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LUNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2023
Esmeraldas
JAHAIRA ACOSTA, NUEVA REINA DE TONCHIGÜE El galante evento fue esperado por la comunidad que se dio cita a la Plaza Cívica de la parroquia.
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ENTORNO
Limones pide se solucione el problema de desabastecimiento de combustible 5
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
MANUEL CASTRO M.
manuelcastromurillo@hotmail.com
Intuición no es adivinación
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l pacto, acuerdo, conversación o cualquier denominación, que va a lo mismo, entre el gobierno, el PSC y el correísmo despierta preocupación y sospechas de que hay algo más de fondo. La afirmación de que el acuerdo es sólo a nivel legislativo no es poco creíble y absurdo, pues hay líneas lógicas de que hay interacción entre Ejecutivo y Legislativo. También cada grupo político tiene sus propias aspiraciones y objetivos, algunos poco legítimos, otros personales, hasta lindando en la ilegalidad o en interpretaciones jurídicas a conveniencia. Por supuesto que no hay evidencias de que se va a proceder de mala fe, pero luego con alguna maniobra leguleyada se torpedearán las leyes económicas urgentes que envíe el Ejecutivo. Por ejemplo, puede interpretarse que no son urgentes y empezar así a afectar al capital político del gobierno y su credibilidad, o falta de habilidad personal o del entorno. Tal situación es posible y hasta probable; parte de algo que se llama intuición que no se debe confundir con adivinación o falta de certezas. La intuición es un proceso de conocimiento tan real como el conocimiento racional. Se apoya en toda información que recibimos y se manifiesta en forma de impresiones, sensaciones e imágenes. Es evidente que el correísmo quiere llegar al poder el 2025, lo que es legítimo, pero para ello primero tiene que desprestigiar o afectar políticamente al presidente Noboa, que aspira a su reelección en el 2025. Tiene el correísmo las comisiones de fiscalización y justicia, para zafarse de la Fiscal General y tener jueces propios para, mediante el recurso de revisión, echar abajo las sentencias penales de Correa y Glas. De fondo: el correísmo es enemigo de la democracia; pruebas al canto: sus estrechas relaciones con los dictadores Maduro, Ortega, Díaz-Canel o Putin. Los socialcristianos no serán afectados, el país sí. El presidente Noboa debe evitar la claudicación y la impunidad. PACO MONCAYO GALLEGOS
pmoncayog@gmail.com
Los ministros de Estado
E
cuador inicia un nuevo período de gobierno con un joven presidente que ha demostrado madurez en el corto período que presidió la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa,
Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Josué Navarrete Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec Año: XLI No. 11884
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
OPINIÓN 02
O ESMERALDAS LUNES 27/NOVIEMBRE/2023
EDITORIAL
FRANKLIN BARRIGA LÓPEZ f-barri@uio.satnet.net
Un binomio que necesita recuperar la compostura
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l escarmiento que el presidente Daniel Noboa acaba de dedicarle a la vicepresidenta Verónica Abad marca la cancha entre lo violento y lo ridículo. Quizás creyeron demostrar astucia y firmeza, pero la déspota medida es irascible e innecesariamente cruel. Proceder de semejante manera —como un capataz que empuja a un subalterno a bajar la cabeza o renunciar— solo horas después de haber enarbolado un discurso de perdón y unidad muestra incoherencia. El primer mandatario necesita investirse de mayor cautela. Sea cual fuere el origen de sus diferencias internas, el país no necesitaba enterarse de ellas y seguramente no lo hubiese hecho de no ser por las pueriles acciones de los últimos días. A su vez, con la resuelta confianza que la caracteriza, Verónica Abad
así como mucha sensatez y habilidad política en una campaña presidencial compleja. Conforme a la normativa constitucional, ha anunciado la conformación de su Gabinete, cumpliendo las disposiciones correspondientes. El artículo No.47 determina que es su deber: “Nombrar y remover a las ministras y ministros de Estado…”; el artículo No.151 dispone que serán de libre nombramiento y remoción, así como los requisitos que deben cumplir; y, finalmente, el artículo 152 que norma quienes no podrán desempeñar esas funciones.
pudo comprender que la ciudadanía espera de ella apoyo y defensa de la línea que establezca el Presidente, y no una incómoda disidencia que buscó luz propia incluso antes de ocupar Carondelet. Resulta obvio que este dúo presidencial se improvisó para la última campaña, y sin importar si ganaron gracias al destino, a su habilidad política o a la suerte, lo único que hoy ambos personajes le deben al país es madurez, coherencia y respeto. Sería inaudito que, durante los 18 meses de gobierno, el binomio se maneje bajo semejantes tensiones o que bajo la argucia de la nueva alianza legislativa, dispongan del puesto con una excusa de juicio político. Es necesario recuperar la compostura y pasar la página de este momentáneo arrebato de sinrazón.
Además de cumplir las claras disposiciones constitucionales, una de las mayores responsabilidades de todo mandatario es acertar en la conformación de su Gabinete, porque de ello dependerá, en gran medida, el éxito de su gestión. Por consiguiente, seleccionará de entre sus personas de confianza a aquellas mejor capacitadas para la función encomendada y que sean moralmente intachables. Deberá considerar, por otra parte, las realidades estructurales y coyunturales de la situación interna e internacional, para
establecer las áreas críticas y ponerlas en manos de expertos de probada experiencia. Considerando la grave situación económica y de seguridad que soporta el país no se puede equivocar el mandatario en la selección de quienes deberán enfrentarla. Debemos confiar que, persona inteligente como ha demostrado ser Daniel Noboa y rodeado como está de personas experimentadas de su entorno más cercano, todos estos criterios habrán sido profundamente considerados, antes de informarnos sobre su equipo de gobierno.
La princesa Elena Poniatowska
D
e México, país que sabe honrar ejemplarmente a los exponentes de la cultura, llegó una noticia de dilatada y expresiva significación. En memoria del autor de ‘La región más transparente’ y ‘La muerte de Artemio Cruz’, la Secretaría de Cultura Federal y la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), crearon el Premio Carlos Fuentes, que ha merecido caudaloso prestigio internacional. Tan preciado galardón, que reconoce a escritores de todas las latitudes por el conjunto de su obra que haya enriquecido el patrimonio literario de la humanidad, fue entregado a Elena Poniatowska. Con el título de princesa y con el nombre de Héléne Elizabeth Louise Amelie Paula Dolores Poniatowska Amor nació en París (1932) y se radicó en territorio azteca en 1942. No obstante ser genuina exponente de la realeza polaca, su obra y autenticidad de pensamiento penetra en la existencia de los más necesitados, en la esencia misma del pueblo al que defiende y exalta. Retrata a los más humildes en sus realidades y sueños. Largo sería referirse a su personalidad y obra. No obstante y por hoy, expongo estos breves datos: Premio Cervantes 2013 (el Nobel de las Letras Hispanas), Doctora HonorisCausadelasUniversidades de París, Complutense, UNAM y de más de otros diez centros de educación superior, Premio María Moors Cabot (Universidad de Columbia). Basta referirse a lo que el académico e historiador Javier Garcíadiego Dantán manifestó en tan merecido homenaje: “Hermanados en su grandeza, Carlos Fuentes y Elena Poniatowska no son pintores de caballete, son los mayores muralistas de la literatura mexicana”. Envío la congratulación más efusiva a mi querida y respetada amiga, notable escritora y periodista que, en mayo del año en curso, fue incorporada a la Academia Nacional de Historia del Ecuador en calidad de Miembro Honoraria.
Finalmente, los retos son grandes, y el tiempo del que dispone el presidente, muy corto. Cuenta apenas con un año y medio, del cual gran parte corresponderá a una nueva campaña presidencial; también por esta razón, sus procesos de toma de decisiones deberían estar bien respaldados, de modo que sus decisiones se encuentren técnica más que políticamente enfocadas, porque de ellas depende el futuro de 17 millones de personas que debemos apoyarle y respaldarle por nuestra propia conveniencia.
03 SOCIEDAD ESMERALDAS LUNES 27/NOVIEMBRE/2023 I
Los femicidios en Ecuador ahora se cometen con armas de fuego Las estadísticas de mujeres que son asesinadas, en un 90% por sus parejas, exparejas o gente cercana son cada año alarmantes. Llama la atención que los femicidios van en aumento utilizando armas de fuego, en un país donde el uso de armas en civiles ya es legal.
REALIDAD. La violencia contra las mujeres y las niñas sigue siendo la violación de los derechos humanos más extendida en el mundo.
dad de abordar la disponibilidad y el uso de armas de fuego en el país. Para Ana María Pinar, abogada, esta tendencia debe causar alarma más cuando en el 2023 el uso de armas para civiles ya es legal. ¿Qué se odia de nosotras? Las consecuencias de los feminicidios son devastadoras para las víctimas y sus familias. Según la Fundación Aldea, al menos 74 de las mujeres asesinadas este año eran madres, y como resultado, al menos 122 hijos e hijas han perdido a sus madres a causa
de la violencia de género. Además, 13 de las mujeres asesinadas estaban embarazadas. “Continúan los femicidios ante la inacción del Estado feminicida que no cumple de manera efectiva con sus obligaciones, no garantiza derechos; no previene las violencias de género en nuestra contra; que no protege a quienes exigen respuestas ante los hechos sufridos que no previene que las violencias de género sucedan; que no protege a quienes buscan una respuesta; que no garantiza el acceso a la justicia” detalla Aldea (AVV)
EXTRACTO NOTARIA QUINTA DEL CANTON LOJA
Se pone en conocimiento de los interesados y del público en general que ante el doctor Rodrin Alexander Palacios Soto, Notario Quinto del cantón Loja, los señores SEGUNDO DOMINGO MENDOZA LEON Y MARUJA ESPERANZA MERCHAN MERCHAN, han otorgado mediante escritura liquidación de la sociedad conyugal número (20231101005P04097) de fecha martes, veintiuno de noviembre del año dos mil veintitrés, que comprende dos inmuebles ubicados en la ciudad y provincia de Loja, y un vehículo. Particular que hago conocer a la ciudadanía para que las personas que se crean con derecho y de ser del caso presenten su oposición, ante la Notaria Quinta del cantón Loja, en el término de veinte días a contarse desde la fecha de la presente publicación, de conformidad a lo dispuesto en el artículo dieciocho numeral veinte y tres de la Ley Notarial. Loja, martes, veintiuno de noviembre del dos mil veintitrés.
001-003-3812
En Ecuador, entre enero y noviembre de 2023, 277 mujeres fueron asesinadas. Estos actos se conoce como femicidos, un delito que se tipificó en 2014, año desde el que entonces 1659 mujeres han sido asesinadas por «la violencia patriarcal», según detalla Fundación Aldea. La organización que se dedica recopilar datos sobre estos crímenes, señala que un aspecto especialmente preocupante que registran las cifras de la sociedad civil, por primera vez, los femicidios cometidos en sistemas criminales (al menos 130) superan a los femicidios íntimos, sexuales (94) y los transfemicidios (14). Esto resalta la importancia de abordar tanto la violencia doméstica, como también los nuevos contextos de violencia de género en entornos de criminalidad organizada. Un dato alarmante ha surgido en el análisis de los femicidios en Ecuador en el 2023: el 68% de estos crímenes fueron cometidos utilizando armas de fuego. Esta tendencia ha experimentado un fuerte crecimiento en los últimos años, lo que subraya la necesi-
SEGURIDAD 04 I ESMERALDAS LUNES 27/NOVIEMBRE/2023
En Esmeraldas la Policía captura a dos presuntos implicados en muerte violenta Los operativos siguen en la provincia, la Policia Nacional obtiene los resultados, sin embargo sigue siendo insuficiente la ciudadanía siente la inseguridad cada vez con más fuerza. La Policía Nacional continuando con el trabajo investigativo y de inteligencia en flagrancia, luego de reportarse un evento violento en el barrio Nuevo México, sector norte de la ciudad, donde fueron asesinados dos ciudadanos, fueron aprehendidos dos presuntos implicados en la muerte violenta, además se encontraron varios indicios vinculantes al hecho delictivo. Los operativos policiales con allanamientos se ejecutaron con varios equipos tácticos y en coordinación con Fiscalía, siendo ubicados en primera instancia en el barrio Nuevo México Jostyn R., a quien además se le encontró: 1 arma de fuego tipo pistola, 1 alimentadora, 18 cartuchos sin percutir y 2 teléfonos celulares que son retenidos para investigaciones; de igual manera en el barrio Nuevos Horizontes se ubicó al ciudadano Wiston B., alias “Wiston”. Aprehendidos: - Jostyn R., de 23 años, registra procesos judiciales por receptación - Wiston B., de 31 años, registra antecedentes por: • 2012 abuso de armas. • 2018 robo. • 2021 extorsión.
Procesos Judiciales: • 2012 tenencia ilegal de armas. • 2018 robo. Indicios: - 1 arma de fuego tipo pisto-
Taxista asesinado en Quinindé Héctor Euclides Almeida Romero (47) es el taxista asesinado este fin de semana en Quinindé. Pertenecía a la cooperativa de taxis Nuevo Quinindé. Los datos indican que se llevaron el vehículo y recibió varios disparos. Su cuerpo fue dejado en Valle Alto de Quinindé. Varios taxistas han sido víctimas la violencia en este cantón.
la. - 18 cartuchos sin percutir. - 2 teléfonos celulares.
petente, quien luego de la audiencia de flagrancia resuelve la prisión preventiva.
Los aprehendidos junto a los indicios fueron puestos a órdenes de la autoridad com-
La Policía Nacional del Ecuador ratifica el compromiso de velar por la segu-
ridad ciudadana y el orden público, ejecutando operaciones anti delincuenciales que permitan ubicar a personas que cometan actos delictivos y que estos no queden en la impunidad.
Tres aprehendidos por droga y robo
En Esmeraldas fue aprehendida una ciudadana que transportaba en un bus, 8.640 g de marihuana.
En Atacames se recuperó un vehículo reportado como robado el 11 de septiembre en #UIO. Existen dos aprehendidos.
05 ENTORNO
Jahaira Acosta, ESMERALDAS LUNES 27/NOVIEMBRE/2023 I
nueva Reina de Tonchigüe
El galante evento fue esperado por la comunidad que se dio cita a la Plaza Cívica de la parroquia. Durante el programa especial desarrollado entre la noche del sábado 25 y madrugada de este domingo 26 de noviembre, por los 68 años de parroquialización, la encantadora representante del barrio Vista Mar, Jahaira Acosta, de 18 años de edad, fue electa y proclamada Reina de la parroquia Tonchigüe, para el periodo 2023-2024. La ahora nueva soberana tonchigüense, disputó el título con otras cinco aspirantes, quienes se presentaron en el escenario en tres ocasiones: con trajes de apertura, de baño y de gala, respectivamente. Con el último traje respondieron la pregunta de rigor y, al final, alrededor de las 00:45 de este domingo, se revelaron las dignidades que había designado el jurado calificador, considerando los puntajes obtenidos por cada una de las aspirantes. A más de la Reina, se designaron otras tres dig-
nidades: Virreina, Pierina Ferrer, representante del recinto Same; Srta. GAD Parroquial, Paulina Gracia, quien representaba al barrio San Antonio; y, Srta. Turismo, Emiliana Mina, representante de los pescadores. También se entregaron otras dignidades que habían sido designadas con antelación, sin considerar el puntaje del jurado. Estas fueron: Srta. Popularidad, Emiliana Mina; Srta. Amistad, Fernanda Bermeo, del barrio Colinas del Sol; y, Srta. Fotogénica, Kristhel Pinargote, del recinto El Aguacate. Se informó que la Reina recibirá como premio una moto; la Virreina, un aire acondicionado; y, la Srta. GAD Parroquial, un televisor. Para hoy se tiene previsto el cierre de las festividades con el desfile cívico, en horas de la mañana; y la sesión solemne conmemorativa, en horas de la tarde. PAM
FOTO: Jahayra Acosta Flamante Reina, junto al Alcalde de Atacames y al presidente de la Junta Parroquial de Tonchigue
Limones pide se solucione el problema de desabastecimiento de combustible
El percance acontecido en el tanquero flotante HG que dejó dos obreros fallecidos y cinco heridos en una explosión al momento de su reparación en la parroquia Borbón del Cantón Eloy Alfaro, tiene preocupados a moradores de Limones. La razón, es el abastecimiento de combustible artesanal que sirve para la movilización fluvial de las personas que a diario ingresan o salen de la isla, tam-
bién de los pescadores y recolectores del manglar. Y es que, el único medio de transporte para salir o entrar a Limones es a través de lanchas, de allí que se hace necesario solucionar de urgencia la movilización y distribución del combustible a las embarcaciones. “hay disposición de abastecernos en la Tola, pero eso va en contra de nuestro presupuesto, porque gastamos combustible de ida y vuel-
ta y eso no lo recuperamos, dijo Segundo Castillo, quien pide se otorgue un permiso especial para movilizar la gasolina en tanques y en embarcaciones grandes, hasta Limones. Según datos, el tanquero flotante averiado transportaba de Borbón a Limones diez mil galones de gasolina artesanal por viaje y abastecía a tres gasolineras las que vendían a cada embarcación 120 galones por cupo otor-
gados en la matrícula dispuesta por la Marina de San Lorenzo. “Cuando explotó el tanquero flotante, la Gabarra Isla Puná que administra el Municipio, llevó el carro tanquero con gasolina hasta Limones, ello ayudó abastecernos pero ya se está acabando y toca ir a la Tola a comprar, eso nos desgasta económicamente” dijo Castillo, quien espera se solucione pronto el inconveniente. OC
PRODUBANCO QUEDA ANULADA Por pérdida Cta. PAV204000001807001 Perteneciente a LINARES GUSTABELLO GIRAUDI
POLÍTICA 06
I ESMERALDAS LUNES 27/NOVIEMBRE/2023
Un Ecuador de oportunidades y justicia piden los jóvenes a Daniel Noboa Advierten que la generación de oportunidades va ligada a la disminución de la inseguridad. El llamado a la unidad no puede llevar al olvido de las irregularidades cometidas.
El discurso de posesión del presidente Daniel Noboa, además de corto y conciso, dio algunas pinceladas de un gobierno que quiere marcar un cambio de estilo y que estará orientado sobre todo a generar oportunidad para la juventud. Las palabras de Noboa se mantienen en la línea que marcó a lo largo de su campaña presidencial y que fue duramente atacada por su ahora aliado en la Asamblea Nacional, la Revolución Ciudadana. Lo que sí quedó claro es que para este gobierno “joven”, la prioridad será reducir la inseguridad y generar nuevas oportunidades para que los jóvenes no abandonen el país y retomar el rumbo del crecimiento económico de la nación. Tres misiones nada fáciles para el nuevo mandatario. A lo largo de su mensaje, el mandatario hizo referencias a su juventud y a su “visión renovada” y dejó claro que espera dar respuesta a la ciudadanía. “Soy un hombre libre y pragmático que busca con empatía mejorar la vida de los ecuatorianos, como son todos aquellos jóvenes que depositaron su esperanza en mí”, apuntó. Noboa puntualizó que contrario a lo que muchos piensan, la juventud “no es sinónimo de ingenuidad, para mí es sinónimo de fuerza. Fuerza para vencer los retos que se nos imponen”. Los jóvenes dirigentes y analistas, Danilo Manzano y Nathaly Abarca hicieron para LA HORA, un balance sobre el contenido del discurso presidencial y sobre las aspiraciones de las juventudes en el Ecuador. Ecuador de oportunidades Los jóvenes coincidieron en la necesidad que tiene el país de generar nuevas oportunidades para el desarrollo económico y social de la población. Nathaly Abarca, econo-
ESPERANZA. Gran parte del discurso de toma de posesión fue dirigido a las nuevas generaciones de ecuatorianos. Foto: @DanielNoboaOk
mista y subdirectora de la Corporación Juventud Activa de Guayas, destacó que una de las prioridades en las que debe poner empeño el nuevo gobierno es la reducción de la inseguridad. “La seguridad es un pilar fundamental, en realidad necesitamos construir un Ecuador donde prime la seguridad, donde podamos emprender, trabajar sin extorsiones, es necesario trabajar de manera urgente en proyectos de seguridad y económicos que realmente busquen una mejora para los ciudadanos”, remarcó Abarca. La joven economista recordó que Ecuador tiene puntos claves y críticos que deben empezar a trabajarse. “El tema de la inseguridad, de la deuda, son temas urgentes en los cuales el gobierno en los 16 meses que tiene que gestionar no puede dar marcha a posiciones donde no haya actuación verdadera y concreta”, recalcó. Por su parte, Danilo Manzano, activista LGTBIQ++ y director ejecutivo de Diálogo Diverso manifestó que es importante que el nuevo gobierno alcance resultados observables y medibles con rapidez. Para Manzano, en Ecua-
dor “se necesita un presidente que ejecute acciones pragmáticas, donde los resultados puedan ser medibles, alcanzables y donde los problemas que aquejan a la ciudadanía puedan tener soluciones prontas y duraderas”. El dirigente juvenil destacó que el gobierno debe responder a las grandes preocupaciones de los ciudadanos para la generación de empleo y seguridad, “es importante que los ofrecimientos hechos en campaña puedan ejecutarse y desarrollarse de manera concreta y con recursos económicos”. Gobierno intergeneracional Manzano alertó que el presidente Daniel Noboa debe tener la sabiduría para liderar un gobierno intergeneracional, en donde estén presentes la juventud y la experiencia. “Es importante tener en cuenta que tenemos al presidente más joven de la historia de Ecuador; sin embargo, la historia nos ha demostrado que el manejo y la solvencia de lo político no está ligada a la edad de la persona, sino a otros factores”, remarcó. Para el director de Diálogo Diverso, es importante que “el joven presidente esté
acompañado en su gestión de una mirada intergeneracional. Solo por el hecho de ser joven, no quiere decir que va a sacar al país adelante”. Para Manzano no se puede dejar de lado “la experiencia, la sabiduría, los aprendizajes de gente con mucha experiencia, transparente y no corrupta”. “El presidente debe acompañarse de las buenas prácticas de quienes ya ejercieron cargos importantes desde lo político y de esta manera acompañarse en el manejo de un gobierno efectivo”, alertó. En este sentido, Nathaly Abarca indicó que quienes van a ocupar cargos públicos en este gobierno deben tener en cuenta la gravedad de la situación que vive el Ecuador y actuar en pro de la ciudadanía y no “de los intereses partidistas”. Indicó que “quienes van a ocupar un puesto en el gobierno tienen que entender la magnitud y la gravedad de la situación económica y de la seguridad. Es realmente inmoral lo que se está viviendo y es urgente que las personas que están ocupando y que van a ejercer funciones públicas empiecen a velar por los ciudadanos, porque somos los que decidimos”. (ILS)
Sin revancha, pero sin olvido En su discurso, el °presidente Noboa
hizo hincapié en la necesidad de poner fin a la política de la venganza y el revanchismo en Ecuador. Aunque Danilo Manzano y Nathaly Abarca, se mostraron cercanos a la idea, coincidieron al señalar “la impunidad” y la falta de “justicia”, no puede permitirse. Abarca dejó claro que la juventud se cansó, “estamos cansados del correísmo, estamos cansados del Partido Social Cristiano, de Pachakutik, son lo mismo de siempre, que no tienen propuestas realmente prácticas, que generen prosperidad para el Ecuador”. Para la joven economista el voto “consciente” que apoyó a Daniel Noboa, tuvo en cuenta que “no había estado muy involucrado en temas políticos, fue el voto decisivo, apostamos por un candidato joven, por la iniciativa privada porque sabemos que Ecuador necesita inversión”. Danilo Manzano al revisar el llamado a la unidad del presidente Daniel Noboa, indicó que es la posición de una política madura, “de una clase política transparente y no corrupta, lo cual, lastimosamente no tenemos en Ecuador, en este sentido, esperar lo mejor para este nuevo gobierno”. Manzano apuntó que, aunque debe existir el llamado a un concilio nacional, “no podemos olvidar que en Ecuador la justicia tiene una enorme deuda pendiente acon distintas personas. Hay que diferenciar ese espíritu de unidad y paz, que es importante, pero este llamado, no puede representar el olvido”.
07 POLÍTICA
ESMERALDAS LUNES 27/NOVIEMBRE/2023 I
Aún nada está dicho sobre ausencia de Patricio Carrillo en la Asamblea Construye agotará las instancias nacionales e internacionales para viabilizar el retorno del asambleísta electo y darle legitimidad a su actuación. Todavía nada está dicho sobre la situación del asambleísta Patricio Carrillo (Construye), el segundo con mayor votación a escala nacional en las elecciones de agosto de 2023, quien al momento está impedido de ejercer funciones. A la interna de su agrupación política preparan los alegatos jurídicos para sustentar un recurso de apelación que presentarán tras la decisión del 17 de noviembre de 2023, cuando un Tribunal Penal (Quito) negó “por improcedente” las medidas cautelares solicitadas por Carrillo. El tribunal argumentó que su decisión se apega a la independencia de funciones. El 14 de noviembre, Carrillo planteó la acción de protección para poder posesionarse como asambleísta, pero el Ministerio de Trabajo certificó que tiene una inhabilidad para ejercer cargos públicos. La inhabilidad -por dos años- responde a que fue censurado en un juicio político en febrero de 2023 en la Asamblea.
AMBLEISTA. Patricio Carrillo fue electo en los comicios de agosto.
Nacionales e internacionales Camilo Salinas (Construye), dijo que están a la espera de la notificación para la instalación de la audiencia de apelación que sería en el transcurso de las próximas semanas. “Esperaremos que nos
‘Diseñadora de modas’ Camilo Salinas señaló que se debe tomar en cuenta que la °Comisión de Soberanía y Seguridad de la Asamblea está presidida por Inés Alarcón (ADN) “especialista en diseño de modas”, señaló. Cree que en esta instancia legislativa deben estar personas como Carrillo que podrá aportar, asesorar, dirigir, evaluar, en una Comisión donde se debatirán leyes importantes para la seguridad del país, por ejemplo, aquella conocida como la Ley de Derribo. “En esa Comisión debe estar alguien que ayude, no queremos la presidencia o la vicepresidencia, pero al formar parte de esta Mesa se podrá aportar con voz y voto”.
Agenda de Construye marcó la hoja de ruta para su gestión en la Asamblea. °UnaConstruye de ellas, es la propuesta de enmienda al artículo 79 de la Constitución para permitir la extradición. Para ello ya están reuniendo las firmas necesarias (37) con los justificativos del caso para ponerlo a consideración del Consejo de Administración Legislativa (CAL) una vez que esté conformado. También plantearán la conformación de una comisión multipartidista ocasional para que se investigue el asesinato de Fernando Villavicencio. Las comisiones ocasionales, según la Ley Orgánica de la Función Legislativa, deben durar entre 5 y 12 meses. Además, sugerirán reformas judiciales y para el uso progresivo de la fuerza.
llamen a audiencia para presentar los alegatos como movimiento y bancada; sabemos que Patricio (Carrillo) volverá pronto a la Asamblea”, declaró. Aseguró que agotarán “todas” las instancias legales a escala nacional e internacional por este caso. Recordó que ya existen antecedentes en que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se pronunció a favor de casos similares ocurridos en Venezuela y Colombia, respecto de funcionarios electos. ‘Instancias ganadas’ El trabajo que ha emprendido el equipo legal de Construye, que busca viabilizar el retorno de Carrillo a la Asamblea y darle legitimidad a su actuación, se fundamenta en que existen al menos “tres instancias ganadas”. La resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) del 19 de junio de 2023, cuando calificó su candidatura como asambleísta; el archivo del proceso en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) el 30 de junio, cuando desestimó una impugnación de Marcela
Aguiñaga al objetar una resolución del CNE argumentando que perdió los derechos políticos. Luego de ese fallo, el 23 de julio, el TCE ordenó al CNE la inscripción de la candidatura y, el 27 de julio, el CNE dejó en firme su
postulación. Aunque el 20 de septiembre el correísmo presentó una acción de protección con medidas cautelares para impedir que Carrillo asuma su curul, el juez que conoció el caso negó la demanda en concordancia con lo resuelto por el CNE y el TCE. A esto se suma la carta credencial que le entregó el CNE, el 13 de noviembre, que lo acreditó como asambleísta, dijo Camilo Salinas. Él cree que la bancada correísta solo tiene a su favor el hecho de que el Ministerio de Trabajo no le ha otorgado el certificado de no tener impedimento para ejercer cargo público. Antes de asumir oficialmente funciones, los 137 asambleístas debían entregar la documentación requerida por la dirección de Talento Humano de la Asamblea para proceder con la vinculación laboral. Entre los documentos que debían remitir estaba un certificado del Ministerio de Trabajo de no tener impedimento para ejercer cargo público. Para Pierina Correa (Revolución Ciudadana), una vez que la Asamblea inhabilitó a Carrillo para ejercer un cargo público después del juicio político, comunicó de esta decisión al Ministerio de Trabajo donde consta esa resolución. (SC)
ASOCIACIÓN DE FÚTBOL PROFESIONAL DE TUNGURAHUA CONVOCATORIA
En sesión de Directorio de la Asociación de Fútbol Profesional de Tungurahua realizada el día jueves 23 de diciembre del 2023 a las 16h00, amparado en los Art. 18, 19, 20; Art, 24 Literal c del Estatuto Vigente, y de acuerdo al Art 92. numeral 6 del Estatuto Reformado de la Federación Ecuatoriana de Fútbol, se resolvió convocar a los Clubes afiliados a la Asociación de Fútbol Profesional de Tungurahua a la Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el día lunes 18 de diciembre del 2023 a las 18h00 en la Sala de Sesiones de la Institución, con el siguiente orden del día: 1- Constatación del Quorum 2- Reforma total del estatuto de la Asociación de Fútbol Profesional de Tungurahua. Los Clubes afiliados de Primera y Segunda categoría acreditaran dos delegados principales y dos suplentes. En caso de no existir el quorum necesario, en ambos casos, la asamblea podrá instalarse una hora más tarde con el número de Clubes afiliados presentes en esa hora. Atentamente
ECONOMÍA 08
S
imón Cueva fue el primer ministro de Economía de Guillermo Lasso. Duró en el cargo desde el 24 de mayo de 2021 hasta el 4 de julio de 2022. Ahora es vicerrector académico de la Universidad Internacional. Defiende la primera reforma tributaria del anterior Gobierno y pone el dedo en la llaga sobre las reformas impopulares que debe hacer el país. Además, explica qué opciones hay para volver a sentarse con el Fondo Monetario Internacional (FMI) en busca de financiamiento.
‘LAS REFORMAS ESTRUCTURALES CHOCAN CON UN PAÍS RENTISTA’
El exministro de Economía, Simón Cueva, en entrevista con LA HORA explica qué reformas económicas impopulares se necesitan y por qué el país no sale de la crisis. PERSONAJE. El exministro de Economía, Simón Cueva, defiende una posición técnica, y sin populismo, para manejar la economía nacional.
P. ¿Estuvo equivocada la reforma tributaria aprobada al inicio del Gobierno de Lasso? ¿Por qué se la cuestionó tanto? ¿Por dónde deberían ir los cambios en temas de impuestos?
Defendí esa reforma tributaria. Me parece que iba en la dirección correcta y debía hacerse. Sigo pensando eso. Creo que la decisión posterior del Gobierno de revertir una parte de esa reforma no fue adecuada. Cuando uno mira el Ecuador y lo compara con otros países, a pesar de que todo el mundo se queja, los impuestos aquí no son tan altos. En concreto, no son tan altos en dos temas: el IVA (uno de los más bajos de la región) y el impuesto a la renta para personas naturales. En el caso del impuesto a la renta para personas naturales, como el Ecuador es uno de los países más desiguales de la región, la reforma afectaba a las personas que ganaban de $2.000 para arriba. Es difícil a veces creerlo, pero la realidad es que alguien que a nivel individual gana más de $2.000 en el Ecuador forma parte del 3,5% de mayores ingresos. La inmensa mayoría de ecuatorianos gana menos que el sueldo mínimo porque la población es bien informal. Lo que se llama realmente la clase media (aquí se ha deformado el término) es gente que gana entre $400 y $1.400 mensuales. Realmente la primera reforma tributaria del Gobierno de Lasso afectaba a la clase media alta y alta. Creo que eso es lo que debería ser un cambio tributario en el Ecuador. No es imposible retomar este enfoque, pero es cierto que este es un país
I ESMERALDAS LUNES 27/NOVIEMBRE/2023
sarrollo van a pedir o ya están pidiendo liquidez. Sin un plan claro que ofrecer a los multilaterales, y que tenga metas creíbles para solucionar el problema financiero, Ecuador se quedará rezagado en la carrera por el financiamiento externo.
P. ¿Cuánto dinero se podrá levantar de manera realista de los multilaterales en las actuales circunstancias?
Hay que recordar que Ecuador recientemente ya recibió un apoyo bastante grande en comparación a su peso económico. Ese apoyo fue mayor al recibido por otros países en crisis. De manera excepcional, y por el tema de la pandemia, el FMI nos dio $6.500 millones que, en términos del tamaño de nuestra economía, es comparable con el enorme programa de financiamiento entregado a Argentina. Será muy difícil que se quiera financiar otra vez al Ecuador sin un compromiso claro de ajuste para evitar que en poco tiempo no se repita la . historia.
P. ¿Qué puede poner sobre la mesa Ecuador para convencer a los multilaterales? ¿Se podría aspirar a recibir $1.300 millones adicionales del FMI? acostumbrado al rentismo. Muchos sectores y muchas de las élites económicas tienden a decir que les parece bien que mejoren la situación fiscal, pero eso sí a mí no me toquen. Es cierto que los impuestos a las empresas son relativamente altos en el Ecuador y es sano no topar, no subir ese tipo de impuestos porque nos volvería incluso menos atractivos para invertir frente a los países vecinos. Pero insisto, los impuestos a las personas y el IVA son relativamente bajos cuando uno compara con el resto de la región. A nivel técnico, por ahí debería ir el tema tributario.
P. ¿Qué otros cambios estructurales se deben hacer, aunque sean impopulares? Otro de los grandes temas que debería enfrentar la sociedad ecuatoriana, aunque sea impopular y en campaña electoral a ningún partido le guste hablar de eso, es el
relacionado a los subsidios a los combustibles. Esos subsidios son absurdamente altos y van en contra de la tendencia mundial de reducir las emisiones de carbono e incentivar la transición energética. Además, son inequitativos y favorecen a la gente de más ingresos, al contrabando, al tráfico de drogas, etcétera. Otro asunto que no se puede aplazar es que la situación del seguro social no es sostenible en el tiempo. Ecuador, como muchos otros países, está envejeciendo. La proporción de jubilados versus activos va creciendo. A eso se suma que el sistema de seguridad social ecuatoriano tiende a ser generoso con algunas categorías; en especial con los jubilados de altos ingresos. Si esto no se toca, van a empezar a crearse más problemas fiscales en el futuro. No son temas bonitos, menos en años electorales o pre-electorales, pero si no
se abordan, la situación del país será peor.
P. ¿Es posible que los multilaterales acepten que el ajuste se aplace hasta después de las elecciones de 2025, pero prestarle ahora más dinero a Ecuador? En las actuales circunstancias es muy difícil que acepten dar dinero ahora a cambio de un posible ajuste en 2025. Los multilaterales van a decir que nadie les asegura que va a haber reelección y, si otro asume el Gobierno, no existen certezas de que quiera cumplir con el ajuste. Esa propuesta no es algo realista. Lo realista sería que el actual Gobierno comprenda que tiene que hacer al menos una parte del ajuste, independientemente de que apunte a la reelección. El mundo está pasando por una situación difícil y Ecuador no es el único país en busca de financiamiento. Muchos otros países en de-
Hay varias formas de estimar lo que se podría conseguir del FMI porque hay varios programas de financiamiento a los que se puede aplicar. Unos están ligados a emergencias o desastres naturales como El Niño; otros son facilidades para la transición ecológica; y también encuentras los programas tradicionales como el ‘stand by’ o las facilidades extendidas. Sin embargo, en ningún caso los montos que se podría recibir serán tan grandes como los obtenidos por el Ecuador en el pasado y estarían alrededor de esos $1.300 millones.Eso se puede complementar con el apoyo de otros multilaterales porque un acuerdo con el FMI abre la puerta para eso. Todo dependerá de que el Ecuador demuestre que está dispuesto a ir en el camino correcto. (JS)
La entrevista completa en nuestra web: www.lahora.com.ec
09 GLOBAL
Sin biblioteca ni internet, escuela colombiana ganó premio mundial ESMERALDAS LUNES 27/NOVIEMBRE/2023 I
En la región del Huila, una escuela ha logrado establecer toda una pedagogía diferente e impulsar proyectos para aprovechar los desperdicios del proceso de producir café. COLOMBIA. Ocurrió en el Huila, la región más cafetera de Colombia, el país que produce uno de los cafés más ricos y populares del mundo. Allí, en la zona de San
Francisco, como en cualquier otro territorio rural de ese país, ser niño, niña o adolescente y estudiar para obtener el diploma de bachillerato es toda una hazaña.
De acuerdo con un estudio de la Universidad Javeriana, el 79,8% de las sedes educativas en las zonas rurales colombianas no cuentan con internet, el 18,1% ni
REALIDAD. 380 estudiantes se forman en una escuela rural con un método práctico.
siquiera tienen servicio de energía eléctrica y el 61,5% de los estudiantes rurales tienen que desplazarse a sus colegios a pie y en medio de territorios que suelen ser muy extensos. Por eso no es extraño que la Institución Educativa Montessori, sede San Francisco, no tenga biblioteca ni sala de profesores. Lo que sí es extraordinario es que con los pocos recursos que opera haya logrado ganar más de 30 premios nacionales e internacionales por su propuesta educativa. Y lo que resulta casi milagroso es que recientemente haya recibido US$50.000 por ganar el premio de mejor escuela del mundo en acción ambiental, superando a colegios de países como Emiratos Árabes, Filipinas, China, Argentina y Canadá. ¿Cómo ganaron el premio? Ramón Majé Floriano tiene 39 años y es docente de matemáticas y física. Llegó a trabajar a la vereda (zona rural) San Francisco en 2017. “Aquí en el Municipio de Pitalito (en donde se encuentra San Francisco) 10.800 familias viven del café, el municipio tiene 21 hectáreas cultivadas con el grano y la
producción alcanza poco más de las 220.000 cargas de pergamino seco al año”, añade. Así que la mayoría de los estudiantes han crecido en fincas cafeteras, pertenecen a familias dedicadas a la recolección del café o están cercanos a alguna actividad económica basada en el grano del café. Y ese fue el punto de partida del proyecto del profe Ramón. El profe y sus estudiantes empezaron entonces con una primera fase de observación, hicieron salidas pedagógicas y se enfocaron en entender las prácticas de producción de la comunidad. “Así empezamos a encontrar que detrás de esa producción de la taza de café de buena calidad hay un impacto ambiental del que no se habla en Colombia. Se habla del mejor café del mundo, pero detrás de ese café hay un problema enorme de contaminación.” En concreto, se dieron cuenta de que en toda la cadena de producción cafetera hay cinco tipos de residuos naturales que al desecharse contaminan y alteran el medio ambiente y los ecosistemas nativos. Con el problema identificado, el profesor y los estudiantes empezaron a trabajar en posibles soluciones. Su idea era crear una relación directa entre la escuela y la comunidad y entre la comunidad y el territorio. Cada propuesta de solución se ha trabajado como un proyecto en sí mismo que debe cumplir tres etapas: inmersión, transferencia y comunicación. Así, han podido elaborar varios productos como jabón a base del residuo que queda en la taza de café. (AP)
ENTREVISTA CON LA FUNDADORA DE LA PLATAFORMA MATERNIDADES (IM)PERFECTAS
CONE AITKEN
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Gabriela Vivanco TEMA
La maternidad y la paternidad no tienen que ser perfectas MÍRALO Y ESCÚCHALO POR YOUTUBE O SPOTIFY
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LUNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2023
Esmeraldas
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Bofedales resisten a la sequía en Bolivia
Los bofedales, unos pequeños ecosistemas en medio del semidesértico altiplano, son los “oasis” que desafían la crisis climática y a la persistente sequía que afecta a Bolivia, la cual puso al país al borde de una crisis hídrica. Estos espacios se encuentran entre los 4.000 a 6.000 metros de altitud que soportan características climáticas extremas. EFE
REVISTA JUDICIAL C00
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
LUNES, 27 DE NOVIEMBRE DE 2023 La Hora QUITO, ECUADOR
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA
http//www.derechoecuador.com
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
Autor: Abg. Luis Germán Andrade Rivadeneira1.
Introducción El presente artículo tratará sobre la importancia y dimensión de la libertad de expresión en tanto derecho y sus rasgos más sobresalientes. Luego de ello, explicará el concepto de “discurso jurídicamente protegido” aportado por la jurisprudencia tanto de la Corte Interamericana como de la Corte Constitucional en nuestro país, sus implicaciones y consecuencias. Finalmente, algunas conclusiones de rigor se pondrán a consideración del lector. La importancia de la libertad de expresión Si como enseña Sartori: “(…) el principio de la diferenciación y no uniformidad constituye la levadura y el alimento más vital para la convivencia”2, no debe sorprender entonces que, desde una perspectiva jurídica, la pluralidad de visiones y expresiones en tanto manifestación de divergencia y no semejanza forzada, sea el fundamento básico de la libertad de expresión y pensamiento, gozando desde antaño y hasta la actualidad de protección jurídica tanto por parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos,
así como por la Corte Constitucional en nuestro país. En efecto, la importancia del derecho a la libertad de expresión radica, en primer orden, en el nexo que existe entre este derecho y democracia y que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos califica de “estructural”, “estrecha”, e “indisoluble”3. Segundo, su relevancia se evidencia en tanto es un derecho fundamental, ya que: a) Es esencial para la realización del ser humano (en tanto permite pensar y compartir ideas); b) Por la ya señalada relación entre este derecho y la democracia (control del ciudadano sobre la gestión pública); y, c) Porque permite el ejercicio de otros derechos, como el de asociación, de participación, etc.4 Siendo estas sus connotaciones, ninguna región del orbe que aspire a una convivencia pacífica, ni ningún Estado que se precie de democrático, puede olvidar la importancia de este derecho. Así, a nivel regional, la libertad de expresión es norma imperativa por intermedio del artículo 13 de la Convención Americana, art. 4 de la Declaración Americana, el artículo 4 de la Carta Democrática Interamericana5. Por otra parte, a nivel nacional, caben
destacarse, como primeras referencias normativas, los arts. 18 y 66 numeral 6 de nuestra Constitución6. De todo esto se entiende que, el derecho a la libertad de expresión es calificado en su oportunidad por la Corte IDH como: “(…) piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática7” y tiene, además, una doble dimensión que no se puede obviar: una individual y otra colectiva. Ambas merecen igual protección jurídica8, esto quiere decir que no se puede menoscabar la defensa de una de aquellas en favor de la otra, sino que ambas han de ser defendidas con idéntico escrúpulo9. La dimensión individual del derecho a la libre expresión, refiere a la protección de que goza una persona para que esta pueda expresar libremente y por cualquier medio, informaciones e ideas de cualquier índole. En este sentido, nuestra Corte Constitucional – citando a su vez a la Corte Interamericana de Derechos Humanos-, ha señalado que la libertad de expresión “no se agota en la libertad de expresarse, sino que implica además la libertad de difundir información de tal suerte que los Estados no solo deben garantizar que las personas ex-
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CONSULTA CIVIL ¿Cómo se realiza el cálculo de capital, intereses y costas?
presen sus ideas y opiniones, sino que puedan difundirse al mayor número de destinatarios”10. La dimensión colectiva o social por su parte, nos dice sobre la posibilidad que tienen las personas (en plural), de buscar y recibir información, así como las ideas y opiniones ajenas, expuestas por quien las difunde. Generalmente, nos referimos en este caso a los medios de comunicación social en tanto emisores. Por cierto, cuando nos referimos a estos últimos, hemos de recordar que se les reconoce una función democrática en tanto informan a la ciudadanía sobre hechos de relevancia pública11. El discurso jurídicamente protegido El derecho a la libertad de expresión –hay que siempre recordarlo-, incluyen las expresiones carentes de verdad, ya que: “Un sistema de control al derecho de expresión en nombre de una supuesta garantía de la corrección y veracidad de la información que la sociedad recibe puede ser fuente de graves abusos, y, en el fondo, viola el derecho a la información que tiene esa misma sociedad.”12 Entonces, en nombre de un
RESPUESTA El cálculo de capital, intereses y costas, en la ejecución de sentencias debe realizarse antes de que se dicte el mandamiento de ejecución, conforme lo dispuesto en el Art. 371 del COGEP. Art. 371.- Inicio de la ejecución por sentencia ejecutoriada. Admitida la solicitud prevista en el artículo anterior o directamente si se trata de ejecución de sentencia ejecutoriada, la o el juzgador designará una o un perito para la liquidación de capital, intereses y costas en el término concedido para el efecto. Previamente la o el actor tendrá el término de cinco días para presentar los comprobantes de respaldo de gastos conforme con las normas de costas previstas en este Código. Sin embargo, en los procesos laborales, las y los juzgadores y tribunales de instancia, cuando condenen a una de las partes al pago de indemnizaciones u obligaciones no satisfechas, están obligados a determinar en el fallo la cantidad que se debe pagar. Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
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LUNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2023 La Hora, ECUADOR
protegido, ha sido recientemente abordado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Palacio Urrutia y Otros vs Ecuador. El caso es célebremente conocido; y, por lo mismo, no es necesario abundar en detalles. Basta decir, que la disputa se originó por un artículo de opinión que generó una denuncia penal contra el articulista de dicho medio (así como la empresa periodística), que llevó a un controvertido proceso judicial, que finalizó con dictámenes de prisión y millonarias indemnizaciones que no llegaron a materializarse. Más allá de que el Estado hizo un reconocimiento parcial de responsabilidad, y aceptó que ni la sanción penal ni la económica obedecieron a un fin imperativo22, ello no impidió que la CrIDH analizara los hechos desde la óptica del derecho jurídicamente protegido. En ese sentido, la Corte destacó que el articulo controvertido abordó un tema de relevancia pública como lo fueron los hechos ocurridos el 30 de septiembre del 2010, en el que la policía nacional paralizó sus servicios y el presidente de la época fue rodeado por ciertos elementos policiales, por lo que el dignatario tuvo que refugiarse en un hospital militar23. Elementos del debate público De hecho, es de relevar que la CrIDH da un paso más allá al
SEÑOR JUEZ DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.
Se convoca a Junta General Extraordinaria de Accionistas de la empresa de Transportes LUJOTURISSA S.A., a celebrarse el día miércoles 20 de diciembre del 2023, en la cuidad de Quito, en las oficinas de la Compañía ubicada en Av. Maldonado Psje. Oleoducto Calle S64 A Km 151/2 a las 10h00 am horas.
AB. Santiago David Velastegui Erazo, en calidad de representación de la señora Maybell Inés Erazo Baca, con cedula de identidad 1709091076, ante usted respetuosamente comparezco y presento la siguiente demanda de divorcio por causal; y atentamente digo: 1- DESIGNACION DEL JUEZ ANTE QUIEN SE LA PROPONE La presente demanda la proponemos ante el señor JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.
Para tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación de quorum 2. Elecciones y posesión de la nueva directiva.
2- GENERALES DE LEY DEL COMPARECIENTE Los nombres y apellidos completos de la compareciente son Maybell Inés Erazo Baca, portadora de la cédula de ciudadanía número 1709091076, de 57 años de edad, de ocupación Ingeniera, estado civil casada, con domicilio en la calle Humberto Albornoz y Barros de San Milan N.º 811, debidamente representada por el Abogado Santiago David Velastegui Erazo, con matrícula 17-2022-1758.
Atentamente:
INFORMA ANULACION DE LD2232600001 POR PERDIDA
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000170000921003 Cliente VALLEJO DOLORES AGRIPINA Cédula de Ciudadanía Nro. 0601398357 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.
NOTIFICACIONES: mis notificaciones las recibiré en el casillero judicial electrónico N.º 1727172841 y adicionalmente en el correo electrónico sdvelastegui@outlook.com perteneciente a mi Abogado patrocinador, profesional a quien faculto que a mi nombre y representación suscriba los escritos necesarios dentro de la presente causa. 3- DATOS DEL DEMANDADO: El demandado responde a los nombres y apellidos de Juan Carlos Velastegui Novoa, portador de la cédula de ciudadanía 1709175648, de 53 años de edad, a quien se desconoce actualmente su residencia y paradero. Buscando domicilio
001-003-3806
Sr. Marco Gallardo PRESIDENTE LUJOTURISSA S.A.
BCO CAPITAL
001-004-3729
sujetarse a un escrutinio riguroso por parte de la sociedad en su conjunto (…) La gestión pública debe ser objeto de control democrático y los medios de comunicación constituyen vehículos a través de los cuales se promueve la discusión de asuntos de interés público y se controla la gestión gubernamental.”18 Razón por la cual la Corte hizo dos señalamientos importantes en la materia. Primero, amparándose en el caso Ulloa vs Costa Rica19, la Corte recordó que los poderes del Estado, así como funcionarios y dignatarios públicos deben tener un alto grado de tolerancia, con respecto a la información publicitada en los medios de comunicación social20. En segundo lugar, y esto es importante cuando tratamos este tema, es que cuando de por medio los jueces estén analizando casos que involucren discursos jurídicamente protegidos, deberán hacer un escrutinio estricto con carácter previo, para determinar si cabe o no, por necesidad imperiosa, restricción alguna con relación a la información controvertida. En cuyo caso tales medidas a implementarse deben ser objeto de un test previo de legitimidad, necesidad y proporcionalidad,21 sobre esto último nos referiremos brevemente más adelante. El discurso jurídicamente
Quito, 27 de noviembre del 2023
001-003-3810
Queda anulado el titulo de la compañía HOSPITAL DE LOS VALLES S.A. No. 2647 No. de acciones: 5 Propietario: MARTHA YOLANDA LARREA CEVALLOS El título detallado será anulado de no presentarse reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados.
recer-, concedió la razón a este medio en el sentido que no correspondía rectificación alguna, toda vez que los aportantes de los datos no era la empresa noticiosa en sí, sino un tercero; y, que, por tanto, lo que correspondía -si así lo deseaba la entidad solicitante-, era obtener un espacio de réplica que efectivamente ya se les había sido concedido. Adicional, marcó una distinción fundamental entre las personas (y excepcionalmente la naturaleza), como titulares de derechos y el Estado que ejerce potestades, atribuciones y competencias, lo cual es importante para efectos de determinar la legitimidad activa en el supuesto que se quiera alegar daños a la imagen o al honor. Pero lo que aquí interesa es que, desde la perspectiva del discurso jurídicamente protegido, la Corte Constitucional -apoyándose en sentencias internacionales- señaló que los asuntos de interés público tienen un grado de especial protección. Así en palabras de la Corte: “Las expresiones, informaciones y opiniones atinentes a asuntos de interés público gozan de mayor protección puesto que en toda democracia, las acciones y omisiones del Estado y de sus funcionarios deben
CONVOCATORIA 12/2023
Sr. Homero Ramírez GERENTE GENERAL LUJOTURISSA S.A.
TÍTULO EXTRAVIADO
Quito, 27 de noviembre del 2023
tección son más elevados que cualquier discurso en un contexto ordinario u habitual. En este orden de ideas, en nuestro país, la Corte Constitucional abordó este tema mediante sentencia No 282-13JP/19 del 4 de septiembre del 2019. En este caso, este medio de comunicación, -que fue parte procesal en dicho litigio cumplió un rol fundamental al defender la libertad de expresión y el discurso jurídicamente protegido como instituciones vitales para nuestra democracia. Los pormenores del caso, -para dar algo de contexto- se debieron al descontento del poder de turno con una publicación hecha por este medio el 12 de octubre del 2012, que detallaba los ingentes gastos de publicidad realizados por el gobierno de la época. Las cifras de gasto propagandístico (71 millones de dólares aproximadamente) fue determinada por la Corporación de Participación Ciudadana. La entidad denunciante, a su vez, solicitó rectificación de información alegando que, las cifras no consideraban los descuentos obtenidos y que implicaban un “ahorro para el pueblo ecuatoriano”. La Corte Constitucional -con muy buen criterio a mi pa-
001-003-3802
espíritu de apertura, tolerancia y pluralismo democrático, esto implica que aún las expresiones que “chocan u ofenden al Estado o a una facción cualquiera de la población”13, son merecedores de protección jurídica. Esto se explica por una obligación primaria de neutralidad por parte de los Estados con la finalidad de que no existan “personas, grupos, ideas o medios de expresión excluidos a priori del debate público”14. A merced de lo anterior, es claro que el derecho a la libre expresión tiene un vigor que no puede ser ignorado. En este sentido, nuestra Corte Constitucional ha señalado que, a priori, la libertad de expresión goza de una presunción de constitucionalidad15. Es decir que, en un contexto de controversia, se debe partir de que determinada expresión cuestionada no lesiona derecho alguno, y que está acorde a lo constitucionalmente aceptado, correspondiendo por tanto al que alega vulneración demostrar lo contrario. Pero hay más, la Corte Constitucional (al igual que la CrIDH) nos indica que hay ciertas expresiones (discursos) que “(…) entrañan una importancia particular para el ejercicio de otros derechos, o incluso para la consolidación y funcionamiento de una sociedad democrática, por lo que estos exigen una protección especial”16. Este requerimiento de amparo específico nos introduce a lo que debemos entender por: “discurso jurídicamente protegido”. Entonces, debemos entender por discursos jurídicamente protegidos, como aquellos que guardan relación con otros derechos humanos y tienen una incidencia directa en la consolidación, funcionamiento, y preservación de la democracia17. Este concepto y caracterización, nos permite robustecer aún más el derecho a la libertad de expresión que de por si se presume firme, puesto que los niveles de pro-
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errada, un pedido de rectificación aparece como respuesta adecuada. En tanto que, el requisito de necesidad, se entiende probado si se demuestra que no existía otra medida menos lesiva que pudiera ser implementada. Así, por ejemplo, en el caso Palacio Urrutia y otros vs Ecua-
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL
ACTORES: RAMOS ARMIJOS CARMEN DEL ROCIO CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CONSORCIO AVÍCOLA PRODUHUEVOS S.A.
DEMANDADO: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ MARIO ENRIQUE OVIEDO CEVALLOS, (+)
De conformidad con las normas legales y estatutarias pertinentes, convocase a Junta General Extraordinaria de Accionistas de la compañía Consorcio Avícola Produhuevos S.A., que tendrá lugar el día miércoles 6 de diciembre de 2023, a las 10h00, en las oficinas ubicadas en las calles Jerónimo Carrión y José Tamayo, Edificio Estrella VI, PB, mismas que conforme dispone el artículo 233 de la Ley de Compañías y el Reglamento General de Juntas Generales de Accionistas se encuentran ubicadas en el cantón del domicilio principal de la compañía, esto es en la ciudad de Quito. La convocatoria se la hace con el objeto de conocer los siguientes asuntos, y resolver sobre ellos: 1. 2. 3. 4. 5. 6.
7. 8. 9.
JUICIO NÚMERO: 17203-2023-05496 OBJETO DE LA DEMANDA: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA TIPO DE PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO
Designación de comisarios principal y suplente para el ejercicio económico del año 2022 y 2023. Resolver respecto a la contratación de auditor externo para los ejercicios económicos 2022 y 2023. Resolver respecto a la fijación de remuneración de comisarios de la compañía. Resolver respecto a la contratación de un abogado societario para la compañía. Resolver respecto a la designación del contador de la compañía. Autorizar a la Gerente General de la compañía a la firma de la promesa de compraventa de un bien inmueble por un valor de USD $ 528.185,oo más intereses. Autorizar a la Gerente General de la compañía a buscar líneas de crédito y al por hasta USD $ 1`000.000,oo. Conocer respecto del cumplimiento de los puntos acordados en la Junta General celebrada el 17 de octubre de 2023. Conocer sobre la oferta de compra y venta de acciones de la compañía.
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 15 de noviembre del 2023, a las 10h49. VISTOS: (17203-2023-05496) Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto inmediato anterior, avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez de la Unidad Judicial, que ha recaído en este despacho judicial por el sorteo de Ley que antecede. 1° Procedimiento. La solicitud de autorización de venta de bienes de niñas, niños y adolescentes presentada por la señora Carmen del Rocío Ramos Armijos, en su calidad de madre y representante de su hija Micaela Yuliana Oviedo Ramos, se la admite al procedimiento voluntario conforme lo determina el Art. 334 número 6 del Código Orgánico General de Procesos, (en adelante Cogep). 2° Citación. De conformidad a los artículos 53, 55, 58 del Cogep, CÍTESE en legal y debida forma con el contenido de la solicitud y el presente auto en calidad de demandado señor Mario Enrique Oviedo Ramos, en la calle principal: Calle E15 N52-48, calle secundaria: Calle Amagasí del Inca, parroquia: El Inca, del Distrito Metropolitano de Quito, domicilio que se indica en la solicitud. La accionante en el término de tres días DEBERÁ acercarse al archivo de la Unidad Judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares para adjuntar a las boletas de citaciones, conforme lo dispuesto en el Memorando circular-CJ-DNGP2018-0289-MC TR: CJ-INT-2018-16413, de fecha miércoles 18 de julio de 2018. 2.1. En mérito al juramento rendido por la accionante, cítese por la prensa de circulación nacional a los herederos desconocidos de quien en vida se llamó Mario Enrique Oviedo Cevallos, (+), para el efecto, por secretaría entréguese el extracto correspondiente. Transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda. 2.2. Se advierte a los demandados la obligación de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial con sede en Quito y contestar la demanda luego de haber sido citado, misma que debe cumplir lo determinado en los artículos 142, 143, 151 y 152 del Cogep, que en caso de no hacerlo se procederá conforme lo determina el Art. 157 Cogep; en atención a lo dispuesto en el Art. 66 Cogep, señale casillero judicial (físico y/o electrónico). 3° Anuncio de prueba. Téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios, formulados por el solicitante, que se ofrecen para acreditar los hechos. Agréguese al expediente físico los documentos que anexan a su solicitud y memorial de aclaración y ampliación con sus anexos. 3.1. En el debate probatorio, y cumplidos los protocolos de Ley, recéptese la declaración testimonial de: i. Yandry Plutarco Castro Donoso, NUI No. 1001459013. ii. Sandra Isabel Ramos Armijos, No. 17108994442, quienes depondrán al tenor del interrogatorio y contrainterrogatorio, que para el efecto las partes procesales formularán en la audiencia, previo los protocolos de Ley, tendientes a demostrar la pretensión de la parte solicitante, conforme lo menciona en su anuncio probatorio. 3.2. Audiencia reservada, con fundamento en el Art. 45 de la Constitución de la República, Art. 31 último inciso del Cogep, la adolescente Micaela Yuliana Oviedo Ramos, será escuchada el día de la audiencia, por el suscrito juez en el despacho judicial. 4° Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial. Notificaciones. En aplicación del artículo 66 del Cogep; y, en cumplimiento de la Directriz DNGP-DIR2023- 012 del Consejo de la Judicatura, referente a la priorización de notificaciones electrónicas de todas las actuaciones judiciales a nivel nacional, notifíquese este auto únicamente por vía electrónica, al correo señalado para el efecto por la accionante. Actúe el Dr. Carlos Humberto Miranda Vela, en su calidad de secretario de este despacho judicial. NOTIFÍQUESE.-
Se deja expresa constancia que algunos de los puntos de la presente convocatoria se lo hacen por pedido del accionista y Presidente Roberto Toapanta; y, con la finalidad de subsanar los vicios de nulidad de la convocatoria enviada por correo electrónico el lunes 13 de noviembre de 2023. La documentación que será conocida según el Orden del día que antecede, se encuentra a disposición de los señores accionistas, en las oficinas ubicadas en las calles Jerónimo Carrión y José Tamayo, Edificio Estrella VI, PB; y, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento Sobre Juntas Generales de Accionistas de las Compañías Anónimas, serán remitidos adjuntos al correo electrónico de notificación de la convocatoria. La convocatoria y la exhibición de la documentación está llevándose a cabo mediando ocho días entre la fecha de la convocatoria y la fecha de celebración de la Junta conforme dispone el estatuto social de la compañía. Se deja constancia que no se convoca en forma especial e individual a los comisarios de la compañía, por cuanto a la presente fecha no existe comisarios principal y suplente legalmente designados. Para los accionistas que desearen conectarse por vía telemática se les indica que se habilitará la conexión por este medio a través de la plataforma zoom; y, se les hará llegar las credenciales para el acceso a la reunión a través del correo electrónico de convocatoria. Se les informa a los accionistas las siguientes normas de procedimiento para el correcto desenvolvimiento de la Junta General Extraordinaria: a) Hasta tres días antes de la Junta General los accionistas podrán solicitar de la Gerente General la información o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, o formular por cualquier medio las preguntas que consideren necesarias. b) Los accionistas que participen por vía telemática deberán enviar un correo electrónico al secretario de Junta a la dirección de correo que se informará al inicio de la reunión, indicando que se encuentran presentes y asisten a la Junta General. c) Los accionistas que participen presencialmente deberán firmar el registro físico de asistencia a la Junta General. d) Los accionistas que participen telemáticamente deberán consignar su voto en cada moción enviando un correo electrónico al secretario de junta a la dirección de correo que se informará al inicio de la reunión. e) En caso que alguno de los accionistas fuere a ser representado en la junta general por un tercero, podrá hacer llegar el instrumento público o privado de representación a la dirección de correo electrónico que se detalla a continuación facturacionproduhuevos@gmail.com f) Dentro del plazo improrrogable de 72 horas desde la publicación y envío de la presente convocatoria, los accionistas que representen al menos el 5% del capital social, podrán solicitar la inclusión de puntos adicionales a los ya referidos en la convocatoria; o, que se efectúen correcciones formales a la misma.
NOTA: Conforme lo dispuesto en el Reglamento Sobre Juntas Generales de Accionistas de las Compañías Anónimas, la convocatoria por correo electrónico se la hará a aquellos accionistas que hubieren registrado su información en la compañía. Quito, 27 de noviembre de 2023.
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La libertad de expresión no es un derecho absoluto Ambas Cortes -Constitucional y CrIDH-, han resaltado que tanto el derecho a la libertad de expresión, como el discurso jurídicamente protegido no pueden ser entendidos en términos absolutos. En este sentido, caben aplicarse restricciones en tanto sean legitimas, idóneas, necesarias y proporcionales. Conviene anticipar que, antes de examinar estas limitaciones, existe un requerimiento previo desde una perspectiva de legalidad, que dispone que toda limitación de derechos debe constar normativamente de forma previa y clara en el ordenamiento jurídico. Generalmente, las limitaciones normativas son establecidas para: a) garantizar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás; y, b) la protección de cierta información relativa a seguridad nacional28. De esta forma, el requerimiento de legalidad puede entendérselo como la base sobre la cual pueden examinarse los requisitos restantes, es decir, es el soporte primario sobre el cual descansan los demás. El requisito de legitimidad, por su parte, puede entenderse en el sentido de que no basta la sola existencia previa de norma, sino que estas deben
“(…) responder a una finalidad compatible con los derechos constitucionales o el bien común, seguridad nacional, orden público.29” El requisito de idoneidad implica que la restricción sea conducente para alcanzar el fin legitimo30. Ejemplo, si lo que yo quiero es rebatir información
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indicarnos que, para que determinada nota u información haga parte del debate público, es necesario que tenga tres elementos: a) Elemento subjetivo, es decir que exista una persona que sea dignatario o funcionario público en la época en el que el insumo periodístico lo refiere; b) Elemento funcional, es decir que la persona haya ejercido sus potestades en los hechos que se lo relaciona; y, c) Elemento material, es decir la relevancia del suceso24. La Corte dictaminó que estos elementos se encontraban presentes en el artículo materia de controversia; y, por consiguiente, el artículo era un discurso jurídicamente protegido. Por todo lo anterior, las expresiones gozaban de la protección especial debido a su importancia en una sociedad democrática25. De igual manera, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló que, al ser un discurso jurídicamente protegido, la tipificación penal se encuentra excluida de emplearse por parte de quien se considere agraviado26. Es más, recordó que tal acción es además inconveniente27.
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LUNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2023 La Hora, ECUADOR
dor, era claro que había medidas alternativas a la vía penal que pudieron ser empleadas, más, como es conocido, esto no ocurrió31. Finalmente, el requisito de proporcionalidad, nos dice que, el beneficio alcanzado debe ser mayor a la limitación a la libertad de expresión. El caso Palacio Urrutia nuevamente es un ejemplo de esto, toda vez que la Corte determinó que la sentencia proferida contra el medio de comunicación, tuvo un efecto inhibidor en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión32. Conclusiones Como se puede apreciar, el derecho a la libertad de expresión tiene especiales características que le otorgan cierta preminencia -no absoluta-, sobre otros derechos. Para reforzarlo o vigorizarlo, tanto la jurisprudencia regional como constitucional han introducido el concepto de “discurso jurídicamente protegido” que nos refiere a la protección de ciertas expresiones que guardan armonía con el saludable ejercicio de la democracia. A su vez, deberemos recor-
dar que el discurso jurídicamente protegido es una especial caracterización de ciertas expresiones que tienen una particular estructura, compuesta de tres elementos, el subjetivo, el funcional y el material, que sirven para identificarlo y resguardarlo. En caso de que se quiera controvertirlo, se requerirá de un previo análisis estricto por parte de los jueces que conozcan estos casos. Finalmente, debemos recordar que, la libertad de expresión como todo derecho, no es carente de contrapesos o limitaciones (salvando el empleo de normas penales). Por lo que su ejercicio, no excluye a quienes lo emplean de incurrir en potenciales responsabilidades ulteriores. 1 Abogado, Magister en Arbitraje y Litigio Internacional. Correo: lusgerman84@hotmail. com 2 Geovanni Sartori “¿Qué es la Democracia?”, 2007, p. 118. 3 Comisión Interamericana de Derechos Humanos “Jurisprudencia Nacional Sobre Libertad de Expresión y Acceso a la Información”,2013, p. 3. 4 Center For International Media Assistance (CIMA) “Estándares Internacionales de Libertad de Expresión: Guía básica para operadores de justicia en América Latina”, 2017, p. 6. 5 Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana d Derechos Humanos. “Marco Jurídico interamericano sobre la libertad de expresión”, 2009, pp. 1-2.
6 Constitución de la República del Ecuador. 7 Corte Interamericana de Derechos Humanos, opinión Consultiva OC-5/85 del 13 de noviembre de 1985 que trató sobre el tema de la obligación colegiada de los periodistas. 8 Sentencia Corte Constitucional, sentencia No 282-13-JP/19 pár. 58. p. 18. 9 Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. “Marco Jurídico interamericano sobre la libertad de expresión”, 2009, p. 6. En el mismo sentido, Sentencia de la Corte Constitucional del Ecuador No 1651-12-EP/20 del 2 de septiembre de 2020, pár. 135 pp. 33-34. 10 Corte Constitucional del Ecuador, sentencia No 1651-12-EP/20 del 2 de septiembre de 2020, pár. 135 pp. 33-34. 11 Corte Constitucional del Ecuador, sentencia No 1651-12-EP/20 del 2 de septiembre de 2020, pár. 136 p. 34. 12 Corte Interamericana de Derechos Humanos, opinión Consultiva OC-5/85 del 13 de noviembre de 1985 que trató sobre el tema de la obligación colegiada de los periodistas. 13 Corte Interamericana de Derechos Humanos caso Olmedo Bustos “La última tentación de Cristo” vs Chile sentencia de fondo del 5 de enero de 2001. 14 CIDH, Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Marco jurídico interamericano sobre la libertad de expresión. OEA/Ser.L/V/II.CIDH/ RELE/INF.2/09.30.diciembre 2009, pár. 30. 15 Corte Constitucional del Ecuador, sentencia No 1651-12-EP/20 del 2 de septiembre de 2020, pár. 137 p. 34. 16 Ibidem. 17 Comisión Interamericana de Derechos
Humanos “Jurisprudencia Nacional sobre Libertad de Expresión y Acceso a la Información” 2013, pár. 43, p. 15. 18 Corte Constitucional, sentencia No 282-13JP/19 pár. 65 p. 21. 19 Corte Interamericana de Derechos Humanos, caso Herrera Ulloa vs Costa Rica sentencia del 2 de julio del 2004. 20 Corte Constitucional, sentencia No 282-13JP/19 pár. 69 p. 22. 21 Corte Constitucional, sentencia No 282-13JP/19 pár. 97 pp. 28-29. 22 Corte Interamericana de Derechos Humanos, caso Palacio Urrutia y Otros vs Ecuador sentencia del 24 de noviembre del 2021 pár. 19 p. 9. 23 Corte Interamericana de Derechos Humanos, caso Palacio Urrutia y Otros vs Ecuador sentencia del 24 de noviembre del 2021 pár. 56 pp. 21-22. 24 Corte Interamericana de Derechos Humanos, caso Palacio Urrutia y Otros vs Ecuador sentencia del 24 de noviembre del 2021 pár. 113 p. 40. 25 Ibid. pár. 115 p. 41. 26 Ibid. pár. 119 p. 42. 27 Ibid. pár. 120 pp. 42-43. 28 Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. “Marco Jurídico interamericano sobre la libertad de expresión”, 2009, p. 22. 29 Corte Constitucional, sentencia No 165112-EP/20 del 2 de septiembre de 2020, pár. 166 p. 42. 30 Ibid. pár. 177 p. 45. 31 Ibidem. 32 Ibidem.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CONFECCIÓNES JUVENILES CONFEJSA SOCIEDAD ANÓNIMA De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías, en el Estatuto Social de CONFECCIÓNES JUVENILES CONFEJSA SOCIEDAD ANÓNIMA y en la legislación ecuatoriana vigente, se convoca a los señores accionistas y, de manera especial a la comisaria de la compañía, ingeniera Vanessa María Iza Camacho, a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA de Accionistas que se realizará el miércoles 13 de diciembre de 2023 a las 17h00 (5:00pm), de forma telemática, con el propósito de conocer y resolver sobre el siguiente orden del día: 1.
Conocimiento y aprobación del balance general con corte al 31 de octubre de 2023.
2.
Conocimiento y aprobación del estado de resultados con corte al 31 de octubre de 2023.
3.
Conocimiento y aprobación del Informe presentado por parte de la Gerente General, en funciones prorrogadas.
4.
Designación del nuevo Gerente General y fijación de honorarios.
D.M. Quito, 24 de noviembre de 2023 Convocatoria NO 77 CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTE DE PASAJEROS EN TAXI CONVENCIONAL LA CASTELLANA DISCOVERYDRIVER S.A.
Los documentos a los que se refiere el Art. 292 de la Ley de Compañías, se encuentran a disposición de los accionistas para su conocimiento en la oficina de la compañía.
De conformidad con los Estatutos Sociales artículo 27, en concordancia con la Ley de Compañías artículo 237, se convoca por segunda ocasión a todos los señores accionistas a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se llevará a efecto el día 01 de Diciembre del 2023 a las 12h30, En el domicilio principal de la compañía ubicado en las calles Av. 6 de Diciembre N62-103 y Sabanilla Parroquia Kennedy, ciudad de Quito, con la finalidad de tratar el siguiente orden del día:
Conforme a lo establecido en el vigente Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas, los accionistas pueden comparecer a esta Junta General Extraordinaria de Accionistas a través de videoconferencia. En este supuesto, el accionista dejará constancia de su comparecencia mediante un correo electrónico dirigido la secretaria de la Junta a su correo: jrecalde@textilesrecalex.com, situación que se especificará en la lista de asistentes.
1.- Constatación de Quórum 2.- Informe del Gerente General 3.- Sustitutivas, Rectificaciones y otros anexos años 2019-2020 y 2021 4.- Conocer y Resolver los estados financieros del periodo 2022 5.- Resolver sobre el resultado financiero determinado en el balance 6.- Lectura, aprobación, redacción del acta.
La plataforma que se utilizará para el efecto será Google Meet, el link de acceso es: Monday, December 11 · 5:30 – 9:00pm Time zone: America/Guayaquil Google Meet joining info Video call link: https://meet.google.com/psw-pufz-kas
a) Se ha comunicado la presente convocatoria a todos y cada uno de los correos electrónicos y Diario La Hora Digital, que los señores accionistas han registrado en la Compañía y reposan en el archivo de la misma.
Joyce Alexandra Recalde Wormell Gerente General CONFECCIÓNES JUVENILES CONFEJSA SOCIEDAD ANÓNIMA
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Quito, 27 de noviembre de 2023.