50c incl. IVA MIÉRCOLES 09 DE MAYO DE 2018
Plantón y marcha por el Consejo
Organizaciones sociales y políticas cumplirán hoy una jornada de respaldo a la labor de evaluación que cumple el Consejo transitorio de Participación Ciudadana. Páginas A6 y B3
EN VELA
Ambato marchó por la paz y la seguridad Página A6
Quito, Ecuador
Número total de ejemplares puestos en circulación: 26.533
Se ratifica la intromisión en la justicia
Un nuevo informe señala cómo ha sido la injerencia y la selección de varios jueces.
Un informe publicado por la Fundación para el Debido Proceso titulado ‘La justicia ecuatoriana en tiempos de cambio’ analiza, paso a paso, la elección, en agosto de 2017, de siete jueces de la máxima instancia judicial. El documento del académico peruano Luis Pásara da cuenta de la ruptura del silencio de un grupo de exjueces destituidos por la Judicatura, por no haber
FUNCIONARIO. Gustavo Jalk, presidente de la Judicatura.
cedido ante presiones y exigencias de altas autoridades del Gobierno anterior. El presidente de la Judicatura, Gustavo Jalk, manifestó que no ha leído el informe pero ase-
GLOBAL
Libros que se leen con la mano
Página B5
Página A2
¿Por qué no se presenta el plan económico?
A conquistar los siete mares
La quiteña Sara Palacios busca romper un récord mundial de natación en julio: atravesará los 34 kilómetros del Canal de La Mancha en una travesía única que pondrá a prueba su resistencia. Página A15
Página B1
MONTA TU CAMELLO
SOS argentino al FMI
Desde que el 2 de abril pasado el presidente, Lenín Moreno, presentó un paquete de 14 medidas económicas para superar la crisis y la iliquidez en el Estado, no se han concretado las leyes y acciones puntuales que plasmarían en la realidad el Plan económico. Aunque Juan Sebastián Roldán, secretario de la Presidencia, argumentó que el nuevo aplazamiento se debe a que se está realizando una última revisión integral de la normativa para asegurar que “beneficie a
guró que la elección de los jueces fue “transparente” en todas sus faces, defendió el sistema de impugnaciones y dijo que estuvo vigilado por expertos.
PRIMERA SUERTE
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MINISTRA. María Elsa Viteri, titular de Finanzas.
los pequeños y medianos empresarios y fomente el empleo”, la percepción de los agentes económicos es que no hay un norte definido y que, a casi un año de Gobierno, es imposible saber el verdadero Plan económico. Página B4
SEGUNDA SUERTE
TERCERA SUERTE
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QUITO
LIBROS Y JUGUETES TU CAMELLO QUE LLEVAN EL A2 APRENDIZAJE A ‘Petit Books & Toys’ diseña y elabora UN NUEVO NIVEL libros con texturas que ayudan a incenMONTA
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tivar el conocimiento en los niños.
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o está escri- es el protagonista, el producto to en piedra, se vuelve totalmente accesible papel, cartón para todos. Lo pueden disfrutar ni nada pare- chicos con disminución visual o cido. El cono- auditiva sin ningún problema. En su experiencia ha diseñacimiento que t r a n s m i t e n do libros para niños con autismo estos singulares libros está bor- o que presentan déficit de atendado sobre tela. Y es que en un ción u otras necesidades. La clamundo creado con fibras todo se ve está en saber lo que a ellos les vuelve más suave. Las nubes, las atrae y cómo pueden aprender montañas e incluso los conejos de mejor manera. Actualmente, en su línea de se ven más esponjosos. Las texturas se sienten al contacto con libros están: ‘My first petit’, conla piel y así es fácil conectarse tiene texturas y relieves para escon la propuesta que promueve timular los dedos de los más pequeños; ‘Petit activities’, incluye Pamela Flores. Sus historias se cuentan a actividades de aprendizaje para través del tacto. Las páginas de desarrollar la motricidad fina y sus libros sensoriales son como la lógica espacial; ‘Petit wonder’, cojines delgados en los que se se puede personalizar con disdestacan figuras y cintas con di- tintas historias, y ‘Petit hommi’ contiene un cuento interactivo ferentes características. En tres años, la creadora de con un conejito como personaje ‘Petit Books & Toys’ ha explora- principal. En su colección también está do la forma en que los niños de 0 a 5 años aprenden y se ha vuelto la ‘Petit ball’, una pelotita de tela una experta en generar expe- con un cascabel interno que la vuelve sonora. Está diseñada riencias táctiles. La sicóloga clínica de pro- para estimular el agarre y el gafesión dice que mientras más teo. Su primer juego familiar es sentidos se activan en el apren- el de pares con texturas. La idea dizaje, más estimulación reciben es que los participantes pongan los pequeños. Ella y su esposo, a prueba su memoria táctil, emparejando fichas con diDarío Ávila, quien es ferentes relieves, con los profesor universitario y EL DATO ojos vendados. cursa un doctorado en Educación, son dos apacontactar a sionados por el desarro- Puede la emprendedora a El origen llo educativo. Juntos de- través de redes Una pequeña máquina como ‘Petit cidieron apostar por los sociales de coser, de plástico, es Books & Toys’ o al libros y juguetes educa- número 099 252 uno de los tantos recuer62 60. tivos elaborados en telas. dos que se relacionan al nacimiento de ‘Petit Books & Toys’. Pamela Flores la Propuesta diferente En un pequeño taller, ubicado en guarda con cariño, porque fue el sector La Rumiñahui (norte de un regalo de su esposo cuando Quito) se vuelven realidad los li- ambos tomaron la decisión de bros y juguetes de Petit. Ahí tra- incursionar en el mundo de las bajan cuatro personas que reali- cosas hechas en tela. Se ríe cuanzan desde los patrones hasta el do comenta que, aunque parezca de juguete, fue la herramienta concepto educativo. Todo se basa en la pedagogía con la que aprendió a darles forMontessori, que inspiró a Flo- ma a sus libros. Su emprendimiento tiene tres res a crear sus libros y juguetes. Este método de enseñanza desa- años de edad igual que su hijo rrollado por María Montessori Ariel. De hecho, su motivación trabaja con materiales diseña- para empezar con el negocio fue dos científicamente para que los compartir más tiempo con él. niños exploren a través de los Antes de esta aventura, ella se desempeñaba como gerente de sentidos. El producto con el que empezó talento humano en una empresa y en el que se ha especializado es y sus jornadas laborales se exel libro de texturas. Más que un tendían hasta la noche. Como en un taller de creación juguete, lo ha proyectado como una experiencia personalizada. textil, los retazos de tela, las borEn la cubierta coloca el nombre las de lana, los hilos y las cintas están por todas partes. El sonidel niño que aprenderá con él. La emprendedora explica do de las dos máquinas de coser que cuando el sentido del tacto (ahora sí industriales) se com-
ESFUERZO. Pamela Flores lleva tres años desarrollando ‘Petit Books & Toys’ desde su casa.
Ficha técnica
‘Petit Books & Toys’ Lleva tres años en el mercado, estas son las lecciones aprendidas y los tips de emprendimiento de su creadora: Lecciones aprendidas Hay que pensar en el empaque. Normal°mente nos fijamos mucho en el producto y olvidamos que la presentación es lo que atrae visualmente. Es importante tener las bases adminis°trativas del proyecto. El plan de negocios y el plan de marketing son los elementos que te van a ayudar a crecer. Tips
Crea tu imagen para diferenciarte de los °demás.
PRODUCTO. El libro sensorial es la primera creación de Pamela Flores desarrollado para la estimulación de los niños.
plementa con música alegre, que ambienta lo que en algún momento fue el comedor familiar. Para darse a conocer participaron en varias ferias, enfrentaron muchos retos y recibieron un premio. Flores recuerda las noches que pasó sin dormir porque estaba elaborando pedidos. En esa época era ella quien cosía, hacía publicidad, vendía, entregaba, contestaba el teléfono. Sabe que esa es la vida de los emprendodores que nunca aprendieron a rendirse, en especial cuando se encuentra algo
en lo que se combinan las pasiones, a ella siempre le gustaron las manualidades y la educación infantil. Este año, en el taller se están generando nuevos retos, uno de ellos es el de expandirse a un nuevo espacio. La creadora de ‘Petit Books & Toys’ confiesa que falta más apoyo para que los emprendedores sigan desarrollando sus sueños. (PCV) Lea la próxima semana sobre el emprendimiento de cosmética natural Hasta la Luna.
° Lo más importante es el cliente. Desde su primer contacto hasta que recibe el producto provoca una experiencia en él. Especialízate. Que te conozcan por ser el especialista en tu área. Por ejemplo, Petit es especialista en educación.
INNOVACIÓN. El primer juego familiar de ‘Petit Books & Toys’ está relacionado con la memoria táctil a través de las texturas.
CIUDAD
Concejal no acudió a rendir versión en la Fiscalía El concejal, Eddy Sánchez, del Movimiento Acción Social y Solidaria no acudió ayer a la Fiscalía de Pichincha a rendir su versión sobre la investigación que se adelanta en torno a los supuestos hechos de corrupción que se habrían detectado en el Municipio. Según el fiscal de Pichincha, Fabián Salazar, el procesado pidió un diferimiento de la diligencia. Se fijará nuevo día y hora para el
efecto. A los concejales Eddy Sánchez y Sergio Garnica, junto a otros funcionarios del Cabildo, el 19 de abril de 2, se les formuló cargos por el presunto concurso real de delitos de asociación ilícita, concusión, tráfico de influencias y enriquecimiento privado no justificado. Ellos tienen medidas alternativas a la prisión preventiva y deben presentarse periódicamente ante la autoridad. (LC)
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Guayllabamba reclama por mayor seguridad
TRÁNSITO. En la calle Antonio de Marchena se forman largas filas de autos por los trabajos del Metro de Quito.
Seis meses de molestias por obras del Metro en la zona de Santa Clara Desde septiembre de 2017 se cerraron calles en el sector del Seminario Mayor para realizar las obras. Con dificultad, las unidades del corredor Central Norte giran en la calle Antonio de Marchena. Mientras lo hacen, los demás autos deben esperar su turno y en horas de alto tránsito, avanzar una cuadra por la calle Antonio de Ulloa, a la altura del mercado Santa Clara, puede tomar hasta 10 minutos. Desde septiembre del año anterior, los moradores de los barrios aledaños del Seminario Mayor han tenido que lidiar con los cierres de las vías por la construcción de una de las 15 paradas del Metro de Quito. Charlie Corrales, quien vive en el sector Las Casas, transita todos los días por la calle Ulloa y comenta que incluso los fines de semana el tráfico se acumula y es
difícil llegar hasta la Av. Colón. Otra de las molestias que han causado los cierres para quienes visitan el sector es el polvo que se produce por los trabajos. La zona comercial se caracteriza por la venta de productos en mimbre y madera. Esthela Chango, quien acude al sitio para comprar canastas al por mayor, opina que la situación no es conveniente para los comerciantes. Ella ha tenido que cambiar de proveedor en varias ocasiones el último año. Los cambios de rutas del transporte público y la reubicación de las paradas también han sido un problema al que los vecinos se han acostumbrado. Karina Mena se moviliza a diario a su trabajo desde la parada provisio-
La pacífica vida que generalmente se siente en Guayllabamba, está alterada, aseguran los moradores y comerciantes de la parroquia del norte del Distrito. La semana pasada se prepararon para realizar una marcha ciudadana por la seguridad, pero la actividad se suspendió debido a los aguaceros y ahora anuncian que será el sábado. La manifestación se realizará para exigir justicia por la muerte del agricultor Gabriel Navarrete, de 82 años, quien fue asesinado hace dos semanas por sujetos que ingresaron a su propiedad para robar aguacates, guabas y el dinero que el adulto mayor tenía producto de las ventas de sus productos. Según Juan Aguayo, presidente del parque central de Guayllabamba y miembro de la Junta Cívica de la parroquia, la inseguridad que se vive en la parroquia estaría relacionada con temas de microtráfico de droga y alcoholismo. Uno de los pedidos de la
población es la presencia de un mayor contingente policial. “Probablemente se requiera instalar otra UPC en el parque del Guambra”, expresó. En febrero pasado, un hombre de 20 años también fue encontrado sin vida, en el interior de la vivienda que arrendaba en el barrio San Vicente de Guayllabamba. Según el parte policial, la víctima presentaba siete heridas de arma blanca a la altura del tórax. Participación
Hace dos semanas se realizó la primera marcha pacífica con la participación de unas 200 personas. El pasado viernes tuvo que ser suspendida, pero los habitantes de la parroquia se autoconvocaron para este sábado en horas de la tarde. Estas jornadas tienen el apoyo del párroco de Guayllabamba, compañías de taxis, cooperativas de buses, presidentes de los 56 barrios, directores de las escuelas y Policía Nacional. (SE)
nal del Corredor Central Norte y dice que se ha adaptado al nuevo trayecto. También reporta que en varias ocasiones ha visto que las unidades de transporte se han dañado. Sin fecha de habilitación
En el sitio se construye la parada de la Universidad Central que según los estudios del Municipio beneficiará a por lo menos cuatro barrios cercanos y tendrá un flujo de aproximadamente 67.906 pasajeros. De acuerdo con información de la Empresa Metro de Quito, los trabajos, que inicialmente estaban previstos para seis meses, concluirán en obra civil en el transcurso de esta semana. Es decir, estará lista la estructura: paredes, columnas y techo. Según la Empresa, se tiene previsto habilitar las calles de manera parcial pero aún no hay una fecha para que el sector vuelva a la normalidad. (PCV)
PARROQUIA. Guayllabamba está ubicada al norte del distrito y es un destino muy visitado por turistas nacionales y extranjeros.
Siembra de árboles en parques rurales
El programa ‘Quito Apoya mi Parque’ prevé sembrar 29.000 plantas en parques rurales del Distrito hasta finales de este mes. Estudiantes y vecinos de Yaruquí, Guangopolo, Zámbiza, Checa, Calacalí y Alangasí han participado en las jornadas que se realizan desde abril. La iniciativa es liderada por la concejala Renata Moreno.
Pedido antitaurino se retoma en la Corte Constitucional Representantes de Protección Animal Ecuador (PAE) se presentaron ayer en la audiencia de la Corte Constitucional `por una demanda interpuesta por ellos en 2012, alegando el incumplimiento del mandato aprobado en la Consulta Popular de 2011, que prohibía actos como las corridas de toros. “Después de seis años nos lla-
man para audiencia pública referente a este tema y la decisión que se tomará es demasiado importante. Si ganamos, las corridas de toros quedarían prohibidas en todas sus formas en Quito”, declaró el grupo antitaurino y de defensa animal en un comunicado. Esta audiencia se realiza mientras, en paralelo, el Concejo Nacional Electoral (CNE) ya au-
torizó un pedido de revocatoria de mandato en contra del alcalde Mauricio Rodas, por el supuesto incumplimiento de la eliminación de este tipo de espectáculos. El CNE tiene hasta este jueves para entregar el formulario para la recolección de firmas, las que se podría iniciar el proceso de revocatoria de mandato del alcalde. (LGP)
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OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.
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El mayor mal La verdadeJORGE OVIEDO que pueda ra libertad RUEDA sobrevenir a consiste en el una nación es el de dominio absoluto Doscientos años caer en un error de de sí mismo”. Hace doscientos años nació CarMICHEL DE MONTAIGNE los Marx. Desde la publicación legislación”. ESCRITOR Y ENSAYISTA FRANCÉS
VICENTE ROCAFUERTE POLÍTICO, DIPLOMÁTICO Y ESCRITOR ECUATORIANO (1783-1847)
(1533-)1592
CARTAS Confabulación
Apenas han sido sacudidas algunas cúpulas, sin que suceda nada. Los mandos medios correístas han respondido en función del continuismo y la impunidad, dilatando procesos o truncando decisiones. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de Transición (Cpccst) empieza a sentir la arremetida confabulada de las autoridades evaluadas, que recurren a absurdos y ridículos recursos de protección para bloquear sus decisiones correctivas y moralizadoras. Buscan limitar sus facultades mediante parcializadas interpretaciones constitucionales. Pretenden el fracaso de esta alternativa impuesta por la voluntad popular. Recurren a su Constitución garantista en defensa del totalitarismo correísta. El Consejo de la Judicatura, ente sujeto a evaluación por parte del Cpccst, ha acudido a la Corte Constitucional, ente sujeto a evaluación del mismo Cpccst, para solicitar una interpretación sobre las facultades evaluadoras y moralizadoras del Cpccst. Una confabulación obstruccionista entre los dos entes. Es necesario tomar en cuenta que la Corte Constitucional guardó un lesivo silencio al negarse a informar sobre la consulta popular y sus reformas constitucionales, circunstancia que hoy le impide interpretar el alcance de las atribuciones del Consejo Transitorio. Incumplió, en el tiempo, su obligación de pronunciarse. Sería absurdo que pretenda interpretar sobre lo que se negó a informar. Estos dos entes, aparentemente confabulados, no deberían existir. La Función Judicial debe ser presidida por la Corte Suprema de Justicia. La Corte Constitucional debería integrarse a la Corte Suprema de Justicia como Salas de lo Constitucional. Grandes decisiones a ser tomadas por una Asamblea Constituyente o una Consulta Popular. Mauro Terán Cevallos CI: 1701503243 DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.
Algo que se echA en fAltA
Aunque esperada, la ‘crisis de gabinete’ no deja de despertar incertidumbre en la opinión pública. No tanto por saber quién se quedará o se irá, sino porque, a pesar de ese movimiento, el Presidente no acaba de definir o perfilar hacia dónde irá el país en terrenos tan sensibles como la economía y la distribución de la riqueza. ¿Será solo un enroque? ¿Vendrán nuevos actores? Los que están en las sombras, ¿darán la cara? En muchos sectores se han posicionado el sentimiento de pérdida del control de su destino tanto al corto como al mediano plazos. Paralelamente, por las redes sociales, ese tan empantanado ‘terreno de nadie’, afloran pequeñas y hasta grandes historias de conspiraciones que se multiplican. Quieren dar sentido a cosas disparatadas y desconcertantes que suceden, que conjeturan que suceden o que su DANIEL MÁRQUEZ SOARES
Clamor de cobardes Estos últimos días han sido fecundos en sangre y deseos de venganza. Los sucesos en la frontera del norte, las desventuras sufridas por varios taxistas, el asesinato de mujeres y niños; esta seguidilla de hechos espeluznantes ha atizado el preocupante clamor justiciero de la muchedumbre. Las redes sociales, los espacios de opinión ciudadana, las intervenciones de algunos políticos menores poco sofisticados e incluso las apresuradas reacciones de ciertos personajes públicos denotan una sociedad saturada de odio,
imaginación genera. Abundan relatos de complots imaginarios explicaciones o historias rocambolescas, dado que el ‘conspiracionismo’ tiene una larga tradición en el Ecuador de nuestros días. Buena parte de su éxito se explica también por el aumento de situaciones que generan ansiedad. Si todo lo que pasa obedece a relaciones que no vemos es porque algo se nos está ocultando deliberadamente. A sus alocuciones semanales de los lunes, el presidente Moreno debería explicarle al país, en una suerte de pedagogía política, con datos concretos y cifras creíbles, hacia donde piensa conducirlo y por qué. Su discurso peca de fragmentario y coyuntural y es hora de dotarlo de organicidad y sustento palpable y creíble. A un año de su Gobierno algo así se echa en falta.
xenofobia e irracionalidad. Estamos ante un preocupante caldo de cultivo de caudillos inescrupulosos y regímenes amorales. Cualquier político con sed de poder, pocas reservas y un par de dedos de frente es capaz de percibir lo fácil que resulta este momento cosechar popularidad inflamando esos sentimientos viles entre la gente. Empresas, cultos y medios de comunicación también saben que el odio y el miedo son baratos de producir y fáciles de vender, excelente mercancía para un público que adicto a ellos. Es probable que entremos en un espiral descendente, en un círculo vicioso de paranoia, venganza y xenofobia. Tendemos a traspasar al Estado lo que tenemos de negativo: desde nuestras deudas y pérdidas empresariales hasta nuestras envidias y odios. Este rato, muchos quisieran un Estado vengativo, paranoico, xenófobo y ensañado,
reflejo de tantas bajas pasiones. Deportaciones, ejecuciones, tortura, arbitrariedad; eso quiere la masa. No obstante, querer dotar de legalidad y tinte oficial a deseos tan viles no es más que cobardía. Los criminales llevan a cabo sus acciones contra sus víctimas corriendo riesgos y al margen de la ley. Es absurdo y pueril querer hacer justicia sometiéndolos a la misma acción, pero de forma legal y segura. Si de reciprocidad se tratara, por ejemplo, un asesino que actuó al margen de la ley, exponiéndose a décadas de cárcel, debería ser castigado siendo asesinado al margen de la ley con su verdugo corriendo idéntico riesgo, no de forma impune y legal a manos del Estado. Todos los que exigen ejecuciones, deportaciones o abusos en las cárceles, ¿serían capaces de llevar a cabo ellos mismos las acciones que reclaman? dmarquez@lahora.com.ec
del Manifiesto Comunista en 1848, la sociedad humana no es la misma, cambió la percepción que la inteligencia humana tenía de la Historia. El pensamiento racionalista del siglo XVIII, que hundió a la monarquía feudal, comenzó a ser superado por la concepción proletaria del mundo. Su artífice fue Carlos Marx. Un enano mental opinó en redes sociales que Marx fue un vago. No puede la ignorancia orgánica de los esclavos del sistema siquiera imaginar la enormidad de su obra. Bástenos decir que sin ella, todavía estaríamos en la prehistoria del conocimiento. En lo económico, Marx le dio un giro de 180 grados a las concepciones del pensamiento liberal de autores clásico como Smith y Ricardo, demostrando que el trabajo del obrero genera plusvalía de la cual se apropia el capitalista, verdad equivalente, en economía, a la ley de la gravedad en física. La Academia oficial no ha podido refutar esta verdad, porque es la ley que dinamiza la economía capitalista. Que en la sociedad se enfrentan intereses económicos contrapuestos, no fue un descubrimiento de Marx, pero nos advirtió la importancia de ser consecuentes con este principio inherente a las sociedades clasistas. En él se sustenta la racionalidad de todo proceso revolucionario. Quién lo desconoce está destinado al fracaso. Que los filósofos no han hecho otra cosa que contemplar el mundo, cuando de lo que se trata es de transformarlo, es uno de los postulados filosóficos más valientes de toda la Historia del pensamiento. Marx nos legó su método, con él tenemos que encontrar la forma de enriquecer el marxismo con la filosofía ancestral de la ayuda mutua, esencia existencial de los pueblos andinos. Ese es el reto con miras al futuro. joviedo@lahora.com.ec
Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General IVÁN FLORES POVEDA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXI No. 12152
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.
Un recorrido por La Chorrera para buscar aves
Los amantes de la avifauna tienen una cita imperdible este domingo, a las 07:00, en el sector La Chorrera, al occidente de Quito. Desde ahí se iniciará un recorrido para la observación de aves organizado por el Yaku Parque Museo del Agua. Los interesados en participar deben llamar al teléfono 251 11 00 Ext. 114 o 129. (JN)
CIUDAD
Se viene el Salón del Chocolate
El evento ‘achocolatado’ más importante del mundo vuelve a Ecuador y se realizará los días 1, 2 y 3 de junio en el centro de Convenciones Quorum del Paseo San Francisco, en Cumbayá. La décima edición del ‘Salón del chocolate, cacao y café-Ecuador’ es organizada por la Cámara de Comercio e Industria Franco-Ecuatoriana. (JN)
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Mediamorfosis, una conferencia ‘futurista’
AGENDA ARTE
PREMIOS NUEVO MARIANO (PROYECTOS EN PROCESO) Lugar: Centro de Arte Contemporáneo (Dávila y Montevideo) Entrada: gratuita Horario: 10:30 a 17:00 Cuándo: hoy y mañana
TEATRO
‘UNO MÁS UNO’, EN LOS MIÉRCOLES ALTERNOS
Lugar: Patio de Comedias (18 de Septiembre y 9 de Octubra) Entrada: $8 Horario: 20:30 Cuándo: hoy
ÚLTIMOS DÍAS
‘DESMARCADOS’
Lugar: MET-Quito (Espejo y García Moreno) Entrada: gratuita Horario: 09:00 a 16:30 Cuándo: hoy y mañana
PINTURA
‘ARGENTIN’ART’, DE SOLER Y SANZ
Lugar: Alianza Francesa (Eloy Alfaro y Bélgica) Entrada: gratuita Horario: 09:00 a 19:00 Cuándo: hoy y mañana
GRABADO
‘SER URBANO’
Lugar: MET-Quito (Espejo y García Moreno) Entrada: gratuita Horario: 09:00 a 16:30 Cuándo: hoy y mañana
MÚSICA
‘BACH FLAMENCO’
Lugar: Casa de la Música (Nuño de Valderrama y Mariana de Jesús) Entrada: $15 Horario: 19:30 Cuándo: hoy
Las tendencias en los medios de comunicación serán analizadas por nueve expertos.
Inteligencia artificial, realidad aumentada, historias en 4D… En un solo día siete expertos internacionales y dos nacionales hablarán sobre las nuevas tendencias de los medios de comunicación. Después de cuatro años desde su creación en Argentina y de su paso por países como Colombia y Uruguay la conferencia CONFERENCIA. Miles de personas han recibido capacitaciones en las ediciones Mediamorfosis se realizará por de Mediamorfosis en otros países. (Foto: Archivo Mediamorfosis) primera vez en el país. El objetivo es profundizar en el futuro de consultor del director de cine la comunicación, sus tendencias Steven Spielberg en la creaExpertos internacionales y las nuevas plataformas tecnoción de videojuegos explicará Cuatro conferencias lógicas para, al final, escribir un cómo contar historias en 4D. manifiesto sobre la situación de En la misma línea, Martín Ra° Omar Rincón (Colombia): La muerte del Ecuador y lo que se puede hacer, baglia, cofundador de Tecnoloprogramador de TV, el entretenimiento explicó la productora ejecutiva, gía y Experiencias en Genosha, de la gente. Consuelo Hidalgo. una agencia digital argentina, ° Juan David Ramírez (Colombia): Caso Desde que Mediamorfosis expondrá sobre la realidad auPostobón. inició, se han realizado 12 edimentada y qué se puede hacer María Laura García (Argentina): Inteliciones, que han culminado, encon ella. °gencia artificial. tre otras cosas, en la creación Mientras los ecuatorianos Hunt (EE.UU): La revolución de de una red de expertos y profeJuan Pablo Urgilés y David Lu°la Spencer Realidad Aumentada (AR) y la Realidad sionales de la comunicación. La cio hablarán acerca de experienVirtual. edición en Quito se centrará en cias transmedia, interactivas e ocho conferencias, pero en las inmersivas. También se revisapróximas también se buscará la ‘prosumidores’ porque crean su rá el caso de la reconversión del creación de nuevos emprendi- propio contenido. Las tecnolo- periódico argentino La Nación, mientos y la realización de una gías avanzan para crear espacios que pasó de ser tradicional en ronda de negocios, confirinmersivos, por lo que “no digital y audiovisual, con el emmó Hidalgo. podemos hacer la misma prendedor argentino Damián TOME NOTA Kirzner. comunicación”, dijo “Tenemos que ser creaHidalgo. La innovación Si quiere conotivos. Ecuador está intenPor eso, todos El contenido en los me- cer más sobre la PERSONAS dios, considerado como conferencia, ingrese a: http:// estos cambios se- es el cupo para la tando, está queriendo. No www.mediamorrán abordados por conferencia. podemos dejar de estar en el ‘rey’, ahora tiene que ir la conversación. Tenemos los entendidos en acompañado por su ‘rei- fosis.net/ que pensar cuál es el fula materia. El guiona’, los hábitos de consumo de los usuarios. Los consu- nista y productor de Estados turo de los medios y cómo avanmidores se han convertido en Unidos Adam Sigel , quien fue zar”, concluyó Hidalgo. (AGO)
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Se emitirá ‘licencia para actuar’ en las calles del Centro Histórico Autorizaciones o licencias que nicipio entregará un número litendrán una validez de cuatro mitado de permisos, cuya acción meses se emitirán para que los se restringirá a las calles peatoartistas escénicos y musicales nizadas. Las licencias se entrepuedan actuar en las calles, garán de forma gratuita y los inplazas y esquinas del Centro teresados en beneficiarse de este plan deberán completar Histórico. Este proceso se hace en TOME NOTA el formulario publicado en la dirección web www. el marco de la fase piloto quitocultura.info/pilotodel programa ‘Arte en la inscripción se arte-en-la-calle. calle’, impulsado por la La realiza por el Las propuestas se reSecretaría Metropolitana portal Quitocultura. cibirán hasta primero de de Cultura. info. junio y serán seleccionaEn esta estapa, el Mu-
das por un jurado externo a la Secretaría de Cultura, conformado por artistas, gestores, asociaciones y sociedad civil. Se tomarán en cuenta factores como experiencia profesional, calidad de la propuesta, enfoca en la difusión de las expresiones que se ejecutan en vivo, tales como la música, el teatro, la danza, el clown, el mimo, el performance, el happening, el circo teatral, los títeres, y otras. Por razones de normativa
Programa Los objetivos
° Fomentar a escala local la participación y acceso de los artistas al espacio público. ° Incentivar la diversidad de las expresiones artísticas y culturales, en sus diferentes géneros. ° Garantizar la seguridad y la convivencia pacífica de los artistas y los ciudadanos. municipal no se otorgarán permisos a artistas plásticos u otros que requieran vender sus obras. Estos tendrán que seguir el procedimiento habitual para el comercio autónomo. (JN)
META. La iniciativa busca que personajes como el ‘Hombre orquesta’ puedan presentarse sin inconvenientes en el centro. (FOTO: http://tariknunez.blogspot.com)
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MIÉRCOLES 09 DE MAYO DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
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Ecuatoriana Nina Gualinga gana premio ambientalista mundial La indígena de la comunidad kichwa de Sarayaku Nina Gualinga recibirá uno de los más prestigiosos reconocimientos internacionales del mundo de las organizaciones dedicadas a la conservación mundial: el premio que cada año otorga el presidente de las juventudes del Fondo Mundial para
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la Naturaleza (la conocida WWF por sus siglas en inglés). La organización anunció su fallo anual a través de su página oficial y medios sociales, donde destaca que “desde los ocho años de edad, Nina Gualinga, ha estado defendiendo la justicia en temas climáticos y de derechos indígenas”.
Concursos de autoridades de control y la normativa °paraLoselrequisitos concurso de las nuevas
autoridades de control serán aprobados hoy por el Consejo de Participación Ciudadana transitorio. Así lo dio a conocer, ayer, su presidente, Julio César Trujillo.
Refinería de Esmeraldas, paralizada
ESMERALDAS • El tema se man-
GESTIÓN. La sesión se realizó en una sala de la Asamblea, a puerta cerrada.
CAL conoce informe del Consejo de Participación Julio César Trujillo dijo que recibió el apoyo de los representantes de la Legislatura.
El Consejo de Participación Ciudadana transitorio entregó ayer al Consejo de Administración (CAL) y a los jefes de bloque legislativo, el informe sobre el trabajo que este organismo viene realizando hasta el momento, en materia de fiscalización a los distintos organismos del Estado, en cumplimiento al mandato de la consulta popular. Según Julio César Trujillo, presidente del Consejo de Participaron, el referido documento fue respaldado en un “99 por ciento”,
por lo que mostró su satisfacción, para seguir trabajando en la tarea de fiscalización, que durante el Gobierno de Rafael Correa no se realizó, aseveró. De esta manera descartó eventuales problemas legales a futuro por “extra limitación de funciones”, tal como han advertido ciertos sectores opositores. Apegado con el derecho
Ante la presidenta del CAL, Elizabeth Cabezas, Trujillo enfatizó que seguirán actuando de acuerdo con el derecho y al mandamiento popular. Para esto ya cuenta también con el apoyo del presidente, Lenín Moreno. Al ser interrogado si la entidad que él dirige le compete posesionar a las nuevas autoridades, como ocurrió con el Fiscal General, aclaró que estas
son únicamente encargadas, pues cuando sean titulares le corresponderá esta función a la Asamblea. «No podemos dejar en acefalia a ninguna institución», dijo. Llamados legislativos
Trujillo dejó entrever su malestar ante la posibilidad de que se llame periódicamente al Consejo para que presente informes a la Asamblea Nacional. “El tiempo es muy importante para adelantar la gestión”, expresó. Además hay plazos que no siempre se cumplen en el desarrollo de la agenda que lleva adelante. Sobre la evaluación al presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh, Trujillo comentó que emitirá un informe al margen del juicio político que se realizaría la Legislatura. (SE)
Marcha pide seguridad y control a extranjeros
‘Engañan al Presidente’
En su momento, la empresa Universal Oil Products (UOP), firma licenciante de los equipos para la refinería, habría recomendado a Petroecuador que sí era posible trabajar con esos puntos calientes, pero ya se rebasaron esos límites.
INCONVENEINTES. Las autoridades buscan soluciones.
“Se trabajaría con los puntos calientes hasta el mantenimiento programado para febrero, pero no se lo hizo y la planta siguió operativa hasta que se presentaron estas grandes fallas”, detalla el representante de los trabajadores petroleros. Agregó que ellos ni los operadores son los culpables de lo que está ocurriendo, debido a que no cuentan con los materiales adecuados para reparar la FCC. Igualmente está paralizada la Unidad de azufre lo que genera pérdidas para la empresa y el aumento de la contaminación ambiental. De todo lo ocurrido elevarán un informe al Ministro de Hidrocarburos y al presidente, Lenín Moreno, a quienes creen que las autoridades de Petroecuador les están engañando de lo que ocurre al interior de la refinería de Esmeraldas. (MGQ)
TC pagó más de un millón a proveedores externos
AMBATO - Como muestra de so-
lidaridad con Manuel Alarcón, taxista que murió apuñalado por un antisocial el pasado jueves, miles de taxistas y ciudadanos salieron ayer a las calles para exigir a las autoridades que se aplique la máxima sanción penal al responsable, que se controle a las personas extranjeras y que se refuerce la seguridad ciudadana. La concentración estuvo prevista en la avenida Cevallos y Unidad Nacional, en este punto se congregaron personas de diferentes sectores, quienes vistiendo prendas blancas y portando pancartas empezaron a caminar sin dejar de gritar a viva voz “queremos justicia” y “fuera extranjeros”. Entre los participantes estu-
tuvo en secreto. Los trabajadores de la refinería de Esmeraldas durante los últimos 14 días, intentaron reactivar las operaciones de la Unidad de Craqueo Catalítico Fluidizado (FCC) llamado el ‘corazón’ de la empresa, pero les fue imposible. De acuerdo con el reporte del secretario general del Comité de Empresa de los Trabajadores de Petroecuador, Jorge Cevallos Palacios, las razones de la suspensión se dan por problemas en la válvula catalizador-regenerador e internos en los equipos de reactor y regenerador, además, del paso del catalizador al sistema de recirculación de fondo de FCC. Aclaró que lo ocurrido no es nuevo, que aquello se detectó el año anterior cuando informaron a través de 10 hojas, de los 12 ‘puntos calientes’ en el generador y reactor, equipos que son parte del proceso de repotenciación realizado por el Gobierno anterior, cuando se invirtieron 2.200 millones de dólares.
PROTESTA. Varias consignas en contra de los extranjeros fueron replicadas en la movilización. Pidieron, además, justicia.
vieron también los familiares de tuvieron una reunión con las aula víctima, quienes pese al dolor toridades de Policía, Intendendecidieron sumarse tamcia, ECU 911 y la Agencia bién a la marcha usando EL DATO Nacional de Tránsito. una camiseta con la imaJuan DeHowitt, gogen de ‘Manuelito’, como bernador de la provinLa persona era conocido el occiso. cia, manifestó que tras la implicada en la muerte del taxis- información recabada se ta está retenida Reunión en el pabellón de determinó que un proLa movilización tras avan- máxima seguri- medio del 30% de cámadad de ras de seguridad instalazar por varias cuadras fi- Latacunga. das en los vehículos que nalmente se concentró en son parte del programa las afueras de la Gobernación de Tungurahua, ahí los ‘Transporte Seguro’ no estarían representantes de los taxistas y funcionando. Estoy hay que relos familiares del fallecido man- visar urgente, puntualizó.
Según una auditoría interna, el canal incautado, TC Televisión pagó más de un millón de dólares a proveedores externos por las transmisiones de programas que en gran parte se producían en sus instalaciones. Juan Carlos Caamaño, jefe de la unidad de contenido político, era el encargado de recibir las directrices del secretario de Comunicación, Fernando Alvarado, informó Teleamazonas. Alvarado sugirió la contratación empresa MM Estrategos Co-
municaciones, desde 2012 a 2016, por un monto de 370 mil dólares. Se encargó de elaborar materiales audiovisuales para Pulso Político, Enlace Ciudadano, Bien Informado y el Noticiero. Infomedios también se benefició de otros dos contratos por más de 280 mil dólares. Su tarea: hacer lo mismo que MM Estrategos. Televisión Satelital se acreditó más de 360 mil dólares (2009-2017) por transmisiones de fútbol y programas políticas gubernamentales. (SE)
Audiencia de Glas será el 23 de mayo A las 08:30 del próximo 23 de mayo se realizará la audiencia de apelación a la sentencia a seis años de cárcel por el delito de asociación ilícita, relacionado al caso Odebrecht que recibió en diciembre pasado el exvicepresidente de la República Jor-
ge Glas, su tío Ricardo Rivera y otras cuatro personas. Ayer recibió la notificación oficial de la conformación del Tribunal de alzada de Corte Nacional de Justicia que revisará la etapa de apelación. Glas está en la Cárcel 4 (Quito). (SE)
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EVACUACIÓN. La lava fluye a 1.160 grados Celsius y ha destruido ya 35 casas.
EL KILAUEA RECLAMA SU ESPACIO
FOTOS: AFP
Es el más activo de los cinco volcanes de la isla de Hawái, en el Pacífico. La lava no solo brota del cráter; también de fisuras a 19 km a la redonda. Cerca de 1.700 personas han sido evacuadas.
‘INFIERNO’. Gases y rocas incan descentes saltan en fuentes de hasta 70 m de alto.
CRÁTER. La boca Puu Oo del Kilauea fue el centro de un movimiento de 6,9 grados.
BROTES. La lava irrumpe por una fisura entre la vegetación de la región de Leilani.
ATMÓSFERA. La columna de gases en el cráter principal pone en riesgo la salud en la isla.
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Poesía y música Ediciones de la Línea Imaginaria presentó el libro ‘Para la gestación del cansancio’, de Edison Lasso Rocha. En el lanzamiento, realizado en la Biblioteca de la Flacso, amenizó Walt Szyanski & Jazz Friends.
Edwin Madrid, editor, y Edison Lasso Rocha, escritor. Mónica de Silva y Patricio Silva.
Gabriela Paredes, Susan Rocha y Yaneth Herrera. Ignacio Contreras, Jaime Wong y David Valencia.
Walt Szymanski, Andy Sebastia, Sebastián Acosta y Gustavo Borrero. Samia Yace y Johana Veloz.
Verónica Flores, Diana Gordillo y Marielena Borja.
Palmira Chavelo, Paulino Camacho e Isabel Ramos.
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‘Ruta’ de justicia para personas con discapacidad El Consejo de la Judicatura y el Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (Conadis) presentaron ayer las rutas para la protección de derechos de las personas con discapacidad. Según se explicó, esta guía busca garantizar el acceso ágil y oportuno de este grupo de atención prioritaria a los servicios de Justicia. Se manifestó que el objetivo es que las personas con discapacidad, sus familias, los servidores públicos y demás
ciudadanos puedan identificar, orientar y derivar casos de discriminación y desconocimiento de la Ley, amenaza o vulneración de los derechos de las personas que pertenecen a este segmento de la sociedad. Xavier Torres, presidente del Conadis, alabó el trabajo del presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh, y dijo que sin su ayuda no se hubiese conseguido el reconocimiento de los derechos para las personas con discapacidad. (LC)
Juicio político contra Judicatura podría durar hasta un mes
Alrededor de un mes le tomará a la Comisión de Fiscalización de la Asamblea sustanciar el pedido de juicio político en contra del presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh, y sus cuatro vocales, por supuesto incumplimiento de funciones. Esto, una vez que el lunes el Consejo de Administración de la Legislatura (CAL) dio paso al inicio de este proceso, que es impulsado por los opositores Esteban Bernal y Raúl Tello, con el respaldo de 60 firmas de PROCESO. Jalkh asistió a un acto casi todas las bancadas, excepto oficial la mañana de ayer. del lado correísta. La presidenta de la Co- instancia legislativa. misión, María José Carrión El socialcristiano Luis Fer(PAIS), manifestó ayer que nando Torres, integrante del espera la notificación oficial CAL, aclaró que en este caso para convocar a una reunión a “las responsabilidades son indilos 12 integrantes de esta Mesa viduales, no colectivas”, por lo legislativa entre este viernes o que a la Comisión le corresponel lunes. derá dar la oportunidad a todos A partir de que los legislado- de defenderse, sin que implique res avoquen conocique el proceso se promiento de esta causa, rrogue. correrá un plazo de Aunque Tello exDÍAS de plazo los miem� presó que las prue15 días para la recep- tienen bros de la Comisión para ción de las pruebas avocar conocimiento de bas presentadas ineste proceso, luego de que de cargo y descargo, volucran a todos los el CAL les notifique. y otros cinco para la miembros (principaelaboración del inles y suplentes) de la forme en el que se recomiende Judicatura, María José Carrión la censura de los acusados o el adelantó que pedirá a ese orgaarchivo del caso. nismo que certifique quiénes participaron de las decisiones que son cuestionadas. Discusiones “Vamos a demostrarle al país Tello aspira a que en cuestión de 20 días el tema sea tratado que la justicia ha sido manipuen el Pleno de la Legislatura. lada, no ha actuado con indeSin embargo, la correísta Lira pendencia, ha tenido una injeVillalva opinó que, acorde con rencia absolutamente directa los plazos legales, “el trámite por parte del Poder Ejecutivo duraría más o menos un mes”. en la época del correísmo”, inAmbos forman parte de esta sistió Tello. (RVD)
Informe cuestiona la elección de jueces nacionales
El documento de la Fundación para el Debido Proceso es firmado por el experto peruano Luis Pásara.
La segunda renovación parcial tres postulantes no alcanzó el de la Corte Nacional de Justicia puntaje mínimo exigido en las fue analizada por el académico pruebas, que era 75 sobre 100. peruano Luis Pásara, en un in- De 192 habilitados, 135 rindieron forme publicado por la Funda- las pruebas y de esos solo 46 la ción para el Debido Proceso. El aprobaron. “Es un indicador lladocumento, que se titula ‘La jus- mativo del nivel de los postulanticia ecuatoriana en tiempos de tes a la máxima instancia judicial cambio’, es un minucioso análi- del país”, dice el informe. También se señala que de las sis, paso a paso, de la elección, en 4 mujeres designadas, agosto de 2017, de siete jue3 lo fueron en virtud de ces de la máxima instancia CIFRAS las disposiciones sobre judicial del país. paridad de género, más Desde sus primeras páginas, el informe de Pásara MIEMBROS que por los puntos alcancontextualiza la elección en fueron electos zados. Asímismo, Pásara ara esta rees� ees� notó que los 7 jueces deun país en donde el proyec- para tructuración. signados ya trabajaban to correísta, que gobernó en la Función Judicial y 10 años, se encontraba en DE 192 cuatro nunca habían trapleno desmoronamiento aspirantes apro� ante el rompimiento con el baron las prue� bajado fuera de ella. De presidente, Lenín Moreno, bas tomadas. hecho, una de las principales críticas que hace y los casos de corrupción, el más famosos de los cuales, el académico es que dentro del Odebrecht, llevó al exvicepresi- proceso, los puntos asignados a los títulos obtenidos o trabajos dente Jorge Glas tras las rejas. El académico también da jurídicos escritos no tienen una cuenta de la ruptura del silencio valoración de calidad, solo de de un grupo de exjueces desti- cantidad. Otro punto que Pásara critica, tuidos por la Judicatura, por no haber cedido ante presiones y es “el bajo rendimiento del meexigencias de altas autoridades canismo de las impugnaciones como posibilidad de vigilancia del Gobierno anterior. De hecho, el 2 de agosto de ciudadana”, ya que las reglas 2017, el defensor Público, Ernes- del sistema exigen que las imto Pazmiño, dirigió una carta al pugnaciones se acompañen de presidente Moreno para pedir- pruebas y luego se comparezca te la suspensión del concurso, a una audiencia en la que el poshasta que se “precisen los más tulante presente sus descargos, amplios instrumentos de trans- un procedimiento “equivalente parencia y participación social”. a uno de naturaleza judicial”. El concurso se llevó adelan- “Estas normas”, dice Pásara, te con resultados importantes “desnaturalizan el propósito de para el análisis: casi dos de cada recoger antecedentes positivos o
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Otros miembros del equipo El informe de Luis Pásara también °cuenta con evaluaciones de los
expertos Juan Pablo Aguilar, en Derecho administrativo; Xavier Andrade, en Derecho Penal; Ramiro Ávila, en Derechos Humanos; Roque Farto, en Derecho Civil; y Édgar Ulloa, en Derecho Contencioso Administrativo. Ávila criticó que muchas de las preguntas de las pruebas “exigen un ejercicio de memoria, que no demuestra conocimiento ni criterio jurídico”. Él no está de acuerdo con que se privilegie al juez formalista y memorista. “Me parece imposible que una persona, sin texto abierto, pueda contestar acertadamente todas las preguntas”, agrega.
negativos acerca del postulante”. Por eso, el académico concluye que el poco uso del mecanismo de impugnaciones no implica que no hubiera circunstancias de interés necesarias de tomar en cuenta. Contrapunto
El presidente de la Judicatura, Gustavo Jalkh, manifestó que no ha leído el informe pero declaró: “el Dr. Pásara siempre encuentra todo mal, no solo en Ecuador sino en Iberoamérica, no sé si le pagan para eso”. Además, consideró que en los informes del académico siempre hay alguna intencionalidad. Jalkh aseguró que la elección de los jueces fue “transparente” en todas sus fases, defendió el sistema de impugnaciones y estuvo vigilado por un comité de expertos. (MMD)
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PROCESO. El examen escrito es uno de los componentes más importantes del proceso de selección.
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MINUTERO Pesqueros artesanales deben registrarse Desde ayer rige °enGUAYAQUIL• toda la Costa ecuatoriana
un llamado a los pescadores artesanales para registrar sus datos socioeconómicos y así identificar las problemáticas del sector pesquero. Esto será a través del Ministerio de Acuacultura y Pesca (MAP) con el propósito de identificar las características de la población que se dedica a la actividad con técnicas tradicionales y políticas públicas. La información es confidencial y de uso exclusivo del MAP para el establecimiento de los lineamientos, requisitos y criterios para la creación, validación, mantenimiento, uso y actualización de la base de datos de los potenciales beneficiarios de los programas de fortalecimiento de capacidades, fomento y desarrollo organizacional. (DAB)
Policía custodiará droga incautada
La Policía está capacitada °para dar custodia a la droga incautada al narcotráfico en la Zona 8 y en el país. Así lo dijo ayer el comandante de esta zona, Marcelo Tobar. El anuncio lo hizo una vez que se sabe de la desaparición la Secretaría Técnica Nacional de Drogas para que actúe en labores de bodega, vigilancia y destrucción del alcaloide confiscado a través de acciones de las autoridades. (DAB)
Cruz Roja Ecuatoriana conmemora 108 años
Ayer, 8 de mayo, la Cruz Roja °Ecuatoriana conmemoró con una sesión solemne los 108 años de la Institución, en un evento que tuvo lugar en el Palacio de Cristal (Parque Itchimbía, Quito), a las 18:30. Durante la ceremonia se condecoró a 14 donantes de vida como agradecimiento por su labor altruista al salvar cientos de vidas con su donación voluntaria y repetitiva de sangre. Asimismo, se reconoció el trabajo de los colaboradores que forman parte de la Junta Provincial Pichincha de Cruz Roja Ecuatoriana por más de 10 años. (DAG)
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NACIONAL
Lenín Moreno prepara cambios en su Gabinete Pidió a sus ministros la renuncia para evaluarlos y después determinar quien sigue.
El 24 de mayo, fecha en que el presidente, Lenín Moreno, cumple un año de gestión, contará con un Gabinete renovado. El secretario particular del primer mandatario, Juan Sebastián Roldán, informó que se ha pedido la renuncia de todos los ministros ya que se busca evaluar a los funcionarios que le han acompañado en este primer año de Gobierno. “El Presidente va a hacer una evaluación cuidadosa del tema de gestión y de la posición política de los distintos ministros y, partir de eso, tomará una decisión. Todavía no hay nada en específico y todas las decisiones se comunicarán antes del 24 de mayo que será el informe a la nación”, dijo Roldán. Agregó que la evaluación será técnica con base en los indicadores que tenían que cumplir los diferentes Ministerios, acorde a la planificación de la Senplades que se fijó a inicios del mandato, y una evaluación de gestión política. Parámetros que serán tomados en cuenta para sus posibles reemplazos. “Son evaluaciones específicas y buscando cuáles son sus capacidades para cumplir lo que el Presidente cree que cada Ministro tiene que cumplir en cada una de las áreas”, señaló el secretario particular. De ese análisis se tomará la decisión de ratificar a ciertos funcionario o cambiar a los que se con-
TRÁMITE. Juan Sebastián Roldán, secretario particular del Presidente, informó que habrá cambio en el Gabinete.
sidere necesario. ¿Desgaste político?
Para la analista política Verónica Albuja, hay un clamor ciudadano para que se produzca un cambio en el equipo que acompaña a la gestión de Moreno, ya que mantener en funciones a Ministros que estuvieron durante la presidencia de Rafael Correa le ha llevado al Ejecutivo a sufrir un desgaste tanto en credibilidad como en gobernabilidad, porque no han logrado una apertura hacia la sociedad civil y de recuperación de las instituciones. “Además, pasamos una situa-
¿Quién será el nuevo comandante del Ejército? Tras el pedido de disponibilidad que el general Édison Narváez presentó al presidente, Lenín Moreno, los perfiles de los tres militares aparecen como candidatos a comandante del Ejército. Se trata de Roque Moreira, Jaime Castillo y Roberto Rubio. La disponibilidad de Narváez, sin embargo, se presentó en medio de tensiones, en el cual se habla de supuestos impasses entre altos mandos de FF.AA. Según una investigación de diario Expreso, el general habría discutido el mes pasado con el
ción muy difícil con el tema de la cativo que, aunque es una hefrontera, lo que evidenció que no rencia del anterior funcionario había un apoyo al Ejecutivo des- (Augusto Espinosa), el actual de ciertos Ministerios para dar secretario de Estado no ha terrespuestas”, añadió Albuja, con minado por dar respuestas a la sociedad sobre responsalo que ha ido perdiendo bilidades concretas. ese apoyo que le permi- EL DATO Menciona también al tió al Gobierno ganar la consulta popular y se ha Una de las fun- ministro de Agricultura, más creado un ambiente de in- cionarias cuestionadas es Rubén Flores y a la canMaría Fernanda ciller, María Fernanda certidumbre. candiEspinosa. “El PresidenA su criterio, entre los Espinosa, data a la Presidencia de la te tiene en sus manos la ministros que deberían Asamblea posibilidad de realmente ser cambiados son los de General de la darle un giro a su espaEducación, Fander Fal- ONU. cio político y de gabinete coní, ya que, considera la analista, no ha terminado para ofrecerle mejores respuesde dar respuesta a los casos de tas y propuestas al país”, dijo abuso sexual en el sistema edu- Albuja. (HCR)
Falconí va hoy a comisión Ampetra
FIGURA. Édison Narváez estuvo al frente del Ejército desde marzo de 2017.
exministro de Defensa, Patricio Zambrano, por una polémica que incluso alcanzaría a César Merizalde, el jefe del Comando Conjunto. Édison Narváez, quien podría convertirse en jefe del Comando Conjunto en diciembre por su antigüedad, habría tenido tensiones con Merizalde en el contexto de la crisis fronteriza. (HCR)
GUAYAQUIL• El ministro de plica Aguirre Abad, de GuayaEducación Fander Falconí quil, acusados de haber abusado tiene previsto acudir hoy al sexualmente a varios niños. Pleno de la comisión AmpeEl secretario de Estado estra, de la Asamblea Nacional, tuvo ayer en la entrega de la para hacer la entrega renovada unidad educade un informe con los EL DATO tiva Víctor Hugo Mora, casos judicializados soubicada en la Cooperatibre abusos a menores va Pancho Jácome, en el informó que en el sistema educativo Se se intervendrán norte de Guayaquil. 13 unidades edude Ecuador. La rehabilitación en esta Falconí indicó que cativas integral de la infraeszona en en el informe también Guayaquil por tructura acogerá a un una inversión de se incluye los tipos de 53 millones. total de 1.989 estudiansanciones que se están tes, de los cuales 1.171 aplicando a quienes reestudiantes corresponsulten involucrados en esta den a la unidad, 597 alumnos clase de delitos. Los castigos son de la escuela básica fiscal son penales y administrativos. Quito y 221 educandos del La entrega de la información centro de educación inicial se da una semana después que Freddy Merchán. Todo con la Justicia llamara a juicio penal una inversión de 3,1 millones a dos profesores del colegio ré- de dólares. (DAB)
PAÍS
Comisión define como preso político a Galo Lara GUAYAQUIL• El Instituto
Latinoamericano para la Democracia calificó ayer al exasambleísta Galo Lara como “preso político”. Esto, después de que una comisión de este organismo internacional lo visitara en la
celda donde cumple una condena por complicidad presunta en el caso Quinsaloma. Armando Valladares, delegado de la comisión, afirmó que Lara es víctima de la persecución del Gobierno del expresidente Rafael Correa. (DAB)
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Asamblea resuelve ‘resaltar’ rol de ente que dirige Trujillo
CONSIGNAS. Sectores obreros se unen al respaldo social para el Consejo Transitorio
La sociedad a las calles en respaldo a Consejo transitorio Organizaciones piden que se respete el mandato del 4 de febrero expresado en la consulta popular.
Organizaciones sociales y políti- del Consejo, Julio César Trujicas cumplirán hoy una jornada llo, para, además de expresarle de respaldo a la labor de evalua- el respaldo público a la gestión ción de autoridades que cumple que vienen cumpliendo, soliciel Consejo transitorio de Partici- tar que se agilite el proceso de pación Ciudadana. El propósito evaluación del Consejo de la Jues expresar en la calle la necesi- dicatura y del Consejo Nacional dad de que se respete el mandato Electoral. “El FUT y sus organidado en las urnas. Los aczaciones fueron parte de tos previstos tienen dinála consulta popular y va micas diferentes pero con CIFRAS encaminado a respetar lo ese mismo objetivo. que dice la Constitución, Geovanni AtarihuaMIEMBROS que la soberanía radica na, director nacional de tiene el Consejo Unidad Popular, antici- de Participación. en el pueblo. Todos tenemos la obligación de hapó que junto a organicer respetar ese mandato, zaciones como el Frente AÑO y en particular al Consejo Unitario de Trabajadores le queda para (FUT), el Frente Popular, cumplir con la de transición que viene de cumpliendo el papel que el Seguro Campesino y la encomienda la consulta le encargó el pueblo”, dijo UNE cumplirán desde las popular. el dirigente sindical. 09:00 un plantón frente a las oficinas de la entidad en ciudades como Quito, Guaya- Más medidas quil, Portoviejo, Ibarra, Cuenca Mientras, tanto otro grupo de y Latacunga. “Frente al intento organizaciones convocadas por de contraataque del correísmo es el colectivo ‘Unidos por Quito y necesario que el pueblo defienda Pichincha’ realizará una marsu mandato en las calles y dar cha a partir de las 10:00. La un respaldo efectivo para que el concentración será en las calles Consejo de Participación cumpla Andalucía y Cordero, en Quito, con su deber”, dijo Atarihuana. para dirigirse hasta la sede el José Villavicencio, presi- Consejo transitorio y unirse a dente del FUT, agregó que el las muestras de respaldo al orpropósito no es únicamente ganismo. cumplir con el platón, ya que Por su parte, Juan Sebastián esperan ser recibidos en comi- Roldán, secretario particular del sión general por el presidente presidente, Lenín Moreno, ratifi-
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Cinco ejes de trabajo
La propuesta fue presenCon 91 votos de 112 legisladores presentes, la Asamblea aprobó tada de manera conjunta por ayer una resolución que supo- César Litardo (PAIS), coorne su respaldo para el Conse- dinador de la bancada afín al jo transitorio de Participación presidente, Lenín Moreno, y de Ciudadana, que lidera el jurista Luis Pachala, de CREO. Julio César Trujillo. Tres artículos componen el El debate documento, aprobado luego de Pachala citó encuestas en las dos horas de debate. En el pri- que se indica que siete de cada mero se “resalta” la importan- 10 ecuatorianos apoyan el accia de las funciones que cum- cionar del Consejo y enfatizó ple este organismo en el que “no cabe entonces “proceso de institucioningún tipo de zancadinalización” del país. llas ni impedimento”. HORAS En el segundo se hace tomó Mientras Ximena el debate un “exhorto” a que las de este tema en Peña, coordinadora de Pleno de la diferentes funciones del elAsamblea. Alianza PAIS, sostuvo Estado brinden su cooque el país vive “un punperación al proceso de to de quiebre entre una evaluación. Y por último se democracia representativa a “solicita” a este organismo que una participativa”, y su colega de manera “periódica y perma- Daniel Mendoza declaró a la nente” informe a la Asamblea prensa que se sentía “decepciosobre sus acciones. nado con el correísmo”. Los únicos que se opusieron Desde el lado correísta, Juan fueron 20 correístas, mientras Cárdenas, contestó: “Ganamos la ahora independiente Viviana 10 elecciones consecutivas. Bonilla se abstuvo, con el argu- Eso significa que contamos con mento de que el texto repre- la voluntad sostenida y mayosentaba una “claudicación” a la ritaria de nuestro pueblo. No labor de Fiscalización y control somos lo que nos quieren enpolítico de la Legislatura. dilgar”. (RVD)
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°
La nueva defensora del Pueblo encargada, Gina Benavides, ofreció ayer una rueda de prensa y dijo que su gestión se enfocará en cinco ejes: independencia y autonomía institucional, revisión de los casos presentados en contra de la entidad ante el Consejo transitorio, reconstrucción de vínculos con organizaciones sociales, protección de derechos de comunidades y personas desplazadas en la frontera norte y control de la corrupción. “Necesitamos una Defensoría del Pueblo para el pueblo, que defienda a las personas, pueblos y comunidades frente a las violaciones de sus Derechos Humanos no importa de dónde estas provengan”, dijo Benavides.
có el apoyo político del Gobierno al Consejo “como una nueva lógica de ética pública”. Sin embargo, el asambleísta correísta Esteban Melo, es contrario a estas manifestaciones. “El Consejo nació producto de una consulta la cual tenía una pregunta y tenía un anexo. Es decir, era expresa, no era el mandato de carácter constituyente, por lo cual los mandantes señalaron que tenía que llevar adelante un proceso de evaluación de las autoridades que había nombrado el Consejo cesado”, argumentó ayer desde el Pleno del Legislativo. (HCR)
DEBATE. El Pleno se reunió la mañana de ayer.
Ecuador compra tiempo ante resolución de la CAN El Gobierno nacional, primero a través de la canciller, María Fernanda Espinosa, y luego mediante un comunicado oficial, anunció como un triunfo la decisión de la secretaría técnica de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) sobre suspender temporalmente los efectos de una resolución del 20 de abril, donde se exigía que el país elimine la llamada Tasa de Servicio y Control Aduanero (TSCA). Sin embargo, sectores productivos, analistas, e incluso el ministro de comercio exterior, Pablo Campana, han abogado por que el país respete los dictámenes internacionales y no lesione las inversiones y las
oportunidades de comercio, utilizando medidas que solo aplazarían la confirmación de la resolución inicial de la CAN. Napoleón Santamaría, experto tributario, explicó que la resolución 1999, de abril pasado, concluyó claramente que la tasa aduanera, implantada por Ecuador en noviembre 2017 vulnera los derechos comunitarios de Colombia y Perú. Marco Rovira, exfuncionario de aduanas y experto en comercio exterior, añadió que, además del daño a las relaciones internacionales, la tozudez del Gobierno podría provocar que Colombia y Perú impongan aranceles adicionales a los productos ecuatorianos. (JS)
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ACLARACIÓN
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En ediciones pasadas sobre conflictos mineros en Nangaritza, Zamora Chinchipe, se utilizó equivocadamente una imagen que corresponde a actividades extractivas en el cantón Paquisha. En ella se muestra maquinaria de la empresa Explokenminera, en labores en la zona de Congüime. Ramiro Enríquez, colaborador de dicha compañía, nos escribe: “Nuestros trabajos se desarrollan dentro del marco legal tanto en el tema técnico como ambiental y de seguridad minero industrial. Esta situación nos puede traer graves problemas por los hechos de vandalismo que se suscitaron en Shaime donde nosotros no tenemos nada que ver”. Hemos retirado la imagen en cuestión y ofrecemos disculpas a los trabajadores de la empresa y a nuestros lectores por este error.
Se vuelve a aplazar la Ley económica A pocos días de que se cumpla un año de Gobierno, la administración de Moreno no tiene un plan económico.
Desde que el 2 de abril pasado el presidente, Lenín Moreno, presentó un paquete de 14 medidas económicas para superar la crisis y la iliquidez en el Estado, no se han concretado las leyes y acciones puntuales que plasmarían en la realidad el Plan económico. Dos días después del anuncio, el 4 de abril, la ministra de Finanzas, María Elsa Viteri, compareció ante los medios y develó ciertos puntos de una Ley económica urgente, necesaria para implementar el plan austeridad y promoción de la producción. En esa época la funcionaria habló de ajustes, medidas y mejoras normativas que ayudarían a recaudar más de 1.300 millones de dólares hasta 2021. Además, ofreció que la Ley se presentaría la tercera semana de abril. Al llegar la tercera semana de ese mes y ante la no presentación del proyecto económico, desde el Ministerio de Finanzas se habló que el lunes o martes de la cuarta semana de abril iban a presentar la normativa. Luego,
Elizabeth Cabezas, presidenta de la Asamblea, posterior a una reunión de jefes de bloque, anunció la llegada de la Ley para finales de esa semana. El 4 de mayo pasado, en medio de una reunión con empresarios, Viteri, ante los cuestionamientos de la prensa, puso al martes 8 de mayo como fecha definitiva para el develamiento de la Ley económica urgente. Sin embargo, a última hora se descartó nuevamente y ahora se habla de este jueves o viernes como plazo tentativo, pero no confirmado. ¿Hay un norte definido?
Aunque Juan Sebastián Roldán, secretario de la Presidencia, argumentó que el nuevo aplazamiento se debe a que se está realizando una última revisión integral de la normativa para asegurar que “beneficie a los pequeños y medianos empresarios y fomente el empleo”, la percepción de los agentes económicos es que no hay un norte definido y que, a casi un año de Gobierno, es imposible saber el verdadero
Los datos de la deuda no se actualizan ° Desde el 20 de febrero pasado, cuando se publicó en la página del Ministerio de Finanzas los saldos de la deuda pública con corte al 31 de enero, no se ha vuelto a actualizar la evolución de esos datos. El próximo 20 de mayo se cumplirán tres meses.
plan económico. Además, en medio de todas las dilaciones, el tema de la deuda y el límite legal han quedado en una zona oscura, a pesar de que las necesidades de financiamiento son cada vez más urgentes. Vicente Albornoz, catedrático y analista económico, aseveró que solo en marzo los gastos del Gobierno superaron en 660 millones a los ingresos. “De cada 10 dólares gastados por el Gobierno en marzo, tres vinieron de préstamos. En concreto, de un gran crédito que obtuvo cuando vendió 3.000 millones de bonos a fines de enero y lo que hizo durante marzo fue comerse parte de lo que sobraba de ese préstamo y estaba depositado en el Banco Central”, dijo. También puntualizó que para
DEMORA. Desde el anuncio del 2 de abril, las concreciones del Plan económico son escasas o nulas. (Foto: Archivo de la Presidencia)
evitar un frenazo del gasto y la economía, la solución estaría en que la “Ministra revele las cifras corregidas de deuda y proponga un Plan económico a la Asamblea para bajar el déficit y frenar el endeudamiento. Así podría emitir un poco más de deuda a cambio de bajar el déficit velozmente”, concluyó. Por su parte, el Riesgo País, según el banco de inversión JP Morgan, llegó ayer a los 715 puntos; es decir, un aumento de 43
puntos solo en estos primeros días de mayo. Sin embargo, Viteri desestimó este tipo de indicadores. “Lamentablemente, todos estos indicadores no tienen una definición exacta”, afirmó. Este tipo de declaraciones, según el analista Alberto Acosta Burneo, preocupan porque develan el desconocimiento de la Ministra sobre la importancia de los mercados en la determinación del Riesgo País y la atracción de inversiones. (JS)
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC El Presidente del Directorio de la compañía RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC, de conformidad a lo que disponen los Estatutos y la Ley de Compañías, convoca a los señores accionistas, a la Junta General Extraordinaria de Accionistas a realizarse el día 18 de mayo de 2018, a las 11h00, en el domicilio de la compañía, ubicado en la Av. República No. 500 y Pasaje Martín Carrión, Edificio Pucará, sala de reuniones general (piso 2), en la ciudad de Quito, para tratar el siguiente Orden del Día: 1. Conocimiento y resolución de la Junta sobre el informe del Comisario correspondiente al ejercicio económico 2017. 2. Conocimiento y resolución de la Junta sobre el informe presentado por el Vicepresidente Ejecutivo correspondiente a la administración del ejercicio económico 2017. 3. Conocimiento y resolución de la Junta sobre el balance general, el estado de pérdidas y ganancias; y, sus anexos correspondientes al ejercicio económico 2017. 4. Conocimiento de la Junta sobre el informe de la Auditoría Externa a los estados financieros correspondientes al ejercicio económico del 2017. 5. Conocimiento y resolución sobre el resultado del ejercicio económico 2017 (utilidades o pérdidas). 6. Conocimiento y resolución de la Junta sobre las partidas contables de ejercicios económicos anteriores. 7. Nombramiento de Auditor Externo para el ejercicio económico 2018. 8. Elección de Directores (Vocales) de conformidad con el Estatuto Social de la compañía. 9. Nombramiento de Comisarios Principal y Suplente. 10. Conocimiento y resolución de la Junta sobre el informe anual de Cumplimiento en Prevención en Lavado de Activos, correspondiente al año 2017. 11. Conocimiento y resolución sobre aumento de capital. 12. Conocimiento y resolución de la Junta sobre la reforma y codificación de estatutos. Los documentos indicados en el orden del día se encuentran en el domicilio principal de la compañía, mismos que están a disposición de los accionistas para su conocimiento y estudio; de conformidad con lo prescrito en el Art. 292 de la Ley de Compañías. Se convoca, de manera especial, al señor Xavier Arias en calidad de Comisario nombrado para el año 2017.
Oscar Rolando Guzmán Sánchez PRESIDENTE DEL DIRECTORIO RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC
Quito, D.M., 9 de mayo de 2018
GLOBAL
EE.UU. llama a ‘seguir aislando a Maduro hasta que ceda’ WASHINGTON, AFP • Estados Unidos llamó ayer a la comunidad
internacional a continuar una política de aislamiento hacia el gobierno de Nicolás Maduro en Venezuela hasta lograr su salida del poder. “Tenemos que seguir aislando a Maduro hasta que ceda”, dijo la embajadora de Estados Unidos en las Naciones Unidas, Nikki Haley, durante una conferencia en el Departamento de Estado.
Trump decide romper pacto nuclear con los iraníes
El presidente sorprende a Occidente y abre una nueva era de inestabilidad en la región más explosiva del planeta. REDACCIÓN INTERNACIONAL – AGENCIAS • Tal como se venía
pronosticando en días anteriores, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, retiró a su país del pacto nuclear de 2015 que establecía mecanismos para evitar que Irán desarrolle un armamento nuclear. Tras el anuncio, el mandatario informó del inmediato restablecimiento de sanciones contra el Gobierno de Teherán, que, pese a la noticia, declaró que continuará en el acuerdo si se garantizan sus intereses. “Debemos ser pacientes para ver cómo los otros países reaccionan”, dijo Hasan Rohaní, presidente de Irán. Además, el mandatario anunció que tomarán decisiones más adelante si los demás miembros del pacto anuncian su retirada. Los gobiernos que permanecen en el acuerdo son Rusia, China, Reino Unido, Francia y Alemania. Algunos de los representantes de estos países se reunieron con
Trump para persuadirlo de no abandonar el acuerdo, sin embargo, sus reuniones no fueron eficaces como ellos mismos anunciaron. ‘No aporta a la paz’
El presidente estadounidense dijo que mantuvo consultas con "aliados y asociados alrededor del mundo" entre los que mencionó a Francia, Alemania y el Reino Unido. Desde la perspectiva de Trump, el acuerdo firmado con Irán es “defectuoso en su origen”, además, el presidente declaró que si no se hacía nada sabía “exactamente qué ocurrirá”. “En realidad es un acuerdo horrible unilateral, que no tuvo que haberse firmado nunca. No aporta calma. No aporta paz. Y nunca lo hará", aseguró el mandatario estadounidense. Tras el retiro, muchos temen un efecto dominó entre las demás naciones que integran el acuerdo. Estas son las principales consecuencias que puede
Al abrir la 48ª Conferencia de las Américas en el Departamento de Estado, auspiciada por el Consejo de Las Américas, Haley dijo que “la opresión sistemática del pueblo venezolano” por el “dictador” Maduro es una fuente de inestabilidad regional. “Para la seguridad de todos los pueblos de América Latina, es hora de que Maduro se vaya”, enfatizó. “Tratar de conseguir que Maduro se vaya depende de la región”, dijo.
DETERMINACIÓN. El presidente de Estados Unidos, Donald J. Trump, sostiene un memorándum de seguridad nacional sobre el acuerdo de Irán. (EFE)
‘Guerra sicológica’ La decisión de Trump sobre el acuerdo nuclear con Irán es “guerra sicológica”, °acusa el presidente Hasan Rohani.
El mandatario agregó que Irán podría reanudar el enriquecimiento de uranio “sin límites”, en respuesta a la decisión de Estados Unidos de retirarse del acuerdo de 2015. “Ordené a la Organización de Energía Atómica que tome las medidas necesarias para que, si es necesario, reanude el enriquecimiento industrial sin límites”, dijo en una declaración transmitida por la televisión estatal.
traer la salida de Estados Unidos del acuerdo. Sanciones de Estados Unidos
A cambio de los compromisos asumidos por Teherán, Washington suspendió sus sanciones relacionadas con el programa nuclear iraní. Pero la ley estadounidense requiere que el presidente se pronuncie sobre la renovación de esta suspensión cada 120 o 180 días, según el tipo de medidas punitivas. El sábado se vence la suspensión de algunas sanciones, dirigidas contra el Banco Central iraní y los ingresos petroleros de Teherán. El levantamiento del
grueso de las sanciones permanece no obstante vigente hasta mediados de julio, lo que le da a Trump varias posibilidades. Por otro lado, Trump puede confirmar el levantamiento de las sanciones. Aunque es el escenario menos probable, si Trump quisiera dar una oportunidad a la iniciativa francesa de un "nuevo acuerdo" con Irán, podría posponer el ultimátum, al menos hasta ese otro plazo de mediados de julio. Las consecuencias
Los europeos dijeron que permanecerán en el acuerdo incluso con la ausencia de los estadouni-
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LÍDER. El mandatario iraní, Hasan Rohaní. (EFE)
denses. Pero los diplomáticos están preocupados por lo que harán las empresas del ‘Viejo Continente’: si, asustadas por la incertidumbre y la amenaza de las sanciones estadounidenses, deciden abandonar Irán o congelar sus inversiones, esto podría endurecer la reacción iraní. Los expertos también están analizando una decisión que a primera vista es técnica, pero está potencialmente cargada de consecuencias: ¿Trump también restablecerá las disposiciones que castigan a las empresas europeas o asiáticas que hacen negocios con entidades iraníes? También de esto depende la reacción de los europeos y, al final, de los iraníes. La comisión de seguimiento del acuerdo, que incluye a todos los signatarios, examinaría la crisis, posiblemente a nivel de cancilleres, y luego, a falta de solución, se pasaría a un comité de tres árbitros. Esto daría lugar a casi dos meses de negociaciones antes de que Irán decida, eventualmente, juzgar sus compromisos como caducos.
Argentina busca auxilio del FMI para contener la crisis BUENOS AIRES, AFP • Argentina salió en busca de auxilio del FMI para enfrentar la turbulencia que devora su moneda y pone en riesgo la recuperación económica, 17 años después de haber caído en cesación de pagos y tras 12 años de su ruptura con la entidad. "De manera preventiva he decidido iniciar conversaciones con el Fondo Monetario Internacional (FMI) para que nos otorgue una línea de apoyo financiero", dijo el presidente Mauricio Macri en una alocución televisada luego de que el peso cayera este martes más de 4% ante el dolar al abrir los mercados. El dólar se fortaleció al subir el rendimiento de los bonos del Tesoro de Estados Unidos y en el último mes, la depreciación del peso argentino fue de 10%, pese
a que el Banco Central vendió unos 8.000 millones dólares de sus reservas, elevó su principal tasa de interés a 40% y el Gobierno redujo su objetivo de déficit fiscal. "Estamos recorriendo el único camino posible para salir del estancamiento, buscando evitar una gran crisis económica que nos haría retroceder y dañaría a todos", añadió. En esta etapa de las conversaciones no hemos hablado de detalles", señaló en rueda de prensa
‘Otro FMI’
La idea de un ajuste de la mano del FMI causa angustia entre los argentinos. Por eso, el ministro de Economía Nicolás Dujovne resalto este martes que "estamos hablando con un FMI muy distinto al que
conocimos hace 20 años. El FMI ha aprendido de las lecciones del pasado, así como todos lo hemos hecho", recalcó. Pero para la analista Marina Dal Pogetto, de la consultora Ecogo, "no es una buena noticia para Argentina que en este momento esté yendo al Fondo Monetario frente a un cierre de los mercados de capitales". "Lo que pasó es que se cortó el crédito para Argentina. Políticamente, la decisión de ir al Fondo no está exenta de costos internos", dijo Dal Pogetto a los periodistas de AFP. En enero de 2006, Argentina saldó su último crédito con el FMI, por 9.600 millones de dólares. Entonces, cortó sus lazos con el Fondo e impidió durante una década las visitas del ente para revisar sus cuentas públicas.
CAMBIO. Anuncio en una calle de Buenos Aires sobre la compra y venta de monedas. (AFP)
En 2001, Argentina había vivido una crisis económica que provocó la caída de cuatro Presidentes en una semana y llevó al país al default.
Pero la revaluación del dólar en los últimos días en los mercados internacionales afectó al peso argentino más que a otras monedas.
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Una veintena de excombatientes de FARC asesinados este año en Colombia
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BOGOTÁ, AFP • Un total de 22 excombatientes de la disuelta guerrilla FARC han sido asesinados en lo corrido del año en Colombia, informó ayer la Fiscalía. El último de ellos fue Juan Vicente Carvajal, conocido como ‘Misael’ , el comandante del décimo frente de la otrora guerrilla comunista, dijo a periodistas Martha Janeth Mancera, directora de la Unidad Especial de Investigaciones para Líderes y
Costa Rica: Alvarado quiere descarbonizar la economía
Defensores de Derechos Humanos del ente acusador. ‘Misael’ fue asesinado la noche del lunes en el departamento de Arauca, fronterizo con Venezuela, agregó. El líder máximo de las FARC, Rodrigo Londoño, alias ‘Timochenko’, “aseguró que el excombatiente “había desempeñado un papel protagónico en los conflictos que se sucedieron en Arauca y que abrieron tantas heridas”.
El nuevo Presidente promete que su país liderará los acuerdos de París sobre calentamiento global. SAN JOSÉ, AFP • El periodista y poli-
tólogo Carlos Alvarado juró ayer como Presidente de Costa Rica con el compromiso de alcanzar la abolición del uso de combustibles fósiles y descarbonizar la economía, en un país que se promueve como un paraíso ecológico. En una señal de la importancia del tema ambiental en su gestión, Alvarado llegó a la céntrica Plaza de la Democracia, donde se realizó la transmisión de mando, en un autobús impulsado con hidrógeno, sin emisiones causantes del cambio climático. “Tenemos la tarea titánica y hermosa de abolir el uso de combustibles fósiles en nuestra economía para dar paso al uso de energías limpias y renovables”, declaró Alvarado en su discurso de toma de posesión. “La descarbonización es la gran tarea de nuestra generación y Costa Rica debe estar entre los primeros países del mundo que lo logra, si no el
primero”, agregó. Para la conferencia mundial sobre cambio climático de 2020, dijo que Costa Rica debe estar liderando los acuerdos de París sobre calentamiento global “siendo el laboratorio mundial de descarbonización”. ‘Unidad Nacional’
A sus 38 años, Alvarado se convirtió en el Presidente más joven del continente y asumió el cargo en la céntrica Plaza de la Democracia acompañado de los presidentes de Bolivia, Evo Morales; Ecuador, Lenín Moreno; El Salvador, Salvador Sánchez Cerén; Guatemala, Jimmy Morales; Panamá, Juan Carlos Varela, y República Dominicana, Danilo Medina. Recibió la cinta presidencial de manos del mandatario saliente Luis Guillermo Solís, en cuyo gobierno (2014-2018) fungió como ministro de Desarrollo Social y de Trabajo, antes de renun-
POSESIÓN. El mandatario costarricense Carlos Alvarado y su esposa se dirigen a la ceremonia de asunción en la Plaza de la Democracia, en San José. (AFP)
ciar para disputar la presidencia. Electo por el Partido Acción Ciudadana (PAC, centroizquierda), Alvarado conformó un gabinete que llamó “de unidad nacional” y que incluye a partidos de oposición, para llevar al país al bicentenario de su independencia, en 2021. “El Gobierno del bicentenario es plural, nace de un acuerdo de gobierno nacional y aspira a sustentarse en diálogo (...) El gobierno nacional tiene y tendrá como norte trabajar sobre lo que nos une y no sobre lo que nos separa”, explicó. Serios desafíos
Su gabinete es el primero en el que habrá más mujeres (14) que hombres (11) en cargos de ministros, incluyendo a la primera ministra de Relaciones Exteriores afrodescendiente, Epsy Cam-
Rezago histórico ° En un legislativo repartido entre siete partidos, las fuerzas dominantes son los opositores Partido Liberación Nacional, con 17, y el evangélico Restauración Na-
cional, con 14. Así, con un legislativo tan fragmentado, Alvarado deberá hacerle frente a un desempleo que ronda 10% y un rezago histórico en infraestructura. Se comprometió también a fortalecer la seguridad ciudadana mediante acciones de prevención del delito y “una acción enérgica y coordinada para combatir y replegar el crimen organizado, el narcotráfico, la legitimación de capitales y la corrupción”.
pbell, también vicepresidenta. En su discurso de toma de posesión, Alvarado definió siete ejes temáticos en los que se enfocará su gobierno: educación, seguridad ciudadana, salud, proyección ambiental, movilidad e infraestructura, generación de empleo y recuperación de la estabilidad fiscal. Su Gobierno llega con el desafío de hacerle frente a un déficit fiscal de 6,2% del PIB, que
cuatro gobiernos previos han intentado contener sin lograr que la Asamblea Legislativa (parlamento) apruebe la reforma fiscal clave para ordenar las finanzas. Al mismo tiempo, el aumento en los índices de criminalidad llegó a 2017 con 603 homicidios, el más alto de la historia del país, para un promedio de 12 asesinatos por cada 100.000 habitantes, considerado epidemia por la Organización Mundial de la Salud.
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Peligroso accidente
Calvin Harris y su novia, Aarika Wolf, chocaron contra otro automóvil este fin de semana, dejando un par de jóvenes heridas. Testigos oculares contaron a TMZ que la novia de Calvin, Aarika, estaba al volante de un Range Rover en una calle residencial el domingo en Beverly Hills, detrás de un Honda donde iban dos chicas. La conductora del Honda habría sufrido el impacto más fuerte del choque. LA BOTANA
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Canta y baila pero en ‘Silencio’ YASHUA
El cantautor dominicano está en Ecuador como parte de la gira promocional de su nueva canción.
Yashua llegó a Ecuador, muchos lo conocerán por ser el hermano rias mías o de otras personas, a menor de Richard, integrante veces acerca de las relaciones. de la ‘boy band’ de moda CNCO, ‘Silencio’ es para todo el mundo, de la que el ecuatoriano Cristo- algo para bailar. Es acerca de tener una relación pero tenerla pher Vélez también es parte. Pero no nos desviemos, a en silencio, es mejor así, sin que pesar de que este talentoso chi- necesariamente todo el mundo co de 19 años no fue parte del lo sepa y así no tenemos problequinteto al que pertenece su mas”, agregó el músico. El camino para encontrar su ñaño, Camacho labró por su cuenta su propio camino en sonido propio fue extenso, asela música. Luego de que cinco gura Camacho, pero finalmente disqueras quieran firmar con logró hacer algo que le gustaba él, finalmente se decidió por y componer a su manera: “Yo ser parte de Magnus Music de hice como 100 canciones (previamente). Cuando ya Marc Anthony, quien ha tienes más de 30 temas apadrinado a este artista EL DATO escritos, sabes por cuál para lanzar su carrera de línea vas a ir. Yo soy dosolista. El videoclip de minicano y a mí siempre “Marc Anthony es una ‘Silencio’ se en me ha gustado el demleyenda, haber firmado filmó Filmado en bow, la guitarra españocon él ha sido algo aleccio- Medellín y la, el piano de Inglaterra, nador, es mi mentor aho- Guatapé (Colombia). el R&B de EE.UU., ya que ra, gracias a Dios estoy soy americano. Me gusta con su compañía. Ahora somos socios, compañeros y Michael Jackson, Chris Brown familia. ‘Mantente firme y sé y Justin Bieber, quienes siemamable siempre’, es una de las pre han sido mis influencias enseñanzas que he guardado de musicales”. Marc”, indicó Yashua. Su primer tema promocional Trabajo es ‘Silencio’, fue escrito por él El joven de origen dominicano, junto a J Quiles y producida pero nacido en Nueva York, ha por Ape Drums, Ali Alvarez trabajado en estudio con imy Cris Chill. El video oficial se portantes Dj’s y productores grabó en Colombia, bajo la di- como Icon y J Quiles (J Balvin), rección de La Bella Produc- The Rude Boyz (Maluma), Vertions & Cutino Films y produ- so Simmonds (Usher/Chris cido por Creative Factory. Brown), 1 Mente (Montana “La canción la compusimos francés), entre otros. en el estudio, queríamos hacer Es reconocido en la indusalgo para poner a bailar y go- tria por ser coautor del exitozar a los latinos, la escribimos so ‘Reggaeton Lento’ popularicomo en dos horas”, comentó el zado mundialmente por CNCO. cantante. “Estoy emocionado de final“Lo que me inspira para ha- mente tener la oportunidad cer canciones son a veces histo- de compartir todo el trabajo
TRAYECTORIA. El cantante viene de una familia de músicos y está en el mundo del espectáculo desde los 3 años.
que he estado creando durante los últimos dos años”, explica el artista. Este sencillo cuenta con más de 2,5 millones de visitas en YouTube y 4,5 millones de ‘streams’ en plataformas digitales, además que ocupa el secto lugar entre los más virales de Spotify y ha llegado al primer lugar en Colombia, Argentina, Uruguay, Bolivia, Panamá, Chile, Perú y, no podía faltar, Ecuador. “Este (‘Silencio’) ha sido mi primer ‘music video’, fue una película de verdad. Me gustó grabar con Luisa, esa chica tan linda que sale en la filmación… pero no pude besarla, nada más faltó eso en el clip”, comentó entre risas. “Lo que más me gusta de los contenidos de los videos que hago es el hecho de viajar, observar la vibra de la gente de los lugares donde visito y conocerlos”, agregó.
dice que le gusta el ‘room service’ (servicio a la habitación) en los hoteles y que siempre los aprovecha. Él estará primero en Quito y luego viajará para Guayaquil como parte de su gira de medios. Yashua era uno de los favoritos en el ‘reality’ ‘La banda’, programa que luego eligió a los integrantes del quinteto CNCO, aquel puesto lo compitió con su hermano Richard, pero finalmente lo eliminaron. “Aprendí mucho de ‘La ban-
da’ pero cuando salí me dio una depresión muy grande. En ese momento comencé un camino para encontrar mi sonido propio. Fue una labor de dos años pero ya tengo mi sencillo ‘Silencio’. La reacción de la gente ha sido mejor de lo que yo pensaba”, finalizó Yashua, quien a pesar de que dijo no gustarle mucho hacer entrevistas, se despidió con una gran sonrisa y con el placer de estar en un país que lo ha recibido con los brazos abiertos. (CC)
‘La comida es buenísima en Ecuador’
Lo primero que Yashua hizo al llegar al país fue comer, P.ab/19593
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NACIONAL
INTERCULTURAL
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PERSONAJE. Luis Lara Arcos con uno de sus libros escritos sobre la historia de Píllaro.
OBJETO. Piedra de sacrificios que pertenece a la cultura Puruhá, encontrada en el Quinual, segundo centro ceremonial de Píllaro.
Museo guarda el legado de los ancestros de Píllaro Vestigios de las culturas Puruhá, Cosanga Píllaro, Panzaleo… están en este sitio, en Tungurahua. TUNGURAHUA • En medio de valles
ORIGEN. Cerámica de los Huapante, donde enterraban a sus muertos.
UTILIDAD. Piedras de moler que servían para machacar plantas medicinales, entre otras cosas pueden conocer quienes vayan el sitio.
ALIMENTO. Más de 60 variedades de maíz tenían estos pueblos, en el museo Rumiñahui se exhiben algunas de ellos.
culturas de Píllaro, al igual que Huaynacuri.
y pintorescas montañas se encuentra un sitio fantástico que alberga cultura y tradición en Secciones cada uno de sus rincones, se tra- Una gran colección de piedras y ta del Museo Rumiñahui. Este, rocas de diferentes formas, coloa través de sus piezas arqueoló- res y texturas, dan la bienvenida gicas, fortalece la identidad de a los visitantes en el pasillo que los pueblos autóctonos de antecede a las siete salas Ecuador. de exposición. EL DATO En Tungurahua, a 10 En la primera es posiminutos de Píllaro, en En total el museo ble observar cerámicas más de San Miguelito, Luis Lara contiene 5.000 piezas en de las culturas indígenas Arcos, arqueólogo e his- exhibición y la originarias del cantón de objetoriador de su parroquia, mayoría (Puruhá, Cosanga Píllaro, tos tienen más es el propietario de este de 100 años de Panzaleo y una subcultuconservación. lugar. Desde muy niño se ra conocida como los huainteresó por las excavaciopantes). nes que realizaba conjuntamenEn la segunda habitación se te con su padre en sus terrenos. exhibe una amplia compilación Es así como inició encontrando de huesos, conchas y corazas objetos que posteriormente iba de animales prehistóricos que coleccionando en el museo. habitaron el altiplano hace más de 5.000 años. También existen ejemplares disecados originaAntecedentes Lara tiene escrito tres libros so- rios de la zona, entre ellos un vebre historia: ‘Píllaro de ayer y nado cola blanca, la silvicabra, hoy’, en dos tomos, y ‘Por siem- un lobo de páramo, zorrillos… pre Píllaro’. “He tratado de pre- “Los animales deben ser preservar la cultura, fortalecer la servados vivos, lo que busca el educación de mi tierra y también museo es educar a la gente, mas no matar a las especies”, de recuperar la identidad EL DATO manifestó Lara. de nuestra gente”. Madera petrificada, Este hombre, amante de la investigación y la El museo perma- resinas con insectos en su abierto al interior y restos vegetales, arqueología, ha recorri- nece público inintedo todos los rincones de rrumpidamente entre otros, son los objede 09:00 a su tierra pillareña. Así, 17:30. El precio tos que se muestran en la ingreso es de tercera sala, mientras que al realizar una excursión de 2 dólares por la cuarta está repleta de a los Llanganates sufrió persona. antigüedades: televisores, un accidente que le dejó radios, planchas y máquilesionado en una de sus piernas. Lara aseguró que es nas de escribir. Las otras tres salas están debastante peligroso ir a este sitio sin conocerlo. Para él, hablar de dicadas a exhibir herramientas los Llanganates es tratar de un antiguas, monedas, sellos, rocas sinfín de cosas al ser este rincón sagradas y ceremoniales, dioses el tercer centro ceremonial de las indígenas en miniatura, especies
Nacionalidades puruháes eran sanguinarios y °en Los sus cerámicas más toscas, ellos
realizaban sacrificios humanos al Sol porque creían que eso estaba bien, según su cosmovisión. Realizaban cultos a los muertos y se bañaban son su sangre como señal de purificación. En el Museo Rumiñahui está un hacha ceremonial, armas de piedra, herramientas que servían para la agricultura y más. Mientras que los panzaleos hacían cerámicas más estilizadas con mejores acabados, que los llevaron a unirse con los puruháes. De esta fusión descendieron los Cosanga Píllaro, quienes realizaban cerámicas mejoradas en colores rojo y blanco. El sitio también alberga vasijas gigantes donde estos pueblos aborígenes enterraban a sus muertos. Luis Lara Arcos, arqueólogo e historiador, comentó que encontró estos objetos hace unos 25 años con restos humanos en Huapante Grande. Estas poblaciones originarias de Píllaro sembraban mashua, melloco, oca… siendo su alimento principal el maíz, por esto es posible evidenciar distintas clases de maíz, un aproximado de 60, según el experto. También hay variedad de piedras de los chamanes, objetos personales, piedras pequeñas para moler y ciertas plantas medicinales, entre otras cosas que servían para que ellos realicen las limpias.
vegetales endémicas y una gran biblioteca con una compilación de libros de Ecuador. “Este museo mantiene vigente la historia de nuestros pueblos a pesar de que en nuestro cantón no lo valoran como deberían y tendrían que darle mayor difusión porque no saben de la existencia del sitio”, expresó Lorena Balseca habitante de Píllaro. (EO)
Moda masculina de la mano de emprendedores
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Así, hizo notar cómo hombres y mujeres pueden incorporar sus capas personalizadas de lana y cuero, junto con sus sombreros, en la vida diaria y lucir con estilo. Los colores que usó fueron blanco, verde y negro y los combinó con la riqueza del cuero en colores negros, grises y naranjas. Su objetivo fue también evidenciar que la moda es fuerza y confianza. Un poco antes, en febrero, la edición de primavera-verano presentó botas masculinas en tonos cafés inspiradas en las costas y playas ecuatorianas. Su creador Diego Reyes concibió los diseños en el estilo Vintage americano de los años 70. Tendencias
En el camino para entender por qué los hombres no son arriesgados en el momento de vestir, Keny Alava se encontró con estereotipos con respecto a la moda masculina. Él decidió cruzar la línea de la comodidad y se encontró de frente con variedad, pero también con limitaciones. Sus descubrimientos fueron des-
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Tips
Para iniciar tu negocio Céntrate en lo fundamental Haz una lista de las tareas que debes °llevar a cabo y jerarquízalas para irlas realizando de acuerdo con su prioridad. Recuerda que tendrás que ser muy organizado.
Personas que han logrado posicionar sus proyectos en el mundo de la moda cuentan aquí sus experiencias. ¿Qué hay más allá del típico terno con corbatín? En Ecuador, un mundo de moda, belleza y riesgos. Así es como lo ven diseñadores, blogueros y emprendedores nacionales que están empezando a fijar su mirada en un campo que hasta ahora ha sido poco explorado y, quizá, cargado de estereotipos. En lo que va de 2018, dos de los eventos de moda referentes en Quito (capital ecuatoriana) incluyeron en sus pasarelas accesorios para hombres. En marzo, ante la expectativa de blogueros y gente relacionada a la industria, en el desfile de modas New Faces #1 se presentó la nueva colección de sombreros y capas de René Mantilla, diseñador ecuatoriano erradicado en Nueva York. Se mostraron sus creaciones en la pasarela con inspiración en la riqueza ecuatoriana. Esta vez, antes de regresar a su lugar de residencia, quiso hacer una sesión fotográfica al estilo ‘streetwear’ (moda de uso cotidiano) para inspirar a la generación actual.
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Rodéate de personas clave
Si quieres tener éxito, rodéate de gente °exitosa y que espere que tú también lo seas.
Persigue tu felicidad
iniciar tu negocio, debes hacerlo en °algoAlque verdaderamente te apasione.
Toma en cuenta que si vas a hacer algo el resto de tu vida, por lo menos tiene que ser algo que te motive a realizarlo.
ESTILO. Las capas de René Mantilla están diseñadas para hombre y mujer. (Foto: Esteban Mayorga)
de pantalones deportivos hasta capas de alta costura que eran un poco complicados de conseguir y de combinar. A pesar de que la moda ha avanzado en Ecuador, el bloguero manifiesta que aún hay que atravesar otras fronteras para que haya más varones que se atrevan a ingresar en un ámbito que hasta ahora ha sido “un poco triste” y escaso. Frente a ese diagnóstico, el joven de 24 años comenzó su blog para derrumbar estereotipos sobre lo que representa vestir bien. Con frecuencia, comparte en Instagram con sus más de 17 mil seguidores consejos para crear estilos que se pueden usar a diario. Pare él, la diferencia incluso
la marcan los zapatos. Le apuesta a un calzado más llamativo y con detalles metálicos. Además, ve a los accesorios como una oportunidad para destacar con un estilo único. Producción nacional
Una tela fue capaz de marcar el destino de Isaac Galarza, cuando tenía 16 años. La encontró en una tienda cuando acompañó a su hermana a escoger materiales para un vestido. Presentó su primera colección de camisas para hombre y mujer en 2017. Sus productos se registraron oficialmente a escala internacional y se distribuyen a través de una página Internet. Antes de eso, sus camisas ya se habían vendido y quienes las veían coin-
No tomes en cuenta todas las opiniones Es mejor tratar con expertos y con °personas en las que realmente confíes para escuchar sus propuestas. (Fuente: entrepreneur.com)
cidían en que eran especiales. Entonces, notó que había una oportunidad de hacerle frente a la competencia extranjera con una marca especial, barata y nacional que expusiera ediciones limitadas. A sus 20 años, Galarza diseña y produce sus productos bajo una regla importante. Imagina un personaje y una escena y piensa en la camisa que debería usar de acuerdo con la ocasión. Sus últimas prendas se fabricaron en Ambato, pero para la siguiente ocasión espera establecer alianzas en otros países como Perú, Colombia o India. (PCV)
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC El Presidente del Directorio de la compañía RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC, de conformidad a lo que disponen los Estatutos y la Ley de Compañías, convoca a los señores accionistas, a la segunda Junta General Extraordinaria de Accionistas a realizarse el día 18 de mayo de 2018, a las 15h00, en el domicilio de la compañía, ubicado en la Av. República No. 500 y Pasaje Martín Carrión, Edificio Pucará, sala de reuniones general (piso 2), en la ciudad de Quito, para tratar el siguiente Orden del Día: 1.Conocimiento y resolución sobre el proceso de emisión de obligaciones REB (Registro Especial Bursátil) de la compañía; 2.Conocimiento y resolución sobre los términos, condiciones y demás características de la emisión de obligaciones REB; 3.Conocimiento y resolución sobre las limitaciones del endeudamiento a que se sujetará la compañía; 4.Conocimiento y resolución sobre el establecimiento y mantenimiento de resguardos de la emisión a favor de los obligacionistas; 5.Conocimiento y resolución sobre la inscripción del emisor y de los valores a emitirse en el Catastro Público del Mercado de Valores; 6.Conocimiento y resolución sobre el envío de la solicitud a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros sobre la aprobación de la inscripción de la empresa como emisor, de esta emisión de obligaciones, aprobación del contenido del prospecto; y, autorización de oferta pública. Los documentos indicados en el orden del día se encuentran en el domicilio principal de la compañía, mismos que están a disposición de los accionistas para su conocimiento y estudio; de conformidad con lo prescrito en el Art. 292 de la Ley de Compañías. Quito, D.M., 9 de mayo de 2018 Oscar Rolando Guzmán Sánchez PRESIDENTE DEL DIRECTORIO RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC
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• HORAGRAMA
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¿Nació un 09 de mayo?
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Ud. es un líder nato, ama el poder y todos los beneficios que esto conlleva. Tiene habilidad para organizar y mandar a grandes grupos de gente. Debe procurar mantener bajo control su orgullo para así no caer en prepotencias.
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Alfa Casa, residencia
Caudillo de los hunos Amarrar
Hembra del oso Pan de maíz Cuadrúpedo
Ensenada
Después de
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Convicto
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Aposento
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Esposa de Abraham Iglesia, catedral
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Actriz, productora y modelo española
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Signo matemático
Inventar, originar Rerzar, suplicar
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Café de muy buena calidad Pato
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Estado de Brasil Altar
CELEBRIDADES GASPARD MONGE (1746 - 1818) MAtEMáticO, MilitAR E iNGENiERO fRANcES., fuNDADOR DE lA GEOMEtRíA DEScRiPtivA.
Novio por una noche
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Nro. 4269 1 6
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CÁPSULA CIENTÍFICA
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Huelga Embarcación del diluvio
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Hilera Costoso
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Sortija
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Símbolo del nitrígeno Embuste, trampa
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Río del Brasil Composición lírica
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Paja de cualquier clase Símbolo de tantalio
Tiempo
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Enfermedad contagiosa
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Símbolo del sodio Uva seca
Primera mujer
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Peñasco
Aparato que da luz
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Concejal Recadero maletero
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Río de la URSS Que no cree en Dios
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Ocurrir
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Hombre fuerte y valiente
Palma de las Canarias
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Cetáceo marino gigante Perforar, agujerear
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País
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Demente, chiflado
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Repollo Apócope de valle
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Sabroso Isla gr. del mar Jónico
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Labrar Tirar de, arrastrar
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Flotar en el agua Querer, adorar
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Relativo a la boca
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Artículo neutro
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Convicto
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Rezar, suplicar Habitar
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Sociedad anónima
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Bogar
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Pareja
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Ente
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O Tostar, dorar
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Alfa
Tiza
Matadero de reses
Símbolo del cobalto
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Hogar
Cloruro sódico
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Actor de la telenovela La doña
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Rostro
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Símbolo del radio
Religiosa
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Piel de algunos animales
(julio 23 - agosto 22)
Antigua danza cortezana
Parafina
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Chato, porro
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Amarrar
Adverbio de lugar Saludo indio
Sus sentimientos serán inestables, piense sobre estos y comparta con su pareja un buen día. Los asuntos legales fluctuaran. RECUERDE: No pierda su serenidad.
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ILUSTRACIÓN. Así podría verse el planeta Trappist 1e, ubicado en la constelación de Acuario. (NASA/JPLCALTECH)
un estudio que habían realizado anteriormente en el que desarrollaron su método para determinar el CRF de un planeta. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec
MICROBIOGRAFÍA
(1936)
I
de 2017. (Entérese de todos los detalles: Encuentran tres nuevos planetas habitables) El sistema planetario Trappist está a 39 años luz de distancia de la tierra. La estudiante Gabrielle Englemann-Suissa y el profesor de Astronomía David Kipping midieron la masa y radio de los planetas TRAPPIST-1 para inferir la Fracción Mínima y Máxima del Radio del Núcleo (CRF) de cada planeta. Es decir: para mirar de qué tamaño probable era el núcleo de cada uno. Esto se basó en
F
Glenda Jackson
El exoplaneta Trappist 1e podría ser habitable EUROPA PRESS• Uno de los planetas del sistema TRAPPIST-1, concretamente TRAPPIST-1e, tiene un gran núcleo de hierro, un hallazgo que podría implicar que el planeta es habitable. Esta es la conclusión de un estudio realizado por dos investigadores del Cool Worlds Laboratory de la Universidad de Columbia, en el cual los expertos analizaron la composición interior de los siete planetas de este sistema cercano, todos ellos rocosos y tres en zona habitable, descubierto en febrero
LEO
VIRGO
(agosto 23 - septiembre 22)
Controle su carácter para que su salud mejore. Cuide su estómago y sus nervios. Mejore sus relaciones en el trabajo. RECUERDE: Nadie puede hacerlo por ud.
LIBRA
(septiembre 23 - octubre 22)
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HBO PLUS: 12:2Q2
(junio 22 - julio 22)
Solución anterior
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Símbolo de litro Bordillo, orilla
Nro. 4270
CÁNCER
Aceite Moneda de Costa Rica
Estado de Venezuela
• HORAKU
Se despierta su interés por viajar, conocer gente extranjera y buscar nuevos horizontes. Busque su vocación. RECUERDE: Tenga coraje en todas las circunstancias de la vida.
Experimentará transformaciones emocionales; que pueden mejorar sus días. Mejora su situación financiera. RECUERDE: Mantenga su equilibrio.
Magistrado de Esparta Liza
Volcán del Ecuador Iglesia, catedral
A los diez años, Charlie recibió una maldición de parte de una niña que rechazó: luego de acostarse con una mujer, esta encontrará a su amor verdadero. Todo se complica cuando Charlie se enamore de Cam y deba romper el encanto para no perderla.
Símbolo del fósforo Santo en portugués
Acercar
Destreza
la autopista. Poco después, se encuentra atrapada entre los autos que vio convertidos en chatarra. Cuando su premonición cobre vida ante sus ojos, la chica intentará evadir su fatal destino.
(abril 20 - mayo 20)
Tiene deseos progresistas en lo profesional o los negocios, luche desde hoy por conseguirlo. Los negocios de alimentos están favorecidos. RECUERDE: No pierda la calma.
Metal precioso
Altar Cortar
TAURO
Anómala
Dispersa
Actor, comediante, músico de EE. UU.
(marzo 21 - abril 19)
Puede sentirse atraído por realizar actividades grupales o comunitarias. RECUERDE: Encienda la luz para que desaparezcan las tinieblas.
Parafina
Estado de Asia Excavación, yacimiento
Igualdad en la superficie Embuste, trampa
Extraer
HORÓSCOPO
Es una laureada actriz inglesa doblemente ganadora de los premios Óscar y Emmy. Se retiró de la actuación en 1992 para dedicarse a la política del Reino Unido. Actualmente es miembro del Parlamento británico y pertenece al Partido Laborista. La fama le llegó con un papel en la controvertida película ‘Mujeres enamoradas’ (Women in Love) de 1969, que le valió su primer Óscar. Posteriormente interpretó a la esposa de Chaikovski en la película ‘The music lovers’ (1970) del polémico Ken Russell. En 1971 protagonizó una serie televisiva para la BBC en la que interpretó a la reina Isabel I de Inglaterra en la miniserie ‘Elizabeth’. (OG)
Buen momento para trabajar en sus sentimientos y dejarlos que fluyan. Preste atención a sus hijos, ya que ellos la pueden necesitar. RECUERDE: Despierte a la vida.
ESCORPIO
(octubre 23 - noviembre 21)
Sería bueno pensar en las necesidades de la familia. Procure atender sus asuntos familiares, con esto logrará un mayor acercamiento. RECUERDE: Camine hacia delante.
SAGITARIO
(noviembre 22 - diciembre 21)
Su mente está abierta a cambios y a nuevos conocimientos. Le favorecerá realizar viajes cortos. RECUERDE: Razone imparcialmente y no acepte nada sin entender.
CAPRICORNIO
(diciembre 22 - enero 19)
Los asuntos económicos son fluctuantes, no es buen día para comprar. Puede haber cambios en el área económica. RECUERDE: No tenga prisa por llegar al fin.
ACUARIO
(enero 20 - febrero 19)
Su personalidad y su carácter pueden sufrir cambios. Busque dentro de Ud. lo que pasa y saque por medio de una introspección. RECUERDE: Cuide la mente, para que la salud se refleje en todo el cuerpo.
PISCIS
(febrero 20 - marzo 20)
Puede haber lecciones que aprender, mantenga la calma. Salga de campo, medite y supere este día con amor. RECUERDE: Construye la felicidad dentro de ti mismo.
CRONOS
Estrellas en la red
‘Vamos Liga’, dice el ‘Pirata’
Hernán Barcos colgó en sus redes sociales (@hernanbarcos16) una foto del camerino de Liga de Quito después de clasificar en la Copa Sudamericana. “Sufriendo, pero la clasificación se va para Quito. Vamos Liga”, escribió el ‘Pirata’. (WOM)
B11 El gol de visitante les clasificó tiempo lectura 15 min.
MIÉRCOLES 09 DE MAYO DE 2018 La Hora ECUADOR
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Liga perdió en su visita a Guabirá, pero jugará en la segunda ronda del torneo continental. Otra vez Hernán Barcos. Tuvo 20 minutos y lo logró. Su gol, el segundo de visitante de Liga de Quito le alcanzó, pese a perder 2-3 ante Guabirá, para acceder a la segunda fase del torneo continental, que el equipo ‘Albo’ ya ganó en 2009. La serie ante el equipo boliviano fue más complicada de lo que esperaba el entorno de la ‘U’. En Quito, en el juego de ida, de un 2-0 fácil terminaron con un 2-1 que dejó la llave abierta. Ayer, después de fallar cuatro goles cantados en los pies de Anangonó y Julio, terminaron perdiendo
3 2
GUABIRÁ
L. DE QUITO
el partido. El segundo gol del ‘Pirata’ emparejó la serie 4-4, pero los capitalinos siguen en competencia gracias al segundo tanto del goleadorhistórico de la Copa. Los goles
José Castillo abrió el marcador a favor de los bolivianos a los 27
COPA SUDAMERICANA
Parecía que no era nuestra noche, pero si uno analiza los dos partidos la clasificación es justa”. PABLO REPETTO,
DT DE LIGA DE QUITO
minutos. Juan Luis Anangonó emparejó para los ‘universitarios’ a los 58 minutos. Diego Hoyos volvió a poner a ganar a Guabirá a los 69 minutos. Hasta ahí todo se definía en penales. Guabirá siguió buscando y puso el tercero a los 76 minutos a través de Carlos Montenegro. Al final
FUERZA. El juego entre Guabirá y Liga de Quito fue de mucha fricción. AFP
Hernán Barcos, a los 82 minutos, puso el gol de la clasificación. Cambios precisos
Repetto movió sus fichas. Al verse en desventaja mandó a la cancha a Barcos (venía de una
lesión) y cumplió. Gastón Rodríguez hizo lo propio. Puso dos pases gol que no fueron anotados por sus compañeros. El otro que ingresó fue Jonathan Borja, quien movió las bandas para abrir el juego. (WOM)
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CRONOS B12
MIÉRCOLES 09 DE MAYO DE 2018 La Hora, ECUADOR
NACIONAL
‘Griezmann es jugador del Atlético’, recuerda su presidente
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“Antoine Griezmann es jugador del Atlético de Madrid que yo sepa”: el presidente del Atlético de Madrid, Enrique Cerezo, rechazó alimentar las cada vez mayores especulaciones sobre una supuesta salida del delantero francés al Barcelona, desmintiendo de
paso haber comido con él. “Te digo una cosa, Antoine Griezmann es jugador del Atlético de Madrid, que yo sepa hasta el día de hoy, ¿me entiendes? Ya no te puedo decir nada más, porque no sé nada más”, dijo Cerezo a la televisión Gol TV. AFP
Entre las ‘duras’ de la FIFA
SOL MUÑOZ
El ‘Ídolo’ regresa a la Liga Profesional de Fútbol
José Francisco Cevallos, titular de Barcelona SC, decidió regresar a la Liga Profesional de Fútbol (LPF), una vez que llegara a un acuerdo con su prin� cipal Miguel Ángel Loor. Sostuvo que se guardó silencio ante la renuncia del cuadro ‘Torero’, ya que se separó del Directorio a Juan Alfredo Cuentas, cuando ya se lo había designado como uno de sus miembros durante la reunión que se realizó entre clubes (Serie A y B), en España. (SJMS)
La representante de Ecuador destaca el espacio que las mujeres ganaron en el fútbol mundial. GUAYAQUIL • La capitalina Sol Muñoz Altamirano está en la lista de las cinco mujeres más poderosas del fútbol, según una publicación que realizó BBC Mundo, cogiendo parte de información de la revista estadounidense Forbes, de marzo pasado. El medio apunta que Muñoz no está en la lista de Forbes, pero está entre las más “duras” del balompié internacional, ya que se convirtió desde 2016, en la primera mujer en representar a la Conmebol, en el Consejo de la FIFA. Además, formó parte de las Relaciones Públicas del club Universidad Católica de Quito. Muñoz se mostró sorprendida y a su vez agradecida por esta designación. Cuenta que su teléfono no paraba de sonar ayer,
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Es consciente que con esto crece más el compromiso y responsabilidad para seguir haciendo un mejor trabajo. “Esto pone más ojos encima de uno, entonces hay que esforzarse más. Es un mundo dominado en su mayoría por hombres, somos pocas mujeres de cada Confederación, entonces es un reto fuerte estar activamente en la gobernanza del fútbol, a raíz de los cambios en los estatutos de FIFA”, puntualizó. “Es lindo tener gente muy
Fatma Samba Diouf a la cabeza ° La nómina la encabeza la senegalesa Fatma Samba Diouf, de 54 años de edad. Ella en 2016, se convirtió en la primera secretaria general de la FIFA.
También esta Lydia Nsekera, originaria de Burundí, que en 2013, pasó a formar parte del Comité Ejecutivo, de ese organismo rector del balompié mundial. También la francesa Florence Hardouin, miembro del Comité Ejecutivo de la UEFA. Sigue en ese listado la rusa Marina Granovskaia, quien además tiene nacionalidad canadiense. Es directora del Chelsea, club de la Liga Premier de Inglaterra. Así como también la australiana Moya Dodd, que jugó en la primera Copa Mundo de Mujeres, celebrada en 1988.
gentil a mi lado, verdaderos caballeros que han sabido respetar este espacio que nos hemos ido ganando”, añadió. Destacó que su trabajo es gratificante ya que está como organizadora de las competiciones. “Es una labor ardua, pero hermosa. Ya estamos a las puertas de un Mundial, pero también estamos trabajando en el desarrollo del fútbol femenino”, apuntó. Aceptación
Considera que en la actualidad ya gozan de mayor aceptación, aunque hay personas que toda-
vía no lo asimilan. “No deja de llamar la atención. Me ha pasado en los aeropuertos o en otras oficinas que me dicen que no creen que una mujer sea parte de un Consejo de FIFA, pero yo pienso que eso va a cambiar más adelante”, expresó. Su gusto por el fútbol viene desde muy pequeña, desde el Mundial de Fútbol de México 86’. “Llenaba los cromos de álbum y después quería ver en cancha a todos, es una pasión que no ha dejado de crecer, es lo más lindo de mi vida”, finalizó. (SJMS)
Alfredo Arias se queda en Emelec hasta el partido con Flamengo
Carapaz sube ‘como una moto’ en la general El ciclista ecuatoriano del Movistar Team Richard Carapaz ocupó ayer el puesto 16 de la cuarta etapa del Giro de Italia, después de recorrer 198 km entre Catania y Caltagirone, Sicilia. Esta ubicación le impulsa al puesto 28 en la clasificación
al igual que las felicitaciones por redes sociales. “Son tantos saludos por parte de gente que conozco y también de desconocidos, palabras muy hermosas que me llenan”, indicó.
CRITERIO. Sol Muñoz fue parte de Universidad Católica antes de ir a la Conmebol. (Foto de Archivo de EFE)
PROTAGONISTA. Carapaz durante la cuarta etapa del Giro. (Foto: Movistar Team)
general de la competencia en la que debuta este año. ‘Richie’ se mantiene a 1 minuto y ocho segundos del líder general de la competencia Rohan Dennis. “Afrontó las duras rampas finales con los mejores y terminó a 10 segundos del vencedor”, destacó la página web de la escuadra española. La quinta etapa del Giro se cumplirá hoy entre Agrigento y Santa Ninfa (153 km) con tres ascensiones de 4ª categoría. (WOM)
“Me voy porque deseo que este club siga ganando”, fueron las palabras del entrenador Alfredo Arias, quien dejará la dirigencia técnica de Emelec, después de los partidos con Delfín (Campeonato) y Flamengo (Libertadores). El 16 de mayo será el encuentro copero ante los brasileños y ese día abandonará la institución con la que fue campeón nacional el año pasado. El ‘charrúa’ dijo ayer en rueda de prensa que se siente honrado de haber estado en la institución ‘eléctrica’, con la que últimamente no le fue bien (se ubican quinto en la tabla de posiciones). La derrota del fin de semana (2-0) con Aucas, por certamen
GUAYAQUIL •
doméstico, fue el detonante para su decisión, que por cierto ya en abril se la había comunicado a la dirigencia, pero no se la aceptaron. El domingo su asistente técnico, Héctor Rodríguez, señaló que el partido se jugó sin alma y que eso era grave. Arias reiteró que es una decisión que le duele, pero considera que la escuadra necesita un cambio para retomar el rumbo. “Este equipo tiene todo para salir del mal momento, pero hay cosas que tienen que mejorar desde adentro”, puntualizó. Esto mientras el titular azul, Nasib Neme, destacó que el legado que deja Arias es enriquecedor para la plantilla. “En resultados se va dejando a un Emelec sub-
CRITERIO. Alfredo Arias fue campeón con Emelec en 2017. (Foto de Archivo)
campeón y campeón. Los últimos malos momentos no están en capacidad de borrar lo bueno que ha pasado en dos años”, expuso. Comunicó además que el nuevo cuerpo técnico se anunciará en 15 días, por lo que pidió al DT Arias, que dirija estos dos partidos. Aclaró además que no habrá interinazgo, sino la transferencia directa al nuevo timonel. (SJMS).
Del Potro se mete en octavos
El argentino Juan Martín Del Potro clasificó a los octavos de final en su debut en el torneo de Madrid tras ganar ayer al bosnio Damir Dzumhur 6-3, 6-3. Semifinalista en Madrid en 2002 y 2012, Del Potro sólo cedió uno de sus servicios para registrar su primera victoria en su vuelta a la competición oficial desde su derrota en las semifinales del torneo de Miami en marzo. AFO
CRONOS
Pajón termina la temporada
La colombiana Mariana Pajón, reina del BMX, reveló ayer que padece una lesión de rodilla por la que se perderá el resto de la temporada, incluido el Campeonato Mundial de la disciplina en Azerbaiyán. AFP
Feliz en los 50km
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MIÉRCOLES 09 DE MAYO DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
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PAOLA PÉREZ
Fue cuarta en el Mundial, pero impuso nuevos récords sudamericanos y panamericanos. Pérez está in- cosa tuve confianza en mí misma tratable en atletismo. El fin de y me mentalicé en que podía ser semana rompió récord sudame- capaz. Yo sabía que con el equipo ricano y panamericano, en los podías estar dentro del top 5”, dijo. Cuenta que tras su participa50 kilómetros mujeres, en el Campeonato Mundial que se de- ción en el Campeonato Sudamericano de Sucúa, tuvo la propuesta sarrolló en Taicang- China. La deportista estuvo acom- de competir en los 50 km para popañada en esa prueba por sus der completar al equipo. “Así compatriotas Johanna Ordóñez lo hice. Desde ahí empecé mi y Magaly Bonilla, con quienes se preparación para estar grande adjudicó la medalla de plata por y dura prueba. Realmente el estrenarse en un Munequipos Pérez rompió el dial fue algo hermoso récord sudamericano en EL DATO para mí”, reiteró. larga distancia y se apoAgregó “me faltó deró del récord panamericano fijándolo ahora en Paola Pérez vol- conocer un poco más verá a competir de cuáles son las sen4:12:56, a pesar de que las en los Juegos saciones que se expecondiciones climáticas no Suramericanos de Cochabamba. rimentan en esta larga fueron las mejores, por distancia, eso afectó las lluvias y constantes un poco creo poder terminar vientos de ráfagas cruzadas. “Contenta con la competencia mejor los 50 km, pero trabay mi resultado. Era mi estreno jaré ahora para eso”. Destacó el agradecimiento en los 50 kilómetros y salió todo a los entrenadores Juan y Luis de forma positiva”, expresó. Indicó que la preparación fue Chocho, que la ayudaron en su muy fuerte y analizó primero las preparación y la ejecutaron en marcas de cada una de las compe- su natal Cuenca. “Lo bueno es tidoras. “Más que cualquier otra que estuvimos 10 días antes en
GUAYAQUIL• Paola
Una Juventus insaciable y un hambriento Milan se retan por la Copa de Italia ITALIA, AFP • La
Juventus, triple defensor de la Copa de Italia y a punto de lograr su séptimo Scudetto consecutivo, es el favorito hoy (14:00) en Roma en la final de la competición ante un Milan hambriento por reencontrarse con la senda de los títulos. El Milan accedió a la final tras cosechar dos empates sin goles ante el Lazio e imponerse por 5-4 en la tanda de penales. La Juventus batió en dos ocasiones por 1-0 al Atalanta Bérgamo. Será la 13ª final en la historia del club lombardo, que ha levantado la Copa en cinco ocasiones, aunque la última vez fue en 2003 con Gennaro Gattuso, actual entrenador, en el césped. Desde entonces, solo una final, en 2016, para caer
En los dos partidos que jugamos en el campeonato demostramos que éramos capaces de ganarles. Conocemos sus fortalezas, tienen grandes jugadores, pero también tenemos calidad en nuestro grupo. Podemos hacerlo”. HAKAN CALHANOGLU, JUGADOR DEL MILAN
1-0 ante la Juventus con un gol en la prórroga. El equipo turinés busca su 13ª Copa en su 18ª final. Precisamente su técnico Massimiliano Allegri era el preparador del Milan que ganó los dos últimos trofeos para el club, la Serie A y la Supercopa de Italia en 2011.
China para aclimatarnos y adaptarnos al cambio de horario. El nivel de todas era extraordinario. Por ejemplo estaba la campeona mundial, las españolas, las récords panamericanos y las chinas, que sin duda son muy buenas”, comentó. (SJMS)
TEMPORADA. Paola Pérez debutó en los 50 km marcha en el Mundial de China. (Foto de Archivo del Ministerio del Deporte)
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QUITO
TOROS A10
MIÉRCOLES 09 DE MAYO DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
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Ecuador, por delante POR JUAN ANTONIO DE LABRA, PERIODISTA MEXICANO •
Por aquellos azares del destino, hoy Ecuador partió plaza en Madrid. Y fue el novillero quiteño David Garzón el encargado de lidiar al primer ejemplar de la incipiente Feria de San Isidro. Esta digna actuación enmarca la presencia de los distintos toreros americanos que habrán de actuar en Las Ventas durante un extenso ciclo que concluye el domingo 10 de junio, y que ha sido denominado como “El mundial del toreo”. Garzón ha entrado a los anales de la historia del coso de la calle de Alcalá como el primer torero ecuatoriano en torear en Madrid dentro de una Feria de San Isidro. Detrás suyo vendrán otros toreros americanos como los mexicanos Joselito Adame y su hermano Luis David, y también Sergio Flores, la revelación de la Plaza México, además de los colombianos Luis Bolívar y Sebastián Ritter, los peruanos Andrés Roca Rey y Joaquín Galdós, y los venezolanos Jesús Enrique Colombo y Vanegas. Se trata de nueve matadores de toros y un novillero, que ocupan un total de 12 puestos, poca cosa si se considera que allá les han abierto las puertas de par en par, mientras que la dichosa reciprocidad taurina ha brillado por su ausencia. Pero con esa docena de puestos seguramente cada uno de los espadas americanos sabrá dejar en alto el nombre de sus respectivos países, para honra y gloria de una tauromaquia que late con su sello propio al otro lado del Atlántico, y que hoy día tiene en Roca Rey a su más consolidado exponente.
CLASE. Templado muletazo de David Garzón en Madrid. (Foto: Las Ventas)
Digna presentación de Garzón en Madrid Una deslucida novillada de Guadaira condicionó el resultado del festejo. POR: SANTIAGO AGUILAR ENVIADO ESPECIAL • Una esforzada y digna
presentación cumplió ayer el novillero ecuatoriano David Garzón en su debut cumplido ayer en la Plaza de Toros Las Ventas de Madrid ante un lote de novillos que no le ofrecieron opción de triunfo; a la escasa condición de las reses se sumó el vendaval que incomodó su quehacer durante la lidia de su segundo ejemplar. Más allá de las complicaciones, el torero quiteño tuvo la dis-
ño; sin embargo, su concepto y actitud llamaron la atención de quienes atestiguaron el primer episodio de la feria más importante del mundo. El lamentable encierro de Guadaira marcó el curso de la novillada al punto que Carlos Ochoa y Ángel Tellez tampoco pudieron triunfar; el caso es que la fría tarde madrileña se saldó con sucesivos silencios posteriores al quehacer de la terna de jóvenes novilleros. Más allá del resultado artístico, la valiosa actuación de David Garzón se convierte en una efeméride pues, por primera vez un torero ecuatoriano formó parte de los carteles de la prestigiosa Feria de San Isidro.
Garzón: valor y temple POR: PACO AGUADO PERIODISTA ESPAÑOL • El deslucido juego
HISTORIA. David Garzón se presentó en Madrid. (Foto: Las Ventas)
posición de ánimo y la claridad de ideas para mostrar su pulcro concepto durante varios pasajes de su comparecencia en la arena de la primera plaza del mundo. En el que abrió plaza, David logró dibujar naturales manejando con temple la muleta en cuanto su deslucido oponente se lo permitió, como buen trazo tuvo el toreo al natural, empaque y gusto mostraron los remates con el pase de pecho. El deslucido novillo ofreció apenas un puñado de medias
embestidas que pronto se fueron apagando al punto que el compatriota debió tomar la espada para manejarla con efectividad. Su buen tono tuvo su labor en el que abrió plaza, el mérito del valor en el cuidadoso manejo de los engaños fueron las características de la firme faena ante el violento astado corrido en cuarto lugar. Con determinación David aguantó amagos y cornadas para tratar de torear con la mano diestra, consiguiendo estimables muletazos en los que evidenció toreo de buen trazo. El deslucido oponente más la molestia del viento terminaron de malograr las ilusiones del torero quiteño que no logró mostrar su real capacidad en el ruedo madrile-
de los utreros de la ganadería de Guadaira convirtió en un mero trámite la novillada con la que arrancó en Las Ventas la que será la feria de San Isidro, y en la que la terna tuvo un balance de seis silencios sepulcrales. Al resultado del espectáculo contribuyó de manera casi absoluta el desrazado juego de los novillos de Guadaira, que, por falta de fondo y de fuerzas, cuando no por su áspera actitud defensiva, impidieron que el esfuerzo de los novilleros arrojara resultados lúcidos.
Empeño fue lo que puso toda la tarde David Garzón, el primer torero ecuatoriano anunciado en San Isidro desde que la feria arrancó en 1947. Las virtudes que su mal lote dejó esbozar al novillero quiteño fueron las de un valor sin alharacas y un acusado sentido del temple para intentar torear por derecho. Solo así consiguió aguantar las medias arrancadas sin clase de su primero y los constantes cabezazos del áspero cuarto, a los que nunca dejó que le tropezaran la tela. Al madrileño Carlos Ochoa le correspondió el único novillo
VALOR. Garzón al iniciar su faena en el ruedo de Las Ventas. (Foto: Las Ventas)
con posibilidades del sexteto, que salió en segundo turno que finalmente no fue aprovechado. A Ángel Téllez le correspondió,
asimismo, un lote de novillos de muy escasas opciones, por la falta de fuerza del uno y la mansedumbre del otro.
CULTURA
Expresiones artísticas unen a Ecuador y Perú
Alrededor de 30 artistas -5 provenientes de Perú y 25 ecuatorianos-, entre músicos, literatos, pintores, escultores, presentan la exposición colectiva ‘Binacional Perú-Ecuador’. La inauguración es este 10 de mayo, a las 19:00, en la Sala del Museo Etnográfico de la Casa de la Cultura
Ecuatoriana. Este colectivo pretende mostrar las diversas disciplinas del arte contemporáneo como: performances, pintura, poesía, música, fotografía, danza, videografía, caricatura… con el fin de intercambiar experiencias de cada uno de los países. (DVD)
Se abre el telón
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MIÉRCOLES 09 DE MAYO DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
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Ciudades Sedes
Quito: Cine OchoyMedio, Sala Alfredo °Pareja-Diezcanseco - Casa de la Cultura
Ecuatoriana, Incine, FlacsoCine, Cumandá Parque Urbano.
° Guayaquil: Muégano Teatro ° Cotacachi: Ami Cine
La edición 17 de los EDOC se inaugura esta noche. Se proyectan 138 películas.
Pasaporte e ingreso Costos
° Ticket Múltiple 17EDOC: $20, acceso a 6 funciones. Pasaporte 17EDOC Quito: $40, acceso °ilimitado a las funciones; descuentos en 12 establecimientos; un Catálogo.
° Pasaporte 17EDOC Guayaquil: $30, acceso ilimitado a las funciones; un Catálogo. ° OchoyMedio, Incine y FlacsoCine (Quito): $5 (aplica tarifa diferencial). ° Sala Alfredo Pareja Diezcanseco - CCE (Quito): $4 (aplica tarifa diferencial). ° Cumandá Parque Urbano (Quito): Entrada libre.
FILME. ‘Muchos hijos, un mono y un castillo’, de Salmerón, abre el Festival. (Fotograma)
CLAUSURA. ‘Fiestas centenarias del Ecuador’, con data de 1922. (Fotograma).
El cine documental tiene nuevamente como epicentro a Ecuador. Hoy arranca el Festival Encuentros del Otro Cine (EDOC), que cumple su decimoséptima edición. EDOC se proyectará en salas de Quito, Guayaquil y Cotacachi hasta el 20 de mayo. Un total de 138 películas de 45 países se exhibirán este año. Los documentales elegidos fueron seleccionados de entre 1.500 filmes. Un total de 16 producciones son ecuatorianas, las cuales fueron elegidas de entre 50 propuestas. El Festival arranca oficialmente esta noche, a las 19:00, con la proyección de ‘Muchos hijos, un mono y un castillo’, de Gustavo Salmerón, cinta que se estrenó en Toronto y ganó en la categoría de Mejor Documental en los Premios Goya 2018. La cita es en el Teatro Nacional de la Casa de la Cultura Ecuatoria-
na, con entrada libre hasta llenar aforo. Como en anteriores ediciones, EDOC contará con la visita de invitados internacionales. Entre ellos, destaca la presencia del reconocido cineasta mexicano Everardo González, quien será homenajeado con la sección Retrospectiva del Festival. A él se suman Coti Donoso, montajista chilena; la cineasta brasileña Heloisa Passos; la estadounidense Elizabeth Olesker; los directores Lion Bischof y Bernhard Hetzenauer, y Debra Zimmerman. La clausura se dará con la exhibición de ‘Fiestas centenarias del Ecuador’, una película que registra las fiestas celebradas el 24 de Mayo de 1922. Esta fue recuperada de los archivos de la Embajada de Ecuador en París y digitalizada por el Instituto Nacional del Audiovisual de Francia (INA).
° Muégano Teatro (Guayaquil):$5 (aplica tarifa diferencial). ° Ami Cine (Cotacachi): Entrada libre.
ACTIVIDADES Paralelas QUITO
° Noche de cortos experimentales: Café Democrático del CAC, 17 de mayo, 20:00. ° Fiesta de Cierre: Café Democrático del CAC,19 de mayo, 21:00, $6.
GUAYAQUIL
° Función al Aire Libre: ‘Un hombre mejor’, 19 de mayo, 20:00, Pasaje Illingworth (entre Pichincha y Malecón Simón Bolívar). https://lahora.com.ec/quito/noticia/1102145085/edoc-anuncia-lasfechas-de-su-17%C2%AA-edicion https://lahora.com.ec/noticia/1102149277/edoc-anuncia-su-programacion-para-edicion-2018-
Se abre convocatoria del Premio Espejo El Ministerio de Cultura y Pa- Gabriel Cisneros, fueron los entrimonio (MCyP) lanzó ayer la cargados de comunicar los detaconvocatoria de la vigésima oc- lles del premio en una rueda de tava edición del Premio Nacional prensa, celebrada ayer. También estuvo pre‘Eugenio Espejo’. Se trata sente la representante de del máximo galardón que EL DATO la Secretaría de Educación otorga el Estado ecuatoriano a la trayectoria, en El Premio Espejo Superior, Ciencia y Teclas categorías de: cultura y fue creado el 6 nología, Ximena Ponce, agosto de quien invitó a las mujeres arte; literatura; y ciencia. de 1975. El primer El ministro de Cultura galardonado fue científicas y gestoras culBenjamín turales a postularse. y Patrimonio, Raúl Pérez Carrión. El Ministro resaltó que Torres; el presidente de la Casa de la Cultura Ecuato- el galardón ratifica el “trabajo de riana (CCE), Camilo Restrepo; toda una vida y al aporte cultural y el subsecretario de Empren- y científico al país, lo que tiene dimientos, Artes e Innovación, una enorme significación”.
Cisneros, de su parte, indicó que las postulaciones pueden presentarse desde hoy hasta el 8 de junio de 2018, y que serán receptadas en el MCyP. Selección
Un Comité de Selección, presidido por el Ministro de Cultura y conformado por delegados del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Secretaría de Educación Superior, Ciencia y Tecnología; la CCE y un representante del Consejo Ciudadano Sectorial de Cultura y Patrimonio, calificará las postulaciones y definirá
AUTORIDADES. Dieron detalles de la convocatoria. (Foto: MCyP)
las ternas que se enviarán al Presidente de la República. Los ganadores serán premiados el 9 de agosto, fecha en que se celebra el Día Nacional de la Cultura. En la Convocatoria 2018, los aspirantes deben ser personas
de nacionalidad ecuatoriana y haber realizado aportes sobresalientes. En el caso de personas jurídicas de derecho privado o público, deberán tener domicilio legalmente establecido en Ecuador, y haber realizado aportes destacados para el país. (DVD)
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AVENGERS : INFINITY WAR 2D (SUBTITULADA) 20:30 22:00 GNOMOS AL ATAQUE 2D (ESPAÑOL) 14:00 17:40
RAMPAGE : DEVASTACION 2D (ESPAÑOL) 19:25 UNA JUNGLA DE LOCURA 2D (ESPAÑOL) 14:05 15:45 PETER RABBIT 2D (ESPAÑOL) 14:00 15:45
CINEMARK Avengers: infinity war 3d d-box dob 13:00 16:15 19:30
Avengers: infinity war d-box dob 22:40 Pablo: el apostol de cristo dob 15:15 17:40 20:00 Venganza del mas alla dob 22:20 Avengers: infinity war d-box dob 12:10 15:20 Avengers: infinity war d-box sub 18:30 Avengers: infinity war 3d d-box sub 21:40 Avengers: infinity war dob 13:40 17:00 20:05
23:10
Gnomos al ataque dob (TP) 13:20 15:10 Gnomos al ataque 3d dob (TP) 17:10 Gnomos al ataque dob (TP) 19:00 Avengers: infinity war 3d dob 21:00 Avengers: infinity war sub 14:10 20:30 Avengers: infinity war dob 17:20 Rampage: devastacion dob 14:00 Basada en hechos reales dob 16:45 La Profecía (1976- clásicos) (The Omen) sub Basada en hechos reales sub 19:30 21:50
SUPERCINES SAN LUIS Gnomos al Ataque 2D Doblada 4:15 pm 6:15 pm El Sacrificio del Ciervo Sagrado 2D Subtitulada
7:00 pm 9:30 pm
Instinto Satánico 2D Doblada 5:40 pm 7:50 pm Avengers: Infinity War 3D Doblada 2:15 pm
4:30 pm 5:30 pm 7:45 pm 8:45 pm 2D Doblada 2:15 pm 2:45 pm 3:15 pm 5:00 pm 5:30 pm 6:00 pm 6:30 pm 8:15 pm 9:15 pm 9:45 pm 2D Subtitulada 8:45 pm Los Extraños: Cacería Nocturna 2D Doblada 03:40 pm Rampage: Devastación 2D Doblada 4:40 pm
MULTICINES CCI
SUPERCINES 6 DE DICIEMBRE Gnomos al Ataque 2D Doblada 2:40 pm
4:40 pm 6:40 pm
El Sacrificio del Ciervo Sagrado 2D Subtitulada
2:45 pm 5:15 pm 7:45 pm 10:15 pm Basada en Hechos Reales 2D Subtitulada 6:40 pm 8:50 pm Instinto Satánico 2D Doblada 5:20 pm 7:20 pm 2D Subtitulada 9:20 pm Avengers: Infinity War 2D Doblada 2:00 pm 2:30 pm 3:00 pm 3:30 pm 4:30 pm 5:15 pm 5:45 pm 6:15 pm 6:45 pm 8:30 pm 9:00 pm 9:30 pm 10:00 pm 2D Subtitulada 4:00 pm 7:15 pm 7:45 pm 10:30 pm 11:00 pm 3D Doblada 4:45 pm 8:00 pm Los Extraños: Cacería Nocturna 2D Doblada 7:50 pm 9:50 pm Invasión: La guerra ha comenzado 2D Doblada 4:10 pm Rampage: Devastación 2D Doblada 8:40 pm Yo soy Simón 2D Doblada 2:50 pm Verdad o Reto 2D Doblada 5:40 pm
2D GNOMOS AL ATAQUE 13:40 14:15 16:20 SACRIFICIO SIERVO SAGRADO 13:10 15:40
20:50
2D AVENGERS INFINTY WAR 1 13:30 14:00 14:30 15:30 15:50
3D AVENGERS INFINTY WAR 1 13:00 15:00 16:15 18:15 19:25
2D AVENGERS INFINTY WAR 21:15 2D VERDAD O RETO 13:20 2D RAMPAGE DEVASTACION 18:25
MULTICINES EL RECREO SACRIFICIO SIERVO SAGRADO 13:25 15:50
19:40
2D GNOMOS AL ATAQUE 13:25 15:30 17:35 2D AVENGERS INFINTY WAR 1 Español 13:00 13:40 14:00 14:20 14:35 15:00 15:20 15:40 16:00 16:15 16:55 17:15 17:35 17:50 18:15 18:35 18:55 19:15 19:30 20:10 20:30 20:50 21:05 21:30 21:50
3D AVENGERS INFINTY WAR 1 13:20 14:45
16:35 18:00 19:50
2D RAMPAGE DEVASTACION 18:20 2D VERDAD O RETO 13:40 20:45
MULTICINES EL CONDADO 2D GNOMOS AL ATAQUE 13:50 15:50 17:50 2D AVENGERS INFINTY WAR 1 Español 13:00 13:45 14:05 14:30 15:20 15:40 16:10 16:55 17:15 17:40 18:30 18:50 19:20 20:05 20:25
3D AVENGERS INFINTY WAR 1 ( R) 13:20 14:55 16:30 18:05 19:40
2D RAMPAGE DEVASTACION 19:50 2D VERDAD O RETO 13:10
Habría matado a su padre por un dólar
Choque entre motos deja dos heridos
habitantes de Barreiro Viejo aún no salen del asombro y del horror. No se explican por qué el joven Boris F., de 20 años, habría asesinado a su padre: Alejandro F., de 81 años, lanzándole una enorme piedra sobre su cráneo. El cuerpo del adulto mayor que fue descubierto por su hija, quien reportó el caso a las autoridades.
Arenales, sector San Juan del cantón Quinindé, se impactaron lateralmente y resultaron heridos. Según testigos, uno de los motoristas iba con dirección Malimpia-Arenales, cuando el otro salió intempestivamente desde una guardarraya y lo impactó violentamente. El percance ocurrió el último sábado. (KOP)
LOS RÍOS• Desde que se enteraron de la perturbadora noticia, los
POLICIAL
ESMERALDAS• Dos motociclistas que circulaban en la vía Malimpia-
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MIÉRCOLES 09 DE MAYO DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
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Espás escondían una presunta red de trata Tras una fachada de espás o centros de masajes y relajación se habría fraguado un presunto delito de trata con fines de explotación sexual. Dos personas fueron procesadas ayer en una audiencia de formulación de cargos. Lady H. y Adrián M., de nacionalidad venezolana y ecuatoriana respectivamente, quedaron encarcelados luego de que el Juez de Garantías Penales dispusiera la orden de prisión preventiva en su contra. La Fiscalía de Pichincha cuenta con 90 días para sustentar la investigación y de confirmarse su responsabilidad en el caso, los sospechosos podrían pagar una pena de 16 a 19 años de cárcel.
Organización internacional ° Fabián Salazar, fiscal provincial de Pichincha, detalló que esta sería una organización delictiva que, al parecer, integra una red transnacional. Según el funcionario, las ofertas ilícitas de sexo llegaban hasta usuarios de redes sociales de EE.UU. quienes aprovechaban sus viajes al país para darse un salto por los espás intervenidos. Las autoridades no descartan nuevos operativos.
Durante los dos allanamientos, los agentes fiscales y policías encontraron preservativos dentro de los espás en los que presuntamente se ejercía la prostitución de forma clandestina. Fabián Salazar, fiscal provincial de Pichincha, explicó que la intervención se hizo por denuncias ciudadanas que reportaron las actividades ilícitas dentro de esos negocios cuya aparente actividad comercial se enmarcaba en lo que oferta un centro de relajación o masajes. Sin embargo, durante la investigación, las autoridades descubrieron que los masajes que ahí se practicaban sobrepasaba el fin estético y terapéutico. Los uniformados también encontraron sustancias sujetas a fiscali-
zación que serán analizadas por peritos de antinarcóticos. Operativo
La operación se llevó a cabo el último lunes por la tarde. Dos establecimientos ubicados en el centro norte de Quito fueron allanados. Uno de ellos se encontraba en los altos de un edificio situado en la calle Jorge Washington y Amazonas, a pocos metros de la Fiscalía de Pichincha. Según Salazar, en el operativo se rescató a 20 víctimas, entre ellas una menor de edad. Aparentemente, las mujeres ofrecían servicios sexuales a cambio de remuneraciones económicas. Ellas ahora están bajo la tutela del programa de protección a
Camión que llevaba cargamento de vidrio se vuelca en la ruta Collas Cinco personas resultaron heridas durante un percance de tránsito registrado ayer por la mañana en la ruta Collas, a la altura de Guayllabamba, al nororiente del Distrito. El incidente fue reportado a las 10:40 al Cuerpo de Bomberos, cuyos miembros se encontraron con trozos de vidrio regados por todo el asfalto del puente que conduce al aeropuerto y donde el trailer se volcó. El teniente Alejandro Salazar, miembro de la ‘Casaca roja’, explicó que se emplearon 20 efectivos para sacar al conductor que quedó atrapado en la cabina del automotor. Los uniformados usaron herramientas PERCANCE. El volcamiento obstaculizó la circulación en la vía periférica. hidráulicas para rescatarlo y llevarlo estable hasta una am- lizado en la investigación de es la vía, no hubo ningún otro siniestros de tránsito también vehículo involucrado y tambulancia. intervino en el inciden- poco se reportaron pérdidas El bombero agregó te. El camión circulaba humanas. que además se identificó a EL DATO Los bomberos esperaron hacia el oriente cuando otras cuatro personas que resultaron afectadas tras El paso por esa en una curva perdió hasta que se levantara al cael siniestro. Ellos sufrie- ruta fue habilita- pista hasta que terminó mión para retirar los trozos de ron golpes leves y requi- do al mediodía. volcándose sobre la cal- vidrio y restos de piezas autozada. Afortunadamen- motrices que quedaron esparcirieron ser hospitalizados. Personal policial especia- te, pese a lo concurrida que das sobre la carretera. (FLC)
ALLANAMIENTO. Agentes de la Policía y Fiscalía durante el allanamiento en los supuestos centros de relajación.
víctimas y testigos. El Fiscal de Pichincha no descarta que estas actividades se estén llevando a cabo en otros
establecimientos y advierte que la investigación no ha concluido con la captura de las dos personas involucradas. (FLC) P
La empresa Asphaltvias solicita que las siguientes personas se acerquen a cobrar las utilidades del año 2017: • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •
Prado Landazuri Segundo Cornelio Haro Bravo Luis Humberto Arellano Tenemaza Jorge Eduardo Cachaguay Flores Luis Daniel Cuichan Haro Jorge Anacleto Daquilema Tixi Jose Pedro Daquilema Tixi Segundo Manuel Diaz Simbaña Byron Rodolfo Frias Ayala Luis Hernan Lema Limaico Marco Vinicio Lllulluna Quinchimbla Jesus David Togan Yanacallo Stalin Rene Veloz Heredio Marco Eduardo Morales Taramuel Jose Jaime Moreira Moreira Mario Alexander Naula Evas Segundo Carlos Oña Barahona Luis German Pineida Umaquinga Gabriel Pirca Buñay Pedro Feliciano Quinchimbla Morales Cristiam Wladimir Quishpe Guaytarilla Jose Ricardo Salas Ipial Holger Fernando Simba Simba Segundo Anibal Simbaña Simbaña Jose Marcelo Simbaña Titoaña Alex Jonathan Togan Coro Carlos Marino Togan Coro Nolberto Rene
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En los locales se rescató a unas 20 víctimas que eran obligadas a prostituirse.
QUITO
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REPORTE
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MIÉRCOLES 09 DE MAYO DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
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Estos seres espirituales siempre han hecho la misma labor de alabar a Dios cumpliendo su voluntad.
LÍDER. El arcángel San Miguel, vestido como guerrero con tonos azul y rojo, es el jefe de todos los arcángeles.
‘NO ANDAMOS SOLOS, LOS ÁNGELES NOS ACOMPAÑAN’
Á
ngel o angelos en griego, en sánscrito se le dice anguilas, en persa se lo conoce como angaros, en hebreo es malakh, en árabe es malak ambos. Su nombre significa ‘el mensajero’. Los ángeles se encuentran en todas las religiones. Amadora, experta en esta temática, habla de la devoción que los seres humanos tienen a los ángeles, a quienes consideran seres espirituales. Pero ellos habitan en diferentes peldaños, que son mundos sutiles que existen entre el hombre y el Creador. Aunque no se los ve físicamente, existe una frecuencia vibratoria entre ellos y las personas. Ellos, añade Amadora, quieren que se los ame y reconozca como hermanos de mayor evolución, que se agradezca su trabajo y se los respete; que pidan su intersección y su asistencia y que se hable con ellos a través de la oración, que es el arma más poderosa que el ser humano tiene para pedir ayuda o agradecer. La especialista cuenta que el mundo angelical tiene nueve categorías que están divididas en tres decanatos o esferas. En el primero están los ángeles que actúan como consejeros celestes: los serafines, los querubines y los tronos. En el segundo están los que actúan como gobernadores celestes: las dominaciones, las virtudes y las potestades. Y en el tercer decanato se encuentran los ángeles que actúan como mensajeros celestes: los principados, los arcángeles y los ángeles. La primera triada
de Dios. Construyen los vehículos donde se alberga el alma, son los guardianes de los planetas, porque cada uno de ellos es un trono para el creador. La segunda triada
Las dominaciones son ángeles de aura dorada que regulan las funciones y deberes de los grupos de ángeles inferiores a ellos, para que funcione el plan divino y el crecimiento espiritual del ser humano. Se presentan como revelaciones en los sueños, son los que susurran al oído e invitan a compartir la bondad de Dios y de su hijo Jesús. La espada que ellos tienen en sus manos corta el mal, la ignorancia y la ceguera espiritual. Las virtudes son los responsables de los milagros que ocurren en la Tierra. Son los portadores de las bendiciones de Dios y llevan a la humanidad su gracia a través de los milagros. Son el signo del crecimiento, de la madurez y de la oportunidad que se da al alma para desarrollarse en un cuerpo material sobre un mundo físico. Los poderes o potestades son los guardianes del orden, controlan a los espíritus malignos cuando quieren hacer daño y no permiten que las fuerzas oscuras se infiltren. Son los ángeles que patrullan el cielo y ahuyentan el mal. Junto con las virtudes, guían a las almas desencarnadas que han abandonado el cuerpo y no encuentran “el camino a casa”.
QUERUBINES. En las iglesias se encuentran muchos rostros de niño con alas. Son ángeles al servicio de Dios.
Los serafines son los que rodean a Dios, representan su amor y están en comunión directa con él. Forman el coro de más alto rango. Amadora indica que serafín es ‘ser el Dios superior’. Es un ángel con seis alas, con las que se tapa los ojos para no ver las barbaridades que cometen los seres humanos. Los querubines son los guardianes de la luz y las estrellas, son el conocimiento y la sabiduría. Vibran en una frecuencia muy alta. La palabra ‘querubín’ -argumenta la experta- significa movimiento y viene de querub: plenitud del conocimiento de Dios; ellos son los guardianes del trono. En las iglesias se los representa con la cara de un niño con alas. Los tronos son los ángeles del lugar sagrado de Dios. Están en el sitio donde se une el cielo y la tierra y comienza la materia. Sus virtudes son la disciplina, la constancia, la fidelidad, su vibración es justicia y equilibrio y su labor es ver que se cumplan los designios
Tercera triada
Los principados o los príncipes celestiales guardan las naciones, dirigen a los líderes espirituales, como al papa Francisco. Ellos, asegura Amadora, ponen las ideas en las personas para que dirijan a los pueblos o los grupos de organizaciones creadas con un fin positivo; protegen a los seres humanos de los ataques negativos; protegen a todas las religiones, se encargan de la evolución espiritual. Son los que guían en el camino hacia Dios alejados de las guerras, las injusticias y los conflictos humanos y más bien despliegan amor y justicia, bondad y comprensión. Los arcángeles son los más conocidos en todas las religiones. En la judía, a través del árbol de la vida, reconocen a 10 arcángeles; la católica a tres. Pero son siete que están en los días de la semana y que está ligado al “maravilloso número 7”, asegura Amadora. Los ángeles son los seres celestes más cercanos a los hombres y los que se encargan de los problemas de los individuos. Existen muchos
Arcángeles En la semana
Para el arcángel Jofiel, que es el pensa°miento de Dios, rige el lunes con el color dorado o amarillo.
martes es para Chamuel, el arcángel °delElamor y el que ayuda a encontrar lo que se ha perdido y se le agradece con una oración. Se le ve siempre con un cupido al lado.
El miércoles es el rayo blanco o el día del °arcángel Gabriel, el de la pureza y el de la anunciación a María.
El jueves es el día de San Rafael, el °arcángel de la sanación. El viernes es para Uriel, que se le dis°tingue con el color naranja, en sus manos
lleva un pergamino y la llama de Dios para atraer la iluminación divina.
El sábado es para el arcángel Zadquiel, °quien es el patrono de los sacerdotes y el del perdón.
Los ángeles no quieren que les adoremos, sino que les amemos, nos piden que se los reconozca como nuestros hermanos y se les permita tomarnos de la mano para conducirnos en el regreso a casa”. AMADORA
y diferentes, dependiendo de su función. Los más conocidos son los ángeles de la guarda, quienes guían en momentos difíciles. (CM)
REPORTE A15
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MIÉRCOLES 09 DE MAYO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR
I
ECUATORIANA BUSCA ROMPER UN RÉCORD MUNDIAL DE NATACIÓN
Sara Palacios se prepara para empezar con el reto de los Siete Mares en julio.
Cuando Sara Palacios se arroje al mar, no habrá vuelta atrás. 34 kilómetros la separarán de cumplir su primer reto y el reloj empezará a correr sin detenerse. Un bote la guiará a través del Canal de la Mancha y por al menos 12 horas el agua será su único ambiente. No podrá apoyarse en ningún lugar, incluso tendrá que comer mientras se mantiene a flote. Un observador del reto Siete Mares estará presente durante toda la travesía para comprobar que no cometa ninguna infracción y su equipo cumplirá lo que han planificado desde hace meses. Desde lejos, se verá como un pequeño punto en el brazo de mar del océano Atlántico que separa el continente europeo de la isla de Gran Bretaña. Así se imagina su travesía la nadadora ecuatoriana de 32 años, quien el 2 de julio de 2018 viajará a Inglaterra para poner a prueba su resistencia. En el transcurso de 10 días podrá cumplir con el primero de siete retos con los que ha soñado desde que era niña. El reto mundial no es una competencia por lo cual nadará sola. Maratón en el agua
PASIÓN. La quiteña Sara Palacios ha practicado la natación por más de 20 años.
Conozca
Galo Yépez es el único ecuatoriano que ha cruzado el Canal de la Mancha. Cumplió con la travesía el 9 de septiembre de 1997.
Las siete travesías de la Mancha ° Canal del norte ° Canal de Cook ° Estrecho de Molokai ° Canal de Catalina ° Canal Tsugaru ° Estrecho ° Estrecho de Gibraltar
Winfield
Folkestone
Dover
Calais
París
FRANCIA
33 k ms
Canal de La Mancha
Calais Marck Sangatte
Wissant Elaboración: LA HORA
Dover
Canal
Kingsdown
nda
Mar del Norte
Deal
REINO UNIDO
Gran Bretaña Londres
Ho la
Worth
Alemania
Reto de Sara Palacios: el Canal de la Mancha
Coulogne
Oye-Plage
FRANCIA
Las mejores ideas, canciones y hasta recetas de cocina se le han ocurrido bajo el agua. Lo que más le gusta del deporte que practica desde los 6 años es que le da libertad. ‘Sara de Mar’ (decidió jugar un poco con su nombre Sara María) la define como una actividad un poco solitaria pero que ayuda a detener el tiempo. Justamente, el reto que intentará en menos de dos meses, sobrepasa las barreras del tiempo porque no importa cuántas horas se tarde, lo importante es que llegue al otro lado. Durante la historia, siete horas ha sido lo mínimo que alguien se ha demorado y 26 horas lo máximo. Desde hace un año, Palacios ha dedicado por completo su vida a la natación y al entrenamiento necesario para cruzar el Canal de la Mancha con el que ha soñando, desde que aprendió a nadar con Galo Yépez, el único ecuatoriano que ha logrado atravesarlo. Su vida transcurre entre las actividades con su hija de 7 años y su práctica en la piscina olímpica de Miraflores. Rodeada de gente que se sumerge en el agua, la quiteña se
Un desafío único ° Es un reto mundial al que se lo ha considerado como el equivalente del desafío de las Siete cumbres en montañismo. Solo siete personas en la historia han logrado completar las siete travesías. Stephen Redmond (Irlanda), Anna-Carin Nordin (Suecia), Michelle Macy (Estados Unidos), Darren Miller (Estados Unidos), Adam Walker, Kimberley Chambers (Nueva Zelanda) y Antonio Argüelles (México).
ENTRENAMIENTO. Hace un año Sara Palacios se enfocó especialmente en su preparación para el reto Siete Mares.
alista con su traje de baño, sus gafas con aumento y su gorra con diseño de catrina (personaje mexicano que representa una calavera). Comenta que nadar en una piscina es muy distinto a hacerlo en lagunas, mares, ríos o lagos. Una de las diferencias más notorias son las distancias. Las competencias al aire libre tienen mínimo mil metros de recorrido, el equivalente a 20 piscinas olímpicas de 50 metros. La experta explica que se les considera maratones a las competencias de más de 10 kilómetros. Ella ha participado en todas las que se realizan en Ecuador. En la Sierra: los lagos Cuicocha, Yaguarcocha y San Pablo. En la Costa: la milla Náutica en Salinas y la travesía de Bahía a San Vicente. En sus experiencias ha sido testigo de que el clima es un factor que se debe considerar para las competencias. Particularmente en el Canal de la Mancha solo se puede nadar en verano por las bajas temperaturas. Uno de los requisitos es que no puede nadar con traje para bucear sino que es obligatorio que vaya con traje de baño estándar. En busca del honor
Cuando nada, lo único que se ve de ‘Sara del Mar’ es la gorra que lleva puesta. Se da una vuelta completa (ida y vuelta) a la piscina olímpica y termina sin cansarse. La travesía para la que se ha preparado durante toda la vida se volvió más tangible en septiembre cuando se
postuló al reto. Para participar hay que registrarse oficialmente en la página del reto Siete Mares y separar una fecha disponible. Los miembros de la asociación revisan el perfil del postulante y lo aprueban. Todo implica un gasto económico que hasta ahora Palacios ha cubierto el monto con inversión privada, sus padres, ahorros y un auspiciante. Ella está en el punto de partida y cuando complete el primer reto tendrá que enfrentar seis desafíos más. Espera completarlos en los próximos cuatro años. Cuando los termine sus premios serán “el honor y la gloria”, dice con una sonrisa y añade que uno de sus objetivos es posicionar el nombre de Ecuador en un deporte que no es muy popular y para el cual no se consigue mucha inversión. En lo profundo
Sus mejores anécdotas las ha vivido en el agua. Una de las más recientes sucedió en febrero cuando estuvo en Lima, en la travesía más larga en la que ha estado hasta ahora. Recorrió 24 kilómetros en siete horas y media. Nadó junto a leones marinos y aunque no los vio, su novio quien ha sido su acompañante en todo momento tomó fotografías de esos momentos. Este viaje será decisivo para ella, para su familia y para quienes saben que nadar es un estilo de vida en el que siempre se buscan espacios más grandes y retos mayores. (PCV)
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TERRORÍFICA BELLEZA EN HAWAI La actividad del volcán Kilauea, en Hawai, es asombrosa. Las erupciones arrasan con todo y despiertan temor. Miles de personas han sido evacuadas. PÁGINA A7
Se salvan en el Guayllabamba Cinco personas resultaron heridas durante un percance de tránsito registrado ayer en la ruta Collas. PÁGINA A13
20 víctimas rescatadas de prostíbulos con fachada de espá
Tras el aspecto de centros de masajes y relajación se habría fraguado un presunto delito de trata de personas con fines de explotación sexual. PÁGINA A13
Barcos mantiene a la ‘U’ en la Sudamericana
Liga de Quito perdió 2-3 en Bolivia, pero clasificó a la segunda ronda de la Copa Sudamericana. El gol de visitante de Hernán Barcos fue definitivo. PÁGINA B11
Revista judicial C00
LUNES 24de noviembre de 2008 La Hora Quito, ecuador
MIÉRCOLES, 9 de mayo de 2018 La Hora Quito, ecuador revista no: 12152 Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío
Autora: Dra. Mariana Yépez Andrade
Política Criminal Si asociamos la política criminal con el funcionamiento del sistema penal en sus tres niveles que son: la construcción y definición de las normas y estrategias penales; los procesos de investigación y judicialización; y, la ejecución de las sanciones, resulta acertada la posición de que se trata de una política pública y que según Alessandro Barata se ocupa de la prevención y reacción del delito. La respuesta del Estado frente al conflicto social que es el delito puede tener varios enfoques, y en el Ecuador ese enfoque es de características minimalistas si tomamos en cuenta el artículo 195 de la Constitución de la República, cuyo texto así lo evidencia: “La Fiscalía dirigirá, de oficio o a petición de parte, la investigación preprocesal y procesal penal; durante el proceso ejercerá la acción pública con sujeción a los principios de oportunidad y mínima intervención penal, con especial atención al interés público y a los derechos de las víctimas….” El Código Orgánico Integral Penal recoge la norma Constitucional y ratifica la facultad del Fiscal de abstenerse de ejercer la acción penal en dos circunstancias, una de ellas por aplicar el principio de oportunidad (Art. 411), siendo así una excepción al ejercicio de la acción, lo que constituye una interpretación diferente del sentido de la norma constitucional, que le da un carácter general al establecer que el ejercicio de la acción se sujetará a los principios de oportunidad y de mínima intervención. Concepto y alcance del principio de oportunidad: Este principio tiene como vectores ideológicos los siguientes: La descongestión de los despachos, la uti-
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es una edición de diario la hora
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PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD EN ECUADOR
lidad pública, el interés social, el poco impacto en el interés público y el efecto positivo en el posible responsable. Según Bacigalupo: el principio de oportunidad no debe entenderse tan solo como la renuncia a la acción del Fiscal si se presentan determinadas condiciones, sino más bien, todo tratamiento penal diferenciado del conflicto social representado por el hecho delictivo. Este es un criterio muy amplio y los procedimientos diferenciados pueden ser varios, lo que no es admisible en nuestra legislación porque el principio de oportunidad no está ligado a los procedimientos especiales y va hacia la no iniciación del pro-
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cedimiento o de la continuación del mismo, antes de que concluya la etapa de instrucción fiscal. Es la facultad del titular de la acción penal para disponer de su ejercicio, bajo determinadas condiciones con independencia de que se haya acreditado o no la existencia de un hecho punible, y aún más: que se haya descubierto la persona vinculada a tal hecho. Se basa en la discrecionalidad del Fiscal para iniciar o no una investigación o para continuarla. Es la renuncia al ejercicio de la acción penal; es una excepción al principio de oficialidad, Se aplica en delitos identificados como de poca significación social y que no tengan impacto público.
Es un principio que tiene fundamento en la utilidad o en razones político criminales, por lo que la discrecionalidad del Fiscal debe estar regulada por la ley. Requiere no solamente de una clara y precisa política criminal del Estado que lo sustente y aplique, sino igualmente de Fiscales con suficiente capacitación y trascendente formación en valores. “La aplicación del principio de oportunidad, presupone entonces de precisión en su manejo, reclamando de suficiente cohesión en su aplicación instrumental, frente a otros fundamentales y conocidos principios como el de legalidad tipicidad, antijuridicidad (material y formal) e igualdad; y lo que es más, en el referente constitucional que ese manejo implica” (Javier Antonio Villanueva Meza, El principio de oportunidad en el sistema penal acusatorio”). Sobre la naturaleza, el mismo autor dice que es tripartita: política, jurídico administrativa y jurídico procesal. En ese contexto, la aplicación del principio es una decisión política del Estado, cuya intervención en la persecución
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penal se torna selectiva. Requisitos para su aplicación: En nuestra legislación el principio de oportunidad es reglado y es de excepcionalidad, ya que el artículo 412 del COIP prevé que se aplicará únicamente en dos casos: a) En las infracciones culposas en las que el investigado o procesado, sufre un daño físico grave que le imposibilite llevar una vida normal. (Esto es lo que se conoce como pena natural); y, b) Cuando la infracción tenga una sanción con pena privativa de la libertad de hasta cinco años, excepto en los siguientes delitos: - los que comprometan gravemente el interés público, - los que no vulneren los intereses del Estado, - por graves violaciones a los derechos humanos, - contra el derecho internacional humanitario, - contra la integridad sexual y reproductiva, - de delincuencia organizada, - de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, - de trata de personas, - de tráfico de migrantes, - de odio, - los relacionados con sustancias catalogadas sujetas a fiscalización; y, - los que se cometen en contra de la estructura del Estado constitucional de derechos y justicia. De esta larga lista se infiere que el Fiscal no tiene un campo muy amplio para disponer de la pretensión punitiva del Estado, pues de los delitos descritos en los artículos 79-392 del Código Orgánico Integral Penal distribuidos en ocho capítulos del título IV del libro Primero, son pocos los casos en los cuales procedería el principio de oportunidad. CONTINUA EN la página - c2
PRÓXIMO ARTÍCULO:
“FUERO DE CORTE NACIONAL DE JUSTICIA EN MATERIA LABORAL”
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Revista judicial C2
MIÉRCOLES 9 de mayo de 2018 La Hora Quito, ecuador
Trámite El Art. 413 del propio COIP señala el trámite, en el cual se observa que la decisión del Fiscal debe ser conocida por el Juez en una audiencia, quien analizará si el caso cumple con los requisitos legales exigidos, de lo contrario y si no está de acuerdo con la apreciación del Fiscal enviará dentro de los tres días siguientes a la o al Fiscal Superior para que ratifique o revoque la decisión en el plazo de diez días desde la recepción del expediente. DIVORCIOS REPUBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO JUDICIAL CITESE AL SEÑOR: MORA MOREIRA LUIS ANTONIO CON LA DEMANDA DE DIVORCIO CONTENCIOSO Y AUTO DE CALIFICACIÓN DEL MISMO CONFORME LO DISPONE EL ART 56 NUMERAL 1) DEL CODIGO ORGANICO GENERAL DE PROCESOS (COGEP). CAUSA:- 17201-2018-00020 JUICIO: D I VO RC I O CONTENCIOSO A C TO R /A : CHULDE SANCHEZ SONIA MARITZA D E M A N DA D O : M O RA MOREIRA LUIS ANTONIO ABOGADA DEFENSORA: AB. HEIDY PULAMARIN JUEZ.- DR. ALBAN PINTO HUMBERTO MANUEL PROVIDENCIA: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL C A N TO N C AYA M B E DE LA PROVINCIA DE P I C H I N C H A . -V I STOS Cayambe, jueves 5 de abril del 2018, las 09h14, Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial, mediante acción de personal N° 7297-DP-UPTH, de fecha 20 de marzo del 2014.- Avoco conocimiento de la presente Demanda de Divorcio Contencioso presentada por la actora: CHULDE SANCHEZ SONIA MARITZA.- Incorpórese al proceso el escrito de fecha 20 de marzo del 2018 , las 15h46, presentado a esta autoridad por la actora: CHULDE SANCHEZ SONIA MARITZA, en la que completa la demanda en cumplimiento a lo dispuesto en providencia inmediata anterior.- a.- En lo principal la demanda que antecede luego de ser completada, por reunir los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica como clara, precisa y reúne los requisitos exigidos por la ley, en consecuencia se la admite a Procedimiento Sumario, conforme al Art. 332 numeral 4, previsto en el Capítulo III, Título I, Libro IV del Código Orgánico General de Procesos(COGEP), publicada en el Registro Oficial Suplemento: 506 del 22 de mayo del 2015.- b.- CÍTESE
JUDICIAL QUITO
Si el Fiscal Superior revoca la decisión, no podrá solicitar nuevamente la aplicación del principio y el caso pasará a otro Fiscal para que inicie la investigación o continúe con la tramitación, pero si ratifica la decisión remitirá lo actuado al Juzgador para que declare la extinción del ejercicio de la acción penal. Significa entonces que el Fiscal tiene dos controles: del Juez y del Fiscal Superior, lo que limita su actuación, o más bien su facultad, porque es a él que le corresponde con exclusividad el ejercicio de la acción penal, y por tanto únicamente él puede disponer de ésta, siempre que se cumplan las exigencias o condiciones determinadas en la ley. De este modo el principio se
en legal y debida forma con copias de la demanda, copias de la prueba documental adjunta, el escrito que antecede; y, ésta providencia, en la dirección señalada en la demanda, al demandado señor: MORA MOREIRA LUIS ANTONIO a través de la oficina de citaciones conforme lo dispuesto en el Capítulo I, Título I, Libro II del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), el citador judicial deberá sentar la razón correspondiente advirtiendo al demandado que debe comparecer a juicio, señalar domicilio judicial y/o dirección del correo electrónico, en caso de no comparecer se procederá en rebeldía. El demandado: MORA MOREIRA LUIS ANTONIO, tendrá el término legal de QUINCE (15) días desde su citación para contestar la demanda propuesta en su contra, conforme lo señala el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos.- La contestación a la demanda será por escrito y cumplirá en lo aplicable los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).- El demandado deberá pronunciarse en forma expresa sobre cada una de las pretensiones de la actora, sobre la veracidad de los hechos alegados en la demanda y sobre la autenticidad de la prueba documental acompañada, con la indicación categórica de lo que admite o niega, además al contestar su demanda deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, en fin deberá dar irrestricto cumplimiento a lo dispuesto en los Arts. 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos.- La Audiencia Única se realizará en el término máximo de treinta días contados desde la contestación a la demanda.- El actor o su abogado defensor concurra a esta Judicatura en días y horas hábiles, a fin de que saque copias de los documentos necesarios para el cumplimiento de la diligencia de citación.- c.- No se fija pensión alimenticia, por cuanto existe una resolución de demanda de pensiones alimenticias dentro de la causa 17201-2013-2112 de esta judicatura.- e.- Téngase en cuenta la insinuación de la
Curadora Ad litem hecho por la accionante, para lo cual en virtud de lo dispuesto en el Art. 32, tercer inciso del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se designará Curadora Ad litem a la señora: SUSANA GUADALUPE CHULDE SANCHE SANCHEZ , eximiéndole de la obligación que tiene de rendir fianza dada la naturaleza de la guarda, para que le represente al menor: MIKEL RONAL MORA CHULDE en la presente causa, quién tomará posesión de su cargo el día en que se lleve a cabo la Audiencia Única.- f.- En la Audiencia Única, se receptará bajo juramento los testimonios de los testigos anunciados por el actor señores: JIMMY CRISTOBAL ESPINOZA INTRIAGO y MAURA MARICELA FUERES FUERES a quienes se encargará de notificarle el actor para su comparecencia a la audiencia única, sin perjuicio que a través de secretaría se les notificará mediante boletas con tres días de anticipación a la Audiencia Única, advirtiéndoles la obligación de comparecer, desde ya previniéndoles que en caso de no hacerlo y no justificar su ausencia, serán conminados a comparecer con el apoyo de la Policía Nacional, conforme lo ordena el Art. 191 del Código General de Procesos.- g.- Téngase en cuenta la prueba documental adjunta.- Tómese en cuenta el domicilio judicial y correo electrónico señalado por la actora para recibir posteriores notificaciones que le correspondan, así como la autorización conferida a su defensora la AB. HEIDY PULAMARIN para que le patrocine legalmente en la presente causa.- Lo que comunico para los fines legales pertinentes.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN CAYAMBE DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Cayambe, miércoles 25 de abril del 2018, las 14h08.En lo principal.-Haciendo un alcance al auto de calificación de fecha 5 de abril del 2018, las 09h14 con respecto a la citación .- Por cuanto la actora: CHULDE SANCHEZ SONIA MARITZA, bajo juramento ha declarado que ha
efectiviza a través de la declaración del Juez que controla la aplicación, lo que se opone a la disposición constitucional y a la discrecionalidad del Fiscal en el ejercicio de la acción penal. Efectos -Extinción de la acción: De acuerdo con el precitado artículo 413, la aplicación del principio y su admisión extingue la acción penal por declaratoria del Juez. Al respecto, cabe mencionar que esta forma de extinguir la acción no está contemplada en el artículo 416 del propio COIP, por cuya razón entenderemos o que este artículo omitió considerarlo o que el artículo 413 se contrapone con el 416.
-Derechos de la víctima Si bien es verdad que del trámite determinado en el artículo 413, la víctima no tiene ninguna posibilidad de pronunciarse u oponerse a la aplicación del principio, y su presencia en la audiencia no es obligatoria y obviamente no puede opinar, no es menos cierto que ella no pierde sus derechos a reclamar la reparación integral por los perjuicios derivados del acto ilícito, cuya persecución penal ha renunciado el Fiscal. En este caso, los resultados del delito se transforman en consecuencias civiles y por tanto se configura otra notable diferencia para obtener la reparación integral sin la intervención del Juez de Garantías Penales y menos aún sin una sentencia condenatoria.
Todo el mundo desea saber, pero pocos están dispuestos a pagar el precio. J u v e na l D e c i m u s I u n i u s . Poeta latino. sido imposible determinar el domicilio o residencia del demandado: MORA MOREIRA LUIS ANTONIO, pese a las diligencias necesarias para ubicar su domicilio, CITESE, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de los que se editan en la localidad al demandado señor: MORA MOREIRA LUIS ANTONIO, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y Art. 119 del Código Civil.- El demandado: MORA MOREIRA LUIS ANTONIO, tendrá el término legal de QUINCE (15) días desde su citación para contestar la demanda propuesta en su contra, conforme lo señala el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos.- La contestación a la demanda será por escrito y cumplirá en lo aplicable los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).- El demandado deberá pronunciarse en forma expresa sobre cada una de las pretensiones de la actora, sobre la veracidad de los hechos alegados en la demanda y sobre la autenticidad de la prueba documental acompañada, con la indicación categórica de lo que admite o niega, además al contestar su demanda deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, en fin deberá dar irrestricto cumplimiento a lo dispuesto en los Arts. 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos.- La Audiencia Única se realizará en el término máximo de treinta días contados desde la contestación a la demanda.- La actora o su abogada defensora concurra a esta Judicatura en días y horas hábiles, a fin de que retire los documentos necesarios para el cumplimiento de la diligencia de citación.-NOTIFIQUESE.Cayambe 26 de Abril del 2018.
AB. CISNEROS MORALES RAFAEL GUSTAVO SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON CAYAMBE Hay firma y sello PAC70680fa
EJECUTIVOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: RODRIGO ERNESTO LOPEZ JACOME, en calidad de Representante Legal de la Compañía ENCAISSER S.A ACTOR: RODRIGO GUSTAVO S A LVA D O R ROSERO y YOLANDA BEATRIZ SALVADOR GUERRERO DE SALVADOR DEMANDADOS: RODRIGO ERNESTO LOPEZ JACOME, en calidad de Representante Legal de la Compañía ENCAISSER S.A. JUICIO: Civil No. 172302017-08237 TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 12-062017 CUANTIA: USD. 36.336,97 PRETENCION: “PAGO DEL PAGARE A LA ORDEN POR EL VALOR USD. 37.800,00 .”. JUEZA PONENTE: DRA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 30 de junio del 2017, las 16h17.VISTOS: En lo principal, la demanda y ampliación presentadas por RODRIGO G U STAVO SA LVA D O R ROSERO y YOLANDA B E AT R I Z SA LVA D O R GUERRERO DE SALVADOR, son claras y contienen los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en un pagare a la orden, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del
COGEP, constituye título ejecutivo y contiene una obligación conforme la disposición del artículo 348 ibídem, por lo que se admite a trámite en procedimiento ejecutivo; en consecuencia, CÍTESE a RODRIGO ERNESTO LÓPEZ JACOME, en calidad de Gerente General de la compañía ENCAISSER S.A., en la dirección indicada, para que en el término de quince (15) días cumpla la obligación demandada o formule oposición en la forma prevista por los Arts. 351, 353, 151 y siguientes del COGEP, bajo la prevención de lo dispuesto por el Art. 352 ibídem, esto es que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia.- Remítanse las boletas de citación a la oficina correspondiente, a fin de que se cite a la parte demandada de acuerdo a lo establecido por los Arts. 54 y 55 del COGEP, para tal efecto la parte accionante proporcionará las copias necesarias.- En caso de oposición considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda, situación que estará a lo previsto por el Art. 354 ibídem. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones. NOTIFÍQUESE.-f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 12 de abril del 2018, las 14h16, En vista del juramento rendido por la parte accionante de las gestiones realizadas en los Registros Públicos para dar con el paradero de la parte demandada y de la imposibilida de determinar el domicilio, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor RODRIGO ERNESTO LOPEZ JACOME, en calidad de Representante Legal de la Compañía ENCAISSER S.A., por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda y de la providencia respectiva.- NOTIFIQUESE.-
Conclusión: El principio de oportunidad tiene sustento constitucional y no debe ser confundido con el principio de mínima intervención del derecho penal, porque éste implica la utilización de otras formas para solucionar los problemas derivados del delito, de modo que el derecho penal sea de última ratio, una de ellas es la conciliación y no el principio de oportunidad cuya naturaleza no es solucionar los resultados del delito, sino más bien no perseguirlo si se dan las exigencias legales, y que tampoco produce impunidad porque la víctima no pierde sus derechos. Mariana Yépez Andrade marianayepezandrade@gmail.com
f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro, Juez. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 26 de abril del 2018. Certifico.AB.RAUL VELEZ NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/108788/AT R del E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA C I TAC I Ó N JUDICIAL A: ROJAS PLACENCIO HILDA DEL ROCIO Y ROJAS PLACENCIO JULLY ANGELICA ACTOR: ING. C A R LO S SANTIAGO GUALOTUÑA SUQUILLO, GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO LUZ DEL VALLE LTDA DEMANDADO: ROJAS PLACENCIO HILDA DEL ROCIO, ROJAS PLACENCIO JULLY ANGELICA JUICIO: EJECUTIVO CUANTIA: USD$ 5000,00 JUEZ: DR. LEONEL FERNANDO MOPOSITA OÑO JUEZ SUBROGANTE Dentro del Juicio No. 172312016-00893 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, 25 de enero el 2017, las 14h53.VISTOS: ABG. LUIS VICENTE SALAZAR ROMAN, en mi calidad de Juez Subrogante de la Unidad Judicial Civil con sede en el del Cantón Rumiñahui, Provincia de Pichincha, mediante Acción de Personal No. 10475-DP17-2016-VS.- En lo principal: 1.- CALIFICACION: La demanda presentada por el señor JOSE JULIO GUALOTUÑA LEMA, en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Luz del Valle”, es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, puesto que se fundamenta en el pagaré a la orden que adjunta a la demanda y que obra a fojas 1 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto
en el artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo código, por lo que se CALIFICA y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- 2.En consecuencia los demandados: ROJAS PLACENCIO HILDA DEL ROCIO, en calidad de deudora principal; y, ROJAS PLACENCIO JULLY ANGELICA, en su calidad de deudora solidaria, en el término de quince (15) días, conteste la demanda conforme lo determina la parte final del artículo 351, o proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, conforme a lo establecido en el artículo 352 de la misma norma.- 3.- ANUNCIO DE PRUEBAS: Considérese el anuncio de los medios probatorios propuestos en la demanda.- 4.- CITACIÓN: Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto, a los demandados: ROJAS PLACENCIO HILDA DEL ROCIO, en calidad de deudora principal, en el lugar que se indica en la demanda a trvés de la oficina de citaciones; y, ROJAS PLACENCIO JULLY ANGELICA, en su calidad de deudora solidaria, en la dirección señalada en la demanda, mediante atento DEPRECATORIO a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Civil con Sede en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, a quien se ofrece reciprocidad en casos análogos. 5.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- 6.-Téngase en cuenta la casilla judicial No. 39 y correos electrónicos señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones, así como la facultad conferida en el patrocinio al Abg. Edison Patricio Flores Valencia. 7.Actúe la Dra. Sonia Coloma, en calidad de Secretaria (e) de esta Judicatura.- CITESE Y NOTIFÍQUESE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, viernes 12 de enero del 2018, las 16h09, VISTOS: Los escritos que anteceden
agréguese al proceso.- En lo principal, se dispone que por Secretaría se confiera el extracto ordenado en providencia dictada el 3 de octubre del 2017, a las 14h49, a fin de dar cumplimiento con la citación a los demandados ROJAS PLACENCIO HILDA DEL ROCIO, y, ROJAS PLACENCIO JULLY ANGELICA, y ordenado en auto de sustanciación dictado el 3 de octubre del 2017, las 14h49.- No se toma en cuenta el casillero judicial No. 2202 señalado por el actor, por no pertenecer a esta jurisdicción.NOTIFIQUESE.Dra. Ligia Leiva Brussil SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAP/70692/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL C I TAC I Ó N JUDICIAL A: CARLOS ALBERTO PICHIMBA MALDONADO ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: CARLOS A L B E RTO P I C H I M BA MALDONADO JUICIO: No. 17230-201511440 (EJECUTIVO-COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN) CUANTIA: $6.500,00 (SEIS MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100) BASE LEGAL: ART.419, ART.421 Y SIGUIENTES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL ABOGADO DEFENSOR: DR. MARCO MOYA ROBAYO CASILLA JUDICIAL: 3463 JUEZ PONENTE: DRA. VIVIANA JEANNETH PILA
AVENDAÑO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 18 de agosto del 2015, las 14h23. VISTOS.- Por virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Civil DMQ-Quito, encargado del despacho del Dr. Eduardo González, avoco conocimiento de la presente causa. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el Dr. Absalon Rigoberto Barrera Carrasco, como Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A., , conforme lo justifica con la escritura pública aparejada al libelo de demanda. En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de ley, por lo que se le acepta a trámite por la vía ejecutiva que corresponde. Como el título y la obligación prestan mérito ejecutivo, requiérase a el ejecutado CARLOS ALBERTO PICHAMBA MALDONADO, como deudor, a fin de que dentro del término de tres días cumpla con la obligación demandada o proponga las excepciones de que se crea asistido, bajo prevenciones de dictar sentencia en caso de no cumplir. Cítese a la parte demandada, en la dirección proporcionada por el accionante en el libelo de demanda, para cuyo efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Dejando copias debidamente certificadas y recibo en autos para descargo del Juzgado, desglósese los documentos aparejados a la demanda y entréguese conforme lo solicita el actor.Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial y correo electrónico señalados. CÍTESE y NOTIFÍQUESE.f).- Ab. Juan Pablo Mariño Tapia, Juez Encargado.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 19 de abril del 2018, las 15h12, El escrito que antecede agréguese al proceso. En lo principal: En mérito al juramento rendido por la parte actora, documentos que obran de autos y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese en legal y debida forma a la parte demandada CARLOS A L B E RTO P I C H I M BA MALDONADO, con los recaudos procesales necesarios, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación editado en esta ciudad de Quito, la parte demandada una vez que concluya el término señalado en el Art. 56 último inciso del Código Orgánico General de Procesos, que dispone: “… Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda…”, legalmente citados propongan las excepciones correspondientes a las que se creyeran asistidos. Para el efecto por Secretaria confiérase el extracto correspondiente. NOTIFIQUESE. f). Dra. Viviana Jeanneth Pila Avendaño, Jueza. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.AB. CLAUDIA SOLANGE LEYTON GUAYASAMIN SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE
REMATES JUDICIALES TIPO UBICACIÓN ÁREA CÓDIGO DE BIEN DE REMATE PICHINCHA, Propiedad: Casa QUITO 300 m2 Sector: Construcción: EC-RJ-10098 Solca dos casa de 200 m2 y 98m2 PICHINCHA, Casa QUIITO Propiedad: Sector: 7036 m2 Cumbaya San Francisco Construcción: de Quito 600 m2 Casa
PICHINCHA, QUITO Sector: Parroquia Cotocollao
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PICHINCHA, QUITO: Sector: La Mariscal
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EC-RJ-10291
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EC-RJ-10418
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279,974.50 $
EC-RJ-10495
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PICHINCHA Hay firma y sello PAR/108798/AT CITACIÓN JUDICIAL A: MONGE FREIRE FABIO EDMUNDO, y SALGADO ALBAN LUCIA JUICIO: E J EC U T I VO (CONTRATO DE MUTUO) No. 17230-2016-19074 CUANTIA: 12.327,03 USD ACTOR: GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, PROCURADORA JUDICIAL del BANCO GUAYAQUIL DEMANDADOS: MONGE FREIRE FABIO EDMUNDO Y SALGADO ALBAN LUCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA.-. Quito, 20 de diciembre del 2016, las 12h39; VISTOS: VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito; y, en virtud del sorteo electrónico de ley, que precede.- La demanda que antecede presentada por la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, en su calidad de procuradora judicial del representante legal del Banco Guayaquil S.A.; en contra de los señores Fabio Edmundo Monge Freire y Lucía Salgado Albán; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), además se fundamenta en el cobro de un contrato de mutuo, documento que al tenor de lo previsto en el número 3 del artículo 347 del invocado cuerpo legal, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem se admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO.- De conformidad con el artículo 159 del
Código Orgánico General de Procesos, considérese el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CÍTESE a la parte demandada, señores Fabio Edmundo Monge Freire y Lucia Salgado Albán, en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará copias de la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial y se enviara suficiente despacho en forma a la oficina correspondiente; citación que se la hará conforme a lo establecido en el art. 54 y 55 del Cuerpo Legal invocado (la accionante provea de las copias necesarias para la citación); a fin de que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos la documentación adjunta a la demanda. Téngase en cuenta el casillero judicial, casillero electrónico designado por la compareciente para sus posteriores notificaciones; así como, la calidad en la que comparece; y, la autorización que le confiere a sus defensores técnicos.- Conforme lo establece el art. 196 Ibídem, por el momento se niega el desglose solicitado.- Actúa la Dra. Rosa Guerrero Castro, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE y CÍTESE. f) Dra. Celma Espinosa Venegas.- JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL
CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 4 de abril del 2018, las 15h45, VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de los demandados, se dispone: CÍTESE a los demandados MONGE FREIRE FABIO EDMUNDO, y SALGADO ALBAN LUCIA, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánica General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.-f)Dra. Celma Espinosa Venegas .- JUEZA Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAR/108759/AT EXTRACTO DE CITACIÓN A: GEOVANNY GUSTAVO BUITRON ROJAS LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio Concursal No. 17233-2017-00427, seguido por BANCO PICHINCHA C.A. S.A. (DR. JUAN JOSE TOSCANO GARZON (PROCUADOR JUDICIAL): le hago saber lo siguiente: TRÁMITE: CONCURSO DE ACREEDORES CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO DE LA DEMANDA: “ Solicito dicte el auto de apertura de concurso necesario, ordene la citación al demandado, convoque a junta de acreedores, para lo cual señalará día y hora, designe sindico o sindica quien será depositario de los bienes, disponga el embargo de todos los bienes muebles e inmuebles de propiedad del fallido, ordene la publicación en la página web del
Revista judicial MIÉRCOLES 9 de mayo de 2018 La Hora Quito, ecuador
Consejo de la Judicatura del auto que declara la insolvencia del fallido, ordene la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte el fallido; disponga la inscripción en el Registro de la Propiedad del auto que ordena la formación del concurso, notifique a la Fiscalia General del Estado para que realice la respectiva investigación; prohíba que el deudor fallido se ausente del territorio nacional; requiera al deudor la presentación de los documentos previstos para la solicitud del concurso voluntario, declare la interdicción del fallido para lo cual remitirá oficios a los señores Notarios, Registrador de la Propiedad y Mercantil de Quito, Gerente de las instituciones del sistema financiero de Quito, Contralor General del Estado, Director del SRI, Superintendentes e Bancos y Compañías, Director Nacional del IESS, Director Nacional de Migración o Gerente del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio, Director de Registro Civil, Dirección Nacional de Tránsito y Transpor te Terrestre, Ministerio de Relaciones Exteriores, etc., advierta al deudor fallido que queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes y disponer de su patrimonio, bajo pena de incurrir en la sanción prescrita en el Art. 2369 del Código Civil.- f) Actor AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito lunes 5 de junio del 2017, las 11h47.-VISTOS.- En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, según acción de personal 3582-DP17-2017-MP, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal se dispone lo siguiente: PRIMERO.- CALIFICACIÓN.La solicitud de insolvencia y concurso de acreedores cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se admite a trámite mediante CONCURSO NECESARIO de conformidad con los Art. 414, 416, 422, 424 y más pertinentes ibídem.SEGUNDO.- De las copias certificadas que se agregan y que corresponden al juicio ejecutivo No. 1730420140691, consta la razón de 8 de julio del 2016, suscrita por el Ab. Paúl Rosero, Secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, quien certifica que el señor GEOVANNY GUSTAVO BUITRÓN ROJAS no ha pagado a la parte actora el valor del mandamiento de ejecución expedido el 3 de mayo del 2016 que asciende a la suma de US$ 14.961,72 en que están incluidos el capital, intereses y costas reconocidos en sentencia, como tampoco ha dimitido bienes equivalentes; en tal virtud, de conformidad al
C3
numeral 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA y SE DECLARA LA INTERDICCIÓN del señor GEOVANNY GUSTAVO BUITRÓN ROJAS, por sus propios y personales derechos, con número de cedula 171819981-1; en consecuencia de conformidad a lo previsto en el artículo 424 ibídem se declara con lugar al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación en el lugar señalado al señor GEOVANNY GUSTAVO BUITRÓN ROJAS, por sus propios derechos, con una copia de la demanda y este auto inicial, de acuerdo con los Arts. 53 y siguientes del COGEP, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, diligencia que se efectuará por medio de la Empresa Pública de Correos del Ecuador EP.- La parte interesada comparezca a esta Unidad Judicial y proporcione las copias necesarias para cumplir con esta diligencia.CUARTO.- CONTESTACIÓN.Se concede al fallido el término de DIEZ DÍAS (10) a partir de la citación para que se oponga pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el Art. 426 del Código Orgánico General de Procesos.QUINTO.- DILIGENCIAS.- 1.Oportunamente y una vez citado el deudor se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral 1 del Art. 424 del COGEP; 2.- Se requiere al deudor conforme al numeral 2 del artículo 424 COGEP, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 3.- Se designa como Síndica a CALERO MUÑOZ DORIS PAULINA (032386110/09951557646/ doris.calero@hotmail.com) a quien se le notificará en legal forma, y será la depositaria de los bienes del fallido, para lo cual, se le designará día y hora para su posesión así como el término para la presentación del respectivo informe, una vez que haya fenecido el término para que el demandado presente oposición y no lo hiciere; 4.- No se dispone la práctica del embargo señalado en el número 4 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos por cuanto no se ha justificado lo determinado en el inciso segundo del Art. 375 y numeral 4 del artículo 377 del invocado cuerpo legal; 5.- Se dispone la anotación de insolvencia en el registro virtual del Consejo de la Judicatura conforme el numeral 5 del Art. 423 ibídem; 6.- Únicamente después de transcurridos los diez días concedidos para la oposición del deudor conforme el Art. 426 ibídem, se publicará en la página web del Consejo de la Judicatura el auto que se declara la insolvencia, conforme dispone el numeral 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos; 7.- Se ordena
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Revista judicial C4
MIÉRCOLES 9 de mayo de 2018 La Hora Quito, ecuador
la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra del señor GEOVANNY GUSTAVO BUITRÓN ROJAS; 8.- Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, tanto en el Registro de la Propiedad como en el Registro Mercantil de este cantón Quito; 9.- Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 10- Se prohíbe al señor GEOVANNY GUSTAVO BUITRÓN ROJAS, con cedula de ciudadanía 171819981-1, ausentarse del territorio nacional ecuatoriano, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio.SEXTO.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.-Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el patrocinador de la entidad accionante y demás profesionales nominados en la demanda.-Actúa la Ab. Lourdes González en su calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 5 de abril del 2018, las 14h49, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.En lo principal y una vez que la parte actora a reconocido firma y rúbrica de la declaración juramentada de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado BUITRON ROJAS GEOVANNY GUSTAVO, por sus propios derechos y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar por medios de comunicación, como acudir a los registros de público acceso.En tal virtud por secretaría emítase el extracto correspondiente, de conformidad al numeral 1 del Art. 56 del COGEP.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Ab. Lourdes González G. SECRETARIA Hay firma y sello PAC110146fa REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A la señora MUÑOZ HIDALGO TATIANA MARGARITA ACTOR: AB. DIEGO F RA N C I S CO LARREA ALARCON, EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: MUÑOZ H I DA LG O TAT I A N A MARGARITA Y CUASQUE PAVON MARÍA JUAANA JUICIO: EJECUTIVO ACCION: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN NRO. DE JUICIO. 172302015-13125 CUANTIA: $ 5.000 (CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA) N O R M AT I VA L EG A L : ARTÍCULOS 413, 415 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, Y ARTÍCULO 486 DEL CÓDIGO DE COMERCIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 9 de septiembre del 2015, las 15h36.- VISTOS.- En virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez Temporal de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, mediante Acción de personal No. 6903- DP-UPTH27/08/2015. Avoco conocimiento de la presente acción. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el DR. RIGOBERTO BARRERA CARRASCO, en calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A. En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la acepta a trámite EJECUTIVO. Cítese a la demandada señora TATIANA M A RGA R I TA M U Ñ OZ HIDALGO, en calidad de deudora; y a la señora MARIA JUANA CUASQUE PAVON, en calidad de garante y deudora solidaria, en la dirección indicada por el accionante en la demanda, para el efecto remítase atenta COMISIÓN al señor Teniente Político de la parroquia Calderón, cantón Quito, provincia de Pichincha, para el cumplimiento de la comisión y por haberlo solicitado se habilita el tiempo deficiente o inhábil. Una vez citadas y conforme establece el primer inciso del artículo 421 del Código de Procedimiento Civil, en el término de tres días cumplan con la obligación demandada o propongan las excepciones que consideren pertinentes, bajo prevenciones de dictar sentencia en caso de no cumplir. Agréguese al proceso los documentos que adjunta a la demanda. Dejando copias debidamente certificadas y la razón del recibido en autos para descargo de la Unidad Judicial, desglósese los documentos aparejados a la demanda y entréguese. Téngase en cuenta la cuantía, la casilla judicial y el correo electrónico señalado por el actor. Actúa el Dr. Patricio Calderón en calidad de Secretario Encargado, mediante acción de personal No.6887-DPUPTH-27-08-2015. CÍTESE y NOTIFÍQUESE.- . F) DR. PEPE ALONSO GRANDA JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 12 de enero del 2018, las 14h46, En mérito del juramento rendido por el actor, que se han efectuado todas las diligencias necesarias como acudir a los registros de público acceso para tratar de ubicar a la demandada, cítese con el contenido de la demanda y presente providencia a la accionada la señora MUÑOZ HIDALGO TATIANA MARGARITA, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de
JUDICIAL QUITO
los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto confiérase el extracto correspondiente.- Actue el Abogado Cristian Bonifaz en calidad de secretario encargado. NOTIFIQUESE.- F) FELIPE LARREA, JUEZ. Particular que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole a la demandada de la obligación que tiene de señalar casillero electrónico, judicial o correo electrónico, para las notificaciones que le correspondan. AB. JORGE GUILLERMO CHIMARRO CABASCANGO SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC110160fa UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL AL SEÑOR MESIAS SIGIFREDO CEVALLOS ATENCIO, SE LE HACE SABER LA SIGUIENTE DEMANDA EXTRACTO JUDICIAL ACTOR (A): LAURA MELIDA DIAZ JACOME DEMANDADO/A: CEVALLOS AT E N C I O MESIAS SIGIFREDO JUICIO: PRIVACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD CAUSA: 17204-2018-01163 UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO. Quito, jueves 29 de marzo del 2018, las 14h19, VISTOS: Por sorteo que antecede, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, creada mediante Resolución No 051-2017, de fecha 17 de abril del 2017, suscrita por el Pleno del Consejo de la Judicatura de conformidad con lo establecido en el Artículo 175 de la Constitución de la República en concordancia con los Arts. 30, 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial. La demanda de PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD presentada por MONICA DEL ROCIO VALLEJO ROSERO, reúne los requisitos de ley, por lo que se le acepta al procedimiento SUMARIO, establecido en el capítulo III, arts. 332 del Código Orgánico general de Procesos.- Justificado que ha sido el desconocimiento de domicilio del demandado con los documentos respectivos y el juramento de ley. Una vez que la parte actora proporcione las copias suficientes, CÍTESE con la demanda y este auto al ciudadano MECIAS SIGIFREDO CEVALLOS ATENCIO a través de uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional, para tal efecto, por secretaria remítase el extracto respectivo; una vez citado contestará la demanda y anunciará sus pruebas en el término de 10 días, acorde a lo determinado en los arts. 151 y 333.3 de la norma Ibídem y 159 de la misma norma, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Judicatura ubicada en las calles Amazonas y Juan José Villalengua esquina, en la
Recogéis a un perro que anda muerto de hambre, lo engordáis y no os morderá. Esa es la diferencia más notable que hay entre un perro y un hombre. M a r k T wa i n Escritor EE.UU. ciudad Quito, cantón Quito, provincia de Pichincha, así como el de señalar domicilio judicial y/o dirección del correo electrónico de un profesional del Derecho. La audiencia única tendrá lugar dentro del término establecido en el art. 333.4 de la norma procesal vigente.- PRUEBA.- Proveyendo el anuncio de prueba efectuado por la accionante: 1) En la Audiencia Única, de ser procedente recéptese la Declaración de la Parte actora, quien deberá comparecer personalmente, portando su cédula de ciudadanía y certificado de votación. 2.recéptese la declaración de testigos, los cuales son notificados en la dirección señalada por la actora y bajo su estricta responsabilidad, al igual que al adolescente CEVALLOS DIAZ CHRISTOPER SALVADOR se le escuchará en audiencia reservada.- De conformidad con lo ordenado en los artículos 44, 175 y 169 de la Constitución de la República y artículo 11 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, de oficio quedan subsanadas, la omisión de formalidades.- Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda.Téngase en cuenta el casillero judicial como señala la actora.- Actúe el Ab. Edgar Rolando Ávila en calidad de Secretario.- NOTIFIQUESE y CITESE. AB. EDGAR ROLANDO AVILA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC110148fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL) CITACIÓN JUDICIAL A: CAUSA NO. 17230-201702660G ACTOR: DR. IVAN ALBERTO RAC I N ES E N R I Q U E ZPROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA DEMANDADA: ALMEIDA C H AV E Z SANDRA VERONICA TRAMITE: CONCURSAL ASUNTO: CONCURSO DE ACREEDORES CUANTIA: ONCE MIL CIENTO ONCE CON 69/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial del Distrito Metropolitano de Quito, en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma. PRIMERO: En lo principal, la solicitud que antecede presentada por el BANCO PICHINCHA C.A., por intermedio de su Procurador Judicial, es clara, precisa y cumple los requisitos lega-
les previstos en los Arts. 142, 143, 414, 416, 422 y 424 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante concurso necesario de acreedores de conformidad con el 422 ibídem.- SEGUNDO: De las copias certificadas adjuntas se desprende que la demandada señora SANDRA V E RO N I CA A L M E I DA CHAVEZ se halla comprendida en la situación prevista en el numeral 1 del Art. 416 del Código Orgánico General de Procesos, por lo cual se presume su INSOLVENCIA y se declara con lugar al concurso de acreedores.TERCERO: En consecuencia, al tenor de lo dispuesto en el Art. 424 ibídem, en concordancia con el Art. 423, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1) CÍTESE a la demandada Señora SANDRA VERONICA ALMEIDA CHAVEZ con la demanda y este auto, en la dirección señalada, para cuyo efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones.- La demandada podrá OPONERSE al presente procedimiento concursal en el término de DIEZ (10) días después de citada, pagando la deuda, conforme lo dispone el Art. 426 ibídem.- 2) Una vez citada la deudora, se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el
numeral primero del Art. 424 del COGEP. 3) Se le requiere a la deudora antes señalada la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem.- 4) Se declara la interdicción de la deudora Señora SANDRA VERONICA ALMEIDA CHAVEZ y por tanto se dispone que: se ocupen sus bienes, correspondencia y demás documentos de la fallida, mismos que se entregarán al síndico de concurso, quien será depositario de sus bienes. Para tal efecto, mediante sorteo en el SATJE se designa como síndico a la señora JENNY VACA MORENO (0959031780, email: jennyvaca1@hotmail. com); a quien se notificará en legal forma en el correo electrónico registrado en el sistema SATJE, a efectos de que en veinticuatro horas exprese su aceptación o excusa del cargo, conforme lo dispuesto en el Art. 434 del COGEP. De aceptarlo, deberá posesionarse del mismo el día viernes 15 de septiembre del 2017 a las 12h00 en las instalaciones de esta Unidad Judicial Civil del Complejo Judicial Norte. Quien deberá presentar el informe previsto en el Art. 435 del código procesal precitado en el término de quince días (15) contados desde su posesión, el mismo que deberá contener los requisitos previstos en el Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial.- Los honorarios de la síndico designada, conforme el Art. 30 del referido Reglamento se regulan en USD $300,00, que deberán ser cubiertos por la parte actora.- 5) Se dispone la anotación de la Insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura.- 6) Se ordena la publicación del presente
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA ASOCIACIÓN DE EX ALUMNOS DEL COLEGIO AMERICANO DE QUITO Se realizará el día 23 de mayo de 2018, a las 17H30 en el consultorio del doctor Pablo Suárez Saona, ubicado en la Avenida Isabel la Católica N24-37 y Madrid, en la ciudad de Quito, para tratar el siguiente orden del día: 1. Designación de Presidente, Secretario, Tesorero y Síndico de la Asociación. 2. Designación de miembros del Directorio de la Asociación. 3. Conocer cuentas, balance e informes de Presidente y Tesorero.
auto que declara la presunción de insolvencia de la fallida, en la página web del Consejo de la Judicatura.7) Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra de la Señora SANDRA VERONICA ALMEIDA CHAVEZ .- 8) Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, del presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario.- 9) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones.- 10) Se prohíbe que la deudora, Señora SANDRA VERONICA ALMEIDA CHAVEZ con cédula de identidad número 1709539256 se ausente del territorio nacional; para el efecto ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio.CUARTO: Agréguese al proceso los documentos acompañados por el actor.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correos electrónicos designados por la parte accionante.- Actúe la Ab. Patricia Feijoo en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 26 de abril del 2018, las 16h03, VISTOS: De conformidad con lo solicitado por la parte actora, y en virtud del juramento rendido por la parte actora conforme lo establece el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada, la señora SANDRA VERONICA
ALMEIDA CHAVEZ, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad, para cuyo efecto, por medio de secretaría, confiérase el correspondiente extracto. Actúe el Ab. Josué Ayala en calidad de secretario. NOTIFIQUESE.- .-f) DRA. KARINA ALEJANDRA MARTINEZ SALAZAR. JUEZA Lo que se C I T A para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta Judicatura. AB. JOSUE AYALA TAPIA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITOCOGEP Hay firma y sello PAC110152fa R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL A: VALLEJO TUA GLADYS FAVIOLA JUICIO : N° 17230-20151636 TIPO DE PROCESO : VERBAL SUMARIO ACCIÓN : VALES CONSUMO DE TARJETA DE CREDITO ACTOR : DR. DIEGO F RA N C I S CO LARREA ALARCON en su calidad de Procuradora . Judicial del BANCO PICHINCHA C.A DEMANDADO : VALLEJO TUA GLADYS FAVIOLA CUANTIA : DOS MIL Q U I N I E N TOS DOS DOLARES DE LOS ESTADOS
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS. DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE TAXIS EJECUTIVOS EXPRESSTAXILAN S.A. En observancia a lo establecido en el Art. 236 de la ley de compañías; Articulo Séptimo del estatuto; y, Capítulo I del reglamento sobre juntas generales de socios y accionistas de las compañías de responsabilidad limitada, Anónimas, en comandita por Acciones y de Economía Mixta, se convoca a los señores y señoras accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE TAXIS EJECUTIVOS EXPRESSTAXILAN S.A., a junta General Ordinaria de Accionistas a celebrarse el día martes 22 de Abril de 2018, a las 13:h00,en el local ubicado, en las CUCARDAS N49-173 y GUABOS esquina, EDIFICIO JARDIN CUCARDAS, cantón QUITO, a fin de tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación de Quórum.
4. Revisión y aprobación de reforma al Estatuto de la Asociación de Ex Alumnos del Colegio Americano de Quito.
2. Presentación y aprobación de los estados financieros.
Quito, 8 de mayo de 2018
5. Informe del comisario.
3. Informe del presidente. 4. Informe del gerente.
6. Asuntos varios.
Pablo José Suarez Saona PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN PAC110159fa
Atentamente, OSWALDO GUASTAY. PRESIDENTE.
LUIS LLANO. GERENTE. PAC70694fa
UNIDOS DE . AMERICA CON CUARENTA CENTAVOS (USD$. 2.502,40) FUNDAMENTO LEGAL : ART 828 Y SIGUIENTES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE PICHINCHA.Quito, martes 3 de marzo del 2015, las 09h24. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, según Resolución No. 191-2014 expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura y en virtud del sorteo correspondiente. La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos que exige la Ley. Dese el trámite Verbal Sumario. Con el contenido de la demanda y este Auto hágase saber a la demandada para los respectivos fines de Ley. Cítese a la demandada VALLEJO TUA GLADYS FAVIOLA en el lugar que se indica, mediante deprecatorio que se enviará al señor Juez de lo Civil del cantón Pelileo en la provincia de Tungurahua, remitiendo el suficiente despacho. Agréguense los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el accionante debidamente justificado con el documento que ser acompaña, la autorización conferida a sus abogados defensores, correo electrónico y casilla judicial para sus notificaciones. Notifíquese y Cítese.- f) Dr. Paul Fabriciio Narvaez Narvaez, Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL
DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 19 de abril del 2018, las 14h45, 1.- Toda vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de 5 de abril del 2018, en virtud del juramento rendido por el señor Dr. DIEGO FRANCISCO LARREA ALARCON,, en la calidad que viene actuando y de conformidad con lo previsto por los Arts. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la señora GLADYS FABIOLA VALLEJO TUA, mediante tres publicaciones distintas en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual entréguese a la parte actora el extracto de la demanda, auto de calificación y esta providencia.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- . f) Ab. Jackson Gutemberg Ovalle Samaniego, Juez. Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley, previniéndoles la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Carlos Quinchuela Villacis SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC110151fa EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: A LOS SEÑORES GOMEZ ALVARADO JAIME y MOLINA TIPAN ZOILA ESPERANZA
ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A., TOSCANO GARZON JUAN JOSE DEMANDADA: GOMEZ ALVARADO JAIME y MOLINA TIPAN ZOILA ESPERANZA JUICIO No: 172302017-03951 CUANTIA: SESENTA Y CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. 65.000,OO) TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: EL PAGO DEL VALOR DE USD. 42.105,80 QUE CORRESPONDE AL SALDO DEL CAPITAL CORTADO AL 10 DE JUNIO DEL 2016. AL PAGO DE LOS INTERÉS DE PLAZO Y DE MORA CALCULADOS EN LA FORMA ACORDADA EN LAS CLÁUSULAS DEL C O N T R AT O . COSTAS PROCESALES Y HONORARIOS PROFESIONALES. JUEZ: DRA. CINTHYA GUADALUPE MOLINA DEFENSOR: DR. JUAN JOSE TOSCANO GARZÓN FECHA DE INICIO: 15 DE MARZO DEL 2017 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza encargada del despacho del Dr. Luis Jácome Eliecer, mediante Acción de personal No. 2458-DP17-2017-VS del 14 al 20 de marzo de 2017 y en virtud del sorteo realizado. 1) La demanda que antecede es clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma que se fundamenta en un contrato de mutuo o préstamo, documento que constituye título ejecutivo, al tenor
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE MEDICINA PREPAGADA INMEDICAL MEDICINA INTERNACIONAL S.A. Se convoca a los Señores Accionistas de la COMPAÑÌA DE MEDICINA PREPAGADA INMEDICAL MEDICINA INTERNACIONAL S.A. a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se realizará el día 18 de Mayo del 2018, a partir de las 10H30 en el domicilio de la Compañía ubicado en Calle Francisco Salazar E10-59 y Tamayo, Cantón Quito, Provincia de Pichincha, con el objeto de tratar el siguiente orden del día: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.
Conocer y aprobar el informe de la Administración sobre el ejercicio del año 2017; Conocer y aprobar el informe del Comisario sobre el ejercicio del año 2017; Conocer y aprobar el informe del Auditor Externo por el ejercicio del año 2017; Conocer y resolver sobre los Estados Financieros, Balance General y, Estado de Pérdidas y Ganancias, cortados al 31 de diciembre de 2017; Resolver sobre el destino de las utilidades del ejercicio económico del año 2017; Designar el Comisario Principal y Suplente para el ejercicio del año 2017 y fijar sus Remuneraciones; Designar el Auditor Externo para el ejercicio económico del año 2017 y fijar su remuneración;
Los documentos a ser analizados por la Junta General de Accionistas están a disposición de los señores Accionistas con 15 días de anticipación a la realización de la Junta, en las oficinas de la compañía, según el Art. 292 de la Ley de Compañías. Se convoca especial e individualmente al Comisario Principal de la Compañía, señor Andrés Ponce Pérez, sin perjuicio de la comunicación individual enviada por escrito a su domicilio ubicado en Av. 6 diciembre N33-304 y Av. Eloy Alfaro. Atentamente,
H e n ry W a d s o n r t h L o n g f e l l ow . Poeta EE.UU.
de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo Código, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 2) EMBARGO. En mérito al certificado emitido por el Registro de la Propiedad, G.A.D. Municipal del cantón Mejía y escritura de hipoteca abierta adjuntos a la demanda, de conformidad a lo dispuesto en el tercer inciso del artículo 351 y 384 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena el EMBARGO del bien inmueble descrito, con las especificaciones y linderos constantes en dicho certificado, de propiedad de los demandados cónyuges Jaime Gómez Alvarado y Zoila Esperanza Molina Tipán; para la ejecución de lo ordenado y para la inscripción del embargo en el Registro de la Propiedad mencionado, se Depreca a uno de los señores Jueces de lo Civil del cantón Mejía, provincia de Pichincha, a quien se le faculta la designación de los funcionarios judiciales correspondientes y de ser necesario se contará con el apoyo de los miembros de la Policía Nacional; debiendo la parte actora proporcionar de las copias necesarias. 3) Cítese a los demandados JAIME GÓMEZ ALVARADO Y ZOILA ESPERANZA MOLINA
TIPÁN en calidad de deudores principales, en el lugar que se indica; para tal propósito, se Depreca a uno de los señores Jueces de lo Civil del cantón Mejía, provincia de Pichincha, debiendo la parte interesada, dentro del término de tres días, acercarse a esta Unidad, para proveer de las copias necesarias, a fin de elaborar el número de boletas que se requieran. 4) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 5) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. Agréguese la documentación que se acompaña. Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada con los documentos que adjunta, casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. Notifíquese y Cúmplase. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON
CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL FUNDACIÓN PARA LA INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DE AMÉRICA LATINA FIDAL Quito, 9 de mayo de 2018 Señores Miembros de Fundación FIDAL Presente.Fundación para la Integración y Desarrollo de América Latina – FIDAL- convoca a la Asamblea General Ordinaria que se llevará a cabo el 16 de mayo del año 2018 a partir de las 17h00 en las oficinas de la Fundación, Carlos Montufar E13-352 y Monitor, sector Bellavista. El orden del día será el siguiente Verificación del quórum. Presentación de balances Designación de Director Ejecutivo. Varios Lectura y aprobación del texto integral del acta. La Asamblea se instalará a las 17h00. De no existir el número de asistentes mínimo, se reinstalará una hora después (18h00) con el número de miembros presentes. Atentamente,
DR. WILSON PEÑAFIEL REVELO Gerente General Quito, Mayo 07 del 2018
Todo llega para el que sabe esperar.
PAB/19514/AS
Claudia Arteaga Serrano Fundación FIDAL
PAB/19589/AS
SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO. Quito, viernes 23 de febrero del 2018, las 15h31, Atento lo solicitado por el actor y una vez que sea dado cumplimiento con lo dispuesto en el Auto anterior, se dispone: CÍTESE a los demandados señores GOMEZ ALVARADO JAIME Y MOLINA TIPAN ZOILA ESPERANZA, a través de la prensa conforme lo determina el Art. 56 del COGEP, en uno de los periódicos de mayor circulación de los que se editan en esta ciudad de Quito, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y electrónica; para el efecto, confiérase el extracto correspondiente. NOTIFIQUESE.Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. LOURDES TAYA A. SECRETARIA Hay firma y sello PAC110147fa
ORDINARIOS R. DE E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACION JUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES ANGEL MARIA, NEPTALI Y SEGUNDO TORIBIO CASPI FARINANGO. DEMANDADOS: MANUELA, ANGEL y SEGUNDO TORIBIO CASPI FARINANGO y HEREDEROS PRESUNTO Y DESCONOCIDOS DE PEDRO CASPI CONDOR. ACTORES: SIXTO ARNULFO YANDUN POZO y EDDY ENRIQUETA ZAMBRANO BRAVO. NRO. DE JUICIO: 173232000-1077. TIPO DE PROCESO: ORDINARIO. PROVIDENCIAS: J U ZGA D O V I G ES I M O TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 12 de febrero del año 2001.- Las 15h00. VISTOS- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado.- Por cuanto los actores han dado cumplimiento a lo ordenado en providencia anterior.- La demanda que antecede es clara, y reúne los demás requisitos de Ley. En consecuencia dese a la misma el tràmite Ordinario, de conformidad con el contenido de los Arts.405 y 406 del Còdigo de Procedimiento Civil, còrrase traslado a los demandados señores MANUELA, ANGEL, SEGUNDO TORIBIO Y MARIA FANNY CASPI FARINANGO asì como a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue PEDRO CASPI CONDOR, con la demanda y esta providencia, por el tèrmino de quince días , a fin de que conteste o proponga exepciones correspondientes . De conformidad con el juramento rendido por los accionantes sobre el desconocimiento del domicilio de los demandados.- CITESE, a los demandados Srs. MANUELA, ANGEL,SEGUNDO TORIBIO Y MARIA FANNY CASPI FARINANGO, A ESTA ÙLTIMA MEDIANTE Comisiòn al señor Teniente Polìtico de la Parroquia de Pomasqui, asi como alos herederos presun-
Revista judicial MIÉRCOLES 9 de mayo de 2018 La Hora Quito, ecuador
tos y desconocidos de quien en vida fue PEDRO CASPI CONDOR, en la forma solicitada mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Quito, conforme lo estipula el Art.86 del Còdigo de Procedimiento Civil.- Tòmese en cuenta a la señora EDDY ENRIQUETA ZAMBRANO BRAVO, como procuradora común. Agrèguese al proceso la documentación que se adjunta. Tèngase en cuenta el casillero judicial señalado por los actores asì como la autorizaciìòn dada a su Abogado Defensor.Notifìquese.- f) Dra. Marìa Elena Chàvez, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 25 de noviembre del 2016, las 14h21. Agréguese al proceso el escrito que antecede. Proveyendo el mismo digo: por cumplido que ha sido lo dispuesto en providencia anterior dispongo que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP, cítese por la prensa, en un diario de amplia circulación en la ciudad de Quito a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes ANGEL MARIA, NEPTALI Y SEGUNDO TORIBIO CASPI FARINANGO.- Notifíquese. f) ENRIQUEZ SALTOS ESTEFANIA CARLA, JUEZA. Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico para sus notificaciones. DR. LUIS ALFREDO CHULDE RUANO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC110156fa EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO-PICHINCHA SE HACE SABER AL PUBLICO EN GENERAL ACTORES: AMENDAÑO QUINTUÑA JOSE FILADELFO Y PIN SUAREZ LUCIA NIMIA. D E M A N DA D OS : LU I S ALFONSO MALATASIG OCHOA Y MAGDALENA DEL PILAR SISLEMA CEPEDA. JUICIO: ORDINARIO P R E S C R P C I Ó N EXTRAORDINARIA DE DOMINIO TRAMITE: No.17233-201700204 CUANTIA: INDETERMINADA AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PRIVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, viernes 15 de junio del 2017 las 15h18 .- VISTOS: “Por haberse dado cumplimiento en el auto de sustanciación anterior se dispone: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.Revisada la demanda presentada por los Señores JOSE FILADELFO AMENDAÑO QUINTUÑA Y LUCIA NIMIA PIN SUAREZ, en atención a lo consagrado en el Art.
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169 de la Constitución y 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) se la CALIFICA de completa y clara, pues cumple los requisitos legales generales contemplados en los Arts. 142 y 143 del preciado cuerpo legal, por lo que se la ADMITE a procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado y en virtud de lo prescrito en el Art. 289 ibídem.- SEGUNDO: INSCRIPCION.- Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad del D.M. de Quito, a fin de que cumpla con lo dispuesto.- TERCERO: CITACIÓN.- Cumplida la inscripción dispuesta, a la parte demandada , y toda vez que los actores han dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, y en virtud del juramento rendido por parte de la actora señores AMENDAÑO QUINTUÑA JOSE FILADELFO Y PIN SUAREZ LUCIA NIMIA, sobre la imposibilidad de dar con la individualidad, domicilio o residencia de los demandados LUIS ALFONSO MALATASIG OCHOA Y MAGDALENA DEL PILAR SISLEMA CEPEDA, se les citará por medio de tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad.La publicación contendrá un extracto de la demanda y la providencia respectiva.Hecho que sea las publicaciones íntegras se agregaran al proceso; CUARTO: Conforme lo solicitado por el accionante CITESE al Señor Alcalde y al señor Procurador Sindico del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a quien se les notificará en la dirección señalada en el libelo inicial. Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente, la parte actora brinde las facilidades necesarias para la elaboración de las boletas de citación.-QUINTO: CONTESTACIÓN.- De acuerdo a lo previsto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de TREINTA (30) días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo, aclarando que este término comenzará transcurridos veinte días desde la última publicación conforme el inciso 6 del numeral 2 Art. 56 ya referido; SEXTO: ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el libelo de la demanda, así como el escrito de aclaración de la misma; para lo cual se observará lo previsto en los Art. 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva audiencia preliminar.SEPTIMO:NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial
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MIÉRCOLES 9 de mayo de 2018 La Hora Quito, ecuador
y correo electrónico señalados por el accionante para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su defensor técnico.Agréguese al expediente la documentación adjunta por la parte actora.- Actúe el Ab. Carlos Mesías Huilca Aguilar en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial Civil”.CÚMPLASE.AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PRIVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 20 de marzo del 2018, las 09h43, VISTOS: Realizada que ha sido la audiencia PRELIMINAR de conformidad con lo que establecen los Arts. 90 y 95 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), procedo a dictar la correspondiente resolución mi decisión de manera oral: FUNDAMENTOS DE HECHO: Mediante auto de 19 de diciembre del 2017 a las 11h59 se señaló para el 10 de enero del 2018 a las 10h30 para la realización de la audiencia preliminar en la que comparecieron la parte actora señores: Lucía Nimia Pin Suarez y José Filadelfo Amendaño Quintuña en compañía de su defensor técnico Dr. Wilson Villacis Clavijo, la parte accionada Señor Alcalde y señor Procurador Sindico del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, no comparecen a la presente audiencia pese a estar en legal y debida forma citados conforme obra de autos a fs. 170 a 181, pese a haber comparecido a juicio el Dr. Marco Proaño Duran, en su calidad de Sub Procurador Metropolitano de Patrocinio, ejerciendo la representación legal y judicial del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, mediante su Procuradora Judicial la Ab. Johanna Carolina Espinosa Serrano, Directora Jurídica de la Administración Municipal Eloy Alfaro y la Ab. Johanna Carolina Espinosa Serrano, Directora Jurídica de la Administración Municipal Eloy Alfaro, en su calidad de Procuradora Judicial del Dr. Marco Proaño Duran, en su calidad de Sub Procurador Metropolitano de Patrocinio, quienes no han comparecido dentro del término establecido y no han dado contestación a la demanda conforme lo prevé el Art. 291 del Código Orgánico General de Procesos. En la fase de saneamiento correspondío pronunciarse de la siguiente manera: De la revisión del proceso se establece claramente que con fecha 25 de mayo del 2017 y previo a la calificación de la demanda, se dispuso que la parte actora comparezca a esta Unidad Judicial Civil ubicada en el Complejo Judicial Sur, el 02 de junio de 2017, a las 09h30 a fin de que rinda su declaración juramentada de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la parte demandada LUIS ALFONSO MALATASIG OCHOA y MAGDALENA DEL PILAR SISLEMA CEPEDA, diligencia que se la ha realizado conforme consta de autos de fs. 163, por lo que cumplida
dicha diligencia mediante auto de fecha 15 de junio del 2017 se califica la demanda y se ha dispuesto en su parte pertinente: “...en virtud del juramento rendido por parte de la actora señores AMENDAÑO QUINTUÑA JOSE FILADELFO Y PIN SUAREZ LUCIA NIMIA, sobre la imposibilidad de dar con la individualidad, domicilio o residencia de los demandados LUIS ALFONSO MALATASIG OCHOA Y MAGDALENA DEL PILAR SISLEMA CEPEDA, se les citará por medio de tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad.La publicación contendrá un extracto de la demanda y la providencia respectiva...”; más de la revisión de dichas publicaciones se ha observado que no se ha realizado las publicaciones en legal y debida forma ya que las publicaciones de fs. 182 a 184 de fechas 26 de julio, 8 y 22 de agosto del 2017 no se las ha realizado conforme lo establece el segundo inciso del Art. 56. 1 del Código Orgánico General de Procesos en adelante COGEP, que reza: “..1. Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso…”; de la revisión de dichas publicaciones se establece que no se ha dado cumplimiento con lo preceptuado en dicha norma legal, en virtud de que no consta el extracto de la demanda y asi mismo en la publicación realizada el 26 de julio del 2017 en el diario la Hora NO Consta el extracto correspondiente a esta causa y además consta la publicación dentro de la causa No.- 17230-201607774 juicio ejecutivo contrato de mutuo o préstamo, no correspondiendo a la presente causa, por lo tanto no se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en dicha norma legal, siendo que el COGEP contempla disposiciones que son de orden público y de estricto cumplimiento. La parte actora por intermedio de su defensa técnica han solicitado la nulidad de dichas publicaciones y que se vuelva a señalar día y hora para la realización de la audiencia preliminar. .MOTIVACIÓN: Con el antecedente manifestado y de acuerdo a lo previsto en el artículo 76, numeral 7, literal L, de la Constitución de la República del Ecuador, que ordena: “Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos, resoluciones o fallos que no se encuentren debi-
damente motivados se consideraran nulos. Las servidoras o servidores responsables serán sancionados”; en concordancia con el artículo 89 del Código Orgánico General de Proceso (COGEP), este auto se motiva de la siguiente manera: Como Jueza garantista de los Derechos establecidos en la Constitución y la Ley y siendo deber primordial la aplicación de lo establecido en el artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador, que señala: “En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas: 1. Corresponde a toda autoridad administrativa o judicial, garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes (…)3. (…) Sólo se podrá juzgar a una persona ante un juez o autoridad competente y con observancia del trámite propio de cada procedimiento (…) 7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías (… ) a) Nadie podrá ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento (…)”; situación que esta Autoridad está obligada a precautelar conforme lo prescribe el artículo 130.1 del Código Orgánico de la Función Judicial, ya que el derecho a la jurisdicción o derecho a tutela judicial efectiva constituye un derecho humano fundamental que corresponde “no solo al que estimula primero la jurisdicción, sino también al emplazado a defenderse de la pretensión de aquel” (Sentencia No. 159-2001 de la Primera Sala de lo Civil y Mercantil de la Ex corte Suprema, publicada en el R.O. No. 353 el viernes 22 de junio de 2001), principios constitucionales que se encuentran ligados con la seguridad jurídica dentro del accionar judicial en la protección de los derechos, por lo tanto, esta Autoridad no puede dejar en la indefensión a la parte demandada basándose en las publicaciones de citación mal realizadas. El artículo 25 del Código Orgánico de la Función Judicial que señala: “PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURIDICA.- Las juezas y jueces tienen la obligación de velar por la constante, uniforme y fiel aplicación de la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado y las leyes y demás normas jurídicas.” Dentro del marco del debido proceso y el Derecho a la defensa establecidos en la Constitución de la República del Ecuador, se establece claramente que la diligencia de citación a la parte demandada no se la realizó en legal y debida forma, conforme al segundo inciso del Art. 56.1 del
SE NOTIFICA LA PERDIDA DE PLACAS DEL VEHÍCULO PCJ6094 PERTENECIENTE A TELEVISORA NACIONAL COMPAÑÍA ANÓNIMA TELENACIONAL C.A.
Triste es el hombre en el que no queda nada del niño. Arturo Graf. Escritor italiano.
COGEP, por lo que acarrea nulidad únicamente de LA CITACION de conformidad con los Artículos. 107 numeral 4 y 108 del Código Orgánico General de Procesos, de tal manera que es obligación de la suscrita Jueza subsanar en todo momento cualquier omisión incurrida dentro del proceso, por lo que de acuerdo a lo prescrito en el artículo 110 del Código Orgánico General de Procesos, se declara la nulidad únicamente de la citación de fs. 182 a 184. DECISIÓN Por lo antecedes expuestos, conforme la nulidad declarada (artículo 109 del COGEP), se retrotrae la causa al momento procesal anterior al que se dictó la nulidad y en aplicación de principio de economía procesal, se dispone volver a realizar las publicaciones por la prensa de la citación a la parte demandada señores LUIS ALFONSO MALATASIG OCHOA Y MAGDALENA DEL PILAR SISLEMA CEPEDA conforme estrictamente lo dispone el Art. 56.1 del COGEP, esto es con el extracto de la demanda, auto de calificación y este auto de nulidad, por secretaría entréguese toda la documentación correspondiente para las publicaciones.. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- AB. CARLOS HUILCA AGUILAR SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PRIVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC110037fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. C.O.G.E.P. CITACION JUDICIAL PARA: VALENCIA FALCONI MEDARDO VICENTE JUICIO ORDINARIO NO. 17230-2017-08461 JUEZ PONENTE : DR. Luis Fernando Landázuri Salazar SECRETARIA : AB. MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ MATERIA: CIVIL TIPO PROCESO: ORDINARIO ACCION: COBRO DE DINERO ACTOR: BANCO PICNICA C.A. DIEGO FRANISCO LARREA ALARCON PROCURADOR JUDICIAL DEMANDADO: VALENCIA FA LC O N I M E DA R D O VICENTE CUANTIA: US$ 30.652,11 EXTRACTO DE LA DEMANDA (…) EL SR. VALENCIA FA LC O N I M E DA R D O
VICENTE, SOLICITO AL BANCO PICHINCHA C.A., QUE SE LE CONCEDA LA TARJETA DE CRÉDITO MASTERCARD BANCO DEL PICHINCHA, PETICION QUE FUE ACEPTA Y OTORGADA LA TARJETA DE CREDITO, SE FIRMO EL CONTRATO DE EMSIIÓN Y USO DE LA TARJETA DE CREDITO CON FECHA 30 DE ABRIL DEL 2007.- EL TITULAR DE LA TARJETA ACEPTÓ QUE EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE PAGO DE LAS CUOTAS MENSUALES O DEL SALDO TOTAL DARÁ DERECHO AL EMISOR BANCO PICHINCHA C.A., A INICIAR LA ACCION LEGAL CORRESPONDIENTE, SIENDO SUFICENTE PARA AQUELLO LAS COPIAS DEL ESTADO DE CUENTA A QUE SE REFIERE LA CLAUSULA DOCE Y DIECISIETE.- EL MONTO DE LA LIQUIDACIÓN ULTIMA PRACTI DA CON CORTE AL 15/05/2017, ASCIENDE A LA CANTIDAD DEUS$30.652.11, SUMA QUE INCLUYE EL CAPIAL, LOS COSTOS DE COBRANZA, LOS INTERESES DE PLAZO, INTERESES DE MORA, Y LOS INTERESES DE MORA POR FACTURAR(..) .- LA PRESENTE DEMANDA SE FUNDAMENTA EN LO DISPUESTO EN LOS ART. 289 DEL COGEP Y ARTS. 1453 A 1579 DEL C.C.-(…) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.VISTOS: En virtud del sorteo de ley avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil. Al respecto se considera:. PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.Una vez revisada la demanda y en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa y clara por cumplir los requisitos formales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP, se la ADMITE a trámite mediante el Procedimiento Ordinario, de conformidad con el artículo 289 ibídem.SEGUNDO.- CITACIÓN.Cítese a la parte demandada señor VALENCIA FALCONÍ MEDARDO VICENTE, en la dirección señalada en el libelo inicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones. Por cuan-
to, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado, se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. CUARTO.CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 30 días una vez citada, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y 153 del mismo Cuerpo Normativo; además deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción conforme lo dispuesto en el artículo 152 ibídem. QUINTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios de prueba formulado por la parte actora en su libelo y escrito de ampliación y aclaración de la demanda., el mismo que estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar.SEXTO.- NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalados por la compareciente para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a su Defensor Técnico.Agréguese al expediente la documentación que adjunta la parte actora.- Actúe la Ab. Miriam Vizcarra en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil.CITESE y NOTIFIQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 18 de abril del 2018, las 15h51, Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la parte demandada VALENCIA FALCONI MEDARDO VICENTE, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.f) DR. LUIS FERNANDO LANDAZURI SALAZAR, JUEZ.- CERTIFICO.Lo que NOTIFICO a usted (s) para los fines de Ley, para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un abogado como dispone la Ley.AB. MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello
En mi calidad de Liquidador de la Compañía JARIBU ADVENTURES S.A. EN LIQUIDACION notifico en base al Art. 333 de la Ley de Compañías, a todos aquellos acreedores de mi representada para que presenten en el término de veinte (20) días, contados a partir de la última publicación, los documentos que acrediten su derecho, en las oficinas ubicadas en la Av. Amazonas 477 y Roca, Edificio Río Amazonas, Oficina 1016, Quito. Teléfono 0983435002 Ing. Mauricio Reinoso Zuin C.C. 1722536651 LIQUIDADOR
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SOCIEDADES CONYUGALES EXTRACTO QUITO, 04 DE MAYO DEL 2018 NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante el Doctor Juan Villacis Medina Notario Noveno Encargado del Cantón Quito, con fecha catorce de noviembre del dos mil ocho, los cónyuges RAMIRO ERNESTO SALAS ESCOBAR Y ZOILA ALICIA MOLINA CALIXTO, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fue disuelta mediante escritura Pública celebrada ante el Notario Noveno del Cantón Quito el catorce de marzo del dos mil ocho se encuentra disuelta la sociedad conyugal entre los comparecientes: RAMIRO ERNESTO SALAS ESCOBAR Y ZOILA ALICIA MOLINA CALIXTO e inscrita en el Registro Civil el veinte y seis de marzo del dos mil ocho, dando cumplimiento a lo estatuido en el artículo 128 reformado del Código Civil y en los artículos diez, once y ochenta y uno de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el artículo seis de la Ley Notarial, agregando varios numerales, entre los cuales el numeral veinte y tres faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previa al trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público que mediante una publicación del extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente de los cónyuges
PAP/70686/AS
RAMIRO ERNESTO SALAS ESCOBAR Y ZOILA ALICIA MOLINA CALIXTO, otorgada con fecha catorce de noviembre del dos mil ocho, ante el, Notario Noveno Encargo del Cantón Quito, Doctor Juan Villacis Medina, por el termino de 20 días a contarse desde la fecha de la ultima publicación de este extracto a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.Atentamente, DOCTORA MSc. ALICIA YOLANDA ALABUELA TOAPANTA NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAR/108791/AT
SOCIEDADES CIVILES NOTARIO TRIGÉSIMO QUINTO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO AVISO DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL AUTOS MB CARSHOW S.C.C. Cúmpleme poner en conocimiento del público en general, que mediante escritura pública otorgada ante mí, el día 3 de mayo del dos mil dieciocho, el señor MARCELO SEBASTIAN BONILLA RICAURTE, de estado civil soltero, por sus propios derechos y la señora PAULINA ALEXANDRA BONILLA RICAURTE, de estado civil casada, por sus propios y personales derechos; de nacionalidad ecuatorianos, domiciliados en esta ciudad de Quito, constituyeron la sociedad civil y comercial cuya razón social es AUTOS MB CARSHOW S.C.C. siendo su objeto social el constante en el Capítulo Segundo, Artículo Quinto “ tiene por objeto dedicarse Al alquiler, venta, mantenimiento, reparación de vehículos, así como al alquiler y venta de partes y accesorios de vehiculo,
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTE DE CARGA Y MUDANZAS LARA “TRANSLARA” S.A. Convocase a todos los señores accionistas de la compañía de TRANSPORTE DE CARGA Y MUDANZAS LARA TRANSLARA S.A., de manera especial al comisario de la compañía la señora Erika Jannete Garzón Ponce a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, reunión que tendrá lugar el día viernes 18 de mayo del 2018, a las 09h00 am en las oficinas de la compañía ubicadas en la provincia de Pichincha, cantón Cayambe, ciudad Cayambe, en la calle Patricio Romero E-12 y 13 de Abril, con el objeto de tratar el siguiente orden del día: 1.
AVISO DE ACREEDORES COMPAÑÍA JARIBU ADVENTURES S.A. EN LIQUIDACION
PAB/19591/AS
Revista judicial
JUDICIAL QUITO
Conocer y Resolver sobre el cambio de domicilio de la compañía TRANSPORTE DE CARGA Y MUDANZAS LARA TRANSLARA S.A., y la consecuente Reforma a los Estatutos Sociales.
Cayambe, 9 de mayo del 2018 Atentamente, Ing. Zheizon Manolo Lara González GERENTE GENERAL
PAP/70689/AS
.... “ La nacionalidad de la sociedad es ecuatoriana y su domicilio es Quito. El señor MARCELO SEBASTIAN BONILLA RICAURTE, es designado como Presidente y la señora PAULINA ALEXANDRA BONILLA RICAURTE, es designada como Gerente General. La sociedad se constituye con un capital suscrito y pagado de USD. 400,00, siendo el valor nominal de cada acción un dólar. Cada socio aporta de la siguiente manera: con aporte de USD. 396,00 el señor MARCELO SEBASTIAN BONILLA RICAURTE; y, con un aporte de USD 4,00 la señora PAULINA ALEXANDRA BONILLA RICAURTE. El tiempo de duración de la sociedad es 50 años.- Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes. DR. SANTIAGO GUERRÓN AYALA NOTARIO TRIGÉSIMO QUINTO DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAR/108790/AT NOTARIO TRIGÉSIMO QUINTO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO AVISO DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL L’IMMOBILIER S.C.C. Cúmpleme poner en conocimiento del público en general, que mediante escritura pública otorgada ante mi, el día 3 de mayo del dos mil dieciocho, el señor MARCELO SEBASTIAN BONILLA RICAURTE, de estado civil soltero, por sus propios derechos y la señora PAULINA
ALEXANDRA BONILLA RICAURTE, de estado civil casada, por sus propios y personales derechos; de nacionalidad ecuatorianos, domiciliados en esta ciudad de Quito, constituyeron la sociedad civil y comercial cuya razón social es L’IMMOBILIER S.C.C., siendo su objeto social el constante en el Capítulo Segundo, Artículo Quinto “ tiene por objeto dedicarse a la administración y arrendamiento de bienes inmuebles, .... “ La nacionalidad de la sociedad es ecuatoriana y su domicilio es Quito. El señor MARCELO SEBASTIAN BONILLA RICAURTE, es designado como Presidente y la señora PAULINA ALEXANDRA BONILLA RICAURTE, es designada como Gerente General. La sociedad se constituye con un capital suscrito y pagado de USD. 400,00, siendo el valor nominal de cada acción un dólar. Cada socio aporta de la siguiente manera: con aporte de USD. 396,00 el señor MARCELO SEBASTIAN BONILLA RICAURTE; y, con un aporte de USD 4,00 la señora PAULINA ALEXANDRA BONILLA RICAURTE. El tiempo de duración de la sociedad es 50 años.- Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes. DR. SANTIAGO GUERRÓN AYALA NOTARIO TRIGÉSIMO QUINTO DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAR/108789/AT Dra. María Elena Altamirano NOTARIA
URBAMARCA CLUB S.A. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
DE CONFORMIDAD AL ART. 236 DE LA LEY DE CÍAS. Y AL ART. 20 DEL ESTATUTO SOCIAL, SE CONVOCA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA CÍA. URBAMARCA CLUB S.A PARA EL DÍA JUEVES 17 DE MAYO DEL 2018 A LAS 17 HORAS EN EL EDIFICIO METRÓPOLI, DOMICILIO PRINCIPAL DE LA COMPAÑÍA, UBICADO EN LA CALLE “IGNACIO SAN MARÍA E3-30, ENTRE NÚÑEZ DE VELA Y JUAN GONZALES DE LA CIUDAD DE QUITO; PARA TRATAR EL SIGUIENTE ORDEN DEL DÍA: l.- Constatación del quórum. 2.- Conocimiento y aprobación de los Informes de Presidencia, Gerencia y Comisario. 3- Conocimiento y aprobación de los Estados Financieros al 31 de diciembre del 2017.4.- Nombramiento del Liquidador Principal y Suplente de la Cía. 5.- Resolución sobre el Financiamiento para Tramitar y Resolver la Liquidación y Cancelación de la Cía., resuelta por la Superintendencia de Compañías. 6.- Lectura y aprobación de la presente Acta. De manera especial se cita al Sr. Comisario Ing. Lupo Valencia, el cual ha sido convocado personal e individualmente. Los documentos correspondientes a esta Junta se encuentran a disposición de los señores Accionistas. Quito, 7 de Mayo de 2018 ING. JAIME MIELES V. PRESIDENTE ING. EDGAR GARCÍA G. GERENTE
EXTRACTO Mediante escritura p ú b l i ca n ú m e ro 20181701071P01555, otorgada ante mí Dra. María Elena Altamirano, Notaria Septuagésima Primera del Cantón Quito, el día veinte y seis de abril del dos mil dieciocho se celebró la CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD CIVIL GRUPO ALVA S.C. de conformidad con la ley pongo en conocimiento del público el extracto de la referida escritura y es como sigue: 1.- Los socios que la conforman son los señores JORGE VIRGILIO ALVAREZ BRAVO, JORGE ANDRES ALVAREZ NARVAEZ, CHRISTIAN JAVIER ALVAREZ GRANDA, ADRIAN RICARDO ALVAREZ GRANDA Y ALEX RAFAEL ALVAREZ GRANDA, mayores de edad, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliados en esta ciudad de Quito. 2.- La razón social es SOCIEDAD CIVIL GRUPO ALVA S.C. 3.- La Sociedad tiene como objeto social: a) La planificación, desarrollo, ejecución y venta de proyectos de inversión en general, tales como proyectos inmobiliarios y de cualquier otra naturaleza lícita; importación de materiales, maquinaria y acabados, representación de personas jurídicas, a más de cualquier otra actividad comercial o económica que en su momento consideren los socios procedente; b) Promocionar, comercializar, comprar, vender, permutar, arrendar y administrar bienes inmuebles, edificios, centros comerciales, hoteles u hospitales y en general el mandato inmobiliario, para lo cual podrá negociar, hipotecar, gravar, subdividir, transferir, ceder, arrendar y
Los humoristas y los filósofos dicen muchas tonterías, pero los filósofos son más ingenuos y las dicen sin querer.
Noel Clarasó Escritor español.
disponer de bienes inmuebles. 4.- El capital social es de CINCO MIL DÓLARES 00/100 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD$5.000,OO), y está divido en cinco mil participaciones ordinarias y nominativas, las cuales tienen un valor nominal de UN DÓLAR de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA cada una, numeradas de la cero cero cero uno a la cinco mil inclusive. 7.- El plazo de duración es el de cincuenta (50) años a partir de la fecha de inscripción del contrato debidamente aprobado. La sociedad podrá disolverse antes del vencimiento del plazo, o acordar la prórroga del mismo, previa acuerdo de los socios Particular que pongo en conocimiento para los efectos legales pertinentes. DRA. MARÍA ELENA ALTAMIRANO PALACIOS NOTARIA SEPTUAGÉSIMA PRIMERA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAR/108792/AT
VARIOS Juicio No. 17205-201701670 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEX Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA DE
COMPAÑÍA SERVICIO ECUATORIANO DE TRANSPORTE SECUATRANS C.A CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA
Conforme lo dispuesto por el artículo 234 de la ley de Compañías, se CONVOCA a los accionistas de la compañía SERVICIO ECUATORIANO DE TRANSPORTE SECUATRANS C.A. a JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA de accionistas, para conocer y resolver sobre: 1.- Constatación de Quórum Reglamentario 2.- Modificación del Contrato de Operación de la compañía, con la finalidad de que la ruta Cdla. Del Ejercito .. Universidad Central; así como los registros municipales de transporte asignados a ella;. sean incorporados en otro Operadora, a través de la correspondiente y previa aprobación de la Secretaria de Movilidad. 3.- Disolución anticipada de la Compañía y Liquidación de la misma 4.- Aprobación del Acta La reunión se efectuara en las oficinas de la compañía Ubicadas en la Av. Quitumbe ñan S52-202 y Pasaje B, sector Guamaní de Quito DM, el día Viernes 18 de mayo del 2018, a partir de las 10H00. Se convoca de manera especial y particular al Sr. Vinicio Salazar, Comisario Principal de la compañía. Se solicita a los señores accionistas puntualidad, para iniciar la Junta General a la Hora indicada Atentamente,
P AR/108794/AT
José Estrada Cartajena Presidente
PICHINCHA. Rumiñahui, lunes 19 de marzo del 2018, las 14h38, VISTOS: Concluida la sustanciación de la causa, la suscrita Jueza, en ejercicio de las atribuciones y deberes de los que se halla investida; y, al haber emitido mi pronunciamiento de forma oral en audiencia, debiéndose reducir a escrito la RESOLUCIÓN MOTIVADA respecto a la demanda Sumaria cuya petición es la DECLARATORIA DE INTERDICCIÓN, para hacerlo se considera: PRIMERO.IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES PROCESALES.ACTORA.- Enma Patricia Andrade Miranda, María Elena Andrade Miranda, Liliana del Rosario Andrade Miranda y Wilson Alejandro Andrade Miranda. D E M A N DA DA . Enma Herminia Miranda Guerrero. SEGUNDO.- ENUNCIACIÓN BREVE DE LOS HECHOS Y C I RC U N STA N C I A S OBJETO DE LA DEMANDA. Comparecen al órgano Judicial los señores: Enma Patricia Andrade Miranda, María Elena Andrade Miranda, Liliana del Rosario Andrade Miranda y Wilson Alejandro Andrade Miranda, presentan demanda en juicio sumario y solicitan que se declare la interdicción de Enma Herminia Miranda Guerrero y se le nombre un curador; para ello afirman que en el mes de diciem-
bre del 2010 su madre Enma Herminia Miranda Guerrero fue atendida por el Dr. Eduardo Castro Uquillas, Médico Neurólogo del Hospital Metropolitano, por cuadro de INFARTO CEREBRAL de origen cardio embólico, secundario a arritmia por filtración auricular. Que su madre antes del estado mental del cual se encuentra enajenada llevaba una vida tranquila, dedicando la mayor parte de su tiempo a trabajar, ejerciendo su profesión de obstetra, fruto de su trabajo y el de su difunto padre, ha fundado un patrimonio, bienes de propiedad de su madre, que bajo las condiciones de salud en las que se encuentra, le es imposible administrarlos y disponer de ellos, así como tampoco puede gobernarse por sí misma, debido a la falta de razonamiento cognitivo normal. Que su madre la señora Enma Herminia Miranda Guerrero actualmente se encuentra bajo el cuidado, atención y protección de una de sus hijas: Enma Patricia Andrade Miranda. Que la conducta habitual de su madre es compleja, debido a su estado de salud, ella sufre diariamente un declive progresivo de su habilidad de funcionar en la vida diaria por sí sola, volviéndose totalmente dependiente de una tercera persona, debido a su estado actual no le permite un razonamiento cognitivo normal. Fundamentan su petición en lo dispuesto en los Arts. 367, 369, 371, 478, 484 del Código Civil y Art. 332 del Código Orgánico General de Procesos. Realizan el anuncio de prueba. Señalan el procedimiento Sumario; y, su correo electrónico para recibir sus
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTE Y SERVICIOS SOLA HNOS CIA LTDA, De conformidad con lo dispuesto en la ley y estatutos de la compañía, se convoca todos los accionistas de “TRANSPORTE Y SERVICIOS SOLA HNOS. CIA LTDA., de manera especial al señor comisario LUIS ANIBAL MOROCHO RAMOS a la JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, reunión que tendrá lugar el día lunes 21 de Mayo del 2018, a las 9:00 A.M. en las oficinas de la compañía ubicada en la provincia de Pichincha, cantón Quito, parroquia Calderón, Calle Sofia E7-269 Y Kingstown, Marianitas de Calderón., con el objeto de tratar el siguiente orden del día: 1. Conocer y aprobar los estados financieros del ejercicio económico del 2017 2. Aprobar informes de gerencia y comisario del ejercicio económico 2017 3. Conocer y aprobar el destino de utilidades y asignación de reserva legal por el ejercicio económico 2017 4. Elección de presidente para el periodo estatutario de 2 años. De acuerdo a la ley, todos los informes de administración, comisario y estados financieras correspondiente al ejercicio económico 2017, están a disposición de los accionistas en las oficinas de la compañía, ubicada en la provincia de Pichincha, Cantón Quito, Parroquia Calderón, Calle Sofia E7-269 Y Kingstown, Marianitas de Calderón. Quito, 09 de Mayo del 2018, Atentamente
P AR/108797/AT
Tclga. Carmita Isabel Toapanta Heredia GERENTE GENERAL
P AP/70693/AT
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notificaciones. Insinúan que se nombre como curadora de la presunta interdicta; y, Procuradora Común de ésta causa a la señorita Enma Patricia Andrade Miranda. Radicada la competencia (fs. 21) y examinada la causa, se ha dispuesto que los accionantes completen la demanda, cumplido aquello, se acepta a trámite en procedimiento sumario (29 y vta.), y, en virtud del sorteo de ley realizado en el sistema SATJE, se ha nombrado al Dr. Jaime Augusto Aroca Chaguaro, perito Médico; Se ha contado con los funcionarios del Departamento Técnico de esta Unidad Judicial: Psicólogo Luis Fernando Álvarez Castro y la Lcda. Sonia Guevara Álvarez Castillo, Trabajadora Social, a quienes se les posesionó conforme consta de fojas 32 a 34 de los autos. TERCERO.- JURISDICCION Y COMPETENCIA.- La suscrita jueza tiene potestad jurisdiccional para conocer y resolver la presente causa de conformidad a lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico de la Función judicial en relación con el artículo 160 ibídem, en armonía con el Art. 9 del Código Orgánico General de Procesos. C U A R TO . VA L I D E Z PROCESAL y CONSTITUCIONAL.- El proceso es válido por cuanto se ha tramitado de conformidad a las normas constitucionales Art. 168.6 que indica que la sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y diligencias se llevará a cabo mediante el sistema oral, mantenido en los principios de concentración, contradicción y dispositivo, Art. 82 ibídem derecho a la seguridad jurídica, artículos 4, 5, 6, y 8 del Código Orgánico General de Procesos. Al haberse garantizado el ejercicio pleno del derecho a la defensa, y al no existir alegación alguna sobre este particular, se declara la validez de todo lo actuado. QUINTO.- LEGITIMACIÓN ACTIVA y PASIVA.- Con las partidas de nacimiento de fs. 1 a 4 y 24 de los autos, se justifica que se ha demostrado la existencia del vínculo parento filial que une a la presunta interdicta señora Enma Herminia Miranda Guerrero, con los señores: Enma Patricia Andrade Miranda, María Elena Andrade Miranda, Liliana del Rosario Andrade Miranda y Wilson Alejandro Andrade Miranda, así como la calidad de actores y de demandada, dentro del presente caso. SEXTO.- DECISIÓN SOBRE LAS EXCEPCIONES PRESENTADAS.- Dentro de la presente causa no se han presentado excepciones previas, por lo que nada hay que resolver al respecto. SEPTIMO.- PUNTOS EN DEBATE.- En la audiencia única, se determinó como puntos en debate: Procedencia o no de la declaratoria en interdicción a la señora Enma Herminia Miranda Guerrero. OCTAVO.- LA REALIZACIÓN DE LO S H EC H O S PROBADOS RELEVANTES PARA LA RESOLUCIÓN.- En vista de la imposibilidad de
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llegar a un acuerdo por la falta de comparecencia de la demandada señora Enma Herminia Miranda Guerrero, a la diligencia de audiencia única, se declaró precluida la primera fase del proceso y se dio inicio a la segunda fase: De prueba y alegatos. De la Prueba.- Al respecto, los medios probatorios tienen por finalidad crear la convicción en las decisiones del Juzgador; el Articulo 27 del Código Orgánico de la Función Judicial todos los Jueces y Juezas estamos obligados a resolver las causas puestas a nuestro conocimiento, atendiendo únicamente a los elementos aportados por las partes, es decir considerando la prueba anunciada, introducida al proceso y debidamente actuada en audiencia de forma oral de conformidad con el artículo 4 del Código General de Procesos. Por otra parte el Artículo 161 del Código Orgánico General de Procesos, nos habla sobre la conducencia y pertinencia de la prueba, en el cual nos indica que la prueba consiste en la aptitud del contenido intrínseco y particular para encontrar los hechos que se alegan en cada caso, que la prueba deberá referirse directa o indirectamente sobre los hechos o circunstancias controvertidos; de igual manera, el Articulo 164 del mismo cuerpo legal, indica que la prueba deberá ser apreciada en conjunto de acuerdo con la reglas de la sana critica, dejando a salvo las solemnidades prescritas en la ley sustantiva; es así que entendemos que por pruebas judiciales, es el conjunto de reglas que regulan la admisión, producción, asunción y valoración de los distintos medios que pueden emplearse para llevar al Juez/a, a la convicción sobre los hechos que interesan al proceso, así también se debe entender que la prueba es voluntaria y no obligatoria, por lo que las partes deben asumir el compromiso de justificar los hechos sobre los cuales versa el debate o la cuestión previa planteada y que deben probarse dentro de la actividad probatoria. En este sentido la decisión que adopte el Juez/a debe ceñirse estrictamente a la prueba declarada mediante Auto Interlocutorio como admisible y que constituye la verdad procesal. Así también atendiendo lo dispuesto en el Articulo 172 respecto a los actos, circunstancias o signos suficientemente acreditados a través de la prueba y que además sean graves, precisos y concordantes, adquieren significación en su conjunto cuando conducen unívocamente a la o al juzgador al convencimiento de los hechos y circunstancias expuestos por las partes con respecto a los puntos controvertidos. Por lo tanto, la o el juzgador puede resolver la controversia sobre la base de estas conclusiones que constituyen la presunción judicial.- En este orden de ideas y partiendo de estos enunciados normativos dentro de la estación probatoria, mediante auto interlocutorio, mismo que no fue apelado por las partes, se declaró la admisibilidad de los siguien-
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tes medios probatorios: AC TO R E S . P R U E BA DOCUMENTAL 1).A fs. 5 de los autos consta un Certificado Médico, Otorgado por el Dr. Eduardo Castro Uquillas, Médico Neurólogo del Hospital Metropolitano, mismo que ha sido producido y exhibido en audiencia, del que se desprende lo siguiente: “… La paciente Enma Herminia Miranda Guerrero, CI. 1800028191, es mi paciente desde diciembre del 2010 hasta la presente fecha. Inicialmente fue atendida por cuadro de infarto cerebral de origen cardio embólico secundario a arritmia por fibrilación auricular. Su recuperación motora y funcional fue satisfactoria. Su evolución cardiaca fue complicada por Insuficiencia Cardiaca. Desde el año 2011 cuadro neurológico con curso progresivo de Parkinsonismo y Deterioro Cognitivo que evoluciona una franca Demencia y severa incapacidad motora, junto a episodios de Delirio con confusión y agitación psicomotora y resistencia a la respuesta clínica de la medicación antipsicótica al igual que a la medicación anti parkinsoniana. Su estado actual es de una demencia y mínima actividad motora dependiente. El diagnóstico de este último cuadro de demencia tiene como diagnóstico clínico Demencia de Cuerpo de Lewy, en relación a su cuadro clínico y la investigación neuroradiológica. Este cuadro es Irreversible y terminal. Su estado actual no le permite un razonamiento cognitivo normal…” 2) PRUEBA PERICIAL.- De los informes periciales, cuyos peritos han sido debidamente posesionados y en cumplimiento al Art. 222 del Código Orgánico General de Procesos, bajo juramento, han sustentado en audiencia, lo siguiente: 2.1) Informe de Peritaje Psicológico ( fs. 43 a 45), suscrito por el Psicólogo clínico Luis Fernando Álvarez Castro, quien concluye: “ … La evaluada presenta signos y síntomas de deterioro cognitivo o demencia la supuesta interdicta presenta condiciones propias de postración debido a las secuelas de las enfermedades, por lo que requiere cuidados humanos las 24 horas del día. La evaluada se encuentra en constante supervisión médica y tratamientos con medicación. Las afecciones de la evaluada son de carácter degenerativo e incurable por lo que su situación tiende a agravarse con el paso del tiempo. 8. Recomendaciones.- Se recomienda que la supuesta interdicta continúe bajo los cuidados que recibe de sus familiares y enfermeras, además de continuar con los tratamientos que los profesionales de la salud le recomiendan. “ 2.2) Informe Médico Pericial, suscrito por el Dr. Jaime Augusto Aroca Chaguaro (fs. 52 a 57), concluye: “Luego del examen médico realizado a la señora Enma Herminia Miranda Guerrero, el día veinte y tres de enero del dos mil diez y ocho, en su domicilio ubicado en la Armenia, donde estuvieron presentes dos hijas y la auxiliar de enfermería
que cuida a la paciente a ser evaluada, encontramos lo siguiente: a) La señora Enma Herminia Miranda Guerrero se encuentra en mal estado general encamada, con rigidez de sus miembros. Se encuentra orientada en la esfera personal, responde a su nombre y reconoce a sus familiares, desorientada en tiempo y espacio. De todo el examen se determina que la señora Enma Herminia Miranda Guerrero, por su demencia no puede valerse por sus propios medios para poder desenvolverse en las actividades cotidianas, el cuadro clínico es irreversible, por lo que siempre va a necesitar del cuidado y protección de sus familiares para cuidar su salud y precautelar sus intereses…” 2.3) Informe Social (fs. 38 a 41 y vta.).- suscrito por la Lic. Sonia Guevara Castillo, quien concluye lo siguiente: “… La señora Enma Miranda Guerrero de 81 años de edad, presenta imposibilidad para realizar sus actividades diarias básicas y elementales sola. En un breve encuentro con la supuesta interdicta Sra. Enma Miranda Guerrero, de 81 años de edad, considerando la edad y su condición, es visible su deterioro de las capacidades físicas, razonamiento cognitivo normal, mantiene contacto visual a que se le habla, se muestra receptivo no da respuestas comprensibles, no refiere sus nombres y apellidos, ni en el lugar que se encuentra, no expresa con claridad balbucea sin pronunciar nada en absoluto con claridad o coherencia. El cuidado y atención de la Sra. Enma Miranda Guerrero de 81 años de edad está a cargo de dos enfermeras, las 24 horas, más la atención de sus hijas, quienes están pendientes del cuidado, atención integral de la supuesta interdicta, al momento de la visita domiciliaria se encuentra en su dormitorio el mismo que ha sido adaptado como una sala de hospital. A decir de la Sra. Enma Patricia y María Elena Andrade Miranda de 54 y 53 años de edad, han considerado en conceso familiar, nombrar a la Srta. Enma Patricia Andrade Miranda como Curadora, quien será la encargada de representar en todos los trámites legales, encargo que lo han realizado previo a un análisis de la capacidad integra, probidad y sobre todo por la vinculación afectiva entre las partes. IX RECOMENDACIONES.Sra. Enma Miranda Guerrero, de 81 años de edad, supuesta interdicta, debe continuar bajo los cuidados y atención profesional y familiar lo cual garantizara el recibir atención ágil y oportuna lo cual permitirá mantener su estilo de vida la supuesta interdicta que no se encuentra en posibilidades de valerse por sí misma en ningún espacio.” Cabe señalar que la suscrita a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 482 del Código Civil ha examinado personalmente a la demandada Enma Herminia Miranda Guerrero, por medio de interrogatorios conducentes al objeto de descubrir el estado de su razón, siendo imposible ejecutar una evaluación por la inca-
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pacidad que la señora Enma Herminia Miranda Guerrero posee, conforme acta que obra de fojas 64 de los autos. El alegato que ha formulado la parte actora en audiencia, será considerado, en lo que tuviere lugar en derecho para la presente resolución. NOVENO.- MOTIVACIÓN.De la interdicción.- Con respecto a la interdicción la ex Corte Suprema de Justicia en uno de sus fallos ha determinado lo siguiente: “….el procedimiento que permite la declaración de la demencia es el juicio de interdicción en el cual se debe verificar lo señalado en el artículo 478 del Código Civil es decir “el estado habitual de demencia, aunque tenga intervalos lúcidos”. Dichos elementos deben tener en cuenta que la demencia, que consiste en una apreciación distorsionada de la realidad, debe ser habitual, aunque dicha habitualidad no signifique que en determinados momentos pueda tener intervalos lúcidos, como ocurre con la señora Enma Herminia Miranda Guerrero, pues en suma su estado mental no le permite cuidar de sí misma ni de su patrimonio. En tal virtud y por cuanto las interdicciones se dictan con finalidad de garantizar la protección de personas que pueden ser sujetas al abuso de terceros; tal como lo señala la misma ley, en el artículo 367 del Código Civil que dice: “las tutelas y curadurías o curatelas son cargos impuestos a ciertas personas, a favor de aquellos que no pueden gobernarse por sí mismos, o administrar competentemente sus negocios y que no se hallan bajo potestad de padre o madre, que puedan darles la protección debida”, …”; el tratadista chileno Claro Solar en su obra el Derecho Civil Chileno al referirse a las tutelas curadurías del demente o pródigo, considera que: “… los jueces no están llamados a investigar más o menos científicamente la influencia de tal o cual lesión cerebral, “sino de saber, en el hecho, en un caso dado, si tal persona, cuya interdicción se pide, conserva o no una inteligencia suficiente de los negocios de la vida civil y la aptitud conveniente para la marcha ordinaria de la administración de un patrimonio” (Claro Solar, Luis, Explicaciones de Derecho Civil chileno y comparado, reimpresión Editorial Jurídica de Chile, Bogotá, 1992). Del mismo modo se ha de indicar que el “ estado habitual”; representa un término medio entre lo pasajero y lo permanente y es lo que permite la presencia de un intervalo lúcido. Es habitual el defecto cuanto tiene carácter permanente y durable, sin que se exija que sea incurable, es decir, que un simple trastorno mental capaz de producir un estado de inconciencia momentánea de carácter pasajero, no sería el estado habitual requerido por la Ley, pues de un acto no se podrá deducir la existencia del defecto grave exigido para la interdicción, “de tal manera que la presencia de una alteración mental como consecuencia de una enfermedad pasajera no sería suficiente, como tampoco la producida por el consumo de alcohol o drogas sino se demuestra que por esas causas ha quedado afectado el ejercicio de la inteligencia y de la voluntad.” (On. cit. Domicini. Pág. 508. Sanojo Luis (Instituciones de Derecho Civil Venezolano)
Perdonar es no tener demasiado en cuenta las limitaciones y defectos del otro, no tomarlas demasiado en serio, sino quitarles importancia, con buen humor, diciendo: ¡sé que tú no eres así! R o b e r t S pa e m a n n Filósofo alemán. 1953. Madrid-Tomo I. Pág. 304). La psiquiatría moderna admite que ciertos trastornos pasajeros por su naturaleza pueden hacerse crónicos y en ese caso se configurará el estado habitual. En segundo término, la expresión “defecto intelectual” como ocurre en el presente caso, exigida para la interdicción debe ser grave y por tal motivo es totalmente diferente la incapacidad en las personas que se hallan en estado habitual de defecto intelectual absolutamente privadas de voluntad y discernimiento, de la de aquellos cuyo estado de debilidad de entendimiento no es tan grave. En tercer lugar, “la expresión “intervalos lúcidos”, utilizada por nuestro legislador no desvirtúa la habitualidad, es más, expresamente consagra lo contario al igual que muchos otros ordenamientos jurídicos (El Código Civil Colombiano, Boliviano, Chileno, etc). Se ha sostenido por el contrario que la persona que presenta intervalos lúcidos es la que más necesita de la incapacitación civil, por cuanto que aquella que sin intermitencia presenta un estado de locura, seguramente hará pública su incapacidad natural en el seno de la sociedad donde vive y será menos frecuente la contratación con ella, y en todo caso resultará más fácil la anulación de sus negociaciones. Actualmente los avances científicos han tratado de erradicar este concepto, demostrando que no existen verdaderos intervalos lúcidos es decir, sostienen que cuando existe una anomalía en el psiquismo, el individuo aunque revele en determinados momentos una notable claridad mental en muchas de sus actuaciones procederá de acuerdo a su perturbación.” (EL ENFERMO MENTAL EN NUESTRO ORDENAMIENTO JURÍDICO - Dra. Elvira Grimaldi de Caldera -Dra. Graciela Bilbao de Romer). Fundamentación Legal.- El Art. 367 del Código Civil anota: “Las tutelas y las curadurías o curatelas son cargos impuestos a ciertas personas, a favor de aquellos que no pueden gobernarse por sí mismos, o administrar competentemente sus negocios, y que no se hallan bajo potestad de padre o madre, que puedan darles la protección debida…” De igual manera el Art. 369 Idem, expresa: “La tutela y las curadurías generales se extienden, no sólo a los bienes, sino a las personas sometidas a ellas.” El Art. 371
Ibidem, dispone que están sujetos a curaduría general los interdictos. Según el Art. 376 del Código Civil vigente dice, que se podrá colocar bajo una misma tutela o curaduría dos o más individuos, con tal que haya entre ellos indivisión de patrimonios. Una misma tutela o curaduría puede ser ejercida conjuntamente por dos o más tutores o curadores. En el mismo Código Civil, el Art. 398, ordena que, toda tutela o curaduría debe ser discernida, excepto la curaduría para pleito o ad-litem. En ésta el decreto del juez y la diligencia de aceptación del cargo valen por discernimiento. Se llama discernimiento el decreto judicial que autoriza al tutor o curador para ejercer su cargo. Al respecto de la curaduría para dementes el Art. 478 Ejusdem, dispone: “El adulto que halla en estado habitual de demencia, deberá ser privado de la administración de sus bienes, aunque tenga intervalos lúcidos.” Para declarar la interdicción, el juez se informará de la vida anterior y conducta habitual del supuesto demente, y oirá el dictamen de facultativos de su confianza, sobre la existencia y naturaleza de la demencia, según lo anotado en el Art. 482 del Código Civil. Finalmente el Código Civil en su Art. 484, determina a quien o quienes se puede conferir la curaduría del demente: “1o.- Al cónyuge si no hubiere separación conyugal. Pero el cónyuge tendrá derecho de aceptar o repudiar esta guarda, y en caso de no aceptarla, podrá pedir la liquidación de la sociedad conyugal; 2o.- A sus descendientes; 3o.- A sus ascendientes; y, 4o.- A sus colaterales, hasta el cuarto grado, o a sus hermanos. Los padres no podrán ejercer este cargo, sin el consentimiento del otro cónyuge. El juez elegirá, en cada clase de las designadas en los numerales 2o., 3o. y 4o., la persona o personas que más idóneas le parecieren. A falta de las personas antedichas, tendrá lugar la curaduría dativa.”. Sobre la base de lo expuesto, en la especie, producida y sustentada que ha sido la prueba por la parte accionante en audiencia, con la cual, ha justificado sus argumentos y objetivo de su petición; se tiene que: la parte actora, como la curadora insinuada son hijas de la demandada señora Enma Herminia Miranda Guerrero; así como también, se ha demostrado la idoneidad de la Curadora Insinuada seño-
ra Enma Patricia Andrade Miranda y que la demandada señora Enma Herminia Miranda Guerrero, por su demencia no puede valerse por sus propios medios y se requiere del cuidado y atención de sus familiares. DÉCIMO.- DECISIÓN.- Por lo indicado y ratificando lo resuelto en audiencia; se tiene tres informes periciales, que en definitiva concluyen que la señora Enma Herminia Miranda Guerrero, padece de demencia y que el cuadro clínico es irreversible por lo que siempre va a necesitar del cuidado y protección de sus familiares; y, del reconocimiento que realizó la suscrita jueza a la señora Enma Herminia Miranda Guerrero, se considera que existen suficientes motivos justificados y razonables para la procedencia de esta acción. Al respecto el Art. 27 del Código Orgánico de la Función Judicial determina: “…PRINCIPIO DE LA VERDAD PROCESAL.- Las juezas y jueces, resolverán únicamente atendiendo a los elementos aportados por las partes. No se exigirá prueba de los hechos públicos y notorios, debiendo la jueza o juez declararlos en el proceso cuando los tome en cuenta para fundamentar su resolución.” Por lo expuesto, y cumplidas las formalidades legales, RESUELVO: Declarar la INTERDICCION PROVISIONAL de la señora ENMA HERMINIA MIRANDA GUERRERO. Y atenta a la insinuación realizada, y luego de haberse escuchado a los comparecientes, practicada la prueba y no habiéndose presentado oposición o contradicción alguna esto es acorde con lo que establece el procedimiento sumario constante en el Art. 332 y 333 del Código Orgánico General de Procesos y de forma oral dentro de la audiencia, que dan cuenta de la aptitud de la señorita ENMA PATRICIA ANDRADE MIRANDA, para desempeñar el cargo de Curadora interina; y, por cuanto del proceso no se aprecia existir causa de incapacidad para el desempeño del cargo, SE NOMBRÓ como CURADORA INTERINA de la señora ENMA HERMINIA MIRANDA GUERRERO, a la señorita ENMA PATRICIA ANDRADE MIRANDA, quien es su hija; a fin de que le represente en todos los actos públicos y privados. En la diligencia de audiencia se procedió a la posesión y discernimiento del cargo, en la cual, la Curadora designada, previo el juramento y prevenciones legales, de aceptar el cargo, manifestó su aceptación al nombramiento conferido y tomó posesión del mismo, invistiéndole de todas las facultades necesarias para que en legal forma represente a su mentada madre, en todos los actos públicos y privados. Dado el delicado estado de salud, de la señora ENMA HERMINIA MIRANDA GUERRERO; al
LLAMAMIENTO A ACREEDORES COMPAÑÍA PACORAPID EXPRESS LTDA. “EN LIQUIDACIÓN” Conforme a lo establecido en el artículo 393 de la Ley de Compañías, se comunica a los posibles acreedores de la COMPAÑÍA PACORAPID EXPRESS LTDA. “EN LIQUIDACIÓN” , a fin de que, en el término de VEINTE DÍAS, contados desde la tercera y última publicación, presenten al liquidador de la Compañía los respectivos documentos que acrediten su derecho de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente. Transcurrido este término, el Liquidador tomará en cuenta solamente a los acreedores que hayan probado su calidad y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía, con la debida justificación. Los referidos documentos deberán presentarse al Liquidador de la Compañía en las oficinas ubicadas en la calle Rio Pucuno N71-199 y Rio Bigal, Conjunto El Oberal, Barrio Mena del Hierro, Urb. El Condado, correo electrónico: goansasa@yahoo.com Quito, 7 de Mayo del 2018. Lcdo. José Gonzalo Sánchez Egas LIQUIDADOR COMPAÑÍA PACORAPID EXPRESS LTDA. “EN LIQUIDACIÓN”
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ser un deber constitucional proteger a aquéllas personas que se encuentren en estado de vulnerabilidad manifiesta, se dispone que la curadora designada, precautele la salud e integridad física de su madre, para ello acudirá a los médicos respectivos, a fin de que reciba el tratamiento terapéutico que requiera. Ejecutoriado que sea el presente auto, inscríbase en el Registro de la Propiedad del Cantón Rumiñahui, Provincia de Pichincha y notifíquese al público en general mediante la publicación en uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia y carteles que se fijarán en tres de los parajes más frecuentados del cantón, conforme establece el Art. 468 del Código Civil. NOTIFÍQUESE.PERRAZO CÉSPEDES RITA PATRICIA JUEZ En Rumiñahui, lunes diecinueve de marzo del dos mil dieciocho, a partir de las quince horas y veinte y cinco minutos, mediante boletas judiciales notifiqué la SENTENCIA que antecede a: ANDRADE MIRANDA EMMA PATRICIA, ANDRADE MIRANDA LILIANA DEL ROSA R I O, A N D RA D E MIRANDA MARIA ELENA, A N D RA D E M I RA N DA WILSON ALEJANDRO en la casilla no. 5633 y correo electrónico hlara@felixlara. com.ec, en el casillero electrónico No. 1001977691 del Dr./Ab. HUGO FERRELL LARA LUNA. PERITOS AROCA CHAGUADO JAIME AUGUSTO, LUIS FERNANDO ÁLVAREZ CASTRO Y LIC. SONIA GUEVARA CASTILLO en el correo electronico arixa.jaime@yahoo. com, sonia.guevara@funcionjudicial.gob.ec, luis. alvarezc@funcionjudicial. gob.ec. No se notifica a MIRANDA GUERRERO ENMA HERMINIA por haber señalado casilla. Certificado: REVELO AVILA ESTEBAN OSWALDO SECRETARIO Juicio No. 17205-201701670 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEX
Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Rumiñahui, martes 10 de abril del 2018, las 09h57, VISTOS: Incorpórese al proceso el escrito presentado por los accionantes, atento al mismo; y, por cuanto la suscrita en auto resolutivo de fecha 19 de marzo del 2018, las 14h38, ha hecho constar en todas las partes de la resolución el nombre de la señora como: “ENMA PATRICIA ANDRADE MIRANDA”; y, del mismo modo se ha dispuesto: “ejecutoriado que sea el presente auto, se inscriba en el Registro de la Propiedad del cantón Rumiñahui”; siendo lo correcto: “EMMA PAT R I C I A ANDRADE MIRANDA”; y, “ejecutoriado que sea el presente auto, se inscriba en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.”. Sin embargo de ello, de conformidad con lo que establece el Art. 100 inciso último del Código Orgánico General de Procesos y Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, el Juez tiene la facultad de corregir errores materiales, entre ellos el error de escritura y convalidar actuaciones sin alterar el fondo de las decisiones, como ha ocurrido en el presente caso, puesto que del expediente obra que la actora y actual Curadora Interina en el presente caso es la señora EMMA PATRICIA ANDRADE MIRANDA, y no como se ha hecho constar en el desarrollo de la resolución: “ENMA PATRICIA ANDRADE MIRANDA”, de esta manera se ha incurrido en un error de escritura, así como también en lo referente a la inscripción en el Registro de la Propiedad del cantón Rumiñahui, cuando lo correcto es en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito; el juez es garantista del proceso y con esta corrección no altera en sentido alguno el auto resolutivo puesto que hoy los Juzgadores estamos en la obligación de suplir estas omisiones, garanti-
Sangolquí, 08 de Mayo del 2018
CONVOCATORIA Se convoca a los socios del COMITÉ PROMEJORAS PRADOS DE LA HACIENDA a la Asamblea General Ordinaria que se realizará en la urbanización el día Domingo 20 de mayo del presente año a las 9:00 am, Para tratar el siguiente orden del día: Constatación del Quórum Lectura y aprobación del acta anterior Informe de actividades y económico año 2017 Proyectos de mejora Asuntos varios Atentamente Ing. Pedro Munizaga PRESIDENTE PAC110161fa
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO PROCEDIMIENTO COGEP JUEZ PONENTE: DR. EDISSON LOPEZ TAPIA. CITACION JUDICIAL Se le hace saber a: CASTRO LASTRA MONICA MARÍA y GUTIERREZ VILLANUEVA MAURICIO; que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en Proceso EJECUTIVO, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: ACTOR: BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO/S: GUTIERREZ VILLANUEVA MAURICIO Y CASTRO LASTRA MÓNICA MARÍA. CAUSA No.: 17230-2017-16926. MATERIA: CIVIL. TIPO: EJECUTIVO. ACCION: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO. CUANTIA: “QUINCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 15.000)”. PRETENSION: “Que en sentencia se condene solidariamente a los señores GUTIERREZ VILLANUEVA MAURICIO Y CASTRO LASTRA MÓNICA MARÍA, al pago de los siguientes rubros: a) Los dividendos vencidos constantes de la Tabla de Amortización No 1 que se agrega, así como los dividendos declarados vencidos por esta demanda, constantes así mismo de la ante dicha Tabla de Amortización No 1; b) Los intereses de mora generados desde la fecha de vencimiento de la obligación, hasta el pago total de la misma, los mismos que serán liquidados por el perito de la materia en tiempo oportuno; c) Las costas procesales de conformidad a los Artículos 284,285 y 286 del COGEP, en caso de que se generen, en las que se incluirán los honorarios profesionales de las abogadas patrocinadoras del Banco. Ofrezco reconocer abonos parciales que se justifiquen legalmente. AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 12 de diciembre del 2017 a las 11h17.- “VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, La demanda presentada por la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, en calidad de Procuradora Judicial del Banco Guayaquil SA, es clara, precisa y contiene los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), además se fundamenta en el cobro de un contrato de mutuo con reconocimiento de firmas y rúbricas aparejado a la demanda, documento que al tenor de lo previsto en el número 3 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 Ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CÍTESE a la demandada en la presente causa señores Gutierrez Villanueva Mauricio y Castro Lastra Mónica María, en la dirección señalada; para lo cual se remitirá el despacho correspondiente; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de QUINCE (15) DÍAS, contados a partir de la citación comparezca a juicio, cumpla con la obligación o conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y electrónica señaladas. Actué el Abg. Iván Sandoval Campaña en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE”.- f) Dr. EDISSON LOPEZ TAPIA.- JUEZ. AUTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 3 de mayo del 2018 a las 14h33.- “VISTOS: Cumplido que ha sido la declaración bajo juramento y por PAB/19586/AS(1)
zando de esta manera una Tutela Judicial Efectiva a favor de los Justiciables, principio fundamental que en esencia es el acceso que tiene toda persona a la administración de justicia, a fin de ejercer sus derechos, y el restringir este derecho contrariaríamos al principio de Seguridad Jurídica. El error material que en doctrina se lo conoce como “… errores de copia o aritméticos, los equívocos en que hubiese incurrido el Juez acerca de los nombres y calidades de las partes (como seria por ejemplo, referirse al actor como demandado o viceversa, atribuir el carácter de locador al locatario) y la contradicción que pudiera existir entre los considerandos y la parte dispositiva” (lino Enrique Palacio, Manuela de Derecho Procesal Civil, edición actualizada, ed. Abeledo Perrot Buenos Aires 1999, pág. 200 y 201). El Art. 100 inciso segundo, que dispone: “Los errores de escritura, como de nombres, de citas legales, de cálculo o puramente numéricos podrán ser corregidos, de oficio o a petición de parte, aun durante la ejecución de la sentencia, sin que en caso alguno se modifique el sentido de la resolución.”. De lo analizado, en aplicación de los artículos 11 numeral 3, 169 de la Carta Fundamental, 100 inciso último del Código Orgánico General del Procesos, 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, Art. 253 del Código Orgánico General de Procesos, resulta menester corregir dicho error, para que se pueda dar cumplimiento a la resolución que antecede, esto es, el nombre de la señora como: “ENMA PATRICIA ANDRADE MIRANDA”; y del mismo modo: “ejecutoriado que sea el presente auto, se inscriba en el Registro de la Propiedad del cantón Rumiñahui”; siendo lo correcto: “EMMA PATRICIA ANDRADE MIRANDA”; y, “ejecutoriado que sea el presente auto, se inscriba en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito”, para ello, depréquese a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, a fin de que se dé cumplimiento con la inscripción en dicho registro, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos. En lo demás las partes procesales, estén a lo dispuesto en la resolución de mérito. Para el efecto confiérase copias certificadas del presente auto y dese cumplimiento a lo ordenado en la referida Resolución. NOTIFÍQUESE.PERRAZO CÉSPEDES RITA PATRICIA JUEZ En Rumiñahui, martes diez de abril del dos mil dieciocho, a partir de la dieciséis corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los demandados señores CASTRO LASTRA MONICA MARÍA y GUTIERREZ VILLANUEVA MAURICIO por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.NOTFIQUESE” .- f) Dr. EDISSON LOPEZ TAPIA.- JUEZ. Lo que se C I T A para los fines de ley, previéndole a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. Iván R. Sandoval Campaña. SECRETARIO Hay Firma y Sello
PAB/19586/AS(2)
horas y cinco minutos, mediante boletas judiciales notifique el AUTO que antecede a: ANDRADE MIRANDA EMMA PATRICIA, ANDRADE MIRANDA LILIANA DEL ROSA R I O, A N D RA D E MIRANDA MARIA ELENA, A N D RA D E M I RA N DA WILSON ALEJANDRO en la casilla No. 5633 y correo electrónico hlara@felixlara. com.ec, en el casillero electrónico No. 1001977691 del Dr./ Ab. HUGO FERRELL LARA LUNA. PERITOS AROCA CHAGUADO JAIME AUGUSTO, LUIS FERNANDO ÁLVAREZ CASTRO Y LIC SONIA GUEVARA CASTILLO en el correo electrónico aroca.jaime@yahoo.com, sonia.guevara@funcionjudicial.gob.ec, luis.alvarezc@ funcionjudicial.gob.ec. No se notifica a MIRANDA GUERRERO ENMA HERMINIA por no haber señalado casilla. Certifico: REVELO AVILA ESTEBAN OSWALDO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/108793/AT Casilla Judicial No. 136 Dr./Ab. Maria Vitelma Ceron Teran De Navarro EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA SEPONEENCONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL LA DEMANDA DE NULIDAD DE MATRIMONIO: CAUSA: NULIDAD DE MATRIMONIO Nro. DE JUICIO 17203-2018-03774 ACTOR: O R B E V E L A LCA ZA R MARIA EUGENIA DEMANDADO: CARRILLO JACOME GLORIA SUSANA CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: DR. PABLO ALEJANDRO JACOME JARRAMILLO OBJETO: NULIDAD DE MATRIMONIO AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 26 de abril del 2018, las 08h28, VISTOS.- Agréguese al proceso el escrito y anexos presentados el 24 de abril del 2018 a las 15h52, en lo principal: 1) La demanda que antecede es clara, completa, y reúne los demás requisitos de ley por lo que de conformidad con lo dispuesto en el Art.289 del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta a trámite en procedimiento ordinario.- 2) De conformidad a dispuesto en el Art. 291 del COGEP, Cítese de INMEDIATO a la demandada señora GLORIA SUSANA CARRILLO JACOME, con la copia de la demanda, la ampliación y este auto, en la dirección consignada por la accionante, para lo cual por Secretaría remítase el despacho suficiente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial, a fin que, la demandada en el término de 30 días anuncie la prueba al contestar la demanda, y haga valer sus derechos en los términos referidos en los Arts. 291 y 151 y ss., de la última norma legal citada; so pena de continuar la causa en rebeldía de la demandada.- 3) Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue el señor
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CORNELIO GERMANICO MATA GALVEZ, por la prensa y de conformidad con el art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual provéase del extracto correspondiente.- A fin de garantizar la seguridad jurídica y el debido proceso la convocatoria audiencia preliminar respectiva se realizará una vez verificada la citación a la demandada, a los herederos presuntos y desconocidos y agotado el término de contestar su demanda.- 4) Téngase en cuenta la prueba que anuncia y adjunta el actor de la causa la misma que se tomará en cuenta conforme a derecho en el momento procesal oportuno.- 5) La declaración de parte de la demandada será receptada el momento procesal oportuno.- El señor Perito, comparecerá a sustentar su informe el día en que se lleve a efecto la audiencia correspondiente, cuya responsabilidad de la comparecencia será de la parte actora.- 6) De conformidad con el art. 159 ibídem, OFICIESE conforme los solicita en el cardinal OCTAVO del anuncio de prueba.Tómese en cuenta el casillero judicial, correo electrónico para futuras notificaciones así como la designación del abogado defensor del accionante.- 6).- Actúe en la presente causa la Dra. Betty Ayala Granda, en calidad de secretaria de este despacho.- NOTIFIQUESE.- f) Dr. Pablo Alejandro Jacome Jaramillo, Juez de La Unidad Judicial De La Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia Del Cantón Quito. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, y le cito, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, dentro del perímetro legal de la Unidad Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de esta ciudad de Quito, cantón Quito, provincia de Pichincha. Ecuador. DRA. BETTY AYALA GRANDA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAR/108762/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA R. del E. Al señor JOSE MIGUEL HIDALGO TRUJILLO DENTRO DEL JUICIO: EXTRACTO JUDICIAL: ACTOR: J O S E L Y N ANDREA C E VA L LO S TRUJILLO DEMANDADA: JOSE MIGUEL HIDALGO TRUJILLO JUICIO: 17230-2014-3479 TRAMITE: EJECUTIVO CUANTÍA: USD $ 10.000,00 (DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA) JUEZ: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE, EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
PROVIDENCIAS: JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 14 de enero del 2015, las 15h15. VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez de Primer Nivel de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, según acción de personal No. 8476- DNTH-2014-SBS, de 29 de Octubre del 2014, emitida por la Ing. María Cristina Lemarie Acosta, Directora Nacional de Talento Humano, y la Econ. Andrea Bravo Mogro, Directora General del Consejo de la Judicatura.- La demanda que antecede, propuesta por el Dr. CARLOS GERMANICO PEÑA CARRASCO, en calidad de Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A., en contra del señor JOSE MIGUEL HIDALGO TRUJILLO, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, esto es, cumple lo previsto en el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, como son: 1. La designación del juez ante quien se la propone; 2. Los nombres completos, estado civil, edad y profesión del actor y los nombres completos del demandado; 3. Los fundamentos de hecho y de derecho, expuestos con claridad y precisión; 4. La cosa, cantidad o hecho que se exige; 5. La determinación de la cuantía; 6. La especificación del trámite que debe darse a la causa; 7. La designación del lugar en que debe citarse al demandado, y la del lugar donde debe notificarse al actor; y, 8. Los demás requisitos que la ley exija para cada caso”; por lo que, se la admite a trámite por la vía ejecutiva, prevista en la Sección 2da. Parágrafo 2do. Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Cítese al demandado, señor JOSE MIGUEL HIDALGO TRUJILLO, en la dirección señalada en el libelo de demanda; para que en el término de 3 días, pague la obligación demandada o proponga excepciones, bajo prevenciones de Ley.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Regístrese el casillero judicial y correo electrónico señalado por el accionante.- Téngase en cuenta la autorización conferida a sus abogados patrocinadores.- Actúe como Secretaria de esta Judicatura, la Ab. Jackeline Patricia Meza Mera, en virtud del contrato de servicios ocasionales emitido por la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.- CUMPLASE y NOTIFIQUESE.- f) DR. JORGE ALEJANDRO MIRANDA CALVACHE, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 30 de noviembre del 2017, las 14h53. En mérito del juramento rendido por el actor, que se han efectuado todas las diligencias necesarias como acudir a los registros de público acceso para tratar de ubicar a la demandada, cítese con el contenido de la demanda y presente
providencia al accionado JOSE MIGUEL HIDALGO TRUJILLO, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE. f) DR. FELIPE PATRICIO LARREA DAVALOS, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB.JORGE GUILLERMO CHIMARRO CABASCANGO SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/108764/AT EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: FRANCISCO X AV I E R MONCAYO NAVAS JUICIO DE: INTERDICCION CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: SUMARIO ACTOR: MONCAYO NAVAS FRANCISCO XAVIER CAUSA No.- 17204-201700420 UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 2 de abril del 2018, las 14h57, VISTOS: 1.- DR. EDISON PAT R I C I O GUALOTUÑA A., en mi calidad de Juez Ponente en la causa de INTERDICCIÓN signada con el No. 17204 2017 - 00420, que se tramita en esta Unidad Judicial.IDENTIFICACION DE LAS PARTES y ENUNCIACION RESUMIDA DE LOS A N T EC E D E N T E S DE HECHO: Del recaudo procesal obra que: a) De fs. 15 a la 16 de los autos consta que comparece a esta Unidad Judicial, el señor EFRAIN M A RC E LO M O N CAYO NAVAS, quien consignando sus generales de ley dice, que de su identificación se desprende que es hermano mayor del señor FRANCISCO XAVIER MONCAYO NAVAS, quien padece desde su nacimiento de discapacidad intelectual grave con un grado del 72% (síndrome de Down) conforme consta de la copia notariada del carné de persona con discapacidad emitido por el Ministerio de Salud, el 25 de octubre del 2016; que a partir de la fecha de fallecimiento de su madre, su mencionado hermano se encuentra al cuidado de su hermano LUIS OSWALDO MONCAYO NAVAS. Indica que por cuanto el estado de incapacidad mental de su hermano es grave y permanente, ha presentado la demanda en la cual solicita que se declare la interdicción de su mencionado hermano; así mismo ha indicado que el padre tanto del demandado cuanto del peticionario también se encuentra fallecido. Fundamenta su petición en los artículos 367 y 478 del Código Civil y solicita que se proceda a declarar la I N T E R D I C C I O N PROVISIONAL y posteriormente la definitiva de su hermano FRANCISCO XAVIER MONCAYO NAVAS y
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con el objeto de precautelar su bienestar personal, económico, así como para darle una vida digna, solicita que se le asigne un curador, para cuyo cargo insinúa a su hermano LUIS OSWALDO MONCAYO NAVAS. Señala el procedimiento, la cuantía, designa casillero judicial para recibir notificaciones que le correspondan y señala el lugar donde debe citarse al demandado, así como a los parientes del presunto interdicto. Admitida que ha sido la demanda se la ha calificado como clara y precisa, al reunir los requisitos de ley, admitiéndola al Procedimiento SUMARIO disponiendo que de CITE al demandado con las advertencias de ley; se ha dispuesto también que se CITE a los parientes, de la parte demandada.- a fs. 29 obra el acta de citación realizada al demandado, emitidas por el funcionario designado para el efecto; a fs. 46 consta el escrito presentado por los hermanos del demandado quienes dándose por notificados señalan domicilio legal y designan a su patrocinadora.- Citado y notificados que han sido, se nombró mediante el sorteo correspondiente a dos facultativos a fin de que realicen el peritaje correspondiente en la persona del presunto interdicto.- Previo a declarar la interdicción provisional se ha convocado a audiencia de parientes, a la cual han comparecido los hermanos y sobrinos del demandado y en representación del demandado a comparecido la D e fe n so r í a P ú b l i ca . Realizada que ha sido la audiencia y estando dentro del término señalado se procede a notificar por escrito la resolución de manera motivada para lo cual se hacen las siguientes consideraciones: PRIMERO.- PRIMERO COMPETENCIA: Esta autoridad es competente para conocer y resolver el presente proceso de conformidad con lo previsto en el numeral 1 del artículo 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, así como de los Arts. 44 y 175 de la Constitución de la República; y, el artículo 332 numeral 5 del Código Orgánico General de Procesos.- SEGUNDO.- En la sustanciación de esta causa se ha observado el Procedimiento SUMARIO correspondiente para el caso; y, no al no haberse omitido solemnidad sustancial alguna, siendo el momento procesal oportuno la primera fase de la audiencia única, en la misma se ha declarado la validez procesal.- TERCERO.- El Artículo 6 del COGEP indica “Principio de inmediación. La o el juzgador celebrará las audiencias en conjunto con las partes procesales que deberán estar presentes para la evacuación de la prueba y demás actos procesales que estructuran de manera fundamental el proceso. Solo podrán delegar las diligencias que deban celebrarse en territorio distinto al de su competencia.” Al encontrarnos en un procedimiento oral, se ha procedido a escuchar a los señores: EFRAIN M A RC E LO M O N CAYO NAVAS, LUIS OSWALDO
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MONCAYO NAVAS, ZAIDA MAGDALENA MONCAYO MONGE, ANA BEATRIZ MONCAYO LOYO, LUIS EFRAIN MONCAYO MONGE, quienes se ha pronunciado sobre el estado del presunto interdicto señor FRANCISCO XAVIER MONCAYO NAVAS, así como sobre la pertinencia de que el señor LUIS OSWA L D O M O N CAYO NAVAS sea nombrado curador interino.- Así mismo de conformidad con el inciso segundo del artículo 482 del Código Civil, el suscrito Juez ha procedido a examinar personalmente al demandado, por medio de interrogatorios conducentes al objeto de descubrir el estado de su razón, verificándose de que no tiene conciencia de los que sucede a su alrededor, sin siquiera poder realizar pronunciamiento alguno, únicamente balbuceando.Verificado que ha sido la existencia del demandado con la partida de nacimiento que obra a fs. 1 y por cuanto del cané de persona con discapacidad emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador, así como de la entrevista personal realizada se consta que el señor FRANCISCO X AV I E R MONCAYO NAVAS padece una discapacidad intelectual del 72%, por lo cual existe la necesidad urgente de garantizar su cuidado y protección; así como con lo manifestado por los parientes del demandado, se ha justificado la idoneidad y pertinencia de que el hermano del presunto interdicto FRANCISCO XAVIER MONCAYO NAVAS, señor LUIS OSWALDO MONCAYO NAVAS sea nombrado Curador Interino. S E X TO. DOCTRINA JURIDICA NACIONAL: Sobre el vocablo Interdicción, el Diccionario Jurídico Anbar, Tomo IV A-G, Cuenca Ecuador, p. 197, dice “Prohibición, incapacitación.|| Denominación de las penas restrictivas de la capacidad jurídica, de la libertad o de determinados derechos. || Personas que han sido incapacitadas para la realización de un acto o actos de la vida civil: dementes, pródigos, quebrados, condenados. La interdicción puede ser determinada por resolución judicial y a petición de parte interesada.” El Dr. Aníbal Guzmán Lara, en su obra Diccionario Explicativo Derecho Procesal Civil, Tomo II I V, editorial jurídica del Ecuador, 1ª edición, QuitoEcuador, 1999, p. 499, dice “Interdicción es la situación jurídica en que se coloca a una persona y en virtud de la cual es privada de ciertos derechos, muy especialmente de administrar sus propios bienes, de obligarse, de contratar, por ejemplo vender, en virtud de encontrarse en especiales circunstancias de falta de conciencia, salud, vicio, etc.” .- Por las consideraciones expuestas, en virtud de los principios de imparcialidad, tutela judicial efectiva de los derechos y de la verdad procesal, que rigen la administración de justicia, los Arts. 9, 23 y 27 del Código Orgánico de la Función Judicial, Arts. 35 de la Constitución, 28, 367, 371, 469.2, 478 y siguientes; 1461, 1463 del Código Civil, el sus-
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crito Juez RESUELVE.Aceptar la demanda planteada por el señor EFRAIN M A RC E LO M O N CAYO NAVAS, y se declara la Interdicción Provisional del señor FRANCISCO XAVIER MONCAYO NAVAS, con cédula de ciudadanía No. 171125547-9 de nacionalidad ecuatoriana, de 44 años de edad y nombrase curador interino al señor LUIS OSWA L D O M O N CAYO NAVAS con cédula de identidad No. 1704072568 de nacionalidad ecuatoriana.De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 468 del Código Civil, se ordena que ésta resolución se inscriba en el Registro de la Propiedad del cantón Quito, debiendo notificarse al público por un periódico y, por carteles que se fijaren en tres a lo menos de los parajes más frecuentados del cantón, para lo cual envíese el respectivo extracto, a la casilla judicial señalada.- De conformidad con el Art. 118 del Código Orgánico General de Procesos, publicado en el Registro Oficial Suplemento 506 de 22-may.2015, confiérase las copias que solicite la parte actora.Hecho lo cual se señalará día y hora a fin de que de aceptar del cargo de Curador Interino, se posesione del mismo.- Notifíquese.. F) DR. EDISON GUALOTUÑA A.JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley DRA. LORENA VELASCO GARCIA SECRETARIA DE UNIDAD JUDICIAL Hay firma y sello P AR/108765/AT
CASILLA 2202 CITACIÓN JUDICIAL A: LANCHIMBA GUANGA MARIA SUSANA, y MORALES LECHON LUIS ROBERTO JUICIO: EJECUTIVO (COBRO DE PAGARE) No. 172302016-19034 CUANTIA: 3473,56 USD ACTOR: JOSE JULIO G UA LOT U Ñ A L E M AGERENTE GENERAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO LUZ DEL VALLE LTDA DEMANDADOS: LECHON SALAZAR MARIA MELCHORA, CASTAÑEDA MALES A L B E RTO, MORALES LECHON LUIS ROBERTO, LANCHIMBA GUANGA MARIA SUSANA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA.-. Quito, 16 de diciembre del 2016, las 16h27, VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, avoco conocimiento de la presente causa; y, en virtud del sorteo electrónico de ley, que precede.La demanda que antecede es clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma que se fundamenta en un Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo Código, concordan-
cia con el Art. 486 del Código de Comercio, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 2) Cítese a los demandados LECHON SALAZAR MARIA MELCHORA, CASTAÑEDA MALES A L B E RTO, MORALES LECHON LUIS ROBERTO, LANCHIMBA GUANGA MARIA SUSANA, en el lugar que se indica; para tal propósito, remítase mediante DEPRECATORIO, remitido a uno de los señores jueces de lo Civil de la Unidad judicial civil con sede en el cantón LIBERTAD, provincia de SANTA ELENA, remitiendo despacho suficiente a la Oficina encargada de realizar dicha diligencia y ofreciendo reciprocidad en casos análogos, debiendo la parte interesada acercarse a esta Unidad, para proveer de las copias necesarias a fin de elaborar el número de boletas que sean necesarias. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico de los demandados, se ordena que se les haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual la Secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse, conforme lo establece el art. 53 del citado Código. 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora.- 5) Tómese en cuenta que adjunta casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones; así como, la calidad en la que comparece y la autorización que le confiere a su defensor técnico.- Actúa Dra. Rosa Guerrero Castro, en calidad de secretaria de esta Unidad Judicial. Notifíquese. NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- f) Dra. Celma Espinosa Venegas.- JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 11 de abril del 2018, las 13h40, Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de los demandados, se dispone: CÍTESE, a los demandados señores: LANCHIMBA GUANGA MARIA SUSANA, y MORALES LECHON LUIS ROBERTO, mediante tres publicaciones en tres días distintos en uno de los Diarios de mayor circula-
JUDICIAL QUITO
ción de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.- f) Dra. Celma Espinosa Venegas.- JUEZA Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAP/70675/AT REPUBLICA DEL ECUADOR w w w. f u n c i o n j u d i c i a l pichincha.gob.ec Juicio No: 17203-201505353 Casilla: 4477 UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. EXTRACTO JUDICIAL CAUSA: APERTURA DE LA SUCESION HEREDITARIA No. 17203-2015-05353 ACCIONANTES: DEFAZ BAU T I STA M A RC E LO RODRIGO, GONZALEZ ZURITA ALICIA AMELIA, GONZALEZ Z U R I TA MARTHA SUSANA ING. LUIS ANTONIO VELASCO BARREZUETA DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DEMANDADOS: GARCIA ENRIQUEZ ESTELA DE LOURDES, GONZALEZ GARCIA CARLOS AGUSTO, GONZALEZ GRACIA MARIA CRISTINA DE LOURDES, GONZALEZ GARCIA MAURICIO RIGOBERTO, GONZALEZ GARCIA PEDRO ALEJANDRO CUANTIA: INDETERMINADA JUEZA: DR. SUASNAVAS FONSECA DAVID PATRICIO UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Quito, jueves 26 de abril del 2018, las 11h39, Agréguese a los autos el escrito presentado. En lo principal: En mérito al juramento rendido y de conformidad con los Arts. 82 y 83 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Primera Disposición Transitoria del Código Orgánico General de Procesos, NOTIFÍQUESE a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de la señora ALICIA AMELIA GONZALEZ ZURITA; y, de quienes crean que tienen algún interés en la demanda formulada, por medio de la prensa mediante una sola publicación, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Quito, quienes deberán contestar la demanda y comparecer a juicio conforme la ley.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.- f) Dr. SUASNAVAS FONSECA DAVID PATRICIO, JUEZ. DR. LUIS ALBERTO LÓPEZ SÁNCHEZ SECRETARIO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
Razonar: sopesar probabilidades en la balanza del deseo. A mb r o s e G w i n n e t B i e r c e . Periodista y escritor EE.UU.
Hay firma y sello PAC110157fa UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE GALO IGNACIO JACHO TOAPANTA EXTRACTO JUICIO: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS, NO. 17203-2018-03529 ACTOR: CRIOLLO ALEJO NOHRA GRACIELA DEMANDADA: HEREDEROS PRESUNTOS CAUSANTE GALO IGNACIO JACHO TOAPANTA TRAMITE: VOLUNTARIO UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, vienes 20 de abril del 2018, las 15h30. VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. La petición que antecede formulada por CRIOLLO ALEJO NOHRA GRACIELA es clara y reúne los requisitos formales contemplados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia, al tenor del Art. 146 ibídem, en concordancia con el Art. 335 ibídem se la acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, que le corresponde, según lo prescrito en el Art. 334 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, en relación con el Art. 341 ibídem. Al tenor del Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a los herederos presuntos y desconocidos del causante GALO IGNACIO JACHO TOAPANTA, mediante tres publicaciones en un periódico de amplia circulación local. Y, conforme lo prescrito en el Art. 335 del Código Orgánico General de Procesos, se le concede el término de quince días para dar contestación a la demanda. Considérese la casilla judicial señalada para posteriores notificaciones, y la autorización que le confiere a su abogado patrocinador. HÁGASE SABER. F). DRA. PATRICIA SEGARRA FAGGIONI. JUEZA. Lo que comunico a Uds. Para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica para futuras notificaciones.- Certifico.AB. GERMANIA PATRICIA TAMAY CEVALLOS SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE
PICHINCHA Hay un sello PAC/110149 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACION CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES VICENTE YACELGA NAVARRETE Y BLANCA AMERICA REDROBAN ACTOR: MOREIRA CEDEÑO MIRIAN SIRLHEY DEMANDADOS: MARIANA DE JESUS YACELGA R E D RO BA N , JA N E T H DEL ROCIO YACELGA REDROBAN, ELIZABETH DEL CARMEN YACELGA REDROBAN, LUIS ANIBAL YACELGA REDROBAN Y FAUSTO FABIAN YACELGA, B E AT R I Z YO L A N D A YACELGA REDROBAN JUICIO: VOLUNTARIO EXTRACTO DEMANDA: “… Amparado en los Artículos 341, 342 y 343 del Código Orgánico General de Procesos, solicito se proceda a realizar el avalúo, inventario y tasación del bien sucesorio dejado por los señores VICENTE YACELGA NAVARRETE Y BLANCA AMERICA REDROBAN. Pido muy comedidamente a Ud. Sr. Juez, que ordene la inscripción de la presente demanda en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito…” PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE Q U I TO, P R OV I N C I A DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, martes 13 de marzo del 2018, las 16h01, VISTOS.- Toda vez que al parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior .- 1) DEMANDA: En lo principal, la demanda de INVENTTARIOS , es clara, precisa y reúne los demás requisitos de forma prevista en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se admite a trámite VOLUNTARIO determinado en el Art. 334 inciso último del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia notifíquese a la accionante, señora MIRIAN SIRLHEY MOREIRA CEDEÑO con la admisión de la demanda, para los fines pertinentes.PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, 2) CITACION PARTE DEMANDADA: A fin de dar cumplimiento con esta solemnidad sustancial común a todos los procesos (Art. 107.4 del Código Orgánico General de Procesos), CÍTESE con la demanda y este auto a los demandados señores MARIANA DE JESUS YACELGA REDROBAN , JANETH DEL ROCIO YACELGA REDROBAN
; BEATRIZ YOLANDA YACELGA REDROBAN , ELIZABETH DEL CARMEN YACELGA REDROBAN , LUIS ANIBAL YACELGA REDROBAN, y FAUSTO FA B I A N YA C E L G A REDROBAN en la dirección individualizada para el efecto, mediante la Oficina de Citaciones de ésta Unidad Judicial para lo cual remítase despacho de forma oportuna y suficiente; Advirtiéndoles de su obligación de señalar casillero judicial y que en caso de no hacerlo se sustanciara la causa en rebeldía, así como en caso de oposición se estará a lo dispuesto en el Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos y presentar la misma en el término de 15 días. 3) INSCRIPCIÓN DE LA DEMANDA: De conformidad con lo establecido en el Art. 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, para lo cual remítase las copias certificadas pertinentes y el oficio correspondiente, debiendo la parte accionante, presentar el certificado de inscripción de la misma en el término de quince días según el inciso sexto de la referida norma legal .- Y atenta la aseveración juramentada de la ACCIONANTE de conformidad con lo determinado en el art 58 del Código Orgánico General de Procesos respecto a la imposibilidad de dar con la individualidad, domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos de los causantes VICENTE YACELGA NAVARRETE y BLANCA AMERICA REDROBAN .Cíteselos conforme lo determinado en el art 56 numeral 1 de la norma antes citada con un extracto de la demanda, auto de calificación por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad, para que en el término de 15 días, contesten la demanda, y propongan las excepciones, que se crean asistidos, bajo apercibimiento en rebeldía .Notifíquese al señor Director General de Servicios de Rentas Internas en la dirección señalada en la demanda .- 4) AUDIENCIA: La Audiencia correspondiente, tendrá lugar en esta Unidad Judicial según lo dispone el Art. 345 del Código Orgánico General de Procesos.- 5) N O M B RA M I E N TO DE PERITO: Una vez que de autos conste que se ha practicado la citación a la parte demandada, en legal y debida forma, se nombrará perito quien deberá practicar el informe pericial respecto de los bienes de la sociedad conyugal materia de la presente causa.- 6) PRUEBAS: De conformidad con el Art. 142 numerales 7 y 8, Art. 152, Art. 221 y Art. 222 del Código Orgánico General de Procesos, proveyendo la solicitud de pruebas se dispone: 1.- Téngase en cuenta la documentación que apareja al proceso.- 7) DOMICILIO JUDICIAL PARTE ACCIONANTE: De conformidad con el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta la casilla y correo electrónico señalados por la parte accionante para sus futuras notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogada Patrocinadora.Actúa la Ab. Yadira Ibujes en calidad de secretaria de la Unidad.- ( 17981-201702782-M.T) NOTIFIQUESE. F) Dra. Iliana Cabrera, Jueza
. YADIRA MARLENE IBUJES QUELAL SECRETARIA Hay firma y sello PAC110153fa UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A LOS HEREDEROS Y PRESUNTOS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE SEÑOR CARLOS ALFONSO ESPINEL BURBANO JUICIO: APERTURA DE LA S U C ES I O N HEREDITARIA NRO. 172042015-06379 ACTOR: ESPINEL BURBANO ELBA ISABEL, ESPINEL BURBANO FRANCISCO ANTONIO; ESPINEL BURBANO MARIA DEL CARMEN, ESPINEL B U R BA N O OSWA L D O PATRICIO. DEMANDADA: CARLOS A L FO N SO ESPINEL B U R BA N O, ESPINEL BURBANO JORGE WASHINGTON Y OTROS C U A N T Í A : INDETERMINADA SE HA DICTADO EL SIGUIENTE AU TO DE CALIFICACION Y PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- VISTOS: Una vez que el accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por esta autoridad. En atención a los artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, en cumplimiento de la Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura Nro. 199-2013, de 10 de Diciembre de 2013, publicada en el Suplemento del Registro Oficial N° 195 de 05 de Marzo de 2014; y por el sorteo de ley, AVOCO conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Cuarta de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quito. La demanda propuesta por la señora ELBA ISABEL ESPINEL BURBANO de inventario de bienes hereditarios que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la admite a trámite Especial previsto en el artículo 629 del Código de Procedimiento Civil, y por cuanto de la partida de inscripción de defunción acompañada se desprende el fallecimiento de los señores ALFONSO ESPINEL ZAMBRANO E ISABEL BURBANO NARANJO, se declara abierta la sucesión de los bienes de los causantes, en consecuencia, procédase a la facción de inventarios y avalúo de esos bienes.Cítese a la parte demandada señores CARLOS ALFONSO, FRANCISCO ANTONIO, JORGE WASHINGTON, MARÍA DEL CARMEN, y, OSWALDO PATRICIO ESPINEL BURBANO, con el contenido de la demanda y este auto en la dirección que señala para el efecto la parte actora, advirtiendo a los accionadas, la obligación que tienen de señalar casillero judicial, en esta ciudad de Quito, para posteriores notificaciones, bajo prevenciones que de no comparecer
a juicio la causa continuará en rebeldía; y, CÍTESE por la prensa a los presuntos o desconocidos herederos de los causante señores ALFONSO ESPINEL ZAMBRANO E ISABEL BURBANO NARANJO, de conformidad con el artículo 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por Secretaría entréguese el extracto correspondiente.Una vez citados los demandados, de conformidad con el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, las partes podrán, de común acuerdo, elegir el Perito, acreditado por el Consejo de la Judicatura, y en caso de no hacerlo, lo hará esta Unidad Judicial, previo sorteo en el sistema SATJE, en cumplimiento con el Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial.Agréguese a los autos los documentos que se acompañan a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por el accionante para sus posteriores notificaciones, así como la autorización conferida a su patrocinador legal.- Actúe el doctor William Llerena Robles, en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f) Dra. Tatiana Gonoveva Peña Toledo Jueza de la Unidad Judicial. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 13 de abril del 2018, las 09h52, Agréguese al proceso el escrito y anexos que anteceden. En lo principal: Por cuanto la señora María Alexandra Espinel González y Carlos Andrés Espinel González han dado cumplimiento con lo dispuesto en auto inmediato anterior, se considera lo siguiente: Tómese en cuenta la calidad en la que comparece los señores Maria Alexandra Espinel González y Carlos Andrés Espinel González, en calidad de hijos conocidos y herederos del señor Carlos Alfonso Espinel Burbano, conforme consta en la posesión efectiva que anexa; por lo que se considera la casilla judicial y correo electrónico señalado por los mismos, así como la autorización dada a su abogado defensor, así como también el nombramiento del señor Jorge Washington Espinel Burbano como procurador común dentro de la presente causa.-Ahora bien, en relación a lo manifestado por la parte actora, se ordena al mismo comparezca a esta Judicatura Complejo Judicial Norte, en el piso tres, a expresar juramento, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 83 del Código Adjetivo Civil, en relación a los presuntos o desconocidos herederos del señor CARLOS ALFORNSO ESPINEL BURBANO; bajo las prevenciones establecidas en el numeral 2 del Art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos.- CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.- f) Dr. Wilmer Ismael Zambrano Ortiz/ Juez de la Unidad Judicial. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 19 de abril del 2018, las 08h08, En virtud del jura-
mento rendido por la parte actora, con fundamento en el 20 del Código Orantico de la función Judicial en concordancia con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a HEREDEROS Y PRESUNTOS DESCONOCIDOS DEL SEÑOR CARLOS ALFONSO ESPINEL BURBANO por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación local, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto.Una vez entregado el extracto la parte actora deberá presentar en esta Unidad Judicial las publicaciones respectivas en el término de 15 días.- CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.- f) Dr. Wilmer Ismael Zambrano Ortiz/ Juez de la Unidad Judicial. Lo que comunico a usted y le cito previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones. AB. VITERI VILLAMARIN NATALIA ELIZABETH SECRETARIA Hay firma y sello PAC110154fa REPUBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO No. 269025-2018-MDVV ACCIONANTE : BAQUERO GERMAN KATIA CECILIA ACCIONADA: OROZCO ZABALA IRMA YOLANDA CAUSAL: 1 DEL ART. 172 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO. Dentro del Trámite de VISTO BUENO No. 269025-2018MDVV, que sigue la señora BAQUERO GERMAN KATIA CECILIA, en su calidad de empleadora en contra de la señora OROZCO ZAVALA IRMA YOLANDA, en su calidad de trabajadora, se ha dictado lo que sigue: INSPECCION DEL TRABAJO DE PICHINCHA Quito, 04 de mayo del 2017, a las 10H57.- Continuando con el trámite de ley se dispone: 1)Agréguese al expediente la certificación del registro consular de la accionada, conferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana; así como la Declaración Juramentada realizada por la señora BAQUERO GERMAN KATIA CECILIA, por desconocimiento de la individualidad, domicilio o residencia de la accionada señora OROZCO ZAVALA IRMA YOLANDA En aplicación a los Arts 183, 545 atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese a la trabajadora señora OROZCO ZAVALA IRMA YOLANDA, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación del lugar, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Art 56 del Código Orgánico General de Procesos, por cuanto la empleadora bajo juramento declara desconocer la individualidad, domicilio o residencia de la trabajadora señora OROZCO ZAVALA IRMA YOLANDA conforme se desprende de la declaración juramentada que se adjunta. A la trabajadora señora OROZCO ZAVALA IRMA YOLANDA se le concede el término de veinte y dos días para que conteste y señale domicilio judicial para recibir futuras notificaciones. Con su contestación o sin ella se procederá a investigar los fundamentos de la solicitud de visto bueno y se dictará la resolución que corresponda 2) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto y
se le informa a la accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspección del Trabajo, dentro del término de diez días siguientes desde la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá de oficio el archivo del expediente.- NOTIFIQUESE. f) DRA MARÍA DOLORES VILLAMAR V. Lo que comunico para los fines de Ley.DRA. MARIA DOLORES VILLAMAR V. INSPECTORA DE TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC110158fa R. DEL E UNIDAD. JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL IRMA MARCELA HERRERA NARVAEZ JUICIO: ALIMENTOS NRO. 17204-2017-04740 ACTORA: PEREZ SANCHEZ EDISON JAVIER D E M A N DA D O : IRMA MARCELA HERRERA NARVAEZ U N I DA D. JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO,.- Quito, 14 de noviembre del 2017 las 08h21..VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de juez de esta Unidad Judicial. En lo principal, la demanda de divorcio propuesta por EDISON JAVIER PEREZ SANCHEZ reúne los requisitos de ley, por lo que se le acepta a trámite PROCEDIMIENTO SUMARIO, de acuerdo al artículo 332 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos.Consecuentemente: 1) CÍTESE de INMEDIATO al amparo de lo dispuesto en los artículos 20 y 130 numeral 9) del Código Orgánico de la Función Judicial con la demanda y este auto en su calidad de parte demandada a : IRMA MARCELA HERRERA NARVAEZ, citación que se la realizará por la prensa de conformidad a lo dispuesto en Código orgánico General de Procesos para lo cual remítase por la Secretaria de esta Unidad Judicial el estracto correspondiente; advirtiéndole a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial con sede en Quito y CONTESTAR A LA DEMANDA EN EL TÉRMINO DE QUINCE DÍAS luego de haber sido citado, conforme a lo establecido en el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, contestación que debe cumplir lo determinado en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal. Caso contrario el proceso se sustanciará con las implicaciones que señala la Ley.- 2) La audiencia única establecida en el Art. 333 numeral 4 inciso segundo, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir.3) No se fijan alimentos,pues no se ha justificado la existencia de hijos menores de edad. 4) Tómese en cuenta
en la Audiencia Única, los medios probatorios presentados por la parte actora así como la documentación aparejada a la demanda.- 6) El día de la audiencia rendiran testimonio las personas señaladas en el escrito de demanda.Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado por la parte accionante para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensor.- Actúe la Dra. Lucia Encalada N, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.F: Abg. Brenda Ponce Toala, Juez. DRA. LUCIA ENCALADA NARVAEZ SECRETARIA Hay Firma y Sello PAP/70595/AS REPÚBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO JUDICIAL CÍTESE AL SEÑOR: MORA MOREIRA LUIS ANTONIO CON LA DEMANDA DE DIVORCIO CONTENCIOSO Y AUTO DE CALIFICACIÓN DEL MISMO CONFORME LO DISPONE EL ART 56 NUMERAL 1) DEL CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS (COGEP). CAUSA:- 17201-2018-00020 JUICIO: D I VO RC I O CONTENCIOSO A C TO R /A : CHULDE SANCHEZ SONIA MARITZA D E M A N DA D O : M O RA MOREIRA LUIS ANTONIO ABOGADA DEFENSORA: AB. HEIDY PULAMARIN JUEZ.- DR. ALBAN PINTO HUMBERTO MANUEL PROVIDENCIA: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN CAYAMBE DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.VISTOS Cayambe, jueves 5 de abril del 2018, las 09h14, Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial, mediante acción de personal N° 7297-DP-UPTH, de fecha 20 de marzo del 2014.- Avoco conocimiento de la presente Demanda de Divorcio Contencioso presentada por la actora: CHULDE SANCHEZ SONIA MARITZA.- Incorpórese al proceso el escrito de fecha 20 de marzo del 2018 , las 15h46, presentado a esta autoridad por la actora: CHULDE SANCHEZ SONIA MARITZA, en la que completa la demanda en cumplimiento a lo dispuesto en providencia inmediata anterior.- a.- En lo principal la demanda que antecede luego de ser completada, por reunir los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica como clara, precisa y reúne los requisitos exigidos por la ley, en consecuencia se la admite a Procedimiento Sumario, conforme al Art. 332 numeral 4, previsto en el Capítulo III, Título I, Libro IV del Código Orgánico General de Procesos(COGEP), publicada en el Registro Oficial Suplemento: 506 del 22 de mayo del 2015.- b.- CÍTESE en legal y debida forma con copias de la demanda, copias de la prueba documental adjunta, el escrito que antecede; y, ésta providencia, en la dirección señalada en la demanda, al demandado señor: MORA MOREIRA LUIS ANTONIO a través de la oficina de citaciones conforme lo dispuesto en el Capítulo I, Título I, Libro II del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), el citador judicial deberá sentar la
Todo duelo teme su fin y sueña con terror en el día en que terminará su pena. Así, el odio teme por encima de todo librarse de sí mismo, y se muerde la cola. J e a n P i e r r e H e rv é B a z i n . Novelista francés. razón correspondiente advirtiendo al demandado que debe comparecer a juicio, señalar domicilio judicial y/o dirección del correo electrónico, en caso de no comparecer se procederá en rebeldía. El demandado: MORA MOREIRA LUIS ANTONIO, tendrá el término legal de QUINCE (15) días desde su citación para contestar la demanda propuesta en su contra, conforme lo señala el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos.- La contestación a la demanda será por escrito y cumplirá en lo aplicable los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).- El demandado deberá pronunciarse en forma expresa sobre cada una de las pretensiones de la actora, sobre la veracidad de los hechos alegados en la demanda y sobre la autenticidad de la prueba documental acompañada, con la indicación categórica de lo que admite o niega, además al contestar su demanda deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, en fin deberá dar irrestricto cumplimiento a lo dispuesto en los Arts. 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos.- La Audiencia Única se realizará en el término máximo de treinta días contados desde la contestación a la demanda.- El actor o su abogado defensor concurra a esta Judicatura en días y horas hábiles, a fin de que saque copias de los documentos necesarios para el cumplimiento de la diligencia de citación.- c.- No se fija pensión alimenticia, por cuanto existe una resolución de demanda de pensiones alimenticias dentro de la causa 17201-2013-2112 de esta judicatura.- e.- Téngase en cuenta la insinuación de la Curadora Ad litem hecho por la accionante, para lo cual en virtud de lo dispuesto en el Art. 32, tercer inciso del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se designará Curadora Ad litem a la señora: SUSANA GUADALUPE CHULDE SANCHEZ, eximiéndole de la obligación que tiene de rendir fianza dada la naturaleza de la guarda, para que le represente al menor: MIKEL RONAL MORA CHULDE en la presente causa, quién tomará posesión de su cargo el día en que se lleve a cabo la Audiencia Única.- f.- En la Audiencia Única, se receptará bajo juramento los testimonios de los testigos anunciados por el actor señores: JIMMY CRISTOBAL ESPINOZA INTRIAGO y MAURA MARICELA FUERES FUERES a quienes se encargará de notificarle el actor para su comparecencia a la audiencia única, sin perjuicio que a través de secretaría se les notificará mediante boletas con tres días de anticipación a la Audiencia Única, advirtiéndoles la obligación de comparecer, desde ya previniéndoles que en caso de no hacerlo y no justificar su ausencia, serán conminados a comparecer con el apoyo de la Policía Nacional, conforme lo ordena el Art. 191 del Código General de
Procesos.- g.- Téngase en cuenta la prueba documental adjunta.- Tómese en cuenta el domicilio judicial y correo electrónico señalado por la actora para recibir posteriores notificaciones que le correspondan, así como la autorización conferida a su defensora la AB. HEIDY PULAMARIN para que le patrocine legalmente en la presente causa.Lo que comunico para los fines legales pertinentes.NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN CAYAMBE DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Cayambe, miércoles 25 de abril del 2018, las 14h08.En lo principal.-Haciendo un alcance al auto de calificación de fecha 5 de abril del 2018, las 09h14 con respecto a la citación .- Por cuanto la actora: CHULDE SANCHEZ SONIA MARITZA, bajo juramento ha declarado que ha sido imposible determinar el domicilio o residencia del demandado: MORA MOREIRA LUIS ANTONIO, pese a las diligencias necesarias para ubicar su domicilio, CÍTESE, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de los que se editan en la localidad al demandado señor: MORA MOREIRA LUIS ANTONIO, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y Art. 119 del Código Civil.- El demandado: MORA MOREIRA LUIS ANTONIO, tendrá el término legal de QUINCE (15) días desde su citación para contestar la demanda propuesta en su contra, conforme lo señala el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos.- La contestación a la demanda será por escrito y cumplirá en lo aplicable los requisitos del Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).- El demandado deberá pronunciarse en forma expresa sobre cada una de las pretensiones de la actora, sobre la veracidad de los hechos alegados en la demanda y sobre la autenticidad de la prueba documental acompañada, con la indicación categórica de lo que admite o niega, además al contestar su demanda deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, en fin deberá dar irrestricto cumplimiento a lo dispuesto en los Arts. 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos.- La Audiencia Única se realizará en el término máximo de treinta días contados desde la contestación a la demanda.- La actora o su abogada defensora concurra a esta Judicatura en días y horas hábiles, a fin de que retire los documentos necesarios para el cumplimiento de la diligencia de citación.-NOTIFÍQUESE.Cayambe 26 de Abril del 2018. AB. CISNEROS MORALES RAFAEL GUSTAVO SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, M U J E R, NIÑEZ Y A D O L ES C E N C I A DEL
CANTÓN CAYAMBE PAP/70680/AS UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: HURTADO CAICEDO WILSON ALEX ACTOR: DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA., DEMANDADOS: HURTADO CAICEDO WILSON ALEX JUICIO: Civil No. 172302016-15859 TRAMITE; ORDINARIO FECHA DE INICIO: 04-102016 CUANTIA: USD. 80.000,00 PRETENCION: “SE LE CONMINE AL DEMANDADO AL PAGO DEL VALOR DE USD. 66.684,36. ” . JUEZA PONENTE: DRA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 06 de octubre del 2016, las 11h56.Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito y de la razón de sorteos que precede. CALIFICACION: La demanda presentada por el doctor José Patricio Ron Torres, en calidad de Procurador Judicial del Representante Legal de DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA., es clara y cumple los requisitos formales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP, y en virtud de lo prescrito en el artículo 289 ibídem, se la ADMITE al procedimiento ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado.- CITACION: CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto a la parte demandada señor HURTADO CAICEDO WILSON ALEX, en el lugar que se indica para el efecto en esta ciudad de Quito, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 55 del COGEP, para el efecto remítase suficiente despacho, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico.- CONTESTACIÓN: Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 30 días para que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP.ANUNCIO DE PRUEBA: Considere el anuncio de los medios de prueba formulado por la parte actora.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalados por el compareciente para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a sus abogados patrocinadores. Agréguese al expediente la documentación acompañada a la demanda.NOTIFÍQUESE.-f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.-Quito, jueves 12 de abril del 2018, las 16h13, En vista de la declaración bajo juramento realizado por la parte accionante de las gestiones que ha realizado para dar con el paradero del demandado y de la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia del demandado, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor HURTADO CAICEDO WILSON ALEX, por la prensa,
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mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación que se editen en esta ciudad; por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda y de las providencias respectivas.NOTFIQUESE.- f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro, Juez. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 26 de abril del 2018. Certifico.AB.RAUL VELEZ NARANJO SECRETARIO Hay Firma y Sello PAB/19568/AS
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL) CITACIÓN JUDICIAL A: SOLEDAD MÓNICA ORTÍZ ORELLANA, G L A DYS VICTORIA ORTÍZ ORELLANA y HUGO VICTOR ORTÍZ ORELLANA CAUSA NO. 17230-201615548 ACTOR: REINOSO ORTIZ VERONICA JEANNETH D E M A N DA D O : LU I S ENRIQUE ORTIZ SIMBAÑA, JORGE EDUARDO ORTIZ SIMBAÑA, PIEDAD ORTIZ SIMBAÑA, GALO GERMAN ORTIZ SIMBAÑA, MARIA PATRICIA ORTIZ SIMBAÑA, DOLORES SANTAMARIA, JAIME ORTIZ SIMBAÑA, OFELIA ORELLANA, RICARDO ORTIZ SIMBAÑA, BLANCA ORTIZ, SEGUNDO MANUEL ORTIZ SIMBAÑA, ENMA ORTIZ SIMBAÑA TRAMITE: ORDINARIO ASUNTO: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CUANTIA: INDETERMINADA PRETENSIÓN: Para que en sentencia se declare a mi favor la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio del sublote resultante de la subdivisión del lote situado en la Floresta, Rafael León Larrea N24-225 y Vizcaya UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPO LITA NO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 28 de septiembre del 2016, las 13h11. VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la razón del sorteo realizado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Código Orgánico General de Procesos COGEP. PRIMERO.- Previo a proveer lo que en derecho corresponda, la parte actora, en el término de tres días, bajo las prevenciones del inciso segundo del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, ACLARE y COMPLETE su demanda, conforme lo determina el artículo 142 IBIDEM, numerales: 4)Los nombres completos y la designación del lugar en que debe citarse a los demandados, además de dirección electrónica, si se
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conoce; 7) Aclare su anuncio probatorio, indicando los fundamentos de derecho que según las normas vigentes en el COGEP sustentan su tacha de testigos; indique el objeto sobre el que versará la inspección judicial solicitada, al tenor de lo establecido en el Art. 229 del mismo Código; asimismo, señale el domicilio de los testigos que se llama a declarar y exprese sucintamente el o los hechos sobre los cuales serán interrogados, conforme lo exige el Art. 190 ibídem; 10) La cuantía del proceso, en relación al Art. 144. 1 Ibidem.SEGUNDO.- En horas hábiles, en el mismo término de tres días, la actora comparezca a esta Unidad Judicial Civil ubicada en las calles El Telégrafo y El Porvenir, para que declare bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los demandados presuntos y desconocidos de conformidad con el artículo 58 del Código Orgánico General de Procesos TERCERO.N OT I F I C A C I O N E S y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por la compareciente para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a sus Defensores Técnicos.- Actué la Dra. María Elena Guerrero AB. RUTH MARIANA RACINES MOLINA, JUEZA.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPO LITA NO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 6 de octubre del 2016, las 13h59, VISTOS: Agréguese el escrito que antecede, por cumplido el auto de fecha 28 de septiembre del 2016, las 13h11, se dispone: En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo que determina el Art. 289 del citado Código. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, conforme lo ordena el artículo 146 inciso quinto del COGEP, para lo cual ofíciese en legal y debida forma al señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito. Hecho que sea cítese a los demandados señores LUIS ENRIQUE ORTIZ SIMBAÑA, JORGE EDUARDO ORTIZ SIMBAÑA, PIEDAD ORTIZ SIMBAÑA, GALO GERMAN ORTIZ SIMBAÑA, MARIA PATRICIA ORTIZ SIMBAÑA, DOLORES SANTAMARIA, OFELIA ORELLANA, BLANCA ORTIZ, en la dirección señalada en el libelo inicial de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del COGEP, para el efecto remítase el suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico. En virtud al juramento rendido y de conformidad con el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en
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un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito CITESE a los herederos presuntos y desconocidos de los señores Jaime Ortiz Simbaña, Ricardo Ortiz Simbaña, Segundo Manuel Ortiz Simbaña y Enma Ortiz Simbaña, para el efecto confiérase el extracto correspondiente, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico. De acuerdo a lo previsto en el artículo 291 ibídem, los demandados tienen el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora, el mismo que estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), y 359 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Cítese en la presente causa, al señor Alcalde y Procurador Síndico del Distrito Metropolitano de Quito. NOTIFIQUESE.f) AB. RUTH MARIANA RACINES MOLINA, JUEZA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E TRO P O LITAN O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 10 de abril del 2018, las 14h57, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede- Dado cumplimiento al auto de sustanciación de anterior, se dispone: De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en mérito al certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores y al juramento rendido por la parte actora, se dispone: PRIMERO.Cítese a los demandados señores SOLEDAD MÓNICA ORTÍZ ORELLANA, GLADYS VICTORIA ORTÍZ ORELLANA y HUGO VICTOR ORTÍZ ORELLANA, por la prensa mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad, en días distintos; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo. SEGUNDO.- Por cuanto del proceso consta que la actora ha adjuntado el certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores que indica que el señor: GENEN MARCELO ORTIZ ORELLANA, consta registrado en el consulado del Ecuador en España- Madrid (fs. 548), con fundamento en la norma procesal antes indicada, se dispone citar al señor: GENEN MARCELO ORTÍZ ORELLANA, mediante tres carteles fijados en días distintos en el consulado del Ecuador en la ciudad de Madrid, de lo cual el funcionario responsable de la Oficina Consular deberá dejar constancia de lo actuado mediante registro físico fotográfico de lo actuado; para el efecto remítase atenta comunicación a la Coordinación Zonal del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, con toda la documentación certificada necesaria, en medio físico y digital, esto con fundamento en el Art. 69 del COGEP. La
parte actora deberá prestar las facilidades del caso. TERCERO.- CONTESTACIÓN A LA DEMANDA.- Conforme lo establecido en el Art. 333, numeral 3 en concordancia con el Art. 355 del COGEP se les concede a la parte demandada el término de QUINCE (15) días para que contesten la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) AB. RUTH MARIANA RACINES MOLINA, JUEZA.Lo que se C I T A para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. ALEJANDRO BOLIVAR OCHOA REGALADO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITOCOGEP Hay Firma y Sello PAP/70687/AS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: a los herederos presuntos y desconocidos de LUIS GERARDO SALAZAR HARO JUICIO: No. 17230-201802757 ACTOR: SALAZAR HARO ALEX RENAN Y OTROS DEMANDADO: ALVAREZ SALVADOR CECILIA DE LOURDES Y OTROS O B J E TO : QUE EN SENTENCIA SE DECLARE LA PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, CONFORME LO DISPONE EL ART. 2413 Y DEMÁS DEL CODIGO CIVIL. JUEZ PONENTE: AB. LUCIA ALEJANDRA VACA DUQUE TRAMITE: ORDINARIO FECHA DE INICIO: 02 DE MARZO DEL 2018 CUANTIA: USD. $500.000 AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 21 de marzo del 2018, las 15h39. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede. De conformidad con lo establecido en el segundo inciso del Art. 250 del COGEP, a su letra, dice: “… La aclaración, ampliación, revocatoria y reforma serán admisibles en todos los casos, con las limitaciones que sobre la impugnación de las sentencias y autos prevé esta Ley”; se revoca el Auto de Auto de fecha 14 de marzo del 2018, las 12h50, y en su lugar se dispone: En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y contentiva de los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se ADMITE al Procedimiento Ordinario establecido en el
Libro IV, Título I, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP). Conforme lo ordenado en los incisos quinto y sexto del artículo 146 del COGEP, se dispone que se inscriba la presente demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual notifíquese mediante oficio al señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.- HECHO QUE SEA cítese a la parte demandada KATHERINE VANESSA SALAZAR ALVAREZ y CECILIA DE LOURDES ÁLVAREZ SALVADOR en calidad de heredera y cónyuge sobreviviente respectivamente del señor LUIS GERARDO SALAZAR HARO en la dirección señalada en el escrito que se provee, para lo cual el peticionario prestará las facilidades necesarias; y a los herederos presuntos y desconocidos de LUIS GERARDO SALAZAR HARO, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para cuyo efecto por intermedio de Secretaría de esta Unidad, confiérase el extracto correspondiente conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos COGEP. Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la demandada, EL TÉRMINO DE 30 DÍAS, contados a partir de la citación, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 ibídem, de ser el caso. De conformidad con lo ordenado en la Disposición General Décima del Código Orgánico de Organización Territorial, COOTAD, con el contenido de la demanda y este auto, CÍTESE a los personeros del Ilustre Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a fin de que hagan valer los derechos que puedan existir en la presente causa y señalen casilla judicial para sus notificaciones. ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados tanto en el escrito inicial de demanda como en el de complemento y aclaración a la misma; para lo cual se estará a lo previsto en los artículos 160 y 294.7 literal d) del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba que se realice en la respectiva audiencia. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones, y autorización conferida a su defensor técnico.- Actúe la abogada Verónica Paola Mena en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil. NOTIFÍQUESE.-f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 17 de abril del 2018, las 12h33. Agréguese al proceso el escrito y la inscripción de la demanda que antecede. En atención a lo solicitado en el escrito que se provee, cítese la parte demandada conforme se encuentra ordenado en auto de 21 de marzo del 2018. El compareciente proporcione las copias necesarias para a la diligencia de citación. NOTIFÍQUESE.-f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir pos-
Todo el mundo debería tener el suficiente dinero, para poder mandar a la mierda a todo el mundo. Craig McKinney.
teriores notificaciones en la presente causa. AB. VERONICA MENA T. SECRETARI Hay Firma y Sello PAB/19590/AS
ANULACIONES
banco rumiñahui QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8070615400 Nro. Cartola 16 49 6 3 1059 6 C l i ente VACA TAMAYO, CARLOSMAURICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8259005300 Nro. Cartola 1 8 35 0 92 01 97 C l i e nte AV E L L A N E DA VAC A , ROGELIO-JUVENAL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8174025300 Nro. Cartola 17 7974 1 0 473 C l i e n te CALDERON ALOMOTO, RICARDOdel Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8076700600 Nro. Cartola 16794190534 Cliente PICON SISALIMA, WILSON-JAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8051079700 Nro. Cartola 17 165 0 9 0 8 65 C l i ente COBOS GALLEGOS, EDWINGUILLERMO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8045278800 Nro. Cartola 16959860483 Cliente BENITEZ CUEVA, CARLOSEDUARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8237202100 Nro. Cartola 18253800538 Cliente
G U SQ U E R E D ROVA N , VERONICA-JANETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8061477000 Nro. Cartola 16756650483 Cliente DUENAS VILLOTA, SEGUNDO-JORGE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8204381000 Nro. Cartola 18062100245 Cliente ANDRANGO SANCHEZ, DARWIN-ROLANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8188350300 Nro. Cartola 17950070593 Cliente Q U E Z A DA G UA M A N , CARLOS-VICENTE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8010976700 Nro. Cartola 17153370154 Cliente NOBOA NARVAEZ, LUIS-ENRIQUE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8237346700 Nro. Cartola 18255070031 Cliente PEREZ SAA, STEFANNY-CAROLINA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8050555400 Nro. Cartola 17256860184 Cliente SOLANO JIMENEZ, ZOILA-BEATRIZ del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8040721900 Nro. Cartola 16555260690 Cliente ZHININ PALTA, MIGUELANGEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA
Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8409531600 Nro. Cartola 1 92 27 1 3 0 0 5 1 C l i e n te GOMEZ MOREIRA, REINAGARDENIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8148101100 Nro. Cartola 17524460437 Cliente COLLAGUAZO VARGAS, LUIS-ALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8209342900 Nro. Cartola 18087530004 Cliente VALENZUELA PILATASIG, RICARDO-JOSE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8117497900 Nro. Cartola 17437971272 Cliente PENAHERRERA MALDONADO, RODRIGORAUL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8079668400 Nro. Cartola 16602200772 Cliente GUERRA CABRERA, WASHINGTON-ARMANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8119280900 Nro. Cartola 16 87 1 3 5 03 24 C l i e n te MOROCHO MOROCHO, JAVIER-ISMAEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8446857700 Nro. Cartola 19490470002 Cliente GUACAN MONTES, JENNY-MARIBEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8037809100 Nro. Cartola 17289620589 Cliente JIMENEZ AULES, JUAN-CARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8040700000 Nro. Cartola 16908820216 Cliente CARVAJAL MOSQUERA, LUIS-JOSE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días poste-
riores a la última publicación. P/AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8017202700 Nro. Cartola 16 8 3 0 1 2 070 1 C l i e n te GALLO FUSTILLOS, DANILOBERNARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (24)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8080895300 Nro. Cartola 1 8 1 3 4 69 0769 C l i e nte MORALES VELA, GUSTAVOROBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8077763500 Nro. Cartola 17581690553 Cliente MEZA REYES, ROBERTO-FABIAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (26)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8285414700 Nro. Cartola 18482090000 Cliente ALVAREZ ROMERO, HUGOEDDY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (27)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8020056100 Nro. Cartola 16750860310 Cliente TITUANA DIAZ, JORGE-FABIAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8082294700 Nro. Cartola 16928980446 Cliente VILLOTA IMBAQUINGO, MARIA-LORENA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (29)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8139582800 Nro. Cartola 173 5 2 1 9 0 1 3 0 C l i e n te ANCHAPAXI AGUILAR, OSCAR-VINICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (30)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8256769600 Nro. Cartola 1 8 33 4 3 1 0 14 3 C l i e n te LLAGUA TOTASIG, JESUSEDMUNDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (31)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8256634700 Nro. Cartola 1 8 33294 0107 C l i e nte MUNOZ RIVERA, VIVIANAKATHERINE del Banco
Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (32)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8299452500 Nro. Cartola 18543150033 Cliente PEREZ CHARFUELAN, JEFFERSONANDRES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (33)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8031219100 Nro. Cartola 17324200538 Cliente VILLALVA DUCHICELA, LUIS-ADOLFO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (34)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8361911700 Nro. Cartola 18943490054 Cliente GUATEMAL CALCAN, SOLEDAD-ROCIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (35)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8391129800 Nro. Cartola 19115370066 Cliente GAVILANES IZA, FREDDY-ENRIQUE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (36)NR
BANCO BOLIVARIANO BANCO BOLIVARIANO POR PERDIDA SE ANULA EL CDP N° 05201DPV008618-0 A FAVOR DE LUCIA BEATRIZ PROAÑO DELEG CON CI # 1708090210 POR UN VALOR DE $ 1,000.00 DE BANCO BOLIVARIANO P/AC/ (1)NR
BANCO PROCREDIT BANCO PROCREDIT Banco Procredit S.A. Pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida del certificado de plan proahorro 00101011697406 a nombre de FRANCISCO CARRILLO NIAMA con cc 1803296589 PAR/108796/AT
ANULACIONES VARIAS Se notifica la pérdida de documentos censo Títulos 15805 y recibos provisionales 53938-54292-55157, documentos censo Nº 54803-54966-549651706694781 de Parquesanto del Ecuador PQE. PAR/108783/AT ======= Se anula la libreta de ahorros No. 10952244, perteneciente a Elizabeth Jimenez Calderón de la Mutualista Pichincha PAC110120fa ========