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Quito, Ecuador
JUEVES 03 DE OCTUBRE DE 2019
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Tensión nacional tras las medidas económicas
Las clases están suspendidas hoy en el país ante amenaza de paro de transportistas.
Mientras el Gobierno analiza las estrategias para evitar la especulación por las reformas económicas, laborales, y tributarias que planteó el martes, el Fondo Monetario Internacional (FMI) y los empresarios se pronuncian a favor de las medidas que se empiezan a implementar. “Las reformas anunciadas por el presidente, Lenín Moreno, tienen como objetivo mejorar la resiliencia y la sostenibilidad de la economía ecuatoriana, y fomentar un crecimiento sólido e inclusivo”, señaló el FMI. Los empresarios también apoyan las decisiones como la reducción del salario máximo en contratos ocasionales, con las que se busca generar empleo y avanzar hacia una economía más competitiva. La liberación del precio de la gasolina extra y el diésel, que rige desde hoy, en cambio, es uno de los puntos que ha gene-
El incremento en los precios de los combustibles rige desde hoy
Las niñas se toman el poder
'Hoy no circula' se suspende por este día
Página B4 ENTORNO
Sindicatos también llaman a las calles FMI y empresarios apoyan las decisiones
rado el rechazo de transportistas que ayer se alistaban para protagonizar una paralización. Los sindicatos y las organizaciones sociales también anuncian movilizaciones graduales y
permanentes hasta llegar a una huelga nacional. Frente a estos anuncios, el Gobierno decidió suspender las clases en escuelas y colegios de todo el país. En el caso de las
universidades, las resoluciones dependerán de las autoridades. En Quito se suspendió el Hoy no circula para los carros cuyas placas terminan 7 y 8.
CRISIS. La dimisión de la vicepresidenta Mercedes Aráoz afectó las expectativas y las posibilidades de los congresistas rebeldes.
Oposición peruana: que se vayan todos
“Renuncie usted, renunciamos todos y llamamos a elecciones inmediatamente”, propuso ayer el titular del Congreso de Perú, Pedro Olaechea, al presidente, Martín Vizcarra. Lo hizo
en una jornada en que los congresistas opositores perdieron capacidades para resistirse a la disolución del parlamento decretada por el Ejecutivo. Página B5
Página A8
Páginas B2 y B3
Aún no hay responsables por filtración de datos
13 muertos al mes por accidentes viales
Página A3
Un ‘lunch’ contra la violencia
MEDIDAS. Con pancartas, hombres y mujeres repudiaron la venta de productos en la calle.
CIUDAD
Cada mes se registran un promedio de 97 siniestros de tránsito y 13 personas mueren por esta causa en Quito, según datos de Aneta. Ayer, un bus escolar estuvo involucrado en un choque que se registró en el sur de la ciudad y ocho niños salieron golpeados.
PAÍS
La investigación de la denuncia de filtración de datos que adelanta la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales de la Asamblea todavía no avanza. El ministro de Telecomunicaciones, Andrés Michelena, debía comparecer ayer para responder a las preguntas de la Mesa. A último momento, el funcionario notificó que no acudiría por responsabilidades con el Gobierno tras el anuncio de las medidas económicas. Página B1
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Fomento de la Cultura Metro se quedó en el papel
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No hay un cronograma para implementar las medidas que garanticen el funcionamiento ordenado del nuevo sistema. “La gente le tiene mucho cariño cional de sensibilización y cultual sistema y es muy respetuosa. ra ciudadana”, agrega su gerente Como en todo sistema colectivo Édison Yánez, al señalar que los hay ciertos problemas de empu- cronogramas se definirían en los jones y tumultos en horas pico. próximos meses. El experto en movilidad, CéPero en una evaluación general la Cultura Metro funciona muy sar Arias, sostuvo que es necesabien”, asegura Juan Fernando Ta- rio que haya un plan de comunibaré sobre el funcionamiento del cación con mensajes claros para Metro de Medellín, en Colombia. que la gente cambie su comporEl periodista del vecino país tamiento. “Debe ser un trabajo del norte insiste en que ese nivel planificado, que se sostenga en de convivencia en un sistema de el tiempo para que la actitud de transporte masivo es el resul- los usuarios contribuya a una tado de un trabajo de muchos administración adecuada del sisaños, que se ha dado con la par- tema”. También dijo que se debe ticipación de autoridades, insti- tomar en cuenta la experiencia tuciones educativas, empresas del Trolebús y evaluar lo que ha públicas y privadas y, principal- funcionado. mente, de los usuarios. En el caso de Quito, Lo que pasa en el Trole CIFRAS dos meses después de Al margen de las explique representantes de caciones oficiales, en un 4’000.000 recorrido que un equiMetro de Quito y Metro de pasajeros diarios de Medellín firmaron un se podrán trasladar po de La Hora hizo en en el Metro. convenio de cooperación, unidades del Trolebús todavía no hay un cronoentre La Mariscal y El grama para la implemenLabrador, los usuarios CENTAVOS tación de medidas que es la tarifa que se testimoniaron cuatro para el nuevo problemas frecuentes garanticen el adecuado analizasistema. uso del nuevo sistema, es en este tipo de sistemas: decir de la denominada irrespeto a las filas de Cultura Metro. Esto, debido a que acceso en paradas, monederos todavía se esperan los resultados que están dañados, irrespeto de de una consultoría, que a su vez puestos preferenciales para perdeben ser conocidos y aprobados sonas discapacitadas y falta de por el directorio de la Empresa sensibilidad para con las persoMetro de Quito. nas de tercera edad, embarazaCon dichos estudios y con das y mujeres que llevan a niños sugerencias de operadores de la en brazos. región y de Europa, según la Ge“Ahora porque ustedes están rencia del Metro de Quito, se es- tomando fotos es que a una le pera conocer las percepciones de ceden el asiento. A una le empula gente sobre el Metro así como jan, le pisotean. No hay respeto. los posibles proyectos piloto, de Siempre tengo que ir parada”, comunicación y de promoción di- lamentó María Susana López, recta en escuelas y colegios para quien tiene 76 años y padece una el “respeto, buen uso, cuidado y discapacidad física que le obliga apropiación del sistema de trans- a movilizarse con muleta. porte ferroviario subterráneo”. Héctor Reyes, quien también “Metro de Quito se encuentra tiene 76 años, contó que hace en pleno proceso de la imple- cuatro meses denunció a la emmentación de la etapa preopera- presa municipal que opera el
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PROBLEMAS de irrespeto a tercera edad, paradas y asientos preferenciales se registran cada día en el transporte público.
Un cambio de modelo °En ciudades mo Medellín la Cultura Metro es entendida como el resultado del modelo de gestión social, educativo y cultural que el Metro ha construido,
consolidado y entregado a la ciudad. Este modelo puede ser adoptado, total o parcialmente, por otras ciudades e instituciones que tengan como propósito la construcción de una nueva cultura ciudadana, la convivencia en armonía, el buen comportamiento, la solidaridad, el respeto de normas básicas de uso de los bienes públicos, el respeto propio y por el otro, entre otros aspectos.
AGENDA CAROLE LINDBERG, LOS ENIGMAS DEL SER Exhibición de arte y presentación de libro por Marco Antonio Rodríguez CUANDO: hoy HORA: 19:00 LUGAR: Imaginar Casa de Arte VALOR: Entrada libre
EXHIBICIÓN
CINE
BEETLEJUICE
Beetlejuice es un difunto que vive en el no mundo, recreación del mundo real según la visión de los muertos. Este personaje ayuda a los fantasmas a echar de su hogar a cualquier ser vivo que les pueda molestar. CUANDO: hoy HORA: 17:15 y 19:15 LUGAR: La Guarida VALOR: Entrada Libre
Ideas
Lo que se hizo en Medellín
° Programas educativos ° Concurso de sketch teatrales ° Programas culturales ° Programas de relación con la comunidad ° Escuela de líderes Metro ° Fomento de una movilidad sostenible ° Juegos sobre el mundo Metro
Una clase pendiente °
El experto en pedagogía educativa y exsupervisor provincial de educación Pichincha, Miguel Molina, reconoció que existe un fracaso del sistema educativo local y nacional sobre los comportamientos en el transporte público. “Se ha conversado sobre estos temas en los colegios Juan Montalvo, Mejía, Montúfar y en otras instituciones, pero estos esfuerzos no deben ser aislados sino incorporados en una cultura cívica que a su vez debe ser parte de la formación integral de los estudiantes”, recomendó.
Trolebús debido a que el cierre brusco de una puerta en una de las paradas le afectó su columna vertebral. “Si así va a funcionar el Metro van a suceder más accidentes. No esperan un poquito a que entren las personas de la tercera edad”. En tres unidades que recorrían el tramo La Mariscal – El Labrador también se verificó el irrespeto a los asientos preferenciales. A las 11:27 de ayer en la unidad 27 que avanzaba a la altura de Iñaquito, por ejemplo, uno de los asientos preferenciales era ocupado por un menor de edad. Al mirar esta situación por el espejo, el conductor Bernardo Bolaños manifestó que con esa falta de colaboración de la gente no funcionará bien el Metro. “Durante 11 años he pedido por el micrófomo que se dé preferencia a la tercera edad y mujeres embarazadas”. (JCER)
RECITAL
CANTANDO JUNTAS
Disfruta un extraordinario recital con las talentosas cantautoras Sol Córdova, Romina Calleris, Laura Rey y Paula García, en el que a través de canciones armonizadas por sus voces y acompañadas por la percusión e instrumentos armónicos comparten historias personales. CUANDO: hoy HORA: 19:30 LUGAR: Casa de la Música VALOR: $ 6
Al mes hay 13 muertes por siniestros de tránsito El exceso de velocidad y la inobservancia de la normativa vial son las principales causas, según la AMT.
Decir que la muerte espera a son los que chatean o hablan por quienes se atreven a circular por teléfonos celulares mientras eslas vías de Quito es poco. Según tán al frente del volante. A estos se suman los que reaestimaciones de la Asociación Nacional Ecuatoriana de Turis- lizan cambios bruscos de carril, mo y Automovilismo (Aneta), los que irrespetan los límites de cada mes se registran un prome- velocidad y quienes no guardan dio de 97 siniestros de tránsito y la distancia mínima con los vehí13 personas mueren por dicha culos que circulan al frente. El conductor Mauro Torres causa. Cuando llega la temporada de confirma que cuando circula por lluvias esta situación se agrava, la ciudad durante el día observa porque hay mayor incidencia como la gente comete imprudende percances. Esto quedó claro cias y hasta se pelea por descodurante el último aguacero que nocimiento o inobservancia de soportó la ciudad el 30 de sep- las normas de tránsito. “Irrestiembre. Ese día se registraron petan la señal de pare, adelantan por la derecha, se pasan el semá19 accidentes graves. Para Jorge Obando, gerente de foro, hacen un uso indebido del Aneta, estas cifras son preocu- pito, se cambian de carril…”. pantes y deberían ser analizadas por las autoridades de Tránsito, ‘Zonas de riesgo’ porque reflejan desconocimiento Una de las vías en las que a diario e irresponsabilidad. “Si tenemos se registran siniestros de tránsivías mojadas y conducito es la av. Simón Bolívar, mos sin precaución teneque atraviesa la ciudad de EL DATO mos estos resultados”. sur a norte. Según datos Más allá de las estimadel 911, la mayoría de insiniestro está cidentes que se reportan ciones de esta institución, El catalogado en la la Agencia Metropolitana Ley de Tránsito en esta arteria se dan a la un hecho altura de la Argelia, en el de Transporte (AMT) in- como culposo formó que solo en agosto sur; el ingreso a Guápulo se registraron 240 pery en la zona de intercocances en las vías del Distrito. nexión con la autopista General Rumiñahui, en el centro; y a la altura de Nayón y el redondel de Los responsables Entre los principales causantes Zámbiza, en el norte. Otras zonas consideradas de de los siniestros que ha identificado la Agencia Nacional de riesgo para la circulación vehiTránsito están los conductores cular son la avenida Diego Vásque van desatentos. A estos se quez de Cepeda y Chiriboga, los puede identificar en los se- La Gasca y Leiton, la Mariscal máforos cuando van comiendo, Sucre, especialmente a la altuse maquillan o manipulan obje- ra de San Carlos. En Tumbaco tos sin fijarse en lo que ocurre en también hay muchos reportes la vía. Otro gran grupo que tam- de incidentes en la Ruta VIVA. bién son parte de los despistados (PSD)
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MINUTERO Vecinos priorizan obras para Cotocollao Los habitantes de Coto°collao decidieron que los
207.500 dólares de presupuestos participativos se destinen a la construcción de la casa comunal de La Delicia, la intervención del parque San José de Jarrín Segunta Etapa, la readecuación de la Casa Somos y el mejoramiento del parque Luciano Andrade Marín, el arreglo de la casa comunal de Bellavista Alta. Otra parte del dinero se ocupará para ejecutar dos proyectos sociales relacionados con la memoria histórica de Cotocollao y talleres para el barrio Quito Norte.
PELIGRO. La Av. Simón Bolívar es uno de los puntos más críticos de la ciudad.
Parada del Trolebús cerrada por obras
Mi opinión en 60 segundos
a los trabajos que °seDebido realizan como parte del
Cristóbal Buendía Observatorio de La Movilidad
‘Falta educación vial’
razón de la muerte de las personas por percances de tránsito es la °faltaLa de cultura vial, y dentro de las causas está el incumplimiento de la Ley
Orgánica de Transporte Terrestre y Seguridad Vial en su artículo IV. Desde 2008 se establece la obligatoriedad del Estado de incluir dentro del pénsum educativo básico, materias relacionadas a la educación vial, a la movilidad, a la convivencia para generar conciencia. Esto ha dejado miles de víctimas en las vías y al respecto no se hace absolutamente nada. Más del 70% de los siniestros se producen por inobservancia de la Ley, la falta de conocimiento, la falta de conciencia al momento de conducir. La primera función de las autoridades es cumplir y hacer cumplir las normas, las Leyes. Ellos son los responsables de los que está ocurriendo por acción y por omisión.
Plan de Repavimentación que impulsa el Municipio, desde ayer se cerró la parada Quito Sur del Trolebús. Las obras viales se realizan en el tramo comprendido entre la estación de Integración España y la parada Ajaví. En la zona se colocaron estructuras provisionales para atender a los usuarios de ese sistema de transporte.
Ocho niños afectados con golpes tras un accidente La inobservancia de la señal Pare, localizada entre las calles Cacha y Cañaris, en el sur habría incidido en el percance de trán-
sito que involucró a una buseta escolar y un vehículo particular. Tras el incidente, ocurrido a las 06:30 de ayer, ocho niños termi-
naron con contusiones y golpes. tor para determinar el nivel de Cristian Egas, oficial del responsabilidad que tuvo cada Cuerpo de Bomberos contó que conductor. Verónica Pazmiño, la buseta en la que viamoradora del sector asejaban los niños terminó guró que el exceso de volcada. Agregó que se valoró a los niños y ex- SINIESTROS velocidad y la inobserplicó que siete de ellos registrados este vancia de las señales de han involutránsito son las causas de presentaban contusio- año crado a buses escolares. los accidentes que ocunes y golpes leves por lo rren en esta intersección, que fueron entregados a ubicada a pocos metros sus padres. Otra menor EL DATO de la iglesia de La Magy la conductora fueron dalena. llevadas a casas de sala capital Agregó que hace ocho lud para que les reali- en circulan 6.535 zaran chequeos más mi- buses escolares días hubo otro incidente de 96 entre un taxi y un vehícunuciosos. operadoras. lo particular. Los agentes del SerSu vecino Fabián Hurvicio de Investigación de Accidentes de Tránsito informa- tado hizo un llamado a las autoron que revisarán las cámaras ridades para que coloquen señade vigilancia que hay en el sec- lética clara en esa esquina. (PSD)
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ACCIDENTE. El impacto contra el vehículo particular provocó el volcamiento del bus escolar en el que viajaban niños.
1.400 comerciantes reciben certificaciones capacitarse en temas °deTras manipulación de alimentos,
contabilidad básica, servicio al cliente, administración, microeconomía, leyes y mercadeo, 1.400 negociantes reciben desde ayer las certificaciones que entrega la Agencia de Coordinación Distrital del Comercio para que puedan operar en los espacios públicos de la ciudad. Los documentos, avalados por la Escuela Politécnica del Ejército son uno de los requisitos para la obtención del Permiso Único de Comerciante Autónomo.
OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.
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La más peligrosa de todas las debilidades es el temor de parecer débil”.
La habilidad y ROSALÍA la constancia ARTEAGA SERRANO son las armas de la debilidad” Maestros jubilados
NICOLÁS MAQUIAVELO HISTORIADOR, POLÍTICO Y TEÓRICO ITALIANO (1469-1527)
JACQUES BENIGNE BOSSUET CLÉRIGO CATÓLICO FRANCÉS (1627-1704)
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CARTAS Aspiramos a esas sillas
La juventud ligada con el empleo en el marco de la era tecnológica, pudiera llegar a ser un volcán en erupción que derrocharía una lluvia de creatividad y sabiduría que aporten significativamente a nuestro país a su desarrollo económico. Tristemente no, ni siquiera estamos con alerta roja de erupción porque el Gobierno frena el desarrollo potencial de los jóvenes ecuatorianos, dado a su sistema político místicoobsoleto. No existen plazas de trabajo y las pocas que hay están ocupadas por personas que no saben sustentar su llegada legal a esas sillas. La historia no puede quedar en los libros, fue escrita con sangre para hacer reconocer el derecho universal al trabajo resultando este un postulado de derecho reconocido en nuestra carta magna, y la juventud, motor que nos permite arrancar a toda marcha a cumplir nuestros sueños. Los anhelos de los jóvenes se ven cercados por falta de leyes y reformas que regulen el acceso a empleos. ¿Qué hacen nuestros políticos frente a esta cruel realidad? ¿Cómo pueden ver la frustración de miles de jóvenes al no encontrar dónde plasmar sus conocimientos y habilidades y no hacer nada? No es por no tener un sueldo, es por no tener un trabajo. Este régimen levanta una ola de irregularidades y miseria sobre los jóvenes a tal punto de ahogarlos en una incertidumbre por no poder acceder simplemente a un derecho. Los jóvenes no buscamos nada más que velar por los intereses de nuestro amado país que nos vio nacer, queremos utilizar nuestras capacidades para explotar su diversidad y riqueza de la forma más honesta que nuestros principios nos lo determinan y mientras sigan haciendo la vista gorda, Ecuador ira en retroceso, porque no somos el futuro, somos el hoy y el ahora. Anyela Hermosa gtadj15@hotmail.es
DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.
Salir del caoS, pero no entrar en otro Es parte de nuestra cultura política. Se pedían medidas económicas urgentes y con algo de retraso llegaron. Unos las aplauden, en particular los que se ven beneficiados, y otros las rechazan. Desde luego en este último grupo, los que se sienten perjudicados, es en particular por la eliminación total del subsidio a los combustibles. Otros se mantendrán en silencio, hasta ver por dónde van realmente los tiros. Los sectores populares (movimientos, gremios y sindicatos) amenazan con movilizaciones contra lo que llaman “gasolinazo” por decreto. Pronto estarán en las calles y plazas expresando su repudio, su malestar, su inconformidad. Es su derecho, así sucedió en Carchi. Luego, irán a las protestas y plantones a los que seguirán los diálogos. Estarán sentados a la mesa los veteranos dirigentes que hemos visto RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL
Psicología y política La política ha evolucionado con el tiempo buscando siempre una relación entre el bien común y el Gobierno; sin embargo, se ha convertido en una competencia que involucra engaños y demagogia a través de sucesos nada agradables como en los últimos años. El interés sobre el contenido, evolución y desarrollo del pensamiento político ha ido en aumento, a pesar de la confusión generada por prejuicios académicos e ideológicos, y por ambiciones personales y de grupos que han hecho de la política una
en el último cuarto de siglo. La mayoría de la población que esperaba una drástica subida del IVA ha podido respirar con alivio, pero teme que el “gasolinazo” encarezca los precios en los mercados populares y en los que no lo son. Son los que viven de un salario o un pequeño negocio; es decir, la gente de a pie. Esperan que el Gobierno, en esta hora crítica, de alguna manera los defienda de los especuladores. Solo el tiempo, y la creatividad de quienes gestionan las medidas, dirán si realmente se logra sacar al país del pantano en que nos dejó el populismo. Ni siquiera quienes forjaron la tragedia que ahora vivimos, antaño desafiantes, formulan la receta de otra salida a la propuesta por el régimen. Lo cierto es que los ecuatorianos pedimos salir de este caos, pero no entrar en otro.
competencia de votos y dinero. La Sociología intenta describir y explicar la acción social que la política puede hacer en la población. La antropología social estudia las relaciones políticas en una sociedad fraccionada entre el pasado y el presente, donde todavía persisten los patriarcas que creen entender los vínculos existentes entre la estratificación social, el poder y la sacralización que se hace evidente en los partidos políticos con organización radical. La sicología política nos hace entender con mayor claridad su acción en la conducta humana, es decir, describe y explica el comportamiento social de acuerdo con los factores psicológicos, generales y circunstanciales que influye en las personas. ¿Como entender una contienda política que involucra demagogia y engaños, cuando los dueños de la verdad siguen
jugando con la realidad? Utilizar los movimientos políticos para desprestigiar a sus rivales, retratándose a sí mismos como los mejores y que llevarán al país al éxito social, económico y político, es la figura que los líderes aspiran ubicar en el inconsciente colectivo. El pensamiento paranoide en la política no es fácil de ser detectado. El modo de pensar queda enmascarado en el contenido del pensamiento. Con frecuencia las opiniones del líder quedan como irrebatibles, las ideas esenciales conocidas por sus camaradas podrían revelar la distorsión de su pensamiento, ninguno intentará discutir la salud mental del abusivo dirigente; de pronto, el encanto se rompe, se revelan los datos, surge la verdad, los actores se derrumban, nadie recuerda nada hasta que la justicia y la política se enfrentan. rcontero@gmail.com
La única manera de sacar adelante a un país es invirtiendo en educación, es dedicándole atención a este sector. Si, por otro lado, sabemos que para mejorar la calidad de la educación es necesario tener maestros preparados, con mística, dedicados a su profesión. Es fácil inferir dónde tenemos que colocar los recursos y la priorización. Cuando hacemos un análisis de los salarios promedios de los profesores, encontramos que están por debajo de los de otras profesiones. Un buen profesor es el que prepara sus clases, investiga, se mantiene al día en las nuevas tecnologías, conoce de su materia y también de pedagogía y sabe que después de las aulas, tendrá que revisar trabajos y exámenes, lo que se llevará buena parte del tiempo en familia o descansado. Hay malos maestros, pero de ellos no vamos ahora. Hemos asistido a un hecho absurdo, el que, a los profesores jubilados no se les pague sus incentivos jubilares, y hemos asistido a reclamos permanentes, a huelgas de hambre, a veces protagonizadas por ancianos. Sabemos que algunos de ellos incluso fallecieron sin ver de cerca ni disfrutar de la merecida y justa recompensa a su trabajo. ¿Cómo hablamos de mejorar la educación, si nos enfrentamos a estas situaciones? ¿Cómo, si los profesores invierten parte de su tiempo en las protestas? ¿Si no hay la atención requerida para que exista tranquilidad en los jubilados y en los que vienen detrás? Las políticas del Ministerio de Educación y del Estado deben priorizar la inversión y la capacitación y actualización de los docentes; en preocuparse por su calidad de vida y por salarios dignos, que les permitan ocuparse en sus tareas fundamentales, para aportar con soluciones en este mundo tan complejo en el que sus estudiantes deberán desenvolverse. Hacia allá deben mirar políticas nacionales de largo aliento, si queremos construir un país mejor. rosaliaa@uio.telconet.net
Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General ALEXIS SERRANO CARMONA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXVII No. 12664
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.
CULTURA
Conversatorio con Santiago Páez por los 25 años de ‘Los archivos de Hilarión’
El escritor y catedrático quiteño Santiago Páez dialogará sobre su libro ‘Los archivos de Hilarión’, que cumple 25 años desde su primera edición. Páez es autor de una decena de novelas, además de varias compilaciones de cuento y ensayos. En el conversatorio participarán el también escritor Carlos Aulestia y el editor Santiago Peña Bossano, encargado de la última reedición de la novela con el sello editorial Cactus Pink. El encuentro se realizará hoy a las 9:00 en la Escuela de Comunicación de la Pontificia Universidad Católica. La entrada al evento es libre. (AA)
El Instituto Cervantes se batirá contra la xenofobia
El último adiós a Miguel León-Portilla
El historiador e investigador emérito mexicano Miguel León-Portilla, autor de ‘La visión de los vencidos’, murió el pasado martes a los 93 años de edad. Fue conocido como uno de los grandes expertos en las lenguas indígenas de México. Su producción académica comprende más de medio centenar de libros. EFE
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Vargas Llosa gana el Château La Tour Carnet
El escritor peruano Mario Vargas Llosa fue galardonado ayer con el premio literario Château La Tour Carnet “por el conjunto de su obra”, indicaron los organizadores. El autor recibirá 20.000 euros, en una ceremonia que se llevará a cabo hoy en un restaurante parisino. Además, recibirá una edición original de un raro ejemplar de ‘Madame Bovary’, que data de 1867 y está dedicada por Gustave Flaubert a un mecenas de la época. AFP
MADRID, EFE • El Instituto Cervan-
tes abrirá un centro en Los Ángeles (EE.UU.) para combatir la "dinámica antihispana" que se vive en un país que cuenta con 50 millones de hispanohablantes, anunció su director, Luis García Montero. Al respecto, destacó su preocupación por que la Casa Blanca haya retirado su página web de español y que se reactive desde instancias políticas el ‘only english’, que haya insultos racistas para los hispanohablantes y que se llegue a situaciones trágicas. El español se seguirá expandiendo con un nuevo centro del Cervantes en Dakar y, posteriormente, el de Los Ángeles, "en cuanto los presupuestos lo permitan". García Montero también se refirió al ‘brexit’, que permitirá al español ganar espacio dentro del papel diplomático que ejerce Europa. Las consecuencias del ‘brexit’ para el español arrojan dos escenarios posibles: que el inglés deje de ser idioma oficial de la Unión Europea o que se mantenga como tal. Además, indicó que junto a la dinámica "supremacista" ante la salida del Reino Unido de la Unión Europea, se ha generado en ese país una reacción de apertura y se ha acentuado el interés por el español en medio de la crisis.
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COLABORACIÓN. Los músicos trabajaron durante seis meses en la producción para el concierto. (Foto de Cortesía)
Tributo al pasillo nacional El concierto ‘ celebrará a compositores clásicos y contemporáneos mañana, en el Teatro Sucre. Dos genios de la música nacional se reunirán mañana en conmemoración del Día del Pasillo. El cantante Sergio Sacoto y el grupo Tadashi Maeda Sexteto acompañarán al público en un viaje por la historia del género, con la participación de los coros infantil y juvenil de la Fundación Teatro Nacional Sucre. Temas que sobreviven al paso del tiempo, como ‘El alma en los labios’, ‘Fatalidad’ o ‘Acuérdate de mí’ cobrarán un nuevo aire en los arreglos de Maeda. El compositor planteó el proyecto como una oportunidad para compartir escenario con un admirado intérprete de su misma generación y con jó-
venes aprendices, en una fusión que pretende direccionarse “al futuro del pasillo nacional”. El espectáculo se realizará mañana a las 19:30, en el Teatro Nacional Sucre. La entrada cuesta 5 dólares. Lo nuevo
El concierto no solo incluye temas de trascendencia histórica como ‘Los bandidos’, compuesto por Aparicio Córdoba en el siglo XIX, sino también de músicos contemporáneos, como Jorge Oviedo y Gerardo Guevara. Entre las piezas más recientes está ‘La fe’, compuesta por Sacoto hace 10 años, con la que Maeda descubrió “la
Retrospectiva a la obra de Nilo Yépez La trayectoria del artista tulcaneño Nilo Yépez es recordada con la exposición ‘Retrospectiva’, que incluye más de 100 cuadros en óleo, acrílico y acuarela, en los que el personaje principal es la mujer. La muestra se inauguró ayer en la sala Joaquín Pinto de la Casa de la Cultura Ecuatoriana, y estará abierta hasta el 31 de este mes. El horario de atención es de 09:00 a 16:45, de lunes a sábado. La entrada es libre. (AA)
Música
Otros eventos
° ‘Homenaje al pasillo ecuatoriano’,
Orquesta de cuerdas del Conservatorio Nacional / Teatro México. Hoy, 19:30. Precio: 5 dólares ° ‘Pasillo sinfónico’, Orquesta Sinfónica Nacional. Viernes, 20:00 / Casa de la Música. Precio: 20 dólares. ° Festival ‘Nuestro pasillo’. Domingo, 16:30 / Casa de la Cultura. Precio: de 8 a 15 dólares.
perfección de su voz” para interpretar el género. Asimismo, se tocará ‘Un forajido’, pasillo que Maeda compuso luego de la caída del expresidente Lucio Gutiérrez, en honor al fallecido fotógrafo Julio García. (AA) WEB Revise un video en: www.lahora.com.ec
Ñawpa inaugura la muestra ‘Neosimbolismos’ El Galpón de las Artes (Valle de los Chillos) recibirá la última exposición artística de Francisco Morales, conocido como Ñawpa. En ‘Neosimbolismos’, las obras reflejan el pensamiento del autor sobre el mestizaje, el pasado y el ser. La inauguración se llevará a cabo el 10 de octubre a las 19:00, con una presentación de música en vivo a cargo de Nerium Oleander y Kashtin Otavalo. La entrada al evento es libre. (AA)
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Cooperativas de transporte interprovincial devolvieron pasajes
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Momentos de nervosismo y contrariedad se vivieron anoche en la terminal de Quitumbe, sur de Quito, cuando las cooperativas de transporte interprovincial devolvieron los pasajes a quienes habían adquirido previamente sus boletos, para viajar a
distintas ciudades del país. Trascendió que debido al paro de transportistas, las flotas de buses interprovinciales también se acogieron a la medida de hecho. Mientras tanto, cientos de ciudadanos se quedaron varados. (SE)
Trámite de juicios políticos no convence en la Asamblea JUSTICIA. Iván Espinel, exministro de Inclusión Económica y Social.
Escabroso camino para enjuiciar a Espinel GUAYAQUIL • La posibilidad de lle-
var a juicio por enriquecimiento ilícito al exministro Iván Espinel, tardará más tiempo. Esto, porque el nuevo juez asignado a esta causa, Jorge Martínez de la Unidad Penal de Albán Borja, decidió analizar otros procesos seguido al exfuncionario, para considerar un llamado a juicio. El noveno diferimiento de esta diligencia, ocurre luego que el Consejo de la Judicatura (CJ), cuestionara las actuaciones de los jueces Jorge Guzmán y Jessenia Hidalgo, por suspender el mismo acto judicial, de forma consecutiva. Los dos operadores de justicia, actualmente están suspendidos de actuar en sus respectivos despachos. Sin embargo, en el caso del juez Martínez, el órgano de control jurisdiccional no ha emitido criterio alguno, más aún, cuando la nueva suspensión retardará mucho más tiempo la decisión
de llevar a juicio por enriquecimiento ilícito al exministro de Lenín Moreno, que hoy está siendo procesado por irregularidades cometidas durante su gestión como funcionario del IESS, en el régimen de Rafael Correa. Gustavo Benítez, agente fiscal de Guayas que sigue este caso, explicó que en esta ocasión el juez Martínez analizará los otros procesos penales para dar una resolución. El extitular del MIES ya cumple una condena de 10 años por lavado de activos y además es procesado por peculado, aunque en este último caso tampoco se ha iniciado el juicio. La defensa de Espinel alegó que las pruebas presentadas ya fueron evaluadas y juzgadas por el delito de enriquecimiento ilícito. El fiscal rechazó los argumentos al considerar que en este caso Espinel fue acusado Espinel, en tanto que en delito por el que fue sentenciado estaban implicadas otras personas. (DAB)
De conformidad con el artículo 238 del Reglamento General para la aplicación de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, se comunica a los propietarios y propietarias de vehículos que durante el mes de Junio y Julio de 2019, han cometido contravenciones de tránsito detectadas a través de medios tecnológicos, y que no han podido ser ubicados debido a que las direcciones, números telefónicos y correos electrónicos no han sido válidos; serán notificados por este medio el día 04 de Octubre del año en curso. P.AB/23749
Se esperan otros cuatro pedidos: contra dos ministros y un exministro.
El Consejo de Administración Legislativa (CAL) calificó un nuevo pedido de juicio político en contra de los exintegrantes del Consejo de la Judicatura de transición: Marcelo Merlo, Zobeida Aragundi, Angélica Porras, Juan Pablo Albán y Aquiles Rigail, por presunta intromisión en la justicia e incumplimiento de funciones. El pedido fue ingresado en octubre del año pasado por la asambleísta correísta Lira Villalba, pero no fue tramitado por el CAL, a pesar de que otros sí pasaron a la Comisión de Fiscalización, como el de la exministra de Salud Verónica Espinosa. Ahora, ese pedido sí fue tramitado, a criterio de Cristina Reyes (PSC), vocal del CAL, “no por prioridad nacional, sino por la forma en la que se han presentado”. Sin embargo, están a la espera otros cuatro pedidos: uno en contra del ministro de Finanzas, Richard Martínez, dos en contra de la ministra de Gobierno, María Paula Romo, y otro en contra del exministro de Cultura Raúl Pérez Torres.
SESIÓN. César Litardo preside el Consejo de Administración Legislativa.
Tratamiento
no asistió. Frente a la ausencia, Por otro lado, la asambleísta Montaño solicitó a sus colegas Mae Montaño (independiente) aprobar que la Mesa Legislacuestionó en la Comisión de tiva sea la encargada de dar seguimiento de la ejecuParticipación Ciudadación de lo que establecen na el incumplimiento EL DATO los juicios políticos. de las recomendaciones Las resoluciones de que ha hecho la Asamúltima exfun- la Asamblea pueden inblea a otras instituciones La cionaria censucluir pedidos de invesdel Estado tras la censu- rada por la fue la tigación en la Fiscalía o ra o destitución de fun- Asamblea exministra de Salud Verónica inicio de auditorías en cionarios. Espinosa. la Contraloría. La ComiAyer estaba prevista sión acogió el pedido de la comparecencia de la fiscal general, Diana Salazar, Montaño, por lo que se solicipara hablar sobre la Ley de re- tará la información a la fiscal. cuperación de capitales, pero (AGO)
CNA denuncia presuntas irregularidades en compra de insumos médicos La Comisión Nacional Anticorrupción (CNA) denunció en la Contraloría la existencia de una supuesta red que adjudicó la adquisición de insumos médicos para el sistema de salud pública a empresas no facultadas para contratar con el Estado. Germán Rodas, coordinador de ese organismo, dijo que estas supuestas irregularidades se cometieron entre el 2016 y 2018. Según dijo, 275 personas naturales y 158 empresas logra-
ron hacerse de contratos pese a incumplir con la normativa. Los insumos médicos adquiridos van desde camillas hasta sofisticados equipos que fueron destinados a al menos 10 casas de salud a nivel nacional. Según rodas, estas adjudicaciones alcanzaron un monto de 76 millones de dólares en 6.500 procesos. La mañana de ayer, la CNA entregó en Contraloría el listado de los hospitales y de las empresas que
ESPECTATIVA. Miembros de la CNA esperan que esta denuncia sea acogida por Fiscalía.
dotaron de estos materiales, aparentemente al margen de la Ley. “Medicinas e insumos médicos se están volviendo en motivo de tráfico de corruptela al interior de las estructuras de la salud pública”, dijo Rodas. (FLC)
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JUEVES 03 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora ECUADOR
I
Filtración de datos, no hay responsables claros en este caso
Jueces cesados pedirán reconsideración a Judicatura
Asamblea no avanza en investigación. Quien debía dar respuestas, no acudió.
Los jueces de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Édgar Flores y Luis Enríquez, deberán desocupar sus despachos. Tras la destitución resuelta por el Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ), los magistrados emitieron su primer pronunciamiento. Ayer, en rueda de prensa, anunciaron que interpondrán una acción de protección y no descartaron acudir a la Corte In- PROTESTA. Los exmagistrados acepteramericana de Derechos Hu- taron la sanción bajo protesta. manos (CorteIDH) para denunciar lo que consideran como una en la Constitución. Según él, la actuación ilegal del CJ. Judicatura actuó sin competenFlores y Enríquez tenían cia al sancionarlos. Sin embarabierto, desde julio pasado, un go, la institución, por medio de expediente disciplinario luego un comunicado, aseguró tener de revocar la prisión preventiva atribuciones constitucionales y de Alexis Mera, exsecretario ju- legales, “relacionadas con los arrídico de la Presidencia de Rafael tículos 76, 82 y 181, numeral 3 de Correa, dentro del caso ‘Sobor- la Constitución de la República, nos 2012-2016’. así como los artículos 108, Esta acción adminis- EL DATO numeral 8 y 109, numeral trativa inició luego de que 7 del Código Orgánico de la fiscal general, Diana Sala Función Judicial”. la revocatolazar; el contralor, Pablo Tras Enríquez cuestionó la ria de la prisión Celi y el delegado de Pro- preventiva, sanción impuesta por el Mera curaduría, Marco Antonio Alexis CJ, pero dijo que la acataguarda arresto Proaño, presentaran una domiciliario. rá, aunque aclaró que sí queja por supuestamenpedirá al organismo una te vulnerar el debido proceso y reconsideración. atentar contra la seguridad juríEl exmagistrado señaló que la dica, incurriendo, según el CJ, en prisión preventiva de Mera estuuna negligencia manifiesta. vo fundamentada, en el auto de instrucción fiscal, en un artículo de prensa. Según él, ese no era Intereses políticos Para los exmagistrados, la deci- un elemento de convicción sufisión de destituirlos de sus cargos ciente para sostener la medida tiene una fundamentación polí- cautelar de última ratio. “En derecho resolví lo de tica antes que de derecho. Flores, quien actuó de juez ponente en Alexis Mera y lo volvería a hacer. la audiencia del 3 de julio pasa- La destitución para mí es un hodo, explicó que la decisión de nor”, concluyó Enríquez, quien levantar la medida cautelar fue insistió en que él no busca mantomada en derecho y basándose tenerse en el cargo. (FLC)
Llegaron puntuales. La ministra de Gobierno, María Paula Romo; la directora nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap), Lorena Naranjo; y la gerente de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), Martha Moncayo. Cada una tenía su presentación para responder a las preguntas de los legisladores de la Comisión de Soberanía y Rela- INASISTENCIA. El único que no asistió a la Asamblea fue el ministro de Teleciones Internacionales sobre la comunicaciones, Andrés Michelena. (Foto: Archivo). presunta filtración de los datos de la mayoría de los ecuatoria- de haber confirmado. A último nexión entre las entidades que nos, que fue denunciada el mes momento notificó que no iría poseen la información y las que por responsabilidades con el la requieren, pero no almacena pasado. La Mesa, por disposición del Gobierno tras el anuncio de las bases de datos. Por eso, Naranjo Pleno, tiene 15 días -que corren medidas económicas. señaló que está atada de manos, En reemplazo, envió al vice- pues no puede establecer parádesde el lunes- para presentar un informe sobre los posibles ministro Marco Sancho. Pero metros de seguridad en el interresponsables de la vulneración los legisladores rechazaron cambio de datos, lo que ha persu comparecencia al conside- mitido que no existan ataques de los datos. rar que se irrespetó a ni hackeo a su sistema, pero Pero, legalmente, ni la Asamblea. Le despi- "el control es del que elabora la el Ministerio de Gobier- EL DATO dieron con una nota de base". no ni la Dinardap tienen protesta dirigida hacia las competencias sobre La Dinardap tiene dentro intentó Michelena, quien deberá del sistema de intercambio a la protección y seguri- Ecuador adherirse al acudir en una próxima 37 instituciones que son fuendad de los datos. Por lo Convenio de sobre que, las exposiciones de Budapest te de información, como el SRI ciberdelincuen- convocatoria. Romo y Naranjo no res- cia, pero no pudo y el Registro Civil, y 425 conal no tener legispondieron las interro- lación sobre el sumidoras, como el Consejo Vacío legal gantes de qué pasó con tema. En una sesión de alre- de la Judicatura. Entre ellas la información filtrada, dedor de tres horas, las no consta el Banco del IESS cómo se la obtuvo y qué accio- preguntas clave quedaron sin (Biess), del que se habría exnes se tomaron. respuesta y otras terminaron traído información. Mientras Moncayo, que sí en que no existe normativa. La Mesa Legislativa solicitó tiene a su cargo almacenamien- El Ejecutivo remitió hace una el listado de las 37 entidades to de datos, ratificó que los dos semana un proyecto de ley de para requerirles un detalle sodata centers de CNT, uno en protección de datos persona- bre cómo han protegido la inGuayaquil y otro en Quito, no les, que se elaboró desde 2018 a formación, tomando en cuenta han sido atacados por hackers. cargo de la Dinardap y que será que no existe un estándar norQuien debería responder, tramitada por la misma Comi- mativo. A su vez, habría solicientonces, es Andrés Michelena, sión por disposición del Conse- tado una prórroga de 15 días al ministro de Telecomunicacio- jo de Administración Legislati- Consejo de Administración Lenes. El único convocado por la va (CAL). gislativa (CAL), para extender Comisión que no asistió, a pesar La Dinardap sirve de co- la investigación. (AGO)
Se analizan dispositivos magnéticos de Julian Assange Cerca de 600 dispositivos, entre discos compactos, ‘pen drives’, discos duros y computadores es lo que se analizará como parte de las evidencias incautadas el pasado 22 de mayo en la Embajada de Ecuador en Reino Unido, donde permaneció Julian Assange desde 2012. Ayer, el fiscal subrogante, Wilson Toainga; el abogado del ciudadano australiano, Carlos Poveda, y peritos de Criminalística efectuaron la audiencia
de exhibición, reconocimiento y extracción de la información de dichos artefactos. De acuerdo con la defensa de Assange, esta diligencia viola normas constitucionales y el derecho a la defensa. Según dijo, durante el traslado de estos dispositivos desde Reino Unido hasta Ecuador se rompió la cadena de custodia. Agregó que el objetivo de esta audiencia reservada, era extraer la información para obtener una
copia espejo de la que se harían cargo autoridades de Estados Unidos. Sin embargo, Poveda cree que no se podrá utilizar esta información como evidencia en alguna acción legal, pues según señaló, “son medios probatorios obtenidos de manera ilícita”. Insistió en que estos hechos son inconstitucionales y que por eso Assange y su defensa no descartan una demanda contra el Estado. (FLC)
MEDIDA. En abril pasado, el Gobierno retiró el asilo otorgado por Ecuador a Julian Assange, quien estaba a alojado en la Embajada en Londres.
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JUEVES 03 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
FMI apoya medidas del Gobierno ecuatoriano
I
El Fondo Monetario Internacional (FMI) expresó que las reformas anunciadas por el presidente Lenín Moreno tienen como objetivo mejorar la sostenibilidad de la economía ecuatoriana y fomentar un crecimiento sólido e inclusivo. El anuncio incluyó decisiones importantes para proteger a los pobres y más vulnerables,
La eliminación de subsidios de gasolinas marcaría precios reales 700 millones en disminución de aranceles Richard Martínez, ministro de °Economía, durante una rueda de
prensa ayer, en el Palacio de Carondelet, explicó que dentro de las reformas que se envían a la Asamblea se incluye un paquete de medidas de reducción de impuestos, tasas y aranceles; además de un aumento de las transferencias por el Bono de Desarrollo Humano, con el fin de proteger a los sectores más pobres de los efectos de la eliminación de los subsidios a las gasolinas extra y diésel. El esfuerzo fiscal, es decir, los ingresos que dejará de percibir el Gobierno por la aplicación de estas medidas, totaliza los 700 millones de dólares. Así, entre los beneficios más importantes está la devolución automática de impuestos a exportadores que representará 180 millones anuales. Por otro lado, 120 millones corresponderán a la tarifa 0% de aranceles para insumos y bienes de capital de sectores agrícolas y productivos. La reducción del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), de 5% a 2,5%, para aerolíneas, importación de buses eléctricos, entre otros, representará un esfuerzo fiscal de 40 millones. Otra medida contemplada en las reformas, que deben ser tramitadas en 30 días por la Asamblea, es la reducción de $2 a $1,5 en el Impuesto a los Consumos especiales para las cervezas artesanales. Finalmente, un millón de beneficiarios actuales del Bono de Desarrollo Humano recibirá $15 adicionales cada mes. También, las autoridades han determinado 300.000 nuevos beneficiarios que comenzarán a recibir $15 de compensación.
así como para generar empleo en una economía más competitiva. “El Gobierno también está trabajando en importantes reformas destinadas a apoyar la dolarización de Ecuador, como la reforma del Banco Central y el código orgánico de presupuesto y planificación”, anotó el comunicado del organismo. (JS)
Analistas coinciden que habrá un impacto en el nivel de precios, pero no será tan alto como una subida del IVA.
Tanto analistas como Gobierno de la medida. Los subsidios discoinciden en que la eliminación torsionan la economía y generan de los subsidios de las gasolinas precios ficticios”. El sector empresarial mira extra y diésel tendrá un impacto en el nivel de precios y en las ta- también con buenos ojos las merifas del transporte público. Sin didas adoptadas por el Gobierno. embargo, ese impacto será mucho menor que el que hubiera Ingresos fiscales causado una subida del IVA. Richard Martínez, ministro Napoleón Santamaría, analis- de Economía, afirmó que los ta tributario, explicó que el Go- principales efectos colaterales bierno tenía solo tres vías prác- positivos de la eliminación de ticas para aumentar los ingresos subsidios son, en primer lugar, a corto plazo. Por un lado, la el destinar más recursos a inverconcesión de activos del Estado, sión pública y protección social; donde no ha habido mayoy en segundo, se impide res avances. Por otro lado, EL DATO que se sigan yendo varios la subida del IVA, que era millones al año a través de la peor opción porque tecontrabando de combusmás de 47 nía un impacto directo en En tibles a Colombia y Perú: años, los subsiel poder adquisitivo de las dios a combusti- “Hemos actualizado las costaron al personas. Finalmente, la bles cifras. Los ingresos totapaís unos eliminación del subsidio $60.000 millo- les serán de 1.546 millones. En la última a los combustibles, que década, el gasto nes de dólares. Ese monto a $24.000 se desglosa en 1.038 mies la menos traumática y llegó millones. que ayudará a sincerar los llones por el diésel; 363 precios en la economía. millones por la gasolina El mayor impacto vendría extra; y 143 millones en pago de dado por el diésel utilizado para impuestos que ya no se van en transporte, debido a que el que contrabando”. se destina a la industria ya está Fausto Ortiz, exministro de liberado. Incluso, los sectores Economía, consideró que la camaroneros y atuneros man- eliminación de los subsidios tienen un subsidio parcial de 70 es el camino correcto y mejocentavos por galón. rará el ingreso petrolero en Santamaría consideró que, presupuesto del Estado: “Los además de los controles oficia- mercados deberían percibir la les, los ciudadanos deben con- medida como un efecto similar vertirse en los mejores veedores: a la subida del precio del cru“No hay que consumir produc- do, y por lo tanto, debería bajar tos y servicios con precios con el riesgo país. Otro efecto sería ajustes desmedidamente el mejoramiento del amaltos, y además hay que TOME NOTA biente empresarial, lo denunciarlo”. que podría empujar una Según Juan Sebastián mayor recaudación de habilitada la Roldán, secretario parti- Está impuestos”. línea cular de la Presidencia, se 1800-LOJUSTO Tras el Decreto 883, la para denunciar inició conversaciones con sobre el alza eliminación de los subside los transportistas sobre la injustificada dios a las gasolinas extra precios. inevitable alza de pasajes. y diésel deben regir desde Aseguró que los análisis las 00:00 de hoy. determinan que el efecto en los La ministra de Gobierno, Maprecios, sobre todo de productos ría Paula Romo confirmó que se básicos, será manejable. realizan operativos para evitar Oswaldo Muñoz, economis- la especulación de los precios ta y experto teoría de precios, de los productos de primera comentó que este es el mejor necesidad. Se han mantenido momento para una medida de reuniones con gobernadores e eliminación de subsidios de intendentes para establecer los combustibles: “Desde hace va- parámetros de los controles. "No rios meses hemos tenido infla- hay ninguna justificación para ción muy baja o negativa. Esto que los productos estén a otro ayudará a amortiguar el golpe precio", indicó Romo. (JS)
COSTO. Desde hoy, el galón de diésel cuesta $2,27. La gasolina extra está a 2,30.
ASAMBLEA ESPERA REFORMAS Las reformas tributarias buscan una recaudación adicional de casi 600 millones de dólares. También se deben aprobar reformas laborales y medidas de austeridad en el sector público. Estas deben llegar a la Asamblea, por vía económica urgente, para ser tratadas en 30 días. Según César Litardo, presidente del Legislativo, existe un “buen ánimo” sobre las propuestas del Ejecutivo, y considera que existirían los votos necesarios para la aprobación. César Litardo (PAIS): Mira como favorables las reformas al impuesto de salida de divisas y la reducción de tributos a la importación de bienes tecnológicos, así como a las modificaciones laborales, que incluiría que los servidores públicos con contratos ocasionales tengan una renovación, pero con el 20% menos de su salario. Daniel Mendoza (PAIS): Piensa que se propiciará un debate donde se escuche a todos los sectores, pero asegura que las reformas generan un entorno favorable para que las empresas puedan contratar más y los ecuatorianos pueda emprender. Fabricio Villamar (Ahora): La no inclusión de aumento en el IVA mejora las posibilidades de la aprobación y de un debate propositivo. Sin embargo, avizora que las reformas laborales, sobre todo con respecto a nuevas modalidades de contratación y sobre la jubilación patronal, serán temas conflictivos. Patricio Donoso (CREO): Asegura que hay temas muy positivos dentro de la propuesta del Ejecutivo, pero su bloque tomará una posición definitiva luego de analizar toda la documentación. Cristina Reyes (PSC): Cuestiona el impacto económico de la eliminación de subsidios; aunque valoró la reducción de impuestos como el de la Salida de Divisas para bienes de capitales. “Una posición más clara será posterior a un análisis técnico y a la reunión del bloque”, asevera. Raúl Tello (BADI): Cuestiona que el peso de la crisis vaya al bolsillo de los ecuatorianos. Considera que el Ejecutivo tomó el atajo de la eliminación del subsidio a los combustibles para evitar conflictos con el Legislativo. Respalda los temas de reducción de tributos y aranceles. Gabriela Rivadeneira (RC): No está de acuerdo con las reformas. Piensa que las medidas son irresponsables y que se extiende “una alfombra roja para la especulación y alza indiscriminada de precios”.
PAÍS
Viteri: subida de combustible afecta a la cadena productiva
La alcaldesa de Guayaquil, Cynthia Viteri, se refirió a las medidas económicas anunciadas por el Gobierno. Reconoció que resulta positivo el hablar de incentivos para el país, pero la subida del combustible, tanto de diésel como de gasolina, “afecta a la cadena productiva” del Ecuador.
“Alguien dijo que el Estado siempre nos devuelve menos de lo que nos ha quitado”, cuestionó la política guayaquileña. “Reducir el tamaño del Estado, adquirir deuda buena y cambiar al sistema de invertir” fueron algunas de sus recomendaciones. (DAB)
I
Las medidas económicas movilizan a los sectores sociales
TRANSPORTE. Distintos gremios han anunciado que se plegarán a la paralización.
Amenaza de paro; clases suspendidas La medida precautela a los estudiantes. Transportistas buscan que se derogue Decreto 883.
El Ministerio de Educación los precios de la gasolina extra, suspendió la jornada escolar de diésel y ecopaís, a partir de las hoy ante el anuncio del paro de 00:00 de hoy. transportistas en el país. Ante esta decisión gubernaMediante un comunicado, el mental, que fue anunciada el Ministerio señaló que la deci- pasado martes en cadena nasión se adoptó para precautelar cional, Abel Gómez, presidente la seguridad de los estudiantes. de la Federación Nacional de Además, lamentó que con estas Cooperativas de Transporte acciones, los niños y jóvenes re- Público de Pasajeros del Ecuasulten perjudicados en el desa- dor (Fenacotip), advirtió que torrollo de su aprendizaje. dos los servicios se verán La medida rige para afectados y por tanto se EL DATO estudiantes de escuelas y irán al paro nacional de colegios a escala nacional. tipo preventivo. Las universidades debe- La Cámara de Según Gómez, la situaTransporte rán decidir si suspenden Público de Quito ción económica del sector reclama el incre- de la trasportación es crítio no sus actividades. mento de los Los transportistas de pasajes urbanos. ca por lo que esperan, dijo, algunos servicios de pauna respuesta del Gobiersajeros y de carga anunno “para no volver a paraciaron ayer la suspensión de sus lizar las actividades”. actividades, como mecanismo Aseguró que distintos gremios para que el Gobierno derogue como la Cámara de Transporte el alza de los precios de los com- Urbano del Ecuador, la Cámara bustibles. de Transporte Pesado del EcuaA través del Decreto Ejecu- dor, la Federación Nacional de tivo 833, el presidente Lenín Taxis del Ecuador e incluso la Moreno dispuso ayer el alza de transportación escolar, aproba-
ron la medida durante una asamblea nacional. Analizan compensaciones
Las autoridades del Ministerio de Transporte y Obras Públicas se mantenían reunidas anoche para buscar “tender puentes” con los dirigentes y evitar que se afecte a la ciudadanía. Hasta el cierre de esta edición no había ningún pronunciamiento oficial para evitar el anunciado paro preventivo de varios sectores de la transportación. Previamente, el ministro de Transporte, José Martínez, indicó que se analiza el incremento de los pasajes como una alternativa de compensación para los transportistas. No obstante, en el ámbito cantonal, las tarifas son manejadas directamente por los municipios. Algunas bases gremiales anunciaron que preferirán laborar normalmente. Antonio Calderón, presidente de la Asociación de Taxis Ejecutivos de Pichincha, señaló que no plegarán al paro, aunque se mantendrán expectantes a los hechos. (SE)
Suspendido el ‘Hoy no circula’ Frente al anuncio del paro de los °transportistas a escala nacional,
CLASES. Estudiantes a escala nacional no tienen asistencia. (Foto: Archivo)
previsto hoy, el alcalde de Quito, Jorge Yunda, suspendió la restricción vehicular ‘Hoy no circula’. A través de un comunicado, la Acaldía comunicó que el sistema de transporte municipal Trolebús y Ecovía operarán con normalidad. Frente al inminiente incremento de pasajeros, se reforzará la flota de unidades en los diferentes corredores.
JUEVES 03 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
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Nosotros no tenemos por qué pagar el ‘chuchaqui’ de todo lo que hicieron los gobiernos pasados y este”, MESÍAS TATAMUEZ, PRESIDENTE DEL FUT.
El Frente Unitario de Traba- das del pueblo ecuatoriano”. jadores (FUT), el Parlamento Agregó que en materia laLaboral Ecuatoriano (PLE) y boral se están afectando los la Conaie anunciaron acciones derechos adquiridos de los conjuntas en rechazo de las trabajadores, como reducir las medidas económicas anuncia- vacaciones en el sector público das por el Gobierno la noche de 30 a 15 días, mientras que del martes. quitar el subsidio de la Tras años de mante- EL DATO gasolina extra y al diésel nerse en pugna, los diterminará por generar inrigentes del FUT y del cremento de precios de la Las movilizacioPLE aparecieron juntos nes progresivas canasta básica. iniciarían el 8 para ofrecer una rueda se Por su parte Jaime Arde este mes, se de prensa en la sede la or- conoció de ciniega, titular del PLE, ganización indígena para manera agregó que son reformas extraoficial. asegurar que las medidas regresivas que van conadoptadas tendrán como tra tratados internaciorespuesta movilizaciones pro- nales, ya que lo que busca el gresivas durante este mes hasta Gobierno es tratar el trabajo consolidar un paro naciocomo una mercancía. “Se nal de actividades. están estableciendo flexiLos dirigentes sindibilidades laborales que GRANDES cales aseguraron que las sectores sociales pueden ir no solamenen contra medidas premian a los sedeunen las medidas te en términos de doble empresarios, a la banca económicas. jornada al día, sino de y que responde a los contriple. Es decir, van a tedicionamientos que impuso el ner trabajadores a la carta con Fondo Monetario Internacional la intención de mantener las (FMI), sin pensar en las nece- ganancias del sector empresidades del obrero, del ama de sarial”, cuestionó el dirigente casa, y de otros sectores sociales. sindical. (HCR) Mesías Tatamuez, presidenWEB te del FUT, aseguró que todo el Nota completa en: peso económico del proyecto de www.lahora.com.ec reformas recae sobre las “espal-
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DIRIGENTES. Mantuvieron reuniones preparatorias en la sede de la Conaie.
Grandes filas por combustible
En todo el país se evidenció grandes filas en las gasolineras. Esto, tras el incremento una vez que se eliminó el subsidio de la extra, ecopaís y diésel.
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JUEVES 03 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
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Armada y Prefectura no seguirán con el dragado • La Armada del Ecuador informó que el Servicio de Dragas (Serdra) y la Prefectura de Guayas legalizaron un convenio para la terminación del contrato del Dragado de la II fase, y disposición de sedimentos de los alrededores del islote El Palmar, en la parte norte del río Guayas. Con la legalización de este convenio, ambas entidades acordaron dejar sin efecto los procesos judiciales y administrativos, en términos y condiciones como la obligación de Prefectura de revocar la decisión de terminación unilateral en la Resolución 013-TU-CPCP-GPG-2019. Respecto del saldo de 1’982.764 dólares correspondiente a bienes y servicios ejecutados por la entidad técnica, para cumplimiento de los Rubros Contractuales, las partes aceptan un arbitraje. Semanas atrás se originó una discusión tras el anuncio del prefecto Carlos Morales de dar por terminado el contrato con la Armada, debido a un supuesto incumplimiento. (DAB)
GUAYAQUIL
200 niñas se convertirán, por un día, en mujeres poderosas La idea es que tengan referentes positivos y alcancen grandes metas en la vida. Nataly Rivas se levantó temprano y se puso ropa cómoda: zapatillas deportivas, un jean y una blusa blanca. Dijo que estaba nerviosa. Ayer no fue un día cualquiera, pues la joven de 19 años se convirtió en Embajadora de Canadá, en Ecuador, por un día. Esta actividad, indicó Verónica Zambrano, directora de Plan Internacional en Ecuador, corresponde a una dinámica en la que 200 niñas tomarán el puesto de una mujer en un cargo de poder, durante todo octubre, en conmemoración al Día Internacional de la Niña, que es el 11. “La idea es que las pequeñas tengan estos referentes, en lugar de tener a la mamá golpeada de las novelas o la que sueña y se casa con el hombre mayor para que le dé todo. Queremos acercarlas a mujeres líderes, referentes y que así puedan cambiar sus vidas”, dijo Zambrano. ‘Manos a la obra’
La primera de este plan es Nataly. La estudiante de Sociología fue recibida por Sylvie Bédard,
ENCUENTRO. Sylvie Bédard, embajadora de Canadá, recibió a Nataly Rivas, representante del Movimiento Por Ser Niña.
embajadora de Canadá, a quien acompañó durante toda su jornada laboral, participando activamente en reuniones en las que se trataron temas de derechos, alianzas, economía y más. “Esta es una gran oportunidad para mí. Me siento muy feliz y entusiasmada de conocer a la Embajadora”, dijo la joven. Para Bédard es importante que las mujeres se acerquen a las más jóvenes para generarles confianza en sí mismas. “He visto que todavía muchas niñas creen que no pueden hacer algo solo por ser mujeres, eso es preocupante”, comentó. Estas conductas se ven reflejadas en cifras que indican que, en el país, hay apenas cuatro prefectas y 18 alcal-
desas dentro de 23 prefecturas y 221 municipios. Un cambio de mentalidad
tipo de maltrato extremo. El 60% de las niñas es violentado en los hogares y piensan que se lo merecían. “La violencia está naturalizada y debemos trabajar por eliminar eso de la idiosincrasia del país”, agregó Nataly.
Zambrano indica que para cambiar la realidad de las mujeres se debe empezar por las niñas. Al generar espacios donde ellas puedan tener EL DATO Otros espacios perspectivas de fortalePlan Internacional indicó cerse será posible luchar que, el próximo martes ante las estadísticas que Diariamente, hay un promedio una niña tomará el puesseñalan que, cada día, de 42 denuncias to de Monserrat Creamer, violación o siete niñas menores de por acoso a mujeres ministra de Educación. y niñas. 14 años dan a luz, como Está por concretarse que consecuencia del abuso Cynthia Viteri, alcaldesa sexual. de Guayaquil, también Erradicar las barreras de in- participe. clusión permite una sociedad Las niñas, asimismo, visitamás justa, dice la directora, mien- rán empresas y medios de cotras muestra que el 38% de niñas municación y serán gerentes o y adolescentes ha sufrido algún editoras por un día. (AVV)
Jueces electorales seguirán en funciones Los jueces del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) Arturo Cabrera y Patricia Guaicha continuarán en funciones hasta completar su periodo, en 2022. Ayer, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPC) aprobó por seis votos a favor y una abstención el informe de la Asesoría Jurídica del organismo, en el que se determina que el Pleno no tiene competencia para revisar las decisiones que adoptó el CPC de transición, conforme lo establece el dictamen de la Corte Constitucional (CC) de mayo de este año. Concluyó así la polémica que se generó a raíz de la moción planteada por la vicepresidenta del Consejo, Sofía Almeida, quien manifestaba que los dos jueces estaban en funciones
prorrogadas por lo que debían ser separados del cargo e iniciar un concurso para elegir a nuevos jueces. Sin embargo, durante el debate de ayer se estableció que el Cpccs transitorio, al no haberlos cesado en funciones a los dos magistrados se daba por entendido que deben continuar hasta completar la gestión en los plazos establecidos por la Constitución y las leyes. Tampoco se dio paso a una moción de resolución planteada por Juan Dávalos, en la que pedía que se establezca con claridad durante qué tiempo más debían continuar ejerciendo como jueces electorales. El presidente del CPC, Christian Cruz, manifestó que ellos no podían establecer los plazos, ya que eso está contemplado en la normativa vigente. (HCR)
MAGISTRADO. Arturo Cabrera es el actual presidente del Tribunal Contencioso Electoral.
GLOBAL
Alejandro Toledo solicita que se le fije una fianza en Estados Unidos SAN FRANCISCO, EFE • El expresidente de Perú Alejandro Toledo (2001-2006), acusado en su país de corrupción y pendiente de un proceso de extradición en Estados Unidos, apeló la decisión de principios de septiembre que lo mantiene en prisión mientras dura el juicio.
En un recurso presentado ante la corte de San Francisco (California, EE.UU.) que lleva el caso, el abogado del expresidente, Graham Archer, aseguró que en el proceso de Toledo se da una serie de “circunstancias especiales” que justifican que sea puesto en libertad bajo fianza.
Oposición peruana pide elecciones y que se vayan todos Esto representa un giro. Gobierno rechaza la renuncia de la Vicepresidenta.
LIMA, EFE • Tras la disolución del Congreso, la oposición política en Perú ha dado un giro radical en sus posturas y ahora exige unas elecciones generales para “que se vayan todos”, la misma propuesta que hace una semana rechazó con virulencia cuando fue planteada por el Ejecutivo. Este giro implica la aceptación implícita de que el actual Congreso ya no podrá seguir en funciones, pese a lo cual la facción de legisladores que se niega a aceptar la disolución ordenada este lunes por el presidente, Martín Vizcarra, se ha concentrado en las últimas horas en pedir que los comicios legislativos que convocó el mandatario sean ahora generales. Vizcarra llamó a elecciones legislativas para el 26 de enero, luego de anunciar la disolución de la cámara por considerar negado el pedido de confianza que hizo el entonces primer ministro, Salvador del Solar, para que se modificaran los términos de la elección de los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional.
Salida de ‘Presidenta interina’
La facción que encabeza el presidente del Congreso disuelto, Pedro Olaechea, e integran legisladores del partido fujimorista Fuerza Popular, se ha sumado a un pedido que hizo la vicepresidenta Mercedes Aráoz, tras anunciar su renuncia al cargo. Aráoz, quien el lunes juró como ‘presidenta interina’ ante el grupo rebelde de congresistas, informó ayer a Olaechea que renunciaba porque “se ha roto el orden constitucional” en Perú y que espera que se “conduzca a la convocatoria de elecciones generales en el más breve plazo por el bien del país”. La Vicepresidenta dejó, además, la ‘presidencia en funciones’ que había aceptado horas antes en un acto que luego admitió que fue político, sin mayor
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PROCESO. Uno de los barcos de exportación petrolera.
Brasil rompe su récord histórico de producción petrolera pro- mente que la producción bradujo en agosto un promedio sileña de gas natural llegó en de 2.989 millones de barriles agosto a un promedio de 133,3 diarios de petróleo, un volu- millones de metros cúbicos men en un 18,5% superior al diarios, igualmente un voludel mismo mes del año pasado men récord y que supone un (2.522 millones) y que supone crecimiento del 25,3% en la un nuevo récord para el país, comparación con el mismo mes informó ayer la Agencia Nacio- del año pasado (106 millones nal del Petróleo (ANP, regula- de metros cúbicos diarios). dor). La producción brasileña Gas natural promedio de petróleo en agos- La producción promedio de to creció un 7,7% en gas natural en agosto comparación con la de aumentó un 7,4% con julio (2,775 millones de respecto a la de julio CRECIÓ barriles diarios), que de este año (124 millola producción ya había sido récord, conjunta promedio nes de metros cúbicos gracias a la entrada en de petróleo y gas diarios), que igualnatural en agosto. operación de nuevas mente era récord. plataformas de exploAmbos aumentos tación en áreas marinas, según permitieron que la producción el órgano regulador. promedia brasileña de petróleo Los datos incluyen la pro- y de gas natural impusiera un ducción de las 31 petroleras récord en agosto y se ubicara que operan en el país y que en 3,828 millones de barriles extraen hidrocarburos en 295 equivalentes diarios, con un concesiones, dos áreas cedidas crecimiento del 19,96 % en extraordinariamente y cinco comparación con la del mismo áreas explotadas en asociación mes del año pasado (3,191 micon el Estado. llones de barriles equivalentes La Agencia informó igual- diarios).
RÍO DE JANEIRO, EFE • Brasil
POLÉMICA. La situación política capta la atención del pueblo peruano en las calles.
Normalidad gubernamental ° El presidente peruano, Martín Vizcarra, sigue despachando con normalidad y prepara la conformación de su nuevo gabinete de ministros junto con Zeballos. El
primer ministro negó la posibilidad de una renuncia presidencial o de modificar el proceso electoral ya en marcha. Precisamente, tras recordar que el Congreso archivó el pedido de comicios generales, Zeballos dijo que, así quisiera, el gobernante no puede tomar una decisión en ese sentido porque esta tendría que ser aprobada por un Pleno del Congreso que ahora no existe. La capacidad de reacción de la oposición es cada vez más limitada, dadas las restricciones legales y el nulo apoyo ciudadano e institucional que, junto a las limitaciones constitucionales, parecen haberlos llevado a un callejón sin salida.
efecto en la conducción del país. Presidente del Congreso, a pesar En respuesta, el nuevo primer de que este ahora ha sido disuelto. ministro, Vicente Zeballos, ase“Renuncie usted, renunciaguró ayer que el Gobierno con- mos todos y llamamos a elecciosidera que su dimisión a la Vice- nes inmediatamente. No le temapresidencia no es efectiva mos al pueblo, hagámoslo porque la presentó ante hoy”, propuso Olaechea un Congreso que “no exis- CIFRAS dirigiéndose a Vizcarra. te”. Este planteamiento se presenta una semana desMESES pués de que los legisladoEstrategia opositora faltan para las res opositores archivaran Desde su posición, adeelecciones legislativas un proyecto que presentó más de insistir en que el convocadas Parlamento sigue en fun- por Vizcarra. el gobernante para que se acorte el período de ciones plenas, los legislagestión de 5 a 4 años, lo dores han expresado en que hubiera permitido la las últimas horas su pediAÑOS el periodo convocatoria inmediata a do de que Vizcarra renun- dura presidencial cie o convoque a eleccio- actualmente elecciones generales. en Perú. Tanto en ese momento, nes generales para acabar como ahora, la presidenta con la crisis política en el de la Comisión de Constitución, país. Consideran que esa dimisión la fujimorista Rosa Bartra, asese sumaría a la de Aráoz y per- guró que el pedido de Vizcarra mitiría la convocatoria, aunque fue archivado, sin siquiera llegar mientras tanto la jefatura del Es- al debate en el Pleno, porque era tado debería ser asumida por el inconstitucional.
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7,65%
El peso colombiano sigue en picada BOGOTÁ, EFE • El peso colombiano continúa devaluándose por debajo de sus mínimos históricos frente al dólar y ayer llegó a cotizarse en algunos momentos y por primera vez en su historia por encima de la barrera de los 3.500, situación que multiplica la incertidumbre en los mercados internacionales. Finalmente, la cotización de la tasa representativa del mercado cerró en 3.497 pesos por dólar, lo que supone un
descenso del 0,17%. “Es una mezcla debido a la coyuntura internacional y qué tan fuerte perciben en los mercados la economía colombiana relativo a otros países en la medida en que hay mucha más incertidumbre mundial ante una recesión o ante un agravamiento de la guerra comercial entre Estados Unidos y China”, afirmó el decano de la facultad de Economía de la Universidad el Rosario, Carlos Sepúlveda. Según el economista, estas incertidumbres hacen que los capitales busquen refugio en economías “más sólidas” y se “debiliten o alejen” de economías en desarrollo como la de Colombia.
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JUEVES 03 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
El periodismo sigue vigente, inicia el Festival Gabo
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MEDELLÍN, EFE• El oficio del periodismo está más vigente que nunca pero tiene el enorme desafío de captar la atención de las audiencias en una época en la que impera la brevedad en la información y proliferan las noticias falsas, coincidieron expertos reunidos en el Festival Gabo que comenzó ayer en
Medellín. Los retos del periodismo libre e independiente, que van desde su sostenimiento económico hasta el mantenimiento de su credibilidad, fueron abordados en el panel central de la primera jornada del festival alrededor de la pregunta “para qué hacer periodismo”.
Trump contrataca y dice que el juicio es un golpe
Fue una polémica rueda de prensa, durante la visita del Presidente de Finlandia. Crece la tensión.
• La guerra en- a exigir a un reportero que detre la Casa Blanca y el Congreso jase de preguntarle a él y que lo se caldeó ayer aún más con las hiciese al Presidente finlandés. Anteriormente, el mandataacusaciones del presidente estadounidense, Donald Trump, de rio se había quejado en un tuit de que los demócratas buscan un la actuación de los demócratas: "golpe" contra su Gobierno con "A medida que me entero de más la apertura de un juicio político, cosas cada día, estoy llegando a la conclusión de que lo que que calificó como "el maestá en marcha no es un yor fraude en la historia". juicio político, es un GOL"Esto es un delito fraudulento contra el pue- MILLONES PE", se quejó. de ayuda a Kiev blo de EE.UU.", aseguró habría bloqueado Trump, en tono beligeranCon acelerador Trump. te, en una rueda de prensa Los líderes demócratas del con motivo de la visita de Congreso reiteraron su inEL DATO su homólogo finlandés, tención de avanzar con ceSauli Niinistö. "Es el maleridad en la apertura de 24 de yor fraude en la historia", El un proceso de destitución septiembre se remarcó. anunció el juicio. dada la gravedad de las La comparecencia del acusaciones y criticaron mandatario en la Casa las maniobras del secreBlanca estuvo repleta de ataques tario de Estado, Mike Pompeo, a los medios de comunicación, para intentar obstruir la investimientras que Niinistö trataba gación. de mantenerse estoicamente en "Queremos dejar muy clasilencio. ro que cualquier esfuerzo del En uno de los intercambios Secretario, del Presidente o de con los periodistas, Trump llegó cualquier otra persona para WASHINGTON, EFE
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interferir con la capacidad del Congreso de llamar a testigos relevantes, se considerará como evidencia de obstrucción de las funciones legales del Congreso", dijo esta mañana Adam Schiff, presidente del Comité de Inteligencia de la Cámara Baja, uno de los que lideran la investigación. Pompeo anunció este martes que los funcionarios del Departamento de Estado que han sido citados por el Congreso para declarar próximamente sobre la relación del país con Ucrania no lo harán. Junto a Schiff compareció en el Capitolio Nancy Pelosi, la presidenta de la Cámara de Representantes, quien justificó la decisión de lanzar una investigación de juicio político contra el mandatario. "(El Presidente) está socavando nuestra seguridad nacional y su juramento para proteger y defender la Constitución porque estaba derrocando una acción del Congreso por su cuenta, además de socavar la integridad de nuestras elecciones", dijo Pelosi. No obstante, reconoció los problemas que esta situación entraña para el país, "ya que realizar una investigación para acu-
DECLARACIONES. Por primera vez, el Presidente se refirió al tema en una conferencia de prensa.
Pompeo participó de llamada ° El secretario de Estado estadounidense, Mike Pompeo, confir-
mó ayer que participó en la conversación telefónica entre el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, y el mandatario ucraniano, Vladímir Zelenski, el 25 de julio, origen del inicio de la investigación.
sar a un presidente no es algo de lo que alegrarse". "No sé de nadie que esté contento, es un momento triste", indicó Pelosi. La líder demócrata anunció el 24 de septiembre una investigación de juicio político a Trump después de que se filtrara el contenido de una conversación telefónica que sostuvo en julio con su homólogo ucraniano, Vladímir Zelenski, en la que le pidió
¿Quiénes han pasado por esto? ° En la historia de EE.UU. solo tres presidentes han afrontado
hasta ahora procesos de destitución: Andrew Johnson (1865-1869) y Bill Clinton (1993-2001), quienes fueron absueltos; y Richard Nixon (19641974), quien dimitió antes de que se culminase su juicio político.
investigar al exvicepresidente Joe Biden, uno de los aspirantes a la candidatura demócrata en 2020, y a su hijo por presunta corrupción en ese país. Asimismo, se ha sabido que Trump había bloqueado una ayuda militar a Kiev de unos 400 millones de dólares hasta semanas después de su llamada con Zelenski, a pesar de que había sido aprobada por el Congreso.
Corea del Norte lanzó un nuevo misil submarino • Corea del Norte con- fensa de Corea del Norte, pero firmó ayer que lanzó un nuevo estuvo ausente el líder del régimisil desde un submarino y ase- men de Pionyang, Kim Jong-un, guró que el ensayo es un "logro aunque sí envió "cálidas felicitaimportante" frente a las amena- ciones" al equipo responsable, según la información oficial. zas de "fuerzas externas". La agencia oficial del régimen de Pionyang, KCNA, conContexto firmó así las versiones Se trata del primer ensaque habían sido difundiyo con un misión SLBM das desde Corea del Sur de Corea del Norte dessobre este lanzamiento de KILÓMETROS de que disparó con éxito un misil balístico desde voló el misil. por primera vez desde un un submarino (SLBM), sumergible un proyectil aunque no dio detalles de Pukguksong-1, en agosto su trayectoria. de 2016. KCNA también señaló que se Según informó el Estado Matrata de la tercera versión de su yor Conjunto de Corea del Sur, el misil Pukguksong (Estrella Po- misil alcanzó una altura máxima lar) y dijo que el lanzamiento se de 910 kilómetros y voló 450 kihizo desde la bahía de Wonsan, lómetros hacia el este. en la costa oriental norcoreana. La información de KCNA El ensayo fue realizado por la indica que el misil voló en un Academia de Ciencias de la De- "modo vertical" con el fin de in-
SEÚL, EFE
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Estudiantes protestan con sentadas en Hong Kong EFE •
Cientos de estudiantes hongkoneses protestaron ayer con sentadas y otras movilizaciones para condenar el uso de munición real durante los numerosos violentos enfrentamientos que vivió el día anterior la ciudad financiera. Los estudiantes organizaron primero una sentada en una escuela de secundaria.
ACCIÓN. Imagen del misil difundida ayer.
crementar su altura. Si hubiera tenido una trayectoria balística normal habría recorrido una distancia mayor. El proyectil, de acuerdo con informes del Gobierno de Tokio, se separó en dos secciones y una de ellas cayó en aguas de la zona económica exclusiva de Japón, lo que motivó una protesta del Gobierno de Shinzo Abe.
Llega con su tour ‘Elementales’
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SANTIAGO CRUZ
tiempo lectura 15 min.
JUEVES 03 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora ECUADOR
MINUTERO Millonaria adquisición de Beckham El exfutbolista David °Beckham compró uno de los
departamentos más caros del mundo, en Miami, por más de $40 millones. La edificación es una de las más altas de la ciudad, con más de 200 metros. Cuenta con un helipuerto. (JG)
Hermanos se reconcilian
Los hijos del cantante José °José, quien falleció el sábado a los 71 años, aparecieron juntos, el martes en la noche, ante los medios de comunicación y anunciaron que se pusieron de acuerdo para despedir a su padre. Los dos mayores no sabían del paradero de los restos del artista y pidieron que se realice una autopsia. (JG)
Ecuador es un lugar donde siempre me tratan con cariño”.
E
El colombiano cantará los temas de su último disco. En el show le acompañará Kany García.
Por primera vez
en el país
°
La cantautora y música puertorriqueña Kany García llegará por primera vez al país el sábado, en el marco de la gira ‘Soy yo’. Los fanáticos tendrán la oportunidad de escuchar sus más recordados temas, en un show que “responde a lo que han sido estos 13 años de carrera”, indica la artista, que compartirá escenario con su colega Santiago Cruz. “Más allá de la música tenemos una relación estrecha. Este sábado, para mí va a ser una fiesta compartida con un gran amigo”. Este año, García ha sido nominada a tres premios Grammy. (AA)
GUAYAQUIL • Feliz de regresar a Ecuador, compartir sus temas, saborear su gastronomía, pero, sobre todo, el chocolate amargo, se confiesa Santiago Cruz a pocos días de su concierto en Quito. Su show se realizará el sábado, en el teatro Ágora Casa de la Cultura. La puertorriqueña Kany García, quien otras sorpresitas”, mencionó el forma parte de su último disco artista oriundo de Ibagué. ‘Elementales’, también será parte del show. El álbum “Ecuador es un lugar ‘Elementales’, que tamdonde siempre me tra- TOME NOTA bién es el nombre del tan con cariño, más si estour, cuenta con 15 cantoy acompañado de una ciones, que fueron “un entradas van gran reto”, porque tuvo mujer que aprecio: Kany Las desde los 40 García. Será un concier- hasta los 130 que reunir a 14 artistas de to especial, porque tendrá dólares. diversos países. En el áluna dinámica diferente. bum incluye tracks como Jugaré un poco con las cancio- ‘Baja la guardia’, junto a su cotenes y transmitiré ese espíritu de rráneo y amigo Andrés Cepeda; ‘Elementales’. También habrá ‘Paracaídas’, con el español Lei-
ÉXITO. Santiago Cruz tres veces nominado a los premios Grammy Latino.
va; ‘Pies de duende frágil’, con país como propio. Sobre la gasla chilena Francisca Valenzuela; tronomía dijo que es exquisita y es donde ha comido el ‘Nosotros nunca nos diremejor sushi, pese a no mos adiós’, con la mexi- EL DATO ser un típico alimencana Fer Casillas; y ‘Ya veremos’, con la española Tras culminar su to nuestro. “Ustedes sí tienen claRozalén. En el disco tam- show en visitaro lo de la buena materia bién constan Manuel Me- Ecuador, rá Chile, prima. Siempre procuro drano, Leonor Watling, Argentina, Uruguay, Perú, Kany García, Abel Pintos, Estados Unidos comer sushi ahí, disfrutar de los paisajes, del clima y Silvana Estrada, Morat, y España. opto siempre por llevarAna Carolina, Miranda y me un buen cargamento de choel dominicano Vicente García. Cruz confesó que siente al colate amargo”. (JCL)
Harry: ‘Me da miedo que la historia se repita’ • El príncipe Enrique, nieto de Isabel II, anunció una demanda contra el diario británico Mail on Sunday, miembro de una prensa sensacionalista que, según él, trata "sin piedad" a su esposa Meghan como había hecho con su madre, la princesa Diana. Enrique asegura que Meghan está siendo acosada por la prensa igual que lo fue su madre, Diana de Gales, quien murió en 1997 en un accidente de tránsito en París, cuando era perseguida por un grupo de paparazzi. "Lo que más miedo me da es que la historia se repita… Perdí a mi madre y ahora veo a mi mujer siendo víctima de las mismas fuerzas poderosas", dijo el Príncipe. Ese tabloide publicó en febrero una carta personal de Meghan, en la que la exactriz pedía a su padre, Thomas Markle, que dejara de mentir. En un comunicado difundido el martes por la noche, el duque
LONDRES, AFP
Siguen los problemas para Plácido Domingo
El legendario tenor español °Plácido Domingo renunció a su cargo de director general de la Ópera de Los Ángeles, en medio de señalamientos de acoso sexual, que amenazan con poner fin a su carrera en Estados Unidos. AFP
JUSTIN BIEBER
Invitó a exnovia a su boda Caitlin Beadles, de 25 años, la primera enamorada de Justin Bieber fue una de las 150 invitadas al intercambio de votos entre el cantante y su esposa, Hailey Baldwin. Otros asistentes famosos a la boda incluyeron a Ed Sheeran, Kendall y Kylie Jenner, Travis Scott, Usher, Jaden Smith y su familia, los padres de los novios, y el tío de la novia Alec Baldwin. (JG)
PAREJA. Los duques de Sussex estuvieron nueve de gira por África.
Mi mujer se ha convertido en una de las últimas víctimas de la prensa sensacionalista británica”. ENRIQUE,
DUQUE DE SUSSEX.
de Sussex afirmó que decidieron tomar acciones judiciales. Un portavoz del Mail on Sunday aseguró que el periódico defiende y mantiene lo que publicó: "Negamos que la carta de la duquesa fuese editada para que cambiara su significado".
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
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NACIONAL
Incendios afectaron salud infantil
JUEVES 03 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
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Entre mayo y junio de este año hubo 2.500 hospitalizaciones infantiles en Brasil por problemas respiratorios, más de los previstos cada mes, en unos 100 municipios, como consecuencia de los incendios que afectaron a la mayor selva tropical del mundo, según una investigación divulgada por la estatal Fundación Oswaldo Cruz. EFE
Investigan fármaco para enfrentar a la obesidad
Crían peces para combatir el dengue
En la provincia de Cienfuegos, Cuba, existen siete bancos en los que se crían peces guppies, como una medida alternativa que sustituirá los plaguicidas para combatir el mosquito Aedes aegypti, transmisor del virus del dengue y el zika. Este plan está orientado a controlar la propagación de estas enfermedades, informaron medios oficiales.
Complicaciones óseas y articulares
Diabetes tipo 2.
Hipertensión (presión arterial alta).
Dislipidemia (niveles altos de colesterol o de triglicéridos).
En Chile desarrollan un medicamento que controla la enzima que provoca la enfermedad.
Científicos del Consorcio Tecno- bién hace que las células grasas animales (ratones), todavía les lógico en Biomedicina Clínico- aumenten y ganen cuerpo, pro- quedan unos 10 años más de traMolecular de la Universidad moviendo el síndrome metabóli- bajo. En ese lapso –según el exCatólica de Chile, liderados por co, lo que se convierte en la puer- perto- deben pasar cuatro fases Carlos Fardella y Pablo Gonzá- ta de entrada para la obesidad, más, en las que se incluye una inlez, trabajan desde hace 11 años la diabetes y la presión arterial, vestigación en voluntarios sanos, en un medicamento orientado a afirma el diabetólogo ecuatoria- para observar el funcionamiento no Germán Armendáriz. del medicamento; un estudio en combatir la obesidad. personas con problemas de saLas investigaciones les EL DATO lud, para saber los efectos secunhan llevado a determinar Más estudios que la enzima 11 Beta hiLa investigación que se darios; y pruebas a gran escala, el país, tres de desarrolla en Chile con- a por lo menos 4.500 pacientes, droxiesteroide deshidro- En cada 10 niños genasa tipo 1 está más alta (entre 5 y 11 tribuiría a “frenar a raya” que tienen que ser seguidas por tienen en el hígado y en el tejido años) el proceso de obesidad, un año, aproximadamente. sobrepeso u Este proceso podría tardar adiposo de pacientes obe- obesidad. las alteraciones al metasos crónicos, comparados bolismo, la diabetes y la una década, para determinar si el medicamento llega al con sujetos sanos. presión alta, dice mercado. Fardella dice que es probable Armendáriz, pero al que esa enzima haya servido a lo mismo tiempo explica MILLONES largo del desarrollo evolutivo de que toda investigación de personas mueren Lo que se espera anualmente en el la humanidad, para acumular médica toma varios mundo La obesidad aparece por por obesidad. reservas de energías cuando el años y etapas que debe el sedentarismo, dieta ser humano pasaba largos pe- ser superada para pono equilibrada o fuerte ríodos sin comer, pero hoy es in- ner el producto en el mercado. estrés. A esta enfermedad se la necesaria, explica a la latercera. Rodrigo Henríquez, docente enfrenta promoviendo un camcom. de medicina de la Universidad bio de estilo de vida, asegura ArDicha enzima hace que la cor- de las Américas, dice que el estu- mendáriz. tisona se convierta en cortisol y dio es interesante; sin embargo, Henríquez menciona que hay actúe cuando hay mucho estrés. para que pueda terminar como tres grandes grupos para los Proporciona energía, regula el un medicamento aún faltan va- tratamientos: planes de alimensodio, el potasio, la presión arte- rios años de investigación. tación más actividad física; inrial, el sistema inmunitario y es Al estar en la fase preclínica, tervenciones quirúrgicas, como un antiinflamatorio. Pero tam- en la que han hecho pruebas en la cirugía bariátrica, recomenda-
Enfermedades
Problemas para dormir y respiratorios.
que puede provocar la obesidad
Accidente cerebrovascular.
Afecciones al hígado y la vesícula.
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ALERTA. La gordura no es señal de salud. El exceso de peso puede llevar a la muerte. Para combatirlo hay que llevar un estilo de vida saludable.
da para pacientes con obesidad mórbida; y medicamentos, que actualmente hay cuatro en el mercado. Explicó que en investigación hay por lo menos 10 medicamentos más, en el que estaría incluido el de Chile. Henríquez dice que los medicamentos interfieren en las
rutas metabólicas y hormonales que conectan al cerebro con el estómago y los intestinos, y que están indicados solo para pacientes obesos, no para los que tiene sobrepeso. Este tratamiento debe ir acompañado de un plan de manejo multidisciplinario, que controla la alimentación, la actividad física y la salud mental. (CM)
El comercio ilegal de animales, un creciente mercado negro en América En esta modalidad delictiva mueve América sigue creciendo el co- globalmente cerca de 23.000 mimercio ilegal de vida silvestre, llones de dólares anuales, un neque mueve tanto dinero como el gocio que afecta especialmente a América, al contar con tráfico de drogas o de cinco de los 10 países con armas. Por eso, millomayor diversidad del planes de especies tienen DÓLARES amenazada su super- llega a costar el kilo neta (Brasil, Colombia, totoaba, Ecuador, México y Perú) vivencia. Son vendidas del pescado en China. y con uno de los princien crueles condiciones pales compradores en el a coleccionistas, mercados de comidas exóticas o para mundo (EE.UU.). exhibiciones. Datos de la ONG Sociedad Datos de la ONU indican que para la Conservación de la Vida
REDACCIÓN INTERNACIONAL, EFE.
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Silvestre (WCS) apuntan a que las aves son los animales vivos traficados con mayor frecuencia en Latinoamérica, “dada su alta demanda en mercados locales de mascotas y coleccionistas”. Se calcula que en Brasil las aves representan el 80% de la cantidad total de todos los animales traficados. Mientras que Perú, uno de los países con mayor número de especies de aves en el planeta, reporta un gran mercado local clan-
SITUACIÓN. El canario costeño es una de las especies traficadas.
destino que afecta especialmente al botón de oro y el periquito alia Ecuador ve amenazados por este fenómeno sus aves, reptiles y mamíferos. El país afronta además
un riesgo latente en el archipiélago de Galápagos, donde llegaron a sustraer un centenar tortugas terrestres gigantes de un centro de crianza de quelonios endémicos.
Alimentos ancestrales
Nuestros antepasados consumían el amaranto. Una vez transformado en harina preparaban en colada o mazamorras. El zapallo también lo consumían los indígenas. Actualmente se emplea ocasionalmente en festividades, como en el Viernes Santo, para hacer la fanesca. (DLH)
Urcuquí, la tierra de la cosecha
Es una parroquia caracterizada por sus agricultores y los ganaderos. Tiene una variedad de climas, lo que permite a los campesinos cosechar todo tipo de alimentos, como las papas, los mellocos, las habas, el banano, el fréjol, la naranjilla, la yuca, el azúcar, la papaya y más. (DLH)
INTERCULTURAL I-F
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CHAMPÚ Y CASABE, DELICIAS PARA EL PALADAR El maíz es la base para la preparación de estos dulces tradicionales de Esmeraldas. El molino tradicionalmente ha sido utilizado para triturar el maíz, una vez que los granos han sido dejados en remojo por al menos 24 horas, dice Sonia Cevallos, de 46 años, quien hace más de 30 aprendió a preparar de su abuela, Petrona Quintero, el tradicional champú, en la parroquia Limones, en el norte de la provincia de Esmeraldas. Los ingredientes los detalla uno a uno, como si de las tablas de multiplicar se trataran. Los conoce mejor que nadie. Junto a su tío, Sacoto Cevallos Quintero y sus hermanos, intenta no dejar morir la tradición que deleita a los esmeraldeños. “¿Qué lleva? Anís, clavo de olor, hoja de naranja, panela y esto se lo prepara con chirarán y limoncillo”, dice Cevallos, añadiendo que los dos últimos se consiguen en el mercado.
Fusión de frutas ° Los procesos para la elaboración del champú se han simplificado, afirma el
chef esmeraldeño Humberto Castro Cortés, quien a la receta tradicional le añade frutas, como naranjilla y piña, sin dejar de lado el endulzamiento con miel de panela. También mezcla fresas y duraznos, empleando su conocimiento adquirido en las aulas, sin olvidarse de lo autóctono, pues reconoce que aquello debe persistir con los años.
COSTUMBRE. Sonia Cevallos prepara el champú hace más de 30 años.
DELICIA. María García decora con las cáscaras del coco la bebida.
Palmicha y casabe
María Luisa ‘Luchita’ García Burbano, de 86 años, toma entre sus manos parte de los cocos con los que ha elaborado varias delicias, como el casabe, que le enseñó a hacer su mamá Fermentación del maíz Son cuatro hermanos. Dos Juanita Burbano Ortiz (+). Otra vez el maíz toma protahombres y dos mujeres, una de ellas es Sonia y todos saben gonismo en este dulce. Explica preparar la receta. La elabora- que antes se realizaba la preparación en cinco días, por ción les toma nueve hola fermentación del maíz ras, aproximadamente. EL DATO y su proceso de molido. Un quintal de maíz les Recuerda al trapo alcanza para hacer 12 el maíz, (pedazo de tela) como el baldes de champú, 200 Con además del mejor cedazo para filtrar tarrinas y 150 vasos de champú y el casabe, también el zumo del maíz, que casabe. A diario salen a se prepara la y mazaahora se utiliza poco. vender en una carretilla. majaja morra. Ella toma en serio su El vaso lo ofertan por preparación. Usa bateas 0,50 centavos. Lo fundamental en la elabo- y pailas de bronce. Endulza ración es la fermentación del con la raspadura del coco y la maíz (para obtener el mote que miel de panela. “La palmicha (otra bebida) se lo reparte en la masa cruda con la que se hace el casabe). era de una pepa morada que Se lo condimenta con hojas de se la ponía a cocinar. En agua tibia se usaba el machacador y naranjo mientras se lo cocina. A la preparación endureci- se le agregaba leche y azúcar”, da hay que batirla y ponerla en rememora ‘Luchita’, entre las un recipiente con agua, hasta ‘macherías’ (bebidas) que su que su consistencia tome for- madre le transmitió. Lo que le saca una sonrisa ma. En ese momento se debe endulzar con panela o como es que con esa delicia la boca dice en las memorias de Rem- se ponía morada, algo que no berto Escobar (+), ‘Costumbres representaba riesgo para la y tradiciones esmeraldeñas’, se salud, sino que provocaba carcoloca miel de caña, para ter- cajadas entre los suyos, porque minar batiéndola con un moli- era una fiesta única, base del conocimiento ancestral. (DLH) nillo y servirla con hielo.
RESOLUCIÓN N° SB-DTL-2019-785 MARCELO GUSTAVO BLANCO DÁVILA DIRECTOR DE TRAMITES LEGALES CONSIDERANDO: QUE con resolución No. SB-DTL-2019-735 de 16 de julio de 2019, la Superintendencia de Bancos autorizó al Banco Pichincha C.A., el cierre de la “Agencia Pimampiro”, ubicada en la calle Flores s/n entre Ayacucho e Imbabura, parroquia Pimampiro, cantón Pimampiro, provincia de Imbabura; QUE mediante memorando N° SB-DTL-2019-0853-M de 30 de julio de 2019, se estima procedente efectuar la rectificación; y, EN ejercicio de las atribuciones delegadas por el señor Superintendente de Bancos mediante resolución No. SB-2019-280 de 12 de marzo de 2019; y, resolución No. ADM-2019-14239 de 30 de abril de 2019, RESUELVE: ARTÍCULO 1.- SUSTITUIR en el segundo considerando de la resolución No. SB-DTL- 2019-735 de 16 de julio de 2019, "QUE mediante oficio No. GG.SD.31.19 de 01 de julio de 2019, se notifica a este organismo de control, la decisión adoptada por el Directorio del Banco, de proceder al cierre definitivo de la referida agencia” por el siguiente “QUE mediante oficio No. GG.SD.31.19 de 01 de julio de 2019, el señor Santiago Bayas Paredes, Gerente General, de Banco Pichincha C.A., notifica a este organismo de control, la decisión adoptada por el Directorio del Banco, de proceder al cierre definitivo de la referida agencia”. ARTÍCULO 2.- DISPONER que Banco Pichincha C.A. publique, por una sola vez, en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional, el texto íntegro de la presente resolución rectificatoria. ARTÍCULO 3.- DISPONER que el Registrador de la Propiedad y Mercantil del cantón Pimampiro, inscriba la resolución No. SB-DTL-2019-735 de 16 de julio de 2019 y la presente resolución rectificatoria y ponga las notas de referencia de acuerdo con la Ley de Registro. ARTÍCULO 4.- DISPONER que Banco Pichincha C.A., una vez que haya dado cumplimiento a lo ordenado en la resolución No. SB-DTL-2019-735 de 16 de julio de 2019 y en la presente resolución rectificatoria, remita a este despacho prueba de lo actuado. COMUNÍQUESE. - Dada en la Superintendencia de Bancos, en Quito, Distrito Metropolitano, el treinta de julio de dos mil diecinueve. Dr. Marcelo Gustavo Blanco Dávila DIRECTOR DE TRÁMITES LEGALES LO CERTIFICO. - En Quito, Distrito Metropolitano, el treinta de julio de dos mil diecinueve. Lcdo. Pablo Cobo Luna SECRETARIO GENERAL, (E) P.AB/23747
MOSAICO B10
JUEVES 03 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
• HORAGRAMA
H. MARCELO MEJÍA R. hmejiadlh@gmail.com
E Cuero de cabra Antorcha
TVFAN
Hueso de la cadera Canto, saliente
Perforar, agujerear Marsupial australiano
¿Nació un 03 de octubre?
Perezoso del Brasil
Onda
Rotar
Igualdad, superficie
Pluma en inglés
Don, amistad
ARIES
Sino, destino Hurtar Frambuesa, breñal Mesclar, amalgamar
Parafina Mes del año
Solitario
Búfalo pegmeo
Plantígrado
Venir, llegar
Repercusión
Sonido
Símbolo del calcio Moneda de Colombia
Solución anterior R
O
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D
W
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A
T
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Guerra en inglés Diosa
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Rezar, suplicar
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Pega, goma
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Orden de arácnidos de tamaño muy pequeño
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Primera nota musical Alquilar
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Flanco, costado Adverbio de lugar
Falta
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Palo de beisbol
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Calor, afán Misteriosa, secreta
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Farra, alboroto Ciudad de Italia
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Calcañar, tarso
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Ciudad de Chile Lecho
Ciudad de Japón Símbolo del sodio
Extraer
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Actor, director y crítico de cine brasileño
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Intriga Onda
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Querer, adorar Ida, chflada
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Cabo, ronzal
Repercusión
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Caverna cueva
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I
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Gallardo adonis
A
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Pareja Látex
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Habitación, casa
P
Convicto
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Perro
CELEBRIDADES R E O Religiosa R Símbolo del THEODOR MOMMSEN G neón N A O Ente (1817 - 1903) de Impresión, grande HiSTORiaDOR alEMáN., gRaN Apócope S conmosción Voz de O M Dueño arrullo iNvESTigaDOR DE la culTuRa y Dispersa El DEREcHO ROMaNOS. de R E A L Símbolo yodo PREMiO NObEl DE la Acción de loar liTERaTuRa 1902 O R O precioso Metal I
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Raíz en inglés Alfa
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Limpio, puro
C
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GÉMINIS
(mayo 21 - junio 21)
El ánimo de su pareja mejora. Esta será alegre, positiva y relajada. Las sociedades pasarán por un buen momento. Recuerde: La solución de sus problemas no está fuera sino está dentro de Ud
Símbolo del iridio Terminación verbal
CÁNCER
C
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Furia
Punto cardinal
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Pasar, filtrar Amarrar
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Sobresalto, espanto
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Símbolo de nitrógeno Sucesión, serie
S
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Omega Dios del amor
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Nave
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Altar
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Nave Pronombre personal
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Novena letra griega
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Pica
Taberna
Hipótesis
Cerco, recuadro
Plano, llano
Lanzar, arrojar Apunte, mensaje
Una buena actitud y un ánimo a toda prueba serán suficientes para mejorar su estado de salud. Recuerde: Mida las consecuencias de sus actuaciones.
LEO
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Convicto
N
G I
O V
A N N A
Región de Italia Símbolo del radio
Capital de Albania Depto. del Perù
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N T
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Voz de arrullo Patriarca del diluvio
Sociedad anónima Relativo al mar
Actriz de la telenovela La sombra de Helena
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Neblina, bruma Sociedad anónima
(junio 22 - julio 22)
Masa de agua salada Río de Alemania
C
TAURO
Su mente y sensibilidad serán más fuertes. Ud. tomará con tranquilidad y calma los cambios a nivel emocional e interno. Recuerde: El éxito es el fruto de su continuo esfuerzo y persistencia
Actriz de cine estadounidense
J
Destreza Princesa inca
Normativa, modelo Estudiar, descifrar
(julio 23 - agosto 22)
Sus hijos serán más demostrativos e independientes. Ud. querrá mayor libertad lo que puede incomodar a su pareja. Recuerde: Reconozca que es un ser limitado, pues ni lo sabe, ni lo puede todo.
VIRGO
(agosto 23 - septiembre 22)
La organización y seriedad son importantes al momento de poner en orden las cosas en el hogar. Recuerde: El ánimo tranquilo y justo puede atraer más sabiduría.
LIBRA
• HORAKU
(septiembre 23 - octubre 22)
F
Nro. 4811
MICROBIOGRAFÍA
El Juli
Viviendo con mi ex
(1982)
MAX UP: 20:00. MAÑANA
Julián López Escobar, conocido como El Juli en los carteles, es un torero español. Se forjó como novillero en México y, con una experiencia de casi trescientos festejos entre becerradas y novilladas, tomó la alternativa a los quince años y once meses, lo que le convirtió en el diestro en hacerlo a más temprana edad de toda la historia. Torero de fuerte tirón popular, fue la última gran revelación de la tauromaquia del siglo XX. Su presencia llenaba las plazas merced a su dominio de todas las suertes. Durante sus primeros años rondó el centenar de festejos lidiados, lo que le llevó a encabezar el escalafón. (OG)
Nro. 4810
parece estar tomando un tragicómico vuelco. Ahora que la ruptura parece inminente, los límites entre ellos se dibujan, y sus sentimientos mutuos salen con toda franqueza.
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Plásticos en océanos provienen de navíos mercantes WASHINGTON, AFP • En la pequeña isla Inaccesible, bautizada así acertadamente por su localización en medio del Atlántico Sur, la mayoría de las botellas que acaban en sus costas probablemente fueron arrojadas por buques mercantes chinos, concluye un estudio publicado el lunes. Este trabajo es una prueba más de que las islas flotantes de desechos plásticos en medio de los océanos, cuyas imágenes han escandalizado a la opinión pública, se formarían con botellas
Licor
Furia Limar, raspar Planta trepadora Embarcación de remos
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CÁPSULA CIENTÍFICA
Ciudad de Chile
Símbolo de sodio País
Grito taurino
Tres años después de que °Jurassic World fuera destrui-
Luego de dos años juntos, la °relación entre Gary y Brooke
(marzo 21 - abril 19)
Sus deseos de libertad y expansión se acrecientan lo que hará que busque viajes y aventuras durante este período. Recuerde: Ya que puede soñar… sueñe en grande.
(abril 20 - mayo 20)
Anómalo
HBO FAMILY: 17:50. HOY
do por dinosaurios fuera de control, el volcán de la isla empieza a activarse. Owen y Claire regresan a Isla Nublar con un plan de rescate y así evitar que los dinosaurios se extingan nuevamente.
Caballo alado Hogar, vivienda
Agredir
Artículo femenino
Fue un actor egipcio de ascendencia siria
Cristalino, diáfano Símbolo del cobalto
Nombre gaélico de Irlanda
Piedra semipreciosa
Jurassic world: El reino caído
Ud. se caracteriza por ser una persona seria y centrada que tiene sus objetivos muy claros en la vida. Debe tratar de demostrar con mayor fuerza la sensibilidad que habita dentro de Ud. La confianza es el mejor regalo que le otorga quien le conoce.
Rostro
Religiosa
Manto beduino Símbolo del molibdeno
HORÓSCOPO
y otros artículos de un solo uso arrojados a la naturaleza y a los arroyos no tanto por los consumidores de esos productos, sino por las industrias pesqueras y navieras, que liberan toneladas de plástico en el mar. Los autores del artículo publicado en la revista estadounidense PNAS recolectaron y compararon miles de desechos recolectados durante las visitas a la pequeña isla en 1984, en 2009 y 2018. La isla se encuentra en el giro del Atlántico Sur, es decir,
BASURA. Las botellas son arrojadas por las industrias pesqueras y navieras.
en medio de un torbellino de corrientes a escala oceánica que concentra en el centro lo que se llama “vórtices de desechos”. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec
Un ánimo alegre y expresivo será un excelente atributo para mejorar sus negocios y las relaciones con el medio que lo rodea. Sea más optimista. Recuerde: Su éxito ideal es que logre progresar en humanización.
ESCORPIO
(octubre 23 - noviembre 21)
La situación económica será fluctuante, el derroche y la irresponsabilidad no será favorable en este momento. Recuerde: La fe en Ud. mismo es factor esencial de su éxito.
SAGITARIO
(noviembre 22 - diciembre 21)
Su personalidad será más afectuosa. Ud. se torna protector y cariñoso con quienes se acercan a Ud. Recuerde: La voluntad de salir adelante hacen posible su superación.
CAPRICORNIO
(diciembre 22 - enero 19)
Trate de resolver con tranquilidad los asuntos pendientes relacionados a su hogar. Esto le proporcionará la tranquilidad que está buscando. Recuerde: Mire el lado aprovechable de lo desagradable que le ocurra.
ACUARIO
(enero 20 - febrero 19)
El afecto que le brindan sus amigos le dará una fuerte sensación de tranquilidad y protección. Recuerde: De un error se pueden tomar lecciones muy valiosas.
PISCIS
(febrero 20 - marzo 20)
En el área profesional Ud. deberá desenvolverse con mayor seriedad y responsabilidad. No se deje llevar por las emociones en esta área. Recuerde: Identifíquese con el triunfador que es.
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JUEVES 03 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora ECUADOR
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COE despidió a deportistas que se van a Qatar También estuvieron presenEcuatoriano (COE) realizó ayer tes las deportistas Jacqueline el acto de abanderamiento para Mollocana, Génesis Reasco y los tricolores que intervendrán Armando Matute. Faringango competirá en en los I Juegos Mundiales de Playa en Qatar, a realizarse aguas abiertas, al igual que Sadesde el sábado 12 de este mes mantha Arévalo y David Casy que finalizará el miércoles 16. tro, mientras que Matatute en Al evento asistió David Fa- acuatlón, Mollocana y Reasco rinango, encargado de flamear en lucha de playa. El certamen incluirá la bandera ecuatoriana en el otro continente, TOME NOTA además básquetbol 3x3, vóley, handball, karate, luego de una designavela, skateboarding, fútción por parte del Deel certamen partamento Metodológi- En competirán 1240 bol, surf, escalada deporco de ese organismo por deportistas de tiva, tenis, triatlón y esquí 97 países, en 14 náutico. importantes logros. deportes y 16 “La clasificación se Recibió en medio de disciplinas. hizo en base a un ranking aplausos el Pabellón Nacional de las manos del titular mundial. Parte desde hace tiemdel COE, Augusto Morán. “Mi po y es en base a resultado de agradecimiento eterno a todas atletas. Nosotros vamos con seis las autoridades y familiares, deportistas con modalidades creo que esto no hubiera sido que no están en Juegos Olímpiposible sin el apoyo de todos. cos, esperamos hacer una gran s”, expresó Farinango, ganador participación, tenemos mucha de una medalla de plata en Pa- confianza en los muchachos, les namericano Juniors y en Juegos deseamos mucha suerte”, manifestó Morán. (SJMS). Sudamericanos de Rosario.
GUAYAQUIL • El Comité Olímpico
QATAR. Los seis representantes durante el acto de abanderamiento.
Contundente marcador de la Selección de Rugby de Nueva Zelanda
Los ‘All Blacks’ de Nueva Zelanda vencieron 63-0 a Canadá en Oita (sur de Japón), siendo el marcador más abultado que se ha registrado, hasta el momento, en el Mundial de Rugby que se lleva a cabo en Japón. (MP)
OFICIAL. Las sorpresas de la convocatoria son: Ángel Mena, Énner Valencia y Jonny Quiñónez, quien milita en el Willem II Tilburg de Holanda.
FIFA
Los elegidos para medir a Argentina Jorge Célico llamó a 19 jugadores para conformar el equipo que enfrentará el 13 de octubre en España a la ‘Albiceleste’.
Jorge Célico desveló la con- el Mundial que se llevó a cabo vocatoria oficial de Ecuador en Polonia. El principal objetivo para Cépara el partido que jugará ante Argentina, en Elche (Espa- lico es, dejar armado un plantel ña) el próximo 13 de octubre. competitivo que pueda desemEl argentino, quien continúa peñar un buen papel durante el al mando del equipo absoluto clasificatorio al Mundial de Caen condición de interino, sor- tar 2022, para el estratega que prendió con el llamado a Énner llegue a hacerse cargo del ‘equiValencia, Ángel Mena y Jonny po de todos’. Otra de las sorpresas Quiñónez, este último entre los 19 convocados, milita en el Willem II Til- EL DATO es Pervis Estupiñán, burg de Holanda. quien milita en el OsaCélico afirmó que la duelo será en suna de España. Célico convocatoria la realizó El Elche, España, a fue enérgico en aclarar conforme a la base con la las 9:00 (hora que no citó a 23 jugadoque disputó los encuen- de Ecuador). res, pues solo se diputará tros amistosos ante Perú y Bolivia, los cuales ganó 1-0 un compromiso. “No sería justo y 3-0, respectivamente. El ar- llevar tantos jugadores y que no gentino aseguró, previo a estos jueguen. Ni a ellos, ni a los clucotejos amistosos, que Ecua- bes les gustaría eso”, aseveró el dor necesita una renovación argentino. Por su parte, Francisco Egas, en torno al equipo de mayores, por lo que apostó por llamar a presidente de la Federación elementos jóvenes y que él co- Ecuatoriana de Fútbol se refirió noce, pues con jugadores como al cotejo contra Argentina y desAlexander Alvarado, José Ci- tacó el trabajo que han realizado fuentes, entre otros, alcanzó el durante esta temporada. “Estacampeonato sudamericano en mos a las puertas de una nueva Chile y el tercer lugar durante fecha FIFA, de un compromiso
Lista de convocados Fecha FIFA
ARQUEROS ° Johan Padilla ° Pedro Ortíz DEFENSAS
° Andrés López ° Jhon Espinoza ° Darío Aimar ° Xavier Arreaga ° Jackson Porozo ° Pervis Estupiñán ° Diego Palacios VOLANTES
° Jhegson Mendez ° José Cifuentes ° Junior Sornoza ° Ángel Mena ° Jonny Quiñónez ° Erick Castillo ° Alexander Alvarado DELANTEROS
° Énner Valencia ° Michael Estrada ° Gonzalo Plata DT: Jorge Célico
de enorme exigencia, creo que en eso difiere un poco a todo lo que hemos hecho este año, creo que vamos a enfrentar a una selección, de las mejores del mundo, de las mejores de Sudamérica, y eso nos compromete todavía más”. “Hemos hecho un esfuerzo verdaderamente importante, porque la Selección Ecuatoriana de Fútbol, tenga rivales de categoría”. (MP)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
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JUEVES 03 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
Eugenio Figueredo inhabilitado de por vida
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MINUTERO El Valencia sucumbe ante el Ajax
Luego de cuatro partidos °consecutivos sin perder, el
Valencia de Albert Celades cayó 3-0 ayer en Mestalla ante el Ajax de Ámsterdam en la segunda fecha del grupo H de la Champions, resultado que relega al conjunto ‘che’ al tercer puesto de la llave. AFP
Chelsea se lleva los tres puntos de Lille
El Chelsea, que había °perdido en la primera fecha del Grupo H de la Liga de Campeones, sumó tres puntos al derrotar lejos de Londres al Lille francés (2-1), con el gol de la victoria obra del brasileño Willian en el minuto 77. AFP
Borussia gana en Praga
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NACIONAL
El Borrusia Dortmund ganó 2-0 en el campo del Slavia de Praga, en la segunda jornada de la Liga de Campeones, con un doblete del exmadridista Achraf Hakimi. El internacional marroquí dio al conjunto alemán su primera victoria en la ‘Champions’’ en el grupo F. AFP
La Comisión de Ética independiente declaró al expresidente de la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) Eugenio Figueredo “culpable de violar el Código de Ética de la FIFA por cohecho”, por lo que ha sido “inhabilitado de por vida”, según anunció e el órgano rector del fútbol mundial.
Figueredo, que fue vicepresidente y presidente de la Conmebol, así como miembro de diversas comisiones de la FIFA, fue investigado en relación con una serie de sobornos durante el periodo comprendido entre 2004 y 2015, vinculados a la función que ejercía en la concesión de derechos de televisión. EEE
Liga busca seguir en racha Lleva seis juegos sin perder. Enfrenta a Emelec, en el juego de ida de semifinales.
GUAYAQUIL • Liga de Quito espera por Emelec en el estadio Rodrigo Paz Delgado. Se enfrentarán hoy (19:15) por la semifinal de ida de la Copa Ecuador. Los ‘Albos’ están comprometidos con meterse a la final de este certamen, pero sin descuidar la Liga en el que se ubican en séptima casilla. Entrenaron desde el lunes en Pomasqui. Para este encuentro el entrenador Pablo Repetto convocó a 19 jugadores, pero adelantó que tendrá la ausencia de los hermanos Anderson y Jhojan Julio. El timonel uruguayo mostró su deseo de quedarse con el trofeo de la Copa Ecuador, pero sabe que hay tres equipos con el mismo propósito como el mismo Emelec, Delfín y Barcelona. “Por la historia que tenemos queremos ganar. Creo que hemos mejorado mucho en los últimos partidos, estamos enfocados en ser un equipo sólido, venimos en línea ascendente”, manifestó. Por otro lado, dijo: “Me gustaría que esté mejor organizada la LigaPro, porque no hemos tenido el mismo descanso que el resto de equipos. Emelec jugó domingo y nosotros lunes y ahora volvemos a jugar”.
COPA ECUADOR
Números malos
Los ‘eléctricos’ no han podido este año con los ‘Universitarios’. Cuentan con la buena noticia de la recuperación de su lateral Juan Carlos Paredes. Por otro lado, el golero Adrián Bone, entrenó desde el martes con el equipo, ya que estaba resolviendo un tema familiar. Óscar Baguí, sostuvo que llegar a la final dependerá mucho de lo que se haga hoy. “Queremos dar el primer paso”, enfatizó. (SJMS).
Probables formaciones Torneo
L. Quito
Gabbarini Valencia Guerra Rodríguez Ayala Realpe Vega Orejuela Murillo Chicaiza Aguirre DT: P. Repetto
Emelec
Dreer Caicedo Leguizamón Vega Carabalí Arroyo Queiroz Cabezas Guerrero Rojas D Angulo DT: I. Rescalvo
Hora: 19:15 Estadio: Rodrigo Paz Delgado
ENFRENTAMIENTOS. Emelec y Liga jugaron la final de 2018.
Suárez guía al Barcelona en la remontada contra el Inter • Dos goles de Luis Suárez rescataron al Barcelona que remontó para ganar 2-1 en su campo al Inter de Milán ayer en la Liga de Campeones, en un disputado partido en el que los locales fueron de menos a más. El argentino Lautaro Martínez abrió el marcador de disparo cruzado a los 3 minutos, pero Suárez puso el empate de volea a los 58 y a bocajarro el 2-0 al minuto 84, que deja al Barcelona segundo del grupo F empatado a 4 puntos con el líder Borussia Dortmund. Un Inter muy vertical sorprendió de entrada a un Barcelona, en el que volvió a jugar su capitán Leo Messi, tras una semana lesionado, para formar el tridente de ataque junto a Luis Suárez y Antoine Griezmann. El equipo ‘azulgrana’ se vio dominado en la primera parte,
ESPAÑA, AFP
FIGURA. Luis Suárez celebra uno de sus goles marcados para el Barcelona. AFP
fallando en los últimos metros, pero se desató tras el descanso con la aparición de Suárez, gris hasta ese momento. El Barça tuvo la posesión de la pelota, pero sufría para superar la ordenada defensa del Inter, al que no le temblaba el pulso a la hora de salir en rápidos contraataques.
Salah salva a un Liverpool con dos caras ante el Salzburgo
Liderado por el egipcio Mohamed Salah, autor de un doblete, el Liverpool sufrió más de lo esperado para derrotar por 4-3 al Salzburgo en Anfield, ayer en la segunda fecha del grupo E de la fase de grupos de la Liga de Campeones. AFP
CRONOS
Thiem se medirá con Murray en cuartos
El británico Andy Murray se enfrentará contra el austriaco y número cinco del mundo, Dominic Thiem, en los cuartos de final del torneo de Pekín al derrotar ayer al también británico Cameron Norrie por 7-6 (6), 6-7 (4) y 6-1, y al chino Zhizhen Zhang por 6-3 y 6-3, respectivamente. Para Thiem una victoria contra Murray le colocaría a solo dos pasos de garantizar su presencia en las Nitto Finales ATP de Londres, donde competiría por cuarto año consecutivo, y donde ya tienen plaza asegurada el español Rafael Nadal, el serbio Novak Djokovic, el suizo Roger Federer y el ruso Daniil Medvedev. EFE
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JUEVES 03 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
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MINUTERO
Barcelona huele a finalista
Futbolistas colombianos irían a huelga
Asociación Colombiana °deLaFutbolistas Profesionales (Acolfutpro) advirtió ayer que puede declararse en huelga si la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) no escucha las peticiones presentadas el 11 de septiembre para mejorar las condiciones laborales de los deportistas. EFE
COPA ECUADOR
Venció al Delfín en el estadio Monumental. La revancha el domingo en el estadio Jocay.
4 1
BARCELONA
DELFÍN
Se dio la lógica: Barcelona ganó de local al Delfín, en la semifinal de ida de la Copa Ecuador. No fue fácil. El 4-1 no refleja lo apretado que fue el partido, que solo fue definido en la recta final. A los 33 minutos Gabriel Marques abrió la ruta del triun-
fo para los ‘Toreros’. Un remate suyo chocó en los pies del zaguero Riveros entró al arco. La respuesta del equipo manabita fue inmediata. Seis minutos más tarde un tiro libre de Sergio López se coló en la puerta de Máximo Banguera. Así se fueron al descanso. Para la etapa de complemento se dieron algunos cambios que marcaron la diferencia. El primero que resultó fue el de Leonardo Campana en Barcelona. El ofensivo ‘canario’ participó en el segundo gol al habi-
MOMENTO. Sebastián Pérez celebra su gol para Barcelona.
litar a Sebastián Pérez, el autor del tanto a los 64 minutos. Había tiempo para más. Marcos Caicedo, relegado hace unas semanas a la reserva, entró a la cancha y fue el coautor del tercero. Su pase llegó a los pies
de Jhonatan Alvez, quien hizo el gol a los 81 minutos. Al 85 se selló la goleada. Matías Oyola, el tercer cambio del entrenador Leonardo Ramos, solo tuvo que empujar la pelota y dejar la serie casi sentenciada. (WOM)
Quito, sede del torneo más importante de Golf Tyler Mccumber, Curtis Yokne, Ricardo Celia y el vigente cam- EVENTO. El chileno Horario León se peón, Horacio León, son algu- adjudicó el premio del PGA Tour Latinos de los nombres que destacan noamérica, en Quito. (Foto: archivo) entre los 144 golfistas que disputarán el título entre el 3 y el 6 de el torneo tendrá presencia ‘trioctubre en el Quito Tenis y Golf color’ con los golfistas: Nicolás Escobar, Javier Correa, Felipe Club. Rivadeneira, Nicolás CiEs el sexto año que Ecuamdevilla y Renato Naula, dor forma parte de este quienes disputarán en importante certamen y, AÑOS condición de amateur, según José Garrido reprelleva el golf siendo la participación sentante del PGA en Lati- practicándose en el país. más numerosa de Ecuanoamérica, es uno de los dor. Francisco Torres, campos más complicados, por ende, el más solicitado por presidente de la Federación de Golf confirmó este dato y los jugadores. “El año pasado fue el campo añadió, “hay que prestar mumás difícil de la gira, lo cual nos cha atención a Rafael Miranencanta. Y es un lugar que los da, quien este año pasó a jugar jugadores siempre nos piden. como profesional”. Las jornadas iniciarán desAdemás, la hospitalidad de la gente de Quito le da un plus”, de las 6:00 y culminarán a las 18:00, “todo dependerá del cliexpresó Garrido. Nicolás Gross, representante ma”, aseveró Hernán Burbano de Progolf, confirmó la comple- de Lara, presidente del Quito jidad de la cancha y reveló que Tenis y Golf Club. (MP)
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Gol de Noboa, el mejor del mes en Rusia
Christian Noboa se vistió de ‘10’ para marcar un golazo en la Liga de Rusia. El mediocampista ecuatoriano del Sochi dejó la marca de dos rivales y le hizo un ‘sombrerito al portero del Akhmat. “El gol del mes”, escribió el jugador en sus redes sociales.
Troglio completa el trío de técnicos en Honduras
Los equipos que ocupan los °primeros tres lugares en el torneo Apertura hondureño, Marathón, Motagua y Olimpia, son dirigidos por entrenadores argentinos, dos de ellos con muchos años viviendo en el país, Héctor Vargas y Diego Vázquez, y Pedro Troglio, el último que se sumó en junio pasado. EFE
Fajdek se corona por cuarta vez
El polaco Pawel Fajdek se °proclamó por cuarta vez consecutiva campeón mundial de martillo con un lanzamiento de 80,50 que le dio un margen ganador superior a los dos metros sobre el francés Quentin Bigot, sorprendente segundo con 78,19. EFE
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ENTORNO
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Chicos podrán crear su ciudad ideal
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JUEVES 03 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR
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First Lego League 2020 es un espacio en el que niños y jóvenes podrán diseñar y crear una ciudad con espacios inclusivos y divertidos y llegar a obtener un prototipo robótico que ayude a la resolución de problemas. Es un desafío que invita a divertirse trabajando con la ciencia y la tecnología. Para inscribirse, los interesados deben organizarse en grupos de seis personas y contar con un líder mayor de edad. First Lego League Jr está pensado para chicos entre 6 y 10 años. En la categoría First Lego League podrán participar chicos de 11 a 16 años. Para más información e inscripciones comuníquese al: campusquito@paragonp3.com / 0988041807
Esta campaña nació en este país. Lo que estamos haciendo es aprovechar ese concepto de la empatía para generar escuelas inclusivas donde se respete la diferencia y sean nidos de paz. Con ‘Sabores que unen’ pretendemos unir a los chicos al cocinar. Que esta actividad los compenetre más como amigos”.
Iniciativa
Datos de la campaña
° La iniciativa Seamos Amigos promueve la inclusión y la erradicación de la violencia y el acoso en las aulas. ° La primera fase se centra en el mensaje de la amistad entre diferentes culturas. ° La segunda consiste en un intercambio de experiencias gastronómicas para que los niños compartan y prueben la diversidad de recetas. ° También se realizará un concurso de bandas para unir más a los chicos
JOAQUÍN GONZÁLEZ – ALEMÁN
REPRESENTANTE DE UNICEF EN ECUADOR
RESULTADO. Participantes del evento muestran la receta de ‘cruddité’ terminada.
51.000
NIÑOS conocerán la campaña Seamos Amigos, hasta finales de este año.
SALUD. Todos los ingredientes utilizados tienen un alto valor de proteínas.
PREPARACIÓN. En cada mesa los niños contaban con elementos para preparar los alimentos.
HORTALIZAS, VINAGRETA Y UNA RECETA DE AMISTAD Y RESPETO Las actividades gastronómicas son tomadas en cuenta como un espacio para fortalecer lazos entre los niños.
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hiao Narváez y Cristofer Castillo de 12 años se conocieron preparando un ‘cruddité’ con hortalizas y vinagreta. Pese a que nunca se habían visto, su amistad empezó a florecer cuando echaron manos a la obra para preparar una nutritiva receta. Lograr que los chicos se conozcan, respeten sus diferencias y aprendan a erradicar conductas violentas son algunos de los objetivos de la actividad Sabores que unen. La iniciativa se realiza como parte de la campaña Seamos amigos desarrollada por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) y el Mi-
nisterio de Educación. Mientras Thiao y Cristofer manipulaban las hortalizas, la chef Milena Díaz García mencionó que es importante pensar en momentos lúdicos, en juegos y en formas entretenimiento para juntar a los chicos. Agregó que la comida tiene todo eso, porque une a la gente a través de sabores. “Estamos aportando a los niños el conocimiento de una verdadera nutrición y así fortalecemos sus relaciones interpersonales”. Entre risas, juegos y camaradería, los estudiantes del centro educativo República de Bolivia participaron en la preparación de los alimentos mientras compartían un momento ameno. Con una entrada de hortali-
zas y vinagreta dentro de un posillo orgánico y una ensalada de quinua, chocho y habas en una lonchera ecológica, los niños compartieron y aprendieron sobre compañerismo e igualdad de derechos sin olvidar las propiedades nutritivas de estas preparaciones. Victoria Regalado, quien tiene 12 años y cursa el octavo de básica, comentó que le gustó esta actividad. Pudo hacer algo fuera de lo común e incluso entabló nuevas amistades con compañeros de otros paralelos. Ligia Merizalde, directora nacional de Educación para la Democracia, aseguró que se intenta trabajar en temas de inclusión y empatía, dos valores que deben estar siempre presentes en los espa-
cios educativos. “Queremos que las aulas y las instituciones educativas sean espacios armónicos para ellos, que les ayuden a desarrollarse de manera integral”. La época estudiantil es en la que una persona forja más recuerdos, aseguraron los ‘influencers’ Nataly Valencia y Diego Ulloa, quienes participaron en la jornada. Ambos coincidieron al señalar que es importante fomentar una sana relación de convivencia en los niños y que mejor si se lo hace a través de actividades innovadoras como perparar algo tan sencillo como una ensalada. Con esta actividad se pretende que los niños generen conversaciones, piensen en el otro, se centren en compartir y se integren entre sí. (MLY)
Banda vendía uniformes de la Policía QUEVEDO •
En el operativo ‘Victoria 247´, la Policía detuvo a cuatro sujetos que integraban una banda que se dedicaba al robo a personas. También almacenaba y vendía armas de fuego y uniformes de la Policía a otras agrupaciones delictivas. Entre las evidencias encontradas constan un arma de fuego, dos cartucheras, una escopeta, una carabina, más de una docena de municiones y 15 prendas policiales. (MZA)
Lo buscaban por un triple asesinato
El tercer más buscado de Esmeraldas fue capturado el martes por la madrugada en la parroquia La Independencia, que pertenece al cantón Qui- CASO. El sujeto fue llevado hasta nindé. El sujeto fue hallado por Esmeraldas para la audiencia. agentes del Bloque de Búsquelos Tsáchilas, los agentes allada de la Policía Judicial (PJ). En el reporte policial se naron un inmueble ubicado detalla que el sujeto asesinó a en el barrio 30 de Septiembre donde se refugiaba el tres personas utilizando individuo de 29 años. un machete. El hecho EL DATO El hombre fue trasocurrió el 12 de marzo de ladado a la cárcel de 2012 en la parroquia MaEl operativo se Quinindé y de ahí al jua, en esmeraldas. realizó a las del centro de reclusión de Las víctimas fueron 02:00 martes. Esmeraldas. Tenía una identificadas como Jhonboleta de captura emitiny Jama, María de Jesús Rodríguez y Mauricio Jama los da el 14 de marzo de 2012 por el Juzgado Primero de Garantías mató con un machete. Con apoyo de personal de la Penales del cantón EsmeralPolicía de Santo Domingo de das. (CT)
Llevaban pastillas hasta en el depurador de una camioneta En la cabina, los asientos y hasta en el depurador de una camioneta Mazda, de placas PTR-0631, que circulaba por Oyacoto, en la Panamericana Norte, la Policía encontró 800 pastillas que presumiblemente serían éxtasis. Hay dos detenidos por este caso. (PSD)
Carga de marihuana en bus interprovincial IMBABURA•
Agentes Antinarcóticos del Centro Regional de Adiestramiento Canino de Mascarilla, ubicado entre Carchi e Imbabura, incautaron 5.701 gramos de marihuana que eran transportados en un bus interprovincial que cubría la ruta Tulcán-Quito. La droga estaba en 14 fundas que se encontraban en el fondo de dos cubetas plásticas que estaban llenas con tomates de árbol.
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JUEVES 03 DE OCTUBRE DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
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Balacera deja un muerto y un herido El hecho conmocionó a los habitantes de la parroquia La Unión, en Quinindé.
• La jornada de trabajo de dos albañiles tuvo un dramático giro cuando un sujeto apareció y empezó a dispararles. Durante el ataque, Freddy Bravo Zambrano, de 53 años, recibió un balazo en la cabeza y quedó tendido sobre el piso. Su amigo Manuel Chompol, también resultó herido. Él recibió tres disparos que comprometieron sus extremidades y abdomen. El hecho ocurrió el martes REGISTRO. Un muerto y un herido fue el resultado de un atentado perpetrado al en la lotización ‘El Tambo’, de mediodía de ayer en la parroquia La Unión. la parroquia La Unión del cantón Quinindé, en Esmeraldas. ción junto con otros vecinos, re- porque Manuel Chompol (heriLos testigos informaron que las conoció ‘Chompol’, quien logró do) preside una de las dos direcvíctimas estaban en plena faena incorporarse para pedir ayuda. tivas del asentamiento y enfrencuando el agresor sacó su pistola Los moradores lo sentaron hasta ta problemas de este tipo. “Esto que llegó un patrullero. Poste- debe acabarse, aquí el tema es y realizó seis disparos. riormente, el hombre fue porque hay gente interesada en “Escuché las detonallevado al centro de salud quedarse con los solares de esta ciones y salí a ver qué pa- EL DATO de La Unión. “El otro al- lotización”. saba. En ese momentos bañil estaba sin signos observé que un tipo salía Chompol fue derivado del Bravo vitales”, añadió la mujer. corriendo con un arma Freddy centro de salud de La Unión al Zambrano de fuego en la mano. A estaba casado y hospital Padre Alberto Buffoni, pocos metros lo esperaba tenía dos hijos. Posibles motivos de Quinindé, donde hasta ayer se su cómplice, quien estaba Un habitante de la lotiza- recuperaba de las heridas. en una motocicleta encendida. ción El Tambo comentó que no El cadáver de Freddy Bravo Luego ambos se alejaron rápida- es la primera vez que suceden Zambrano fue conducido en un mente”, manifestó una morado- atentados en el sector. El insinuó vehículo de Medicina Legal al ra del sector. que el móvil de este crimen se- centro forense de Esmeraldas. La mujer acudió a la construc- ría una disputa de tierras. Esto, (DLH)
ESMERALDAS
Conoció a su padre a los 26 años A pesar de que no tenía ningún indicio de cómo se vería su padre, Alfredo Zambrano, quien tiene 26 años, pidió ayuda al personal de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestro (Dinased) para encontralo. Los agentes activaron los protocolos de búsqueda y ubicaron a Cristóbal Olades, quien tiene una esposa, tres hijas y varios nietos. Él nunca supo que tuvo un hijo en Ventanas (Los Ríos), pero contó que en
SEGURIDAD
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA INMOBILIARIA INMAPAPEL S.A. De conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias vigentes, se convoca a los accionistas de la compañía Inmobiliaria Inmapapel S.A. a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el 14 de Octubre del 2019 a las 11h00 AM, en las instalaciones de la compañía, situadas en la Av. Isaac Albeniz E3-154 y Mozart, de esta ciudad de Quito con el objetivo de tratar el único punto del orden del día: 1. Conocer y resolver sobre el reparto de un dividendo de la cuenta: Utilidades Acumuladas.
MOMENTO. El encuentro se logró con la ayuda del personal de la Dinased.
1993 convivió con una mujer de esa zona. Cuando se separaron ella no le dijo que estaba embarazada. Olades es oriundo de Bolívar y actualmente vive en
Sangolquí. Él se mostró muy feliz cuando su hijo lo encontró. Ambos se dieron un fuerte abrazo en las instalaciones de la Dinased y aseguraron que se dedicarán a conocerse. (PSD)
Se convoca de manera especial e individual al Comisario de la Compañía Ing. Carlos Xavier Chávez Castrillón, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Compañías, cuyo domicilio se encuentra situado en la calle Alemania 960 y Av. Mariana de Jesús de la ciudad de Quito. Quito, 03 de octubre del 2019
Humberto Ramiro Rosales Ramos PRESIDENTE PAR/111623/EG
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INTERCAMBIO DE DATOS La conferencia de espacio abierto Abre Latam se realizó en la capital. Diversos sectores, como la sociedad civil, la academia, la empresa privada, el Gobierno y la ciudadanía participaron en varios debates.
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Barcelona remonta con doblete de Suárez PÁGINA B12
Santiago Cruz llega a Quito con el tour ‘Elementales’ PÁGINA B7
Revista judicial
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LUNES 24de noviembRe de 2008 La Hora Quito, ecuadoR
JUEVES, 3 de octubRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR Revista no: 12664 Director dr. Francisco ViVanco rioFrío
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DERECHOS DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD Autor: Dr. José GArcíA FAlconí
Introducción A la fecha de la publicación del presente artículo, el país cuenta con jueces para atender exclusivamente los asuntos carcelarios; pues el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante resolución, aprobó el 3 de septiembre del presente año la creación de cuatro Unidades Judiciales de Garantías Penitenciarias que ya están funcionando en Latacunga (Cotopaxi); Cuenca (Azuay); Guayaquil (Guayas); y Portoviejo (Manabí). Como señala la prensa nacional, son un total de 8 servidores judiciales, que a escala nacional velarán por los derechos de las personas privadas de la libertad (PPL); además de ayudar a resolver el hacinamiento que existe en centros carcelarios, que sobrepasa una población de 40.000 detenidos, entre sentenciados, procesados, contraventores y por apremio. Esta situación de hacinamiento, como es de conocimiento general, ha llevado a que el gobierno nacional dicte un Estado de Excepción en el sistema carcelario. En el tomo segundo de mi obra Las Formas de Extinción del Ejercicio de la Acción Penal y de la Pena, según el COIP, trato con detalle el derecho de ejecución de penas, esto es que una vez dictada
la sentencia, sin que se debata la prolongación de la pena, los jueces de garantías penales son los encargados del control judicial, esto es el cumplimiento y control de las penas. Base Constitucional El artículo 51 de la Constitución dispone: Art. 51.- Se reconoce a las personas privadas de la libertad los
siguientes derechos: 1. No ser sometidas a aislamiento como sanción disciplinaria. 2. La comunicación y visita de sus familiares y profesionales del derecho. 3. Declarar ante una autoridad judicial sobre el trato que haya recibido durante la privación de la libertad. 4. Contar con los recursos huma-
nos y materiales necesarios para garantizar su salud integral en los centros de privación de libertad. 5. La atención de sus necesidades educativas, laborales, productivas, culturales, alimenticias y recreativas. 6. Recibir un tratamiento preferente y especializado en el caso de las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, adoles-
centes, y las personas adultas mayores, enfermas o con discapacidad. 7. Contar con medidas de protección para las niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores que estén bajo su cuidado y dependencia. Garantías Básicas
El artículo 77, señala: Art. 77.- En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las siguientes garantías básicas: 1. La privación de la libertad no será la regla general y se aplicará para garantizar la comparecencia del imputado o acusado al proceso, el derecho de la víctima del delito a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, y para asegurar el cumplimiento de la pena; procederá por orden escrita de jueza o juez competente, en los casos, por el tiempo y con las formalidades establecidas en la ley. Se exceptúan los delitos flagrantes, en cuyo caso no podrá mantenerse a la persona detenida sin formula de juicio por más de veinticuatro horas. Las medidas no privativas de libertad se aplicarán de conformidad con los casos, plazos, condiciones y requisitos establecidos en la ley. 2. Ninguna persona podrá ser admitida en un centro de privación de libertad sin una orden escrita emitida por jueza o juez competente, salvo en caso de delito flagrante. Las personas procesadas o indiciadas en juicio penal que se hallen privadas de libertad permanecerán en centros de privación provisional de libertad legalmente establecidos.
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¿cómo cierra la causa el juez en los procesos de alimentos cuyo procedimiento es sumario, sino cabe el abandono? RESPUESTA
De conformidad con lo que dispone el Art.247.1 del Código Orgánico General de Procesos, en las causas que estén involucrados los derechos de niñas, niños y adolescentes o incapaces, no es procedente que se declare el abandono. Por lo tanto, si la parte actora no comparece a la audiencia correspondiente en el caso de los procesos de alimentos, visitas, patria potestad, etc., no cabe que la inasistencia se tenga como abandono, pues hay norma expresa que lo prohíbe. Sin embargo, ante la imposibilidad de continuar con la tramitación de las causas por la no concurrencia de las partes a la audiencia, la jueza o juez podría en el sistema infórmatico disponer el archivo intermedio o provisional de la causa, lo cual permitirá que en cualquier momento se reactive el procedimiento de ser necesario y a la vez esos procesos no consten como activos. Por lo tanto, si las partes no concurren a la audiencia de juicio como los alimentos, visitas, patria potestad, etc., la jueza o juez debe disponer el archivo intermedio o provisional, puesto que no cabe en estos procesos declarar el abandono. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
CONTINUA EN LA PÁGINA - C2
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3. Toda persona, en el momento de la detención, tendrá derecho a conocer en forma clara y en un lenguaje sencillo las razones de su detención, la identidad de la jueza o juez, o autoridad que la ordenó, la de quienes la ejecutan y la de las personas responsables del respectivo interrogatorio. 4. En el momento de la detención, la agente o el agente informará a la persona detenida de su derecho a permanecer en silencio, a solicitar la asistencia de una abogada o abogado, o de una defensora o defensor público en caso de que no pudiera designarlo por sí mismo, y a comunicarse con un familiar o con cualquier persona que indique. 5. Si la persona detenida fuera extranjera, quien lleve a cabo la detención informará inmediatamente al representante consular de su país. 6. Nadie podrá ser incomunicado. 7. El derecho de toda persona a la defensa incluye: a) Ser informada, de forma previa y detallada, en su lengua propia y en lenguaje sencillo de las acciones y procedimientos formulados en su contra, y de la identidad de la autoridad responsable de la acción o procedimiento. b) Acogerse al silencio. c) Nadie podrá ser forzado a declarar en contra de sí mismo, sobre asuntos que puedan ocasionar su responsabilidad penal. 8. Nadie podrá ser llamado a declarar en juicio penal contra su cónyuge, pareja o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, excepto en el caso de violencia intrafamiliar, sexual y de género. Serán admisibles las declaraciones voluntarias de las víctimas de un delito o de los parientes de éstas, con independencia del grado de parentesco. Estas personas podrán plantear y proseguir la acción penal correspondiente. 9. Bajo la responsabilidad de la jueza o juez que conoce el proceso, la prisión preventiva no podrá exceder de seis meses en las causas por delitos sancionados con prisión, ni de un año en los casos de delitos sancionados con reclusión. Si se exceden estos plazos, la orden de prisión
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preventiva quedará sin efecto. La orden de prisión preventiva se mantendrá vigente y se suspenderá ipso jure el decurso del plazo de la prisión preventiva si por cualquier medio, la persona procesada ha evadido, retardado, evitado o impedido su juzgamiento mediante actos orientados a provocar su caducidad. Si la dilación ocurriera durante el proceso o produjera la caducidad, sea esta por acciones u omisiones de juezas, jueces, fiscales, defensor público, peritos o servidores de órganos auxiliares, se considerará que estos han incurrido en falta gravísima y deberán ser sancionados de conformidad con la ley. 10. Sin excepción alguna, dictado el auto de sobreseimiento o la sentencia absolutoria, la persona detenida recobrará inmediatamente su libertad, aun cuando
sistema de medidas socioeducativas proporcionales a la infracción atribuida. El Estado determinará mediante ley sanciones privativas y no privativas de libertad. La privación de la libertad será establecida como último recurso, por el periodo mínimo necesario, y se llevará a cabo en establecimientos diferentes a los de personas adultas. 14. Al resolver la impugnación de una sanción, no se podrá empeorar la situación de la persona que recurre. Quien haya detenido a una persona con violación de estas normas será sancionado. La ley establecerá sanciones penales y administrativas por la detención arbitraria que se produzca en uso excesivo de la fuerza policial, en aplicación o interpretación abusiva de contravenciones u otras normas, o por motivos discriminatorios.
de las juezas y jueces de garantías penitenciarias; y dice: “Competencia de las juezas y jueces de garantías penitenciarias. - En las localidades donde exista un centro de rehabilitación social habrá, al menos, una o un juez de garantías penitenciarias. Las y los jueces de garantías penitenciarias tendrán competencia para la sustanciación de derechos y garantías de personas privadas de libertad con sentencia condenatoria, en las siguientes situaciones jurídicas: 1. Todas las garantías jurisdiccionales, salvo la acción extraordinaria de protección. 2. Resolver las impugnaciones de cualquier decisión emanada de la autoridad competente relativas al régimen penitenciario. 3. Conocer y sustanciar los procesos relativos al otorgamiento de los regímenes semiabierto y abierto. 4. Las resoluciones que concedan la
estuviera pendiente cualquier consulta o recurso. 11. La jueza o juez aplicará las medidas cautelares alternativas a la privación de libertad contempladas en la ley. Las sanciones alternativas se aplicarán de acuerdo con los casos, plazos, condiciones y requisitos establecidos en la ley. 12. Las personas declaradas culpables y sancionadas con penas de privación de libertad por sentencia condenatoria ejecutoriada, permanecerán en centros de rehabilitación social. Ninguna persona condenada por delitos comunes cumplirá la pena fuera de los centros de rehabilitación social del Estado, salvo los casos de penas alternativas y de libertad condicionada, de acuerdo con la ley. 13. Para las adolescentes y los adolescentes infractores regirá un
Para los arrestos disciplinarios de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, se aplicará lo dispuesto en la ley. Nota: Numeral 9 reformado, numerales 1 y 11 sustituidos por reforma aprobada en el referéndum y consulta popular de 7 de mayo de 2011, dada por Resolución del Consejo Nacional Electoral No. 00, publicada en Registro Oficial Suplemento 490 de 13 de Julio de 2011. Los artículos 201 al 203 de la Constitución de la República, tratan sobre la rehabilitación social.
inmediata excarcelación por cumplimiento de la pena. 5. La unificación y prescripción de las penas emanadas por la administración de justicia penal, tanto nacional como extranjera. 6. Controlar el cumplimiento y la ejecución del indulto presidencial o parlamentario. 7. Cumplir con las disposiciones establecidas en el Protocolo facultativo a la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, en lo que corresponde. 8. Las violaciones al estatus de liberado de las personas que han cumplido la pena y cualquier discriminación por pasado judicial de estas personas. En las localidades donde no existan jueces de garantías penitenciarias, la competencia será de cualquier juez. 9. Conocer y resolver la situación jurídica de las personas privadas de la
Base legal El artículo 230 del Código Orgánico de la Función Judicial reformado por el COIP, en atención a la Disposición Reformatoria Segunda, señala la competencia
libertad cuando se haya promulgado una ley posterior más benigna. 10. Las demás atribuciones establecidas en la ley. Nota: Artículo sustituido por Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 180 de 10 de febrero del 2014. Ejecución de la Sentencia Penal El COIP,trata en el Libro Tercero, sobre la Ejecución de la Sentencia Penal; en el Título Primero, sobre los Órganos Competentes; y específicamente en el Capítulo Primero, sobre las Juezas y Jueces de Garantías Penitenciarias, en los artículos 666 al 671 Reglamentos sobre la rehabilitación social, tenemos los siguientes: 1. Reglamento de Funcionamiento de los Pabellones de Máxima Seguridad en los Centros de Rehabilitación Social, publicado en el Registro Oficial Suplemento 243 del 2 de enero del 2008 2. Guía Regional para la Defensa Pública Oficial y la Protección Integral de las Personas Privadas de Libertad, publicada en el Registro Oficial 110 de 18 de marzo de 2014. 3. Formatos de Boletas de Encarcelamiento y Excarcelación, publicado en el Registro Oficial 459 de 16 de marzo del 2015. 4. Reglamento que Regula la relación Especial del Trabajo en Relación de Dependencia de las Personas que se Encuentren Cumpliendo una Pena Privativa de Libertad, publicado en el registro Oficial 524 de 17 de junio de 2015. NOTA. – Existen otros reglamentos referentes al indulto, conmutación o rebaja de penas; a las audiencias en materia penal; a las medidas cautelares; a la protección a víctimas y testigos, a la reparación de víctimas; a la cámara de Gessell; a la acreditación de peritos, etc. Derechos de las personas privadas de la libertad El artículo 12 del Código Orgánico Integral Penal, dice: Art. 12.- Derechos y garantías de las personas privadas de libertad. - Las personas privadas de libertad gozarán de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución de la República y los instrumentos internacionales de derechos humanos: 1. Integridad: la persona privada de libertad tiene derecho a la integridad física, psíquica, moral y sexual. CONTINUA EN LA PÁGINA - C3
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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK Se respetará este derecho durante los traslados, registros, requisas o cualquier otra actividad. Se prohíbe toda acción, tratamiento o sanción que implique tortura o cualquier forma de trato cruel, inhumano o degradante. No podrá invocarse circunstancia alguna para justificar tales actos. Se prohíbe cualquier forma de violencia por razones étnicas, condición social, género u orientación sexual. 2. Libertad de expresión: la persona privada de libertad tiene derecho a recibir información, dar opiniones y difundirlas por cualquier medio de expresión disponible en los centros de privación de libertad. 3. Libertad de conciencia y religión: la persona privada de libertad tiene derecho a que se respete su libertad de conciencia y religión y a que se le facilite el ejercicio de la misma, incluso a no profesar religión alguna. Se respetarán los objetos personales con estos fines, siempre y cuando no pongan en riesgo la seguridad del centro de privación de libertad. 4. Trabajo, educación, cultura y recreación: el Estado reconoce el derecho al trabajo, educación, cultura y recreación de las personas privadas de libertad y garantiza las condiciones para su ejercicio. El trabajo podrá desarrollarse mediante asociaciones con fines productivos y comerciales.
EJECUTVOS EXTRACTO JUDICIAL CAUSA NRO. 17230-2019-08751 UNIDAD JUDICIAL CIVL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: SUSANA OLIMPIA MIER AGUILAR ACTOR: ABG. ANA CECILIA ALMEIDA, PROCURADORA JUDICIAL DEL SR. EDWIN FERNADO MUÑOZ AYORA DEMANDADOS: EDISON GEOVANNY LOPEZ JARAMILLO Y SUSANA OLIMPIA MIER AGUILAR JUICIO: 17230- 2019-08751 MATERIA CIVIL: EJECUTIVO.COBRO DE PAGARE A LA ORDEN CUANTÍA: USD. 22.000,00 DEFENSOR: ABG. ANA CECILIA ALMEIDA HERNANDEZ CASILLA JUDICIAL: ----.- CORREO ELECTRÓNICO: anyceci@hotmail. com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: En sentencia se ordene a los señores EDISON GEOVANNY LOPEZ JARAMILLO y SUSANA OLIMPIA MIER AGUILAR, al pago de: 1.- Al pago de la totalidad de los valores cancelados por concepto de capital e intereses a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Pablo Muñoz Vega, esto es la suma de $ 16.941,18.2.- Los intereses de mora.- 3.- Las costas procesales en las que se incluirán los honorarios profesionales.- Dr. LEONARDO ANDRES EGUIGUREN BERMEO.- JUEZ.AUTO ADMISORIO.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, miércoles 28 de agosto del 2019, las 15h10, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y la documentación que anteceden. En lo principal se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por AB. ANA CECILIA ALMEIDA, en cali-
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5. Privacidad personal y familiar: la persona privada de libertad tiene derecho a que se respete su vida privada y la de su familia. 6. Protección de datos de carácter personal: la persona privada de libertad tiene derecho a la protección de sus datos de carácter personal, que incluye el acceso y uso de esta información. 7. Asociación: la persona privada de libertad tiene derecho a asociarse con fines lícitos y a nombrar sus representantes, de conformidad con la Constitución de la República y la Ley. 8. Sufragio: la persona privada de libertad por medidas cautelares personales tiene derecho al sufragio. Se suspenderá para aquellas personas que tengan sentencia condenatoria ejecutoriada. 9. Quejas y peticiones: la persona privada de libertad, tiene derecho a presentar quejas o peticiones ante la autoridad competente del centro de privación de libertad, a la o al juez de garantías penitenciarias y a recibir respuestas claras y oportunas. 10. Información: la persona privada de libertad, en el momento de su ingreso a cualquier centro de privación de libertad, tiene derecho a ser informada en su propia lengua acerca de sus derechos, las normas del establecimiento y los medios de los que dispone para formular peticiones y quejas. Esta información deberá ser pública,
dad de Apoderada Especial y Procuradora Judicial del señor Edwin Fernando Muñoz Ayora, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- SEGUNDO: En consecuencia, los demandados señores: SUSANA OLIMPIA MIER AGUILAR y GEOVANNY LOPEZ JARAMILLO; en el término de QUINCE (15) días, contesten a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.CUARTO: En virtud del juramento rendido, CITESE, al demandado señor SUSANA OLIMPIA MIER AGUILAR, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación nacional de los que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual por secretaria se extenderá el respectivo y al demandado EDISON GEOVANNY LOPEZ JARAMILLO, una vez que la parte actora ha rendido el juramento de rigor respectivo, y por cuanto del proceso consta el certificado del Ministerio
de Relaciones Exteriores que indica que el demandado, consta registrados en el consulado del Ecuador en Madrid- España, se dispone citar al demandado señor: EDISON GEOVANNY LOPEZ JARAMILLO, mediante tres carteles fijados en días distintos en el consulado del Ecuador en la ciudad de EspañaMadrid, de lo cual el funcionario responsable de la Oficina Consular deberá dejar constancia de lo actuado mediante registro físico fotográfico de lo actuado; para el efecto remítase atenta comunicación a la Coordinación Zonal del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, con toda la documentación certificada necesaria, en medio físico y digital, esto con fundamento en el Art. 69 del COGEP. La parte actora deberá prestar las facilidades del caso, para lo cual la parte accionante deberá prestar las facilidades del caso.- QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados por la parte actora..- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones así como la autorización dada a su Abogado patrocinador. Actué Abg. Jesús de la Cruz secretario de este despacho.NOTIFÍQUESE Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- CERTIFICO.ABG. JESUS VICENTE DE LA CRUZ HARO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello Par/111608/eg UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON
escrita y estar a disposición de las personas, en todo momento. 11. Salud: la persona privada de libertad tiene derecho a la salud preventiva, curativa y de rehabilitación, tanto física como mental, oportuna, especializada e integral. Para garantizar el ejercicio de este derecho se considerarán las condiciones específicas de cada grupo de la población privada de libertad. En los centros de privación de libertad de mujeres, el departamento médico contará con personal femenino especializado. Los estudios, diagnósticos, tratamientos y medicamentos serán gratuitos. En caso de adicciones a sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que los contengan o de alcoholismo y tabaquismo, el Ministerio de Salud Pública brindará tratamiento de carácter terapéutico o de rehabilitación mediante consultas o sesiones, con el fin de lograr la deshabituación. La atención se realizará en los centros de privación de libertad a través de personal calificado para el efecto. 12. Alimentación: la persona privada de libertad tiene derecho a una nutrición adecuada, en cuanto a calidad y cantidad, en lugares apropiados para el efecto. Tendrá derecho al acceso a agua potable en todo momento. 13. Relaciones familiares y sociales: la persona privada de libertad tiene derecho a mantener
su vínculo familiar y social. Deberá estar ubicada en centros de privación de libertad cercanos a su familia, a menos que manifieste su voluntad contraria o que, por razones de seguridad debidamente justificadas o para evitar el hacinamiento, sea necesaria su reubicación en un centro de privación de libertad situado en distinto lugar al de su familia, domicilio habitual y juez natural. 14. Comunicación y visita: sin perjuicio de las restricciones propias de los regímenes de seguridad, la persona privada de libertad tiene derecho a comunicarse y recibir visitas de sus familiares y amigos, defensora o defensor público o privado y a la visita íntima de su pareja, en lugares y condiciones que garanticen su privacidad, la seguridad de las personas y del centro de privación de libertad. El ejercicio de este derecho debe darse en igualdad de condiciones, sin importar su nacionalidad, sexo, preferencia sexual o identidad de género. La persona privada de libertad de nacionalidad extranjera podrá comunicarse con representantes diplomáticos o consulares de su país. El derecho a la visita de familiares o amigos no se considerará un privilegio y no se utilizará como sanción la pérdida del mismo, salvo en aquellos casos en que el contacto represente un riesgo para la persona pri-
Tu grado de libertad será proporcional a la fuerza y el ardor con que te entregues a la grandiosa empresa de conquistarla. e. J. M a l i n ow s k i . SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: EDGAR GUSTAVO HERRERA PAVONI Y JOSE ANTONIO HERRERA ACTOR: BANCO DEL PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: EDGAR GUSTAVO HERRERA PAVONI Y JOSE ANTONIO HERRERA JUICIO: No. 17230-2014-2574 (EJECUTIVO-PAGARÉ A LA ORDEN) CUANTIA: QUINCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD$15.000,00) BASE LEGAL: ART. 413 Y ART.415 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL EN CONCORDANCIA CON LOS ARTÍCULOS 461, 486 Y 489 DEL CÓDIGO DE COMERCIO ABOGADO DEFENSOR: DRA. MÓNICA JACQUELINE FLOR PAZMIÑO CASILLA JUDICIAL: 3121 JUEZ PONENTE: DRA. VIVIANA JEANNETH PILA AVENDAÑO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 9 de enero del 2015, las 08h31. VISTOS: En virtud de la nota sentada por la Oficina de Sorteos. Avoco conocimiento de
la presente causa, en virtud de la Resolución 191-2014 emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite ejecutivo.- En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el art.421 del Código de Procedimiento Civil, los demandados JOSE ANTONIO HERRERA (Único apellido que tiene) y EDGAR GUSTAVO HERRERA PAVONI, paguen a la parte actora la cantidad demandada en el término de tres días o propongan excepciones dentro del mismo término y a quienes se le citará en el lugar que se indica, para lo cual envíese suficiente despacho a la sala de citaciones.- Tómese en cuenta el correo electrónico, la casilla judicial señalada por la parte actora y autorización concedida a su abogado defensor. Agréguese la documentación adjunta.- Actúa la Dra. Rosa Guerrero en calidad de secretaria, mediante Acción de personal -9307-DP-UPTH-16/12/2014.Notifíquese.- f.- Dr. Gustavo Salazar Vasco, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 13 de septiembre del 2019, las 08h21, De conformidad con el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función
Judicial se convalida parcialmente la providencia inmediata anterior en el sentido de que se hace constar “(…), cítese por la prensa, en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, a los demandados EDGAR GUSTAVO HERRERA PAVONI Y JOSSE ANTONIO HERRERA (…), siendo lo correcto cítese por la prensa, en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, a los demandados EDGAR GUSTAVO HERRERA PAVONI Y JOSE ANTONIO HERRERA, por lo demas las partes esten a lo dispuesto en providencia inmediata anterior. Vuelva actuar la abogada Claudia Leyton, en calidad de Secretaria de este despacho.- NOTIFIQUESE. f.- Dra. Pila Avendaño Viviana Jeanneth, Jueza. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.AB. CLAUDIA SOLANGE LEYTON GUAYASAMIN SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/112488/EG REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL A AYALA VELASTEGUI CHRISTIAN PAUL JUICIO: EJECUTIVO No. 173252014-0832 ACTOR: BANCO PICHINCHA DEMANDADOS: AYALA MENA GALO ALVARO, VELASTEGUI
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vada de libertad o para la o el visitante. La autoridad competente del centro de privación de libertad reportará a la o al juez de garantías penitenciarias los casos de riesgo. 15. Libertad inmediata: la persona privada de libertad, cuando cumpla la condena, reciba amnistía o indulto o se revoque la medida cautelar, será liberada inmediatamente, siendo necesario para ello únicamente la presentación de la orden de excarcelación emitida por la autoridad competente. Las o los servidores públicos que demoren el cumplimiento de esta disposición serán removidos de sus cargos, previo sumario administrativo, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que haya lugar. 16. Proporcionalidad en la determinación de las sanciones disciplinarias: las sanciones disciplinarias que se impongan a la persona privada de libertad, deberán ser proporcionales a las faltas cometidas. No se podrán imponer medidas sancionadoras indeterminadas ni que contravengan los derechos humanos. Segunda parte se publicará el día viernes 04 de octubre del 2019
GALLEGOS MARITZA y AYALA VELASTEGUI CHRISTIAN PAUL PROVIDENCIAS JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 1 de octubre del 2014, las 13h13.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez titular de esta judicatura y en virtud del sorteo correspondiente. La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos que exige la Ley. Las demandadas en el término de tres días y bajo prevenciones legales cumplan con la obligación exigida o propongan las excepciones a las que se crean asistidas. Previamente a proveer la medida cautelar solicita la parte accionante haga llegar a esta judicatura la escritura de hipoteca que hace mención en su demanda. Cítese a las demandadas AYALA MENA GALO ALVARO, VELASTEGUI GALLEGOS MARITZA IVONNE deudores principales; y a AYALA VELASTEGUI CHRISTIAN PAUL garante en el lugar que se indica para el efecto remítase el suficiente despacho a la oficina de citaciones. Agréguense los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el accionante debidamente justificado con el documento que se acompaña, la autorización conferida a su abogada patrocinadora, correo electrónico y casilla judicial para sus notificaciones.-f)Dr. PAUL NARVAEZ NARVAEZ, JUEZ. - Notifíquese. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 12 de agosto del 2019, las 16h17, Por cumplido con el requerimiento anterior y en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el actor, conforme lo dispone el Art. 56 del COGEP, CÍTESE por la prensa al señor AYALA VELASTEGUI CHRISTIAN
PAUL, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo.-f) SALTOS PINTO LUIS SEBASTIAN, JUEZ.-NOTIFÍQUESE.Previniéndole al demandado la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones.-Certifico AB. PAULINA AYO SECRETARIA JUDICIAL Hay sello y firma PAC/112489/PB R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP CITACIÓN JUDICIAL AL DEMANDADO: GUANOTOA NUÑEZ EDWIN GEOVANNY ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S. A TIPO DE PROCESO: CIVILEJECUTIVO ACCION: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN No. DE JUICIO: 17233-2018-01801 SCUANTIA: $. 10. 472, 62 Diez mil cuatrocientos setenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, con 62/100 AUTOS DE SUSTANCIACION: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 24 de mayo del 2018, las 11h25, VISTOS: Agreguese a los autos el escrito precedente. Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto que antecede se considera lo siguiente: PRIMEROCALIFICACION Y ADMISION A TRAMITE: La demanda presentada por el DR. FERDINAD WLADIMIR GALAZAR LEON, en su calidad
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JUEVES 3 de octubRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR
de PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A.; conforme lo acredita con la documentación que adjunta, es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en el pagaré a la orden que obra a fojas 1 de autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo prescrito en los artículos 347. 5, 348 y 349 del COGEP, por lo que se la admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP; SEGUNDO-SOBRE LA OBLIGACION: En consecuencia, los demandados, Señores: EDWIN GEOVANNY GUANOTOA NUÑEZ y MONICA ISABEL LANDIVAR MERCHAN, en el término de QUINCE (15) días, contesten la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme a lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- TERCERO-ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda que antecede; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.CUARTO-CITACIONES: CÍTESE con el contenido de la demanda, y el presente auto a los demandados Señores: EDWIN GEOVANNY GUANOTOA NUÑEZ y MONICA ISABEL LANDIVAR MERCHAN, en el lugar señalado en el libelo de demanda, la citación se la hará en las direcciones indicadas a través del Auxiliar Postal, conforme la Resolución 300 del Consejo de la Judicatura y de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito Metropolitano de Quito, previniéndoles a los demandados de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones, la parte accionante brinde las facilidades necesarias para la elaboración de las boletas de citación .- Se requiere a la defensa de la parte actora que en el término de 3 días colabore con este despacho judicial en la obtención de las copias necesarias para que se cumpla con las indicadas citaciones, so pena de lo establecido en numeral 1 del artículo 132 del Código Orgánico de la Función Judicial, mismas que deberán ser ingresadas por medio de escrito para constancia de dicho acto. Hecho que fuere por Secretaria, envíese suficiente despacho a la oficina correspondiente. CUMPLASE y NOTIFIQUESE.- f) DR. DAVID CEDENO CAMACHO, JUEZ.AUTO DE SUSTANCIACION: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 17 de septiembre del 2019, las 09h25, De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, se dispone lo siguiente: En mérito del juramento rendido por la parte actora que obra a fojas 117 del proceso, se dispone que se cite a la demandado EDWIN GEOVANNY GUANOTOA NUÑEZ; por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de los que se editan en esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del COGEP; por Secretaria confiérase el extracto correspondiente, el mismo que, se lo envía al casillero judicial de la parte actora, ejecutoriado este auto. En aplicación del principio de cooperación con la Administración de Justicia y de economía procesal, la parte actora una vez hechas las publicaciones haga llegar a esta Judicatura debidamente adjuntadas, recortadas y pegadas en hojas formato A4 tamaño Inen., (No adjuntar periódicos enteros) para lo cual se le concede el término de 20 días; So pena de lo establecido en numeral 1 del artículo 132 del Código Orgánico de la Función Judicial. CUMPLASE y NOTIFIQUESE.- f) DR. DAVID
CEDENO CAMACHO, JUEZ.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico o correo electrónico para sus notificaciones. AB. ANGEL SIMBAÑA ARAUJO SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/112490/EG R. DEL E. www.funcionjudicial-pichincha. gob.ec UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL PARA: FRANCISCO JOSÉ URIBE ÁLVAREZ. EXTRACTOCAUSA N° 17230-2017-00215. MATERIA: CIVIL Tipo Proceso: EJECUTIVO. Acción/ Delito: (COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN) AC TO R : ING. MIRIAN ALEXANDRA HERRERA BENALCÁZAR, GERENTE DEL FONDO COMPLEMENTARIO PREVISIONAL CERRADO FCPC PARA LA JUBILACIÓN PATRONAL DE LOS SERVIDORES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO ADMINISTRACIÓN BIESS. DEMANDADO: FÁTIMA DEL JESÚS GARCÍA ALAVA. OBJETO: Que se ordene el pago del valor del capital no cancelado por las cuotas vencidas, intereses establecidos; seguro de desgravamen; sexto por diento; gastos y expensas judiciales. CUANTIA: $ 52.449.60 dólares. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, y en virtud a la razón de sorteos.- En lo principal, la demanda presentada por la Ing. Mirian Alexandra Herrera Benalcázar, Gerente del Fondo Complementario Previsional Cerrado para la Jubilación de los Servidores de la Contraloría General del Estado FCPC, es clara, precisa y contiene los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), además se fundamenta en el cobro del pagaré a la orden aparejado a la demanda, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ejusdem (COGEP), se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada. CÍTESE a la demandada en la presente causa, señora FÁTIMA DEL JESÚS GARCÍA ÁLAVA en calidad de deudora principal, en la dirección señalada y en PERSONA por tratarse de su lugar de trabajo; para lo cual se adjuntará en copias la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de QUINCE (15) DÍAS, comparezca a juicio, cumpla con la obligación o conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de
JUDICIAL QUITO
recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Para el cumplimiento de la diligencia de citación remítase despacho suficiente a citaciones. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones, y la autorización conferida a sus abogados patrocinadores. Actúe el doctor Nilo Almachi en calidad de Secretario. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 19 de julio del 2019, las 16h22, VISTOS: En lo principal, una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación que antecede; y en virtud a que la señora HAYDEE CECILIA CARRILLO BAHAMONDE, en su calidad invocada en autos, ha declarado bajo juramento que pese a realizar las debidas averiguaciones en diferentes lugares le ha sido imposible determinar el domicilio del señora FATIMA DE JESÚS GARCÍA ÁLAVA, de conformidad con lo determinado en el número 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se CITE a la señora FATIMA DE JESÚS GARCÍA ÁLAVA, a través de tres publicaciones realizadas en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por secretaria confiérase el extracto de la demanda, el auto de calificación a la misma y este auto de sustanciación. A la demandada en la presente causa se le advierte de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico a efecto de sus notificaciones.- NOTIFIQUESE y CÍTESE.. f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 2 de agosto del 2019, las 15h26, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado a nombre de la Econ. Haydee Cecilia Carillo Bahamonde, en su calidad invocada en autos. En atención al mismo y por cuanto en auto que antecede se ha hecho constar el nombre de la demandada señora FATIMA DE JESUS GARCIA ALAVA, de conformidad con el numeral 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalida el referido auto, siendo lo correcto FATIMA DEL JESUS GARCIA ALAVA. En lo demás estará a dispuesto en providencia de fecha 19 de julio del 2019, las 16h22. Para lo cual emítase en legal y debida forma el extracto judicial, considerándose además lo señalado por la actora en el acápite segundo del escrito que se provee. Notifíquese.Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer y señalar casillero judicial o correo electrónico para sus notificaciones posteriores. AB. VANESSA CORREA ESTRELLA. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAR/111619/TF
ORINARIOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. COGEP CITACIÓN JUDICIAL A LA PARTE DEMANDADA: YANEZ PILCO CLAUDIO ALEXANDER JUICIO: ORDINARIO (COBRO DE DINERO) NUMERO: 17230-2018-14534 ACTOR: Dr. JUAN CARLOS CUEVA SERRANO, en sus calidad de Procurador Judicial del BANCO DINERS CLUB S.A., DEMANDADO: YANEZ PILCO CLAUDIO ALEXANDER FECHA DE INICIO: 21 DE SEPTIEMBRE DEL 2018 CUANTIA: US $ 24.245,87 OBJETO: SE CONMINE AL PAGO INMEDIATO DEL CAPITAL E INTERESES VENCIDOS DOMICILIO JUDICIAL: DR. JUAN CARLOS CUEVA SERRANO. CASILLA 1936 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 3 de octubre del 2018, las 16h08, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado, con el cual se ha cumplido con lo ordenado en auto inmediato anterior. Revisada que ha sido la demanda
se dispone: 1) La demanda presentada por el Dr. JUAN CARLOS CUEVA SERRANO, en sus calidades de Procurador Judicial del BANCO DINERS CLUB S.A., conforme consta de la documentación adjunta, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), al tenor de lo previsto en el artículo 289 del mismo Código, se tramitarán por el procedimiento ordinario todas aquellas pretensiones que no tengan previsto un trámite especial para su sustanciación; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. 2) Se ordena la citación al demandado señor YANEZ PILCO CLAUDIO ALEXANDER, en la dirección señalada en el escrito que completa la demanda, citación que se hará en persona por ser su lugar de trabajo conforme a lo dispuesto en el Art. 55 del COGEP; en virtud del Principio Dispositivo consagrado en el artículo 19 del Código Orgánico de la Función Judicial se solicita a la parte actora brindar las copias necesarias para la realización de las boletas de citación. 3) En aplicación de los artículos 291 inciso segundo del COGEP, se concede el término de treinta (30) días para que la parte demandada contesten la demanda conforme lo determina el artículo 151 del COGEP. 4) Considérese el anuncio de prueba formulado por la parte actora en el libelo de la demanda.- 5) Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda; téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial y electrónica señaladas por el actor para sus notificaciones. Actúe en calidad de Secretaria, la Abg. Jenniffer Bastidas Sarmiento, mediante acción de personal No. 3460-DP17-2016-VS de fecha 16 de mayo del 2016. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- F) DIANA ALBAN SOLANO, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 9 de julio del 2019, las 13h53, En lo principal, por cumplido que ha sido el auto de sustanciación inmediato anterior, se dispone lo siguiente: CITESE al demandado señor YANEZ PILCO CLAUDIO ALEXANDER portador de la cédula de ciudadanía No. 170888552-8, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo. CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE.- F) DIANA ALBAN SOLANO, JUEZA. Particular que hago conocer a Ud., para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. AB. JENNIFFER BASTIDAS SARMIENTO SECRETARIA Hay firma y sello PAB/23725/EG CASILLA 1936 EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: HERVAS ROSENFELD SAMIA CRISTINA JUICIO: ORDINARIO No. 172302018-18750 CUANTIA: 17.506,40 USD ACTOR: CUEVA SERRANO JUAN CARLOS (REPRESENTANTE LEGAL DE BANCO DINERS CLUB S.A. / BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR) DEMANDADO: H E R VA S ROSENFELD SAMIA CRISTINA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, martes 18 de diciembre del 2018, las 16h27, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede y la documentación adjunta. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de eta Unidad Judicial, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito; y, en virtud del sorteo electrónico de ley que precede. La demanda presentada por JUAN CARLOS CUEVA SERRANO en la calidad de Procurador Judicial del representante legal del Banco Diners Club S.A. es clara y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de la demandada: SAMIA CRISTINA HERVAS ROSENFELD, en la dirección señalada para tal efecto en el libelo de la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este
auto inicial, para el efecto remítase atento deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, a fin de dar cumplimiento con la diligencia de citación (en virtud del principio Dispositivo la parte accionante provea de las copias necesarias para la citación). Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la demandada el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados; así como, la autorización conferida a su abogado patrocinador. Actúe la Dra. Rosa Elvira Guerrero Castro, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE y CÍTESE..-F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA .Quito, lunes 9 de septiembre del 2019, las 16h08, Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte accionante. Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de la parte demandada, se dispone: CÍTESE, a la parte demandada señora HERVAS ROSENFELD SAMIA CRISTINA, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por la parte actora.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE..- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. DRA. ROSA GUERRERO CASTRO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAB/ 23723/EG REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO -E X T R A C T OCITACIÓN A: SR. HÉCTOR PATRICIO PARRA GUALOTUÑA JUICIO: 17320-2007-0713 ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADOS: SR. PARRA
GUALOTUÑA HECTOR PATRICIO TRAMITE: ORDINARIO JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 29 de agosto del 2007, las 11h46.- VISTOS.- En virtud del sorteo correspondiente y en mi calidad de Juez Encargado de esta judicatura mediante oficio No. DDP-JAR-1119-07 de 09 de julio del 2007 avoco conocimiento de esta causa.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y precisa, y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite en Juicio ORDINARIO.-En consecuencia, córrase traslado por el término legal de quince días, que comenzará a decurrir a partir de la fecha de citación, con el escrito de demanda y esta providencia al demandado señor HECTOR PATRICIO PARRA GUALOTUÑA, a fin de que proponga las excepciones de las que se crea asistido, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 397 del Código de Procedimiento Civil, bajo apercibimiento en rebeldía..-Cítese al demandado, en el lugar que para tal efecto se señala.-Agréguese al proceso la documentación que se adjunta.-Téngase en cuenta el domicilio y casilla judicial señalada por la actora; y, así como también la calidad en la que comparece.Actúe la Dra. Norma Almeida en calidad de secretaria encargada mediante oficio No.552-2006 de 30 de julio del 2006.-Notifíquese. F) DR. WILZON LOZADA VILLACIS, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 11 de junio del 2019, las 10h19, VISTOS.- En virtud de la acción de personal número 4933-DP172019-MP, AVOCA conocimiento de la presente causa el DR. ÁNGEL PATRICIO TELLO AIMACAÑA, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito en reemplazo del Dr. Carlos Fuentes López, mientras dure su licencia.- En lo principal, En virtud del juramento rendido por la parte actora, de conformidad a lo previsto en el Art. 56, numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos, cítese en legal y debida forma al demandado, Sr. HÉCTOR PATRICIO PARRA GUALOTUÑA, mediante tres publicaciones realizadas en fechas distintas, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad; para el efecto por secretaría, elabórese el extracto correspondiente, y remítase al casillero judicial señalado por el actor.- Notifíquese y cúmplase.-F) DR. TELLO ÁNGEL PARICIO, JUEZ (E). Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones.-Certifico. AB. ANA MARIELA ARCOS SECRETARIA DE LA UNIDAD
CONVOCATORIA Ante el sensible fallecimiento de la señora LIDIA TANDAZO, Gerente General y representante legal de la empresa de carga pesada TORRES REVELO S.A. se convoca a los socios a la reunión extraordinaria, la misma que se realizará en las oficinas de la empresa ubicada en la Av. Rumichaca y Amaruñan, conjunto habitacional San Gabriel local 5, el día 14 de octubre a las 10 am., para tratar el siguiente orden del día: 1.- Constatación del quórum 2.- Elección del nuevo gerente de la empresa 3.- Asuntos varios Ing. Francisco Naranjo Zapata Presidente P AC/112493
JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAB/23724/EG EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL: AL SEÑOR GALLEGOS VALLEJO GERMAN VINICIO ACTOR: COMPAÑIA SEGUROS EQUINOCCIAL ( PROCURADOR JUDICIAL LARA DILLON EMILIO Y DEMANDADO: GALLEGOS
VALLEJO GERMAN VINICIO Y SALVADOR ROSERO CARLOS RODRIGO GUSTAVO JUICIO NO: 17230-2018-15429 TRAMITE: ORDINARIO CUANTÍA: DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SIETE CON 84/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. 2.284.207.84) OBJETO: LA PARTE ACCIONANTE SOLICITA QUE ORDENE QUE LOS DEMANDADOS PAGUEN A SU REPRESENTADA SEGUROS EQUINOCCIAL S.A., EL DINERO POR LA INDEMNIZACIÓN QUE SU REPRESENTADA PAGO A LA EMAAP-Q, A NOMBRE DE LOS DEMANDADOS POR LAS PÓLIZAS DE SEGURO DE BUEN USO DE ANTICIPO NOS. 45229, 41970 Y 41986 EJECUTADAS. LOS
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN. Citación judicial a DARIO WILFRIDO TIPAN BUNCE y CARMEN MARLENE DIAZ SANGUANO, se le hace saber: Actor: Ab. LEONARDO MIGUEL PROAÑO SILVA Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A. Demandados: DARIO WILFRIDO TIPAN BUNCE y CARMEN MARLENE DIAZ SANGUANO Juicio No. 17233-2018-05441 Trámite: Ejecutivo Cuantía: Cuatro mil novecientos noventa y cuatro dólares con cincuenta y cinco centavos (USD$ 4.994,55) Fundamentos de derecho: numeral 5 del artículo 347 Código Orgánico General de Procesos. Abogado del Actor: Ab. Leonardo Miguel Proaño Silva, casillero judicial No. 4508 Fecha de inicio: 12 de noviembre del 2018 Asunto: Pago de capital adeudado más intereses UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 13 de noviembre del 2018, las 16h30, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Jueza de Primer Nivel de la Unidad Judicial Civil Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, de conformidad con la acción de personal No. 1405- DP17-2018-MP, de 06 de febrero del 2018, emitida por el Ab. Santiago Páez Páliz, Director Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha, atento el sorteo realizado. Revisada la demanda, se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por el Dr. Leonardo Miguel Proaño Silva en calidad de procurador judicial del Banco Pichincha C.A., es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 5 del artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código, por lo que, se CALIFICA y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Téngase en cuenta la cuantía señalada. SEGUNDO: En consecuencia, los demandados, señores DARIO WILFRIDO TIPAN BUNCE y CARMEN MARLENE DIAZ SANGUANO; conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días contesten la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. TERCERO: CÍTESE con el contenido de la demanda, copia de los documentos adjuntos y el presente auto, a los demandados, señores DARIO WILFRIDO TIPAN BUNCE y CARMEN MARLENE DIAZ SANGUANO en el lugar señalado, en la forma prevista en el Art. 54 o 55 del COGEP, previniéndoles de la obligación de señalar casillero judicial y/o electrónico para sus notificaciones; para el efecto, la parte actora en el término de tres días, bajo prevenciones legales, provea las copias necesarias para la elaboración de las boletas de citación respectivas. CUARTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones. Actúe la Abg. Elizabeth Checa Altuna en calidad de secretaria encargada según acción de personal 989-DP17-2018-MP de fecha 22 de enero de 2018.-NOTIFÍQUESE, CÍTESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 25 de septiembre del 2019, las 15h06, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede. De la revisión del proceso se puede verificar que de fs. 31, 33, 41 y 43 de los autos, constan las certificaciones de no citación a la parte demandada; además, en atención a lo indicado por la parte accionante en el escrito de fecha 17 de mayo del 2019, las 16h15, en el que señala: “Al existir varias razones de no citación a los demandados DIAZ SANGUANO CARMEN MARLENE y TIPAN BUNCE DARIO WILFRIDO, y después de haber realizado las respectivas búsquedas en los servidores de público acceso encontrando como resultado únicamente las direcciones de las cuales ya existe una razón de no citación, y por desconocer más datos referentes a las direcciones de los demandados, solicito se disponga la citación por prensa....”. Además de lo solicitado por la parte accionante en el escrito de 28 de mayo del 2019 a las 14h15, en el que textualmente dice: “SEGUNDO: DECLARACION JURAMENTADA.- En concordancia con el artículo 56 del COGEP, solicito señale fecha y hora para llevarse a cabo la declaración juramentada de desconocimiento del domicilio de los demandados en mención” y con base en los certificados de Registro Consular de los demandados DARIO WILFRIDO TIPAN BUNCE y CARMEN MARLENE DIAZ SANGUANO emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en el que consta que los demandados no registran salida del país, tampoco registro consular en el exterior; en tal virtud, en atención a lo solicitado por el actor y continuando con la sustanciación del proceso, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y con base del juramento rendido por la parte actora, misma que ha sido realizada ante esta autoridad el 10 de junio del 2019 a las 10h15, en el que el accionante dice: “Dando cumplimento a lo ordenado por su señoría y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, bajo juramento de ley declaro que pese a las averiguaciones realizadas, y luego de acudir a los registros de público acceso, en virtud de los certificados conferidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, NO ha sido posible determinar el domicilio y/o residencia de los demandados DARIO WILFRIDO TIPAN BUNCE y CARMEN MARLENE DIAZ SANGUANO, en consecuencia pido que sean citados por la prensa conforme lo señalado en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos”; en tal virtud, cítese a los demandados DARIO WILFRIDO TIPAN BUNCE y CARMEN MARLENE DIAZ SANGUANO, mediante publicaciones realizadas por la prensa, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para lo cual concédase el extracto correspondiente. Mismo que es enviado a la casilla judicial No. 4508 señalada por la parte accionante a fin de que se dé cumplimiento a la presente disposición.- NOTIFÍQUESE.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico o correo electrónico para sus notificaciones. ABG. ELIZABETH CHECA. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL QUITUMBE PAB/23748/EG
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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK VALORES QUE ADEUDAN LOS DEMANDADOS SON: EL MONTO ADEUDADO POR EL PAGO QUE LA PARTE ACTORA HIZO A NOMBRE DE LOS DEMANDADOS A LA EMAAP-Q, POR LAS PÓLIZAS DE BUEN USO DE ANTICIPO NOS. 45229, 41970, 41986, CUYO VALOR ASCIENDE A LA SUMA DE UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETENTA Y UNO CON 17/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 1.677.071.17); LOS INTERESES CORRIENTES Y DE MORA, DE ACUERDO AL MÁXIMO PORCENTAJE PERMITIDO Y ESTABLECIDO
POR EL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, CALCULADO HASTA A LA FECHA DE SU EFECTIVO PAGO; LOS GASTOS Y LAS COSTAS JUDICIALES, MÁS LOS HONORARIOS DE LOS ABOGADOS DEFENSORES. JUEZ: AB. CECILIA SIMBAÑA QUISHPE DEFENSOR: AB. GILBERTO PEDRERA BUSTOS FECHA DE INICIO: 09 DE OCTUBRE DEL 2018 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
CASILLERO N° 3445 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., LEGALMENTE REPRESENTADA POR SU GERENTE GENERAL EL SEÑOR MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO ACTOR: BANCO GUAYAQUIL S. A. DEMANDADO: COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., LEGALMENTE REPRESENTADA POR SU GERENTE GENERAL EL SEÑOR MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO JUICIO N°: 17230-2018-12969 PROCEDIMIENTO: CONCURSAL CUANTIA: USD. 30.000.00 OBJETO DE LA PETICIÓN; PRESUNCIÓN DE INSOLVENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, miércoles 29 de agosto del 2018, las 14h26, VISTOS: En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en la Parroquia de Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.3 del Código Orgánico General de Procesos COGEP.- En virtud de la demanda presentada se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN DE SOLICITUD.- Una vez revisada la solicitud presentada, dentro del término establecido en el artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 416 y 422 ibídem, por lo que se CALIFICA y admite a trámite mediante concurso necesario de acreedores de conformidad con el 424 ibídem.SEGUNDO.- PRESUNCIÓN DE INSOLVENCIA y CONCURSO DE deudora COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., legalmente representada por su gerente general el señor MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO, se halla comprendido en la situación prevista en el numeral 1 del artículo 416 del COGEP; esto es, que no ha cumplido con el mandamiento de ejecución dictado por el doctor Vinicio Israel Palacios Morillo, el 23 de octubre de 2017, conforme la razón de 09 de febrero de 2018 dentro de la causa 17230 2017 - 09337, por lo cual se presume su INSOLVENCIA y se declara con lugar al CONCURSO DE ACREEDORES.TERCERO.- CITACIÓN.- En consecuencia de lo expresado en el considerando que antecede, al tenor de lo dispuesto en el artículo 424 del COGEP, en concordancia con el artículo 423 ibídem, CITESE con el contenido de la solicitud, aclaración y el presente auto interlocutorio a la parte deudora COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., legalmente representada por su gerente general el señor MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y citaciones, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico.- Los demandados podrán OPONERSE al presente procedimiento concursal en el término de 10 días después de citados pagando la deuda, conforme lo dispone el artículo 426 ibídem.CUARTO.- INTERDICCIÓN.- En atención a lo prescrito en el segundo inciso del artículo 424 del COGEP, se declara la interdicción de la deudora COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., legalmente representada por su gerente general el señor MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO y por tanto se dispone que se ocupen sus bienes, correspondencia y demás documentos, mismos que se entregarán al síndico de concurso, quien será depositario de sus bienes, así como representante judicial y extrajudicial de la masa de acreedores, activa y pasivamente.QUINTO.- SINDICO.- Conforme lo establecen los artículos 309 y 320 del Código Orgánico de la Función Judicial COFJ, en virtud de lo expresado en el considerando que antecede, mediante sorteo en el sistema SATJE se designa como síndico a la señora JENNY ANGELA VACA MORENO (Cel. 0959031780, registrado en el sistema, a efectos de que en 24 horas exprese su aceptación o excusa del cargo, conforme lo dispuesto en el artículo 434 del COGEP. De aceptarlo, deberá posesionarse del mismo el día 10 DE SEPTIEMBRE DE 2018 A LAS 14H30, en la sala de diligencia respectiva, ubicada en las instalaciones de ésta Unidad Judicial situada en el 5to. Piso del Complejo Judicial Norte, en la Av. Amazonas entre Pereira y Villalengua, sector Iñaquito. Sin perjuicio de la presente designación y pueda posesionarse, quien prestara la facilidades que el caso amerita. El Síndico designado, deberá presentar el informe previsto en el artículo 435 ibídem en el término de 15 días contados desde su posesión, el mismo que deberá contener los requisitos previstos en la norma señalada y actuar conforme lo determina el artículo 320 del COFJ.- Los honorarios del síndico designado conforme el artículo 30 del Reglamento del Sistema Pericial, se regulan en USD. 386.oo, que deberán ser cubiertos por la parte accionante.SEXTO.- DILIGENCIAS.- Al tenor de lo dispuesto en el artículo 424 del COGEP, en concordancia con el artículo 423 ibídem, una vez citado el fallido y de no cumplirse con los presupuestos del artículo 426 del mismo cuerpo legal, se dispone: 1). AUDIENCIA.- En caso de no existir oposición pagando la deuda, y en vista de junta de acreedores prevista en el artículo 424.1 del COGEP, y de ser el caso, en atención al tercer inciso del artículo 427 ibídem, previamente se designará un auditor.- 2). Se le requiere al deudor antes señalado la presentación de los documentos previstos en el artículo 421 del COGEP.- 3). Se dispone el embargo de todos los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la fallida COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., legalmente representada por su gerente general el señor MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO, de conformidad a los artículos 376 y siguientes del COGEP.- 4). Se dispone la anotación de la Insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura.- 5). Se ordena la publicación del presente auto que declara la presunción de insolvencia del fallido, en la página web del Consejo de la Judicatura.- 6). Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra de la COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., legalmente representada por su gerente general el señor MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO. En ningún caso se iniciará otro procedimiento concursal.- 7). Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, del presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario.- 8). Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones.- 9). Se prohíbe que la deudora COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., legalmente representada por su gerente general el señor MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO se ausente del territorio nacional; para el efecto, ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio.-CÍTESE Y NOTIFÍQUESE..- F: PALACIOS MORILLO VINICIO, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, lunes 26 de agosto del 2019, las 14h04, En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora en escrito de fecha 08 de agosto del 2019, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos - COGEP, y en virtud del juramento rendido en acta de 21 de agosto del 2019, CÍTESE a la COMPAÑÍA MIGUEL NIETO INTERNATIONAL CIA. LTDA., legalmente representada por su Gerente General el señor MIGUEL ALBERTO NIETO DELGADO por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, MORILLO VINICIO, JUEZ
JUDICIAL QUITO
DE PICHINCHA.- Quito, martes 6 de noviembre del 2018, las 16h36, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede, proveyendo el mismo se dispone: Por cuando el actor ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia inmediata anterior, se tiene lo siguiente: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Revisada la demanda presentada por COMPAÑIA SEGUROS EQUINOCCIAL en atención a lo consagrado en el Art. 169 de la Constitución y 191 del Código Orgánico General de Procesos se la CALIFICA de completa y clara, pues cumple los requisitos legales generales contemplados en los Arts. 142 y 143 del citado cuerpo legal, por lo que se la ADMITE al procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado y en virtud de lo prescrito en el Art. 289 ibídem.- SEGUNDO: CITACIÓN.- CÍTESE con el contenido de la demanda, el escrito que antecede y el presente auto interlocutorio a la parte demandada señores GALLEGOS VALLEJO GERMAN VINICIO y SALVADOR ROSERO CARLOS RODRIGO GUSTAVO en la dirección que señala la demandante, advirtiéndole la obligación de señalar abogado defensor, correo electrónico y casillero judicial a fin de recibir sus notificaciones; para el efecto se dispone que la parte actora en el término de cuatro días proporcione las copias suficientes para elaborar las correspondientes boletas de citación TERCERO: CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a la parte demandada GALLEGOS VALLEJO GERMAN VINICIO y SALVADOR ROSERO CARLOS RODRIGO GUSTAVO, el término de TREINTA DÍAS una vez citados, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del COGEP.- CUARTO: ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda; lo cual estará a lo previsto en los Art. 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba.- QUINTO: NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalados por el accionante para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su defensor técnico.- Agréguese al
expediente la documentación adjunta por la parte actora.NOTIFÍQUESE.- F) Ab. Cecilia Simbaña Quishpe. Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 19 de septiembre del 2019, las 15h30, Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal. En virtud del juramento rendido en acta de fecha 15 de agosto del 2019, CITESE a la parte demandada: GALLEGOS VALLEJO GERMAN VINICIO, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- Ab. Cecilia Simbaña Quishpe. Jueza Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. GUILLERMO GUAPI OBANDO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/111616/EG Casilla judicial No. 5605 CITACION JUDICIAL A LA DEMANADADA SEÑORA ARLENIS ANE OLIVARES EXTRACTO ACTOR: ALBAN ESCOBAR JOSE MIGUEL DEMANDADO: ARLENIS ANE OLIVARES PRETENSIÓN: NULIDAD DE INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO CUANTÍA: INDETERMINADA JUICIO NÚMERO: 17981-201903122 TRÁMITE: ORDINARIO JUEZ: AB. LUCILA SORIA PÉREZ UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 12 de septiembre del 2019, las 13h28, VISTOS: En virtud del sorteo que antecedente, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia de Quitumbe, legalmente nombrada y posesionada, avoco conocimiento de la presente causa
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA COMPAÑÍA ENERTEC C. LTDA. EN LIQUIDACION. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 119 de la Ley de Compañías y Artículo Décimo Séptimo de los Estatutos Sociales de la compañía ENERTEC C. LTDA., EN LIQUIDACION, convoco a Junta General Extraordinaria a realizarse en la Oficina de la Compañía ubicada en la Av. 10 de agosto N36-174 y Naciones Unidas, Edificio 10 de agosto, Oficina 31 en el Tercer Piso, de esta ciudad de Quito el día lunes 14 de octubre del 2.019, a las 9h00, para conocer y resolver el siguiente orden del día: 1. Conocimiento y resolución sobre la situación actual de la compañía y su reactivación.; 2. Aumento de Capital y Prorroga de Plazo; 3. Reforma de los estatutos sociales referentes al nuevo plazo social, nuevo capital de la Compañía, y nuevo plazo administrativo de duración del Presidente y Gerente General; y 4. Nombramientos de Gerente General y Presidente, luego de que sea declarada e inscrita la reactivación por parte de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; Quito DM, octubre 03 del 2.019 Dra. Patricia Granda Porras. LIQUIDADORA.
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DR. FRANCISCO VASQUEZ GARCIA SECRETARIO PAB/23742
AP/74108/BP
se dispone: 1).- CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA: La demanda de NULIDAD DE INSCRIPCION DE MATRIMONIO presentada por JOSE MIGUEL ALBAN ECOBAR reúne los requisitos de Ley y amparado a lo establecido en el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos, se la admite a PROCEDIMIENTO ORDINARIO.2).- CITACION: 2.1.Practicáda la declaración bajo juramento del actor; se dispone la citación con el contenido de la demanda y este auto, a la parte demandada señora ARLENIS ANE OLIVARES con pasaporte 8583994, por medio de publicaciones de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual entréguese por medio de secretaria el extracto correspondiente. 2.2. Cítese a la Ingeniera GOLDI ARACELI MONTENEGRO CASTRO en su calidad de DIRECTORA PROVINCIAL DEL REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACION en el domicilio señalado, de acuerdo con lo dispuesto en el COGEP artículos 54 o 55, debiendo el citador estar a lo dispuesto en el artículo 63 Ibídem, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, para efectos de la citación la parte accionante de forma inmediata provea de las copias suficientes para la misma, hecho lo cual remítase el despacho legal suficiente por medio de Secretaría a la Oficina de Citaciones; 2.3. Cuéntese con el Procurador General del Estado. 3) CONTESTACIÓN A LA DEMANDA: advirtiéndole a la parte demandada de su obligación de comparecer a juicio y contestar a la demanda en el término de TREINTA DÍAS de haber sido citado conforme lo establece el artículo 291 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, y cumpliendo lo dispuesto en los artículos 151 y 152 ibídem; caso contrario el proceso se sustanciará en rebeldía.- 4) AUDIENCIA.-La audiencia preliminar se convocará una vez que se haya cumplido lo dispuesto en el Art. 292 del Código Orgánico General de Procesos, diligencia a la que comparecerán las partes en forma personal o a través de Procurador Judicial con cláusula especial para transigir.- 5) PRUEBA: El anuncio de los medios de prueba propuestos por el accionante en su demanda, deberán ser tomados en cuenta por la parte demandada a fin de que contradiga los mismos; de conformidad al artículo 294 numeral 7 ibídem, en la Audiencia Preliminar, se anunciará la totalidad de los medios de prueba de forma oral, a fin de respetar el principio de contradicción, hecho lo cual será ADMITIDA de ser pertinentes, útiles y conducentes de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 160 del Código Orgánico General de Procesos, o se excluirá, rechazará o inadmitirá de ser el caso.- 5.1.- La testigo anunciada en su demanda por la parte actora; DIANA MARIBEL AVILA ZUÑIGA, se los notificará para su comparecencia a audiencia a través de la casilla judicial señalada por la parte actora.- 6) NOTIFICACIONES.- Tómese en cuenta la casilla judicial y el correo electrónico señalados por la accionante para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogada defensora.- Cítese y Notifíquese.-F) AB. LUCILA SORIA PÉREZ, JUEZ TITULAR Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir futuras notificaciones.CERTIFICO.DR. JULIA CAIZALUISA ORTIZ SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL Hay firma y sello PAC/112471/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: COMPAÑÍA G O L D E N PAC K E M PAQ U ES PARA EL DESARROLLO, REPRESENTADA LEGALMENTE POR LA SEÑORA REBECA DEL CONSUELO VILLAMAR PUENTE ACTOR: CUESTA CACERES HUGO MARCELO Y TORRES YAGUACHE MIRELLITA DEL CARMEN. DEMANDADOS: GOLDENPACK EMPAQUES PARA EL DESARROLLO S.A., REPRESENTADO POR REBECA DEL CONSUELO VILLAMAR PUENTE Y REBECA DEL CONSUELO VILLAMAR PUENTE, REPRESENTANTE DE CIA. GOLDENPACK EMPAQUES PARA EL DESARROLLO S.A. TRAMITE/ASUNTO: CIVILORDINARIO-CUMPLIMIENTO DE CONTRATO JUICIO No. 17230-2018-04683 CUATIA: USD. 42.000
Juicio No. 17230-2018-04683 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA VISTOS: Quito, jueves 19 de abril del 2018, las 16h20, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede. En lo principal, por cuanto el actor ha dado cumplimiento con lo dispuesto en el auto inmediato anterior, se considera: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por los señores Hugo Marcelo Cuesta Cáceres, y Mirellita del Carmen Torres Yaguache, es clara, precisa y cumple con los requisitos de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento Ordinario de conformidad con lo que determina el Art. 289 Ibídem.SEGUNDO: CITACIÓN.- CÍTESE con el contenido de la demanda, y el presente auto de sustanciación a la demandada COMPAÑÍA GOLDENPACK EMPAQUES PARA EL DESARROLLO S.A., debidamente representada por la Gerente General, señora REBECA DEL CONSUELO VILLAMAR PUENTE, en el lugar que se indica en la demanda, conforme al artículo 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina correspondiente. TERCERO.CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de TREINTA (30) días una vez citada, a fin de que conteste la demanda en la forma establecida por los artículos 151 y 153 del código antes mencionado, quien además deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, conforme lo dispone el artículo 152 ibídem. CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por los actores en su demanda. En cuanto a la prueba se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y numeral 7 del artículo 294 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia.QUINTO.- NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por el accionante para sus notificaciones y la autorización que confiere a su defensor técnico.- Actúe la Dra. María Isabel Solano, en calidad de secretaria.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) Dra. Carmen Romero Ramírez, Jueza.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 23 de septiembre del 2019, las 10h11, Agréguese al proceso el escrito presentado.- En mérito del juramento rendido y a lo solicitado por la parte actora, se ordena la citación de la parte demandada compañía Goldenpack Empaques para el Desarrollo, representada legalmente por la señora Rebeca Del Consuelo Villamar Puente, con el contenido de la demanda, auto inicial y el presente, por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en el cantón Quito, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.f) Dra. Carmen Romero Ramírez, Jueza.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, (Ecuador), para posteriores notificaciones.Dra. María Isabel Solano Camacho SECRETARIA Hay firma y sello PAC/112473/AT
SOCIEDAD CIVIL EXTRACTO De la escritura de CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD CIVIL 3DENTAL TECH INLAB SOLUTIONS, autorizada por el ABOGADO CAMILO SALINAS ZAMORA, Notario Público Titular Décimo Noveno del cantón Quito, el 18 de septiembre de 2019 Nombre: “3DENTAL TECH INLAB SOLUTIONS “. Nacionalidad: Ecuatoriana. Razón Social: a) Realizar actividades de laboratorio dental La compañía tendrá por objeto principal la prestación de servicios de laboratorio dental o de salud oral, representación y distribución de materiales sustancias y equipos utilizados en la salud oral....; equipos e instrumentos de uso médico dental odontológico, de soporte quirúrgico y paramédico oral, como también
Revista judicial JUEVES 3 de octubRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR toda clase de instrumentos de medicina oral, laboratorio, cirugía y sanidad, incluyendo prótesis. Podrá diseñar, fabricar y distribuir prótesis dentales por pedido y con instrucciones de los profesionales odontológicos. Se entiende que podrá brindar todos los servicios relacionados a la actividad de laboratorio con sus demás afines, conexos y complementarios. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá celebrar todo acto o contrato permitido por la ley, relacionados con su objeto social, pudiendo inclusive asociarse con empresas nacionales o extranjeras, pudiendo ser representante, distribuidor o comisionista de empresas sean estas nacionales o extranjeras, además podrá intervenir como socia en toda clase de compañías o sociedades, aportar capital a las mismas, adquirir, tener y poseer acciones, obligaciones o participaciones para sí; podrá actuar como representante de marcas y/o empresas nacionales y extranjeras, así como, formar consorcios, agrupaciones, celebrar contratos de asociación y cuentas de participación con personas naturales o jurídicas, aceptar comisiones o representaciones, pudiendo también adquirir todo tipo de bienes muebles o inmuebles, así como también podrá adquirir, importar, exportar o comercializar todo tipo de materiales, equipos, complementos médicos, materia prima, sustancias y máquinas que se requieran para el normal desempeño del servicio y las demás actividades afines, conexas y complementarias. Domicilio: Quito; Nombre de los Socios para obrar: VICENTE ALFONSO TOSCANO GUTIÉRREZ, Gerente y MIGUEL IGNACIO TOSCANO GALLEGOS, Presidente. - Del Capital Social.- El capital de la Sociedad Civil “3DENTAL TECH INLAB SOLUTIONS”, suscrito y pagado es de USD $3.000.00. Duración: Cincuenta Años. Única publicación que se realiza; para el caso de oposición a la presente escritura, que se la dará a conocer ante el suscrito Notario, sitio en la ciudad de Quito, Edificio Conjunto Ave María 1001 en la avenida Colón E6-12 y calle Rábida, piso 1, oficina 1B, código postal 170524, en el plazo de 20 días contados a partir de la presente publicación; trámite previo a la inscripción en el Registro Mercantil del cantón Quito. Solicito, se publique el presente extracto por una sola vez. Solicitud que la realizo en concordancia con el artículo 38 le la Ley de Compañías.Ab. Camilo Salina Zamora Notario Décimo Noveno del Cantón Quito Hay firma y sello PAR/111620/EG EXTRACTO REPÚBLICA DEL ECUADOR NOTARÍA DECIMA DEL CANTÓN QUITO D.M. MAGÍSTER E. SANTIAGO ALVAREZ ALTAMIRANO A FIN DE PONER EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE EN ESTA NOTARÍA SE HA ELEVADO A ESCRITURA PÚBLICA CON NÚMERO 20191701010P04347, LA CUAL CONTIENE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION VOLUNTARIA DE LA COMPAÑÍA UNIPERSONAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA JORGE SALTOS AGENTE DE DESARROLLO E.U.R.L., DONDE SE ME HA SOLICITADO LA APROBACION CORRESPONDIENTE, CONFORME EL EXTRACTO SIGUIENTE: EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION: SEÑOR NOTARIO: En el Registro de Escrituras Públicas a su cargo, sírvase incorporar una que contenga la Disolución y Liquidación Voluntaria de la Compañía Unipersonal de Responsabilidad Limitada JORGE SALTOS AGENTE DE DESARROLLO E.U.R.L. PRIMERA.COMPARECIENTE: Comparece a la celebración de esta escritura el señor Jorge Alberto Saltos Cornejo, con cédula de ciudadanía 1711572626, mayor de edad, de nacionalidad ecuatoriana, empleado privado, domiciliado en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, en su calidad de Gerente-Propietario de la Compañía Unipersonal de Responsabilidad Limitada
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JORGE SALTOS AGENTE DE DESARROLLO E.U.R.L., y de conformidad al Acta de Resolución del Gerente Propietario de la referida sociedad. El compareciente se encuentra domiciliado en el Distrito Metropolitano de Quito, en la calle Jorge Drom E cuatro guion veintitrés (E4-23) y Pereira, teléfono cero nueve nueve ocho cinco tres cuatro tres siete tres (0998534373), dirección electrónica: saltosjorge@ gmail.com, siendo plenamente capaz para contratar y obligarse. SEGUNDA. - ANTECEDENTES: a) la Compañía Unipersonal de Responsabilidad Limitada JORGE SALTOS AGENTE DE DESARROLLO E.U.R.L. se constituyó mediante escritura pública celebrada el veinte de abril del año dos mil doce, ante el Doctor Diego Javier Almeida Montero, Notario Suplente, Encargado de la Notaría Décima del Cantón Quito, escritura que se encuentra debidamente aprobada mediante sentencia del Juez Décimo Séptimo de lo Civil y Mercantil de Pichincha, el cuatro de junio del año dos mil doce, debidamente inscrito en el Registro Mercantil del Cantón Rumiñahui, el diez y ocho de junio del año dos mil doce, con un capital suscrito y pagado de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. b) Como consta del acta de la Resolución del Gerente Propietario de la Compañía Unipersonal de Responsabilidad Limitada JORGE SALTOS AGENTE DE DESARROLLO E.U.R.L. de fecha veintidós de julio de dos mil diecinueve se resuelve disolver voluntariamente dicha empresa y proceder a su liquidación al amparo de lo dispuesto en el artículo décimo de la escritura de constitución de la compañía y de la disposición contenida en el artículo cincuenta y cuatro de la sección décima de la Disolución y la Liquidación de la Ley de Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada. c) El Gerente Propietario de la Compañía Unipersonal de Responsabilidad Limitada JORGE SALTOS AGENTE DE DESARROLLO E.U.R.L. declara bajo juramento que su representada no posee bienes muebles e inmuebles, ni tiene obligaciones pendientes con terceras personas, naturales o jurídicas, públicas o privadas, por lo tanto no hay nada que liquidar; razón por la que solicita a Notario Público apruebe la disolución y liquidación voluntaria de la Compañía Unipersonal de Responsabilidad Limitada JORGE SALTOS AGENTE DE DESARROLLO E.U.R.L. en virtud de las atribuciones que al Notario le confiere la Ley Notarial, siguiendo el proceso contenido en la Ley de Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada, en especial a lo dispuesto en el penúltimo inciso del artículo sesenta donde se determina que la disolución y liquidación voluntaria de las empresas unipersonales de responsabilidad limitada, se ajustarán en cuanto fueren aplicables, a las reglas contenidas en la Ley de Compañías para la disolución y liquidación de sociedades, como normas supletoria y consecuentemente a los reglamentos que para el efecto dicte la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. d) El Gerente-Propietario de la Compañía Unipersonal de Responsabilidad Limitada JORGE SALTOS AGENTE DE DESSARROLLO E.U.R.L., declara que será su obligación, que en caso de que surgieren obligaciones que se hubieren omitido reconocer dentro del proceso de DISOLUCIÓN y LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA de la Compañía Unipersonal de Responsabilidad Limitada JORGE SALTOS AGENTE DE DESARROLLO E.U.R.L., será responsable y responderá solidaria e ilimitadamente con su patrimonio, tanto por sus propios derechos como en su calidad de representante legal de dicha empresa. TERCERA: DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA: Con los antecedentes expuestos, conforme consta del Acta de la Resolución del Gerente Propietario de la Compañía Unipersonal de Responsabilidad Limitada JORGE SALTOS AGENTE DE DESARROLLO E.U.R.L. de fecha veintidós de julio de dos mil diecinueve, el Gerente-Propietario de dicha empresa expresa su voluntad de disolver y liquidar voluntariamente la mencionada
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Revista judicial c6
JUEVES 3 de octubRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR
empresa, al amparo de las normas citadas en la presente escritura. CUARTA: ACEPTACIÓN Y APROBACIÓN: El compareciente en la calidad invocada, expresa su aceptación del contenido de la presente escritura, la cual es presentada a Notario Público, quien luego de verificado el cumplimiento de todos los requisitos legales, siguiendo lo dispuesto por el artículo treinta y uno de la Ley de Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada, ordenará la publicación por una sola vez, de un extracto de la presente escritura en uno de los periódicos de mayor circulación del país, que se editan en la ciudad de Quito, por cuanto en el cantón Rumiñahui, donde es el domicilio principal de la empresa, no existe periódico de circulación regular. Vencido el plazo determinado en el artículo treinta y tres de la ley ibidem, el Notario procederá con la aprobación que corresponda, ordenando la inscripción de la presente escritura en el Registro Mercantil del Cantón Rumiñahui y la marginación de dicha resolución, en la matriz de la escritura de constitución de dicha empresa en la notaría décima del cantón Quito. QUINTA: El Representante Legal ratifica que la compañía no tiene obligaciones pendientes con terceras personas, naturales o jurídicas, públicas o privadas. SEXTA: DOCUMENTOS HABILITANTES: Para los efectos de la DISOLUCIÓN y LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA de la Compañía Unipersonal de Responsabilidad Limitada JORGE SALTOS AGENTE DE DESARROLLO E.U.R.L., se adjunta como documentos habilitantes a la presente escritura pública lo siguiente: 1.- Acta de la Resolución del Gerente Propietario, de fecha veintidós de julio de dos mil diecinueve. 2.-El balance final de operaciones con el pasivo completamente saneado, y el cuadro de distribución del haber social, debidamente suscritos. 3.- Una copia certificada de la escritura pública de Constitución de la Compañía Unipersonal de Responsabilidad Limitada JORGE SALTOS AGENTE DE DESARROLLO E.U.R.L., con la resolución aprobatoria del Juez Décimo Séptimo de lo Civil y Mercantil de Pichincha y la razón de inscripción en el registro mercantil de Rumiñahui. Usted Señor Notario se servirá incluir las cláusulas de estilo que sean necesarias para la plena validez legal del presente instrumento público NOTARÍA DECIMA DEL CANTON QUITO A CARGO DEL MAGÍSTER E. SANTIAGO ALVAREZ ALTAMIRANO.- QUITO, MARTES 03 DE SEPTIEMBRE DE 2019, ATENDIENDO LA PETICIÓN ARRIBA DESCRITA Y LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION VOLUNTARIA DE LA COMPAÑÍA UNIPERSONAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA JORGE SALTOS AGENTE DE DESARROLLO E.U.R.L. ELEVADA A ESCRITURA PÚBLICA QUE CONSTA EN MI PROTOCOLO; DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL REGISTRO OFICIAL NO. 506, SUPLEMENTO DE 22 DE MAYO DEL 2015, LA LEY Y LAS ATRIBUCIONES A MÍ CONFERIDAS, PUBLÍQUESE POR UNA SOLA VEZ UN EXTRACTO DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION VOLUNTARIA DE LA COMPAÑÍA UNIPERSONAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA JORGE SALTOS O. SERVICIOS PROFESIONALES E.U.R.L. EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACIÓN DEL PAÍS Y QUE SE EDITAN EN LA CIUDAD DE QUITO, POR CUANTO EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI NO EXISTE PERIÓDICO DE CIRCULACIÓN REGULAR, POR EL TÉRMINO DE VEINTE (20) DÍAS A CONTARSE DESDE LA FECHA DE LA PUBLICACIÓN DE ESTE EXTRACTO, A FIN DE QUE LAS PERSONAS QUE EVENTUALMENTE TUVIEREN INTERÉS EN ESTA LIQUIDACIÓN PUEDAN PRESENTAR SU OPOSICIÓN FUNDAMENTADA, DENTRO DEL REFERIDO TÉRMINO. PARTICULAR QUE PONGO EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES LEGALES CORRESPONDIENTES. QUITO, 03 DE SEPTIEMBRE DEL 2019 MAGÍSTER E. SANTIAGO ALVAREZ ALTAMIRANO NOTARIO DÉCIMO DEL CANTON QUITO
Hay sello y firma MP/74109/BP
SOCIEDADES CONYUGALES NOTARIO(A) PEDRO OLMEDO CASTRO FALCONI NOTARIA SEXAGÉSIMA QUINTA DEL CANTÓN QUITO EXTRACTO Cúmpleme poner en conocimiento del público que, mediante escritura pública otorgada ante mí, Doctor Pedro Castro Falconí, Notario Público Sexagésimo Quinto del Cantón Quito, el 27 de Septiembre del 2019, el señor LUIS FERNANDO MORALES FLORES y la señora MARÍA CLEMENCIA CALDERÓN PONCE, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal que tenían formada, que fuere disuelta mediante Acta Notarial de Disolución del Vínculo Matrimonial, otorgada por el Notario Vigésimo Segundo del cantón Quito, el 10 de Marzo del 2017, la cual se encuentra legalmente marginada en el Registro Civil, el 28 de Abril del 2017. La adjudicación del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que, en aplicación a lo dispuesto en el Artículo 18, numeral 23 de la Ley Notarial, que faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantil, la escritura pública de Liquidación de Sociedad Conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, por una sola vez, el presente extracto de liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores LUIS FERNANDO MORALES FLORES y MARÍA CLEMENCIA CALDERÓN PONCE, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, a 27 de Septiembre del 2019. Dr. Pedro Castro Falconí NOTARIO SEXAGÉSIMO QUINTO DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAC/112487/TF NOTARÍA DECIMA PRIMERA DEL CANTÓN QUITO AVISO DE LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL Cúmpleme poner en conocimiento del público en general que mediante escritura pública otorgada ente mí, el dieciséis de septiembre del dos mil diecinueve, los señores Martha Fabiola Aguirre Proaño y Jorge Nicanor Muñoz López, convinieron la liquidación de la sociedad conyugal que tenían formada. El patrimonio que se liquida comprende los siguientes bienes: UNO (1).- DEPARTAMENTO NUMERO UNO ubicado en el subsuelo con su respectiva lavandería, parqueadero y jardín; DOS (2).- DEPARTAMENTO NUMERO DOS ubicado en la primera planta con su respectiva lavandería, parqueadero y jardín; TRES (3).DEPARTAMENTO NUMERO TRES, ubicado en la segunda planta, con tres bodegas, terraza, cubre gradas, dos parqueaderos y tres jardines, ubicado en la parroquia Chaupicruz, cantón Quito, provincia de Pichincha.- Lo que comunico al público en general a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes. Quito, octubre 2 del 2019. DRA. ANA JULIA SOLÍS CHÁVEZ NOTARIA DECIMA PRIMERA DE QUITO Hay firma y sello P AR/111624/tf
VARIOS UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL
JUDICIAL QUITO
DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Se le hace conocer que, en la UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, a cargo de la AB. PAOLA CHAVEZ RODRIGUEZ, Juez titular, dentro del juicio de Acogimiento Institucional (Medida de Protección) signado con el No.- 17204-2017-00080G, se ha dictado lo siguiente: EXTRACTO JUDICIAL CAUSA: ACO G I M I E N TO INSTITUCIONAL (MEDIDA DE PROTECCIÓN) No. DE JUICIO: 17204-201700080G ACTOR: MIGUEL ANGEL MOREIRA MONTENEGRO En calidad de Director Ejecutivo y representante legal de la Fundación “HENRY DAVIS” DEMANDADO: MARCO ANTONIO HERRERA RONDAL TRÁMITE: SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADA Hago saber: En el Juicio de Acogimiento Institucional (Medida de Protección) causa signada con el No.- 17204-2017-00080G que sigue: MIGUEL ANGEL MOREIRA MONTENEGRO en calidad de Director Ejecutivo y representante legal de la fundación “HENRY DAVIS” en contra de MARCO ANTONIO HERRERA RONDAL, hay lo siguiente: AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 30 de enero del 2017, las 09h54.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Cuarta de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, en virtud del sorteo de ley, y de conformidad con los artículos 175 de la Constitución de la República, 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y la resolución número 199-2013 de fecha 10 de diciembre de 2013 del pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el R.O.S. 195 del 5 de marzo de 2014.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que de conformidad con el artículo 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se la admite al procedimiento SUMARIO establecido en el artículo 333 del referido Código.- Con fundamento en lo previsto en los artículos 79 numeral 2 y 232 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, en forma provisional se ordena el acogimiento institucional de los niños JULIÁN ABEL RAMÍREZ UGSHA, ANA PAULA HERRERA RAMÍREZ Y ANALYA SAMANTHA RAMÍREZ UGSHA en la Fundación “HENRY DAVIS” de esta ciudad de Quito. La entidad acogimiento deberá remitir a esta Unidad Judicial un informe mensual sobre la situación de los niños y cumplir con todas las obligaciones previstas en los artículos 232 y siguientes del referido Código.- Remítase el proceso a la Oficina Técnica de esta Unidad Judicial Especializada a fin que practique un estudio respecto de la situación social, psicológica, familiar y legal de los niños JULIÁN ABEL RAMÍREZ UGSHA, ANA PAULA HERRERA RAMÍREZ Y ANALYA SAMANTHA RAMÍREZ UGSHA. Los peritos de la Oficina Técnica deberán comparecer a la audiencia única para sustentar su informe en cumplimiento a lo previsto en el artículo 222 del Código Orgánico General de Procesos.- De conformidad a lo dispuesto en los artículos 268 y siguientes del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia se ordena que la Dirección de la Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes de Pichincha DINAPÉN y la Fiscalía General del Estado realicen las investigaciones correspondientes tendientes a esclarecer la situación del entorno social, familiar y legal de los niños ÓSCAR GUILLERMO ANDRANGO VELASCO Y ÁLISSON MICHELLE LÓPEZ ANDRANGO, para el efecto, remítanse los oficios respectivos a los que se adjuntará copias certificadas del expediente.- Cítese a la demandada DIANHA ELIZABETH RAMÍREZ UGSHA en la dirección que se indica en la demanda, de conformidad con el artículo 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, remítase el suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Se le previene a la demandad su obligación de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial y contestar a la demanda en el término de DIEZ días luego de haber sido citada conforme a
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lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos; contestación que debe cumplir lo determinado en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal.- La audiencia única establecida en el Art. 333 numeral 4 inciso segundo del referido Código, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir.- Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por el accionante así como la autorización conferida a su abogado defensor.Proveyendo el anuncio de pruebas formulado por el accionante se dispone: 1) Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda; 2) Tómese en cuenta en la Audiencia Única los medios probatorios presentados por la parte actora así como la documentación que adjunta; 3) Recéptese la declaración de los testigos nominados, a quienes se les notificará en el lugar señalado por el accionante.- Actúe la doctora Cecilia Guamán Quinzo, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Especializada.NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- f) DR. ROGER CUSME MACIAS, JUEZ. OTRA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 20 de mayo del 2019, las 13h47, Agréguese al proceso el escrito que antecede, en lo principal: 1) Previo a proveer lo que en derecho corresponda, la parte accionante en el término tres días comparezca a esta Unidad Judicial, en días y horas hábilis, a fin de dar cumplimiento al juramento previsto en el artículo 56 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos que señala: “La declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o del demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso, la hará la o el solicitante bajo juramento que se presentará ante la o el juzgador del proceso...”.- NOTIFÍQUESE.- f) AB. PAOLA CHAVEZ RODRIGUEZ, JUEZ. Lo Certifico. Lo que comunico a usted para los fines de Ley.DRA. CECILIA GUAMAN QUINZO SECRETARIA DE LA UNIDAD Hay firma y sello PAR/111548/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ GARCIA.DEMANDADOS: OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ GARCIA.JUICIO No. 17230-2019-03331.TRAMITE: CONCURSAL.CUANTÍA: INDETERMINADA.AB. DEFENSOR: DR. ANTONIO RODRIGUEZ VICENS PROCURADOR JUDICIAL DE BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO.OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE DECLARAR EL ESTADO DE INSOLVENCIA DEL DEMANDADO. UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 14 de marzo del 2019, las 15h59, VISTOS: Atento al estado de la presente causa y toda vez que se ha dado cumplimiento al auto de sustanciación anterior: En lo principal se considera: Se califica la demanda formulada por el DR. ANTONIO RAMON RODRIGUEZ VINCENS, en calidad de Procurador Judicial de BANCO DE LA PRODUCCION PRODUBANCO S.A. de clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 414, 416, 422 y 424 ibídem, se la admite a trámite mediante procedimiento de CONCURSO NECESARIO. 2) De
las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponden al juicio No. 17230-2015-2273, y conforme se advierte en la razón sentada por el señor Secretario de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, quien certifica que OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ GARCIA, no ha dado cumplimiento al mandamiento de ejecución dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibídem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA del demandado OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ GARCIA, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: 2.1. En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese al demandado OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ GARCIA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo, a fin de que en el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS presente su oposición al presente concurso necesario, pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos; para tal propósito, remítase suficiente despacho a la Oficina encargada de realizar dicha diligencia; 2.2. Verificada que sea la citación a la parte demandada, se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 2.3. Se le requiere a la deudora, conforme lo determinado en el número 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 2.4. De igual forma cumplida que sea la diligencia de citación de la fallida, se procederá con la designación del Síndico de Quiebra, mediante sorteo realizado en legal y debida forma a través del Sistema eSatje; 2.5. La anotación de insolvencia en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 2.6. Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que formen parte el demandado OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ GARCIA con C.C. No. 1708465032; 2.7. Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, en el Registro de la Propiedad de este cantón; 2.8. Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 2.9. Se prohíbe que el demandado OSWALDO RAMIRO RODRIGUEZ GARCIA con C.C. No. 170846503-2 se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio. 3) Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. 4) Téngase en cuenta la comparecencia de la parte actora, casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello Par/111607/eg UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL PARA: ROSA ELENA ORTIZ VARGAS ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A DEMANDADOS: ORTIZ VARGAS ROSA ELENA CAUSA No.: 17310-2008-0839 TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTÍA: $ 5.500 DÓLARES PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 28 de agosto del 2008, las 11h35.VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular de esta judicatura, y previo sorteo de ley.- La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite verbal sumario solicitado.- En consecuencia con la demanda y esta auto de calificación, cítese en legal y debida forma a la parte demandada Rosa Elena Ortiz Vargas, en el lugar que se señala para dicho efecto, por tanto depréquese a uno de los jueces de lo Civil de la ciudad de Cuenca.- Tómese en cuenta la calidad en la que comparece el Dr. Patricio Ron Torres de conformidad con la Procuración Judicial anexada. Téngase en cuenta el casillero judicial, señalado para posteriores notificaciones así como la autorización conferida a su abogado defensor.- Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.- Cítese y Notifíquese.- f).- Dr. José Martínez Naranjo – Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 10 de junio del 2019, las 10h39, Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal: De acuerdo a lo establecido en el Art. 56 de Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada Rosa Elena Ortiz Vargas, a través de 3 publicaciones por la prensa. Por medio de secretaria emítase el correspondiente extracto y remítase al casillero judicial de la parte actor.NOTIFÍQUESE.- f).- Salazar Vasco Gustavo Javier-Juez Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero
judicial en esta ciudad de Quito para posteriores notificaciones. AB. GABRIELA HIDALGO SECRETARIA Hay firma y sello PAB/23727/EG UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: BERMUDEZ TAPASCO JOSE ESTALIN ACTOR: DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADO: BERMUDEZ TAPASCO JOSE ESTALIN JUICIO INSOLVENCIA NO. 173082014-0865 JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 15 de octubre del 2014, las 15h25. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta judicatura mediante Acción de Personal No. 3962-DNTH-2014 de 12 de Junio del 2014. Agréguese al proceso el escrito que antecede. La demanda de insolvencia presentada, es clara, precisa y reúne los demás requisitos legales, en consecuencia se la admite a trámite especial.En mérito de la documentación adjunta y certificada, con fundamento en el Art. 519 numeral primero del Código de Procedimiento Civil se presume la insolvencia del señor JOSE ESTALIN BERMUDEZ TAPASCO, portador de la cédula de ciudadanía No. 1706348453 al no haber dado cumplimiento al auto de pago emitido por el Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil de Pichincha, dentro del juicio Verbal Sumario No. 178-2011, por la cantidad de VEINTE Y TRES MIL NOVECINETOS CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA CON 47/100, en consecuencia, se declara haber lugar al concurso de acreedores y se dispone la práctica de las siguientes diligencias: Se prohíbe que el demandado, se ausente del lugar del juicio para lo cual ofíciese a la Dirección Nacional de Migración. Que se acumulen sus bienes, correspondencia y más documentos del fallido y se entreguen al síndico del concurso. Hágase saber al público de este particular por medio de una publicación en la prensa, que contenga un extracto de la demanda y presente providencia. Que se acumulen todos los juicios seguidos en contra del Demandado, por obli-
gaciones de dar o hacer, pudiendo sus acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado; Se ordena que presente el balance de sus bienes con indicación del activo y del pasivo en el término de ocho días; Remítase fotocopias certificadas de todo lo actuado a uno de los señores Fiscales Penales de Pichincha para la calificación de la insolvencia.- Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes remítase sendos oficios a los señores: Presidente del Consejo Nacional Electoral, Superintendente de Bancos y Seguros, Contralor General del Estado, Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, Registrador de la Propiedad de Guayaquil Registrador Mercantil del Cantón Quito y Guayaquil, Agencia Nacional de Tránsito, Jefe del Registro Civil, Ministerio de Relaciones laborales.- Al tenor del Art. 521 del Código Adjetivo Civil, el demandado se puede oponer al presente juicio pagando el valor adeudado o dimitiendo bienes saneados y suficientes en el término de tres días.- CITESE al demandado en el lugar que se indica.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado. Agréguese al proceso la documentación adjunta.- Notifíquese.-f) GRIMANESA MARISOL ERAZO NAVARRETE, JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 6 de febrero del 2019, las 16h18, Por cumplido lo ordenado en providencia de fecha 17 de Enero del 2019, y en virtud del juramento rendido por el actor cítese a la demandada señora BERMUDEZ TAPASCO JOSE ESTALIN de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- NOTIFIQUESE.- f) DR. CARLOS NARANJO BORJA, JUEZ Lo comunico al público en general para q en caso de oposición señalen casilla judicial dentro del término correspondiente. AB. FERNANDA OVIEDO ORTEGA SECRETARIA Hay firma y sello PAB/23726/EG
R- DEL- E UNIDAD JUDICIAL
SEGUNDA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE CARGA LIVIANA COTMUDANZAS S.A. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 236 de la Ley de Compañías, en concordancia con el artículo Décimo sexto de los Estatutos Sociales de la Compañía y con lo establecido en el artículo primero del Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas, emitido por la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros, se convoca a los señores Accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE CARGA LIVIANA COTMUDANZAS S.A.., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas a celebrarse en la dirección domiciliaria de la Compañía el día viernes 11 de Octubre del 2019, a las 15h00 en las Instalaciones de la Asociación de Taxistas Ejecutivos de Pichincha, ubicadas en la calle 10 de Agosto N42-103 y José Falcóni Edificio MOMPIS 3re piso Sector La Y, a la Parroquia Chaupicruz, Cantón Quito, Provincia de Pichincha. La Junta conocerá y resolverá sobre los siguientes puntos que constan en el Orden del día: ORDEN DEL DÍA 1. 2. 3.
4.
5. 6.
Constatación del Quórum he Instalación de la Asamblea por parte del Sr. Presidente. Lectura y aprobación del Orden del Día. Ratificación, convalidación, aclaración y subsanación de las resoluciones tomadas en Juntas Generales de accionistas realizadas en los Años del 2016, 2017, 2018, en la cual los accionistas aprobaron los balances generales de los Años antes mencionados los mismos que están Ingresados a la Superintendencia de Compañías. Ratificar todas las decisiones tomadas por sus administradores durante los Años 2016 2017 2018, como también los Gastos generados por los administradores para el funcionamiento y buena marcha de la Compañía. Nombrar como su asesor jurídico al Abg. Antonio Calderón Merizalde profesional del Derecho. Cesar en sus funciones al Señor Contador Licenciado Luis Miguel Narváez Carrera, y nombrar otro en su remplazo.
Se convoca de manera individual y personal al Comisario de la Compañía Sr. Constante Ayala Gonzalo Julio, en su domicilio ubicado en la Calle Jose Raigada y 3ra transversal Sector Cochapamba Sur para que asista a la Junta general convocada. Atentamente, Cahuasqui Yepez Jose Benjamin PRESIDENTE COTMUDANZAS S.A. AP/74107/BP
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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MEJIA, PROVINCIA DE PICHINCHA PUBLICACIÓN. Se le hace conocer que en la Unidad Judicial Multicompetente Civil con Sede en el Cantón Mejía, Provincia de Pichincha, a cargo del Dr. Msc. José Luis Ayora Mata, se está tramitando la siguiente demanda: EXTRACTO CAUSA: INTERDICCIÓN NO. DE JUICIO: 17204-2018-01509 ACTOR: LLUMIQUINGA AGUILAR ROSA ERMINIA. DEMANDADO: AGUILAR AGUILAR MARIA LUISA. TRAMITE: SUMARIO. CUANTÍA: INDETERMINADA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON MEJIA, PROVINCIA DE PICHINCHA.Mejía, lunes 15 de julio del 2019, las 15h09. VISTOS: I PARTE EXPOSITIVA: 1.1. IDENTIFICACION DE LAS PARTES: a) Identificación del demandante: ROSA ERMINIA LLUMIQUINGA AGUILAR. b) Identificación de la demandada: MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR. 1.2 ENUNCIACION DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA DEMANDA: Comparece ante la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, la señora ROSA ERMINIA LLUMIQUINGA AGUILAR, quien luego de consignar sus generales de ley, en lo principal sostiene: Que su madre la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, portadora de la cédula de ciudadanía No. 1700365859, de estado civil viuda, de 98 años de edad, de profesión Quehaceres Domésticos, quien vive bajo su responsabilidad, sufre una discapacidad psicosocial del 77% de acuerdo al certificado otorgado por el Ministerio de Salud Pública, la que es catalogada como una discapacidad grave, discapacidad que lamentablemente con el paso del tiempo degenera las facultades mentales de su progenitora. Que a fin de asegurar su patrimonio económico interpone la presente acción de interdicción, solicitando se la nombre en calidad de CURADORA. Con estos antecedentes y fundada en lo que disponen los Arts. 367, 371, 398, 399, 400, 478, 479, 481, y 482 del Código Civil; 335 numeral 5 del Código Orgánico General de Procesos. Pide que la demandada sea citada en el lugar que se indica de esta ciudad Machachi, realiza su anuncio probatorio, fija la cuantía, designa Defensor Técnico y señala domicilio judicial. Mediante auto pronunciado el 26 de abril del 2018, por cumplir con los requisitos previstos en la ley, el Dr. Henry Tobías Navarrete Navarrete, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, ha procedido a calificar la demanda, disponiendo que la citación de la accionada y la realización de las experticias solicitadas. 1.3. ENUNCIACION DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA DEFENSA DE LA DEMANDADA. La demandada señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, se da por citada al tenor de lo previsto en el Art. 53 del Código Orgánico General de Procesos (a fs. 59), designando Defensora Técnica y señalando domicilio judicial. 1.4. ACTOS PROCESALES: Trabada así la Litis, se ha llevado a cabo la audiencia de parientes el 20 de marzo del 2019 (a fs. 74 y vta.), en donde los señores Lilia Piedad Llumiquinga Aguilar y Miguel Ángel Medina Pastrano, son unívocos y concordantes en manifestar que la demandante Rosa Erminia Llumiquinga Aguilar, es la persona adecuada para ser ostentar el cargo de CURADORA de su progenitora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR. En esta diligencia se ha receptado el testimonio del facultativo Dr. Jaime Augusto Aroca Chiguano, quien hace conocer que ha procedido a la valoración de la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, el 18 de mayo del presente año, determinándose que tiene una demencia progresiva e irreversible, que en el futuro va a ser totalmente dependiente de otras personas para todas sus actividades, advirtiendo que necesita una persona que la represente en todos sus actos. En esta diligencia el señor Juez ha procedido a examinar de manera personal a la demandada. Mediante auto pronunciado el 30 de abril de 2019, el Dr. Henri Tobías Navarrete Navarrete, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito, se inhibe del conocimiento de la causa y remite todo lo actuado a esta Unidad Judicial, en donde previo el sorteo avoco conocimiento de la misma este Juzgador. El 04 de julio del 2019, se lleva a cabo la audien-
cia prevista para este tipo de causas a la que comparecen el Dr. Luis Alfonso Castillo Velasco, en calidad de Procurador Judicial de la demandante ROSA ERMINIA LLUMIQUINGA AGUILAR, según la escritura pública otorgada en Notaría Primera de este cantón Mejía; la demandada señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, acompañada de su Defensor Técnico Abg. Jorge Roberto Velasco Castillo, diligencia en donde las partes procesales se afirman y ratifican en sus actos propositivos y solicitan que la accionada sea declarada en interdicción y su hija LILIA PIEDAD LLUMIQUINGA AGUILAR, sea nombrada y posesionada en su calidad de CURADORA. II PARTE CONSIDERATIVA. PRIMERO.COMPETENCIA: Este Juzgador es competente para conocer y resolver la presente causa en virtud de lo dispuesto en los Arts. 244 y 245 del Código Orgánico de la Función Judicial. SEGUNDO.SANEAMIENTO PROCESAL: Mediante auto interlocutorio emitido de manera oral en la audiencia única, luego de una revisión de las actuaciones procesales se establece la existencia de los presupuestos procesales y las condiciones de la acción que permiten establecer una relación jurídica procesal válida entre la demandante y la demandada, que no se han deducido excepciones previas que requieren pronunciamiento, y que no se han violentado las solemnidades sustanciales que ocasionen la nulidad previstas en el Art. 107 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se declaró la validez del proceso. TERCERO.CONSIDERACIONES JURIDICAS Y DOCTRINARIAS: El Art. 478 del Código Civil vigente, dispone: “El adulto que se halla en estado habitual de demencia, deberá ser privado de la administración de sus bienes, aunque tenga intervalos lúcidos. La curaduría del demente puede ser testamentaria, legítima o dativa.”. El Art. 482 del ibídem, dispone: “El juez se informará de la vida anterior y conducta habitual del supuesto demente, y oirá el dictamen de facultativos de su confianza, sobre la existencia y naturaleza de la demencia. Pero no podrá decretar la interdicción sin examinar personalmente al demandado, por medio de interrogatorios conducentes al objeto de descubrir el estado de su razón”. El Art. 484 del cuerpo legal invocado, ordena: “Se conferirá la curaduría del demente: 2. A sus descendientes. (…)El juez elegirá, en cada clase de las designadas en los numerales 2, 3 y 4, la persona o personas que más idóneas le parecieren. El Art. 367 al referirse a las tutelas y curadurías expresa: “Las tutelas y curadurías o curatelas son cargos impuestos a ciertas personas, a favor de aquellos que no pueden gobernarse por sí mismos, o administrar competentemente sus negocios, y que no se hallan bajo potestad de padre o madre, que puedan darles la protección debida”. El Código Civil Ecuatoriano se refiere a las personas que sufren privación del uso de la razón, con el término “demente”, institución que en nuestra legislación se asemeja a la legislación chilena. La doctrina chilena ha sostenido que “…la expresión que utiliza el Código: “demencia”, debe entenderse en un sentido amplio o lato que alude a todo tipo de enajenación mental. Luis Claro Solar señala de este modo: “Comprende la ley en la palabra demencia la enajenación mental bajo todas las formas en que pueda presentarse en todos sus grados, cualquiera que sea el nombre que se le dé”. Entiende por enajenación mental todo tipo de privación, debilitamiento de la capacidad de razonar o discernimiento: “Hizo, pues, bien el Código en no entrar en la enumeración de las diversas formas que puede presentar la enajenación mental, incluyéndolas todas en la palabra demencia que se aplica a todo trastorno de la razón que impide a una persona tener la libre voluntad de obligarse y la responsabilidad de sus actos haciéndoles absolutamente incapaz. …” (Claro, Solar, L. Explicaciones de Derecho Civil Chileno y comparado, reimpresión Editorial Jurídica de Chile, Bogotá, 1992, T. V, No. 2420, p. 100). El tratadista Somarriva señala que: “…la expresión demente la toma nuestro Código (chileno), en un sentido amplio, comprendiendo toda alteración mental que prive de la razón a un individuo.” (Somarriva Undugarra, M. Derecho de Familia, Nacimiento, Santiago 1963, No. 769, p. 702, Editorial Jurídica de Chile, 7ª. edición, actualiza y corregida por María Dora Martinic y Graciela Weinstein, Santiago 1993). De igual manera, el tratadista Ramos expresa: “…la doctrina estima unánimemente que demen-
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cia implica cualquier tipo de privación de la razón, sin importar cuál sea el nombre técnico de la enfermedad que la produce.” (Ramos Pazos, R., Derecho de Familia, Editorial Jurídica de Chile, 6ª. edición. Santiago, 2007, No. 867, p.612). La jurisprudencia ecuatoriana, sobre el tema afirma también esta interpretación amplia de la demencia, así, un fallo de la Corte Suprema de Justicia (hoy Corte Nacional), analiza lo siguiente: “Para efectos del control de legalidad, es necesario determinar el significado y alcance del vocablo “demente” o “demencia”. Cabanellas define a la demencia como la “Pérdida del juicio, de la capacidad de razonar. /Estado patológico que consiste en la decadencia de las funciones intelectuales y afectivas. /Situación en que se encuentra el que tiene perturbadas, las facultades mentales”. Para Arturo Alessandri Rodríguez: “Por demente debe, pues, entenderse todo individuo que adolezca de una enajenación mental que lo prive de su razón, cualquiera que sea la causa de la enfermedad o el nombre que la psiquiatría dé a ella. Son dementes no sólo el demente propiamente tal, sino el imbécil, el idiota, el loco furioso; y, en general, todo el que adolezca de una enfermedad mental que lo prive de su sano juicio y discernimiento, aunque la enfermedad sea pasajera o transitoria, congénita o adquirida con posterioridad; la ley no distingue. TODOS ELLOS CARECEN DE RAZON Y NO PUEDEN EXPRESAR SU VOLUNTAD VALIDAMENTE. El demente es incapaz de contratar hállese o no en interdicción esté o no recluido en un manicomio” (Arturo Alessandri Rodríguez, de los contratos, Editorial Temis, p. 49). Sobre este tema Arturo Alessandri comenta: “490.- Qué se entiende por “demente”.- La ley, al usar esta expresión, ha querido referirse a todas aquellas personas que están privadas de razón, cuyas facultades mentales están alteradas”. “Don José Clemente Fabrés opina que la palabra “demente” tiene dos significados, según nuestro Código Civil: estado habitual de demencia, y enajenación actual de la mente. En el primer sentido se toma para decretar la interdicción y en el segundo para calificar el valor de los actos y contratos del que no está bajo interdicción...” (Arturo Alessandri Besa, La nulidad y la rescisión en el Derecho Civil Chileno, Tomo 2, Santiago, Ediar Editores Ltda., p. 499). Sobre el concepto “demencia” la Ex Corte Suprema de Justicia se ha pronunciado en el siguiente sentido: “Sin pretender dar una definición patológica de demencia, por la complejidad del tema y la multiplicidad de situaciones que puede abarcar esta palabra, podemos decir que nuestro Código Civil usa la palabra “demente” para referirse a aquella persona adulta que adolece de un grave trastorno de la mente, en virtud del cual habitualmente no puede cuidar de sí misma en forma adecuada, y que además es incapaz de administrar sus bienes con diligencia ordinaria o mediana (Gaceta Judicial 15, Serie 16, de 29 de marzo del 1999).” (Nulidad de Contrato. Expediente 76, Registro Oficial 45, 13 de Octubre del 2009. No. 76-2008 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SEGUNDA SALA DE LO CIVIL Y MERCANTIL).- FALLO: Lo anterior permite concluir que la interpretación que debe darse a la expresión demencia no es un significado científico o técnico, sino que debe tomarse claramente en un sentido más amplio, esto es, en sentido de enfermedad mental. CUARTO.- DE LA PRUEBA: La prueba en todas las materias constituye la columna vertebral de un proceso, sin ella no se podría llegar a una solución o respuesta adecuada al usuario de la administración de la justicia. De ahí que los sistemas procesales deben estar orientados a hacer efectivos los principios de celeridad, economía procesal, inmediación y contradicción, pues, ante todo, resulta prioritario conferir una respuesta efectiva al ciudadano. Los cambios que se han generado en materia civil, con la promulgación del Código Orgánico General de Procesos, en el que el sistema de oralidad se refuerza, nos permite tramitar los procesos en tiempos rápidos, efectivizando de esta manera los principios ya enunciados. Para el tratadista Lino Enrique Palacio prueba es: “…la actividad procesal, realizada con el auxilio de los medios establecidos por la ley; y tendiente a crear la convicción judicial sobre la existencia o inexistencia de los hechos afirmados por las partes como fundamento de sus pretensiones o defensas”. La prueba tiene por finalidad llevar al juez/a al convencimiento de los hechos y circunstancias controvertidos, (Art. 158 COGEP), prueba que debe cumplir con el principio de legalidad, esto
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es debe ser solicitada, practicada e incorporada de conformidad con la ley. En cuanto a la valoración probatoria la ley da al juez la facultad de apreciarla en conjunto, quedando vinculado a las reglas de la sana crítica. Conforme los medios probatorios aportados en el proceso y lo actuado en la audiencia, te n e m o s : 4.1 . P R U E BA DOCUMENTAL.- Al tenor de lo previsto en el Art. 196 del código orgánico General de Procesos, la demandante ha producido como prueba a su favor, la siguiente: (i) El certificado de nacimiento de su progenitora la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR. (ii) El certificado de nacimiento de su persona del que se puede constatar que es hija de la persona que se pretende declarar en interdicción. (iii) Copia certificada del carne de discapacidad de la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, otorgado por el CONADIS, del que se puede constatar que la demandada tiene una discapacidad tipo psicológico con un porcentaje del 79%. (iv) El certificado médico de la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, otorgado por La Dra. Elsa Nelly Baca López, Psiquiatra del Hospital del Adulto Mayor, del Ministerio de Salud Pública, en donde de determina que la demandada tiene un “…diagnóstico definitivo inicial (F001) DEMENCIA DE LA E N F E R M E DA D DE ALZHAIMERS DE COMIENZO TARDIO. (F334) TRASTORNO DEPRESIVO RECURRENTE ACTUALMENTE EN REMISIÓN. EL DÍA: (01) uno DE febrero DEL 2017. Observaciones: Paciente con pronóstico malo, una secuela permanente. Inicio de tratamiento: 2009. Tratamiento: Memantina 20 mg HS, Sertralina 50 mg QD y Risperodina 3 gotas PRN”. (v) El certificado médico otorgado por la Dra. Elsa Nelly Baca López, Psiquiatra del Hospital del Adulto Mayor, del Ministerio de Salud Pública, del que se puede conocer que su diagnóstico definitivo inicial corresponde a la enfermedad del Alzheimer de comienzo tardía, con un trastorno depresivo recurrente actual actualmente en remisión, cuyas observaciones son las siguientes: “…Tristeza la mayor parte del tiempo, casi todos los días y casi todo el día. Ansiedad, pérdida de reactividad a los acontecimientos, irritabilidad, retardo psicomotor, múltiples quejas físicas. Disminución del apetito, despertar durante el sueño, pesimismo. Episodios recurrentes a lo largo de los años en la actualidad en remisión con tratamiento antidepresivo. Enfermedad de Alzheimer: Perdida de la memoria manifestada en olvido de nombres de las personas con las cuales vive, no recuerda datos de su vida cotidiana, retiene algunos datos del pasado, desorientación témporo espacial, dificultad en cálculo elemental, disminución de la habilidad para vestirse, disminución de la habilidad para bañarse y para arreglarse solo, disminución de la continencia urinaria. Cambios en la personalidad con irritabilidad, ansiedad, obsesividad, mecanismo de negación domina el cuadro. Pffeiter 7 errores. Escala de deterioro global GDS 6d correspondiente a demencia moderadamente grave. Número de crisis: Deterioro progresivo característico de las demencias degenerativas. Prescripciones médicas actuales: Setralina 50 mg QD, Memantina 20 mg HS. Risoperidona 3 gotas HS. Pronostico: Malo. 4.2. PRUEBA PERICIAL: Contamos con el Informe Médico Pericial realizado por el Dr. Jaime Aroca Ch. Perito en Medicina General (fs. 19 a 23), quien hace conocer que las personas con Demencia tipo Alzheiner pueden dejar de ser capaces de pensar lo suficientemente bien para llevar a cabo las actividades normales tales como vestirse o comer. Que pueden perder su capacidad de resolver problemas o controlar sus emociones. Que puede haber cambios de personalidad. Que el cerebro queda reducido de volumen y ocurre la perdida de tejido. Que los pacientes pueden presentar conducta agresiva y alucinaciones, depresión y/o delirio, problemas para llevar a cabo tareas rutinarias como preparar la comida o conducir un automóvil, perder la conciencia de quien es. Que en la etapa final de la enfermedad el paciente ya no
reconoce a sus amistades o familiares, no entienden el lenguaje y no pueden llevar a cabo tareas básicas tales como comer, bañarse o vestirse. La persona se hace totalmente dependiente de los demás. De las conclusiones realizadas por el perito, podemos conocer que luego del examen realizado a la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, el 25 de mayo del 2019, la demandada presenta una incapacidad para realizar sus actividades cotidianas y dependencia de terceras personas para su cuidado personal y precautelar sus intereses, que no se encuentra en capacidad de administrar dinero y firmar contratos. (ii) Contamos con el Informe Psicológico realizado por la facultativa Ps. Catalina Villafuerte (fs. 36 a 41), quien ha utilizado como metodología para su realización una entrevista psicológica pericial semiestructurada, un test neuropsicológico de la Clínica Mayo y un Índice de Barthel. Del análisis forense, la facultativa hace conocer que la señora MARIA LUISA AGUILAR, al momento de realizar la entrevista se encontraba vigil, parcialmente orientada en persona, desorientada en tiempo y espacio. Que su pensamiento es normal en curso y presenta confusión en el contenido. Que su lenguaje es normal a nivel expresivo y comprensivo. Que su actitud durante la entrevista es pasiva e impávida, y que su función volitiva (voluntad) se encuentra significativamente afectada. Que de acuerdo a los hallazgos encontrados a lo largo de la entrevista, como los reactivos de especialidad la demandada presenta un deterioro cognitivo 11/38 GRAVE (demencia), de tipo cortical y de afectación global. Que en memoria de largo plazo presenta franca afectación, en memoria de corto plazo, trabajo y procedimental, afectación moderada, en orientación temporoespacial franco deterioro, en abstracción deterioro moderado. Las funciones cálculo, ejecución, y planificación espacial franco están francamente deterioradas. En su conclusiones la Perito hace conocer que la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, de 98 años de edad, presenta un nivel de dependencia severo en cuanto a la funcionalidad de las actividades diarias, lo que significa que necesita de supervisión permanente y ayuda para realizar sus actividades cotidianas. Recomienda que la accionada realice un proceso de rehabilitación de funciones, con el fin de preservar en lo posible las funciones no afectadas como el lenguaje y evitar que el deterioro sea acelerado en las demás. Que la examinada continúe involucrada en actividades familiares y ayuda permanente en todas las actividades cotidianas y se dé seguimiento al ca so. 4. 3. E N T R EV I STA PERSONAL: Con sujeción a la disposición que emana del Art. 482 del Código Civil, la demandada MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, fue examinada personalmente por este Juzgador, a través de un interrogatorio conducente a determinar el estado de su razón, quien claramente al responder preguntas elementales como cuál fue su fecha de nacimiento, fecha actual en la que estamos, responde con inconsistencias. Pruebas con las que se han demostrado que la mencionada señora presenta demencia y por tanto tiene incapacidad para celebrar actos y contratos. Por lo expuesto, “ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR, Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA REPÚBLICA” se RESUELVE: 1.- Declarar la INTERDICCION PROVISIONAL de la señora MARIA LUISA AGUILAR AGUILAR, quien en lo sucesivo no tendrá la libre administración de sus bienes. 2.De conformidad con el artículo 484 del Código Civil y luego de haber escuchado personalmente a los parientes de la interdicta, se nombra como Curadora General provisional de la interdicta a su hija la s e ñ o ra LILIA P I E DA D LLUMIQUINGA AGUILAR, quien deberá representar a su progenitora, en todos los actos públicos, privados, judiciales, extrajudiciales, y de la naturaleza que fueren, inclusive para administrar cuentas bancarias y todos los bienes muebles e inmuebles que a cualquier título pertenecieren a la interdicta,
quien no está obligada a rendir fianza por su grado de parentesco. 3.- Ejecutoriado que sea el presente fallo, inscríbase en el libro correspondiente del Registro de la Propiedad de este cantón Mejía; publíquese un extracto del mismo en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito, por no existir este medio de comunicación en la localidad, y mediante carteles que se fijarán en los parajes más frecuentados de esta localidad conforme lo dispone el artículo 468 del Código Civil. Hecho que sea, se conferirá copias certificadas de la presente sentencia a fin de que se proceda a protocolizar en una de las Notarías de este cantón Mejía, para que le sirva de habilitante a la curadora general quien se posesionará de su cargo el día que contaremos. 4.- Dada la avanzada edad y el estado de salud de la señora ROSA ERMINIA LLUMIQUINGA AGUILAR, al ser un deber constitucional proteger a aquéllas personas que se encuentren en estado de vulnerabilidad manifiesta, se dispone que el curador designado, precautele la salud e integridad física de su madre, para ello acudirá a los médicos respectivos, a fin de que reciba el tratamiento terapéutico que requiera.- Notifíquese y cúmplase.f). Dr. Msc. José Luis Ayora mata. JUEZ. Lo que comunico a Usted para los fines de Ley. Atentamente, AB. DANNY PEREZ JACOME SECRETARIO. Hay firma y sello PAC/112480/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA C I TAC I O N JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE Y ACTOR DE ESTE PROCESO SR. ABEL LEONARDO PAEZ CARRERA ACTOR: PAEZ CARRERA ABEL LEONARDO (+), SEGUNDO DANIEL PAEZ COLLAGUAZO Y MARIA ALICIA CARRERA CARRERA. D E M A N DA D O : AGUILAR MOPOSITA JORGE SANTIAGO. TRAMITE: MONITORIO ASUNTO: CHEQUE PRESENTADO AL COBRO FUERA DE PLAZO JUICIO No. 17230-2016-14052 CUANTIA: USD. 2.312,20 Juicio No. 17230-2016-14052 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 25 de agosto del 2016, las 08h50. VISTOS: Agréguense a los autos el escrito y anexos que anteceden. En lo principal, por haberse dado cumplimiento con lo dispuesto en el auto inmediato anterior, se considera: PRIMERO.La demanda presentada por el señor Abel Leonardo Páez Carrera es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos, y está fundamentada en documentos previstos en el numeral 1 del Art. 356 ibídem, por lo que se la admite a trámite en el procedimiento Monitorio. SEGUNDO.- En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 del mismo cuerpo legal, se dispone que el demandado, señor JORGE SANTIAGO AGUILAR MOPOSITA, en el término de quince días pague la obligación demandada, esto es la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($2.200,00) o proponga las excepciones de las que se crea asistido; bajo la prevención de que en caso de que no comparezca dentro del término concedido para el efecto, o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del artículo 358 de la norma citada, que establece “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución, (…)”; caso en el cual, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 360 ibídem, además se deberá cancelar el máximo interés convencional y de mora, calculado a la tasa fijada por el organismo regulador del sistema monetario y financiero, que se generen desde la citación con la demanda, calculado en base al capital que corresponde al valor de las facturas; valores que serán liquidados pericialmente.- TERCERO.- Cítese con el contenido de la demanda, escrito de ampliación y este auto
Revista judicial JUEVES 3 de octubRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR interlocutorio de pago, al demandado, en el lugar que se indica en el libelo, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 y siguientes del COGEP, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico; para el efecto, remítanse las boletas de citación a la oficina correspondiente.- CUARTO.- En el caso de que se formule oposición, considérese el anuncio de prueba realizado por el actor en su demanda. QUINTO.Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda; téngase en cuenta la cuantía fijada, el casillero judicial y correo electrónico señalados por el actor para sus notificaciones y la autorización que confiere a su abogada patrocinadora.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- f) Dra. Carmen Romero Ramírez.- Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 25 de abril del 2017, las 11h34 VISTOS: Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora. En lo principal, una vez que se ha presentado el informe de liquidación de capital e intereses, corresponde expedir el MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN conforme lo dispuesto en el artículo 372 del Código Orgánico General de Procesos; por tanto, se dispone que el demandado JORGE SANTIAGO AGUILAR MOPOSITA, pague en el término de cinco (5) días, al actor, señor Abel Leonardo Páez Carrera, la cantidad de $2.488,38 (DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS), bajo prevención que de no hacerlo, se procederá a la ejecución forzosa conforme lo establece el Art. 375 ibídem. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Carmen Romero Ramírez.- Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 29 de agosto del 2019, las 10h27, En lo principal, se dispone: PRIMERO.- En mérito del juramento rendido y a lo manifestado por los señores Segundo Daniel Paez Gollaguazo, y Maria Alicia Carrera Carrera, en sus calidades de herederos del actor, se ordena la citación de los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS del causante y actor de este proceso, señor ABEL LEONARDO PAEZ CARRERA, con el contenido de la demanda, auto inicial y el presente, por la prensa, mediante una publicación en un periódico de amplia circulación en el cantón Quito, conforme lo dispone el artículo 68.1, inciso 2 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el Art. 56 Ibídem, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.- SEGUNDO.De conformidad al artículo 37 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 86 y 293 ibídem, la parte actora designe en el término de 5 días un Procurador Común con facultad para transigir. NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Carmen Romero Ramírez.- Jueza Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, (Ecuador), para posteriores notificaciones.Dra. María Isabel Solano Camacho SECRETARIA Hay firma y sello Pac/112491/tf REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N° 2856852019-PDZ ACTOR: MARIO RODRIGO CARRIÓN BUELE GERENTE GENERAL. Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA INDUSQUIMA INDUSTRIAS QUIMICAS ANEXAS CIA .LTDA ACCIONADO: RICARDO HUMBERTO PEREZ BONILLA CAUSAL: 1 y 3 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO Se le hace saber¬: Dentro del Trámite de VISTO BUENO No. 285685-2019PDZ, presentado por el señor MARIO RODRIGO CARRIÓN BUELE GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL. DE
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LA EMPRESA INDUSQUIMA INDUSTRIAS QUIMICAS ANEXAS CIA. LDTA„ en calidad de empleador en contra de su trabajador señor RICARDO HUMBERTO PEREZ BONILLA, se ha dictado lo que sigue: INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.Quito, 30 de septiembre del 2019, a las 15H00.- Dentro del Trámite de VISTO BUENO No. 285685-2019PDZ„ presentado por el señor MARIO RODRIGO CARRIÓN BUELE- GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA INDUSQUIMA INDUSTRIAS QUÍMICAS ANEXAS CIA.LTDA; Agréguese al expediente el escrito y la Declaración Juramentada presentada por la parte accionante, atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art.183, 545, atribución 5ta y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador RICARDO HUMBERTO PEREZ BONILLA, mediante tres publicaciones uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del código Orgánico General de Procesos COGEP, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio de accionado, a quien se le concede el termino de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 2) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionarte que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspectoría del Trabajo dentro del término de diez días siguientes desde la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. 3) Tómese en cuenta el casillero judicial Nº 6047; y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe la presente causa.- NOTIFIQUESE F) AB. EVELYN PAMELA DELGADO ZAPATA Lo que comunico para los fines de ley. AB. EVELYN PAMELA DELGADO ZAPATA INSPECTORA DEL TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/ 112492/EG EXTRACTO Visto Bueno N° 285196-2019KGAG ACTOR: PAUL RYAN DAHIK HARO Pres i d e n te Ej e c u t i vo y Representante Legal de TURUTA. ACCIONADO: DANIEL ISAAC MONTALVO BRAVO CAUSAL: 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 27 de septiembre de 2019, a las 11H00.- Dentro del Trámite Dentro del Trámite de Visto Bueno N° 285196-2019- KGAG, que sigue el (a) señor (a) PAUL RYAN DAHIK HARO, Presidente Ejecutivo y Representante Legal de TURUTA, en su calidad de empleador (a), en contra del (a) señor (a) DANIEL ISAAC MONTALVO BRAVO en su calidad de trabajador (a),. En lo principal atendiendo a la misma se dispone: 1) Agréguese al expediente la Declaración Juramentada y Certificación de Registro Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana presentada por la parte accionante, 2) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador, señor PAUL RYAN DAHIK HARO, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código de Orgánico General de Procesos, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de veinte y dos días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 3) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspectoría del Trabajo dentro del término de diez días siguientes desde la notificación con la presente providencia,
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en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. 4) Tómese en cuenta la casilla judicial señalado por el (a) actor (a) y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe en la presente causa..NOTIFÍQUESE.- F) AB. KATHERINE ANDRADE GALLARDO. AB. KATHERINE ANDRADE GALLARDO INSPECTORA DEL TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAB/23740/EG CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN DE QUITO CÁMARA DE COMERCIO DE QUITO EXTRACTO ACTORES: MAYRA ALEJANDRA VARGAS SÁNCHEZ DEMANDADO: BRYAN PIERRE BURGOS NEACATO ASUNTO: PROMESA DE COMPRAVENTA CUANTÍA: USD $ 18.270,02 “CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE QUITO MAYRA ALEJANDRA VARGAS SÁNCHEZ c. BRYAN PIERRE BURGOS NEACATO 1 de octubre de 2019 Proceso No.83-19 Considerando: 1.- Que con fecha 30 de septiembre de 2019, la parte actora presenta un escrito el mismo que se incorpora al proceso.2.- Que el artículo 11 de la Ley de Arbitraje y Mediación dispone en su parte pertinente: “(...) Si al actor le fuere imposible determinar el domicilio del demandado, la citación se hará mediante dos publicaciones en un diario de amplia circulación en el lugar en donde se sigue el arbitraje y en el domicilio del demandado. Si el demandado no compareciere en el término de diez (10) días después de la última publicación, este hecho se tendrá como negativa pura y simple de los fundamentos de la demanda (...)”. 3.- Que el artículo 5 de la Resolución 07-2018, expedida por la Corte Nacional de Justicia, establece “(...) Cuando del certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana conste que la persona que va a ser citada no ha salido del país aún cuando esté registrada en un Consulado; o cuando habiendo salido del país no consta registrada en una oficina consular, no se podrá disponer la fijación de carteles. En estos casos el juez o la jueza dispondrá que se la cite en Ecuador mediante publicación por la prensa, previo el juramento previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos (...)”.En función de lo anterior: I.- Cítese con la demanda al señor BRYAN PIERRE BURGOS NEACATO, mediante dos publicaciones en un diario de amplia circulación en el lugar en donde se sigue el arbitraje y en el domicilio del demandado. II.- A la parte demandada le corresponde, de acuerdo al artículo 11 de la Ley de Arbitraje y Mediación, el término ordinario de diez días para contestar la demanda, adjuntar pruebas y solicitar la práctica de las diligencias probatorias que justifiquen lo aducido en su contestación a la demanda, además señalará dirección domiciliaria dentro del perímetro urbano del Distrito Metropolitano de Quito.III.- Incorpórense al proceso los anexos con que se acompaña la demanda, según consta en la fe de presentación correspondiente.- Es responsabilidad dé la parte demandada el obtener copias de la documentación que se adjunte a la demanda.IV.- Una vez realizadas las publicaciones por la prensa, la parte actora deberá presentar ante este Centro los ejemplares correspondientes.Notifíquese.- “f) Abg. Emilia Grijalva.- Directora.Hay firma y sello P AR/111626/tf EXTRACTO POR LA PRENSA REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente Juicio Monitorio,
en contra del señor: VÍCTOR MANUEL PALACIOS JIMÉNEZ, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: COMPAÑÍA INPROEL S.A. DEMANDADOS: VÍCTOR MANUEL PALACIOS JIMÉNEZ OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE FACTURAS TRAMITE: MONITORIO CUANTIA: $14807.22 JUICIO: Nro. 11333-2019-01163 JUEZ: Dr. Luis Figueroa Simancas CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. VISTOS: Loja, lunes 1 de julio del 2019, las 16h26, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede. En lo principal, la demanda presentada por el Abg. GUILLERMO ADRIAN CAMACHO INTRIAGO, en su calidad de PROCURADOR JUDICIAL del señor JUAN PABLOI ORTIZ PALACIOS, por los derechos que representa de la Compañía INPROEL S.A., en contra de VICTOR MANUEL PALACIOS JIMENEZ, cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y una vez analizado los documentos adjuntos, se establece que es uno de los previstos en el Art. 356 del mencionado cuerpo legal. Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento MONITORIO. Consecuentemente, CITESE al demandado VICTOR MANUEL PALACIOS JIMENEZ, en el domicilio señalado y se le concede el término de quince (15) días para que dicho demandado, pague el valor de la obligación demandada o proponga las excepciones de las que se crea asistido. Agréguese los documentos presentados. Tómese en cuenta la cuantía, casillero judicial y correo electrónico señalado y la autorización que le concede a la abogada patrocinadora. Pasen los autos a la oficina de citaciones.Con el fin de dar cumplimiento con la citación se dispone que la parte actora, facilite las copias que se requieren con el objeto de cumplir con la diligencia, en la ventanilla correspondiente. Se llama a intervenir al Abg. Carlos Xavier Gallo, Secretario Subrogante, por cuanto, el Secretario titular se encuentra con licencia, mediante Acción de personal Nro. 01326-DP112019-FA., de fecha 24 de junio de 2019.- Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: Loja, viernes 16 de agosto del 2019, las 16h20, VISTOS: En lo principal: 1.- Agréguese a los autos toda la documentación que se adjunta al presente escrito, para los fines de ley. 2.- Se dispone que el AB. DIEGO FERNANDO PARDO RODRÍGUEZ, en calidad de Procurador Judicial del señor: JUAN PABLO ORTIZ PALACIOS, por los derechos que representa de la compañía INPROEL S.A., comparezca a esta Unidad Judicial Civil en días y horas laborables a rendir el Juramento a que se refiere el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, a la Sala de Audiencias Nro. 14 del Complejo Judicial de Loja, con el fin de que declare bajo juramento desconocer el domicilio e individualidad del demandado, señor: VÍCTOR MANUEL PALACIOS JIMÉNEZ, conforme así se lo ha solicitado.- Hágase Saber.OTRA PROVIDENCIA: Loja, veinte y tres de enero del dos mil diecinueve a las 14H30.- Ante el Dr. Luis Figueroa Simancas, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA y con actuación del señor SECRETARIO ENCARGADO del despacho Ab. Carlos Gallo Carrión, comparece el señor: AB. DIEGO FERNANDO PARDO RODRÍGUEZ, en calidad de procurador judicial del señor: JUAN PABLO ORTIZ PALACIOS, por los derechos que representa de la compañía INPROEL S.A. con la finalidad de rendir el juramento sobre la imposibilidad de determinar el domicilio, individualidad o residencia del demandado. El señor Juez le ha recibido el juramento legal, a lo que, bajo juramento manifiesta: Que pese a las averiguaciones y diligencias que ha realizado le ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia del señor: VÍCTOR MANUEL PALACIOS JIMÉNEZ, pese a haber efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicarlo. Leída el acta se ratifican en lo expuesto y para constancia suscriben la misma con el señor Juez y Secretario Encargado que da fe y certifica.- OTRA PROVIDENCIA: Loja, martes 27 de agosto del 2019, las 14h33, VISTOS: Toda
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vez que el AB. DIEGO FERNANDO PARDO RODRÍGUEZ, en calidad de procurador judicial del señor: JUAN PABLO ORTIZ PALACIOS, por los derechos que representa de la compañía INPROEL S.A. ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia del demandado, señor: VÍCTOR MANUEL PALACIOS JIMÉNEZ, se dispone citarlo por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico. Se llama a intervenir al Dr. Yandrhy Chávez Córdova, en calidad de Secretario Encargado, mediante Acción de personal Nro. 02124-DP11-2019-FA, de fecha 26 de agosto del 2019.- Hágase Saber.Dr. LUIS FIGUEROA SIMANCAS, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA. Particular que se pone en conocimiento del público en general para fines de ley.Loja, 28 de agosto del 2019. Dr. Yandrhy Chávez Córdova SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LOJA Hay firma y sello Pac/112495/eg Casilla Judicial: 3121 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. PUBLICACIÓN: CÍTESE A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE SEÑORA MARTHA COSTALES HERRERA. EXTRACTO NÚMERO DE JUICIO: 17203-2019-03903. ACCIÓN: PARTICIÓN DE BIENES SUCESORIOS. TRÁMITE: VOLUNTARIO. ACTOR/A: CHACON HERRERA EDUARDO PATRICIO, COSTALES FLORES CARLOS ERNESTO, COSTALES FLORES FRANCISCO y OTROS. DEMANDADO/A: CHACON HERRERA BLANCA ISABEL, CHACON HERRERA VICTOR MANUEL, COSTALES FLORES MARIA DEL CARMEN y OTROS. CUANTÍA: INDETERMINADA. OBJETO DEL EXTRACTO: CITAR A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE SEÑORA MARTHA COSTALES HERRERA. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 23 de mayo del 2019, las 08h04, VISTOS: a) Aparéjese a los autos el escrito y anexos que anteceden. b) Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Mariscal Sucre, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. c) Se estima que la demanda de partición de bienes sucesorios propuesta por CHACÓN HERRERA EDUARDO PATRICIO, COSTALES FLORES CARLOS ERNESTO, COSTALES FLORES FRANCISCO y COSTALES FLORES YOLANDA DEL ROCIO, reúne los requisitos establecidos en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, y en consecuencia se la califica, y se la acepta al procedimiento voluntario que le corresponde, conforme lo prescrito en el Art. 334 numeral 5 del Código Orgánico General de Procesos. d) Inscríbase la demanda y auto de calificación en el Registro de la Propiedad del cantón Quito de conformidad a lo preceptuado en el 146 del Código Orgánico General de Procesos. Libérese el correspondiente oficio. e) Una vez que conste de autos el correspondiente certificado, que conste la inscripción de la demanda y éste auto de calificación; procédase a citar a los señores: CHACÓN HERRERA VICTOR MANUEL y COSTALES FLORES MARIA DEL CARMEN, en la dirección señalada por intermedio de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de la Unidad Judicial; y, a la señora CHACON HERRERA BLANCA ISABEL en la dirección señalada, mediante deprecatorio remitido a uno de los Señores Jueces de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Provincia de Chimborazo, cantón Riobamba ofreciendo reciprocidad en casos análogos. f) Mediante publicaciones en uno de los periódicos de circulación en el cantón Quito, cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la causante señora MARTHA
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COSTALES HERRERA, conforme lo prescrito en los artículos 58 y 56 del Código Orgánico General de Procesos. g) Cuéntese con los señores Alcalde, Procurador Síndico del Distrito Metropolitano del cantón Quito; y, con el Señor Director del Servicio de Rentas Internas a quienes se los citará en sus respectivos despachos, mediante la Oficina de Citaciones y Notificaciones. h) Agréguese a los autos la documentación adjunta. i) Téngase en cuenta la casilla judicial y la autorización que le confieren a sus abogadas patrocinadoras. HÁGASE SABER.- f).- Dra. Patricia Mercedes Segarra Faggioni, Jueza.UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 3 de julio del 2019, las 11h38, a) Agréguese a los autos el escrito y anexos que anteceden para los fines consiguientes. b) Una vez que se ha cumplido con la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, se dispone a la Señora Actuaria, dar cumplimiento a lo dispuesto en auto de calificación. HÁGASE SABER.- f).- Dra. Patricia Mercedes Segarra Faggioni, Jueza.Lo que comunico a Uds. para los fines de ley; previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica para futuras notificaciones que les correspondan.- Certifico.Ab. Germania Patricia Tamay Cevallos SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/112472/AT UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL D I ST R I TO METROPOLITANO DE QUITO CAUSA: AUTORIZACION DE SALIDA DEL PAIS Nro. DE JUICIO: 17203-2019-01534 ACTOR: HERNANDEZ ULLOA BYRON PATRICIO DEMANDADO: LUCIA DEL CARMEN ORTEGA TACURI CUANTÍA: INDETERMINADA TRAMITE: VERBAL SUMARIO JUEZ: DRA. ANGELA NUÑEZ IBARRA. OBJETO: CITACION AUTO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL D I ST R I TO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, lunes 25 de marzo del 2019, las 08h48, VISTOS: DRA. ANGELA NUÑEZ IBARRA.- En calidad de Jueza Titular de este despacho, de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, mediante acción de personal No. 9952-DP172018-MP., de fecha 17 de agosto del 2018. Avoco conocimiento de esta causa y previo sorteo de ley.En lo principal; [1] CALIFICACIÓN: La demanda de AUTORIZACIÓN DE SALIDA DEL PAIS DE: AARON DONATO HERNANDEZ ORTEGA, propuesta por el señor BYRON PATRICIO HERNANDEZ ULLOA, se determina que es clara, precisa y al reunir los demás requisitos de ley establecidos en el Art. 142 del COGEP., se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO SUMARIO prevista en el Art. 332 numeral 3 y Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos; y los principios constitucionales determinados en los Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República del Ecuador; [2] CITACIÓN: Cítese en legal y debida forma con el contenido de la demanda y el presente auto en calidad de demandado a la señora LUCIA DEL CARMEN ORTEGA TACURI, en la dirección domiciliaria que se indica en el formulario
de demanda acorde a lo previsto en el Art. 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto conforme ordena el Memorando circular-CJ-DNGP2018-0289-MC, de fecha 18 de julio del 2018, suscrito por el Dr. Esteban Alejandro Echeverría Carrera, Director Nacional de la Dirección Nacional de Gestión Procesal del Consejo de la Judicatura, el actor en el término de tres días dará las facilidades del caso sacando tres juegos de copias para remitir el despacho correspondiente a la sala de citaciones de esta Unidad Judicial; a fin que el demandado anuncie la prueba al contestar la demanda, quien contestará en el término de diez días conforme lo determina el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, una vez citado la accionada, se señalará día y hora para la audiencia única, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se continuará la causa en rebeldía; [3] Las partes deberán comparecer a la Audiencia Única acorde a lo previsto en el Art. 86 del Código Orgánico General de Procesos, personalmente o mediante procuración judicial con cláusula especial para transigir; [4] ANUNCIO DE PRUEBA: Conforme la prueba anunciada por el actor, la naturaleza de la misma y la motivación realizada para su obtención acorde a lo que determina el Art. 142.7 del COGEP.; [4.1] DOCUMENTAL: Incorpórese a los autos los documentos que acompaña la actora en su demanda, los mismos que serán valorados en su momento y de ser procedente; [5] NOTIFICACIONES: Tómese nota de la casilla judicial y el correo electrónico señalados por el accionante para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado defensor.- Actúe la Abogada Gennyth Tulcanaza Chávez, en su calidad de secretaria de este despacho judicial.- NOTIFÍQUESE, CÍTESE Y CÚMPLASE. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL D I ST R I TO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, viernes 20 de septiembre del 2019, las 13h01, En lo principal; Una vez que el accionante ha dado cumplimiento con el juramento establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone; CÍTESE a la demandada señora LUCIA DEL CARMEN ORTEGA TACURI, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, si contados veinte días a partir de la última publicación la demandada no señala domicilio judicial, se sustanciará la causa en rebeldía. Para el efecto por secretaría remítase despacho suficiente a la casilla judicial del accionante, en la que deberá constar el extracto de la demanda, auto de calificación a la demanda y esta providencia, a fin de que se dé cumplimiento a esta diligencia dispuesta.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Certifica.AB. GENNYTH TULCANAZA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC/112475/AT VISTO BUENO EXTRACTO Visto Bueno N° 285196-2019KGAG ACTOR: PAUL RYAN DAHIK HARO Pre s i d e n te E j e c u t i vo y Representante Legal de TURUTA. ACCIONADO: DANIEL ISAAC MONTALVO BRAVO CAUSAL: 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO INSPECCION DEL TRABAJO DE PICHINCHA. - INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA. - Quito, 27 de septiembre de 2019, a las 11H00.- Dentro del Trámite Dentro del Trámite de Visto Bueno N° 285196-2019- KGAG, que sigue el (a) señor (a) PAUL RYAN DAHIK HARO, Presidente Ejecutivo y Representante Legal de TURUTA, en su calidad de empleador (a), en contra del (a) señor (a) DANIEL ISAAC MONTALVO BRAVO en su calidad de trabajador (a),. En lo principal atendiendo a la misma se dispone: 1) Agréguese al expedien-
te la Declaración Juramentada y Certificación de Registro Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana presentada por la parte accionante, 2) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador, señor PAUL RYAN DAHK: HARO, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código de Orgánico General de Procesos, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de veinte y dos días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 3) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspectoría del Trabajo dentro del término de diez días siguientes desde la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. 4) Tómese en cuenta la casilla judicial señalado por el (a) actor (a) y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe en la presente causa..NOTIFÍQUESE.- F) AB. KATHERINE ANDRADE GALLARDO. AB. KATHERINE ANDRADE GALLARDO. INSPECTORA DEL TRABAJO DE PICHINCHA hay firma y sello AP/74106/BP
ANULACIONES
banco rumiñahui QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8171012200 Nro. Cartola 17768090569 Cliente LAYEDRA CEVALLOS, MARIA-LAURA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8049908200 Nro. Cartola 17198720645 Cliente VIZCAINO VARGAS, ROBERTOPATRICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8083663300 Nro. Cartola 16891410041 Cliente PILAMUNGA PILAMUNGA, MARIA-ELENA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8176723200 Nro. Cartola 17828560296 Cliente SUQUILLO ROJAS, MARIANA-DEL ROCIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8375414800 Nro. Cartola 19033950031 Cliente VINUEZA ARCE, JOSELYN-PAOLA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8018436100 Nro. Cartola 16802580668 Cliente MORALES CHUQUIMARCA, SEGUNDORODRIGO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8057750200 Nro. Cartola 16762990592 Cliente VASQUEZ NUNEZ, BERTHA-YOLANDA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR =========
QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8167254600 Nro. Cartola 17729420202 Cliente ARIAS ESTEVEZ, EDIE-NORMAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8142707400 Nro. Cartola 17436420222 Cliente YANEZ SALAS, RENE-PATRICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8220830500 Nro. Cartola 18160520013 Cliente CANDO VEINTIMILLA, JOSE-VICENTE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8211248200 Nro. Cartola 18101870451 Cliente FEIJOO TOLEDO, CHRISTIAN-MANUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8040187700 Nro. Cartola 18372250151 Cliente PAZMIムO PACHECO, ELVIA-JOCONDA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8007995100 Nro. Cartola 16732710880 Cliente ALVARADO ALIAGA, CLEVER-MESIAS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8183007500 Nro. Cartola 17894280357 Cliente PILATASIG AGUALONGO, WILLIAM-PATRICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8444531400 Nro. Cartola 19467950002 Cliente PUNINA TELENCHANA, KARINAELIZABETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8025482700 Nro. Cartola 16522520416 Cliente SARANGO AREVALO, LUIS-VICENTE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8030919100 Nro. Cartola 16797290323 Cliente MORENO QUIMBITA, MARIA-OLIMPIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8156602200 Nro. Cartola 17621690548 Cliente PAVON LOPEZ, LUIS-XAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8017120700 Nro. Cartola 17344960665 Cliente CARRION SARANGO, CESAR-AMADO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8120601100 Nro. Cartola 16973100619 Cliente ARAMBULO CAMPOVERDE, EDUARDO-
GREGORIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8372069200 Nro. Cartola 19002660066 Cliente ACHIG TIPANTUNA, CARLOSHUMBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8236371200 Nro. Cartola 18246890356 Cliente VILANA CABASCANGO, ROLANDOVINICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8145880700 Nro. Cartola 17488570338 Cliente RAMIREZ MUNOZ, CARLOS-ALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8183432000 Nro. Cartola 17898960459 Cliente INUCA CALUQUI, OMAR-WILMAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (24)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8047269900 Nro. Cartola 16524901101 Cliente MAZA CASTILLO, KLEBER-RAMIRO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8219534300 Nro. Cartola 18150160077 Cliente SANCHEZ QUINDE, ROSA-ENID del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (26)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8007126800 Nro. Cartola 16719060515 Cliente GUALOTUNA , HUGO-WALTER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (27)NR
cooProGrESo COOPERATIVA COOPROGRESO Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF/ DPFP Nº 001000080004014001 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a JIMENEZ PUEBLA ELIZABETH ALEXANDRA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/31070/NR ===== Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF/ DPFP Nº 001000080004013001 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PUEBLA CARVAJAL ROS MARCELINA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/31071/NR
ANULACIONES VARIAS AVISO Se procederá a anular por pérdida los títulos N°s 24637, 24638, 24639 y 24640 por 60, 93, 40 y 6 acciones de USD. 1 c/u del Banco Pichincha C.A., emitidos a nombre de Bustamante Meneses Fernando transcurridos 30 días de la última publicación de este aviso. PAR/111606/EG
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