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REVISTA JUDICIAL C00
VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 10264
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO
AUTOR: DRA. MARIANA YÉPEZ ANDRADE
La jubilación es un derecho protegido por la Constitución y por la ley. Quienes se acogen a ese derecho dejan de trabajar y bajo condiciones de tiempo de servicios y edad reciben una pensión mensual que debería permitirles vivir con dignidad. Marco Jurídico: El artículo 37 de la Constitución de la República garantiza a las personas adultas mayores el derecho a la jubilación universal, y aclara en el artículo 36 que se consideran tales, las personas que hayan cumplido sesenta y cinco años de edad, en cuya calidad les garantiza también otros derechos relacionados con la salud, la remuneración, las rebajas en los servicios públicos, y privados de transporte y espectáculos, exenciones de régimen tributario, exoneración del pago de costos notariales y registrales, y el acceso a una vivienda que asegure una vida digna, con respeto a su opinión y consentimiento. El Estado además se obliga a establecer políticas y programas de atención a las personas adultas mayores, para lo cual tomará en cuenta diferencias urbanas y rurales, inequidades de género, la etnia, la cultura y las diferencias propias de las personas. El Código de Trabajo, por su parte, en el artículo 216 consagra el derecho de los trabajadores a ser jubilados por sus empleadores, si hubieren prestado servicios por veinte y cinco años o más, de forma continuada o interrumpidamente. Es lo que se conoce como jubilación patronal; mientras que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social concede la jubilación por cumplimiento de un tiempo de aportaciones y un límite de edad, y en lo que se refiere a los y las empleadas y funcionarias públicas, las reformas al Reglamento General de la Ley Orgánica de Servicio Público (Suplemento del Registro Oficial No. 489 de 12 de julio del 2011) contiene una norma que crea compensación económica para el servidor público que se acoja voluntariamente a la jubilación, de confor-
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La jubilación de la mujer midad con la primera disposición general de la Ley. La Constitución de la República garantiza la jubilación como un derecho universal, y es así que no existen diferencias entre hombres y mujeres para acceder a la jubilación, lo que significa que es un derecho expresado a través de la igualdad legal, la igualdad formal y la igualdad material reconocida por el artículo 66, numeral 4. Omisiones frente a la mujer: Las normas que declaran la igualdad al no tomar en cuenta las diferencias entre hombres y mujeres, generan desigualdades, lo que se advierte en el tema de la jubilación, por cuya razón sería importante que las leyes sean revisadas, a fin de que se consideren las condiciones y circunstancias propias de las mujeres que nos identifican, como la maternidad, la crianza de los hijos, la doble actividad, los cambios biológicos, etc. Al respecto, se presentó una iniciativa legislativa para obtener la jubilación de la mujer a los veinte y cinco años de trabajo, pero no tuvo el respaldo suficiente y más bien despertó críticas de varios sectores, lo que impidió que se haga realidad. Afrontar los cambios derivados de la edad, y asumir de ese modo alteraciones laborales exige especial atención, no solo de los representantes de las empresas privadas, sino también de las públicas, y por ende del Estado, que debe tomar como política pública la preparación para la jubilación mediante la implementación de programas que contemplen la parte física, emocional, espiritual y la productividad en la nueva etapa de la vida que van a enfrentar a consecuencia de la jubilación,
época en la cual se presenta el síndrome del nido vacío, que como lo explica Fina Sanz, psicóloga y académica de las Universidades de Alcalá de Henares y de Sevilla, (Diálogos de mujeres sabias), es aquella en la que los hijos y las hijas se van de casa. La mujer se encuentra de nuevo sola consigo misma o sola frente a la pareja; y aunque objetivamente esa partida devuelve a las mujeres más tiempo y una mayor libertad, subjetivamente, “al inicio, se vive, como ocurren en todos los duelos como una pérdida, una gran pérdida.” Es necesaria una preparación para enfrentar la nueva vida, tanto mas si la suspensión o terminación de labores es por causas extremas como desenrolamientos, destituciones, vistos buenos, “renuncias obligatorias”, etc.... Las mujeres pasan súbitamente del hacer, al ser, al estar, sintiendo
que la parte más importante de su vida se quedó en la historia y que ya no se puede mirar atrás. Por estas razones, las instituciones públicas y privadas deben contar con departamentos sicológicos y médicos que preparen a los y las trabajadoras. Las políticas públicas de adaptación permitirían que se inicien nuevos proyectos y que se abran nuevas puertas en sus vidas. Las mujeres de la generación de los años cincuenta del siglo anterior, tienen edad para jubilarse, han percibido cambios de modelos políticos y los avances tecnológicos; han participado en los cambios sociales, culturales, políticos y personales; les correspondió compartir las luchas por la igualdad, el desarrollo y la equidad de género; crearon nuevos modelos de vida con el trabajo y la independencia económica; se
identificaron con la nueva figura: madre, mujer; y, adquirieron conciencia de sus derechos. Conclusiones: La preparación de la mujer para optar por una nueva vida después de haber entregado cuarenta o más años de trabajo para el Estado o en actividades privadas, debe ser una prioridad, que marcharía de la mano con la salud integral, y el derecho a una buena la calidad de vida. Este es un tema de seguridad social, por tanto debe trabajarse en un sistema nacional en el que estarían involucradas las instituciones públicas y privadas. El Estado a través del Ministerio de Relaciones Laborales, y el Seguro Social deberían establecer programas de preparación a la jubilación con perspectiva de género, a los que deben asistir mujeres y hombres trabajadores de todo los sectores para hacer un proceso amigable que les permita asumir la nueva vida, considerando sus diferencias. Por ser un asunto relacionado con la jubilación, es preciso mencionar que los beneficios a los que se refiere el artículo 37 no son aplicables a las y los jubilados, sino a las personas adultas mayores, lo que genera una posición de desigualdad de quienes han obtenido la jubilación antes de cumplir sesenta y cinco años de edad, pues no podrían acceder a esas garantías. Conviene entonces que se revisen los derechos de los jubilados para que se equiparen a los de las personas de tercera edad. Finalmente las mujeres somos diversas y plurales. Cada mujer es única, con su propia historia; sin embargo hay circunstancias y aspectos que son comunes o se repiten en las mujeres de sesenta años, que han alcanzado la edad para ser jubiladas, por lo que debe existir un proceso de aceptación y de concientización de una nueva etapa con pérdidas pero también con ganancias, abriéndose a otras posibilidades y tratando de encontrar lo positivo del cambio. Quito, marzo del 2013, Mariana Yépez Andrade, marianayepez@uio.satnet.net
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VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR
DIVORCIOS REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: Yaneth Rocio Isaza Moreno ACTOR: Edison Fabricio Bolaños Vivas DEMANDADO: Yaneth Rocio Isaza Moreno JUICIO: Divorcio No. 1005-2012CVM CUANTIA: Indeterminada TRAMITE: Verbal Sumario OBJETO: Disolución del vínculo matrimonial de conformidad con el 110, causal 11°, inciso primero del Código Civil PROVIDENCIA: JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 18 de febrero del 2013, las 14h04. VISTOS.- Por cuanto la actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de 31 de enero del 2013, se califica la demanda presentada de clara, precisa y de reunir los demás requisitos de Ley, por lo que se la admite al trámite verbal sumario.- Consecuentemente, atento el juramento rendido por el demandante a fs.16 y lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, con un extracto de la demanda y éste auto, cítese a la demandada señora YANETH ROCIO ISAZA MORENO, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito, mediando término de ocho días por lo menos entre cada publicación. Téngase en cuenta los casilleros judicial y electrónico señalados por el actor así como la designación de su abogado patrocinador. Agréguese al proceso los documentos adjuntados a la demanda.- Notifíquese. F) Dr. Francisco Robalino Ocaña, Juez (T) Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones.Quito, 21 de Febrero del 2013.CERTIFICO. AB. ANDREA ESCALERAS PARDO SECRETARIA (C) DEL JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello AR/90378/cc EXTRACTO JUICIO DE DIVORCIO POR CAUSAL N. 4551-2012- Y.Q. CUANTIA: INDETERMINADA ACTOR: JOSE DAVID YUBILLO PINGOS DEMANDADA: TERESA DE JESUS LEMA AUCANCELA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito.- Luego que la actora ha dado cumplimiento, dentro término, a lo ordenado en providencia del 18 de diciembre de 2012 AVOCO conocimiento de la presente demanda de divorcio presentada por el señor JOSE DAVID YUBILLO PINGOS, con C.C. No.171914236-4, la misma que se la califica de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos de ley señalado en el Art. 67 del C.P.C.; por lo tanto, se la acepta a trámite en la vía del juicio verbal sumario conforme los señalan los Art. 118 del C.C en concordancia con el Art. 828 y siguientes del C.P.C.. .- Se señala el día jueves 10 de enero de 2013 a las 15H10 para que la actora se acerque a las oficinas de esta UNIDAD JUDICIAL a prestar el juramento correspondiente, hecho lo cual, CITESE a la demandada señora TERESA DE JESUS LEMA AUCANCELA
conforme lo dispone el art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante tres publicaciones por la prensa.- Tómese en cuenta la cuantía, domicilio judicial y autorización hecha al Dr. Miguel Cajamarca Erazo.- Agréguese al proceso la documentación adjunta.- Actúa la Ab. Yisela Quiñónez calidad de Secretaria.- Cítese y notifíquese. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito. ABG. YISELA JA N E T H QUIÑONEZ VALENCIA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Hay un sello A.C./93823 REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A DARWIN KLEVER CÓRDOVA EXTRACTO ACTORA: CARMEN GUAÑUNA COLLAGUAZO DEMANDADO: DARWIN KLEVER CÓRDOVA JUICIO DE DIVORCIO No. 13372012-(M. Gordón C.) CON FUNDAMENTO EN EL INCISO SEGUNDO, DE LA CAUSAL ONCEAVA DEL ART. 110 DEL CODIGO CIVIL CUANTIA: INDETERMINADA. D E F E N SO R : D R. LU I S FARINANGO CASILLA JUDICIAL No 3017 FECHA DE INICIO: 03 DE OCTUBRE DE 2012 PROVIDENCIA: JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 10 de enero del 2013, las 09h29. VISTOS: La demanda de divorcio que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos legales, en consecuencia se la admite a trámite verbal sumario.- Atento el juramento efectuado por la Actora, CÍTESE a DARWIN KLEVER CORDOVA por la prensa como dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante publicaciones efectuadas en un periódico de mayor circulación nacional.NOTIFÍQUESE. f).- Dr. Paúl Rengel Maldonado, JUEZ. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar domicilio legal para sus notificaciones.- Certifico. DR. JUAN PABLO TORO CARRILLO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello A.C./93583 REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL Citase con el siguiente extracto de la demanda de divorcio a: BLANCA MERCEDES GUAMAN CUICHAN, Cuyo tenor es el siguiente: ACTOR: JOSE RUBEN MORALES CHAVEZ D E M A N DA D O : BLANCA MERCEDES GUAMAN CUICHAN CLASE DE JUICIO: DIVORCIO No. 1136 - 2012.FV TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO DE LA DEMANDA: DISOLVER EL VINCULO MATRIMONIAL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA QUITO, 22 de octubre del 2012, las 11h40. VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Juez Titular del juzgado segundo de lo civil de Pichincha en virtud del la acción de personal No. 2953-DNP- de 25 de Julio del 2012.- y posesionada el 01 de Agosto del 2012. La demanda de divorcio presentada en contra de BLANCA MERCEDES GUAMAN
JUDICIAL QUITO
CUICHAN, es clara, precisa y reúne los requisitos legales en consecuencia se la acepta a trámite correspondiente a la vía Verbal Sumaria prevista en la sección 23. Art.828 y siguientes del Código De Procedimiento Civil. Atenta la aseveración juramentada de la parte accionante respecto de la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de la demandada, Cítese a la demandada con un extracto de la demanda y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito y en la ciudad donde se realizo el matrimonio de conformidad al art. 119 del Código Civil. Agréguese al proceso la documentación presentada. Téngase en cuenta el casillero señalado y la autorización otorgada a su Abogado patrocinador. Actúe como Secretaria encargada la Doctora Guadalupe Narváez, mediante acción de personal No 3391 –DP-DPP- 01 de Agosto -2012.NOTIFIQUESE.- F: Dra. Viviana Janneth Pila Avendaño, jueza. Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para posteriores notificaciones en esta judicatura. - CERTIFICO DRA. GUADALUPE NARVAEZ SECRETARIA (E) Hay firma y sello AC/93542/tf UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS EXTRACTO JUDICIAL DE CITACIÓN CASUA No: 1624-2012 ACTOR: CRESPO CHEME CAROLA ESTEFANIA D E M A N DA D O : A R EVA LO SUAREZ JOSUE ANDRES JUEZ: Dr. RAMIRO MENDOZA GARCIA SECRETARIA: ABG. ROSA ANDREA PEREA GRUEZO CUANTÍA: INDETERMINADA UNIDAD ESPECIALIZADA DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN DE ESMERALDAS, VISTOS.- Ramiro Mendoza García, Juez de la Unidad Especializada de Familia Mujer Niñez y Adolescencia del Cantón de Esmeraldas, legalmente encargado mediante oficio Nº 1888-DPE-CJT-2012 de fecha 30 de junio del 2012, Una vez que ha completado su demanda dentro del término que señala el Art. 69 Del Código de Procedimiento Civil, se procede a calificar la demanda de DIVORCIO, asignada con el No 2012-1624 propuesta por la señora CRESPO CHEME CAROLA ESTEFANIA, en contra del señor AREVALO SUAREZ JOSUE ANDRES, como clara y precisa; y, por reunir los requisitos legales se la acepta al trámite pertinente de Ordinario. Por lo expuesto dispongo lo siguiente: En lo concerniente a la citación por la prensa, La ExCorte Suprema de Justicia en fallo publicado en el R.O. 416 del 20 de septiembre de 2.002, al referirse a la citación por la prensa, dice: “...El Código de Procedimiento Civil ha previsto la citación por la prensa como un medio extremo cuando es imposible determinar la residencia del demandado. Es indudable que en un conglomerado social en donde habitan tantas personas en muchos casos sea difícil conocer el lugar en donde habita la persona contra quien se va a dirigir una demanda; pero ese simple desconocimiento, no le exonera al actor de la carga de acudir a fuentes de información factibles, tales como guías telefónicas, Registro Civil, Cedulación e Identificación, para obtener los datos necesarios para ubicar la residencia del que va a ser demandado...El juez debe ser muy cuidadoso para admitir que la citación se haga al demandado por la prensa, porque se está extendiendo el abuso en su utilización como un artificio para impedir que el demandado pueda ejercitar su derecho a la defensa...”;. Este criterio del Tribunal Supremo de Justicia, lo respalda la Corte Constitucional en su sentencia No. 020-10-SEPCC, dentro del caso No. 058309-EP, que en su parte medular, dice: “...la afirmación del actor que desconocía el domicilio del
De virtud hay una especie, de maldad, muchas. P L AT Ó N
demandado, sin apreciar que la citación por la prensa es una medida excepcional que procede cuando ha sido imposible determinar el domicilio, por lo que los presupuestos para su procedencia deben estimarse con estrictez y rigurosidad, no bastando la declaratoria bajo juramento, sino que el juez deberá exigir que para la procedencia de tal citación excepcional, se demuestren las diligencian realizadas a tal efecto...” (R.O. 228 de 5 de julio 2.010), por lo tanto previo a disponer la citación por la prensa, se solicita que la accionante justifique ante la suscrito Juez, las diligencias realizadas a fin de determinar el domicilio del demandado AREVALO SUAREZ JOSUE ANDRES. Agregúese al proceso la copia certificada de la inscripción de matrimonio además de las dos fojas que adjunta. Tómese en cuenta el Casillero Judicial Nº 466 señalado por la actora, la y la autorización dada a su defensor Ab. Fredy Crespo Gálvez. Actúe como secretaria de este despacho la Ab. Andrea Perea Gruezo.- NOTIFIQUESE.Particular que pongo en su conocimiento para los fines legales consiguientes. Abg. ROSA ANDREA PEREA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS Existe firma y sello. A.P./55460/k.m. JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE IMBABURA CITACIÓN JUDICIAL EXTRACTO Cítese al señor Edgar Alfonso Bravo Vargas, con la siguiente demanda
DEMANDANTE- Nely Adela Landeta Paredes DEMANDADO:- Edgar Alfonso Bravo Vargas JUICIO:- Verbal Sumario N.7392012 OBJETO:- Divorcio por causal CUANTÍA.- Indeterminada. DOMICILIO DEL ACTOR.-Cas. Jud. No. 123 del Dr. Jorge Aguirre JUEZ:- Dr. Martín Góngora SECRETARIO.- Dr. Raúl R. Rosales R. PROVIDENCIA.JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE IMBABURA. Ibarra, lunes 28 de enero del 2013, las 15h37. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Temporal del Juzgado Primero de lo Civil de Imbabura, de conformidad con el oficio No. 0064-DPI-CJ de 14 de enero del 2013. En lo principal la demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la acepta a trámite verbal sumario que le corresponde. En tal virtud, por el juramento de la actora, cítese con la demanda y el presente auto al demandado señor EDGAR ALFONSO BRAVO VARGAS, por la prensa mediante tres publicaciones que se harán en uno de los diarios de mayor circulación de esta provincia de Imbabura, con sujeción a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese a los autos la documentación acompañada y téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y el correo electrónico designado por la actora.- NOTIFÍQUESE.- JUEZ TEMPORAL. NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Miguel A. Almeida, Juez Temporal del Juzgado Primero de lo Civil de Imbabura. Lo que CITO a Ud. para los fines de ley, previniéndole de la
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE MULTIAPOYO CIA. LTDA. AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS
En cumplimiento de la ley y los estatutos, se convoca a la junta general ordinaria de socios de Multiapoyo. Cia. a las 19h00 en el local de la compañía Siglo XXI”, 5to piso de esta ciudad, con el objeto de conocer y resolver los siguientes puntos: 1. Conocimiento y resolución del informe anual de los administradores. 2. Conocimiento y resolución sobre el balance general y estado de pérdidas y ganancias del ejercicio económico 2012. 3. Resolver sobre el destino de las utilidades del ejercicio económico 2012. Se informa a los Socios que se encuenla compañía para su conocimiento y estudio, el balance general, el estado de pérdidas y ganancias y el informe de los administradores. Jorge Callejas Aguirre Presidente Pablo Almeida Tinajero Gerente General Quito, 8 de marzo de 2013
obligación que tiene de señalar domicilio judicial en la ciudad de Ibarra para posteriores notificaciones. Ab. Soraya Pomasqui SECRETARIA SUBROGANTE Hay firma y sello Ad/28003/ai REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL, MERCANRTIL E INQUILINATO DEL CARCHI E X T RACTO C I TA C I Ó N JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: YOLANDA JANETH ROMERO AGUIRRE JUICIO: VERBAL SUMARIO DE DIVORCIO No. 13-2013 ACTOR: JOSÉ RAÚL APRAEZ MARQUEZ DEMANDO: YOLANDA JANETH ROMERO AGUIRRE CUANTÍA: INDETERMINADA. PROVIDENCIA.JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL, MERCANTIL E INQUILINATO DEL CARCHI.- Tulcán, sábado 12 de enero del 2013, las 09h32.VISTOS. Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de la razón de sorteos y de la razón sentada por la señora Secretaria titular de esta judicatura que anteceden. En lo principal, previamente a calificar la demanda presentada por el señor José Raúl Apraez Marquez, este dentro de término de tres días complete la misma, de conformidad con lo prescrito en el Art. 67 numeral 8o, del Código del Procedimiento Civil vigente, en concordancia con el Art. 327, inciso 3o del Código Orgánico de la Función Judicial. Tómese en cuenta el Casillero Judicial No.173, el correo electrónico jairo_revelo@hotmail.com, y la autorización que José Raúl Apraez Marquez le confiere a la Ab. Jairo Revelo Ortega, para que presente los escritos necesarios en esta causa.- Notifíquese. f) Dr. David Gordillo Guzmán Msc.JUEZ TEMPORAL JUZGADO SEGUNDO DE Lo CIVIL MERCANTIL E INQUILINATO DEL CARCHI.- Tulcán, lunes 14 de enero del 2013, las 11h54. VISTOS.- Agréguese al proceso el escrito presentado por el señor
José Raúl Apraez Marquez. En lo principal, previamente a calificar la demanda presentada por el compareciente, se dispone que en el término de tres días el accionante comparezca a esta Judicatura a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil vigente.- Notifíquese.- f) Dr. David Gordillo Guzmán Msc.JUEZ TEMPORAL. JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL MERCANTIL E IQUILINTAO DEL CARCHI. Tulcán, martes 26 de febrero del 2013, las 10h52. VISTOS: Una vez que el accionante señor José Raúl Apraez Marquez, ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto que antecede, se procede a calificar su demanda de clara, completa y de reunir los requisitos de Ley, en consecuencia se la admite a trámite Verbal Sumario. Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda. Cuéntese en este Juicio con la señorita Jueza Temporal de la Niñez y Adolescencia del Cantón Tulcán, para que opine sobre el nombramiento de Curador Adlítem en la persona de la señora Magdalena Márquez. Cítese a la demanda señora Yolanda Janeth Romero Aguirre, con la copia del escrito de demanda y esta providencia, mediante tres publicaciones mediando el término de ocho días entre cada una de ellas, mismas que se realizarán por intermedio del Diario La Hora de amplia circulación en la ciudad de Quito. Por fijada la cuantía.- Cítese y Notifíquese. f) Dr. David Gordillo Guzmán Msc.JUEZ TEMPORAL. JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL MERCANTIL E INQUILINATO DEL CARCHI. Tulcán, miércoles 27 de febrero del 2013, las 9h06. VISTOS: De conformidad con lo prescrito en el artículo 290 del Código de Procedimiento Civil, se amplía el Decreto de fecha martes 26 de febrero de 2013, las 10h00, en el sentido de que por renuncia aceptada al señor Secretario titular de esta Judicatura, se nombra como Secretario Ad-hoc al señor Nelson Cárdenas Enríquez, quien encontrándose presente acepta el cargo y jura desempeñarlo fiel
y legalmente, para constancia de lo cual firma conjuntamente con el suscrito Juez.- Notifíquese. f) Dr. David Gordillo Guzmán Msc.JUEZ TEMPORAL. Tulcán, 28 de febrero del 2013 SR. NELSON CÁRDENAS. SECRETARIO AD-HOC Hay firma y sello Ar/14164/at
MENORES REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO EXTRACTO JUDICIAL ACTORA: MARIA AIDA DAQUILEMA ARMAS DEMANDADO: JESUS KLEVER ZAVALA ARMAS JUICIO DE ALIMENTOS No. 4346- 2012 E.H. TRAMITE: ESPECIAL. CUANTÍA: 2.400,00. F U N D A M E N TO L EGA L : ARTS. 44, 45,69.1.5, 83.16 DE LA CONSTITUCION DEL ECUADOR; ARTS. 27, 29, 30,31 DE LA CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO; ARTS. 20,26 DEL CODIGO ORGANICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA; Y, ARTS. INNUMERADOS 2, 4, 5, 15,16 DE LA LEY REFORMATORIA AL TITULO V, LIBRO SEGUNDO DEL CODIGO ARGANICO DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA (R.O. No.- 643 DEL 28 DE JULIO DEL 2009). ABOGADO DEFENSOR: DR. EDUARDO SILVA PALMA. CASILLA JUDICIAL: No.- 2145 C.A.P. UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO.- Quito, viernes 28 de diciembre del 2012, las 14h28.- VISTOS.- Cumplida que ha sido la providencia de fecha 26 de diciembre del 2012, las 16h38; y, por haber declarado la accionante, bajo juramento sobre el desconocimiento de la individualidad o residencia del demandado señor JESUS KLEVER ZAVALA ARMAS, padre de la menor SARAHI MADELEIN
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE “AUTOMOTORES ANDINA S.A.” Se convoca a los señores accionistas de “AUTOMOTORES ANDINA S.A.” a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que tendrá lugar el día jueves 21 de marzo del presente año, Naciones Unidas, de esta ciudad, para conocer y resolver los siguientes asuntos: 1.- Conocimiento de los informes de los señores Presidente y Gerente General de la Compañía, sobre el ejercicio económico del año 2012; 2.- Conocimiento de los informes del señor Comisario y del Auditor Externo sobre el ejercicio económico del año 2012; 3.- Conocimiento y aprobación del Estado de Situación Financiera y Estado de Resultado Integral de la compañía a diciembre 31 de 2012; 4.- Resolución sobre el destino de las utilidades del ejercicio económico del año 2012; 5.- Elección de vocales del Directorio, que reemplazarán a los que cesan en sus funciones, principales y suplentes; plente; y, 7.- Selección y nombramiento de Auditor Externo. Se convoca especialmente al señor Eddy Díaz Salinas, Comisario Principal de la Compañía. La Compañía tiene a disposición de los señores accionistas
Dr. Jaime Martínez Hervas PRESIDENTE
Ing. Marco A. Bueno M. GERENTE GENERAL
ZAVALA DAQUILEMA, de conformidad con lo establecido en el Art. 82, Inc. 3ro. del Código de Procedimiento Civil, se dispone citar por la prensa, al señor JESUS KLEVER ZAVALA ARMAS, mediante tres publicaciones por la prensa que se hará en fechas distintas, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia.- Se le advierte al demandado si contados veinte días a partir de la última publicación no compareciere, se continuará la causa en rebeldía.- CITESE Y NOTIFIQUESE.- F).-DR. EDWIN WALDEMAR HEREDIA CABRERA.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA LA MUJER, LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO. Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. JORGE RODRIGO ESCUDERO GOMEZ SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, LA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO Hay firma y sello AC/93419/tf REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL: AL SEÑOR FRANKLIN ROLANDO RIMACUNA JIMENEZ, SE LE HACE CONOCER LA SIGUIENTE DEMANDA DE PENSIÓN ALIMENTICIA ACTOR: ADRIANA YOCONDA PAHUANQUIZA GUAMANTICA DEMANDADO: FRANKLIN ROLANDO RIMACUNA JIMENEZ JUICIO No. 2013–1669-RR. TRAMITE: ESPECIAL C UA N T Í A : TRES MIL SEISCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA
JUEZ: DR.MSC. RAUL REINOSO ROJAS SECRETARIO: AB. JUAN CARLOS MIÑO ORTEGA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCER DE LA FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 13 de febrero del 2013, las 14h40.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo de Ley, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, Provincia de Pichincha.- De conformidad a lo dispuesto en los Arts. 44 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador y Art. 11 del Código de la Niñez y Adolescencia se dispone: Agréguese a los autos los documentos y escrito que antecede y una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior.- La demanda que precede es clara, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta al trámite previsto en el Art. Innumerado 34 de la Ley Reformatoria al Título V Libro II del Código de la Niñez y Adolescencia, consecuentemente de conformidad con lo prescrito en los Art. Innumerado 35 de la referida Ley y Art. 6 de la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas, elaborada por el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, se fija en concepto de pensión provisional alimenticia mensual, la suma de CIENTO TREINTA Y TRES DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, más todos los beneficios de Ley, que deberá suministrar el demandado señor FRANKLIN ROLANDO RIMACUNA JIMENEZ, titular de la cédula de ciudadanía Nro. 2100077797, a favor de sus hijos LUIS ROLANDO y DAVID ALEXANDER RIMACUNA PAHUANQUIZA, desde la presentación de la demanda, esto es, desde el 22 de enero del 2013.Hágase conocer de este auto a la Oficina de Recaudaciones
asignada a esta Unidad Judicial, para que se proceda a abrir la Tarjeta Kardex en el Banco de Guayaquil, a nombre de la accionante ADRIANA YOCONDA PAHUANQUIZA GUAMANTICA, titular de la cédula de ciudadanía Nro. 1713549010, y pueda el demandado depositar la pensión alimenticia fijada los cinco primeros días de cada mes y por mesadas anticipadas.- En mérito del juramento rendido por la actora señora ADRIANA YOCONDA PAHUANQUIZA GUAMANTICA y conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CITESE al demandado señor FRANKLIN ROLANDO RIMACUNA JIMENEZ, por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional, para lo cual se entregará el respectivo extracto para los fines legales pertinentes; a fin de que el demandado, anuncie la prueba correspondiente, hasta 48 horas antes de la fecha fijada para la audiencia única que se señalará la misma, una vez citado el accionado, bajo prevenciones que de no comparecer a juicio se continuará la causa en rebeldía.- De conformidad con el Art. 130 numeral 11 del Código Orgánico de la Función Judicial las partes deberán comparecer a la audiencia única personalmente o mediante procuración judicial con cláusula especial para transigir, diligencia que se señalará una vez citado el demandado.- Téngase por anunciada la prueba que solicita la accionante: Por Secretaria ofíciese conforme solicita.- Tenga lugar la declaración testimonial en la respectiva audiencia única de las personas nominadas en el libelo de la demanda.- Tenga lugar la confesión judicial del demandado FRANKLIN ROLANDO RIMACUNA JIMENEZ, en el momento de la audiencia única respectiva.- Por haber solicitado la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el Art. Innumerado 25 de la Ley Reformatoria en mención, se ordena la prohibición de ausentarse del territorio nacional al demandado FRANKLIN ROLANDO RIMACUNA JIMENEZ,
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA FINAMERICA S.A. De conformidad con los Estatutos Sociales, la Ley de Compañías y su reglamento, se convoca a los Accionistas de FINAMERICA S.A., a la Junta General Ordinaria que se celebrará el día Lunes 25 de Marzo del 2013, a las 10H30 en el domicilio principal de la Compañía, ubicado en la Av. Eloy Alfaro S40-153 y José Queri de esta ciudad de Quito, para conocer y resolver los siguientes puntos: 1.- Conocer y resolver acerca de los Informes del Directorio, Gerente General, Auditor Externo y Comisario por el Ejercicio Económico del año 2012; 2.- Conocer y resolver acerca de las cuentas de los primeros Estados Financieros bajo Normas Internacionales de Información Financiera sus anexos del Ejercicio Económico correspondiente al año 2012 y aprobación de la conciliación del Patrimonio Neto bajo NIIF. 3.- Conocer y resolver en base a los resultados del Ejercicio Económico correspondiente al año 2012, la aprobación de la reserva legal,
remuneraciones.
La virtud, no por estar de moda, deja de ser virtud. B RU Y E R E , J E A N
titular de la cédula de ciudadanía Nro. 2100077797, hasta que esta Autoridad disponga lo contrario, para lo cual remítase atentos Oficios a la Dirección Nacional de Migración y Ministerio de Relaciones Exteriores para los fines de Ley.- Agréguese a los autos los documentos que acompaña.- Téngase en cuenta el casillero judicial que señala la parte actora para sus notificaciones y la designación a sus abogados defensores.- Se le requiere a la accionante o a su abogado defensor, que después de 72 horas de notificado el presente auto, concurra a esta Unidad Judicial, a fin de que retire los oficios correspondientes.- Actúe en esta causa el Ab. Juan Carlos Miño Ortega, en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) DR. RAÚL REINOSO ROJAS. JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL.- Certifico.Ab. Juan Carlos Miño Ortega S E C R E TA R I O UNIDAD JUDICIAL Hay firma y sello AC/93781/tf
EJECUTIVOS R DEL E. JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: Angela Pastora Alava Salvatierra ACTOR: banco del Pichincha C. A. DEMANDADO: Amada Jacqueline Vaca Espinoza, Denix Xavier Saenz Roman y Ángela Pastora Alava Salvatierra JUICIO: Ejecutivo No. 608-2008CVM OBJETO: Cobro del valor constante en el pagaré a la orden adjunto a la demanda CUANTIA: $. 8.000,oo FECHA DE INICIO: 18 de agosto del 2008 PROVIDENCIA: JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 18 de agosto del 2008, las 16h12.- VISTOS: Agréguense al proceso el escrito y anexo presentados. En lo principal, la demanda presentada es clara,
DE LA
precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la admite al trámite Ejecutivo.En consecuencia, los ejecutados señores Amada Jacqueline Vaca Espinoza, Denix Xavier Saenz Román como deudores principales y Angela Pastora Alava Salvatierra como garante solidaria, en el término de tres días paguen el valor adeudado o proponga excepciones de las que se crean asistidos.- Cítese a los demandados en las direcciones indicadas en el libelo de demanda debiendo para el efecto remitir las boletas respectivas a la oficina de citaciones. De conformidad con el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejándose copias certificadas y recibo en autos, desglósese la documentación solicitada. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la actora y agréguese a los autos la documentación adjunta. NOTIFIQUESE. F) Dra. Marcia Flores Benalcázar, Juez (S) JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 28 enero del 2013, las 14h47.- Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal, en virtud del juramento rendido por el actor cuya acta consta a fs. 62 y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone citar con un extracto de la demanda presentada, auto de calificación y este providencia, a la demandada SRA. ANGELA PASTORA ALAVA SALVATIERRA, mediante tres publicaciones que se deberán realizar en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito. Notifíquese. F) Dr. Francisco Robalino Ocaña, Juez (E). Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 04 de Marzo del 2013. Certifico AB. ANDREA ESCALERAS PARDO SECRETARIA (C) DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello A.C./93824
REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE TAXIS EJECUTIVOS TRANSEJEVOTAX S.A.. La compañía COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE TAXIS EJECUTIVOS TRANSEJEVOTAX S.A.. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Primero del Distrito Metropolitano de Quito, el 26 de Febrero de 2013, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.13.001167 de 06 de Marzo de 2013. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA.
Se convoca de manera especial al Comisario Principal de la Compañía, Ing. Armando Lituma De acuerdo al artículo 292 de la Ley de Compañías, los documentos que serán conocidos por la Junta General se hallan a disposición de antes señalada y se exhiben con 15 días de anticipación a la fecha de la celebración de la Junta.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 1.085,00 Número de Acciones 31 Valor US$ 35,00 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: PRESTACIÓN DEL SERVICIO DEL TRANSPORTE COMERCIAL EN LA MODALIDAD DE TAXI EJECUTIVO.-...
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. CITACION JUDICIAL A: AARON SANCHEZ SANCHEZ. EXTRACTO ACTOR: RUBEN SEMERENE PICON, REPRESENTANTE LEGAL DE ECUSPORT CIA. LTDA. DEMANDADO: AARON SANCHEZ SANCHEZ. JUICIO. EJECUTIVO. CAUSA No. 1030-2010 DC. CUANTIA: USUD $ 1’800.000,oo. PROVIDENCIA: JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 27 de octubre del 2010, las 10h33. VISTOS.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de la nota de sorteo, y en mi calidad de titular de esta Judicatura.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reùne los demàs requisitos de forma previstos por la Ley.- En consecuencia, dese el tràmite ejecutivo solicitado para lo cual el ejecutado señor AARON SANCHEZ SANCHEZ, en la calidad invocada, cumpla con la obligaciòn demandada o proponga excepciones en el tèrmino de tres dìas.- Atento el juramento que tiene rendido el actor, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Còdigo de Procedimiento Civil, cìtese al demandado por la prensa, esto es en uno de los periòdicos de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito.- Cuèntese en esta causa con Rubèn Semerene Picon, en la calidad invocada.- Tòmese en cuenta el casillero judicial señalado.Notifìquese.- F) DR. ALFREDO GRIJALVA MUÑOZ, JUEZ. LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO Y LES C I TO, P R EV I N I E N D O L ES DE LA OBLIGACION DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES. Atentamente, Dr. Juan Pablo Toro Carrillo SECRETARIO Hay firma y sello AC/93765/tf REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A LOS SEÑORES: FELICIANO BEJARANO GUAMAN y RAMONA POMAQUIZA LLANGARI: EXTRACTO JUICIO: EJECUTIVO No. 2010-1343-MY ACTOR: DR. CHRISTIAN GEOVANNY HURTADO RICHARDS Procurador Judicial de “COOPERATIVA 23 DE JULIO LTDA” DEMANDADOS: FELICIANO
REVISTA JUDICIAL VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR BEJARANO GUAMAN y RAMONA P O M AQ U I Z A LLANGARI TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD 3.000,oo OBJETO: PAGO DEL CAPITAL ADEUDADO, INTERESES LEGALES Y DE MORA, COSTAS JUDICIALES Y HONORARIOS PROFESIONALES DEL DEFENSOR.JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 4 de octubre del 2010, las 11h33.-VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez y en virtud del acta de sorteos que antecede.- La demanda propuesta por Dr. Christian Geovanny Hurtado Richards, Procurador Judicial de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO 23 DE JULIO LTDA., es completa, clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que declarándosela procedente se la admite a trámite en juicio Ejecutivo.- En consecuencia, se dispone que los señores FELICIANO BEJARANO GUAMAN y MARGARITA ASACABAY BEJARANO, (D.P.) y ANDRÉS BEJARANO GUAMAN y RAMONA POMAQUIZA LLANGARI; (D.S.), paguen lo adeudado o propongan excepciones en el término de tres días.- En mérito del certificado conferido por el señor Registrador de la Propiedad del Cantón Quito, acompañado y de conformidad con lo dispuesto por el Art.- 421 del Código de Procedimiento Civil, se dispone la prohibición de enajenar del bien inmueble de propiedad de los cónyuges demandados Feliciano Bejarano Guamán y Margarita Asacabay Bejarano, por sus propios derechos, cuyas características y más especificaciones constan en el referido certificado.- Para la práctica de dicha diligencia notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Quito.- Hecho, cítese a los demandados Feliciano Bejarano Guamán, Margarita Asacabay Bejarano, Andrés Bejarano Guamán y Ramona Pomaquiza Llangari, en la dirección señalada para el efecto, deprecase al señor Juez de lo Civil del Cantón Quijos, Provincia de Napo, concediéndole el término extraordinario de seis días, en razón de la distancia, remítase despacho en forma.-
CONVOCATORIA Se convoca a los señores Accionistas de la Compañía INARAISA INSEMINACIÓN ARTIFICIAL AGROINDUSTRIAL S.A. a la Junta General Ordinaria que se llevará a cabo el día 22de Marzo del 2013, en la calle Bello Horizonte E8 - 80 tar el siguiente orden del día: 1. Informe de Gerencia 2. Informe de Comisario 3. Conocimiento y Aprobación de Balances correspondientes al Ejercicio Económico del año 2012 4. Nombramiento de Gerente, Presidente y Comisario de la compañía Se convoca de manera especial a la señorita Rocío Cadena, Comisario de la Compañía, para que presente el respectivo informe. Quito, 8 de marzo del 2013.
Quito DM, Marzo 8 del 2013 Atentamente, Ing. Esteban Salazar GERENTE GENERAL
Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑÍAS
Patricio Egüez Paez PRESIDENTE AR/90547/cc
C3
Incorpórense a los autos la documentación acompañada.-Tómese nota de la cuantía y del casillero judicial señalado por la parte Actora, para sus notificaciones posteriores, así como del nombramiento y autorización manifestados en favor de su Defensor.Dejándose copias certificadas en autos, desglósese y entréguese los originales de la documentación aparejada a la demanda.CITESE Y NOTIFIQUESE. F) DR. RUBEN CEVALLOS FABARA JUEZ SUPLENTE JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 22 de enero del 2013, las 15h26. En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a los demandados señores FELICIANO BEJARANO GUAMAN y RAMONA POMAQUIZA LLANGARI, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE. f) Ab. Francisco Alvear Montalvo, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar domicilio judicial en esta ciudad de Quito para recibir posteriores notificaciones . Certifico Dr. Nilo Gonzalo Almachi SECRETARIO JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA 35916/
REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL AL SEÑOR: REGULO CAICEDO CAICEDO EXTRACTO JUDICIAL JUICIO: EJECUTIVO No. 20121422-VGM ACTOR: MANUEL MARIA CANDO GUANOLUISA D E M A N DA D O : R EG U LO CAICEDO CAICEDO TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD 7.000,oo OBJETO: PAGO TOTAL DE LO ADEUDADO, MAS LOS INTERESES ADEUDADOS, INTERES DE MORA, COSTAS JUDICIALES Y HONORARIOS PROFESIONALES.JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.QUITO, viernes 1 de Febrero del 2013, las 10h07.- VISTOS:.Por cumplido lo ordenado en decrecerte inicial y en virtud del sorteo realizado avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez Titular de esta Judicatura, conforme a la Acción de Personal No. 748-DNP, de 19 de Septiembre del 2011.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley. - En consecuencia, se le acepta al trámite Ejecutivo, el demandado señor REGULO CAICEDO CAICEDO, en el término de tres días pague o proponga excepciones. En mérito de la afirmación manifestada bajo juramento por la actora, respecto de la imposibilidad de poder determinar el actual domicilio y residencia del demandado, cítese a REGULO CAICEDO CAICEDO, por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, como lo dispone el Art.-82 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se entregará el respectivo extracto.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada por el actor para sus posteriores notificaciones y la facultad concedida a su defensora.- NOTIFIQUESE.- f) AB. FRANCISCO JOSE ALVEAR MONTALVO. JUEZ. Lo que comunico para los fines de Ley, previniendole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones. Certifico. DR. NILO GONZALO ALMACHI SECRETARIO DEL JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
REVISTA JUDICIAL C4
SECRETARIO Hay un sello A.C./93788 (2)
ORDINARIOS
VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR
Hay firma y sello AC/93771/tf R del E. EXTRACTO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A PENITUS SOLUTIONS CIA. LTDA. REPRESENTADA POR FREDDY IVÁN GUERRERO CARVACHE ACTOR: Dr. Carlos Germánico Peña Carrasco, Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: Compañía PENITUS SOLUTIONS CIA. LTDA. Representada por Freddy Iván Guerrero Carvache JUICIO: 94-2012-tv TRAMITE: Verbal Sumario JUEZ: Dr. Santiago Galarza Rodríguez SECRETARIO: Dr. Francisco Justicia Salgado CUANTIA: Siete mil dólares de los Estados Unidos de América. PRETENSIÓN: Fundado en el Contrato de Emisión y Uso de Tarjeta de Crédito suscrito por la Compañía Penitus Solutions Cia. Ltda y el Banco de Pichincha, demanda a la compañía PENITUS SOLUTIONS CIA. LTDA, actualmente representada por el señor Freddy Iván Guerrero Carvache, a fin de que en sentencia sea condenado al pago de: la suma de Seis mil cincuenta con 46/100 dólares de los Estados Unidos de América, la máxima tasa de interés de mora vigente hasta la total cancelación de la obligación, más los cotos operativos y tasas, gastos de cobranza, costos administrativos provocados por la falta de pago, costas procesales y honorarios profesionales de su abogada defensora. AUTO: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 31 de enero del 2012, las 11H20. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en vista de sorteos realizado.- En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se acepta a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, con la demanda presentada y providencia que antecede, córrase traslado a la demandada Compañía PENITUS SOLUTIONS CIA. LTDA, legalmente representada por FREDDY IVAN GUERRERO CARVACHE. Cítese a la demandada en el lugar que se indica. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y agréguense los documentos acompañados.- Desglósese y entréguese a KARINA ARTIEDA, la documentación adjunta, previo recibo en autos.- NOTIFIQUESE.- F. Dr. Armando Aceldo Gualli. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, 14 de Enero del 2013, las 14h29. Atento el juramento rendido y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CITESE a la demandada COMPAÑÍA PENITUS SOLUTIONS CIA. LTDA. Legalmente representada por el señor FREDDY IVÁN GUERRERO CARVACHE mediante tres publicaciones en el diario de mayor circulación nacional.Notifíquese.- F. Dr. Santiago Galarza Rodríguez. Lo que comunico a Ud., para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. Dr. Francisco Justicia Salgado SECRETARIO Hay un sello A.C./93788 (1) R. del E. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA -E X T R A C T OCITACIÓN JUDICIAL PARA: C O M PA Ñ Í A PENITUS SOLUTIONS CIA. LTDA., REPRESENTADA POR EL SEÑOR FREDDY IVÁN GUERRERO CARVACHE. JUICIO: 0 0 9 5 -2 0 1 2- C B . EJECUTIVO. ACTO R : D R. CA R LOS
JUDICIAL QUITO
GERMANICO PEÑA CARRASCO DEMANDADO: COMPAÑÍA PENITUS SOLUTIONS CIA. LTDA, REPRESENTADA POR EL SEÑOR FREDDY IVÁN GUERRERO CARVACHE. TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. ABOGADO PATROCINADOR: Dra. Natalia Vivanco Falconi. Mat. 11138 del CAP PROVIDENCIA.JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 31 de enero del 2012, las 11h40. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en vista de sorteos realizado.- En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se acepta a trámite Ejecutivo. En consecuencia, la demandada Compañía PENITUS SOLUTIONS CIA. LTDA, legalmente representada por FREDDY IVAN GUERRERO CARVACHE, cumpla con su obligación o proponga excepciones en el término de tres días. Cítese al demandado en el lugar que se indica.Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y agréguense los documentos acompañados..- Desglósese y entréguese a KARINA ARTIEDA, la documentación adjunta, previo recibo en autos.- NOTIFIQUESE.- f) Dr. Armando Aceldo Gualli. Juez.JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 21 de noviembre del 2012, las 12h01. VISTOS.-Atento al petitorio que antecede, en vista del juramento expreso del actor, por el que afirma sobre la imposible determinar la individualidad o residencia de la Compañía Penitus Solutions CIA. LTDA, representada por el señor Freddy Iván Guerrero Carvache, en su calidad que invoca, cítese por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Cítese y Notifíquese.- f) Dr. Santiago Garlaza Rodríguez. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley. Dr. Francisco Justicia Salgado
R. del E. JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA E XTRACTO CITACIÓN JUDICIAL PARA: “COMBUSTIBLES Y ANEXOS”, O QUIEN EJERZA SU REPRESENTACIÓN LEGAL. JUICIO : 1096-2011-C.I. ORDINARIO ACTOR : CARLOS OSWALDO CASTRO DEMANDADO : “COMBUSTIBLES Y ANEXOS”, O QUIEN EJERZA SU REPRESENTACIÓN LEGAL. OBJETO : Con fundamento en lo dispuesto en los Arts. 603, 715, 2392, 2398, 2410, 2411 y demás pertinentes del Código Civil Vigente, se demanda en juicio Ordinario la Prescripción del vehículo singularizado. TRAMITE : ORDINARIO CUANTIA : INDETERMINADA ABOGADO PATROCINADOR: Dr. Edwin Paguay Cofre CASILLERO : No. 312 - Mat. Prof. No. 17-2002-183 del F.A. PROVIDENCIA.JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 19 de septiembre del 2012, las 10h54.- VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular del Juzgado Undécimo de lo Civil de Pichincha, mediante Acción de Personal No. 2937DNP, de fecha 25 de Julio del 2012 y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.En lo principal, la demanda que antecede presentada por el señor CARLOS OSWALDO CASTRO es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta al trámite Ordinario.En consecuencia, en mérito del juramento rendido por el Actor sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia del Demandado, cítese al Demandado o quien haga su representación de “COMBUSTIBLES Y ANEXOS” por la prensa, mediante tres publicaciones en un diario de amplia circulación de esta ciudad de Quito y de conformidad con lo determinado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que en el término de quince días de citado conteste proponiendo conjuntamente las excepciones dilatorias y perentorias de las que se creyere asistido.- Previamente, de conformidad con lo dispuesto por el
REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
EXTRACTO CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA TECNOLOGIAS AGRARIAS PERTH S.A. La compañía TECNOLOGIAS AGRARIAS PERTH S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Cuarto del Distrito Metropolitano de Quito, el 22 de Febrero de 2013, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC. Q.13.001101 de 04 de Marzo de 2013. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: "LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN..."
Nada hay mas bello que una sonrisa provocada por la sinceridad y nada más provocativo que una bella sonrisa. (A N Ó N I M O ). Art. 1000 Ibídem, por cuanto se han dado cambios en los nombres de algunas Instituciones Públicas, con fundamento en el Art. 169 de la Constitución de la República, inscríbase la presente demanda en la Agencia Nacional de Tránsito, para el efecto notifíquese al funcionario correspondiente.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por el Actor para sus futuras notificaciones, así como la autorización y facultad dadas a sus Abogados defensores para que de forma personal o conjunta presenten los escritos necesarios en defensa de sus intereses.Actúe el Dr. Luis Chulde Ruano en calidad de Secretario Encargado en virtud de la Acción de Personal No. 2031-DP-DPP, de fecha 18 de agosto del 2011.- CITESE Y NOTIFIQUESE.- f) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi. Jueza (... Sigue la notificación).- Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- CERTIFICO. DR. LUIS CHULDE RUANO SECRETARIO ENCARGADO Hay firma y sello AC/93843/tf CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE QUITO PRIMERA SALA CIVIL Y MERCANTIL R. del E. N OT I F I CAC I O N A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE MARIA VICENTA VILATUÑA CAMPO JUICIO. ORDINARIO 657-2009DB ACTOR.: MARIA SALA VILATUÑA CAMPO Y OTROS
DEMANDADO: MARIA CO N S U E LO V I L AT U Ñ A VELASQUEZ CUANTIA: INDETERMINADA DEFENSOR: DR. FRANCISCO B. CONDE C. P ROV I D E N C I A : “CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA; PRIMERA SALA DE LO CIVIL, MERCANTIL, INQUILINATO Y MATERIAS RESIDUALES.Quito, lunes 19 de septiembre del 2011, las 11h44. Agréguese los escritos y documentos presentados.- Previo a continuar el trámite y en atención a la partida de defunción de la señora María Vicenta Vilatuña Campo, actora de la presente causa, de conformidad con el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil, se dispone notificar a los herederos presuntos y desconocidos mediante una sola publicación en la forma y con los efectos previstos en el Art. 82 del mismo cuerpo legal para que hagan valer sus derechos en juicio.- Notifíquese.-f) Dra. Beatriz Suarez Armijos, JUEZA DE SUSTANCIACION. Certifico f) Dra. Lupe Vintimilla Zea SECRETARIA RELATORA.” Lo que comunico a Ud. para los fines de Ley, previniendo de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones. Dra. Lupe Vintimilla Zea SECRETARIA RELATORA DE LA PRIMERA SALA CIVIL DE LA CORTE PROVINCIAL DE QUITO Hay firma y sello AC/93842/tf R del E. EXTRACTO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA C I TAC I Ó N A FA B I O L A MARGARITA PAZMIÑO NAVAS,
EFREN ALBERTO PAZMIÑO NAVAS Y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE JORGE HUMBERTO PAZMIÑO NAVAS ACTOR: Luis Humberto Guarochico Pérez y María Yolanda Jácome Flores D E M A N DA D O S : Fa b i o l a Margarita Pazmiño Navas, Efrén Alberto Pazmiño Navas y Herederos Presuntos y Desconocidos de Jorge Humberto Pazmiño Navas. JUICIO: Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio Nro. 921-2012-w.z. TRAMITE: Ordinario JUEZ: Dr. Santiago Galarza Rodríguez SECRETARIO: Dr. Francisco Justicia Salgado CUANTIA: Indeterminada AUTO: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 20 de noviembre del 2012, las 08h05. Vistos: Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia anterior, se califica la demanda como clara, precisa y que reúne los requisitos de ley; en consecuencia, tramítese la misma en la vía ordinaria.- Con el contenido del libelo de demanda y el presente auto, córrase traslado a los demandados Fabiola Margarita Pazmiño Navas, Efrén Alberto Pazmiño Navas y Herederos presuntos y desconocidos de Jorge Humberto Pazmiño Navas, por el término de quince días, a fin de que propongan las excepciones que se crean asistidos.- Cítese a Fabiola Margarita Pazmiño Navas, Efrén Alberto Pazmiño Navas y a los Herederos presuntos y desconocidos de Jorge Humberto Pazmiño Navas, por medio de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, por cuanto bajo juramento se manifiesta imposible determinar su individualidad o residencia.- Cuéntese con el Alcalde y Procurador del I. Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.Con fundamento en el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.-
Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por los actores y la facultad concedida al abogado defensor.- Notifíquese. f). Dr. Santiago Galarza Rodríguez. Juez. Lo que comunico a Uds., para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. Dr. Francisco Justicia Salgado SECRETARIO Hay un sello A.C./93787 EXTRACTO JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: AMADOR SOSA CALDERON y CLEMENTINA VARGAS PROAÑO ACTOR: SEGUNDO GUSTAVO SOSA VARGAS DEMANDADO: AMADOR SOSA CALDERON y CLEMENTINA VARGAS PROAÑO JUICIO: ORDINARIO No. 13982012. PROVIDENCIA: JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 18 de febrero del 2013, las 16h04. VISTOS:.- Agrèguese al proceso el escrito que antecede.- Por cumplido lo ordenado en providencia anterior y en virtud del sorteo realizado avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza Titular de esta Judicatura.- La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley.- Se concede el término de quince días, a las partes a fin de que presenten todas las cuestiones de resolución previa, a fin de llevar a efecto la partición que se solicita el señor SEGUNDO GUSTAVO SOSA VARGAS.Cuéntese en la presente causa con los personeros legales del Distrito Metropolitano de Quito, conforme lo solicitan los actores.- Inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad.- Cítese a los demandados MARIA ROSARIO SOSA VARGAS, fallecida y repre-
sentada por sus hijos EDISON FERNANDO, DAVID ROBERTO y GUIDO JAVIER CHECA SOSA; MARIA MERCEDES SOSA VARGAS, MANUEL SOSA VARGAS, LUIS SOSA VARGAS, MARIA JUANA SOSA VARGAS, MARIA EDELINA SOSA VARGAS; en representaciòn de la fallecida ISOLINA SOSA VARGAS, actuan sus hijos TEOFILO FABIAN LEON SOSA, GONZALO SOSA, MARIA NARCISA LOVATO SOSA, a quienes se les citarà mediante COMISION dirigida al señor Teniente Politico de Conocoto, en los lugares indicados para el efecto; a ANTONIETA FILOMENA SOSA VARGAS, fallecida y representada por sus hijos: GERMAN PATRICIO UTRETRAS SOSA a quien se le citarà mediante COMISION dirigida al señor Teniente Politico de Pomasquì, en el lugar indicado para el efecto y a la señora ELIZABETH PATRICIA UTRERAS SOSA , a quien se les citarà mediante COMISION dirigida al señor Teniente Politico de Conocoto, en el lugar indicado para el efecto.- Cítese también a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes señores AMADOR SOSA CALDERON y CLEMENTINA VARGAS PROAÑO, por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, y en merito al juramento realizado. Agréguese la documentación acompañada. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado, para posteriores notificaciones que les correspondan. NOTIFIQUESE.-F( DRA. CARMEN ROMERO RAMIREZ, JUEZA LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. Atentamente, DR. JHONY POMBOZA VILLACRES SECRETARIO Hay firma y sello AC/93783/tf REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
CONVOCATORIA
EXTRACTO
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA AUTOMOTORES CONTINENTAL S.A.
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA INKA'S RENT A CAR S.A. GRUPO WAY La compañía INKA'S RENT A CAR S.A. GRUPO WAY se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Segundo del Distrito Metropolitano de Quito, el 28/01/2013, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.13.001073 de 01/marzo/2013. 1.- DOMICILIO: Cantón IBARRA, provincia de IMBABURA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 5.000,00 Número de Acciones 5.000 Valor US$ 1,00. El Capital Autorizado US$ 10.000,oo 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: AUTOMOTORES, SIN CONDUCTORES, PREVIA LA AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIDAD DE TRÁNSITO Y BAJO LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS POR LA MISMA; POR LO TANTO NO PODRÁ:
De conformidad con los Estatutos Sociales, la Ley de Compañías y su reglamento, se convoca a los Accionistas de AUTOMOTORES CONTINENTAL S.A., a la Junta General Ordinaria que se celebrará el día Lunes 25 de Marzo del 2013, a las 9H30 en el domicilio principal de la Quito, para conocer y resolver los siguientes puntos: 1.- Conocer y resolver acerca de los Informes del Directorio, Gerente General, Auditor Externo y Comisario por el Ejercicio Económico del año 2012; 2.- Conocer y resolver acerca de las cuentas, el Balance General, el Estado de las cuentas de Ganancias y Pérdidas y sus anexos del Ejercicio Económico correspondiente al año 2012. 3.- Conocer y resolver en base a los resultados del ejercicio económico correspondiente al año 2012, la aprobación de la reserva legal, dis4.- Nombrar Presidente, Vicepresidentes, Directores Principales, Sunes; remuneraciones; Se convoca de manera especial al Comisario Principal de la Compañía, Ing. Armando Lituma.
DIRECTA DEL TRASLADO DE PERSONAS RENTADOS PODRÁN SER UTILIZADOS EN TALES FINES EXCLUSIVAMENTE POR LAS PERSONAS QUE LOS RENTEN.....”
De acuerdo al artículo 292 de la Ley de Compañías, los documentos que serán conocidos por la Junta General se hallan a disposición de antes señalada y se exhiben con 15 días de anticipación a la fecha de la celebración de la Junta.
Quito, 01/marzo/2013.
Quito, 04 de Marzo de 2013.
Quito DM, Marzo 8 del 2013 Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS
Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURÍDICO AR/90534/cc
AR/90539/cc
Atentamente, Ing. Marco Samaniego GERENTE GENERAL
EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ CRISTÓBAL ALBERTO MONTERO REESE ACTORES: TUESMAN MAURICIO CEDEÑO MOROCHO E IVONNE DEL CONSUELO PURUNCAJAS GUERRERO DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ CRISTÓBAL A L B E RTO MONTERO REESE JUICIO ORDINARIO DE PRESCRIPCIÓN E X T R A O R D I N A R I A ADQUISITIVA DE DOMINIO No. 1416-2012-DR. PAUL TAPIA CUANTIA INDETERMINADA CASILLERO JUDICIAL No. 1010 ABOGADO DEFENSOR DRA. DINA ROSALES JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.QUITO, 14 de enero del 2013, las 09h31.- VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez encargado de esta Judicatura mediante acción de personal No. 127-DP-DPP de fecha 13 de enero del 2013.- La demanda que antecede y su complemento es clara, precisa y completa y, por reunir los requisitos de Ley, se la admite al trámite Ordinario.- Con el contenido de la demanda y Auto de calificación y atento el juramento rendido por los actores señor Tuesman Mauricio Cedeño Morocho la señora Ivonne del Consuelo Puruncajas Guerrero y conforme lo establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil cítese a los demandados herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó Cristóbal Alberto Montero Reese, por la prensa en uno de los dia-
rios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, a fin de que en el término de quince días propongan excepciones dilatorias o perentorias de las que se crean asistidos bajo prevenciones de ley, para lo cual se conferirá el extracto correspondiente.- De conformidad con el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito.- Cuéntese en la presente causa con el señor Alcalde y Procurador Síndico del Distrito Metropolitano de Quito, quienes deberán ser citados en legal y debida forma, para tal efecto envíese suficiente despacho a la Oficina de Citaciones.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora para sus notificaciones.- Agréguese la documentación acompañada.CITESE Y NOTIFIQUESE.- f) Dr. Vicente Tapia Zapata.- JUEZ ENCARGADO. Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones. Dr. Luis Fernando Serrano Meneses SECRETARIO Hay firma y sello AC/93588/tf
REMATES AVISO DE REMATE SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL QUE EL DIA MIERCOLES DIECISIETE DE ABRIL DEL DOS MIL TRECE, DESDE LAS TRECE HORAS HASTA LAS DIECISISTE HORAS, EN LA SECRETARIA DE ESTA JUDICATURA, SE LLEVARA
A CABO EL REMATE DE LA PROPIEDAD DE LOS DEMANDADOS SEÑORES S EG U N D O GUILLERMO CADENA CHOLCA Y ANA MARIA GUTIERREZ YANEZ, DEL BIEN INMUEBLE. UBICACIÓN: El terreno y construcción motivo de la presente causa, se encuentra ubicado en la urbanización Los Eucaliptos, en la vía a tesalia s/n y pasaje s/n, lote No. 173, manzana 7, de la parroquia de Machachi, del cantón Mejía, provincia de Pichincha. LINDEROS: NORTE: con el lote número ciento setenta y cuatro en doce metros. SUR: calle “B” en doce metros ESTE: con el lote numero ciento setenta y dos en veinte y tres metros cincuenta centímetros OESTE: lote numero doscientos nueve, en veintidos metros noventa centímetros. SUPERFICIE TOTAL DEL TERRENO MOTIVO DEL INFORME: CARACTERISTICA DE LA PROPIEDAD: El área total del terreno motivo de esta experticia es de 278.40m2 DESCRIPCION ESPECIAL DE LA CONSTRUCCION Comedor, Cocina, varios dormitorios, un baño exterior y lavandería CA R AC T E R I ST I CA S M AT E R I A L E S DE LA CONSTRUCCION Hormigon armado, la cubierta tiene estructura de madera con recubrimiento de planchas onduladas de fibrocemento, la mampostería es de bloque, enlucido y pintado, se aprecian instalaciones eléctricas suspendidas y otra empotradas, las instalaciones de agua potable se estima son de
SEGUNDA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA ARRENDAMIENTOS LAS VIOLETAS CIA. LTDA.
“LABOR OMNIA VINCIT IMPROBUS” (El trabajo constante vence todas las dificultades) (V I R G I L I O ). PVC roscable, y las cañerías en PVC de desague, el patio que se forma entra las partes de la edificación es de cemento, ventanas de hierro con vidrios claros y rejas de protección, la puerta es mixta de hierro y madera también con rejas de proteccion ESTADO DE CONSERVACION DEL INMUEBLE: El estado de conservación del inmueble se lo califica como REGULAR. R E D E S D E INFRAESTRUCTURA: VIA: A Tesalia TRANSPORTE PUBLICO: Línea de Transporte Urbano AVALUO: Vivienda de estrato social popular; acabados tipo popular. VALORIZACION TOTAL: TERRENO: 12.176.13 USD CONSTRUCCION: 12.357.55 USD TOTAL: 24.533.69 VALOR DE OPORTUNIDAD, REALIZACION O LIQUIDEZ: 22.000.00 SON VEINTIDOS MIL DOLARES AMERICANOS. En el remate a realizarse se recibirán posturas que cubran como base las dos terceras partes del avaluó del inmueble en adelante, para lo cual los interesados deberán adjuntar a sus propuestas el diez por ciento de las mismas, en dinero efectivo o cheque certificado a nombres del Juzgado. DR. WASHINGTON MOLINA V. SECRETARIO Hay firma y sello AC/93841/tf JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CARTEL Se pone en conocimiento del público en general que el día
JUEVES DIECIOCHO DE ABRIL DEL DOS MIL TRECE, a partir de las trece horas hasta las diecisiete horas, en la Secretaría de esta Judicatura, tendrá lugar el remate del inmueble que a continuación se detalla: Mediante providencia del 22 de Noviembre del 2011 a las 15h08, su Señoría dispone que se realice el avalúo del 11.09% de los derechos y acciones fincados sobre el total del lote de terreno No. 02, al efecto debo manifestar: 1. UBICAClON El predio materia de la presente diligencia se encuentra ubicado en la Provincia de Pichincha, Cantón Quito, Parroquia Eloy Alfaro, Sector El Palmar de Solanda, calle Quimiag signada con Oe2-398 y Av. Teniente Hugo Ortiz. 2. LINDEROS GENERALES Y SUPERFICIE Norte: En una longitud de 17.00 m con Lote N° 1 adjudicado a Manuel Varela y su cónyuge. Sur: En una longitud de 31.80 m con calle Quimiag Este: En una longitud de 27.90 m con Lote N° 3 que se adjudica a Juan Fernando Pauca Oeste: En una longitud de 11.00 m con Lote N° 1 adjudicado a Manuel Varela y su cónyuge. AREA: 454,90 m2 3. INFRAESTRUCTURA URBANA BASICA: La propiedad en mención dispone de todos los servicios básicos de alcantarillado, agua potable, energía eléctrica, servicio telefónico, la calle Quimiag es adoquinada y la Av. Teniente Hugo Ortiz es asfaltada. 4. USO DEL SUELO: El uso exclusivo Vivienda y comercio. 5. D ESC R I P C I Ó N DEL
INMUEBLE: Lote de terreno con: a. Construcción 1 ( Hormigón armado 2P) b. Construcción 2 ( Hormigón armado 2P) c. Construcción 3 ( Hormigón armado 3P) d. Construcción 4 (Mixta 2 P) e. Construcción 5 ( Hormigón armado 1P) f. Construcción 6 (Adobe 1P) g. Construcción 7 (Adobe 1P) SISTEMA CONSTRUCTIVO: a. Construcción 1 (Hormigón Armado 2P) Area: 102,79m2 Cubierta: Losa de hormigón armado Entrepiso: Losa de hormigón armado Paredes: mampostería de bloque enlucida y pintada al interior y al exterior, en baños y cocina que se encuentran con cerámica Columnas: De Hormigón Armado Pisos: Con baldosa. Puerta de entrada: Metal — Madera y metalica enrollable Puertas interiores: De madera. Ventanas: Aluminio — vidrio. Gradas: De hormigón armado E S TA D O DE LA CONSTRUCCION: ESTADO: REGULAR b.- Construcción 2 ( Hormigón armado 2P), Área: 183.18 m2: Cubierta: Losa de hormigón armado Entrepiso: Losa de hormigón armado Paredes: mampostería de bloque enlucida y pintada una parte y otra sin enlucir. Columnas: De Hormigón Armado Pisos: Con baldosa y pavimentados. Puerta de entrada: Metal —vidrio y metálica enrollable Puertas interiores: De madera. Ventanas: Aluminio — vidrio. Gradas: De hormigón armado E S TA D O DE LA CONSTRUCCION: ESTADO: REGULAR c.- Construcción 3 ( Hormigón armado 3P ), Área: 158.57 m2: Cubierta: Losa de hormigón armado Entrepiso: Losa de hormigón armado Paredes: mampostería de bloque enlucida
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE RAUL COKA BARRIGA AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS CIA. LTDA.
N70-121 y Pablo Picasso, de esta ciudad de Quito. En cumplimiento de las disposiciones legales y de los estatutos
La Junta tratará y resolverá los siguientes puntos: 1.- Informe del Gerente General referente al ejercicio económico 2012. 2.- Conocimiento del Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias al 31 de Diciembre de 2012. 3.- Destino de las utilidades del ejercicio económico 2012. ñía durante el ejercicio económico 2012. 5.- Conocimiento del informe del Auditor Externo. 7.- Designación de Auditor externo para el ejercicio económico del año 2013. Los informes de Administrador, Auditor Externo, el Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias y anexos correspondientes al ejercicio económico 2012, se encuentran de la ciudad de Quito. Por ser ésta la segunda convocatoria, la Junta General Ordinaria de Socios se celebrará con el número de socios que asistan y el número de participaciones que representen. Quito, 8 de Marzo de 2.013 Elena Pinto Mancheno Gerente General
Seguros Cia. Ltda., se convoca a la Junta General Ordinaria de Socios que se celebrará el día miercoles veintisiete de marzo del dos mil trece a las trece horas treinta minutos en el domicillio principal de la compañía ubicado en la Av. Amazonas 4080 y Unión Nacional de Periodistas, Edf. Puerta del Sol, Torre Occidental, quinto piso, en Quito con el propósito de conocer y resolver sobre los siguientes aspectos: 1.2.3.4.5.-
VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR Columnas: De Hormigón Armado Pisos: Con pavimentados. Puerta de entrada: Madera y metálica enrollable. Puertas interiores: De madera. Ventanas: Aluminio — vidrio. Gradas: De hormigón armado E S TA D O DE LA CONSTRUCCION: ESTADO: REGULAR d.- Construcción 4 ( Mixta 2P ), Área: 46.74m2: Cubierta: Zinc sobre estructura de madera Entrepiso: Losa de hormigón armado Paredes: mampostería de bloque enlucida y pintada una parte y otra sin enlucir. Columnas: De Hormigón Armado Pisos: Pavimentados. Puerta de entrada: Metal. Puertas interiores: De madera. Ventanas: Hierro — vidrio. Gradas: De hormigón armado. E S TA D O DE LA CONSTRUCCIÓN: ESTADO: REGULAR e.- Construcción 5 ( Hormigón armado 1P), Área: 90.00 m2: Cubierta: Losa de hormigón armado Paredes: Mampostería de bloque enlucida y pintada Columnas: De Hormigón Armado Pisos: Con baldosa y pavimentados. Puerta de entrada: Metal —vidrio. Puertas interiores: De madera. Ventanas: Hierro — vidrio. Gradas: De hormigón armado E S TA D O DE LA CONSTRUCCION: ESTADO: REGULAR f.- Construcción 6 (Adobe 1 P), Área: 33.75 m2: Cubierta: zinc sobre estructura
C5
de madera Paredes: Adobe enlucido Pisos: Madera. Puerta de entrada: Madera. Puertas interiores: De madera. Ventanas: Madera. E S TA D O DE LA CONSTRUCCION: ESTADO: MALO g.- Construcción 7 (Adobe 1P), 20m2 Cubierta: zinc sobre estructura de madera Paredes: Adobe enlucido Pisos: Madera. Puerta de entrada: Madera. Puertas interiores: De madera. Ventanas: Madera. E S TA D O DE LA CONSTRUCCION: ESTADO: MALO 6.- AVALUO DE LA PROPIEDAD Para realizar el avalúo del inmueble he tomado en consideración los siguientes parámetros técnico urbanístico y constructivo tales como: - Zona de ubicación del inmueble. - Identificación del inmueble con respecto a la importancia, calidad y estado de las vías que circundan el inmueble. - Topografía, forma y tamaño del inmueble. - Posibilidades de logística del inmueble. - Disponibilidad de servicios de infraestructura en el inmueble. - Estado de conservación del inmueble (construcción). - Estado y calidad de los materiales utilizados en la construcción y sus acabados. - Estudio de precios de los predios cercanos al inmueble y su área de influencia. AVALUO TOTAL DE LA PROPIEDAD DESCRIPCIÓN; AREA m2; COSTO/M2 USD.; COSTO TOTAL USD.
REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS
CONVOCATORIA
De conformidad con lo estipulado en los Estatutos y lo prescrito en la Ley de Compañías, se convoca a los señores socios de ARRENDAMIENTOS LAS VIOLETAS CIA. LTDA, a la Junta General Ordinaria de Socios que se llevará a cabo el día Jueves 21 de MARZO del 2.013, a las 11 horas, en
REVISTA JUDICIAL
Informe por el año 2012 del Gerente General de la compañía. Consideración de los Estados Financieros del 2012. Informe por el año 2012 de los Auditores Externos de la compañía. Designación de Auditores Externos de la compañía por el año 2013. Distribución de utilidades a disposición de los socios.
En caso la Junta General no pudiera reunirse en primera convocatoria por falta de quorum, se procederá a una segunda convocatoria, la misma que tendrá lugar una hora despúes de la primera convocatoria en el mismo lugar establecido y con el mismo objeto. En segunda convocatoria la Junta General se considerará legalmente constituida con el número de socios que asistan, cualquiera que fuere el capital social que representen. Los documentos relacionados a esta convocatoria están a disposición de los socios en el domicilio principal de la compañía.
EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE CAMBIO DE OBJETO SOCIAL Y REFORMA DE ESTATUTO DE LA COMPAÑÍA INVESLEX COMPAÑIA DE INVESTIGACIONES PRIVADAS CIA. LTDA.
Se comunica al público que la compañía INVESLEX COMPAÑIA DE INVESTIGACIONES PRIVADAS CIA. LTDA. cambió su objeto social y reformó su estatuto por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 25 de enero de 2013. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.Q.13.001118 de 04 de marzo de 2013. En virtud de la presente escritura pública la compañía reforma el artículo tercero del Estatuto Social, referente al objeto social, de la siguiente manera:
El objeto social exclusivo de la Compañía INVESLEX COMPAÑIA DE INVESTIGACIONES PRIVADAS CIA. LTDA. es la prestación de servicios de prevención del delito....” Quito, 04 de Marzo de 2013. Dr. Oswaldo Noboa León. DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑIAS
Ing. Raúl Coka Aguirre GERENTE GENERAL AR/90489/cc
AC/93835/tf
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
REVISTA JUDICIAL C6
VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR
Terreno; 454.90; 120.00; 54.588,00 Construcción 1 H.A. 2P; 102.19; 300.00; 30.837,00 Construcción 2 HA. 2P; 183.18; 280.00; 51.290,40 Construcción 3 H.A. 3P; 158.57; 180.00; 28.542,60 Construcción 4 mixta 2P; 46.74; 150.00, 7.011,00 Construcción 5 H.A 1P; 90.00; 250.00; 22.500,00 Construcción 6 adobe 1P: 33.75; 50.00; 1.687,50 Construcción 7 adobe 1P ; 20.00; 50.00; 1.00000 MONTO TOTAL AVALUADO: 197.456,50 USD. Son: CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS con 50/100 DOLARES. Como el embargo se lo realizó solo del 11.09 % de los derechos y acciones que le corresponde al demandado, por lo tanto: 11.09 % DD.AA. (demandado): 21897.92 USD. Son: VEINTE Y UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE con 92/100 DOLARES Por tratarse del primer señalamiento, se aceptarán posturas que cubran las dos terceras partes del avalúo por lo menos, en efectivo o cheque certificado a orden del Juzgado. Juicio No. 0908-2008 MS Depositario Judicial Dr. Enrique Arias Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DEL JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA ENCARGADA. Hay firma y sello AC/93829/tf REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL DE REMATE REFERENCIA: JUICIO EJECUTIVO No. 318-2008.DL Se pone en conocimiento del público en general, que el veinte y cinco de marzo del dos mil trece, desde las trece hasta las diecisiete horas, en la Secretaria de ésta Judicatura, se procederá al remate del el lote número cuarenta y ocho, actualmente ubicado en la Calle S57 y calle Oe5, del Barrio El Progreso, situado en la Parroquia CHILLOGALLO, de este Cantón Quito, Provincia de Pichincha, dentro de los siguientes LINDEROS: NORTE calle A, en diez y siete metros treinta centímetros, SUR, con propiedad de la Hacienda San Fernando en diez y siete metros treinta centímetros; ESTE, lote cuarenta y siete en cuarenta y cinco metros; OESTE, lote cuarenta y nueve en cuarenta y cinco metros.- Superficie, setecientos setenta y ocho metros cuadrados. El inmueble tiene forma rectangular irregular, topografía plana, las vías están con bordillos y adoquinados y con todas las obras de infraestructura, con redes de agua potable, energía eléctrica, alcantarillado, desagües, red telefónica, no tiene acometida de servicios básicos en el interior del lote Nro. 48. su entorno urbano es eminentemente habitacional. El terreno está abandonado. AVALUO GENERAL DEL INMUEBLE (USD $30.460,oo). Hágase saber al público en general mediante tres publicaciones que deberán realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación nacional que se editan en esta ciudad de Quito y fíjese los carteles en los lugares más visibles y frecuentados del Palacio de Justicia de Quito.- Por tratarse del primer señalamiento, se aceptarán posturas que cubran las dos terceras partes del avalúo pericial aprobado, las mismas que se presentarán en esta judicatura adjuntando el diez por ciento en cheque certificado a nombre del Juzgado o en dinero en efectivo Lo que comunico al público en general para los fines de ley. Quito, 30 de Enero del 2013. CERTIFICO. ABG. ANDREA ESCALERAS PARDO SECRETARIA ( C) DEL JUZGADO
DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/93304/tf AVISO DE REMATE JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL, QUE EL DÍA MIÉRCOLES DIEZ DE ABRIL DEL DOS MIL TRECE, DESDE LAS TRECE HASTA LAS DIECISIETE HORAS, EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO, SE LLEVARÁ A CABO EL REMATE DE LOS SIGUIENTES BIENES INMUEBLES: JUICIO EJECUTIVO No. 3502010 F-G. DEPOSITARIO JUDICIAL: SR. HUGO GONZÁLEZ UBICACIÓN La propiedad se encuentra en la calle Carl Nielsen N56-47 y calle de los Fresnos, Torre DALI sexto piso departamento C- 603 del Conjunto habitacional Eloy Alfaro de la Parroquia de San Isidro del Inca, perteneciente al Distrito Metropolitano de Quito. LINDEROS DEL DEPARTAMENTO N° C-603 NORTE: 0,60 m vacio a la plaza 2; 5,50 m con corredor; 2,20 m vacio a espacio verde, 0,40 m vacio a espacio verde. SUR: 8,70 m vacio a espacio comunal. ESTE: 11,10 m vacio a espacio verde. OESTE: 0,80 m vacio a espacio comunal, 8,30 m vacio a plaza 2; 2,00 m con el departamento C 604. ARRIBA: 85,30 m2 terraza. ABAJO: 85,30 m2 con departamento C-503 ALICUOTA: 0,8846 % AREA: 85,30 m2 LINDEROS DEL SECADERO DEL DEPARTAMENTO C-603 NORTE: 2,54 m circulación comunal SUR: 2,54 m con secadero del departamento C-503 ESTE: 2,04 m con circulación peatonal OESTE: 2,04 m con secadero del departamento C-303 ARRIBA: cielo ABAJO: 5,20 m2 con departamento C-603 ALÍCUOTA: 0,0539 %
JUDICIAL QUITO
AREA: 5,20 m2 LINDEROS DEL PARQUEADERO No 30 DEL DEPARTAMENTO C603 NORTE: 2,40 m con muro SUR: 2,40 m con circulación vehicular ESTE: 5,00 m con parqueadero P-31 OESTE: 5,00 m con parqueadero P-29 ARRIBA: 12,00 m2 con losa de entrepiso ABAJO: 12,00 m2 con suelo firme ALICUOTA: 0,1244% AREA; 12,00m2 D ES C R I P C I O N DE LA PROPIEDAD EDIFICIO: Constituido de seis pisos - Estructura de plintos, columnas, gradas y losas de hormigón armado. - Mampostería de bloque - Enlucidos internos y externos - Puerta de acceso de aluminio y vidrio - Circulación de la edificación de cerámica - Ascensor OTIS para ocho personas. - Conjunto con áreas comunales, administración y sala de sesiones, parque infantil, áreas verdes, cisternas. - Circulación exterior peatonal adoquinadas - Puertas de acceso peatonales y a los parqueaderos en forma independiente, con control remoto y guardias de seguridad DEPARTAMENTO C-603 en sexto piso Constituido de: Sala, comedor, cocina, dormitorio máster incluye baño y dos dormitorios con baño compartido Construido de: - Mampostería de bloque - Enlucidos internos y externos. - Ventanas de aluminio y vidrio - Puertas de madera tipo tambor - Pisos de parquet, en dormitorios de alfombra - Puertas de acceso de aluminio y vidrio - Posee calentamiento de agua con calefón - Closets de madera en melaminico - COCINA: Cerámica en pisos y paredes, mesón de hormigón con recubrimientos de formica posformada, fregadero de un pozo, muebles altos y bajos de madera posformada, extractor de olores. - BAÑOS: Con recubrimientos de cerámica en pisos y paredes, cortina de aluminio y acrílico, ducha con cabina, sanitarios FV y puerta de madera AREA= 85,30 m2 SERVICIOS BASICOS
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA UTRAN S.A. Cutuglagua, 07 de marzo de 2013 De conformidad con lo establecido en el Art. 234 de la Ley de Compañías se convoca a los Srs. Accionistas a la Junta General Ordinaria, la misma que se llevará a efecto el día Viernes 15 de Marzo de la Compañía, ubicada la Av. Atacazo (frente a de Cutuglagua, Cantón Mejía, provincia de Pichincha, para tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación del Quórum. 2. Lectura del acta anterior.
“Bienaventurados los no violentos, porque ellos heredarán la tierra” ( D E L E VA N G E L I O )
- Tiene los servicios de agua potable, luz eléctrica, alcantarillado, teléfono, TV cable - Los accesos internos son adoquinados - La calles adoquinadas - Aceras y bordillos de hormigón simple ESTADO: Regular TIEMPO DE CONSTRUIDO: 14 años SECTOR: Residencial en desarrollo ESTATUS SOCIAL Medio a medio bajo PARQUEADERO N°30 Construido de: - Edificación exclusiva para parqueaderos - Estructura de plintos, columnas, ranflas y losas de hormigón armado - Acceso con puerta de tool y control remoto. - Pisos adoquinados - Parqueadero con cubierta de la losa de entrepiso SECADERO Construido de: - Ubicado en la terraza - Pisos de cemento - Paredes de malla 50/10 y tubos de HG. - Cubierta de perfiles de hierro y hojas de zing. AVALUO DE LA PROPIEDAD Departamento C-603 85,30 m2 a $ 620,00 c/m2 $ 52.886,00 Parqueadero N° 30 12,00m2 a $ 250,00 c/m2 $ 3.000,00 Secadero 5,20m2 a $150,00/cm2 $780,00 SUMA $ 56.666,00 PROPIEDAD No DOS Lote de terreno N° 299 de la Urbanización Lirios de Carcelén, primera etapa, de Quito. UBICACION
La propiedad se encuentra en la calle N° Dos lote N° 299 de la Urbanización Los Lirios de Carcelén Primera Etapa de la Parroquia de Carcelén perteneciente al Distrito Metropolitano de Quito. LINDEROS DEL LOTE N° 299 NORTE: Con lote N°300 en 29,60 m SUR: Con lote N°298 en 28,56 m. ESTE Con calle N°2 en 10,95 m OESTE: Con los lotes N°276 y 277 AREA: 290,37 m2 D ES C R I P C I O N DE LA PROPIEDAD TERRENO - De forma rectangular - Con inclinación de Oeste a Este - Al momento se encuentra realizado la limpieza y construido dos plataformas (dos niveles) - La propiedad tiene todas las redes de los servicios básicos como red de agua potable, alcantarillado, luz eléctrica. - Las calles de la urbanización son adoquinadas y con aceras y bordillos. -La propiedad NO tiene ningún cerramiento - En la propiedad NO existe ninguna construcción - En la propiedad No existe ningún sembrío. AREA 290,37 m2 AVALUO DE LA PROPIEDAD Terreno 290,37m2 a $75,00 c/m2 $21.775,75 SUMA: $21,777,75 RESUMEN DE LOS AVALUOS 1.- Departamento No603 del conjunto habitacional Eloy Alfaro de Quito. VALOR $56.666,00 2.- Lote de terreno No 299 de la Urbanización Lirios de Carcelén de Quito VALOR $21.777,75
REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS
TOTAL: $78.443,75 SON: SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES, con 75/100 DOLARES AMERICANOS Es todo cuanto puedo informar en honor a la verdad. Notificaciones las recibiré en el casillero No 4546 ATENTAMENTE ING. FRANCISCO HERRERA HERRERA Perito del Consejo de la Judicatura No 104 SR. HUGO GONZALEZ C. Depositario Judicial JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 20 de febrero del 2013, las 09h44.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez Encargado mediante acción de personal N° 513-DPDPP, de fecha 15 de febrero del 2013.- El escrito que antecede, agréguese al proceso.- A petición de la accionante, se deja sin efecto el señalamiento de día y hora para el remate, ordenado en providencias de 6 y 15 de febrero del año en curso. En consecuencia, señálese el día miércoles diez de Abril del presente año, desde las trece horas hasta las diecisiete horas, para que en la Secretaria de esta Judicatura tenga lugar el remate de los inmuebles embargados y avaluados en el presente juicio, cuyas características se detallan a continuación: LOTE DE TERRENO N° 299, de la Urbanización Los Lirios de Carcelén, primera etapa, de la parroquia de Cotocollao, de este cantón Quito, Provincia de Pichincha, inmueble que posee una superficie de doscientos noventa metros cuadrados con treinta y siete decímetros cuadrados, cuyos linderos son: Norte.- Con el lote número tres-
cientos, en veinte y nueve metros sesenta centímetros; Sur.- Con el lote número doscientos noventa y ocho, en veintiocho metros cincuenta y seis centímetros; Este.- con la calle Dos, en diez metros noventa y cinco centímetros; Oeste.- con los lotes números doscientos setenta y seis; y, doscientos setenta y siete, en nueve metros siete centímetros.- DEPARTAMENTO N° C-603, cuyos linderos son: Norte.- 0.60m vacio a plaza 2; 5.50m con corredor; 2.20m vacio a espacio verde, 0.40m vacio a espacio verde; Sur.- 8.70m vacío a espacio comunal; Este.11.10m vacio a espacio verde; Oeste.- 0.80m vacio a espacio comunal; 8.30m vacío a plaza 2; 2.00m con el departamento C 604; Arriba.- 85.30m2 terraza; Abajo.- 85.30m2 con departamento C 503, Alícuota 0.8846%, Secadero N° C-603, linderos: Norte.- 2.54m circulación comunal; Sur.- 2.54m secadero departamento C503; Este.- 2.04m circulación comunal; Oeste.- 2.04 secadero de departamento C303; Arriba.- 0.00m2 vacio; Abajo 5.20m2 departamento C 603, Alícuota 0.0539%, Alícuota total 0.9386%; y, el Parqueadero N° 30, linderos: Norte.- 2.40m muro; Sur.- 2.40m circulación vehicular; Este.- 5.00m parqueo P31; Oeste.- 5.00m parqueo P29; Arriba.- 12.00m2 los de entrepiso; Abajo.- 12.00m2 suelo firme, Alícuota 0.1244%, que forman parte del Conjunto Habitacional “Eloy Alfaro”, situado en la parroquia Chaupicruz, de esta Ciudad y Cantón Quito, provincia de Pichincha; y demás especificaciones que se encuentran detallados en los certificados de gravámenes conferidos por el Registrador de la Propiedad
de este Cantón Quito y que obra de autos, para lo cual se harán las respectivas publicaciones en uno de los diarios de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, y se fijarán los carteles en la forma que dispone la ley.Por tratarse del primer señalamiento se aceptarán posturas que cubran las dos terceras partes del avalúo, las mismas que se recibirán en dinero en efectivo o en cheque certificado a nombre del Juzgado Primero de lo Civil de Pichincha.- NOTIFÍQUESE. f) Ab. Santiago Altamirano Ruiz, JUEZ ENCARGADO Lo que pongo en su conocimiento del público en general para los fines legales pertinentes. Certifico. Dr. Juan Pablo Toro Carrillo SECRETARIO A.C./93581/tf REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO Se pone en conocimiento del público en general que en esta Judicatura el día 30 de abril del 2013, desde las 13h00 hasta las 17h00, se va a realizar el remate del 50% de los derechos y acciones de los bienes inmuebles embargados y avaluados, dentro del juicio No. 243-2007-WZ, que se detallan a continuación: Depositario Judicial: Sra. Susana Salazar V. TIPO DE INMUEBLES AVALUAR INMUEBLE No.1 UBICACIÓN DEL LOTE No. 8 Ubicado en la manzana CINCUENTA Y NUEVE (59), sección “D” de la lotización “La Floresta” perteneciente a la parroquia Alangasí del cantón
CONVOCATORIA EL DIRECTORIO DE LA ASOCIACION HOLSTEIN FRIESIAN DEL ECUADOR
EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA FERNANDO TINAJERO SER INGENIERIA CIA. LTDA.
La compañía FERNANDO TINAJERO SER INGENIERIA CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Décimo Primero del Distrito Metropolitano de Quito, el 07 de Febrero de 2013 , fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.13.000802 de 18 de Febrero de 2013. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00
Convoca a todos sus Socios a la Asamblea General Ordinaria, que tendrá lugar el día viernes 15 de marzo del tratar el siguiente Orden del Día: 1.- Lectura del acta aprobada de la Asamblea General Ordinaria del 2012 2.- Informe del señor Presidente 3.- Informe del Director Financiero 4.- Informe del Comisario Principal 5.- Informe de Auditoría externa nanciero, 5 Vocales Principales, 4 Vocales Suplentes, Comisario Principal, Comisario Suplente y Síndico. Cítase a los señores Comisarios, José María Uribe y Carlos Fiallos Herrera.
3. Informe de Presidencia. 4. Presentación y aprobación del balance del año 2012, a cargo del Sr. Gerente
3.- OBJETO; El objeto de la compañía -
5. Asuntos varios. Nota: Se ruega puntual asistencia, la falta o atraso, será sancionado de acuerdo a lo determinado en el Reglamento interno. HECTOR H. HIDALGO T. PRESIDENTE
ANALISIS FINANCIERO.... Quito, 18 de Febrero de 2013
Atentamente,
Dr. Román Barros Farfán DIRECTOR JURIDICO DE COMPANIAS SUBROGANTE
LUIS E. TIPAN CH. GERENTE GENERAL AC/93838/tf
En caso de no existir quórum a la hora señalada, la Asamblea se reunirá una hora más tarde, con el número de Socios presentes.
AC/93832/tf
Gustavo Navarro Guillén SECRETARIO EJECUTIVO ASOCIACION HOLSTEIN FRIESIAN DEL ECUADOR
Quito, corresponde al 50% de los derechos y acciones fincados sobre este lote. LINDEROS El predio en mención tiene los siguientes linderos: NORTE: Lote siete, en una longitud de cincuenta y dos metros. SUR: Angulo que convergen los dos caminos que divide la manzana cincuenta y ocho y los lotes once, doce y trece. ESTE: Camino que divide los lotes once, doce, en sesenta y tres metros respectivamente. OESTE: Camino que divide con lotes tres y cuatro en ochenta y cinco metros. AREA TOTAL DEL LOTE: Tres mil cuarenta y dos metros cuadrados (3.042,00m2) DERECHOS Y ACCIONES EQUIVALENTES AL 50% DEL LOTE DE TERRENO ANTES DESCRITO. AREA = 1.521,00 m2. ASPECTOS FÍSICOS DEL TERRENO Forma: Irregular. Topografía: Inclinada en el sentido Norte – Sur y Oeste – Este Ubicación: Lote esquinero INFRAESTRUCTURA PÚBLICA El Sector cuenta con los Servicios básicos de: Energía eléctrica Agua potable. Alcantarillado Servicio telefónico. Calle de tierra y empedrada Aceras y bordillos no consta COMPOSICIÓN ESPACIAL El terreno se encuentra perfectamente delimitado por todos sus lados con alambres de púas apoyados en postes de madera y arbustos de la zona como chilcas espinos y lecheros, en el lote de terreno en su interior se observa árboles de eucalipto y Ciprés. SUPERFICIE DE LA PROPIEDAD A AVALUAR. DESCRIPCIÓN; ÁREA m2. 50% de derechos y acciones; 1.521,00 REFERENCIAS DEL SECTOR Se ubicad en la parroquia de Alangasí al Oriente de la ciudad de Quito. TIPO DE LA ZONA Rodeado de lotes de gran área y se encuentra en proceso de consolidación. RED VIAL
Tenemos vías de tierra y empedradas, sin aceras y bordillos. VA LO R AC I Ó N DE LA PROPIEDAD DESCRIPCIÓN; AREA m2; PRECIO USD/m2; TOTAL USD. Area del terreno; 3.042,00; 20.00; 60,840.00 TOTAL: 60,840.00 El 50% de derechos y acciones le corresponde a: USD. 60,840.00/2 = USD. 30,420,00 SON: T R E I N TA MIL CUATROCIENTOS VEINTE CON 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. INMUEBLE No. 2 UBICACIÓN DEL LOTE No. 11. Ubicado en la manzana CINCUENTA Y NUEVE (59), sección “D” de la lotización “La Floresta” perteneciente a la parroquia Alangasí del cantón Quito, corresponde al 50% de derechos y acciones fincados sobre este lote. LINDEROS El predio en mención tiene los siguientes linderos: NORTE: Con el lote diez en cuarenta y tres metros. SUR: Con el lote doce en cincuenta y un metros. ESTE. Quebrada la Quesera en sesenta y cuatro metros cincuenta centímetros. OESTE: Camino que divide con el lote ocho en setenta metros. AREA TOTAL DEL LOTE: Dos mil trescientos noventa metros cuadrados (2,390.00 m2) DERECHOS Y ACCIONES EQUIVALENTES AL 50% DEL LOTE DEL TERRENO ANTES DESCRITO AREA = 1.195.00 m2. ASPECTOS FISICOS DEL TERRENO Forma: Irregular. Topografía. Plana Ubicación: Intermedio INFRAESTRUCTURA PÚBLICA El Sector cuenta con los Servicios básicos de: Energía eléctrica. Agua potable. Alcantarillado Servicio telefónico. Calle de tierra Aceras y bordillos no consta COMPOSICIÓN ESPACIAL El terreno no tiene ninguna clase
de cultivos ni cerramientos definidos por la calle pública y la quebrada la Quesera. SUPERFICIE DE LA PROPIEDAD A AVALUAR DESCRIPCIÓN; AREA m2. 50% de derechos y acciones; 1.195,00 REFERENCIAS DEL SECTOR Se ubica en la parroquia Alangasí al Oriente de la ciudad de Quito. TIPO DE LA ZONA Rodeado de lotes de gran área y se encuentra en proceso de consolidación. RED VIAL Tenemos vías de tierra y empedradas, sin aceras y bordillos. VA LO R AC I Ó N DE LA PROPIEDAD DESCRIPCIÓN; AREA m2; PRECIO USD/m2; TOTAL USD Area del terreno; 2.390,00; 20.00; 47,800.00 El 50% de derechos y acciones le corresponde a: USD. 47,800.00/2 = USD. 23,900.00 SON: VEINTE Y TRES MIL NOVECIENTOS CON 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. UBICACIÓN DEL LOTE No. 03 Ubicado en la manzana CATORCE (14) sección “A”, es una loma frente al Pozo de agua La Cocha. Situado en el sector El Esfuerzo, parroquia La Merced del cantón Quito, corresponde al 70.65% de derechos y acciones fincados sobre este lote. LINDEROS El predio en mención tiene los siguientes linderos: NORTE: Con el lote dos de la manzana catorce en setenta y ocho metros. SUR: Con el lote cuatro de la misma manzana en setenta y ocho metros. ESTE: Quebrada la Quesera en treinta y cuatro metros. OESTE: Camino que divide con el lote tres de la manzana quince de la misma sección y mismo sector del Esfuerzo en treinta metros. ÁREA TOTAL DEL LOTE: Dos mil ciento treinta metros cuadrados (2.130,00m2) DERECHOS Y ACCIONES EQUIVALENTES AL 70.65% DEL LOTE DE TERRENO ANTES DESCRITO.
“Una web es buena si sirve a la vida, y si hace algo para que el mundo sea mejor y para que quien la visita sea más feliz” ( J UA N ) ÁREA = 1.504,85 m2. ASPECTOS FÍSICOS DEL TERRENO Forma: Irregular. Topografía. Inclinado en el sentido Sur-Norte y Oeste-Este Ubicación: Esquinero INFRAESTRUCTURA PÚBLICA El Sector cuenta con los Servicios básicos de: Energía eléctrica Agua potable no Alcantarillado no Servicio telefónico no Calle de tierra Aceras y bordillos no consta COMPOSICIÓN ESPACIAL El terreno no tiene ninguna clase de cultivos ni cerramientos definidos por la calle pública y la quebrada la Quesera. SUPERFICIE DE LA PROPIEDAD A AVALUAR DESCRIPCIÓN: ÁREA m2. 70.65% de derechos y acciones; 1.504,85 REFERENCIAS DEL SECTOR Se ubica en la parroquia La Merced al Oriente de la ciudad de Quito. TIPO DE LA ZONA Rodeado de lotes sin construcciones y en proceso de consolidación. RED VIAL Tenemos vía de tierra y empedradas, sin aceras y bordillos. VA LO R AC I Ó N DE LA PROPIEDAD DESCRIPCIÓN; ÁREA m2; PRECIO USD/m2; TOTAL USD. Área del terreno; 2.130,00; 20.00; 42,600.00 TOTAL: 42,600.000 EL 70,65% de derechos y acciones le corresponde a: USD. 42,600.00 = USD. 30,096.90 SON: TREINTA MIL NOVENTA Y SEIS CON 90/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA. INMUEBLE No. 1. LOTE No. 8; USD. 30,420.00 INMUEBLE No. 2. LOTE No. 11; USD 23,900.00 INMUEBLE No. 3 LOTE No. 3; USD. 30,096.90 TOTAL DEL AVALUO = USD. 84,416.90 SON: OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS CON 90/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. En el día y horas señalados se recibirán ofertas que tendrán como base el cincuenta por ciento del avalúo por tratarse del segundo señalamiento, adjuntado el 10% de lo ofrecido en dinero efectivo o cheque certificado a nombre de esta judicatura. Lo que pongo en conocimiento del público en general para los fines legales consiguientes. DR. EDWIN CEVALLOS AMPUDIA. SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/93411/tf JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO DE REMATE SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE SE VA A PROCEDER AL REMATE EN LA SECRETARÍA DE ESTA JUDICATURA EL DÍA JUEVES CUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL TRECE, DE LAS TRECE HORAS A LAS DIECISIETE HORAS, DEL BIEN QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLA 1.- UBICACION El predio materia de la presente diligencia se encuentra ubicado
en la Provincia de Pichincha, Cantón Quito, parroquia Chaupicruz, en la calle Mesones signado con él No. N46-101 (antes lote N° 277) 2.- LINDEROS Y SUPERFICIE LINDEROS GENERALES: Norte: Con una longitud de 27.00 m con Lote N° 307 Sur: Con una longitud de 27.00 m con Lote N° 276 Este: Con una longitud de 18.00 m con calle A Oeste: Con una longitud de 18.00 m con Lote N° 271 AREA DEL INMUEBLE: 380.00 m2 3. I N F R A E ST R U C T U R A URBANA BASICA: La propiedad en mención dispone de servicio de Energía Eléctrica, Alcantarillado, Agua Potable, las calles circundantes son asfaltadas 4.- USO DEL SUELO: El uso exclusivo Residencial 5.- DESCRIPCION: La propiedad consta de: a Casa de hormigón armado de dos plantas con subsuelo b. Vivienda empleados PROGRAMA FUNCIONAL a.- Casa de hormigón armado de dos plantas con subsuelo Subsuelo: Área 45.00 m2 Ambientes: Un sala de música y una bodega Planta Baja: Área: 155.50m2 Ambientes: sala principal, sala de estar, comedor, cocina, baño social, cuarto de máquinas Planta Alta: Área: 155.50 m2 Ambientes: Dos dormitorios master con baño incluido cada uno, baño compartido, dos dormitorios. b.- Vivienda Empleados. Área: 30.00m2 Ambientes: Un solo cuarto y un baño SISTEMA CONSTRUCTIVO: a.- Casa de hormigón armado de dos plantas con subsuelo. Planta Baja: Paredes: mampostería enlucida y con recubrimientos Columnas: De Hormigón Armado Pisos: Con baldosa, parquet. Entrepiso Losa de hormigón armado
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA “INDIPASISA S.A.” De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y en las disposiciones estatutarias pertinentes, se convoca a los señoneral de Accionistas que tendrá lugar el día jueves 21 de marzo del año 2013, a las 09:00, en el domicilio principal de la compañía ubicada en la Av. De los Granados E14-947 y de las Azucenas de
1.2.3.4.5.-
Conocimiento y Resolución sobre los Informes de la Administración y del Comisario. Conocimiento y Resolución sobre los Estados de Situación Financiera. Resolución sobre el destino de las utilidades. Designación de Comisario para el periodo 2013. Conocimiento y Resolución sobre la fusión por absorción de la empresa, que será absorbida por la compañía Guanguilqui Agropecuaria Industrial S.A. GUAISA, y asuntos inherentes a la misma.
Los documentos que serán conocidos por la Junta General, se sición de los señores accionistas con la anticipación legal, en las ción antes mencionada. Se convoca especial e individualmente al señor Andrés Padilla Nájera Comisario de la compañía.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA TRANSNEXA S.A. EMA. De conformidad con el artículo 15 de los estatutos sociales de la empresa TRANSNEXA S.A. EMA y el artículo 234 de la Ley de Compañías, se convoca a los señores accionistas a la Junta General Ordinaria, que se llevará a cabo el día 13 de Marzo de 2013, a las 17:00 pm en el Hotel Radisson, ubicado en la Av. 12 de Octubre y Cordero Nro. 444, de esta ciudad de Quito, para tratar el siguiente Orden del Día:
1. 2. 3. 4. 5.
7.
Lectura y aprobación del Orden del Día. Lectura y aprobación del acta de junta de fecha 04 de febrero 2013. Aprobación de la memoria anual de gestión año 2012 del Presidente Ejecutivo. Presentación y aprobación de los Estados Financieros al 31 de diciembre del año 2012. Aprobación Informe del Comisario correspondiente al año 2012. 2012. Aprobación de la designación del auditor externo y comisario y su respectivas retribución 2012.
Quito, marzo 05 de 2013.
Quito, 4 de marzo del 2013
PAOLA LOAIZA CUARTAS Presidente Ejecutivo TRANSNEXA S.A. EMA
Ing. Julio Gonzalo Hidalgo Barahona GERENTE GENERAL AR/90546/cc
AR/90544/cc
REVISTA JUDICIAL VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR Puerta de entrada: De madera. Puertas interiores: De madera. Ventanas: Aluminio - vidrio. Mesones: De hormigón armado con cerámica Gradas: De hormigón armado con tablón de chanul Patio: Pavimentado con lavandería, Planta Alta: Cubierta: Teja sobre estructura de madera Tumbado: Duela de chanul Paredes: Mampostería enlucida con recubrimientos Columnas: De Hormigón Armado Pisos: Con parquet y alfombra Puertas interiores: De madera. Ventanas: Aluminio - vidrio Closets: De madera Gradas: De hormigón armado con tablón de chanul b.- Vivienda empleados. Cubierta: Losa de hormigón armado Paredes: Bloque enlucido y pintado. Pisos: Baldosa Ventanas: Aluminio vidrio. Puerta entrada: Madera E S TA D O DE LAS CONSTRUCCIONES: a.- Casa de hormigón armado de dos plantas con subsuelo. BUENO. b. -Vivienda empleados. REGULAR. 6.- AVALUO DE LA PROPIEDAD Para realizar el avalúo del inmueble he tomado en consideración los siguientes parámetros técnico urbanístico y constructivo tales como: - Ubicación del inmueble con respecto al sector de la ciudad. - Identificación del inmueble con respecto a la importancia, calidad, estado y de las vías que circundan el -inmueble, - Forma y tamaño del inmueble. - Posibilidades de logística del inmueble. - Disponibilidad de servicios deinfraestructura en el inmueble, - Estado de conservación del inmueble (construcción). - Estado y calidad de los materiales utilizados en la construcción y sus acabados. - Estudio de precios de los predios cercanos al inmueble y su área de influencia. AVALUO TOTAL DE LA PROPIEDAD AVALUO TERRENO 192.000,00 USD. AVALUO CASA DE H.A. 2P y Subsuelo 149.520,00 USD. AVALUO VIVIENDA EMPLEADO $ 8.100,00 USD. MONTO TOTAL AVALUADO 349.620,00 USD. Son. TRES CIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEIS CIENTOS VEINTE con 00/100 DOLARES. Por tratarse del segundo señalamiento, se aceptarán posturas que cubran la mitad de su avalúo, debiendo adjuntarse el diez por ciento del valor de la oferta en dinero efecto y/o cheque certificado a nombre del juzgado. El bien detallado se encuentra a cargo del señor Enrique Arias Depositario Judicial. Juicio: Ejecutivo No. 20050221-MS Dra. Guadalupe Narváez SECRETARIA DEL JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AC/93585/tf
SOCIEDAD CIVIL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL Aprobación de Constitución de la Sociedad Civil y Comercial denominada “MIRANDA STEEL, SCC” Demandantes: José Antonio Miranda Realpe y Juan Carlos Miranda Realpe Comparecientes: José Antonio Miranda Realpe y Juan Carlos Miranda Realpe de nacionalidades ecuatorianas, con domicilios en la ciudad de Quito; Denominación: “MIRANDA STEEL S.C.C..”; Causa No. 1508-2012-(M. Gordón C.)
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Defensor: Dr. Fausto Chiluisa Casilla Judicial No. 4931 Cuantía: Indeterminada; Fecha de inicio: 04 de diciembre de 2012 En la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano de Quito de la República del Ecuador, hoy día Miércoles diez y nueve (19) de Septiembre del Dos Mil Doce, ante mi, doctor FERNANDO POLO ELMIR, Notario Vigésimo Séptimo del Cantón Quito, comparecen: El señor Juan Carlos Mirando Realpe, casado, por sus propios derechos, y el señor José Antonio Miranda Realpe, casado, por sus propios derechos. Los comparecientes son ecuatorianos, mayores de edad, domiciliados en esta ciudad, capaces para contratar y poder obligarse, a quienes los identifico con su presencia; y, su cédula de ciudadanía. Bien instruidos por mi el Notario en el objeto y resultado de esta escritura pública, a la que procede de conformidad con la minuta que me presenta para que eleve a escritura pública, cuyo tenor literal es el siguiente: Señor Notario: En el registro de escrituras públicas a su cargo sírvase insertar la siguiente de Constitución de Sociedad Civil y Comercial al tenor de las siguientes cláusulas. PRIMERA: COMPARECIENTES. A la suscripción de la presente escritura pública, de Constitución de Sociedad Civil y Comercial, comparecen en forma libre y voluntaria: Juan Carlos Miranda Realpe con cedula de ciudadanía 171774836-0, mayor de edad, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado y domiciliado en esta ciudad de Quito; y, el señor José Antonio Miranda Realpe con cédula de ciudadanía 170448850-9, mayor de edad, de nacionalidad ecuatoriana, estado civil casado y domiciliado en esta ciudad de Quito. SEGUNDA. ANTECEDENTES.- Los señores Juan Carlos Miranda Realpe y José Antonio Miranda Realpe, han decidido emprender un negocio en el `área de la meialrnecánica, pudiendo realizar cualquier actividad relacionada con al misma. Los socios han determinado instalar una oficina y talleres en esta ciudad de Quito. TERCERA. OBJETO Y RAZON SOCIAL. Con estos antecedentes, los comparecientes señores Juan Carlos Miranda Realpe y José Antonio Miranda Realpe, acuerdan formar la SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL denominada “MIRANDA STEEL”, cuyo objeto social es la Fabricación y montaje de todo tipo de estructuras metálicas, metalmecánicas y transporte, b) Podrá celebrar toda clase de actos y contratos con personas naturales o jurídicas, sean empresas comerciales y/o industriales, o de servicios nacionales o extranjeros, dentro del país o del extranjero. C) Podrá actuar como comisionistas, mandante, mandataria, agente o representante de personas naturales y/o jurídicas, dentro de su objeto social. CUARTA: DOMICILIO DEL NEGOCIO. El domicilio principal del negocio se establece en la Av. De la Prensa N65-30 y Bellavista, sector Cotocollao, en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, República del Ecuador, pero podrá realizar su actividad en cualquier lugar del país. QUINTA. PLAZO. El plazo de duración de la sociedad civil es de 30 años, contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, son embargo, las partes de forma unilateral o de mutuo acuerdo podrá dar por terminada la sociedad antes del cumplimiento del plazo, cuando lo consideren, previo aviso y aceptación de la totalidad de los socios. SEXTA. CAPITAL Y APORTES. El capital social de la Sociedad Civil es de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (us 2.000,00) capital suscrito y pagado por cada uno de los socios fundadores de la siguiente manera
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JUDICIAL QUITO
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VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR
SOCIO, CAPITAL SUSCRITO, CAPITAL PAGADO, NO. DE PARTICIPACIONES; % Juan Carlos Miranda R.; 1.000; 1.000; 1000; 00% José Antonio Miranda R. 1.000; 1.000; 1000; 00% TOTAL: 2.000; 2.000; 2000; 100% SEPTIMA: LA JUNTA GENERAL,La Junta general de Socios es el órgano supremo de la Sociedad Civil y Comercial, y está compuesto por los comaprecientes y aportes o sus representantes o mandatarios, reunidos con el quórum de más del 50% de las aportaciones de la Sociedad Civil y Comercial, y tiene la facultad de nombrar al Gerente General, Presidente y sus representantes legales. El Presidente y/o el Gerente General de la Sociedad Civil, por iniciativa propia o a pedido de cualquiera de los socios, convocará a Junta General Ordinaria una vez al año, dentro de los tres primeros meses posteriores a la finalización del ejercicio económico de la Sociedad Civil y Comercia, para considerar sin perjuicio de otros asuntos, los siguientes puntos: a) Conocer las cuentas, el balance y los informes que le presentarán el Gerente General, acerca de los negocios sociales en el último ejercicio económico y dictar su resolución. B) Resolver acerca de la distribución de los beneficios sociales y de la formación del fondo de reservas. C) Proceder si fuere del caso, a la designación de funcionarios cuya elección le corresponde según estos estatutos, así como fijar o revisar sus respectivas remuneraciones. D) El Presidente y/o el Gerente General convocarán a reunión extraordinaria a la Junta General de Socios cuando lo consideren necesario, cuando lo soliciten por escrito el o los socios, que representen por lo menos el 50% del capital social de la Sociedad civil y Comercial. OCTAVA. REPRESENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRACIÓN. El Gerente General de la Sociedad Civil y Comercial, será nombrado por la Junta General y le corresponde ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial de la sociedad. Para el ejercicio de este cargo, no es necesario ser socio de la sociedad, y durará en sus funciones CUATRO AÑOS, pudiendo ser reelegido indefinidamente. El gerente General tiene los más amplios poderes de administración y manejo de los negocios sociales de la Sociedad Civil y Comercial con sujeción a la Ley, los presentes estatutos sociales y las instrucciones impartidas por la junta General. NOVENA: DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL GERENTE GENERAL. A más de la representación legal de la Sociedad civil y comercial, la corresponde cumplir con los siguientes deberes y atribuciones. A) Realizar todos los actos de administración y gestión diarias de las actividades de la sociedad civil y comercial orientada a la consecución de su objeto social. B) Someter anualmente a la Junta General los informes económicos de la sociedad. C) Formular a la Junta general las recomendaciones que considere necesarias en cuanto a la distribución de las utilidades. D) Nombrar y remover al persona de la sociedad civil y comercial y fijar sus remuneraciones, así como sus deberes y atribuciones. E)Dirigir y supervigilar la contabilidad y servicios de la sociedad civil y comercial, así como velar por mantenimiento y conservación de los documentos de la sociedad civil y comercial, f) Podrá abrir y cerrar cuentas corrientes o de cualquier otra naturaleza y designará a las personas autorizadas para emitir cheques o cualquier otra orden de pago contra las referidas cuentas. G) Podrá librar, aceptar y endosar letras de cambio y cualquier otro efecto del comercio. H) Formular balances e inventarios al final de cada ejercicio económico y
facilitar al comisario el estudio y revisión de la contabilidad, i) Constituir para los efectos de la ley, apoderados o procuradores judiciales para los actos que le faculte la Ley y en presente estatuto. J) Designar cuando lo crea conveniente. Y si fuera del caso, los diferentes gerentes de área, señalar sus atribuciones y demás funciones que deban cumplir estos funcionarios, entre los cuales no podrá incluirse la representación legal de la sociedad. K) Ejercer y cumplir con todas las atribuciones que le reconoce e impone la Ley, los presentes estatutos, así como todas aquellas que sean inherentes a su función y necesarias para el cabal cumplimiento de su contenido. DECIMA: EL PRESIDENTES. El presidente de la sociedad civil y comercial será nombrado por la Junta General y ejercerá las funciones por un período de CUATRO AÑOS, pudiendo ser reelegido indefinidamente, y tendrá los siguientes deberes y atribuciones: a) Presidir las sesiones de Junta General y suscribir las actas de dichas reuniones. B) Cuidar de que sean cumplidas las decisiones de la Junta General y vigilar la buena marcha de la sociedad civil y comercial. C) Subrogar al Gerente General de la sociedad civil y comercial dentro de los limites impuestos en estos estatutos con todos los deberes y atribuciones, en todos los casos de falta o impedimento del Gerente General y hasta cuando este último reasuma el cargo o en caso necesario la Junta General designe al nuevo Gerente General. DECIMA PRIMERA: REPARTO DE UTILIDADES: Las utilidades que genere el negocio, se repartirán en la proporción de su aporte dentro de esta sociedad en la que intervienen las partes, y pueden ser en forma del valores en efectivo o de curso legal, como son los dólares de los estados Unidos de Norteamérica a pagarse a partir del finalización del primer año del ejercicio económico. La sociedad civil y comercial tendrá un ejercicio económico que correrá a partir del primero de enero hasta el treinta y uno de diciembre de cada año. DECIMA SEGUNDA: DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN. Serán causa de disolución de la sociedad, las siguientes. A) la expiración del plazo para el que fue constituida, b) El incumplimiento de las obligaciones determinadas en este convenio. C) Por decisión y acuerdo mutuo de los socios de la sociedad civil. D) Por las previstas en la ley y demás normas legales para el efecto. Una vez tomada la decisión y resolución de disolver el negocio, se procederá inmediatamente a la liquidación del mismo, la que se efectuará con la intervención de las partes. Se liquidarán los derechos y obligaciones en los porcentajes correspondientes y una vez cumplidas las obligaciones adquiridas por la sociedad. DECIMA TERCERA. ACEPTACIÓN. Los comparecientes manifiesta su aceptación al presente instrumento por convenir a sus intereses. DECIMA CUARTA. CASO DE CONTROVERSIA. En caso de controversia en la aplicación del presente instrumento. Las partes se sujetarán a las disposiciones pertinentes del Código Civil, agitarán la vía amigable de forma directa y de no encontrar una solución se someterán al trámite legal y a los señores jueces competentes de la ciudad de Quito. Usted señor Notario, sírvase agregar las demás cláusulas de estilo necesarias para la validez y eficacia de esta clase de actos. Hasta aquí la minuta que junto con los documentos anexos y habilitantes que se incorpora queda elevada, y que los comparecientes aceptan en todas y cada una de sus partes, minuta que está firmada por el Doctor Fausto Chiluisa Salas, Abogado con matrícula profesional tres mil ochocien-
tos sesenta y tres del Colegio de Abogados de Pichincha. Para la celebración de esta escritura pública, se observaron todos los preceptos y requisitos previstos en la Ley Notarial, y, leída que les fue a los comparecientes por mi el Notario, se ratifican y firman conmigo en unidad de acto quedando incorporada en el protocolo de esta Notaría, de todo cuanto foy fe. PROVIDENCIA: JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 14 de diciembre del 2012, las 08h55.- VISTOS: La petición que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley; en consecuencia, aceptándose al tramite especial, se dispone publicar por una sola vez, un extracto de la escritura de Constitución de la Sociedad Civil y Comercial denominada “MIRANDA STEEL, S.C.C.” y presente providencia en uno de los diarios locales de mayor circulación de esta ciudad.- Agréguese los documentos acompañados.Téngase en cuenta la casilla judicial señalada.- NOTIFIQUESE. f) Dr. Paul Rengel Maldonado. JUEZ. Lo que pongo en conocimiento del público para los fines de Ley. Dr. Juan Pablo Toro Carrillo SECRETARIO Hay firma y sello AC/93803/tf
VARIOS REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL Se pone en conocimiento del público en general que en esta judicatura se ha presentado el juicio de rectificación de partida propuesta por: AGUSTIN UMAGINGA CUNUHAY; cuyo tenor es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA ACTOR: AGUSTIN UMAGINGA CUNUHAY DEMANDADO: JEFE PROVINCIAL DEL REGISTRO CIVIL IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN DE QUITO.
Quien daña el saber, homicida es de sí mismo. CALDERÓN
CLASE DE JUICIO: ESPECIAL N°. 0046-2013 NC TRAMITE: ESPECIAL CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO DE LA DEMANDA: Rectificación de la partida de nacimiento y/o matrimonio. Providencia: JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 21 de enero del 2013, las 15h24. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza Titular del Juzgado Segundo de lo Civil de Pichincha mediante Acción de Personal No. 2953-DNP de fecha 25 de julio del 2012 y posesionada el 01 de agosto del mismo año. La demanda de rectificación de partida de nacimiento presentada por el señor AGUSTIN UMAGINGA CUNUHAY, es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la acepta al trámite correspondiente por la vía ESPECIAL. Hágase conocer al público en general a través de la prensa en uno de los Diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, con un extracto de la demanda y este auto, para cuyo efecto, confiérase el EXTRACTO correspondiente. Por existir hechos que deben justificarse, se recibe la causa a prueba por el término de cuatro días, término que correrá a petición de parte y mediante decreto de esta judicatura. Cumplida la prueba, óigase con todo lo actuado al Ministerio Público a través de uno de sus agentes fiscales, a quien se le notificará mediante oficio. Con el contenido de la demanda y este auto, CITESE al Jefe del Registro Civil en la dirección señalada. Agréguese al proceso la documentación presentada. Regístrese la casilla judicial No. 3247, que señala
DE LA
B A R CA , P E D R O
para recibir sus notificaciones la parte accionante. Téngase en cuenta la autorización otorgada a su abogada defensora para la defensa de la presente causa. Actúa en su calidad de secretario Encargado el Dr. Patricio Calderón Toapanta, mediante Acción de Personal No. 0229DP-DPP, de fecha 16 de enero del 2013. Cítese. Notifíquese. F) DRA. VIVIANA PILA JUEZA. Lo que pongo en conocimiento del público en general para los respectivos fines.- CERTIFICO DR. PATRICIO CALDERÓN TOAPANTA SECRETARIO ENCARGADO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello A.C./93820 REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHICHA Al Público en general se, les hace conocer, el EXTRACTO de la SENTENCIA que a continuación siguen: EXTRACTO ACTOR: BASTIDAS FIERRO NELSON RIGOBERTO, BASTIDAS FIERRO GERMANIA DEL ROCIO, Y BASTIDAS FIERRO CARMEN ALEXANDRA DEMANDADO: FIERRO TACO TEMILDA AMERICA. ASUNTO: ESPECIAL: INTERDICCIÓN FUNDAMENTO LEGAL: Art. 752 DE CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL CUANTIA: Indeterminada. DEFENSOR: Dr. Patricio Casitoa Taco JUICIO DE INTERDICCIÓN Nro. 620- 2012-Ab. F.M. PROVIDENCIA JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 21 de febrero del 2013, las 08h56.- VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de
Juez Titular de esta Judicatura, mediante acción de personal N° 4196-DNP-OQ de 23 de septiembre del 2012. Nelson Rigoberto, Germania Del Rocío y Carmen Alexandra Bastidas Fierro, comparecen de fs. 8 y 9 de los autos y después de exponer sus generales de ley, dice: Que su madre Temilda América Fierro Taco, sufre actualmente de una enfermedad que le impide totalmente para realizar actos y contratos, pues los facultativos que le han examinado han manifestado que sufre de esquizofrenia, que le ha imposibilitado en sus funciones y facultades psíquicas y físicas. Con los antecedentes antes mencionados y por cuanto es indispensable designar una persona para que lo represente en todos sus actos, solicita se proceda a declararlo en Interdicción Provisional, para lo cual se servirá nombrarle curador interino, insinuando para el efecto el nombre de la señora Germania Del Rocío Bastidas Fierro. Fundándose en lo que dispone el Art. 752 del Código de Procedimiento Civil, y Art. 464 y siguientes del Código Civil acude ante esta Autoridad solicitando la Interdicción Judicial de Temilda América Fierro Taco y se nombre un curador, en armonía a los Arts. 482 del Código Sustantivo y 752 del Código Adjetivo Civil, pide se nombre a dos facultativos a fin de que sea examinado por ellos su prenombrado madre, y, se cuente con uno de los señores fiscales para que intervenga en el juicio.Indica trámite y cuantía de la presente acción.- Admitida que fue la causa a trámite, se nombró a dos peritos facultativos, se practicó la diligencia de examen o reconocimiento a Temilda América Fierro Taco; se contó con uno de los señores Agentes Fiscales de Pichincha y una vez agotado el trámite de ley, encontrándose al estado de resolver. Se considera.- PRIMERO.- Por no advertirse omisión de solemnidad sustancial que pueda influir en la decisión de la causa, se declara su validez procesal.- SEGUNDO.De los certificados emitidos por el Dr. Ericson Toscano Amores, Médico Psiquiatra del “Instituto
Psiquiátrico Sagrado Corazón”, fs. 2, se desprende que Temilda América Fierro Taco, sufre de Trastorno de Ideas Delirantes (Esquizofreniforme) Orgánico, documentación que ha sido presentada en original, mismas que han fe en juicio; así mismo de las partidas de nacimiento de fs. 5, 6 y 7, consta que Nelson Rigoberto, Germania Del Rocío y Carmen Alexandra Bastidas Fierro tienen como padres a Joaquín Bastidas y Temilda América Fierro Taco, por lo que le asiste el derecho para comparecer en la forma como lo han hecho.TERCERO.- Del acta de fs. 15, se desprende que en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 752 del Código de Procedimiento Civil, el Juez Vigésimo de lo Civil y la actuaria de esta Judicatura, junto con los peritos Doctores Lauro Escobar y Carlos Salinas, debidamente posesionados, han procedido a realizar el examen o reconocimiento, para realizar la valoración médica de Temilda América Fierro Taco, para determinar si se encuentra dentro de los parámetros para declararle en INTERDICCIÓN PROVISIONAL por padecer de Trastorno de Ideas Delirantes (Esquizofreniforme) Orgánico, acta en la cual se ha dejado constancia del estado de salud de la misma, que demuestra incoherencia absoluta en las cosas que manifiesta, que no se ubica ni en el tiempo ni en el espacio; que haciéndole preguntas relacionadas con el tiempo y el espacio manifiesta divagación, desorden mental y a veces se le van palabras que no concuerdan con las preguntas ni con la conversación, que presenta trastorno alucinatorio, consistente en voces imaginarias que dialogan y en ideas de contenido elegante de tipo persecutorio, la enfermedad se ha iniciado hace 16 años, consecuentemente se trata de una persona que se halla bajo el control médico debido a un estado de esquizofrenia de larga duración según informan los peritos.- CUARTO.- En acatamiento al Art. 753 Ibídem, los peritos Doctores Lauro Escobar y Carlos Salinas, han emitido
sus informe dentro del término que tenían para hacerlo a fs. 18 a 20, concluyendo que la señora Temilda América Fierro Taco, adolece de Esquizofrenia, forma paranoide, las posibilidades de curación son minimas; informes que han ilustrado al Juzgador, demostrando con esta prueba la realidad de la salud mental de Temilda América Fierro Taco. A fs. 23 consta las vistas fiscales suscritas por el Dr. Luis Mejía Villalva.- Por las consideraciones que preceden, de conformidad con el Art. 753 del Código de Procedimiento Civil, tomando como antecedentes el examen realizado en la persona de Temilda América Fierro Taco, las observaciones del juzgado, los informes de los facultativos y la opinión del señor Agente Fiscal del Distrito, se considera justo motivo y se RESUELVE ordenar la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la señora Temilda América Fierro Taco, con cédula de ciudadanía No. 020027661-6 y se nombra Curadora Interina a su hija Germania Del Rocío Bastidas Fierro, de conformidad con el Art. 754 del Código Procesal Civil, inscríbase ésta resolución en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito y publíquese por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, que se editan en esta ciudad de Quito.- Sin costas ni honorarios que regular.NOTIFÍQUESE.- Lo que comunico para los fines de ley pertinentes. DRA. MERCY CRIOLLO B. SECRETARIA A.C.93825 Dra. Mariela Pozo Acosta EXTRACTO NOTARlA TRIGÉSIMA PRIMERA DEL CANTÓN QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante la Doctora Mariela Pozo Acosta, Notaria Trigésima Primera del Cantón Quito, el 19 de octubre del año 2007, los cónyuges señores DR. CARLOS FRANCISCO SEVILLA JIMÉNEZ Y RISKY ROSALBA CARRION PAREDES, de estado civil casados entre si, por sus propios derechos, procedie-
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA “AGROINDUSTRIAL TERRAFRUT S.A.”
A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA “ACUACULTORA SAN LORENZO S.A. ACUALOSA”
De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y en las disposiciones estatutarias pertinentes, se convoca a los señores ac-
De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y en las disposiciones estatutarias pertinentes, se convoca a los señores accionis-
la Junta General de Accionistas que tendrá lugar el día jueves 21 de marzo del año 2013, a las, 11:00, en el domicilio principal de la compañía ubicada en la Av. De los Granados E14-947 y de las Azucenas
a la Junta General de Accionistas, que tendrá lugar el día jueves 21 de
1.-
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Conocimiento y Resolución sobre los Informes de la Administración y del Comisario. Conocimiento del Informe de Auditoría Externa, y contratación de la misma para el periodo 2013. Conocimiento y Resolución sobre los Estados de Situación Financiera. Resolución sobre el destino de las utilidades. Designación de Comisario para el periodo 2013. Conocimiento y Resolución sobre la fusión por absorción de la empresa, que será absorbida por la compañía Guanguilqui Agropecuaria Industrial S.A. GUAISA, y asuntos inherentes a la misma.
al ejercicio económico hasta
el 2012, se encuentran a disposición
ubicada en la Av. De los Granados E14-947 y de las Azucenas de esta
2.3.4.5.7.8.-
Conocimiento y Resolución sobre los Informes de la Administración y del Comisario. Conocimiento del Informe de Auditoría Externa, y contratación de la misma para el periodo 2013. Conocimiento y Resolución sobre los Estados de Situación Financiera. Resolución sobre el destino de las utilidades Designación de Comisario para el periodo 2013. Designación de Liquidador y más asuntos inherentes Conocimiento y resolución de la renuncia presentada por el Gerente General de la Compañía y designación de su reemplazo.
al ejercicio económico hasta el 2012, se encuentran a disposición de los principal de la empresa, ubicadas en la dirección antes mencionada.
domicilio principal de la empresa, ubicadas en la dirección antes mencionada. Se convoca especial e individualmente al señor Andrés Padilla Nájera Comisario de la compañía. Quito, 4 de marzo del 2013
Se convoca especial e individualmente al señor Andrés Padilla Nájera Comisario de la compañía. Quito, 4 de marzo del 2013 Ing. Julio Gonzalo Hidalgo Barahona GERENTE GENERAL
Ing. Julio Gonzalo Hidalgo Barahona GERENTE GENERAL AR/90546/cc
AR/90546/cc
ron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, disuelta mediante escritura pública otorgada ante el Notario Noveno del cantón Quito, el diecinueve de abril del dos mil cuatro, inscrita en el Registro Civil el seis de mayo del dos mil cuatro. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial, agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los cónyuges señores DR. CARLOS FRANCISCO SEVILLA JIMÉNEZ Y RISKY ROSALBA CARRION PAREDES, otorgada mediante escritura pública de 19 de octubre de 2007, ante la suscrita Doctora Mariela Pozo Acosta, Notaria Trigésima Primera del Cantón Quito, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, marzo 7 del 2003 DRA. MARIELA POZO ACOSTA NOTARIA TRIGESIMA PRIMERA DEL CANTON QUITO Hay firma y sello AC/93833/tf República del Ecuador EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
NOTIFICACIÓN JUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE GLADYS MARIA FIALLOS ANDRADE JUICIO: VERBAL SUMARIO Nro. 745-2008-KM ACTOR: ELENA ISABEL MEDRANDA PARRALES D E M A N DA D O S : JORGE HUMBERTO PAREDES VILLACIS y GLADYS MARIA FIALLOS ANDRADE OBJETO: OBTENER EL AMPARO POSESORIO DEL LOTE DE TERRENO DE APROXIMADAMENTE 528 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE, UBICADO EN LA CALLE VISCAYA E 14-23 Y LUGO, SECTOR LA FLORESTA, DEL CANTON QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIA JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.QUITO, 23 de Julio del 2008, las 10h12.-VISTOS: La demanda es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley. Por consiguiente, al ser procedente el trámite verbal sumario y atento el juramento rendido por la actora, con el escrito de demanda y esta providencia, cítese a los señores JORGE HUMBERTO PAREDES VILLACIS y GLADYS MARIA FIALLOS ANDRDADE, mediante publicaciones de prensa, cada una de ellas en fecha distinta, en uno de los periódicos de amplia circulación en la ciudad de Quito y de acuerdo a lo previsto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Cuéntese en esta causa con los Personeros del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón. Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado por la accionante y agréguese la documentación acompañada. Notifíquese.f) Dr. Rubén Cevallos Fabara, JUEZ SUPLENTE. JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, martes 20 de noviembre del 2012, las 11h51.- Agréguese al proceso el escrito presentado. Revisados los autos se desprende que la señora
Gladys María Fiallos Andrade ha fallecido el 8 de agosto de 2011; en consecuencia y para los fines previstos en el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil, NOTIFÍQUESE A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE GLADYS MARIA FIALLOS ANDRADE, mediante una sola publicación de prensa, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Quito, en la forma y con los efectos señalados por el Art. 82 ibídem. Notifíquese.f) Ab. Francisco Alvear Montalvo. JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, previniendole de la obligación de señalar domicilio judicial en esta ciudad de Quito, para recibir posteriores notificaciones. Certifico.Dr. Nilo Gonzalo Almachi SECRETARIO JUZGADO DECIMO TERCERO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/93836/tf JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. R. d E. CITACION JUDICIAL A LOS SEÑORES JORGE LADISLAO AGUIRRE FERNANDEZ Y FANNY YOLANDA AYALA MOLINA EXTRACTO ACTOR: JOSE LUIS CADENA. D E M A N DA D O S : JORGE LADISLAO AGUIRRE FERNANDEZ Y FANNY YOLANDA AYALA MOLINA. JUICIO NRO. 3762-2012-S.VORDINARIO. PRESCRIPCION E X T R A O R D I N A R I A ADQUISITIVA DE DOMINIO. CUANTA: INDETERMINADA DOMICILIO: CAS I L L E RO JUDICIAL No. 32-DR. GONZALO MORALES. PROVIDENCIA: JUZGADO DECIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Machachi a 18 de diciembre del 2012. Las 14h45. Vistos: Por cuanto el accionante ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia próxima pasada, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura. En lo principal, la demanda pre-
El hombre nada puede aprender sino en virtud de lo que sabe. ARISTÓTELES
sentada por José Luis Cadena Escobar, por clara y completa, reúne los requisitos de ley, razón por la que se lo acepta al trámite en juicio ordinario. En consecuencia córrase traslado con el contenido de la demanda, y esta providencia a los señores Jorge Ladislao Aguirre Fernández y Fanny Yolanda Ayala Molina, por el término de quince días, a fin de que la contesten proponiendo las excepciones dilatorias o perentorias de las que se crean asistidos, bajo percibimiento de rebeldía. Consecuentemente, cítese con el contenido de la demanda, providencia recaída en ella ,y esta providencia, a los señores JORGE LADISLAO AGUIRRE FERNANDEZ Y FANNY YOLANDA AYALA MOLINA, a los cuales se les citara con un extracto de la demanda y esta providencia mediante tres publicaciones que se las realizaran por la Prensa en unos de los periódicos de mayor circulación que se editan en la ciudad de Quito por cuanto en esta ciudad no existe periódico de circulación regular, conforme lo ordena el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en cuanto que el actor ha manifiesta bajo juramento, que le es imposible determinar las y residencias actuales de los demandados, conforme consta en el acta levantada en este juzgado; advirtiéndoles a los accionados de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en esta ciudad de Machachi, dentro del perímetro legal de este juzgado, para sus posteriores notificaciones. A petición de la parte accionante cítese mediante deprecatorio enviado en legal y debida forma a los señores Jueces de lo Civil de la ciudad de Quito; al Representante
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA “COMPAÑIA COMERCIAL REINA VICTORIA S.A. COMREIVIC.”
A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA “GRUPO DE IMPORTACION Y DISTRIBUCION DE PRODUCTOS GRIMP S.A.” De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y en las disposiciones estatutarias pertinentes, se convoca a los señores accioDE PRODUCTOS GRIMP S.A.” a la Junta General de Accionistas, que tendrá lugar el día jueves 21 de marzo del año 2013, a las 12:00, en el domicilio principal de la compañía ubicada en la Av. De los Granados siguiente Orden del Día:
Orden del Día:
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1.-
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3.4.5.-
EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO SEGUNDO DE INQUILINATO Y RELACIONES VECINALES DE PICHINCHA ACTORA.. MARIA GRACIELA ALARCON TORRES DEMANDADA : KARLA MORALES CEDEÑO. JUICIO : No 51-2013- E.H. FUNDAMENTO LEGAL Art. 30 Literal a) Ley de Inquilinato
Ministerio de Relaciones Laborales EXTRACTO VISTO BUENO Nº 66959 ACTO RA : GRACIELA MAGDALENA TRONCOSO MARROQUIN ACCIONADO: DIGNA ROSARIO PORTILLA ANDRADE CAUSAL: ART. 172 NUMERAL 1RO. INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 27 de febrero de 2013, a las 15H25. Avoco conocimiento mediante sorteo realizado al trámite de Visto Bueno N° 66959-2013P.R.T., presentada por el (a) señor (a) GRACIELA MAGDALENA
CONVOCATORIA
De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y en las disposiciones estatutarias pertinentes, se convoca MERCIAL REINA VICTORIA S.A. COMREIVIC.” a la Junta General de Accionistas que tendrá lugar el día jueves 21 de marzo del 2013 a las 14:00, en el domicilio principal de la compañía ubicada en la Av. Los Granados E14-947 y Las
2.-
Legal de la Unidad de Gestión y Ejecución de Derecho Público; Fideicomiso AGD; No más Impunidad, Economista Pedro Delgado; al señor Procurador General del Estado, y, en las oficinas de la Casa Municipal de la ciudad de Machachi, al señor Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mejía. Téngase en cuenta la cuantía fijada, el casillero judicial señalado por el actor para sus posteriores notificaciones en esta ciudad, así como la autorización conferida a su defensor para que intervenga en esta causa. Notifíquese y Cítese.OTRA PROVIDENCIA- JUZGADO DECIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA, Machachi, a 11 de enero del 2013. Las 14h55. Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte accionante. En lo principal, ampliando la providencia próxima pasada, y atento lo solicitado por el actor, se ordena inscribir la presente demanda, en el Registro de la Propiedad de este cantón Mejía, conforme lo dispone el Art, 1000 ibídem, notificándose al respecto a su titular. Notifíquese. Dr. Washington Molina V. Secretario Hay un sello A.C./93790
CUANTIA: $ 2.280,oo DEFENSOR : Dr. Diego Arias JUZGADO SEGUNDO DE INQUILINATO: Quito, lunes 28 de enero del 2013, las 11h07.VISTOS .- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza titular de esta judicatura.- Agréguese al proceso el escrito presentado.- En lo principal: La demanda que antecede, es clara precisa y reúne los requisitos de ley, es procedente el trámite en juicio VERBAL SUMARIO, cítese por tanto con el contenido del libelo de demanda y auto de calificación a la demandada KARLA MORALES CEDEÑO, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es por la prensa, mediante publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación nacional, que se editan en esta ciudad de Quito, al efecto, confiérase el extracto respectivo.- La documentación acompañada, agréguese al proceso.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico designados para recibir notificaciones futuras que le corresponda en esta causa.- Notifíquese.-. f) Dra. Sonia Gudiño Cisneros. Jueza. LO QUE COMUNICO A UD., PARA LOS FINES DE LEY.-CERTIFICO. DR. ALEXANDER VENEGAS PEREZ SECRETARIO SEGUNDO DE INQUILINATO Hay firma y sello AC/93413/tf
Conocimiento y Resolución sobre los Informes de la Administración y del Comisario. Conocimiento del Informe de Auditoría Externa, y contratación de la misma para el periodo 2013. Conocimiento y Resolución sobre los Estados de Situación Financiera Resolución sobre el destino de las utilidades del ejercicio. Designación de Comisario para el periodo 2013.
3.4.5.-
Conocimiento y Resolución sobre los Informes de la Administración y del Comisario. Conocimiento y Resolución sobre los Estados de Situación Financiera. Resolución sobre el destino de las utilidades Designación de Comisario para el periodo 2013. Conocimiento y Resolución sobre la fusión por absorción de la empresa, que será absorbida por la compañía Guanguilqui Agropecuaria Industrial S.A. GUAISA, y asuntos inherentes a la misma.
al ejercicio económico hasta el 2012, se encuentran a disposición de los principal de la empresa, ubicadas en la dirección antes mencionada.
Se convoca especial e individualmente al señor Andrés Padilla Nájera Comisario de la compañía.
Se convoca especial e individualmente al señor Andrés Padilla Nájera Comisario de la compañía.
Quito, 4 de marzo del 2013
Quito, 4 de marzo del 2013 Ing. Julio Gonzalo Hidalgo Barahona GERENTE GENERAL
Ing. Julio Gonzalo Hidalgo Barahona GERENTE GENERAL AR/90546/cc
AR/90546/cc
REVISTA JUDICIAL VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR TRONCOSO MARROQUIN, en calidad de empleador (a), en contra del (a) señor (a) DIGNA ROSARIO PORTILLA ANDRADE, en calidad de trabajadora (a); En lo principal se dispone lo siguiente: La misma que por estar de acuerdo con la ley se la acepta a trámite.-1).- En aplicación al Art. 183, 545 atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese a la trabajadora en ella mencionado, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código del Procedimiento Civil, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio de la accionada, conforme se desprende de la declaración juramenta que se adjunta. A la señora DIGNA ROSARIO PORTILLA ANDRADE se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones.- 2) Tómese en cuenta el Casillero Judicial N° 5743 y la autorización otorgada al profesional que suscribe en la presente causa.- 3).Entréguese el extracto respectivo para su publicación.- NOTIFÍQUESE.-f) Dr. Patricio Rodas Toledo. Lo que comunico para los fines de Ley. INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHA DR. PATRICIO RODAS TOLEDO Hay un sello AR/90479/cc UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACIÓN JUDICIAL A: PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ JULIO GONZALO SORIA MELENDREZ EXTRACTO CAUSA: DECLARATORIA DE PATERNIDAD No. DE JUICIO: 2013-2351-D.C. DEMANDADO: PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ JULIO GONZALO SORIA MELENDREZ ACTORA: DAYANNA LUCIA BENAVIDES BENAVIDES CUANTÍA: US$ INDETERMINADA JUEZ: DRA. CECILIA DUARTE ESTEVEZ JUEZA DE LA UNIDA JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 18 de febrero del 2013, las 14h44.VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, según Resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, de fecha 11 de septiembre del 2012, mediante acción de personal No 4680-DPDPP, de fecha 17 de octubre del 2012.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y precisa y reúne los requisitos previstos en la ley; en consecuencia, se acepta al trámite ordinario. Con la demanda y presente calificación: Cítese: 1) Al señor MARIO EDUARDO SORIA ESTRADA, en lugar señalado en la demanda; 2) A las señoras OLGA BEATRIZ ESTRADA PANCHO e INES CECILIA SORIA ESTRADA, en la dirección señalada en el libelo de la demanda, para lo cual remítase atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de los Civil y/o Unidad Judicial de la Provincia
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del Carchi, Cantón Tulcán para la realización de esta diligencia, ofreciendo reciprocidad en casos análogos; 3) a los presuntos y desconocidos herederos de quien en vida se llamó JULIO GONZALO SORIA MELENDREZ, de conformidad con lo que dispone el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito, mediando entre una y otra publicación ocho días, a fin de que en el término de quince días, proponga las excepciones dilatorias o perentorias a las que se crean asistidos. Cítese conforme se dispone.Téngase en cuenta el casillero judicial Nro. 42 señalado por la actora.- En virtud del oficio No. 129-DG-CJT-12-SEP, de fecha 05 de junio del 2012, suscrito por el Dr. Mauricio Jaramillo, Director General del Consejo de la Judicatura, se solicita obligatoriamente que los abogados indiquen un correo electrónico para recibir las notificaciones respectivas, dentro de los procesos que patrocinen.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- f).- DRA. CECILIA ELIZABETH DUARTE ESTEVEZ, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO.Lo que comunico a usted, para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casilla judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro de Ley. Atentamente: DRA. MAYDA TREJO GODOY SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Hay un sello AR/90432/cc REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A LOS SEÑORES JULIO CESAR TORRES ESCALERAS, MARIA CARMEN CALERO BRAVO, CRISTHEL LUCIA CHICA TORRES, EDGAR ARMANDO CORREA LOPEZ ACTOR: LCDO. WLATER EDUARDO AGUIRRE SOSA (COOP. DE AHORRO Y CREDITO 23 DE JULIO LTDA.) DEMANDADOS: JULIO CESAR TORRES ESCALERAS, MARIA CARMEN CALERO BRAVO, CRISTHEL LUCIA CHICA TORRES, EDGAR ARMANDO CORREA LOPEZ JUICIO EJECUTIVO N° 1012012-PC ABOGADO: DR. JOSE TELLO CUANTIA: USD $ 4.000 JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 7 de febrero del 2012, las 15h11.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez Encargado de esta Judicatura, mediante acción de personal N° 239-DP-DPP de 25 de enero del 2012.- En lo principal la demanda que antecede, es clara precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite Ejecutivo. En consecuencia cítese a los demandados señores JULIO CESAR TORRES ESCALERAS, MARIA CARMEN CALERO BRAVO, CRISTHEL LUCIA CHICA TORRES; y, EDGAR ARMANDO CORREA LOPEZ, en los lugares señalados a fin de que paguen lo adeudado o propongan excepciones de las que se crean asistidos dentro del término de tres días. Por no corresponder a la presente causa la información sumaria que se acompaña se niega el pedido mencionado por la parte actora en el libelo inicial de demanda.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado, así como la designación de su abogado defensor y la calidad en la que comparece la parte actora.- Dejando copias debidamente certificadas y recibo en autos para descargo del Juzgado, desglósese la documentación que fue aparejada a la demanda y entréguese confor-
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REVISTA JUDICIAL C10
VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR
me lo solicita el actor.- CÍTESE Y NOTIFIQUESE. F) Dr. Celso Ruiz, Juez Encargado. JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 7 de septiembre del 2012, las 13h40.- Por cuanto la actora ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior y atento al juramento rendido por la procuradora judicial de la Coop. de Ahorro y Crédito “23 de Julio Ltda.”; y, de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a los demandados señores JULIO CESAR TORRES ESCALERAS, MARIA CARMEN CALERO BRAVO, CRISTHEL LUCIA CHICA TORRES y EDGAR ARMANDO CORREA LOPEZ, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito; a fin de que en el término de tres días cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones de las que se crean asistidos y bajo prevenciones legales.- NOTIFIQUESE.- F).- DRA. LUCY ESTUPIÑAN SANCHEZ, JUEZA VIGÉSIMA DE LO CIVIL DE PICHINCHA. LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, RECORDÁNDOLE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN EL LUGAR DEL JUCIO PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES.Dra. Mercy Criollo Benavides SECRETARIA Existe un sello A.C./93587 EXTRACTO Al Sr. ROBERTO ISIDORO RAMOS VELEZ. se le hace saber. JUZGADO: SEGUNDO DE LO CIVIL DE STO. DGO. DE LOS TSÁCHILAS JUICIO: TRAMITE ESPECIAL (MUERTE PRESUNTA) # 3672012 ACTORA: MARÍA AUXILIADORA FALCONES VELEZ D E M A N DA D O : RO B E RTO ISIDORO RAMOS VELEZ SECRETARIO: AB. PATRICIO BERNAL REYES JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. Santo Domingo, martes 14 de agosto del 2012, las 13h51. VISTOS.- Dr. Héctor Mesías Echanique Cueva – Juez Temporal del Juzgado Segundo de lo Civil de Santo Domingo de los Tsáchilas (E), mediante Acción de Personal 24-DP-DPSDT-2012 de fecha 17 de enero del 2012, suscrita por el Dr. Vinicio Rosillo Abarca – DIRECTOR PROVINCIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los demás requisitos legales.- En consecuencia cuéntese en la presente causa con uno de los Sres. Agentes Fiscales con asiento en este cantón, a quien se le oirá con todo lo actuado.- Publíquese la demanda y esta providencia en el Registro Oficial y en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en la ciudad de Quito, en la forma prevista en la regla 2o del Art. 67 del Código Civil.- Agréguese la documentación adjunta.- Tómese en cuenta el Casillero Judicial señalado por al actora y la autorización dada a su defensor.- Actuando en calidad de Secretaria encargada de la Judicatura, la Dra. Libia Chávez, según acción de personal No. 572-DP-DPSDT-2012, de fecha 01 de Agosto del 2012, suscrito por el Sr. Wilmer Vera, Director Provincial del Consejo de la Judicatura de Santo Domingo de los Tsáchilas.- NOTIFÍQUESE.Lo que comunico a usted para los fines legales. Previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones posteriores. Hay Firma y Sello Ab. Patricio Bernal Reyes SECRETARIO DEL JUZGADO
SEGUNDO DE LO CIVIL DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS 179459/mig R. DEL E. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA. UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO Juicio de Trabajo Oral No 8602012-DRA. M.C. Actor: MARIANA DE JESUS AZUCENA MARTINEZ MINDA Demandados: ASOCIACION DE PROPIETARIOS CASABLANCA, GUILLERMO GRANDA GARZON y a la señora MINISTRA DEL MINISTERIO DE INCLUSION ECONOMICA Y SOCIAL DORIS SOLIS CARRION Y OTRO Cuantía: USD $ 9.000,00 Inicio: 25 de octubre del 2012 Defensor: Dr. Andrés Romero Albán CASILLERO: 4919 Juez: Dra. MARCIA CORDOVA DIAZ Secretario: Dr. MEDARDO A. YÁNEZ V. PROVIDENCIA: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA. UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 07 de noviembre del 2012, las 10h26.- VISTOS: Dra. Marcia Córdova Díaz, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Primera Especializada de Trabajo del Cantón Quito, de conformidad con la acción de personal No. 3611-DNP-OQ, avoco conocimiento de la presente causa, en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, la demanda que antecede se la califica de clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite oral, de conformidad con el artículo 575 del Código del Trabajo.- Cítese con el contenido de la demanda y este auto a los demandados: ASOCIACION DE PROPIETARIOS CASABLANCA, GUILLERMO GRANDA GARZON y a la señora MINISTRA DEL MINISTERIO DE INCLUSION ECONOMICA Y SOCIAL DORIS SOLIS CARRION, en las calidades y forma determinadas en la demanda, a GUILLERMO GRANDA GARZON, mediante comisión que será librada al señor Teniente Político de la parroquia de Cumbaya, a los demás demandados en el lugar señalado para el efecto a fin de que den cumplimiento, en el término extraordinario de cinco días lo previsto en el inciso segundo del artículo 576 ibídem, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, correo electrónico y contestar a la demanda en forma escrita, sin perjuicio de su exposición oral.Cuéntese además con el señor Procurador General del Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, para los fines legales consiguientes.- Hecho que fuere, convocase a la audiencia preliminar de conciliación, contestación a la demanda y formulación de pruebas, el día 16 de enero de 2013, a las 15h00, a la que comparecerán las partes en forma personal acompañados de sus abogados defensores o por medio de procurador judicial dotado de poder suficiente para transigir, de conformidad con el numeral 11 del artículo 130 del Código Orgánico de la Función Judicial.- Agréguese al proceso la documentación presentada por la parte actora y téngase en cuenta la cuantía fijada, así como el casillero judicial No. 4910 y correo electrónico jaime.romero17@foroabogados. ec, señalados para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su Abogado Defensor Dr. Andrés Romero Alaban. De ser posible, al momento de la audiencia el actor proporcione en
JUDICIAL QUITO
medio magnético la demanda.La parte actora retire del archivo de esta Unidad Judicial Primera Especializada de Trabajo la comisión respectiva en el término de 24hoo.- Actúa como Secretario el Dr. Medardo A. Yánez V.- CÍTESE y NOTIFÍQUESE.CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA. UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 28 de febrero del 2013, las 16h03. En mérito del escrito de fecha 26 de febrero de 2013, se dispone: Toda vez que la actora manifiesta bajo juramento que es imposible determinar la individualidad o residencia del demandado: ASOCIACION DE PROPIETARIOS CASABLANCAARQ. GUILLERMO GRANDA GARZON; y, de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se ordena: CITESE al demandado ARQ. GUILLERMO GRANDA GARZON, en la calidad determinada en la demanda, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad; con el auto inicial del 07 de noviembre del 2012, las 10H26 y está providencia. En lo principal, se señala para el día 10 de mayo del 2013, a las 10H00, a fin de que tenga lugar la Audiencia Preliminar de Conciliación, Contestación a la Demanda y Formulación de Pruebas.- La parte actora en el término de 24 horas acérquese a retirar el extracto respectivo del archivo de la Unidad Judicial.CITESE Y NOTIFIQUESE.- f) Dra. Marcia Córdova Díaz, Jueza.- f) Dr. Medardo A. Yánez V. Secretario que Certifica.Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir posteriores notificaciones en este proceso.Certifico.DR. MEDARDO A. YANEZ V. S EC R E TA R I O DE LA UNIDAD JUDICIAL PRIMERA ESPECIALIZADA DE TRABAJO DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA Existe firma y sello.
El virtuoso se conforma con soñar lo que el pecador realiza en la vida. P L AT Ó N
A.P./55675/k.m.
ANULACIONES
BANCO INTERNACIONAL Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 300754495 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0460719679 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400752403 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR
======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0800844240 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 600701158 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0440704813 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2210580 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No.
CONVOCATORIA De acuerdo a lo dispuesto en la Ley de compañías y en el Estatuto Social de la Compañía TORNILLOS, PERNOS Y TUERCAS TOPESA S.A., se convoca a los accionistas a la Junta General Ordinaria que se llevará a cabo el día MARTES 19 de marzo de 2013, a partir de las 10h00, en las instalaciones de la compañía, ubicadas en la
0500804466 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 450754103 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 610706585 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400790194 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2238205 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su
A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA “GUANGUILQUI AGROPECUARIA INDUSTRIAL S.A. GUAISA” De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y en las disposiciones estatutarias pertinentes, se convoca a los señores accioS.A. GUAISA.” a la Junta General de Accionistas que tendrá lugar el día jueves 21 de marzo del año 2013, a las 08:H00, en el domicilio principal de la compañía ubicado en la Av. De los Granados E14-947 Orden del Día:
La Junta General conocerá y resolverá sobre el siguiente orden del día:
1.-
3. 5.
Informes del Auditor Externo, Comisario y Gerente General. Estados Financieros del ejercicio económico del año 2012 (Estado de Situación, Estado de Resultados, Flujos de EfectiDestino de las utilidades. Designación de los Directores Principales y suplentes de la compañía. Fijación de sus honorarios.
reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250737765 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0600742873 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500786140 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0900747976 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.
CONVOCATORIA
la ciudad de Quito. DM.
1. 2.
anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0350723920 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 420732937 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430770512 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 610810292 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su
2.3.4.5.-
Conocimiento y Resolución sobre los Informes de la Administración y del Comisario. Conocimiento del Informe de Auditoría Externa, y contratación de la misma para el periodo 2013. Conocimiento y Resolución sobre los Estados de Situación Financiera. Resolución sobre el destino de las utilidades. Designación de Comisario para el periodo 2013. las compañías INDIPASISA S.A, Agroindustrial TERRAFRUT S.A. y de la compañía Grupo de Importación y Distribución de Pro-
compañía. Fijación de sus honorarios. Se convoca de manera especial al comisario de la compañía, Sra. Lcda. María del Carmen Vallejo, y al Auditor Externo, Sr. Ing. CPA. Idrián Estrella. Los documentos que serán conocidos por la Junta se encuentran a disposición de los señores accionistas, en las instalaciones de la Empresa. Quito, DM. a 8 de marzo de 2013
7.-
inherentes a la misma Aumento del Capital suscrito y pagado, del Capital Autorizado, y reforma de los Estatutos Sociales de la compañía a consecuencia de la fusión por absorción de las compañías.
al ejercicio económico hasta el 2012, y se encuentran a disposición domicilio principal de la empresa, ubicadas en la dirección antes mencionada. Se convoca especial e individualmente al señor Andrés Padilla Nájera Comisario de la compañía.
PRESIDENTE Quito, marzo 4 del 2013
Econ. Mauricio Moreira Cevallos GERENTE GENERAL
Ing. Julio Gonzalo Hidalgo Barahona GERENTE GENERAL AR/90548/cc
AR/90546/cc
AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2227793 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 100754542 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0400817520 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390772368 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0600737861 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta
No. 0400769047 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 360717809 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 390789910 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900771435 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 620714318 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 370726524 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre
esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250782965 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0430753715 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0350702672 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 640721547 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250728561 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.
“La prisa excesiva es la madre de las cosas incompletas” (V I C T O R M A D U E Ñ O )
AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0450735397 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0530703399 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500819129 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0610701036 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta
REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS
REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS
EXTRACTO
EXTRACTO
CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA TRANS MENESES FUENTES EXPRESS CIA. LTDA.
La compañía TRANS MENESES FUENTES EXPRESS CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Décimo Primero del Distrito Metropolitano de Quito, el 11 de Diciembre de 2012, fue aprobada por a Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.
1. DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2. CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00 3. OBJETO: El objeto de a compañía EXCLUSIVAMENTE AL TRANSPORTE DE CARGA PESADA A NIVEL NACIONAL...”
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL Y LA REFORMA DE ESTATUTOS DE LABOBRANDT S.A. Se comunica al público que LABOBRANDT S.A. con domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito aumentó su capital en US $ 480.000,00 y reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Décimo Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito el 10 de Abril de 2012. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.
de Ahorros de la cuenta No. 0620776526 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0250778887 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430756323 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250722563 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 600766810 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 420755716 del Banco Internacional S.A., se está pro-
cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 620710894 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 420742215 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400801608 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430751682 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500798408 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 917259 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados
REVISTA JUDICIAL VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 460712224 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430760525 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2308253 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 420710305 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 460703195 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta
SOCIEDAD CIVIL CÓRDOVA “SOCICOR” S.C. CONVOCATORIA SOCIOS DE LA EMPRESA, A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA A REALIZARSE EL DIA VIERNES 15 DE MARZO 2013, A LAS ORELLANA 1004 Y DIEGO DE ALMAGRO ESQUINA; SALON CENE-
2013. En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma el artículo cuarto del Estatuto Social, referente al capital social, de la siguiente manera:
1. Aprobación de los Estados Financieros a Diciembre 2012 de SOCICOR S.C.
CIAL Y SU INTEGRACIÓN: El capital social de la compañía es de OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS TREINTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
En caso de no existir el quórum a la hora citada, de acuerdo al Articulo Noveno del Estatuto de la Empresa, se deberá esperar una hora y proceder con los socios presentes.
en Ochocientas noventa y un mil novecientos treinta acciones ordinarias y nominativas, por un valor de UN DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA...”
De acuerdo al Artículo Séptimo del Estatuto, los socios pueden concurrir por sí mismos o por medio de un mandatario a la Asamblea. El mandato para una Asamblea se otorgará por documento privado, dirigido al Representante Legal de la Sociedad, excepto cuando se haya otorgado poder general.
de 2013
Quito, 07 de Marzo de 2013.
2. Conocimiento y ratificación del Libro de Participaciones Accionarias de SOCICOR S.C. a Diciembre deI 2012.
Todos los socios presentes participarán con voz y voto. (Artículo Quinto.
Quito, 29 de Enero de 2013. Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURIDICO
Dr. Camilo Valdivieso Cueva
AC/93845/tf
AC/93840/tf
AC/93844/tf
C11
de Ahorros de la cuenta No. 900720482 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900776941 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 620730747 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0500793333 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 200720812 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380763561 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0600763102 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800862079 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 420750854 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400735096 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
REVISTA JUDICIAL C12
VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR
publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0420752504 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0900749669 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800779083 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 200708480 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2200089 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17981)NR ======= Por haberse perdido la Libreta
de Ahorros de la cuenta No. 0300739356 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17979)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400733573 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17979)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0450734730 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17979)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 600762939 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17979)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400789250 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17979)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 200741895 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE HANSA CIA. LTDA. De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías y en los Estatutos de la Empresa convocase a los señores accionistas de HEHANSA CIA. LTDA., a la junta general ordinaria que se celebrará el viernes 22 de marzo de pañía, ubicada en la calle Catarama E5-94 y Zumbagua de la ciudad de Quito. La reunión tendrá el siguiente orden del día:
JUDICIAL QUITO
creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17979)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0700815742 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17979)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 9500728144 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17979)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380758517 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17979)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 6500071708 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 2190 al número 2190 AC/ (17980)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0600145188 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 2750 al número 2750 AC/ (17980)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 630609576 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 19 al número 20 AC/ (17980)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0440607177 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del
“Lo que convierte la vida en una bendición no es hacer lo que nos gusta, sino que nos guste lo que hacemos” (GOETHE) número 167 al número 167 AC/ (17980)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0440607177 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 222 al número 222 AC/ (17980)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0440607177 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 122 al número 122 AC/ (17980)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0380611460 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 442 al número 442 AC/ (17980)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430002848 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 9 al número 25 AC/ (17980)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430002821 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 7 al número 25 AC/ (17980)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430002856 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 11 al número 25 AC/ (17980)NR ======= Por haberse PERDIDA se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0800623114 del Banco Internacional S.A. No.
Cheque 64 AC/ (17980)NR ======= Por haberse REVOCADO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0800619176 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 636 Valor: $ 660.00 Fecha de Giro: 15/2012/11. A la orden de: Santillan G. y Marco AC/ (17980)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No 0800615324 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 850 AC/ (17980)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 550608102 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 135 Valor: $ 200.00 Fecha de Giro: 24-Feb-13. A la orden de: Mayra Lopez AC/ (17980)NR ======= Por haberse se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0800136862 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 314 Valor: $ 762.00 Fecha de Giro: 30/01/2013. A la orden de: Suvey Cad Cia. Ltda. AC/ (17980)NR ======= Por haberse EXTRAVIADO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 600607586 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 6999 Valor: $ 1190.18 Fecha de Giro: 12/02/2013. A la orden de: Jose Luis Granja AC/ (17980)NR ======= Por haberse SUTRAIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0250600124 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 11160 Valor: $ 1726.30 Fecha de Giro: 20 Feb-2013. A la orden de: Tituaña Caiza Fausto AC/ (17980)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a
BANCO PICHINCHA QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 21 de la Cta. Cte. No. 2100024232 perteneciente a CASTILLO CHANGOTASIG ADOLFO WILMER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (1) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 393 de la Cta. Cte. No. 3455478104 perteneciente a RAZO MIRANDA EDGUAR DANILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (2) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2606 de la Cta. Cte. No. 3352539604 perteneciente a CARLOS HUMBERTO ZAMBRANO ZAMBRANO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (3) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 9850 valor $ 2128,50 de la Cta. Cte. No. 3159087104 perteneciente a TRANSMARINA C. A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (4) NR
====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 234 valor $ 100.00 de la Cta. Cte. No. 3503699304 perteneciente a YEPEZ ALCIVAR WILTER ENRIQUE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (5) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 246 de la Cta. Cte. No. 3497072204 perteneciente a PAZ ALVAREZ JENNY MARISOL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (6) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 2675 al 2676 de la Cta. Cte. No. 3059886104 perteneciente a CUEVA AYALA ANA PATRICIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (7) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 32 de la Cta. Cte. No. 2100019791 perteneciente a CUEVA ESTRELLA CRISTINA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (8) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 2880 valor $ 130.00 de la Cta. Cte. No. 3065165304 perteneciente a ABARCA AGUIRRE HUGO ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (9) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 8516 de la
Cta. Cte. No. 3128171604 perteneciente a CARPIO LITARDO EDISON JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (10) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 8269 valor $ 129,27 de la Cta. Cte. No. 3424049404 perteneciente a CATERING ROUTFOOD S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (11) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 3041 de la Cta. Cte. No. 3269989104 perteneciente a URGILES BAQUE MARIA TERESA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (12) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 705 valor $ 220.00 de la Cta. Cte. No. 3424656604 perteneciente a CARPIO CARPIO ELBIA SOBHEIDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (13) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2888 de la Cta. Cte. No. 3463824404 perteneciente a STAR COLOURS REPRESENTACIONES CIA L del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (14) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1017 de la Cta. Cte. No. 3390388504 perteneciente a MORA ARMIJO KLEVER DANILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE INMOBILIARIA RAUL COKA E HIJOS CIA. LTDA. En cumplimiento de las disposiciones legales y de los es-
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE VOLQUETAS VIRGEN DEL CINTO “TRANSCINTO” S.A.
Ltda., se convoca a la Junta General Ordinaria de Socios que se celebrará el día miercoles veintisiete de marzo del dos mil trece a las once de la mañana en el domicilio principal de la compañía ubicado en la Avenida Amazonas 4080 occidental, quinto piso en Quito con el propósito de conocer y resolver sobre los siguientes aspectos: 1.- Informe por el año 2012 del Gerente de la compañía y 2.- Consideración de los Estados Financieros del 2012.
A LAS 15H00PM, PARA CONOCER Y RESOLVER EL SIGUIENTE
1. Informes del Presidente y Gerente General. 2. Examen del balance, cuenta de pérdidas y ganancias correspondientes al ejercicio 2012. 3. Análisis y distribución de los resultados. 4. Remuneración de Presidente, Gerentes y Asesores.
1.- ELECCION DE PRESIDENTE, GERENTE GENERAL, COMISARIO PRINCIPAL Y COMISARIO SUPLENTE DE LA
Ing. Patricio Alarcón L. PRESIDENTE
ATENTAMENTE,
Ing. Michael Alarcón B. GERENTE GENERAL
anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 250611436 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 31 Valor: $ 1065.73 A la orden de: Auto Motor AC/ (17980)NR
DE MANERA ESPECIAL E INDIVIDUAL, SE CONVOCA A LOS
Los documentos relacionados a esta convocatoria están a disposición de los socios en el domicilio principal de la compañía.
Sr. Carlos Velasco S. PRESIDENTE Ing. Javier Martínez J. GERENTE
En caso la Junta General no pudiera reunirse en primera convocatoria por falta de quorum, se procederá a una segunda convocatoria, la misma que tendrá lugar una hora despúes de la primera convocatoria en el mismo lugar establecido y con el mismo objeto. En segunda convocatoria la Junta General se considerará legalmente constituida con el número de socios que asistan, cualquiera que fuere el capital social que representen.
Raúl Coka Barriga GERENTE A.C./93802 AR/90490/cc
60 días posteriores a la última publicación. AC/ (15) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 779 de la Cta. Cte. No. 3484046904 perteneciente a ARGOTI ZAMBRANO BYRON JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (16) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2202 de la Cta. Cte. No. 3435911404 perteneciente a ESTEVEZ ROSALES FRANCO MIGUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (17) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 78 valor $ 500.00 de la Cta. Cte. No. 2100000988 perteneciente a BRITO CARDENAS VINICIO LEONARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (18) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2736 de la Cta. Cte. No. 3352539604 perteneciente a CARLOS HUMBERTO ZAMBRANO ZAMBRANO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (19) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2794 de la Cta. Cte. No. 3352539604 perteneciente a CARLOS HUMBERTO ZAMBRANO ZAMBRANO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (20) NR
====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 640 valor $ 1552,96 de la Cta. Cte. No. 3505970504 perteneciente a TRANSTARAPOA S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (21) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 15231 al 15232 de la Cta. Cte. No. 3112030004 perteneciente a VASQUEZ CERVANTES JAIME ALEJANDRO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (22) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 21193 de la Cta. Cte. No. 3077006304 perteneciente a RHOR ROMANO MARCELO EDUARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (23) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 31 de la Cta. Cte. No. 2100021430 perteneciente a ANDINO RENDON ANGELA MARIBEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (24) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 5933 de la Cta. Cte. No. 3330630204 perteneciente a CEDENO GARCIA WILMER FRANCISCO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (25) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 9707
valor $ 2702,70 de la Cta. Cte. No. 3159087104 perteneciente a TRANSMARINA C. A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (26) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 4052 valor $ 3436,80 de la Cta. Cte. No. 3469589104 perteneciente a ENERGY & PALMA ENERGYPALMA S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (27) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 227 de la Cta. Cte. No. 3484248604 perteneciente a RODRIGUEZ CORDERO NATALIA DE JESUS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (28) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 273 de la Cta. Cte. No. 3497072204 perteneciente a PAZ ALVAREZ JENNY MARISOL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (29) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 19 de la Cta. Cte. No. 2100024232 perteneciente a CASTILLO CHANGOTASIG ADOLFO WILMER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (30) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1110 al 1130 de la Cta. Cte. No. 3506578204 perteneciente a REYNA APOLO ESTRELLA VANESSA del Banco
“Ubi caritas et amor Ibi Deus est”. “Donde hay caridad y amor allí está Dios”
Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (31) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4485 de la Cta. Cte. No. 3434448504 perteneciente a YUNGA RODRIGUEZ NORMA DEL ROCIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (32) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 5935 de la Cta. Cte. No. 3330630204 perteneciente a CEDENO GARCIA WILMER FRANCISCO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (33) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 2797 de la Cta. Cte. No. 3061267604 perteneciente a LUNA PAZMINO HECTOR EDGAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (34) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 341 al 400 de la Cta. Cte. No. 3476252404 perteneciente a TORRES GRANDA ENRIQUE EDUARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los
60 días posteriores a la última publicación. AC/ (35) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3050 de la Cta. Cte. No. 3094331404 perteneciente a LITUMA ARGUDO PEDRO ENRIQUE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (36) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 625 valor $ 398,05 de la Cta. Cte. No. 3136887304 perteneciente a ESPINOZA FREIRE MAXIMILIANO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (37) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 3960 valor $ 440.00 de la Cta. Cte. No. 3143943804 perteneciente a AUTOSERVICIOS OVIEDO FIERRO CIA. LT del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (38) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2762 al 2763 de la Cta. Cte. No. 3444633904 perteneciente a ARTEAGA TORO ANDRES EMILIANO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.
AC/ (39) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 698 valor $ 47.00 de la Cta. Cte. No. 3444838804 perteneciente a PINOARGOTTY LECARO KAROL BETHSABE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (40) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 5019 valor $ 225,29 de la Cta. Cte. No. 3045522104 perteneciente a MEYZA CIA. LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (41) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 21189 de la Cta. Cte. No. 3077006304 perteneciente a RHOR ROMANO MARCELO EDUARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (42) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 5925 de la Cta. Cte. No. 3330630204 perteneciente a CEDENO GARCIA WILMER FRANCISCO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (43) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 318 de la Cta. Cte. No. 2100017245 perteneciente a LOPEZ MEJIA PUBENSA AMPARO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (44) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 268 de
REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
EXTRACTO
EXTRACTO
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA NOGALFRAN S.A.
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y CANCELACIÓN DE LA COMPAÑÍA LABORATORIOS STARCLEAN CIA. LTDA.
1.- Se pone en conocimiento del público que, la Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.Q.13. 0920 de 22 FEB. 2013, aprobó la escritura pública de disolución voluntaria y anticipada de la compañía NOGALFRAN S.A., otorgada ante el Notario Décimo Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 27 de noviembre de 2012, a fin de que quienes se creyeren asistidos del derecho de oposición previsto en el artículo 33 de la Ley de Compañías, como acto previo a su inscripción, puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.
1.- Se pone en conocimiento del público que, la Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.Q.13. 0941 de 23 FEB. 2013 aprobó la escritura pública de disolución, liquidación y cancelación de la compañía LABORATORIOS STARCLEAN CIA. LTDA., otorgada ante el Notario Tercero del Distrito Metropolitano de Quito, el 19 de abril de 2012, a fin de que quienes se creyeren asistidos del derecho de oposición previsto en el artículo 33 de la Ley de Compañías, como acto previo a su inscripción, puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.
2.- Al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada comparece la abogada Maritza Rosa Jasmine Nogales, en su calidad de Presidenta Ejecutiva. La compareciente es de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casada y domiciliada en el Distrito Metropolitano de Quito. La junta general de 27 de abril de 2012, resolvió nombrar Liquidadora Principal a la abogada Maritza Rosa Jasmine Nogales Franco y Liquidador Suplente al señor José Andrés Macchiavello Nogales, quienes para los efectos del artículo 393 de la Ley de Compañías, notifican a los acreedores de la empresa para que en el término de veinte días contados a partir de la última publicación de este Extracto, presenten los documentos que acrediten su derecho en la dirección domiciliaria de la compañía.
2.- Al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada comparece el señor Carlos Francisco Sánchez Sandoval en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la compañía LABORATORIOS STARCLEAN CIA. LTDA. El compareciente es de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, de estado civil casado y domiciliado en el Distrito Metropolitano de Quito. La junta general universal y extraordinaria de socios de la compañía LABORATORIOS STARCLEAN CIA. LTDA., celebrada el 09 de abril de 2012, resolvió nombrar Liquidador al señor Carlos Francisco Sánchez Sandoval, quien para los efectos del artículo 393 de la Ley de Compañías, notifica a los acreedores de la empresa para que en el término de veinte días contado a partir de la última publicación de este Extracto, presenten los documentos que acrediten su derecho en la dirección domiciliaria de la compañía.
Distrito Metropolitano de Quito, a 22 FEB. 2013
Distrito Metropolitano de Quito, a 23 FEB. 2013 Dra. Rosario Carvajal Calvache
Dra. Rosario Carvajal Calvache
AR/90493/cc
REVISTA JUDICIAL VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR la Cta. Cte. No. 3497072204 perteneciente a PAZ ALVAREZ JENNY MARISOL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (45) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 242 de la Cta. Cte. No. 3497072204 perteneciente a PAZ ALVAREZ JENNY MARISOL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (46) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 3518 valor $ 117,50 de la Cta. Cte. No. 3393118804 perteneciente a GUERRERO CABRERA BOLIVAR AUGUSTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (47) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 4117 valor $ 1869,30 de la Cta. Cte. No. 3179384404 perteneciente a UNION PROVINCIAL DE COOPERATIVAS TR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (48) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4540 de la Cta. Cte. No. 3434448504 perteneciente a YUNGA RODRIGUEZ NORMA DEL ROCIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (49) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1232 de la Cta. Cte. No. 3501114204 perteneciente a MARISCAL MUNOZ WILLIAN RICKY del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (50) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 32235 valor $ 871,04 de la Cta. Cte. No. 3085612104 perteneciente a C & S SEPRIV CIA.LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (51) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3061 de la Cta. Cte. No. 3102625704 perteneciente a SUAREZ JAEN FELIX ANDRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (52) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 5918 de la Cta. Cte. No. 3330630204 perteneciente a CEDENO GARCIA WILMER FRANCISCO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (53) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 551 al 580 de la Cta. Cte. No. 3344866604 perteneciente a CADENA PUERTAS ANDRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (54) NR ======
C13
QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3201 al 3300 de la Cta. Cte. No. 3057236704 perteneciente a CARRASCO REVELO JOHN ROBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (55) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 122 valor $ 470.00 de la Cta. Cte. No. 2100004340 perteneciente a DE LA TORRE ARAQUE JOSE MARIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (56) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2821 al 2822 de la Cta. Cte. No. 3352539604 perteneciente a CARLOS HUMBERTO ZAMBRANO ZAMBRANO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (57) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 66 de la Cta. Cte. No. 2100020481 perteneciente a ESTRELLA HERRERA LILIAN ALEXANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (58) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 9895 valor $ 4932,80 de la Cta. Cte. No. 3159087104 perteneciente a TRANSMARINA C. A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (59) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 5104 valor $ 288.00 de la Cta. Cte. No. 3146184104 perteneciente a GOMEZ ORTIZ YAZMINA MARIBEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (60) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 462 valor $ 1154,44 de la Cta. Cte. No. 3415078504 perteneciente a JATIVA GUAPUCAL CECIBEL ROSALBA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (61) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 12190 de la Cta. Cte. No. 3160761304 perteneciente a BERMUDEZ CEDENO LEONARDO ESTEBAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (62) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 721 valor $ 100.00 de la Cta. Cte. No. 3384638204 perteneciente a ALVENDRAVO LOPEZ EVA ALEXANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (63) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 4941 valor $ 1005,17 de la Cta. Cte. No. 3208574104 perteneciente a MACIAS MUNIZ GALO MARCELO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
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REVISTA JUDICIAL C14
VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR
última publicación. AC/ (64) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 21601 valor $ 5100.00 de la Cta. Cte. No. 3412848604 perteneciente a SEGUROS EQUINOCCIAL S. A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (65) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 9496 al 9497 de la Cta. Cte. No. 3332005304 perteneciente a IMPORTADORA ELECTRO CENTRO S.A ELEC del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (66) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 1 valor $ 200.00 de la Cta. Cte. No. 2100027682 perteneciente a GUACHAMIN BOCANCHO MERCY MONSERRATE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (67) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 4865 valor $ 40.00 de la Cta. Cte. No. 3275008604 perteneciente a CALVOPINA HERRERA GLORIA DE LOS ANGELES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (68) NR
====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 3886 valor $ 100.00 de la Cta. Cte. No. 3026035404 perteneciente a MONTENEGRO MORILLO CARLOS ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (69) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 256 de la Cta. Cte. No. 3497072204 perteneciente a PAZ ALVAREZ JENNY MARISOL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (70) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 282 de la Cta. Cte. No. 3497072204 perteneciente a PAZ ALVAREZ JENNY MARISOL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (71) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1991 al 2040 de la Cta. Cte. No. 3371504404 perteneciente a BALDUS CALERO HELMOUT FERNANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (72) NR ======
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA DISPENGAS COMERCIALIZADORA S.A De conformidad con la Ley y el Estatuto, se convoca a los señores accionistas de la compañía DISPENGAS COMERCIALIZADORA S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas a celebrarse el día martes diez y nueve de Marzo del dos mil trece, a las 17h00, en el domicilio de la compañía ubicado en la Av. Amazonas y 802, para conocer y resolver a cerca de los siguientes puntos del orden del día: 1.
2.
3. 4.
Conocer y resolver los informes del Gerente General y Comisario, del ejercicio Económico del 2012. Conocer y resolver el Balance Anual, Estado de pérdidas y Ganancias por el Ejercicio Económico 2012. Resolver sobre los resultados obtenidos en el período 2012. Conocer y resolver sobre el Aumento de Capital y Reformas de los Estatutos Sociales.
Se Convoca de manera especial y señalada a la señora Comisaria de la Compañía. cuentran en la secretaría de la Compañía:
JUDICIAL QUITO
QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1551 al 1610 de la Cta. Cte. No. 3072000704 perteneciente a PARRA CALVACHE REINALDO RAUL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (73) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1369 de la Cta. Cte. No. 3476337604 perteneciente a PINEDA LLANOS SANTIAGO ALEJANDRO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (74) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 8387 valor $ 1000.00 de la Cta. Cte. No. 3016058404 perteneciente a ASOCIACION PROFESIONAL DE TRAB.DE A del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (75) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 10972 de la Cta. Cte. No. 3030753004 perteneciente a CLINICA SALUD ODONTOLOGICA ODONTOSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (76) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1399 al 1409 de la Cta. Cte. No. 3439616104 perteneciente a SAQUICELA CARDENAS JOHN EDWIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (77) NR ====== QUEDA ANULADO
No hay ninguna cosa seria que no pueda decirse con una sonrisa. (A L E JA N D R O C A S O NA ).
Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2726 de la Cta. Cte. No. 3352539604 perteneciente a CARLOS HUMBERTO ZAMBRANO ZAMBRANO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (78) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2238 de la Cta. Cte. No. 3030822304 perteneciente a PROANO GARRIDO ALEX SIDNEY del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (79) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 573 al 574 de la Cta. Cte. No. 3454775404 perteneciente a ARBELOA S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (80) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 289 de la Cta. Cte. No. 3497072204 perteneciente a PAZ ALVAREZ JENNY MARISOL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (81) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2186 de la
Cta. Cte. No. 3435911404 perteneciente a ESTEVEZ ROSALES FRANCO MIGUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (82) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 184 valor $ 1529,80 de la Cta. Cte. No. 3427447904 perteneciente a VIDLET S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (83) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 55 al 60 de la Cta. Cte. No. 2100002467 perteneciente a SOLIS MARFETAN GABRIELA CRISTINA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (84) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1774 de la Cta. Cte. No. 3089601704 perteneciente a LARRIVA COELLAR SILVANA ALEXANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (85) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 2366 valor $ 334,70 de la Cta. Cte. No. 3056607904 perteneciente a COMERCIALIZADORA
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COOPROGRESO Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0110282997 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VALENZUELA ALVAREZ ANGEL GERARDO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17944/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0201352508 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a LLIVI QUITO LUIS ENRIQUE se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17945/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0201360427 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PANAMA MATANGO WILIAN JAVIER se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17946/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 301291669 y Libreta de Aportaciones No. 370128106 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a
SALAZAR OREJUELA JAVIER ANTONIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17947/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 040021153 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a TACURI CHINCHIN MYRIAM ELIZABETH se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17948/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401630306 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a RODRIGUEZ ROSALES LETTY JAQUELINE se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17949/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0301273738 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CARVAJAL JIMENEZ JUAN CARLOS se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17950/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0701087853 y Libreta de Aportaciones No. 0770018057 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GARCES MARTINEZ ELLY MARCELO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.
AC/17951/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0301304135 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SANTAFE CANDO JUAN CARLOS se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17952/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0101532429 y Libreta de Aportaciones No. 0170166603 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GARCIA SOTOMAYOR KATY KARINA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17953/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Aportaciones No. 0870076663 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a FREIRE BUÑAY EMISEL ARTURO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17954/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0601267538 y Libreta de Aportaciones No. 0670018803 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ESTEVEZ FARINANGO NIEVES MARGOTH se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17955/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401633776 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE ASISTENCIA TOTAL RAÚL COKA BARRIGA RKB CIA. LTDA.
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE COMERCIAL ADUANERA INTERNACIONAL RAUL COKA BARRIGA CIA. LTDA.
En cumplimiento de las disposiciones legales y de los estatutos de
En cumplimiento de las disposiciones legales y de los estatutos de
se convoca a la Junta General Ordinaria de Socios que se celebrará el día miercoles veintisiete de marzo del dos mil trece a las dieciseis horas con treinta minutos en el domicilio principal de la compañía ubicado en la Av. Amazonas 4080 y Unión Nacional de
Cia. Ltda., se convoca a la Junta General Ordinaria de Socios que se celebrará el día miercoles veintisiete de marzo del dos mil trece a las ocho de la mañana en el domicilio principal de la compañía ubicado
en Quito con el propósito de conocer y resolver sobre los siguientes aspectos: 1.- Informe por el año 2012 del Gerente General de la compañía y 2.- Consideración de los Estados Financieros del 2012. 3.- Distribución de utilidades a disposición de los socios. En caso la Junta General no pudiera reunirse en primera convocatoria por falta de quorum, se procederá a una segunda convocatoria, la misma que tendrá lugar una hora despúes de la primera convocatoria en el mismo lugar establecido y con el mismo objeto. En segunda convocatoria la Junta General se considerará legalmente constituida con el número de socios que asistan, cualquiera que fuere el capital social que representen. Los documentos relacionados a esta convocatoria están a disposición de los socios en el domicilio principal de la compañía.
Atentamente, Eco. Galo Patricio Mancheno Villacreses PRESIDENTE DISPENGAS COMERCIALIZADORA S.A.
“GODOY RUIZ” S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (86) NR
Cinthya Coka Aguirre GERENTE GENERAL
Puerta del Sol, Torre Occidental, quinto piso en Quito con el propósito de conocer y resolver sobre los siguientes aspectos: 1.2.3.4.5.-
Informe por el año 2012 del Gerente General de la compañía. Consideración de los Estados Financieros del 2012. Informe por el año 2012 de los Auditores Externos de la compañía. Designación de Auditores Externos de la compañía por el año 2013. Distribución de utilidades a disposición de los socios.
En caso la Junta General no pudiera reunirse en primera convocatoria por falta de quorum, se procederá a una segunda convocatoria, la misma que tendrá lugar una hora despúes de la primera convocatoria en el mismo lugar establecido y con el mismo objeto. En segunda convocatoria la Junta General se considerará legalmente constituida con el número de socios que asistan, cualquiera que fuere el capital social que representen. Los documentos relacionados a esta convocatoria están a disposición de los socios en el domicilio principal de la compañía. José Antonio Coka A. GERENTE GENERAL
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AR/90492/cc
ALMACHI CHIGUANO JUAN CARLOS se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17956/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0901169293 y Libreta de Aportaciones No. 0970039870 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MORALES OÑA LUIS FERNANDO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17957/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1001129703 y Libreta de Aportaciones No. 1007661668 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CONFORME C O N FO R M E LIMBERTH DANIEL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17958/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes No 1100016003 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ESPINOZA CAPA YESICA SECIBEL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17959/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes No 1100013919 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a RAMOS MENDOZA MARIA DEL
CARMEN se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17960/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1001159294 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GUAMAN SANCHEZ SILVIA IRENE se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17961/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1001188250 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MERA RIERA JORGE PAUL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17962/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes No 1700001812 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CHAVEZ ALCIVAR ERIKA VANESSA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17963/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1601036755 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a LOPEZ PEÑAFIEL MARCO ANTONIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.
AC/17965/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0601288947 y Libreta de Aportaciones No. 0607103744 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GUARANGA BAZAN MARIA PRESENTACION se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17966/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0901192900 y Libreta de Aportaciones No. 0907075430 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CHOLOQUINGA UMAJINGA JOSE ALFONSO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17967/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0101675528 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SAMANIEGO SARANGO DANNY RODRIGO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17968/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1210032110 y Libreta de Aportaciones No. 0270006290 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a LOMAS SERRANO SEGUNDO MOISES se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE TERMAS DE PAPALLACTA S.A. Convócase a los accionistas de Termas de Papallacta S.A. a la Junta General de Accionistas que tendrá lugar el día jueves 28 en Quito, Foch E7-38 y Reina Victoria, con el objeto de tratar el siguiente orden del día: 1. 2. 3. 4. 5.
7. 8. 9.
Conocimiento y resolución sobre los informes de Administración. Conocimiento y resolución sobre el informe de Comisario. Conocimiento y resolución sobre los Balances y Estados de Resultados correspondientes al año 2012. Conocimiento del informe de los Auditores Externos. Elección de Comisario Principal y Suplente para el Ejercicio del año 2013. para el año 2013. Destino de las utilidades del Ejercicio 2012. Nombramiento de Gerente. Revisión de las remuneraciones de Presidente y Gerente.
“¡Qué poco ruído hacen los verdaderos milagros!” (A N T O I N E
AC/17969/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes No 1200005480 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CHUNCHIR YAZAN JOSE NAZARIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17970/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 801279707 y Certificado de Inversión DPF / DPFP 141DPFP00001127 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a AGUIRRE CABRERA GERMANIA MARISOL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17971/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 601249740 y Libreta de Aportaciones No. 170083644 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PAILLACHO QUISHPE BLANCA MONICA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17972/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios
DE
S A I N T -E X U P E RY )
No. 110154854 y Libreta de Aportaciones No. 170133304 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MALES AULLA VIVIANA DEL ROCIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17973/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 415110004452 y Libreta de Aportaciones No. 415170004464 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a BAQUE ARTEAGA CRISTIAN ALEJANDRO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17974/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1210001513 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GANCHALA ESCOBAR LUIS JORGE se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17975/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1001152115 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA SEAGULL S.A. Por medio de la presente tengo a bien convocar a los señores accionistas de SEAGULL S. A. a Junta General Ordinaria de Accionistas, la misma que se llevará a cabo el día Viernes 22 de Marzo del año 2013, a las 11 horas, en el local de la compañía ubicado en la Av. Orellana 1172 y Av. Amazonas, Noveno Piso, ciudad de Quito, para tratar el siguiente orden del día: 1.
2.
3.
4.
Conocimiento y resolución sobre el informe de Gerente General, por el ejercicio económico del año 2012. Conocimiento y resolución sobre el informe de Comisario, por el ejercicio económico del año 2012. Conocimiento y resolución sobre el balance y estado de pérdidas y ganancias del ejercicio económico del año 2012. Resolución sobre el destino de utilidades.
No obstante esta convocatoria, se ha procedido a convocar individual y señaladamente al comisario de la compañía.
sobre los que se tratará en la Junta.
Se comunica a los señores accionistas de la
Se convoca de manera especial al Comisario Sr. Wilfrido Herrera.
desde inicios del presente mes, se encuentran a su disposición todos los documentos pertinentes del ejercicio económico del año 2012.
Quito, 8 de marzo de 2013 Presidente
Quito, 8 de marzo del 2013.
Gerente
REVISTA JUDICIAL VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17986/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes No 0800012786 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CARRILLO ARMENDARIZ TATIANA BERENICE se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17987/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0101589396 y Libreta de Aportaciones No. 0170252970 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a NOQUEZ GUAMAN DELIA MARIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17988/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1301098743 y Libreta de Aportaciones No. 1370020021 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GUALAVISI ULCUANGO CARMEN AMELIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA “FLORSARIO S.A.” De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y en las disposiciones estatutarias pertinentes, se convoca a los señores accioJunta General de Accionistas que tendrá lugar el día lunes 18 de marzo de 2013, a las 09:00, en el domicilio principal de la empresa ubicado en la Avenida Galo Plaza Lasso N51-127 (Avenida 10
1. Conocimiento y Resolución sobre los Informes de la Administración y del Comisario. 2. Conocimiento y Resolución sobre los Estados Financieros. 3. Conocimiento y Resolución sobre el destino de las utilidades. 4. Efectuar las designaciones que le compete. Los documentos que serán conocidos por la co 2012, y se encuentran a disposición de los señores accionistas con la anticipación legal, en ubicadas en la dirección antes mencionada. Se convoca especial e individualmente al Comisario de la compañía, señor Mauricio Carrera Quito, a 08 de marzo de 2013. Ms. Olvia Hidalgo Barahona GERENTE GENERAL FLORSARIO S.A.
Judy Diana Chang cansing Gerente General AR/90538/cc
ILIJAMA YAGUACHI LIGIA ELENA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17976/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0510010018 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a RODRIGUEZ VALAREZO MANUEL BENJAMIN se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17983/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 601251470 y Libreta de Aportaciones No. 607114453 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GUARAS USHIÑA JORGE HUMBERTO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17984/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 301379098 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ESPINOSA ESCALANTE MARIA TERESA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17985/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401416712 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a G UA N O C H A N G A CAIZA FRANKLIN ORLANDO se procederá a anularla. Particular que se
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AC/17989/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 610085207 y Libreta de Aportaciones No. 670066071 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a DIAZ VILLOTA MARIA MAGDALENA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17990/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Aportaciones No. 0170070502 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SALAZAR ENCALADA ANIBAL EDUARDO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17991/NR
BANCO RUMIÑAHUI QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8212163500 Nro. Cartola 18110810035 Cliente CANDO QUINATOA, JUANMACIAS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8057824100 Nro. Cartola 17096480326 Cliente CASTILLO LANDETA, KLEBER-EDUARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8014049300 Nro. Cartola 16798960155 Cliente ZURITA CARPIO, MARIETA-GRACIELA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8181331800 Nro. Cartola 17874750148 Cliente LINCANGO PANCHI, JORGEJAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8204900800 Nro. Cartola 18066700024 Cliente CAICEDO MIRANDA, JOEFRANK del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8209417500 Nro. Cartola 18088240280 Cliente PROANO PEREZ, CAROL-ELISA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (6)NR
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
REVISTA JUDICIAL C16
VIERNES 8 DE MARZO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR
========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8147930500 Nro. Cartola 17524570276 Cliente AIGAJE SORIA, JOFFRE-VLADIMIR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8148414600 Nro. Cartola 17523150211 Cliente CHAMORRO VARGAS, RENEMANUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8148075000 Nro. Cartola 17527120202 Cliente PILA VIRACOCHA, JUANKLEBER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8044036400 Nro. Cartola 17330650387 Cliente VILLARRUEL OVIEDO, JOSE-ERNESTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8163478000 Nro. Cartola 17696160161 Cliente QUISPHE PAUCAR, DIEGO-AUGUSTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8159595000 Nro. Cartola 17652300132 Cliente CUZCO ALCOCER, ROSA-MERCEDES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8120421800 Nro. Cartola 16653930269 Cliente MARCALLA RUIZ, DIEGO-FRANCISCO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8196854800 Nro. Cartola 18018280059 Cliente NUNEZ BOSQUEZ, MARIA-AUGUSTA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8184416300 Nro. Cartola 17910330012 Cliente BELTRAN RODRIGUEZ, LUCIA-MAGDALENA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA
Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8032602500 Nro. Cartola 16587450277 Cliente BAHAMONDE GONZALEZ, ROSA-ANGELICA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8158519100 Nro. Cartola 17641420108 Cliente ALVARADO ., DIEGOJHONATTAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8230164900 Nro. Cartola 18203280005 Cliente ROMAN SALGUERO, ALEJANDRA-BELEN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8068114900 Nro. Cartola 17290620156 Cliente GUALOTO LOACHAMIN, JUAN-FRANCISCO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8002823800 Nro. Cartola 17070930288 Cliente BAILON LUCAS, ROBINSONJAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8055730200 Nro. Cartola 16968120408 Cliente VILLAMARIN GUAMAN, JOSE-HUMBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8121400400 Nro. Cartola 16908000405 Cliente ALVARIO ESPINOZA, EDWIN-ENRIQUE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8248706800 Nro. Cartola 18299530032 Cliente COLCHA QUIMBITA, MARIACECILIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8022326300 Nro. Cartola 17340600208 Cliente TANGUILA GREFA, EUDOROEDWARD del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (24)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8208647100
JUDICIAL QUITO
Nro. Cartola 18081630040 Cliente VARAS PENALOZA, CHRISTIAN-MAURICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (25)NR ========= QUEDA ANULADO Por pérdida del Cheque No. 549 al 555 de la Cta No. 8003540504 perteneciente a BENAVIDES VILLAGOMEZ, LIGIA-GIOVANNY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 6 días posteriores a la última publicación. AC/ (26)NR ====== QUEDA ANULADO Por pérdida del Cheque No. 301 de la Cta No. 8020636104 perteneciente a LLUMIQUINGA ZAPATA, ALEXANDRA-ROCIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 6 días posteriores a la última publicación. AC/ (27)NR
BANCO DEL AUSTRO Por orden del titular, se procederá a la REVOCATORIA de pago por: Cheque No. 115 . Cuenta Corriente 1200016765 Motivo Sustracción Quien tenga derecho sobre el (los) mismo (s), favor presentar su reclamo a Banco del Austro S.A. dentro de los 60 días, contados a partir de esta publicación, caso contrario se declarará (n) sin efecto. AC/ (1)NR ====== Por orden del titular, se procederá a la REVOCATORIA de pago por: Cheque No. 117 . Cuenta Corriente 1200016765 Motivo Sustracción Quien tenga derecho sobre el (los) mismo (s), favor presentar su reclamo a Banco del Austro S.A. dentro de los 60 días, contados a partir de esta publicación, caso contrario se declarará (n) sin efecto. AC/ (2)NR ====== Por orden del titular, se procederá a la REVOCATORIA de pago por: Cheque No. 120 . Cuenta Corriente 1200016765 Motivo Sustracción Quien tenga derecho sobre el (los) mismo (s), favor presentar su reclamo a Banco del Austro S.A. dentro de los 60 días, contados a partir de esta publicación, caso contrario se declarará (n) sin efecto. AC/ (3)NR ====== Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 587456 emitida a nombre de Gamez Capello Edgar Geovanny se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (4)NR ========= C o nfo r m e dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 569668 emitida a nombre de Libeth Tanquina Pullapaxi se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (5)NR ========= C o nfo r m e dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 563261 emitida a nombre de Rivas Alfonso se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución.
AC/ (6)NR
RESOLUCIÓN No. SBS-DTL-2013-109 CÉSAR CARRERA SEGOVIA DIRECTOR DE TRÁMITES LEGALES, SUBROGANTE BANCO PROCREDIT Banco Procredit S.A. pone en conocimiento del público, la anulación del certificado de depósito a plazo fijo No. 78146 con cuenta No. 390201-023915-0 a nombre de la señora NARANJO TIBANLOMBO MAURA MONICA con CC No. 020119044-4 AR/90528/cc ====== Banco Procredit S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de ahorros 39-0101-160468-0 de OÑA OÑA MARCIA ELIZABETH con C.I: 170945487-8 AR/90529/cc ====== Banco Procredit S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida del deposito a plazo fijo número 110201024360 de MAFLA MENDEZ MARI ESQUITA, con cédula de identidad 1002154290. AR/90530/cc ====== Banco Procredit S.A. pone a conocimiento del público, la anulación por perdida del cheque 90 de la cuenta 06030121976 de RACINES BARBA DOLORES RAFAELA portador de la cédula de identidad N° 1700472531. AR/90531/cc ====== Banco Procredit S.A. pone a conocimiento del público, la anulación por perdida la libreta de la cuenta 0601010863918 de RODRIGUEZ PATIÑO ENMA LUCIA portador de la cédula de identidad N° 1715224588. AR/90532/cc ====== Banco Procredit S.A. pone a conocimiento del público, la anulación por perdida la libreta de la cuenta 0601011116938 de BETTY GERMANIA BRAVO LEMA portador de la cédula de identidad N° 0502897903 AR/90533/cc ===== Banco Procredit S.A. pone en conocimiento del público, la anulación de la libreta No 0666689 la cuenta de ahorros No 107875880101 a nombre de MAJI PATAJALO ALBERTO GUSTAVO con CC 0602833014 AR/90535/cc ====== Banco Procredit S.A. pone en conocimiento del público, la anulación del certificado de depósito a plazo fijo No. 0072377 con cuenta No. 1002010248560 a nombre de la señora NORMA PIEDAD QUINATOA CHICAIZA con CC No. 171993907-4 AR/90536/cc ===== Banco Procredit S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida del certificado a plazo fijo No. 0082135 Cta. No. 1902010257746 de la señora Soto Birriel Adriana Nora, Nro Pasaporte 035942104 AR/90508/cc
CONSIDERANDO: QUE el señor Rafael Mateus Ponce, Gerente General y Representante Legal de la compañía SEGUROS UNIDOS S.A. y el doctor Nilo Noguera Delgado abogado patrocinador de la misma han solicitado la aprobación del aumento de capital social y reforma de Estatuto Social de la citada empresa de seguros, acompañando para el efecto los tres primeros testimonios de la escritura pública otorgada el 13 de diciembre de 2012, ante el Notario Trigésimo Séptimo del Cantón de Quito, doctor Roberto Dueñas Mera. QUE la Junta General Universal de Accionistas de la compañía SEGUROS UNIDOS S.A., en sesión celebrada el 27 de agosto de 2012 resolvió el aumento de capital social y reforma del estatuto social; QUE la Intendencia Nacional del Sistema de Seguro Privado, mediante memorando No. INSP-DA2-2013043 de 29 de enero de 2012, señala que no hay objeción alguna en la parte económica financiera; QUE la Dirección de Trámites Legales de la Intendencia Nacional Jurídica ha emitido informe favorable para la aprobación solicitada, contenido en el memorando interno No. DTL-2013-98 de 19 de febrero de 2013; y, EN ejercicio de las atribuciones delegadas por el señor Superintendente de Bancos y Seguros, mediante resolución No. ADM-2012-10985 de 13 de junio de 2012, y de la subrogación conferida con resolución ADM-2013-11357 de 8 de febrero de 2013. RESUELVE: ARTÍCULO 1.- APROBAR: a) el aumento de capital social de la compañía SEGUROS UNIDOS S.A. en la suma de un millón seiscientos treinta y seis mil quinientos cuarenta y un dólares de los Estados Unidos dividido en cinco millones seiscientos sesenta y seis mil sesenta y ocho acciones ordinarias y nominativas, la mencionada compañía, de conformidad con los términos constantes en la escritura pública otorgada el 13 de diciembre de 2012, ante el Notario Trigésimo Séptimo del Cantón Quito, doctor Roberto Dueñas Mera. ARTICULO 2.- DISPONER que esta resolución se publique, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación del Distrito Metropolitano de Quito, conjuntamente con el extracto de la escritura pública de aumento de capital social y reforma del estatuto social de la compañía SEGUROS UNIDOS SA.; y remita dos ejemplares de la publicación realizada. ARTÍCULO 3.- DISPONER que el Notario Trigésimo Séptimo del Cantón Quito, tome nota al margen de la escritura pública que contiene el aumento de capital social y reforma del estatuto social de la compañía SEGUROS UNIDOS S.A., otorgada el 13 de diciembre de 2012, en el sentido de que ésta ha sido aprobada mediante la presente resolución y siente las razones correspondientes. ARTÍCULO 4.- DISPONER que el Notario Décimo Primero del Cantón Quito, tome nota al margen de la escritura pública de constitución de la Compañía SEGUROS UNIDOS DEL AUSTRO S.A. actualmente SEGUROS UNIDOS S.A., otorgada el 18 de octubre de 1994, en el sentido de que ésta ha procedido a aumentar el capital social; y, reformar el estatuto social, en los términos de la escritura pública otorgada el 13 de diciembre de 2012 ante el Notario Trigésimo Séptimo del Cantón de Quito, doctor Roberto Dueñas Mera; y, siente las razones correspondientes. ARTÍCULO 5.- DISPONER que el Registrador Mercantil del cantón Quito, inscriba la escritura pública de aumento de capital social y reforma del estatuto social de SEGUROS UNIDOS S.A., junto con la presente resolución; y ponga las notas de referencia de acuerdo con la Ley de Registro. ARTÍCULO 6.- DISPONER que la compañía, cumplido lo anterior, remita a la Dirección de Trámites Legales de la Superintendencia de Bancos y Seguros, copia certificada de la escritura pública con la constancia de todo lo actuado. COMUNÍQUESE.- Dada en la Superintendencia de Bancos y Seguros, en Quito, Distrito Metropolitano, el diecinueve de febrero de dos mil trece. Dr. César Carrera Segovia DIRECTOR DE TRAMITES LEGALES, SUBROGANTE LO CERTIFICO.- Quito, Distrito Metropolitano, el diecinueve de febrero de dos mil trece. Lcdo. Pablo Cobo Luna SECRETARIO GENERAL Hay un sello de certificación
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL Y REFORMA DE ESTATUTO DE SEGUROS UNIDOS S.A. 1. Lugar, fecha, notario ante quién se otorgó; e inscripción. En Quito, Distrito Metropolitano, el 13 de diciembre de 2012, ante el Notario Trigésimo Séptimo del cantón Quito, doctor Roberto Dueñas Mera. 2. Nombre; nacionalidad, domicilio y calidad en la que comparece el otorgante. Señor Rafael Alberto Mateus Ponce, de nacionalidad ecuatoriano y domiciliado en el Distrito Metropolitano de Quito, en su calidad de Gerente General de SEGUROS UNIDOS S.A. 3. Domicilio de la compañía. Quito, Distrito Metropolitano. 4. Aumento de capital social.
MUTUALISTA PICHINCHA Se anula la libreta de ahorros No. 020693839 de la Mutualista Pichincha AR/90541/cc
ANULACIONES VARIAS Coop. 29 de Octubre. Se anula por perdida la libreta de ahorros # 4501387754 perteneciente a Franklin Santiago Calderón de la Coop. 29 de Octubre. A.P./55685/k.m. ======
El capital suscrito y pagado de SEGUROS UNIDOS S.A., queda fijado en la suma de cinco millones seis5. Reforma del estatuto social. Se aprueba la reforma del estatuto social en los términos de la escritura pública otorgada el 13 de diciembre de 2012, ante el Notario Trigésimo Séptimo del cantón Quito, doctor Roberto Dueñas Mera. 6. Aprobación de la Superintendencia de Bancos y Seguros. El acto societario referido fue aprobado por esta institución mediante Resolución No. SBS-DTL-2013-109 de 19 de febrero de 2013. Quito, Distrito Metropolitano, 27 de febrero de 2013 Dr. Pablo Cobo Luna SECRETARIO GENERAL
A.C./93821