50c incl. IVA
Quito, Ecuador
LUNES 10 DE FEBRERO DE 2020
Número total de ejemplares puestos en circulación: 26.516
GLOBAL
PAÍS
Crisis del coronavirus supera a la del SARS
Teletrabajo aún es incipiente en el país
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Al prófugo Correa le llegó la hora del juicio
LA FRASE
“La tarifa de la bicicleta pública fluctuará entre 30 y 40 dólares al año para cada usuario”. FERNANDO DE LA TORRE,
DIRECTOR DE TRANSPORTES SOSTENIBLES DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD
Página A2
Aunque hay un pedido de recusación contra los jueces, la audiencia prevista para hoy es improrrogable. Todo está definido para que la audiencia de juicio contra el expresidente, Rafael Correa, exautoridades de su régimen y empresarios involucrados en el caso ‘Sobornos’ se inicie hoy, a las 08:00, en la Corte Nacional de Justicia. El fin de semana hubo gran expectativa por el pedido de recusación que se presentó sobre los magistrados Iván León Rodríguez, Marco Rodríguez Ruiz e Iván Saquicela, para apartarlos definiti-
vamente de esta causa. Fausto Jarrín, abogado defensor de Correa, admitió que no cumplió con todas las formalidades para que se apruebe su solicitud, pero espera hacerlo hasta el final de esta jornada. Inicialmente, la audiencia debió realizarse el 30 de enero, pero se difirió por solicitud de los abogados de los procesados. Ahora la cita se hará con o sin la presencia de los procesados. Página B1
MEJOR PELÍCULA
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CULTURA
ÁTICO. El expresidente, Rafael Correa, publicó un video desde su casa en Bélgica, cuestionando el caso. (Foto: Twitter)
EL ÓSCAR 2020
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MEJOR ACTRIZ
Prodigioso pianista visita Quito Página A5
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QUITO
MINUTOS CON: A2 Fernando de la Torre
director de Transportes Sostenibles de la Secretaría de Movilidad.
tiempo lectura 15 min.
LUNES 10 DE FEBRERO DE 2020 La Hora QUITO, ecuador
I
“Un grupo de bicicletas eléctricas se destinará a los agentes metropolitanos de control y de tránsito”. ENTREVISTA. Fernando de la Torre está a cargo del sistema de bicicletas públicas.
‘La bicicleta pública será tarifada’
Se hará un concurso internacional para seleccionar al nuevo operador del servicio.
F
ernando de la Torre se desempeña desde mayo de 2019, cuando inició la administración municipal de Jorge Yunda, como director de Transportes Sostenibles de la Secretaría de Movilidad. En diálogo con La Hora, el funcionario explicó la situación que enfrenta el sistema de bicicletas públicas, luego de que un grupo de usuarios denunciara que centenares de unidades se encontraban abandonadas en una bodega. Además, anticipa los proyectos que tiene la entidad para fomentar la movilidad sostenible, con la ampliación de la red de ciclovías y un nuevo modelo de gestión para las bicicletas públicas . (JCER)
¿Cuál es la visión que tiene de la ciudad y la movilidad para 2023, cuando termina la actual administración municipal?
Quito es una ciudad compleja no solamente en lo topográfico y geográfico, sino en términos sociales. Entre los principales proyectos está detener la expansión hacia los extremos y densificar hacia las partes internas. Es obligatorio promocionar la movilidad sostenible sobre el auto privado.
¿Tienen una proyección para ampliar la red de bicicletas públicas?
En la planificación tenemos un proyecto listo para implementarse este año, con su propio presupuesto, de 40 kilómetros en ciclovías, un 85% segregadas o separadas del tráfico, entre la avenida Ambato y Solanda. También hay una proyección para los Valles de los Chillos, Cumbayá y las periferias, hacia el oriente y occidente. Hoy hay 38 kilómetros y dejaríamos unos 120 kilómetros de ciclovías, en un 65% para el norte y el 35% al sur y valles. ¿Qué medidas inmediatas se pueden adoptar frente a los problemas de desconexión de los actuales 38 kilómetros de ciclovías?
La primera medida que valoramos en la red de ciclovías del sur, que nunca se planteó como red porque el usuario llega al fin de la ciclovía y no sabe qué hacer, es la planificación y señalización. En el programa de repavimentación se dejan listas las vías y luego se estudia la posibilidad de ciclovías, ¿no debería ser al revés y así optimizar el tiempo con un solo trabajo?
La pregunta es excelente y por
eso fue tanta nuestra insistencia desde junio del año pasado de que se trabaje dentro de la repavimentación, porque el proyecto ya estaba listo en base a planos catastrales y se requerían ajustes menores. Hubo una desconexión entre la Secretaría de Movilidad y la Empresa Pública de Movilidad y Obras Públicas con oficios que no se respondían. Por denuncias de usuarios se conoció que 300 bicicletas eléctricas están embodegadas, ¿qué correctivos se están adoptando?
No es que han estado embodegadas sin uso, sino subutilizadas. Sí se les ha dado uso, pero no el adecuado. Tuvieron problemas de desarrollo técnico y tecnológico que debían haberse contemplado antes de adquirirlas en 2015. Por sus defectos técnicos no son como las bicicletas públicas, sino de tipo privado que han sido adaptadas al sistema público con muchísimas dificultades de carga, de anclaje a las estaciones. Tampoco tenían carga eléctrica y sin servicio de rastreo, que debido a otras complicaciones no se lo volvió a contratar tras un año. Cargarlas y volverlas a distribuir fue un problema logístico. ¿Qué se hará con esas bicicletas?
Darles un uso continuo requiere muchos costos y mantenimiento. Un grupo de 100
bicicletas ya sirven a un tramo entre Carapungo y el Bicentenario. El resto se destinará a los agentes metropolitanos de control y de tránsito para que hagan sus recorridos, inspecciones y patrullajes. ¿En tramos planos?
No necesariamente, puede ser en el hipercentro y en otras zonas de microcentralidades porque Quito es ‘cicleable’ en un 65%. Antes de venir a esta entrevista verificamos en las estaciones del Ministerio de Agricultura, parque Julio Andrade y esquina de la Amazonas y Patria que las bicicletas están en mal estado, algunas de ellas sin asientos. ¿Cuál es su evaluación?
Las 222 que están en buen estado sirven en 22 estaciones. Las demás, cerca de 500, están en talleres. El 22 de marzo, el Municipio convocará al concurso público para la selección de un operador privado más capacitado para manejar 800 bicicletas de pedal y 65 estaciones entre el Bicentenario y Quitumbe.
¿Cuánto tendrá que invertir el operador privado y qué recibirá a cambio?
Dependerá de las ofertas económicas y su sistema operativo para manejar las bicicletas y las estaciones. En los términos de referencia se estableció condiciones técnicas de las que dependerán los montos de operación.
¿Cuál es el negocio para el inversionista?
La tarifa, porque inicialmente en 2012 la bicicleta pública nació tarifada y mientras estuvo así fue sostenible económicamente. Se dejó de tarifar y hubo problemas porque fue un tema totalmente municipal. Y ahora, ¿cuál será la tarifa?
Fluctuará entre 30 y 40 dólares al año para cada usuario. Si alguien la utiliza dos veces al día para trasladarse entre la casa y el trabajo, cada traslado le costará 7 centavos de dólar. Será un sistema automatizado con una aplicación para teléfonos a través de la cual podrá registrarse y pagar directamente, ir a la estación desbloquear la bicicleta e incluso conocer quién es el custodio. Con esos datos, además, podremos planificar. Sino tiene teléfono siempre tendrá abierta una oficina para hacerlo de manera manual. ¿Cuándo se implementaría?
Este mismo año porque tenemos socializaciones con potenciales interesados. Calculo unos cinco meses a partir del lanzamiento del concurso en febrero, que es el tiempo necesario para realizar las obras y tener listos los sistemas operativos, y otros tres meses para tener listas las estaciones. ¿Y por qué solo bicicletas de pedal?
Por los costos de mantenimiento y las complicaciones técnicas y operativas que tienen las bicicletas.
Nuevos frentes de repavimentación
Ayer iniciaron los trabajos de repavimentación en la Av. Gonzalo Pérez Bustamante, entre la Av. Simón Bolívar y la Av. Maldonado, según un comunicado del Municipio. En total, 4,2 kilómetros serán rehabilitados. Además, este miércoles comienza la repavimentación en la Av. Simón Bolívar desde la Autopista General Rumiñahui hasta la Av. Gonzalo Pérez Bustamante, en un total de 9,3 kilómetros. (AGO)
CIUDAD
1.500 árboles plantados
En el parque metropolitano del sur, 1.200 árboles, entre pumamaquis, cholanes y alisos fueron plantados el sábado. Mientras, otro grupo de 300 cedros, alisos, entre otras especies, en San José de Minas. Hasta ahora, en Quito se han plantado 130.110 árboles, con el apoyo de la empresa privada, colectivos sociales y el Municipio. La meta es llegar a un millón de árboles en la actual Administración. (AGO)
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LUNES 10 DE FEBRERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR
A3
La zonificación de Quito funciona mal No se cumplen las obras planificadas, según las necesidades de cada sector. Existen fuertes críticas.
Porcentaje de ejecución presupuestaria por administración zonal
Las cifras oficiales confirman Casas Somos (2,34% del total) y que el Municipio no cumple con los presupuestos participativos todos los proyectos y obras pla- (40,24% del total). Además, en cuatro áreas para nificadas para los barrios de la ciudad. La ejecución presupues- las que se contaba con presutaria alcanzó el 78.71% del mon- puesto aprobado por el Concejo to que el Concejo Metropolitano Metropolitano, la administraasignó a las Adminsitraciones ción Tumbaco no realizó ninguna inversión. Zonales para 2019. Así, no se ocupó ni un Se trata del uso efectivo EL DATO dólar de los 27 mil presude 44,9 millones de dópuestados para la recupelares de los 57,1 millones administra- ración integral de quebraasignados el año pasado Las ciones zonales das, o de los 15 mil para el para las ocho administra- Espejo y están fortalecimiento producticiones y la zona especial Calderón entre las que de La Mariscal. Ese pre- menos ejecución vo. Tampoco de los 51 mil presupuestaria para identificar factores supuesto estaba destina- tuvieron en de riesgo, los 23 mil del do a las planificaciones 2019. desaparecido programa anuales de trabajo, que responden a las necesidades de ‘Salud al paso’ ni de los 21 mil sus poblaciones, de acuerdo con para espacios saludables. “Con estos datos públicos solo el informe de la Administración General, presentado ante la Co- se ratifica una vez más nuestra propuesta de cantonización”, misión de Presupuesto. En el documento se puntua- insistió Juan Fernando Serrano, liza que la zona con peor desem- responsable de la iniciativa de peño fue la de Quitumbe, que que Nayón, Cumbayá, Tumbaco, apenas logró cumplir con el 37% Puembo y Pifo se conviertan en de sus planes de inversiones. En un cantón independiente. “Si no se reinvierten los reel otro extremo, con el más alto nivel de cumplimiento se en- cursos en vialidad, saneamiencuentra Los Chillos, que el año to, protección ambiental del anterior alcanzó un 91,76% de cerro Ilaló y en las numerosas obras que necesita la población ejecución (ver mapa). es necesario ir a una autonomía que garantice eficiencia y prioZona desatendida En Tumbaco, casi la mitad de rización en el uso de recursos”, los recursos, el 43%, se destinó a agregó. Además, acotó que “la ejecugasto corriente y de personal. El 57% restante sirvió para obras e ción de ese presupuesto demuesinversiones públicas, como las tra que la prioridad es el gasto
37% Quitumbe
73% Eloy Alfaro
91%
70%
Los Chillos
Manuela Sáenz
Presupuesto 2019 En millones de dólares Los Chillos La Delicia La Mariscal Tumbaco Eloy Alfaro Manuela Sáenz Espejo Calderón Quitumbe Total
La Mariscal
Ejecutado En millones de dólares
6,08 7,8 1,1 5,8 9,4 6,6 10,2 9,7 7,9 57,1
87%
84%
5,5 6,8 970 mil 4,4 6,8 4,5 6,1 6,5 2,9 44,9
La Delicia 60% Espejo
56% Calderón
77% Tumbaco
Fuente: Administración General del Municipio de Quito.
tó, la peatonalización se ejecuta sin planificación ni garantías de seguridad y sigue pendiente por años el pedido de transporte público a los barrios altos de la zona. El representante del programa de Fortalecimiento de Gobiernos LoES LA Críticas ejecución presu- cales de la Universidad en proLa representante del Ca- puestaria medio de nueve Andina, Edison Mafla, bildo del Centro Histórico administracio- comentó, sin embargo, nes. que la solución a la falta y presidenta de la Federade respuesta de las adción de Barrios de Quito, Dinna Barcia, comentó que las ministraciones zonales no es la administraciones zonales no han cantonización de las parroquias logrado responder a las necesi- desatendidas. El experto recomendó que los dades de la gente. En el caso del Centro, comen- vecinos exijan que se convoque corriente y no la atención de las necesidades de la población, cuando debe ser al revés. Más aún, cuando un estudio independiente determinó el año pasado un exceso de 7.000 empleados en el Municipio”.
78%
a procesos participativos para la actualización de los planes que trabajo, que hasta mayo próximo deben realizar las juntas parroquiales. “Cabe preguntarse si en la discusión de estos planes están participando activamente la población de las parroquias y si no lo hacen es su responsabilidad”, señaló Mafla, quien considera que se debe hacer un llamado para que se convoquen a mesas de trabajo para definir los planes específicos en asentamientos humanos, desarrollo económico, movilización, lo ambiental y lo político-institucional. (JCER)
Informales hacen puesto fijo en la calle Loja La calle Loja, a la altura de El Tejar, en el Centro Histórico, acoge desde hace 17 años a comerciantes informales. Durante todo el día hay decenas de vendedores ofreciendo ropa, alimentos, agua y cigarrillos. Muchos se han desplazado de sectores, como La Marín, por los operativos de control. Su presencia mantiene preocupados a los cerca de 10.000 vendedores que todavía están en los Centros Comerciales del Ahorro. Un grupo de ellos también se ha animado a salir a la calle con sus productos, porque no hay ventas. De esta forma complican aún más el espacio público. Gabriela Salinas es una de las 5.450 vendedoras que hace más de 17 años dejó las calles para ingresar a estos centros
comerciales. Ella denuncia que en los exteriores no solo que se vende lo mismo que adentro de los locales, sino que hay venta pública de cigarrillos de contrabando, y que se consume y se vende droga.
rrollan los fines de semana y los lunes únicamente se atrae a vagabundos y libadores. Sandy Campaña, administradora zonal informó que están coordinando acciones con la Policía Nacional y con otras entidades de control para desalojar a los comercianPoco control CENTROS En el sitio hay presencia Comerciales del tes que están en los extehay en el riores de los Centros Code personal del Cuerpo de Ahorro Distrito Agentes Metropolitanos Metropolitano de merciales del Ahorro. Quito. El coronel de Policía de Control que son fácilPatricio Saravia, jefe de la mente superados por los comerciantes en número. Según Unidad Manuela Sáenz, dijo que los comerciantes formales, el entre 600 y 700 libadores son problema se agudiza en la no- retirados durante los fines de seche pues llegan más vendedores, mana del Centro Histórico y de la principalmente extranjeros con zona. Complementó que se realizan labores de inteligencia, inalimentos preparados. Para los vendedores que son terceptando a los sospechosos, a parte de las asociaciones no hay quienes se les fotografían los rosun programa que atraiga a los tros y las manos, y si los patrones clientes. Las iniciativas se desa- se repiten los detienen. (PSD)
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MALESTAR. Las ventas están localizadas junto a los Centros Comerciales del Ahorro.
OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.
LUNES 10 DE FEBRERO DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR
Soy hombre, La humanidad y por lo tanto, es una familia nada que sea unida e humano me indivisible, y resulta extraño”. yo no puedo TERENCIO desligarme del AUTOR CÓMICO LATINO (195 AC-159 AC) alma más cruel”. MAHATMA GANDHI POLÍTICO Y PENSADOR INDIO (1869-1948)
O
VÍCTOR CABEZAS
Para el siguiente minuto es tarde Los adultos regularmente reprochan a los jóvenes que el mundo de hoy es muy distinto al de sus tiempos y que la tecnología ha facilitado la vida de una forma que ellos jamás hubieran podido imaginar. En mis clases de Derecho, los profesores nos decían que, en su tiempo, la composición de un ensayo o de un alegato jurídico era un trabajo monumental, pues debían acudir a los libros y a las viejas y enormes gacetas judiciales para buscar argumentos para sustentar sus estudios. Hoy basta con un clic para conseguir una cantidad enorme de información perfectamente filtrada, procesada, auténtica y lista para su utilización. En la música, nuestros padres debían esperar meses o años para conseguir el disco de su banda preferida. Seguramente los jóvenes no recordarán lo difícil que era conseguir el CD que uno deseaba, peor si no correspondía a los artistas de las listas Billboard. ¿Se han dado cuenta de cómo ha cambiado completamente la manera en que vemos televisión? Atrás quedaron los días en que debíamos aguardar ansiosos hasta la noche para ver el capítulo de la novela. Netflix nos permite decidir qué día, en qué momento y en qué cantidad ver nuestra serie preferida. Y la lista sigue, pensemos en las compras y la facilidad que tenemos de adquirir cualquier cosa en cualquier parte del mundo y tenerla en el término de la distancia en la puerta de nuestra casa. La inmediatez es uno de los rasgos de la sociedad moderna, lo que trae cosas positivas y negativas. Entre las negativas: dejamos cada vez menos tiempo para actividades como la lectura, el arte y el mismo curso de la vida. Hoy lo queremos todo rápido. Si Google tarda tres segundos, ya falló. La tecnología nos ha enseñado que la vida pasa en segundos y que si el internet tarde un minuto, ya está tarde. vdcabezas@gmail.com
¿VuelVen otra Vez las reformas?
“El tema del precio del petróleo, que está ligeramente disminuyendo, afecta al Riesgo País”, dijo Verónica Artola, gerente general del Banco Central del Ecuador, en una entrevista a un medio de comunicación. Añadió que el Gobierno realizará un “segundo intento” para que en la Asamblea Nacional se vuelvan a tratar las reformas económicas archivadas a fines del año pasado. Consideró la Gerente que entre el 30 y el 40% de la propuesta anterior volverá al parlamento. Vale suponer que la autonomía o independencia del Banco, según cada caso, estará en el nuevo proyecto. Informó que el precio del petróleo actual es más bajo que el previsto en el Presupuesto del Estado, se pudo crear un fondo de ahorro gracias al costo superior que mantuvo el hidrocarburo. MANUEL CASTRO M.
Latinvirus A la política Latinoamérica se la ha calificado de inmadura, superficial, agresiva y la gran causante de mantenernos en subdesarrollo. Resulta que este virus parece que ha contagiado a la democracia de los Estados Unidos de América. Al acudir a prestar su discurso sobre ‘El estado de la Unión’ en el Congreso el presidente Trump dejó con la mano extendida a la presidenta de ese Parlamento Nancy, Pelosi que pretendió saludarle. Concluido el informe la señora Pelosi empató el partido con una actitud muy nuestra: hizo pedazos el discurso y lo tiró. Preguntado un partidario
Para 2020 el Banco estima que el crecimiento del PIB estará entre el 0,7% y 1%, lo cual llama la atención en virtud del declive registrado en el período anterior. “Esperamos que el sector de la construcción sea un puntal muy importante. Por cada 100 millones que se inviertan en él, la economía crece un 0,1%”, dijo a NotiMundo, pese a la alerta sanitaria mundial por el Coronavirus. Artola se basa en los aportes de éste u otros sectores, no en el petrolero cuya inestabilidad en los últimos días es notable. Sin embargo, olvidó referirse al contexto político que se vive en la Asamblea, donde los aliados del partido gobernante vacilan en seguir acompañándole o se alejan ruidosamente. ¿Podrán en esta situación abordarse otra vez las reformas? Todo depende de lo que ocurra la semana que comienza.
de Trump por gesto de tan mala educación afirmó, muy a nuestro estilo, “lo que pasa es que no vio la mano de la señora”. “Al enemigo ni justicia” decía Perón, ídolo de la señora C. Kirchner. En las primarias demócratas en Iowa ganó Peter Buttigieg, veterano de Guerra de Afganistán. La prensa americana en vez de informarnos que este señor es un hombre preparado intelectualmente, buen orador, honesto, lo hizo señalando únicamente que quien había ganado era “abiertamente homosexual”. Lo cual ni es mérito ni demérito político, pero seguramente despertará morbosas curiosidades y odiosas o encomiosas opiniones. En Latinoamérica generalmente somos intolerantes y nuestras opiniones sobre los políticos más se reducen a chismes o frases de dichos políticos no a pedirles que expresen sus
opiniones o proyectos. Estados Unidos parece que ya se contagió de nuestra política que parece que es lo único que exportamos, aunque como decían del whisky japonés: el ser exportado no mejora su calidad. El Partido Demócrata anunció que no se dieron los resultados del “caucus” por “inconsistencias” en el recuento de los resultados. Y en vez de seguir con el proceso lo que ha producido es “iras y confusión” entre los organizadores, O sea allá también se estilan los “apagones”. Bernie Sanders, precandidato socialista radical (no es mi culpa ser millonario, es culpa del sistema, dice) sostiene, al estilo Correa, que es el único que puede salvar a los Estados Unidos. ¿De qué? Bolsonaro, Maduro, Ortega, parecen los modelos de los políticos gringos. manuelcastromurillo@hotmail.com
FRANKLIN BARRIGA LÓPEZ
Falsificaciones Leí, en ABC de Madrid, ilustrativo reportaje relacionado al desarrollo de la tecnología y su aplicación, mediante contenidos ficticios, en el campo político. Explicó lo siguiente un experto español: “Los deepfakes son falsificaciones de material de video o audio cuyo alto nivel técnico los hace creíbles. Utilizando este tipo de tecnología, es posible crear material audiovisual falso de personalidades o gente famosa con contenido completamente arbitrario”. Esta herramienta posibilita el fraude informático, para presentar embustes como verdades, en menoscabo de personalidades valiosas o el trucado protagonismo de mediocridades corruptas que abundan en los predios de la politiquería, con lo cual a la sociedad, dentro de la ciberpolítica, se la manipula a favor de tal o cual tendencia. En estas áreas, las redes sociales tienen un papel de influencia directa en los ciudadanos, más aún si se considera que existen numerosos sujetos a sueldo, conocidos como trolls que impiden el transparente flujo de la información, con sus ataques de virulencia desenfrenada y minuciosamente planificados o de propaganda, con igual prevención, hábilmente camuflada. Para que la democracia, entendida como el mejor sistema de gobierno, resplandezca con nitidez, lejos de las sombras que le acechan, como el económicamente bien pagado activismo de totalitarios disfrazados de demócratas o las informaciones emanadas de la inteligencia artificial, a las que estoy refiriéndome, se vuelve necesario que la conciencia colectiva diferencie lo real de lo postizo y sepa elegir a los más honestos y capacitados, a fin de garantizar bienestar y desarrollo. En breve, Ecuador entrará en una nueva campaña electoral. ¿Será un sueño el voto mayoritario, plenamente razonado? f-barri@uio.satnet.net
Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General ALEXIS SERRANO CARMONA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXVII No. 12778
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.
Michel Dalberto:
‘La música me ayuda a vivir’ Un espectáculo sin precedentes llega a la capital de la mano de uno de los mejores pianistas del mundo.
El aclamado pianista y director me tocar y darse cuenta de mi de orquesta francés Michel Dal- aparente habilidad para imitar, berto llegará a la capital con un en mi pequeño piano de juguehomenaje a la música clásica. En te, lo que escuchaba en la radio o una velada única e inolvidable, el en una grabación, aconsejó a mis músico cautivará a la audiencia padres que se contactaran con con el primer espectáculo inter- un maestro. nacional de la temporada 2020 de la Casa de la Música. Este año se celebra el 250 aniverEn su juventud estudiante y sario del nacimiento de Beethohoy catedrático del Conservato- ven, de quien usted interpretará rio de París, Dalberto es herede- ‘Appassionata’. ¿Qué encuentra ro de la gran Escuela Francesa particular en esa pieza? ¿Cuál ha de piano y consta entre los me- sido la influencia de Beethoven en jores concertistas a escala global. su formación musical? Su talento se hizo evidente El propio Beethoven decía que desde su primera aparición pú- estaba extremadamente orgublica, con tan solo cinco años. lloso de su trabajo y tenía toda la Entre los reconocimientos más razón al estarlo. Ya había escrito destacables que ha obteuna sonata basándose en nido están el premio Clara TOME NOTA una obra de ShakespeaHaskil, en 1975; el primer re, ‘La tempestad’, pero premio en el Concurso él pensaba que el opus 57, entrada Internacional de Piano de La ‘Appassionata’, era deficuesta 30 Leeds, en 1978, y en 1995 dólares. nitivamente su pieza más el Gobierno de Francia lo shakespeariana. condecoró con la Orden NacioEl ímpetu de esta pieza es nal al Mérito. Es el único pianis- simplemente único. En verdad ta viviente que ha grabado toda cuenta una historia, puedes senla música de Franz Schubert tir e imaginar todo el drama. Expara piano. trañamente, aunque estudié esta En su espectáculo en Quito, sonata en el Conservatorio, no los asistentes podrán escuchar la interpreté hasta mis 50 años. la Sonata N° 23 en fa menor opus Cuando era más joven, tenía 57, ‘Appassionata’, de Ludwig un lazo especial con las sonatas van Beethoven, la sonata en si tempranas de Beethoven, las mayor, D. 575 de Schubert, la so- primeras ocho. Al mismo tiemnatina en fa sostenido menor de po, empecé a explorar el mundo Maurice Ravel, entre otras obras. de Schubert y sospecho que eso El concierto será el miércoles, a me mantuvo algo alejado del de las 20:00. Beethoven. Aunque su familia no estuviera vinculada con la música, hubo algo en el ambiente en que creció que lo llevó a descubrir su talento a edad temprana. ¿Qué fue?
No algo, sino alguien: un amigo cercano de mis padres, quien era un buen pianista amateur. Fue él quien, después de escuchar-
En su experiencia como docente, ¿cuáles cree que son los retos de la música académica para llegar a las nuevas generaciones de músicos? ¿Hacia dónde está evolucionando la música de cámara?
La música es un mundo en sí misma, como cualquier arte. Personalmente, no me gusta
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LUNES 10 DE FEBRERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR
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MINUTERO ‘Las Marujas’ en la Creperola
Juana Guarderas y Elena °Torres protagonizan la obra ‘Las Marujas entre violetas y braguetas’, que se presentará del 13 al 29 de febrero en la Creperola del Teatro. La puesta en escena narra el encuentro de Abrilia la cuencana y Cleta la quiteña, quienes se reúnen en un romántico café para compartir sus experiencias amorosas a través de la develación de unas misteriosas cartas de amor y unos regalos inesperados. Las funciones serán de jueves a sábado a las 21:00. La entrada cuesta 18 dólares o 27 dólares con cena incluida. (AA)
PERSONAJE. Michel Dalberto ha dirigido orquestas en Francia, Inglaterra, China, Japón y Hungría.
el tipo de música que se oye en todas partes, todo ese ruido no hace más que perturbarme. La música me ayuda a vivir y tocar el piano es mi forma de ganarme la vida. Dicho esto, pienso que es importante aclarar que escuchar música no es una tarea fácil, como leer a un buen autor o mirar una gran pintura tampoco lo es. Tienes que estar listo para abrir tu mente y corazón, y aceptar el ser profundamente conmovido. Mucha gente no está preparada para eso y busca quedarse en la superficie. No los culpo, más bien, lo lamento por ellos. Ciertas personas están abiertas a estas experiencias, ellos son los suertudos. ¿Por qué es importante la difusión de la música clásica en la cultura y la educación de la sociedad contemporánea?
Hay dos aspectos en tu pregunta, la promoción y la educación. La educación es, por supuesto, lo prioritario. Todo niño debería te-
‘Inédito’ abre su quinta convocatoria
CREACIÓN. El programa gira alrededor de la danza contemporánea
CULTURA
El colectivo Talvez Danza Contemporánea abre la quinta convocatoria del programa ‘Inédito’, un espacio para que los nuevos coreógrafos e investigadores de la danza local pongan a prueba su capacidad de creación. Las inscripciones estarán abiertas hasta el 1 de marzo. Los bailarines y coreógrafos participarán en una serie de talleres con un grupo
ner la oportunidad de escuchar música en la escuela. Luego, sería elección de cada uno el empezar a explorarla más. En Francia, hay algunas asociaciones que hacen un gran trabajo, especialmente ‘Orquestas en la escuela’ (Orchestres à l’école), que ofrece la posibilidad a cualquier niño de tocar con una orquesta. La promoción es nuestro trabajo. Demasiados artistas se quedan en la situación cómoda de tocar en grandes ciudades y nunca ir a lugares remotos, donde la mayoría no puede asistir a conciertos. En Francia hay una bella asociación llamada ‘Conciertos de bolsillo’ (Les Concerts de Poche) que organiza grandes espectáculos en ciudades pequeñas y pueblos, para audiencias que apenas conocen la música clásica. Es a través de este tipo de proyectos que podemos restaurar la conexión entre la música y la gente. Estoy interesado en cualquier experiencia de este tipo. (AA) de profesionales con experiencia y recorrido en materias de composición coreográfica, creación musical, iluminación, creación de vestuario y conceptualización. A partir de un proceso de muestras y retroalimentación, los participantes desarrollarán su propuesta y la irán alimentando con las sugerencias de los expertos. Luego de un proceso de selección, los proyectos finalistas serán presentados al público en junio. Las bases de la convocatoria y la ficha de inscripción están disponibles en www.talvezdanzausfq.com. (AA)
Charlas gratuitas con Sebastián Cordero
El cineasta ecuatoriano °participará en la conferencia ‘Desde la chispa inicial’, en la que compartirá su método para desarrollar una idea y encontrar el camino para llevarla a la pantalla. A través de las historias del origen de las películas de Sebastián Cordero, se conocerá por qué fueron escogidas y como decidió contarlas de determinada manera. El conversatorio se llevará a cabo en el Centro Ecuatoriano Norteamericano (Avenida Amazonas y La Prensa, junto al Centro de Convenciones Bicentenario), el jueves a las 15:30. La entrada es libre. (AA)
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LUNES 10 DE FEBRERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR
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Concejal de Nobol acusado de acoso sexual a una menor de edad La Fiscalía del Guayas indaga a un concejal del cantón Nobol, en un caso de acoso sexual a una mujer de 17 años. El edil de 64 años habría besado por la fuerza a la menor que cumplía una pasantía en el Municipio, como parte de su último año del bachillerato. Daniel Rodríguez, agente fiscal que avocó el caso, confirmó a La Hora que el funcionario municipal fue denunciado por los padres de la ado-
GUAYAQUIL •
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Crece el mercado de cloruro de calcio El cloruro de calcio, uno de los precursores químicos para la elaboración de la cocaína, se ha convertido en el negocio del momento, según un artículo de Roberto Aguilar en Diario Expreso. En la nota ‘Un legado de Correa: cloruro de calcio’, publicada ayer, se indica que las 13,5 toneladas de cloruro de calcio, que la ministra María Paula Romo dio a conocer en su cuenta de Twitter, y lo encontrado en Tulcán el 31 de enero eran parte de una larga lista de envíos. En una entrevis-
ta para el Expreso, Romo afirmó que se han incrementado las capturas en un 600%. Aguilar explica que en 2015, el expresidente Correa, intentó echar abajo el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y sustituirlo por una secretaría adjunta a la Presidencia de la República: la Secretaría Técnica de Drogas (Seted). Así, “se hizo el traspaso administrativo, se elaboró un nuevo reglamento y Rafael Correa se convirtió en jefe directo de los funcionarios que controlaban el uso de precursores químicos”. En 2016, el titular de la Seted, Rodrigo Suárez, emitió una resolución restringiendo el ámbito de su competencia. “A partir de ese momento pueden libremente comprar, transportar y comercializar precursores químicos todos los gobiernos seccionales, hospitales y farmacéuticas del Estado”. (DLH)
Matan a soldado que masacró a 29 personas La policía mató ayer a un soldado en un centro comercial del noreste de Tailandia, donde se había atrincherado tras haber robado un arsenal y masacrado a 29 personas, una matanza que publicó en Facebook. El gobernador provincial Wichien Chantharanothai dijo a los periodistas que hubo 30 muertos, incluido el atacante identificado como Jakrapanth Thomma. Entre los fallecidos hay muchos TAILANDIA, AFP •
lescente, por lo que de inmediato inició el proceso. Carmen Infante Robles, jueza multicompetente del cantón Daule, en la audiencia de formulación de cargos, no dictaminó la prisión preventiva del edil, por su estado de salud, pero sí medidas cautelares para que se presente periódicamente a su despacho. El sábado, el edil fue detenido y llevado Unidad Judicial de Daule, tras la denuncia. (DAB)
civiles, incluyendo un niño de 13 años, señaló por su lado el primer ministro tailandés Prayut Chan-O-Cha said. Esto "no tiene precedentes en Tailandia y quiero que sea la última vez que ocurre", dijo ante el hospital, donde se estaba tratando a las víctimas. Prayut, un exmilitar, dijo que el móvil del ataque fue un problema personal por la venta de una casa aunque se desconocen todavía los motivos.
EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA DE RASTRO QUITO SEGUNDO AVISO DE REMATE DE BIENES PARA LA BAJA La Junta de Remates de la Empresa Publica Metropolitana de Rastro Quito, EMRAQ-EP, comunica al público en general que procederá a rematar en SOBRE CERRADO, los siguientes bienes: mobiliario, maquinaria y equipos, equipos de oficina, equipo de sistemas y paquete informático; Estado malo; los mismos que se encuentran en sus instalaciones, ubicado en la calle Camilo Orejuela y Ángel Isaac Chiriboga, Cdla. La Ecuatoriana del Distrito Metropolitano de Quito, que podrán ser observados en días laborables desde las 13:30 a 15:30 y el día del remate a partir de las 12:00. El remate se adjudicará de forma total por lo que la oferta será única y por el total de los bienes rematados. La base del remate corresponde al cien por ciento (100%) del avalúo establecido para el primer señalamiento. Los interesados presentaran su oferta en SOBRE CERRADO, hasta las 14h00 del día jueves 20 de febrero del 2020, en la Secretaria de la Junta de Remates de la EMRAQ-EP. El 10% de su oferta será entregada en dinero en efectivo que será depositado en la tesorería de la EMRAQ-EP, cuyo recibo se adjuntará al sobre cerrado de su oferta, de las ofertas que no resulten beneficiadas se procederá a la devolución de su dinero. El 20 de febrero del 2020 a las 15:00, se procederá a la apertura de los sobres en presencia de los interesados. El remate se lo realizará conforme lo dispone el Capítulo III, Sección II del Reglamento Administración y Control de Bienes del Sector Público. Requisitos, detalle de bienes a rematar y más información en www.epmrq.gob.ec
JUNTA DE REMATES EMRAQ-EP
p.ab/20219
VÍCTIMA. Álex Fernando Lugo Saltos fue asesinado a tiros la madrugada de ayer, en una habitación del hospital general del sur de Esmeraldas Delfina Torres de Concha.
Sicariato en hospital de Esmeraldas
Los asesinos ingresaron vestidos de policía y médico. Después fueron detenidos.
les, custodiaban al reo. En la ma- mitió ubicar a los asesinos en una ñana del sábado había sido herido casa cercana al hospital. Estaban con dos balazos dentro del centro escondidos debajo de unos árbocarcelario y estaba en recupera- les y fueron detenidos. Los dos sujetos fueron identición en esa casa de salud. Los asesinos usaron una pisto- ficados como Luis Antonio G. y la con silenciador para matar al re- Juan Elías S., a quienes se les imputó como los presuntos cluso conocido como ‘Lugo asesinos del preso. Como Lugo’. Después, mientras EL DATO parte de las investigacioESMERALDAS • Como en las pelícu- escapaban le quitaron el nes en flagrancia, también las, a eso de las 04:00 de ayer, dos arma de dotación a un po- El ingreso de los se encontró una pistola sicarios con vestimenta de policía licía que custodiaba a un dos sicarios grabado con silenciador, utilizada y médico, ingresaron por la sala herido por accidente de quedó en las cámaras de seguridad del para matar al reo, arma de emergencia del hospital gene- tránsito en el hospital. hospital. de fuego que estaba en el ral del sur de Esmeraldas Delfina techo de una casa. Torres de Concha, subieron por Identificados Después que los sicarios las escaleras a la primera escaparon del hospital, el Las evidencias planta alta y mataron a ti- EL DATO policía al que desarmaron Cerca de la vivienda donde se apreros (no se estableció cuánalertó de la novedad al só a los verdugos, en medio de un tos), al preso Álex Fernan- Álex Fernando Lugo Saltos esta- ECU-911 y de inmediato se montículo de basura, fue hallada do Lugo Saltos. ba sentenciado a inició en operativo para la la pistola que le quitaron al policía Los criminales, para 26 años de pripor asesina- búsqueda, localización y dentro del hospital. Los dos acuejecutar a la víctima, so- sión to; fue trasladasados de asesinato fueron puescaptura de los criminales. metieron a los dos guías do desde a la tos a órdenes de las autoridades La rápida y oportuna penitenciarios, que según Guayaquil cárcel de varoacción de los equipos de judiciales para el proceso judicial el director de la cárcel de nes de la Policía Nacional per- correspondiente. Se desconoce sus Esmeraldas, Víctor Mora- Esmeraldas. antecedentes, pues hasta ayer la Policía Nacional no se pronunciaba sobre el hecho violento. FONDO CESANTÍA PRIVADO PROFESORES Las evidencias recabadas UNIVERSIDAD CENTRAL Fcpc. por la Policía son: un mandil color blanco con las iniciales Se procederá al pago de cesantía de CARDENAS VELASCO MSP; un pantalón color verde ROBINSON FERNANDO, fallecido en Quito el 25 de enero del 2020. aceituna y una gorra de uso Quienes crean tener derechos presentar documentos pertinentes en las policial; dos teléfonos celulaoficinas del Fondo, Ciudadela Universitaria, edificio Servicios Generales, res; una pistola marca Glokc, 3er piso, durante los treinta días siguientes a esta fecha. calibre 9 milímetros con silenQuito, 7 de febrero del 2020 ciador; dos alimentadoras, y 13 Ing. David Zambrano Cabrera vainas y fragmentos de bala. GERENTE
PAR/112180/EG
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Caso ‘Sobornos’ salpica a diez empresarios Los procesados están acusados de haber entregado coimas a Alianza PAIS durante el régimen de Rafael Correa. La fiscal General, Diana Salazar, llamó a juicio a 10 empresarios en calidad de autores del presunto delito de cohecho. En la audiencia de preparatoria de juicio, la jueza nacional, Daniella Camacho, dictó el auto de sobreseimiento a favor de los empresarios Cai Runguo y José Verdú. El primero fue representante de la empresa Sinohydro, mientras que el segundo de la Constructora Verdú. La magistrada no encontró elementos suficientes para que comparecieran en la siguiente fase del proceso.
JUSTICIA. El expresidente es el principal procesado por el caso ‘Sobornos’ AUDIENCIA. La audiencia preparatoria de juicio concluyó el 3 de enero pasado.
Según la teoría fiscal, estas empresas se beneficiaron de contratos con el Estado a cambio del pago de sobornos bajo la modalidad de pagos en efectivo y cruce de facturas. (DHL)
Lista
Los involucrados
Empresarios vinculados a compañías gestionadas por Jorge Glas Rafael Córdova Carvajal (JG) Dentro del caso figura como accionista de Mercantil Técnica Córdova (Metco) y Tadeni S.A. Cruce de facturas: $1’142.099 Efectivo: $6.544 Bolívar Sánchez Rivadeneira Accionista mayoritario de Sanrib Corporation y representante de la firma china Genzhouba Group Company Limited, en el diseño de la obra Proyecto Hidroeléctrico Sopladora. Cruce de facturas: $317.652 Efectivo: $290.000. Mateo Choi Apoderado de SK Engineering & Construction (SK). Se le adjudicaron contratos modificatorios para la Rehabilitación de la Refinería de Esmeraldas en 2013 con Petroecuador. Cruce de facturas: $1’947.278 Efectivo: $438.024 William Phillips Cooper (JG) Accionista de Azulec S. A. (en liquidación) y Caterpremier. En 2014 se le adjudicó un contrato con Petroecuador, por medio de Azulec. Cruce de facturas: $185.999. Efectivo: $135.000 Vinculados a compañías gestionadas por María de los Ángeles Duarte Víctor Manuel Fontana Accionista mayoritario de Fopeca. Entre 2012 y 2014, se le adjudicaron 14 contratos con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP). Cruce de facturas: $393.364. Efectivo: $110.000. Édgar Salas León y Ramiro Galarza Andrade (MD) Ambos registrados como accionistas de la Construcciones y Servicio de Ingeniería (Consermin). Entre 2012 y 2013 se les adjudicaron siete contratos con el MTOP. Cruce de facturas: $428.385. Efectivo: $70.000 Alberto Hidalgo (MD) Figura como subintendente de Hidalgo & Hidalgo (H&H). Entre el 2012 y 2014 se le adjudicaron 23 contratos con el MTOP. Cruce de facturas: $532.150. Efectivo: $137.460,47 Teodoro Calle Enríquez (MD) Accionista mayoritario Técnica General de Construcciones (TCG). Entre 2012 y 2013 obtuvo la adjudicación de 14 contratos por el MTOP. Cruce de facturas: $266.251. Efectivo: $13.000. Vinculados a compañías gestionadas por María de los Ángeles Duarte y Walter Solís. Pedro Verduga Cevallos Accionista mayoritario de Equitesa, Equipos y Caminos S.A. Entre julio de 2012 y noviembre de 2013 se le adjudicaron 17 contratos con el MTOP. Cruce de facturas: $898.304. Efectivo: $130.000
Juicio por corrupción contra el prófugo Correa no se posterga La Defensa del expresidente espera que la audiencia se suspenda a última hora con el pedido de recusación. La audiencia convocada hoy para iniciar el juicio en contra del expresidente, Rafael Correa, y otras 19 personas por el caso ‘Sobornos’ se mantiene en firme. Esto, a pesar del pedido que el exmandatario de que se aparte y reemplace a los tres jueces a cargo del proceso. Para que se tramite dicha ‘recusación’, solo se cumplió una de las cuatro formalidades establecidas por la Función Judicial, confirmó la Corte Nacional de Justicia al puntualizar que el viernes se sorteó el tribunal que conocerá el pedido. Además de eso se debe cumplir con la notificación y entrega del expediente a los jueces integrantes del tribunal sorteado y que estos emitan una providencia mediante las cual avoquen conocimiento del proceso que trataba el anterior tribunal, para proseguir con el juicio. “Solo si los jueces han sido citados con el inicio del trámite del pedido de recusación no se podría instalar la audiencia ya convocada. Si eso no ha ocurrido esta puede instalarse perfectamente y, posteriormente, cuando les citen tendrán que suspender la causa hasta que se resuelva la recusación”, comentó el presidente del Colegio de Abogados de Pichincha, Jorge García. El también presidente de la
Correa denunció al tribunal integrado por los jueces de la Corte Nacional de Justicia Iván León, Marco Rodríguez e Iván Saquicela, a cargo del juzgamiento del caso ‘Sobornos’. El argumento Federación de Abogados del fue que dos de los jueces León y Ecuador, comentó que este es Saquicela fueron seleccionados el juicio más importante que sin sorteo y que el tercero actuó se ha dado en la historia del previamente en el caso. país en temas de corrupción. A los tres jueces les corres“Vemos que los abogados delos ponde valorar las pruebas y arprocesados actúan de mane- gumentos de cargo y de descargo ra direccionada a prolongar el recopiladas por la Fiscalía para juicio lo más posible, con dila- investigar la supuesta financiaciones que no tienen sentido, ción ilegal de Alianza PAIS dupero hay que respetar el debido rante el régimen de Correa. proceso y que las partes tenga El pasado 3 de enero la Jueza derecho a la defensa”. nacional, Daniela Camacho, llaAgregó que este es un caso in- mó a juicio a Correa y otra persosignia no solamente por quienes nas entre las que se encuentran están procesados, sino por as- empresarios y exautoridades de pectos procesales como el Gobierno como el vice“juzgamiento en ausencia EL DATO presidente Jorge Glas, el en temas de corrupción”. exsecretario de la Admi“Si está señalado día y El cohecho es nistración Vinicio Alvarahora respectiva, en mate- imprescritible y do, la exministra de Obras sancioria penal no hay pretexto puede narse hasta con Públicas, María de los Ánpara no instalar o reins- cinco años de geles, entre otros. talar una audiencia de prisión. Según la Fiscalía, exisjuzgamiento sin ninguna tirían las “suficientes eviinterrupción”, insistió. dencias” de la participación de El representante de la defen- exfuncionarios en la financiasa legal de Correa, Fausto Jarrín, ción de actividades proselitisconfirmó que hasta el cierre de tas de Alianza PAIS con dinero esta edición no habían notifica- de empresarios contratistas esdo nada de la recusación. “Creo tatales. que mañana (hoy) se instalará la El analista de temas judiciaaudiencia, más allá de que en el les, Farith Simón, expresó que el trascurso del día los jueces sean país espera un juicio justo en el notificados y tengan que suspen- que se cumpla el debido proceso. der la audiencia”. “Se espera que sean declarados inocentes o culpables, de acuerdo con las pruebas de cargo y de Contexto El 6 de este mes, la defensa de descargo”. (JCER)
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NACIONAL
Gremio de administradores pide al Gobierno aplicar estrategias anticorrupción
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Que se ejecuten estrategias efectivas de combate a la corrupción pidió el Colegio de Administradores Públicos de Pichincha al presidente, Lenín Moreno. Esto, luego de que el Servicio de Nacional de Contratación Pública confirmara que se detectaron “irregularidades graves” en 845 contratos con el Estado durante 2019 por $441 millones. “Licenciado Moreno le corresponde dar respuesta al país con
ética, razones y transparencia. Usted es profesional en Administración Pública y se ha dicho que fue el mejor egresado de la Facultad de Ciencias Administrativas de la Universidad Central. En este sentido, la academia y nuestro gremio esperan las respectivas respuestas”, señala un comunicado remitido a la Presidencia de la República. (JCER)
La alección interna de candidatos tiene su plazo
El calendario electoral debe establecer la fecha para que se realicen los procesos de democracia interna.
Las autoridades del Consejo so de esta semana. Lo propio Nacional Electoral (CNE) y del ocurrirá con la aprobación del Tribunal Contencioso Electoral presupuesto para las próximos (TCE) volverán a reunirse hoy comicios. El presidente de TCE, Arpara aprobar el cronograma de actividades del proceso electoral turo Cabrera, en cambio, dijo de 2021. El jueves quedaron de- que los recursos que requerirá finidas las fechas para la realiza- este organismo y su tramitación de elecciones, 28 de febrero ción dependen de la capacidad de 2021 la primera vuelta de Pre- y el flujo de resoluciones en el sidente y 11 de abril la segunda área administrativa. “Eso a su vez depende de la cantidad de vuelta, de ser necesario. Ese día, los vocales del CNE y reclamos que puedan despalos jueces electorales pidieron char los compañeros del CNE. Es necesario recordar al personal técnico que que eso inicia en cada ajustara el resto de fechas EL DATO una de las Juntas proy actividades que deberán cumplirse, y que estaban El Código de la vinciales”. Añadió que esos recursos deben pacontempladas en el bo- Democracia al TCE y al rrador del cronograma. obliga CNE a coordinar sar por todas las etapas en un tiempo determiEl objetivo es no afectar el calendario electoral. nado, fijado ahora por la el proceso y permitir que reformas al Código de la ambos organismos cuenten con el tiempo suficiente para Democracia, por lo que espera cumplir los respectivos procedi- que con las observaciones reamientos en el ámbito de sus com- lizadas al borrador del cronograma, el TCE pueda cumplir a petencias. “Esta revisión hará que el cabalidad sus funciones en los calendario electoral tenga una plazos previstos por la normavaloración significativa, calcu- tiva. lamos de 30 días más a la propuesta que nos han planteado”, Aplicación de las reformas dijo Diana Atamaint, presidenta En el calendario electoral se del CNE. Anticipó también que deben fijar actividades y plazos la declaratoria del año electoral propios que deberán cumplir se oficializará en el transcur- tanto el CNE como el TCE. Pero
AUTORIDADES. La Función Electoral se reunió el jueves para analizar el borrador del cronograma.
Panorama político incierto QUITO, EFE• En el tablero político se vislumbra un centroderecha en la que °figuran Guillermo Lasso y Jaime Nebot, como posibles postulantes, y una izquier-
da que “seguramente irá con un candidato más radical de lo que se esperaría”, probablemente del movimiento Pachakutik, brazo político de los indígenas, según el analista Santiago Basabe, decano del Departamento de Estudios Políticos de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso), Basabe ve un “gran centro político ideológico vacío”, por lo que cree que habrá algo más de certidumbre cuando haya un candidato que pueda ocupar ese espacio. Advierte una postulación de algún candidato afín al expresidente Rafael Correa (2007-2017), “que será muy fuerte, con muchas posibilidades de pasar a una segunda vuelta” pues “el correísmo tiene al menos entre 15 y 20% de voto duro”.
también para las organizaciones políticas que participarán en los comicios. Lucy Pomboza, coordinadora nacional de Procesos Electorales del CNE, explicó que, de acuerdo
con las reformas vigente, una de las cosas que las organizaciones políticas deben cumplir son los procesos de democracia interna, es decir la selección y elección de sus candidatos con fechas fijas, a
través de elecciones primarias. La funcionaria recordó que antes de la reforma, los partidos y movimientos políticos podían realizar esa selección hasta un día antes de la inscripción de candidaturas. La última reforma establece que esto debe hacerse obligatoriamente en un periodo de 15 días, que inicia 60 días previos a la fecha de cierre de la fase de inscripción de candidaturas ante el Consejo Nacional Electoral. En igual sentido se norma la campaña para cambio de domicilio electoral. “El Artículo 82, reformado en el nuevo Código de la Democracia, nos da un plazo de 90 días antes de la convocatoria (a elecciones) para terminar con los cambios de domicilio”, dijo. (HCR)
Una ley busca eliminar la ‘puerta giratoria’ entre sector público y privado
PROPUESTA. El vicepresidente de la Asamblea, César Solórzano, presentó el proyecto de ley.
Un nuevo proyecto de ley ingresó a la Asamblea con el fin de prevenir los conflictos de interés en el sector público. Uno de sus objetivos es eliminar la denominada ‘puerta giratoria’, que se produce cuando un servidor público pasa al sector privado o viceversa, obteniendo beneficios por su anterior cargo. El proyecto de 21 artículos, plantea limitar el ejercicio de actividades privadas gratuitas o remuneradas después del servicio público, durante los dos años siguientes a la fecha de la termi-
nación de su cargo, en entidades que hayan resultado beneficiadas por decisiones que los funcionarios hayan tomado. La propuesta fue ingresada por el primer vicepresidente, César Solórzano, y elaborada junto con la Fundación Ciudadanía y Desarrollo. Otros de sus fines es transparentar las agendas de trabajo y reuniones de servidores públicos de alto nivel; crear cuatro registros de gestores de intereses, regalos, viajes y gestiones de interés, y establecer sanciones admi-
nistrativas o penales en caso de el país conozca qué es lo que hace incumplimiento. Además, obli- un ministro, con quién se reúne, garía al servidor público a qué regalos recibe, a dónde abstenerse de tomar una viaja, quién paga los viajes. decisión, cuando exista un EL DATO Con eso podemos saber conflicto de interés. dónde puede haber un Los registros de conflicto de interés entre el gestores de intesector público y privado”. Lucha anticorrupción rés estarían a Marcelo Espinel, di“Este proyecto de ley nos cargo de la Defensoría del rector de proyectos de la ayudará en la lucha contra Pueblo. Fundación, señaló que no la corrupción”, señaló Sose trata de una propueslórzano, quien recordó que, por ejemplo, quienes están a car- ta populista, sino de “establecer go de la asignación de contratos, mecanismos reales y eficientes después pasan al sector privado de la prevención y sanción de la que beneficiaron. “Buscamos que corrupción”. (AGO)
Crítica a nueva consulta antiminera
REALIDAD. La falta de incentivos tributarios y legales hacen que el trabajo presencial se mantenga como una norma.
Teletrabajo todavía no cobra impulso en el país En la región hay ejemplos como los de Argentina y Brasil, donde esta modalidad laboral es muy aprovechada.
Cifras
Datos de la región País Brasil Argentina México Chile Costa Rica Colombia
Teletrabajadores 15 millones 1 milón 2,6 millones 1,5 millones 30.000 122.000
Aunque el número de personas tributaria, aprobada a finales del que tienen teletrabajo en Ecua- año pasado, y que impulsarán dor aumentó de 5.000 a casi las actividades económicas a tra15.000 desde 2017, esta modali- vés de la eliminación de un sinnúmero de gastos, costos, dad de empleo todavía no trámites, sobre todo para tiene el mismo impulso EL DATO emprendedores, micro y llones de trabajos formales que en otros países de la pequeños empresarios. podrían realizarse mediante región. 2017, la meta teletrabajo, por eso Norman MeAndrés Madero, minis- En de las autoridarino, economista y especialista tro de Trabajo, explicó que des era generar Alternativa puestos hay convenios firmados 76.000 El teletrabajo tiene el po- en mercado laboral, considera en teletrabajo, con más de 2.600 empre- pero solo se ha tencial de aumentar sig- que hay un gran espacio de exllegado a los sas del sector privado y 10 14.000. nificativamente las opor- pansión para esta modalidad laempresas públicas, pero tunidades de jóvenes y boral. El experto aclara que para admitió que el país sigue subempleados. Además lograrlo se necesitan incentivos rezagado en este ámbito. permite reducir costos tanto tributarios y legales que faciliPara cambiar eso, dijo que para la empresa como para el ten la contratación. dentro de las reformas laborales trabajador, según explica la Orse incluirán artículos relaciona- ganización Internacional del Conectividad dos con el teletrabajo y otras for- Trabajo (OIT). Para impulsar el trabajo en casas mas de masificar el empleo en el Pese a esto, solo 0,5% todavía también depende país. El funcionario, sin embargo de quienes tienen trabajo de que el país invierta en no ofreció mayores detalles de adecuado y gozan de todos EL DATO programas para aumentar esta propuesta ni la fecha para los beneficios de Ley están y mejorar la conectividad su envío a la Asamblea. “No hay enroladas en esta moda- Esta modalidad y la tecnología. “Tenemos el ningún plazo porque esas refor- lidad. El número resulta representa que comenzar a formar 0,5% del empleo mas per sé no son generadoras muy bajo, si se considera formal. generaciones de trabajade empleo, sino una herramienta que hay 7,8 millones de dores que sepan sacarle el para continuar con el plan inte- personas, que tienen un empleo mayor provecho a la tecnología y gral de reactivación económica”. y que 3,1 millones cuentan con que, sobre todo, tenga una cultura Agregó que una verdadera un trabajo de calidad. enfocada a resultados, sin que navía de dinamización se encuenEn el país se estima que 1,2 die esté detrás para presionarlos”, tra en la Ley de Simplificación millones de los más de 3 mi- concluyó Merino. (JS)
Andrés Ycaza, vocero de la Cámara de Minería del Ecuador, explicó que las dos nuevas preguntas presentadas por el prefecto de Azuay, Yaku Pérez, caen en los mismos vicios de anteriores propuestas de consulta popular antiminera. La primera pregunta señala: “¿está de acuerdo con la prohibición, sin excepción de actividades de prospección, exploración y explotación de minería metálica artesanal, pequeña, mediana y a gran escala, en fuentes de agua, zonas de recarga, descarga y regulación hídrica, páramos, humedales, bosques protectores y ecosistemas frágiles en la provincia del Azuay? La segunda con la que buscan un control constitucional es la siguiente: “¿Está de acuerdo que se cancelen las concesiones mineras metálicas que hayan sido otorgadas con anterioridad a esta Consulta Popular, en fuentes de agua, zona de recarga, descarga y regulación hídrica, páramos, humedales, bosques protectores y ecosistemas frágiles en la provincia del Azuay?”. Cuestionamientos
“La primera pregunta incumple con los requisitos de Ley y no establece, de manera adecuada y sin sesgos, que es lo que se quiere consultar a los ciudadanos. La segunda pregunta es
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abiertamente inconstitucional y atenta contra los derechos adquiridos por los concesionarios mineros”, dice Ycaza. Agrega que Pérez está planteando la reversión de todas las concesiones mineras en Azuay. De darse viabilidad, el país podría enfrentar demandas y litigios internacionales con montos elevados de indemnizaciones por pagar. “El prefecto Pérez debería estar consciente que se podría iniciar procedimientos de repetición contra él. Estas solicitudes generan nerviosismo. La minería es un negocio de muy largo plazo, cuyos resultados se ven en 25 o 30 años. Mirador, que exportó la semana anterior, fue descubierta en el 2006”. Recursos
Tanto la Cámara de Minería, que agrupa a 160 empresas del sector, como autoridades de Gobierno han repetido que, aunque se respeta el derecho de las personas a ser consultadas, no puede ser que temas de alcance nacional se quieran decidir en una sola zona o provincia. “La Corte todavía no avoca conocimiento del nuevo pedido, pero cuando lo haga tendrá 20 días hábiles para pronunciarse. Presentaremos varios Amicus curiae para defender el desarrollo responsable de la minería en el país”, informó Ycaza. (JS)
ACTIVISMO. El prefecto del Azuay, Yaku Pérez Guartambel impulsa dos preguntas sobre el tema.
Denuncian supuesta incursión de Ejército ecuatoriano en Colombia BOGOTÁ, EFE• El
ZONA. La incursión se habría dado en un poblado indígena de Putumayo. (Foto: Colprensa)
alcalde de la población colombiana de San Miguel, en Putumayo, Beyer Peña, denunció ayer una presunta incursión de un grupo de militares de Ecuador que, además, detuvieron a cuatro indígenas, entre ellos un menor de edad. La operación habría ocurrido el 4 de febrero, cuando
tropas del Ejército ecuatoriano ciones se practicaron porque supuestamente entraron en el en la zona hay plantaciones de coca y sitios para proceresguardo llamado San sar la droga que luego Marcelino y detuvieron EL DATO sale a los mercados intera esas personas que esnacionales. taban en la ribera colomy “Dicen que había labobiana del río San Miguel, Colombia Ecuador comfrontera natural entre los parten una fron- ratorios, pero no había”, tera de más de dos países. 700 kilómetros. sostuvo el Alcalde, quien explicó que otra razón Al parecer las deten-
que argumentaron los soldados ecuatorianos es que el lugar donde fueron detenidos los indígenas forma parte de su país. Peña, sin embargo, recordó que el río San Miguel siempre ha sido reconocido por ser la frontera entre ambos países y que la detención fue en el lado colombiano.
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Lista CRISIS. En China preocupa la falta de mascarillas, equipos de análisis y detección, termómetros y medicamentos para combatir la enfermedad.
Coronavirus ya ha provocado más muertes que el SARS
La distribución geográfica de contagios y muertes es radicalmente distinta entre los dos virus. PEKÍN, EFE•
La neumonía de Wuhan, causada por un tipo de coronavirus surgido en esa ciudad china en diciembre, ha superado ya a la epidemia del Síndrome Respiratorio Agudo y Grave (SARS, en su acrónimo inglés) de 2003 en número de muertos: al menos 910 han perecido a consecuencia de la primera, por los 774 de la segunda. En su último informe, publicado ayer, la Comisión Nacional de Sanidad de China indicó que 908 personas sucumbieron a la enfermedad en la China conti-
nental, mientras que otras dos personas (una en Filipinas y otra en Hong Kong) han perecido por el mismo motivo en los últimos ocho días. Esto sitúa la cifra de víctimas del coronavirus en 136 fallecimientos por encima de los registrados por el SARS, según los datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS). El margen entre ambas epidemias podría seguir creciendo, ya que las autoridades sanitarias precisaron que hay diagnosticados al menos 6.484 casos graves.
En cuanto al número de contagios, hace días que el coronavirus superó al SARS. Hasta ayer había identificados 40.171 casos solo en la China continental, mientras que la epidemia del SARS contagió en todo el mundo a 8.096 personas.
Taiwán y las 33 de Singapur, por mencionar solo los lugares más afectados, siempre de acuerdo con cifras de la OMS. En esta ocasión, el coronavirus ha sesgado 908 vidas en la China continental (la mayoría de ellas, en la provincia centro-oriental de Hubei, de EL DATO la que Wuhan es capital), Impacto A pesar de que tanto la Hasta ayer no se una en Filipinas y otra en el coronavirus como el habían registra- Hong Kong. casos en Ambas epidemias sí SARS tuvieron su origen do América Latina y andan parejas en el núen China (en Wuhan, el África. mero de países afectados, primero; en Cantón, el segundo), la distribución geográfi- por lo menos hasta el momento: ca de las muertes es radicalmen- una treintena, aunque en el caso del coronavirus en la China conte distinta. Con el SARS, 349 personas tinental, ésta acumula en torno perdieron la vida en la China al 99% de los casos de todo el continental, por las 299 de Hong mundo. A diferencia del SARS, la epiKong, las 43 de Canadá, las 37 de
Notificación de contagios y muertes China: Japón: Hong Kong: Singapur: Tailandia: Corea del Sur: Taiwán: Malasia: Australia: Vietnam: Macao: India: Filipinas: Nepal: Sri Lanka: Camboya: Canadá: Estados Unidos: Alemania: Francia: Reino Unido: Italia: Rusia: España: Bélgica: Finlandia: Suecia: Emiratos Á. U.:
40.171 (908 murieron) 96 36 (1 murió) 43 32 27 18 17 15 13 10 3 3 (1 murió) 1 1 1 7 12 14 11 4 3 2 2 1 1 1 7
demia del coronavirus sí ha sido declarada emergencia internacional por la OMS, que ha recalcado que no tomó la decisión por lo acontecido en China, sino por el efecto que podría tener en países en desarrollo que no cuenten con las medidas sanitarias de contención necesarias.
Alemania a merced de temporal ‘Sabine’ BERLÍN, EF• Con vientos máximos
DRAMA. El temporal obligó a suspender vuelos, trenes y partidos de fútbol en Alemania.
previstos de hasta 130 kilómetros hora, el temporal ‘Sabine’ afecta desde ayer a Alemania, provocando la suspensiones de todos los trenes de largo recorrido, cancelaciones de vuelos, trenes y partidos de fútbol, así como daños materiales en zonas del noroeste del país. El Servicio Meteorológico Alemán (DWD) emitió para la mayor parte del territorio na-
CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE
NOTIFICACIÓN DE TÍTULOS DE CRÉDITO De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 151 y 111 del Código Tributario codificado, por cuanto se trata de personas cuya individualidad o residencia no ha sido posible determinar, se les notif ica con el siguiente TÍTULO DE CRÉDITO emitido en su contra, por la Dirección Provincial de Zamora Chinchipe de la Contraloría General del Estado. No.
NOMBRES
TÍTULO DE CRÉDITO
1
EDGAR JOVANI LUZURIAGA JIMENEZ
0241-2017-DR4-DPZCH-A
2
JORGE ENRIQUE SUCUNUTA LLANES
136-DR4-DPZCH-2016-A
40,00
3
CLAUDIO ROBERTO ASANZA SANCHEZ
217-DR4-DPZCH-2016-A
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VALOR USD
17.000,00
A los mencionados deudores se les concede el plazo de 8 días para que efectúen el pago; así también, se les previene que una vez fenecido el mismo, en caso de incumplimiento de la obligación, se dará inicio a la acción coactiva correspondiente. Las personas notif icadas con los Títulos de Crédito deberán acercarse dentro del plazo establecido, a la Dirección Provincial de Zamora Chinchipe, ubicada en la ciudad de Zamora, en la Av. Alonso de Mercadillo, entre Juan de Salinas y Hernando de Benavente, a fin de recibir la liquidación correspondiente.
Ing. Luis Humberto Cuenca Aguilar Mg. Sc. DIRECTOR PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE
cional el segundo nivel de alerta más alto por este “temporal invernal” que, en algunas regiones, se prolongará hasta esta tarde. Tras varias suspensiones puntuales en el estado de Renania del Norte-Westfalia y un tren bloqueado por la caída de un árbol en los raíles con 300 pasajeros a bordo, el operador ferroviario Deutsche Bahn canceló todas las conexiones de larga distancia en Alemania. Además se produjeron cerca de 200 cancelaciones de vuelos con salida o destino en los aeropuertos de Fráncfort (100 vuelos) y Múnich (80 vuelos), el primero y segundo más frecuentados de Alemania, así como en los aeródromos de Colonia/Bonn, Berlín Hannover y Bremen.
P.A.B24570
RENTO
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‘Felipao’ aumenta la ilusión
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Felipe Caicedo hizo el gol que deja a la Lazio a un punto del primer lugar de Italia.
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Minuteros
Argentina. Boca Juniors venció el sábado en la Bombonera a Atlético Tucumán por 2-0 y alcanzó en la cima de la clasificación a River Plate. EFE
LaLiga
Argentina, campeón del fútbol sala La selección argentina de fútbol sala, actual campeona del mundo, se llevó ayer el título de las Eliminatorias suramericanas para el Mundial de Lituania 2020, tras vencer por 1-3 a la anfitriona Brasil, que había mantenido su portería a cero durante todo el torneo. EFE
Lundstram mete al Sheffield en Europa Un gol a cinco minutos del final de John Lundstram culminó el empate ante el Bournemouth del Sheffield United (1-1) en Bramall Lane que sitúa al cuadro de Christ Wilder en puestos europeos en detrimento del Tottenham de Jose Mourinho. EFE
FECHA. Real Madrid sigue como líder, mientras que Barcelona le escolta a tres puntos. EFE
Real Madrid y Barça remontan y siguen en pelea cuarto de hora. Pero el gol lo que MADRID, EFE• Real Madrid y Barcelona mantienen su intensa lu- hizo fue despertar a los pupilos cha por el título liguero después de Zidane, que poco a poco ende firmar remontadas en los di- traron en el partido. Isco Alarcón y Sergio Ramos fíciles campos de Osasuna (1-4) y Betis (2-3), que pusieron en di- remontaron el partido en el úlficultades a los dos grandes, pero timo tramo del primer tiempo y Lucas Vázquez y el serbio acabaron claudicando. Luka Jovic, que acababa A la postre fue más de reemplazar al francés contundente y clara la 52 PUNTOS Karim Benzema, puso victoria del equipo de Zimantienen al nedine Zidane, pero no Real Madrid en el la rúbrica con el 1-4. El primer lugar. triunfo permitía al Real pudo respirar hasta que Madrid asegurar el lideLucas Vázquez, que harato y metía presión añabía reemplazado a la gran novedad en el once del francés, dida al Barcelona en un duelo el galés Gareth Bale, consiguió el con morbo en el Benito Villamarín por el regreso de Quique Setercer tanto del cuadro ‘blanco’. La propuesta del equipo na- tién ante su anterior afición y el varro fue atrevida y osada de reencuentro de un ramillete de inicio. Su puesta en escena fue jugadores en ambos equipos. magnífica ante un Real Madrid desbordado. Encontró el premio Polémico en el tanto de Unai García a la sa- Y tampoco lo pasó nada bien el lida de un córner poco antes del Barcelona. En su caso se vio dos
veces por detrás en el marcador, pero su constante búsqueda ante Jornada 23 un Betis que acusó el desgaste acaCuriosidades bó por darle el triunfo, el primero en Liga lejos del Camp Nou desde Real Madrid logra cinco victorias que se impuso el 1 de diciembre en °seguidas. el Wanda Metropolitano ante el Atlético de Madrid, con lo que siBarcelona gana fuera de su casa des°pués de dos meses gue a tres puntos del Real Madrid. El holandés Frenkie de Jong Ángel Correa decisivo en 8 de los °últimos 10 goles del Atlético. (m.9) y Sergio Busquets (m.48+) respondieron a los tantos de Sergio Canales, de penalti 8m.6) y mitad primorosa, fue expulsadel francés Nabil Fekir (m.26) do, pero acto seguido Clement en una bella primera mitad. En también tuvo que dejar el campo por dos amarillas. No la segunda, el cuadro barencontró el Barcelona la celonista mandó y creó sentencia y el Betis siemocasiones hasta que el 49 TIENE pre tuvo la opción de con francés Clement Lenglet, el Barcelona y al rematar de cabeza un escolta a los capi- salvar algún punto, pero talinos. ya nada cambió. El Barlanzamiento de falta celona sumó un triunfo (m.72), puso el 2-3 a la imprescindible y el equipo postre definitivo pese a los sevillano sufrió una derrota que intentos de unos y otros. Fekir, que cuajó una primera le aleja de su aspiración europea.
El París Saint Germain, desatado
Ambriz asegura que el liderato del León no es casual
El entrenador del León, Ignacio Ambriz, aseguró que el liderato de su equipo con 12 puntos en el torneo Clausura 2020 no es obra de la casualidad y confia en que sus jugadores mantengan su buen rendimiento. EFE
El Bayern y el Leipzig empatan y dejan la Bundesliga abierta
El Bayern y el RB Leipzig igualaron ayer sin goles con lo que dejaron completamente abierta la lucha por el título de la Bundesliga. La ventaja del Bayern sobre el Leipzig sigue siendo de un punto e incluso el Borussia Dortmund, pese a la derrota de ayer por 4-3 ante el Bayern Leverkusen, sigue, con cuatro puntos menos que los bávaros. EFE
REDACCIÓN DEPORTES, EFE• El París Saint Germain ganó con solvencia al Lyon (4-2) para sumar su quinta victoria seguida y mantener la ventaja de 11 puntos en el liderato sobre el Olympique Marsella, en el encuentro que completó la vigésima cuarta jornada de la Ligue 1 de Francia. Sin Neymar, lesionado en las costillas, y con Edinson Cavani al cambio, el París Saint Germain impuso su superioridad. El cuadro de Thomas Tuchel encarriló su vigésima victoria del curso al borde de la media hora en una incursión por la derecha de Idrissa Gueye que entregó el balón a Ángel Di María. El argentino prolongó la carrera por ese lado, entró en el área, se hizo un espacio y batió al meta.
RETORNO. Edinson Cavani volvió a jugar y anotó para el PSG. AGP
Diez minutos después amplió su ventaja por medio de Kylian Mbappe. Fue el uruguayo Edinson Cavani, que en el 76 sustituyó a Mauro Icardi, el que disipó las dudas al llevar a la red un pase de Di María.
Colombia. El argentino Agustín Palavecino anotó un gol para el Deportivo Cali que derrotó 2-1 al América de Cali, en el inicio de la cuarta jornada de la liga colombiana liderada por Deportivo Pasto. EFE
Uruguay. El extremo del Peñarol Jonathan Matías Urretaviscaya se perderá, al menos, seis meses de la temporada por una rotura del ligamento cruzado anterior de la rodilla derecha. EFE
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LUNES 10 DE FEBRERO DE 2020 La Hora ECUADOR
Felipe Caicedo
Con sus goles Lazio roza el primer lugar ROMA, EFE• El Lazio triunfó por Catorce triunfos 1-0 ayer en el campo del Parma, Fue en septiembre cuando el gracias a un gol del ecuatoriano Lazio sufrió su última derrota Felipe Caicedo, y se colocó a un de la temporada, contra el Inter solo punto de los líderes Inter y en San Siro. Desde entonces, Juventus Turín, en una vigési- los hombres de Simone Inzaghi ma tercera jornada de la Serie sumaron 14 victorias y cuatro A en la que el Nápoles, empates y dieron pasos rival del Barcelona en agigantados hacia, como los octavos de final de mínimo, la clasificación 53 PUNTOS la Liga de Campeones, suma Lazio ante para la próxima Liga de volvió a las andadas y los 54 del Inter y Campeones. cayó 1-2 en casa contra de la Juventus. En el estadio Ennio el Lecce. Tardini de Parma, sin el Con una racha abierserbio Sergej Milinkovicta de 18 partidos sin Savic, de baja por acu8 GOLES conocer la derrota, el mulación de tarjetas, fue ha marcado Lazio aprovechó el re- Felipe Cacicedo. decisivo el ecuatoriano vés sufrido este sábaCaicedo, quien remado por el Juventus en el tó un balón suelto en el campo del Hellas Verona para área de penalti al borde del colocarse segundo y aumentar descanso y celebró su octava al máximo la presión sobre el diana de su campaña. vigente campeón de Italia, que Para contener al Parma además fue alcanzado por el fue necesario un gran esInter, que ganó al Milan. fuerzo defensivo, ante un
FIGURA. Felipe Caicedo celebra el gol que deja a Lazio cerca del primer lugar de la Serie A. EFE
rival que creció mucho en la reanudación, con la entrada del talento sueco Dejan Kulusevski, y que pidió un penalti en el tiempo añadido por una posible falta al delantero danés Andreas Cornelius. Sin embargo, el colegiado no
concedió la pena máxima y el cuadro capitalino se hizo con unos tres puntos que le permiten presionar al Juventus y al Inter, contra el que jugará la próxima semana en un choque directo que puede cambiar los equilibrios en la lucha por el
“Scudetto”. El equipo de Inzaghi sueña con conquistar su tercer título liguero, tras los de 1974 y 2000, y va camino de regresar a la Copa de Europa trece años después de la última vez, que se remonta a 2007.
Gol de Enner, un año y nueve meses después MONTERREY, EFE• El delantero ecuatoriano Enner Valencia quebró el sábado una racha de un año, nueve meses y 25 días sin goles en el fútbol mexicano, al convertir una vez y poner un servicio en la goleada de los Tigres UANL, 3-0 sobre el Guadalajara. Valencia y el francés André Pierre Gignac, en par de ocasiones, anotaron por los ‘felinos’ del entrenador brasileño Ricardo Ferretti que se metieDESTACADO. Enner Valencia ron en zona de clasificación. marcó y asistió para el triunfo del El partido arrancó con buen Tigres. EFE ritmo. En el minuto seis los Tigres llegaron con peligro, pero iniciada por Jesús Dueñas en el Valencia disparó por fuera; minuto 53, el colombiano Luis segundos después Guadalaja- Quiñones se apareció por la ra respondió con un golpe de banda izquierda y le puso un balón a Valencia, letal derecha de José Juan Macías, desviado por Con el triunfo los en el remate de pierel guardameta Nahuel Tigres saltaron na derecha para poner Guzmán. al séptimo lugar el 1-0. Los ‘Felinos’ se Los dos cuadros con dos victo- animaron con el gol y crearon peligro en el rias, un empate, se fueron sobre el rival; dos derrotas y dominaron y en el 63 lo resto de la mitad inicial siete puntos. reflejaron en el marcaque transcurrió con un dor con un penalti bien fútbol agradable. Valencia hizo una buena cobrado por Gignac, el 2-0. Valencia confirmó su buen jugada en el arranque de la segunda parte; se hizo de la pelo- partido en el 72 al aparecer ta y se la puso a Gignac, quien por la derecha, sacudirse a la defensa y servir a Gignac, remató por fuera. Poco después Enner quebró quien anotó el 3-0 con un dissu mala racha; en una jugada paro de derecha. P.A.B24562
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Yulimar Rojas impone récord sudamericano REDACCIÓN DEPORTES, EFE• La venezolana Yulimar Rojas, doble campeona mundial de triple salto tanto al aire libre como en pista cubierta, comenzó su temporada con un triunfo en la reunión en Metz con 15,03 metros, la mejor marca de su carrera bajo techo que además es récord sudamericano. La atleta afincada en Guadalajara (España) y pupila de Iván
Atletismo. El tanzano Saidi Juma Makula y la peruana Aydee Loayza Huaman se impusieron ayer en el maratón Life Time de Miami. EFE Pedroso comenzó con un nulo, luego se fue hasta 14,94 y 14,91, pero tras otros dos saltos nulos consiguió ese 15,03 que le sitúa a la cabeza de la lista mundial del curso y que es un inicio más que esperanzador para una campaña que tendrá como colofón los Juegos Olímpicos de Tokio 2020. Patricia Sarrapio acabó sexta con 15,35, mejor marca española de la campaña, en tanto que Ana Peleteiro finalmente no compitió, en tanto que Aauri Lorena Bokesa también se convirtió en la mejor del 400 con los 53.43 que le concedió la cuarta plaza en la prueba y Jesús Ramos fue octavo en 3.000 con 8:03.86.
Tour Colombia
REPRESENTANTES. La nómina de la Selección de Ecuador.
ARCHIVO. Yulimar Rojas durante una de sus intervenciones de la temporada pasada. AFP
Nueve ciclistas de Ecuador en acción El Tour Colombia, que inicia mañana, tendrá la presencia de nueve pedalistas ecuatorianos: tres world tour y seis de la Selección de Ecuador. Richard Carapaz, ganador del Giro de Italia, estará junto a Jhonatan Narváez en la formación del Team Ineos. Además, Jonathan Caicedo, del EF Pro Cycling . A ellos se une la nómina ‘Tricolor’ integrada por Jorge Montenegro, el último campeón de la Vuelta al Ecuador, Byron Guamá, Segundo Navarrete, Richard Huera, Harold López y Jimy Montenegro. “Contento de volver a esta tierra”, dijo Carapaz, quien “espera que las cosas salgan de la mejor manera” en su estreno con el Ineos, después de tres
Mina gana oro en Open de México
La taekwondosista ecuatoriana Mell Mina se colgó la medalla de oro en el Open de Puerto Vallarta, en México. Logró puntos para clasificar a los Juegos de Tokio 2020.
Oficina Nacional: Sancho de Andrade 302 y Escalona Tefs.: (02) 246-2682 / 225-7969 Quito • Ambato: (03) 282 8727 • Cuenca: (07) 408 9442 • Ibarra: (06) 301 6299 • Loja: 099 600 0182 • Otavalo: 098 409 0403 • Portoviejo Cel: 098 655 9270 • Manta: 099 598 3304 • Santo Domingo: 096 934 3450 p.ab/24556
temporadas en el cuadro de Telefónica. “Está bastante bien el recorrido, vamos a respetar al líder, pero siempre venimos con la intención de dar lo mejor”, agregó Carapaz ayer en la presentación del evento. Por una etapa
Mientras los ‘tricolores’ que buscan el podio final de la carrera, la delegación nacional que tiene a Santiago Rosero como manager de la escuadra comenta que con el triunfo de una etapa estarían realizados. Destaca que el equipo no llega como esperaba ya que no pudieron ir a la Vuelta al Táchira, donde probaría está nómina. López y Guamá son los únicos
Competencia Etapas
1era etapa Tunja – Tunja
(11 de febrero) (CRE): 16,7 km
2da etapa Papia – Duitama:
(12 de febrero) 152,4 km
3erra etapa Paipa – Sogomoza:
(13 de febrero) 183, 3 km
4ta etapa Paipa – Santa Rosa:
(14 de febrero) 174,2 km
5ta etapa Paipa – Zipaquirá:
(15 de febrero) 174,9 km
6ta etapa Zipaquirá – Bogotá:
(16 de febrero) 121,8 km
que llegan con algo de acoplamiento ya que estuvieron en la Vuelta a Costa Rica. (WOM)
HORÓSCOPO
H. MARCELO MEJÍA R. hmejia@lahora.com.ec
Actriz de la telenovela De que te quiero, te quiero
¿Nació un 10 de febrero?
Así, por originales que sean, tienden a mantener sus orígenes culturales. Logran hacer lo imposible como si fuera algo fácil, porque dentro de su medio se mueven con mucha comodidad, pero esa fluidez que parece natural oculta en realidad mucha disciplina y dedicación.
Trate de actuar de manera humana y sensible con las personas que trabajan con Ud. Evite que las tensiones profesionales lo depriman. RECUERDE: Aprender sin reflexionar es malgastar la energía.
Pareja Calamita, magnetita Vehículo, coche
Igual Rata en inglés
TAURO
(abril 20 - mayo 20)
Su interés en lo metafísico y espiritual se perderá y crecerá el escepticismo. La relación con cuñados será fría e impersonal. RECUERDE: Pocos ven lo que somos, pero todos ven lo que aparentamos.
Igualdad, superficie Hogar
(mayo 21 - junio 21)
Niño de pecho
Solución anterior
LEO
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(julio 23 - agosto 22)
(agosto 23 - septiembre 22)
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P Actriz, cantante y compositora mexicana
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A Rinoceronte Verdadero
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Lapso, momento Artículo femenino
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Hijo de Noé Manto beduino
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Chalado, loco Sagrado
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Triunfar Crema de la leche
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Comercio, tráfico Carcajear
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Fragancia
O Actor de la telenovela La vida en el espejo
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CELEBRIDADES A JOSE TRUETA R (1897 - 1977) E CiRUJAnO ESpAñOl. idEó divERSAS TéCniCAS C pARA El TRATAmiEnTO dE hERidAS.ROR.
Parafina
Flotar en el agua
Enfermedad padecimiento Tambor de un solo
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Junar, unir
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Cariño, ternura Dramaturgo argentino
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Ciudad de EE. UU.
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Madre de Jesús Trabajador, jornalero
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Cruel, enorme Pareja
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Apócope de santo Diosa griega del mal
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Máscara
Tela gruesa y fuerte
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Faltar, errar
Demente, chiflada
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Sebo, unto
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Crítica, ironía
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A Equipar
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Loma, colina
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Hija política Ciudad de Italia
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Pasmado Moneda de Costa Rica
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Cloruro sódico Ciudad de Francia
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El ser individual Primera nota musical
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Terminación verbal Capital de Italia
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Frenar, detener Carro en inglés
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Refran, dicho
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Yunque del platero Relativo al coro
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(septiembre 23 - octubre 22)
ESCORPIO
(octubre 23 - noviembre 21)
Su capacidad para concentrarse será mucho más fuerte lo cual le beneficia sobre todo en el área de los estudios. RECUERDE: La ambición es el último refugio de todo fracaso
SAGITARIO
(noviembre 22 - diciembre 21)
En lo referente al dinero Ud. será más precavido y ahorrativo; esto es muy bueno pero debe evitar caer en el egoísmo. RECUERDE: Cuando no se ama demasiado no se ama lo suficiente.
CAPRICORNIO
(diciembre 22 - enero 19)
Trate de ser cariñoso y demostrativo ya que una persona cálida es mucho más agradable. RECUERDE: El hombre se define como ser que evalúa, como ser que ama por excelencia.
ACUARIO
(enero 20 - febrero 19)
Evite remontarse en el pasado y sufrir por lo que ya no tiene solución. Es preferible ver hacia delante con positivismo y fe. RECUERDE: El alma tiene ilusiones, como el pájaro alas. Eso es lo que la sostiene.
PISCIS
(febrero 20 - marzo 20)
La actitud de sus amigos será mucho más madura y responsable por lo que podrá buscar en ellos los mejores consejos. RECUERDE: La alegría de ver y entender es el más perfecto don de la naturaleza.
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Hilera
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Arbusto chino
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Voz de arrullo
Antorcha
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Arca grande Río de Alemania Apodo, sobrenombre
Pronombre personal Aceite
Religiosa
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Cuadrúpedo L
Ceremonia
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Primera vocal
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MICROBIOGRAFÍA
• HORAKU Nro. 4532
Borís Pasternak
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(1890 -1960)
Poeta y novelista ruso, Premio Nobel de Literatura en 1958. La Revolución Rusa de 1917 significó el inicio de la fama de Pasternak como poeta. Sus ‘Cartas del verano de 1926’, unidas a las de Rainer Maria Rilke y Marina Tsvetáyeva muestran la gran categoría de su visión literaria y la reunión de culturas afines. Pero en Occidente, Pasternak es conocido más bien por su novela ‘Doctor Zhivago’, publicada en Italia en 1957, lo que ha deformado su imagen de un escritor que trabajó la lírica excelentemente. La obra tuvo que esperar hasta 1988 para ser publicada en la Unión Soviética, gracias a Gorbachov. (OG)
Luego de que un brutal asalto lo dejase paralítico y viudo, el tecnofóbico Gray Trace se somete a un procedimiento experimental para mejorar su cuerpo mediante un chip de computadora. Esto le otorga a Grey nuevas habilidades para vengarse.
Estado de Venezuela Símbolo de nobelio
Licor
Astro rey
Quere, amar
Califa árabe Contienda, lucha Patriarca del diluvio
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Suburbio, arrabal Tejido de lana
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Río de España
Terreno, parcela Tonto en kichwa
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Obedecer
Linaje, casta
Cabello blanco Surco, hendidura
Actor de la telenovela El vuelo de la victoria Habitación, casa
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LIBRA
El ánimo de su madre será decaído y triste por lo que deberá ayudarla a ver con positivismo cada situación. RECUERDE: Reprende al amigo en secreto y alábalo en público.
Ciudad de Yemen
A
A
Cinta de algodón Moneda de Europa
A R
Petardo, cartucho Símbolo del fósforo
Bulla, diversión Cama de los desposados
Ajuste, pacto Bulto, fardo
Pato Perezoso del Brasil
Upgrade
°
Buque, navío Filósofo griego
Cuarta vocal
Omega
B5I
HBO XTREME: 19:20. HOY
Yerro, error
(junio 22 - julio 22)
Ud. no sentirá mayor interés por las relaciones afectivas lo cual es bueno sobre todo si acaba de salir de una relación. RECUERDE: La única manera de hacer un amigo es serlo.
Masa de agua salada
Atascar
El ánimo de su pareja no será muy positivo y alegre por lo que deberá procurar no contagiarse con el pesimismo y ayudarla a mejorarlo. RECUERDE: Cuando el amor es feliz lleva al alma a la dulzura y a la bondad.
VIRGO
Carro en inglés
Baúl, cofre
CÁNCER
La disposición alegre y positiva será de gran ayuda para mejorar su salud. Dentro de su trabajo procure ser un poco más cálido. RECUERDE: No ser nada y no amar nada, es lo mismo.
Habitar
Batracio
Peñasco
La situación económica de su pareja pasa por un período desafortunado por lo que deberá ser cuidadoso con las mismas. RECUERDE: El cuerpo humano esconde nuestra realidad.
Onda
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TVFAN
Ciudad de Venezuela Político chino Adverbio de cantidad
Bellón
Frenar, detener
Cabo, ronzal
Estado de Norteamérica Diferente, distinta
Acequia Esposa de Abraham Liebre de la Patagonia
B13
E
Medio loco
Depto. del Perú Aféresis de napolitano
Símbolo del cobalto
(marzo 21 - abril 19)
GÉMINIS
Signo gramatical
Bellaco Amaestrar, amansar
ARIES
MOSAICO VIAJA
COCINA AMA MASCOTAS MIRA VIAJA
• HORAGRAMA
Nro. 4531
2 1 7 3 9 6 4 8
5 8
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4 7 7 2 1 4
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7 3 8 4 6 1
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6 4 7 1 2 4 3 8 5 9 5 6 8 1 3 7 6 8 4 9 2 2 3 9 5 7 1
8 6 2
3 9 1
1 7 4 5 9 2 5 6 7
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3 5 3 1 9 2 2 5 9 2 5 1
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CÁPSULA CIENTÍFICA
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Congelan cerebros con miras a la vida eterna SERGUEI POSAD• Cuando
la madre de Alexei Voronenkov murió a los 70 años, el hombre pagó para que congelaran su cerebro y lo almacenaran, con la esperanza de que los adelantos en la ciencia algún día pudieran devolverla a la vida. Es uno de los 71 cerebros y cadáveres humanos, a los que la firma rusa KrioRus llama “pacientes”, que flotan en nitrógeno líquido en uno de muchos contenedores en un complejo ubicado en las afueras de Moscú.
LABORATORIO. 36 mil dólares por cuerpo completo y 15 mil dólares sólo por el cerebro en Rusia. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec
FUNCIÓN JUDICIAL DE LOS RÍOS UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON QUEVEDO EXTRACTO DE CITACIÓN A: ALVAREZ OCHOA ISIDRO MAXIMILIANO SE LE HACE SABER. Que mediante sorteo ha tocado conocer de la presente Demanda de Divorcio por Causal No. 12203-202000167, propuesta por la señora VILLAMAR YEPEZ VIKY PAOLA ACTOR: ALVAREZ OCHOA ISIDRO MAXIMILIANO DEMANDADA: VILLAMAR YEPEZ VIKY PAOLA OBJETO DE LA DEMANDA: Es el caso señora Jueza que con la partida de matrimonio que acompaño demuestro a su señoría que me encuentro unido en matrimonio con la demandada desde el ocho de febrero de 2006, durante el matrimonio hemos procreado una hija, que actualmente es mayor de edad, en nuestro matrimonio se ha adquirido un bien inmueble el cual se adjunta certificado de avalúos y Registro de predio urbano del Gobierno Autónomo Descentralizado Guayaquil, la misma que se resolverá en cuerda separada, desde 15 de noviembre del 2013 la señora VILLAMAR YEPEZ VIKY PAOLA, sin justificación de ninguna naturaleza y sin que yo le diera motivo alguno abandono el hogar que lo teníamos formado con mi conyugue la señora VILLAMAR YEPEZ VIKY PAOLA, en la cooperativa 4 de septiembre en la calle publica 469 solar 12 de la parroquia Ximena del cantón Guayaquil, Provincia del Guayas y desde esa fecha hasta la presente no hemos tenido ningún tipo de relaciones, sentimentales, maritales, sexuales conyugales y de hogar. De conformidad con el Art. 56 del COGEP, yaqué declaro bajo la gravedad de juramento, pese haber realizado diferentes gestiones para ubicar a la demandada se me ha hecho imposible dar con el domicilio o residencia, para lo cual adjunto documentos de dicha diligencia. Mi petición se fundamenta en los dispuesto en el Art.110 numeral 9 del Código Civil CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: SUMARIO. JUEZ DE LA CAUSA: DRA. ALICIA IBARRA VEGA, en calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quevedo, lunes 3 de febrero del 2020, las 12h03, VISTOS: DRA ALICIA IBARRA VEGA, en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, mediante acción de personal No. 981-DNP-2012 y en virtud de lo dispuesto en los artículos 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, en concordancia con lo ordenado en los artículos 1 y 2 de la Resolución No. 007-2012 del Consejo de la Judicatura, en mérito del sorteo de ley por radicada la competencia AVOCO CONOCIMIENTO del juicio N° 122032019-00549 de DIVORCIO POR CAUSAL presentada por el Abg. JOHNNY JUSTIN SILVA PARRA, Procurador Judicial de ISIDRO MAXIMILIANO ÁLVAREZ OCHOA en contra de VIKY PAOLA VILLAMAR YÉPEZ se dispone: la presente demanda Cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad con el Art. 146 inciso primero del mismo cuerpo legal, se dispone: PRIMERO: Aceptar la demanda al trámite sumario que corresponde, establecido en el Art. 332 y siguientes del COGEP; SEGUNDO: Cítese a la demandada, conforme a lo establecido en el Numeral Primero del Art. 56 del COGEP y resolución No. 07.2018 de la Corte Nacional, esto mediante publicaciones que se deberá realizar mediante tres publicaciones en uno de los diarios de este cantón lugar en donde se está llevando el proceso y tres publicaciones en uno de los Diario a nivel nacional.- Se le prevendrá a la demandada que deberá contestar la demanda en la forma prevista en el Art. 151 ibídem y se otorgará término de QUINCE DÍAS para contestar la demanda en virtud de lo dispuesto en el Art. 333 numeral 3 de la ley antes referida y acápite quinto del Numeral 2 del Art. 56 del COGEP.- Así mismo deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, precisando toda información que sea necesaria para su actuación de acuerdo a lo estipulado en el Art. 152 del mismo cuerpo legal; QUINTO: Del ANUNCIO DE PRUEBAS realizado se provee: a) Documentales: Agréguese en autos documentación y pruebas agregadas por la actora, la que se tomará en cuenta acorde a derecho: y de conformidad con el acápite Cuarto del Art. 146 del COGEP. Lo que llevo a conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciban sus notificaciones y que cualquier oposición la planteen dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de esta aviso. Lo certifico. Quevedo, 4 de febrero de 2020. AB. FLOR BARREIRO ZAMORA Secretaria de la U.J.F.M.N.A-QUEVEDO Qvdo/34240/PAP/74633
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NACIONAL
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La tradición de los telares se conserva en Otavalango
ARTE. La demostracion a los turistas se realiza con las artesanías hechas en estos telares.
Con el paso del tiempo, han ido apareciendo maquinarias modernas para remplazar a los tradicionales telares manuales, que desde épocas antiguas fueron utilizadas especialmente por los indígenas del país. El museo Otavalango, con el fin de mantener esta costumbre ancestral, cuenta con un taller artesanal en el cual se elaboran tejidos en telar manual con acrílico, lana y algodón. Existen alrededor de ocho telares, cada uno con diferente diseño. En estos se confeccionan una serie de artesanías como ponchos, tapices, bufandas, fajas, camisas, chales, manteles, bordados a mano,
entre otros; los mismos que se comercializan a los turistas. Mejor lo hecho a mano
En la actualidad, con el avance de la ciencia, el modernismo y las nuevas tendencias textiles, se ha ido perdiendo el tejido con telar, siendo los propios artesanos quienes optaron por aparatos más cómodos como el de pedales y los eléctricos, que surgieron en secuencia del telar de cintura, los mismos que poseen cualidades semejantes y con los que es posible hacer trabajos paralelos, con pocas y definidas diferencias, entre el telar ancestral y el moderno. (DLH)
Exige tus derechos
Español CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR TÍTULO IV
Capítulo segundo Función Legislativa Sección tercera Procedimiento legislativo
Participación y Organización del poder
Una anciana es la guardiana de las velas de sebo Una mujer de Otavalo se resiste a dejar la fabricación de estos artículos. No quiere que se pierda la tradición. Cahuasquí tiene teca de ganado vacuno, materia 83 años, es oriunda de la comu- prima que se lo consigue en los nidad de Calpaqui, parroquia sitios donde se faena las reses e Eugenio Espejo (Imbabura). hilo de algodón. “Antes la venta Desde hace más de 60 años se se hacía en canastas llenas, pero ha dedicado a elaborar velas de últimamente la gente ha dejado sebo. Esta es una actividad que la de comprar este producto por heredó de sus antepasados y ha las nuevas velas de cera, que se mantenido esta tradición hasta comercializan utilizando difela actualidad. La comercializa- rentes materiales con nuevos ción lo realiza en los mercados diseños y hasta con esencias aromáticas”, afirma doña de la ciudad, aunque son Rosa. pocos los clientes que ad- EL DATO A pesar de sus años ella quieren este producto. sigue trabajando en esta Doña Rosa comenta comenta que actividad, sus familiares que este oficio lo apren- Se estas velas las le ayudan con la compra dió de sus padres, quienes utilizaban los le enseñaron como una antepasados para el dolor de de materiales y también con la venta del producto forma de ganarse la vida. espalda. terminado en tiendas y Explica que esta actividad antes era muy común en varias mercados de la ciudad. Las velas comunidades, donde las familias se comercializan por docenas a kichwas se reunían para traba- un costo de dos dólares. Su vivienda está ubicada en jar fabricando este producto, que era vendido en mercados de los la comunidad de Calpaqui Bajo, cantones de la provincia. En la donde se acomoda para iniciar actualidad son pocos los que se con su actividad desde las primeras horas de la mañana. Rededican a esta labor. Para la elaboración de las coge la leña y prende el fuego velas de sebo se utiliza la man- para calentar la paila, donde se
OTAVALO• Rosa
derretirá el sebo y empezará con su rutina diaria. Preparación
La elaboración se la hace en una paila grande de bronce, que se coloca en una cocina de leña, para proceder a calentar el sebo hasta que se derrita y sea fácil trabajarlo. Luego se mete las mechas de algodón, permitiendo que absorban el cebo tanto como sea posible, para luego sacarlo para que se enfríe. Una vez que la capa de sebo está fría y sólida, repite el proceso de sumergir y enfriar hasta que la vela tenga el grosor deseado. Su origen
El sebo, grasa de ovejas o vacas, se convirtió en el material estándar utilizado en las velas en Europa. El desagradable olor se debe a la glicerina que contienen. El hedor del proceso de fabricación no era el deseado y fue prohibido por ordenanza en varias ciudades europeas. Se descubrió que la cera de abejas era una sustancia excelente para la producción de estos artículos, pero su uso era solo para gente adinerada, iglesias y en eventos reales, debido a su alto costo.
Art. 134.- La iniciativa para presentar proyectos de ley corresponde: 1. A las asambleístas y los asambleístas, con el apoyo de una bancada legislativa o de al menos el cinco por ciento de los miembros de la Asamblea Nacional. 2. A la Presidenta o Presidente de la República. 3. A las otras funciones del Estado en los ámbitos de su competencia. 4. A la Corte Constitucional, Procuraduría General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo y Defensoría Pública en las materias que les corresponda de acuerdo con sus atribuciones. 5. A las ciudadanas y los ciudadanos que estén en goce de los derechos políticos y a las organizaciones sociales que cuenten con el respaldo de por lo menos el cero punto veinticinco por ciento de las ciudadanas y ciudadanos inscritos en el padrón electoral nacional. 6. Quienes presenten proyectos de ley de acuerdo con estas disposiciones podrán participar en su debate, personalmente o por medio de sus delegados.
Kichwa ECUADOR LLAKTAPAK MAMAKAMACHIY IV KAPAKNIKI
Chaypikana, Ushay Tantanakuypash
ISHKAYNIKI WANKURIY Kamachiypak Awlli
134 niki.- Shuk kamachiyta wiñachinkapaka kaykunami kan: 1. Kariwarmi kamachiy killkakkuna, shuk tantarishka kamachiy killkakkuna yanapashka, Mamallakta Tantanakuymanta pichka patsakri kamachiy killkak tumpishka kakpi rikuchinka. 2. Kariwarmi Mamallakta Pushakman rikuchinka. 3. Mamallaktapak shuktak awllikunaman, paypak karmaman rikuchinka. 4. Mamakamachiy Wasiman, Kamachiy Yanapakman, Llakta- yuk Rikurayakman, Runapak Kamakman, Tukuylla Ukllak- man, paykunapak pushana kuskamanta mushuk kamachiyta. 5. Kariwarmi llaktayukkuna llaktay hayñita charikkuna, runakunapak tantanakuy, illak iñumanta ishkaychunka pichkamanta mana uriyak, akllakkamayuk killkatupu kamupi kariwarmi llaktayukkuna killkarishka yanapaywan mushuk kamachiyta rikuchinata ushanmi. 6. Maykan kay kachashkunawan kimirik mushuk kamachiykunata killkakka, mushuk kamachiyta rimarikuy pacha payllatak, minkashkapash chaypi kanata ushanmi.
FÁBRICA. En un rincón de su casa, doña Rosa se dedica a la elaboración de estas velas artesanales.
LUNES 10 DE FEBERO DE 2020 La Hora ECUADOR
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NACIONAL
SALUD B8
LUNES 10 DE FEBRERO DE 2020 La Hora, ECUADOR
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El embarazo tardío y no tener hijos son factores que inciden en este mal. La principal causa de muerte en las mujeres es el cáncer de mama, y también es el tumor que más les afecta, según el Instituto Nacional de Estadística y Censos del Ecuador (INEC). Globocan 2018 señala que esta enfermedad afecta, actualmente, al 18,2% de la población femenina en el país. En general, los casos de cáncer han aumentado a escala global, de acuerdo con un estudio publicado en Francia y del que hace referencia Hernán Lupera, oncólogo. De ahí la importancia de adoptar hábitos saludables y de realizarse los controles médicos en cada etapa de la vida, en este caso la palpación y la mamografía. Siempre debe estar atenta antes los síntomas de esta patología. Solca indica que los signos probables son el cambio en la forma o en la piel de la mama o el pezón (se ve roja o hinchada, o con apariencia naranja), un bulto o engrosamiento en el seno o cerca de este, además de anormalidades en la axila. Lupera menciona que esta entidad puede curarse, pero “todo dependerá del estado en el que se encuentre y de los tratamientos médicos. Mientras más temprano se diagnostique, existe mayor expectativa de vida”. El embarazo protege
Hay una tendencia a detectar tumores de mama en mujeres
Cáncer de mama se detecta en mujeres jóvenes REALIDAD. Hay pacientes que aún con cánceres avanzados, logran un estado de remisión, de cura. Pero el diagnóstico debe ser temprano. (Foto: infobae)
Aumento de casos, señal de desigualdad
Buscan nuevas terapias
GINEBRA, EFE • La expansión del cáncer es ineludible y si la evolución °actual se mantiene, dentro de 20 años habrá un 60% más de casos en el
LONDRES, EFE• Un esfuerzo conjunto de más de mil investigadores internacionales, ha permitido secuenciar el genoma de cerca de 2.700 tumores, lo que contribuirá a comprender el proceso de mutación de las células cancerígenas, facilitar un diagnóstico precoz y diseñar terapias adaptadas a cada paciente. La revista Nature publicó una compilación de 22 artículos que dan cuenta del trabajo coordinado por el Consorcio Pan-Cáncer para el Análisis de Genomas Completos (PCAWG, en inglés). Los datos divulgados ahora permitirán a los investigadores desarrollar técnicas tanto para mejorar los tratamientos como para detectar nuevas oportunidades de detección temprana del cáncer.
mundo, a pesar de que las medidas para reducir su incidencias no tienen un costo prohibitivo como se suele creer, alertó la Organización Mundial de la Salud (OMS). El acento se pone en la situación de los países de ingresos medios y bajos, donde se estima que el incremento de casos será del 81% en las próximas dos décadas, lo que tiene que ver con que solo el 15% de estos países cuentan con servicios integrales para su tratamiento, frente al 90% de naciones de ingresos altos.
Se ha comprobado, a través de estudios, que el ejercicio es un efectivo agente que impide que un tumor aparezca”. NOMBRE FRASE CARGO FRASE
más jóvenes, explica Lupera. “Esto se debe a los cambios sociológicos que se han dado en los últimos años, como por ejemplo, que las mujeres se embarazan más tarde, a mayor edad, tienen menor número de gestaciones y no dan de lactar a los niños”. Es decir, agrega, el embarazo tiene un rol protector contra esta entidad. En cuanto a las causas, el experto expresa que es difícil decir cuál es el origen. “Lo que sí sabe-
mos es que, como todo cáncer, es una patología genética. Hay muchos genes que están involucrados en la aparición o en la predisposición de estos tumores”. También tiene que ver con la herencia familiar, lo cual no quiere decir que la persona que tiene parientes con esta enfermedad, lo va a padecer, pero hay mayores probabilidades. Lupera aclara que a este grupo se le debe practicar un análisis y un seguimiento más detallados. No se hace simplemente una mamografía, sino que necesitan una resonancia magnética nuclear de las mamas. “Esto se realiza cinco años antes de la edad de detección del familiar más próximo, y hay que efectuarlo de forma anual.
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Hay terapias personalizadas
El tratamiento se practica ahora de manera personalizada, analizando el perfil genético del tumor. “Hay que tomar en cuenta que los tumores son diferentes en cada paciente, es decir, hay subtipos, y dentro de estos hay variaciones cuasi individuales, tienen características genéticas distintas”, informa Lupera, y añade que la medicina de precisión permite que se pueda atacar al tumor específico. También está la inmunoterapia. “Existen personas en las que su inmunidad para un cáncer está dormida o no es reactiva. Este tipo de terapia consiste en romper esos mecanismos de tolerancia, entonces, las células asesinas naturales vuelven a atacar al
tumor, se restaura la inmunidad”. El oncólogo dice que la quimioterapia sigue vigente. “Ha dado un éxito increíble en el tratamiento de esta entidad, pero es un tratamiento que no es específico, es decir, no agrede solo a las células malignas, sino también a los tejidos normales”. En el tema de la expectativa de vida, mientras la persona pase más tiempo sin ninguna recaída después de su cura, si vuelve, la patología será menos importante. “En el cáncer de mama hemos visto reincidencia 20 años después del tratamiento inicial. Incluso en algunas personas que han tenido metástasis, se ha salido con éxito. Esto, sobre todo, cuando el tumor ha sido diagnosticado a tiempo”, concluye el especialista. (PT)
P.A.B24568
CRONOS
Preciado seguirá alejado de las canchas por lesión
partido ante el Puebla. Preciado solo jugó 16 minutos en los primeros cuatro encuentros del Santos. La baja del jugador nacido hace 25 años en Esmeraldas se da en un momento en el que el Santos ha carecido de contundencia y ocupa el décimo cuarto puesto en la clasificación del Torneo Clausura. EFE
El delantero ecuatoriano del Santos Laguna mexicano, Ayrton Preciado, seguirá alejado de las canchas por molestias musculares, anunció el entrenador uruguayo Guillermo Almada. “Lo estamos protegiendo de lesiones. Esperemos recuperarlo pronto”, señaló Almada, quien descartó la presencia del jugador en el
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LUNES 10 DE FEBRERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR
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Gabbarini, Garcés y Bustos, los mejores de la LigaPro REDACCIÓN DEPORTES, EFE• El
PARTICIPACIÓN. Barcelona llega de golear a Sporting Cristal en el juego de ida de la segunda fase. AFP
Más de 27 horas de fútbol CONMEBOL
La Libertadores define nuevos clasificados a la tercera fase. La Sudamericana en primera.
BOGOTÁ, EFE• Diecinueve partidos,
8 cruciales para definir la tercera fase de la Copa Libertadores, y 11 de debutantes en el segundo tramo de la Sudamericana, prometen esta semana más de 27 horas de intenso fútbol entre equipos de los 10 países que componen la Conmebol.
Libertadores
Cuentas aparte, la Copa Libertadores conocerá esta semana a los 8 equipos que disputarán la tercera fase, instancia previa a la de grupos. Si una goleada por 4-0 en la tanda de partidos de ida transmite la sensación de tener encarrilada la clasificación al Independiente Medellín colombiano y al Barcelona ecuatoriano, los damnificados, el Deportivo Táchira venezolano y el Sporting Cristal peruano aún se aferran a la fe y a la posibilidad de rozar la épica en sus canchas. Los bolivianos del The Strongest también deben llegar un
Torneos Juegos
Copa Libertadores Martes Deportivo Táchira (VEN) Internacional (BRA) D. Tolima (COL)
vs. vs. vs.
I Medellín (COL) U de Chile (CHI) Macará (ECU)
Ida: 4-0 Ida: 0-0 Ida: 0-1
Miércoles 12.02 Palestino (CHI) 12.02 Cerro Porteño (PAR) 12.02 Atlético Tucumán (ARG) 12.02 Corinthians (BRA)
vs. vs. vs. vs.
Cerro Largo (URU) Universitario (PER) The Strongest (BOL) Guaraní (PAR)
Ida: 1-1 Ida: 1-1 Ida: 2-0 Ida: 1-0
Jueves 13.02 Sporting Cristal (PER)
vs.
Barcelona (ECU)
Martes Argentinos Juniors (ARG) Grau (PER) 1Deportivo Cali (COL) Sol de América (PAR)
vs. vs. vs. vs.
Sport Huancayo River Plate River Plate Goiás
(PER) (URU) (PAR) (BRA)
Miércoles Huachipato (CHI) Lanús (ARG) Bahía (BRA) Llaneros (VEN)
vs. vs. vs. vs.
Deportivo Pasto Universidad Católica Nacional Liverpool
(COL) (ECU) (PAR) (URU)
Jueves Zamora (VEN) Cusco (PER) Independiente (ARG)
-vs. vs. vs.
Plaza Colonia Audax Fortaleza
(URU) (CHI) (COL).
Ida: 4-0
Copa Sudamericana
poco aliviados a los pagos del Atlético Tucumán, que deberán sacar lo mejor de su fútbol para remontar la derrota por 2-0. Sudamericana
La Copa Sudamericana reúne en su primera fase a 44 equipos
divididos en dos zonas, la Sur (Argentina, Chile, Bolivia, Paraguay y Uruguay) y la Norte (Brasil, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela). La semana anterior se registraron 11 partidos y esta semana comenzará los componentes de las otras 11 series.
portero argentino Adrián Gabbarini, el atacante local Carlos Garcés, el técnico argentino Fabián Bustos, entre otros, fueron premiados por los directivos de la LigaPro, que preside Miguel Ángel Loor, como los mejores del campeonato ecuatoriano de fútbol de 2019. Gabbarini no solo fue designado el Mejor portero sino también la figura principal del año en Ecuador, pues el argentino tuvo las mejores atajadas, y se PREMIO. Adrián Gabbarini se llevó convirtió además en uno de los dos trofeos en la temporada pasada. futbolistas de gran ejemplo y Por su parte, Bustos hizo de comportamiento en los partidos Delfín el equipo sorpresa de la que disputó con Liga de Quito. Gabbarini fue figura clave temporada pasada al alcanzar para que Liga se adjudicará el tí- el primer título profesional en tulo de la Copa Ecuador de 2019, Ecuador y el primero de los clual atajarle un penalti a Carlos bes profesionales de la provincia Garcés, en la definición desde los de Manabí. Además de Gabbarini y Gar12 pasos a Delfín de Manta, y este año también atajó un penalti que cés, fueron elegidos como los valió para que Liga se adjudicara mejores, el defensa derecho Pedro Pablo Perlaza, el parala Supercopa Ecuador. guayo Williams Riveros, El liderazgo y ejemplo EL DATO campeones con Delfín, de superación para sus aunque se pasaron este compañeros, los niños y fue año a Barcelona y Liga de jóvenes de Ecuador, per- También reconocido mitieron a Garcés alcan- como el jugador Quito, respectivamente, de y el argentino Luca Sosa, zar el título de la LigaPro ecuatoriano mayor trascendencia en los defensa izquierdo de Gua2019 y el premio de hoy últimos 10 años yaquil City. como Mejor delantero de Antonio El uruguayo Bruno Pila temporada pasada por Valencia. ñatares como centrocamsobre el goleador del torneo, con 20 tantos, el paragua- pista defensivo, campeón con yo Luis Amarilla, exatacante de Delfín, pero refuerza hoy a Barcelona junto al técnico Bustos. Universidad Católica.
Raptors suman 14 triunfos seguidos en la NBA HOUSTON, EFE• Los Raptors de Toronto se mantienen en el camino ganador y sumaron su décima cuarta victoria consecutiva, la mejor racha actual de la NBA. Mientras que en el juego individual el escolta jamaiquino de los Kings de Sacramento, Buddy Hield, estableció nueva marca de triples. El base Fred VanVleet logró 29 puntos como líder del ataque de los Raptors, que vencieron 119-118 a los Nets de Brooklyn, JUGADA. Los Raptors de Toronto y los actuales campeones de liga siguen en una racha de triunfos. AFP siguen imparables al ampliar su racha ganadora, sin que hayan Irving, baja por esguince en la perdido desde el pasado rodilla derecha. 12 de enero ante los Spurs EL DATO Hield aportó 32 puntos de San Antonio (104-105). con los Kings, que venEl escolta Caris LeVert Los Bucks gana- cieron por 122-102 a los sumó 37 puntos como me- ron por décimo Spurs, y logró nueve triocasión jor encestador de los Nets, tercera en los últimos 14 ples en el ataque del equipero falló un triple que le partidos, mejo- po de Sacramento que lo rando la mejor habría dado a Brooklyn marca de la liga convirtieron en el jugador la victoria y perdieron a 45-7. más rápido en la historia por primera vez en tres de la NBA en alcanzar partidos sin el base estelar Kyrie 800 canastas.
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QUITO
Un yate ecológico cuesta $645 millones
CURIOSO A8
LUNES 10 DE FEBRERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR
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La nave estará lista en 2024. Utilizará hidrógeno líquido como combustible. INFOBAE.COM • Bill Gates, el segun-
DISEÑO. La imponente nave futurista funciona totalmente con hidrógeno líquido.
do hombre más rico del mundo, compró por 645 millones de dólares un súper yate futurista que funciona totalmente con hidró-
geno líquido, lo que significa que su única emisión es agua. Según los planos, que fueron dados a conocer en el Salón Náutico de Mónaco el año pasado, el lujoso transatlántico tiene 112 metros de largo y cinco cubiertas con espacio para 14 invitados, 31 miembros de la tripulación, un gimnasio, un estudio de yoga, un salón de belleza, un salón de masajes y una piscina en cascada en su cubierta trasera. Pero su característica más impresionante está encerrada en
FERIA NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED
2020
Gates, de 64 años, es conocido por tomar regularmente vacaciones a bordo de súper yates, sin embargo esta es la primera vez que se compra uno. En el pasado solía alquilar barcos durante los viajes de verano al Mediterráneo. Se espera que la EL DATO lujosa nave ecológica esté la planta baja lista para salir En tendrá un área a mar abierto de entretenimiento con un en 2024. comedor para 14 El hidróge- personas y una sala de cine. no es bombeado a través de un tipo especial de celda de combustible -un dispositivo electroquímico- que lo convierte en electricidad, mientras que solo emite agua que puede ser bombeada con seguridad al océano. A pesar de su novedosa fuente de combustible, el buque es capaz de alcanzar los 17 nudos y de viajar 6.000 kilómetros antes de que necesite reponer combustible, lo suficiente para cubrir una travesía por el Atlántico a Europa.
24 DE FEBRERO
6 TOROS 6
6 TOROS 6
15H00
MIRAFUENTE / VISTAHERMOSA
14H00
PEÑAS BLANCAS / VISTAHERMOSA
EL CID
ANTONIO FERRERA
ÁLVARO SAMPER
ÓSCAR BORJAS (REJONEADOR)
GINÉS MARÍN
FRANCISCO CORTEZ
• Taquillas de la Plaza
ELESPECTADOR.COM • La gente ha celebrado que, al representar a las mujeres, Barbie sea incluyente. El año pasado, Mattel montó un prototipo de una muñeca con vitiligo, condición que hace que algunas zonas de la piel pierdan su pigmento. La gente ha celebrado que, al representar a las mujeres, Barbie sea incluyente y permita que todo tipo de niñas se identifiquen con esas muñecas de belleza femenina. Acerca de la Barbie sin pelo, la compañía dijo: “Si una niña está experimentando pérdida de cabello, puede verse reflejada en la línea”.
LUNES
23 DE FEBRERO
AMBATO • Hotel Ambato
Impresionante
Una Barbie sin pelo y con vitiligo
DOMINGO
COMPRA TUS ENTRADAS
la bodega: dos tanques de 28 toneladas sellados al vacío que son enfriados a -253 °C y llenados con hidrógeno líquido que alimenta el barco.
QUITO • Ticket Center CCI • www.feriadeambato.com
ESPECTÁCULO PARA MAYORES DE 18 AÑOS
MODELOS. Mattel ha sacado varios diseños incluyentes. P.AB/24517
Un espacio para acoger a mujeres víctimas de violencia
SOCIEDAD I
LUNES 10 DE FEBRERO DE 2020 La Hora, QUITO ECUADOR
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La casa de acogida fue inaugurada a finales de enero. Los casos serán referidos por el sistema de protección.
Historias de perseverancia y su- culo 5 de la norma, en la que se peración se tejerán en la Casa de menciona que el Estado, a través la Mujer ‘Warmi Wasi’ de la Uni- de todos los niveles de gobierno, dad Patronato Municipal San tiene las obligaciones ineludiJosé. A este espacio podrán asis- bles de “promover, proteger, gatir mujeres mayores de edad que rantizar y respetar los Derechos hayan sido víctimas de violencia Humanos de las mujeres, a tray que se encuentren embaraza- vés de la adopción de todas las das o tengan hijos menores de medidas políticas, legislativas, edad. El lugar tendrá capacidad judiciales, administrativas, de para 40 personas, entre mujeres control y de cualquier otra índole que sean necesarias, oportuy niños hasta 12 años. Gabriela Cevallos, Directora nas y adecuadas para asegurar de Ejecución Técnica de la Uni- el cumplimiento de la presente dad Patronato San José, comenta Ley”. Además, estipula que estas que con la creación de este centro habría dos lugares de aten- obligaciones estatales constarán ción con las mismas caracterís- en el Plan Nacional de Desarrollo y en los planes de desarrollo ticas en la ciudad. “En Quito hay un referente, regionales, provinciales, de los distritos metropolitanos, que es la Casa Matilde, cantonales y parroquiaque lleva operando vales, y que constarán en el rios años. Esta sería la EL DATO presupuesto general del segunda casa con la misnueva casa Estado. ma modalidad. Se crea La de acogida de basándose en las cifras de la ciudad requiede un presuviolencia contra la mujer re Coordinación puesto anual que se registran en las úl- de entre 400 El Patronato, según Cevay 450 mil dólatimas encuestas”. llos, implementa este prores para gastos Según el Instituto corrientes. yecto para integrar la Red Ecuatoriano de Estadístide Casas de Acogida que ca y Censos (INEC), 32 de cada funciona a escala nacional. Fue 100 mujeres en el país expe- inaugurada el 29 de enero, conrimentaron por lo menos un virtiéndose en la más reciente. hecho de violencia en 2019. A Tras la apertura, se iniciarán esto se suman los 106 casos de las gestiones con las autoridades femicidio que se registraron en del sistema de protección de muel mismo periodo, de acuerdo jeres víctimas de violencia para con la Alianza para el Monitereo coordinar la recepción de casos. y Mapeo de los Femicidios en “Se trabajará con casos reEcuador. feridos, pero esto no exime que se reciban atenciones de emergencia como las otras casas lo Reglamento La Ley para Prevenir y Erradicar hacen. Hay casos que ameritan la Violencia Contra Las Mujeres, una intervención inmediata que publicada en 2018, dio ciertas puede ser de uno a dos días hasatribuciones a los gobiernos lo- ta que se encuentre un referente cales. Entre ellas, mantener y ge- familiar que para que pueda ser nerar servicios especializados de atención a las víctimas de violencia. Así se establece en el artí-
Femicidios En Ecuador
° 732 mujeres han sido violentamente asesinadas desde 2014 hasta 2019.
° En 2019, 12 mujeres fueron reportadas como desaparecidas.
ATENCIÓN. El equipo de profesionales está conformado únicamente por mujeres.
ESPACIO. El lugar cuenta con áreas lúdicas para los menores que lleguen a alojarse.
protegida desde su misma familia”, dijo. Atención
La casa requiere un presupuesto permanente de 400 a 450 mil dólares anuales, que corresponde al gasto corriente. Ha recibido donaciones y apoyo de otras instituciones y organizaciones internacionales, embajadas y se-
cretarías de Derechos Humanos. Contarán con un equipo técnico de nueve personas para trabajar en una atención integral, entre la coordinación, trabajo social, sicología, educación, departamento legal y promotoras. “Al tratarse de una situación de vulnerabilidad, todo el equipo debe estar conformado por mujeres y no se puede revelar la ubi-
cación del predio, para prevenir situaciones conflictivas posteriores”, comentó. El objetivo es trabajar con principios de participación, igualdad y no discriminación, con un enfoque intercultural, de Derechos Humanos, género, discapacidad y movilidad humana abriendo puertas para trabajar en temas de prevención de la violencia. (MLY)
NOTIFICACION A EX TRABAJADORES
A quienes prestaron sus servicios laborales bajo relación de dependencia para Geoforce S.A. entre enero y diciembre de 2019, acercarse a entregar partidas originales de nacimiento, matrimonio para el cálculo de utilidades hasta el 31 de marzo 2020 Dirección: UIO: Av. Eloy Alfaro N35-09 y Portugal. GYE: Av Francisco de Orellana km 1.5 y Av. Juan Tanca Marengo Edif COFIN. PAR/112184/EG
° Las armas blancas son las más utilizadas. ° El 86% de los victimarios provienen del entorno famliar, pareja, expareja o pretendiente.
° 20% de los feminicidas se suicidaron o lo intentaron.
° 62 de las 106 mujeres asesinadas eran madres.
NOTIFICACIÓN A EX TRABAJADORES
A quienes prestaron sus servicios laborales bajo relación de dependencia para Ripconciv Cia. Ltda. entre enero y diciembre de 2019, acercarse a entregar partidas originales de nacimiento; matrimonio para el cálculo de utilidades hasta el 31 de marzo 2020 Dirección: UIO: Av. Eloy Alfaro N35-09 y Portugal. GYE: Av. Francisco de Orellana km 1.5 y Av. Juan Tanca Marengo Edif COFIN.
PAR/112184/EG
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QUITO Planta Editora Av. Galo Plaza Lasso N62-08 y Nazareth
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Clemente Ponce N45-119 y Piedrahíta Edificio Fenix PB Email: fclemente@lahora.com.ec
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Víctor Emilio Estrada 814 A entre Guayacanes e Higueras Teléfonos: 04 4549281 / 04 4549093 Email: admguaya@lahora.com.ec
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LUNES P 10 DE FEBRERO DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR
Reina Victoria N23-55 y General Baquedano Teléfonos: 2503-266 / 2222-405 / 2222-406 Email: freina@lahora.com.ec
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Jugando con fuego dob (TP) 14:50 17:10 Mujercitas sub (TP) 13:50 19:30 Bad boys para siempre dob 22:15 Birds of prey: harley quinn d-box dob
18:00
22:00 22:10 1917 Español 19:20
Bad Boys Para Siempre Español 18:20 20:50
El Escándalo Español 17:30 JoJo Rabbit Español 21:20 Mujercitas Español 15:00 La Hora de tu Muerte Español 19:35 Dolittle Español 16:50 19:00 21:10 El Caso de Richard Jewell Español 15:30 Jumanji: El Siguiente Nivel Español 15:40
14:20 16:40 19:00 21:30
15:00 17:20 19:45 22:05 Parasitos sub 16:30 19:15 22:00 Dolittle dob 14:00 16:20 1917 sub 18:50 21:20 Birds of prey: harley quinn dob 15:50 20:30 Birds of prey: harley quinn sub 18:10 Cuando ellos se fueron dob 14:30 16:00 Cuando ellos se fueron dob 17:30 18:45 Judy sub 19:10 21:25 Alguien debe hacerlo dob 21:45 23:30
SUPERCINES SAN LUIS
SUPERCINES 6 DE DICIEMBRE
MULTICINES CCI
Abigail: Ciudad Fantástica Español 13:10 15:30 Cuando ellos se fueron Español 15:20 19:20 Deseo Final Español 14:00 16:50 21:45 El Reino Español 19:00 Parásitos Subtitulada 17:40 20:30 Jugando con Fuego Español 15:00 17:10 19:20 Secretos de Estado Subtitulada 16:50 Aves de Presa (y la Fantabulosa Emancipación de Una Harley Quinn) Español 13:30 15:00 16:00
Abigail: Ciudad Fantástica Esp. 15:10 19:50 22:10 Cuando ellos se fueron Español 17:00 18:30 20:10 Deseo Final Español 16:10 22:40 Subt. 20:30 El Reino Español 15:00 17:50 20:40 Parásitos Subtitulada 15:30 18:15 21:10 Jugando con Fuego Español 13:50 16:00 18:10 20:20 La Noche de la Bruja Español 15:40 22:20 Secretos de Estado Subtitulada 19:10 21:30 Aves de Presa (y la Fantabulosa Emancipación de Una Harley Quinn) Español 21:00 Subt. 18:30 1917 Español 16:45 19:15 Subtitulada 21:45 Bad Boys Para Siempre Español 19:00 Subt. 21:40 El Escándalo Subtitulada 17:40 20:00 JoJo Rabbit Subtitulada 21:50 La Princesa y El Dragón Español 14:45 Mujercitas Español 13:15 16:00 18:45 Subt 21:30 Presencias de Mal Español 22:30 Vacío Subtitulada 14:00 18:20 La Hora de tu Muerte Español 17:30 Judy Español 14:20 El Rey Burro Español 14:10 Dolittle Español 15:10 17:30
Parásitos Subtitulada 15:50 18:40 20:30 21:30 Jugando con Fuego Español 14:00 16:10 18:20 La Noche de la Bruja Español 21:00 Aves de Presa (y la Fantabulosa Emancipación de Una Harley Quinn) Español 13:10
17:30 18:30 21:00 Subtitulada 20:00 1917 Español 13:50 18:45 21:15 Bad Boys Para Siempre Español 21:00 El Escándalo Español 16:20 JoJo Rabbit Subtitulada 15:20 La Princesa y El Dragón Español 13:20 Mujercitas Español 13:00 18:00 20:45 Presencias de Mal Español 21:30 Vacío Subtitulada 15:50 La Hora de tu Muerte Español 13:20 Dolittle Español 13:20 15:40
14:10 15:35 16:35 18:00 19:00 20:25 21:25 1917 Español 18:45 21:20 Bad Boys Para Siempre Español 17:50 21:20 JoJo Rabbit Subtitulada 13:40 Mujercitas Español 13:00 15:20 18:10 Presencias de Mal Español 13:30 Vacío Español 13:10 Dolittle Español 13:15 15:30 Jumanji: El Siguiente Nivel Español 16:05 Guasón Español 20:45
MULTICINES EL RECREO Aves de presa (y la fantástica emancipación de una Harley Quinn) 2D Dob 1:10 1:50 2:50 pm 3:35 4:15 5:15 6:00 6:40 7:40 8:25 9:05 pm
Parásito 2D Subti. 3:20 6:10 8:25 9:00 pm Abigail: Ciudad Fantástica 2D Doblada 1:10 pm 3:35 pm 6:00 pm
Deseo Final 2D Dob. 3:40 pm 5:50 pm 8:00 pm Cuando ellos se fueron 2D Idioma Original
2:00 pm 3:40 pm 5:20 pm 7:00 pm 8:40 pm El Reino 2D Idioma Original 1:00 3:45 9:05 pm 1917 2D Doblada 6:30 pm 9:30 pm Mujercitas 2D Doblada 1:00 pm 3:50 pm 6:40 pm Jugando con fuego 2D Doblada 2:15 pm 4:25 pm 6:35 pm 8:45 pm La Noche de la Bruja 2D Dob 6:50 pm 8:55 pm Bad Boys: Para Siempre 2D Doblada 3:45 pm 6:25 pm 9:05 pm Jojo Rabbit 2D Doblada 1:20 pm Presencias del mal 2D Doblada 1:30 pm Vacío 2D Subtitulada 2:00 pm Dolittle 2D Doblada 1:10 3:30 5:50 8:10 pm
MULTICINES EL CONDADO Parásitos Subtitulada 15:40 17:45 18:30 20:35 21:20
Jugando con Fuego Español 13:50 16:00 18:10 La Noche de la Bruja Español 18:50 21:05 Aves de Presa (y la Fantabulosa Emancipación de Una Harley Quinn) Español 13:45 14:10 16:35 19:00 20:00 21:25
1917 Español 15:05 Bad Boys Para Siempre Español 18:20 20:20 JoJo Rabbit Subtitulada 13:40 Mujercitas Español VIP 13:00 15:45 18:30 Presencias de Mal Español 13:30 Vacío Subtitulada 13:00 Dolittle Español 12:40 15:00 16:00 Jumanji: El Siguiente Nivel Español 16:10 17:20
Había Una Vez... en Hollywood Español 21:00
Óscar I
LUNES 10 de febrero de 2020 La Hora, QUITO ecuador
A11
Ganadores
Por categoría
° Mejor documental: ‘American
Factory’.
° Mejor película internacional:
’Parásitos’.
° Mejor actriz de reparto: Laura Dern, en ‘Historia de un Matrimonio’. ° Mejor actor de reparto: Brad Pitt, en ‘Había una vez…en Hollywood’. ° Mejor banda sonora: ‘Jocker’. ° Mejor director: Bong Joon-ho, en ‘Parásitos’. Mejor filme animado: ‘Toy °Story 4’.
° Mejor vestuario: Jacqueline Durran, por ‘Mujercitas’. AGRADECIMIENTO. El elenco de ‘Parásitos’ subió al escenario al final de la 92 gala de los premios Óscar.
‘Parásitos’, la sorpresa de los Premios Óscar Joaquin Phoenix, Mejor actor °
Por su aclamado papel como el villano Joker, Joaquin Phoenix se llevó el Óscar a Mejor actor. Phoenix superó en la categoría al español Antonio Banderas (Dolor y gloria), así como Leonardo DiCaprio (Había una vez en Hollywood), Adam Driver (Historia de un matrimonio) y Jonathan Pryce (Los dos papas). "Estoy tan lleno de gratitud en este momento y no me siento por encima de ninguno de mis compañeros nominados o de nadie en esta sala, porque compartimos el mismo amor, el amor por el cine", dijo al recibir la estatuilla.
Es la primera, en un idioma diferente al inglés, que se lleva la estatuilla a Mejor película. La cinta surcoreana ‘Parásitos’ arrasó ayer en los Óscar al llevarse cuatro premios, entre ellos los de Mejor película y Mejor película internacional, que la situaron por delante de la otra favorita, ‘1917’, que ganó tres estatuillas. El surcoreano Bong Joon-ho llegó a la cumbre de su carrera ayer al llevarse también el Óscar a Mejor director y a Mejor guion original, marcando un antes y un después en la historia de los premios que por primera vez entregan el mayor reconocimiento a una cinta en un idioma diferente del inglés. También hizo historia por llevarse los dos premios a Mejor película y Mejor película internacional. Aunque 10 filmes habían logrado esta doble nominación, entre ellos ‘La Vida es Bella’, en ‘1998’, y ‘Roma’, en 2018, ninguna se había llevado los dos. Por eso, Bong, de 50 años, una de las caras más conocidas de Corea del Sur y que se ha hecho acreedor de múltiples premios en casa, tiene un lugar único en la historia cinematográfica mundial. ‘Parásitos’ fue la gran sorpresa, recibida con una ovación por los presentes en el Dolby Thea-
AGENCIAS •
RECUERDO. Billie Eilish, ganadora de cinco Grammys, interpretó Yesterday.
ter de Hollywood, donde se realizó la ceremonia que hasta entonces había seguido un guión muy predecible, sobre todo en las categorías de actuación. Menos estatuillas
brar esta noche. ‘El Irlandés’ de Martin Scorsese se fue con las manos vacías después de llegar con 10 nominaciones. Scorsese, no obstante, fue el maestro más destacado en los discursos de la gala.
° Mejor efectos especiales: 1917. ° Mejor canción original: ‘I’m gonna love me again’, de ‘Rocketman’, de Elton John.
° Mejor guion original: ’Parásitos’. ° Mejor fotografía: ’1917’
Renée Zelleweger, Mejor actriz ° La estadounidense Renée Zelleweger ganó el Óscar a Mejor
actriz por su interpretación de la leyenda de Hollywood Judy Garland en la película biográfica ‘Judy’. Zellweger, que se alzó con el segundo Óscar de su carrera tras recibir la estatuilla a Mejor actriz de reparto por Regreso a Cold Mountain en 2004, venció a Cynthia Erivo (‘Harriet’), Saoirse Ronan (‘Mujercitas’), Scarlett Johansson (‘Historia de un matrimonio’) y Charlize Theron (‘El escándalo’). Emocionada, al recibir el premio, Zellweger tuvo palabras de agradecimiento para Garland, la actriz y cantante estadounidense nacida en 1922 y fallecida en 1969 que nunca recibió un Óscar en las categorías de actuación.
El drama bélico ‘1917,’ que llegaba a los Óscar como la gran favorita, Algunos detalles se conformó con tres premios: El Óscar rindió tributo a Kirk Mejor fotografía, Mejores efectos Douglas, el último gran ícono de especiales y Mejor mezcla la era dorada de Hollywood de sonido. Por detrás de El Dato fallecido el miércoles a los ‘Parásitos’ y ‘1917’ se situa103 años, y a la leyenda del ron ‘Joker’, ‘Érase una vez… básquetbol Kobe Bryant, nominacioen Hollywood’ y ‘Ford v Las nes fueron criti- que murió en un accidenFerrari’, todas ellas con dos cadas porque te de helicóptero el 26 de solo una actriz galardones por cabeza. no blanca entró enero. Ambos entraron en "Estoy sin palabras. en las categorías el ‘In memoriam’, durante de actuación, y Nunca nos imaginamos ninguna mujer cuya proyección Billie Einominada a lish cantó. que esto sucedería. Esta- fue Mejor dirección. mos muy felices", afirmó En la 92 gala de los presobre el escenario Sin-ae mios se vivió también el Kwak, productora de ‘Parásitos’. mayor desfile anual de glamour. Antonio Banderas; ‘Dolor y La alfombra roja del teatro Dolby gloria’, de Pedro Almodóvar, y se tiñó de rosa en todos sus tonos la cinta de animación ‘Klaus’, de y estilos, con toques de platería y Sergio Pablos, que eran las tres brillos varios. Pero muchas divas opciones españolas en los Óscar, fueron a lo seguro, tanto de blanno pudieron llevarse la victoria co como de negro. Para ellos, el en la gala. Tampoco hubo triun- clásico esmoquin y la pajarita nefos latinoamericanos por cele- gra dio lugar a looks más osados.
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Quito, Ecuador
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‘FELIPAO’ LLEVA AL LAZIO AL PODIO
Felipe Caicedo hizo el gol del triunfo del Lazio. El equipo de Roma está a un punto del Inter y de la Juventus. PÁGINA D3
El Tour Colombia con presencia ‘Tricolor’
Nueve ciclistas del país estarán en la principal competencia de la región que inicia mañana. PÁGINA D4
Barcelona no se da por vencido
El cuadro ‘Catalán’ remontó para ganar al Betis y seguir la huella del Real Madrid, líder de LaLiga. PÁGINA D2
Alemania se paraliza por temporal Suspensiones de todos los trenes de largo recorrido y cancelaciones de vuelos se registraron ayer en el país europeo. PÁGINA B4
Revista judicial C00
LUNES 24de noviembre de 2008 La Hora Quito, ecuador
LUNES, 10 de FEBRERO de 2020 La Hora Quito, ecuador revista no: 12794 Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío
Editora Diana Briones Puga
es una edición de diario la hora
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Dirección: Panamericana Norte Km 31/2 y Nazareth | Telf: 2475723 al 728 | E-mail: revistajudicial@lahora.com.ec
C1
JERARQUÍA CONSTITUCIONAL DE LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES Autores: Ab. José Sebastián Cornejo Aguiar y Ab. Pedro Enrique Moreira Peña.
Esquema Constitucional Ecuatoriano Hasta el año 2007 la estructura jurídico normativa del país, subordinaba a la Constitución respecto a la ley; así las cosas, criterios como el de Schmitt1 en cuanto a la subsunción de normas genéricas entre sí (Schmitt 1931, 72), resultaban vigentes. Desde la entrada en vigencia de la Constitución de la República2 (2008), la cual cambió el paradigma de tutela de derechos; así pasamos de un Estado legalista, a uno de derechos y justicia constitucional; empero, más allá de ser un enunciado, aquello consiste en la jerarquización normativa al momento de hacer exigibles los derechos. No obstante, debemos recordar que aquella concepción constitucional resulta novísima,
pese a haber transcurrido más de una década desde la entrada en vigencia de la Carta de Montecristi. El tratadista italiano Paolo Comanducci3, ha realizado una clasificación de modelos constitucionales, dividiéndolos en axiológico, descriptivo de Constitución como orden, descriptivo de Constitución como norma, y axiológico de Constitución como norma; de dicho análisis, nuestro modelo constitucional se ajusta a las características dadas por el profesor Comanducci, esto es: a) Desaparece el “leycentrismo” del modelo francés, siendo desplazado por la “omnipresencia” constitucional; b) Conjunto de normas con reglas y principios; c) Democracia constituyente; d) Conector
entre el derecho y la moral; e) La aplicación de ésta no parte de la subsunción, sino de la ponderación. (Comanducci 2007, 41). Sin embargo, el modelo “tradicional” romano germánico continúa inoculado en actuaciones judiciales, provocando que el desarrollo de los contenidos constitucionales se convierta en un cheque sin fondos, de tal suerte que las garantías se encuentran huecas frente a jueces que pretenden aplicar la norma infra constitucional, desoyendo al precepto convencional. Contrario sensu, el profesor argentino Carlos José Laplacette4 expresa que, la supremacía constitucional no es sino una técnica jurídico-política utilizada para asegurar que las autoridades estatales respeten
los límites prefijados en una Ley Fundamental (Laplacette 2016, 15). En palabras de Zagrebelsky5, el neoconstitucionalismo se está vengando de la desdibujada concepción tradicional de las Constituciones previas a éste (Zagrebelsky 2018, 114); puesto que, la ley debe subordinarse no solamente a lo preceptuado en la Constitución de cada país; sino además a normas de derecho convencional. El profesor español Prieto Sanchís6 menciona que al margen de los criterios tradicionales de subsunción de los hechos a la norma positiva, en el cual se contemplaban criterios de jerarquía, cronología y especialidad, el neoconstitucionalismo presenta herramientas de ponderación (como el test de proporcionalidad) que aquilatan un derecho constitucional frente a otro CONTINUA EN la página - c2
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Revista judicial C2
LUNES 10 de FEBRERO de 2020 La Hora Quito, ecuador
(Prieto Sanchís 2008, 86). En el caso ecuatoriano, el artículo 424 de la Constitución coloca a ésta en la cúspide de la jerarquía normativa, estableciendo que las juezas y jueces, autoridades administrativas, servidoras y servidores públicos, aplicarán directamente las disposiciones normativas constitucionales y las previstas en los instrumentos internacionales de derechos humanos, siempre que sean más favorables a las establecidas en la Constitución, aunque las partes no las invoquen expresamente. En este sentido, las juezas y jueces en la sustanciación de los procesos deben aplicar las disposiciones normativas que conforman el bloque de constitucionalidad en respeto a la supremacía constitucional.; lo cual, al analizar en contexto al 425 en concordancia con el 11 ordinal 8, ibídem, nos señala el mecanismo correcto de interpretación constitucional en el sentido de mayor satisfacción para el pleno goce de los derechos constitucionales. Para Pablo Alarcón7, la aparente estructura rígida de este artículo en cuanto a la aplicación inmediata y directa de la Constitución, encuentra su salvedad en cuanto a los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado ecuatoriano, mismos que deben ser entendidos jerárquicamente al mismo nivel que la Constitución de la República. (Alarcón 2018, 168). Para el profesor colombiano Jaime Santofimio8, es precisamente el articulo sub examine el cual le da sustento de convencionalidad (y su aplicación) a las decisiones judiciales, jerarquizando a los instrumentales internacionales de derechos humanos por sobre cualquier otra norma del ordenamiento jurídico. (Santofimio 2017, 217-19). En dicho sentido, la Corte Constitucional9 ha destacado la obligación del Estado de cumplir con las sentencias y los informes dictados por organismos constitucionales, en el caso concreto por la CIDH. Para Paúl Córdova10 La obligatoriedad del estado ecuatoriano en someterse a la CADH; así como de las recomendaciones y sentencias que emanan de aquella, nace del principio/regla IUS COGENS
JUDICIAL QUITO
positivizado en la Convención de Viena, en cuanto a observar las obligaciones de buena fe; así como, con la disposición de prohibición a los Estados a interponer normas de derecho interno, para no cumplir con sus obligaciones internacionales (Córdova 2016, 263 - 65). El bloque de constitucionalidad contribuye a incluir normas internacionales en la discusión jurisdiccional, no limitándose a la aplicación expresa de la norma como tal; sino que, se extiende a la integración de normas constitucionales.
aquellas que sean más favorables cuyo reconocimiento se encuentre en instrumentos internacionales de derechos humanos .
Finalmente, el contenido del art. 426 de la Constitución, guarda armonía y conformidad con el texto correspondiente a los principios de aplicación de derechos y el contenido del art. 424 de la Carta Fundamental. La disposición normativa ratifica a los destinatarios del principio de aplicación directa de la Constitución. Expresamente señala que serán las juezas y jueces, autoridades administrativas, servidoras y servidores públicos quienes tienen la obligación de aplicar directamente las normas constitucionales y
nacional y el interno. En el plano internacional un órgano supranacional analiza si un acto o dispositivo de derecho interno es compatible con normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y conforme a ello, dispone la inaplicación, reforma o derogación del dispositivo “anticonconvencional”. En este nivel también se encuentra el deber de los Estados de adoptar, en sus medidas de derecho interno, garantías para la vigencia de los derechos humanos. En el plano interno, los magis-
Orígenes del control de convencionalidad Debemos partir, indicando, que el control de convencionalidad, como sabemos, supone la aplicación del derecho supranacional al derecho interno de cada país que, en el marco de un tratado, se ha sometido a ese orden. Esta interrelación de ordenamientos se verifica en dos planos: el inter-
trados de cada ordenamiento particular evalúan la compatibilidad de los dispositivos de derecho interno, con la Convención Americana y otros instrumentos internacionales. En ese orden de ideas en el sistema del Pacto de San José de Costa Rica, en palabras del maestro Néstor Pedro Sagués, en su artículo El control de convencionalidad, en el sistema interamericano y sus anticipos en el ámbito de los derechos económicos- sociales. Concordancias y diferencias en el sistema europeo, cuando manifiesta que en los casos Myrna Mack Chang12, Tibi13, Almonacid Arellano14, trabajadores cesados del Congreso y Radilla Pacheco15, alegan el derecho interno para eximirse de algunos deberes (Sagués, 2011, p.1-2.), estas alegaciones no son procedentes al tenor de lo dispuesto en el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los tratados, que indica: «Una parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado. Esta norma se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 46.»(Convención de Viena sobre el derecho de los tratados, 1980) En concordancia con el artículo 46 de la referida Convención, misma que delimita que: «1. El hecho de que el consentimiento de un Estado en obligarse por un tratado haya sido manifestado en violación de una disposición de su derecho interno concerniente a la competencia para celebrar tratados no podrá ser alegado por dicho Estado como vicio de su consentimiento, a menos que esa violación sea manifiesta y afecte a una norma de importancia fundamental de su derecho interno. 2. Una violación es manifiesta si resulta objetivamente evidente para cualquier Estado que proceda en la materia conforme a la práctica usual y de buena fe.» (Convención de Viena sobre el derecho de los tratados, 1980) Lo cual evidencia, que los actores responsables de garantizar los derechos humanos se ampliaron de forma importante, hacia las técnicas de interpretación de los derechos, en donde el control de convencionalidad es consecuencia directa del deber de los Estados de tomar todas las medidas que sean necesarias para que los tratados internacionales que han firmado se apliquen cabal-
mente. Recordemos que el artículo 1 de la Convención Americana de Derechos Humanos señala que: «los Estados parte se comprometen a respetar los derechos que ella establece, pero también a garantizar su pleno y libre ejercicio (…)»(Convención Americana de Derechos Humanos, 1978) Esto significa que el Estado tiene la obligación de respetar, pero también la de garantizar los derechos previstos en los ordenamientos internacionales, denotando así de esta manera que el control de convencionalidad, es además reafirmado por la Corte Interamericana en una familia de casos como son: La Cantuta, Boyce vs. Barbados, Fermín Ramírez, Raxcacó Reyes, Heliodoro Portugal, entre otros. Esta multiplicidad de sentencias permite detectar ya la existencia de un derecho procesal transnacional consuetudinario, afirmativo del control de convencionalidad en el sistema interamericano. En este contexto, el control de convencionalidad debe entenderse como una herramienta que permite a los jueces contrastar las normas generales internas frente a las normas del sistema convencional internacional, lo cual implica que los jueces nacionales deberán desarrollar de oficio una serie de razonamientos que permitan la aplicación más amplia posible y el mayor respeto a las obligaciones establecidas por los tratados internacionales. (Carbonell Miguel, 2012, p. 12-15) Particularmente en países en los cuales la Convención tiene rango constitucional o forma parte del bloque de constitucionalidad, al ejercer dicho control de convencionalidad los jueces nacionales pueden, según sus respectivas competencias, no solo desaplicar sino incluso anular las normas internas contrarias a la Convención Americana. Dando a entender de esta manera que el control de convencionalidad, es un mecanismo judicial creado al interior del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos para propugnar por la defensa de los principios democráticos y los derechos consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos, que comporta uno de los asuntos de mayor importancia jurídica y política en la actualidad en la región. CONTINUA EN la página - c3
¿Qué es el control de convencionalidad? Lo cual, en palabras de Leonardo García Jaramillo, en su artículo “El control de convencionalidad”, establece que: «El control de convencionalidad se ejerce entre las normas del derecho interno y la Convención, toda vez que el control vincula al juez y a los demás funcionarios de los países suscriptores de la Convención en la tarea de limitar el poder político y defender los derechos humanos. Los países suscriptores se obligan a interpretar toda norma nacional de conformidad con la Convención. En caso de incompatibilidad, los organismos locales deberán abstenerse de aplicar la norma nacional para evitar la violación de los derechos protegidos internacionalmente. Si un Estado es parte de la Convención Americana todos sus órganos están sometidos a sus decisiones y, por lo tanto, deben velar por que los efectos otorgados a las decisiones no se reduzcan por la aplicación de normas contrarias a su objeto y fin, como sostuvo la Corte en Gelman contra Uruguay (2011). Dicho control ha permitido que distintos países avancen hacia la incorporación de estándares en la protección de derechos, a pesar incluso de que gobernantes de turno o mayorías representadas en el Parlamento u organizadas en un referendo, hubiesen defendido una posición diferente. »(García Leonardo, 2014, p. 1) Dando a entender que el control de convencionalidad, realiza un juicio de adecuación entre la norma concreta del derecho interno y la Convención u otro tratado suscrito sobre la protección de los derechos. Con este análisis de adecuación material se estudia el eventual incumplimiento de obligaciones internacionales relativas a la protección de derechos humanos. Se interpreta el derecho local a la luz de la jurisprudencia de la Corte con el fin de subsumir un supuesto de hecho concreto, en el campo de aplicación de una norma identificada previamente en abstracto. A partir de esta interpretación se determina si en la aplicación del derecho interno el juez nacional realizó una actuación que contraría la Convención. De existir dicha contradicción entre la actuación local y la normativa convencional, se fundamenta para el caso concreto la prelación
de la Convención sobre el derecho interno, inclusive sobre su Constitución. Luego se especifican las violaciones a los derechos reconocidos por la Convención que acontecieron por cuenta de las prácticas internas. El hecho internacionalmente ilícito que se le atribuye al Estado le genera responsabilidad internacional por las violaciones a los derechos reconocidos en la Convención u otros tratados. Finalmente, en sentencia se le ordena al Estado poner fin a la conducta identificada como contraria a la Convención, reparar integralmente a las víctimas y adoptar medidas para garantizar la no repetición. Es por ello que sin duda el Ecuador en su articulado asume, entre otras cosas, un carácter plurinacional e intercultural del Estado respetando y garantizando la igualdad de derechos, como sucede en el art. 11.2 de la Constitución de la República del Ecuador, que manifiesta: «Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades». Este artículo es un pilar fundamental que nos permite entender como el Ecuador busca garantizar el reconocimiento pleno de los derechos, siendo una manera adecuada la aplicación no solo de las normas constitucionales y legales sino también con la efectivización del uso y aplicación del principio de convencionalidad. Finalidades del control de convencionalidad El control de convencionalidad se entiende como la herramienta que permite a los Estados concretar la obligación de garantía de los derechos humanos en el ámbito interno, a través de la verificación de las normas y prácticas nacionales, con la Convención Americana de los Derechos Humanos y su jurisprudencia, en donde la referida obligatoriedad de la Convención deviene de su celebración y aprobación por cada uno de los Estados suscriptores de la misma. Esta obligación constitucional de interpretación de las normas relativas a derechos humanos de conformidad con fuentes internacionales encierra un auténtico control de convencionalidad, que nos demuestra como la evolución jurisprudencial del control de convencionalidad, y la aplicación de este supone que toda autoridad pública, en ejercicio de
sus competencias y de las normas procesales vigentes en el derecho interno, debe: «ejercer un control de convencionalidad tanto en la emisión y aplicación de normas, en cuanto a su validez y compatibilidad con la convención, como en la determinación, juzgamiento y resolución de situaciones particulares y casos concretos, teniendo en cuenta el propio tratado interamericano respectivo y, según corresponda, los precedentes o lineamientos jurisprudenciales de la corte interamericana».(Ibáñez Rivas, Salazar, & González Pérez, 2017, p. 69) Por lo cual podría decirse que el control de convencionalidad es un principio fundamental en las labores que desarrolla la Corte Interamericana, debido a que permite una revisión de las violaciones de derechos humanos cometidas en alguno de los Estados Parte en relación a las disposiciones consagradas por la Convención Americana y la interpretación que de ella hace la Corte desde sede interna, tal es así que las sentencias de la Corte Interamericana han exhortado a las autoridades del Estado a aplicar un control de convencionalidad, con la finalidad de que realice un análisis entre los actos, normas internas, los principios y derechos humanos consagrados en los instrumentos internacionales celebrados por el Estado conforme se ha podido evidenciar en las 28 sentencias antes enunciadas. Sin embargo, y una vez entendida la trascendencia del control de convencionalidad, es pertinente indicar que este tiene varios aspectos específicos como son: a) Prevención de violaciones de derechos humanos y del incumplimiento de las correspondientes obligaciones estatales, ya que reposa sobre una lógica preventiva en materia de respeto y garantía de los derechos humanos reconocidos en la Convención Americana. .(Ibáñez Rivas, Salazar, & González Pérez, 2017, p.70-71) b) Fortalecimiento del diálogo judicial entre las cortes nacionales y la Corte Interamericana, ya que toda autoridad pública está obligada a aplicar el control de convencionalidad, es innegable que los funcionarios vinculados a la administración de justicia tienen un rol protagónico, dada la “dimensión especial” de su papel como
garantes de los derechos protegidos en los tratados internacionales de derechos humanos.(Ibáñez Rivas, Salazar, & González Pérez, 2017, p.71) c) Consolidación del ius commune interamericano, en donde el control de convencionalidad también es un instrumento práctico, inmediato e interesante, que a partir del diálogo entre las jurisdicciones internas y la Corte Interamericana, está produciendo un nuevo entendimiento del Sistema Interamericano al concebirse ahora como un “sistema integrado” de protección de derechos, debido a que involucra no sólo a los dos órganos de protección a que se refiere la Convención Americana, Comisión Interamericana y Corte Interamericana, sino también, con particular intensidad y de manera concomitante a todas las autoridades nacionales de los Estados parte, que deben participar activamente en la garantía efectiva de los derechos humanos, sea en su dimensión nacional o internacional .(Ibáñez Rivas, Salazar, & González Pérez, 2017, p.77). d) Entendimiento del control concentrado de convencionalidad propiamente realizado por la Corte Interamericana, en donde esta revisa las actuaciones de los jueces nacionales, incluido el correcto ejercicio del “control de convencionalidad”, siempre y cuando el análisis se derive del examen que se realice de la compatibilidad de la actuación nacional a la luz de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. (Camarillo Govea Laura Alicia & Rábago Rosas Elizabeth Nataly, 2016, p.129) e) El control difuso de convencionalidad, que consiste en el deber de todas las autoridades nacionales de realizar un examen de compatibilidad entre los actos y normas nacionales, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, sus protocolos adicionales, y la jurisprudencia de la Corte que interpreta ese corpus iuris interamericano y que implica reconocer la relevancia y la pertenencia de los tratados internacionales dentro del ordenamiento jurídico. (Camarillo Govea Laura Alicia & Rábago Rosas Elizabeth Nataly, 2016, p.131) En síntesis podríamos decir
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que el control de convencionalidad implica que los Estados no pueden invocar el derecho interno para no cumplir con el derecho internacional, en razón de que el control de convencionalidad plantea que cada autoridad del Estado, particularmente el poder judicial, es responsable de controlar la aplicación efectiva de los tratados internacionales en materia de derechos humanos en el plano interno, en relación de garantizar el principio pro homine, que consistirá en aplicar la interpretación más favorable para el efecto del goce y ejercicio de los derechos y libertades de la persona. _________________ Karl Schmitt. Il Custode della constituzione (1931), 72 Registro Oficial 449 de 20-oct.-2008 Paolo Comanducci. “Modelos e interpretación de la Constitución” en Teoría del neoconstitucionalismo, ed. Miguel Carbonell (Madrid: Editorial Trotta, 2007), 41 Carlos José Laplacette. Teoría y práctica del Control de Convencionalidad (Buenos Aires: Editorial B de f, 2016), 15 Gustavo Zagrebelsky. Justicia Constitucional (Puno: Zela, 2018), 114 Luis Prieto Sanchís. “El Juicio de Ponderación Constitucional” en El principio de proporcionalidad y la interpretación constitucional, ed. Miguel Carbonell (Quito: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2008), 86 Pablo Alarcón. Una metodología comparativa crítica aplicada al sistema constitucional ecuatoriano (Quito: Corporación de Estudios y Publicaciones, 2018), 168 Jaime Santofimio. El concepto de convencionalidad (Bogotá: Universidad de Externado, 2017), 217 - 219 Sentencia 008-13-SAN-CC, caso 0010-10-AN, del 21 de agosto de 2013. Paúl Córdova. Derecho Procesal Constitucional (Quito: Corporación de Estudios y Publicaciones, 2016), 263 – 265. Pablo Alarcón. Ob. Cit. 171 Los hechos del presente caso se desarrollan en el contexto en el que Guatemala se encontraba sumida en un conflicto armado interno, donde se realizaron ejecuciones extrajudiciales selectivas con un propósito de “limpieza social”. Los hechos del presente caso se refieren al señor Daniel Tibi, ciudadano francés de 36 años que residía en Ecuador y se dedicaba al comercio de piedras preciosas y arte ecuatoriano, donde la Corte declara: que el Estado violó el Derecho a la Libertad Personal y a la Protección Judicial, así como las Garantías Judiciales, y el Derecho a la Propiedad Privada. Los hechos del presente caso se desarrollan en el contexto del régimen militar que derrocó el gobierno del entonces Presidente Salvador Allende en 1973, donde la Corte determinó que el Estado es responsable de la violación de los derechos a la libertad personal, a la integridad personal, al reconocimiento de la personalidad jurídica y a la vida, así como por la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, incumpliendo el Estado el deber de adoptar disposiciones de derecho interno sobre Desaparición Forzada de Personas, respecto de la tipificación del delito de desaparición forzada de personas.
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DIVORCIOS Casillero Judicial No. 2552 Dr. /Ab. Romo Cordova Vinicio Roberto EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTÓN QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA JUICIO N°. 17203-201335234 NOTIFICACIÓN JUDICIAL A: CEVALLOS CASTEBLANCO CRISTOBAL, SE HACE CONOCER LO SIGUIENTE: C U A N T I A : INDETERMINADA PROCEDIMIENTO: ESPECIAL ACCIÓN: DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO PARTE ACTORA: CEVALLOS BERRAZUETA CLAUDIO ALEJANDRO PARTE DEMANDADA: C A ST E L B L A N C O RO D R I G U E Z MARIA CONSUELO UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 23 de enero del 2020, las 08h21, VISTOS: [1] Hágase parte de los autos los oficios remitidos por la EPMAPS Agua de Quito, Corporación Nacional de Telecomunicaciones CNT EP y Servicios de Rentas Internas para los fines legales pertinentes, información que se la tendrá en cuenta en su momento oportuno.- [2] Conforme al Oficio No.1020-PCNJ-2018 de fecha 02 de agosto de 2018 enviado por la Dra. María Rosa Merchán L a r rea PR ESI D E N TA SUBRROGANTE DE LA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA, con el cual se da a conocer los informes de absolución de consultas a la Corte Nacional de Justicia, se dispone NOTIFICAR al alimentario mayor de edad CEVALLOS CASTEBLANCO CRISTOBAL, atento el juramento efectuado por el señor CEVALLOS BERRAZUETA CLAUDIO ALEJANDRO y ratificado por su procurador judicial, con el contenido del escrito de fs. 507 y 508 conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos COGEP por cuanto la parte actora ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio del beneficiario del derecho de alimentos, mediante tres publicaciones efectuadas en un periódico de amplia circulación nacional y editado en esta ciudad de Quito provincia de Pichincha, para el efecto confiérase
el extracto correspondiente, a fin de que la conteste en el término de tres días; hecho sin necesidad de audiencia, se resolverá la causa.- NOTIFIQUESE.f) Dr. Pablo Alejandro Jacome Jaramillo, Juez De La Unidad Judicial De La Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia Del Cantón Quito. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, y le notifico, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, dentro del perímetro legal de la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de esta ciudad de Quito, cantón Quito, provincia de Pichincha. Ecuador. Dr. Betty Solanda Ayala Granda SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAC/112980/AT
MENORES Casilla Judicial: 2159 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. PUBLICACIÓN: CÍTESE A LOS SEÑORES CARLOS EDUARDO ÁVILES VILLANUEVA y JUANA DOLORES DUCHI LEMA. EXTRACTO NÚMERO DE JUICIO: 17203-2020-00006G. ACCIÓN: PRIVACIÓN DE LA PATRIA POSTESTAD. TRÁMITE: SUMARIO. ACTOR/A: SANDOVAL MONICA DEL PILAR. DEMANDADO/A: CARLOS EDUARDO AV I L E S VILLANUEVA. JUANA DOLORES DUCHI LEMA. C U A N T Í A : INDETERMINADA. OBJETO DEL EXTRACTO: CITAR A LOS SEÑORES
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CARLOS EDUARDO ÁVILES VILLANUEVA y JUANA DOLORES DUCHI LEMA. - AUTO DE CALIFICACIÓNUNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 30 de enero del 2020, las 14h08, VISTOS: a) Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Mariscal Sucre, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. b) Considérese que la demanda de PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD propuesta por SANDOVAL MÓNICA DEL PILAR en contra de los señores: CARLOS EDUARDO AVILES VILLANUEVA y DUCHI LEMA JUANA DOLORES, reúne los requisitos contemplados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia se califica y se acepta al trámite en PROCEDIMIENTO SUMARIO, conforme lo prescrito en el Art. 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. c) Cítese a la parte demandada, señores: CARLOS EDUARDO ÁVILES VILLANUEVA y DUCHI LEMA JUANA DOLORES, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación en el cantón Quito, conforme lo prescrito en los artículos 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos. Se dispone a la señora actuaria conferir el extracto respectivo. d) Al tenor del Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se les concede el término de diez días para dar contestación a la demanda. e) En cuanto a los medios de prueba ofrecidos por la parte actora estos serán admitidos de ser el caso en la audiencia única, según lo establecido en el Art. 333 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, en relación con el Art. 160 ibídem. HÁGASE SABER.- f).- Dra. Patricia Mercedes Segarra Faggioni, Jueza.Lo que comunico a Uds. para los fines de ley; previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica para futuras notificaciones que les correspondan.Certifico.-
Solamente se blasfema a los dioses. S t e n d h a l (M a r i e -H e n r i B e y l e )
Atentamente: Ab. Germania Patricia Tamay Cevallos SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAB/24560/AT
EJECUTIVOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. C.O.G.E.P. CITACION JUDICIAL JUICIO EJECUTIVO NO. 17230-2018-12724 PARA: ORTEGA AGUILAR JEFFERSON ISAAC y ORTEGA UREÑA RAMIRO RICARDO JUEZ PONENTE: DR. LUIS FERNANDO LANDAZURI SALAZAR MATERIA: CIVIL TIPO PROCESO: EJECUTIVO ACCION COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN ACTOR: DIANA S O L E DA D JIMÉNEZ CHANGO, EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL INGENIERO TA L B O T DUEÑAS GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE BANCO DEL AUSTRO S. A. DEMANDADO: ORTEGA AGUILAR JEFFERSON ISAAC, ORTEGA UREÑA RAMIRO RICARDO CUANTIA: US$. 7.420,84 EXTRACTO DE LA DEMANDA (…) “ Con estos antecedentes, acudo ante usted, señor juez; y, en procedimiento ejecutivo, DEMANDO AL SEÑOR RAMIRO RICARDO ORTEGA UREÑA en calidad de deudor y el señor JEFFERSON ISAAC ORTEGA AGUILAR en su calidad de aval (garante) para que en SENTENCIA se les condene al pago de los siguientes rubros: a. El saldo del capital constante en el pagaré, que conforme la liquidación adjunta asciende a USD. 5.621,62
LLAMADO A ACREEDORES “ASIANSKY AGENCIA DE VIAJES CIA. LTDA” EN LIQUIDACIÓN” De conformidad con al Art. 393 de la Ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de la Compañía “ASIANSKY AGENCIA DE VIAJES CIA. LTDA” EN LIQUIDACIÓN”, a fin de que en el término de veinte (20) días contados desde la última publicación de este aviso, deberán presentar los documentos que acrediten su derecho como acreedores en la siguiente dirección: Av. Amazonas N24-16 y Joaquin Pinto Telf. 0983462877. Transcurrido el término arriba mencionado se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su derecho en dicho término y aquellos que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación. Atentamente, Patel Mahendra Kumar Liquidador “ASIANSKY AGENCIA DE VIAJES CIA. LTDA” EN LIQUIDACIÓN” PAR/112170/EG
dólares de los Estados Unidos de América b. El interés corriente, desde el dividendo No. 16 hasta el último vencimiento, a la tasa constante en el titulo ejecutivo y a la tasa reajustable conforme consta del pagaré a la orden; c. El interés de mora calculado desde el dividendo No. 16 a la máxima tasa permitida de conformidad con las Regulaciones del Directorio del Banco Central del Ecuador; d. El pago de las costas procesales, en las que se incluirán los honorarios profesionales de los abogados defensores que actuaren en esta causa, que lo reclamo expresamente, así como el pago de peritajes, y demás gastos ocasionados con motivo de esta acción judicial y que usted lo sabrá regular.- (…). U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 31 de agosto del 2018, las 15h48, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de lo
Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo realizado. 1) La demanda que antecede es clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma que se fundamenta en un documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo Código, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 2) Cítese a la parte demandada ORTEGA UREÑA RAMIRO RICARDO, en calidad de deudor y ORTEGA AGUILAR JEFFERSON ISAAC, en calidad de garante; en los lugares que se indican; de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico; para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones, el actor proporcione las copias necesarias.- 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo
CONVOCATORIA Se convoca a los accionistas de AXXISGASTRO CIA. LTDA , a la Junta General Ordinaria, que se llevará a cabo el día viernes 21 de febrero del 2020, a las 07:00h, en las instalaciones de la compañía, ubicadas en la Av. 10 de Agosto N39155 y América primer piso del edificio AXXIS HOSPITAL, con el fin de tratar el siguiente orden del día. 1. Constatación del Quorum e Instalación de la Junta General. 2. Lectura y Aprobación del Orden del día. 3. Conocimiento y aprobación del Informe del Gerente General de la compañía del Ejercicio Económico del año 2019. 4. Conocimiento y aprobación del Informe del Comisario correspondiente al año 2019. 5. Conocimiento y aprobación del Informe de Auditoria Externa, correspondiente al año 2019. 6. Conocimiento y aprobación de los Estados Financieros del ejercicio económico 2019. 7. Nombramiento del Auditor Externo para el ejercicio económico 2020. 8. Nombramiento del comisario principal y suplente para el ejercicio económico 2020. 9. Decisión sobre el destino de las utilidades del ejercicio económico del 2019.
cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. 5) Agréguese la documentación que se acompaña. Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada, casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. Actúe la Dra. Miriam Vizcarra, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 16 de enero del 2020, las 15h09, VISTOS: En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la parte demandada ORTEGA AGUILAR JEFFERSON ISAAC y ORTEGA UREÑA RAMIRO RICARDO, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan
en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.Lo que NOTIFICO a usted (s) para los fines de Ley, para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un abogado como dispone la Ley.DRA. MÓNICA VICTORIA PEREZ VALAREZO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL (E) Hay firma y sello PAC/112986/AT R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUI IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) CITACIÓN JUDICIAL A: S O T O M AYO R RODRIGUEZ AURYMIR MERCEDES EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-201900664 Actor: BANCO DEL AUSTRO S.A., por intermedio de GRACE FLORES ERAZO en calidad de PROCURADORA JUDICIAL Demandado: SOTOMAYOR RODRIGUEZ AURYMIR MERCEDES Tipo/Acción: EjecutivoCobro de pagare a la Orden Cuantía: $12.177.40 Inicio: 10 de Enero del 2019 Defensor: Ab. Garcia Espin Victor Fabricio Casillero: 2222 Juez: Ab. Vaca Duque
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONSITAS DE LA COMPAÑÍA AXXISMATERNOINFANTIL S.A. Se convoca a los accionistas de AXXISMATERNOINFANTIL S.A., a la Junta General Ordinaria, que se llevará a cabo el día jueves 20 de febrero de 2020, a las 8:00H:, en la sala de juntas de la compañía, ubicada en Av. 10 de Agosto N39-155 y Diguja, con el fin de tratar el siguiente orden del día. 1. Conocimiento y aprobación del Informe del Gerente General de la Compañía. 2. Conocimiento y aprobación del informe del Comisario. 3. Conocimiento y aprobación del Informe de Auditoria Externa. 4. Conocimiento y aprobación del Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias del Ejercicio Económico 2019. 5. Designación de los Auditores Externos de la compañía para el ejercicio económico 2020. 6. Nombramiento de Comisario principal y suplente de la compañía.
Se convoca de manera especial al comisario de la Compañía, señora Yolanda Tatiana Becerra Beltrán.
Se convoca de manera especial al Comisario de la Compañía, Señora Gabriela Martínez.
Los documentos a ser conocidos en la Junta, se encuentra a disposición de los accionistas en las oficinas de la Compañía.
Los documentos a ser conocidos en la Junta, se encuentran a disposición de los accionistas en las oficinas de la Compañía.
Quito, 10 de febrero del 2020
Quito, 6 de febrero de 2020
Ing. Christian Pérez Sarmiento Gerente
PAC/112999/AT
Dr. Antonio Naranjo P. MD.MBA Gerente General
PAC/112999/AT
Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 16 de enero del 2019, las 15h11, VISTOS: Avoco conocimiento de la causa mediante acción de personal No. 7903-DNTH-2015 -KP de 2 de junio del 2015, en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- En lo principal, la demanda presentada por el BANCO DEL AUSTRO
S.A., por intermedio de GRACE FLORES ERAZO en calidad de PROCURADORA JUDICIAL, conforme lo acredita con la documentación adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código. En consecuencia, se califica y admite a trámite mediante procedi-
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO PROCEDIMIENTO COGEP JUEZ PONENTE: DR. EDISSON LOPEZ TAPIA. CITACIÓN JUDICIAL Se le hace saber a: VERA GARCIA SONIA GABRIELA que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en Proceso ORDINARIO, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR. DEMANDADO/S: VERA GARCIA SONIA GABRIELA. CAUSA No: 17230-2018-19278. MATERIA: CIVIL. TIPO: ORDINARIO. ACCION: COBRO DE DINERO. CUANTIA: “CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS DIECIOCHO DÓLARES CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD$ 53.518,58)” PRETENSION: “Que se acuerdo al contrato de emisión y uso de la tarjeta de crédito que se adjuntó, el emisor de la tarjeta de crédito DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A, actualmente BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A; otorgo a la demandada VERA GARCIA SONIA GABRIELA, portadora de la cedula de ciudadanía No 1310378185, la tarjeta de crédito DINERS cuenta No 36021803435704. De conformidad a lo establecido en el contrato antes referido, el ex tarjetahabiente es responsable del pago de todos los consumos realizados por la compra y/o adquisición de bienes y servicios, así como también de los cargos legales e intereses que se generen por la mora. Señor Juez, justifico mis alegaciones en base al derecho y normas establecidas en el Código Civil, en especial a los artículos 1453, 1454, 1461, 1486, 1505, 1561, 1562, 1567, 1575, 1576, 1579. Además de las normas determinadas en NORMAS QUE REGULAN LAS TASAS DE INTERES. Resolución de la Junta de Política Monetaria y Financiera 133, Registro Oficial 628 de 16-nov-2015 en las cuales consta como debe calcularse el interés de mora, etc. Aclaramos que la tasa de interés para este tipo de operaciones es la de consumo. Pese a los contantes requerimientos relazados a la señora VERA GARCIA SONIA GABRIELA, n o ha cumplido con el pago de los valores adeudados a DINERS contendidos en el resumen de estado de cuanta del 14 de diciembre del 2018 del cual se desprenden los siguientes valores: Capital USD $ 35.915,66 (TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS QUINCE DÓLARES CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA) y los intereses de plazo y de mora desde que la tarjeta fue cancelada para su uso que asciende a la referida fecha a la cantidad de USD 5.252,48 (CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS DÓLARES CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA). Las obligaciones generadas por el incumplimiento son exigibles y de plazo vencido. En conclusión, la parte demandada no ha cubierto hasta la presente fecha los valores adeudados a DINERS, y a ello obedece el proponer esta acción legal debidamente instrumentada. Es importante mencionar que DINERS CLUB DELECUADOR S.A; Sociedad Financiera, actualmente Banco Diners Club del Ecuador S.A; por cambio de denominación y conversión a banco especializado en el segmento de consumo, mediante resolución SB-DTL-2017-420 de la Superintendencia de Bancos, la cual se adjunta a la escritura pública del 18 de agosto del 2016 y que fue inscrita en el Registro Mercantil de Quito el 21 de junio del 2017. Se exige que la demandada. VERA GARCIA SONIA GABRIELA sea condenada en sentencia: 1.- Al pago capital más intereses por el valor de $ 41.168,14 (CUARENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y OCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) . 2.- Al pago de intereses de mora establecidos por el organismo de control (BCE) sobre el segmento de crédito de consumo, calculados exclusivamente cobre el capital de USD 35.915,66, a partir del 14 de diciembre del 2018 y hasta la fecha de su total cancelación. 3.- Al pago de costas procesales y los honorarios profesionales que se servirá regular conforme a la ley” UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito.- jueves 10 de enero del 2019, las 13h23, “VISTOS S: Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación precedente se dispone.- En lo principal, la demanda presentada por el Dr. Eduardo Patricio Hermosa Torres en calidad de Procurador Judicial del Banco Diners Club del Ecuador, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario de conformidad con lo que determina el Art. 289 Ibídem.- Cítese a la demandada señora Vera García Sonia Gabriela, en el lugar que se indica en la demanda, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP; previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente, para lo cual la parte actora proporcionará las copias suficientes.- De acuerdo a lo previsto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por el accionante para sus notificaciones; así como la autorización que confiere a su abogado patrocinador.- Actúe el Dr. Iván Sandoval en calidad de secretario de la Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f) Dr. EDISSON LÓPEZ TAPIA.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 19 de noviembre del 2019, las 15h14, -“VISTOS: Cumplido que ha sido la declaración bajo juramento y por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada VERA GARCIA SONIA GABRIELA por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.- NOTFIQUESE..- f) Dr. EDISSON LÓPEZ TAPIA.- JUEZ Lo que se CITA para los fines de ley, previéndole a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. Iván Sandoval Campaña. SECRETARIO Hay firma y sello PAB/24563/AT
miento ejecutivo y se ordena la citación en PERSONA (por ser su lugar de trabajo) a la parte demandada: SOTOMAYOR RODRIGUEZ AURYMIR MERCEDES, en el domicilio señalado en el libelo de demanda, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto de calificación, debiendo remitirse las boletas de citación a la oficina correspondiente (El peticionario prestará las facilidades necesarias), a fin de que se cite a la parte demandada en la forma prevista por los artículos 54 y 55 del COGEP. Publíquese la citación en la página web del Consejo de la Judicatura, conforme lo determina el numeral 2 de las DISPOSICIONES R E FO R M ATO R I AS PRIMERA al CÓDIGO O RG Á N I CO ADMINISTRATIVO, que de manera textual manifiesta lo siguiente “…Toda citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial…”. En aplicación a lo dispuesto en los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General
Sin democracia la libertad es una quimera. O c tav i o P a z L o z a n o .
de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda conforme lo determina el artículos 351 último inciso del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, conforme lo determina el artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora en su escrito de demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO
REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-COGEP-TRÁMITE ORAL EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: CABEZAS PROAÑO LUIS ALFONSO y REA GARCÍA MIRIAN FAUSTINA ACTOR: PAEZ ANDRADE JORGE ALFONSO (REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑIA AUTOLANDIA S.A.) DEMANDADO/S: CABEZAS PROAÑO LUIS ALFONSO y REA GARCIA MIRIAN FAUSTINA JUICIO No: 17230-2018-15096 CUANTIA: USD. 20.990,00 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 24 de octubre del 2018, las 10h45, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, mediante acción de personal Nro. 4962-DP17-2018-MP del 5 de junio del 2018.-.- En lo principal se dispone: PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, por cuanto la letra de cambio que adjunta constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 4 ibídem, en concordancia con el Art. 410 del Código de Comercio, misma que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible conforme lo determina el Art. 348 del mismo COGEP; en tal virtud se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.- CONTESTACIÓN.- Se concede a la parte demandada el término de QUINCE (15) días para que conteste a la demanda conforme lo determina el Art. 351 del COGEP, contestación que deberá reunir los requisitos de los Arts. 142, 143, 151, 152 y demás pertinentes ibídem; de ser el caso deberán proponer alguna de las excepciones previstas en el Art. 353 ibídem, bajo prevención que, de no hacerlo SE PRONUNCIARÁ SENTENCIA, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del mismo cuerpo legal.TERCERO.- CITACIÓN.- 3.1.- Se ordena la citación en el lugar señalado a los demandados señores CABEZAS PROAÑO LUIS ALFONSO, y REA GARCIA MIRIAN FAUSTINA, a quienes se citará con una copia de la demanda, y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. La parte actora provea de las copias necesarias, para la elaboración de las boletas de citación.CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- De ser procedente, previo ejercicio de admisibilidad, se dispondrá la producción de los medios probatorios anunciados por la parte actora.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la demanda.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se encuentra a su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.QUINTO.- De conformidad con lo dispuesto por el segundo inciso del art. 351 del COGEP, y en mérito del Certificado del Registro de la Propiedad agregado en documentos físico y digital, se dispone la PROHIBICIÓN DE ENAJENAR por el 100% de derechos y acciones sobre la Casa # 1: Planta Baja alícuota parcial 13.205%; Planta Alta alícuota parcial 12.222%; Jardín Frontal alícuota parcial 10.717%: Jardín Posterior alícuota parcial 15.934%; Área de Lavado alícuota parcial 4.317%; Garaje 1, alícuota parcial 1.918%; Garaje 3, alícuota parcial 1.918%; alícuota total de 60.231%, construido en el Inmueble situado en la parroquia CALDERÓN de este Cantón, cuyos linderos generales y demás especificaciones constan en el certificado, inmueble de propiedad DEL DEMANDADO CABEZAS PROAÑO LUIS ALFONSO .- Para el efecto, ofíciese al señor Registrador de la Propiedad del cantón Quito, a fin de que tome nota de lo dispuesto. SEXTO.- Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la calidad conferida a sus defensores.- Actúe la Ab. Patricia Feijoo en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 31 de enero del 2020, las 15h26, Vistos. En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a CABEZAS PROAÑO LUIS ALFONSO y a REA GARCÍA MIRIAN FAUSTINA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.-f) EDWIN G. PANCHO. JUEZ.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, para posteriores notificaciones. AB. PATRICIA M. FEIJÓO C. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL D.M.Q – COGEP Hay firma y sello
PAB/24559/AT
METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 6 de enero del 2020, las 08h56, Agréguese al proceso el escrito que antecede y la razón de NO citación. Previo a proveer lo que en derecho correspondan, se señala para el día 09 de enero del 2020, las 15H30, a fin de que la parte actora BANCO DEL AUSTRO S.A., por intermedio de GRACE FLORES ERAZO en calidad de PROCURADORA JUDICIAL, comparezca a esta Unidad Judicial de lo Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, ubicada en el quinto piso del edificio Complejo Judicial Norte, cuya dirección es: Av. Amazonas y calle Juan José Villalengua, sector Iñaquito de esta ciudad, y dé cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 inciso 2 del Código Orgánico General de Procesos, y con JURAMENTO DECLARE que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la parte demandada SOTOMAYOR RODRIGUEZ AURYMIR MERCEDES; y que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, juramento que se realizará ante esta juzgadora. HECHO QUE SEA, por intermedio de la Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, confiérase el extracto necesario a fin de que se cite a la parte demandada SOTOMAYOR RODRIGUEZ AURYMIR MERCEDES, por la prensa de acuerdo a lo prescrito en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos. NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico. AB. VERONICA MENA T. SECRETARIA Hay firma y sello PAC/112993/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: EDGAR GUSTAVO TACO GUANOLUISA. JUICIO: No. 17230-201907599 ACTOR:DRA.GEANMAGALY AGUIRRE BENALCÁZAR, EN C A L I DA D DE PROCURADORA JUDICIAL DEL REPRESENTANTE JUDICIAL DEL BANCO DE
GUAYAQUIL S.A, EL SEÑOR ANGELO LUIS CAPUTI OYAGUE. DEMANDADO: EDGAR G U S TAV O TA C O GUANOLUISA OBJETO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUEZ PONENTE: DR. OSCAR RAMIRO CALERO SANCHEZ TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 09/05/ 2019 CUANTIA: VEINTE Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTE Y SIETE CON 26/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ( $ 23.327,26 ). AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 16 de mayo del 2019, las 11h41, VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), además se fundamenta en el cobro de un Pagaré a la Orden, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada.Se dispone citar al demandado en la presente causa, señor EDGAR GUSTAVO TACO GUANOLUISA, en calidad de deudor principal, en la dirección indicada, con copia de la demanda y este auto inicial, a través de la oficina correspondiente; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo
Revista judicial LUNES 10 de FEBRERO de 2020 La Hora Quito, ecuador
352 del COGEP. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta el casillero judicial, así como su casillero electrónico designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones. La parte actora otorgue las copias necesarias para la citación. Actúe la Ab. Ligia Guerrero Medina, en calidad de Secretaria.- Cítese y Notifíquese.-F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ- JUEZ.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 11 de septiembre del 2019, las 15h51, En mérito al juramento rendido por la parte actora, CÍTESE al señor EDGAR GUSTAVO TACO GUANOLUISA, mediante tres publicaciones realizadas por la prensa, en un periódico de amplia circulación nacional en la forma establecida en el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso; para tal propósito, por medio de secretaría remítase a la casilla judicial de la parte actora, el correspondiente extracto, a fin de dar cumplimiento a la presente disposición. La parte actora preste las facilidades del casi.- NOTIFÍQUESE.F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ- JUEZ Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. LIGIA GUERRERO MEDINA SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC/112992/AT EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACION JUDICIAL A: ROJAS GONZALEZ NEISY ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA. DEMANDADO: ROJAS GONZALEZ NEISY Y SAGUANO GUALPA GALO JUICIO NO: 17230-201901155 TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD. 6000.00 O B J E TO : C A P I TA L INSERTO EN PAGARE, INTERES ESTABLECIDO, INTERES DE MORA, COSTAS PROCESALES Y HONORARIOS PROFESIONALES. JUEZ: DR. WILMER
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ZAMBRANO ORTIZ DEFENSOR: DR. DIEGO BARBA SALAZAR INICIO: 21/01/2019 U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE Q U I TO, P R OV I N C I A DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 22 de enero del 2019, las 16h48, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil con sede en el D.M. de Quito y en virtud del sorteo realizado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).CALIFICACIÓN.- En lo principal, la demanda que antecede presentada por los Abgs. DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR, EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ y MARIA VICTORIA ENRIQUEZ JURADO, en calidad de Procuradores Judiciales de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “ALIANZA DEL VALLE” LTDA., es clara, precisa y cumple los requisitos legales contemplados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un PAGARE A LA ORDEN que constituye un título ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347.5, 348 y 349 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la califica y admite al Procedimiento Ejecutivo establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP.- DILIGENCIAS.Cítese a los demandados señores NEISY ROJAS GONZALEZ y GALO SAGUANO GUALPA, en el domicilio señalado en el libelo de la demanda, para tal efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones. (La parte interesada proporcione las copias).- En virtud de lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 días a fin de que el ejecutado cumpla con la obligación o proponga excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 del Código citado.ANUNCIO DE PRUEBAS.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el libelo de la demanda, situación que estará a lo previsto en el
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artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Agréguese al proceso los documentos presentados por el compareciente, téngase en cuenta el casillero judicial y electrónicos señalados para el efecto.- Actúe el Dr. Alejandro Ochoa, en calidad de Secretario de la Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE Q U I TO, P ROV I N C I A DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 30 de enero del 2020, las 10h02, VISTOS: En virtud del juramento rendido, así como del certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana constante a (fjs. 43) y; con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la parte demandada ROJAS GONZALEZ NEISY por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación local, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto.- Una vez entregado el extracto la parte actora deberá presentar en esta Unidad Judicial las publicaciones respectivas en el término de 15 días.-CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- F.) Juez Dr. Wilmer Zambrano Ortiz. Lo que se CITA para los fines de Ley, previniéndole/s de la obligación de señalar Casilla Judicial en esta ciudad de Quito, a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. ABG. ALEX CURAY CAMACHO SECRETARIO Hay firma y sello PAB/24529/AT R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUI IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) CITACIÓN JUDICIAL A: GAIBOR ALARCON MIGUEL ANGEL EXTRACTO Juicio Civil N° 17230-201910066 Actor: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., por intermedio de DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR Y OTROS en calidad de PROCURADORES JUDICIALES Demandado: GAIBOR ALARCON MIGUEL ANGEL Tipo/Acción: EjecutivoCobro de Pagare a la Orden Cuantía: $3.000
Inicio: 19 de junio del 2019 Defensor: Ab. Diego Armando Barba Salazar Casillero: 5506 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 24 de junio del 2019, las 16h51, VISTOS: Avoco conocimiento de la causa mediante acción de personal No. 7903-DNTH-2015 -KP de 2 de junio del 2015, en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- En lo principal, la demanda presentada por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., por intermedio de DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR, AB. EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ; y, AB. MARÍA VICTORIA ENRÍQUEZ JURADO en calidad de P RO C U RA D O R ES JUDICIALES del Ing. Hector Rolando Cadena Lucero, Representante Legal de la mencionada institución financiera, conforme lo acredita con la documentación adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código. En consecuencia, se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo y se ordena la citación a la parte demandada GAIBOR ALARCON MIGUEL ANGEL, en el domicilio señalado en el libelo de demanda, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto de calificación, debiendo remitirse las boletas de citación a la oficina correspondiente (El peticionario prestará las facilidades necesarias), a fin de que se cite a la parte demandada en la forma prevista por los artículos 53 y siguientes del COGEP. Publíquese la citación en la página web del Consejo de la Judicatura, conforme lo determina el numeral 2 de las DISPOSICIONES R E FO R M ATO R I AS PRIMERA al CÓDIGO O RG Á N I CO ADMINISTRATIVO, que de manera textual manifiesta lo siguiente “…Toda
JUDICIAL QUITO
citación deberá ser publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial…”. En aplicación a lo dispuesto en los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda conforme lo determina el artículos 351 último inciso del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, conforme lo determina el artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora en su escrito de demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, sábado 11 de enero del 2020, las 14h32, Agréguese al proceso el escrito que antecede, sus anexos y la razón de NO citación a la parte demandada. Previo a proveer lo que en derecho correspondan, se señala para el día 22 de enero del 2020, las 15H00, a fin de que la parte actora COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA., por intermedio de DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR en calidad de PROCURADOR JUDICIAL, comparezca a esta Unidad Judicial de lo Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, ubicada en el quinto piso del edificio Complejo Judicial Norte, cuya dirección es: Av. Amazonas y calle Juan José Villalengua, sector Iñaquito de esta ciudad, y dé cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 inciso 2 del Código Orgánico General de Procesos, y con JURAMENTO DECLARE que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la parte demandada GAIBOR ALARCON MIGUEL ANGEL; y que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, juramento que se realizará ante esta juzgadora. HECHO QUE SEA, por intermedio de la Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, confiérase el extracto necesario a fin de que se cite a la parte demandada GAIBOR ALARCON MIGUEL ANGEL, por la prensa de acuerdo a lo prescrito en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos. NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advir-
Solemos perdonar a los que nos aburren, pero no perdona mos a los que aburrimos. F r a n ç o i s
d e l a R o c h e f o u c au l d
tiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico. AB. VERONICA MENA T. SECRETARIA Hay firma y sello PAB/24530/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-COGEPTRÁMITE ORAL EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: TASHIGUANO TITUAÑA WALTER VINICIO ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA. D E M A N DA D O/S : TASHIGUANO TITUAÑA WALTER VINICIO y OTRO JUICIO No: 17230-201900660 CUANTIA: USD. 5.500,00 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 23 de enero del 2019, las 16h41, VISTOS.- Actúo en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito, encargado de este despacho según acción de personal No. 4962-DP172018-MP, de 05 de junio del 2018.- En lo principal: PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos; y, por cuanto el pagaré a la orden que adjunta constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 5 ibídem, en concordancia con el Art. 486 del Código de Comercio, misma que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible conforme lo determina el Art. 348 del mismo COGEP; en tal virtud se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. S E G U N D O . CONTESTACIÓN.- Se concede a la parte demandada el término de QUINCE (15) días para que conteste a la demanda conforme lo determina el Art. 351 del COGEP, contestación que deberá reunir los requisitos de los Arts. 142, 143, 151, 152 y demás pertinentes ibídem; de ser el caso deberán proponer alguna de las excepciones previstas en el Art. 353 ibídem, bajo prevención que, de no hacerlo SE PRONUNCIARÁ SENTENCIA, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo
establecido en el Art. 352 del mismo cuerpo legal.TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación en el lugar señalado a los demandados GUAMAN SIMBAÑA GEOVANNA ALEXANDRA y TASHIGUANO TITUAÑA WALTER VINICIO, por sus propios y personales derechos, a quienes se citará con una copia de la demanda y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.Cítese a la demandada en el correo proporcionado por la parte actora, sin perjuicio de efectuar la citación en la forma dispuesta. La parte actora comparezca a esta Unidad Judicial y proporcione las copias para la citación ordenada.CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- De ser procedente, previo ejercicio de admisibilidad, se dispondrá la producción de los medios probatorios anunciados por la parte actora.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la deman-
da.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se encuentra a su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.QUINTO.- Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la calidad en que comparece la procuradora y autorización conferida a su defensor.Actúe la Ab. Patricia Feijóo en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 21 de enero del 2020, las 10h48, Vistos. En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese al demandado TASHIGUANO TITUAÑA WALTER VINICIO, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.-f) EDWIN G. PANCHO. JUEZ.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, para posteriores notificaciones. AB. PATRICIA M. FEIJÓO C. SECRETARIA DE LA
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL D.M.Q – COGEP Hay firma y sello PAB/24531/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL) EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: PINOS GONZALEZ MARLON FERNANDO CAUSA NO. 17230-201715147 ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA. TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD 8214.36 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- VISTOS: En virtud del sorteo de ley, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial Civil. En lo principal, la demanda presentada por los abogados ANDREA NATALY SARÁUZ RIVADENEIRA, EDWIN MAURICIO SERRANO CRUZ y DIEGO ARMANDO BARBA SALAZAR, en calidad de procuradores judiciales del In. Héctor Rolando Cadena Lucero en calidad de Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza del Valle Ltda., es clara,
precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, la misma se fundamenta en un Pagaré, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el artículo 347 ibídem, conteniendo una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo código. En consecuencia, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Cítese al demandado MARLON FERNANDO PINOS GONZALEZ, en el lugar señalado en la demanda, para cuyo efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días, comparezca a juicio, conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 10 de los Estatutos de la compañía y en los Artículos 235 y 236 de la Ley de Compañías, convoco a los Accionistas de la Compañía de Taxis Convencional Aéreo La Victoria Tours Taxalavitours S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas, la misma que tendrá lugar el día, lunes 17 de febrero del 2020, a las 18H00 en su local ubicado Calle Quito S/N La Victoria, del Distrito Metropolitano de Quito, para tratar y resolver el siguiente orden del día.
De conformidad con la facultad establecida en los Estatutos Sociales, la Ley de Compañías y su Reglamento, se convoca a todos los socios de la FREGI EXPORTACIONES IMPORTACIONES C. LTDA. a la Junta General de Socios que se efectuará la calle MARIA ANGELICA CARRILLO 37-D y 6 DICIEMBRE, C.C. OLIMPICO LOCAL 22, sector EL BATAN, Distrito Metropolitano de Quito, el día 19 de febrero del 2020, a las 10:00 horas, con el objeto de conocer y tratar el siguiente punto del orden del día:
1. Constatación del Quórum 2. Informe del Presidente del Ejercicio Económico 2019. 3. Informe del Gerente General del Ejercicio Económico 2019. 4. Informe del Comisario del Ejercicio Económico 2019. 5. Análisis y Aprobación de los Estados Financieros del Ejercicio Económico 2019. 6. Análisis y Aprobación del Presupuesto del año 2020.
1. Aprobar la disolución voluntaria y liquidación de la Compañía FREGI EXPORTACIONES IMPORTACIONES C. LTDA., y solicitar a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros la cancelación de la inscripción en el Registro Mercantil.
Se convoca de manera especial e individualmente al señor Patricio Gutiérrez Flores Comisario de la Compañía.
2. Conocimiento y resolución del balance final de operaciones y distribución del acervo social.
Sr. Patricio Aules Quishpe PRESIDENTE
ALVAREZ CADENA OLGA CLEMENCIA PRESIDENTE PAP/74628/AT
PAC/112995/AT
formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos señalados por el actor para recibir notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogado patrocinador. Se solicita a la parte actora brindar las copias necesarias para la realización de las boletas de citación. Actúe la Ab. Patricia Feijoo en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Q u i to, viernes 17 de enero del 2020, las 15h26, VISTOS: Ab. SANTIAGO DAVID ALTAMIRANO RUIZ, en mi calidad de Juez encargado en reemplazo de la Dra. Martínez Salazar Karina Alejandra, Jueza Ponente de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia de Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, ACCION DE PERSONAL N° No. 00668-DP17-2020-KV, del 17 de enero del 2020. Agréguese al proceso el escrito que antecede. Atendiendo el petitorio realizado, por medio de Secretaría dese cumplimiento con el auto de fecha 9 de julio del 2019, esto es,
cítese a la parte demandada, PINOS GONZALEZ MARLON FERNANDO, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por medio de Secretaría, entréguese el correspondiente extracto de la demanda y providencias respectivas, debiendo la parte actora agregar al proceso las publicaciones íntegras. NOTIFÍQUESE.f) ATAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID, en calidad de juez encargado en reemplazo de la Doctora MARTINEZ SALAZAR KARINA ALEJANDRA, JUEZA. Lo que se C I T A para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. AB. SANTIAGO CHANGO SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO-COGEP Hay firma y sello PAB/24532/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO-COGEP JUEZ PONENTE: DRA JENNY TAFUR SALAZAR EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL POR LA PRENSA EXTRACTO DE LA DEMANDA: CAUSA N°: 17230-201900654
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA SERVICIOS DE TRANSPORTE EN TAXIS CIUDAD METROPOLITANA TRANSQUIME S.A. De conformidad con las disposiciones de la Ley de Compañías y con las normas del Estatuto Social se convoca a los señores Accionistas de la COMPAÑÍA SERVICIOS DE TRANSPORTE EN TAXIS CIUDAD METROPOLITANA TRANSQUIME S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas que tendrá lugar el día Sábado 29 de Febrero del año 2020, a partir de las 10H00, en la sede de la compañía ubicada en la Calle “A” E6-92 y El Morlán, de la ciudad de Quito, a fin de tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación del Quórum. 2. Informe del Sr. Presidente de la Compañía TRANSQUIME S.A. y del Directorio correspondiente al año 2019. 3. Informe del Sr. Gerente General correspondiente al año 2019. 4. Informe del Sr. Comisario Principal correspondiente al año 2019. 5. Conocimiento y aprobación de los Balances y el Estado de Pérdidas y Ganancias del Ejercicio Económico del año 2019. 6. Destino de las utilidades del Ejercicio Económico 2019. 7. Aprobación del presupuesto para el año 2020. De manera especial y señalada se convoca al Sr. Franklin Edmundo Toro Santacruz, Comisario Principal. Nota: Los respectivos informes, balances y presupuesto a ser conocidos en la Junta General se encuentran a disposición de los señores Accionistas en la oficina de la Compañía en horarios de oficina. Quito, 7 de Febrero del año 2020.
MATERIA: Civil TIPO: EJECUTIVO ACCION: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ALIANZA DEL VALLE LTDA. DEMANDADO/s: QUEVEDO GAROFALO JOSSELYN PAOLA A quien se le C I T A: Haciendo conocer que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en su contra, cuyo extracto es el siguiente: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 11 de enero del 2019, las 14h36, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.PRIMERO: CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- La demanda presentada, es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y se fundamenta en el pagare a la orden que adjunta, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.SEGUNDO.- En consecuencia, la parte demandada
Siempre que el sistema econó mico va mal, surge el racismo. D e s m o n d M p i l o T u t ú .
señora JOSSELYN PAOLA QUEVEDO GAROFALO, en el término de QUINCE (15) días, conteste a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP, pague la obligación o proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. TERCERO.CÍTESE a los demandados, en el lugar señalado en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 53 y siguientes del COGEP. Para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico (josselyn2014@hotmail.com) del demandado, se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual el secretario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuar-
CONVOCATORIA A LA SESIÓN DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TAXIS EJECUTIVOS TRANSINMEDIAT S.A QUITO 10 DE FEBRERO DEL 2020 Se convoca a la sesión de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Compañía De Taxis Ejecutivos Transinmediat S.A a Celebrarse el día Jueves 27 de Febrero del 2020 a las 14H00 pm, en las Oficinas de la Compañía Ubicadas en la calle S35D y Martha Bucaram de la ciudad de Quito, para tratar los siguientes puntos del orden del día. 1. 2. 3. 4. 5.
Constatación del Quórum. Informe del señor Presidente. Informe del señor Gerente General Informe del Señor Comisario. Informe y aprobación del Balance General y el Estado de la Cuenta de pérdidas y ganancias del año 2019. 6. Lectura y aprobación del presupuesto anual 2020. 7. Aprobación de la Modificación del Reglamento Interno. 8. Asuntos Varios y Resoluciones. Se convoca de manera especial y expresa al Señor GREGORIO CASTRO Comisario Principal, de la Compañía. Atentamente
SR. JULIO VIANNA PRESIDENTE
JUAN VIERA GERENTE GENERAL
SR. SEGUNDO CACHIPUENDO GERENTE GENERAL PAP/74627/AT
PAC/112994/AT
se. CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA. Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- QUINTO.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones y la autorización que confiere a sus abogados patrocinadores.NOTIFÍQUESE. F) DRA. JENNY MARGOTH TAFUR SALAZAR JUEZA TITULAR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 14 de enero del 2020, las 13h04, VISTOS: De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la demandada señora QUEVEDO GAROFALO JOSSELYN PAOLA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE. F) DRA. JENNY MARGOTH TAFUR SALAZAR JUEZA TITULAR. Lo que se C I T A por la prensa para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. AB. JAIME CADENA VÁSQUEZ SECRETARIO JUDICIAL Complejo Judicial Quito Norte, ubicado en la Av. Amazonas entre Pereira y Villalengua UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO-COGEP Hay firma y sello PAB/24533/AT R del E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: CEDEÑO PALMA MARIA TERESA DEL JESUS, VERA VELASQUEZ VICENTA ESTHELA, VERA VELASQUEZ LUIS MARTIN LUCIANO, ZAMBRANO P OS L I G UA VICENTE OSCAR, y TEJENA RIVAS PABLO RAMON ACTO R : CARLOS SANTIAGO GUALOTUÑA SUQUILLO, en su calidad de GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL
DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LUZ DEL VALLE DEMANDADO: CEDEÑO PALMA MARIA TERESA, TEJENA RIVAS PABLO RAMON, VERA VELASQUEZ LUIS MARTIN LUCIANO, VERA VELASQUEZ V I C E N TA EST H E L A , ZAMBRANO POSLIGUA VICENTE OSCAR JUICIO No: 17231-201900030 CIVIL-EJECUTIVOCOBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN CUANTIA: DOCE MIL CIENTO NOVENTA Y DOS DÓLARES AMERICANOS CON 88/100. ($ 12.192,88 USD) JUEZ: Dr. Moposita Oño Leonel Fernando. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. “Rumiñahui, jueves 17 de enero del 2019, las 16h02, VISTOS.- Previo sorteo de ley correspondiente, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, con Acción de Personal Nro. 6755-DNTH2015-SBS, de fecha 18 de mayo del 2015, avoco conocimiento del presente proceso.- CALIFICACIÓN.En lo principal, la demanda que antecede presentada por Ing. Carlos Santiago Gualotuña Suquillo, en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Luz del Valle.; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), la que se fundamenta en el cobro de Pagare a la Orden, se califica y admite a trámite mediante el procedimiento ejecutivo. CITACIÓN.- A fin de precautelar la tutela judicial efectiva y el debido proceso prescrito en los Arts. 75 y 76 de la Constitución de la República, específicamente el derecho a la defensa, cítese en legal y debida forma a la parte demandada CEDEÑO PALMA MARIA TERESA, TEJENA RIVAS PABLO RAMON, VERA VELASQUEZ LUIS MARTIN LUCIANO, VERA VELASQUEZ VICENTA ESTHELA, ZAMBRANO P OS L I G UA VICENTE OSCAR, en la dirección señalada en el libelo inicial, para lo cual se adjuntará la copia de la demanda, copia certificada de los documentos adjuntados y este auto de sustanciación; previniéndoles a la parte ejecutada la obligación que tienen de señalar casilla judicial y/o electrónico para sus posteriores notificaciones.- Al momento de la citación el funcionario respectivo tome en cuenta lo dispuesto en el Art. 54, 55, 62 y 63 del Código Orgánico General de Procesos. Para el efecto de la citación a VERA VELASQUEZ LUIS MARTIN LUCIANO; CEDEÑO PALMA MARIA TERESA depréquese a uno de los señores Jueces de lo Civil, con sede en el Cantón Pedernales
Revista judicial LUNES 10 de FEBRERO de 2020 La Hora Quito, ecuador
de la Provincia de Manabí; Para la citación a TEJENA RIVAS PABLO RAMON, VERA VELASQUEZ V I C E N TA EST H E L A , ZAMBRANO POSLIGUA VICENTE OSCAR, depréquese a uno de los señores Jueces de lo Civil, con sede en la Parroquia Quitumbe del distrito Metropolitano de Quito; mediante deprecatorios virtuales, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos.- Se le conmina a la parte actora en el término de tres días proporcione un juego de copias para la digitalización del deprecatorio electrónico.CONTESTACIÓN.- En virtud de lo establecido en los Arts. 352, 355 y 333 numeral 3 del COGEP se concede el término de quince (15) días a fin de que la parte ejecutada cumpla con la obligación o proponga excepciones que de manera taxativa lo prevé el Art. 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo prescribe el Art. 352 del Código citado. PRUEBAS.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la parte accionante en la demanda; situación que estará a las reglas de admisibilidad de la prueba, conforme lo previsto en los Arts. 160 y 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.Téngase en cuenta la cuantía señalada.- Agréguese al proceso los documentos presentados por el compareciente, tómese nota de la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir sus futuras notificaciones.- Actúe la Ab. Veronica Villacreses, en calidad de secretaria de esta Unidad Judicial.CÍTESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-” UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. “Rumiñahui, miércoles 27 de noviembre del 2019, las 16h10, VISTOS: Agréguese al proceso escrito que antecede.- En lo principal; al amparo de lo determinado el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y del Juramento rendido por la parte accionante plasmado en el acta de Desconocimiento de Domicilio del demandado, cítese a los demandados señores CEDEÑO PALMA MARIA TERESA DEL JESUS, VERA VELASQUEZ VICENTA ESTHELA, VERA VELASQUEZ LUIS MARTIN LUCIANO, ZAMBRANO P OS L I G UA VICENTE OSCAR y TEJENA RIVAS PABLO RAMON mediante extracto en uno de los
C7
Diarios de mayor circulación del cantón Quito, teniendo en cuenta lo determinado en el artículo 56.1 del mismo cuerpo legal; para el cumplimiento de esta diligencia procesal confiérase por secretaría el mencionado extracto.- Actué la Abogada Veronica Villacreses en calidad de Secretaria de esta Judicatura.- Cítese y Notifíquese.-” Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en el lugar del juicio para sus posteriores notificaciones. Certifico. Ab. Verónica Villacreses SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAB/ 24544/EG
ORDINARIOS EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL COGEP CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: IAN RICHARD HARRIS ACTOR: C U E VA SERRANO JUAN CARLOS (REPRESENTANTE LEGAL DE BANCO DINERS CLUB S.A. / BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR) DEMANDADO/A: IAN RICHARD HARRIS JUICIO: 17230 2018 19105 - MATERIA CIVIL ORDINARIO COBRO DE DINERO CUANTÍA: USD. 21.231,68 DEFENSOR: DOCTOR JUAN CARLOS CUEVA SERRANO CASILLA JUDICIAL: 1936 CORREO ELECTRÓNICO: jcueva@lex-ec.org PRETENSIÓN QUE SE EXIGE…. 1.-: Que en sentencia se conmine al pago inmediato del capital USD. 7.792,93 e intereses vencidos por la cantidad de USD. 8.539,13; rubros que contabilizados a 28 de noviembre del 2018 ascienden a la cantidad de USD. 16.332,06, más los intereses de mora establecidos por el organismo de control (BANCO CENTRAL DEL ECUADOR); calculados desde la fecha de corte antes indicada. 2.Pago de costas procesales; 3.- Pago de honorarios profesionales que se servirá regular conforme a la ley.f) Dr. JUAN CARLOS CUEVA SERRANO - Abogado.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 26 de diciembre del 2018, las 14h57, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez encargado
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Revista judicial C8
LUNES 10 de FEBRERO de 2020 La Hora Quito, ecuador
del despacho del Dr. Paúl Narváez mediante acción de personal No. 14123DP17-2018-VS. Agréguese al proceso el escrito que antecede. 1) En virtud de haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en auto anterior, se califica la demanda de clara, completa y que reúne los requisitos generales contemplados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, situación por la cual se la admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. 2) Cítese al demandado IAN RICHARD HARRIS, en el lugar que se indica; para tal propósito, remítase despacho suficiente a la Oficina encargada de practicar dicha diligencia, debiendo la parte interesada acercarse a esta Unidad, para proveer de las copias necesarias a fin de elaborar el número de boletas que se requieran. 3) Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del Código procesal vigente, se concede a la parte demandada, el término de treinta días luego de citada, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo normativo, sin perjuicio de lo establecido en el Art. 157 ibídem. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. 5) Agréguese la documentación que se acompaña. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada con el instrumento que adjunta, la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. Notifíquese y Cítese.- f) Dr. Paúl Narváez, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 24 de octubre del 2019, las 15h59, VISTOS: Por corresponder al estado de la causa. En virtud del juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado IAN RICHARD HARRIS, mediante publicaciones realizadas por la prensa, en un diario de amplia circulación nacional, en la forma establecida en la norma antes mencionadas; para tal propósito, por medio del señor Secretario de esta Unidad Judicial remítase el extracto a la casilla judicial señalada. Notifíquese. f) Dr. Paúl Narváez, JUEZ. Particular que llevo su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole
de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.CERTIFICO. AB. GIOVANNY RAÚL QUILUMBA BORJA SECRETARIO (E) UNIDAD JUDICIAL CIVIL GOGEP DE QUITO D.M Hay firma y sello PAB/24536/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANODE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. COGEP CITACIÓN JUDICIAL A: CHANATASIG LASLUISA ALEX ALFREDO JUICIO: ORDINARIO (COBRO DE DINERO) NUMERO: 17230-201907473 ACTOR: BANCO DE GUAYAQUIL S.A. A TRAVÉS DE SU PROCURADORA JUDICIAL DRA. GEAN M A G A LY AGUIRRE BENALCAZAR D E M A N D A D O : CHANATASIG LASLUISA ALEX ALFREDO FECHA DE INICIO: 08 DE MAYO DEL 2019 CUANTIA: US $ 25.912,85 O B J E TO : QUE EN
JUDICIAL QUITO
SENTENCIA SE CONDENE AL PAGO DEL CAPITAL VENCIDO, INTERESES PACTADOS, INTERESES POR MORA, GASTOS POR COBRANZA, GASTOS JUDICIALES Y HONORARIOS PROFESIONALES. DOMICILIO JUDICIAL: DR. ALVARO PAEZ BENALCAZAR. CASILLA JUDICIAL 1784 U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 9 de mayo del 2019, las 12h03, VISTOS: En virtud del sorteo de Ley avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial Civil, mediante acción de personal No. 11119-DNTH-2016-PC de fecha 17 de noviembre del 2016. Agréguese al proceso los anexos y el escrito presentado.- Revisada que ha sido la demanda se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por BANCO DE GUAYAQUIL S.A. a través de su Procuradora Judicial Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, conforme consta de la documentación adjunta, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), al tenor de lo previsto en el artículo 289 del mismo
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL UNIVERSAL DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA QUÍMICOS EXPORTACIONES E IMPORTACIONES RELUBQUIM CÍA. LTDA. De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías y los Estatutos Sociales de la compañía, convoco a los señores socios de la compañía QUÍMICOS EXPORTACIONES E IMPORTACIONES RELUBQUIM CÍA. LTDA., a la Junta General Universal que tendrá lugar el día jueves 19 de febrero de 2020, a las 09 h 00 en las oficinas de la Compañía ubicadas en la Av. Eloy Alfaro N59-72 y Juan Molineros de la ciudad de Quito, para tratar los siguientes puntos:
Sin saberlo, detrás de la felicidad vamos persiguiendo la muerte, que es el mejor analgésico. M a n u e l V i c e n t
Código, se tramitarán por el procedimiento ordinario todas aquellas pretensiones que no tengan previsto un trámite especial para su sustanciación; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. SEGUNDO: Se ordena la citación al demandado CHANATASIG LASLUISA ALEX ALFREDO, en la dirección señalada en la demanda, en tal virtud, conforme el Principio Dispositivo consagrado en el artículo 19 del Código Orgánico de la Función Judicial se solicita a la parte actora de forma inmediata brindar las copias necesarias para la realización de las boletas de citación correspondientes. TERCERO: En aplicación de los artículos 291 inciso segundo del COGEP, se concede el término de treinta (30) días para que la parte demandada conteste la demanda conforme lo determina el artículo 151 del COGEP. CUARTO: Considérese el anuncio de prueba formulado por la parte actora en el
libelo de la demanda. QUINTO: Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda; NOTIFICACIONES: Téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial y electrónica señaladas por el actor para sus notificaciones. Actúe en calidad de Secretaria la Ab. Jennifer Bastidas. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 28 de enero del 2020, las 11h02, En lo principal, en virtud al juramento rendido y de conformidad con el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a la parte demandada señor CHANATASIG LASLUISA ALEX ALFREDO con C.C. No. 1718251646, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para el
efecto confiérase el extracto correspondiente, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones.NOTIFIQUESE. Previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para futuras notificaciones. AB. JENNIFFER BASTIDAS SARMIENTO SECRETARIA Hay firma y sello PAC/112989/AT 17314-2019-00224OFICIO- 00055- 2020 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CAYAMBE EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: LOS HEREDEROS CONOCIDOS SEÑORES MERCEDES CORONEL TANDALLA Y LEONARDO FLAVIO ROJAS CORONEL; ASÍ COMO TAMBIÉN, A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE LEONARDO ROJAS LANDETA. CAUSA NRO. 17314-201900224. MATERIA: CIVIL TIPO PROCESO: ORDINARIO ACCION: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ACTOR: QUINCHIGUANGO
MEJÍA CÉSAR ANÍBAL Y REINOSO ULCUANGO ROSALÍA, REPRESENTADOS POR SU PROCURADOR JUDICIAL DR. DIEGO GEOVANNY LOGROÑO ASTUDILLO. D E M A N D A D O : HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA SEÑORA MARÍA ISABEL LANDETA, HEREDEROS CONOCIDOS SEÑORES MERCEDES CORONEL TANDALLA Y LEONARDO FLAVIO ROJAS CORONEL; HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE LEONARDO ROJAS LANDETA JUEZ: DR. FRANKLIN G O N ZA LO QUINCHE ALVAREZ FECHA DE INICIO: 2 DE JULIO DEL 2019 SECRETARIO: AB. JEAN PIERRE GUAMANI AUTO: “UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CAYAMBE.“Cayambe, martes 28 de enero del 2020, las 13h45, En lo principal, una vez que los accionantes han subsanado la incompleta conformación del litis consorcio y han declarado bajo juramento que les ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de los herederos conocidos; así como también, de los herederos
presuntos y desconocidos del causante Leonardo Rojas Landeta, y que se han efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, se dispone que se CITE a los herederos conocidos señores: MERCEDES CORONEL TANDALLA Y LEONARDO FLAVIO ROJAS CORONEL; así como también, a los herederos presuntos y desconocidos del causante Leonardo Rojas Landeta, mediante publicaciones realizadas en tres fechas distintas en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en la capital de la provincia de Pichincha, en razón de que en esta ciudad no hay uno, tal como lo exige el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto el señor secretario entregue el extracto correspondiente, al mismo que se deberá adjuntar la demanda, calificación a la demanda, auto con el que se resuelve que existe incompleta conformación del litis consorcio, escrito con el que se subsana la incompleta conformación del litis consorcio y el presente auto. Conforme lo determina el Art. 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA ADFIMEC S.A. De conformidad con el Estatuto Social, la Ley de Compañías y su Reglamento, se convoca a los señores Accionistas de la Compañía ADFIMEC S.A., a la Junta General Ordinaria que tendrá lugar el día jueves 20 de febrero del 2020, a las 12H30 en el domicilio de la Compañía, ubicado en la calle Mariano Andrade N37-65 y Villalengua (esquina) de esta ciudad de Quito. De igual manera, se convoca al comisario de la compañía, el señor Msc. Marco Juma, domiciliado en la calle Mejía Oe-200 Multifamiliares El Tejar, de la ciudad de Quito, para que asista a la mencionada Junta. La Junta convocada deberá conocer y resolver sobre los siguientes puntos: ORDEN DEL DÍA 1. Conocimiento y aprobación del Informe del Gerente General de la compañía, y conocimiento del informe de Auditoría Externa; 2. Conocimiento y aprobación del Informe del Comisario; 3. Presentación y aprobación del Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias del Ejercicio Económico del año 2019; 4. Destino de Utilidades; 5. Fijar la remuneración de administradores y comisarios de la compañía; De conformidad con el Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de las Compañías de Responsabilidad Limitada, Anónimas, en Comandita por Acciones y de Economía Mixta, el balance general y el estado de la cuenta de pérdidas y ganancias y sus anexos, la memoria del administrador y el informe del comisario al 31 de diciembre del 2019, estarán a disposición de los señores accionistas en el domicilio de la compañía, REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA
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Informe de Gerencia
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Aprobación de Balances
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Destinos de las utilidades
Los accionistas que no asistan a la Junta General Ordinaria podrán hacerse representar en la misma por medio de otra persona, cumpliendo los requisitos y formalidades exigidos por el Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, emitido por la Superintendencia de Compañías.
- Varios
INFORMACIÓN GENERAL Para los aspectos relativos a la Junta General no contemplados en el presente anuncio, los accionistas podrán consultar enviando un correo electrónico a la dirección mvmoreno@ecuasanitas.com
Atentamente, Dra. María Isabel Ávila Briones GERENTE GENERAL Quito, 7 de febrero de 2020 PAP/74635/AT
Quito, 10 de febrero del 2020 Ing. María Victoria Moreno GERENTE GENERAL ADFIMEC S.A. PAR/112185/EG
a todos los demandados el término de treinta días para que contesten la demanda, la misma que deberá contener los requisitos y exigencias previstas en los Arts. 151 y 152 ibídem, término que empezará a decurrir transcurridos veinte días desde la última publicación realizada. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE. F) Dr. Franklin Gonzalo Quinche Alvarez. JUEZ Lo que le CITO a ustedes para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico, para recibir sus notificaciones.Certifico. AB. JEAN PIERRE GUAMANÍ SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CANTON CAYAMBE Hay firma y sello PAC/112990/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP CITACIÓN JUDICIAL A LOS DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA
CAUSANTE MANUELA GUAMAN QUISHPI ACTOR: MANUELA CHIRAU CHIMBOLEMA y LUIS TOASA MOROCHO TIPO DE PROCESO: CIVILORDINARIO ACCIÓN: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO No. DE JUICIO: 172332018-06098 CUANTIA: $. 185.539,80 CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, con 80/100 AUTOS DE SUSTANCIACION: Quito, miércoles 23 de enero del 2019, las 12h36, VISTOS: (….): PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.Una vez revisada la demanda presentada y en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP, situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Ordinario, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado, y en virtud de lo prescrito en el artículo 289 ibídem.- SEGUNDO: INSCRIPCION.- Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del
COGEP, previa a la citación inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad del D.M. de Quito, a fin de que cumpla con lo dispuesto.- La parte actora preste todas las facilidades del caso, para su cumplimiento, adjuntando las copias necesarias, hecho que fuere por Secretaria envíese al casillero judicial de la parte actora. TERCERO: CITACIÓN.- A fin de precautelar la tutela judicial efectiva y el debido proceso prescrito en los Arts. 75 y 76 de la Constitución de la República, específicamente el derecho a la defensa, cítese en legal y debida forma a la parte demandada, señores: 1.1. LUIS FERNANDO JARRIN PACHECO, soltero; ex conyugues MANUEL CHIRAU CHIMBOLEMA y ZOILA ANDRANGO ISAMA; PEDRO QUISHPE PUCUNA y PETRONA FERNANDEZ CASAGALLO; PEDRO CASAGALLO GUILLIN viudo; y a los señores JOSE ANTONIO CASAGALLO GUAMAN, MARIA TERESA CASAGALLO GUAMAN, JOSEFINA CASAGALLO GUAMAN, LUIS ALFREDO CASAGALLO GUAMAN; en sus calidades de
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA JARDIN LOS ARUPOS JARDINARUP S.A. De conformidad con el Estatuto Social, la Ley de Compañías y su Reglamento, se convoca a los señores Accionistas de la Compañía JARDIN LOS ARUPOS JARDINARUP S.A., a la Junta General Ordinaria que tendrá lugar el día jueves 05 de marzo del 2020, a las 15H00 en el domicilio de la Compañía, ubicado en la calle La Rábida N26-71 y La Pinta de esta ciudad de Quito. De igual manera, se convoca al comisario de la compañía, el señor Msc. Marco Juma, domiciliado en la calle Mejía Oe-200 Multifamiliares El Tejar, de la ciudad de Quito, para que asista a la mencionada Junta. La Junta convocada deberá conocer y resolver sobre los siguientes puntos: ORDEN DEL DÍA 1. Conocimiento del Informe del Gerente General; 2. Conocimiento del Informe del Comisario; 3. Presentación y aprobación del Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias del Ejercicio Económico del año 2019; 4. Destino de Utilidades; 5. Fijar la remuneración de administradores y comisarios de la compañía; De conformidad con el Reglamento de Juntas Generales de Sociosy Accionistas de las Compañías de Responsabilidad Limitada, Anónimas, en Comandita por Acciones y de Economía Mixta, el balance general y el estado de la cuenta de pérdidas y ganancias y sus anexos, la memoria del administrador y el informe del comisario estarán a disposición de los accionistas, en las oficinas de la compañía, a partir de la presente fecha.
Si se quisieran estudiar todas las leyes, no habría tiempo material de infringirlas W o l f g a n g Herederos conocidos de la causante señora MANUELA GUAMAN QUISHPI, en las direcciones señaladas en el libelo inicial, las citaciones se las harán en las direcciones indicadas a través del Auxiliar Postal, conforme la Resolución 300 del Consejo de la Judicatura y de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito Metropolitano de Quito, previniéndole a los demandados de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones, la parte accionante brinde las facilidades necesarias para la elaboración de las boletas de citación, las mismas que deberá ingresarlas por medio de escrito para su debida constancia. 1.2. En virtud del juramento rendido por la parte actora que obra a fojas 77 y de conformidad con los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la causante MANUELA GUAMAN QUISHPI; mediante publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de este cantón, de conformidad con lo establecido en el artículos 56 y 58 del Cogep; para lo cual confiérase el extracto respectivo, en el momento procesal opor-
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tuno. Previniéndoles a los demandados de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico. En aplicación del principio de cooperación con la Administración de Justicia y de economía procesal, la parte actora una vez hechas las publicaciones haga llegar a esta Judicatura debidamente adjuntadas, recortadas y pegadas en hojas formato A4 tamaño Inen., (No adjuntar periódicos enteros) CUARTO: CO N T ESTAC I Ó N . Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a la parte demandada: 1.1. LUIS FERNANDO JARRIN PACHECO, soltero; ex conyugues MANUEL CHIRAU CHIMBOLEMA y ZOILA ANDRANGO ISAMA; PEDRO QUISHPE PUCUNA y PETRONA FERNANDEZ CASAGALLO; PEDRO CASAGALLO GUILLIN viudo; y a los señores JOSE ANTONIO CASAGALLO GUAMAN, MARIA TERESA CASAGALLO GUAMAN, JOSEFINA CASAGALLO GUAMAN, LUIS ALFREDO CASAGALLO GUAMAN; en sus calidades de Herederos conocidos de la causante señora MANUELA GUAMAN QUISHPI; y Herederos Presuntos y Desconocidos de la causante MANUELA GUAMAN QUISHPI; el término de 30 (TREINTA) días una vez citados, a fin de que conteste su demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del
AUTO CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
El Centro de la Cultura Médica Ecuatoriana convoca a todos sus miembros plenos a la Asamblea General Extraordinaria que se llevará a cabo el día martes 19 de febrero de 2020, a las 19H00, en su sede ubicada en la calle Luis Sodiro S/N y Valparaíso, Centro de Convenciones “Eugenio Espejo”, Pabellón N° 5, para elección de directiva.
INFORMACIÓN GENERAL
De no haber quórum para la hora señalada, los Miembros Plenos quedarán convocados, por segunda vez, para una hora después de la primera citación, luego de lo cual se realizará la Asamblea con los socios presentes.
Para los aspectos relativos a la Junta General no contemplados en el presente anuncio, los accionistas podrán consultar enviando un correo electrónico a la dirección mvmoreno@ecuasanitas.com
Convocatoria que se realiza conforme al Art. 41, literal j) de los Estatutos.
REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA Los accionistas que no asistan a la Junta General Ordinaria podrán hacerse representar en la misma por medio de otra persona, cumpliendo los requisitos y formalidades exigidos por el Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías, emitido por la Superintendencia de Compañías.
Quito, 10 de febrero del 2020
Atentamente,
Econ. Patricio Ávila Parra GERENTE GENERAL JARDIN LOS ARUPOS JARDINARUP S.A.
Dr. Ricardo Torres Gaveta DIRECTOR EJECUTIVO PAR/112186/EG
Dr. Antonio Crespo Burgos SECRETARIO PAR/112183/EG
COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso.- QUINTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el libelo de la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), y 359 del COGEP, sobre la admisibilidad y practica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar.- SEXTO.- Dada la naturaleza de la causa; cuéntese en la presente con LOS PERSONEROS DEL MUNICIPIO DE QUITO, Alcalde y Procurador Metropolitano de Quito, a los cuales se los citara en los lugares señalados en el libelo de la demanda. CUMPLASE y NOTIFIQUESE.-.- f) DR. DAVID CEDENO CAMACHO, JUEZ.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico o correo electrónico para sus notificaciones. AB. ANGEL SIMBAÑA ARAUJO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL QUITUMBE Hay firma y sello PAC/112996/AT UNIDAD JUDICIAL CIIVL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL PARA: COMPAÑÍA CREACIONES DAP S.A, EN LA PERSONA DE SU REPRESENTANTE LEGAL SEÑOR GERARDO RAMIRO NOBOA AVILA ACTOR: FABICON C. LTDA. CON SU REPRESENTANTE LEGAL, SU GERENTE GENERAL SR. JORGE SALTOS DEMANDADO: GERARDO RAMIRO NOBOA AVILA; FANNY PATRICIA NOBOA AVILA, Y A CREACIONES DAP S.A EN LIQUIDACIÓN REPRESENTANTE LEGAL EL SEÑOR GERARDO RAMIRO NOBOA AVILA CAUSA No.: 17230-201608616 TRAMITE: ORDINARIO PROVIDENCIAS: U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. VISTOS.- Los escritos que anteceden agréguense al proceso, por cumplido el requerimiento de este despacho en lo principal.- Dra. Sindy Pamela Escobar Arévalo, en mi calidad de jueza de esta Unidad Judicial Civil, nombrada mediante acción de personal N° 10524-DNTH-2016-PC, de fecha 01 de noviembre del 2016 Avoco conocimiento de la presente causa, la demanda presentada por el señor JORGE EDUARDO SALTOS SALTOS, en calidad de representante legal de FABICON CIA. LTDA., reúne los requisitos de Ley por lo
Revista judicial LUNES 10 de FEBRERO de 2020 La Hora Quito, ecuador
que se la admite al trámite en Juicio ORDINARIO, en consecuencia cítese a los demandados FANNY PATRICIA NOBOA AVILA y GERARDO RAMIRO NOBOA AVILA por sus propios derechos y en calidad de Presidenta y Gerente General de CREACIONES DAP S.A, con la demanda, el escrito que la completa (..) citación.- Actúe la Abg. Daisy Mariela Ruiz Medina en calidad de Secretaria.CITESE Y NOTIFIQUESE.f).- Escobar Arevalo Sindy Pamela-Jueza U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Los escritos que anteceden agréguense al proceso, al amparo de lo dispuesto en el Art. 289 del Código de Procedimiento Civil se AMPLIA el auto de fecha lunes 28 de noviembre del 2016 las 16h36 (AUTO CALIFICACION), en el sentido de que se cite como DEMANDADA además de FANNY PATRICIA NOBOA AVILA y GERARDO RAMIRO NOBOA AVILA por sus propios derechos y en calidad de Presidenta y Gerente General de CREACIONES DAP S.A , a la persona jurídica CREACIONES DAP S.A., con la demanda, el escrito que la completa, auto recaído en la misma; y, este decreto (…) en rebeldía.- NOTIFIQUESE.f).- Escobar Arevalo Sindy Pamela-Jueza U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 19 de diciembre del 2018, las 16h09, VISTOS: En virtud de la Acción de Personal No. 4051-DNTH2018-JT y de la reasignación por sorteo electrónico de causas realizada por la Coordinación de esta Unidad Judicial Civil, conozco de la presente causa. Agréguese al proceso los escritos y anexos que anteceden.1. De conformidad a lo que dispone el Art. 70 del Código de Procedimiento Civil, téngase en cuenta la reforma a la demanda propuesta por la parte actora que se la califica de clara precisa y reúne los requisitos de ley por lo que se la admite a trámite Ordinario. En consecuencia cítese a los demandados GERARDO RAMIRO NOBOA AVILA; FANNY PATRICIA NOBOA AVILA, y a CREACIONES DAP S.A en liquidación representante legal el señor GERADO RAMIRO NOBOA AVILA para que en el término de 15 días contesten la demanda y propongan excepciones.
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2. Previo a proveer lo que corresponde sobre la citación, la parte actora presente los documentos que justifiquen haber acudido a registros de público acceso para obtener la dirección de los demandados, como guía telefónica (CNT), SRI, entre otros. 3. Téngase en cuenta la autorización conferida al profesional del derecho dentro de la presente causa, así como la casilla judicial y correos electrónicos señalados.- Actúa la abogada Gabriela Hidalgo como Secretaria de esta Judicatura, según Acción de Personal No. 10224-DP172018-KV.- NOTIFIQUESE. .-f).- Salazar Vasco Gustavo Javier-Juez U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 31 de enero del 2019, las 16h33, Agréguese al proceso el escrito que antecede. De conformidad al Art. 130 numeral 8, del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalidada el numeral uno de la providencia de 19 de diciembre del 2018, las 16h09, en el sentido que, se ha hecho constar “GERADO” siendo lo correcto “GERARDO RAMIRO NOBOA AVILA, en lo demás las partes estén a lo dispuesto a la providencia anterior.- NOTIFIQUESE. .-f).- Salazar Vasco Gustavo Javier-Juez U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 24 de octubre del 2019, las 12h31, Agréguese al proceso el escrito presentado, en atención al mismo se dispone. 1) Por secretaria procédase a foliar correctamente el expediente de conformidad con el Art. 989 del Código de Procedimiento Civil, que dispone “La numeración de las fojas de los procesos se expresará en letras; y si fuere necesario corregirla, se dejará legible la anterior, y se salvará la enmendadura.”, en el término de 3 días, de ejecutoriada esta providencia.- 2) De acuerdo a lo establecido en el Art. 56 de Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada, COMPAÑÍA CREACIONES DAP S.A, en la persona de su representante legal señor GERARDO RAMIRO NOBOA AVILA, a través de 3 publicaciones por la prensa. Por medio de secretaria emítase el correspondiente extracto y remítase al casillero judicial de la parte actor.Notifíquese .-f).- Salazar Vasco Gustavo Javier-Juez
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
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Revista judicial C10
LUNES 10 de FEBRERO de 2020 La Hora Quito, ecuador
Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para posteriores notificaciones. AB. GABRIELA HIDALGO SECRETARIA Hay firma y sello PAP/74629/AT
SOCIEDAdeS CIVILes Notaria Quincuagésima novena Quito, Distrito Metropolítano 20201701059O00141 EXTRACTO DISOLUCION DE SOCIEDAD CIVIL Quito, 4 de febrero de 2020 NOTÁRI A QUINCUAGESIMA NOVENA CANTON QUITO. Cúmpleme poner en conocimiento del público en general, que mediante escritura pública de Disolución y Cancelación voluntaria y simplificada de LA SOCIEDAD CIVIL, CO M E RC I A L , Y AG RO P EC UA R I A “ECUALVAREZ”, otorgada ante el suscrito Dr. Eduardo Villagómez Vargas, Notario Quincuagésimo Noveno del cantón Quito, de fecha 27 de enero del 2.020, de conformidad con el siguiente texto: SEÑOR NOTARIO: En el Registro de Escrituras Públicas a su cargo, sírvase insertar una que contenga la Disolución y Cancelación voluntaria y simplificada de LA SOCIEDAD CIVIL, COMERCIAL Y AG RO P EC UA R I A “ E C U A LVA R E Z , al tenor de las siguientes Cláusulas: PRIMERA.C O M PA R EC I E N T E : Comparece a la celebración de la presente Escritura Pública la señora MARÍA CRISTINA ÁLVAREZ VASCO, debidamente autorizada por la Junta General de Socios, en su calidad de Gerente General - Representante Legal de la de la SOCIEDAD CIVIL, COMERCIAL Y AG RO P EC UA R I A “ECUALVAREZ, tal como acredita el nombramiento que se incorpora como parte habilitante de esta E s c r i t u ra . -S EG U N DA . ANTECEDENTES: a).Mediante Escritura Pública celebrada el veintidós de Enero del dos mil siete ante el Doctor Ángel Ramiro Barragán Chauvín, Notario Público del Cantón Pedro Moncayo e inscrita en el Registro Mercantil del mismo Cantón, bajo el número siete siete cero, el diez de Marzo del dos mil ocho, se constituyó la SOCIEDAD CIVIL, COMERCIAL Y AG RO P EC UA R I A “ECUALVAREZ, y, b).- la
Junta General de Socios, celebrada el tres (03) de Diciembre del dos mil diecinueve, a las diez horas (10h00), cuya Acta se agrega como documento habilitante de esta Escritura, resolvió aprobar la Disolución y Cancelación voluntaria y simplificada.- TERCERA.DECLARATORIA: 1).- La señora MARÍA CRISTINA ÁLVAREZ VASCO, en su calidad de Gerente General - Representante Legal de la SOCIEDAD CIVIL, COMERCIAL Y AG RO P EC UA R I A “ECUALVAREZ, declara bajo juramento que se ha cumplido con todas las normas legales para de este modo proceda la Disolución y Cancelación voluntaria y simplificada de la misma, en un solo acto; 2).- Que la Junta General de socios, celebrada el tres (03) de Diciembre del dos mil diecinueve, a las diez horas (10h00), autorizó a la Gerente General para que proceda a cumplir con todos los requisitos constantes en la Ley y Reglamento y las normas estatutarias aplicables para el efecto; 3).- Que los socios están de acuerdo con todas las modificaciones y resoluciones constantes en este acto societario; 4).Declara que la SOCIEDAD CIVIL, COMERCIAL Y AG RO P EC UA R I A “ECUALVAREZ, no tiene en la actualidad obligaciones pendientes por ningún concepto a instituciones públicas ni privadas; sean estas personas naturales o jurídicas, y que serán solidariamente e ilimitadamente responsables de las obligaciones de la sociedad que hubieren omitido reconocer, 5).- Declara bajo juramento la veracidad de la información contable, la misma que el Representante Legal se obliga a mantener durante siete años, de conformidad con el Código Tributario, 6).- Se Autoriza para que proceda a realizar la petición de cancelación de la Sociedad en el Registro Mercantil correspondiente. 7).- Declara que por cuanto la Sociedad mencionada no posee ningún bien mueble o inmueble, por tanto no tiene necesidad de designar Liquidador.- Usted, Señor Notario, se servirá agregar las demás cláusulas de estilo para la plena validez de esta escritura.N O T A R I A QUINCUAGESIMA NOVENA DEL CANTON QUITO, A CARGO DEL DR. EDUARDO VILLAGOMEZ VARGAS.- Quilo, 4 de febrero del 2020, atendiendo la petición arriba descrita, de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico General de Procesos, publi-
JUDICIAL QUITO
cado en el Registro Oficial N° 506, Suplemento de 22 de mayo de 2015, la Ley y atribuciones a mi conferidas, publíquese por 3 días el extracto de Disolución y Cancelación voluntaria y simplificada de LA SOCIEDAD CIVIL, COMERCIAL Y AG RO P EC UA R I A “ECUALVAREZ”, en uno de los Diarios de mayor circulación en el país. Lo que pongo en conocimiento del público en general para los fines legales consiguientes.DOCTOR EDUARDO VILLAGOMEZ VARGAS N O T A R I O QUINCUAGESIMO NOVENO DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAR/112179/EG
SOCIEDADES CONYUGALES Notaria Septuagésima Sexta del cantón Quito Dr. Gonzalo Román Chacón EXTRACTO NOTARIA SEPTUAGÉSIMA SEXTA DEL CANTON QUITO.- Cúmpleme poner en conocimiento del Público que mediante escritura pública otorgada ante mí DOCTOR GONZALO ROMAN CHACON, Notario Septuagésimo Sexto del Cantón Quito el 31 de enero de 2020, los señores DORIS ALEXANDRA NIETO NICOLALDE y EDISON ALBERTO SIERRA ENRIQUEZ, de estado civil casados, disueltos la sociedad conyugal, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera disuelta mediante acta notarial celebrada en la Notaria Cuarta Del cantón Quito, de fecha 25 de septiembre del 2019. Marginada en la Dirección General del Registro Civil el 01 de octubre del 2019. La adjudicación del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de liquidación de Sociedad Conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art 18 de la Ley Notarial numeral veintitrés, faculta al Notario disponer la inscripción en el Registro de la Propiedad, la escritura de Liquidación de la Sociedad Conyugal, previo al trámite previsto en dicha norma legal pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de Liquidación de patrimonio de la sociedad Conyugal correspondiente a los señores DORIS ALEXANDRA NIETO NICOLALDE y EDISON ALBERTO SIERRA ENRIQUEZ oto rga d a mediante escritura pública ante el DOCTOR GONZALO ROMAN CHACON, Notario Septuagésimo Sexto del Cantón Quito, el 31 de enero de 2020, por el término de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieran interés en esta Liquidación puedan presentar su oposición
Si dices la verdad, no tendrás que acordarte de nada. M a r k T wa i n ( Samuel Langhorne Clemens ) Escritor EE.UU. fundamentada, dentro del referido término. QUITO, 31 DE ENERO DEL 2019 Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes DR. GONZALO ROMAN CHACO NOTARIO SEPTUAGÉSIMO SEXTO DEL CAN TÓN QUITO Hay firma y sello PAP/74626/EG
SENAGUA R del E N OT I F I CAC I O N A USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA VERTIENTE INNOIMINADA UBICADA EN EL LINDERO SUR EN EL CARRETERO PUBLICO, LOCALIZADA EN LA PARROQUIA ALOAG, CANTÓN MEJIA, PROVINCIA DE PICHINCHA. Actor: Sr. Alfredo Rene Arguero Guaña Objeto de la solicitud: Consumo Humano, abrevadero y riego. EXTRACTO SECRETARIA DEL AGUA, SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO QUITO.Proceso Administrativo No. 1382019. (SB), Quito, 30 de enero de 2020. Las 10H33.En lo principal: 1.Agreguese al proceso el escrito presentado por el señor Alfredo Rene Arguero Guaña, de fecha 16 de diciembre de 2019, documento en el que indica los nombre de los dueños de los predios señores Pablo Andrade y Víctor Reascos a quienes se lo notificará en su propiedades de la jurisdicción parroquial de Aloag. Dentro de la solicitud de autorización de uso y aprovechamiento de agua en el caudal de 7 l/s, de la vertiente innominada ubicada en el lindero sur en el carretero público, para utilizarlas en uso humano, abrevadero y riego, predio y aguas ubicadas en la jurisdicción parroquial de Aloag, cantón Mejía, provincia de Pichincha. En caso necesario solicito las servidumbres de captación, conducción y más conexas, previstas en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Uso y Aprovechamiento del agua y su Reglamento. En consecuencia esta Autoridad. DISPONE: 1.- La solicitud presentada es clara, completa y reúne los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos en los Arts. 3, 4, 7, 18, literal g), 36 literal a) y b), 57, 64 literal a), 87 numeral 2 literal b) 89, 98, 125, 126, y en el Art. 107 del Reglamento a la
Ley Orgánica de Recursos Hídricos, por lo que se acepta a trámite. 2.- El trámite establecido en la presente causa es el General. 3. Por lo dispuesto en el Art. 107 numeral 3 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recurso Hídricos. Notifíquese con la solicitud y la presente providencia a los usuarios conocidos y desconocidos mediante publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, publicaciones que se lo deberá realizar en un periódico de circulación de la localidad, de no existir se lo realizará en un periódico de circulación nacional, por tres veces consecutivas; y, Fíjese carteles durante diez días consecutivos en tres lugares más concurridos de la parroquia Aloag, Cantón Mejía, Provincia de Pichincha. 4. Por el Establecimiento de Servidumbre notifíquese a los señores Pablo Andrade y Víctor Reascos, en su propiedades ubicadas en la parroquia Aloag. 5. Para lo cual se remitirá atenta comisión librada al señor Teniente Político de la mencionada jurisdicción. 6. El peticionario en el plazo de un día, deberá retirar de esta dependencia el extracto para su publicación y la comisión librada al señor Teniente Político, una vez cumplida dicha diligencia deberá remitir a este despacho las razones correspondientes. 7. Previniéndole que en caso de no realizarse la misma, por cuestiones imputables al administrado, y transcurrido el plazo de dos meses se declara el abandono y posterior archivo de conformidad al Art. 212 del Código Orgánico Administrativo. Actúe como Secretaria ad-hoc, en el presente trámite Ab. Sandra Barreno Samaniego. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE...f). Ing. Wilmer Villarreal, Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano - Quito de la Subsecretaria de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas - Secretaria del Agua-Senagua. Ab. Sandra Barreno Samaniego Secretaria Ad-Hoc Hay firma y sello PAC/112974/AT
VARIOS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI CITACIÓN A CHRISTIAN DANIEL ARELLANO VEGA EXTRACTO ACTORA: KAREN LISBETH LIDIOMA GAVILANES
DEMANDADO: C H R I ST I A N DA N I E L ARELLANO VEGA JUICIO: ALIMENTOS CAUSA NUMERO: 172052019-00650 C U A N T I A : INDETERMINADA PROCEDIMIENTO: SUMARIO ABOGADO: DR. NELSON MIGUEL SORIA VACA CASILLERO JUDICIAL: CORREO ELECTRONICO: sonnels48@yahoo.es, karen.lis_@hotmail.com UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, viernes 17 de mayo del 2019, las 10h21, VISTOS: En mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, mediante acción de personal Nro. 8876-DNTH-2017-CIP, de fecha 20 de noviembre del 2017. Previo el sorteo de Ley correspondiente.Avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal: la demanda propuesta por la señora LIDIOMA G AV I L A N E S KAREN
LISBETH, en calidad de madre y representante legal del menor ARELLANO LIDIOMA CHRISTIAN DAVID es completa y reúne los requisitos de ley, por lo que se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO SUMARIO previsto en el Art. 332 numeral 3 y Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos. De conformidad con lo establecido en el Art. Innumerado 9 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, Artículo 146 inciso 3° del Código Orgánico General de Procesos, Acuerdo Ministerial No 067 de fecha 28 de enero del 2019, emitido por el Ministerio de Inclusión Económica y Social, que contiene la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas, se fija la pensión alimenticia provisional en la cantidad de CIENTO DIEZ DOLARES AMERICANOS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 110,79) correspondiente al 28,12% del salario básico unificado del presente año, más beneficios de Ley, que el demandado señor ARELLANO VEGA CHRISTIAN DANIEL deberá cancelar a favor de su hijo ARELLANO LIDIOMA
CHRISTIAN DAVID, desde el 14 de mayo del 2019, fecha de presentación de la demanda, mediante depósitos adelantados, dentro de los cinco primeros días de cada mes, en el Código SUPA que se le asignará a la cuenta de Ahorros No. 4-01342595-6, de BANECUADOR. Cítese en legal y debida forma con el contenido de la demanda, y el presente auto, al demandado señor ARELLANO VEGA CHRISTIAN DANIEL, diligencia que se cumplirá, mediante la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial, para el efecto la actora prestará las facilidades necesarias. Cumplida la citación ordenada el demandado contestará la misma conforme lo dispuesto en los artículos 151 y siguientes del COGEP. La Audiencia única tendrá lugar en ésta judicatura, una vez que de autos se justifique la citación del demandado en legal y debida forma; las partes deberán comparecer a dicha audiencia, conforme lo previsto en el Art. 86 del Código Orgánico General de Procesos, personalmente o mediante procuración judicial con cláusula especial
para transigir. Téngase en cuenta los anuncios de prueba realizados por la parte actora a ser considerados en la Audiencia de ser legal y pertinente de conformidad a las reglas establecidas en los Arts. 160, 161 y 294.7 literal d) del Código Orgánico General de Procesos; Ofíciese conforme lo requiere en el numeral 11, literales C y D.- Por así haberlo solicitado la parte actora, de conformidad a lo establecido en el Innumerado 25 Ibídem, se dispone la prohibición de salida del país del señor CHRISTIAN DANIEL ARELLANO VEGA, con cédula de ciudadanía No. 2200593511, ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fo r t a l e c i m i e n t o Institucional de las Unidades de Control Migratorio, Servicio de Apoyo Migratorio de Pichincha. Incorpórese al proceso la documentación adjunta a la demanda. Tómese nota de la casilla judicial y correo electrónico señalado por la parte actora para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida a sus Abogados Defensores, con quienes suscribe.Actúe el Abogado Esteban Revelo Avila, en calidad de Secretario de esta judicatura.-NOTIFIQUESE.- UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, viernes 10 de enero del 2020, las 13h51, En lo principal: En mérito de que se ha dado cumplimiento a las diligencia ordenada y vista el acta de desconocimiento de deomicilio, SE DISPONE: De conformidad con el Art. artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE en legal y debida forma a la parte demandada CHRISTIAN DANIEL ARELLANO VEGA mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional; para el efecto por secretaria confiérase el correspondiente extracto con el contenido de la calificación de la demanda y este auto.- NOTIFÍQUESE.-Dra. RITA PATRICIA PERASSO CESPEDES.JUEZA. LO QUE COMUNICO AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS FINES DE LEY.SANGOLQUI 24 DE ENERO DEL 2020.- CERTIFICO. AB. JOHANNA HERRERA SECRETARIA (E) B Hay firma y sello PAC/112966/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-COGEPTRÁMITE ORAL EXTRACTO C ITACIÓN J U DI C I A L A: MARCO ANTONIO SALAZAR CHICA y MYRIAM
GIOCONDA BRITO GARCÍA ACTOR: LIMA ARCOS JONATHAN TOMAS DEMANDADO/S: MARCO ANTONIO SALAZAR CHICA y MYRIAM GIOCONDA BRITO GARCÍA JUICIO No: 17230-201814560 CUANTIA: USD. 156.087 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 2 de octubre del 2018, las 08h41, VISTOS.- En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal se dispone: PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); se la ADMITE al Procedimiento Ordinario, establecido en el artículo 289 del Código Orgánico General de Procesos.SEGUNDO.- CITACIÓN.Se ordena la citación en el lugar señalado a los demandados MARCO ANTONIO SALAZAR CHICA y MYRIAM GIOCONDA BRITO GARCÍA, con una copia de la demanda y esta providencia, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- La parte actora comparezca a esta Unidad Judicial y proporcione las copias para elaborar el deprecatorio.- TERCERO.CO N T ESTAC I Ó N . Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 30 días una vez citado, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 142, 143, 151, 152, 153 y más pertinentes del mismo COGEP.- CUARTO.PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), sobre la admisibilidad y practica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar. QUINTO.Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la autorización conferida a sus abogados defensores.Actúe la Ab. Patricia Feijoo en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 27 de enero del 2020, las 15h32, Vistos. En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a los demandados MARCO ANTONIO SALAZAR CHICA
y MYRIAM GIOCONDA BRITO GARCÍA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.-f) EDWIN G. PANCHO. JUEZ.- Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, para posteriores notificaciones. AB. PATRICIA M. FEIJÓO C. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL D.M.Q COGEP Hay firma y sello PAC/112988/AT EXTRACTO VISTO BUENO N° 289786-2020-BGCL ACTOR: MARÍA JOSÉ ESTRELLA ROMERO, Representante legal de la compañía DAGYCA S.A. ACCIONADO: BRYAN GONZALO CAMACHO ALENCASTRO CAUSAL: 1 Y 2 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 03 de febrero de 2020, a las 11H05.- Dentro del trámite de VISTO BUENO N° 289786-2020-BGCL, que sigue la señora MARÍA JOSÉ ESTRELLA ROMERO, Representante legal de la compañía DAGYCA S.A., en su calidad de empleadora, en contra del señor BRYAN GONZALO CAMACHO ALENCASTRO, en su calidad de trabajador.- En lo principal atendiendo a la misma se dispone: 1) Agréguese al expediente la Declaración Juramentada y Certificación de Registro Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana presentada por la parte accionante. 2) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador señor BRYAN GONZALO CAMACHO ALENCASTRO, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código de Orgánico General de Procesos, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de veinte y dos días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 3) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspectoría del Trabajo dentro del término de diez días contados a partir de la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. 4) Tómese en
Solamente son lógicos los estúpidos. H e n ry H a r l a n d . cuenta el casillero judicial, los correos electrónicos señalados por el (a) actor (a) y la autorización otorgada a los profesionales del derecho que suscriben en la presente causa.-NOTIFÍQUESE.- f) ABG. MGS. BAYRON CABRERA LEMA. Lo que comunico para los fines de Ley. ABG. MGS. BAYRON CABRERA LEMA INSPECTOR DEL TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/112997/AT UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA REPUBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO JUDICIAL CASILLA JUDICIAL: 2555 PUBLICACIÓN JUDICIAL: A LA CIUDADANÍA EN GENERAL.- HEREDEROS PRESUNTOS Y D ESCO N O C I D OS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ JAIME ISRAEL CASTELLO REYES Y DE QUIENES CREAN TENER INTERES JUICIO: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO CAUSA: No. 17203-201508457 TRAMITE: ORDINARIO ACTO R/A L I M E N TA R I O : LEANYS PAT R I C I A MENDOZA GALINO DEMANDADOS: JOSE A L B E RTO, PA B L O A N D R ES CAST E L LO REYES y LIZ MURIEL REYES LOAIZA CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIA/AUTO: “… CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 3 de enero del 2020, las 15h17, VISTOS: Ab. Esp. David Patricio Suasnavas Fonseca, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Parroquia Mariscal Sucre del Cantón Quito, legalmente posesionado mediante acción de Personal No. 1781-DP17-2016-MG de fecha 4 de marzo del 2016. Agréguese al proceso el escrito con anexos que anteceden. En lo principal: 1.- La demanda de declaratoria de unión de hecho propuesta por LEANYS PATRICIA MENDOZA GALINO que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de forma
prevista por la ley, por lo que se admite a trámite ORDINARIO establecido en el Art. 289 y ss. Del COGEP.2.1.- En consecuencia con el contenido de la misma, la ampliación, este auto y con fundamento en el Art. 68 de la Constitución de la República en concordancia con los Arts. 222 y 223 Código Civil, CÍTESE a los demandados señores JOSE ALBERTO, PABLO ANDRES CASTELLO REYES y LIZ MURIEL REYES LOAIZA en el domicilio señalado en el libelo de la demanda conforme solicita, para lo cual remítase suficiente despacho; debiendo tomar en cuenta el personal de citaciones las reformas legales vigentes según el COGEP en lo referente a la citación, con la prevención al demandado que en caso de no comparecer a juicio la causa se seguirá, para lo cual, previamente se requiere a la parte actora que en el término de 5 días colabore con este despacho judicial en la obtención de las copias necesarias para que se cumpla con las indicadas citaciones, hecho lo cual, se remitirá despacho suficiente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de la Unidad Judicial.- 2.2.- En mérito al juramento rendido por la actora y de conformidad con lo previsto en el Art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó JAIME ISRAEL CASTELLO REYES; y, de quienes crean que tienen algún interés en la demanda formulada CÍTESE por medio de la prensa mediante tres publicaciones realizadas en fechas distintas en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Quito, quienes deberán contestar la demanda dentro del término estipulado en la ley, para lo cual se remitirá el extracto correspondiente.- 3.- En el término de 30 días los demandado conteste la demanda propuesta en su contra, conforme lo determinan el Art. 291 del COGEP.- 4.- Agréguese al proceso los documentos que se adjuntan, los mismos que se considerarán conforme a derecho en el momento procesal oportuno, así también téngase por anunciada la prueba de la actora según escrito que se provee.- 5.- Tómese nota de la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir sus notificaciones así como la designación de su abogado defensor. Actúe en la presente causa el Dr. Luis López Sánchez, en su calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.-
NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.F) AB. DAVID PATRICIO SUASNAVAS FONSECA, Juez…”. Lo que comunico para los fines de Ley. DR. LUIS LÓPEZ SANCHEZ SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/112173/ EG REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N ° N° 289746-2020-MAMH ACTOR: PEDRO MONTERO ROCA en calidad de Apoderado especial del señor EDGAR ALEJANDRO SANDOVAL VERGARA Gerente General y representante Legal de la empresa TECH MAHINDRA DEL ECUADOR S.A. ACCIONADO: ANDRES RENE CURIMILMA MAZA CAUSAL: Art. 172 numeral 1ro del Código de Trabajo. INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 22 de enero de 2020, a las 16H15.- En mérito al sorteo realizado, avoco conocimiento de la solicitud de VISTO BUENO N° 2897462020-MAMH que sigue PEDRO MONTERO ROCA en calidad de Apoderado especial del señor EDGAR ALEJANDRO SANDOVAL VERGARA Gerente General y representante Legal de la empresa TECH MAHINDRA DEL ECUADOR S.A., en su calidad de empleador, en contra del señor ANDRES RENE CURIMILMA MAZA, el cual por ser procedente se lo acepta a trámite.- En lo principal se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificacisnes. NÓTIFÍQUE.- f) AB. MARÍA AUGUSTA MERCHAN HELOU. AB. MARÍA AUGUSTA MERCHAN HELOU. INSPECTORA DE TRABAJO Hay firma y sello PAR/112177/EG R del E CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA AV. GENERAL RUMIÑAHUI N11-57 E ISLA BALTRA A los demandados, SAFLA
Revista judicial LUNES 10 de FEBRERO de 2020 La Hora Quito, ecuador
U C H U PA N TA M E RY ALEXANDRA Y SAFLA SAYAVEDRA SEGUNDO PABLO, se le hace saber que en esta judicatura se ha propuesto un juicio EJECUTIVO No. 172312018-00827 en su contra, en los siguientes términos: ACTOR: ING. CARLOS SANTIAGO GUALOTUÑA SUQUILLO, en calidad de Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito LUZ DEL VALLE LTDA. DEMANDADOS: SAFLA U C H U PA N TA M E RY ALEXANDRA Y SAFLA SAYAVEDRA SEGUNDO PABLO FUNDAMENTOS DE HECHO: Los demandados obtuvieron un préstamo en la Cooperativa de Ahorro y Crédito Luz del Valle Ltda, por el valor de 4000 dólares con una tasa de interés fijo de 22.0% anual (tasa efectiva del 24.36%) sobre los saldos de capital, desde la suscripción hasta su vencimiento que es el 10 de abril del 2019, a 36 meses plazo. Los precitados deudores adeudan de todo y plazo vencido a mi representada, conforme se desprende del original del pagare a la orden del estrado de cuenta, tabla de pagos, tabla de pagos realizados, tabla de pagos pendientes, doy por vencidos los plazos de la obligación para proceder al cobro del saldo que asciende a la suma de Usd $ 3.749,82 dólares FUNDAMENTOS DE DERECHO: Art. 486 y, Art. 487 del Código de Comercio y los Arts. 347 numeral 5to y 348 del cogep. PRETENSIÓN: Solicito que en sentencia se les condene a los demandados al pago del capital que adeudan del pagare a la orden que asciende a la suma de Usd$ 2.556,85, al pago de intereses líquidos del capital pactados a la tasa de interés fijo del 22% anual (tasa efectiva 24.36% ), al pago de los intereses de mora, hasta la cancelación total de la obligación calculados en la base emitida por el Directorio del Banco Central, al pago de los Gastos de Cobranza que causen en el juicio el que se deben incluir los honorarios profesionales de nuestro abogado defensor, gastos que han ascendido a la cantidad de Usd $ 506,64 dólares , más Usd $ 5,69 dólares americanos en concepto de seguro de desgravamen. Cuya obligación de pago de este rubro consta aceptada en el inciso tercero del pagare a la orden adjunto, al pago de costas procesales CUANTIA: USD $3.749,82 dólares JUEZA: Dra. Maria Soledad Villalba Andrade UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI,
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PROVINCIA DE PICHINCHA.- Rumiñahui, martes 30 de octubre del 2018, las 15h26, VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, en virtud de la acción de personal Nro. 2681-DNTH-2017-CIP, de fecha 12 de mayo del 2017, que rige a partir del 9 de mayo del 2017, y notificada vía correo electrónico el 15 de mayo del 2017, y del sorteo de Ley.- En lo principal: 1.- CALIFICACION: la demanda presentada por el ING. CARLOS SANTIAGO GUALOTUÑA SUQUILLO, en calidad de Gerente General y representante legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Luz del Valle; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), la que se fundamenta en el COBRO DE PAGARE A LA ORDEN; se califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO EJECUTIVO establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos. DILIGENCIAS.- A fin de precautelar la tutela judicial efectiva y el debido proceso prescritos en los Arts. 75 y 76 de la Constitución de la República, específicamente el derecho a la defensa, cítese en legal y debida forma a la parte demandada señores SAFLA UCHUPANTA MERY ALEXANDRA, en calidad de deudor principal y SAFLA SAYAVEDRA SEGUNDO PABLO, en calidad de garante o deudor solidario, en el lugar indicado en la demanda, para lo cual se adjuntará la copia de la demanda, copia certificada de los documentos adjuntados y este auto de sustanciación; para la práctica de esta diligencia de citación se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil de la ciudad de Quito, con sede en Quitumbe, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos, previniéndole a la parte ejecutada la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o electrónico para sus posteriores notificaciones.- En virtud de lo establecido en los Arts. 352, 355 y 333 numeral 3 del COGEP se concede el término de quince (15) días a fin de que la parte ejecutada cumpla con la obligación o proponga excepciones que de manera taxativa lo prevé el Art. 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo prescribe el Art. 352 del Código citado.- Al momento de la citación el fun-
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Revista judicial C12
LUNES 10 de FEBRERO de 2020 La Hora Quito, ecuador
cionario respectivo tome en cuenta lo dispuesto en el Art. 54, 55, 62 y 63 del Código Orgánico General de Procesos. ANUNCIO DE PRUEBAS.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la parte accionante en la demanda; situación que estará a lo previsto en los Arts. 160 y 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada.- Agréguese al proceso los documentos presentados por el compareciente, tómese nota de la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir sus futuras notificaciones, así como la autorización conferida al defensor técnico por parte del actor.Actúe la Dra. Ligia Leiva en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.CÍTESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA.Rumiñahui, jueves 23 de mayo del 2019, las 16h45, VISTOS.- El escrito que antecede agréguese al proceso.- En lo principal, por solicitarlo el actor, y al amparo de lo determinado el Art. 56 del COGEP y del Juramento rendido por el actor, con un extracto de la demanda y auto de calificación CITESE a los demandados SAFLA UCHUPANTA MERY ALEXANDRA y SA F L A SAYAV E D R A SEGUNDO PABLO, en uno de los Diarios de mayor circulación del cantón Quito, conforme lo dispuesto en el artículo 56.1 del COGEP.Bajo prevenciones de ley en el término de diez días el accionante presente la factura del medio de comunicación en la que se va a publicar el extracto o a su vez las publicaciones realizadas.- Para el cumplimiento de esta diligencia procesal por Secretaría confiérase el mentado extracto.Actúe la Dra. Ligia Leiva, en calidad de Secretaria Titular de esta judicatura.- NOTIFIQUESE.- Lo que comunico a usted y LO CITO para los fines legales consiguientes previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial o casilla judicial para sus posteriores notificaciones en la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha y dentro del perímetro legal.- CERTIFICO.Dra. Ligia Leiva Brussil SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAB/ 24545/EG =========
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO JUEZ PONENTE: AB. A LTA M I R A N O RUIZ SANTIAGO DAVID CITACION JUDICIAL Se le hace saber a: COMPAÑÍA ASOCIACION COMUNITARIA MINERIA EL TREBOL III. Debidamente Representada por el señor VICTOR HUGO MORA LANDIVAR, en calidad de REPRESENTANTE LEGAL, que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA ACTOR: EXPLOCEN C.A., GERENTE GENERAL INGENIERO BY R O N VA L E R Y VIZCAINO VILLAVICENCIO D E M A N D A D O S : A S O C I A C I O N C O M U N I T A R I A MINERA EL TREBOL III, REPRESENTANTE LEGAL VICTOR HUGO MORA LANDIVAR JUICIO: 17230-2019-20142 P R O C E D I M I E N TO / AC C I O N : SUMARIO FA C T U R A S O DOCUMENTOS OBJETO.- El accionante refiere que la empresa se dedica a la fabricación y comercialización de Explosivos y Accesorios a Nivel Nacional. Que ha emitido las facturas 000007098 y 000007099, por USD 11.751,04; y USD 13.619,20, respectivamente, facturas que pese a las existencias no se ha realizado abono alguno a la deuda. Que en razón de que las facturas demandadas no han sido pagadas pese a encontrarse vencidas, solicitan que en sentencia se condene a ASOCIACION COMUNITARIA EL TREBOL III, representada por VICTOR HUGO MORA LANDIVAR, al pago de: El capital adeudado esto es la suma de USD 25.370,24, que corresponde al importe de las dos facturas demandadas; el pago de los intereses de mora al máximo legal.- CUANTIA: Fija la cuantía en la suma de USD 39.715,17. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Quito, martes 7 de enero del 2020, las 10h58, VISTOS: Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto que antecede dispongo: Revisada la demanda presentada por EXPLOCEN C.A., debidamente representada por su Gerente General Ing. BYRON VALERY VIZCAINO VILLAVICENCIO, se observa
que es clara, precisa y reúne los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento sumario. Se ordena la citación de la demandada Compañía ASOCIACIÓN COMUNITARIA MINERA EL TREBOL III, debidamente representada por el señor VICTOR HUGO MORA LANDIVAR (C.C. N° 0105996557), en calidad de Representante legal de la misma, diligencia que se la cumplirá mediante publicaciones de prensa en uno de los diarios o periódicos que se editan en esta Ciudad de Quito, para lo cual por Secretaria confiérase el respectivo extracto Judicial para los fines de ley. Se dispone que la demandada Compañía ASOCIACIÓN COMUNITARIA MINERA EL TREBOL III, debidamente representada por el señor VICTOR HUGO MORA LANDIVAR (C.C. N° 0105996557), en calidad de Representante legal de la misma, en el término de quince conteste la demanda, formulando excepciones, conforme el Art. 151 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Actúe la Abg. Sofia Carolina Velásquez Cobo, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.f) ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID JUEZ Lo que le NOTIFICO Y LE CITO a usted, para los fines de Ley.- Se le previene la obligación que tiene de señalar la casilla judicial de un Abogado y correo electrónico como dispone la Ley, para que reciba sus notificaciones.AB. TAIPE REDROVAN BLANCA JANETD SECRETARIA Hay firma y sello PAR/112181/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: MARIA YOLANDA BORJA SEVILLA, en calidad de Representante Legal de la compañía VIDA ACTIVA SPORT AND HEALTH S.A. ACTOR: abogado Tomás Edison Barrionuevo Vaca, en calidad de Procurador judicial de la Sociedad Mercantil Andorrana ES D EV E N I M E N TS U R E P R E S E N TA C I O N E S ESPORTIVES DC, SLU DEMANDADOS: MARIA YOLANDA BORJA SEVILLA, en calidad de Representante Legal de la compañía VIDA ACTIVA SPORT AND HEALTH S.A. JUICIO: Civil No. 172302019-04172 TRAMITE: ORDINARIO FECHA DE INICIO: 18-032019 CUANTIA:123.426,28 JUEZ PONENTE: DRA.RITA ORDOÑEZ PIZARRO DEMANDA: “…se condene
Sin esperanza se encuentra lo inesperado. H e r á c l i t o
al demandado al pago de la deuda pendiente esto es, el valor de (123.426,28)… costas procesales…intereses de mora ..Honorarios profesionales.…”. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 9 de abril del 2019, las 15h59, VISTOS: Agréguese al proceso los escritos y documentos que anteceden. La demanda y complemento de la misma, presentada por el abogado Tomás Edison Barrionuevo Vaca, en calidad de Procurador judicial de la Sociedad Mercantil Andorrana ES D E V E N I M E N TS U R E P R E S E N TA C I O N E S ESPORTIVES DC, SLU, contienen los requisitos formales de los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se las admite a trámite en el procedimiento ordinario, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado. Cítese a la señora MARIA YOLANDA BORJA SEVILLA, en calidad de Representante Legal de la compañía VIDA ACTIVA SPORT AND HEALTH S.A., en el lugar señalado en el libelo inicial, observando lo establecido en los artículos 54 y 55 del COGEP, para el efecto remítase suficiente despacho, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. De acuerdo a lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se le concede a la parte demandada el término de treinta (30) días, para que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP.- Considérese el anuncio de prueba realizado en el escrito de demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d) del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva audiencia preliminar.Remítanse las boletas de citación a la oficina correspondiente, a fin de que se cite a la parte demandada, para lo cual la parte accionante proporcionará las fotocopias necesarias.Hágase saber a la parte accionante en el casillero judicial y correo electrónico designados. Adjúntese al expediente los documentos acompañados a la demanda.- NOTIFÍQUESE.- DRA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO, JUEZ................................ Quito, viernes 24 de enero del 2020, las 15h39, En vista de la declaración bajo juramento realizado por la parte accionante de las gestiones que ha realizado para dar con el paradero del demandado y de la impo-
d e E f e s o
sibilidad de determinar el domicilio o residencia del demandado, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la señora MARIA YOLANDA BORJA SEVILLA, en calidad de Representante Legal de la compañía VIDA ACTIVA SPORT AND HEALTH S.A, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación que se editen en esta ciudad; por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda y de las providencias respectivas el cual será enviado al casillero judicial señalado por la parte accionante.NOTFIQUESE.-f) DRA.RITA ORDOÑEZ PIZARRO, JUEZ ................................. Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 30 de enero del 2020. Certifico.AB.RAUL VELEZ NARANJO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL COGEP Hay firma y sello PAP/74634/AT
ANULACIONES
banco rumiñahui QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8125953300 Nro. Cartola 17059110845 Cliente MOYA ALBAN, JUAN-CARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8065694000 Nro. Cartola 17627830676 Cliente CO D E N A S E R RA N O, ABRAHAN-LINCOLN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8032225200 Nro. Cartola 17090650338 Cliente VELA, MARIA-ISABEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR =========
QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8272892500 Nro. Cartola 18410580023 Cliente MORALES LLUMIQUINGA, KARLA-STEFANIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8008144900 Nro. Cartola 18596180044 Cliente ONATE SALCEDO, CESARGUSTAVO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8001481600 Nro. Cartola 16687740833 Cliente REYES CEVALLOS, ANDREA-CAROLINA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8161635000 Nro. Cartola 17675400430 Cliente AVILES ROBAYO, ADRIANA-LORENA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8363914800 Nro. Cartola 18961820026 Cliente POVEA TAMAYO, ADRIANGUSTAVO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8297307900 Nro. Cartola 18523460170 Cliente MORENO R O M E R O, WILSON-GONZALO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8047298800 Nro. Cartola 16862600844 Cliente A LVA RA D O M I E L ES, PEDRO-ANIBAL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.
No.- 8024680000 Nro. Cartola 16799770819 Cliente CLAVON PILLAJO, LUIS-ALFREDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8316873700 Nro. Cartola 18661540189 Cliente MONTALVO MENDEZ, GABRIELA-PAOLA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8148820800 Nro. Cartola 17521440432 Cliente PILACHANGA CORONEL, EDGAR-PATRICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8081464900 Nro. Cartola 16761270699 Cliente YAG UAC H E J U M B O, MIGUEL-ALONZO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8299525700 Nro. Cartola 18543920153 Cliente CA R R I L LO G UA N I N , MILTON-GEOVANY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8068090700 Nro. Cartola 17187700525 Cliente DAVILA EGAS, LUIS-ALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR
BANCO BOLIVARIANO BANCO BOLIVARIANO Habiéndose puesto en nuestro conocimiento el Extravío/Robo/ Hurto del Certificado de Depósito a Plazo No: 05501DPV004147-5 emitido por el Banco Bolivariano C.A, a favor de MARIA LUCRECIA CHIRIBOGA GUASTI por la cantidad de $ 7000,00 con venci-
miento 11 MARZO 2019, comunicamos al público en general y quien se crea con derechos sobre dicho Certificado de Depósito a Plazo, deberá presentar ante nuestra Institución su reclamo por escrito en el término de 15 días contados desde la última fecha de la última publicación de este aviso. Vencido el plazo y no existiendo reclamación, el Banco procederá a su anulación y la emisión de un nuevo Certificado de Depósito. P/AC/ (1)NR ========= Habiéndose puesto en nuestro conocimiento el Extravío/Robo/ Hurto del Certificado de Depósito a Plazo No: 05501DPV004975-2 emitido por el Banco Bolivariano C.A, a favor de MARIA LUCRECIA CHIRIBOGA GUASTI por la cantidad de $ 6500,00 con vencimiento 11 MARZO 2019, comunicamos al público en general y quien se crea con derechos sobre dicho Certificado de Depósito a Plazo, deberá presentar ante nuestra Institución su reclamo por escrito en el término de 15 días contados desde la última fecha de la última publicación de este aviso. Vencido el plazo y no existiendo reclamación, el Banco procederá a su anulación y la emisión de un nuevo Certificado de Depósito. P/AC/ (2)NR
ANULACIONES VARIAS AL PÚBLICO EN GENERAL Por medio de la presente se comunica al público en general que los títulos de acción número 822 por 14 acciones, emitidos por parte de la compañía DINER CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA propiedad de JORGE ALMEIDA ALMEIDA se han extraviado, cada acción tiene valor nominal de US$40.00 cada una. La presente publicación se realiza dando cumpliemiento a lo establecido en el Art. 197 de la Ley de compañía Par/102166/EG ========= AVISO Se procederá anular por pérdida el tutilo N° 30492 por 1470 accione de U.S.D 1 c/u del Banco Pichincha C.A. Emitidas a nombre de ALMEIDA ALMEIDA JORGE FABIAN, transcurridos 30 dias de la ultima publicación de este aviso PAR/112166/EG ========= Se notifica la pérdida de certificado de depósito a plazo fijo # 130301RN de la Cooperativa de Ahorro y Crédito el Sagrario, perteneciente a Hernán Rueda. PAR/112137/EG ========= QUEDA ANULADA Por pérdida la Póliza Nº 215863134 de Mutualista Pichincha por $ 3.480,65 serie 521868 vence el 20/02/2020, a nombre de Carmen Collantes. PAR/112161/EG