunapash illaykunawanmi riksirin. Shina tukuypak hayñita riksin, kamanpash. 3. Kawsayllapimanta, ista tsiknimanta, shuktak chikanyachiku- namanta llakirishka runakunata riksinka, allichinaka; waklli- chishkamantapash tikrachina. 4. Sapsi allpakunata wakaychina, chay allpakunaman pipash mana yaykuna, mana kullki manuymanta kuna, mana yanka rakina, mana killkachina. Kay allpakuna mana manukullkita chanina, churashka kullkita mana kunachu kan. 5. Kawsamushka allpata, ñawpa saywashka allpata charira- yana, kaymanta mana kullkita kushpalla kikinmanmi killka- china kan. 6. Pachamamapi tiyakkunata hapina, shinallatak kamana chaypi kana, kutintak huntamuk, mana tukurikta mawkaya- chishpa, hapishpa, kamashpa, mawkayachishpa kawsana.
La danza mantiene la historia cultural de Tacamoros
LABOR. A donde los inviten, Proyección Dancística acude y demuestra su talento.
En esta parroquia de Loja hay un grupo juvenil que realiza presentaciones para rescatar tradiciones. LOJA • Gracias a sus parajes amigables con la naturaleza, Loja permite a los turistas disfrutar de una riqueza paisajística gracias a su patrimonio cultural. Esto hace que muchos se enamoren de este rincón de Ecuador, pues también ofrece una galería gastronómica. Los saberes populares se pueden conocer al conversar con los adultos mayores, quienes cuentan sobre sus antepasados, su lengua, sus símbolos y su herencia histórica-cultural, hechos que tienen impregnado en su memoria.
Proyección Dancística
Tacamoros es una parroquia rural que pertenece al cantón Sozoranga en Loja. En este lugar las iniciativas locales por parte de sus autoridades para mantener la historia cultural han sido permanentes mediante diferentes formas, una de ellas es el impulso a las expresiones artísticas como la danza. Los sonidos de las zampoñas, la quena y otros instrumentos hacen que se convierta en una verdadera melodía para quienes disfrutan de este tipo de tonadas. Y es que la coordinación y sincronía en el momento de realizar estos pasos hace que se pueda disfrutar de un verdadero espectáculo. Proyección Dancística es uno de los grupos de baile que patrocina el Gobierno Parroquial y que viene trabajando
con esto hace dos años, lo hemos venido realizando con todo el cariño del mundo para que otras personas puedan disfrutar de lo que hacemos”, manifiesta Cristian Moreno, integrante del elenco.
Adultos mayores
Parte de los espacios creados para mantener la interculturalidad son las expoferias, donde los adultos mayores también preparan diferentes coreografías. Como parte de esto, meses atrás se desarrolló el primer concurso de sanjuanitos en Tacamoros, donde al son del tema ‘Por una guambrita’, PoVESTIMENTA. El grupo cuenta con livio Quezada y Teresa Pinzón trajes apropiados dependiendo las echaron baile como en sus viemelodías. jos tiempos de adolescentes; la durante dos años. Cumple va- tonada fue tan contagiosa, que rias presentaciones en diferen- los aplausos de la gente completes parroquias y cantones de la mentaron el ritmo a esta mani‘Centineta del sur’. festación artística. Son alrededor de dos horas “Antes se conquistaba así a que le dedican diariamente para las señoritas, uno tenía que ser los ensayos, en los cuales la ori- un caballero y mostrar muchos ginalidad en los movimientos dotes de destreza, especialmente son una de sus principaen el baile”, menciona Poles virtudes. livio Quezada, quien a sus EL DATO “Como autoridades de 79 años se menea como la parroquia, estamos en un quinceañero. Su pareel deber y compromiso Proyección Dancística lleva ja de baile tampoco no se de apoyar este tipo de ini- dos años traba- quedó atrás. Ella, con su Practican ciativas, porque permiten jando. pollera agarrada, empezó dos horas diarias. fomentar los valores en a darle movimiento a su los jóvenes. Nos llena de cintura. mucha satisfacción saber EL DATO De esta manera conque están por buen camitinúan manteniendo las no”, expresa Dalton Sotradiciones vivas en las se lano, presidente del ente Sozoranga encuentra a 163 diferentes comunidades kilómetros de la de Loja, ya sea mediante parroquial. La disciplina y la cons- ciudad de Loja. la gastronomía, los sabetancia es uno de los valores ancestrales y las danres más importantes que tiene zas, en lo cual se puede plasmar el grupo: “La danza es nuestra la identidad de los pueblos. pasión, desde que iniciamos (DVL)
‘Romeo’ encontró a su ‘Julieta’ en Bolivia Expertos hallaron a la hembra de Telmatobius yuracare. Así, hay posibilidades para salvar la especie.
cambiar drásticamente”, afirmó da por los científicos, “fue encon- la Global Wildlife Conservation trada en una expedición en bos- (GWC), en un comunicado. La novia y sus compañeros ques nublados de Bolivia, zona que está entre los municipios de fueron colocados en cuarenPojo y Comarapa”, comentó con- tena en el Centro K’ayra del tenta Teresa Camacho, jefa del muse, para que puedan aclimatarse a un entorno departamento de Herpeque replique las contología del museo de His- EL DATO diciones de la naturatoria Natural de Bolivia leza y también reciben Hace un decenio, unos está planifitratamiento contra la biólogos encontraron por Se cando la ‘cita’ ‘quitridiomicosis’, una el lugar a ‘Romeo’, un ma- para el 14 de el Día de infección causada por cho de esta especie con febrero, San Valentín. un hongo, que suele una esperanza de vida de diezmar a las ranas. 15 años, sin sospechar que hasta ahora sería el único y, consecuentemente, a un paso de la ‘Cita a ciegas’ extinción. Ahora la prioridad es poner a Pero con ‘Julieta’ las puertas ‘Julieta’ primorosa y atractiva, para una prole están abiertas. para causar una buena impre“Han pasado más de 10 años sión en el solitario galán. El desde que ‘Romeo’, la última macho tiene una longitud de rana acuática de Sehuencas 62 mm y es de color marrón que se conoce, haya conocido el con manchas oscuras, mienamor, pero la suerte de este sol- tras que la hembra tiene 55 tero afortunado está a punto de mm y es un poco más oscura.
BOLIVIA, AFP • ‘Julieta’, así bautiza-
“Después de esto, ‘Romeo’ se encontrará con su ‘Julieta’. ¡También queremos asegurar las condiciones perfectas para su cita a ciegas!”, indica exultante Camacho. Y los especialistas del Museo Alcide d’Orbigny, cual oficiosos celestinos, están tomando todas las previsiones para que cupido
COCINA AMA MASCOTAS PLANETA
PLANETA
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ESPERANZA. ‘Romeo’, encontrado hace 10 años, vive en un acuario del Museo de Historia Natural de Bolivia.
cumpla de manera eficiente su tarea. “Para reproducir las condiciones en la naturaleza, hemos estado tomando datos de tempe-
ratura y calidad de agua de los arroyos muestreados para reproducirlos en los ambientes de cría”, acotó la experta.
MOSAICO B10
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• HORAGRAMA
H. MARCELO MEJIA R. hmejiadlh@gmail.com
¿Nació un 16 de enero?
E Símbolo del niquel
Dulce caridad decadente de Nueva York y mantiene su fe en el amor a pesar de sus constantes fracasos en el asunto. Después de ser robada y abandonada por su último novio, Charity intenta rehacer su vida inscrbiéndose en una agencia de empleo. Aunque también falla en esto, Charity termina conociendo al tímido actuario Oscar Lindquist, quien podría ser ese hombre especial que la alejará de su sórdida vida.
Extensión
Actriz de Canadá de la serie The VampireDiaries
Batracio
Corniza, chaperón Pasarar, filtrar
Solución anterior A
B
A
C
A
M
A
A
Pato
A S Fue un cantautor español.
A L
M
Símbolo de aluminio Apócope de tonto
I
L
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U
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A
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Relativo al día Atar con lianas
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C
A
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Perro
Símbolo de litio
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L
Trovero, juglar
S
En lugar inferior Escritor mexicano
R
Taberna Arteria del corazón
Cabo, ronzal Voz de arrullo
Aposento
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R
O
T
Desdifrar, estudiar Tarea, faena
A
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Metal precioso
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B
Tul, cendal
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Acequia Engaño
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A L
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Símbolo del radio Segunda vocal
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M
D
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Gitano de raza Artículo femenino
G
A
A
I
L
Soga de esparto Cama de los desposados
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L
L
A
R
Clara, pura Dueño
Altar
L A
Símbolo del aluminio Galan
C
L
A
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A
Parte del huevo Con armonía
A
N
S
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Alga de los charcales Rey de los animales
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Carbón encendido Palma de fibra textil
C
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Condimento
Bondadosa
S
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B
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P
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Sortija
A
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Aprisco, redil
M
A
J
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Parte, ración Aburrir, fastidiar
R
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C
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Furia
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Lecho
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A
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Verdadero
Fragancia
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M
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Oscuro, gris Pacer, apacentar
N
A
Señora Asalto, robo
O C
E
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C A
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O
P
A
S
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A
M
Acuerdo, convenio
L
R
Corroer, mordisquear
L
Perforar, agujerear
E
Ramo largo y delgado Irritación, cabreo
O
I
Hilera Gemir, sollozar
Carcajear
E
R
O
L
E
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T R
R
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Pareja
T
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(abril 20 - mayo 20)
A
Hueso largo del antebrazo Símbolo del nobelio
(mayo 21 - junio 21)
Enfrente con calma las dificultades. Aproveche la experiencia que le brinda cada suceso en su vida. RECUERDE: La vida no se mide por años, sino por hechos.
Símbolo del osmio Cloruro sódico
CÁNCER
Símbolo de la plata Repercusión
Sus amigos se comportan de modo más alegre y bondadoso. Estos tienden a ser más generosos y a apoyarlo. RECUERDE: La juventud es un estado de ánimo.
Símbolo de einstenio Diadema
Degustador, catavinos
Grito taurino Primera mujer
Precio, tarifa Punto cardinal
Ciudad de Italia Aposento
Ciudad de Francia Bóvido salvaje
LEO
(julio 23 - agosto 22)
Terminación verbal Perro
(agosto 23 - septiembre 22)
Masa de agua salada Mes lunar mahometano
D
Disperso Presid. de Ecuador 1992
fuNDADOR DE lA GEOMEtRíA DEScRiPtivA.
• HORAKU
(septiembre 23 - octubre 22)
MICROBIOGRAFÍA
Tarde de perros
Katy Jurado
HBO PLUS: 23:40
(1924 – 2002)
está casado, tiene °unaSonny madre posesiva y dos
Fue una actriz de cine, televisión y teatro mexicana. Alcanzó gran popularidad en su país natal, en el marco de la llamada Época de Oro del cine mexicano por su caracterización de villana y mujer fatal en numerosos filmes. En 1951, comenzó su carrera en Hollywood en la cinta ‘The Bullfighter and The Lady’. Su calidad histriónica y exótica belleza pronto llamaron la atención de Hollywood. Desde entonces, Katy se convirtió en elenco habitual en películas western de los años ‘50s y ‘60s. Trabajó en numerosos filmes clásicos con astros como Gary Cooper, Charlton Heston y Marlon Brando. Con este último tuvo un serio romance. (OG)
hijos. Con su socio Sal, Sonny atraca un banco en Brooklyn para darle el dinero a su amante homosexual, pero nada ocurre como lo planearon y la situación se sale de control.
CÁPSULA CIENTÍFICA
Nro. 4550
I
Hielo de la Antártida se derrite más rápido que nunca TAMPA, AFP • El calentamiento global está provocando que el hielo de la Antártida se derrita más rápido que nunca -unas seis veces más por año que hace 40 años-, y provoque un mayor nivel de los océanos en todo el mundo, advirtieron científicos este lunes. El derretimiento del hielo antártico ya generó un incremento del nivel del mar de 1,4 centímetros entre 1979 y 2017, indicó la investigación publicada en la revista estadounidense Procee-
dings of the National Academy of Sciences (PNAS). Se espera que el ritmo de este deshielo lleve a un catastrófico aumento del nivel del mar en los próximos años, según el principal autor del informe Eric Rignot, presidente de Ciencia del Sistema Tierra en la Universidad de California, Irvine. “Si las capas de hielo de la Antártida continúan derritiéndose, tendremos un aumento de varios metros del nivel del mar en los próximos siglos”, advirtió Rignot.
PELIGRO. Aumentará el nivel del mar en los próximos años.
Un crecimiento de 1,8 metros para 2100, como prevén algunos científicos, podría llevar a que se inunden varias ciudades costeras en las que viven millones de personas en todo el mundo, según estudios anteriores. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec
Sus creencias serán firmes y su búsqueda de enriquecimiento interno será mayor y constante. Los viajes serán provechosos. RECUERDE: Cuando algo importante está sucediendo, guardar silencio es mentir.
LIBRA
F
Nro. 4551
Resuelva con madurez los conflictos con sus jefes y personas de autoridad. No caiga en provocaciones y no se deje llevar por el orgullo. RECUERDE: La juventud se acaba cuando menos se piensa.
VIRGO
C A P O CELEBRIDADES GASPARD MONGE (1746 - 1818) MAtEMáticO, MilitAR E iNGENiERO fRANcéS.,
GÉMINIS Quebrar la ley de Dios Metal precioso
(junio 22 - julio 22)
Cortar
Hembra del oso Dios de los rebaños
Hueso de la cadera Labor, faena
Fallar, errar
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(marzo 21 - abril 19)
Evite ser necio en lo que se refiere al dinero. La situación económica será buena pero debe manejarla con precaución. RECUERDE: Nunca podrá equivocarse quien dé al niño mucho amor y besos, intercalados con disciplina.
Su carácter será alegre y risueño. Su apetito será mayor por lo que tiende a engordar. RECUERDE: La alegría es el paso del hombre de una menor perfección a una mayor.
Cuña, tapón Donde se crían palomas Depto. de Nicaragua
ARIES
TAURO
Voz de arrullo
Probar, gustar Tercera vocal
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Dios de los vientos Apócope de papá
Señor abreviado Artículo neutro
Cadera, culata Tonto en kichwa
Triunfador, vencedor
Altar Senda, trocha Molécula gramo
Furia
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Argolla Asno salvaje
Señora
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Compañero, camarada Dignidad papal Impulsar, fomentar
Depto. de Perú Ser supremo
Símbolo del titanio Escritor mexicano
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Anca, cuadril Trabajo, obra
Cielo
Instrumento musical Moneda de Turquía
Cantautroa de España
Actor, escritor, director y político estadounidense
Altar
Lego
Regate, quiebro Vereda, orilla
Una de sus más grandes virtudes es la paciencia y esta es de gran ayuda en todos los matices de su vida. Su habilidad para las finanzas y todo lo relacionado con economía es innegable. Su capacidad intelectiva es superlativa y Ud. la puede demostrar en todos los ámbitos de su vida.
Símbolo de neón
Carro en inglés Pareja Arroyo
Charity Hope Valentine °trabaja en un salón de baile
Estado de África Princesa inca
Tiempo
TVFAN
MAX UP: 23:40
HORÓSCOPO
La vida le brinda una oportunidad de madurar y eliminar ese orgullo, tómela ya que esto le ayudará a crecer. Su pareja pasa por un buen momento económico. RECUERDE: Las mentiras vuelan, pero la verdad perdura.
ESCORPIO
(octubre 23 - noviembre 21)
El atractivo de su pareja será fuerte pero deberá ayudarla a eliminar su necedad. RECUERDE: La confidencia corrompe la amistad; el mucho contacto la consume; el respeto la conserva.
SAGITARIO
(noviembre 22 - diciembre 21)
La constancia que ponga en su trabajo será muy valiosa. Ud. siente el apoyo y ayuda de sus compañeras de labores. RECUERDE: Menos mal hacen los delincuentes que un mal juez.
CAPRICORNIO
(diciembre 22 - enero 19)
Las salidas y diversiones serán más constantes. Restaurantes, museos y lugares en donde la cocina y el arte se fusionen seránsus preferidos. RECUERDE: Mejor habla, señor, quien mejor calla.
ACUARIO
(enero 20 - febrero 19)
Procure ser más colaborador dentro de su casa. Para su madre será muy valiosa la ayuda y comprensión que le brinde. RECUERDE: Si quiere estar bien con todo el mundo, es porque no lo está consigo mismo.
PISCIS
(febrero 20 - marzo 20)
Se le pueden dificultar un poco los estudios debido a que su compresión se torna algo lenta, pero debe aprovechar su buena memoria. RECUERDE: Una familia feliz no es sino un paraíso anticipado.
CRONOS B11
“No has cambiado ni un poco”
Manchester United ha decidido festejar de una forma cómica los 10 años de Antonio junto a los ‘Red Devils’ Según la prensa británica, los agentes deportivos de ‘Toño’ habrían iniciado conversaciones con Inter, mientras tanto, y para alivianar estos rumores la cuenta oficial en twitter del United compartió una publicación sobre el crack ecuatoriano de 33 años. “No has cambiado ni un poco”, fue la frase con la que los Diablos Rojos compartieron dos fotos de Antonio Valencia, una del 2009 y otra de este 2019, sumándose así al reto de los 10 años (#10YearChallenge) que se ha tomado las redes sociales. (MP)
tiempo lectura 15 min.
MIÉRCOLES 16 DE ENERO DE 2019 La Hora ECUADOR
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Djokovic y Zverev debutan a la altura de Federer El serbio Novak Djokovic (1) y el alemán Alexander Zverev (4), los otros dos favoritos al título que faltaban por estrenarse en Melbourne Park, arrancaron con fuerza del mismo modo que el español Rafael Nadal (2) y el suizo Roger Federer (3), al vencer con contundencia al estadounidense Mitchell Krueger y al esloveno Aljaz Bedene, respectivamente. Djokovic, campeón en seis ocasiones en Melbourne, dominó al joven Krueger, procedente de la fase previa, quien comenzó inspirado tras romper en su segunda oportunidad, para reencontrarse después con su mejor versión que le serviría para vencer por 6-3,
AUSTRALIA, EFE•
SET. Djokovic, el número uno del mundo, festejo el triunfo sobre el estadounidense Krueger.
6-2 y 6-2. El serbio tendrá un comprometido encuentro en segunda ronda ante el francés Jo-Wilfried Tsonga, finalista en 2008, quien atraviesa un buen estado de forma tras alcanzar las semifinales en Brisbane y vencer en su estreno en Melbourne al eslovaco Martin Klizan. El alemán Zverev, campeón de las ATP Finals en Londres, tampoco se arrugó en su estreno en el primer ‘major’ de la temporada ante el esloveno Aljaz Bedene, 67º clasificado mundial, y venció por 6-4, 6-1 y 6-4 en menos de dos horas. En el cuadro femenino cumplieron en su estreno la rumana Simona Halep (1), la japonesa Naomi Osaka (4), la ucraniana Elina Svitolina (6), la checa Karolina Pliskova (8), las estadounidenses Serena Williams (16) y Madison Keys (17), y la española Garbiñe Muguruza (18). Halep ejerció de maravilla como principal favorita después de superar una situación delicada habiendo llegado a Melbourne con dudas generadas tanto por su lesión de espalda a final de temporada como por la separación con su exentrenador Darren Cahill.
Amado: ‘Me quedaron de llamar y nadie me llamo’ PANAMÁ, EFE• El presidente del Comité Olímpico de Panamá (COP), Camilo Amado, reveló ayer que le preocupa que a seis meses del comienzo de los Juegos Panamericanos Lima 2019 el Instituto Panameño de Deportes (Pandeportes) no ha dado el apoyo para la preparación de los atletas. “Hoy me apersone a @pandeportes con el propósito de intentar hablar con el Director o al menos que se nos diera una cita. No me atendió ni el Director ni el Sub, tampoco cita. Me quedaron de llamar y por supuesto nadie me llamo. 6 meses para Lima 2019”, señaló el directivo del COP en su cuenta de twitter este lunes. Amado apuntó que el director de Pandeportes aún no
AVANCE. Delegaciones de los distintos países se preparan para los Panamericanos en Lima 2019.
le ha dado cita para remediar el asunto, motivo por el cual algunos atletas panameños están en ascuas en cuanto a su preparación y topes para conseguir la clasificación a los Juegos continentales, cita previa a los Juegos Olímpicos de Tokio 2020.
RALLY DAKAR
Van ocho, faltan dos COMPETENCIA. Autos y vehículos partieron cada tres minutos en esta octava etapa del Rally Dakar 2019.
La octava etapa del rally Dakar tuvo la peculiaridad de que algunas motos, otros coches y cinco camiones partieron mezclados. Estos veinticinco vehículos partieron uno por uno cada tres minutos, y el resto de la caravana salió a la etapa conforme al orden habitual del Dakar, donde todas las motos salen primero, los coches después y por último los camiones. Los primeros en abrir pista en esta jornada fueron tres motos y un coche, que fueron el británico Sam Sunderland (KTM), el chileno Nacho Cornejo (Honda), el estadounidense Ricky Brabec (Honda) y el francés Stéphane Peterhansel (Mini), respectivamente. Les siguieron otras tres motos y otro coche, entre ellos el francés Adrien Van Beveren (Yamaha), el argentino Luciano Benavides (KTM), el estadounidense Andrew Short (Husqvarna) y el español Joan ‘Nani’ Roma (Mini). Dentro de este orden de veinticinco vehículos, los últimos cinco fueron los camiones del holandés Gerard De Rooy (Iveco), el bielorruso Siarhei Viazovich, el ruso Eduard Nikolaev (Kamaz), el argentino Federico
PERÚ, EFE•
A paso firme ° Ya se han cumplido ocho de las diez etapas de uno de los Rallys más complejos del mundo. El Dakar se lleva a cabo netamente en Perú, lo que significa un
70% de arena y dunas, lo que ha complicado la navegación de muchos pilotos que se han perdido o ha preferido abandonar la competencia. Pero no es el caso de los ecuatorianos. Por su parte, Juan José Puga quien compite en la categoría motos ha escalado de a poco posiciones en la clasificación general. Puga culminó la etapa siete el pasado lunes en el puesto 49. Asimismo, Sebastián Guayasamín (piloto) y ‘Jota’ Ponce (navegante) compiten a la par en la categoría autos con sus respectivos equipos. Alcanzando el puesto 56 y 47 respectivamente. Hasta el cierre de esta edición los tres estandartes ecuatorianos continuaban en competencia.
Etapa 8
Etapa 9
Categoría Motos • Matthias Walkner • Pablo Quintanilla • Toby Price
Categoría Autos (3:55:25) (+00:00:45) (+00:01:13)
Villagra (Iveco) y el holandés Maurik Van den Heuvel (Iveco).
Por detrás de este grupo, ya fuera de ese orden especial, partieron el chileno Pablo Quintanilla
• Sebastien Loeb • Al- Attiyah • Jakub Przygonski
(3:54:53) (+00:07:27) (+00:15:15)
(Husqvarna) y el argentino Kevin Benavides (Honda), con la incógnita de saber si al salir tan atrás les beneficiará o los perjudicará, pues pueden encontrar el terreno muy maltratado por las ruedas de los camiones.
CRONOS B12
MIÉRCOLES 16 DE ENERO DE 2019 La Hora, ECUADOR
Frank de Boer ocupa el puesto de Martino en el Atlanta United
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Los directivos del Atlanta United, actual campeón de la Liga Profesional de Fútbol de Estados Unidos (MLS), decidieron cambiar de estilo de juego de cara a la próxima temporada tras presentar ayer al holandés Fran de Boer como nuevo entrenador que ocupe el puesto el argentino Gerardo Martino.
De Boer, quien fue despedido por el Inter de Milán después de menos de tres meses en el puesto y duró sólo cuatro partidos de la Premier League al frente del Crystal Palace, dijo que el nuevo equipo al que llega tiene mejor organización que los dos clubes europeos que dirigió de forma fugaz. EFE
Mejor sueldo, mayor compromiso ÁRBITROS
LLEGADA. Damián Frascarelli (izq.) en el torneo local la temporada pasada.
Barcelona prueba su primera alineación Barcelona continúa con los trabajos de preparación en Uruguay. El fin de semana realizó su primer encuentro amistoso para ir bosquejando el equipo que enfrente desde el 8 de febrero la LigaPro. El partido fue ante Liverpool de Uruguay, al que ganó 3-2 con goles del atacante argentino Ariel Nahuelpan y uno del ecuatoriano Fidel Martínez. Aquí alineó al nuevo refuerzo Sebastián Pérez (Colombia) y a Richard Calderón, quien volvió de Universidad Católica, al igual que Washington Vera, del Guayaquil City. Una de las malas noticias para el club es que su jugador Tito Valencia salió lesionado y tuvo que regresar al país para ser evaluado. “Sentí una molestia y para descartar decidí volver. Esto no es nuevo, creo que es desde que volví a los entrenamientos y me tocó saltos, potencia, entonces sentí algo, ahora toca esperar (se hará resonancia magnética)”, expuso. Beder Caicedo dijo que si
GUAYAQUIL •
Frascarelli, nuevo arquero °
Damián Frascarelli, ex arquero del Guayaquil City, es el nuevo portero del equipo. El ‘charrúa’ peleará un puesto con Máximo Banguera. “Nuevo año, nuevas metas, nuevos desafíos. Gracias Barcelona Sporting Club por abrirme las puertas de esta gran institución”, escribió el futbolista, quien ya se unió a la pretemporada del club en Montevideo. (SJMS)
hubo un poco de cansancio por la dura semana de entrenamiento, pero contento por los resultados del amistoso. “Fue muy exigente, con mucho roce, el resultado nos deja buenas sensaciones, pero hay que dar un poco más, creo que tenemos un buen plantel”, señaló. “Quiero tener un rol protagónico, así que hay que seguir trabajando fuerte porque se vienen torneos muy competitivos”, agregó. (SJMS)
La Liga Pro mejorará la tabla salarial de los árbitros en el país.
GUAYAQUIL • Por primera vez en la historia del fútbol ecuatoriano los árbitros percibirán una remuneración salarial como profesionales. Con la creación de la Liga Profesional (Liga Pro), que inicia el 8 de febrero, un réferi central FIFA y de primera categoría, recibirá un sueldo de 1.500 dólares, además 750 (honorario por partido) y 350 dólares por viático personal. Miguel Ángel Loor, titular de la Liga Profesional de Ecuador, señaló que la idea es seguir mejorando el referato nacional. “La idea es ir mejorando por lo que ellos representan para nuestro fútbol. Vamos a tratar de proveer todas las herramientas y también capacitaciones”, expuso. Añadió que “todo profesional quiere mejorar. Queremos que las cosas se hagan de forma correcta, serán incluidos todos los gastos de hoteles”. Por su parte Luis Muentes, presidente de la Agremiación de Árbitros, se mostró contento por este paso importante y prefiere ya no enfocarse en los momentos malos ante la falta de pago por parte de la Federación
CAMBIO. Varios árbitros del país tienen otra actividad, además del arbitraje.
Ecuatoriana de Fútbol (FEF). En diciembre del año pasado Muentes denunció que la Ecuafútbol no les había cancelado sus haberes. “No cumplieron con su palabra, estamos de brazos cruzados porque el Campeonato terminó y no tomamos ninguna medida. La deuda es de más de 3 meses y está por alrededor de medio millón de dólares”, puntualizó. El colegiado Omar Ponce dijo que el compromiso siempre ha existido, pero que ahora será mayor. “Vamos a estar mejor remunerados y eso es bueno para el arbitraje nacional. En la parte económica nos genera tranquilidad el proyecto que tiene la LigaPro. Nos toca cumplir y estar de acorde a las exigencias dispuestas para este año. En su caso se desempeña como profesor en una escuela particular y espera seguir ejerciendo ambas actividades. Byron Romero también se dedica a la docencia hace 17 años y también al arbitraje profesional.
El desempate del Metropolitano El Wanda Metropolitano desempatará hoy la sucesión de igualadas del Atlético de Madrid y el Girona, cuatro de cuatro en sus enfrentamientos, antes de cruzarse en el partido decisivo de vuelta de octavos de final de la Copa del Rey, cuando sea cual sea el marcador habrá un ganador y un perdedor. Sólo el Barcelona se le ha resistido tanto en forma de triunfo al Atlético de Madrid de Simeone: siete en-
MADRID/GIRONA, EFE •
Petr Cech anuncia que se retira a final de temporada
El portero checo Petr Cech, actualmente en las filas del Arsenal, anunció ayer que se retirará del fútbol profesional a final de temporada. “He jugado 15 años en la Premier League y he ganado cada trofeo posible. Siento que he conseguido todo lo que quise. Seguiré trabajando duro con el Arsenal para, con suerte, ganar un trofeo más esta temporada”, dijo el guardameta. EFE
cuentros. Ni el Real Madrid, al que ganó en su cuarto duelo; ni el Bayern Múnich o el Juventus, a los que doblegó en el primero; ni el Valencia, al que superó al cuarto choque... Nada más el club azulgrana, al que sí ha ganado ya. No ha sido capaz aún de vencer al Girona ni viceversa. Ni en el primer choque en Montilivi en 2017, con un 2-2; ni en el siguiente en el Metropolitano, con un 1-1; ni en los dos posteriores en el campo catalán, con sendos 1-1, tanto en la Liga como en la
Árbitros
Tabla salarial CENTRAL FIFA Y PRIMERA A $1.500 (sueldo) $750 (honorario por partido) $350 (viático personal) ASISTENTE FIFA Y PRIMERA A 1.200 (sueldo) $650 (honorario por partido) $350 (viático personal) CENTRALES PRIMERA B $1000 (sueldo) $550 (honorario por partido) $350 (viático personal) ASISTENTE PRIMERA B $700 (sueldo) $450 (honorario por partido) $350 (viático personal)
“En algunos países de Sudamérica ya cuentan con un salario, eso nos hace más profesionales y nos compromete a entrenar más en esto que nos apasiona. Somos un país que tiene tres mundiales, jugadores que han logrado cosas importantes, lo mismo debemos hacer nosotros para estar al nivel de Argentina y Brasil”. (SJMS)
Alineaciones probables Copa del Rey
A. DE MADRID
Adán Arias Giménez Godín Juanfran Koke Rodrigo Saúl Vitolo Griezmann Kalinic DT: D. Simeone
GIRONA
Gorka Iraizoz Pedro Porro Jonás Ramalho Pedro Alcalá Bernardo Espinosa Marc Muniesa Valery Fernández Douglas Luiz Aleix García Borja García Cristhian Stuani DT: E. Sacristán
Hora: 13:30 Estadio: Wanda Metropolitano. Árbitro: Mateu Lahoz (Comité Valenciano)
Copa del Rey, en ambos casos con goles en propia puerta del conjunto local.
Yotún estará de baja en la Copa MX
El centrocampista peruano Yoshimar Yotún, del Cruz Azul del fútbol mexicano, presenta una lesión grado uno del músculo bíceps femoral de la pierna izquierda y estará de baja por varios días, confirmó el club. El Cruz Azul explicó a los medios que Yotún salió el lunes del entrenamiento con molestias y ayer se ratificó la dolencia, por lo que no estará con el equipo
en el duelo de hoy ante el León en la Copa Mx y está en duda para el del próximo sábado ante los Tigres UANL por el torneo Clausura. Yotún, un versátil jugador integrante de la selección peruana en la pasada Copa Mundial y en las tres últimas ediciones de la Copa América, llegó el pasado 27 de diciembre al conjunto ‘celeste’ del entrenador Pedro Caixinha.
CRONOS D
MIÉRCOLES 16 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
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Gattuso: ‘Higuaín nunca vino a decirme que quiere irse’
SITUACIÓN. Barcelona fue el último club de José Ayoví.
‘Estuve sancionado por algo de lo que no tuve culpa’ JOSÉ AYOVÍ
Tiene varias propuestas que las está analizando. Destacó que sería bonito vestir la camiseta de LDU. GUAYAQUIL• José Ayoví se mostró contento tras cumplir el pasado 10 de enero una sanción por dopaje, mientras jugaba en Cafetaleros de Tapachula, México, y ya podrá actuar nuevamente en cualquier club dentro o fuera del país. En un principio la sanción era solo México, por lo que pudo llegar a filas de Barcelona, en julio de 2018. Actuó en 8 partidos (anotó un gol), pero en noviembre se notificó la suspensión internacional para el futbolista de 27 años. En ese mismo mes salió del cuadro ‘torero’, porque no se presentó dos días a los entrenamientos. La dirigencia alegó que eran por temas familiares del jugador y que llegaron a un acuerdo, porque en diciembre terminaba su contrato.
control de dopaje. Señaló que durante el tiempo de inactividad le hicieron varias propuestas y que ahora que ya cumplió la sanción seguramente le llegarán más. Entre estas estaría una para ir al balompié de China. “Siempre he dicho que donde uno se sienta bien, es don“Estoy muy contento, lo que de tiene que estar. Así que tengo más quería era estar listo para toda esta semana para analizar la poder jugar, ya que estuve san- que sea mejor para mí”, enfatizó. En cuanto a un interés por cionado por algo en lo que ni siparte de Liga de Quito indicó que quiera tuve la culpa”, expuso. El esmeraldeño contó que “haber estado en Barcelona no al principio fue duro, pero que significa que no pueda estar en Liga, Emelec o cualquier pudo superarlo con el otro. LDU ha ganado muapoyo de familiares y otros allegados, quienes TOME NOTA chas cosas, siempre sería bonito vestir la camiseta de lo aconsejaron que tenga paciencia y finalmente el El ‘Avestruz’ ha un equipo grande del país”. estado en equiPor ahora se mantiene día llegó. pos como “Eso me enseñó a sa- Independiente entrenando y esperando Valle, concretar pronto con cualber que la próxima vez del Dorados de debo estar más pendiente Sinaloa, Tijuana, quier equipo, ajustándose Chiapas y a la realidad económica, de lo que me van a apli- Tapachula de pero que sea beneficioso car”, manifestó. Y es que México. tanto para él, como para el el galeno del club mexicano se echó la culpa, ya que aplicó club. Su idea es poder jugar Copa un medicamento, porque Ayoví Libertadores, porque es un torhabía salido lesionado de un par- neo que lo ven todos y significa tido, pero no imaginaba que iba a una vitrina para cualquier jugasalir favorecido en sortero para dor. (SJMS)
ROMA, EFE• Gennaro Gattuso, técnico del Milan, aseguró ayer que el argentino Gonzalo Higuaín, cuyo futuro en el conjunto milanés está envuelto en las dudas, aseguró que el ‘Pipita’ todavía “no vino” a decirle “que quiere irse” del club. Lo hizo en la rueda de prensa previa a la Supercopa italiana contra el Juventus, que se disputará hoy (12:30) en Yeda (Arabia Saudí), y explicó que vio a un Higuaín muy sereno, que entrena con despreocupación y que bromea con sus compañeros, pese a una supuesta voluntad de marcharse al Chelsea en esta sesión de mercado. “Me baso en lo que pasa en la semana, cómo se entrena, cómo vive el grupo, cómo vive el día con los compañeros. En este momento hay muchos rumores, pero él se entrena bien, está bien, está bien con todos y en este momento está disponible. Mañana (hoy) veremos si
CRITERIO. Gennaro Gattuso ve comprometido al argentino Gonzalo Higuaín. EFE
jugará o no, hay que entender qué quiere hacer, cómo arreglar esta cuestión”, aseguró Gattuso. “O es un grandísimo actor... Pero no me parece. Le veo dentro del proyecto, siempre bromea. Hacer cambiar idea a un jugador (supuesto deseo de dejar al Milan) no es fácil, tengo que pensar en el equipo, en aprovechar las características de cada jugador. A mí nunca vino a decirme que quiere irse y todavía lo estoy esperando”, agregó.
Soteldo alagado por llevar la ‘10’ de Pelé y Neymar SAO PAULO, EFE• El venezolano Yéferson Soteldo, quien ayer fue presentado como jugador del Santos, afirmó que es un privilegio poder jugar en el equipo brasileño y llevar a la espalda el número 10, el mismo que identificaron a Pelé y Neymar. “Es un sueño llegar al club, ser el primer venezolano, vestir el 10 de Pelé y Neymar es algo que no tiene precio”, afirmó el jugador en una rueda de prensa. El extremo venezolano, el primer refuerzo del Santos para esta temporada, estará bajo las órdenes del técnico argentino Jorge Luis Sampaoli, quien ha asumido las riendas del equipo de Sao Paulo para los dos próximos años. Soteldo dejó la Universidad de Chile para potenciar la ofensiva del Santos, un fichaje que consideró como una recompensa por el “sacrificio y esfuerzo”
MOMENTO. Yéferson Soteldo luce la camiseta del Santos.
realizado a lo largo de su carrera, “El Santos es uno de los mayores clubes del mundo porque jugó, quien es para mí y para muchos, el mejor jugador de la historia del fútbol, que es Pelé, y también pasó Neymar, que es un jugador muy bueno, admirado por todos”, dijo. El venezolano afirmó que está trabajando para ponerse en forma y avanzar para incorporarse al equipo lo más rápido posible.
Pelé tiene a su heredero
El exfutbolista brasileño Pelé declaró que Kylian Mbappé puede ser su heredero y le pidió que le haga feliz ganando otro Mundial.”Ganó el Mundial con 19 años y yo con 17.”, aseguró. EFE
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MIÉRCOLES 16 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
El Tottenham no contará con Kane hasta marzo LONDRES, EFE • El
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Tottenham Hotspur confirmó este martes que Harry Kane sufre una lesión de ligamentos en el tobillo izquierdo y estará de baja, por lo menos, hasta marzo. Kane, que se lesionó en el partido que su equipo perdió por 0-1 ante el Manchester United en Wembley el pasado domingo, podría perder-
se los encuentros de octavos de final de la Liga de Campeones ante el Borussia Dortmund. Esta temporada, Kane ha anotado 20 goles en 31 encuentros con los ‘Spurs’. La lesión puede alterar los planes de los de Mauricio Pochettino en el mercado de fichajes, ya que el Tottenham solo cuenta Fernando Llorente.
El equipo Ñañas busca ser un equipo profesional en lo deportivo y económico. El objetivo principal del club Ñañas es profesionalizar el fútbol femenino y acceder a Copa Libertadores. No dejan de lado el motivo por el cual el equipo surgió, el empoderamiento de la mujer. “De hecho estamos en proceso de instaurar el día del fútbol femenino, en lo que Ecuador sería pionero. Sería una buena oportunidad para que todos regresen a ver al fútbol femenino y, sobre todo, a esas chicas que luchamos día a día”, dice Fernanda Vásconez, una de las promotoras del club. La futbolista agrega que: “El fútbol femenino era un hobbie, pero va mas allá de un sueño, es una profesión. Por eso es importante la alianza que nos permitirá pagar sueldos a las jugadoras de mayor rendimiento y trayectoria. Son cinco ediciones que se han llevado a cabo del campeonato nacional femenino, y muchas mujeres participaban como profesionales sin ser remuneradas”. La Súper Liga Femenina
Fernanda, máxima exponente del Club Ñañas, aseguró que se
‘El fútbol femenino ahora es una profesión’ FERNANDA VÁSCONEZ
ALIANZA. El Club ñañas mantiene una alianza con Sociedad Deportiva Aucas desde la temporada pasada (2018).
están preparando para alcanzar el cupo a Copa Libertadores. Mismo que les fue arrebatado la temporada anterior por el Club Unión Española que se coronó campeón del fútbol femenino. “Por la alianza que mantenemos con Aucas participaremos en la Súper Liga Femenina”. Fernanda se lamentó por la posible disputa del único cupo que existe a Copa Libertadores entre las campeonas de la Súper Liga y el
torneo amateur organizado por mó que hay una posibilidad de el CONFA. Y es que, en días an- que el equipo campeón del torneo teriores, Amílcar Mantilla, presi- amateur se mida al campeón de la Súper Liga y así se definirá dente de CONFA, aseveró quién obtenga el tan anheque ellos seguirán organi- EL DATO lado cupo a Libertadores. zando el torneo femenino “Tenemos expectativas amateur, pero asimismo El Club Ñañas estarán a cargo de la Súper fue fundado en altas respecto al torneo, el 2016 con el Liga durante este año, en principal objeti- nuestro sueño es llega a de convertirse Copa Libertadores por lo lo que Liga Pro define cier- vo en un completos aspectos para acuñarse mento del siste- que estamos trayendo a ma de educación dos extranjeras”. esta competencia. del país. Marcelo Vásconez, Mantilla también afir-
presidente del club, mencionó además que todavía no se tiene claro el panorama en torno a la organización de la Súper Liga, que todavía faltan por definir aspectos como los derechos de televisión, horarios y factores económicos. “En este 2019 la FEF va a seguir organizando los torneos femeninos, entiendo están haciendo una comisión que se encargará, pero no nos han comunicado nada todavía”. (MP)
Gasol: ‘Tenemos que encontrar la química ganadora que no ha llegado’
Viviani gana al esprint la etapa inicial del Tour Down Under
El italiano Elia Viviani (Deceuninck-QuickStep) se impuso al esprint en la primera etapa del Tour Down Under, prueba inicial del World Tour 2019. Viviani, que marcó un tiempo de 3h19:47 en la meta instalada en el puerto de Adelaida, surgió en los últimos metros con una gran fuerza para rebasar al alemán Max Walscheid (Sunweb). EFE
HOUSTON, EFE • El pívot español Marc Gasol volvió a dar toda una lección de pundonor, sacrificio y espíritu de lucha como líder de los Grizzlies de Memphis al mantenerse en la cancha contra los Rockets de Houston a pesar de haber perdido la sensibilidad en la mitad de la mano derecha. Su esfuerzo, al final, no tuvo la compensación del triunfo, porque después de haber disputado una buena primera parte los Grizzlies perdieron en el Toyota Center de Houston. Aunque trató de restarle importancia a la lesión sufrida en la primera parte, de hecho admitió que estaba mejor, al final su gran preocupación era el ver cómo el equipo no actuó como tal en los momentos decisivos y encajó la octava en los últimos nueve partidos disputados. “No sé, no sé, nos pasa más de lo normal en las segundas partes”, admitió Gasol. “No sé si nuestros rivales ajustan un poco su plan de partido, o no sé por
qué será, pero es cierto que las segundas partes nos cuestan un poco más”. El tercer periodo fue cuando los Rockets, con su estrella James Harden y el escolta-alero Gerald Green, que lograron triples decisivos, establecieron la diferencia en el marcador, sin darle opción a los Grizzlies a recuperarse. “Bueno, es un equipo que depende mucho de Harden y que lo hace muy bien”, reconoció Gasol, que aportó cinco puntos, siete rebotes, cuatro asistencias y un tapón en 25 minutos. “Nosotros teníamos un plan para el partido, pero aun así es capaz de encontrar la manera de anotar, ser eficiente y en la línea de personal”. Gasol alabó el gran momento de forma en el que se encuentra Harden y sobre todo su inspiración encestadora, que frustra a cualquier rival. ACCIÓN. Marc Gasol durante un partido de la NBA. EFE
Cuando tienes este tipo de situaciones siempre es algo mental. La mente siempre puede sobre el físico”. MARC GASOL,
BASQUETBOLISTA
CULTURA
La Academia Nacional de Historia tiene nuevo director
El doctor Franklin Barriga López, reconocido historiador y escritor latacungueño, fue nombrado director de la Academia Nacional de Historia en honor a su extensa y destacada trayectoria. Con 114 obras publicadas y numerosas distinciones recibidas en el país y en el exterior, Barriga desarrolló un fuerte interés
por la Historia al saber que su tatarabuelo, Isidoro Barriga, fue un héroe de la independencia y formó parte del ejército de Simón Bolívar y Antonio José de Sucre. Entre las obras más importantes del historiador están ‘Diccionario de la Literatura Ecuatoriana’ y ‘Monografía de la Provincia de Cotopaxi’. (AA)
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Rodinás: la mirada del eterno extranjero El autor de ‘Cuaderno de Yorkshire’ habla sobre el proceso de escritura del galardonado poemario. Carrera Andrade 2018. El libro lo escribió durante su estadía en Inglaterra, mientras realizaba sus estudios de posgrado. Como viajero, Rodinás ha desarrollado la habilidad de observar la realidad desde diversos espacios. “No hay un lugar más adecuado para entender lo que pasa en el mundo que los aeropuertos. La gente está de paso, yendo de un lugar a otro. Ser capaz de retratar esa experiencia es el punto clave de la literatura contemporánea. Ser consciente de esos flujos, de ese movimiento”. Ver su país natal desde la distancia fue clave para que ‘Cuaderno de Yorkshire’ marcara un punto de quiebre en su obra. Dejando atrás la experimentación casi radical de sus poemarios anteriores, Rodinás afirma haber hallado en Inglaterra la necesidad de un tono íntimo para procesar una realidad que le resultaba ajena: “Hay experimentación, pero todo está en clave íntima, tratando de revelar secretos de mí como ser humano y describir lo que encontraba”. El autor dice estar en busca de un equilibrio entre la poesía experimental y la de la emoción, donde la voz poética no se cierre
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MINUTERO
ENTREVISTA
‘El Mal del Quedado’ se presenta en la CCE
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EXPERIENCIA. Juan José Rodinás ganó el premio nacional de poesía Jorge Carrera Andrade 2018.
“Yo firmaba como Juan José Rodríguez, que es un nombre súper común. Hay un escritor mexicano que se llama igual y hace novelas sobre el narco. Me invitaron en 2011 a la Feria del Libro de Bogotá. Unos días antes, me escribe: ‘oye, me están felicitando porque voy a participar en la Feria, pero no soy yo, sino tú, y hay que decidir quién se queda con el nombre’”. De esta confusión nació el pseudónimo Juan José Rodinás, que figura en las obras del escritor ambateño. Recordando el famoso cuento ‘Borges y yo’, le pregunto si para él ‘Rodinás’ es ‘el Otro’ y responde: “Comencé haciendo cuentos fantásticos y de ciencia ficción, en el taller de un escritor del cual no quiero acordarme. Siempre me ha fascinado el tema del doble. Puede ser, hay una especie de desdoblamiento y yo creo que funciona bien para lo que quiero hacer”. Rodinás es un escritor constante. Su obra comprende casi una docena de poemarios, pero el que más ha dado de qué hablar recientemente es ‘Cuaderno de Yorkshire’, ganador del Premio Internacional de Poesía Margarita Hierro y del Premio Jorge
MIÉRCOLES 16 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
Solo puedes escribir sobre aquello que te sorprende” JUAN JOSÉ RODINÁS ESCRITOR.
al sentido y se exprese desde una perspectiva contemporánea. La pintura es una constante en tu obra. ¿Qué le hace recurrir a ella durante la composición poética?
A mí me habría gustado ser pintor. Muchas de las cosas que escribo las pienso en imágenes. Las personas que saben de neurociencia lo llaman inteligencia cinestésica. Esa relación con la pintura ha sido constante desde la infancia. Sigue habiendo pintores de los que no puedo desprenderme, como Egon Schiele, del expresionismo alemán; las pinturas metafísicas de Giorgio de Chirico; Mark Rothko y su capacidad de convertir los colores en algo emocionante; Alfred Kubin, con sus dibujos macabros y esperpénticos.
¿Cómo influyó la literatura anglosajona en ‘Cuaderno de Yorkshire’?
Siempre he leído mucha poesía en inglés. Algo que caracteriza esta poesía es cierta relación
con la oralidad, la coloquialidad. También hay en ella un sentido de lo concreto. Me parece un contraste interesante con la poesía latinoamericana, que es como un río torrencial. En el libro hay, sobre todo, claridad en la exposición de las emociones e ideas, que sí viene de la tradición anglosajona. En esa época leí al escocés John Burnside, quien hace una reflexión sobre la naturaleza en los espacios abandonados, en rincones que la gente no ve, eso me parece hermoso. En la obra utiliza elementos que podrían considerarse no poéticos, que pasan desapercibidos para la mayoría. ¿Cómo hallar belleza en esos detalles?
Como ser humano, no puedes negar lo que te toca vivir en el día a día. No se puede evitar que te construyan un edificio de 30 pisos al lado del parque más lindo. Pero, de pronto, hay una luz en esa ventana y ese edificio cobra cierto resplandor, cierta belleza. Ahí, esa imagen pasa a ser parte de tu patrimonio estético. Me interesa ese diálogo entre aquello que siempre se ha considerado bello y lo que el ser humano ha construido. (AA)
La Casa de la Cultura Ecuatoriana (CCE) y la Fundación Quito Eterno presentan el monólogo ‘El Mal del Quedado’, desde mañana hasta el sábado a las 19:00 en el Teatro Prometeo. El monólogo explora las sensaciones y la narración oral en una reflexión sobre historia, patrimonio e identidad. (AA)
Concierto de violín en la Casa de la Música
Michael Grube, reconocido °violinista alemán, interpretará el concierto ‘Forma, fantasía y pasión: Obras inmortales de 4 siglos para violín’ hoy a las 19:30, en la Sala de Recitales y Conferencias de la Casa de la Música. Grube estudió con algunos de los violinistas más famosos de nuestro tiempo y ha recibido numerosas condecoraciones. El valor de la entrada es $5. (AA)
Inicia el ciclo de cine ‘La fractura del siglo’ La muestra tiene la intenEl Cine Ocho y Medio será el escenario de la cuarta edición de ción de recordarle al espectador ‘La fractura del siglo’, que invita que la historia es recurrente. a la reflexión y la discusión so- Los organizadores del evento consideran importante bre el Holocausto judío durante la II Guerra Mun- TOME NOTA que la remembranza del Holocausto provoque redial. La iniciativa de la flexión alrededor de la artista visual y fotógrafa muestra se realidad latinoamericana Sara Roitman contará con La presentará del la proyección de 15 pelí- 24 al 31 de este contemporánea. “Vamos La cartelera a presentar antes de cada culas extranjeras, cuyo mes. se encuentra película un corto de Edu eje central es ‘el éxodo’. El disponible en ochoymedio.net León. Él ha venido desde objetivo es analizar, desde hace un par de años siuna visión contemporánea, los efectos de la migración guiendo la ruta de la migración forzada de más de 65 millones de venezolana”, comentó el cineasta Rafael Barriga. personas a raíz del Holocausto.
Muestra de cine hecha por mujeres PELÍCULA. ‘Marea humana’, del artista y activista chino Ai Weiwei, es parte de la muestra. (Foto de Cortesía)
El proyecto de León, ‘Migrar es tocar la tierra’, comprende una exhibición fotográfica acompañada de la reproducción de audios de whatsapp enviados por los migrantes venezolanos a sus familias al momento de llegar a la frontera colombo-ecuatoriana en
Rumichaca. “Haciendo una micronarración del periplo de días, en un minuto. Informando a sus parientes que están ahí. Que están a salvo, pero con unas heridas profundas. Es una forma de decir ‘ojo, esto pasa aquí’”, añadió el organizador. (AA)
Nacional °deLala Cinemateca Casa de la Cultura y la
plataforma La Chancha Azul presenta la primera temporada del ‘Cineclub de la Casa: Retratos Femeninos, cine dirigido por mujeres’. Las proyecciones se realizarán hasta el domingo en la sala de cine Alfredo Pareja Diezcanseco. La programación está disponible en casadelacultura.gob.ec
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Monóxido de carbono mató a dos policías en una patrulla Los uniformados no llegaron al destacamento. La muerte les encontró en Carcelén.
POLICIAL I
MIÉRCOLES 16 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
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MINUTERO Aparatoso percance de tránsito
vehículo cayó al fondo °deUn una construcción que se
Nuevamente hay luto en la Policía Nacional. La muerte sorprendió a dos agentes de Servicio Urbano. Se trata del sargento Santiago M. y el cabo Ronny T., quienes fueron encontrados sin vida dentro del patrullero al que fueron asignados para brindar seguridad a la comunidad, Los uniformados debían sus recorridos desde las 20:00 del lunes y a las 08:00 debían reportarse en la Unidad de Policía DILIGENCIAS. Durante el levantamiento estuvo presente un equipo especializado de la Dinased. Comunitaria La Bota, al norte, guardaba algo de esperanza por pero no se presentaron. Se envió a otra unidad para ver a sus compañeros nuevabuscarlos. La señal de GPS del mente con vida. Un equipo de la Cruz Roja patrullero se emitía desde el fiEl coronel Édison Valverde, Jefe Nacional de la Unidad de Muertes Violentas, nal de la calle El Capri, frente a llegó al sitio de los hechos, pero dijo que al parecer los uniformados entraron a la calle para descansar por los la terminal terrestre de Carcelén. solamente a constatar el deceso. patrullajes de amanecida y que presuntamente se habrían quedado dormidos con El policía que llegó creyó que el automotor encendido. sus compañeros estaban dormi- Levantamiento Agregó que aparentemente la patrulla tuvo filtraciones por donde ingresó el dos, pero jamás imaginó que un Hasta la desolada y empedrada monóxido de carbono. gas letal puso fin a los días de los calle llegaron agentes de la DirecDiana Lara, sobrina del sargento fallecido, expresó que los uniformados tienen gendarmes. demasiada carga horaria de trabajo y que su ser querido habría querido reponer ción Nacional de Delitos Él golpeó las ventanas EL DATO energías para continuar laborando. contra la Vida, Muertes para que reaccionaran, “Los policías trabajan más de 12 horas. Los jefes altos no saben cómo es el Violentas, Desapariciones, pero ninguno de los dos En marzo de trabajo de los policías en la calle”, comentó. Extorsión y Secuestro se movía. El uniformado 2018 se registró (Dinased). Era neceun caso similar rompió una de las venta- en Calderón, al sario descartar cualquier tanto el sargento Santiago M. y el dos y tres horas. Luego de los nas del patrullero y con- norte de Quito. hipótesis de que los uni- cabo Ronny T. perecieron a cau- análisis de rigor, los cadáveres firmó que el Sargento y el formados hayan sido sa de una intoxicación por inha- de los agentes fueron embarCabo estaban muertos. agredidos o asesinados. Tras la lación de monóxido de carbono. cados en la ambulancia de MeEl policía llamó al ECU-911 indagación se desestimó una poLos socorristas de la Cruz dicina Legal que trasladó los para que enviaran una unidad sible muerte violenta. Roja indicaron que los cuerpos cuerpos hasta la morgue de la de socorro. Aparentemente Los peritos confirmaron que permanecieron sin vida entre Policía. (FLC)
levantaba junto a la avenida Occidental, en el sector de El Condado, al norte de Quito. El Cuerpo de Bomberos informó que en el incidente no se registraron personas heridas. En el automotor, que terminó con los neumáticos hacia arriba, tampoco hubo pasajeros atrapados. El percance se registró a las 14:30 de ayer. El automotor tuvo que ser extraído con una grúa. (FLC)
Un descanso eterno °
SERVICIO SOCIAL Ayúdanos a encontrarlo Medardo Máximo Córdova continúa integrando la lista de desaparecidos de la Policía Nacional. El hombre, que actualmente tendría 57 años, fue visto por última vez el 9 de abril de 2007 en la feria libre de Cuenca, en Azuay. Pese a los esfuerzos hechos en los últimos años, sus familiares hasta ahora no tienen respuesta sobre su paradero. Las autoridades esperan que la ciudadanía entregue alguna pista a la línea 1800 Delito.
Dos carros se estrellaron en El Troje Un aparatoso accidente de tránsito registrado ayer por la mañana en la avenida Simón Bolívar dejó como saldo cuatro personas heridas. Hasta el sector de El Troje, en el sur de Quito, llegaron los paramédicos para atender y luego trasladar a los afectados por el siniestro hasta casas de salud. Según el informe preliminar de los organismos de socorro, todos estaban estables. El agente civil de tránsito, Jonathan Suárez, informó que, de acuerdo con las primeras versiones recopiladas, un vehículo marca Hyundai blanco con tres ocupantes a bordo, que circulaba en sentido norte-sur, perdió pista, atravesó el parterre y se pasó al lado contrario de la concurrida vía. Otro automóvil gris que iba en el carril sur-norte se encontró con el otro automotor con el que impactó de frente. En este último iba solo el conductor, quien también sufrió politraumatismos.
Muerto en un parque de Ambato
Recostado detrás de una °banca junto a una botella de licor, fue hallado el cuerpo de Jorge P., de 48 años. El lunes por la mañana, un morador del barrio Central de Izamba encontró el cadaver, por lo que de inmediato se comunicó con el Servicio Integrado de Seguridad. Paramédicos del Ministerio de Salud acudieron al lugar y confirmaron que el individuo ya no tenía signos vitales, por lo que fue indispensable la presencia de la Policía Nacional para las investigaciones. Se presume que el hombre murió atragantado. (EV)
Pareja muere tras choque DAÑOS. Los vehículos sufrieron daños mecánicos y fueron removidos en wincha.
El personal de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) tuvo que restringir parcialmente la circulación por dos de los tres carriles de la ruta periférica, lo que provocó congestión en la vía. Agentes del Servicio de Investigaciones de Accidentes de Tránsito (SIAT) recogió indicios en la carretera para iniciar
con las investigaciones que determinen las causas del aparatoso incidente. El agente Suárez prefirió no adelantar ninguna hipótesis sobre lo que pudo haber motivado el percance, sin embargo, aclaró que cuando el choque se registró las condiciones climáticas no eran adversas y que la calzada tampoco estaba mojada. (FLC)
VALENCIA • Julio Cordonez °Álvarez y María Zambrano
Rizzo vivieron un romance de ocho años, pero la muerte se les cruzó en su camino la tarde del domingo. Ambos murieron tras sufrir un aparatoso accidente de tránsito en el sector Pambilar de Calope, a la altura del recinto Gallo Giro, en el cantón Quinsaloma. Se impactaron frontalmente contra un camión. Sus cuerpos fueron ingresados hasta la morgue de Quevedo, (MZA)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CURIOSO A14
MIÉRCOLES 16 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
QUITO
La manta tejida más grande del mundo
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Pertenece a la irlandesa Valery Larkin y la agrupación Knitters of the World, en la ciudad de Ennis, en Irlanda, con 1.994,81 metros cuadrados, en la cual participaron 1.000 tejedoras de 32 países. Además de ganchos irlandeses, los participantes fueron de Gran Bretaña, Turquía, Alemania, Finlandia,
Encuentran a una ‘bruja’ y ‘se escapa volando’ INFOBAE.COM • Cuando Blanca Flórez escuchó ruidos extraños en su casa nunca imaginó lo que encontraría. El sonido provenía de la cocina, al ir a inspeccionar la puerta no abrió, y sintieron un gato maullar. Así contó la mujer a un noticiero sobre los hechos ocurridos en el sector Álamos de Dagua, del Valle del Cauca, Colombia. Asustados y pensando que podría tratarse de un ladrón, la familia decidió llamar a la Policía. Los agentes descubrieron dentro a una mujer con ‘aspecto extraño’, con su rostro cubierto por su larga cabellera negra. Lucía enferma, según manifestaron los propietarios de la vivienda al medio televisivo. Los agentes trasladaron a la mujer, quien llevaba consigo unas pastas, y la dejaron en un caféInternet al determinar que no se trataba de una ladrona o de que hubiera incurrido en algún delito. Al poco tiempo, cuando la fueron a buscar para brindarle atención, los trabajadores del local comercial alegaron a las
ESOTÉRICO. En un lugar de Colombia encontraron a una mujer que ‘de la nada’ desapareció.
autoridades que la mujer había desaparecido con todas sus cosas y que además se había llevado la escoba del establecimiento, dando a entender que se fue volando. No la volvieron a ver en el pueblo, pero la comunidad quedó asustada con su presencia, pues concluyen que se trata de una bruja. Además, días después del hecho, la familia de Flórez asegura que sintió otro ruido similar en su vivienda, y al ir a ver se trataba de “una bola negra horrible que estaba saltando y se perdió”, contó al medio Yésica Zúñiga, hija de la propietaria de la casa.
Celebra en un casino que su mujer superó el cáncer y gana un millón de dólares Harold McDowell de 85 años y su mujer decidieron celebrar la noticia de que ella estaba libre del cáncer en un casino. Harold fue a la mesa de póker y apostó 5.000 dólares. Cuando era el momento de descubrir las cartas, no podía creer lo que estaba pasando, ganó un millón de dólares, se había convertido en un hombre con mucha suerte. El jubilado remarcó que la mejor noticia la había recibido un día antes, cuando los médicos le manifestaron que su mujer estaba limpia de cáncer, tras haber sido sometida a varias cirugías a
PLANETACURIOSO.COM •
ANÉCDOTA. Después del dolor, al afortunado le llegó la suerte.
Bulgaria, Suecia, Grecia, Hungría, Portugal, Suiza, Malta, Bélgica, Estados Unidos, Sudamérica, Canadá, Sudáfrica, Singapur, Japón, Nueva Zelanda y Australia entre otros.Guinness midió la manta antes de que fuera cortada en secciones más pequeñas para donarlas a la Cruz Roja. (planetacurioso.com)
Adolescente tímido se perdió y divagó 10 días en Singapur Salió del departamento de un amigo a buscar trabajo. Luego no sabía dónde estaba y comenzó la travesía. PERIODISMO.COM • Zhang Daming, un joven de 18 años de Malasia, supuestamente pasó 10 días vagando por Singapur, porque era demasiado tímido para pedir indicaciones, luego de no poder encontrar el camino hacia el edificio de apartamentos en el que se alojaba. Según los informes, Zhang viajó desde Malasia a Singapur el mes pasado para buscar trabajo y estaba compartiendo un departamento en la ciudad con un amigo que laboraba allí durante algún tiempo. El día de su desaparición, el compañero de cuarto de Zhang Daming le dio 50 SGD (37 dólares) para comida antes de irse al trabajo, ya que el joven de 18 años solo tenía dinero malayo. Usó parte de esa plata para almorzar en un café cercano, pero no se molestó en estar atento a los carteles para ayudarlo a encontrar el camino de regreso. Entonces, al salir del café rápidamente se dio cuenta de que no sabía cómo hacer para volver al edificio de su amigo. “Caminé a un café cercano para almorzar, pero no pude encontrar el camino de retorno”, recordó Zhang. “Estaba tan confundido, todos los departamentos me parecían
económico con lo que quedaba del dinero que su compañero le había dejado. “Las primeras 24 horas no me atreví a dormir. Caminé desde la mañana hasta el amaiguales, y no podía reconocer necer”, señaló Zhang. Pero las el camino de regreso en abso- cosas se pusieron realmente luto”. mal después del octavo día de su extraña aventura, cuando se acabó el dinero. Una odisea “Pasé los siguientes dos Para empeorar las cosas, Zhang había dejado su teléfo- días mendigando a extraños”, no, su pasaporte y todo el dine- dijo. “Estaba hambriento y ro malayo que había traído con deshidratado, así que me obliél en el departamento, pensan- gué a mendigar. Pero no me do que regresaría justo des- atreví a preguntarles a todos, pués del almuerzo. Así que no solo a seis o siete personas en había forma de que contactara dos días. Algunos me dieron a su amigo para pedirle ayuda, uno o dos dólares”. Ese dinero solo era sufiaparte de pedirle a alguien que le diera instrucciones o pedir ciente para que Zhang comun teléfono prestado. Pero al prara agua, pero afortunaparecer eso tampoco era una damente para él, no tuvo que pasar hambre mucho tiempo, opción. “Soy muy tímido. No sé ya que el 6 de enero un vecino lo reconoció por un cómo son los singapuanuncio de personas renses, así que no me EL DATO desaparecidas y notificó atreví a pedirles ayuda a las autoridades. Fue o pedirles un teléfono. Daming encontrado en un patio Tampoco pude encon- Zhang dijo a los periode recreo a 6 kilómetros trar una sola estación distas que no a del apartamento de su de policía”, mencionó el volverá Singapur por adolescente después de temor a perder- amigo. Según se inforse de nuevo. mó, su compañero lo su rescate. había reportado como Así que, en lugar de pedir ayuda a los lugareños, desaparecido después de que pasó los siguientes 10 días va- no regresara a casa el día de su gando por la ciudad, durmien- desaparición. Zhang Daming fue puesto do fuera de los edificios por la noche, utilizando los baños en un autobús con destino a de centros comerciales y res- Kuala Lumpur hace un par de taurantes, y comprando arroz días.
causa de un cáncer de hígado y de colon. “Nuestras vidas probablemente permanecerán más o menos igual. Pero podrían mejorar para nuestros hijos. Tal vez disfrutaremos de un crucero”, concluyó.
Ni las doctrinas los dividieron
Las tumbas de una mujer católica y su marido protestante, Holanda, 1888.
PERIPECIA. Zhang viajó desde Malasia a Singapur el mes pasado para buscar trabajo. (Foto referencial: lacronica.com)
11 TIPS
REPORTE
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PARA ELEGIR UNA
tiempo lectura 15 min.
MIÉRCOLES 16 DE ENERO DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR
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PROFESIÓN
Escoger una carrera se convierte en todo un dilema, al poner en consideración que hay muchos factores para tomar en cuenta.
¿
Cómo elegir la mejor carrera? ¿Hay profesiones más importantes que otras? ¿Lo que quiero estudiar me gustará? Estas y otras interrogantes aparecen en la mente de los estu-
diantes de bachillerato o incluso en personas que ya iniciaron una carrera universitaria. Pero hay algo que actualmente hace mella en la mente de muchos jóvenes y padres, al momento de elegir una profesión que terminará de moldear el carácter
Juncosa advierte un hecho importante, y es que un título universitario no garantiza un trabajo en el mercado, sino que todo depende de la creatividad y emprendimiento con los que toda persona asuma lo que estudió y se posicione como un recurso humano competente en diferentes aspectos.
y la vida de una persona; se trata de las necesidades sociales que evolucionan vertiginosamente en la misma medida que avanzan los recursos tecnológicos. En la actualidad, pareciera que ciertas carreras pudieran ser más importantes o competentes
¿Qué hacer cuando sientes haber elegido una carrera equivocada? Por experiencia personal, Pineda asegura que lo ideal es retirarse y empezar otra que comulgue más con los verdaderos deseos.
El especialista de la fotografía recuerda que toda profesión tiene relevancia social y que todo depende de estar en constante aprendizaje, pues el conocimiento es sempiterno y se obtiene tanto de la experiencia como de la lectura.
Juncosa asegura que la universidad está ajustando su campo de acción en base a las nuevas tecnologías. Es por eso que aconseja seguir viendo la relevancia universitaria, en la medida que asegura que esta le da competencias y un esquema mental y de trabajo a todo estudiante para enfrentarse a cualquier mercado.
competencias, creatividad e incluso la pasión con las que se asuma la profesión escogida. Los expertos Xavier Granja, director de la escuela de Diseño Fotográfico del Instituto Metropolitano; José Juncosa, vicerrector de la Universidad Politécnica Salesiana; Gwen Bloomsburg, directora de Efectividad Institucional de la Universida de Las Américas y Henry Pineda, profesor de la escuela de Publicidad de la Universidad Técnica del Norte, dieron sus sugerencias. (VS)
Los jóvenes están a merced de una realidad que los empuja a consumir todo tipo de tecnología, por lo que entramos en una era de nativos digitales, donde las tareas más complejas pueden volverse sencillas. Granja exhorta a toda la población universitaria a utilizar esas competencias tecnológicas.
Es vital conjugar cualquier carrera con las nuevas tecnologías, según Xavier Granja, pues estas hacen ver desde un enfoque contemporáneo las profesiones más tradicionales; como el Diseño fotográfico.
Juncosa refiere que decidirse por una carrera amerita tomar en cuenta varias consideraciones, amén del mercado laboral. Pues una de las cosas más relevantes en su experiencia para formar profesionales entregados, es estudiar una carrera que satisfaga sus búsquedas personales.
ENSEÑANZA. Las metodologías y las facilidades que ofrecen los centros de estudios son aspectos que también se deben tomar en cuenta.
que otras, es por eso que padres como Pablo Albán, propietario de un restaurante en Carcelén Alto, asegura que su hijo de 17 años estudiará una carrera que tenga que ver con las finanzas, las ventas o la tecnología “porque son el negocio que está dando”. Esta visión se contrapone con la de académicos que aseguran que el verdadero asunto no radica en escoger una u otra profesión, pues no existen carreras “buenas o malas”, sino más bien tomar en cuenta las estrategias,
Henry Pineda indica que una de las mejores maneras de decidir sobre una carrera es por medio de la investigación; conocer la duración, el perfil, el campo laboral, entre otros.
TECNOLOGÍA. Buscar información de las distintas carreras que se ofrecen es solo el primer paso.
Existen jóvenes y padres que consideran que la universidad está perdiendo vigencia, pues sostienen que actualmente hay mejores formas de prepararse. Pineda responde que como sociedad aún estamos anclados a un sistema académico universitario, debido a que la universidad te da una experiencia más oportuna de lo que Internet puede ofrecer.
En el caso de quienes decidieron terminar una carrera que al final no resultó ser lo que soñaban, la recomendación de los expertos es ser creativo y buscar un punto en el que sí se sientan cómodos. Hacer cursos extras o especialidades en ramas afines a dicha carrera puede ser una opción.
Gwen Bloomsburg recomienda a la población estudiantil que no concentren sus decisiones en una u otra carrera por su funcionalidad en base a sus necesidades actuales, sino que proyecten esos deseos a futuro, pensando sus motivaciones para crear, ayudar, descubrir y solucionar situaciones, entre otros.
EXPERTO. Xavier Granja, director de la escuela de Diseño fotográfico del Instituto Metropolitano, dice que es vital que las nuevas carreras se complementen con las nuevas tecnologías.
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Quito, Ecuador
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A dos etapas de cruzar la meta
El rally Dakar se acaba mañana. Los tres pilotos ecuatorianos en competencia cuentan las horas para llegar a Lima. PÁGINA B11
El ‘Tin’ Ayoví pagó su pena
El jugador cumplió la suspensión por dar positivo de doping y busca equipo en la Serie A del Ecuador.
Otros dos policías mueren asfixiados
Dos agentes fallecieron ayer en el interior de un patrullero en Quito por inhalación de monóxido de carbono. El vehículo con los cuerpos de los gendarmes se halló en Carcelén. PÁGINA A13
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Al mando en la
Reabren la Alóag-Santo Domingo
Cerca de 10.000 metros cúbicos de tierra y roca fracturada cayeron sobre la calzada de la E25, red estatal que conecta las regiones de la Costa y Sierra del país. El paso estuvo interrumpido desde la madrugada y se habilitó a las 18:00, debido al mal tiempo. PÁGINA A5
Cecilia Niemes estará en la dirección del ‘Salinas Fashion Weekend’, que se realizará el próximo mes. PÁGINA B7
Revista judicial
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LUNES 24de noviembRe de 2008 La Hora Quito, ecuadoR
MIÉRCOLES, 16 de eneRo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR Revista no: 12404 director dr. Francisco ViVanco rioFrío
Autor: Abg. EduArdo CárdEnAs MolinA.
Introducción Al retroceder la historia podemos afirmar que la violencia de género ha existido desde siempre, con la complicidad de la religión, la familia y el Estado, como parte de una estructura social llamada patriarcado. En las últimas décadas, la concientización colectiva frente a los crímenes en contra de la mujer ha prosperado, provocando protestas y movilizaciones masivas de relevancia internacional, complementadas de una difusión a gran escala por medios de comunicación y redes sociales, logrando impulsar importantes reformas legales. Como preámbulo del femicidio, para identificar la muerte de una mujer provocada por su pareja, se denominaba mediante el término uxoricidio1 . Actualmente existen varios países que aplican el femicidio dentro de su normativa, en el Ecuador el concepto se introdujo el 10 de febrero de 2014, en la legislación penal como parte del Código Orgánico Integral Penal (COIP), especificado en el artículo 141: “Femicidio.- La persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.”2 Este crimen constituye el resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, provocando la muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, pudiendo existir en su cometimiento circunstancias que incrementen o disminuyan la severidad de su pena. Las circunstancias agravantes o atenuantes dentro del derecho penal, representan las condiciones modificadoras de la pena para un delito, en cuanto a la responsabilidad del acusado. Ante lo cual, acoto el criterio del catedrático español Luis Jiménez de Asúa, al respeto “Circunstancia
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MENTE DEL FEMICIDA
CONSULTA SOBRE EL COGEP
¿Cabe de oficio revocar, reformar, aclarar o ampliar los autos de sustanciación u autos interlocutorios?
Los recursos horizontales que contempla el COGEP, son la aclaración, la ampliación, revocatoria y reforma, siempre y cuando sea solicitado por una de las partes procesales, así lo contempla el Art.255 del COGEP. De lo cual se colige que según el esquema del COGEP, en materia de recursos horizontales a las providencias judiciales, el mismo juzgador proce-
derá al análisis de su pertinencia sólo cuando haya sido solicitado por una de las partes procesales, nunca de oficio; que los autos de sustanciación pueden aclararse, ampliarse, revocarse o reformarse; y, que los autos interlocutorios y las sentencias pueden aclararse o ampliarse. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley de la Corte Nacional de Justicia
c1
es todo lo que modifica un hecho o un concepto sin alterar su esencia. Circunstancias atenuantes y agravantes son las que modifican las consecuencias de la responsabilidad, sin suprimir ésta.”3 Violencia y femicidio Parecería ser que como regla general frente a un hecho ilícito, la colectividad reacciona efusivamente acusando inmediatamente al incriminado de “culpable inminente”, fundamentándose en criterios emotivos y poco analíticos, pidiendo la aplicación del peso máximo de la ley, adjudicando ciegamente a la justicia el rol de simple herramienta de venganza “ojo por ojo, diente por diente”; este enfoque desatinado, mira únicamente el hecho ilícito, descartando la posible motivación que influenció en el autor, asumiendo erróneamente que todas las personas cuentan con las mismas condiciones emocionales, físicas, y psicológicas, en la realización de una conducta. Como seres humanos buscamos rodearnos de personas buenas, pero a veces nos encontramos con todo lo contrario, personas agresivas que generan violencia en su entorno. Para tener un conocimiento adecuado de la violencia y sus diversas formas, primero debemos definirla; la Organización Mundial de la Salud, al respecto puntualiza: “El uso intencional de la fuerza o el poder físico, de hecho o como amenaza, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones.”4 La violencia domestica representa todo tipo de acción deliberada, por parte de un miembro familiar que, produzca daño físico, psicológico, sexual o moral a otro miembro de la misma familia; nunca debe ser confundida con el femicidio, que representa el acto extremo de violencia contra la vida. El Estado como garante de derechos fundamentales, ubica CONTINUA EN LA PáGINA - C2
Revista judicial c2
MIÉRCOLES 16 de eneRo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR
dentro de la Constitución de la Republica, el Derecho a la integridad personal, en el artículo 66, numeral tercero, que dictamina: “Se reconoce y garantizará a las personas: 3. El derecho a la integridad personal, que incluye: a) La integridad física, psíquica, moral y sexual.”5 Quien actúa con violencia está sujeto a estímulos externos e internos, que influyen directamente en la normalidad o anormalidad de su actividad cerebral, viéndose reflejada en su conducta, produciendo en muchas ocasiones la consumación de actos determinados por la Ley como delitos. El ilustre catedrático Agustín Cueva Tamariz, da el siguiente enfoque: “El delito, fenómeno biosocial que tiende a retardar las leyes de la evolución colectiva, no es fruto de acaso, ni de la fácil y brillante formula del libre albedrio humano. El delito, es la concreción de un juego de factores endógenos y exógenos obrando sobre el campo de la psicología del delincuente.”6 Ante un crimen violento contra una mujer, debemos tener presente que no toda muerte de una mujer, representa un femicidio, pudiendo configurarse penalmente un asesinato u homicidio. En el cometimiento de un femicidio, se ha generalizado erróneamente la idea de que este crimen es perpetrado únicamente por el varón en contra de la mujer, pudiendo tal hecho ser consumado tanto por un hombre o una mujer; es decir, el sujeto pasivo siempre será una mujer, mientras el sujeto activo del delito puede ser cualquier persona. Rasgos femicidas La realidad desafía al Derecho, cada crimen contra la vida de una mujer, deja a la vista motivaciones diversas en comparación cuando la víctima es un hombre; este tipo de crimen encierra elementos que conectan a la víctima y el victimario. Los casos de violencia extrema contra una mujer son distintos, sin embargo un potencial femicida, puede poseer conductas frecuentes que pueden alertar sobre la presencia de un potencial agresor; estos rasgos de la personalidad representando un verdadero peligro cuando están presentes de
manera constante, exagerada y radical. Desde la óptica de la psiquiatría “La personalidad es la forma en que el sujeto se proyecta en el mundo social y que permite predecir como actuara en una determinada ocasión, si es que no hay motivaciones anormales en él.”7 Personalidad machista, se caracterizan por un comportamiento radicalmente machista; aquellas personas creen que su conducta es normal, consecuencia de una crianza bajo los parámetros extremos patriarcales, rasgo común de una persona femicida, Personalidad celopata, se caracterizan por alterarse rápidamente, motivados por celos excesivos e infundados. Se identifican por el control del aspecto físico, vestimenta, pertenecías personales
y amigable ante el resto de las personas. En una relación con estas características, las situaciones de maltrato llegan a conocerse con posterioridad de un hecho grave o trágico contra la víctima. Personalidad posesiva, se caracterizan por quebrantar el autoestima de su víctima, utilizando como medio las ofensas y la humillación, convenciéndolas de que no sirven para nada o que nadie más las va a querer, alejándolas de su entorno familiar y amistades; prohíben o no permiten trabajar a su pareja, consiguiendo crear una dependencia económica y emocional, hasta que sienten que no pueden vivir sin su agresor. Personalidad obsesiva, se caracterizan por guiarse por el deseo obsesivo sobre el cuerpo de la mujer, obsesión que va de la mano
se convierte en alguien impulsivo y desinhibido, desencadenando en muchas ocasiones violencia con saña.
(celular, cartera o redes sociales) de la otra persona, igualmente le restringen o prohíben amistades. La mujer frente a este tipo de conductas de celos, cree erróneamente que se trata de una forma de demostración de amor. Personalidad violenta, se caracterizan por responder con excesiva violencia ante cualquier situación, justificando su comportamiento e inseguridad por experiencias vividas en anteriores relaciones; poseen un historial de conductas violentas hacia sus ex parejas, en la mayoría de femicidios el agresor mantuvo con su víctima una relación sentimental. Personalidad dual, se caracterizan por presentar una personalidad doble, una violenta al interior de la propia familia, otra fascinante
del deseo sexual, que no pueden satisfacer o buscan satisfacer; recurriendo a la amenaza o intimidación como medio de consecución. Personalidad con baja autoestima, se caracterizan por sentimientos de inseguridad y dependencia hacia su pareja, expresan que no pueden vivir sin ella, pero la viven maltratando. Ante un acto de violencia, lo justifican acusando de lo sucedido a la víctima, alegando que ella lo provoca, culpándola siempre de los problemas. Personalidad adictiva, se caracteriza por el consumo de sustancias como alcohol o drogas, que afectan directamente su proceso cerebral, tras un acto de violencia aducen no recordar lo sucedido; la persona bajo su efecto de dichas sustancias
los trastornos mentales, describen procesos psíquicos complejos que afectan la funcionalidad del cerebro, influyendo directamente en la conducta humana; desencadenando un deterioro leve o grave en la salud mental, siendo en ocasiones consecuencia de factores biológicos, psicológicos o sociales. Desde la óptica de la Organización Mundial de la Salud (OMS), los trastornos mentales representan: “enfermedades psiquiátricas, es decir, enfermedades que se manifiestan principalmente como trastornos del pensamiento, las emociones o el comportamiento, y que causan malestar o una deficiencia funcional.”8 Una alteración mental puede estar presente de manera permanente o transitoria en una
Femicidio y trastorno mental Como regla general para el derecho penal todas las personas son imputables, y por excepción legal inimputables. La imputabilidad de una persona, emerge de la conducta humana vista como libertad de actuar (libre albedrio), conformada por su capacidad cognoscitiva (conciencia/entender) y su capacidad volitivo (voluntad/ obrar), que al momento del cometimiento de un hecho, puede estar afectadas por una psicopatía, provocando que no distinga entre lo permitido y lo prohibido, lo correcto y lo incorrecto, lo bueno y lo malo. En el ámbito de la salud
persona, siendo fundamental esta información al momento de juzgar un hecho delictivo. Para las ciencias penales, el trastorno mental posee carácter genérico, y el trastorno de la personalidad posee carácter específico, como lo refleja el sistema de clasificación DSM-V (Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales). Imputabilidad y femicidio La legislación penal ecuatoriana incluye dentro de su normativa, el trastorno mental en su artículo 36, como excepción a la imputabilidad. Su primer inciso establece: “La persona que al momento de cometer la infracción no tiene la capacidad de comprender la ilicitud de su conducta o de determinarse de conformidad con esta comprensión, en razón del padecimiento de un trastorno mental, no será penalmente responsable. En estos casos la o el juzgador dictará una medida de seguridad.”9 Dicho párrafo hace alusión al trastorno mental absoluto, que afecta de manera total en la persona, su capacidad de comprensión de la ilicitud de su conducta, consecuentemente no es responsable; el juez dictamina medidas de seguridad, en base al informe pericial, y la peligrosidad que represente la persona procesada (Inimputabilidad). El segundo inciso establece: “La persona que, al momento de cometer la infracción, se encuentra disminuida en su capacidad de comprender la ilicitud de su conducta o de determinarse de conformidad con esta comprensión, tendrá responsabilidad penal atenuada en un tercio de la pena mínima prevista para el tipo penal.”10 Dicho párrafo hace alusión al trastorno mental que disminuye parcialmente en la persona, su capacidad de comprensión de la ilicitud de su conducta, consecuentemente su culpabilidad se atenúa, provocando igualmente su responsabilidad penal atenuada, disminuyendo la pena (Imputabilidad atenuada). Ante aquello tomemos el criterio de Enrique Bacigalupo, que plantea: “El fundamento común de las circunstancias atenuantes contempladas en el derecho vigente es la menor culpabilidad del autor. Cuando concurre una de estas circunstancias el autor del delito merece un menor reproche por su culpabilidad y, como consecuencia de ello también una menor pena. Las atenuantes operan, por lo tanto, como una consecuencia del CONTINUA EN LA PáGINA - C3
principio de culpabilidad.”11 Las medidas de seguridad en el ámbito penal, son implementadas como medios alternativos a la pena, impuestas por el juez a la persona procesada con calidad de inimputable, previo informe pericial psiquiátrico, psicológico y social, que acredite su necesidad y duración. Por primera vez, en la historia de la legislación penal ecuatoriana, el COIP incorpora la aplicación de Medidas de Seguridad, en su artículo 76: “El internamiento en un hospital psiquiátrico se aplica a la persona inimputable por trastorno mental. Su finalidad es lograr la superación de su perturbación y la inclusión social. Se impone por las o los juzgadores, previo informe psiquiátrico, psicológico y social, que acredite su necesidad y duración.”12 Ante lo cual el papel de las ciencias penales, es fundamental, ya que: “La peritación psiquiátrica en sus aplicaciones al campo del Derecho penal tiene como objeto fundamental el establecimiento de la imputabilidad en el caso de acciones delictivas. Pero no limita a esto sus fines; también se ocupa DIVORCIOS REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITESE A LADY MARICELA CHUMPI CHUMBI EXTRACTO JUDICIAL JUICIO No.: 172042018-05071 ACCION: DIVORCIO POR CAUSAL PARTE ACTORA: SORIA BASTIDAS OSCAR ISMAEL PARTE DEMANDADA: CHUMPI CHUMBI LADY MARICELA PROCEDIMIENTO: SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: DR. VICTOR GABRIEL VISCARRA TORRES UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 28 de noviembre del 2018, las 11h37, VISTOS: Una vez que se ha cumplido con la exigencia de procedimiento que señala el Art. 56 numeral 2 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Ponente de esta Unidad Judicial amparado a lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en cumplimiento de la Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura Nro. 051-2017, de 17 de abril de 2017, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 994 de 28 de abril de 2017 y por el sorteo de ley.- En lo principal, la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL POR EL ABANDONO INJUSTIFICADO propuesta por SORIA BASTIDAS OSCAR ISMAEL portador de la cédula de identidad No. 1751487214 reúne los requisitos de ley por lo que se admite al PROCEDIMIENTO SUMARIO.- En consecuencia: 1) Cítese con el contenido de la demanda y auto que antecede, a la parte demandada CHUMPI CHUMBI LADY MARICELA, por
del estudio de la peligrosidad de los delincuentes.”13 Conclusión La figura penal del femicidio, no representa un crimen cualquiera, no sólo busca sancionar a quien comete dicho ilícito, su trasfondo pretende visibilizar una problemática recurrente, dejando a la luz situaciones de violencia silenciadas durante siglos; la legislación penal incluyo este delito buscando sancionar y prevenir la violencia extrema ejercida por su condición de género. Este tipo penal puede estar rodeado de diversas circunstancias agravantes o atenuantes, con la ayuda de las ciencias penales, podemos detectar rasgos o conductas de la personalidad que pueden llevarnos a prevenir estos actos. La legislación penal enfoca al trastorno mental como una condición psíquica que afecta las capacidades cognoscitiva y volitiva del ser humano; resultando fundamental la intervención de un perito especializado, logrando a través de su experticia aportar información
la Prensa en esta ciudad de Quito de conformidad a lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 5 de la Resolución No. 07-2018 con Fuerza de Ley dictada por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia de fecha 16 de mayo de 2018; para lo cual entréguese por medio de Secretaría el extracto pertinente; advirtiéndole a la parte demandada que debe comparecer a juicio, contestar la demanda en el término de quince días conforme lo dispone el artículo 333 numeral 3) del Código Orgánico General de Procesos, cumpliendo además con lo ordenado en los artículos 151 y 152 del citado cuerpo legal, y que en caso de no hacerlo se procederá en rebeldía.- 2) De conformidad con el artículo 333 numeral 4) del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia única se señalará una vez que sea citada la demandada en legal y debida forma y transcurra el término legal.- 3) Con relación a la prueba anunciada por la parte accionante de ser procedente y en el momento procesal oportuno se tomará en cuenta.4) En la audiencia única y de ser procedente en el momento procesal oportuno recéptese la declaración de los testigos nominados por la parte actora CAIN CABAL EDISON DANIEL y BALLA CAIÑO ALISSON LIZETH a quienes se les notificará convocándolos por intermedio de la casilla judicial que señala la parte actora sin perjuicio de haber señalado su dirección domiciliaria.- 5) En la audiencia única y de ser procedente en el momento procesal oportuno recéptese la declaración de parte de CHUMPI CHUMBI LADY MARICELA.- 6) Incorpórense al proceso la documentación que acompaña la parte actora a la demanda.- Tómese en cuenta la casilla judicial No. 3048 y correo electrónico señalado para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensa técnica.- Actúe la abogada Rocío Martínez Benítez en calidad de Secretaria Jurisdiccional de esta Unidad Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f) Dr. Víctor Viscarra Torres, Juez. Lo que comunico a para los fines de ley. AB. ROCIO MARTINEZ BENITEZ SECRETARIA Hay firma y sello
esencial, determinando la imputabilidad o inimputabilidad del procesado, atribuyendo adecuadamente una pena o medidas de seguridad. El sistema en el cual vivimos es responsable de forjar nuestra personalidad, siendo indispensable no solo educar personas, sino cultivarlas en valores, con un enfoque diferente, buscando una correcta formación individual y colectiva; resulta indispensable hacer un llamado a la reflexión, no podemos seguir viviendo como si todo estuviera bien y nada malo ocurriera. En una colectividad donde los antivalores van echando raíces, poco a poco se diluye el respeto ajeno, incrementando la violencia; debemos desaprender y volver a aprender, ya que la fortaleza de una sociedad radica en los valores que practica. Bibliografía Achával, A. “Psiquiatría medicolegal y forense”. Buenos Aires: Editorial Astrea, 2003. Bacigalupo Z., E. “Manual de
Derecho Penal - Parte General”. Santa Fe de Bogotá: Editorial Temis S. A., 1996. Cabello, V. P. “Psiquiatría forense en el derecho penal”. Buenos Aires: Editorial Hammurabi., 2000. Cueva Tamariz, A. “Introducción a la psiquiatría forense”. Cuenca: Universidad del Azuay., 2004. Fonseca Morales, G. M. “La anomalía o alteración psíquica como eximente o atenuante de la responsabilidad criminal”. Madird: Publidisa., 2009. Fontán Balestra, C. “Derecho Penal”. Buenos Aires: AbeledoPerrot., 1998. Gisbert Calabuig, J. A., & Villanueva Cañadas, E. “Medicina Legal y Toxicología”. Barcelona: Masson, S.A., 2015. Hikal, W. “Criminología psicoanalítica conductual y del desarrollo”. México: ISBN., 2005. Patitó, J. Á. “Medicina Legal”. Buenos Aires: Ediciones Centro Norte., 2000. Vargas Alvarado, E. “Medicina forense y deontología médica”. México: Editorial Trillas., 1991.
PAC111222fa CASILLA 2565 UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA PUBLICACIÓN: CITACIÓN A LA SEÑORA CAMPOVERDE SERRANO ANA CRISTINA EXTRACTO CAUSA : 17203-2018-02828 TIPO DE PROCESO : SUMARIO ACCIÓN : DIVORCIO POR CAUSAL ACTOR : ROLDAN CORDERO ADRIAN MAURICIO DEMANDADA : CAMPOVERDE SERRANO ANA CRISTINA CUANTIA : INDETERMINADA JUEZ/A : DR. MAX MALDONADO En lo principal y dentro de la causa N.-17203-2018-02828, hay lo siguiente: -DEMANDAEn fecha 22 de marzo de 2018 El señor ROLDAN CORDERO ADRIAN MAURICIO interpone una demanda de divorcio por causal a la señora CAMPOVERDE SERRANO ANA CRISTINA, causa asignada con el número 17203-2018-02828 (DIVORCIO POR CAUSAL) // PRETENSIÓN DE LA PARTE ACTORA: Que en sentencia se sirva a declarar terminado el vínculo matrimonial que le une con la demandada; así como, se fije visitas y alimentos a su hija menor de edad; una vez ejecutoriada la sentencia solicito se disponga su inscripción en el Registro Civil , a fin de que surtan los efectos legales de conformidad con lo dispuesto en el art. 128 del Código Civil. -CALIFICACIÓNUNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 23 de marzo del 2018, las 15h01, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de
Hay firma y sello PAR/110059/AT
Saber que se sabe lo que se sabe y saber que no se sabe lo que no se sabe: sabiduría. Jean bap tiste alphonse KaRR Quito, provincia de Pichincha; y asegurando competencia de conformidad con lo establecido en los Artículos 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial.- Agréguese a los autos el escrito que antecede.- (1) En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a procedimiento SUMARIO, previsto en el Art. 332 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia, notifíquese al accionante señor ROLDAN CORDERO ADRIAN MAURICIO, con la admisión de la demanda, para los fines pertinentes.- (2) CITACIÓN, cítese en legal y debida forma con el contenido de la demanda y el presente auto en calidad de demandado a la señora CAMPOVERDE SERRANO ANA CRISTINA, (…)” NOTIFÍQUESE.-AUTOUNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 27 de diciembre del 2018, las 13h49, Visto.- Cumplido que ha sido el juramento previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos conforme consta del acta de foja 38 de los autos se dispone: Una vez que el accionante ha justificado documentadamente haber realizado todas las diligencias posibles a fin de localizar a la demandada y por cuanto ha rendido su juramento conforme lo establece la referida norma en su inciso segundo.- Cítese a la demandada señora CAMPOVERDE SERRANO ANA CRISTINA mediante tres publicaciones que se deberán realizar en tres fechas distintas en uno de los
diarios de circulación nacional, para cuyo efecto por secretaría se remitirá el extracto respectivo en el que deberá constar una síntesis de la demanda, el auto de calificación y el presenta auto.- Se advierte a la demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar casilla judicial y correo electrónico en esta ciudad de Quito y dentro de la presente causa asignada con el No. 17203-201802828, según lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos para recibir sus notificaciones, través de un profesional del Derecho con la respectiva Procuración Judicial, con las debidas facultades previstas para este tipo de casos así como, que en caso de no comparecer dentro de veinte días después de la última publicación, podrá ser juzgado y declarado en rebeldía.-Para tal efecto la parte accionante deberá cumplir con todos y cada uno de los requisitos administrativos pertinentes. La parte demandada conteste y anuncie prueba de la que se considere asistida, dentro del término de quince días conforme lo determina el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se continuará la causa en rebeldía. Una vez se cuente con la respectiva contestación o en su defecto se encuentre en legal y debida forma citada, se señalará día y hora para la audiencia única, conforme lo dispone el numeral 4 del Art. 333 del COGEP.Notifíquese.Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB. DAISY ZABALA AGUILAR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA
MENORES UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CASILLA JUDICIAL NRO. 2159 CITACION JUDICIAL A LA PARTE DEMANDADA SEÑORA ZAMBRANO ZAMBRANO ANA MARIA EXTRACTO JUICIO: PRIVACION DE LA PATRIA POTESTAD, NO. 172032018-11268 ACTORA: GARCIA GUERRERO ANTONIO DEMANDADA: ZAMBRANO ZAMBRANO ANA MARIA TRAMITE: SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL D I ST I TO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 17 de diciembre del 2018, las 15h30, VISTOS: a) Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza titular de la Unidad Judicial Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito. b) Considérese que la demanda de PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD propuesta por GARCIA GUERRERO ANTONIO, en su calidad de representante legal de la Fundación REMAR Ecuador, en contra de ZAMBRANO ZAMBRANO ANA MARIA, reúne los requisitos contemplados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia se califica y se acepta al trámite en PROCEDIMIENTO SUMARIO, conforme lo prescrito en el Art. 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. c) Cítese a la demandada, ZAMBRANO ZAMBRANO ANA MARIA, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación en el cantón Quito, conforme lo prescrito en los artículos 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos. Se dispone a la señora actuaria conferir el extracto
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__________________ “Muerte causada a la mujer por su marido.” Ver RAE. Real Academia Española. Obtenido de http://www.rae.es Código Orgánico Integral Penal. Quito: Unidad Técnica Legislativa., 2014. Jiménez de Asúa, L. Principios del Derecho Penal - La ley y el delito. Buenos Aires: Abeledo-Perrot. 1980., Pág. 443. Informe mundial sobre la violencia y la salud, Organización Mundial de la Salud, Washington, D.C., 2002, Pág. 5 Constitución de la República del Ecuador. Quito: Corte Constitucional del Ecuador., 2008. Cueva Tamariz, A. “Introducción a la psiquiatría forense”. Cuenca: Universidad del Azuay., 2004. Pag. 87 Achával, A. “Psiquiatría medicolegal y forense”. Buenos Aires: Editorial Astrea, 2003. Pag. 83-84 Organización Mundial de la Salud. Obtenido de http://www.who.int/es/ Código Orgánico Integral Penal. Quito: Unidad Técnica Legislativa., 2014. Código Orgánico Integral Penal. Quito: Unidad Técnica Legislativa., 2014. Bacigalupo Z., E. “Manual de Derecho Penal - Parte General”. Santa Fe de Bogotá: Editorial Temis S. A., 1996. Pag. 598 Código Orgánico Integral Penal. Quito: Unidad Técnica Legislativa., 2014. Gisbert Calabuig, J. A., & Villanueva Cañadas, E. “Medicina Legal y Toxicología”. Barcelona: Masson, S.A., 2015. Pag. 1066
respectivo. d) Al tenor del Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se le concede el término de diez días para dar contestación a la demanda. e) De conformidad a lo establecido en el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se realice el debate probatorio se admitirán o negarán los medios probatorios. HÁGASE SABER. F). DRA. PATRICIA SEGARRA FAGGIONI. JUEZA. Lo que comunico a Usted. Para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica para futuras notificaciones.- Certifico.AB. GERMANIA PATRICIA TAMAY CEVALLOS UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL D I ST I TO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/110063/AT REPUBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec R. DEL E UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A LA SEÑORA CARRERA BUSTOS VALERIA ALEXANDRA CASILLA: 6113 JUICIO: ALIMENTOS NRO. 17204-2017-05079 RESUMEN DE LA DEMANDA Art. 56, 142, 332 numeral 3 del COGEP: El señor SANDOVAL VARGAS CESAR ANDRES, presenta la demanda del Incidente de Disminución Pensión Alimenticia en contra de CARRERA BUSTOS VALERIA ALEXANDRA, de conformidad al Art. Innumerado 2, 4, 5, 6, 15 y 16 de la Ley Reformatoria al Título V, Libro Segundo del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, la demandada del Incidente de Aumento Pensión Alimenticia. UNIDAD. JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE
LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Encargado de esta Unidad Judicial, mediante acción de personal N° 7391-DP17-2018MP .Agréguese a los autos los documentos en calidad de medios probatorios, el correspondiente formulario de demandada de incidente de rebaja de pensión alimenticia.- En lo principal, la demanda de incidente de rebaja de pensión alimenticia propuesta por CESAR ANDRES SANDOVAL VARGAS, portador de la cédula de identidad No. 1714349121, reúne los requisitos de ley, por lo que se acepta a trámite PROCEDIMIENTO SUMARIO, de acuerdo al artículo 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos.- Consecuentemente: 1) CÍTESE de INMEDIATO al amparo de lo dispuesto en los artículos 20 y 130 numeral 9) del Código Orgánico de la Función Judicial con copia de la demanda y este auto en su calidad de parte demandada a VALERIA ALEXANDRA CARRERA BUSTOS, portadora de la cédula de identidad No. 1720078565, citación que se hará en la dirección señalada por la parte actora, para lo cual remítase el despacho legal suficiente; advirtiéndole a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial con sede en Quito y CONTESTAR A LA DEMANDA EN EL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS luego de haber sido citada, conforme a lo establecido en el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, contestación que debe cumplir lo determinado en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal. Caso contrario el proceso se sustanciará en rebeldía de la parte demandada y con las implicaciones que señala la Ley.- 2) La audiencia única establecida en el Art. 333 numeral 4 inciso segundo, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir.- 3) Tómese en cuenta en la Audiencia Única, los medios probatorios presentados
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por la parte actora así como la documentación aparejada al formulario de la demanda. 4) Ofíciese conforme solicita.- F) Ab. BRENDA LEONOR PONCE TOALA JUEZA Lo que comunico para los fines de Ley. DRA. ENCALADA LUCIA NARVAEZ SECRETARIA Hay firma y sello PAB21587fa
EJECUTIVOS EXTRACTO CASILLA 666 CITACIÓN JUDICIAL A: CARLOS ALBERTO ARCE ARCE JUICIO: EJECUTIVO No. 17230-2017-09640 CUANTIA: 8.500,00 USD ACTOR: ABG. GLENDA HIPATIA LUCERO ALVAREZPROCURADORA JUDICIAL DEL ING. ALEJANDRO RIBADENEIRA JARAMILLO - GERENTE GENERAL DEL BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A. D E M A N DA D O : CA R LOS ALBERTO ARCE ARCE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 14 de Julio del 2017, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil. 1) La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma se fundamenta en un Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 5 del Art. 347 del mismo Código, en armonía con el Art. 486 del Código de Comercio, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, por lo que se admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 2) Cítese al demandado CARLOS ALBERTO ARCE ARCE, en el lugar que se indica; para el efecto remítase suficiente despacho, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica. 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulado por la parte actora. 5) Agréguese la documentación que se acompaña. Téngase en cuenta la comparecencia de la parte accionante debidamente justificada con la documentación adjunta, casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización a su abogado defensor. Notifíquese y Cítese..- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA .-Quito, martes 23 de octubre del 2018, las 11h58, Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de la parte demandada, se dispone: CÍTESE, a la parte demandada señor CARLOS ALBERTO ARCE ARCE, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, con-
forme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por la parte actora.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.- ..- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAR/110010/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: DIEGO EFRAIN GRANDA SIMBAÑA.DEMANDADO: DIEGO EFRAIN GRANDA SIMBAÑA.JUICIO No. 17230-2017-11302.TRAMITE: EJECUTIVO - COBRO DE PAGARE A LA ORDEN.CUANTÍA: CUATRO MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.AB. DEFENSOR: DRA. GLENDA HIPATIA LUCERO ALVAREZ (PROCURADORA JUDICIAL DE BANCO GENERAL RUMIÑAHUI). OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE CONDENE AL DEMANDADO AL PAGO TOTAL DEL VALOR CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN MAS INTERESES Y GASTOS JUDICIALES.UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 24 de agosto del 2017, las 11h02, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez encargado de esta Unidad Judicial según Acción de Personal 6330-DP17-2017MP de fecha 24 de Julio del 2017, en virtud de la ausencia temporal del Dr. Carlos Alfredo Mogro Pérez, Juez Titular de esta Unidad Judicial.- En virtud del sorteo realizado.- En lo principal se considera: La demanda presentada por la ABG. GLENDA HIPATIA LUCERO ALVAREZ en calidad de procuradora judicial del ingeniero Alejandro Ribadeneira Jaramillo, gerente general del BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A., conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el pagaré a la orden establecidos a fs. 1, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Cítese a la parte demandada en la presente causa, señor DIEGO EFRAÍN GRANDA SIMBAÑA, en calidad de deudor principal en la dirección indicada en la demanda,
para lo cual se adjuntará copias de la demanda y del escrito que antecede, copia de los documentos agregados y este auto; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe el Abg. Diego Acuña Naranjo en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-F).AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 24 de abril del 2018, las 14h55, En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese al demandado DIEGO EFRAIN GRANDA SIMBAÑA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFIQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/110011/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: MARIN MORBIONI PAULA VANESSA ACTORA: DRA. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO, EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A. DEMANDADO: MARIN MORBIONI PAULA VANESSA JUICIO No. 17230-2017-08519 TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 19 DE JUNIO DEL 2017 CUANTIA: $ 5.000,oo JUEZ PONENTE: DRA. LIZBETH RON CADENA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 22 de junio del 2017, las 16h32.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, y en virtud a la razón de sorteos..PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por la Ab. Glenda Hipatia Lucero Alvarez, en calidad de procuradora judicial del Banco Rumiñahui S.A., se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 348 y 349 ibídem; situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Ejecutivo, establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP.SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda y el presente Auto a la parte demandada la señora PAULA VANESSA MARIN MORBIONI, por sus propios derechos y en calidad de deudora principal, en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del COGEP, Para el efecto envíese atento deprecatorio a la uno de los
Saber que no se sabe, eso es humildad. Pensar que uno sabe lo que no sabe, eso es enfermedad. l ao t s e señores jueces de lo Civil, con asiento en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilleros judicial y electrónico.- TERCERO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN.- Conforme lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 días a fin de que los ejecutados, cumplan con la obligación, formule oposición, reconvengan o propongan excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 del Código citado.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en su demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- SEXTO.- Hágase saber a la parte accionante en el casillero judicial y correo electrónico designados para el efecto.- Adjúntese al expediente los documentos acompañados a la demanda.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DRA. LIZBETH RON CADENA, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 9 de mayo del 2018, las 14h29, VISTOS: - De conformidad con lo previsto en
el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la demandada MARIN MORBIONI PAULA VANESSA , por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- f) DRA. LIZBETH RON CADENA, JUEZA. Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 8 de junio del 2018. Certifico.DR. PAUL ANDRES TAPIA SECRETARIO Hay firma y sello PAR/110012/AT EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: AL SEÑOR CRUZ RODRIGUEZ DIEGO ARMANDO ACTOR: BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S. A. DEMANDADO: CRUZ RODRIGUEZ DIEGO ARMANDO JUICIO No: 17230-2017-08521 CUANTIA: CINCO MIL DOLARES AMERICANOS (USD. 5.000.00) TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: SE CONDENE AL PAGO DEL SALDO DEL CAPITAL, ESTO ES, LA SUMA DE DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS 02/100 DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. 2.576.02), INTERES DE PLAZO, INTERES DE MORA, GASTOS JUDICIALES, COSTAS PROCESALES Y HONORARIOA PROFESIONALES DE LOS ABOGADOS DEFENSORES JUEZ: AB. CECILIA SIMBAÑA QUISHPE DEFENSOR: DRA. MARIA EUGENIA DONOSO FECHA DE INICIO: 19 DE JUNIO DEL 2017 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 7 de julio del 2017, las 11h58. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial Civil con sede en el D.M. de Quito y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por el es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- SEGUNDO: En consecuencia, El demandado señor DIEGO ARMANDO CRUZ RODRIGUEZ; en el término de QUINCE (15) días, conteste a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda; para tal efecto,
REMATES JUDICIALES TIPO DE BIEN
Casa
Casa
Casa
Casa
Terreno
Casa
Casa
Terreno
Terreno
UBICACIÓN
ÁREA
PICHINCHA, QUITO Sector: La Magdalena
Propiedad: 904.30m2 Construcción: 1.013,67m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Chiriyacu
Propiedad: 374 m2 Construcción: 665.11m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Corazón de Jesús
Propiedad: 72 m2 Construcción: 162.77
PICHINCHA, QUITO Sector: Chillogallo
Propiedad: 93.60 m2 Construcción: 229.33 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Pasaje B
Propiedad: 159.99 m2 Construcción: 106.40 m2
PICHINCHA, QUITO, Sector: Carapungo
Propiedad: 126 m2 Construcción: 225 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Chillogallo
Propiedad: 93.60 m2 Construcción: 229.33
PICHINCHA, QUITO Sector: Corazón de Jesús
Propiedad: 72 m2 Construcción: 162.77 m2
PICHINCHA, QUITO Sector: Pasaje “B”
Propiedad: 159.99 m2 Construcción: 106.40 m2
CÓDIGO DE REMATE
FECHA DE REMATE
AVALÚO PERICIAL
EC-RJ-36189
18/01/2019
478,933.64 $
EC-RJ-36283
18/01/2019
254,590.68 $
EC-RJ-35755
22/01/2019
72,592.61 $
EC-RJ-36146
22/01/2019
50,708.47 $
EC-RJ-36292
22/01/2019
22,493.30 $
EC-RJ-35665
23/01/2019
137,700.00 $
EC-RJ-36146
23/01/2019
50,708.47 $
EC-RJ-35755
23/01/2019
72.592.61 $
EC-RJ-36292
23/01/2019
22.493.30 $
Servicio de la Revista Judicial del Diario la Hora
se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO: CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, al demandado señor DIEGO ARMANDO CRUZ RODRIGUEZ, en el lugar señalado en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 53 y siguientes del COGEP. Para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente.- QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados por la parte actora.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones; y la autorización que confiere a su defensora técnica.- Actué el Dr. Juan Francisco Justicia, en calidad de secretario de esta Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.f) Dra. Grimanesa Erazo. Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 1 de agosto del 2018, las 15h10, En virtud del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos cítese al señor CRUZ RODRIGUEZ DIEGO ARMANDO, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se de esta ciudad de Quito; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un resumen de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.- Notifíquese.-f) Ab. Cecilia Simbaña Quishpe. Jueza Lo que comunico para los fines
EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: AL SEÑOR VASCONEZ PEREIRA DIEGO ANDRES ACTOR: BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A (GLENDA HIPATIA LUCERO ALVAREZ PROCURADORA JUDICIAL) DEMANDADO: VASCONEZ PEREIRA DIEGO ANDRES JUICIO No: 17230-2017-10430 CUANTIA: CINCO MIL QUINIENTOS 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. 5.500) TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: QUE EN SENTENCIA CONDENE AL PAGO DEL SALDO DE CAPITAL, ESTO ES, LA SUMA DE TRES MIL CIENTO VEINTE 09/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 3.120.09) CONSTANTE EN LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN, INTERÉS DE PLAZO, CALCULADOS A LA TASA DEL 15.20% ANUAL, INTERÉS DE MORA CALCULADO DE ACUERDO A LAS REGULACIONES VIGENTES AL MOMENTO EN QUE SE HIZO EXIGIBLE LA OBLIGACIÓN HASTA SU TOTAL CANCELACIÓN, G AT O S JUDICIALES, C O STA S PROCESALES
Casilla 4508 EXTRACTO DE CITACIÓN A: los señores DIEGO PATRICIO DIAZ RIVERA Y MARIA NANCY DIAZ RIVERA LES HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio Ejecutivo No. 17233-2017-02202, seguido por BANCO PICHINCHA C.A. S.A.: les hago saber lo siguiente: TRÁMITE: EJECUTIVO ACCION: Cobro de pagare a la orden CUANTIA: USD $ 7.963,76 OBJETO DE LA DEMANDA: “ Que mediante sentencia se condene a los demandados al pago y/o ejecución de la obligación ejecutiva, es decir, al pago inmediato de la totalidad del capital insoluto, descrito en el Titulo Ejecutivo (Pagare a la Orden), correspondiente a los valores pendientes de pago por el deudor, (obligación, clara, pura, determinada, liquida y actualmente exigible), que ascienden a Tres Mil Setecientos Cinco 79/100 Dólares de los Estados Unidos de América ( USD 3.705,79); Al pago de los intereses normales, intereses por mora, seguro de desgravamen y la gestión de gasto por mora, valores provenientes del incumplimiento de la obligación los cuales en la actualidad ascienden a Cuatro Mil doscientos cincuenta y siete 76/100 Dólares de los Estados Unidos de América (USD 4.257,97).- f) Actor AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- VISTOS.- En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, avoco conocimiento de la preste causa, según acción de personal No. 3582-DP17-2017-MP.- En lo principal: PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, por cuanto el pagare a la orden que adjunta constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 5 ibídem, en concordancia con el Art. 486 del Código de Comercio, misma que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible conforme lo determina el Art. 348 del mismo COGEP; en tal virtud se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.- CONTESTACIÓN.- Se concede a la parte demandada el término de QUINCE (15) días para que conteste a la demanda conforme lo determina el Art. 351 del COGEP, contestación que deberá reunir los requisitos de los Arts. 142, 143, 151, 152 y demás pertinentes ibídem; de ser el caso deberán proponer alguna de las excepciones previstas en el Art. 353 ibídem, bajo prevención que, de no hacerlo SE PRONUNCIARÁ SENTENCIA, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del mismo cuerpo legal.- TERCERO.- CITACIÓN.Se ordena la citación en el lugar señalado a los demandados señores DIEGO PATRICIO DIAZ RIVERA, por sus propios y personales derechos, en calidad de deudor; y, a los cónyuges MARIA NANCY DIAZ RIVERA y MANUEL ALEJANDRO SEVERO CARRIÓN MEDINA, por sus propios derechos por los derechos que representan de la sociedad conyugal por ellos conformada, a quienes se les citará con una copia de la demanda y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, diligencia que se efectuará por medio de la Empresa Pública de Correos del Ecuador EP.- De acuerdo con el inciso tercero del Art. 53 del COGEP, notifíquese al demandado señor Diego Patricio Díaz Rivera en el correo proporcionado por la parte actora, sin perjuicio de efectuar la citación en la forma dispuesta.- La parte actora comparezca a esta Unidad Judicial y proporcione las copias para la citación de los demandados.- CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- De ser procedente, previo ejercicio de admisibilidad, se dispondrá la producción de los medios probatorios anunciados por la parte actora.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la demanda.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se encuentra a su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.- QUINTO.- Regístrese la casilla judicial y los correos electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la calidad en la que comparece su abogado defensor.- Actúe la Ab. Lourdes González en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f.- Dr. Eduardo González Solorzano, Juez. AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 9 de enero del 2019, las 15h52, Juicio No. 17233-2017-02202 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 9 de enero del 2019, las 15h48. VISTOS: Por cuanto de autos consta la declaración bajo juramento de desconocimiento de domicilio o residencia de los demandados, señores DIEGO PATRICIO DIAZ RIVERA, por sus propios y personales derechos, y, a MARIA NANCY DIAZ RIVERA, en tal virtud por medio de Secretaria remítase el extracto correspondiente para realizar la citación por la prensa conforme el Art. 56 del COGEP. Notifíquese.- f.- Dr. Eduardo González Solorzano, Juez
Más Información http://remates.funcionjudicial.gob.ec/rematesjudiciales-web/pages/public/index.jsf
de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. GUILLERMO GUAPI OBANDO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/110013/AT
Hay firma y sello
Ab. Lourdes González G. SECRETARIA PAB21592fa
Y LOS H O N O RA R I OS PROFESIONALES DE SUS ABOGADOS DEFENSORES JUEZ: AB. CECILIA SIMBAÑA QUISHPE DEFENSOR: DR. EDUARDO NIETO BOADA FECHA DE INICIO: 31 DE JULIO DEL 2017 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, martes 8 de agosto del 2017, las 11h47. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por la Ab. Glenda Hipatia Lucero Álvarez, en calidad de Procuradora Judicial del Ing. Alejandro Ribadeneira Jaramillo, Gerente General del Banco Rumiñahui S.A., como acredita con el instrumento público que acompaña, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.SEGUNDO: En consecuencia, el demandado señor DIEGO ANDRES VASCONEZ PEREIRA, en el término de QUINCE (15) días, contesten a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- TERCERO: Considérese el anuncio de los
medios probatorios señalados en el escrito de demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO: CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, al demandado señor DIEGO ANDRES VASCONEZ PEREIRA, en los lugares señalados en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 53 y siguientes del COGEP; previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial y/o electrónico. Para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente; debiendo la accionante proveer de las copias necesarias.- QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados por la parte actora.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la accionante para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensa técnica.Actué el Abg. Diego Acuña, en calidad de secretario (e) de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) Dra. Cecilia Simbaña Quishpe. Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 3 de octubre del 2018, las 15h10, En virtud del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos cítese al señor VASCONEZ PEREIRA DIEGO ANDRES, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se de esta ciudad de Quito; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un resumen de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.- Notifíquese.- f) Ab. Cecilia Simbaña Quishpe.- Jueza Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero
COMPAÑÍA DE TRANSPORTE INTRAPROVINCIAL Lupocoli Cía Ltda. Quito, 15 de Enero del 2019
CONVOCATORIA Se comunica a los señores accionistas de la compañía “Lucopoli” Luchas de los pobres CIA. LTDA. a la junta general extraordinaria de accionistas que se realizara el día viernes 25 de Enero del 2019, a las 2 pm, en la oficina de la compañía ubicada en el Barrio el Rosario, calle A, Lote Nº 7, Manzana S, Sector Cutuglagua para tratar el siguiente orden. 1.- Constatación de Cuórum 2.- Transferencia de Participaciones. Nota: Se ruega puntual asistencia. Atentamente
Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. GUILLERMO GUAPI OBANDO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/110014/AT REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: CESAR AUGUSTO BRAVOMALO CABALLERO. ACTO R : D RA . MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO, PROCURADORA JUDICIAL BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO. DEMANDADO: CESAR AU G U STO B RAVO M A LO CABALLERO. JUICIO: 17230-2015-09723. TRAMITE: especial - insolvencia. JUEZ: Dra. Ana Karina Torres Recalde. SECRETARIO: Ab. Zoila Elena Salazar Salazar. CUANTIA: Indeterminada OBJETO DE LA DEMANDA: PETICION Con los antecedentes expuestos y porque se PRESUME la INSOLVENCIA del señor CESAR AUGUSTO BRAVOMALO CABALLERO, Cédula de Ciudadanía No. 1707633689, vengo ante usted, señor Juez y demando la declaratoria de existir lugar a la formación de CONCURSO DE ACREEDORES, en contra del referido deudor, dejando constancia de las ejecuciones para que se las acumule a este proceso. Su Señorita se servirá disponer, en su primera providencia, la ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos del fallido, comunicándose al público en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito y ordenar que se oficie al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Quito, a fin de que dicho funcionario se inhiba de inscribir o registrar
Si nos mantenemos unidos estamos en pie; si nos dividimos, caemos. e M i ly d i c K i n s o n
cualquier documento o escritura pública, donde consten ventas o traspasos de dominio de los bienes de su propiedad, en favor de terceras personas. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 18 de agosto del 2015, las 11h39. VISTOS: VISTOS.- Por virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Civil DMQ-Quito, encargado del despacho del Dr. Eduardo González, avoco conocimiento de la presente causa. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la señora Dra. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO, como Procuradora Judicial del Dr. Jorge Iván Alvarado Carrera, en su calidad de Secretario General Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A., PRODUBANCO, conforme lo justifica con la escritura pública aparejada al libelo de demanda.En lo principal, la demanda que antecede es clara y precisa por lo que se la acepta a TRÀMITE ESPECIAL.- De las copias certificadas adjuntas se desprende que el señor CESAR AUGUSTO BRAVOMALO CABALLERO (C.C. 1707633689), se halla comprendido en la situación prevista en el artículo 519, numeral 1ro. Del Código de Procedimiento Civil, lo cual se presume su insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores, en consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: Que se ocupen los bienes, correspondencia y demás documentos del fallido que se entregarán al Síndico de concurso Dr. Roberto Almeida, a quien se le
CONVOCATORIA Fundación Albergue La Dolorosa convoca a todos sus miembros a la JUNTA GENERAL ORDINARIA, que tendrá lugar el día miércoles 23 de enero de 2019, a partir de las 19H30 en el salón de la Parroquia La Dolorosa. Se tratara el siguiente orden del día. 1.- Lectura y aprobación del Acta de la Junta anterior 2.- Informe general del año 2018 3.- Designación del Directorio de la Fundación para el año 2019 4.- Reforma de estatutos En caso de no reunir el quórum reglamentario, la Junta iniciará 60 minutos luego con los miembros presentes. Quito, 16 de enero de 2019
Sra. Honoria Miranda Palacios GERENTE GENERAL Telf.: 0983215835 Email: honorial965miranda@hotmail.com PAC111317fa
P. Homero César Fuentes Vera, S.J PRESIDENTE DEL DIRECTORIO PAC111319fa
nombra en este juicio.- Hágase conocer al público en general de este particular por medio de la prensa.- Que se acumulen todos los juicios en contra de el demandado por obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Prohíbase al demandado ausentarse del lugar del juicio y se ordena que se presente el balance de los bienes con indicación del activo y del pasivo, en el término de ocho días.- Remítase copia de lo actuado a uno de los señores Jueces de lo Penal, para la calificación de la insolvencia.- Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes comuníquese del particular a los señores Notarios y Registrador de la Propiedad del Cantón.- Ofíciese haciéndole conocer del particular a los señores Gerentes de los bancos de la localidad, así como al Registrador Mercantil, Contralor General del Estado; Director del Servicio de Rentas Internas SRI, Superintendencias de Bancos y Compañías, Director Nacional del Seguro Social IESS, Director Nacional de Migración de la Policía Nacional, Comandancia General de la Policía Nacional, Comandancia General del Ejército, Marina y FAE Dirección Nacional de Personal, I. Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, Presidente del Consejo Nacional Electoral, Agencia Nacional de Tránsito, Ministro Fiscal General del Estado, Mutualistas, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio de Relaciones Exteriores, Director General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, Dirección Nacional de Transito y Transporte Terrestre de Pichincha.- Publíquese por una sola vez un extracto de la insolvencia en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, de acuerdo a lo previsto en el Art. 509 del Código de Procedimiento Civil.Cúmplase a cabalidad todas estas diligencias ordenadas una vez citado que sea la parte demandada.- Podrá sin embargo el demandado oponerse al presente juicio pagando el valor de lo adeudado o dimitiendo bienes equivalentes al crédito en el término legal de tres días.Cítese al demandado en el lugar que se indica, mediante comisión librada al señor Teniente Político de la Parroquia San Rafael.- Agréguense al proceso los documentos presentados.Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico designado por el actor.- CITESE Y NOTIFIQUESE.” F) Ab. Juan Pablo Mariño Tapia, Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 28 de abril del 2017, 10h31. Incorpórese al proceso el escrito que antecede.Atento lo solicitado por la parte actora, al juramento rendido y la documentación adjunta, cítese al demandado, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto elabórese el respectivo extracto.-NOTIFIQUESE. ” F) Dra. Ana Karina Torres Recalde, juez Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Ab. Zoila Elena Salazar Salazar. SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAR/110015/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
CITACION JUDICIAL A: SILVIA LILIANA YEPEZ NAVARRETE, DEL JUICIO EJECUTIVO, PROPUESTO EN SU CONTRA POR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A., PRODUBANCO, DONOSO PROAÑO MARIA EUGENIA, PROCURADORA ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A., PRODUBANCO, DONOSO PROAÑO MARIA EUGENIA, PROCURADORA DEMANDADO: SILVIA LILIANA YEPEZ NAVARRETE JUICIO: No. 17321-2014-0665 TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD $ 2.000,oo FECHA DE INICIACIÓN: 29 de julio del 2014 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 29 de julio del 2014, las 15h32.- VISTOS.- En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha. La demanda que antecede es clara, completa y contentiva de los requisitos preceptuados en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, consecuentemente se admite a trámite Ejecutivo, disponiendo que la demandada SILVIA LILIANA YÉPEZ NAVARRETE, en el término de tres días, a partir de la última citación, cumpla con la obligación requerida o proponga todas y cada una de las excepciones que se crea asistida.- Cítese a la accionada en el lugar designado, para el efecto. Téngase en cuenta el domicilio legal que señala la actora, casillero judicial No. 666, la autorización que confiere a su defensor y la calidad con la que comparece. De conformidad al Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copias certificadas en auto, desglósese los documentos aparejados a la demanda, los mismos que serán retirados por la Lcda. Sandra Vargas Drouet. Agréguese la documentación presentada. NOTIFIQUESE.OTRA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 9 de agosto del 2017, las 12h54.- Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia que antecede, atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a SILVIA LILIANA YEPEZ NAVARRETE, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- NOTIFIQUESE f) Ab. Salto Pintos Luis. Juez.Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. Ab. Víctor Reyes Ch. SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAR/110016/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: KENDAL LOURDES ULLOA MENESES AC TO R : BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO DEMANDADOS: KENDAL LOURDES ULLOA MENESES CUANTIA: Indeterminada JUICIO ESPECIAL DE INSOLVENCIA No. 17325-20140437 “JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 29 de mayo del 2014, las 08h15. VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez titular de ésta Judicatura. En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley; por lo que se la acepta al trámite Especial. De la documentación aparejada por la
Revista judicial MIÉRCOLES 16 de eneRo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR actora, se presume que la señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses, portadora de la cédula de ciudadanía No.1722325097, se halla inmersa en la disposición del numeral 1° del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se declara a lugar el concurso de acreedores. En consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: La ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos de la demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses, que serán entregados al Síndico de Quiebra doctor Dr. Enrique Guayasamin (Teléfono 0989227511) quien será notificado y posesionado en legal forma en su momento oportuno. Que se acumule todos los juicios seguidos en contra de la demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses, por las obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Acorde a lo previsto en el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, se prohíbe a la demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses, portadora de la cédula de ciudadanía No.1722325097, ausentarse del Territorio Nacional, sin la autorización del Juez que conoce ésta causa; para lo cual mediante oficio notifíquese a la Dirección Nacional de Migración y Extranjería. Por Secretaria ofíciese al señor Ministro Fiscal de Pichincha, a fin de que disponga que uno de los señores Fiscales investiguen el presente estado de Insolvencia de la demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses; y, de encontrar suficientes méritos ordene que un Juez de lo Penal califique el estado de Insolvencia, para esto adjúntese copias certificadas de todo lo actuado. La demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses, queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, debiéndose comunicar este particular al señor Contralor General del Estado, Director Nacional de Migración y Extranjería, Superintendente de Bancos, a fin de que haga conocer de éste particular a las Instituciones del Sistema Financiero, Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón, Superintendente de Compañías, Cámara de Comercio de Quito, Cámaras de la Industria y de la Producción; y, Agencia Nacional de Tránsito; para que se abstengan de celebrar contratos o registrarlos en sus casos, limitando de algún modo el dominio de los bienes de la demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses.- Hágase conocer al público en general un extracto de la demanda y el presente Auto de calificación mediante publicación en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad.- Cítese a la demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses, en la dirección que se indica; para tal efecto se comisiona al señor Teniente Político de la Parroquia de San Rafael. La demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses, podrá oponerse al presente juicio pagando lo señalado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, en el término de tres días luego de citada.- Agréguese a los autos la documentación adjunta; tómese nota del casillero judicial No. 666 correo electrónico señalado por la actora para recibir sus notificaciones que le correspondan, así como la designación de su abogado defensor.- CITESE Y NOTIFIQUESE”.- f) Dr. Paul Narváez Narváez, JUEZ. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 7 de noviembre del 2017, las 13h55. Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia que
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antecede, atento al juramento rendido por la actora y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la señora KENDAL LOURDES ULLOA MENESES, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha, para lo cual, entréguese el extracto respectivo. Actué como Secretario encargado el Ab. Luis Santiago Guanoluisa Brito. NOTIFÍQUESE”.- f) Ab. Saltos Pinto Luis Sebastián, JUEZ Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Víctor Geovanny Reyes Chulde S E C R E TA R I O U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/110017/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO, DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: E S P I N O SA CHIRIBOGA SANTIAGO ANDRÉS, EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA MAQUISERV S. A. ACTOR: DRA. DONOSO PROAÑO MARÍA EUGENIA, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCIÓN S. A. PRODUBANCO. DEMANDADO: ESPINOSA C H I R I B O GA SA N T I AG O ANDRÉS, EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA MAQUISERV S. A. JUICIO: No. 17230-2015-04609 (VERBAL SUMARIO-COBRO DE CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE) CUANTIA: USD. 2.000,00 (DOS MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDADOS DE AMÉRICA) BASE LEGAL: Art. 828 del Código de Procedimiento Civil. JUEZ PONENTE: DRA. ILIANA PATRICIA CABRERA SOLÓRZANO, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 6 de abril del 2015, las 09h05. VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Judicatura, mediante Acción de Personal N° 8249-DNTH-2014-AMD, de fecha 28 de Octubre del 2014.En vista de la razón de sorteos que antecede. En lo principal, la demanda presentada por la Dra. María Eugenia Donoso Proaño, Procuradora Judicial del Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que de conformidad a lo previsto en los Arts. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acepta a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, con la demanda presentada y providencia que antecede, hágase conocer a la demandada Compañía MAQUISERV S.A., debidamente representada por su Gerente General señor SANTIAGO ANDRÈS ESPINOSA CHIRIBOGA.- Cítese a la demandada Compañía MAQUISERV S.A., debidamente representada por su Gerente General señor Santiago Andrés Espinosa Chiriboga en el lugar que se indica, para lo cual envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la Dra. María Eugenia Donoso Proaño, así como la designación
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y autorización que confiere a su defensor Dr. Eduardo Nieto Boada.- Tómese en consideración la cuantía determinada en la demanda, así como también el casillero judicial Nª 666, correo señalado. De conformidad a lo previsto en el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copias en autos, se ordena el desglose de los documentos adjuntos a la demanda, debiendo entregarse los mismos a la persona indicada en la demanda.- Actúe en la presente causa la Ab. Martha Cecilia Simbaña Quishpe, en calidad de Secretaria Encargada, mediante acción de personal Nª 0594-DP-UPTH, de fecha 22 de Enero del 2015.- Agréguese al proceso la documentación que se adjunta.- NOTIFÍQUESE.- f) DRA. ROCÍO JAQUELINE AYALA REYES, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 5 de enero del 2018, las 15h31. Por cumplido lo ordenado en providencia de inmediata anterior , y en virtud del juramento rendido por el actor cítese a ESPINOSA C H I R I B O GA SA N T I AG O ANDRES, GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑIA MAQUISERV SA , con el auto de calificación y esta providencia conforme lo determina el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- CITESE Y NOTIFIQUESE. f) CABRERA SOLÓRZANO ILIANA PATRICIA, JUEZA. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, electrónico o correo electrónico en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.ABG. ZOILA ELANA SALAZAR SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAR/110018/AT EXTRACTO DE CITACIÓN CITACIÓN JUDICIAL a ADRIANA ISABEL JARAMILLO VILLAMAR, se le hace saber la demanda de JUICIO VERBAL SUMARIO Actor: DRA. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO Procuradora Judicial del Banco de la Producción S.A PRODUBANCO Demandado: ADRIANA ISABEL JARAMILLO VILLAMAR Asunto: Cobro de Crédito en Cuenta Corriente Trámite: VERBAL SUMARIO Cu a n t í a : C I N CO MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Fundamentos de Derecho: Art. 828 del Código de Procedimiento Civil. Juicio: No. 17230-2016-07231. JUEZ PONENTE: DR. WILLAM PATRICIO ROMÁN CAÑIZARES UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 06 de Julio del 2016, las 13h12. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial y encargado de la presente causa.- En lo principal, la demanda presentada por la Dra. María Eugenia Donoso Proaño, en calidad de Procuradora Judicial del BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO, es clara, precisa y por reunir los requisitos de Ley, se la acepta a trámite VERBAL SUMARIO.- CITESE a la demandada ADRIANA ISABEL JARAMILLO VILLAMAR, en el lugar que se indica, para lo cual, la parte actora proporcionará las fotocopias necesarias a fin de elaborar las boletas correspondientes y remitirlas
a la Oficina de Citaciones.Téngase en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico señalado para recibir notificaciones.- Actúe en calidad de secretario de esta Unidad Judicial el Ab. Segundo Vernaza mediante acción de personal No. 3684-DP17-UPTH-MP.- CITESE Y NOTIFIQUESE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 7 de febrero del 2018, las 15h32, VISTOS: Dra. Cabrera Solórzano Iliana Patricia, en reemplazo del despacho del Dr. Patricio Román, avoco conocimiento de la presente causa, mediante acción de personal Nro. 1578-DP172018-VS.- En lo principal, por ser el estado de la causa, en mérito del juramento rendido y los documentos anexados por la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada, señora ADRIANA ISABEL JARAMILLO VILLAMAR, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, para el efecto, por secretaría confiérase el extracto correspondiente, a fin de citar a la parte demandada.Notifíquese.-y Cúmplase Lo que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico en esta Unidad Judicial Civil del Distrito Metropolitano de Quito, para recibir posteriores notificaciones. Dra. Susana Guarango Jara SECRETARIA Hay firma y sello PAR/110019/AT R. DEL E. www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL PARA: Compañía RINTER S.A., Representada por FRANCISCA ASUNCION PUGLIESE VACA, en calidad de presidenta; y, señor JAIME HUMBERTO JARAMILLO PUGLIESE, en calidad de Gerente General; y, señores JAIME HUMBERTO JARAMILLO PUGLIESE y MENDOZA BRICEÑO DIANA PAOLA -EXTRACTOCAUSA N° 17230-2017- 01919 Materia: CIVIL Tipo proceso: EJECUTIVO Acción/Delito: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A.PRODUCBANCO DEMANDADO: Compañía RINTER S.A., representada por los señores JARAMILLO PUGLIESE JAIME HUMBERTO y PUYO SANTACRUZ JUAN FERNANDO, como deudores principales; y, los señores JARAMILLO PUGLIESE JAIME HUMBERTO y MENDOZA BRICEÑO DIANA PAOLA, en calidad de garantes solidarios OBJETO: Que se condene a los demandados en sus calidades invocadas al pago de: saldo de capital adeudado- interés de plazo; de mora; costas procesales y honorarios profesionales CUANTIA: $ 17.000, oo dólares UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 19 de mayo del 2017, las 08h33. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, y en virtud a la reasignación de procesos efectuada. Agréguese al proceso el escri-
to y documentación adjunta presentada por el Dr. Eduardo Nieto Boada, defensor de la Dra. María Eugenia Donoso Proaño, Procuradora Judicial del Dr., Jorge Iván Alvarado Carrera, secretario General-Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO, con lo que se advierte el cumplimiento al requerimiento formulado en auto de sustanciación que anterior.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y contiene los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), además se fundamenta en el cobro de las obligaciones asumidas en el contrato de mutuo con reconocimiento de firmas y rubricas, documento que al tenor de lo previsto en el número 3 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP) constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ejusdem (COGEP), se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada. CÍTESE a los demandados en la presente causa, compañía RINTER S.A., representada legalmente por los señores JARAMILLO PUGLIESE JAIME HUMBERTO y PUYO SANTACRUZ JUAN FERNANDO, como deudores principales y en la forma determinada en el inciso final del artículo 55 del Código Orgánico General de Procesos (en persona o boletas entregadas a sus dependientes en días y horas hábiles); y, a los señores JARAMILLO PUGLIESE JAIME HUMBERTO y MENDOZA BRICEÑO DIANA PAOLA, en calidad de garantes solidarios, en la dirección señalada, para lo cual se adjuntará en copias la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de QUINCE (15) DÍAS, comparezcan a juicio, cumplan con la obligación o contesten la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Para el cumplimiento de la diligencia de citación, la parte actora facilite las copias necesarias. De conformidad al Art. 196.4 del COGEP, se niega el desglose solicitado por la parte actora. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones, y la autorización conferida a sus abogados patrocinadores. Actúe el doctor Nilo Almachi en calidad de Secretario. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 18 de julio del 2018, las 15h59, VISTOS: En lo principal, por cuanto la parte actora ha rendido juramento de conformidad al artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, con extracto de la demanda auto de calificación y el presente auto cítese a la parte demandada compañía RINTER S.A., en las personas de sus representantes legales, señora FRANCISCA ASUNCION PUGLIESE VACA, en calidad de presidenta; y, señor JAIME HUMBERTO JARAMILLO PUGLIESE, en calidad de Gerente General-(
Si no vivimos como pensamos, pronto empezaremos a pensar como vivimos. J o h n F u lt o n s h e e n
deudores principales); y, señores JAIME HUMBERTO JARAMILLO PUGLIESE y MENDOZA BRICEÑO DIANA PAOLA (Garantes Solidarios), mediante tres publicaciones que se realizan en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito.Notifíquese. f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer y señalar casillero judicial o correo electrónico para sus notificaciones posteriores. DR.- NILO GONZALO ALMACHI SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAR/110020/AT CASILLA 666 EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: HERNANDEZ GARCIA XAANA, y QUINTANA TALAVERA HECTOR YUNIER JUICIO: EJECUTIVO (pagare) No. 17230-2017-14759 CUANTIA: 10.000,oo USD AC TO R : BA N C O DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO ( PROCUARDORA JUIDCIAL DRA. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO) DEMANDADO: HERNANDEZ GARCIA XAANA, y QUINTANA TALAVERA HECTOR YUNIER UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 1 de noviembre del 2017, las 15h20.-VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito; y, en virtud del sorteo electrónico de ley, que precede.- La demanda que antecede presentada por Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO, representado legalmente por su procuradora judicial Dra. María Eugenia Donoso Proaño; en contra de los señores Héctor Yunier Quintana Talavera y Xaana Hernández García; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro de pagaré a la orden, documento que al tenor de lo previsto en el numeral 5 del artículo 347 Ibídem, en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem, se admite a trámite mediante procedimiento Ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, considérese el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CÍTESE a los demandados señores Héctor Yunier Quintana Talavera y Xaana Hernández García; en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará copias de la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial , para el efecto; envíese suficiente despacho en forma a la oficina correspondiente, a fin de que se dé cumplimiento con esta diligencia, conforme lo establecido en el art. 54 y 55 del código citado (la parte accionante provea de las copias necesarias para la citación); los demandados, conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días propongan alguna de las excep-
ciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos la documentación adjunta a la demanda. Téngase en cuenta el casillero judicial y casillero electrónico señalados por el compareciente para sus posteriores notificaciones; así como, la calidad en la que comparece. Actúe la Dra. Rosa Guerrero Castro, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE.-f) Dra. Celma Espinosa Venegas.- JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 16 de agosto del 2018, las 15h26, Reasumo la competencia de la presente causa, en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial, que por vacaciones de la suscrita, se encontraba a cargo de este despacho la Dra. Rita Ordóñez.- Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en el auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de los demandados señores: HERNANDEZ GARCIA XAANA, y QUINTANA TALAVERA HECTOR YUNIER se dispone: CÍTESE, a los demandados señores: HERNANDEZ GARCIA XAANA, y QUINTANA TALAVERA HECTOR YUNIER, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, con-
forme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.- f) Dra. Celma Espinosa Venegas.- JUEZA Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAR/110021/AT EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVILCOMPLEJO JUDICIAL NORTE CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: BLANCA PATRICIA LOAIZA GRANDA Nº DE JUICIO: EJECUTIVO 17301-2013-0324 ACTOR. DONOSO PROAÑO MARIA EUGENIA.- Procurador Judicial Banco de la Producción S. A. PRODUBANCO D E M A N DA DA : B L A N CA PATRICIA LOAIZA GRANDA CUANTÍA: DIECISEIS MIL DOLARES AMERICANOS PROVIDENCIA: JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 22 de abril del 2013, las 14h16. VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez Primero de lo Civil de Pichincha, mediante acción de personal N° 4192-DP-DNP-OQ, de fecha 23 de septiembre del 2012.- En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se acepta a trámite ejecutivo. En consecuencia, la Compañía CIVISESA SOLUCIONES EMPRESARIALES S.A, legalmente representa-
conVocatoria De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 10 de los Estatutos de la Compañía y en los Artículos 235 y 236 de la Ley de Compañías, convoco a los Accionista de la Compañía de Transporte Pesado Manuel Burbano S.A. a la Junta General Ordinaria de Accionistas; la misma que tendrá lugar el día Viernes 25 de Enero del 2019, a las 16:00 en su local ubicado en Puembo, Calle Tobar García S/N, Distrito Metropolitano de Quito, para tratar y resolver el siguiente orden del día. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.
Constatación del quórum Informe del Presidente del Ejercicio Económico 2018. Informe del Gerente General del Ejercicio Económico 2018. Informe del Comisario del Ejercicio Económico 2018. Análisis y Aprobación de los Estados Financieros del Ejercicio Económico 2018. Análisis de resultados Aprobación del presupuesto año 2019.
Los informes y los Estado Financieros del Ejercicio económico 2018 se encuentran a disposición, en la oficina de la Compañía para su respectiva revisión en caso de requerirlo. Se convoca de manera especial e individualmente a la Señora Nancy Jiménez Comisaria Principal de la Compañia. atentamente, Sr. Gonzalo Guzmán Presidente cía. manuel burbano S.a.
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da por el señor Pedro Villacís Paz y Miño y a los cónyuges señor Pedro Villacís Paz y Miño, Blanca Patricia Loaiza Granda, como demandados y deudores principales, cumplan con su obligación o propongan excepciones en el término de tres días. Tómese en cuenta la cauantía fijada.- De conformidad a lo dispuesto en el Art. 922 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el desglose de los documentos adjuntos a la demanda, para lo cual el actor dejará las respectivas copias fotostáticas en autos, entréguese personalmente los documentos a la Lic. Sandra Rosaura Vargas Drouet.- A la Compañía CIVISESA SOLUCIONES EMPRESARIALES S.A., en la persona de su Representante legal señor Pedro Villacía Paz y Miño, se lo citará en el inmueble ubicado en la calle Italia N3295 y Avenida Mariana de Jesús, de esta Ciudad y Cantón Quito, Provincia de Pichincha; a los cónyuges señores Pedro Villacís Paz y Miño y Blanca Patricia Loaiza Granda, se los citará en la calle Italia N32-95 y Avenida Marian de Jesús, de esta Ciudad y Cantón Quito, Provincia de Pichincha, para lo cual envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la Dra. María Eugenia Donoso Proaño y la designación que hace a su abogado defensor Dr. Eduardo Nieto Boada.- Cuéntese con el casillero judicial N° 666, correo electrónico, agréguese los documentos adjuntos.NOTIFIQUESE.- f) DR. PAUL RENGEL.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 13 de septiembre del 2017, las 13h08 Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Encargado de la Unidad Judicial Civil mediante acción de personal No.- 8348-DP17-2017-MP 11/09/2017.- De conformidad al Principio de Celeridad estable-
cido en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y por cuanto la parte actora ha rendido el juramento en el sentido de que le ha sido imposible determinar la residencia de la parte demandada BLANCA PATRICIA LOAIZA GRANDA, se dispone CITAR a BLANCA PATRICIA LOAIZA GRANDA mediante tres publicaciones a través de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, con un extracto de la demanda, auto de calificación y esta providencia.- Por Secretaría elabórese y extiéndase el extracto correspondiente.- NOTIFIQUESE f) DR. CARLOS WILFRIDO NARANJO BORJA.- JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB. JULIETA SILVANA IZA ALTAMIRANO SECRETARIA Hay firma y sello PAR/110022/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CÍTESE CON LA SIGUIENTE DEMANDA EJECUTIVO HA: PANTOJA CERON TELMO JAVIER, CUYO EXTRACTO ES EL SIGUIENTE: JUICIO: EJECUTIVO. AC TO R : BA N C O DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO (PROCURADORA JUDICIAL DRA. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO) DEMANDADO: PANTOJA CERON TELMO JAVIER CAUSA: 17233-2017-02318. CASILLA JUDICIAL: 666 CUANTIA: $ 11.000,00 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 29 de marzo del 2018, las 11h01, VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede
TRAIMCOBSA TRANSPORTES IMPORTACIONES S.A. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS De conformidad con el artículo 10 del Estatuto Social de la Compañía; y el artículo 236 de la Ley de Compañías, convoco a los accionistas de la compañía TRAIMCOBSA TRANSPORTES IMPORTACIONES S.A., y en especial al Comisario de la compañía señor Vicente Torres, a la Junta General Extraordinaria, que se llevará a cabo el día 25 de enero del 2019, a las 11h00 horas, en el domicilio de la compañía ubicado en la calle Rio Congo E1-49 y Av. Maldonado para tratar y resolver los siguientes puntos del orden del día: 1. Conocimiento y resolución sobre la autorización al Gerente General para la venta del vehículo de placas PKM-991. 2. Lectura y Resolución del Acta. Quito, DM, al 15 de enero del 2019.
Ing. Salomón Gordillo Coba GERENTE GENERAL PAC111320fa
en la Parroquia de Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, en virtud de la acción de personal No. 1403-DP17-2018-MP, de fecha 6 de febrero del 2018, y por la reasignación aprobada por el consejo de la Judicatura se dispone: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por la Dra. Maria Eugenia Donoso Proaño, en su calidad de Procuradora Judicial del Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO, conforme lo acredita con la documentación que adjunta, es clara y cumple con los requisitos formales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el pagaré a la orden que obra a fojas 1 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo prescrito en los artículos 347. 5, 348 y 349 del COGEP, por lo que se la admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP; SEGUNDO.- CITACIÓN: Cítese a la parte demandada TELMO JAVIER PANTOJA CERON, en su calidad de deudor principal, en la dirección señalada en el libelo inicial, la citación se la hará en la dirección indicada a través del Auxiliar Postal, conforme la Resolución 300 del Consejo de la Judicatura y de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y 63 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito Metropolitano de Quito, previniéndole al demandado de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones, la parte accionante brinde las facilidades necesarias para la elaboración de las boletas de citación.- TERCERO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN: En aplicación de lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de quince (15) días a fin de que la parte demandada TELMO JAVIER PANTOJA CERON, en su calidad de deudor principal
cumpla con la obligación o proponga excepciones de manera taxativa conforme lo prevé el artículo 353 ibídem una vez citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 ibídem; CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBAS: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer; QUINTO: Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por los comparecientes para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a su Abogado Defensor.Actúe como Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, la Abg. Lady Estefania Alvarado López, mediante Acción de Personal No. 2007-DP17-2018-KV de fecha 14 de febrero del 2018.NOTIFÍQUESE y CÍTESE. f) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DAVALOS, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 7 de noviembre del 2018, las 15h02, VISTOS.- Por haber comparecido el actor a rendir el juramento ordenado en auto que antecede con la finalidad de citar a la parte demandada señor PANTOJA CERON TELMO JAVIER, por la prensa; al respecto se tiene en cuenta lo siguiente: PRIMERO.- Que el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, en lo pertinente señala: “Citación a través
conVocatoria De conformidad a lo que dispone la Ley de Mercado de Valores y el “Convenio de Representación de los Obligacionistas”, se convoca a los obligacionistas de la Primera Emisión de Obligaciones de la compañía DILIPA S.A., aprobada mediante Resolución No. SCV.IRQ. DRMV.2015.0336 de 21 de febrero de 2015, e inscrita en el Catastro Público de Mercado de Valores bajo el No. 2015.Q.02.001509 el 17 de marzo de 2015; con el siguiente orden del día: 1. Aprobar el informe anual de gestión del Representante de los Obligacionistas. 2. Conocer el informe que presentará DILIPA sobre la marcha del negocio. La Asamblea de Obligacionistas tendrá lugar en la ciudad de Quito, el día miércoles 30 de Enero de 2019, a las 16:00, en la Av. La Coruña N 26-92 y San Ignacio, Edificio Austria, Piso 3. atentamente, Larrea andrade &-cía. abogados asociados S.a. representante de los obligacionistas PAR/110069/AT
de uno de los medios de comunicación. A la persona o personas cuya individualidad, domicilio o residencia sea imposible determinar, se la citará mediante: 1. Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación. (…) La declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o del demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso, la hará la o el solicitante bajo juramento que se presentará ante la o el juzgador (…)”; SEGUNDO.Con el juramento rendido por el actor en el sentido de que le ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la parte demandada y de conformidad con el Art 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR al demandado señor PANTOJA CERON TELMO JAVIER, a través de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, con un extracto de la demanda, auto de calificación y esta providencia.- Por Secretaría elabórese y extiéndase el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE. f) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DAVALOS, JUEZ Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones.- Certifico. AB. LADY ESTEFANIA ALVARADO LÓPEZ SECRETARIA Hay firma y sello PAR/110023/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN: - ORTIZ CARVAJAL FERNANDO RODRIGO, JUICIO: EJECUTIVO LIQUIDACION DE SOBREGIRO OCASIONAL; NUMERO: 17306-2010-0346 ACTOR: DRA. DONOSO PROAÑO MARÍA EUGENIA, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO DEMANDADO: ORTIZ CA RVA JA L FERNANDO RODRIGO. FECHA DE INICIO: 16/03/2010
Si no quieres perderte en el olvido tan pronto como estés muerto y corrompido, escribe cosas dignas de leerse, o haz cosas dignas de escribirse. b e n Ja M í n F R a n K l i n CUANTIA: $ 6.500,00 (SEIS MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA). OBJETO: PAGO VALOR DE CAPITAL DEL SOBREGIRO, INTERESES DE MORA, COMISION, C O S TA S PROCESALES, Y, HONORARIOS PROFESIONALES. DOMICILIO: CASILLERO JUDICIAL N° 666 DR. EDUARDO ARTURO NIETO BOADA. “JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 22 de Marzo del 2010, las 14h22. VISTOS.- La demanda que por cobro de dinero presenta DRA. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO, en calidad de Procuradora Judicial del Ec. Abelardo Pachano Bertero, Presidente Ejecutivo-Gerente General del bAnco de la Producción S. A., PRODUBANCO, en contra de FERNANDO RODRIGO ORTIZ CARVAJAL, reúne los requisitos de Ley, en consecuencia, se la admite al trámite correspondiente por la vía ejecutiva, prevista en los Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Con su contenido, CITESE a FERNANDO RODRIGO ORTIZ CARVAJAL, en la dirección proporcionada por el demandante para que en el término de tres días, cumpla con la obligación demandada o en igual término formule las excepciones que se crea asistido.- Agréguese al proceso la documentación presentada.- El desglose solicitado se atenderá una vez trabada la litis, téngase en cuenta la autorización que hace la accionante para la entrega de la documentación.Regístrese la casilla judicial No. 666, que señala la demandante para recibir sus notificaciones.CITESE Y NOTIFIQUESE.-.- f). DR. MARIO ORTIZ ESTRELLA.JUEZ”. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 12 de octubre del 2017, las 11h04. Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez de Primer Nivel
conVocatoria a Junta GEnEraL EXtraorDinaria DE SocioS DE La comPañÍa oPEraDora FLoricoLa oPErFLor c. LtDa De conformidad a lo dispuesto en la Ley de Compañías, el Reglamento de Juntas Generales y el Estatuto Social de la Compañía, convoco a los señores Socios de la Compañía OPERADORA FLORICOLA OPERFLOR C. LTDA., a la Junta General Extraordinaria que tendrá lugar el día lunes 28 de enero del 2019, a las 10h00 am (diez de la mañana) en la Av. Interoceánica S/N y Calle Siena, Edificio Halcón, Oficina 312, Cantón Quito, Provincia de Pichincha. La junta convocada deberá conocer los siguientes puntos: 1. Designación de nuevo Gerente General de la compañía OPERADORA FLORICOLA OPERFLOR C. LTDA. Quito, 16 de enero del 2019 Lcda. Silvia Panchi h. GErEntE GEnEraL
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de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, según acción de personal No. 7905-DNTH-2015-KP de 2 de junio de 2015, suscrita por la ingeniera María Cristina Lemarie Acosta, Directora Nacional de Talento Humano, y economista Andrea Bravo Mogro, Directora General del Consejo de la Judicatura, en cumplimiento de lo dispuesto en Resolución No. 142-2015 de 25 de mayo de 2015, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura. Agréguese al proceso el escrito presentado y la certificación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores adjunto. En mérito del juramento rendido por el actor, que se han efectuado todas las diligencias necesarias como acudir a los registros de público acceso para tratar de ubicar a los demandados, cítese con el contenido de la demanda y presente providencia al demandado Ortiz Carvajal Fernando Rodrigo, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Actúe como Secretaria encargada de esta Unidad Judicial Civil, la Abg. Jenniffer Bastidas, mediante acción de Personal No. 3460-DP17-2016-VS.NOTIFÍQUESE.- f). LARREA DÁVALOS FELIPE PATRICIO.JUEZ”. Lo que pongo en conocimiento para los fines de ley. ABG. BASTIDAS SARMIENTO JENNIFFER ANDREA S E C R E TA R I A U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAR/110024/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: LUIS ALFREDO VIRACOCHA IZA, MARIA ETELVINA TOAPANTA CHINCHUÑA Y LUZ XIMENA VIRACOCHA TOAPANTA. JUICIO: No. 17230-2018-18760 ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: LUIS ALFREDO VIRACOCHA IZA, MARIA ETELVINA TOAPANTA CHINCHUÑA Y LUZ XIMENA VIRACOCHA TOAPANTA. OBJETO: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO. JUEZ PONENTE: DR. OSCAR RAMIRO CALERO SANCHEZ TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 11 DE DICIEMBRE DEL 2018 CUANTIA: TRECE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ( $ 13.000 ). AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 27 de diciembre del 2018, las 10h09, VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Jueza Encargada del despacho del Dr. Oscar Calero Sánchez, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro de un Contrato de Mutuo, documento que al tenor de lo previsto en el número 3 del artículo 347 del invocado cuerpo legal, constituye título ejecutivo y contiene una
obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el Art. 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada.Atento al juramento rendido por la AB. GABRIELA GISELL TAMARIZ CUZME, EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A, DEBIDAMENTE REPRESENTADA POR EL DR. JAIME MANUEL FLOR RUBIANES EN CALIDAD DE REPRESENTANTE JURIDICO DE BANCO PICHINCHA C. A. y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los demandados LUIS ALFREDO VIRACOCHA IZA, MARIA ETELVINA TOAPANTA CHINCHUÑA y LUZ XIMENA VIRACOCHA TOAPANTA, en un periódico de amplia circulación que se editen en esta ciudad de Quito, mediante tres fechas distintas, la publicación contendrá un extracto de la demanda y providencia respectiva, a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta el casillero judicial, así como su casillero electrónico designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones. La parte actora otorgue las copias necesarias para la citación.- Cítese y Notifíquese.- F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ- JUEZ Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. LIGIA GUERRERO MEDINA S E C R E TA R I A U N I DA D JUDICIAL CIVIL SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAR/110054/AT REPUBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVILCOMPLEJO JUDICIAL NORTE CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: LAURA MARGARITA MONTENEGRO CULQUI y SUSANA JANETH CULQUI CHORA Nº DE JUICIO: EJECUTIVO. 17303-2014-0056 ACTORA. AB. JOSELYN ANDREA C E VA L L O S TRUJILLO EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. . D E M A N DA DA S : L AU RA MARGARITA MONTENEGRO CULQUI Y SUSANA JANETH CULQUI CHORA CUANTÍA: DIEZ MIL DOLARES AMERICANOS PROVIDENCIAS: JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 24 de enero del 2014, las 14h22. VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Juez Titular, mediante Acción de Personal No. 4444-DNP-OQ, del 01 de Octubre del 2012 y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, la demanda que antecede, es clara y reúne los requisitos legales, en consecuencia se la acepta al tramite Ejecutivo.Las señoras Laura Margarita Montenegro Culqui y Susana Janeth Culqui Chora, en calidad
Revista judicial MIÉRCOLES 16 de eneRo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR de deudora principal y garante solidaria, respectivamente, en el término de tres días, cumplan con la obligación demandada o propongan las excepciones a las que se crean asistidas.Cítese a las demandadas LAURA MARGARITA MONTENEGRO CULQUI y SUSANA JANETH CULQUI CHORA, en las direcciones que indica la actora, a quienes se les entregarán copia de la demanda y providencia respectiva.- Agréguese al proceso el documento que acompaña.- De conformidad con el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, desglósese los documentos adjuntos, dejando copias certificadas y recibo en autos y entrèguese a las personas autorizadas por la actora.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado.Notifíquese.- F) Ab. Santiago Altamirano Ruiz, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 24 de noviembre del 2017, las 14h42.-El anexo y el escrito que antecede incorpórese al proceso.- Para los fines legales pertinentes, téngase en cuenta lo manifestado por el actor en su escrito de fecha 22 de noviembre del 2017, a las 10h16.- En lo principal, se ordena remitir nuevamente el Extracto para que sean citadas las demandadas señoras MONTENEGRO CULQUI LAURA MARGARITA y CULQUI CHORA SUSANA JANETH, puesto que en el anterior Extracto tan solo se hace constar a una de las demandadas.- Citación a las demandadas señoras MONTENEGRO CULQUI LAURA MARGARITA y CULQUI CHORA SUSANA JANETH, se lo realizará a través de la prensa en uno de los diarios o periódicos que se editan en esta Ciudad de Quito.- NOTIFÍQUESE.- f) RODAS SANCHEZ SILVIA KARINA.- JUEZA. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda. AB. JULIETA SILVANA IZA ALTAMIRANO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D.M.Q Hay firma y sello PAR/110055/AT REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A SANTOS DEONILA IMAICELA CALVA Y JOSE FRANCO QUEZADA PAUCAR. ACTOR: DR. FERDINAND WLADIMIR GALARZA LEÓN PROCURADOR JUDICIAL DE BANCO DEL AUSTRO S.A. D E M A N DA D O : SA N TOS DEONILA IMAICELA CALVA Y JOSE FRANCO QUEZADA PAUCAR. JUICIO: 17311-2009-0112. TRAMITE: EJECUTIVO- PAGARE A LA ORDEN JUEZ: Dra. Ana Karina Torres Recalde. SECRETARIO: Dr. Francisco Justicia Salgado. CUANTIA: US $ 13.500,oo (TRECE MIL QUINIENTOS DÓLARES NORTE AMERICANOS). “JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 29 de enero del 2009, las 16h50. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y en calidad de Juez Suplente mediante Oficio No. 012-DDPJAR de 24/01/2005.- La demanda que antecede es clara precisa
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y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se le admite a tramite propuesto.- En consecuencia, se dispone citar con el contenido de la demanda y presente providencia en los lugares señalados a los señores JOSE FRANCO QUEZADA PAUCAR y IMAICELA CALVA SANTOS DEONILA, a fin de que paguen lo adeudado o propongan excepciones dentro del termino legal de tres días.- Por Secretaria desglose la documentación solicita dejando copias y recibo en autos a nombre del Dr. Wladimir Galarza León.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por el compareciente para sus futuras notificaciones.CITESE Y NOTIFIQUESE.” F) Dr. Reinaldo Flor Alvarado, Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 31 de mayo del 2018, las 14h10, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez encargado mediante acción de personal No. 4834-DP17-2018MP.- Agréguese a los autos los escritos que anteceden.- Es obligación fundamental de los jueces verificar la validez procesal, presupuesto sin el cual no cabe pronunciamiento alguno sobre lo principal de la cuestión sometida a su conocimiento, pues la sentencia o la resolución, solo puede recaer, en aquella en que se hayan observado todas las solemnidades sustanciales y no se ha violado la ley o el trámite, en forma tal que pudiera influir en la decisión de fondo o de mérito.- Revisados los recaudos procesales, a fs. 57 de los autos, consta el acta de citación en forma personal, realizada el día 6 de julio del 2017, según la cual se cita a “QUEZADA PUCAR JOSE FRANCO”, cuando de la revisión de la demanda y auto de calificación, el demandado en esta causa responde a los nombre de JOSE FRANCO QUEZADA PAUCAR, con lo cual el nombre de la persona citada no corresponde al nombre del demandado.- En la especie se entregó la boleta de citación dirigida a otra persona diferente al demandado; como consta del acta de citación, la misma carece de validez, contraviniendo lo dispuesto en el Art. 75 y 76, numeral 7, literales a), b), c) de la Constitución de la República, en concordancia con el Art. 82 Ibídem.- Lo anterior, comporta que se haya incurrido en una flagrante violación de trámite, lo que incuestionablemente ha ocasionado la nulidad insanable, que ha dejado en indefensión a la parte demandada; indefensión que no mira el interés de las partes en litigio, sino la correcta administración de justicia que interesa a la sociedad, que se encuentra implícita con toda su fuerza en el Art. 346 numeral 4 del Código de Procedimiento Civil, que sanciona, la nulidad, que influye en la decisión de la causa y que el Juzgador debe declarar aun sin petición y así garantizar la correcta administración de justicia, norma que ha estado presente desde hace décadas en la legislación ecuatoriana.- Por lo expuesto, al tenor de lo prescrito en los Arts. Art. 346, numeral 4 y 1014 del Código de Procedimiento Civil, siendo además obligación del Juzgador, velar por la correcta administración de justicia, de oficio se declara la nulidad de todo lo actuado, a partir de la providencia de 5 de febrero del 2018, las 11h03, de fs. 77 inclusive, sin costas por no haberse alegado la nulidad que se declara.- En consecuencia, se dispone que se reponga el proceso al estado de citarse en legal y debida forma al demandado señor JOSE FRANCO QUEZADA PAUCAR, en la dirección constante el escrito presentado el 30
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de mayo del 2017, a las 15h29, para lo cual la parte accionante en el término de tres días y bajo prevenciones legales de ordenar el archivo de la causa en caso de incumplimiento, proporcione las copias necesarias a fin de citar al demandado.- Téngase en cuenta a la Ab. Diana Jiménez en su calidad de defensora de la parte accionante, téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado para el efecto, hágase saber a su anterior defensor que ha sido sustituido en la defensa.- Actúe en la presente causa la Dra. Paulina Ayo Velasco en su calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE.” F) Dr. Tello Aimacaña Ángel Patricio, Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 3 de enero del 2019, las 14h29, Continuando con la sustanciación de la causa.- En lo principal: En mérito al juramento rendido por la parte actora, documentos que obran de autos y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese en legal y debida forma a los señores SANTOS DEONILA IMAICELA CALVA Y JOSE FRANCO QUEZADA PAUCAR, con los recaudos procesales necesarios, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación editado en esta ciudad de Quito, la parte demandada una vez que fenezca el término señalado en el Art. 56 último inciso del Código Orgánico General de Procesos, que dispone: “…Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda…”, legalmente citados propongan las excepciones correspondientes a las que se creyeran asistidos. Para el efecto por Secretaria confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFIQUESE.” F) Dra. Ana Karina Torres Recalde, Juez. Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Dr. Francisco Justicia Salgado. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC111315fa EXTRACTO CASILLA 219 CITACIÓN JUDICIAL A: ZAMBRANO MACIAS SARA GEOCONDA, JUICIO: EJECUTIVO No. 17230-2018-06065 CUANTIA: 4.165,29 USD ACTOR: C O O P E R AT I VA DE AHORRO Y CRÉDITO DON BOSCO, JACK EDUARDO VELOZ CABEZAS, PROCURADOR JUDICIAL DEMANDADO: SARA GEOCONDA ZAMBRANO MACÍAS y BERTHA MARÍA IBARRA RIVERA
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 4 de mayo del 2018, las 08h27, VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo electrónico de ley que precede.- La demanda que antecede presentada por la Cooperativa de Ahorro y Crédito Don Bosco, en contra de las señoras Sara Geoconda Zambrano Macías (deudora principal); y, Bertha María Ibarra Rivera (garante); es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), además se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que al tenor de lo previsto en el numeral 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CÍTESE a las demandadas señora SARA GEOCONDA ZAMBRANO MACÍAS y BERTHA MARÍA IBARRA RIVERA; en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará en copias; la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial; para el efecto, envíese suficiente despacho en forma a la oficina correspondiente a fin de que se dé cumplimiento con esta diligencia (la parte accionante provea de las copias necesarias para la citación); las demandadas, conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos los documentos adjuntos a la demanda. Téngase en cuenta el casillero judicial y casillero electrónico designado por la compareciente para sus posteriores notificaciones; así como, la calidad en la que comparece y la autorización que les confiere a sus defensores técnicos. Actúe Dra. Rosa Guerrero Castro, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE..- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, martes 23 de octubre del 2018, las 13h55, Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de la parte demandada; se dispone: CÍTESE, a la parte demandada señora: ZAMBRANO MACIAS SARA GEOCONDA, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE...- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello P PL/72149/ms REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL) EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: BYRON SEGUNDO UQUILLAS VIVANCO JUICIO: No. 17230-2018-05891 ACTOR: COOP DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO D E M A N DA D OS : BY RO N SEGUNDO UQUILLAS VIVANCO CUANTIA: USD 2.606,20 dólares de los Estados Unidos de América PRETENSIÓN: Que se le condene al demandado al pago del capital adeudado constante en el pagaré a la orden el mismo que asciende a la suma de 1.512,51 dólares, más el interés a la tasa efectiva anual del 23.5% que asciende a la suma de 216,36 dólares, la máxima tasa de interés por mora, el pago de gastos judiciales y extrajudiciales, inclusive los honorarios profesionales del abogado patrocinador. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 31 de mayo del 2018, las 15h37, VISTOS: En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.3 del Código Orgánico General de Procesos COGEP.- Vista la demanda presentada se tiene: Antecedentes: Comparece la señora MARIA CRISTINA JARAMILLO GARCES, en su calidad de Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Don Bosco”, expone sus generales de ley y manifiesta que demanda al señor BYRON SEGUNDO UQUILLAS VIVANCO en su calidad de deudor principal, , por el pago del capital adeudado constante
aViSo a LoS acrEEDorES DE traEco cia. LtDa., En LiQuiDacion En mi calidad de Liquidador de la compañía TRAECO CIA LTDA., EN LIQUIDACIÓN, conforme a lo dispuesto y para los efectos determinados en el Artículo 393 de la Ley de Compañías, se notifica a los Acreedores de la compañía de mi representación, para que en el término de veinte días contados a partir de la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho en las oficinas de la compañía TRAECO CIA. LTDA., EN LIQUIDACIÓN, ubicadas en la calle Urcesino Baquero N16-99, Puembo Mangahuantag, Distrito Metropolitano de Quito. Sr. Jorge Proaño Dollera Liquidador
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en el pagaré a la orden, más el interés a la tasa efectiva anual del 23.5%, la máxima tasa de interés por mora vidente a la fecha, pago de gastos judiciales, extrajudiciales, y pago de honorarios de su abogado patrocinador. . En tal virtud se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Una vez revisada la demanda presentada, dentro del término establecido en el artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 348 y 349 ibídem, pues se fundamenta en un Pagaré a la Orden que constituye título ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347.5 y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Ejecutivo, establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP.SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto interlocutorio a la parte ejecutada señor BYRON SEGUNDO UQUILLAS VIVANCO en su calidad de deudor principal, en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del COGEP, para el efecto envíese documentación necesario al departamento de citaciones, se ordena que se le haga conocer al demandado por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, el secretario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. Actos que deberán practicarse en el momento oportuno.- TERCERO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN.- Conforme lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 días a fin de que el ejecutado señor BYRON SEGUNDO UQUILLAS VIVANCO cumpla con la obligación, formulen oposición, reconvengan o propongan excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención que estipula la norma del artículo 352 del Código citado.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el título Anuncio de los Medios de Prueba de su demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer.QUINTO.- Téngase en cuenta la
cuantía señalada y agréguese al expediente la documentación que adjunta la parte actora.SEXTO.- NOTIFICACIONES y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por el compareciente para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a su Defensor Técnico.Actúe la doctora Patricia Feijoo en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 5 de octubre del 2018, las 14h53, VISTOS: En atención a la declaración bajo juramento de desconocimiento del domicilio del demandado, se dispone que se emita los extractos de citación del demandado para que se realice las Publicaciones en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, de conformidad al numeral 1 del artículo 56 del COGEP.- NOTIFÍQUESE.- f) DR. EDWIN GERMAN PANCHO MALES.- JUEZ Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. PATRICIA M. FEIJÓO C. S E C R E TA R I A U N I DA D JUDICIAL CIVIL SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITOCOGEP Hay firma y sello P PL/72149/ms REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A GALO FERNANDO FIERRO LUNA ACTOR: JACK EDUARDO VELOZ CABEZAS, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO DEMANDADOS: MANUELA LUCIA FIERRO LUNA Y GALO FERNANDO FIERRO LUNA JUICIO No. 17230-2018-12680 TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 24/08/2018 CUANTIA: $ 2.127,66 JUEZ PONENTE: DRA. LIZBETH RON CADENA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 6 de septiembre del 2018, las 14h57, VISTOS: Agréguese al expediente el escrito que antecede.. En lo principal dispongo: PRIMERO La demanda presentada por MARIA CRISTINA JARAMILLO GARCES, Gerente y Representante de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO, es clara, precisa y contiene los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), además se funda-
menta en el cobro de un Pagaré a la Orden aparejado a la demanda, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 Ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.SEGUNDO De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- TERCERO.- CÍTESE a los demandados en la presente causa señores: 1) MANUELA LUCIA FIERRO LUNA , en la dirección señalada; para lo cual se remitirá el despacho correspondiente 2) Se señala para el día 10 de septiembre de 2018, a las 15h30, para que comparezca el accionante a esta Unidad Judicial de lo Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, ubicada en el quinto piso del edificio Complejo Judicial Norte, avenida Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito, para que rinda el juramento de la imposibilidad determinar el domicilio o residencia del demandado GALO FERNANDO FIERRO LUNA, y que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicarla, incluso acudir a los registros de público acceso, conforme a lo determinado en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de QUINCE (15) DÍAS, contados a partir de la citación comparezca a juicio, cumpla con la obligación o conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- CUARTO Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y electrónica señaladas.- NOTIFIQUESE.- F) DRA. LIZBETH RON CADENA.JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 27 de septiembre del 2018, las 13h25, VISTOS:.De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Cítese a la parte demandada GALO FERNANDO FIERRO LUNA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.-F) DRA. LIZBETH RON CADENA.JUEZA. Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial
notiFiciaciÓn a acrEEDorES DE ProYEctoS SErVicioS E inGEniEria iZY S.a. en LiQuiDaciÓn. En atención a lo dispuesto en el artículo 393 de la ley de Compañías, se notifica a los acreedores de la Compañía PROYECTOS SERVICIOS E INGENIERIA IZY S.A. , EN LIQUIDACIÓN, para que en el término de veinte días (20), contados a partir de la última publicación de este aviso, deberán presentar los documentos que acrediten los derechos como acreedores, en la Isla Pinzón y Louvre , correo svperezp@gmail.com. Transcurrido el tiempo mencionado, se tomará en cuenta a los acreedores que hayan probado su derecho, en dicho término y aquellos que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de esta Compañía con la debida justificación. ing. Santiago Pérez Liquidador de la compañía ProYEctoS SErVicioS E inGEniEria iZY S.a. en LiQuiDaciÓn Quito, 15 de Enero del 2019
PAR/110062/AT
para recibir sus notificaciones.Quito, 09 de octubre del 2018. Certifico.DR. PAUL ANDRES TAPIA SECRETARIO Hay firma y sello P PL/72149/ms EXTRACTO JUDICIAL CAUSA NRO. 17230-201806060 UNIDAD JUDICIAL CIVL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: HIDALGO GUZMAN KARINA ALEJANDRA ACTOR: MARIA CRISTINA JA RA M I L LO GARCES, REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO. DEMANDADOS: HIDALGO GUZMAN KARINA ALEJANDRA JUICIO: 17230- 2018-06060 MATERIA CIVIL: EJECUTIVO.COBRO DE PAGARE A LA ORDEN CUANTÍA: $ 779,14 DEFENSOR: AB. JACK VELOZ CABEZAS CASILLA JUDICIAL: 219 CORREO ELECTRÓNICO: Jackveloz@hotmail.com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: Con el pagaré a la orden adjunto a esta demanda, el cual constituye título ejecutivo y la obligación contenida en él es exigible en vía ejecutiva, amparado en lo que dispone el Art. 347 numeral 5 y el Art. 348 del Código Orgánico General de Procesos y Arts. 486 y 488 del Código de Comercio, demando en PROCEDIMIENTO EJECUTIVO a la señora Karina Alejandra Hidalgo Guzmán, a fin de que se le condene al pago del capital adeudado constante en el pagaré a la orden, el mismo que asciende a la suma de QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 00/100 ($ 500,00), más en interés a la tasa efectiva anual del 23,5%, que asciende a la suma de TREINTA Y NUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 92/100 ($ 39,92), la máxima tasa de
interés por mora vigente a la fecha de que su autoridad ordene el pago; y, el pago de todos los gatos judiciales extrajudiciales, inclusive los honorarios profesionales de mi abogado patrocinador..- Dr. LEONARDO ANDRES EGUIGUREN BERMEO.- JUEZ.AUTO ADMISORIO.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Quito, lunes 14 de mayo del 2018, las 13h39, VISTOS.- Dr. Leonardo Andres Eguiguren Bermeo, Juez de la Unidad Judicial Civil de la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, mediante acción de Personal Nro. 9637-DNTH-2017-CIP, del 30 de noviembre de 2017 del Consejo Nacional de la Judicatura; avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo de ley. En lo principal, se dispone: 1.- La demanda que antecede presentada por María Cristina Jaramillo Garces en calidad de Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito DON BOSCO, conforme lo justifica con la documentación adjunta es clara, precisa, completa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo cuerpo legal invocado; por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.2.- Se ordena la citación de la demandada señora KARINA ALEJANDRA HIDLGO GUZMÁN, en la dirección indicada en el libelo de demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. El accionante proporcione las copias necesarias.- 3.- En aplicación de los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el TÉRMINO DE QUINCE DÍAS (15 días) para que la demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353
conVocatoria a Junta EXtraorDinaria DE SocioS DE La comPañÍa aZurEuS SErVicioS c.L. De conformidad con el artículo Séptimo del Estatuto de la Compañía, se convoca a los señores socios de la compañía AZUREUS SERVICIOS C.L., a la Junta Extraordinaria que se celebrará el 25 de enero de 2019, a las 09:00 a.m., en el domicilio de la compañía ubicada en la Calle Sexta N43116 y Avenida el Parque, sobre el Centro Comercial El Bosque. El objeto de la Junta será tratar el único punto en el orden del día: •
Rectificación del punto del orden del día de la JUNTA GENERAL UNIVERSAL Y EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE FECHA 2 DE ENERO DEL 2019 A LAS 9:00, referente al cambio de objeto social por AMPLIACION DE OBJETO SOCIAL.
Adicionalmente se informa que toda la información relacionada con el orden del día de la Junta Extraordinaria convocada mediante este acto se encuentra a la disposición de los Socios en las oficinas de la compañía. Quito, 16 de enero del 2019 GuErra-koVacS kriSZtina ErZSEbEt GErEntE GEnEraL compañía aZurEuS SErVicioS c.L. PAR/110067/AT
del citado código, y en el caso de formular oposición acompañen la prueba de conformidad con lo dispuesto en el Art. 351 inciso 5 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esta resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Tómese en cuenta el casillero judicial No. 219 y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.OTRO AUTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, miércoles 3 de octubre del 2018, las 15h32, En virtud del juramento rendido en acta de 01 de octubre del 2018, CITESE a la parte demandada señora HIDALGO GUZMAN KARINA ALEJANDRA por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- CERTIFICO.ABG. JESUS VICENTE DE LA CRUZ HARO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P PL/72149/ms
De acuerdo al estatuto en vigencia, se convoca a todos los Sres. socios del Comité Promejoras “CAUPICHU 2”, a la Asamblea General Ordinaria que se llevará a cabo el día domingo 20 de enero de 2019, a las 09:00 horas, en la casa barrial ubicado en la Av. Turubamba y Av. Leónidas Dublés para tratar el siguiente orden del día.
cuantía señalada. SEGUNDO: En consecuencia, la demandada MARLENE MARICELA QUISHPE CAHUATIJO; conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días conteste la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. TERCERO: CÍTESE con el contenido de la demanda, escrito de aclaración, copia de los documentos adjuntos y el presente auto, a la demandada MARLENE MARICELA QUISHPE CAHUATIJO en el lugar señalado mediante deprecatorio virtual a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del Cantón Mejía, en la forma prevista en el Art. 54 o 55 del COGEP, previniéndoles de la obligación de señalar casillero judicial y/o electrónico para sus notificaciones.-CUARTO.-Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda. Téngase en cuenta el casillero judicial y correos electrónicos señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensor.-NOTIFÍQUESE. f) CHALÁN GUAMÁN MYRIAM VIVIANA.-JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 26 de septiembre del 2018, las 14h18. VISTOS.Por cuanto el ABG. VELOZ CABEZAS JACK EDUARDO, en cumplimiento de lo ordenado en providencia que antecede ha rendido juramento en calidad de PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO, téngase en cuenta la calidad en la que comparece.- Cítese a la demandada MARLENE MARICELA QUISHPE CAHUATIJO mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.-Remítase al casillero judicial de la parte actora el extracto correspondiente.-Notifíquese. f) CHALÁN GUAMÁN MYRIAM VIVIANA.-JUEZA Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico y correos electrónicos para sus notificaciones..-CERTIFICO. CHECA ALTUNA ROSARIO ELIZABETH SECRETARIA Hay firma y sello P PL/72149/ms
1. Constatación del Quórum e instalación de la Asamblea; 2. Informe del Sr. Presidente; 3. Informe del Sr. Contador; 4. Conocimiento y Resolución de los terrenos de alta tensión; 5. Conocimiento y Resolución sobre el Presupuesto, Plan de Gestión y Cronograma de Actividades para el año 2019; 6. Asuntos varios y resoluciones;
RAZON correspondiente al Juicio No. 1723020181560(19613346) REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A WALTER ANTONIO CAGUA MÁRQUEZ JUICIO No. 17230-2018-00531 ACTOR: MARIA CRISTINA JARAMILLO GARCÉS, GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO
R. DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: MARLENE MARICELA QUISHPE CAHUATIJO ACTOR: ABG. VELOZ CABEZAS JACK EDUARDO PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA
DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO DEMANDADA: MARLENE MARICELA QUISHPE CAHUATIJO TRAMITE: PROCEDIMIENTO EJECUTIVO No.17233-02848 CUANTIA: USD $ 652,54 OBJETO: Que se condene a la demandada al pago del valor adeudado, intereses, gastos judiciales y extrajudiciales y honorarios profesionales del abogado de la parte actora. F U N DA M E N TO L EGA L . Arts.347 numeral 5 y 348 del Código Orgánico General de Procesos, 486 y 488 del Código de Comercio. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 5 de julio del 2018, las 08h43. VISTOS.-Agréguese el escrito presentado por la parte accionante. Por cuanto se ha dado cumplimiento al auto que antecede, se dispone: PRIMERO: La demanda y el escrito de aclaración a la demanda presentada por María Cristina Jaramillo Garcés en calidad de Gerente General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Don Bosco es clara, precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 5 del artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código, por lo que, se CALIFICA y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Téngase en cuenta la
COMITÉ PROMEJORAS CAUPICHU 2 “CIUDADELA METROPOLITANA CAUPICHU” CONVOCATORIA
NOTA: En caso de no existir el quórum reglamentario, la Asamblea dará inicio una hora posterior a la convocada con los socios presentes tal como determina el Estatuto vigente. Deberán asistir con la cédula original, papeleta de votación y datos de la propiedad. MSc. Enrique Muñoz Naula PRESIDENTE DEL COMITÉ Sra. Luz América Fajardo Paladines SECRETARIA DE ACTAS Y COMUNICACIONES P PL/72188/ms
Sabido es que un hombre de ciencia puede valer por diez mil soldados. F o R e s t R ay M o u lt o n
Y CRÉDITO “DON BOSCO” DEMANDADOS: WALTER ANTONIO CAGUA MARQUEZ TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD. $ 680,00 JUEZ: AB. GABRIELA LEMOS TRUJILLO SECRETARIA: AB. TANIA VILLARREAL PRETENSIÓN: Que se condene al demandado al pago del capital adeudado constante en el pagaré a la orden, mismo que asciende a USD $420,65 más el interés a la tasa efectiva anual del 23.5% que asciende a USD. 25,03, la máxima tasa de interés por mora vigente a la fecha que se ordene el pago, gastos judiciales y extrajudiciales, honorarios profesionales. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 8 de febrero del 2018, las 14h14, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.PRIMERO: CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- La demanda presentada, es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y se fundamenta en el pagare a la orden que adjunta, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- SEGUNDO.- En consecuencia, la parte demandada señor CAGUA MARQUEZ WALTER ANTONIO, en el término de QUINCE (15) días, conteste a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP, pague la obligación o proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. TERCERO.- CÍTESE al demandado, en el lugar señalado en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 53 y siguientes del COGEP. Para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.QUINTO.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte
accionante para recibir sus notificaciones y la autorización que confiere a sus abogados patrocinadores.- NOTIFÍQUESE.- F. Jenny Tafur (Jueza). UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 27 de agosto del 2018, las 16h18, En mérito del juramento rendido por el actor, que manifiesta “…que se han efectuado todas las diligencias necesarias para ubicar a WALTER ANTONIO CAGUA MÁRQUEZ como acudir a los registros de público acceso, ha sido imposible determinar su domicilio o residencia…”; en tal virtud, CÍTESE con el contenido de la demanda y presente providencia al prenombrado demandado por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, conforme lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; para dicho efecto remítase el extracto correspondiente al casillero judicial señalado.- NOTIFÍQUESE. F. AB. GABRIELA LEMOS (JUEZA). Lo que pongo en su conocimiento, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito y casilla electrónica para posteriores notificaciones. Ab. Tania Villarreal SECRETARIA Hay firma y sello P PL/72149/ms REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: GADULA ELENA VERA GANCHOZO JUICIO: No. 17230-2018-05892 ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “ DON BOSCO “. DEMANDADO: GADULA ELENA VERA GANCHOZO. OBJETO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUEZ PONENTE: DR. OSCAR RAMIRO CALERO SANCHEZ TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 27 DE ABRIL DEL 2018 CUANTIA: MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 77/100 ( $ 1.395,77 ). AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 9 de mayo del 2018, las 15h22, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez de la Unidad Judicial, y en virtud del sorteo realizado, se considera: La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) , al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, deter-
LLAMAMIENTO A ACREEDORES De conformidad con lo dispuesto en el Art. 27 del Reglamento de Disolución, Liquidación, Reactivación de Compañías se notifica a los acreedores de GEOAMBIE CÍA LTDA. "EN LIQUIDACIÓN" para que en el término de veinte días a partir de esta publicación presenten los documentos que acrediten su derecho. Transcurrido este término, se tomará en cuenta a los acreedores que hayan probado su calidad y todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación. Las comunicaciones con sus documentos que acrediten su acreencia deberán presentarse en las oficinas de la empresa ubicadas en la calle De Las Toronjas N49-4S y pasaje Colon sector El Inca, correo electrónico guchaca@hotmail.com. Atentamente,
minada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- Se ordena la citación del demandado GADULA ELENA VERA GANCHOZO, en el domicilio señalado.- Para el efecto, la parte actora provea las copias necesarias para la presente diligencia; hecho que sea, remítase despacho suficiente a la Oficina de Citaciones.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos y téngase en cuenta el anuncio de prueba por parte del accionante.- Tómese en cuenta la autorización al abogado defensor, el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZJUEZ.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 29 de octubre del 2018, las 16h05, Atento al juramento rendido por el AB. JACK VELOZ CABEZAS, PROCURADOR JUDICIAL DE LA SEÑORA MARIA CRISTINA JARAMILLO GARCES, EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “DON BOSCO “, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada GADULA ELENA VERA GANCHOZO, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editen en esta ciudad de Quito, mediante tres fechas distintas, la publicación contendrá un extracto de la demanda y providencia respectiva.Notifíquese.- F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ- JUEZ Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. LIGIA GUERRERO MEDINA S E C R E TA R I A U N I DA D JUDICIAL CIVIL SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P PL/72149/ms REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. C.O.G.E.P. CITACION JUDICIAL PARA: LUIS ALONSO VARGAS LASO y MARIA JOSE VIZCAINO RUANO JUICIO EJECUTIVO NO. 172302018-06063 JUEZ PONENTE: DR. Luis Fernando Landázuri Salazar S EC R E TA R I A : MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ MATERIA: CIVIL TIPO PROCESO: EJECUTIVO ACCION: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO DEMANDADO: LUIS ALONSO VARGAS LASO y MARIA JOSE VIZCAINO RUANO
Revista judicial MIÉRCOLES 16 de eneRo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR CUANTIA: US$5105,53 EXTRACTO DE LA DEMANDA (…) Del pagaré a la orden adjunto, con fecha 11 de agosto del 2015, mi representada entregó en calidad de préstamo la suma de USD4000,00, a favor del señor Luís Alonso Vargas Laso, y a su cónyuge señora María José Vizcaíno Ruano. De manera sorpresiva en el mes de mayo del año 2017, los deudores ahora demandados dejaron de cancelar sus obligaciones mensuales y pese a los constantes requerimientos que amablemente le ha realizado la Cooperativa de Ahorro y Crédito Don Bosco no han cancelado el saldo deudor. Se encuentran adeudando de plazo vencido, parte del capital del crédito concedido más el interés nominal del 22.5% y el interés de mora convenidos en el pagaré a la orden. Se demanda el pago a partir del dividendo No. 19.- PRETENSIÓN: (…) Se condene al pago del capital adeudado que asciende a la suma de DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 22/100 ($2.386,22) MÁS EL INTERÉS A LA TASA EFECTIVA ANUAL DEL 22.5% QUE ASCIENDE A ($562,85), LA MÁXIMA TASA DE INTERÉS POR MORA VIGENTA A LA FECHA Y EL PAGO DE TODOS LOS GASTOS JUDICIALES Y EXTRAJDICIALES, INCLUISVE LOS HONORARIOS PROFESIONAES DEL ABOGADO PATROCINADOR. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 9 de mayo del 2018, las 16h25, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo realizado. 1) La demanda que antecede es clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma que se fundamenta en un documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo Código, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 2) Cítese a la parte accionada LUIS ALONSO VARGAS LASO y MARIA JOSE VIZCAINO RUANO, en el lugar que se indica; de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico; para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones.- 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronun-
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ciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. 5) Agréguese la documentación que se acompaña. Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada, casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. Actúe la Dra. Miriam Vizcarra, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) Dr. Luis Fernando Landázuri Salazar, Juez.- CERTIFICO.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUTIO, PROVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, viernes 5 de octubre del 2018, las 15h41, VISTOS: En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la parte demandada VARGAS LASO LUIS ALONSO y VIZCAINO RUANO MARIA JOSE, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.f) Dr. Luis Fernando Landázuri Salazar, Juez.- CERTIFICO Lo que comunico a usted (s) para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico, para sus notificaciones, conforme dispone la ley.MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello P PL/72149/ms EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: A LA SEÑORA PATIÑO SIMBAÑA LUZ CARMEN AC TO R : C O O P E R AT I VA DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO, JARAMILLO GARCES MARIA CRISTINA (REPRESENTANTE) DEMANDADO/A: PATIÑO SIMBAÑA LUZ CARMEN JUICIO No: 17230-2017-07050 CUANTIA: DOSCIENTOS VEINTE Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 225,oo) TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: AL PAGO DEL C A P I TA L ADEUDADO CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN, EL MISMO QUE ASCIENDE A LA SUMA DE CIENTO VEINTE Y OCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS, MÁS LOS INTERÉS A LA TASA
AVISO DE ACREEDORES IMAGEN DEL ECUADOR FACEBODY CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN En mi calidad de Liquidador principal de la compañía IMAGEN DEL ECUADOR FACEBODY CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN, notifico a todos aquellos acreedores de mi representada, en base al artículo 393 de ia Ley de Compañías y el artículo 27 de la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2016-010, de 06 de octubre de 2016, para que presenten en el término de veinte (20) días contados a partir de la última publicación de este aviso, los documentos que acrediten su derecho, para lo cual deberán acercarse a la calle Noruega 210 y oficina 2C, de esta ciudad de Quito. Ab. Mario Alfredo Moncayo Altamirano Liquidador
LUCIA CAROLINA ARAUJO ROSERO LIQUIDADOR P PL/72174/ms
P PL/72179/ms
Revista judicial c10
MIÉRCOLES 16 de eneRo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR
EFECTIVA ANUAL DEL VEINTE Y DOS PUNTO CINCO POR CIENTO QUE ASCIENDE A LA SUMA DE DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CUARENTA Y UN CENTAVOS, LA MÁXIMA TASA DE INTERÉS POR MORA VIGENTE A LA FECHA, LA COMISIÓN DE UN SEXTO POR CIENTO DEL CAPITAL, AL PAGO DE GASTOS PROCESALES Y EXTRAJUDICIALES Y HONORARIOS PROFESIONALES.JUEZ: DRA. CINTHYA GUADALUPE MOLINA DEFENSOR: AB. JACK VELOZ CABEZAS FECHA DE INICIO: 16-05-2017 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por la señora MARIA CRISTINA JARAMILLO GARCES, en calidad de Gerente y representante legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Don Bosco”, conforme se halla justificado de autos, es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en un pagare a la orden que adjunta y que obra a fojas 4 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- SEGUNDO: En consecuencia, la demandada LUZ CARMEN PATIÑO SIMBAÑA, en el término de QUINCE (15) días, conteste la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme a lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el apartado denominado “ANUNCIO DE PRUEBA” de la demanda en lo que hubiere lugar; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO: CÍTESE con el contenido de la demanda, el escrito que antecede y el presente auto, a la demandada señora LUZ CARMEN PATIÑO SIMBAÑA, en el lugar señalado en el escrito que antecede y croquis adjunto; para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones, para lo cual la parte actora facilite las copias necesarias.- QUINTO: No se ordena el desglose solicitado por la parte actora, de conformidad al numeral 4 del Art. 196 del COGEP. Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda y escrito anterior. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensor técnico.NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, lunes 9 de julio del 2018, las 09h41, En vista de la declaración bajo juramento realizado por la parte accionante de las gestiones que ha realizado para dar con el paradero del demandado y de la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia del demandado, con fun-
damento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la señora PATIÑO SIMBAÑA LUZ CARMEN, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación que se editen en esta ciudad; por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda y de las providencias respectivas.NOTFIQUESE Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. LOURDES TAYA A. SECRETARIA Hay sello y firma P PL/72149/ms
ORDINARIOS R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL EXTINTO QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ DOMINGO TAPUY SHIGUANGO ACTORA: MARGARITA GREFA TANGUILA DEMANDADOS: BLAS EDUARDO TAPUY SHIGUANGO (+); DOMINGO TAPUY S H I G UA N G O ; JAC I N TA JOAQUINA SHIGUANGO GREFA (+); ROBERTO CARLOS CASTRO MARTÍNEZ. JUICIO: ORDINARIO NÚMERO: 15301-2013-0248 ASUNTO: PRESCRIPCIÓN E X T R A O R D I N A R I A ADQUISITIVA DE DOMINIO JUEZA: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO TENA, MIERCOLES 27 DE NOVIEMBRE DEL 2013, LAS 15H44. Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez encargado conforme a lo dispuesto en el oficio No. DP15-437-TH-DPN-2013. En lo principal, la contestación dada a la demanda por parte del demandado señor Domingo Tapuy Shiguango, por cuanto reúne los requisitos de Ley, por Jo que se le acepta a trámite; Téngase en cuenta las excepciones propuestas, la Designación de sus defensores, la casilla Judicial y el correo electrónico señalado para sus notificaciones. Incorpórese al proceso el escrito presentado por el señor Roberto Carlos Castro Martinez y téngase en cuenta lo manifestado, la designación de su defensor, la casilla judicial y eJ correo electrónico señalado para sus notificaciones; y de conformidad con lo dispuesto en eJ Art. 84 del Código de Procedimiento Civil se les considera legamente citados.- Incorpórese al proceso el escrito presentado por la parte actora y con la afirmación que hacen los actores bajo juramento de que es imposible determinar y que desconoce el domicilio o residencia de los presuntos herederos y desconocidos, de los herederos ausentes y desconocidos del señor Blas Eduardo Tapuy Shiguango, cítesele por la prensa (…) NOTIFIQUESE TENA, MARTES 23 DE OCTUBRE DEL 2018, LAS 09H00, (…).- c) En cuanto a lo solicitado en el acápite IV, cítense a los herederos conocidos en el lugar que la demandada indique y a los presuntos herederos de DOMINGO TAPUY SHIGUANGO céd. 1500030430, mediante publicación en el Diario “La Hora”; y que tiene amplia circulación nacional, tal como dispone el Art. 56 numeral 1 del COGEP; para el efecto, el actuario de este despacho concederá de forma inmediata el extracto respectivo; (…).- 3) Actúe como secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en Tena- Napo el Ab. Jonny Jaime Benavides Guayta.CÚMPLASE.- NOTIFIQUESE
Ab. Jonny Jaime Benavides Guayta S E C R E TA R I O U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA DE NAPO TELF. 062998-900 EXT. 63001 Hay firma y sello P PL/72171/ms
SOCIEDADES CONYUGALES EXTRACTO LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL DE JOHANNA VERONICA ALVAREZ CEVALLOS RAUL GONZALO ENDARA SALGUERO NOTARIA CUARTA DEL CANTON QUITO: Pongo en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante mí Doctor ROMULO JOSELITO PALLO QUISILEMA, NOTARIO CUARTO DEL CANTON QUITO, los señores JOHANNA VERONICA ALVAREZ CEVALLOS y RAUL GONZALO ENDARA SALGUERO, procedieron a liquidar el patrimonio de la Sociedad Conyugal, mediante escritura pública realizada en la Notaría Primera del Cantón Quito, de fecha 10 de octubre del 2016, se declara la Terminación de la Unión de Hecho, la misma que se encuentra debidamente marginada en el Registro Civil el 27 de octubre del 2016. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, celebrada ante mi Doctor ROMULO JOSELITO PALLO QUISILEMA, NOTARIO CUARTO DEL CANTON QUITO el cuatro de enero del dos mil diecinueve, por lo que en aplicación a lo dispuesta en el Artículo Sexto de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial número Cuatrocientos seis de fecha veinte y ocho de Noviembre del dos mil seis, que faculta a los Notarios disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, correspondientes la escritura de la liquidación de la Sociedad Conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal. Mediante una sola publicación, en uno de los periódicos de circulación Nacional, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores JOHANNA VERONICA ALVAREZ CEVALLOS y RAUL GONZALO ENDARA SALGUERO, otorgada mediante escritura pública antes indicada, por el término de veinte (20) días, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada^ dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, a catorce de enero del año dos mil diecinueve. DR. ROMULO JOSELITO PALLO QUISILEMA NOTARIO CUARTO DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAC111321fa EXTRACTO NOTARIA TRIGÉSIMA DEL CANTÓN QUITO:- Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante mí Dr. Darío Andrade Arellano, Notario Trigésimo del Cantón Quito, el 14 de DICIEMBRE del 2018, los señores NIVARDO VINICIO ENCALADA PALADINES Y ZORAYA ANA CASTILLO
Saber olvidar, más es dicha que arte. b a lta s a R g R ac i á n
TORRES, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal; con fecha veinte y uno de diciembre de dos mil diecisiete; se declaró disuelto el vínculo matrimonial y por ende también disuelta la sociedad conyugal formada por los señores NIVARDO VINICIO ENCALADA PALADINES y ZORAYA ANA CASTILLO TORRES.- Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de los bienes de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de los bienes de la sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores NIVARDO VINICIO ENCALADA PALADINES y ZORAYA ANA CASTILLO TORRES, otorgada mediante escritura pública de 14 de DICIEMBRE del 2018 ante el suscrito Dr. Darío Andrade Arellano, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, 14 de DICIEMBRE del 2018 EL NOTARIO DR. DARÍO ANDRADE ARELLANO NOTARIO TRIGÉSIMO DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAR/110064/AT
VARIOS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL) EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: HELENA SOFÍA HERVAS ROSENFELD en calidad de Representante Legal de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES y señora IVONNE CECILIA ROSENFELD PAZ, como accionista de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES CAUSA NO. 17230-2017-15656 ACTOR: OVIEDO CORONADO KLEVER RAMIRO y VAZQUEZ MERCHAN BERTHA FERNANDA DEMANDADOS: HELENA SOFÍA HERVAS ROSENFELD en cali-
dad de Representante Legal de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES y señora IVONNE CECILIA ROSENFELD PAZ, como accionista de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES. CUANTIA: USD $ 10.000 PRETENSIÓN: Mediante sentencia se ordene a las demandas el pago de los valores adeudados con el máximo interés convencional de mora. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 30 de noviembre del 2017.- VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo realizado. Previamente a disponer lo que corresponda, con fundamento en el inciso segundo del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, la parte actora en el término de tres días y bajo prevenciones legales, aclare y de cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 4 y 9 del Art. 142 ibídem, esto es: a) Los nombres completos y la designación del lugar en que debe citarse a la o al demandado, además de dirección electrónica, si se conoce; b) La pretensión clara y precisa que se exige, de conformidad con el Acta Transaccional y documentos que adjunta a la demanda. SEGUNDO.- NOTIFICACIONES y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por el compareciente para posteriores notificaciones. Actúe el Dr. Alejandro Ochoa, en calidad de Secretario de la Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 10 de enero del 2018.VISTOS.- Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora.- Por haberse dado cumplimiento al auto de sustanciación anterior se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por Oviedo Coronado Klever Ramiro, Vazquez Merchan Bertha Fernanda, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- SEGUNDO: En consecuencia, las demandadas señoras: HELENA SOFÍA HERVAS ROSENFELD, en calidad de Representante Legal de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES; y, la señora IVONNE CECILIA ROSENFELD PAZ, como accionista de la Asociación
en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES, en el término de QUINCE (15) días, contesten a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO: CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, las demandadas señoras: HELENA SOFÍA HERVAS ROSENFELD, en calidad de Representante Legal de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES; y, la señora IVONNE CECILIA ROSENFELD PAZ, como accionista de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES, en el lugar señalado en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 54 y 55 del COGEP. Para el efecto de conformidad conforme lo determinado en el artículo 72 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con los artículos 30 y 146 del Código Orgánico de la Función Judicial, remítase atento deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, se requiere a la parte interesada proveer las copias respectivas para que se lleve a cabo dicha diligencia.QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados por la parte actora.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones.- Actúe el Dr. Alejandro Ochoa, en calidad de Secretario de la Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 29 de noviembre del 2018, las 16h19, En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la Actora, conforme lo dispone el Art.- 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a las demandadas señora HELENA SOFÍA HERVAS ROSENFELD en calidad de Representante Legal de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES y señora IVONNE CECILIA ROSENFELD PAZ, como accionista de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual por Secretaría se entregará el extracto respectivo. NOTIFIQUESE.-f) AB. RUTH MARIANA RACINES MOLINA, JUEZA.Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. PATRICIA M. FEIJÓO C. SECRETARIA (e) UNIDAD JUDICIAL CIVIL SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO-COGEP
Hay firma y sello PAR/110038/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: BUCHELI PATIÑO GABRIEL ENRIQUE JUICIO N° : VERBAL SUMARIO – FACTURAS - 172302016-07227 ACTOR : COMPAÑÍA QUIFATEX S.A. DEMANDADOS : GABRIEL ENRIQUE BUCHELI PATIÑO CUANTÍA : $ 350.000.00 DOMICILIO JUDICIAL : DR. HUGO LARA LUNA OBJETO: En virtud de los fundamentos de hecho presentados y sobre la base de los fundamentos de derecho; acudo ante Usted señor Juez y en Juicio Verbal Sumario demando al señor GABRIEL ENRIQUE BUCHELI PATIÑO, a fin de que en sentencia se le condene a lo siguiente: 1.- Al pago del valor adeudado en concepto del precio de los productos que constan en las facturas señaladas en los fundamentos de hecho de esta demanda que asciende en un total de USD. $ 297.062,24. 2.- Al pago de los intereses por retardo en los términos establecidos en el artículo 202 del Código de Comercio. 3.- Al pago de los intereses por mora- 4.Pago de los honorarios profesionales. 5.- Al pago de las costas judiciales. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 31 de mayo del 2016, las 11h34. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, conforme Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura N° 215-2015 de 27 de julio del 2015, publicada en el Registro Oficial N° 567 de 18 de agosto del 2015 y por el sorteo realizado. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos legales establecidos en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil por lo que se la acepta al trámite verbal sumario. En consecuencia con la demanda presentada y auto recaído en ella córrase traslado a GABRIEL ENRIQUE BUCHELI PATIÑO para los fines legales pertinentes. Cítese a la accionada en el lugar designado para lo cual envíese suficiente despacho y la parte interesada prestara las facilidades del caso.- De conformidad a lo dispuesto en el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copia y recibo en autos desglósese los documentos solicitados una vez que se encuentra notificada la parte demandada.Téngase en cuenta la calidad con la que comparece el accionante debidamente justificado con el documento que se acompaña, la casilla judicial señalada No. 5633, correo electrónico señalado por el accionante y agréguese la documentación adjunta. Actúa el Ab. Carlos Huilca en calidad de secretario de esta unidad.- NOTIFIQUESE. F.: VITERI MOYA ANA (JUEZA) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
Quito, miércoles 19 de diciembre del 2018, las 13h53, Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Encargado mediante acción de personal No. 15319-DP17-2018-MP, de 17 de diciembre del 2018. Por cumplido con el requerimiento anterior y en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el actor, conforme lo dispone el Art. 56 del COGEP, CÍTESE por la prensa a BUCHELI PATIÑO GABRIEL ENRIQUE, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE. F.: SALTOS PINTO LUIS (JUEZ) Lo que comunico a Uds., para los fines legales pertinentes, previniéndole con la obligación de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito, para sus futuras notificaciones. AB. PAULINA AYO VELASCO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAR/110039/AT REPUBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVILCOMPLEJO JUDICIAL NORTE CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MARCELO ESTEBAN MULLER MEJIA Nº DE JUICIO: VERBAL SUMARIO. 17310-2013-0282 ACTORA. AB. JOSELYN ANDREA CEVALLOS TRUJILLO DEMANDADO: MARCELO ESTEBAN MULLER MEJIA CUANTÍA: CATORCE MIL DOLARES AMERICANOS PROVIDENCIAS: JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 6 de mayo del 2013, las 14h09. VISTOS: En razón del sorteo legal, la competencia de esta causa, se ha radicado en esta Judicatura. Por lo tanto, avoco conocimiento de la misma en calidad de Jueza Titular de esta judicatura. En lo principal, la demanda presentada es clara y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia, dése el trámite Verbal Sumario de conformidad a lo dispuesto en el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil.Cítese al demandado MARCELO ESTEBAN MULLER MEJIA, en el lugar que se indica para el efecto.- Téngase en cuenta el domicilio judicial señalado y la calidad en la que comparece el accionante.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- DRA. LIZBETH RON CADENA.-JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, lunes 19 de noviembre del 2018, las 11h31, Agréguese al proceso el escrito y documento adjunto presentados. En atención a lo solicitado se dispone: 1.- Agréguese al proceso el certificado emitido del Ministerio de Relaciones Exteriores en el que consta que el señor MARCELO ESTEBAN MULLER MEJIA, no consta en el registro consular, en tal virtud la parte actora cumpla con la declaración bajo juramento de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la parte demandada y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de
AVISO DE ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA COTECNA INSPECTION S.A., EN LIQUIDACIÓN
AVISO LLAMADO ACREEDORES Se notifica a todos los acreedores de la Compañía BENALCASA S.A. EN LIQUIDACION para que en el término de veinte días, contados desde la tercera y última publicación de este aviso, se acerquen a la oficina ubicada en la AV. 10 DE AGOSTO NO.2270 Y LUIS CORDERO-PISO 8, correo electrónico: opjayam@gmail. com, y presenten los documentos que acrediten su derecho. Transcurrido dicho término se tomarán en cuenta solo los acreedores que hubieran probado su calidad y a los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 393 de la Ley de Compañías y el Art. 27 del Reglamento Sobre Inactividad Disolución, Liquidación, Reactivación y Cancelación de Compañías Nacionales, y Cancelación del Permiso de Operación de Sucursales de Compañías Extranjeras, se notifica a todos los acreedores de la Compañía Cotecna Inspection S.A. “EN LIQUIDACION” con No. de RUC 1791276523001, para que en el término de veinte días, contados desde la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten sus derechos, en las calles Rumipamba E3-324 y Amazonas, Edificio Torre Carolina, Piso 8, del Distrito Metropolitano de Quito. Transcurrido este término se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su calidad y el de todos los reconocidos como tales en los libros de la compañía. José Aparicio Romero Granizo Gerente General y Representante Legal SUPRAQUAM S.A. Liquidador Principal
OMAR PATRICIO JAYA MALDONADO LIQUIDADOR BENALCASA S.A. EN LIQUIDACION P PL/72163ms
P PL/72178/ms
esta forma, como acudir a los registros de público acceso.NOTIFIQUESE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 19 de diciembre del 2018, las 14h29, Por cuanto la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha 19 de noviembre del 2018, se ordena citar al demandado señor MARCELO ESTEBAN MULLER MEJIA, mediante publicaciones que se hará a través de la prensa, en uno de los periódicos o diarios de amplia circulación que se editan en esta Ciudad de Quito, para lo cual por Secretaría confiérase el respectivo Extracto.- NOTIFIQUESE. F) RODAS SANCHEZ SILVIA KARINA.-JUEZA Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda. AB. JULIETA SILVANA IZA ALTAMIRANO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D.M.Q Hay firma y sello PAR/110056/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: GERMAN ENRIQUE YÁNEZ VARGAS ACTOR: DR. ANTONIO RAMON RODRÍGUEZ (BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A.) DEMANDADOS: GERMAN ENRIQUE YÁNEZ VARGAS C UA N T I A : DOCE MIL QUINIENTOS DÓLARES (USD $12.500) JUICIO Verbal Sumario No. 17310-2010-0819 OBJETO: PAGO DEL CAPITAL, INTERESES, PAGO COSTAS JUDICIALES. “JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 14 de julio del 2010, las 10h41. VISTOS.- Previo sorteo de Ley correspondiente, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular de esta judicatura.- La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite verbal sumario solicitado.- En consecuencia, En consecuencia en mérito al juramento que tiene rendido la parte actora y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese en legal y debida forma a la parte demandada señor GERMAN ENRIQUE YÁNEZ VARGAS, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad.- Tómese en cuenta la calidad en la que comparece el Dr. Antonio Rodríguez Vicens, como Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A., Produbanco.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalado para posteriores notificaciones.Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.- Cítese y Notifíquese. f.) Dr. José Martínez Naranjo. JUEZ. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 19 de diciembre del 2018, las 15h27, Cumplido que ha sido a lo solicitado en providencia anterior, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite verbal sumario solicitado.- En consecuencia, atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor YANEZ VARGAS GERMAN ENRIQUE, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- Cítese y Notifíquese”.- f) Ab. Saltos Pinto Luis Sebastián, JUEZ
Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Víctor Geovanny Reyes Chulde S E C R E TA R I O U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/110057/AT
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: GERMAN ENRIQUE YÁNEZ VARGAS ACTOR: DR. ANTONIO RAMON RODRÍGUEZ (BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A.) DEMANDADOS: GERMAN ENRIQUE YÁNEZ VARGAS C UA N T I A : DOCE MIL QUINIENTOS DÓLARES (USD $12.500) JUICIO Verbal Sumario No. 17310-2010-0819 OBJETO: PAGO DEL CAPITAL, INTERESES, PAGO COSTAS JUDICIALES. “JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 14 de julio del 2010, las 10h41. VISTOS.- Previo sorteo de Ley correspondiente, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular de esta judicatura.- La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite verbal sumario solicitado.- En consecuencia, En consecuencia en mérito al juramento que tiene rendido la parte actora y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese en legal y debida forma a la parte demandada señor GERMAN ENRIQUE YÁNEZ VARGAS, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad.- Tómese en cuenta la calidad en la que comparece el Dr. Antonio Rodríguez Vicens, como Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A., Produbanco.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalado para posteriores notificaciones.- Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.- Cítese y Notifíquese. f.) Dr. José Martínez Naranjo. JUEZ. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 19 de diciembre del 2018, las 15h27, Cumplido que ha sido a lo solicitado en providencia anterior, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite verbal sumario solicitado.- En consecuencia, atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor YANEZ VARGAS GERMAN ENRIQUE, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- Cítese y Notifíquese”.- f) Ab. Saltos Pinto Luis Sebastián, JUEZ Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Víctor Geovanny Reyes Chulde S EC R E TA R I O U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/110057/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N ° 2775572018-RMGO ACTOR: MARÍA ISABEL PARRA CÁCERES ACCIONADO: OLGA LAURA LUCANO QUISHPE
CAUSAL: Art. 172 numeral 1 del Código de Trabajo. INSPECCION DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 09 de enero del 2019, a las 16H40.Dentro de la solicitud de Visto Bueno N° 277557-2018-RMGO, que sigue la señora MARÍA ISABEL PARRA CÁCERES, en calidad de empleadora, en contra de la señora OLGA LAURA LUCANO QUISHPE, trabajadora, agréguese al expediente el escrito presentado por la parte accionante el mismo que por ser de ley se la acepta al trámite; En lo principal se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese a la trabajadora mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos (Ley Supletoria), por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio de la accionada, a quien se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 2) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se remitirán a la Inspección del Trabajo dentro del término de diez días siguientes contados a partir de la precitada notificación, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. 3) Tómese en cuenta el casillero judicial y la autorización otorgada al profesional del derecho que suscribe la presente causa.NOTIFIQUESE.- f) AB. MERY GUILLÉN ORDÓÑEZ. Lo que comunico para los fines de Ley. AB. MERY GUILLÉN ORDÓÑEZ INSPECTORA DE TRABAJO DE PICHINCIA Hay firma y sello PAR/110042/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL: A LA SEÑORA GABRIELA FERNANDA MENA LALAMA ACTOR: DR. ANTONIO RAMON RODRIGUEZ VICENS PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADA: GABRIELA FERNANDA MENA LALAMA TRAMITE: ESPECIAL CUANTIA: INDETERMINADA FECHA DE INICIACION: 12 DE DICIEMBRE DEL 2013 JUICIO No. 17310-2013-1134 OBJETO: LLAMAMINETO A CONCURSO DE ACREEDORES. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 13 de enero del 2014, a las 09h16.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley, de las copias certificadas que se acompañan, se desprende que la demandada señora GABRIELA FERNANDA MENA LALAMA, se halla comprendida en la situación prescrita en el Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se presume su insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores. En consecuencia, procédase a la ocupación y depósitos de sus bienes, libros, correspondencia y más documentos del fallido, los mismos que se entregarán al síndico del concurso Dr. Arnaldo Fiallos, publíquese la formación del concurso en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, oportunamente se señalará día y hora para la junta de acreedores. Que se acumule todos los juicios seguidos en contra del deudor por obligaciones de dar o hacer. Remítase copias necesarias a uno de los señores Jueces de lo Penal de esta provincia, para la calificación de la insolvencia. El deudor en el término de ocho días presente el
Sabio es solamente quien permanece amo de sí mismo. M a h a b h a R ata
balance de sus bienes en forma legal. Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes, notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del cantón, así como también a los Gerentes de los Bancos de la ciudad, Jueces de lo Civil de Pichincha, Director General de Seguridad, Superintendente de Bancos, Superintendente de Compañías, Consejo Nacional Electoral, Director General del Registro Civil, Identificación y Cedulación, Contralor General del Estado, Notarías del cantón Quito, Registro Mercantil, Ministerio de Relaciones Exteriores, IESS, IECE, , sin perjuicio de esta declaratoria, el deudor en el término de tres días de ser legalmente citada, podrá oponerse a la insolvencia, pagando la deuda o dimitiendo bienes saneados y suficientes.Se prohíbe la salida del país de la señora GABRIELA FERNANDA MENA LALAMA, para lo cual se oficiara a la Dirección Nacional de Migración y Extranjería. Cítese a la demandada antes mencionada en el lugar señalado para el efecto.- Agréguese la documentación acompañada.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el peticionario, para posteriores notificaciones que le corresponda.- NOTIFIQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, martes 11 de diciembre del 2018, las 10h15, Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con Sede en el cantón Quito, provincia de Pichincha, mediante Acción de Personal Nro. 10183-DNTH-2016-PC, de 26 de octubre de 2016 y en atención a la Reasignación de Causas, elaborada por la Coordinación Provincial de Gestión Procesal, en coordinación y con las Unidades Judiciales y Administrativas de la Dirección Provincial, de fecha 1 de junio de 2018 con las cuales se genera la titularidad de los juicios.- Agréguese a los autos los escritos las copias que anteceden.- Atento lo solicitado por la parte actora y en virtud al juramento rendido, se ordena citar por la prensa a la demandada señora GABRIELA FERNANDADA MENA LALAMA, conforme lo dispone Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto confiérase el respectivo extracto, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar, publicaciones que deberán ser presentadas a esta Unidad Judicial en el término de 10 días bajo prevenciones legales en caso de incumplimiento.- NOTIFIQUESE. Lo que llego a su conociendo para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial o correo electrónico para sus notificaciones. CHULDE RUANO LUIS ALFRESO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/110065/AT R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE MANTA CITACION JUDICIAL Al demandado: Señor FRANCISO JOSÉ ASTUDILLO GARCÍA, se le hace saber, que en esta Unidad Judicial Civil de Manabí; con sede en esta ciudad de Manta, por sorteo de ley, le ha tocado el conocimiento del Juicio Ejecutivo de Cobro de Pagaré a la Orden, cuyo Extracto de demanda, junto al Auto recaído en ella, es del siguiente tenor: CAUSA: No.13337-2017-01083 ACTOR: Ing. EDISON GERMÁN ZURITA BASANTES, en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la compañía ZURIDIST CIA. LTDA.
DEMANDADO: FRANCISO JOSÉ ASTUDILLO GARCÍA. DEFENSA TECNICA: Abg. ALBERTO EUGENIO POSLIGUA VICTOR. CUANTÍA: USD$ 2.000,00 TIPO DE PROCESO: EJECUTIVO ACCIÓN: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN. OBJETO DE LA DEMANDA: El actor manifiesta en su demanda, que el demandado señor FRANCISO JOSÉ ASTUDILLO GARCÍA ha mantenido relaciones comerciales con Zuridist Cia. Ltda., y por ello ZURIDIST CIA. LTDA., mediante pagaré a la orden suscrito en la ciudad de Manta, el Día jueves 5 de noviembre del 2015, concedió un crédito por la suma de USD$ 3.893,40 (TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES CON CUARENTA CENTAVOS DE DÓLAR, por la compra de materiales de ferretería, tal como consta en la factura #0000872 emitida, a favor del señor FRANCISO JOSÉ ASTUDILLO GARCÍA, en calidad de deudor por sus propios y personales derechos. Que el deudor de la obligación FRANCISO JOSÉ ASTUDILLO GARCÍA se comprometió a pagar el valor de la obligación en 85 días, es decir hasta el viernes 29 de enero del 2016, debidamente determinado en el Pagaré. Que el demandado, de los materiales de Ferretería adquiridos a su Representada devolvió o no retiró, varios de ellos por un valor de $2.498,44, considerándolos como abono a la deuda, pero ha incurrido en mora en el pago de la obligación total, que debía ser pagado el viernes 29 de enero del 2016, por cuyo motivo la Compañía ZURIDIST CIA. LTDA., al amparo de lo pactado en el Pagaré por las partes, declara el saldo adeudado de manera expresa de plazo vencido, razón por la cual según lo adeudado el demandado debe un saldo insoluto por concepto de capital de $1. 394,96 (MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO DÓLARES CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR). Con estos antecedentes y apoyando su demanda en los Arts. 347, 348 y 349 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con lo dispuesto en el Art. 486 del Código de Comercio, demanda en juicio ejecutivo el cumplimiento de la obligación contenida en el pagaré a la Orden que sustenta la acción, debiendo por tal motivo disponer que el demandado señor FRANCISO JOSÉ ASTUDILLO GARCÍA por sus propios y personales derechos, en sentencia se lo condene al pago a favor de su representada, de los siguientes rubros: 1.- Al saldo del capital adeudado, que asciende a $1. 394,96 (MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO DÓLARES CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR). 2.- Al pago de los intereses legales, desde la fecha de la suscripción del pagaré a la orden hasta su vencimiento, a la tasa máxima de interés establecido por el Banco Central del Ecuador. 3.- Al pago de los intereses de mora, desde el vencimiento hasta la cancelación total de la obligación, a la tasa máxima de interese establecido por el Banco Central del Ecuador. 4.- Al pago de las costas procesales en las que se deberá incluir los honorarios profesionales de nuestros patrocinadores, de conformidad con lo que disponen los Arts. 42 y 43 de la Ley de Federación de Abogados. 5.- El recargo de la tercera parte de los gastos por expensas.JUEZ DE LA CAUSA Y AUTO RECAÍDO EN ELLA: Abg. Placido Isaías Mendoza Loor, Juez de la Unidad Judicial Civil de Manabí, quien en auto de calificación de fecha miércoles 1 de noviembre del 2017, las 11h20, aceptó la
demanda a trámite y concede el término de quince días para que el demandado cumpla con la obligación o proponga algunas de las excepciones, y en providencia de fecha viernes 4 de enero del 2019, las 16h42, ordenó citar al Señor FRANCISO JOSÉ ASTUDILLO GARCÍA, mediante extracto judicial, por medio de la prensa al tenor del Artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, que se harán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación del cantón Quito, por afirmar el actor bajo juramento que le ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia. Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación de señalar domicilio judicial electrónico o correo electrónico para recibir sus notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario podrá ser declarado en rebeldía. Manta, 7 de enero del 2019. ABG. JULISSA URDÁNIGO ALARCÓN SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE MANTA R. DEL E. Hay firma y sello PAB/21593/AT Casillero Judicial No. 1736 Dr./ab. Tiban Cacuango Laura Susana EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PAROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITESE A LOS SEÑORES RIOFRIO CHANATASIG ALINA BETSABE E IZA CARRASCO SEGUNDO MARCO EN EL JUICIO DE DECLARATORIA DE ESTADO DE ADOPTABILIDAD CAUSA: DECLARATORIA DE ESTADO DE ADOPTABILIDAD Nro. DE JUICIO 17203-20140339 ACTOR: DR. PACHECO MENA MARCELO JESUS DEMANDADO: FUNDACIÓN ALBERGUE LA DOLOROSA, HOGAR DEL NIÑO SAN VICENTE DE PAUL, IZA CARRASCO SEGUNDO MARCO, RIOFRIO CHANATASIG ALINA BETSABE CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: DR. PABLO ALEJANDRO JACOME JARAMILLO OBJETO: CITACION A RIOFRIO CHANATASIG ALINA BETSABE E IZA CARRASCO SEGUNDO MARCO AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.Quito, viernes 4 de abril del 2014, las 10h52. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado el seis de marzo del dos mil catorce a las diez horas y treinta y seis minutos, lo solicitado ya se encuentra atendido y la diligencia realizada con fecha 30 de enero del 2014, a las 15h02.- En tal virtud, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, previo el sorteo de Ley correspondiente y en virtud de la Resolución No. 116-2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 810 del 16 de octubre de 2012; y, Acción de Personal No. 11007-DNTHSAF de 15 de octubre del 2014.Amén del sorteo electrónico de Ley precedente.- En lo principal, una vez que se ha realizado el reconocimiento de firma y rubrica de la petición que antecede, la misma que es clara, y reúne los requisitos de Ley por lo que se la acepta a trámite.- En tal sentido, AVOCO conocimiento de la presente causa y por lo tanto se acepta al trámite y se dispone: 1) Como medida de protección y de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 215, 232 y 233 del Código de la Niñez y Adolescencia Vigente, los niños MATEO JESUS y
Revista judicial MIÉRCOLES 16 de eneRo de 2019 La Hora Quito, ecuadoR ANDERSON JOAO IZA RIOFRIO, de 3 y 5 años de edad respectivamente, ingresen y permanezcan en ACOGIMIENTO INSTITUCIONAL hasta que ésta Autoridad disponga lo contrario, en la Fundación Albergue “La Dolorosa”, de esta ciudad de Quito, hasta que esta Autoridad disponga lo contrario.- Al efecto ofíciese a fin de que cumplan con lo dispuesto por esta autoridad.- 2) (i) Acorde con lo prescrito por los artículos 260, art. 268, art. 269 y siguientes del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, art. 30, art. 235 del Código Orgánico de la Función Judicial intervengan de inmediato: a) La DINAPEN, b) La Oficina Técnica adscrita a esta Unidad Judicial; y, c) Ministerio Público, informen sobre el estado actual, condición familiar, estado de salud, de los menores de edad MATEO JESUS y ANDERSON JOAO IZA RIOFRIO, así como de su entorno familiar, padre, madre, hermanos, abuelos maternos, se ubicarán a los padres de los menores y a sus familiares cercanos, dichos informes serán remitidos a esta Unidad Judicial, concediéndoles el término de quince días contados a partir de su requerimiento.- Ofíciese para el cumplimiento de lo aquí dispuesto.- Hágase saber del contenido de esta providencia a la Fundación Albergue La Dolorosa, de esta ciudad de Quito, a fin de que informe a esta judicatura sobre la situación actual de las menores de edad antes mencionados.- CITESE a la señora ALINA BETSABE RIOFRIO CHANATASIG en la dirección señalada para el efecto, para lo cual remítase suficiente despacho am la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial.- CAUSA 0339-2014 NOTIFÍQUESE.- CÚMPLASE.f) Dr. Pablo Alejandro Jácome Jaramillo, Juez De La Unidad Judicial De La Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia Del Cantón Quito. OTRA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.Quito, jueves 18 de diciembre del 2014, las 13h43. Agréguese al proceso el escrito e Informe Global Familiar presentado por el Dr. Marcelo Pacheco, Director del Albergue La Dolorosa, de fecha dieciséis de diciembre del dos mil catorce a las catorce horas y treinta y un minutos.Requiérase mediante oficio a la Fiscalía, informar conforme se ha dispuesto en providencia de 4 de abril del 2014, las 10h52.El Informe será presentado en el término de 15 días conforme se ha dispuesto en la mentada providencia.- La Fundación Albergue La Dolorosa, informe a esta Autoridad cada de forma oportuna sobre los avances en el proceso de reinserción familiar solicitado por los señores Segundo Marcelo Iza Carrasco y Adriana Janeth Vega Quinaluisa, conforme se menciona en el escrito e informa que se agrega.- NOTIFIQUESE.- f) Dr. Pablo Alejandro Jácome Jaramillo, Juez De La Unidad Judicial De La Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia Del Cantón Quito. OTRA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.Quito, lunes 12 de noviembre del 2018, las 15h47, CITACIÓN, Atento el juramento efectuado por el señor FUENTES VERA HOMERO CESAR, cítese en legal y debida forma a los señores RIOFRIO CHANATASIG ALINA BETSABE e IZA CARRASCO SEGUNDO MARCO conforme lo dispone el Art. 56.1 del Código
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Orgánico General de Procesos, por cuanto la parte actora ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio de los demandados, mediante tres publicaciones, en un periódico de esta ciudad de Quito, provincia de Pichincha, confiérase el extracto correspondiente, transcurridos 20 días desde la última publicación comenzará el término para que la parte demandada conteste la demanda y anuncie prueba de la que se considere asistida.- NOTIFIQUESE.- f) Dr. Pablo Alejandro Jácome Jaramillo, Juez De La Unidad Judicial De La Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia Del Cantón Quito. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, y LE CITO, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, dentro del perímetro legal de la Unidad Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre de esta ciudad de Quito, cantón Quito, provincia de Pichincha. Ecuador DRA. BETTY SOLANDA AYALA GRANDA S EC R E TA R I A DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAC111318fa CITACIÓN JUDICIAL ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO 23 DE JULIO LTDA, DR. LIA JEANETTE RIVERA MOYANO DEMANDADO/S: ALVARADO PARION RAMÓN JUICIO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUICIO NÚMERO 15123-2016-00855 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez encargado del despacho del Ab. Cristian Pala Cardenas mediante acción de personal Nº 1063-UPTH-2016-IN; de fecha 29 de diciembre del 2016, suscrito por la señora Directora ( E ) del Consejo de la Judicatura de Napo.- En lo principal, la demanda presentada por DRA. LIA JEANETTE RIVERA MOYANO, en calidad de Procuradora Judicial de la Cooperativa de ahorro y Crédito “ 23 DE JULIO LTDA”, conforme lo justifica con el Poder que adjunta, la misma se lo califica como clara y precisa por cumplir los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el PAGARE A LA ORDEN, Nro. 0070041941, por el valor de SEIS MIL UN CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 Ibídem, por cuanto contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se lo admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- En tal virtud Cítese con una copia de la demanda, los documentos probatorios y el presente auto inicial a los demandados ALVARADO PARION RAMÓN y MARÍA DELFINA LEMA YUGCHA, en calidad de deudor principal y solidaria respectivamente, en la dirección señalada, a través del señor Citador de esta Unidad; se les previene la obligación que tienen de señalar casillero judicial o electrónico en esta judicatura. En aplicación de lo prescrito en los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada pague o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del citado código; y en el
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caso que la parte demandada formule oposición acompañará la prueba de conformidad con lo dispuesto en los artículos 151 y 351 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esta resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- en aplicación de las normas prescritas en el Art.75 y 76 numeral 7 de la Constitución de la República, se dispone que se CITE al demandado ALVARADO PARION RAMÓN, en calidad de deudor principal con cedula de ciudadanía N° 1500613334, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, (COGEP) es decir mediante 3 publicaciones por la prensa en fechas distintas en el diario LA HORA, de la ciudad de Quito, se dispone se realice el extracto correspondiente. NOTIFÍQUESE.- DR. MANUEL DE JESUS ARMIJOS CURIPOMA.JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE BAEZA-NAPO. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Ab. Víctor Calero López SECRETARIO UJMQ Hay sello y firma P PL/72167/ms CITACIÓN JUDICIAL ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO 23 DE JULIO LTDA, DR. LIA JEANETTE RIVERA MOYANO DEMANDADO/S: HIDALGO PILATAXI CARLOS ALONSO c.c. 1500495971 y VALLEJO FREIRE GRACIELA CONSEPCIÓN c.c. 1500601248, JUICIO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUICIO NÚMERO 15123-2017-00247 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón QUIJOS-BAEZA, de la dependencia de la Corte Provincial de Napo Mediante Acción de personal Nro.0169-DNTH-2015-LG de fecha 08 de enero del 2015, resolución del Consejo de la Judicatura número 300-2014 de fecha 21 de noviembre del 2014.- En lo principal la demanda presentada por la DRA. LIA JEANETTE RIVERA MOYANO, en calidad de Procuradora Judicial de la Cooperativa de ahorro y Crédito “23 de julio Ltda”, conforme el Poder que adjunta, se lo califica como clara y precisa por cumplir los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el PAGARE A LA ORDEN, Nro. 0070038176, por el valor de TRES MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA que adjunta, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 Ibídem, por contener una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se lo admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- En tal virtud Cítese con una copia de la demanda, los documentos probatorios y el presente auto inicial a los demandados HIDALGO PILATAXI CARLOS ALONSO y VALLEJO FREIRE GRACIELA CONCEPCIÓN, en calidad de deudores principales, en la dirección señalada a través del señor citador de esta Judicatura. En aplicación de lo prescrito en los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada pague o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del citado código; y en el caso que la parte demandada formule oposición
acompañará la prueba de conformidad con lo dispuesto en los artículos 151 y 351 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esta resolución no será susceptible de recurso alguno, 1.- Por cuanto el actor de la causa ha dado cumplimiento con lo dispuesto en providencia de fecha 21 de mayo del 2018, las 12h33, en aplicación de las normas prescritas en el Art.75 y 76 numeral 7 de la Constitución de la República, se dispone que se CITE los demandados HIDALGO PILATAXI CARLOS ALONSO con cédula de ciudadanía 1500495971 y VALLEJO FREIRE GRACIELA CONSEPCIÓN con cédula de ciudadanía 1500601248, en calidad de deudores principales, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, (COGEP) es decir mediante 3 publicaciones por la prensa en fechas distintas en el diario LA HORA, de la ciudad de Quito, se dispone se realice el extracto correspondiente. NOTIFÍQUESE.DR. MANUEL DE JESUS ARMIJOS CURIPOMA.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE BAEZA-NAPO. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Ab. Víctor Calero López SECRETARIO UJMQ Hay firma y sello P PL/72168/ms EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL ACTOR: DRA. LIA JEANETTE RIVERA M OYA N O COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “23 DE JULIO” LTDA. DEMANDADA: GERARDO L LO R E N T I N O M O R E I RA ARTEAGA DEPENDENCIA JUDICIAL: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMTENTE CON SEDE EN EL CANTON QUIJOS JUICIO: 15123-2016-00804 EJECUTIVO / COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUEZ TITULAR: DR. MANUEL DE JESÚS ARMIJOS CURIPOMA SECRETARIA: AB. GREIZ JANETH TITUAÑA JUIÑA PROVIDENCIA: VISTOS: En mi calidad de Juez encargado del despacho del Dr. Cristian Pala, de la Unidad Judicial Multicompetente con jurisdicción y competencia en Quijos - El Chaco con sede en la ciudad de Baeza, mediante Acción de Personal N° 1005-UPTH-2016IN, de fecha 05 de diciembre de 2016; suscrito por el Director Provincial del Consejo de la Judicatura de Napo, Avoco Conocimiento de la causa Nº15123-2016-00804 en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación del demandado GERARDO LLORENTINO MOREIRA ARTEAGA en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección se ordena que se realice la citación oficial a través del señor CITADOR de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del
código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. No se atiende las medidas preventivas solicitadas, en razon de que no consta en la documentación el certificado de gravámenes emitido por el Registro de la Propiedad, según lo establecido en el artículo 351 del mencionado código. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados.- Actúe la señora Ab. Leonor Ortiz Guevara en calidad de Secretaria.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- PROVINDENCIA: VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez encargado de este despacho mediante Acción de Personal Nro.- 0338-UPTH2018-MA, de fecha 15 de mayo del 2018, suscrita por la señora Directora Provincial del Consejo de la Judicatura de Napo, por lo que en lo principal dispongo: Agréguese al proceso el escrito presentado por DRA. LÍA JEANETTE RIVERA MOYANO, de fecha 18 de mayo de 2018 las 12H16; en atención al mismo de conformidad con el Art. 169 de la Constitución en concordancia con el Art. 254 del COGEP, se revoca la providencia que antecede y en su lugar toda vez que adjunta el Certificado Consular, dispongo que previo a ordenar lo que corresponda, la actora o su procurador judicial en el caso de tener clausula especial para transigir, comparezca a esta Judicatura en horas y días hábiles a fin que de cumplimiento con lo prescrito en el inciso segundo, numeral 2 del Art. 56 de la norma antes invocada. NOTIFÍQUESE.- PROVIDENCIA: Por cuanto el actor de la causa ha dado cumplimiento con lo dispuesto en providencia que antecede, en aplicación de las normas prescritas en el Art.75 y 76 numeral 7 de la Constitución de la República, se dispone que se CITE al demandado MOREIRA ARTEAGA GERARDO LLORENTINO, en calidad de deudor principal con cedula de ciudadanía N° 1304388885, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, (COGEP) es decir mediante 3 publicaciones por la prensa en fechas distintas en el diario LA HORA, de la ciudad de Quito, se dispone se realice el extracto correspondiente. NOTIFÍQUESE.- F. DR. MANUEL DE JESÚS ARMIJOS CURIPOMA. SECRETARIA.Abg. GREIZ JANETH TITUAÑA JUIÑA.- Certifico. Ab. Greiz Janeth Tituaña Juiña SECRETARIA Hay firma y sello P PL/72169/ms UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA (COGEP) AVISO JUDICIAL QUE EN ESTA UNIDAD JUDICIAL SE ESTÁ SOLICITANDO LA APROBACIÓN Y LA I N SC R I P C I Ó N EN EL REGISTRO MERCANTIL DE LA CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA UNIPERSONAL DE R ES P O N SA B I L I DA D LIMITADA DENOMINADA IB REPRESENTACIONES & SERVICIOS, E.U.R.L. ACTOR: IVAN PATRICIO ENRIQUE BUCHELI MONCAYO CAUSA No. 17230-2018-08503 JUEZA PONENTE: AB. CECILIA SIMBAÑA QUISHPE COMPARECIENTES: IVAN PATRICIO ENRIQUE BUCHELI MONCAYO, de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, estado civil soltero, domiciliado en la calle El Comercio E-720 y El tiempo, de esta ciudad de Quito. DENOMINACION: La empresa que se constituye por medio del instrumento público es una EMPRESA UNIPERSONAL DE R ES P O N SA B I L I DA D LIMITADA que se denominará IB REPRESENTACIONES & SERVICIOS, E.U.R.L., que se regirá por las disposiciones contenidas en los estatutos, por las normas que de manera especial regularán esta especie de Empresa, como es la Lay de Empresa Unipersonales de
Sé amable con tus palabras y útil con tus obras. R e c o p i l ac i ó n
de sentencias de los
discípulos de
Responsabilidad Limitada, el Código de Comercio. DOMICILIO: Tendrá como domicilio principal en la calle El comercio E-720 y El Tiempo, Edificio Strauss, Suite 1B, de esta ciudad de Quito, pero podrá abrir sucursales o agencias en el cualquier parte del territorio nacional y en el Exterior, conforme lo determina la ley DURACION: La empresa tendrá un tiempo de duración de CINCUENTA AÑOS, constados desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil de esta Ciudad de Quito. Este plazo podrá aumentarse o disminuirse o podrá disolverse anticipadamente por la declaración voluntaria del gerente-propietario, de conformidad con lo dispuesto en la ley de Empresa Unipersonales de Responsabilidad Limitada. OBJETO SOCIAL: La empresa “IB REPRESENTACIONES & SERVICIOS, E.U.R.L.”, tiene por objeto las siguientes actividades: a) La representación de compañías nacionales o extranjeras comerciales, industriales y tecnológicas, personas naturales así como la prestación de servicios especializados; b) La representación a nombre de terceros en negocios en general o en negociaciones particulares; c) Brindar asistencia técnica y científica a nivel nacional como internacional en el área de su objeto social; d) prestar servicios técnicos profesionales relacionado con su objeto social. Se entenderán incluidos en el objeto social los actos directamente relacionados con el mismo y los que tengan como finalidad ejercer los derechos y cumplir las obligaciones legales o convencionalmente derivados de la existencia de la empresa. DETERMINACION DEL APORTE DEL GERENTE-PROPIETARIO: El capital empresarial o capital asignada de la empresa IB REPRESENTACIONES & SERVICIOS, E.U.R.L.”, es de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA ($4.000.00), aportado en su totalidad por el gerente-propietario el señor IVAN PATRICIO ENRIQUE BUCHELI MONCAYO. GERENCIA: La representación legal de la Empresa y la gestión de los negocios sociales estarán a cargo del gerente-propietario el señor IVAN PATRICIO ENRIQUE BUCHELI MONCAYO. El gerente-propietario podrá designará apoderado o apoderaos generales, por medio de Poder General para la administración de la Empresa, o a través de poder especial delegar una o más facultades administrativas y representativa de la Empresa, de acuerdo a lo que dispone la Ley de Empresa Unipersonales de Responsabilidad Limitada, la responsabilidad de estos con la empresa y con terceros será la dispuesta en la Ley de Empresa Unipersonales de Responsabilidad Limitada.- De acuerdo con la misma Ley, el gerente-propietario percibirá por el ejercicio de su función de Gerente General un sueldo mensual de TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD$ 386,00) más las bonificaciones, comisiones y cargas de Ley. ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL GERENTE-PROPIETARIO: Son atribuciones y deberes del Gerente-propietario: a) Representar legal, judicial y extrajudicial a la Empresa; b) Suscribir a nombre de la empresa, contratos, pagarés a la orden, letras de cambio, cheques, órdenes de pago, afiliaciones a la Seguridad Social, y en general toda clase de obligaciones para el correcto desenvolvimiento del negocio de la Empresa. c) Suscribir las escrituras públicas de compra de bienes inmuebles para la compañía y la venta y
pitágoRas.
la enajenación de los mismos; así como fideicomisos civiles. d) Podrá ejecutar, a nombre de la empresa, todos los actos y contratos relacionados directamente con el objeto de la empresa con entidades públicas, privadas y mixtas, sin límite de cuantía. e) Constituir, para propósitos concretos, los apoderados especiales que considere necesarios para representar judicial o extrajudicialmente a la Empresa. f) Cuidar de la recaudación e inversión de los fondos sociales. g) Organizar adecuadamente los sistemas requeridos para la contabilización, pagos y demás operaciones de la Empresa. h) Velar por el cumplimiento oportuno de todas las obligaciones de la Empresa en materia impositiva. i) Vigilar que se lleven en forma legal, los libros de contabilidad de la Empresa; j) Suscribir y/ Certificar conjuntamente con el contador de la empresa los estados financieros, Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias. k) Abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias de la Empresa; 1). Designar las personas que van a prestar servicios a la empresa y para el efecto celebrar los contratos que de acuerdo a las circunstancias sean convenientes; además, fijará las remuneraciones correspondientes, dentro de los límites establecidos en el presupuesto anual de ingresos y egresos. m) Celebrar los actos y contratos comprendidos en el objeto social de la empresa y necesarios para que esta desarrolle plenamente los fines para los cuales ha sido constituida. n) Inscribir en el Registro Mercantil el Poder General del o los apoderados generales en caso de haberlo, o en el Registro Mercantil del domicilio de una sucursal para el caso de otorgar poder para la administración de la sucursal. o) Cumplir las demás funciones que le correspondan según lo previsto en las normas legales y en estos estatutos.EJERCICIO ECONOMICO. El ejercicio económico de la Empresa concluirá el treinta y uno de diciembre de cada año y en el plazo de noventa días contados a partir desde esa fecha, la empresa deberá cerrar sus cuentas, preparar el Balance General y el Estado de Pérdidas y Ganancias.UTILIDADES. Las utilidades se retirarán por el gerente-propietario una vez que haya cumplido con el porcentaje señalado en la Cláusula Octava de este contrato, para la formación de reserva de la Empresa y más deducciones de Ley. La responsabilidad del gerente-propietario se limita al monto de su aporte en el capital empresarial. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA EMPRESA: Son causas de disolución y liquidación de la Empresa las señaladas en la Ley de Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada. DECLARACIONES. a) El gerente-propietario de “IB R E P R ES E N TAC I O N ES & SERVICIOS, E.U.R.L.” declara bajo juramento que posee la capacidad para trabajar, negociar y efectuar actos profesionales, de libre comercio o industria en los términos del Objeto Social ya señalado y que la empresa que se constituye por la presente escritura poseerá personalidad jurídica propia y tendrá patrimonio autónomo, independiente del que posee el declarante, el cual tendrá limitada su responsabilidad civil por las operaciones de la misma al pago aportado del capital que ha destinado para ello en esta escritura. b) De la misma manera declara bajo juramento que la cantidad de CUATRO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA ($ 4.000,00) será pagada en numerario y aper-
turada la respectiva cuenta de Integración de Capital a nombre de la Empresa Unipersonal en uno de los Bancos de la localidad una vez se cumplan con las formalidades legales exigidas por la Ley y la misma haya sido aprobada por la autoridad correspondiente. El trámite que se le dará a la presente petición es el de Jurisdicción Voluntaria como se encuentra establecido en el Código Orgánico General de Procesos. AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA .- Quito, martes 20 de noviembre del 2018, las 15h12, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con Sede en la Parroquia de Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha.Póngase en conocimiento de las partes la recepción del proceso remitido por la Sala Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.- En lo principal, se dispone: PRIMERO: La solicitud presentada por el señor IVAN PATRICIO ENRIQUE BUCHELI MONCAYO, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario.- SEGUNDO: Publíquese por una sola vez el extracto de la Escritura Pública de Constitución de la Empresa Unipersonal de Responsabilidad Limitada adjunta y el presente auto de calificación, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, cumpliéndose los requisitos establecidos en el Artículo 31 de la Ley de Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada; a efectos de que, cualquier persona que acredite interés jurídico en el asunto pueda proponer oposición, conforme lo previsto en el Art. 336 del COGEP, tomando en consideración lo establecido en el artículo 32 de la Ley de Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada.Cumplido lo dispuesto y en caso de no presentarse oposición debidamente fundamentada, se convocará a la Audiencia prevista en el Art. 335 del COGEP.Téngase en cuenta los casilleros judiciales y correos electrónicos señalados por la parte actora, así como la autorización conferida a su abogado patrocinador.Actúe el Ab. Guillermo Guapi Obando en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial Civil.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.Lo que comunico para los fines de Ley.AB. GUILLERMO GUAPI OBANDO SECRETARIO Hay sello y firma P PL/72187/ms
ANULACIONES
banco rumiñahui QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8039913900 Nro. Cartola 17130080652 Cliente OCAMPO VASCONEZ, CESAR-HUMBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8080903600 Nro. Cartola 16658430547 Cliente VALLADOLID MASACHE, VINICIO-DE JESUS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR =========
QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8244049900 Nro. Cartola 18283350256 Cliente VIZCAINO CAICEDO, DIANAPAOLA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8055809800 Nro. Cartola 17140840582 Cliente OBANDO MONTENEGRO, WILSON-EFREN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8481558300 Nro. Cartola 19740940002 Cliente FERNANDEZ ATIENCIA, OLGARAQUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8067575100 Nro. Cartola 17028870982 Cliente SUAREZ BUNSHI, LUIS-MARCELO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8393305100 Nro. Cartola 19136400009 Cliente TANDAZO TORRES, VICTORANIBAL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8193057500 Nro. Cartola 17999730348 Cliente PULLUPAXI ANDAGANA, FREDY-ROLANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8392890100 Nro. Cartola 19132550005 Cliente VEGA GONZALEZ, ANABEL-ESTEFANY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8450634700 Nro. Cartola 19521000000 Cliente ASOCIACION DE CA PAC I TAC I O N Y ASESORAMIEN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8256974800 Nro. Cartola 18335690063 Cliente JAMI DEFAZ, LUIS-GERMAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8366862800 Nro. Cartola 18980800017 Cliente COBACANGO BEJARANO, FABIAN-RICARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8203772300 Nro. Cartola 18056110234 Cliente
CHOCHO SISALIMA, PABLOJAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8285284200 Nro. Cartola 18480820028 Cliente ESCOBAR QUINGA, WILSONMANUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8006922500 Nro. Cartola 17580340663 Cliente CACHIGUANGO AJALA, LUIS-HUMBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR
citibank CITIBANK CITIBANK, N.A. Sucursal Ecuador comunica al público que queda sin efecto por Pérdida, el cheque con las siguientes características: Girador: SEGUROS EQUINOCCIAL S.A ; Cuenta: 0082479252 Cheque No. 330819 Cantidad $ 7990.87 Beneficiario: PRODUBANCO Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los siguientes sesenta días posteriores a esta publicación. P/AC/30705 /NR
banco boLiVariano Se comunica al público, la anulación por pérdida/sustracción del cheque No 667 presentada por el girador IITSA INGENIERIA INTREGRAL Cta. Cte. No. 1655002540 P/AC/ (1)NR ========= Se comunica al público, la anulación por pérdida/sustracción del cheque No 649 presentada por el girador IITSA INGENIERIA INTREGRAL Cta. Cte. No. 1655002540 P/AC/ (2)NR ========= Se comunica al público, la anulación por pérdida/sustracción del cheque No 565 al cheque No. 566 presentada por el girador IITSA INGENIERIA INTREGRAL Cta. Cte. No. 1655002540 P/AC/ (3)NR ========= Se comunica al público, la anulación por pérdida/sustracción del cheque No 569 al cheque No. 572 presentada por el girador IITSA INGENIERIA INTREGRAL Cta. Cte. No. 1655002540 P/AC/ (4)NR
cooProGrESo COOPERATIVA COOPROGRESO Debido a la pérdida del Certificado DPF/DPFP/ Nº 001000090000905001 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VALLEJO SILVA TAMMY LORENA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/30701/NR =====