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Quito 04 de abril de 2018

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50c incl. IVA

Quito, Ecuador

MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018

Consejo asesor para crisis en frontera norte

Día 0 para Lula: cárcel o urnas

El expresidente brasileño cuenta las horas: hoy será el juicio que puede derivar en su arresto por corrupción o continuar en la campaña para las presidenciales. PÁGINA B5 MONTA TU CAMELLO

MáquinasEC, robótica con sello inclusivo Página A2

Número total de ejemplares puestos en circulación: 27.457

‘Estamos atentos a que la seguridad de los ecuatorianos no se deteriore’: Moreno.

El presidente, Lenín Moreno, mantuvo ayer una reunión con el Consejo de Asesores de Seguridad a raíz del deterioro de la situación en la frontera con Colombia, donde fueron secuestrados tres miembros de un equipo periodístico. “Existe una preocupación muy grande en el pueblo ecuatoriano y por supuesto en el Gobierno acerca de la situación en

FIRMES. Los generales Fabián Varela, Paco Moncayo y Euclides Mantilla colaborarán en la conformación del Consejo Asesor de Seguridad.

la frontera norte y en forma particular lo que sucede en el sector de San Lorenzo”, manifestó el mandatario en la reunión que se celebró en el palacio presiden-

CIUDAD

cial de Carondelet En la cita participaron exjefes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Página B2

CIUDAD

En julio, nuevo puente en La Armenia

Becas para madres adolescentes

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Aranceles: se esperan $ 810 millones

El Gobierno espera recaudar otros 810 millones de dólares en tributos hasta 2021, en una nueva estrategia que incluye también varias medidas para estabilizar la economía, reducir la deuda pública y relanzar la productividad. Así lo dijo ayer la nueva ministra de Economía y Finanzas, María Elsa Viteri, al anunciar que ese dinero provendrá de un incremento de aranceles en 375 partidas. Entre las metas y ejes del plan está incluido el equilibrio de la balanza de pagos. Página B1

PAÍS

PRIMERA SUERTE

870853

SEGUNDA SUERTE

TERCERA SUERTE

926186

154943

www.lahora.com.ec lahoraecuador

6 de cada 10 madres de niños con cáncer dejan sus trabajos Preocupante: en el país 3 de cada 10 niños han sido rechazados de alguna manera por tener cáncer, sin importar su nivel socioeconómico, y 6 de cada 10 madres dejan de trabajar porcuidarr a sus hijos. Página B4

Paúl Rivas, fotógrafo altruista

@lahoraecuador

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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


MONTA

TU CAMELLO

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MIRA EL VIDEO

MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

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TECNOLOGÍA. Se hacen pruebas de impresoras que podrán elaborar objetos con chocolate alimentos y otros.

INNOVACIÓN. Carlos Canacuán muestra la última versión del dispositivo HandEyes con el que los creadores de Máquinas Ec ganaron ‘Una idea para cambiar la historia’ de History Channel..

MÁQUINAS EC Y LAS IDEAS QUE SIGUEN CAMBIANDO LA HISTORIA

Jóvenes que ganaron ‘Una idea para cambiar la historia’, de History Channel, siguen creando tecnología.

Q

ue una persona pueda fabricar en minutos lo que antes le tomaba horas y que en lugar de elaborar un ejemplar elabore 10. A eso Fabricio Reyes llama "hacer magia". Él es cofundador de Máquinas Ec y junto con Carlos Canacuán y Diego Aguinsaca levantó de la nada un emprendimiento que, hasta ahora, ha vuelto tecnológicos a 46 emprendedores. Su oficina es como un laboratorio de ideas. Predominan los metales y los circuitos al estilo de un taller futurista. En el segundo piso del almacén, que está ubicado en La Floresta, uno de los

miembros del equipo construye una impresora 3D en la que ya lleva un mes. Otro chico trabaja en otra impresora que imprimirá comida, chocolate y una lista larga de materiales. Hay computadoras y herramientas. Ahí emplean a 15 personas y reciben a pasantes para que aprendan. Su propuesta es tecnificar procesos a través de máquinas importadas que modifican para que sean más eficaces. En infraestructura intervienen en un 20% y en ingeniería en un 60%. Cuando una persona llega al lugar, conversan con ella y le recomiendan el prototipo que más se acomode a los procesos que realiza. Después vienen las capa-

PROCESO. Fernando Aguinsaca prueba una máquina láser que tiene la función de cortar y grabar en distintos materiales.

citaciones y talleres para el manejo de la que se convertirá en su fábrica personal. El objetivo es que el emprendedor maneje la máquina por sí solo. Hay seis modelos entre impresoras 3D y máquinas láser. Son cajas rectangulares de un metro de altura. Ellos los llaman juguetes. Dichos implementos han ayudado ha elaborar desde soportes personalizados para celulares hasta sillas de diseñador con espaldares que dan la sensación de un abrazo. El origen

El método de generación de ideas, como lo denomina Reyes, de 25 años, empezó con el objetivo de apoyar a los emprendedores para que puedan invertir en algo que les ayude a crecer. Se habían dado cuenta de que hay personas que tienen dinero ahorrado pero que no saben en qué ocuparlo. Desde marzo de 2015 empezaron con las impresoras 3D: artefactos que ahora son como bracitos mecánicos que crean objetos completos. Todo empezó con una idea que cambió la historia en Ecuador y a escala mundial. Era 2016 y cuatro estudiantes de la Escuela Politécnica del Ejército empezaban a aparecer en los titulares. Su proyecto buscaba que las personas ciegas pudieran movilizarse con mayor facilidad. Construyeron un dispositivo llamado HandEyes que funcionaba con sensores. Emitía sonidos y vibraciones cuando se encontraba con objetos en el camino. Era del tamaño de un smartphone con varios botones. Ahora, en su versión reciente cabe en la mitad de la mano y solo tiene un botón. Ha llegado

de más de un metro de altura que les recuerda el concurso que marLa ficha có un antes y un después para El emprendimiento ellos. Fabricio Reyes confiesa que eso lo llenó de orgullo y le hizo PASIÓN EMPRENDEDORA comprender que podía motivar a Ec tiene más de dos años °enMáquinas otras personas. el mercado. Estas son las lecciones y consejos de sus creadores: Su idea era decirle al mundo que en Ecuador sí se puede inLECCIONES APRENDIDAS Cuando inicias tu empresa tienes que cursionar en la tecnología. Aho°apoyarte en las personas que están ra lo demuestra a través de sus más cerca de ti y reinvertir el 100% de máquinas. Habla con firmeza y los ingresos para poder crecer. más cuando dice que en el país sirve de nada planificar mucho °lasNocosas se entendió mal el significado de si no se toman las decisiones cambio de la matriz productiva. correctas desde el inicio. No se trata de producir absolutaTIPS DE EMPRENDIMIENTO mente todo aquí sino de seguir inNo inviertas gran capital en la idea °que tienes. Haz pruebas pequeñas que novando a partir de la tecnología puedas mostrar a la gente y así podrás ya creada en otros países con más saber si van a tener acogida. años de experiencia. preferible no contratar personal si Él considera que en un em°tuEsempresa aún no lo requiere. prendimiento es importanteplanear las cosas en función de Potencia tus redes sociales con histo°rias y publicaciones de clientes reales. la pregunta ¿qué podemos hacer para mantenernos vivos? Así, la vida de los chicos al a más de 100 personas. momento es ajetreada. Las reuniones y viajes son parte de su vida cotidiana. Carlos Canacuán Proyecto social Con el reconocimiento del con- llega a la oficina para trabajar en curso internacional, empezó distintos proyectos y se toma un una nueva etapa para los ecua- momento para mostrar el último torianos. Nuevos retos en espe- modelo de HandEyes. Lo muestra frente a la cámara. Está cial cuando notaron que rodeado por los productos HandEyes no se financia- EL DATO de los emprendimientos ría solo. La idea era que el que ayudaron a tecnifiaparato fuera gratuito para Ec los no videntes por eso, los Máquinas está ubicada en car. En una de las repisas chicos que ya tenían una las calles Toledo descansa un casco de Iron Madrid N23 Man impreso en 3D que a empresa de impresoras 3D y158. Fabricio Reyes le recuerda decidieron que la harían su película favorita. crecer aún más. Este año, ellos quieren llegar Desde entonces, Máquinas Ec ha ayudado a seguir financian- a 150 emprendedores y seguir do la investigación e innovación trabajando hasta que quizá un del proyecto social. En la oficina día la proyección del futuro que de la empresa de los chicos, que imagina Reyes se cumpla: una se graduaron de la universidad a era en la cual haya fábricas del penas el año pasado, hay una ‘H’ pensamiento, "lo piensas y se (logo del canal History Channel) construye solo". (PCV)


Se derroca parte del puente colapsado en La Armenia La estructura se derrumbó durante la fuerte época invernal ocurrida en marzo 2017.

Los trabajos de derrocamiento de la estructura del puente que colapsó en marzo 2017 en La Armenia se iniciaron ayer. Miguel León, director de infraestructura de la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras públicas (Epmmop), dijo que las tareas durarán 30 días, si el clima es favorable. Según el funcionario, luego de este paso, en el que se invertirán 30.000 dólares, se concre- TRABAJOS. Ayer comenzó a operar maquinaria pesada para el derrocamiento. tará la vía de dos carriles que reemplazará definitivamente al para establecer la manera más puente que estaba sobre la que- segura y efectiva de modificar el brada Huasipungo. Para eso se cauce original del río y así evitar construirá un terraplén o relle- desbordamientos o deslaves”, En los dos últimos días se han presentado 15 emergencias por las lluvias. no que servirá como base para puntualizó. El incremento de las precipitaciones provocó que, entre lunes y martes, se atenla carretera que, según dieran ocho inundaciones, cuatro movimientos en masa, un colapso estructural, los cronogramas, estaun desbordamiento de quebrada y una vivienda afectada. En lo que va de la Expectativa rá lista en julio. temporada se han atendido 257 emergencias dentro del ‘Plan lluvias’. Luis Tipán, presidenLeón aclaró que el Desde octubre pasado, las zonas más afectadas por inundaciones son Eugenio te de la Asociación de HABITANTES plazo depende de las hay en La Armenia, sector vecinos de La ArmeEspejo con 26, La Delicia con 25, Eloy Alfaro con 22, Manuela Sáenz con 15 y también funcionan condiciones climáticas donde Tumbaco con 14. 12 instituciones educati- nia, dijo que vigilarán y de otros contingen- vas, con más de 2.000 las obras para que estudiantes. tes, pero sostuvo que avancen según los pla- so del puente hubo demoras y siniestro para tomar acciones”, no debería extenderzos. “En una primera aplazamientos para dar una so- anotó. se más allá de agosto. “Hemos instancia los trabajos de derro- lución vial definitiva al sector. También afirmó que, aunque cumplido con todos los plazos camiento tenían un plazo hasta “Los estudios para una inter- han decido suspender los planestablecidos. En un inicio, antes el 15 de abril, pero durante el pa- vención en la estructura, y en la tones, estarán pendientes de de la construcción del colector sado mes de marzo no se ejecutó quebrada, se iniciaron en 2015, que la nueva vía esté operativa en la quebrada, tuvimos que nada”. casi dos años antes del colapso. en julio, como fue el ofrecimienrealizar una serie de estudios Agregó que desde el colap- Se esperó hasta que sucediera el to de las autoridades. (JS)

Cifras de la temporada invernal °

20.000

105 madres adolescentes y mujeres en situación de vulnerabilidad reciben becas “He tenido momentos muy las madres adolescentes para complicados. He llorado sin sa- no dejar sus estudios y perseber qué hacer, pero con la ayuda guir una mejor vida con mayode mis profesores, compañeros res oportunidades. “No desmayen, nunca se riny familiares estoy cumpliendo mis sueños. Tener un hijo en dan. Cada vez que veo a mi hijo la adolescencia no quiere decir me doy cuenta que cualquier lucha vale la pena. Ahoque se te esfuma el fura no solo que estudio turo, sino que se te abre EL DATO con más ganas, sino que uno nuevo”. incluso estoy convenErika Sandoval, esuna inverciendo al padre del niño tudiante del colegio mu- Con sión de nicipal San Francisco 1’800.000 dóla- para que termine el baen tres años, de Quito, dijo esto tras res, se ha entregado chillerato”, contó Andrea Ramírez, otra de las esturecibir el diploma que becas a 2.300 estudiantes. diantes reconocidas con acredita la consecución la beca. de una de las becas por César Mantilla, secretario excelencia académica. Ella fue una de los 300 es- de Inclusión Social del Munitudiantes destacados que se cipio, comentó que en esta adbeneficiarán de las ayudas eco- ministración se han invertido nómicas que el Cabildo entrega 1’800.000 dólares para entrea personas con alto rendimiento gar becas académicas a 2.300 jóvenes de todo el Distrito. educativo o deportivo. “Por tercer año consecutivo, En esta ocasión, uno de los objetivos principales fue apo- más del 50% de los incentivos yar los esfuerzos que realizan económicos fueron entregados

CIUDAD I

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Obras complican el tráfico en la Av. Río Coca El trabajo del personal de la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas (Epmmop) en la Av. Río Coca y De las Hiedras dificultó la salida de los buses del sistema Ecovía y el tráfico vehicular, ayer por la mañana. Supervisores de la terminal de transporte controlaron que no ocurrieran accidentes. Informaron que desde que iniciaron los trabajos habían pedido la presencia de agentes metropolitanos de Tránsito pero no recibieron apoyo. A mediodía, los autos que circulaban por el sector utilizaron un tramo de la vía exclusiva para transitar. A quienes esperaban para cruzar el semáforo les tomó por lo menos 10 minutos atravesar la Av. 6 de Diciembre. Durante el fin de semana, se realizaron intervenciones debajo de la calzada por parte de la Empresa Eléctrica de Quito y también se hicieron operativos de tránsito. Según información de la Epmmop, el trabajo se concluyó totalmente con el equipo que intervino ayer. Carolina Corrales, moradora del sector, expresó su inconformidad con las obras que se han realizado últimamente. Ella transita a diario desde la estación de la Río Coca hasta la Universidad de Las Américas donde estudia. Dice que las calles están llenas de baches y que en los últimos años los cambios en la circulación y los cierres han sido una constante. (PCV)

CEREMONIA. Un total de 300 estudiantes del Distrito accedieron a las becas en un acto que se realizó en el Salón de la Ciudad.

a mujeres, jóvenes quiteñas que a pesar de las dificultades económicas, sociales y hasta familiares tienen resultados académicos sobresalientes”, acotó. Explicó que la ayuda monetaria debe utilizarse en la compra de insumos educativos, útiles escolares, movilización hacia y desde los centros de estudios, o en otros gastos relacionados con la educación. “Los jóvenes necesitamos sentirnos apoyados, que se reconozcan nuestros esfuerzos por construirnos un mejor futuro.

Estos incentivos económicos son un gran impulso y ayuda para personas como yo, que debemos viajar largas distancias y hacer grandes sacrificios para seguir estudiando”, dijo Sandoval. Dolores Chicaiza, madre de otro beneficiario de la beca, comentó que la educación es la mejor manera de igualar las oportunidades y construir una mejor sociedad. “Cuando se premia el esfuerzo y la dedicación también se está inculcando valores en los jóvenes”, concluyó. (JS)

INTERVENCIÓN. Personal de la Epmmop removió los escombros antes de pasar la maquinaria para pavimentar.


OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.

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El gobierno no se ha hecho para la comodidad y el placer de los que gobiernan”.

Quien agradece un beneficio, merece que se le concedan muchos más”.

CONDE DE MIRABEAU ESCRITOR Y REVOLUCIONARIO FRANCÉS (1749-1791)

DOMINGO SAVIO RELIGIOSO ITALIANO (1842-1857)

CARTAS Sentido deceso

Paulina Arias Burneo ha fallecido en Quito, el primero de abril. Fue Domingo de Resurrección de la Semana Santa y también de florecimiento de todas las virtudes que legó y que acogemos como un rayo de luz que iluminará el tramo de vida que nos falta recorrer. La recordaremos por siempre con su infaltable sonrisa de Reina que fue, de Loja, por su belleza y generoso corazón y su entrega con bienes y persona a las causas justas en beneficio de los lojanos, en especial. Es inolvidable, entre sus grandes logros, el -inédito y único hasta la fecha- Festival Musical para la Virgen de El Cisne, que tuvo lugar hace algunos aÑos en la Catedral de la ciudad de Loja. Fueron algunos miles de creyentes que acudieron a disfrutar durante una semana entera de bella música sacra y popular, interpretada por artistas de primer orden, locales y nacionales. Su inmensa labor por la cultura, a través del Centro de Difusión Cultural adscrito a la Asociación Lojana 18 de Noviembre, en Quito, del cual fue su directora, se ha plasmado en documentos que han servido para ilustrar el conocimiento. Nuestro sentimiento de profundo pesar para toda su respetable y digna familia. Leonardo Cueva Piedra CC: 1100076106

Falsificando cifras

Durante 10 años la revolución falsificó los indicadores económicos para ocultar el fiasco socialista del siglo XXI. Impusieron leyes prohibiendo palabras como ‘crisis’ o ‘recesión’. Maquillar indicadores activó una bomba de tiempo al llenar el agujero negro del déficit fiscal con deuda de chulco. El continuismo no debe seguir mintiendo al país sobre la debacle económica. Es urgente transparentar los indicadores y mandar a la basura el modelo estatista fallido. Paul Tapia Goya CC: 0909274250 DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.

De un laDo a otro De la cancha El presidente Lenín Moreno anunció el lunes que serán eliminados ministerios, secretarías, coordinaciones generales y otras entidades adscritas. También se reducirá el número de asesores en las instituciones que sobrevivan, los gastos en viáticos y arriendos. Además, se pondrán a la venta siete de 22 empresas estatales Es decir, los ajustes comenzarán por el Ejecutivo, pero no se detendrán en Carondelet. Pero esta es solo una de las 14 medidas que forman parte del Programa Económico que estará vigente durante los siguientes tres años y que, como principio, tendrá un desarrollo progresivo. Se renegociarán los contratos petroleros, se trabajará a fondo por la eficiencia en la recaudación fiscal. Así entra en juego otro principio: el de la eficiencia en el trabajo del Ejecutivo y del Estado en su conjunto.

DANIEL MÁRQUEZ SOARES

Garantías inútiles

El Estado no existe, pero elegimos creer que sí porque nos permite organizarnos mejor como sociedad y ser más productivos. Es como si una familia decidiera, de forma descabellada, que en su armario habita un monstruo que exige que se mantenga la casa limpia, las finanzas en orden, que no se grite, pelee ni se empleen malas palabras, y que todos estudien un par de horas cada día. Si quienes habitan bajo ese techo siguen los supuestos dictámenes del monstruo, en un par de años la calidad de vida y

“No vamos a subir impuestos. Repito, ¡No vamos a subir impuestos!”, dijo el mandatario en su informe semanal. A tenor con este concepto se crearán estímulos, desde el punto de vista tributario, para que en el sector privado crezca la inversión y, en consecuencia, se cree más empleo y nuestros índices macroeconómicos vayan al alza. Parejamente entrarán en vigencia nuevas modalidades de contratos de trabajo De esta manera el Presidente con su Programa establece otro principio: la corresponsabilidad entre el sector privado y el estatal en el enfrentamiento y LA solución de los problemas económicos y sociales que agobian al país. La reducción del Estado hipertrofiado que nos legara el correísmo acaba de comenzar y, en términos futbolísticos, la pelota también irá al otro lado de la cancha.

su grado de prosperidad habrán aumentado. Al ver los logros de semejante superstición, decidirían poner por escrito los deseos del monstruo y elevarlos a categoría de ley. Después le asignarían a uno de ellos la tarea de obligar al resto a cumplir la voluntad del habitante del armario e incluso la capacidad de castigarlos si violan sus designios. Los problemas surgirían si es que sus miembros empiezan a tomarse demasiado en serio su invención y, por ejemplo, concluyen tras una asamblea que, dado el inmenso poder del monstruo sobre sus vidas, es su obligación alimentarlos. La familia decidiría entonces esperar con los brazos cruzados su justa ración. Es obvio que el monstruo no sería capaz de proveerles el pan porque el monstruo ni siquiera existe. La familia, en un inicio, pasaría hambre; luego, se produciría una pequeña época de terror,

cuando el miembro encargado de la represión perseguiría y castigaría a los otros bajo la acusación de obstaculizar la actividad proveedora del monstruo. Las cosas solo volverían a la normalidad una vez que todos recuperaran la cordura y aceptaran la inexistencia del ser del armario, por más que prefieran preservar sus recomendaciones para vivir mejor. Es absurdo, demencial, esperar que el Estado ‘garantice’ la seguridad de los ciudadanos y reclamar cuando no puede hacerlo. Dicha garantía solo sirve para fabricar ciudadanos amargados con sensación de indefensión y de excusa para que un grupúsculo se apodere del gobierno y restrinja libertades en nombre de la seguridad. El monstruo no puede garantizar nada, pero puede instarnos a sacrificar sanamente a los culpables en su nombre. dmarquez@lahora.com.ec

JORGE OVIEDO RUEDA

¿Plan económico? Conmueve la convicción que tiene Lenín Moreno de creerse monedita de oro. No es posible, señor Presidente. Las concepciones de su amigo y asesor Gustavo Larrea están llevando a Ecuador al abismo. En política no funciona el agua tibia. No es posible nadar al mismo tiempo en las dos orillas. El choque de intereses hace que, fatalmente, le caigamos bien a unos y a otros no. Durante este año de ejercicio del poder este axioma le ha quedado claro, como lo demuestra la anunciación de lo que usted llama el Plan Económico de su gobierno. En primer lugar, de Plan no tiene nada, es un listado de buenas intenciones sin respaldo de medidas prácticas que lo vuelvan realidad. La influencia de los libros de autoayuda le hace ubicar a usted la materia concreta de la economía en la nube rosada de las aspiraciones. Segundo, su anunciado Plan ha puesto contentos a los empresarios, a los banqueros, a los comerciantes, que ven en él la oportunidad de seguirse enriqueciendo a manos llenas y dejando gotear una mínima parte a las mayorías. Declara mejorar la recaudación fiscal, por ejemplo, pero deja intactos los procesos coactivos a grandes empresarios que deben miles de millones al fisco. Eso no es diálogo, es servilismo. Usted les cae bien a ellos, pero mal a las mayorías pauperizadas. Su antecesor tampoco estuvo contra los intereses económicos de la oligarquía, pero al menos les gritó en la cara que eran unos ladrones. Usted ha terminado de sacarse la careta y mostrar su rostro real de servidor de las élites. Creo que ya es hora de que las moscas ingenuas que acudieron a la miel de su “diálogo” terminen exigiendo en las calles la realización de un verdadero Plan de Economía Política que saque a Ecuador de la miseria. joviedo@lahora.com.ec

Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General IVÁN FLORES POVEDA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXI No. 12117

www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.


Sarzosita sueña con volver a conocer Quito Superó una recaída en su salud y añora recorrer la ciudad que lo llenó de alegría. Óscar Guerra, el popular ‘Sarzosita’ del elenco de Ernesto Albán Gómez dejó hace poco la habitación 313 de la clínica Pasteur. Estuvo internado con problemas pulmonares desde el pasado 24 de marzo. Retornó a la casa hogar en la que vive en la actualidad. Su salud ha mejorado, pero uno de sus mayores deseos es salir a recorrer la ciudad que le dio tantas alegrías. “Quiero conocer Quito, siempre me gustó caminar pero ahora será de viajar en taxi aunque nunca lo necesité”, dice con nostalgia. Sentado sobre una silla de ruedas recibe una sesión de nebulizaciones y luego la enfermera le conecta las sondas de oxígeno por las fosas nasales para que no le falte el aire al momento de hablar. El actor pregunta “¿Quién es usted?” y la enfermera le responde al oído “un periodista del diario La Hora”. Hay que hablarle fuerte porque ya casi no oye, dice la enfermera. “Estoy medio sordo de ambos oídos”, confiesa Guerra estirando su mano derecha para saludar. Su mensaje para los quiteños es que quieran mucho a la ciudad. Buenos días, vengo de la Plaza del Teatro, ¿ese lugar todavía es importante para usted?

Esa plaza es importantísima para mí, porque ahí tengo el Teatro Sucre que fue mi centro de trabajo. Yo aprendí la Tramoya incluso, en el teatro Sucre. Cuando no había tramoyistas o faltaban, yo tenía que hacer eso, dirigir la tramoya para armar una casa, un jardín o cualquier otra cosa dentro del teatro. ¿Usted se acuerda de don Evaristo?

Vea señor, yo me acuerdo de él y hay veces que hasta me salen lágrimas. Nosotros sufrimos cárceles, eso no saben aquí en Ecuador, por ejemplo una función se terminaba en cualquier sitio del país, doce, doce y media de la noche. Nos esperaban tres, cuatro pesquisas afuera. Señor Albán, señor Guerra y según los que trabajaban en la estampa, todos caían. ¿Les metían presos?

Nos decían: ‘tenemos órdenes del Ministro de Gobierno que les aprehenda’. Bueno vamos, respondíamos. Cuando llegá-

ACTOR. Óscar Guerra, conocido artísticamente como Sarzosita dice que Dios cuida de su salud. (Foto: Archivo La Hora)

bamos, los presos nos recibían con aplausos. “Esos son los aplausos que no he vuelto a recibir jamás en mi vida”.

a un auspicio y allí me tienen como preso, me falta el aire.

Competencia atlética espera convocar a 15.000 personas Hasta la primera semana de mayo, niños y jóvenes desde 6 hasta 18 años y adultos de todas las edades pueden inscribirse para participar en la segunda edición de la carrera atlética ‘Por amor a Pichincha’. El encuentro deportivo y recreativo se llevará a cabo, en el parque Bicentenario, el 19 de mayo. Según los organizadores, se espera la participación de al menos 15.000 personas. Además, a la par de la competencia, se desarrollará la feria deportiva, recreativa y social, en la que los asistentes podrán visitar los stands de ministerios, instituciones públicas y empresas municipales. Las inscripciones son gratuitas y se receptan en el edificio en la Unidad Técnica Deportiva, ubicada en el primer piso del edificio de la Prefectura. En las calles Manuel Larrea N13-45 y Antonio Ante. La competencia y la feria deportiva y social forman par-

CIUDAD I

MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR

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PRESENTACIÓN. Los 196 años de la Batalla de Pichincha se conmemorarán con la justa deportiva se anunció en una rueda de prensa.

Justa

Los detalles Edad Recorrido 6 a 8 años 1 km 9 a 12 años 1 km 13 a 15 años 3 km 16 a 18 años 5 km 19 en adelante 5km

Categoría Recreativa Pre-infantil Pre-juvenil Juvenil Senior

te de los actos previstos para conmemorar los 196 años de la Batalla de Pichincha. (JS)

¿Todavía conserva el buen humor?

Es lo único que me queda, cuando caíamos presos al otro día no podíamos avisar a los periódicos porque no EL DATO nos iban a creer. Yo tengo 93 años, voy a cumÓscar Guerra aún recuerda su época plir el 30 de junio. Nadie como basquetbo- me cree, porque sencilista. Cuenta que fue el último juga- llamente usted no me ve dor suplente del una sola arruga, no me colegio Central ve el moco de pavo en la Técnico cuando ganaron dos cam- garganta, la cara la tengo peonatos en Pichincha. bien limpia y bien templadita. (PSD)

¿Recuerda en qué cárceles estuvo?

En celdas de diferentes partes del país, en Ibarra, Tulcán, en Quito y a las cinco de la mañana nos sacaban y ese estilo cogieron algunos de los Gobiernos. Al otro día nadie se enteraba que nos metían en la cárcel. ¿Qué recuerda de Quito?

Ya no le conozco a la ciudad, créame me llevan

CONSORCIO ITLS Convoca a sus ex colaboradores, que trabajaron en el periodo comprendido entre el 01 de enero del 2017 hasta el 31 de diciembre del 2017 acercarse a entregar la siguiente documentación: - Certificado de matrimonio o declaración juramentada. - Partidas de nacimiento de hijos menores a 18 años. En la oficina de la compañía (Av. Amazonas 3918 y Japón oficina 301), hasta el lunes 09 de abril del 2018 en los horarios de 8:00 am a 17:00 pm. PAB/19204/AS

DANTON S.A Convoca a sus ex colaboradores, que trabajaron en el periodo comprendido entre el 01 de enero del 2017 hasta el 31 de diciembre del 2017 acercarse a entregar la siguiente documentación: - Certificado de matrimonio o declaración juramentada. - Partidas de nacimiento de hijos menores a 18 años. En la oficina de la compañía (Av. Amazonas 3918 y Japón oficina 301), hasta el lunes 09 de abril del 2018 en los horarios de 8:00 am a 17:00 pm. PAB/19203/AS

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA ASISTENCIA TECNOLÓGICA COOPERATIVA ASISTECOOPER S.A. Se convoca a los señores accionistas de la Compañía Asistencia Tecnológica Cooperativa ASISTECOOPER S.A., a la Junta General Ordinaria de accionistas que se realizará el viernes 13 de abril del 2018, a las 10h00 horas en las oficinas de la compañía, ubicadas en la Av. Naciones Unidas E2-30 e Iñaquito, Edificio Metropolitan, piso 12, Of. 1209, de esta ciudad de Quito, para tratar el siguiente Orden del día: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14.

Conocer y resolver sobre Informe del Presidente del ejercicio económico 2017; Conocer y resolver sobre Informe del Gerente General del ejercicio económico 2017; Conocer y resolver sobre Informe del Comisario del ejercicio económico 2017; Conocer y resolver sobre Informe contable, referente a los valores aportados en efectivo a la compañía, por los accionistas; Aprobar los Estados Financieros 2017 (Balance General y Estados de Resultados); Conocer y resolver sobre Destino de las utilidades del ejercicio económico correspondiente al año 2017; Conocer y resolver sobre Presupuesto Operativo de Asistecooper S.A. 2018; Conocer y resolver sobre Plan Comercial de Asistecooper S.A. 2018; Elección de miembros principales y suplentes del Directorio por el periodo 2018 – 2020; Designación de Comisario para el ejercicio económico 2018; Ratificar la resolución del año 2010, sobre adopción de Normas NIFF; Ratificar todas las resoluciones de las Juntas Generales, desde la constitución hasta la Junta General del 14 de julio del 2017; Dar por validas todas las Juntas Generales y sus resoluciones desde el año 2011 hasta la Junta General del 14 de julio del 2017, a pesar de no existir grabaciones magnetofónicas de las mismas; Lectura y aprobación del acta de la junta general de accionistas.

En observancia de lo previsto de la Ley de Compañías y el Reglamento de Juntas Generales, se convoca especial e individualmente a Junta General Ordinaria de Accionistas de la Compañía ASISTENCIA TECNOLOGICA COOPERATIVA ASISTECOOPER S.A. a la Ing. María Verónica Auqui, comisario de la compañía, en el domicilio en la Av. Amazonas N37-18 y Japón en la ciudad de Quito. Igualmente, como dispone la Ley de Compañías y el reglamento de Juntas Generales, los señores accionistas han recibido el 26 de Marzo del 2018, la documentación respectiva y sus anexos, para su conocimiento y estudio, con más de 15 días de anticipación a la fecha de reunión de la junta general. Igualmente, desde la fecha antes indicada, toda la información ha estado a disposición de los señores accionistas, en las oficinas de la sociedad. ING. MARITZA GUALLICHICO PRESIDENTA

PAB/19199/AS


EN VELA A6

MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR

Veedores conocen contenido de informe de la Contraloría sobre la deuda pública

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Los 11 miembros de la veeduría conformada por el contralor general (s) Pablo Celi, conocieron las conclusiones del informe de la auditorìa que ese organismo de control realizó sobre el manejo de la deuda pública durante el régimen del expresidente Rafael Correa. Extraoficialmente se conoce que el informe tendrá determinaciones de responsabiidad civil y no se descarta indicios de

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El CPCCS iniciará hoy la Evaluación a varias autoridades

ACUERDO DE CONDOLENCIA

En la mira el Consejo de la Judicatura, el CNE, la Fiscalía General y la Superintendencia de Bancos

El Comité Ejecutivo Nacional de la Federación Nacional de Artistas Profesionales del Ecuador-FENARPE- profundamente consternados por el sensible fallecimiento de nuestra querida compañera LAURA IRENE MENDOZA SUASTI, Tesorera de la Federación, que deja un enorme vacío en el pentagrama nacional ecuatoriano y en las filas gremiales por la lucha de los derechos de los artistas ecuatorianos, expresan sus más sentidas condolencias a sus apreciados hijos y a su distinguida familia y de manera muy particular a la señora Lupe Romero Mendoza, Secretaria Administrativa de FENARPE.

¡PAZ EN SU TUMBA! Quito, 31 de marzo de 2018 Mercedes Elizabeth Argüello Arteaga PRESIDENTA

Luis Haro Carrera SECRETARIO

Eduardo Zurita Gil PRESIDENTE DE HONOR VITALICIO

PAR/108471/AT

La COMPAÑÍA LIMITADA FAMEDIC, convoca a sus ex trabajadores al reparto de utilidades, deberán acercarse a las oficinas ubicadas en la calle Sebastián de Benalcázar Oe7-264 y Autopista General Rumiñahui entre el puente 2 y 3, los días jueves 12 y viernes 13 de abril 2018, horario 10:00 am a 12:30, con su respectivo documento de identidad; caso contrario serán consignadas en el Ministerio de Trabajo. Adjunto Nomina

1400895544 1750583047 1722389416 1714909825 1721768230 1721930830 1715621254 1713495362 1103090898 1727471672 1722662937 1723659619 1724555022 1720198322

LOARTE QUITO ROSA JULIETA MEDINA VILLAMIZAR EVENCIO JOEL NAVARRETE PACHACAMA CINTIA KATHERINE PADILLA ACHOTE TATIANA MAGALY PEREZ ESCALONA RUBEN JESUS QUINGA GUALOTUÑA TATIANA MARIBEL QUISHPE ROMAN PEDRO MAURO QUISILEMA MURILLO KLEVER GIOVANNY RIVADENEIRA CUASCOTA YESICA ELIZABETH SUNTA VELASCO GERMANIA CAROLINA TIPAN PAUCAR ERIKA YESENIA VELA SALAZAR DAYANA IVONNE VILEMA CAMPOS KARINA ELIZABETH ÑATO DE LA CRUZ SANDRA JADIRA

1150017364 1757928658 1723958763 1719229856 1758055220 1718434614 1720491792 1717918955 1004514053 1721738720 1725046245 1718083882 1723500185 1714361472

Atentamente La Gerencia

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social transitorio sesionará a las 11:00 de este miércoles para iniciar el proceso de evaluación las autoridades que conforman el Consejo Nacional de la Judicatura, la Fiscalía General del Estado, el Consejo Nacional Electoral y la Superintendencia de Bancos. Además, resolverán la situación jurídica del superintendente de Economía Popular y Solidaria, Patricio Rivera, la primera autoridad evaluada por el consejo, que afronta una acusación de haberse posesionado del cargo fuera del plazo legal, por lo que el parámetro de legitimidad no se cumpliría en su caso. Rivera tuvo la oportunidad de presentar sus descargos contra esa acusación, sobre la cual el CPCCS resolverá hoy.

PROCESO. Además de esta evaluación, el fiscal general Carlos Baca afronta un juicio político.

Varios aspectos

El proceso de evaluación que arrancan los consejeros transitorios incluirá evaluar los siguientes aspectos: legitimidad del cargo, cumplimiento de funciones, gestión de recursos públicos, transparencia y evaluación ciudadana. (MMD)

Personajes y corrupción ° El fiscal general Carlos Baca Mancheno, también deberá defenderse en este proceso, además del juicio político que afronta. Nubia Villacís y los vo-

CONVOCATORIA PAGO DE UTILIDADES EJERCICIO ECONÓMICO 2017

ANTUN JUANK MADONA CELIA BARROS QUISHPE KATHERINE CECILIA CAIZA CHUQUI MARCIA ALEXANDRA CAMPO CAMPO JEANNETH MARISOL CANCHIGNIA MOROCHO MIRIAM RAQUEL CHICANOY SANDOVAL ANA KARINA CHUQUIMARCA ALQUINGA CARMEN PAULINA COLUMBA FLORES MERY TATIANA CONDOY POGO BEATRIZ YENNY CRIOLLO TACO DAYSI ELIZABETH CUMBAL SIMBAÑA SILVIA YOLANDA GRANJA GARCIA LUIS ANIBAL JIMA CUEVA IRMA PATRICIA LOACHAMIN CHARRO ANA JULIA

responsabilidad penal, en cuyo caso el informe será trasladado a la Fiscalía General del Estado. Se conoce que el informe será aprobado de forma definitiva el jueves o viernes de esta semana. Celi conformó la veeduría ciudadana justamente para auditar la legalidad, fuentes y usos de la deuda pública interna y externa, del 1 de enero de 2012 al 24 de mayo de 2017, con personalidades del país.

PAR/108461

cales del Consejo Nacional Electoral, harán lo propio, así como el superintendente de Bancos Christian Cruz. En la sesión también se presentará una propuesta sobre los casos de corrupción.

Productores y niños reciben capacitación de Corea Medio millar de productores agropecuarios y alrededor de 3.000 niños y sus familiares en las provincias de Chimborazo y Guayas recibieron capacitación por parte de voluntarios de la Agencia de Cooperación Internacional de Corea (Koica). Así lo informó ayer la Cancillería al precisar que la capacitación fue facilitada en los dos últimos años en áreas como la salud, educación especial y agricultura. Estos datos se dieron a conocer con motivo de la presentación del informe de fin de misión de los voluntarios Chang Heegu, Lee Eunbee y Sung Hwajin al Ministerio de

Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. El ingeniero agrónomo Chang Heegu, realizó su voluntariado en Riobamba y se centró principalmente en temas de cultivo de semillas de papa, prevención de enfermedades en animales y capacitación en crianza de pollos. En total fueron 526 los productores beneficiados, Por su parte, la enfermera Sung Hwajin capacitó a 3.000 niños y sus familias con talleres de nutrición y salud en las comunidades de Chimborazo durante dos años. La experta en educación especial Lee Eunbee, compartió sus conocimientos con profesores de Pedro Carbo en Guayas. (EFE)


Empresarios se reúnen

La Cámara de Comercio de Ambato organizó el encuentro ‘Decisiones Estratégicas Empresariales’. Interesados del mundo empresarial participaron del evento.

Cristina Aguilar y Tania Palacios.

Washington Chang y Diego Bohórquez.

Christian Barzallo y Carlos Moreno.

Andrés Suárez, Fabián Suárez y Diego Mosquera. Eliud Aguiar y Francisco Gallegos.

Edison Gutiérrez, Gonzalo Rueda y Washington Chang.

Leonardo Arévalo y Paúl Tirado.

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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

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QUITO

Casa abierta

En las instalaciones del Parque San Sebastián se llevó a cabo la Casa Abierta por el Día Mundial del Agua, donde estuvieron presentes estudiantes de diferentes unidades educativas y personal de la Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado de Otavalo.

Blanca Arellano, Liliana Revelo, Liseth Guevara y Maribel Otavalo.

Mariana Ulloa, Susana Tocagón, Jurac Ramos y Tommy Hidalgo.

Luis Terán, Jhoana Ponce, Mariela Arellano y Jhon Sandoval.

Dennisse Hernández, Nataly Artieda, Wladimir Sánchez y Dayana Valencia.

Marcelo Mosquera, Amparo Cueva y Héctor Sánchez.


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MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018 La Hora ECUADOR

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Programa

14 medidas de acciones 1. Recaudación tributaria. 810 millones de dólares adicionales entre 2018 y 2021, a partir de medidas de control tributario en el SRI, el Servicio de Aduanas y el incremento de techos arancelarios. 2. Amnistía del pago de intereses, multas y recargos para micro, pequeñas, medianas y grandes empresas. 3. Reducción del gasto público. Eliminación de ministerios, secretarías y otras entidades adscritas a la Función Ejecutiva. 4. Plan de Financiamiento. Con la optimización de contratos petroleros y un programa de fortalecimiento y sostenibilidad fiscal. 5. Fomento a las exportaciones. Se devolverá el ISD y otros tributos por ingresos de divisas. 6. Incentivo a nuevas inversiones entre 2018 y 2019, particularmente sobre el Impuesto a la Renta y el ISD. 7. Ampliar el acceso a crédito productivo y a créditos de inversión. 8. Generación de condiciones de seguridad para el desarrollo empresarial. 9. Nuevas modalidades de contratos de trabajo. 10. Se elimina el anticipo del Impuesto a la Renta desde 2019. 11. Reducción gradual del Impuesto a la Salida de Divisas. 12. Simplificación de trámites. Los no justificados en 180 días serán eliminados. 13. Búsqueda de nuevas alianzas público-privadas para inversiones en sectores estratégicos. 14. Impulso a la economía popular y solidaria.

Mi opinión en 30 segundos

Juan Carpio, analista académico

Mi opinión en 30 segundos

Carlos Calero, analista tributario

‘Correísmo sin Correa’

‘Eliminación de anticipos... ’

lamentablemente nos enfrentamos a un escenario en el que prima todavía un “correísmo sin Correa”, pues permanecen las ideas, las premisas, los funcionarios del Frente Económico y las ideas respecto a no reducir el gasto estatal. Se anunció un recorte del gasto público de 1.000 millones de dólares, pero no llega ni al 2% del gasto estatal. 1,66% para ser exactos. Todavía se mantiene la idea del Estado como motor de gasto y es la inversión del sector privado la que genera un efecto multiplicador. Existen medidas positivas como la eliminación gradual del ISD y del anticipo del Impuesto a la Renta, pero se trata de cosas muy puntuales.

existentes mediante el combate a la defraudación tributaria y el contrabando. Por otro lado, se propone la remisión o amnistía tributaria, que significa una condonación de intereses, multas y recargos. La eliminación del anticipo al Impuesto a la Renta es positiva, solo queda la interrogante de qué va a pasar con las glosas de la gente que mantiene juicios por no haber pagado el anticipo. Esas glosas deberían ser anuladas. En conjunto, las medidas son positivas porque mucho se había rumorado sobre un posible ‘paquetazo’ o incrementos al IVA. Es muy positiva la aplicación de medidas alternativas, incluso debió bajarse el IVA al 8%.

del Programa incluye, °enElsuanuncio mayoría, generalidades y

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propuesta busca recaudar °másLa impuestos, sin subir los ya

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Un Estado chico y mil millones de ahorro Aún se analiza el recorte del sector público y la elevación del techo de la deuda. A cada ministerio e institución adscrita al Ejecutivo se le ha encomendado la tarea de presentar un plan detallado para la optimización de gastos estatales y simplificación de trámites, en el segundo punto se puso un plazo de 180 días. Todo esto es parte del Plan Económico que fue presentado por el presidente, Lenín Moreno, el lunes por la noche. La meta es reducir el presupuesto del Ejecutivo en el orden de los 1.000 millones de dólares. Por otro lado, están los incentivos para el sector productivo, un programa para mejorar el sistema de recaudación y el aumento de aranceles. Reducción del Estado

El objetivo es ahorrar 1.000 millones de dólares. El recorte del presupuesto de las entidades del Ejecutivo es una de las medidas que más expectativa genera. La ministra de Finanzas, María Elsa Viteri, detalló ayer que en el plazo de una semana se definirá un plan para determinar qué entidades públicas serán suprimidas. Se anunció la eliminación de ministerios y secretarías, y la venta de siete de las 22 empresas en manos del Ejecutivo, TAME está dentro del grupo de aquellas firmas que deben ser activadas, para luego determinar si se vende o se conserva en manos del Estado. “TAME se encuentra en un entorno de negocio donde hay muchas posibilidades de rentabilizarla”, agregó Viteri. La motivación, según la Ministra, es reactivar a la aerolínea y “sacarla de la posición incómoda” y volverla competitiva. Medidas del sector externo y balanza de pagos

Un plazo máximo de un año tendría en vigencia el aumento de los aranceles programado por el Gobierno. Según el Plan, este aumento debe ser hasta los límites

Nuestra mayor deuda es con China”. MARÍA ELSA VITERI

MINISTRA DE FINANZAS

CONVERSATORIO. La ministra de Finanzas, María Elsa Viteri, dio algunos detalles sobre el Plan Económico. (Foto: EFE)

permitidos por la Organización Mundial de Comercio. Adicionalmente se evaluarán alternativas para la recuperación de flujos de exportaciones con una propuesta de regulación aplicada a las exportaciones de algunos productos seleccionados, con base en la cantidad de ingresos que genere. Lo que se pretende es que la balanza de pagos sea positiva. Financiamiento y deuda pública

jo de la deuda pública. Por un lado, en la deuda multilateral se buscará el mejoramiento de relaciones para incremento cupos. Por otro, en la deuda externa bilateral se negociará los contratos para conseguir mejores condiciones. “Nos vamos a sentar a negociar con quien tengamos que sentarnos. Y está clarísimo, nuestra mayor deuda en este tramo es con China”, enfatizó la funcionaria.

El Gobierno ecuatoriano no descarta elevar el techo de en- Incentivos desde lo tributario deudamiento, pero aún no se En el sector público, el Gobierhan definido porcentajes en este no ha propuesto la evaluación ítem. “Va a depender del pro- del Impuesto de Salida de Divisas grama de financiamiento y sos- (ISD) y de medidas disuasivas tenibilidad. Estimo que no será para la instauración de juicios. un porcentaje alto”, dijo El mejoramiento en proViteri. “Vamos a hacer EL DATO cesos de control y audiun planteamiento que toría, además del mecacubra las necesidades de El Gobierno nismo de aplicación de esta etapa de transición”, espera recaudar reesembolso simplificado. otros 810 milloañadió. Por otro lado, para el nes de dólares tributos hasta sector productivo, se proAdicional a eso, indi- en 2021 con el Plan có, se insistirá en la rene- Económico. pone impulsar las exporgociación de los contrataciones con mecanismos tos petroleros y la definición de para la devolución del ISD y trimecanismos de eficiencia para butos por ingreso neto de estas. la recaudación tributaria. Se También con incentivos para las plantea una estrategia de mane- nuevas inversiones. (LGP)

Ecuador participa en cumbre de países no alineados en Azerbaiyán

ENCUENTRO. El presidente de Azerbaiyán (derecha), Ilham Aliyev, recibe a la canciller, María Fernanda Espinosa. (Foto: Cancillería de Ecuador)

QUITO, EFE• Ecuador participa en la cumbre de países no alineados que tiene lugar en Azerbaiyán, donde se analizará el lema ‘Promoviendo la paz internacional y la seguridad para el desarrollo sostenible’, informó ayer la Cancillería. La titular de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, María Fernanda Espinosa, inició este 3 de abril un viaje de cuatro días a ese país asiá-

tico para participar en el encuentro ministerial del Movimiento de No Alineados (MNOAL), que reúne a 120 países. Poco después de aterrizar en la capital azerbaiyana, en Bakú, Espinosa fue recibida por el presidente azerbaiyano Ilham Aliyev, con quien abordó la situación del mercado petrolero, dado que los dos países son ex-

portadores de crudo. Azerbaiyán celebra además este año el centenario del establecimiento, en 1918, de República Democrática de Azerbaiyán, la primera nación secular y democrática en el mundo islámico. El MNOAL cumple 57 años y en la convocatoria que se inicia se analizará la seguridad y la paz como temas centrales, junto con

el desarrollo sostenible. La jefa de la diplomacia ecuatoriana tiene previsto defender en su intervención en este foro la posición de su país en favor de la “cultura de paz y del diálogo” y el multilateralismo. Asimismo, mantendrá varios encuentros con sus homólogos en Bakú destinados a impulsar la relación bilateral.


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MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018 La Hora, ECUADOR

Anuncian proyecto de transparencia fiscal ‘Ojo con nuestra plata’. Ese será el nombre del proyecto de transparencia fiscal que la corporación Participación Ciudadana y Cordes presentarán hoy. En esta iniciativa convergen, según la información oficial, representantes de la

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Fiscal incumplió protocolos legales, dicen asambleístas Dentro del juicio político se presentaron las pruebas de cargo en contra del funcionario.

sociedad civil y actores políticos “para promover la transparencia, la rendición de cuentas y otros valores democráticos”. Al acto, que será a las 11:00, en el hotel Dann Carlton, de Quito, asistirán también asambleístas.

MEDIDA. Roxana Palacios, presidenta de la UNE, fue la encargada de la presentación.

Nueva denuncia contra Augusto Espinosa

No seguir los protocolos judiciales para la obtención y la difusión del audio de la conversación entre el expresidente de la Asamblea José Serrano y el excontralor Carlos Pólit sería una clara muestra de incumplimiento de funciones por parte del fiscal general, Carlos Baca Mancheno. DETALLE. La Comisión de Fiscalización es la única que trabaja en estos días, que Ese fue el principal argumen- coincidieron con la vacancia legislativa. to que expusieron ayer ante la ¿El fiscal Baca ManEs prioridad de nuesComisión de Fiscalización los cheno actuó en funtro bloque que no proponentes del juicio político ción del bien colectivo quede nada oculto en contra del funcionario. En la ante los ciudadanos”. sesión participaron con las prue- o en función de intereses bas de cargo los asambleístas personales?”. NORMA VALLEJO, Henry Cucalón y César Rohón, ASAMBLEÍSTA (PAIS) CUCALÓN, de la bancada socialcristiana; HENRY ASAMBLEÍSTA (PSC) Guillermo Celi, por SUMA; y también intervino Norma Vallejo en representación de PAIS y sus aliados. Cucalón aseguró que la actuaPara hoy la Comisión de Fiscalización tiene previsto recibir en comisión general ción del Fiscal ha logrado sumir al policía Danny Ibarra, quien realizó el parte policial sobre el audio y que luego en el caos a toda la institucionarealizó una declaración juramentada afirmando que sus superiores le presionaron lidad del país al no garantizar, para que cambiara la hora de elaboración de dicho parte. como le corresponde, el cumTambién está convocado el notario séptimo de Quito, Omar Pino, ante quien plimiento del debido proceso. se realizó dicha declaración juramentada. Mencionó que hasta el momento Baca no ha informado de qué red Serrano y Pólit. “Resulta incon- Baca para determinar el incumsocial sacó el audio. “Esta di- cebible que el Fiscal (…), en su plimiento de funciones. vulgación ilegal e irresponsable afán de alimentar su pugna haya Por su parte, Rohón espera divulgado de forma apa- que el juicio en el Pleno se cumahondó el indiscutible rentemente ilegal y sin pla antes de que Baca sea evaenfrentamiento político entre dos de las más ASAMBLEÍSTAS apego al debido proceso luado por el Consejo de Particiel audio a fin de precau- pación transitorio, que anunció altas autoridades de intervinieron ayer en esta telar su visión, sus inte- la tarde de ayer precisamente la nación (Baca y Secomparecencia. reses”, aseguró. rrano), excompañeros el inicio de la evaluación de las “Gracias a su irres- primeras entidades, entre ellas, gubernamentales en su ponsabilidad se ha puesto la Fiscalía. momento”, dijo. en riesgo inclusive invesAgregó que en esa “Sería vergonzoso (…) que tigaciones penales que esta Comisión no emita el infordisputa arrasó el ordeMESES Baca en el podían permitir llegar a me y no llame a juicio político. namiento jurídico con llevacargo. determinar a los verda- Pero sería más vergonzoso que una serie de acusaciones deros responsables de in- dentro de sus funciones, sea el mutuas y que, además, para salir “bien librado”, habría numerables atracos cometidos”, nuevo Consejo de transición el alterado evidencias, cometido dijo Cucalón. Sin embargo, aña- que lo evalúe y tome medidas y fraude procesal, violación de la dió que el audio desenmascaró acciones antes que la Asamblea”, intimidad o posiblemente uso prácticas políticas reprochables. dijo Rohón. de documento falso con el fin Mientras que Vallejo argude mediatizar al margen de los Otros asambleístas mentó que la bancada oficialista procedimientos legales un audio En su intervención, Celi recordó respalda el proceso de fiscalizaque bien podría haber sido con- que en el Pleno de la Asamblea ción en contra del funcionario siderado elemento probatorio se aprobó con 103 votos a favor en el marco del debido proceso. de una cierta familiaridad entre que se llame a juicio político a (HCR)

Más comparecencias °

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La Unión Nacional de Educadores (UNE), en proceso de reinstitucionalización, presentó una denuncia penal en contra del exministro de Educación y ahora asambleísta Augusto Espinosa, por supuesta manifiesta negligencia para afrontar y resolver los casos de abuso sexual en los establecimientos educativos del país. La presidenta de la UNE, Roxana Palacios, fue la encargada de presentar la denuncia en la Fiscalía, por el fuero que le ampara al exministro de Rafael Correa. A decir de la denunciante, se ha probado la negligencia de Espinosa

porque conoció de 900 casos de abuso sexual y no tomó las medidas pertinentes, presentando la respectiva acusación en la Fiscalía. La dirigente gremial se amparó en los resultados de la última consulta popular por la cual ninguno de los casos de abuso sexual puede quedar en la impunidad. También citó el informe de la Comisión ocasional de la Asamblea, Aampetra, en el que se responsabilizaría a Espinosa. La Hora intentó obtener una versión del exministro. Sin embargo, tras dos llamadas a su celular, el aparato fue apagado. (LC)

Abogada denunciada por supuesto intento de timar a exfiscal Una fiscal de Pichincha fue lada, con los billetes marcados destituida del cargo, pero a para facilitar su recuperación. los cuatro días de la notifica- A estas acciones se suman ción, apareció una mujer que otras como la intercepción de le pidió 30.000 dólares, su- comunicaciones, capturas de puestamente, para ayudarle a pantalla de los textos enviados dejar sin efecto esa acción de y seguimiento de la sospechopersonal del Consejo de la Ju- sa, quien, una vez detenida, se acogió al derecho al silencio. dicatura. La fiscal destituida es María Sol ReContraparte calde, y la procesada César Tixe, abogado DÓLARES por la supuesta ex- pedía defensor de la procela abogada, torsión es Obed Sán- según la denuncia. sada, niega los cargos chez Terán, quien, contra su cliente y asesegún la denuncia gura que fue la denunpresentada, le habría ofreci- ciante la que llamó a su cliente. do presentar una acción de A Sánchez Terán se le forauto tutela ante el presidente muló cargos como autora didel Consejo de la Judicatura, recta del presunto delito de Gustavo Jalkh. oferta de realizar tráfico de Según la versión de la de- influencias, sancionado con nunciante, la mujer le escribió una pena de tres a cinco años desde su teléfono. En primera de prisión. instancia, la Fiscalía identificó En este caso, el juez de flaa la denunciada y no pidió su grancia Gonzalo Núñez aceptó detención. Incluso siguió con el pedido del fiscal Juan Carlos la trama y se realizó la entrega Zúñiga y dictó la prisión predel dinero de manera contro- ventiva. (LC)

30.000


Paúl Rivas, el retratista de seres humanos Las personas más importantes en su vida arman su afable perfil. Es uno de los secuestrados en la frontera.

Doña Guadalupe Bravo piensa su pareja, al explicar cómo en sus que la pasión por la fotografía trabajos sobre desaparecidos loque tiene su hijo fue un amor gró mostrar la consternación de heredado. Paúl Rivas ayudó des- los familiares y cómo en los retrade pequeño en los procesos de tos de los habitantes del volcán revelado de su padre: el cuarto Tungurahua apeló a la idea del oscuro, los rollos, las máquinas hogar para explicar por qué la ampliadora y abrillantadora, los gente no dejaría sus tierras. líquidos. Él es uno de los tres secuestrados por gru- EL DATO La vida pos irregulares en la fronYadira y Paúl se conocietera con Colombia. ron en 2010, cubriendo cumplirá Paúl estudió publi- Rivas 46 años el 25 de una iniciativa del correíscidad, pero su vida han este mes. mo en el parque nacional sido las imágenes y por Yasuní. Cuatro años deseso desarrolló su carrera pués, empezaron a salir y como fotorreportero en diario El Paúl le mostró fotografías que en Comercio. “Hizo una maestría en esa lejana cobertura en la selva él Madrid y sus fotorreportajes son le había tomado. Yadira lo define excelentes. Prácticamente, él lle- como una persona de detalles, exva en la sangre los recuerdos del tremadamente observadora. padre. Por eso no le ha importado En uno de sus primeros pasi hay sol o lluvia, si es de noche seos como novios, en el Quiloo de día, siempre ha estado en la toa, ella le confesó que en sus fotografía; le ha gustado siempre tres décadas de vida nunca había ser humanista y ver las cosas rea- acampado. La forma que enconles en la imagen”, dice Bravo, la tró Paúl para celebrarle el cummadre de Paúl. pleaños siguiente fue llevarle de En las vitrinas del cuarto, acampada, con un pastel guardacomo en un museo, se pueden do en la maleta. ver las cámaras análogas que él y En estos duros momentos, en su padre usaron alguna vez. En el que Paúl es rehén de una agrupasillo, una fotografía en blanco y pación criminal, evocar esa pernegro de él en el estadio, con tan sonalidad alegre y pragmática es solo 6 años, vistiendo el uniforme una fuerza que su hija, Alejandra, de Liga de Quito. ha encontrado para resistir. “Creo De los géneros fotográficos, al que nadie se imagina estar viigual que Vincent van Gogh en la viendo lo que ahora vivimos, son pintura, el que prefiere Paúl Ri- golpes que te llegan de repente. vas es el retrato. “Siente que un Como familia, nos mantenemos retrato bien hecho, que te trans- fuertes, unidos, y estamos así mite la fuerza y la personalidad por él, no es algo fácil mantener del retratado, hace que de un esa fortaleza, ni levantarse al simodo u otro puedas colocarte en guiente día y seguir en la lucha”. su lugar”, dice Yadira Aguagallo, Alejandra está convencida de que

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Estos delincuentes no solo que han secuestrado a tres periodistas. Están secuestrando el derecho de todos los seres humanos a ser informados”. PACO MONCAYO,

EXCOMANDANTE DE LAS FF.AA.

nes sobre la situación en Esmeraldas, que ha vivido una ola de atentados y donde se secuestró al equipo periodístico. Moreno declaró que existe preocupación por la situación en la frontera, de forma particular lo que se vive en el sector de Mataje. “Por eso, para poder nutrirnos de opiniones calificadas hemos

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MINUTERO Gobierno conocía demandas IMAGEN. La casa de Paúl Rivas es un espacio de culto a la fotografía. Su familia recibió a La Hora la mañana de ayer.

Puede pasar lo que sea pero siempre va a estar, cuando yo tenía mis etapas de rebeldía él siempre estaba”. ALEJANDRA,

HIJA DEL FOTOREPORTERO

Siente que un retrato bien hecho, que te transmite la fuerza y la personalidad del retratado, hace que de un modo u otro puedas colocarte en su lugar”. YADIRA AGUAGALLO, PAREJA DE PÁUL

pre está”. “Hace unos meses mi mamá se fracturó el pie y él fue el primero que llegó al hospital, estaba de turno pero fue”, dice Yadira. “Eso te marca, él con palabras tal vez no puede explicar muchas cosas, pero son esas acciones las que te hacen confiar que él está a tu lado”. Cuestión de fuerza

Alejandra, que conversa con una actitud llena de fortaleza y dignidad, cree que “toda la vida es en estos momentos Paúl no está una anécdota” con su padre. Es preocupado por él, sino por ellos. vibrante en su memoria la ocaEl fotorreportero de La Hora sión en que fueron a tomar fotos Garel Benalcázar piensa que la juntos. “Él estaba feliz con sus cápalabra que define a Paúl es ‘ge- maras, cambiando los lentes, me nerosidad’, por su capacidad de enseñaba cómo manejar la luz, el entrega a los demás. Y tanto doña contraste, fue un momento donGuadalupe, como Yadira y Ale- de compartirnos su pasión. Me jandra saben que la frase que de- gustó cómo él quería enseñarme que en las fotos se reflefine a Paúl es “que siempre jaran las personas, lo que está”. “Puede pasar lo que sienten y demuestran ese sea pero siempre va a estar, DÍAS desapari- instante”. cuando yo tenía mis etapas de lación se En este punto, doña de rebeldía él siempre esta- cumplen hoy. Guadalupe no puede eviba”, dice Alejandra. tar quebrarse al evocar a Cuando Yadira sale junto a su padre, después de acom- su hijo. “Ha sido demasiado buen pañarle a sus citas médicas, Paúl hijo, su consideración es absoluta aparece sin haber sido llamado, con todos, trata de arreglar siemparqueado y listo para llevarlos pre las cosas y es muy comprende vuelta a casa y hacerle jugar sivo”, dice y sostiene el retrato de 40 a su suegro, porque “siem- Paúl, el retratista. (MMD) RECUERDO. Una de las fotos de Paúl.

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Moreno solicita apoyo de Consejo externo de seguridad “Lo que es oportuno pensar es que tenemos que traerlos sanos, vivos a sus hogares”, declaró ayer el general (sp) Paco Moncayo, en relación al secuestro del grupo de periodistas de diario el Comercio. Moncayo, junto al general (sp) Fabián Varela, exjefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y al general (sp) de Policía Euclides Mantilla, integra el Consejo de Asesores de Seguridad por iniciativa del presidente de la República, Lenín Moreno, con quien se reunieron ayer en el Palacio de Gobierno. El objetivo será aportar con su conocimiento, experiencia y opiniones a la toma de decisio-

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ENCUENTRO. Luego de la reunión con Moreno, Moncayo declaró ente los medios de comunicación

pedido la opinión de ciudadanos uniformados y nos han dado los nombres de estos generales que en estos momentos nos acompañan. (…) Estamos atentos permanentemente para que la seguridad ecuatoriana no se deteriore”, dijo Moreno al instalar la reunión. Tras la cita, Moncayo declaró que sus recomendaciones serán tanto por la coyuntura como para formular políticas a media-

no y largo plazos para que estos dilemas no se vuelvan a repetir. “Lo más importante y actual es enfrentar el problema del secuestro. Estos delincuentes, estos criminales, no solo que han secuestrado a tres periodistas. Están secuestrando el derecho que tenemos todos los seres humanos a ser informados. Es un crimen imperdonable”, manifestó Moncayo. (HCR)

la difusión de un video °enTras medios colombianos, donde los trabajadores de El Comercio secuestrados aparecen con cadenas, autoridades del Estado se reunieron en Comité de Crisis con las familias de Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra. De acuerdo con el video, los pedidos para la liberación consisten en que se terminen las acciones conjuntas de Ecuador y Colombia contra el narcotráfico y que se devuelva a tres criminales detenidos. Cuando el ministro del Interior, César Navas, fue consultado, dijo que Ecuador ha detenido a más de 16 personas en el contexto de la violencia en la frontera norte. También manifestó que los videos no fueron filtrados sino premeditadamente difundidos para causar “conmoción”, por lo que agradeció a la prensa ecuatoriana por el manejo responsable de la información. Además, aseguró que conocían de las demandas de los secuestradores desde hace tiempo. (MMD)

EE.UU. ofrece apoyo ante secuestro

de Estados Uni°dosElenembajador Quito, Tod Chapman, expresó ayer su preocupación por el secuestro de un equipo de diario El Comercio y ofreció aumentar la cooperación en el ámbito militar y de Inteligencia para combatir al crimen organizado. “Tenemos una cooperación continua con los militares, con el Ministerio del Interior, con los policías; tenemos la DEA, tenemos a muchos que trabajan en el área de seguridad y estamos queriendo expandir esta cooperación en Ecuador”, declaró. Recordó que la semana pasada ya visitó Quito un subcomandante del Comando del Sur “para continuar ampliando las relaciones militar a militar”. “Estamos buscando la conclusión de varios acuerdos con el Gobierno, le hemos propuesto y estamos aguardando alguna notificación”, agregó. (RVD)

Pedido al Gobierno de Colombia

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EFE • Christian Segarra, hijo de uno de los miembros del equipo periodístico secuestrado, pidió al Gobierno de Colombia “que no evada más el tema” y se implique de manera activa para lograr la liberación. “Queremos exigirle al Gobierno de Colombia que de una buena vez reconozca que (los tres retenidos) están en territorio colombiano y den una postura”, declaró.


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UNA dice que pagará deudas con arroceros GUAYAQUIL • La Unidad Nacional de Almacenamiento (UNA), creada por Rafael Correa para la compra y comercialización directa de arroz a los productores, reconoce una deuda que sobrepasa los 4 millones de dólares. Paulo Proaño, gerente de la UNA, indicó que la deuda se originó por una falta de liquidez. Solo en Guayas debe 1,4 millones. Junto con el gobernador Francisco Cevallos se reunieron con el sector arrocero de Guayas para llegar acuerdos. Desde la Gobernación se dijo que espera que los cierres de carretera en la provincia no se repitan. Hay que recordar que cuando los arroceros cerraron cuatro carreteras de Guayas y Los Ríos, el ministro de Agricultura, Rubén Flores, reconoció la deuda. Detalló que hay 15 millones que representan por “15.000 toneladas enviadas a Cuba, a cambio de médicos”. El arroz salió pero no le cancelaron a la UNA. (DAB)

El cáncer infantil y su impacto en las familias Los resultados de un estudio fueron divulgados ayer. No hay cifras oficiales completas.

En Ecuador, tres de cada 10 niños han sido rechazados de alguna manera por tener cáncer, sin importar su nivel socioeconómico, y 6 de cada 10 madres dejan de trabajar por acompañar a sus hijos que padecen este mal. Así lo revela el estudio ‘Impacto del cáncer infantil en las familias’ realizado por la Fundación Cecilia Rivadeneira entre 2015 y 2017 con base en encuestas y entrevistas a 453 familias de Quito, Guayaquil, Cuenca y Portoviejo. Si bien los datos son tendenciales, pues carecen de una muestra representativa, el director de esta entidad, Wilson Rivadeneira, subrayó que permite evidenciar “que el cuidado de un niño con cáncer y su familia va más allá de la medicación y la tecnología”. “Hemos observado que en Ecuador más del 40% de los niños abandona el tratamiento y lo hacen por razones multifactoriales”, indicó Rivadeneira. El estudio apunta que un 86% de las familias que tiene hijos con cáncer está por debajo de la línea

Los niños

con cáncer y sus hogares Otros datos relevantes de los niños tiene leucemia, siendo el de mayor incidencia del tipo linfoblástica aguda. ° 53% ° 51% de los niños con cáncer es atendido en Quito y el 18,5% en hospitales de Guayaquil. ° 70,3% de los niños está inscrito en la escuela/colegio. ° 25% de niños ha perdido algún año escolar a causa de la enfermedad. ° 62% de madres deja de trabajar por acompañar a sus hijos pacientes. ° 84% de madres acompaña a los niños durante el tratamiento. ° 67% de los tutores ha tenido que endeudarse para financiar el tratamiento de sus hijos. Fuente: fundación Cecilia Rivadeneira

ACTO. El espacio fue inaugurado ayer. Se invitó a estudiantes a que presenten proyectos.

Embajada de EE.UU. abre ‘El Panecillo’

ATENCIÓN. Alrededor de 150 niños que padecen este mal son atendidos en una Casa Granja en Quito.

de pobreza, que el 62% de las madres pierde sus empleos por llevarlos a los hospitales y que los niños que viven en la Amazonía o en el cordón fronterizo son los más desprotegidos. Entre los menores atendidos por esta organización, el cáncer más común es leucemia. Faltan cifras oficiales

“Las posibilidades de vida son altas si es que los niños recibieran el tratamiento adecuado en el momento justo”, apuntó

Rivadeneira e indicó que no hay datos oficiales que permitan dimensionar esta realidad. Romina Costa, especialista en enfermedades crónicas del Ministerio de Salud, aseveró que los datos se están recopilando con el registro de atenciones ambulatorias y una plataforma de registro de atenciones. De esa manera, indicó que se podrá acceder a “una base de datos de todos los pacientes que tenemos en la población en general”. (RVD)

INTENDENCIA REGIONAL DE QUITO DIRECCION REGIONAL DE SEGUROS

REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, VALORES Y SEGUROS AVISO DE OPOSICIÓN POR PARTE DE TERCEROS DE LA LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA DE LA COMPAÑÍA PAN-AMERICAN LIFE INSURANCE COMPANY SUCURSAL ECUADOR Pongo en conocimiento del público que la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros ha recibido la solicitud de liquidación voluntaria de la compañía PAN-AMERICAN LIFE INSURANCE COMPANY SUCURSAL ECUADOR. En razón de la resolución adoptada por la compañía PAN-AMERICAN LIFE INSURANCE COMPANY SUCURSAL ECUADOR, de liquidarse voluntariamente cumpliendo lo dispuesto en los artículos 54, inciso cuarto de la Ley General de Seguros y 33 inciso 2, 86, 87, 88, 89 Y 90 de la Ley de Compañías, se ordena la publicación de este aviso en un periódico de mayor circulación del domicilio principal de la sucursal de la compañía, establecida en este país, por tres días consecutivos, para efectos de la oposición de terceros, a fin de que quienes se creyeren perjudicados puedan presentar su oposición ante uno de los jueces de lo civil del domicilio principal de la sucursal, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este aviso; y, además, en el termino de tres días desde la realización de tal medida pongan el particular en conocimiento de esta Superintendencia. El juez que reciba la oposición notificara a la entidad y a este Organismo de Control, dentro del término de dos días, posteriores al último señalado para presentar la oposición, conjuntamente con el escrito de oposición y providencia que hubiere dictado. En el caso de no existir oposición, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros declarará el estado de liquidación voluntaria y dispondrá el cumplimiento de los demás requisitos legales. Quito, Distrito Metropolitano, 29 de marzo de 2018 Dra. Giovanna Gastélu Concha SUBDIRECTORA DE NORMATIVA Y RECLAMOS PAR/108451/AT

Como ‘El Panecillo’, en alusión a la céntrica montaña de Quito, fue bautizado uno de los salones de la Embajada de Estados Unidos en la capital. Se trata de un espacio muy parecido a un set de televisión, que cuenta con iluminación, cámaras y cabinas especialmente diseñadas para producción audiovisual, conferencias de prensa y entrevistas, que ayer fue inaugurado por el embajador Todd Chapman. Durante el acto, Chapman firmó cartas de cooperación con las universidades de las Américas (UDLA) y Tecnológica Equinoccial (UTE), que harán uso de estas instalaciones para apoyar la formación de sus estudiantes del área de comunicación. Según el diplomático, esta es una muestra de la decisión de su país de apoyar a la libertad de prensa y expresión y dijo que espera en el futuro cercano establecer convenios de cooperación con otras instituciones y organizaciones de la sociedad civil. A su vez, invitó a los estudiantes de las carreras de comunicación y periodismo a presentar proyectos e ideas innovadoras para utilizar el estudio como herramienta para reforzar su formación académica. Al final hubo un brindis, pero el evento estuvo matizado por el secuestro de los tres colaboradores de diario El Comercio en la frontera con Colombia. Chapman expresó su preocupación y reconoció “la valentía” de los periodistas para visibilizar problemas como la inseguridad. (RVD)


Crece la tensión en Brasil en víspera del juicio a Lula

El expresidente ante la encrucijada judicial de si va a prisión o mantiene la libertad.

Partidarios y adversarios de Lula se movilizaron ayer por todo Brasil, en una tensa víspera del juicio que puede derivar en el arresto del expresidente de izquierda, favorito para las elecciones de octubre. El Supremo Tribunal Federal (STF) juzgará un pedido de la defensa de Luiz Inácio Lula da Silva, condenado en segunda instancia a 12 años y un mes de cárcel por corrupción pasiva y lavado de dinero, para que siga en libertad hasta agotar todas las instancias judiciales. Si el recurso es aceptado, el caso podría extenderse durante años y Lula seguir haciendo campaña electoral. Pero si es rechazado, el líder del Partido de los Trabajadores podría ser detenido, a los 72 años de edad.

Cualquiera sea la decisión, tendrá una enorme repercusión sobre unas elecciones que se anticipan como las más inciertas desde el retorno de la democracia en 1985. “Vamos a presionar al STF”, pide a sus seguidores el movimiento ‘Vem Pra Rua’ (Sal a la calle), una organización muy activa durante el impeachment de 2016 que sacó del poder a la presidenta de izquierda Dilma Rousseff. Ese grupo convocó a manifestaciones en 117 ciudades para pedir que se mantenga la jurisprudencia que permite encarcelar a un condenado en segunda instancia, como Lula. El derechista “Movimento Brasil Livre” (MBL) anunció actos en todos los estados del país, con el lema “O vas, o [Lula] vuelve”, exigiendo “la prisión del mayor bandido del país”.

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MINUTERO Fiscalía alemana pide extradición de Puigdemont

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BRASILIA, AFP•

Repercusión

GLOBAL

RECHAZO. Una mujer tapada con la bandera brasileña participa en una manIfestación contra Lula. (AFP)

‘Condena política’

En el clima áspero que se agravó tras los disparos efectuados el 27 de marzo contra una caravana proselitista de Lula en el sur, la Central Única de Trabajadores (CUT) realizó una vigilia ante el domicilio del líder de la izquierda en Sao Bernardo do Campo (estado de Sao Paulo). “La condena del expresidente Lula es política, sin ninguna prueba. El presidente es inocente y todos lo saben. Solo quieren impedir que Lula sea candidato en las elecciones de este año”, dijo el presidente de la CUT, Vagner Freitas, en una nota donde la central informó que realizará actos en todo Brasil. El esquema de seguridad del máximo tribunal será reforzado durante la sesión de hoy. Las calles adyacentes al edificio serán bloqueadas y se colocarán vallas y un cordón policial para mantener separados a los manifestantes, dijo la Secretaría de Seguridad de la ciudad. Posiciones en pugna

La presión sobre los magistrados tuvo nuevos capítulos el lunes, cuando abogados, jueces y fiscales de grupos antagónicos llevaron al STF escritos separados con miles de firmas para defender las dos posiciones en pugna. Ese mismo día, arropado por unos 2.000 simpatizantes y

RESPALDO. Partidarios del expresidente se movilizan por todo el país. (AFP)

Inocencia o impunidad La posibilidad de que Lula recurra en libertad una larga sentencia de cárcel °es objeto de polémica en Brasil, por el riesgo de que asesinos y violadores se beneficien del mismo trato y que la operación anticorrupción Lava Jato pierda una de sus armas favoritas: encarcelar a los condenados en segunda instancia. El Supremo Tribunal Federal (STF) prohibió el 22 de marzo detener a Luiz Inácio Lula de Silva al menos hasta el 4 de abril, cuando reanude una sesión interrumpida a pedido de uno de sus once magistrados. El tema en debate: decidir si el expresidente de izquierda puede apelar en libertad ante las máximas cortes del país una sentencia a 12 años y un mes de cárcel por corrupción y lavado de dinero, ya confirmada por un tribunal de apelación.

movimientos de izquierda, Lula envió su mensaje a los magistrados: “Quiero que la corte suprema solo haga justicia”, dijo en un acto en Río de Janeiro. La corte

La agudización de los enfrentamientos llevó a la presidenta de la corte suprema, Cármen Lúcia, a hacer un inusual llamado por la paz social el lunes por la noche. Pero hasta el propio STF no es ajeno a la polarización que recorre Brasil. El caso enfrenta a jueces “garantistas” y a defensores de la Operación Lava Jato, que desvendó una multimillonaria red de sobornos entre empresarios y políticos, que son vistos como más severos y partidarios del uso de la prisión preventiva y del cumplimiento anticipado de

las penas. Divididos, los 11 integrantes del STF debatirán un caso que, si bien es específico, su resultado podría indicar a los tribunales inferiores un cambio en la interpretación constitucional que permite encerrar a condenados en segunda instancia. La última discusión de este tema terminó con un ajustado 6 a 5 en favor de la jurisprudencia vigente.

NEUMÜNSTER, EFE• La Fiscalía alemana pidió ayer a la Audiencia Territorial de Schleswig tramitar la extradición a España del expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont por los delitos de rebelión y malversación de fondos públicos. La Fiscalía General de Schleswig Holstein, el estado federado en el que fue detenido Puigdemont en aplicación de la euroorden dictada por la Justicia española, solicitó también que permanezca en prisión al considerar que existe “riesgo de fuga”.

Las dos Coreas continúan la diplomacia del pop

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SEÚL, EFE• La diplomacia del pop continuó ayer entre las dos Coreas con un concierto de músicos de ambos países en Pyongyang en vistas a su cumbre de abril, en la que se planteará la política de desnuclearización del régimen. El concierto de ayer constituyó la segunda actuación que ha ofrecido en la capital norcoreana la delegación de artistas del Sur que ha viajado al país vecino y que el domingo ya dio un primer recital que contó con la entusiasta presencia del propio líder, Kim Jong-un y su esposa, Ri Sol-ju.


GLOBAL B6

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Perú ratifica retiro de invitación a Maduro

LIMA, EFE • El Gobierno de Perú ratificó ayer la decisión de retirar

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la invitación al presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, para que asista a la octava Cumbre de las Américas, que se celebrará en Lima la próxima semana, informó el nuevo ministro peruano de Relaciones Exteriores, Néstor Popolizio.

“Esta es una firme decisión que no se está revisando”, afirmó el ministro al asumir ayer sus funciones, tras haber jurado al cargo. Popolizio agregó que la medida está justificada por “el impedimento insalvable” que constituye la decisión del Gobierno de Maduro “de imposibilitar elecciones libres y justas”.

Trump quiere militarizar la frontera con México

WASHINGTON, AFP • El presi-

dente estadounidense, Donald Trump, dijo ayer que quiere militarizar la frontera con México para impedir la entrada ilegal de inmigrantes a Estados Unidos. Trump pasó los últimos tres días atacando a México por permitir que más de 1.000 centroamericanos, la mayoría de Honduras, hayan iniciado una marcha hacia la frontera con Estados Unidos, donde muchos esperan solicitar asilo. "Hasta que podamos tener un muro y una seguridad adecuada, vamos a proteger nuestra frontera con el ejército. Es un gran paso", dijo el mandatario a periodistas. "No podemos permitir que la gente ingrese ilegalmente a nuestro país", añadió.

La cruzada

La iniciativa, que según dijo conversará "en breve" con el secretario de Defensa, James Mattis, es la última en la cruzada antiinmigración de Trump, cuya propuesta insigne de construir un muro en la frontera sur del país no recibió los fondos presupuestales que pedía.

Trump ya sugirió que los militares ayuden en la financiación y construcción del muro fronterizo, pero es la primera vez que propone que tropas estadounidenses patrullen la línea limítrofe de 3.200 kilómetros. "Creo que es algo que tenemos que hacer", enfatizó luego en una rueda de prensa con los líderes de los países Bálticos. Defensa de intereses

Consultado por AFP, el Pentágono negó estar al corriente de un despliegue militar en la frontera sur del país, pero señaló que ya hubo operaciones así antes. Los predecesores de Trump, Barack Obama en 2010 y George W. Bush entre 2006 y 2008, enviaron a la Guardia Nacional, un cuerpo de reserva del ejército, para patrullaje y control fronterizo. Una ley norteamericana del siglo XIX prohíbe el despliegue de soldados en su propio territorio para fines civiles pero la Guardia Nacional sólo requiere el consentimiento del Estado donde será desplegada para asistencia y apoyo en la frontera.

CARAVANA. La marcha de migrantes hacia EE.UU. aterroriza a Donald Trump. (AFP)

Al menos un muerto y tres heridos en un tiroteo en la sede de YouTube

LOS ÁNGELES, EFE • Un tiroteo en la sede de YouTube en San Bruno, una ciudad situada unos 20 kilómetros al sur de San Francisco (California, EE.UU.), dejó ayer al menos un muerto y tres heridos. El jefe de la Policía de San Bruno, Ed Barberini, aseguró ante los medios de comunicación que la persona fallecida es supues-

tamente la mujer sospechosa de haber llevado a cabo este tiroteo, y añadió que se disparó a sí misma. El tiroteo, que fue reportado hacia las 12:46 hora local, llevó a las autoridades a ordenar un gran despliegue de emergencia en la zona y a evacuar a cientos de personas que se encontraban en el área.

EJEMPLO. El legado de Martin Luther King sigue vivo. (Archivo)

Mataron al hombre pero no su sueño Hace 50 años se apagó la voz de Martin Luther King, el mayor defensor de los derechos civiles en EE.UU. MEMPHIS, EFE • A las seis y un

minuto de la tarde del 4 de abril de 1968 una bala le atravesó la garganta. La voz de Martin Luther King, el mayor defensor de los derechos civiles de EE.UU., se apagó en el balcón del hotel Lorraine de Memphis, donde esta semana se conmemora el 50 aniversario de su asesinato y también su legado. De pie en el balcón del hotel, frente a la habitación 306, King discutía con otros activistas sobre la huelga de basureros negros que había sido convocada en la ciudad, cuando recibió un único balazo a manos de un francotirador segregacionista, desplomándose a los pies de sus colegas. Pese a haber dado ya grandes pasos en la lucha por los derechos de los afroamericanos, haber impulsado la Ley de Derechos Civiles (1964) y la Ley de Derecho al Voto (1965), King continuó su cruzada para acabar con la segregación racial, especialmente violenta en el sur, y a finales de los 60 se centró en pelear contra la pobreza de la comunidad negra. El sueño de la igualdad

El FBI llevaba años interceptando sus comunicaciones por temor a que los comunistas se infiltraran en sus filas y las continuas amenazas de muerte lo hicieron tener la certeza de que no podría ver con sus propios ojos "el sueño" de la igualdad por el que sería recordado. Las imágenes que hoy se pueden ver en el hotel Lorraine, reconvertido en el Museo Nacional

de Derechos Civiles (NCRM, en inglés), hacen un recorrido sobre los últimos días de vida del líder negro en Memphis, visiblemente atemorizado en las marchas que lideró para lograr un salario digno para los basureros. Legado

"Nuestro objetivo es proporcionar un contexto histórico del trabajo de King durante 1967 y 1968, así como los eventos que tuvieron lugar en Memphis del 3 al 4 de abril", explicó Noelle Trent, directora de Interpretación, Colecciones y Educación del NCRM. "Queremos no sólo mostrar las secuelas de esos eventos, sino también ilustrar la influencia de King en todo, desde los movimientos modernos de justicia social hasta la política y la cultura pop en los años posteriores. Desde Elvis al presidente Obama. El legado de King ha tenido un impacto duradero en nuestra sociedad y en nuestra cultura", aseveró.

A vivir como hermanos °

Bernice King, la hija menor, tuvo la oportunidad de visitar antes de su apertura la nueva exposición del NCRM, y mientras caminaba entre las fotografías y los documentos que atestiguan aquellos días, constató que si su padre estuviera vivo, no se sorprendería de la polarización racial, social y económica que vive EE.UU. “Cuando pienso en algunas de las políticas que hacemos en este país, las políticas son tan automáticas. Para mí, personalmente, ocurre en ambos partidos. No hemos encontrado una manera colectiva de crear una política que trascienda a los partidos. Mi padre hablaba de todo eso”, dijo. “Él nos retó al decir que debemos aprender a vivir como hermanos, y yo añado, hermanas, -agregó-, o juntos nos veremos obligados a perecer como imbéciles”.

El recuerdo

Los actos en conmemoración del Premio Nobel de la Paz (1964) salpican la ciudad esta semana, con marchas pacíficas en su memoria, charlas sobre la situación actual de los derechos civiles y una ceremonia especial este miércoles, cuando se cumple el aniversario. A las seis y un minuto de la tarde, cuando esa bala le atravesó la garganta, las campanas de la ciudad sonarán en señal de duelo.

HISTORIA. Al igual que hace 50 años, la lucha contra el racismo continúa en EE.UU. (EFE)

Figuras como el exfiscal general Eric Holder, el primer afroamericano en ocupar ese cargo, y dos de los hijos del activista, Martin Luther King III y Bernice King, ya se encuentran en la ciudad para unirse a los actos de homenaje a su padre.


Debe casi $1 millón

Laura Bozzo ha agotado todas las instancias judiciales para impugnar una deuda de cerca de $17 millones de pesos que tiene con el fisco en México (casi un millón de dólares). El pasado 8 de marzo, el

Presidente de la Suprema Corte de Justicia de México desechó por improcedente un recurso con el que Bozzo pretendía impugnar la sentencia de un tribunal federal de Toluca. AGENCIAS

Quiere un novio en un ‘reality’

TEMPO E

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SOFÍA CAICHE

La guayaquileña regresa a la pantalla de TC con una nueva imagen y dispuesta a ser conquistada.

GUAYAQUIL • La actriz, modelo y animadora regresó a su antigua casa, pero esta vez para conducir el segmento ‘Conquistando a Sofía’ dentro del programa de farándula de ‘Boca en boca’, de TC Televisión. Caiche, quien fue despedida de ese medio de comunicación en julio de 2016, pero ahora está feliz de reincorporarse a su antigua casa televisiva y ser protagonista de uno de sus espacios principales. Ella será parte de un concurso en el cual deberá elegir al novio ideal quien tendrá que ajustarse a sus gustos y descu-

brir sus amenidades para de tante bueno, llevo una agenda esta manera lograr conquistarla. alimenticia y de ejercicios bas“Deben tener muchas virtu- tante rígida, pero estoy tranquides, entre estas ser súper cariño- la y ahora con mi vuelta a TC no sos, hogareños, fieles, responsa- puedo estar más feliz”, señaló. bles, etcétera”, contó la actriz, quien se mostró agradecida con Primeros pasos la gerencia del canal por abrirle La actriz comenzó su carrera teleuna vez más las puertas. visiva en el programa ‘Guayaquil “Me siento un poco nervio- caliente’ cuando tenía 15 años en sa, pero contenta con Sí TV, (actualmente Canal esta oportunidad. La te- EL DATO Uno). En ese canal laboró levisión es de cambios y por cuatro años. quienes tenemos una traSu siguiente ‘casa’ fue actriz ingresó TC Televisión, donde paryectoria y hemos hecho La ayer al staff que con nuestra imagen una es conducido ticipó en varias producEmilio marca, no descartamos en por ciones como ‘Mi recinto’ y Pinoargotti, algún momento regresar, Silvana Torres, ‘Estas secretarias’. Miguel Cedeño y y ahora esa es la oportu- Lissette Cedeño. En TC laboró por 15 nidad que tengo”, mencioaños, para luego irse a nó la carismática actriz, Gama TV donde trabajó quien perdió cerca de 30 libras por cuatro meses, pues tuvo que tras la operación de manga gás- salir para dedicarse por un tiemtrica que se realizó hace un mes. po a una campaña política. Tras “Me siento bien con mi cuer- su salida del canal estatal tuvo la po, puedo decir que atravieso oportunidad de actuar en la sepor un momento emocional bas- rie ‘La Trinity’ (Ecuavisa). (JCL)

RECORRIDO. La presentadora también trabajó como actriz en la producción humorística ‘Mi recinto’, transmitida por TC Televisión.


INTERCULTURAL

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Exige tus derechos

Español CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Capítulo segundo Derechos del buen vivir

Sección tercera Comunicación e Información

Art. 16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: 1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos. 2. El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación. 3. La creación de medios de comunicación social, y al acceso en igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas. 4. El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad. 5.Integrar los espacios de participación previstos en la Constitución en el campo de la comunicación.

Kichwa ECUADOR LLAKTAPAK MAMAKAMACHIY ISHKAYNIKI WANKURIY Sumak kawsaypak hayñikuna

KIMSANIKI PAKMA Willanakuy, willaypash

16 niki. Tukuy runakunami paylla, tantarishkapash kay hayñita charinkuna: 1. Imamantapash willana, kawsaypura willana, tantarichik chikan willaytapash charinmi, shinallatak tukuykuna ima ruranakuypi, tantarina hayñitapash charinmi. Maykan willana ñantapash, imawan imashinapash kikin shimipi, kikin unanchawan willanatami charinkuna. 2. Tukuysami mushuk willanakuyta chaskinkapa, willayta kachankapapash punku paskashkatami charinkuna. 3. Runakunapak willayta wiñachinata ushankunami; tukuypak, shukpalla, ayllullaktapak wiñachinatami ushan. Shinallatak ankizirmata, karurikuchikta, uyana, rikuna ñankunata charina paktapakta yaykuna ñankunata charinkunami. Shinallatak kacharishka hatunpachata willachik, mana llikashka ankukunaman yaykuna ñankunata charinkuna. 4. Tukuysami rikunaman, uyanaman, yarinaman yaykunatami charin, shuktaksami willanakunaman willankapa yaykunata charinkuna. Shinallatak ñawsakuna, tisikukuna, muspakuna tantarichun willana hillaykunata wiñachinatapash charinmi. 5. Mamakamachiypi imashina rikuchishkata katishpa chaypikashpa willanakuna kuskakunata tantachinatapash charinkuna.

ALUMNAS. Las niñas comparten su tiempo libre entre amigas de su misma nacionalidad.

DIFERENCIAS. A pesar de tener otras costumbres, ellos están en la misma aula de clases.

KICHWAS Y TSÁCHILAS COMPARTEN SUS CONOCIMIENTOS EN LAS AULAS En las escuelas interculturales de Santo Domingo ambos pueblos dan a conocer su cultura.

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SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS

n las escuelas interculturales bilingües, además de ver a niños vestidos con la indumentaria tsáchila, también hay quienes lucen el atuendo kichwa. Estela Conya es una de las niñas kichwas que estudian en el establecimiento ubicado en la comuna El Poste, en Santo Domingo de los Tsáchilas. Cursa el séptimo de básica e indica que no se le ha hecho complicado tratar con los compañeros de otras etnias, aunque no ha aprendido aún el idioma tsáfiqui. Ella junto con otras dos menores de la misma nacionalidad siempre pasan juntas, salen a recreo y hacen los trabajos de la escuela. Las alumnas comentan que sí comparten con los tsáchilas, pero que prefieren estar con los de su propia etnia. En las 11 unidades educativas bilingües existen 17 alumnos kichwas, un número muy bajo para la cantidad de tsáchilas que estudia (500) en estos centros. Asimismo, existen dos docentes kichwas que imparten clases en la Unidad Educativa Puruhá.

Educación

La educación intercultural es importante para las comunidades indígenas y mestizas de Ecuador. Con esto la sociedad puede conocer la cosmovisión de cada una de las nacionalidades. La malla curricular en las escuelas interculturales aborda temáticas como las costumbres y tradiciones de los pueblos originarios del país. También se imparten clases de kichwa o cosmovisión andina, por ejemplo. El sistema intercultural bilingüe respeta los ritmos de aprendizaje de sus integrantes. Además, analiza aspectos sicosociales, la capacidad creativa y los conocimientos ancestrales. De esta forma se pretende incorporar tanto los saberes como los conocimientos de las culturas de Ecuador, para así mantener un desarrollo armónico de las personas y el medio ambiente. La Constitución los ampara

El Sistema de Educación Intercultural Bilingüe (SEIB) plantea proyectos adecuados a las nacionalidades indígenas, como los shuar, awá, chachi, tsáchila, secoya, achuar, waorani, andoa, shiwiar y más.

Tecnología ° Para los estudiantes de las variadas nacionalidades que existen

en las unidades interculturales se implementaron centros de cómputo que sirven para su enseñanza.

VESTIMENTA. Ellas siempre utilizan su indumentaria para ir a clases.

De acuerdo con la Constitución ecuatoriana aprobada en 2008, cada comunidad tiene derecho a implementar su propio sistema educativo, el cual debe suplir todas las necesidades que requiere el conocimiento. Se conoció que una de las impulsoras e iniciadoras del SEIB fue la histórica líder indígena Dolores Cacuango, quien, en 1946, creó el primer plantel educativo de este tipo en el país. Para este objetivo contó con la colaboración de la activista Luisa Gómez de la Torre. Esta acción le valió la persecución de los ‘patrones’, quienes no estaban de acuerdo en que los indígenas estudiaran. (CT)


Ni reduciendo los 2 grados, el planeta estará a salvo Estudios señalan que el nivel del mar subirá, la biodiversidad se afectará y ocurrirán graves fenómenos naturales. • Aunque el mundo logre limitar el alza de las temperaturas mundiales a 2ºC, el objetivo que se fijó en los acuerdos de París sobre el clima, las consecuencias serán significativas: subida del nivel de los mares, la pérdida de la biodiversidad… según estudios publicados el último lunes. “Detectamos cambios importantes en los impactos climáticos para un mundo con un alza de 2ºC, así que debemos tomar medidas para evitarlo”, explica Dann Mitchell, profesor en la Universidad de Bristol y autor principal del texto que abre un número especial de la revista británica ‘Philosophical Transactions of the Royal Society A’. Más de dos años después de la firma del acuerdo de París, que buscaba mantener el alza de las temperaturas por debajo de los 2ºC, o incluso 1,5ºC, respecto a la era preindustrial, la veintena de estudios publicados comparan las consecuencias de ambos

PARÍS, FRANCIA, AFP

escenarios. “Uno de los desafíos tiene que ver con la velocidad a la que alcanzaremos +2ºC”, añade Mitchell. O en otras palabras, el tiempo que tendremos para adaptarnos a las múltiples consecuencias del calentamiento global. El grupo de expertos del clima de la ONU (IPCC, por sus siglas en inglés) debe publicar en octubre un informe sobre un mundo con un alza de las temperaturas de 1,5ºC. El proyecto de texto consideraba en enero, sin embargo, que dados los compromisos actuales de los Estados y las tendencias de emisiones de CO2, era “extremadamente improbable” alcanzar ese objetivo. Subida del nivel de los mares

Aunque el aumento de las temperaturas se estabilice en +1,5ºC o +2ºC, el nivel del mar seguirá subiendo “durante al menos tres siglos”, entre 90 y 120 cm de aquí al año 2300, provocando inundaciones, erosión y sali-

PLANETA I

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En lo económico °

Si bien un aumento de 1,5ºC no debería afectar al crecimiento económico mundial, “un calentamiento de 20C deja entrever unas tasas de crecimiento mucho más bajas en numerosas naciones, especialmente alrededor del ecuador”, indica Felix Pretis, economista en la Universidad de Oxford.

nización de las capas freáticas. Si se cumplen las previsiones más optimistas, las islas del Pacífico, el delta del Ganges y las ciudades costeras tendrán tiempo para construir diques o desplazar sus poblaciones. En caso de no hacer nada para limitar las emisiones de CO2, el alza media del nivel del mar, provocada por el deshielo de los glaciares y la dilatación del agua, alcanzará 72 cm de aquí a 2100. “Los impactos para el siglo XXI pueden aplazarse más que evitarse”, señalan los investigadores. Así que la “adaptación es primordial”, insiste Robert Nicholls, de la Universidad de Southampton.

ALERTA. La sequía sería uno de los factores que pondría en peligro a la humanidad. El agua, así como los alimentos serían escasos.(Foto: AFP)

Acceso a alimentos

Un alza de las temperaturas causará una mayor inseguridad alimentaria en todo el mundo, debido a inundaciones y sequías más graves, informa uno de los estudios. Con un calentamiento de 2ºC, Omán, Bangladés, Mauritania, Yemen y Níger serían los países más vulnerables ante una penuria de alimentos. Por el contrario, Malí, Burkina Faso y Sudán experimentarían una mejora de su situación ya que sufrirían unas sequías menos duras. Pero esos países son una “excepción”, indica el profesor Richard Betts, que lidera el estudio.

Biodiversidad

Aunque una subida de las temperaturas alterará a una parte de la fauna y de la flora, “contener el calentamiento a 1,5ºC en lugar de 2ºC (...) permitiría acrecentar entre un 5,5% y un 14% las zonas del mundo que podrían servir de refugio climático para las plantas y los animales”, según otro estudio. Su superficie sería equivalente a la de “la red actual de zonas protegidas”. Limitar el cambio climático podría, además, reducir hasta un 50% el número de especies que corren el riesgo de perder la mitad de su hábitat natural.


MOSAICO B10

MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018 La Hora, ECUADOR

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(junio 22 - julio 22)

LEO

(julio 23 - agosto 22)

La necedad ha sido el gran problema de tu caracter. Debes contestar los mensajes. Busca a esa persona que te escribe y enfrenta tus miedos. Recuerda: no toda la vida serás joven.

VIRGO

(agosto 23 - septiembre 22)

Evite las discusiones con su pareja ya que estas sólo ocasionarán más dificultades. Trate de ser más paciente con ella por el momento. Recuerde: Evite ir a la deriva sin rumbo fijo.

de litio

LIBRA

(septiembre 23 - octubre 22)

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Costa Rica celebra el lanzamiento de primer satélite SAN JOSÉ, EFE • Los desarrolladores del primer satélite centroamericano, creado en Costa Rica, celebraron con orgullo el lanzamiento del dispositivo llevado a cabo desde el Kennedy Space Center en Cabo Cañaveral, Estados Unidos. “Nos sentimos tremendamente orgullosos porque dentro de ese cohete va el primer satélite costarricense y de Centroamérica, que va a ponerse en órbita luego de ocho años de trabajo duro por parte de la ACAE, el TEC y todos los socios y perso-

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Por el momento es conveniente que Ud. evite las situaciones riesgosas cómo deportes o viajes ya que no le convienen. Recuerde: Si se queda mirando atrás pierde el tiempo, y la oportunidad de avanzar.

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Sus jefes y superiores serán más explosivos y su carácter será más fuerte; trate de evitar los enfrentamientos con ellos. Recuerde: Nadie puede ser feliz aislado y negándose a compartir sus bienes.

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(mayo 21 - junio 21)

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Sus amigos tienden a tornarse susceptibles por lo que deberá ser cuidadoso al tratarlos ya que pueden haber roces. Mire con tranquilidad y optimismo hacia el futuro. Recuerde: Para progresar es conveniente contar con los otros.

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(abril 20 - mayo 20)

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(marzo 21 - abril 19)

Procure mantener el equilibrio internos evitando vivir en el pasado. La tranquilidad, paz y el rodearse de gente positiva y optimista serán de gran ayuda. Recuerde: Ud. es el conductor de su vida y el piloto de su propio destino.

TAURO

inglés

chArcAles

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cAntAnte gruPerA y Actriz MexicAnA

creen que él la asesinó. Después de repetidas acusaciones y un episodio depresivo, Ignatius amanece con un par de cuernos… Ahora tiene un misterioso poder y va a usarlo para hallar al culpable.

La búsqueda del equilibrio y la armonía es constante en su vida. Procura mantener una relación amigable con todas las personas para así conservar un ambiente tranquilo. Es reconocido su modo de amar ya que es fiel e incondicional.

PArte del

TVFAN

Anastasia y Christian deciden volver a estar juntos e intentarlo una vez más luego de su ruptura. Sin embargo, esta vez no habrá más reglas o castigos. Christian seguirá lidiando con sus demonios internos, mientras que Ana tendrá que decidir si acepta el oscuro pasado de su amado o no.

¿Nació un 4 de abril ?

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HORÓSCOPO

nas que han ayudado” expresó el Presidente de ACAE, Carlos Alvarado, durante una transmisión en vivo del evento en el Museo de Los Niños en San José. El proyecto ha sido desarrollado en forma conjunta por la Asociación Centroamericana de Aeronáutica y del Espacio (ACAE) y el Instituto Tecnológico de Costa Rica (TEC), con el apoyo de empresas privadas. El lanzamiento del cohete Falcon 9 de la empresa SpaceX y la nave espacial Dragón, en donde viaja el satélite, forman

F

MICROBIOGRAFÍA

Marguerite Duras (1914 -1996)

Fue una novelista, guionista y directora de cine francesa. Nació en Saigón (en la actualidad, Ciudad Ho Chi Minh). Pasó su infancia y adolescencia junto a su madre en la Indochina francesa, experiencia que le marcó profundamente. Con ‘El amante’ (1984) obtuvo el Premio Goncourt. Es una novela más accesible (y seguramente no la mejor) pero alcanzó un éxito mundial, con más de tres millones de ejemplares, y fue traducida a 40 idiomas. Retoma ahí un recuerdo de adolescencia y lo elabora de manera novelesca. (OG)

Mantenga bajo control sus emociones; evite las discusiones y la cólera para así conservar en buen estado su salud. Recuerde: El orden es un faro que favorece su orientación.

ESCORPIO

(octubre 23 - noviembre 21)

Trate de ser paciente con sus hijos pero edúquelos con disciplina. Las relaciones afectivas tienden a ser inestables por el momento. Recuerde: Amor y alegría son las dos alas para volar más allá de las estrellas.

SAGITARIO

(noviembre 22 - diciembre 21)

El temperamento de su madre será fuerte, sea paciente con ella y sobrelleve esto con prudencia e inteligencia. Es posible que haya un cambio inesperado en su hogar. Recuerde: Afronte con serenidad los arrebatos de violencia de otros.

CAPRICORNIO

(diciembre 22 - enero 19)

Su mente se torna más fértil y creativa; aplique estas virtudes a sus negocios. Manténgase alejado de sus hermanos y parientes por el momento. Recuerde: Que la bondad sea el tesoro de su espíritu.

ACUARIO IMAGEN. Primer satélite centroamericano Irazú, en forma de cubo.

parte de la penúltima etapa de la misión que contiene el dispositivo Cubesat y que fue denominado ‘Proyecto Irazú’. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec

(enero 20 - febrero 19)

Por el momento no es conveniente que invierta su dinero ya que este estará sujeto a cambios imprevistos. Recuerde: En el ejercicio de la virtud están armonizadas todas las facultades del hombre.

PISCIS

(febrero 20 - marzo 20)

Trate de mantener bajo control su temperamento, rodéese de un ambiente agradable y pacífico. Recuerde: Sea un oasis de amor en el desierto de la rudeza.


CRONOS B11

El número 1 del tenis se reúne con niños

El tenista español Rafael Nadal y número uno del mundo, mantuvo ayer una reunión con un grupo de niños. Conversó con ellos y firmó autógrafos. En su cuenta @RafaelNadal escribió: “Cuando te los pasas bien en una entrevista con chicos, esta tarde, con el equipo de España @CopaDavis :-)”.

tiempo lectura 15 min.

MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018 La Hora ECUADOR

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Guillén entrenará en la escuela de Rafael Nadal Otro de los deportes que le gusta al joven tenista ecuatoriano es el fútbol; es hincha de Barcelona SC.

CANCHA. La tenista francesa pugna por un puesto estelar en el torneo. (Archivo)

Carolina García accede a octavos en Charleston

GUAYAQUIL • Con entusiamo e ilu-

el ranking y conquistar eventos nas y no veo a mis padres si me internacionales”. da un poco de nostalgia, por eso siempre intentan “He crecido mucho EL DATO estar conmigo y la comida como profesional, pero de allá también es lo que considero que hay detalles La Academia de uno extraña cuando sale a que todavía tengo que co- Rafael Nadal le rregir en mi técnica, pero extendió la invi- otra tierra”, manifestó. tación (con sé que con esfuerzo y de- tos pagados)gasSu primer título fue a dicación podré lograrlo”, para que entrene los 8 años de edad, en el allá desde el priañadió. torneo Ecuajunior y posmero de mayo. teriormente ganó el Master Ecuajunior, con el que Gastronomía y títulos Guillén reconoció que extraña consiguió una beca por 15 días en Ecuador, sobre todo por la gastro- la academia de Colón Núñez, en nomía. “Ya cuando pasan sema- Miami. (SJMS)

Datos

biográficos Nombres: Álvaro Sebastián Guillén °Meza ° Nacimiento: Guayaquil 2 de enero de 2003 Tenis ° Deporte: Logro: Vicecampeonato (en °dobles) en torneo La Balle Mimosa, en Francia, el año pasado.

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P AR/108455/AT

lo que más pueden como familia. Creo que su empeño ha hecho que varias marcas lo tengan en cuenta. Él siempre ha ido más allá de las expectativas que nosotros tenemos”, sostuvo. Su padre Álvaro confesó que su hijo tiene cábalas que le funcionan, aunque él no cree en esas cosas. “Por ejemplo las veces que me ha tocado acompañarlo he visto que entra con 7 botellas de agua y todas deben estar en fila al lado de su silla. Y cada vez que tiene sed, bebe un sorbo de cada una, son tonterías, pero así es él”, indicó entre risas.

nal Sub 18 ‘Trofeo Decoasports’, que arrancó desde el pasado 24 de marzo y se jugará hasta el 8 de este mes. Vía telefónica dijo a La Hora: “Estoy muy contento con esta oportunidad. Creo que el sueño de todo tenista es estar en la escuela de tu referente y en este caso el mío es Nadal. Pienso aprovechar de mejor manera el tiempo que esté acá. Para nosotros es importante recibir otro tipo de preparación, por las aspiraciones a futuro, que es ubicarme bien en

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Respaldo ° Su madre Diana dice que siempre intentan respaldarlo en

RAQUETA. El prospecto guayaquileño busca un espacio en el mundo del tenis.

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sión asume el guayaquileño Álvaro Guillén el reto de entrenar en la escuela del tenista español Rafael Nadal, número uno del ranking mundial y 10 veces ganador de Roland Garros. El deportista de 15 años viajó hace algunos días al continente europeo acompañado de su madre Diana Meza y su hermana Valentina. Esto para facilitar un poco su estadía y en los próximos días lo hará su padre que lleva el mismo nombre. Al momento trabaja en la escuela Attletic Tennis, de su tío Víctor Hugo Mendoza, en el país ibérico. Ayer se alistaba para participar en el Master Nacio-

REDACCIÓN DEPORTES, EFE • La francesa Caroline García, primera cabeza de serie, superó ayer cómodamente a la estadounidense Varvara Lepchenko para acceder a los octavos de final del torneo de tenis femenino de Charleston (Carolina del Sur, Estados Unidos), que se juega sobre tierra y reparte 800.000 dólares en premios. García, número 7 del mundo y exenta de la primera ronda, batió en su debut a Lepchenko por 6-2 y 6-3 en una hora y 16 minutos y en octavos se enfrentará contra la ganadora del duelo de este miércoles entre la eslovena Polona Hercog y la también francesa Alizé Cornet, decimocuarta favorita.


CRONOS B12

MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018 La Hora, ECUADOR

Escuelas de fútbol de Argentina sacudidas por denuncias de pedofilia

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Las escuelas de clubes de fútbol de Argentina, cantera de jugadores y destino soñado de miles de chicos y sus familias, están sacudidas por un escándalo de redes de prostitución de menores. Hace dos semanas, directivos del club Independiente hicieron la primera denuncia ante la justicia, luego de que uno de los jóvenes le contara sobre los abusos al sicólogo del equipo. Según las inves-

tigaciones preliminares, adolescentes que se alojan en la pensión de Independiente en Avellaneda (sur de Buenos Aires) eran inducidos a prostituirse a cambio de dinero o zapatillas de fútbol. Por ese caso hay hasta ahora seis personas detenidas, entre ellas un árbitro. A esto se suma una denuncia presentada ante la Policía por una asociación que apoya a las víctimas de violación y prostitución.

Barcelona anhela volver a la semifinal Volver a las semifinales de la Champions, después de dos cursos fuera de ellas, es el objetivo que persigue el Barcelona en el enfrentamiento ante la Roma, en una eliminatoria en la que los ‘azulgranas’ son favoritos y contarán con todo su arsenal de efectivos. Los de Ernesto Valverde, el único club europeo que no ha perdido en su Campeonato doméstico, llegan al envite en un buen momento, con la recuperación física de Lionel Messi, quien ya jugó unos minutos ante el Sevilla después de perderse los dos partidos amistosos con la Selección argentina. El efecto Messi, quien ha anotado en los últimos siete partidos, se dejó notar en el Pizjuan, ya que TOME NOTA apareció en la última media Mañana juega hora cuando el Liverpool a las Barça perdía 13:45 con M. City por 2-0 y al final

BARCELONA/ROMA, EFE•

Posibles alineaciones vs. Barcelona Roma Alisson Florenzi Manolas Fazio Kolarov Nainggolan De Rossi Strootman Perotti El Shaarawy Dzeko DT: E. Di Francesco

Ter Stegen Roberto Piqué Umtiti Alba Rakitic Iniesta Dembélé Paulinho Messi Suárez DT: E. Valverde

Estadio: Camp Nou Hora: 13:45 Juez: Danny Makkelie (HOL)

un gol suyo acabó por igualar el partido a última hora. El Barça, líder destacado de La Liga y clasificado para la final de la Copa del Rey, no cae como local en Europa desde el primero de mayo de 2013.

GOLEADOR. Ronaldo (i) marcó ayer su gol 14 en la Champions. Al final del partido fue ovacionado.

Real Madrid se adueña de Turín LIGA DE CAMPEONES

PRÁCTICA. Barcelona realizó ayer su último entrenamiento.

Arranca la Copa América femenina

SANTIAGO DE CHILE, EFE• Una dece-

Ronaldo anotó dos de los tres goles. La revancha se jugará el 11 de abril, en España.

Partidos De hoy

Colombia Chile

vs. vs.

Uruguay Paraguay

na de selecciones latinoamericanas participará desde hoy en la Copa América femenina en Chile, un torneo en el que, más allá del triunfo, la meta más codiciada es la clasificación para el Mundial de Francia de 2019. Además del trono continental, la Copa América ofrecerá cupos para próximas competicio- MOMENTO. El 28 de marzo se realizó nes, como dos billetes directos y la foto oficial de la ‘Tri’. (Foto: FEF) uno a la repesca de la Copa del Serena y Coquimbo, situadas Mundo del próximo año. Las cuatro selecciones que unos 450 kilómetros al norte de Santiago. avancen a la fase final se Los 10 equipos parasegurarán una plaza en TOME NOTA ticipantes quedaron relos Panamericanos de partidos en dos grupos. Lima 2019 y el campeón Ecuador se En el A están Chile, Coy subcampeón obtendrán enfrenta a lombia, Paraguay, Urupasajes a los Juegos Olím- Venezuela mañana a las 14:45 guay y Perú, mientras picos de Tokio 2020. en el B figuran Brasil, La Copa América se disputará entre el 4 y el 22 Ecuador, Argentina, Venezuede abril en las ciudades de La la y Bolivia.

0 3

JUVENTUS

R. MADRID

ITALIA, AFP. Cristiano Ronaldo volvió a ser una vez más el héroe del Real Madrid. Sus dos goles, con un segundo tanto excepcional de chilena, y una asistencia, sirvieron al Real Madrid para ganar en el campo de la Juventus de Turín por 3-0, en la ida de cuartos de final de la Champions, y poner pie y medio en semifinales. El portugués, que lleva 14 tantos esta temporada en la Champions, agrandó aún más su leyenda en Turín, y va camino de convertirse en máximo goleador de la competición continental por sexto año consecutivo. Cristiano Ronaldo marcó los dos primeros tantos (minutos 3 y 64), y dio el pase de gol a Marcelo en el tercero (72).

Bayern Múnich derrota a Sevilla ° El Bayern de Múnich dio un gran paso hacia la clasificación para las semifinales de la Liga de Campeones al vencer en el partido de ida al Sevilla por 2-1, en el Estadio Sánchez Pizjuán de la capital andaluza. Pablo Sarabia adelantó a los sevillistas poco después de la media hora de juego (31), pero los alemanes voltearon el marcador con un gol en contra de Jesús Navas antes del descanso (37) y otro de Thiago Alcántara en la segunda parte (68).

Con pocas esperanzas

Con este resultado, una catástrofe debe suceder en el Santiago Bernabéu en la vuelta para que el Real Madrid no se clasifique, en un partido en que la Juventus no podrá contar con el argentino Paulo Dybala, expulsado tras una entrada a Dani Carvajal en el minuto 65. Zinedine Zidane había dado la consigna en el descanso de la pasada final de la Liga de Campeones contra la Juventus, de que había que buscar centros al primer palo del equipo turinés. Y eso hizo Isco, preferido a

Gareth Bale en la alineación del Real Madrid, para encontrar a Cristiano Ronaldo en la jugada del tempranero primer gol, con un centro desde la izquierda (3). Isco, en forma

El centrocampista andaluz venía de hacer un gran partido con la Selección española contra Argentina en el amistoso del 27 de marzo en Madrid, donde marcó tres goles en la victoria de la Roja por 6-1. Y esa primera acción pareció prolongar el momento mágico del exjugador del Málaga.


CRONOS

Selección de fútbol playa sube al casillero 16, en el ranking mundial El fútbol playero ecuatoriano sigue dando muestras de evidente progreso, según el último ranking publicado por la Beach Soccer Worldwide (BSWW), organización responsable del crecimiento de esta modalidad a escala mundial. Así lo informó la FEF.

El informe proporcionado por la BSWW ubica a Ecuador en el puesto 16 con un total de 816 puntos, mejorando su posición del mes anterior donde ocupaba el casillero 20. El primer lugar del ranking le corresponde a Brasil con 4.488 puntos, seguido por Portugal (3.424). (SE)

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MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR

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Mundial de Rusia: 1,7 millones de boletos vendidos MOSCÚ, EFE) • La FIFA ya ha vendido 1,7 millones de entradas para el Mundial de Rusia, informó ayer el máximo organismo del fútbol mundial en un comunicado tras cerrar la El capitán de la Selección segunda fase de venta de los uruguaya, Diego Godín, reconoció boletos. ayer que Alemania, Brasil y EspaEn esa etapa, que arrancó ña son los principales candidatos al título, aunque aseguró que el pasado 13 de marzo, la FIFA sueña con ser campeón en Rusia vendió a través de su página 2018. web casi 400.000 entradas, Así lo manifestó el futbolista 216.000 de ellas a aficionados en una entrevista a la radio local rusos, según se informó. OcéanoFM, en la que añadió que En la lista de los diez paítanto él, como el resto del plantel ses que más entradas han tienen las ilusiones intactas en comprado en esta segunda hacer un buen Mundial. fase también están Estados Unidos (16.462), Argensorteo, la FIFA obtuvo tina (15.006), Colombia EL DATO más de 1,3 millones de (14.755), México (14.372), boletos. Brasil (9.962), Perú Quito los La tercera y última (9.766), China (6.598), En deportistas pueAlemania (5.974), Aus- den inscribirse fase de ventas se abrirá almacenes J el próximo 18 de abril tralia (5.905) y la India en Digital, en la Cristóbal de y no concluirá hasta el (4.509). Acuña Oe 1-89 y próximo 15 de julio, el Durante la prime- avenida 10 de mismo día en que se ra etapa de ventas, en Agosto. jugará la gran final del la que las entradas se Mundial. adjudicaban mediante

Los favoritos de Godín °

FÚTBOL. A dos meses de la competencia va aumentando la expectativa por el certamen mundial. EFE

La Ruta del Empedrado, este domingo en Latacunga La Ruta del Empedrado se correrá este domingo a las 08:30 en Latacunga. Habrá dos recorridos: de 8 y de 5 kilómetros. “La ruta no es empedrada, solo es el nombre en honor a las calles adoquinadas que tenía Latacunga”, manifestó el atleta y colaborador de la prueba, César Defaz. El 95% del recorrido es asfaltado y muy técnico, agregó Las categorías para los 8 kilómetros son: juvenil, sénior,

EVENTO. Atletas de distintas ciudades del país se concentrarán en Latacunga. (Foto: Archivo)

master y súper master. El costo de inscripción es de 15 dólares. Para los 5 kilómetros el registro cuesta 8 dólares. Las inscripciones en Quito están abiertas en JP Digital (Cristóbal de Acuña y avenida 10 de Agosto). (SE)

CHOQUE. Barcelona SC se alista para un partido lleno de tradición en Guayaquil.

Alistan artillería para el Clásico del Astillero

Barcelona SC, líder del Campeonato, busca afianzarse en lo alto de la tabla. GUAYAQUIL • Barcelona SC y CS Emelec ya palpitan el Clásico del Astillero, que se jugará este domingo (17:00) en el estadio Monumental por la octava fecha del certamen doméstico. Las escuadras llegan en situaciones diferentes, sin embargo sus elementos consideran que este es un duelo aparte. El ‘Ídolo’ ganó (4-1) a Macará y es puntero mientras que el ‘Bombillo’ empató (1-1) ante Técnico Universitario y se ubica en cuarta casilla. El DT ‘torero’, Guillermo Almada, reconoce que será un duro encuentro, a pesar de que su rival no atraviesa un gran momento. “Va a ser un partido difí-

cil. Emelec tiene un gran plantel, está muy bien dirigido. Desde mi punto de vista, creo que no tiene importancia como vengan”, señaló. Expectativa

Erick Castillo manifestó que pelearán por terminar arriba en la etapa. “Todos estamos contentos con los resultados que se vienen dando”, dijo. Su intención es seguir trabajando por la permanencia en la titularidad del equipo. Entre tanto, Alfredo Arias, timonel del cuadro ‘Millonario’, comentó que este es el partido ideal para levantarse y que “nos enfrentamos a un equipo que

pelea el Campeonato igual que nosotros. Es un Clásico, se juega en muchos sentidos, no solo en lo futbolístico, sino en lo anímico, espero que el equipo esté a la altura de este partido”. Revancha

El golero ‘eléctrico’, Esteban Dreer, manifestó que esto es una revancha y saldrán a ganar. “Los Clásicos hay que jugarlos y ganarlos, no volverse locos. Se juegan a muerte, vamos a enfrentar a un rival que viene haciendo bien las cosas. Nada es fácil en este club, pero esperamos terminar de la mejor manera”, expresó. Agregó, además, que “el empate (con Técnico) nos sirvió para seguir mejorando de cara al Clásico. Falta mucho en este Campeonato, lo importante son las últimas siete u ocho fechas, ojalá mantengamos esa tranquilidad para afrontar las cosas de mejor manera posible”. (SJMS)

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


TOROS A10

MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR

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Samper, hecho de sacrificio y sudor INOLVIDABLE. Álvaro Samper y Sombrío de Campo Bravo en el ruedo de Riobamba. (Foto: Alberto Suárez)

El diestro quiteño toreará en la Feria de Riobamba, el sábado 21 de abril.

dadosamente alimentada en los campos de Atocha por su abuelo, el ganadero de toros de lidia Ramiro Campuzano, y sus entusiastas tíos que pronto avistaron los dotes taurinos del rubio muchacho, al punto que con apenas 9 años le sometieron a la prueba de capotear una becerra. Inolvidable encuentro que, una y otra vez, repetiría con lúdico entusiasmo junto a su primo Martín, con quien compartió la infancia y su devoción en graciosas correrías toreras vestidos de corto.

Los amaneceres de Puembo -hermosa parroquia enclavada al oriente de Quito- son una acuarela viva que con el paso de los minutos alterna los tímidos tonos ocres, que se abren paso entre las sombras, con los brochazos naranjas y rojizos que pregonan la presencia del sol en el horizonte. Los trazos de luz pincelan el firmamento con alargadas betas que, poco a poco, se difuminan en la azulina del nuevo día. Al tiempo que el ecosistema propio del horario completa su pulso, sonido y color. El agudo chirrido de la puerta, el encuentro con la frescura de la atmósfera y el vaho terroso que satura el ambiente, sacuden los sentidos del hombre que busca los húmedos senderos del campo para fortalecer su cuerpo, despejar la mente y colmar

su alma. El trote sostenido deja atrás kilómetros en un exigente mirar hacia adelante con un irrevocable compromiso profesional a la vuelta de la esquina; es que la capacidad física, la claridad de ideas y la vocación son los reclamos de un trabajo exigente y magnífico como ningún otro. No hay duda que los toreros están hechos de sacrificio y sudor, de valor y de gloria. Álvaro Samper ha vivido puntualmente cada una de las estaciones de su oficio: implacables jornadas de entrenamiento al rayar el alba, dolorosas heridas que desgarraron sus muslos, frustrantes corridas de poca fortuna y aromáticas tardes de clamor y triunfo. En el código genético de Álvaro se encuentran las trazas de su inquebrantable afición, cui-

QUITO. El torero en una tarde de triunfo en el ruedo capitalino. (Foto: Archivo)

LANCE. La emoción del toreo de capote. (Foto: Andrea Grijalva)

POR: SANTIAGO AGUILAR•

Calidad técnica

Las faenas camperas y festivales le formaron el bagaje técnico y la seguridad para enfrentar a los astados, experiencias que estimularon su idea de convertirse en novillero en la plaza Belmonte de Quito en agosto de 2004 e inclusive –meses después- viajó a España para torear cinco festejos con picadores, previos a su sonado debut en la Monumental de Iñaquito. Siguiendo la huella de sus recuerdos, Álvaro rememora las emocionantes temporadas si-

guientes. Tres años de ir y venir por cosos de Ecuador y Europa con notables escalas en el ruedo andaluz de Jaén, el anfiteatro romano de Arles y Madrid en cuya arena derramó su sangre. Treinta novilladas dieron forma a una meritoria campaña interrumpida más tarde por las incómodas lesiones que sufrió en el hombro y la rodilla; no obstante, continuó caminando hacia el doctorado finalmente obtenido en la plaza de toros Quito la tarde de 30 de noviembre de 2009 con David Fandila ‘El Fandi’ y Sebastián Castella en el cartel. Ya con la borla de matador de toros fue perfeccionando la técnica y delineando su estilo. Entendió que la lidia es la inteligencia que domina a la fuerza y el toreo es la caricia que conduce a la fiereza. Convencido también de que la conjunción de talento y sensibilidad da lugar a la inspiración y esta a la emoción: la piedra angular de la fiesta de los toros. La secuencia de triunfos en todas las plazas del país que señalaron sus tres posteriores

temporadas, con celebradas faenas en Iñaquito, Ambato y Riobamba correspondieron al interés de empresas y aficionados; hasta que se cerró el anfiteatro capitalino. Superado el mal trago, evoca, concentró su quehacer en los escenarios provinciales con renombradas actuaciones en Latacunga, Guano y La Belmonte. A la cabeza del escalafón local en junio de 2017 volvió al escenario riobambeño para vivir un mágico encuentro con el toro Sombrío de Campo Bravo, con el que consumó sus sueños de hombre y de artista en un intercambio sincero de nobleza y entrega. El zumbante aleteo de un picaflor y el lejano canto de un jilguero lo regresan a la vereda rural en la que repite sus firmes zancadas, liberándose de aquel devaneo de ayeres y nostalgias. Vuelve a mirar hacia adelante con el sol ya buscando el cenit y en el paisaje encuentra, otra vez, a la plaza de toros Raúl Dávalos y su anual feria del Señor del Buen Suceso en la que en pocas semanas deberá oficiar de torero.

RECUERDO. Aún de novillero en un solemne paseíllo. (Foto: Archivo)


Fallece Emma Carrillo de Romo

La maestra Emma Carrillo de Roma, reconocida como una de las mayores forjadoras de oradores, falleció ayer. Hermana de la también reconocida maestra Rogelia Carrillo de Landázuri, trabajó los últimos años de docencia en la Unidad Educativa Andino, de Quito. (DVD)

CULTURA

Murió Ahmad Jaled Taufiq

El médico y escritor, considerado uno de los pioneros del género de terror y fantasía en Egipto, Ahmed Jaled Taufiq, murió a los 55 años cuando estaba siendo sometido a una operación en un hospital en El Cairo. Fue “uno de los escritores más destacados de historias de suspense y juveniles en el mundo árabe, cuyo estilo se distinguió por ser estimulante”, describió el Ministerio de Cultura.

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MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR

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Microteatro abre sus puertas

‘Sola’ en dos monólogos

El Microteatro es un nuevo formato de obras teatrales en pequeñas salas con una duración de 15 minutos (aproximadamente), acompañada de un espacio de interacción entre artistas y asistentes se encuentran antes y después de cada obra con bebidas y comida al estilo de tapas. Este formato está presente en las principales ciudades del mundo como Barcelona, México DF, Buenos Aires, Bogotá, etc. El MicroteatroUio (Yánez Pin-

zón N25-106 y Colón) propone que cada mes se estrenen cinco piezas teatrales probando diferentes géneros y temáticas con reconocidos actores y actrices del medio. Mañana es la apertura y atenderá de miércoles a sábado, de 17:00 a 00:00. Tendrá servicio de restaurante y cafetería y las cinco obras de teatro iniciarán desde las 19:00 y cada obra se presentará en tres funciones, así los asistentes tendrán la posibilidad de asistir en cualquier horario. P

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ACTRIZ. Salomé Velasco trabaja dos unipersonales, bajo la dirección de Alejandro Aulestia. (Foto: Eduardo Velasco)

Los Miércoles Alternos del Patio de Comedias presenta la obra durante este mes. Se estrena hoy.

Para el director, en la actualidad falta trabajar en términos de equidad, pero a la par falta entender la propuesta del feminismo en esencia: “La diferencia está en la victimización. “Lloré. La primera vez que leí jo de la ya mencionada Rame Siento que ahora hay más victi‘Lo stupro’ (‘La violación’), llo- y el Nobel Darío Fo: los mo- mización. Hay gente dispuesta ré. Te afecta bastante. Es una nólogos ‘La mujer sola’ y ‘La a escuchar a alguien que se victimiza. Antes, las víctimas eran obra tan bien escrita como es- violación’. tremecedora. Me afectó y esa El primero, una comedia reales, pero no se victimizaban, sensación quería trasladarla a negra, aborda la vida de una más bien hacían lo opuesto, imágenes, al escenario”, dice mujer encerrada en su casa una como lo hizo Rame”, manifiesAlejandro Aulestia, director de vez que el marido conoce que le ta. Por su parte, la actriz rescata ‘Sola’. fue infiel con un joven. Él recuerda cómo la actriz El segundo, un unipersonal el trabajo que se realizó para no Salomé Velasco, al interpretar que relata los hechos reales caer en superficialidades: “No el texto, se mordía los labios cuando cinco hombres viola- trabajamos desde el panfleto. Lo que se intentó fue poy derrochaba furia. “Le ron y torturaron ner en escena la historia decía a la Salo que no se a Rame, quien uti- EL DATO de una mujer, que es revictimize, ante todo, halizó el teatro como 8 DÓLARES conocible para cualquiebía que entender lo planun terreno de decuesta la mayo se pre- ra de nosotros”. teado por Rame. Que ella nuncia y concien- En entrada. sentará en Microteatro. “Tienes un montón de es una actriz y sienta que cia. Tendrá funcioaparatajes que te crean le robaron el alma, hacer nes en Malayerba el 31 vacíos. Con todo eso, conciencia de eso más TOME NOTA Mirada de mayo y 1,2 y 3 que de la ira”, explica Aulestia cuenta de junio de 2018. creas un escudo sobre la mujer como un ser intoAulestia. que leyó mucho Las funciones se cable e indefenso, cuanÉl se refiere a la obra darán todos los sobre el feminisde de Franca Rame, que miércoles mo para entenderlo, y do la realidad es que la mujer es abril en el Patio justamente es uno de los de Comedias. una de sus conclusiones un ser de fortaleza”. “Con la palabra equidad – componentes de ‘Sola’, la es que “la palabra femipuesta que Aulestia dirinismo se ha manchado, advierte Velasco- hay que tener ge y que Velasco representa. se ha contaminado” en la actua- cuidado. La realidad es que las Esta propuesta teatral que se lidad, y es lo que reflexiona con mujeres y los hombres no somos iguales. No quiero caer en estrena mañana en los ‘Miérco- estos textos sobre el escenario. les alterno’ del Patio Teatro de “Lo que pasa ahora no tiene sexismos. No me refiero al tema Comedias, y que estará en tem- nada que ver con el feminismo. de preferencias y género, me porada durante este mes. Siento que el discurso de los 70’ voy por lo biológico. Me gustaera más auténtico –dice Aules- ría entender las cosas más destia-. Siento que las cosas que de una mayor horizontalidad”. Obra (DVD) ‘Sola’ se alimenta del traba- pasan ahora no son reales”.

ACTOR: señor Iván Vallejo Aguirre, procurador Judicial del Ingeniero Marco Antonio Cevallos Varea, Gerente General de la Empresa Publica Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento “EPMAPS”. EXTRACTO SECRETARÍA DEL AGUA, SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO - QUITO.- Proceso Administrativo Nro. 110-2016-Reg. (L.V).- Quito, 02 de marzo del 2018, a las 14H30.VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrado Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, con acción de personal Nro. 006-DHE, de fecha 08 de febrero del 2018, según decreto presidencial Nro. 8 de 24 de mayo de 2017, de conformidad al Art. 17, literal c) de la Ley Orgánica del Sector Publico en concordancia con el Art. 17 literal c) del Reglamento Ibídem. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2010-66 del 20 de enero del 2010, se establece y delimita las nueve Demarcaciones Hidrográficas y sus respectivos zonales. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2009-48 de fecha 04 de diciembre del 2009, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos de la Secretaria del Agua. En lo principal: Comparecen a esta Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas – Centro de Atención al Ciudadano Quito, el señor Iván Vallejo Aguirre, procurador Judicial del Ingeniero Marco Antonio Cevallos Varea, Gerente General de la Empresa Publica Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento “EPMAPS”, mediante escrito de fecha 14 de diciembre del 2016, a las 10H42, quien de conformidad a la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamientos del Agua, solicita la regularización del Uso y Aprovechamiento de aguas informales, de las fuetes hídricas denominadas Galería Nº 7 y Galería Nº 8 Atacazo-Volcán, en el caudal de 1,32 l/s en la cota 4.124.57 msnm., coordenadas 9’960.736 N y 764.045,56 E y 0,58 l/s en la cota 4133,61 msnm., coordenadas 9,960.719 N y 764.079 E, dando un caudal de 1,90 l/s para consumo humano, vertientes ubicadas de orígenes de la quebrada Atacazo, parroquia Chillogallo, Distrito Metropolitano de Quito. En consecuencia esta Autoridad Administrativa DISPONE: 1.- En apego a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y aprovechamientos del agua en su Disposición Transitoria Tercera y los Arts. 3, 4, 7, 18 literal g), 36 literal a) y b), 57, 64 literal a), 125 y 126, en concordancia con el Arts. 107 del Reglamento a la Ley de la Materia, se acepta a trámite la petición presentada, por considerarla clara y completa y reunir los requisitos de la Ley y su Reglamento. 2.- Por lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal b) ibídem, y por el principio de publicidad enmarcado en el artículo 126 de la Ley, cítese a los usuarios presuntos y desconocidos por la prensa de mayor circulación de la provincia de Pichincha, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y este auto de calificación, por tres días consecutivos. 3.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal a), ibídem, fíjese carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de la parroquia Chillogallo, Distrito Metropolitano de Quito, diligencia que cumplirá el actuario de este despacho, para lo cual se proporcionará y se dará las facilidades necesarias para su consecución por parte del actor. 4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 159 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva ERJAFE. 5.- Téngase en cuenta para futuras notificaciones el casillero judicial Nº 1233. 6.- Actué el Ab. Darwin Apolo Calero, en calidad de Secretario Ad Hoc. Cúmplase, Ofíciese y NOTIFIQUESE….f) AB. GISELLE CEVALLOS RESPONSABLE TÉCNICO DEL CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – QUITO DE LA SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACION HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS - SECRETARIA DEL AGUA – SENAGUA. Abg. Darwin Apolo Calero SECRETARIO AD-HOC PAB/19173/AS


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E CARTELERA DE CINES EN QUITO CINEPLEX TUMBACO

CINEMARK

TITANES DEL PACIFICO : LA INSURRECCION 2D (ESP) 15:40 17:45 19:50 21:55 MARIA MAGDALENA 2D (ESPAÑOL)

Ready player one d-box dob 12:45 Ready player one 3d d-box dob 16:10 Ready player one 3d d-box sub 19:10 Ready player one d-box sub 22:00 Peter rabbit dob (TP) 12:55 15:00 17:00 La forma del agua sub 19:15 Una mujer fantastica dob 21:45 Un viaje en el tiempo dob 11:45 Un viaje en el tiempo 3d d-box dob 14:00 16:20 Un viaje en el tiempo dob 19:00 Un viaje en el tiempo sub 21:25 Titanes del pacifico: la insurreccion dob

19:40 21:55

TOMB RAIDER : LAS AVENTURAS DE LARA CROFT 2D (ESPAÑOL) 18:50 21:05 PETER RABBIT 2D (ESPAÑOL) 14:30 16:05

17:55 19:45

HURACAN CATEGORIA 5 2D (ESP) 21:35 DESEO DE MATAR 2D (ESPAÑOL) 16:45 EL NIÑO 2D (ESPAÑOL) 17:50 EL CAVERNICOLA 2D (ESPAÑOL) 15:00 PANTERA NEGRA 2D (ESPAÑOL) 16:25

19:00 21:35

TADEO EL EXPLORADOR PERDIDO, EL SECRETO DEL REY MIDAS 2D (ESPAÑOL) 14:00 EL PAJARO LOCO 2D (ESPAÑOL) 16:10 FERDINAND 2D (ESPAÑOL) 14:05 COCO 2D (ESPAÑOL) 14:05

11:50 14:10 16:40

Titanes del pacifico: la insurreccion sub (+12) 19:20 21:40

Sherlock gnomes dob (TP) 13:00 Sherlock gnomes 3d dob (TP) 15:00 16:50 Sherlock gnomes dob (TP) 18:45 Ready player one dob 20:40 Pantera negra sub 15:40 18:30

SUPERCINES SAN LUIS María Magdalena 2D Doblada 4:15 pm 9:15 pm 2D Subtitulada 6:45 pm

Vikingos 2D Doblada 5:50 pm 8:50 pm Tomb Raider: Las Aventuras de Lara Croft

2D Doblada 4:00 pm 5:30 pm 6:30 pm 9:00 pm 2D Subtitulada 8:00 pm Las travesuras de Peter Rabbit 2D Doblada 2:10 pm 4:15 pm 6:20 pm La Maldición de la Casa Winchester 2D Doblada 5:00 pm 7:10 pm 9:20 pm Huracán Categoría 5 2D Doblada 4:40 pm 6:50 pm 9:10 pm Todo el Dinero del Mundo 2D Doblada 8:40 pm Deseo de Matar 2D Doblada 3:10 pm Pantera Negra 2D Doblada 5:00 pm 7:50 pm Lady Bird 2D Subtitulada 2:30 pm Noche de Juegos 2D Doblada 2:50 pm Operación Red Sparrow 2D Doblada 2:10 pm El Cavernícola 2D Doblada 2:15 pm La Forma del Agua 2D Doblada 3:15 pm

SUPERCINES 6 DE DICIEMBRE Titanes del Pacífico: La Insurrección 2D Doblada

3:00 pm 5:30 pm 10:30 pm 2D Subtitulada 8:00 pm María Magdalena 2D Doblada 2:45 pm 5:15 pm 10:15 pm 2D Subtitulada 7:45 pm Pánico en lo Profundo 2D Doblada 2:40 pm 6:50 pm 2D Subtitulada 9:10 pm Mudbound: El Color De La Guerra 2D Subtitulada 6:10 pm 8:55 pm Vikingos 2D Doblada 3:15 pm 6:15 pm 2D Subtitulada 9:15 pm

Tomb Raider: Las Aventuras de Lara Croft

MULTICINES CCI 2D READY PLAYER ONE 14:50 15:35 17:45

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2D UN VIAJE EN EL TIEMPO 13:55 16:20 18:45 21:10

2D TROPA DE HEROES 13:00 15:40 20:55 2D TITANES PACIFICO INSURRECCION 13:10 15:40 18:10 20:40 21:20

2D Doblada 2:30 pm 5:00 pm 7:30 pm 10:00 pm 3D 2D PANICO EN LO PROFUNDO 16:50 18:55 2D TOMB RIDER 16:10 18:45 Doblada 6:30 pm 2D Subtitulada 9:00 pm 2D MARIA MAGDALENA 13:00 18:25 Las travesuras de Peter Rabbit 2D Doblada 2D VIKINGOS 13:50 21:00 3:10 pm 5:20 pm 7:40 pm La Maldición de la Casa Winchester 2D Doblada 2D PETER RABBIT 14:00 2D MALDICION CASA WINCHESTER 21:30 3:40 pm 5:50 pm 8:10 pm 2D Subt. 10:20 pm

La Bóveda 2D Doblada 5:45 pm 7:45 pm Huracán Categoría 5 2D Doblada 2:40 pm 4:50

pm 7:10 pm 9:20 pm

MULTICINES EL RECREO 2D READY PLAYER ONE Español 13:00 14:00

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MULTICINES EL CONDADO 2D READY PLAYER ONE Español

14:50 15:35 17:45 18:30 20:40 21:25 2D SHERLOCK GNOMES Español 13:10 14:10 15:15 16:15 17:20 18:20 19:20 20:25 2D UN VIAJE EN EL TIEMPO 14:00 16:25 18:50 21:15 2D TROPA DE HEROES 14:00 16:40 21:10

2D TITANES PACIFICO INSURRECCION 13:00 15:30 18:00 20:30 21:00

2D PANICO EN LO PROFUNDO 16:30 19:20 2D TOMB RIDER 15:50 18:25 2D MARIA MAGDALENA 13:00 18:40 2D VIKINGOS 13:30 21:20 2D PETER RABBIT 13:40 2D MALDICION CASA WINCHESTER 21:35


Policía se asociaba con el hampa en sus horas libres El uniformado prestaba sus servicios en Guayaquil. Cuando salía franco se dedicaba a delinquir, según la Policía. Un cabo primero de la Policía, quien prestaba sus servicios en el área de Servicio Urbano en Guayaquil, habría estado compartiendo su tiempo libre con la delincuencia. Al parecer, sus mandos superiores identificaron una presunta complicidad con una organización delictiva dedicada al robo de vehículos, de accesorios, a domicilios y que también protagonizaba asaltos en ejes viales. La mayoría de los ilícitos se perpetraba en Quito. La Unidad de Inteligencia Antidelincuencial de la Policía Nacional (UIAD) seguía la pista de esta organización desde

11 heridos en dos percances de tránsito Dos aparatosos siniestros de tránsito se reportaron ayer por la mañana. Uno ocurrió en el cantón Mejía, con nueve personas heridas, y el otro en Quito, con dos heridos. En el primer caso se trató de la colisión entre un bus interprovincial de la cooperativa Expreso Baños, una camioneta, un automóvil y un camión. Hubo como saldo nueve personas heridas. El más grave, ocupante del último automotor, quedó atrapado dentro de la cabina y fue rescatado con ayuda del Cuerpo de Bomberos de Mejía. El chofer fue trasladado a una casa de salud para recibir atención de galenos. Su condición era estable. Los otros heridos fueron dados de alta en el lugar luego de que paramédicos los evaluaron. El percance ocurrió a las 05:55 de ayer, en la Panamericana, a la altura del barrio La Bomba, en Machachi. Volcamiento

A las 09:05 se reportó otro siniestro en la avenida Occidental, en Quito. Según el ECU-911, un camión cargado con 96 cilindros de gas licuado de petróleo (GLP) se volcó sobre el carril sur – norte. Las autoridades tuvieron que restringir la circulación en toda la vía mientras el personal del Cuerpo de Bomberos levantaba los cilindros. Ningún tanque de gas representó peligro de explosión. El percance dejó dos personas heridas. (FLC)

hace unas semanas. Las tareas investigativas revelaron que el uniformado pactaba con la delincuencia en los días que salía franco. El general Luis Lara, director nacional de la Policía Judicial, explicó que el operativo para desarticular esta red criminal se ejecutó en la capital.

Los allanamientos se efectuaron con órdenes judiciales y con el acompañamiento de la Fiscalía. Los cuatro domicilios fueron intervenidos ayer por la madrugada. Agentes de la UIAD hallaron municiones de uso militar, nueve vainas percutidas, gas pimienta y accesorios de automotores que presuntamente habrían sido sustraídos a vehículos violentados en la vía pública. Algo inesperado

Lara dijo que durante el opera-

POLICIAL I

tivo ‘Impacto 119’ los uniformados encontraron carpetas con documentación de aspirantes a policías. Según el oficial, el sorpresivo hallazgo lleva a pensar que el uniformado también estaría dedicado a tramitar ingresos a la institución. El tema todavía está en investigación. Luego de intervenir los inmuebles, la Policía oficializó la detención de Luis C., Vanessa T., Edwin A. y Ángel T., este último miembro de la Policía Nacional. (FLC)

MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR

A13

OPERATIVO. Esto fue lo que la Policía halló durante el operativo ‘Impacto 119’.

P

R del E

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CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LAS VERTIENTES: “GALERIA Nº 1, 2 Y 3, CAPTACIÓN DESPENSA, CORAZÓN DE PIEDRA Nº 1, 2 Y 3, EN UN CAUDAL DE 0,61 L/S, EN LA COTA 3.778 MSNM., COORDENADAS 9’983.363 N Y 489.950 E; 0,57 L/S, EN LA COTA 3.785 MSNM., COORDENADAS 9’983.376 N Y 489.920 E; 4,40 L/S, EN LA COTA 3.786 MSNM., COORDENADAS 9’983.391 N Y 489.899 E; 5,19 L/S, EN LA COTA 3.567 MSNM., COORDENADAS 9’984.657 N Y 490.327 E; 2,15 L/S, EN LA COTA 3.770 MSNM., COORDENADAS 9’983.408 N Y 489.915 E; 8.82 L/S, EN LA COTA 3.783 MSNM., COORDENADAS 9’983.378 N Y 489.922 E; 3.,87 L/S, , EN LA COTA 3.783 MSNM., COORDENADAS 9’983.392 N Y 489.903 E., DANDO UN CAUDAL TOTAL DE 25,61 L/S PARA CONSUMO HUMANO, VERTIENTES UBICADAS EN LA QUEBRADA CANTERA DEL DIABLO PARA INCREMENTAR AL PROYECTO NOROCCIDENTE, PARROQUIA NONO, DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.

CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LAS VERTIENTES: SANTA ROSA – LA MINA, CAPTACIÓN GUANAJUCHO Y CAPTACIÓN QUEBRADA CALIMBURO, EN UN CAUDAL DE 1,00 L/S, EN LA COTA 2.936 MSNM; COORDENADAS 9’972.121 N Y 767.090 E; 4,96 L/S, EN LA COTA 3.064 MSNM; COORDENADAS 9’974.808 N Y 773.349 E; 1.76 L/S EN LA COTA 3.64 NSNM; COORDENADAS 9’974,262 N Y 772.738 E RESPECTIVAMENTE, DANDO UN CAUDAL TOTAL DE 7,72 L/S PARA CONSUMO HUMANO, VERTIENTES UBICADAS EN LOS SECTORES SANTA ROSA- LA MINA, PARROQUIA LLOA, DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.

ACTOR: señor Iván Vallejo Aguirre, procurador común del Ingeniero Marco Antonio Cevallos Varea, Gerente General de la Empresa Publica Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento “EPMAPS”. EXTRACTO SECRETARÍA DEL AGUA, SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO - QUITO.- Proceso Administrativo Nro. 111-2016-Reg. (L.V).- Quito, 02 de marzo del 2018, a las 14H50.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrado Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, con acción de personal Nro. 006-DHE, de fecha 08 de febrero del 2008, según decreto presidencial Nro. 8 de 24 de mayo de 2017, de conformidad al Art. 17, literal c) de la Ley Orgánica del Sector Publico en concordancia con el Art. 17 literal c) del Reglamento Ibídem. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2010-66 del 20 de enero del 2010, se establece y delimita las nueve Demarcaciones Hidrográficas y sus respectivos zonales. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2009-48 de fecha 04 de diciembre del 2009, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos de la Secretaria del Agua. En lo principal: Comparecen a esta Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas – Centro de Atención al Ciudadano Quito, el señor Iván Vallejo Aguirre, procurador común del Ingeniero Marco Antonio Cevallos Varea, Gerente General de la Empresa Publica Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento “EPMAPS”, mediante escrito de fecha 14 de diciembre del 2016, a las 10H42, quien de conformidad a la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamientos del Agua, solicita la regularización del Uso y Aprovechamiento de aguas informales, de las fuetes hídricas Vertientes: “GALERIA Nº 1, 2 Y 3, captación despensa, corazón de piedra Nº 1, 2 y 3, en un caudal de 0,61 l/s, en la cota 3.778 msnm., coordenadas 9’983.363 N y 489.950 E; 0,57 l/s, en la cota 3.785 msnm., coordenadas 9’983.376 N y 489.920 E; 4,40 l/s, en la cota 3.786 msnm., coordenadas 9’983.391 N y 489.899 E; 5,19 l/s, en la cota 3.567 msnm., coordenadas 9’984.657 N y 490.327 E; 2,15 l/s, en la cota 3.770 msnm., coordenadas 9’983.408 N y 489.915 E; 8.82 l/s, en la cota 3.783 msnm., coordenadas 9’983.378 N y 489.922 E; 3.,87 l/s, , en la cota 3.783 msnm., coordenadas 9’983.392 N y 489.903 E., dando un caudal total de 25,61 l/s para consumo humano, vertientes ubicadas en la quebrada Cantera del Diablo para incrementar al proyecto Noroccidente, parroquia Nono, Distrito Metropolitano de Quito. En consecuencia esta Autoridad Administrativa DISPONE: 1.En apego a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y aprovechamientos del agua en su Disposición Transitoria Tercera y los Arts. 3, 4, 7, 18 literal g), 36 literal a) y b), 57, 64 literal a) , 125 y 126, en concordancia con el Arts. 107 del Reglamento a la Ley de la Materia, se acepta a trámite la petición presentada, por considerarla clara y completa y reunir los requisitos de la Ley y su Reglamento. 2.- Por lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal b) ibídem, y por el principio de publicidad enmarcado en el artículo 126 de la Ley, cítese a los usuarios presuntos y desconocidos por la prensa de mayor circulación de la provincia de Pichincha, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y este auto de calificación, por tres días consecutivos. 3.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal a), ibídem, fíjese carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de la parroquia Nono, cantón Quito, para el efecto remítase atenta comisión librada, con suficiente despacho, al señor Teniente Político de la Parroquia Nono, delegándose al administrado, para que en un plazo máximo de 24 horas, retire de estas oficinas la comisión librada, y sea entregada a la autoridad Política, y de las facilidades necesarias para su consecución, así como retire las correspondientes razones después de su cumplimiento y remita a este despacho las actuaciones respectivas. 4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 159 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva ERJAFE. 5.Téngase en cuenta para futuras notificaciones el casillero judicial Nº 1233. 6.- Actué el Ab. Darwin Apolo Calero, en calidad de Secretario Ad Hoc. Cúmplase, Ofíciese y NOTIFIQUESE….f) AB. GISELLE CEVALLOS RESPONSABLE TÉCNICO DEL CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – QUITO DE LA SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACION HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS SECRETARIA DEL AGUA – SENAGUA.

ACTOR: : señor Iván Vallejo Aguirre, Procurador Judicial del Ingeniero Marco Antonio Cevallos Varea, Gerente General de la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento “EPMAPS”. EXTRACTO SECRETARÍA DEL AGUA, SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO - QUITO.- Proceso Administrativo Nro. 112-2016-Reg. (L.V).- Quito, 02 de marzo del 2018, a las 14H50.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrado Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, con acción de personal Nro. 006-DHE, de fecha 08 de febrero del 2018, según decreto presidencial Nro. 8 de 24 de mayo de 2017, de conformidad al Art. 17, literal c) de la Ley Orgánica del Sector Publico en concordancia con el Art. 17 literal c) del Reglamento Ibídem. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2010-66 del 20 de enero del 2010, se establece y delimita las nueve Demarcaciones Hidrográficas y sus respectivos zonales. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2009-48 de fecha 04 de diciembre del 2009, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos de la Secretaria del Agua. En lo principal: Comparecen a esta Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas – Centro de Atención al Ciudadano Quito, el señor Iván Vallejo Aguirre, Procurador Judicial del Ingeniero Marco Antonio Cevallos Varea, Gerente General de la Empresa Publica Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento “EPMAPS”, mediante escrito de fecha 05 de julio del 216, a las 16H12, quien de conformidad a la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamientos del Agua, solicita la regularización del Uso y Aprovechamiento de aguas informales, de las fuetes hídricas Vertientes: “ Santa Rosa – La Mina, captación Guanajucho y Captación Quebrada Calimburo, en un caudal de 1,00 l/s, en la cota 2.936 msnm., coordenadas 9’972.121 N y 767.090 E; 4,96 l/s, en la cota 3.064 msnm., coordenadas 9’974.808 N y 773.349 E; 1,76 l/s en la cota 3.064 msnm., coordenadas 9’974.262 N y 772.738 E respectivamente, dando un caudal total de 7,72 l/s para consumo humano, vertientes ubicadas en los sectores Santa Rosa-La Mina, parroquia Lloa, Distrito Metropolitano de Quito. En consecuencia esta Autoridad Administrativa DISPONE: 1.En apego a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y aprovechamientos del agua en su Disposición Transitoria Tercera y los Arts. 3, 4, 7, 18 literal g), 36 literal a) y b), 57, 64 literal a), 125 y 126, en concordancia con el Arts. 107 del Reglamento a la Ley de la Materia, se acepta a trámite la petición presentada, por considerarla clara y completa y reunir los requisitos de la Ley y su Reglamento. 2.- Por lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal b) ibídem, y por el principio de publicidad enmarcado en el artículo 126 de la Ley, cítese a los usuarios presuntos y desconocidos por la prensa de mayor circulación de la provincia de Pichincha, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y este auto de calificación, por tres días consecutivos. 3.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal a), ibídem, fíjese carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de los sectores Santa Rosa-La Mina, parroquia Lloa, cantón Quito, para el efecto remítase atenta comisión librada, con suficiente despacho, al señor Teniente Político de la Parroquia Lloa, delegándose al administrado, para que en un plazo máximo de 24 horas, retire de estas oficinas la comisión librada, y sea entregada a la autoridad Política, y de las facilidades necesarias para su consecución, así como retire las correspondientes razones después de su cumplimiento y remita a este despacho las actuaciones respectivas. 4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 159 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva ERJAFE. 5.- Téngase en cuenta para futuras notificaciones el casillero judicial Nº 1233. 6.- Actué el Ab. Darwin Apolo Calero, en calidad de Secretario Ad Hoc. Cúmplase, Ofíciese y NOTIFIQUESE….f) AB. GISELLE CEVALLOS RESPONSABLE TÉCNICO DEL CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – QUITO DE LA SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACIÓN HIDRIGRÁFICA DE ESMERALDAS - SECRETARIA DEL AGUA – SENAGUA. AB. Darwin Apolo Calero SECRETARIO AD-HOC

AB. Darwin Apolo Calero SECRETARIO AD-HOC PAB/19174/AS

PAB/19175/AS


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

CURIOSO A14

MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR

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En estas fotografías se muestra un mundo en el que ‘habitaban’ los grandulones. Hay teorías que afirman que, en algún tiempo, la tierra estuvo habitada por gigantes. Estas fotos muestran personas que accidentalmente se encontraron con su mundo en un día normal. Genial.guru ha recopilado algunas imágenes divertidas que ilustran con precisión ‘Los viajes de Gulliver’. (Foto: Genial.guru)

QUITO

El país de los gigantes, de la mitología a la realidad

INSTRUMENTO. Los cables al lado de este tenedor parecen espaguetis.

DELICIA. Cuando se trata de pizza, ¡entre más, mejor!

¡UPS! A alguien se le perdió la pinzade ropa.Esto se encuentra en Bélgica.

P

APLANADORA. “No estamos seguros de querer ver el camión monstruo para el que llevan estas llantas”.

ESCULTURA. “Y desde ese momento, ella ha estado pidiendo un caballo insistentemente”. Este está en Michigan. Estados Unidos. PAB/19160/AS


REPORTE A15

tiempo lectura 15 min.

MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

I

En muchas de las escuelas a donde hemos ido, luego de la capacitación, los mismos docentes se han dado cuenta que en sus salones de clase hay hasta tres o cuatro niños con diferentes grado de autismo”. LIGIA NOBOA

COMPORTAMIENTO. Los chicos con autismo suelen jugar apilando u ordenando los objetos sin interactuar con otros.

PRESIDENTA DE LA FUNDACIÓN ‘ENTRA A MI MUNDO’,

TRATAMIENTO OPORTUNO CAMBIA LA VIDA DE UN NIÑO AUTISTA Una fundación trabaja en la atención integral de los niños con esta condición.

E

DESARROLLO. Con detección temprana y tratamiento los niños pueden sobrellevar su desorden neurológico y lograr una incersión completa en la sociedad.

Pautas

Detección temprana

° No mira a los ojos. ° No habla pero hace muchos ruidos y

vocalizaciones. l desconocimien- ró que la meta es motivar a que la ° Movimientos repetitivos de las manos to, la falta de po- ciudadanía comparta con los nicomo jalarse las orejas o los pelos. líticas públicas, ños y se dé cuenta de que son se° Se golpean continuamente en la cabeza los prejuicios, el res sensibles y muy inteligentes, ° No resiste los ruidos. déficit de profe- pero que necesitan apoyo para ° Cuando les hablan no contestan, sionales que se- superar sus deficiencias funcioparecen sordos. pan del tema, en- nales. ° Juegan apilando u ordenando los objetos sin otra interacción. El invitado especial de esta tre otros factores, han provocado que el autismo sea poco tratado actividad será Daniel Ramírez, un niño machaleño, quien y que no haya muchos estudios al respecto en la TOME NOTA comenzó a hablar pasados esos establecimientos para que los 5 años debido al autis- puedan detectar otros casos”, ciudad. mo. Ahora, con 8 años, y dijo. “Solo en Quito, por El acto ‘Mi lo menos uno de cada 65 mundo Fest’ será luego de tener un prograEn estos 15 años, la fundación sábado, de ma de inclusión a la eduniños tiene autismo, pero el ha tratado e insertado con éxito, 09:00 a 16:30, cación regular, y de un se- en la educación y la vida normal, los profesionales, ya sea en el bulevar Unidas guimiento y tratamiento a 400 niños con autismo. “Los médicos como educativos Naciones del parque La personalizado, demostra- tratamientos son caros y largos. realmente capacitados no Carolina. rá su talento y pasión por Como organización sin fines de llega ni a 100. Además las autoridades, tanto naciona- el canto y la música durante la lucro solo cobramos una fracción les como locales, han minimi- celebración. mínima por las terapias “Él es un ejemplo de zado el problema, a mediano y y el programa de reinserlargo plazo, de que la mayoría que con un trabajo coor- TOME NOTA ción educativa”, añadió de los niños autistas no sean dinado y profesional, y el Noboa. informarse diagnosticados nunca, o muy apoyo de los padres, cual- Para sobre las activitarde”, explicó Ligia Noboa, pre- quier niño con autismo dades y programas Detección de la condición la fundación sidenta de la fundación Entra puede integrarse en la so- de ‘Entra a mi mundo’, Si el niño es detectado puede ingresar a la con autismo en los priciedad y desarrollar sus a mi mundo, la cual ofrece un http:// tratamiento integral para esta habilidades. Los asisten- página meros 2 años, con una www.entraamites podrán apreciar que mundo.org/. condición. buena atención, el trataEl sábado, en el bulevar de canta muy lindo”, acotó miento para una superalas Naciones Unidas del parque Noboa. ción total de la condición La Carolina, se realizará un acto puede durar máximo un año. cuyo objetivo principal es que Labor constante Pero por cada año que se demola gente entienda que el autis- La presidenta de la fundación ra la detección, el tratamiento mo no es una enfermedad, sino Entra a mi mundo, aseveró que se puede alargar hasta dos años una condición, un desorden a pesar de que el apoyo escasea, más. neurológico y que con detección el trabajo nunca termina por“Al niño con autismo no lo temprana y un tratamiento ade- que cada niño con autismo es puedes detectar por algún rasgo cuado se puede superar y lograr una historia diferente y por eso físico como en el caso del Sínuna inserción completa en la necesita de un programa perso- drome de Down. Además, en sociedad. muchos casos se confunde con nalizado. “Habrá música, presentacio“Nuestra fortaleza es la in- problemas de falta de atención o nes artísticas, caritas pintadas, clusión de los niños con autismo de conducta, por eso la mayoría saltarines, juegos inflables, show en la educación regular. Al mo- de los casos se quedan sin tratade canes, show de caballos, de- mento le damos tratamiento y miento y al pasar de los años se mostraciones de los bomberos, seguimiento a 75 chicos que van vuelven completamente depenstand de información sobre el a escuelas normales. Además dientes de sus padres y familiaautismo”, dijo Noboa, quien acla- capacitamos a los profesores de res”, apuntó Noboa. (JS)


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QUITO

50c incl. IVA MIÉRCOLES 04 DE ABRIL DE 2018

Quito, Ecuador

44 PÁGINAS

Ecuatoriano se especializa en escuela de Nadal

Álvaro Guillén, de 15 años, recibió una invitación de la Escuela del tenista español Rafael Nadal para entrenar. PÁGINA B11

Tiroteo en la sede de YouTube Un tiroteo en la sede de YouTube en San Bruno, a 20 kilómetros al sur de San Francisco (California, EE.UU.), dejó ayer un muerto y cuatro heridos. PÁGINA B6

El Quito con el que sueña ‘Sarzosita’

Los caminos conducen a la semifinal Real Madrid goleó a la Juventus, en el partido de ida de los cuartos de final de la Champions League. PÁGINA B12

Óscar Guerra, conocido artísticamente como Sarzosita dice que Dios cuida de su salud. Y que sueña con volver a conocer Quito. PÁGINA A5

‘Busca novio’ por TV PÁGINA B7


REVISTA JUDICIAL C00

LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR

MIÉRCOLES, 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 12117 Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO

AUTOR: DR. PABLO CASTAÑEDA.

De acuerdo a Néstor Arboleda (2005), para formular una acción por silencio administrativo, es necesario que exista un base de derecho, un proceso administrativo, que el pedido se dirija a organismos competentes, que la vía escogida sea la prevista en la ley; en este sentido no procedería que -por ejemplo- a través de un reclamo administrativo, peor silencio administrativo, se solicite a la Presidencia el pago de una indemnización que debería tramitarse en sede administrativa o se deba declarar por acción judicial y vía ordinaria; en otro ejemplo tenemos que si una persona, natural o jurídica, reúne los requisitos y pide al Ministerio de Educación que apruebe el funcionamiento de un establecimiento educativo, la solicitud debe ser contestada en los términos legales, de no contestar se abren las puertas del reclamo por silencio administrativo. Para Adriana Duque (2012), una de las características de la democracia es que las personas, en ejercicio de sus derechos, puedan concurrir ante la administración con sus peticiones; por su parte, la Administración está en la obligación de responder esos requerimientos; de esta forma el “derecho de petición” con la obligación de resolver, conduce a que el administrado tenga derecho a una respuesta, y, en caso de no existir respuesta se configure el Silencio Administrativo. El artículo 66.23 de la Constitución de la República garantiza a las personas el derecho de petición, enunciándose

Editora DIANA BRIONES PUGA

ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

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CARACTERISTICAS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

dos derechos y dos obligaciones: derecho a formular una petición y el derecho a recibir una contestación, que se relacionan con dos obligaciones de la autoridad pública: a) respetar el ejercicio del derecho de petición; b) responder las peticiones planteadas, con la debida motivación. Siguiendo a Duque, el derecho de petición se vincula a la obligación de resolver las peticiones que se le planteen al Poder público como sujeto requerido, dentro de un término determinado; de no

cumplirse produciría la omisión, el Silencio, que permite interponer el recurso judicial. Para Arboleda Terán (2005) el silencio frente a una demanda que ha sido citada se considera negativa pura y simple; el silencio en procedimientos administrativos se consideraba como denegación tácita de la solicitud y abría la posibilidad de emprender una acción; el silencio de la Administración equivaldría a una aceptación tácita, que nace por mandato de la ley, para ser reconocido; la

abstención de pronunciamientos o de manifestación de voluntad que puede darse en las relaciones jurídicas, tiene efecto jurídico; así por ejemplo, el asignatario constituido en mora de declarar si acepta o repudia una herencia, se entiende que repudia (artículo 1278 del Código Civil); el Silencio Administrativo fue regulado con la Ley de Modernización del Estado de 18 de agosto del 2000, en la que consta que las peticiones se las debe resolver en treinta días; posteriormente mediante

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Decreto Ejecutivo se expidió el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva –ERJAFE-, publicado el 18 de marzo del 2002, que establece el plazo de sesenta días, como término para resolver los procedimientos administrativos. Para Arboleda, el caso de falta de contestación a la demanda o de pronunciamiento expreso sobre las pretensiones del actor, se considera negativa para y simple de los fundamentos de hecho y de derecho de la demanda (artículo 107 del COGEP); la abstención del pronunciamiento en que puede incurrir la Administración Pública, cuando le ha sido formulada una petición o pretensión (silencio administrativo), implica la violación de un deber de acción, que es el de resolver todo aquello que se le plantea. El silencio Administrativo: se configura como un medio de defensa de los derechos del administrado frente a la autoridad que, con su omisión, podría evitar el juzgamiento de sus actos. De esta manera, transcurrido cierto tiempo dentro del cual la Administración no se haya pronunciado, el administrado tendría abiertas las puertas para demandar ante la denominada jurisdicción contenciosa administrativa; Arboleda cita a Eduardo García y Tomás Fernández, para quienes se trata de una ficción legal de efectos exclusivamente procesales, no crea ni elimina ningún derecho. El derecho de los ciudadanos a realizar peticiones a las autoridades públicas y recibir una respuesta de ellas ha estado presente, con algunas variantes, en todas las constituciones que han CONTINUA EN LA PÁGINA - C2


REVISTA JUDICIAL C2

MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

regido nuestra vida republicana. En la Ley de Modernización… consta que las peticiones se las debe resolver en treinta días; define la aplicación del silencio positivo en lugar de la denegación tácita que hasta esa fecha venía ocurriendo en algunas materias. Silencio Administrativo Positivo El silencio positivo es la figura jurídica por la cual la falta de pronunciamiento de parte de la autoridad, dentro del tiempo que tiene para hacerlo, provoca la aceptación de la petición del administrado. Su justificación es evidente: la inacción de la administración no puede perjudicar el derecho legítimo de las personas a conocer la respuesta que están buscando. El derecho suple esa inacción generando el acto administrativo que acepta la petición. Para Marco Morales (2011), la administración pública se encuentra obligada constitucional y legalmente a pronunciarse en relación con cualquier petición formulada por los ciudadanos; frente a la omisión de esta obligación se ha concebido la necesidad de regular un mecanismo que permita a los ciudadanos superar la falta de respuesta a sus peticiones, con la institución del silencio administrativo, que constituye una solución para dar un efecto a la falta de atención de las peticiones, reclamos y recursos que presentan las personas a la administración, frente al poder público, por ello se le da efectos a los actos y hechos administrativos; es la autoridad la que tiene la obligación de respetar los derechos de las personas, y son los administrados los que tienen el derecho a ejercer su derecho; pero existe una oportunidad para el ejercicio del derecho, frente al hecho de la falta de pronunciamiento de la autoridad pública. La ley da un efecto jurídico al hecho, para el ejercicio de los derechos. Para Guido Escobar (2016), el silencio administrativo es una figura jurídica, da efectos a la falta de pronunciamiento, pues solo la administración puede provocar el silencio administrativo no el particular; si éste no ejerce sus derechos en los términos de ley caduca su derecho a demandar.

Los efectos del silencio administrativo nacen por la falta de una decisión pública en un determinado tiempo, esto desde la dimensión del administrado, los efectos en la administración, es que se genera la imposibilidad jurídica de pronunciarse sobre un hecho porque ha pasado el tiempo para hacerlo, entonces carecería de competencia para pronunciarse, a esa falta de ejercicio del derecho dentro del tiempo se la conoce como caducidad. Para Patricio Secaira (2008), el acto administrativo reglado, es aquel que solo puede ser expedido cumpliendo los procedimientos fijados en la norma jurídica preexistente; ya que esta, de modo previo a la emisión del acto, ajusta la conducta del órgano público que debe la competencia; se refiere al ejercicio específico de una potestad pública en manos de una Autoridad que es la que representa a la Administración, en un caso específico dentro del tiempo determinado en la ley y sometida a las condiciones establecidas en la misma. La prescripción no es aplicable para la administración porque las potestades que son propias del poder del Estado son permanentes y eternas; en cambio, la caducidad es aplicable para la administración porque tiene que ver con la voluntad de la Autoridad competente cuyo accionar está regulado por el ordenamiento jurídico. La norma jurídica establece reglas que deben cumplirse para que el acto del poder público sea emitido y tenga valor efectivo. Así por ejemplo para destituir a un funcionario debe, previamente, efectuarse el sumario administrativo. Son actos impugnables en vía judicial. El artículo 28 de la Ley de Modernización… dispuso la necesidad de una certificación emitida por el funcionario público involucrado, que deje constancia sobre el vencimiento del término para contestar. El legislador debió haber advertido la casi imposibilidad de obtener tal documento de parte del funcionario que, al emitirlo, estaba confesando una falta de actuación de su parte, lo que iba a tener implicaciones administrativas y aún de índole penal. Esta exigencia provocó controversias en la aplicación de la norma, mismas que se tradujeron, al menos en un inicio, en sentencias contradictoras de parte de los jueces administrativos.

Acto Administrativo Presunto Posteriormente, la jurisprudencia agrego parámetros respecto a la generación del llamado acto administrativo presunto, que con la reforma en el año 2000 a la Ley de Modernización…, se añadió como requisito a la certificación del vencimiento del plazo, fomentando la saturación de las actuaciones administrativas; el silencio positivo en el artículo 207 del Código Orgánico Administrativo (COA), entiende positiva la respuesta a los pedidos o reclamos, no resueltos por la administración pública en el término de treinta días hábiles, distinto al término de quince días que prescribe la Ley ibídem, sustituida por el nuevo Código. Para que sea válido y ejecutable el acto administrativo presunto no debe adolecer de vicios de nulidad (como: contrario a la ley, autoridad incompetente, situaciones imposibles); el articulo 210 ibídem ordena que la resolución que la autoridad pública dicte con posterioridad al silencio administrativo, sólo podrá ser confirmando el derecho del administrado. El efecto positivo del silencio puede ocurrir en dos vías: a.- producto de un reclamo que impugna la actuación administrativa, situación el al que ipso jure se deja sin efecto el acto administrativo, por lo que el administrado sólo tendría que accionar si la administración insiste en su ejecución; b.- cuando la pretensión es una actuación u obligación de la administración (devolución de pago indebido, emisión de licencia, permiso, etc.), que se efectiviza cuando la autoridad pública emita el

acto solicitado, o se proceda a la ejecución vía judicial de un título de ejecución, como sentencia, acta de mediación, laudo arbitral, ante el contencioso administrativo. Duque cita a Patricio Secaira (2004), quien afirma que la petición debe ser dirigida a la autoridad a la que la Constitución o la ley le han entregado derechos para que pueda expresar la voluntad pública relativa al caso puesto en su conocimiento. Por la competencia, que es la medida de la potestad que corresponde a cada órgano administrativo, que se regula por la materia, territorio, tiempo, los órganos administrativos pueden resolver sobre un determinado asunto cuando la ley le da potestad. Para que se configure una petición como Silencio Administrativo, debe cumplir las características que le corresponden como acto administrativo, que a criterio de Duque y Secaira, son: a.- Que el solicitante tenga legitimación activa del derecho reclamado, el derecho debe tener una vinculación directa e individual con la persona solicitante, que esos derechos no involucren ni afecten derechos que puedan pertenecer a otras personas; b.- El objeto de la petición debe ser un hecho posible, lícito, susceptible de ejecución, conforme a la moral pública y que no constituya delito; c.- La petición debe adecuarse “manifiestamente” a la norma legal que se cita como sustento; d.- Los actos no deben tener por objeto la satisfacción ilegitima de un interés particular;

e.- La petición debe estar motivada en normas vigentes o principios jurídicos, con una explicación de la pertinencia; f.- La petición debe ser dirigida a la autoridad competente; f.- Que el derecho que se pretende ser reconocido sea verdadero y tenga un antecedente válido, además no haya caducado por el transcurso del tiempo. De esta forma, Secaira (2004) señala que no será a través de una petición extemporánea y de la falta de respuesta de la administración que ese derecho, fenecido por el ministerio de la ley quede restituido; pues solamente la ley tiene la fuerza jurídica suficiente para restablecer un derecho extinto. Ni la administración ni los jueces pueden crear derechos o hacerlos renacer. Para José Meythaler, la falencia de esta figura jurídica radica en que se demostraba su existencia, mediante una certificación que aceptaba el vencimiento del término, lo cual ocasionaba dificultades en el reconocimiento del silencio administrativo; otra forma es obtener la constatación del vencimiento del término por medio de una diligencia notarial o judicial, parte de los jueces administrativos. Posteriormente, la jurisprudencia agrega requisitos o parámetros para la generación del acto administrativo presunto, que con la reforma a la Ley de Modernización… en el año 2000, se añadió a la certificación del vencimiento del plazo. Según manifiesta Edgar Acosta (2017), el artículo 207 del Código CONTINUA EN LA PÁGINA - C3


Orgánico Administrativo (COA), entiende positiva la respuesta a los pedidos o reclamos, no resueltos por la administración pública en el término de treinta días hábiles, y no quince que prescribe la ley vigente. Para que sea válido y ejecutable el acto administrativo presunto no debe adolecer de vicios de nulidad (como: contrario a la ley, autoridad incompetente, situaciones imposibles); el artículo 210 ordena que la resolución que la autoridad pública dicte con posterioridad al silencio administrativo, sólo podrá ser confirmando el derecho del administrado. El efecto positivo del silencio puede ocurrir en dos vías: a.- producto de un reclamo que impugna la actuación administrativa, situación en la que ipso jure se deja sin efecto el acto administrativo, por lo que el administrado sólo tendría que accionar si la administración insiste en su ejecución; b.- cuando la pretensión es una actuación u obligación de la administración (devolución de

PODERES EXTRACTO Se pone en conocimiento del público en general que en la Notaría Cuadragésima de Quito, se ha presentado una petición por parte de la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., solicitando la aprobación del Poder General otorgado por la mencionada corporación a favor del señor JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, el veintidós de febrero de dos mil dieciocho, ante el doctor Héctor Cortez Díaz, Notarlo Setenta y Tres Encargado de Bogotá y protocolizado el quince de marzo de 2018, ante la Notaria Cuadragésima de Quito, Paola Andrade Torres. Protocolización número 20181701040P01794 de la copia certificada del Poder General otorgada por el señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, en calidad de representante legal de la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S, a favor del señor JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR. Peticionario: Doctor Michael Veintimilla Ambrosi debidamente autorizado por la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S. Trámite: Especial Cuantía: Indeterminada EXTRACTO PUBLICACIÓN DEL PODER GENERAL OTORGADO POR EL SEÑOR IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., A FAVOR DEL SEÑOR JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR. PRIMERA: COMPARECIENTE.Comparece al otorgamiento de este instrumento público, la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., (en adelante Multivac o la Mandante), legal y debidamente representada por el señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, en su calidad de Representante Legal. El compareciente es ciudadano de nacionalidad colombiana, mayor de edad, de estado civil casado, de profesión Administrador de Empresas, domiciliado en

pago indebido, emisión de licencia, permiso, etc.), que se efectiviza cuando la autoridad pública emita el acto solicitado, o se proceda a la ejecución vía judicial de un título de ejecución, como sentencia, acta de mediación, laudo arbitral, ante el contencioso administrativo. El artículo 208 del COA, regula el principio de oficialidad de los procedimientos, por iniciativa de la administración, estableciéndose que la falta de resolución dentro de tiempo produce la figura del silencio positivo a favor de los interesados involucrados en el procedimiento; los treinta días se contabilizarían desde que el administrado presenta la petición. El efecto del silencio positivo en los procedimientos sancionatorios también se halla contemplado en la norma anterior. La falta de actuación de la autoridad provoca la caducidad de la facultad sancionadora, por lo que la norma ordena que deba dictarse una resolución que así lo reconozca y que ordene el archivo del

la ciudad de Bogotá, legalmente capaz para contratar y obligarse cual en derecho se requiere. SEGUNDA: ANTECEDENTES.- 2.1. La compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., es una empresa constituida bajo las leyes de la República de Colombia, que se dedica a la importación y comercialización de maquinaria para procesos de producción y empaque, consumibles y repuestos. 2.2, Es deseo de MULTIVAC, en lo posible, el concretar ciertos negocios en la República del Ecuador. 2.3. La Junta general de Accionistas de la compañía MULTIVAC, celebrada e! día Veintitrés (23) de Septiembre del año dos mil Trece, resolvió autorizar la emisión de un PODER GENERAL a favor del señor JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, de nacionalidad colombiana, cédula colombiana número 80.424.305, de estado civil casado para que en nombre y representación de MULTIVAC, realice en el Ecuador ciertos actos a nombre de la compañía referida. TERCERA: PODER GENERAL.- Con este antecedente, la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., legal y debidamente representada por el señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, tiene a bien otorgarle como en efecto otorga, PODER GENERAL, amplio y suficiente, cual en derecho se requiere, a favor del señor JAIRO ANTONIO RODRIGUEZ TAYLOR, de nacionalidad colombiana, cédula colombiana número 80.424,305, para que realice, a nombre de la Multivac, los siguientes actos y contratos: a) Actuar como factor de comercio a nombre de la Mandante, teniendo las facultades previstas en los artículos 120 y siguientes del Código de Comercio de Ecuador; b) Representar los intereses de la Mandante en la administración de sus negocios en Ecuador, para lo cual podrán comprar, vender, ceder, permutar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de cosas, tanto muebles como raíces, acciones bonos y valores mobiliarios, firmando los correspondientes traspasos; firmar contra-

tos de compraventa con o sin reserva de dominio; cobrar y percibir cuanto se le adeude a la Mandante por cualquier concepto, firmar recibos y otorgar cancelaciones; celebrar contratos de promesa, de seguro, de confección de obra material, de trabajo, de mutuo, de depósito y de préstamo; constituir, aceptar, posponer y levantar hipotecas, servidumbres y otros derechos reales; constituir, aceptar y cancelar prendas de cualquier especie, en especial, podrán aceptar o constituir prendas industriales o gravámenes de cualquier otra especie; constituir, aceptar y levantar fianzas , deudas solidarias y otras formas de garantías; instituir y aceptar cesiones, celebrar contratos de cuentas corrientes con Instituciones bancarias, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, de depósito o de crédito o de ahorro, girar y sobregirar en ellas; contratar créditos en cuenta corriente y toda clase de préstamos, mutuos, avances, con letras, sobregiros, pagarés; aceptar saldos en cuenta corriente, retirar talonarios de cheques, girar, suscribir y afianzar, aceptar, endosar, avalar, cobrar, pagar, protestar, prorrogar, revalidar, reaceptar y cancelar letras de cambio, libranzas, pagarés, cheques y toda clase de documentos y efectos de comercio; adquirir acciones o participaciones en sociedades legalmente constituidas en el Ecuador y/o el exterior, así como participar en la constitución de nuevas compañías sean estas afines o no al giro ordinario del negocio de la Mandante; c) Representar a la Mandante en todos sus negocios jurídicos que surtan efecto en el Ecuador, y cumplir las obligaciones que ésta haya contraído. Podrán participar a nombre de la Mandante en procesos licitatorios convocados por empresas públicas o privadas, presentar ofertas, modificarlas y suscribir todos los documento necesarios, a fin de concretar nuevos negocios para la Mandante en el Ecuador; d) Representante legal, judicial y extrajudicialmente a la Mandante en el Ecuador, a fin de que puedan presentar y contestar demandas en juicios

proceso. Si no se lo hace, se acude a la vía judicial. Un cambio en la figura del silencio positivo lo encontramos en el artículo 229 del COA, cuando frente a la falta de pronunciamiento de la administración sobre el pedido de suspensión del acto administrativo, la norma ordena que se entenderá ocurrida la negativa tácita de lo solicitado, de lo cual no hay recurso ulterior, situación que sería una excepción a la regla general del silencio administrativo positivo. Bibliografía:

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3.- Morales Tobar Marco, Manual de derecho procesal administrativo, CEP 2011; 4.- Escobar Pérez Guido, La Determinación de las responsabilidades administrativas como consecuencia del control gubernamental, UASB, Quito, 2016; 5.- Secaira Durango Patricio, Derecho Administrativo, Loja, 2008; 6.- Secaira Durango Patricio, CURSO BREVE DE DERECHO ADMINISTRATIVO, Ed. Universitaria, Ecuador, 2004, pp. 76-77; 7.- Secaira Durango Patricio, CURSO BREVE DE DERECHO ADMININSTRATIVO. Óp. cit., p. 215; 8.- Meythaler José, La Evolución del efecto positivo del silencio de la autoridad en el derecho administrativo ecuatoriano, Iuris Dictio, Revista del Colegio de Jurisprudencia, USFQ, Quito, Ecuador, página 140: http:// www.lmzabogados.com/contenido_ es/images/stories/mis_imagenes/ la-evo.pdf. Referencias: 1.- Entrena Rafael Cuesta, CURSO DE DERECHO ADMINISTRATIVO, volumen I/2, Ed. Tecnos S.A., Madrid, 1998;2.- Neira Orellana Edgar, Sobre la técnica del silencio administrativo y de cómo la administración resiste la

Todos venimos al mundo con las manos vacías. Cuanto adquirimos después es ganancia. Sam ewinG.

civiles, laborales, comerciales, administrativos, penales, entre otras cosas. Actuar como terceristas en los casos en que puedan verse afectados los intereses de la Mandante, Para ello, podrán otorgar poderes de procuración judicial a favor de abogados en libre ejercicio, sin limitación de ninguna clase; e) Representar a Multivac ante las autoridades gubernamentales, provinciales, así como ante cualquier otra entidad o autoridad pública; f) Comparecer ante las oficinas del Servicio de Rentas Internas del Ecuador, a fin de actualizar los datos constantes en el registro único de contribuyente (RUC) de Multivac en el Ecuador, a fin de que conste, cualquier de ellos, como su representante ante esta entidad, y para cumplir con las obligaciones tributarlas que esta tenga en el Ecuador. Podrá suscribir y/o firmar cualquier documento que requieran las autoridades para el normal funcionamiento de la Mandante. La presente enumeración no se entenderá taxativa sino meramente ejemplificativa, de forma que el apoderado tendrá las más amplias facultades para representar los intereses de la Mandante en el Ecuador. La duración del presente poder es Indefinida. Firmas: IVÁN DA R I O DA Z A RODRÍGUEZ como otorgante y representante legal de Corporación Multivac S.A.S. JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, como aceptante, número de cédula de ciudadanía colombiana 80.424.305. RAZÓN: En atención al pedido formulado que antecede y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 29 del artículo 18 de la Ley Notarial, se dispone la publicación del extracto, por tres días en uno de los periódicos de mayor cir-

culación en el domicilio de la compañía, para su aprobación e inscripción en el Registro Mercantil. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes. Quito, 26 de Marzo DRA PAOLA ANDRADE TORRES NOTARIA CUADRAGESIMA DEE QUITO Hay firma y sello PAC109958fa EXTRACTO Se pone en conocimiento del público en general que en la Notaría Cuadragésima de Quito, se ha presentado una petición por parte de la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., solicitando la aprobación del Poder General otorgado por la mencionada corporación a favor del señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, el veintidós de febrero de dos mil dieciocho, ante el doctor Héctor Cortez Díaz, Notario Setenta y Tres Encargado de Bogotá y protocolizado el quince de marzo de 2018, ante la Notarla Cuadragésima de Quito, Paola Andrade Torres. Protocolización número 20181701040P01795 de la copia certificada del Poder General otorgada por el señor JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, en calidad de representante legal de la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S, a favor del señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ. Peticionario: Doctor Michael Veintimilla Ambrosi debidamente autorizado por la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S. Trámite: Especial Cuantía: Indeterminada EXTRACTO PUBLICACIÓN DEL PODER GENERAL OTO RG A D O

POR EL SEÑOR JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., A FAVOR DEL SEÑOR IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ. PRIMERA: COMPARECIENTE.Comparece al otorgamiento de este instrumento público, la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., (en adelante Multivac o la Mandante), legal y debidamente representada por el señor JAIRO ANTONIO RODRIGUEZ TAYLOR, en su calidad de Representante Legal. El compareciente es ciudadano de nacionalidad colombiana, mayor de edad, de estado civil casado, de profesión Ingeniero Industrial, domiciliado en la ciudad de Bogotá, legalmente capaz para contratar y obligarse cual en derecho se requiere. SEGUNDA: ANTECEDENTES.- 2.1. La compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., es una empresa constituida bajo las leyes de la República de Colombia, que se dedica a la importación y comercialización de maquinaria para procesos de producción y empaque, consumibles y repuestos. 2.2. Es deseo de MULTIVAC, en lo posible, el concretar ciertos negocios en la República del Ecuador. 2.3. La Junta general de Accionistas de la compañía MULTIVAC, celebrada el día Veintitrés (23) de Septiembre del año dos mil Trece, resolvió autorizar la emisión de un PODER GENERAL a favor del señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, de nacionalidad colombiana, cédula colombiana número 80.063.860, de estado civil casado para que en nombre y representación de MULTIVAC, realice en el Ecuador ciertos actos a nombre de la compañía referida. TERCERA: PODER GENERAL.Con este antecedente, la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., legal y debidamente representada por el señor JAIRO ANTONIO RODRIGUEZ TAYLOR, tiene a bien otorgarle como en efecto otorga, PODER GENERAL, amplio y suficiente, cual en derecho se requiere, a favor del señor IVAN DARIO DAZA

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

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aplicación de sus efectos, Ruptura N. 46, Ecuador, 2003; 3.- Estévez Chávez Daniela Sofía, El Silencio Administrativo Positivo y su Desnaturalización en el Ecuador, USFQ, 2016; 4.- Acosta Grijalva Edgar, El silencio administrativo positivo en el nuevo Código Orgánico Administrativo, 2017; www.pbplaw.com/el-silencioadministrativo-positivo-en-el-nuevocodigo-organico-administrativo/; 6.- Edison Páez Peralta, silencio administrativo positivo en el nuevo Codigo Organico Administrativo http://advanceaudit.ec/2017/09/29/ silencio-administrativo-positivo-enel-nuevo-codigo-organico-administrativo/ www.usfq.edu.ec/publicaciones/ iurisDictio/archivo_de_contenidos/ Documents/IurisDictio_7/La_evolucion_del_defecto_positivo_del_silencio_de_la_autoridad.

RODRIGUEZ, de nacionalidad colombiana, cédula colombiana número 80.063.860, para que realice, a nombre de la Multivac, los siguientes actos y contratos: a) Actuar como factor de comercio a nombre de la Mandante, teniendo las facultades previstas en los artículos 120 y siguientes del Código de Comercio de Ecuador; b) Representar los Intereses de la Mandante en la administración de sus negocios en Ecuador, para lo cual podrán comprar, vender, ceder, permutar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de cosas, tanto muebles como raíces, acciones bonos y valores mobiliarios, firmando los correspondientes traspasos; firmar contratos de compraventa con o sin reserva de dominio; cobrar y percibir cuanto se le adeude a la Mandante por cualquier concepto, firmar recibos y otorgar cancelaciones; celebrar contratos de promesa, de seguro, de confección de obra material, de trabajo, de mutuo, de depósito y de préstamo; constituir, aceptar, posponer y levantar hipotecas, servidumbres y otros derechos reales; constituir, aceptar y cancelar prendas de cualquier especie, en especial, podrán aceptar o constituir prendas industriales o gravámenes de cualquier otra especie; constituir, aceptar y levantar fianzas , deudas solidarias y otras formas de garantías; instituir y aceptar cesiones, celebrar contratos de cuentas corrientes con instituciones bancarias, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, de depósito o de crédito o de ahorro, girar y sobregirar en ellas; contratar créditos en cuenta corriente y toda clase de préstamos, mutuos, avances, con letras, sobregiros, pagarés; aceptar saldos en cuenta corriente, retirar talonarios de cheques, girar, suscribir y afianzar, aceptar, endosar, avalar, cobrar, pagar, protestar, prorrogar, revalidar, reaceptar y cancelar letras de cambio, libranzas, pagarés, cheques y toda clase de documentos y efectos de comercio; adquirir acciones o participaciones en sociedades legalmente constituidas en el Ecuador y/o el exterior, así como participar

en la constitución de nuevas compañías sean estas afines o no al giro ordinario del negocio de la Mandante; c) Representar a la Mandante en todos sus negocios jurídicos que surtan efecto en el Ecuador, y cumplir las obligaciones que ésta haya contraído. Podrán participar a nombre de la Mandante en procesos licitatorios convocados por empresas públicas o privadas, presentar ofertas, modificarlas y suscribir todos los documento necesarios, a fin de concretar nuevos negocios para la Mandante en el Ecuador; d) Representante legal, judicial y extrajudicialmente a la Mandante en el Ecuador, a fin de que puedan presentar y contestar demandas en juicios civiles, laborales, comerciales, administrativos, penales, entre otras cosas. Actuar como terceristas en los casos en que puedan verse afectados los intereses de la Mandante. Para ello, podrán otorgar poderes de procuración judicial a favor de abogados en libre ejercicio, sin limitación de ninguna clase; e) Representar a Multivac ante las autoridades gubernamentales, provinciales, así como ante cualquier otra entidad o autoridad pública; f) Comparecer ante las oficinas del Servicio de Rentas Internas del Ecuador, a fin de actualizar los datos constantes en el registro único de contribuyente (RUC) de Multivac en el Ecuador, a fin de que conste, cualquier de ellos, como su representante ante esta entidad, y para cumplir con las obligaciones tributarlas que esta tenga en el Ecuador. Podrá suscribir y/o firmar cualquier documento que requieran las autoridades para el normal funcionamiento de la Mandante. La presente enumeración no se entenderá taxativa sino meramente ejemplificativa, de forma que el apoderado tendrá las más amplias facultades para representar los Intereses de la Mandante en el Ecuador. La duración del presente poder es Indefinida. Firmas: JAIRO ANTONIO RODRIGUEZ TAYLOR como otorgante y representante legal de Corporación Multivac S.A.S. IVÁN DA R I O DA Z A RODRÍGUEZ, como aceptante,


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MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

número de cédula de ciudadanía colombiana 80.063.860 RAZÓN: En atención al pedido formulado que antecede y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 29 del artículo 18 de la Ley Notarial, se dispone la publicación del extracto, por tres días en uno de los periódicos de mayor circulación en el domicilio de la compañía, para su aprobación e inscripción en el Registro Mercantil. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes. Quito, 26 de Marzo de 2018 DRA. PAOLA ANDRADE TORRES NOTARIA CUADRAGESIMA DE QUITO Hay firma y sello PAC109959fa

DIVORCIOS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL: Al SEÑOR SANCHEZ BALAREZO OSCAR ANTONIO, SE LE HACE CONOCER LA SIGUIENTE DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL ACTOR: JIMENEZ AVILES ANGELA ELIZABETH DEMANDADO: SANCHEZ BALAREZO OSCAR ANTONIO CAUSA No. 17981-2017-01112. TRAMITE: SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINDADA JUEZ: AB. RAMIREZ RAMOS LORENA MERCEDES SECRETARIA: AB. MARCELA BEATRIZ BENALCAZAR VILLACRESES UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 24 de julio del 2017, las 16h38.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, al amparo de lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; y en cumplimiento de la Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura número 026-2017, de 6 de marzo de 2017; y por el sorteo de ley, en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha.- En lo principal, la demanda de divorcio por la causal propuesta por JIMENEZ AVILES ANGELA ELIZABETH, reúne los requisitos legales señalados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la acepta al procedimiento sumario. 1) Cítese al demandado, señor SANCHEZ BALAREZO OSCAR ANTONIO, con el contenido de la demanda y el auto recaído, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por Secretaría concédase el respectivo extracto; previniéndole a la parte demandada de la obligación que tiene de ser asistida por un/a abogado/a de su elección; y, que tiene el TÉRMINO DE 15 DÍAS para contestar la demanda y anunciar su prueba, conforme lo prescrito en el Art. 333 numeral

3 del COGEP, término que corre una vez transcurridos 20 días desde la última publicación. La contestación deberá cumplir los requisitos previstos en los Arts. 151 y 152 ibídem, bajo prevenciones de sustanciar la causa en rebeldía y de las consecuencias prescritas en la Ley. 2) Póngase en conocimiento del demandado, la insinuación de curador Ad-lítem para que represente a los hijos habidos en matrimonio. En caso de existir oposición, la demandada al contestar la demanda, insinuará también un curador/a, acreditando en debida forma su idoneidad; bajo prevenciones de ley. 3) Agréguese al proceso la documentación presentada por el actor y téngase en cuenta oportunamente, la prueba anunciada. 4) Respecto de la prestación de alimentos, tenencia y visitas de los menores de edad, las partes estarán a lo dispuesto en resolución emitida dentro del juicio No. 17951-2007-0663 del Juzgado Primero de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia del cantón Quito. 5) Para efectos de notificación a los testigos, tómese en cuenta oportunamente el domicilio señalado. 7) Tómese en cuenta la autorización conferida al abogado patrocinador y el domicilio judicial señalado para futuras notificaciones.- Actúe en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial la Ab. Marcela Ben alcázar Villacreses.Notifíquese y Cúmplase.- f).RAMIREZ RAMOS LORENA MERCEDES, JUEZ; . AB. MARCELA BEATRIZ BENALCAZAR VILLACRESES S EC R E TA R I A U N I DA D JUDICIAL Hay firma y sello PAC109984fa R- DEL- E UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MEJIA, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: CARLOS ALBERTO CRUZ RANGEL. Se le hace conocer que en la Unidad Judicial Multicompetente Civil con Sede en el Cantón Mejía, Provincia de Pichincha, a cargo del Dr. Msc. José Luis Ayora Mata, se está tramitando la siguiente demanda: EXTRACTO CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL N. DE JUICIO: 17315-201800121 ACTOR: DIANA CAROLINA CARDENAS PROAÑO. DEMANDADO: CARLOS ALBERTO CRUZ RANGEL TRAMITE: SUMARIO. CUANTÍA: INDETERMINADA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MEJÍA, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Mejía, lunes 26 de febrero del 2018, las 16h21. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza Encargada de este despacho mediante acción de personal No. 2538-DP17-2018-KV y en virtud del sorteo electrónico realizado. En lo principal, se dispone: PRIMERO. CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE: La demanda de divorcio por causal presentada por DIANA CAROLINA CARDENAS PROAÑO, por clara y completa reúne los requisitos exigidos por los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, razón por lo que se la acepta al trámite en PROCEDIMIENTO SUMARIO conforme lo determina el Art.

332 numeral 4 del cuerpo legal antes invocado. SEGUNDO. CITACIÓN: En mérito al juramento rendido por la accionante, en diligencia de fecha 23 de febrero del 2018, de conformidad con lo dispuesto en el Art. artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar en legal y debida forma a la parte demandada señor CARLOS ALBERTO CRUZ RANGEL, a través de TRES publicaciones por la prensa en uno de los mayores diarios de la ciudad de Quito, por carecer de este medio de comunicación en esta ciudad, para el efecto, confiérase el extracto correspondiente; a quien se le advierte de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial, ubicada en la calle Cristóbal Colon y Princesa Toa, así como el de señalar domicilio judicial y/o dirección del correo electrónico y anunciar oportunamente las pruebas respectivas, conforme lo dispone el Art. 152 ibídem. TERCERO. CONTESTACION A LA DEMANDA: Conforme lo establecido en el artículo 333.3 del COGEP, se concede al demandado CARLOS ALBERTO CRUZ RANGEL, el término QUINCE (15) días de una vez citado, a fin de que conteste su demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso. CUARTO. ANUNCIO PROBATORIO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la demandante en su demanda, que tiene que ver con prueba documental y testimonial, cuya admisibilidad y práctica será considerada en la audiencia única, según lo previsto en los artículos 160 y 161 del COGEP. El día de la audiencia única, de ser procedente recéptese la declaración testimonial de los señores MARGOT MARIA DEL ROSARIO P ROA Ñ O C I F U E N T E S, DAVID EDUARDO MATEUS CIFUENTES y MARIA TERESA CIFUENTES SALGADO, a quienes se les notificaran en el casillero judicial No. 11 en uso de su defensora técnica de la accionante de la presente causa, bajo prevenciones de ley conforme el Art. 191 del COGEP. QUINTO. CURADOR AD-LITEM: Téngase en cuenta la insinuación realizada por parte de la demandante para que se nombre como curador Ad-litem de menor de edad PAULO EMILIANO CRUZ CÁRDENAS, a su abuelo materno señor RAFAEL ANIBAL CÁRDENAS SANDOVAL, quién

Todos tienen sus altas y bajas, así que decidí tener las mías entre bueno y sensacional. Daniel HooGtrerp.

será posesionado una vez que de autos conste la citación realizada al accionado. SEXTO. CUANTIA. NOTIFICACIONES Y AUTORIZACION: Téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial Nro. 11 y correo electrónico señalado por la compareciente para recibir posteriores notificaciones, así como la autorización conferida a la Dra. Silvia Cárdenas Sandoval, como su defensora técnica, para que intervenga en esta causa. Agréguese al proceso los documentos adjuntos para los fines de Ley. Actué el Ab. Danny Pérez Jácome, en calidad de Secretario Titular de esta Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE. f). Dra. Wilma Ivonne Guaipatin Garzón. JUEZA ENCARGADA. Lo que comunico a Usted para los fines de Ley. Atentamente, AB. DANNY PEREZ JACOME. SECRETARIO. Hay firma y sello PAR/108466/AT

MENORES UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA DE TUMBACO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL EXTRACTO ACTOR: BAUTISTA LARREA PAMELA DEMANDADO: MONTALVO YEPEZ JAIME ORLANDO CAUSA: PRIVACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD CAUSA NUMERO: 17985-201700629 TIPO DE PROCESO: SUMARIO PROVIDENCIA VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte accionante ésta autoridad con fundamento en lo determinado en el art. 66 numeral 20 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el inciso segundo del art. 254 del COGEP se reforma el auto de calificación inicial de fecha 07 de noviembre de 2017, las 16h26 en los siguientes términos: La demanda de

PÉRDIDA / PRIVACION DE PATRIA POTESTAD presentada por la señora PAMELA KARINA BAUTISTA LARREA que antecede es clara precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la admite al procedimiento SUMARIO; en tal virtud: [1] CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda y auto que antecede, al demandado señor JAIME ORLANDO MONTALVO YEPEZ, de acuerdo a lo previsto en el art. 56 del COGEP, mediante tres publicaciones que se realizarán en fechas distintas, en un periódico de amplia circulación a nivel nacional; advirtiéndole al demandado la obligación que tiene de contestar a la demandada conforme lo dispuesto en los arts. 151 y 152 del COGEP y/o señalar casillero judicial o en su defecto correo electrónico para recibir sus futuras notificaciones, en caso de no comparecer se procederá conforme lo señalado en el art. 157 ibídem. Para el efecto confiérase a la parte accionante el extracto de la demanda a fin de proceder a dar cumplimiento a ésta solemnidad sustancial. Se advierte a la parte actora que deberá presentar a esta autoridad las publicaciones íntegras las mismas que serán agregadas al proceso. [2] AUDIENCIA ÚNICA. De conformidad con el artículo 333.4 del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia única se fijará una vez que sea citada la parte demandada en legal y debida forma. Se advierte a las partes procesales los efectos de la falta de comparecencia a la audiencia, determinados en el Art. 87 del Código Orgánico General de Procesos. [3] ANUNCIO DE PRUEBAS. Con relación a la prueba anunciada por la parte accionante, se dispone sin perjuicio de lo establecido en el último inciso del art. 143; en concordancia con el art. 159 del Código Orgánico General de Procesos; la práctica de las siguientes diligencias: (i) PRUEBA DOCUMENTAL: Agréguese a los autos los documentos que acompaña la parte actora en su demanda, los mismos que se encuentran detallados en el libelo de la demanda; documentación que será considerada en el

REMATES JUDICIALES TIPO DE BIEN

Terreno

Casa

Casa

UBICACIÓN

PICHINCHA, QUITO Sector: parroquia Tumbaco, barrio Chiviquí

ÁREA

Propiedad: 1475.35 m2

PICHINCHA, QUITO Sector: Calderón- San José de Moran

Propiedad: 240.80 m2

PICHINCHA, QUITO Sector: San Antonio de Pichincha

Propiedad: 204.60 m2 Construcción: 48.52 m2

PICHINCHA, QUITO Departamento Sector: Urbanización El Bosque segunda etapa PICHINCHA, QUITO Departamento Sector: La Vicentina

Propiedad: 176 m2 Propiedad: 61.93 m2 Construcción: 61.93 m2

CÓDIGO DE REMATE

FECHA DE REMATE

AVALÚO PERICIAL

EC-RJ-09334

06/04/2018

66,390.75 $

EC-RJ-09711

06/04/2018

60,045.00 $

EC-RJ-09695

10/04/2018

11,180.00 $

EC-RJ-09696

10/06/2018

129,225.09 $

EC-RJ-09315

11/06/2018

66,232.50 $

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momento procesal oportuno, siempre y cuando sea procedente y conforme a derecho. (ii) PRUEBA TESTIMONIAL.DECLARACION DE PARTE.- De conformidad con el Art. 188 COGEP y de ser procedente el día de la audiencia única se receptará la declaración de parte de la señora PAMELA KARINA BAUTISTA LARREA. [4] AUDIENCIA RESERVADA: Al tenor de lo dispuesto en el art. 31 del COGEP, último inciso: “(…) Las niñas, niños y adolescentes serán escuchados en los procesos en los que se discuta cerca de sus derechos.” I. V. M. B.; 30 minutos antes de la celebración de la audiencia única, será escuchada de manera reservada, la misma que será convocada mediante auto de sustanciación; una vez citada que fuera la parte accionada. [5] En atención al Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta la casilla judicial 54, correo electrónico señalado para futuras notificaciones que le corresponde a la accionante, así como la autorización que concede a su defensor técnico. Agréguese a los autos la documentación presentada. Actúe el Ab. Juan Carlos Remache en su calidad de Secretario. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.Lo que pongo en su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir notificaciones.- Quito, a 02 de abril de 2018. AB. JUAN CARLOS REMACHE SECRETARIO Hay firma y sello PAR/108468/AT

EJECUTIVOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA E X T R AC TO C I TAC I Ó N

JUDICIAL JUICIO: EJECUTIVO NUMERO 17230-2017-14113 ACTOR: AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY( PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GUAYAQUIL S.A) DEMANDADO: ESPINOZA M AT E R O N RO D O L FO ALEXANDER CUANTIA $ 16,568.02 (DIECISEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO 02/100 ) “UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. - Quito jueves 19 de octubre del 2017, las 14h34. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial del Distrito Metropolitano de Quito, en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma. En lo principal, la demanda presentada por el BANCO GUAYAQUIL S.A., por intermedio de su Procuradora Judicial, Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, es clara, precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, la misma se fundamenta en un Contrato de Mutuo, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el artículo 347 ibídem, conteniendo una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo código. En consecuencia, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Cítese al demandado, Señor Rodolfo Alexander Espinoza Materon, en calidad de deudor, en el lugar señalado en la demanda, para cuyo efecto, remítase suficiente despacho a las oficinas de citaciones; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código Orgánico General de Procesos, en el término de

quince (15) días, comparezca a juicio, conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos señalados por la parte actora para recibir notificaciones, así como la autorización conferida a sus Abogados patrocinadores. Actúe la Ab. Patricia Feijoo en calidad de Secretaria. CUMPLASE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. - f). KARINA ALEJANDRA MARTINEZ SALAZAR.- Quito, jueves 8 de marzo del 2018, las 10h57, VISTOS: En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese al demandado, ESPINOZA M AT E R O N RO D O L FO ALEXANDER por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.- f) KARINA

SALA MULTICOMPETENTE DE LA CORTE PROVINCIAL DE LOS RIOS CON SEDE EN EL CANTON QUEVEDO.EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA SRA. MARIA ISABEL CARLOTA TROYA NUÑEZ (+): LE HAGO SABER: Que en esta Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Los Ríos con Sede en el Cantón Quevedo, se sigue el Juicio Especial - Juicio de Inventario N° 12203-2012-0483, que por Recurso de Apelación ha subido a esta instancia: ACTOR: ROSA ANGELA TAPIA MEJIA DEMANDADO: CARLOS RAFAEL TAPIA ARELLANO; CHRISTIAN ALEXIS RAMOS TAPIA: FRANK ROMEL TAPIA ARELLANO; HEREDEROS PRESUNTOS; KAREN MARCELA TAPIA MEJIA; MARIA HORTENC1A TAPIA ARELLANO; MARIA MARLENE ARELLANO TELLO, ETC. TRAMITE: ORDINARIO JUEZ DE LA CAUSA: JUEZ PONENTE DR. ENRIQUE BRIONES SOTOMAYOR AUTO: En este proceso se ha ordenado notificar a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue la señora MARIA ISABEL CARLOTA TROYA NUÑEZ (+), para que conozca conforme lo dispone el Art. 83 y 82 del C.P.C, que en este Juzgado Pluripersonal se tramita el juicio Civil - Especial Juicio de Inventario que ha este Tribunal de Alzada ha subido por recurso de apelación interpuesto por los señores; CARLOS RAFAEL TAPIA ARELLANO: CHRISTIAN ALEXIS RAMOS TAPIA; FRANK ROMEL TAPIA ARELLANO; HEREDEROS PRESUNTOS; KAREN MARCELA TAPIA MEJIA; MARIA HORTENCIA TAPIA ARELLANO; MARIA MARLENE ARELLANO TELLO, ETC, del decreto dictado con fecha 13 de Abril del 2017; las 10h40; por la Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en el Cantón Quevedo, en la que se resolvió “En el presente caso, no existen violaciones al procedimiento que pudiese constituir causales de nulidad al tenor de las disposiciones antes mencionadas por lo que revisada los actos procesales no es procedente ordenar la nulidad del acta de posesión del perito, ni de la diligencia de Inventario y Avaluó de bienes. Se hace conocer también que mediante escrito presentado en fecha 31 de Enero del 2018, a las 16h53, la parte demandada de ésta causa, solicita sean citados por la prensa los herederos presuntos y desconocidos de la causante MARIA ISABEL CARLOTA TROYA NUÑEZ (+) Particular que se pone en conocimiento, advirtiéndole la obligación que tiene que comparecer a juicio por término de ley, así como de señalar domicilio judicial para sus notificaciones en esta ciudad, caso contrario serán declarados en rebeldía. Quevedo, 07 de Marzo del 2018 Ab. Jose Mofeno C. Secretario Relator de Sala P-29915-LR/MA.PAP70354


ALEJANDRA MARTINEZ SALAZAR, JUEZA” Lo que pongo en conocimiento para los fines de ley, advirtiendo de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para posteriores notificaciones. Quito, 20 de marzo del 2017 AB. JOSUE AYALA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL COGEP Hay firma y sello PAR/108412/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO PROCEDIMIENTO COGEP JUEZ PONENTE: DR. EDISSON LOPEZ TAPIA. CITACION JUDICIAL Se le hace saber a: CAIZA FLORES JESSICA BELEN; que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en Proceso EJECUTIVO, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A DEMANDADO/S: CAIZA FLORES JESSICA BELEN. CAUSA No.: 17230-2017-11953. MATERIA: CIVIL. TIPO: EJECUTIVO. ACCION: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN. CUANTIA: “DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 10.000,00)”. PRETENSION: “Que a la demandada se le condene al pago de lo siguiente: 8.1.1.- El capital adeudado es decir, la suma de $5.605,32 (CINCO MIL SEISCIENTOS CINCO CON 32/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)”. 8.1.2.- El Interés convencional fijado en el pagaré a la Orden, hasta la fecha del pago total de la obligación. 8.1.3.- Los intereses de mora calculados obre el capital a la tasa máxima de interés de mora fijada por la junta de Política y Regulación

Monetaria y Financiera (anteriormente por el Directorio del Banco Central del Ecuador), desde la fecha del vencimiento de la obligación, hasta la fecha de pago de la totalidad de la misma. 8.1.4.- Los valores por concepto de seguro de desgravamen, y gestión de gastos de mora. 8.1.5.- Todos los gastos judiciales, extrajudiciales y honorarios profesionales de mis abogados patrocinadores. AUTO DE CALIFICACIÓN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 12 de septiembre del 2017 a las 16h38.- “VISTOS: Una vez que el actor ha dado cumplimiento al auto de sustanciación inicial, se procede a calificar la demanda.PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Una vez revisada la demanda presentada, en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 348 y 349 ibídem, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Ejecutivo, establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP.- SEGUNDO.CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demandada y el presente auto a la parte ejecutada señor CAIZA FLORES JESSICA BELEN, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo; previniéndoles de la obligación que tienen de comparecer y señalar casillero judicial o correo electrónico, a efecto de sus notifi-

CONVOCATORIA De conformidad al Art. 236 de la Ley de Compañías, se convoca con el carácter de obligatorio a Junta General Ordinaria de Accionistas de la Compañía de Transporte TRANSALFA S.A., la misma que se llevara a cabo el día viernes 13 de abril del 2018 a las 10:00 horas, en el Local Social de la Compañía, ubicado en la calle Nicolás Aguilera No. S6-435 y Juan Bautista Aguirre de esta ciudad de Quito. En mérito a nuestros Estatutos Sociales la Junta General Ordinaria se instalara legalmente con la asistencia de los accionistas que representen más del 50% del Capital Social, para tratar el siguiente orden del día: 1. CONSTATACION DEL QUÓRUM 2. REVISIÓN Y APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR 3. INFORME PRESIDENTE 4. INFORME GERENTE GENERAL 5. INFORME DE COMISARIOS

LOS SEÑORES

6. APROBACION DEL BALANCE DEL AÑO 2017 7. OFICIOS Y RESOLUCIONES

Todos los medios son buenos cuando son eficaces. J e a n p au l S a r t r e . Filósofo y escritor francés.

se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva conforme el auto de calificación…- NOTIFIQUESE.f) Dr. EDISSON LOPEZ TAPIA.JUEZ. Lo que se C I T A para los fines de ley, previéndole a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. Iván R. Sandoval Campaña. SECRETARIO Hay firma y sello PAR/108416/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: JORGE RAFAEL CALERO JÁCOME Y DENISSE MICHELLE NANKERVIS MATEUS.DEMANDADOS: JORGE RAFAEL CALERO JÁCOME Y DENISSE MICHELLE NANKERVIS MATEUS.JUICIO No. 17230-201710102.TRAMITE: EJECUTIVO. CUANTÍA: VEINTE Y CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA LOGIC STUDIO S.A. De conformidad con la Ley de Compañías y el Artículo Doce del Estatuto Social, se convoca a los Accionistas de la Compañía LOGIC STUDIO S.A. para Junta General Ordinaria a efectuarse el día 16 de abril de 2018 en el domicilio de la compañía ubicado en la calle Rumipamba E2-214 y República, a las 09H00. El orden del día será el siguiente: 1. Conocer y aprobar el informe de Gerencia General respecto del ejercicio económico 2017. 2. Conocer y aprobar el informe de Comisario respecto del ejercicio económico 2017. 3. Conocer y aprobar los Estados Financieros de la compañía, correspondientes al año 2017. 4. Conocer y resolver sobre el destino de las utilidades referentes al ejercicio económico 2017. 5. Designación de comisario principal y suplente para el periodo fiscal 2018. Los documentos indicados en el Art. 292 de la Ley de Compañías estarán a disposición de los señores Accionistas desde el 10 de abril del 2018, en el domicilio de la Compañía que ha quedado señalado al inicio de este comunicado.

8. CLAUSURA NOTA: Se ruega puntual asistencia. Atentamente, Ing. Carlos Posso PRESIDENTE Sr. Claudio Vilatuña Pinto GERENTE GENERAL

caciones.- TERCERO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN.- Conforme lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 días a fin de que la parte ejecutada cumplan con la obligación, formulen oposición, reconvengan o propongan excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 del Código citado.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer.- QUINTO.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por el compareciente para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a su Defensor Técnico.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) Dr. EDISSON LOPEZ TAPIA.- JUEZ. AUTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 16 de marzo del 2018 a las 14h09.- “VISTOS: Agréguese el escrito que antecede. 1.- Cítese a la demandada señora CAIZA FLORES JESSICA BELEN por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que

Atentamente,

PAC109986fa

Ing. Edgar Sánchez G. GERENTE GENERAL P AR/108458/AT

AMERICA. AB. DEFENSOR: DR. MEDARDO OLEAS RODRIGUEZ. O B J E TO : QUE EN SENTENCIA SE CONDENE A LOS DEMANDADOS AL PAGO TOTAL DE LA DEUDA CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN.- UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 25 de julio del 2017, las 11h48.VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil, con sede en la parroquia Iñaquito del D.M., de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.- En lo principal se considera: La demanda presentada por JOSÉ FRANCISCO PAREDES PEÑA, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro del pagaré a la orden establecido a fs. 1, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artícu-

lo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Cítese a la parte demandada en la presente causa, señores JORGE RAFAEL CALERO JÁCOME en calidad de deudor principal y el señor DENISSE MICHELLE NANKERVIS MATEUS en calidad de deudor solidario, en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará copias de la demanda y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe el Abg. Diego Acuña en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F).AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 15 de marzo del 2018, las 16h23, En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a la parte demandada señores JORGE RAFAEL

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE DISORTHO INTERNACIONAL CIA.LTDA. De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y Estatutos de la Compañía se convoca a los Socios a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará cabo el día 10 de Abril del 2018 a las 15h00 en las instalaciones de la Compañía ubicada en Av. 12 de Octubre N24-739 y Av. Colon Planta Baja OF. 103 Orden del día 1.- Informe del Gerente General. 2.- Conocer y aprobar los balances del ejercicio económico 2017. 3.- Resolución sobre utilidades del ejercicio económico 2017. 4.- Varios Nota: La documentación se conocerá en esta junta, ha estado y estará a disposición de los Señores Accionistas en las oficinas de la empresa. Quito, 04 Abril 2018 Atentamente, Isabel del Rocio Terán López GERENTE P AR/108469/AT

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR CALERO JACOME y DENIDDE MICHELLE NANKERVIS MATEUS, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFIQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/108432/AT R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENAPROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: VICTOR HUGO ESTRELLA DIAZ con CI. 0601366552 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, la Ab. NARANJO MORA MARIA EUGENIA, con cédula de ciudadanía No. 1803980646, CON PROCURACIÓN JUDICIAL DEL GERENTE GENERAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “OSCUS” LTDA. Ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: VICTOR HUGO ESTRELLA DIAZ con CI. 0601366552 (DEUDOR) y NARVAEZ TANGUILA NELSON LUIS con CI. 1500511454, cuyo extracto es como sigue: Tena, martes 13 de octubre del 2015, las 11h00.- “VISTOS: En mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA-NAPO, nombrada por la Corte Provincial de Napo, mediante acción de personal Nro.- 1115-DNTH-2015 KP de fecha 24 febrero 2015, resolución número 24-2015 de fecha 18 febrero 2015.- En lo principal, la demanda presentada por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO OSCUS LTDA., legalmente representada por VICTOR JAVIER RIVERA ÁLVAREZ, en calidad de Procurador Judicial, se la califica como clara, precisa y reúne los requisitos determinados en el Art. 67, 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Art 486 del Código de comercio, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo. DISPONGO: 1.- AGREGAR al proceso los documentos adjuntos,- 2.- CÍTESE a los demandados ESTRELLA DIAZ VICTOR HUGO y NARVAEZ TANGUILA NELSON LUIS en la dirección que se indica mediante atenta COMISIÓN librada al señor Comisario Nacional de Policía del Cantón Archidona, (…)” Tena, martes 13 de marzo del 2018, las 16h37, Agréguese al proceso el escrito y su anexos de Abogada María Eugenia Naranjo Mora Procuradora Judicial de la Cooperativa “OSCUS” ingresado el 12/03/2018, mismo que se dispone : 1) Atento la petición de la accionante y de conformidad con lo que determina el Art. 56 del COGEP, se dispone la comparecencia de la accionante de este proceso el día VIERNES 16 DE MARZO DE 2018 A LAS 11H00, a fin que declare bajo juramento , que desconoce y le es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia del señor VICTOR HUGO ESTRELLA DIAZ con CI. 0601366552.- 2) cumplida con la diligencia de declaración de

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desconocimiento de domicilio, CITESE al señor VICTOR HUGO ESTRELLA DIAZ con CI. 0601366552 mediante 3 publicaciones en la prensa escrita y de mayor circulación del país , diario “LA HORA”, para lo cual, la actuaria de este despacho otorgue el extracto correspondiente.- Actúe la secretaria Titular Abogada Jennifer Zúñiga.-NOTIFÍQUESE. Lo certifico, Tena 16 de Marzo de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. S EC R E TA R I A U N I DA D JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAP/70319/AT Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito JUEZ PONENTE: Dra. MELANIE CHRISTINA LÓPEZ VARGAS EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL A: MILTON WILFRIDO MEDINA SÁNCHEZ ACTOR: DR MARCELO GUSTAVO SILVA VARGAS, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL SEÑOR JOSÉ EDUARDO SAMANIEGO PONCE, GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA ANEFI S.A., ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS, QUIEN A SU VEZ, COMO AGENTE DE MANEJO, R E P R E S E N TA AL FIDEICOMISO MERCANTIL BANCO INTERNACIONAL 1, INTER 1. D E M A N DA D O : M I LTO N WILFRIDO MEDINA SÁNCHEZ BASE LEGAL: ART. 413 Y 415 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. JUICIO No: 17230-2016-02752 TRAMITE: EJECUTIVO. BJETO: EJECUCIÓN DE CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO CUANTIA: $ 24.000,00 (VEINTICUATRO MIL CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) PROVIDENCIAS.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 4 de marzo del 2016, las 15h11. VISTOS: Avoco conocimiento de esta causa en calidad de Juez Titular y en virtud de la razón de sorteos.- La demanda presentada por el doctor Marcelo Gustavo Silva Vargas, en calidad de procurador judicial del Representante Legal de la compañía ANEFI S.A. Administradora de Fondos y Fideicomisos, quien a su vez representa al Fideicomiso Mercantil Banco Internacional 1, INTER1, es clara y cumple los requisitos exigidos por la ley; por tanto se acepta a trámite en la vía ejecutiva.- Cítese al demandado señor MEDINA SANCHEZ MILTON WILFRIDO en el lugar señalado para que, dentro del término de tres días, cumplan obligación demandada o proponga excepciones conforme dispone el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil.- Para la práctica de la citación al demandado depréquese a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Ambato, provincia de Tungurahua, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos; remítase despacho suficiente, debiendo la parte accionante proporcionar las copias necesarias. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora y agréguese la documentación acompañada. Notifíquese. f) DRA. RITA GEOVANNA ORDOÑEZ


REVISTA JUDICIAL C6

MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

PIZARRO, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 23 de agosto del 2017, las 14h15. Agréguese a los autos el escrito que antecede. En mérito del juramento rendido por el accionante, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE al demandado señora MILTON WILFRIDO MEDINA SANCHEZ, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de mayor circulación nacional que se editan en esta ciudad de Quito.-Para el efecto confiérase el extracto correspondiente por lo que se procede a remitir a la casilla judicial de la parte actora, por secretaria de esta Judicatura, a costa del peticionario; dejando copia certificada en autos, confiérase el desglose y entréguese a la persona autorizada.Actúa la Dra. Glenda Bayas en calidad de secretaria encargada, en reemplazo de la Abg. Fanny Góngora Sosa, mediante Acción de Personal No. 6659-DP17-2017-VS. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.f) VERA CEVALLOS CENIA SOLANDA, JUEZA. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero electrónico y judicial para sus posteriores notificaciones.Ab. Edwin Vinicio Cárdenas Vargas MS.c SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PAP/70324/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO, EL TELÉGRAFO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL A: CUEVAS ISRAEL LORENZO ACTOR: GALARZA LEON FERDINAND WLADIMIRPROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADO: CUEVAS ISRAEL LORENZO JUICIO: ESPECIAL ACCIÓN: INSOLVENCIA JUICIO No: 1 7 2 3 0 - 2 0 1 4 3526 CUANTIA: INDETERMINADA DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No. 2222 JUEZ PONENTE: DRA. ERAZO NAVARRETE GRIMANESA MARISOL AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miér-

Se notifica que: 2 títulos de columbarios (6 cenizas) y 2 cremaciones de restos a nombre de Rosa del Pino Andrade 0500151626. Más una tumba de 2 cuerpos y 2 servicios funerarios a nombre de Iván Aveiga del Pino 0501419360, se extraviaron PAP/70306/AS

coles 10 de febrero del 2016, las 12h22. VISTOS: Por virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Civil, avoco conocimiento de la presente causa. Agréguese al proceso el escrito que antecede. .En lo principal, la demanda propuesta, se califica de clara, precisa y que reúne los requisitos de ley, en tal virtud, se la acepta a trámite en la vía del juicio especial previsto en la ley. En consecuencia, como de las piezas procesales que se acompañan aparece que CUEVAS ISRAEL LORENZO, se encuentra comprendido en el numeral 1 del artículo 519 del Código de Procedimiento Civil, presumiéndose su insolvencia, se declara con lugar al concurso de acreedores previsto en el artículo 507 del cuerpo legal invocado y en tal virtud conforme lo previsto en el artículo 509 Ibidem, se ordena la cancelación y depósito de sus bienes, libros, correspondencia y demás documentos que serán entregados al Síndico, Dr. Roberto Almeida, al que se le designa para el efecto, previas las formalidades de Ley, quien para efectos del ejercicio de sus funciones, deberá tomar legal posesión de su cargo en esta Judicatura, dentro de días y horas hábiles. Que la formación del concurso anterior se publique en uno de los diarios de mayor circulación y que se editan en esta ciudad. Oportunamente se convocará a Junta de Acreedores, en el lugar día y hora que se señalará para el efecto. Acumúlense los pleitos seguidos contra los deudores por obligaciones de dar o hacer excepto las hipotecarias debiéndose para el efecto oficiar a los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil de este cantón. Que se remita lo actuado a la oficina de sorteos del Ministerio Público de esta ciudad de Quito, para que se inicie la investigación fiscal en orden a la calificación de la insolvencia. Prohíbase al deudor se ausente del lugar del juicio y se ordena que presente el balance de sus bienes con expresión de activo y pasivo, en el término de ocho días. Como el fallido queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, notifíquese al señor Registrador de la Propiedad de este cantón y de igual manera, ofíciese a los señores: Gerentes de los bancos locales, Contralor General de la Nación, Notarios, Jefatura Provincial de Migración y Director Provincial del Servicio de Rentas Internas de Pichincha. El deudor podrá oponerse a la insolvencia, pagando el valor adeudado

o dimitiendo bienes equivalentes para el embargo en el término de tres días. Cítese a al demandado en el lugar que se señala en la demanda, para lo cual remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones y notificaciones de esta Unidad. Tómese en cuenta la cuantía de la causa y el casillero judicial señalado por el actor. Agréguese al proceso la documentación que se adjunta. CITESE Y NOTIFIQUESE.- f) Ab. Juan Pablo Mariño Tapia, Juez PROVIDENCIA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 5 de febrero del 2018, las 12h21, Agréguese al proceso el escrito que antecede atento al mismo y en mérito del juramento rendido y los documentos anexados por la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado CUEVAS ISRAEL LORENZO, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, para el efecto, por secretaría confiérase el extracto correspondiente, a fin de citar al demandado. Actúe la Ab. María Belén González en calidad de Secretaria Judicial (E). Notifíquese.- Dra. Erazo Navarrete Grimanesa Marisol, Jueza Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial y correo electrónico. AB. Elena Salazar Salazar SECRETARIA U.J. Hay firma y sello PAC109990fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL: AL DEMANDADO BONE JORGE LUIS. ACTOR: DRA. MELISSA GABRIELA GARCÍA VITERIPROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: BONE JORGE LUIS. TRAMITE: VERBAL SUMARIO. CUANTÍA: $ 6500 (Seis mil quinientos dólares americanos). FECHA DE INICIACIÓN: 09 DE ENERO DEL 2015. JUICIO No. 17230-2015-0248. JUEZ: AB. MARÍA CRISTINA VELA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 13 de enero del 2015, las 15h24. VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de la unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de

Todo se aprende, hasta la virtud. JoSepH Joubert. Escritor francés.

Quito, provincia de Pichincha.La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley.- Se da el trámite Verbal Sumario, en consecuencia, entréguese copia de la demanda y esta providencia al demandado señor JORGE LUIS BONE, cítese al demandado, en el lugar señalado para el efecto.- Agréguese al proceso la documentación acompañada. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados.NOTIFIQUESE. f).- Dr. Eduardo Enrique González. Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 24 de enero del 2018, las 13h23. VISTOS: En esta fecha avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Encargada del despacho de la Dra. María Cristina Vela, conforme la acción de personal No. 1502-DP17-2018-VS de 23 de enero de 2018.- Incorpórese al proceso el escrito precedente. En mérito del juramento rendido y los documentos anexados por la parte actora, de conformidad con el Arts. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado JORGE LUIS BONE por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito.- Por Secretaría confiérase el extracto respectivo.Notifíquese y cúmplase.- f) Ab. Rodas Sánchez Silvia. Jueza. AB. LENIN VERNAZA VIZCARRA SECRETARIO Hay firma y sello PAC109991fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: GORMAN JEFFREY GREGG JUICIO: E S P E C I A LINSOLVENCIA Nro. de JUICIO: 17304-20140972 ACTOR: GALARZA LEON FERDINAND WLADIMIR, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADO: JEFFREY GREGG GORMAN CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: AB. VELASTEGUI ENDARA RICARDO AUGUSTO. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.

LLAMADO A ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA IGOSPAMBA SERVICIOS S.A. EN LIQUIDACIÓN De conformidad con el artículo 393 de la Ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de la compañía IGOSPAMBA SERVICIOS S.A. EN LIQUIDACIÓN, que en el término de veinte (20) días contados desde la última publicación de este aviso deberán presentar los documentos que acrediten su derecho como acreedores, en las oficinas de la empresa ubicadas en el Edificio Rosanía, Av. República del Salvador N34-399 e Irlanda, Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. Transcurrido el término arriba mencionado, se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su derecho en dicho término y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía, con la debida justificación.

Quito, viernes 24 de octubre del 2014, las 11h03. Vistos: La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, como de las piezas procesales que se acompañan, aparece que el señor JEFFREY GREG GORMAN, se encuentra comprendido en los Arts. 507, 509 y 519 del Código de Procedimiento Civil; se declara con lugar al concurso de Acreedores.- En lo principal, se ordena la ocupación y depósito de sus libros, correspondencia y demás documentos, los cuales entregarán al Síndico de Quiebras señor Dr. Arnaldo Fiallos Núñez, a quien se le nombra como tal en este juicio.- La formación del concurso antes mencionado, publíquese en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en el país.- Se señalará día y hora, a fin de que tenga lugar la primera junta de acreedores.- Se acumularán todos los juicios en contra del deudor, por obligaciones de Dar o Hacer, pudiendo los acreedores hipotecarlos hacer valer sus derechos por separado, si así lo prefieren.Remítase a uno de los señores Jueces de lo Penal, las copias necesarias de esta providencia en orden a la calificación de la insolvencia.- Ordenase que se presente el balance de sus bienes, con la expresión del activo y pasivo en el término de ocho días.- Como el demandado JEFFREY GREG GORMAN , queda de hecho en interdicción con este auto, notifíquese a los señores: Registrador de la Propiedad del Cantón Quito, Director Nacional de Migración, Registrador Mercantil del Cantón Quito, Superintendente de Bancos y Seguros, Contralor General del Estado, Procurador General del Estado, Director General del Registro Civil, Identificación y Cedulación, Superintendente de Compañías, Presidente del Consejo Nacional Electoral, Director Nacional

de la Agencia Nacional de Transito, Instituto Nacional de Contratación Pública, Servicio de Rentas Internas, Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Servicio Público, Ministerio de Relaciones Laborales, Director del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Notarios.El deudor podrá oponerse a la insolvencia, pagando el valor adeudado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, en el término de tres días de citada.Agréguese al proceso la documentación presentada.- Cítese al demandado JEFFREY GREG GORMAN , en el lugar que se indica.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el actor.- Notifíquese. f) DR. ARMANDO ACELDO GUALLI, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 16 de marzo del 2018, las 15h38, Por cuanto; el Dr. FERDINAND WLADIMIR GALARZA LEON, en calidad de PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A. ha dado cumplimiento con lo dispuesto en providencia de 14 de marzo del 2018, las 13h19; esto es, ha rendido juramento de que es imposible determinar la individualidad del domicilio o residencia del demandado; de conformidad con lo que dispone el inciso segundo del numeral 2° del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar al demandado GORMAN JEFFREY GREGG, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito; efecto para el cual por Secretaría confiérase el extracto correspondiente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1° Ibídem, previas las formalidades legales.- NOTIFIQUESE. f) VELASTEGUI ENDARA RICARDO AUGUSTO, JUEZ. Lo que pongo en su conocimiento y Cito a Usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones. DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN

CONVOCATORIA

Se convoca a los señores Accionistas de la Compañía TCPE S.A., a Junta General ordinaria, a celebrarse el día Jueves 12 de abril de 2018 a las 15:00 horas en las oficinas ubicadas en la Av. Juan José de Villalengua No. Oe3-17 y Veracruz, Oficina A-21 para tratar el siguiente orden del día: 1. Lectura y aprobación del Informe Anual del Gerente General y de Comisario correspondiente al ejercicio económico 2017. 2. Conocer y Resolver sobre los Balances de Situación y Resultados cortado al 31 de diciembre de 2017. 3. Disponer el destino a darse de los resultados obtenidos en el ejercicio económico 2017. 4. Nombramiento de Comisario. 5. Lectura y aprobación de Actas de Juntas de trabajo y sus Resoluciones. Quito, 2 de Abril de 2018

Atentamente, Alonso Arturo Espinoza Romero LIQUIDADOR IGOSPAMBA SERVICIOS S.A. EN LIQUIDACIÓN

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: NARCISA PIEDAD CHICAIZA GUANOTUÑA JUICIO: E S P E C I A LINSOLVENCIA. NUMERO: 17230-2014-0287 ACTOR: DR. GALARZA LEON FERDINAND WLADIMIR, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A DEMANDADO: NARCISA PIEDAD CHICAIZA GUANOTUÑA CUANTIA: INDETERMINADA. JUEZ PONENTE: RICARDO AUGUSTO VELASTEGUI ENDARA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 13 de noviembre del 2014, las 12h35. Vistos: La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, como de las piezas procesales que se acompañan, aparece que la señora NARCISA PIEDAD CHICAIZA GUALOTUÑA, se encuentra comprendido en los Arts. 507, 509 y 519 del Código de Procedimiento Civil; se declara con lugar al concurso de Acreedores.- En lo principal, se ordena la ocupación y depósito de sus libros, correspondencia y demás documentos, los cuales entregarán al Síndico de Quiebras señor Dr. Arnaldo Fiallos Núñez, a quien se le nombra como tal en este juicio.- La formación del concurso antes mencionado, publíquese en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en el país.- Se señalará día y hora, a fin de que tenga lugar la primera junta de acreedores.- Se acumularán todos los juicios en contra del deudor, por obligaciones de Dar o Hacer, pudiendo los acreedores hipotecarlos hacer valer sus derechos por separado, si así lo prefieren.-

Remítase a uno de los señores Jueces de lo Penal, las copias necesarias de esta providencia en orden a la calificación de la insolvencia.- Ordenase que se presente el balance de sus bienes, con la expresión del activo y pasivo en el término de ocho días.- Como el demandado NARCISA PIEDAD CHICAIZA GUALOTUÑA, queda de hecho en interdicción con este auto, notifíquese a los señores: Registrador de la Propiedad del Cantón Quito, Director Nacional de Migración, Registrador Mercantil del Cantón Quito, Superintendente de Bancos y Seguros, Contralor General del Estado, Procurador General del Estado, Director General del Registro Civil, Identificación y Cedulación, Superintendente de Compañías, Presidente del Consejo Nacional Electoral, Director Nacional de la Agencia Nacional de Transito, Instituto Nacional de Contratación Pública, Servicio de Rentas Internas, Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Servicio Público ( SENRES), Ministerio de Relaciones Laborales, Director del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Notarios.El deudor podrá oponerse a la insolvencia, pagando el valor adeudado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, en el término de tres días de citada.- Agréguese al proceso la documentación presentada.- Cítese a la demandada NARCISA PIEDAD CHICAIZA GUALOTUÑA , en el lugar que se indica.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el actor.- Notifíquese. f)… JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 14 de marzo del 2018, las 13h42, VISTOS.Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Atento lo solicitado y por cuanto el actor ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior y atento al juramento rendido por el actor señor Dr. Galarza León Ferdinand Wladimir, en su calidad de Procurador Judicial del Banco del Austro S.A.; y,

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CADVLINER CADENA VITERI TRANSPORTE PESADO S.A. De conformidad con las atribuciones establecidas por la Ley de Compañías y estatutos sociales, se convoca a todos los señores accionistas a la Junta General Ordinaria a efectuarse el día martes 10 de Abril del 2018, a las 18h00 en la dirección: Av. Cóndor Ñan Oe1-315 y Otoya Ñan, Quito, a tratar, orden del día: 1.- Conocimiento y aprobación de Estados Financieros del Ejercicio Económico 2017. Quito, a 02 de Abril del 2018 F: CRISTIAN CADENA VITERI

César Sarango PRESIDENTE P AR/108392/AT

LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC109989fa

PRESIDENTE

P AR/108454/AT

P AR/108456/AT


de conformidad con lo que dispone el inciso segundo del numeral 2° del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la parte demandada CHICAIZA GUANOTUÑA NARCISA PIEDAD, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito; por Secretaría confiérase el extracto correspondiente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1° Ibídem, previas las formalidades legales.NOTIFIQUESE. f) VELASTEGUI ENDARA RICARDO AUGUSTO. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 21 de marzo del 2018, las 15h59, De conformidad con lo dispuesto en el Art. 130 numeral 8 del Código Organico de la Función Judicial y Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador; por cuanto en Auto de 13 de noviembre del 2014, las 12h35, por error se ha hecho constar como demandada CHICAIZA GUALOTUÑA NARCISA PIEDAD; se CONVALIDA el auto antes señalado en el sentido de que los apellidos y nombres de la demandada son CHICAIZA GUANOTUÑA NARCISA PIEDAD.- En lo demás las partes estarán a lo dispuesto en Auto que se convalida.- NOTIFIQUESE. Lo que CITO a Usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para efectos de notificaciones. Atentamente. DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC109988fa ======

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: NARANJO COOS VERONICA DEL CARMEN ACTOR: WLADIMIR GALARZA L EO N , PROCURADOR J U D I C I A L- BA N CO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADOS: NARANJO COOS VERONICA DEL CARMEN TRAMITE: ESPECIAL por INSOLVENCIA CUANTÍA: Indeterminada JUICIO No. 17321-2014-0347 “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 4 de noviembre del 2014, las 13h10. Vistos.Avoco conocimiento en esta causa, en calidad de Juez Subrogante de la Dra. Celma Espinosa Venegas, quien se encuentra de vacaciones por el periodo comprendido desde el 04 al 07 Noviembre del 2014 inclusive; según Acción de Personal No. 8028-DP-UPTH, de 31 Octubre del 2014, emitida por el Dr. Hernán Calisto Moncayo, Director Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha.- Agréguese al proceso los escritos presentados.La demanda de presunción de insolvencia que presenta el Dr. GALARZA LEON FERDINAND WLADIMIR en calidad de PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A en contra de NARANJO COOS VERONICA DEL CARMEN, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía especial establecida en la sección IV parágrafos 1ro al 10mo, Arts. 507 al 602 del Código de Procedimiento Civil. Se observa que la demandada se encuentra comprendido en la situación contemplada en el numeral 1 del Art. 519 del refe-

rido Código Procedimental, se presume su estado de insolvencia y en consecuencia se declara con lugar al concurso de acreedores.- Por lo tanto se ordena la práctica de las siguientes diligencias: (1).Que se cite con el contenido de la demanda y con este auto a la demandada en la dirección proporcionada por el actor para que en el término de tres días se oponga al estado de presunción de insolvencia pagando la deuda o dimitiendo bienes suficientes y no comprendidos en los numerales 2 y 3 del Art.- 519 del Código de Procedimiento Civil; una vez que el actor ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art 82 del Código de Procedimiento Civil. Cítese a la accionada NARANJO COOS VERONICA DEL CARMEN por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito para el efecto otórguese el extracto correspondiente.-. En caso de no dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 1, practíquese las siguientes diligencias:(2).- Que se ocupen sus libros, correspondencia y demás documentos y se entreguen mediante inventario al síndico del concurso Abg. Héctor Estrella Arias (0994822351), a quien se le designa para este cargo;(3)Hágase saber al público en general y a los acreedores de la demandada NARANJO COOS VERONICA DEL CARMEN de su estado de insolvencia, mediante la publicación de un extracto de la demandada y este auto en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad para que concurran a juicio y hagan valer sus derechos; para cuyo efecto por Secretaría extiéndase el extracto correspondiente; (4).- Se ordena que la demandada en el término de ocho días presente el balance de sus bienes con expresión del activo y del pasivo; (5).- Se ordena

Todos los triunfos nacen cuando nos atrevemos a comenzar. euGène ware.

la acumulación de todos los juicios seguidos en contra de la demandada por obligaciones de dar o hacer; para cuyo efecto por Secretaría, ofíciese a los demás Jueces de lo Civil de este Distrito así como a los Jueces de lo Laboral, Inquilinato, y de Familia; (6).Por Secretaría remítase copia certificada de todo lo actuado al Fiscal Distrital de Pichincha para que investigue el estado de insolvencia de la demandada, y de existir indicios de culpabilidad o fraudulencia, informe a esta Judicatura a fin de ordenar el enjuiciamiento penal de la nombrada demandada; (7).- Se ordena que la accionada NARANJO COOS VERONICA DEL CARMEN, no se ausente del territorio nacional sin permiso del suscrito Juez, para cuyo efecto ofíciese al Director Nacional de Migración; (8).- Como la demandada NARANJO COOS VERONICA DEL CARMEN queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, ofíciese, haciendo conocer de este particular a: 1).- Todos los Bancos de esta ciudad; 2).- Contraloría General del Estado; 3).- Consejo Nacional Electoral; 4).- Notarios de este Cantón; 5).- Instituto de Contratación Pública; 6).Superintendencia de Bancos y Seguros; y, 7) Registros Mercantil y de la Propiedad de este Cantón. Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese a los accionantes en la casilla judicial No. 2222 y en el correo electrónico señalado. Encargase

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA TRANS MAPAJU S.A Se convoca a los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA TRANS MAPAJU S.A, a la Junta General Ordinaria a realizarse el día lunes 23 de Abril del 2018, a las 19H00 en la oficina de la compañía, ubicada en la Av. Abdón Calderón y Riofrío, Edificio Milenio, Of. 305, Sangolquí, para tratar los siguientes puntos: 1.2.3.4.5.-

Constatación del Quórum. Informe del Presidente. Informe del Gerente General. Informe de la Comisaria. Conocimiento y aprobación de los balances correspondientes al ejercicio económico del año 2017. 6.- Conocimiento y aprobación del presupuesto del año 2018. 7.- Lectura, Análisis y Aprobación del Reglamento Interno de la Compañía. 8.- Elección del secretario ( a ). Se convoca especialmente e individualmente a la señorita Carmen Alexandra Arciniega Báez, Comisaria de la Compañía. Dirección.- Avenida E-35 s-n, barrio La Concepción, parroquia Pintag. Se pone a disposición de los señores accionistas el Balance General, Estado de Pérdidas y Ganancias y Anexos correspondientes del ejercicio económico del año 2017, informe de la Comisaria, informe de los administradores, presupuesto para el año 2018; y, proyecto de Reglamento Interno, en la oficina de la Compañía. Sangolquí, 4 de Abril del 2018. DR. JULIO HERNAN CARDENAS OSCULLO. GERENTE GENERAL

la tramitación de este proceso a Alejandro Romero, Ayudante Judicial de esta Judicatura; encomendándole ayudar a observar el debido proceso dispuesto en el Art.76 de la Constitución de la República; en concordancia con las disposiciones del Código Orgánico de la Función Judicial, el Código de Procedimiento Civil y el Reglamento de Arreglo de Procesos y Actuaciones Judiciales. NOTIFÍQUESE”.- f) Dr. Edwin Cevallos Ampudia, JUEZ ENCARGADO. Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Víctor Geovanny Reyes Chulde S EC R E TA R I O U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC109985fa R del E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: USHIÑA GUALPA JUAN CARLOS ACTOR: Dra. Mcs Ligia Janeth Villota Vera Procuradora Judicial de Molinos Poultier S.A. DEMANDADO: Ushiña Gualpa Juan Carlos JUICIO: Ejecutivo CUANTIA: USD$ 2.800,00

CONVOCATORIA TRANSPORTISTAS UNIDOS ECUATORIANOS TRUECA C.A A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS De conformidad con las disposiciones de la Ley de compañías y de los estatutos sociales se convoca a los señores accionistas de la compañía a la junta general ordinaria que se celebrara en Quito, el día 9 de Abril del 2018, a las 08hn00 en las oficinas de la compañía ubicada en la Av. la prensa N 4295 y Mariano Echeverría edificio Rendón – oficina 16, para tratar el siguiente orden del día. 1. 2. 3. 4.

Lectura y aprobación del informe del gerente general. Lectura y conocimiento del informe del comisario. Conocimiento y resolución de los estados financieros del año 2017. Resolución con respecto al destino de los resultados económicos del año 2017.

Se convoca especialmente al Sr Nicolas Salazar comisario de la compañía. La documentación que conocerá esta junta ha estado y está a disposición de los señores accionistas en las oficinas de la empresa para su estudio y análisis. Quito, Abril 2 de 2017. Atentamente, KATTY MILENA BORDA BAQUERO GERENTE GENERAL

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JUEZ: Dra. María Soledad Villalba Andrade UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui 11 de octubre del 2017, las 12h56.VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Cantón Rumiñahui, Provincia de Pichincha, en virtud del reintegro al lugar de origen, dispuesto en acción de personal Nro. 2681-DNTH-2017-CIP, de fecha 12 de mayo del 2017, y previo sorteo de ley correspondiente. CALIFICACIÓN.- En lo principal, la demanda que antecede presentada por la doctora LIGIA JANETH VILLOTA VERA, en su calidad de Procuradora Judicial de Molinos Poultier S.A.; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), la que se fundamenta en el COBRO DE LETRA DE CAMBIO; se califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO EJECUTIVO establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos. DILIGENCIAS.- A fin de precautelar la tutela judicial efectiva y el debido proceso prescritos en los Arts. 75 y 76 de la Constitución de la República, específicamente el derecho a la defensa, cítese en legal y debida forma a la parte demandada señor JUAN CARLOS USHIÑA GUALPA, en el lugar señalado en el libelo inicial, para lo cual se adjuntará la copia de la demanda, copia certificada de los documentos adjuntados y este auto de sustanciación; previniéndole a la parte ejecutada la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o electrónico para sus posteriores notificaciones.- En virtud de lo establecido en los Arts. 352, 355 y 333 numeral 3 del COGEP se concede el término de quince (15) días a fin de que la parte ejecutada cumpla con la obligación o proponga excepciones que de manera taxativa lo prevé el Art. 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo prescribe el Art. 352 del Código citado.Al momento de la citación el funcionario respectivo tome en cuenta lo dispuesto en el Art. 54, 55, 62 y 63 del Código Orgánico General de Procesos. ANUNCIO DE PRUEBAS.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la parte accionante en la demanda; situación que estará a lo previsto en los Arts. 160 y 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada.- Agréguese al proceso los documentos presentados por el compareciente, No se toma en cuenta a casilla judicial Nro. 4613 por no pertenecer a esta Jurisdicción, téngase en cuenta el correo electrónico señalados para recibir sus futuras notificaciones.- Actúe la Dra. Ligia Leiva en calidad de Secretaria encargada de esta Unidad Judicial.- CÍTESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, viernes 2 de marzo del 2018, las 15h58, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta judicatura.- Agréguese al proceso escrito que antecede.En lo principal, por solicitarlo la accionante y al amparo de lo determinado el Art. 56 del COGEP, y del Juramento rendido por la actora plasmado en el acta constante a fojas 34 de los autos, CITESE al demandado USHIÑA GUALPA JUAN CARLOS, con un extracto de la demanda, auto de calificación de la demanda y este auto de sustanciación en uno de los

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR Diarios de mayor circulación del cantón Quito, conforme lo dispuesto en el Art. 56.1 del COGEP, para el cumplimiento de esta diligencia procesal confiérase por secretaría el mentado extracto.- NOTIFIQUESE.Dra. Ligia Leiva Brussil SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC109974fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: MORENO PUENTE MORAIMA XIMENA AC TO R : DR. PA E Z B E N A LCA ZA R A LVA RO SANTIAGO, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO DEMANDADOS: COMPAÑIA IMAGENES MEDICAS TOMORAD S.A., ESPINDOLA MUÑOZ MARIA DEL CARMEN (REPRESENTANTE), MORENO PUENTE MORAIMA XIMENA, RIVERA BENITEZ MARIA ESPERANZA y ZUMARRAGA NAVAS PABLO MAURICIO JUICIO No. 17230-2017-04272 TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 21/03/2017 CUANTIA: $ 136.000,oo JUEZ PONENTE: DRA. LIZBETH RON CADENA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 10 de abril del 2017, las 16h33.- VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y contiene los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), además se fundamenta en el documento que al tenor de lo previsto en el artículo 347.3 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ejusdem (COGEP), se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada. CÍTESE al demandado en la presente causa, COMPAÑIA IMAGENES MEDICAS TOMORAD S.A., ESPINDOLA MUÑOZ MARIA DEL CARMEN (REPRESENTANTE), MORENO PUENTE MORAIMA XIMENA, RIVERA BENITEZ MARIA ESPERANZA y ZUMARRAGA NAVAS PABLO MAURICIO, en la direcciones señaladas; para lo cual se adjuntará en copias la demanda, aclaración y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de QUINCE (15) DÍAS, comparezca a juicio, cumpla con la obligación o conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo

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prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Para el cumplimiento de la diligencia de citación remítase despacho suficiente a citaciones. En mérito del certificado del Registro de la Propiedad y la escritura de Hipoteca abierta, se dispone el embargo de la Lote de terreno número DOS, desmembrado de uno de mayor extensión, ubicado en la parroquia CALDERON, de este cantón y demás especificaciones que constan en el certificado del Registro de la Propiedad de este Cantón adjunto la cual se ejecutara hasta por el monto de lo reclamado en la demanda, según lo establecido en el artículo 351 del mencionado código, para lo cual ofíciese y cuéntese con el señor VICTOR HUGO GONZALEZ CUEVA como depositario judicial, nombrado mediante sorteo y con la fuerza pública conforme lo determina el artículo 30 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ). Una vez realizado el embargo, ofíciese al señor Registrador de la Propiedad del cantón Quito, a fin de que proceda a la inscripción del embargo de conformidad con el inciso tercero del Art. 384 COGEP. Para el cumplimiento de estas diligencias la parte actora preste las facilidades y copias necesarias. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones, y la autorización conferida a sus abogados patrocinadores. Actúe el doctor Nilo Almachi en calidad de Secretario. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE..- F) DRA. LIZBETH RON CADENA.- JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 26 de marzo del 2018, las 10h51, VISTOS: En virtud del juramento rendido por la accionante de la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicarla y que incluso se ha acudido a los registros de público acceso, CÍTESE al señor MORENO PUENTE MORAIMA XIMENA con un extracto de la demanda, auto inicial y éste auto, mediante tres publicaciones en la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, de acuerdo a lo determinado en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual por secretaría confiérase el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.F) DRA. LIZBETH RON CADENA.- JUEZA. Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 28 de marzo del 2018. Certifico.DR. PAUL ANDRES TAPIA SECRETARIO Hay firma y sello PAC109982fa REPUBLICA DEL ECUADOR CITACION JUDICIAL SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO A LA SEÑORA MIRANDA C H A RV E T F RA N C I S CO JULIAN Y AL PUBLICO EN GENERAL LES HAGO SABER LO SIGUIENTE:


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MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

EXTRACTO: ACTO R : BA N CO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO DEMANDADA: MIRANDA C H A RV E T F RA N C I SCO JULIAN CAUSA: 17230-2015-05755. Cuantía: $3.523,15 USD JUEZ: AB. VELA RIVADENEIRA MARIA CRISTINA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO SECRETARIO: AB. LENIN VERNAZA. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T R O P O L I TA N O DE QUITO.- 5 de junio del 2015, a las 11h59.-VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Temporal, mediante acción de personal No. 3561-DP-UPTH, de 19/05/2015.-La demanda presentada por la señora Dra. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO, en su calidad de procuradora judicial del banco de la Producción S.A., PRODUBANCO, es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley.- Se da el trámite Verbal Sumario de conformidad con el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil. Entréguese copia de la demanda y esta providencia al demandado señor MIRANDA C H A RV E T F RA N C I SCO JULIAN, cítese al demandado, en el lugar señalado para el efecto, mediante comisión dirigida al señor Teniente Político de Tumbaco.- Agréguese al proceso la documentación acompañada. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados.NOTIFIQUESE.-f) Dr. Carlos Soto Jimenez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.20 de febrero del 2017, a las 11h09. Agréguese al proceso, el escrito presentado por María Eugenia Donoso Proaño, en atención al mismo, por ser el estado de la causa, en mérito del juramento rendido y los documentos anexados por la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado MIRANDA CHARVET FRANCISCO JULIAN, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, para el efecto, por secretaría confiérase a la casilla correspondiente, el mencionado extracto, a fin de citar al demandado.- Notifíquese. f) Dr. Román Cañizares Willian. Lo que cito para los fines de Ley. AB. LENIN VERNAZA SECRETARIO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC109980fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: SALTOS CORNEJO JORGE ALBERTO ACTO R : BA N CO DE LA PRODUCCION S.A PRODUBANCO. D E M A N DA DA : SA LTOS CORNEJO JORGE ALBERTO TRAMITE: MONITORIO ASUNTO: DOCUMENTOS JUICIO No. 17230-2017-05861 CUANTIA: USD. 6.800

Juicio No. 17230-2017-05861 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 2 de mayo del 2017, las 14h17. VISTOS: En virtud del sorteo de ley, avoco conocimiento de la presente demanda en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito. En lo principal, se considera: PRIMERO: La demanda presentada por el señor Dr. ÁLVARO SANTIAGO PÁEZ BENALCAZAR, en su calidad de Procurador Judicial del Dr. Jorge Iván Alvarado Carrera, Secretario GeneralProcurador Judicial del Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO, conforme lo acredita con el documento adjunto, es clara, precisa y cumple con los requisitos determinados en los Arts. 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), y está fundamentado en documentos previstos en el numeral 2 del Art. 356 ibídem; por lo que, se la admite a trámite mediante procedimiento monitorio.- SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el Art. 358 del COGEP, se dispone que el demandado, JORGE ALBERTO SALTOS CORNEJO, en el término de QUINCE (15) días contados a partir de la citación, pague la obligación demandada por concepto de pago de los consumos por bienes o servicios realizados con la tarjeta de crédito Mastercard por el valor de USD $5.665,53 (CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS), o proponga las excepciones de las que se crea asistido. Bajo la prevención de que, en caso de no comparecer dentro del término concedido o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del Art. 358 del COGEP que ordena: “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución, (…)”; caso en el cual, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 360 ibídem, además se deberá cancelar el máximo interés convencional y de mora, calculado a la tasa fijada por el organismo regulador del sistema monetario y financiero, de acuerdo al segmento de crédito, que se generen desde la citación con la demanda, intereses que serán calculados únicamente sobre el capital establecido en la liquidación agregada por el actor y que obra a fojas 8 de los autos, que se generen desde la citación con la demanda, valores que serán liquidados pericialmente.- TERCERO: CÍTESE con el contenido de la demanda, y este auto interlocutorio de pago a la parte demandada en el lugar que se indica en el libelo, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 y siguientes del COGEP; previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica. Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones. CUARTO: Considérese el anuncio de prueba realizado en la demanda, para lo cual se observará lo previsto

en el Art. 359 ibídem, en el evento de que se formule oposición.- QUINTO: Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda; téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial y electrónica señalada por la parte actora para sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su abogado patrocinador. Actúe la Dra. María Isabel Solano Camacho, en calidad de secretaria.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Carmen Romero Ramírez.Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 21 de marzo del 2018, las 13h27, En mérito del juramento rendido y a lo manifestado por la parte actora, se ordena la citación del demandado señor SALTOS CORNEJO JORGE ALBERTO, con el contenido de la demanda, auto inicial y el presente, por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en el cantón Quito, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.f) Dra. Carmen Romero Ramírez.- Jueza Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, (Ecuador), para posteriores notificaciones.Dra. María Isabel Solano Camacho SECRETARIA Hay firma y sello PAC109981fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MIGUEL ANGEL QUISHPE PASTUÑA y MARÍA ERCILIA VEGA TOAQUIZA. ACTOR: DR. DIEGO ALARCÓN, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: MIGUEL ANGEL QUISHPE PASTUÑA y MARÍA ERCILIA VEGA TOAQUIZA. TRAMITE: EJECUTIVO CUANTÍA: USD 6.000.00 JUICIO No. 17230-2015-0488 “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDES EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 26 de enero del 2015, las 16h20. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez Titular la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la admite a trámite, en juicio ejecutivo establecido en los Art. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil .-En consecuencia, se dispone que la demandada MARIA ERCILIA VEGA TOAQUIZA, en su calidad de deudor principal, pague lo adeudado o proponga todas las excepciones de las que se creyere asistido,

Todos los tiranos de Sicilia no han inventado nunca un tormento mayor que la envidia. q u i n t o H o r ac i o F l ac o . Poeta latino. en el término de tres días.Cítese a la demandada en la direccion señalada en esta Ciudad de Quito Provincia de Pichincha .- Incorpórense a los autos la documentación adjunta.-Tómese nota de la cuantía, el casillero judicial y electrónica señalada por el Actor, para sus notificaciones posteriores, así como el nombramiento y autorización manifestados a favor de su Defensor. NOTIFÍQUESE”.- f).- Dr. Luis Fernando Landazuri Salazar, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDES EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 21 de noviembre del 2016, las 10h09. Agréguese al proceso el escrito presentado. De conformidad con el Art. 130 del Código de Procedimiento Civil numeral 8, téngase en cuenta que el señor Miguel Ángel Quishpe Pastuña , es demandado dentro del presente juicio, en consecuencia, se dispone, pague lo adeudado o proponga todas las excepciones de las que se creyere asistido, en el término de tres días,.- Cítese a los demandados en la direcciones señaladas. NOTIFIQUESE. f).- Luis Sebastián Saltos Pinto, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDES EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 21 de septiembre del 2017, las 14h58. Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia anterior, atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los señores QUISHPE PASTUÑA MIGUEL ANGEL y VEGA TOAQUIZA MARIA ERCILIA, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.NOTIFIQUESE.” f).- Luis Sebastián Saltos Pinto, Juez. Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Víctor Geovanny Reyes Chulde S EC R E TA R I O U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC109971fa R. DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: YEROVI DE GUZMAN FELIPE ACTO R : D R. D I EG O

FRANCISCO LARREA ALARCÓN, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE PICHINCHA C.A. DEMANDADO: YEROVI DE GUZMAN FELIPE JUICIO: EJECUTIVO. NRO. 17312-2013-0409. CUANTIA: TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTE Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS (US$36.7 26,52) PROVIDENCIAS JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, 27 de junio del 2013, las 11h03. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Encargado, según acción de personal Nº 1831-DP-DPP de fecha 29 de Mayo del 2013, las 13h30 y en virtud del sorteo realizado. En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la admite al trámite Ejecutivo.- En consecuencia, el ejecutado FELIPE YEROVI GUZMAN, en el término de tres días, pague el valor adeudado o proponga excepciones de las que se crea asistido. Consecuentemente, cítese al demandado en el lugar indicado en el libelo de demanda, para lo cual envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones a quien se remitirá suficiente despacho. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor así como la designación de su abogado patrocinador. Por licencia concedida a la señora secretaria de esta Judicatura actúe el Dr. Rodrigo Escobar Herrera en calidad de Secretario Encargado mediante acción de personal 1527-DP-DPP de fecha 10 de mayo del 2013. NOTIFIQUESE.CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.SALA CIVIL Y MERCANTIL DE LA CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 27 de septiembre del 2017, las 10h04. VISTOS: Para resolver el recurso de apelación interpuesto por el doctor DIEGO LARREA ALARCÓN, procurador judicial del Banco Pichincha C.A., del AUTO DE ABSTENCIÓN, pronunciado por el señor Juez de la Unidad Judicial con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Ángel Patricio Tello Aimacaña, se considera: (…) 4.- DECISIÓN. Por estas consideraciones, se acepta el recurso de apelación, se revoca el auto de abstención venido en grado y se dispone que se devuelva el expediente a la Unidad Judicial de Origen a fin de que el Juez A Quo, previo el juramento que debe rendir el accionante, continúe con el trámite del proceso. Sin costas ni honorarios que regular. Notifíquese. f) Dra. María de los Angeles Montalvo Escobar, Jueza (Ponente) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON

LLAMADO A ACREEDORES MUJUS EXPORTACIONES ARTESANALES LTDA. EN LIQUIDACION De Conformidad con el artículo 393 de La Ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de la compañía MUJUS EXPORTACIONES ARTESANALES LTDA., que en el término de (20) días contados desde la última publicación de este aviso deberán presentar los documentos que acrediten su derecho como acreedores en las oficinas de la empresa ubicadas en E13-140 Av. José Félix Barreiro, San Isidro del Inca. Transcurrido el término arriba mencionada, se tomara en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su derecho en dicho término y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación. ATENTAMENTE ANDREA JOY LARSON LIQUIDADORA MUJUS EXPORTACIONES ARTESANALES LTDA. EN LIQUIDACION

PAP/70283/AS

SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, VALORES Y SEGUROS INTENDENCIA REGIONAL DE QUITO SECRETARÍA GENERAL EXTRACTO DE LA DENUNCIA No. D.2018.010 PRESENTADA EN CONTRA DE JVCHINAPINTZA MINING S.A. A: Jiang Chunyi y Huang Guoqing La designación de la autoridad administrativa ante la que se formule: Ab. Suad Manssur Villagrán, Superintendenta de Compañías, Valores y Seguros. Los nombres y apellidos completos del denunciante, edad, nacionalidad, estado civil, número de cédula de ciudadanía o del registro único de contribuyentes, según sea el caso, y la calidad en la que presente la denuncia: El denunciante es: Marcelo Adalid Rivadeneira Piedra, 65 años de edad, casado, portador de la cédula de ciudadanía No. 1702481985, en calidad de Gerente General de la compañía CONDORMINING CORPORATION S.A. con RUC No. 1792091330001, accionista de JVCHINAPINTZA MINING S.A. El nombre de la compañía a la que se refiere la denuncia: JVCHINAPINTZA MINING S.A. Los nombres y apellidos del administrador, administradores o ex administradores de la compañía contra quienes se propone la denuncia: La presente denuncia se propone en contra de JVCHINAPINTZA MINING S.A. y sus representantes legales, señores Jiang Chunyi y Huang Guoqing, en calidad de Gerente General y Presidente, respectivmente. La dirección exacta en donde se encuentran las oficinas o instalaciones de la persona, compañía o ente denunciado, si fuere conocida por el denunciante: las oficinas están en el “Edificio Plaza Colón, ubicado en la Av. Colón y 9 de Octubre de esta ciudad de Quito Distrito Metropolitano.” La afirmación del denunciante bajo juramento de que la individualidad o el domicilio del o de los denunciados sea imposible determinar; en caso que medie la declaración juramentada en cuestión, la denuncia se comunicará, a costa de la parte denunciante, a través de tres publicaciones realizadas conforme el Código de Procedimiento Civil: “(...) declaro bajo juramento que es imposible de determinar el domicilio de JVCHINAPINTZA MINING S.A. y de sus administradores, señores Jiang Chunyi y Huang Guoqing, asi como el de su accionista mayoritario, Minera Guang Shou Ecuador S.A. y de sus administradores.(...)” Los fundamentos de hecho y de derecho en los que se basa la denuncia, expuestos con claridad, precisión, los cuales deberán versar exclusivamente sobre aspectos sujetos al ámbito de control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías: “(...)CMC se ha visto imposibilitada de ejecutar acción alguna que brinde soluciones efectivas frente a esta clara acefalía, debido a que CHINAPINTZA S.A. no cuenta con administradores, es decir, representantes legales que puedan dar cumplimiento aquellas obligaciones derivadas y de acuerdos con sus accionistas y terceros, incluyendo al Estado ecuatoriano.(...)” La declaración juramentada de que el denunciante no ha sometido a conocimiento y decisión de justicia ordinaria, constitucional o arbitral, o ante otras autoridades o instituciones, los hechos materia de la denuncia: Declaro bajo juramento que mi representada no ha sometido a conocimiento y decisión de la justicia ordinaria, constitucional ni arbitral, o ante otras autoridades o instituciones, los hechos materia de la presente denuncia. La petición o pretensión concreta que se formula: “(...) Bajo los antecedentes expuestos y al amparo de los artículos 353 y 354 de la Ley de Compañías y demás aplicables del Reglamento de Intervención, solicito que se sirvan iniciar los trámites que conforme a derecho correspondan, a fin de declarar en estado de intervención a JVCHINAPINTZA MINING S.A., y de esa forma evitar que la misma al encontrarse en evidente acefalía administrativa, incurra en obligaciones con terceros y continúe provocando más perjuicios a sus accionistas. (...)”. Firmado por: Marcelo Adalid Rivadeneira Piedra, Gerente General de la compañía CONDORMINING CORPORATION S.A. conjuntamente con su abogada autorizada Carla Grefa Valencia. Lo certifico.Distrito Metropolitano de Quito, a 23 de marzo de 2018. Luisa Magdalena González Alcívar SECRETARIA GENERAL INTENDENCIA REGIONAL DE QUITO Elaborada por: Adela Villacis

PAP/70302/AS


SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 12 de enero del 2018, las 14h50, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede.- Es obligación fundamental de los jueces verificar la validez procesal, presupuesto sin el cual no cabe pronunciamiento alguno sobre lo principal de la cuestión sometida a su conocimiento.De conformidad a lo dispuesto en el Art. 289 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la providencia de fecha 11 de diciembre del 2017, las 15h43, debiendo reponerse el proceso al estado de que, la reforma a la demanda presentada por el Dr. Diego Francisco Larrea Alarcón, en su calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C. A., es clara, precisa y reúne los requisitos legales, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 70 del Código de Procedimiento Civil, se la admite a trámite, con costas a cargo de la parte actora, en consecuencia, con el contenido de la demanda, calificación de la misma, reforma a la demanda y esta providencia, cítese al demandado señor YEROVI DE GUZMAN FELIPE, por la prensa, mediante tres publicaciones, en un diario de mayor circulación, editado en esta ciudad de Quito, al efecto confiérase el extracto respectivo; en consecuencia, el demandado señor YEROVI DE GUZMAN FELIPE, en el término de tres días y bajo prevenciones de Ley, cumpla con la obligación demandada o dentro del mismo término, proponga excepciones bajo prevenciones legales.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correos electrónicos señalados por la parte accionante para recibir futuras notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogada defensora.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Angel Tello, Juez

Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones. DR. JUAN FRANCISCO JUSTICIA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC109972fa CASILLA 827 EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: GARCIA POZO EDWIN PATRICIO, CRUZ VÁSQUEZ MARIO FABIÁN; y, CRUZ VASQUEZ PATRICIA ANAHI JUICIO: EJECUTIVO No. 17230-2017-00045 CUANTIA: 9402,22 USD ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A ( IVAN ALBERTO RACINES ENRIQUEZ PROCURADOR JUDICIAL ) DEMANDADOS: GARCÍA POZO EDWIN PATRICIO, CRUZ VÁSQUEZ; y, CRUZ VÁSQUEZ MARIO FABIÁN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 9 de enero del 2017, las 12h53.- VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito; y, en virtud del sorteo electrónico de ley, que precede.- La demanda presentada por el Dr. Iván Alberto Racines Enríquez y el Dr. Diego Francisco Larrea Alarcón en calidad de Procuradores Judiciales del Dr. Jaime Manuel Flor Rubianes Representante Jurídico y Legal del Banco Pichincha C.A., como acredita con el instrumento público que acompaña, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en

los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 8 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- En consecuencia, los demandados señores: GARCÍA POZO EDWIN PATRICIO y CRUZ VÁSQUEZ PATRICIA en calidad de deudores principales; y, CRUZ VÁSQUEZ MARIO FABIÁN en calidad de deudor solidario, en el término de QUINCE (15) días, contesten a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a los demandados señores: GARCÍA POZO EDWIN PATRICIO y CRUZ VÁSQUEZ PATRICIA en calidad de deudores principales; y, CRUZ VÁSQUEZ MARIO FABIÁN en calidad de deudor solidario, en el lugar señalado en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 53 y siguientes del COGEP. Para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la

Conocoto, 02 de Abril del 2018 CONVOCATORIA C.L.V. 0004-001 A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTES “LIBERTADORES DEL VALLE DE CONOCOTO S.A.” De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías y el Estatuto Social se convoca a los señores - ACCIONISTAS de la Compañía de Transportes Libertadores del Valle S.A., a Junta General Extraordinaria de Accionistas a celebrarse el día Lunes 16 de Abril del 2018 a las 10H00, en la sede de la Compañía, ubicada en la calle Leónidas Plaza OE4-145 y OE40, para tratar el siguiente orden del día: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Lectura y aprobación del Informe de Gerente del año 2017. Lectura y aprobación del Informe de Comisario del año 2017. Análisis y aprobación de los Estados Financieros del ejercicio económico del año 2017. Resolución sobre el destino de la utilidad obtenida en el año 2017. Resolución sobre la creación de un fondo de ahorro para llevar a cabo el proyecto de renovación de la flota vehicular de la Compañía. Análisis y aprobación del presupuesto para el año 2018.

Se convoca de manera especial e individual al Sr Xavier Pesantes Ordoñez Comisario Principal de la Compañía para el año 2017con domicilio ubicado en la parroquia Conocoto Urb. 6 de Junio 2da etapa Manz. 3- casa 37. Los informes, estados financieros y demás documentos a tratarse en la junta general, están a disposición de los señores accionistas para su revisión, en las oficinas de la compañía ubicada en el barrio San Juan de Conocoto calle Leónidas Plaza OE4-145 y OE40 (Sede de la Compañía) del Distrito Metropolitano de Quito. Atentamente, Luis VARGAS PRESIDENTE

Joselito Baño GERENTE. P AR/108464/AT

Volved a emprender veinte veces vuestra obra, pulidla sin cesar y volvedla a pulir. b o i l e au - D e S p r é au x , n i c o l a S

demanda.- Téngase en cuenta la negativa a derivar la presente demanda a Mediación, para los fines legales pertinentes. Regístrese el casillero judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones; así como, la calidad en la que comparece y la autorización conferida a sus defensores técnicos.Actúe el Dr. Francisco Vásquez en calidad de Secretario (E) de esta Unidad Judicial, mediante acción de personal No. 10020-DP17-2016, de fecha 16 de noviembre de 2016.NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 12 de marzo del 2018, las 11h12, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede, ateniendo el mismo.- Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de los demandados, se dispone: CÍTESE, a los demandados GARCIA POZO EDWIN PATRICIO, CRUZ VÁSQUEZ MARIO FABIÁN; y, CRUZ VASQUEZ PATRICIA ANAHI, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consi-

guientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAC109973fa UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACIÓN JUDICIAL A: CHRISTIAN PAUL TAPIA ARGUELLO, en el juicio de SUSPENSION DE PATRIA POTESTAD que sigue CARMEN MARISELA VERA GALARZA CAUSA: SUSPENSION DE PATRIA POTESTAD Nro. DE JUICIO: 17203-201800312 ACTOR: CARMEN MARISELA VERA GALARZA CUANTÍA: INDETERMINADA TRAMITE: SUMARIO JUEZA: DRA. MARCIA CORDOVA OBJETO: CITACION AUTO: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Quito, jueves 15 de febrero del 2018, las 13h29, VISTOS: Una

vez que la accionante ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Judicatura en providencia anterior. DRA. MERCEDES RIBADENEIRA COLOMA.- En calidad de Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha. Avoco conocimiento de la presente causa y previo la razón del sorteo de Ley.- En lo principal: [1] CALIFICACIÓN; La demanda de SUSPENSIÓN DE LA PATRIA POTESTAD, propuesta por la señora CARMEN MARICELA VERA GALARZA, respecto de ISABELLA MICHELLE TAPIA VERA (de 11 años de edad), en contra del señor CHRISTIAN PAUL TAPIA ARGUELLO, es clara, completa y reúne los requisitos de ley previstos en el Arts. 142 y 143 del COGEP., se acepta al trámite de PROCEDIMIENTO SUMARIO prevista en el Art. 332 numeral 3 y Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos; y los principios constitucionales determinados en los Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República del Ecuador; [2] CITACIÓN: Por cuanto la actora ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad y residencia del demandado CHRISTIAN PAUL TAPIA ARGUELLO, conforme a lo determinado en los Artículos 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al mismo, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por Secretaría remítase el extracto correspondiente a fin de que se dé cumplimiento a esta diligencia, se le advierte al demandado de la obligación de señalar domicilio judicial y/o correo electrónico, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía.- [3] TÉRMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA: Con fundamento en lo previsto en el artículo 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos se concede al demandado el TÉRMINO DE DIEZ DÍAS, contados a partir de la fecha en que sea legalmente citado, a fin que conteste la demanda, acto de

AVISO PÉRDIDA DE TITULOS Conforme lo estipulado en el Artículo 197 de la Ley de Compañías, se informa al público en general, que se han extraviado los siguientes Títulos de Acción, correspondiente al capital de la compañía SALUDSA SISTEMA DE MEDICINA PRE-PAGADA DEL ECUADOR S.A.: ACCIONISTA Fernando José Terán Camacho Fernando José Terán Camacho

NUMERO DE TITULO

NUMERO DE ACCIONES

174

3.985

66

5.238

Particular que se comunica para que cualquier persona que se sintiera perjudicada en sus derechos de accionista realice su reclamo en el plazo de treinta días contados a partir de la última publicación. Atentamente, IZUENGINE S.A. PRESIDENTE EJECUTIVO SALUDSA SISTEMA DE MEDICINA PRE-PAGADA DEL ECUADOR S.A. PAR/108462/AT

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR proposición que debe cumplir lo dispuesto en los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos.- [4] Las partes deberán comparecer a la Audiencia Única acorde a lo previsto en el Art. 86 del Código Orgánico General de Procesos, personalmente o mediante procuración judicial con cláusula especial para transigir.- [5] ANUNCIO DE PRUEBAS: Conforme la prueba anunciada por la actora, la naturaleza de la misma y la motivación realizada para su obtención acorde a lo que determina el Art. 142.7.8 del COGEP.; [5.1] DOCUMENTAL: Téngase en cuenta los documentos que acompaña la actora en su demanda, los mismos que serán valorados en su momento y de ser procedente.[5.2] PERICIAL; Intervenga la Oficina Técnica de esta Unidad Judicial, a fin de que se lleve a efecto la correspondiente evaluación Psicológica y del entorno social de la menor ISABELLA MICHELLE TAPIA VERA.- [5.3] AUDIENCIA RESERVADA; Conforme dispone el Art. 60 del CONA, diez minutos antes a la audiencia única, escúchese de manera reservada a la menor ISABELLA MICHELLE TAPIA VERA.- [5.4] TESTIMONIAL; Se niega la declaración de los testigos solicitados por la actora en su demanda por cuanto no cumple con lo ordenado en el Art. 190 del COGEP.- [6] NOTIFICACIONES: Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados por la accionante para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado defensor.- Actúe la Abogada Gennyth Tulcanaza Chávez, en su calidad de secretaria de este despacho judicial.NOTIFÍQUESE, CÍTESE Y CÚMPLASE.-f) DRA. MARCIA CORDOVA, JUEZA.- Certifica.AB. GENNYTH TULCANAZA S EC R E TA R I A DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC109784fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: AL PUBLICO EN GENERAL ACTOR: JORGE ERNESTO LOACHAMIN GUANOLUISA DEMANDADOS: DR. MAURICIO ESTEBAN RODAS ESPINEL, ALCALDE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DR. ROMULO ANTONIO GARCIA SOSA PROCURADOR SINDICO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO JUICIO EJECUTIVO: 172332017-02487 CAS I L L E RO JUDICIAL: No2433 ABOGADO: DR. GUSTAVO JAVIER CORDOVA GARCIA FUNDAMENTO LEGAL: ART. 289 DEL ORGANICO GENERAL DE PROCESOS CUANTIA: $ 111.350,00 “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUTIO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 20 de marzo del 2018, las 09h20, VISTOS: La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143

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del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados Mauricio Esteban Rodas Espinel en su calidad de Alcalde del Ilustre Municipio del Distrito Metropolitano de Quito; al Procurador Síndico del Ilustre Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, en la persona del Dr. Gianni Frixone Enríquez (actual procurador encargado) en el domicilio señalado; y, a todas las personas que se creyeren con algún derecho sobre el bien inmueble materia de la demanda; para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado, se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual el secretario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. Conforme el juramento rendido por la parte actora, cítese por la prensa a todas las personas que se creyeren con algún derecho sobre el bien inmueble materia de la demanda en la forma que señala el Art. 56 del COGEP.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantó Quito; para la cual ofíciese como queda indicado a dicha entidad.- Le desistimiento realizado al acceso de la prueba judicial se atenderá en el momento procesal oportuno.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-” f) DRA. ESTEFANIA CARLA ENRIQUEZ SALTOS-JUEZA Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones. ABG. MAYRA LISBETH GUERRA PORTERO SECRETARIA Hay firma y sello PAC109955fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO PROCEDIMIENTO COGEP JUEZ PONENTE: DR. EDISSON LOPEZ TAPIA. CITACION JUDICIAL Se le hace saber a: DIEGO ANDRADE UBIDIA; que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en Proceso CONCURSAL, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: ACTOR: BERMEO SAMANIEGO MIGUEL ENRIQUE. DEMANDADO/S: DIEGO ANDRADE UBIDIA. CAUSA No.: 17230-201800892. MATERIA: CIVIL. TIPO: CONCURSAL. ACCION: CONCURSO DE ACREEDORES. CUANTIA: “ONCE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES AMERICANOS CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR (USD 11.142,51)”. PRETENSION: “Que con los antecedentes expuestos, invocando mi calidad de acreedor


REVISTA JUDICIAL C10

MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

preferente del deudor DIEGO ANDRADE UBIDIA, acudo ante Usted señor Juez para lo siguiente: 1.- A la declaratoria de haber lugar a la formación del concurso de acreedores del indicado deudor DIEGO ANDRADE UBIDIA, y como lo dispone el Art 414 del Código General de Procesos; 2.- Que se convoque a los pretensos acreedores a la Junta de Acreedores señalando para el efecto día y hora; 3.- Que se califique la insolvencia del deudor DIEGO ANDRADE UBIDIA y como existen presunciones de fraude se lo enjuicie penalmente, para lo cual se remitirá copia de todo lo actuado a la Fiscalía Distrital de Pichincha; 4.- Para precautelar que se cumpla con la obligación que tiene el deudor DIEGO ANDRADE UBIDIA, portador de la cedula de identidad No 1707503270, se prohíba ausentarse del país, para lo cual se servirá oficiar a las autoridades de Migración de la Policía Nacional del Ecuador o a la Gerencia de Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio; 5.- Hágase saber al deudor DIEGO ANDRADE UBIDIA, que dentro del término de diez días de ser citado con esta demanda, puede oponerse a la insolvencia pagando la deuda; 6.- Se designe SÍNDICO y DEPOSITARIO de los bienes del fallido DIEGO ANDRADE UBIDIA. 7.- Que se disponga la anotación de la insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura. 8.- Se publique en la página web del Consejo de la Judicatura, el auto inicial o de calificación a la demanda; 9.- Se ordene la acumulación de aquellos procesos que contengan obligaciones pendientes en contra del deudor DIEGO ANDRADE UBIDIA; 10.- Se inscriba en el Registro de la Propiedad y Registro Mercantil de este cantón, el auto en el que ordene la formación del concurso necesario; 11.- Reclamo de costas y honorarios; 12.- Todo lo demás que disponga la Ley en estos casos”. AUTO INICIAL DE CONCURSO NECESARIO. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 19 de febrero del 2017 a las 15h05.- “VISTOS: Cumplido que ha sido la declaración bajo juramento y por corresponder al estado procesal.- Revisada la demanda, se considera.PRIMERO: Se constata que la solicitud de insolvencia presentada por el señor Miguel Enrique Bermeo Samaniego, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante concurso necesario de conformidad con el Art. 422 ibídem. SEGUNDO: En virtud de la documentación adjunta y su contenido, se presume el estado de insolvencia de la señor DIEGO ANDRADE UBIDIA, de conformidad al Art. 416 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, y, se declara con lugar al concurso necesario, en consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1.Cítese a la demandada señor DIEGO ANDRADE UBIDIA por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor

circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva; 2.- Una vez citado el deudor se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral primero del Art. 424 del COGEP; 3.- Se le requiere al deudor la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 del Código Orgánico General de Procesos; 4.- Se designa como Síndico a Doris Calero (e-mail doris. calero@hotmail.com/celular 0995857696 a quien se notificará en legal forma, y será la depositaria de los bienes del fallido; 5.- Revisada la documentación certificada adjunta y por no haberse solicitado, no se dispone el embargo de los bienes muebles o inmuebles de propiedad de Diego Andrade Ubidia; 6.- Se dispone la anotación de la insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura; 7.- Se ordena la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura el presente auto; 8.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra de la señor Diego Andrade Ubidia; 9.- Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad y en el Registro Mercantil de este Cantón el presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario; 10.-Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones; 11.- Previo a disponer la prohibición de salida del país el actor proporcione el número de cédula del demandado.- TERCERO: Téngase en cuenta el casillero y domicilio judicial designado por la parte accionante y la autorización que confiere a su abogado patrocinador. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dr. EDISSON LOPEZ TAPIA.JUEZ. Lo que se C I T A para los fines de ley, previéndole a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. Iván R. Sandoval Campaña. SECRETARIO Hay firma y sello PAC109965fa

ORDINARIOS REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CAYAMBE EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A LA SEÑORA: MONTOYA OSPINA MARTHA CECILIA CAUSA NRO. 17314-2014-0544. MATERIA: CIVIL NO COGEP TIPO PROCESO: ORDINARIO ACCION: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO ACTO R : ANDRANGO ACHINA JOSÉ LORENZO, QUILUMBAQUÍN INLAGO MARÍA JUANA DEMANDADO: MONTOYA OSPINA MARTHA CECILIA JUEZ: ABG. VANESA TAMARA IMAICELA CHASIPANTA FECHA DE INICIO: 19 DE NOVIEMBRE DEL 2014 SECRETARIO: DRA. AIDA MARLENE ROJAS IPIALES AUTO: “UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CAYAMBE. Cayambe, jueves 11 de diciembre del 2014, las 15h12. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito con sus anexos, presentados por los accionantes. Por

cuanto los mismos, han dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior, se dispone: La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; por lo que, se la acepta a trámite en juicio Ordinario; en consecuencia, de los documentos que se agregan (certificado de datos de filiación), se desprende que la demandada MARTHA CECILIA MONTOYA OSPINA, tiene su domicilio en el pasaje Noriega y Portete, de la parroquia González Suarez del Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de garantizar los derechos constitucionales de tutela judicial efectiva, el debido proceso y derecho a la defensa, consagrados en los Art. 75 y 76 del Constitución de la República del Ecuador, cítese con copia de la demanda y el presente auto de calificación en el lugar indicado, mediante atento deprecatorio dirigido a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil del Distrito Metropolitano del Cantón Quito, para que en el término de quince días conteste la demanda y proponga sus excepciones dilatorias o perentorias a que tenga derecho, sin perjuicio de continuar en rebeldía. Por expresa disposición de la Disposición General Décima del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, cítese al señor Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Cayambe. Así mismo, por cuanto del certificado de gravámenes adjunto a la demanda, se desprende que existe una sentencia dictada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Quito, en la cual se entrega el bien de mayor extensión al Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas CONSEP, cuéntese con dicha institución, a quien se le citará por intermedio de su Representante Legal

Todo político, cuando habla, lo hace bajo obsesión de no tener que arrepentirse de lo que está diciendo. cánDiDo. Escritor y periodista español. y al señor Procurador General del Estado, para que hagan valer sus derechos, mediante deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de lo Civil de Pichincha, con asiento en la ciudad de Quito, a quien se le remitirá suficiente despacho, en sus oficinas que son de conocimiento público. De conformidad con el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Cayambe, para el efecto notifíquese a dicho funcionario. Agréguese los documentos adjuntos. Actúe en la presente causa el Abg. Luis Rubén Poma G., en calidad de secretario de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE.” F) Dr. Luis Eduardo Taipe Guanoluisa. JUEZ AUTO: “UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CAYAMBE. Cayambe, jueves 8 de marzo del 2018, las 13h56, En lo principal y atenta a la documentación adjunta al escrito de fecha viernes 22 de septiembre del 2017, a las 14h07, viernes 6 de octubre del 2017 a las 14H18 y 23 de octubre del 2017 a las 11h30; y, al juramento rendido por la parte accionante señores María Juana Quilumbaquin Inlago y José Lorenzo Andrango Achina, se dispone que se CITE a la demandada señora MARTHA CECILIA MONTOYA OSPINA en la forma prevista en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de amplia circulación de

la capital de la provincia de Pichincha, en razón de que en esta ciudad de Cayambe no se edita uno, transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará a decurrir el término para contestar la demanda. Para el efecto a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente. NOTIFÍQUESE.”.- F) ABG. VANESA TAMARA IMAICELA CHASIPANTA Lo que le CITO a usted para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico, para recibir sus notificaciones.- Certifico. Dra. Aida Marlene Rojas Ipiales. S EC R E TA R I A U N I DA D JUDICIAL CIVIL CANTON CAYAMBE Hay firma y sello PAR/108447/AT

SOCIEDADES CIVILES EXTRACTO CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL DENOMINADA: “Sociedad Civil y Comercial M&J CONSTRUCTORA” NOTARIA CUADRAGÉSIMA SEXTA DEL CANTÓN QUITO: Pongo en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante mí, DOCTORA HIROSHIMA VILLALVA MIRANDA, NOTARIA CUADRAGÉSIMA SEXTA DEL CANTÓN QUITO, la Compañía SHALOMEMPRES SERVICIOS Y COMERCIO CIA.

LTDA. Y la SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL VENTURE ISLAND, procedieron a realizar la. CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL que se denominará “Sociedad Civil y Comercial M&J CONSTRUCTORA”, la misma que fuera celebrada ante la Notaria Cuadragésima Sexta del Cantón Quito, el quince de marzo del dos mil diez y ocho. DOMICILIO: La compañía es de nacionalidad ecuatoriana y su domicilio es el Distrito Metropolitano de Quito, pudiendo establecer sucursales o agencias dentro o fuera del país. La duración de la sociedad será de carácter indefinido, contados a partir de la fecha de inscripción de la presente escritura en el Registro Mercantil. OBJETO SOCIAL: La construcción, planificación, desarrollo, remodelación, renovación, rehabilitación, supervisión, administración, fiscalización, gerencia de proyectos, por cuenta propia o ajena de toda clase de obras de arquitectura e ingeniería, así como la urbanización, fraccionamiento y construcción, por cuenta propia o ajena, de bienes inmuebles, para su venta, arrendamiento o transmisión, por cualquier título; pudiendo intervenir en concurso de precios y licitaciones públicas o privadas, para la ejecución de trabajos y/o provisión de bienes y servicios relacionados con su objeto. Para dar cumplimiento a su objeto la Compañía podrá brindar capacitación, asesoría en el segmento de la construcción, pudiendo actuar como intermediario en el negocio de la construcción, a través de la representación de empresas domiciliadas en el Ecuador y en el exterior, afines a su objeto social, actuando como socio o accionista de otras compañías o sociedades relacionadas con su objeto. Para el cumplimiento de su objeto la compañía podrá celebrar toda clase de actos y contratos civiles y

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Constatación del Quorum. Informe de Presidente. Informe de Gerente. Informe Comisarios correspondiente al Ejercicio Económico del año 2017; Aprobación de Balance General, Estados de Pérdidas y Ganancias hasta el 31 de diciembre del año 2017. Resolución acerca del destino de las utilidades del ejercicio económico 2017. Elaboración y aprobación del Acta.

Se hace extensiva la convocatoria a los señores, Fausto Enrique Tufiño Comisario Principal domiciliado en la calle Juan Garzón N64-139 y Machala y Jefferson Mauricio Becerra Garzón Comisario Suplente domiciliado en la calle Antepara E4-27 y León. En consecuencia, el Balance General, el Estado de Pérdidas y Ganancias y demás anexos al 31 de diciembre de 2017 estarán a disposición de los accionistas en la oficina de la compañía. Quito, 04 de abril de 2018 Atentamente,

A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA GRUPO CORPORATIVO DE ASESORES Y AUDITORES GARISA S. A. De conformidad con lo establecido en el artículo 236 de la Ley de Compañía se convoca a los señores accionistas de la Compañía Grupo Corporativo de Asesores y Auditores Garisa S. A. a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará en la ciudad de Quito; el día Viernes 13 de abril del 2018 a las 10h00, en las oficinas de la compañía, ubicada en la calle “D” N-63-253 y Nazacota Puento, para tratar los asuntos que constan en el siguiente orden del día: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Conocer y resolver sobre el informe del Gerente General correspondiente al ejercicio económico 2017. Conocer y resolver sobre el informe del comisario correspondiente al ejercicio económico 2017. Conocer y resolver sobre los estados financieros de la compañía al 31 de diciembre del 2017. Resolver sobre los resultados del ejercicio económico 2017 y decidir sobre el destino de los mismos. Conocer la renuncia de la señora Presidente de la Compañía y nombrar su reemplazo. Nombrar y designar demás Administradores de la Compañía de ser necesario, incluyendo el nombramiento del Comisario; Tratar asuntos varios, que se encuentran pendientes de resolver por parte de los señores accionistas de la compañía

Se convoca de manera especial a la Señora Liliana San Martin, Comisario Principal de la compañía, sin prejuicio de convocarla de manera individual por comunicación escrita. Los estados financieros e informes relativos al ejercicio económico 2017 están a disposición de los señores accionistas en las oficinas de la compañía. Quito, Abril 3 del 2018

Fernando Vásconez PRESIDENTE Jacqueline Paucar GERENTE GENERAL

VARIOS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL) EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: COMPAÑIA INTIROSAS CIA. LTDA. (REPRESENTANTE LEGAL MAMMADOV TAMIRLAN) CAUSA NO. 17230-201709436 ACTO R : C O M PA Ñ I A ROSENTANTAU DEL ECUADOR S.A. (PROCURADOR JUDICIAL MALDONADO JARAMILLO MARIA DE LOURDES) DEMANDADO: COMPAÑIA INTIROSAS CIA. LTDA. (REPRESENTANTE LEGAL MAMMADOV TAMIRLAN) TRAMITE: MONITORIO

ASUNTO: COBRO DE FACTURAS CUANTÍA: USD 6.496,oo dólares americanos AUTO DE CALIFICACIÓN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 10 de julio del 2017. VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Código Orgánico General de Procesos COGEP.- Se dispone: La demanda presentada por María de Lourdes Maldonado Jaramillo, en calidad de Procuradora Judicial de la compañía ROSENTANTAU DEL ECUADOR S.A, es clara, completa y cumple los requisitos determinados en los artículos 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y está fundamentada en un documento de los previstos en el artículo 356 ibídem del cuerpo normativo en mención; por lo que, se la admite a trámite en el procedimiento MONITORIO. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 ibídem, se dispone que la compañía INTIROSAS CIA. LTDA., en el término de quince (15) días pague la obligación demandada por concepto del pago de los valores adeudados, según la factura número 000006013 de fecha 10 de Noviembre de 2014 y 000006229 de fecha 05 de enero del 2015, esto es, la cantidad de SEIS MIL C UAT RO C I E N TOS NOVENTA Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD $ 6.496,00) o proponga las excepciones de las que se crea asistido; bajo la prevención de que en caso de que no comparezca dentro del término

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA FASTSCHOOL C.A De conformidad con lo que determina la Ley de Compañías, y el Estatuto Social de la Compañía FASTSCHOOL C.A, se convoca a los señores Accionistas, a Junta General Ordinaria, la misma que se instalará el día martes 17 de abril de 2018, a las 18h00, en la oficina principal de la compañía ubicada en la calle Av. El Inca E11-45 y Toronjas, 3re piso, (altos de las Fritadas de Inca), en la ciudad de Quito. Para tratar el siguiente Orden del Día:

mercantiles permitidos por la ley y que tengan relación con el objeto social. CAPITAL: El capital de la sociedad es de CUATROCIENTOS dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$400,00). La sociedad estará representada por un Presidente y un Gerente General, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Articulo veinte y nueve de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, que faculta a los Notarios disponer la inscripción en el Registro Mercantil, previo el trámite previsto en dicha norma legal. Mediante una sola publicación, en uno de los periódicos de circulación Nacional. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, a veinte y nueve de marzo del dos mil diez y ocho. DRA. HIROSHIMA VILLALVA MIRANDA NOTARIA CUADRAGÉSIMA SEXTA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAR/108460/AT

Atentamente,

PAP/70358/AS

Víctor Hugo Samaniego Robayo Gerente General

PAP/70359/AS


concedido para el efecto, o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del artículo 358 de la norma citada. La contestación a la demanda observará lo previsto por el Art. 151 y siguientes ibídem.- Cítese con el contenido de la demanda y este auto de pago a la accionada, COMPAÑIA INTIROSAS CIA. LTDA., por intermedio de su representante legal, señor MAMMADOV TAMIRLAN, en el lugar señalado por el actor, de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y siguientes del COGEP, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónico; para el efecto, remítanse las boletas de citación a la oficina correspondiente. En caso de oposición, considérese el anuncio de los medios de prueba realizados en la demanda.Por haberse proporcionado el correo electrónico de la parte demandada, conforme prevé el inciso final del Art. 53 ibídem, por secretaría, hágase conocer un extracto de la demanda y esta providencia, sin que esta actuación sustituya la citación oficial.- Agréguense al expediente los documentos acompañados a la demanda. Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la actora para sus notificaciones. Actúa Ab. Patricia Feijoo en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.CÍTESE y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 16 de febrero del 2018, las 11h46, VISTOS: En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la demandada, COMPAÑIA

INTIROSAS CIA. LTDA., por intermedio de su representante legal, señor MAMMADOV TAMIRLAN, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.- f) DRA. KARINA A. MARTÍNEZ S., JUEZA.Lo que se C I T A para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. AB. PATRICIA M. FEIJÓO C. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITOCOGEP Hay firma y sello PAR/108414/AT R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUI IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) CITACIÓN JUDICIAL A: CUELLAR BASTIDAS LUIS ANTONIO EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-201711022 Actor: Banco Pichincha C.A ( Carla Lorena Cisneros Burbano Procuradora Judicial) Demandado: Cuellar Bastidas Luis Antonio Tipo/Acción: Monitorio-Otros Cuantía: $11.000 Inicio: 14 de Agosto del 2017 Defensor: Ab. Carla Lorena Cisneros Burbano Casillero: 385 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.

CONVOCATORIA A LA JUNTA ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA MULTIPACKAGING INTERNATIONAL S.A. De conformidad con lo establecido en la ley de compañía, se convoca a los accionistas y de manera individual y especial al Lcdo. Jose Xavier Freire en su calidad de comisario a la junta ordinaria de accionistas a celebrarse el día 05 de abril del 2018 a las 17:00 en las oficinas de la compañía ubicadas en la Calle De Los Cipreces N65-91 Y Eucaliptos, en la cuidad de Quito para tratar el siguiente orden del día: 1. 2. 3.

Conocer y aprobar los estados financieros de la compañía por el ejercicio 2017. Conocer y resolver el informe del SR. Gerente General. Conocer y resolver el informe del Sr. Comisario.

Los estado financieros de gerente y comisario se encuentran a disposición de accionistas en las oficinas de la empresa. Héctor Borys Sosa Farías Gerente General

PAP/70356/AS

Quito, lunes 21 de agosto del 2017, las 08h37. VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento al Auto de sustentación que antecede. En lo principal, la demanda presentada por BANCO PICHINCHA C.A., por intermedio de su PROCURADORA JUDICIAL, conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), y está fundamentada en documentos previstos en el artículo 356 ibídem del cuerpo normativo en mención; por lo que, se la admite a trámite en el procedimiento monitorio. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 del mismo cuerpo legal, se dispone que el demandado CUELLAR BASTIDAS LUIS ANTONIO en el término de quince días pague la obligación demandada por concepto de los consumos por bienes o servicios realizados con la tarjeta de crédito VISA, esto es, la cantidad de SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE Y SIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA CON 32/100 CENTAVOS ($7.927,32); o proponga las excepciones de las que se crea asistida; bajo la prevención de que en caso de que no comparezca dentro del término concedido para el efecto, o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del artículo 358 de la norma citada, que establece “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución, (…)”; caso en

Todos los hombres son dioses para su perro. Por eso hay tanta gente que ama mas a los perros que a los hombres. l e o na r D a l D o u S H u x l e y . Escritor inglés. el cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 360 ibídem, además se deberá cancelar el máximo interés convencional y de mora, calculado a la tasa fijada por el organismo regulador del sistema monetario y financiero, de acuerdo al segmento de crédito, que se generen desde la citación con la demanda, intereses que serán calculados únicamente sobre el capital establecido en la liquidación agregada por el actor, valores que serán liquidados pericialmente. Rendido que ha sido la declaración bajo juramento de desconocimiento de domicilio; por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, CÍTESE a la parte demandada CUELLAR BASTIDAS LUIS ANTONIO, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo. En el caso de que se formule oposición, considérese el anuncio de prueba realizado en el escrito de demanda. Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda; téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial y electrónica señalada por el actor para sus notificaciones y la autorización que confiere.CÍTESE y NOTIFÍQUESE.-f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL

SEGUNDA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA COMERCIALIZADORA PINEDA & ASOCIADOS COMEXGROUPECUADOR CIA.LTDA. Se convoca a todos los señores socios de la compañía COMERCIALIZADORA PINEDA & ASOCIADOS COMEXGROUPECUADOR CIA.LTDA., a la Junta General Ordinaria de Socios, que se celebrará el día viernes 13 de abril de 2018 a las 11H00, en el domicilio de la compañía ubicado en las calles Pablo Suárez E6-121 y Antonio Navarro del Distrito Metropolitano de Quito. En cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 231 y 234 de la Ley de Compañías, el orden del día que se tratará en la Junta General Ordinaria de Socios es el siguiente: 1.

2. 3. 4.

Conocimiento de las cuentas, el balance, el estado de la cuenta de pérdidas y ganancias y sus anexos, los informes del ejercicio económico 2017 que presentará el Gerente General de la compañía acerca de los negocios sociales y dictar la resolución correspondiente. Conocimiento del Informe del Gerente General. Fijar la retribución de los administradores de la compañía. Resolver acerca de la distribución de los beneficios sociales.

En atención a lo prescrito en el artículo 292 de la Ley de Compañías, el balance general y el estado de la cuenta de pérdidas y ganancias y sus anexos, y la memoria del Gerente General, continúan a disposición de los socios, en las oficinas de la compañía, ubicadas en las calles Pablo Suárez E6-121 y Antonio Navarro del Distrito Metropolitano de Quito, para su conocimiento y estudio desde el 15 de marzo de 2018, los cuales sin perjuicio de lo anterior fueron remitidos a los correos electrónicos de los señores socios. Distrito Metropolitano de Quito, 03 de abril de 2018 María Paulina Zúñiga Orbe Gerente General COMERCIALIZADORA PINEDA & ASOCIADOS COMEXGROUPECUADOR CIA.LTDA.

PAP/70357/AS

CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 16 de marzo del 2018, las 12h36.- Agréguese al proceso el escrito que antecede. En atención al mismo, por intermedio de la secretaría de esta Unidad Judicial, confiérase el extracto, dispuesto en auto del 21 de agosto del 2017, las 08h37, y téngase en cuenta la autorización conferida a las defensoras técnicas, NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico. AB. VERONICA MENA T. SECRETARIA Hay firma y sello PAR/108415/AT EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: M I R E YA ALEJANDRA VEINTIMILLA RODRÍGUEZ ACTOR: Ab. Tamariz Cuzme Gabriela Gisell, procuradora judicial del Banco Pichincha C.A. D E M A N DA D O : M I R EYA ALEJANDRA VEINTIMILLA RODRÍGUEZ JUICIO EJECUTIVO No. 172332017-01258 FUNDAMENTO LEGAL 486 DEL CODIGO DE COMERCIO Y 347 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos OBJETO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN CUANTIA: USD $ 8000.00. DEFENSOR: : Ab. Tamariz Cuzme Gabriela Gisell UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, martes 12 de septiembre de 2017, las 15h49, VISTOS: Dra. Silvia Amelia Barba Ortiz, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil, con sede en la Parroquia de Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, amparada en lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República del Ecuador, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en virtud de la acción de personal No.- 2467-DNTH-2017JT, de fecha 1 de mayo del 2017, emitida por el Consejo de la Judicatura, y por el sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- Agréguese al proceso el escrito de fecha 27 de julio a las 2017, a las 10h47 que anteceden.- En lo principal se dispone: PRIMERO.- CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA Y ADMISIÓN A TRÁMITE: La demanda presentada por la Abogada Carla Lorena Cisneros Burbano, en calidad de procuradora Judicial del Banco Pichincha C.A. debidamente representado por el Dr. Jaime Manuel Flor Rubianes en calidad de Representante Jurídico de Banco Pichincha C.A., conforme la documentación adjunta, en contra de la demandada señora MIREYA ALEJANDRA VEINTIMILLA RODRÍGUEZ por su propios y personales derechos, por cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código

Orgánico General de Procesos - COGEP, se califica de clara y precisa, admitiéndole a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO.- La demanda se basa en un PAGARÉ A LA ORDEN, fundamentándose en lo previsto en los artículos 486, 487, 488 y 489 del Código de Comercio y los Arts. 10.3, 142, 196, 347, 348 y 349 del Código Orgánico General de Procesos. Al tenor del Art. 140 del Código Orgánico de la Función Judicial, permite al juzgador, aplicar el derecho que corresponda al proceso, aunque no haya sido invocado por las partes o lo haya sido invocado erróneamente; en otras palabras, en la especie cabe establecer lo prescrito en los Arts. 1453, 1454, 1461 y 1486 del Código Civil, indicando el nacimiento de las obligaciones, la voluntad del acto, de la persona legamente capaz, y de la obligación civil que da derecho para exigir su cumplimiento, indicando que contienen una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible. SEGUNDO.CITACIÓN: Se dispone citar a la demandada señora MIREYA ALEJANDRA VEINTIMILLA RODRÍGUEZ por su propios y personales derechos, en la dirección que indica la parte accionante en el libelo de la demanda, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos; para la práctica de esta diligencia, por Secretaría remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones, una vez que el interesado proporcione las copias necesarias de la demanda, de los documentos adjuntos y este auto inicial, mismas que deberán ser obtenidas a través de la oficina de Gestores del Archivo del Complejo Judicial, estableciendo así que la parte accionada ejerza su legítimo derecho a la defensa, conforme lo establece el Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador. TERCERO.- CONTESTACIÓN A LA DEMANDA: En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS, una vez citada legalmente, para que la demandada señora MIREYA ALEJANDRA VEINTIMILLA RODRÍGUEZ, CONTESTE la demanda en la cual podrá: 1. Pagar o cumplir con la obligación; 2. Formular Oposición acompañando la prueba conforme con lo previsto en el Código Orgánico General de Procesos; 3. Rindan caución con el objeto de suspender providencia preventiva, lo cual podrá hacer en cualquier momento del proceso, hasta antes de la sentencia; 4. Reconvenir al actor con otro título ejecutivo.- Dentro de la oposición podrán proponer las excepciones previas y taxativas enunciadas en los artículos 353 y 153 ibídem. Además deberá adjuntar la documentación viable para su defensa en virtud de lo previsto en el artículo 151 y 152 ibídem. Bajo prevención que si la parte demandada dentro del término concedido, (15 días término luego de haber sido citada) no cumple la obligación, ni propone excepciones o si las excepciones propuestas son distintas a las permitidas en el COGEP para este tipo de procesos, se pronunciará inmediatamente sentencia y la resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. CUARTO.- PRUEBA: Téngase como anuncios probatorios los propuestos por la accionante en su demanda, para los fines pertinentes. La demandada de igual forma, deberá tomar en cuenta los anuncios de prueba, a fin de que contradigan los mismos de conformidad al inciso segundo del Art. 151 del Código Orgánico General de Procesos. Se les recuerda a las partes que los anuncios de pruebas serán ADMITIDOS de ser pertinentes, útiles y conducentes en

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR la audiencia única de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos; y, siempre que exista oposición debidamente fundamentada a la demanda conforme lo previsto en el artículo 354 del COGEP. QUINTO.OTRAS DISPOSICIONES: La Resolución interpretativa No. 07-2015, de fecha 10 de junio del 2015, emitida por la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, en el Art. 5 establece que el impulso del proceso corresponde a las partes y la omisión de esta carga procesal no es atribuible a la o el juzgador. SEXTO.-NOTIFICACIONES Y CASILLERO: Téngase en cuenta el casillero judicial Nro. 385 y los correos electrónicos señalados por el actor en la calidad en la que actúa. Incorpórese al proceso toda la documentación adjunta. Actúe en calidad de secretaria titular de éste despacho la Ab. Mayra Jolima Zaruma Cando.NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- F).Dra. Barba Ortíz Silvia Amelia. JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 22 de marzo del 2018, las 15h37, En virtud del juramento rendido, el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a MIREYA ALEJANDRA VEINTIMILLA RODRÍGUEZ, por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación local, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto. Notifíquese.- F).- Dr. Edwin Cevallos Ampudia. JUEZ LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DEL LEY, PREVINIENDOL DE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL DENTRO DE LA PRESENTE CAUSA, PARA RECIBIR POSTERIORES NOTIFICACIONES. Ab. Gilber Colina SECRETARIO Hay firma y sello PAR/108424/AT EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: PILPUD ERAZO LIDIA MARITZA JUICIO: CONCURSAL No. 17230-2017-16077 CUANTIA: INDETERMINADA ACTOR: DR. JUAN JOSE TOS CA N O GARZONPROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A DEMANDADOS: PILPUD ERAZO LIDIA MARITZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 24 de noviembre del 2017, las 15h32.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito; y, en virtud del sorteo electrónico de ley que precede, la petición que antecede, presentada por Banco Pichincha C.A., en contra de la señora Lidia Maritza Pilpud Erazo; es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante concurso necesario de conformidad con el 422 ibídem. En virtud de la documentación adjunta y su contenido, se presume el esta-

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do de insolvencia, y se declara con lugar al concurso necesario, en consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1.- CÍTESE, a la demandada señora LIDIA MARITZA PILPUD ERAZO, en el lugar señalado en el libelo de la demanda, para que dentro del término de diez (10) días se oponga pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el Art. 426 ibídem, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina correspondiente a fin de dar cumplimiento con esta diligencia (el accionante provea de las copias necesarias para la citación); 2.- Una vez citado el deudor se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral primero del Art. 424 del COGEP; 3.- Se le requiere a la deudora señora Lidia Maritza Pilpud Erazo, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 4.- En el momento que determina ley se nombrará al síndico, para los efectos de lo establecido en el art. 434 del Cuerpo Legal invocado; y, será el depositario de los bienes del fallido; 5.- Se dispone la anotación de la insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura; 6.- Se ordena la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura el presente auto; 7.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra de la señora Lidia Maritza Pilpud Erazo; 8.- Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad de este Cantón el presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario; 9.-Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones; 10.- Se prohíbe que la deudora señora Lidia Maritza Pilpud Erazo, se ausente del territorio nacional, para el efecto se oficiará a la entidad correspondiente. Agréguese al expediente la documentación adjunta a la demanda. Téngase en cuenta el casillero y domicilio judicial designado por la parte accionante; así como, la calidad en la que comparece y la autorización que les confiere a sus abogados patrocinadores. Actúe la Dra. Rosa Guerrero Castro, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 21 de febrero del 2018, las 11h07, Agréguese al proceso los escritos que anteceden y la documentación adjunta.- Téngase en cuenta lo manifestado por la parte accionante.- Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de la demandada, se dispone: CÍTESE, de la demandada PILPUD ERAZO LIDIA MARITZA, mediante tres publicaciones en tres días distintos en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE..- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consi-


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MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

guientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAR/108439/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: VEGA MARTINEZ LEYDI TATIANA, DEL JUICIO VERBAL SUMARIO, PROPUESTO EN SU CONTRA POR: BANCO PICHINCHA C. A. ACTOR: BANCO PICHINCHA C. A. DEMANDADO: VEGA MARTINEZ LEYDI TATIANA JUICIO: No. 17230-2014-1792 TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: USD $ 8.000,oo FECHA DE INICIACIÓN: 29 de diciembre del 2014 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 29 de diciembre del 2014, las 16h05.- VISTOS: En virtud del sorteo realizado avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito .- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos establecidos en los Art.67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, consecuentemente se acepta a trámite en juicio Verbal Sumario. En consecuencia, entréguese copia de la demanda y el presente auto a LEYDI TATIANA VEGA MARTINEZ en la dirección que se señala en la petición precedente.- Tómese en cuenta el domicilio legal señalado por el actor la calidad con la que comparece a juicio, casillero judicial No.1039 y la dirección dirección electrónica consignada por el accionante.- Agréguense al proceso los documentos presentados.- NOTIFIQUESE.OT R A P R OV I D E N C I A : UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 13 de marzo del 2018, las 14h35.- Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia anterior, atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la señora VEGA MARTINEZ LEYDI TATIANA, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.NOTIFIQUESE.- f) Ab. Salto Pintos Luis. Juez.Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. Ab. Víctor Reyes Ch. S EC R E TA R I O DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAR/108440/AT EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA

PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: CARRILLO SINALUISA PABLO EUSEVIO ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. A TRAVÉS DE SU PROCURADOR JUDICIAL DR. JUAN JOSE TOSCANO GARZON. DEMANDADO: CARRILLO SINALUISA PABLO EUSEVIO JUICIO CONCURSAL No. 17233-2017-00161 FUNDAMENTO LEGAL 414 inciso primero, 416 numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos. OBJETO: CONCURSO DE ACREEDORES. CUANTIA: INDETERMINADA. DEFENSOR: Ab. Margoth Tayo Villalva. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, martes 16 de mayo de 2017, las 13h19. VISTOS.- En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, según acción de personal 3582-DP17-2017-MP, avoco conocimiento de la presente causa, entregada al suscrito el viernes 12 de mayo del 2017.PRIMERO.- CALIFICACIÓN.La solicitud de insolvencia y concurso de acreedores cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que

se admite a trámite mediante CONCURSO NECESARIO de conformidad con los Art. 414, 416, 422, 424 y más pertinentes ibídem.- SEGUNDO.- De las copias certificadas que se agregan y que corresponden al juicio ejecutivo No. 1732520140995, consta la razón de fecha 22 de noviembre del 2016, suscrita por el Ab. Carlos Olivo Ortiz, Secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, quien certifica que el señor PABLO EUSEVIO CARRILLO SINALUISA no ha pagado a la parte actora el valor del mandamiento de ejecución expedido el 12 de mayo del 2016 que asciende a la suma de US$ 13.803,57 en que están incluidos el capital e intereses reconocidos en sentencia, como tampoco ha dimitido bienes equivalentes; en tal virtud, de conformidad al numeral 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA y SE DECLARA LA NTERDICCIÓN del señor PABLO EUSEVIO CARRILLO SINALUISA, por sus propios y personales derechos, con número de cedula 1710045186; en consecuencia de conformidad a lo previsto en el artículo 424 ibídem se declara con lugar al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: TERCERO.CITACIÓN.- Se ordena la citación en el lugar señalado al señor PABLO EUSEVIO CARRILLO SINALUISA, por sus propios derechos, con una copia de la demanda y este auto inicial, de acuerdo con los Arts. 53 y siguientes del COGEP, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, diligencia que

Todos tendemos a juzgarnos por nuestros ideales, y a los demás, por sus actos. HarolD nicHolSon.

se efectuará por medio de la Empresa Pública de Correos del Ecuador EP.CUARTO.- CONTESTACIÓN.Se concede al fallido el término de DIEZ DÍAS (10) a partir de la citación para que se oponga pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el Art. 426 del Código Orgánico General de Procesos.QUINTO.- DILIGENCIAS.- 1.Oportunamente y una vez citado el deudor se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral 1 del Art. 424 del COGEP; 2.- Se requiere al deudor conforme al numeral 2 del artículo 424 COGEP, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 3.- Se designa como Síndica a CALERO MUÑOZ DORIS PAULINA (09951557646/ doris.calero@hotmail.com) quien se le notificará en legal forma, y será la depositaria de los bienes del fallido, para lo cual, se le designará día y hora para su posesión así como el término para la presentación del respectivo informe, una vez que haya fenecido el término para que el demandado presente oposición y no lo hiciere; 4.- No se dispone la práctica del embargo señalado en el número 4 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos por cuanto no se ha justificado lo determinado en el inciso segundo del Art. 375 y numeral 4 del artículo 377 del invocado cuerpo legal; 5.- Se dispone la anotación de insolvencia en el registro virtual del Consejo de la Judicatura

conforme el numeral 5 del Art. 423 ibídem; 6.- Únicamente después de transcurridos los diez días concedidos para la oposición del deudor conforme el Art. 426 ibídem, se publicará en la página web del Consejo de la Judicatura el auto que se declara la insolvencia, conforme dispone el numeral 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos; 7.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra del señor PABLO EUSEVIO CARRILLO SINALUISA; 8.- Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, tanto en el Registro de la Propiedad como en el Registro Mercantil de este cantón Quito; 9.- Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 10- Se prohíbe al señor PABLO EUSEVIO CARRILLO SINALUISA, con cedula de ciudadanía 1710045186, ausentarse del territorio nacional ecuatoriano, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio.SEXTO.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.-Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el patrocinador de la entidad accionante y demás profesionales nominados en la demanda.-Actúa la Ab. Lourdes González en su calidad de Secretario encargado.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

Quito, 04 de abril de 2018

Sangolquí, 29 de marzo del 2018

PRIMERA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA HORTUMCLUS CIA. LTDA.

CONVOCATORIA

Se comunica a los Socios de la compañía HORTUMCLUS CIA. LTDA., a la PRIMERA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS, a realizarse el viernes 13 de abril de 2018 a las 14H00, en el domicilio de la compañía ubicado en las calles Víctor Emilio Estrada Oe10-196 y Francisco de Goya de la ciudad de Quito, para tratar y resolver sobre los siguientes puntos del orden del día: 1.

2. 3.

Conocer y resolver sobre el informe de la Gerencia General (Informe de Gerencia), concerniente a los negocios sociales correspondientes al ejercicio económico del año 2017; Conocer y resolver sobre el balance general y estado de pérdidas y ganancias del ejercicio económico del año 2017; y, Resolver acerca de la distribución o destino de los beneficios sociales (Utilidades), en caso de haberlos.

Los respaldos documentales e informativos que serán tratados en la Junta General convocada, se encuentran para su disposición en las oficinas de la compañía. Atentamente, Ing. Hugo Astudillo GERENTE GENERAL

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De conformidad con los estatutos de nuestra entidad y la Ley de Compañías, Convócase a Junta General Extra Ordinaria a los señores accionistas de la Compañía de Transportes Vingala C.A. y de manera especial a la señora Alexandra López Comisario de Cuentas, para el día viernes 13 de abril del 2018 a las 14:00 horas, en el local de la Sede Social de la Compañía ubicada en las calles Célica lote 2 y Pedro Moncayo para considerar el siguiente orden del día: 1. 2. 3. 4.

Lectura Acta Anterior Análisis y aprobación presupuesto 2018 Análisis y Resolución del Consorcio con la Compañía Turismo. Lectura y aprobación del acta.

Cabe mencionar que su asistencia es obligatoria y solicitamos puntualidad. Atentamente, Sr. HECTOR MARTINEZ BRITO PRESIDENTE CIA. VINGALA.

PAP/70366/AS

F).- Dr. Pancho Males Edwin. JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 19 de marzo del 2018, las 12h02, En virtud del juramento rendido, el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a CARRILLO SINALUISA PABLO EUSEVIO, por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación local, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto. Notifíquese.- F).Dr. Edwin Cevallos Ampudia, JUEZ.LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DEL LEY, PREVINIENDOL DE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL DENTRO DE LA PRESENTE CAUSA, PARA RECIBIR POSTERIORES NOTIFICACIONES. Ab. Gilber Colina SECRETARIO Hay firma y sello PAR/108441/AT EXTRACTO CASILLA: 1491 CITACIÓN JUDICIAL A: FLORES PEÑAHERRERA JORGE HERNAN JUICIO: MONITORIO No. 17230-2017-01395-C.E. CUANTIA: 10.406,17 USD ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A., ARIAS CORONEL JAIME PATRICIO (REPRESENTANTE) D E M A N DA D O : F LO R ES PEÑAHERRERA JORGE

HERNAN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 2 de febrero del 2017, las 10h33.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Encargada del Despacho de la Dra. Celma Espinosa, en virtud de la razón del sorteo realizado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Código Orgánico General de Procesos COGEP.PRIMERO: La demanda presentada por Mg. Jaime Patricio Arias Coronel, en calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A., es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los Arts. 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), y está fundamentada en documentos previstos en el numeral 2 del Art. 356 ibídem; por lo que, se la admite a trámite mediante procedimiento monitorio.- SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el Art. 358 del COGEP, se dispone que el demandado señor JORGE HERNAN FLORES PEÑAHERRERA, en el término de QUINCE (15) días contados a partir de la citación, pague la obligación demandada por concepto del pago de consumos realizados por la compra y/o adquisición de bienes y servicios con la tarjeta de crédito VISA BANCO DEL PICHINCHA No. 4460050000048678, por el valor de USD $10.160,52 (DIEZ MIL CIENTO SESENTA DOLARES 52/100 o presente oposición, proponiendo las excepciones de las que se crea asistido, bajo la prevención de que, en caso de no comparecer

dentro del término concedido o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del Art. 358 del COGEP que ordena: “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución, (…)”; caso en el cual, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 360 ibídem, además se deberá cancelar el máximo interés convencional y de mora, calculado a la tasa fijada por el organismo regulador del Sistema Monetario y Financiero, de acuerdo al segmento de crédito, que se generen desde la citación con la demanda; intereses que serán calculados únicamente sobre el capital constante en el resumen del estado de cuenta materia del litigio (fs. 2). Valores que serán liquidados pericialmente. El valor que se dispone su pago, corresponde al capital más intereses (normal y de mora), los demás rubros constantes en la Liquidación, no se hallan debidamente documentados por lo que no se mandan a pagar. - TERCERO: CÍTESE con el contenido de la demanda, escrito anterior y este auto interlocutorio de pago al accionado, señor JORGE HERNAN FLORES PEÑAHERRERA, en el lugar que se indica en el escrito de demanda, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 y siguientes del COGEP; previniéndole de la

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA GLOBAL RENT A CAR PROAÑO TITUAÑA TAXI EJECUTIVO S.A En virtud de lo establecido en la ley de compañías y en el estatuto social, se convoca a los Accionistas de la compañía GLOBAL RENT A CAR PROAÑO TITUAÑA TAXI EJECUTIVO S.A a Junta General Ordinaria, la misma que se llevara a cabo el día Viernes 20 de abril del 2018, a las diez (10) horas, en la oficina y domicilio principal de la compañía ubicado en la calle Jaime Roldos Aguilera, N115 y República Dominicana, barrio Carcelén, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, con la finalidad de conocer y resolver el siguiente orden del día: 1.

Conocer las cuentas, los balances y los estados financieros de la Compañía correspondientes al ejercicio económico comprendido entre el 7 de febrero de 2014, del 1 de enero al 31 de diciembre 2015, ejercicio 2016; y, aprobar los balances rectificatorios de los ejercicios antes mencionados. Conocer y aprobar las cuentas, los balances y los estados financieros de la Compañía correspondientes al ejercicio económico comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2017; Conocer el Informe del Gerente General sobre la administración, actividades y de más negocios sociales de los períodos económicos 2014, 2015, 2016; y, 2017 Conocer y aprobar el informe del Comisario; y, Elección de comisario. Conocer y resolver sobre el plan anual de actividades y analizar y aprobar su presupuesto. Conocer y resolver sobre las cuentas por cobrar.

2. 3. 4. 5. 6. 7.

Se convoca, especial e individualmente, al Comisario de la Compañía señor Gonzalo Hinojosa El balance General, el estado de las cuentas pérdidas y ganancias y sus anexos, así como, el informe memoria de la administración y el informe de Comisario, se encuentra a disposición de los señores Accionistas, para su estudio y conocimiento, en la oficina de la Compañía, en la dirección antes indicada. La exhibición de los documentos descritos, se llevará a cabo desde la publicación de la presente convocatoria. SEGUNDO PROAÑO GERENTE GLOBAL RENT A CAR PROAÑO TITUAÑA TAXI EJECUTIVO S.A PAP/70364/AS

Quito D.M., 2 de abril de 2018


obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica. Para el efecto, remítanse las boletas de citación a la oficina correspondiente. CUARTO: Considérese el anuncio de prueba realizado en el libelo inicial de la demanda, para lo cual se observará lo previsto en el Art. 359 ibídem, en el evento de que se formule oposición.Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda y escrito de aclaración a la misma; téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial y electrónica señaladas por el actor para sus notificaciones y la autorización que confiere a sus defensores técnicos.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- F) Dra. Lizbeth Ron Cadena.- Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 29 de septiembre del 2017, las 12h18.- Vistos: Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia del demandado señor FLORES PEÑAHERRERA JORGE HERNAN, se dispone: CÍTESE al demandado señor FLORES PEÑAHERRERA JORGE HERNAN, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.- F) DRA. CELMA ESPINOSA VENEGAS. JUEZA Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad

de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAR/108450/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CÍTESE A EDWAR BOLIVAR ALABUELA TOAPANTA EXTRACTO JUDICIAL JUICIO No.: 17204-2017-02101 ACCION: PARTICIÓN DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL P A R T E ACTO RA : M O N T E N EG RO PATIÑO ILDA ALICIA PA R T E D E M A N DA DA : ALABUELA TOAPANTA EDWAR BOLIVAR PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ:DR. VICTOR GABRIEL VISCARRA TORRES UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 3 de mayo del 2017, las 12h59. VISTOS: Incorpórense a los autos el escrito, certificado de gravamen y copias certificadas que anteceden.- Una vez que se ha completado la demanda dentro del término legal, amparado a lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y Art. 113 del Código Civil vigente a la fecha de presentación de la demanda y en cumplimiento de la Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura Nro. 051-2017 de

17 de Abril de 2017; avoco conocimiento en mi calidad de Juez Ponente de esta Unidad Judicial.- En lo principal y encontrándose legalmente radicada mi competencia, la solicitud de PARTICION DE LOS BIENES ADQUIRIDOS EN LA EXTINTA SOCIEDAD CONYUGAL propuesta por MONTENEGRO PATIÑO ILDA ALICIA por intermedio de su procurador judicial DR. LUIS OCTAVIO LLERENA MEZA que antecede reúne los requisitos de ley por lo que se le acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO previsto en el artículo 334 numeral 5) del Código Orgánico General de Procesos.- Concurrentemente se dispone: 1) CÍTESE con la solicitud y este auto a la parte demandada ALABUELA TOAPANTA EDWAR BOLÍVAR en el domicilio señalado por la parte actora, así como al señor Alcalde y Procurador Síndico del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito en el lugar conocido por el señor Actuario; para efectos de la citación la parte accionante de forma inmediata provea de las copias suficientes para la misma, hecho lo cual remítase el despacho legal suficiente por medio de Secretaría, previniéndole a la parte demandada sobre lo establecido en el Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos y de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad de Quito y correo electrónico para posteriores notificaciones, caso contrario se continuará la causa en rebeldía.- 2) Continuando con la sustanciación de la causa una vez citada la parte demandada, se procederá conforme lo establece el Art. 335 inciso tercero del Código Orgánico General de Procesos.- 3) Ofíciese por medio de Secretaria al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito a fin de que emitan el informe favorable del respec-

Quito, 03 de abril del 2018 CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA RESCOMON CIA. LTDA. Olvin Enrique Mora Baquedano, en mi calidad de Presidente de la compañía RESCOMON CIA. LTDA., y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 119 de la Ley de Compañías, el Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas de las Compañías de Responsabilidad Limitada, Anónimas, en Comandita por Acciones y Economía Mixta y lo dispuesto en el artículo décimo sexto del Estatuto de la Compañía, convoca a junta general extraordinaria a los socios y comisario de LA COMPAÑÍA RESCOMON CIA. LTDA., la cual se realizará el día viernes 13 de abril del 2018, a las 09:00 am, en el domicilio legal de la compañía, ubicado en la calle Sodiro N14-20 y Luis Saá, Edificio Daniel Cadena, oficina 206, de este Cantón Quito, Distrito Metropolitano, Provincia de Pichincha; a fin de tratar el siguiente orden del día: ORDEN DEL DÍA: 1.

Conforme lo dispuesto por el literal e) del artículo Vigésimo del Estatuto de la compañía RESCOMON CIA. LTDA., autorizar la venta de los bienes inmuebles de la compañía Atentamente, Olvin Mora Baquedano Presidente C.C. 1202115877

Todo poder cae a impulsos del mal que ha hecho. Cada falta que ha cometido se convierte, tarde o temprano, en un ariete que contribuye a derribarlo. c o n c e p c i ó n a r e na l . Escritora española.

tivo concejo, requisito con el cual no se podrá convocar a audiencia, para lo cual la parte actora deberá realizar todas las gestiones y diligencias que sean necesarias, siendo de su estricta responsabilidad contar con dicho informe, lo que se exige conforme lo establecido en el Art. 473 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y D esce n t ra l i za c i ó n . 4) Agréguese a los autos los documentos que se acompañan a la demanda y que de ser procedente serán tomando en cuenta en el momento procesal oportuno.- 5) Tómese en cuenta la casilla judicial No. 2275 de esta ciudad de Quito y correo electrónico señalado por la parte actora para sus notificaciones así como la autorización conferida a su defensa técnica.- Actúe la abogada Rocío Martínez Benítez en calidad de Secretaria Jurisdiccional de esta Unidad Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f) DR. VICTOR VISCARRA, JUEZ. OTRA PROVIDENCIA Quito, miércoles 14 de marzo del 2018, las 16h18, Una vez que de autos consta el oficio del Ministerio de Relaciones Exteriores y la declaración juramentada hecha por la accionante por intermedio de su Procurador Judicial; de conformidad a lo que establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que por medio de Secretaría se conceda el extracto para la diligencia de citación al demandado de la presente causa, misma que se realizará

SEGUNDA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA MIGRATAXI S.A. De conformidad a la Ley de Compañías y al Estatuto Social de la Empresa, se convoca a los señores Accionistas de la Compañía MIGRATAXI S.A., a la Junta General Extraordinaria que se realizará el día JUEVES 12 de Abril del 2018 a las 10:00 am, en la Iglesia de San Isidro del Inca en las calles Las Madres y California Alta, del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha para tratar el siguiente orden del día: 1. 2. 3. 4. 5.

Constatación del quórum. Aprobación del Informe de Gerente del año 2017. Aprobación del Informe de Comisario del año 2017. Análisis y Aprobación de los Estados Financieros del ejercicio económico 2017. Resolución sobre los resultados obtenidos en el año 2017.

Se convoca de manera especial e individual al Señor ESPIN QUEVEDO MILTON GUIDO. Comisario Principal de la compañía, domiciliado en la ciudad de Quito en Pasaje C 43 y Veracruz Sector Guamani. Los informes, anexos, estados financieros y demás documentos a tratarse en la junta general están a disposición de los señores accionistas para su revisión en la oficina de la Compañía Migrataxi S. A. ubicada en de los Nogales N50-121 y California Alta Edif. Peralta del Distrito Metropolitano de Quito.

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN RUMIÑAHUI C I TA C I Ó N JUDICIAL PARA LOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DEL EXTINTO VICTOR HUMBERTO ZAPATA ACTORES: BLANCA PUENTE SOSA, VICTOR GUILLERMO ZAPATA PUENTE Y CRISTINA LORENA ZAPATA PUENTE DEMANDADOS: PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DEL EXTINTO VICTOR HUMBERTO ZAPATA JUICIO: APERTURA DE CAJA O CASILLEROS DE SEGURIDAD CAUSA NUMERO: 172052018-00028G CUANTIA: INDETERMINADA P RO C E D I M I E N TO : DILIGENCIA PREPARATORIA (Art. 122 y 123 COGEP) ABOGADO: AB. DAISY PAOLA YANEZ CASILLERO JUDICIAL: 44 CORREO ELECTRONICO: Ritaperalvo@gmail.com UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, viernes 2 de marzo del 2018, las 15h34, VISTOS: Dra. Mercedes Ribadeneira Coloma, Jueza de este despacho avoco conocimiento de la presente causa mediante acción de personal Nro. 1715-DP17-2018-VS, y en virtud del sorteo legal. Hágase parte del proceso el

Sr. César Rocha C. PRESIDENTE

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR tos y desconocidos del señor VICTOR HUMBERTO ZAPATA (padre), de conformidad con los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un períodico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación, para lo cual se proveerá del extracto correspondiente.- 5) Una vez que conste en autos haberse realizado la citación y notificacion en legal y debida forma a petición de parte se señalara día y hora para la diligencia solicitada.Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y correo electrónico señalados así como la autorización conferida a su defensa.- [5] DOCUMENTOS: Agréguese a los autos los documentos que acompañan los Accionantes en su demanda.- [6] NOTIFICACIONES: Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados por los Accionantes para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado defensor.Actúe la Actúe el Dr. Victor Sola Coello, Secretario de la Unidad.- CÍTESE, OFÍCIESE Y NOTIFÍQUESE.- f).- Dra. M E RC E D ES A N G E L I CA RIBADENERIA COLOMA.JUEZA. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, jueves 22 de marzo del 2018, las 08h26, VISTOS: Una vez que la accionante señora BLANCA PUENTE SOSA apoderada General de los señores Víctor Guillermo y Cristina Lorena Zapata Puente, ha rendido su juramento de declaración de desconocimiento de domicilio, de conformidad con lo previsto por el Art. 56 inciso 1 del Código General de Procesos

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTE INTERNACIONAL ROCALOBA CIA LTDA De conformidad a las disposiciones de la Ley de Compañía y los estatutos sociales; se convoca a la Junta General Ordinaria de Socios de la compañía TRANSPORTE INTERNACIONAL ROCALOBA CIA.LTDA., la misma que tendrá lugar en la ciudad de Quito, en el domicilio ubicado en la Pereira E4-23 y Jorge Drom Edificio Iñaquito II Oficina 603, el día Jueves 12 de Abril del 2018, a partir de las 15:00 pm, en donde se trataran los siguientes puntos: 1. 2. 3. 4. 5.

NOTA: Segunda convocatoria como dispone la Ley.

6.

Constatación del Quórum. Conocer y resolver sobre el Informe de la Gerencia General del ejercicio económico del 2017. Conocer y resolver sobre el Informe del Comisario del ejercicio económico del 2017. Conocer y resolver sobre el Informe de Auditoría Externa del ejercicio económico del 2017. Conocer y resolver sobre el Estado de Situación Financiera, Estado de Pérdidas y Ganancias del ejercicio económico 2017. Resolución sobre el destino de las utilidades del ejercicio económico 2017.

Quito, 02 de Abril del 2018

Sr. Ricardo Encalada S. GERENTE D. M. Quito, 3 de Abril del 2018. PAP/70361/AS

mediante tres publicaciones hechas por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de ciudad de Quito.Notifíquese. Lo que comunico a para los fines de ley. AB. ROCIO MARTINEZ BENITEZ SECRETARIA TITULAR Hay firma y sello PAR/108465/AT

escrito y anexos presentado por los Accionantes los señores: Puente Sosa Blanca, Zapata Puente Cristina Lorena, Zapata Puente Victor, de fecha martes 01 de febrero del 2018, las 15h53 y presentado para el despacho el día de hoy. Dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación de fecha jueves 30 de enero del 2018, las 08h13.- 1) CALIFICACIÓN: La solicitud de diligencia de apertura de cajas o casilleros de seguridad en las instituciones del sistema financiero, que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la admite a trámite contemplado en el Art. 121 del Código Orgánico General de Procesos.- 2) CITACIÓN.CÍTESE con la demanda inicial y este auto al demandado señor Econ. AURELIO FERNANDO POZO CRESPO, en su calidad de Representante Legal del Banco Pichincha quien se encargará de notificar a los demás funcionarios cuya intervención sea necesaria para la práctica de la diligencia en legal y debida forma, mediante DEPRECATORIO dirigido a la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, se prevendrá al demandado de la obligación de comparecer a juicio; 3) NOTIFIQUESE con el presente Auto a la señora MARIA LORENA PAREDES, en calidad de Gerente Comercial y Servicios de la Agencia Portugal del Banco Pichinchna, mediante DEPRECATORIO dirigido a la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, se prevendrá al demandado de la obligación de comparecer a juicio Y cuéntese con los interesados que se presenten haciendo valer sus derechos en forma legal ; 4) Los Accionantes comparezcan en los próximos tres días en el horario de 14h00 a 16h00, con sus documentos personales originales y copias a color, a dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, esto es rinda juramento que pese a las averiguaciones y gestiones que ha realizado, ha sido imposible determinar el domicilio o residencia de los presuntos y desconocidos herederos del VICTOR HUMBERTO ZAPATA. Hecho que sea cítese por la prensa a los herederos presun-

PAP/70363/AS

Lcdo. José López Melo GERENTE GENERAL

PAB/19200/AS

C13

y la afirmación bajo juramento de la actora de que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de los demandados, cítese con el auto de calificación y este auto, a los presuntos y desconocidos herederos del señor VICTOR HUMBERTO ZAPATA, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita a nivel nacional, de conformidad con los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación, para lo cual se proveerá del extracto correspondiente.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f).Dra. MERCEDES ANGELICA RIBADENERIA COLOMA.JUEZA. LO QUE COMUNICO AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS FINES DE LEY.SANGOLQUI 26 DE MARZO DEL 2018.- CERTIFICO. Dr. Víctor Miguel Solá Coello SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI Hay firma y sello PAC109992fa NOTARÍA VIGÉSIMA SEGUNDA DEL CANTÓN QUITO EXTRACTO AL PÚBLICO Se pone en conocimiento del público en general y para los fines legales consiguientes, que en la Notaría Vigésima Segunda del cantón Quito, se ha procedido a suscribir con fecha veinte y uno de marzo del año dos mil dieciocho, la escritura pública de constitución de la sociedad civil y Mercantil cuyos datos son: 1)Denominación Social: “ASCORA S.C.C.”; 2)Nacionalidad: ecuatoriana; 3)Domicilio Principal: Distrito Metropolitano de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha; 4)Objeto social: La producción y comercialización de químicos y productos químicos como fertilizantes y otros, la importación y exportación de químicos y productos químicos como fertilizantes y otros, la compra venta y representación de químicos y productos químicos como fertilizantes y otros; 5)Capital social es de CINCO MIL DÓLARES AMERICANOS (5.000,00); y, 6)Plazo de duración es de cincuenta (50) años. Quito a tres de abril de dos mil dieciocho.DOCTOR ALEX DAVID MEJIA VITERI N O TA R I O VIGÉSIMO SEGUNDO DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAC109983fa Casilla judicial 5685 UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO E X T RACTO CAU SA A L I M E N TOS N o. DE JUICIO 17203-2017-11868 DEMANDADO/A SUAREZ PEÑA MARIA FERNANDA ACTOR/A MONTAÑO BRICEÑO SEGUNDO PATRICIO CUANTIA INDETERMINADA JUEZ/A DR. MAX MALDONADO D E M A N DA . M O N TA Ñ O BRICEÑO SEGUNDO PATRICIO , con CC 1103298087 de ocupación empleado priva-


REVISTA JUDICIAL C14

MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

do y domiciliado en Madrid España, presenta la demanda de alimentos en contra de la señora SUAREZ PEÑA MARIA FERNANDA, a favor de sus dos hijos , en razón de que el actor tiene la patria potestad, tenencia y cuidado de los menores amparada en los artículos pertinentes de la Costitucion de la Republica y de la ley de la materia. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, 10 de enero de 2018, las 15h30VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito.-, Y en esta fecha se me pone en conocimiento.- a) En lo principal, la DEMANDA DE PENSION ALIMENTICIA propuesta por MONTAÑO BRICEÑO SEGUNDO PATRICIO en contra de SUAREZ PEÑA MARIA FERNANDA, reúne los requisitos formales contemplados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia se califica la demanda, y se acepta a trámite, en procedimiento sumario, conforme lo prescrito en el Art. 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. b) Conforme lo estipulado en el Art. 146 inciso tercero del Código Orgánico General de Procesos, se regula como pensión provisional la suma de CIENTO SESENTA Y DOS CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, más los beneficios legales, en favor de NAYELI FERNANDA Y JHANDRY PATRICIO MONTAÑO SAUREZ , cantidad que deberá ser depositada por la demandada señora SUAREZ PEÑA MARIA FERNANDA, en mesadas anticipadas, dentro de los primeros cinco días de cada mes, para lo cual se dispone remitir el expediente a la Oficina de Pagaduría de la Unidad judicial, para la vinculación de la cuenta de ahorros del Banco Pacifico No. 1051283840 al Sistema Único de Pensiones alimenticias (SUPA); la pensión antes fijada rige a partir del 14 de noviembre del 2017, es decir desde la fecha de presentación de la demanda. c) CITACIÓN, cumplido que ha sido el juramento previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos conforme consta del acta de fojas 34 de los autos se dispone: una vez que el accionante ha justificado documentadamente haber realizado todas las diligencias posibles a fin de localizar a la demandada y por cuanto ha rendido su juramento conforme lo establece la referida norma en su inciso segundo.Cítese a la demandada señora MARIA FERNANDA SUAREZ

PEÑA, mediante tres publicaciones que se deberán realizar en tres fechas distintas en uno de los diarios de circulación nacional, para cuyo efecto por secretaría se remitirá el extracto respectivo en el que deberá constar una síntesis de la demanda, el auto de calificación.- Se advierte a la demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar casilla judicial y correo electrónico en esta ciudad de Quito y dentro de la presente causa asignada con el No. 17203-2017-11868, según lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos para recibir sus notificaciones, través de un profesional del Derecho con la respectiva Procuración Judicial, con las debidas facultades previstas para este tipo de casos así como, que en caso de no comparecer dentro de veinte días después de la última publicación, podrá ser juzgado y declarado en rebeldía.-d) A la luz de lo prescrito en el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada el término de diez días para que dé contestación a la demanda. e) En atención a los medios de prueba ofrecidos por el actor, se dispone: 1) Ofíciese al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, a fin de que en el término de cuarenta y ocho horas contados a partir de su notificación, conforme lo establece el Art. Innumerado 18 de la Ley Reformatoria del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, para que certifique el reporte de remuneraciones de la o el demandado señora MARIA FERNANDA SUAREZ PEÑA, portador de la C.C. No. 110389210-3 .- (f) Conforme lo previsto en los artículos 188 y 333 numeral 4 del Código Orgánico General del Procesos en AUDIENCIA ÚNICA recéptese la declaración de parte de la señora MARIA FERNANDA SUAREZ PEÑA.-(g) No se dispone la medida cautelar de la prohibición de ausentarse del territorio nacional del demandado, en cumplimiento a lo dispuesto en Sentencia No. 012-17-SIN-CC emitida por la Corte Constitucional del Ecuador, aprobada por el Pleno de la Corte Constitucional el 10 de mayo de 2017 y suscrita por el Presidente el 19 de mayo de 2017, numeral 4 de la misma.- (h).-Téngase en cuenta el anuncio de prueba documental que realiza parte actora.-(i) Téngase en cuenta la cuantía y el trámite señalado. HAGASE SABER. Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB. DAISY ZABALA AGUILAR SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Hay firma y sello P-230707/MFPAP70323 R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-

PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: A LOS HEREDEROS DE LOS QUE EN VIDA SE LLAMARON TAPUY SHIGUANGO BLAS EDUARDO Y SHIGUANGO GREFA JACINTA JOAQUINA, SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENAPROVINCIA DE NAPO, la Sra. GREFA TANGUILA MARGARITA, ha presentado un juicio ORDINARIO, en contra de: TAPUY SHIGUANGO BLAS EDUARDO, CASTRO MARTINEZ R O B E R TO CARLOS, al cual se le asignó el No. 15301-2013-0248, cuyo extracto es como sigue: AUTO 20/09/2013, 16h53: “VISTOS: La demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los demás requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite ordinario, disponiéndose correr traslado con la demanda y ésta providencia a los demandados señores: Domingo Tapuy Shiguango y Roberto Carlos Castro Martínez en sus calidades de herederos de los señores Jacinta Joaquina Shiguango Grefa y Blas Eduardo Tapuy Shiguango (…)Cíteseles a los demandados: Domingo Tapuy Shiguango en su calidad de herederos del señor Blas Eduardo Tapuy Shiguango, en el lugar que se indica, mediante comisión dirigida al señor comisario Nacional de Policía del cantón Archidona; al señor Roberto Carlos Castro Martínez, mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de lo Civil de Pichincha; para que dentro del término legal de quince días contesten proponiendo conjuntamente las excepciones dilatorias y perentorias de que se crean asistidos, con apercibimiento en rebeldía. Agréguese al proceso la documentación adjunta.- NOTIFÍQUESE.” AUTO 20/02/2018, 16H37, “(…) 1) Dese cumplimiento a lo resuelto por la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Napo; esto es, cítense a los herederos de los demandados quienes en vida se llamaron TAPUY SHIGUANGO BLAS EDUARDO y SHIGUANGO GREFA JACINTA JOAQUINA, mediante la publicación por el diario “LA HORA”, tal como lo prescribe el Art. 83 de Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Art 82 del mismo cuerpo de Ley; para el efecto, la Actuaria de este despacho concederá de forma inmediata el extracto respectivo.-“ Lo certifico, Tena, 16 de marzo de 2018. Ab. Jennfier Zúñiga Galviz S EC R E TA R I A U N I DA D JUDICIAL CIVIL Hay Firma y Sello PAP/70312/AS EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL POR LA PRENSA: DEMANDADO BYRON ALBERTO DE LOS RÍOS AREVALO REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA SERGEOMIN ECUADOR S.A. DOMICILIO DEL ACTOR: Casillero Judicial Nº 45 y correos electrónicos victormoncada1957@hotmail.com

AVISO DE ACREEDORES

De conformidad con el Art. 393 de la LEY DE COMPAÑÍAS, y el Art. 27 del REGLAMENTO SOBRE INACTIVIDAD, DISOLUCION, LIQUIDACION, REACTIVACION Y CANCELACION DE COMPAÑIAS NACIONALES, Y CANCELACION DEL PERMISO DE OPERACION DE SUCURSALES DE COMPAÑIAS EXTRANJERAS, se notifica a los acreedores de la compañía CARTZANY S.A., EN LIQUIDACIÓN para que en el término de veinte días contados desde la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho, en la Urbanización El condado, calle Q N73-68 y Av. A, de la ciudad de Quito, Republica del Ecuador. JESSICA PAOLA RUBIO CASTAÑEL LIQUIDADORA P AR/108411/AT

Todos somos iguales ante la ley, pero no ante los encargados de aplicarla. S ta n i S l aw J e r z y l e c . Escritor polaco. y dr.guillermoortiz@hotmail. com CUANTIA: USD. 20.300 JUEZA: Dra. Elizabeth Rubio Rivera. SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. DEMANDA: En Juicio Sumario No. 22331-2017-00282 que sigue el señor VICTOR MIGUEL MONCADA GUILLIN, en contra del señor BYRON ALBERTO DE LOS RÍOS AREVALO representante legal de la compañía SERGEOMIN ECUADOR S.A., fundamentada en el literal a) del Art. 30 y 42 de la Ley de Inquilinato, y disposición reformatoria Primera numeral 2 publicada en el suplemento del Registro oficial NO. 506 de 22 de mayo del año 2015, incorporadas al Código Orgánico General de Procesos, así como el Art. 1883 del Código Civil, el actor es propietario de un inmueble compuesto de terreno y casa, signada con el No. 201, de 4 plantas y un garaje en la parte posterior, ubicada en la Av. Quito y Av. Colombia, del barrio Central de esta ciudad de Nueva Loja, desde el 1 de noviembre del 2013, se ha dado en arrendamiento a la empresa SERGEOMIN ECUADOR S.A., con RUC 1792220343001, representado por el señor BYRON ALBERTO DE LOS RIOS AREVALO, con cédula NO. 1705978870, y en calidad de arrendatario que viene ocupando una extensión de 200 metros cuadrados de espacio abierto o garaje para el estacionamiento de unos CAMPERS o remolques habitables, pagando un canon arrendaticio mensual inicial y hasta la actualidad de 600 dólares de los Estado Unidos de América por mes más IVA; además del garaje, también en la misma calidad arrendataria la empresa demandada viene ocupando una bodega de 20 metros de área, ubicada en la primera planta de la edificación antes indicada, en la suma de 100 dólares de los Estados Unidos de América por mes, más el IVA. Sumados los cánones arrendaticios del garaje y bodega, suman un total de canon arrendaticio de SETECIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS por mes, más el IVA. Por la confianza que nos teníamos entre el representante legal de mi arrendataria y el compareciente, no se suscribió un contrato de arrendamiento, sin embargo me venían pagando las mensualidades mes a mes mediante las correspondientes facturas. Mi referida arrendataria, aunque con retraso en los meses de pago, ya que el contrato fue que me pagara por adelantado y dentro de los primeros cinco días de cada mes me vinieron pagando hasta el mes de febrero del 2015. Desde el mes de marzo del 2015, mi arrendataria a pesar de aún seguir ocupando el garaje con

los CAMPERS Y LA BODEGA, han dejado de pagar pensiones locativas de arriendo, adeudándome hasta la presente fecha y, por más que directamente he requerido el pago, no me han pagado hasta la actualidad adeudándome las mensualidades o cánones arrendaticios de 29 meses, por 700 dólares de los Estados Unidos de América por mes, es decir, una suma de 20.300 dólares de los Estados Unidos de América, más el IVA, a más de los intereses. Para dar por terminada la relación contractual y corbo de las pensiones arrendaticias y los intereses, así como para obtener la desocupación del inmueble arrendado se requiere una acción judicial de inquilinato. VISTOS: En mi calidad de Jueza titular de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el señor: VICTOR MIGUEL MONCADA GUILLIN en contra de la compañía SERGEOMIN ECUADOR S.A., en la persona de su Gerente y Representante legal señor BYRON ALBERTO DE LOS RIOS AREVALO, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP, situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Sumario, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo III del Código citado, en virtud de lo prescrito en el artículo 42 de la Ley de Inquilinato y en concordancia con lo establecido en el artículo 332.1 del COGEP. SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese a la demandada de la compañía SERGEOMIN ECUADOR S.A., en la persona de su Gerente y Representante legal señor BYRON ALBERTO DE LOS RIOS AREVALO, en la dirección señalada en el libelo inicial, para lo cual se adjuntará la demanda, escrito de completación y aclaración, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto; mediante atento deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a quienes se remitirá despacho suficiente y en forma, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos, previniéndole a la demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala: “Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo” Se dispone que la parte actora, en el término de 48 horas, concurra a Secretaria de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las

copias necesarias y ponga a disposición de la Oficina de Citaciones dicha documentación, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada. TERCERO.CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el artículo 333.3 del COGEP se concede a la demandada compañía SERGEOMIN ECUADOR S.A., en la persona de su Gerente y Representante legal señor BYRON ALBERTO DE LOS RIOS AREVALO en el término de 15 días una vez citada, a fin de que conteste su demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, considerando la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso. CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, los mismos que se estarán a lo previsto en los artículos 160, 161, y 333.4 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Única. QUINTO.NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía señalada, el casillero judicial No. 45 y los correos electrónicos victormoncada1957hotmail.com dr.guillermoortizhotmail.com.NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE… Lago Agrio, martes 6 de marzo del 2018, las 15h43, VISTOS: Por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 23 de febrero del 2018, las 11h51, en lo principal, se dispone: Cítese con el contenido de la demanda, el auto inicial, y el presente auto interlocutorio al demandado SERGEOMIN ECUADOR S.A REPRESENTANTE LEGAL - BYRON ALBERTO DE LOS RIOS AREVALO, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los diarios de mayor circulación nacional y uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente. Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma, en calidad de Secretaria Titular de esta Unidad Judicial Civil.- Notifíquese. f). DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA. Lo que comunico para fines de Ley.- Nueva Loja, 07 de marzo del 2018.- CERTIFICO. Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO Hay Firma y Sello PAP/70313/AS EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL POR LA PRENSA: ADOLFO ERICH MANUEL BRIKMANN FALCONI y MARTHA NORA BOLOÑA MARMOL DOMICILIO DEL ACTOR: Casillero Judicial Nº 45 y correo electrónico dr.guillermoortiz@ hotmail.com

AVISO DE ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA ALEANDS INDUSTRIA METALMECANICA CIA. LTDA EN LIQUIDACIÓN En atención a lo determinado en el Art. 393 de la Codificación a la Ley de Compañías, se notifica a los acreedores que la Compañía ALEANDS INDUSTRIA METALMECANICA CIA. LTDA EN LIQUIDACIÓN, para que, en el término de veinte días contados desde la tercera y última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten sus derechos en la dirección de la Empresa ubicada en la calle Cruz del Sur S2-405 y los Planetas en Alangasi camino al Tingó. Transcurrido el termino antes indicado se tomará en cuanta solamente a los acreedores que hayan probado su calidad de tales. Quito, 28 de marzo del 2018 Ing. ALEJANDRO MALDONADO GARCIA LIQUIDADOR

CUANTIA: USD. Indeterminada JUEZA: Dra. Elizabeth Rubio Rivera. SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. DEMANDA: En Juicio Ordinario Prescripción Adquisitiva de Dominio No. 21331-201800021 que sigue los señores CELIN CORAL BYRON OSWALDO y SERRANO ZAMBRANO SARA DAYSE, en contra de los señores ADOLFO ERICH MANUEL BRIKMANN FALCONI y MARTHA NORA BOLOÑA MARMOL. 4.- La narración de los hechos, detalles pormenorizados que sirven de fundamento a las pretensiones debidamente clasificadas y numeradas: 4.1.- El señor ADOLFO ERICH MANUEL BRIKMANN FALCONI, en los años 1980 y siguientes, fue propietario y representante legal de la compañía de bebidas Gaseosas Orangine S.A, en la cual prestábamos los servicios lícitos y personales, además el mismo señor ADOLFO ERICH MANUEL BRIKMANN FALCONI, era dueño de un lote de terreno que actualmente es terreno urbano, ubicado dentro de la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, adquirido por compra venta a los señores cónyuges ELIGIO EDMUNDO MUÑOZ TORO Y BERTHA ELENA ARTEAGA ROSERO, mediante escritura pública celebrada en la Notaria Primera del cantón Lago Agrio, a cargo del señor Héctor Gavidia Velastegui el 23 de abril del año 1986 e inscrita en el Registro del a Propiedad el día 7 de Junio del mismo año 1986, lote de terreno que se encuentra circunscrito dentro de los siguientes linderos y dimensiones; Por el Norte.Con terrenos de propiedad de Francisco Yaguana, en 149,80 metros; Por el Sur.- Con terrenos de los vendedores ( ELIGIO EDMUNDO MUÑOS TORO Y BERTHA ELENA ARTEAGA ROSERO), en 146 metros;

Por el Este.- el proyecto de la calle Pública, en 61, 50 metros; y Por el Oeste.- Con el Proyectos de la calle Publica, en 42 metros, lo que da una cabida total de 8.000 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE. 5.- Fundamentada en el art. 2392, 2393, 2398 y 2411, del Código Civil y en procedimiento Ordinario, establecido 289 DEL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Por cumplido lo dispuesto en el auto sustanciación que antecede.- PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- En lo principal, la demanda, presentada por CELIN CORAL BYRON OSWALDO y SERRANO ZAMBRANO SARA DAYSE, es clara, precisa y contentiva de los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se ADMITE al Procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP). SEGUNDO.CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda, y el presente auto interlocutorio a los demandados ADOLFO ERICH MANUEL BRIKMANN FALCONI y MARTHA NORA BOLOÑA MARMOL, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los diarios de mayor circulación del país y los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE FLORES DE MACHACHI S.A. FLORMACHACHI Se convoca a los señores accionistas de la compañía Flores de Machachi S.A. FLORMACHACHI a la reunión de Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día lunes 16 de abril del 2018 a partir de las 18h00, en las oficinas de la compañía ubicadas en la Panamericana Sur. Km. 38, sector San Alfonso. Machachi, para conocer y resolver acera de los siguientes puntos del orden del día: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.

Informe del Gerente General sobre el ejercicio económico del 2017. Informe del Comisario sobre el ejercicio económico del 2017. Informe de los Auditores Externos sobre el ejercicio económico del 2017. Estados Financieros y sus anexos, correspondientes al ejercicio económico del 2017. Resultados del ejercicio económico del 2017. Análisis sobre la situación económica Designación de Comisario para el ejercicio económico 2018. Autorización al Gerente General para la contratación de Auditor Externo para el ejercicio económico del 2018.

Se convoca de manera especial al Sr. Carlos García, comisario de la Empresa Los documentos que serán conocidos en la Junta, se encuentran a disposición de los señores accionistas en las oficinas de la compañía, en la dirección arriba señalada. Machachi, abril 2 del 2018 Julio Mancheno Leon GERENTE GENERAL

P AR/108403/AT

PAP/70367/AS


EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: CONSUELO DEL PILAR MORALES ACTORA: DOCTORA GLENDA MAGALY AGUIRRE BENALCÁZAR, PROCURADORA DEL BANCO GUAYAQUIL S.A. DEMANDADA: CONSUELO DEL PILAR MORALES JUICIO: 17230 - 2017 15794 - MATERIA CIVILEJECUTIVO CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO CUANTÍA: $ 13.000,00 DEFENSORAS: DOCTORAS, MARÍA GABRIELA ENDARA BUENDÍA y ANAHÍ ZAMBRANO ASANZA CASILLA JUDICIAL: 3445 – CORREO ELECTRÓNICO: gabrielaendarabuendia@ hotmail.com ; anahizambranoa@yahoo.com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: …. 9.-Que en sentencia se condene a la señora MORALES CONSUELO DEL PILAR al pago de los siguientes rubros: a) Los dividendos vencidos así como los dividendos declarados vencidos en esta demanda, constantes en las tablas de amortización que se agregan, b) Los intereses de mora generados desde el vencimiento de la obligación, hasta el pago total de la misma, c) Las costas procesales. Ofrezco reconocer pagos parciales.- . AUTO ADMISORIO.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 28 de noviembre del 2017,las 16h34 VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede. 1) Por cuanto se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en auto anterior, se califica la demanda que antecede de clara, precisa y reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma que se fundamenta en un Contrato de Mutuo, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 3 del 347 del mismo Código, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo previsto en el Art. 348 ibídem, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 2) Cítese a la demandada señora CONSUELO DEL PILAR MORALES, en el lugar que se señal; para tal propósito, remítase despacho suficiente a la oficina encargada de practicar dicha diligencia, debiendo la parte interesada acercarse a esta Unidad Judicial, para proveer de las copias necesarias a fin de elaborar el despacho correspondiente. 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código procesal vigente. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. 5) Agréguese la documentación que se acompaña. Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada con el instrumento que adjunta, casilla judicial y los correos electrónicos señalados, así como la autorización que confiere a su defensa. Notifíquese y Cítese.- f) Dr. Paúl Narváez, JUEZ.AUTO DE SUSTANCIACIÓN.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LAM PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 19 de marzo del 2018, las 15h33, VISTOS: Continuando con la sustanciación del proceso. En virtud del juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado CONSUELO DEL PILAR MORALES, mediante publicaciones realizadas por la prensa, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para tal propósito, la parte interesada acérquese a esta Unidad Judicial a retirar el extracto correspondiente a fin de dar cumplimiento a la presente disposición. Notifíquese. f) Dr. Paúl Narváez, JUEZ Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.CERTIFICO.DR. ALEXANDER VENEGAS

PAB/19183/AS(1)

General de Procesos, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente. De conformidad con lo ordenado en la Disposición General Décima del Código Orgánico de Organización Territorial, COOTAD, con el contenido de la demanda, escrito de completación y aclaración y este auto, CÍTESE a los personeros del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio, ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO en el lugar señalado en la demanda, a fin de que hagan valer los derechos que puedan existir en la presente causa y señalen casilla judicial electrónica para sus notificaciones. Tómese en cuenta lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala “ Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo”. Se dispone que la parte actora, en el término de 48 horas, concurra a Secretaria de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las copias necesarias y ponga a disposición de la Oficina de Citaciones dicha documentación, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada.- TERCERO.CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 30 días una vez citada, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157.- CUARTO.ANUNCIO DE PRUEBA.Considérese el anuncio de los medios de prueba señalados en el escrito inicial de demanda, para lo cual se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar.QUINTO.- INSCRIPCION.Conforme lo ordenado en los incisos quinto y sexto del artículo 146 del COGEP, se dispone que se inscriba la presente demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual notifíquese mediante oficio al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos.SEXTO.- NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial No. 45 y correo electrónico drguillermoortiz@hotmail. com señalados por los comparecientes para posteriores notificaciones y la autorización que confieren a su Defensor Técnico.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria de la Unidad Judicial Civil - COGEP.CITESE y NOTIFIQUESE Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.Nueva Loja, 19 de marzo del 2018. Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO Hay Firma y Sello PAP/70315/AS EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: BENAVIDES VALLEJO KAROL MARINE y CASTRO CANDO JOFFRE VLADIMIR ACTOR: BANCO COLIVARIANO C.A. DEMANDADOS: BENAVIDES VALLEJO KAROL MARINE y CASTRO CANDO JOFFRE VLADIMIR

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO Hay Firma y Sello

PAB/19183/AS(2)

TRAMITE: VERBAL SUMARIO N°. 17313-2009-0011 CUANTÍA: DOS MIL DOLARES (USD. $ 2.000,00) JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA, Quito, 19 de enero del 2009, las 10h42.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez Suplente en virtud del Oficio No. 927-DP-DDP-JAR-07 de 5 de Diciembre del 2007 y en virtud del sorteo legal precedente. La demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley. Por consiguiente se dispone que los señores JOFFRE VLADIMIR CASTRO CANDO y KAROL MARINE BENAVIDES VALLEJO, cumplan con su obligación o propongan excepciones en el término de tres días. Cítese a los demandados en el lugar indicado. Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado por la parte actora y agréguese al proceso la documentación acompañada. Previo dejar copias y recibo en autos, desglósese la documentación solicitada por el actor. Notifíquese.- f) Dr. Rubén Cevallos Fabara. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 20 de noviembre del 2017, las 14h17.-Por cuanto, el banco demandante, a través de su Procurador Judicial, ha declarado bajo juramento que le ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los demandados BENAVIDES VALLEJO KAROL MARINE y CASTRO CANDO JOFFRE VLADIMIR; y, que ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a los nombrados demandados, como acudir a los registros de público acceso; en acatamiento a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, se dispone citar con un extracto de la demanda y esta providencia, a los demandados, BENAVIDES VALLEJO KAROL MARINE y CASTRO CANDO JOFFRE VLADIMIR; por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas; en un periódico de amplia circulación de esta ciudad; para este fin, por Secretaría, elabórese el extracto correspondiente y remítaselo al accionante a la casilla judicial por ellos señalada.- Notifíquese. F) DR. EDWIN CEVALLOS AMPUDIA. JUEZ. Lo que comunico a ustedes para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial dentro de la presente causa, para recibir posteriores notificaciones Ab. Gilber Colina SECRETARIO Unidad Judicial Civil Con Sede En La Parroquia Iñaquito Del Distrito Metropolitano De Quito, Provincia De Pichincha Hay firma y sello PAP/70325/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL: AL D E M A N DA D O FREIRE POVEDA MARCELO AGUSTIN ACTOR: AB. MARCELO Q U I N AT O A V E L ATA PROCURADOR JUDICIAL BANCO BOLIVARIANO C. A. D E M A N DA D O : FREIRE POVEDA MARCELO AGUSTIN TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD 9.000,00 FECHA DE INICIACIÓN: 24 DE NOVIEMBRE 2015 JUICIO No. 17230-2015-19770 JUEZ: AB. MARÍA CRISTINA VELA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 09 de marzo del 2016, a las 13h22.- VISTOS. - Por cumplido lo dispuesto en providencia inicial y en lo principal, la demanda que antece-

Todos tenemos nuestra casa, que es el hogar privado; y la ciudad, que es el hogar público. e n r i q u e t i e r n o G a lV á n . Intelectual y político español. de, es clara y reúne los requisitos de Ley. Los ejecutados SRS. POVEDA PROAÑO SENOVIA EMILIA y FREIRE POVEDA MARCELO AGUSTIN, en el término de tres días paguen la obligación demandada conforme a lo previsto en el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil o proponga excepciones. Cítese a los demandados en el lugar indicado para el efecto, a cuyo objeto remítase atento deprecatorio al señor Juez de lo Civil del Cantón Rumiñahui provincia de Pichincha, al mismo se le remitirá las boletas respectivas para la citación y se le ofrece reciprocidad en casos análogos. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el AB. MARCELO QUINATOA VELATA en su calidad de Procuradora Judicial del BANCO DEL BOLIVARIANO C. A., conforme lo acredita el documento adjunto y el Casillero Judicial señalado. Tómese nota del casillero Judicial señalado y agréguese al proceso los documentos adjuntos. f).- Dr. Edwin German Pancho. Juez Encargado. NOTIFIQUESE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 09 de enero del 2018, a las 16H18. En atención al juramento rendido y de conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado señor FREIRE POVEDA MARCELO AGUSTIN, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un diario de amplia circulación en esta ciudad de Quito, para lo cual confiérase el extracto correspondiente.- f) Ab. María Cristina Vela. Jueza. NOTIFÍQUESE. DR. JOSÉ RAÚL VALENCIA SECRETARIO (E) Hay firma y sello PAP/70326/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: LUCIA DEL ROSARIO SOSA HIDALGO Y JAIME PATRICIO ARIAS CORONEL JUICIO No. 17303-2007-1058. ACTOR: BANCO BOLIVARIANO C.A., AB. ANGEL MARCELO Q U I N AT O A V E L ATA PROCURADOR JUDICIAL DEMANDADO: LUCIA DEL ROSARIO SOSA HIDALGO Y JAIME PATRICIO ARIAS CORONEL TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: UDS. $1.900,00 CASILLA JUDICIAL No.2326 PROVIDENCIAS: JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 18 de diciembre del 2007, las 10h32.- VISTOS. Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez TITULAR de esta Judicatura, según oficio No. 968-DDP-JAR del 19 de Junio del ano en curso y en virtud del sorteo realizado por la oficina respectiva. En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley. En consecuencia, los señores LUCIA DEL ROSARIO SOSA HIDALGO Y JAIME PATRICIO ARIAS CORONEL, cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones en el término de tres días, bajo prevenciones legales. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la actora y la calidad que comparece

a juicio según procuración judicial adjunta. Agréguese la documentación acompañada. Cítese en los lugares indicados. Dejándose fotocopia y recibo en autos desglósese y entréguese al señor Luis Guerrero, los documentos solicitados. Notifíquese.- f) Julio César Amores Robalino, Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 9 de febrero del 2018, las 14h04. En virtud del juramento rendido por el actor, y de conformidad con el Art. 56 del COGEP se dispone que se cite por la prensa a los demandados LUCIA DEL ROSARIO SOSA HIDALGO Y JAIME PATRICIO ARIAS CORONEL, en uno de los diarios de mayor circulación, para lo cual confiérase el extracto correspondiente.- Notifíquese f) Erazo Navarrete Grimanesa Marisol, Jueza Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señar la casilla judicial y correo electrónico. Ab. Marcos Simancas Quinche SECRETARIO Hay firma y sello PAP/70327/AT UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE MORONA SANTIAGO CITACION JUDICIAL A: ANDRADE RIVAS ESTEBAN RENATO SE LE HACE SABER QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON MORONA, SE HA PRESENTADO UNA DEMANDA EN SU CONTRA, CUYO EXTRACTO Y PROVIDENCIA ES COMO SIGUE: JUICIO: 14201-2018-00155. ACCIÓN: PRIVACION DE LA PATRIA POTESTAD ACTOR: N A R VA E Z RIVADENEIRA GABRIELA SILVANA DEMANDADO: ANDRADE RIVAS ESTEBAN RENATO JUEZ DE LA CAUSA: DRA. SAYONARA MERINO LOPEZ UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON MORONA, PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO DE MORONA SANTIAGO. Morona, jueves 8 de marzo del 2018, las 10h32, VISTOS.- Dra. Mgs. Marjorye Sayonara Merino López JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON MORONA.Avoco conocimiento de la presente demanda de PRIVACION DE LA PATRIA PATESTAD presentada por NARVAEZ RIVADENEIRA GABRIELA SILVANA la misma que por ser clara, completa, precisa, ya que reúne los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 142 y 143 del CODIGO ORGANICO GENERAL DE PROCESOS, se la admite al trámite SUMARIO.- Cítese al demandado que responde a los nombres de ESTEBAN RENATO ANDRADE RIVAS con la demanda y el auto recaído en ella, mediante la prensa, por el periódico La Hora editado en la ciudad de Quito, mediante tres publicaciones en tres fechas distintas, por cuanto ha cumplido la actora con lo que señala el Art. 56 del COGEP y ha declarado bajo juramento de que desconoce el domicilio del demandado y que ha tratado de buscar al mismo, habiendo adjuntado documen-

tos que justifican su búsqueda, como la certificación emitida además del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA en atención al Art. 56 numeral 1 y la Disposición Final Segunda del Código Orgánico General de Procesos, por lo que procédase a realizar un extracto de la demanda y este auto para que se le cite al demandado, señalando de que no se manda a publicar carteles por no constar en registro consular del exterior.- Se le previene al demandado de su obligación de señalar domicilio judicial, bajo apercibimiento de continuar con la tramitación de la causa y prevenciones del Art. 87 numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos.- Una vez citado el demandado y transcurridos veinte días después desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda y tiene el término de DIEZ DÍAS, conforme prevé el Art. 333 numeral 3 del COGEP para contestar la demanda y realizar lo que señala el Art. Antes referido, señalando de que la audiencia única se realizará en el término máximo de veinte días, contados a partir de la citación.- Agréguese a los autos la documentación que se adjuntan a la demanda.- En cuenta los medios probatorios que anuncia el compareciente, UNO.- Las partidas de nacimiento del para quienes demanda la privación de la patria potestad.- DOS.- La actora rendirá la declaración de parte de forma personal y no por interpuesta.- Se recibirán los testimonios de los testigos anunciados en la audiencia a quienes se les notificara en el lugar señalado.TRES.- PRUEBA PERICIAL.Intervenga el EQUIPO TECNICO DE LA UNIDAD JUDICIAL (Trabajador Social, Psicólogo) para que realice el informe biopsicosocial, y lo que solicita la parte actora referente por lo que ofíciese en este sentido, al Equipo Técnico, debiendo acudir la peticionaria a la Unidad del Equipo Técnico, quienes deberán presentar su informe hasta el día de la fecha de la audiencia debiendo la solicitante acudir a la oficina técnica con los hijos para que se realice lo dispuesto, quienes deberán acudir a la audiencia única, por lo que notifíquese a los mismos.- La impresión obtenida del SUPA.- Téngase en cuenta la cuantía, la pretensión el trámite, la casilla judicial, correo electrónico que señala la actora para sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su abogado patrocinador, agréguese a los autos los documentos que se adjunta a la demanda.- Actué el abogado David Guillen Secretario.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- f).- MERINO LÓPEZ MARJORYE SAYONARA, JUEZ DE LA UNIDAD DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON MORONA. General Proaño, 12 de marzo del 2018. Abg. David Guillén López S EC R E TA R I O DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON MORONA Hay Firma y Sello PAP/70350/AS REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: SEÑOR JORGE ANIBAL CERON ROSERO CAUSA: EJECUTIVO-COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN No. 17233-2017-02073 ACTOR: AB. JORGE ANDRES PEÑAFIEL C.A, en calidad de Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A DEMANDADO: JORGE ANIBAL

REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR CERON ROSERO Cuantía: U.S.D. 7.487,03 JUEZ: AB. FELIPE PATRICIO LARREA DÁVALOS SECRETARIA: AB. LADY ESTEFANÍA ALVARADO LÓPEZ PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 17 de noviembre del 2017, las 14h26. VISTOS.En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, avoco conocimiento de la presente causa, según acción de personal No. 3582-DP172017-MP.- Agréguese al proceso el escrito que antecede.En lo principal: PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, por cuanto el pagare a la orden que adjunta constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 5 ibídem, en concordancia con el Art. 486 del Código de Comercio, misma que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible conforme lo determina el Art. 348 del mismo COGEP; en tal virtud se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.CONTESTACIÓN.- Se concede a la parte demandada el término de QUINCE (15) días para que conteste a la demanda conforme lo determina el Art. 351 del COGEP, contestación que deberá reunir los requisitos de los Arts. 142, 143, 151, 152 y demás pertinentes ibídem; de ser el caso deberán proponer alguna de las excepciones previstas en el Art. 353 ibídem, bajo prevención que, de no hacerlo SE PRONUNCIARÁ SENTENCIA, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del mismo cuerpo legal.- TERCERO.- CITACIÓN.Se ordena la citación en el lugar señalado al demandado señor CERON ROSERO JORGE ANIBAL, en calidad de deudor, a quien se le citará con una copia de la demanda y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, diligencia que se efectuará por medio de la Empresa Pública de Correos del Ecuador EP.- La parte actora comparezca a esta Unidad Judicial y preste las facilidades necesarias, respecto a las copias para la citación del demandado.- CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- De ser procedente, previo ejercicio de admisibilidad, se dispondrá la producción de los medios probatorios anunciados por la parte actora.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la demanda.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se encuentra a su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.QUINTO.PROVIDENCIA PREVENTIVA.- De conformidad con lo establecido en el Art. 70 de la Ley de Seguridad Social que dispone: “Art. 70.Inembargabilidad, patrimonio familiar y prohibición de enajenar inmuebles adquiridos con préstamos hipotecarios del IESS.- Las propiedades adquiridas por los afiliados con préstamos del Instituto

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serán inembargables, excepto para el pago de créditos al IESS, y constituirán patrimonio familiar. Tampoco podrán enajenarse ni gravarse con otras hipotecas o derechos reales, si no hubiere la autorización expresa del Director General o Provincial del Instituto”; en tal virtud, se niega la providencia preventiva solicitada.- SEXTO.Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la calidad en la que comparecen sus abogados defensores.- Actúe la Ab. Lourdes González en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) DR. PANCHO MALES EDWIN GERMAN, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 23 de marzo del 2018, las 15h24, VISTOS: En lo principal una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto de sustanciación de fecha 15 de marzo del 2018, las 09h17, una vez que ha declarado bajo juramento la parte actora respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia del demandado, se dispone cítese con el extracto al demandado señor JORGE ANIBAL CERON ROSERO, con el auto inicial y este auto por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiérase el respectivo extracto. Actúe como Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, la Abg. Lady Estefania Alvarado López, mediante Acción de Personal No. 2007-DP17-2018-KV de fecha 14 de febrero del 2018.NOTIFÍQUESE y CÍTESE f) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DÁVALOS, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial ABG. LADY ESTEFANIA ALVARADO LOPEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay Firma y Sello PAB/19190/AS REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: SEÑORA DENNY ELIZABEL MARCILLO MARCILLO CAUSA: EJECUTIVO-COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN No. 17233-2017-02086 ACTOR: AB. JORGE ANDRES PEÑAFIEL C.A, en calidad de Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A D E M A N DA D O : DENNY ELIZABEL M A R C I L LO MARCILLO Cuantía: U.S.D. 9.656,28 JUEZ: AB. FELIPE PATRICIO LARREA DÁVALOS SECRETARIA: AB. LADY ESTEFANÍA ALVARADO LÓPEZ PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO,


REVISTA JUDICIAL C16

MIÉRCOLES 4 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR

PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 10 de noviembre del 2017, las 14h24. VISTOS.En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, avoco conocimiento de la presente causa.- Agréguese al proceso la documentación y el escrito que anteceden.En lo principal se dispone: PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, por cuanto el pagare a la orden que adjunta constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 5 ibídem, en concordancia con el Art. 486 del Código de Comercio, misma que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible conforme lo determina el Art. 348 del mismo COGEP; en tal virtud se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.CONTESTACIÓN.- Se concede a la parte demandada el término de QUINCE (15) días para que conteste a la demanda conforme lo determina el Art. 351 del COGEP, contestación que deberá reunir los requisitos de los Arts. 142, 143, 151, 152 y demás pertinentes ibídem; de ser el caso deberán proponer alguna de las excepciones previstas en el Art. 353 ibídem, bajo prevención que, de no hacerlo SE PRONUNCIARÁ SENTENCIA, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del mismo cuerpo legal.- TERCERO.- CITACIÓN.Se ordena la citación en el lugar señalado al demandado señor MARCILLO MARCILLO DENNY ELIZABEL, en calidad de deudora, a quien se le citará con una copia de la demanda, escrito que completa la misma y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, diligencia que se efectuará por medio de la Empresa Pública de Correos del Ecuador EP.- La parte actora proporcione las copias para la citación de la demandada.- CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- De ser procedente, previo ejercicio de admisibilidad, se dispondrá la producción de los medios probatorios anunciados por la parte actora.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la demanda.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se encuentra a su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.QUINTO.- Regístrese la casilla judicial y los correos electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la calidad en la que comparece su abogado defensor.- Actúe la Ab. Lourdes González en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) DR. PANCHO MALES EDWIN GERMAN, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 23 de marzo del 2018, las 15h19, VISTOS: En lo principal una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto de sustanciación de fecha 15 de marzo del 2018, las 09h16, una vez que ha declarado bajo juramento

la parte actora respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia del demandado, se dispone cítese con el extracto a la demandada señora DENNY ELIZABEL MARCILLO MARCILLO, con el auto inicial y este auto por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiérase el respectivo extracto. Actúe como Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, la Abg. Lady Estefania Alvarado López, mediante Acción de Personal No. 2007-DP17-2018-KV de fecha 14 de febrero del 2018.NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- f) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DÁVALOS, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial ABG. LADY ESTEFANIA ALVARADO LOPEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay Firma y Sello PAB/19191/AS R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUI IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) CITACIÓN JUDICIAL A: TATES YAR WALTER MIGUEL, MERA MACIAS SANDRA KATHERINE y TATES YAR JEFFERSON ALEXANDER EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-201712804 Actor: Banco Pichincha C.A. ( Procurador Judicial Peñafiel Cedeño Jorge Andres) Demandado: Mera Macias Sandra Katherine y Otros Tipo/Acción: Ejecutivo-Cobro de Pagare a la Orden Cuantía: $7.721 Inicio: 18 de Septiembre del 2017 Defensor: Ab. Lilian Marcela Carrera Gonzalez Casillero: 4153 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 20 de septiembre del 2017, las 12h23. VISTOS: Avoco conocimiento de la causa mediante acción de personal No. 7903-DNTH2015 -KP de 2 de junio del 2015, en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.En lo principal, la demanda presentada por la BANCO PICHINCHA C.A., por intermedio de PEÑAFIEL CEDEÑO JORGE ANDRES en calidad de PROCURADOR JUDICIAL, conforme lo acredita con la documentación adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en los Pagarés a la Orden, documentos que constituyen títulos ejecutivos, al tenor de lo previsto en el artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo

determina el artículo 348 del mismo Código. En consecuencia, se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo y se ordena la citación a la parte demandada TATES YAR WALTER MIGUEL y MERA MACIAS SANDRA KATHERINE en calidad de deudores principales; y, TATES YAR JEFFERSON ALEXANDER en calidad de garante solidario, en el domicilio señalado en el libelo de demanda, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto de calificación, debiendo remitirse las boletas de citación a la oficina correspondiente (El peticionario prestará las facilidades necesarias), a fin de que se cite a la parte demandada en la forma prevista por los artículos 54 y 55 del COGEP. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado, se ordena que se le haga conocer a la parte demandada por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. En aplicación a lo dispuesto en los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda conforme lo determina el artículos 351 último inciso del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, conforme lo determina el artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Concédase el desglose solicitado únicamente de la Procuración Judicial adjunta, tomando en consideración lo dispuesto en el artículo 193 del COGEP. Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora en su escrito de demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 20 de marzo del 2018, las 12h00.- Una vez que se ha dado cumplimiento con el auto del 5 de marzo del 2018, 12h13, CÍTESE: a TATES YAR WALTER MIGUEL, MERA MACIAS SANDRA KATHERINE y TATES YAR JEFFERSON ALEXANDER, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para cuyo efecto de manera inmediata y por intermedio de Secretaría de esta Unidad, confiérase el EXTRACTO correspondiente, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico. AB. VERONICA MENA T. SECRETARIA Hay Firma y Sello PAB/19192/AS (3) PUBLICACIONES REPÙBLICA DE ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL JUZGADO SEGUNDO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÒN QUITO . A LA SEÑORITA LETTY MISHELL SALINAS PEÑA Y AL PUBLICO EN GENERAL LES HAGO SABER LO SIGUIENTE: EXTRACTO: ACTOR: GELIO SALINAS SARANGO D E M A N DA DA : LETTY MISHELL SALINAS PEÑA ACCION: EXTINCION DE

Todos sufrimos, pero al hablar nos alivia. V o lta i r e Filósofo y escritor francés.

PENSION ALIMENTICIA CAUSA: No. 17952-2011-0883 CUANTIA: INDETERMINDA JUEZ: DR. BYRON ANDRÈS VALLEJO NARANJO PROVIDENCIAS: JUZGADO SEGUNDO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÒN QUITO.-Quito, 15 de marzo del 2018 , las 08h17 .- “VISTOS.Toda vez que el actor del presente incidente de extinción ha dado cumplimiento a lo solicitado en providencia inmediato anterior en tal virtud dispongo: El incidente de extinción de pensión alimenticia presentado por el señor GELIO SALINAS SARANGO, portador de la cédula de identidad Nro. 1709038796, que antecede es clara y reúne los demás requisitos legales; por lo que, se la acepta al trámite Sumario contemplado en el numeral 3 del Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos.- Cítese con la demanda y este auto de calificación a la titular del derecho LETTY MISHELL SALINAS PEÑA, por la prensa, mediante 3 publicaciones conforme lo señala el Artículo 56 del Código Ibídem, citación que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito; para lo cual entréguese por medio de secretaria el EXTRACTO pertinente, previniéndole a la parte demandada la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad de Quito y correo electrónico para posteriores notificaciones, bajo prevenciones que de no comparecer se continuará la causa en rebeldía.- De conformidad con lo previsto en el numeral 3 del Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos se concede a la parte demandada LETTY MISHELL SALINAS PEÑA, el término de diez días a fin de que conteste la demanda, conforme a lo previsto en los Arts. 151 y siguientes del Código antes referido, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se continuará la causa en rebeldía.- Citada que sean la demandada y con la contestación a la demanda se procederá de acuerdo al inciso segundo del numeral 4 del Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos.- Conforme el anuncio de prueba dispongo: de ser procedente y conforme a derecho téngase en cuenta el acápite VII.- El oficio solicitado en el numeral 10 del acápite VII de ser procedente se atenderá en el momento procesal oportuno.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora para sus notificaciones.- NOTIFIQUESE Y CITESE f) Dr. Vallejo Naranjo Byron Andrès . Juez. Lo que CITO para los fines de Ley. Dr. GUIDO MAURICIO ACUÑA LOVATO S E C R E TA R I O DEL JUZGADO SEGUNDO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÒN QUITO . Hay Firma y Sello PAP/70360/AS

ANULACIONES

BANCO RUMIÑAHUI QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de

ahorros Cta.No.- 8066323000 Nro. Cartola 17078321217 Cliente PANCHI COQUE, WILLIAM-HUMBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8237910500 Nro. Cartola 18260420130 Cliente TSENKUSH CHIRIAP, ROSA-CLAUDIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8243362300 Nro. Cartola 18277930055 Cliente MUNOZ SOLIZ, SONIAIRENE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8012520100 Nro. Cartola 16543800706 Cliente CHAQUINGA CRIOLLO, JOSE-RICARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8403138400 Nro. Cartola 19195480033 Cliente OBACO OBACO, ALEXIS-JAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8115672500 Nro. Cartola 17895470445 Cliente CARBO ARECHUA, RICARDO-JAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8014626900 Nro. Cartola 17099120184 Cliente RODRIGUEZ VIERA, CLARITA-ISABEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8172584100 Nro. Cartola 17783530482 Cliente CHAVEZ MORILLO, EDWIN-VINICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8098694200 Nro. Cartola 16757190547 Cliente ROMERO PAZMINO, YOLANDA-MAGDALENA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8067486600

Nro. Cartola 16961860679 Cliente GUDIムO VILLEGAS, OSCAR-JAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8235158500 Nro. Cartola 18235020247 Cliente MALDONADO MASABANDA, SYLVIA-MARGOTH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8034063600 Nro. Cartola 16842010205 Cliente LOPEZ VELASQUEZ, AIDA-VICTORIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8236537700 Nro. Cartola 18248390108 Cliente MUSUCA QUISPE, DIEGO-REMIGIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8305154100 Nro. Cartola 18558640001 Cliente PADILLA ZAPATA, PEDRO-ANDRES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8042751400 Nro. Cartola 17455280085 Cliente JARAMILLO TERAN, MARIA-LUISA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8026202500 Nro. Cartola 16618160275 Cliente ONA , LA-CRUZ JOSE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8125435500 Nro. Cartola 16713111132 Cliente HERNANDEZ LOPEZ, CARLOS-ROBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8014134800 Nro. Cartola 16551190388 Cliente DE LA ROSA MOLINA, ESPERANZA-SIDIA EDILM del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8450044400 Nro. Cartola 19514790005 Cliente JIJON SAMUIZA, MIRIAN-MARGOTH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8016310100 Nro. Cartola 16555240668 Cliente ANAGUANO ANAGUANO,

VICTOR-OSWALDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8047634100 Nro. Cartola 16601600303 Cliente CHAVEZ MALDONADO, MARIA-AIDA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8020081100 Nro. Cartola 16632110280 Cliente A LTA M I R A N O BASTIDAS, OSCAR-MAURICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8341142400 Nro. Cartola 18814460020 Cliente MOROCHO MINGA, LUZ-BERNARDA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8227915900 Nro. Cartola 18198250401 Cliente MAILA CHASIPANTA, RICHARD-WLADIMIR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (24)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8447608900 Nro. Cartola 19497860007 Cliente MORALES RUBIO, DANNY-PAUL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8400453400 Nro. Cartola 19171300007 Cliente SALAZAR ESPINOZA, BRYAN-DAVID del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (26)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8066827100 Nro. Cartola 17484090703 Cliente LEMA ZAMBRANO, MANUELdel Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (27)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8018565500 Nro. Cartola 16980900316 Cliente FLORES CASTILLO, MARCO-EDUARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8307400300 Nro. Cartola 18578330005 Cliente MEJIA CHULCA, DIANA-ALEXANDRA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (29)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8188643900 Nro. Cartola 17954570200 Cliente PERALTA ROJAS, DIANA-MARIA del Banco

Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (30)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8076349800 Nro. Cartola 16785000684 Cliente GUALICATE JAYA, PAOLA-MARIBEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (31)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8145316000 Nro. Cartola 17479930061 Cliente ARRIETA ROLDAN, IVONNE-CAROLINA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (32)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8082147500 Nro. Cartola 17159830151 Cliente DE LA TORRE DE LA TORRE, JOSE-JOAQUIN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (33)NR

BANCO DEL AUSTRO BANCO DEL AUSTRO Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 617012189 ch 231 emitida a nombre de FIERRO TORO WILSON RODRIGO se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. P/AC/ (1)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 688287 emitida a nombre de GUAMAN CAUSABANDA ANGEL MARIA se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. P/AC/ (2)NR

BANCO BOLIVARIANO Se comunica al público, la anulación por sustracción de los cheques 0011 al 0050 sin firma y sin valor, presentada por El girador Sr. (a) (ita) ANDRES SALOMON BARCIONAL GUZMAN Cta. Cte. No. 5005081159. P/AC/ (1)NR

ANULACIONES VARIAS Se notifica la perdida de cheque # 561 por el valor de $3401,43 de la Cuenta # 1140104694 del Banco de Machala PAR/108436/AT ======== Anulado por pérdida de Certificado a plazo Cooperativa 29 de Octubre Nº 501510025283 C.I. 1719145284 perteneciente a Victor Hugo Betancourt Cisneros PAP/70362/AS =============


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