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REVISTA JUDICIAL C00
MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 10122
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
Director DR. FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO
Cuando uno de los progenitores ha incumplido con su responsabilidad paterno-filial de contribuir a la manutención y sustento económico de sus hijos, es posible la presentación de una demanda de alimentos, a fin de satisfacer las necesidades económicas para su efectivo desarrollo. La normativa del Ecuador tiene previsto en el artículo “innumerado” 34 hasta el 39 de la Ley Reformatoria al Título V, Libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia (CONA), (Registro Oficial No. 643 – de Martes 28 de Julio de 2009 SUPLEMENTO) el procedimiento para la fijación y cobro de pensiones alimenticias y que en resumen señalamos: DEMANDA: Se presenta la demanda en un formulario prestablecido que se puede encontrar en la página web del Consejo de la Judicatura (http://www.funcionjudicial.gob.ec, en la opción Servicio de Atención Niñez y Adolescencia, Formularios de pensiones alimenticias) formato establecido para procurar la estandarización y celeridad; además es opcional el contar con un abogado patrocinador. En dicho formulario se debe llenar la información del actor, del demandado, el nombre del o los beneficiarios para quien se reclama alimentos, los fundamentos de hecho o las razones por las cuales demanda, el monto de la pensión que se reclama, etc. De igual manera el formulario establece todas y cada una de las pruebas que desde ya se aportarán para demostrar tanto las necesidades del alimentario (beneficiario de la pensión) como la capacidad económica del alimentante (obligado al pago de la pensión). De no poseerlas se las puede solicitar en el documento. Así mismo se encuentra una casilla en la cual se puede requerir medidas cautelares en contra del demandado tales como: la prohibición de ausentarse del país o la prohibición de enajenar bienes. CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA: El Juez calificará
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Trámite del juicio de alimentos dentro del término de dos días de recibido, (tal y como lo señalaba anteriormente el Código de la Niñez y adolescencia en su Art. 272) y en el mismo auto fijará la pensión provisional de alimentos basado en la tabla de pensiones alimenticias mínimas (la cual determina como pensión mínima la suma de USD. 79,42 por un hijo de 0 a 4 años, y USD. 83,31 por un hijo de 5 años en adelante). A diferencia del anterior procedimiento de alimentos, vigente antes de la reforma del 2009, aquí ya se fija una pensión provisional lo cual constituye un gran progreso. CITACIÓN DE LA DEMANDA: El juez dispondrá que se cite al demandado –mediante las diferentes formas previstas por la ley1–, bajo prevenciones que de no comparecer se procederá en rebeldía; y convocará a las partes a una audiencia única, la misma que será fijada dentro del término de diez días contados desde la fecha de citación. Señalamos como progreso e invención el contar con la figura de la citación por boleta única. Adicionalmente el innumerado 35 de la Ley Reformatoria al CONA señala la citación por medio de notario público cuyo costo es equivalente al veinte por ciento (20%) de un Salario Básico Unificado, conforme el Art. 50 de la Resolución No. 73 del Consejo Nacional de la Judicatura (Registro
Oficial S. 736 de 02 de julio del 2012). AUDIENCIA ÚNICA: El demandado tendrá hasta 48 horas antes de la fecha de la audiencia para solicitar la prueba de descargo. Si bien la celeridad es importante, no es menos cierto que el término de 48 horas puede resultar realmente corto para requerir distintos oficios y obtener la información a instituciones públicas o privadas, por lo que se ha mencionado que
se estaría afectando de alguna manera el derecho del alimentante a contar con la prueba para su defensa lo cual constituiría un dilema entre la celeridad y el derecho a la defensa. RESOLUCIÓN: En la audiencia única se procederá a la contestación a la demanda, y, el Juez/a procurará la conciliación y si la obtiene fijará la pensión definitiva de común acuerdo, mediante el respectivo auto resolutorio, el cual podrá ser revisado. Aquí cabe insinuar un pequeño arreglo en la redacción del articulado, relacionado al orden estricto de las cosas debería decir: Se procederá primero con la conciliación y solo en caso de no haberla, se procederá con la contestación de la demanda no al revés como consta en la norma. Por lo demás, si no hay acuerdo entre las partes, la audiencia continuará con la evaluación de las pruebas y el Juez/a fijará la pensión definitiva mediante auto resolutorio así como subsidios y beneficios y la forma de pagarlos, el pago de costas judiciales, honorarios del abogado/a y todos los gastos en los que el actor o actora incurriere por falta de cumplimiento de la obligación por parte del demandado. Acotamos que si bien es cierto el trámite es sin duda rápido, el Juzgador se ve realmente apremiado al tratar de analizar en la misma audiencia todas y cada una de las pruebas aportadas por las partes, y emitir su decisión, por lo que a mayor celeridad, la calidad de los fallos podría
disminuir. Hay que tomar en cuenta que, en caso de que las partes no comparecieren a la audiencia única, la resolución provisional fijada en la calificación de la demanda se convierte en definitiva. Si bien la ley no lo menciona, esto se lo hará a petición de parte, pues el proceso de alimentos no deja de ser dispositivo. Concentrar la prueba y la resolución en una misma audiencia se ha constituido en una herramienta eficaz para no represar las causas, por lo que el resolver en una sola audiencia también lo calificamos como un progreso. Al igual que otros procedimientos se tiene el término de tres días a partir de la notificación del auto resolutorio para solicitar su ampliación o aclaración, la cual no podrá modificar el monto fijado, pues esto ya constituye una reforma. IMPUGNACIÓN: Finalmente cabe el recurso de apelación ante la Corte Provincial de Justicia, dentro del término de tres días de notificado el auto resolutorio. El escrito de apelación deberá ser fundamentado. Dicha apelación se concederá solamente en el efecto devolutivo, es decir no se interrumpe la prosecución de la causa, y eso tiene su lógica y razón, pues el alimentario no puede dejar de percibir los alimentos que le corresponden. Se le otorga al Juez de primer nivel el término de cinco días siguientes a la concesión del recurso para remitir el expediente al superior quien en base a los méritos que constan en el proceso pronunciará su resolución dentro del término de diez días contados a partir de la recepción y remitirá el proceso al Juez/a de primera instancia, en el término de tres días. Sumados estos términos se debería concluir un proceso de alimentos en no más de 36 días hábiles, sin tomar en cuenta el tiempo que dure la citación al demandado. A manera de cálculo tomaríamos el promedio de 60 días para resolver. El Art. 282 del Código de la Niñez establece que el proceCONTINUA EN LA PÁGINA - C2
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dimiento contencioso general (para visitas, patria potestad, tenencia) no podrá durar más de cincuenta días de término contados desde la citación con la demanda en primera instancia;
DIVORCIOS JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL CAÑAR J. No 303-212 CITACION JUDICIAL A la demandada Mirella Masi, se le hace conocer la demanda de divorcio propuesta en su contra por Marco Aurelio Proaño Mendoza. TRAMITE: Verbal Sumario. NATURALEZA: Divorcio. CUANTIA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: Dr. Antonio Carvajal Maita. JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL CAÑAR. Azogues, jueves 6 de septiembre del 2012, las 13h36. VISTOS. La demanda de disolución del vínculo matrimonio por divorcio formulado por Marco Aurelio Proaño Mendoza, en contra de Mirella Masi, por reunir con los requisitos legales determinados en el artículo 67 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, completa y precisa, por lo que se le acepta para su trámite en la vía verbal sumaria, que es la que se ha propuesto. Por consiguiente cítese a la demandada Mirella Masi, mediante la prensa, conforme lo dispone el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el compareciente viene declarando con juramento sobre la IMPOSIBILIDAD de determina la individualidad o residencia del demandado, publicación que se realizará, en el Diario Portada, que se editan en la ciudad de Azogues. Por cuanto el matrimonio se ha celebrado en la ciudad de Quito, se dispone publicarse en uno de los Diarios de mayor circulación. Téngase la cuantía como indeterminada. Presente la casilla judicial 225 así el correo electrónico señalado. Agréguese a los autos la documentación acompañada. Hágase saber.- f) Dr. Antonio Carvajal M. Azogues, septiembre 11 de 2012. El Secretario Hay firma y sello. A.P./54215/k.m.
R del E. EXTRACTO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN A WILMAN CIRILO LÓPEZ GAMBOA ACTOR: Martha Alexandra Mora Muñoz DEMANDADO: Wilman Cirilo López Gamboa JUICIO: Divorcio Nro. 1080-2012w.z. TRAMITE: Verbal Sumario JUEZ: Dr. Santiago Galarza Rodríguez SECRETARIO: Dr. Francisco Justicia Salgado CUANTIA: Indeterminada AUTO: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 26 de septiembre del 2012, las 15h27. Vistos: Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia anterior, se califica la demanda como clara, precisa y que reúne los requisitos de ley; en consecuencia, tramítese la misma en la vía verbal sumaria.- Cítese a Wilman Cirilo López Gamboa, por medio de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, por cuanto bajo juramento se manifiesta imposible determinar su individualidad o residencia.- En orden al nombramiento de Curador Ad-litem y con la insinuación realizada, óigase a uno de los señores Fiscales del Distrito de Pichincha.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por la parte actora.Notifíquese. f). Dr. Santiago Galarza Rodríguez. Juez. Lo que comunico a Ud., para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. Dr. Francisco Justicia Salgado SECRETARIO
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ni más de veinticinco días desde la recepción del proceso, tanto en segunda instancia como en el caso de casación, estableciendo una sanción por cada día de retraso. Ahora el innumerado 44 de la Reformatoria señala de igual manera sanciones más drásticas como la suspensión de 30 a 45 días a los jueces o juezas que incumplieran los términos, plazos y montos fijados por la presente ley y en caso de
Hay firma y sello AC/88133/tf ======== JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A la señora. YASBEL RAMÍREZ MAGAZ, se le hace conocer EL EXTRACTO DE DEMANDA DE DIVORCIO y la PROVIDENCIA, que a continuación sigue: EXTRACTO . Actor :Dr. Luis Alfredo Zambrano Tanicucho, en su calidad de Procurador Judicial del señor Stalin Andrés Ponce Rosero. Demandada : YASBEL RAMÍREZ MAGAZ Asunto: Que previo el trámite pertinente, en sentencia se sirva declarar el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que me une al demandado en matrimonio celebrado en Quito, 22 de octubre del 2009. Cuantía: Indeterminada.Trámite: Verbal Sumario.Fecha de Iniciación: 12 de julio del 2012 Causa de Divorcio No. 930-2012.DRA. KALINKA JARAMILLO.PROVIDENCIA: JUZGADO VIGÈSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 1 de octubre del 2012, 14h18.VISTOS: Avoco conocimiento de la misma en mi calidad de Juez titular mediante acción de personal No. 2950-DNP de 25 de julio del 2012 y en virtud del sorteo realizado.- Una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia anterior.- La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de Ley por lo que se la acepta al trámite VERBAL SUMARIO.- Atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CÌTESE a la demandada YASBEL RAMÍREZ MAGAZ, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación y que se editan en esta ciudad.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado , así como también la calidad en la que comparece el Dr. Luis Zambrano Tanicuchi.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos.CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE. f)Dra. Rita Ordoñez Pizarro. Jueza. Lo que comunico a usted para los fines de ley.- Le prevengo de la obligaciòn que tiene de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones.AB. RAÚL VÉLEZ NARANJO SECRETARIO 23 DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/88159/tf
REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL AL SEÑOR: MANUEL GUILLERMO PARRA ALBA EXTRACTO JUICIO: DIVORCIO No. 2012-0937VGM ACTOR: MARIA DELSSY FUENTES MAIGUA DEMANDADO: MANUEL GUILLERMO PARRA ALBA TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO: OBTENER LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL QUE LES UNE, CONFORME LO DISPONE LA CAUSAL DECIMO PRIMERA, ART. 110 DEL CODIGO CIVIL VIGENTE.JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA, Quito, miércoles 12 de Septiembre del 2012, las 12h33.- VISTOS:.- Por cumplido con el requerimiento que antecede.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos exigidos por la Ley, por lo que declarándosela procedente se la admite al trámite Verbal Sumario.- En mérito del juramento rendido por la actora y conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CITESE al señor MANUEL GUILLERMO PARRA ALBA, por la presa, en uno
de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual se entregará el respectivo extracto.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada, para sus posteriores notificaciones y la facultad concedida en favor del Dr. Edwin Paguay Cofre.NOTIFÍQUESE.--) AB. FRANCISCO JOSE ALVEAR MONTALVO.- JUEZ Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones.Certifico.DR. NILO GONZALO ALMACHI SECRETARIO DEL JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/88109/tf
MENORES JUZGADO TERCERO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DE PICHINCHA OF. NO. 1232 JTNACQ. C- 10452012LV Quito, a 24 de septiembre del 2012A los señores MANU RUBERT y DEICY TATIANA NIETO ABARCA y al publico en general se le hace saber lo siguiente: ACTORES: JOSE FERNANDO BILAÑA CAIZA y DAISY GALUTH RIVADENEIRA GONZALEZ DEMANDADOS: MANU RUBERT y DEICY TATIANA NIETO ABARCA MENOR: NEUS RUBERT NIETO CAUSA: PRIVACION DE LA PATRIA POTESTAD NUMERO 1045-2012 JUZGADO TERCERO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO.- VISTOS: Quito, martes 11 de septiembre del 2012, las 09H24. VISTOS.- En lo principal, una vez que el accionante, ha declarado bajo juramento que desconoce el domicilio de los padres, familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o tutores de NEUS RUBERT NIETO, y de todo lo actuado, esta Judicatura, de acuerdo al Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, califica la demanda de DECLARATORIA DE ADOPTABILIDAD de clara, precisa y de reunir los requisitos de Ley; en consecuencia se le acepta al trámite establecido en el Art. 271 del Código de la Niñez y Adolescencia. De conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil cítese con el contenido de la demanda y auto recaído a los padres, familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o tutores del menor NEUS RUBERT NIETO, a través de tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de amplia circulación del país.- Se le previene a los demandados de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito.Cuéntese con las investigaciones del DEPARTAMENTO TECNICO, DINAPEN y FISCALIA DISTRITAL DE PICHINCHA, a fin de que investiguen e informen a esta Judicatura.NOTIFIQUESE Y CITESE JUZGADO TERCERO DE LA
reincidir, se procederá a la destitución del cargo. En resumen y bajo esa ley: todos los jueces deberían ser suspendidos pues ninguno cumpliría los plazos. El legislador, lamentablemente piensa, cree o aspira que el plasmar en una norma, en una ley, los plazos perentorios para culminar y resolver una causa, y el amedrentar con sanciones a los administradores de justicia son la panacea que descon-
gestionará la función judicial; sin embargo no contemplan que existen muchos factores que deben corroborar en la ágil administración de justicia, pues todos los “males” no provienen de los funcionarios judiciales, sino de una multiplicidad de factores que rodean a una correcta administración de justicia2.
Si hay victoria en vencer al enemigo, la hay mayor cuando el hombre se vence a sí mismo. JOSÉ
NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO. Quito, viernes 14 de septiembre del 2012, las 10H07.- VISTOS: De conformidad a lo dispuesto en el Art. 289 del Código de Procedimiento Civil, de oficio se aclara el auto de fecha 11 de septiembre del 2012, en lo referente, a que la presente causa no corresponde a DECLARATORIA DE ADOPTABILIDAD sino PRIVACION Y/O PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD, contemplada en el Art. 113 del Código de Niñez y Adolescencia. De conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese con el contenido de la demanda y auto recaído a MANU RUBERT y DEICY TATIANA NIETO ABARCA, familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o tutores del menor NEUS RUBERT NIETO, a través de tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación del país.- Notifíquese F) Dra. Karla Sánchez.- Jueza Lo que comunico para los fines de Ley.Atentamente; DRA. PAULINA VELASCO G. SECRETARIA E. Existe firma y sello. A.P./54320/k.m.
DE
SAN MARTÍN
da que antecede es clara precisa y reúne los demás requisitos de ley por lo que se la acepta a tramite .De conformidad con lo establecido en el Art.268 y 269 del Código de la Niñez y Adolescencia, se ordena la investigación en relación a los antecedentes expuestos en la presente petición., para lo cual, cuéntese con la intervención de la Policía Especializada DINAPEN, con la Oficina Técnica de esta Judicatura cuéntese con el Ministerio Público a fin de que investiguen sobre el paradero de la madre, padre, familiares o tutores, del niño CARLOS ALBERTO QUISHPE ZURITA y presenten el respectivo informe a esta Judicatura, Ofíciese a las indicada Instituciones. Notifíquese a la Oficina Técnica de Adopciones, haciendo conocer de la presente disposición. CÍTESE por medio de publicaciones con el respectivo extracto de auto de calificación, en uno de los diarios de mayor circulación del país a la madre, padre, familiares o tutores del niño CARLOS ALBERTO QUISHPE ZURITA, conforme lo estable el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Téngase en cuenta el casillero judicial señalada por la accionante a fin de recibir futuras notificaciones y la autorización indicada a su Abogada defensora.- Cúmplase y Notifíquese.- F) DRA. GLADYS PALMA JUEZ., DR. ESTEBAN PANTOJA SECRETARIO Existe firma y sello. A.P./54398/k.m.
EJECUTIVOS EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO SEXTO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL.- CARLOS ALBERTO QUISHPE ZURITA ACTOR: HOMERO VITERI CHAVEZ DIRECTOR DE “ASA” DEMANDADO: CARLOS ALBERTO QUISHPE ZURITA JUICIO DE: MEDIDAS DE PROTECCION CAUSA N° 1418 – 2011 PM TRAMITE: ESPECIAL CUANTIA: INDETERMINADA. PROVIDENCIA. JUZGADO SEXTO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 15 de diciembre del 2011, las 08h38.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta judicatura y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal la deman-
R. del E. JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A la demandada Compañía PAPELES Y CONSUMIBLESM PAXCO S. A, representada por el señor Julio Guillermo Dueñas García, se le cita con la demanda Ejecutiva seguida por la actora XIMENA PATRICIA SANCHEZ CASTILLO, en calidad de Gerente General de la Compañía PROVEEDORA DE PAPELES ANDINA S. A. “PROPANDINA” , hay lo que sigue: Juicio: No. 1229-2008 Tramite: Ejecutivo Actor: Compañía PROVEEDORA DE PAPELES ANDINA S. A. “PROPANDINA” Demandado: Compañía PAPELES Y CONSUMIBLESM PAXCO S. A, Tramita: Dra. María Elena Guerrero Providencia. “JUZGADO TERCERO DE LO
DR. CRISTHIAN RECALDE DE LA ROSA MAGISTER EN DERECHO PROCESAL
CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 20 de Agosto del 2009, las 11h06.VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Juez Temporal, mediante Acción de Personal No. 1674-DP-DPP del 17 de Agosto del 2009.- En lo principal, la actora Proveedora de Papeles Andina S.A. “PROPANDINA” a través de su representante legal el señor Roberto Guevara Tolorza, comparece y demanda a la Compañía PAPELES Y CONSUMIBLES PAXCO S.A., por intermedio de su Presidente y Representante Legal el señor Julio Guillermo Dueñas García y al señor Pedro Enrique Linares Villavicencio, revisados que han sido los recaudos procésales, se desprende que en el auto de calificación a la demanda, se ha ordenado que la demandada Compañía Papeles y Consumibles PAXCO S.A., en el término de tres días pague o propongan las excepciones respectivas, y no así para el señor Pedro Enrique Linarez Villavicencio; por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los Art. 1014 y 356 del Código de Procedimiento Civil, se declara la nulidad del proceso a partir de fojas 7 de los autos.- De conformidad con lo establecido en el Art. 355 Ibidem, se ordena la reposición del proceso al estado que estuvo cuando se omitió la solemnidad.En lo principal, la demanda que antecede, es clara y reúne los requisitos legales; en consecuencia se la acepta al tramite ejecutivo.- La demandada Compañía PAPELES Y CONSUMIBLES PAXCO S. A., por intermedio de su Presidente y Representante Legal el señor Julio Guillermo Dueñas García, en calidad de deudora principal; y el señor Pedro Enrique Linares Villavicencio, en calidad de aval solidario, en el término de tres días, paguen la obligación demandada o propongan las excecpciones a las que se crean asistidos.- En mérito al Certificado del Registro de la Propiedad del Cantón Quito y de conformidad con lo que dispuesto en el Inciso Segundo del Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la prohibición de enajenar del 50% de los derechos y acciones que le corresponde al señor Pedro Enrique Linares Villavicencio sobre el inmueble cuyas características constan en el certificado adjunto; para cuyo efecto, notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Quito, envíese atento oficio.- Cítese a la demandada Compañía PAPELES Y CONSUMIBLES PAXCO S. A., por intermedio de su Presidente y Representante Legal el señor Julio Guillermo Dueñas García, en calidad de deudora principal; y al demandado PEDRO ENRIQUE LINARES VILLAVICENCIO, en calidad de aval solidario, en la dirección que indica la actora, a quienes se les entregarán copia de la demanda y providencia respectiva.- Agréguense al proceso los documentos adjuntos.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la actora y la autorización concedida a su Abogado Defensor”.Notifíquese.- f) Dr. Franz Valverde Gutiérrez, Juez Encargado.
1 Oficina de citaciones, mediante deprecatorio, exhorto, comisión, por boleta única, o a través de la prensa en caso de desconocer el domicilio del demandado. 2 Factores tales como: Talento Humano, Modelo de Gestión, Infraestructura Civil, Tecnología, Cooperación Interinstitucional y Gestión Financiera Equitativa que constituyen los seis ejes que son utilizados por Consejo de la Judicatura de Transición en pro de la justicia. Véase: Programa de Reestructuración de la Función Judicial. http://www.funcionjudicial. gob.ec/files/diapositivas-9-agosto.pdf
“JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 5 de julio del 2012, las 10h43. Avoco conocimiento en calidad de Juez Encargado, mediante Acción de Personal No.2725-DP-DDP del 26 de Junio del 2012.- Atento al juramento rendido por la actora XIMENA PATRICIA SANCHEZ CASTILLO, en calidad de Gerente General de la Compañía PROVEEDORA DE PAPELES ANDINA S. A. “PROPANDINA”, y de conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a la demandada Compañía PAPELES Y CONSUMIBLESM PAXCO S. A, representada por el señor Julio Guillermo Dueñas García, por medio de la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editen en esta ciudad de Quito”.- Notifíquese.- f) Dr. Wilmer Ambrossi Robles, Juez Encargado. Lo que comunico a usted para los fines legales pertinentes y se le previene de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito, para sus notificaciones.- Certifico. Dr. Jorge Palacios H. SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/88118/tf
LA REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A LOS SEÑORES FABIOLA MARGARITA PAZMIÑO NAVAS, EFREN ALBERTO PAZMIÑO NAVAS y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE JORGE HUMBERTO PAZMIÑO NAVAS DEL JUICIO ORDINARIO QUE SIGUEN EN SU CONTRA LOS SEÑORES ANGELINA SANGUCHO GUAMAN Y JORGE ENRIQUE TACO TAIPE ACTORES: ANGELINA SANGUCHO GUAMAN Y JORGE ENRIQUE TACO TAIPE D E M A N DA D O S : FA B I O L A MARGARITA PAZMIÑO NAVAS, EFREN ALBERTO PAZMIÑO NAVAS y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE JORGE HUMBERTO PAZMIÑO NAVAS JUICIO: Ejecutivo - 0932-2012 CUANTIA: indeterminada FECHA DE INICIACION: 26 de julio del 2012 PROVIDENCIA JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 26 de julio del 2012, las 12h01, Vistos.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado. La demanda que antecede es clara completa y reúne los demás requisitos de ley. En consecuencia corrase traslado con la misma a los demandados Fabiola Margarita Pazmiño Navas, Efren Alberto Pazmiño Navas y Herederos Presuntos y desconocidos de Jorge Humberto Pazmiño Navas, por el término de quince días, bajo apercibimiento en rebeldía. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este
cantón, Cuéntese en le presente causa con el señor Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito y con el señor Procurador Síndico Municipal.- En mérito al juramento rendido por los actores y de conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil se dispone que se cite a los demandados, por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito.Téngase en cuenta el casillero judicial señalado.- Agréguese la documentación acompañada.- De conformidad a lo dispuesto en el Memorando Circular No. 1231-DPPCJT-EIM.2012, se les comunica a los abogados y abogadas en libre ejercicio profesional, la obligación de señalar una dirección de correo electrónico, a fin de que reciban sus respetivas notificaciones dentro del proceso judicial que patrocinen.Notifíquese.- f) Dra. Mónica Flor Pazmiño Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para posteriores notificaciones. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA(E) DEL JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello A.C./87959 (1)
REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL AL SEÑOR LEYO RAMÓN ZAMBRANO TALLEDO ACTOR: DOCTOR GOMER CALIXTO REGALADO LÓPEZ, EN SU CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A DEMANDADO: LEYO RAMÓN ZAMBRANO TALLEDO JUICIO EJECUTIVO NO.561-2011-VS CUANTIA: $ 5.000,oo ABOGADO: DR. GOMER CALIXTO REGALADO LÓPEZ JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 30 de mayo del 2011, las 11h33. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez titular de ésta Judicatura.En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley; por lo que se la acepta al trámite Ejecutivo. En consecuencia cítese en el lugar que se indica al demandado señor Leyo Ramón Zambrano Talledo; a fin de que en el término de tres días cumpla con la obligación demandada o proponga excepciones de las que se crea asistido; para lo cual remítase el suficiente despacho a la Oficina de Citaciones.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña. Tómese en cuenta el casillero No. 3728 señalado por el actor para recibir sus notificaciones que le correspondan. CITESE Y NOTIFIQUESE. F).- Dr. Iván Cevallos Zambrano. JUEZ VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA JUZGADO
AVISO DE LLAMADO A ACREEDORES
VETRAECUADOR S.A. EN LIQUIDACIÓN Aviso a acreedores De conformidad con el articulo trescientos noventa y tres (Art. 393) de la Ley 0$(=)12,34,.'(A:76U6=:(,(-).(,+/$$0)/$.(0$(-,(+)12,34,(V879>8=C>@:9( <?>?(8A(56BC6@>=6DA(2,/,(EF$($%($-(&G/1"%)(0$(!$"%&$(04,.(WNSX(+)%&,0).(0$.0$(-,(Y-&"1,(2FR-"+,+"I%(0$($.&$(,!".)'(2/$.$%&$%(-).(0)+F1$%&).(EF$(,+/$0"&$%( .F(0$/$+H)?(7/,%.+F//"0)(0"+H)(&$/1"%)'(.$(&)1,/Z($%(+F$%&,(.)-,1$%&$(,(-).( ,+/$$0)/$.(EF$(H,L,%(2/)R,0)(.F(+,-"0,0(L(,(&)0).(-).(EF$(,2,/$[+,%(/$+)%)+"0).(+)1)(&,-$.($%(-,(+)%&,R"-"0,0(0$(-,(+)12,34,(+)%(-,(0$R"0,(\F.&"*+,+"I%?(
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 393 de la Ley de Compañías !"#$%&$'( %)&"*+)( ,( -).( ,+/$$0)/$.( 0$( -,( +)12,34,( 56789::;<( =6>?( 567@>?( 8A( 56BC6@>=6DA'( 2,/,( EF$( $%( $-( &G/1"%)( 0$( !$"%&$( 04,.'( +)%&,0).( a partir de la última de las tres publicaciones, presenten los documentos EF$(,+/$0"&$%(.F(0$/$+H)(,%&$($-(5"EF"0,0)/(0$(-,(+)12,34,($%(-,(."#F"$%&$( 0"/$++"I%J(=,--$(K/)?(@$(;,L)(KMK(L(NO(0$(;,L)'(.$+&)/(5,.(P,-1$/,.($%(-,( 5)1,(0$(PF$%#,.4(0$($.&,(+"F0,0(0$(BF"&)? BF"&)'(,(KQ(0$(:+&FR/$(0$-(NSKN
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AR/88654/cc
VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 14 de septiembre del 2012, las 14h20. Atento al juramento rendido por el actor doctor Gomer Calixto Regalado López, en su calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A., y, de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al demandado señor Leyo Ramón Zambrano Talledo, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito; para lo cual a través de Secretaria confiérase el correspondiente extracto.- CITESE Y NOTIFIQUESE. F).- DR. PAUL FABRICIO NARVAEZ NARVAEZ. JUEZ VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Lo que comunico a usted para los fines de ley, recordándole la obligación que tiene de señalar casillero judicial en el lugar del Juicio para recibir sus notificaciones.- Quito 25 de septiembre del 2012.- certifico Dr. Luis Fernando Serrano Meneses SECRETARIO Existe un sello y firma 525512
JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: HERNAN ESTEBAN CALERO CALERO y MARISOL ALEXANDRA ALBAN AUZ ACTOR: DRA. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO (BANCO DE LA PRODUCCION S.A.) JUICIO EJECUTIVO: No. 20110497-AV CUANTIA: ONCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD 11.000,00) FUNDAMENTO LEGAL: ARTS. 413 Y 415 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL AB. DEFENSOR: DR. EDUARDO NIETO BOADA OBJETO: MEDIANTE SENTENCIA SE LES CONDENE AL PAGO INMEDIATO DE LOS SIGUIENTES VALORES: 1.- DEL CONTRATO MUTUO CON INTERES REAJUSTABLE (CUOTAS PERIODICAS) NRO. CAR 1010049985000. A.- EL CAPITAL CONSTANTE EN EL DOCUMENTO ESTOS ES, LA CANTIDAD DE CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD 5.000,00). B.- EL INTERES ANUAL INICIAL,
CALCULADO A LA TASA DEL 16,29 % CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO. C.- EL INTERES DE MORA, CALCULADO DE CONFORMIDAD CON LAS REGULACIONES VIGENTES AL MOMENTO EN QUE SE HIZO EXIGIBLE LA OBLIGACIÓN. 2.- DEL CONTRATO DE MUTUO CON INTERESES REAJUSTABLES (CUOTAS PERIÓDICAS) No. CAR 1010056750000. A.- EL CAPITAL CONSTANTE EN EL DOCUMENTO ESTO ES LA CANTIDAD DE CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. 5.000,00). B.- EL INTERES ANUAL INICIAL, CALCULADO A LA TASA DEL 18,92% CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO. C.- EL INTERES DE MORA, CALCULADO DE CONFORMIDAD CON LAS REGULACIONES VIGENTES AL MOMENTO EN QUE SE HIZO EXIGIBLE LA OBLIGACIÓN. 3.- LAS COMISIONES, COSTAS PROCESALES, GASTOS JUDICIALES Y HONORARIOS PROFESIONALES DE MI ABOGADO DEFENSOR PROVIDENCIA JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.-Quito, jueves 5 de mayo del 2011, las 16h04. VISTOS.- Previo sorteo de ley correspondiente, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular de esta judicatura.- Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a providencia inmediata anterior.- La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite Ejecutivo.- En consecuencia la parte demandada HERNAN ESTEBAN CALERO CALERO y MARISOL ALEXANDRA ALBAN AUZ, paguen la obligación adeudada o propongan las excepciones de las que se crean asistidos en el término de tres días de legalmente citados.- En mérito al juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese en legal y debida forma a los demandados mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad; para el efecto confiérase el correspondiente extracto.- Tómese en cuenta la calidad
REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
EXTRACTO CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA IPDISEÑOS CIA. LTDA. La compañía IPDISEÑOS CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ,%(&$($-(A)(&,(/")(Décimo 0$-(@".(&/"(&)(;$(&/)_ 2)(-"(&,(%)( 0$( BF"(&)'( $-( 28 de Septiembre de 2012,(`F$(,2/)(R,(0,(2)/(-,(<F(2$(/"%(&$%_ 0$%(+",( 0$( =)1(2,(34,.'( 1$(0",%(&$( 9$(.)_ -F(+"I%( <=?6T?@T=?B?KN?SSQaaa( 0$( KK( 0$( :+&FR/$(0$(NSKN? K?_( @:(;6(=6(56:J( @".(&/"(&)( ;$(&/)(2)(-"(&,(%)( 0$( BF"(&)'(2/)(!"%(+",(0$(P"(+H"%(+H,? N?_( =>(P6(7>5J( <F.(+/"(&)( C<b( OSS'SS( AY1$/)( 0$( P,/&"+"2,+")%$.( cSS( V,-)/( C<b(K'SS a?_( :^(T8(7:J( 8-( )R(\$(&)( 0$( -,( +)1(2,_ 34,( $.J( @8@6=>9<8( >( 5>( =:;P9>( d( V8A7>'( P89;C7>'( >998A@>;68A7:'( =:;89=6>56e>=6DA'( @6<796^C=6DA'( 6;P:97>=6DA( d( 8fP:97>=6DA( @8( 7:@>( =5><8( @8( 8BC6P:<( d( >P>9>7:<( @8( g576;>( h8A89>=6DA( d( BC8( PC8@>A( >P>98=89( 8A( 5:( UC7C9:'( <C<( P>978<'( P68e><( d( @8;i<( >==8<:96:<( P>9>( 5><( 7858=:;CA6=>=6:A8<????
en la que comparecen la Dra. María Donoso Proaño, como Procuradora Judicial del Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO.- Téngase en cuenta el la casilla judicial señalada para posteriores notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado defensor.- Agréguese a los autos los anexos adjuntados a la demanda.- Cítese y Notifíquese.-- f) DR. JOSE MARTINEZ NARANJO, JUEZ Lo que comunico para los fines de ley pertinentes. AB. FANNY JUMBO GOMEZ SECRETARIA DEL JUZGADO DÉCIMO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello AR/88696/cc
ORDINARIOS JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.CITACIÓN JUDICIAL A LOS SEÑORES: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE SEÑORA: PAULA ALCOSER TOAPANTA, DE LA DEMANDA ORDINARIA (PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO), PROPUESTA POR: MARIA JULIA PAEZ ALCOCER Y DR. ALEX BONIFAZ PROCURADOR JUDICIAL DEL SEÑOR MANUEL TORRES. ACTOR: MARIA JULIA PAEZ ALCOCER Y DR. ALEX BONIFAZ PROCURADOR JUDICIAL DEL SEÑOR MANUEL TORRES DEMANDADO: RAFAEL HUMBERTO PAEZ CASTELLANO Y PAULA ALCOCER TOAPANTA JUICIO: No. 2008-1139-ED. TRAMITE: Ordinario (Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio) CUANTIA: Indeterminada FECHA DE INICIACIÓN: 7 de enero del 2009 P R OV I D E N C I A : J U ZG A D O VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, 7 de enero del 2009, las 12h07.- VISTOS: Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia inicial, la demanda que antecede se la califica de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos de ley; por lo tanto, se la acepta a trámite en la vía del juicio ordinario.- En consecuencia, con copias de la demanda y auto recaído, córrase traslado a los demandados señores Rafael Humberto Páez Castellanos y Paula Alcocer Toapanta previa
Se pierde la virginidad de la fe para adquirir la maternidad de la razón. NICOLÁS SALMERÓN
citación en el domicilio señalado en la demanda, mediante comisión al señor Teniente Político de la parroquia de San Antonio de Pichincha, para que en el término de quince días propongan conjuntamente las excepciones dilatorias y perentorias a las que se creyeren asistidos bajo apercibimiento de rebeldía de no hacerlo.- En igual sentido cuéntese con los señores Alcalde y Procurador Síndico del I. Municipio del Distrito Metropolitano de Quito previa citación en el domicilio muy conocido por el señor actuario.De conformidad a lo dispuesto en el Art. 1000 ibidem, inscríbase esta demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón, notificándole en su respectivo despacho a dicho funcionario.Agréguese al proceso la documentación acompañada.- Tómese nota de la cuantía y domicilio judicial señalados por los señores MARIA JULIA PAEZ ALCOCER y DR. ALEX BONIFAZ Procurador Judicial del señor Manuel Torres.- Cítese y notifíquese.- f) Dra. Mónica Flor Pazmiño, JUEZ PROVIDENCIA: JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, 10 de septiembre del 2012, las 16h05.- Atenta al juramento rendido por la Accionante y de conformidad al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a los presuntos o desconocidos herederos de la demandada, la causante SRA. PAULA ALCOSER TOAPANTA, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.Notifíquese.- f) Dra. Mónica Flor Pazmiño, JUEZ Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones.
CONVOCATORIA A junta general extraordinaria de accionistas de la Cia de Transportes Selectivo en Taxis CONTRASELECTAX S.A. De conformidad con las disposiciones legales y estatutarias pertinentes se convoca a junta general extraordinaria de ac+")%".&,.(0$(-,(=",?(=:A79><858=7>f( <?>?(EF$(.$(/$,-"[,/Z($-(04,(NO(0$(:+&FR/$( 0$-(NSKN(,(-,.(SOJSS(,?1($%(-,.()*+"%,.( 0$( -,( =",( =:A79><858=7>f( <?>?( FR"+,0,($%(-,(>!?(h,.2,/(5$1,(.j%(L(<,%&",#)(BF"%0$($.EF"%,(+)%($-(*%(0$(+)%)+$/(L( resolver el siguiente orden del día: K?_(=)%.&,&,+"I%(0$-(EFI/F1 N?_(5$+&F/,(L(,2/)R,+"I%(0$-(,+&,(,%&$/")/ a?_(6%`)/1$(0$(2/$."0$%+", c?_(6%`)/1$(0$(#$/$%+", Q?_(5$+&F/,(0$(+)1F%"+,+")%$. k?_(8-$++"I%(0$(>01"%".&/,0)/(0$(`/$+F$%cia M?_(9$.)-F+")%$. A)&,?_( $%( +,.)( 0$( %)( $m".&"/( EFI/F1( /$#-,1$%&,/")( .$( .$.")%,/Z( F%,( H)/,( 1Z.( tarde con el número de accionistas presentes >%#$-(=HF"[, P98<6@8A78
BF"(&)'(11 de Octubre de 2012.
Dr. José Miguel Gomez Castillo SECRETARIO DEL JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Existe firma y sello. A.P./54431/k.m.
REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: AIDA MARGOTH ESTRELLA PARRA, ASÍ COMO A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES VICTOR MANUEL ESTRELLA CORDOVA Y LUZ AMERICA PARRA VACA. EXTRACTO ACTOR: MIRIAM MARGOTH COLOMA VILLAFUERTE DEMANDADO: AIDA MARGOTH ESTRELLA PARRA, ASÍ COMO A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES VICTOR MANUEL ESTRELLA CORDOVA Y LUZ AMERICA PARRA VACA. JUICIO ORDINARIO NO. 14552011.E.P CASILLA JUDICIAL: 1649 DEFENSOR: DR. KLEBER CAHUASQUI ORTIZ PROVIDENCIA JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 5 de diciembre del 2011, las 09h20. VISTOS.-Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Es procedente el trámite ordinario que se solicita, en consecuencia, córrase traslado de la demanda y esta providencia a la señora AIDA MARGOTH ESTRELLA PARRA, así como a los herederos presuntos y desconocidos de los señores VICTOR MANUEL ESTRELLA CORDOVA y LUZ AMERICA PARRA VACA, a fin de que la contesten en el término de quince días, de ser citados legalmente bajo apercibimiento en rebeldía. En mérito del juramento que realiza el actor en el que declara la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de los herederos presuntos y desconocidos de demandados VICTOR MANUEL ESTRELLA CORDOVA y LUZ AMERICA PARRA VACA y de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito. A la señora Aída Margoth Estrella Parra, citese en el lugar señalado para el efecto. Cítese y cuéntese en la presente causa, con los personeros legales del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.- De conformidad con lo que dispone el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la presente demanda, en el Registro de la Propiedad de este cantón.-Agréguese al proceso la documentación acompañada. NOTIFIQUESE.- -f) DR. RAUL MARIÑO HERNANDEZ. JUEZ JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 26 de abril del 2012, las 10h12. Agréguese al proceso el escrito presentado, así como el deprecatorio que se acompaña. En virtud de la razón sentada por la señora citadora de la ciudad de Guayaquil, atenta la petición que antecede, y en mérito del juramento que realiza la actora en el que declara la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de la demandada, y de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil Codificado, cítese a la señora AIDA MARGOTH ESTRELLA PARRA, por la prensa en
uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito. NOTIFIQUESE.-f) DR. RAUL MARIÑO HERNANDEZ. JUEZ JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 31 de mayo del 2012, las 08h40. Agréguese al proceso el escrito presentado. Atenta la petición que antecede, se dispone que la citación por la prensa ordenada, por esta Judicatura en providencia que antecede, se haga en un periódico de mayor circulación de la provincia del Guayas. NOTIFIQUESE.- .-f) DR. RAUL MARIÑO HERNANDEZ. JUEZ Lo que pongo en conocimiento para los fines de Ley. EL SECRETARIO ( E) Hay firma y sello AC/88142/tf
REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: MAURICIO JAVIER AGUIRRE ORTIZ. DEMANDADO: MAURICIO JAVIER AGUIRRE ORTIZ ACTOR: DIANA AURORA MEDINA VILLEGAS. JUICIO Nro. 1301–2012–Ab.FM. TRAMITE: ORDINARIO - EXTINCION DE LA OBLIGACION. CUANTÍA: INDETERMINADA. FUNDAMENTO LEGAL: Art. 1583 y ss. del Código Civil. AB. DEFENSOR ACTOR: Dr. Luis Narváez Pazos. JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 10 de octubre del 2012, las 09h59.VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura, mediante acción de personal No. 4196-DNP-OQ, de 23 de septiembre del 2012.- La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite ordinario prescrito en el Art. 395 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, la parte demandada MAURICIO JAVIER AGUIRRE ORTIZ, en el término de quince días y bajo apercibimiento de rebeldía de legalmente citado proponga las excepciones dilatorias o perentorias de las que se creyere asistido.- En mérito al juramento que tiene rendido la parte actora y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese en legal y debida forma a la parte demandada mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, para lo cual confiérase el correspondiente extracto.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada para posteriores notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado defensor.- Agréguese al proceso el documento aparejado a la demanda.- Cítese y Notifíquese.F) DR. FERNANDO LANDAZURI SALAZAR, JUEZ. Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.Certifico.Dr. Patricio Calderón T. SECRETARIO (E) Hay un sello A.C./88149
REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. CITACION JUDICIAL A LOS DEMANDADOS SEÑORES FABIOLA MARGARITA PAZMIÑO NAVAS, EFREN ALBERTO PAZMIÑO NAVAS Y A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR JORGE HUMBERTO PAZMIÑO NAVAS, DE LA DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO (PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIO DE DOMINIO), PROPUESTO EN SU CONTRA POR LOS SEÑORES ENRIQUE HUGO ARCINIEGA ALDANA Y MARIANA DE JESUS RENGIFO GUTIERREZ. ACTORES: ENRIQUE HUGO ARCINIEGA ALDANA Y MARIANA DE JESUS RENGIFO GUTIERREZ.
REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR D E M A N DA D O S : FA B I O L A MARGARITA PAZMIÑO NAVAS, EFREN ALBERTO PAZMIÑO NAVAS Y A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR JORGE HUMBERTO PAZMIÑO NAVAS. JUICIO No. 0285-2012. TRAMITE: ORDINARIO-MM. CUANTIA: INDETERMINADA DOMICILIO JUDICIAL No. 3178 DEL Dr. FERNANDO VILLACIS. PROVIDENCIA: JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 17 de julio del 2012, las 14h45. Vistos.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado. La demanda que antecede es clara completa y reúne los demás requisitos de ley. En consecuencia córrase traslado con la misma a los demandados, Fabiola Margarita Pazmiño Navas, Efrén Alberto Pazmiño Navas y a los herederos presuntos y desconocidos del señor Jorge Humberto Pazmiño Navas, por el término de quince días bajo el apercibimiento en rebeldía.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón. En mérito al juramento rendido por la parte actora y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a los demandados Fabiola Margarita Pazmiño Navas, Efrén Alberto Pazmiño Navas y a los herederos presuntos y desconocidos del señor Jorge Humberto Pazmiño Navas por la prensa en un periódico de mayor circulación de esta ciudad de Quito.- Cuéntese en la presente causa con el Ilustre Municipio de Quito.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada por el actor. Agréguese la documentación acompañada.- De conformidad a lo dispuesto en el Memorando Circular No. 1231-DPPCJT-EIM.2012, se les comunica a los abogados y abogadas en libre ejercicio profesional, la obligación de señalar una dirección de correo electrónico, a fin de que reciban sus respetivas notificaciones dentro del proceso judicial que patrocinen.Notifíquese f) Dra. Mónica Flor Pazmiño.- JUEZA. Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en esta ciudad de Quito, para posteriores notificaciones.Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA (E) DEL JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello A.C./87959 (2)
LA REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL AL SEÑOR LORENZO BARAHONA, DEL JUICIO ORDINARIO QUE SIGUE EN SU CONTRA LA SEÑORA CARMEN LEONOR SANDIEGO ACTOR: CARMEN LEONOR SANDIEGO D E M A N DA D O : LO R E N ZO BARAHONA JUICIO: Ordinario - 1116-2012-JZ CUANTÍA: indeterminada FECHA DE INICIACIÓN: 10 de septiembre del 2012 PROVIDENCIA JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 10 de septiembre del 2012, las 14h58.- Vistos.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado. La demanda que antecede es clara completa y reune los demás requisitos de ley. En consecuencia corrase traslado con la misma al demandado LORENZO BARAHONA por el término de quince dias, bajo aperci-
LLAMADO A ACREEDORES DE LA COMPAÑIA FIAMAEVOLUTIONS CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN 8%(+F12-"1"$%&)(+)%(-)(0".2F$.&)($%($-(>/&?(ala(0$(-,(-$L(0$(=)12,34,.'(.$( %)&"*+,(,(-).(,+/$$0)/$.(0$(-,(+)12,34,(U6>;>8V:5C76:A<(=6>?(57@>?(8A( 56BC6@>=6DA'(2,/,(EF$($%($-(&G/1"%)(0$(NS(04,.(+)%&,0).(0$.0$(-,(&$/+$/,(L( Y-&"1,(2FR-"+,+"I%(0$($.&$(,!".)'(2/$.$%&$%(-).(0)+F1$%&).(EF$(,+/$0"&$%(.F( 0$/$+H)'($%(-,.()*+"%,.(FR"+,0,.($%J(>!$?(>1G/"+,(A(Nl_NN(L(^,/&)-)1G(0$(-,.( =,.,.(0$($.&,(+"F0,0(0$(BF"&)?( BF"&)'(:+&FR/$(KQ(0$-(NSKN(
Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURÍDICO
DR. JAIME GALARZA DONOSO LIQUIDADOR >9jOOklQj++
AR/88697/cc
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bimiento en rebeldia.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón. Cuéntese en le presente causa con el señor Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito y con el señor Procurador Síndico Municipal, quienes en el término de veinte días podrán contestar la demanda de conformidad con el Art. 9 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado.En mérito al juramento rendido por la actora y de conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil se dispone que se cite al demandado, por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado.- Agréguese la documentación acompañada.- Notífiquese. f) Dra. Mónica Flor Pazmiño.- JUEZA Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para posteriores notificaciones. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA (E) DEL JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/87767/tf
REMATES JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO DE REMATE JUICIO DE EMBARGO Y REMATE No.974-2011 - S.V. Se pone en conocimiento del público en general, que en la Secretaría del Juzgado Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha, el día jueves trece de diciembre del dos mil doce, desde las trece horas hasta las diecisiete horas, se llevará a cabo el remate del automóvil embargado dentro de la presente causa cuyas características y demás especificaciones se detallan a continuación: VEHÍCULO SUJETO DE AVALÚO. – Se trata de un automotor marca RENAULT, modelo LOGAN 1.6 M/ T, color ROJO ALMAGRO, placas de identificación policial No. PBB2334, motor No. F710UC27200, chasis No. 9FBLSRAHB8MOOO377, año de fabricación 2008, tipo AUTOMOVIL, que presenta las siguientes características: Tiene cinco llantas incluida La de emergencia, en regular estado, dos espejos retrovisores externos, un espejo retrovisor interno, dos brazos y sus respectivas plumas limpiaparabrisas, radio, cinco cinturones de seguridad, cuatro moquetas, un encendedor, tapa de gasolina, dos apoya cabezas, las luces completas, radio Motorola para comunicación y un equipo que da la impresión es para rastreo satelital; no tiene un tapacubo, la chapa de la puerta derecha dañada, sin el ventilador del motor, sin llave de swich, con aros normales, la tapicería y pintura se encuentran en regular estado. Por la falta del ventilador del motor y por no tener las llaves, no fue posible encender el automotor descrito, por lo que se desconoce su funcionamiento. En términos generales, el automóvil materia de esta pericia, presenta un regular estado de conservación, por lo que, lo avalúo en la suma de SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA DOLARES.- (USD 7.550,00).Por tratarse del primer señalamiento se receptarán posturas desde aquellas que cubran por lo menos las dos terceras partes del avalúo pericial aprobado; y, con ellas se consignará el diez por ciento de Ley, en efectivo o cheque certificado a orden del Juzgado. Lo que comunico para los fines de Ley. GUIDO ESPINOZA ESPINOZA SECRETARIO Hay un sello A.C./88146
REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL DE REMATE Se pone en conocimiento del público en general, que el día TREINTA DE OCTUBRE del dos mil doce, desde las trece horas hasta las diecisiete horas se llevará a cabo en la secretaria del Juzgado Vigésimo de lo Civil de Pichincha, dentro del Juicio Ejecutivo Nro. 58-2008-Ab.FM, el REMATE del
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
REVISTA JUDICIAL C4
MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR
bien inmueble embargado, cuyas características son: DIAGNOSTICO CARACTERISTICAS GENERALES OBJETO El inmueble se emplaza en la Provincia de Pichincha, Cantón y Ciudad de Quito, Parroquia Chaupicruz, Sector La Pulida, Calle Jorge Piedra S/N. El sector en el cual se emplaza el bien inmueble es un sector en acelerado proceso de consolidación, el mismo cuenta con todos los servicios de infraestructura y equipamiento urbano. El bien inmueble trata de un lote de terreno de forma irregular con una topografía con pendiente positiva en el sentido Oriente - Occidente, el mismo se encuentra definido por sus costados. No existe ningún tipo de construcción ni sembrío alguno, lo que si se observa que se ha realizado trabajos de nivelación del terreno en parte del mismo, conformándose una plataforma horizontal en la cual se ha implantado canchas de vóley, así mismo se deja señalado que el bien inmueble se encuentra desocupado, sin cerramiento de obra dura en ninguno de sus costados. UBICACIÓN PROVINCIA: Pichincha CANTON: Quito PARROQUIA: Chaupicruz SECTOR: La Pulida CALLE: Jorge Piedra S/N LINDEROS DEL LOTE DE TERRENO (SEGÚN ESCRITURAS) NORTE: Con Camino de la Lotización La Pulida; SUR: Con Camino de la Lotización La Pulida; ESTE: Con Propiedad Particular; OESTE: Con Lote No. 163 de la Lotización La Pulida CABIDA DEL TERRENO (SEGÚN ESCRITURA) SUPERFICIE: 2 579,00 metros cuadrados CARACTERISTICAS FISICAS DEL TERRENO UBICACIÓN: Sector en proceso de consolidación, a la altura del bien inmueble embargado se observa varios lotes yacios, sector con uso de suelo residencial. TOPOGRAFIA Pendiente natural positiva en el sentido OrienteOccidente, actualmente se observa que se ha configurado una plataforma horizontal donde se implanta canchas de vóley. FORMA: Irregular CERRAMIENTOS: No SEMBRIOS: Ninguno CONSTRUCCION: No INFRAESTRUCTURA EXISTENTE El sector cuenta con todos los servicios pero el inmueble carece de su respectivas acometidas. CUADRO DEL AVALÚO DESCRIPCIÓN AREAM2 COSTOxM2 SUBTOTAL Terreno 2 579,00 M2 45,00 USD 116 055,00 USD TOTAL 116 055,00 USD SON CIENTO DIEZ Y SEIS MIL CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 USD. S.E.U.O. DERECHOS Y ACCIONES DEL 53.49% DEL 33.33% 20 690,54 USD SON: VEINTE MIL SEISCIENTOS NOVENTA CON 54/100USD S.E.U.O. En relación con lo expresado por la parte Demandada que partiendo de errores matemáticos de la superficie del predio; solo me queda indicar Su Señoría que, la superficie claramente dice SUPERFICIE TOTAL. Dos mil quinientos setenta y nueve metros cuadrados, lo cual se ha transcrito al Informe Pericial el dato que se obtiene del CERTIFICADO de Gravámenes actualizado del inmueble causa de la Pericia, hasta aquí no se necesita ser un erudito en el tema, para saber que dicha superficie de terreno es la que se expresa y que consta en dicho Certificado y que se adjunta en original a esta Aclaratoria. Como se requiere además calcular el avalúo de los DERECHOS y ACCIONES DEL 53.49% DEL 33.33% del bien inmueble de superficie de DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, da como resultado un valor de avalúo de CIENTO DIEZ Y SEIS MIL CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 DOLARES NORTEAMERICANOS y de esté valor resultante corresponde los porcentajes antes señalados de DERECHOS y ACCIONES, es decir 53,49% del 33.33%, resultando el valor de VEINTE MIL SIESCIENTOS NOVENTA CON 54/100 DOLARES NORTEAMERICANOS, como se expresa tácitamente en el Informe Pericial. Con relación al valor económico por unidad de metro cuadrado de
terreno, que la parte Demandada señala en su escrito señalando que el Perito no determina los parámetros en los que sustenta el Informe, debo señalar Su señoría que se denota que el señor Demandado no ha leído y revisado el contenido del Informe Pericial, en el cual se detalla la Metodología seguida para el avalúo, la cual transcribo literalmente para conocimiento de la parte Demandada “Para la obtención del costo por unidad de terreno (metros cuadrados), se ha tomado en consideración los siguientes aspectos: costo de reposición o valor que tendría un inmueble de similares características, la ubicación (sectorial, zonal) la relación con el entorno tanto tipológico como morfológico, características físicas del terreno ‘ la incidencia de las leyes de mercado para este tipo de inmueble (oferta y demanda)”. Para concluir, el escrito de impugnación presentado por la parte Demandada, carece de fundamento técnico, sin aporte alguno para sustentar lo dicho, por lo que rechazo todo lo señalado en el mismo, por lo tanto me afirmo y me RATIFICO e todas y cada una de las partes del Informe Técnico Pericial, entregado en su Despacho, por estar técnica y profesionalmente realizado y ceñido a la realidad, dejando salvo su más acertado criterio Señora juez. Se recibirán posturas que cubran por lo menos las dos terceras partes del avalúo aprobado, en dinero en efectivo y/o cheque certificado a la orden del Juzgado, por tratarse del primer señalamiento, informes en la secretaria esta judicatura y Depositario Judicial.Hay un sello A.C./87763
JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL DE REMATE JUICIO DE EMBARGO Y REMATE Nro.- 278-2006Dr.J.T. Depositario Judicial Sr. Víctor Paucar Se parle en conocimiento al público en general que el día miércoles 31 de octubre del año dos mil doce, desde las trece a las diecisiete horas en la secretaria de esta judicatura, tendrá lugar el remate del bien mueble que a continuación se detalla: DESCRIPCIÓN DEL BIEN : Vehículo marca: FORD, Clase Automóvil, MODELO: Fiesta AMAZON, POWER 5 puertas ; CARACTERÍSTICAS: Placas: SIN PLACAS, Motor: 5A16856, Chasis: 8YPZF16N158A16856, Coldr: azul bávaro, Año de fabricación 2005. CONDICIONES GENERALES: - Pintura en regular estado, capot con desgaste de pintura, - Chasis y demás componentes están completos, Vidrios y Espejos en buen estado, - 4 Llantas en regular estado, aros normales (dos golpeados), 1 Ilanta de emergencia, - Tres brazos con sus respectivas plumas, Tapa de gasolina, Cinturones de seguridad completos, Dos faros delanteros y dos posteriores, Gata hidráulica, Tapicería en regular estado con ligeros manchones, 4
JUDICIAL QUITO
apoya cabezas, - Radio JVC con CD, Llave con su respectivo control de alarma, Golpes y abolladuras en la carrocería y pintura, Desprendida la tapa que cubrela palanca de cambios. OBSERVACIONES; El vehículo objeto del presente informe se encuentra en Regular estado. Por las condiciones que se encuentra el vehículo, su estado de conservación y cambios realizados que desmejoran su utilidad, se avalúa en SIETE MIL DOSCIENTOS DOLARES AMERICANOS (USD. 7.200), Por tratarse del primer señalamiento, se recibirán posturas desde aquellas que cubran las dos terceras partes de avalúo, en dinero en efectivo o cheque certificado a nombre de la Judicatura, a la que se acompañará el diez por ciento de su oferta. Lo que comunico al público en general para los fines de Ley. DR. LUIS RON VILLAVICENCIO. SECRETARIO Hay firma y sello AC/88086/tf
R. del E. JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL DE REMATE JUICIO EJECUTIVO Nro. 4472005 C.I. Se pone en conocimiento del público en general que el día JUEVES QUINCE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DOCE, desde las TRECE HORAS hasta las DIECISIETE HORAS, en la Secretaría de este Juzgado, tendrá lugar el Remate en pública subasta, de los inmuebles embargados en la presente causa de las características que a continuación se detallan: RECONOCIMIENTO TRABAJO DE CAMPO.- 1.1. Ubicación Geográfica.El inmueble compuesto de casa y terreno se encuentra ubicado en la calle Reina Victoria con numeración Municipal No 21-258 y N21262 entre Carrión y Roca de la Parroquia Benalcázar del Distrito Metropolitano de Quito. DESCRIPCIÓN DE LA PROPIEDAD. 2.1. DIMENSIONES Y LINDEROS TRABAJO DE CAMPO ESCRITURA NORTE: PROPIEDAD PARTICULAR 18,60m 18,15m SUR: PROPIEDAD PARTICULAR 18,60m 18,60m ESTE: PROPIEDAD PARTICULAR 14,20m 13,95m OESTE: CALLE REINA VICTORIA 14,20m 14,15m TOTAL ACTUAL: 260,47m2 TOTAL SEGÚN ESCRITURAS 258,10m2 DESCRIPCION DEL TERRENO Y CONSTRUCCIÓN: El terreno tiene la forma de un rectángulo irregular, es medianero, el acceso es por la Calle Reina Victoria, existe una construcción de 3 plantas: Primera planta baja: existe el “Hostal Hojas 2”, el Restaurant “El Sabrosón” y un local comercial. Los ambientes del “Hostal Hojas 2” en la planta baja son los siguiente: la recepción, hall de ingreso y gradas de acceso a la primera planta alta. Los ambientes del Restaurant “El Sabrosón” son: El restaurant cocina y dos baños. Los ambientes del Local comercial son: el local comercial, cocina, oficina y baño. Primera planta alta del HOSTAL HOJAS 2: gradas de acceso a la segunda planta alta, un corredor, una sala de Star y 7 habitaciones con baño privado Segunda planta alta HOSTAL HOJAS 2: gradas de acceso a la tercera planta alta, un corredor, una sala Star y 7 habitaciones con baño privado (una con tina)
Si bien es cierto que las alegrías son cortas, tampoco nuestros pesares son muy largos. MARQUÉS
Tercera planta alta HOSTAL HOJAS 2: gradas, un corredor, una sala de Star y 4 habitaciones con baño privado (una con tina). Además existe una terraza descubierta. Características de la construcción: estructura de hormigón armado, paredes de ladrillo enlucidas y pintadas, piso: contrapiso, sobre el mismo se encuentra alfombra y cerámica nacional, puertas interiores de madera paneladas y tamboradas y metálica, exteriores metálicas enrollables, ventanas metálicas y de aluminio con vidrio claro, cubierta de losa, hormigón y eternit, cielo raso paleteado y champeado. La edad de esta construcción es de aproximadamente 41 años. El estado de conservación de la vivienda es bueno y se encuentra funcionando el hostal Hojas 2, el restaurant El Sabrosón y el Local comercial por separado cada uno de éstos locales comerciales. VALORACIÓN DEL TERRENO Y CONSTRUCCIÓN DESCRIPCIÓN m2 Valor m2 TOTAL Terreno 260,47m2 $250,00 $65.117,50 Planta baja construcción 260,47m2 $235,00 $61.210,45 Primera planta alta Construcción 150,85m2 $225,00 $33.941,25 Segunda planta alta Construcción 119,63m2 $225,00 $26.916,75 Tercera planta alta Construcción 103,98m2 225,00 $23.395,50 TOTAL: $209.587,45 VALOR TOTAL DE LOS INMUEBLES. DOSCIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE DOLARES CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($209.587,45) SE RECIBIRÁN POSTURA QUE CUBRAN LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DEL AVALÚO COMO BASE, POR TRATARSE DEL PRIMER SEÑALAMIENTO, AL QUE DEBEN ACOMPAÑAR EL DIEZ POR CIENTO DE LA OFERTA EN DINERO EN EFECTIVO O CHEQUE CERTIFICADO A NOMBRE DEL JUZGADO LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS FINES DE LEY. CERTIFICO. DR. LUIS CHULDE RUANO SECRETARIO (E) Hay un sello A.C./87956
VARIOS JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL Juicio No 361-2012-JT Trámite: Ejecutivo. Cuantía: Indeterminada. Objeto: Cobro de dinero. Actor: Ec. Jaime Gastón Amable Bolaños Jara. (En calidad de administrador Temporal del Fondo de Jubilación Complementaria Indexada en Liquidación de los Servidores de la Universidad Central FOJINDEX Demandada: Jorge Oswaldo Torres. Iniciado el 20 de Marzo del 2012. Defensor: Dr. Fernando Pinto. PROVIDENCIA.
AVISO AL PÚBLICO @$(+)%`)/1"0,0(+)%(-)(0".2F$.&)($%($-(>/&?(O(0$-(9$#-,1$%&)( 2,/,(-,($1"."I%(0$(-).(=$/&"*+,0).(0$(>2)/&,+"I%(=:9P86'( .$( 2)%$( $%( +)%)+"1"$%&)( 0$-( 2YR-"+)'( 2,/,( -).( *%$.( 2$/&"%$%&$.'( $-( $m&/,!4)( 0$-( =$/&"*+,0)( 0$(>2)/&,+"I%( =:9P86( A)?( KOMlk( P)/( $-( !,-)/( 0$( C<@( b( K'cNK?OK'( 2$/&$%$+"$%&$( ,-( R$%$*+",/")( =L$0$( =4,( 5&0,'( EF$( `F$/,( $1"&"0)( L( /$#".&/,0)(2)/(-,(=)/2)/,+"I%(0$(P/)1)+"I%(0$(8m2)/&,+")%$.($( 6%!$/.")%$.($%(-,(="F0,0(0$(hF,L,EF"-'($-(NM(0$(@"+"$1R/$( 0$-(NSSM BF"&)'(l(0$()+&FR/$(0$-(NSKN
DE
V AU V E NA R G U E S
JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA: Quito 23 de marzo del 2012, a las 14h30.- VISTOS: VISTOS.- En virtud de la razón de sorteo realizado y mi calidad de Jueza Titular avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de Ley. Dese el trámite ejecutivo solicitado .- Al demandado señor : Jorge Oswaldo Torres, en calidad de deudor, en el término de tres días, de ser citado en legal y debida forma, pague la obligación demandada, los intereses respectivos, costas procésales y honorarios profesionales o proponga excepciones dentro del mismo término.- Cítese al demandado en el lugar que se indica, para el efecto la parte actora facilite las copias necesarias para la elaboración de las boletas de citación.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el actor. Agréguese a los autos la documentación acompañada.Actúen el Dr. Luis Ron Villavicencio y Dr. Jaime Torres como Secretario y Oficial Mayor encargados respectivamente, de conformidad con lo dispuesto por el Consejo Nacional de la Judicatura mediante Of. No. 226-07-CRH-CNJ-ES de 5 de Marzo del 2007.- El abogado defensor presente copia a color de la credencial del foro de conformidad con lo previsto en el Art. 327 del Código Orgánico de la Función Judicial Notifíquese. JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Quito a 29 de agosto del 2012, a las 14h05.- Agréguese a los autos el escrito que antecede.- Atenta la petición formulada por la parte actora y en virtud de que el actor a rendido el Juramento previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al demandado señor Jorge Oswaldo Torres, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito.- NotifíqueseLo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir las notificaciones que le corresponda en esta ciudad de Quito. Dr. Luis Ron Villavicencio. Secretario ( E ) Existe firma y sello. A.P./54410/k.m. R DEL E. JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE
LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: LUIS MARCELO BORJA TROYA ACTOR: GERSON HARO MERINO PROCURADOR JUDICIAL DE PACIFICARD S.A COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETA DE CREDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACIFICO DEMANDADO: LUIS MARCELO BORJA TROYA JUICIO: No. 1150-2010-JG TRAMITE: Verbal Sumario OBJETO: Cobro del Tarjeta de Crédito CUANTIA: $. 6.536,oo FECHA DE INICIO: 15 de Septiembre del 2010 AUTO JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 15 de septiembre del 2010, las 14h26.- VISTOS.- Avoco conocimiento a la presente causa en calidad de Juez Titular de esta Judicatura, y en virtud del sorteo realizado En lo principal, la demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la admite al trámite verbal sumario. En consecuencia y al amparo del Art. 829 del Código de Procedimiento Civil, cítese al demandado LUIS MARCELO BORJA TROYA en el lugar indicado en el escrito que antecede, mediante comisión librada al señor Teniente Político de la Parroquia Calderón.Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y agréguese al proceso los documentos adjuntos a la demanda.- NOTIFIQUESE.. f) Dr. Carlos Fernández Hidrovo, Juez. (T) PROVIDENCIA JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 24 de agosto del 2012, las 12h15. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Temporal, según acción de personal No 3857DP-DPP de fecha 20 de Agosto del 2012. Agréguense al proceso los escritos que anteceden. En lo principal, atendiendo los solicitado por la parte actora y por cuanto el mismo ha dado cumplimiento a lo ordenando en providencia de 9 de septiembre del 2011 y de conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, con un extracto de la demanda y éste auto, cítese al demandado señor LUIS MARCELO BORJA TROYA, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito. Actúe el Dr. Rodrigo Escobar Herrera en calidad de Secretario Encargado de la Judicatura nombrado mediante Acción de Personal No. 3469-DP-DDP de 1 de Agosto del 2012. Notifíquese.- F)Dr. Francisco Robalino Ocaña, Juez. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 9 de Octubre del 2012. Certifico ABG. ANDREA ESCALERAS PARDO SECRETARIA DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Existe un sello 172763
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA PERFILPLAST DEL ECUADOR S.A. De conformidad con las disposiciones legales y estatutarias vigentes, se convoca a los Accionistas de la compañía P89U65P5><7( @85( 8=C>@:9( <?>?( ,( -,(TF%&,(h$%$/,-(0$(>++")%".&,.(EF$(.$( +$-$R/,/Z($-(04,(Nk(0$()+&FR/$(0$(NSKN( ,( -,.( OnaS( $%( -,.( )*+"%,.( FR"+,0,.( $%( -,( +,--$( 5,( 6%0F.&/",-( :$M_aQ( L( 5$)%)/( <&,+$L( 0$( $.&,( +"F0,0( 0$( BF"&)'( +)%( $-( objeto de conocer y resolver sobre lo siguiente: K?( @$."#%,+"I%( 0$( >F0"&)/$.( 8m&$/%).( 2,/,($-(,3)(NSKN( Convócase, de manera expresa, al Co1".,/")( P/"%+"2,-( 0$( -,( +)12,34,( .$3)/( 80F,/0)(P/),3)(<,-!,0)/?
;,/+)(V"%"+")(9,14/$[(;F3)[ h898A78(h8A89>5 AR/88673/cc
CITACIÓN JUDICIAL PARA: HUGO MARCELO HERRERA ALOMOTO JUICIO: 1384-2011-R.G. ESPECIAL ACTOR: STEVE LECH BURGOS NEACATO DEMANDADO : HUGO MARCELO HERRERA ALOMOTO OBJETO: Con fundamento en lo dispuesto en el Art. 1567, Numeral Tercero, del Código Civil Vigente, se demanda en Juicio Especial a Hugo Marcelo Herrera Alomoto al cumplimiento del convenio materia de la presente causa. TRAMITE: ESPECIAL CUANTIA: INDETERMINADA ABOGADO PATROCINADOR: Dr. Jaime Cando Marcillo CASILLERO: CASILLA No. 637 Mat. Prof. 3378 C.A.P. PROVIDENCIA.JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 9 de mayo del 2012, las 13h45.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Suplente de esta Judicatura, mediante Oficio No. 012-DDP-JAR de fecha 24 de enero del 2005 y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley por lo que declarándosela procedente se la acepta a trámite especial propuesto.- En consecuencia, en mérito del juramento rendido por el Actor, sobre la imposibilidad de determinar la individualidad y residencia del demandado, cítese con un extracto de la demanda y presente providencia al demandado señor: HUGO MARCELO HERRERA ALOMOTO por sus propios derechos, por la prensa, mediante tres publicaciones en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito y de conformidad con lo determinado por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que en el término de tres días de citado, cumpla con el requerimiento constante en el libelo de la demanda.- Agréguese a los autos la documentación adjunta.- Tómese en cuenta la cuantía y casillero judicial señalado por el Actor para sus posteriores notificaciones, así como la facultad dada a su Abogado defensor para que suscriba los escritos necesarios en su defensa.- Actúe el Dr. Luis Chulde Ruano en calidad de Secretario Encargado de esta Judicatura.- CITESE Y NOTIFIQUESE.- f) Dr. Reinaldo Flor Alvarado. Juez (S) PROVIDENCIA: JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 5 de julio del 2012, las 16h36.- Agréguese a los autos el escrito presentado.- Atenta la petición del Actor, confiérase un nuevo Extracto de requerimiento para su publicación por la prensa para citar al Demandado, conforme se halla dispuesto en auto inicial de califica-
ción.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado para sus notificaciones.- En virtud del Memorando Circular No. 1231-DPP-CJT-IEM2012, suscrito por el Dr. Mauricio Jaramillo, Director General del Consejo de la Judicatura, se le solicita al señor Abogado defensor del compareciente, que en futuros escritos se sirva señalar además su respectivo correo electrónico para ser notificado posteriormente por este medio dentro de los procesos judiciales que a futuro patrocine.- f) Dr. Reinaldo Flor Alvarado. Juez (S) CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- (... Sigue la notificación).- Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus notificaciones.- CERTIFICO. DR. LUIS CHULDE RUANO SECRETARIO ENCARGADO Hay un sello AR/88641/cc
JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL, QUE EL ONCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DOCE, DESDE LAS TRECE HASTA LAS DIECISIETE HORAS, EN LA SECRETARÍA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA, SE LLEVARÁ A EFECTO EL REMATE DEL INMUEBLE, QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLA JUICIO EJECUTIVO –LETRA DE CAMBIO- 501-2004-RCO A. UBICACION POLÍTICA DEL BIEN INMUEBLE MOTIVO DE ESTE INFORME Provincia: Pichincha Cantón: Quito Parroquia: San Blas Inmueble: Del lado sur Identificación: B uno, B dos Dirección: Av. Pichincha N3-74 y Sucre B. LINDEROS GENERALES Y SUPERFICIE TOTAL DEL PREDIO SIGNADO CON EL NÚMERO N3-74, MOTIVO DE ESTE INFORME De la Escritura de Hipoteca Abierta, otorgada por Rosa Arroyo León a favor de Gladys Pallo Fonseca, celebrada el cuatro de julio del dos mil dos, ante el Notario Cuarto del Cantón Quito, Doctor Jaime Aillón Albán, y debidamente inscrita en Registro de la Propiedad del Cantón Quito el veinte y nueve de octubre del dos mil dos, se desprende los siguientes linderos generales: DEL LOTE DE TERRENO B UNO: - NORTE: El lote A-Uno, de propiedad de la señora Carmela Amelia Jácome - SUR: Con veinte y nueve metros noventa centímetros, propiedad el señor Humberto Gavilánez - ESTE: Con ocho metros la calle Los Ríos - OESTE: el lote B-Dos que se adjudica a la señora Mercedes María León DEL LOTE DE TERRENO B-DOS: - NORTE: Propiedad de la señora Carmen Amelia Jácome - SUR: Propiedad del señor
CONVOCATORIA <$( +)%!)+,( ,( -).( .$3)/$.( ,++")%".&,.( 0$( -,( +)12,34,(@6>5=8A79:(<?>?'(,(TF%&,(h$%$/,-( 8m&/,)/0"%,/",( EF$( .$( --$!,/Z( ,( +,R)( $-( 04,( Nk( 0$()+&FR/$(0$-(NSKN'(,(-,.(KMnSS'($%($-(-)+,-(0$( -,(=)12,34,(FR"+,0)($%(-,(>!?(PG/$[(hF$//$/)( A)?(ckN(0$($.&,(+"F0,0(0$(BF"&)'(2,/,(+)%)+$/(L( resolver el siguiente orden del día K?(( A)1R/,1"$%&)(0$(P/$."0$%&$(0$(-,(=)12,ñía N?(( 9,&"*+,+")%$.( L( ,2/)R,+")%$.( 0$J( ,X( !,lores pagados por concepto de refrigerios entregados a los pacientes desde el año NSSM( H,.&,( $-( ,3)( NSKN( L( 0$&$/1"%,+"I%( de su permanencia. b) valores pagados por +)%+$2&)( 0$( &/,%.2)/&$( )( 1)!"-"[,+"I%( $%&/$#,0)(,(-).(2,+"$%&$.'($%($-(2$/4)0)(NSSM( H,.&,( $-( NSKN( L( 0$&$/1"%,+"I%( 0$( .F( 2$/manencia c) valores pagados por concep&)(0$("%&$/$.$.(2)/(2/G.&,1).(0$(&$/+$/).( NSSM'(NSSO'(NSSl(L(NSKN? a?_(( U"\,+"I%(0$(/$1F%$/,+")%$.(0$(-).(,01"%".tradores de la compañía y de la comisaria L( /,&"*+,+"I%( 0$( -).( 2,#).( 0$.0$( $-( ,3)( NSSN? <$(+)%!)+,($.2$+",-(L(.$3,-,0,1$%&$(,(-,(.$3)/,(;,L/,(^$%4&$['(=)1".,/",(0$(-,(=)12,34,?
BF"&)'(,(KM(0$()+&FR/$(0$(NSKN
Pablo Ribadeneira Fernández Salvador REPRESENTANTE LEGAL CYEDE CIA LTDA
R. del E. JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA -EXTRACTO-
AR/88699/cc
8.2$/,%[,(V$-,.+)(;)/$\I% h$/$%&$(h$%$/,AR/88698/cc
Humberto Gavilánez - ESTE: El lote B-uno - OESTE: Con diez metros sesenta centímetros, la avenida Pichincha b1. SUPERFICIE GENERAL DE LA PROPIEDAD La superficie total de la propiedad es de quinientos catorce metros cuadrados setenta decímetros cuadrados (514.70 m2) C. PROPIETARIO DEL INMUEBLE MATERIA DE ESTA EXPERTICIA: Rosa Elena Arroyo León, es dueña y propietaria del inmueble dividido en dos partes e identificados con los signos B-uno y B-dos, inmueble ubicado en la Parroquia San Blas, cantón Quito, Provincia de Pichincha. c1. FORMA DE ADQUISICION: Adquirido mediante escritura de Posesión Efectiva, otorgada el diez y seis de junio del año dos mil, ante el Notario Doctora Mariela Pozo, mediante la cual concede la Posesión Efectiva de los bienes dejados por Mercedes María León a favor de su hija única y universal heredera la señorita Rosa Elena Arroyo León e inscrita en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito el tres de julio del año dos mil. D. DESCRIPCION GENERAL DEL INMUEBLE MOTIVO DE ESTA EXPERTICIA. Del Entorno Urbano: El inmueble materia de esta experticia se encuentra emplazado dentro de la zona urbana consolidada del Distrito Metropolitano de Quito. Del Uso del suelo de la zona: El uso del suelo esta definido como comercial/residencial. En su entorno mediato se encuentra equipamiento comercial, educativo, religioso, residencial. Del Lote de Terreno materia de este informe: Se trata de un lote de terreno medianero, de forma alargada/rectangular, de topografía irregular. La pendiente del lote es positiva con respecto a la avenida Pichincha, y negativa con respecto a la calle Los Ríos. Debido a la pendiente pronunciada del lote, ésta (la pendiente) ha sido tratada con plataformas de nivel, las mismas que soportan una construcción nueva que da hacia la avenida Pichincha, y una construcción antigua que da hacia la calle Los Ríos. La accesibilidad vial y peatonal al lote esta dispuesta desde las vías públicas (colindantes), las mismas que son de primer orden, poseen aceras y bordillos, y su capa de rodadura es de asfalto.
De la vegetación al interior del lote: Se evidencia la presencia de pequeños arbustos, así como áreas esporádicas de vegetación rastrera. Del cerramiento: El lote de terreno esta delimitado por la mampostería propia de los locales comerciales en el lindero que da hacia la avenida Pichincha, además en este frente se ubica una puerta metálica de ingreso peatonal, el frente que da hacia la calle Los Ríos, está delimitado por la mampostería propia de la construcción antigua, igualmente aquí se ubica una puerta de ingreso peatonal para acceder a la construcción antigua. Los linderos laterales están delimitados por un cerramiento de mampostería independiente. De los muros de contención: Se observa la construcción de muros de contención al interior del lote, construidos específicamente para detener el empuje de la tierra debido a la conformación de las plataformas. De las construcciones materia de éste informe: - Una construcción principal de hormigón armado y mampostería de bloque, con cubierta de losa plana, accesible, implantada con adosamiento hacia el lindero norte, y sobre línea de fábrica respecto a la avenida Pichincha, destinada para desarrollar actividades de comercio y vivienda. La construcción se encuentra habitada. - Una construcción antigua de muros portantes (tapiales de adobe) y cubierta de teja, implantada con adosamiento hacia el lindero sur y sobre línea de fábrica respecto a la calle los Ríos, destinada para desarrollar actividades de vivienda. La construcción se encuentra habitada. E. DESCRIPCION ESPACIAL DE LAS CONSTRUCCIONES Construcción de hormigón armado: - Dos locales comerciales con acceso directo desde la avda. Pichincha - Un departamento compuesto de: Sala Comedor Cocina Dos dormitorios Un baño Construcción antigua: - Dos cuartos grandes en planta baja - Dos cuartos grandes en planta alta - Una cocina exterior - Un baño exterior
COOPERATIVA DE TAXIS “ACCION CIVICA” No 118 CONVOCATORIA <$( +)%!)+,( +)%( +,/Z+&$/( )R-"#,&)/")( ,( -).( .$3)/$.( .)+").( 0$( -,( =))2$/,&"!,( 0$( 7,m".( >++"I%( =4!"+,( ,( -,( >.,1R-$,( h$%$/,-( 8m&/,)/0"%,/",( ,( /$,-"[,/.$( $-( @4,( <ZR,0)( NS( 0$(:+&FR/$(0$-(NSKN(,(-,.(SlHSS($%(-,(<$0$( <)+",-(0$(-,(=))2$/,&"!,(FR"+,0,($%(-,(5F".( 9)0/4#F$[(<(l_ca(L(>0/",%(A,!,//)?( P,/,(&/,&,/($-(."#F"$%&$()/0$%(0$-(04,J( K?_(=)%)+"1"$%&)(2/)+$.)(0$(6%&$/!$%+"I%?( N?_(=)12/,(<".&$1,(=)%&,R-$?( 3.- Colaboración de personal en facturación. c?_(P/)+$.).($m+-F."I%(,(.)+").(1)/).).?( Q?_((6%`)/1,+"I%(L(,2/)R,+"I%(,F&)(&,m"?( 8%(+,.)(0$(%)($m".&"/($-(BFI/F1(9$#-,1$%&,/")(,(-,(H)/,(+)%!)+,0,'(-).(.)+").(EF$0,%( +"&,0).(2)/(.$#F%0,()+,."I%(F%,(H)/,(0$.2FG.( $%( -,( 1".1,( `$+H,( L( -,(>.,1R-$,( .$( /$,-"[,/Z(+)%($-(%Y1$/)(0$(.)+").(2/$.$%&$.( L(.F.(/$.)-F+")%$.(&$%0/Z%($-(+,/Z+&$/(-$#,-( y obligatorio. Atentamente, @/,?(=$+"-",(P,/$\,(B? 6A789V8A7:9>(=::P89>76V>(@8( 79>A<P:978(@8(P><>T89:<(8A(7>f6<( >==6DA(=pV6=> >=jOOKkSj&`
F. CARACTERISTICAS MATERIALES DE LAS CONSTRUCCIONES Construcción nueva: - Cimentación: Plintos de cimentación - Estructura: Columnas de hormigón armado - Cubierta: Losa de hormigón armado - Tumbado: Texturado/champeado - Pisos: Cerámica nacional en locales comerciales y baños Cerámica nacional en cocina Parquet en área social/dormitorios - Mampostería: bloque - Enlucidos: Horizontal/Vertical, interior/exterior - Acabado: Paleteado - Recubrimientos: Pintura látex vinil acrílico - Ventanería: En hierro/vidrio claro - Protección: De hierro - Puertas exteriores: Metálicas tipo lanfort - Puertas interiores: De madera tamborada - Closet: Sobrepuestos - Cerraduras: Puerta principal, chapa de seguridad, picaporte para Candado, Puertas interiores, de pomo tipo económico - Piezas sanitarias: Nacional tipo económico - Grifería: Nacional, tipo económico - Piezas eléctricas: Nacionales, sobrepuestas Construcción antigua: Cimentación: Zótalos y cimientos de piedra - Estructura: Portante tapiales de adobe - Cubierta: De teja/zinc, soportado sobre madera rolliza rústica - Tumbado: De carrrizo enchagllado - Entrepiso: De madera - Pisos: De madera - Mampostería: Tapial de adobe - Enlucidos: Vertical interior/exterior, mortero de cal - Acabado: Paleteado - Recubrimientos: Pintura látex vinil acrílico - Ventanería: En madera/vidrio claro, y hierro/vidrio claro - Protección: De hierro - Puertas exteriores: De madera sólida - Puertas interiores: De madera tamborada - Cerraduras: Puerta principal, chapa de seguridad, picaporte para Candado. - Piezas sanitarias: Nacional tipo económico - Grifería: Nacional, tipo económico - Piezas eléctricas: Nacionales, sobrepuestas - Lavandería: De ladrillo, enlucido/alisado f1. Estado de conservación del inmueble El estado de conservación del inmueble se lo califica como BUENO** **Tabla de Heidecke: Condiciones físicas Clasificación Requiere reparaciones menores;
Sentir que se ríe de nosotros algo al mismo tiempo inferior y más fuerte que uno es espantoso. GILBERT KEITH CHESTERTON
Bueno “Reparaciones menores: Estas reparaciones consisten en la pintura en general, en el arreglo de la fachada, enchapes de baños y cocinas, estado de los pisos (enchapes o madera, tapete, etc.), humedades, impermeabilización de cubiertas, arreglo de equipos de cocina, muebles. —Depreciación por conservación, método Heidecke-. f2. Edad del inmueble materia de este peritaje: De la inspección física al inmueble se puede establecer una edad aproximada de 65 años para la construcción antigua, y una edad aproximada de 12 años para la construcción de hormigón armado. G. REDES DE INFRAESTRUCTURA Generales, del sector: - VIAS COLINDANTES: Avda. Pichincha y calle Los Ríos - TRANSPORTE PUBLICO: Varias líneas de transporte colectivo - AGUA POTABLE: Red Municipal de agua potable - ENERGIA ELECTRICA: Red pública-general de energía eléctrica - ALCANTARILLADO: Red de alcantarillado público - TELEFONIA: Red telefónica CNT SA Del inmueble motivo del peritaje: - Está dotado del servicio de agua potable - Está dotado del servicio de energía eléctrica - Está dotado del servicio telefónico - Posee alcantarillado interno para la evacuación de agua lluvia y aguas servidas con conexión a la red de alcantarillado general DOCUMENTO ADJUNTO: - Memoria fotográfica del bien inmueble (10 fotografías digitales) - Levantamiento planimétrico H. AVALUO Determinantes técnicas del avalúo -Estrato social medio -Acabados tipo medio -Con aproximadamente 12 años de antigüedad -Estado de conservación Regular. (Tabla de Heidecke) -Estimación de la vida técnica del inmueble en 50 años -Factor Multiplicador de Costo Directo (FMCD), estrato medio: 1.55 -Coeficiente de Área Útil (CAU): 0.85 -Factor Residual (R): 0.90 -Factor de Depreciación (D): 17.03%* *Tabla de Fitto y Corvini:
REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
EXTRACTO CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA TRANSERESUR S.A. La compañía TRANSERESUR S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el A)(&,(/")(Décimo Séptimo(0$-(@".(&/"(&)(;$(&/)(2)_ -"(&,(%)(0$(BF"(&)'($-(17 de Septiembre de 2012, `F$( ,2/)(R,(0,( 2)/( -,( <F(2$(/"%(&$%(0$%(+",( 0$( =)1(2,(34,.'( 1$(0",%(&$( 9$(.)(-F(+"I%( <=?6T?@T=? B?KN?SSQaSk(0$(KK(0$(:+&FR/$(0$(NSKN? K?_(@:(;6(=6(56:J(@".(&/"(&)(;$(&/)(2)(-"(&,(%)(0$(BF"_ &)'(2/)(!"%(+",(0$(P"(+H"%(+H,? N?_(=>(P6(7>5J(<F.(+/"(&)(C<b(OSS'SS(AY1$/)(0$( >++")%$.(OS(V,-)/(C<b(KS'SS a?_( :^(T8(7:J( 8-( )R(\$(&)( 0$( -,( +)1(2,(34,( $.J( o<8( @8@6=>9i( 8f=5C<6V>;8A78( >5( 79>A<P:978( @8( =>9h>( P8<>@>( >( A6V85( A>=6:A>5'( <CT87iA@:<8( >( 5><( @6<P:<6=6:A8<(@8(5>(58d(:9hiA6=>(@8( 79>A<P:978( 78998<798'( 79iA<67:( d( <8hC96@>@(V6>5???o BF"(&)'(11 de Octubre de 2012. Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURÍDICO
Depreciación total de una construcción en % de su Valor a nuevo debido a su edad y estado de conservación. g1. CALCULO: VALOR DE REPOSICION CONCEPTO ; UNIDAD; P. UNITARIO; F M C D ; CAU; VA L O R DE REPOSICION Terreno; m2; 100,00 -- -- 100,00 Construcción nueva (Locales); m2; 145,00; 1,55; 0,85; 264,41 Construcción nueva (Departamento); m2; 145,00; 1,55; 0,85; 264,41 Construcción antigua; m2; 24,00 ; 1,55; 0,85; 43,76 VALOR RESIDUAL CONCEPTO; UNIDAD; VALOR DE REPOSICION; FACTOR RESIDUAL; VALOR RESIDUAL Construcción nueva (Locales); m2; 264,41; 0,90; 237,97 Construcción nueva (Departamento); m2; 264,41; 0,90; 237,97 Construcción antigua; m2; 43,76; 0,90; 39,38 VALOR DEPRECIADO CONCEPTO; UNIDAD; VALOR R ES I D UA L ; FACTO R DE DEPRECIACION ; VALOR DEPRECIADO Construcción nueva (Locales); m2; 237,97; 0,10; 23,80 Construcción nueva (Departamento); m2; 237,97; 0,10; 23,80 Construcción antigua; m2; 39,38; 0,10; 3,94 VALOR DE LA CONSTRUCCIÓN USADA POR METRO CUADRADO CONCEPTO; UNIDAD; VALOR DE REPOSICION; VALOR DEPRECIADO; VALOR FINAL /M2 Construcción nueva (Locales); m2; 264,41; 23,80; 240,61 Construcción nueva (Departamento); m2; 264,41; 23.80; 240,61 Construcción antigua; m2; 43,76; 3,94; 39,82 APLICACIÓN DEL AVALUO TÉCNICO/INMOBILIARIO PARA LOCALES COMERCIALES CONCEPTO; UNIDAD; CANTIDAD; P. UNITARIO; P. TOTAL LOCALES COMERCIALES; m2; 63,47; 240,61; 15271,52 TERRAZA ACCESIBLE; m2; 63,47; 120,30; 7635,44 TERRENO EXCLUSIVO; m2; 63,47; 100,00; 6347,00 SUBTOTAL 29253,96 FACTOR DE COMERCIALIZACION; 10%; 2925,40 VALORACION DE LOS LOCALES COMERCIALES; 32179,35 VALORACION TOTAL DEL INMUEBLE MOTIVO DE ESTE INFORME CONCEPTO; UNIDAD; CANTIDAD; P. UNITARIO; P. TOTAL Terreno; m2; 514,70; 100,00; 51470,00 Construcción nueva (Locales); m2; 63,47; -- ; 32179,35 Construcción nueva (Departamento); m2; 63,00; 240,61; 15158,43 Construcción antigua; m2; 223,00; 39,82; 8879,86 TOTAL 107687,64 VALOR DE COMERCIALIZACION: $ 107687,64 SON: CIENTO SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 64/100 US DOLARES Se aceptarán posturas a partir de aquellas que cubran el cincuenta por ciento del avalúo aprobado por tratarse del segundo señalamiento, en dinero efectivo o cheque certificado a nombre del Juzgado. Particular que comunico para los fines de ley. Atentamente, Dr. Washington Torres Suárez SECRETARIO ENCARGADO
Hay firma y sello AR/88523/cc ====== JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO DE REMATE SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE SE VA A PROCEDER AL REMATE EN LA SECRETARÍA DE ESTA JUDICATURA EL DÍA JUEVES QUINCE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DOCE, DESDE LAS TRECE HORAS A LAS DIECISIETE HORAS, DEL BIEN QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLA: 1.- UBICACIÓN. El predio materia de la presente diligencia se encuentra ubicado en la Provincia de Pichincha, Cantón Quito, parroquia Calderón, Programa de Vivienda Carapungo, Sector “C”, Supermanzana “C1” Manzana “E”, pasaje J-5, casa signada con “C-I-E-19”. 2.- LINDEROS Y SUPERFICIE C@E;<IFJ J\^ e :\ik`]`ZX[f [\c Registro de la Propiedad Cantón Quito): Norte: Con una longitud de 12.00 m con lote Nº C-I-E-20 Sur: Con una longitud de 12.00 m con lote Nº C-I-E-18 Este: Con una longitud de 6.00 m con lote Nº C-I-E-11 Oeste: Con una longitud de 6.00 m con Pasaje J-5 ÁREA DEL INMUEBLE: 72.00 m2 3.- INFRAESTRUCTURA URBANA BÁSICA: La propiedad en mención dispone de servicio de Energía Eléctrica, Alcantarillado, agua potable, la calle “B” hoy Rumiñahui es de tierra. 4.- USO DEL SUELO: El uso exclusivo para Vivienda. 5.- DESCRIPCIÓN: La propiedad consta de: a.- Lote de terreno b.- Casa de tres plantas de hormigón armado. PROGRAMA FUNCIONAL: - Casa de tres plantas de hormigón armado. Área: 200,40 m2 No. pisos: 3 Ambientes: Planta Baja: Sala – comedor, cocina, dos dormitorios y un baño, garaje y área de gradas. Primera Planta Alta: Sala – comedor, cocina, tres dormitorios, un baño y área de gradas. Segunda Planta Alta: Sala – comedor, cocina, tres dormitorios, un baño y área de gradas. SISTEMA CONSTRUCTIVO: :XjX [\ ki\j gcXekXj [\ _fid`^ e armado. PLANTA BAJA Entrepiso: Losa de hormigón armado. Paredes: De Bloque enlucido y pintado, baños con baldosa. Columnas: De hormigón armado Pisos: Parte con cerámica y otra parte pavimentado. Puerta de entrada: De metal. Puertas interiores: De madera Puerta de garaje: De metal Ventanas: De hierro y vidrio con protecciones metálicas Gradas: De hormigón armado exteriores. PRIMERA PLANTA ALTA: Entrepiso: Losa de hormigón armado. Paredes: De Bloque enlucido y pintado, baños con baldosa. Columnas: De hormigón armado Pisos: Con cerámica. Puerta de entrada: De metal. Puertas interiores: De madera Ventanas: De hierro y vidrio, aluminio y vidrio Gradas: De hormigón armado exteriores. SEGUNDA PLANTA ALTA: Cubierta: Losa de hormigón armado. Paredes: De Bloque enlucido. Columnas: De hormigón armado Pisos: Pavimentados. Puerta de entrada: No tiene. Puertas interiores: No tiene Ventanas: No tiene Gradas: De hormigón armado exteriores. ESTADO DE LA CONSTRUCCION: :XjX [\ ki\j gcXekXj [\ _fid`^ e armado: BUENO 6.- AVALUO DE LA PROPIEDAD Para realizar el avalúo del inmue-
REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR ble he tomado en consideración los siguientes parámetros técnico urbanístico y constructivo tales como: - Ubicación del inmueble con respecto al sector de la ciudad. - Identificación del inmueble con respecto a la importancia, calidad, estado y de las vías que circundan el inmueble. - Forma y tamaño del inmueble. - Posibilidades de logística del inmueble. - Disponibilidad de servicios de infraestructura en el inmueble. - Estado de conservación del inmueble (construcción). - Estado y calidad de los materiales utilizados en la construcción y sus acabados. - Estudio de precios de los predios cercanos al inmueble y su área de influencia. AVALUO TOTAL DE LA PROPIEDAD AVALUO TERRENO 7.200,00 USD. AVALUO CASA HORMIGON ARMADO 3 P Planta Baja 17.920,00 USD. Primera Planta Alta 18.592,00 USD. Segunda Planta Alta 10.500,00 USD. MONTO TOTAL AVALUADO 54.212,00 USD. Son: CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS DOCE con 00/100 dólares. Por tratarse del segundo señalamiento se aceptarán posturas que cubran por lo menos el cincuenta por ciento del avalúo total de USD.$ 54.212,oo, debiendo adjuntarse por lo menos el 10% de su oferta en dinero efectivo o cheque certificado a nombre del Juzgado.El bien detallado se encuentra a cargo del señor Luis Enrique Arias Depositario Judicial. Juicio: Ejecutivo No 2007-1178-ED Dra. María Isabel Solano Camacho SECRETARIA ENCARGADA DEL JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello AR/88425/cc
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO DE REMATE JUICIO EJECUTIVO No. 287-2005 Se pone en conocimiento del público en general que el día 21 de noviembre del 2012, desde las 13h30 hasta las 17h00, en la Secretaría de esta Judicatura se llevará a cabo el REMATE del bien inmueble cuyas características se detallan a continuación: A. UBICACIÓN El inmueble se ubica en la provincia de Pichincha, cantón Quito, parroquia Concepción, anterior parroquia Chaupicruz, barrio La Concepción, Av. de La Prensa Nº 49-57 entre calles Nicolás López y Juan Paz y Miño, frente a la parada Aeropuerto del Metrobus; edificio donde funciona el Hostal Galápagos, oficina 6 (esquinera, frente a la Av. de La Prensa y hacia el lado Norte, 3era Planta Alta o 4to Piso); actualmente funciona la Clínica Dental del Dr. Galo Páliz Núñez, obsérvese el Registro Fotográfico. D. INFRAESTRUCTURA URBANA Alcantarillado, agua potable, energía eléctrica, alumbrado público, calles asfaltadas, veredas y bordillos, servicio telefónico, servicio de recolección de basura, servicio de transporte público Metrobus (Corredor Central Norte) y otras líneas de transporte, equipamiento urbano. E. CONSTRUCCIÓN Ambientes: Espacio de oficina y baño
PETROTESTING COLOMBIA S.A., EN LIQUIDACION Aviso a acreedores De conformidad con el articulo trescientos noventa y tres (Art. 393) de la Ley 0$(=)12,34,.'(A:76U6=:(,(-).(,+/$$0)/$.(0$(-,(+)12,34,(P879:78<76Ah( =:5:;^6>(<?>?'(8A(56BC6@>=6:A(2,/,(EF$($%($-(&G/1"%)(0$(!$"%&$(04,.(WNSX( contados desde la última publicación de este aviso, presenten los documen&).(EF$(,+/$0"&$%(.F(0$/$+H)?(7/,%.+F//"0)(0"+H)(&$/1"%)'(.$(&)1,/Z($%(+F$%&,( .)-,1$%&$( ,( -).( ,+/$$0)/$.( EF$( H,L,%( 2/)R,0)( .F( +,-"0,0( L( ,( &)0).( -).( EF$( ,2,/$[+,%( /$+)%)+"0).( +)1)( &,-$.( $%( -,( +)%&,R"-"0,0( 0$( -,( +)12,34,( +)%( -,( 0$R"0,(\F.&"*+,+"I%?( BF"&)'(@?;?'(KK(0$()+&FR/$(0$(NSKN( T:<](9>U>85(^C<7>;>A78(=98<P:( 56BC6@>@:9(
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Materiales: Estructura: Hormigón armado Mampostería: Bloque y ladrillo, enlucido y pintado Ventanas: Aluminio oscuro Vidrios: Oscuros Puertas: Madera Recubrimiento de pisos: Alfombra y cerámica Tipo de acabados: Económicos Estado de mantenimiento: Regular Edad aproximada: 25 años F. AVALÚO DEL INMUEBLE Consideraciones para el re-avalúo: * Ubicación del inmueble * Estado de mantenimiento regular * Edad aproximada 25 años * Accesibilidad e ingreso y áreas comunales * Tiempo transcurrido del avalúo Mayo 2008 a Enero 2012 – 3 años 8 meses * Superficie prorrateada de terreno AVALÚO DEL INMUEBLE Fecha: Enero 2012 Inmueble Oficina Superficie 31,30 m2 Valor unitario c/m2 $ 468,00 Avalúo $ 14.648,40 Son: Catorce mil seiscientos cuarenta y ocho dólares 40/100 centavos. En el día y hora señalados para el remate, se recibirán ofertas que cubran por lo menos las dos terceras partes del avalúo aprobado del bien inmueble a rematarse, adjuntando el 10% de lo ofrecido en dinero efectivo o cheque certificado a nombre de esta judicatura.- El inmueble embargado se encuentra a cargo del Depositario Judicial OSWALDO MIÑO.- Lo que comunico y le notifico al público en general para los fines legales consiguientes.DR. EDWIN CEVALLOS AMPUDIA SECRETARIO Hay un sello AR/88544/cc
LA R DEL E JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL SE HACE CONOCER AL PUBLICO EN GENERAL QUE SE EN ESTA JUDICATURA SE TRAMITA EL JUICIO ESPECIAL DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA No. 1104-2012-OER ACTORES: CARMEN ROSA, MARIA HORTENSIA CUESTA MIRANDA; NESTOR AUGUSTO y MARIA JUDITH CIFUENTES MIRANDA JUICIO ESPECIAL:_ No. 11042012-OER CUANTIA INDETERMINADA SEÑOR JUEZ DE LO CIVIL DE PICHINCHA: Nosotros, Carmen Rosa Cuesta Miranda, María Hortensia Cuesta Miranda, Néstor Augusto Cifuentes Miranda y Marcia Judith Cifuentes Miranda, ecuatorianos, de estado civil soltera y casados, respectivamente, de ochenta, setenta y ocho, sesenta y cinco y sesenta y tres años de edad, de ocupación quehaceres domésticos, las tres mujeres y contador, el varón, domiciliados en esta ciudad de Quito, ante usted respetuosamente comparecemos y deducimos la siguiente demanda: TERCERO: El nombre del demandado es el Jefe del Registro Civil de Quito, en su condición de legítimo contradictor. CUARTO: FUNDAMENTOS DE HECHO.- De las partidas de nacimiento que en cuatro fojas acompañamos, vendrá a su conocimiento, que al momento de otorgarse las mismas, se atribuye el nombre de nuestra madre como Rosa Elena Miranda, Rosa E. Miranda o Rosa Miranda, cuando el que legalmente corresponde de conformidad con la copia íntegra de la partida de-nacimiento que se adjunta, es el de María Elvira Miranda Torres. QUINTO: FUNDAMENTOS DE DERECHO.Fundamentamos esta acción en lo dispuesto en los Arts. 61 Y 89 de la Ley de Registro Civil Identificación y Cedulación. SEXTO: PETICIÓN O DEMANDA.- Por las consideraciones anotadas, demando en Juicio Sumario la Rectificación de las indicadas partidas de inscripción de nuestros respectivos nacimientos, a fin de que en sentencia se ordene se nos haga con los nombres y apellidos con los cuales comparecemos y como hijos de MARÍA ELVIRA MIRANDA TORRES, manteniéndose los demás particulares. SÉPTIMO: TRÁMITE.- El trámite que debe darse a la presente causa
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
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REVISTA JUDICIAL C6
MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR
es el de juicio sumario. OCTAVO: CUANTIA.- La cuantía por su naturaleza es indeterminada. DÉCIMO: DOMICILIO DEL DEMANDADO.Al demandado, Jefe del Registro Civil de Quito, en su calidad de legítimo contradictor, se lo citará en sus oficinas conocidas por el Señor Actuario. Se contará con el Señor Agente Fiscal que designe. DÉCIMO PRIMERO: DOCUMENTOS QUE SE AGREGAN.- A la presente demanda, se agregan: Partidas de nacimiento (4); Copia íntegra de la Partida de Nacimiento de nuestra madre, copias de las cédulas de identidad; Copias de las Papeletas de Votación (2), Oficio S/N de 12 de diciembre del 2011 suscrito por mi persona y contestación al reverso del Registro Civil. DÉCIMO SEGUNDO: NOTIFICACIONES.Notificaciones que nos correspondan, las recibiremos en el Casillero Judicial N°96 del Palacio de Justicia de Quito. Firmamos con nuestro abogado patrocinador, f) Carmen Rosa Cuesta Miranda; f) María Hortensi Cuesta Miranda; Nestor Augusto Cifuentes Miranda; Marcia Judith Cifuentes Miranda, F ) Dr. Rodrigo Rodríguez. Abogado JUZGADO VIGÉSIMO QUNTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 7 de septiembre del 2012, las 08h19.- VISTOS: Una vez que los accionantes han dado cumplimiento a lo dispuesto en auto inicial se califica a la demanda de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos que exige la Ley.- Dese el trámite Especial.- Por existir hechos que deben justificarse, se recibe la causa a prueba por el término de cuatro días, término que correrá a petición de parte y mediante decreto de esta judicatura.- Hágase conocer al público en general a través de la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad, con un extracto de la demanda y esta providencia, Practicada la prueba óigase al señor Fiscal Distrital de Pichincha.- Cuéntese en la presente causa con el señor Jefe Provincial de Registro Civil; y con el señor Director General de Registro Civil Identificación y Cedulación a los mismos que se los citará en los lugares indicados para el efecto, remitiendo las correspondientes boletas a la Oficina de citaciones.Agréguese al proceso la documentación presentada.- Téngase en cuenta la autorización conferida a su abogado defensor, la casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones.- Se concede a los accionantes la prórroga de setenta y dos horas a fin de que nombren Procurador Común.- Notifíquese. F) Dr. Paúl Narváez Narváez Juez. Lo que comunico al público en general para los respectivos fines de Ley. Dr. Luis Fernando Serrano Meneses SECRETARIO JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO CIVIL PICHINCHA Hay un sello AR/88653/cc
Ministerio de Relaciones Laborales REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO No. 48115-2012-CR ACTOR: ROBERTO SALGADO SALGADO NOTARIO TERCERO DE QUITO D.M ACCIONADA: SUSANA DEL PILAR VEINTIMILLA ARIAS CAUSAL: NUMERAL 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO Dentro del Trámite de VISTO BUENO N° 48115-2012-C.R, en merito del sorteo de ley, presentado por ROBERTO SALGADO SALGADO, NOTARIO TERCERO DE QUITO D.M. en contra de su trabajador (a) señor (a) SUSANA DEL PILAR VEINTIMILLA ARIAS, se ha dictado lo que sigue: INSPECCION DE TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 9 de octubre de 2012, a las 16h07.Dentro de la solicitud de VISTO BUENO Nº 48115-2012-C.R, presentado por ROBERTO SALGADO SALGADO, NOTARIO TERCERO 6E QUITO D.M. en contra de su trabajador (a) señor (a) SUSANA DEL PILAR VEINTIMILLA ARIAS. En lo principal agréguese al trámite el escrito presentado por la parte accionante y atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia
circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio de la accionada, a quien se le concede el termino de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto. 2) Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor y la autorización otorgada al profesional del derecho que suscribe en la presente causa.NOTIFIQUESE.- f) Dra. Cristina Reyes Lo que comunico para los fines de Ley Dra. Cristina Reyes INSPECTORA DE TRABAJO DE PICHINCHA Hay un sello AR/88658/cc
JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.CITACIÓN JUDICIAL AL SEÑOR: WA L D E M A R FRANCISCO SALAZAR ROMERO, DE LA DEMANDA VERBAL SUMARIA (Cobro Dinero), PROPUESTA POR: BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCÁZARPROCURADORA JUDICIAL. ACTOR: BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCÁZAR-PROCURADORA JUDICIAL D E M A N DA D O : WA L D E M A R FRANCISCO SALAZAR ROMERO JUICIO: No. 0405-2008-ED. TRAMITE: Verbal Sumario (Cobro Dinero) CUANTIA: 1.500,oo FECHA DE INICIACIÓN: 12 de mayo del 2008 PROVIDENCIA: JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, 12 de mayo del 2012, las 12h16.VISTOS: En virtud de la nota sentada por la Oficina de Sorteos, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal, la demanda que antecede se la califica de clara, precisa, completa y que reúne los requisitos de ley, razòn por la cual se la admite al tràmite verbal sumario.- En lo principal, cìtese al demandado WALDEMAR FRANCISCO SALAZAR ROMERO con la copia de la demanda y este auto, en el lugar señalado para el efecto.- Agrèguese a los autos los documentos adjuntos.- Tòmese en cuenta el casillero judicial que señala la doctora Gean Magaly Aguirre Benalcázar en su calidad de Procuradora Judicial del Banco de Guayaquil S. A. tal como lo acredita con el instrumento público que precede.- Cítese y Notifíquese.- f) Dra. Mónica Flor Pazmiño, JUEZ OTRA PROVIDENCIA: JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito,10 de septiembre del 2012, las 15h32.Atenta al juramento rendido por la Accionante y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al demandado SR. WALDEMAR FRANCISCO SALAZAR ROMERO, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de esta Ciudad, provincia de Pichincha.- Notifíquese.- f) Dra. Mónica Flor Pazmiño, JUEZ Particular que llevo a su conocimiento par los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA ENCARGADA DEL JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Hay firma y sello AC/88117/tf
R. DEL E. JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A JUAN CARLOS CADENA VIZCAINO ACTOR: ABG. PABLO RENE DIAZ ENRÍQUEZ PROCURADOR JUDICIAL DEL BA N C O AMAZONAS DEMANDADO : JUAN CARLOS CADENA VIZCAINO JUICIO DE EMBARGO Y REMATE No. 58-2011-RE CUANTIA: $ 14.200 TRAMITE: Especial OBJETO: Embargo y remate del vehículo de las siguientes carac-
JUDICIAL QUITO
terísticas: Marca: CHEVROLET; Modelo: Activo 1.6 L 4P A/C; Motor: F16D34211481; Chasis: 8LATD5861A0026796; Tipo: AUTOMOVIL; Año: 2010; Color: NEGRO EBONY. FUNDAMENTO LEGAL: Arts. 9, 10, 14 y más pertinentes del Art. 1 del Decreto Supremo 548-CH RO 68 del 30-IX-63 y las disposiciones contractuales del contrato de compraventa con reserva de dominio materia de la demanda. PROVIDENCIA JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 28 de febrero del 2011, las 16h07. VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez titular de esta Judicatura.En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la acepta al trámite solicitado; en consecuencia, se ordena el embargo y remate del vehículo de las siguientes características: Marca: CHEVROLET; Modelo: AVEO ACTIVO 1.6L 4P A/C; Tipo: AUTOMOVIL; Motor: F16D34211481; Chasis: 8LATD5861A0026796; Año: 2010; Color: NEGRO EBONY, según datos y más especificaciones constantes en el contrato de compraventa con reserva de dominio que acompaña; para el efecto, cuéntese con un Policía Nacional y un Depositario Judicial de este Cantón, para su designación, ofíciese al señor Comandante del Distrito Metropolitano Quito de la Policía Nacional y al señor Jefe de Sorteos y Casilleros Judiciales de la Función Judicial de éste Distrito.- Hecho que sea, cítese al demandado JUAN CARLOS CADENA VISCAINO en el lugar señalado.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado para sus notificaciones.- NOTIFIQUESE f). Dr. Carlos Fernández Idrovo .Juez. PROVIDENCIA JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 16 de mayo del 2012, las 11h54. Atento lo solicitado y en virtud del juramento del actor, de acuerdo con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al demandado mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad.-Notifíquese. f)n Dr. Francisco Robalino Ocaña.-Juez. PROVIDENCIA JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 19 de septiembre del 2012, las 13h49.-Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Temporal encargado de de esta judicatura mediante Acción de Personal No. 3857-DPDPP del 20 de agosto del año en curso.-Por un error tipográfico en el auto de calificación el segundo apellido del demandado consta como VISCAINO, lo correcto es VIZCAINO.-Intervenga en calidad de Secretario Encargado el Dr. Rodrigo Escobar Herrera mediante Acción de Personal No. 4182-DPDPP del 11 de septiembre del año en curso.-Notifíquese. f)n Dr. Francisco Robalino Ocaña.-Juez. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones.-Quito, Octubre 01 del 2012.CERTIFICO. Abg. Andrea Escaleras Pardo SECRETARIA DEL JUZGADO 12 DE LO CIVIL DE PICHNCHA (c) Hay un sello A.C./88085
REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO No 50981 ACTOR: GRACIELA MARILU AMAIQUEMA CASTAÑEDA ACCIONADO: RAFAEL ARMANDO CHAVEZ LOOR CAUSAL: ART. 172 NUMERAL 1RO DEL CÓDIGO DEL TRABAJO. INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA- Quito, 11 de octubre de 2012, a las 16H20.- Avoco conocimiento mediante sorteo realizado al trámite de Visto Bueno signado con el número N° 50981-2012A.C.H, presentada por la señora GRACIELA MARILU AMAIQUEMA CASTAÑEDA, en contra de su trabajador (a) señor (a) RAFAEL ARMANDO CHAVEZ LOOR; En lo principal se dispone lo siguiente: La misma que por estar de acuerdo con la ley se la acepta a trámite.-1) Tómese en cuenta la Declaración Juramentada realizada por la señora GRACIELA MARILU AMAIQUEMA CASTAÑEDA, por desconocimiento del domicilio del accionado. 2) En aplicación al Art. 183, 545 atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador en ella mencionado, mediante publicación en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art.
Si cerráis la puerta a todos los errores, también la verdad se quedará fuera. R A B I N D R A NAT H T A G O R E
82 del Código del Procedimiento Civil, por cuanto la empleadora bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, conforme se desprende de la declaración juramenta que se adjunta. Al señor RAFAEL ARMANDO CHAVEZ LOOR se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones.- 3) Tómese en cuenta el Casillero Judicial N° 1285 y la autorización otorgada al profesional que suscribe ‘la presente causa.- 4).- Entréguese el extracto respectivo para su publicación.NOTIFIQUESE.- f) DR. ALEX CORDOVEZ HOLGUÍN Lo que comunico a usted para los fines de Ley. DR. ALEX CORDOVEZ HOLGUÍN INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHA Hay un sello A.C./88145
LA REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL AL SEÑOR EDUARDO PATRICIO ROMÁN MUÑOZ, DEL JUICIO VERBAL SUMARIO QUE SIGUE EN SU CONTRA LA SEÑORA PATRICIA ALEGRIA ORTEGA MORENO ACTOR: PATRICIA ALEGRIA ORTEGA MORENO D E M A N DA D O : EDUARDO PATRICIO ROMÁN MUÑOZ JUICIO: Verbal Sumario- 20121244-JZ CUANTÍA: Indeterminada FECHA DE INICIACIÓN: 1 de Octubre del 2012 PROVIDENCIA: JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 1 de octubre del 2012, las 14h02.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Encargado, mediante acción de personal No. 4334-DPDPP, de 20 de septiembre del 2012.
En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley.- Es procedente el trámite Verbal Sumario. En mèrito al juramento rendido por la actora y de conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil se dispone que se cite al demandado señor EDUARDO PATRICIO ROMÁN MUÑOZ por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediando ocho días hábiles entre una y otra publicación.- Agréguese la documentación acompañada.Tómese en cuenta el casillero judicial señalado. Notifíquese.- f) Dr. Fabricio Segovia Betancourt. Juez Encargado Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para posteriores notificaciones. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA (E) DEL JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/88136/tf
EXTRACTO
NOTARlA DECIMO CUARTA DEL CANTON QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante mi, Doctor Alfonso Freire Zapata, Notario Décimo Cuarto del Cantón Quito, el veinte y ocho de agosto del dos mil doce, los ex cónyuges señor LEONARDO ALBERTO BASILE CARRASCO Y CLARA VERONICA VALDANO LOPEZ, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera disuelta mediante Acta Notarial de Divorcio celebrada en la Notaria Décimo Cuarta del Cantón Quito, el treinta de noviembre del dos mil diez, inscrita en el Registro
REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA PINTURAS SERVILATEX S.A. 5,( +)1(2 ,(3 4,( P6A7C9><( <89V65>78f( <?>?( .$( +)%.(&"(&F(LI( 2)/( escritura pública otorgada ante el A)(&,(/")( V"#G."1)( A)!$%)( 0$-( @".(&/"_ &)( ;$(&/)(2)(-"(&,(%)( 0$( BF"(&)'( $-( SK( 0$( :+&FR/$( 0$( NSKN'( `F$( ,2/)(R,(0,( 2)/( -,( <F(2$/"%(&$%(0$%(+",( 0$( =)1(2,(34,.( 1$(0",%(&$( 9$(.)(-F(+"I%( <=?6T?@T=? B?KN?SSQNcN( 0$( SO( 0$( :+&FR/$( 0$( NSKN? K?_(@:(;6(=6(56:J(@".&/"&)(;$&/)2)-"&,%)( 0$(BF"&)'(P/)(!"%(+",(0$(P6(=n6A(=n> N?_( =>(P6(7>5J( ( <F.(+/"(&)( ( C<b( OSS'SS( AY(1$(/)( 0$( >++")%$.( OSS( V,-)/( C<bK'SS a?_( :^(T8(7:?_( 8-( )R(\$(&)( 0$( -,( +)1_ 2,(34,( $.J( >X( 85>^:9>=6DA'( =:_ ;89=6>56e>=6DA'U>^96=>=6DA'( @6<796^C=6DA'(=:;P9>(V8A7>((@8( P6A7C9><(d(<C<(@896V>@:<???? BF"(&)'(SO(0$(:+&FR/$(0$(NSKN @/?(9)1Z%(^,//).(U,/`Z% ESPECIALISTA JURIDICO
Civil el veinte de Diciembre del dos mil diez.- Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el artículo seis de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial número cuatrocientos seis de veinte y ocho de noviembre del dos mil seis, que a su vez reforma el artículo dieciocho de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral veinte y tres faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, por una sola vez, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondientes a los ex cónyuges señor LEONARDO ALBERTO BASILE CARRASCO Y CLARA VERONICA VALDANO LOPEZ, otorgada mediante escritura pública de veinte y ocho de agosto del dos mil doce, ante mi, Doctor Alfonso Freire Zapata, Notario Décimo Cuarto del Cantón Quito, por el término de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.- Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.- Quito,02 de Octubre del dos mil doce. DR. ALFONSO FREIRE ZAPATA
NOTARIO DECIMO CUARTO DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello AC/88150/tf
Quito, a 24 de septiembre del 2012. EXTRACTO NOTARlA TRIGÉSIMA PRIMERA DEL CANTÓN QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante la Doctora Mariela Pozo Acosta, Notaria Trigésima Primera del Cantón Quito, el veinte y cuatro de Septiembre del año dos mil doce, los señores FABIAN EDUARDO MOREANO ALMEIDA, divorciado, por sus propios y personales derechos; y, la SEÑORA LORENA LUCIA LAVERDE MORALES, divorciada, por sus propios y personales derechos, procedieron a liquidar el patrimonio de la ex sociedad conyugal disuelta con fecha quince de Junio del año dos mil nueve, mediante sentencia de Divorcio dictado por el señor Juez Vigésimo Tercero de lo Civil de Pichincha, en la cual se declaró disuelta la Sociedad Conyugal, marginada en el Registro Civil de Quito, con el número DOS MIL NUEVE — TRES MIL TRESCIENTOS NUEVE de fecha veinte y dos de Octubre del año dos mil nueve.- Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su
vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles respectivos, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores FABIAN EDUARDO MOREANO ALMEIDA; y, SEÑORA LORENA LUCIA LAVERDE MORALES, otorgada mediante escritura pública el veinte y cuatro de Septiembre del año dos mil doce, ante la suscrita Doctora Mariela Pozo Acosta, Notaria Trigésima Primera del Cantón Quito, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. DVN. LA NOTARlA DRA. MARIELA POZO ACOSTA NOTARlA TRIGESIMA PRIMERA DEL CANTON QUITO Hay firma y sello AC/88157/tf
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO DE LA DEMANDA DE RECTIFICACION DE PARTIDA: SE HACE CONOCER AL PUBLICO
REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS
EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO Y REFORMA DE ESTATUTOS DE ASVEGETAL S.A. K?(>A78=8@8A78<?_(5,(+)12,34,(><V8h87>5(<?>?'(+)%(0)1"+"-")(2/"%+"2,-( ,+&F,-( $%( ;,+H,+H"'( +,%&I%( ;$\4,'( .$( +)%.&"&FLI( 1$0",%&$( $.+/"&F/,( 2YR-"+,( )&)/#,0,(,%&$($-(A)&,/")(@G+"1)(=F,/&)(0$-(@".&/"&)(;$&/)2)-"&,%)(0$(BF"&)'($-( KM(0$(1,L)(0$(Klll'(,2/)R,0,(1$0",%&$(9$.)-F+"I%(A)?(KcOO(0$(NN(0$(\F%")( 0$(Klll'($("%.+/"&,($%($-(9$#".&/)(;$/+,%&"-(0$-(@".&/"&)(;$&/)2)-"&,%)(0$(BF"&)( el 3 de agosto de 1999. N?( =858^9>=6DA(d(>P9:^>=6DA?_( 5,( $.+/"&F/,( 2YR-"+,( 0$( +,1R")( 0$( 0)1"+"-")(0$(;,+H,+H"'(+,%&I%(;$\4,'(2/)!"%+",(0$(P"+H"%+H,(,(-,(+"F0,0(0$(5,&,+F%#,'( 2/)!"%+",( 0$( =)&)2,m"q( L'( -,( /$`)/1,( 0$( $.&,&F&).( 0$( ><V8h87>5( <?>?(`F$()&)/#,0,($-(NS(0$(\F%")(0$6(NSKN'(,%&$($-(A)&,/")(BF"%&)(0$-(@".&/"&)( ;$&/)2)-"&,%)(0$(BF"&)?(>+&).(.)+"$&,/").(,2/)R,0).(2)/(-,(<F2$/"%&$%0$%+",( 0$(=)12,34,.'(1$0",%&$(9$.)-F+"I%(A)?(<=?6T?@T=P78?B?KN?SSaOOK(0$(NM( 0$(\F-")(0$(NSKN?( a?( :7:9h>A78?_( =)12,/$+$( ,-( )&)/#,1"$%&)( 0$( -,( $.+/"&F/,( 2YR-"+,( ,%&$.( 1$%+")%,0,'($-(.$3)/(P8@9:(T:<8(hC>9@89><(>9787>($%(.F(+,-"0,0(0$( h898A78(h8A89>5?( c?(=>;^6:(@8(@:;6=656:(d(98U:9;>(@8(8<7>7C7:<?(PC^56=>=6DA?_( 5,(<F2$/"%&$%0$%+",(0$(=)12,34,.(1$0",%&$(9$.)-F+"I%(A)?(<=?6T?@T=P78? B?KN?SSaOOK(0$(NM(0$(\F-")(0$(NSKN(,2/)RI($-(+,1R")(0$(0)1"+"-")(0$(;,+H,+H"'(+,%&I%(;$\4,'(2/)!"%+",(0$(P"+H"%+H,(,(-,(+"F0,0(0$(5,&,+F%#,'(2/)!"%+",( 0$(=)&)2,m"(L(-,(/$`)/1,(0$($.&,&F&).(0$(><V8h87>5(<?>?(L()/0$%I(-,(2FR-"+,+"I%(0$-($m&/,+&)(0$(-,($.+/"&F/,(2YR-"+,()&)/#,0,($-(NS(0$(\F%")(0$-(NSKN'(,%&$($-( A)&,/")(BF"%&)(0$-(@".&/"&)(;$&/)2)-"&,%)(0$(BF"&)'(2)/(&/$.(04,.(+)%.$+F&"!).'( para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de domicilio referido, .$3,-,0)($%($-(>/&?(aa(0$(-,(5$L(0$(=)12,34,.(L(9$#-,1$%&)(0$(:2)."+"I%'( como acto previo a su inscripción. Q?(>V6<:(P>9>(:P:<6=6DA?_(<$(2)%$($%(+)%)+"1"$%&)(0$-(2YR-"+)($-(+,1R")( 0$(0)1"+"-")(0$(;,+H,+H"'(+,%&I%(;$\4,'(2/)!"%+",(0$(P"+H"%+H,(,(-,(+"F0,0(0$( 5,&,+F%#,'( 2/)!"%+",( 0$( =)&)2,m"( L( -,( /$`)/1,( 0$( $.&,&F&).( 0$(><V8h87>5( <?>?($%($-(+,%&I%(;$\4,'(,(*%(0$(EF$(EF"$%$.(.$(+/$L$/$%(+)%(0$/$+H)(,()2)%$/.$(,(.F("%.+/"2+"I%(2F$0,%(2/$.$%&,/(.F(2$&"+"I%(,%&$(F%)(0$(-).(TF$+$.(0$( lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados 0$.0$(-,(`$+H,(0$(-,(Y-&"1,(2FR-"+,+"I%(0$($.&$($m&/,+&)(L(,0$1Z.'(2)%#,%($-( 2,/&"+F-,/($%(+)%)+"1"$%&)(0$(-,(<F2$/"%&$%0$%+",(0$(=)12,34,.?(8-(TF$[(EF$( /$+"R,(-,()2)."+"I%()($-(,++")%,%&$'(%)&"*+,/Z()(+)1F%"+,/Z(.$#Y%($-(+,.)'(,( $.&,(<F2$/"%&$%0$%+",'(0$%&/)(0$-(&G/1"%)(0$(0).(04,.(."#F"$%&$.(,(2,/&"/(0$( 0"+H,(/$+$2+"I%'(\F%&,1$%&$(+)%($-($.+/"&)(0$()2)."+"I%(L(2/)!"0$%+",(/$+,40,( .)R/$( $--,?( <"( %)( HFR"$/$( )2)."+"I%( )( %)( `F$/$( %)&"*+,0,( $.&,( 6%.&"&F+"I%( $%( -,(`)/1,(,%&$.("%0"+,0,'(.$(2/)+$0$/Z(,(-,("%.+/"2+"I%(0$(-,(/$`$/"0,($.+/"&F/,( 2YR-"+,(0$(-,(1$%+")%,0,(+)12,34,(L(,-(+F12-"1"$%&)(0$(-).(0$1Z.(/$EF"."&).( legales. 8%(!"/&F0(0$(-,($.+/"&F/,(2YR-"+,(1$%+")%,0,'(-,(+)12,34,(/$`)/1,($-(,/&4+F-)( 0).(0$-(8.&,&F&)(<)+",-'(/$`$/$%&$(,-(0)1"+"-")'(0$(-,(."#F"$%&$(1,%$/,J( r>97p=C5:( @:<?_( @:;6=656:J( 8-( 0)1"+"-")( 2/"%+"2,-( 0$( -,( +)12,34,( EF$0,($.&,R-$+"0)($%(-,(+"F0,0(0$(5,&,+F%#,(2$/)(.$(2)0/Z%(,R/"/(.F+F/.,-$.()( ,#$%+",.( $%( )&/).( -F#,/$.( 0$-( 8+F,0)/( 2)/( ,+F$/0)( 0$( -,( TF%&,( h$%$/,-( 0$( Accionistas”. @".&/"&)(;$&/)2)-"&,%)(0$(BF"&)'(NM(0$(\F-")(0$(NSKN( @/?(=,1"-)(V,-0"!"$.)(=F$!,( 6A78A@8A78(@8(=:;P>sp><(@8(BC67:(
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EN GENERAL QUE SE VA A PROCEDER A RECTIFICACION DE PARTIDA ACTOR: AMPARO BERENICIA OSTAIZA MACIAS DEMANDADO: DR. JORGE MONTAÑO PRADO JUICIO: No. 0907-2012 –MBGR CUANTÍA: INDETERMINADA TRAMITE: ESPECIAL OBJETO DE LA DEMANDA: Que se reforme la inscripción de matrimonio de sus padres y consecuentemente la reforma de su inscripción de nacimiento, amparado en los Arts. 61 y 89 de la Ley de Registro Civil. DOMICILIO JUDICIAL DE LA ACTORA: CASILLA No. 4205 PROVIDENCIA: JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 31 de agosto de 2012, a las 09h22. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Encargado, mediante Acción de Personal No. 4044-DO-DPP de 30 de agosto de 2012.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la admite a trámite especial.- Cítese al Sr. JORGE MONTAÑO PRADO, DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO CIVIL, en el lugar indicado.- Hágase conocer al público en general a través de la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad, con un extracto de la demanda y esta providencia.- Oígase a uno de los Señores Agentes Fiscales de Pichincha a fin de que emita la correspondiente vista fiscal.Notifíquese.- F) DR. ARMANDO ACELDO GUALLI JUEZ (E) Lo que comunico y le cito a usted
para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley. Atentamente, DR. JUAN PABLO TORO CARRILLO SECRETARIO Hay firma y sello AC/88161/tf
ANULACIONES
BANCO PICHINCHA Por PÉRDIDA se anula PAPEL COMERCIAL Numero 757802 por Valor: USD 400,000.00 del Sr. ESPINOSA CALISTO ROBERTO JOSE. AC/ (1) ========== Por PÉRDIDA se anula PAPEL COMERCIAL Numero 754744 por Valor: USD 500,000.00 del Sr. CALISTO ENRIQUEZ MARIA INES GRACIELA AC/ (2) ========== Por PÉRDIDA se anula PAPEL COMERCIAL Numero 612563 por Valor: USD 20,000.00 del Sr. LOAYZA JARAMILLO CARLOS EDUARDO AC/ (3)
========== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 24 de la Cta. Cte. No. 2100013800 perteneciente a MENDOZA MOSQUERA JANETH JACQUELINE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (1) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3049 de la Cta. Cte. No. 3256114804 perteneciente a CAVNET S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (2) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 150 de la Cta. Cte. No. 2100007169 perteneciente a VERA SOLIS MARIA FERNANDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (3) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11280 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (4) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma
“INMOBILIARIA BAKVISAINMOBAKVISA S.A.” “En liquidación”.
CONVOCATORIA A JUNTA UNIVERSAL DE ACCIONISTAS SE CONVOCA A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA “INMOBILIARIA BAKVISA INMOBAKVISA S.A.( $%( 5"EF"0,+"I%'( ,( /$,-"[,/.$( $-( día miércoles 17 de octubre del 2012, a partir de las 10h30'($%(-,.()*+"%,.(FR"+,0,.($%(-,(=,--$(@$(-).(A,/,%\).(AccKQ(L(>!?(@$(-).(h/,%,0).'(N0)?(P".)'(80"*+")( 6AV89A>'($%($.&,(+"F0,0(0$(BF"&)'(,(*%(0$(2/)+$0$/(+)%`)/1$(-)(0".2)%$($-(>97?( alO'(%F1$/,-(cu?(@$(-,(5$L(0$(=)12,34,.q($.&)($.(,(*%(0$(&/,&,/J ORD. (((((SK( ( ( ( ( ( ( ( (
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TIEMPO ESTIMADO (((((((aSv
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Si creemos bien de nuestro prójimo, es posible que demos vida al bien en que hemos creído. WILLIAM JAMES del Cheque No 11549 al valor $ de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (5) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 501 al 550 de la Cta. Cte. No. 3076308204 perteneciente a RODRIGUEZ DAVALOS PAUL ARMANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (6) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1243 al 1244 de la Cta. Cte. No. 3440442604 perteneciente a OCAMPO CASTILLO ESTVAR ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (7) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 317 de la Cta. Cte. No. 3506848504 perteneciente a SISA ALBAN NATALIA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (8) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 14918 valor $ 664,31 de la Cta. Cte. No. 3111488704 perteneciente a FLORICULTURA JOSARFLOR S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (9) NR ======
QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 7890 de la Cta. Cte. No. 3280973504 perteneciente a MORALES PUNGUIL PEDRO EDMUNDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (10) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 114570 valor $ 544,79 de la Cta. Cte. No. 3020972404 perteneciente a NOVOPAN DEL ECUADOR S. A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (11) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1443 de la Cta. Cte. No. 3005665904 perteneciente a SANCHEZ NUNEZ ANGEL ROGERIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (12) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3576 de la Cta. Cte. No. 3056490404 perteneciente a RODAS BARZALLO JUAN CARLOS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (13) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3578 al 3580 de la Cta. Cte. No. 3056490404 perteneciente a RODAS BARZALLO JUAN CARLOS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (14) NR
====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1368 al 1371 de la Cta. Cte. No. 3136114904 perteneciente a RAMOS GINES LILIAN SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (15) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2331 de la Cta. Cte. No. 3263154904 perteneciente a URBINA OCAMPO DORIS CRISTINA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (16) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 77 al 83 de la Cta. Cte. No. 2100008008 perteneciente a YUQUILLEMA MULLO JOSE MANUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (17) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 85 al 96 de la Cta. Cte. No. 2100008008 perteneciente a YUQUILLEMA MULLO JOSE MANUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (18) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1017 de la Cta. Cte. No. 3280175904 perteneciente a PALLO SINCHIGUANO ALEJANDRO EDISON del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (19) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1872 al 1873 de la Cta. Cte. No. 3336340604 perteneciente a REINOSO MORALES JORGE ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (20) NR ======
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA “INMOBILIARIA SAN GREGORIO S.A.” @$( +)%`)/1"0,0( +)%( -).( 8.&,&F&).( 0$( 5,( =)12,34,( .$( +)%!)+,( ,( -).( señores Accionistas de la compañía INMOBILIARIA SAN GREGORIO S.A.'(,(-,(TF%&,(h$%$/,-(8m&/,)/0"%,/",(0$(>++")%".&,.(,(+$-$R/,/.$($-( 04,(aS(0$(:+&FR/$(0$-(NSKN'(,(-,.(KSHSS($%(-,.()`"+"%,.(0$(-,(=)12,34,'( FR"+,0,.($%(-,(,!$%"0,(h,-)(P-,[,(5,..)(AMa_KNk(L(>%&)%")(^,.,%&$.'( 0$-(@".&/"&)(;$&/)2)-"&,%)(0$(BF"&)?(5,(\F%&,(+)%)+$/Z(L(/$.)-!$/Z(.)R/$( -).(."#F"$%&$.(2F%&).(EF$(+)%.&,%($%($-()/0$%(0$-(04,J K?( 9,&"`"+,/(-).(A)1R/,1"$%&).(0$(-).(=)1".,/").(KllO(,-(NSSO? N?( =)%)+$/( -).( 6%`)/1$.( 0$( h$/$%&$( h$%$/,-'( =)1".,/")( L( -).( 8.&,0).(U"%,%+"$/).(2)/(-).(,3).(KllO(,-(NSSO'(,2/)R,/-).(L(/,&"`"+,/(.F( 2/$.$%&,+"I%(,-(<$/!"+")(0$(9$%&,.(6%&$/%,.(L(<F2$/"%&$%0$%+",(0$( Compañías. a?( =)%)+$/(L(9,&"`"+,/(-).(2F%&).(0$-()/0$%(0$-(04,(&/,&,0).($%($-(,+&,( 0$-( aK( 0$( 1,/[)( 0$-( NSSO'( ,.4( +)1)( -,.( ,+&F,+")%$.( 0$-( h$/$%&$( h$%$/,-(L(P/$."0$%&$(0$(-,(=)12,34,(0$.0$(.F(%)1R/,1"$%&)(WaK_ Sa_NSSOX(H,.&,(-,(2/$.$%&$(`$+H,? c?( =)%)+$/( L( A)1R/,/( h$/$%&$( h$%$/,-( L( P/$."0$%&$( 0$( -,( =)12,ñía.
6AU:9;>76V:J x(( <$(2/)+$0"I(,(%)&"*+,/(+)%($.&,(+)%!)+,&)/",(,(&)0).(-).(.)+").q x(( <$(2/)+$0"I(,(/$1"&"/(,(-,(<F2$/"%&$%0$%+",(0$(=)12,34,.'(-,(%)&"*+,+"I%( de esta convocatoria y la solicitud para la designación de un delegado para .F(+)12,/$+$%+",(,(-,(TF%&,(0$(h$%$/,-(0$(>++")%".&,.? Nota:(_(5,(,2/)R,+"I%(0$-(R,-,%+$(*%,-(0$(-"EF"0,+"I%(L(+F,0/)(0$(/$2,/&)(0$(H,R$/( .)+",-'($.(0$(.F1,("12)/&,%+",(2,/,(-,(-$#,-"[,+"I%(0$(-,(-"EF"0,+"I%(0$*%"&"!,(L( formal de la compañía. Atentamente,
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;,/+",(=$+"R$-(>%0/,0$(^)-,3). Liquidadora de la Compañía “INMOBILIARIA BAKVISAINMOBAKVISA S.A. en Liquidación”
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REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5001 al 5020 de la Cta. Cte. No. 3119566404 perteneciente a CEVALLOS MEDINA HONORINA IRENE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (21) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 173 al 187 de la Cta. Cte. No. 3517728504 perteneciente a ALCIVAR RUEDA MAURO EFRAIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (22) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 774 valor $ 1250.00 de la Cta. Cte. No. 3386654304 perteneciente a RAMOS RAMOS DIONICIO POLIVIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (23) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 2714 al 2740 de la Cta. Cte. No. 3045739904 perteneciente a HEINZ LARA HANS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (24) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 589 de la Cta. Cte. No. 3163399604 perteneciente a GARCIA DAZA KELLY LILIANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (25) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 593 al 596 de la Cta. Cte. No. 3463081404 perteneciente a POMAINA PILAMUNGA FABIOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (26) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 656 de la Cta. Cte. No. 3463081404 perteneciente a POMAINA PILAMUNGA FABIOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (27) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 311 al 340 de la Cta. Cte. No. 3412724104 perteneciente a TORRES ECHEVERRIA ALFREDO STALIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (28) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 738 de la Cta. Cte. No. 3501202904 perteneciente a LEON GAVILANES MAYRA FERNANDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (29) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 299 de la Cta. Cte. No. 3467172004 perteneciente a DIAZ PASMAY BERTHA GRACIELA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (30) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 122 de la Cta. Cte. No. 2100004467 perteneciente a ILLESCAS LISANO JONATHAN DAVID del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (31) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 16694 valor $ 49,50 de la Cta. Cte. No. 3126706304 perteneciente
C7
a EXPORFAST S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (32) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4105 al 4107 de la Cta. Cte. No. 3248041204 perteneciente a SALGADO PINTO PATRICIA ALEXANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (33) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 139 al 141 de la Cta. Cte. No. 2100004467 perteneciente a ILLESCAS LISANO JONATHAN DAVID del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (34) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 106 de la Cta. Cte. No. 2100008008 perteneciente a YUQUILLEMA MULLO JOSE MANUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (35) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 158 al 162 de la Cta. Cte. No. 2100004467 perteneciente a ILLESCAS LISANO JONATHAN DAVID del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (36) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 13 de la Cta. Cte. No. 2100009499 perteneciente a MOREIRA LLUMIQUINGA JANETH ARACELY del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (37) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 321 de la Cta. Cte. No. 2100005022 perteneciente a FERROPACIF S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (38) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 4143 valor $ 200.00 de la Cta. Cte. No. 3131666104 perteneciente a DIGICORP S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (39) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 449 de la Cta. Cte. No. 3517183304 perteneciente a ALARCON LOPEZ RUBEN MARIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (40) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 461 al 520 de la Cta. Cte. No. 3281438204 perteneciente a ARAUZ FLORES ANGEL ORLANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (41) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 14 valor $ 101,40 de la Cta. Cte. No. 2100008259 perteneciente a BURBANO CADENA LUZ ELENA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (42) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1976 de la Cta. Cte. No. 3351303904 perteneciente a PULLA VASQUEZ JOSE ANIBAL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
REVISTA JUDICIAL C8
MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR
publicación. AC/ (43) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 550 al 609 de la Cta. Cte. No. 3181622204 perteneciente a FILIAN MONSERRATE ALEX PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (44) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 478 al 481 de la Cta. Cte. No. 3170018504 perteneciente a GUERRA BEJARANO LUIS PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (45) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11228 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (46) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11367 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (47) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11431 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (48) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11647 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (49) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 2240 valor $ 321.00 de la Cta. Cte. No. 3026592704 perteneciente a SOLIS SOLIS NELSON HERNAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (50) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 4944 al 5000 de la Cta. Cte. No. 3119566404 perteneciente a CEVALLOS MEDINA HONORINA IRENE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (51) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5303 al 5304 de la Cta. Cte. No. 3439656104 perteneciente a MEDINA MEDINA MARIA CLEMENCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (52) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5425 al 5426 de la Cta. Cte. No. 3439656104 perteneciente a MEDINA MEDINA MARIA CLEMENCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (53) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5452 al 5454 de la Cta. Cte. No. 3439656104 perteneciente a MEDINA MEDINA MARIA CLEMENCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (54) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma
del Cheque No 5292 de la Cta. Cte. No. 3439656104 perteneciente a MEDINA MEDINA MARIA CLEMENCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (55) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1132 al 1135 de la Cta. Cte. No. 3348319704 perteneciente a DEFAZ DEFAZ MANUEL LEONARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (56) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 224 de la Cta. Cte. No. 3484627304 perteneciente a LOPEZ MACIAS WASHINGTON del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (57) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 43 de la Cta. Cte. No. 2100013800 perteneciente a MENDOZA MOSQUERA JANETH JACQUELINE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (58) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 36 de la Cta. Cte. No. 2100007169 perteneciente a VERA SOLIS MARIA FERNANDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (59) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 401 al 460 de la Cta. Cte. No. 3281438204 perteneciente a ARAUZ FLORES ANGEL ORLANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (60) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1783 de la Cta. Cte. No. 3178655104 perteneciente a PURCACHI AGUIRRE FRANKLIN ENRIQUE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (61) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 10919 Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (62) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11305 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (63) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11334 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (64) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11619 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (65) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11631 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores
JUDICIAL QUITO
a la última publicación. AC/ (66) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 542 de la Cta. Cte. No. 3472935104 perteneciente a CORONEL MORALES MARIA JOSE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (67) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2780 al 2782 de la Cta. Cte. No. 3400599104 perteneciente a SUAREZ PLUA JIMMY RAMON del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (68) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1449 de la Cta. Cte. No. 3364101804 perteneciente a MEDINA SANCHEZ MILTON WILFRIDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (69) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 164 de la Cta. Cte. No. 2100002638 perteneciente a MORALES BRAVO LUIS BOLIVAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (70) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 212 de la Cta. Cte. No. 2100002638 perteneciente a MORALES BRAVO LUIS BOLIVAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (71) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2325 de la Cta. Cte. No. 3028215504 perteneciente a CHANGO OLIVO EDWIN PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (72) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 348 al 349 de la Cta. Cte. No. 3506848504 perteneciente a SISA ALBAN NATALIA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (73) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 946 de la Cta. Cte. No. 3070159704 perteneciente a POMAQUIZA GUZMAN JOSE ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (74) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 950 al 1000 de la Cta. Cte. No. 3070159704 perteneciente a POMAQUIZA GUZMAN JOSE ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (75) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 8 de la Cta. Cte. No. 2100012046 perteneciente a RIVERA CORTES AMPARO MARISOL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (76) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1511 al 1540 de la Cta. Cte. No. 3073672204 perteneciente a SILVA MEJIA MERCEDES GRIMANEZA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (77) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 143 al 190 de la Cta. Cte. No. 3498338804 perteneciente a QUINTANA BOLANOS IVANA DEL CARMEN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (78) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1260 de la Cta. Cte. No. 3479336204 pertenecien-
Si deseas felicidad de los demás, sé compasivo. Si deseas tu propia felicidad, sé compasivo. DALAI LAMA te a AMANTA ARMIJOS EDGAR ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (79) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 251 al 310 de la Cta. Cte. No. 3371460104 perteneciente a TENECELA LLUISUPA MARIA OLGA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (80) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2525 al 2526 de la Cta. Cte. No. 3259031404 perteneciente a SANTOS ARIAS RICARDO FRANCISCO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (81) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 869 de la Cta. Cte. No. 3343784104 perteneciente a CAISALUISA YANCHATIPAN MARIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (82) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3047 de la Cta. Cte. No. 3256114804 perteneciente a CAVNET S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (83) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1966 de la Cta. Cte. No. 3351303904 perteneciente a PULLA VASQUEZ JOSE ANIBAL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (84) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 1533 valor $ 251.00 de la Cta. Cte. No. 3188549104 perteneciente a MANSOURI NAJAFABADI BIZHAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (85) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 10838 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (86) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 10944 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (87) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11293 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (88) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11378 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (89) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11566 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.
AC/ (90) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1811 de la Cta. Cte. No. 3374379104 perteneciente a VEGA MOREIRA JUAN ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (91) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 10 de la Cta. Cte. No. 2100013800 perteneciente a MENDOZA MOSQUERA JANETH JACQUELINE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (92) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11244 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (93) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11457 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (94) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5491 de la Cta. Cte. No. 3439656104 perteneciente a MEDINA MEDINA MARIA CLEMENCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (95) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2655 de la Cta. Cte. No. 3385301004 perteneciente a HURTADO LOPEZ LEIDY MAGALY del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (96) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 686 de la Cta. Cte. No. 3513463304 perteneciente a OLIVA POZO MARIA DEL CARMEN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (97) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 710 de la Cta. Cte. No. 3513463304 perteneciente a OLIVA POZO MARIA DEL CARMEN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (98) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2789 de la Cta. Cte. No. 3400599104 perteneciente a SUAREZ PLUA JIMMY RAMON del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (99) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1431 de la Cta. Cte. No. 3364101804 perteneciente a MEDINA SANCHEZ MILTON WILFRIDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (100) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 136 de la Cta. Cte. No. 2100002638 perteneciente a MORALES BRAVO LUIS BOLIVAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (101) NR ====== QUEDA ANULADO
Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 942 de la Cta. Cte. No. 3070159704 perteneciente a POMAQUIZA GUZMAN JOSE ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (102) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 592 valor $ 430 .00 de la Cta. Cte. No. 3436601404 perteneciente a VEGA LOPEZ MARIA DEL PILAR LUCRECIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (103) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 1601 valor $ 500.00 de la Cta. Cte. No. 3066992304 perteneciente a BURGOS BAZANTES ROMEL ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (104) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 403 de la Cta. Cte. No. 3461806904 perteneciente a GAVILANEZ MONTES DE OCA EDGAR MARCELO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (105) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 14606 de la Cta. Cte. No. 3147936204 perteneciente a MAROTO CARRASCO EDMUNDO FABIAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (106) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 191 al 220 de la Cta. Cte. No. 3486750404 perteneciente a CARRASCO CASTRO MOISES PATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (107) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 785 al 790 de la Cta. Cte. No. 3012229104 perteneciente a SALGADO FLORES JAIME APARICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (108) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1207 al 1208 de la Cta. Cte. No. 3430577204 perteneciente a NARANJO AVILES ANA CECILIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (109) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 191 de la Cta. Cte. No. 2100007169 perteneciente a VERA SOLIS MARIA FERNANDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (110) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 42 de la Cta. Cte. No. 2100013800 perteneciente a MENDOZA MOSQUERA JANETH JACQUELINE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (111) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11121 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (112) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11156 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (113) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11396 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar
dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (114) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11407 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (115) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5349 de la Cta. Cte. No. 3439656104 perteneciente a MEDINA MEDINA MARIA CLEMENCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (116) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5216 de la Cta. Cte. No. 3439656104 perteneciente a MEDINA MEDINA MARIA CLEMENCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (117) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 4317 de la Cta. Cte. No. 3272681304 perteneciente a ORELLANA MOROCHO JOHANNA DEL PILAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (118) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 335 de la Cta. Cte. No. 3506848504 perteneciente a SISA ALBAN NATALIA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (119) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 342 al 343 de la Cta. Cte. No. 3506848504 perteneciente a SISA ALBAN NATALIA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (120) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 387 de la Cta. Cte. No. 3506848504 perteneciente a SISA ALBAN NATALIA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (121) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 392 de la Cta. Cte. No. 3506848504 perteneciente a SISA ALBAN NATALIA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (122) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 2940 valor $ 490.00 de la Cta. Cte. No. 3260570204 perteneciente a SILVA NUNEZ LILIANA GUADAPULE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (123) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 14831 valor $ 295,66 de la Cta. Cte. No. 3111488704 perteneciente a FLORICULTURA JOSARFLOR S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (124) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1166 de la Cta. Cte. No. 3386319904 perteneciente a CRIOLLO PALATE MARIA BEATRIZ del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (125) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 341 al 370 de la Cta. Cte. No. 3412724104 perteneciente a TORRES ECHEVERRIA ALFREDO STALIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (126) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 61 al 90 de la Cta.
Cte. No. 2100007666 perteneciente a PADILLA BONILLA ADOLFO ORLANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (127) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 3605 al 3700 de la Cta. Cte. No. 3272862204 perteneciente a QUINTANA PEREZ FRANKLIN EDISON del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (128) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 271 de la Cta. Cte. No. 3501345904 perteneciente a LOOR MENDOZA JESUS BIENVENIDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (129) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 290 al valor $ de la Cta. Cte. No. 3502432204 perteneciente a SANCHEZ GUEVARA KATTY ELIZABETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (130) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 2344 valor $ 120.00 de la Cta. Cte. No. 3479258104 perteneciente a HERNANDEZ CORAL SEGUNDO PACIFICO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (131) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 426 de la Cta. Cte. No. 3505935104 perteneciente a BAEZ ALVAREZ LUIS JOHNY del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (132) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 1171 valor $ 124,37 de la Cta. Cte. No. 3071170704 perteneciente a MUNOZ REINOSO GONZALO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (133) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1863 de la Cta. Cte. No. 3427981904 perteneciente a CHICA IZQUIERDO JUAN CARLOS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (134) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 598 valor $ 200.00 de la Cta. Cte. No. 3391912604 perteneciente a MUNOZ AYALA CITA CECILIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (135) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 660 de la Cta. Cte. No. 3463081404 perteneciente a POMAINA PILAMUNGA FABIOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (136) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 9530 de la Cta. Cte. No. 3366245404 perteneciente a PRONEBAN S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (137) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 668 valor $ 4000.00 de la Cta. Cte. No. 3473966104 perteneciente a ALBERCA TROYA FLORENCIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (138) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 128 al 131 de la Cta. Cte. No. 2100004467 perteneciente a ILLESCAS LISANO JONATHAN DAVID del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores
a la última publicación. AC/ (139) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1681 al 1980 de la Cta. Cte. No. 3475248804 perteneciente a INMODIEZ ESTRELLAS CIA. LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (140) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2902 de la Cta. Cte. No. 3263800704 perteneciente a EXPORTADORA GLOBALEXIM S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (141) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 161 al 220 de la Cta. Cte. No. 3495416504 perteneciente a ONOFRE EDILBERTO ORTIZ VIVAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (142) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 348 de la Cta. Cte. No. 3432240504 perteneciente a CARRERA REYES KARINA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (143) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 349 de la Cta. Cte. No. 3432240504 perteneciente a CARRERA REYES KARINA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (144) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 180 de la Cta. Cte. No. 3399913104 perteneciente a MOREIRA SOLORZANO MAYRA ALEJANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (145) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 50 de la Cta. Cte. No. 2100004008 perteneciente a MARTINEZ ALMEIDA ANTONIO FERNANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (146) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 271 al 330 de la Cta. Cte. No. 2100002929 perteneciente a CHANGO ANTE SEGUNDO DANIEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (147) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 401 al 460 de la Cta. Cte. No. 3432420704 perteneciente a TALAVERA SOSA EDISON JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (148) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1261 de la Cta. Cte. No. 3479336204 perteneciente a AMANTA ARMIJOS EDGAR ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (149) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 2600 valor $ 104.00 de la Cta. Cte. No. 3388987104 perteneciente a SALAZAR JOSE TOMAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (150) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 209 de la Cta. Cte. No. 2100007169 perteneciente a VERA SOLIS MARIA FERNANDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (151) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 171 de la Cta. Cte. No. 3417493404 pertenecien-
te a SANCHEZ CEDENO ELBA ALEXANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (152) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 866 valor $ 140,46 de la Cta. Cte. No. 3475069304 perteneciente a PILCO CAJAMARCA VICTOR SAMUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (153) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 1494 valor $ 1300.00 de la Cta. Cte. No. 3384511404 perteneciente a LOPEZ GALLEGOS JORGE HERNAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (154) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 108 de la Cta. Cte. No. 3518060904 perteneciente a VELEZ ZAMBRANO YENNY CECILIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (155) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 793 al 820 de la Cta. Cte. No. 3114272904 perteneciente a VELOZ GUZMAN MARIO ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (156) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1986 de la Cta. Cte. No. 3351303904 perteneciente a PULLA VASQUEZ JOSE ANIBAL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (157) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 141 valor $ 200.00 de la Cta. Cte. No. 2100002917 perteneciente a MALDONADO MENA JUAN ESTEBAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (158) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 216 de la Cta. Cte. No. 2100007169 perteneciente a VERA SOLIS MARIA FERNANDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (159) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 10856 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (160) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1653 de la Cta. Cte. No. 3401203204 perteneciente a HEREDIA NASIMBA MERCY YOLANDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (161) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2583 al 2586 de la Cta. Cte. No. 3490526404 perteneciente a CALLE CALLE JENNY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (162) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 568 de la Cta. Cte. No. 3361059304 perteneciente a NARANJO FREIRE DAVID FREDDY del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (163) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 898 al 901 de la Cta. Cte. No. 3475586404 perteneciente a NARVAEZ NAVARRETE JACINTO CAMILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (164) NR
====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 909 al 912 de la Cta. Cte. No. 3475586404 perteneciente a NARVAEZ NAVARRETE JACINTO CAMILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (165) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 935 de la Cta. Cte. No. 3475586404 perteneciente a NARVAEZ NAVARRETE JACINTO CAMILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (166) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 65 valor $ 190.00 de la Cta. Cte. No. 2100013676 perteneciente a LAZ CEDENO WASHINGTON WILME del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (167) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 103 de la Cta. Cte. No. 3352034804 perteneciente a AMADOR ABEDRABO JUAN ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (168) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 7473 al 7475 de la Cta. Cte. No. 3161090204 perteneciente a SAAVEDRA LIMONES LUIS ENRIQUE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (169) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 159 de la Cta. Cte. No. 3352034804 perteneciente a AMADOR ABEDRABO JUAN ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (170) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 74 de la Cta. Cte. No. 2100008068 perteneciente a JARAMILLO AGREDA CARLOS ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (171) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2320 de la Cta. Cte. No. 3163070004 perteneciente a SABANDO SANCHEZ JOSE SALVADOR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (172) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 9133 valor $ 672.00 de la Cta. Cte. No. 3131648304 perteneciente a DEFEN CIA.LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (173) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 275 de la Cta. Cte. No. 3496992604 perteneciente a NARANJO BONILLA BOLIVAR EDUARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (174) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 56 de la Cta. Cte. No. 2100004617 perteneciente a CARRILLO ORTIZ CONSUELO ELIZABETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (175) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11497 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (176) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11507 de la Cta. Cte. No. 3020491604 pertenecien-
Se pretende que se es menos desgraciado cuando no se es el único en sufrir. V O L TA I R E
te a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (177) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11709 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (178) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2562 de la Cta. Cte. No. 3280403504 perteneciente a RAMIREZ CHIRIBOGA MARIA DE LOURDES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (179) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 259 de la Cta. Cte. No. 2100007427 perteneciente a PALATE TUBON WILMER JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (180) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1381 al 1613 de la Cta. Cte. No. 3475248804 perteneciente a INMODIEZ ESTRELLAS CIA. LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (181) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 221 al 320 de la Cta. Cte. No. 3477703004 perteneciente a FLORES BARAHONA SEGUNDO PEDRO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (182) NR ===== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1246 de la Cta. Cte. No. 3060698004 perteneciente a MOYA CARRION ROLANDO WLADIMIR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (183) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 351 al 450 de la Cta. Cte. No. 3384756504 perteneciente a CONEJO LEMA LUIS ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (184) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1650 de la Cta. Cte. No. 3401203204 perteneciente a HEREDIA NASIMBA MERCY YOLANDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (185) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2983 de la Cta. Cte. No. 3490526404 perteneciente a CALLE CALLE JENNY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (186) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 5 de la Cta. Cte. No. 2100006076 perteneciente a TOMALA PANCHANA JULIO LORENZO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (187) NR ====== QUEDA ANULADO Por Destruccion del Cheque No 735 valor $ 263,02 de la Cta. Cte. No. 3482766504 perteneciente a MACROMODA S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los
60 días posteriores a la última publicación. AC/ (188) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 790 de la Cta. Cte. No. 3475586404 perteneciente a NARVAEZ NAVARRETE JACINTO CAMILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (189) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 859 al 860 de la Cta. Cte. No. 3475586404 perteneciente a NARVAEZ NAVARRETE JACINTO CAMILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (190) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 2487 al 2500 de la Cta. Cte. No. 3080390904 perteneciente a ORTIZ ARTURO JORGE EDUARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (191) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 10945 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (192) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11265 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (193) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11301 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (194) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11399 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (195) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11414 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (196) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11419 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (197) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11474 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (198) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11608 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.
AC/ (199) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 2241 valor $ 321.00 de la Cta. Cte. No. 3026592704 perteneciente a SOLIS SOLIS NELSON HERNAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (200) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 1454 valor $ 130.00 de la Cta. Cte. No. 3000325504 perteneciente a PARRA LOGACHO JUANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (201) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5300 de la Cta. Cte. No. 3439656104 perteneciente a MEDINA MEDINA MARIA CLEMENCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (202) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5330 al 5331 de la Cta. Cte. No. 3439656104 perteneciente a MEDINA MEDINA MARIA CLEMENCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (203) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5398 al 5399 de la Cta. Cte. No. 3439656104 perteneciente a MEDINA MEDINA MARIA CLEMENCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (204) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5310 de la Cta. Cte. No. 3439656104 perteneciente a MEDINA MEDINA MARIA CLEMENCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (205) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5278 de la Cta. Cte. No. 3439656104 perteneciente a MEDINA MEDINA MARIA CLEMENCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (206) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5249 de la Cta. Cte. No. 3439656104 perteneciente a MEDINA MEDINA MARIA CLEMENCIA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (207) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 342 de la Cta. Cte. No. 3432240504 perteneciente a CARRERA REYES KARINA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (208) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 201 de la Cta. Cte. No. 3399913104 perteneciente a MOREIRA SOLORZANO MAYRA ALEJANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (209) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2716 al 2721 de la Cta. Cte. No. 3490526404 perteneciente a CALLE CALLE JENNY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (210) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 143 de la Cta. Cte. No. 3352034804 perteneciente a AMADOR ABEDRABO JUAN ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (211) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 70 de la Cta. Cte. No. 2100008068 perteneciente a JARAMILLO AGREDA CARLOS
REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (212) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 160 de la Cta. Cte. No. 3352034804 perteneciente a AMADOR ABEDRABO JUAN ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (213) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 60 de la Cta. Cte. No. 2100008068 perteneciente a JARAMILLO AGREDA CARLOS ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (214) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 409 de la Cta. Cte. No. 3468511004 perteneciente a ALARCON MOREANO WALTER EDISON del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (215) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 799 valor $ 165.00 de la Cta. Cte. No. 3448718904 perteneciente a BAQUE BAQUE ALVARO ARSENIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (216) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3829 de la Cta. Cte. No. 3463824404 perteneciente a STAR COLOURS REPRESENTACIONES CIA L del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (217) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1954 de la Cta. Cte. No. 3387676304 perteneciente a BARRIONUEVO TOASA ELVIA PAULINA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (218) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 5990 de la Cta. Cte. No. 3253595004 perteneciente a ALLQUALITY S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (219) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 5649 al 5720 de la Cta. Cte. No. 3111420604 perteneciente a JIMENEZ GOMEZ AIDA EUGENIA MONTSERRAT del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (220) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 307 de la Cta. Cte. No. 3467172004 perteneciente a DIAZ PASMAY BERTHA GRACIELA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (221) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1615 al 1680 de la Cta. Cte. No. 3475248804 perteneciente a INMODIEZ ESTRELLAS CIA. LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (222) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 3432 de la Cta. Cte. No. 3127113304 perteneciente a TAPIA LOPEZ JAIME ARMANDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de
C9
los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (223) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3268 al 3269 de la Cta. Cte. No. 3025009204 perteneciente a MONGE LOVATO JANETH CONSUELO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (224) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 202 de la Cta. Cte. No. 3399913104 perteneciente a MOREIRA SOLORZANO MAYRA ALEJANDRA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (225) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2599 al 2602 de la Cta. Cte. No. 3490526404 perteneciente a CALLE CALLE JENNY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (226) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2801 al 2808 de la Cta. Cte. No. 3490526404 perteneciente a CALLE CALLE JENNY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (227) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 312 valor $ 133,71 de la Cta. Cte. No. 3501306404 perteneciente a TAGLE S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (228) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 105 de la Cta. Cte. No. 3352034804 perteneciente a AMADOR ABEDRABO JUAN ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (229) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 113 de la Cta. Cte. No. 3352034804 perteneciente a AMADOR ABEDRABO JUAN ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (230) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 128 de la Cta. Cte. No. 3352034804 perteneciente a AMADOR ABEDRABO JUAN ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (231) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 149 de la Cta. Cte. No. 3352034804 perteneciente a AMADOR ABEDRABO JUAN ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (232) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 68 de la Cta. Cte. No. 2100008068 perteneciente a JARAMILLO AGREDA CARLOS ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (233) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 625 al 626 de la Cta. Cte. No. 3513463304 perteneciente a OLIVA POZO MARIA DEL CARMEN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (234) NR ====== QUEDA ANULADO
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
REVISTA JUDICIAL C10
MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR
Por Perdida del Cheque No 262 al valor $ 125.00 de la Cta. Cte. No. 3445529504 perteneciente a CACERES FLORES FANNY ANGELICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (235) NR ==== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2907 de la Cta. Cte. No. 3384583704 perteneciente a GONZALEZ ESPIN EMMA MAGDALENA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (236) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2833 de la Cta. Cte. No. 3384583704 perteneciente a GONZALEZ ESPIN EMMA MAGDALENA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (237) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1411 de la Cta. Cte. No. 3364101804 perteneciente a MEDINA SANCHEZ MILTON WILFRIDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (238) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1441 de la Cta. Cte. No. 3364101804 perteneciente a MEDINA SANCHEZ MILTON WILFRIDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (239) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 315 de la Cta. Cte. No. 3506848504 perteneciente a SISA ALBAN NATALIA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (240) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 338 de la Cta. Cte. No. 3506848504 perteneciente a SISA ALBAN NATALIA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (241) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 355 al 356 de la Cta. Cte. No. 3506848504 perteneciente a SISA ALBAN NATALIA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (242) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 372 de la Cta. Cte. No. 3506848504 perteneciente a SISA ALBAN NATALIA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (243) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 395 de la Cta. Cte. No. 3506848504 perteneciente a SISA ALBAN NATALIA VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (244) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 944 de la Cta. Cte. No. 3070159704 perteneciente a POMAQUIZA GUZMAN JOSE ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (245) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 27 de la Cta. Cte. No. 2100012046 perteneciente a RIVERA CORTES AMPARO
MARISOL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (246) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 40 de la Cta. Cte. No. 2100012046 perteneciente a RIVERA CORTES AMPARO MARISOL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (247) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 861 de la Cta. Cte. No. 3369421004 perteneciente a GUAMAN CAYAMBE LUIS RICARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (248) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 40 al 60 de la Cta. Cte. No. 2100000241 perteneciente a BAUTISTA DE LA TORRE MARIA ANGELICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (249) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2636 al 2640 de la Cta. Cte. No. 3219818404 perteneciente a SOSAPANTA IZA BERTHA MARINA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (250) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 885 valor $ 150.00 de la Cta. Cte. No. 3426796304 perteneciente a ESPINOSA ESPINOSA GONZALO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (251) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 1164 valor $ 1300.00 de la Cta. Cte. No. 3252351204 perteneciente a PARRA ROLDAN ROSARIO DEL PILAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (252) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 791 de la Cta. Cte. No. 3475586404 perteneciente a NARVAEZ NAVARRETE JACINTO CAMILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (253) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 839 al 843 de la Cta. Cte. No. 3475586404 perteneciente a NARVAEZ NAVARRETE JACINTO CAMILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (254) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 869 al 871 de la Cta. Cte. No. 3475586404 perteneciente a NARVAEZ NAVARRETE JACINTO CAMILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (255) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 895 al 896 de la Cta. Cte. No. 3475586404 perteneciente a NARVAEZ NAVARRETE JACINTO CAMILO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (256) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 923 al 924 de la Cta. Cte. No. 3475586404 perteneciente a NARVAEZ NAVARRETE JACINTO CAMILO del Banco
JUDICIAL QUITO
Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (257) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 42 de la Cta. Cte. No. 2100004467 perteneciente a ILLESCAS LISANO JONATHAN DAVID del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (258) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 630 de la Cta. Cte. No. 3400436904 perteneciente a VELEZ SALTOS JUAN CARLOS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (259) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 388 valor $ 250.00 de la Cta. Cte. No. 3499846504 perteneciente a CONSTRUCTORA MEDINA & TOLEDO CIA.LT DA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (260) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 3107 al 3108 de la Cta. Cte. No. 3490526404 perteneciente a CALLE CALLE JENNY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (261) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2568 de la Cta. Cte. No. 3490526404 perteneciente a CALLE CALLE JENNY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (262) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 117 al 118 de la Cta. Cte. No. 3352034804 perteneciente a AMADOR ABEDRABO JUAN ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (263) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 141 de la Cta. Cte. No. 3352034804 perteneciente a AMADOR ABEDRABO JUAN ALBERTO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (264) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo del Cheque No 9139 valor $ 138,98 de la Cta. Cte. No. 3131648304 perteneciente a DEFEN CIA.LTDA. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (265) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11460 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (266) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 11632 de la Cta. Cte. No. 3020491604 perteneciente a CARTAGENA TOTOY NANCY PAOLA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (267) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1490 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (268) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1417 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (269) NR ======
Según vamos adquiriendo conocimiento, las cosas no se hacen mas comprensibles, sino mas misteriosas. ALBERT SCHWEITZER
QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 9841 de la Cta. Cte. No. 3366245404 perteneciente a PRONEBAN S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (270) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1352 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (271) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1454 al 1455 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (272) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 2011 al 2070 de la Cta. Cte. No. 3160979104 perteneciente a TROYA BENALCAZAR ALEXANDRA DEL PILAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (273) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 9838 al 9839 de la Cta. Cte. No. 3366245404 perteneciente a PRONEBAN S.A. del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (274) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1360 al 1361 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (275) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1457 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (276) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 6808 al 6809 de la Cta. Cte. No. 3147247004 perteneciente a LLERENA VALDEZ LUIS GERMAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (277) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2202 al 2206 de la Cta. Cte. No. 3280883404 perteneciente a LOPEZ CARRASCO NELLY DE LOURDES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (278) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1460 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (279) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 6914 de la Cta. Cte. No. 3147247004 perteneciente a LLERENA VALDEZ LUIS GERMAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (280) NR ====== QUEDA ANULADO
Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 511 al 610 de la Cta. Cte. No. 3386050604 perteneciente a BUNAY MAYALICA DALTON EDUARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (281) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 6876 de la Cta. Cte. No. 3147247004 perteneciente a LLERENA VALDEZ LUIS GERMAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (282) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1414 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (283) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1442 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (284) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1470 al 1471 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (285) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1479 al 1480 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (286) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 2214 al 2216 de la Cta. Cte. No. 3280883404 perteneciente a LOPEZ CARRASCO NELLY DE LOURDES del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (287) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1430 de la Cta. Cte. No. 3488297404 perteneciente a FLORES LEON MARCO ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (288) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1393 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (289) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1436 al 1438 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (290) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1423 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (291) NR ====== QUEDA ANULADO
Por Perdida del Cheque No 287 valor $ 150.00 de la Cta. Cte. No. 3515354804 perteneciente a DELGADO OBANDO RODOLFO CARLOS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (292) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 6803 de la Cta. Cte. No. 3147247004 perteneciente a LLERENA VALDEZ LUIS GERMAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (293) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 6903 de la Cta. Cte. No. 3147247004 perteneciente a LLERENA VALDEZ LUIS GERMAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (294) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida del Cheque No 2009 valor $ 82.00 de la Cta. Cte. No. 3187719104 perteneciente a ASIMBAYA PUSDA MONICA PAULINA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (295) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1336 de la Cta. Cte. No. 3451992204 perteneciente a CELLERI ACARO ANDRES SEGUNDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (296) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 6837 de la Cta. Cte. No. 3147247004 perteneciente a LLERENA VALDEZ LUIS GERMAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (297) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1510 de la Cta. Cte. No. 3503539404 perteneciente a VERA MOSQUERA VERONICA SUSANA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (298) NR ====== QUEDA ANULADO Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 1591 al 1593 de la Cta. Cte. No. 3371673104 perteneciente a ANAGUANO GUALOTO ELIZABETH VERONICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (299) NR ====== QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 1434 de la Cta. Cte. No. 3488297404 perteneciente a FLORES LEON MARCO ANTONIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (300) NR
BANCO INTERNACIONAL Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 370728837 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16320)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 450718387 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16320)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380746918 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última
publicación de este aviso. AC/ (16320)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 260733081 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16320)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 600703282 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16320)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 803777 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16320)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250737226 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16320)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 4000799110 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2272012 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 774735 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 640721563 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 700813111 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0610705996 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de AhorrosdelacuentaNo.1300793804 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2253077 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0450724085 del Banco
Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0460726101 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1010319 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0620733320 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0460726519 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0900768388 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 700800451 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0800859612 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1374113 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 360708656 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0500779586 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 3000729955 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 700809661 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación.
Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430703653 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 460718559 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800851867 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0430741725 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 6500797869 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1000834239 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 4600745557 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 360707633 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0460711856 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 440731497 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2227823 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de AhorrosdelacuentaNo.0900721632 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.
AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0800810699 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de AhorrosdelacuentaNo.0460718893 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0440709777 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500808925 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0600742695 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250746101 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1383988 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 610818935 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0300734788 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 370736546 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 550760221 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 4000763728 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR =======
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 4600738623 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900707959 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 350722827 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0500801505 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0200750274 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 630719281 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430768003 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 6500863240 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0380802159 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0300748819 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 550731566 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2252224 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0620767764
Sé prudente. Lo mejor en todo es escoger la ocasión. HESIODO
del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0610816541 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 9000733188 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0 8 0 0 8 25 033 del B a n co Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800837406 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 620772342 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500800223 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2274287 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1009396 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390789503 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0500772071 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de AhorrosdelacuentaNo.0640720591
DE
ASERA
del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1006966 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0390755773 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500737344 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 350726857 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0450737470 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 370703427 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900003 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380701620 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0610755500 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250771319 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500727020 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación.
Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2216929 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2284320 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800840393 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 826211 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16434)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430776421 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16433)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 1378216 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16433)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400816060 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16433)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 550747527 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16433)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0550747535 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16433)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0100052072 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16433)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0380798527 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16433)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430769999 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso.
REVISTA JUDICIAL MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR AC/ (16433)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0400801373 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16433)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 200752854 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16433)NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2313907 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/ (16433)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 430604923 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 54-9694 al número 122 AC/ (16432)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 500119050 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 402-419 al número 402-450 AC/ (16432)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0300610869 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 42 al número 75 AC/ (16432)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0300610869 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 35 al número 35 AC/ (16432)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0300610869 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 37 al número 38 AC/ (16432)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0300610869 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 40 al número 40 AC/ (16432)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 420608854 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 55 al número 56 AC/ (16432)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 630608616 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 49 al número 125 AC/ (16432)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0600150599 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 1205 al número 1205 AC/ (16432)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 530601937 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 466 al número 466 AC/ (16432)NR
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======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 530601937 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 484 al número 485 AC/ (16432)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 390604091 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 1817 al número 1817 AC/ (16432)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 800615324 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 769 al número 769 AC/ (16432)NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 800615324 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 772 al número 772 AC/ (16432)NR ======= Por haberse EXTRAVIADO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0550000592 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 4463 Valor: 200.00 Fecha de Giro: 5-01-2012. A la orden de: Juan Carlos Cordova AC/ (16432)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0360604479 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 6107 Valor: 1147.20 Fecha de Giro: 03/10/2012. A la orden de: Consorcio CCC AC/ (16432)NR ======= Por haberse SUSTRACCION se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 360010057 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 1937 Valor: 198.64 Fecha de Giro: 4/10/2012/. A la orden de: Victor Correa AC/ (16432)NR ======= Por haberse SUSTRACCION se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 360010057 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 1939 Valor: 200.00 Fecha de Giro: 4/10/2012/. A la orden de: Luis Miguel Zapata AC/ (16432)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 400600017 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 2108 Valor: 264.70 Fecha de Giro: 3-OCT -2012. A la orden de: Alba Maribel Acosta AC/ (16432)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 400600017 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 2110 Valor: 264.70 Fecha de Giro: 3-OCT -2012. A la orden de: Consuelo Simbaña AC/ (16432)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 400610723 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 1758 Valor: 152.00 Fecha de Giro: 02OCT -2012 . A la orden de: Oswaldo Candi C. AC/ (16432)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0500606003 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 026860 Valor: 338.50 AC/ (16432)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0360605025 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 3520 Valor: 2225 Fecha de Giro: 4-10-2012. AC/ (16432)NR ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s)
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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
REVISTA JUDICIAL C12
MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DE 2012 La Hora QUITO, ECUADOR
cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 1000607714 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 40246 Valor: 343.86 Fecha de Giro: 21-DIC -2010. A la orden de: Ministerio de Relaciones Laborales AC/ (16432)NR
COOPROGRESO Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes No 0100010209 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CAJAS CLAVIJO JUAN MIGUEL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16380/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0801295560 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ACOSTA REYES GUILLERMO ORLANDO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16381/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 09010104361 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MOLINA CHANATASIG LAURA MARIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16382/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0501136361 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MONTENEGRO QUIROZ CRISTOBAL BERNABE se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16383/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes No 0500017193 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a RABINES CLAVIJO RINA ARACELI se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16384/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 407110041422 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a AIMACAÑA OÑA MARINA ALICIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16385/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 407110020542 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GARCIA TITUAÑA LUIS ALFREDO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16386/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0301366232 Libreta de Aportaciones No. 0307156807 Y No de Libreta Cta Progresar Oro 0301366232 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GUAMAN QUISHPE LUIS ALFONSO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16387/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta
de Ahorros Socios No. 1110056044 y Libreta de Aportaciones No. 1170036402 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SALAZAR TOAPANTA CELINDA RUTH se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16388/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1001162980 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MANCHENO BASTIDAS ERIKA JEANETH se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16389/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0901142534 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a COLLAGUAZO SIMBAÑA LUZ GERMANIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16390/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 410110064530 y Libreta de Aportaciones No. 410170055716 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CORDOVA SANCHEZ BLANCA HERMINIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16391/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 410110059247 y Libreta de Aportaciones No. 410170050804 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ESTRADA MAZA ANGEL MANUEL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16392/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0110303391 y Libreta de Aportaciones No. 0170252481 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MORALES FARINANGO MARIA SUSANA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16409/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0110034236 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a AYALA HERMOSA MARIA LUISA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16410/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes No 0100001116 a CAJAMARCA ALCOCER JAIRO MAURICIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16411/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 301336902 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GUACOLLANTE LINCANGO MARIA JUDITH se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16412/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 301345156 y Libreta de Aportaciones No. 370131751 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CASTRILLON JARAMILLO ISABEL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea
JUDICIAL QUITO
con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16413/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0610126723 y Libreta de Aportaciones No. 0670085975 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MINA ESPINOZA NARCISA DE JESUS se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16414/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 1201057155 y Libreta de Aportaciones No. 1270016361 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CACERES NOVILLO ALEJANDRO VINICIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16415/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 411110042664 y Libreta de Aportaciones No. 411170039002 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SALCEDO CEPEDA EVELYN JHOANA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16416/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 411110025382 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ANAGO GORDON EDISON PATRICIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16417/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Aportaciones No. 415170022195 y No de Libreta Cta. Progresar Platinum 415190001308 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SANTANA ANDRADE ROGER ELIAS se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16418/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 418110007038 Libreta de Aportaciones No. 418170007035 y No de Lireta Cta Progresar Estudiantil 418150000698 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CEVALLOS ARTEAGA MATIAS ADALBERTO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16419/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0101732660 y Libreta de Aportaciones No. 0107289890 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a TORRES ARZA EDIZON SAUL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16421/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 301363743 y Libreta de Aportaciones No. 370132853 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PINANJOTA CARRION CARLOS ALFREDO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16422/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401590135 y Libreta de Aportaciones No. 0470129537 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PILALUISA MONJE VERONICA PATRICIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16423/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0501197460 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MENA CEVALLOS ZOILA ROSA se procederá a anularla.
Dicen que la prensa fue la palanca de Arquímedes que levantó el mundo. ARTEMUS WARD Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16424/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0501215747 y Libreta de Aportaciones No. 0507073596 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VERDEZOTO MENDOZA JUANA MARIANA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16425/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0801381479 y Libreta de Aportaciones No. 0807176277 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MALDONADO MIÑO MONICA CECILIA DE LA DOLOROSA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16426/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Aportaciones No. 0807157079 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ARIZAGA TRUJILLO DIANA CAROLINA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16427/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0801373836 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a ORELLANA HURTADO MARIA FERNANDA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16428/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes No 410100006030 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CHUQUIRIMA SARANGO MARIA MARLENE se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16429/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 411110050449 y Libreta de Aportaciones No. 411170048768 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a PORTILLA CARRERA EDISON DANIEL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16430/NR ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0401543491 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GOMEZ CAJAS MARIA ROSARIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/16431/NR
BANCO RUMIÑAHUI QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8161415700 Nro. Cartola 17672300070 Cliente TIPANLUISA TIPANLUISA, WILLIAM-EFRAIN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8065474700 Nro. Cartola
16779220421 Cliente MENDEZ VALENCIA, PABLO-ALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8001998400 Nro. Cartola 17305410320 Cliente CAJAS NAVARRO, ROBERTO-CARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8049811000 Nro. Cartola 16507070189 Cliente GALLARDO VALLEJO, CLAUDIO-ISIDRO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8015274000 Nro. Cartola 17531980237 Cliente C AC H I G U A N G O A R R OYO, MARCELO- del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8154053100 Nro. Cartola 17589400104 Cliente GUANOTUNA LASCANO, DIEGOXAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8175582000 Nro. Cartola 17815080126 Cliente CALISPA CEVALLOS, MONICA-CECILIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8156374600 Nro. Cartola 17616380154 Cliente MONTENEGRO MARTINEZ, LAURAROCIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8080680900 Nro. Cartola 16639450374 Cliente TENORIO OREJUELA, ROBERT-ANTHONY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8100789200 Nro. Cartola 16647800537 Cliente CEVALLOS , GERMANICO-GONZALO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8037096800 Nro. Cartola 16869790192 Cliente VILLALTA PEDRERA, JUAN-ALFONSO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (11)NR ======== QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8148253800 Nro. Cartola 17525660258 Cliente MAISINCHO LEMA, VICTOR-ALFONSO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8060923100 Nro. Cartola 16627710631 Cliente VILLARREAL PASTAZ, MILTON-MARINO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de
los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8035362200 Nro. Cartola 17542750249 Cliente DIAZ SILVA, MARCO-DAVID del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8203879000 Nro. Cartola 18057240121 Cliente HERRERA HERRERA, EDWIN-VICENTE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8208732400 Nro. Cartola 18082380009 Cliente GORDON ENRIQUEZ, PABLO-GEOVANNY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8150754300 Nro. Cartola 17549540064 Cliente MOLINA NOBOA, HENRY-ABDON del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8056171800 Nro. Cartola 17437830346 Cliente MORALES GONZALEZ, ANIBAL-FERNANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8101150700 Nro. Cartola 16978300750 Cliente CALVOPINA TOVAR, AGUSTIN-EUCLIDES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8248624800 Nro. Cartola 18298790017 Cliente PORTUGAL PUERTAS, VERONICA-CRISTINA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8233610800 Nro. Cartola 18220790010 Cliente MORA SALVATIERRA, CARLA-ANDREA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8051963500 Nro. Cartola 16644580140 Cliente TORRES CRIOLLO, ESTEBAN-ANTONIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8147134300 Nro. Cartola 17506020043 Cliente ALEJANDRO DIAZ, LINDA-KARINA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8183031800 Nro. Cartola 17894520109 Cliente ALMACHI TRAVEZ, LUIS-AUGUSTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (24)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8143047600 Nro. Cartola 17442490136 Cliente PAREJA MANOSALVAS, ANDRES-DARIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/ (25)NR ========= QUEDA ANULADO Por pérdida del Cheque No. 1388 de la Cta No. 8019530104 pertene-
ciente a FLORES ANELOA, JOSEMANUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 6 días posteriores a la última publicación. AC/ (26)NR ====== QUEDA ANULADO Por pérdida del Cheque No. 14521460-1488-1496-1508-1591-1649 de la Cta No. 8019530104 perteneciente a FLORES ANELOA, JOSEMANUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 6 días posteriores a la última publicación. AC/ (27)NR
BANCO DEL AUSTRO Por orden del titular, se procederá a la REVOCATORIA de pago por: Cheque No. 779 . Cuenta Corriente 417011803 Motivo SUSTRACCION Quien tenga derecho sobre el (los) mismo (s), favor presentar su reclamo a Banco del Austro S.A. dentro de los 60 días, contados a partir de esta publicación, caso contrario se declarará (n) sin efecto. AC/ (1)NR ======= Por orden del titular, se procederá a la REVOCATORIA de pago por: Cheque No. 3736/3763/3749 . Cuenta Corriente 317002122 Motivo PERDIDA Quien tenga derecho sobre el (los) mismo (s), favor presentar su reclamo a Banco del Austro S.A. dentro de los 60 días, contados a partir de esta publicación, caso contrario se declarará (n) sin efecto. AC/ (2)NR ===== Conforme dispone el Reglamento de Pérdidas de Libretas de Ahorros, comunica al público que la libreta de ahorros No. 350300 emitida a nombre de Manuel Gomez Se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución, si en el plazo de doce días, contados a partir de la última publicación, no se presente ante el Banco alguna reclamación. AC/ (3) NR ========== Conforme dispone el Reglamento de Pérdidas de Libretas de Ahorros, comunica al público que la libreta de ahorros No. 515213 emitida a nombre de Vaca Ayala Eloy Joaquin Se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución, si en el plazo de doce días, contados a partir de la última publicación, no se presente ante el Banco alguna reclamación. AC/ (4) NR ========== Conforme dispone el Reglamento de Pérdidas de Libretas de Ahorros, comunica al público que la libreta de ahorros No. 584308 emitida a nombre de Marcayata Torres María Mercedes Se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución, si en el plazo de doce días, contados a partir de la última publicación, no se presente ante el Banco alguna reclamación. AC/ (5) NR ========== Conforme dispone el Reglamento de Pérdidas de Libretas de Ahorros, comunica al público que la libreta de ahorros No. 613678 emitida a nombre de Ch. Chamorro Edgar. Se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución, si en el plazo de doce días, contados a partir de la última publicación, no se presente ante el Banco alguna reclamación. AC/ (6) NR
BANCO PROCREDIT BANCO PROCREDIT S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de ahorros 1601011586813 libreta 0600691 de YEPEZ ALBIÑO GLORIA ALICIA. C.I. 0201488244 AC/88152/tf ========== BANCO PROCREDIT S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de ahorros 1601011598203 libreta 061124 de LOPEZ CHIPUXI MARIA ZOILA AUROLA. C.I. 1704085701 AC/88153/tf
========== BANCO PROCREDIT S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de ahorros 1601010907585 libreta 0535593 de IZA IZA JOSE GONZALO. C.I. 1713374898 AC/88154/tf ========= BANCO PROCREDIT S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de la cuenta de ahorros número 0101011082759 de PEREZ ESCUDERO GLADYS GERMANIA, con Cédula de Identidad 1719163378 AC/88155/tf =========== BANCO PROCREDIT S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de ahorros No. 0664922 cuenta de MORENO VASQUEZ CHRISTIAN SANTIAGO. C.I. 1719833871 AC/88156/tf ====== Banco Procredit S.A. pone en conocimiento del público, la oposición del cheque número 518 de la cuenta corriente 11030103842 perteneciente al Señor MACIAS LOOR CESAR DAMIAN con C.I. 1309125530. A.P./54444/k.m. --------------------Se procederá anular por pérdida o sustracción los formularios de los cheques numerados desde el No. 000457 de la cuenta corriente No. 11030043862, del Banco ProCredit S.A. perteneciente a JUAN CARLOS TATAYO GUALOTO, con C.I. 171283610-3. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a esta publicación. A.P./54445/k.m. ==== Banco Procredit S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de ahorro No. 0180345 Cta. 0101011623341, de Rodríguez Rivadeneira Blanca Marina C.I. 1708939812 AR/88689/cc ===== Banco Procredit S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de ahorro No. 0577698 Cta. 3801011585188 de la señora Merchan Cedillo Rosa Eufemial, C.I. 0701624124 AR/88690/cc ===== Banco Procredit S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de ahorro No. 0655373 Cta. 0101010482364 del señor Mosquera Verdezoto Jose Bolivar C.I. 1700408998 AR/88691/cc ===== Banco Procredit S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida del Certificado a Plazo Fijo No. 0063527 Cta. No. 0102010019182 del señor Tipan Molina Elvia Mercedes C.I. 1703591782 AR/88692/cc ===== Banco Procredit S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de ahorros No. 0646755 cuenta 3601011598859 Timbila Arequipa Jose Humberto AR/88693/cc
MUTUALISTA PICHINCHA Se anula por robo la libreta de ahorros # 20718664 de la Mutualista Pichincha, perteneciente a NADER KAMILA TORRES BONILLA. A.P./54446/k.m.
ANULACIONES VARIAS Por haberse extraviado queda(n) anulado(s) el(los) título(s) de acciones Nos. del 648 al 9778 Conjunto Clínico Nacional - Conclina C.A., de propiedad de Ernesto Salgado Burbano AB/2742/cc ===== Se anula por pérdida la libreta de ahorros de la Coop. 29 de Octubre Nº 4101326230 perteneciente a Pablo Chasiluiza AR/88670/cc ===== Supermercados la Favorita C.A. Por pérdida se anula el siguiente título de Supermercados la Favorita C.A. título Nº 3601 por 2.500 acciones, con un valor nominal de 1 dólar c/u, perteneciente a Franklin Gonzalo Granada Sandoval con C.I. 171541565-7. A.P./54402/k.m. ========= Se anula por pérdida Libreta # 110175321 del Sr. Luis Francisco Sunta Ruiz de la Mutualista Pichin cha. AC/88017/tf