50c incl. IVA LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019
Quito, Ecuador
Número total de ejemplares puestos en circulación: 26.631 CIUDAD
¿Por qué hay sismos en Quito? Página A3
CIUDAD
Una vista privilegiada Desde el campanario de la iglesia del antiguo hospital San Juan de Dios se aprecia la belleza del Centro Histórico. Página A2
Sin dinero para prevenir embarazo adolescente Los $5,7 millones que se pretendían destinar no llegarán. No hay una explicación.
A diario, 160 niñas dan a luz en el país. La cifra podría bajar con programas de prevención. Sin embargo, los $5,7 millones que el Gobierno pretendía destinar en 2020 al Plan Nacional de Salud Sexual y Salud Reproductiva se eliminó sin ninguna explicación, según Ana Cristina
Vera, directora ejecutiva del colectivo Surkuna. La constitucionalista Angélica Porras dice que eso es una violación a los derechos. Se buscó la versión del Ministerio de Salud, pero no se obtuvo una respuesta. Página B2
‘Volver a ver’, en pausa Página A5
RIESGO. Los embarazos en jóvenes es una situación preocupante.
Día clave para tratar la Reforma Tributaria
Problemas de señalética en escuelas
La ausencia de estos implementos cerca de los establecimientos educativos ha provocado accidentes y muertes. Las autoridades afirmaron que habrá más control. Página A3
El segundo debate de la Ley Orgánica de Simplicidad y Progresividad Tributaria se realizará hoy, desde las 15:30. El objetivo es recaudar $620 millones el próximo año. Este proyecto es la tercera Ley con cambios económicos e impositivos del Gobierno de Lenín Moreno. Los dos anteriores fueron la Ley de Reactivación Económica (2017) y la Ley de Fomento Productivo (2018). Diego Olmedo, analista eco-
nómico, dijo que en caso de que la Asamblea no apruebe la propuesta o solo le dé un voto afirmativo parcial provocaría que nuevamente se dispare el riesgo país. Por su parte el experto tributario Roberto Vinueza dice que el proyecto tiene aspectos positivos, como la eliminación del anticipo del Impuesto a la Renta y la condonación de deudas educativas. Página B1
02
05
06
07
08
10
12
14
15
16
18
20
24
25
ANIMAL: PERRO
www.lahora.com.ec lahoraecuador @lahoraecuador
CIUDAD A2
Campaña para combatir la mendicidad infantil El Municipio a través de la Secretaría de Inclusión Social realizará mañana, a las 08:00, el lanzamiento de la campaña Quito con Conciencia. Se trata de una iniciativa para generar empatía y dinamización social y promover los derechos de los Grupos de Atención Prioritaria. Además, con esta propuesta la Secretaría busca contribuir a la erradicación
tiempo lectura 15 min.
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR
de la mendicidad y trabajo infantil en la ciudad. La presentación de la campaña, a realizarse en las calles Mejía y Montúfar, centro de Quito, se cumplirá en el marco del Día Internacional de los Derechos Humanos y estará a cargo de Gabriela Quiroga, secretaria de Inclusión Social en compañía de autoridades municipales.
I
La magia de Quito admirada desde un campanario Desde esos lugares se alertaban acontecimientos importantes. Ahora sirven como miradores. CONOCIMIENTO. Desde el campanario de la iglesia del antiguo hospital San Juan de Dios, ciertos personajes cuentan leyendas propias de la tradición quiteña.
Una visión diferente de la belleza del centro histórico se muestra desde lo alto del campanario de la iglesia del antiguo hospital San Juan de Dios, edificación que abrió sus puertas hace 454 años y donde, desde 1998, funciona el Museo de la Ciudad. La edificación ubicada en las calles Rocafuerte y García Moreno, alberga exposiciones permanentes que dan cuenta del desarrollo de la ciudad, los procesos socio culturales y la vida cotidiana de sus habitantes hasta el siglo XX. En fechas especiales se abre el campanario, la torre más alta del lugar, para mostrar la importancia que tenía en la vida de la capital. Y aunque las tres campanas que allí existen, que tienen más de cien años, ya no suenan, en su tiempo anunciaban acontecimientos importantes (la muerte de alguien, llamado a comer o para celebraciones religiosas), y desde sus estructuras se observaban hechos de relevancia.
RECONOCIMIENTO. Una vista hacia la Cima de la Libertad y las torres del claustro del Carmen Bajo,
puntos cardinales. Los quiteños y los ecuatorianos casi no tienen necesidad de una guía para ubicar escenarios. Los extranjeros son ayudados a encontrar al norte la Basílica del Voto Nacional y las cúpulas de Con los ojos afinados EL DATO la Catedral, con las resAhora no se logra ver mupectivas explicaciones de cho hacia la calle, pero se Acceder al camla importancia que tienen escucha claramente los panario se lo realizar cada una de las construcsonidos de la cotidiani- puede en feriados y dad. Sin embargo, esos so- fechas cívicas. ciones religiosas. Al este la mirada se ennidos se silencian cuando cuentra con el cerro del se agudiza la visión que recorre techos de ladrillo y edi- Itchimbía y la iglesia de Santo ficaciones, sobre todo religiosas, Domingo; al sur se mira muy de que sobresalen por los cuatro cerca al Panecillo y la imponente
PAISAJE. Hacia el norte, la Basílica del Voto Nacional, sobresale imponente.
virgen de Quito, rodeada de viviendas un poco más modernas. Hacia el occidente, levantando un poco más la vista hacia la izquierda se divisa la Cima de la Libertad, hacia la derecha las instalaciones del Museo del Agua Yaku y recorriendo con la mirada hacia abajo se observa la iglesia de Santa Clara, el monasterio de El Carmen Alto, y recorriendo un poquito a la derecha está San Francisco y la iglesia de la Compañía. A lo mejor otros ojos encontrarán más edificaciones maravillosas y recordará la historia de Quito. (CM)
BELLEZA. Al sur, la virgen de Quito parece acercarse al visitante.
La historia de la torre ° Ascender al campanario no es difícil. Se lo hace en minutos, subiendo por gradas muy angostas, en medio de paredes de chocoto, carrizo, piedra traída del
volcán Pichincha y ladrillo. Solo el último tramo ha sido adecuado con gradas y plataforma de madera y pasamano de estructura metálica. Es por seguridad del visitante, indica Cristina Medrano, técnica educativa del Museo. Con los ojos curiosos e inquietos se trata de ubicar cúpulas, torres y construcciones, mientras se escucha al guía contar que el campanario data del siglo 18. Que las campanas que allí cuelgan, al igual que todas las del centro de Quito no son originales, porque fueron fundidas durante la Batalla de Pichincha en 1822, y que han quedado en silencio desde hace mucho tiempo. Esos conocimientos se suman a los relatos de leyendas tradicionales y otras poco conocidas que realizan guías que representan a diferentes personajes de la capital. En este caso fue un monje que contó sobre la Caja Ronca que hizo que dos jóvenes, por curiosos, terminarán teniendo en sus manos huesos humanos, que aparentaban ser velas que, en una noche oscura, llevaban monjes que flotaban y a los que los involucrados se habían acercado para “espiarlos”.
Inseguridad vehicular ronda los establecimientos educativos Únicamente en 20 centros escolares se colocó señalética horizontal y vertical al inicio de clases. En octubre siete estudiantes resultaron heridos cuando una buseta escolar, a dos cuadras de llegar al establecimiento educativo, se volcó al chocar contra un vehículo Vitara. El accidente ocurrió a las 06:30 en el barrio La Magdalena, en la intersección de las calles Cañaris y Cacha. Los moradores del sector comentaron que el percance ocurrió porque uno de los conductores no advirtió la señal de PARE, y que no era el único accidente ocurrido en este sector. Al revisar los hechos ocurridos en este año, en el mismo sitio se conoció de un caso similar que se produjo en julio, cuando un hombre de 28 años murió en un choque registrado entre un bus escolar y una motocicleta sobre la Av. Antonio José de Sucre y Cañaris. El último caso registrado en este año ocurrió el 21 de noviembre. Wilson Estrada fue atropellado sobre la Simón Bolívar, junto al colegio Johannes Kepler. Estudiantes también recordaron que a pocas cuadras de este sitio murió la madre de un alumno del Liceo Campoverde. Medidas adptadas
Mauricio Rosales, gerente de la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas (EPMMOP), ofreció hacer un monitoreo y control en el sector de La Magdalena, uno de los sitios conflictivos. “Vamos a verificar que las calles estén bien señalizadas: el un sentido de la vía, el doble sentido de la vía, las señales de PARE, Ceda el Paso, el No Estacionar”, dijo. De igual forma, con respecto a lo ocurrido en el colegio Jo-
MOVILIDAD. Hay establecimientos donde reina la inseguridad de los estudiantes debido a la alta carga vehicular.
Señalética nueva
1. Unidad Educativa Quito Sur 2. Primicias de la Ciudad de Quito 3. Colegio Policía Nacional 4. Colegio Kepler 5. Colegio Computer World 6. Unidad Educativa Abelardo Flores 7. Colegio Anderson 8. Héroes de Paquisha 9. Colegio Mejía 10. Pedro Luis Calero – Zambiza 11. Colegio Montpelier – Pomasqui
12. Corazón de María – Tumbaco 13. Colegio Dillon 14. San Francisco de Alvernia SECTORES: 15. Sector de la av. Veintimilla 16. Parroquia Checa 17. Centro Histórico 18. Av. Alonso de Angulo 19. Sector Bonanza 20. Puembo
Los montos destinados Trabajos realizados
Inversión en señalización en 20 zonas escolares Trabajos ejecutados m2 3.600 ° Señalización horizontal 80 ° Señalización vertical ° Monto total de inversión
Aclaran también que los trabajos de inspección, reposición o reforzamiento de seguridad vial en zonas educativas son permanentes. Que el plan se mantiene activo durante todo el año y que
inversión $ 30.060 $ 9.600 $ 39.660
Según el Centro de Operaciones de Emergencia Metropolitano, hasta el medio día de ayer se reportaron fisuras en viviendas de Carapungo, San Juan de Calderón y Pomasqui. Además infor-
maron de la caída de piedras en la vía Guayllabamba - Cochasquí, así como el deslizamiento de tierra en la vía Guayllabamba – el Quinche, que fueron limpiados por maquinaria del Municipio, según informó Juan Pablo
Veeduría a los guaguas centros
Hasta hoy tienen plazo para °incribirse las personas que deseen participar como veedores de las acciones de control sobre los “Guagua centros” que impulsa el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). Los interesados deberán llenar un formulario, adjuntando fotocopia de cédula de ciudadanía y de papeleta de votación y entregarlo en las oficinas del CPCCS.
las 20 unidades escolares de este año fueron las priorizadas, pues se tenía que reforzar su señalética para tener una mayor seguridad en los alrededores de estos centros educativos. (PSD)
san por el borde este de la ciudad, donde las evidencias son las lomas y elevaciones, resultado de la acción de cientos de miles de años, explicó Vaca. La ramificación del sistema de fallas que va desde La Bota hasta Catequilla “tiene recurrente sismicidad”, y ha sido el responsable de eventos de importancia como los de 1990 y 2014 que causaron daños de importancia, TRABAJO. Maquinaria del Municipio limpió los deslizamientos de tierra registrarecordó el sismólogo. dos después de los movimientos sísmicos. (foto: Municipio) Afectaciones
MINUTERO
ofrece “Lunes de fachada”. De 15:00 a 17:00 un recorrido por el centro histórico descubriendo los detalles particulares de la arquitectura y de la historia de la capital como por ejemplo la fachada de las iglesias. Mayor información en https://quitotravel.ec/ lunes-de-fachadas/
Las fallas de Quito se ‘acomodaron’ y generaron sismos Los movimiento sísmicos registrados ayer en la ciudad son el resultado de la liberación de la energía elástica acumulada en el sistema de fallas de Quito, en el segmento norte conocido como La Bota-Catequilla, informó Lizandro Vaca, sismólogo del Instituto Geofísico de la Escuela Politécnica Nacional. Hasta el medio día de ayer se habían reportado tres eventos. Uno de 4.2 grados en la escala de Richter, a las 03:56; otro de 1.4 grados, a las 07:21; y uno más de 3.21 grados, a las 11:11, eventos considerados de pequeños a moderados, según el especialista de turno. Quito tiene algunos segmentos de fallas que se extienden desde Tambillo, al sur, y atravie-
A3
los inicios de semana °deTodos este mes Quito Turismo
°
hannes Kepler, informó que han colocado nueva señalética horizontal y vertical para que la gente conduzca con precaución. La Epmmop, a través de un comunicado, aclaró que “la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) tiene la responsabilidad del control de la movilidad y la EPMMOP a través de la Gerencia de Operaciones de la Movilidad (GOM), es el ente ejecutor de la obra de infraestructura de seguridad vial”. Recuerdan que a través del “Plan Regreso a Clases”, con una inversión de $39.660 se programó la intervención desde agosto en alrededor de 20 zonas educativas donde se colocó 3.680 metros cuadrados de señalización vertical, horizontal, reductores de velocidad, líneas logarítmicas, tachas y señales de cruce peatonal.
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
I
Recorrido por las fachadas
Otras preocupaciones La preocupación de los padres de familia es que los conductores, a más de irrespetar los límites de velocidad y las señales de no estacionar, forman hasta tres filas junto a las veredas durante el ingreso y la salida de los alumnos. La AMT informó que realizan operativos permanentes en los establecimientos educativos, pero lo que se pudo confirmar es que la inobservancia de la señalética se mantiene. Carmen Morales, madre de familia de unos de los centros educativos de La Mariscal dice que hay un riesgo continuo en las afueras de los centros educativos y que los controles no son frecuentes.
CIUDAD
Burbano, secretario de Seguridad del Municipio, a través de Twitter. Autoridades municipales y del Instituto Geofísico recomendaron mantenerse informados a través de canales oficiales. (CM)
Árbol caído
°
Ayer en la mañana personal del Cuerpo de Bomberos atendió las caída de un árbol en la Avenida Mariana de Jesús y Gaspar de Carvajal, sector de la Dolorosa. No se registraron personas heridas, pero sí dificultó el tránsito vehicular. Los integrantes de los “casacas roja” acudieron al lugar para realziar el trabajo de remoción.
OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR
La primera Sólo la inteobligación de ligencia se la inteligenexamina a sí cia es desconfiar misma”. de ella misma”. JAIME LUCIANO BALMES STANISLAW LEC ESCRITOR POLACO DE ORIGEN JUDÍO (1909-1966)
FILÓSOFO Y SACERDOTE ESPAÑOL (18101848)
O
CARTAS Ecuador con destino a Venezuela o Cuba
Estamos acostumbrados a la queja, la protesta, al memorial de agravio, a la manipulación de ciertos politiqueros con su tesis de que “roben, pero que hagan obras”. Son formas de expresión de intereses particulares o sectoriales. Nos resistimos a pensar en el país como un todo en el que también entran los demás, los próximos y los lejanos, con los que tenemos que compartir problemas, aspiraciones. Desde luego, nos duele un país desintegrado con una economía estancada, con políticos que se creen dueños de las obras y que se aprestan a reelegirse o terciar en las elecciones de 2021 con otras caretas o camisetas, confiados en el fraude. Esa visión egoísta, localista o sectorialista, ha producido graves distorsiones en nuestra vida política y económica. Las provincias o ciudades más grandes han usado su capacidad de movilización o su gran número de asambleístas para no cambiar nada e imponer sus intereses sobre los del resto del país. Los populismo de izquierdas y derechas que han destruido la economía ecuatoriana son la persistente evasión y elusión tributarias, la condonación de deudas al Estado, los intentos de privatización de la Seguridad Social, la remisión de intereses y multas, el perdón al pago de impuestos, la sucretización de las deudas privadas, el feriado y los salvatajes bancarios, la dolarización o la Ley “Trole 3” (2018), el Decreto 883 y sus consecuencias También una amplia gama de corruptelas entre privados, la manipulación de la información de ciertos medios de comunicación, las leyes penales en blanco, el fracaso del manejo del poder punitivo del Estado, la inseguridad ciudadana, el desempleo marcado y la justicia a la carta. Nos han demostrado que la “cirugía mayor contra la corrupción” es una falacia. Manuel Posso Zumárraga drposso@yahoo.com DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.
Son derechoS inherenteS a todoS
“Contiene algunas apreciaciones subjetivas y no refleja en su real dimensión el contexto de violencia y el impacto social que tuvieron los violentos sucesos el pasado mes de octubre”, declaró el canciller José Valencia sobre el comunicado de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos (Oacdh) relacionado con el paro nacional de octubre. Es evidente que aún queda mucho por esclarecer sobre lo vivido en esos días aciagos. El Canciller reitera la “transparencia” del Gobierno como motivación para invitar a la Oacdh a enviar una misión al Ecuador y se queja de la parcialidad del comunicado de la Oacdh. Es evidente que faltan por recogerse testimonios de muchos ciudadanos que vieron afectada su seguridad y la de los suyos, su dignidad, su salud, sus trabajos y sus empresas, sus negocios y sus más ele-
MANUEL CASTRO
Hablando de igualdad La explicación que se da a las últimas acciones violentas en Latinoamérica es por la desigualdad de sus sociedades, desigualdad de ingresos, de oportunidades, de educación Tal explicación es parcialmente cierta, cuando lo que se reclama es justicia y solidaridad, lo demás es casi utópico, pues como afirma Balzac: “La igualdad es tal vez un derecho; pero no hay poder humano que alcance jamás a convertirla en hecho”. Es por ello que la violencia, el vandalismo tienen su duración limitada porque no hay el reino de la igualdad.
mentales medios de subsistencia. “Vemos con desaliento que el comunicado no refleja en su real dimensión el contexto de violencia y su impacto social”, explica una carta dirigida por Valencia la Alta Comisionada, donde recalca que la fuerza pública “actuó dentro del marco de la Ley”. Añade que el comunicado refleja “solo los puntos de vista de la oposición o de entidades cercanas a los violentos”. En efecto, no solo son válidos los testimonios que aportan las partes contendientes, sino también aquellos traumáticos que afectaron a quienes nada tenían que ver con el conflicto. Los Derechos Humanos no son exclusivos de un sector de la sociedad, sino de todos los individuos que la componen y de todas sus estratificaciones. Son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna,
Lo que se debe buscar es la igualdad ante la Ley, pues los hombres somos esencialmente diferentes. Siempre habrá jefes y subordinados, ya que no se concibe una sociedad sin aquellos, además que hay lo que se denomina “la carrera abierta de los talentos”, donde unos llegan primero y otros quedan postergados, sino insisten. Sin embargo, hay que reconocer que muchos buscan la igualdad y aportan decisivamente en lograr disminuir las barreras que existen entre los hombres, pero hay más que únicamente esperan recibir sin aportar nada, ni esfuerzos, ni estudios, ni emprendimientos. En este grupo está el caldo de cultivo actual de los denominados socialismos. Como decía Spengler: “Se busca la sustitución de la calidad por la cantidad y de la capacidad odiada por el número”. Añadiría “por el número de votantes”.
En el Ecuador hay más capacidad para el reclamo violento o altanero, que amor por el libro, las ciencias, las artes, que exigen más tesón y entrega que realizar bochinches y algaradas. No es mucho pedir que la juventud sea serena y tranquila, sin dejar de luchar por la libertad y las injusticias, luchas que siempre la ha liderado, sin olvidar que transitoriamente la juventud, como es obvio, tiene dones prestados, el tiempo en especial que transcurre inexorablemente para todos. A los hombres hay que estimarles en su estricto valor, en su preparación y en su ética, que es la mejor forma de practicar la justicia y combatir las evidentes e innumerables desigualdades, que en parte no solo son fruto de la indiferencia de los gobernantes sino la de los mismos hombres. manuelcastromurillo@hotmail.com
FRANKLIN BARRIGA LÓPEZ
Señales de alerta La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), brazo de las Naciones Unidas especializado en materia económica y entre cuyos principales objetivos consta promover el desarrollo económico y social del subcontinente, en su “Panorama social de América Latina” entrega datos por demás preocupantes. A diciembre del año que termina, el diagnóstico de dicho organismo presenta señales de alerta, en un contexto regional marcado por el bajo crecimiento, la emergencia climática, el aumento y mayor complejidad de la migración, profundas transformaciones en la demografía y el mercado laboral, a lo cual debe añadirse una violencia urbana que sacude a varios países, sea por causas estructurales o por acción de gobiernos y grupos que propician, de manera planificada, la instauración del caos, para pescar a río revuelto. Según las estimaciones referidas, se calcula que aproximadamente seis millones de personas pasarán a engrosar las filas de la pobreza extrema, que llegará a 72 millones de personas y la pobreza general, a 191 millones, cifras que reflejan el descenso del bienestar en amplios sectores y fuertes limitaciones para que los seres humanos puedan ascender desde sus arraigados niveles donde campean la falta de oportunidades y la desesperanza. Ante lo expuesto, los líderes de los países latinoamericanos y caribeños tienen un gigantesco reto que no se puede eludir únicamente con la generalizada demagogia. En este contexto, es preciso un análisis de lo aseverado por Simón Bolívar hace más de 190 años: “Uncido el pueblo al triple yugo de la ignorancia, de la tiranía y del vicio, no hemos podido adquirir ni poder, ni saber, ni virtud”. ¿Qué se debe hacer? Seguir la ruta que ya han trazado las naciones más adelantadas del planeta. f-barri@uio.satnet.net
Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General ALEXIS SERRANO CARMONA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXVII No. 127211
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.
Buscan inmuebles para donar a la Policía
DESARROLLO. El proyecto 60 y Piquito mantiene otras actividades, como el taller de ‘memoria’ contra deterioro cognitivo.
Programa ‘Volver a ver’ fue eliminado Más de 40 mil personas se beneficiaron de este servicio entre el 2015 y el 2018.
Otros servicios ° Al momento, el Patronato continúa con el programa de atención a los abuelitos en 8 Centros de Experiencia al Adulto Mayor (CEAM) y en alrededor de 500
A través de una resolución de la Comisión de Seguridad, la administración de Jorge Yunda busca identificar inmuebles municipales que puedan donarse a la Policía Nacional para que amplíe su trabajo de seguridad en la ciudad. En el texto aprobado por los concejales integrantes de esta Comisión se señala la necesidad de que una vez que se resuelvan los informes técnicos y legales “que sean del caso”, el Concejo Metropolitano procederá a las donaciones “considerando su incidencia en la seguridad del Distrito”. Según el director Metropolitano de Gestión de Bienes Inmuebles, Patricio Serrano, existe total apertura de la administración municipal para atender este pedido de trasferencias presentado por el Gobierno de Lenín Moreno a tra-
CIUDAD I
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
A5
vés de la Ministra María Paula Romo. La tarea
El funcionario anticipó que tras una reciente inspección se confirmó un primer grupo de predios municipales sin las condiciones ni características mínimas para que se construyan infraestructuras de la Policía. Sin embargo, señaló que “se mantiene el mismo compromiso de la Dirección Metropolitana de Gestión de Bienes Inmuebles y se realicen las búsquedas pertinentes”. Mientras se concretan estos ofrecimientos, el colectivo Constructores Positivos continúa un proyecto iniciado tras los actos vandálicos de octubre anterior para reconstruir 12 unidades de policía comunitaria en distintas zonas, 7 en el centro, 2 en el norte (Calderón) y 3 en el sur. A estas se suman una en Ibarra, una en Guano y otra en Rumiñahui. (JCER)
Puntos 60 y Piquito ubicados a lo largo de la ciudad. Patricio Morocho, coordinador del proyecto en el Centro, Los Chillos y Tumbaco, comenta que dentro del eje saludable de atención cuentan con profesionales en Fisioterapia en los CEAM; sin embargo, reconoce que hasta al momento existe una gran demanda de pacientes que requieren servicios que se ofrecían dentro del plan ‘Volver a ver’ pero “pero ya no tenemos autorización”. Comenta además que el convenio estaba vigente hasta enero del 2019 y que actualmente se encuentran en un proceso de liquidación de la negociación. Pero la atención física, recreativa y de emprendimiento en estos espacios continúa.
Entre las atenciones más demandadas del programa ‘60 y Piquito’ estaba ‘Volver a ver’, que benefició a adultos mayores con atenciones e intervenciones oftalmológicas gratuitas. El programa se terminó tras la culmiDirecciones nación de un convenio con una De los centros de experiencia del adulto mayor Fundación privada. El programa inició en abril Sur del 2015 y hasta el 2018 atenQuitumbe Norte dió a más de 40 mil personas Av. La Ecuatoriana y Rita Lecumberry Calderón Teléfono 3653405 con patologías como cataratas, Tila María s/n un km antes del puente de Calderón, diagonal a Quifatex pterigion o glaucoma, que la adEloy Alfaro Teléfono: 202 2774 César Chiriboga y Alonso de Angulo ministración anterior las tomó Teléfono 3110802 como prioridad dentro de la La Delicia atención al adulto mayor. José de Soto y Piedras Negras Valles Tumbaco Teléfono 0998121622 A Guillermo Bustillos, de 85 Francisco de Orellana y Federico González años, beneficiario, le operaron Suárez Eugenio espejo de cataratas. En la actualidad, Teléfono 2377573 Bernardo de Léon y Carcelén N58-135 y comenta, puede leer libros, toAv. Vaca de Castro Conocoto mar el bus apropiado, desenvolTeléfono: 2533870 Jaime Roldós N4-201, Ciudadela del Niño Teléfono 2349432 verse en su vida diaria sin dificultad visual, y disfrutar de las actividades en el 60 y Piquito. Gabriela Cevallos, Especia- rar la calidad del servicio”. Sonia por cada ojo. “Son costos consilista de Ejecución Técnica de Rivera dijo que el año pasado le derables si tomamos en cuenta la Unidad Patronato Munici- operaron a su padre del glauco- el sueldo básico de una persona. pal San José, comenta que esta ma en el ojo derecho. “Nosotros Y más si se trata de adultos madependencia se encuentra en no sabíamos si en realidad era yores. Hay casos muy complicaproceso de terminación del con- gratuito, pero cuando le dieron dos y se debe dar seguimiento venio con la Fundación que rea- el alta nos mandaron a casa. Fue tras la intervención”, aseguró la una experiencia maravi- doctora Jimena Peñafiel al menlizaba los chequeos e inllosa. Quisimos ver si era cionar además que con el pasar tervenciones quirúrgicas; EL DATO posible que le operaran a de los años, las intervenciones se sin embargo, aún falta para plantear la atención Según datos del mi suegro pero ya no dan vuelven complicadas por ciertas esa atención”. desde otra perspectiva. enfermedades que usualmente Patronato, el que Asegura que existe presupuesto se pueden encontrar en los pamanejan para el otro tipo de trabajos y con- programa del 60 Precios cientes, como por ejemplo la diaPiquito es de 1 venios que apoyan sobre ymillón En la actualidad, las con- betes. de dólatodo al fortalecimiento de res anuales. Lo mismo opina Rivera, al sultas para oftalmología capacidades a los equipos oscilan entre los $ 40 y mencionar que la familia de su técnicos y la implementación de $70 en consultorios privados esposo es de escasos recursos y estrategias de autonomía con los y una operación de cataratas, muy difícilmente podrán costear adultos mayores. “En este tema dependiendo la gravedad, está una operación de esas ya que su vamos algunos meses y nos ha entre $1.600 y $2.000 por ojo. suegro no tiene jubilación y tampermitido incrementar las capa- En el caso de pterigion el valor poco accede a los servicios del cidades del personal como mejo- puede estar entre $500 y $700 IESS. (MLY)
INFRAESTRUTURA. Varias UPCs de la ciudadad fueron objeto de actos vandálicos a inicio de octubre. (Foto: archivo)
Barrios exigen mayor atención presupuestaria Atender pedidos urgentes de obras, proyectos o actualizar normas u ordenanzas que requieren los barrios es una de las primeras tareas pendientes que le espera al Concejo Metropolitano tras la pausa a la que se entregó la ciudad la semana pasada por las fiestas de Fundación de Quito. Así lo destacaron Patricio Camacho, integrante de la Asamblea de Quito y coordinador de la Federación de Barrios de Quito que agrupa a dirigentes de 336 barrios; y, el presidente de la Coordinadora de Defensa del Centro Histórico, Pablo Buitrón, que reúne a 8 de las 14 dirigencias barriales reconocidas de la zona. Ambos señalan que el presupuesto aprobado de $1.046 millones no refleja la urgencia
con la que la administración municipal debe atender a los barrios. Identifican la falta de prioridad en la asignación de recursos a los “presupuestos participativos”. Camacho puso como ejemplo tres necesidades para una gran cantidad de barrios de Calderón. La primera la iluminación de calles secundarias, parques y espacios públicos que se han convertido en focos de inseguridad en las noches. La segunda, reformas y nuevos trazados de vías principales y reparación de vías secundarias y vecinales. Y, el tercero, una unidad de salud municipal tal como la que funcionaba en Carcelén, a donde iban los vecinos de Calderón por consultas con médicos especialistas a precios módicos de $2,50. (JCER)
RECURSOS. La dotación de alumbrado público es una necesidad en la zona de Calderón
EN VELA A6
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
Fiestas: emergencias aumentaron 10,14% en relación a 2018
I
CORONACIÓN. El momento más emotivo donde Zozibini Tunzi empieza a ejercer su reinado.
Activista social se lleva la corona más deseada
Representante de Sudáfrica, Zozibini Tunzi, es la nueva Miss Universo 2019. Cristina Hidalgo no llegó a las finales.
Entre las 00:00 del 5 de di- servicios municipales (3,3), 105 ciembre y las 08:00 de ayer, de gestión de siniestros (1,1%), el Servicio Integrado de Se- 8 de gestión de riesgos (0,1%) y guridad ECU 911 y organimos una fue de servicios militares. Durante este período de relacionados atendieron 9.152 emergencias durante las festi- festividades, se evitó que 482 alertas captadas a través de vividades de la capital. Cifra que según las estadísti- deovigilancia se convirtieran cas de los organismos de so- en incidentes o delitos gracias al sistema de monitoreo corro representa un indel ECU 911 y la oportucremento de 10,14% de EL DATO na activación de los reatenciones brindadas en similiar periodo del año 127 efectivos de cursos de las entidades pasado, donde se presen- varios cuerpos articuladas. de seguridad Mediante 785 dispotaron 8.224 incidentes. brindaron asisa todos sitivos, instalados en luDe los eventos repor- tencia los reportes ciugares estratégicos de la tados este año, 6.440 dadanos. capital, se efectuó seguicorrespondieron a semiento visual completo guridad ciudadana (70.4%), 1.227 a gestión sani- de los festejos públicos planitaria (13,4%), 1.070 de tránsi- ficados, según el informe del to y movilidad (11,7%), 301 de ECU-911. (JS)
Antecedentes del certamen ° En 1952 se realizó el primer
certamen de Miss Universo en el Zozibini Tunzi brilló con su 2018; Bozoma Saint John, emcual, la finlandesa Armi Kuusela discurso contra la violencia de presaria; Crystle Stewart, acfue la ganadora. En esta primera género y ha realizado varias triz Miss USA 2008; y Paulina edición se hizo una réplica miniatura campañas en redes sociales Vega, Miss Universo 2014. Quince de las 20 semifinade la corona de la reina Isabel II. El para cambiar la narrativa en concurso se transmitió por primera torno a esos estereotipos. Ade- listas fueron escogidas de 3 revez en televisión en 1955 a través más, es una orgullosa defenso- giones definidas: Asia y África, del canal estadounidense CBS. Y ra de la belleza natural y alienta Europa y Américas. Las selecen 1966 fue televisado por primera a las mujeres a amarse a sí mis- cionadas fueron las represenvez a color. Janelle Commissiong, mas. Así se presentó anoche la tantes de Sudáfrica, Indonesia, representante de Trinidad y Tobago, joven de 26 años, representante Vietnam, Nigeria, Tailandia, fue la primera mujer de raza negra de Sudáfrica, antes de llevarse Albania, Francia, Islandia, en coronarse como Miss Universo Croacia, Portugal, Puerla corona de Miss Unien 1977. El certamen de 2018 fue el to Rico, Perú, República verso 2019. EL DATO primero en contar con la participaDominicana, México, EsFue una elección donción de una mujer trans género, la tados Unidos. de la representante de año pasado, española Ángela Ponce. Las últimas cinco seEcuador, Cristina Hidal- El en la edición No. go, no alcanzó a estar en- 67 del certamen, mifinalistas salieron de corona quedó una decisión en don- y de noche, entre las representre las semifinalistas. La la en manos de ganadora se mostró emo- Catriona Gray, de ya no se tomaron en tantes de México, Tailandia, CoMiss Filipinas. cuenta las regiones. Así, lombia, Puerto Rico y Sudáfrica. cionada y anunció que, se unieron las represen- Aunque la mayoría de las cancomo activista apasionada y comprometida, seguirá tantes de Filipinas, Venezuela, didatas eran de América Latina, impulsando proyectos contra la India, Brasil y Colombia. todo se terminó decantando graEl presentador Steve Har- cias a la contundente respuesta violencia de género. La gala se cumplió en los Tyler Perry Stu- vey realizó una breve pregunta de Zozibini Tunzi. dios en Atlanta, Estados Unidos. a todas las candidatas. Luego, “Me levanto todas las mañanas y en una eliminatoria rápida, las me afirmo. Me miro en el espejo candidatas hablaron en y digo estoy lista, puedo Los detalles hacer esto, soy hermosa y En la edición de este año, la quince segundos sobre soy poderosa’”, dijo. competencia incluyó a repre- su mayor tema interés. El segundo lugar quesentantes de 90 países. El jura- Después, el número se CENTÍMETROS es la estatura do estuvo conformado por siete redujo a diez selecciona- mínima que dó en manos de Madison deben tener las mujeres: Gaby Espino, actriz das. concursantes. Anderson de Puerto Rico; mientras que la tercera fiVenezolana; Sazan Hendrix, nalista fue Sofía Aragón, empresaria e influencer; Riyo Top 5 latinoamericano Mori, Miss Universo 2007; El título finalmente se definió, nacida en Guadalajara, México. Cara Mund, Miss América luego del desfile en traje de baño (JS)
1.62
SUCESO. Una persona resultó herida tras el volcamiento de un vehículo en La Villaflora.
Cuatro heridos y un fallecido en la vía Penipe-Baños
Un grave accidente de tránsito se registró ayer en la mañana en la vía Pungal de Penipe de Chimborazo, vía que conduce también a Baños de Agua Santa de Tungurahua. El accidente dejó como saldo cuatro personas heridas y una fallecida. Se produjo por un choque frontal y volcamiento en el que participaron un carro Renault tipo automóvil plomo y un Ford tipo Jeep también plomo.
El agujero negro del siglo XX
Una de las épocas más oscuras de la humanidad fue contada por una de sus millones de víctimas.
POR ENRIQUE SÁNCHEZ COSTA • Auschwitz es el agujero negro de la historia del siglo XX. Su densidad humana y metafísica tienden a lo infinito. La infinitud de lo demoníaco, de la profanación de la palabra y del sentido. Auschwitz es el intento más logrado del hombre por desacralizar y destruir al hombre.
Por eso escapa a toda descripción empírica, a toda comprensión humana. En su concentración de energía enloquecida, en su gravitación de mal, atrae todo hacia sí, lo devora y lo aplasta todo. Primo Levi fue arrastrado al agujero. Y, contra todo pronóstico, sobrevivió “para contarlo, para dar testimonio”. Su narración es necesaria, porque Auschwitz “ha sucedido, y por consiguiente, puede volver a suceder”. Obra
Levi narró su paso por el infierno en su libro más célebre: ‘Si esto es un hombre’ (1947). El texto está escrito no con el tono inflamado del justiciero o de la víctima, sino con la prosa tersa, desnuda, impasible, desgarrada, propia del testigo veraz. Nacido en Italia, en el seno de una familia judía secularizada,
Levi fue arrestado en diciembre de 1943 por la Gestapo, con otros partisanos antifascistas. Se confesó judío, y fue arrojado a un tren abarrotado, camino de Auschwitz. “Y llegó la noche, y fue una noche tal que se sabía que los ojos humanos no habrían podido contemplarla y sobrevivir”. De las 45 personas de su vagón, solo cuatro volverían a ver su hogar. En el penoso viaje se sucedían, entre los desdichados, las patadas, los improperios, los puñetazos. Poco tenían en común, salvo haber sido embarcados “en un viaje hacia la nada, en un viaje hacia allá abajo, hacia el fondo”. Levi señala el propósito deshumanizador del campo: buscaba “convertirnos en animales”, “anularnos primero como hombres para después matarnos lentamente”. De ahí el número tatuado en la piel, la desnudez impuesta, la violencia gratuita, el hambre perpetua, los alaridos continuos que se infligen a los prisioneros. “No somos más que bestias cansadas”, “gusanos sin alma”.
CULTURA I
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
A7
AUTOR. Levi fue un escritor italiano de origen judío.
LOCACIÓN. El campo de concentracion de Auschwitz fue escenarios más terribles de la ocupación Nazi. (Foto: ABC)
Lucha por la vida
Ahora bien, frente a la dicotomía maniquea entre verdugos y víctimas inocentes, Levi reivindica la ‘zona gris’ en la que se mueven la mayoría de prisioneros. Se impone el egoísmo y la lucha despiada por la vida. Nadie ayuda a nadie. El prisionero, si puede, le roba el pan, la cuchara o los zapatos al vecino. “Todos son aquí enemigos o rivales”.
Muchos, incluso, colaboran con el enemigo, para incrementar sus posibilidades de supervivencia. Nuestro autor murió en Turín, en 1987, al despeñarse por la escalera de su casa (seguramente, un suicidio). El psiquiatra Viktor Frankl, también interno en Auschwitz, pero abierto a la trascendencia y la esperanza, escribió que el ser humano “siempre decide lo que
Auschwitz es el intento más logrado del hombre por desacralizar y destruir al hombre”. ENRIQUE SÁNCHEZ COSTA.
es. Es el ser que ha inventado las cámaras de gas, pero, asimismo, es el ser que ha entrado en ellas con paso firme musitando una oración”.
La Sinfónica Juvenil cierra el año con gran concierto
La Orquesta Sinfónica Nacional del Ecuador (OSNE) ofrecerá el Concierto de Cierre de Temporada de la Juvenil OSNE, compuesta por jóvenes de entre 13 y 24 años. La orquesta estará bajo la batuta del director Yury Sobolev y contará con la participación del violoncelista Sebastián Calderón. El público se deleitará con dos obras del compositor francés de Camille Saint-Saëns y con la Sinfonía No. 5 del alemán Ludwig van Beethoven. La presentación será el martes, en la Casa de la Música, a las 20:00. La entrada cuesta $5 dólares. (AA) P.AB/24180
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CINE A8
QUITO
Más historias de ‘Mad Max’
MÉXICO, CINE PREMIERE• George Miller está listo para
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
dirigir su próximo proyecto alejado del universo ‘Mad Max: Furia en el camino’, que le trajo éxito en 2015. El director aún está lejos de haber terminado con la franquicia y una nueva película de la saga de acción podría estar en camino.
I
‘Frozen 2’ sigue en top de la taquilla MADRID, E·CARTELERA• ‘Frozen 2’ y ‘Puñales por la espalda’ se beneficiaron de un fin de semana de estrenos nada interesantes para mantenerse en lo más alto de la taquilla estadounidense. Tras dos semanas en lo más alto obteniendo grandes cifras y batiendo diversos récords, ‘Frozen 2’ llega a su tercer fin de semana manteniéndose en el primer puesto de la taquilla al sumar 34,67 millones de dólares, cifra con la que logra acumular un total de 337 millones en EE.UU. ‘Puñales por la espalda’ también consigue mantenerse en la segunda posición. La cinta de Rian Johnson obtiene una destacable cifra de 14,15 millones en su segunda semana en cines. Con este dato, este filme protagonizado por Ana de Ar-
mas, Daniel Craig, Chris Evans, Jamie Lee Curtis y Toni Collette ya suma un total de 63 millones en Estados Unidos, una cantidad que, ante un coste de producción de solo 40 millones, matiza el éxito de este último trabajo del director de ‘Looper’ o ‘Star Wars: Los últimos Jedi’. La falta de estrenos también beneficia a ‘Le Mans ‘66’ para mantenerse en el top 3 de la taquilla, no obstante, sus datos siguen sin ser suficientes para obtener una aceptable rentabilidad de su presupuesto de casi 100 millones. La cinta suma otros 6 millones, viendo aumentado su total hasta unos 91,11 que se mantienen aun por debajo de su coste de producción. No obstante, en todo el mundo ya acumula 167 millones.
Se prepara ‘spin-off’ de ‘Wonder Woman’
MADRID, E·CARTELERA• ‘Wonder Woman’ es uno de los mayores éxitos de DC y Warner. Con una secuela que promete ser taquillera en 2020, parece que el universo de Diana Prince, protagonista del primer éxito comercial liderado por una superheroína y dirigido por una mujer cineasta, va a extenderse.
‘Kramer vs Kramer’, 40 años después
HISTORIA DE UN
MATRIMONIO
RELACIONES. La cinta refleja los problemas cotidianos de una pareja que entra en crisis.
Noah Baumbach nos introduce en un divorcio moderno y los daños colaterales que provoca.
INVIERNO. Elsa y Anna continúan sus aventuras congeladas.
LA CORPORACIÓN ECUATORIANA DE COOPERACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS MUJERES-CECIM
invita al
Bazar Navideño FECHA del 10 al 14 de diciembre 2019 LUGAR centro de capacitación de la CECIM, ubicado en las avenidas Juan Molineros E10-134 y Eloy Alfaro,esquina, frente a la DINAPEN. HORA 10H00 - 14H00
Un drama tan bien elaborado que eleva el estatus del director de ‘The Squid and the Whale’ a un nivel totalmente nuevo”,
DAVID ALMEIDA GARCÍA• Tras el al extremo tanto en lo personal THE WIRE. estreno de ‘Joker’ (octubre), mu- como en lo creativo. DIARIO Para muchos se trata de la cha gente no dejaba de hablar de esa película de Todd Phillips y la evolución de ‘Kramer versus actuación de Joaquin Phoenix, Kramer’ (1979), esa cinta que hasta que Martin Scorsese nos provocó sollozos a mares y en presentó ‘El irlandés’, en la que la que Dustin Hoffman y Meryl reunió a toda su pandilla, enca- Streep tuvieron una dura batabezada por Robert De Niro, Al lla por la custodia del pequeño Billy (Justin Henry). Pacino y Joe Pesci. Pero Es inevitable hacer ahora todos hablan de EL DATO comparaciones entre la ‘Historia de un matrimopelícula de Baumbach y nio’ (‘Marriage Story’), cuenta con el drama judicial que didirigida por Noah Baum- Ya nominaciones rigió Robert Benton, pero RECUERDO. Los protagonistas de bach y protagonizada para premios el Círculo básicamente la historia es `Kramer versus Kramer`. por Scarlett Johansson y como de Críticos de Nueva York, el la misma, aunque la cinta Adam Driver. National Board de 2019 es de nuestros más afinado en el que ha mezLa relación entre ‘El of Review o el Film tiempos, obviamente, su clado diferentes géneros, ya sea irlandés’ e ‘Historia de American Institute. narración es algo distinta desde el drama y la comedia un matrimonio’ es que y su retórica es más inte- romántica, hasta el ‘thriller’ juambas son producciones rídico e incluso el acto musical. de Netflix y ya están disponibles ligente que el filme de 1979. Y las actuaciones de JohansY el resultado para Baumen esa plataforma de servicio en ‘streaming’. Además, las dos bach es muy positivo, pues es- son y Driver son tan contuncintas cuentan con elogios de cribe y dirige su obra más des- dentes, que nos brindan un la crítica y, muy posiblemente, tacada hasta ahora, en la que realismo conmovedor. Para sean protagonistas de la tempo- nos adentra en lo más profundo nosotros, están un escalón más rada de premios que culminará de un relato matrimonial en su arriba que Hoffman y Streep con la entrega de los Óscar pro- momento más difícil. Se trata de y, para decir eso, pues reconogramada para el 9 de febrero de una situación muy cotidiana, cemos que sus líneas son más 2020, tras un muy breve paso pero el director profundiza en inteligentes y eso es mérito del libreto. asuntos muy personales. en las salas de cine. ‘Historia de un matriBaumbach, para hacer monio’ es una muy bueesta película, realizó una Una historia… ¿simple? MINUTOS En las últimas horas en redes investigación en la que dura el metraje na película y merece ser sociales y foros mucha gente entrevistó a abogados y de esta película. vista, analizada y disfrutada en la medida de lo no deja de hablar de ‘Historia mediadores, además de de un matrimonio’, una pelícu- personas cercanas y algunas le- posible, pues es casi imposible la que nos cuenta la historia de janas, que le contaron sus expe- pasarla bien viendo cómo una familia se hace pedazos, pero un director de teatro y su mujer, riencias sobre el divorcio. Y gracias a esa investigación, los méritos cinematográficos actriz, quienes luchan por superar un divorcio que les lleva Baumbach construyó un guion son dignos de destacar.
136
PAÍS B1
Fiscalización analiza informe sobre juicio político a la ministra María Paula Romo
Los integrantes de la Comisión de Fiscalización de la Asamblea están convocados hoy para sesionar, a partir de las 14:00, con el objetivo de tratar el análisis y el debate del informe dentro del proceso de juicio político en contra de la ministra de Gobierno, María Paula Romo. Los proponentes de este juicio político son los asambleístas Lourdes Cuesta (independiente), Roberto Gómez (CREO) y Amapola Naranjo (Revolución Ciudadana). La funcionaria está acusada de incumplimiento de funciones en temas relacionados a seguridad ciudadana, crisis carcelaria, femicidio en Imbabura y mal uso de bienes públicos. Sin embargo, en el desarrollo de este proceso, según varios legisladores, los proponentes no sostuvieron las causales para la interpelación. (JG)
Utilice aquí un lector de código QR
tiempo lectura 15 min.
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora ECUADOR
I
Ley sobre Emprendimiento e Innovación está pendiente desde hace cinco meses “Esperemos que se tramite pronto, porque los proyectos urgentes no pueden dejar de lado a otros temas importantes, como una normativa que facilita el financiamiento, la asesoría y establece un marco jurídico claro”, dice Camilo Pinzón, presidente del directorio de la Alianza de Emprendimiento e Innovación (AEI), ante la demora en la Asamblea en el tratamiento del segundo debate de la Ley sobre Emprendimiento e Innovación. Desde julio pasado, la Ley está a la espera. Esta normativa, que es importante y tiene amplio consenso en los sectores público, privado y académico, ha tenido la participación de más de 500 actores y los diálogos han demorado más de dos años. Ordenamiento
so de creación simplificado, con menos trabas y requisitos. “Hay barreras de entrada, lo que provoca que exista informalidad”, acotó Pinzón. Por otro lado, se busca que el cierre o quiebra no convierta al empresario en un “delincuente”. La actual Ley, cuando una empresa entra en un proceso de quiebra, hace que el trámite se convierta en una tortura. Todo puede tomar siete años. “Tú ya declaraste que no tienes ingresos y no puedes continuar, pero las deudas laborales, con el fisco y las exigencias de control siguen. Eso forma una bola de nieve que hace que la persona pase rápidamente de ser un emprendedor a casi ser un delincuente. Entra en la Central de Riesgo, nadie le quiere prestar y no puede contratar”, dijo Pinzón.
Actualmente, sobre todo en la institucionalidad pública, hay dispersión y no existe clari- Nuevos mecanismos dad sobre quién debe tener la La creencia popular es que la rectoría sobre el Emprendi- única manera de arrancar una miento y la Innovación. La Ley empresa es con ahorros propropone funciones claras para pios o pidiendo plata a una instituciones como la Secre- institución bancaria. Pero, en taría de Ciencia y Tecnología las etapas tempranas de un (Senescyt) y el Ministerio de la emprendimiento las formas Producción. Además, propone de financiamiento deben estar un consejo coordinador vinculadas a mecanismo público-privado. Eso no EL DATO de riesgo o de capital emquiere decir más buroprendedor. cracia, sino más coordiAquí se incluyen vías Ley busca nación a alto nivel, según La como las redes de inverfacilitar los proPinzón. sión Ángel, que son persocesos y dar Este desorden institu- herramientas para reempren- nas que deciden comprar cional ha permitido que se der en otro una participación accionamantenga casi intacta una negocio. ria; fondos de inversión; y pesada tramitología junto el crowdfunding, que es con varias barreras normativas. un financiamiento masivo. Este Para corregir esas distorsiones, último, en el país es limitado, el proyecto crea las Socieda- porque legalmente lo único que des de Acciones Simplificadas se puede hacer son donaciones, (SAS), que sonuna figura jurídi- sin posibilidad de participación ca parecida a la Sociedad Anóni- accionaria, pre-compra de proma, pero que viabiliza un proce- ducción o préstamos. (JS)
TRÁMITES. Crear o cerrar una empresa e un dolor de cabeza.
DEBATE. Los 137 asambleístas están convocados para la iniciativa del Ejecutivo, que se realizará a las 15:30.
Hoy se define el futuro de la tercera reforma tributaria del Gobierno En casi dos años y seis meses, la administración de Moreno ha establecido cambios sin grandes resultados. El mandato de Lenín Moreno vuelve a contener el aliento hoy, desde las 15:30, a la espera de lo que suceda en el segundo debate de la ley Orgánica de Simplicidad y Progresividad Tributaria, con la que se espera generar una recaudación adicional de $620 millones en 2020 y $650 millones en 2021. Este proyecto es la tercera Ley con cambios económicos e impositivos que la actual administración lleva adelante, en un poco más de dos años y seis meses de ejercicio. Es decir, se realiza una nueva normativa cada 10 meses, sin que existan grandes resultados y sin que se hayan reactivado la producción y la inversión. Un recuento
A finales de 2017 se presentó la Ley de Reactivación Económica. En agosto de 2018, con la llegada de Richard Martínez al ministerio de Economía, se vendió a la Ley de Fomento Productivo como la gran punta de lanza del cambio de modelo económico. Ahora, en el contexto de un primer intento negado y archivado por la Asamblea (que incluía temas monetarios y financieros), la última iniciativa del Ejecutivo -netamente tributaria- comprende 58 artículos y 7 disposiciones generales y 13 transitorias.
La crítica de fondo es que, según Roberto Vinueza, analista tributario, el proyecto tiene un impacto mínimo, apenas del 0,59% del Producto Interno Bruto (PIB) o el equivalente al 3% de los ingresos fiscales. “Tiene aspectos positivos, como la eliminación del anticipo del Impuesto a la Renta y la simplificación del sistema de tributación para las microempresas y el sector agrícola. Además, de la condonación de deudas educativas. Pero, no ataca las grandes distorsiones que no permiten una mejor recaudación”, dijo. Por su parte Diego Olmedo, analista económico, alertó sobre el peligro de que la Asamblea no apruebe la propuesta o solo le dé un voto afirmativo parcial. “Eso provocaría que nuevamente se dispare el riesgo país y los ingresos fiscales que no se consigan tengan que ser cubiertos con más deudas caras”, aseveró. Votación en dos bloques
Vicente Almeyda, asambleísta Social Cristiano, anunció que su partido planteará que el proyecto de Ley se vote en dos bloques. Por un lado, los temas relacionados con las exenciones, exoneraciones, condonaciones e incentivos; y por otro, lo que concierne
Temas
Falta de apoyo en el Pleno 1. Impuesto a los Consumos Especiales del 10% sobre los planes pospago de personas naturales. 2. Contribución especial para grandes empresas: El gobierno espera recaudar $177 millones en cada uno de los próximos tres años mediante un mecanismo de contribución escalonada. Así, tomando en cuenta la facturación de 2018, las empresas con ventas de 1 a 5 millones pagarán el 0,1%; de 5 a 10 millones, se tributará el 0,15%; y por más de 10 millones se desembolsará el 0,2% 3. Pago de deudas con bonos del Estado. Se propone que el Gobierno haga ese tipo de operaciones, por obligaciones con universidades, gobiernos locales y sistema de salud, hasta por el equivalente al 5% del PIB.
al aumento de impuestos y la contribución especial, por tres años, para las empresas que facturan más de $1 millón. Esto podría provocar, a criterio de Vinueza, que se apruebe solo la parte del sacrificio fiscal, pero no la de la nueva recaudación que es urgente para un Estado con necesidades de financiamiento de más de $9.000 millones para el próximo año. En el informe para segundo debate, elaborado por la Comisión de Régimen Económico, se consensuaron el 80% de las propuestas originales del Ejecutivo, pero se dejaron de lado temas importantes, como el modelo de devengamiento en el sector de las telecomunicaciones. (JS)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
NACIONAL
PAÍS B2
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
Más de $4 mil millones del PIB en dinero ilícito I
Para el Producto Interno Bruto (PIB), el lavado de activos - utilización de negocios aparentemente legales para invertir dinero de origen ilícito-, representa el 4%; es decir, alrededor de $4.160 millones Esta estimación resulta de los análisis tanto del Foro Económico Mundial como de la Universidad de Cuenca. Roberto Viera, experto en prevención de lavado de activos, explicó que existen pocos controles efectivos y la cooperación internacional es incipiente.
JUICIO. Una red de blanqueo de capitales está siendo juzgada en Azuay.
Azuay, producto del delito de usura Las ganancias las coloEn la Unidad Judicial de Gua- caron, estratificaron e integralaceo se desarrolla la audiencia ron a través de la constitución de empresas en los secde evaluación y preparatores hotelero, inmobitoria de juicio en contra liario y de telecomunide nueve ciudadanos y EL DATO caciones, desde 2010 cinco personas jurídicas, por su presunta partici- El delito de lava- hasta 2018, realizando de activos movimientos financiepación en el delito de la- do está tipificado y vado de activos. sancionado en el ros injustificados por 317 del Según refirió la fis- artículo Código Orgánico más de 31 millones. Integral Penal Los procesados son cal Ivonne Proaño, de Genaro C., su esposa la Unidad Antilavado (COIP). Carmina L. y la secrede Activos de la Fiscalía General del Estado (FGE), taria María G., quienes tienen estos ciudadanos serían parte sentencia condenatoria de dos de una organización delictiva años. Actualmente se encuendedicada a lavar activos en tran prófugos. (JS) Caso en proceso en el país
PANORAMA. En Ecuador de cada 10 embarazos, dos son de menores de edad.
Eliminan recursos a programas contra embarazo adolescente Activistas señalan que esto representa una nueva vulneración a los derechos de las niñas. Con voz firme pero llena de preocupación, Ana Cristina Vera, directora ejecutiva del colectivo Surkuna, dice que el presupuesto de 5,7 millones que el Gobierno pretendía destinar al Plan Nacional de Salud Sexual y Salud Reproductiva para 2020, que el Ministerio de Salud Pública (MSP) implementó en 2017, se eliminó sin mayor explicación. Esto, según la constitucionalista Angélica Porras, representa una “violación más a los derechos de los niños y más que todo a las adolescentes”. Para Porras, eliminar el presupuesto no solo representa una acción inconstitucional, sino que también genera falta de prevención del embarazo adolescente. “No van a poder acceder a servicios públicos de calidad”. El tabú manda
“Necesitamos información sin prejuicios, accesible y laica para los adolescentes”, cometa Porras al señalar que, si bien la política implementada en 2017 promueve el acceso a anticonceptivos o la pastilla de emergencia, las jó-
venes aún sienten vergüenza de solicitar este tipo de métodos. Esteban Rosales, ginecólogo, señala que la educación sexual se ha estancado. “Padres y educadores quieren promover el tema de la abstinencia. Es más, casi que la exigen y eso hace que los jóvenes que deciden iniciar su vida sexual no tomen o no sepan las precauciones del caso”. Rosales explica que una educación sexual de calidad debe contemplar criterios de género, diversidad, placer y salud sexual y reproductiva.
Si de verdad le importan las mujeres, (el Gobierno) debe dar el presupuesto necesario para ellas”, ANA CRISTINA VERA,
DIRECTORA EJECUTIVA DE SURKUNA.
sexual integral que inicia desde la infancia y que es obligatorio en el pénsum de estudios. La ONG señala que “la apertura social y la normalidad con la que se manejan los temas de sexualidad” son factores que han permitido que estos países tengan una menor tasa de embarazos precoces, frente al continente americano. En Estados Unidos, por ejemplo, se registran 71,5 embarazos por cada mil NIÑAS habitantes. En Francia, en Modelo a seguir dan a luz a diario Rosales señala que los paí- en el país, según cambio, hay 25,7 por cada Comité de mil y en Alemania 18,8. ses con menor tasa de em- elDerechos Sexuales y Vera sostiene que, sebarazo infantil son aquegún datos del Instituto llos que han empleado Reproductivos del Ecuador. Nacional de Estadísticas y programas de prevención, Censos (INEC), del 2002 “sin tabúes ni sesgos”, con al 2010, los embarazos premauna fuerte inversión. El informe de la organización turos aumentaron un 78,1%. Acdedicada a la promoción de edu- tualmente, de cada 10 embaracación sexual y prevención del zos, dos son de menores de edad. Diario La Hora solicitó la verVIH, ‘Advocates for Youth’, ha determinado que Francia, Ale- sión del MSP, pero hasta el ciemania y Holanda cuentan con rre de esta edición no obtuvimos un modelo exitoso de educación respuesta. (AVV)
160
Ecuador busca combatir la pesca ilegal en dos frentes Desde mediados de agosto pa- que venden al bloque europeo. El CMS debe emitir alarmas sado, la Unión Europea advirtió al país con una tarjeta amarilla, de infracción en tiempo real debido a la falta de controles por invasión y actividad de pescontra la pesca ilegal. Hace una ca en zonas no permitidas. Los semana, Iván Ontaneda, minis- informes serán gestionados por tro de Producción, anunció que inspectores de pesca en territose destinará un presupuesto de rio a escala nacional. $18 millones para cumplir con las observaciones y subsanar Normativa pendiente deficiencias. El proyecto de la nueva Ley OrUna de las principales accio- gánica de Pesca y Acuicultura nes se desarrolla en el Centro no se aprueba en la Asamblea, de Monitoreo Satelital (CMS), aunque llegó hace más de tres que permite recopilar, meses. Marianne Van registrar y analizar el EL DATO Steen, embajadora de tráfico marítimo de las la Unión Europea en embarcaciones indus- La pesca repre- Ecuador, dijo que la Ley triales. senta el 10% de vigente tiene más de 60 exportacioOpera en horarios ro- las años y está obsoleta. nes no petroleras del país; es tativos, las 24 horas. Ac“Un nuevo marco legal $1.234 tualmente, en el registro decir, millones, aproxi- es imprescindible, pero de la Autoridad de Pesca madamente. el punto central es que Nacional se cuenta con la aplicación sea efecti583 embarcaciones mayores va. Una misión de la Comisión autorizadas; de las cuales, 115 Europea visitará Ecuador cada proveen materia prima a las seis meses, para dar seguimienempresas procesadoras de atún, to”, acotó. (JS)
ACCIÓN. Hace una semana se anunció la inversión de$18 millones para superar la tarjeta amarilla de la Unión Europea.
Votación por listas fortalecerá sistema de partidos políticos Los representantes consideran que se elegirá por ideologías y no por figuras.
Desde las próximas elecciones (2021) se aplicará el voto por listas cerradas y no entre listas, de acuerdo a la reforma al Código de la Democracia, que fue aprobado por la Asamblea y que está a la espera del pronunciamiento del Ejecutivo. La reflexión para cambiar el sistema fue que al hacerlo en plancha el elector tendrá que pronunciarse por una ideología política expresada a través de los partidos, evitando así la dispersión del voto y el “personalismo” de determinados candidatos. Se consideró que es una manera de fortalecer el sistema de los partidos, así como la campaña conjunta y no individual. (HCR)
‘Puede desvirtuarse la buena intención’ JUAN CÁRDENAS, ASAMBLEÍSTA (RC)
°
SISTEMA. La reforma al Código de la Democracia se aplicará desde 2021.
‘Mejorará la cultura política’ JOSÉ CHALCO, CONSTITUCIONALISTA
° “La votación por listas permite al elector inclinarse por una opción de planes y proyectos de trabajo que responden a una posición de principios y de ideología política. En esa línea es un avance significativo, en el sentido de mejorar la cultura política en el país. Va a haber una cercanía a principios y a posiciones doctrinarias, económicas de líneas políticas de ideologías de partidos políticos antes que personalismos. Este sistema permitirá el fortalecimiento de los partidos y movimientos políticos, ya que uno de sus elementos es esta fidelidad del elector con el grupo que se alcanza precisamente con estas fórmulas, que son conducentes hacia la institucionalización de un sistema de partidos”.
‘Regresamos a un sistema’ HENRY CUCALÓN, ASAMBLEÍSTA (PSC)
°
“El tema de listas cerradas ya existió en el país hasta 1997. Algunos analistas – politólogos decían que era una herramienta de la partidocracia; ahora, los mismos analistas, politólogos y filósofos son los que han recomendado regresar a ese sistema para fortalecer tendencias políticas y que los partidos traten de ponderar a sus mejores cuadros. Habrá personas que digan que hay una restricción, porque mientras se podía elegir entre listas a los mejores representantes -más allá que no había sindéresis en votar por dos tendencias opuestas por así decirlo- ahora vamos a regresar a un sistema que, sin duda, fortalece la representación política de los partidos. Ojalá que eso vaya en la formación de macro tendencias y no a fraccionar más”.
“Esta reforma debería, en circunstancias normales, ser acogida porque permitiría que los partidos y movimientos políticos se afiancen para evitar la dispersión de los votos con el clásico clientelismo. Pero en las circunstancias actuales, y cuando la reforma está prácticamente a puertas de un nuevo proceso electoral, puede desvirtuarse esa buena intención. Definitivamente, consolida la vigencia de los partidos en una democracia que necesita una participación efectiva de la ciudadanía. Lo que preocupa es el cambio de método para la asignación de escaños (de D’Hondt a Webster), porque se experimenta cada vez que a algún mandamás le va mal en los resultados y cree que cambiando el método va a mejorar”.
‘Ahora se elegirá por tesis’ WILMA ANDRADE, PRESIDENTA ID
°
“Esta es una propuesta que viene desde la ciudadanía, que se dio cuenta de que había una distorsión, ya que el elector creía que (con voto entre listas) tenía cinco votos si elegía a cinco concejales y el voto se fraccionaba, pues le daba un porcentaje a cada candidato. Además, llevaba a votar por los famosos y no por planes de trabajo. El voto por listas abona al fortalecimiento y les obliga a poner en sus listas a personas que no puedan ser señalas, tachadas o que no conozcan la realidad a la que representan. Además, permitirá llevar una campaña unitaria que ahora lamentablemente está distorsionada”.
PAÍS I
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora ECUADOR
B3
Motociclistas sorprendidos en Santo Domingo Para muchos, la puesta en marcha de la Ordenanza Municipal de Santo Domingo de los Tsáchilas, que impide que dos hombres circulen en una misma moto, fue sorpresa. Otros, se olvidaron que desde ayer regía la Ley. En varios sectores de la ciudad fueron desplegados 70 agentes de tránsito, quienes se encargaron de los operativos. En una hora retuvieron a 11 motos. La Ordenanza establece que se permitirá circular en moto a: hombre – mujer; mujer – mujer; hombre con niño de hasta 12 años; hombre y adulto mayor; y hombre y persona con discapacidad. Caso contrario, el medio de transporte será retenido por 48 horas y si es residente serán 96 horas. El reglamento tiene dos aspectos más que deben cumplir. Toda moto debe estar correctamente identificada y el propietario tiene que adquirir un adhesivo sin costo en la Empresa Pública Municipal de Transporte. En los cascos deberá ir la placa identificativa. Estos requisitos se deben cumplir, porque lo que preocupa a las autoridades es que en el cantón circulan 35 mil motocicletas, pero solo 15 mil se matriculan. (LMM)
CASO. Varios fueron sancionados.
El país exportó el primer cargamento de oro a Europa 15 AÑOS
EXPLOTACIÓN. El proyecto consiste en una mina subterránea de oro y plata.
La mina Fruta del Norte, ubica- Esta mina proyecta ingresos por da en Zamora Chinchipe, expor- exportaciones de $7.887 millones, entre 2019 y 2034. tó su primer cargamento Beatriz Espín, ingeniecon 177,9 toneladas de EL DATO ra en minería, comentó concentrado de oro, que que la mayor crítica ante fue producido desde el mina Fruta del el inicio de las ventas inpasado 15 de noviembre. La Norte fue inaugurada el pasado ternacionales, desde los El destino es Europa. El Ministro de Energía 14 de noviembre. proyectos a gran escala, es que los ingresos para el y Recursos Naturales No Estado solo alcanzan enRenovables, José Agusto, tre el 6% y el 8% del 100% afirmó que este año fue EL DATO de cada embarque. clave para el sector mine“Durante el anterior ro. “Con la primera exporGobierno se firmaron contación se consolida una Producirá 310.000 onzas tratos poco beneficiosos, minería manejada res- troy de oro y onzas los que no han sido transponsablemente, que cum- 400.000 troy de plata. parentados en la actual ple con la normativa legal, administración. La minepromueve el desarrollo de sus comunidades y genera ría puede ser un importante imrecursos para el país”, explicó. pulso para el desarrollo, si los re-
cursos se utilizan en inversión y no se despilfarran como ocurrió con los dos booms petroleros”, dijo la experta. El proceso
El mineral fue transportado en ocho contenedores sellados, de 22 toneladas cada uno, que contó con una escolta de seguridad armada hasta llegar al Puerto de Guayaquil, donde estuvo almacenado en un área vigilada, hasta su embarque en el buque. Previo a la exportación, la empresa concesionaria de esta mina, Aurelian Ecuador S.A., solicitó a la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom) el Certificado de Exportaciones de Minerales para su primera venta en
será la vida útil de la mina Fruta del Norte.
$2.700
MILLONES es la inversión para su funcionamiento. el mercado internacional. De la mina Fruta del Norte, además, se obtendrán barras doré, que contienen cantidades de oro y plata de alta pureza, que serán exportadas vía aérea. (JS)
PAÍS B4
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora ECUADOR
Artistas se suman a las protestas en Colombia, en contra del Gobierno
I
Cerca de 40 artistas y bandas colombianas unieron sus voces ayer en una caravana musical de apoyo a las protestas sociales contra el Gobierno del presidente Iván Duque, que llevó a las avenidas de Bogotá a una multitud bajo el lema ‘Un canto por Colombia en la calle’. Bajo un sol radiante, miles
de personas siguieron durante más de seis horas una amalgama de ritmos, desde el porro caribeño de Adriana Lucía hasta el rock de Doctor Krápula o La Derecha, en un ambiente festivo que se prolongó hasta bien avanzada la tarde cuando un aguacero enfrió los ánimos en la parte final del concierto. EFE
MINUTERO Bajan detenciones de inmigrantes
El número de inmigrantes °detenidos en la frontera entre Estados Unidos y México bajó un 30% en noviembre, con respecto al mismo mes del año anterior, una tendencia a la baja que se ha repetido en los últimos seis meses, desde que el Ejecutivo mexicano endureció su política migratoria. Los datos, que no han sido hecho oficiales, fueron publicados ayer en por la cadena conservadora Fox. La cifra supone el sexto mes consecutivo con descensos. EFE
43 muertos en incendio en Nueva Delhi
llamas consumieron a °unaLasfábrica en Nueva Delhi, India, lo que provocó la muerte de al menos 43 personas. El incendio se produjo a primera hora de la mañana de ayer. Las familias devastadas contaron que hacia las cinco de la mañana recibieron llamadas de los obreros que suplicaban que les liberaran de las llamas en el barrio comercial de Sadar Bazar, un gran mercado de venta al por mayor poco iluminado. AFP
TRANQUILIDAD. Los oponentes se mostraron cordiales durante el encuentro.
Macri y Fernández se abrazan antes de la posesión presidencial Desde mañana, Alberto Fernández asumirá las riendas de Argentina. Antes, asisitó a misa con el actual Mandatario. El presidente saliente de Argentina, Mauricio Macri, y el electo, Alberto Fernández, escucharon ayer una ARGENTINA, AFP •
exhortación de la Iglesia católica a unir al país y evitar la destrucción de los adversarios. “El respeto al otro es la base de la sociedad. Debemos mantener la unidad y la paz. No caer en la tentación de querer destruir al otro”, dijo en su homilía el arzobispo Jorge Scheinig, en una ceremonia al aire libre frente a la Basílica de Luján, a 70 km al oeste de Buenos Aires, ante centenares de fieles. Macri y Fernández, rivales en las pasadas elecciones del 27 de octubre, se sentaron uno
P.AB/24178
al lado del otro y varias veces se hicieron comentarios al oído. No formularon declaraciones. Estuvieron en la misa sus parejas, Juliana Awada y Fabiola Yáñez, respectivamente, además de miembros de ambos gabinetes. Mañana será el cambio de mandato. Las cifras
Scheinig convocó a los gobernantes a que “los pobres sean los hermanos más cuidados”. La pobreza aumentó de un estimado de 26% a más de 35% en los cuatro años del mandato de
P.AB/24179
La Argentina que viene necesita del trabajo conjunto de todos”. ALBERTO FERNÁNDEZ,
PRESIDENTE ELECTO DE ARGENTINA.
Macri, según cifras oficiales. Una coalición de peronistas de centroizquierda y centroderecha ganó con el 48% de votos contra 40% de la alianza oficialista de derechistas y socialdemócratas, un fracaso para Macri en su intento de reelección en un país en crisis por la inflación, la deuda, EL DATO el desempleo y la pobreza. la misa tam“La patria so- En bién estuvo el mos todos. Ningu- excandidato prena persona o gru- sidencial Roberto po en soledad Lavagna. o aislado es la patria”, afirmó el arzobispo. En otro párrafo de su homilía dijo: “Mucho nos ayudará alcanzar juntos un pacto social”, una iniciativa prometida por Fernández para sentar en una gran mesa de concertación al Estado junto con sindicatos y empresas. El cambio de Gobierno se produce en momentos en que la inflación anual se duplicó de 25% a 50% en cuatro años, con alza del desempleo de 5,9% a 10,6% y una ola de quiebras empresariales y comerciales. La economía se desplomará 3,1% este año y la deuda se ha duplicado, según el Fondo Monetario Internacional (FMI) y calificadoras de riesgo.
Transforman la madera en nacimientos en San Antonio El tallado es una de las características principales de esta parroquia rural de Ibarra.
IBARRA•
El olor de la madera de cedro, nogal y naranjillo escapa de los talleres ubicados a lo largo de las calles inclinadas de la parroquia de San Antonio de Ibarra, en Imbabura, donde hábiles manos tallan esculturas. Para esta época navideña, varios artesanos elaboran las figuras del pesebre. Nacimientos pequeños, medianos y grandes, reposan en los locales que se encuentran en la calle 27 de Noviembre y el parque principal de esta parroquia. Los que transitan por el lugar se detienen para observar los pesebres, algunos hechos con figuras de nacionalidades indígenas de Ecuador y Perú. Nacimientos
Diagonal a la plazoleta se en-
Exige tus derechos
Kichwa Constitución de la República del Ecuador Capítulo sexto Derechos de libertad Art. 67.- Se reconoce la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá como núcleo fundamental de la sociedad y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes. El matrimonio es la unión entre hombre y mujer, se fundará en el libre consentimiento de las personas contrayentes y en la igualdad de sus derechos, obligaciones y capacidad legal.
Kichwa SUKTANIKI WANKURIY Kishpiykaypak hayñikuna 67 niki.- Paypak chikan chikan kawsaypimi ayllutaka riksirin. Mamallaktaka runakunapak shunkuta shinami ayllutaka ukllanka. Imashina pay imatalla yuyashkata tukuyta yanapaktami paktachinka. Kaytaka kamachiwan, rurashkawan tiyachinka, kayka pak- tapakta hayñipimi tiksinka, yaykurishka mashikunapak charishkawan tiksinka. Sawarinaka shuk karintin, shuk warmintin tinkunakuymi kan, kayka sawarikkuna kishpiyrishka shunkumanta munaypi, paktapakta hayñipi, manunakuypi, yuyay huntashkapi tiksirishkami kanka.
cuentra el local Esculturas Guayasamín. Su propietario, Marcos Guayasamín, comentó que en estas fechas se fabrican los niños (Jesús) y nacimientos completos (Jesús, José, María, Reyes Magos y animales). En este sitio existen nacimientos que miden desde 15 hasta 70 centímetros. En lo que refiere a niños, hay desde 5 hasta 50 centímetros. “Todos son hechos de madera. Al niño Jesús se le coloca ojos de vidrio”. Guayasamín dijo que tienen pesebres en resina, que cuestan hasta 80 dólares, en cualquier tamaño. Mientras que los que son elaborados en madera, y dependiendo del tamaño, están entre 60 y 320 dólares.
INTERCULTURAL
COCINA AMA MASCOTAS MIRA VIAJA
VIAJA B13
I-F
NAVIDAD. En San Antonio elaboran en esta época nacimientos. José, María y Jesús son los más creados.
Buscan que sea Patrimonio Cultural Inmaterial Con una firma de convenio entre la Universidad Técnica del Norte (UTN) y el °GAD Parroquial de San Antonio de Ibarra, se dio el proceso que busca declarar a
las técnicas y conocimiento del arte del tallado de la madera de San Antonio de Ibarra, como Patrimonio Cultural Inmaterial del Ecuador. En su momento, Marcelo Gómez, director del Instituto de Altos Estudios de la UTN, dijo que con este convenio se levantará una investigación de carácter etnográfica, histórica y cultural, que servirá para la declaratoria de patrimonio. Se indicó que esta indagación es pilar para cumplir con los requerimientos que solicita la Ley de Cultura como la normativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Proceso
El tiempo que les toma tallar un niño de 40 centímetros es de 15 días. Luego dejan que se seque una semana, para proceder con la aplicación de la pintura con el fin de que no se parta la madera. “Para pintar empezamos con la cara y luego el resto del
cuerpo. los acabados los hacemos con olios, para garantizar la escultura para unos 20 a 30 años”, explicó Guayasamín. En el taller también se realizan retoques a las esculturas que ya fueron adquiridas o también restauran, en el caso de que hayan sido rotas. (FCDL)
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
B5I
DISEÑO. Hay nacimientos de diferentes tamaños.
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON SHUSHUFINDI CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en la misma al demandado VARGAS BARBA EZEQUIEL DANIEL, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: CAMPOVERDE CAMPOVERDE GLORIA NANCY DEMANDADOS: CAMPOVERDE CAMPOVERDE ALEJANDRO SANTOS Y OTROS JUICIO: 21332-2017-00225 CAUSA: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO TRAMITE: ORDINARIO CUANTIA: INDETERMINADA CASILLA JUDICIAL: 336 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBIOS. VISTOS: VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa signada con el No. 2017-00225, en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial Multicompetente y merced al sorteo efectuado; agréguese al proceso el escrito presentado por la señora Gloria Nancy Campoverde Campoverde, ingresado con fecha 21 de abril del 2017, con el cual se cumple con lo dispuesto en providencia de fecha 19 de abril del presente año; en lo principal, la demanda propuesta por Campoverde Campverde Gloria Nancy con cédula de ciudadanía No. 2100104708, en contra de Santos Campoverde Campoverde, Santos Arcenio Campoverde Campoverde, Elba Victoria Campoverde Campoverde, Vicente Pablo Campoverde Campoverde, Martha Leopoldina Campoverde Campoverde y Alejandro Santos Campoverde Campoverde, es clara, precisa, completa y reune los presupuestos determinados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite al trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme lo determinan los Arts. 291 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos; en consecuencia, con el contenido de la misma, auto de calificación y anuncios probatorios, cítese a los demandados Santos Campoverde Campoverde, Santos Arcenio Campoverde Campoverde, Elba Victoria Campoverde Campoverde, Vicente Pablo Campoverde Campoverde, Martha Leopoldina Campoverde Campoverde y Alejandro Santos Campoverde Campoverde, en los domicilios señalados, de forma inmediata y a través de secretaria, a quienes se les prevendrá de la obligación que tienen de contestar la demanda en el término de treinta días conforme el inciso segundo del Art. 291 ibídem, señalar domicilio judicial para sus notificaciones y designar defensor, bajo apercibimiento que, de no hacerlo, se continuará el trámite en rebeldía. Para la práctica de las diligencis de citación a los demandados Martha Leopoldina Campoverde Campoverde y Alejandro Santos Campoverde Campoverde, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil o Multicompetente del Cantón Joya de los Sachas, Provincia de Orellana a quien se le remitirá el correspondiente despacho. Tómese en cuenta el trámite señalado por la demandante, la cuantía especificada, el domicilio en el que ha de recibir notificaciones el demandante y la autorización que confiere a su defensor. Tómese en cuenta los anuncios probatorios realizados por el accionante. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI.- Shushufindi, martes 30 de abril del 2019, las 09h22, Se dispone se agregue al proceso el acta de comparecencia del demandante Campoverde Campoverde Gloria Nancy, de fecha 29 de abril del 2019; en lo principal, por cuanto de dicha acta, bajo juramento el accionante expresa que pese a las gestiones realizadas le ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia del demandado Campoverde Campoverde Alejandro Santos, tomándose en cuenta que de las razones sentadas por el citador de la Unidad Judicial de Santo Domingo de los Tsáchilas, se determina la imposibilidad de citar al demandado por dirección insuficiente, existiendo evidencia documental de que el accionado no a abandonado el País, con fundamento en lo que dispone el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone se cite al demandado CAMPOVERDE CAMPOVERDE ALEJANDRO SANTOS, mediante tres publicaciones que se realizarán en fechas distintas en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional, para lo cual el actuario del despacho elabore el extracto correspondiente. Actúe el Ab. Rodrigo Vásquez, Secretario del despacho. Hágase saber. Particular que comunico a usted para los fines de ley. Atentamente, Abg. Rodrigo Alejandro Vásquez Álvarez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBIOS Hay firma y sello 1X27
P-240005-MIG /PAP74309
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
NACIONAL
LA COLUMNA DE CALA
B6
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
@CALA
Twitter: @cala Instagram: ismaelcala Facebook: Ismael Cala
¿Ira o indignación? Hace poco abordé en este mismo espacio las protestas populares en Ecuador y Cataluña (España). Desde entonces, el tsunami de indignación ha llegado también a Chile, Bolivia y Colombia. Sus causas son diferentes, al igual que el signo ideológico de los gobiernos involucrados, pero algunas consecuencias se repiten y dejan cuantiosos daños. En ese contexto, son las heridas sociales las más preocupantes, pues hablan por sí solas del analfabetismo emocional que aún padecemos. En un noticiero, un joven chileno dijo que el vandalismo y los destrozos callejeros se justificaban porque, según él, la gente había sufrido históricamente diversos tipos de violencia por parte del Estado. En Bolivia, unos y otros alegaron razones para encender las calles y, en Colombia, la intervención policial acabó en tragedia. Son solo algunos ejemplos de secuelas de la ira descontrolada. Jamás he aceptado la violencia como vía de resolución de conflictos Ni siquiera en la Cuba en que viví, caracterizada por graves carencias y ausencia de muchas libertades. Entrar en ese terreno es autorizarnos el “todo vale”, el “sálvese quien pueda”. Un relativismo que echaría por tierra todo lo que la humanidad ha construido tras siglos de sangre, fuego y barbarie. Ira, violenta e in-
dignación son cuestiones distintas. ¡Todos tenemos derecho a indignarnos! El filósofo italiano Remo Bodei, inspirado en Platón y Aristóteles, afirma que “eliminar la ira justa o la indignación” significaría “cortar los nervios del alma”. Es evidente que la desigualdad, los abusos de poder y la corrupción son razones suficientes para indignarnos. Sin embargo, el método elegido y la proporción definen su naturaleza: caos para la destrucción (sin saber lo que vendrá después, o sabiéndolo perfectamente) o presión democrática para el cambio. Ninguna emoción es negativa. Hay unas más incómodas que otras, pero todas cumplen funciones imprescindibles para la vida humana, como explico en el libro ‘El analfabeto emocional’. La ira, entendida como reacción frente a una injusticia, irrespeto o frustración, debe manifestarse (y gestionarse) con mesura. El problema surge al añadir un ingrediente peligroso, el odio, que casi siempre termina en agresión. Acudo a un genio, Aristóteles, para cerrar mi reflexión: “Cualquiera puede enfadarse, eso es fácil. Pero enfadarse con la persona adecuada, en la medida correcta, en el momento oportuno, con el propósito adecuado y la manera conveniente, eso no está al alcance de cualquiera ni resulta fácil”.
www.IsmaelCala.com
El dolor crónico es un problema subestimado
SALUD
ENFERMEDAD. Los de la tercera edad engrosan las estadísticas de este problema, por el desgaste del cuerpo.
Es una señal de que algo está mal. Cerca del 30% de latinoamericanos padecen la enfermedad. En los últimos tiempos, los médicos han visto el incremento de pacientes que se quejan de algún dolor, síntoma que incluso puede impedir una actividad laboral y, en ocasiones, contribuir al deterioro de las relaciones familiares. Hay dolores agudos y crónicos. Los primeros mejoran después de curar el proceso patológico y los segundos van más allá de la sanación; es decir, que persisten aún después de recibir tratamiento, explica Manuel Sempértegui, anestesiólogo y terapista del dolor. En esa clasificación también se incluye al psicogénico. Al paciente que experimenta un dolor real, pero que el médico no ha podido clasificar en ninguno de los síndromes dolorosos que se conocen, se lo refiere al sicólogo o siquiatra, porque “hay que tomar en cuenta la parte emocional del dolor”. El crónico afecta a 3 de cada 10 personas en América Latina, según la Organización Mundial de la Salud (OMS). En base a ese cálculo, en Ecuador, que tiene un poco más de 17 millones de habitantes, existirían 5’100.000 personas, aproximadamente, enfrentando ese padecimiento. Esta situación ha llevado a la formación de especialistas que atienden esta patología, que a criterio de Sempértegui, debería ser un problema de salud pública. Afectación
La causa original del dolor crónico puede deberse a una lesión, infección o edad, aunque en algunos casos no hay un agente claro. Puede ser, por
Terapia alternativa ° La osteopatía, un tipo de medicina alternativa, trabaja en el dolor crónico con el uso de técnicas manuales que atienden no solo el sitio del dolor, sino la parte del cuerpo o el órgano
que lo está provocando. La osteópta Sandra Granja dice que para mejores resultados se busca la razón o el origen del dolor crónico. Puede ser un problema visceral, un accidente de tránsito que jamás fue tratado o la alteración de la fascia (tejido conectivo que une todas las partes del cuerpo), que puede provocar dolor referido en cualquier otro sitio del cuerpo. El tratamiento se realiza solo con técnicas manuales, ejerciendo movimientos sobre la parte que está provocando la molestia, para darle movilidad y reducir los síntomas. Granja aduce que otra técnica a la que se recurre en la osteopatía es la Thurst, conocida comúnmente como ‘sacar los cuyes’. Consiste en realizar movimientos rápidos, precisos y de impacto fuerte. Otra forma es dar movilidad a la fascia.
La automedicación ° Ingerir medicamentos sin prescripción de un profesional, al igual que en otras enfermedades, en el dolor crónico se puede dar paso a fracasos y abusos y ha crear resistencias
farmacológicas, para cuando se intenta realizar un tratamiento adecuado y mejorar la sintomatología. “Muchos creen que un fármaco sirve para cualquier tipo de dolor y no es así”, explica Manuel Sempértegui, anestesiólogo y terapista del dolor.
ejemplo, un esguince de tobillo, artritis o cáncer. Pero, a pesar de existir una patología de base, a ese dolor hay que tratarlo, no como un síntoma de la enfermedad, sino como una entidad independiente que requiere de tratamiento diferente, menciona el especialista. De acuerdo con Sempértegui, la población que más refiere dolores crónicos es la mayor de 65 años, no necesariamente por una entidad, sino por el desgaste propio del cuerpo. Para la terapia, primero “hay que entender la fisiopatología del dolor” para establecer la más adecuada. Considera que un equipo multidisciplinario e interdisciplinario debe atender a la persona, porque “lo ideal es hacer un tratamiento integral, no solo pensando en el dolor físico, sino también en la parte emocional”, enfatiza. Según la Asociación Mundial para Estudio y Tratamiento del Dolor (IASP, por sus siglas en inglés), no se puede separar la parte física de la
emocional, por lo que hay que hacer un tratamiento integral. Cuidado
Dependiendo del dolor, se establecerá la mejor opción terapéutica. Puede ser fisioterapia, láserterapia, radiofrecuencia, neuromodulación y magnetoterapia; que no quitan el dolor, sino que modulan su percepción en el cerebro. En algunos casos se recurre al uso de medicamento y en últimas a procesos invasivos. El dolor no solo se trata con fármacos e intervencionismo, sino “con cambiar un poco de actitud de vida”, lo que a su vez contribuye al ejercicio de medicina preventiva que evita una serie de patologías. El experto aclara que los fármacos no están exentos de efectos secundarios. Hablar de tiempos para garantizar una mejoría es difícil, asegura. Depende de muchos factores, como las experiencias vividas por el paciente y de los tratamientos que haya recibido. (CM)
Más Intrépidos que nunca ‘En esta vida’
TEMPO B7
tiempo lectura 15 min.
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora ECUADOR
I
Muere rapero Juice WRLD EE.UU, AFP • El rapero estadounidense Juice WRLD, perteneciente a la ola de jóvenes artistas que se hicieron famosos en las plataformas de streaming antes de llegar a otros escenarios, murió ayer a los 21 años. Una portavoz de una oficina médica del condado de Cook, en Illinois, dijo que había sido notificada de la muerte del rapero, cuyo nombre real era Ja- FAMA. La carrera del joven iba en rad A. Higgins. Su autopsia se ascenso. Su primera canción fue realizará hoy. ‘Lucid Dreams’. La Policía confirmó que él sufrió una emergencia médica 2018, y su álbum ‘Death Race en el aeropuerto Midway Inter- for Love’ debutó en el primer lugar de la Billboard national de Chicago, tras 200 el año siguiente. bajarse de una avioneta EL DATO “Juice tuvo un impacprivada. El sitio especializado en celebridades El pasado abril to profundo en el mundo en un periodo muy breTMZ reportó que Hig- lanzó el video de la ve”, dijo su discográfica, gins sufrió una convul- musical canción ‘Fast’. Interscope Records, en sión. un comunicado. “Perder El single inicial del rapero, ‘Lucid Dreams’, llegó a alguien tan amable y tan ceral número dos de la lista espe- cano a nuestros corazones es cializada Billboard Hot 100 en devastador”.
La agrupación ecuatoriana lanza un nuevo sencillo, luego de una pausa de cinco años.
• Luis Caputti, Miguel Cabrera y Antonio Hanna, integrantes de Los Intrépidos, volvieron a los estudios de grabación para sacar el tema ‘En esta vida’. La producción refresca su trayectoria y marca la nueva era del pop tropical. Como lo indica la letra del promocional, los cantantes quisieron recordar buenos tiempos, reflexionar y destacar lo positivo de cara a su futuro artístico. “Si íbamos a regresar, queríamos que sea distinto”, mencionó Luis. Para él, la diferencia está en la experiencia y en la innovación de sonidos. “En medio de los shows en este año cambiamos la dinámica de composición. Trajimos, como productor a Yadam González, a quien conocimos a través de Juan Fernando Velasco, y que ha trabajado con Fonseca, Diego Torres, Carlos Vives. Nos fuimos a la playa, a aislarnos un poco y terminar la producción, que había empezado en un chat”, agregó el artista.
GUAYAQUIL
FAMOSOS. La banda nacional se fundó en 1991.
Entrega para el público
Caputti dijo que los tiempos El tema tuvo una posproduc- han cambiado y que sus nuevas ción, en la que colaboró Vladi- canciones reflejan esa transimir Muñoz, en Miami. Lograron ción. “Estamos satisfechos con imprimirle los últimos toques en el trabajo. Han sido tiempos de adaptación, en los que nos conjunto, con un lenguahemos dejado llevar por je y sonidos actuales, sin EL DATO todos esos matices que perder su identidad. solo te da la música”. “Queremos que ‘En En 2014, Los El grupo se entrega al esta vida’ refleje el mo- Intrépidos lanza‘Pary’, junto público cuando están en mento que estamos vi- ron a Gerardo Mejía. el escenario, más aún viendo como artistas y cuando evocan canciones personas. Esperamos que la disfruten, sobre todo las per- como ‘Mercedes’, ‘No te lo creo’, sonas que nos siguen desde hace ‘Playa azul’, entre otras que fueron éxito en los 90’. (JCL) muchos años”.
P.AB/24167
PRIMERA CONVOCATORIA A Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Compañía
PARMALAT DEL ECUADOR S.A.
De acuerdo con la Ley de Compañías y el Estatuto vigente de la empresa, se convoca a los señores accionistas de la compañía PARMALAT DEL ECUADOR S.A., a la Junta General Extraordinaria de accionistas que se celebrará el día viernes, 20 de diciembre de 2019, a las 11h30, en las oficinas de la compañía, ubicadas en Av. Amazonas 10-14 y Av. Naciones Unidas, Edificio La Previsora, Oficina 501, en la ciudad de Quito, con el objeto de tratar los siguientes puntos: 1. Conocimiento de la renuncia presentada por el señor Harold Celis Gordo a sus funciones como Gerente General de PARMALAT DEL ECUADOR S.A. Quito, 9 de diciembre de 2019. Harold Celis Gerente General P.AB/24168
PAR/111905/EG
NACIONAL
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
MOSAICO
• HORAGRAMA
H. MARCELO MEJIA R. hmejiadlh@gmail.com
Equipar
¿Nació un 09 de diciembre?
Relativo a los riñones
B8
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora, ECUADOR
Embrollo Escritor mexicano
E
Cantante de tecnocumbia ecuatoriano
Alabar Símbolo del sodio Artículo femenino
Feo, gigante
Dios del vino
Santo en portugués
Escuchar
Elogiar
Repollo
Princesa inca
Robar
Onda
Cabello blanco
Nave
Saludo indio
Lista
Batracio
Zaguán
Convicto
Grahan, editora °delKatherine Washington Post, decide aliarse con otro editor, llamado Ben Bradlee, para mostrarle al mundo algo que ha estado escondido por décadas. Conscientes del hecho de estar arriesgando sus carreras y su libertad, ambos se mantienen decididos a defender los derechos civiles de la nación.
(abril 20 - mayo 20)
Antorcha
Sufrimiento, molestia Ánfora
Ciudad de Yemen Repercución Embuste, trampa Patriarca del diluvio
Activo, tenaz Símbolo del radio
Símbolo del calcio
Ciudad del Brasil Peñasco
Átomo
Grupa, culata Asidero, mango
Crecida
Altar
Río de Italia
Pueblecito, caserío
Mico Demora, retardo
Cuerda gruesa Dios de los rebaños
Solución anterior L
N A
G
E M Actriz de la Película Tortugas ninja
C S
L
F
A
Onda
Madre de Jesús
O
R
O
N
I
A
M
Río de Alemania
O
R
M
A
L
S
A
R
Petróleo licuado
I
T
A
Apunte, mensaje Quemar, calcinar
A
Símbolo del astato Terreno, parcela
O
L
Flama
M
A
A
Saludo indio Malvada maligna
X
Santo en portugués Hogar, vivienda
L
A
Gitano de raza Hogar
Homicida
A
A
A
C
Apócope de mamá
S
O
Cloruro sódico Querer, adorar
R O
A
A
R
O
M
Ciudad de Venezuela Habitar
D
R
E
N
A
R
Bajamar, flujo Santo en portugués
A
Depósito de cereales Yerro, error
A
Símbolo de cerio Lenta
O
A
D
CELEBRIDADES Estado de Asia DOMENICO FANCELLI S (1469 - 1519) ESCULTOR RENACENTISTA O FLORENTINO. SEPULCRO DE LOS REYES CATÓLICOS A PARA LA CAPILLA REAL DE GRANADA. L Ola
R
M
A
A
Sociedad anónima Antes de Cristo
S
Artículo femenino Maquinar, fraguar
R E
C
S
E
D
Aposento
O
Escuchar
M
A N
E
N
O
T
Símbolo de fósforo
P
Avenar
Planta trepadora
O
Ciudad de EE. UU. Rata en inglés
O
I
R
R
A
Del mismo sonido Palma de las Canarias
V
T
A
Tacaño
S
A
O N
A
R
A
M A
Ciudad de Japón Iglesia, catedral
A
R
O
I
L
A
E
A
Tonto, ignorante Masa de agua salada
N
A
S
N
I
Especie de búfalo pigmeo Instrumento de ataque
Ciudad de Colombia
I
E C
S
O
Ciudad de Canandá Relativo a la boca
Cuadrúpedo
L
F Creencia
N
A
Rostro
L
E
A
O
Planeta
L O
Esposa de Abraham Estómago del rumiante
S
O S
Solitaria Mamífero hiracoidio
M
A
R
L
R
A
Mico, mono Altar
N
O
M
O
C
A
R
N
O
Ribete, fleco
A
De hueso Señor abreviado
A
R
Tarifa, precio
R
M O
G A
N F
S
R
I
A
T
E
N
A
Ciudad de Suiza
Altar Enramada
E
Furia
Tostar, dorar
Peregrinaje, procesión Perezoso del Brasil
R
E
Sociedad anónima Apócope de tanto
Río de Rusia Diosa griega del mal
Actor y director estadounidense
Río de Europa, vía fluvial más utilizada de la Unión Europea
Licor
M
Alfa
GÉMINIS
(mayo 21 - junio 21)
CÁNCER
Estado de Asia Símbolo del tantalio
Símbolo del carbono Delta
Dentro del área de negocios habrá mucha actividad pero procure mantener en orden los mismos. Recuerde: La serenidad es la mitad del éxito en la vida.
Mantenga la serenidad en los asuntos relacionados a sus finanzas. Resuelva oportunamente los asuntos pendientes en esta área. Recuerde: La alegría es expresión de vitalidad y alborozo.
De Croacia Aunarse, coligarse Libro sagrado mahometano
(marzo 21 - abril 19)
Procure ser paciente con su madre y demostrarle afecto y apoyo moral. Es probable que esta se torne más susceptible. Recuerde: Trabaje con tenacidad y con serena seguridad.
TAURO
Guerrilla vasca Ciudad de Japòn
Sortija
MAX 21:40. HOY
Cantante, compositora y actriz ecuatoriana
Hogar Intriga
Los oscuros secretos del Pentágono
ARIES
Afluente Sabrosa
Ud. es un líder nato, ama el poder y todos los beneficios que esto conlleva. Tiene habilidad para organizar y mandar a grandes grupos de gente. Debe procurar mantener bajo control su orgullo para así no caer en prepotencias.
Apócope de santo
Lista Antes de Cristo
TVFAN
HORÓSCOPO
(junio 22 - julio 22)
Ud. será más susceptible y sensible. Trate de mantenerse tranquilo y reaccione de manera medida ente las provocaciones. Recuerde: No malgaste su talento negando el de los otros.
LEO
(julio 23 - agosto 22)
Evite que los asuntos pendientes perturben su tranquilidad. Reaccione con ecuanimidad y resuelva de manera eficiente sus problemas. Recuerde: Cuando se le presenten dificultades no se deje dominar por el pesimismo.
VIRGO
(agosto 23 - septiembre 22)
Tome con mayor serenidad sus proyectos. Evite los roces y malos entendidos con sus amigos. Recuerde: Vivir es un privilegio.
LIBRA
(septiembre 23 - octubre 22)
• HORAKU Nro. 4469
El niño
2
MAX PRIME: 19:15. MAÑANA
4
Greta Evans es contratada °como niñera de un muñeco de madera cuyos dueños aseguran que es su hijo. Ante esta extraña situación, Greta decide hacer caso omiso a las reglas que los propietarios le advirtieron seguir al pie de la letra porque, de lo contrario, el muñeco pudiera enfadarse.
Nro. 4468 5
7
3
9
1
4
2
8
6
6 1 8 4 2 9 7 3 5 1 2 9
8
7
5 3 6 4
9
4 1 8 2 3 2 5 4 6 7 6 3 7 1 5 9 7 9 2 5 3 4 5 8 3 6 7 1 4 1 6 9 8 2 3 5 4 2 9 6 1 6 9 7 4 8 2 7 8 3 1 5 8
CÁPSULA CIENTÍFICA
3
5
3 6
6 7 3 4
7
6 1
8 2
8 1 4 5
7 4
8 9
3
4 5
7 2
3 4
I
Pero se desconocía cómo perciben la palabra humana y su fonética. Un equipo de la Universidad británica de Sussex ha realizado una experiencia con 70 perros domésticos de diferentes razas, a los que les han hecho escuchar sílabas, sin sentido para ellos, pronunciadas por desconocidos, 13 hombres y 14 mujeres. Al observar la reacción de los perros a diferentes estímulos sonoros (por el método conocido como “habituación-deshabituación”), los investigadores han
MICROBIOGRAFÍA
Kirk Douglas
Los perros sí entienden las palabras PARÍS, AFP• Solo les falta hablar. Los perros pueden reconocer una misma palabra aunque sea pronunciada por desconocidos, una predisposición para la comprensión del lenguaje que se creía que solo los humanos tenían, según un estudio divulgado en Royal Society. Se sabía que los perros domésticos comprenden órdenes simples como “¡sentado!”, y que son capaces de reconocer voces humanas familiares que pronuncian frases conocidas.
F
HALLAZGO. Nuestras mascotas perciben la palabra humana y su fonética.
descubierto que estos llegan a conocer términos pronunciados (‘hid’, ‘had’ y ‘who’d’) por diferentes personas. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec
(1916)
Es un actor y productor de cine estadounidense. Entre sus papeles destacan su interpretación del pintor Vincent van Gogh en ‘El loco del pelo rojo’ y como el protagonista de ‘Espartaco’, película de Stanley Kubrick. Por su extensa y reconocida carrera recibió un premio Óscar en 1996. Es padre del también actor Michael Douglas. Es el superviviente más longevo de los actores del cine clásico de Hollywood, ya que ha superado los 100 años. Fue candidato en tres ocasiones a un Óscar, aunque nunca lo ganó debido a sus tendencias izquierdistas conocidas. (OG)
La relación con sus superiores debe ser lo más cordial posible. El temperamento de estos será bastante fuerte por lo que deberá ser precavido. Recuerde: La vida humana debería ser una fiesta.
ESCORPIO
(octubre 23 - noviembre 21)
En este período no le convienen los viajes ya que pueden ocasionare ciertos inconvenientes. Evite relacionarse con personas extranjeras por ahora. Recuerde: Deje abierta en su alma la entrada a la esperanza.
SAGITARIO
(noviembre 22 - diciembre 21)
Es prudente que su pareja administre de manera correcta su dinero para así no tener preocupaciones por ello. Recuerde: Virtud es fortaleza.
CAPRICORNIO
(diciembre 22 - enero 19)
Los problemas e inconvenientes que existan dentro de su matrimonio deben ser resueltos de manera serena y madura. Recuerde: El amor flaco ve faltas gordas en todas partes.
ACUARIO
(enero 20 - febrero 19)
Trate de mantenerse relajado y sereno para así evitar que la tensión perjudica su buena salud. Recuerde: Ponga cimientos de bondad en el edificio de buenas relaciones.
PISCIS
(febrero 20 - marzo 20)
El temperamento de sus hijos será más fuerte y Ud. deberá encontrar la forma de disciplinarlos. Recuerde: Haga el propósito de mejorar en el presente su vida del pasado.
LUNES 09 de Diciembre de 2019 La Hora ECUADOR
Se alistan para la final
www.lahora.com.ec
Se deslizó hasta el segundo lugar ‘Jota’ Bolaños ganó medalla de plata en el Sudamericano de Patinaje.
¡A puro rugby! Dos días intensos se vivieron durante el Sevens Ciudad de Quito, en el estadio de la Escuela Politécnica Nacional.
D2 cronos
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora ECUADOR
D
PRESIÓN. El Marsella consolida la segunda plaza del campeonato francés, a cinco puntos del líder París SG, tras remontar ayer al Burdeos (quinto) para acabar venciendo por 3-1. AFP
Un duelo de titanes, en busca del título
Fútbol
DISPUTA. Liga de Quito acogerá la final de ida en el estadio Rodrigo Paz Delgado.
Oferta los Programas de Suficiencia en los idiomas: INGLÉS (Modalidad Presencial) Campus El Inca, ESPE-Sangolquí, Héroes del Cenepa y ESPE-Latacunga. INGLÉS (Modalidad a Distancia) En los 23 Centros de Apoyo que se encuentran distribuidos en todo el país. Al finalizar los 8 niveles, el estudiante recibe un certificado de Suficiencia en el idioma Inglés, equivalente al nivel B2 de acuerdo al Marco Común Europeo.
CHINO-MANDARÍN (Modalidad presencial ) Campus el Inca Al finalizar los 9 niveles, el estudiante recibe un certificado de Suficiencia en el idioma Chino- Mandarín
INSCRIPCIONES PARA EL PERÍODO ACADÉMICO ABRIL-JULIO/2020 A PARTIR DE ENERO DE 2020
Un desenlace que nadie pro- tos se volverán a medir a la ‘U’, nosticó. Liga de Quito y Delfín pero en esta ocasión buscarán se disputarán el máximo título alzarse como triunfadores del de la Liga Profesional de Fút- torneo nacional (LigaPro). bol de Ecuador (LigaPro). Tras Aunque el rival es el mismo y superar a Aucas y Macará en las condiciones de juegos serán las semifinales, respectiva- casi las mismas, Bustos deberá mente, los ‘Cetáceos’ y ‘Albos’ trabajar sobre todo en la parte consiguieron el pase a la final psicológica para que no sea un que disputarán, en dos cotejos, factor determinante a la hora de disputar los partidos. la próxima semana. Es la tercera final que Delfín disputará en su historia como En busca de la 12 club. La primera fue en 2017 Pese a que la LigaPro se desaante Emelec, en la cual se con- rrolla en su primera edición, se sagró vicecampeón. En tanto, trata del título más importanen este 2019 Delfín llegó a la te a nivel local para los clubes, última etapa en la primera edi- es por eso que Liga buscará ción de la Copa Ecuador, sumar el número 12 a torneo que lleva a cabo Los dos finalis- su cuenta como club. la Federación Ecuato- tas aseguraron Intentando, así, repetir su cupo en la riana de Fútbol, y fue próxima la hazaña de 2018, de la edición justamente Liga de Qui- de la Copa Liber- mano del uruguayo Pato su rival. Así como pa- tadores a la fase blo Repetto. de grupos. sará en esta final de la La definición del LigaPro, los ‘Cetáceos’ campeón, a diferencia definieron el ‘Diamante’ (trofeo de la modalidad con la que se del certamen de la Ecuafútbol) disputaron los cuartos y las seen su territorio, pero la suerte mifinales, será con una tanda no estuvo de su lado y Liga se de penales en caso de empate confirió campeón. en puntos y goles en el duelo de Ahora, los de Fabián Bus- cierre. (MPH)
Peloteros ‘tricolores’ por el mundo
Son varios los jugadores ecuatorianos que militan en distintas ligas alrededor del mundo, y aunque viven momentos deportivos distintos, este fin de semana fueron pocos los que destacaron en sus respectivos clubes. Felipe Caicedo, fue uno de los que más brilló, tras marcar un gol al minuto 90+5, sellando así la victoria del La Lazio (3-1) y acabó con la racha de la Juventus. En tanto, en España Pervis Estupiñán vio reflejado el fruto de su esfuerzo consiguiendo la titularidad en el Osasuna de España. El ‘Tricolor’ permaneció los 90 minutos en el campo de juego, pese al empate que cosechó su club ante el Sevilla. Otra figura que ha dado de qué hablar en los últimos me-
EXTERIOR. Felipe Caicedo fue uno de los ecuatorianos más destacados en la jornada del fin de semana.
ses es Kike Saveiro, quien ya debutó con el Barcelona FC de la mano de Ernesto Valverde. El ecuatoriano sumó minutos en el elenco B de los ‘Culés’ en el duelo ante el Valencia, en un cotejo que terminó empatado sin goles. (MPH)
EXTREMO. El estadounidense Tommy Ford ganó ayer por primera vez una prueba de slalom gigante en la Copa del Mundo de esquí alpino, al imponerse en Beaver Creek, estado de Colorado.
D
cronos D3
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora ECUADOR
Patinaje
FIGURA. La futbolista Rayan Rajab, de 22 años.
Sudán: fútbol y derechos para las mujeres SUDÁN, AFP• Sudán, que se unió
a la FIFA en 1948, ha sido uno de los pioneros del fútbol en África y cofundador en Jartum en 1957 de la Confederación Africana de Fútbol (CAF). Pero luego de que el país adoptara en 1983 la ley islámica, en la cual las mujeres estuvieron entre las más perjudicadas, el fútbol femenino fue inexistente. El pasado 11 de abril, luego de haber dirigido el país con mano de hierro durante 30 años, Omar al Bashir fue destituido por el ejército por la presión de un inédito movimiento de protesta. El nuevo primer ministro, Abdalá Hamdok, ha prometido defender los derechos de las mujeres. Y, en la actualidad, el campeonato femenino de fútbol es percibido como un símbolo de la mejora de sus derechos.
‘Jota’ Bolaños cerró el año con plata
GUAYAQUIL• Jorge Bolaños logró el fin de semana dos medallas de plata en la prueba 10.000 metros combinados y eliminación en pista, en los Juegos Sudamericanos de Clubes y Naciones de Patinaje de Velocidad. Esto se llevó a cabo en el Patinódromo del Complejo de la Federación Deportiva del Guayas (FedeGuayas). Con esto, Bolaños cerró su año deportivo de la mejor manera. Previamente logró, en agosto, una medalla de bronce en los Juegos Panamericanos de Lima- Perú, en la misma modalidad. Además, consiguió el cuarto puesto en el Campeonato del Mundo en Barcelona, España, en los 15km ruta con eliminación. “Las cosas se deben construir poco a poco, poner un ladrillo detrás de otro. A pesar de que nos guste conseguir objetivos asombrosos en poco tiempo, no es así como funciona nuestro mundo. La genialidad es un proceso que, con esfuerzo y dedica-
ción, deriva en resultados excepcionales a largo plazo. Gracias a mi equipo de trabajo y a la gente por el cariño de siempre”, publicó en su cuenta de Facebook. El carchense añadió que, además del resultado individual, está contento por el crecimiento colectivo. “Venimos avanzando de la mejor manera y que mejor que eventos, de gran magnitud con lo que potenciamos el deporte a nivel internacional, para demostrar que somos excelentes anfitriones como para traer torneos más grandes”, expresó a La Hora. ‘Jota’, como también se lo conoce, es uno de los patinadores más destacados actualmente. Marisol Castro, titular de la ecuatoriana de esta disciplina, lo denominó como el ‘Caballero del Patinaje’ y se mostró contento por su logro y del resto de sus compañeros. “Orgullosa de cada uno de ellos, vamos por más”, exteriorizó. Por otro lado, el deportista
PODIO. ‘Jota’ Bolaños se subió al segundo lugar y se colgó la insignia de plata en el Sudamericano de Patinaje de Velocidad.
No hay nada más gratificante que llegar al hogar, disfrutar con la familia después de un arduo año de preparación”. JORGE BOLAÑOS
DEPORTISTAS ECUATORIANO
resaltó el compromiso y nivel de los rivales. “Peleamos de tú a tú, traían toque de intensidad más alto, demostramos lo mejor en la pista, hubo también competidores de Paraguay, Argentina,
Brasil y Perú”. Para el 202, Bolaños, espera sumar dos medallas en Campeonato Mundial y analiza otros eventos preparatorios en Europa. “Hay una Maratón en Berlín, que es importante, pero hay que sentarnos a conversar y proyectar el siguiente año para mí”, puntualizó a tiempo de señalar que descansará unos días en su natal Carchi, pero el miércoles comenzará con los entrenamientos de cara a competencias venideras. (SJMS)
D4 cronos
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora ECUADOR
D
Minuteros
Harden y Westbrook, finos en la NBA Los estelares James Harden, Ben McLemore y Russell Westbrook estuvieron excelentes la noche del sábado en la NBA, en la que los Houston Rockets vencieron a los Phoenix Suns 115-109. Harden anotó 18 de los 34 puntos en el último cuarto, McLemore añadió 27 tantos y Westbrook consiguió su tercer ´triple-doble´ consecutivo y el sexto de la temporada. AFP
Aranza Villalón domina en Colombia La ciclista chilena Aranza Villalón (Avinal GW El Carmen) se coronó como la primera extranjera campeona de la Vuelta a Colombia Femenina, que finalizó el sábado con un circuito de 74 kilómetros disputado en Pereira y que ganó Natalia Muñoz. Villalón suma esta corona a la lograda semanas atrás cuando se impuso en el Tour Femenino en el que derrotó a buena parte de las corredoras de la esta Vuelta. AFP
ATLETA. La turca Yasemin Can conquistó un cuarto título europeo consecutivo de cross por delante de la noruega Karoline Grovdal y la sueca Samrawit Mengsteab, ayer en Lisboa.
Rugby
Toda una historia de tackles y tries El Sevens Ciudad de Quito tiene nuevos monarcas. Guayacanes de Guayaquil se quedó con el máximo título de la Serie A. Mientras que, Búhos, equipo que jugará en primera la siguiente temporada y que se encargó de la organización del torneo, logró el campeonato de la Serie B. Carneras UPS de Cuenca fueron las ganadoras del femenino. Carpas blancas, música de fondo, camisetas naranjas, fucsias, amarillas, balones en forma ovoide por doquier y cientos de personas disfrutando del deporte que destapa sus más bajos instintos. El olor del césped mojado y comida asada acompañaron toda la jornada de Rugby en el estadio de la Escuela Politécnica Nacional, que se desarrolló entre sábado y domingo. Mientras 14 jugadores, 7 de un equipo y 7 del otro, se enfrentaban en el terreno de juego en busca de sumar puntos, otros tantos descansaban en sus carpas. Casi como una feria, el movimiento era continuo, el murmullo de la gente, ruidos de cornetas, no había barras, pero sí gritos de aliento y aplausos para los equipos que calentaban fuera del campo de juego, preparándose para los 15 minutos más duros. Todo apuntaba a una jornada más de Rugby en Quito, pero no, esta tenía algo diferente. El ambiente era especial, era distinto. Quizás por ser fiestas de Quito o quizás por celebrar el aniversario (150 años) del escenario que los alojó o simplemente el hecho de juntar a todos los equipos en un mismo lugar y, entender que, a pesar de ser rivales son amigos y se dieron la mano para poder hacerlo. El rugby es un deporte que
TRIUNFO. Búhos, equipo que consiguió el ascenso a la primera categoría, se adjudicó el título en la Serie B del certamen.
se caracteriza por la disciplina, el respeto, la integridad, la pasión y, sobre todo, la solidaridad y esta fue la ocasión ideal para, no sólo verlo, sino vivirlo. Una imagen o un gesto valen mucho más que mil palabras, y ese viejo adagio cabe perfecto. Cada jugador dando la mano a su compañero, cada espacio compartido con miembros de otros equipos, un ambiente de compañerismo, las bromas entre clubes, las múltiples fotografías que se tomaban para tener un recuerdo de esta experiencia, compartir agua, un snack o un refrigerio, eran muestras claras de que no solo aprenden o fortalecen sus valores en la teoría, sino que los practican día a día. Una experiencia nueva, para quien no ha vivido de cerca este deporte, hasta el sonido del silbato del referee sonaba distinto. Los más peques
“El futuro del Rugby ecuato-
La actividad fue más lúdica, riano” se escuchó por el altoparlante. Una voz conocida pero la técnica que manejaban anunciaba que varios peque- muchos de ellos, aún a una corños también formarían parte ta edad, era el reflejo del trabajo de este evento deportivo. Said que han realizado. Una lluvia de aplausos despiLópez, rugbier quiteño, quien defiende los colores de Jíbaros dió a los niños y el evento retomó y que además encabeza el pro- su ritmo. Luego de esta pausa, todo yecto de la primera escuela de rugby pública del país, trajo volvió a la normalidad. Los una gran sorpresa para jugado- partidos continuaron. Llegaron las fases de grupos, res y público presente. semifinales y las ansiaVarios niños con cadas finales. Un momenmisetas de los distintos Cerca de 30 equipos bajaron al cam- equipos partici- to mágico para todos, po de juego. Muchos no paron en el even- lleno de emoción y sento deportivo. timientos encontrados. entendieran bien lo que Previo a terminar con pasaba, otros tantos cuestos dos días duros de brían sus rostros como síntoma de vergüenza al ver partidos, algo inesperado pero tanta gente, pero su semblante previsto ocurrió. Cerberos, equicambió cuando vieron el ovoi- po de Quito, recibió el trofeo por de. Una sonrisa se dibujó en sus haberse alzado como campeorostros y hubo más de un niño nes, por primera vez, del torneo que saltó de alegría. Cómo to- nacional de Rugby XV. Emoción, dos unos profesionales inicia- cansancio, nervios, pero sobre ron con un calentamiento de la todo la diversión prevaleció en mano de un par de jugadores de estas 48 horas ‘a puro rugby’. (MPH) los equipos de primera.
CRONOS
Orense y Liga de Portoviejo ascienden a la Serie A del fútbol nacional
Orense y Liga de Portoviejo consiguieron su cupo para disputar, desde la próxima temporada, la Serie A de la Liga Profesional de Fútbol (LigaPro), tras dejar en el camino a Manta e Independiente Juniors, respectivamente. El partido entre los ‘Rayados’ y la ‘Capira’ se suspendió al minuto 22 del primer
tiempo por la fuerte lluvia y granizo que cayó en ese escenario deportivo. Mientras que, en el otro partido, Orense venció 2 - 1 a Manta, en un resultado que clasificó a la Serie A al conjunto machaleño y ayudó a Liga de Portoviejo, que se quedó con el otro boleto para la máxima división. (MPH)
D
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
A9
Segundo y tercer lugar fueron para los ecuatorianos en las 6 Horas VELOCIDAD. La Escudería Abro de Ecuador llegó a la pista de Tocancipá con dos Radical SR3.
Los pilotos de la Escudería Abro han sido protagonistas en tierras ‘cafeteras’. Con la presencia de pilotos de Ecuador, Colombia y Venezuela, la tarde y noche del sábado en el Autódromo de Tocancipá, en Colombia, se desarrolló la edición 33 de las 6 Horas Bogotá. Esta es la carrera más importante del automovilismo colombiano en la que los pilo-
Villagómez, Miguel Villagómez y el hermano menor, Mateo Villagómez quien debutó en el trazado de Tocancipá. Desde el inicio, la prueba fue liderada por el West N.45 del Sesana Racing Team al mando tos ecuatorianos de la escude- de Oscar Tunjo, Juan Manuel González, John Estupiñán ría Abro se alzaron con el segundo y tercer lugar de TOME NOTA y Jaime Guerrero. Los colombianos hicieron una la clasificación general. carrera muy técnica y en Los representantes de Los hermanos cada giro sacaban segunEcuador en esta carrera Villagómez y en sepdos de ventaja a los pilotos de largo aliento fueron los Rivera, tiembre, ganaron ecuatorianos que con sus experimentados pilotos: las 6 Horas de Radical SR3 se ubicaban Juan José Rivera, Xavier Ecuador.
segundos y terceros. Cuando se gundo año consecutivo de esta corrían las 3 horas de compe- carrera clásica del automovilistencia, el West N. 45 tuvo que mo colombiano. Muy cerca llegaron los Radical SR3 95 realizar un ingreso obliy 94 de los pilotos ecuagado a pits, pasando a EL DATO torianos. “Hicimos P2 y liderar la competencia la P3 en la general de las 6 tripulación ecuatoriana. Horas de Bogotá 2019. Pero media hora más tar- El trazado de Tocancipá tiene de los colombianos vol- 2.725 metros de No fuimos rápidos, pero y la si constantes y a ratos tovieron a retomar la punta longitud competencia se mamos la punta. Feliciy no la aflojaron hasta el desarrolló en sentido antitaciones a los ganadores final de la carrera. horario. y a seguir mejorando”, Cumplidas 242 vueldijo Miguel Villagómez tas el West 45 recibió la bandera cuadros proclamándo- tras culminar la competencia. se como los campeones por se- (EOCF)
Cruzeiro desciende por primera vez BRASIL, AFP• El
histórico Cruzeiro descendió ayer por primera vez a la segunda división brasileña, mientras el campeón Flamengo vivió un cierre inesperado del Brasileirao al ser goleado por el Santos. Cruzeiro no pudo lograr el milagro que necesitaba para mantenerse en la Serie A del Brasileirao en la 38 y última jornada del campeonato. El equipo de Belo Horizonte estaba obligado a ganar al Palmeiras y que el Ceará, su rival en la lucha para salir del descenso, perdiera en su visita al Botafogo. Ninguna de las dos combinaciones se produjo: el Cruzeiro perdió 2-0 en casa y el Ceará arrancó un empate a uno en Río de Janeiro. Durante buena parte de la jornada, el Cruzeiro estuvo a sólo un gol de lograr el milagro, gracias a un exjugador suyo, Marcos Vinicius, que adelantó el Botafogo en el minuto 39. Sin embargo, Zé
LAMENTO. La hinchada de Cruzeiro durante el compromiso ante Palmeiras, con el que el cuadro brasileño descendió.
Rafael, en el minuto 58, marcó para el Palmeiras y prácticamente enterró las esperanzas del Cruzeiro de salvarse. En Río de Janeiro, Thiago Galhardo, de penalti, empató para el Ceará en el minuto 66, resultado que le daba la salvación a los de Fortaleza e invalidaba cualquier victoria del Cruzeiro. El Ceará aguantó el resultado hasta el final y certificó su permanencia, mientras que el Cruzeiro vio como Dudu, en el 84, marcaba el segundo para el Palmeiras, provocando la ira de la afición. El partido finalizó antes de jugarse el descuento por los disturbios que protagonizó la afición local. P.AB/24171
AVISOS A10
BIENES RAÍCES QUITO Planta Editora Av. Galo Plaza Lasso N62-08 y Nazareth
Teléfono PBX 2475-724 Publicidad fplanta@lahora.com.ec Redacción: quito@lahora.com.ec
Agencia 1
LUNES P 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR
Reina Victoria N23-55 y General Baquedano Teléfonos: 2503-266 / 2222-405 / 2222-406 Email: freina@lahora.com.ec
Agencia 2
PAP/74366
OPORTUNIDAD VENDO TERRENO de 1000 mts. a $78 el metro en Barrio Salvador Celi detrás del puesto de revisión vehicular del puente 2 de vía a los chillos, todo servicio, escrituras e impuestos al día. Inf: 0998343400 PAP/74366
NEGOCIOS/ VARIOS VENDO 7 HECTÁREAS de terreno a 2 minutos del Centro Comercial El Condado, precio especial, se aceptan propuestas inf: 0998 424671 PAP/74366
ALQUILO GALLINETA, bobcat, volquetas de 9m3, para limpieza de terrenos, desbanques, trazo de urbanizaciones, desde $20 la hora Inf: 0998178422 PAP/74366 COMPRO CASA PEQUEÑA por San Rafael del Valle de Los Chillos dispongo de $60.000 en efectivo inf: 0998343400 PAP/74366
BUSCO EN ANTICRESIS Dpto. de 2 dormitorios, por la Gasca o Las Casas, no en edificio alto para persona adulta. Inf 0998343400 PAP/74366
VENDO LOTE DE 915MTS con cerramiento en Argelia Baja frente a San Bartolo, Sur de Quito $ 84.000 negociables, escrituras y papeles al día, Telf: 0998343400 PAP/74366
MOSTRADOR DE MADERA, grande para recepción, ideal para bares, tiendas en buen estado. Informes 0987040433
Agencia 3
Clemente Ponce N45-119 y Piedrahíta Edificio Fenix PB Email: fclemente@lahora.com.ec
GUAYAQUIL
Víctor Emilio Estrada 814 A entre Guayacanes e Higueras Teléfonos: 04 4549281 / 04 4549093 Email: admguaya@lahora.com.ec
IMBABURA
Agencia Ibarra Calle Mejia 350 entre Sucre y Rocafuerte. Email: ibarra@lahora.com.ec
Av. Eloy Alfaro N39-219 y José Puerta Teléfonos: 6010303/ 6035249 6014-974 Email: fbatan@lahora.com.ec
ACC INMOBILIARIOS Avalúos, ventas, arriendos, administración de propiedades, bajos porcentajes, difusión en medios masivos, rápidas respuestas. Contáctenos 0998 343400
BIENES INMUEBLES
TRANSPORTE
EMPLEOS
SERVICIOS
VARIOS
COMPRA VENTA RENTA DE TERRENOS, CASAS, DEPARTAMENTOS Y OFICINAS, VEHÍCULOS, OPORTUNIDADES DE TRABAJO, CURSOS DE CONSTRUCCIÓN, CONSULTORÍA, OBJETOS, ELECTRODOMÉSTICOS, MUEBLES, ETC.
CARCHI
Agencia Tulcán Sucre entre Ayacucho y Junín. Segundo piso Of. 6
Agencia Quinindé Av. Simón Plata Torres y Av. 5 de Junio Teléfonos: 06 2736-154
Agencia Loja Imbabura 1548 y 18 de Noviembre. Ed. COVISA Telefonos 072577-099/ 07 2578-848 / 07 2585-805 Email: loja@lahora.com.ec
COTOPAXI
Agencia Latacunga General Maldonado N7-08 y Sánchez de Orellana Telefono: 03 2810-619 / 03 2811-009
LOS RIOS
ZAMORA
Agencia Quevedo Av. June Guaman Cortes 611 y Décima Teléfonos: 05 2760-540 / 05 2760-541 Email: quevedo@lahora.com.ec
Planta Editora Imbabura 1548 y 18 de Noviembre
Luis Márquez y Amazonas (esq.) Centro Comercial Reina del Cisne Local 19 Teléfonos:07 2606-750 Email: zamora@lahora.com.ec
Agencia Babahoyo 10 de Agosto y Eloy Alfaro Ed. Shopping Rouse
PAP/74366
VENDO LICUADORA KENMORE de 5 velocidades nueva empaquetada traída del exterior, doy en $ 60 inf: 0998343400 VENDO, POR RENOVACIÓN de equipos, infocus Sony industrial perfecto funcionamiento en $ 100 color blanco inf: 0998343400
VENDO CÁMARA DE FOTOS Nikon 3200, flamante con lente, pila, cargador $ 360 inf: 0998343400 PAP/74366 VENDO COMPRESOR FORTEN de 2.5 HP con tanque de aire 50CC flamante por $120 inf: 0998343400 PAP/74366 VENDO TELEVISOR de 14 pulgadas en $ 20, fácil de uso, perfecto funcionamiento inf: 0998943313 PAP/74366
LOJA
VENDO CAMILLAS PARA MÉDICO y para masajes $ 60 flamante en colores negro y blanco y si desea todo un juego con silla y mesita de consultorio Precio de remate inf: 0998343400 PAP/74366 VENDO HERMOSA CUNA de laurel laca color caramelo con 4 cajones para ropa para niño/a, bien conservada $ 140 negociable inf: 0998 943313 PAP/74366 VENDO LAVADORA SAMSUNG de 35 libras digital bien conservada, está en barrio La Vicentina, $ 130 Inf: 0998343400
PAP/74366
PAP/74366
ESMERALDAS
Agencia Esmeraldas Bolívar y Rocafuerte (esq.) Cuarto piso Teléfonos: 06 2724-490 / 06 2723-882 / 06 2722 294 Email: esmeraldas@lahora.com.ec
Calle Pallatanga s/n entre Av. Quito y Guayaquil Teléfonos: 2761-876 / 2761-005 / 2763-759 Email: santod@lahora.com.ec
VENDO CÁMARA ROBÓTICA de vigilancia $ 42, controla desde el celular domicilio o negocios, visión 306°, inf: 0998343400 PAP/74366
Agencia Ambato Calle Quito N0245 entre Bolivar y Rocafuerte Teléfonos: 03 421730 / 03 2420-529 Email: ambato@lahora.com.ec
SANTO DOMINGO
PAP/74366
BANQUETES, EVENTOS SOCIALES, culturales, empresariales, deportivos, platos gourmet, bocaditos, bebidas luces, sonido, fotografías, animación inf: 0980 871969
TUNGURAHUA
PAP/74366
Terreno en Pelileo 382 m2. Inf. 095005708. Cotopaxi Terreno esquinero tras estadio Bellavista 95 m2. Manabí y Chone. Inf. 095403009. Cotopaxi
ANUNCIE AQUÍ SUS CLASIFICADOS EN NEGOCIANDO SON PUBLICADOS POR ESTE MEDIO, POR CANAL UNO LOCAL (40) Y POR 3 PÁGINAS WEB, HACIENDO EFECTIVA SU VENTA O PROMOCIÓN
INF: 0998343400 PAP/74366
EXPEDICIONARIOS TOURS
TELFS:0998 943313 / 0998 3434400
PAP/74366
OPERADORA DE TURISMO QUE BRINDA PASEOS TODO INCLUIDO DENTRO DEL ECUADOR CON GUÍAS NATURISTAS Y BILINGÜES DE ACUERDO A LA NECESIDAD, CONTAMOS CON VEHÍCULOS DESDE 4 A 44 PASAJEROS
P.AB/24172
VENDO
SUPERMERCADO
- BIEN EQUIPADO - CLIENTELA FIJA - BIEN UBICADO INFO :0989369588
Circula gratis cada quince con:
E CARTELERA DE CINES EN QUITO CINEPLEX TUMBACO
CINEMARK
SUPERCINES SAN LUIS
TOD@S CAEN - 2D (ESP) 16:50 19:30 21:05 ENTRE NAVAJAS & SECRETOS - 2D (DO-
frozen ii d-box dob 12:00 14:30 16:45 19:05 Ford vs ferrari d-box sub 21:20 Dedicada a mi ex dob 12:10 Midway: batalla en el pacifico dob 14:15 ¡he matado a mi marido! dob 17:10 19:30 21:50 frozen ii d-box dob 11:00 Entre navajas y secretos dob 13:30 Entre navajas y secretos sub 16:15 19:00 21:40 frozen ii dob (TP) 10:00 Dedicada a mi ex dob 13:15 15:30 17:40 19:45
Midway: Batalla en el Pacífico 2D Doblada 3:10
BLADA) - 12 AÑOS 19:10 – 21:50
LA POSESIÓN DE MERCY BLACK - 2D (DOBLADA) - 15 AÑOS 19:20 FROZEN: 2 - 2D DOB 11:00 11:40 13:05 14:10 15:10 16:15 17:20 18:20 19:00 20:25 ZOO: Misión Elefante - 2D (DOB) 11:25 13:20 MALÉFICA: Maestra del Mal - 2D (DOBLADA) - TODO PÚBLICO 12:10 – 14:30 DEDICADA A MI EX - 2D (ESPAÑOL) - 12 AÑOS 11:05 – 13:00 – 15:00 – 17:00 PROYECTO GÉMINIS - 2D (DOBLADA) - 12 AÑOS 15:20 APOCALIPSIS: El Fin de los Tiempos - 2D (DOBLADA) - 12 AÑOS 17:35 EL BUEN MENTIROSO - 2D (DOB) 21:15 MIDWAY: Batalla del Pacífico - 2D (DOBLADA) - 12 AÑOS 21:35
22:00
Zoo: mision elefante dob 10:15 frozen ii 3d dob (TP) 12:30 14:45 17:00 Joker sub 19:15 22:10 frozen ii dob (TP) 10:30 13:00 15:15 17:45 20:00
Midway: batalla en el pacifico sub 22:30 Malefica 2 dob (TP) 11:20 Tod@s caen dob 13:50 18:50 21:30 El buen mentiroso sub 16:30
SUPERCINES 6 DE DICIEMBRE Midway: Batalla en el Pacífico 2D Doblada
1:00 pm 4:00 pm 7:00 pm 2D Subt 10:00 pm El Buen Mentiroso 2D Doblada 4:40 pm 7:10 pm 2D Subtitulada 9:40 pm La Invasión 2D Doblada 6:10 pm 10:30 pm 2D Subtitulada 8:20 pm Sin opciones 2D Subtitulada 7:40 10:10 pm Desastre en París 2D Doblada 4:30 pm 6:40 pm 8:50 pm Apocalipsis: El fin de los tiempos 2D Doblada 5:40 pm 10:40 pm Proyecto Géminis 2D Doblada 7:15 pm 9:45 pm Contra lo Imposible 2D Doblada 2:40 9:00 pm Zoo: Misión Elefante 2D Doblada 1:10 3:20 pm A Son of Man: La maldición del tesoro de Telaraña de mentiras 2D Subtitulada 2:00 pm Atahualpa 2D Idioma Original 1:00 pm Doctor Sueño 2D Subtitulada 4:15 pm Maléfica: Dueña del Mal 2D Doblada 4:40 Frozen 2 2D Doblada 1:00 1:30 3:30 4:00 6:00 Dedicada a mi ex 2D Idioma Original 5:10 pm 7:20 pm 9:30 pm 6:30 7:10 8:30 09:00 9:40 pm Terror a 47 metros: El segundo ataque 3D Doblada 3:00 pm 5:30 pm 8:00 pm 2D Doblada 5:50 pm
pm 6:10 pm 2D Subtitulada 9:10 pm El Buen Mentiroso 2D Doblada 3:00 pm 5:20 pm 2D Subtitulada 7:40 pm La Invasión 2D Doblada 2:10 7:20 9:30 pm Ojo del Demonio 2D Doblada 3:00 pm 5:10 pm 7:20 pm 9:30 pm Proyecto Géminis 2D Doblada 6:20 pm Contra lo Imposible 2D Doblada 4:20 pm Zoo: Misión Elefante 2D Doblada 2:30 pm Doctor Sueño 2D Doblada 1:10 pm Dedicada a mi ex 2D Idioma Original 4:10 pm 8:50 pm
MULTICINES CCI Sin Opciones Subtitulada 13:20 15:50 18:20 20:55
Midway: Batalla en el Pacífico Español 15:45 18:35 21:30 La Invasión Español 14:35 18:55 El Buen Mentiroso Español 13:20 15:40 Subtitulada 21:05 Frozen 2 Español 13:00 13:35 14:10 14:45 15:25 16:00 16:35 17:10 17:50 18:25 19:00 19:35 20:15 20:50 Proyecto Géminis Español 21:25 Contra lo Imposible Español 13:30 Dedicada a mi Ex Español 16:40 18:50 21:00
MULTICINES EL RECREO Sin Opciones Subtitulada 13:50 16:20 18:50
21:20
Midway: Batalla en el Pacífico Español 13:00 17:55 20:45
La Invasión Español 14:20 16:35 18:45 20:55 El Buen Mentiroso Español 13:25 15:50 18:15 Desastre en París Español 18:20 20:30 Frozen 2 Español 13:00 13:20 13:40 14:00
15:25 15:45 16:05 16:25 17:50 18:10 18:30 18:50 20:15 20:35 20:55 21:15 Español 3D 15:05 17:30 19:55 Proyecto Géminis Español 17:35 20:40 Contra lo Imposible Ford v Ferrari Esp 14:25 Dedicada a mi Ex Español 14:40 16:50 19:00 21:10 Terminator: Destino Oculto Español 13:20 A Son of Man Español 15:55 Maléfica: Dueña del Mal Esp 13:10 15:45 Guasón Español 20:10
MULTICINES EL CONDADO Sin Opciones Subtitulada 13:50 16:20 18:50 21:20
Midway: Batalla en el Pacífico Español 13:20 Español VIP 15:55 21:10 La Invasión Español 14:20 16:30 18:40 El Buen Mentiroso Español 16:10 Frozen 2 Español 13:00 14:00 14:30 15:25 16:25 16:55 17:50 18:50 19:20 Proyecto Géminis Español 20:15 21:15 Contra lo Imposible Español 13:05 Dedicada a mi Ex Español 16:10 18:20 20:35 Guasón Español 20:50
La fiesta del vino y la comida francesa
GENTE I
LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
A11
En un hotel de Quito, la Cámara de Comercio e Industrias Franco-Ecuatoriana (Ccifec) organizó ‘le Beaujolais Noveau est Arrivé’, en su sexta edición en Ecuador. Fue un evento por la llegada del vino Beaujolais Nouveau. Un grupo de invitados degustó de una cena con la bebida.
Harold Celis; Jean Baptiste Chauvin, embajador de Francia; Fabien Przypolsky, director ejecutivo Ccifec; y Miguel Ángel Puente, presidente de Ccifec.
Viviana Ramón, Erika Melo y Sofía Coloma.
Paulina Acuña, Cecilia de Puente, Miguel Ángel Puente, Mónica Espinosa y Ximena Vásconez.
Dessert (postre) creme bulle de pistacho, moelleux de chocolate y frutas al grille con canela.
Sanda Moca, Alejandro Calisto, Daniela Rueda y Mauricio Rubio.
Santiago Ponce Rouse, Macarena Jáuregui, Alejandro Ponce Martínez y Ricardo Hernández.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
QUITO
50c incl. IVA LUNES 09 DE DICIEMBRE DE 2019
Quito, Ecuador
32 PÁGINAS
Zozibini Tunzi, la nueva Miss Universo PÁGINA A6
¡Bienvenidos a la Serie A! Orense y Liga de Portoviejo jugarán, desde la próxima temporada, en la categoría de privilegio del torneo local. PÁGINA A9
El rugby crece en Ecuador
PÁGINA D4
¿Reescribirán la historia? Liga de Quito y Delfín, en una nueva final. La LigaPro conocerá su flamante campeón el próximo domingo, en Manta.PÁGINA D2
Los Intrépidos están de regreso
PÁGINA B7
Revista judicial
c00
LUNES 24de noviembRe de 2008 La Hora Quito, ecuadoR
LUNES, 9 de diciembRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR Revista no: 12731 Director dr. Francisco ViVanco rioFrío
Editora diana Briones Puga
es una edición de diario la hora
http//www.derechoecuador.com
Dirección: Panamericana norte Km 31/2 y nazareth | telf: 2475723 al 728 | E-mail: revistajudicial@lahora.com.ec
c1
APELACIÓN EN MATERIA PENAL consultA ProcEsAl ¿De los autos interlocutorios que no son dictados en audiencia, como del auto de inadmisión del Art.147 del coGEP, qué tiempo se tiene para interponer el recurso de apelación y su fundamentación?
rEsPuEstA
Autor: Dr. Iván GArzón vIllAcrés
La garantía del doble conforme o de la doble instancia, se encuentra prevista en el artículo 76, numeral 7, literal m) de nuestra Constitución de la República. Por ello, este derecho a recurrir del fallo, forma parte del debido proceso legal, derecho constitucional que se halla consagrado en el mismo artículo 76 de la Carta Fundamental, el cual, contiene a su vez, un conjunto de garantías básicas, las mismas que tienden a proteger y tutelar un proceso justo y libre de arbitrariedades en todas y cada una de las instancias judiciales. Así, nuestra Magistratura Constitucional, en sentencia N°108-14-SEP-CC, ha señalado que: “[...] de esta manera el debido proceso se constituye en el ‘axioma madre’, el generador del cual se desprenden todos y cada uno de los
principios y garantías que el Estado ecuatoriano se encuentra obligado a tutelar”. Derecho a recurrir Este derecho a recurrir, igualmente se encuentra garantizado en la Convención Interamericana de Derechos Humanos, instrumento internacional que, en el artículo 8, literal h), establece como parte de las garantías judiciales el derecho a: “recurrir del fallo ante juez o tribunal superior (...)”. A su vez, el recurso de apelación, comprende el acceso a la justicia, derecho éste que se manifiesta con la posibilidad de que los ciudadanos puedan acudir a los Juzgados, Tribunales y Cortes del país, con el propósito de formular sus pretensiones y recibir de aquellas autoridades jurisdiccionales, una respuesta a tales requerimientos. El acceso a la justicia se entiende también como la materialización
procesal del “derecho a ser oído” y que se cumple por parte de los operadores de justicia en relación con los sujetos procesales. No obstante, aquello, este derecho no termina con garantizar a las partes la presentación de sus peticiones o pretensiones, sino que y, por el contrario, conlleva la obligación de estos (los juzgadores o autoridades jurisdiccionales competentes), a pronunciarse al respecto y resolver lo que en derecho corresponda, es decir, motivadamente. En este sentido lo sostiene Osvaldo Gozaíni (Introducción al derecho procesal constitucional, Rubinzal - Culzoni editores, Buenos Aires, 2006, pág. 38), al decir: “El derecho de peticionar ante las autoridades no descansa en el remedio de escuchar lo que se pide, porque además de la prerrogativa fundamental que tiene toda persona para ser oída, se necesita integrar la garantía con el deber de respuesta”,
afirmación ésta que además, tiene su sustento en el bloque de constitucionalidad, como se indica en el artículo 8, numeral 1, de la Convención Americana de Derechos Humanos, que sobre el debido proceso, se pronuncia de manera amplia y señala de modo principal que toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un Juez o Tribunal competente, el cual debe ser además independiente e imparcial. Obligación de aplicar el debido proceso Motivo por el que, constituye una obligación de los operadores de justicia, el aplicar estas garantías básicas del debido proceso y, de manera especial, tutelar su cumplimiento en las diferentes actuaciones judiciales, ya que su desconocimiento conduciría a la CONTINUA EN LA PáGINA - C2
la interposición y fundamentación del recurso de apelación lo deben realizar ante los jueces de primer nivel. el recurso de apelación de los autos que no son dictados en audiencia, conforme el art.257 del cogeP, se interpondrá de manera fundamentada por escrito dentro del término de diez días de notificado. en materia de niñez y adolescencia el término de cinco días. luego de haber sido fundamentado el recurso, conforme al art. 258, ibídem, se notificará a la contraparte para que la conteste en el término de diez días. en materia de niñez y adolescencia es de cinco días. interpuesta la apelación, la o el juzgador de primer nivel conforme el art.259, ibídem, admitirá el recurso si es procedente y expresará el efecto con que la concede. a falta de expresión se entenderá que el efecto es supensivo. si el recurso no es admitido, la parte apelante podrá interponer el recurso de hecho. recibido el expediente el tribunal convocará a audiencia en el término de quince días, conforme con las reglas generales de las audiencias previstas en este código. en materia de niñez y adolescencia la audiencia se convocará en el término de diez días. una vez finalizado el debate, el tribunal pronunciará su resolución, esto, conforme lo prescrito en el art. 260 ibídem. el inciso final del art. 250 dispone que: “los términos para la impugnación de las sentencias y autos defiitivos no dictados en audiencia correrán a partir de la notificación por escrito”. criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la ley corte nacional de Justicia
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
Revista judicial c2
LUNES 9 de diciembRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR
vulneración de derechos constitucionales. Conforme lo sostiene la ley, la doctrina y los precedentes jurisprudenciales, el recurso ordinario y vertical de apelación se caracteriza por ser un remedio o rectificación procesal, en virtud del cual los sujetos procesales pueden alcanzar que un órgano jurisdiccional jerárquicamente superior de aquel que lo dictó en primera instancia, revoque o reforme el fallo del inferior, cuando este le ha causado un agravio al o los recurrentes, por causa de una errónea aplicación o interpretación del derecho o de la apreciación de los hechos fácticos o de la prueba. Este recurso ordinario de la apelatio (llamamiento o reclamación), no cuenta con causales delimitadoras (como si ocurre en el recurso extraordinario de casación), sencillamente procede cuando los sujetos procesales (Fiscal, Procesado o Víctima), consideran que han sufrido un agravio en sus derechos, debiendo entenderse como agravio la insatisfacción total o parcial de las pretensiones u oposiciones propuestas por aquellas.
eJecuTiVos EXTRACTO JUDICIAL CAUSA NRO. 17230-201710268 UNIDAD JUDICIAL CIVL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MALEZA TORAL NORMA DEL ROCIO ACTOR: DR. JORGE ENRIQUE S A R M I E N TO P I LC O, PROCURADOR JUDICIAL DE LA ASOCIACION MUTUALISTA DE AHORRO Y CREDITO PARA LA VIVIENDA PICHINCHA DEMANDADA: MALEZA TORAL NORMA DEL ROCIO JUICIO: 17230- 2017-10268 MATERIA CIVIL: EJECUTIVO.CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO CUANTÍA: USD. 33.000,00 DEFENSOR: DR. RAUL FERNANDO VILLACIS MORA CASILLA JUDICIAL: 3178 CORREO ELECTRÓNICO: fvestudiojuridico@outlook. com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: En sentencia se ordene a la demandada MALEZA TORAL NORMA DEL ROCIO, al pago de lo siguiente: 1.- El saldo del préstamo USD. 23.098,26.2.- Los intereses de amortización.- Los Intereses por mora.- 3.- Tasas gastos y expensas judiciales en las que se incluirán los honorarios profesionales.- Dr.
JUDICIAL QUITO
En estos casos, el Ad quem u órgano superior (Salas de lo Penal y Tránsito de las Cortes Provinciales de Justicia del Ecuador), que conozcan y resuelvan la apelación, no se limitan únicamente a analizar el auto o sentencia recurridas; sino que, por el contrario, en el recurso de apelación se puede revisar íntegra y nuevamente las cuestiones de hecho y de derecho sin limitación alguna, que no sea la de no reformar en perjuicio y en observancia del principio dispositivo; por lo mismo, se puede salvaguardar o enmendar cualquier omisión, error o defecto en el que haya incurrido el juzgador de primer nivel, tanto en la parte sustantiva como en la parte adjetiva (vicios in procedendo e in iudicando). Principio de doble instancia El recurso de apelación surge del principio de doble instancia, garantizado tanto en nuestra Constitución como en los instrumentos internacionales de derechos humanos y tiene como fin que un juzgador superior (ad quem, “desde cierto tiempo”), revise y corrija los errores fácticos y jurídicos incurridos por un juzgador de primer nivel (a quo, “hasta cierto tiempo”). Este recurso, adquiere por lo tanto dos sistemas: la non reformatio in pejus (no reformar en peor o
L EO N A R D O ANDRES EGUIGUREN BERMEO.JUEZ.- AUTO ADMISORIO.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. VISTOS.- En lo principal, se dispone: PRIMERO.- La demanda que antecede presentada por Dr. Jorge Enrique Sarmiento Pico, Procurador Judicial de la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para la vivienda Pichincha, conforme lo justifica con la documentación adjunta es clara, precisa, completa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un contrato de Préstamo, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo cuerpo legal invocado; por lo que se califica y admite a trámite mediante P R O C E D I M I E N TO EJECUTIVO.- SEGUNDO.Conforme lo estipulado en el Art. 351 segundo inciso del COGEP y en mérito de la documentación agregada a la demanda, esto es, el Certificado emitido por el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito que consta en fojas 22 de los autos se desprende que la demandada es propietaria de la casa 60B. Planta baja. alícuota parcial 0.2891%; porche de acceso,
alícuota parcial 0.0097%, ingreso peatonal y jardín delantero. Alícuota parcial 0.0861%; patio posterior, alícuota parcial 0.1403% Estacionamiento. Alícuota parcial 0.0928% Planta alta. Alícuota parcial 0.2951%. Alícuota total 0.9131%, que forma parte del Conjunto Habitacional Ferrara, construido en el Lote signado con la letra F de la Urbanización Palermo, situado en la Parroquia Chillogallo de este cantón, con matrícula CHILL0054257, para la ejecución de la diligencia ordenada, en razón del sorteo en el SATJE se designa como depositario judicial al señor VICTOR MANUEL PAUCAR MORA, quien de ser necesario contará con el apoyo de los miembros de la Policía Nacional; para lo cual, deberá oficiar a la Policía Nacional a fin de que conjuntamente con el depositario judicial cumplan el embargo ordenado, conforme lo dispuesto en los artículos 384, 387 y 388 del Código Orgánico General de Procesos. Posteriormente, de acuerdo a lo determinado en el artículo 389 del COGEP, inscríbase el embargo en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, debiéndose notificar a su titular para que tome nota del particular en los libros correspondientes. Una vez cumplido el embargo, remítase a esta Unidad Judicial Civil la correspondiente acta de ejecución de embargo
en perjuicio) y la libre apelación. La primera equivale a que el Tribunal Superior, encargado de dictar un nuevo fallo, no puede empeorar o incrementar la pena en perjuicio inicialmente constituido en la primera instancia y recurrido por el agraviado, pudiendo únicamente considerar las decisiones desfavorables. Esto ocurre, solo cuando la persona procesada es el único recurrente (Art. 77.14 de la Constitución en armonía con el Art. 5.7 del COIP). Por su parte, la libre apelación, por el contrario, permite que el juzgador de segundo nivel, pueda luego de revisarla, resolver en forma amplia y sin limitación alguna el objeto del recurso, pudiendo aceptar total o parcialmente la impugnación, revocar, modificar o reformar, haciendo más gravosa la situación jurídica de la persona procesada. Esta situación se da cuando recurren del fallo los demás sujetos procesales. Si bien es cierto que la apelación nace de la voluntad del perjudicado con el fallo, y en principio podría pensarse que sólo él podría recurrir, empero, en la práctica forense, encontramos que no es así, pues, dentro del proceso penal las otras partes procesales pueden también sentirse afectadas parcialmente. En nuestro país, en materia penal sólo cabe la apelación simple (interpuesta por aquel sujeto
procesal que sufre la derrota en el proceso y siente que el fallo no le es justo, por no sujetarse a derecho). Por lo mismo, no hay apelación en conjunto ni adhesión al recurso de apelación. Así, no podría recurrir el reo y adherirse la víctima; a no ser que se trate de varias personas procesadas o diferentes víctimas en cuyo caso, de así convenir a sus intereses o estrategia de defensa, si podrían recurrir en forma conjunta, debiendo fundamentarlo sea en forma individual o ligada. En tratándose de autos y sentencias, la ley otorga una competencia especial al juez superior, pues no solo se limita a conocer y resolver dicho recurso, sino que y, por el contrario, si observa la existencia de una causal que afecta la validez del proceso, debe declarar la nulidad, aunque no sea objeto de la apelación (Art. 652.10 del COIP), siempre que no sea susceptible de ser saneada, se decretará de plano el auto de nulidad si fuera absoluta e insubsanable. Interposición de recursos En materia de autos existen dos aspectos característicos en lo concerniente a la interposición de los recursos. Por una parte, es factible interponer el recurso de reposición o súplica, -conocidos en nuestra legislación como recursos horizontales de revocatoria o
Si puedo preservar mi buen nombre, seré suficientemente rico. T i T o M ac c i o P l au T o
contentiva de los requisitos señalados en el artículo 388 del COGEP. Una vez ejecutado el embargo procédase con la citación. TERCERO.- En el Ecuador es una evidente consagración constitucional que está supeditado a las normas y principios que emanan de la Constitución, toda vez que la Constitución 2008 que rige, señala taxativamente que ésta es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico y que las normas y los actos del poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales ya que en caso contrario carecerán de eficacia jurídica ( Art. 424, inciso primero). Además el Art. 425 puntualiza que la Constitución está en primer lugar en el orden jerárquico de aplicación de las normas, por lo que las leyes penales, sustantivas y de procedimiento, están debajo de la Constitución, e incluso debajo de los tratados y convenios internacionales, indicándose también que en caso de conflicto entre normas de distinta jerarquía, la
Corte Constitucional. Las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores públicos, los resolverán mediante la aplicación de las norma jerárquica superior, en concordancia con el Código Orgánico Función Judicial Art. 4, Art. 5, Art. 6, Art. 8, Art. 17, Art. 18, Art. 23, Art. 25 y Art. 29, los Tratados Internacionales, a los cuales el Ecuador es suscriptor, lo establecido en el Art. 1.1, 8.1, 24 del Pacto de San José de Costa Rica, El derecho a de ser oída con las debidas garantías en la sustanciación para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil, como regla de derecho se encuentra descrita en el Art. 14 numeral 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La constitución en el Art. 76 numeral 7 literal a), establece “..Nadie podrá ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento...”, así también, La corte Constitucional del Ecuador en la SENTENCIA N.° 016 17-SEP-CC, CASO N.°
0503-14-EP, de fecha 18 de enero de 2017, en cuanto a la citación se ha pronunciado: “Conforme las disposiciones constitucionales y de derecho internacional antes citadas y conforme la línea jurisprudencial de esta Corte Constitucional, la debida citación se constituye en una obligación que debe asegurar la autoridad jurisdiccional dentro del inicio de un proceso judicial para poder hacer efectivo el derecho a la defensa de las partes procesales, ya que sin esta, no se podría asegurar una verdadera administración de justicia que pregona nuestra nueva realidad jurídica y sociedad.”, de igual manera en la SENTENCIA No. 007-14-SISCC CASO No. 1541-12-EP, de fecha 09 de enero del2014, La corte Constitucional del Ecuador, se ha pronunciado: “..La Constitución, en su artículo 76, establece que en todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso, indicando una serie de garantías, entre las cuales encontramos el derecho a la defensa, el mismo que implica la oportunidad de ser oído y hacer valer sus pretensiones frente al juez. Este derecho en el ámbito constitucional tiene como objetivo que nadie pueda ser privado de los medios necesarios para hacer respetar sus derechos en el desarrollo de un proce-
reforma del auto, o el de ampliación o aclaración-, y, posteriormente, de haber sido negado puede recurrirse vía apelación. O bien, si es aceptada la revocatoria o reforma del auto, la contraparte o sujeto procesal que resulta afectada con dicha decisión, puede interponer contra ella el recurso ordinario de apelación. Pues, sólo caben los recursos de revocatoria y reforma para los autos de sustanciación y para enmendar providencias, por orden expresa del artículo 254 del Código Orgánico General de Procesos (norma supletoria en materia procesal penal, conforme a la Disposición General Primera del Código Orgánico Integral Penal, y la Disposición Reformatoria Primera del COGEP). No así de las sentencias, en las que, sólo caben los recursos horizontales de aclaración o ampliación, y una vez agotados estos, de así considerarlo el vencido, puede interponerse el de apelación. Puesto que es improcedente interponer en forma conjunta recursos sucesivos o subsidiarios, esto es, tanto recursos horizontales como verticales en un solo acto (Artículo 252 ibídem). Estoy seguro que este trabajo servirá de ilustración y apoyo a profesionales y estudiantes de la ley y del derecho. Autor: Dr. Iván Garzón Villacrés Mg.
so legal, a fin de que exista igualdad de condiciones para las partes procesales...”. El Código Orgánico General de Procesos en su Art. 56 inciso segundo y tercero establece: “..La declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o del demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso, declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o del demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso, la hará la o el solicitante bajo juramento que se presentará ante la o el juzgador del proceso o mediante deprecatorio a la o al juzgador del domicilio o residencia de la o del actor. Para el caso anterior se adjuntará además la certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores que indique si la persona salió del país o consta en el registro consular. Si se verifica que es así, se citará mediante carteles fijados en el consulado en el que se encuentra registrado…”. Sobre esta disposición se ha realizado una consulta a la Corte Nacional de Justicia, en el siguiente sentido: “..De acuerdo al Art. 56
se debe citar mediante carteles fijados en el consulado cuando se sabe que el citado está registrado, pero ¿qué sucede si estando en el exterior no consta en el registro consular?..”, en el Oficio No. 493-CNJ-DAJP-AM, de fecha 15 de mayo de 2017, la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia, se ha pronunciado: “..Pero si no se conoce la dirección del demandado en el extranjero, como tampoco se tiene constancia en el registro consular, pero existe el movimiento migratorio que salió del País, se procederá a citarlo así: a) En un periódico de amplia circulación del lugar donde se presenta la demanda; b) Por fijación de carteles en todos los consulados del País de destino, de acuerdo al movimiento migratorio; y, c) Por la radio, sólo a criterio del juzgador cuando éste sea el principal medio de comunicación del lugar…”. La parte actora solicita citaciones por publicaciones por la prensa, por desconocer el domicilio de la demandada, incluso lo solicita bajo juramento, el Art. 56 inciso 4 del COGEP, establece: “…La o el juzgador no admitirá la solicitud sin el cumplimiento de esta condición. De admitirla, deberá motivar su decisión…”. 3.1.Al constar del proceso a fojas 19, el certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, de fecha 5 de julio del 2017, en la cual consta que
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK la demandada NORMA DEL ROCIO MALEZA TORAL con cedula 1707164297, registra salida del Ecuador con Destino a ESPAÑA, y no consta en el registro en el consular, con la finalidad de no vulnerar el derecho a la defensa como garantía del debido proceso establecido en el Art. 76 numeral 7 literal a) de la constitución en relación con los Tratados Internacionales, a los cuales el Ecuador es suscriptor, lo establecido en el Art. 1.1, 8.1, 24 del Pacto de San José de Costa Rica, El derecho a de ser oída con las debidas garantías en la sustanciación para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil, como regla de derecho se encuentra descrita en el Art. 14 numeral 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Previo a proveer lo que en derecho corresponda, se dispone su citación a través de carteles fijados en todos los consulados del País de destino que en el presente caso es ESPAÑA, para la práctica de esta diligencia conforme lo establece el acuerdo Ministerial 85, publicado en el Registro Oficial 636 de 26 de noviembre de 2015, que expide el INSTRUCTIVO PARA CERTIFICACION Y CITACIÓN CONFORME ART 56 DEL COGEP, en cuyo Art. 3, dice: “.. Citación en oficinas consulares: Recibida la orden de citación emitida por autoridad competente las Coordinaciones Zonales, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, remitirán, por cualquier medio, la citación a la Oficina Consular correspondiente o a la Oficina Consular que tenga jurisdicción en la ciudad donde se habría trasladado el ciudadano al salir del Ecuador. Las Oficinas Consulares deben publicar la citación en sus carteleras o paneles de difusión ubicados en un lugar visible de sus instalaciones. En caso de que la Oficina Consular cuente con información de contacto
como correo electrónico o número de teléfono del ciudadano demandado, se procederá a informarlo de la existencia de esta citación. El Jefe de la Oficina Consular o Cónsul dejarán constancia de lo actuado con un registro fotográfico y remitirá en el término de 3 días una certificación de la diligencia a la Coordinación Zonal respectiva, para que la misma sea entregada a la autoridad competente. Se creará un archivo virtual y físico en las oficinas Consulares o Consulados de las citaciones, la constancia de su publicación y la comunicación enviada al Ecuador….”, Ofíciese con este auto para la citación a la Coordinación Zonal No. 9 Quito del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, para remitirán, por cualquier medio, la citación a la o las Oficinas Consulares de Ecuador en el país de ESPAÑA, para que procedan a fijar la citación en sus carteleras o paneles de difusión ubicados en un lugar visible de sus instalaciones. Luego de lo cual el Jefe de la Oficina Consular o Cónsul dejarán constancia de lo actuado con un registro fotográfico y remitirá en el término de 3 días una certificación de la diligencia a la Coordinación Zonal No. 9 Quito del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, para que sea devuelta a esta judicatura.3.2.- De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a NORMA DEL ROCIO MALEZA TORAL con cedula 1707164297, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo. CUARTO.- En aplicación de los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el TÉRMINO DE QUINCE DÍAS (15 días) para que la
JUDICIAL QUITO
demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del citado código, término que correr transcurridos 20 días desde la última publicación, y en el caso de formular oposición acompañen la prueba de conformidad con lo dispuesto en el Art. 351 inciso 5 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esta resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. En el momento procesal oportuno y de ser pertinente se tomara en cuenta la prueba anunciada. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.OTRO AUTO AUTO ADMISORIO.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO.- Quito, viernes 15 de noviembre del 2019, las 08h04, Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a la demandada MALEZA TORAL NORMA DEL ROCIO, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFIQUESE.Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- CERTIFICO.ABG. JESUS VICENTE DE LA CRUZ HARO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC/112733/AT
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CENTRO COMERCIAL EL CONDADO S.A. De conformidad con disposiciones legales y estatutarias, convocase a Junta General Extraordinaria a los señores Accionistas de la compañía MIRANDA MELESI MIRAMETOURS ECUADOR S.A., que se llevará a cabo el día Jueves 19 de Diciembre del 2019 a las 17h00 en las oficinas de la compañía, ubicadas en la calle Ricardo Sáenz N45 y L. Coloma, Edificio Cumbres del Moral 1,1403- B , con el propósito de tratar y resolver el siguiente orden del día: 1. Cocimiento y Nombramiento del Presidente de la Compañía. Por tratarse de primera convocatoria, la Junta tendrá lugar con la presencia del 51 % del capital social pagado. Los Estados Financieros y demás documentos que serán conocidos en esta Junta, están a disposición de los señores Accionistas en las oficinas de la compañía. Quito, 09 de Diciembre del 2019
Pilar Miranda Lara GERENTE GENERAL
P.AB/24166
Si uno vuelca sus energías físicas y espirituales en una causa, puede lograr lo que se proponga. adolfo suárez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN. Citación judicial a SUSANA ROSARIO GALARZA CABRERA y PEDRO JULIO CANO BAEZ, se le hace saber: Actor: Margot del Cisne Feijoo Campoverde. Demandados: SUSANA ROSARIO GALARZA CABRERA y PEDRO JULIO CANO BAEZ Juicio No. 17233-2019-02021 Trámite: Ejecutivo Cuantía: Diecisiete mil seiscientos cincuenta y un dólares con doce centavos (USD$ 17.651,12) Fundamentos de derecho: Numeral 4 del artículo 347 del Código Orgánico General de Procesos. Abogado del Actor: Dr. Ramón Armando Jerez, casillero judicial No. 889 Fecha de inicio: 09 de abril del 2019 Asunto: Pago de capital adeudado, más intereses legales. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 18 de abril del 2019, las 16h01, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede. Una vez que se ha cumplido con el auto que antecede, revisada que ha sido la demanda y el escrito de aclaración, se dispone: PRIMERO: La demanda y escrito de aclaración presentados por la señora Margot del Cisne Feijoo Campoverde, es clara, precisa y cumple con
los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en una letra de cambio, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 4 del artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código, por lo que, se CALIFICA y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Téngase en cuenta la cuantía señalada. CÍTESE a los demandados SUSANA ROSARIO GALARZA CABRERA y PEDRO JULIO CANO BAEZ en la dirección señalada, para lo cual la parte actora proporcione las copias necesarias para la diligencia de citación. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados, señores SUSANA ROSARIO GALARZA CABRERA y PEDRO JULIO CANO BAEZ, propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. En cuanto a
Se informa que por pérdida se procede a anular los siguiente títulos acciones ordinarias y nominativas de la compañía ELECTROQUIL S.A.: • Título de acciones No. 5260, de propiedad de la compañía QUIFATEX S.A., por mil quinientas diecinueve acciones de un valor nominal de cincuenta centavos de dólar cada una, por el valor total de setecientos cincuenta y nueve con 50/100 dólares de los Estados Unidos de América. • Título de acciones No. 5377, de propiedad de la compañía QUIFATEX S.A., por treinta y seis acciones de un valor nominal de dos centavos de dólar cada una, por el valor total de setenta y dos centavos de dólar de los Estados Unidos de América. De esta forma la compañía ELECTROQUIL S.A , da cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 197 de la Ley de Compañías. PAP/74362/AT
la medida cautelar solicitada, por cuanto la parte accionante no ha presentado el correspondiente certificado del Registro Mercantil del bien mueble, en aplicación del Art. 76 de la Constitución de la República, se niega la medida preventiva. Agréguese al proceso los documentos presentados por la accionante. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones. Actúe la Abg. Elizabeth Checa Altuna en calidad de secretaria encargada según acción de personal 989-DP17-2018MP de fecha 22 de enero de 2018. NOTIFÍQUESE, CÍTESE Y CÚMPLASE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 14 de noviembre del 2019, las 08h34, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede. De la revisión del proceso se puede verificar que a fojas 29, 31 de autos, constan las certificaciones de no citación a la parte demandada; además, en atención a lo solicitado por la parte accionante en el escrito de 4 de septiembre del 2019 a las 08h50, en el que textualmente dice: “…por cuanto hasta la presente fecha aún no se ha podido citar a los señores SUSANA ROSARIO GALARZA CABRERA y PEDRO JULIO CANO BAEZ, los cuales según los originales de los Registros consulares que en dos fojas acompaño se desprende que dichos ciudadanos no han salido del país por ende no poseen ningún Registro Consular, en tal situación declaro bajo juramento que pese a todas las gestiones realizadas hasta la actualidad me ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia actual de los demandados SUSANA ROSARIO GALARZA CABRERA y PEDRO JULIO CANO BAEZ.. ” y en base a los certificados de Registro Consular de los demandados señores SUSANA ROSARIO GALARZA CABRERA y PEDRO JULIO CANO BAEZ emitidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en el que consta que los demandados no registran salida del país, tampoco registro consular en el exterior; en tal virtud, en atención a lo solicitado por el actor y continuando con la sustanciación del proceso, con fundamento en el Art. 56 reformado por el Art. 11 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos y en base del juramento rendido por la parte actora, misma que ha sido realizada ante esta autoridad el 31 de octubre del 2019 a las 12h16, en el que el accionante dice: “Dando cumplimento a lo ordenado
Revista judicial LUNES 9 de diciembRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR
por su señoría y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, bajo juramento de ley declaro que pese a las averiguaciones realizadas, y luego de acudir a los registros de público acceso, y en virtud del certificado conferido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, NO ha sido posible determinar el domicilio y/o residencia de los demandados SUSANA ROSARIO GALARZA CABRERA, y, PEDRO JULIO CANO BAEZ, en consecuencia pido que sean citados por la prensa conforme lo señalado en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos”; en tal virtud, cítese a los demandados SUSANA ROSARIO GALARZA CABRERA y PEDRO JULIO CANO BAEZ mediante publicaciones realizadas por la prensa, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para lo cual concédase el extracto correspondiente. Mismo que es enviado a la casilla judicial No. 889 señalada por la parte accionante a fin de que se dé cumplimiento a la presente disposición.NOTIFÍQUESE.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico o correo electrónico para sus notificaciones. Ab. ELIZABETH CHECA A. SECRETARIA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL QUITUMBE. Hay firma y sello PAC/112740/AT
orDinarios UNIDAD JUDICIAL CIIVL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL NOTIFICACIÓN JUDICIAL PA R A : HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE JAIME JUAN MUÑOZ CAMPOZANO ACTOR: ABG. JUAN CARLOS JAIRALA REYES, EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL Y COMO TAL REPRESENTANTE LEGAL DE LA FIDUCIA DEL PACÍFICO S.A FIDUPACIFICO DEMANDADOS: INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHA Y OTROS CAUSA No.: 173032008-0887 TRAMITE: ORDINARIO PROVIDENCIAS: JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, 11 de septiembre del 2008,
c3
09h56: Vistos: Habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia de 29 de Agosto del 2008, se declara legitimada la personería del Dr. Cristóbal Troya H., por su comparecencia a nombre del accionante; en consecuencia se califica de clara y precisa la demanda. Conforme lo prevé el Art. 849 del Código de Procedimiento Civil, se dispone remitir oficio al Dr. Eddy Cáceres Yépez, Inspector del Trabajo de Pichincha, a fín de que, en el término de tres días se pronuncie cediendo o contradiciendo la competencia requerida. Tómese en cuenta el domicilio señalado por el demandante en la calidad invocada, justificada con los habilitantes que se dispone incorporar al proceso. Notifíquese. f).- Wagner Arturo Jativa Quiroz Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 6 de marzo del 2017, las 13h56.VISTOS.- Agréguese al expediente el escrito presentado por la parte de actora, y en referencia al mismo esta Autoridad debe mencionar, que de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, vigente a la época de presentación de la demanda, se amplía el auto emitido anteriormente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 67 del Código de Procedimiento Civil, se califica la tercería excluyente de dominio presentada, por ser clara precisa y contener todos los requisitos de ley, por lo que se admite a trámite ordinario a la misma. Notifíquese a la Inspectoría del Trabajo del presente particular, se da por citados los demandados, ya que han señalado casillero judicial y ha expuesto sus excepciones a la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos. De acuerdo a lo expuesto en el artículo 503 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la suspensión de todo proceso de apremio, embargo o remate que se haya iniciado por el bien materia el litigio, y de conformidad con el artículo 400 del Código de Procedimiento Civil, vigente a la época de presentación de la demanda, y tomando en cuenta la solicitud realizada por la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Empleo, se determina para el Martes 14 de
NOTIFICACIÓN A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA POLISEÑALES S.A. EN LIQUIDACIÓN En cumplimento a lo dispuesto en el Art. 393 de la Ley de Compañías, notifico a las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para que en el término de veinte días a partir de la fecha de la última publicación de este aviso, presenten documentos que acrediten su derecho como acreedores, para lo que deberán en forma personal o por el medio que estimen pertinente dirigirse al liquidador de la compañía; haciéndole conocer su reclamo con copia del o documentos que acrediten su derecho. Vencido el término establecido, con lo que dispone la ley, solo serán reconocidos como tales quienes dentro del mismo hubiesen comparecido con su reclamo. Para el efecto dirigirse a la oficina ubicada en la calle Mariano Paredes N° 73-53 y N73 Sector Ponceano Alto. O al correo electrónico anferroconstructor@hotmail.com 9 De diciembre de 2019 ING. RUBÉN BERNABÉ BASTIDAS MORA LIQUIDADOR COMPAÑÍA POLISEÑALES S.A. EN LIQUIDACIÓN
PAR/111894/EG
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
Revista judicial c4
LUNES 9 de diciembRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR
marzo del año 2017, a las 14H30, la realización de la correspondiente Junta de Conciliación. NOTIFIQUESE.f).- Lemos Trujillo Gabriela Estefanía-Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 11 de noviembre del 2019, las 09h52, Agréguese al proceso el escrito presentado, en atención al mismo se dispone. De acuerdo a lo establecido en el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a los herederos presuntos y desconocidos de Jaime Juan Muñoz Campozano, a través de una publicación por la prensa.Notifíquese.- f).- Salazar Vasco Gustavo Javier-Juez Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para posteriores notificaciones. AB. GABRIELA HIDALGO SECRETARIA Hay firma y sello PAC/112743/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL Se le hace conocer al público en general que en la Judicatura se tramita el Juicio Ordinario de Prescripción Adquisitiva de Dominio en contra de NESTOR GUMERCINDO TAPIA ESTRADA. ACTORA: VILLARREAL GARCIA VIRGINIA DELIA MARIA, VILLARREAL VILLARREAL BETTY DEL CARMEN, VILLARREAL VILLARREAL EDUARDO EUDORO, VILLARREAL VILLARREAL RAMIRO ANIBAL, VILLARREAL VILLARREAL RIGOBERTO JARME y VILLARREAL VILLARREAL SANDRA DEL CONSUELO. DEMANDADO: NESTOR G U M E RC I N D O TA P I A ESTRADA. CAUSA No. 17267-201800355 TRAMITE: ORDINARIO CUANTIA: INDETERMINADA DEFENSOR: DR. GUILLERMO SISALEMA. JUEZ: DR. FREDY CHULDE OBANDO RESOLUCION: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Pedro Vicente Maldonado, viernes 28 de diciembre del 2018, las 14h56, VISTOS: Dr. Fredy Chulde Obando.Asumo conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura según acción de personal No. 11482DNTHRO-de fecha 16 de Octubre que rige a partir del 1 de Noviembre del 2013.- En lo principal se dispone: CALIFICACIÓN.- La deman-
da que antecede presentada por Villarreal García Virginia Delia María, Villarreal Villarreal Rigoberto Jaime, Villarreal Villarreal Sandra del Consuelo, Villarreal Villarreal Betty del Carmen, Villarreal Villarreal Ramiro Aníbal, Villarreal Villarreal Eduardo Eudoro; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que, se la admite al procedimiento ORDINARIO determinada en el Art. 289 ibídem. CITACIÓN.- A fin de precautelar la tutela judicial efectiva, el debido proceso y seguridad jurídica prescritos en los Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República, específicamente el derecho a la defensa, cítese en legal y debida forma a la parte demandada el señor NESTOR G U M E RC I N CO TA P I A ESTRADA; en el lugar señalado en el libelo de la demanda, para lo cual se adjuntará la copia de la demanda, copia certificada de los documentos adjuntados y este auto de sustanciación, diligencia que se realizará con observancia de lo establecido en los Arts. 54, 55, 62 y 63 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, previniéndose a la parte demandada de la obligación que tienen de señalar correo electrónico para sus posteriores notificaciones. Para el efecto de conformidad con el Art. 72 ibídem, en concordancia con el Art. 146 del Código Orgánico de la Función Judicial, deprecarse a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con Sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito. Cuéntese con el señor Director de la Subsecretaria de Tierras y Reforma Agraria del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca; para lo cual se remitirá atento deprecatorio Unidad Judicial Civil con Sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, para la realización de la citación a dicha institución. CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada; el término de TREINTA (30) días una vez citado, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos COGEP. PRUEBA.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la accionante; lo cual estará a lo previsto en los Arts. 159, 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del COGEP, esto es sobre la admisibilidad y práctica de prueba. DILIGENCIAS.De conformidad con el inciso 5to del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase la demanda en el registro de la Propiedad del Cantón Pedro Vicente Maldonado, para el efecto remítase atento oficio a su titular con copias certificadas de las piezas procesales necesarias, para que tome nota del particular.- Agréguese al expe-
JUDICIAL QUITO
diente la documentación que adjunta a la demanda la parte actora. Téngase en cuenta la designación que le hacen a la señora Virginia Delia María Villareal García, como procuradora común en esta causa.- Tómese nota del correo electrónico señalado por los accionantes para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su defensor Dr. Guillermo Sisalema Guzmán.- Actué el Ab. Raúl Taco, como secretario encargado de la Unidad Judicial.- Actúe como secretario encargado de esta Unidad Judicial el Ab. Lito Yanangomez Duran.- CÍTESE y NOTIFÍQUESE. P R O V I D E N C I A . UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Pedro Vicente Maldonado, viernes 15 de noviembre del 2019, las 16h46, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto inmediato anterior de fecha 30 de agosto del 2019, las 16h431; esto es los señores VILLARREAL GARCÍA VIRGINIA DELIA MARÍA, VILLARREAL VILLARREAL R I G O B E R TO JAIME, VILLARREAL VILLARREAL BETTY DEL CARMEN, VILLARREAL VILLARREAL RAMIRO ANÍBAL, VILLARREAL VILLARREAL EDUARDO EUDORO, han rendido juramento; así como la señora VILLARREAL VILLARREAL SANDRA DEL CONSUELO, quien ha rendido su Juramento en la Unidad Judicial Civil de con Sede en el Cantón Tulcán, conforme consta del acta, la que ha sido devuelta una vez que ha sido cumplida la diligencia deprecada se dispone: 1) Por cumplido que ha sido lo previsto en el Art. 56 Numeral 2 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos; y con el fin de precautelar la tutela judicial efectiva, el debido proceso y seguridad jurídica prescritos en los Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República, específicamente
Si usted no sabe hacia dónde va, probablemente acabará llegando a cualquier otro lugar. l au r e n c e J. P e T e r . el derecho a la defensa y en base al juramento rendido por los accionantes de la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio residencia del señor NESTRO GUMERCINDO TAPIA ESTRADA; cítese mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación a nivel nacional, en tres días distintos, conforme lo estable lao artículos 56 Numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, para esto por secretaría elabórese el extracto correspondiente. 2) A pedido de los accionantes cuéntese con el Alcalde y Procurador Sindico del Municipio del Cantón Pedro Vicente Maldonado, para lo cual serán notificados en su despacho por intermedio de la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, para lo cual se remitirá suficiente despacho para su cumplimiento.- Notifíquese. P R O V I D E N C I A . UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Pedro Vicente Maldonado, martes 26 de noviembre del 2019, las 16h49, Agréguese al expediente el escrito que antecede presentado por Virginia Delia Maria Villarreal García y Otros; en atención al mismo y toda vez, que en auto de fecha 15 de noviembre del 2019, las 16h46, por un lapsus se ha hecho constar el nombre del demandado para la citación a “...NESTRO GUMERCINDO TAPIA ESTRADA…”; siento lo correcto y como debe de leerse, se cite conforme se encuentra dispuesto
al demandado NESTOR G U M E RC I N D O TA P I A ESTRADA; por lo que, de conformidad a lo que disponen los Arts. 75, 76 y 169 de la Constitución de la República, Art. 130.8 del Código Orgánico de la Función Judicial, y Art. 100 Inciso 2 del Código Orgánico General de Procesos, SE CONVALIDAD DICHO ACTO PROCESAL Y SE ENMIENDA dicho lapsus para los fines de ley pertinentes.- En lo demás los sujetos procesales estarán a lo dispuesto en auto de sustanciación que antecede.Notifíquese. Lo que comunico para los fines de Ley. DR. JOSE BEJARANO GALARZA S E C R E T A R I O UNIDAD JUDICIAL M U LT I C O M P E T E N T E CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/112731/AT
socieDaDes conYuGales REPÚBLICA DEL ECUADOR NOTARÍA VIGÉSIMA SEGUNDA DEL CANTÓN QUITO DR. ALEX DAVID MEJÍA VITERI EXTRACTO AL PÚBLICO Se pone en conocimiento que mediante escritura pública otorgada ante el Doctor Alex David Mejía Viteri, Notario Vigésimo Segundo del Cantón Quito, el dos de diciembre del año dos mil diecinueve, los señores IVÁN PATRICIO BACA LÓPEZ, divorciado, y MARÍA AUGUSTA BUITRÓN DONOSO, divorciada, proce-
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDNARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA "MIRANDA MELESI MIRAMETOURS ECUADOR S.A." De conformidad con disposiciones legales y estatutarias, convocase a Junta General Extraordinaria a los señores Accionistas de la compañía MIRANDA MELESI MIRAMETOURS ECUADOR S.A., que se llevará a cabo el día Jueves 19 de Diciembre del 2019 a las 17h00 en las oficinas de la compañía, ubicadas en la calle Ricardo Sáenz N45 y L. Coloma, Edificio Cumbres del Moral 1,1403-B, con el propósito de tratar y resolver el siguiente orden del día: 1. Cocimiento y Nombramiento del Presidente de la Compañía. Por tratarse de primera convocatoria, la Junta tendrá lugar con la presencia del 51 % del capital socialpagado. Los Estados Financieros y demás documentos que serán conocidos en esta Junta, están a disposición de los señores Accionistas en las oficinas de la compañía. Quito, 09 de Diciembre del 2019
Pilar Miranda Lara GERENTE GENERAL
dieron a liquidar el patrimonio de su extinta sociedad conyugal, la misma que fuera disuelta mediante acta notarial dictada por el señor Doctor Alex David Mejía Viteri, el veintisiete de junio del año dos mil diecinueve, marginada en el Registro Civil, el cuatro de julio del año dos mil diecinueve. Las adjudicaciones que se hicieron las partes respecto al patrimonio, se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el numeral 23 del artículo 18 de la Ley Notarial, previo a disponer su inscripción en el Registro de la Propiedad, pongo en conocimiento del público el presente extracto para los fines legales correspondientes. DOCTOR ALEX DAVID MEJÍA VITERI N OTA R I O VIGÉSIMO SEGUNDO DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAC/112746/AT Manuel Abdón Pérez Acuña Notario Septuagésimo Séptimo Quito, 29 de noviembre N Ú M E R O : 20191701077O01846 EXTRACTOS, OFICIOS, CARTELES PREVISTOS EN LA LEY LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL SOFIA ALEJANDRA MENDOZA SILVA Y WILLIAM XAVIER COBA CARRERA En conformidad con el artículo 18 numeral 23 de la Ley Notarial, para los fines legales consiguientes, en mi calidad de Notario
Septuagésimo Séptimo del cantón Quito, DOY AVISO y hago conocer, que el día VIERNES VEINTINUEVE (29) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, los señores SOFÍA ALEJANDRA MENDOZA SILVA Y WILLIAM XAVIER COBA CARRERA, por sus propios y personales derechos, otorgaron en esta notaría una escritura pública, que contiene la liquidación de la sociedad conyugal. Las adjudicaciones del patrimonio, se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública. La cuantía señalada por los comparecientes es de USD $ 26.000,00 Conforme con la norma IBÍDEM, los interesados tienen el término de VEINTE (20) DÍAS, contados a partir de la publicación en la prensa del presente aviso, para presentar la oposición fundamentada que considere procedente Ab. Manuel Abdón Pérez Acuña NOTARIO SEPTUAGÉSIMO SÉPTIMO DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAR/111900/EG
Varios R. DEL. E UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA C I TAC I Ó N JUDICIAL A LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SEÑORA C O N S U E LO MARCIA CALDERON VILLALBA Y DEL SEÑOR
LUIS HERNAN CALDERON VILLALBA, LE HAGO SABER LA SIGUIENTE DEMANDA: EXTRACTO JUDICIAL CAUSA: JUICIO DE AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA No. JUICIO: 17204-201904746 ACTOR: MARIO FERNANDO CAICEDO ANANGONO DEMANDADO: A LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SEÑORA C O N S U E LO MARCIA CALDERON VILLALBA Y DEL SEÑOR LUIS HERNAN CALDERON VILLALBA JUEZA: DRA. GABRIELA CRISTINA GARCIA GUANANGA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 22 de noviembre del 2019, las 14h07.- VISTOS.Agregada al expediente el Acta de Desconocimiento de Domicilio. Avoco conocimiento de la presente causa de AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE MENOR DE EDAD, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, en virtud del sorteo de ley.- En lo principal, el acto de proposición que precede presentado por el señor MARIO FERNANDO CAICEDO ANAGONO, reúne los requisitos de Ley con-
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA JUNWERV CIA. LTDA. “EN LIQUIDACIÓN” De conformidad con el estatuto social de la compañía y la normativa pertinente, convoco a los señores socios de la COMPAÑÍA JUNWERV CIA. LTDA. “En Liquidación”, a la Junta General Ordinaria que se realizará el día miércoles 18 de Diciembre del 2019, a las 09:00, en las oficinas de la compañía, ubicadas en el Pasaje San Gabriel S/N y Av. América, domicilio de la compañía. La junta convocada deberá conocer y resolver sobre los siguientes puntos: 1.- Constatación del quórum. 2.- Conocimiento y aprobación del informe del gerente general acerca de la gestión administrativa de los años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018 3.- Lectura y aprobación del balance general y del estado de pérdidas y ganancias correspondientes a los ejercicios económicos de los años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018. 4.- Conocimiento y resolución sobre el destino de los resultados obtenidos en los ejercicios económicos de los años desde el 2009 hasta el 2018. 5.- Puntos varios. Los Balances Generales y los Estados de Pérdidas y Ganancias así como sus anexos, están a disposición de los señores socios, en las oficinas de la compañía, situadas en el Pasaje San Gabriel S/N y Av. América, de la ciudad y cantón Quito, oficina de socios de la empresa. Se deja constancia que la exhibición de tales documentos se lleva a cabo con la debida anticipación a la fecha de la Junta General. Sr. Edison Bolivar Palacios Naranjo GERENTE
p.ab/24164
PAR/111906/EG
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK tenido en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a procedimiento voluntario, en atención a lo dispuesto en el Art. 334.6 ibídem y en consecuencia se dispone: 1) CITESE.- A las herederas conocidas señoras. CALDERON VILLALBA MARIA FERNANDA, CALDERON VILLALBA CARINA VA N E S S A , CALDERON VILLALBA NANCY ELENA, CALDERON VILLALBA S I LVA N A ROSARIO y VILLALBA ESPINOZA NANCI MARIA, en el domicilio señalado para el
JUDICIAL QUITO
se ofrecen para acreditar los hechos, incorpórese al proceso los medios probatorios que adjunta a la demanda. 3) AUDIENCIA RESERVADA.en atención a lo dispuesto en el Art. 31 del Código Orgánico General de Procesos, inciso final, en concordancia con el Art. 60 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia; el día de la Audiencia escúchese en Audiencia Reservada al niño LUIS FERNANDO CAICEDO CALDERON. 4) AUDIENCIA.- De conformidad con el artículo 335, inciso tercero, del Código Orgánico General de Procesos, vencido
efecto por el accionante. A los herederos desconocidos de la señora: CONSUELO MARCIA CALDERON VILLALBA y de Sr. LUIS HERNAN CALDERON VILLALBA, en vista del juramento realizado por el actor, por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en los Art. 58 y 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual Secretaría extienda el extracto correspondiente. 2) ANUNCIO DE PRUEBA.Téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios que
Expediente No. AMC-CMASA-ZLCH-2019-043 Resolución No. AMC-DR-DN-2019-2509 Señor/a LLAMUCA TOALOMBO MARIA MERCEDES CC/RUC: 1802332179 Dirección de la infracción: Cristóbal Colón y Federico Gonzales, Parroquia Amaguaña Dirección para notificación: La Esperanza, manzana 19, casa No. 020 Chillogallo. Referencia: Acto Administrativo: 043-2019 Fecha: 18 de mayo de 2019 Hora: 09h30 Hechos: “En operativo se constató realizar actividad económica (venta de frutas y legumbres) en espacio público camioneta TDH-259” DIRECCIÓN DE RESOLUCIÓN DE LA AGENCIA METROPOLITANA DE CONTROL DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito a 10 de julio de 2019, a las 11h03.- VISTOS.- UNO: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Funcionario Decisor de la Dirección de Resolución de la Agencia Metropolitana de Control, en virtud a lo establecido en el artículos 84 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización: y, al artículo 202 del Código Orgánico Administrativo, y, conforme a lo dispuesto en la Resolución No. A-002 de fecha 24 de marzo de 2011, la Resolución N° A017 de 19 de noviembre del 2012, y la acción de personal No. 0000011412 de 03 de junio de 2019 emitida por la Supervisora de la Agencia Metropolitana de Control, con la cual nombra al Abogado Daniel Fernando Navas Silva como Resolutor Metropolitano - Funcionario Directivo 7; y, acorde al sorteo de fecha 09 de julio de 2019 a las 11h30, en el que se designa la presente.- DOS: Dentro del expediente No. AMC-CMASA-ZLCH-2019-043 que consta en SEIS (6) fojas útiles hay lo siguiente a) A fojas 1-3 Acto Administrativo de Inicio de Instrucción del Procedimiento Administrativo Sancionador en Flagrancia No. 043-2019, anexo fotográfico e impreso consulta de datos de ciudadano dato seguro, notificado en flagrancia el 18 de mayo de 2019, a las 09h30, suscrito por el funcionario Instructor Metropolitano, mediante el cual se concede a la administrada señora LLAMUCA TOALOMBO MARIA MERCEDES CC/RUC: 1802332179, el término de DIEZ DÍAS para alegar, aportar documentos o solicitar la práctica de diligencias probatorias de ser el caso, a los hechos encontrados en el operativo realizado en las calles Cristóbal Colón y Federico Gonzales, Parroquia Amaguaña, al verificarse que ocupa el espacio público para una actividad comercial sin autorización conforme los hechos que indican “En operativo se constató realizar actividad económica (venta de frutas y legumbres) en espacio público camioneta TDH-259”. infracción flagrante contemplada en la Ordenanza 001 que contiene el Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito el cual en su Art. IV.3.105, que señala (...) “Serán reprimidos con una multa de 0,5 RBUM dólares de los Estados Unidos de América a quienes cometan las siguientes infracciones (…) 5. Utilizar el espacio público o vía pública para cualquier actividad comercial sin la respectiva autorización municipal”.- b) A fojas 4-6 la Providencia No. AMC-CMASA-ZLCH-2019-129, notificada el 20 de junio de 2019, con la que el funcionario instructor dispone se remita el expediente al funcionario decisor a fin de que se dé el tramite pertinente conforme a lo establecido en el artículo 257 Código Orgánico Administrativo, toda vez que la parte no ha comparecido dentro del presente proceso.- Por encontrarse en etapa para resolver se procede al estudio del expediente y se CONSIDERA: Esta autoridad tiene competencia para conocer y resolver el presente expediente administrativo sancionador, conforme lo establece el artículo 226 en concordancia con el numeral 2 del artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador y El Art. 84 del COOTAD señala en su literal m) “Regular y controlar el uso del espacio público metropolitano, y, de manera particular, el ejercicio de todo tipo de actividad que se desarrolle en él...”.- 2) Del estudio de los autos se colige que en la sustanciación del expediente no se ha lesionado, de forma ilegítima, los derechos y libertades consagrados en la Constitución de la República; no se ha prescindido del procedimiento legalmente establecido; no se ha establecido retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales; ni se ha satisfecho ilegítimamente un interés particular o inobservado la motivación de cada acto.- 3) El proceso es válido por no haber omisión de solemnidades sustanciales.- 4) Se ha dado cumplimiento al debido proceso de acuerdo a lo establecido en el artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 33 del Código Orgánico Administrativo que manifiesta: “Debido procedimiento administrativo. Las personas tienen derecho a un procedimiento administrativo ajustado a las previsiones del ordenamiento jurídico”.- 5) Es competencia de este funcionario conocer y resolver en primera instancia administrativa todas las infracciones a la normativa municipal de conformidad a lo dispuesto en el artículo 202 del COA que establece: “Obligación de resolver. El órgano competente resolverá el procedimiento mediante acto administrativo. El vencimiento de los plazos previstos para resolver no exime al órgano competente de su obligación de emitir el acto administrativo. Las administraciones públicas no pueden abstenerse de resolver con la excusa de la falta u oscuridad de la ley”, y el articulo 203 ibídem que manifiesta: “Plazo de resolución. El acto administrativo en cualquier procedimiento será expreso, se expedirá y notificará en el plazo máximo de un mes, contado a partir de terminado el plazo de la prueba. El transcurso del plazo máximo para resolver un procedimiento y notificar la resolución se puede suspender, únicamente en los supuestos expresamente recogidos en este Código.”.- 6) El artículo 252 del COA manifiesta que: “En el caso de que la o el inculpado no conteste el acto administrativo de inicio en el término de diez días, este se considerará como el dictamen previsto en este Código, cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada”. 7) Que se han observado todas las solemnidades sustanciales y plazos de modo que el proceso es válido y así se lo declara.- 8) Que las disposiciones aplicables a la(s) presunta(s) infracción(es) se encuentran señaladas en la Ordenanza 001 que contiene el Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito, en el “PARAGRAFO II CONTRAVENCIONES DE SEGUNDA CLASE Y SUS SANCIONES, Art. IV.3.105.- De las contravenciones de segunda clase.- Serán reprimidos con multa de 0,5 RBUM dólares de los Estados Unidos de América quienes cometan las siguientes contravenciones”, (...) 5. Utilizar el espacio público o vía pública para cualquier actividad comercial sin la respectiva autorización municipal,” .- 9) Que el Código Orgánico Administrativo señala: Art. 16.- Principio de proporcionalidad. Las decisiones administrativas se adecúan al fin previsto en el ordenamiento jurídico y se adoptan en un marco del justo equilibrio entre los diferentes intereses. No se limitará el ejercicio de los derechos de las personas a través de la imposición de cargas o gravámenes que resulten desmedidos, en relación con el objetivo previsto en el ordenamiento jurídico.- 10) El Código Orgánico Administrativo señala: “Art. 204.- Ampliación extraordinaria del plazo para resolver. En casos concretos, cuando el número de personas interesadas o la complejidad del asunto exijan un plazo superior para resolver, se puede ampliar el plazo hasta dos meses. Contra la decisión que resuelva sobre la ampliación de plazos, que debe ser notificada a los interesados, no cabe recurso alguno”. Art. 205.-“Contenido del acto administrativo. El acto administrativo expresará la aceptación o rechazo total o parcial de la pretensión de la persona interesada, los recursos que procedan, el órgano administrativo o judicial ante el que deban presentarse y el plazo para interponerlos”, articulo 239.- “Ejecución sustitutoria. Cuando se trate de acto administrativo que implique una obligación de hacer que pueda ser realizado por persona distinta de la obligada, las administraciones públicas, por sí o a través de otros, pueden ejecutar en forma sustitutoria, los actos que la obligada no ha cumplido. La persona obligada debe pagar los gastos generados por esta actividad de ejecución, con un recargo del 20% más el interés legal hasta la fecha del pago y la indemnización por los daños derivados del incumplimiento de la obligación principal”. Art. 240.- “Multa compulsoria y clausura de establecimientos. La administración pública puede imponer multas compulsorias, así como clausurar establecimientos, a efecto de exigir el cumplimiento del acto administrativo. Estas multas se aplicarán de forma proporcional y progresiva hasta lograr el cumplimiento efectivo del acto administrativo. Ni las multas compulsorias ni la clausura podrán considerarse como sustitución del acto administrativo por ejecutarse La multa compulsaría es independiente de las sanciones que puedan imponerse con tal carácter y compatible con ellas.”.- 11) Del análisis de la documentación que obra del expediente No. AMC-CMASA-ZLCH-2019-043 se desprende que: 11.1) El administrado en el término que corresponde a los 10 días hábiles posteriores a la notificación del Acto Administrativo de Inicio de Instrucción en flagrancia no ha dado contestación a los hechos imputados pese haber sido notificada en legal y debida forma conforme consta en las razones sentadas en los actos administrativos constantes en el presente expediente administrativo sancionador; 11.2) Una vez revisados los documentos que obran del presente expediente se observa que el administrado no ha presentado el permiso metropolitano de ocupación del espacio público para una actividad comercial, siendo este el acto administrativo que autoriza la actividad verificada, tomando en cuenta que el ente competente para su emisión es el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito; 11.3) De lo expuesto se puede apreciar que durante la sustanciación del procedimiento administrativo sancionador el Administrado no ha demostrado la corrección o justificación DE LOS HECHOS CALIFICADOS COMO INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA.- Con los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, ESTA AUTORIDAD EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, RESUELVE: PRIMERO: Agregar al expediente No. AMC-CMASA-ZLCH-2019-043 los documentos contenidos en el literal b), numeral DOS de la presente Resolución.- SEGUNDO: Declarar la existencia y responsabilidad de la señora LLAMUCA TOALOMBO MARIA MERCEDES CC/RUC: 1802332179 en la infracción flagrante encontrada y notificada en las calles Cristóbal Colón y Federico Gonzales, Parroquia Amaguaña al notificarse mediante Acto Administrativo en flagrancia No. 043-2019 el cual señala que ocupa el espacio público para una actividad comercial sin autorización conforme los hechos verificados que no han sido desvirtuados durante la sustanciación del presente procedimiento administrativo sancionador que señala: “En operativo se constató realizar actividad económica (venta de frutas y legumbres) en espacio público camioneta TDH-259”, conducta tipificada como infracción administrativa en la Ordenanza 001 que contiene el Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quilo el cual en su Art. IV.3.105, que señala (...) “Serán reprimidos con una multa de 0.5 RBUM dólares de los Estados Unidos de América a quienes cometan las siguientes infracciones (...) 5. Utilizar el espacio público o vía pública para cualquier actividad comercial sin la respectiva autorización municipal”.- TERCERO: Imponer a la declarada responsable de la infracción administrativa en el expediente No. AMC-CMASA-ZLCH-2019-043, señora LLAMUCA TOALOMBO MARIA MERCEDES CC/RUC: 1802332179 la multa de CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 197,00), de conformidad con lo señalado en la Ordenanza 001 que contiene el Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito, Art. IV.3.105, valor impuesto de acuerdo a la remuneración básica unificada vigente a la fecha en la que se conoció la infracción.- CUARTO: Notificar con la Orden de Pago que corresponda por el valor de la multa impuesta en el numeral TERCERO de la presente resolución a la responsable de la infracción señora LLAMUCA TOALOMBO MARIA MERCEDES CC/RUC: 1802332179 a quien se le otorga el termino de 10 días para el pago de la multa impuesta, la cual deberá agregar en comprobante al proceso, de lo contrario se remitirá al departamento correspondiente para que inicie el cobro mediante vía coactivas: en caso de que el administrado opte por realizar un CONVENIO DE FACILIDADES DE PAGO. deberá solicitarlo directamente ante la Dirección Metropolitano Financiera del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito en las calles Guayaquil y Chile del cual deberá anexar copia al expediente administrativo.QUINTO: Ordenar a la señora LLAMUCA TOALOMBO MARIA MERCEDES CC/RUC: 1802332179 bajo prevenciones de Ley proceda a retirar del espacio público la actividad comercial que realiza, en caso de verificarse nuevamente esta infracción se tomarán las medidas que correspondan y se aplicará la reincidencia de ser el caso.- SEXTO: Disponer el archivo del presente expediente una vez que el/la administrado/a dé cumplimiento a lo ordenado en el numeral CUARTO de la presente resolución, esto es cancelar el valor de la multa impuesta y adjuntar copia del pago realizado al expediente.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.Abg. Daniel Navas S. FUNCIONARIO DECISOR AGENCIA METROPOLITANA DE CONTROL
PAB/24162/AT
Si yo te debo una libra, tengo un problema; pero si te debo un millón, el problema es tuyo. J o h n M ay na r d K e y n e s
el término legal posterior a la publicación de la citación, se convocará a audiencia de procedimiento voluntario. 5) NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta el casillero electrónico que señala el accionante para sus notificaciones y la designación y autorización a su abogado defensor- Actúe el Dr. José Proaño Armas, en calidad de Secretario Titular, de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE.(Autorización de venta de bienes 17204-2019-04746-COGEPggg) Lo que comunico a usted para los fines de ley. DR. JOSE PROAÑO ARMAS SECRETARIO JUDICIAL Hay firma y sello PAR/111882/EG REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL REMATE JUDICIAL EN LÍNEA - TERCER SEÑALAMIENTO JUICIO DE: PARTICIÓN DE BIENES SUCESORIOS CUANTIA: USD 276.060,44 DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA TRAMITE: ESPECIAL ACTOR: SANTANA VALENCIA HECTOR EDUARDO DEMANDADO: ALMIR E D UA R D O SA N TA N A SANTANA, y otros. CAUSA No.- 17203-20122187 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 13 de noviembre del 2019, las 15h31, VISTOS.- Agréguese a los autos los escritos que anteceden.- En lo principal, atento a lo solicitado por las partes procesales se dispone: 1) Por cuanto las partes procesales no han realizado observaciones al contenido del informe pericial tercer señalamiento remitido por el señor perito Ing. HERNAN NOVILLO GALLEGOS presentado a esta judicatura con fecha 23 de octubre del 2019, de conformidad al artículo 398 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con la Disposición Final párrafo SEGUNDA de
esta norma citada, y conforme lo establece el inciso segundo del Art. 400 de la Ley reformatoria del Código Orgánico General de Procesos, Año III - No. 517 de fecha 26 de junio del 2019, esto es “…A partir del tercer señalamiento se admitirán posturas que en ningún caso podrán ser inferiores al 75% del avalúo pericial efectuado…”, se DISPONE: 2) EL REMATE en Subasta Pública con el carácter de Tercer Señalamiento sobre la base del 75% del avaluó del predio que se encuentra ubicado: a) En la Provincia de Pichincha, Cantón Quito, Parroquia Jipijapa según IRM, barrio/sector Jipijapa, calle Santa Fe-N 42-97 y Tomas de Berlanga, casa No. 381, en los siguientes linderos y superficie, datos que son tomados en cuenta del último informe pericial de aclaración de linderos y superficies de fecha 28 de enero del 2019 que reposa en autos, y estos son: NORTE: Con propiedad privada lote No. 105, del Sr. Erminio Gómez, nomenclatura municipal, N42-111, en veinte y cinco metros con noventa y ocho centímetros, 25,98 ml. SUR: Con propiedad privada lote No. 107, de la Sra. Carlota Andrade, nomenclatura municipal N42-83, en veinte y cinco metros con noventa y ocho centímetros, 25.98 ml.ESTE: Con la calle “Isla Santa Fe”, en quince metros con treinta centímetros, 15:30 m.- OESTE: Con lote No. 116, de propiedad de la Sra. Luz Herrera de Gonzales, en quince metros con treinta centímetros, 15:30 m, conforme consta el informe pericial que obra a fojas 949 y 950, cuadro No. 1; b) Valor del avaluó del inmueble por ser el Tercer Señalamiento se realiza por el 75%, del avaluó del predio materia de remate es de: USD 276.060,44 DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.- 3) Se señala para el día 20 de enero del 2020, a fin de que se lleve a cabo el remate en pública subasta del bien inmueble antes mencionado, el presente remate, corresponde al Tercer señalamiento; 4) Las posturas del remate deberán realizarse en la cuenta que se apertura a nombre de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, adicionalmente se efectuara el pago de la tasa por servicio administrativos correspondiente al 1.7% de un salario básico unifica-
do, acorde a lo previsto en el Art. 11 del Reglamento al Sistema de Remates en Línea de la Función Judicial, para el efecto se contará con los funcionarios y conforme lo establecido en los Arts. 399 Inciso cuatro y Art. 400 del Código Orgánico General de Proceso; 5) Se dispone que el señor Secretario de ésta Unidad Judicial, proceda a publicar el aviso de remate en la plataforma única de la página Web del Consejo de la Judicatura, de al menos veinte días de anticipación a la fecha del remate; Advirtiendo que la plataforma recibirá las ofertas desde las cero horas del día 20 de enero del 2020, hasta las veinticuatro horas del día 20 de enero del 2020 que se ha señalado, a fin de que tenga lugar el REMATE del bien inmueble antes referido, conforme el Manual para la Aplicación del Proceso de Remates Judiciales en Línea; 6) Con la finalidad de difundir con mayor amplitud sobre el Tercer señalamiento del remate, se dispone se Publiqué el extracto correspondiente por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, en legal y debida forma y fíjense los carteles respectivos, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el inciso segundo del Art. 399 del Código Orgánico General de Procesos, y el Manual Para la Aplicación del Proceso de Remates Judiciales en Línea contenido en el numeral 5.2 aplicables para procesos anteriores y posteriores a la reforma del COGEP.- 7) Al amparo de lo que establece el Art. 83 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador , en concordancia con el Art. 30 del Código Orgánico de la Función Judicial, la señora MARIA ELENA SANTANA VALENCIA de FRANCO u otras personas que se encuentren en el inmueble materia del remate , deberán prestar las facilidades, y permitir el ingreso al mencionado inmueble de los interesados en el remate del inmueble materia de la presente causa , bajo prevenciones de ley advirtiéndoles que se les sancionará conforme lo dispuesto el Art. 132 del Código Orgánico de la Función Judicial , por el incumplimiento y se contará con el apoyo de la fuerza pública para su cumplimiento .- NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.f). DRA. DELICIA DE LOS ÁNGELES GARCES ABAD - JUEZA. UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Lo que comunico para los fines legales pertinentes . Atentamente ABG. JUAN PABLO LOJANO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA
AVISO Se procederá a anular por pérdida los títulos emitidos por la compañía TECNOWEB S.A., detallados a continuación: i) Título No. 3 por 3.600 acciones de propiedad de la compañía ADMINISTRACION WEB DEL ECUADOR ADMINWEB S.A., ii) Título 4 por 5.000 acciones de propiedad de José Luis Checa Paredes y iii) Título No. 5 por 1.400 acciones de propiedad de Andrés Jacobo Moreno Noboa, Transcurridos 30 días de la última publicación de este aviso.
Revista judicial LUNES 9 de diciembRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/111875/EG CASILLERO N° 5224 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: CARL GORDÓN STEINHAUSER ACTOR: MARTHA CECILIA PINTO DÍAZ VIUDA DE RIVERA, D E M A N DA D O : CARL GORDÓN STEINHAUSER JUICIO: NO. 17230-201916405 PROCEDIMIENTO: ORDINARIO CUANTIA: USD. 12.000.00. OBJETO: se declare extinguida por prescripción extintiva la acción y el derecho proveniente de la hipoteca primera preferente otorgada a favor de CARL GORDON STEINHAUSER DEL BIEN inmueble en Placido N° 121 sector santa bárbara. AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 30 de octubre del 2019, las 15h09, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por el actor.- Una vez que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en el Auto de sustanciación anterior, se dispone: Antecedentes: Comparece la señora Martha Cecilia Pinto Díaz viuda de Rivera, expone sus generales de ley y manifiesta que demanda al señor CARL GORDÓN STEINHAUSER, el levantamiento de la Escritura Pública de Hipoteca Abierta a su favor y de los hoy herederos, el pago de costas en las que se incluirán los honorarios de su abogado defensor. En tal virtud se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Una vez revisada la demanda presentada, dentro del término establecido en el artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP, situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Ordinario, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado, y en virtud de lo prescrito en el artículo 289 ibídem.SEGUNDO.- CITACIÓN.- Se señala para el día 07 DE NOVIEMBRE DEL 2019, A LAS 15H30, a fin de que señora Martha Cecilia Pinto Díaz viuda de Rivera, comparezca a esta Unidad Judicial de lo Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, ubicada en el quinto piso del edificio Complejo Judicial Norte, cuya dirección es: Av. Amazonas y
c5
calle Juan José Villalengua, sector Iñaquito de esta ciudad, y dé cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, y con juramento declare que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado señor CARL GORDÓN STEINHAUSER, y que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, juramento que se realizará ante este juzgador. TERCERO.CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la demandada señor CARL GORDÓN STEINHAUSER, el término de 30 días una vez citado, a fin de que conteste su demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el título del anuncio de prueba de la demanda. Situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), y 359 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar.QUINTO.- Téngase en cuenta la cuantía señalada y agréguese al expediente la documentación que adjunta la parte actora. CITESE y NOTIFIQUESE.- AB.- VINICIO ISRAEL PALACIOS MORILLO - JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 18 de noviembre del 2019, las 08h56, Agréguese al expediente el Acta de Juramento de Desconocer Domicilio.En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora en la demanda de fecha 27 de septiembre de 2019, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos - COGEP, y en virtud del juramento rendido en acta de 07 de noviembre de 2019, CITESE al señor CARL GORDÓN STEINHAUSER, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- F) AB.VINICIO ISRAEL PALACIOS MORILLO - JUEZ. Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. FRANCISCO VASQUEZ GARCIA SECRETARIO Hay firma y sello PAR/111891/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON
PAR/111908/EG
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
Revista judicial c6
LUNES 9 de diciembRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR
SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CÌTESE A LOS HEREDEROS D ES CO N O C I D OS DEL CAUSANTE MIGUEL ANGEL MARIA CEVALLOS HIDROBO EXTRACTO JUDICIAL JUICIO No.: 17204-201900171G ACCION: APERTURA DE CAJA O CASILLERO DE SEGURIDAD PA R T E ACTORA: FERNANDEZ AYALA GLADYS GERMANIA PA RT E D E M A N DA DA : BANCO PICHINCHA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 25 de noviembre del 2019, las 16h23, VISTOS: Por sorteo que antecede, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia de Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, creada mediante Resolución No 051-2017, de fecha 17 de abril del 2017, suscrita por el Pleno del Consejo de la Judicatura de conformidad con lo establecido en el Artículo 175 de la Constitución de la República en concordancia con los Arts. 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial. En lo principal, la solicitud presentada por FERNANDEZ AYALA GLADYS GERMANIA, reúne los requisitos de ley, por lo que se la admite al procedimiento previsto en los artículos 121 y 123 del Código Orgánico General de Procesos. Con la documentación presentada, se ha justificado el fallecimiento del señor MIGUEL ANGEL MARIA CEVALLOS HIDROBO, respecto de quien la compareciente ha obtenido la posesión efectiva de los bienes dejados por él, entre ellos, según la peticionaria, un casillero bancario que mantenía bajo contrato de arrendamiento con el Banco Pichincha de numeración 055 dela Agencia del Banco Pichincha. En consecuencia, se dispone: 1) Una vez que la parte actora proporcione las copias necesarias, Cítese el ciudadano Santiago Bayas Paredes en calidad de Representante del Banco Pichincha; hecho lo cual, por Secretaría remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones. 2) En mérito al juramento rendido por la accionante y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 en concordancia con el artículo 56, numeral uno, del Código Orgánico General de Procesos, cítese por la prensa a los herederos desconocidos del causante MIGUEL ANGEL MARIA CEVALLOS HIDROBO; para el efecto, por Secretaría entréguese el extracto correspondiente.3) Notifíquese al Servicio de Rentas Internas SRI. 4) Se advierte a la parte demandada de su obligación de comparecer a juicio observando lo dispuesto en el artículo
121 ibídem. 4) Cumplidas las citaciones y Notificación dispuestas, se convocará a los interesados a la diligencia de apertura del casillero de seguridad del Banco del Pichincha, a nombre del señor MIGUEL ANGEL MARIA CEVALLOS HIDROBO, en la Agencia Amazonas del Banco Pichincha, ubicada en la Av. Amazonas 4545 y Pereira de esta ciudad de Quito, de acuerdo con la información proporcionada por la accionante en la petición formulada. Convocatoria que se realiza bajo prevenciones de lo dispuesto en los artículos 87, 121 y 123 del Código ibídem. 5) Agréguese a los autos la documentación que aparejan a la demanda. 7) Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado por la accionante para sus futuras notificaciones, así como la autorización conferida a sus defensores.Actúa el Dr. Edgar Yánez Vaca en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.AB. EDGAR ROLANDO AVILA SECRETARIO TITULAR Hay firma y sello PAR/111901/ 17203-2019- 04267OFICIO-33937 - 2019 JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: A LOS PRESUNTOS HEREDEROS ROSA ELENA VILLACIS PEÑALOZA Y ANTONIO ORTIZ CAUSA: INDIGNIDAD No. DE JUICIO: 17203-2019-04267 DEMANDANTE: ORTIZ VILLACIS M A R C E LO EDUARDO D E M A N DA D O : O LG A RAQUEL ORTIZ VILLACIS Y OTROS CUANTIA: INDETERMINADA JUEZA: DRA. KATHYA SUSANA BURBANO IÑIGA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 13 de agosto del 2019, las 16h10, VISTOS.- Dra. N A N CY A LTA M I RA N O mediante Acción de Personal No. 10302-DP17-2019-MS, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez encargada de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Cantón Quito de la Provincia de Pichincha.- Agréguese al proceso el escrito presentado el señor MARCELO EDUARDO ORTIZ VILLACIS de fecha 5 de agosto del 2019 a las 11h50. En atención al mismo, una vez que ha dado cumplimiento a lo dispuesto por esta autoridad en auto inmediato anterior se dispone: Previo a proveer lo que en derecho corresponda, de conformi-
JUDICIAL QUITO
dad con el Artículo 58 del Código Orgánico General de Procesos se señala para el día 27 DE AGOSTO DEL 2019, a las 15h00, en la sala 4, piso 4 de esta Unidad Judicial a fin de que el señor MARCELO EDUARDO ORTIZ VILLACIS declare bajo juramento desconocer la individualidad y residencia de los herederos desconocidos de los cujus, JOSE ANTONIO ORTIZ MERA y ROSA ELENA VILLACIS PEÑALOZA.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 29 de agosto del 2019, las 11h52, VISTOS: En virtud del sorteo realizado y en calidad de Juez de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, con sede en la Parroquia Mariscal Sucre, Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, por cumplido lo solicitado en providencia anterior, avoco conocimiento de la presente causa, por vista de lo previsto en el Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, verificado el contenido de demanda, se hacen las siguientes consideraciones: 1.- La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO, al tenor de lo previsto en el artículo 290 ibídem. Se ordena la citación del demandados OLGA RAQUEL ORTIZ VILLACIS, MARTHA ELENA ORTIZ VILLACIS, ROBERTO O. HENRICHSEN ORTIZ, MARY ELLEN HENRICHSEN ORTIZ, para cuyo efecto envíese atento EXHORTO a la Embajada del Ecuador en Miami-Estado de la Florida-Estados Unidos de Norteamerica. A los herederos desconocidos de ROSA ELENA VILLACIS PEÑALOZA Y ANTONIO ORTIZ, se les citará por publicaciones en un periódico de mayor de esta ciudad de Quito. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. 2.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo; tomándose en cuenta los términos del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Previo a realizarse la respectiva citación y conforme lo dispone el Art. 146 del mismo cuerpo legal antes citado, y por cuanto la presente acción versa sobre dominio de bienes inmuebles sujetos a registros, se dispone la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Quito, para el efecto remítase por Secretaría inmediatamente la documentación pertinente, a fin de que se deje constancia en los registros correspondientes. En relación a la prueba que ha sido anunciada, se corre traslado con la misma a la parte. Dese por anunciada la prueba documental en sus siete numerales del acápite SEXTO “PRUEBA”: Dese por anun-
Si usted cree que algo está bien sólo porque todo el mundo lo cree, no está pensando. v i v i e n n e W e s T Wo o d . ciada la declaración de parte de los accionados. Se niega la medida cautelar señalada por el accionante conforme el Art. 126 del Código Orgánico General de Procesos, por no estar su acción inmerso en la misma. Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico para futuras notificaciones en esta causa.Agréguese la documentación aparejada a la demanda. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f.) DRA. KATHYA BURBANO IÑIGA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.Atentamente, DRA. VERÓNICA PATRICIA PURCACHI BARRAGÁN SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Hay firma y sello PAC/112732/AT R. DEL E. www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL PARA: SEGUNDO ÁNGEL MUILEMA YÁNEZ -EXTRACTOCAUSA N° 17230-2017 14258
MATERIA: CIVIL Tipo Proceso: MONITORIO Acción/ Delito: DOCUMENTOS ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A.PRODUBANCO (Dr. Álvaro Santiago Páez Benalcazar -Procuradora Judicial del Dr. Jorge Iván Alvarado Carrera Representante Legal) DEMANDADO: SEGUNDO ÁNGEL MUILEMA YÁNEZ OBJETO: Que se disponga el pago del capital e intereses; interés de mora y costas judiciales en los que incluirá los honorarios profesionales CUANTIA: $ 4.500,oo dólares UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 25 de octubre del 2017, las 15h415 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito y en virtud a la razón de sorteo que antecede. En lo principal, la demanda presentada por el Dr. Álvaro Santiago Páez Benalcazar , en calidad de Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO, conforme lo acredita con la copia certificada de la escritura pública de procuración judicial que se dispone incorporar a los
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA SFNC SAN FRANCISCO NEGOCIOS Y CONVENCIONES S.A. En cumplimiento de las disposiciones legales y de los estatutos de la compañía SFNC SAN FRANCISCO NEGOCIOS Y CONVENCIONES S.A. se convoca a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el día 20 de diciembre de 2019, a las diez horas, en el domicilio principal de la compañía ubicado en Av. Interoceánica S/N y Chimborazo tercer piso, con el propósito de conocer y resolver sobre lo siguiente: 1. Aportes a futuras capitalizaciones que se realizará en beneficio de la compañía. Esta convocatoria está dirigida a todos los accionistas, comisarios y al personal de la compañía necesario para sustentar el orden del día a tratarse. Los documentos relacionados con esta convocatoria están a disposición de los socios en el domicilio principal de la compañía. Carolina Abril Álvarez GERENTE GENERAL
Resolución Nro. GADDMQ-AMC-DMR-2019-03300-R Quito, D.M., 30 de septiembre de 2019 GAD DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Expediente N° GADDMQ-AMC-DMITZLMA-2019-008 Señor/a. Wilmer Omar Salazar Torres Dirección de Infracción: Av. Amazonas y Calama Esq. Domicilio; Calle Carapungo y Paquisha Ciudadela IESFUT Calle Miguel Pontón Pasaje D, Ciudadela IESFUT Av. Cardenal de la Torre MZ L, Casa 22PB y Av. Teniente Hugo Ortiz Teléfono: 0984647820 / 022964459 Causa: Libadores (Ord M. 001 “Código Municipal” Art. IV.8.32) DIRECCIÓN DE RESOLUCIÓN.- FUNCIONARIOS DECISORES DEL GAD MDMQ.- AGENCIA METROPOLITANA DE CONTROL.- Quito, 30 de septiembre de 2019, a las 11h52.- VISTOS.- 1).- Avoco conocimiento de la presente causa previo sorteo realizado el día 23 de agosto de 2019, en mi calidad de funcionario decisor de la Dirección Metropolitana de Resolución de la Agencia Metropolitana de Control, en virtud a la acción de personal N° 3616, de fecha 14 de febrero de 2019, suscrito por el Ab. David Chávez Supervisor Metropolitano (e) de la Agencia Metropolitana de Control.-2).-ANTECEDENTES: Dentro del expediente administrativo sancionador No. GADDMQ-AMCDMITZLMA-2019-008, que consta en catorce (14) foja(s) hay lo siguiente: a) De fajas 1 a 8 consta, Acto Administrativo de Inicio de Instrucción en flagrancia No.008-2019 de fecha 15 de marzo de 2019 a las 20h50 y anexos, (registro fotográfico de la infracción verificada, Verificación del ciudadano y familiares en el sistema de Dato Seguro, razón sentada por la Secretaria Abogada de la UDCL-ZLM, cédula original del inculpado) suscrito por el/la Dr. Milton Borja, Instructor/a Metropolitano/a, que en el Apartado Primero se identifica al presunto o presuntos responsables, nombre/razón social: WILMER OMAR SALAZAR TORRES, con Cédula/Pasaporte/RUC No. 17144442439. En el Apartado Segundo se determina eI lugar de la Infracción Administrativa, cuya dirección es: AV. AMAZONAS Y CALAMA ESQ.- En el Apartado tercero se determina los hechos constatados “Al momento del operativo se verifica que el Sr. Wilmer Salazar ingiere bebidas alcohólicas en el espacio público” y en el Apartado Cuarto se establece como Infracciones y Sanciones Administrativas la Ordenanza Metropolitana N° 001, Código Municipal, Art.IV.8.62 que establece: “...Incumplimiento de prohibiciones relacionadas con el expendio o consumo de bebidas alcohólicas.- El incumplimiento de cualquiera de las normas que este capítulo establece en relación con el expendio o consumo de bebidas alcohólicas, será sancionado con la aplicación de una multa del cincuenta por ciento (50%) del salario básico. La reincidencia se sancionara con el doble de la multa establecida...”, notificado in situ en presencia del inculpado sin embargo no suscribe la razón de notificación, conforme lo atestigua el señor Oscar Fabián Cajo Andrango, con C.I: 1712704137, gendarme de la Policía Nacional.- b).- De foja 9 a 6 consta, Providencia No. GADDMQ-AMC-DMITZLMA-2019-021 de fecha 12 de abril de 2019, suscrita por el/la Dr. Milton Borja, Instructor/a Metropolitano/a, en cual en su parte pertinente dispone: “(„.) PRIMERO.- Por cuanto no existe escritos pendientes, ni diligencias que proveer; cúmplase lo dispuesto en el Art 252 del Código Orgánico Administrativo(…)”: notificada por boletas el 16 de abril de 2019.- Por encontrarse en etapa para resolver se procede al estudio del expediente y se CONSIDERA: 1) Esta autoridad tiene competencia para conocer y resolver el presente expediente administrativo sancionador, conforme lo establece el artículo 226 en concordancia con el numeral 2 del artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador.- 2) La Constitución de la República del Ecuador determina Articulo. 75.- “Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones judiciales será sancionado por la ley. Artículo. 76 “En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas: 1.- Corresponde a toda autoridad administrativa o judicial, garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes (...) 3.- El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías: (...) 1) Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos, resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados se consideraran nulos. Las servidoras o servidores responsables serán sancionados, el Artículo. 82.- “El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes’’, Artículo. 169.- “El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso. No se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades”, Articulo. 226.- “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”. Artículo. 227 “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”; Artículo. 425.- “El orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La Constitución; los tratados y convenios internacionales; las leyes orgánicas; las leyes ordinarias; las normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos: las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demás actos y decisiones de los poderes públicos. En caso de conflicto entre normas de distinta jerarquía, la Corte Constitucional, las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores públicos, lo resolverán mediante la aplicación de la norma jerárquica superior. La jerarquía normativa considerará, en lo que corresponda, el principio de competencia, en especial la titularidad de las competencias exclusivas de los gobiernos autónomos descentralizados” y Articulo. 426.- “Todas las personas, autoridades e instituciones están sujetas a la Constitución. Las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores públicos, aplicarán directamente las normas constitucionales y las previstas en los instrumentos internacionales de derechos humanos siempre que sean más favorables a las establecidas en la Constitución, aunque las partes no las invoquen expresamente. Los derechos consagrados en la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de inmediato cumplimiento y aplicación. No podrá alegarse falla de ley o desconocimiento de las normas para justificar la vulneración de los derechos y garantías establecidos en la Constitución, para desechar la acción interpuesta en su defensa, ni para negar el reconocimiento de tales derechos”. 3) El Código Orgánico Administrativo (COA) señala: Artículo 2.- “Aplicación de los principios generales. En esta materia se aplicarán los principios previstos en la Constitución, en los instrumentos internacionales y en este Código”; Artículo 3.- “Principio de eficacia. Las actuaciones administrativas se realizan en función del cumplimiento de los fines previstos para cada órgano o entidad pública, en el ámbito de sus competencias”; Artículo 4.- “Principio de eficiencia. Las actuaciones administrativas aplicarán las medidas que faciliten el ejercicio de los derechos de las personas. Se prohíben las dilaciones o retardos injustificados y la exigencia de requisitos puramente formales”. Articulo 16. “Principio de proporcionalidad. Las decisiones administrativas se adecuan al fin previsto en el ordenamiento jurídico y se adoptan en un marco del justo equilibrio entre los diferentes intereses. No se limitará el ejercicio de los derechos de las personas a través de la imposición de cargas o gravámenes que resulten desmedidos, en relación con el objetivo previsto en el ordenamiento jurídico’’, Articulo 17 “Principio de buena ,fe. Se presume que los servidores públicos y las personas mantienen un comportamiento legal y adecuado en el ejercicio de sus competencias, derechos y deberes”; Artículo 19 “Principio de imparcialidad e independencia. Los servidores públicos evitarán resolver por afectos o desafectos que supongan un conflicto de intereses o generen actuaciones incompatibles con el interés general. Los servidores públicos tomarán sus resoluciones de manera autónoma”, Articulo 22 “Principios de seguridad jurídica y confianza legítima. Las administraciones públicas actuarán bajo los criterios de certeza y previsibilidad. La actuación administrativa será respetuosa con las expectativas que razonablemente haya generado la propia administración pública en el pasado. La aplicación del principio de confianza legítima no impide que las administraciones puedan cambiar, de forma motivada, la política o el criterio que emplearán en el futuro. Los derechos de las personas no se afectarán por errores u omisiones de los servidores públicos en los procedimientos administrativos, salvo que el error u omisión haya sido inducido por culpa grave o dolo de la persona interesada”, Articulo 23 “Principio de racionalidad. La decisión de las administraciones públicas debe estar motivada”, Artículo 100 “Motivación del acto administrativo, En la motivación del acto administrativo se observará: 1. El señalamiento de la norma jurídica o principios jurídicos aplicables y la determinación de su alcance. 2. La calificación de los hechos relevantes para la adopción de la decisión, sobre la base de la evidencia que conste en el expediente administrativo. 3. La explicación de la pertinencia del régimen jurídico invocado en relación con los hechos determinados. Se puede hacer remisión a otros documentos, siempre que la referencia se incorpore al texto del acto administrativo conste en el expediente al que haya tenido acceso la persona interesada. Si la decisión que contiene el acto administrativo no se deriva del procedimiento o no se desprende lógicamente de los fundamentos expuestos, se entenderá que no ha sido motivado”. Artículo 101. “Eficacia del acto administrativo. El acto administrativo será eficaz una vez notificado al administrado. La ejecución del acto administrativo sin cumplir con la notificación constituirá, para efectos de la responsabilidad de los servidores públicos, un hecho administrativo viciado”. Artículo 165.- “Notificación personal. Se cumplirá con la entrega a la persona interesada o a su representante legal, en cualquier lugar, día y hora, el contenido del acto administrativo. La constancia de esta notificación expresará: 1.- La recepción del acto administrativo que la persona interesada otorgue a través de cualquier medio físico o digita1.2.-La negativa de la persona interesado a recibir la notificación físicas mediante la intervención de un testigo y el notificador (...)”; Articulo. 202. “Obligación de resolver. El órgano competente resolverá el procedimiento mediante acto administrativo. El vencimiento de los plazos previstos para resolver no exime al órgano competente de su obligación de emitir el acto administrativo. Las administraciones públicas no pueden abstenerse de resolver con la excusa de la falta “oscuridad de la ley”. Artículo. 203. “Plazo de resolución. El acto administrativo en cualquier procedimiento será expreso, se expedirá y notificarte en el plazo máximo de un mes, contado a partir de terminado el plazo de la prueba. El transcurso del plazo máximo para resolver un procedimiento y, notificar la resolución se puede suspender, únicamente en los supuestos expresamente recogidos en este Código”. Articulo 205.- “Contenido del acto administrativo. El acto administrativo expresará la aceptación o rechazo total o parcial de la pretensión de la persona interesada, los recursos que procedan, el órgano administrativo o judicial ante el que deban presentarse y el plazo para interponerlos” y Artículo 260.- “Resolución. El acto administrativo que resuelve el procedimiento sancionador, además de cumplir los requisitos previstos en este Código, incluirá: 1. La determinación de la persona responsable. 2. La singularización de la infracción cometida. 3. La valoración de la prueba practicada. 4 La sanción que se impone o la declaración de inexistencia de la infracción o responsabilidad. 5. Las medidas cautelares necesarias para garantizar su eficacia. En la resolución no se pueden aceptar hechos distintos a los determinados en el curso del procedimiento. El acto administrativo es ejecutivo desde que causa estado en la vía administrativa”. 4).- Es competencia de este funcionario conocer y resolver en primera instancia administrativa todas las infracciones a la normativa municipal que en razón de la materia y territorio se encuentren sujetas a éstas. 5).- Del estudio de los autos se colige que en la sustanciación del expediente no se ha lesionado, de forma ilegítima, los derechos y libertades consagrados en la Constitución de la República; no se ha prescindido del procedimiento legalmente establecido; no se ha establecido retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales; ni se ha satisfecho ilegítimamente un interés particular o inobservado la motivación de cada acto, por lo que se declara su validez procesal.- 6) El proceso es válido por no haber omisión de solemnidades sustanciales.-7) Se ha dado cumplimiento al debido proceso de acuerdo a lo establecido en el artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador y al procedimiento sancionador establecido en el artículo 250 y siguientes del Código Orgánico Administrativo (COA).- 8).- La Ordenanza Metropolitana No.001, CODIGO MUNICIPAL, LIBRO IV.8 DE LA SEGURIDAD, CONVIVENCIA CIUDADANA Y GESTION DE RIESGOS, SECCION II POLITICAS SOBRE USO DE ESPACIO PUBLICO en su Art. IV.8.32 establece: “...„Se prohíbe el consumo de cualquier tipo de bebidas alcohólicas incluso aquellas consideradas de moderación, en el espacio público de dominio municipal, con excepción de aquellas debidamente autorizadas en conformidad con el régimen general de licenciamiento metropolitano para la ocupación del mismo la prohibición alcanza el consumo al interior de cualquier vehículo automotor, público o privado, que se encuentre en el dominio público municipal.”; el Art. IV.8.62 estipula: “...Incumplimiento de prohibiciones relacionadas con el expendio y consumo de bebidas alcohólicas.- El incumplimiento de cualquiera de las normas que este capítulo establece con relación al expendio y consumo de bebidas alcohólicas, será sancionado con la aplicación de la multa del cincuenta por ciento (50%) del salario básico, la reincidencia se sancionará con el doble de la multa 9).- Que del estudio de los documentos contenidos en el expediente administrativo No. GADDMQ-AMC-DMITZLMA-2019-008, se concluye que: a) El Acto de Inicio de Instrucción del Procedimiento Administrativo Sancionador en Flagrancia No. 008-2019 de fecha 15 de marzo de 2019, se lo llevó a efecto (IN SITU), en el lugar de los hechos y en presencia de la parte administrada en el cual por parte del Instructor Metropolitano se constató que: “(...)Al momento del operativo se verifica que el Sr. Wilmer Salazar ingiere bebidas alcohólicas en el espacio público (...), conducta tipificada como infracción en la Ordenanza Metropolitana N° 001, Código Municipal, Art.IV.8.62.- b) Dentro del procedimiento administrativo sancionador consta la razón sentada por la Ab. Gabriela Escobar, Secretaria de la UDCCL-ZLM, en la cual indica que la parte inculpada se ha negado a recibir el acto administrativo de instrucción flagrante.- c) Es importa señalar que el Acto Administrativo de Instrucción Flagrante N° 08 de fecha 15 de marzo de 2019, ha sido notificado en legal y debida forma, conforme lo determina el articulo 165 numeral 2 del Código Orgánico Administrativo (COA), sin embargo la parte inculpada hasta el momento de resolver NO HA COMPARECIDO, dentro de la presente causa , por lo que NO HA DEMOSTRADO la corrección o justificación de los hechos calificados como infracción administrativa. Con los fundamentos de hechos y de derecho.- ESTA AUTORIDAD EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES LEGALES Y COMPETENCIAS CONFERIDAS.- RESUELVE: PRIMERO.- Declarar la existencia de la infracción administrativa acogiendo el Acto de Inicio de Instrucción del Procedimiento Administrativo Sancionador en flagrancia No.008-2019 fecha 15 de marzo de 2019, suscrito por el Dr. Milton Borja, Instructor Metropolitano .-SEGUNDO.- Multar al señor/a WILMER OMAR SALAZAR TORRES con CC /RUC No.1714442439, por haber contravenido la Ordenanza Metropolitana No.001, CODIGO MUNICIPAL, LIBRO IV.8 DE LA SEGURIDAD, CONVIVENCIA CIUDADANA Y GESTION DE RIESGOS, SECCION II POLITICAS SOBRE USO DE ESPACIO PUBLICO en su Art. IV.8.32, con la suma de ($ 197,00) CIENTO NOVENTA Y SIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, es decir, el cincuenta por ciento (50%) de una Remuneración Básica Unificada Mínima. De conformidad a lo establecido en la Ordenanza Metropolitana No.001, CODIGO MUNICIPAL, Art. IV,8.62. que establece: “incumplimiento de prohibiciones relacionadas con el expendio o consumo de bebidas alcohólicas.- El incumplimiento de cualquiera de las normas que este capítulo establece en relación con el expendio o consumo de bebidas alcohólicas, será sancionado con la aplicación de una multa de cincuenta por ciento (50%) del salario básico. La reincidencia se sancionará con el doble de la multa previamente establecida”.- TERCERO.- Emitir la orden de pago por el valor de ($ 197,00) CIENTO NOVENTA Y SIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, correspondiente al cincuenta por ciento (50%) de una Remuneración Básica Unificada, a nombre del señor/a WILMER OMAR SALAZAR TORRES con CC /RUC No.1714442439, a quien se le otorga 10 días término para el pago de la multa impuesta que deberá agregar en comprobante al proceso, de lo contrario se remitirá al departamento correspondiente para que inicie el cobro mediante vía coactiva.-CUARTO: Prevenir al administrado que en caso de reincidencia se procederá con el doble de la multa previamente establecida; por lo que se le conmina a cumplir con la normativa metropolitana vigente.- QUINTO.- Advertir al administrado que una vez cancelada la multa impuesta, se dispondrá el archivo del presente expediente administrativo.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE. Abg. Luis Rolando Chulca Chaquinga RESOLUTOR METROPOLITANO
PAP/74364/EG
PAB/24163/EG
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
JUDICIAL QUITO
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK autos, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), y se encuentra fundamentada en la documentación a la que hace referencia el inciso segundo del número 2 del artículo 356 de la invocada norma legal; por lo que, se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO MONITORIO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 del COGEP, se dispone que el demandado, señor SEGUNDO ANGEL MUILEMA YANEZ , en el TÉRMINO DE QUINCE DÍAS (15), contados a partir de la citación, pague la obligación demandada por concepto de consumos por bienes o servicios realizados con la tarjeta de crédito VISAPRODUBANCO, por el valor de USD $ 3.760,49 (TRES MIL SETECIENTOS SESENTA CON 49/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) o proponga las excepciones de las que se crea asistido; bajo la prevención que de no comparecer a juicio dentro del término concedido, o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del artículo 358 del COGEP, que ordena: “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refie-
re el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución, (…)”. CÍTESE con el contenido de la demanda, la documentación aparejada a la misma y este auto interlocutorio de pago al accionado, señor SEGUNDO ANGEL MUILEMA YANE ,en el lugar que se indica en el escrito inicial de demanda de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y siguientes del COGEP, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónico; para el efecto remítanse las boletas de citación a la oficina correspondiente ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de prueba realizado en el escrito inicial de demanda, para lo cual se observará lo previsto en el Art. 359 del COGEP, en el evento de que se formule oposición. Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda; téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial No. 1784 y correo electrónico alvarodoji@produbanco.com, señalados por el actor para sus notificaciones en la presente causa. Actúe el doctor Nilo Almachi en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE.-f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZJUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.
Quito, jueves 21 de noviembre del 2019, las 16h41, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación que antecede y en virtud a que el DR. ALVARO SANTIAGO PAEZ BENALCAZAR - procurador judicial del Banco de la Producción S.A Procubanoha declarado bajo juramento que pese a realizar las debidas averiguaciones en diferentes lugares le ha sido imposible determinar el domicilio del señor SEGUNDO ÁNGEL MUILEMA YÁNEZ, de conformidad con lo determinado en el número 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se CITE al señor SEGUNDO ÁNGEL MUILEMA YÁNEZ, por medio de tres publicaciones realizadas en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por secretaria confiérase el extracto de la demanda, el auto de calificación a la misma y este auto de sustanciación. A la parte demandada en la presente causa se le advierte de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico a efecto de sus notificaciones. Actúe en la presente causa el doctor Nilo Almachi en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial Civil.NOTIFIQUESE y CÍTESE.-f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de
CONVOCATORIA En observancia a lo dispuesto en el Art. 22 y en concordancia con lo previsto en el artículo 32 literal d) del Estatuto Reformado, se convoca a las señoras y señores socios activos y jubilados del “SINDICATO DE CHOFERES PROFESIONALES DE PICHINCHA” que se encuentren estatutariamente habilitados a la Asamblea General Extraordinaria a cumplirse el día sábado 21 de diciembre del 2019 a las 8H30 en el coliseo del COLEGIO MANUEL CORDOVA GALARZA, ubicado en la calle Pedro Anagoytia No. 18-146 PJE Angostura, Barrio La Vicentina, del Distrito Metropolitano de Quito a fin de tratar el siguiente orden del día: 1.- Himno Nacional del Ecuador; 2.- Constatación del quórum estatutario; 3.- Informe y resolución del movimiento económico, financiero y contable del Sindicato del ejercicio económico 2018 a cargo de la Comisión Fiscalizadora; 4.- Informe y resolución del ejercicio económico 2018 a cargo del Secretario de Finanzas; 5.- Informe administrativo del señor Fabricio Vivanco Vergara, Secretario General; 6.- Agasajo Navideño a los socios y socias del Sindicato. En cumplimiento de la disposición del Art. 23 del Estatuto, se deja expresa constancia que, de no haber quórum a la hora señalada, los socios quedarán convocados una hora más tarde y una vez transcurrida ésta, se dará inicio a la Asamblea General Extraordinaria con el número de socios asistentes debidamente acreditados; y, sus resoluciones serán obligatorias. Nota: de conformidad con el Art. 13 del Estatuto vigente las señoras y señores socios activos y jubilados para Ingresar a participar de la Asamblea General Extraordinaria deberán acreditar su calidad de socio con la presentación del carné sindical actualizado del año 2019 y su cédula de ciudadanía.
a M a d o n e rvo
comparecer y señalar casillero judicial o correo electrónico para sus notificaciones posteriores. DR.NILO GONZALO ALMACHI SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC/112735/AT CASILLA JUDICIAL No. 4618 UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: MANUEL GIOVANNY YUNGA GUANUCHI CAUSA: ALIMENTOS No. DE JUICIO: 17203-2018-10518 DEMANDANTE: QUILCA HIDALGO LUZ NARCIZA DEMANDADO: MANUEL G I O VA N N Y YUNGA GUANUCHI CUANTIA: USD 1440,00 JUEZA: DRA. KATHYA SUSANA BURBANO IÑIGA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO
DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 15 de octubre del 2019, las 11h08, VISTOS: Dado los acontecimientos sociales y por las suspensiones laborales, de los días 8, 9 y 10 de octubre del 2019, se procede a señalar nuevo día y hora para la diligencia señalada en la presente causa. En tal virtud se requiere que la ciudadana QUILCA HIDALGO LUZ NARCIZA, portadora de la Cédula de Ciudadanía No. 1713368809, concurra el día 25 de octubre del 2019 a las 10h45, en la sala 4 del piso 4 de esta Unidad Judicial, a fin de que declare bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del señor MANUEL GIOVANNY YUNGA GUANUCHI; y que ha efectuado todas las diligencias necesarias para su ubicación; esto en cumplimiento del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- NOTÍQUESE f.) DRA. KATHYA BURBANO IÑIGA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 28 de octubre del 2019, las 11h33, VISTOS: Una vez que la parte actora ha declarado
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA EDUCINES EDUCACIÓN Y ENTRETENIMIENTO S.A. En cumplimiento de las disposiciones legales y de los estatutos de la compañía EDUCINES EDUCACIÓN Y ENTRETENIMIENTO S.A. se convoca a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará el día 20 de diciembre de 2019, a las nueve horas, en el domicilio principal de la compañía ubicado en Av. Interoceánica S/N y Chimborazo tercer piso, con el propósito de conocer y resolver sobre lo siguiente: 1. portes a futuras capitalizaciones que se realizará en beneficio de la compañía. Esta convocatoria está dirigida a todos los accionistas, comisarios y al personal de la compañía necesario para sustentar el orden del día a tratarse. Los documentos relacionados con esta convocatoria están a disposición de los socios en el domicilio principal de la compañía.
D.M. Quito, 26 de noviembre del 2019. Atentamente, UNION, FUERZA Y ACCIÓN Wilson Fabricio Vivanco Vergara Secretario General
Si una espina me hiere, me aparto de la espina pero no la aborrezco.
María José Ramírez Villacis Secretaria de Actas y Comunicaciones PAR/111902/EG
Carolina Abril Álvarez GERENTE GENERAL PAP/74365/EG
bajo juramento que pese a todas las averiguaciones, le ha sido imposible determinar la dirección y/o residencia del demandado se dispone.- [1] CALIFICACIÓN: En lo principal.- La demanda de PENSIÓN ALIMENTICIA, presentada por la Dra. Geovanna Alexandra Unda Aquieta en calidad de Procuradora Judicial de la señora QUILCA HIDALGO LUZ NARCIZA reúne los requisitos legales, generales y especiales, por lo que se le ADMITE a trámite por la vía del PROCEDIMIENTO SUMARIO prevista en el Art. 332 numeral 3 y Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos. [2] PENSIÓN ALIMENTICIA PROVISIONAL: De conformidad con lo establecido en el Artículo 146 inciso 3? del Código Orgánico General de Procesos, Acuerdo Ministerial No.067 de fecha 28 de enero de 2019, emitido por el Ministerio de Inclusión Económica y Social, que contiene la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas, se fija el equivalente mensual más beneficios de ley al 29.49% del salario básico unificado a regir para este año USD.394, 00, ESTO ES USD. 116.19 Mensuales más beneficios legales que deberá sufragar YUNGA GUANUCHI MANUEL GIOVANNY a favor de NATALYJHOANA YUNGA QUILCA de 11 años de edad; pensiones alimenticias que se cubrirán desde el 08 de noviembre del 2018, conforme lo dispone el artículo innumerado 8 de la Ley Reformatoria al Título V del Libro Segundo del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. [3] SUPA: Remítase el proceso a la Oficina de Pagaduría, adscrito a esta Unidad Judicial a fin de que proceda aperturar el Código SUPA; para lo cual vincule la cuenta bancaria que obra de autos. [4] CITACIÓN, Una vez que la parte actora ha declarado bajo juramento, que pese a todas las averiguaciones, le ha sido imposible determinar la dirección y/o residencia del demandado, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR por la prensa, al señor YUNGA GUANUCHI MANUEL GIOVANNY, esto es mediante tres publicaciones que se harán en fechas distintas, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Pichincha.- Si contados veinte días a partir de la fecha de la última publicación, no comparecieren, se seguirá con la causa en su rebeldía; al efecto remítase el extracto correspondiente, advirtiendo la obligación que tienen de señalar domicilio judicial y/o dirección del correo electrónico para sus notificaciones, además el demandado tiene la obligación de contestar la demanda, y anunciar los medios probatorios que requiera para justificar su contestación. Sin perjuicio de darle a conocer a través de secretaria, la demanda y los autos recaídos en el correo electrónico señalado por la parte accionante chico. sagitario@hotmail.com .- [5] ANUNCIO DE PRUEBAS: [5.1] Dese por anunciada y ofíciese tal como se solicita en el formulario de demanda.- Por Secretaria ofíciese a las instituciones conforme solicita, las mismas que deberán remitir su contestación a esta Unidad en el término de 48 HORAS; conforme lo
Revista judicial LUNES 9 de diciembRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR
establece el Art. Innumerado 18 de la Ley Reformatoria del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, para lo cual se dispone: a) Ofíciese a la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (DINARDAP), a fin de que remitan la información disponible en sus registros respecto del demandado señor YUNGA GUANUCHI MANUEL GIOVANNY, con C.C. No. 1715285142; b) Ofíciese a la Superintendencia de Bancos, a fin de que remita a esta Unidad Judicial una certificación de las cuentas bancarias y/o ahorros y/o inversiones que posea el demandado, señor YUNGA GUANUCHI MANUEL GIOVANNY, con C.C. No. 1715285142, en cualquier Institución Financiera a nivel nacional; c) Ofíciese al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, para que remita el reporte de remuneraciones y mecanizado respectivo, del demandado señor YUNGA GUANUCHI MANUEL GIOVANNY, con C.C. No. 1715285142.- [6] MEDIDA CAUTELAR.- A petición de la parte actora y al amparo de lo dispuesto en el artículo innumerado 25 de la Ley Reformatoria al Título V del Libro Segundo del Código Orgánico de la Niñez y la Adolescencia, se decreta al ciudadano YUNGA GUANUCHI MANUEL GIOVANNY, con C.C. No. 1715285142 la prohibición de ausentarse del territorio nacional, para lo cual COMUNÍQUESE Y OFÍCIESE a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento de las Unidades de Control Migratorio del Ministerio del Interior.- [7] DOCUMENTOS: Agréguese a los autos los documentos que acompaña la actora en su demanda.- [8] NOTIFICACIONES: Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico consignados así como la autorización conferida a la defensa técnica.- [causa No. 17203-2018-10518-kbi].NOTIFIQUESE, CITESE Y OFICIESE.-f.) DRA. KATHYA BURBANO IÑIGA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.Atentamente, DRA. VERÓNICA PATRICIA PURCACHI BARRAGÁN SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Hay firma y sello PAC/112736/AT 17203- 2019- 02860OFICIO- 17987- 2019 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA -EXTRACTOINVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS ACTOR: RUANO URVINA RUBEN ALBERTO DEMANDADOS: RUANO URVINA JAVIER HUMBERTO JUICIO No.: 17203-201902860 TRAMITE: VOLUNTARIO CUANTIA: INDETERMINADA
c7
FUNDAMENTO LEGAL: Art. 334 y 341 del Código Orgánico General de Procesos y los principios constitucionales determinados en los Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República del Ecuador. CASILLA JUDICIAL: No. 1572 UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO. Quito, miércoles 17 de abril del 2019, las 14h10, VISTOS: AB. MSC. MARJORIE JUDITH NARANJO BRICEÑO, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito; previo la razón del sorteo de Ley y escrito que antecede, avoco conocimiento de la presente causa.- [1] CALIFICACIÓN: En lo principal, la demanda de inventarios que ha presentado el señor RUBEN ALBERTO RUANO URVINA en contra del señor JAVIER HUMBERTO RUANO URVINA y herederos presuntos y desconocidos de la causante MARTHA LUISA URVINA DAVILA, es clara, completa, precisa y reúne los requisitos establecidos en el Art. 142 y 143 Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite en procedimiento VOLUNTARIO, acorde a lo contemplado en el Art. 334 y 341 del Código Orgánico General de Procesos y los principios constitucionales determinados en los Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República del Ecuador.- [2] INSCRIPCIÓN REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 incisos 5 y 6 del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, para los fines de ley.[3] CITACION: Cumplida que sea la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad, con el contenido de la demanda y este auto interlocutorio, CITESE al señor JAVIER HUMBERTO RUANO URVINA, en la dirección, que se indica en el libelo de la demanda, conforme a lo que prescribe el Art. 53 del Código Orgánico General de Procesos; así como a la última Reglamentación respecto de las citaciones emitida por el Consejo de la Judicatura, para lo cual se enviarán las boletas de citación a la Oficina de Citaciones de esta Unidad. De acuerdo a la última Reglamentación respecto de las citaciones emitida por el Consejo de la Judicatura y en aplicación al Memorando Circular CJ-DNGP-20180289-MC suscrito por el Dr. Esteban Alejandro Echeverría Carrera Director Nacional de Gestión Procesal de la Dirección General del Consejo de la Judicatura la parte accionante deberá acercarse al archivo de esta dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares de las piezas procesales pertinentes para los fines de Ley.- [4] A los herederos presuntos y desconocidos de la causante MARTHA LUISA
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
Revista judicial c8
LUNES 9 de diciembRe de 2019 La Hora Quito, ecuadoR
URVINA DAVILA acorde a lo previsto en el Art. 56 numeral 1 del antes mencionada norma legal, se los citará por la prensa en un periódico de mayor circulación a nivel nacional, para los fines de ley, por secretaría confiérase el extracto correspondiente.- [5] Cuéntese en la presente causa, con el señor Procurador de Sucesiones de Pichincha hoy Servicio de Rentas Internas, Alcalde y Procurador Municipal de Quito, quienes serán citados en sus despachos, la parte accionante deberá acercarse al archivo de esta dependencia judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares de las piezas procesales pertinentes para los fines de Ley.- [6] Citados que sean las partes procesales, se procederá a la formación de inventarios, avalúo y tasación de los bienes de los bienes dejados por los causantes, con intervención del perito que será designado mediante sorteo, para que proceda a la formación de inventarios, avalúo y tasación de los bienes en presencia de los interesados, y cumpliendo con los requisitos del Arts. 342 del mismo cuerpo normativo antes invocado, para lo cual tanto la parte actora como la parte demandada presten las facilidades que el caso amerite, a quien se concederá un término prudencial para que presente el informe correspondiente; así también se regulará los honorarios del perito.- [7] Tómese en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial y electrónico señalado por la parte actora para recibir sus notificaciones posteriores, así como también tómese en cuenta el nombramiento y autorización manifestada en favor de su Defensor.- [8] ANUNCIO DE PRUEBA.- DOCUMENTAL.Téngase en cuenta la prueba documental presentada; y, PERICIAL.- Téngase en cuenta la solicitud de un perito para el inventario de los bienes dejados por la causante MARTHA LUISA URVINA DAVILA, una vez citadas todas las partes se nombrará el perito.- Actúe la Abg. Nancy Paulina Rodríguez Clavón en calidad de secretaria de esta Unidad.- CÍTESE, NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. Lo que comunico a usted para los fines de ley. ABG. PAULINA RODRÍGUEZ CLAVÓN SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAC/112739/AT UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO, DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA C I TAC I Ó N JUDICIAL A: WILMAN MARCELO CAMPAÑA COLOMA EXTRACTO CAUSA: ALIMENTOS Nro. DE JUICIO: 17958-20130940
CASILLA N. 900 ACTOR: EVELYN VANESSA CAMPAÑA VALENCIA DEMANDADO: WILMAN M A RC E LO CA M PA Ñ A COLOMA JUEZ: ABG. RUTH RACINES MOLINA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, DE PICHINCHA.Quito, jueves 22 de octubre del 2015, las 11h38. VISTOS.Agréguese al proceso el escrito que antecede.- 1) .- La demanda de aumento de alimentos presentada por la señora NINFA MARLENE VALENCIA BENAVIDES, una vez que se ha cumplido con los requisitos establecidos por la ley, se acepta a trámite. CÍTESE al demandado señor WILMAN MARCELO CAMPAÑA COLOMA, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 53 del Código Orgánico General de Procesos , con copia de la demanda y este auto a través del CITADOR correspondiente en la dirección indicada en el escrito de fecha 25 de septiembre del 2015, a fin de que conteste y haga valer sus derechos en la Audiencia Única, señale domicilio judicial para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de que en caso de no contestar ni señalar domicilio judicial, se sustanciará la presente causa en rebeldía, y que tiene hasta 48 horas antes de que se lleve a efecto la audiencia única para anunciar sus pruebas de conformidad con lo dispuesto en el Art. Innumerado 34, inciso 5 Ibídem. .- Téngase por anunciada la prueba formulada por la actora, la cuantía fijada, el casillero judicial y autorización a su Abogado defensor Ofíciese conforme al Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA) a fin de que envié a esta judicatura un confidencial de los ingresos que percibe el señor Wilman Marcelo Campaña Coloma, portador de la cedula de ciudadanía 02008940. 2) .- Con atención al acápite II del presente escrito remítase el proceso a la oficina de recaudaciones a fin de que realice la RELIQUIDACIÓN correspondiente, tomando en cuenta lo manifestado por la accionante.- NOTIFIQUESE. F) ABG. TATIANA PEÑA TOLEDO, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 30 de octubre del 2019, las 12h20, VISTOS: En virtud del juramento rendido, así como del certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana constante a (fjs. 633) y; con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a CAMPAÑA COLOMA WILMAN MARCELO por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia
JUDICIAL QUITO
circulación local, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto.- Una vez entregado el extracto la parte actora deberá presentar en esta Unidad Judicial las publicaciones respectivas en el término de 15 días.-CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-f. ) ABG. RUTH RACINES MOLINA, JUEZ. Lo que comunico a usted. Para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casilla judicial para sus posteriores notificaciones dentro del perímetro de ley. Atentamente, Abg. Natalia Viteri Villamarín SECRETARIA JUDICIAL Hay firma y sello PAC/112742/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANODE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. COGEP CITACIÓN JUDICIAL A LA PARTE DEMANDADA: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE AMERICA TAMAYO JUICIO: VOLUNTARIO (DEMARCACION DE LINDEROS) NUMERO: 17230-2019-01756 ACTOR: EDWIN AMERICO CAMPAÑA CAMPAÑA y VILMAN OLIVIA GARCIA ARMAS DEMANDADO: MARCELO RENTERIA TAMAYO Y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE AMERICA TAMAYO FECHA DE INICIO: 30 DE ENERO DEL 2019 CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO: SOLICITO QUE ME SEAN RESTITUIDOS LOS LINDEROS QUE C O R R E S P O N D E N CONFORME LA ESCRITURA PRESENTADA. DOMICILIO JUDICIAL: AB. EDWIN PEREZ. CASILLA JUDICIAL 439 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 23 de mayo del 2019, las 16h18, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado, con el cual se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto inmediato anterior, por lo que, se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por los señores EDWIN AMERICO CAMPAÑA CAMPAÑA y VILMAN OLIVIA GARCIA ARMAS, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el Art. 334 del mismo código, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario por Demarcación de Linderos. SEGUNDO: Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, conforme lo ordena el artículo 146 inciso quinto del COGEP, para lo cual ofíciese en legal y debida forma al señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito. TERCERO: Hecho que sea cítese al demandado con el contenido de la demanda y este auto al señor MARCELO RENTERIA TAMAYO, en el lugar que se indica en el libelo inicial, previniéndole
Si uno acepta las expectativas de los demás, especialmente las negativas, nunca podrá cambiar el resultado. M i c h a e l J o r da n . de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. En base al Juramento rendido, de conformidad con el Art. 56 numeral 1 del Código General de Procesos, se dispone CITAR a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue señora AMERICA TAMAYO, a través de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, con un extracto de la demanda y auto de calificación, por Secretaría elabórese y extiéndase el extracto correspondiente.- En virtud del Principio Dispositivo consagrado en el artículo 19 del Código Orgánico de la Función Judicial, se solicita a la parte actora, de manera inmediata, brindar las copias necesarias para la realización de las boletas de citación. CUARTO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda. Se concede al demandado el término de quince días, para que conteste la demanda de conformidad a lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. QUINTO: Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda; téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial y electrónica señalada por el actor para sus notificaciones y la autorización conferida a su abogado patrocinador. CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.- AB. DIANA ALBÁN SOLANO. JUEZA Particular que hago conocer a Ud., para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. AB. JENNIFFER BASTIDAS SARMIENTO SECRETARIA Hay firma y sello PAC/112745/AT
anulaciones
banco rumiñahui QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8348854000 Nro. Cartola 1 8 8 576 3 0 03 4 C lie nte IZURIETA VELASTEGUI, MERIS-ETELVINA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8059828100 Nro. Cartola 165 4 8 1 9 0 4 8 3 C l i e nte PANTOJA OVIEDO, CESARHONORIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libre-
ta de ahorros Cta.No.8250312500 Nro. Cartola 18311200150 Cliente HUILCA NAUCIN, MARTHA-BEATRIZ del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8181040700 Nro. Cartola 17870980665 Cliente VEGA FLORES, MIRIAN-JUDITH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorrosCta.No.- 8019599500 Nro. Cartola 16748700495 Cliente ROBLES ORDONEZ, SANTOS-AURELIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8125368700 Nro. Cartola 16842810505 Cliente CHAFLA VILLACRES, JUAN-CARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8045061900 Nro. Cartola 17382951451 Cliente LOPEZ O L I VA R E S, C A R LO SGUSTAVO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8330928000 Nro. Cartola 18751010044 Cliente MUNOZ ARGOTY, BERNARDA-DEL CARMEN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8148575200 Nro. Cartola 17522890486 Cliente CATOTA PALLASCO, WILLIAM-PATRICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8401819600 Nro. Cartola 1 9 1 8 25 5 0 1 03 C l i e n te FERNANDEZ BETANCOURT, MONICA-DE LOURDES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR
========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8323175600 Nro. Cartola 1 8 6 89 970 0 6 1 C l i e nte PROANO VITERI, ROSAGUADALUPE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8406986100 Nro. Cartola 19219610011 Cliente YAMBERLA DIAZ, KLEBER-BOLIVAR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8190565400 Nro. Cartola 17976750400 Cliente ACOSTA CACERES, CONSUELO-ROCIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8185337100 Nro. Cartola 17917100327 Cliente DAMIAN DAMIAN, VICTOR-HUGO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8100805600 Nro. Cartola 17123370490 Cliente MOYA HERRERA, EDGAR-RAUL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8062664000 Nro. Cartola 1 6 5 1 5 1 9 1 1 75 Cliente CENTENO CASTANEDA, JOSE-ARMANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8254600200 Nro. Cartola 18325660035 Cliente CHAVEZ MURGUEYTIO, HUGO-MAURICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8048649800 Nro. Cartola 16508440332 Cliente BUELE SATAMA, MARCOCLODOVEO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8298836400 Nro. Cartola 1 8 53753 0 0 67 C l i e nte MORENO ORDONEZ, LORENA-NOHEMI del Banco Rumiñahui. Quien tenga
derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8166839500 Nro. Cartola 17723 4 2 026 5 C l i e n te M O R I L LO M A RT I N E Z , DIEGO-MAURICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8154626300 Nro. Cartola 1759 699 02 0 4 C l i e nte LOZANO AGUALSACA, ANAROCIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8445417500 Nro. Cartola 19476610043 Cliente ANALUISA TIPAN, NELLY-BEATRIZ del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8074959200 Nro. Cartola 1 67 1 0 2 0 0 1 5 1 C l i e n te M E D I AV I L L A T U P I ZA , MARGORI-PATRICIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8045932700 Nro. Cartola 1697478 0 5 1 8 C l i e n te CEVALLOS BENAVIDES, JORGE-EDUARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (24)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8106120300 Nro. Cartola 16598980387 Cliente VIZUETE LEON, FRANCISCO-JAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8060782400 Nro. Cartola 169 6 6970 55 6 C l i e nte EST R E L L A H I DA LG O, LUIS-ARTURO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (26)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8433852400 Nro. Cartola 19400090007 Cliente CACHIMUELA VALDIVIEZO, JONATHAN-RAFAEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (27)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libre-
ta de ahorros Cta.No.8203539100 Nro. Cartola 18053960425 Cliente TAPUY SHIGUANGO, JUSTO-RENE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorrosCta.No.- 8144024800 Nro. Cartola 17459250399 Cliente MORALES TONATO, WILSON-BOLIVAR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (29)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8039702300 Nro. Cartola 16 67233 0 8 4 8 C l i e nte L L A SAG BA SA N T E S , SEGUNDO-OSWALDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (30)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8005715400 Nro. Cartola 16 8 3 4 8 10 6 0 4 C l i e nte BENITEZ ARAUZ, MILTONARMANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (31)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8410871900 Nro. Cartola 19232420067 Cliente ALVEAR SUNTASIG, ANDREA-LISSET del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (32)NR
banco boLiVariano Se comunica al público, la anulación por pérdida/sustracción del cheque Mo 305 al 350 presentado por el girador Segundo Ernesto Galarza Cta. Cte. No. 5005064042. P/AC/ (1)NR
anulaciónes Varias Se anula por perdida los titulos de Hotel Colon Internacional C.A. Titulo No. 840 por 6474 acciones y titulo No. 2116 por 427 acciones PAB/24148 ========== Por perdida se anula el TituloAccion N° 1015 emitido por INDUSTRIAS ALES C.A por 54.015 acciones a favor de GENARO EGUIGUREN VALDIVIESO. Quito, diciembre 9 de 2019 PAR/111907/EG ========== Queda anulado el titulo de la compañía HOSPITAL DE LOS VALLES S.A. No. 2297 No. de acciones: 3 Propietario: ERNESTO PAT R I C I O D AVA L O S SALAZAR El título detallado será anulado de no presentarse reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados. Quito, 9 de diciembre de 2019 PAP/74368/EG
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK