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Esmeraldas: 11 diciembre 2023

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@ Esmeraldaslahora Esmeraldaslahora

LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023

Esmeraldas

El CAL abrió la puerta al lawfare correísta En la Asamblea, por primera vez, el correísmo consiguió dar peso a los argumentos a favor del lawfare, la supuesta persecución de jueces, fiscales, políticos, periodistas, en su contra. El CAL sucumbió. 3

ENTORNO

EDITORIAL

Un juicio político innecesario 2

EN LA

Incorporación de SCOUTS MARINOS en Muisne 5

WEB

Liga e Independiente empataron y todo se define el 17


Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.

JULIA RENDÓN ABRAHAMSON

sanrendon@mac.com

¿Egoísta?

U

n señor en la barra de un café pide un cappuccino para llevar. La barista lo prepara y se lo da, luego le acerca el datáfono. Los precios estaban claritos en un cartel colgado en la pared. El tipo paga molesto y dice que está caro. La barista responde: “si quieres más barato, ahí enfrente lo tienen”. Voy a visitar una casa en las afueras para alquilar. La verdad es que me confundo con la hora y llego tarde, a las 12:30 en lugar de las 12:00. Al bajarme del auto, le ofrezco disculpas a la agente inmobiliaria. Ella responde: “ni lo hablemos, mejor, porque yo llevo media hora esperándote y me molesta la gente que llega tarde”. Llamo a una amiga catalana para proponerle ir a caminar por la montaña el sábado. Me responde solamente que no tiene ganas. Vengo de Quito, una ciudad que no se caracteriza particularmente por tener a la gente más directa del mundo. Los españoles (generalizo) me parecen gente frontal. Estoy acostumbrada a la forma de Quito: nos resulta, en general, difícil decir no, así a secas, y peor decir si nos molestó algo. Así me doy cuenta ahora, aquí, que tengo dificultad para dar una respuesta concreta cuando sé que quizá pueda provocar enojo o decepción en la otra persona. Por eso me invento excusas, y digo sí cuando quiero decir no, o me quedo calladita cuando tendría que decir que algo no me parece. No digo que uno deba dejar de pensar en los demás o herir, pero es vital considerar nuestras propias necesidades primero. Y, por otro lado, decir que te molestó que alguien llegara tarde o que no tienes ganas ir a pasear a la montaña, tampoco es matar a nadie. Así que aquí está mi novedad: intento ser más directa y decir “no”. A veces me sale. Sé que voy a tener que soportar la incomodidad de ese “no” de las personas a las que no les gusta escucharlo. Asumo que no es tan grave. Tengo 45 años y por fin empiezo a eliminar el “¿y si se enojan conmigo?” en mi toma de decisiones.

PACO MONCAYO GALLEGOS

pmoncayog@gmail.com

Punto a favor

E

l Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas tiene la responsabilidad de mantener la paz y la seguridad internacionales. Está conformado por 15 miembros: 5 permanentes y 10 no permanentes, elegidos por la Asamblea General para actuar por un período de

Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Josué Navarrete Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec Año: XLI No. 11893

Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

OPINIÓN 02

O ESMERALDAS LUNES 11/DICIEMBRE/2023

EDITORIAL

FRANKLIN BARRIGA LÓPEZ f-barri@uio.satnet.net

Un juicio político innecesario

E

l Consejo de Administración de la Asamblea dio luz verde al juicio político contra la fiscal general Diana Salazar sin que este cumpla con los requisitos mínimos que exige la ley. Una vez que un juicio político llega al Pleno, de nada importan la verdad, la razón o la argumentación; lo único que pesa es la lógica del poder y los intereses detrás de cada voto. Sin embargo, con tal de conseguir que las acusaciones contra la Fiscal general lleguen a dicha instancia, las fuerzas políticas que impulsan ese proceso se lavan las manos en las fases previas de control o, peor aún, prometen que esta vez sí primará la buena fe y la verdad de los hechos. Lanzan la piedra y esconden la mano. Revolución Ciudadana y sus aliados enjuiciarán a la Fiscal General por cuestiones que no son su res-

dos años. Desde el 3 de enero, Ecuador es miembro no permanente y, luego de 31 años, ocupa nuevamente la presidencia del Consejo. El gobierno ecuatoriano ha actuado correcta y oportunamente al llevar a la mesa de debates el tema: “delincuencia organizada transnacional, desafíos crecientes y nuevas amenazas” y el presidente Daniel Noboa ha acertado en su decisión de presidir el importante evento, junto al secretario general de las Naciones Unidas y la directora ejecutiva de la Oficina contra la

ponsabilidad o por situaciones que ya han sido explicadas hasta la saciedad. Para ello, desean convocar a un champú de activistas y agitadores cuyo discurso el país ya conoce de sobra. En la práctica, lo único que interesa es avanzar un paso más en dirección a la tan anhelada impunidad de sus aliados corruptos y, sobre todo, concretar la venganza contra Diana Salazar —que ya está presta a terminar su periodo— para, de esa forma, amedrentar a reales e imaginarios adversarios. En un momento delicado como el actual, el país necesita una Asamblea plenamente entregada a mejorar y simplificar el marco legal del país. Sería imperdonable que, en lugar de ello, insistan en avivar las persecuciones y, peor aun, sacudir innecesariamente a la Justicia y a la institucionalidad.

Droga y el Delito. En su intervención, reclamó una “contundente y oportuna respuesta contra el crimen transnacional” y abogó por “alentar la cooperación internacional” para enfrentarlo. En el mismo sentido se pronunció la directora de la UNODC respaldando la necesidad de “una acción colectiva” contra esta terrible amenaza. Antonio Guterrez, por su parte, calificó a la delincuencia internacional como “una amenaza feroz (...) para la paz, la seguridad y el desarrollo sostenible” que ocasionan el “debilita-

miento de la gobernanza y de la ley, corrupción, violencia, muerte y destrucción”. Coincidió en la necesidad de emprender una “respuesta global”. Al final, el Consejo adoptó por unanimidad una declaración convocando a los estados para “que mejoren la gestión de las fronteras y la cooperación internacional, a fin de frenar eficazmente la propagación de las amenazas transnacionales”. Esta declaración es importantísima para el Ecuador, afectado por la vecindad de los dos primeros países producto-

Triste nombradía

P

or una información ampliamente divulgada a nivel internacional, se conoce que el Consejo de Ministros del Gobierno español resolvió, con el carácter de tramitación de emergencia por situación excepcional, la compra de vehículos blindados para enviar a Puerto Príncipe, Tel Aviv y Guayaquil, con el fin de proteger, en su movilización, al personal diplomático que labora en esos lugares. Sabemos lo que acontece en las dos ciudades primeramente indicadas y que se le haya ubicado en iguales situaciones de inseguridad a nuestro puerto principal es seriamente preocupante, aun más si analizamos lo que complementa la noticia referida: en Guayaquil se registra más de doscientas muertes violentas por mes; sus tasas de homicidios están incluidas en las diez más altas a escala mundial. Días después y también difundidos en el ámbito internacional, se publicaron estos otros datos de ninguna manera halagadores: según la consultora Gallup, Guayaquil ocupa el sexto peor sitio mundial en el Índice de Orden Público, al extremo de afirmar que “Guayaquil y Durán cuentan ya con tasas de homicidios solo comparables a las de las ciudades más violentas del planeta”. En materia de la más espantosa y deplorable percepción de inseguridad ciudadana en el orbe, “Ecuador solo es superado por tres naciones africanas (Lesotho, Liberia y Esuatini) y una asiática (Myanmar)”. ¡Triste nombradía que demuestra el progresivo deterioro a que ha llegado la imagen de nuestro vapuleado país en el exterior! En estas indignantes condiciones comenzó a desenvolverse el nuevo mandatario, a quien se le debe respaldar y darle el tiempo necesario para ver los frutos de las urgentes y acertadas acciones que se requieren para enfrentar la grave crisis, especialmente económica, de inseguridad y desmotivación nacional que recibió del anterior régimen.

res de cocaína en el mundo que, además, no están aportando suficientemente para evitar el tráfico transfronterizo de las drogas y armamentos. Es necesario tomar conciencia de que ningún país puede enfrentar sólo la amenaza grave y compleja de las redes delincuenciales transfronterizas y transnacionales. Se necesita de políticas y acuerdos operativos vecinales y regionales concretos, prácticos y sostenibles, así como de un servicio exterior profesional y dinámico para lograrlo.


03 POLÍTICA ESMERALDAS LUNES 11/DICIEMBRE/2023 I

Juicio político a la Fiscal busca justificar una supuesta persecución al correísmo La mayoría legislativa gobiernista abrió un espacio para que el correísmo tenga más argumentos a favor del lawfare, la supuesta persecución de jueces, fiscales, políticos, periodistas, en su contra. María Paula Romo asegura que el CAL sí podía negarse a aprobar el pedido. El Consejo de Administración Legislativa (CAL) de la Asamblea Nacional, que es prácticamente el corazón del Parlamento por estar integrado por representantes de fuerzas legislativas, dejó pasar el pedido de juicio político a la fiscal general Diana Salazar. Ella, de 42 años, se ha convertido en el símbolo de la lucha anticorrupción en el país, cuya labor ha sido reconocida dentro y fuera del Ecuador. Estados Unidos, por ejemplo, ha destacado, ante el mundo, su entrega para combatir las mafias y la ha premiado. Pero en el correísmo esto poco importa. Salazar, quien llegó a la Fiscalía en

2019, luego de superar un concurso de méritos, es simplemente una funcionaria «corrupta». Y eso lo mantienen desde que ella se convirtió en acusadora de los altos dirigentes de esa organización que han sido procesados en distintos casos de corrupción. Entre ellos están los máximos jerarcas: Rafael Correa -con 40 investigaciones y una sentencia en contra- y Jorge Glas. Pero la lista es grande. Y eso no gusta a los miembros del Socialismo del Siglo XXI. Es imperdonable. En el fondo el correísmo busca echar abajo los procesos judiciales. Para esto tienen un argumento

jurídico que ha valido para otros países: el lawfare. Y este se ha “regado” en todo el pedido de juicio político que aprobó la mayoría gobiernista, integrada por ADN, socialcristianos y correístas. El lawfare es una figura en el mundo de las leyes que supone la unión de distintos actores para atacar a otro por pensamientos y acciones políticas. En este caso, según lo han perfilado los mismos presuntos afectados, es la unión entre periodistas, funcionarios judiciales, fiscales, jueces, políticos, para atacar a alguien de su ideología. En países que han estado dominados por el socialismo

AUTORIDAD. La fiscal Diana Salazar tiene 42 años y llegó a esa institución en 2019.

del siglo XXI, incluso, han intentado que el lawfare se convierta en delito. Así, todos los involucrados irían a la cárcel. No es suficiente con revertir las condenas judiciales, que es el primer propósito de este tipo de quejas. Pues bien, en Ecuador el correísmo ha intentado posicionar este argumento durante los últimos cuatro años. Pero es la primera vez que están muy cerca de tener un documento oficial que demuestre que lo que señalaban, la supuesta persecución, era cierta. Más la posible destitución de la Fiscal General. Y esto gracias a la mayoría gobiernista. Según el pedido de juicio político, lo más relevante, en esta línea, son tres partes: los procesos por corrupción contra los líderes (con Rafael Correa a la cabeza, más los prófugos o autoexiliados); dos, los procesos judiciales luego de la crisis de octubre de 2019; y, tres, demostrar que la Fiscal General supuestamente favoreció a los expresidentes Lenín Moreno y Guillermo Lasso, en varios casos, por una supuesta complicidad política. (Usted puede ver todas las supuestas causales aquí) 59 personas estarían llamadas a comparecer en este proceso político, cuando inicie en la Comisión de Fiscalización, liderada por otra asambleísta correista: Pamela Aguirre. Entre quienes serán llamados está Rafael Correa, supuesto principal afectado por la Fiscal General. Otros de los que serían llamados son los jueces penales de la Corte Nacional de Justicia, los que procesaron y sentenciaron a Correa. El CAL sí podía detener la pretensión correísta, dice María Paula Romo La Unidad Técnica Legislativa (UTL), que debía revisar la solicitud de la asambleísta Gissela Garzón, dio una alerta sobre la falta de claridad sobre las comparecencias. De hecho, la UTL, en su informe final (del 4 de diciembre y firmado por Gerardo Aguirre, coordinador) aseguró que el pedido de juicio político «cumple parcialmente» con los requisitos establecidos en los artículos 131 de la Constitución y que «lo

relacionado al anuncio probatorio (prueba testimonial) no estaría enmarcado a los lineamientos constitucionales del debido proceso«. Recomendó que las observaciones sean «previamente saneadas, para la respectiva admisión». Gissela Garzón, en el escrito de tres páginas al que accedió este Diario, y dirigido al presidente de la Asamblea, Henry Kronfle, indicó que en el Capítulo V, denominado “Anuncio de Prueba”, que abarca los numerales 5.1 al 5.13 de la solicitud de juicio político, hacía una «aclaración«. Y esta consistió, simplemente, en enlistar -con errores en nombres y repeticiones de otros- los posibles comparecientes en el proceso, según el documento que está en poder de esta redacción. El CAL aprobó que el pedido pase a la Comisión de Fiscalización. Solamente la asambleísta Alexandra Castillo, de Construye, partido que ya es el único opositor frontal, votó en contra. Maria Paula Romo, líder de Construye, aseguró a este Diario que el CAL sí podía detener este pedido. Y la razón de fondo es que no puede permitirse que políticos revisen actuaciones de fiscales y jueces. “Esto porque se refiere a asuntos exclusivamente jurisdiccionales. Es decir, están atacando a la Fiscal porque no están de acuerdo sobre sus posiciones sobre juicios, investigaciones en concreto. Y las investigaciones tienen un mecanismo para ser analizadas, cuando van ante un juez o un tribunal. El juez o el tribunal se pronuncia, ya está controlando la actuación de la Fiscalía, eso es lo que pasa en la administración de justicia”, dijo la exministra de Gobierno a este Diario. Y siguió: “Entonces, casos donde han sentenciado a los involucrados, pues, mal se podría decir que la Fiscalía ha cometido un error. Eso ya tuvo control en lo que corresponde. Y, por ello, no corresponde control político de decisiones jurisdiccionales”. Y, precisamente, es lo que se pretende con el proceso legislativo. El que dio paso a la mayoría legislativa gobiernista. (DLH)


SEGURIDAD 04

Implicados en asesinato en Quinindé fueron capturados I ESMERALDAS LUNES 11/DICIEMBRE/2023

Se detuvo también a Fernando R., de 40 años de edad, quien registra antecedentes penales en el 2018 por robo.

El hallazgo de una persona sin vida, la noche del jueves 7 de diciembre de 2023 quien fue identificado como Joel S, en el sector de la ciudadela “Casas del Miduvi Milagro de Dios” en la vía al recinto el Silencio de la parroquia la Unión del cantón Quinindé, llevó a las autoridades a lograr esa misma noche la ubicación y captura en flagrancia de tres sujetos quienes estarían vinculados con esta

muerte violenta. Versiones de habitantes de las Casas del Miduvi Milagro de Dios, de la parroquia La Unión, permitió a la Policía Nacional del Ecuador conocer que los causantes del hecho en contra de Joel S, se movilizaban en una motocicleta y un vehículo tipo taxi. Kilómetros más adelante de la vía al recinto El Silencio, se capturó a Jonathan A., de 37 años de edad, quien re-

gistra antecedentes por asesinato en el 2009, tenencia de armas no autorizadas en el 2013, robo calificado en el 2013, robo en el 2021, tenencia de armas no autorizadas en el 2022 y robo en el años 2023. Y un tercer detenido fue Ángel A., de 31 años de edad, quien cuenta con procesos judiciales por hurto en el 2023. Los uniformados policia-

les decomisaron además 10 vainas percutidas (casquillos de bala) un teléfono celular, así también se retuvo un vehículo tipo taxi perteneciente a una cooperativa de la parroquia La Unión y una motocicleta. Los sujetos aprehendidos junto a los indicios fueron puestos a órdenes de la autoridad, quien a su vez dicto prisión preventiva a los sospechosos. JGNoticiasMundo

624 Paquetes de marihuana incautada en San Mateo La Unidad Antinarcótico que se encuentra desplegados en la provincia, en un operativo el pasado 09 de diciembre en el sector de Tachina klm 2.4 de San Mateo 624 paquetes de marihuna, la misma que se estaba siendo introducida al centro del país, la que pertenecería a uno de los grupos organizados delincuenciales que operan en la zona de frontera En lo que va del año la Policía Nacional han acumulado en lo que va del año cerca de

10 toneladas, de droga aprehendida, las mismas que serán entregados a órdenes de las autoridades competentes para encontrar a los responsables del cargamento. Una vez más la Policía Nacional reafirma su compromiso con la colectividad y la seguridad del pueblo esmeraldeña. Son las versiones del Coronel de Policía Julio César Vasquez Comandante de Subzona Esmeraldas a través de un video difundido en redes sociales.

CARGAMENTO incautado en San Mateo por la Policía Nacional.


05 ENTORNO ESMERALDAS LUNES 11/DICIEMBRE/2023 I

Incorporación de SCOUTS MARINOS en Muisne Los Scouts Marinos de la escuela brigada Germán Yépez, se inauguró en el 2016. Desde ese entonces se viene trabajando con voluntarios profesionales, en la formación de jóvenes. La mañana del sábado 9 de diciembre del 2023, en la parroquia Cabo San Francisco del cantón Muisne en una ceremonia especial se realizó la investidura de 35 nuevos SCOUTS MARINOS de diferentes sectores re-

cónditos del cantón Muisne. Esta es la séptima promoción de la brigada Almirante Germán Yépez, en la que cada año en el mes de agosto, se abren los registros para integrar a nuevos estudiantes.

Efectivos de las FFAA ECUADOR, a través del Batallón de Infantería Motorizado No13 ESMERALDAS, intensifican las operaciones militares de control de armas, municiones y explosivos en el sector Esmeraldas Quinindé San Elvira, En apoyo y coordinación a la patrulla militar BECDR/69, y el BIMOT13 “ESMERALDAS”, se pudo detectar una perforación clandestina

dónde se decomisó: • 01 Tráiler. • Una cisterna con capacidad de 10.000 galones. • Manguera de 2” (20 metros). • 01 Acople. Al momento el personal continúa dando seguridad en el área para precautelar la seguridad del personal de EPP Frontera Norte, FFAA , FTC ESMERALDAS.

Para que llegue éste día de clausura, desde el pasado miércoles los padres de familia, e invitados de otras brigadas del país convivieron tres días de campamento. En el programa de inves-

tidura de los nuevos miembros de la séptima promoción, también se realizó un acto de ascensos a guardiamarinas scouts de la quinta promoción, condecoraciones, premios a los subtenientes de la Brigada Almi-

rante Germán Yépez. Durante este tiempo se ha venido trabajando con 85 scouts, pero en el transcurso de estos últimos años se ha becado a jóvenes para sus estudios superiores. JCH

Detectan robo de combustible en Quinindé


POLÍTICA 06 I ESMERALDAS LUNES 11/DICIEMBRE/2023

Decisiones Daniel Noboa envía mensajes erráticas “erráticos” con su política internacional ° Analistas coinciden al señalar que el presidente Daniel Noboa ha tomado decisiones que no han permitido esclarecer la política internacional del país, aunque celebraron su presencia en el Consejo de Seguridad de la ONU. Ecuador volvió a la presidencia rotativa del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, luego de 31 años. Ocasión que fue aprovechada por el presidente Daniel Noboa para viajar a Nueva York y encabezar el diálogo abierto de la instancia sobre el crimen organizado transnacional. Para muchos la presencia del primer mandatario en el Consejo de Seguridad generó algunas expectativas sobre la oportunidad de presentar y escuchar hacia donde se dirige la política internacional del novel gobierno del Ecuador. Algunos analistas consideran que la presencia de Noboa, fue un espaldarazo al nuevo representante de Ecuador ante las Naciones Unidas, José Javier De La Gasca, designación que fue criticada en el entorno diplomático por su poca experiencia y conocimiento en las relaciones internacionales. Los internacionalistas y especialistas Patricio Haro, Esteban Santos y Richard Salazar, hicieron para LA HORA una evaluación al discurso presidencial en el contexto internacional. Espaldarazo a De La Gasca El rector del Instituto de Altos Estudios Nacionales (Iaen), Patricio Haro, indicó que la presencia de mandatarios en este escenario no es común e indica la importancia que el presidente Noboa quiere imprimir a este espacio, “no es una norma, ni una costumbre, normalmente se maneja a través de la Cancillería o el representante ante las Naciones Unidas”. “La presencia del presidente Noboa, tiene dos lecturas, primero dar un espaldarazo al nuevo embajador De La Gasca ante las Naciones Unidas. Pero también al analizar el discurso del presidente No-

POLITICA. La presencia de Daniel Noboa en el Consejo de Seguridad es considerada como un buen mensaje. Foto: Presidencia

boa que fue muy ambiguo, muy amplio, muy general”, apuntó Haro. El académico recordó que, dentro del testamento político dejado por Henry Kissinger, es importante tener en cuenta que en la política internacional existen dos caminos: “utilizar una estrategia indirecta, o la estrategia directa. El presidente Noboa habría utilizado una estrategia indirecta, es decir, no ir directamente a los conflictos que pueden ocupar las reuniones del Consejo de Seguridad”, precisó. Para el rector del IAEN, con esta herramienta discursiva Noboa evitó revisar dos conflictos que se encuentran presentes en la agenda del Consejo de Seguridad, “el presidente no mencionó estos conflictos y más bien denuncia ante el mundo la situación que vive la región y el país para librarse del crimen internacional organizado”. Mejor representación El abogado y analista internacional, Esteban Santos, llamó la atención sobre la necesidad de mejorar la representación del servicio exterior de Ecuador con personas con mejor y

mayor preparación en temas internacional. Desde su punto de vista, el Gobierno de Daniel Noboa ya ha cometido dos fallas importantes en su política exterior, con el nombramiento de De La Gasca y el envío de la vicepresidenta de la República, Verónica Abad a Israel. “Estoy convencido de que debemos tener un mejor servicio exterior, el Ecuador se debería inclinar por personas preparadas”, apuntó. A pesar de ello indicó que la presencia en el seno del Consejo de Seguridad, “es un buen mensaje porque muestra la importancia que le da Ecuador a la construcción de esta agenda”. Desde su punto de vista, el discurso del presidente Noboa fue general porque existen muchos problemas en la agenda global, “Ecuador lejos de hablar de una agenda concreta. Por un lado, es positivo que vaya a este escenario, y esperamos que esto no se convierta en una oportunidad perdida, pero debemos seguir atentos”. Vicepresidenta en Israel A pesar del ruido que ha generado el nombramien-

to de la vicepresidenta Verónica Abad, en principio como “colaboradora por la Paz” y luego como “Embajadora extraordinaria y plenipotenciaria” de Ecuador ante Israel, Patricio Haro considera que este puede ser un escenario importante. Haro remarcó que “sí Abad lo hace con una adecuada estrategia y política, le podría beneficiar enormemente en lo personal y en lo político a la vicepresidenta y en lo nacional podría beneficiar al Ecuador con el acercamiento a este socio que buscamos”. Haro recordó que Israel siempre ha sido un muy buen aliado para el país. “La presencia de la vicepresidenta como embajadora podría facilitar estas relaciones”. Esteban Santos, comparó la situación de Abad a la de Lenin Moreno, “la está sacando del país para que no haga política”. Recordó que el tiempo que deberá fungir como Embajadora será muy reducido, pues si el presidente se lanza a la reelección Abad deberá volver al país para asumir la presidencia. (ILS)

Richard Salazar Medina, académico e internacionalista, puntualizó que las acciones del presidente Daniel Noboa en materia internacional muestran su poca experiencia. El gobierno todavía es muy joven, “pero en el corto tiempo de Noboa en el poder, ha demostrado una política errática, no quisiera pecar de injusto en un tiempo tan corto de gestión; sin embargo, hay algunos detalles que demuestran cierta improvisación”. Coincidió junto con Patricio Haro y Esteban Santos, que la presencia del mandatario en el Consejo de Seguridad muestra la importancia que le da Ecuador a este escenario internacional. Mientras criticó enviar a la vicepresidenta Verónica Abad a Israel, a un escenario de guerra, “más allá de la polémica, es pintoresco que un país mande a su vicepresidente a una misión en un país que está en guerra”. “Todos sabemos que hay un problema político. Todos sabemos que el principal opositor del gobierno de Noboa es su vicepresidenta, eso es público”, aseveró Salazar Medina. Además, existe un enfriamiento en la relación con Corea del Sur, debido a la votación para la Feria Mundial en la que Ecuador se había comprometido a votar por la candidatura de Corea del Sur y el representante de Daniel Noboa finalmente apoyó la candidatura de Riad. Salazar Medina precisó que esta votación formaba parte del Acuerdo con Corea del Sur. “Sí no se llega a entrar en vigor el acuerdo, a Corea del Sur le da prácticamente lo mismo, los que salimos perdiendo somos los ecuatorianos. Corea es una economía perfectamente complementaria con la ecuatoriana”.


07 JUSTICIA

ESMERALDAS LUNES 11/DICIEMBRE/2023 I

Futuro del concurso para designar jueces de la CNJ se decide esta semana Iván Saquicela, presidente de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), aseguró que son más de tres años con conjueces y sin magistrados titulares. Responsabilizó al Consejo de la Judicatura. Creo que el doctor (Wilman) Terán debería reflexionar, creo que no debería hacerle daño a la Justicia” IVÁN SAQUICELA

PRESIDENTE DE LA CNJ

AUTORIDAD. Wilman Terán, presidente de la Judicatura.

En la Corte Nacional de Justicia (CNJ) no se han llenado vacantes de jueces titulares desde 2019. Además, el concurso de méritos y oposición que hoy intenta culminar el Consejo de la Judicatura (CJ)

podría detener el proceso hasta 2025. Este 14 de diciembre de 2023 está previsto que Patricia Segarra, jueza de la Unidad de la Familia (Quito), resuelva una acción

ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE LIGAS DEPORTIVAS PARROQUIALES Y BARRIALES DE TUNGURAHUA

Acuerdo Ministerial # 003 del 10 de Eher 2017 Diciembre del 2004 REFORMADO Accent Ministerial 005 del 11 de Enero del 2017.

Ambato, 08 de diciembre del 2023.

CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ELECCIÓN DEL DIRECTORIO.

De conformidad a lo que dispone el Art 151 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, en concordancia a lo establecido en el inciso segundo del Art. 75 del Reglamento Sustitutivo (1117) al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, la:

ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE LIGAS DEPORTIVAS PARROQUIALESY BARRIALES DE TUNGURAHUA.

CONVOCA

A todos los clubes filiales de la institución, que se encuentren debidamente acreditados mediante Acuerdo Ministerial y sus Directorios vigentes, a la Asamblea General Extraordinaria de Elección del Directorio, de Liga Deportiva Parroquial Pilahuín, la cual se llevará a cabo el día martes 26 de diciembre del 2023, a las 20:00 en la sede ubicada en el Barrio la Matriz, calles Cevallos entre Montalvo y García Moreno, frente al parque central de la Parroquia Pilahuín, de la ciudad de Ambato, Provincia Tungurahua para tratar el siguiente orden del dia: 1. Constatación del quórum. 2. Instalación de la Asamblea. 3. Moción de candidaturas y elección 4. Nombramiento y posesión del directorio electo. 5. Clausura. El procedimiento se sujetará a lo establecido en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, al Reglamento Sustitutivo (1117) al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, y en lo que fuere pertinente al estatuto de Liga Deportiva Parroquial Pilahuín. En lo que refiere al quórum reglamentario se estará de acuerdo a lo prescrito en la disposición del Art. 17 del Reglamento Sustitutivo (1117) al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Fisica y Recreación. Atentamente DR. PALATE CRIOLLO MANNEL ELIAS PRESIDENTE APLEPBT CT: 180171808-9

de protección con medida cautelar que presentó, el 29 de noviembre, el Colegio de Abogados de Pichincha, para que se suspenda el concurso de la CNJ que organiza la Judicatura, a cargo del presidente Wilman Terán. La intención del recurso ingresado a los tribunales

por los gremios de abogados es que el concurso se suspenda provisionalmente mientras no haya una renovación del Consejo de la Judicatura. Las funciones de los actuales vocales de la Judicatura culminan en enero de 2025. Ciro Guzmán, director del Colegio de Abogados de Pichincha, considera que la Judicatura realiza el concurso para “garantizar impunidad, para acomodar la Corte a sus intereses, para poner jueces a la carta; esto sumado a que el Consejo no goza de la confianza de la opinión pública”. En la acción de protección planteada se argumenta, según Guzmán, que en el concurso se habrían cometido vicios de ilegalidad que violentarían el debido proceso. En ese sentido, subrayó que el CJ estaría envuelto en irregularidades administrativas y penales, que se ventilan en la CNJ por el cometimiento de supuestos delitos como tráfico de influencias y obstrucción a la justicia. “Tenemos a unos vocales

‘Terán debería reflexionar’ Iván Saquicela señaló que, como representante del Poder °Judicial le preocupa la CNJ, que tiene que estar legitimada lo

cual, en buena medida depende de un concurso que no esté cuestionado. “A mí me preocupa tanto cuestionamiento que existe, yo creo que el doctor Terán debería reflexionar, y creo que no debe hacerle daño a la Justicia, porque insistir (...) no solo yo, sino vocales del Consejo, colegios de abogados, personas de opinión, y judiciales creen que debería reflexionar y tratar de dar una respuesta que podría ser que el proceso reinicie con reglas claras para guardar la legitimidad de la Función Judicial y la transparencia del concurso”, señaló. Saquicela dijo no comprender por qué Wilman Terán se “empecina” en sostener un concurso tan importante para el país cuando hay tantos cuestionamientos.

del Consejo de la Judicatura, impresentables”, subrayó Guzmán, al sostener que no tiene sentido que sean estas autoridades las que desarrollen el concurso cuando, además, los jueces que van a ser nombrados, por el fuero de corte, serán quienes conozcan las acciones que lleguen a la CNJ por los presuntos delitos. En este caso, para Ciro Guzmán habría conflicto de intereses y falta de legitimidad. La Corte seguirá sin jueces titulares Al juez de la Sala Penal de la CNJ, Byron Guillén le inquieta que una eventual suspensión del concurso lleve a que la Corte no se pueda renovar en 2024 como correspondía y que sigan faltando jueces titulares. Actualmente, la CNJ está compuesta por 15 jueces titulares de los 21 que deben existir. Es decir, hay 6 vacantes que no han sido llenadas. Guillén sostiene que el no llenar las vacantes de jueces titulares conlleva a que no se dé una respuesta a la ciudadanía y no haya una tutela judicial efectiva. Puso de ejemplo que en el caso Sinohydro (donde se procesa como sospechoso al expresidente de la República, Lenín Moreno), cada quince días cambia de conjueces. ‘Es responsabilidad de la Judicatura’ Iván Saquicela, presidente de la CNJ, cree que es responsabilidad del Consejo de la Judicatura (que la CNJ no tenga jueces titulares), y señaló que son más de tres años que la Corte tiene conjueces y no se han llenado las vacantes de los jueces. “¿De quién es la responsabilidad? ¿De la Corte o del Consejo de la Judicatura? Objetivamente es la Judicatura”, afirmó Saquicela. Recordó que, desde hace tres años, la Corte ha solicitado (que se proceda a llenar las vacantes) y no se ha hecho. “Ahora, no por hacerlo, tiene que hacerse en medio de irregularidades, cuestionamiento o dudas. Que se haga, pero con reglas claras. Todo el país quiere que, para el concurso a jueces, donde se han señalado irregularidades, haya reglas claras y un juego limpio y justo”. (SC)


SEGURIDAD 08

Noboa perfila un plan de WEB cárceles al estilo Bukele

I ESMERALDAS LUNES 11/DICIEMBRE/2023

EN LA

lahora.com.ec

POLITICA

Comisión Anticorrupción preocupada por mal uso de juicios políticos en la Asamblea

Traslados temporales y la construcción de mega cárceles son parte de la estrategia que el Presidente propone, aunque no detalla los tiempos.

POLÍTICA

Vicepresidenta Abad viajó para asumir embajada en Israel SANTO DOMINGO OBRA. La mega cárcel construida por el Gobierno de Nayib Bukele es la más grande de América Latina, y tiene capacidad para 40.000 personas.

Presos en cárceles sobre el mar Noboa indicó que su plan contra la crisis carcelaria, que en el país ha crecido desde 2021, es la construcción de cárceles de máxima seguridad – a las que denominó mega cárceles– donde pretende aislar a los reos más peligrosos. Mientras se construyen estas cárceles, los presos serían trasladados a las cárceles barcazas, ofrecidas por Noboa durante su campaña. El Presidente señaló que estas cárceles que flotan sobre el mar podrían tardar entre siete y ocho meses en llegar al país y destacó que esta “siempre fue una medida complementaria y provisional” que permite aislar a los presos de alta peligrosidad. Entre las

opciones para la compra de cárceles barcazas están países como Australia, Reino Unido y Estados Unidos. Las cárceles barcazas tiene una capacidad de albergar hasta 400 personas y flotarían sobre aguas ecuatorianas, a 80 millas de tierra firme, que además contarían con la asistencia de las Fuerzas Armadas. Intervención urgente Noboa dijo que la prioridad es intervenir la Penitenciaría del Litoral, que actualmente se maneja – según él– como un centro comercial. Una medida básica para esta cárcel considerada la más violenta del país, es quitar enchufes a las celdas, para que no puedan cargar los celulares. “Eso es más que la tecnología, es el cuerpo administrativo de la cárcel”, agregó Noboa. Mega cárceles a lo Bukele El proyecto de las cárceles de máxima seguridad –dijo Noboa– se elaborará con “la misma gente, las mismas compañías” que trabajaron con el presidente de El Salvador, Nayib Bukele. Noboa detalló que para un proyecto como el de Bukele, se requiere coope-

ración de Israel, esto para el diseño de las cárceles de máxima seguridad llamadas ‘supermax’. Noboa dijo que este sistema no lo inventó Bukele “venía de México, lo lograron en Tailandia, lo lograron en Singapur (…) ahora vendría al Ecuador”, detalló. Andrés Chávez, máster en política pública y seguridad, señala que el plan del Presidente es ambicioso tomando en cuenta que solo tiene 18 meses para gobernar. “Es popular mencionar que se quiere replicar el modelo de El Salvador, pero en tiempos es complejo”. Chávez explica que a Bukele le tomó 10 meses la construcción de la mega cárcel, pero que previo a eso hubo un plan de seguridad para identificar a las bandas “pese a eso se ha denunciado abusos y gente inocente encarcelada”. Para el experto, resulta inquietante que se busque repetir una fórmula que en Ecuador no ha funcionado. “Parte de no poder contener las matanzas carcelarias tiene que ver con las grandes dimensiones de las cárceles, es antitécnico tener grandes complejos penitenciarios, más

cuando todavía hay déficit de guías penitenciarios”, agrega. (AVV)

Juicio No. 15123-2023-00135 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN QUIJOS. Quijos, lunes 22 de mayo del 2023, a las 14h31. CITACIÓN JUDICIAL ACTOR: ZUÑIGA RAMIREZ JOSE LIBARDO DEMANDADO/S: ZUÑIGA RAMIREZ JUAN HUMBERTO JUICIO: ORDINARIO ASUNTO: DECLARATORIA DE MUERTE PRESUNTA VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón QUIJOS-BAEZA, de la dependencia de la Corte Provincial de Napo Mediante Acción de personal Nro.- 0169-DNTH-2015-LG de fecha 08 de enero del 2015, resolución del Consejo de la Judicatura número 300-2014 de fecha 21 de noviembre del 2014, por lo que en lo principal dispongo. PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por ZUÑIGA RAMIREZ JOSE LIBARDO, en contra de JUAN HUMBERTO ZUÑIGA RAMIREZ, con número de cedula 0400649802, lo considero de clara y precisa, pues cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 289 y siguientes en concordancia con lo que establece 66 IBIDEN DEL CODIGO CIVIL. CÍTESE al demandado, con tres publicaciones en días y horas diferentes en una de las radio difusora de la localidad, con la demanda integra, y el auto de aceptación a trámite, de igual manera en vista que en esta localidad no hay periódico se dispone se cite a través del periódico de circulación diaria, física, y a nivel nacional en tres fechas distintas con intervalo mínimo de diez días. Una vez citado en legal y debida forma, se procederá conforme el procedimiento ordinario y sus reglas para este caso, conforme el segundo inciso del Art. 291 y de acuerdo a lo establecido en el Art. 151 del COGEP. Incorpórese y téngase en cuenta los anuncios probatorios señalados en el ordinal SEXTO, los cuales de ser procedente serán proveídos en la correspondiente audiencia preliminar con estricta observación de lo prescrito en el Art. 160 y 161 del cuerpo legal antes invocado, téngase la cuantía como indeterminada, la autorización conferida en favor de su defensor técnico y los correos electrónicos señalados, agréguese los documentos anexos a la demanda.- Notifíquese y cúmplase.- DR. MANUEL DE JESUS ARMIJOS CURIPOMA.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE BAEZA-NAPO.

.001-004-3745

Daniel Noboa, presidente del Ecuador, adelantó que recibió una carta de una banda narcodeliencuencial, donde se le proponía un tratado de paz. El primer mandatario dijo que el acercamiento se debe a las acciones de seguridad que ha tomado, como cambiar las cúpulas militares y policiales, pero además a la estrategia que dijo tener para las cárceles.

Antisociales disparan a coronel de la policía


09 ECONOMÍA

El 46% de las empresas públicas registran pérdidas ESMERALDAS LUNES 11/DICIEMBRE/2023 I

Petrocuador y Flopec generan el 86% de los ingresos anuales. En telecomunicaciones y electricidad está los mayores problemas. En el contexto del decreto No 37, en el que el presidente Daniel Noboa ordena que se establezca la estrategia para liquidar la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO), ha vuelto al debate público cuál es la situación de las empresas públicas activas dentro de la Función Ejecutiva. En el Gobierno de Lenín Moreno se hizo un esfuerzo de optimización y se pasó de 21 a 13 empresas públicas, entre mayo de 2017 y mayo de 2021. A partir de eso, no se han hecho más esfuerzos para liquidar, concesionar o abrir a la inversión privada a esas empresas. El ministro de Economía, Juan Carlos Vega Malo, ha dicho que se debe “trabajar mucho casa adentro” para focalizar y optimizar el gasto público; e incluso apuntó a las empresas públicas ineficientes. En este contexto, LA HORA detalla algunas cifras claves de la situación actual de las 13 empresas públicas. Según datos de la plataforma de transparencia financiera, que se puede consultar en la web de Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO), 13empresas públicas activas tienen en total una nómina de 28.425 funcionarios.

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A continuación, se detalla el número de funcionarios por cada institución: -Petroecuador: 10.108 -Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT): 5.819 -Corporación Nacional de Electricidad (CNEL): 6.162 -Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec): 4.390 -Astilleros Navales Ecuatorianos: 639 -Flota Petrolera Ecuatoriana (Flopec): 462 -Empresa Pública del Agua: 369 -Comunica EP: 110 - Creamos infraestructura EP: 96

Empresas públicas sin Petroecuador y Flopec USD Millones

Empresas

Creamos infraestructura CNEL Santa Bárbara Atisnave Servicios Postales EMCO Comunica Enami EPA Celec CNT

Resultado 28,96 7,25 2,64 0,33 0,23 -0,17 -1,98 -2,81 -15,17 -27,61 -47,36

-Servicios Postales del Ecuador: 87 -Santa Bárbara EP: 75 -Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO):58 -Empresa Nacional Minera: 50. El 11,93% de los funcionarios tiene contratos de servicios ocasionales y nombramientos provisionales; el 64,58% trabaja contrato permanente e indefinido; el 19,55% bajo un contrato individual; el 1,2% está bajo contrato colectivo; el 1,1% pertenece a contratos de libre promoción; y 1,64% está en otros tipos de contratos. $8 de cada $10 de los ingresos operacionales de las empresas públicas se generan en Petroecuador y Flopec. En 2022, las 13 empresas públicas generaron ingresos operacionales por $20.934,9 millones. De ese total, el 86% vino de Petroecuador ($16.435,57 millones) y Flopec ($963,79 millones).

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respecto para 2024. Otra empresa pública con altos ingresos, pero que registra pérdidas, es la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT). En un año, los ingresos sumaron $519,31 millones; pero al final el resultado fue negativo por un total de -$47,36 millones. Sin tomar en cuenta a Petroecuador y Flopec, las 11 empresas públicas restantes dan como resultado neto una pérdida de -$55,69 millones en 2022. Si se toman en cuenta Petroecuador y Flopec, el resultado se vuelve positivo en $4.882 millones. Hasta noviembre de 2023, es decir a falta de un mes para terminar el año, solo cuatro empresas públicas tenían una ejecución presupuestaria del 70% o más. Esas empresas son: Flopec (80%), Petroecuador (79,2%), EMCO (75,9%) y Celec (72,5%) Las empresas que están por debajo del 70% son: CNEL (61,8%), Creamos infraestructura (59,2%), Comunica (59%), Servicios Postales (57,3%), EPA (54,3%), Astinave (51,3%), C N T (4 9, 4 % ) , E n a m i (42,1%) y Santa Bárbara (36,6%). Las empresas públicas se crean por medio de decreto ejecutivo y se liquidan a través de decreto ejecutivo. Sin embargo, concretar un proceso de liquidación puede ser una tarea larga y engorrosa. Por ejemplo, luego de más de tres años, todavía no se termina la liquidación de Ferrocarriles del Ecuador, Correos del Ecuador y Comunica EP. En varias ocasiones se ha tenido que ampliar el plazo de los procesos de cierre. Esas tres empresas, de acuerdo con Jorge Benavides, actual presidente del directorio de Emco, están en un nivel avanzado (en algún caso de alrededor del 90%), pero todavía existen problemas que resolver e incluso ex empleados que liquidar. Por otro lado, otras como Tame y Fabrec no llegan a completar ni el 50% de avance. Se tiene hasta mayo de 2025 para que se finalice con la liquidación. (JS)

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Esas dos empresas del sector petrolero no solo son las que más ingresos generan, sino también las que más utilidades dejan al final del año. En el caso de Petroecuador, el resultado positivo fue de $4.760,65 millones en 2022; y el resultado positivo para Flopec fue de $177,31 millones. Así, entre ambas entidades suman más de $4.900 millones de beneficios; pero este desempeño se ve mermado por los malos resultados de otras empresas públicas. Los buenos resultados de Petroecuador se ven opacados porque no tiene balances auditados y no cuenta con independencia financiera. Gran parte de sus ganancias se van a preasignaciones a gobiernos locales, entre otros, y el resto va al presupuesto estatal para gasto público. En telecomunicaciones y electricidad están los principales problemas de gestión y pérdidas.

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La Corporación Nacional de Electricidad (CNEL) genera alrededor de $1.310,78 millones anuales en ingresos operacionales. Sin embargo, a duras penas genera un resultado positivo de $17 millones al final del año Esta empresa distribuye electricidad para Guayaquil, Guayas- Los Ríos, Manabí, Esmeraldas, El Oro, Santa Elena, Los Ríos, Milagro, Bolívar, Santo Domingo y Sucumbíos. El caso de Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec) es mucho más complejo. Por un lado, genera ingresos operacionales por $797,84 millones; pero generó un resultado negativo de -$27,61 millones en 2022. LA HORA ya ha analizado que el sector eléctrico ecuatoriano tiene problemas estructurales no resueltos que, entre otras cosas, han llevado al país nuevamente a los apagones. Dentro de esos problemas están las tarifas altamente subsidiadas, pero el Gobierno de Daniel Noboa decidió no hacer ningún cambio al

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GLOBAL 10

I ESMERALDAS LUNES 11/DICIEMBRE/2023

L

uego de jurar «por Dios y por la patria» como presidente de Argentina en la ceremonia oficial de asunción, Javier Milei se retiró del pleno de la Asamblea Legislativa. Por primera vez en 40 años desde el retorno de la democracia, el presidente recién posesionado no dirigió su primer discurso a los diputados y senadores. En su lugar, Milei fue a las escalinatas de Congreso y se dirigió a la gente congregada ahí (algunos desde varias horas antes). «Hoy comienza una nueva era en Argentina. Hoy danos por terminada una triste historia de decadencia y declive. Los argentinos han demostrado una voluntad de cambio que no tiene retorno», dijo como inicio de su discurso Milei. El nuevo presidente argentino recordó que, durante más de 100 años, los políticos se han empecinado en defender un modelo empobrecedor, un modelo que considera que el estado es un botín de guerra que hay que repartir con los amigos. «Ese modelo ha fracasado en todo el mundo, pero sobre todo ha fracasado en Argentina», recalcó. No hay alternativa al ajuste «En todas las esferas, miren donde miren, la situación de la Argentina es crítica y de emergencia. No tenemos alternativa y tampoco tenemos tiempo«, puntualizó Milei El nuevo presidente argentino afirmó que ningún gobierno» ha recibido una herencia peor que la que estamos recibiendo nosotros». El déficit llega al 17% del PIB. De ese total, 5% corresponde al Tesoro y 10% al Banco Central «Es necesario limpiar los pasivos del Banco Central. De esta manera se pondría fin a la emisión del dinero. La única causa cierta de la inflación», pronunció. Sin embargo, alertó que cualquier plan monetario demorará entre 18 y 24 meses en producir sus efectos más beneficios. «Aun cuando hoy dejemos de emitir dinero, seguiremos pagando los desmanes de la política monetaria. Lo vamos a pagar en inflación«, dijo Milei.

Milei asumió el poder anunciando cambio hacia la libertad y un ajuste inevitable

Hizo un llamado a “un nuevo contrato social”. Aseguró que no hay alternativa al ajuste, que caerá sobre el Estado y no sobre los ciudadanos.

HECHO. Milei dio su primer discurso desde las escalinatas del Congreso.

También, se refirió al problema del cepo cambiario y lo calificó como una «pesadilla social y productiva». «El gobierno saliente nos ha dejado plantada una hiperinflación, que llevaría la pobreza por encima del 90% y la indigencia por encima del 50%. La bomba en términos de deuda asciende a más de 100.000 millones de dólares. La economía no crece desde 2011 y el empleo formal está estancado en 6 millones de puestos de trabajo. Los salarios reales están destruidos. Nos han arruinado la vida», relató Milei Ante este escenario de debacle en todos los ámbitos, Milei recalcó enfáticamente que «No hay alternativa po-

sible al ajuste. No hay alternativa al shock». «No buscamos ni deseamos las duras decisiones que deberemos tomar en las próximas semanas. Vamos a tomar todas las decisiones necesarias para arreglar 100 años de despilfarro. Se hará un ajuste ordenado que caiga con todas sus fuerzas contra el Estado y no contra el sector privado», aseguró Milei. El nuevo presidente argentino reconoció que a corto plazo la situación empeorará e hizo un llamado a establecer un nuevo contrato social, donde se liberalice la economía y «el Estado no dirija nuestra vidas, sino que proteja nues-

tros derechos». Para finalizar, Milei repitió que «Hoy comienza una nueva era en Argentina». Hizo un llamado a que se unan todos los políticos, empresarios y sindicalistas que quieran el cambio. «El desafío que tenemos por delante es titánico No vamos a claudicar, no vamos a retroceder, no nos vamos a rendir. Abrazar las ideas de la libertad es la única manera de salir del pozo en el que nos han metido. Habrá luz al final del camino.», concluyó Milei. (JS) Los tres primeros pasos de Milei como presidente En primer lugar, Milei, durante su primer día como

EL DATO Milei recordó que, además de la crisis económica, la inseguridad se ha apoderado de las calles. «Argentina se ha convertido en un baño de sangre». Aseguró que solo el 3% de los delitos son condenados Argentina tiene actualmente más de 45% de pobres. Más de 20 millones de personas no alcanzan a cubrir sus necesidades básicas.

presidente, promulgó un decreto de necesidad y urgencia (DNU). Allí incluyó, además de la normativa para modificar el organigrama nacional (la reducción de los ministerios a solo 9), todos los puntos del extenso listado de reformas que supuestamente no necesitan pasar por el Congreso. Los abogados han estado trabajando con La Libertad Avanza para hacer un peinado fino de los proyectos para desagregar cuáles pueden salir por decreto sin que existan problemas legales. Se espera que Luis Caputo, nuevo ministro de Economía, emita un mensaje al inicio de la semana (dirigido a los mercados) en donde anuncie las primeras medidas de urgencia, económicas y monetarias. En tercer lugar, Milei convocará a sesiones extraordinarias. En el temario incluirá su proyecto de “ley ómnibus” con todas las iniciativas que requieren tratamiento legislativo. Esta “ley ómnibus” tendría tres capítulos: una reforma del Estado, una desregulación de leyes económicas y una reforma política. El compendio incluye, entre otros puntos, el achicamiento de la administración pública, la liberalización de sectores de la economía, la simplificación del sistema impositivo, modificaciones en los contratos laborales, la privatización de empresas estatales y la eliminación de las PASO. (JS)


LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023

Esmeraldas

Da clic para estar siempre informado

Un café en Tokio permite a sus visitantes ser bebé por un día En Japón, donde cada vez menos personas se deciden a tener hijos, un café tokiota permite a sus usuarios experimentar lo que supone ser bebé por un día, con le objetivo de fomentar la empatía con los niños y entender las dificultades a las que se enfrentan a diario. EFE/Edurne Morillo


REVISTA JUDICIAL C00

LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR

LUNES, 11 DE DICIEMBRE DE 2023 La Hora QUITO, ECUADOR

ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

http//www.derechoecuador.com

DISEÑO NORMATIVO: MEDIACIÓN TRIBUTARIA

Autor: Dr. Giovani Mayorga Andaluz

conocimiento y resolución.

La ley Orgánica para el Desarrollo Económico y la Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia COVID - 191 (en adelante LODESOF), al regular los mecanismos alternativos de solución de conflictos MASC en el ámbito tributario establece ciertos presupuestos que están totalmente errados y que no se compadecen en forma alguna con el avance dogmático y normativo que Ecuador ha presentado en esta materia tan importante. Afirmaciones de este tipo causan no solo graves problemas en la sistematización y tratamiento adecuado de los MASC, sino que alteran su adecuada comprensión y aplicación por parte de los operadores de justicia que, en definitiva, son quienes están en la obligación de interpretar y aplicar y dar contenido a las normas jurídicas en los casos concretos sometidos a su

Conviene entonces realizar estas aclaraciones: Errónea aplicación La LODESOF considera erróneamente que la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de conflictos en el ámbito tributario es “novedosa”, pero esta afirmación es desatinada pues desde el año 2010, en que entró en vigencia el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, ya se preveía este tipo de mediación al disponerse en este cuerpo normativo que la máxima autoridad financiera del gobierno regional, provincial o municipal, de forma obligatoria y previamente al ejercicio de la facultad coactiva, debía agotar los mecanismos de negociación y mediación para el cobro de deudas tributarias, particularmente cuando se trate de grupos de atención priorita-

ria.2 Por manera que, al menos desde el campo normativo, tenemos una década de vigencia y aplicación de la mediación tributaria. Materia transigible La materia transigible, es un límite constitucional material de los MASC que si bien es cierto no está definida por el legislador ecuatoriano, su construcción dogmática se basa en el ordenamiento jurídico vigente3, en la jurisprudencia y en la doctrina representativa que sobre esta materia existe. De estas fuentes, quien escribe estas líneas en unidad de criterio con el eminentísimo jurista Don Juan Ignacio Yuquilema, definimos a la materia transigible como “todo aquello que puede ser objeto de libre disposición, negociación o renuncia por las partes en conflicto y, en consecuencia, se incluyen dentro de la órbita de su voluntad.”4 Es decir, que

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CONSULTA LABORAL ¿La ley permite solicitar medidas cautelares aunque no exista una forma específica para conocer y proveer ese tipo de medidas?

existen asuntos que por su naturaleza no son transigibles, ni están sujetos a disposición de las partes, por ello las cuestiones que tienen que ver con estos asuntos deben necesariamente ser resueltas por los jueces de la República, como por ejemplo tenemos el estado civil de las personas, o el orden público, etc. Respecto de estos últimos no caben los MASC puesto que no se puede disponer de lo que no se tiene. Carácter auto compositivo La transacción es una especie o tipo de MASC, de carácter auto compositivo5, es decir existe una relación de pertenencia con los MASC, pues la primera es una de sus especies, mientras que aquellos constituyen el género. Por esa razón, cuando se emplea ciertas particularidades de una especie de MASC, para abordar el concepto del género al cual pertenece, se provocan serias

RESPUESTA La posibildiad de solicitar y disponer medidas preventivas en los procesos judiciales está limitada a la cosa que se litiga o para asegurar un crédito. Los requisitos para ordenar el secuestro o la retención de bienes, exigen que se demuestre la existencia de un crédito. En materia laboral, al ser juicios de conocimiento que generalmente pretenden el reconocimiento de un derecho para ser indemnizados, no existe un crédito como tal, sino una mera expectativa. Por esta razón no es posible ordenar medidas preventivas con la presenación a la demanda como determina la norma. No obstante el Art. 594 del Código del Trab Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023 La Hora, ECUADOR

Brandoni y Matilde Risolía. La trama de papel:

y penal.

587 de 29 de noviembre de 2021

sobre el proceso de mediación, los conflictos

5 Niceto Alcalá-Zamora y Castillo. Proceso,

2 Art. 340.- Deberes y atribuciones de la

y la mediación penal. Buenos Aires: Galerna,

Autocomposición y Autodefensa. Contribución

máxima autoridad financiera.- Son deberes

2006; Armenta Deu, Teresa. Lecciones de

al estudio de los fines del proceso. Universidad

y atribuciones de la máxima autoridad

Derecho Procesal Penal. Madrid: Marcial

Nacional Autónoma de México. (México.

financiera las que se deriven de las funciones

Pons, 2012; Armenta Deu, Teresa. El proceso

2000), 24.

que a la dependencia bajo su dirección le

penal: nuevas tendencias, nuevos problemas.

6 COIP. DISPOSICIONES TRANSITORIAS:

compete, las que se señalan en este Código, y

Revista del Poder Judicial No. 41-42. España,

DÉCIMA: El Consejo de la Judicatura

resolver los reclamos que se originen de ellos.

1996.Versión electrónica disponible en www.

implementará los centros de mediación

Tendrá además las atribuciones derivadas del

poderjudicial.es, etc.

para adolescentes y dictará los reglamentos

ejercicio de la gestión tributaria, incluida la

4 Así lo establecemos en el libro: Teoría y

necesarios para su implementación, en el plazo

facultad sancionadora, de conformidad con

práctica de mediación y conciliación civil

máximo de ciento cincuenta días, contados

lo previsto en la ley. La autoridad financiera podrá dar de baja a créditos incobrables, así como previo el ejercicio de la acción coactiva agotará, especialmente para grupos de atención prioritaria, instancias de negociación y mediación. En ambos casos deberá contar con la autorización previa del ejecutivo de los gobiernos autónomos descentralizados. La Controlaría General del Estado fijará el monto y especie de la caución que deberá rendir la máxima autoridad financiera para el ejercicio de su cargo. 3 Código Civil: Art. 11.- Podrán renunciarse los derechos conferidos por las leyes, con tal que sólo miren al interés individual del renunciante, y que no esté prohibida su

Quito, 1 de diciembre del 2023

CONVOCATORIA Se convoca a los Señores Socios Accionistas de la Compañía de Taxis Ejecutivo Carapunjr S.A. a la Asamblea General Extraordinaria a efectuarse en la ciudad de Quito el día jueves 14 de diciembre del 2023 a las 14:00 pm, en la Sede de la Compañía ubicada en Av. Cacha y Fundadores.

renuncia; Corte Constitucional de Colombia. Sentencia C-1195-01; Alcalá-Zamora y Castillo, Niceto. Proceso, Autocomposición y Autodefensa. Contribución al estudio de los fines del proceso. México: Universidad Nacional Autónoma de México, 2000; Álvarez, Gladys Stella. Los Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos en los Procesos Judiciales: Experiencias Argentinas. Ponencia de la conferencia internacional Resultados de las Reformas Judiciales en

ORDEN DEL DÍA 1. Constatación del Quorum 2. Lectura y Aprobación del Acta anterior. 3. Presentación del presupuesto para el año 2024. 4. Elección del Comisario Fiscalizador. 5. Elección del Comisario Administrativo. 6. Elección del Comisario de Frecuencia. 7. Elección de las Comisiones de Asuntos Sociales y Deportes.

América Latina: Avances y Obstáculos para el Nuevo Siglo. Bogotá: Editorial Bogotá 1999.

Atentamente,

Publicado en Reforma Judicial en América Dr. Giovani Mayorga Andaluz

Latina. Alfredo Fuentes Hernández. Una Tarea

montecrhisto@gmail.com

Inconclusa; Arechága, Patricia, Florencia

EXTRACTO PUBLICACIÓN

Tlgo. Wladimir Loachamin GERENTE

Yo, MARÍA PAMELA ANDRADE CEDEÑO, portador de cédula de

Sr. Gustavo Cabezas PRESIDENTE

ciudadanía número uno tres cero cuatro cero tres ocho nueve tres

seis, en calidad de APODERADA ESPECIAL de la compañía FIDEVAL S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS y esta a

CONVOCATORIA

su vez como representante legal del FIDEICOMISO DE INVERSIÓN

EMPLEADOS DINERS - INTERDIN, informamos a toda la ciudadanía

Tena, a 07 de diciembre de 2023.

Que se ha extraviado el CERTIFICADO DE INVERSIÓN DINERS (CID)

NO. C cero tres ocho uno seis nueve (C038169), por un monto capital

de inversión de Ciento Treinta Mil Dólares de los Estados Unidos de

Señores Presidentes:

América, que corresponde a la inversión efectuada por su propietario

el FIDEICOMISO DE INVERSIÓN EMPLEADOS DINERS – INTERDIN

Se convoca a los Clubes Filiales a Liga Deportiva Barrial Jumandy, a la Asamblea General de Elecciones (período 2024-2028) que se realizará el día 26 de Diciembre del 2023 a las 18H30

en el BANCO DINERS CLUB DEL ECUADORA S.A., certificado con fecha de emisión veinte y siete de septiembre del dos mil veinte y tres

y vencimiento al veinte y seis de septiembre del dos mil veinte y cuatro. Por medio del presente nos oponemos a cualquier acción de cobro del mencionado certificado de inversión.

Lugar: Cancha Cubierta Barrio Dos Ríos Dirección: Av. Dos Ríos y Agustin Calapucha

Atentamente, MARÍA PAMELA ANDRADE CEDEÑO APODERADA ESPECIAL

001-003-3848

ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA Por pérdida de certificado de inversión Nro. 002000080002235002 Cliente BUITRON QUILCA PAOLA FERNANDA Cédula de Ciudadanía Nro. 1719390203 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.

1 Tercer Suplemento del Registro Oficial No.

001-004-3770

Diferencia entre la transacción y la mediación La transacción y la mediación son dos instituciones jurídicas distintas. No son lo mismo. Pese a ello se comete un error de bulto en el art. 56.8 de la LODESOF y se establece que “la transacción extraprocesal de obligaciones tributarias valdrá y surtirá efectos si y solo si se instrumenta en una acta de mediación suscrita por un mediador calificado…”, generando un verdadero caos pues se confunde la transacción y la mediación en una institución híbrida e hipertrófica que debería funcionar con normas sustantivas y procesales totalmente distintas y con seguridad incompatibles, particularmente desde el punto de vista de la validez y los efectos jurídicos del producto final que se pretende obtener por efectos de la intervención del mediador. En este contexto, desde el punto de vista normativo el Código Civil establece en su art. 2348 que la “Transacción es un contrato en que las partes terminan extrajudicialmente un litigio pendiente, o precaven un litigio eventual. No es transacción el acto que solo consiste en la renuncia de un derecho que no se disputa.”,

mientras que el art. 43 de la Ley de Arbitraje y Mediación considera que “La mediación es un procedimiento de solución de conflictos por el cual las partes, asistidas por un tercero neutral llamado mediador, procuran un acuerdo voluntario, que verse sobre materia transigible, de carácter extrajudicial y definitivo, que ponga fin al conflicto.” Tal como se puede apreciar, las similitudes entre estas instituciones son muchas11, pero la particularidad de la mediación radica en la intervención del mediador y en la regulación propia que orienta el Acta de Mediación como producto de una mediación. Por lo tanto, la intervención del tercero neutral es lo que caracteriza a la mediación y la distingue de la negociación directa y de la transacción, razón por la cual, y dado el énfasis que la LODESOF establece en el “mediador calificado”, el art. 56.8 regula en verdad la “mediación extraprocesal” y no la “transacción extraprocesal” como erróneamente consta. De hecho, cuando se establecen las normas supletorias para regular la Sección Sexta titulada erróneamente como “transacción” la remisión no es el Código Civil sino al COGEP, al Código Orgánico de la Función Judicial y a la Ley de Arbitraje y Mediación y a su reglamento.

FIDEVAL S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS

FIDEICOMISO DE INVERSIÓN EMPLEADOS DINERS - INTERDIN

Lcdo. Galo Freire PRESIDENTE

Ab. Martha Carrazco SECRETRIA

001-004-3773

inconsistencias lógicas como cuando la LODESOF establece que no existe materia transigible en “la materia penal….el derecho a recibir alimentos, salvo que cuente con aprobación judicial… la materia ya resuelta en sentencia con autoridad de cosa juzgada…”. Estas hipótesis configurativas en verdad son propias del contrato transaccional y resultan poco eficaces para explicar en tema bajo análisis, pues en verdad si existe materia transigible en los ámbitos antes detallados, pese a que la LODESOF establezca lo contrario. Para muestra de ello tenemos el sistema de mediación penal exclusivamente para el caso de menores en conflicto con la ley penal6 7; la conciliación para el sistema penal de adultos8; tenemos la conciliación prevista en el COGEP9 que puede aplicarse en los juicios para la fijación de alimentos; y también para el cumplimiento de la sentencia10.

001-004-3757

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LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023 La Hora, ECUADOR

desde la publicación de este Código. DÉCIMO

C3

CONVOCATORIA

SEXTA: El Consejo de la Judicatura, en el publicación de este Código en el Registro Oficial, asignará los recursos humanos y económicos necesarios para poner en funcionamiento las disposiciones contenidas en el presente Código, Inclusive, en lo que respecta a la creación de nuevas judicaturas, al archivo de los medios técnicos de las audiencias, al sistema de turnos y horario judicial especial en las unidades de flagrancia y a la creación y funcionamiento de los centros de mediación en materia de

De conformidad con la facultad establecida en los Estatutos Sociales, la Ley de Compañías y su reglamento, se convoca a todos los Socios de la compañía OILTECHENERGY S.A. a la Junta General de Socios que se efectuará en el Km 3.5 vía Lago Agrio s/n y vía Lago, del cantón Orellana, Ciudad de Francisco de Orellana, el día 21 de diciembre del 2023, a las 10:00 horas, con el objeto de conocer y tratar el siguiente punto del orden del día:

CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN CÁMARA DE COMERCIO DE QUITO EXTRACTO ACTOR: RADIO COMUNICACIONES DE LOS ANDES RACOMDES S.A. DEMANDADOS: CORPORACIÓN BASICA DE SEGURIDAD CIA. LTDA CORPOSEG y ANDRÉS VINICIO RODRÍGUEZ OLIVEIRA CUANTÍA: $4.018,77 (CUATRO MIL DIECIOCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 77/100).

adolescentes infractores. 7 Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia: Art. 348-a.- Mediación penal. La mediación

CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE QUITO

ORDEN DEL DÍA:

RADIO COMUNICACIONES DE LOS ANDES RACOMDES S.A. C

permite el intercambio de opiniones entre la víctima y el adolescente, durante el proceso, para que confronten sus puntos de vista y logren solucionar el conflicto que mantienen. Podrá referirse a la reparación, restitución o resarcimiento de los perjuicios causados; realización o abstención de determinada conducta; y, prestación de servicios a la comunidad. Procederá en los mismos casos de la conciliación.”

1. Aprobar y convalidar los balances del año 2022, conforme al Art. 20 de la Ley de Compañías.

CORPORACION BASICA DE SEGURIDAD CIA. LTDA CORPOSEG & RODRÍGUEZ OLIVEIRA ANDRÉS VINICIO

2. Autorizar al Gerente General para que se suscriba los respectivos balances con la contadora correspondiente al año 2022.

15 de noviembre de 2023 Considerando

1 .- Que con fecha 8 de noviembre de 2023, la parte actora presenta un escrito

8 COIP: Art. 663.- Conciliación.- La conciliación podrá presentarse hasta antes de la conclusión de la etapa de instrucción fiscal en los siguientes casos: 1. Delitos sancionados con pena máxima privativa de libertad de hasta cinco años. 2. Delitos de tránsito que

Leonardo Iván Mena Nacimba Gerente General

pérdida o inutilización de algún órgano. 3.

Francisco de Orellana, 08 de Diciembre de 2023

001-004-3771

no tengan resultado de muerte, ni de lesiones graves que causen incapacidad permanente, Delitos contra la propiedad cuyo monto no exceda de treinta salarios básicos unificados del trabajador en general. Se excluye de este procedimiento las infracciones contra la eficiente administración pública o que afecten a los intereses del Estado, delitos contra la inviolabilidad de la vida, integridad y libertad personal con resultado de muerte, delitos contra la integridad sexual y reproductiva y delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar. 9 Art. 233.- Oportunidad. Las partes podrán conciliar en cualquier estado del proceso. Si con ocasión del cumplimiento de la sentencia surgen diferencias entre las partes, también podrán conciliar. La conciliación se regirá por los principios de voluntariedad de las partes, confidencialidad, flexibilidad,

CONVOCATORIA De conformidad con la facultad establecida en los Estatutos Sociales, la Ley de Compañías y su Reglamento, se convoca a todos los Socios de la compañía OILTECHENERGY S.A. a la Junta General de Socios que se efectuará en el Km 3.5 vía Lago Agrio s/n y vía Lago, del cantón Orellana, ciudad de Francisco de Orellana, el día 21 de diciembre del 2023, a las 12:00 horas, con el objeto de conocer y tratar el siguiente punto del orden del día:

10 Art. 234.- Procedimiento. La conciliación se realizará en audiencia ante la o el juzgador conforme a las siguientes reglas: 1. Si la conciliación se realiza en la audiencia única, audiencia preliminar o de juicio, el juez la aprobará en sentencia y declarará terminado el juicio. 2. Si la conciliación se presenta con ocasión del cumplimiento de la sentencia, la o el juzgador de la ejecución señalará día y hora para la realización de la audiencia en la que resolverá la aprobación del acuerdo. 3. Si la conciliación recae sobre parte del proceso, este continuará con respecto a los puntos no

ORDEN DEL DÍA:

I .- Cítese con la demanda a la compañía CORPORACIÓN BÁSICA DE SEGURI-

DAD CIA.LTDA CORPOSEG en la persona de su Representante Legal, señor ANDRÉS VINICIO RODRÍGUEZ OLIVEIRA, así como también por sus propios y personales derechos, en calidad de obligado solidario, mediante dos publicaciones en un diario de amplia circulación en el lugar en donde se sigue el arbitraje y en el domicilio del demandado. Para el efecto, entréguese el extracto correspondiente al actor. II .- A la parte demandada le corresponde, de acuerdo al artículo 11 de la Ley de Arbitraje y Mediación, el término ordinario de diez días para contestar la demanda, adjuntar pruebas y solicitar la práctica de las diligencias probatorias que justifiquen lo aducido en su contestación a la demanda, además señalará domicilio electrónico para futuras notificaciones. III .- Incorpórense al proceso los anexos con que se acompaña la demanda, según consta en la fe de presentación correspondiente. - Es responsabilidad de la parte demandada el obtener copias de la documentación que se adjunte a la demanda. IV .- Toda vez que la parte actora ha señalado correo electrónico de la parte demandada, póngase en conocimiento la demanda, la orden procesal de fecha 28 de marzo de 2023 y la presente orden procesal a la dirección electrónica consignada. V .- Una vez realizadas las publicaciones por la prensa, la parte actora deberá presentar ante este Centro los ejemplares correspondientes. VI .- Actúe en calidad de Secretaria Ad hoc Christina Chang Cruz. - Notifíquese. - f) Ab. Francisco González Pazmiño, Director. -

1. Aprobar la Disolución Voluntaria y anticipada de la compañía, conforme a lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes de la Ley de Compañías. 2. Autorizar al Gerente General para que se suscriba la correspondiente escritura pública de Disolución Voluntaria y Anticipada de la compañía, así como para que realice los actos que fueran necesarios para la perfección de la misma para su inscripción en el Registro Mercantil del Cantón Orellana; y, para que posteriormente inicie el proceso de liquidación de la compañía, conforme a lo dispuesto en el artículo 373 de la Ley de Compañías.

comprendidos o de las personas no afectadas 11 Son especies de los MASC, solucionan la conflictividad social, el valor justicia debe verificarse en la construcción de acuerdos, cada parte ha de ceder posiciones para construir el acuerdo, etc.

Leonardo Iván Mena Nacimba Gerente General Francisco de Orellana, 08 de diciembre de 2023

001-004-3771

por el acuerdo.

en el cual adjunta la declaración juramentada, la cual señala lo siguiente: “ (...) Yo, ingeniero MARCO PATRICIO GUEVARA MERA, en calidad de Gerente General y por lo tanto Representante Legal de RADIO COMUNICACIONES DE LOS ANDES RACOMDES S.A., comparezco ante usted y declaro libre y voluntariamente lo siguiente: 1. Que no me resulta posible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del señor Rodríguez Oliveira Andrés Vinicio, por sus propios y personales derechos (i); así como de su representada en calidad de Gerente General, esto es la compañía CORPORACIÓN BASICA DE SEGURIDAD CIA.LTDA. CORPOSEG (ii). 2. Que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a las personas natural y jurídica mencionadas, como acudir a los registros de público acceso, sin que haya sido posible identificar lo dicho. 3. Que, hasta la presente fecha de esta declaración, se verifica que el señor Andrés Vinicio Rodríguez Oliveira titular de la cédula 1712218369 no registra salida del país ni consta inscrito en registro consular del exterior (...)”. 2 .- Que el artículo 11 de la Ley de Arbitraje y Mediación dispone en su parte pertinente:”(...) Si al actor le fuere imposible determinar el domicilio del demandado, la citación se hará mediante dos publicaciones en un diario de amplia circulación en el lugar en donde se sigue el arbitraje y en el domicilio del demandado. Si el demandado no compareciere en el término de diez (10) días después de la última publicación, este hecho se tendrá como negativa pura y simple de los fundamentos de la demanda (...)”. 3 .- Que el Art 53 del Código Orgánico General de Procesos señala: “La citación es el acto por el cual se le hace conocer a la o al demandado el contenido de la demanda o de la petición de una diligencia preparatoria y de las providencias recaídas en ellas. Se realizará en forma personal, mediante boletas o a través del medio de comunicación ordenado por la o el juzgador (…) Si la o el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico de la o del demandado, la o el juzgador ordenará también que se le haga conocer a la o al demandado, por correo electrónico, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, se dejará constancia en el sistema. Esto no sustituye a la citación oficial (…)”.- El énfasis me pertenece.Por lo expuesto

neutralidad, imparcialidad, equidad, legalidad y honestidad.

Proceso Arbitral No. 017-23

001-004-3766

plazo máximo de noventa días a partir de la


C4

LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023 La Hora, ECUADOR

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL

Hay firma y sello. OP-MIG

Quito, 05 de diciembre del 2023

CITACIÓN JUDICIAL A: A HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE SEÑORA: DIGNA EVA TOAPANTA PROAÑO

EXTRACTO JUDICIAL ACTOR: HORTENCIA RAQUEL JARAMILLO TOAPANTA DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE SEÑORA: DIGNA EVA TOAPANTA PROAÑO PRETENSIÓN: PARTICIÓN DE BIENES SUCESORIOS CUANTÍA: NOVENTA Y TRES MIL TREINTA Y NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS NÚMERO: 179812023-02541 TRÁMITE: VOLUNTARIO JUEZ: DR. MIGUEL ANDRADE HERNÁNDEZ AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 1 de septiembre del 2023, a las 09h14. VISTOS.Agréguese al proceso el escrito y acta de reconocimiento de firma y rúbrica que antecede.- En lo principal: Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud del sorteo de ley, en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial. [I] CALIFICACIÓN y PROCEDIMIENTO.- En lo principal la demanda de PARTICION DE BIENES SUCESORIOS presentada por HORTENCIA RAQUEL JARAMILLO TOAPANTA, que antecede, es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se la admite a TRÁMITE SUMARIO previsto en el artículo 332 y 333 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), y por cuanto de la partida de inscripción de defunción acompañada se desprende el fallecimiento de DIGNA EVA TOAPANTA PROAÑO, y ya existe un inventario de bienes aprobado, en consecuencia se dispone: [II] CITACIÓN.- Con la demanda y este auto cítese a los demandados de la siguiente forma: a los señores CELIDA ROMELIA JARAMILLO TOAPANTA, NORMA MARGOT JARAMILLO TOAPANTA, NERIZ ADELA JARAMILLO TOAPANTA, ZOILA JANETH JARAMILLO TOAPANTA, MARCIA MARLENE JARAMILLO TOAPANTA Y BEATRIZ ISABEL JARAMILLO TOAPANTA cítese por boletas o en persona en la dirección señalada en el libelo de demanda, para el efecto remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones de esta Unidad judicial; previniendo a los demandados la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad de Quito y correo electrónico para posteriores notificaciones.- CITACION A HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE DIGNA EVA TOAPANTA PROAÑO.- Una vez que el accionante han declarado con juramento desconocer el domicilio de herederos desconocidos y presuntos, y más interesados en la sucesión de DIGNA EVA TOAPANTA PROAÑO, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 58 del Orgánico General de Procesos, CÍTESE a los herederos presuntos y desconocidos de la señora DIGNA EVA TOAPANTA PROAÑO por la prensa, en la forma contemplada en el numeral 1 del Art. 56 COGEP, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, al efecto por Secretaría confiérase el extracto de la demanda correspondiente, a fin de que se haga conocer este juicio de partición para los efectos legales consiguientes y se cite a los herederos presuntos y desconocidos.Se previene a los demandados e interesados en la sucesión que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad de Quito y correo electrónico para posteriores notificaciones. [III] ANUNCIO DE PRUEBA. Agréguese a los autos los documentos que se acompañan a la demanda, y téngase como prueba anunciada.- INSCRIPCION.- Conforme el Art. 146 del COGEP, procédase a la inscripción de la presente demanda de partición de bienes Sucesorios en Registro de la Propiedad del cantón Quito, para esto el accionante presentará el certificado de gravámenes en el que conste haber realizado dicha inscripción a la brevedad posible, y solo cuando esto ocurra se podrá continuar con la citación.- CITACION AL MUNICIPIO DEL DMQ.- Conforme el Art. 473 del COOTAD, por mandato legal se dispone 211687332-DFE citar con esta demanda de partición al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito (GAD DMQ), a través de sus representantes legales: Señor Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito y señor Procurador Síndico o Procurador Metropolitano, o quien haga sus veces en ese cargo al momento de citar.- [IV]. NOTIFICACIONES. Téngase en cuenta el casillero físico y correo electrónico que señala la accionante para sus notificaciones.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. f) Dr. Miguel Andrade. Juez Lo que comunico a público en general, para fines legales pertinentes

001-004-3769

EN LA CAUSA QUE SIGUE DALIA DEL JESÚS CEDEÑO LOOR EN CONTRA DE ITER JAVIER CRUZATTY CEDEÑO, PEDRO CESAR CRUZATTY CEDEÑO, ENNY JOHANA CRUZATTY CEDEÑO y BETSY ADRIANA CRUZATTY CEDEÑO. EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA PERSONA FALLECIDA PEDRO TRANQUILINO CRUZATTY SALAVARRIA, MEDIANTE TRES PUBLICACIONES QUE SE REALIZARÁN EN TRES FECHAS DISTINTAS, EN UN PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN QUE SE EDITAN EN LA CIUDAD DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, DE CONFORMIDAD CON EL ART 56 Y 58 DEL COGEP, EL CUAL DEBERÁ COMPARECER AL PROCESO. CAUSA NO. 17267-2023-00201 MATERIA: FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA TIPO DE PROCEDIMIENTO: ORDINARIO, ASUNTO: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO DEFENSOR: AB. ROSILIA MARGARITA POVEDA MENDOZA JUEZ: DR. FREDY CHULDE OBANDO DEL CANTON PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA, UNIDAD MULTICOMPETENTE JUICIO NO. 17267-2023-00201 UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Pedro Vicente Maldonado, miércoles 4 de octubre del 2023, a las 16h55. VISTOS: 1) Incorpórese expediente el escrita que antecede presentado por Cedeño Loor Dalia del Jesús; en lo principal.- 2) Una vez que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en auto de sustanciación anterior, se califica la demanda, la misma que es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO.- 3) Se ordena la citación a los demandados ITER JAVIER CRUZATTY CEDEÑO, PEDRO CESAR CRUZATTY CEDEÑO, ENNY JOHANA CRUZATTY CEDEÑO y BETSY ADRIANA CRUZATTY CEDEÑO; esto es, en el lugar del DOMICILIO que se indica en la demanda, de conformidad con lo previsto en el Art. 54 o 55 y 63 del COGEP; previniéndole de la obligación que tienen de señalar correo electrónico para sus notificaciones. Para la práctica de dicha diligencia procesal, previo a remitir el proceso a la oficina de citaciones, se deberá dar cumplimiento al Memorando circular-CJDNGP-2018- 0289-MC, de fecha miércoles 18 de julio de 2018, suscrito por el Dr. Esteban Alejandro Echeverría Carrera, Director Nacional de Gestión Procesal; esto es la parte actora deberá acercarse a una de las ventanillas y/o archivo de esta Unidad Judicial y proporcionar las copias necesarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares para adjuntar a las boletas de citaciones; una vez que se dé cumplimiento con lo dispuesto, se enviará el despacho suficiente a la sala de citaciones, a fin de que proceda a citar a la parte demandada conforme contempla la norma legal; y, una vez que la señora DALIA DEL JESÚS CEDEÑO LOOR, ha rendido su declaración bajo juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, residencia y/o domicilio de los herederos presuntos y desconocidos de la persona fallecida PEDRO TRANQUILINO CRUZATTY SALAVARRIA, conforme lo determina el artículo 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos; se dispone se cite a los herederos presuntos y desconocidos de la persona fallecida PEDRO TRANQUILINO CRUZATTY SALAVARRIA, mediante publicaciones que se realizarán en uno de los Diarios de mayor circulación a nivel nacional, en tres días distintos; que contendrá un extracto de la demanda y éste auto de aceptación a trámite; a fin de que, de existir hagan valer sus derechos, conforme lo estable los artículos antes indicados, para esto por secretaría elabórese el extracto correspondiente.- 4) Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.- 5) DE LA PRUEBA: A la audiencia definitiva que se convocare oportunamente se practicara la siguiente prueba anunciada por la parte actora; a) El día de la audiencia de juicio rinda declaración de parte la actora la señora DALIA DEL JESÚS CEDEÑO LOOR; b) Comparezcan a rendir su testimonio, las siguientes personas IRENE AMPARO LOPEZ CEDEÑO, MANUEL RUPERTO RAMIREZ GARCIA y .- 6) Agréguese y téngase como prueba la documentación que acompaña y ha sido anunciada en el acápite VI numeral 6.1 (6.1.1, 6.1.2, 6.1.3, 6.1.4); lo cual estará a lo previsto en los Arts. 159, 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del COGEP, esto es sobre la admisibilidad y práctica de prueba. 7).- Agréguese la documentación aparejada a la demanda en el acápite X, numerales 10.1, 10.2, 10.3, 10.4, 10.5, 10.6 y 10.7. 8) Tómese en cuenta el correo electrónico señalado por la parte accionante; así como la autorización que le confiere a su defensor técnico Ab. Juan Troya Alverca; hágase saber a su anterior abogada que ha sido sustituida en la defensa. Actúe el Ab. Maximo Freire Ortega como secretario encargado de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- CHULDE OBANDO FREDY BOANERGES JUEZ (PONENTE) DR. JOSE BEJARANO GALARZA SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE


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Esmeraldas: 11 diciembre 2023 by LA HORA Ecuador - Issuu