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Quito, Ecuador
MIÉRCOLES 03 DE JULIO DE 2019
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Brasil va ‘Firmino’ a la final
PAÍS
Se agudiza la división en el CNE
A poco más de tres meses de haberse realizado el proceso electoral, ya proclamados los resultados y con las autoridades elegidas en ejercicio de sus funciones, se presentan nuevas denuncias de presuntas irregularidades que se habrían dado el 24 de marzo, especialmente en Guayas. Los señalamientos son de miembros del CNE.
Argentina puso su toque y Brasil los goles. La ‘Canarinha’ solo espera rival para el último duelo.`
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PAÍS
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La sotana, el más grande peso de Tuárez
Estado toma el control total de Buenos Aires
Desplegados miles de uniformados en una zona de minería ilegal en Imbabura, donde hay delincuencia organizada. Unos 2.400 policías y militares ingresaron ayer a una zona de minería ilegal en Imbabura, declarada en Estado de Excepción tras registrarse varias muertes en enfrentamientos armados por el control de la explotación. El mandatario Lenín Moreno decretó esa medida por la “grave conmoción interna” en la población de La Merced de Buenos Aires, una zona rica en oro donde las autoridades han detectado extracciones ilegales desde hace
varios años. El decreto de emergencia precisa que hay “más de 10.000 personas que realizan actividades de minería ilegal” en la zona, lo que ha derivado en “hechos de violencia” que han “escalado a un alto nivel de intensidad y de afectación a los derechos” de los habitantes y la seguridad del Estado. La ministra de Interior, María Paula Romo, reconoció que ha habido “muertes violentas en la zona”. Página B1
La Ley Orgánica del Consejo de Participación establece que los representantes de los cultos religiosos no podrán ser candidatos, ni ser designados ni desempeñarse como consejeros. Por esa razón, el asambleísta Fabricio Villamar (CREO) presentará un pedido de juicio político en contra de José Carlos Tuárez. Página B2
PAÍS
La fe fue la trampa contra Juliana Página B3
PRIMERA SUERTE
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OPERATIVO. Muchos moradores salieron de la zona llevando sus pertenencias.
GLOBAL
SEGUNDA SUERTE
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Fascinación regional por eclipse solar Página B6
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QUITO
Cuatro barrios de Calderón se regularizan y piden obras
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Los representantes de los sectores aseguran que sus pedidos se postergaron décadas.
La regularización de cuatro barrios de Calderón, en los que viven 750 personas, abrió una
posibilidad para que dirigentes barriales exigieran obras que fueron postergadas por décadas. Los representantes de estos sectores aprovecharon el tratamiento de estos casos en el Concejo Itinerante para informar su situación al alcalde, Jorge Yunda. Los dirigentes demandaron que se ordene a la administración zonal y a todas las entidades municipales que atiendan sus principales pedidos: la dotación
de líneas regulares de buses; la iluminación en las vías, la implementación de parques y espacios públicos y la construcción de un centro cultural. María Cuasapu y Édgar Quisilema expusieron las peticiones de los sectores en el auditorio de la Unidad Municipal Calderón, donde se desarrolló el Concejo Itinerante. Yunda respondió que de manera inmediata sus pedidos los
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presenten a su asesor y exconcejal, Patricio Ubidia, para que los canalice de manera efectiva. Detalles
Los proyectos se pondrán a consideración de los concejales mediante el procedimiento conocido como “reconocimiento y aprobación de fraccionamientos de predios”, es decir, legalizar asentamientos humanos sobre terrenos extensos. Los barrios de Calderón que fueron regularizados ayer, tras más de dos horas de debate son: Mirador del Cóndor (92 habitantes), Paraíso de San Juan (144), Santa Teresita (114) y Nueva Generación (400).
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La Comisión de Suelo confirma que hay más de 1.500 barrios en espera de regularización.
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Opinión
El arquitecto en libre ejercicio Carlos Fonseca comentó que “el tema de las miles de regularizaciones de barrios es complejo desde los puntos de vista técnico, económico y humano, porque hay tráfico de tierras. Hay mucho que hacer por parte de las autoridades, en especial de control, pero también por parte de la gente sobre los sitios donde se pueden asentar”. (JCER)
ACTO. Ayer se realizó el tercer Concejo itinerante.
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OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.
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No voy a predecir la historia. Pero nada es imposible”. MICHAEL PHELPS. NADADOR, MEDALLISTA OLÍMPICO (1985)
Siempre he tratado de ser fiel a mí mismo, para luchar esas batallas que sentía que eran importantes”. ARTHUR ASHE. TENISTA ESTADOUNIDENSE (1943-1993)
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CARTAS El águila enfrenta al oso y al dragón
El poderoso Putin actúa sin importarle la crítica de nadie (Afganistán, CrimeaUcrania, Chechenia, Georgia, Siria, Venezuela…, a Europa la divide, cooptó la ONU y Bachelet fue a ayudar al criminal Maduro, la eurodiputada B. Becerra le dijo: “Títere que naturalizó el terror tan aberrante que se vive en Venezuela”). Putin tiene armas galácticas y con su ‘partner’ el dragón Xi, vigoroso en lo militar y más en lo económico; apuntalan a Maduro, si cae, pierden el paraíso llanero y avanzada contra EE.UU. y América, cómplice muda de la tortura y asesinato del capitán R. Acosta, lo mismo que los 54 países con el “diálogo de sordos”, desde 2014 ninguno dio resultados y camino a los 6 meses - 23 de enero – se consolidan con los “militares rusos y cubanos”, milicianos, colectivos, ELN, tupamaros, Hezbolá, la delincuencia y mercenarios extranjeros; amenazan con la radicalización de la revolución, ¿otra Cuba o Siria? Pero, lo más increíble es el ataque a la democracia del águila con políticos socialistas, guerra de medios propios y financiados, caravanas políticas y en las mismísimas “elecciones-2016”. La Trama Rusa perjudicó a H. Clinton que podía ganar. ¿Y aún sin tener nada que ver Trump, podría estar condicionado ante Putin? Decidido y delirante contra Huawei, Maduro, Kim Jong Un e Irán (aliado ruso que derribó un dron-águila de USD 130M). ¿Trump sin aliados fuertes duda, recula y flaquea cuando el oso Putin y el dragón Xi hablan y se juntan? ¿Taiwán en la mira de Xi y Hong Kong de gana pide libertad? ¿Putin, amo en Siria? ¿En peligro la seguridad de EE.UU. y América con la criminal tiranía “castro-rusa-madurista”? Juan Carlos Cobo Rueda C.C. 170599078-4 DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.
Cansados de aprender, ‘Bolillo’ A mediados de 2001, cuando la Copa América se realizaba en Colombia, el ‘Bolillo’ Gómez dijo que íbamos a aprender. ¿Cómo nos fue? Mal. Luego de 18 años, cuando la Copa América se hace en Brasil, el ‘Bolillo’ Gómez volvió a declarar que íbamos a aprender. ¿Cómo nos fue? Peor que hace 18 años. ¿En verdad se puede justificar, después de tanto tiempo, un fracaso de tal magnitud diciendo que solo era cuestión de aprender? ¿De verdad no importa que nuestra Selección haya clasificado después de esa primera declaración a tres mundiales y logrado tanto futbolísticamente? En Brasil nos salió todo mal: ni ganamos, ni clasificamos, ni aprendimos, ni nada. Y, campante, nuestro director técnico dijo en estos días que si le hubieran dicho que su permanencia en el cargo dependía de la Copa América, no aceptaDANIEL MÁRQUEZ SOARES
Esperanza en un millón En medio de la crisis actual, Ecuador cuenta con una inmensa cantidad de optimistas por inercia. Muchos de quienes ocupan los más importantes cargos en el Estado o en el sector privado entran en esa categoría. No se trata de una actitud racional, con asidero en la realidad, sino de un hábito derivado de experiencias pasadas. Es cierto que estamos mal, piensan, pero pronto estaremos mejor. No son capaces de explicar cómo ni por qué, pero tienen la certeza absoluta de que, a largo plazo, sucederá algo que nos sacará del agujero y nos hará
ba el cargo. Eso es una cosa, pero hacer un papelón como el que hicimos; quedar casi últimos; ser, junto a Bolivia, los únicos latinoamericanos eliminados, no es lo que se merece una Selección como la nuestra que ha vencido a Croacia y a Polonia y a Costa Rica en un Mundial, que le hizo un gran partido a Inglaterra en octavos de final de un Mundial y que solo perdió por un tiro libre de David Beckam. Se supone que la Federación Ecuatoriana de Fútbol definirá en estos días la continuidad del estratega colombiano. Sea él o sea cualquier otro, lo importante es que esa persona entienda que la Selección no tiene tiempo que perder, que necesita volver a reconocerse, a su juego, a sus triunfos y sus clasificaciones. Quien ocupe ese lugar debe entender que Ecuador no puede ir a una Copa América a aprender.
aun más prósperos. Esta actitud, que los doctos llaman “optimismo indefinido”, equivale, en la práctica, no solo a creer en milagros, sino a apostarle todo a ellos. Esta actitud puede parecer absurda, pero es parte de nuestra identidad. Ecuador, a la larga, tiene un buen historial de motivos para creer en la suerte. Los principales factores que han hecho una diferencia gigantesca en nuestra calidad de vida, como el petróleo y la agroexportación, han sido más producto de nuestra suerte y de los designios del mundo exterior que de nuestra inventiva o capacidad de crear un mercado. El problema es que cada vez nos quedan menos milagros plausibles. Los desafortunados funcionarios encargados de la dura tarea de encontrar motivos concretos que justifiquen tanto optimismo han insistido en que la minería es la única opción real
con la que contamos este momento para poder pagar las cuentas y crecer. Sin embargo, cada vez luce menos probable que Ecuador adopte la senda minera. Entonces, si no queremos ser un país de esclavos condenados a pagar deudas eternas, ¿qué opción queda? Se ha puesto de moda comparar a Ecuador con Grecia al momento de hablar de crisis económicas. Quizás valga entonces la pena recordar que medio millón de griegos de entre 20 y 40 años, muchos de ellos profesionales en un país de apenas diez millones de habitantes, dejaron su país a lo largo de la última década para trabajar en países más prósperos. Así, si de verdad no habrá el milagro de la minería, quizás el único milagro que nos queda a corto plazo es que la Unión Europa nos conceda la exención de visa. Un millón de migrantes y sus remesas sí que serían un real motivo de optimismo. dmarquez@lahora.com.ec
PABLO ESCANDÓN MONTENEGRO
Cumpleaños Hoy es una fecha de muchos cumpleaños de personajes que han cambiado al mundo y también de algunos aniversarios de quienes lo dejaron. Hace 136 años nació Kafka, un padre literario para muchos escritores, quien ha sido un referente mundial de la narrativa. Algunos escritores nacionales se consideran hijos de su estética, pero como hijos no reconocidos, al igual que su desigual obra. Hace 131 años nació Ramón Gómez de la Serna, poeta español, conocido por sus greguerías, esa forma de sentencia y aforismo cercano al haiku. En nuestro país el greguerista más célebre es Carrera Andrade. Dejando a los muertos que viven por su obra, hoy es el onomástico del execuatoriano que habitó la Embajada de Ecuador en Londres, Julian Assange. Más allá de las posiciones políticas, su presencia cambió el panorama de la diplomacia y la inteligencia mundial. En la lista de defunciones constan: Jim Morrison, ícono de The Doors, y el poeta ecuatoriano Jorque Enrique Adoum. Pero esta columna se titula cumpleaños, no muertes, y lo que festejamos son las vidas, las obras y la cercanía emocional, de quienes nacieron en este día, como son Gabriel Aragón, José Luis Feliciano y Erlinda Montenegro. Aragón era el maestro de ceremonias de los payasos españoles que mirábamos los domingos; Feliciano y su música aún llena el aire para bailar... Erlinda sigue vigente con su tijera. Hoy es el cumpleaños de mi madre, la peluquera que nunca comió chismes ni los propagó, como muchas de su oficio. En sus oídos mueren las ‘fakenews’ de radio bemba y la desinformación se anula cuando cambia el ceño al percibir una mentira. Su nombre no está en Wikipedia y no hace falta, porque para consultarla solo es necesario hablar con ella cada día, para despejar las dudas, como lo hacen todas las madres. pescandon@gmail.com
Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General ALEXIS SERRANO CARMONA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXVI No. 12572
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.
MIES y Alcaldía se unen contra las redes de trata de menores Las autoridades denuncian que se alquilan a niños para que mendiguen o trabajen.
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AGENDA EXHIBICIÓN Animales y el Mundo Precolombino Cuándo: sábado julio 6 Hora: 09:00 Entrada: gratuito Lugar: Museo Casa del Alabado (Cuenca N1-41 y Bolívar)
Por horas, por días o por todo un mes se estaría alquilando a menores de edad para que mendiguen o trabajen en las calles de Quito, según denuncian autoridades del Municipio y del Ministerio de Inclusión Economica y Social (MIES). Las víctimas de las redes de trata que promueven este delito son personas de escasos recursos y la población migrante, explica la ministra de Inclusión Económica y Social, Berenice Cordero, quien el lunes firmó PROBLEMÁTICA. Ministerio del Interior y la Dinapen ya tienen conocimiento de esta situación. un convenio con el alcalde, Jorge Yunda, para impulsar una cam- niños que están en la calle tienen esperando respuesta de los re- Pueblo se indica que en lo que va paña de información y preven- necesidades extremas. “El resto sultados”, agrega. de este año han atendido a 600 ción de estos casos. personas en materia de están en manos de mafias “Mendigar con los ni- EL DATO sus derechos legales, para que los alquilan para pe- Investigación EL DATO ños es un delito”, advierte evitar que caigan en estas dir dinero o vender dulces El presidente de la Comila funcionaria, quien co- El Centro en los semáforos”. sión de Soberanía y Rela- La trata de per- redes. es se sanciomenta que, en un censo Histórico Agrega que hacer un ciones Internacionales de sonas donde se han na hasta con 20 que se realizó en el Centro detectado más seguimiento de estos ca- la Asamblea Nacional, Fer- años de prisión. Ejes de acción de mendi- sos es difícil. “Cuando los Histórico, se encontraron casos nando Flores; y el asam“Es importante el apoyo cidad y trabajo al menos 600 personas en infantil. identificas lo que hacen es bleísta de Ecuador para América económico que nos dan desde el situación de calle. cambiarse de zona, se van Latina, el Caribe y África, Juan MIES para atender estos casos. El delito al que se refiere la para Cumbayá o al Valle de Los Fernando Flores, trabajan con el Son tres ejes de acción: atenministra está tipificado en el Chillos. A veces se mudan hasta Ministerio del Interior para saber der a los habitantes de calle, en Código Orgánico Integral Penal Guayaquil”. Los menores y sus cómo operan estas mafias. movilidad humana y eliminar (COIP) como trata de personas acompañantes pueden “Sabemos que el Mi- el trabajo infantil”; dijo Yunda en su artículo 91 y acarrea hasta hacer entre 30 y 40 dólanisterio del Interior está luego de acordar protocolos de 20 años de prisión. res al día. realizando la investiga- acción para estas causas. Para MIL Daniel Regalado, presidente “Hemos hecho la de- niños venezola- ción al respecto y lo que trabajar con los habitantes de la requerirán de de la Organización de Venezue- nuncia ante la Dinapen nos atención para queremos es atacar esta calle se designarán 380.000 dóevitar mayor vul- situación lo más pronto la en Ecuador, indica que entre (Dirección Nacional lares, mientras que los casos de para los números que han recabado de Policía Especializa- nerabilidad Movilidad Humana trasladarán finales de este posible”, explica Juan Feraño, según sobre la población migrante que da para Niñas, Niños y nando Flores. $80.000. El proyecto entró en Unicef Ecuador. él representa: solo 4 de cada 10 Adolescentes) y estamos En la Defensoría del vigencia este mes. (JDC)
ENCUENTRO 100 Años Oswaldo Guayasamín Cuándo: sábado julio 6 Hora: 12:00 Entrada: gratuito Lugar: La Capilla del Hombre. (Mariano Calvache E18-94 y Lorenzo Chávez, Bellavista)
FERIA La Furia Del Libro Cuándo: julio 24 Hora: 10:00 Entrada: gratuito Lugar: Universidad Central del Ecuador
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Obras en la Intervalles durarán un mes más Un mes más durarán los trabajos en la vía Intervalles, a la altura de Guangopolo, en sentido Cununyacu–El Tingo. El consorcio Aflocon, contratado por la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento (Epmaps) instala más de 5.000 metros de tuberías para el desfogue de aguas negras. El topógrafo Luis Maldonado explicó que la obra se realiza desde enero para beneficiar a los habitantes del sector La Toglla. “Con la instalación de estas tuberías ahora las casas cuentan con drenajes que llevan estos desperdicios a la tubería matriz”. Ayer, durante las labores
300 estudiantes destacados reciben mención de honor LABOR. Excavadoras abren los surcos para instalar las tuberías.
de conexión de las tuberías secundarias se produjo un hundimiento. Ocurrió 200 metros antes del peaje de la Intervalles. Esto ocasionó problemas con la circulación vehicular. “Tuvimos que cerrar un canal para reparar el hundimiento, pero no fue nada grave”, aseguró Maldonado. A través de sus redes sociales, el ECU-911 alertó de la situación y el Centro de Operaciones de Emergencias Metropolitano se presentó en el lugar para verificar las obras que se ejecutan. (JDC)
Llegaron puntuales al Salón de la Ciudad, Centro Histórico. Los 300 chicos de distintos planteles lucían bandas con los colores amarillo, azul y rojo, sobre sus uniforme. Ese es el símbolo de su destacada labor académica. Ellos recibieron la mención de honor al mérito estudiantil Abdón Calderón que la Secretaría de Educación entrega a los abanderados del pabellón nacional. Lucas Nicolalde, rector del coleEL DATO gio Fernández Madrid, dijo que estos El reconocimienespacios permiten to se desarrolla conforme a lo que los chicos se que estipula la Ordenanza 0224 motiven para seque reconoce el guir adelante con mérito académico de los estusus estudios y asdiantes piraciones.
TEATRO YERMA Cuándo: 5 y 6 de julio Hora: 19:30 Entrada: $10 Lugar: Teatro Variedades
INAUGURACIÓN
SECCIONES. Abanderados de las instituciones educativas de la capital recibieron la mención.
Patriotismo ° El reconocimiento lleva el nombre de Abdón Calderón, un héroe de la independencia, quien a sus 17 años se destacó por su valor en el campo de batalla.
Pamela Pellasco, abanderada de la unidad educativa ‘Nueva Primavera’, indicó que la mención de honor, que consiste en una medalla y un diploma, es un motivo de orgullo para ella y su familia. Además representa un beneficio al momento de ir a la universidad. (AVV)
Plasma Cuándo: mañana Hora: 19:30 Entrada: $3 (aporte sugerido) Lugar: Centro Ecuatoriano Norteamericano (Av. Amazonas y Prensa)
PERFOMANCE Afrofusión danza con Maitresse Cuándo: viernes 5 de Julio Hora: 18:00 Entrada: $10 Lugar: La Huerta de La Ortiga Ideario Urbano.
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QUITO
Explosión en centro de acopio de drogas dejó una persona sin vida
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GUAYAQUIL • Una persona falleció durante una explosión en el interior de una vivienda que servía como centro de acopio de drogas, ubicada en el sector de Samanes, en el norte del Puerto Principal. La Policía arribó al lugar y se encontró un lote de cajas de cartón del Ministerio de Educación conteniendo supuestamente kits de colación escolar destinadas a los establecimientos educacionales de la provincia del
Paz y educación, una propuesta desde un voluntariado femenino
Con la finalidad de impulsar destacó que la presencia de tres proyectos de educación, cultu- Mesas en Quito y un número ras y paz en la población, ayer se similar en Guayaquil, Manta e conformó oficialmente la Mesa Ibarra. Insistió en que este moviRedonda Panamericana Eugenio Espejo (Mrpee), en un hotel miento trabajará por la paz, sadel centro de la capital. Desta- lud y becas para la educación, cadas personalidades y volun- aunque, según indicó, también tarias como la expresidenta Ro- se puede extender su campo de acción a los derechos de salía Arteaga lideran esta las mujeres y de los niños. iniciativa en el país. EL DATO Una de las propuestas La gestión de la sociees la creación de escuela dad civil se enmarca en para padres de familia, las Mesas Redondas Pa- Mesas Redondas namericanas, creada en Panamericanas confirmó Gladys Llanos, un movimien1944, en Ciudad de Méxi- es to que se creó en directora de la Mrpee. “En co. Se trata de una organi- Estados Unidos materia de paz, ya estamos por iniciativa de trabajando en algunos cozación femenina sin fines Florence Terry en legios”, señaló. de lucro, registrada por la Griswold, 1916. Laura Durán de ProaOrganización de Estados ño, directora adjunta de la Americanos (OEA), que actualmente abarca a 223 mesas agrupación que está integrada por 22 personas, consideró la imporde 19 países. En el evento estuvo presente la tancia de hacer esfuerzos por la estadounidense Sylvia Williams, paz y los derechos de los niños y directora general de las Mesas Re- de los jóvenes, “que son amenazados por las drogas”. dondas Panamericanas. Al pie del monumento de la Independencia, la Mesa Redonda Agenda Rosalía Arteaga, fundadora de Panamericana Eugenio Espejo estas agrupaciones sociales en el colocó una ofrenda floral (de rosas Ecuador, fue la encargada de dar blancas), como símbolo de la paz y la bienvenida a las voluntarias y la amistad de los pueblos. (SE)
ENCUENTRO. Rosalía Arteaga Serrano dio la bienvenida a las asistentes.
Guayas. Sin embargo, en la revisión de las cajas los agentes policiales se llevaron una gran sorpresa al encontrar 43 paquetes con aparente cocaína, pero falsos, y apenas uno sí contenía alcaloide tipo pasta de cocaína. Christian Sarmiento, agente policial que lideró el operativo, detalló que el herido fue llevado con graves quemaduras hasta un hospital público, donde falleció poco después de su ingreso. (DAB)
Tres de los cinco fallecidos en Mocha ya fueron identificados Los familiares viajaron desde diferentes sectores de la provincia de Guayas. Vicente Castro Navarro, de 44 años y posible conductor del camión tipo plataforma que se accidentó la noche del lunes en Mocha, fue el primer cadáver reconocido a las pocas horas del siniestro donde murieron cinco hombres. Posteriormente fueron identificados Jonathan Fabricio Piloco, de 26 años y Cristóbal Rizzo Aguirre, de 35 años, quienes iban como pasajeros. También existen dos cadáveres más. Al parecer las víctimas pertenecían a la empresa Windows World de Guayaquil. El levantamiento de los cuerpos se lo realizó la noche del lunes y fueron trasladados hasta el Centro Forense de Tungurahua por la ambulancia de Medicina Legal.
TUNGURAHUA •
Investigaciones
El mayor Javier Viteri, encargado de la Unidad de Accidentología de Tungurahua, reveló que al arribo de las
PERCANCE. Integrantes de varias unidades de emergencia llegaron al sitio del siniestro de tránsito..
unidades se percataron que se afirmó el uniformado. Viteri aclaró que han recogido trataba de una pérdida de carril de circulación, (de la platafor- varios indicios con el fin de dema) “existe una centrifugación terminar la verdadera causa de por una velocidad inadecuada, este accidente, para lo que tampara luego volcarse y estrellar- bién se trabajará con la Fiscalía de Tungurahua. “Hemos se contra las barandas del logrado contactarnos con sector donde existe seña- EL DATO el jefe de personal de la lización, pero falta de iluempresa, el cual deberá minación”, afirmó Viteri. La Policía Además, aclaró que Nacional acudió realizar los trámites oporlevantamiento tunos con los familiares producto del accidente al de los cuerpos. para el retiro los cadáveexistieron cinco fallecires”, finalizó Viteri. dos, pero solamente han Mientras tanto Marcelo Lesido reconocidos tres y dos se encuentran como personas no desma, jefe del Cuerpo de Bomberos de Mocha, comentó que se identificadas N.N. “Ellos venían desde la Costa piensa que los vidrios que tenían como empleados de la empresa como carga el automotor, tras el Windows World, cargados con impacto actuaron como navajas vidrios de los que se piensa iban y cortaron los cuerpos de las víca ser entregados en la ciudad”, timas.
Gabriela Rivadeneira no tiene información sobre ‘Arroz Verde’ De conformidad con el artículo 238 del Reglamento General para la aplicación de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, se comunica a los propietarios y propietarias de vehículos que durante el mes de Abril y Mayo de 2019, han cometido contravenciones de tránsito detectadas a través de medios tecnológicos, y que no han podido ser ubicados debido a que las direcciones, números telefónicos y correos electrónicos no han sido válidos; serán notificados por este medio el día 04 de Julio del año en curso. P.AB/23206
La asambleísta y exsecretaria ejecutiva del movimiento Alianza País Gabriela Rivadeneira no aportó mayor información sobre los recursos que utilizó la organización política en la campaña del actual presidente, Lenín Moreno, tras las denuncias de presuntas irregularidades en la recepción de fondos de empresas privadas a cambio de la adjudicación de obras. En la investigación que lleva la Comisión de Fiscalización, en el denominado caso ‘Arroz Verde’, Rivadeneira intervino por alrededor de cinco minutos, antes de contestar las inquietudes. Señaló que asumió como secretaria ejecutiva después de las elecciones,
el 1 de mayo hasta el 23 de no- sión la asambleísta Viviana Boviembre de 2017. Además, que nilla, que aparece nombrada en no estaba a cargo del manejo de la investigación publicada por los recursos económicos. los portales digitales La Fuente y Frente a las preguntas, sos- Mil Hojas. Ella habría sido benetuvo que es legítima la entrega ficiaria de los presuntos aportes de aportes voluntarios de irregulares en su campaña los militantes, los cuales, EL DATO a la Alcaldía de Guayaquil. mientras ella estuvo en la Sin embargo, no acuorganización política, codió. Presentó una excuinvestigación sa, puesto que hoy debe rrespondían al 5% de la La se originó tras remuneración. También una publicación acudir a la Fiscalía para confirmó que recibió periodística. rendir su versión. Galo informes de sus anteceMora, exsecretario ejecusores, dando cumplimiento a tivo de País, tampoco asistió. A lo que establece el Código de la él no se le pudo notificar, porDemocracia. que no se encontró un domicilio. La presidenta de la Comisión, Johanna Cedeño, presume Otras comparecencias Ayer también debía dar su ver- que salió del país. (AGO)
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Una noche de ballet
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Las bailarinas durante el acto artístico.
En el teatro Beethoven del Colegio Alemán, Quenedit’s Cultural Center presentó la gala ‘La gran escena’, en la que bailarinas expusieron sus habilidades y deleitaron a los asistentes.
Mariana Sánchez, Alejandro y Samantha Quenedit, responsables del centro cultural Quenedit’s.
Laura Oviedo, Martha Neira y Michelle Flores.
Marco Cisneros, Evelyn Mansalva y Amparo Reyes.
Melanie Trujillo, Pedro Martín y Ariana Sandoval.
Juliana Salas, Rommy Lezcano y Andrea Sotomayor.
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Ramón Sáez, magistrado de España; Ana Belén Alonso, del Tribunal Constitucional de España; Teresa Almeida, fiscal general adjunta de Portugal; y Antonio Roma, coordinador general.
Seminario en el Complejo Judicial
María del Carmen Maldonado en la firma de un convenio con Jorge Rodríguez.
Especialistas que participaron en la charla.
Expertos conferencistas.
‘Lucha contra la corrupción y delincuencia organizada en el Ecuador’ fue el tema que se trató. La charla fue organizada por el Consejo de la Judicatura y el Pacto de la Unión Europea.
María del Carmen Maldonado, presidenta del Consejo de la Judicatura, en el discurso inaugural.
Marianne Van Steen, embajadora de la Unión Europea.
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Mi opinión en 30 segundos
Mario Pazmiño, Coronel (sp), experto en seguridad.
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DESALOJO. Con la llegada de los uniformados las personas comenzaron a salir del sector. El movimiento se registró durante todo el día.
Buenos Aires, malos tiempos El contingente policial y de las FF.AA. ‘limpió’ la zona minera del cantón Urcuquí.
Cuatro fuertes controles cuidaban el paso de quienes por una u otra razón pretendían llegar al poblado de Buenos Aires, en Urcuquí (Imbabura). Militares y policías se desplegaron desde las 04:30 de ayer, tras el Estado de Excepción decretado por el Gobierno Nacional en la zona. El operativo estaba coordinado desde hace meses y, cual trinchera de guerra, trasladaron sus tropas. En La Merced de Buenos Aires, a unos 40 minutos de la zona donde se explota el material minero ilegalmente, un ambiente de tensión se sentía en cada rincón. Cientos de vehículos, camiones y motos se apostaron en el centro del poblado, ante la mirada atenta de los residentes, que observaban cómo camiones militares y buses, repletos de mineros, evacuaban el lugar cargados con colchones, maletas, ropa, carpas y hasta electrodomésticos. Desde la mañana hasta la tarde de ayer no se registraron inconvenientes. La resistencia no se hacía presente, pues los obreros de la mina, en su mayoría extranjeros, colaboraban con la salida y, voluntariamente, abordaban los carros para salir del sector. Un promedio de 20 buses
fueron dispuestos en la ‘Y’ de Yagual, primer punto de ascenso a la parroquia. Labor
David Flores Acevedo, mayor de Policía y jefe de la Unidad de Contingencia Fronteriza (UCOF), aseguró que las personas transportadas llegan hasta el control de San Jerónimo, para posteriormente ir a Ibarra, específicamente a la terminal terrestre: "Los buses tienen la consigna de llevar a la gente, dejarla en Ibarra y retornar para continuar con la evacuación". Precisamente, hasta las 16:00 de ayer, a la terminal habían abordado 87 personas desde Buenos Aires, de las cuales 38 viajaron a Quito, 35 a Tulcán, tres a Machala y 11 se quedaron
HALLAZGO. Dieron con sitios donde se procesaba el material de forma ilegal.
nisterio del Interior. A las 16:00, el COE volvió a instalarse para informar los detalles del operativo, hasta esa hora. El gobernador, Álvaro Castillo, posesionado también ayer, comunicó que 16 personas fueron detenidas, dentro del mega operativo, entre ellos un menor de edad. Las autoridades no reportaResultados El Comité de Operaciones de ron heridos hasta la tarde y calculaban que unas 1.000 Emergencia (COE) Proya habrían savincial se activó desde las 1.800 personas lido de la zona. “El 80% 10:00, aproximadamen- HABITANTES te, en el ECU-911 de Iba- hay en el sector, de quienes han salido de pero se estima rra, con la presencia de que en la zona de Buenos Aires son extranla ministra del Interior, montaña hay jeros o de fuera de Imbamuchos más. bura”. María Paula Romo. Romo aseguró que En rueda de prensa, la la Policía ha vigilado la Ministra detalló que en zona y que en operativos la zona se han desarticudesarrollados en los últilado 27 grupos delictivos EL DATO mos dos años se detuvo a desde enero al 27 de junio de 2019. Además, regis- El pasado 23 de 859 personas "vinculatran cifras de 255 dete- junio, cuatro per- das a actividades ilegales resultaron alrededor de la mina". nidos, en el mismo lapso sonas heridas tras un Sobre la posible prede tiempo, así como 79 enfrentamiento entre bandas. sencia de guerrilleros covehículos aprehendidos lombianos en el sector, el y 731 toneladas de material minero decomisados, en 117 ministro de Defensa, Oswaldo Jarrín, fue tajante en asegurar operativos. Entre los delitos que han que esos grupos no operan en el identificado en la zona, men- país y que lo que han detectado cionó "algunas muertas vio- en la zona es "delincuencia orlentas", explotación laboral y ganizada". "El hecho de que probablesexual, así como trata de personas, evasión fiscal, lavado de mente haya guerrilla de Colomactivos, extorsión, intimida- bia que pase a Ecuador, ya no se llama guerrilla en Ecuador, ción y contrabando. Las operaciones contra la porque el propósito tiene otro minería, en un año y medio, es significado en su país. Aquí no decir desde enero de 2018 hasta hay ni guerrilla, ni grupos arjunio de 2019, suman 325, según mados organizados", apuntó. las cifras entregadas por el Mi- (VMWF / MAGC) en la capital imbabureña. La alcaldesa de Ibarra, Andrea Scacco mencionó que la Mesa de Seguridad se activó a nivel cantonal, mientras dure el Estado de Excepción en Buenos Aires, “para colaborar desde sus competencias con la emergencia decretada”.
‘Hay que retomar el control de la zona’ “La medida del Estado de °Excepción es importante porque
permite al Estado retomar el control de la zona de Buenos Aires. Lo que se tiene que hacer, inmediatamente, es un desplazamiento del personal militar a la retaguardia de la parte donde está la minería informal. Esto, porque estamos tratando de sacar de la jurisdicción a los grupos disidentes o al crimen organizado que está armado en ese sector. Esa actividad tiene que hacerse previo al rastrillaje de la zona, caso contrario tendremos que esas personas se fugarán y retornarán posteriormente. Es necesario, además, el control de la soberanía del espacio geográfico porque se está creando una zona ‘liberada’ y eso es sumamente grave. Por otro lado se necesita que la Policía retome la seguridad ciudadana y que las diferentes autoridades se trasladen a la zona para restablecer e impulsar proyectos de desarrollo”.
Mi opinión en 30 segundos
Lauro Sigcha, dirigente indígena.
‘A los más débiles les aplican todo el rigor de la Ley’ medida que evidencia °que“Esa una los más débiles les aplican
todo el rigor de la Ley. No decimos que estemos de acuerdo con el tema de la minería ‘ilegal’, pero siempre las víctimas son las más débiles. Entendemos que hay mafias en este tema, sin embargo, es una cortina de humo para justamente implementar la minería legal, la minería ‘responsable’ que es igual o peor de letal contra la naturaleza. Estamos preocupados de que el Estado lo que pretenda es afianzar el proyecto del anterior presidente y entrar a sangre y fuego en los territorios de los pueblos. Es una muestra de intimidación para los que se oponen en otros sectores a la minería, como en Quimsacocha y Río Blanco. Mire que ponen más de dos mil efectivos para desarticular. Queremos que lo mismo que están haciendo allá lo hagan en Quimsacocha y Río Blanco a ver si cumplen ya que acá ponen efectivos para supuestamente custodiar la seguridad de las empresas, esa es la diferencia”.
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NACIONAL
Tuárez, al confesionario de la Asamblea Nacional
Las firmas para un juicio político ya están reunidas. El ser cura es la principal motivación.
JORNADAS. Celi hizo el anuncio.
Función de Transparencia auditará a Odebrecht La Función de Transparencia, cuya presidencia la ejerce Pablo Celi en representación de la Contraloría, realizará una auditoría integral a las operaciones en Ecuador de la constructora brasileña Odebrecht. Así lo manifestó Celi al inaugurar ayer las Jornadas por la Integridad Pública y Lucha Contra la Corrupción. La Función de Transparencia la integran también las Superintedencias de Bancos, la de Compañías, la de Economía Popular y Solidaria, y la de Control del Poder del Mercado. Todas ellas, dijo Celi, trabajarán de manera coordinada y complementaria para que en el ámbito de sus respectivas competencias realicen acciones de control a la empresa, que fue protagonista a nivel regional de sonados casos de corrupción. El Contralor manifestó que el objetivo es recuperar y ordenar la información de las acciones realizadas por el departamento de operaciones estructuradas de Odebrecht en el país. “Es decir el sistema de coimas técnico que esa empresa implementó”, dijo Celi. Además, se buscará identificar a personas jurídicas y naturales involucradas en actividades ilícitas para iniciar acciones y sanciones legales. Con la Secretaría Anticorrupción, con el Servicio de Rentas Internas, con la Unidad de Análisis Financiero y Económico, con el Servicio Nacional de Contratación Pública se espera coordinar acciones para la recuperación de activos. Y a la propia empresa se le solicitará la información completa de sus actividades. (HCR)
Con los brazos levantados en señal de victoria, el cura José Carlos Tuárez entró el 13 de junio a la Asamblea Nacional para ser posesionado como miembro del Consejo de Participación Ciudadana (Cpccs). Vestía un terno negro y la característica camisa de sacerdote, también negra, con cuello de tirilla blanca. Con esa vestimenta se le vio posando en las fotografías ese día, al igual que en las primeras sesiones del Cpccs, como su presidente. Pero también desde antes, cuando era candidato, se mostraba como cura, inclusive en la papeleta elaborada por el Consejo Nacional Electoral (CNE) apareció con el cuello de sacerdote. La Ley Orgánica del Consejo de Participación establece que los representantes de los cultos religiosos no podrán ser candidatos, ni ser designados ni desempeñarse como consejeros. Esa constituye una de las 14 prohibiciones que estipula la norma, en el artículo 21 numeral 10. Por esa razón, el asambleísta Fabricio Villamar (CREO) presentará un pedido de juicio político en su contra. Pedido
Villamar ha reunido 49 firmas para presentar la solicitud al
FIELES. Tuárez hizo un pedido a sus seguidores para que lo acompañen. (Foto: Archivo/Asamblea)
presidente del Legislativo, César a Contraloría que le realice un Litardo. Tiene previsto hacer- examen especial para verificar la lo hoy o mañana. Lo único que documentación, porque insiste espera es reunir más adhesiones que es verídica. para que, en el eventual escenario de que el juicio se dé y llegue ¿Existen causales? al Pleno, existan suficientes vo- Para que un juicio político se tos. Los bloques legislativos le produzca, la persona debe haber solicitaron el texto para anali- incumplido las funciones que le zarlo y definir su postura. asigna la Constitución y la ley. Mientras eso ocurre, hoy está Según Villamar, eso puede ser previsto que Tuárez compor acción u omisión y se parezca a la Comisión de EL DATO habría evidenciado con la Participación Ciudadana, designación y el desempea las 11:00, para respon- El presunto uso ño de Tuárez siendo cura. der a los cuestionamien- de documentos A esa razón se sumaría su falsos también tos sobre su presunta fal- será investigado falta de probidad e idoneisificación de documentos por la Fiscalía. dad por los supuestos dopara inscribir su candidacumentos falsos. tura. Esta posición la apoya la asamEl presidente del Cpccs con- bleísta Lourdes Cuesta (indepenfirmó a los medios que sí asistirá diente), quien sostiene que “desde y rechazó el argumento de Villa- el día uno está incumpliendo una mar. “Yo no represento a la Igle- norma expresa”. Además, Eliseo sia católica, no soy representante Asuero (independiente) añade legal”, dijo y agregó que solicitó como elemento que Tuárez habría
participado en mítines políticos. Sin embargo, hay asambleístas que cuestionan si hay o no incumplimiento de funciones, por el corto tiempo en el cargo. Los legisladores correístas todavía no tienen una postura definida. Pabel Muñoz sostiene que “los argumentos para un juicio político no son sólidos”. Así que primero analizarán el caso y, de existir los elementos para un juicio, estarán a favor. Henry Cucalón (PSC) también se mantiene cauto. Él sostiene que primero deben revisarse las pruebas de cargo y descargo. Pero todos coinciden en que, además del análisis de los posibles incumplimientos de Tuárez, también se debe revisar la actuación de los miembros del Consejo Nacional Electoral (CNE), que aprobaron los documentos con los que se inscribió la candidatura del sacerdote. (AGO)
Consejeros denuncian presuntas irregularidades A poco más de tres meses de haberse realizado el proceso electoral, ya proclamados los resultados y con las autoridades elegidas en ejercicio de sus funciones, se presentan nuevas denuncias de presuntas irregularidades que se habrían dado el 24 de marzo, especialmente en Guayas. Denuncias que no nacen de organizaciones o sujetos políticos; por el contrario, las difunde el vicepresidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Enrique Pita; y el consejero Luis Verdesoto. Pita manifestó que se detectaron actas recontadas y validadas sin firma, actas sin datos de sufragantes y actas recontadas con variación de votos blancos, nulos y válidos. Aseguró que se encontró un sistema informático manipulable que permite cierta discrecionalidad al momento de obtener resultados. En el desglose de sus denun-
cias consta la creación de usuarios externos que no tenían relación con el sistema informático pero que tenían la facultad de cambiar el estado de un acta de escrutinio: “imagínense ustedes que una persona que no es parte de la organización, en un momento dado puede conectarse al sistema y tener la posibilidad de cambiar el estado de un acta”, manifestó. Agregó que otra irregularidad grave fue que el sistema informático no controló que haya igualdad en el número de sufragantes en las actas de varias dignidades de una misma junta receptora del voto. Asegura que son 9.557 juntas receptoras del voto que tienen actas con diferentes números, en algunos casos con diferencias de 100 sufragantes. Por ejemplo, en una junta de Milagro para la dignidad de Alcalde aparecen 335 sufragantes, y se reduce en el acta de Prefecto
de la misma junta donde constan 281 votantes, cuando el número debería ser el mismo. Mientras que en otras actas no hay firmas, actas recontadas donde varían los votos blancos y nulos en relación al original, generando aumento o disminución en la votación de uno más candidatos; o sin firma de delegados de las organizaciones políticas, entre otras presuntas irregularidades. Pita y Verdesoto anticiparon que el informe será puesto en conocimiento de la Fiscalía y de la Contraloría. ¿Quién es el responsable?
Pita lamentó que no se haya corregido oportunamente el sistema, por lo que añadió que quienes estuvieron al frente del área informática en las últimas elecciones, deben responder por estas presuntas irregularidades. Y le puso nombre y apellido: “Toda el área informática fue manejada
AUTORIDADES. Enrique Pita y Luis Verdesoto, consejeros de minoría en el interior del organismo electoral.
por el consejero (José) Cabrera, en todos los aspectos”. Se buscó la versión de Cabrera por varias vías pero hasta el cierre de esta edición no respondía. Minutos antes de que se conociera de esta denuncia la presidenta del CNE, Diana Atamaint, manifestó que los que quieran denunciar que lo hagan pero que presenten pruebas. “Todas las denuncias que han hecho hasta la fecha no han llegado a un esclarecimiento, que el país diga cuáles denuncias fueron consistentes y reales”, manifestó. (HCR)
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Los ajustes de cuentas atemorizan a los habitantes de Guayaquil GUAYAQUIL• La
Policía de la Zona 8 determinó ayer que los hombres asesinados la noche del lunes en los sectores de Mucho Lote y Bastión Popular, en el norte de la ciudad, tenían antecedentes penales por robo y tráfico de sustancias sujetas a fiscalización. Ambos crímenes se cometieron entre las 19:30 y 22:00, en medio del temor de los moradores que presenciaron los hechos. El primero de los casos ocurrió
en Mucho Lote 1, cuando un sujeto desconocido acribilló a balazos al taxista Édgar Silva Palma, cuando este se aprestaba a ingresar a su domicilio, después de una acalorada discusión con su victimario. Momentos después, la Policía se movilizó hasta el Bloque 10 de Bastión Popular, en el noroeste, donde un hombre de 28 años fue baleado y asesinado por un desconocido. (DAB)
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Nueve años agotaron la paciencia de la viuda del general Jorge Gabela
DILIGENCIA. Elizabeth Rodríguez, madre de Juliana Campoverde, sostiene triste un retrato de su hija previo a la audiencia.
El dogma que le costó caro a Juliana Campoverde
Testigos revelan las conflictivas relaciones que la joven desaparecida tenía en la congregación religiosa.
El redoble de los tambores que na Oasis de Esperanza, a la que los manifestantes golpeaban en pertenecía. Frente al estrado, la avenida Amazonas, en Quito, aseguró que todo el círculo de acompañó el primer día de la au- amistades era de ese culto, que diencia de juicio del caso Juliana sus representantes le infundían Campoverde. Ellos se plantaron miedos para lograr que ella manen los bajos del edificio del Com- tuviera una relación sentimental plejo Judicial Norte para exigir con el hermano del acusado. Sin que no cese la búsqueda de la jo- embargo, ella no sentía ningún ven que lleva desaparecida des- apego emocional hacia él por lo que actuaba con intimidaciones de el 7 de julio de 2012. La diligencia se llevó a cabo de carácter religioso. en el auditorio del décimo piso. Hasta allí se podían escuchar las Manipulación dogmática consignas de los amigos y allega- La fiscal que lleva la causa, Mados a la familia de la víctima. yra Soria, también interrogó a Ayer, la Fiscalía llamó a de- otros testigos, entre ellos dos clarar a 61 de casi 400 testigos exnovios de Campoverde: Ángel que tiene previsto interrogar, Mendoza y Patricio Vasco. para sustentar la acusación que El primero, ayudó a recupeimpulsa en contra de Jonathan rar la clave de la cuenta de FaCarrillo, principal involucebook de Campoverde. crado en la desaparición EL DATO En la audiencia dijo que de Campoverde. Además, cuando logró entrar a los se preveía presentar 26 De 22 a 26 años ‘chats’ le llamó la atención pruebas documentales. de cárcel podría unos mensajes amenazanel acu- tes que provenían de CaEl acusado estaba sen- enfrentar sado de ser tado al costado izquierdo hallado culpable. rrillo, con un perfil falso de la sala, frente al Tribuque utilizó bajo el seudónal de Juzgamiento, conformado nimo de Juan Solano. por los jueces Sara Costales, DaEsa doble identidad se habría niel Tufiño y Galo Rumiguano. utilizado por parte del acusado Vestía el traje anaranjado que para presionar a Campoverde de identifica a los reclusos. que accediera a tener una relación Elizabeth Rodríguez, madre con su hermano, caso contrario, de Juliana, tiene la certeza de que podría experimentar un castigo la desaparición y deceso de su divino e incluso la podrían expulhija está ligada a la iglesia cristia- sar del coro de la iglesia.
Misteriosa llamada
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En la audiencia de juzgamiento, el padrastro de Juliana Campoverde, William Parrales, testificó que el día de la desaparición de la joven, él llamó a su teléfono celular y escuchó una especie de quejidos. Los lamentos, señaló, fueron secundados por la voz de un hombre que dijo: “Deja ese teléfono que no es tuyo. La comunicación se cortó y desde entonces no se pudo establecer un contacto”, señaló. En noviembre de 2018, Jonathan Carrillo reconoció la materialidad del delito, lo que motivó que la fiscal Mayra Soria formalice su acusación. Desde entonces, las autoridades han efectuado excavaciones en el sector de Bellavista, nororiente de Quito, donde supuestamente fueron arrojados los restos de Campoverde. Sin embargo, los peritos no hallan las osamentas que permitan confirmar el deceso.
Tanto la madre de Campoverde como sus dos parejas sentimentales, aseguraron que la joven desaparecida no acostumbraba a salir sin antes avisar a sus familiares y que, tampoco, solía ausentarse de la casa. La audiencia de juicio en contra de Jonathan Carrillo se extenderá aproximadamente un mes. En el transcurso de la diligencia, la Fiscalía continuará llamando a los testigos de las dos partes hasta que el Tribunal de Juzgamiento emita un dictamen por el delito de secuestro extorsivo con resultado de muerte. (FLC)
La Fiscalía anunció que un grupo de expertos, apoyados en el Sistema Especializado de Investigación de Medicina Legal y Ciencias Forenses, trabajan en una nueva línea para esclarecer las circunstancias de la muerte del general Jorge Gabela. La mañana de este lunes, Patricia Ochoa, viuda del excomandante de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE), acudió a esa institución para pedir celeridad en las diligencias que desde ahí se deben hacer para sancionar a autores, cómplices y encubridores de la muerte de su esposo. “A la familia que lleva en esta lucha casi nueve años no nos pueden seguir pidiendo paciencia”, dijo. Denunció que, pese a la disposición del presidente, Lenín Moreno, para que se levante la reserva de confidencialidad del caso, las instituciones no le han proporcionado la información. Mario Pazmiño, veedor del proceso, señaló que entre estas instituciones está la propia Presidencia de la República (en tiempos del correísmo) y el Ministerio de Defensa. Perito se aparta del caso
Sobre la decisión del perito Ro-
CASO. Patricia Ochoa (izquierda) libra una batalla para esclarecer la muerte de su esposo.
berto Meza, de no continuar con la investigación, la Fiscalía explicó a través de un comunicado que “los fiscales son quienes dirigen las investigaciones, mientras que los peritos realizan las experticias que los fiscales les solicitan”. Además, la institución aclaró que no es técnico que un perito pretenda dirigir un proceso investigativo. Meza indicó por medio de un comunicado en su cuenta de Twitter (@peritoforense), que se aparta del proceso por falta de garantías técnicas, por el tiempo transcurrido, que a su criterio juega en contra del esclarecimiento del caso y, además, por una falta de garantías personales. (FLC)
Permanencia de acería china depende de jueces GUAYAQUIL• La acería china Xin-
long, cerrada por el Gobierno desde el año pasado, por supuestos delitos ambientales, defraudación tributaria y explotación laboral, apuraba ayer el levantamiento de la clausura a través de la vía judicial. Para esto, se instaló una audiencia de apelación en contra de la acería que es cuestionada por haberse construido de manera irregular en terrenos agrícolas de la parroquia Roberto Astudillo, del cantón Milagro (Guayas). El acto judicial ocurre luego de que una jueza de Garantías Penales determinara revertir los permisos de uso de suelo a favor de la empresa, porque estaría afectando a su seguridad jurídica. Tras la apelación presentada por los campesinos afectados, se instaló la audiencia que deberá obtener un dictamen en las próximas 48 horas. Mientras la diligencia se de-
sarrollaba en la Corte Provincial de Justicia, los habitantes de la parroquia se instalaron en los bajos para exigir que no se reabra la acería, o que se la reubique en terrenos apartados de las zonas de producción agrícola de Milagro. Xinlong, a través de su abogado Curro Samaniego, indicó que no se ha incurrido en ninguna de las faltas que se le imputa, por lo que espera que la justicia resuelva a su favor después de escuchar a las partes. “Nosotros creemos que se ha vulnerado el derecho constitucional del debido proceso a los funcionarios de la empresa. La compañía pagó cerca de 100 mil dólares en multas y luego de eso se generó el permiso de construcción”, dijo. Actualmente, la empresa cuenta con dicho permiso desde el 18 de octubre del año pasado, pero la apelación lo suspendió. (DAB)
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Cuestionada por funcionario de Arcsa Dentro del proceso de juicio político en contra de la exministra de Salud Verónica Espinosa, ayer el director del Laboratorio de Referencia de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa), David Salomón, confirmó presuntas irregularidades en la distribución de los kits de diagnóstico de VIH y paracetamol. Señaló que las pruebas rápidas no contaron con la certificación ecuatoriana. Además, que el plasma que se usó para testear las pruebas no fue el adecuado. Estas inconsistencias se incluyeron en un informe que, durante cinco meses, no fue emitido por la ministra, quien, al contrario, le solicitó uno favorable que permitiera sacar los kits de las bodegas. En el caso del paracetamol, confirmó que se recibió una alerta de que el medicamento estaba contaminado, lo que se comprobó en nueve lotes de un muestreo. Por EL DATO lo que, el procedimiento era susMañana está pender el registro programada la comparecencia sanitario, retirar de Verónica la medicina e inciEspinosa. nerarla. (AGO)
NACIONAL
¿Quién responde por los medicamentos caducados? Federación Médica y Jóvenes contra el Cáncer consideran al menos tres perspectivas que se deben analizar.
El pertuzumab es uno de los compuestos para quimioterapias. Una dosis puede costar 4 mil dólares y hacer el cálculo de cuántas se hubieran comprado con los 7 millones de dólares que se perdieron en el Hospital del Seguro Carlos Andrade Marín (HCAM) en medicinas caducadas, hace que Gustavo Dávila se frustre. Como representante de la Fundación Jóvenes contra el Cáncer, ha sido testigo de dolorosas jornadas en las que los pacientes oncológicos han hecho colectas por medicamentos. Ahora que las autoridades del HCAM han denunciado que por contratos fraudulentos se hicieron compras excesivas de compuestos, hasta por siete años, Dávila dice que “lo más grave es que las autoridades de control no hacen nada”, que “no es justo” y que “es momento de que los médicos empiecen a recetar y a informar sin que les tiemble la mano”. La fundación que dirige agrupa a 1.200 guerreros del país y su lucha no es nueva. Desde hace meses han exigido que se publique el Cuadro Na-
cional de Medicamentos Básicos, que no se actualiza desde 2013. Su pedido ahora es que se establezcan sanciones para que “la clase política deje de manejar áreas técnicas” de la salud y se deje de jugar con la vida de las personas. Puntos claves
Según las declaraciones de Juan Páez Moreno, gerente del HCAM, su administración encontró los compuestos caducados en abril del año anterior y, además, descubrió toda una red de directores, administrativos y médicos que habrían hecho contratos por conveniencia. Aseguró que toda la información está en la Contraloría. En este año, ese organismo ha presentado algunos resultados preliminares de exámenes especiales que se realizan con respecto al IESS, uno de ellos mostró en su borrador que se pagó cerca de un millón de dólares en sobreprecios de medicinas, solo entre 2012 y 2015. Esas y otras irregularidades no se le hacen novedad al presidente de la Federación Médica Ecuatoriana, Ernesto Carrasco. Para él, uno de los problemas más graves del sistema de salud es la designación de directores basada en decisiones políticas. Por eso, opina que debería impulsarse una carrera sanitaria y que los cargos se otorguen a través de concursos y por dos años.
REFERENCIA. En las salas del Hospital Carlos Andrade Marín, del IESS, se realizan más de tres mil consultas de cirugía al día. (Archivo)
Habría también desabas- de la Ley de Salud, se especifica tecimiento de medicinas en el que su obligación es regular y HCAM y las autoridades han controlar no solo la producción señalado que una de las causas sino importación, distribución y es la injerencia de las farmacéu- almacenamiento de medicamentos, así como desarrollar ticas. Carrasco responde programas de fármaco vique, en ciertos casos, sí EL DATO gilancia. incide el tema de patentes Estas acciones, según internacionales y otras del Hospital el Ministerio, estarían a políticas que se salen del Solo Carlos Andrade control del Estado, pero Marín habrían 17 cargo de la Agencia de para que culpar a las empre- procesos investigación de Aseguramiento de la Calisas es solo un pretexto contratos, en la dad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada para dejar de decir que Contraloría General del (Acess), pero al solicitar los contratos, incluso, han Estado. información, la respuessobrepasado la Ley, incluta fue que la responsable yendo cláusulas que no permiten devolución ni cambio, era la Agencia de Regulación y cuando la norma es que 60 días Control Sanitario (Arcsa). Esta antes de la fecha de expiración, instancia también contestó que el hospital puede pedir que los no era su competencia. Esta serie de respuestas hainsumos se renueven. cen también que el Presidente de la Federación Médica diga Competencia Al consultar al Ministerio de que en el país no existe ninguna Salud acerca de la regulación de clase de control, que las agencias medicinas, la respuesta fue que supuestamente son autónomas, la competencia no era suya. Sin pero que siempre han dependiembargo, en los artículos 6 y 157 do del ministro de turno. (PCV)
Asamblea del BID y las estrategias de Ecuador GUAYAQUIL • La Reunión Anual
de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) sesionará en Ecuador luego de 48 años. El encuentro se hace posible tras las acciones emprendidas entre el BID y el Gobierno de Lenín Moreno, para fortalecer el desarrollo económico de la nación, según las autoridades. En la Asamblea, que iniciará el 16 y se prolongará hasta el 18 de este mes, se analizará temas económicos, sociales de la región y el desenvolvimiento institucional del organismo. Richard Martínez, ministro de Economía y Finanzas, y quien presidirá la Asamblea,
ANUNCIO. Lenín Moreno, en cadena nacional, dio algunos detalles del encuentro, que se efectuará en Guayaquil entre el 16 y el 18 de julio.
señaló que el encuentro será un intercambio de ideas y opiniones entre los gobernadores del BID y la Corporación Interamericana de Inversiones (BID Invest). En este marco, el secretario del ramo destacó los avances económicos que ha obtenido el país con el apoyo del organismo financiero, que en abril pasado aprobó un desembolso de 1700 millones de dólares para el Plan Prosperidad.
Martínez adelantó que durante la Asamblea se prevé la aprobación de 300 millones dólares adicionales. La Asamblea se llevará a cabo en hotel Hilton Colón, en Guayaquil. Esta contempla la realización de más de 10 foros que se desarrollarán en diferentes escenarios, entre estos, el Palacio de Cristal, la Gobernación, la Espol y la Universidad de Especialidades Espíritu Santo. (JCL)
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MINUTERO Mueren tripulantes de submarino ruso
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RECLAMO. Un manifestante sostiene una pancarta con la imagen del presidente Trump y la palabra “Mentiroso” durante la protesta de ayerfen Los Ángeles.. (EFE)
Los maltratos a migrantes desatan protestas en EE.UU.
Exigen el cierre de los centros en donde se encuentran los indocumentados, calificados de ‘campos de concentración’. LOS ÁNGELES, EFE• Miles
de personas se sumaron ayer a más de 180 protestas en todo Estados Unidos para exigir el cierre de los “inhumanos” centros de detención de inmigrantes y cancelar la entrega de fondos al Gobierno del presidente, Donald Trump, para continuar con sus duras políticas migratorias. Las manifestaciones se realizaron frente a edificios del Gobierno federal y oficinas de legisladores, tanto demócratas como republicanos, que regresaron a sus regiones con motivo del feriado del 4 de Julio, para que se clausuren unos centros de detención que muchos califican de “campos de concentración”.
Situación inhumana
“La situación dentro de los cam-
pamentos y centros de detención es totalmente inhumana, están torturando a las familias y a los niños, ¡y hay que actuar ya!”, dijo la directora del grupo Families Belong Together Coalition, Sandra Cordero. Además del cierre inmediato de estos centros y la liberación de miles de inmigrantes, tanto adultos como niños, los activistas piden a los legisladores que no aprueben más fondos para la Patrulla Fronteriza (CBP) y el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE), encargadas de poner en práctica las políticas de Trump. ‘Ni un centavo más’
“En septiembre, el Congreso va a votar de nuevo sobre presupuesto, y necesitamos decirles a
Demócratas dieron la espalda ° Las protestas se producen un día después de que Trump firmara una partida de 4.600 millones de dólares en asistencia para los presupuestos de las distintas
agencias federales que están saturadas por el flujo de miles de migrantes que llega cada semana a la frontera con México. Los fondos fueron aprobados por la Cámara baja, controlada por los demócratas, que “dieron la espalda” a una propuesta de una versión similar que incluía además protección para los menores migrantes no acompañados y restricciones al uso de los fondos por parte del Gobierno, opinó Cordero. Durante las visitas a las oficinas de los legisladores se les pide que visiten los centros de detención y sean testigos directos de lo que está pasando en estos lugares.
nuestros legisladores que no deben darle un centavo más a estas agencias que están aterrorizando a los inmigrantes”, explicó la vocera de la organización MovenOn, Victoria Kaplan. Este grupo es el que está detrás de un llamado nacional de protesta en el que participan además coaliciones que representan a los jóvenes indocumentados que llegaron al país siendo niños y las que trabajan para evitar las reiteradas separaciones
de niños de sus familias una vez que cruzan la frontera de manera ilegal. Los manifestantes portaron carteles en los que aseguraban que los “niños merecen cariño y no jaulas”, “El amor no conoce fronteras” o “Hagamos a Estados Unidos amable de nuevo”, en referencia al famoso eslogan de campaña del presidente: “Make America Great Again” (Hagamos a EE.UU. grande de nuevo).
Joven queda ciego tras ser herido en Venezuela CARACAS, AFP• Un joven venezola-
VÍCTIMA. En las protestas de ayer un joven recibió 52 heridas por perdigón. (MSM)
no quedó ciego por heridas en el rostro debido a más de 50 perdigones disparados por agentes policiales, que dispersaban una protesta por la falta de gas doméstico en una zona fronteriza, informó ayer un médico local. La madre de Rufo Chacón, de 16 años, denunció en un hospital en el fronterizo estado Táchira que su hijo la ayudaba el lunes a cargar un cilindro de gas doméstico en medio de una protesta vecinal por la falta de suministro desde hace tres meses, cuando policías los empujaron y le dispararon al joven en la cara. “Le arruinaron la vida a mi
hijo (...) Lo suyo eran las computadoras, allá está pidiendo morirse”, dijo el martes Adriana Parada, madre del menor de edad, al salir de la habitación del hospital. “Yo pido justicia”, agregó. A quemarropa
Los funcionarios dispararon “a quemarropa” a menos de un metro de los manifestantes, dijo el diputado del consejo legislativo regional Juan Carlos Palencia. “No nos acostumbraremos, no dejaremos de llamarlos asesinos”, dijo el líder opositor Juan Guaidó -reconocido como presidente encargado de Venezuela por medio centenar de países-, al tildar lo
ocurrido como un “sádico acto”. ¿Quién da una orden tan encarnizada como la de disparar así?, ¿quién se escudará detrás de una investigación sin resultados? Lo sabremos, lo juzgaremos con tribunales. Chacón llegó al centro de salud con 52 heridas por perdigón, o pequeñas esferas de plomo y plástico, varias en ambos glóbulos oculares y fue sometido a una intervención quirúrgica solo para reconstruir las cavidades, informó el médico Luis Ramírez, presidente de la Corporación de Salud de la entidad. “Lamentablemente perdió la vista de forma permanente”, dijo.
MOSCÚ, EFE• Catorce marineros rusos murieron a consecuencia de un incendio en un submarino de investigación, informó el Ministerio de Defensa de este país. Según varios medios rusos, el submarino accidentado es el sumergible nuclear AS-12, conocido también por el nombre de ‘Losharik’, capaz de descender a profundidades de hasta 6.000 metros. El accidente se produjo en aguas territoriales rusas en un aparato destinado a la investigación del fondo marino.
Atacan a policías en el sur de Bogotá
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BOGOTÁ, EFE• Un policía murió y otro más resultó herido en un tiroteo ocurrido ayer en el barrio Ciudad Bolívar, una popular zona del sur de Bogotá, informaron fuentes policiales que también reportaron la detención de dos personas. De acuerdo con el informe policial, los agentes estaban atendiendo una denuncia ciudadana en la que se alertaba de la presencia de personas sospechosas en el sector. Cuando los agentes requirieron a los ocupantes de un vehículo estos les dispararon.
Al menos 23 muertos por lluvias en Bombay
NUEVA DELHI, EFE• Las lluvias °torrenciales que desde hace
varios días azotan el estado occidental indio de Maharashtra, del que Bombay es capital, causaron ayer la muerte de al menos 23 personas, daños materiales y el colapso de los servicios de transporte terrestre y aéreo. Las precipitaciones, calificadas como “muy intensas”, provocaron el derrumbe de un muro sobre una zona de chabolas durante la madrugada del martes, matando a “por lo menos 14 personas”, confirmó el agente de Policía de Bombay Suresh Yerkar.
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NACIONAL
GLOBAL B6
MIÉRCOLES 03 DE JULIO DE 2019 La Hora, ECUADOR
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MINUTERO Libertad a capitana del Sea Watch
ROMA, EFE • La capitana del °barco de la ONG Sea Watch,
Carola Rackete (foto), fue puesta en libertad ayer después de ser arrestada en Italia por llevar sin permiso a 40 inmigrantes que había salvado en el Mediterráneo central al puerto italiano de Lampedusa (sur). Una decisión, la de la justicia italiana que ha suscitado inmediatamente la ira del ministro del Interior, Matteo Salvini, autor de la política de puertos cerrados a las naves de las ONG y que no se había cansado de pedir cárcel para la activista.
El eclipse solar, momento único EVENTO. Vista del eclipse parcial de sol ayer en Quito, donde hubo una alta nubosidad. (EFE)
El fenómeno se convirtió en una fiesta en el sur del continente, con cientos de miles de personas extasiadas. El eclipse total de Sol que una multitud de personas de todo el mundo esperaba y por el cual viajó a Argentina dejó en la sombra varios puntos del país -que junto a Chile fueron los únicos donde se vio en su fase completay fascinó a quienes lo apreciaron ayer. El fenómeno solar comenzó a las 16:26 hora local (14:26 en Ecuador) y el oeste del país fue el lugar privilegiado para observar cómo la Luna avanzó con movimiento firme sobre el Sol hasta cubrirlo por completo sobre las 17:40, en un fenómeno que por lo común es raro de ver pero que Argentina tendrá la suerte de repetir en 2020. Uno de los parajes donde se reunieron centenares de personas para seguirlo fue el Mirador de los Cóndores de Merlo, en la provincia de San Luis, en el centro oeste del país.
MERLO, ARGENTINA, EFE-AFP •
Nueva legislatura del Parlamento europeo
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ESTRASBURGO, EFE • La nove-
na legislatura del Parlamento Europeo echó a andar ayer en Estrasburgo pasadas las 10:00, poco más de mes y medio después de las elecciones europeas del pasado 26 de mayo que han dado lugar a una Eurocámara más fragmentada que en ocasiones anteriores. El hasta ayer presidente del Parlamento Europeo, Antonio Tajani, dio la bienvenida a la nueva legislatura, en la que hasta un 61% de los eurodiputados asumen el escaño por primera vez y que contará con un 60% de hombres y un 40% de mujeres, más cerca de la paridad que con el 37% de la legislatura anterior.
Alianza del Pacífico busca buen puerto
líderes de la Alianza °delLos Pacífico, el pujante bloque comercial integrado por Colombia, Chile, México y Perú, abrirán el viernes un cónclave de dos días en Lima en medio de tempestades que oscurecen el horizonte económico. Los presidentes de los cuatro países buscan un buen puerto para capear la marejada levantada por la pugna comercial entre Estados Unidos y China, que amenaza con echar a pique sus exportaciones y metas de crecimiento.
‘Es magia’
En una tarde soleada y despejada en San Luis, el aficionado a la astronomía argentino Mariano Arias dijo a EFE que, para él, poder ver un eclipse así es “magia”. Cuestionado en las horas previas, Arias, que llegó en la mañana a San Luis desde Buenos Aires, se convirtió en un manojo de nervios: “El eclipse son dos minutos y segundos pero la verdad que son horas”. “Esto es emocionante. Es magia, único, un evento raro. Estoy viendo la emoción y las palpitaciones que va a dar verlo”, afirmó. Desde más lejos llegó a ese lugar Paulo Sanches, un brasileño de Sao Paulo que ya es un experto en perseguir eclipses por el mundo. “Este es mi sexto eclipse de sol”, indicó Sanches, que eligió la montaña sobre las amplias llanuras de San Luis, por tratar-
se de “un sitio maravilloso”. En San Luis, la capacidad hotelera fue de “casi” el 100 %, según la Oficina de Turismo provincial, y los visitantes procedieron de lugares cercanos y remotos. Viajeros de todas partes
Como Sanches, la mayoría viajaron desde Brasil, pero hubo reservas desde Colombia, Corea del Sur, Estados Unidos y Perú. Entre los presentes en el Mirador de los Cóndores, muchos acudieron en familia, como la argentina Claudia López. “Estamos felices de poder disfrutar de este regalo de la naturaleza, es un privilegio para todos nosotros”, explicó. Una hora después del denominado “primer contacto”, cerca de las 17:30, la órbita de la Luna se situó encima de la solar por completo y provocó el estado de “umbra”. Al contrario de lo que sucede con el ciclo solar, el eclipse avanzó de oeste a este, por lo que la primera provincia argentina donde se vio fue en San Juan. Zona clave
Por orden, disfrutaron el 100% del eclipse las regiones de La Rioja, San Luis, Córdoba, Santa Fe y Buenos Aires, en una franja de totalidad que solo tuvo 150 kilómetros de ancho. La capital argentina quedó, por muy poco, fuera del rango de esa zona clave, y aunque se quedó en un 99% se trató de un cambio notable, según los expertos. El resto del país, desde Jujuy en el norte hasta Tierra del Fuego en el sur, también lo vio en ese o menor grado hasta que alrededor de las 18:45 desapareció por completo, justo en coincidencia con la puesta de sol del invierno austral.
FASCINACIÓN. Personas observan el eclipse total de sol en el Observatorio de La Silla, situado en la región chilena de Coquimbo. (EFE)
Alteraciones en la fauna ° Algunas aerolíneas fletaron aviones con invitados especiales para ver el eclipse desde el cielo. Los científicos adelantaron alteraciones en la fauna en el
momento de la umbra, porque “ellos reaccionan a la luz. Baja la temperatura (…) y también hay efectos físicos: una brusca baja de temperatura genera diferencias de presión y una pequeña brisa”, explica a la AFP el astrónomo Luis Barrera, director del Departamento de Física de la Universidad Nacional de Ciencias de la Educación (Unce).
Parcial, en Ecuador eclipse de sol ocurrido ayer pudo ser observado en Ecuador de forma par°cialEly ensombrecido por la nubosidad que tapó el cielo de amplias regiones como Quito, aunque el fenómeno despertó inquietudes sobre la condición humana y el cuidado del ambiente. El eclipse en Ecuador alcanzó un 30%, ya que la Luna ocultó en algo menos de un tercio el reflejo del sol a la vista de los ciudadanos que, pese a haberse preparado con filtros y lentes opacos especiales, no lograron observar en su plenitud el fenómeno por la abundante nubosidad.
A baja altura
Al ocurrir tan cercano a la noche, fue un eclipse a muy baja altura sobre el horizonte del oeste-noroeste, por donde se oculta el sol en el hemisferio sur, y después de su final tan solo pasaron minutos hasta que el país se sumió, por segunda vez, en la oscuridad. Varias instituciones, entre ellas el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas argentino (Conicet), organizaron eventos para acompañar a una jornada marcada en el calen-
dario de los aficionados a la astronomía desde hace varios años. También en Chile
“Chile es hoy día la capital del mundo en astronomía”, dijo el presidente chileno, Sebastián Piñera, que se desplazó al observatorio de La Silla y luego a La Higuera, un pequeño poblado chileno, para mirar en su epicentro al eclipse. “Somos los ojos y los sentidos de la humanidad para poder mirar y estudiar las estrellas y el Universo”, afirmó Piñera.
Tributo a Guayaquil a ritmo de salsa
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JHONATAN LUNA
tiempo lectura 15 min.
MIÉRCOLES 03 DE JULIO DE 2019 La Hora ECUADOR
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López y Almodóvar, en la lista de Premio Imagen
LOS ÁNGELES, EFE •La Fundación fueron los nominados a la MeImagen, encargada de la orga- jor dirección. Jennifer López (‘Second nización, difundió ayer la lista para su gala número 34, que Act’) sobresale en la categoría se realizará el 10 de agosto en de Mejor actriz, un apartado Beverly Hills, en Los Ángeles en el que también están nominadas Jasmine Cephas Jones (EE.UU.). (‘Monsters and Men’), Pedro Almodóvar, Isabela Moner (‘Instant Antonio Banderas y Jen- EL DATO Family’) y Rosa Salazar nifer López figuran en(‘Alita: Battle Angel’). tre los nominados. ganó el Por su parte, Antonio ‘Dolor y gloria’, ‘Coco’ año pasado tres Banderas (‘Dolor y glo‘Monsters and Men’, galardones ria’) encabeza el listado ‘¡He matado a mi mari- dePremio Imagen. de candidatos a mejor do!’ e ‘Instant Family’ se actor de una película, disputarán el premio a la en el que también están Joe CaMejor película. Pedro Almodóvar (‘Dolor y mareno (‘Tin Holiday’), Andy gloria’), Sean Anders (‘Instant García (‘Mamma Mia! Here We Family’) y Reinaldo Marcus Go Again’) y Anthony Ramos Green (‘Monsters and Men’) (‘Monsters and Men’).
CATEGORÍA. Jennifer López compite en la categoría de Mejor actriz
Por las fiestas de Guayaquil, la emblemática agrupación de salsa Los Niches y el cantante colombiano Jhonatan Luna se unieron para crear una canción llena de ritmo y sabor: ‘Me quedo en Guayaquil’. La composición recoge las experiencias de Luna cuando arribó, hace 10 años, a la ‘Perla del Pacífico’. “Es un tema que está hecho en agradecimiento a la ciudad que me acogió. Junto a la orquesta hemos generado una expectativa bastante alta y estamos muy emocionados”, dijo Luna, quien además es compositor. Con esta melodía, Los Niches, orquesta en la que se formó Luna, celebrarán sus 30 años de trayectoria. Luna explicó que grabar junto a ellos le remontó a sus tiempos de salsero y ensanchó más su apego por ese género musical. “Estoy feliz de reencontrarme con Los Niches, luego de 15 años. Esta agrupación me hizo crecer musicalmente. Con el tema pretendemos cruzar fronteras, para que lo disfrute nuestra gente de Colombia y de otros países latinos, porque la salsa es universal”. ‘Me quedo en Guayaquil’ fue grabada en Cali, bajo la dirección de Luis Padilla. La mezcla estuvo a cargo de Edwin Lozano. Padilla dijo que la canción, además de destacar la belleza de la ciudad, relata brevemente una historia de amor, que no podría faltar como parte de la idiosincrasia porteña. El video fue grabado hace dos semanas en varias locaciones de Guayaquil. Luna y Los
GUAYAQUIL •
Del Toro, guía de exposición
MINUTERO
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Tema inédito de Rivera
Los seguidores de Jenni Rivera °tienen la oportunidad de escuchar, luego de siete años, un nuevo sencillo de la artista fallecida en 2012: ‘Aparentemente bien’. Cuenta con un video que en pocas horas superó el medio millón de visualizaciones. EFE
El cantante volvió a reencontrarse con Los Niches para cantarle a la ‘Perla del Pacífico’.
Isabel Pantoja se afianza en la TV
La cadena de televisión Te°lecinco encontró en la cantante española a su nueva estrella. Tras los elevados datos de audiencia de ‘Supervivientes’, en el que participa la cantante española, el canal piensa en su próximo trabajo, que será el de jurado en uno de sus ‘talent-shows’ musicales. EFE
El director mexicano Guillermo del Toro realiza en Guadalajara recorridos personalizados de ‘En casa con mis monstruos’, una compilación de 951 objetos, con los personajes que salieron de su imaginación. (JG)
CARRERA. El cantante se formó en Los Niches, en 2004
Niches prevén estrenarlo en las próximas semanas. Algo más
A los 15 años, Luna formó parte de Los Niches, lo que le permitió trabajar con cantantes como Maelo Ruiz, Tito Nieves, Gilber-
to Santa Rosa, Wilfrido Vargas y Andy Montañez. “Ecuador es un país que me ha dado la oportunidad EL DATO de demostrar mi talento y les debo mucho. Espero continuar complaciendo y Jhonatan Luna es autor de apoyando a muchos más ‘Pienso en ti’. artistas”, dijo Luna. (JCL)
Debuta como director de ópera
estadouniden°se Else cineasta estrenó en el templo de la lírica italiana, la Scala de Milán, como director de la ópera Gianni Schicci, de Giacomo Puccini, una versión personal pese a que su imagen se ha empeñado por antiguas acusaciones de abuso sexual. La obra será presentada del 6 al 19 de julio y ya la había montado en Los Ángeles, en 2008. AFP
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NACIONAL
COCINA AMA MASCOTAS MIRA VIAJA
Taxis voladores sobre París para los Juegos Olímpicos de 2024
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MIÉRCOLES 03 DE JULIO DE 2019 La Hora, ECUADOR
París, EFE · Los desplazamientos urbanos en vehículos voladores pueden dejar de aparecer en el imaginario colectivo como algo futurista. En solo cinco años, si se cumplen los plazos, taxis sobrevolarán el cielo de París con ocasión de los Juegos Olímpicos de 2024. El constructor aeronáutico
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Airbus ha presentado recientemente Vahana y CityAirbus, los prototipos de su ‘taxi volador’, y ha firmado un acuerdo con la red de transporte público de París (RATP) para estudiar la integración de autos aéreos en los desplazamientos urbanos. (Foto: AFP)
Lo más lindo y rico de
Ecuador se muestra al mundo
en un programa de TV
PROFESIONAL. Al chef Enrique Sempere le interesa no solo dar a conocer la culinaria del país, sino también sus paisajes, costumbres y tradiciones.
A través de la cocina tradicional, el país expone lo que tiene en sus ciudades. El encargado de mostrar al planeta las bellezas de Ecuador y su deliciosa gastronomía tradicional, mediante la TV, es el chef quiteño Enrique Sempere, quien recorrió algunas ciudades para recopilar lo más lindo y lo más rico. Desde la Amazonía, pasando por la Sierra y la Costa, llegó hasta Galápagos para destacar sus productos típicos y priorizar la preparación de la comida de cada lugar. Este trayecto se resumió en cuatro capítulos, con una duración de 30 minutos cada uno, que serán transmitidos desde el
Énfasis en Quito ° El programa ‘Viajes con sabor Ecuador’ será entregado en cuatro capítulos: Amazonía y Cuenca; Quito (Sierra); Manabí y Guayaquil (Costa); y Santa Cruz y
Puerto Ayora (Galápagos). El segundo capítulo se dedicó solo a la capital, porque decidieron mostrar mucho de la ciudad que, por ahora, se ha convertido en un sitio de paso a otros lugares, indicó el chef Enrique Sempere, quien hace de conductor del programa. Hay el interés de que “el turista se quede, se pasee, coma rico y que vea cultura, iglesias, costumbres y un montón de cosas más”, apunto.
viernes por el canal de televisión pagado El Gourmet, visto en Latinoamérica y varias naciones europeas. “Es el canal gastronómico más importante de Latinoamérica”, refiere Sempere, docente de cocina ecuatoriana de vanguardia en la Universidad de las Américas (UDLA), quien se ha caracterizado por valorar los productos nacionales y por la investigación de nuevas técnicas para su preparación.
Por el país
En ‘Viajes con sabor: Ecuador’, ‘Quique’, como se le conoce al chef, muestra la comunidad kichwa Santa Rita, ubicada en Archidona (Napo), y que es conocida como el pueblo del cacao y el chocolate. Allí puso énfasis en la producción orgánica de la ‘pepa de oro’, pero también mostró cómo su gente cocina el maito, el plato tradicional de la Amazonía. Mencionó que cuando fueron
a Cuenca recorrieron la calle de las ‘cascaritas’. En el programa cuenta sobre ellas, de cómo las preparan y con qué acompañante se la come. En Quito muestra el parque de las tripas, ubicado en el barrio de la Vicentina, pero también recorre el sitio donde se preparan las colaciones. Asimismo, relata la historia de estos deliciosos dulces hechos con azúcar y maní; también lleva a una fábrica de mistelas, un postre relleno con licor. En Guayaquil no pasa desapercibido el mercado Caraguay, y también muestra el Malecón 2000, el río Guayas y el nuevo mercado de El Río. Mientras que en Salango visita restaurantes donde hacen mariscos “espectaculares”. Las huecas también forman parte de los programas. La idea es mostrar los paisajes, la gente y
la cultura. Es hacer ver lo tradicional y lo ‘gourmet’ de la cocina ecuatoriana, enfatizó. Anzuelo
Sempere dijo formar parte del “cada vez más grande grupo de cocineros que trabajamos por conseguir que Ecuador sea un destino gastronómico”, y que laboran para que “la gente que venga, sepa que tiene sitios para comer alimentos ecuatorianos de calidad”. Está seguro de que programas como ‘Sabores de nuestra tierra Ecuador’, grabado y difundido en 2018, y ‘Viajes con sabor: Ecuador’ tienen gran impacto en el sector turístico y en quienes se interesan por la culinaria del país. Comentó que a través de sus redes sociales ha recibido felicitaciones por la comida ecuatoriana y, en otros casos, le han solicitado las respectivas recetas. (CM)
Educación ambiental, la clave para el medioambiente En la Universidad Andina Simón Bolívar se realizó ayer la primera reunión de la Red de Formación Ambiental para América Latina y el Caribe, con la participación de 14 países de la región y representantes de la Organización de las Naciones Unidas. El encuentro tuvo como objetivo fortalecer los procesos
de educación ambiental a escala local y regional, a través del intercambio de experiencias y buenas prácticas ambientales. Marcelo Mata, ministro del Ambiente, dijo que estas iniciativas demuestran que América Latina y el Caribe son referentes en la implementación de modelos de desarrollo sostenible. Adriana Zacarías, coordi-
nadora de la Red de Formación Ambiental para América Latina y el Caribe, explicó que es “necesario repensar la Educación Ambiental como una estrategia universal”, para el desarrollo sostenible. Precisamente, en el país, se implementó la Estrategia Nacional de Educación Ambiental, como una política pública
transversal para el desarrollo sostenible. Se ejecuta entre los ministerios del Ambiente y de Educación, la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, Gobiernos Locales y autoridades seccionales. El objetivo es que se dé un cambio en los jóvenes y se transmita a todas las generaciones.
ESTRATEGIA. Representantes de 14 países se reunieron en Quito.
INTERCULTURAL
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MIÉRCOLES 03 DE JULIO DE 2019 La Hora ECUADOR
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Museo Nacional expone acciones para preservar las lenguas indígenas El Museo Nacional del Ecuador males a la preservación de las (MuNa), a través de su directo- lenguas indígenas y la cultura’, ra Ejecutiva Subrogante, Milvia con la charla ‘La contribución León, participa en el ‘IV En- de los museos etnográficos e cuentro Andino de Paz: contri- históricos a la preservación de bución de las lenguas indígenas las lenguas indígenas’. a la construcción de la paz desde la educación’, de la Unesco. Conservación Se realiza hoy y mañana en el Actualmente, el MuNa manAuditorio de la Facultad Lati- tiene una exposición temporal noamericana de Ciencias So- dedicada al Año Internacional ciales (Flacso), en Quito, de las Lenguas Indígesegún un comunicado del nas, para sensibilizar TOME NOTA Ministerio de Cultura. a la sociedad sobre el Este evento –añade la valor cultural y los mayor infor- riesgos que los pueblos cartera de Gobierno– se Para mación: https:// suma a las celebraciones es.surveymonkey. indígenas enfrentan en el marco del Año In- com/r/ por la pérdida de su V6YBVH2 ternacional de las Lenidentidad lingüística, guas Indígenas, para a través de recursos promover y relevar el rol pro- audiovisuales, interactivos y tagónico de las comunidades y lúdicos que captan la atención pueblos indígenas en la protec- de los visitantes del museo, inción del Patrimonio Mundial, forma el Ministerio. en la salvaguardia del patrimoAgrega que la cuarta edinio cultural inmaterial y en la ción del ‘Encuentro Andino gestión sostenible del ambien- de Paz’ busca generar diálogo te, como elementos que edifi- entre instancias de gobiernos can una cultura de paz a largo locales, sociedad civil, acadeplazo. mia, organizaciones no guberEn el encuentro se llevarán a namentales y de la cooperacabo conferencias, paneles, es- ción internacional, en pro de la pacios de diálogo con el públi- conservación, la revitalización co y mesas de conclusiones. El y la promoción de las lenguas fin es producir un documento indígenas. También, apuncolaborativo de aportes y con- ta a destacar el carácter de la sensos que será distribuido en- lengua como un factor social tre las redes de expertos y con- clave en la creación de sistetrapartes dedicadas al tema de mas singulares de expresión, los pueblos indígenas, indica el la comprensión de la realidad, Ministerio. la construcción de la identidad León participará en el pa- de los pueblos originarios y nel de discusión ‘El aporte de la transmisión de sus conocilos espacios educativos no for- mientos ancestrales. (PT)
FIN. El Encuentro Andino de Paz busca generar diálogo entre instancias de gobiernos locales, sociedad civil y más sectores (Foto referencial: Archivo MCYP).
TRAYECTO. El Qhapaq Ñan fue inscrito en la Lista de Patrimonio Mundial de la Unesco, el 21 de junio de 2014. (Foto: patrimoniocultural.gob.ec)
Ecuador presentará avances en protección del Camino del Inca En un evento que se dará en Azerbaiyán, el país informará cómo ha trabajado en la preservación de su ruta. EFE • El país presentará en Bakú
(Azerbaiyán) los avances y desafíos en la gestión del tramo que le corresponde de la red vial andina de origen incaico, conocida como Qhapaq Ñan o Camino del Inca, informó el martes el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC). La exposición tendrá lugar mañana, en el marco de la 43 reunión de Patrimonio Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco). En este encuentro, Joaquín Moscoso, director ejecutivo del INPC, expondrá sobre las acciones que ha emprendido el país para proteger y poner en valor el tramo del Qhapaq Ñan, que cruza por la zona andina de la nación. Ecuador, conjuntamente con Argentina, Bolivia, Chile, Colombia y Perú, prepararon y presentaron la candidatura única de nominación del Qhapaq Ñan, Sistema Vial Andino, con el objetivo de inscribirlo en la Lista de Patrimonio Mundial. El INPC considera la postulación como una acción de coo-
peración regional, original, incluyente, participativa, pionera e innovadora de los seis países. Por su carácter diverso, singular, fundamentado en la cosmovisión andina, a los estados les corresponde la conservación de su valor excepcional, no solo con una política pública, sino con una mirada de respeto a la cosmovisión andina, que implica valorar de manera integral al ser humano, señala un comunicado del Instituto. Pueblos y regiones
El Qhapaq Ñan es una magistral infraestructura catalogada como Itinerario Cultural, por su relación histórica que vincula a los pueblos y las regiones por diversos elementos culturales, materiales e inmateriales. En el caso de Ecuador, se emplaza en ocho provincias de las 24 que tiene, y atraviesa 17 cantones y 19 parroquias, en cuyo trayecto se asientan poblaciones indígenas, mestizas y afroecuatorianas. El sistema vial andino cruza toda la nación, desde la frontera con Perú, en el sur, hasta el norte, donde se conecta con Colombia, de acuerdo con el INPC.
Antecedentes ° El tramo que le corresponde a Ecuador del Camino del Inca. Según
un informe del Ministerio de Cultura, es de 108,87 km, donde se catalogan 49 sitios arqueológicos (tolas, pucarás, centros administrativos, ceremoniales, petroglifos, apachitas, estelas, puentes…). Además, en el trayecto se asientan comunidades indígenas, afroecuatorianas y mestizas. Atraviesa por diferentes formaciones vegetales, como: ceja andina, páramos, pajonales y valles secos interandinos. (PT)
Talleres estratégicos
En el marco del proyecto ‘Apoyo al fortalecimiento del sistema participativo de gestión Qhapaq Ñan-Sistema Vial Andino’, financiado con fondos fiduciarios de Japón, se realizaron dos talleres para definir estrategias de capacitación en conservación de estructuras en piedra. Ello, a partir de la conjunción del conocimiento científico de la conservación con la sabiduría ancestral (técnicas constructivas ancestrales), actividades teórico prácticas desarrolladas, respectivamente, en Alausi, y en la zona en la que se emplaza el subtramo Achupallas-Ingapirca. La segunda actividad se realizó en Quito, tras la cual se logró diseñar una guía técnica para la capacitación.
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MOSAICO B10
MIÉRCOLES 03 DE JULIO DE 2019 La Hora, ECUADOR
• HORAGRAMA
H. MARCELO MEJÍA R. hmejiadlh@gmail.com
Actor, director de cine y músico
¿Nació un 03 de julio?
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TVFAN
Moneda de Japòn Laya, paleta Carcajear
Rey de los animales Querer, adorar
Flada indígena
Ficha de ajedrez
Embrollo
Tiza
Acequia
Químico de símbolo Ne. Símbolo del calcio
Viento
Extremidad inferior Ciudad de China
Palma de las Canarias
° Luego de heredar la compañía de su padre, el joven
Artículo femenino Majador, machacador
Llenar, saturar Escudo de cuero
Atascar
Parafina
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Voz de arrullo
Cabo, ronzal
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Ínsula, islote
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Terreno, parcela Daverbio de cantidad
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Carro en inglés Hermano de Abel
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Princesa inca Relativo al mar
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(julio 23 - agosto 22)
Convicta
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Río de Rusia
Su salud se beneficia por su buena actitud ante los sucesos lo que también repercute positivamente sobre su desempeño laboral. Recuerde: Para el que sabe mirar… todo es un milagro.
Símbolo de carbono
Omega Símbolo de roentgen
Las relaciones afectivas serán más satisfactorias en este momento lo que hace que se acerque mucho más a su pareja. Buen momento para compartir con sus hijos. Recuerde: Lo que tiene el árbol de florido vive de lo que tiene sepultado.
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(agosto 23 - septiembre 22)
Procure demostrar su madurez, seriedad y responsabilidad dentro de su hogar y especialmente a sus padres para incrementar la confianza de ellos en Ud. Recuerde: El sabio no tiene mal; porque lo reconoce, no lo padece.
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Nro. 4719
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Gallardo, adonis Manojo de flores
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Reino Unido emplearon imágenes por resonancia magnética para evaluar la actividad cerebral de la corteza prefrontal y de la amígdala. Para medirla, los científicos pidieron a varias personas que puntuaran imágenes de robots con base a varios criterios, como su semejanza con los seres humanos o su “simpatía”. Los participantes en el experimento también eligieron a aquellos robots de los que preferirían recibir un obsequio. En esta segunda prueba los participantes,
ACTIVIDAD. No hay un diseño de robot que agrade o asuste a todos.
en general, prefirieron los regalos elegidos por agentes artificiales más parecidos a los humanos, con la excepción de aquellos más próximos al límite entre lo humano y lo no humano. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec
MICROBIOGRAFÍA
Franz Kafka (1883 -1924)
‘Inquietud’ cerebral si robots parecen humanos Un grupo de científicos ha identificado una red de regiones cerebrales que trabajan juntas para determinar si un robot es un buen compañero social y que han mostrado “inquietud” si parecen demasiado humanos, según un estudio que publica la revista Journal of Neuroscience. Partiendo de la hipótesis del “valle inquietante”, que predice que los humanos prefieren agentes antropomorfos pero los rechazan si se parecen mucho a ellos, expertos de Alemania y el
Guerrilla vasca Que no cree en Dios
Su pareja mostrará una actitud más alegre y optimista lo que beneficiará a la relación matrimonial. Las sociedades se verán beneficiadas por las buenas decisiones. Recuerde: Nadie libera a nadie, ni nadie se libera sólo. Los hombres se liberan en comunión.
(junio 22 - julio 22)
Primer hijo de Caín Fogarada
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(abril 20 - mayo 20)
La situación económica de su pareja tiende a mejorar pero esta deberá ser prudente y medida al momento de administrarla. Recuerde: Ser cultos para ser libres.
(mayo 21 - junio 21)
Verdadero
Actriz de la película La casa del pánico
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TAURO
GÉMINIS
Símbolo de tantalio
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WASHINGTON , EFE•
Segunda vocal Nivel, igualdad
Dios de los rebaños Inferior, pésimo
Pareja Gitano de raza
Howard Hughes descubre que puede combinar sus pasiones: volar aviones, hacer cine y conquistar mujeres. Su fama se la debe al imperio que construyó y a los romances que sostuvo con grandes estrellas.
investigaba una serie de brutales asesinatos. Ahora, padeciendo de la misma maldición, la prometida de su fallecido hermano es la única persona que lo defenderá de quienes desean exterminarlo.
Cloruro sódico
Apócope de grande Dádiva
Saludo
El aviador
(marzo 21 - abril 19)
Su memoria será mucho más efectiva y fuerte sobre todo al momento de adquirir nuevos conocimientos. Buen momento para relacionarse con su familia del extranjero. Recuerde: El amor se debe poner más en las acciones que en las palabras.
Afluente
Cadera, culata
Patrulla, vigilancia Grito taurino
ARIES
Símbolo del iridio
Lecho
Estado de Venezuela
Primera nota musical
Ud. es una persona que se distingue por su independencia y liderazgo. Se desempeña con mucho éxito en el campo profesional. Ama liderar cualquier proyecto y posee una habilidad innata para ello.
Ir en inglés
Altar
HBO: 01:59
HORÓSCOPO
Fue un escritor de origen judío que escribió en alemán. Su obra está considerada una de las más influyentes de la literatura universal y está llena de temas y arquetipos sobre la alienación, la brutalidad física y sicológica, los conflictos entre padres e hijos, personajes en aventuras terroríficas, laberintos de burocracia y transformaciones místicas. Es autor de las novelas ‘El proceso’, ‘El castillo’, ‘La metamorfosis’ y un gran número de relatos cortos. Además, dejó una abundante correspondencia y escritos autobiográficos. Su peculiar estilo literario ha sido asociado con la filosofía del existencialismo. (OG)
Este será un buen momento para realizar negocios y estudios en el extranjero lo cual deberá aprovechar. Sus hermanos serán mucho más alegres y positivos. Recuerde: Cristo tuvo una esperanza… esa esperanza somos nosotros.
ESCORPIO
(octubre 23 - noviembre 21)
La situación económica tiende a mejorar pero deberá realizar sus gastos con mesura y medida ya que de lo contrario podría desfinanciarse. Recuerde: Si precisa una mano…recuerde que yo tengo dos.
SAGITARIO
(noviembre 22 - diciembre 21)
Del área profesional sus jefes pueden tornarse un poco más complicados y exigentes para lo que Ud. debe estar preparado. Recuerde: La capacidad de silencio del hombre es el termómetro de su calidad y nobleza.
CAPRICORNIO
(diciembre 22 - enero 19)
Ud. Tomará la vida con mayor calma y tranquilidad; se tomará menos en serio los problemas lo que le dará un aire más relajado. Recuerde: El sabor del pan compartido no tiene rival.
ACUARIO
(enero 20 - febrero 19)
Disfrute de la calma y tranquilidad que le hará sentir la soledad. Los problemas los afrontará con más madurez y serenidad lo que hará que los resuelva con mayor facilidad. Recuerde: Si queremos la paz, defendamos la vida.
PISCIS
(febrero 20 - marzo 20)
Sus amigos le brindarán mucha paz y calma por lo que querrá estar mucho más cerca de ellos. Sus proyectos serán más ambiciosos y pondrá mayor interés en los mismos. Recuerde: El miedo es el primer enemigo contra el cual debemos luchar.
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Estrellas en la red
‘De Quito a la historia grande’
Liga Deportiva Universitaria recordó ayer el título de la Copa Libertadores que ganó en 2008. “De Quito a la historia grande. El día que alcanzaron la gloria eterna. Se cumplen 11 años de @LDU_ Oficial campeón de la Libertadores”, es� cribió la cuenta de Twitter de la Conme� bol Libertadores (@Libertadores).
La ‘U’ arraza en fichajes con el ‘Toño’ LIGAPRO
ACUERDO. Jonathan Álvez espera firmar el contrato con Barcelona.
El ‘Loco’ está por volver al Monumental GUAYAQUIL • Todo
estaría listo para que la próxima semana llegue al país Jonathan Álvez, para enfundarse por segunda ocasión la camiseta de Barcelona, equipo con el que salió campeón nacional, en 2016. José Francisco Cevallos, titular del plantel ‘Amarillo’, señaló que el ‘Loco’ es una de las fuertes opciones en la mesa, ya que están buscando alguien que refuerce la delantera para esta segunda etapa de LigaPro. “Se ha conversado, esperamos que se concrete y así poder anunciarlo en los próximos días, que se haga realidad el tema de la negociación”, puntualizó. En su momento ya había destacado que Álvez, de 31 años, aportó no solo para un trofeo local, sino para ser semifinalistas de Libertadores. “Es muy querido y respetado por la familia barcelonista, esperamos que se pueda dar y tenerlo acá con nosotros”, expuso. Por su parte, el DT Leonardo Ramos enfatizó que, en caso de darse lo de Jonathan, sería hasta el momento la única contratación. “Tenemos un plantel muy rico, pero es bueno traer un jugador que nos puede aportar mucho al equipo”. Por otro lado, dijo que “la competencia siempre será buena y sana en un plantel, porque el que esté jugando, sabe que no puede fallar, ya que el que viene atrás, lo puede hacer de buena manera”. (SJMS).
La llegada de Valencia rompió el mercado. El torneo local se reanuda mañana.
La Serie A de Fútbol de Ecuador vuelve mañana a la acción, después del parón por la Copa América. Independiente del Valle recibirá al Deportivo Cuenca (19:15) para inaugurar los cotejos de la segunda etapa. Liga de Quito ha sido el conjunto que mejor ha fichado. La contratación de Antonio Valencia se perfila a ser la más importante de la década. Barcelona espera por la llegada de Jonathan Álvez y Emelec contrató al zaguero Aníbal Leguizamón. Gran mercado para los ‘Albos’
Liga Deportiva Universitaria no podrá contar con varios de los jugadores que tuvo en el primer semestre. Nicolás Friere terminó su período de préstamo, Aníbal Chalá partió a México, Djorkaeff Reasco se lesionó para el resto del año y los futuros de Jefferson Intriago y Juan Luis Anangonó aún son inciertos. Para contrarrestar estas pérdidas, los dirigentes ‘Albos’ ‘tiraron la casa por la ventana’ y trajeron fichajes de calidad para Pablo Repetto. Antonio Valencia es, sin duda, la mejor contratación, pero a esto hay que añadir las llegadas del ‘Kunti’ Caicedo, Luis Ayala y Bryan Viñán. Los universitarios están listos para afrontar tres competiciones en el segundo semestre. Pocas llegadas en el Astillero
Emelec enfrentará la segunda etapa con varias bajas. Nelson Soliz, Byron Palacios y Marcos Mondaini salieron a otros equipos del país. Además, Juan Carlos Paredes se perderá el resto de la temporada por lesión y Brayan Ángulo estará suspendido por seis fechas. Sin embargo, el ‘Bombillo’ anunció el fichaje de Aníbal Leguizamón, defensa argentino pro-
Posiciones
Campeonato Nacional EQUIPOS 1. Barcelona SC 2. Independiente 3. Macará 4. U. Católica 5. Delfín 6. Aucas 7. Liga de Quito 8. Olmedo 9. Emelec 10. D. Cuenca 11. El Nacional 12. Guayaquil City 13. Mushuc Runa 14. Técnico U. 15. Fuerza Amarilla 16. América de Quito
PJ 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15
PTS 33 33 32 31 27 24 22 21 20 19 18 14 13 10 5 2
GD 18 11 17 12 8 0 6 -1 0 -2 -2 -7 -11 -15 -21 -13
veniente del Arsenal de Sarandí. En el otro lado del astillero, Barcelona aún no ha realizado contrataciones. El fichaje estrella del ‘Ídolo’ será el regreso de Jonathan Álvez, delantero que vistió de amarillo durante dos temporadas. Los ‘Toreros’ sufrirían la baja de Félix Torres, quién sería tentado por el Santos de México. Barcelona también cedió cuatro jugadores a Fuerza Amarilla y estaría prestando otros tres a El Nacional. Fichajes en otros conjuntos
Lucía Valllecilla, nueva presidenta de El Nacional, anunció los fichajes de Juan Lara y Byron Palacios para el segundo semestre. Además, los ‘militares’ estarían recibiendo a Washington Vera, Tito Valencia y Richard Calderón; los tres cedidos por Barcelona. Jordy Palacios, delantero de los ‘puros crillos’, saldría al extranjero para fichar por el Vitória de Brasil. Aucas anunció las llegadas de Marcos Mosquera y Nelson Soliz.
PRESENCIA. Antonio Valencia ya entrena con Liga en Pomasqui. (Foto: La Red)
Valencia pasó los chequeos médicos
°
Antonio Valenciaa realizó suss e�ámenes físicos antes de seguir su entre� namiento con Liga de Quito. ‘Toño’ se recupera de una lesión y no sería titular ante Olmedo, el sábado. “El profesor Repetto me dio la confianza. Contento con sus palabras, solo espero ponerme bien físicamente”, comentó. Valencia también hizo referencia a El Nacional, club en el cual se formó. “A los hinchas de El Nacional les digo que soy un profesional, me debo a esta carrera. Liga me propuso un buen proyecto y lo acepté con responsabilidad. Cuando yo comen� cé conversaciones con ellos, El Nacional todavía no tenía ni dirigentes”, afirmó. El fichaje de Valencia enojó a los hinchas ‘criollos’, quienes lanzaron billetes con la cara de ‘Toño’ en la despedida del ‘Diablito’ Lara.
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HORARIO DE PARTIDOS
° Jueves 4 de julio Independiente del Valle vs Dep. Cuenca Hora: 19:15 Viernes 5 de julio ° Universidad Católica vs Técnico Universitario Hora: 19:15 Sábado 6 de julio ° Mushuc Runa vs América de Quito Hora: 11:30 Olmedo vs Liga de Quito
Hora: 17:00 El Nacional vs Barcelona Hora: 19:15 Domingo 7 de julio ° Delfín vs Fuerza Amarilla Hora: 12:00 Emelec vs Aucas Hora: 18:00 Lunes 8 de julio ° Macará vs Guayaquil City Hora: 19:15
Fuerza Amarilla se reforzará con Freddy Coronel, Diego Troche, Pavel Pimentel, Ismael Zúñiga, Ayrton Cisneros y Joel Montezuma. Guayaquil City se hizo con los servicios de Marcos Mondaini. Carlos Garcés, de Delfín, ha sido vinculado con Peñarol y
con el Vasco de Gama, después de que Anangonó rechazara la oferta del equipo brasileño. Independiente del Valle perderá a Claudio Bieler por lesión para el resto de la temporada. Los ‘Rayados’ no han anunciado un fichaje en su reemplazo. (FN)
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NACIONAL
El puertorriqueño Pedro Capó y Anitta amenizarán en clausura de Copa América El puertorriqueño Pedro Capó y la brasileña Anitta cantarán en la ceremonia de clausura de la Copa América de Brasil, el 7 de julio en el emblemático estadio Maracaná de Río de Janeiro. “Recibo con mucho honor y emoción la invitación para hacer parte de la Copa América que, además de elevar el
espíritu del deporte, nos une culturalmente”, expresó Capó. “Eso sin hablar del privilegio de compartir este momento con la maravillosa Anitta en su tierra. Es una bendición”, quien ha logrado éxito internacional con la remezcla del tema ‘Calma’ junto al reguetonero puertorriqueño Farruko. EFE
Que dé inicio el ‘Clásico del Pacífico’ COPA AMÉRICA
Chile y Perú protagonizan la segunda semifinal del torneo hoy (19:30) en el Arena do Gremio
Semifinal
Posibles alineaciones CHILE
PERÚ
Arias Isla Medel Maripán Beausejour Vidal Pulgar Aránguiz Fuenzalida Vargas Sánchez DT: R. Rueda
Gallese Advíncula Zambrano Abram Trauco Tapia Yotún Carrillo Cuenca Flores Guerrero DT: R. Gareca
Hora: 19:30 Estadio: Arena do Gremio Árbitro: Wilmar Roldán (COL)
PORTO ALEGRE, AFP • En una región en la que desde principios del siglo XX el fútbol fue dominado por las selecciones del Atlántico: Argentina, Brasil y Uruguay, Perú y Chile fueron los primeros en dar la cara por las naciones del Pacífico. Los peruanos incluso se dieron el lujo de ganar la Copa América en 1939 (la primera de las dos que lograron, la otra fue en 1975) y cortar con la hegemonía. Y Chile, uno de los funda-
dores de la Copa América, pretenden mantener la racha ganadora que tuvo en su casa en 2015 y en la Copa Centenario en 2016. La ‘Roja’ amenaza con ganar el certamen por tercera vez consecutiva e igualar la gesta de Argentina en la década de 1940, que en 1945, 1946 y 1947 fue el único que logró un tricampeonato al hilo. El duelo además pondrá frente a frente a los dos máximos goleadores en activo de la Copa América: el peruano Paolo Guerrero y el chileno Eduardo Vargas, con doce goles.
El camino
Ambos llegaron a la semifinal por la vía de los penales en cuartos: Chile derrotó 5-4 a Colombia tras igualar 0-0 en los 90 minutos de un partido que dominó y en el que le anularon dos goles a instancia del VAR. Perú con el mismo marcador se quitó de encima a Uruguay, que lo tuvo literalmente contra las cuerdas pero no logró el nocaut en el tiempo reglamentario a pesar de marcarle en tres ocasiones, todas anuladas por fuera de juego.
Guerrero vs. Vargas En números
ALEXIS SÁNCHEZ
Paolo Guerrero °Edad: 35
Títulos con la Selección: 0 Goles con la Selección: 36 Partidos con la Selección: 97 Copas Américas disputadas: 5 Goles en la Copa América: 12
° Eduardo Vargas Edad: 29 Títulos con la Selección: 2 Goles con la Selección: 38 Partidos con la Selección: 87 Copas méricas disputadas: 3 Goles en la Copa América: 12
Queremos quedar en la historia como tricampeones, es el sueño de nosotros. Sería algo histórico para nosotros pasar a la final y ese es nuestro objetivo” ARTURO VIDAL
JUGADOR DE CHILE
al
Hemos demostrado que este grupo tiene garra, tiene sangre, tiene coraje” PAOLO GUERRERO JUGADOR DE PERÚ
Chile – Perú Los episodios El mensaje del campeón °“Respeto. Por aquí pasó el campeón de
América”. Esa leyenda dejó escrita la Selección chilena, defensora del título de la Copa América, en el vestuario del Estadio Nacional de Lima tras ganar un emocionante partido a Perú por 3-4 en la segunda jornada de las eliminatorias para el Mundial de Rusia 2018.
° El ‘pacto de Lima’ En la última fecha de esas mismas eliminatorias, Perú y Colombia se conformaron en los minutos finales con empatar 1-1, resultado que clasificaba a los colombianos directamente para el Mundial y a los peruanos para la repesca, mientras que dejaba a Chile fuera de la Copa del Mundo. ° El diente de Medel Los amistosos entre Chile y Perú suelen tener poca amistad, al punto de que el centrocampista chileno Gary Medel perdió un diente en uno de ellos jugado en 2014 por un codazo del peruano Rinaldo Cruzado, que vio la tarjeta roja directa por la agresión. ° ¿Chilena o Chalaca? En Perú no existe la chilena. Allí se llama chalaca, que es el gentilicio del Callao, la ciudad portuaria de Lima que reivindica que fue allí en 1892 donde se practicó por primera vez esta jugada.
PAOLO GUERRERO
Le levantan el ‘Pulgar’ en el ‘Viejo Continente’ La Copa América siempre es una vitrina atractiva para mostrarse como jugador al mercado europeo, quienes siempre están a la caza de nuevos talentos. Este torneo que se lleva a cabo en Brasil no fue la excepción y varios grandes del balompié del ‘Viejo Continente’ ya están detrás de un sudamericano. Erick Pulgar, de la Selección chilena, es uno de los que avivan la
esperanza de los cazadores de talentos de encontrar al próximo Messi o al propio ‘matador’ Suárez. Despertó el interés de los grandes del Calcio como: Nápoles, Milán, Inter de Milán o Roma. Pero Italia no es el único país que le levanta el ‘Pulgar’, también el Arsenal de Inglaterra, el Sevilla y el Villarreal de España. Esperan su actuación en la Semifinal ante Perú. (MP)
Brasil fulmina a Argentina y se mete a la gran final Gabriel de Jesús y Roberto Firmino sentenciaron el partido y la clasificación.
BELO HORIZONTE, EFE • Gabriel de Jesús abrió el marcador a los 19 minutos a pase de Firmino, tras una jugada de ensueño de Daniel Alves, y el delantero del Liverpool amplió distancias (71) cuando peor lo estaban pasando al culminar un contragolpe conducido por el atacante del Manchester City. Entre los dos se zamparon al máximo rival en un Mineirao de Belo Horizonte, que no supo nada de fantasmas del pasado, ni del 1-7. La ‘Canarinha’ disputará una final de Copa América doce años después de la última, cuando ganó su último título en Venezuela 2007, y la primera desde que Tite asumió, hace tres años, las riendas de este equipo que no sabe lo que es el ‘jogo bonito’, pero es una muralla infranqueable. La ‘Albiceleste’, que venía de perder dos finales seguidas, en
2015 y 2016, dice adiós a la posibilidad de ganar un gran torneo, y ya van 26 años sin hacerlo, una losa demasiado grande para tener entre sus filas al mejor jugador del planeta. Messi lo intentó, Agüero también, pero Brasil supo resistir lo suficiente como para mantener su portería en cero y ya van cinco partidos. Alisson aún no sabe lo que es recibir un gol en esta Copa América. Los anfitriones arrancaron el encuentro recordando a Argentina que estaba en territorio hostil, imponiendo una presión alta marca de la casa. Si acaso Messi osaba conducir la pelota más de cinco metros, ahí estaba Casemiro, para asfixiarlo y derribarlo. Ante el poco nervio de la ‘Albiceleste’, Paredes intentó agitar el avispero con un trallazo de media distancia que se marchó rozando el larguero de Alisson.
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MINUTERO El apache perdió la apuesta
El atacante argentino, quien °milita actualmente en Boca Juniors, admitió que le había ‘puesto ficha’ al combinado charrúa para quedar campeón de la Copa América. “Yo ya me quedé fuera porque había apostado por Uruguay. Esto es partido a partido ahora, es mano a mano. Argentina pasó a Venezuela y será favorita si le gana a Brasil. Yo siempre apuesto por Argentina en este tipo de partidos”, dijo Tevez. (MP)
GOL. Gabriel de Jesús celebra el primer tanto que Brasil le marcó a Argentina en la primera semifinal del torneo.
Los dos combinados tenían miedo de un error y entonces apareció el capitán de la ´Canarinha con una jugada de leyenda. Daniel Alves le tiró un sombrero a Acuña, se zafó de la entrada al suelo de Paredes y dio un pase al hueco mirando a otro lado a Firmino, que de primeras le regaló el esférico a Gabriel de Jesús.
Brasil respondió el dominio de su máximo rival con un disparo alto de Coutinho que pudo significar la estocada definitiva. Era un gol que valía una final. Argentina tiró la toalla. Luego vinieron los ‘olés’ para Brasil y los gritos de “eliminado” para Argentina de una afición que espera rival para la final.
Al menos Énner destacó con la ‘Tri’
Énner Valencia se sumó a la °lista de goleadores históricos de Ecuador en Copa América. El ariete de Tigres de México anotó su quinta diana con la ‘Tricolor’ en el compromiso que Ecuador cayó 2-1 frente a Chile. (MP)
No quieren otra tragedia en la defensa ‘cafetera’ BOGOTÁ, EFE • La
Fiscalía de Colombia abrió ayer una investigación por las amenazas de muerte proferidas en redes sociales contra el jugador de la selección de fútbol William Tesillo, que erró un penalti en cuartos de final de la Copa América de Brasil, que derivó en la eliminación del equipo. “El caso se abrió de oficio por ser un hecho de connotación nacional por parte de la Dirección de Apoyo para la Seguridad Ciudadana de la Fiscalía General de la Nación”, informó el ente investigador en redes sociales. Tesillo, defensa del club León mexicano, informó este fin de semana a medios locales que él y su esposa, Daniela Mejía, habían recibido amenazas. En principio fue la esposa de Tesillo, quien dio a conocer en su cuenta de Instagram una amenaza en la que una persona le deseaba al jugador lo mismo que le pasó a Andrés Escobar, asesinado hace 25 años tras un autogol contra Estados Unidos
en el Mundial de 1994. Luego Tesillo ratificó las amenazas: “Es cierto. A mi esposa le escribieron y ella lo publicó. Y a mí también, pero yo no he publicado nada, pero bueno, estamos con Dios”. “Estamos confiando en Dios para que él toque el corazón de las personas que le escribieron y que entiendan que esto es fútbol. Es de muy mal gusto. Yo quiero tomar eso como algo de rabia”, afirmó el padre de Tesillo a la emisora Caracol Radio. Varios jugadores, entre ellos Arturo Vidal, se han solidarizado con Tesillo, y recuerdan que ningún futbolista quiere errar un gol. “Es fuerte ver que eso pase por un partido de fútbol porque uno no quiere fallar, pero por mala suerte uno se puede equivocar en ese momento”, afirmó Vidal. Tesillo recibió apoyo de su equipo que en sus redes sociales escribió: “Estamos orgullosos de ti, mostraste un gran nivel en esta Copa América. Ánimo, Selección Colombia”.
El ‘Pistolero’ jugó fracturado COPA. William Tesillo defensa de Colombia erró el penal ante Chile en cuartos de final, con lo que los ‘cafeteros’ quedaron fuera del torneo.
Todavía recuerdan al ‘Caballero del fútbol’
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El recuerdo de Andrés Escobar, un gallardo defensor asesinado a balazos el 2 de julio de 1994 en Medellín, sigue vivo 25 años después por lo que hizo con la Selección colombiana y con Atlético Nacional, club con el que ganó la Copa Libertadores de 1989. En el Mundial de 1994, la Selección colombiana perdió sus dos primeros encuentros, el primero 1-3 ante Rumania y el segundo frente a EE.UU. 1-2 con un autogol de Escobar. Mientras que, la Selección ‘cafetera’ venció 2-0 a Suiza, pero el resultado no le basó para clasificar a los octavos de final y terminó en último lugar del Grupo A. “Quisimos ser superiores porque en los partidos previos se hablaba mucho de lo que era Colombia. Una cosa es decirlo y otra bien diferente es demostrarlo y lograrlo. Sigo pensando que Colombia es más futbolísticamente que sus enemigos, pero esos argumentos se refundieron en la cancha y perdimos totalmente la concentración”, escribió el jugador. Sin embargo, seis días después de que terminó el Mundial para Colombia y 10 días luego de anotar el fatídico autogol, Escobar fue asesinado en las afueras de un centro nocturno en Medellín, el 2 de julio de 1994.
de la eliminación °deLuego la Copa América, tras caer en penales ante Perú, la Selección de Uruguay reveló que Luis Suárez jugó los dos últimos partidos del torneo con una fractura en uno de los dedos de la mano izquierda, lesión que sufrió frente a Japón en la fase de grupos. (MP)
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El fuego de los Panamericanos fue creado en Teotihuacan
La llama que arderá en el pebetero de los Juegos Panamericanos de Lima 2019 fue encendida ayer en la ceremonia del fuego nuevo, ritual celebrado a la manera de la civilización mexicas en las pirámides de Teotihuacan. El templo, a unos 50 kilómetros de la Ciudad de México, sirvió de escenario a la llama en una
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fiesta de colores con bailes autóctonos que homenajearon las tradiciones de las culturas prehispánicas del continente. “Estamos uniendo dos culturas milenarias de América, el fuego sale de aquí y entrará por la Puerta del Sol de Machu Picchu”, dijo el presidente del Comité Organizador de los Juegos, Carlos Neuhaus. EFE
Nadal y Federer siguen su camino en Wimbledon LONDRES, AFP• Rafa Nadal y Roger Federer, la segunda y tercera raquetas del mundo respectivamente, avanzaron sin sorpresas ayer a la segunda ronda de Wimbledon, donde se llevaron una gran decepción Garbiñe Muguruza y Dominic Thiem, empujados prematuramente a la salida. Federer se ha propuesto, a sus 37 años, conquistar un 21º título de Grand Slam en este Wimbledon, pero en su debut pasó un mal rato en el primer set, perdido por tres juegos a seis contra el desconocido sudafricano Lloyd Harris. “Me costó bastante al principio, tenía las piernas como heladas”, admitió el suizo, reconociendo que “todo pasó muy rápido”, Harris “jugó muy bien y me puso nervioso”. Pero su gran experiencia le sirvió para recuperar la serenidad, poner en marcha la apisonadora y acabar imponiéndose al 86º del mundo, por 3-6, 6-1, 6-2 y 6-2. Más sencillo lo tuvo Nadal que, pese a no haber disputado ninguna competición en hierba esta temporada, venció con
Thiem y Muguruza, a casa
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Si el primer día del torneo vio una lluvia de estrellas, eliminadas de entrada, ayer la cuarta raqueta del mundo, el austriaco Dominic Thiem, cayó contra el estadounidense Sam Querrey, 65 del mundo, en cuatro sets por 6-7 (4/7), 7-6 (7/1), 6-3, 6-0. También fue eliminada la española Garbiñe Muguruza, número 26 del mundo y campeona de Wimbledon en 2017, que no podía ocultar su decepción tras su derrota por doble 6-4 ante la brasileña Haddad Maia, 121ª de la clasificación mundial y procedente de la fase previa del torneo.
facilidad a un jugador japonés salido de las ‘calificaciones’, Yuichi Sugita, por 6-3, 6-1 y 6-3. “Estoy contento con la victoria”, afirmó el español de 33 años, que levantó el trofeo de Wimbledon en dos ocasiones, 2008 y 2010, pero que no tiene a la hierba entre sus superficies predilectas. “Queda mucho por mejorar”, añadió.
Por el tetracampeonato MUNDIAL FEMENINO
FIGURA. Alex Morgan celebra con sus compañeras uno de los goles de Estados Unidos. AFP
Estados Unidos venció a Inglaterra en la semifinal. El VAR volvió a ser protagonista. LYON, AFP• Estados Unidos busca-
JUGADA. Roger Federer durante el juego que le clasificó a segunda ronda. AFP
rá su cuarto título mundial femenino tras derrotar en Lyon por 2-1 a Inglaterra, que falló un penal a ocho minutos del final y después se quedó con 10 jugadoras. El equipo norteamericano se enfrentará en la final del domingo en Lyon al vencedor del segundo duelo de semifinales, que disputan el miércoles las selecciones de Holanda y Suecia. Christen Press adelantó a Estados Unidos en el minuto 10 al cabecear un centro desde la derecha, pero Ellen White empató en el 19 al rematar un pase desde la izquierda, anotando su sexto
gol en el torneo. Pero Alex Morgan, que no había anotado tras sus cinco goles en el debut contra Tailandia (13-0), lograría el que sería a la postre el tanto de la victoria para Estados Unidos al cabecear en el 31 un pase desde la izquierda. Con ese tanto, Morgan alcanzó a la inglesa White al frente de la tabla de goleadoras, con seis dianas, dejando atrás a la también estadounidense, Megan Rapinoe, que se quedó en el banquillo, pese a sus dos dobletes en octavos contra España y en cuartos frente a Francia, y a la australiana Sam Kerr, ambas con cinco.
Copa Mundial Semifinal Hoy Holanda
Tour Christian Prudhomme haciendo referencia a la conmemoración del centenario de la mítica prenda. Sin Froome ni Dumoulin
El Tour 2019 se presenta en lo deportivo con las bajas de dos de los tres corredores que subieron al podio el año pasado, el holandés Tom Dumoulin (2º) y el cuatro veces ganador Chris Froome (3º), que sufrió una grave lesión en junio durante un entrenamiento. Queda el defensor del tí-
La carrera está abierta, sin gran favorito, pero el equipo Ineos es capaz de controlarla”. ALBERTO CONTADOR,
EXGANADOR DEL TOUR DE FRANCIA
tulo, el galés Geraint Thomas, sin grandes resultados en 2019 y que además sufrió una caída leve en la reciente Vuelta a Suiza, que le obligó a acortar su preparación.
Suecia:
14:00
En los minutos finales, Inglaterra vio como se le anulaba un gol a White por fuera de juego, tras consulta al videoarbitraje, y se le señalaba un penal a favor en el 84, también tras acudir al VAR. Pero la portera norteamericana, Alyssa Naeher, detuvo el lanzamiento a Steph Houghton, tras un derribo dentro del área de Becky Sauerbrunn a White. Las desgracias no terminaron ahí para Inglaterra, que terminó con diez jugadoras, después de que Millie Bright recibiera su segunda tarjeta amarilla en el 86.
Bruselas abre el Tour del cambio generacional PARIS, AFP• Una nueva historia comienza en Bruselas. En la ciudad de Eddy Merckx, el gran símbolo del ‘maillot’ amarillo, el Tour de Francia 2019 echará a andar el sábado con una edición muy abierta, propicia a un cambio generacional que exhibe como nadie el colombiano Egan Bernal. “Es como si los planetas se hubieran alineado. Saldremos de la ciudad de Eddy Merckx, que ganó su primer Tour hace 50 años y lució el ‘maillot’ amarillo 111 veces”, señaló el director del
vs.
DEFENSOR. Geraint Thomas es el último campeón.
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LOS PERROS QUE VAN A HOTELES SE VUELVEN MÁS SOCIABLES
Esta alternativa ayuda a solucionar problemas de ansiedad y nerviosismo.
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i bien los perros se convierten en un miembro más de la familia, hay momentos en los que no pueden acompañar a sus amos. Cuando los dueños de las mascotas deben salir por largos periodos de tiempo, es recomendable buscar alternativas para que no se queden solas. Una opción que se vuelve cada vez más popular son los hoteles. Para asegurarse que los peludos reciban una buena atención hay que conocer qué tipo de servicio brindan y si realmente son sitios seguros.
Causas
ansiedad en perros
° Falta de socialización: si no cumple con esta fase el perro no sabrá relacionarse con su ambiente y esto provocará ansiedad en el perro. ° Ansiedad por separación: los perros son animales sociales, es decir, necesitan sentirse parte de un grupo para mostrarse seguros. ° Abandono: algunos perros que han sufrido abandono, han sido separados de su madre antes de las 8 semanas o han sufrido maltrato, no llegan a tolerar la separación de sus dueños porque se sienten totalmente desvalidos. ° Pasar muchas horas solo en casa: si el perro pasa muchas horas solo, se aburrirá y es probable que acabe sufriendo estrés. ° Falta de atención e interacción con sus dueños. ° Cambios en el ambiente: las mudanzas, la llegada de un nuevo miembro de la familia o la ausencia de alguien pueden causar ansiedad en los perros. ° Falta de ejercicio y actividad.
CONDICIÓN. Tener las vacunas al día es uno de los requisitos que piden los hoteles caninos. (Foto: Kiarame)
nuestras mascotas es un acto de amor, que involucra darle una sana alimentación, bañarlos una vez al mes y ponerle sus vacunas. En cuanto a la comida, Lema recomienda variar las marcas de alimentos, ya que al utilizar la misma por mucho tiempo crea en los canes un mecanismo de defensa que no permitirá que coma nada diferente. “Alimentar al perrito es complementarle con productos naturales como pollo o res, o sea algún tipo de comida casera”.
Golden retriever. “Antes creía que los hoteles caninos era un Christian Aslalema, rescatista lujo y no algo necesario”, cuende Catman y Dogin, indica que ta el maestro de 33 años, quien cuando un perro se queda solo hace un año encargó su perro siente ansiedad y nerviosismo. a una vecina. “Fueron dos días “Esto se traduce a actitudes que me fui. Cuando llegué, la persona me dijo que el como raspar, morder o perro se escapó. Desde romper cosas”. TOME NOTA entonces, les digo a mis Lo más importante, seallegados que es mejor gún el experto, es que un Más información ir a lugares con profeperro necesita compañía Doggie’s Cake: / sionales”. “más que la comida y el 0998591334 Facebook: @dogLos hoteles para perros agua limpia”. Esto debido giescake : www.kia- tienen precios que oscilan a que es gregario, es decir, Kiarame rame.com que debe estar en mana- The dog house: @ entre $15 y $60 la noche. en Esto depende del lugar, da. “Ellos nos conocen doghouseeg Facebook. los días de hospedaje y la como sus líderes, enton- Adiestramiento Policía Nacional: raza del ejemplar. ces pueden llegar a sentir 0995138148. Maggie López, coorque han sido relegados y dinadora de hospedajes abandonados”. en Kiarame, señala que su Estos animales, ade- EL DATO modelo de gestión se basa más, tienen una inteligencia comparable con la de Otros de los ser- en que los perros vayan a de los hosun niño de entre 5 y 8 años. vicios pedajes caninos casas con anfitriones que “Imagínate lo que sería de- son la peluque- son escogidos en base a las entrenanecesidades de los dueños. jarle encerrado y solo a un ría, miento y guardería. Estas personas pasan por niño de esa edad”. procesos que las avalan El médico veterinario Carlos Martínez dice que muchas para que sean cuidadoras. López señala que esta alterpersonas que tienen mascotas creen que es suficiente con dejar nativa evita que todos los animales estén en un mismo espacio, grandes cantidades de comida. A diferencia de los gatos, que ya que no siempre socializan y pueden quedarse solos hasta 72 eso les puede estresar. “No siemhoras, por su capacidad de racio- pre la familia del dueño está disnalizar los alimentos, los perros puesta a cuidar al animal y no suelen comerse todo el mismo siempre lo hacen con el mismo día. “Se empachan y los dueños cuidado que un profesional”. Tina Verdezoto, propietaria de los encuentran con vómito, con Dog House, señala que un hotel gastritis o con gastroenteritis”. tradicional permite que las mascotas convivan socialicen y se Hospedaje Sebastián Maldonado tuvo un independicen. Agrega que esta Ojo con la ansiedad
ACTIVIDADES. Entrenamientos o rutinas de ejercicios se realizan en las guarderías y hoteles caninos.
Otros cuidados Claudia Lema, propietaria de °Doggie’s cake, dice que cuidar de
Adiestramiento canino de verano °
Periódicamente, la Policía Nacional imparte cursos de adiestramiento canino a través de su unidad especializada. La entidad informó que para este mes los interesados pueden inscribirse a través de la web www. policiaecuador.gob.ec hoy y mañana y se debe apresurar, pues los cupos son limitados. El curso iniciará el 6 de julio y se realizará en Quitumbe (sector sur). Requisitos Para inscribir a su perrito necesita presentar el carnet de vacunas al día y la placa de identificación. Además, su amigo de cuatro patas debe tener entre 8 meses y 2 años de edad.
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última conducta es la que más se debe fomentar. “Un perro que no puede quedarse en otros lugares con familiares o en hospedajes no es una mascota sana, porque no tiene el grado de independencia que debería tener como ser vivo”. Uno de los síntomas comunes de este problema es que este tipo de mascotas no comen sin su dueño. Ese comportamiento, sin embargo, solo dura un día. Un buen sitio
Aslalema recomienda que antes de dejar a un perro en un hotel u otra casa, primero hay que llevarlo a que se familiarice con el sitio y con las personas que estarán a cargo. La presencia de un veterinario en los hospedajes caninos es fundamental. Pero también hay que asegurarse de que haya expertos en etología, la rama de la biología que estudia el comportamiento natural de los perros. (AVV)
Ventajas
Hoteles caninos
° Si su perro es sociable se adaptará fácilmente con otros animales y se divertirá jugando el tiempo que se encuentre en el sitio de hospedaje. ° La mascota liberará el estrés y ansiedad. Puede mejorar su comportamiento con desconocidos. ° Normalmente los sitios de hospedaje tienen actividades recreativas donde estimulan a las mascotas con juegos.
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Cuatro detenidos y varios objetos robados A través de la central del ECU-911 se alertó sobre asaltos y robos que se cometían a bordo de una motocicleta en varios sectores del cantón Durán, en Guayas. La Policía montó un operativo por la avenida Benjamín
Sobrevivió a un ataque con puñal Tras sufrir un asalto, un joven universitario se recupera en una casa de salud. Recibió cuatro apuñaladas en su cuerpo, pero ninguna comprometió sus órganos vitales. Daniel, un joven de 21 años, se recupera de lo que fue un ‘coqueteo con la muerte’. Desde una casa de salud ubicada en la Eloy Alfaro, en el norte de la ciudad, cuenta las veces que el cuchillo ingresó en su cuerpo. El encuentro que mantuvo con cuatro delincuentes ocurrió el domingo por la noche, en la intersección de las calles Isaac Albéniz y Beethoven, A 300 metros de la casa de sus padres. Ellos estaban cenando y se preparaban para ir a descansar, pero sabían que Daniel debía regresar de Puembo, donde vive su novia. La víctima cuenta que llegó a la estación de la Río Coca sin
problema, luego tomó un bus de la compañía Agua Clara y avanzó hasta la estación Isaac Albéniz. Llegaron en motos
Mientras caminaba con destino a su casa sintió que lo seguían. A los pocos segundos confirmó que cuatro sujetos que se trasladaban en motocicletas se acercaban peligrosamente. Intentó correr, pero fue demasiado tarde. Dos individuos le cerraron el paso y empezaron a golpearlo. “Chamo, entréganos el celular”, le decían mientras el joven de 1,70 metros de estatura forcejeaba. En su desesperación, atrapó a uno de sus agresores y ambos terminaron en el suelo. Fue ahí cuando empezó a sentir los ataques con el puñal. “Era un cuchillo de cacería, de unos 15 centímetros. Trataba de identificarlos, pero utilizaban cascos. Mientras forcejeaba con uno de ellos, los otros me rebuscaban los bolsillos”. El escándalo hizo que los vecinos del barrio salieran a socorrerlo. Eso evitó que lo mataran.
Rosales, donde circulaba una motocicleta con las características reportadas. Luego de una persecusión los uniformados detuvieron a cuatro sujetos y recuperaron varios objetos reportados como robados. (PSD)
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Sacapintas les quitaron $70.000
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REGISTRO. Las heridas las recibió a la altura de las rodillas, en el muslo y en la mano derecha.
Según lo que le informaron los médicos, con el cuchillo le cortaron uno de los tendones de la mano derecha. También tiene roto un dedo. Las otras heridas están a la altura de la tibia de la pierna derecha, en un músculo de la pierna izquierda y en las rodillas. Todo quedó grabado
Hay un video de seguridad en el que se ve cómo los delincuentes lo interceptaron, la riña que hubo en la calle y cómo la gente que pasa por el sitio, mira indiferente y prefiere alejarse del lugar. Una pariente del afectado denunció que en el sector “hay una banda organizada”, que opera en la zona en la que se registró el ataque. La mujer cuenta que en la calle Beethoven han ocurrido algunos hechos de violencia, que hay un sitio donde los antisociales se concentran para libar y estudiar los movimientos de
Mi opinión en 30 segundos Ricardo Camacho Experto en seguridad
‘No hay que exponerse’ La ciudadanía no debe expo°nerse. Las consecuencias pueden
• Una pareja de trabajadores que iban a depositar 70.000 dólares en una entidad comercial de Santo Domingo de los Colorados fue atacada el lunes por sacapintas. Los perjudicados informaron a los agentes de la Policía Judicial (PJ) que salieron de su local, llevando el dinero en una caja de cartón. Ellos se dirigieron hasta el parqueadero donde estaba su vehículo y, en ese momento, fueron abordados por dos sujetos. Los amedrentaron con armas de fuego y les arrebataron la caja con el dinero. Los delincuentes escaparon en dos motocicletas que los aguardaban. Los perjudicados llamaron al 911. Se coordinó un operativo, pero los uniformados no encontraron a los implicados. (CT)
ser lamentables. Tenemos que entender que hay una crisis social y que la gente está actuando a la defensiva. Eso no solo ocurre con personas de nuestro país sino con los que vienen de fuera. Hay que trabajar en juntar más a la comunidad, buscar sistemas de conexión como las asambleas comunitarias para cuidaros entre nosotros, pero no exponer la vida.
los vecinos. Asegura que ya han robado algunas casas en el sector. Por eso piden mayor control policial. (PSD)
CASO. Hasta el lugar del incidente acudieron policías para dar seguridad.
Presuntos delincuentes casi terminan linchados Dos presuntos asaltantes salieron con custodia policial de Santo Tomas de Turubamba, en el sur. La gente del sector, enardecida por los actos delictivos que se registran en el sector quemó su motocicleta y pedía a los uniformados que entregaran a los sujetos para hacer justicia por su cuenta. Los sospechosos, uno de ellos menor de edad, se trasladaban a bordo de una motocicleta negra y habrían robado el celular de una joven de 29 años. Ella pidió ayuda y la gente del sector acudió a auxiliarla. Los vecinos identificaron a los individuos y le prendieron fuego a su motocicleta. Alguien notificó el caso, a través de un chat comunitario, y la Policía se hizo presente antes que la turba los linchara. Según el parte policial, los hechos ocurrieron en la inter-
CONVOCATORIA
EL DIRECTORIO DEL BATALLÓN DE HONOR DE INFANTERÍA Nº 41 “CHACRAS” OPERATIVO. Los detenidos fueron trasladados a la Unidad de Policía Sur, ubicada en Quitumbe.
sección de las calles S58 y E3f, a la motocicleta la encontraron ardiendo en llamas, la placa es IJ544Q. Inmediatamente se coordinó con el 911 para que enviara a los de bomberos. La víctima del robo informó a la Policía que todo ocurrió cuando se detuvo a esperar el bus. Uno de los sujetos que viajaban en la motocicleta se le acercó y la golpeó en el rostro, luego se apoderó del teléfono. En la Unidad de Policía de Quitumbe se presentó a los de-
tenidos. Uno tiene 17 años y el otro 21. Ellos deberán responder a las autoridades por el presunto delito de robo a personas. El capitán de Policía, Rony Naranjo, de la Unidad de Policía Quitumbe, informó que están trabajando con la comunidad para que, “si tienen la valentía de enfrentarse al delincuente y mantenerlo inmovilizado respeten los Derechos Humanos de las personas, y se comuniquen con las autoridades competentes para que se judicialice la detención”. (PSD)
De conformidad con lo establecido en el Capítulo III-Arts. 13-14-15-17 del Estatuto de la Asociación – Batallón de Honor de Infantería Nº 41 “CHACRAS”, en concordancia con los Arts. 6 y 7 del Reglamento Interno, el Directorio, se honra en invitar a sus socios a la Asamblea General Extraordinaria a realizarse el día viernes 19 de julio del año en curso a las 17H00, en el Salón de Honor de la Asociación Batallón de Infantería Nº 41 “CHACRAS” ubicado en la Av. 6 de Diciembre y Río Coca (ESPE de Idiomas). ORDEN DEL DIA 1.- Apoyo de los socios para terminar obras en el complejo vacacional De no existir el Quórum Reglamentario, la Asamblea se instalará una hora después con el número de asistentes y las resoluciones que se aprueben serán de carácter obligatorio.
EL PRESIDENTE
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Según diariodeantequera.com, en Amazon pusieron a la venta un arnés para gallos. ¿El objetivo? Que puedas pasearlo con la tranquilidad sin que se te escape. La compañía Yesito comercializa este accesorio que es totalmente ajustable y fácil de poner, prometiendo comodidad en toda ocasión para el
animal. El objeto está hecho de una malla transpirable y duradera, que soporta su uso diario. Está disponible en cinco colores: azul fresco, morado real, negro elegante y rojo picante. El precio es de 15 dólares y lo puedes comprar utilizando una tarjeta de crédito. También funciona para patos. (PT)
‘Cazadores’ de erratas no perdonan Su labor fue fotografiar faltas ortográficas para crear conciencia en la gente.
Confundir la ‘b’ con la ‘v’, o no tildar las mayúsculas son algunos de los errores que más cometen las personas al momento de escribir. “No es difícil encontrarse en la calle con faltas ortográficas. Por donde se mire, siempre hay alguna”, comenta Elizabeth Salgado, directora ejecutiva de la Asociación de Correctores de Textos del Ecuador (Acorte), quien realizó, por sexta ocasión, el concurso ‘Caza de erratas’, que tiene como objetivo visibilizar la falta de educación de ortografía
y gramática que existe en el país.
o al 77% en Colombia.
Capturando errores
Categorías
Durante un mes, los participantes enviaron las fotografías de carteles con palabras o frases mal escritas, para que pudiesen ser calificadas. Fueron tres categorías que recopilaron algunos errores, que, como dice Salgado, pueden resultar sorprendentes y a la vez graciosos, pero que dan muestra de un problema que es resultado de los bajos niveles de lectura. De acuerdo con el Centro Regional para el Fomento del libro en América Latina y el Caribe (Cerlac), en Ecuador se lee medio libro por año, a diferencia de países como Chile donde cada persona lee 5,4 libros anualmente. La misma entidad detalla que el país tiene un 43% de población lectora, frente al 92% en España
Hubo nueve ganadores del concurso, tres por cada categoría: la popular, la institucional y la estudiantil. Marvin Arteaga se llevó el primer lugar de la sección popular. Desde su carro fotografió una frase que decía “si este es mi ultimo viaje que sea asia a ti señor”. El docente de lingüística de 26 años indica que, al leer esa frase, no lo pensó dos veces y la capturó con su celular. “Escribir bien nos permite expresarnos de mejor manera, ya que también hay un incorrecto uso de los signos de puntuación”. Por su parte, Fernando Cano señala que hay muchas instituciones que incumplen las normas de escritura. El joven de 32 años ganó el premio por la foto-
grafía del letrero del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, donde no se tilda esta última palabra. Cano menciona que hay cierto facilismo, pues muchas personas se fían de los autocorrectores y no ponen atención al momento de redactar un texto. Es más evidente
Mauricio Alvarado Dávila, presidente de Acorte, dice que cada vez es más evidente la falta de conocimiento sobre gramática, gracias a las redes sociales. “Lo que pasa es que ahora la gente está escribiendo más, antes no lo hacía, por eso ahora se notan más las faltas”. Dávila asegura que siempre ha habido una falta de conocimiento ortográfico. Esto, según Diego Araujo Sánchez, miembro de la Academia de la lengua, se debe a la falta de educación didáctica de la gramática y los pre-
juicios que la sociedad ha creado entorno a esa asignatura. Araujo recomienda que a los niños se les inculque la ortografía de formas lúdicas, y que las normas se aprendan conforme a la edad. “Si a los más pequeños les llenamos de rigurosos conceptos, seguramente no se interesarán por escribir correctamente”. Carta de presentación
Yolanda Aguilar, directora de la carrea de periodismo de la Universidad de las Américas (UDLA), comenta que aplicar bien la ortografía es una responsabilidad, pues implica una carta de presentación en cualquier aspecto. Pregunta: ¿qué estamos dispuestos a perder? Afirma que un ‘horror’ ortográfico puede alejarnos del amor de nuestra vida, del trabajo de nuestros sueños y de muchas cosas. (AVV)
ERRORES. ¿Encontrará el camino?
PUESTO. Foto ganadora del tercer lugar categoría estudiantil.
SERVICIOS. En los anuncios son comunes los errores ortográficos.
LETREROS. ¿Será distinta la cerveza?
CULTURA
Recorrido guiado por la muestra ‘Presentimiento’, con Byron Toledo El futuro inminente y apocalíptico es el tema que rodea la nueva exposición del artista visual Byron Toledo. ‘Presentimiento’ explora la inquietud interior que mueve al ser a presagiar lo que va a acontecer. La exhibición aborda el tiempo, la memoria y el hogar a través de objetos que cuestionan la existencia del hombre
contemporáneo y su forma de relacionarse con el pasado, presente y futuro. Mañana a las 19:00, el artista dará un recorrido guiado por la muestra que se exhibe en la galería No Lugar (Vicente León, entre Esmeraldas y Oriente). La exposición estará abierta hasta el viernes. La entrada es libre. (AA) (Foto de Cortesía)
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MIÉRCOLES 03 DE JULIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR
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El arte de ‘Starman’ triunfa al otro lado del mundo CREACIÓN. El mural es la primera colaboración conjunta de ‘Starman’ y ‘Apitatán’.
Las obras del quiteño son parte de las mejores colecciones contemporáneas de la actualidad.
Quiero curar con el color, que la gente que está triste vea y sienta que la vida es hermosa” JORGE CALDERÓN, ARTISTA.
El arte urbano despierta reflexión, emociona y altera al espectador que se encuentra por casualidad con la obra en su caminar por las calles. Al romper los límites de la galería o la exposición, irrumpe en el paisaje cotidiano y se torna parte viva de la ciudad, que dialoga con los habitantes sin importar las diferencias de clase o ideología. No responde a las preferencias esté- REPRESENTACIÓN. La arquitectura de las ciudades chinas y la vitalidad andina TRABAJO. Calderón desarrolló marcas y productos para corporaciones como ticas de la mayoría, sino que las se conjugan en sus creaciones. Google y Disney. desafía y despierta debates alrededor del arte, la cultura, la po- tiva busca reconocer y fomentar y esculturas que representaban y herramientas que no tiene todo por la exploración con la isomelítica y la sociedad que, de otra el trabajo de artistas jóvenes, con personajes de su autoría. Al poco el mundo”. tría y la arquitectura. Perderse énfasis en la diversidad étnica y tiempo de crear una página web, Ahora, Calderón está enfoca- entre las enormes calles de Shenforma, continuarían dormidos. El ‘street-art’ es, para muchos de género. Calderón fue seleccio- en la subió sus trabajos, una do en aplicar sus aprendizajes zhen, un laberinto de concreto, artistas de renombre, la escuela nado entre 3.000 participantes empresa fabricante de juguetes para el desarrollo de la industria le suscitó “imaginar la ciudad y el arte nacional: “Traba- como un personaje”, al que busdonde su trabajo evoluciona y de todo el mundo. china lo contactó para inEn mayo pasado, su vitarlo a diseñar sus projar en corporaciones tan caba darle nuevas tonalidades: encuentra una expresión exposición ‘Concreto Abs- ductos. grandes es la universidad auténtica. Es el caso de “Trato de representarla con 2.000 tracto’ se llevó a cabo en la Jorge Calderón, diseña- EL DATO Calderón tuvo que y 3.000 dólares de la vida. He aprendido colores energéticos, autóctonos fue el precio de residencia Jardin Orange adaptarse a la cultura las obras de cosas que me gustaría ve- de nuestra Sierra, de los Andes, dor quiteño, que formó ‘Concreto nir a compartir con la gen- porque la veo tan seca. Tantos parte de los inicios del La beca TDC20 en la ciudad de Shenzhen, asiática y comenta que “ha Abstracto’. de 5.000 al sur de China, donde rete”, afirma. El poco tiem- millones de dólares en infraesmovimiento grafitero en otorga sido una aventura increía 25.000 dólapo que pasó en el país lo tructura, pero gris, es deprela capital, a finales de los res. La próxima side desde hace siete años. ble”. Después de trabapremiará La anterior semana estuvo jar para otras multinacionales, aprovechó para dictar un 90. Bajo el pseudónimo edición sivo. Yo me imagino un a 40 nuevos de paso por Quito y apro- actualmente es director de arte taller gratuito sobre mu- TOME NOTA mundo lleno de nuestros ‘Starman’, ha dado color artistas. vechó su regreso para cola- de una de las más importantes ralismo, en el que buscó a los murales de casi toda colores”. Sudamérica y ha recibido varios borar con el artista urbano Juan compañías de telefonía celular aproximar a los artistas a Calderón diseña Con respecto al debate la idea de “cómo vivir del una línea de pro- que rodea el tema del grapremios y reconocimientos a es- Sebastián Aguirre, conocido de China. de venta como ‘Apitatán’. Ambos realizacala local e internacional. ffiti, ‘Starman’ opina que: “Cuando eres ecuatoriano arte, qué hacer con el arte ductos online, disponiEl año pasado, Calderón es- ron el mural que hoy se encuen- tienes que hacer de todo”, dice y cómo mejorar tu arte”. bles en el “A través del arte y la conInstagram ‘Inti_ tuvo entre los 20 ganadores -10 tra entre las calles París e Isla el artista, y afirma que su venskateboarding’. vocatoria popular puedes hombres y 10 mujeres- de la Pinzón, en el norte de la ciudad. generar espacios. Hemos taja ante la competencia inter- Colores andinos beca TDC20, otorgada por Conacional fue su deseo de aceptar Las 23 obras que conformaron peleado con las políticas en conlección Dean, una colección de Salto a la otra orilla nuevos retos: “Cuando estaba en ‘Concreto Abstracto’ cautivaron tra del graffiti, pero desde el arte. arte contemporáneo creada por Calderón era aún estudiante de Ecuador tenía que ser animador a los coleccionistas y colocaron Hay gente que escoge su camino el productor, DJ y rapero Swizz Diseño Gráfico cuando empezó para las ‘chauchas’, diseñador, a Calderón entre los principales por la violencia. Yo he escogido Beatz y su esposa, la reconocida a crear sus primeras animacio- ilustrador y más. Eso ha sido referentes el surrealismo pop. cambiar el mundo a través de un cantante Alicia Keys. La inicia- nes digitales para videojuegos bueno, me ha dado perspectivas Sus trabajos se caracterizan arte pacífico”. (AA)
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QUITO
50c incl. IVA MIÉRCOLES 03 DE JULIO DE 2019
Quito, Ecuador
40 PÁGINAS
MORGAN
LLEVA A ESTADOS UNIDOS A LA FINAL
Alex Morgan anotó uno de los goles para que USA busque su cuarto título mundial de fútbol femenino. PÁGINA A10 Identificados tres de los cinco muertos de La Mocha En el accidente, los vidrios que iban como carga en el vehículo volcado, actuaron como navajas y cortaron los cuerpos de las víctimas. PÁGINA A6
Homenaje a la ‘Perla’ al ritmo de salsa
Jhonatan Luna, con colaboración de Los Niches, compuso ‘Me quedo en Guayaquil’. PÁGINA B7
Venezuela: perdigones policiales dejan ciego a un joven
Un estudiante de 16 años que participaba en una manifestación, fue impactado en el rostro con 52 disparos de balines. PÁGINA B5
Revista judicial C00
LUNES 24de noviembre de 2008 La Hora Quito, ecuador
MIÉRCOLES, 3 de julio de 2019 La Hora Quito, ecuador revista no: 12572 Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío
Editora Diana Briones Puga
es una edición de diario la hora
http//www.derechoecuador.com
EL ENCUBRIMIENTO COMO DELITO AUTONOMO
Dirección: Panamericana Norte Km 31/2 y Nazareth | Telf: 2475723 al 728 | E-mail: revistajudicial@lahora.com.ec
colaboración en la realización e intervención en el cometimiento del delito. Refiriendo que la autoría y la participación, no se encuentran al mismo nivel, debido a que existe una línea que separa entre el autor, coautor y el autor mediato, del inductor y del cómplice. Dicha distinción, tiene su fundamento en que el coautor y el autor mediato cometen la acción punible en calidad de autores, pues el coautor realiza la acción en colaboración del autor directo,
Autor: Abg. José Sebastián Cornejo Aguiar.
Como todos sabemos, con la entrada en vigencia del Código Orgánico Integral Penal, se eliminó como responsable de la infracción a los denominados “encubridores”, entiendo, que esto se efectuó en base al análisis de la doctrina moderna, en donde impera un sistema diferenciador y restrictivo de autoría. Que primordialmente aprecia que la realización del tipo penal de cualquier delito y, por ende, la respectiva responsabilidad, debe ser atribuida al autor, por ser quien ha dominado el hecho.
Segundo, que la intervención de los otros sujetos que aportaron o contribuyeron de alguna forma al delito, pero que no dominaron el hecho, son responsables solo debido a las cláusulas de extensión del tipo penal, de acuerdo a su grado de participación.1 Tanto así, que dentro del Código Orgánico Integral Penal, en su Art. 41, manifiesta que: “Las personas participan en la infracción como autores o cómplices […].”2 Participación De Las Personas En La Infracción. Según Mario Salazar Marín, la participación “en sentido estricto se considera por casi toda la doctrina como un fenómeno dependien-
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mientras que el autor mediato se vale de otra persona a quien utiliza como instrumento en la realización del delito. Por otro lado, el inductor y el cómplice colaboran en el delito realizado por el autor, por ello, la inducción y la complicidad se adecuan como formas de participación ya que presuponen siempre la autoría de otro.4 Modalidades de la Autoría. De conformidad con el Art. 42 del Código Orgánico Integral Penal, existen las siguientes modalidades: 1.- Autoría directa: a) Quienes cometan la infracción de una manera directa e inmediata. CONTINUA EN la página - c2
te y accesorio de la autoría, porque únicamente existe como autor si alguien realiza el injusto típico.”3 Concepto, que si lo interpolamos, a nuestro ordenamiento jurídico, nos servirá, para denotar, que como ya se mencionó, en el Art. 41 del Código Orgánico Integral Penal, que participan en la infracción penal, los autores y los cómplices. Esto genera, la necesidad de realizar una diferencia entre las formas de autoría y participación al separar a la colaboración entre autoría y participación. Al respecto Jescheck señala que, bajo la denominación de “autoría y participación” el derecho penal normativiza, todas las formas de
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Revista judicial C2
MIÉRCOLES 3 de julio de 2019 La Hora Quito, ecuador
b) Quienes no impidan o procuren impedir que se evite su ejecución teniendo el deber jurídico de hacerlo. 2.- Autoría mediata: a) Quienes instiguen o aconsejen a otra persona para que cometa una infracción, cuando se demuestre que tal acción ha determinado su comisión. b) Quienes ordenen la comisión de la infracción valiéndose de otra u otras personas, imputables o no, mediante precio, dádiva, promesa, ofrecimiento, orden o cualquier otro medio fraudulento, directo o indirecto.
c) Quienes, por violencia física, abuso de autoridad, amenaza u otro medio coercitivo, obliguen a un tercero a cometer la infracción, aunque no pueda calificarse como irresistible la fuerza empleada con dicho fin. d) Quienes ejerzan un poder de mando en la organización delictiva. 3.- Coautoría: Quienes coadyuven a la ejecución, de un modo principal, practicando deliberada e intencionalmente algún acto sin el cual no habría podido perpetrarse la infracción.5 Cómplices: El Art. 43 del Código Orgánico Integral Penal, manifiesta que: “Responderán como cómplices las personas que, en forma dolosa, faciliten o cooperen con actos secundarios, anteriores
JUDICIAL QUITO
o simultáneos a la ejecución de una infracción penal, de tal forma que aun sin esos actos, la infracción se habría cometido. No cabe complicidad en las infracciones culposas. Si de las circunstancias de la infracción resulta que la persona acusada de complicidad, coopera en un acto menos grave que el cometido por la autora o el autor, la pena se aplicará solamente en razón del acto que pretendió ejecutar. El cómplice será sancionado con una pena equivalente de un tercio a la mitad de aquella prevista para la o el autor.” El Encubrimiento en el COIP Cabe mencionar, que previo al desarrollo de este subtema la mayoría de los lectores se harán la siguiente pregunta ¿Por qué se habla del encubrimiento en el
COIP, si este ya no existe? Por lo cual la respuesta deberá partir, de la necesidad de hacer alusión al antiguo Código Penal, que en su Art. 44, manifestaba: “Son encubridores los que, conociendo la conducta delictuosa de los malhechores, les suministran, habitualmente, alojamiento, escondite, o lugar de reunión; o les proporcionan los medios para que se aprovechen de los efectos del delito cometido; o los favorecen, ocultando los instrumentos o pruebas materiales de la infracción, o inutilizando las señales o huellas del delito, para evitar su represión y los que, estando obligados por razón de su profesión, empleo, arte u oficio, a practicar el examen de las señales o huellas del delito, o el esclarecimiento del acto punible, oculten o alteren la verdad, con propósito de favorecer al
delincuente.”7 Es lógico, que en el Código Orgánico Integral Penal, de conformidad con lo antes mencionado, como ya lo hemos visto la figura de encubrimiento, desapareció aparentemente, pero solo como manera de participación en el delito, ya que si nosotros leemos el Art 272 Inciso Segundo del Código Orgánico Integral Penal, correspondiente al tipo penal de fraude procesal, que manifiesta lo siguiente: “Con igual pena será sancionada quien conociendo la conducta delictuosa de una o varias personas, les suministren alojamiento o escondite, o les proporcionen los medios para que se aprovechen de los efectos del delito cometido, o les favorezcan ocultando los instrumentos o pruebas materiales de la infracción, o inutilizando las señales
favorecimiento al sujeto activo del delito, y a su vez reputaba ese acto posterior al de la comisión del delito, como una manera de participación, denominada “encubrimiento”. Entendiéndose, que el encubrimiento constituye una intervención que se predicará de un sujeto que con el conocimiento previo de la perpetración de un delito, o de los actos que se ejecutan para llevarlo a cabo, sin participar como autor o cómplice, actúa posteriormente a su comisión o frustración adecuando su conducta en alguna de los tipos penales existentes. Entendido, la concepción de lo que es el encubrimiento, y frente a la tendencia, de llegar incluso a tratar a este como un tipo penal con verdadera estructura, asumo que el legislador, decidió tipificarlo bajo la denominación de “fraude procesal.”
o huellas del delito, para evitar su represión y los que, estando obligados por razón de su profesión, empleo, arte u oficio, a practicar el examen de las señales o huellas del delito o el esclarecimiento del acto punible, oculten o alteren la verdad, con propósito de favorecerlos.”8 Podemos, determinar, de manera clara, que lo único que se hizo es tipificar al encubrimiento como el tipo penal de fraude procesal, fijándole una pena privativa de libertad de uno a tres años. Es entonces, que surge una nueva pregunta:
Pero a su vez este no contextualizo, que el momento de tipificarlo como delito autónomo, dentro de su redacción, no existieron mayores cambios, generando un grave inconveniente, ya que como todos sabemos en el antiguo Código Penal, específicamente, en su Art. 45, existía una excepción frente a la sanción que consistía en que: “Está exento de represión el encubrimiento en beneficio del cónyuge del sindicado; o de sus ascendientes, descendientes y hermanos, o de sus afines hasta dentro del segundo grado.”9 Mientras, que en el Código Orgánico Integral Penal, no existe tal excepción, es por ende que en un razonamiento básico se puede determinar, que con este tipo penal, si una persona, que conoce la conducta delictuosa de otra, y le suministra alojamiento o escondite, pese a ser su cónyuge,
¿Por qué se tipifico al encubrimiento como delito de fraude procesal? Aparentemente, esta respuesta, giraría en torno al análisis, de que el encubrimiento, traía una enumeración de las formas de
deberá ser sancionada por el delito de fraude procesal, determinando así, un aumento del poder punitivo del anterior Código Penal, en referencia del Código Orgánico Integral Penal, al menos en este caso. Dando un pleno ejemplo, de que el Derecho penal, implica la necesidad de delimitar los comportamientos que, por suponer un peligro para la consecución de los fines institucionales propuestos, deberán prohibirse y sancionarse. Por ello, el sujeto responde por su realización como autor o como partícipe. Sin embargo surge un problema con este tipo penal, ya que solo menciona que será sancionado por el delito de fraude procesal a la persona, que conoce la conducta delictuosa de otra, y le suministra alojamiento o escondite, con otras ciertas circunstancias, que manifiesta el Art. 272 Inciso segundo del Código Orgánico Integral Penal, denotando que por ejemplo, en este caso la persona que ayuda a otra que ha cometido un delito, incluso puede ser responsable de una pena mayor a la cometida por la que realizo el delito inicial. Ejemplo: A, lesiona a B, y le produce a la víctima un daño, incapacidad o enfermedad de nueve a treinta días, es lógico, que A, será sancionado con pena privativa de libertad de dos meses a un año. No obstante C, que es el cónyuge de A, ayuda a ocultarse a A, para que este no responda por el delito de lesiones, antes mencionado, esto querría decir, que C, respondería por una pena privativa de libertad, mayor a la de A, ya que sería una pena, que iría de un rango de uno a tres años. Notándose claramente, que en este delito, se debió incluir, otras circunstancias constitutivas del mismo, o fijar, en qué tipo de delitos, se debería aplicar, ya que si no se estaría generando un mayor daño a otra persona, que al perseguido mismo en posición inicial. __________________ Mario Salazar Marín, Teoría del delito: con fundamento en la escuela dialéctica del derecho penal (Bogotá: Ibáñez, 2007). REGISTRO OFICIAL SUPLEMENTO No. 180, CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL (2014). Salazar Marín, Teoría del delito., p.491. JESCHECK, H.-H, Tratado De Derecho Penal. Parte General. (GRANADA: COMARES., 1993). REGISTRO OFICIAL SUPLEMENTO No. 180, CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL (2014). Ibíd. Código Penal: legislación conexa, concordancias, jurisprudencia, 15. ed, Legislación Codificada (Quito, Ecuador: Corporación de Estudios y Publicaciones, 2010). REGISTRO OFICIAL SUPLEMENTO No. 180, CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL (2014). Código Penal.
REMATES JUDICIALES TIPO UBICACIÓN ÁREA CÓDIGO DE BIEN DE REMATE
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Tengo diez mandamientos. Los nueve primeros dicen: ¡no debes aburrir! H o wa r d H aw k s
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Propiedad: 185.07m2.
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DIVORCIOS EC-RJ-40131
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Propiedad: 374 m2. EC-RJ-39811 01/07/2019 Construcción: 665.11 m2. n/a
94,504.96 $
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17981-2019- 01469OFICIO- 09387- 2019 REPUBLICA DEL ECUADOR. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL D.M.Q. DE PICHINCHA. ACTOR: ALMACHI CUZCO RAUL MESIAS DEMANDADO: ULVIA MARIA MORENO MORENO ACCION: DIVORCIO POR CAUSAL JUICIO Nro. 17981-201901469 TRAMITE: SUMARIO C U A N T I A : INDETERMINADA. EXTRACTO.CONTENIDO DE LA DEMANDA: “…ALMACHI CUZCO RAUL MESIAS, presenta la demanda de divorcio por causal por haber abandonado injustificadamente a su cónyuge por más de 6 meses ininterrumpidos y por lo tanto solicita se declare disuelto el vínculo matrimonial que me une a la señora ULVIA MARIA MORENO MORENO...”.- f) parte actora con su abogado. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 29 de mayo del 2019, las 14h36, VISTOS: Agréguese al proceso el acta de declaración juramentada practicada en esta Unidad Judicial. Por cumplido con lo dispuesto en providencia anterior, avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular y en virtud del sorteo de ley. En lo principal, la demanda de divorcio por la causal presentada por ALMACHI CUZCO RAUL MESIAS, reúne los requisitos legales señalados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la acepta al procedimiento sumario. 1) Cítese a la demandada señora ULVIA MARIA MORENO MORENO, con el contenido de la demanda y el auto recaído, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un
periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por Secretaría concédase el respectivo extracto; previniéndole a la parte demandada de la obligación que tiene de ser asistida por un/a abogado/a de su elección; y, que tiene el TÉRMINO DE 15 DÍAS para contestar la demanda y anunciar su prueba, conforme lo prescrito en el Art. 333 numeral 3 del COGEP, término que corre una vez transcurridos 20 días desde la última publicación. La contestación deberá cumplir los requisitos previstos en los Arts. 151 y 152 ibídem, bajo prevenciones de sustanciar la causa en rebeldía y de las consecuencias prescritas en la Ley. 2) Agréguese al proceso la documentación presentada por el actor y téngase en cuenta oportunamente, la prueba anunciada. 3) Para efectos de notificación a los testigos, tómese en cuenta oportunamente el domicilio señalado por la actora. Tómese en cuenta el patrocinio del abogado accionante y el domicilio judicial señalado para futuras notificaciones.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) DRA. SONIA PATRICIA RAMIREZ AVALOS.- JUEZA Lo que le llevo a su conocimiento. AB. MONICA CONSUELO CAMPAÑA HURTADO S E C R E T A R I A UJFMNAQD.M.Q Hay firma y sello PAC/112115/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: CASTRO LARA YOLANDA MARITZA EXTRACTO JUDICIAL JUICIO No.: 17204-201902377 ACCION: DIVORCIO POR CAUSAL PARTE ACTORA: IZA IZA JOHNNY FABRICIO PARTE DEMANDADA: CASTRO LARA YOLANDA MARITZA PROCEDIMIENTO: SUMARIO C U A N T Í A :
INDETERMINADA JUEZ: AB. JACKELINE MEZA MERA AUTOS: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 10 de junio del 2019, las 11h40, VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Ponente de esta Unidad Judicial amparado a lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, y por el sorteo de ley.- En lo principal, la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL POR ABANDONO INJUSTIFICADO propuesta por JOHNNY FABRICIO IZA IZA portador de la cédula de ciudadanía No. 1717754822 reúne los requisitos de ley por lo que se la admite a PROCEDIMIENTO SUMARIO.- En consecuencia: 1) Cítese con el contenido de la demanda y auto que antecede, a la parte demandada YOLANDA MARITZA LARA CASTRO mediante Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar para lo cual por medio de secretaria se remitirá el extracto solicitado a la casilla judicial de conformidad a lo determinado en el Art. 56 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos; advirtiéndole a la parte demandada que debe comparecer a juicio, contestar la demanda en el término de quince días conforme lo dispone el artículo 333 numeral 3) del Código Orgánico General de Procesos, cumpliendo además con lo ordenado en los artículos 151 y 152 del citado cuerpo legal, y que en caso de no hacerlo se procederá en rebeldía.-2) De conformidad con el artículo 333 numeral 4) del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia única se señalará una vez que sea citada la parte demandada en legal y debida forma.- 3) Con relación a la prueba anunciada por el accionante de ser procedente y en el momento procesal oportuno se tomará en cuenta la documentación que acompaña la parte actora a la demanda.4) En la audiencia única y de ser procedente recéptese el testimonio de los testigos nominados por la parte actora, mismos a los que se notificará en la casi-
LLAMADO A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA ALCATEL-LUCENT FRANCE (EN LIQUIDACIÓN) En atención a lo que dispone el Art. 393 de la Ley de Compañías, requiero públicamente a los acreedores de la Compañía ALCATEL-LUCENT FRANCE (EN LIQUIDACIÓN), a fin de que quieres se consideren con tal derecho, presenten ante el suscrito Liquidador, en la oficina de la Compañía ubicada EN LA Av. República E7-197 y Almagro, Ed. Forum 300, Of. 901, en esta ciudad de Quito, en el término de 20 días contados desde la tercera y última publicación de este aviso, se acerquen y presenten los documentos con los que acrediten su derecho, previniéndoles que de no hacerlo en dicho término se tomarán en cuenta solamente a los acreedores que hubieren probado su calidad y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la empresa, con la debida justificación. Quito, 1 de julio del 2019 Dr. Juan David Pólit García LIQUIDADOR PRINCIPAL
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lla judicial señalada por la parte actora sin perjuicio de haber indicado su dirección domiciliaria y se receptarán las declaraciones de parte solicitada.- 5) Tómese en cuenta la casilla electrónica y correo electrónico señalada por la parte actora para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensa técnica.- Actúe la Abg. Daniela Mendez en calidad de Secretaria Jurisdiccional de esta Unidad Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f).MEZA MERA JACKELINE PATRICIA, JUEZA.Lo que comunico y le cito para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones dentro de la presente causa.Certifico. AB. DANIELA MÉNDEZ DURAZNO SECRETARIA Hay firma y sello PAP/73617/EG
EJECUTIVOS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: ALEXANDRA CAROLINA FRUTOS BASTIDAS Y NICOLÁS FA B R I C I O MONTERO GARCÍA. JUICIO: No. 17230-201900178 ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A., PRODUBANCO. D E M A N D A D O S : ALEXANDRA CAROLINA FRUTOS BASTIDAS Y NICOLÁS FA B R I C I O MONTERO GARCÍA. OBJETO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUEZ PONENTE: DR. OSCAR RAMIRO CALERO SANCHEZ TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 03 DE ENERO DEL 2019 CUANTIA: OCHO MIL OCHOCIENTOS DIEZ Y NUEVE CON 29/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ( $ 8.819,29 ). AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 9 de enero del 2019, las 14h01, VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del
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Código Orgánico General de Procesos (COGEP), además se fundamenta en el cobro de un Pagaré a la Orden, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.Téngase en cuenta la cuantía señalada.- Se dispone citar a los demandados en la presente causa, señores ALEXANDRA CAROLINA FRUTOS BASTIDAS y NICOLAS FA B R I C I O MONTERO GARCIA, en la dirección indicada, con copia de la demanda y este auto inicial, a través de la oficina correspondiente; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta el casillero judicial, así como su casillero electrónico designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones. La parte actora otorgue las copias necesarias para la citación. Actúe la Ab. Ligia Guerrero Medina, en calidad de Secretaria.- Cítese y Notifíquese.-DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ- JUEZ.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 20 de junio del 2019, las 13h32, En mérito al juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada, señores ALEXANDRA CAROLINA F R U TO S BASTIDAS Y NICOLÁS FABRICIO MONTERO GARCÍA, mediante publicaciones realizadas por la
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prensa, en un periódico de amplia circulación nacional, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para tal propósito, por medio de secretaría remítase a la casilla judicial de la parte actora, el correspondiente extracto, a fin de dar cumplimiento a la presente disposición. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZJUEZ Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. LIGIA GUERRERO MEDINA SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC/112113/AT R. DEL E. w w w. f u n c i o n j u d i c i a l pichincha.gob.ec UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL PARA: ANTONIO FERNANDO MARTINEZ ALMEIDA; XIMENA DEL PILAR GUAJALA COSTA; y, A L E X A N D RA RO C I O LLUMIQUINGA ZAPATA -EXTRACTOCAUSA N° 17230-2017 06617 Materia: Civil Tipo Proceso: EJECUTIVO Acción/ Delito: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN ACTOR: BANCO CAPITAL SA. DEMANDADO: ANTONIO FERNANDO MARTINEZ ALMEIDA; XIMENA DEL PILAR GUAJALA COSTA; y, ALEXANDRA ROCIO LLUMIQUINGA ZAPATA OBJETO: Que se condene al pago del valor del capital declarado vencido, los intereses estipulados, de mora, comisión; seguro de desgravamen, gastos y expensas judiciales, en los que se incluirán los honorarios profesionales CUANTIA: $ 19.525,54 dólares UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, y en virtud a la razón de sorteos que antecede.- En lo principal, la demanda presentada por la Abg. Lorena Amanda Pabón Mier, en su calidad de Procuradora Judicial y representante legal del
Banco Capital S.A., es clara, precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), además se fundamenta en el cobro del pagaré a la orden aparejado a la demanda, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 5 del artículo 347 ibídem, en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ejusdem (COGEP), se admite a trámite mediante P RO C E D I M I E N TO EJECUTIVO. De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada. CÍTESE a los demandados en la presente causa señor ANTONIO FERNANDO MARTINEZ ALMEIDA; y, XIMENA DEL PILAR GUAJALA COSTA, en calidad de deudores principales; y, señora ALEXANDRA ROCÍO LLUMIQUINGA ZAPATA, en calidad de deudora solidaria, en las direcciones señaladas; para lo cual se adjuntará en copias la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en el artículo 355, en concordancia con lo determinado en el numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de QUINCE (15) DÍAS, a partir de la citación, comparezcan a juicio, cumplan con la obligación o contesten la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Para el cumplimiento de la diligencia de citación, remítase despacho suficiente a citaciones, debiendo la parte actora proporcionar las copias necesarias. Se dispone que se cite a la señora ALEXANDRA ROCÍO LLUMIQUINGA ZAPATA en persona por haberse consignado la dirección del lugar de trabajo. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones.
JUDICIAL QUITO
Actúe en la presente causa el doctor Nilo Almachi, en calidad de Secretario.NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 13 de junio del 2019, las 15h16, VISTOS.- Una vez que la parte actora ha declarado bajo juramento la imposibilidad de determinar el domicilio de la parte demandada, conforme así consta del acta de 28 de mayo del 2019, por corresponder al estado procesal y de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se cite a los señores ANTONIO FERNANDO MARTINEZ ALMEIDA; XIMENA DEL PILAR GUAJALA COSTA; y, ALEXANDRA ROCIO LLUMIQUINGA ZAPATA, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto de la demanda, auto de calificación y este auto de sustanciación. A los demandados en la presente causa se les concede el TÉRMINO DE 15 DÍAS, contados en la forma determinada en el penúltimo inciso del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, en armonía con lo determinado en el artículo 77 ibídem, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP.- Actúe el doctor Nilo Almachi en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUES -f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer y señalar casillero judicial o correo electrónico para sus notificaciones posteriores. DR.- NILO GONZALO ALMACHI SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAB/23195/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL D I S T R I T O METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CÍTESE CON LA SIGUIENTE DEMANDA EJECUTIVO: EDWIN ELISEO ARIAS ORTEGA y SILVIA BEATRIZ
Si en el mundo existe un holgazán, debe haber otro hombre que se muere de hambre. L e o n T o l st o i . Escritor ruso. TAPIA SALGADO, CUYO EXTRACTO ES EL SIGUIENTE: JUICIO: EJECUTIVO ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PUELLARO LTDA (REPRESENTANTE LEGAL QUINTERO MONTERO SONIA GUADALUPE) DEMANDADO: EDWIN ELISEO ARIAS ORTEGA y SILVIA BEATRIZ TAPIA SALGADO CAUSA: 17233-2017-03497 CASILLA JUDICIAL: 4684 CUANTIA: $3.000,00 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo que antecede.- Agréguese a los autos el escrito presentado.-En lo principal, una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto que precede, la demanda presentada por la Ingeniera SONIA GUADALUPE QUINTERO MORENO en su calidad de Representante Legal de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PUELLARO LTDA, conforme lo justifica con la impresión del Comprobante de Directivos de Organizaciones de la Economía Popular y Solidaria constante a fs. 5 de los autos y con la cual legitima su intervención, en contra de los señores EDWIN ELISEO ARIAS ORTEGA en calidad de deudor principal; y SILIVIA BEATRIZ TAPIA SALGADO en calidad de aval, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos y se fundamenta en un PAGARE A LA ORDEN por un valor de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD $4.000,00); documento que constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en los artículos 347, 348 y 349 del mismo código; ya que contiene una obligación clara, pura,
determinada y actualmente exigible; por lo que se la califica y se la admite a trámite de procedimiento ejecutivo.-Se ordena la citación de los demandados los señores EDWIN ELISEO ARIAS ORTEGA en calidad de deudor principal; y SILIVIA BEATRIZ TAPIA SALGADO en calidad de aval en el domicilio señalado, esto es, al primero en las Calles Rio Pisco S27-02 y Las Lajas (entrando por la Avenida Maldonado sentido norte-sur a mano derecha del Puente de la Lucha de los Pobres, pasando las rieles del tren), sector La Unión Popular, Parroquia Villaflora, Cantón Quito; Provincia de Pichincha; y a la segunda en la Avenida Maldonado y S56, Conjunto Habitacional Terranova, manzana 21 casa 387, sector de Terranova, Cantón Quito; Provincia de Pichincha; debiendo la parte interesada en el término de tres días, acercarse a esta Unidad Civil, para proveer las copias necesarias, a fin de elaborar el número de boletas que se requieran para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos aparejados, el escrito presentado y este auto inicial, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial para recibir las notificaciones que les correspondan; para cuyo efecto remítanse las copias de ley a la Oficina de Citación de esta Unidad Judicial Civil a fin de que cumplan con el acto procesal dispuesto.-En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del cuerpo legal en mención, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 ibídem.Tómese en cuenta la cuantía, la casilla judicial No. 4684 así como los correos electrónicos fhertv_5@hotmail.com / may_cp.20@ outlook.com que señala la actora para recibir futuras notificaciones.-Actúe la
LLAMAMIENTO A ACREEDORES En cumplimiento con el art. 393 de la Ley de Compañías, se notifica a todos los acreedores de la compañía INFRANTRY SECURITY CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN, para que en el término de 20 días contados desde la última publicación de este aviso presenten los documentos que acrediten su derecho como acreedores en la siguiente dirección electrónica: karolina.bolanos@ hotmail.com o en las calles Progreso N-2 y Atahualpa, Calderón .Transcurrido el tiempo mencionado, se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que se hayan probado su calidad y el de todos los reconocidos en los libros contables de la compañía. Quito, 1 de julio de 2019.
Rafael Montalvo Garzón LIQUIDADOR
Ab. Glenda Bayas Real en su calidad de secretaria encargada del despacho según acción de personal No. 11883-DP17-2017-KV de fecha 22 de diciembre de 2017.-CITESE, N OT I F Í Q U ESE Y CÚMPLASE.- f) Dra. Adriana Romero Alvarez, JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE Q U I TO, P R OV I N C I A DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 22 de marzo del 2019, las 12h33, VISTOS: En virtud del juramento rendido por la Ing. SONIA GUADALUPE QUINTERO MONTERO, en su calidad que obra de autos, previo a encontrarse agotadas las diligencias para determinar el domicilio de la parte demandada, amparada en lo dispuesto en el artículo 56 numeral 2 inciso segundo, tercero y cuarto del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la citación de los señores EDWIN ELISEO ARIAS ORTEGA y SILVIA BEATRIZ TAPIA SALGADO, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación del lugar que deberán ser agregadas al proceso; para lo cual la actuaria elabore un extracto de la demanda y de esta
providencia.- Actúe la Ab. Lady Alvarado en calidad de secretaria encargada del despacho según acción de personal No. 2199-DP172019-V, de fecha 11 de marzo de 2019. NOTIFIQUESE.f) Dra. Adriana Romero Alvarez, JUEZA Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones.- Certifico. AB. MARCELA CIFUENTES SOSA SECRETARIA Hay firma y sello VF-237942-P PAP/73610 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL: JONATAN MILTON ANDY GREFA.DEMANDADO: JONATAN MILTON ANDY GREFA.JUICIO No. 17230-201812713.TRAMITE: EJECUTIVO.CUANTÍA: OCHO MIL SETECIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
SEGUNDA CONVOCATORIA COMPAÑÍA TRANSPORTE DE PASAJEROS METROTRANS TRANSPASMETROTRANS S.A. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA En cumplimiento de las disposiciones de los artículos 236 de la Ley de Compañías; 3 del Reglamento de Juntas Generales; y, 4 del Estatuto Social, se CONVOCA a los accionistas de la compañía TRANSPORTE DE PASAJEROS METROTRANS TRANSPASMETROTRANS S.A., a la Junta General Extraordinaria, que se celebrará el día miércoles 10 de julio de 2019, a las 10h00 en las oficinas de la compañía, ubicadas en la Av. Quitumbe Ñan S52-202 y Pasaje B, del Distrito Metropolitano de Quito, a fin de conocer, tratar y resolver sobre el siguiente orden del día: 1. Informe del señor Gerente sobre los negocios sociales de la compañía por el ejercicio económico del año 2018; 2. Informe del señor Comisario sobre la actividad comercial y societaria de la compañía durante el ejercicio económico del año 2018; 3. La cuenta de pérdidas y ganancias y los estados financieros de la compañía por el ejercicio económico del año 2018; 4. El destino de las utilidades del ejercicio económico del año 2018; 5. Fijación o determinación del monto de la cuota administrativa mensual para el periodo comprendido entre julio y diciembre de 2019; 6. Autorización al señor Gerente para que en coordinación con el Directorio de la compañía, proceda a nombre de ésta a realizar un crédito hipotecario en el sistema financiero a fin de adquirir en propiedad un inmueble para la compañía; y, 7. Autorización al Gerente de la compañía para que proceda a la ejecución de las obligaciones económicas adeudadas a la compañía, según se refleja de los resultados del ejercicio económico del año 2018. En observancia del artículo 242 de la Ley de Compañías, se convoca especial e individualmente al Ing. Julio Chamorro Chancusi, Comisario de la Compañía. De conformidad con el artículo 292 de la Ley de Compañías, se comunica a los accionistas que el balance general y el estado de la cuenta de pérdidas y ganancias así como los informes de Gerente y Comisario, se encuentran para su análisis y revisión en las oficinas de la compañía, ubicadas en la Av. Quitumbe Ñan S52-202 y Pasaje B, del Distrito Metropolitano de Quito. Por tratarse de segunda convocatoria la Junta General Extraordinaria se instalará con el número de accionistas presentes. D.M. Quito, 01 de julio de 2019 Atentamente, Lcdo. José Estrada Cartajena PRESIDENTE
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DE AMERICA CON 00/100.AB. DEFENSOR: AB. GLENDA HIPATIA LUCERO ALVAREZ EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO RUMIÑAHUI S.A.O B J E TO : QUE EN SENTENCIA SE CONDENE A LA DEMANDADA AL PAGO DEL VALOR CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN, INTERESES Y GASTOS.UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 20 de septiembre del 2017, las 10h48, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito del DM., de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.- En lo principal se considera: La demanda presentada por la ABG. GLENDA HIPATIA LUCERO ALVAREZ en calidad de procuradora judicial del ingeniero Alejandro Ribadeneira Jaramillo, gerente general del BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A., conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico
Sr. José Stalin Estrada García GERENTE PAP/73621/AT
General de Procesos, además se fundamenta en el pagaré a la orden establecidos a fs. 1, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Cítese a la parte demandada en la presente causa, señor JONATAN MILTON ANDY GREFA, en calidad de deudor principal en la dirección indicada, mediante deprecatorio a un Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de la Provincia de Sucumbíos, cantón Nueva Loja para lo cual se adjuntará copias
de la demanda y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- De conformidad a los Art. 196 numeral 4 del (COGEP) y 76 numeral 7 literales b) y d) de la Constitución de la Republica, por el momento se niega el desglose solicitado. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe el Abg. Diego Acuña Naranjo en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO
METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 29 de mayo del 2019, las 16h50, VISTOS: En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado JONATAN MILTON ANDY GREFA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes.- NOTIFIQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO MIG-237961-P PAP/73615 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: PICHAM
SEGUNDA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA VALDIVIESO & SOLINES CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN De conformidad con la Ley de Compañías, el Estatuto Social Y EL REGLAMENTO SOBRE JUNTAS GENERALES DE SOCIOS Y ACCIONISTAS DE LAS COMPAÑIAS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, ANÓNIMAS, EN COMANDITA POR ACCIONES Y DE ECONOMÍA MIXTA, y en calidad de LIQUIDADOR convoco en Segunda Convocatoria a los Señores Socios de la COMPAÑÍA VALDIVIESO & SOLINES CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN a la Junta General Extraordinaria de Socios que se efectuará el día VIERNES 12 DE JULIO del 2019, a las 11:00 am., en la oficina de la Compañía ubicada en la calle LUIS CORDERO E10-55 Y AV. 12 DE OCTUBRE, EDIFICIO SANCHO ARIAS, 3er. PISO, OFICINA 302. La Junta se Convoca con el objeto de conocer y resolver sobre los puntos pendientes cuya resolución acordaron en la Junta Celebrada el día 09 de Mayo del presente año, que sea motivo de una Nueva Junta General, conforme consta en el Acta que dice: “Sobre los dos últimos puntos la Junta resuelve que se analizara y resolverá en la próxima Junta……” Junta que debía realizarse el día MIERCOLES 15 DE MAYO del año en curso a las 10:00 am., la misma que no pudo llevarse a cabo por falta de ACUERDO DE LOS SOCIOS. Posteriormente se convocó a Junta General para conocer estos mismos puntos, mediante Convocatoria publicada en el DIARIO LA HORA el Martes 11 de Junio del 2019, Junta que debía llevarse a cabo en Primera Convocatoria el día Jueves 20 de Junio del presente año, la misma que no pudo reunirse por falta de Quórum. Con estos antecedentes, en calidad de Liquidador convocó en Segunda Convocatoria a la Junta General Extraordinaria para la fecha señalada en el primer párrafo y para conocer y resolver los siguientes puntos pendientes de resolución signados anteriormente en la respectiva Convocatoria con los números 4 y 5. 4.
CONOCIMIENTO Y RESOLUCION SOBRE LA ENTREGA DE RECURSOS POR PARTE DE LOS SOCIOS PARA LOS GASTOS DE OFICINA, PAGO DE ARRIENDO DE LA OFICINA Y OTROS INHERENTES AL PROCESO DE LIQUIDACION,
5. CONOCIMIENTO Y RESOLUCIÓN SOBRE EL LUGAR U OFICINA DONDE FUNCIONARÁ EL DOMICILIO DE LA COMPAÑÍA; EN EL MISMO QUE SE CONSERVARÁ Y CUSTODIARÁ EL ARCHIVO Y DOCUMENTACIÓN CONTABLE DE LA COMPAÑÍA. NOTA: POR TRATARSE DE SEGUNDA CONVOCATORIA LA JUNTA SE REUNIRÁ CON EL NÚMERO DE SOCIOS PRESENTES, DE CONFORMIDAD CON EL ESTATUTO Y LA LEY DE COMPAÑÍAS. (EN PRIMERA CONVOCATORIA REALIZADA POR LA PRENSA, NO PUDO REUNIRSE LA JUNTA POR FALTA DE QUORUM).
DR. FABIAN FLORES LIQUIDADOR COMPAÑÍA VALDIVIESO & SOLINES CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN PAR/111192/EG
FLORES ANGEL ANDRES ACTOR: Banco General Rumiñahui S.A. DEMANDADOS: PICHAM FLORES ANGEL ANDRES JUICIO: Civil No. 172302018-17079 TRAMITE: Ejecutivo FECHA DE INICIO:09-11-2018 CUANTIA: USD 9.700,00 JUEZ PONENTE: DRA.RITA ORDOÑEZ PIZARRO DEMANDA: “…el pago de capital…intereses….honorarios profesionales ….costas procesales …”. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 14 de noviembre del 2018, las 15h24, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil, del Distrito Metropolitano de Quito, en virtud del sorteo legal.- En lo principal, la demanda presentada por la abogada Jessica Elizabeth Eras Navarrete, en calidad de Procuradora Judicial del Gerente General del Banco General Rumiñahui S.A., es clara y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), puesto que se fundamenta en un pagaré a la orden, que adjunta a la demanda, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 5 del artículo 347 ibídem, contiene los requisitos que determina el artículo 348 del mismo código, por lo que
se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- En consecuencia, la parte demandada esto es el señor PICHAM FLORES ANGEL ANDRES, en calidad de deudor principal, en el término de quince (15) días, cumpla la obligación demandada o formule oposición en la forma prevista por los Arts. 351, 353, 151 y siguientes del COGEP, bajo la prevención de lo dispuesto por el Art. 352 ibídem, esto es que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CITACIÓN: Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto, a la parte demandada, en la dirección señalada en la demanda, para lo cual se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Gualaquiza, provincia de Morona Santiago, ofreciendo reciprocidad en casos análogos, para el efecto la parte actora proporcione un juego de copias para la elaboración del deprecatorio virtual. De conformidad a lo previsto en el tercer inciso del artículo 53 del citado Cuerpo Legal, dejándose la respectiva constancia en autos, hágase conocer al demandado a través del correo electrónico consignado, el extracto de la demanda y el presente auto; aclarándose que lo
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE MEDISYSTEM HOLDING S.A. De conformidad con lo establecido en el Artículo 236 de la Ley de Compañías y con el Estatuto Social de MEDISYSTEM HOLDING S.A., se convoca a los señores Accionistas de la Compañía a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se llevará a cabo día viernes 12 de julio de 2019, a las 09h00 horas, en la Av. República del Salvador N36-84 y Naciones Unidas, de la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, con el objeto de tratar el siguiente punto del orden del día: 1. Conocer y resolver sobre un nuevo reparto de utilidades correspondientes al ejercicio económico 2018 registradas actualmente en la cuenta de utilidades retenidas. Se convoca señaladamente en forma especial e individualmente a Norma Carrillo en su calidad de Comisaria Principal y a Martha Tufiño en su calidad de Comisaria Suplente, con la finalidad de que comparezcan a la indicada Junta General Extraordinaria de Accionistas. Quito D.M., 3 de julio de 2019. OSCAR BRAHM GIL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO MEDISYSTEM HOLDING S.A.” PAR/111188/EG
dispuesto no sustituye a la citación oficial.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado por la parte accionante para recibir sus notificaciones.NOTIFÍQUESE Y CÍTESE..-f) Dra.Rita Ordoñez Pizarro.- Juez…………… UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 6 de junio del 2019, las 16h28, En vista de la declaración bajo juramento realizado por la parte accionante de las gestiones que ha realizado para dar con el paradero del demandado y de la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia del demandado, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor Picham Flores Ángel Andrés, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación que se editen en esta ciudad; por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda y de las providencias respectivas el cual será enviado al casillero judicial señalado por la parte accionante.- NOTFIQUESE.- f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro.Juez…………… Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 17 de JUNIO del 2019. Certifico.- AB.RAUL VELEZ NARANJO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL COGEP MIG-237965-P PAP/73614 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO PROCEDIMIENTO COGEP JUEZ PONENTE: DR. EDISSON LOPEZ TAPIA. CITACIÓN JUDICIAL Se le hace saber a: CEVALLOS CERON BRYAN ALEXIS y CUEVA ARIAS SANDRA XIMENA; que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en Proceso EJECUTIVO, cuyo extracto es el siguiente: E XT RACTO DE LA DEMANDA: ACTOR: PALTAN ALARCON JIMMY FERNANDO. D E M A N D A D O/ S : CEVALLOS CERON BRYAN ALEXIS y CUEVA ARIAS SANDRA XIMENA CAUSA No.: 17230-201804977. MATERIA: CIVIL. TIPO: EJECUTIVO. ACCION: COBRO DE LETRA DE CAMBIO. C UA N T I A : “ C I E N TO DIECISIETE MIL TRECIENTOS DÓLARES A M E R I CA N O S (USD $127.300,00)” PRETENSION: “Como las letras de cambio adjuntas a esta demanda, constituyen título ejecutivo y la obligación contenida en ella es exigible en la vía ejecutiva amparado en los que dispones los RT 347 y 348 del Código Orgánico General de Procesos y Art 410 del Código de Comercio demando en procedimiento ejecutivo, a los señores
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BRAYAN ALEXIS CEVALLOS CERON y SANDRA XIMENA CUEVA ARIAS, a fin de que tramitada que sea la causa, se los condene al pago de los siguientes valores: El capital de las Letras de Cambio, esto es, la suma de USD $90.000,00 (NOVENTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). El interés al tipo convenido desde su vencimiento hasta la total cancelación de la obligación. Las costas procesales incluidos los honorarios profesionales de mis Abogados Defensores ”. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 11 de abril del 2018 a las 13h26- “VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, La demanda presentada por el señor PALTAN ALARCON JIMMY FERNANDO, es clara, precisa y contentiva de los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), además se fundamenta en el cobro de letra de cambio aparejada a la demanda, documento que al tenor de lo previsto en el número 4 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 410 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 Ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante P RO C E D I M I E N TO EJECUTIVO.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada; previo a disponer lo que en derecho corresponda y con la finalidad de garantizar el derecho a la defensa, CÍTESE al demandado en la presente causa señor BRAYAN ALEXIS CEVALLOS CERON y SANDRA XIMENA CUEVA ARIAS, en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del COGEP; para lo cual se adjuntará en copias de la demanda, documentos adjuntos y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el
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término de QUINCE (15) DÍAS, contados a partir de la citación comparezca a juicio, cumpla con la obligación o conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Para el cumplimiento de la diligencia de citación remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones, debiendo el actor acudir a esta unidad judicial a proporcionar las copias necesarias para la elaboración de las boletas de citación respectivas. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y electrónica de sus notificaciones y la autorización conferida a su defensor, para el patrocinio en la presente causa. Actué el Dr. Iván Sandoval Campaña en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE”. .- f) Dr. Edisson López Tapia.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 21 de mayo del 2019 a las 13h57“VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado que antecede. En atención al mismo, téngase en cuenta la designación hecha por la parte actora de su nuevo abogado defensor. Hágase saber a su anterior defensor que ha sido sustituido en la defensa de la presente causa a quién se le notificará por última vez.- Por corresponder al estado procesal de la causa, Cumplido que ha sido la declaración bajo juramento y por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada señores CEVALLOS CERON BRYAN ALEXIS y CUEVA ARIAS SANDRA XIMENA por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.- NOTFIQUESE”.- f) Dr. Edisson López Tapia.- JUEZ Lo que se CITA para los fines de ley, previéndole a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. Iván Sandoval Campaña. SECRETARIO
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Hay firma y sello PAR/111162/EG EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: A LA SEÑORA SOTO ERRAEZ GINA PATRICIA ACTOR: VICENTE HERNAN ROMERO OÑATEREPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA VIDRIO DE SEGURIDAD SECURIT S.A DEMANDADA: SOTO ERRAEZ GINA PATRICIA JUICIO No: 17230-201700572 CUANTIA: USD. 110.000,oo TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: AL PAGO DEL PAGARÉ A LA ORDEN POR LA CANTIDAD DE USD. 87.000,OO, CON UN VENCIMIENTO AL 7 DE SEPTIEMBRE DEL 2016, MÁS LOS INTERESES QUE POR LEY ME CORRESPONDEN, COSTAS PROCESALES Y HONORARIOS PROFESIONALES.JUEZ: AB. CINTHYA MOLINA DEFENSOR: AB. MICHELLE VACA NIETO FECHA DE INICIO: 12-012017 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, 13 de enero del 2017, las 13h52, VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial Civil con sede en el D.M. de Quito y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por VICENTE HERNAN ROMERO OÑATE, en su calidad de Gerente General y como tal representante legal de la Compañía VIDRIO DE SEGURIDAD SECURIT S.A., conforme al instrumento público que adjunta, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en un pagare que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 numero 5 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- SEGUNDO: En consecuencia, la parte demandada SOTO ERRAEZ GINA PATRICIA, en el término de QUINCE (15) días, conteste a la demanda conforme lo determina la parte
final del Art. 351 del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda en lo que hubiere lugar; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO: CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a la parte demandada SOTO ERRAEZ GINA PATRICIA, en el lugar señalado en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 53 y siguientes del COGEP. QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados por la parte actora.Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones y la autorización que confiere a sus defensores técnicos. Actúe el Ab. Marco Simancas Quinche, en calidad de Secretario. NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, jueves 30 de mayo del 2019, las 15h29, En vista de la declaración bajo juramento realizado por la parte accionante de las gestiones que ha realizado para dar con el paradero del demandado y de la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia del demandado, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada señora SOTO ERRAEZ GINA PATRICIA, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación que se editen en esta ciudad; por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda y de las providencias respectivas.- NOTFIQUESE.Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. MARIA LOURDES TAYA A. SECRETARIA Hay firma y sello PAR/111174/EG
ORDINARIOS R del E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI,
JUDICIAL QUITO
PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: CEVALLOS DE LA CRUZ FRANKLIN ROBERTO ACTOR: MARIA C R I ST I N A ROSERO BARRENO - GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE CORPO ILALO S.A. DEMANDADOS: CEVALLOS COLIMBA JOSE RICARDO, CEVALLOS DE LA CRUZ FRANKLIN ROBERTO, DE LA CRUZ CANCHIGÑA MARIA DEL CARMEN, EGAS CLAVIJO ANABELA ARACELLY JUICIO No: 17231-201700904 - ORDINARIO, COBRO DE DINERO CUANTIA: MIL QUINIENTOS DIECIOCHO DÓLARES AMERICANOS CON 12/100. ($1.518,12 USD) JUEZ: Dr. Moposita Oño Leonel Fernando. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. “VISTOS.Previo sorteo de ley correspondiente, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, con Acción de Personal Nro. 6755-DNTH2015-SBS, de fecha 18 de mayo del 2015, avoco conocimiento del presente proceso.- CALIFICACIÓN.En lo principal, la demanda que antecede presentada por María Cristina Rosero Barreno, Gerente General y Representante Legal de CORPO ILALO S.A.; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos; por lo que, de conformidad con el Art. 289 ibídem, se la ADMITE al procedimiento ORDINARIO. CITACIÓN.- A fin de precautelar la tutela judicial efectiva, el debido proceso y seguridad jurídica prescritos en los Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República, específicamente el derecho a la defensa, cítese en legal y debida forma a la parte demandada CEVALLOS COLIMBA JOSE RICARDO, CEVALLOS DE LA CRUZ FRANKLIN ROBERTO, DE LA CRUZ CANCHIGÑA MARIA DEL CARMEN, EGAS CLAVIJO ANABELA ARACELLY; en la dirección señalado en el libelo inicial, para lo cual se adjuntará la copia de la demanda, copia certificada de los documentos adjuntados y este auto de sustanciación, diligencia que se realizará con observancia de lo establecido en los Arts. 54, 55, 62 y 63 del COGEP, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente, previniéndole al demandado de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o electrónica para sus posteriores notificaciones. CONTESTACIÓN.Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a la parte demanda, el término de TREINTA (30) días una vez citado, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del COGEP. ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese
el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda y aclaración a la misma en el Anuncio de Prueba; lo cual estará a lo previsto en los Art. 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba. NOTIFICACIONES.Téngase en cuenta la casilla judicial y electrónico señalados por el accionante para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su defensor técnico.- Agréguese al expediente la documentación adjunta por la parte actora.- Actúe la Ab. Verónica Villacreses, como secretaria de esta Unidad Judicial.CÍTESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-” UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. “Rumiñahui, lunes 18 de febrero del 2019, las 11h48, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Subrogante de esta Judicatura.- Agréguese al proceso escrito que antecede.- En lo principal; al amparo de lo determinado el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y del Juramento rendido por la actora, cítese al señor CEVALLOS DE LA CRUZ FRANKLIN ROBERTO en uno de los Diarios de mayor circulación del cantón Quito, conforme lo dispuesto en el artículo 56.1 del COGEP, para tal efecto por medio de la secretaria de esta Judicatura remítase el correspondiente extracto.Notifíquese.-” Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en el lugar del juicio para sus posteriores notificaciones. Certifico.Ab. Verónica Villacreses SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/112112/AT REPUBLICA DEL ECUADOR COMPLEJO JUDICIAL SUR - UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: CHIGUANO VILLACIS JA N E T y RAMOS S OTO M AYO R JUAN ARTURO ACTO R : CAILLAMARA MARIA VICTORIA DEMANDADO: CHIGUANO VILLACIS JANET Y OTROS JUICIO: 17233-2018-02109 OBJETO: ORDINARIOP R E S C R I P C I Ó N ADQUISITIVA DE DOMINIO CUANTIA: $ 31.000.00 P R O V I D E N C I A S PERTINENTES: Las que siguen: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, lunes
28 de mayo del 2018, las 13h58, VISTOS.- Avoco conocimiento en esta causa, en calidad de Juez de primer nivel, según nombramiento emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura, notificado con Acción de Personal No.9795-DNTHNB, de 02 de Septiembre del año 2013.- Como Juez del Distrito Metropolitano de Quito, según Resolución No.191-2014 de 17 de septiembre del año 2014, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, notificada con Acción de Personal No.8600- DNTH2014-JT, de 28 de Octubre del 2014.- En calidad de Juez Civil, Laboral y de Inquilinato de esta Unidad Judicial; con sede en la Parroquia Quitumbe, por traslado desde la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito; según lo establecido en la Resolución 051-2017, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el Registro Oficial No.994 de 28 de abril del año 2017; según Acción de Personal No.1402-DP17-2018-MP, de 06 de febrero del año 2018, emitida por la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura; y, en virtud del Acta de sorteo de la presente causa.- La demanda de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio que presenta, María Victoria Caillamara, en contra de, Juan Arturo Ramos Sotomayor y Janet Chiguano Villacís, reúne los requisitos legales establecidos en el Art. 142; del Código Orgánico General de Procesos, COGEP; demanda a la cual se ha adjuntado los documentos pertinentes previstos en el Art. 143; en consecuencia, se la admite a trámite correspondiente mediante procedimiento ordinario, establecido en el Título I, Capítulo I, Artículo 289 al 298 del COGEP.Cítese con el contenido de la demanda y este auto, a los demandados, Juan Arturo Ramos Sotomayor, en la dirección proporcionada por la demandante; para este fin, reemítase; vía electrónica, en forma virtual, Deprecatorio, a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Civil con jurisdicción en el cantón Guayaquil de la Provincia del Guayas; a quien se le enviará sufriente despacho, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos; y, a, Janet Chiguano Villacís, en la dirección proporcionada por la demandante; Cuéntese en la sustanciación de esta causa con los representantes del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito; a quienes se les citará en sus despachos.- Para la práctica de la citación en esta ciudad a la nombrada demandada, y a los representantes del Municipio de Quito, la accionante proporcione inmediatamente, copias suficientes de su demanda a fin de elaborar las boletas de citación y remitírselas al Prestador del Servicio de Citaciones, debiendo el Citador cerciorarse de que la dirección proporcionada por la demandante para citar a la nombrada demandada,
sea necesaria para su actuación, en la forma establecida en el Art.152 del COGEP.Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual, por Secretaría ofíciese al funcionario respectivo adjuntado copia de las piezas procesales correspondientes y remítase el Oficio a la casilla judicial de la demandante, dejando constancia en el SATJE.- Se les advierte a los demandados que los efectos de la falta de contestación se encuentran establecidos en el Art. 157 del COGEP.Para resolver esta clase de controversias se desarrollarán dos audiencias así: En la primera o Audiencia preliminar, se pronunciaran y resolverán las excepciones previas; la validez procesal; se determinará del objeto de la controversia; los reclamos de terceros la competencia y cuestiones de procedimiento que puedan afectar la validez del proceso con el fin de convalidarlo.- En esta primera audiencia además, se promoverá la concilia-
sea verdadera, es decir, que se trate del respectivo domicilio o lugar de trabajo para hacer allí la citación en forma legal.- Citación que se dispone realizar para que los demandados y el Municipio de Quito, en el término de (30) días, contesten la demanda; debiendo los demandados, al contestar la demanda: 1).-Pronunciarse en forma expresa sobre cada una de las pretensiones de la parte actora; 2).- Pronunciarse sobre la veracidad de los hechos alegados en la demanda; 3).- Pronunciarse sobre la autenticidad de la prueba documental acompañada a la demanda, con la indicación categórica de lo que admiten y de lo que niegan; 4).- Deducir todas las excepciones de las que se crean asistidos; mismas que podrán reformarse hasta antes de la audiencia preliminar; y, e).- Anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, precisando toda la información que
ción de las partes, pudiendo inclusive derivar el proceso a Mediación.-Además, en esta Audiencia Preliminar, las partes deberán anunciar la totalidad de sus pruebas que serán presentadas en la audiencia de juicio; y, podrán objetar la prueba de la contraparte.- En esta audiencia se resolverá sobre la admisibilidad de la prueba de las partes; y, se fijará fecha para la Audiencia de Juicio.- Las partes, podrán realizar acuerdos probatorios.- En la segunda Audiencia o Audiencia de Juicio, luego de escuchar un alegato inicial a las partes, los litigantes practicarán sus pruebas en el orden que soliciten; se escuchará un alegato final con derecho una sola replica y se resolverá la controversia en forma oral.- Téngase en cuenta la prueba documental anunciada por la parte actora; la prueba testimonial; y, la petición de inspección judicial.-En acatamiento al Memorando circular-CJDNDMCSJ-2017-0011-MC
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE REPRESENTANTES DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO NUEVO AMBATO LTDA. De conformidad con las disposiciones Legales y Estatutarias vigentes, se convoca a los Señores Representantes de los Socios, Vocales del Consejo de Administración, Vocales del Consejo de Vigilancia, al Señor Gerente, Miembros de los Comités Internos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Nuevo Ambato Ltda, a Asamblea General Extraordinaria de Representantes, la misma que se realizará el día sábado 13 de julio 2019 a partir de las 15H00 horas en las instalaciones de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Nuevo Ambato Ltda, ubicadas en la ciudad de Quito, en la calle Ayapamba y Gonzol esquina, con el fin de tratar el siguiente Orden del Día: 1) Conocimiento del acuerdo previo de intención de fusión por absorción entre la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Merced Ltda-Cuenca, y la Cooperativa de Ahorro y Crédito Nuevo Ambato Ltda. 2) Aprobación de los Estados Financieros que servirán de base para la fusión entre la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Merced Ltda-Cuenca (Absorbente), y la Cooperativa de Ahorro y Crédito Nuevo Ambato Ltda, con corte al 30 de junio de 2019. 3) Resolución sobre distribución de los certificados de aportación como resultado de la fusión. 4) Resolución sobre compensaciones que acordaren, sea en numerario, bienes o suscripción de pasivos. 5 )Resolución sobre el traspaso de activos, pasivos, patrimonio y contingentes. 6) Resolución sobre la participación en el proceso de fusión. 7) Aprobación de los contratos de fusión y autorización al representante legal para su firma, y elevación a escritura pública, en caso de ser necesario. 8) Autorización al Representante Legal para efectuar todos los actos y gestiones necesarias para el perfeccionamiento de la fusión. 9) Lectura y aprobación del acta de la Asamblea General Extraordinaria. El quórum legal para la sesión de Asamblea General se establecerá de acuerdo a lo que dispone el Artículo 9 de la Resolución No. SEPSIGT-IGJ-IFMR-2017-045, del 10 de mayo de 2017: “(…) Las asambleas extraordinarias de socios o representantes de las entidades intervinientes, se instalarán y desarrollarán con la presencia de más de la mitad de los socios o representantes, de acuerdo al caso. De no haber quórum a la hora señalada en la convocatoria, se esperará una hora para llegar al quórum mínimo. De no ocurrir esto, se deberá realizar una segunda convocatoria; en caso de no alcanzar el quórum necesario a la hora señalada, la asamblea se instalará una hora más tarde con el número de socios o representantes presentes, lo cual deberá señalarse expresamente en dicha convocatoria.”. Dada la importancia de los puntos a tratar se solicita su puntual asistencia y activa Quito, 3 de Julio de 2019. Cooperativa de Ahorro y Crédito Nuevo Ambato Ltda Francisco Toalombo Punina PRESIDENTE PAR/111191/EG
TR: CJ-INT-2017-54593, de 29 de diciembre de 2017 remitido por la Dirección Nacional de Gestión Procesal con el cual se comunica la directriz referente a la recepción e incorporación de los certificados electrónicos otorgados por el Registro de la Propiedad de Quito; y, previo a considerar lo dispuesto en el Art. 202 del Código Orgánico General de Procesos que establece: “Los documentos producidos electrónicamente con sus respectivos anexos, serán considerados originales para todos los efectos legales. Las reproducciones digitalizadas o escaneadas de documentos públicos o privados que se agreguen al expediente electrónico tienen la misma fuerza probatoria del original. Los documentos originales escaneados, serán conservados por la o el titular y presentados en la audiencia de juicio o cuando la o el juzgador lo solicite. Podrá admitirse como medio de prueba todo contenido digital conforme con las normas de este Código.”; se dispone que, previa a la incorporación al proceso del Certificado electrónico del Registrador de la Propiedad de este cantón presentado por la demandante, el Secretario de esta Unidad Judicial verifique la existencia de dicho documento a través de la apertura del medio electrónico respectivo o mediante la página web del Registro de la Propiedad y siente la razón referente a la existencia del certificado electrónico en el medio informático de almacenamiento que se encuentra en el proceso.Regístrese la casilla judicial física No.522 y los correos electrónico, monivallejorosero@hotmail.com; miasesorlegalquito@gmail.com; señalados por la accionante para recibir sus posteriores notificaciones; y, téngase en cuenta la autorización que confiere a su Defensora Ab. Mónica Vallejo.- Los litigantes, ahora pueden gestionar su proceso en línea, ingresando a la siguiente dirección electrónica: www.funcionjudicial-pichincha.gob. ec; servicios Corporativos; Ingreso de Requerimientos.N OT I F Í Q U ES E . f) CEVALLOS AMPUDIA EDWIN ERNESTO, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, miércoles 19 de junio del 2019, las 15h28, Una vez que se ha cumplido con la diligencia dispuesta en auto inmediato anterior, y la parte actora ha compareciendo a declarar bajo juramento la imposibilidad de determinar la residencia y/o domicilio de la parte demandada, señores CHIGUANO VILLACIS JANET y RAMOS S OTO M AYO R JUAN ARTURO, manifestando que pese a las averiguaciones y diligencias que han realizado, ha sido imposible determinar el domicilio y residencia de los demandados, conforme consta en acta a
foja 36 del proceso, por lo que solicitan se realice la citación por la prensa, y en méritos de las actuaciones realizadas conforme consta del proceso el certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores, a fs. 125 y 126 del proceso, en la que consta que la parte demandada señores CHIGUANO VILLACIS JANET y RAMOS S OTO M AYO R JUAN ARTURO, no han salido del país, cumpliendo con los presupuestos ordenados en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es la declaración bajo juramento, sin más consideraciones en aplicación al Art. 5 de la Resolución No. 07-2018 de la Corte Nacional de Justicia, de 18 de mayo del 2018, y conforme lo dispone el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone: Citar a la parte demandada señores CHIGUANO VILLACIS JANET y RAMOS S OTO M AYO R JUAN ARTURO, por medio de tres publicaciones por la prensa, en tres fechas distintas, en uno de los diarios de mayor circulación nacional o local, para que transcurridos veinte días desde la última publicación, tendrá el término para contestar la demanda y señalen sus domicilios Judiciales dentro de la parroquia Quitumbe, Ciudad de Quito, a fin de que reciba sus futuras notificaciones en la presente causa, para lo cual remítase el extracto correspondiente al casillero que tiene señalado la parte actora dentro de la presente causa, siendo los accionantes quienes darán las facilidades del caso, para el cumplimiento de la diligencia.- Actúe la Ab. Gloria Fajardo Paladines, en calidad de Secretaria encargada de esta Unidad Judicial, según Acción de Personal No.6314-DP172019-KV, de 10 de Mayo del año 2019.-NOTIFÍQUESE, CÍTESE Y CUMPLASE.f) EDWIN ERNESTO CEVALLOS AMPUDIA JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB. GLORIA FAJARDO PALADINES SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/111181/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ C I TAC I Ó N JUDICIAL A: P R ES U N TOS Y D E S C O N O C I D O S HEREDEROS DEL SEÑOR CALISTO CHICAIZA. DEMANDADOS: HEREDEROS CONOCIDOS DEL SEÑOR CALISTO C H I CA I Z A , s e ñ o re s : CARMEN AMELIA IBARRA
GUACHAMIN, LU I S GUILLERMO IBARRA GUACHAMIN, JOSE RAFAEL IBARRA GUACHAMIN, PAT R I C I O ALFREDO IBARRA GUACHAMIN, EDISON O S WA L D O IBARRA GUACHAMIN, MONICA ESPERANZA IBARRA GUACHAMIN, ROSA DEL PILAR IBARRA GUACHAMIN, NELLY CECILIA IBARRA GUACHAMIN, ASÍ COMO A LOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DEL SEÑOR C A L I STO CHICAIZA ALCALDE DEL D.M. QUITO PROCURADOR JUDICIAL DEL MUNICIPIO DE QUITO D.M. JUICIO No. 17230-201814096. TRAMITE: ORDINARIO P R E S C R I P C I Ó N ADQUISITIVA DE DOMINIO. CUANTÍA: INDETERMINADA. AB. DEFENSOR: AB LORENA PALMA LEON. O B J E TO : QUE EN SENTENCIA SE DISPONGA A FAVOR DE LA ACCIONANTE EL DOMINIO DEL INMUEBLE MATERIA DEL PRESENTE JUICIO Y A SU VEZ SE ORDENE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 5 de octubre del 2018, las 16h52, VISTOS: Por haberse dado cumplimiento al auto de sustanciación anterior se dispone: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE: Revisada la demanda presentada por la señora JUANA GUACHAMIN GOMEZ, en atención a lo consagrado en el Art. 169 de la Constitución de la República y 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) se la CALIFICA de completa y clara, pues cumple los requisitos legales generales contemplados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la ADMITE a trámite mediante procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado y en virtud de lo prescrito en el Art. 289 ibídem.INSCRIPCION: Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad del D.M. de Quito, a fin de que cumpla con lo dispuesto.- CITACIÓN.Cumplida la inscripción dispuesta, CÍTESE con el contenido de la demanda, el escrito que antecede y el presente auto de sustanciación a la parte demandada a los HEREDEROS CONOCIDOS DEL SEÑOR CALISTO CHICAIZA, señores: CARMEN AMELIA IBARRA GUACHAMIN, LUIS GUILLERMO IBARRA GUACHAMIN, JOSE RAFAEL IBARRA GUACHAMIN, PAT R I C I O ALFREDO
IBARRA GUACHAMIN, EDISON O S WA L D O IBARRA GUACHAMIN, en el lugar que se indica en la demanda, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP; En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la parte actora JUANA GUACHAMIN GOMEZ, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a los PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DEL SEÑOR CALISTO CHICAIZA por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el EXTRACTO respectivo. Conjuntamente, cítese a los demandados MONICA ESPERANZA IBARRA GUACHAMIN, ROSA DEL PILAR IBARRA GUACHAMIN, NELLY CECILIA IBARRA GUACHAMIN, en la dirección señalada en la demanda, para el efecto confiérase el respectivo EXHORTO y en envíese al Consulado Ecuatoriano en Roma, Italia, previo a las formalidades de Ley; y, se disponen a la parte actora que brinde todas las facilidades necesarias, previniéndole a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. Conforme lo solicitado por la accionante CUÉNTESE con los Personeros del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, Sr. Alcalde y Procurador Síndico, a quienes se les notificará en la dirección señalada en el libelo inicial. Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente.CONTESTACIÓN: Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a los demandados: HEREDEROS CONOCIDOS DEL SEÑOR CALISTO CHICAIZA, señores: CARMEN AMELIA IBARRA GUACHAMIN, LUIS GUILLERMO IBARRA GUACHAMIN, JOSE RAFAEL IBARRA GUACHAMIN, PAT R I C I O ALFREDO IBARRA GUACHAMIN, EDISON O S WA L D O IBARRA GUACHAMIN, MONICA ESPERANZA IBARRA GUACHAMIN, ROSA DEL PILAR IBARRA GUACHAMIN, NELLY CECILIA IBARRA GUACHAMIN, así como a los PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DEL SEÑOR CALISTO CHICAIZA y los Personeros del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, Sr. Alcalde y Procurador Síndico, el término de TREINTA (30) días una vez citados, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos.- ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el numeral 5 en el apartado denominado “Anuncio de prueba” de la demanda;
para lo cual se observará lo previsto en los Art. 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del Código Orgánico General de Procesos, sobre la admisibilidad y práctica de prueba.- NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN: Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalados por los accionantes para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su defensor técnico.- Agréguese al expediente la documentación adjunta por la parte actora.- Actúe el Ab. Diego Alejandro Acuña Naranjo en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial Civil.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/111187/EG
SOCIEDADES CIVILES DR. PABLO VÁSQUEZ MÉNDEZ NOTARIO EXTRACTO C O N ST I T U C I Ó N DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL “CORMEL” Los señores DANNY VINICIO CÓRDOVA QUEVEDO y MAYRA DE JESÚS VERA ALVARADO, ecuatorianos, domiciliados en la ciudad de Quito. RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL “CORMEL” OBJETO: El objeto de la Sociedad Civil y Comercial es: a) Procesamiento, fabricación, importación, exportación, representación, comercialización directa, distribución al por mayor y menor, venta, maquilado, procesos de transformación de materia prima y cualquier otro acto comercial y/o industrial, relacionado a materiales para la construcción, metalmecánica, maderas, muebles y áreas comerciales relacionadas; b) Acabados y remodelación de todo tipo de construcciones; c) Compra, venta, alquiler y explotación de bienes inmuebles; d) Actividades de Inmobiliaria; e) importación y exportación de todo tipo de bienes relacionados con la construcción y afines; f) Actividades de asesoramiento y gestión combinados en el campo de la construcción; g) Fabricación y elaboración de terminados para la construcción; además la sociedad civil podrá adquirir concesiones y patentes, asociarse con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras en fin podrá ejecutar cuanto acto, contrato y operaciones en general que tengan relación con su objeto social y sean permitidas por la leyes ecuatorianas. DOMICILIO: La ciudad de Tambillo, del Cantón Mejía, Provincia de Pichincha. CAPITAL: El capital de la
Sociedad es de $ 10.000.00 (DIEZ MIL Y 00/100 DÓLARES), dividido en diez mil (10.000) participaciones sociales cuyo valor nominal es de UN DÓLAR (1,00 USD.) cada una, suscritas y pagadas de la siguiente manera: UNO.- DANNY VINICIO CÓRDOVA QUEVEDO, suscribe nueve mil (9.000) número de participaciones sociales pagadas por un monto de capital de NUEVE MIL DÓLARES ($ 9.000,00). DOS.- MAYRA DE JESÚS VERA ALVARADO, suscribe mil (1.000) número de participaciones sociales pagadas por un monto de capital de MIL DÓLARES ($ 1.000,00). PLAZO: 50 años. Cualquier oposición para la constitución de la presente sociedad podrá ser presentada hasta dentro del plazo de cinco días. Dr. Pablo A. Vásquez Méndez N O TA R I O DÉCIMO SEXTO DEL DISTRITO METROPOLITANO DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAP/73618/AT
VARIOS EXTRACTO VISTO BUENO N° 282230-2019-MBMA ACTOR: TATIANA DEL PILAR CAJILEMA BALSECA REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA DISAN DISTRIBUCIONES ACC I O N A D O : DAV I D FERNANDO REINOSO CAICEDO CAUSAL: ART. 172 NUMERALES 1, 2 Y 3 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO. Dentro del Trámite de VISTO BUENO N° 2822302019-MBMA, que sigue TATIANA DEL PILAR CA J I L E M A BA L S ECA REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA DISAN DISTRIBUCIONES en su calidad de empleador, en contra de DAVID FERNANDO REINOSO CAICEDO, se ha dictado lo que sigue: INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.Quito, 19 de junio del 2019, a las 16H00.- En mérito del sorteo realizado avoco conocimiento de la solicitud de Visto Bueno signado con el N°282230-2019-MBMA, que sigue TATIANA DEL PILAR CAJILEMA BALSECA REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA DISAN DISTRIBUCIONES en su calidad de empleador, en contra de DAVID FERNANDO REINOSO CAICEDO.- La misma que por estar de acuerdo con la Ley se la acepta a trámite.- En lo principal agréguese al expediente la DECLARACIÓN JURAMENTADA presentada por la parte actora celebrada ante Notario Público donde indica que desconoce el domicilio actual del accionado y que ha efectuado todas las gestiones necesarias con este fin así como el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores.- PRIMERO: La parte accionante fundamenta su petición en el Art 172, numeral 1, 2 Y 3 del
Revista judicial MIÉRCOLES 3 de julio de 2019 La Hora Quito, ecuador
Código de Trabajo y solicita la terminación de la relación laboral con el accionado.SEGUNDO: En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación de conformidad con el Art. 56 del Código de Orgánico General de Procesos norma supletoria del Código del Trabajo, una vez transcurridos los veinte días, se le concede al trabajador el término de dos días de conformidad al Art. 621 del Código del Trabajo, para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones.- TERCERO: Tórnese en cuenta el casillero judicial No. 4256 señalado por la parte empleadora para notificaciones que le correspondan, así como su autorización realizada al Profesional del Derecho, para que actúe en el patrocinio en este trámite.CUARTO: Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspección del Trabajo dentro del plazo de los diez días siguientes a partir de esta notificación, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente.- NOTIFÍQUESE.- f) MARÍA BELEN MIELES A. Lo que comunico a usted para los fines de Ley. ABG. MARÍA BELEN MIELES A. INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/112106/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-COGEPTRÁMITE ORAL EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: MARÍA ROBERTINA JUIÑA PILAPAÑA y LUIS ESTEBAN JUÑIA SÁNCHEZ ACTOR: PATRICIO JOSE MIGUEL QUEVEDO VERGARA (PROCURADOR JUDICIAL DE ANGEL ALFREDO COSTALES CA R R E RA , JULIANA F E R R E I RA S EV I L L A , STEPHANIE ANDREA COSTALES CARRERA Y CARLOS FRANCISCO ZURITA MENDIETA) DEMANDADOS: ALDAS VACA GUSTAVO ENRIQUE y OTROS JUICIO: 17230- 2017- 17000SUMARIO CUANTIA: Indeterminada UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes
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22 de enero del 2018, las 09h05, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto inmediato anterior.- La demanda que antecede presentada por Patricio José Miguel Quevedo Vergara, en calidad de procurador judicial de los cónyuges Ángel Alfredo Costales Carrera y Juliana Ferreira Sevilla, y del cónyuges Stephanie Andrea Costales Carrera y Carlos Francisco Zurita Mendieta, quienes representan a sus hijos Mary Emilia Zurita Costales y Francisco Nicolás Zurita Costales, en contra de los señores: Miriam Paulina Simbaña Rengifo, Diana Carolina Vargas Costales, Sonia María Carrera Oña, Ángel Elicio Costales Orozco, Wendy Elizabeth Costales Carrera, Gustavo Aldas, Sonia Yakira Costales Carrera, Juan Francisco Vargas Rivadeneira, Enrique Coello García, Fabián Remigio Coello Serrano, María Robertina Juñia Pilapaña y Luis Esteban Juñia Sánchez, se la califica de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP, situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Sumario, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo III del Código citado.- Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad del D.M. de Quito, a fin de que cumpla con lo dispuesto CÍTESE, con el contenido de la demanda y el presente auto a la parte demandada Miriam Paulina Simbaña Rengifo, Diana Carolina Vargas Costales, Sonia María Carrera Oña, Ángel Elicio Costales Orozco, Wendy Elizabeth Costales Carrera, Gustavo Aldas, Sonia Yakira Costales Carrera, Juan Francisco Vargas Rivadeneira, Enrique Coello García y Fabián Remigio Coello Serrano, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y 54 del COGEP, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico, para el efecto envíese suficiente despacho en forma a la oficina correspondiente, a fin de dar cumplimiento con esta diligencia (la parte accionante provea de las copias necesarias para la citación).- En base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de los demandados María Robertina Juñia Pilapaña y Luis Esteban Juñia Sánchez, se dispone: CÍTESE, a los demandados María
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
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Revista judicial C8
MIÉRCOLES 3 de julio de 2019 La Hora Quito, ecuador
Robertina Juñia Pilapaña y Luis Esteban Juñia Sánchez, mediante tres publicaciones en días distintos en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.- Conforme lo establecido en el artículo 333.3 del COGEP se concede a los demandados el término de 15 días una vez citada, a fin de que conteste su demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, considerando la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el ordinal Quinto de la demanda, los mismos que se estarán a lo previsto en los artículos 160, 161, y 333.4 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Única.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, conforme lo ordena el inciso quinto del artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual ofíciese conforme corresponda.- Tómese en cuenta la documentación aparejada a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para sus notificaciones; así como, la calidad en la que comparece.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 8 de febrero del 2018, las 16h04, Por cuanto en el auto de fecha 22 de enero del 2018, por un error tipográfico se hace constar como demandada a la señora María Robertina Juñia Pilapaña, siendo lo correcto María Robertina Juiña Pilapaña; en tal virtud se reforma dicho auto de conformidad con el artículo 254 de Código Orgánico General de Procesos, en la parte de: (...)en contra de los señores: Miriam Paulina Simbaña Rengifo, Diana Carolina Vargas Costales, Sonia María Carrera Oña, Ángel Elicio Costales Orozco, Wendy Elizabeth Costales Carrera, Gustavo Aldas, Sonia Yakira Costales Carrera, Juan Francisco Vargas Rivadeneira, Enrique Coello García, Fabián Remigio Coello Serrano, María Robertina Juñia Pilapaña y Luis Esteban Juñia Sánchez(…), SIENDO LO CORRECTO: (…)en contra de los señores: Miriam Paulina Simbaña Rengifo, Diana Carolina Vargas Costales, Sonia María
Carrera Oña, Ángel Elicio Costales Orozco, Wendy Elizabeth Costales Carrera, Gustavo Aldas, Sonia Yakira Costales Carrera, Juan Francisco Vargas Rivadeneira, Enrique Coello García, Fabián Remigio Coello Serrano, María Robertina Juiña Pilapaña y Luis Esteban Juñia Sánchez,(…); y en la parte que dice: (…)CÍTESE, a los demandados María Robertina Juñia Pilapaña y Luis Esteban Juñia Sánchez(…), SIENDO LO CORRECTO: (…)CÍTESE, a los demandados María Robertina Juiña Pilapaña y Luis Esteban Juñia Sánchez(…); con esta rectificación, en lo demás estese a lo dispuesto en el mencionado auto.- NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 24 de octubre del 2018, las 11h09, VISTOS: En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial con sede en la Parroquia Iñaquito, avoco conocimiento de la presente causa.- Agréguese al proceso el escrito presentado.- En virtud de la nulidad declarada en audiencia única y una vez que la parte actora ha dado cumplimiento al mandato de completar la demanda, se dispone: PRIMERO.- CALIFICACIÓN.La demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).- Por lo expuesto, se la califica y se admite a trámite mediante procedimiento sumario. SEGUNDO.- CITACIÓN.2.1.- En relación a la citación, si bien constan del proceso constan las diligencias de citación a los demandados MIRIAM PAULINA S I M BA Ñ A R E N G I FO, DIANA CAROLINA VARGAS COSTALES, SONIA MARÍA CARRERA OÑA, ÁNGEL ELICIO COSTALES OROZCO, W E N DY ELIZABETH COSTALES CARRERA, GUSTAVO ENRIQUE ALDAS VACA, SONIA YAKIRA COSTALES CARRERA, JUAN FRANCISCO VARGAS RIVADENEIRA, ENRIQUE COELLO GARCÍA, FABIÁN REMIGIO COELLO SERRANO, a quienes se ha citado por boletas fijadas; y, la citación por la prensa a MARÍA ROBERTINA JUÑIA PILAPAÑA y LUIS ESTEBAN JUÑIA SÁNCHEZ; sin embargo y en virtud de la nulidad; y, principalmente, por cuanto en el escrito que se completa la demanda se consignan circunstancias distintas a las contenidas en la demanda inicial (como por ejemplo el hecho de que ya no se demanda a una persona desconocida); en tal virtud, a fin de poner en conocimiento el contenido íntegro de la demanda
JUDICIAL QUITO
y escrito que completa la misma, corresponde que se cite en debida forma a todos los demandados tanto con la demanda, escrito que se atiende y el presente auto.- Consecuentemente, cítese los demandados DIANA CAROLINA VARGAS COSTALES, SONIA MARÍA CARRERA OÑA, ÁNGEL ELICIO COSTALES OROZCO, W E N DY ELIZABETH COSTALES CARRERA, GUSTAVO ENRIQUE ALDAS VACA, SONIA YAKIRA COSTALES CARRERA, JUAN FRANCISCO VARGAS RIVADENEIRA, ENRIQUE COELLO GARCÍA y FABIÁN REMIGIO COELLO SERRANO, con el contenido de la demanda y escrito que se atiende, en los lugares señalados en la demanda y escrito referidos.- La parte actora proporcione las copias para la elaboración de las boletas.- 2.2.- A la demanda MIRIAM PAULINA SIMBAÑA RENGIFO, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 130.8 del Código Orgánico de la Función Judicial en concordancia con el inciso segundo del Art. 53 del COGEP, toda vez que ha comparecido a juicio y señalado domicilio judicial; y, por cuanto no se le causa indefensión, se le tiene por citada a partir de la presentación de su contestación; en tal virtud, notifíquese con el contenido del escrito que se atiende en el domicilio judicial que tiene señalado para recibir notificaciones.- 2.3.- La parte accionante, comparezca a esta Unidad Judicial, en forma personal o por medio de su procurador o procuradores judiciales debidamente facultados, a fin de rendir declaración bajo juramento respecto de la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia así como de que han agotado todas las gestiones para tratar de ubicarles como acudir a registros de público acceso, de los demandados MARÍA ROBERTINA JUÑIA PILAPAÑA y LUIS ESTEBAN JUÑIA SÁNCHEZ.- Para tal efecto se señala para el día 12 DE NOVIEMBRE DEL 2018 A LAS 15H00 para que comparezcan a esta Unidad Judicial a rendir el juramento determinado en el Art. 56 numeral 2 del COGEP.T E R C E R A . CONTESTACIÓN.- Se concede a la parte demandada el término de QUINCE DÍAS a partir de la citación PARA QUE CONTESTEN LA DEMANDA Y ANUNCIEN SUS PRUEBAS, en concordancia con el artículo Art. 333 numeral 3 del COGEP; contestación que deberá reunir los requisitos de los Arts. 142, 143, 151, 152, 153 y demás pertinentes ibídem.CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- Conforme dispone el inciso final del Art. 159 y Art. 160 del COGEP, en audiencia única, de ser procedente, previo ejercicio de admisibilidad, se dispondrá la producción de los medios probatorios anunciados en la demanda.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la demanda.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se
encuentra a su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.QUINTO.- De conformidad con el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, se dispone que se inscriba la demanda y escrito que completa la misma en el Registro de la Propiedad, debiéndose tener en cuenta que, conforme obra del proceso a fs. 290, 291 y 292 consta la razón de inscripción de la demanda inicial.- En tal virtud, emítase el oficio correspondiente a fin de que se tome nota de lo dispuesto en este auto de calificación y escrito que se atiende.SEXTO.- Regístrese el casillero judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones y la designación de defensores.Actúe la Ab. Patricia Feijoo en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 20 de junio del 2019, las 11h24, Vistos.- En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a los señores MARÍA ROBERTINA JUIÑA PILAPAÑA con C.C. No. 1705802476 y LUIS ESTEBAN JUÑIA SÁNCHEZ con C.C. No. 1700919671, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE. f) DR. EDWIN GERMAN PANCHO MALES. JUEZ.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, para posteriores notificaciones. AB. PATRICIA M. FEIJÓO C. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO – COGEP Hay firma y sello PAC/112108/AT 17233- 201802274-OFICIO- 030262019 REPUBLICA DEL ECUADOR COMPLEJO JUDICIAL SUR - UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL Citase con el siguiente extracto de la demanda dentro del Juicio de Ejecución a: CORTEZ LAGUA NANCY MARGOTH cuyo tenor es el siguiente: ACTOR: BANCO DEL AUSTRO (DR. FERDINAD WLADIMIR GALARZA LEON, PROCURADOR JUDICIAL) DEMANDADO: CORTEZ LAGUA NANCY MARGOTH JUICIO: 1 7 2 3 3 - 2 0 1 8 02274 OBJETO EMBARGO Y REMATE DEL BIEN CON
RESERVA DE DOMINIO CUANTIA: USD.15.924,35 E XT RACTO DE LA DEMANDA: Conforme lo dispuesto en el Art. 596 del Código de Comercio en concordancia con el Art. 573 y siguientes ibídem, por el mérito que presentan los documentos aparejados a la demanda y antes de que se ejecute el mandamiento de ejecución al demandado solicito que se sirva ordenar el EMBARGO del bien prendado para su posterior venta en pública subasta esto es el automotor Tipo Jeep, Marca Hyundai, Modelo Tucson IX STD 2.0 5P 4x2 TM del año 2015, Color vino, Chasis: KMHJT81EAFU989342 Motor: G4NAEU450382 P R O V I D E N C I A S PERTINENTES: Las que siguen: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, miércoles 8 de agosto del 2018, las 15h28, VISTOS: Avoco conocimiento en esta causa en calidad de Juez encargado en reemplazo del despacho del Dr. Edwin Cevallos Ampudia, según acción de personal No. 7311-DP172018-MP, por el periodo del 25 de julio del 2018 al 8 de agosto del 2018.- Agréguese a los autos el escrito que antecede presentado por la parte actora. Por cuanto no se han formulado observaciones a la liquidación de la deuda, dentro del término concedido para el efecto, se la aprueba.- Continuando con la tramitación del proceso; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 372 del Código Orgánico General de Procesos, COGEP, se expide el siguiente, MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN, así: (1).IDENTIFICACIÓN DE QUIEN DEBE CUMPLIR CON LA OBLIGACIÓN.- Según el título de ejecución y lo analizado en el auto de 6 de junio del presente año se identifica a, Nancy Margot Cortez Lagua, quien debe cumplir con la obligación de pago. (2).- DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN.- Consta de autos que la obligación de pago se determina por el incumplimiento al pago total del contrato de compra venta con reserva de dominio presentado con la demanda; obligación que liquidada asciende a, $16.243,37; y, (3).- ORDEN DE PAGO.- En consecuencia, se ordena que, Nancy Margot Cortez Lagua, en el término de 05 días, contados desde la notificación del presente mandamiento de ejecución, pague al, Banco del Austro S.A. por intermedio de su Gerente General, Ing. Guillermo Talbot Dueñas; y, éste , por intermedio de su Procurador Judicial Dr. Wladimir Galarza León, la cantidad de $16.243,37 correspondiente a la liquidación de la deuda; bajo prevenciones de que, de no hacerlo se procederá a la ejecución forzosa.- La ejecutada podrá oponerse al mandamiento de ejecución, únicamente por los motivos establecidos en el Art.373
del COGEP, de forma debidamente justificada.- La oposición no suspende la ejecución y será resuelta en Audiencia de Ejecución.Las consecuencias de la falta de cumplimiento del mandamiento de ejecución se encuentran establecidas en el Art.375 y siguientes del COGEP.- Por tratarse de la ejecución de un título distinto a sentencia ejecutoriada, se ordena que se notifique con el presente mandamiento de ejecución a Nancy Margot Cortez Lagua, en persona o mediante tres boletas, EN LA DIRECCIÓN SEÑALADA EN EL LIBELO DE LA DEMANDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y siguientes del COGEP, para lo cual el peticionario proporcione copias necesarias. Por Secretaría de esta Unidad Judicial remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para las notificaciones.Oportunamente se atenderá lo referente al embargo solicitado.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE..- f) EDWIN ERNESTO CEVALLOS AMPUDIA JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, lunes 15 de abril del 2019, las 11h54, Por cuanto la parte actora BANCO DEL AUSTRO (DR. FERDINAD WLADIMIR GALARZA LEON, PROCURADOR JUDICIAL) ha declarado bajo juramento que le ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada CORTEZ LAGUA NANCY MARGOTH; y, que ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar al nombrado demandado, como acudir a los registros de público acceso; en acatamiento a lo dispuesto en los Arts.56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar con un extracto de la demanda y esta providencia, a la demandada, CORTEZ LAGUA NANCY MARGOTH por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas; en un periódico de amplia circulación de esta ciudad; para este fin, por Secretaría, elabórese el extracto correspondiente y remítaselo a la casilla judicial señalada de la parte actora Nro. 2222- CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.- F) EDWIN CEVALLOS AMPUDIA JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, jueves 25 de abril del 2019, las 13h53, Agréguese a los autos el anexo y escrito que antecede.- En atención al mismo, de conformidad con el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador que a la letra dispone: “El sistema procesal es un medio para
la realización de la justicia. Las normas procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso”, este juzgador tiene el irrestricto deber de observar la realización del debido proceso garantizando la seguridad jurídica y la tutela judicial efectiva de los derechos fundamentales de todas las personas y Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial se convalidan los errores constantes en autos mismos que por un error de escritura se ha hecho constar el nombre de la parte demandada como CORTEZ LAGUA NANCY MARGOT siendo lo correcto CORTEZ LAGUA NANCY MARGOTH, en lo demás se estará a lo dispuesto en cada uno de los autos en que se haya incurrido en dicho error. A fin de dar cumplimiento con lo ordenado en auto de fecha 15 de abril del 2019, las 11h54 por Secretaría elabórese nuevamente el respectivo extracto haciendo constar este auto además de aquellos que correspondan.- Notifíquese y Cúmplase. F) EDWIN CEVALLOS AMPUDIA JUEZ. Lo que comunico y le cito a ustedes para los fines legales pertinentes. Para recibir sus posteriores notificaciones sírvanse señalar la casilla judicial de un abogado en esta Unidad Judicial AB. GLORIA FAJARDO PALADINES SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL PAC/112110/AT REPUBLICA DEL ECUADOR COMPLEJO JUDICIAL SUR - UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: RAMIREZ CHIRIBOGA MARIA DE LOURDES ACTO R : MOLINOS POULTIER S.A. DEMANDADO: RAMIREZ CHIRIBOGA MARIA DE LOURDES JUICIO: 17233-2019-00469 OBJETO: CONCURSALCONCURSO DE ACREEDORES CUANTIA: $225.000.00 P R O V I D E N C I A S PERTINENTES: Las que siguen: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PÁRROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 31 de enero del 2019, las 12h27, VISTOS.- Avoco conocimiento en esta causa, en calidad de Juez Civil y Constitucional de primer nivel de Pichincha, según nombramiento emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura, notificado con Acción de Personal No.9795-DNTH-NB, de 02 de Septiembre del año 2013; Juez Civil, Laboral, Constitucional y de Inquilinato del Distrito
Metropolitano de Quito, según Resolución No.1912014 de 17 de septiembre del año 2014, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, notificada con Acción de Personal No.8600- DNTH-2014-JT, de 28 de Octubre del 2014; Juez Civil, Laboral, Constitucional y de Inquilinato de esta Unidad Judicial; con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, por traslado desde la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito; según lo establecido en la Resolución 0512017, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el Registro Oficial No.994 de 28 de abril del año 2017; Acción de Personal No.1402-DP172018-MP, de 06 de febrero del año 2018, emitida por la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura; y, Según Acción de Personal No.9963-2018DP17-MP, de 17 de Agosto del año 2018, emitida por la Dra. Yolanda Yupangui Carrillo, Delegada Provincia de Pichincha del Consejo de la Judicatura, en atención a la Resolución No.048A-2018, suscrita por el Presidente del Consejo Nacional de la Judicatura de 14 de Agosto 2018; y, por el Sorteo de la presente causa, según el Acta que precede.La demanda de presunción de insolvencia y consecuente Concurso de Acreedores que presenta, la Empresa, MOLINOS POULTIER S.A, por intermedio de su Procuradora Judicial Dra. Ligia Janeth Villota Vera, en contra de, María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudad a n í a m N o.17 1 14 6 075 6 , reúne los requisitos legales establecidos en el Art. 142; del Código Orgánico General de Procesos, COGEP; demanda a la cual se ha adjuntado los documentos pertinentes previstos en el Art. 143, se la admite a trámite correspondiente por el Procedimiento Concursal establecido en el Título II, Arts., 414 al 439 del mismo Código.- Como de las copias certificadas del Juicio No.17302-2013-1159, seguido por la Empresa demandante, en contra de, María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756; y, de la Razón sentada por el la Dra. Maritza Tamayo Gallegos, Secretaria de la Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito, el 08 de noviembre del año 2018, respecto al mandamiento de ejecución de 25 de junio 2018 dictado dentro de indicado juicio; se observa que la demandada, María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756, se encuentra comprendida en la situación contemplada en el numeral 1º del Art.416 del referido Código Orgánico General de Procesos; se presume su estado de insolvencia; y, se declara con lugar al Concurso de sus Acreedores.- Por lo tanto, se ordena: (1).- Que, se cite, con el contenido de la
demanda y con este auto a la demandada, María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756, en la dirección proporcionada por la Empresa demandante, para que en el término de diez días, se oponga a su presunto estado de insolvencia, pagando la deuda; para cuyo efecto, por Secretaría, elabórese las boletas de citación y remitírselas a la Oficina de Citaciones, der esta Unidad Judicial; debiendo el Citador cerciorarse que la dirección proporcionada por la demandante para citar a la demandada, sea verdadera, es decir, que se trate del respectivo domicilio o lugar de trabajo para hacer allí la citación en forma legal, como disponen los Art.62, 63 del COGEP.- Si la demandada, María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756, no se opone a su presunto estado de insolvencia pagando la deuda, practíquese las siguientes diligencias: (2).- Se ordena que la deudora, María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756, concurra a la Junta de sus Acreedores, misma que tendrá lugar en Audiencia Única en esta Unidad Judicial; para lo cual se lo convoca expresamente; audiencia cuya fecha de realización se señalará oportunamente; (3).-Se dispone que la deudora y demandada, María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756, en el término de diez días después de citada, si no se opone pagando la deuda, presente los siguientes documentos: a).- Una relación detallada de todos sus bienes y derechos; b).- Un estado de sus deudas con expresión de procedencia, vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor y los libros de cuenta si los tiene; c).- Sus títulos de crédito activos; y, d).-Una memoria sobre las causas de su estado de insolvencia. (4).- Se declara la interdicción o estado de insolvencia de la deudora, María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756; consecuentemente, (5).Previo sorteo y de entre las personas calificadas por el Consejo de la Judicatura, designase, Síndica de la Insolvencia de la deudora María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756, a, Eliana de los Ángeles Guarderas Guarderas, Te l f . : 0 9 8 4 1 3 16 23, C o r re o Electrónico, eliguarderas_2@yahoo.com; a quien se le notificó automáticamente a su dirección electrónica señalada al momento de Inscribirse como tal en el Consejo de la Judicatura.La Síndico de la insolvencia designada deberá: 1).- En el término de 24 horas, indicar si acepte el cargo o se excusa. 2).- Posesionarse del cargo en la fecha que el Juez le señale; 3).- Representará
a la masa concursal; 4).Realizar las diligencias necesarias para precautelar los derechos de los acreedores; 5).- Recaudar los haberes de su representado; 6).- Actuará como sustituta procesal del deudor; 7).Iniciará o continuará todos los procesos a favor o en contra del patrimonio del Insolvente - concursado; 8).- Recibirá los bienes del deudor mediante inventario; 9).- Tendrá amplias facultades de administración de bines del fallido; 10).Deberá rendir cuentas con la periodicidad que el suscrito Juez disponga y de manera obligatoria al final de su gestión; y, 11).- Una vez posesionada del cargo, después de 15 días, informará al suscrito Juez acerca del estado de los negocios del fallido y de los bienes embargados, señalando el valor referencial de cada uno de ellos; y, en el mismo término formará un estado de los créditos y su gradación respectiva.- (6).- Se ordena el embargo de todos los bienes muebles o inmuebles de propiedad de la insolvente, María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756; para este fin, cuéntese con la Intervención de la Policía Judicial, quien entregará los bienes a la Sindico del Concurso nombrada previo inventario. (7).- Como la demandada, María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756, queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, por Secretaría, ofíciese, haciendo conocer de este particular a: 1).- Todos los Bancos de este cantón. 2).Contraloría General del Estado. 3).- Consejo Nacional Electoral; 4).Notarios de este Cantón. 5).- Instituto de Contratación Pública. 6).Superintendencia de Bancos y Seguros. 7).Registros Mercantil y de la Propiedad de este Cantón. 8).- Director del IESS; 9).Director del SRI. 10).Director de la Agencia Nacional de Tránsito; y, 11).Director del Registro Civil.(8).- Se ordena que se tome nota en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura del estado de insolvencia de, María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756, a fin de que se notifique electrónica e internamente a los demás Jueces de esta Unidad Judicial; a los Jueces la Unidad Judicial Civil y de Inquilinato con sede en la Parroquia Iñaquito de este Distrito Metropolitano; y, a los Jueces de las Unidades Judiciales de Familia Mujer Niñez y Adolescencia de este cantón Quito; haciéndoseles conocer que, se ordena la acumulación a este Proceso Concursal de aquellos procesos que contengan obligaciones pendientes de los que forme parte María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756. (9).Se ordena la publicación en
la Página Web del Consejo de la Judicatura del presente auto de la insolvencia de María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756. (10).- En ningún caso se iniciará otro procedimiento concursal.(11).- Se ordena la inscripción en el Registro de la Propiedad de este cantón del presente auto en el que se dispone la formación del Concurso de los acreedores de, María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.17114607563; para este fin, por Secretaria, notifíquese al Registrador, adjuntando copia certificada der este auto. (12).- Por Secretaria, notifíquese a la Fiscalía de Pichincha con atento Oficio, adjuntando copia certificada de este proceso, para que realice las respectivas investigaciones; a fin de establecer si la insolvencia de, María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756, es fortuita, culpable o fraudulenta; y, finalmente, (13).- Se prohíbe María de Lourdes Ramírez Chiriboga, portadora de la cedula de ciudadanía No.1711460756, se ausente del territorio nacional, sin la autorización del suscrito Juez; para este fin, por Secretaria, Ofíciese al Director Nacional de Migración y Extranjería.Regístrese la casilla judicial N°.4613, el correo electrónico señalado por la demandante para recibir sus posteriores notificaciones.- Los litigantes ahora pueden gestionar sus procesos en línea, ingresando a la siguiente dirección electrónica: www.funcionjudicialpichincha.gob.ec; Servicios C o r p o r a t i v o s , Requerimientos.- Actúe la Dra. Miryam Jakeline Molina Maldonado, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial, según Acción de Personal No.13342-DP172018-KV, de 05 de Noviembre del año 2018.-NOTIFÍQUESE.- f) EDWIN E R N ESTO CEVALLOS AMPUDIA JUEZ (sigue la certificación de la infrascrita Secretaria) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, martes 11 de junio del 2019, las 08h49, Una vez que se ha dado cumplimiento a lo providencia inmediata anterior y la parte demandante ha comparecido a declarar bajo juramento la imposibilidad de determinar la residencia de la parte demandada RAMIREZ CHIRIBOGA MARIA DE LOURDES y con lo que determina el Art. 56 numeral 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a RAMIREZ CHIRIBOGA MARIA DE LOURDES, por medio de tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación nacional o local, para que dentro del plazo de veinte días contados a partir de la última publicación señale su domicilio
Si creemos bien de nuestro prójimo, es posible que demos vida al bien en que hemos creído. William James. Psicólogo y filósofo EE.UU.
Judicial dentro de la parroquia Quitumbe, Ciudad de Quito, a fin de que reciba sus futuras notificaciones en la presente causa, para lo cual elabórese el extracto correspondiente a fin de que el mismo sea retirado del archivo de esta Judicatura.NOTIFIQUESE.- f) EDWIN ERNESTO CEVALLOS AMPUDIA JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB. GLORIA FAJARDO PALADINES SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/112111/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL: GABRIEL RIGOBERTO VACA ACOSTA.DEMANDADO: GABRIEL R I G O B E R TO VA C A ACOSTA.JUICIO No. 17230-201808021.TRAMITE: CONCURSAL.CUANTÍA: VEINTE Y CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 00/100.AB. DEFENSOR: DR. GABRIEL RIGOBERTO VACA ACOSTA.O B J E TO : QUE EN SENTENCIA SE ORDENE LA PRESUNCION DE INSOLVENCIA Y ORDENAR LA APERTURA DEL CONCURSO NECESARIO.UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 8 de junio del 2018, las 15h52, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil con sede en el DM., de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.- En lo principal se considera: Se califica la demanda formulada por el DR. GABRIEL RIGOBERTO VACA ACOSTA, en calidad de Procurador Judicial del señor NESTOR MIGUEL ALCIDES CARDENAS SORIA de clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 414, 416, 422 y 424 ibídem, se la admite a trámite mediante procedimiento de
CONCURSO NECESARIO. 2) De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponden al juicio No. 17230-2017-03237, y conforme se advierte en la razón sentada por el señor Secretario de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, quien certifica que ROSALBA MERCEDES VELA EGUIGUREN, no ha dado cumplimiento al mandamiento de ejecución dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibídem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA de la demandada ROSALBA MERCEDES VELA EGUIGUREN, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: 2.1. Cítese a la demandada ROSALBA MERCEDES VELA EGUIGUREN, en el lugar señalado, a fin de que en el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS presente su oposición al presente concurso necesario, pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos; para tal propósito, remítase suficiente despacho a la Oficina encargada de realizar dicha diligencia; 2.2. Verificada que sea la citación a la parte demandada, se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 2.3. Se le requiere al deudor, conforme lo determinado en el número 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 2.4. De igual forma cumplida que sea la diligencia de citación del fallido, se procederá con la designación del Síndico de Quiebra, mediante sorteo realizado en legal y debida forma a través del Sistema eSatje; 2.5. La anotación de insolvencia en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 2.6. Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que formen parte
la demandada ROSALBA MERCEDES VELA EGUIGUREN con C.C. No. 1712114923; 2.7. Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, en el Registro de la Propiedad de este cantón; 2.8. Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 2.9. Se prohíbe que la demandada ROSALBA MERCEDES VELA EGUIGUREN con C.C. No. 1712114923 se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fo r t a l e c i m i e n t o Institucional de las Unidades de Control Migratorio. 3) Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. 4) Téngase en cuenta la comparecencia de la parte actora, casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 7 de mayo del 2019, las 15h45, En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada ROSALBA MERCEDES VELA EGUIGUREN, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.Firma ilegible AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO P * 1 5 2 077/ 1723 0 -2 0 1 8 08021 PAP/73597 UNIDAD JUDICIAL PENAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO (Complejo Judicial Norte, Av. Amazonas, entre las calles Villalengua y Pereira) CITACIÓN JUDICIAL AL SEÑOR CARLOS SANTIAGO SEVILLANO PAEZ DENTRO DEL JUICIO DE ACCION PENAL PRIVADA DE CALUMNIA- 17294-201900271 Q U E R E L L A N T E : RODRIGUEZ RODRIGUEZ GUILLERMO EZEQUIEL QUERELLADO: CARLOS SANTIAGO SEVILLANO PAEZ RODRIGUEZ RODRIGUEZ GUILLERMO EZEQUIEL comparezco con la siguiente querella.- “…Yo Carlos Santiago Sevillano en cali-
Revista judicial MIÉRCOLES 3 de julio de 2019 La Hora Quito, ecuador
dad de Gerente General de Instituto de Conocimientos Innovadores en Seguridad Icis Cía. Ltda., quiero dar a conocer Srta. Ministra la Injusticia y el abuso de poder que se venido generando por parte del Cnel. Guillermo Rodríguez, Subsecretario de Orden Público, que se han venido suscitando con nuestro Instituto de Capacitación… Determinación de la Infracción que acuso: El delito que acuso es el de calumnia determinado en el Art. 182 del Código Orgánico Integral Penal”. PROVIDENCIA.- UNIDAD JUDICIAL PENAL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 29 de mayo del 2019, las 11h36.- VISTOS: Una vez que el señor GUILLERMO EZEQUIEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ, en calidad de querellante en la presente causa, ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia de 28 de mayo del 2019; y, en razón de que la presente querella se encuentra aceptada a trámite el 28 de febrero del 2019, las 09h27 por encontrarse reunidos los requisitos del Art. 647 del Código Orgánico Integral Penal, consecuentemente conforme lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone cítese con un extracto de la querella, y providencia respectiva a CARLOS SANTIAGO SEVILLANO PAEZ, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fecha distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para este efecto confiérase el extracto pertinente.Actúe en la presente causa la Ab. Carolina Jaramillo como secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE.f) Dra. Ana Lucia Cevallos, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines de Ley consiguientes, previniéndole de la obligación que tienen de designar a un defensor público o privado y de señalar domicilio o casillero judicial y electrónico para posteriores notificaciones en la presente causa. Quito, 29 de mayo del 2019. Certifico. Ab. Carolina Jaramillo SECRETARIA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL PENAL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello Pap/73411/EG EXTRACTO JUDICIAL CAUSA NRO. 172302018-01404 UNIDADJUDICIALCIVLCON SEDE EN LA PARROQUIA
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IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: CHICAIZA CHILUISA LUIS ERNESTO ACTOR: FONDO C O M P L E M E N TA R I O PREVISIONAL CERRADOFC P C , PA R A LA JUBILACION PATRONAL DE LO SERVIDORES DE LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO.ADMINISTRACION BIESS.HERRERA BENALCAZAR MIRIAN ALEXANDRA, REPRESENTANTE LEGAL DEMANDADO: CHICAIZA CHILUISA LUIS ERNESTO JUICIO: 17230- 2018-01404 M AT E R I A CIVIL: EJECUTIVO.- COBRO DE PAGARE A LA ORDEN CUANTÍA: USD. 18.819,34 DEFENSOR: ABG. PAULA TOSCANO ALVAREZ CASILLA JUDICIAL: 2059 CORREO ELECTRÓNICO: atpau7@gmail.com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: En sentencia se condene a los señores: GONZALEZ PALMA DANIEL CLEMENTE, en su calidad de suscriptor y deudor principal; CHICAIZA CHILUISA LUIS ERNESTO y SOTOMAYOR QUEZADA ANTONIO VICENTE, en calidad de garantes, al pago de los siguientes rubros: 1.- El valor de capital no cancelado por las cuotas ya vencidas y el valor del capital declarado vencido, en aplicación de la disposición de aceleración de pagos; que asciende a la suma de QUINCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA 86/10 (15.287,86).- 2.- Los intereses estipulados en la misma tabla de amortización gradual inicial, en relación a las cuotas mensuales impagas y a las que hoy se declaran vencidas.- 3.- Los intereses de mora calculados a la fecha en que hizo exigible la obligación de pago.- 4.- Los valores correspondientes al seguro de desgravamen de la deuda que se encuentran impagos.- 5.- La comisión de un sexto por ciento del capital, según dispone el Art. 456 ordinal cuarto del Código de Comercio.- 6.- Los Gastos y expensas judiciales.- 7.- Los honorarios profesionales.- Dr. LEONARDO ANDRES EGUIGUREN BERMEO.- JUEZ.AU TO A D M I S O R I O. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Quito, miércoles 21 de febrero del 2018, las 14h03, VISTOS.-Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal, se dispone: 1.- La demanda que antecede presentada por MIRIAN ALEXANDRA HERRERA BENALCAZAR, en calidad de gerente del Fondo Complementario Previsional Cerrado FCPC
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para Jubilación Patronal de los Servidores de la Contraloría General del Estado, conforme lo justifica con la documentación adjunta y escrito con el cual completa la demanda es clara, precisa, completa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo cuerpo legal invocado; por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- 2.- Se ordena la citación de los demandados señores GONZALEZ PALMA DANIEL CLEMENTE y SOTOMAYOR QUEZADA A N TO N I O VICENTE mediante DEPRECATORIO dirigido a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil del Cantón Santo Domingo en la Provincia de Santo Domingo de Tsachilas , para lo cual remítase despacho suficiente, ofreciendo reciprocidad en casos análogos; y al señor CHICAIZA CHILUISA LUIS ERNESTO, en la dirección indicada en el libelo de demanda con copia de la demanda y auto de calificación. 3.- En aplicación de los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el TÉRMINO DE QUINCE DÍAS (15 días) para que la demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del citado código, y en el caso de formular oposición acompañen la prueba de conformidad con lo dispuesto en el Art. 351 inciso 5 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esta resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. 4.La prueba anunciada por la parte actora de ser procedente será tomada en cuenta en el momento procesal oportuno.- Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. OTRO AUTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, miércoles 17 de abril del 2019, las 12h47, Una vez que el accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por esta Autoridad, y conforme lo determina el Art 56 del Código Orgánico General de Procesos se dispone: CITESE al demandado señor CHICAIZA CHILUISA LUIS ERNESTO de conformidad con el numeral 1 del Art 56 del Código Orgánico
General de Procesos, mediante Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar; para el efecto remítase el extracto correspondiente 2.- Se le previene al demandado conforme los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el TÉRMINO DE QUINCE DÍAS (15 días) para que la demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del citado código, y en el caso de formular oposición acompañen la prueba de conformidad con lo dispuesto en el Art. 351 inciso 5 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esta resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos NOTIFIQUESE Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.CERTIFICO.ABG. JESUS VICENTE DE LA CRUZ HARO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAR/111189/EG UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA JUICIO: DE AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES NRO. 17204-2018-04886 ACTOR: CASTRO PORRAS TANNIA XIMENA DEMANDADO: KEVIN ALEXANDER CALERO CASTRO C U A N T Í A : INDETERMINADA AUTO: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, jueves 22 de noviembre del 2018, las 10h04, VISTOS: Avoco conocimiento de esta causa en calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, en virtud del sorteo de ley. En lo princi-
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pal, agréguese al proceso el escrito que antecede, puesto en mi conocimiento en esta fecha. Por cuanto la compareciente ha cumplido lo ordenado en auto inicial, la solicitud que antecede reúne los requisitos de ley, por lo que se la admite al procedimiento voluntario previsto en el artículo 334, numeral 6, del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, se dispone: 1) Cítese al señor KEVIN ALEXANDER CALERO CASTRO en el domicilio señalado por la peticionaria, para lo cual remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones. 2) En mérito al juramento rendido por la accionante, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 en concordancia con el artículo 56, numeral uno, del Código Orgánico General de Procesos, cítese por la prensa a los herederos desconocidos del señor JAIME ALEXANDER CALERO TERÁN, para el efecto, por Secretaría entréguese el extracto correspondiente. 3) Con fundamento en el inciso segundo del artículo 335 del COGEP, cuéntese con la Secretaría de Movilidad del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a través de su Representante Legal, a quien se le citará en su Despacho, para lo cual por Secretaría remítase documentación suficiente a la oficina de citaciones. 4) De conformidad con el artículo 335, último inciso, del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia se convocará cumplida las citaciones ordenadas en los numerales anteriores. 5) Con relación a la prueba anunciada: 5.1) De ser procedente y conforme a derecho se tendrá en cuenta la prueba documental y testimonial que ofrece para acreditar los hechos. Los testigos llamados a declarar serán notificados de conformidad con el artículo 191 del Código Orgánico General de Procesos, y comparecerán el día y hora de la audiencia, bajo prevenciones legales portando sus documentos de identidad. 5.2) De conformidad con el artículo 217 del COGEP, el día y hora de la audiencia concurra el señor GUIDO CEVALLOS MEJÍA, Gerente General de la Compañía de Transporte Escolar “TOUR ESTUDIANTIL S.A”, a fin de que reconozca firma y rúbrica del certificado conferido el 19 de diciembre de 2017, que acompaña la actora a la demanda. Para el efecto por Secretaría ofíciese como corresponde. 5.3) De considerarlo pertinente, en la audiencia será escuchada por esta Autoridad la adolescente HELEN DOMÉNICA CALERO CASTRO. 6) Agréguese al proceso la documentación que acompaña a la demanda. 7) Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico que señala para sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su abogado defensor.- Actúe el Dr. Edgar Yánez Vaca en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.- .f).RAMIRO FABIAN ESPINOSA
Sé virtuoso y te tendrán por excéntrico. M a r k T wa i n ( Samuel Langhorne Clemens ) Escritor EE.UU.
FREIRE, JUEZ Dr. Edgar Yánez Vaca Secretario Hay firma y sello Par /111173/eg REPUBLICA DEL ECUADOR www. funcionjudicialpichincha.gob.ec BOLETA DE CITACIÓN JUDICIAL Juicio nro. 17294-201801898 Quito (D.M), Quito, 28 de junio de 2019 CÍTESE A: PUENTE GÁLVEZ FRANCISCO JOSÉ UNIDAD JUDICIAL PENAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, miércoles 9 de enero del 2019, las 16h24, VISTOS: Dra. Luz María Ortiz, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Penal con Sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, mediante Resolución nro. 114-2017 emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura, avoco conocimiento de la presente causa y dispongo: Por cumplirse los requisitos del Art. 647 del Código Orgánico Integral Penal, se acepta a trámite la Querella presentada por el señor ORTEGA CEVALLOS JUAN FRANCISCO, en contra del ciudadano Francisco José Puente Gálvez, a quien se le citará, en la siguiente dirección: Sector el Batán, Pasaje Noriega No. 3821 y Portete, de esta ciudad de Quito, provincia de Pichincha, CÍTESE con el contenido de la querella y esta providencia al querellado, para que la conteste de conformidad a lo dispuesto en el Art. 648 del Código Orgánico Integral Penal, esto es en ( 10 días), para notificaciones del querellante, Juan Francisco Cevallos Ortega, se toma en cuenta la casilla judicial No. 5946, correo electrónico byronmtorres@ gmail.com, byrontorres@ torresasociados.ec, del abogado Byron Torres Azanza, las copias para citar correrá a cargo del acusador.- Actué el Abg. Jorge Rojas, como Secretario de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Quito, viernes 14 de junio del 2019, las 14h49, (...) En mérito al juramento rendido por la parte querellante señor Ortega Cevallos Juan Francisco, documentos que obran de autos y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese en legal y debida forma a la parte querellada PUENTE GALVEZ FRANCISCO JOSÉ, con el auto de calificación y este decreto, mediante tres publicaciones por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación editado en esta ciudad de Quito, la parte querellada una vez
que fenezca el término señalado en el Art. 56 penúltimo inciso del Código Orgánico General de Procesos, que dispone: “...Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda...”, legalmente citado proponga las excepciones correspondientes a las que se creyera asistido. Para el efecto por Secretaría confiérase el extracto correspondiente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 Ibídem, previas las formalidades legales.NOTIFÍQUESE.-f).- ORTIZ GUEVARA LUZ MARÍA, JUEZ Particular que comunico a usted, para los fines legales consiguiente. ABG. JORGE ROJAS SALAZAR SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL PENAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Hay firma y sello Par/111179/eg REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: Silvia Liliana Yépez Navarrete ACTOR: Jorge Valerio Jurado Ávila DEMANDADOS: Silvia Liliana Yépez Navarrete JUICIO: Civil No. 172302019-02021 TRAMITE: CONCURSAL FECHA DE INICIO: 04-022019 CUANTÍA: Indeterminada JUEZ PONENTE: DRA.RITA ORDOÑEZ PIZARRO DEMANDA: “…declaratoria de insolvencia y la formación del concurso de acreedores…”. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 15 de febrero del 2019, las 16h19, VISTOS: En lo principal, la demanda formulada por el señor Jorge Valerio Jurado Ávila, es clara y reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 414, 416, 422 y 424 ibídem, se la admite a trámite mediante procedimiento de CONCURSO NECESARIO.De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponde al juicio número 17230-201507044, se advierte la razón de fecha 05 de noviembre del 2018, que certifica que la señora Silvia Liliana Yépez Navarrete, no ha dado cumplimiento al mandamiento de pago dispuesto en la referida causa; por
lo que, de conformidad al artículo 416, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se presume la INSOLVENCIA de la señora Silvia Liliana Yépez Navarrete, con cédula de ciudadanía 170406922-6, en consecuencia se declara ha lugar al concurso de acreedores; por consiguiente con fundamento en el artículo 424 en concordancia con el artículo 423 del COGEP, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1.- CÍTESE a la señora Silvia Liliana Yépez Navarrete, con la demanda y este auto, en atención al rendido juramento rendido por el actor de la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de la parte demandada y haber adjuntado el certificado concedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, para lo cual concédase el extracto correspondiente.- 2.- Oportunamente se convocará a la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 3.- Se requiere a la deudora señora Silvia Liliana Yépez Navarrete, conforme lo determinado en el número 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, que presente los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 4.- Se declara la interdicción de la deudora señora Silvia Liliana Yépez Navarrete, por tanto se dispone que se ocupen los bienes, correspondencia y demás documentos del fallido que se entregarán al síndico y se le notificará oportunamente para la posesión del cargo; 5.- La anotación de insolvencia en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 6.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte de la señora Silvia Liliana Yépez Navarrete; 7.- Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, en el Registro de la Propiedad de este cantón; 8. Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; y, 9. Se prohíbe que la señora Silvia Liliana Yépez Navarrete con cedula de ciudadanía 170406922-6, se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio.Agréguese al proceso los documentos que se acompañan.- Téngase en cuenta la comparecencia de la
parte actora, casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa.NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.-f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro.Juez…………… Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 02 de mayo del 2019. Certifico.AB .RAÚL VELEZ NARANJO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL COGEP Hay firma y sello Par/111183/eg Casilla Judicial: 1895 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. PUBLICACIÓN: CÍTESE A LA SEÑORA DAYANI RUBIO ARMAS. EXTRACTO NÚMERO DE JUICIO: 17203-2019-04905. ACCIÓN: DIVORCIO POR CAUSAL. TRÁMITE: SUMARIO. ACTOR/A: RUEDA LÓPEZ DIEGO FERNANDO. DEMANDADO/A: DAYANI RUBIO ARMAS. CUANTÍA: INDETERMINADA. OBJETO DEL EXTRACTO: CITAR A LA SEÑORA DAYANI RUBIO ARMAS. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 18 de junio del 2019, las 14h25, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza encargada mediante acción de personal número 7558-DP17-2019-MP, de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Mariscal Sucre, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, en mérito del acta de sorteos de fecha 10 de junio de 2019. La demanda de DIVORCIO POR CAUSAL propuesta por RUEDA LÓPEZ DIEGO FERNANDO en contra de DAYANI RUBIO ARMAS, reúne los requisitos de forma establecidos en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia se califica y se acepta a trámite, en procedimiento sumario, conforme lo prescrito en el Art. 332 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos. Se dispone CITAR a DAYANI RUBIO ARMAS, mediante tres publicaciones en fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de la provincia de Pichincha. Por intermedio de la Actuaria confiérase el extracto correspondiente. De acuerdo a lo señalado en el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General
de Procesos, se le concede el término de quince días para que dé contestación a la demanda, bajo prevenciones legales. En cuanto a los medios de prueba ofrecidos por la parte actora estos serán admitidos de ser el caso en la audiencia única, según lo establecido en el Art. 333 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, en relación con el Art. 160 ibídem. Considérese la casilla judicial y la autorización que le confiere a su abogado patrocinador. HÁGASE SABER.f).- Dra. Patricia Mercedes Segarra Faggioni, Jueza. Lo que comunico a Uds. Para los fines de ley previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla y electrónica para futuras notificaciones que les correspondan LO CERTIFICO.AB. GERMANIA PATRICIA TAMAY CEVALLOS SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello Par/111184/eg R. DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: LAURA VANEZA BARBA VITERI ACTOR: ABGS. LUIS ESTEBAN TORRES COBO, FELIPE FERNANDO TORRES COBO y ERNESTO ALFREDO TERÁN CORNEJO P RO C U RA D O R ES JUDICIALES DEL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADA: LAURA VANEZA BARBA VITERI JUICIO ORDINARIO No. 17233-2018-03564 CUANTIA: $ 8.219,55 OBJETO.-Pago inmediato del capital y los intereses vencidos de todos los montos y rubros contabilizados hasta el 5 de julio del 2018, contenidos y detallados en el Resumen de Estado de Cuenta que se adjunta a la demanda, así como en todos los Estados de Cuenta mensuales también adjuntos a la demanda, valores que ascienden a USD 6.322,73, así como el pago de los intereses de mora, costas, gastos procesales y honorarios de la defensa. FUNDAMENTO LEGAL.Arts. 289 y siguiente del Código Orgánico General de Procesos , 1453,1454,1 461,1486,1505,1561,1562,1 567, 1576 y 1579 del Código Civil, 225 inciso segundo del Código Orgánico Monetario y Financiero. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 15 de agosto del 2018, las 14h16. VISTOS: Avoco conocimiento de la pre-
sente causa que el día de hoy ha sido puesta para mi despacho, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia de Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pi c h i n c h a n o m b ra d a mediante la acción de personal Nº 1401-DP17-2018-MP, de fecha 06 de febrero del 2018, emitida por el Consejo de la Judicatura.- La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de la demandada Laura Vaneza Barba Viteri en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la demandada el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta la casilla judicial y los correos electrónicos señalados por la parte actora para recibir sus notificaciones. Ejecutoriado este auto, el accionante presentará mediante escrito las copias necesarias para elaborar las boletas de citaciones.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f) DRA.ENRIQUEZ SALTOS EST E FA N Í A CA R L A . JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, viernes 1 de febrero del 2019, las 16h01. VISTOS: La parte actora ha cumplido con el juramento ordenado en el auto que antecede, en tal virtud, de acuerdo al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada LAURA VANEZA BARBA VITERI mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad.- Remítase al casillero judicial de la parte actora el extracto correspondiente.- Notifíquese. ) DRA.ENRIQUEZ SALTOS ESTEFANÍA CARLA.-JUEZA. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y/ o electrónico para sus notificaciones.Quito, Febrero 04 del 2019.-CERTIFICO. ABG. GUERRA PORTERO MAYRA LISBETH SECRETARIA Hay firma y sello PAR/111186/EG EXTRACTO Juicio de Trabajo SUMARIO No. 1025-2019 Actor: ROBERT IGNACIO MONTESDEOCA CHÁVEZ Demandado: LUIS ARMANDO VA C A S FUERTES con cédula de ciudadanía 1702364793.2.- señor CRISTIAN LUIS
VACAS ZURITA, por sus propios y personales derechos Cuantía: USD $ 41.310.99 Defensor: Dr. FREDDY MACIAS CASILLA 4838 Juez: Ab. Rodrigo Salazar Secretaria: Dra. Mónica Pérez UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, lunes 1 de abril del 2019, las 14h47, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que anteceden.-En lo principal: .ANTECEDENTES: Comparece la señor ROBERT IGNACIO MONTESDEOCA CHÁVEZ (fs. 28 a 32), exponiendo sus generales de ley y manifiesta que demanda a: 1.- señor LUIS ARMANDO VACAS FUERTES con cédula de ciudadanía 1702364793.2.- señor CRISTIAN LUIS VACAS ZURITA, por sus propios y personales derechos; señala que laboró para la parte demandada, en el período, con la remuneración y en la forma que consta en la demanda, antecedentes con los cuales, fundamentada en las normas contempladas en su demanda, demanda en procedimiento sumario a fin de que se le reconozcan los rubros detallados; fijando la cuantía en el valor de US$ 41.310,99. Adjunta a su demanda los respectivos documentos que sustentan su pretensión. En tal virtud se considera: PRIMERO.CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Una vez revisada la demanda presentada, dentro del término establecido en el artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos (En adelante COGEP), en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, por cumplir los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 y especiales del artículo 144.5 del COGEP, se la califica como clara y completa, situación por la cual se la admite en Procedimiento Sumario, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo III del código citado, con fundamento en lo prescrito en el artículo 575 del Código del Trabajo.- SEGUNDO: CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto interlocutorio a la parte demandada 1.- señor LUIS ARMANDO VACAS FUERTES con cédula de ciudadanía 1702364793.2.- señor CRISTIAN LUIS VACAS ZURITA, por sus propios y personales derechos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito; previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. Se fija el término de cinco días para que se realice la citación, al amparo de lo dispuesto en el Art. 76 ibídem.- Poniéndose a disposición de la parte, a través del archivo de la Unidad Judicial, el contenido de la demanda y demás piezas procesales pertinentes, en virtud de que el sistema SATJE, aún no cuenta
con las herramientas tecnológicas necesarias para la remisión de la demanda escaneada.- TERCERO: CO N T ESTAC I Ó N . Conforme lo establecido en el artículo 333.3 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 15 días contados desde que tenga lugar la citación, a fin de que conteste su demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes ibídem, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso.- CUARTO: ANUNCIO DE PRUEBA,UNO) Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda. En cuanto a la prueba considerada, se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7, literal d) del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Única; DOS) En la indicada audiencia, de ser declarada admisible, se producirá la siguiente prueba del actor: a) Prueba documental anunciada; y b) Juramento deferido, del petitorio de prueba; c) Declaración de parte de los demandados así como de la parte actora, del petitorio de prueba; d) Inspección Judicial, conforme solicita en su anuncio de prueba.QUINTO: NOTIFICACIONES Y AU TO R I Z AC I Ó N . Téngase en cuenta casillero y los correos electrónicos .- Téngase en cuenta la cuantía señalada y agréguese al expediente la documentación que adjunta la parte actora.- Actúa como secretaria la Dra. Mónica Pérez Martínez.- CÍTESE Y NOTIFIQUES E.UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 13 de junio del 2019, Agréguese a los autos el escrito que antecede: En lo principal por cuanto obra de fojas 41, que el actor declara bajo juramento desconocer el domicilio de los demandados LUIS ARMANDO VACA FUERTES Y CRISTIAN LUIS VACAS ZURITA; en tal virtud cítese por medio de la prensa de conformidad a lo establecido en el Art. 56 del COGEP; por lo anterior emítase el correspondiente extracto.- NOTIFIQUESE.Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial entro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.CertificoDra. MÓNICA HORTENCIA PÉREZ MARTÍNEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAP/73613/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA
Si en medio de las adversidades persevera el corazón con serenidad, con gozo y con paz, esto es amor. S a n ta T e r e s a
de
Jesús
( Teresa de Cepeda y Ahumada ). Religiosa y escritora mística española. CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA EXTRACTO DE PUBLICACION CAUSA: INTERDICCION Nro. DE JUICIO: 172032019-00373 ACTOR: VALDIVIESO CARDOZO PIEDAD RESURECCIÓN DEMANDADO: VALDIVIESO CARDOSO ORFELINA CUANTÍA: INDETERMINADA TRAMITE: SUMARIO JUEZ: DR. ERWIN HEREDIA CABRERA SECRETARIO AB. NATALIA MORALES LOZANO. UNIDAD JUDICIAL E S P EC I A L I Z A DA DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE, D I S T R I T O METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, viernes 10 de mayo del 2019, las 14h39, VISTOS: DR. EDWIN WALDEMAR HEREDIA CABRERA, JUEZ DE LA UNIDAD DE LA FAMILIA, M U J E R, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA MARISCAL SUCRE, DEL CANTON QUITO. Una vez que se ha llevado a efecto la Audiencia Única del presente proceso de Declaración de Interdicción Definitiva, que ha formulado la señora PIEDAD RESURECCIÓN VALDIVIESO CARDOSO, en contra de su hermana la señora ORFELINA VALDIVIESO CARDOSO; el Juzgador de esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia Mariscal Sucre del cantón Quito, al respecto, y con fundamento en el articulo 95 del Código Orgánico General de Procesos, estructura la presente resolución, en los s i g u i e ntes t é r m i n os : PRIMERO. Identificación de las partes. La actora es la señora PIEDAD R E S U R E C C I Ó N VALDIVIESO CARDOZO, quien comparece ante esta Unidad p rese n ta n d o demanda de Declaración de Interdicción Definitiva, en la persona de su hermana ORFELINA VALDIVIESO CARDOSO. SEGUNDO.Comparece la señora PIEDAD RESURECCIÓN VALDIVIEZO CARDOZO, dando a conocer al Juzgador que: El 2 de julio del 2018 se presentó una demanda de interdicción con la finalidad de obtener la interdicción provisional y posteriormente la definitiva de mi hermana, la señora ORFELINA VALDIVIESO CARDOSO por su delicado estado de salud, y por lo tanto, que se discierna a mi favor en calidad de hermana, el cargo de curadora de mi hermana, el 12 de septiembre del 2018 las 14H48, se emite la respecti-
va resolución, ordenando la interdicción provisional de la señora ORFELINA VALDIVIESO CARDOSO y por lo tanto la curaduría provisional a favor de PIEDAD R E S U R E C C I Ó N VALDIVIESO CARDOSO. Solicito que se declare la Interdicción Definitiva de la señora ORFELINA VALDIVIEZO CARDOSO y por tanto el nombramiento de curadora definitiva de la señora PIEDAD R E S U R E C C I Ó N VALDIVIESO CARDOSO. Fundamenta su petición en los Art. 367, 464 480, 482, 484, 485, 478 del Código Civil. El trámite es el Sumario, establecido en el Art. 332, numeral 5 del COGEP, indica el lugar donde se le ha de citar a la parte demandada, señala casillero judicial en el Palacio de Justicia de Quito, Ha realizado como anuncio de prueba, certificado médico Dra. Martha Pacheco, certificado médico Dra. Carmen Padilla, certificado médico Dr. Carlos Heredia, certificado de discapacidad, informes periciales médicos y psicológicos, resolución de interdicción provisional. La parte demandada no ha dado contestación a la demanda, conforme lo dispone el Art. 151 del Código Orgánico General de Procesos, no ha señalado casillero judicial, no ha realizado un anuncio de pruebas, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 333 del Código Orgánico General de Procesos, se ha señalado día y hora dentro de los cuales se llevará a cabo la Audiencia Única, en el día y hora señalados, para que se lleve a efecto la Audiencia referida, comparecen en el día y hora de la audiencia, la parte actora acompañada de su defensor técnico; comparece la parte demandada. TERCERO: previo a resolver el Juzgador realiza la motivación pertinente en los términos siguientes: [3.1] Excepciones Previas.Dentro de la presente causa, la parte demandada no ha presentado excepciones previas, conforme a lo dispuesto en el Art.153 del Código Orgánico General de Procesos, que el juzgador las tenga que resolver. [3.2].- Competencia. El Juzgador de esta Unidad Judicial Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia parroquia Mariscal Sucre, del Cantón Quito, Provincia de Pichincha, es competente para conocer y resolver la presente causa de conformidad con lo establecido en el Art. 175 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con los Art. 233, 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, Arts. 332, numeral 5 del Código Orgánico General de Procesos. [3.3] Validez procesal. No habién-
dose omitido ninguna solemnidad sustancial en su sustanciación, y por ajustado el procedimiento a las garantías del Debido Proceso, tuteladas en el Art. 11, 76 de la Constitución de la República, Art 1 del Código Orgánico General de Procesos se declara la validez de todo lo actuado. CUARTO.- 4.1.- La actora fundamenta su demanda en los Art. 464, 478, 482, 484, 485 de la Ley Reformatoria al Código Civil, publicada en el Segundo Suplemento Registro Oficial No.- 526 de fecha 19 de junio del 2015, esto es: “Las Tutelas y las curadurías o curatelas son cargos impuestos a ciertas personas, a favor de aquellos que no pueden gobernarse por si mismos o administrar completamente sus negocios, y que no se hallan bajo potestad de padre o madre, que puedan darles la protección debida. Las personas que ejercen estos cargos se llaman tutores o curadores, y generalmente guardadores”; Art. 464 ibídem “El juicio de interdicción podrá ser provocado por el cónyuge del supuesto disipador, por cualquiera de sus consanguíneos hasta el cuarto grado, por sus padres, hijos y hermanos”; El Artículo 333 numeral 4, del Código Orgánico General de Procesos “El procedimiento sumario se rige por las siguientes reglas: 4.- Se desarrollará en audiencia única, con dos fases, la primera de saneamiento, fijación de los puntos en debate y conciliación y la segunda, de prueba y alegatos.../..”. 4.2.- La parte demandada, citada que ha sido en legal y debida forma, no comparece a juicio, no designa a b o g a d o /a patrocinador/a, no señala casillero judicial donde recibirá notificaciones, no da contestación a la demanda, no presenta excepciones, a las que refiere el Art. 153 del Código General de Procesos. 4.3.-Admitida que fue la causa a trámite, se nombró facultativos, se ha practicado la diligencia de examen o reconocimiento a la señora ORFELINA VALDIVIESO CARDOSO, Informe pericial médico, constante a fs. 11 a 13; que en sus conclusiones establece que: La reconocida de nombres Orfelina Valdivieso Cardoso, es una persona adulta mayor de 65 años 8 meses de edad, que p rese nta H i p oa cu s i a Bilateral Neurosensorial Profunda, ausencia de leguaje expresivo H903-F808 (según diagnóstico emitido por la Dra. Amparo Merino, médico audiologo foniatra). Retardo Mental Moderado + Sordomudez (según diagnóstico emitido por el Dr. Carlos Heredia, médico neurólogo). Ambliopía (H530). Astigmatismo + Hipermetropia Alto (H522) Estrabismo Irreversible (H501) según diagnóstico emitido por la Dra. Martha Pacheco, cirujana oftalmóloga. Como consecuencia de esta condición de salud de la paciente por ser una lesión irreversible, requiere el cuidado y la supervisión permanente de terceras personas. Informe pericial psi-
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cológico constante de Fs. 43 a 44. La señorita Orfelina Valdivieso Cardoso presenta criterios relacionados para un cuadro de sordomudez. H91. 3- CIE10. No es idónea para aplicar mini examen cognoscitivo (MEC). En la prueba de AVD presenta dependencia severa, es decir siempre va a necesitar la ayuda y competencia de otras personas. 5.CONCEPTO: Juan Larrea Holguín, sobre el vocablo interdicción, dice: “Decreto o sentencia judicial que priva a una persona de la libre administración de sus bienes y, normalmente, la sujeta a un guardador, quien le representará o autorizará para los actos jurídicos, exceptuándose solamente los de carácter muy personal, como los testamentarios.” (Diccionario del Derecho Civil, Corporación de Estudios y Publicaciones, Quito Ecuador, 2006, p. 248).- El Diccionario Jurídico Anbar, Tomo IV A-G, Cuenca Ecuador, p. 197, dice “Prohibición, incapacitación. Denominación de las penas restrictivas de la capacidad jurídica, de la libertad o de determinados derechos. Personas que han sido incapacitadas para la realización de un acto o actos de la vida civil: dementes, pródigos, quebrados, condenados. La interdicción puede ser determinada por resolución judicial y a petición de parte interesada.”. El Dr. Aníbal Guzmán Lara, en su obra Diccionario E x p l i ca t i vo D e re c h o Procesal Civil, Tomo II I V, editorial jurídica del Ecuador, 1ª. edición, QuitoEcuador, 1999, p. 499, dice “Interdicción es la situación jurídica en que se coloca a una persona y en virtud de la cual es privada de ciertos derechos, muy especialmente de administrar sus propios bienes, de obligarse, de contratar, por ejemplo vender, en virtud de encontrarse en especiales circunstancias de falta de conciencia, salud, vicio, etc.”.- 5.2. DOCTRINA JURÍDICA EXTRANJERA: Para el insigne tratadista chileno, Luis Claro Solar, expresa que “En la interdicción del demente la ley se propone un doble objeto, uno de interés privado, el otro de interés público. En interés de la persona demente y de su familia, autoriza la interdicción, cuando en definitiva esta persona se halla, con respecto a sus facultades mentales, en la imposibilidad de gobernarse a sí misma y de administrar sus bienes. En interés público, la autoriza también para garantir a la sociedad de los peligros a que podría exponerla la presencia un demente que ejecutara actos dañosos en sus accesos de furia o que pudiera ser peligroso si su monomanía, aparentemente tranquila, fuera el homicidio por ejemplo. Los jueces no
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están llamados a investigar más o menos científicamente la influencia de tal o cual lesión cerebral sobre las facultades del hombre en general, sino de saber, en el hecho, en un caso dado, si tal persona, cuya interdicción se pide, conserva o no una inteligencia suficiente de los negocios de la vida civil y la aptitud conveniente para la marcha ordinaria de la administración de un patrimonio. Debe, naturalmente, el magistrado, atender a las enseñanzas de la ciencia e ilustrarse en sus investigaciones y descubrimientos; pero sólo para poder apreciar debidamente el estado particular de las facultades mentales del supuesto demente y decidir con pleno conocimiento de causa si debe decretar o no la interdicción pedida.”, (Explicaciones de Derecho Civil Chileno y Comparado De las Personas, Tomo Tercero, editorial jurídica de Chile, Santiago de Chile 2013, p. 100, apartado 2421).- 5.3. Los presupuestos procesales en el presente asunto se encuentran acreditados a plenitud. La capacidad legal de una persona es la facultad que tiene para ejercer sus derechos y administrar sus bienes, sin que para ello se requiera la intervención de otra (art. 1461 último inciso del Código Civil), dicha capacidad es la regla general para los mayores de edad, de la cual quedan excluidos por excepción ciertas personas a quienes por razones especiales el mismo cuerpo legal invocado niega o limita esa capacidad de ejercicio. Tenemos, por tanto, que están excluidos en forma absoluta de la facultad en mención los dementes, los impúberes y los sordomudos que no pueden darse a entender por escrito. Sus actos no surten ni aun obligaciones naturales, y no admiten caución (Art. 1463 lb.). El tercer inciso de la disposición legal referida, señala que son incapaces relativos los menores adultos, los que se hallan en interdicción de administrar sus bienes, y las personas jurídicas. En el plano jurídico la finalidad de la institución jurídica denominada incapacidad ora absoluta ora relativa, es la de proteger a las personas que en razón de su edad o por limitaciones graves de índole psicológica o fisiológica, no pueden actuar en condiciones normales en el medio social que los rodea, ayer el legislador y hoy asambleísta creó la figura jurídica de la interdicción mediante la cual se desvirtúa la presunción de capacidad general de que goza en principio toda persona. En los procesos de interdicción por demencia, el asambleísta patrio creó para darle protección al enfermo, con los que se busca desvirtuar la
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presunción legal de capacidad de las personas consagradas en el Art. 1462 ibídem “Toda persona es legalmente capaz, excepto las que la ley declara incapaces.”. En esta clase de procesos es forzosa la práctica de la prueba pericial, dicho medio probatorio legalmente practicado y legalmente apreciado y valorado, es la que le permite al juzgador concluir si la interdicción debe o no ser decretada. A la persona que se le declara en estado de interdicción se le designa un curador provisional para que lo represente legalmente, quien deberá hacerse cargo, amén de su cuidado personal, de su recuperación de ser aquello posible y de la administración de sus bienes. Por esto, se exige que la persona designada cuente con suficientes capacidades morales y económicas para que pueda ejercer este encargo con responsabilidad y garantice el desempeño adecuado de sus funciones SEXTO.- 6.1.- El art. 27 del Código Orgánico de la Función Judicial, determina: “Principio de la Verdad Procesal.-Las juezas y jueces, resolverán únicamente atendiendo a los elementos aportados por las partes...”.6.2.- Por las consideraciones que preceden, de conformidad con el Art. 484 del Código Civil, tomando como antecedentes los certificados médicos de profesionales tratantes realizados en la persona de la señorita ORFELINA VALDIVIESO CARDOSO, las observaciones del Juzgador, los informes de los facultativos, Resolución de Interdicción provisional, por lo anotado ut supra, más aun la petición de la parte actora constante de fs. 6 a 9, del proceso, se justifica la necesidad, de que efectivamente se le ponga en interdicción y se le provea de curador, El Juzgador de esta Unidad Judicial: ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR, POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCION Y LEYES DE LA REPUBLICA: RESUELVE (i) Declarar la I N T E R D I C C I Ó N DEFINITIVA, de la señorita ORFELINA VALDIVIESO CARDOSO, cédula de ciudadanía No.- 172577914-2; (ii) se nombra curadora General a la señora PIEDAD R E S U R E C C I O N VALDIVIESO CARDOSO, con cédula de ciudadanía No.170335578-2; (iii).- De conformidad con los Arts. 10 numeral 23, 76, 81 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, ofíciese a la Dirección General de Registro Civil, a fin de que procedan al registro correspondiente, conforme a esta resolución, de conformidad al artículo 27 de la Ley de Registro, publíquese por una sola vez en
uno de los periódicos de mayor circulación nacional, que se editan en la ciudad de Quito, hecho que sea incorporen al proceso la publicación. Sin costas ni honorarios que regular dentro de la presente causa.Notifíquese.-f) Dr. Edwin Heredia, Juez.UNIDAD JUDICIAL E S P EC I A L I Z A DA DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE, D I ST R I TO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, martes 21 de mayo del 2019, las 11h43, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede, en lo principal del escrito que se provee; a petición de parte por un lapsus calamis en sentencia de fecha 10 de mayo de 2019, a las 14h39; se omite determinar se registre la sentencia en el Registro de la Propiedad, por economía procesal y de conformidad a lo establecido en los Arts. 75 y 169 de la Constitución de la Republica, en base al principio de Tutela Judicial Efectiva de los Derechos establecido en el Art. 23 del Código Orgánico de la Función Judicial; en concordancia con los numerales 1 y 8 del Art. 130 Ibídem con relevancia a inciso segundo del Art. 100 del COGEP, en dicho sentido se AMPLIA en su parte pertinente la misma, y se dispone que por intermedio de secretaria se remita atento oficio al Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, con relación al petitorio de publicación, la misma se encuentra ordenada en la parte final de la sentencia respectiva, en tal virtud no se atiende.- NOTIFÍQUESE. f) Dr. Edwin Heredia, Juez.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar domicilio judicial dentro del perímetro legal. AB. NATALIA MORALES LOZANO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DÉ QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAB/23200/EG
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Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8249292000 Nro. Cartola 18303890067 Cliente PASTAZ RUANO, JOSELUIS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8047365600 Nro. Cartola 16586840643 Cliente TORRES CORDERO, LUISSILVIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8362126200 Nro. Cartola 18945490011 Cliente CHICAIZA RAMOS, LUISFERNANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8203339700 Nro. Cartola 18052460385 Cliente PALMA MENA, FRANKLINLENIN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8306743100 Nro. Cartola 18572130005 Cliente AREQUIPA ALMAGRO, BYRON-VINICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8072113700 Nro. Cartola 17588430128 Cliente ARAUZ SALAZAR, MARIA ELENA-DE LOURDES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8259538300 Nro. Cartola 18356360356 Cliente GONZALEZ AMAY, EDGARFERNANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.-
Si eres el primero te enterarás de quien ha sido el segundo. Si eres el segundo, deberías entrenar más. S l o ga n
8362606300 Nro. Cartola 18950030017 Cliente PINZA PINZA, EMANUELHORACIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8037271300 Nro. Cartola 17 16 373 0 6 1 1 C l i e nte CO N D O LO C R I O L LO, MANUEL-RAFAEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8203724000 Nro. Cartola 18055850327 Cliente CANGO CAJAMARCA, JUAN- del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8076850100 Nro. Cartola 16761300371 Cliente IZA SALAZAR, JIMENASORAIDA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8371997700 Nro. Cartola 19001920222 Cliente ONA SUNTAXI, MARCIA-JANETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8031261000 Nro. Cartola 16672150394 Cliente FUENTES BOLANOS, RAULHUMBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.8116680000 Nro. Cartola 16842460665 Cliente MERA ZAMBRANO, BOLIVAR-OLMEDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR =========
de
T e l e f ó n i ca .
QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8117234100 Nro. Cartola 17240500474 Cliente ANGULO MAIRONGO, EDGARDO-ALIRIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8037758500 Nro. Cartola 17173610936 Cliente LUNA CADENA, JAIME-JAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8307452500 Nro. Cartola 18578810170 Cliente MOLINA BERNAL, LESTERANDERSON del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.8071568100 Nro. Cartola 16680721087 Cliente BONILLA SORIA, FRANCISCO-XAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.8361616400 Nro. Cartola 18940690037 Cliente MOROCHO JIMBO, EDISON-FERNANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8079555000 Nro. Cartola 17197600715 Cliente ARIAS ANGULO, JAIRO-XAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8446756300 Nro. Cartola 19489570002 Cliente CA I C E D O PAC H ECO, ALEX-EMILIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-
cación. P/AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8265247700 Nro. Cartola 18379130299 Cliente ROCHA SILVA, JAQUELINEDEL ROCIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8152461700 Nro. Cartola 17569280401 Cliente DEL HIERRO CADENA, CRISTINA-ELIZABETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (24)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8038990600 Nro. Cartola 17466980558 Cliente RIVAS PULUPA, ROBERTOFERNANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8057321800 Nro. Cartola 19731210035 Cliente ESPINOSA VALLEJO, JENNY-ELIZABETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (26)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.8033246500 Nro. Cartola 16749200164 Cliente NARVAEZ ROSERO, NESTOR-GUILLERMO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (27)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8081432800 Nro. Cartola 17126580517 Cliente SARANGO DIAZ, BYRONRODIMIRO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8174833500 Nro. Cartola 17809530342 Cliente A LVA RA D O Z E D E # O, ROBERT-STALIN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (29)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.-
8338264500 Nro. Cartola 18787480021 Cliente NOBOA COBO, JORGEEDUARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (30)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8078090100 Nro. Cartola 16511380434 Cliente MORALES VILLEGAS, HELEN-DEL PILAR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (31)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8361927600 Nro. Cartola 18943630030 Cliente CORDOVILLA FEIJOO, RICARDO-XAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (32)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8236643100 Nro. Cartola 18249440308 Cliente TENEMPAGUAY TIXI, EDISON-ARMANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (33)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.8352877900 Nro. Cartola 18893320020 Cliente CHAFLA CASCO, GABRIELA-MARITZA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (34)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8168810800 Nro. Cartola 17744740386 Cliente SOTALIN JUINA, JUANJOSE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (35)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8014091200 Nro. Cartola 17169720376 Cliente BUSTOS GUERRERO, DIANA-MARIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (36)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8418439600 Nro. Cartola 19300160017 Cliente VILLACIS , JUAN-CARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publi-
cación. P/AC/ (37)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8447079600 Nro. Cartola 19492700000 Cliente LLUMIQUINGA VILLACIS, PAOLA-ESTEFANIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (38)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8058224800 Nro. Cartola 17337950426 Cliente GARCIA ZAMBRANO, ANGEL-ROGELIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (39)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8409479100 Nro. Cartola 19226630069 Cliente HARO MESA, JESUS-MANUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (40)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8040187700 Nro. Cartola 18372250144 Cliente PA Z M I ム O PAC H ECO, ELVIA-JOCONDA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (41)NR
COOPROGRESO COOPERATIVA COOPROGRESO Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF/DPFP Nº 001000080004321001 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a NARVAEZ BOSQUE SEGUNDO CIRILO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/30936/NR
BANCO PROCREDIT Banco Procredit S.A. pone conocimiento del público, la anulación por perdida del certificado a Plazos fijo 0602010243203 a nombre de VERÓNICA GABRIELA TITO LLUMIQUINGA CC 1715208383 PAR/111009/EG ========