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Edición impresa Revista Judicial del 27 de diciembre de 2012

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REVISTA JUDICIAL C00

JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 10193

LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR

Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO

Editora LCDA. NATHALY SALAZAR BRITO

ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

http//www.derechoecuador.com

Dirección: Panamericana Norte Km 31/2 y Nazareth | Telf: 2475723 al 728 | E-mail: judicial@derechoecuador.com

Contribuciones societarias y títulos de crédito año 2012 Pago de contribuciones anuales El art. 449 de la Ley de Compañías establece q u e los fondos para atender a los gastos de la Superintendencia de Compañías se obtendrá n de las contribuciones que el Superintendente impondrá a las sociedades sujetas a su vigilancia y control, mismas que se fijarán anualmente, antes del primero de agosto, en relación a los correspondientes activos reales de cada compañía. Las compañías nacionales y las sucursales de compañías extranjeras pagarán anualmente a la Superintendencia de Compañías la contribución, que no excederá del uno por mil del monto de sus activos reales, que constan en el balance general o estado de situación del ejercicio económico inmediatamente anterior. Sin embargo, aquellas sociedades en las que el cincuenta por ciento o más del capital estuviere representado por acciones pertenecientes al sector público o a entidades privadas con finalidad social o pública, pagarán únicamente la mitad de la contribución, para lo cual deberán justificar tal derecho, remitiendo hasta el 30 de abril de cada año, la nómina de accionistas debidamente certificada, sin perjuicio de que su incumplimiento ocasione la determinación de la obligación, y/o la emisión del título de crédito por el 100% del valor de la contribución. Una vez emitido el título de crédito, no se aceptará ni procesará reclamo alguno por parte de las compañías mencionadas. Determinación del monto de

los activos Para determinar el monto de los activos reales sujetos al pago de contribuciones se restarán los valores correspondientes a las provisiones para in cobrables, las depreciaciones acumuladas de activos fijos y las amortizaciones acumuladas de activos diferidos. El monto de activos reales de las sucursales de compañías extranjeras que ejerzan sus actividades en el Ecuador, cualquiera que sea su especie, se determinará de igual manera, sobre los activos situados dentro del

doras de acciones y sus vinculadas podrán presentar su s estados financieros consolidados, dentro del primer cuatrimestre del año, adjuntan do el detalle de las compañías vinculadas y pagarán la contribución sobre los activos reales que se reflejen en dichos estados financieros consolidados.

territorio nacional. Para consorcios y asociaciones en las que formen parte las compañías nacionales o sucursales de compañías o empresas extranjeras, la contribución se calculará tomando como base los activos reales de la asociación, debiendo deducir de su monto total el valor de las aportaciones hechas por las compañías asociadas, siempre que estas aportaciones se reflejen en su s propios balances. Las compañías holding o tene-

determinarán el valor del activo real y remitirá n el correspondiente informe a las secciones de contribuciones a nivel nacional, para que realicen la determinación de la obligación y/o emitan el título de crédito respectivo.

Verificación de cumplimiento Hasta el 31 de mayo, las intendencias de control e intervención a nivel nacional, verificarán el cumplimiento de presentación de balances y estados financieros,

Títulos de crédito Si las compañías obligadas a la contribución no hubieren remitido oportunamente los estados financieros, y la Superintendencia de Compañías no dispusiere de información

sobre el monto del activo del respectivo año, podrá emitir títulos de crédito provisionales, tomando como base el activo real que conste en el último balance presentado. La Superintendencia de Compañías, previo a emitir los títulos de crédito por contribuciones societarias realizará la determinación de la obligación, y una vez cumplida, se procederá con la emisión in mediata de los títulos de crédito, en original y dos copias, se los registrará en el sistema societario y en el auxiliar de cada compañía, para

posteriormente iniciar con la notificación. Notificación de títulos de crédito Las formas en las que se hará conocer a las compañías los v alores que han sido establecidos en la determinación de la obligación tributaria y que deben cancelar a la Superintendencia de Compañías son: - Por la prensa.- El Director Financiero, hasta el 31 de mayo de cada año, dispondrá la publica-

ción de la notificación de carácter general, por tres días distintos, en los diarios de mayor circulación nacional y de cada jurisdicción, que se ha procedido a realizar la determinación de la obligación tributaria, a todas aquellas compañías que han presentado sus estados financieros. - Por correo electrónico.- Los jefes de contribuciones o quien haga sus veces, a nivel nacional, notificarán automáticamente, a través de los correos electrónicos, debidamente registrados en la institución, los valores a cancelar por concepto de contribuciones. - Por correo certificado o por servicios de mensajería.- Los jefes de contribuciones o quien haga sus veces, a nivel nacional, entregarán, el detalle en medio magnético y las liquidaciones de valores, resultado de la determinación de la obligación tributaria a la Sección de Documentación y Archivo, para que procedan a la notificación a cada una de las compañías. - Documentación y Archivo informará a la Sección de Contribuciones y Coactivas, la recepción o no de las liquidaciones, resultado de la determinación de la obligación tributaria por cada una de las compañías. - En persona.- Los jefes de contribuciones o quien haga sus veces, a nivel nacional, notificarán con la liquidación de la determinación de la obligación tributaria, en forma personal a los usuarios que se acerquen a la institución (ventanillas institucionales), dejando constancia de esta actividad, sin perjuicio de lo indicado en el art. 108 del Código Tributario. CONTINUA EN LA PÁGINA - C2

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JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR

- Además, se podrá notificar por cualquiera de las otras formas establecidas en el artículo 107 del Código Tributario. Si la notificación, fuere recibida en un día u hora inhábil, surtirá efectos a partir del primer día hábil o laborable siguiente a la recepción de dicha notificación. En caso de que la Superintendencia de Compañías

DIVORCIOS JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: RENÉ ROLANDO REYES ROSERO ACTOR: MARGARITA RAQUEL ALMEIDA ATIAJA JUICIO DE DIVORCIO No. 20101025-EG CUANTIA: INDETERMINADA FUNDAMENTO LEGAL: ART. 110 NUMERAL 3 DEL CÓDIGO CIVIL AB. DEFENSOR: DR. JOFFRE TAPIA ESPINOZA OBJETO: MEDIANTE SENTENCIA SE DECLARE DISUELTO EL VINCUO MATRIMONIAL QUE NOS UNE. PROVIDENCIA JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.-Quito, lunes 25 de junio del 2012, las 10h44. Agréguese a los autos el escrito presentado.- En mérito al juramento que tiene rendido la señora Margarita Raquel Almeida Atiaja y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que se cite al demandado señor RENÉ ROLANDO REYES ROSERO, para los fines legales pertinentes, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito.- Al efecto remítase el extracto correspondiente. Cítese y Notifíquese.-f) DRA. LIZBETH RON CADENA, JUEZA Lo que comunico a usted parta los fines de Ley. AB. FANNY JUMBO GOMEZ SECRETARIA DEL JUZGADO DÉCIMO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello AR/89533/cc R. del E. JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LOS CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL PARA: SILVIA CARMELA NAVARRETE ALBAN JUICIO: 0 5 5 4 -2 0 1 2- C . M . DIVORCIO ACTOR: JAIME GUSTAVO PROAÑO ALVARADO DEMANDADO: SILVIA CARMELA NAVARRETE ALBAN OBJETO Con fundamento en lo dispuesto en el Art.105 Numeral 4, 106 y 110 causal 11 inciso segundo, Art. 118 y demás pertinentes del Código de Procedimiento Civil, se demanda el Divorcio a Silvia Carmela Navarrete Alban . TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA ABOGADO PATROCINADOR: Dr. Pablo Cruz Jaramillo Mat. F.A. 172001-159 PROVIDENCIA.JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, Miércoles 27 de Junio del 2012, las 07h58.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud del sorteo realizado en la respectiva oficina de Sorteos y en calidad de Juez Suplente mediante Oficio Nro. 012-DDP-JAR, de 24 de enero del 2005.- En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se le acepta a trámite Verbal Sumario propuesto.En mérito del juramento rendido por parte del actor Jaime Gustavo Proaño Alvarado, sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de su cónyuge la demandada Silvia Carmela Navarrete Alban, cítese con el contenido de la demanda y éste auto que antecede a la demandada Silvia Carmela Navarrete Alban, por la prensa en uno de los periódicos de

JUDICIAL QUITO

desconozca la dirección postal o el domicilio tributario actual de los contribuyentes, o cuando el courrier o mensajero devolviere los títulos de crédito por no haber localizado al deudor, siempre que hasta el 15 de enero del año siguiente no hayan pagado los valores pertinentes, el Director Financiero de la oficina matriz, coordinadores financieros e intendentes de compañías en las demás intendencias, procederán a notificar por la prensa; esta notificación contendrá el número del expediente, nombre, razón social o denominación objetiva de la compañía deudora, número, año

mayor circulación de esta ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, mediando cada publicación ocho días cada una y una de otra de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguense al proceso la documentación adjunta.- Tómese en cuenta la cuantía y casillero judicial señalado por el actor Jaime Gustavo Proaño Alvarado, para sus notificaciones posteriores.- Actúe el Dr. Luis Chulde Ruano, en calidad de Secretario encargado en virtud de la Acción de Personal Nro. 2031-DP-DPP, de 18 de agosto del 2011.- Cítese y Notifíquese.. F) Dr. Reinaldo Flor Alvarado. Juez.- Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus notificaciones.Certifico. DR. LUIS CHULDE RUANO SECRETARIO ENCARGADO Hay un sello AR/89235/cc EXTRACTO JUDICIAL DEMANDANTE LOPEZ CASTRO MARIANA D E M A N DA D O : B E N AV I D ES QUIGUANTAR JOSE ANTONIO MATERIA: DIVORCIO JUICIO: VERBAL SUMARIO Nro.342-2012. CUANTIA: INDETERMINADA DOMICILIO DEL ACTOR. Abg. CARLOS RAMIRO HURTADO Casillero Judicial Nro.- 260 JUEZ. Dr. PEDRO LEIVA GALLEGOS. JUZ SUPLENTE DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE IBARRA. JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE IMBABURA, Ibarra, Lunes 27 de agosto de 20112, las 14h57. VISTOS: La demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos legales, por lo que se la acepta al trámite verbal sumario que le corresponde. Con la declaración juramentada hecha por la parte actora del desconocimiento del domicilio del demandado JOSÉ ANTONIO BENAVIDES QUIGUANTAR, cítese por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación regional que se editen en las ciudades de Cayambe provincia de Pichincha y de San Gabriel, provincia de Carchi, de conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que el demandado proceda a señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones. Agréguese la documentación acompañada. Téngase en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalados por la parte actora y la autorización que da a su abogado defensor. Actúe la Dra. Bertha Nicolalde como Secretaria encargada por licencia de la titular.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F). Dr. Pedro Leiva Gallegos. Juez. Lo que cito a usted, para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad. Ibarra, 05 de septiembre de 2012. Dra. Nelly Ruano E. SECRETARIA A.P./54914/k.m. R del E. EXTRACTO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN A GUILLERMO UNVERMAN EDGAR ANAGONO BATALLAS ACTOR: DRA. JULY PEREIRA RA M Í R E Z P RO C U RA D O RA JUDICIAL DE LUPE ESPINOSA HIDALGO DEMANDADA: GUILLERMO UNVERMAN ANAGONO

BATALLAS JUICIO: 2012-1143 TRAMITE: DIVORCIO JUEZ: Dr. Santiago Galarza Rodríguez SECRETARIO: Dr. Francisco Justicia Salgado CUANTIA: Indeterminada AUTO: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 2 de octubre del 2012, las 16h44.- Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia anterior, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, en consecuencia, tramítese la misma en la vía legal correspondiente cítese a GUILLERMO UNVERMAN EDGAR ANAGONO BATALLAS, por medio de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, por cuanto bajo juramento se manifiesta imposible determinar su individualidad o residencia.- Notifíquese. DR. SANTIAGO GALARZA. JUEZ Lo que comunico a Ud., para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. Dr. Francisco Justicia Salgado SECRETARIO Hay un sello A.C./88757 EXTRACTO JUDICIAL. JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A EMMA ASUNCION SIGUENCIA ARMAS, ACTO R : LU I S JUVENAL AUCANCELA PALAQUIBAY JUICIO No. 1283-2012- MZ. TRAMITE: VERBAL SUMARIO OBJETO: Fundamento en lo establecido en el artículo 110 causal 11 inciso segundo del Código Civil, demanda el Divorcio. CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIA JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 16 de noviembre del 2012, las 09h30.- VISTOS.- Agréguese al proceso el escrito y documento presentado.-En lo principal la demanda que antecede es clara, concreta, y reúne los requisitos de ley, en consecuencia, dasele el trámite Verbal Sumario.-Cítese a la demandada señora EMMA ASUNCION SIGUENCIA ARMAS, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito Provincia de Pichincha, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.-Agréguese la documentación adjunta.-Tómese en cuenta el Casillero Judicial señalado por el actor; así como la autorización de su abogada defensora.Actúe el Dr. Luis Chulde Ruano en calidad de secretario encargado mediante acción de personal No. 2031, DP-DPP de 18 de agosto del 2011.-Notifíquese. F) DRA. Verónica Jaramillo H. Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar. Casillero Judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro legal. Certifico. Dr. Luis Chulde Ruano. SECRETARIO Hay firma y sello Ac/88986/tf JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A la señora. GINA DE LOS ANGELES ROMERO YÁNEZ, se le hace conocer EL EXTRACTO DE DEMANDA DE DIVORCIO y la PROVIDENCIA, que a continuación sigue:

y valor nominal del título de crédito. Valor de las contribuciones para el año 2012 La contribución que las compañías y otras entidades sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías deben pagar a esta, para el año 2012, será con forme lo especificado en la siguiente tabla: Las compañías cuyos activos reales sean iguales o inferiores a veinte y tres mil quinientos dólares de los estados unidos de América (USD 23.500,00), para el presente año se fija la contribución con tarifa cero dólares de

estados unidos de América (USD 0,00), por lo que estas compañías tendrán a su cargo, títulos de crédito. Plazo para el pago Las compañías contribuyentes podrán cancelar su obligación anual pagando al menos el 50 % de la contribución hasta el 30 de septiembre de cada año, siempre que no se encontraren en mora por contribuciones e intereses de años anteriores. El valor restante de la contribución pagarán sin recargo, hasta el 3 1 de diciembre del mismo año. En el evento de que alguna compañíanohubierecanceladoel-

Si el semblante de la virtud pudiera verse, enamoraría a todos. P L AT Ó N

EXTRACTO. Actor : Marco Richar Rodríguez Boada Demandada: GINA DE LOS ANGELES ROMERO YÁNEZ Asunto: Que previo el trámite pertinente, en sentencia se sirva declarar el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que me une al demandado en matrimonio celebrado en Quito, 3 de enero de 1995. Cuantía: Indeterminada.Trámite: Verbal Sumario.Fecha de Iniciación: 16 de julio del 2012 Causa de Divorcio No. 946-2012.DRA. KALINKA JARAMILLO.P R OV I D E N C I A : J U ZG A D O VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 7 de noviembre del 2012, 11h26.VISTOS: VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia anterior.- La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de Ley por lo que se la acepta al trámite VERBAL SUMARIO.- Atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CÍTESE a la demandada GINA DE LOS ANGELES ROMERO YÁNEZ, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación y que se editan en esta ciudad.- Téngase en cuenta la insinuación de Curadora Ad-Litem.- Cuéntese con uno de los señores Agentes Fiscales de lo Penal de Pichincha.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado, así como autorización que le concede al Dr. Byron Coronel para que lo represente en esta causa.Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE Jueza Titular. Lo que comunico a usted para los fines de ley.- Le prevengo de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir futiras notificaciones.AB. RAÚL VÉLEZ NARANJO SECRETARIO 23 DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello A.C./88753(2) EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: MARIA ANA LASSO SANTAFE ACTOR: DANIEL WILSON MUÑOZ SANTACRUZ DEMANDADA: MARIA ANA LASSO SANTAFE JUICIO: DIVORCIO No. 1125-2012HCH. TRAMITE: VERBAL SUMARIO OBJETO: Demanda se declare la disolución del vínculo matrimonial, conforme a lo establecido en inciso segundo del numeral 11 del Art. 110 del Código Civil. CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIA: JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 17 de Septiembre del 2012, las 12h03. VISTOS: La demanda que antecede es clara precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que declarándosela procedente se le admite a tramite Verbal Sumario.- En merito del juramento

rendido por el Actor sobre la imposibilidad de dar con el domicilio de su cónyuge la señora María Ana Lasso Santafé, se dispone citarla por la prensa conforme lo estipulado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, mismas que deberán ser mediando por lo menos ocho días entre una y otra publicación.- Agréguense a los autos el documento adjunto.Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por el Actor para sus futuras notificaciones.- CITESE Y NOTIFIQUESE. F) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi, Jueza. Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar Casillero Judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.-Certifico.ATENTAMENTE DR. LUIS CHULDE RUANO. SECRETARIO (E) Hay firma y sello AC/89008/tf UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVIDENCIA DE PICHINCHA. CITACIÓN JUDICIAL AL SEÑOR: EXTRACTO CAUSA : DIVORCIO POR CAUSAL No. DE JUICIO: 1610-2012 DRAMG DEMANDADO: ARMIJOS QUEVEDO AUGUSTO EFREN ACTOR : VASQUEZ CABRERA GLOROA ESPERANZA CUANTIA : INDETERMINADA JUEZ : DR. HENRY TOBIAS NAVARRETE, JUEZ DE LA UNIDA JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA- VISTOS: Quito, martes 13 de noviembre del 2012 , las 14h15.- VISTOS: Por sorteo que antecede, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, creada mediante Resolución No 116-2012, de fecha 11 de septiembre del 2012, suscrita por el Pleno del Consejo de la Judicatura de conformidad con lo establecido en el Artículo 175 de la Constitución de la República en concordancia con los Arts. 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial. En lo principal la demanda de DIVORCIO es clara, precisa y completa, por lo que se la acepta a trámite verbal sumario, previsto en el Art. 118 de la norma adjetiva civil.- En merito del juramento rendido por la Actora sobre la imposibilidad de dar con el domicilio de su cónyuge el señor ARMIJOS QUEVEDO AUGUSTO EFREN, se dispone citarlo por la prensa con-

forme lo estipulado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito. mismas que deberán ser mediando por lo menos ocho días entre una y otra publicación.- Agréguense a los autos los documentos adjuntos.Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la Actora para sus futuras notificaciones .- Actúe la Dra. Martha Gordillo Sahona, en calidad de Secretaria.CITESE y NOTIFIQUESE.- f). Dr. Henry Tobias Navarrete Navarrete, JUEZ DE LA UNIDAD TERCERA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO Dra. Martha Gordillo S. SECRETARIA DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello AC/88785/tf UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL AL SEÑOR: YO S M A N Y CABALLERO FERNANDEZ. CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL NO.: 17203-2012-0425-G.S. ACTOR: MABY PAOLA PEÑA CORONEL D E M A N DA DA : YO S M A N Y CABALLERO FERNANDEZ CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: DRA. GYNA MARGARITA SOLIS VISCARRA, JUEZ.CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 23 de octubre del 2012, las 12h31. VISTOS: En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, previo el sorteo de Ley correspondiente y en virtud de la Resolución No. 116-2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Civil No. 810 de 16 de octubre de 2012.- AVOCO conocimiento de la presente demanda de divorcio presentada por la señora Peña Coronel Maby Paola, la misma que se la califica de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos de ley señalado en el Art. 67 del C.P.C.; por lo tanto, se la acepta a trámite en la vía del juicio verbal sumario conforme los señalan los Art. 118 del C.C en concordancia con el Art. 828 y siguientes del C.P.C.. .- CITESE al señor YOSMANY CABALLERO FERNANDEZ con pasaporte No. B380049, de conformidad con el Art. 82 del C.P.C. con un extracto de la demanda y este auto, mediante tres publicaciones realizadas en un periódico de mayor circulación cada una de ellas en fecha distinta, si contados veinte días desde la última publicación el demandado no compareciere a juicio se sustanciará la causa en rebeldía. Tómese en cuenta la cuantía, domicilio judicial y autorización hecha al Dr. Rolando Gonzalo Vásquez con matricula profesional No. C.A.P. 4986. Agréguese al proceso la documentación adjunta.- Actúa el Dr. Rene Barba en calidad de Secretario.- Cítese y Notifíquese.f.) DRA. GYNA MARGARITA SOLIS VISCARRA, JUEZ.Lo que comunico a ustedes, Y LO

segundo50% de su contribución anual hasta el 31 de diciembre, sobre el saldo adeudado, pagará el interés determinado en el artículo 21 del Código Tributario, calculado desde el 1 de octubre del respectivo año al que corresponde la contribución. Se exceptúan de este procedimiento a las compañías de economía mixta, según lo señalado en el inciso cuarto del artículo 449 de la Ley de Compañías, quienes pagarán la totalidad de la contribución hasta el 30 de septiembre. Cámara de Comercio de Quito CCQ

CITO, para losines legales consiguientes previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casillero judicial para sus posteriores notificaciones en la Unidad Judicial Especializada Tercera de La Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito de la Provincia De Pichincha y dentro del perímetro legal. Certifico. DR. RENE BARBA SECRETARIO JUDICIAL Hay firma y sello AC/88795/tf REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: Washington Hipólito Changoluisa Chicaiza ACTOR: Ana Lucía Quillupangui Morocho DEMANDADO: Washington Hipólito Changoluisa Chicaiza JUICIO: Divorcio No. 1108-2012CVM CUANTIA: Indeterminada TRAMITE: Verbal Sumario OBJETO: Disolución del vínculo matrimonial de conformidad con el 110, causal 11, inciso 2° del Código Civil PROVIDENCIA: JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 9 de noviembre del 2012, las 10h02. VISTOS.- Por cuanto la actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de 06 de noviembre del 2012, se califica la demanda presentada de clara, precisa y de reunir los demás requisitos de Ley, por lo que se la admite al trámite verbal sumario.En consecuencia, atento el juramento rendido por la demandante a fs.7vlta. y lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, con un extracto de la demanda y éste auto, cítese al demandado señor WASHINGTON HIPOLITO C H A N G O LU I SA C H I CA I ZA , mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito, mediando término de ocho días por lo menos entre cada publicación. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la actora así como la designación de su abogado patrocinador. Agréguese al proceso los documentos adjuntados a la demanda.- Notifíquese. F) Dr. Francisco Robalino Ocaña, Juez (T) Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones.- Quito, 19 de Noviembre 2012.- CERTIFICO. AB. ANDREA ESCALERAS PARDO SECRETARIA (C) DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/88788/tf

REPUBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha. gob.ec EXTRACTO JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A SR. LOPEZ TIPAN SEGUNDO ALBERTO ACTOR.- SRA. LUCAS LUCAS ESTHER MARINA TRAMITE.- VERBAL SUMARIO CUANTIA.- INDETERMINADA ASUNTO.- Divorcio: Art. 110, causal 11 inciso 2o. del Código Civil. Existen tres hijos menores que responden a los nombres de Edison Fernando, Segundo Alexis y Geoconda Elizabeth López Lucas. No existen bienes inmuebles Iniciado el 13 de Septiembre del

2012 Defensor del actor: DR. JUAN ALBAN ALENCASTRO Causa No. 2012-1228- L. S. PROVIDENCIA. JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 25 de Septiembre del 2012, las 13h41.- VISTOS.- Por cumplido lo dispuesto en providencia inicial y en lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. Tramítese en juicio verbal sumario. Con la demanda y providencia recaída, cítese al demandado señor SR. LOPEZ TIPAN SEGUNDO ALBERTO, en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, mediando ocho días hábiles entre una y otra publicación en atención al juramento rendido y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Téngase en cuenta la insinuación de curador ad-litem y el Casillero Judicial señalado. Agréguese al proceso los documentos acompañados.- Notifíquese. F) DRA. MARIA MERCEDES PORTILLA JUEZA QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar Casillero en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. Dr. LUIS RON VILLAVICENCIO Secretario (E) A.C./88991 R.DEL.E JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE QUININDE CITACION-EXTRACTO JUICIO: DIVORCIO CONTROVERTIDO ACTORA: JINETT MARIA TORRES QUINTERO DEMANDADO: JULIO RENE ESPINOZA ACOSTA CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ DE LA CAUSA: DR. ANIBAL ESTUPIÑAN ECHEVERRIA OBJETO DE LA DEMANDA: La Actora JINETT MARIA TORRES QUINTERO comparece a esta Judicatura y demanda en juicio de Divorcio Controvertido a su cónyuge y demandado JULIO RENE ESPINOZA ACOSTA, manifestando encontrarse casada con el demandado desde el día 11 de diciembre de 1999, acto efectuado en la Parroquia calderón del Cantón Quito , provincia de Pichincha, y que su cónyuge desde hace ocho años abandonó el hogar que tenia establecido en el recinto Cupa, de esta ciudad de Quinindé, provincia de Esmeraldas, separación que ha sido en forma absoluta e ininterrumpida y desde entonces no han reanudado las relaciones conyugales, ni sexuales, ni de ninguna naturaleza. Por lo que demanda el divorcio de acuerdo al art. 110 causal 11ava, del Código Civil. Con fecha 5 de octubre del 2012 a las, 16H21.- El señor JUEZ SEXTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESMERALDAS CON SEDE EN QUININDE, Dr. Aníbal Estupiñan Echeverría, califica y acepta a trámite la presente demanda de Divorcio Controvertido, disponiendo se CITE al demandado JULIO RENE ESPINOZA ACOSTA, por la prensa, de conformidad al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por haber comparecido la actora a este despacho, a declarar bajo juramento, de que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del demandado. FDO. POR EL DR. ANIBAL ESTUPIÑAN ECHEVERRIA EN CALIDAD DE JUEZ.- LO CERTIFICO.-


Lo que pongo en su conocimiento para que se sirva comparecer a juicio dentro de los veinte días a partir de la última publicación, caso contrario se lo tramitará en rebeldía. Abg. Jaminton Villarreal C. SECRETARIO Quinindé, 19 de Noviembre del 2012 #3747

MENORES JUZGADO TERCERO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA Oficio No. 4370-JTNACQ Quito, 10 de diciembre del 2012 CAUSA No. 1314-2012-ML DIRECTOR DEL DIARIO LA HORA Presente. Sírvase publicar el siguiente extracto: ACTORA: NORMA ISABEL GUALLPA ALLAICO D E M A N DA D O : S EG U N D O H U M B E R TO SIGUENCIA GUAMÁN MENORES: TANIA PAMELA y NICOLE ARACELY SIGUENCIA GUALLPA CAUSA: ALIMENTOS JUZGADO TERCERO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO- Quito, jueves 25 de octubre del 2012, las 08h02.- VISTOS: Una vez que la señora NORMA ISABEL GUALLPA ALLAICO, con cédula de ciudadanía No. 060346415-7, y con papeleta de votación No 173-0004, ha reconocido su firma y rubrica de sus peticiones realizada en la demanda presentada en esta Judicatura, esto es la Prohibición de Salida del País.- El Juez en uso de las atribuciones que le confiere la ley DISPONE: PROHIBIR LA SALIDA DEL PAÍS, del señor SEGUNDO HUMBERTO SIGUENCIA GUAMÁN, con cédula de ciudadanía No. 171510407-9, hasta cuando este Juzgado disponga lo contrario.- Ofíciese en este sentido al señor Director Nacional de Migración haciéndole saber sobre esta prohibición de salida.- Así mismo ha declarado bajo juramento que desconoce el domicilio y/o residencia del señor SEGUNDO HUMBERTO SIGUENCIA GUAMÁN, y le es imposible determinar su individualidad o residencia.- Se califica la demanda de PENSIÓN ALIMENTICIA que antecede, es clara, precisa y reúne los requisitos legales por lo que se

le acepta a trámite especial establecido en el Código de la Niñez y Adolescencia.- CÍTESE con la demanda y auto de calificación al señor SEGUNDO HUMBERTO SIGUENCIA GUAMÁN, mediante la prensa, para lo cual se realizarán tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación del país, advirtiendo la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para sus notificaciones y que de no hacerlo se procederá en rebeldía.- Conforme lo indica el Artículo Imnumerado 9 de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia, se fija como pensión alimenticia provisional a favor de los menores TANIA PAMELA y NICOLE ARACELY SIGUENCIA GUALLPA, la cantidad de USD.$ 121,82 ( CIENTO VEINTE Y UN DÓLARES AMERICANOS CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS), mensuales más beneficios legales, bajo prevención del Artículo Imnumerado 8 de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia, para tal efecto, se dispone la apertura de la correspondiente tarjeta kardex, donde el demandado depositará en el Banco de Guayaquil, en forma adelantada los cinco primeros días de cada mes, para lo cual se requiere a las partes a fin de que faciliten las copias solicitadas por pagaduría.- Tómese en cuenta el anuncio de prueba efectuado por la actora y proveyendo la misma se dispone: Recéptese la confesión judicial de la señora LORENA MARIBEL TAFUR VILLABA, con cédula de ciudadanía No. 1002722161, que se la practicará al momento mismo de la audiencia única, de forma personal y no por interpuesta persona.- Téngase en cuenta la documentación adjunta a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 4860 y correo electrónico jfalo29@hotmail.com, señalada por la actora NORMA ISABEL GUALLPA ALLAICO, para recibir notificaciones.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- f) DR. RICARDO AYALA TORRES. JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Atentamente. Dra. PAULINA VELASCO SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Hay firma y sello AC/89018/tf

REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS

El sentido común es el menos común de los sentidos. G R E E L E , H.

R. del E. EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ, Y ADOLESCENCIA DE QUITO. CITACION JUDICIAL: A la Ciudadanía en General, con el Juicio Especial de Aptitud para Adoptabilidad formalizada por la señorita MAYRA ELIZABETH LÓPEZ VIVAS, representante legal del Hogar del Niño San Vicente de Paúl. CAUSA: No. 2012-2883-C.A.E. TRAMITE: Especial ACTOR: MAYRA ELIZABETH LÓPEZ VIVAS DEMANDADA: FANNY ELENA BUSTOS VILLALOBOS CUANTIA: INDETERMINADA. PROVIDENCIA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL TERCERA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 11 de diciembre del 2012, a las 08h57.VISTOS: En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quito, provincia de Pichincha, en virtud de la Resolución No.116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura de Transición de la República del Ecuador, de fecha once de septiembre del año dos mil doce, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 810, de fecha 16.10.2012; acción de personal No.4304-DNP-OQ, de fecha 23 de Septiembre del año 2012, acción de Personal Nro. 4702-DNP-OQ, de fecha 22.10.2012; artículos 171, 233, 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; amén del sorteo electrónico de Ley precedente conforme al art. 9 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento de Sorteos, publicado en el R. O. No. 421, 15.09.2004.Por cuanto la actora Sor Mayra Elizabeth López Vivas, ha recono-

cido su firma y rúbrica impresa en la presente demanda y ha declarado bajo juramento desconocer la individualidad o residencia de los padres, familiares o tutores de la niña Génesis Noemí Bustos Villalobos.- En lo principal, la demanda por ser clara y reunir los requisitos del Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, es aceptada a trámite previsto en la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, publicada en el S. R. O. Nro. 643 del 28 de Julio de 2009.- Por lo que dispongo: (i) Que se realice una investigación tendente a identificar y ubicar a los padres, parientes y/o tutores de la niña, a quien se le conoce con los nombres de Génesis Noemí Bustos Villalobos; de quien se dice que ha nacido el cuatro de noviembre del 2012; es de raza mestiza, piel morena, ojos negros, cabello negro, peso 8.2 Kg., Talla 77 cm, PC 45.3, ha sido ingresada al Hogar de niños “San Vicente de Paul”, el 15 de septiembre del año dos mil doce, de la casa Hogar Talita Cumi. (ii) De conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CITESE a los padres, parientes y/o tutores de la niña Génesis Noemí Bustos Villalobos, a través de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación que se editen en esta ciudad de Quito, por tres ocasiones que se harán en fechas distintas. (iii) Intervenga la DINAPEN, el Equipo Técnico asignado a esta Unidad Judicial, así como la Fiscalía General del Estado, quienes presentarán sus informes en el término previsto por la Ley. (iv) Ofíciese en este sentido a las personas jurídicas indicadas.- (v) Incorpórese al proceso la documentación adjunta, actué la Dra. Jesica Von Lippke Navarrete, en calidad de Secretaria.- [Declaratoria de adoptabilidad Ref. No. 2012-2883Dr. C. A. E.].- Cúmplase, Cítese y Notifíquese.F) Juez Dr. CARLOS ENRIQUE

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA PRODUCTOS DEL SOL ECUADOR PRODELSOLEC CIA. LTDA.

La compañía PRODUCTOS DEL SOL ECUADOR PRODELSOLEC CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Noveno del Distrito Metropolitano de Quito, el 12 de Noviembre de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.12.006626 de 19 de Diciembre de 2012. 1. DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2. CAPITAL: Suscrito US$ 1.000,00 Número de Participaciones 1.000 Valor US$ 1,00 3. OBJETO: El objeto de la compañía es: PRODUCCIÓN Y ELABORACIÓN DE PRODUCTOS DE LIMPIEZA.. Quito, 19 de Diciembre de 2012. Dr. Oswaldo Noboa León. DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑIAS AC/89185/tf

EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DEL CAPITAL SUSCRITO, FIJACION DEL CAPITAL AUTORIZADO Y REFORMA DE ESTATUTOS DE LA COMPAÑÍA LOGICALIS ECUADOR S.A.

Se comunica al público que LOGICALIS ECUADOR S.A. aumentó su capital suscrito en US$149.000.00, fijó el capital autorizado y reformó sus estatutos por escritura pública otorgada el 20 !"#$%"&'#!"#()**#+%,"#"-#.',+&/'#0/123/4'#56+&,'# del Distrito Metropolitano de Quito. Fue aprobada por la superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.Q.11.001246 de 18 de marzo de 2011. En virtud de la presente escritura pública la com7+89+# &":'&4+# "-# +&,9;6-'# 327,/4'# !"-# $3,+,6,'# Social, de la siguiente manera: “ARTICULO SÉPTIMO.- SIETE. 1.- CAPITAL SOCIAL: EL CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO DE LA COMPAÑÍA ES DE CIENTO CINCUENTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $150.000.00), DIVIDIDO EN CIENTO CINCUENTA MIL ACCIONES (150.000) ACCIONES ORDINARIAS, NOMINATIVAS E INDIVISIBLES CON UN VALOR NOMINAL DE UN DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $1.00) CADA UNA. SIETE. 2.- CAPITAL AUTORIZADO: EL CAPITAL AUTORIZADO DE LA COMPAÑÍA SE FIJA EN TRESCIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $300.00.00)...”

ARÉVALO ESTRADA. Lo que cito a Usted. Para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar domicilio de acuerdo a la Ley, dentro del perímetro legal de la Unidad Judicial Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Pichincha, en la Ciudad de Quito.- Certifico DRA JESICA ALEXANDRA VON LIPPKE NAVARRETE. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL A.P./55040/k.m.

EJECUTIVOS República del Ecuador EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A JOSE VINICIO MENDOZA JUICIO: EJECUTIVO No. 2872010-KM ACTOR: Dr. Luis Fernando Martínez Barreno, Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “COOPROGRESO LTDA.” DEMANDADOS: JOSE VINICIO MENDOZA, OLGA MARIA GRANDA AGUILAR y DIONICIO SARANGO AMBULUDI OBJETO: OBTENER EL PAGO DEL SALDO CAPITAL TOTAL QUE ASCIENDE A LA SUMA DE SEIS MIL QUINIENTOS DIEZ DOLARES VEINTE Y TRES CENTAVOS, DE LOS INTERESES VENCIDOS Y DE MORA, DE LAS COSTAS PROCESALES, DE LA COMISION Y HONORARIOS PROFESIONALES DEL DEFENSOR DEL ACTOR TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: NUEVE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA PROVIDENCIA JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 11 de marzo del 2010, las 09h52. VISTOS: Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez Temporal conforme a la Acción de personal No. 399-DP-DPP de 5 de marzo de 2010 y en virtud del sorteo precedente. La demanda es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley. Por consiguiente, de acuerdo a lo preceptuado en el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, se dispone que los señores JOSE VINICIO MENDOZA (único apellido conocido), en calidad de deudor principal; y, OLGA MARIA GRANDA AGUILAR y DIONICIO SARANGO AMBULUDI (único nombre conoci-

do), en calidad de garantes solidarios del primero, cumplan su obligación o propongan excepciones en el término de tres días. En razón de la distancia, se concede a los accionados el término extraordinario de un día a fin de que cumplan lo dispuesto en este auto. Cítese al señor José Mendoza en el lugar indicado, al efecto se depreca a uno de los señores Jueces de lo Civil de Esmeraldas, con jurisdicción en el cantón San Lorenzo, a quien se remitirá suficiente despacho. A los señores Olga Granda y Dionicio Sarango se los citará en la dirección señalada, para lo cual se depreca al señor Juez de lo Civil de Pichincha, con jurisdicción en el cantón Pedro Vicente Maldonado, a quien se enviará despacho necesario. Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado por el actor y agréguese la documentación adjunta. Por Secretaría, desglósese los documentos solicitados, previo copias y recibo en autos, y entréguese al actor. Notifíquese.f) Dr. Felipe Infante Rey, JUEZ TEMPORAL. JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 11 de junio del 2012, las 12h04. 1) Por formuladas dentro del término legal respectivo, a las excepciones formuladas por Dionicio Sarango Ambuludi y Olga María Granda Aguilar, se las califica de claras por reunir los requisitos establecidos en el Art. 102 del Código de Procedimiento Civil, consecuentemente, se dispone su incorporación a los autos. 2) Vista la razón sentada por la Secretaria del Juzgado Sexto de Garantías Multicompetente de Esmeraldas y atento el juramento rendido por el actor, cítese a JOSE VINICIO MENDOZA mediante tres publicaciones de prensa, cada una de ellas en fecha distinta, en uno de los diarios de amplia circulación en la ciudad de Quito y en la forma prevista por el Art. 82 ibídem. Notifíquese.f) Ab. Francisco Alvear Montalvo, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar domicilio judicial en esta ciudad de Quito para recibir posteriores notificaciones. Certifico.Dr. Nilo Gonzalo Almachi SECRETARIO JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Existe firma y sello. A.P./55027/k.m. LA REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR LUIS FABIAN MORALS PINTO, DEL JUICIO PROPUESTO EN SU CONTRA POR MORALES BARAHONA WILMER, MORALES

REVISTA JUDICIAL JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR BARAHONA ELBA CLAUDINA, MORALES BARAHONA RUTH GERMANIA, MORALES BARAHONA GLORIA GABRIELA, MORALES BARAHONA NORMA, MORALES BARAHONA LAURA PATRICIA, MORALES BARAHONA IBETH EUGENIA ACTOR: MORALES BARAHONA WILMER, MORALES BARAHONA ELBA CLAUDINA, MORALES BARAHONA RUTH GERMANIA, MORALES BARAHONA GLORIA GABRIELA, MORALES BARAHONA NORMA, MORALES BARAHONA LAURA PATRICIA, MORALES BARAHONA IBETH EUGENIA DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MORALES PINTO LUIS FABIAN JUICIO: Ejecutivo-2011-1189-RG FECHA DE INICIACIÓN: 19 de septiembre del 2011 PROVIDENCIA: JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 17 de octubre del 2011, las 10h26.VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, la demanda presentada es clara, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite previsto en el Art. 629 y ss. del Código de Procedimiento Civil.- Se concede a las partes el término de tres días para que insinúen peritos que los represente en la diligencia de inventarios y avalúo de los bienes.- Cítese a la demandada señora Gloria Elicera Alvarez Gavilanez en el lugar que se indica mediante comisión al señor Teniente Político de la Parroquia de Conocoto y a los herederos presuntos y desconocidos del señor Luis Fabián Morales Pinto, por la prensa mediante tres publicaciones un uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito. Nómbrase a la señora Norma Virginia Morales Barahona en calidad de procuradora común de la parte actora.- Cuéntese en la presente causa con señor Director del Servicio de Rentas Internas (SRI), a quien se le previene de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, para lo cual envíense las copias necesarias a la oficina de citaciones.- Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado.- Agréguese al proceso la documentación presentada.Notifíquese.-.- Notifìquese .-- f) Dra. Mónica Flor Pazmiño. Jueza Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar

LA ASOCIACIÓN MOVIMIENTO ESTUDIANTIL Y PROFESIONAL ALFA Y OMEGA DEL ECUADOR

CONVOCA A ASAMBLEA ORDINARIA el día viernes 11 de Enero a las 08H00 en la sede ubicada en la Jerónimo Leyton N24 111 y Av. La Gasca Orden del día: *=#0"&/C;+;/D%#!"-#E6D&64 2. Conocer sobre la renuncia presentada por el Señor Presidente Carlos Alberto Rada Contreras. 3. Inclusión de Nuevos Socios. 4. Receso para la elaboración del Acta de la presente sesión. E6/,'#+F#(A#!"#!/;/"4G&"#!"-#()*(

Quito, 18 de marzo de 2011.

CARLOS ALBERTO RADA CONTRERAS Presidente

Dr. Oswaldo Noboa León. DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑIAS <=5=>?@*AB

AR/89574/cc

C3

casillero judicial en esta ciudad de Quito para posteriores notificaciones. Ab. Mario Lasso O. SECRETARIO DEL JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Razón: En esta fecha se entrega el extracto para la publicación por la prensa en un de los periódicos de Quito.- Quito 8 de noviembre del 2011. Certifico. EL SECRETARIO Hay firma y sello AC/89011/tf

ORDINARIOS R del E. EXTRACTO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN A LA COMPAÑIA EN NOMBRE COLECTIVO “ HUGO MUÑOZ Y COMPAÑIA” (HUGO FELIX MUÑOZ GAVILANEZ. GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL) ACTOR: Ing. Bruno Guillermo Carrasco Valdivieso. ( Gerente de la Compañía Inspecciones, Avalúos, Peritajes AVALUAC Cía. Ltda.) DEMANDADA: Compañía en Nombre Colectivo “Hugo Muñoz y Compañía” (Hugo Felix Muñoz Gavilanez. Gerente y Representante Legal) JUICIO: Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio Nro. 13772012-w.z. TRAMITE: Ordinario JUEZ: Dr. Santiago Galarza Rodríguez SECRETARIO: Dr. Francisco Justicia Salgado CUANTIA: Indeterminada AUTO: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 20 de noviembre del 2012, las 08h06. Vistos: Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia anterior, se califica la demanda como clara, precisa y que reúne los requisitos de ley; en consecuencia, tramítese la misma en la vía ordinaria.- Con el contenido del libelo de demanda y el presente auto, córrase traslado a la demandada Compañía en Nombre Colectivo “ Hugo Muñoz y Compañía”, a fin de que por intermedio de su Gerente y Representante Legal señor Hugo Félix Muñoz Gavilanez, en el término de quince días proponga las excepciones que se crea asistida.- Cítese a la Compañía en Nombre Colectivo “Hugo Muñoz y Compañía”, en la persona de su Gerente y Representante Legal señor Hugo Félix Muñoz Gavilanez, por medio de la prensa y en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, por cuanto bajo juramento se manifiesta imposible determinar su individualidad o residencia .- Cuéntese con el Alcalde y Procurador del I. Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.Con fundamento en el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el actor y la autorización concedida al abogado defensor.- Notifíquese. f). Dr. Santiago Galarza Rodríguez. Juez. Lo que comunico a Ud., para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. Dr. Francisco Justicia Salgado SECRETARIO Existe firma y sello. A.P./55033/k.m. EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: MARIA DOLORES NIETO GALLEGOS Y A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE SR. ALEX XAVIER NIETO GALLEGOS ACTOR: CARLOS LEONARDO SUAREZ BEDOYA DEMANDADOS: ALEX XAVIER NIETO GALLEGOS, MARIA DOLORES NIETO GALLEGOS, DANNY SANTIAGO ESCOBAR G A L L EG O S y MARTHA LUCILA GALLEGOS SALEM EN REPRESENTACION DE SU HIJA FATIMA MICHELLE ESCOBAR GALLEGOS JUICIO: ORDINARIO No. 1010-

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REVISTA JUDICIAL C4

JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR

2011-HCH. TRAMITE: ORDINARIO OBJETO: Demanda se declare la Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, conforme a lo establecido en los Arts. 603, 715, 2392, 2393, 2398, 2410, 2411, 2413 del Código Civil. CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIA: JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 15 de Noviembre del 2012, las 14h38. Agréguese al proceso el escrito presentado.- Las excepciones a la reconvención planteada, presentadas por el actor por encontrarse dentro de término, se las califica como claras, precisas y reúnen los requisitos de ley.-En mérito del juramento rendido por el actor y los documentos agregados de los que se desprende la imposibilidad de determinar la individualidad y residencia de la demandada María Dolores Nieto Gallegos y de los herederos presuntos y desconocidos del causante Sr. Álex Xavier Nieto Gallegos, cítese con un extracto del contenido de la demanda y presente providencia por la prensa, mediante tres publicaciones en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito y de conformidad con lo determinado por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que en el término de quince días contesten la demanda, proponiendo conjuntamente todas y cada una de las excepciones de que se crean asistidos.- NOTIFIQUESE.- F) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi, Jueza. Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar Casillero Judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.-Certifico.ATENTAMENTE DR. LUIS CHULDE RUANO. SECRETARIO (E) Hay firma y sello AC/88765/jq R. del E. JUZGADO DECIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE PICHINCHA A los Herederos Presuntos y Desconocidos de los conyugues María Olimpia Nasimba Pilapaña y José Enrique Quishpe Inguilla; y, Zoila Nasimba Pilapaña y los señores Rodolfo Suntaxi y Luz María Nasimba Quinga, se les hace saber que en esta Judicatura se les ha propuesto juicio ORDINARIO (Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio), en los siguientes términos: ACTOR: Luis Aníbal Nasimba Nasimba D E M A N DA D OS : H e re d e ros Presuntos y Desconocidos de los conyugues María Olimpia Nasimba Pilapaña y José Enrique Quishpe Inguilla; y, Zoila Nasimba Pilapaña y los señores Rodolfo Suntaxi y Luz María Nasimba Quinga JUICIO: ORDINARIO Nro. 6962011-S, Arts. 603, 715, 2392, 2397, 2398, 2401, 2410, 2411, 2413, y más pertinentes del Código Civil TRAMITE: Ordinario CUANTIA: Indeterminada ABOGADA DEFENSORA: Dra. Fanny Jeaneth Quinga N. AUTO: JUZGADO DECIMO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHJNCHA.Sangolquí, a 13 de1 Junio del 2011.A las 08H40.VISTOS: La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se la acepta al trámite, en juicio Ordinario, en consecuencia córrase traslado con la presente demanda y esta providencia a los demandados herederos presuntos y desconocidos de los cónyuges MARIA OLIMPIA NASIMBA PILAPAÑA y JOSE ENRIQUE QUISHPE INGUILLA; y, ZOILA NASIMBA PILAPAÑA y LOS SEÑORES RODOLFO SUNTAXI y LUZ MARIA NASIMBA QUINGA, por el término de quince días a fin de que presenten las excepciones a los que se crean asistidos, bajo apercibimiento en rebeldía.- Inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, conforme lo dispone el Art. 1.000 del Código de Procedimiento Civil; Cuéntese con los señores Alcalde y Procurador; Sindico del Ilustre Municipio de Quito, mediante Deprecatorio a uno de los señores Jueces de lo civil con asiento en la Ciudad de Quito.- Previo al juramento rendido, cítese a los demandados herederos presuntos

y desconocidos de los cónyuges María Olimpia Nasimba Pilapaña y José Enrique Quishpe Inguilla; y, Zoila Nasimba Pilapaña y los señores Rodolfo Suntaxi y Luz María Nasimba Quinga, de conformidad con que dispone Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es uno de los diarios de mayor circulación en la ciudad de Quito.- Tómese en cuenta el casillero judicial Nro. 141 señalado por la Doctora Fanny Quinga y la autorización conferida a la mencionada profesional. Agréguese la documentación presentada.- NOTIFIQUESE.- Fdo). Dr. Luis Eduardo Taipe G. (JUEZ ENCARGADO).Lo que comunico a Usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en esta ciudad de SANGOLQUI, para sus posteriores notificaciones.- Certifico. Ab. Marisol Sangoquiza G. SECRETARIA DEL JUZGADO 17mo. DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE PICHINCHA Hay un sello A.C./89153 (2) REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DECIMO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: A LOS HEREDEROS PRESUNTOS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DE LOS OCCISOS MARIA OLIMPIA NASIMBA PILAPAÑA y JOSE ENRIQUE QUISHPE INGUILLA; y a ZOILA NACIMBA PILAPAÑA JUICIO: No. 6 97-2 0 1 1 DE PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITVA DE DOMINIO AC TO R E S : JOSE LU I S LLUMIQUINGA TOAPANTA D E M A N DA D O S : A LO S H E R E D E ROS P R ES U N TOS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DE LOS OCCISOS MARIA OLIMPIA NASIMBA PILAPAÑA y JOSE ENRIQUE QUISHPE INGUILLA; y a ZOILA NACIMBA PILAPAÑA CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: ORDINARIO INICIADO: 24 de Mayo del 2011 OBJETO: Obtener la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio BASE LEGAL Art. 603, 715, 2392, 2397 del Código Civil PROVIDENCIA: JUZGADO DÉCIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Sangolquí, a 24 de junio del 2011, a las 09H30.VISTOS: La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la acepta al trámite respectivo, en juicio ordinario, en consecuencia córrase traslado con la presente demanda y esta providencia a los demandados herederos presuntos y desconocidos de los cónyuges María Olimpia Nasimba Pilapaña y José Enrique Quishpe Inguilla; y, Zoila Nacimba Pilapaña; y los señores Rodolfo Suntaxi y Luz María Nasimba Quinga, por el término de quince días a fin de que presente las excepciones a que se crean asistidos, bajo apercibimiento en rebeldía.- En atención al juramento expreso realizado por el actor de desconocer el domicilio y residencia actual de los demandados herederos presuntos y desconocidos de los cónyuges -María Olimpia-Nasimba Pilapaña y José Enrique Quishpe Inguilla; y, Zoila Nacimba Pilapaña, y los señores Rodolfo Suntaxi Luz María Nasimba Quinga, cítesele por medio de la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en la ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en los Art. 82 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil. Inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito.Cuéntese con los señores Alcalde y Procurador Sindico del Distrito Metropolitano de Quito, para la notificación al señor Registrador de la Propiedad, así como para la citación del los señores Alcalde y Procurador Síndico del Distrito Metropolitano de Quito, depréquese a uno de los señores Jueces de lo Civil con asiento en la ciudad de Quito.- Agréguese la documentación que se adjunta. Téngase en cuenta el casillero judicial No. 141 señalado por el peticionario para sus posteriores notificaciones y la autorización conferida a la Dra. Fanny Quinga. NOTIFIQUESE.- F) Dr. Luis Eduardo Taipe JUEZ (E) Lo que le comunico a usted para los fines de Ley, previniéndole de

JUDICIAL QUITO

la obligación que tienen de señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Sangolquí, 12 de diciembre del año 2012.CERTIFICO Dra. Marisol Sangoquiza Hay un sello A.C./89153 (2) R. del E. JUZGADO DECIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE PICHINCHA A los Herederos Presuntos, Conocidos y Desconocidos de la señora LUCRECIA PEREZ TIPAN; se les hace saber que en esta Judicatura se les ha propuesto juicio ORDINARIO (Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio), en los siguientes términos: ACTORA: Marcelo Toapanta Caiza D E M A N DA D OS : H e re d e ros Pres u ntos, C o n o cidos y Desconocidos de la señora LUCRECIA PEREZ TIPAN JUICIO: ORDINARIO (Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio), Nro. 852-2012-S; Arts. 2392, 2398, 2410, 2413 y siguientes del Código Civil TRÁMITE: Ordinario CUANTíA: Indeterminada ABOGADO DEFENSOR: Dr. Jaime R. Cando Marcillo PROVIDENCIA: JUZGADO DECIMO SEPTIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE PICHINCHA.- - - Sangolquí, a 27 de Julio del 2012.- A las 15H55.VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Encargado mediante acción de personal No. 595-DP-DPP de 27 de febrero deI 2012.- La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se la acepta al trámite respectivo, en juicio Ordinario, en consecuencia córrase traslado con la presente demanda y esta providencia a los demandados señores Herederos de la señorita Lucrecia Pérez Tipan, sus hermanos Luis Alfonso Pérez Tipan, María Transito Pérez Tipan y los señores Pablo Marcelo, Silvana de las Mercedes y Rosa Fernanda Pérez Barreiro por derecho de representación de su finado padre y hermano de la referida causante el señor Pedro Pablo Pérez Tipan, herederos presuntos y desconocidos de la señorita Lucrecia Pérez Tipan, por el término de quince días a fin de que presenten las excepciones a que se crean asistidos,

Para triunfar es necesario, más que nada, tener sentido común. B O NA PA R T E , N A P O L E Ó N

bajo apercibimiento en rebeldía. Inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Rumiñahui conforme lo dispone el Art. 1000 del Codigo de Procedimiento Civil para el efecto notifíquese, en legal forma. Cuéntese con los señores Alcalde y Procurador Síndico del Ilustre Municipio de Rumiñahui Cítese a los demandados señor LUIS ALFONSO PEREZ TIPAN, mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de lo Civil con asiento en la ciudad de Quito, a la señora MARIA TRANSITO PEREZ TIPAN, PABLO MARCELO, SILVANA DE LAS MERCEDES y ROSA FERNANDA PEREZ BARREIRO el lugar que se indica en la presente accion y a los herederos presuntos conocidos y desconocidos de LUCRECIA PEREZ TIPAN cítese de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en la ciudad de Quito.- Tómese en cuenta el casillero judicial Nro. 063 señalado por el Dr. Jaime Cando y la autorización conferida al mencionado profesional. Agreguese la documentación presentada. NOTIFÍQUESE. fdo) Dr. Fernando Robalino S. (JUEZ ENCARGADO) Lo que comunico a Usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en esta ciudad de SANGOLQUI,para sus posteriores notificaciones.- Certifico.- Actué como Secretaria de esta Judicatura mediante Contrato de Servicios Ocasionales Nro. 6565C.J.T.-17-2012, la Abogada Marisol Sangoquiza Gualpa. Ab. Marisol Sangoquiza G. SECRETARIA DEL JUZGADO 17mo DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/89155/tf

REMATES JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO DE REMATE SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE SE VA A PROCEDER AL REMATE EN LA SECRETARIA DE ESTÁ JUDICATURA EL DÍA LUNES VEINTE Y OCHO DE ENERO DEL DOS MIL TRECE, DE LAS CATORCE HORAS A LAS DIECISIETE HORAS, DEL BIEN QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLA: 1.- RECONOCIMIENTO 1.1- Ubicación Las dos máquinas acolchadoras, Kaybe, Modelo 28A-90, que incluye: computador, cabezal principal, tres máquinas de costura, y carretes de hilo, se encuentran en las bodegas de la Empresa “Mecaser” en la Av. 10 de Agosto No 4606 y Juan Pablo Sáenz del Cantón Quito, Provincia de Pichincha. 1.2.- Descripción de las maquinas Kaybe Modelo 28A-90 MARCA: KAYBE MACHINE 45245 MODELO: 28A-90 CODIGO: 8185 AÑO: 1989 No DE SERIE: 1189-20103 y 0290-20111 PROCEDENCIA: USA F U N C I O N A M I E N TO : SIN FUNCIONAR (DESARMADAS) 1.3.- DESCRIPCION DE LAS DOS MAQUINAS DE COSTURA JUKI MARCA: JUKI MODELO: DDL-5550N SERIE: D D LVA 3 5 9 4 6 y DFLXA3C142 AÑO: 2009 PROCEDENCIA: JAPAN F U N C I O N A M I E N TO : SIN FUNCIONAR 1.4.- DESCRIPCION DE LA MAQUINA DE COSTURA SINGER MARCA: SINGER MODELO: 591 SERIE: D200AD AÑO: 2009 PROCEDENCIA: JAPAN

F U N C I O N A M I E N TO : SIN FUNCIONAR Existen dos mesas para costura y carretes de hilo, y los accesorios de las acolchadoras, y no se observó durante la pericia repuestos. 2.- VALORACIÓN COMPONENTES; CANTIDAD; ESTADO ACTUAL; V. UNITARIO AÑO 2010; VALOR ACTUAL; Acolchadora KAYBE Serie 118920103; 1; Desarmada; $ 27.953,50; $ 22.362,80; Acolchadora KAYBE Serie 029020111; 1; Desarmada; $ 28.601,00; $ 22.880,80; Máquina de coser SINGER Serial D200AD; 1; Sin funcionar; $ 758,50; $ 644,72; Máquina de coser JUKI Serial DFLXA3C142; 1; Sin funcionar; $ 693,75; $ 589,68; Máquina de coser JUKI Serial DDLVA35946; 1; Sin funcionar; $ 693,75; $ 589,68; Mesa de costura metálica y tablero de madera; 2; Bueno; $ 148,00; $ 132,20; TOTAL: $ 47.199,88; Por tratarse del primer señalamiento se aceptarán posturas que cubran las dos terceras partes de su avaluó; debiendo adjuntarse por lo menos el diez por ciento del valor de la oferta en dinero efectivo y/o en cheque certificado a nombre del juzgado.- El bien detallado se encuentra a cargo del señor Freddy Cedeño Depositario Judicial. Juicio: Acta de Mediación No. 14632009-MM Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA (E) DEL JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/88759/jq LA REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO DE REMATE SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE EL DIA VEINTICUATRO DE ENERO DEL DOS MIL TRECE, DESDE LA TRECE HORAS HASTA LAS DIECISIETE HORAS, A FIN DE QUE SE TENGA LUGAR EL REMATE DEL DEPARTAMENTO No. CIENTO DOS EMBARGADO Y AVALUADO, SOBRE EL CINCUENTA POR CIENTO DEL AVALUO, POR TRATARSE DEL SEGUNDO SEÑALAMIENTO, DENTRO DEL JUICIO EJECUTIVO No. 0 0 4 2-2 0 1 1 - D.C .Q. , CONSISTENTE EN EL SIGUIENTE INMUEBLE:

UBICACIÓN La propiedad se encuentra en la calle Olmedo s/n y calle Las Margaritas edificio CIURANA departamento N° 102 del barrio Miraflores de la Parroquia Matriz del Cantón Ambato de la Provincia de Tungurahua. LINDEROS GENERALES DE LA PROPIEDAD NORTE: En 28,31 m con propiedad del Dr. Carlos Jaramillo SUR: En 28,42 m con calle Olmedo ESTE: En 39,60 m con predio de los herederos de Alfredo Barona. OESTE: En 34,64 m con predio de los herederos de Luís Vivero y otros AREA= 1.026,80 m2 LINDEROS ESPECIFICOS DEL DEPARTAMENTO N° 102 NORTE: En 12,60 m con fachada terraza N° 102, en otra en 2,20 m con apartamento N° 101 SUR: En 0,80 m con fachada en 3,40 m con patio de cocina N0 102, en otra en 4,70 m apartamento N°204 y en otra en 5,90 m apartamento N° 103. ESTE: En 1,05 fachada de terraza N° 102 en otra en 8,55 m con apartamento N° 101, en otra en 1,40 m con hall comunales otra en 0,50 m con apartamento N° 103 OESTE: En 1,60 m con fachada terraza N° 102, en otra parte en 6,85 m con fachada, en otra en 3.05 m patio de cocina N° 102 ARRIBA: En 114,24 m2 con apartamento N°202, en otra en 8,93 m2 con hall comunal. ABAJO: En 118,76 m2 con área de estacionamiento, en otra en 4,41 m2 con bodega N° 14 y N° 15 AREA= 123,17 m2 ALICUOTA: 7,43 % LINDEROS ESPECIFICOS DE BODEGA N°5 Y ESTACIONAMIENTO N°5 NORTE: En 3,48m con cerramiento Norte. SUR: En 2,80m con circulación vehicular. ESTE: En 7,42 m con bodega y estacionamiento N°4 OESTE: En 7,20 m con bodega y estacionamiento N° 6 ARRIBA: En 22,06 m2 con apartamento y terraza N° 102 ABAJO: En 22,06 m2 contrapiso AREA DE BODEGA N°5: 8,96 m2 AREA DE ESTACIONAMIENTO N°5: 13,10 m2 AREA TOTAL= 22,06 m2 DESCRIPCION DE LA PROPIEDAD TERRENO - De forma rectangular

- Con pendiente de Sur a Norte. - La propiedad se encuentra definida en su totalidad con cerramientos - El edificio es declarado en propiedad horizontal - El edificio tiene áreas comunales como ascensor para 6 personas, sala comunal, guardianía - Tiene todos los servicios básicos de infraestructura como agua potable, alcantarillado, luz eléctrica, teléfonos y gas centralizado - Tiene guardianía permanente - Las vías de acceso del sector son pavimentadas - Los accesos a los parqueaderos son pavimentados. DEPARTAMENTO N° 102 Nivel: Primer planta alta. Constituido de: Sala, comedor, cocina, dos dormitorios, un dormitorio incluye baño y vestidor, baño social, baño general, área de lavandería y terraza. Construido de: - Estructura de plintos, columnas gradas, muros de sostenimiento y losas de hormigón armado. - Mampostería de bloque - Enlucidos internos y externos - Pisos de alfombra en dormitorios, porcelanato en cocina y baños y de piso flotante en áreas sociales. - Tumbados alisados. - Puerta de madera tamboradas. - Ventanas de aluminio y vidrio - Gradas del edificio con recubrimientos de cerámica - Tiene el servicio de gas centralizado - BAÑOS: Con recubrimientos de porcelanato en pisos y cerámica en paredes sanitarios Brigs blancos - COCINA: Con recubrimientos de porcelanato en pisos y cerámica en paredes - Terraza en cementada Instalaciones eléctricas empotradas - Instalaciones sanitarias en PVC ESTADO: Bueno. AREA DEPARTAMENTO N° 102 = 123,17 m2 AREA DE TERRAZA: 112,78 m2 CARACTERÍSTICAS DE LA ZONA - El sector donde se encuentra la propiedad es una zona de expansión de la ciudad Cerca de la propiedad se encuentran viviendas particulares y conjuntos habitacionales de clase media a media alta. - Se encuentran cerca el Colegio La Inmaculada, El Hotel Florido, Hotel Carolina, Condominio Villa Hilda. ViAS DE COMUNICACIÓN Y SERVICIOS - Cruza cerca de la propiedad la Av. Miraflores, todas las cercanas son

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

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EXTRACTO

EXTRACTO

EXTRACTO

DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE TRIBOILGAS CIA. LTDA.

DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE REPRESENTACIONES REPMAJUSA S.A.

CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA DE SEGURIDAD RETUS CIA. LTDA.

Se comunica al público que TRIBOILGAS CIA. LTDA., con domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito, aumentó su capital en US $ 2’650.000,00; y, reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Noveno del Distrito Metropolitano de Quito el 30 de agosto de 2012. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJCPTE.Q.12.006669 de 20 de diciembre de 2012

Se comunica al público que REPRESENTACIONES REPMAJUSA S.A. con domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito, aumentó su capital suscrito en USD $ @AB=)))F))X#UF#&":'&4D#363#"3,+,6,'3#7'&#"3;&/,6&+#7YG-/;+#','&1+!+#+%,"#"-#.',+&/'#J&/123/4'# Primero del Distrito Metropolitano de Quito el 10 de julio de 2012. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJCPTE. E=*(=))ZBB)#!"#*A#!"#!/;/"4G&"#!"#()*(=#

En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma el artículo quinto y octavo del Estatuto Social, referente al capital social y al gobierno y administración de la compañía, de la siguiente manera: “ARTICULO QUINTO.- DEL CAPITAL.- El capital social de la compañía es de TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL DOLARES DE .HIJ$<K$IL5<# MNOPQ# RS?))=)))F))T# U# "3,V# dividido en TRES MILLONES OCHOCIENTOS KLW# 7+&,/;/7+;/'%"3# !"# N.# PHW<I# MNOP# Q# *F))T# cada una.. ARTICULO OCTAVO.- DEL GOBIERNO DE LA COMPAÑÍA.- La compañía será gobernada por la Junta General de Socios y administrada por el Gerente General de la misma...” Distrito Metropolitano de Quito, 20 de diciembre de 2012 Dr. Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO A.C./89169

La compañía COMPAÑIA DE SEGURIDAD RETUS CIA. LTDA. se constituyó por escrituras públicas otorgadas ante el Notario J&/123/4'# E6/%,'# !"-# P/3#,&/#,'# K"#,&'#7'#-/#,+#%'# !"#E6/#,'F#"-#(*#!"#.']/"4G&"#!"#()*(#U#"-#*A# de diciembre de 2012, fueron aprobadas por la Superintendencia de Compañías median,"# I"#3'#-6#;/D%# O5=L^=P^5=E=*(=))ZA*R# !"# 21 de Diciembre de 2012. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de PICHINCHA

En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma, entre otros, el artículo Cuarto del estatuto, referente al capital social, de la siguiente manera:

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 10.000,00 Número de Participaciones 10.000 Valor US$1,00

“ARTICULO CUARTO.- DEL CAPITAL SUSCRITO DE LA COMPAÑÍA: El capital suscrito de la compañía es de USD 1’025.000.00 dividido en un millón veinticinco mil acciones M*[)(B=)))F))T# 4/34'3# \6"# 3'%# '&!/%+&/+3F# nominativas e indivisibles de un dólar de los $3,+!'3# N%/!'3# !"#<42&/;+# MNOP# *F))T# ;+!+# una...”

3.- OBJETO.- El objeto de la compañía es: LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS EN CONCORDANCIA CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO TRES DEL MANDATO CONSTITUYENTE OCHO EN PREVENCIÓN DEL DELITO, VIGILANCIA Y SEGURIDAD...

P/3,&/,'#K",&'7'-/,+%'#!"#E6/,'F#*A#!"#!/;/"4G&"# de 2012

Quito, 21 de Diciembre de 2012

Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑIAS DE QUITO <=5=>?@*A(

Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑIAS

A.C./89168


pavimentadas. - La propiedad tiene todos los servicios básicos de infraestructura como agua potable, alcantarillado, luz eléctrica, teléfonos, gas centralizado. - Transporte urbano. FUNDAMENTACION DEL VALOR UNITARIO Para el cálculo del costo de las construcciones se considero el método de reposición y los costos referenciales de la cámara de la construcción METODOLOGIA DEL AVALUO DEL TERRENO Para el avalúo del terreno se ha considerado la siguiente formula de Cálculo: AP: ((Cdu*Cs* I%m)-Da)*Sp AP: Costo del predio Cdu: Costos directos de urbanización Cs: Coeficiente de sectorización 1% m: Índice porcentual del mercado. Da: Diferencia por afectación Sp: área de predio FACFTIBILIDAD COMERCIAL DE LA ZONA - La propiedad se encuentra en un sector de expansión de la ciudad por su ubicación, factibilidad de servicios. - Se considera asentamientos de nivel social medio alto. - La factibilidad de desarrollo comercial se considera buena en un plazo inmediato. AVALUO DE LA PROPIEDAD Terreno 1.026,80 x 7,43 % de alícuota: 76,29 m2 76,29 m2 a $ 175,00 c/m2 $ 13.350,75 Departamento N° 102 123,17 m2 a $750,00c/m2 $92.377,50 Terraza N° 102 112,78m2 a $260,00 c/m2 $ 29.322,80 Bodega N°5 8,96 m2 a $370,00 c/m2 $3.315,20 Estacionamiento N° 5 13,10 m2 a $230,00 c/m2 $3.013,00 TOTAL: $ 141.379,25 SON: CIENTO CUARENTA Y UN MIL TRES CIENTOS SETENTA Y NUEVE, con 25/100. DOLARES AMERICANOS. SE RECIBIRAN POSTURAS QUE CUBRAN POR LO MENOS EL CINCUENTA POR CIENTO DEL AVALUO PRACTICADO, POR TRATARSE DEL SEGUNDO SEÑALAMIENTO, EN DINERO E F EC T I VO O C H EQ U E CERTIFICADO A

NOMBRE DEL JUZGADO. EL INMUEBLE SE ENCUENTRA A CARGO DEL SEÑOR INGENIERO PEDRO SILVA, DEPOSITARIO JUDICIAL DEL CANTON AMBATO. LO QUE COMUNICO AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS FINES DE LEY. DR. JUAN PABLO TORO CARRILLO SECRETARIO Hay un sello A.C. 88817

SENAGUA SECRETARIA DEL AGUA SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS ZONAL QUITO R del E CITACION A LOS SEÑORES USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA VERTIENTE INNOMINADA QUE NACE EN EL PREDIO DEL SEÑOR GABRIEL GUALOTUÑA, RECURSO HIDRICO QUE SERÁ UTILIZADO PARA CONSUMO HUMANO Y LAVADO DE EQUIPO DE ORDEÑO, EN UN CAUDAL DE 2,00 L/S, FUENTE HIDRICA LOCALIZADA EN LA PARROQUIA MACHACHI, CANTÓN MEJÍA; PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO ACTOR: Jaime Eduardo Rúales Calvache OBJETO DE LA SOLICITUD: Concesión del derecho de aprovechamiento de las aguas para CONSUMO HUMANO E INDUSTRIAL Dentro del Trámite No. 127-12 Cs. Sv. (PMP) se ha dictado la siguiente providencia: S E C R E TA R I A NACIONAL DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS ZONAL QUITO.- Trámite No. 12712 Cs. Sv. (PMP) DM Quito, 19 de junio del 2012, a las 11h10.- Avoco conocimiento del presente trámite en virtud de haber sido designado Líder del Centro Zonal Quito de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, mediante memorando SENAGUA-CDHE-15-20120108-M de 07 de febrero del 2012.- Que mediante Acuerdo Ministerial No. 2009-46 expedido el 13 de noviembre de 2009, se crea la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas.- Que mediante Acuerdo Ministerial No. 2009-48 de 4 de diciembre del 2009, se expi-

de el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Secretaría Nacional del Agua - SENAGUA. En lo principal: La solicitud de Concesión presentada por el señor Jaime Eduardo Rúales Calvache, quien mediante escritura pública de 4 de abril del 2002 recibe en donación un lote de terreno de 12,6 hectáreas, mediante escritura pública de 30 de diciembre de 1996, se adquirió un lote de terreno y casa de aproximadamente 387 m2 y un lote de terreno de 6.704 ha, todos estos inmuebles se encuentran ubicados en las parcelas de la Hacienda El Retiro, de la parroquia Machachi, cantón Mejía Provincia de Pichincha. Cabe señalar que estos predios carecen de agua para consumo humano o agua potable, adicionalmente los predios han sido utilizados para uso agrícola y ganadero razón por la cual poseo 50 cabezas de ganado de producción lechera, por lo que el requerimiento del recurso hídrico será para consumo humano, abrevadero de animales, lavado de equipo de ordeño y de establos. De la propiedad aledaña del señor Gabriel Gualotuña nace un pequeño caudal (ojo de agua) que va a dar a la quebrada denominada “Malache” la misma que no brinda servicio alguno, este caudal que es de aproximadamente 2 litros por segundo que será utilizado exclusivamente para consumo humano y limpieza de equipo de ordeño. Cabe señalar que mi hermano Jorge Rúales es concesionario del 50% del caudal total de dicha vertiente. Por estar en la propiedad del señor Gualotuña se solicita las respectivas servidumbres de captación, conducción y conexas. Con estos antecedentes esta Autoridad dispone: 1.- Se acepta a trámite y en apego a lo dispuesto en los Arts. 7, 12, 14, 18 inciso segundo, 21, 35, 36 literal c), 42, 85, 86 y 87 de la Codificación de la Ley de Agua y literal g) del art. 73 del Reglamento, se la califica. 2.Cúmplase lo dispuesto en el Art. 87 literal a), por lo cual cítese a los señor Gabriel Gualotuña y Jorge Rúales en sus domicilios que lo tiene ubicado en la Hacienda El Retiro, barrio la Guitig, Parroquia Machachi, cantón Mejía, así como fíjese carteles en tres de los lugares más frecuentados de la parroquia Machachi, Cantón Mejía, provincia de Pichincha, para lo cual se remitirá atenta comisión librada al señor Comisario Nacional de dicha jurisdicción, por mandato de la Ley,

Temed el amor de la mujer más que el odio del hombre. S Ó C R AT E S

entréguese al Actor un extracto con el objeto de que se publique por tres ocasiones mediando entre la una y la otra un mínimo de ocho días, publicaciones que se lo deberá hacer, en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, de no existir se lo realizara en un periódico de circulación nacional (El Telégrafo, La Hora, Ultimas Noticias, El Comercio o el Hoy). 3.- Los administrados en el término 72 horas retirarán de esta Dependencia tanto la comisión librada para la citación y fijación de carteles, como el extracto para su publicación en la prensa. 4.Téngase en cuenta los números telefónicos 2315017, 2234822 y 099246516 para posteriores notificaciones. De conformidad con el memorando No. SENAGUA-DZQ.115-2012-0058 de 15 de junio del 2012, actué la Abg. Fernanda Sandoval N., como Secretario AdHoc en el presente trámite.NOTIFÍQUESE.........f) Dr. Patricio Montenegro Padilla, Líder del Centro Zonal Quito de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas. Lo que comunico a Usted para los fines de Ley.- CERTIFICO. Abg. Fernanda Sandoval N. SECRETARIA AD-HOC Existe firma y sello. A.R./89484/k.m. SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA SENAGUA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO ZONAL QUITO R. del E. CITACIÓN A LOS SEÑORES USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS, PROVENIENTES DE LA QUEBRADILLA “VENTANILLAS” Y QUE SE CONDUCEN POR LA ACEQUIA DEL MISMO NOMBRE, CUYO CAUDAL ES DE 12,0 L/S, PARA USO DE ABREVADERO Y RIEGO, AGUAS UBICADAS

EN LA PARROQUIA DE LLOA, CANTÓN QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO Actor: Dr. Juan Fernando Salazar Égas, Presidente Ejecutivo de la Compañía PISOFIN S. A. Objeto de la Solicitud: Concesión del derecho de aprovechamiento de aguas destinadas para uso de riego y abrevadero. Dentro del Trámite N° 238-12-Cs. (PCÑ) se ha dictado lo siguiente: S E C R E TA R I A NACIONAL DEL AGUA, DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS.Centro Zonal Quito.- Trámite N° 238-12-C.s.(PCÑ).Quito, 15 de Noviembre de 2012.- Las 10H00.VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite en virtud de haber sido designado Líder del Centro Zonal Quito de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, mediante memorando N° SENAGUA CDHE-15-2012-0599M, de fecha 13 de septiembre de 2012. En lo principal.- La solicitud de Concesión del derecho de Aprovechamiento de Aguas, presentada en esta Demarcación por el señor: Dr. Juan Fernando Salazar Egas, Presidente Ejecutivo de la Compañía PISOFIN S.A., provenientes de la quebradilla “Ventanillas” y que se conducen por la acequia del mismo nombre, cuyo caudal es de 12,0 l/s, o lo que determine el señor perito, aguas que se las destinaran para uso de Abrevadero y Riego, para los predios de propiedad del solicitante, que se encuentran ubicados en la parroquia de Lloa, cantón Quito, provincia de Pichincha; es clara y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se acepta a trámite, en consecuencia esta Autoridad. DISPONE: 1) Se cite por la prensa a los usuarios conocidos o no, de las aguas cuya concesión se solicita, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 87 de la Codificación de la Ley de Aguas, mediante publicación de un extracto de la

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

EXTRACTO

EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE FUSION POR ABSORCION DE TRANSPORTES Y LOGISTICA DEL AREA ANDINA, TRANDINA S.A. (ABSORBENTE) CON VIA EXPRESS C.A. (ABSORBIDA); AUMENTO DE CAPITAL POR EFECTO DE LA FUSIÓN; REFORMA INTEGRAL DE ESTATUTOS DE LA COMPANIA ABSORBENTE Y DISOLUCION ANTICIPADA SIN LIQUIDACION DE LA COMPAÑIA ABSORBIDA.

Se comunica al público que TRANSPORTES Y LOGISTICA DEL AREA ANDINA, TRANDINA S.A., con domicilio principal en la ciudad de Quito, se fusionó con VIA $_`I$OO# 5=<=# M+G3'&G/!+TX# +64"%,D# 36# ;+7/,+-# 7'&# ":";,'# !"# -+# :63/D%# "%# NO# Q# 169.681,00; y, reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario J&/123/4'# `&/4"&'# !"-# P/3,&/,'# K",&'7'-/,+%'# !"# E6/,'# "-# *# !"# ';,6G&"# !"# ()*(=# Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante I"3'-6;/D%#.'=#O5=L^=P^5`J$=E=*(=))ZA*(#!"#(*#!"#!/;/"4G&"#!"#()*(= DATOS DE LA COMPAÑIA ABSORBENTE: TRANSPORTE Y LOGÍSTICA DEL ÁREA ANDINA, TRANDINA S.A.

CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA PROFSEGUR CIA. LTDA. La compañía PROFSEGUR CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Cuarto del Distrito Metropolitano de Quito, el 05 de Noviembre de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.12.006564 de *A#!"#P/;/"4G&"#!"#()*(= 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de PICHINCHA

1. - DURACIÓN: Hasta el 24 de noviembre del 2020 2.- DOMICILIO PRINCIPAL: Distrito Metropolitano de Quito 3.- CAPITAL.- El Capital suscrito y pagado de la compañía es de ciento noventa U# ;/%;'# 4/-# 3"/3;/"%,'3# ';a"%,+# U# 6%# !D-+&"3# !"# -'3# $3,+!'3# N%/!'3# !"#<42&/;+# MNOQ*@B=Z?*=)))TF#!/]/!/!'#"%#;/"%,'#%']"%,+#U#;/%;'#4/-#3"/3;/"%,'3#';a"%,+#U#6%# +;;/'%"3#'&!/%+&/+3#U#%'4/%+,/]+3#!"#6%#!D-+&#!"#-'3#$3,+!'3#N%/!'3#!"#<42&/;+# cada una. 4.- OBJETO.- El objeto de la compañía se compone de las siguientes actividades: +T#`&"3,+;/D%#!"#3"&]/;/'3#!"#!"7D3/,'#+!6+%"&'F#"%#;6+-\6/"&+#!"#-+3#4'!+-/!+!"3# contempladas en la Ley y conforme a la correspondiente concesión. 5.- ADMINISTRACION Y REPRESENTACIÓN LEGAL: La administración de la compañía está a cargo del Gerente General y del Sub Gerente. El representante legal es el Gerente General. Distrito Metropolitano de Quito, 21 de diciembre de 2012

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 10.008,00 Número de Participaciones 10.008 Valor US$1,00 3.- OBJETO.- El objeto de la compañía es: DEDICARSE A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE PREVENCIÓN DEL DELITO, VIGILANCIA Y SEGURIDAD A FAVOR DE PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS... E6/#,'F#*A#!"#P/;/"4G&"#!"#()*( Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑIAS

Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑIAS DE QUITO

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solicitud y esta providencia en uno de los Diarios: El Comercio, Últimas Noticias, Hoy, La Hora o El Telégrafo que se editan en esta ciudad, por tres veces, mediando una de la otra, el plazo de ocho días. 2) Fíjense carteles durante treinta días en tres de los lugares más frecuentados de la Parroquia Lloa, comisionándose esta diligencia al señor Teniente Político de la indicada parroquia, quien sentara las razones respectivas y las devolverá a este despacho. 3) Agréguese al expediente los documentos que se adjuntan y téngase en cuenta el casillero judicial N° 1243, para efecto de notificaciones, así como la autorización dada a su Abogado patrocinador. De conformidad con el memorando N° CGAJ.4-0714 del 26 de octubre de 2010, actúe como Secretario Ad-Hoc en el presente proceso el Ab. Patricio Caja Ñ- .NOTIFÍQUESE... f). Ing. César Cabrera Vinueza, Líder del Centro Zonal Quito, de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas de la Secretaria Nacional del Agua.CERTIFICO. Ab. Patricio Cajo Ñ. SECRETARIO AD-HOC Hay un sello AR/89560/cc

VARIOS R. del E. JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL PARA: JOSÉ LUIS LAMBERT PRADO JUICIO: 1043-2010-C.I. VERBAL SUMARIO ACTOR: PACIFICARD S.A., A TRAVÉS DE SU PROCURADOR JUDICIAL SEÑOR GERSON HARO MERINO. DEMANDADO : JOSÉ LUIS LAMBERT PRADO OBJETO: Con fundamento en lo dispuesto en el Art. 928, y 936 del Código de Procedimiento Civil Vigente, Artículos 1 y 3 numeral 9 del Código de Comercio Civil, se demanda en Juicio Verbal Sumario a José Luis Lambert Prado. TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: $ 17.700,56 (DIECISIETE MIL SETECIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS DE NORTE AMÉRICA, CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS). ABOGADO PATROCINADOR: Dr. Genaro Cruz Abril CASILLERO: Mat. Prof. 4355 C.A.P. Casilla No. 1976 PROVIDENCIA.JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 9 de agosto del 2010, las 14h53.- VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en virtud del sorteo realizado y en calidad de Juez Suplente mediante Oficio Nro. 012-DDP-JAR del 24/01/2005.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta a tramite Verbal Sumario.En consecuencia, cítese con el contenido de la demanda y presente providencia al señor JOSE LUIS LAMBERT PRADO, en el lugar señalado.- Agréguense a los autos los documentos adjuntos.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por el compareciente en su calidad invocada para sus futuras notificaciones.- CITESE Y NOTIFIQUESE.- f) Dr. Reynaldo Flor Alvarado. Juez (S) (…Sigue la notificación).PROVIDENCIA.JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 25 de septiembre del 2012, las 13h20.- Agréguese a los autos el escrito presentado.- En mérito del juramento rendido por el actor en su calidad invocada, sobre la imposibilidad de dar con el domicilio, residencia o paradero del señor JOSÉ LUIS LAMBERT PRADO, cíteselo por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, conforme lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Actúe el Dr. Luis Chulde Ruano como Secretario encargado en virtud de la Acción de Personal No. 2031DP-DPP de fecha 18 de Agosto del 2011.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi. Jueza (…Sigue la notificación).- Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- CERTIFICO. DR. LUIS CHULDE RUANO SECRETARIO ENCARGADO Hay un sello AR/89530/cc R. d. E. JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.CITACIÓN JUDICIAL AL SEÑOR: ABNER BYRON HIDALGO ZHUNAULA DEL JUICIO VERBAL SUMARIO (TARJETA DE CRÉDITO) PROPUESTA EN SU

REVISTA JUDICIAL JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR CONTRA POR EL AB. SR. GERSON HARO MERINO (PACIFICARD). ACTOR: AB. SR. GERSON HARO MERINO (PACIFICARD) DEMANDADA: ABNER BYRON HIDALGO ZHUNAULA JUICIO: No. 0655-2011-MM TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: 11.000,oo FECHA DE INICIACIÓN: 2 de junio del 2011. PROVIDENCIA: “JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 2 de junio del 2011, las 10h46.VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado. En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite verbal sumario.- En consecuencia, entréguese copia de la demanda y auto de calificación al demando señor ABNER BYRON HIDALGO ZHUNAULA, y a quien se le citará en el lugar que se indica en la demanda, para lo cual envíese suficiente despacho a la Sala de Citaciones.- Tómese en cuenta el casillero Judicial señalado.- Agréguese al proceso los documentos presentados. Dejando copias y recibo en autos desglose la documentación solicitada.- Notifíquese y cítese.- f) Dra. M. Flor Pazmiño, JUEZA.” “JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 19 de noviembre 2012, las 08h51.Agréguese al proceso el escrito presentado.- En mérito al juramento rendido por el actor y de conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil se dispone que se cite al demandado señor ABNER BYRON HIDALGO ZHUNAULA, por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito.- Notifíquese.- f) Dr. Fabricio Segovia Betancourt, JUEZ ENCARGADO.” Particular que llevo a su conocimiento par los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. DRA. MARIA ISABEL SOLANO SECRETARIA (E) DEL JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello AR/89531/cc Ministerio de Relaciones Laborales REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO Nº 55236-2012MAMH ACTOR: LUIS ANIBAL JALIL MUÑOZ, GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE CONSTRUCTORA JALIL & ASOCIADOS C.A. AC C I O N A D O : BERNARDO CHIRIBOGA DE GUZMAN CAUSAL: 1,2 y 3 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO. Dentro del Trámite de Visto Bueno signado con el número N° 552362012-MAMH, presentada por LUIS ANIBAL JALIL MUÑOZ, GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE CONSTRUCTORA JALIL & ASOCIADOS C.A., en contra de su trabajador (a) señor (a) BERNARDO CHIRIBOGA DE GUZMAN, se ha dictado lo que sigue: INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 21 de diciembre del 2012, a las 09H45.En mérito del sorteo de ley que antecede avoco conocimiento de la solicitud de Visto Bueno signado con el número N° 552362012-MAMH, presentada por LUIS ANIBAL JALIL MUÑOZ, GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE CONSTRUCTORA JALIL & ASOCIADOS C.A., en contra de su trabajador (a) señor (a) BERNARDO CHIRIBOGA DE GUZMAN. En lo principal agréguese al trámite la Declaración Juramentada celebrada ante Notario Público por la parte actora indicando que desconoce el domicilio del accionado y atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el empleador bajo

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juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 2) Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor y la autorización otorgada al profesional del derecho que suscribe en la presente causa.- NOTIFÍQUESE.- f) AB. MARIA AUGUSTA MERCHAN HELOU. Lo que comunico para los fines de ley. AB. MARIA AUGUSTA MERCHAN HELOU INSPECTORA DE TRABAJO DE PICHINCHA Hay un sello AR/89575/cc REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE ORELLANA.- JOYA DE LOS SACHAS ORELLANA ECUADOR SACHAS EXTRACTO JUDICIAL C I TAC I Ó N JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y NO CONOCIDOS DE LOS CAUSANTES CARLOS BENIGNO QUEVEDO CASTILLO y MAXIMA QUEVEDO CASTILLO. CAUSA: INVENTARIOS, AVALÚO Y TASACIÓN DE BIENES TRÁMITE: ESPECIAL CUANTÍA: INDETERMINADA PROCESO: 466-2012. JUEZ: DR. JAIME ESPIN FERNANDEZ DEMANDA: QUEVEDO QUEVEDO VICENTE BOLÍVAR y QUEVEDO QUEVEDO CARLOS MANUEL, portadores de Cédula de Ciudadanía Nos.1707005128 y 1705537874, de 53 y 59 años de edad, ecuatorianos, de estado civil solteros, Técnico en Construcción Civil y ocupación agricultor en su orden, domiciliados en la parroquia.Enokanqui, cantón de La Joya de los Sachas, provincia, de Orellana, comparecen y manifiestan: De las partidas de Defunción y la Posesión Efectiva que acompañamos a este libelo, vendrá, en su conocimiento que somos herederos de nuestros difuntos padres QUEVEDO CASTILLO CARLOS BENIGNO y MAXIMA QUEVEDO CASTILLO. Dejando como únicos y universales herederos a los comparecientes y a mis hermanos QUEVEDO QUEVEDO JOSÉ JAIME y MARIA ESPERANZA QUEVEDO QUEVEDO. Con estos antecedentes acudimos a Usted, y con fundamento en el Art. 629 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, solicitamos se declare abierta la sucesión dejada por los de cujus y pedimos se digne ordenar la facción del INVENTARIO, AVALÚO Y TASACIÓN de los bienes inmuebles dejados por los causantes y que consisten en: Un lote de terreno rural S/N, ubicado en la zona No.28, Precooperativa. Sultana del Oriente, parroquia san Sebastián del Coca, Cantón Francisco de Orellana, actualmente parroquia Enokanqui, cantón La Joya de los Sachas, provincia de Orellana, circunscrito dentro de los siguientes linderos y dimensiones: Norte.Con lote 27 de Gustavo Santillán, en 2650 metros; Sur.- Con lote 29, en de Germán Quevedo, en 140 metros, rumbo N 90°00w. Estacion de Bombeo Sachas Norte dos, en 18 metros, R. N48°29’w, en 2.650 metros R. N90° 00w, Este.- Con carretera Coca- Lago Agrio, en 264 metros R Fijo; Oeste.- Con terrenos de la cooperativa Shushufindi, en 375 metros R. N46°30’E; dando una superficie total de SETENTA Y CUATRO HECTÁREAS CON SETENTA Y CUATRO ÁREAS. Título Escriturario, adquirido mediante Providencia de Adjudicación de Colonización con Hipoteca que otorgo el IERAC, el 16 de mayo de 1977, protocolizado en la Notaría del cantón Tena, registrada, en el mismo cantón; y actualmente reinscrita en el Registro de la Propiedad del cantón La Joya de los Sachas bajo el No.-360, Folio No.-2137 al 2139, Tomo cuatro de fecha 13 de diciembre del 2006, de igual forma se inscribe la cancelación de hipoteca otorgado por el IERAC se inscribe en el Registro de la propiedad del cantón La Joya de los Sachas, el 6 de septiembre de 1995. De conformidad al Art. 252 del Código de Procedimiento Civil, sírvase designar un perito para la diligencia de inventarios y avalúo, sin perjuicio de que, dentro término

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JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR

que Usted señale designe un perito de nuestra parte. La cuantía es indeterminada. El trámite de esta cansa es el especial, establecido en el Art.629 del Código de Procedimiento Civil, Sección 7ma. del Título II del Libro Segundo. Con esta demanda se citará a mis hermanos QUEVEDO QUEVEDO JOSÉ JAIME y MARIA ESPERANZA QUEVEDO QUEVEDO con domicilio en la Pre Cooperativa Sultana del Oriente, parroquia Enokanqui, cantón Joya de los Sachas, para el efecto se comisionará al señor Teniente Político de la parroquia Enokanqui. A los herederos presuntos y no conocidos de los causantes, y a quienes se creyeren en derecho dentro de esta sucesión se citará de conformidad al Art.82 del Código de Procedimiento Civil. Se ordene la inscripción de la presente demanda en el Registro de la Propiedad de La Joya, de los Sachas, de acuerdo al Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil. Acorde a lo previsto en el Art. 52 del Código de Procedimiento Civil, se designa Procurador Común al señor QUEVEDO QUEVEDO VICENTE BOLÍVAR. Notificaciones la recibiré en el Casillero Judicial No. 44, autorizamos al Abogado Galo Ortiz Pico, profesional del derecho para que a nuestro nombre y representación firme los escritos que fueran necesarios en la presente causa. PROVIDENCIA: JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE ORELLANA.- La Joya de los Sachas, a lunes 03 de Diciembre del 2012 a las 09h18.- VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de ésta Judicatura.- En lo principal, la demanda, de INIVENTARIOS, AVALÚO y TASACIÓN presentado por los señores QUEVEDO QUEVEDO VICENTE BOLÍVAR, y QUEVEDO QUEVEDO CARLOS MANUEL, es clara, completa, y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se le admite a trámite Especial.- De conformidad a lo dispuesto por el Art.252 del Código de Procedimiento Civil se nombrará perito o peritos y se contará con la presencia de testigos para la diligencia establecida por la Ley, quién o quienes serán nombrados y posesionados de conformidad a lo determinado a la norma legal.En base a los dispuesto por el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de La Joya de los Sachas, notificándole a dicho funcionario para que tome nota en el libro respectivo.Cítese a los demandados señores: QUEVEDO QUEVEDO JOSÉ JAIME y MARIA ESPERANZA QUEVEDO QUEVEDO, para el cumplimiento de la diligencia de citación se COMISIONA al Teniente Político de la parroquia Enokanqui, enviándole suficiente despacho entregándole copia de la demanda y auto de calificación recaída en la misma y advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial junto a los juzgados de la Joya de los Sachas, para que reciban posteriores notificaciones que les correspondan, en caso de no comparecer continuará el trámite de la causa, y se lo declarará en rebeldía.- En cumplimiento a lo dispuesto en el Art.82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone citar por la Prensa, a los presuntos herederos y no conocidos de los causantes, QUEVEDO CASTILLO CARLOS BENIGNO y MAXIMA QUEVEDO CASTILLO, y a quienes se creyeren con derecho dentro de esta causa.- Téngase en cuenta el casillero judicial No.-44 señalado por los demandantes para recibir sus notificaciones y la autorización concedida a su Abogado Defensor Galo Ortiz Pico.- Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.- Actúe el Secretario Titular.- CÚMPLASE, CITESE Y NOTIFÍQUESE.P ROV I D E N C I A . J U ZGA D O SEGUNDO DE LO CIVIL DE ORELLANA- La Joya de los Sachas, a Martes, 11 de Diciembre del 2012 a las---Adjúntese a los autos los escritos que anteceden-----Cítese por la prensa a través del Periódico La HORA que se edita en la ciudad de Quito a los herederos, presuntos y no conocidos de los de Cujus, QUEVEDO CASTILLO CARLOS BENIGNO y MAXIMA QUEVEDO CASTILLO, de conformidad al Art. 82 del Código Adjetivo Civil.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQU

ESE. LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY Abg. Oscar Goya Macías. SECRETARIO DEL JUZGADO. Existe firma y sello. A.P./55053/k.m. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA. UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACIÓN JUDICIAL AL SEÑOR: ORLANDO CRISTOBAL GUAJALA EXTRACTO CAUSA : DIVORCIO POR CAUSAL No. DE JUICIO: 17203-2012-1907 DRA-MGS D E M A N DA D O : ORLANDO CRISTOBAL GUAJALA ACTOR : LUZ GENOVEVA RIVERA MEDINA CUANTIA : INDETERMINADA JUEZ : DR. HENRY TOBIAS N AVA R R E T E N AVA R R E T E , JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA. - UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 7 de diciembre deI 2012, las 16h10. VISTOS: Por sorteo que antecede, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, creada mediante Resolución No 116-2012, de fecha 11 de septiembre del 2012, suscrita por el Pleno del Consejo de la Judicatura de conformidad con lo establecido en el Artículo 175 de la Constitución de la República en concordancia con los Arts. 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial. En lo principal la demanda de DIVORCIO es clara, precisa y completa, por lo que se la acepta a trámite verbal sumario, previsto en el Art. 118 de la norma adjetiva civil.- En merito del juramento rendido por la Actora sobre la imposibilidad de dar con el domicilio de su cónyuge el señor GUAJALA ORLANDO CRISTOBAL, se dispone citarlo por la prensa conforme lo estipulado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, mismas que deberán ser mediando por lo menos ocho días entre una y otra publicación.- Agráguense a los autos los documentos adjuntos.Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la Actora para sus futuras notificaciones.- Por secretaría confiérase el extracto para dicha publicación.- Actúe la Dra. Martha Gordillo Sahona, en calidad de Secretaria.CITESE y NOTIFIQUESE.- f). Dr. Henry Tabías Navarrete Navarrete, JUEZ DE LA UNIDAD TERCERA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO Dra. Martha Gordillo S. SECRETARIA DE LA UNIDAD TERCERA ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO Hay firma y sello AC/89187/tf L.C.A. NOTARlA CUARTA DEL CANTÓN QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público en general que mediante escritura pública otorgada ante mí Doctor LIDER MORETA GAVILANES, NOTARIO PUBLICO CUARTO ENCARGADO DE ESTE CANTÓN, (E) DE LA NOTARlA, el treinta de octubre del año das mil doce, los señores JOSE GUSTAVO QUISHPE CHICAIZA y MARLENE MARGOTH ANDY CERDA, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal que tenían, la misma que fuera disuelta mediante sentencia de divorcio dictada por el Juzgado Noveno de lo Civil de Pichincha, el trece de diciembre del dos mil diez, debidamente archivado en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación con el número dos mil once guión quinientos, el 10 de febrero del 2011. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto

JUDICIAL QUITO

de la referida escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal cuya copia certificada se agrega, de la cual se extracta lo siguiente: Los bienes sociales están conformados por: El lote de terreno número SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE, de la Segunda Etapa, de la parroquia Chillogallo, de esta ciudad y cantón Quito, provincia Pichincha. Avaluado en la suma de TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CERO SEIS CENTAVOS DE DÓLAR ( $ 35.562.06). Así también dentro de la sociedad conyugal en dinero en efectivo existe la cantidad CUATRO MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA El activo de la sociedad conyugal asciende a la suma de CUARENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CERO SEIS CENTAVOS DE DÓLAR; y corresponde como activo en calidad de gananciales a cada cónyuge la suma de veinte mil treinta y uno dólares de los Estados Unidos de América con cero tres centavos. Los señores JOSE GUSTAVO QUISHPE CHICAIZA y MARLENE MARGOTH ANDY CERDA, en la mencionada escritura liquidan la sociedad conyugal existente entre ellos, de la siguiente manera: a) Al señor JOSE GUSTAVO QUISHPE CHICAIZA, se le adjudica el lote de terreno con construcción número SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE, de la Segunda Etapa, de la parroquia Chillogallo, de esta ciudad y cantón Quito, provincia Pichincha, con todos sus usos, costumbres, entradas, salidas, servidumbres activas y pasivas que le son anexas y todo cuanto por su naturaleza, destino o accesión se reputan inmuebles, incluyéndose las construcciones existentes (casa), instalaciones, adecuaciones, servicios y demás derechos que le son anexos, pasando a ser ésta el único y exclusivo propietario del mencionado bien raíz; y, b) Mientras a la señora MARLENE MARGOTH ANDY CERDA, se le adjudica los CUATRO MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en dinero en efectivo y en moneda de curso legal, a su entera satisfacción, sin que tenga nada que reclamar en el futuro por este concepto Por lo que, en aplicación a lo dispuesto en el Art.. 6 numeral 23 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de noviembre del 2006, pongo en conocimiento del público en general; el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores JOSE GUSTAVO QUISHPE CHICAIZA y MARLENE MARGOTH ANDY CERDA, otorgada mediante escritura pública el treinta de octubre del año dos mil doce, ante el suscrito Doctor Lider Moreta Gavilanes, Notario Público Cuarto (E) del cantón Quito, por el término de veinte (20) dÍas a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, 20 de diciembre de 2012. DR. LIDER MORETA GAVILANES NOTARIO PÚBLICO CUARTO (E) DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello AC/89170/tf EXTRACTO LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL DE FREDI ROBERTO PAUCAR CHALCO Y XIMENA PATRICIA CAIZA SUNTAXI NOTARIA VIGESIMA SEPTIMA DEL CANTON QUITO: Pongo en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante mi, DOCTOR FERNANDO POLO ELMIR, NOTARIO VIGESIMO SEPTIMO DEL CANTON QUITO, los señores: FREDI ROBERTO PAUCAR CHALCO Y XIMENA PATRICIA CAIZA SUNTAXI, procedieron a liquidar el patrimonio de la Sociedad Conyugal, la misma que fuera disuelta mediante escritura pública celebrada ante el Notario Vigésimo Séptimo del cantón Quito, el siete de septiembre del año dos mil diez, marginada en el Registro Civil, el uno de septiembre del dos mil once. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal celebrada ante mi, el diecisiete de diciembre del dos mil doce, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo Sexto de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial

La virtud resplandece en las desgracias. ARISTÓTELES

número Cuatrocientos seis de fecha veinte y ocho de Noviembre del dos mil seis, que faculta a los Notarios disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles correspondientes, la escritura de la liquidación de la Sociedad Conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal. Mediante una sola publicación, en uno de los periódicos de circulación Nacional, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores FREDI ROBERTO PAUCAR CHALCO Y XIMENA PATRICIA CAIZA SUNTAXI, otorgada mediante escritura pública antes indicada, por el término de veinte (20) días, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, a dieciocho de diciembre del dos mil doce. DR. FERNANDO POLO ELMIR NOTARIO VIGESIMO SEPTIMO DEL CANTON QUITO Hay firma y sello AC/89165/tf EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL QUE EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA SE ESTA TRAMITANDO LA INSCRIPCIÓN DE ESCRITURA, DENTRO DEL JUICIO No.462-2011-NV, OTORGADA POR EL JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA A FAVOR DE PEDRO MANUEL PUMALPA PAUCAR Y GLORIA PIEDAD IZA CHALCO, EL 11 DE OCTUBRE DEL 2010, EN LA NOTARIA CUARTA DEL CANTON QUITO A CARGO DEL DR. LIDER MORETA GAVILANEZ ACTOR: PEDRO MANUEL PUMALPA PAUCAR Y GLORIA PIEDAD IZA CHALCO TRAMITE: ESPECIAL CUANTIA: INDETERMINADA EXTRACTO JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, martes 3 de mayo del 2011, las 15h29.VISTOS:- Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de la nota de sorteo, y en mi calidad de titular de esta judicatura.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los demás requisitos de forma previstos por la Ley.- En consecuencia, se da el trámite solicitado, para lo cual cítese con la demanda y esta providencia al demandado señor DR. JORGE WASHINGTON BONILLA ABARCA, en su calidad de Registrador de la Propiedad.- Agréguese a los autos los documentos acompañados y tómese en cuenta el casillero judicial señalado.- Notifíquese.-.. F) Dr. Alfredo Grijalva Muñoz. Juez Lo que comunico al público en general para los fines de ley. ATENTAMENTE DR. JUAN PABLO TORO CARRILLO SECRETARIO Hay firma y sello AC/89176/tf CITACIÓN JUDICIAL EXTRACTO JUZGADO PRIMERO DE TRABAJO DE PICHINCHA JUEZ. DR. JOSE NUÑEZ RODAS SECRETARIA. DRA. TATIANA SANCHEZ JUICIO. ORAL DE TRABAJO No. 205-2012-MQ. ACTOR: FRANCO HUBITICIO RAMIREZ ENCALADA DEMANDADOS. COMPAÑÍA DSM NUTRITIONAL PRODUCTS ECUADOR REPRESENTADA POR INES DEL ROCIO ALARCÓN ALVEAR Y HECTOR PABLO RUSSO TAMA hago saber a Usted lo que sigue: JUZGADO PRIMERO DE TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, lunes 2 de abril del 2012, las 14h23.- VISTOS: Radicada la competencia en este Juzgado en virtud del sorteo legal, Ab. Fabián Antonio Jeréz Villota, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Adjunto encargado del Juzgado Primero del Trabajo, conforme la Acción de Personal No.987 DPDPP, de fecha 14 de marzo del 2012. en virtud de la Resolución número 053-2010, del Consejo de la Judicatura, publicada en el R.O.

No. 264 del 25 del agosto del 2010.En lo principal, dando cumplimiento a lo ordenado en el Art. 575 del Código del Trabajo, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se le acepta a trámite oral.Cítese a los demandados Compañía DSM NUTRITIONAL PRODUCTS ECUADOR S.A., legalmente representada por los señores INES DEL ROCIO ALARCON ALVEAR Y HECTOR PABLO RUSSO TAMA, en calidad de apoderados Generales en el domicilio señalado para el efecto, entregándoles copia de la demanda y esta providencia, para cuyo efecto y en forma previa se solicita que el actor Francisco Hubiticio Ramirez Encalada o su abogado defensor concurran a este juzgado lo más inmediato posible, después de haber recibido esta notificación, para que proporcionen las copias que faltan previniéndole a la parte demandada, de la obligación que tiene de señalar casillero judicial dentro del perímetro legal de esta ciudad de Quito en el término de 15 días. Rmítase las boletas a la oficina de Citaciones a fin de que se cumpla la diligencia de citación en el término de cinco días previstos en el Art.576 del Código del Trabajo.- Hecho que fuere convocase a la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONCILIACIÓN, CONTESTACIÓN A LA DEMANDA Y FORMULACIÓN DE PRUEBAS, la misma que deben presentar por escrito, el día 13 de Septiembre del 2012, a las 14h50, diligencia a la que comparecerán las partes o sus abogados defensores debidamente acreditados con poder que contenga cláusula para transigir, conforme lo dispone el numeral 11 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial. Considérese la resolución de inconstitucionalidad declarada por la Corte Constitucional, R.O. No. 372 del 27 de Enero del 2011.Téngase en cuenta la cuantía fijada.- la casilla judicial No.1538 para futuras notificaciones de la parte

actora; la autorización y facultad otorgada al Dr. Nelson Maza.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.JUZGADO PRIMERO DE TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, viernes 14 de diciembre del 2012, las 15h52.- VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado el 19 de noviembre del 2012, a las 16h17; en atención al mismo por cuanto el actor insiste en que no les puede ubicar a los demandados, inclusive ha comparecido a declarar bajo juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de los demandados; encontrándonos en un estado de derechos y en aplicación del “Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador.-EI sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso. No se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades.” se revoca el Auto dictado el 14 de noviembre del 2012, las 14h30; conforme lo establecido por el Art.82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone citar por medio de la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta Ciudad, a los demandados DSM NUTRITIONAL PRODUCTS ECUADOR S.A. legalmente representados por los señores INES DEL ROCIO ALARCON ALVEAR Y HECTOR PABLO RUSSO TAMA, por sus propios derechos, así como por los que representan. NOTIFIQUESE. Particular que comunico a Usted, para los fines legales pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial, dentro del perímetro legal de este Juzgado. DR. JOSE RAFAEL NUÑEZ RODAS. JUEZ. DRA. TATIANA SANCHEZ. SECRETARIA Hay firma y sello AC/89162/tf JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A. RUTH MARISOL ALULEMA LUCERO ACTOR: MAURICIO RENAN MORALES SALAS DEMANDADA: RUTH MARISOL ALULEMA LUCERO JUICIO: VERBAL SUMARIO No.

Guayllabamba, Diciembre 26 del 2012.

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TRANSLIDER TRANSPORTES Y MUDANZAS LIDER DE GUAYLLABAMBA S.A. De acuerdo a lo previsto en la Ley de Compañías y en los Estatutos Sociales de la Compañía, convoco con carácter obligatorio a todos los accionistas de la Compañía Translider S.A., a la Junta General Extraordinaria que tendrá lugar el día Jueves 3 de Enero del 2013, a las *)b))#a'&+3F#"%#-+#'C;/%+#!"#-+#5'47+ñía, ubicada en la Parroquia de Guayllabamba, con el objeto de conocer y resolver el siguiente orden del dia: 1.- Constatación del Quórum. 2.- Lectura y Aprobación del acta anterior. 3.- Informe del señor Presidente. 4.- Informe del señor Gerente. 5.- Elección de Directivos 2013-2015 5.- Resoluciones. Atentamente, Sr. Luis Rodrigo Chamba GERENTE GENERAL CIA. TRANSLIDER S.A.

A.P./55054/k.m.

1260-2.012 Abg. R. Bravo CASILLERO JUDICIAL No. 439 FUNDAMENTO LEGAL: ART. 110 NUMERAL 11 DEL CODIGO CIVIL ABOGADO: EDWIN PÉREZ CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIA: AUTO DE CALIFICACION JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 1 de octubre del 2012, las 08h40. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado.- Por cuanto el actor ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia anterior en la forma solicitada y dentro del término respetivo. La demanda presentada por: MAURICIO RENÁN MORALES SALAS, es clara y reúne los demás requisitos de Ley, y se la admite a trámite en juicio verbal sumario, por tanto CITESE, a la demandada RUTH MARISOL ALULEMA LUCERO, de conformidad con lo dispuesto por el Art.82 del Código del Código de Procedimiento Civil, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación a nivel nacional que se editan en esta ciudad de Quito.Cuéntese con la insinuación del señor: RAÚL GERMÁN MORALES SALAS, como Curador Ad-litem del menor: MARTÍN ALEAJNDRO MORALES ALULEMA, con dicha insinuación óigase a uno de los señores Agente Fiscal de lo Penal de Pichincha.- Agréguese al proceso la documentación que se adjunta .- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el actor así como la autorización conferida a su Abogado defensor.- Notifíquese.F) Dra. Rita Ordóñez Pizarro, Jueza titular. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Le prevengo de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir posteriores notificaciones.- Certifico. AB. RAÚL VELEZ NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello AC/88770/jq EXTRACTO JUICIO DE ALIMENTOS CON PRESUNCION DE PATERNIDAD No. 0804-2012-LMJ. CUANTIA: INDETERMINADA ACTOR: IRENE MARISSELA PINTO YANGUA D E M A N DA D O : J O N AT H A N SEGUNDO LARRETA SAGÑAY CITACIÓN JUDICIAL A: JONATHAN SEGUNDO LARRETA SAGÑAY UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA

TERCERA LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 20 de noviembre del 2012, las 16h25.VISTOS: En virtud del sorteo realizado, Dr. Richard Wilmer Chinde Chamorro, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer , Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, creada mediante Resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, de fecha once de septiembre del año dos mil doce, en concordancia a los Arts. 44, 45, 175 de la Constitución de la República, artículos 233, 234 del Código Orgánico de la Función Judicial. En lo principal: 1.- La demanda de Alimentos y paternidad que antecede, es clara, precisa y reúne los requisitos exigidos por la Ley; en consecuencia, se admite a trámite Especial previsto en el artículo innumerado 34 y siguientes de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia publicada en el R.O. S. 643 de 28 de Julio de 2.009.- De conformidad con el Art. Innumerado 35 inciso segundo del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. 2.- En mérito del juramento rendido por la actora IRENE MARISSELA PINTO YANGUA sobre la imposibilidad de dar con el domicilio del señor JONATHAN SEGUNDO LARRETA SAGÑAY , se dispone citarlo por la prensa conforme lo estipulado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, mismas que deberán ser mediando por lo menos ocho días entre una y otra publicación. 3.- Se indica al demandado que tiene hasta 48 horas para anunciar su prueba antes de la Audiencia Unica, que se señalará de forma inmediata, una vez practicada la citación en legal y debida forma, audiencia a la que deberá comparecer personalmente o por medio de procurador judicial debidamente autorizado para transigir. 4.- Agréguese al proceso la documentación presentada por la accionante. 5.- Se fija provisionalmente la suma de SETENTA Y NUEVE DOLARES CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS (79.42 USD) mensuales, en favor del niño PINTO YANGUA TIAGO SEBASTIAN , más los beneficios legales, que serán pagadas por mesadas adelantadas a partir de

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA FASTLINECAR S.A. La compañía FASTLINECAR S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Sexto del Distrito Metropolitano de Quito, el 20 de Noviembre de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías mediante Resolución SC.IJ.DJC. E=*(=))ZZ@A# !"# (*# !"# P/;/"4G&"# !"# 2012. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de PICHINCHA 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 3.400,00 Número de Acciones 3.400 Valor US$1,00 3.- OBJETO.- El objeto de la compañía es: SE DEDICARÁ EXCLUSIVAMENTE AL TRANSPORTE COMERCIAL DE TAXI EJECUTIVO. Quito, 21 de Diciembre de 2012 Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑIAS

A.C./89166


la presentación de la demanda, a través del Banco de Guayaquil, para lo cual la actora proceda a aperturar la tarjeta Kárdex en la Oficina de Liquidaciones de esta Unidad Judicial de la Niñez y Adolescencia correspondiente. 6.Se nombrará Perito Genetista para la práctica del examen del ADN, previo a la diligencia de la citación al accionado. 7.- La accionante señale el correo electrónico para efectos de recibir notificaciones. 8.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora, así como la designación de su abogado defensor. NOTIFIQUESE. f) Dr. Richard Chinde Chamorro, Juez de la Unidad. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito. DRA. LUZ MOINA JIMÉNEZ SECRETARIA Hay firma y sello AC/89174/tf

ANULACIONES

BANCO PICHINCHA QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 943 al 945 de la Cta.

Cte. No. 3496614804 perteneciente a SALAZAR GUERRERO JENNY GUADALUPE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (1) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 138 de la Cta. Cte. No. 3503767904 perteneciente a LEON MENDEZ CARMEN ROSARIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (2) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 963 al 964 de la Cta. Cte. No. 2100011542 perteneciente a SUAREZ RODRIGUEZ JOSE EUGENIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (3) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 6831 valor $ 617,74 de la Cta. Cte. No. 3333530104 perteneciente a HERRERA CHICAIZA ZOILA ROSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (4) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 983 al 1010 de la Cta. Cte. No. 3500215104 perteneciente a DE LA CRUZ DURAN

CARMEN AMELIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (5) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4734 de la Cta. Cte. No. 3429810604 perteneciente a CEVALLOS CEVALLOS JOSE ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (6) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 15978 valor $ 66,99 de la Cta. Cte. No. 3346057604 perteneciente a CINASCAR DE ECUADOR S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (7) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1 al 30 de la Cta. Cte. No. 2100011724 perteneciente a DELGADO MURILLO IVAN ANDRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (8) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 101 al 130 de la Cta. Cte. No. 3517999304 perteneciente a ECUASINLIMITE S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga

RESOLUCION No. IDG-DJ y TL-2012-120 AB. HUMBERTO MOYA GONZALEZ INTENDENTE DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO: QUE, de acuerdo a lo establecido en el articulo 18, de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, las instituciones del sistema financiero podrán establecer oficinas en el país o en el exterior, previa autorización de la Superintendencia y sujetándose a las normas y procedimientos generales que determina dicha Ley y las demás que expida la Superintendencia. EN$F#7+&+#-+3#+7"&,6&+#!"#4+,&/;"3F#':/;/%+3#'7"&+,/]+3#M36;6&3+-"3#U#+1"%;/+3TF#]"%,+%/--+3#!"#"c,"%sión de servicios y oficinas especiales, las instituciones del sistema financiero privado, deben sujetarse al procedimiento establecido en el Libro I, Titulo II, Capitulo I, de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria. QUE, el Directorio del Banco del Pacífico S.A., en sesión celebrada el 31 de octubre del 2012, aprobó la propuesta de abrir una agencia ubicada en la avenida Juan León Mera N° 130 y avenida Patria, en el Edificio CFN de la Corporación Financiera Nacional, correspondiente a la parroquia Mariscal, del cantón y ciudad de Quito, provincia de Pichincha. QUE, mediante comunicación N° AJ-0024-2012, recibida el 19 de noviembre del 2012, suscrita por el $;'%=#<%!&23#d+\6"&/e'#d+&&/1+F#0/;"7&"3/!"%,"#$f";6,/]'#!"-#d+%;'#!"-#`+;/:/;'F#"%#O6G&'1+;/D%#!"-# Presidente Ejecutivo y representante legal de la entidad, se solícita a la Superintendencia de Bancos y Seguros, la autorización para la apertura de la referida agencia en el edificio de la Corporación g/%+%;/"&+#.+;/'%+-#M5g.T=# QUE, mediante memorando signado con el número IDG-DAISFP5-2012-330, del 6 de diciembre del 2012, la Dirección de Auditoria de Instituciones del Sector Financiero Privado 5, ha presentado el /%:'&4"#,2;%/;'#;'&&"37'%!/"%,"=# QUE, mediante Memorando No. DJyTL-2012-938, del 11 de diciembre del 2012, la Dirección Jurídica y Trámites Legales informa que considera procedente aprobar la apertura de la agencia del Banco del Pacifico S.A. en la avenida Juan León Mera N° 130 y avenida Patria, en el Edificio CFN de la Corporación Financiera Nacional, correspondiente a la parroquia Mariscal, del cantón y ciudad de Quito, provincia de Pichincha. QUE, dentro del presente trámite, se ha dado cumplimiento al procedimiento establecido en el Libro I, Titulo II, Capitulo I, de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria. Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el señor Superintendente de Bancos y Seguros, mediante resolución signada con el número ADM-2012-10960, del 21 de mayo del 2012; RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Aprobar la apertura de la Agencia del Banco de Pacífico S.A., que estará ubicada en la avenida Juan León Mera No 130 y avenida Patria, en el Edificio CFN de la Corporación Financiera Nacional, correspondiente a la parroquia Mariscal del cantón y ciudad de Quito, provincia de Pichincha; la que laborará dentro del horario mínimo obligatorio de atención al público, establecido en el Libro I, Título VII, Capítulo I de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros de la Junta Bancaria. ARTICULO 2.- Disponer que el Banco del Pacifico S.A. publique, por una sola vez, en uno de los diarios de mayor circulación en el cantón Quito, el texto integro de la presente resolución. ARTICULO 3.- Disponer que el señor Registrador Mercantil del cantón Quito, inscriba en los libros a su cargo la presente resolución, y siente las notas de referencia contempladas en el artículo 51 de la Ley de Registro. ARTICULO 4.- Disponer que el Banco del Pacifico S.A., una vez que haya dado cumplimiento a lo ordenado por la presente resolución, remita a este Despacho prueba de todo lo actuado. ARTICULO 5.- Disponer que el Banco del Pacifico S.A., previo al funcionamiento de la mencionada Agencia que estará ubicada en la avenida Juan León Mera N° 130 y avenida Patria, en el Edificio CFN de la Corporación Financiera Nacional, correspondiente a la parroquia Mariscal, del cantón y ciudad de Quito, provincia de Pichincha, la incorpore a la red de servicios del sistema de comunicación y teleproceso, que le permita prestar servicios automatizados conectados con su oficina matriz. ARTÍCULO 6.- Cumplido lo anterior, la Superintendencia de Bancos y Seguros procederá a otorgar el respectivo certificado de autorización de funcionamiento, el código de identificación y el código para cámara de compensación, de acuerdo a lo establecido en el Libro I, Titulo II, Capitulo 1, de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria. COMUNIQUESE.- Dada y firmada en la Superintendencia de Bancos y Seguros, en la ciudad de Guayaquil, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil doce. Ab. Humberto Moya González INTENDENTE DE GUAYAQUIL

Tendremos el destino que no hayamos merecido. ALBERT EINSTEIN

derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (9) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1541 de la Cta. Cte. No. 3140146504 perteneciente a NAVAS RAMOS JOSE GUILLERMO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (10) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3731 al 3790 de la Cta. Cte. No. 3079569904 perteneciente a ARAUZ RODRIGUEZ MARIA ROSARIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (11) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 9356 valor $ 53,04 de la Cta. Cte. No. 3095468204 perteneciente a OBRAS SOCIALES SAN MARTIN DE PORRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (12) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2171 al 2200 de la Cta. Cte. No. 3070498004 perteneciente a ANDRADE SUAREZ VICTOR HUGO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (13) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3693 de la Cta.

Cte. No. 3118200404 perteneciente a PILCO MORAN VICENTE CHRISTIAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (14) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 625 al 626 de la Cta. Cte. No. 3468432204 perteneciente a SALCEDO RON YAMANDU FERNANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (15) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 1933 valor $ 209,49 de la Cta. Cte. No. 3146376104 perteneciente a PROVEEDORA CASTROLONDONO JABOCENTR O del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (16) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 32 al 60 de la Cta. Cte. No. 2100014047 perteneciente a MEJIA HURTADO MANUEL DANILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (17) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 2182 valor $ 3232,95 de la Cta. Cte. No. 3434125304 perteneciente a VILLAFUERTE MASABANDA JULIO CESAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (18) NR ====== QUEDA ANULADO

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE NETLAB S.A. Se comunica al público que NETLAB S.A., con domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito, aumentó su capital en US $ 212.500.00; y, reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante "-# .',+&/'# J&/123/4'# `&/4"&'# !"-# P/3,&/,'# Metropolitano de Quito el 15 de noviembre de 2012. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJCPTE. Q.12.006693 de 21 de diciembre de 2012 En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma el artículo Quinto del Estatuto Social, de la siguiente manera: “ARTÍCULO QUINTO.- CAPITAL SOCIAL: El capital suscrito y pagado de la compañía es de Seiscientos Ochenta y Cinco mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de <42&/;+F# !/]/!/!'# "%# 3"/3;/"%,'3# ';a"%,+# y cinco mil acciones ordinarias y nominativas de un dólar cada una...” Quito, 21 de diciembre de 2012 Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO

LO CERTIFICO.- Guayaquil, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil doce. Ab. Katherine Merino Espinoza SECRETARIA DE LA INTENDENCIA DE GUAYAQUIL <=5=>?@*A*

AR/89559/cc

Por Robo del Cheque No 2183 valor $ 3291,76 de la Cta. Cte. No. 3434125304 perteneciente a VILLAFUERTE MASABANDA JULIO CESAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (19) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 2185 valor $ 823,97 de la Cta. Cte. No. 3434125304 perteneciente a VILLAFUERTE MASABANDA JULIO CESAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (20) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3587 de la Cta. Cte. No. 3201340104 perteneciente a MORENO MENA HUGO FERNANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (21) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 6729 valor $ 623,89 de la Cta. Cte. No. 3333530104 perteneciente a HERRERA CHICAIZA ZOILA ROSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (22) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1120 de la Cta. Cte. No. 3369524904 perteneciente a LIMONGI VELEZ EDDI OSWALDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (23) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1078 al 1081 de la Cta. Cte. No. 3415485404 perteneciente a JIMENEZ LLIVE MARCELA PATRICIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (24) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3996 de la Cta. Cte. No. 3192278504 perteneciente a MONTERO FAZ LUIS JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (25) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1246 de la Cta. Cte. No. 3168151604 perteneciente a PALACIOS RODRIGUEZ SHIRLEY KARINA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (26) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 161 al 220 de la Cta. Cte. No. 3510699204 perteneciente a PRECIADO CAMPOVERDE DINA ROSITA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (27) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 666 valor $ 212,86 de la Cta. Cte. No. 3509448304 perteneciente a CONDOR PAILLACHO JAVIER ORLANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (28) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 570 de la Cta. Cte. No. 3442233404 perteneciente a PAREDES BARROSO GUILLERMO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (29) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 201 de la Cta. Cte. No. 3498566204 perteneciente a GASOMANTA S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (30) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 19734 valor $ 377,55 de la Cta. Cte. No. 3021846504 perteneciente a ALVAREZ MANTILLA MAURO RAMIRO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá recla-

REVISTA JUDICIAL JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR mar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (31) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 636 al 637 de la Cta. Cte. No. 3399629104 perteneciente a ZAMBRANO CUESTA CARLOS CHRISTIAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (32) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5161 de la Cta. Cte. No. 3355854304 perteneciente a IZQUIERDO IDROVO MARCELA ALEXANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (33) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 1996 valor $ 200.00 de la Cta. Cte. No. 3446034704 perteneciente a YUNGAN IPO CELIDA GLORIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (34) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 817 al 850 de la Cta. Cte. No. 3410283404 perteneciente a TERAN TUFI O TILA TERESA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (35) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 4 valor $ 27.00 de la Cta. Cte. No. 2100019367 perteneciente a HARO CHUGCHO MARIBEL ALEXANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (36) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 18671 al 18673 de la Cta. Cte. No. 3032156304 perteneciente a SERVICIOS INTEGRADOS DE ING.SMARTPR O del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (37) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 879 al 884 de la Cta. Cte. No. 3407186904 perteneciente a LOPEZ MONTES ENIN AURELIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (38) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 14 valor $ 40.00 de la Cta. Cte. No. 2100013033 perteneciente a SOSA GOVEA GINA NARCISA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (39) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 15983 valor $ 135,99 de la Cta. Cte. No. 3346057604 perteneciente a CINASCAR DE ECUADOR S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (40) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 11745 valor $ 89,18 de la Cta. Cte. No. 3062524604 perteneciente a PADILLA GOMEZ HARRINSON VICTOR HUGO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (41) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1735 de la Cta. Cte. No. 3128531104 perteneciente a PIGUAVE ARAMBULO PRISCILA DEL PILAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.

C7

AC/ (42) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 303 valor $ 693.00 de la Cta. Cte. No. 2100007311 perteneciente a DRILLING OVERSEAS INC del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (43) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2111 al 2170 de la Cta. Cte. No. 3070498004 perteneciente a ANDRADE SUAREZ VICTOR HUGO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (44) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 887 al 888 de la Cta. Cte. No. 3407186904 perteneciente a LOPEZ MONTES ENIN AURELIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (45) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 1196 valor $ 200.00 de la Cta. Cte. No. 3353412204 perteneciente a RUIZ RUIZ ELZA MAGOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (46) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 1995 valor $ 175.00 de la Cta. Cte. No. 3446034704 perteneciente a YUNGAN IPO CELIDA GLORIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (47) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1651 al 1750 de la Cta. Cte. No. 3024767004 perteneciente a ORTIZ LOPEZ HILDA VIVIANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (48) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 419 valor $ 89,66 de la Cta. Cte. No. 3068537004 perteneciente a QUINCHIMBA IZA CARLOS ANIBAL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (49) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4050 de la Cta. Cte. No. 3192278504 perteneciente a MONTERO FAZ LUIS JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (50) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 1984 valor $ 200.00 de la Cta. Cte. No. 3102589204 perteneciente a GUAZHA ALEJANDRO SALOMON del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (51) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 975 al 976 de la Cta. Cte. No. 3501202904 perteneciente a LEON GAVILANES MAYRA FERNANDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (52) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 1346 valor $ 600.00 de la Cta. Cte. No. 3068127104 perteneciente a RECALDE MALDONADO MARIO EDUARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (53) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

REVISTA JUDICIAL C8

JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR

del Cheque No 2205 al 2207 de la Cta. Cte. No. 3112061404 perteneciente a QUEZADA AYALA EDGAR ANDRES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (54) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1018 de la Cta. Cte. No. 3475586404 perteneciente a NARVAEZ NAVARRETE JACINTO CAMILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (55) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1707 de la Cta. Cte. No. 3331944004 perteneciente a PROEQ CIA LTDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (56) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1051 de la Cta. Cte. No. 3277421004 perteneciente a PORTERO PEREZ EDISON ADRIANO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (57) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 14116 valor $ 1696,96 de la Cta. Cte. No. 3007085004 perteneciente a PATE C.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (58) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 981 valor $ 383,92 de la Cta. Cte. No. 3001327404 perteneciente a CORDOVA HIDALGO PEDRO GUSTAVO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (59) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 188 de la Cta. Cte. No. 3498566204 perteneciente a GASOMANTA S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (60) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 77 de la Cta. Cte. No. 2100003343 perteneciente a ACOSTA PEREZ LUIS ALFONSO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (61) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 530 de la Cta. Cte. No. 3518975804 perteneciente a ECLIPSELUN S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (62) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 241 valor $ 13.00 de la Cta. Cte. No. 3474685904 perteneciente a SOLDADO AGUALSACA FABIAN ROGELIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (63) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 668 al 672 de la Cta. Cte. No. 3399629104 perteneciente a ZAMBRANO CUESTA CARLOS CHRISTIAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (64) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 46379 valor $ 500 de la Cta. Cte. No. 3091479704 perteneciente a FUNDACION ESPOIR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los

60 días posteriores a la última publicación. AC/ (65) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1121 de la Cta. Cte. No. 3369524904 perteneciente a LIMONGI VELEZ EDDI OSWALDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (66) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1944 de la Cta. Cte. No. 3015006804 perteneciente a PANCHO PANCHO MARTHA RAQUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (67) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4047 de la Cta. Cte. No. 3192278504 perteneciente a MONTERO FAZ LUIS JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (68) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 856871 al 856890 de la Cta. Cte. No. 3020466604 perteneciente a SAMBACHE BAUTISTA MARIA ISABEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (69) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 131 al 177 de la Cta. Cte. No. 3517999304 perteneciente a ECUASINLIMITE S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (70) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 6840 valor $ 343,06 de la Cta. Cte. No. 3333530104 perteneciente a HERRERA CHICAIZA ZOILA ROSA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (71) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2412 de la Cta. Cte. No. 3135476004 perteneciente a POMAQUIZA CAIZA JOSE RUBEN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (72) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 578 de la Cta. Cte. No. 3501757404 perteneciente a TOVAR RIVERA FLOR NORALMA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (73) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 935 de la Cta. Cte. No. 3440341204 perteneciente a RUIZ GALARZA BLANCA LEONOR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (74) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 896 de la Cta. Cte. No. 3436372004 perteneciente a CUASANDINO COMPANIA LIMITADA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (75) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 18701 de la Cta. Cte. No. 3032156304 perteneciente a SERVICIOS INTEGRADOS DE ING. SMARTPR O del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.

JUDICIAL QUITO

AC/ (76) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 31869 valor $ 638,40 de la Cta. Cte. No. 3048296104 perteneciente a CYFOIL CIA. LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (77) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 177 de la Cta. Cte. No. 3486942604 perteneciente a REYES MURILLO RUTH YOMARA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (78) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 969 valor $ 148,80 de la Cta. Cte. No. 3065069604 perteneciente a MARTINEZ VIERA LUIS NELSON del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (79) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 2298 valor $ 2663,03 de la Cta. Cte. No. 3468539104 perteneciente a INGENIERO VINICIO RAMIREZ & CIA LTD A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (80) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 578 de la Cta. Cte. No. 3423727904 perteneciente a WEST OIL SERVICIOS WESTSERVIS SA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (81) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4006 de la Cta. Cte. No. 3192278504 perteneciente a MONTERO FAZ LUIS JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (82) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 644 de la Cta. Cte. No. 3399629104 perteneciente a ZAMBRANO CUESTA CARLOS CHRISTIAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (83) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 1718 valor $ 120.00 de la Cta. Cte. No. 3009439704 perteneciente a GUANIN CATOTA NURI MARGOT del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (84) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 16588 valor $ 170.00 de la Cta. Cte. No. 3183938104 perteneciente a ANDRADE VICUNA WALTER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (85) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3968 de la Cta. Cte. No. 3192278504 perteneciente a MONTERO FAZ LUIS JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (86) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 720 al 730 de la Cta. Cte. No. 3391063304 perteneciente a TORRES CONTRERAS PEGGY LUCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (87) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1380 al 1490 de la Cta. Cte. No. 3485339904 perteneciente a PANCHI YANCHAGUANO MARGOTH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (88) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 867 de la Cta. Cte. No. 3407186904 perteneciente a

Si no tienes enemigos es señal que la fortuna te ha olvidado. THOMAS FULLER

LOPEZ MONTES ENIN AURELIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (89) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 2184 valor $ 838,97 de la Cta. Cte. No. 3434125304 perteneciente a VILLAFUERTE MASABANDA JULIO CESAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (90) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 545 de la Cta. Cte. No. 3484706104 perteneciente a BARRIGA ORTIZ FREDY ADAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (91) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4054 de la Cta. Cte. No. 3192278504 perteneciente a MONTERO FAZ LUIS JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (92) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 777 valor $ 12,74 de la Cta. Cte. No. 3462368904 perteneciente a SERVICIO ESPECIALIZADO EN SEGURIDAD del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (93) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 1353 valor $ 50.00 de la Cta. Cte. No. 3134935904 perteneciente a NAVAS ORDONEZ MILTON EDUARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (94) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 10235 valor $ 286,55 de la Cta. Cte. No. 3394511704 perteneciente a FLORESARAIH CIA. LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga

derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (95) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 2167 valor $ 252,83 de la Cta. Cte. No. 3482436104 perteneciente a RIGHTTEK TECNOLOGIA APROPIADA S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (96) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 1123 valor $ 300.00 de la Cta. Cte. No. 3510882904 perteneciente a MULTIMOTOS S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (97) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 139 de la Cta. Cte. No. 2100015683 perteneciente a PROVIALIT S.A. PROYECTOS VIALES DEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (98) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1119 de la Cta. Cte. No. 3369524904 perteneciente a LIMONGI VELEZ EDDI OSWALDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (99) NR

publicación de este aviso. AC/ (1)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0440723974 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (2)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0350725540 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (3)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0700814037 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (4)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2290835 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (5)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0600766136 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien

creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (6)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800840709 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (7)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 200707506 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (8)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 9700802148 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (9)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0450718956 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (10)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta

No. 0380794637 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (11)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0700769458 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (12)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 550729057 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (13)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800849765 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (14)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380777759 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (15)NR =======

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

EXTRACTO BANCO INTERNACIONAL Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0440725713 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

EXTRACTO CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA MYRON & MULLER DEL ECUADOR S.A. La compañía MYRON & MULLER DEL ECUADOR S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Cuarto del Distrito Metropolitano de Quito, el 04 de Diciembre de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.12.006588 de 18 de Diciembre de 2012.

DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE FUSIÓN POR ABSORCIÓN DE ATU ARTICULOS DE ACERO S.A. (ABSORBENTE) CON LAS COMPAÑÍAS ALMACENES ATU S.A. y LAMINATI MADERERA S.A. (ABSORBIDAS), AUMENTO DE CAPITAL POR EFECTO DE LA FUSIÓN Y REFORMA DE ESTATUTOS DE LA COMPAÑÍA ABSORBENTE Se comunica al público que ATU ARTICULOS DE ACERO S.A., con domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito, absorbió a las compañías ALMACENES ATU S.A. y LAMINATI MADERERA S.A.; aumentó su capital por efecto de la absorción en US $ 290.000,00 y reformó sus estatutos, por escritura pública otorgada ante el Notario J&/123/4'#O27,/4'#!"-#P/3,&/,'#K",&'7'-/,+%'#!"#E6/,'#"-#*#!"#';,6G&"# de 2012. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de 5'47+89+3F#4"!/+%,"#I"3'-6;/D%#.'=#O5=L^=P^5`J$=E=*(=))ZZA?#!"# 21 de diciembre de 2012 De conformidad con lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 341 de la Ley de Compañías, la compañía absorbente se hará cargo de pagar el pasivo de las compañías absorbidas y asumirá, por este hecho, las responsabilidades propias de un liquidador respecto de los +;&""!'&"3#!"#23,+3= DATOS DE LA COMPAÑÍA ABSORBENTE: ATU ARTICULOS DE ACERO S.A.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: UNO: EL DESARROLLO Y COMERCIALIZACIÓN INTEGRAL, INCLUYENDO LA IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN; DE SOFTWARE Y PROGRAMAS INFORMÁTICOS INTEGRALES,...

1. DURACIÓN: Hasta el 31 de diciembre del 2050. 2. DOMICILIO: Quito, Distrito Metropolitano. 3. CAPITAL: El capital de la compañía es de 3’165.000,00 dividido en 3’165.000 acciones de US $ 1,00 cada una. 4. OBJETO SOCIAL: Su objeto social es de carácter industrial y comercial. Tiene por objeto la fabricación, importación, exportación, distribución, venta local y representación, de toda clase de artículos de acero, de material plástico, madera o cualquiera otra clase... 5. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN LEGAL: La compañía está gobernada por la Junta General de Accionistas y administrada por el Presidente de la compañía, el Presidente Ejecutivo - Mandatario General; y, por el Vicepresidente Ejecutivo - Mandatario General. Ejerce la representación legal el Presidente Ejecutivo - Mandatario General.

Quito, 18 de Diciembre de 2012.

Distrito Metropolitano de Quito, 21 de diciembre de 2012

1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00

Dr. Eddy Viteri Garcés ESPECIALISTA JURIDICO SUPERVISOR AR/89563/cc

Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO AR/89562/cc


Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500804512 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 4 000820585 del B a n co Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (17)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 070 0 0 0 929 8 del B a n co Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (18)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta

No. 6500797869 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (19)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900727363 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (20)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 9810703317 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (21)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 610810683 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre

esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (22)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250779336 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (23)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0400747280 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (24)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 610834116 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE GRUAS CORSA GRUCORSA C. LTDA. DE LA CIUDAD DE QUITO A LA CIUDAD DE SANGOLQUI, CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Y REFORMA DE ESTATUTOS 1. ANTECEDENTES.- GRUAS CORSA GRUCORSA C. LTDA., se ;'%3,/,6UD# 4"!/+%,"# "3;&/,6&+# 7YG-/;+# ','&1+!+# +%,"# "-# .',+&/'# P2;/4'# Cuarto del Distrito Metropolitano de Quito, el 26 de noviembre de 1985, aprobada mediante Resolución No. 891 de 20 de mayo de 1986, inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito el 4 de julio de 1986. 2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de GRUAS CORSA GRUCORSA C. LTDA. de la ciudad de Quito a la ciudad de Sangolquí, cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha y reforma de estatutos otorgada el 21 de noviembre de 2012 ante el .',+&/'#56+!&+123/4'#!"-#P/3,&/,'#K",&'7'-/,+%'#!"#E6/,'F#:6"#+7&'G+!+# por la Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.IJ. P^5`J$=E=*(=))ZZAA= 3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada PABLO SANTIAGO ORTEGA OJEDA en su calidad de GERENTE de la compañía. 4. CAMBIO DE DOMICILIO DE LA CIUDAD DE QUITO A LA CIUDAD DE SANGOLQUÍ, CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA; REFORMA DE ESTATUTOS Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de 5'47+89+3# 4"!/+%,"# I"3'-6;/D%# .'=# O5=L^=P^5`J$=E=*(=))ZZAA# !"# 21 de diciembre de 2012 aprobó el cambio de domicilio de la compañía GRUAS CORSA GRUCORSA C. LTDA. de la ciudad de Quito a la ciudad de Sangolquí, provincia de Pichincha. Ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de domicilio referido, señalado en el artículo 33 de la Ley de Compañías y en el Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la compañía GRUAS CORSA GRUCORSA C. LTDA. de la ciudad de Quito a la ciudad de Sangolquí, cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará '#;'46%/;+&V#3"1Y%#"-#;+3'F#+#"3,+#O67"&/%,"%!"%;/+F#!"%,&'#!"-#,2&4/%'# de dos días siguientes a partir de dicha recepción, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la mencionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales. En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma, entre otras, la cláusula cuarta del estatuto social, de la siguiente manera: “CUARTA.- La nacionalidad de la compañía es ecuatoriana y su domicilio principal será la ciudad de Sangolquí, cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha...”

Yo honro con el nombre de virtud a la costumbre de realizar acciones penosas y útiles a los demás. STENDHAL

publicación de este aviso. AC/ (25)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500814011 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (26)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 6600781436 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (27)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430757427 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (28)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1001514 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (29)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400762727 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su

reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (30)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400824349 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (31)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400786936 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (32)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0450750892 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (33)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1329274 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (34)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 620751590 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación.

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE RENOVALLANTA S.A. Se comunica al público que RENOVALLANTA S.A. aumentó su capital suscrito en USD $ 590.018,32; y, reformó sus estatutos por escritura públi;+# ','&1+!+# +%,"# "-# .',+&/'# 0/123/4'# Cuarto del Distrito Metropolitano de Quito el 23 de octubre de 2012. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. O5=L^=P^5`J$=E=*(=))ZA()# !"# (*# !"# diciembre de 2012 En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma el artículo 4 del Estatuto Social, referente al capital, de la siguiente manera: “ARTÍCULO 4.- CAPITAL SUSCRITO: El capital suscrito de la compañía es de US$ 1.203.403,00, dividido en 1.203.403 acciones ordinarias y nominativas de un !D-+&#!"#-'3#$3,+!'3#N%/!'3#!"#<42&/;+# cada una,......”

Quito, 21 de diciembre de 2012

Quito, 21 de diciembre de 2012 Dr. Camilo Valdivieso Cueva

Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO

INTENDENTE DE COMPAÑIAS DE QUITO

AR/89561/cc

AR/89564/cc

Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (35)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0440708894 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (36)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 440720657 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (37)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800785458 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (38)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250773885 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (39)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 370708445 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (40)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1024794 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (41)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 350718188 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (42)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 630710411 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (43)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 370733733 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (44)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0460722459 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (45)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390716183 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (46)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390794779 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días,

REVISTA JUDICIAL JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (47)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0500808135 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (48)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0500812140 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (49)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0340701651 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (50)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390757024 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (51)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0640715148 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (52)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0250741592 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (53)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0420721277 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (54)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 390772279 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (55)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500811187 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (56)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0380793355 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (57)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0430726726 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su recla-

C9

mo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (58)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 996698 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (59)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 460702261 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (60)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900756088 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (61)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380747845 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (62)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 360724864 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (63)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2258001 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (64)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0800801665 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (65)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800819866 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (66)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900752376 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (67)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430771284 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (68)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 6600764450 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publica-

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

REVISTA JUDICIAL C10

JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR

ción de este aviso. AC/ (69)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0700805119 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (70)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0620759338 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (71)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2252151 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (72)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0620758803 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (73)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 11077585 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (74)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 700797451 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (75)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 620733584 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (76)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 600760391 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (77)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0440722625 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (78)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400824802 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (79)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0350720921 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publica-

ción de este aviso. AC/ (80)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430773384 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (81)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400811352 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (82)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 360733707 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (83)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1003908 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (84)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 550742371 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (85)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 4000801122 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (86)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390773356 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (87)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380768148 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (88)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 200738487 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (89)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380708285 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (90)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380770932 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (91)NR

JUDICIAL QUITO

======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 550755031 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (92)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400802434 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (93)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 300729423 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (94)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 610817149 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (95)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2235060 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (96)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 866906 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (97)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0600736342 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (98)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 600759849 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (99)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 420734719 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (100)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2216384 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (101)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 390723944 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (102)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 420753846 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (103)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de AhorrosdelacuentaNo.0420736312 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación.

Su odio... no hacía falta ser muy sabio para saber que es el peor sufrimiento del hombre. G A B R I E L L E R OY

Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (104)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1370630 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (105)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1150705565 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (106)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430732750 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (107)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0400807177 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (108)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0440700729 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (109)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0620711327 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (110)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 921612 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (111)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0620724801 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (112)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 997635 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (113)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0500798025 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (114)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1253716 del Banco Internacional S.A., se

está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (115)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250730930 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (116)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 390761595 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (117)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380784682 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (118)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430701944 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (119)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 600758583 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (120)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0800806519 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien

creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (121)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 410705075 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (122)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 913989 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (123)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 700757441 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (124)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 600724476 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (125)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0420742193 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (126)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380791263 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (127)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0620775060 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publica-

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

EXTRACTO CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA COMPAÑIA INTERNACIONAL HIDROPROTEC S.A. La compañía COMPAÑIA INTERNACIONAL HIDROPROTEC S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Tercero Suplente del Distrito Metropolitano de Quito, el 11 de Diciembre de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución O5=L^=P^5=E=*(=))ZA)@# !"# (*# !"# P/;/"4G&"# !"# 2012. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: "LA PRODUCCIÓN, MANUFACTURA, DISEÑO, COMERCIALIZACIÓN, DISTRIBUCIÓN, I M P O R TA C I Ó N , E X P O R TA C I Ó N , REPRESENTACION DE MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES PARA SU CONFECCION ESPECIALMENTE ROPA, E INDUMENTARIA O ACCESORIOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL..." Quito, 21 de Diciembre de 2012. Dr. Eddy Viteri Garcés ESPECIALISTA JURÍDICO SUPERVISOR <I>?@BAR>;;

ción de este aviso. AC/ (128)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2245260 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (129)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 3907155607 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (130)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800774294 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (131)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 360736870 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (132)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0410702769 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (133)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430775263 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (134)NR

======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500723467 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (135)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380779743 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (136)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0610802389 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (137)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250765610 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (138)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380722741 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (139)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0800767395 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (140)NR

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE CENTRO OPTICO INDULENTES C. LTDA. Se comunica al público que CENTRO OPTICO INDULENTES C. LTDA., con domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito, aumentó su capital suscrito en USD $ 403.460,00; y, reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Primero del Distrito Metropolitano de Quito el 9 de noviembre de 2012. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ. P^5`J$=E=*(=))ZAR*# !"# (*# !"# !/;/"4G&"# de 2012 En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma el artículo Quinto del Estatuto Social, referente al capital social, de la siguiente manera: “ARTÍCULO QUINTO.- CAPITAL SOCIAL.El capital social de esta compañía es de seiscientos setenta y ocho mil 00/100 Dólares !"# -'3# $3,+!'3# N%/!'3# !"# .'&,"+42&/;+# MQ# ZA?=)))F))# NOPTF# &"7&"3"%,+!'# 7'&# 3"/3;/"%,+3# 3","%,+# U# ';a'# 4/-# MZA?=)))T# 7+&,/cipaciones de un valor nominal de un dólar cada una.....” Distrito Metropolitano de Quito, 21 de diciembre de 2012 Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO <I>?@BA(>;;


======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380795943 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (141)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2252585 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (142)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0300713446 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (143)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800860785 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (144)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0300743787 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (145)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 293952 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 699 al número 750 AC/ (146)NR ======= Por orden del titular de la cuenta

corriente No. 800622711 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 90 al número 125 AC/ (147)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0370009063 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 1556 al número 1556 AC/ (1)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0800619532 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 114 al número 125 AC/ (2)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0620005453 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 784-785 al número 787 AL 800 AC/ (3)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0500096981 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 1726 al número 1726 AC/ (4)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430605172 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 64 al número 64 AC/ (5)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 800616223 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 342 al número 343 AC/ (6)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 430605172 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s)

formulario(s) de cheque(s). Del número 79 al número 79 AC/ (7)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430605172 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 75 al número 75 AC/ (8)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 430605172 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 66 al número 66 AC/ (9)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 630604264 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 252 al número 252 AC/ (10)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 300608635 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 247 al número 271 AC/ (11)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 380600817 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 15698 al número 15698 AC/ (12)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 380605878 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 182 al número 182 AC/ (13)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 42005624 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 899 al número AC/ (14)NR ======= Por orden del titular de la cuen-

Temer al amor es temer a la vida, y los que temen a la vida ya están medio muertos. WILLIAM RUSSELL

ta corriente No. 380609466 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 195 al número 196 AC/ (15)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0390606531 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 126 al número 175 AC/ (16)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 630608685 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 164 al número 164 AC/ (17)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 400610723 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 2036 al número 2036 AC/ (18)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0600150599 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 1256 al número 1256 AC/ (19)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0600150599 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 1249 al número 1249 AC/ (20)NR =======

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

EXTRACTO

EXTRACTO

DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE INDUSTRIA DE MATERIALES DE FRICCION S.A. IMFRISA

CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA BACK STAGE ECUADOR ENTRETENIMIENTO S.A.

Se comunica al público que INDUSTRIA DE MATERIALES DE FRICCION S.A. IMFRISA, con domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito, aumentó su capital en US $ 1'095.683,00 y reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Tercero del Distrito Metropolitano de Quito el 29 de Octubre de 2012. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJCPTE. E=*(=))ZAi@#!"#(Z#!"#!/;/"4G&"#!"#()*( En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma el artículo quinto del Estatuto Social, referente al capital social, de la siguiente manera: “ARTÍCULO QUINTO.- El capital social de la compañía es de UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (US $ *lZA)=(iiF))T# U# "3,V# !/]/!/!'# "%# N.# KLWWm.# SEISCIENTAS SETENTA MIL DOCIENTOS 5N<I$.J<#j#5N<JIH#M*#SZA)=(iiT#+;;/'%"3# ordinarias y nominativas de UN DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA...” Distrito Metropolitano de Quito, 26 de diciembre de 2012 Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO <I>?@BA?>;;

La com pa ñía BACK STAGE ECUADOR ENTRETENIMIENTO S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Segundo del Distrito Metropolitano de Quito, el 22 de Octubre de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC. Q.12.006681 de 21 de Diciembre de 2012.

Por orden del titular de la cuenta corriente No. 440602345 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 205 al número 205 AC/ (21)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430605385 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 194 al número 196 AC/ (22)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430605385 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 191 al número 191 AC/ (23)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430605385 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 163 al número 164 AC/ (24)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430605385 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 157 al número 157 AC/ (25)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430605385 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 143 al número 144 AC/ (26)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430605385 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 200 al número 212 AC/ (27)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430605385 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 37 al número 38 AC/ (28)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430605385 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 102 al número 106 AC/ (29)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430605385 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procedien-

do a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 95 al número 100 AC/ (30)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430605385 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 71 al número 72 AC/ (31)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 350602377 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 10067 al número 10150 AC/ (32)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 800622711 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 25 al número AC/ (33)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0450608213 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 432 Valor: 800.50 AC/ (34)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0620006530 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 3968 Valor: 800 A la orden de: Ligia Cantonal AC/ (35)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0620610556 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 140 Valor: 300.00 AC/ (36)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 500600013 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 17410 Valor: 760.91 Fecha de Giro: 07/12/12 A la orden de: Ramiro Cuascota Pallasco AC/ (37)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 420610808 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 17 Valor: 370 AC/ (38)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 2001109324 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 1250 Valor: 1000.00 Fecha de Giro: 06-12-2012. A la orden de: Alejandro Salagado AC/ (39)NR ======= Por haberse SUSTRAIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0620004988 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 16252 Valor: 813.25 A la orden de: NOA SANTI RUBEN AC/ (40)NR ======= Por haberse SUSTRAIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 610003920 del Banco Internacional S.A. No.

REVISTA JUDICIAL JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR Cheque 5888 AC/ (41)NR ======= Por haberse SUSTRAIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 610003920 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 5889 AC/ (42)NR ======= Por haberse SUSTRAIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 630601516 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 2165 Valor: 1355.38 AC/ (43)NR ======= Por haberse SUSPENSION DE PAGO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0390606531 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 139 Valor: 220 Fecha de Giro: 1-12-2012. A la orden de: Nelson Sierra AC/ (44)NR

BANCO RUMIÑAHUI QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8003638100 Nro. Cartola 17528350345 Cliente LEON PLAZA, CARLOS-FRANCISCO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8013334600 Nro. Cartola 17313430245 Cliente SUAREZ RODRIGUEZ, NESTOR-RAMIRO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8007211200 Nro. Cartola 17396300547 Cliente SALAZAR GRANDA, LUIS-FERNANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8018639400 Nro. Cartola 16735320133 Cliente ESPINOZA , CESAR-AUGUSTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8035339700 Nro. Cartola 17453690160 Cliente RIVERA

1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: "PRESTAR SERVICIOS DE PUBLICIDAD, MARKETING, CREATIVIDAD, DISEÑO EN TODAS SUS ÁREAS..." Quito, 21 de Diciembre de 2012. Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURÍDICO

HOLDUNTRUST ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS S.A. FONDO DE INVERSION ADMINISTRADO FONDO HOLDUN ECUADORRENTA FIJA Información al 21 de Diciembre de 2012 VANU AL CIERRE: USD 10.22617821 UNIDADES: 87,854.72359459 Nota: Esta información está cortada en la fecha arriba indicada. De conformidad ;'%#-+#5'!/C;+;/D%#!"#I"3'-6;/'%"3#!"-#5'%3"f'#.+;/'%+-#!"#0+-'&"3F#!"f+4'3# ;'%3,+%;/+#\6"##-+#&"%,+G/-/!+!#%'#"3#7&""3,+G-";/!+F#\6"#3"#&"C"&"#+#7"&9'!'3# pasados y que de ninguna manera se garantiza márgenes de rentabilidad en el futuro. E6/,'b#<]=# I"7YG-/;+# !"-# O+-]+!'&# .RBh*iZ# j# `'&,61+-=# $!/C;/'# `&/34+# .'&,"=# `/3'#@=#HC;/%+#@)R=#J"-2:=#((ZR(BR#h##k6+U+\6/-b#<]=#P"#-+3#<42&/;+3=#5"%,&'#!"# Convenciones Simón Bolívar. - Cuenca: Av. Tamariz 162 y Fray Vicente Solano. $!/C;/'#H:C;"=#`/3'#i=#HC;/%+3#ihA=

AB/3292/cc

AR/89580/cc

C11

TONATO, LEONARDO-RUPERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8009140400 Nro. Cartola 17419550136 Cliente TORRES LUIS, ALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8030832500 Nro. Cartola 17687720064 Cliente PAREDES ROJAS, MARIA-INES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8063593800 Nro. Cartola 16890300342 Cliente ATI INGA, JAIME-AMADOR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8062366600 Nro. Cartola 17390340465 Cliente VILLALTA INSUASTI, STALIN-EFRAIN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8274623000 Nro. Cartola 18424780023 Cliente CARRILLO TUBON, EDISON-SANTIAGO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8062304900 Nro. Cartola 17146580455 Cliente PAREDES GORDILLO, VICTOR-HUGO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8184952800 Nro. Cartola 17916310067 Cliente PALLO CHALCO, BERTHA-GABRIELA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8186881100 Nro. Cartola 17929810020 Cliente CAICEDO VALLEJO, MARLON-JACKSON del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8064059200 Nro. Cartola 16988420390 Cliente CASTILLO BADILLO, JUAN-CARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8021530300 Nro. Cartola 16682490392 Cliente POZO PINEIDA, LUIS-ARMANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8143715100 Nro. Cartola 17454620042 Cliente POZO REA, JUAN-CARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

REVISTA JUDICIAL C12

JUEVES 27 DE DICIEMBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR

AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8191149100 Nro. Cartola 17983830211 Cliente ERAZO BEDOYA, TATIANA-MIREYA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8207741800 Nro. Cartola 18074740152 Cliente CHALCO SUQUILLO, FREDY-JOVANY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8104026100 Nro. Cartola 16730940190 Cliente SALCAN DUCHICELA, IVAN-RODRIGO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8161283800 Nro. Cartola 17672840190 Cliente BUSTAMANTE GONZALEZ, ISRAEL-GERMAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8005179800 Nro. Cartola 17823920164 Cliente HERRERA PROANO, MAURICIO-SANTIAGO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8020213000 Nro. Cartola 16672540206 Cliente ESTEVEZ ARROYO, JUAN-CARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8188569700 Nro. Cartola 17953060070 Cliente ACOSTA REYES, CHRISTIAN-DAVID del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8012223200 Nro. Cartola 16953590359 Cliente MOSQUERA CHILA, NELSINO- del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (24)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8082455500 Nro. Cartola 16731000184 Cliente MENESES VIZCAINO, SILVIA-MERLENE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (25)NR ========= QUEDA ANULADO Por pérdida del Cheque No. 971 de la Cta No. 8015846104 perteneciente a PROINPETROL DEL ECUADOR CIA. LTDA. del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 6 días posteriores a la última publicación. AC/ (26)NR ====== QUEDA ANULADO Por pérdida del Cheque No. 244 de la Cta No. 8020636104 perteneciente a LLUMIQUINGA ZAPATA, ALEXANDRA-ROCIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 6 días posteriores a la última publicación. AC/ (27)NR

COOPROGRESO Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0201235184 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a POZO MASABANDA EDUARDO GERMAN se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17122/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes No 1400004420 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PAY PASPUESAN WILLIAN MAURICIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17123/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 310150173 y Libreta de Aportaciones No. 370063521 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CHICAIZA AGUAS HUGO VINICIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17124/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401595698 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VINUEZA MENESES GUSTAVO GERMAN se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17125/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401581709 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GOMEZ MUÑOZ DELIA BEATRIZ se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17126/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes No 0400000855 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a LLANO CENTENO CESAS JULIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17127/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0601247048 y Libreta de Aportaciones No. 0607113219 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CAICEDO GUANCHA ROSA NELLY se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17128/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 061004308 y Libreta de Aportaciones No. 0170204863 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MINA CORONEL BYRON FERNANDO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17129/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0801272029 y Libreta de Aportaciones No. 0870137523 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CHIMBA

JUDICIAL QUITO

TACO LUIS GUSTAVO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17130/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 410110002440 y Libreta de Aportaciones No. 410170001952 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GARCIA VALDIVIEZO GLADIS MARIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17131/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta Cta. Progresar Estudiantil No. 1205001031 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ARROBA HERRERA JOSE ALBERTO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17132/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0601294576 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MANCERO SAA HOMERO ENRIQUE se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17134/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0101666625 y Libreta de Aportaciones No. 0107305790 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GUACHAMIN CABEZAS MERCEDES MARICELA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17136/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 301255402 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ASCUNTAR CAMPOVERDE WILLIAM GERMAN se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17137/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0501189320 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CATOTA JAYA WILMER PATRICIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17138/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1201103177 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PACHACAMA LLUMIQUINGA HILDA PAULINA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17139/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 101763512 y Libreta de Aportaciones No. 0170245877 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CAMACHO GRANDA GALO IVAN se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/17140/NR

BANCO DEL AUSTRO Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comun’ica al público que la libreta/ cartola de ahorros No. 128721 emitida a nombre de PAEZ GUAMAN ALIX ANTONELLA se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extra-

Ten paciencia con todas las cosas, pero sobre todo contigo mismo. SAN FRANCISCO

viada sin responsabilidad para la institución. AC/ (1)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 300808 emitida a nombre de ANDRADE ADRIANA DE LOS ANGELES se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (2)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 543099 emitida a nombre de VANESSA ESTEFANIA QUEZADA PAREDES se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (3)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 233010 emitida a nombre de GALO FREIRE RUIZ se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (4)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 635910 emitida a nombre de ROLANDO GREFA se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (5)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 268505 emitida a nombre de FRANKLIN ALDAS se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (6)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 569676 emitida a nombre de CORNELIA SARMIENTO se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (7)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 587014 emitida a nombre de JUAN CARLOS BONILLA se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (8)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 559738 emitida a nombre de MARTHA Y. se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (9)NR ========= Por orden del titular, se procederá a la REVOCATORIA de pago por: Cheque No. 2104 . Cuenta Corriente 15016604 Motivo Pérdida Quien tenga derecho sobre el (los) mismo (s), favor presentar su reclamo a Banco del Austro S.A. dentro de los 60 días, contados a partir de esta publicación, caso contrario se declarará (n) sin efecto. AC/ (10)NR ====== Por orden del titular, se procederá a la REVOCATORIA de pago por: Cheque No. 749 . Cuenta Corriente

DE

SALES

417011803 Motivo Sustracción Quien tenga derecho sobre el (los) mismo (s), favor presentar su reclamo a Banco del Austro S.A. dentro de los 60 días, contados a partir de esta publicación, caso contrario se declarará (n) sin efecto. AC/ (11)NR ====== Por orden del titular, se procederá a la REVOCATORIA de pago por: Cheque No. 1493-1487-1484-14781476 . Cuenta Corriente 17601806 Beneficiario Jaime Villarreal Motivo Pérdida Quien tenga derecho sobre el (los) mismo (s), favor presentar su reclamo a Banco del Austro S.A. dentro de los 60 días, contados a partir de esta publicación, caso contrario se declarará (n) sin efecto. AC/ (12)NR ====== Por orden del titular, se procederá a la REVOCATORIA de pago por: Cheque No. 1505-1510 . Cuenta Corriente 17601806 Beneficiario Jaime Villarreal Motivo Pérdida Quien tenga derecho sobre el (los) mismo (s), favor presentar su reclamo a Banco del Austro S.A. dentro de los 60 días, contados a partir de esta publicación, caso contrario se declarará (n) sin efecto. AC/ (13)NR ====== Por orden del titular, se procederá a la REVOCATORIA de pago por: Cheque No. 1500-1503 . Cuenta Corriente 17601806 Beneficiario Jaime Villarreal Motivo Pérdida Quien tenga derecho sobre el (los) mismo (s), favor presentar su reclamo a Banco del Austro S.A. dentro de los 60 días, contados a partir de esta publicación, caso contrario se declarará (n) sin efecto. AC/ (11)NR ====== Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 490797 emitida a nombre de Carolina Diana Torres Perez se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (12)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 17195336 emitida a nombre de Gerson B. Vallejo Moyano se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (13)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 4175212 emitida a nombre de Willian López se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (14)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 1100459295 emitida a nombre de Elsa Rodriguez se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (15)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 1017001554 emitida a nombre de Eulalia Roblez se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (16)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 625481 emitida a nombre de Rosa Rivadeneira Andi se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva que-

dando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (17)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 353588 emitida a nombre de Holger Vallejo Cepeda se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (18)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 514056 emitida a nombre de Wilber Chimbo Grefa se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (19)NR ========= Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 261032 emitida a nombre de Estupiñan Cabrera Ana se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. AC/ (20)NR

PROMERICA, perteneciente a MARIA FABIOLA SANTILLAN quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/17142/NR ======== Se anula por SUSTRACCION el cheque No. DEL 550 AL 576 De la cuenta corriente No 1025835249 del BANCO PROMERICA, perteneciente a AMPARO CARIDAD CADENA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/17143/NR ======== Se anula por PERDIDA el cheque No. 659 De la cuenta corriente No 1027199242 del BANCO PROMERICA, perteneciente a IRMA GALARZA TORRES quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/17144/NR ======== Se anula por PERDIDA el cheque No. 60 De la cuenta corriente No 1054036006 del BANCO PROMERICA, perteneciente a CLAUDIO MARINO RODRIGUEZ HIDALGO quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/17145/NR

UNIBANCO El UNIBANCO comunica al público que por pérdida se va a proceder a anular los cheques girados contra este Banco y cuyas características son las siguientes: No. 3557 Valor: $ 75.00 ; Girador: David Morabowen Cta. # 1711001085 AC/ (1)NR

BANCO DE GUAYAQUIL Banco de Guayaquil S.A., comunica al público que el señor(s) CHISAGUANO MALLIQUINGA SILVERIO Ha declarado que el(los) cheque(s) 749 de su cuenta corriente 9536558 le fueron sustraídos en blanco y sin firma bajo su responsabilidad civil y penal que si se presentaren al cobro los referidos cheques, estos son FALSIFICADOS, y en consecuencia el Banco no deberá pagarlos. AC/ (1)NR

BANCO PROCREDIT

BANCO PROMERICA Se anula por PERDIDA la Libreta No 6160403009 del BANCO PROMERICA, perteneciente a CHRISTIAN RAFAEL TOBAR ALEMAN quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/17079/NR ======== Se anula por pérdida la Póliza de Inversión No # 101162159511 del BANCO PROMERICA, perteneciente a FIDEICOMISO FLUJOS UTPL Valor $ 150000 FE. 28/02/2012 // FV/ 30/04/2012 quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/17080/NR ======== Se anula por PERDIDA la Libreta No 6090738012 del BANCO PROMERICA, perteneciente a JAVIER VINICIO SANGUARAY QUINGA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/17146/NR ======== Se anula por PERDIDA la Libreta No 6166048001 del BANCO PROMERICA, perteneciente a BLANCA FILOMENA SAENZ HERRERA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/17147/NR ======== Se anula por PERDIDA la Libreta No 6083984013 del BANCO PROMERICA, perteneciente a JUDI QUIMBIULCO MENDOZA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/17148/NR ======== Se anula por PERDIDA la Libreta No 6048553017 del BANCO PROMERICA, perteneciente a MARIA ENCALADA BENITEZ quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/17149/NR ======== Se anula por PERDIDA la Libreta No 6104778019 del BANCO PROMERICA, perteneciente a ANDREA ELIZABETH BONILLA ALBAN quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/17150/NR ======== Se anula por PERDIDA el cheque No. 19 De la cuenta corriente No 1054172007 del BANCO PROMERICA, perteneciente a OSCAR PATRICIO PATIÑO MOSQUERA quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/17141/NR ======== Se anula por PERDIDA el cheque No. 20 De la cuenta corriente No 1053954001 del BANCO

Se procederá a anular por pérdida o sustracción los formularios de cheques numerados: 0000497, 0000498, 0000499 de la cuenta corriente No. 16030101702 de Banco Procredit S.A. perteneciente a TERESA DE JESÚS GARCES GUERRERO. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/89178/tf ========== Se procederá a anular por pérdida o sustracción los formularios de cheques numerados: 000022 de la cuenta corriente No. 16030122515 de Banco Procredit S.A. perteneciente a MARTINEZ CISNEROS HUGO DAVID. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/89179/tf ======== BANCO “PROCREDIT S.A.” pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de ahorros 1601010075196 libreta 0690070 de LUIS OLMEDO NUÑEZ GARCES. C. I. 1803070844 AC/89180/tf ==== BANCO “PROCREDIT S.A.” pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de ahorros 1601010210312 libreta 0512536 de ALMEIDA ORTIZ MARIA CELINA C. I. 1711941862 AC/89181/tf ==== BANCO “PROCREDIT S.A.” pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de ahorros 012234210101 libreta 0690228 de RAMIREZ REINOSO LEONARDO VINICIO C. I. 1714029392 AC/89182/tf ==== Se procederá a anular por pérdida o sustracción los formularios de cheques numerados: 002733 de la cuenta corriente No. 16030101006 de Banco Procredit S.A. perteneciente MASACHE MALACATUS ROCIO NOEMI. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/89183/tf ==== Se procederá a anular por pérdida o sustracción los formularios de cheques numerados: 000007 de la cuenta corriente No. 01030122811 de Banco Procredit S.A. perteneciente SANCHEZ ZAPATA NORMA ROCIO. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/89184/tf

MUTUALISTA PICHINCHA Se anula por pérdida la libreta de ahorros No. 052326617 de la Mutualista Pichincha AR/89570/cc =========

ALIANZA DEL VALLE Por Robo se anula las Pólizas # 021DPF00108179 y 021DPF00111308 de la Cooperativa Alianza del Valle. A.P./55047/k.m.

ANULACIONES VARIAS Cooperativa de Ahorro y Crédito Andalucía Ltda Por perdida se anula el siguiente Certificado de Depósito # 111686 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Andalucía Ltda, perteneciente al señor José Ramón Gualotuña Chiguano con C.I. 1701590778. A.P./55025/k.m. ======== TECOCEL S.A. TÍTULO EXTRAVIADO Se comunica al público el extravío del siguiente título de acción del capital social de la compañía TECOCEL S.A. ZONA FRANCA HOSPITAL DE LOS VALLES: Título : No. 233 Número de acciones: 1 Propietario: JUAN CARLOS CARBONELL PINTO El título antes detallado será anulado en caso de no presentarse ningún reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados desde la tercera publicación de este aviso. Quito, 26 de diciembre del 2012 Gerencia General A.P./55030/k.m. --------------------TÍTULO EXTRAVIADO Se comunica al público el extravío del siguiente título de acción del capital social de la compañía TECOCEL S.A. ZONA FRANCA HOSPITAL DE LOS VALLES: Título : No. 835 Número de acciones: 1 Propietario: ULVIO ROBERTO MOREIRA LLAGUNO El título antes detallado será anulado en caso de no presentarse ningún reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados desde la tercera publicación de este aviso. Quito, 26 de diciembre del 2012 Gerencia General A.P./55037/k.m. ---------------------TÍTULO EXTRAVIADO Se comunica al público el extravío del siguiente título de acción del capital social de la compañía TECOCEL S.A. ZONA FRANCA HOSPITAL DE LOS VALLES: Título : No. 833 Número de acciones: 1 Propietario: MARIA ESTHER MOREIRA LLAGUNO El título antes detallado será anulado en caso de no presentarse ningún reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados desde la tercera publicación de este aviso. Quito, 26 de diciembre del 2012 Gerencia General A.P./55038/k.m. ======== Anulación por pérdida de libreta de ahorros de Coop. 29 de Octubre Cta. No. 4501426085 perteneciente a Oswaldo Játiva AB/3260/cc ========


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