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Quito, Ecuador
martes 03 de ABRIL de 2018
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Giro en modelo económico
Para la aplicación de las 14 medidas propuestas en materia económica, cada institución adscrita al Ejecutivo deberá presentar su planificación detallada para la aplicación de las medidas. Estas incluyen una reducción agresiva del aparato estatal y su presupuesto., El mandatario pidió a las otras instituciones como la Asamblea Nacional y el CNE, a que sigan su ejemplo. Estas serán algunas de las disposiciones que adopte el Gobierno dentro de su Programa Económico durante los siguientes tres años. Páginas A6 - B1
ESTADO
ARANCELES
INCENTIVOS
Se eliminan ministerios y el presupuesto de la Función Ejecutiva se reducirá en $1.000 millones.
Incremento de aranceles al techo máximo permitido por la OMC y los tratados internacionales.
Eliminación gradual del ISD y del impuesto mínimo del anticipo al Impuesto a la Renta a partir de 2019.
frontera norte
36 grupos armados empujados a la frontera
Javier Ortega, un periodista todoterreno Página b3
Un total de 36 grupos armados organizados (GAO) operan en los departamentos del Cauca, Nariño, Putumayo y Caquetá y cuya incidencia penetra territorio ecuatoriano, históricamente en las zonas circundantes a Mataje (Esmeraldas), Chical, Rumichaca y El Carmelo (Carchi) y Yanamaru (Sucumbíos). Las bandas se nutren de guerrilleros disidentes de las FARC. Página B2
Invierno: 31 casas afectadas y 4 muertes La actual temporada invernal, que comenzó en octubre de 2017, se ha cobrado 4 vidas y ha obligado a reubicar a varias familias. Además 20 personas se han visto directamente afectadas.
Solo en los días de feriado de Semana Santa, las precipitaciones en la ciudad superaron en más del 33% el promedio registrado históricamente en esta época. Página A2
La Ferroviaria pide retorno de contenedores
Los montículos de basura reemplazan ahora a los contenedores en este sector capitalino. Para completar, los perros calle jeros se encargan de romper las fundas y botar los desechos.
PRIMERA SUERTE
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SEGUNDA SUERTE
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Las quejas son evidentes. “Nosotros pagamos impuestos, la obligación del Municipio es mantener limpia la ciudad”, recordaron los vecinos. Página A3
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QUITO
CIUDAD 31 casas afectadas A2
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MARTES 03 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR
AGENDA LITERATURA
Jorge Volpi presenta ‘Una novela criminal’ Lugar: Mr. Books El Jardín Entrada: gratuita Horario: 18:30 Cuándo: hoy
TEATRO
‘Sola’, con Salomé Velasco Lugar: Patio de Comedias (18 de Septiembre y 9 de Octubre) Entrada: $8 Horario: 20:30 Cuándo: mañana
INDIGENISMOS
‘desMarcados’ Lugar: MET-Quito (Espejo y García Moreno) Entrada: gratuita Horario: 09:30 a 16:30 Cuándo: hoy y mañana
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y 4 muertos en lo que va del invierno En los últimos días las precipitaciones alcanzaron 18 mm por metro cuadrado.
La actual temporada invernal, que inició en octubre de 2017, ha provocado daños en 31 viviendas, ha obligado a reubicar a cuatro familias y se ha cobrado cuatro vidas. Además 20 personas se han visto directamente afectadas. Estos datos los dio a conocer el secretario de Seguridad, Juan Zapata, quien aclaró que el número de emergencias que se ha atendido desde esa fecha hasta este mes disminuyeron en un 57% en comparación con el mismo periodo 2016-2017. Desde octubre de 2016 hasta inicios de abril del año pasado se atendieron 567 emergencias por las lluvias, pero desde octubre de 2017 hasta abril de este año, las atenciones han llegado a la cifra de 243. “La principal razón de la disminución de los siniestros es que, desde octubre de 2017, con una inversión de más de 31 millones, se ha trabajado en tareas
de prevención y mantenimiento, sobre todo en la construcción de muros de contención en varias zonas de riesgo”, contó Zapata. De las emergencias atendidas en la actual temporada, 124 fueron por taponamientos de sumideros y alcantarillas, 24 por movimientos de masas y 22 por desbordamientos de ríos.
Cambio en la rutina
Verónica Núñez, empleada de una empresa en el centro norte de Quito, comentó que las precipitaciones, sobre todo si son intensas, trastornan la rutina diaria. “El tránsito se caotiza y los tiempos de traslado se alargan. Por ejemplo, desde la Plaza Artigas hasta el Estadio Olímpico me puedo demorar más de 45 minutos. Además se vuelve Nivel de precipitaciones Solo en los días de feriado de Se- difícil conseguir un taxi o poder mana Santa, las precipitaciones subirse a algún bus”, dijo. También hay personas que le de lluvia en la ciudad superaron en más del 33% el promedio re- sacan provecho al temporal, sobre todo los vendedores gistrado históricamenambulantes, quienes te en esta época. Así, los están prestos para coniveles pasaron de 12 a BARRIOS merciar paraguas de 18 milímetros de agua susceptibles a sufrir por metro cuadrado. emergencias por lluvias todos los colores y tapor maños, además de una Según las previsio- sonlamonitoreados Secretaría de variedad de chompas nes del Instituto NaSeguridad. de agua. cional de Meteorología “Normalmente la e Hidrología (Inamhi), las lluvias se mantendrán du- gente no sale preparada para el rante toda la semana, con oca- aguacero, por eso podemos mesionales momentos de sol por las jorar nuestras ventas ofreciendo cosas para protegerse del agua a mañanas. “La presencia de lluvias se bajo precio. En una jornada de iniciaría desde horas de la tarde, lluvia prolongada puedo vender pero incrementarían su intensi- hasta una docena de paraguas y dad por la noche y la madruga- unos diez ponchos de agua”, exda”, se indica en un comunicado. plicó Luzmila Vera, comercianHoy se espera que las precipi- te autónoma quien frecuenta la taciones se desarrollen durante zona La Mariscal, en el centro norte de la ciudad. (JS) la mayoría del día y la tarde.
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CINE
‘Una mujer fantástica’ Lugar: Ochoymedio (Valladolid y Vizcaya) Entrada: $5 Horario: 18:00 Cuándo: hoy
CONVERSATORIO
Las pirámides de Cochasquí, con Boris Ullauri. Lugar: Cafelibro (Plaza, entre Wilson y Veintimilla) Entrada: gratuita Horario: 19:00 Cuándo: hoy
TEATRO
‘Dentro de la maleta’ Lugar: Teatro México (Antisana y Tomebamba) Entrada: gratuita (para escuelas y colegios bajo inscripción) Horario: 10:00 Cuándo: hasta el 05 de abril
CLIMA. Se espera que las lluvias persistan durante la semana. Se recomienda salir con paraguas y ropa abrigada.
CIUDAD
Días y horarios de recolección de basura
Sectores en los que se retiran los contenedores y se hará la recolección manual Pisulí y Colinas del Norte
I
MARTES 03 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
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Días: lunes, miércoles y viernes Horario: de 20:00 a 03:00
Av. América Av. 10 de
de
Diciemb re
Av. NN.UU.
Días: lunes, miércoles y viernes Horario: de 20:00 a 03:00
Av .6
Av. Amazonas
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La Argelia
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Agosto
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Av. Eloy Alfaro
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Comité del Pueblo y La Morenita (Carapugo)
Días: martes, jueves y sábados Horario: de 20:00 a 03:00
La Ferroviaria
Días: martes, jueves y sábados Horario: de 20:00 a 03:00
Elaboración: LAHORA
Sin contenedores, la basura se acumula en La Ferroviaria Fuente: Municipio de Quito
La gente bota las fundas en las esquinas y los perros las rompen dejando los desperdicios por todas partes. La Ferroviaria es uno de los ocho barrios que definitivamente se quedarán sin contenedores, según anunció la semana pasada la Empresa Pública Metropolitana de Aseo (Emaseo). En este sitio se retomó la recolección a pie de vereda con un horario específico, pero ayer los desechos estuvieron desperdigados en las esquinas de la calle Adrián Navarro. Por la mañana, los montículos de basura ocuparon un gran espacio frente a la escuela Velasco Ibarra, junto a las tiendas y las casas de esa zona. En pocas horas los perros callejeros se encargaron de romper las fundas y desperdigaron los desechos sobre la vereda y la calzada. Quejas
María Oña, dueña de una frutería, pidió a las autoridades que vuelvan a colocar los contenedores. Aseguró que desde el momento en que la gente de Emaseo se llevó los recipientes para limpiarlos, la calle se ha convertido en un basurero. “El barrido es insuficiente porque se trata de un sector que genera mucha basura”, comentó. Clara Cevallos, una mujer de la tercera edad, manifestó su indignación por este problema. Confesó que ya no sabe qué hacer con la basura. “Desde hace 15 días acumulo en fundas y dejo sobre la vereda porque no pue-
Mi opinión en 60 segundos Carla Cevallos concejala
‘Contenedores, solución que se volvió un problema’
Antes de que una ciudad tenga contenedores había que capacitar a la ciudadanía sobre su uso y utilidad. Se puso los recipientes sin contar con la maquinaria adecuada para poder recoger la basura y por eso muchas veces a los recolectores les tocaba meterse dentro y eso tampoco es un trabajo digno. La ciudad ahora está llena de basura, en el noroccidente hay problemas. Hay que hacer un nuevo mapeo de la ciudad. Es un tema de salud, creo que hay que poner en orden, es una empresa que va de mal en peor. Hay lugares donde no hay veredas pero sí tienen contenedores. Los accidentes de los carros públicos y particulares son constantes. No es posible que se los retire por una falta de política clara, los contenedores fueron bastante caros para la ciudad y ahora son un problema.
do mantener dentro de la casa”. Blanca Vega, quien vive en uno de los condominios del sector, dijo que en una reunión que mantuvieron con la gente
SANIDAD. En las esquinas de la calle Adrián Navarro, la basura estuvo a merced de los perros callejeros.
de Emaseo les aseguraron que tras el retiro de los contenedores habría servicio de barrido todos los días. “Nosotros pagamos impuestos, la obligación del Municipio es mantener limpia la ciudad”, recordó. María Simaliza comentó que en la calle Lorenzo Garaicoa todavía hay contenedores que también están repletos de basura porque todos van a dejar sus desechos allá. Medidas
Una obrera de Emaseo llegó a La
Ferroviaria con su escoba y un recogedor. Ella levantó la basura que estaba desparramada en las esquinas y luego dejó en fundas de la empresa. Dijo que luego pasaría el camión. También comentó que el problema es la falta vehículos para la recolección. La descontenerización es una de las acciones que Emaseo adoptó en La Ferroviaria y otros barrios luego de evaluar la topografía del lugar, el espacio de las vías, las restricciones operativas, el tipo de basura generada y la ausencia de puntos húmedos. (PSD)
Multas de tránsito ahora se pagan por una sola vía Desde ayer, el pago de multas por infracciones de tránsito cometidas en Quito solo se podrá realizar a través del Banco Pacífico, informó la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) en
un comunicado. Antes también se podía hacer la transacción a través de las agencias de Produbanco y Servipagos. Para consultar multas y
sanciones se puede acceder a la página www.amt.gob.ec o llamar al número gratuito 1800AMT AMT. Solo en los últimos tres días de feriado de Semana Santa se
emitieron 665 citaciones por infracciones de tránsito, sobre todo por conducir en estado de ebriedad, no portar documentos vigentes y prestar servicios de taxi informal. (JS)
RECLAMO. Los integrantes de Bache Florido durante una manifestación. Foto: Archivo La Hora.
Bache Florido sigue exigiendo arreglos en las calles Un total de 25 plantas se sembraron en el parque Bicentenario los últimos días en respuesta a los acuerdos a los que llegaron los representantes de Bache Florido con la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas (Epmmop). Por cada bache reportado y cubierto en la ciudad se sembró una planta. En la jornada participaron los integrantes de la iniciativa que tomó fuerza a inicios de marzo. Pablo Cisneros, líder de la campaña, mencionó que sus exigencias iniciales no han cambiado. Siguen siendo dos principales: que se reparen bien las vías y que se devuelva la vegetación a Quito. A través de fotografías ellos han seguido reportando los huecos y solicitando una intervención integral. Según el artista escénico, gracias a los llamados de atención se han podido reparar al menos 100 baches, porque al inicio se cubrían todos los que estaban en las calles que reportaban. Sin embargo, aclaró que la calidad del trabajo sigue siendo una preocupación para ellos. El pronunciamiento de la Epmmop se realizó el mismo día de la siembra a través de un técnico que explicó el proceso de rebacheo y de acuerdo con la empresa, los trabajos en conjunto continuarán Otras propuestas
Mientras tanto, a las intervenciones de siembra y a los reportes en redes sociales se ha sumado más gente con otras propuestas. Es el caso de un artista que realiza figuras con globos y que las coloca en los huecos. La iniciativa Bache Florido se ha movilizado a barrios como San Juan, en el centro, para exigir que las calles se reparen. En las siguientes semanas se seguirán realizando medidas de todo tipo para que la situación de la vialidad mejore. (PCV)
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OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.
MARTES 03 DE ABRIL DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR
O
No hay ninguna sociedad que está libre de elementos negativos. Hasta el rosal tiene espinas”. JUAN PABLO II RELIGIOSO POLACO (1920-2005)
Vale más un desengaño, por cruel que sea, que una perniciosa incertidumbre”. FRANCISCO DE PAULA SANTANDER POLÍTICO COLOMBIANO (1792-1840)
CARTAS ‘Pequeño gusano miserable’
Así le calificó el ministro de Estado británico para Europa y las Américas, Sir Alan Duncan, al recientemente naturalizado ecuatoriano Julian Assange frente al Parlamento Británico y añadió que “debería salir de su refugio en la embajada ecuatoriana en Londres para entregarse a la justicia”. Esta declaración es devastadora para el Ecuador. Assange, ese “pequeño gusano miserable”, está carcomiendo cual plaga de césped nuestra imagen internacional. A causa de Assange, Ecuador se presenta al mundo como un país que protege a un “miserables” que evade la justicia. La historia deberá condenar a los ecuatorianos responsables del caso Assange como traidores a la Patria. Bernarda Mena Romoleroux bmena642@gmail.com
Morir para vivir
El Foro del Ecuador está de luto por el fallecimiento de Wladimiro Villalba Vega, profesional del Derecho, persona recta, intachable y catedrático universitario de fuste, quien transmitió sus conocimientos a sus alumnos en forma brillante para que el abogado ejerciera su profesión a la perfección de ser posible. De Notario del Cantón Quito fue minucioso en revisar la documentación y corregía a sus subalternos la redacción antes de celebrarse la escritura pública. En el Colegio de Abogados de Pichincha tuvo el privilegio de encabezar la Presidencia y el Tribunal de Honor. Sus alumnos tenemos el orgullo de recordar sus clases. Debíamos leer en la Gaceta Judicial, las sentencias dictadas por el juez de la Corte Superior y de la Corte Suprema en casación, para exponer ante los compañeros. Publicó ‘Practica forense’, que se agotó en el menor tiempo. La Biblia dice en Mateo 31: “Es necesario morir para vivir”. Dr. Patricio Guijarro Polo CC: 1703383313 DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.
¿Están librEs dE compromisos?
Uno de los episodios más complejos de la trayectoria de los últimos tiempos de la Fiscalía comenzará a desentrañarse esta semana en la Asamblea Nacional con el juicio político contra el fiscal general Carlos Baca Mancheno por supuesto incumplimiento de funciones. Se cuenta nada menos que con 28 pruebas de cargo, por lo que se presume que las sesiones serán largas y nutridas en elementos de juicio. El audio de la conversación telefónica entre el entonces presidente de la Asamblea y el excontralor prófugo de la justicia, difundido por Baca Mancheno el 26 de febrero y el video de la rueda de prensa donde se presentó ante la opinión pública, fue el desencadenante del proceso. Sin embargo, una legisladora dijo que se actuará con rapidez, “sin reparos y sin compromisos de ninguna naturaleza”.
SALVATORE FOTI
Los que arriesgan su vida Las Fuerzas Armadas son la parte más visible del compromiso y sacrificio en la lucha contra el narcoterrorismo que se está dando en el límite con Colombia. Tres muertos y 11 heridos, de los cuales ya casi nadie habla, tres de suma gravedad. La institución de la Policía tampoco fue exenta de agresiones, de hecho fueron los primeros en sufrir un atentado en el cuartel de San Lorenzo, donde muchos resultaron igualmente heridos. A ellos debemos añadir las
Momento trascendental, por sus consecuencias jurídicas es la actuación de Baca Mancheno en el “esclarecimiento” de los sucesos del 30 de septiembre de 2010, en particular para el desmantelamiento de la teoría del “intento de golpe de Estado”, de la fue uno de sus principales artífices. Cada uno de los episodios que condujeron al juicio sería suficiente para considerar sospechosa la “rapidez” que se anuncia. El juicio quizás abra la puerta para una investigación a fondo del papel de la Fiscalía y de sus cabezas visibles en los últimos once años. Se trata de una oportunidad única y tal vez irrepetible. Abonaría a la idea de que los legisladores actuantes están libres de compromisos. El juicio político a Baca Mancheno pudiera ser, con suerte, el destape de otra “olla podrida”.
victimas que hasta hoy no han causado mayor ‘ruido mediático’: la población de Esmeraldas. Muchos pobladores han sido obligados a dejar sus hogares y a desplazarse por la violencia que se está volviendo la normalidad cotidiana. Los tres periodistas secuestrados son la enésima prueba de la fuerza militar y estratégica de la cual disponen los irregulares. Sin embargo, este hecho ha logrado acercar a todo el país a un problema que, en principio, tal vez subestimamos. Tan es así que los insurgentes no tienen ningún temor de algún día responder por sus actos. Estas organizaciones criminales aparentan tener más estrategia que nuestros políticos. No creo que sea una mera coincidencia que el secuestro de los tres periodistas en territorio ecuatoriano haya sido el mismo día que llegaban al país
exponentes importantes de Estados Unidos para asesorarnos, justamente, sobre la violencia la frontera con Colombia. Después de más de una semana de cautiverio es hora de dar pruebas del diálogo. Están de por medio la vida de tres inocentes y muchísimas más. Los que dan la cara en la frontera no son los políticos, sino los soldados, los policías y la sociedad civil. El mismo hecho de hablar de este tema, dada la impotencia hasta aquí manifestada por el Estado, es de preocupación para todos los que nos ocupamos del tema. Esperemos que quienes tienen a su cargo de las negociaciones estén a su altura, pues caso contrario deberían dar un paso al costado. Necesitamos volver a la paz sobre un asunto que hasta hoy ha quedado al otro lado de la frontera. sfoti@lahora.com.ec
RODRIGO SANTILLÁN PERALBO
Caro receso Mientras el país está en crisis, el IESS en quiebra, el desempleo y subempleo crecen, el narcoterrorismo en apogeo con execrable secuestro a colegas periodistas, y la deuda pública que ya es impagable, la Asamblea Nacional está en receso. ¿Es irresponsabilidad extrema o agotamiento de tanto trabajo en beneficio del pueblo? Sobre todo con expedición de leyes y agotadoras fiscalizaciones, como para desquitar el enorme sueldo que perciben junto a grandes prebendas. Siguen en carpeta las reformas a Ley de Comunicación, a la Ley de Educación Superior, leyes específicas que permitan superar la crisis económica, por ejemplo. ¿Dónde está la Ley Anticorrupción que castigue a los delincuentes de esta naturaleza? Los acusados de ese monstruoso delito, si son condenados luego de un proceso jurídico limpio, deben sufrir penas de conformidad con lo que el pueblo aprobó en la Consulta del 4 de febrero. Ni las más duras penas son suficientes para castigar a los corruptos. Es inaplazable modificar la Ley de Contratación Pública para que no quede ningún resquicio por el que pueda entrar la corrupción que está en la contratación de obras públicas no sólo en el Gobierno Central, sino también en municipios, consejos provinciales e inclusive en juntas parroquiales. Hay burócratas en todos los niveles, desde el más alto al más bajo, relacionados con la contratación que primero piden plata a quienes intervienen en licitaciones, o a quienes participan de -una u otra manera- en “concursos”. La empresa privada relacionada con sobornos y coimas debe ser castigada con ejemplar dureza; cárcel para sus gerentes y ejecutivos, y el cierre definitivo de la empresa. Pero la Asamblea Nacional goza de un carísimo receso, quizá en cabildeos y en acomodos pactados. Todo lo que es urgente, que espere. rsantillan@lahora.com.ec
Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General IVÁN FLORES POVEDA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXI No. 12116
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.
Santo Domingo de Carretas tiene una calle muy riesgosa En la vía N76 se han registrado ocho percances durante los últimos tres meses.
Uno de los últimos percances que se registró en este sector fue el de una volqueta que perdió pista, traspasó un cerramiento de bloque y se fue encima de una casa. Juana Mayorga, quien vive en uno de los conjuntos que tienen salida a la N76, tiene fotos de los motociclistas que se han siniesLos habitantes de los conjuntos trado en la zona. Ella confiesa habitacionales que hay en San- que vive con los “nervios de to Domingo de Carretas y que a punta” porque tiene que camidiario circulan por la Calle N76 nar por la calle y teme que algún están alarmados por los acciden- carro la atropelle o peor, termine tes que se registran en esta zona. en su casa. Durante un breve reEllos dicen que en esta corrido por ese camino, vía, que une a la PanameEL DATO el ama de casa mostró los ricana Norte con la Vía riesgos que corren tanto Marianas en Carapungo, usuarios peatones como motocise han registrado al me- Los dicen que por clistas y conductores. Esto nos ocho accidentes de dos ocasiones la gespor las pronunciadas curtránsito en los últimos hicieron tión para la construcción de vas que hay en el trayecto. tres meses. las aceras, que Inicialmente, el camino llegaron dos ins- Por eso, pensando en su y que seguridad la mujer pidió era empedrado, pero lue- pectores se desconoce si go lo pavimentaron para hubo resolución. que le fabricarán unos mojones que mandó colocar facilitar el ingreso y la safrente al portón de entrada lida de los moradores. A pesar de que la vía es an- de su condominio. gosta y sinuosa, los conductores que circulan por ella lo hacen a Pedidos exceso de velocidad y sin tomar Mayorga dijo que ha pedido al en cuenta factores como la llu- Municipio que se rediseñe la via o las pendientes, aseguran vía y que se construyan verelos vecinos. das para que los moradores no
Triple choque complicó la circulación en la Occidental Tres vehículos colisionaron ayer, a las 09:00, sobre el carril norte–sur de la avenida Occidental, a la altura del sector de La Comuna. El incidente generó complicaciones en la circulación vehicular. El agente civil de Tránsito, Jaime Carrera, aseguró que el percance no dejó personas heridas, sin embargo, dijo que sí provocó cuantiosos daños materiales en uno de los vehículos que aparentemente ocasionó el siniestro. Se trató de un carro marca Chevrolet Vitara que sufrió desperfectos en toda la parte frontal. Se necesitó de una wincha para retirarlo. Según las versiones propor-
cionadas por los involucrados a las autoridades, el último carro no logró frenar a tiempo en la vía semaforizada y se llevó a otros dos carros por delante. Carrera agregó que en este caso no existen personas detenidas, pues el accidente no dejó heridos. Sin embargo, el procedimiento obligó al traslado de los automotores averiados hasta los patios de retención vehicular hasta que concluyan las investigaciones. Personal de una empresa aseguradora privada llegó al lugar de los hechos para intentar acordar la reparación de daños. Para las 10:00, la circulación en la vía fue normalizada. (FLC)
ACCIDENTE. Así quedó el vehículo que presuntamente ocasionó el incidente.
MALESTAR. La vía es angosta y tiene varias curvas cerradas.
se expongan al caminar por la calzada. A esta y otras demandas que tienen los moradores de Santo Domingo de Carretas se suman los de los conjuntos San Francisco y Casa Real, quienes aseguran que han reportado el problema a la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas (Epmmop). Ellos solicitan
que se verifiquen los problemas de movilidad que hay en las horas pico. En la Epmmop se informó que el pedido sobre obras como las aceras se tiene que hacer a la administración zonal, que ellos son los que priorizan y que luego la Epmmop ejecuta, además se dijo que hay casos en que es una responsabilidad de los frentistas. (PSD)
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MARTES 03 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
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Emprendedoras pueden postular a ‘La Cucaya’ Con el objetivo de ofrecer un servicio más integral, el emprendimiento gastronómico comunitario ‘La Cucaya’ que funciona en el parque Cumandá incluirá a colectivos, organizaciones y asociaciones de mujeres este mes. La primera reunión y el lanzamiento de la convocatoria se realizarán mañana, a las 17:00, en el Taller 2 del Cumandá. El restaurante abrió sus puertas en noviembre de 2017 con un enfoque de economía popular solidaria y aportando a la autonomía de las mujeres. Hasta el momento, cuatro representantes de los barrios La Tola, Carapungo, Conocoto y Sangolquí han llevado adelante el proyecto por lo que este año se propuso una convocatoria abierta para incluir a más gente. Entre los criterios de selección está la experiencia. Se tomará en cuenta que quienes postulen hayan trabajado previamente en gastronomía y servicios alimenticios, tengan conocimientos en certificación de Buenas Prácticas de Manufactura y atención al cliente. (PCV) P
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MARTES 03 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
Instituto Geofísico registra sismo de 4,1 grados en Quito
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Tres mujeres mueren en un deslave Glenda Ch., de 19 años; María C. (59) y Elsa Q. (15) son las víctimas mortales del deslave suscitado ayer por la madrugada en el kilómetro 19, de la vía Guanujo-Echeandía, sector Illubí de Guaranda. El hecho sucedió alrededor de las 05:30 mientras ellas cruzaban la vía a pie con el afán de realizar transbordo, debido a que la carretera estaba cerrada al paso vehicular por un deslizamiento de tierra. Producto de este percance, tres personas también resultaron heridas y fueron rescatadas a tiempo, tanto por el Cuerpo de Bomberos como la Policía de Guaranda. Néstor Gsrvía, de la Secretaría de Gestión de Riesgos, informó que producto del deslizamiento también hay una persona desaparecida. (EV) TUNGURAHUA •
SINIESTRO. Las tres víctimas mortales eran de Echandía, según las autoridades.
QUITO
Un sismo de magnitud 4,1 en la escala abierta de Richter se registró ayer en Pichincha, sin que hasta el cierre de esta edición se hubiera informado de víctimas o daños materiales. De acuerdo con un comunicado del Instituto Geofísico de la Escuela Politécnica Nacional,
el sismo ocurrió a las 20:15 a una profundidad de 2,32 kilómetros y a 18,06 kilómetros de Quito. El movimiento telúrico se sintió con claridad en la capital, donde los servicios de emergencia no informaron de víctimas ni daños materiales. (Con EFE)
Moreno le da un giro a la política económica Reducción del aparato estatal y una revisión tributaria con varios incentivos. Los presupuestos anuales de las instituciones de la Función Ejecutiva serán reducidos en 1.000 millones de dólares y, para lograrlo, serán eliminados ministerios, secretarías, coordinaciones generales y otras entidades adscritas. Esta será una de las 14 medidas que adopte el Gobierno dentro de su Programa Económico durante los siguientes tres años. Así lo anunció anoche el presidente, Lenín Moreno, en su informe semanal. También se reducirá a la mitad el número de asesores en cada institución, los gastos en viáticos y arriendos. También serán suprimidas siete de las 22 empresas públicas de la Función Ejecutiva. Solo se mantendrán las que sean rentables y, algunas, mediante la figura de empresas mixtas. Además, continuarán las subastas de bienes inmuebles y vehículos. “Esperamos medidas similares en todas las Funciones del Estado y en los demás niveles de Gobierno: en la Asamblea Nacio-
La propuesta
REACCIONES Opinan analistas
Algunas medidas clave
Richard Martínez, presidente el °Comité Empresarial Ecuatoriano
“El Presidente ha entregado un mensaje positivo al país: cambio de visión económica. Destacamos que haya recogido varios planteamientos del sector productivo. Seguiremos aportando con ideas, promoviendo la inversión, innovación, producción y generación de trabajo”.
Alberto Acosta Burneo, °analista económico
“Lo bueno: reconoce importancia de inversión privada y promete reducción de gasto público. Lo malo: eliminará algunos beneficios tributarios a personas. Lo feo: subirán aranceles al máximo permitido”.
Luis Espinosa Goded, analista econó°mico y profesor de la USFQ “Honestamente me esperaba un plan muchísimo peor por parte de Moreno. Así que, pese a la inconcreción, me voy a dormir mucho más tranquilo de lo que me amanecí. No creo que haya nada que celebrar aún, pero tampoco mucho que lamentar (solo la subida de aranceles)”
nal, en el Consejo Nacional de la Judicatura, en la Corte Constitucional, en el Consejo Nacional Electoral, en las superintendencias, en los gobiernos provinciales y municipales”, advirtió Moreno quien aseguró que se aspira reducir 1.000 millones de dólares anuales en gastos. En el campo tributario
“No vamos a subir impuestos. Repito, ¡No vamos a subir im-
venderán siete de las 22 empresas °delSeEjecutivo Reducción de 1.000 millones del presu°puesto del Ejecutivo Serán eliminados ministerios, °secretarías y otras entidades adscritas al Ejecutivo.
de los aranceles para redu°cir Incremento importaciones. No aplica para materias
primas ni bienes de capital. Se elimina el Impuesto a la Salida de °Divisas gradualmente Incentivos para exportadores e inversio°nistas Eliminación del cálculo del impuesto °mínimo del anticipo al Impuesto a la Rentas desde 2019 Incentivo a alianzas público privadas °para obras en sectores estratégicos
puestos!”, dijo el mandatario previo al anuncio de otras medidas de recaudación que proponen ingresos adicionales por 810 millones de dólares, entre 2018 y 2021. Los aranceles sí sufrirán un aumento temporal, dentro de los límites que permite la Organización Mundial del Comercio (OMC), sin comprometer materias primas, ni bienes de capital y se “racionalizarán” cinco beneficios tributarios que, según Moreno, significará para el Estado 1.037 millones adicionales entre 2018 y 2021. Se aplicará una revisión tri-
Exfiscal se queja de la administración de justicia La exfiscal y ahora directora general de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), Diana Salazar Méndez, se queja amargamente del trato que ha recibido su denuncia por amenazas de muerte, pero advierte que no desmayará y continuará en su luchar para que el hecho no quede en la impunidad. La funcionaria, cuya actuación resultó fundamental para poner al descubierto actos de corrupción en Ecuador, como el caso Odebrecht que tiene en la cárcel al exvicepresidente Jorge Glas y otros; la captación ilegal de dinero a través del SaiBank o el caso FIFA-Gate capítulo Ecuador, a mediados de octubre de 2017 denunció amenazas de muerte en su contra, producto de lo cual se abrió una instrucción fiscal, la que ahora está llegando a su fin por falta de acusación fiscal y una prolija actuación de la jueza Luz María Ortiz Guevara. “¿Qué podemos esperar, sí PAB/19160/AS
ANUNCIO. El Presidente dio a conocer un nuevo plan económico.
butaria por el 100% de los intereses, multas y recargos para las micro, pequeñas y medianas empresas, con plazo de hasta dos años, y se hará extensivo a deudas al IESS y a los Gobiernos Autónomos Descentralizados. En este grupo se incluye a los deudores no vinculados de la banca cerrada. Lo mismo aplica para las grandes empresas, pero con un plazo de 90 días. Con esto se espera ingresos por 1.600 millones en 2018 y 1.300 millones anuales en los próximos años En otras medidas, anunció que entrarán en vigencia las nuevas modalidades de contratos de trabajo, la eliminación del cálculo del impuesto mínimo del anticipo al Impuesto a la Renta, a partir del ejercicio fiscal 2019. Mientras que el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) será reducido gradualmente. (LGP)
PERSONAJE. Diana Salazar, exfiscal, ahora directora de la UAFE.
así actúan con alguien que es de la propia casa, qué se puede esperar con los ciudadanos de afuera?”, comentó. Críticas a jueza
Salazar criticó severamente la actuación de la jueza, por la cual se negó el pedido de nulidad y se confirmó el auto de sobreseimiento de los procesados. No obstante, adelantó que está presentando un nuevo escrito insistiendo en su petición. Agregó que si la Jueza se hubiese molestado en revisar la denuncia, en ella hubiese encontrado el casillero judicial que señaló oportunamente para recibir notificaciones. Para Diana Salazar, es claro que en este caso se está respondiendo a cierta clase de intereses, que aún no ha podido identificar. “Alguien muy poderoso, alguien que tiene mucho poder está tras de todo esto”, dijo. (LC)
Velasco Ibarra ‘revive’ en libro En la UDLA se presentó el libro ‘Velasco Ibarra: Caudillo populista’, de coautoría de los doctores Milton Álava y Gil Vela. Un selecto grupo de invitados acompañó a los investigadores.
Milton Álava estrecha la mano de Marina Estupiñán.
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Gil Vela, Carlos Larreátegui y Blasco Peñaherrera Padilla.
DETALLE.
Portada de la obra.
Zeyneb Solah de Peñaherrera, Homero y Teresa Larrea.
Marco Aguas, Betty Delgado y Sebastián Valdivieso.
Jorge Arturo, Gonzalo Merlo y David Altamirano.
Arturo Ontaneda, Manuel Castro, Pedro Velasco y Leonardo Cabezas.
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Gabriel Sánchez, Cristian Guano y Gabriela Segovia.
Tres décadas de acuarelas
El Museo de Acuarela y Dibujo Muñoz Mariño reabrió sus puertas con la exposición de Manuel Félix García, titulada ‘Los colores del agua’, con la cual celebra 30 años de vida acuarelista.
Guido Díaz (director del Museo), Cristina Chequer y Manuel García, expositor.
Angelo Cano y Miriam Ayala.
Diego Falconí y Tony March.
Diego Iturralde, Martha Núñez y Eulalia Nieto.
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Dinero electrónico: 5 a 10 años para retirarlo del Central
Los saldos del dinero electróni- retirados serán transferidos a la co que cada usuario mantenga Cuenta Única del Tesoro Nacioen las cuentas del sistema po- nal, con excepción del dinero indrán ser retirados en cualquier movilizado por alguna decisión momento, en plazos de hasta 5 y de carácter legal o judicial. El 31 de marzo de 2018 con10 años, dependiendo del monto cluyó la gestión del servicio de que se disponga en las cuentas. Conforme al Código Moneta- dinero electrónico por parte del rio y Financiero, se dispone que BCE y, por lo tanto, desde el prilos pasivos y saldos que hubie- mero de abril no se puede realiren permanecido inmovilizados zar transacción alguna con este medio de pago. podrán ser devueltos Hasta esa fecha, los durante los próximos usuarios de dinero eleccinco años, contados CUENTAS trónico debían dejar en a partir de la última de dinero electrónitransacción monetaria co se activaron al cero sus cuentas, sin emcierre de 2017. bargo, el BCE registró realizada, si están conssaldos restantes en las tituidos por recursos equivalentes hasta el 25% de un cuentas por lo que resolvió manSalario Básico Unificado vigente; tener inmovilizados esos fondos hasta que sean retirados. es decir, hasta 96,50 dólares. Según el BCE, en el transcurso Por otro lado, si los usuarios mantienen montos mayores, el de abril se continuará con el proplazo para solicitar la devolu- ceso para el cierre definitivo del ción de dichos recursos se exten- proyecto y, desde el primero de mayo próximo, las devoluciones derá hasta 10 años. El Banco Central del Ecuador de los saldos de dinero electrónico (BCE) indicó en un comunicado se podrán realizar a través del Balque, una vez finalizado este pla- cón de Servicios del BCE en Quito, zo, los recursos que no fueron Guayaquil o Cuenca. (LGP)
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INSTITUCIÓN. El Banco del Ecuador concluyó la gestión del servicio de dinero electrónico el 31 de marzo.
China oferta 1.200 becas para estudiantes ecuatorianos QUITO, EFE • Los estudiantes
ecuatorianos que deseen cursar sus estudios en China están invitados a postular a las 1.200 becas completas 'Jasmine' que oferta el Gobierno provincial de Jiangsu en China, informó ayer la Cancillería de Ecuador. "El programa de selección de talentos (TSP por sus siglas en inglés) seleccionará a los estudiantes sobresalientes para financiar su carrera en busca de diplomas y títulos en doctorado,
maestría, pregrado y colegio general, en más de 60 programas en 51 universidades de la provincia", puntualizó un comunicado. Adicionalmente, los aspirantes deben cumplir con los requisitos lingüísticos de las instituciones de educación superior, para lo que es indispensable el dominio de inglés general. El proceso de aplicación puede realizarse a través de studyinjiangsu.org, y culminará el 31 de mayo.
HOGARES. El consumo de las familias ha ayudado esta subida, debido a gastos en meses específicos y al crédito (endeudamiento). En la imagen Flor María Muñoz hace sus cuentas.
El consumo de hogares sustenta el crecimiento económico de Ecuador Una variación positiva de 4,9% en gasto de familias es una de las razones del impulso del 3%. Cada familia organiza a su manera las finanzas del hogar en función de sus necesidades y, también, de la temporada. Los gastos pueden variar en función de fechas como la Navidad, en diciembre, o el regreso a clases en septiembre. Durante esas fechas, por Ley, cada trabajador recibe un sobresueldo que aumenta su poder adquisitivo para hacerle frente a los gastos, como la compra de uniformes, útiles escolares o, a fin de año, los festejos, obsequios y demás. Dicho de otra forma, se trata de dinero que comienza a circular en la economía ecuatoriana desde los bolsillos de los trabajadores, técnicamente conocido en la medición del informe de las Cuentas Nacionales que elabora el Banco Central del Ecuador (BCE) como el Gasto de Consumo Final de los Hogares. Meses de gastos y créditos
Un ejemplo de cómo circula el dinero lo da Flor María Muñoz, madre de familia, quien cuenta que los gastos en su hogar aumentan considerablemente a fin de año, pues al tratarse de una familia numerosa es inevitable aprovechar la Navidad y el Fin de Año para reunirse todos y pasar un momento juntos. “Diciembre es un mes de gastos. Hay las Fiestas de Quito, Navidad, Año Nuevo. Aparecen los compromisos, como los regalos,
59%, el de consumo prioritario en 20% y el productivo en 66%, así como a un mayor dinamismo de las diferentes actividades económicas. Un incremento que, a pesar los amigos, lo nietos, la compras de ser positivo, no refleja una para la cena navideña y de fin de real estabilización de la econoaño”, comenta. “Es la costumbre mía por tratarse de un trimestre y una tradición que no se repite de alto consumo de los hogares ecuatorianos. el resto del año”, añade. “El crecimiento del consumo “Otro mes bastante fuerte es septiembre por el regreso a cla- privado no estuvo acompañado ses. Que los uniformes, la lista por un dinamismo similar en el de útiles. Precisamente para eso mercado laboral. De acuerdo con el INEC, en 2017 las tasas de emestán los décimos”, agrega. pleo adecuado y de empleo Ricardo Rosero decidió inadecuado no mostraron mensualizar el pago de sus EL DATO variaciones estadísticadécimos y cuenta que a fin mente significativas, o sea, de año realiza sus compras términos permanecieron sin camcon la tarjeta de crédito En corrientes, el bios”, cita un análisis de la para pagar en 12 meses. Producto Bruto Corporación de Estudios “Pago el siguiente año. Sí Interno alcanzó los se gasta un poco más des- 103.057 millo- para el Desarrollo. nes, según el “Medido en volumen, de junio por el regreso a BCE. el consumo privado de clases. Pienso en lista de 2017 fue apenas mayor útiles, las matrículas. Los regalos de Navidad pueden es- que el de 2015, lo que, consiperar o pagarse con crédito y dis- derando el crecimiento de la tribuir el gasto mes a mes el año población entre ambos años, implica una caída del consumo siguiente”, cuenta. por habitante”, añade. Hay otro factor a considerar Las cifras del Banco Central La economía ecuatoriana regis- y se trata de Formación Bruta de tró un crecimiento de 3% al cie- Capital Fijo (FBKF, por sus siglas rre del cuarto trimestre de 2017, en inglés), es decir, la inversión fíes decir, de octubre a diciembre, sica principalmente en construcsegún el BCE, que además deta- ción y en maquinaria y equipo. Este índice se redujo en 0,5% lla que el incremento se explica, entre otros factores, por una va- en relación a 2016. El volumen riación importante a favor del de inversión de 2017 fue incluso Gasto del Consumo Final de los menor que de 2012 y su desempeño, que está directamente Hogares. Esta variable registró una va- vinculado a la disminución de la riación positiva del 4,9%. Este actividad económica de la consdesempeño, según el BCE, está trucción, representa alrededor asociado al incremento del cré- del 70% de la estructura de esta dito de consumo ordinario en variable. (LGP)
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Se captura armamento de alias ‘Guacho’ en Tumaco Jorge Hoyos, comandante de la Fuerza Conjunta Hércules de Colombia, informó que en un operativo realizado dentro del plan “Atlas” en conjunto con tropas de la Fuerza de Despliegue Rápido golpeó a la estructura y logística del grupo armado residual “Oliver Sinisterra”. El oficial explicó que esa ala armada disidente al margen de la ley fue parte de la columna móvil guerrillera Daniel Aldana, la cual está al mando de Walter Patricio Arizala, alias “Guacho”. Hoyos dijo que en una primera acción en la comunidad Indazavaleta (Tumaco) fue localizado un depósito ilegal donde se encontró una ametralladora, ocho fusiles, cuatro lanzagranadas de 40 milímetros, una subametralladora, un fusil Remington de alta precisión. Además, ocho pistolas 9 mm, dos cañones de ametralladoras, 28 proveedores para pistola de 9 mm, nueve proveedores para fusil, dos granadas de fragmentación, 3.000 cartuchos de diferentes calibres, y dos motocicletas de alto cilindraje. En una segunda acción ofensiva fueron sorprendidos los exmilicianos intentando derribar otra torre, dejando como resultado la muerte a un miembro de esa estructura delictiva, y la captura de so integrantes de ese grupo armado que estaban heridos, quienes luego fueron atendidos en una unidad médica estatal colombiana. Tras la operación se hallaron dos fusiles R 15, tres pistolas 9 mm, 400 cartuchos, 10 proveedores para fusil, un radio de comunicaciones y dos chalecos multipropósitos. “La Fuerza de Tarea Hércules viene desarrollando operaciones contundentes”, dijo Hoyos. Y añadió que se están ejecutando tareas de inteligencia para capturar a alias “Guacho”. (DLH)
36 grupos armados son empujados hacia la frontera Colombia ejerce control con 9.000 oficiales. Cerca de 500 disidentes actúan en los bordes.
3, 6, 14, 29, 32, 48 y columnas sido detenidas ocho personas móviles Daniel Aldana, Teófilo vinculadas con Walter Arízala, Forero y Jacobo Arenas), ade- alias Guacho, y se ha incautado más de los grupos delincuencia- droga, insumos y armamento por un monto que bordea les Gente del Orden y La los USD 600 millones. Un Banda de la Vaca. dato curioso: entre lo deSobre ellos están las miDE DROGA comisado figuran 15.000 radas de 9.000 uniforma- fueron decomisados colombianos. El 8 de das en Tumaco metros de mecha exploen 2017. siva, casi la misma extenenero, en los departamensión de la autopista Rumitos sureños de Nariño y Putumayo aterrizó la Operación ñahui, que conecta Quito con el Atlas, a cargo de la Fuerza de valle suroriental de Los Chillos. Atlas posó su índice sobre los Tarea Hércules, la cual combina oficiales de élite de Ejército, GAO de frontera que pugnan Marina y Policía para, precisa- entre sí por controlar el puerto mente, ‘pasar la arruga’ de las de Tumaco y sus alrededores. disidencias hacia el cordón fron- Golpeó puntos débiles de estas terizo y despejar de terrorismo estructuras: decomisó 43 tolos principales conglomerados neladas de droga, por ejemplo, y capturó a Aris Caicedo alias urbanos del centro del país. El plan, como tal, fue presenta- ‘Cholo’ y Wilber Quiñonez alias do la tercera semana de octubre ‘Curandero’, acusados de aseside 2017, fecha que coincide con nar al dirigente social José Jair un incremento de medidas de se- Cortez. Y su mirilla, sin embarguridad de las FF.AA. de Ecua- go, está puesta en los terroristas dor en la frontera norte, en un ci- comandados por Walter Arízala, clo por el cual hasta la fecha han alias Guacho. De hecho, la Fuer-
43 t
‘Pasar la arruga’… La figura coloquial ilustra bien la presión que se vive en la frontera norte. Tal arruga está conformada por 36 grupos armados organizados (GAO) que operan en los departamentos del Cauca, Nariño, Putumayo y Caquetá y cuya incidencia penetra territorio ecuatoriano, históricamente en las zonas circundantes a Mataje (Esmeraldas), Chical, Rumichaca y El Carmelo (Carchi) y Yanamaru (Sucumbíos). Los 36 GAO, de acuerdo con el portal especializado Insight Crime, se nutren de guerrilleros disidentes de las FARC (frentes
BOGOTÁ
OCÉANO PACÍFICO
OPERACIÓN ATLAS FUERZA DE TAREA HÉRCULES
Límite entre Ecuador y Colombia
9.000 uniformados colombianos buscan concentrar a disidentes de grupos terroristas hacia la franja limítrofe
Zona de influencia de disidentes
FUERZA DE TAREA POSEIDÓN 3.000 EFECTIVOS
NARIÑO FUERZAS POLICIALES 3.000 EFECTIVOS
MATAJE
CHICAL ESMERALDAS
FUERZAS DE TARES PEGASO 3.000 EFECTIVOS
EL CARMELO
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GO
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MP 6
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NARIÑO
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PERÚ
Algunos de los elementos disidentes de las FARC 3
FRENTE 3
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CAUCA
17 FRENTE 17 29 FRENTE 29
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TF TF 49
32 48
ECUADOR
COLOMBIA
JA
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OBJETIVO. Walter Arízala.
CAQUETÁ
SUCUMBÍOS
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DA
PUTUMAYO YANAMARU
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za de Tarea Hércules capturó un nutrido arsenal de este GAO (ver nota adjunta). En Tumaco, sin embargo, hay preocupación, porque la mayor presencia de uniformados no se traduce en mayor seguridad. En la Pastoral Social de la Diócesis del puerto nariñense manejan una cifra: en 2017 hubo 222 homicidios. El Ministerio de Defensa, de su lado, muestra otras. En lo que va del año han neutralizado a 212 integrantes de los GAO, 13 de ellos muertos en operaciones, y logró la desmovilización de 99 integrantes de grupos irregulares: 58 del ELN y 41 de los GAO, integrados principalmente por disidentes de las FARC. Y toda esa presión en suelo colombiano hace que se abran boquetes en territorio ecuatoriano. La Hora mostró hace poco cómo los narcoviajes que partían de los alrededores de San Lorenzo (433 en 2017) superaron a los de Tumaco (394). (DLH)
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3
32 FRENTE 32
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MP COLUMNA MÓVIL MILLER PERDOMO DA COLUMNA MÓVIL DANIEL ALDANA
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GO GENTE DEL ORDEN TF COLUMNA MÓVIL TEÓFILO FORERO
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JA COLUMNA MÓVIL JACOBO ARENAS BV LA BANDA DE LA VACA
Javier Ortega, o la felicidad encarnada en periodismo
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Un equipo de El Comercio fue secuestrado por un grupo criminal el 26 de marzo. Este es el perfil del reportero. Es posible que las dos grandes pasiones de su vida sean el periodismo y el fútbol. Aunque también le apasionan su familia y sus amigos. Javier Ortega es un reportero versado, instintivo, dotado de un olfato periodístico que solo lo tienen quienes no entienden su propia vida sin eso de contar historias. Luego de vivir su infancia y su adolescencia en España, decidió estudiar Comunicación Social en la Universidad Politécnica Salesiana y luego hacer carrera en la redacción de diario El Comercio, donde maneja temas de seguridad y judiciales. Él es uno de los tres secuestrados desde hace ocho días por grupos irregulares en la frontera norte. Javier es el tercer y último hijo. Álex Ortega, su hermano, recuerda que cuando sus padres iban a retirar la libreta en la escuela siempre lo felicitaban: desde pequeño fue un gran lector. Para su padre, Galo Ortega, leer las notas de Javier en El Comercio constituye uno de los motivos de mayor orgullo. “Nadie de la familia se encuentra bien ante esta circunstancia, mi papá y yo estamos mostrando fortaleza, mi hermana está desolada y mi mamá se hace la valiente, pero yo puedo ver que no es así”, dice Álex. Sin embargo, tiene cierta tranquilidad porque sabe que su hermano es un hombre fuerte. “Sabemos la serenidad que tiene. Es una persona muy tranquila, no es nada enérgico, es pacífico, creo que eso va a ayudar mucho”. Pasiones
Sobre ese inicio en las ‘lides’ de este oficio, Santiago Molina, periodista de El Universo, recuerda la ocasión en que estaban los reporteros judiciales revisando “la nota interna” de la antigua Policía Judicial, en las calles Roca y Juan León Mera, cuando alguien avisó que se había cometido un crimen y todos, “en tumulto”, fueron hacia el lugar de los hechos. “De pronto, en mitad de los cuatro colegas que estábamos en el sillón de atrás del auto, apareció uno pequeñito, moreno y churón que me dijo ‘hola’”, recuerda Molina. Y que cuando le preguntó qué hacía allí, Javier le respondió: “Como oí que salían a una cobertura, salí con ustedes y me subí en el mismo carro”. Con ese tipo de detalles, llenos de gracia e ímpetu, Javier no solo se ganó la amistad de los reporteros de otros medios que cubren esa fuente, sino demostró su trabajo impregnado con
Protesta en el Cambio de Guardia ° La vicepresidenta, María Alejandra Vicuña, presidió ayer el Cambio
de Guardia en el Palacio de Carondelet, donde periodistas y fotógrafos levantaron sus voces para pedir respuestas al Gobierno sobre los 3 miembros del equipo periodístico de diario El Comercio que fueron secuestrados el pasado martes. Amigos, familiares y colegas del reportero Javier Ortega, del fotógrafo Paúl Rivas y del conductor Efraín Segarra, mostraron carteles, mientras que los fotógrafos levantaron sus cámaras, para protestar por la falta de información del Estado sobre las negociaciones para la liberación. Hoy se cumple una semana desde el secuestro, perpetuado por una agrupación criminal asociada a disidentes de las FARC y al tráfico de drogas.
ESCENA. Javier, junto a sus compañeros de TVC, canal de propiedad de Diario El Comercio.
el sentido de la responsabilidad. “La verdad es que Javier, ‘Chaparrito’ como cariñosamente siempre le digo, es de los periodistas que no solamente tratan de estar en el lugar de las noticias y entender lo que está pasando sino trata de contrastar en todo momento”, dice Molina, que ha cubierto juicios con él hasta la me- HISTORIA. Ortega, durante una de sus dianoche y revisado expedientes coberturas para diario El Comercio. durante horas. Valentín Díaz es uno de los fútbol, o el Barcelona de Espacolegas de Javier en el equipo ña, cuya actual imagen más unide El Comercio y entre el 25 y versal es Leonel Messi, también el 30 de abril de 2016 cubrieron hay anécdotas. Valentín dice juntos el terremoto que desoló que es uno de los mejores futManabí. “La dibolistas de El ferencia entre Comercio. Uno él y yo en esa de sus mejores cobertura era amigos, el peAÑOS que él las cachariodista Franba todas”, dice cisco Lasso, de tiene el reportero de Díaz, que en ese este Diario, lo El Comercio. entonces empesabe extremazaba el ejercicio damente comde su carrera. petitivo. “Todos “Sabía todas las los miércoles DÍAS autoridades con jugamos en Colas que había nocoto y como desde el secuestro se que hablar y las le sabía hacer cumplen hoy. preguntas que galletas, siemhabía que hapre busca ir en cer, tenía un conocimiento súper el equipo contrario al mío para certero de lo que había que bus- ganarme”, dice. car y un instinto periodístico súper interesante para encontrar Regreso historias”, dice. Álex Ortega recuerda que le Díaz considera a su colega una dolió “en el alma” cuando su persona “súper pilas”. “Es capaz hermano Javier se fue a vivir a de escuchar el audio y transcri- España, pero también conserva bir la entrevista mientras el auto la felicidad de cuando lo volvió está en movimiento, sin marearse, a ver: “Le encontré cambiado la todo de una”, señala. voz, todo un hombre; realmente Sobre su otra gran pasión, el me llené de satisfacción y mucha
Sabemos la serenidad que tiene. Es una persona muy tranquila, no es nada enérgico, es pacífico, creo que eso va a ayudar mucho”.
De pronto, en mitad de los cuatro colegas que estábamos en el sillón de atrás del auto, apareció uno pequeñito, moreno y churón que me dijo ‘hola’”.
ÁLEX ORTEGA,
SANTIAGO MOLINA,
HERMANO DE JAVIER.
REPORTERO DE EL UNIVERSO.
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REALIDAD. El fútbol es su otra pasión.
alegría, fue un momento muy noble que nunca olvidaré”. Javier es el primer periodista de la familia y su hermano revela que, en el momento del secuestro, era la tercera vez que había cobertura en la zona de San Lorenzo. “Cuando una persona no tiene la vocación para desempeñar su trabajo tira la toalla, pero mi hermano escogió la carrera porque le gusta y así lo demuestra en el desempeño de su trabajo, la pasión que él le mete”. La imagen que en estos días Valentín Díaz ha evocado de
su colega es precisamente la de la cobertura del terremoto. “Después nos reunimos todo el equipo para salir de Bahía hacia Quito y, de repente, nos dimos cuenta de que estábamos a la orilla del mar. En toda esa semana no habíamos tenido un minuto para bañarnos”. Luego de informar sobre el desastre, esa pasión que siente por el fútbol y esa serenidad que le hace un ser alegre, le empujaron hacia las olas. Javier Ortega se sacó la ropa y entró, en bóxer y risueño, al mar de Manabí. (MMD)
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ACUERDO. Jimmy Jairala (d).
La Armada comprará draga para El Palmar
GUAYAUIL • El Servicio de Dra-
gas de la Armada Nacional adquirirá una draga para cumplir con el retiro de más de 4 millones de metros cúbicos de sedimentos del islote El Palmar, en el río Guayas. Carlos Ruales, director de esta entidad, indicó que la compra de la maquinaria significará un desembolso de 12 millones de dólares. El anuncio fue hecho ayer, en el marco de la firma del contrato para el dragado de ese sector, que se concretó después de varios procesos fallidos con empresas internacionales, especialmente de China. Jimmy Jairala, prefecto de Guayas, explicó que solicitará a la Contraloría General de Estado un examen al proceso y una auditoría tanto del contrato como de la obra. (DAB)
NACIONAL
Cerco epidemiológico por brote de sarampión Las campañas de vacunación se reforzarán en zona de frontera. Virus llegó del exterior.
Siete años después de que en Ecuador no se habían registrado casos de sarampión, las alertas por esta enfermedad vuelven a activarse. Esto, luego de que se detectara que una persona extranjera ingresó al país con este mal la semana anterior. El paciente es un niño de 5 PREVENCIÓN. Las vacunas se aplican especialmente en la zona fronteriza. años de edad, que entró el pasado 27 de marzo por el puente que el niño se contagió en otro fronterizo de Rumichaca, pro- país”, apuntó Espinosa al desSíntomas cedente de Venezuela, confirmó cartar que el virus se encuentre y tratamiento ayer la ministra de Salud, Veró- circulando en el ambiente. nica Espinosa. sarampión es una de las enfermedaAl cabo de dos días, una vez En zona fronteriza °desEl más contagiosas y afecta en particular que se instaló al sur de Para evitar su propagación, a los niños. Se transmite por gotitas que Quito, el menor presen- EL DATO las autoridades instalaron se esparcen por aire o contacto directo de secreciones procedentes de la nariz, boca tó los síntomas y fue en un cerco epidemiológico en y garganta de personas infectadas. busca de atención a un la capital y en Rumichaca Desde 2011 en centro de salud. La fun- Ecuador no se que incluyó la vacunación ° Los síntomas consisten en fiebre alta, cionaria afirmó que tras habían registra- en un kilómetro a la redonerupción generalizada en todo el cuerpo, casos de congestión nasal y ojos enrojecidos. detectarse que se trataba do sarampión, que da del lugar donde estuvo Puede causar complicaciones graves, tales es una enfermede sarampión fue llevado el niño y también se implecomo ceguera, encefalitis, diarrea intensa, dad viral, altaal hospital Baca Ortiz, en mente contagio- mentaron otras acciones. infecciones del oído y neumonía, sobre sa y afecta a todo en niños con problemas de nutrición donde se recupera favo- menores de 15 Espinosa apuntó que day pacientes inmunodeprimidos. rablemente. das las características del años de edad. “No se contagió el caso registrado el proceso ° Es contagioso desde cuatro días antes niño en territorio ecuatode vigilancia epidemiológide que aparezcan los granitos hasta cuatro días después. La mejor forma de evitar el riano. Esto nos hace pensar que ca se fortalecerá en las zonas de contagio es por medio de la vacuna, que la el virus todavía no está circulan- frontera y de ingreso de extrandeben recibir los niños a los 12 meses y 18 do entre nuestra población, sino jeros de tal forma que ellos puemeses de nacidos. dan ingresar vacunados. FUENTE: OMS/MSP En 2016, la Organización Mundial de la Salud (OMS) había declarado a América brote de ese mal en Venezuela, Latina libre de sarampión, debido a la falta de vacunas, enpero desde el año pasado tre otras razones. En ese país se se presenta un importante registran 222 casos. (RVD)
INTENDENCIA REGIONAL DE QUITO DIRECCION REGIONAL DE SEGUROS
REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, VALORES Y SEGUROS AVISO DE OPOSICIÓN POR PARTE DE TERCEROS DE LA LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA DE LA COMPAÑÍA PAN-AMERICAN LIFE INSURANCE COMPANY SUCURSAL ECUADOR Pongo en conocimiento del público que la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros ha recibido la solicitud de liquidación voluntaria de la compañía PAN-AMERICAN LIFE INSURANCE COMPANY SUCURSAL ECUADOR. En razón de la resolución adoptada por la compañía PAN-AMERICAN LIFE INSURANCE COMPANY SUCURSAL ECUADOR, de liquidarse voluntariamente cumpliendo lo dispuesto en los artículos 54, inciso cuarto de la Ley General de Seguros y 33 inciso 2, 86, 87, 88, 89 Y 90 de la Ley de Compañías, se ordena la publicación de este aviso en un periódico de mayor circulación del domicilio principal de la sucursal de la compañía, establecida en este país, por tres días consecutivos, para efectos de la oposición de terceros, a fin de que quienes se creyeren perjudicados puedan presentar su oposición ante uno de los jueces de lo civil del domicilio principal de la sucursal, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este aviso; y, además, en el termino de tres días desde la realización de tal medida pongan el particular en conocimiento de esta Superintendencia. El juez que reciba la oposición notificara a la entidad y a este Organismo de Control, dentro del término de dos días, posteriores al último señalado para presentar la oposición, conjuntamente con el escrito de oposición y providencia que hubiere dictado. En el caso de no existir oposición, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros declarará el estado de liquidación voluntaria y dispondrá el cumplimiento de los demás requisitos legales. Quito, Distrito Metropolitano, 29 de marzo de 2018
ACTOS. Las procesiones de Quito y Guayaquil fueron las más concurridas.
Para sector turístico, el feriado no resultó El clima de inseguridad que se vive en Esmeraldas y la incertidumbre por las medidas económicas que anoche tenía previsto anunciar anoche el Gobierno repercutieron en el desplazamiento de viajeros en el feriado de este año a propósito de la Semana Santa. Así lo señaló ayer Holbach Muñetón, presidente de la Federación Nacional de Cámaras de Turismo (Fenacaptur). “Mientras no haya una paz, una tranquilidad y se sepa cuál es el camino que se va a seguir eso sí afecta. Hay mucha gente precavida y opta por no viajar”, manifestó. La situación
De acuerdo con el gremio, la ocupación en establecimientos turísticos de Quito, Guayaquil y Cuenca no pasó del 60%. Mientras, en los balnearios de Santa Elena bordeó el 50% y en General Villamil Playas llegó a un 30%. “El beneficio fue solo para unas ciudades en particular como Quito y Cuenca que es en donde más actividades hay por el tema de Semana Santa. Pero a la mayoría no les fue tan bien”, apuntó Richard Dávila, presidente de la Asociación Nacional de Operadores de Turismo (Optur). Indicó que “Esmeraldas por el tema de seguridad se vio afectada” y concordó en que “las condiciones económicas también no ayudan mucho con la dinámica del turismo en estas fechas estacionales”. Conclusiones
“Lo ideal para el sector turístico seria no estar siempre esperanzado que llegue los feriados. Deberíamos tener una política e incentivos para que todo el año tengamos turismo”, sostuvo el empresario. también matizó en que las lluvias pudieron influir. (RVD)
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En marcha concurso para designación de fiscales provinciales Un total de 56 aspirantes a fiscales provinciales rindieron ayer las pruebas teóricas y hoy rendirán las prácticas. La evaluación se realizó en el Centro de Formación y Capacitación de la Escuela de la Función Judicial (EFJ), en Quito. El examen fue
Movilización amazónica busca aprobación de su Ley especial
El proyecto está en manos del Ejecutivo desde el 15 de marzo. Los representantes buscan su publicación definitiva. Delegaciones de prefecturas, alcaldías y juntas parroquiales de la Amazonía se concentrarán hoy en el parque El Arbolito, en Quito, desde donde se movilizarán hacia el Palacio de Gobierno para solicitar al presidente, Lenín Moreno, la aprobación definitiva de la Ley Amázonica. La normativa fue aprobada en segundo debate el 13 de marzo por la Asamblea y dos días después fue remitida al Ejecutivo para que la apruebe o presente
sus observaciones. “Hemos esperado pacientemente. Queremos que el Presidente vea la fuerza y la unidad de la región y la necesidad de que esta Ley tenga el veto afirmativo, ojalá en las mismas condiciones en que fue aprobada en la Asamblea”, declaró Marco González, secretario del Consorcio de Municipios Amazónicos y Galápagos (Comaga), una de las organizaciones que impulsan la movilización.
calificado sobre 40 puntos. Los postulantes respondieron, en 80 minutos, de forma individual, 80 preguntas seleccionadas aleatoriamente de un banco de 1.436 que se encuentra cargado en la web del Consejo de la Judicatura. (LC)
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COMISIÓN. La de Biodiversidad fue la Comisión que ‘armó’ la Ley Amazónica.
Ellos esperan que asistan entre 2.000 y 2.500 personas de las seis provincias orientales y de los cantones Baños y Penipe, de Tungurahua y Chimborazo, respectivamente. “Hemos realizado las gestiones con la Secretaría de la Política y con la Presidencia para que nuestros representantes puedan ser recibidos por los ministros y, de ser posible, por el propio Presidente”, agregó González. Largamente trabajada
La normativa ha sido esperada por más de 10 años, afirmó Saúl Cárdenas, alcalde de Sucúa, en Morona Santiago, ya que abarca
temas como patrimonio cultural, educación superior, plurinacionalidad, salud y sociedad. “En 2008 tuvimos una reforma a la Ley 010 y desde la Constitución se habla de la Ley especial”, declaró. Agregó que confía en la aprobación por parte del Ejecutivo, ya que el Presidente, dijo, conoce la realidad de esta región y la trascendencia de esta Ley. “Nos da gobernabilidad porque se forma el Consejo de Planificación y Desarrollo Amazónico”, justificó Cárdenas. Agregó que les permitirá la generación de recursos para el desarrollo en la región, lo que permitirá una planificación a mediano y largo plazos.
En lo económico, aparte de la asignación en el Presupuesto General del Estado se crea el Fondo para el desarrollo sostenible de la región, que se financiará con el equivalente al 4% del precio de venta por cada barril de petróleo que se extraiga de la Amazonía y que en ningún caso podrá ser inferior a dos dólares por cada barril. De este Fondo, 28% se distribuirá entre las prefecturas, 58% recibirán los municipios, las parroquias recibirán el 10% y el 4% se destinará a un fondo común administrado por la Secretaría Técnica de la circunscripción. (HCR)
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Escritor y rockero °
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Carlos Alvarado Quesada es un apasionado de la literatura -con tres novelas publicadas- y un músico que gusta del rock, que logró mantener en el poder a la centro-izquierda en Costa Rica con su victoria en el balotaje presidencial de este domingo. Aunque es evidente su veta artística, con escritores como Ernest Hemingway y la banda Pink Floyd entre sus favoritos, Alvarado se convirtió en figura pública en Costa Rica por su actividad política y su militancia en el oficialista Partido Acción Ciudadana (PAC, centroizquierda), que lo postuló a la Presidencia.
MINUTERO Trump propuso a Putin reunirse en la Casa Blanca EFE • El presidente °deMOSCÚ, EE.UU., Donald Trump,
ha propuesto al líder ruso, Vladímir Putin, reunirse en la Casa Blanca, según informó ayer Yuri Ushakov, asesor del jefe del Kremlin. El Kremlin, que en su momento aseguró que Putin estaría dispuesto a reunirse con su homólogo norteamericano, expresó su confianza en que Washington no retire esa propuesta.
Muere jefe del ELN en operación del Ejército
BOGOTÁ, EFE • Un jefe del °Ejercito de Liberación Nacio-
nal (ELN) murió ayer en una operación en la región del Catatumbo, una zona selvática fronteriza con Venezuela, cuando el líder guerrillero regresaba de ese país, informaron fuentes oficiales. El guerrillero fue identificado como José Trinidad Chinchilla, alias ‘Breimar’, quien operaba en el caserío de La Gabarra, zona rural del municipio de Tibú, en el departamento de Norte de Santander.
Fallece la activista Mandela a los 81 años JOHANNESBURGO, EFE • La °política y activista Winnie
Madikizela-Mandela (foto), segunda esposa del expresidente sudafricano Nelson Mandela, falleció ayer a los 81 años, según confirmó su familia. Winnie y Nelson Mandela se separaron en 1992, dos años después de la salida de “Madiba” de la cárcel, tras 27 años preso, y dos años antes de que se convirtiera en el primer presidente negro de Sudáfrica. Se conocieron en 1957, contrajeron matrimonio en 1958 y su divorcio se hizo efectivo en 1996.
A reactivar la economía sector empresarial de Costa °RicaEl felicitó al presidente electo del TRIUNFADOR. El candidato ganador, Carlos Alvarado, y su esposa Claudia. (AFP)
Oficialista sorprende y arrasa en Costa Rica El Presidente electo comenzó su acercamiento con los partidos politicos, ante el escenario de división del país. era fácil percibir en redes sociaSAN JOSÉ, AFP • El candidato oficialista Carlos Alvarado se convir- les que había una sublevación de tió en Presidente electo de Costa sentimientos de ambos bandos”, Rica tras derrotar abrumadora- comentó Vega. Ante ello, el candidato ganamente, en el balotaje del domingo, al predicador evangélico Fa- dor llamó a la unidad del país e bricio Alvarado, quien aparecía insistió en que contactará a los en las encuestas en un empate partidos representados en la próxima Asamblea Legislativa técnico. El resultado sorprendió por (congreso) para convocarlos a el amplio margen con el que se ser parte de un gobierno de uniimpuso el exministro Carlos Al- dad nacional. varado, así como por el elevado nivel de participación en el balo- De salida taje, superior al de la priEn la segunda ronda, el mera ronda. aspirante evangélico se EL DATO Con 95,58 de las mesas vio sometido a un duro esescrutadas, el exministro crutinio mediático que no de Desarrollo Social y de Fabricio había tenido en la primeAlvarado, un Trabajo obtuvo 60,74% de periodista y ra vuelta, cuando solo fue de los votos frente a 39,26% exdiputado 43 años, ganó la considerado un candidato de su contrincante, un primera ronda viable en la recta final. electoral del 4 de exdiputado y predicador febrero con Por el contrario, Car24,9% de los evangélico. los Alvarado había tenido votos, seguido Los excandidatos tie- de Carlos que hacer frente a cuestiocon nen el mismo apellido, Alvarado namientos por su relación 21,6%. pero no son familiares. con el actual Gobierno, del que fue ministro, que se ha visto golpeado por un esAnte la polarización Indicó que eso se explica en par- cándalo de tráfico de influencias te por la polarización en torno relacionado con la importación a una figura religiosa como Fa- de cemento chino. El apoyo al aspirante evanbricio Alvarado, surgido de las iglesias neopentecostales y con gélico comenzó a desintegrarun discurso fuerte contra el ma- se cuando la prensa expuso su vinculación con un líder trimonio homosexual. “El debate de la segunda ron- neopentecostal, el “apóstol” da polarizó mucho, los dos can- Rony Chávez, quien ha hecho didatos tuvieron que llamar a la comentarios denigrantes sobre calma a sus tendencias porque figuras del catolicismo, la reli-
país, Carlos Alvarado, por su triunfo en la segunda ronda del domingo y le instó a trabajar de inmediato en proyectos que reactiven la economía. El presidente de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep), Franco Pacheco, afirmó en un comunicado que existe “la urgencia de reactivar económicamente al país, a reducir las tasas de desempleo, mejorar la competitividad nacional y la deficiente infraestructura vial”.
Ecuador felicita a Presidente electo La Canciller de Ecuador, María °Fernanda Espinosa, felicitó ayer al
VICEPRESIDENTA. Epsy Campbell, primera mujer afrodescendiente en ocupar ese cargo en Costa Rica. (AFP)
gión mayoritaria de Costa Rica. Campaña costosa
El exdiputado Fabricio Alvarado fue cuestionado también porque él, su esposa y hermanos hicieron cuantiosos cobros a su campaña electoral por alquileres de carros y servicios profesionales, lo que desentonó con el mensaje de ‘manos limpias’ que intentó difundir, al tiempo que el Tribunal Supremo Electoral lo reprendió por usar las iglesias con fines electorales. “Fabricio cometió una serie de yerros, canceló su participación en debates, prohibió a sus diputados electos dar declaraciones, y la prensa no fue benévola con él cuando comenzó a escudriñarlo”, comentó Vega. Aún así, Fabricio Alvarado se despidió de la campaña con un tono positivo, convencido de que fue un logro histórico.
presidente electo Carlos Alvarado por su victoria en la segunda vuelta de las presidenciales celebradas el domingo en Costa Rica. “Saludamos la jornada electoral que se celebró ayer en Costa Rica. Felicidades a Carlos Alvarado, presidente electo, y a su vicepresidenta Epsy Campbell , primera mujer afrodescendiente en ocupar ese cargo en América Latina”, dijo la ministra.
Estrategia de unidad La defensa del país, ante todo
Analistas destacaron que el mensaje de °unidad fue clave en el ascenso de Carlos
Alvarado, postulado por el gobernante Partido Acción Ciudadana (PAC, centroizquierda), a lo largo de la segunda ronda.
“Carlos se desmarcó de la idea de que °esto era una lucha entre dos partidos y adopta como lema ‘esto es por Costa Rica’, y empieza a usar un discurso de unidad nacional”, comentó Vega.
El politólogo Felipe Alpízar, director del °Centro de Investigación y Estudios Políti-
cos, destacó que el aspirante del PAC tuvo una estrategia territorial exitosa asociada a su mensaje de unidad nacional que le permitió aumentar la votación después de la primera ronda.
campaña de Carlos tuvo un giro ha°cia“La levantar la idea de la defensa del país,
con la bandera de Costa Rica en lugar de la del PAC. Fue la emoción que necesitaron las personas para salir a votar”, comentó Alpízar.
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Víctima de las filtraciones
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Se filtró un video íntimo de la youtuber Caeli. Ella escribió el su cuenta de Twitter: “Gente que vive en el pasado y se preocupa por un video de hace 6 años. Ustedes me conocen y saben que soy la misma que se preocupa por hacerlos reír y que pasen un buen rato siempre”. Caeli tiene más de 13,5 millones de suscriptores en su canal.
El trap tiene un nuevo rostro
LA VERDUGA
La cantante de raíces ecuatorianas estrena un sencillo con un género que está de moda.
lo advertí’ es el tema que presenta la cantante Vanessa, ‘La Verduga’. Se trata de una “melodía dedicada a las personas de corazón noble, a quienes traicionan su confianza y las dan por tontas”, indicó la cantante que regresa al país en una nueva gira musical. “Fue escrita para aquellos que son buenos, pero no tontos. La canción tiene sonidos modernos que le dan una sonoridad fuerte, algo muy característico del trap”, señaló la cantante nacida en el Bronx, pero de raíces ecuatorianas. ‘Te lo advertí’ es una canción producida por el reconocido ganador de múltiples premios Grammy, Eliot Feliciano, quien ha creado éxitos para artistas como Olga Tañon, Yandel, Jennifer López, Daddy Yankee, J Álvarez, Elvis crespo, J Balvin
‘Hugo Sánchez’ tendrá su serie Ayer, la empresa de ‘streaming’ a la carta Netflix anunció ‘La balada de Hugo Sánchez’, una nueva serie basada en el personaje homónimo de la comedia ‘Club de cuervos’. La serie se estrenará el 17 de junio en el catálogo de Netflix, apenas termine el partido entre México y Alemania en el Mundial, que se jugará a las 08:00 hora del Pacífico de Estados Unidos. Este proyecto constará de solo seis episodios y es producido por la empresa Alazraki Entertainment, misma que produce ‘Club de cuervos’. La balada de Hugo Sánchez es el primer ‘spinoff’ (serie derivada) que sale de un personaje de una serie original de Netflix. “Club de cuervos se ha convertido en una de las series favoritas de los fans y estamos muy emocionados de expandir la franquicia con ‘La balada de Hugo Sánchez’”, dijo en un comunicado Erik Barmack, vicepresidente de Originales Internacionales en Netflix. “El personaje encantador de Hugo Sánchez se ha ganado los
AGENCIAS •
GUAYAQUIL • ‘Te
EL DATO Además de Ecuador, la artista iniciará una gira por Estados Unidos, Perú y Colombia.
ACTRIZ. La artista ha participado en las películas ‘The Hunting Of Lost Characters’ y ‘H.O.M.E.’.
entre otros. Este sencillo cuenta también con un video oficial filmado en Nueva York, dirigido por la artista, que en esta ocasión, decidió hacer algo “minimalista, pero con “látigo en mano para seguir demostrando quién es ‘La Verduga”.
Producción
La cantante, de ascendencia ecuatoriana tiene previsto lanzar un disco de 10 temas, todos de su autoría. El material recogerá el clásico ‘Niégalo todo’, del cantautor Julio Jaramillo, al ritmo de bachata. Antes de este tema, lanzó ‘Vivirla bien’. (JCL)
PERSONAJE. El actor Jesús Zavala (al frente) interpreta a Hugo Sánchez. (Foto: Netflix)
corazones de muchos y es por eso que se merece su propia serie”. Esta producción de Hugo Sánchez no narrará el crecimiento del asistente de Chava Iglesias, uno de los protagonistas de ‘Club de cuervos’. Netflix dice que la serie será alrededor de la misión de Sánchez para liderar al equipo de fútbol los Cuervos y ganar un torneo en Nicaragua. Con una misión más importante, Sánchez deberá viajar a Nicaragua enfrentando a Laura, su madre, quien le pide que regrese al negocio familiar de venta de ataúdes. Y sí, una vocera de Netflix confirmó a medios internacionales que no se trataba de una broma y que la nueva serie es real.
Comer marihuana, propone hija de Bob Marley MADRID, EFE · “La
marihuana era como un miembro más de nuestra familia”, recuerda Cedella Marley, primogénita del rey del reggae Bob Marley. Convencida de sus beneficios “sicológicos y medicinales”, anima ya no a fumarla sino a comerla en el libro ‘Cocina con marihuana’, una guía para incorporar el cannabis a la dieta diaria. Esta cantautora, escritora, actriz y diseñadora de moda, nacida en Jamaica en 1967 pero residente en Miami (EE.UU.), incorporó la marihuana a su vida desde “jovencita” y, tras dejar de fumarla para cuidarse la voz, la introdujo en su dieta a través de
recetas que van desde aperitivos a postres, y a la cosmética. Este libro también cuenta anécdotas de unos padres nada convencionales, los cantantes Bob y Rita Marley, quienes adoptaron el modo de vida rastafari a mediados de los 70’ y con él el cannabis como elemento “sacramental”. De su padre aprendió el gusto por la música y por la marihuana, que cultivaban en el jardín, y de su madre “comidas deliciosas” con los potentes sabores jamaicanos. Defiende Cedella Marley que se trata del “analgésico más natural del mundo”.
Celebra que ya no sea “un tabú” y que se esté apostando por su legalización, algo que hubiera alegrado a su progenitor y que permitió a su familia lanzar en 2014 la marca Marley Natural, que comercializa varios tipos de marihuana y su aceite esencial. “Tiene beneficios medicinales en el tratamiento del dolor, la epilepsia, la salud ocular, la ansiedad, el síndrome de estrés postraumático... Los humanos tenemos un sistema endocannabinoide, un grupo de receptores endógenos para recibir las propiedades benignas y curativas de la marihuana”, explica la autora.
TRAYECTORIA. La artista participó con sus hermanos de la banda Ziggy Marley and the Melody Makers.
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Exige tus derechos
Español CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR TÍTULO II DERECHOS
Capítulo sexto Derechos de libertad
Sección tercera Comunicación e Información Art. 67.- Se reconoce la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá como núcleo fundamental de la sociedad y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes. El matrimonio es la unión entre hombre y mujer, se fundará en el libre consentimiento de las personas contrayentes y en la igualdad de sus derechos, obligaciones y capacidad legal. Art. 68.- La unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale la ley, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio. La adopción corresponderá sólo a parejas de distinto sexo.
Kichwa ECUADOR LLAKTAPAK MAMAKAMACHIY SUKTANIKI WANKURIY Kishpiykaypak hayñikuna
KIMSANIKI PAKMA Willanakuy, willaypash
67 niki.- Paypak chikan chikan kawsaypimi ayllutaka riksirin. Mamallaktaka runakunapak shunkuta shinami ayllutaka ukllanka. Imashina pay imatalla yuyashkata tukuyta yanapaktami paktachinka. Kaytaka kamachiwan, rurashkawan tiyachinka, kayka paktapakta hayñipimi tiksinka, yaykurishka mashikunapak charishkawan tiksinka. Sawarinaka shuk karintin, shuk warmintin tinkunakuymi kan, kayka sawarikkuna kishpiyrishka shunkumanta munaypi, paktapakta hayñipi, manunakuypi, yuyay huntashkapi tiksirishkami kanka. 68 niki.- Kawsankapa tinkunakuyka, shuk kari, shuk warmi mana sawarishka tantarishkallami tukun, shinapash shuk ayllumi wallparin; kayka shuk pachata, arinishkakuna ukupi, kamachiy shuk kutinlla nishkami kan. Shinapash sawarishpa ayllu wallparishkakunapak hayñikunata, mañayta charishkatami hapin. Shukpak wawata wakchushpa wiñachinaka shuk kari, shuk warmi sawarishka, tantarishkapakllami kanka.
EN PUMAPUNGO
SE RECORREN 10 MIL AÑOS DE HISTORIA
Cañaris fueron los primeros pobladores de los actuales territorios de Azuay y Cañar.
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os vestigios arqueológicos hallados en asentamientos alrededor de la Cueva Negra de Chobshi, en Sígsig (Azuay), se remontan a la etapa Precerámica. En este sitio milenario los nómadas, hombres y mujeres primitivos dedicados a la caza y a la recolección de frutos, vivieron, encontraron abrigo, cocinaron y elaboraron sus artesanías. Los estudios realizados a las puntas de lanzas y cuchillos de obsidiana encontrados en el lugar determinaron que fueron elaborados durante los años 8060 y 5585 a.C. Con todo esto se encuentra el visitante en el Museo Pumapungo de Cuenca, donde se accede a un recorrido arqueológico y antropológico de más de 10 mil años en el devenir histórico de los primeros habitantes de la región mediante la nueva sala permanente arqueológica Pumapunku: Mundos de la Memoria. Recreación
La propuesta museal también describe el trabajo científico hecho en la década de 1980 en el sitio arqueológico de Pumapungo, patrimonio de la capital azuaya. En total se exhiben 330 piezas materiales recuperadas, de estas la mitad fue encontrada en
VISITA. El museo está dividido en sala etnográfica nacional, sala arqueológica y museo de sitio. (Foto: culturaypatrimonio.gob.ec)
el lugar y son de cerámica, piedra, metal y concha spondylus. Además, estos bienes se complementan con maquetas que describen la cotidianidad del ser humano en seis periodos históricos: Precerámico (Chobshi), Narrío; Tacalzhapa y Cashaloma, correspondiente a la fase de Integración de las culturas cañari e inca y la Colonia. Jorge Ortega, museógrafo de Pumapungo, señala que el proyecto expande las temáticas culturales representadas en el interior del contenedor arquitectónico con el sitio arqueológico. “La teoría se puede conectar y palpar con el vestigio”, indica. Recorrido
El recorrido continúa con el periodo Narrío, que comprende del 2340 a.C. al 500 d.C., en el que se destacan las ucuyayas, que eran amuletos-colgantes que representaban a personajes míticos elaborados a base de concha spondylus. Posterior al nomadismo, el maíz, el fréjol, la quinua y las papas eran ya cultivadas para la alimentación y se complementaban con la carne de
Relación Significado
La palabra cañari se cree etimológi°camente que viene de kan=culebra y de ara=guacamaya.
Cañari significaría descendientes de la °culebra y de la guacamaya. Ambos animales fueron considerados °sagrados, dadas las leyendas y las decoraciones que así lo demuestran.
animales andinos domesticados. El siguiente punto corresponde a la fase de Integración, atravesando por el Formativo, en la cultura cañari, la cual se divide en dos momentos: Tacalzhapa, (500 a.C.-1200 d.C.) y Cashaloma (500 d.C.-1470 d.C.). Estos periodos se caracterizaron por la capacidad creativa en la cerámica de sus pobladores, quienes desarrollaron un nuevo estilo alfarero y una intensa actividad comercial con el resto de culturas de la región. Al contar con numerosas fuentes de oro, cobre y plata, los cañaris los utilizaron para la manufactura de objetos de adorno personal, armas e insignias de poder. (CM)
Influencia inca ° La presencia inca (entre 1480 y 1600) y su influencia en el país
UTENSILIOS. Los objetos de cerámica, piedra, metal y concha spondylus son la riqueza que dejaron los cañaris. (Foto: culturaypatrimonio.gob.ec)
cañari también son retratadas en la muestra. La invasión logró imponer políticas que cambiaron la organización original y la resignificación del espacio en la cultura vernácula. Con la fuerza del trabajo local y del mitmakuna (comunidades trasladadas de otros territorios a la fuerza) emprendieron la construcción de obras, infraestructura vial y arquitectónica. Trazaron ciudades y templos, tratando de replicar los modelos levantados en el Cuzco. Crearon cuatro centros administrativos: uno de ellos Tomebamba, anterior Guapondelig cañari y actual Cuenca, donde por orden de Túpac Yupanqui se construyó el palacio de Pumapungo. Ahora sus ruinas y vestigios están convertidos en museo arqueológico.
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John Hollar, un artista en la °ciudad de Nueva York, debe
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regresar a su pequeño pueblo natal al enterarse que su mamá está enferma de gravedad. Al llegar, John es inmediatamente agobiado por problemas que él pensó haber dejado atrás. Pero pronto se da cuenta de que todos los caminos conducen a tu hogar.
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Sus finanzas se estabilizan. Habrá energía en esta área y debe aprovecharla. Su pareja o madre le ayudan económicamente. Recuerde: Sea tolerante con el prójimo que se equivoca.
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Su relación con su hogar mejora. Su madre se mostrará afectiva. Tendrá fuerza para emprender cambios necesarios en su hogar. Recuerde: Haga como el Sol; nace cada día sin acordarse del día que pasó.
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GÉMINIS
Su mente se vuelve más ágil y receptiva. Gozará de muy buena memoria. Buen momento para emprender estudios. Recuerde: El hombre es lo que piensa.
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La situación laboral mejora. Nuevas oportunidades se le presentan en su trabajo. Su vitalidad aumenta. Recuerde: El amor es un don perenne de luz y de felicidad.
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Conocerá a alguien interesante. Las diversiones le relajarán. Sus hijos estarán más alegres y vitales. Recuerde: Vigile el momento presente, para que su futuro sea feliz.
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UD. estará muy sensible y con mucha energía. Este es un buen momento para entablar una relación sentimental. Recuerde: Sea un rayo de luz, iluminando siempre a los demás.
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(octubre 23 - noviembre 21)
Seguridad emocional. Algo que aconteció en el pasado le da frutos ahora, especialmente si esto está relacionado con su hogar. Recuerde: Tenga la seguridad de que no le pasará nada malo; el Cosmos lo protege.
SAGITARIO
(noviembre 22 - diciembre 21)
Sus proyectos y anhelos se realizan. La relación con sus amigos le proporciona seguridad y energía. Recuerde: Levante a todo el que pueda; ya que Ud. no sabe dónde tropezarán sus pies.
CAPRICORNIO
(diciembre 22 - enero 19)
Un mujer con autoridad e inteligencia le brindará ayuda y apoyo, en lo profesional y económico. Recuerde: La vida sin afecto es un infierno, un desierto sin oasis.
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UD. estará optimista y gozará de mucha energía y vitalidad. Los viajes y negocios le son beneficiosos. Recuerde: Su luz debe brillar desde adentro hacia afuera.
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(febrero 20 - marzo 20)
Se presentan cambios favorables, estos son especialmente en su hogar. Los recuerdos afloran a su mente. Recuerde: Haga el bien en todas las formas, para preparar un futuro mejor.
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MICROBIOGRAFÍA
• HORAKU Nro. 4234
Marlon Brando
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( 1924 - 2004)
Actor estadounidense, considerado uno de los mayores mitos de la historia del cine. El director Tennessee Williams le hizo una prueba para descubrir que se hallaba ante el intérprete ideal para encarnar por primera vez al Stanley Kowalski de ‘Un tranvía llamado Deseo’. Con el beneplácito del dramaturgo y la dirección de Elia Kazan, Brando fue un Kowalski nunca superado, y de la noche a la mañana consiguió que todo Broadway hablara de él. Actuó en muchas películas importantes destacándose en ’¡Viva Zapata’ o ‘ Julio César’. Su interpretación de Vito Corleone en ‘El Padrino’ le dio un Oscar, reconocido en todo el mundo. (OG)
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4
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7
3 1
9
7
1
2
8 5
6 3
9 7
3 8
1 2 4 9
9
2 8
2
4 7
7
1
1 8 5 3
9
5 1 2 6 8
6 3
5 4
5
3
4 2 6
6
2
7 9 1
7
9
2
8
4
6 1
7 8
7
9
4
5
4
3 2
6
8
5
3 1
9
7 8
2 7 4
7
9 8 5 6
7 1
6 3
9 8
4
3 7
2 3 7 1 4
1 3
2
El infiltrado HBO: 23:00
°
Robert Mazur es un agente infiltrado en el negocio de cocaína liderado por Pablo Escobar. Aparentando ser Bob Musella, el agente se arriesga para levantar cargos contra la red de traficantes y banqueros que participan en las operaciones.
CÁPSULA CIENTÍFICA
I
¿Por qué las ballenas son tan grandes? Hay una razón
ACUÁTICOS. Cuerpos más grandes permiten a los animales ser más eficientes en la pérdida de calor a bajas temperaturas. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec
Lo más parecido a la megafauna que habitó este planeta hace más de 65 millones de años, son los mamíferos acuáticos. Basta ver fotografías de un buzo al lado de una ballena azul para sorprenderse del tamaño que alcanzan esos animales. Se sabe que los leones marinos son dos veces más grandes que los osos polares y los manatíes superan en 500 kilogramos a sus pequeños primos los hyrax. Como siempre, las respuestas están en las líneas evolutivas
de los animales. Un grupo de investigadores de la Universidad de Stanford analizó los tamaños de cuatro diferentes grupos evolutivos de mamíferos marinos, aproximadamente 4.000 especies vivientes y 3.000 fósiles, para intentar hallar una respuesta. De acuero con un estudio publicado en la revista Actas de la Academia Nacional de Ciencias de Estados Unidos, la variación en el tamaño estaría asociada a la temperatura de los hábitats.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
NACIONAL
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
B10
MARTES 03 DE FEBRERO DE 2018 La Hora ECUADOR
P*145322
REPUBLICA DEL ECUADOR
INTENDENCIA DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO
BALANCE CONSOLIDADO Y CONDENSADO DE PUBLICACIÓN (EN USD DOLARES)
ENTIDAD: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “MUSHUC RUNA” LTDA OFICINA EN: AMBATO
CODIGO OFICINA: 3717 AÑO: 2017 MES: DICIEMBRE
BALANCE CONSOLIDADO Y CONDENSADO DE PUBLICACION BALANCE CONSOLIDADO Y CONDENSADO DE PUBLICACION
CODIGO CODIGO
11 FONDOS DISPONIBLES
ESTADO DE PERDIDAS Y GANANCIAS U.S. DOLARES ENENU.S. DOLARES EN U.S. DOLARES
DESCRIPCION DESCRIPCION
TOTAL TOTAL
24,817,970.70
11 FONDOS DISPONIBLES
CODIGO CODIGO
1101 Caja
1104 Efectos cobro inmediato 1103 Bancos y otrasdeinstituciones financieras
1,515,167.94
2101 Depósitos a la vista
2101 la vista 2103 Depósitos Depósitos aa plazo
110,976.21 23,191,826.55
13 INVERSIONES
25,236,803.73
1104 Efectos de cobro inmediato
110,976.21
1303 Disponible pa la venta
24,519,049.19
13 INVERSIONES 1304 Para negociar del estado o de entidades del sector público 1399 (Provisión 1303 Disponible pa la para ventainversiones) 14 CARTERA DE CREDITOS
2,919,897.88 88,415.14
DE 31DE A 90 DIAS 14140110 CARTERA CREDITOS DE 91 A 180 DIAS 1401140115 Cartera de creditos Comercial por vencer
29 Depósitos OTROS PASIVOS 2105 restringidos TOTAL PASIVOS 252 CUENTAS POR PAGAR
140105140125 DE 1 ADE30MAS DIASDE 360 DIAS 140110 DE 31Cartera A 90 DIAS 1402 de créditos de consumo por vencer
975,296.15 220,221.33
140120 DE 181 A 360 DIAS
450,076.42
140210 De 31 a 90 días 140215 De 91 a 180 días
140125140220 DE MAS DIAS De DE 181360 a 360 días
3301 Legales
2,389,702.81
3303 Especiales
Dede más de 360 de díasconsumo por vencer 1402140225 Cartera créditos
13,022,723.97 22,106,576.08
1403 Cartera de créditos de vivienda por vencer
140305 De 1 a 30 días
3 TOTAL PATRIMONIO
91 adías 180 días 140215140315 De 91De a 180
138,009.86 2,389,702.81
TOTAL GENERAL PASIVO, PATRIMONIO E INGRESOS 3303 Especiales
4,705,588.62
1404 Cartera de créditos para la microempresa por vencer
DESCRIPCION
35 SUPERAVIT POR VALUACIONES
108,391,087.25
1403140405 Cartera Dede 1 acréditos 30 días de vivienda por vencer
7 CUENTAS DE ORDEN
5,265,122.22 5,494,358.79
a 90 días 140305140410 De 1 aDe3031días
140415 De 91 a 180 días
12,250,075.34
140420 De 181 a 360 días
22,034,373.95
140310 De 31 a 90 días
5 INGRESOS
140320 De 181Cartera a 360 de días 1425 créditos comercial que no devenga intereses
515,913.21 4,705,588.62
1428 Cartera de créditos para la microempresa que no devenga intereses
4,632,471.47
1404 Cartera de créditos para la microempresa por vencer 1449 Cartera de créditos comercial prioritario vencida
CODIGO
DESCRIPCION
108,391,087.25 89,927.25
7 CUENTAS DE ORDEN
140405 De 1 aCartera 30 díasde créditos de consumo vencida 1450
5,494,358.79 328,207.19
71 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS
1452 de créditos para la microempresa vencida 140410 De 31Cartera a 90 días
5,013,903.69 9,628,803.97
74 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS
(15,706,465.04)
1499 (Provisiones para créditos incobrables)
140415 De 91 a 180 días
12,250,075.34
140420 De17 181BIENES a 360 días NO UTILIZADOS POR LA INSTITUCION
22,034,373.95 1,380,000.00
PROPIEDADES 140425 De18 más de 360 días Y EQUIPO
3,641,209.18 58,983,475.20
16 CUENTAS POR COBRAR
19 OTROS ACTIVOS
2,912,729.45
218,019.69 26,321.04
1426 Cartera de créditos de consumo que no devenga intereses 1905 GASTOS DIFERIDOS
515,913.21 701,636.52
1906 PROVEEDURIA 1428 Cartera de créditos para la microempresa que no devenga intereses
64,805.76 4,632,471.47
1990 Otros
339,130.37
1449 Cartera de créditos comercial prioritario vencida
89,927.25
(13,973.94)
1999 (Provisión para otros activos irrecuperables)
1450 Cartera de créditos de consumo vencida
328,207.19
1 TOTAL ACTIVO 1452 Cartera de créditos para la microempresa vencida
193,714,308.56 5,013,903.69
4 GASTOS
24,683,116.32
1499 (Provisiones para créditos incobrables)
(15,706,465.04)
TOTAL GENERAL DEL ACTIVO Y GASTOS
218,397,424.88
16 CUENTAS POR COBRAR
1,950,934.61
7 CUENTAS DE ORDENPOR LA INSTITUCION 17 BIENES NO UTILIZADOS
387,754,451.68 1,380,000.00
18 PROPIEDADES Y EQUIPO
3,641,209.18
19 OTROS ACTIVOS
2,912,729.45
Indicadores Financieros 1905 GASTOS DIFERIDOS
26,321.04 Lcdo. Segundo Yucailla B.
Pacha
GERENTE GENERAL
1.CAPITAL
CONTADOR GENERAL 701,636.52
Registro N0- 32.977
1906 PROVEEDURIA
64,805.76 SISTEMA
COAC
1.1
PATRIMONIAL DE ACTIVOS 1990 Otros COBERTURA PATRIMONIO TECNICO CONSTITUIDO / ACTIVOS Y CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO 1.2
1999 (Provisión para otros activos irrecuperables) 1.3
1183.34%
407.77%
23.67%
18.64% (13,973.94)
MOROSIDAD BRUTA TOTAL
7.22%
4.10%
2.2
CARTERA DE CREDITO COMERCIAL
9.54%
4.71%
4 GASTOS
2.5
CARTERA DE CREDITO DE MICROCREDITO
2.7
COBERTURA CARTERA COMERCIAL
2.8
COBERTURA CARTERA DE CONSUMO
2.9
COBERTURA CARTERA DE VIVIENDA
2.10
COBERTURA CARTERA DE MICROCREDITO
3.68% 3.12% 218,397,424.88 1.78% 8.17%
7 CUENTAS DE ORDEN 2.6 PROVISIONES /CARTERA DE CREDITO IMPRODUCTIVA
88.44% 119.92% 97.93%
Abogado. Luis Alfonso Chango Pacha ACTIVOS PRODUCTIVOS / PASIVO CON COSTO GRADO DE ABSORCION-Gastos operacionales / margen financiero GERENTE GENERAL Gastos de personal /Activo total promedio
3.4
Gastos operativos /Activo total promedio
79.31% 100.68% 100.61%
3.1 3.3
6.68%
387,754,451.68 145.45% 136.92%
3. MANEJO ADMINISTRATIVO 3.2
91.35%
Lcdo. Segundo Yucailla B. 125.35%
114.53%
79.52% CONTADOR GENERAL
78.36%
Registro N0- 32.977
2.86%
1.97%
6.33%
4.52%
4. RENTABILIDAD 4.1
RENDIMIENTO OPERATIVO SOBRE ACTIVO-ROA
4.2
RENDIMIENTO SOBRE PATRIMONIO-ROE
1.79%
1.16%
10.12%
8.72%
25.04%
30.16%
5.LIQUIDEZ 5.1
FONDOS DISPONIBLES/TOTAL DEPOSITO A CORTO PLAZO
5.2
COBERTURA 25 MAYORES DEPOSITANTES
798.75%
5.3
COBERTURA 100 MAYORES DEPOSITANTES
332.57%
Abogado. Luis Alfonso Chango Pacha GERENTE GENERAL Lcdo. Segundo Yucailla B. CONTADOR GENERAL Registro N0- 32.977
22,944,656.84 364,809,794.84
Dra.Zoila Medina Estrella AUDITORA INTERNA Mat.Prof.25.500
GASTOS DE INGRESOS NO OPERACION OPERACIONALES MARGEN BRUTO FINANCIERO
10,913,055.11 300,801.09
MARGEN OPERACIONAL ANTES DE PROVISIONES
55 Otros Ingresos operacionales
DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES
300,801.09
EGRESOS OPERACIONES
10,913,055.11
INGRESOS NO OPERACIONALES 44 PROVISIONES Depreciaciones 45-4505-45064505GASTOS DE OPERACION 55 Otros Ingresos operacionales
2,041,680.97
10,913,055.11
523,057.64 300,801.09 276,249.43
6,158,073.96
MARGEN OPERACIONAL NETO
AMORTIZACIONES 45-4505-4506 DEPRECIACIONES GASTOS DEYOPERACION
2,840,988.04 10,913,055.11
44 PROVISIONES 2,041,680.97 MARGEN OPERACIONAL ANTES DE PROVISIONES INGRESOS Y GASTOS NO OPERACIONALES OTROS INGRESOS 450556Depreciaciones DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES
523,057.64
4506 Amortizaciones 44 PROVISIONES
276,249.43
47 OTROS GASTOS Y PERDIDAS
48 IMPUESTOS Y PARTICIPACIONES A EMPLEADOS
MARGEN OPERACIONAL NETO 4505 Depreciaciones RESULTADOS DEL EJERCICIO
1,991,259.71 88,000.88
2,041,680.97
1,759,256.18
3,317,085.92 523,057.64
276,249.43
56 OTROS INGRESOS
144,002.65 1,991,259.71
47 OTROSINGRESOS GASTOS Y PERDIDAS Y GASTOS NO OPERACIONALES 48 IMPUESTOS Y PARTICIPACIONES A EMPLEADOS 56 OTROS INGRESOS
88,000.88 1,759,256.18
RESULTADOS EJERCICIO 47 OTROSDEL GASTOS Y PERDIDAS
1,991,259.71 3,461,088.57 88,000.88
48 IMPUESTOS Y PARTICIPACIONES A EMPLEADOS
1,759,256.18
RESULTADOS DEL EJERCICIO
NOTA TECNICA.-
La cartera comercial vencida se registra en la respectiva cuenta a los 36 dias que el documento se vencio y los interes comisiones ganados y no cobrados se reversan de las cuentas del resultado a los 36 dias y se registran para efectos de control en una cuenta de orden .- Para el caso de cuotas o dividendos de la cartera comercial y de vivienda vencidas, con garantia hipotecaria, se transfiere a la cuenta correspondiente de vencido a los 65 dias posteriores a la fecha de vencimiento de la operación, sin perjuicio del cobro de los intereses de mora correspondiente.- La cartera de consumo se registraran los saldos en cartera vencida a los 36 dias de ser exigibles ;y, y las operaciones de microcredito, a los 36 dias. Los intereses y comisiones se reversan por no haber sido cancelados dentro de los 30 dias posteriores a su exigibilidad de pago, se registraran para efectos de control, en la subcuenta de orden 710605 interes en suspenso - Vencidos. Igual procedimiento se efectuara para el reverso a los 60 dias , de las cuotas o dividendos de los creditos de amortizacion gradual de la cartera comercial y de vivienda; a los 15 dias la cartera de consumo y a los 15 dias en las operaciones de microcredito.
Dra.Zoila Medina Estrella AUDITORA INTERNA Mat.Prof.25.500
24,683,116.32
2.3 TOTAL CARTERA DE CREDITO DE CONSUMO GENERAL DEL ACTIVO Y GASTOS CARTERA DE CREDITO DE VIVIENDA
387,754,451.68
193,714,308.56
2.1
45-4505-4506
4506 Amortizaciones
-
2.CALIDAD DE ACTIVOS 1 TOTAL ACTIVO
16,770,327.98
300,801.09
EGRESOS OPERACIONES
INGRESOS Y GASTOS NO OPERACIONALES MARGEN OPERACIONAL NETO
TOTAL
339,130.37
PT SECUNDARIO /PT PRIMARIO
2.4
218,397,424.88
1,950,934.61
1425 Cartera de créditos comercial que no devenga intereses 1904 GASTOS Y PAGOS ANTICIPADOS
1904 GASTOS Y PAGOS ANTICIPADOS Abogado. Luis Alfonso Chango
364,809,794.84 37,654,421.54
ANEXO DE CUENTAS DE ORDEN
281,259.85 218,019.69
1426 Cartera de créditos de consumo que no devenga intereses 140325 De más de 360 días
INGRESOS NO OPERACIONALES
MARGEN BRUTO FINANCIERO
MARGEN OPERACIONAL ANTES DE PROVISIONES EGRESOS OPERACIONES
2,298,791.94
28,144,204.89
TOTAL GENERAL PASIVO, PATRIMONIO E INGRESOS
138,009.86 58,983,475.20
9,081,816.1139,834.30
9,081,816.11
4506 Amortizaciones TOTAL
3,461,088.57 22,944,656.84
74 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS 3 TOTAL PATRIMONIO
91,413.47
140315140425 De 91De a 180 másdías de 360 días
218,397,424.88 8,444,657.33
387,754,451.68
36 EJERCICIO 71 UTILIDAD CUENTAS DEL DE ORDEN DEUDORAS
9,628,803.97 48,850.42
9,081,816.11 12,267.65
9,081,816.11
55 Otros Ingresos operacionales
12,069,501.06
11,380,382.64 28,144,204.89
34 OTROS APORTES PATRIMONIALES
CODIGO
25,800,042.14
39,834.30
MARGEN BRUTO FINANCIERO
8,444,657.33
ANEXO DE CUENTAS DE ORDEN
281,259.85
3,735,078.47
13,022,723.97
140325 De más de 360 días
42 COMISIONES CAUSADAS
37,654,421.54
33015 Legales INGRESOS
140320 De 181 a 360 días
41 INTERESES CAUSADOS
17,838.67 8,862,473.95
19,825,039.97
1,983,774.68 91,413.47
140225 De más de 360 días
COMISIONES CAUSADAS 4242COMISIONES CAUSADAS EGRESOS FINANCIEROS
2,822,772.54
3,461,088.57
140210140310 De 31De a 90 31días a 90 días 140220 De 181 a 360 días
8,862,473.95
2,298,791.94 12,069,501.06
36 UTILIDAD DEL EJERCICIO
48,850.42
4141INTERESES CAUSADOS INTERESES CAUSADOS 54 INGRESOS POR SERVICIOS
11,380,382.64
33 RESERVAS
975,296.15
12,267.65
2,822,772.54 21,819,558.64
19,825,039.97 156,059,887.02
35 Aportes SUPERAVIT POR VALUACIONES 3103 de socios
5,265,122.22
140205 De 1 a 30 días
25,800,042.14
39,834.30
EGRESOS FINANCIEROS 53 UTILIDADES FINANCIERAS -RENDIMIENTOS EGRESOS FINANCIEROS
17,838.67 12,069,501.06
31 SOCIAL PATRIMONIALES 34 CAPITAL OTROS APORTES
2,005,369.09 3,735,078.47
12,267.65
54 INGRESOS POR SERVICIOS 51 INTERESES Y DESCUENTOS GANADOS
5,260,953.32
33 RESERVAS 2 TOTAL PASIVOS
1,983,774.68
INTERESES Y DESCUENTOS GANADOS 5351UTILIDADES FINANCIERAS -RENDIMIENTOS INGRESOS FINANCIEROS
12,069,501.06
29 OTROS PASIVOS 3103 Aportes de socios
155,815.90 22,106,576.08
1 a 30 días 140115140205 DE 91De A 180 DIAS
25,852,144.09
25,800,042.14
156,059,887.02
26 OBLIGACIONES FINANCIERAS 31 CAPITAL SOCIAL
88,415.14
2,005,369.09
DESCRIPCION
54 INGRESOS POR SERVICIOS
5,260,953.32
TOTAL
CONSOLIDADO Y CONDENSADO DE PUBLICACION
53 UTILIDADES FINANCIERAS -RENDIMIENTOS
18,150,549.54
25 CUENTAS POR PAGAR
CONSOLIDADO Y CONDENSADO DE PUBLICACION
INGRESOS FINANCIEROS
51 INTERESES DESCUENTOS GANADOS CODIGO DESCRIPCION INGRESOSYFINANCIEROS
32,791,529.00 18,150,549.54
2105 Depósitos restringidos
450,076.42
CODIGO
21,819,558.64
210325 más de 361 días 26 De OBLIGACIONES FINANCIERAS
220,221.33 2,919,897.88
140120 DE 181 A 360 DIAS
40,444,854.36
DE PERDIDAS Y GANACIAS DESCRIPCIONESTADO ESTADO DE PERDIDAS Y GANACIAS
CODIGO
25,889,357.00
210320 De 181 a 360 días
155,815.90 133,774,660.89
150,781,095.03
32,791,529.00
210315 De 91 a 180 días
210325 De De 91 mása de días 210315 180361 días
TOTAL
150,781,095.03
25,889,357.00 101,473,766.72
210310 De 31 a 90 días
24,519,049.19
TOTAL
40,444,854.36 101,473,766.72
210305 De 1 a 30 días 2103 Depósitos a plazo
210310 días 210320 De De 31 181aa90 360 días
717,754.54
1401 Cartera de creditos Comercial por vencer
1399140105 (Provisión DE 1para A 30 inversiones) DIAS
DESCRIPCION
210305 De 1 a 30 días
25,236,803.73 717,754.54
133,774,660.89
1304 Para negociar del estado o de entidades del sector público
DESCRIPCION
21 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO
1,515,167.94 23,191,826.55
ESTADO DE PERDIDAS Y GANACIAS CONSOLIDADO Y CONDENSADO DE PUBLICACION
21 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO
24,817,970.70
1101 Caja 1103 Bancos y otras instituciones financieras
DIA: 31
INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES A la Asamblea General de Representantes y Consejo de Administración de Cooperativa de Ahorro y Crédito Mushuc Runa Ltda. Informe sobre la Auditoría de los Estados Financieros Opinión Hemos auditado los estados financieros de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Mushuc Runa Ltda, que comprende el balance general al 31 de diciembre de Dra.Zoila Medina Estrella 2017, el estado de resultados, el estado de cambios en el patrimonio y el estado de AUDITORA flujosINTERNA de efectivo por el año terminado en esa fecha, así como las notas explicativas Mat.Prof.25.500 de los estados financieros que incluyen un resumen de las políticas contables significativas. En nuestra opinión, los estados financieros adjuntos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Mushuc Runa Ltda., por el año terminado el 31 de diciembre de 2017, han sido preparados, en todos los aspectos significativos, de conformidad con las normas y prácticas contables establecidas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria del Ecuador. Fundamento de la opinión Nuestra auditoría fue efectuada de acuerdo con las Normas Internacionales de
RVL CONSULTORES & AUDITORES CIA. LTDA. SC-RNAE-No. 558 SEPS-Resolución No. SEPS-IZS-DZSFPS-2014-0015
Auditoría (NIAs). Nuestras responsabilidades bajo esas normas se describen en el subtítulo “Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los estados financieros” de este informe. Somos independientes de la Cooperativa de conformidad con los requerimientos de ética aplicables a nuestra auditoria de estados financieros establecidos en el Código de Etica del Contador Público Ecuatoriano; y, hemos cumplido las demás responsabilidades en relación con esos requerimientos. Consideramos que la evidencia de auditoría que hemos obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para nuestra opinión. Énfasis sobre la base contable para la preparación de los estados financieros Tal como se resume en la Nota 1, informamos que los estados financieros de Cooperativa de Ahorro y Crédito Mushuc Runa Ltda., han sido preparados en base a las normas y prácticas contables establecidas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria del Ecuador, las cuales difieren de ciertas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIFs). Esta base de preparación fue adoptada en cumplimiento a lo dispuesto por el Código Orgánico Monetario y Financiero, por esta razón, los estados financieros no deben ser utilizados para otros propósitos. Nuestra opinión no ha sido modificada en relación a esta situación informada Otro Asunto relacionado con los estados financieros auditados del año anterior. Los estados financieros de Cooperativa de Ahorro y Crédito Mushuc Runa Ltda, correspondientes al ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2016, fueron auditados por otros auditores cuyo informe emitido el 30 de enero de 2017, contiene una opinión no modificada (favorable) sobre dichos estados financieros.
Giovanny Regalado Vargas Socio Registro CPA. No. 27.102
Giovanna Regalado Lozano Supervisor de Auditoria Registro CPA. No. 36.258
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MARTES 03 DE ABRIL DE 2018 La Hora ECUADOR
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Estrellas en la red
Familia Messi-Roccuzzo, completa
El delantero argentino Lionel Messi compartió una tierna imagen junto a su esposa, Antonella Roccuzzo, y sus tres pequeños hijos. Sí, el más pequeño, Ciro, quien nació el 10 de marzo, también estuvo en la fotografía que subió Messi a su cuenta de Instagram (@leomessi)
Cristiano Ronaldo ha sido el terror de la Juventus
ENCUENTRO. Jugadores del Sevilla en la última práctica previo al partido de hoy ante el Bayern.
Sevilla quiere hacer historia Lewandowski, Müller, James Rodríguez, Robben o Ribéry son algunos de los hombres que se encontrará el Sevilla en el Sánchez Pizjuán en su partido de ida de los cuartos de final de la ‘Champions’ ante el Bayern de Múnich, en busca de clasificarse por primera vez a semifinales la competición europea más prestigiosa. El técnico italiano del Sevilla, Vincenzo Montella, señaló que su equipo “ya entró en la historia” al eliminar al Manchester United en octavos de final. “Creo que ya lo hemos hecho (entrar en la historia). Personalmente, no estamos satisfechos con esto, tenemos pocas ocasiones importantes, nos vamos a jugar las pocas opciones hasta el final”, afirmó Montella. Pero las cifras del Bayern podrían hacer tambalear la esperanza del Sevilla; desde que se reemprendiese el campeonato alemán en enero, los bávaros han disputado 13 partidos, de los que en 7 de ellos han anotado 4 o más goles.
ESPAÑA, AFP •
Sevilla tiene mucha voluntad, son muy agresivos y juegan con mucha clase”. JUPP HEYNCKES, DT DEL BAYERN.
Posibles alineación Sevilla ° Rico Navas Mercado Lenglet Escudero N’Zonzi Pizarro Sarabia Vázquez Correa Yedder DT: V. Montella
Bayern ° Ulreich Kimmich Boateng Hummels Alaba Martínez Robben Müller James Ribery Lewandowski DT: J. Heynckes
Hora: 13:45 Estadio: Ramón Sánchez Pizjuán Árbitro: Daniele Orsato (ITA)
Incluido un 5-0 al Besiktas en Liga de Campeones. El delantero polaco Robert Lewandowski suma dos tripletes y un doblete en sus cinco últimos partidos como titular.
El delantero portugués siempre marcó goles al equipo italiano, en la Champions League.
El portugués Cristiano Ronaldo llega al duelo europeo frente al Juventus en su mejor momento goleador. Autor de nueve goles en sus últimos cuatro partidos con el Real Madrid, y siendo la gran pesadilla del conjunto italiano, al que siempre marcó en Liga de Campeones. Para convertirse en un jugador temido en Italia, Cristiano inició su acierto en una fase de grupos. El 23 de octubre de 2013 dio el triunfo al Real Madrid en el Santiago Bernabéu con un doblete (2-1). Fue un encuentro de dominio ‘juventino’ pero con castigo goleador del portugués que firmaba su primer gol a los 4 minutos y el segundo de penalti. El duelo quedaba condicionado por la expulsión de Giorgio Chiellini por roja directa a los 47 minutos. En Turín Cristiano no faltaba a su cita con el gol e impulsaba al Real Madrid a octavos igualando el tanto del chileno Vidal. Gareth Bale marcaba el segundo (2-2). Dos años después Real Madrid y Juventus de Turin volvían a cruzar sus caminos, en esta ocasión en semifinales, en la que es la última eliminación madridista en Liga de Campeones. Se desquitó a lo grande en Cardiff la pasada temporada en la final de la Liga de Campeones. Su figura
TRABAJO. Cristiano Ronaldo y parte de sus compañeros en el estadio Allianz Stadium en Turín.
creció en todas las eliminatorias con goles decisivos a rivales de la grandeza de Bayern o Atlético de Madrid y con su doblete en la gran cita frente al Juventus. La goleada por 1-4 convertía al Real Madrid en el primer equipo capaz de reeditar título en Liga de Campeones. La revancha
Hace apenas 10 meses el Real Madrid levantó su 12ª Copa de Europa al ganar la final de Cardiff a la Juventus de Turín, que tendrá la oportunidad de vengarse en la ida de los cuartos de final del mayor torneo europeo de clubes. Poco han cambiado las cosas en estos meses, sobre todo en el equipo español, que se impuso en el Estadio del Milenio galés con goles de Cristiano Ronaldo (dos), Casemiro y Marco Asensio. Hoy lo intentarán otra vez. De hecho, el técnico Zinedine Zidane podría alinear en el Ju-
Posibles alineaciones Juventus ° Buffon ° De Sciglio ° Barzagli ° Chiellini ° Asamoah ° Khedira ° Bentancur ° Matuidi ° Dybala ° Costa ° Higuaín ° DT: A. Allegri
Real Madrid ° Navas ° Carvajal ° Varane ° Ramos ° Marcelo ° Casemiro ° Kroos ° Modric ° Isco ° Ronaldo ° Benzema ° DT: Z. Zidane
Hora: 13:45 Estadio: Juventus Stadium Árbitro: Cüneyt Çakir (TUR)
ventus Stadium al mismo equipo que comenzó en Cardiff, mientras que la Juventus ha mantenido la base de aquel equipo, pero con algunos retoques, sobre todo en defensa, obligado por la marcha de Dani Alves y Leonardo Bonucci. AGENCIAS
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MARTES 03 DE ABRIL DE 2018 La Hora, ECUADOR
NACIONAL
Golf: Johnson sigue líder, españoles Rahm y García están tercero y noveno MADRID, EFE • La clasificación mundial de golf
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se mantiene invariable en el ‘top 10’, con lo que sigue liderada por el estadounidense Dustin Johnson y los españoles Jon Rahm y Sergio García continúan tercero y noveno, respecti-
vamente. Johnson precede a su compatriota Justin Thomas, mientras que el inglés Ian Poulter, ganador este domingo en el Abierto de Houston, experimenta un notable progreso, al pasar del puesto 51 al 29.
Cevallos y Morales, en cruce de declaraciones
Delegación de Trail Running a Mundial de Penyagolosa
GUAYAQUIL • José Francisco Cevallos defendió su gestión como presidente de Barcelona SC, equipo más veces campeón nacional y actual líder del torneo doméstico. Esto por las declaraciones que hace unos días realizó Carlos Luis Morales, exguardameta del cuadro ‘canario’. Morales dijo que el ‘Ídolo’ requiere mucho tiempo y que Cevallos lo sabía cuando asumió el cargo como gobernador del Guayas. "Son dos trabajos complicados. Barcelona es por lo menos de 18 horas y la Gobernación, de 24 horas, son dos situaciones distintas. Yo creo que a la larga va a tener que decidir con cuál se queda", sugirió Morales. Cevallos, por su parte, cree que Morales se está calentando políticamente y por eso hace mención al tema de los tiempos. Además le recomendó que si quiere asesorar a un equipo, que lo haga en Emelec. "Yo lo conozco bien, así que mejor no hablemos", expresó el titular ‘canario’, en radio Huancavilca. En igual forma lo culpó de
PRUEBA. El capitalino Martín Sáenz participará en el evento.
Una selección conformada a última hora representará al país en España. GUAYAQUIL • La Federación
Ecuatoriana de Atletismo (FEA) reconoció a la Asociación de Trail Running, que se encargará de manejar todas las competencias de esta disciplina. El primer reto es la participación en el Mundial de esta modalidad, que se desarrollará en Penyagolosa- España, el próximo 12 de mayo. Manuel Bravo, titular de la FEA, indicó que a partir del Congreso de Londres, la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF), aceptó esta modalidad y que incluso se busca que sea incorporado en los próximos Juegos de Invierno. "Me parece muy importante porque se practica en montaña o zonas que tiene nevado, entonces bien puede considerarse en esa competencia de invierno", expuso. Añadió que como primer paso se convocó a los representantes de algunos clubes de esta modalidad y ellos crearon una Asociación, que obviamente fue reconocida por la FEA. “Para este año la Asociación ya tiene planificado ir al Mundial (mayo), además quieren participar en un Campeonato Sudamericano, que será en Uruguay, el mes de noviembre", comentó el
dirigente. Bravo adelantó que la misma Asociación se encargará de buscar autofinanciamiento para los torneos de 2018. Anunció que desde el próximo año serán incorporados en el Plan Operativo Anual de la FEA, para algunos eventos de carácter selectivo y en los grandes torneos internacionales. Por ahora los mismos deportistas cubrirán los gastos en España. Coordinar y regular
Andrés Montero, titular de la Asociación Nacional, señaló que desde principios de este año trabajaron en el proyecto. Luego ya fue presentado y aprobado por la Asamblea de la Federación ecuatoriana de este deporte. "Ya están los estatutos. La idea es coordinar y regular todo lo que es esta práctica deportiva en Ecuador. Hay carreras muy buenas, que en principio cada cual va por su lado y eso queremos cambiarlo", confesó. También habló de crear un ranking nacional, para después tenerlo por categorías (hombres y mujeres), además de sacar selecciones para diferentes eventos internacionales. Por el poco tiempo que tuvie-
ron no realizaron un selectivo para España. Sin embargo, se escogieron carpetas de corredores de algunas provincias del país y aclaró que no hay deportistas de Cuenca. Solo de Pichincha y Tungurahua. Enfocados
El atleta pichinchano, Martín Sáenz, comenzó su preparación para el Mundial hace dos semanas, de la mano del entrenador Juan Naranjo. "Vengo haciendo Trail, desde hace seis años y siempre trato de mantenerme en el mejor nivel”, expresó. Entre algunas de sus carreras constan: Maxi Race, en China (1er lugar), UTMB- Francia (28avo lugar), Ultrapirineu- España (puesto 26), Pinhoti- USA (décimo lugar) y segundo puesto en Andes Race, en Perú. La capitalina Daniela Lasso practica hace ocho años deportes de aventura, el Trail, recién hace tres. Su entrenamiento lo realiza de seis a siete días de la semana, que lo combina con atletismo, ciclismo y montañismo. "Mi objetivo es ir a aprender y terminar la carrera lo mejor que pueda", expuso. Intervino en el torneo Mundial de aventura Hurasinchi (del mar a la cima 80 km), en Santa Marta- Colombia. También el Cordillera Huaraz- Perú (50km) y Pacific Trail- Colombia, en los 63km. Ella encarga su preparación al DT Óscar Basantes del club A2 y con Freddy Moposita. (SJMS)
traer a Rolando Zárate, cuando era director deportivo, sabiendo que estaba en malas condiciones médicas y por la cual recientemente pagaron una abultada deuda. "La gente ya no se acuerda de eso, pero lo hizo por encima de un informe médico", manifestó. ‘Crítica constructiva’
Cevallos agregó que "no nos convienen problemas externos, nos conviene mejor unirnos. Si quieren movernos la planificación, ahí nos van a encontrar". Después, 'Pestañita', aclaró que su intención no es pelearse con Cevallos, ni con nadie y que hizo fue una crítica constructiva. "Jamás he atacado a nadie, ni siquiera entiendo por qué se desproporcionó este tema. José Francisco se lo tomó muy personal, entiendo que pueden haber problemas. Yo jamás voy a estar en dimes y diretes, eso no le hace bien al equipo, ni a nadie", expuso. Los dos fueron porteros de Barcelona. (SJMS)
Selección femenina se alista para su debut En la cancha del Club Deportivo Coquimbo Unido, la Selección ecuatoriana de fútbol femenino trabajó ayer en doble jornada bajo la dirección de la profesora Wendy Villón, quien busca definir el once titular para su debut del próximo jueves ante Venezuela, en el partido inaugural de la Copa América 2019. Esta competición entrega dos cupos para la Copa del Mundo Francia 2019, cuatro para los Juegos Panamericanos Lima 2019, y dos para la Juegos Olímpicos de Tokio 2020. El equipo nacional está listo para iniciar la competición, en procura de los puntos que le
permitan alcanzar un destacable puesto en la clasificación, informó la Federación Ecuatoriana de Fútbol. El debut de la ‘Tri’ femenina se realizará a partir de las 15:45 en el estadio bimundialista Francisco Sánchez Rumoroso de la ciudad chilena de Coquimbo. Esta edición se realizará por primera vez en Chile desde esta semana hasta el 22 de abril. Ecuador integra el Grupo B, conformado por el cabeza de serie Brasil, además de Argentina, Venezuela y Bolivia. El Grupo A está integrado por las selecciones de Chile, Colombia, Paraguay, Uruguay y Perú. (SE)
BALÓN. El equipo trabaja intensamente en estos días. (Foto. FEF)
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Milan-Inter, en un partido clave en la lucha por Europa Roma, EFE • El Milan y el Inter se enfrentarán mañana en el choque correspondiente a la vigésima séptima jornada de la Serie A italiana (Primera División), que puede ser clave de cara a la lucha de los dos equipos por una plaza en la próxima Liga de Campeones.
El cotejo de Milán estaba inicialmente programado para el 4 de marzo, pero fue aplazado junto a otros seis partidos ligueros a causa de la trágica muerte por un repentino paro cardíaco a los 31 años del capitán del Fiorentina Davide Astori.
Arquero Casillas jugó su partido 1.000 El español se convirtió en el vigésimo jugador con más encuentros disputados en su carrera.
LISBOA, AFP • El portero español del Oporto Iker Casillas alcanzó ayer la histórica cifra de 1.000 partidos como profesional en el estadio del Belenenses, aunque su equipo cayó derrotado 2-0. El de este lunes fue el partido número 108 de Casillas con los ‘dragones’, a los que se hay que sumar 725 con el Real Madrid y 167 más con la Selección española, con la que alzó la Copa de campeón del mundo en el Mundial de Suráfrica 2010; y dos veces la Eurocopa: las de Austria y Suiza 2008 y la de Ucrania y Polonia 2012. A sus 36 años, Casillas se convirtió en el vigésimo jugador con más encuentros disputados en su carrera, empatado con el centrocampista escocés Tommy Hutchison, profesional de 1965 a 1994. Además, es el segundo futbolista español en conseguir la cifra récord, tan solo superado por Raúl González, que se retiró hace tres años con 1.034 participaciones en su haber. En la lista de jugadores en activo, se encuentra en la tercera posición por detrás del arquero italiano del Juventus Gianluigi Buffon (1.043) y del medio belga
RÉCORD. A pesar de la derrota en el partido de ayer con su equipo el Oporto, el portero escribió su historia.
Timmy Simmons (1.016), ambos por encima de los 40 años. Peter Shilton
Lejos quedan los 1.377 conseguidos por el también guardameta Peter Shilton, quien ostenta un récord que será muy difícil de batir. Casillas alcanza el hito en una temporada llena de altibajos, en la que pasó meses relegado al banquillo de los “dragones” después de que su entrenador, Sérgio Conceição, le acusara de entrenar a bajo ritmo. Sin embargo, el preparador luso le dio una segunda oportunidad a mediados de febrero tras el mal rendimiento de José Sá en la ida de Liga de Campeo-
nes ante el Liverpool, en la que el equipo inglés venció a domicilio por un contundente 0-5. La derrota de ayer
El Oporto cayó derrotado ayer ante el Belenenses y perdió el liderato de la Liga portuguesa a favor del Benfica, que ya había saldado con solvencia su compromiso de esta jornada el pasado sábado. En el cierre de la vigésimo octava jornada, las “águilas” encabezan la tabla con 71 puntos, uno más que el Oporto, y dejan en abierto quién se llevará el título liguero cuando sólo faltan seis jornadas y a menos de dos semanas del decisivo “clásico” que enfrentará a ambos equipos.
En duda, continuidad en el PSG de Cavani, Pastore y Rabiot PARÍS, EFE • La continuidad en el París Saint-Germain (PSG) del uruguayo Edison Cavani, el argentino Javier Pastore y el francés Adrien Rabiot en la próxima temporada no está asegurada, informaron ayer los medios franceses. Según la prensa, el PSG podría plantearse la venta de algunos de estos tres futbolistas emblema debido a la necesidad de hacer caja para cumplir con el “juego limpio” financiero -equilibrio entre compras y ventasque impone la UEFA. Asimismo, los tres jugadores están expectantes por saber cuál será su papel con el nuevo entrenador, pues los medios
dan por hecho que el español Unai Emery dejará de serlo a partir de junio. Cavani, quien este curso batió el récord goleador en la historia del club al sobrepasar los 156 tantos del sueco Zlatan Ibrahimovic, dejó algunos sobrentendidos en sus declaraciones a la prensa después de alzarse el sábado pasado con la Copa de la Liga. “Espero que la historia de amor (con el PSG) continúe. Me quiero quedar, pero no siempre es la voluntad del jugador que se impone”, indicó el ‘Matador’, quien renovó su contrato en abril de 2017 hasta 2020. Sin embargo, según “Le Pari-
TÍTULO. Edison Cavani (D) festeja su reciente título con el PSG. EFE
sien”, el internacional uruguayo quiere que su “estatus” en el equipo se acerque al del brasileño Neymar, el fichaje estrella al que el delantero vio “especialmente privilegiado” este último curso.
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MARTES 03 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
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Dos futbolistas de Emelec habrían agredido a trabajadora sexual Una supuesta trabajadora sexual denunció ayer haber sido víctima de agresiones físicas por parte de dos jugadores profesionales de fútbol. La mujer de 26 años de edad formalizó su queja en la Fiscalía del Guayas. En el escrito, Valentina Estefani A. M. señala que los agresores son dos jugadores, uno perteneciente al campeón Emelec, y otro que desconoce de qué plantel forma parte. Según narra, ambos elementos la contactaron el domingo para solicitar sus servicios; sin embargo, en vez de dinero que debían pagarle, recibió golpes en diversas partes de su cuerpo. La víctima acudió al Ministerio Público junto a su padrastro y en el momento que su denuncia era receptada por uno de los servidores de guardia, los golpes en su rostro eran visibles, además moretones en la espalda, brazos y piernas. Relató que a las 23:00 del domingo la recogió un sujeto conocido como alias ‘Gacela’, en la calle Elías Muñoz Vicuña, de la ciudadela La Atarazana, en el norte de Guayaquil, y la contrató por horas. “Primero me llevó a la urbanización La Joya, recogimos a seis jugadores de Emelec, de los que recuerdo y conozco son M. DJ. y C.M.. Luego fuimos a la
GUAYAQUIL •
25 y la A a libar y ahí conocieron a otras chicas, luego de dos horas nos fuimos todos a la casa de C.M. por Sauces”. La denunciante cuenta además que la llevaron a un motel de la vía a Daule, donde mantuvo relaciones sexuales con M. DJ. y C.M., mientras otro tipo que no lograr identificar la grababa con un teléfono celular. “Una vez que todo terminó, les pedí que me cancelaran y me dijeron que no podían porque se les había perdido el dinero, les indiqué que entonces llamemos a la Policía para que nos revisen y entonces se enfurecieron y empezaron a agredirme”, denunció. Silencio
La Hora buscó la versión de la dirigencia del Club Sport Emile, pero su jefe de prensa, Juan Martín Ampuero, indicó que lo harán en las próximas horas. La Fiscalía del Guayas comenzó el trámite por abuso sexual, por lo que en las próximas horas se iniciarán diligencias. Rolando Cornejo, exjuez de Garantías Penales de Guayas, explicó que el supuesto delito está tipificado en el artículo 154 del COIP que impone una pena privativa de la libertad de uno a 3 años de comprobarse el delito en el sentido que la víctima ha sido objeto de agresiones. (DAB)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
EXTRACTO De conformidad con el Art. 15 de la Codificación del Reglamento para la Inscripción de Partidos, Movimientos Políticos y Registro de Directivas, se procede a la publicación del siguiente extracto: Nombre de la Organización Política: Movimiento "MEJIA CONTIGO" Ámbito de acción: Cantón Mejía, Provincia de Pichincha Nombres y Apellidos del Representante: Washington Rubén Yánez Larco Fecha de ingreso de la documentación: 28 de marzo de 2018 Sede: Calle Pérez Pareja s/n y González Suárez, Machachi Símbolo:
El presente extracto se publica con el objeto de que si alguna organización política, personas naturales o jurídicas, consideran que la inscripción solicitada incumple normas constitucionales y legales podrán presentar su reclamo administrativo dentro del término de tres días, contados a partir de la fecha de esta publicación, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 16 de la Codificación del Reglamento para la Inscripción de Partidos, Movimientos Políticos y Registro de Directivas. Quito, 28 de marzo de 2018 ABG. EDMO MUÑOZ BARREZUETA Secretario Delegación Provincial de Pichincha Consejo Nacional Electoral PAB/19185/AS
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MARTES 03 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
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James y Cavaliers hicieron lo justo para ganar a Mavericks
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El alero LeBron James aportó un triple-doble que lo dejó de nuevo como el líder de los Cavaliers de Cleveland que vencieron con facilidad por 98-87 ante los desahuciados Mavericks de Dallas. James, que amplió a 868 los partidos consecutivos en los que ha conseguido al menos 10 puntos, mejor marca en la his-
toria de la NBA que le arrebató al legendario Michael Jordan, aportó 16 puntos, 13 rebotes y 12 asistencias, para su decimoséptimo ‘triple doble’ de la temporada y el número 72 de su carrera. La estrella de los Cavaliers no tuvo su mejor inspiración encestadora al anotar sólo 5 de 21 tiros de campo.
Pajón con bajo rendimiento por salud COLOMBIA, AFP • La culpa pudo ser de un beso. La reina mundial del BMX, la colombiana Mariana Pajón, contrajo una infección conocida como la ‘enfermedad del beso’ que mermó su desempeño en la Copa Mundo de esta especialidad en Francia.
La doble campeona olímpica, de 26 años, quedó en el cuarto lugar de la competición que se disputó el fin de semana, un rendimiento inusual para una deportista de élite acostumbrada a estar siempre en la cumbre. Prendidas las alarmas, su hermano y representante Miguel Pajón señaló que tras salir a pista, Mariana tenía “hemorragias nasales, dolor de cabeza, fatiga, sinusitis, ganglios inflamados”. “Luego de ser revisada por médicos franceses y contactarse con un médico del Comité Olímpico Colombiano, la conclusión es que Mariana está sufriendo de una posible enfermedad infecciosa-viral llamada mononucleosis”, agregó el mánager en la red social
DEPORTE. La colombiana participó en la Copa Mundo, en Francia. (Foto: Instagram @marianapajon)
Instagram. También conocida como la ‘enfermedad del beso’, esta infección es transmitida por el virus Epstein-Barr y en principio no debería comprometer la carrera de Mariana, según el médico especialista Andrés Manuel Torres, de la Asociación Colombiana de Infectología.
Fórmula 1 organizará un festival en Shanghái FRANCIA, AFP • La Fórmula 1 organizará un festival destinado a los aficionados del 13 al 15 de abril en Shanghái en el marco del GP de China, anunciaron los propietarios de la disciplina.
La inauguración estará protagonizada por dos antiguos campeones del mundo, el británico Jackie Stewart y el alemán Nico Rosberg.
El evento dará además a conocer a Axel, la mascota de la F1, precisa el comunicado. Entre los artistas invitados estará el conocido DJ holandés Armin Van Buuren. Una zona será dedicada al e-sport, con simuladores de conducción, y la carrera será retransmitida en pantallas gigantes en varios enclaves de la urbe china.
CLASIFICACIÓN. Rafael Nadal registra 8.770 puntos.
Rafael Nadal regresa al primer lugar
FRANCIA, AFP • El español Rafael Nadal volvió a ponerse al frente de la jerarquía del tenis mundial, según la clasificación ATP publicada ayer, beneficiado por la prematura eliminación de Roger Federer en Miami.
Por su parte, el ganador en Miami, el estadounidense John Isner, ascendió nueve puestos para colocarse 9º del mundo. Federer, quien cayó eliminado en su primer partido en el Masters 1.000 de Miami, en segunda ronda, es ahora segundo por detrás de Nadal. Experiencia
PROGRAMACIÓN. Este fin de semana se correrá la segunda jornada.
El tenista mallorquín, quien no juega un torneo desde su abandono en cuartos de final del Abierto de Australia en enero, recupera un trono que había cedido a Federer el 19 de febrero. El argentino Juan Martín del Potro conserva el sexto puesto, y
Listo para el Madrid Open ° El Mutua Madrid Open dispondrá de nuevo de un gran plantel de jugadores en la Caja Mágica, entre el 4 y el 13 de mayo. A falta de 31 días para que arranque
la decimoséptima edición de este evento, la ATP y la WTA han dado a conocer la lista de tenistas que tienen su presencia confirmada en Madrid, y en la masculina no falta Rafael Nadal, cinco veces campeón del Mutua Madrid Open (cuatro de ellas en la Caja Mágica). EFE
su compatriota Diego Schwartzman ascendió un puesto para colocarse 15º. Mayor fue la progresión del también español Pablo Carreño, que se colocó 12º luego de ascender 12 puestos. En mujeres
La rumana Simona Halep, pese haber caído en tercera ronda del torneo de Miami, continuó por séptima semana consecutiva al frente del escalafón mundial del tenis femenino, según la clasificación semanal difundida este
lunes por la WTA. A su vez, la venezolana-española Garbiñe Muguruza, quien se fue en octavos del Premier de Miami se mantuvo en el tercer escalón. La estadounidense Sloane Stephens, que ganó el torneo miamense, subió del 12 al nueve. En tanto, la española Carla Suárez Navarro se mantuvo en el puesto 23, mientras que la puertorriqueña Mónica Puig, campeona olímpica en Río-2016, llegó a octavos en Miami y mejoró 14 lugares en el ránking para ubicarse en el 68. AFP
‘Ética de Walsh, una necesidad’ ‘Oración. Carta a Vicki y otras elegías políticas’ se adentran en la mirada del célebre periodista.
IRENE VALIENTE, EFE • La periodista argentina María Moreno recupera en su último libro las cartas que Rodolfo Walsh escribió tras la muerte de su hija Victoria en 1976 y que muestran “el valor de vivir para otros”. Según dice, con el Gobierno actual, la ética de esa familia se ha vuelto “artículo de primera necesidad”. ‘Oración. Carta a Vicki y otras elegías políticas’ (Penguin Random House) empezó con una imagen, cuenta la escritora y crítica cultural: “la de una muchacha en camisón” que disparaba con una metralleta desde un tejado a 150 militares, mientras reía. Era la hija mayor del célebre periodista, que militaba en la guerrilla de Montoneros (extrema izquierda peronista) y ese día se terminó suicidando de un tiro en la sien para no ser capturada por los agentes del régimen militar (1976-1983). Su risa posiblemente se debió a que nunca había utilizado esa arma y “las cosas nuevas siempre la hicieron reír”, relató entonces Walsh, desaparecido por la dictadura en 1977. Moreno analiza las distintas aristas de las dos misivas: ‘Carta
a Vicki’ -redactada justo después de la muerte- y ‘Carta a mis amigos’ -cuando se cumplieron tres meses de ello-. La primera es un texto íntimo, “una especie de rezo, como si Walsh acudiera en un momento de extremo dolor a un recurso familiar: la escritura”, cuenta. Mientras que la segunda, dirigida a sus compañeros, supone una explicación detallada de lo ocurrido, “casi una orden de interpretación”. Criterio
“Cada figura retórica está destinada a atenuar la violencia de la escena, que no es la de la muchacha que dispara, es la violencia del Ejército atacante y la desproporción entre sus fuerzas y las de los cinco militantes ocultos en la casa”, dice la periodista. A su juicio, ambas cartas “señalan el valor de vivir para los otros y de darse muerte para preservar la vida de los compañeros, de volver impotente al enemigo al ganarle de mano a su acto criminal”, por lo que, “en este momento de ‘Macriland’, tienen un valor pedagógico fundamental”. Al definir la etapa que atra-
viesan los Derechos Humanos en Argentina con el Gobierno de Mauricio Macri, considera que la palabra retroceso “se queda chica” porque de este “se puede volver”, pero lo que hay ahora es “negacionismo”. Moreno piensa que se refleja en hechos como las prisiones domiciliarias concedidas desde la llegada de Macri a un centenar de represores o las declaraciones de miembros del Ejecutivo que cuestionan la cifra de 30.000 desaparecidos que los organismos de Derechos Humanos defienden que dejó el régimen. “Su lenguaje es violencia simbólica, que no sustituye a la violencia efectiva, sino que la sostiene (...). Hoy es el Estado el que pide pruebas y evidencias a las víctimas, como en la muerte de Santiago Maldonado (tras una protesta mapuche reprimida por Gendarmería en agosto)”, advierte. Por ello, “la ética de los Walsh se hace artículo de primera necesidad”, asevera. Reflexión
El objetivo de Moreno es mostrar “cómo en una época de radicalización donde se decía que era tiempo de acción, no de literatura ni de arte”, estas y las ficciones en general se alzaron como “poderosas armas de resistencia en los lugares de cautiverio”.
Moreno recuerda la expresión “ultrajes a la femineidad” que acuñó Margarita Cruz -militante peronista secuestrada y separada de su hijo recién nacido en 1975- para describir la extorsión que se ejercía sobre la mujer, “violándola, apropiando sus hijos o torturándolos en su presencia”. Asimismo, afirma que “la estructura patriarcal de la de los sentimientos persistía en los grupos revolucionarios”, hasta que “las Madres (de Plaza de Mayo) ‘traicionaron’ el lugar asignado y se volvieron las más importantes fuerzas de lucha contra la dictadura”.
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MARTES 03 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
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Militancia Con el regreso de la democracia °en 1983, María Moreno fundó la re-
vista feminista Alfonsina. Entonces, el objetivo del movimiento de mujeres era adquirir derechos jurídicos, como la patria potestad compartida o el divorcio, en un periodo “de destape”, según lo define la escritora por la irrupción del lesbofeminismo o de la reivindicación del aborto legal. “Hoy veo unos feminismos que ya se han distanciado de luchas específicas para articular con otros movimientos sociales”, señala. EFE
R del E CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LAS FUENTES HÍDRICAS DENOMINADAS GALERIA Nº 7 Y GALERIA Nº 8 ATACAZO-VOLCÁN, EN EL CAUDAL DE 1,32 L/S EN LA COTA 4.124.57 MSNM., COORDENADAS 9’960.736 N Y 764.045,56 E Y 0,58 L/S EN LA COTA 4133,61 MSNM., COORDENADAS 9,960.719 N Y 764.079 E, DANDO UN CAUDAL DE 1,90 L/S PARA CONSUMO HUMANO, VERTIENTES UBICADAS DE ORÍGENES DE LA QUEBRADA ATACAZO, PARROQUIA CHILLOGALLO, DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. ACTOR: señor Iván Vallejo Aguirre, procurador Judicial del Ingeniero Marco Antonio Cevallos Varea, Gerente General de la Empresa Publica Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento “EPMAPS”. EXTRACTO SECRETARÍA DEL AGUA, SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO - QUITO.- Proceso Administrativo Nro. 110-2016-Reg. (L.V).- Quito, 02 de marzo del 2018, a las 14H30.VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrado Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, con acción de personal Nro. 006-DHE, de fecha 08 de febrero del 2018, según decreto presidencial Nro. 8 de 24 de mayo de 2017, de conformidad al Art. 17, literal c) de la Ley Orgánica del Sector Publico en concordancia con el Art. 17 literal c) del Reglamento Ibídem. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2010-66 del 20 de enero del 2010, se establece y delimita las nueve Demarcaciones Hidrográficas y sus respectivos zonales. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2009-48 de fecha 04 de diciembre del 2009, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos de la Secretaria del Agua. En lo principal: Comparecen a esta Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas – Centro de Atención al Ciudadano Quito, el señor Iván Vallejo Aguirre, procurador Judicial del Ingeniero Marco Antonio Cevallos Varea, Gerente General de la Empresa Publica Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento “EPMAPS”, mediante escrito de fecha 14 de diciembre del 2016, a las 10H42, quien de conformidad a la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamientos del Agua, solicita la regularización del Uso y Aprovechamiento de aguas informales, de las fuetes hídricas denominadas Galería Nº 7 y Galería Nº 8 Atacazo-Volcán, en el caudal de 1,32 l/s en la cota 4.124.57 msnm., coordenadas 9’960.736 N y 764.045,56 E y 0,58 l/s en la cota 4133,61 msnm., coordenadas 9,960.719 N y 764.079 E, dando un caudal de 1,90 l/s para consumo humano, vertientes ubicadas de orígenes de la quebrada Atacazo, parroquia Chillogallo, Distrito Metropolitano de Quito. En consecuencia esta Autoridad Administrativa DISPONE: 1.- En apego a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y aprovechamientos del agua en su Disposición Transitoria Tercera y los Arts. 3, 4, 7, 18 literal g), 36 literal a) y b), 57, 64 literal a), 125 y 126, en concordancia con el Arts. 107 del Reglamento a la Ley de la Materia, se acepta a trámite la petición presentada, por considerarla clara y completa y reunir los requisitos de la Ley y su Reglamento. 2.- Por lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal b) ibídem, y por el principio de publicidad enmarcado en el artículo 126 de la Ley, cítese a los usuarios presuntos y desconocidos por la prensa de mayor circulación de la provincia de Pichincha, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y este auto de calificación, por tres días consecutivos. 3.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal a), ibídem, fíjese carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de la parroquia Chillogallo, Distrito Metropolitano de Quito, diligencia que cumplirá el actuario de este despacho, para lo cual se proporcionará y se dará las facilidades necesarias para su consecución por parte del actor. 4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 159 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva ERJAFE. 5.- Téngase en cuenta para futuras notificaciones el casillero judicial Nº 1233. 6.- Actué el Ab. Darwin Apolo Calero, en calidad de Secretario Ad Hoc. Cúmplase, Ofíciese y NOTIFIQUESE….f) AB. GISELLE CEVALLOS RESPONSABLE TÉCNICO DEL CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – QUITO DE LA SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACION HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS - SECRETARIA DEL AGUA – SENAGUA.
PERIODISTA. Se desempeña como crítica cultural. Es autora de ‘Black out’. (Foto: Perfil.com)
Abg. Darwin Apolo Calero SECRETARIO AD-HOC PAB/19173/AS
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TOMB RAIDER : LAS AVENTURAS DE LARA CROFT 2D (ESPAÑOL) 18:50 21:05 PETER RABBIT 2D (ESPAÑOL) 14:30 16:05
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Titanes del pacifico: la insurreccion sub (+12) 19:20 21:40
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SUPERCINES SAN LUIS María Magdalena 2D Doblada 4:15 pm 9:15 pm 2D Subtitulada 6:45 pm
Vikingos 2D Doblada 5:50 pm 8:50 pm Tomb Raider: Las Aventuras de Lara Croft
2D Doblada 4:00 pm 5:30 pm 6:30 pm 9:00 pm 2D Subtitulada 8:00 pm Las travesuras de Peter Rabbit 2D Doblada 2:10 pm 4:15 pm 6:20 pm La Maldición de la Casa Winchester 2D Doblada 5:00 pm 7:10 pm 9:20 pm Huracán Categoría 5 2D Doblada 4:40 pm 6:50 pm 9:10 pm Todo el Dinero del Mundo 2D Doblada 8:40 pm Deseo de Matar 2D Doblada 3:10 pm Pantera Negra 2D Doblada 5:00 pm 7:50 pm Lady Bird 2D Subtitulada 2:30 pm Noche de Juegos 2D Doblada 2:50 pm Operación Red Sparrow 2D Doblada 2:10 pm El Cavernícola 2D Doblada 2:15 pm La Forma del Agua 2D Doblada 3:15 pm
SUPERCINES 6 DE DICIEMBRE Titanes del Pacífico: La Insurrección 2D Doblada
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Tomb Raider: Las Aventuras de Lara Croft
MULTICINES CCI 2D READY PLAYER ONE 14:50 15:35 17:45
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La Bóveda 2D Doblada 5:45 pm 7:45 pm Huracán Categoría 5 2D Doblada 2:40 pm 4:50
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Se alquilaba armamento a organizaciones delictivas Asalto y robo a mano armada eran los delitos que cometían las bandas que rentaban pistolas y revólveres. Una organización delictiva se dedicaba a abastecer de logística armamentística a otras bandas criminales dedicadas al asalto y robo a mano armada a personas y a entidades económicas. Según las investigaciones efectuadas por agentes de la Dirección General de Inteligencia (DGI) de la Policía, el centro de operaciones de esta agrupación estaba en Portoviejo, Manabí. Desde esa localidad coordinaban entregas de pistolas, revólveres y municiones a cambio de grandes sumas de dinero. Según las investigaciones policiales, esta red también se dedicaba a cometer robos en esa provincia del Litoral. La Policía investigó los movimientos de la organización y finalmente allanó los inmuebles de tres personas, en Manabí. Ahí se hallaron supuestas evidencias que confirmarían la hipótesis de las autoridades. Entre lo incautado están cuatro revólveres, una pistola 44 municiones calibre 38 milímetros. Los sospechosos no lograron justificar la tenencia del armamento con algún documento.
Discusión por un mensaje de texto terminó en crimen MILAGRO, GUAYAS • La Policía mantiene bajo custodia a Ana J., quien habría asesinado a su esposo asestándole una puñalada en el corazón. Ocurrió tras una discusión que mantuvieron el domingo en su domicilio, ubicado entre las calles Francisco de Marcos y Amazonas, en Milagro (Guayas). La riña se habría originado por unos mensajes de texto que la mujer encontró en el celular de la víctima, quien fue identificada como Carlos Alberto Freire Rojas, de 29 años, Cuando la Policía llegó al sitio encontró a la fémina intentando quitarse la vida. Estaba ensangrentada y tenía varios cortes en el abdomen. Ella fue trasladada de emergencia al hospital León Becerra, donde se encuentra con resguardo policial. (DAB)
Los uniformados también encontraron 391 dólares que serían fruto de las actividades ilícitas. Tras la captura de los presuntos involucrados, la Policía descubrió que uno de ellos, identificado como Carlos L., de 30 años, ya tuvo problemas con
la Justicia por la EL DATO misma causa. En su historial data tres deteniuna detención Los dos fueron por tenencia ile- entregados a las autoridades de gal de armas de Justicia de para que fuego. Los otros Manabí tramiten su implicados, Luis situación legal. C. y Marcos B., de 71 y 44 años respectivamente, tienen antecedentes penales, además existen indicios de que tendrían que ver con esta organización delictiva que alquilaba armamento. (FLC)
POLICIAL I
MARTES 03 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
A13
EVIDENCIA. Estas armas de fuego fueron halladas durante los allanamientos efectuados por la Policía.
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CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LAS VERTIENTES: “GALERIA Nº 1, 2 Y 3, CAPTACIÓN DESPENSA, CORAZÓN DE PIEDRA Nº 1, 2 Y 3, EN UN CAUDAL DE 0,61 L/S, EN LA COTA 3.778 MSNM., COORDENADAS 9’983.363 N Y 489.950 E; 0,57 L/S, EN LA COTA 3.785 MSNM., COORDENADAS 9’983.376 N Y 489.920 E; 4,40 L/S, EN LA COTA 3.786 MSNM., COORDENADAS 9’983.391 N Y 489.899 E; 5,19 L/S, EN LA COTA 3.567 MSNM., COORDENADAS 9’984.657 N Y 490.327 E; 2,15 L/S, EN LA COTA 3.770 MSNM., COORDENADAS 9’983.408 N Y 489.915 E; 8.82 L/S, EN LA COTA 3.783 MSNM., COORDENADAS 9’983.378 N Y 489.922 E; 3.,87 L/S, , EN LA COTA 3.783 MSNM., COORDENADAS 9’983.392 N Y 489.903 E., DANDO UN CAUDAL TOTAL DE 25,61 L/S PARA CONSUMO HUMANO, VERTIENTES UBICADAS EN LA QUEBRADA CANTERA DEL DIABLO PARA INCREMENTAR AL PROYECTO NOROCCIDENTE, PARROQUIA NONO, DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.
CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LAS VERTIENTES: SANTA ROSA – LA MINA, CAPTACIÓN GUANAJUCHO Y CAPTACIÓN QUEBRADA CALIMBURO, EN UN CAUDAL DE 1,00 L/S, EN LA COTA 2.936 MSNM; COORDENADAS 9’972.121 N Y 767.090 E; 4,96 L/S, EN LA COTA 3.064 MSNM; COORDENADAS 9’974.808 N Y 773.349 E; 1.76 L/S EN LA COTA 3.64 NSNM; COORDENADAS 9’974,262 N Y 772.738 E RESPECTIVAMENTE, DANDO UN CAUDAL TOTAL DE 7,72 L/S PARA CONSUMO HUMANO, VERTIENTES UBICADAS EN LOS SECTORES SANTA ROSA- LA MINA, PARROQUIA LLOA, DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.
ACTOR: señor Iván Vallejo Aguirre, procurador común del Ingeniero Marco Antonio Cevallos Varea, Gerente General de la Empresa Publica Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento “EPMAPS”. EXTRACTO SECRETARÍA DEL AGUA, SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO - QUITO.- Proceso Administrativo Nro. 111-2016-Reg. (L.V).- Quito, 02 de marzo del 2018, a las 14H50.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrado Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, con acción de personal Nro. 006-DHE, de fecha 08 de febrero del 2008, según decreto presidencial Nro. 8 de 24 de mayo de 2017, de conformidad al Art. 17, literal c) de la Ley Orgánica del Sector Publico en concordancia con el Art. 17 literal c) del Reglamento Ibídem. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2010-66 del 20 de enero del 2010, se establece y delimita las nueve Demarcaciones Hidrográficas y sus respectivos zonales. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2009-48 de fecha 04 de diciembre del 2009, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos de la Secretaria del Agua. En lo principal: Comparecen a esta Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas – Centro de Atención al Ciudadano Quito, el señor Iván Vallejo Aguirre, procurador común del Ingeniero Marco Antonio Cevallos Varea, Gerente General de la Empresa Publica Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento “EPMAPS”, mediante escrito de fecha 14 de diciembre del 2016, a las 10H42, quien de conformidad a la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamientos del Agua, solicita la regularización del Uso y Aprovechamiento de aguas informales, de las fuetes hídricas Vertientes: “GALERIA Nº 1, 2 Y 3, captación despensa, corazón de piedra Nº 1, 2 y 3, en un caudal de 0,61 l/s, en la cota 3.778 msnm., coordenadas 9’983.363 N y 489.950 E; 0,57 l/s, en la cota 3.785 msnm., coordenadas 9’983.376 N y 489.920 E; 4,40 l/s, en la cota 3.786 msnm., coordenadas 9’983.391 N y 489.899 E; 5,19 l/s, en la cota 3.567 msnm., coordenadas 9’984.657 N y 490.327 E; 2,15 l/s, en la cota 3.770 msnm., coordenadas 9’983.408 N y 489.915 E; 8.82 l/s, en la cota 3.783 msnm., coordenadas 9’983.378 N y 489.922 E; 3.,87 l/s, , en la cota 3.783 msnm., coordenadas 9’983.392 N y 489.903 E., dando un caudal total de 25,61 l/s para consumo humano, vertientes ubicadas en la quebrada Cantera del Diablo para incrementar al proyecto Noroccidente, parroquia Nono, Distrito Metropolitano de Quito. En consecuencia esta Autoridad Administrativa DISPONE: 1.En apego a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y aprovechamientos del agua en su Disposición Transitoria Tercera y los Arts. 3, 4, 7, 18 literal g), 36 literal a) y b), 57, 64 literal a) , 125 y 126, en concordancia con el Arts. 107 del Reglamento a la Ley de la Materia, se acepta a trámite la petición presentada, por considerarla clara y completa y reunir los requisitos de la Ley y su Reglamento. 2.- Por lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal b) ibídem, y por el principio de publicidad enmarcado en el artículo 126 de la Ley, cítese a los usuarios presuntos y desconocidos por la prensa de mayor circulación de la provincia de Pichincha, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y este auto de calificación, por tres días consecutivos. 3.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal a), ibídem, fíjese carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de la parroquia Nono, cantón Quito, para el efecto remítase atenta comisión librada, con suficiente despacho, al señor Teniente Político de la Parroquia Nono, delegándose al administrado, para que en un plazo máximo de 24 horas, retire de estas oficinas la comisión librada, y sea entregada a la autoridad Política, y de las facilidades necesarias para su consecución, así como retire las correspondientes razones después de su cumplimiento y remita a este despacho las actuaciones respectivas. 4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 159 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva ERJAFE. 5.Téngase en cuenta para futuras notificaciones el casillero judicial Nº 1233. 6.- Actué el Ab. Darwin Apolo Calero, en calidad de Secretario Ad Hoc. Cúmplase, Ofíciese y NOTIFIQUESE….f) AB. GISELLE CEVALLOS RESPONSABLE TÉCNICO DEL CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – QUITO DE LA SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACION HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS SECRETARIA DEL AGUA – SENAGUA.
ACTOR: : señor Iván Vallejo Aguirre, Procurador Judicial del Ingeniero Marco Antonio Cevallos Varea, Gerente General de la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento “EPMAPS”. EXTRACTO SECRETARÍA DEL AGUA, SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO - QUITO.- Proceso Administrativo Nro. 112-2016-Reg. (L.V).- Quito, 02 de marzo del 2018, a las 14H50.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrado Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, con acción de personal Nro. 006-DHE, de fecha 08 de febrero del 2018, según decreto presidencial Nro. 8 de 24 de mayo de 2017, de conformidad al Art. 17, literal c) de la Ley Orgánica del Sector Publico en concordancia con el Art. 17 literal c) del Reglamento Ibídem. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2010-66 del 20 de enero del 2010, se establece y delimita las nueve Demarcaciones Hidrográficas y sus respectivos zonales. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2009-48 de fecha 04 de diciembre del 2009, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos de la Secretaria del Agua. En lo principal: Comparecen a esta Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas – Centro de Atención al Ciudadano Quito, el señor Iván Vallejo Aguirre, Procurador Judicial del Ingeniero Marco Antonio Cevallos Varea, Gerente General de la Empresa Publica Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento “EPMAPS”, mediante escrito de fecha 05 de julio del 216, a las 16H12, quien de conformidad a la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamientos del Agua, solicita la regularización del Uso y Aprovechamiento de aguas informales, de las fuetes hídricas Vertientes: “ Santa Rosa – La Mina, captación Guanajucho y Captación Quebrada Calimburo, en un caudal de 1,00 l/s, en la cota 2.936 msnm., coordenadas 9’972.121 N y 767.090 E; 4,96 l/s, en la cota 3.064 msnm., coordenadas 9’974.808 N y 773.349 E; 1,76 l/s en la cota 3.064 msnm., coordenadas 9’974.262 N y 772.738 E respectivamente, dando un caudal total de 7,72 l/s para consumo humano, vertientes ubicadas en los sectores Santa Rosa-La Mina, parroquia Lloa, Distrito Metropolitano de Quito. En consecuencia esta Autoridad Administrativa DISPONE: 1.En apego a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y aprovechamientos del agua en su Disposición Transitoria Tercera y los Arts. 3, 4, 7, 18 literal g), 36 literal a) y b), 57, 64 literal a), 125 y 126, en concordancia con el Arts. 107 del Reglamento a la Ley de la Materia, se acepta a trámite la petición presentada, por considerarla clara y completa y reunir los requisitos de la Ley y su Reglamento. 2.- Por lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal b) ibídem, y por el principio de publicidad enmarcado en el artículo 126 de la Ley, cítese a los usuarios presuntos y desconocidos por la prensa de mayor circulación de la provincia de Pichincha, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y este auto de calificación, por tres días consecutivos. 3.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal a), ibídem, fíjese carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de los sectores Santa Rosa-La Mina, parroquia Lloa, cantón Quito, para el efecto remítase atenta comisión librada, con suficiente despacho, al señor Teniente Político de la Parroquia Lloa, delegándose al administrado, para que en un plazo máximo de 24 horas, retire de estas oficinas la comisión librada, y sea entregada a la autoridad Política, y de las facilidades necesarias para su consecución, así como retire las correspondientes razones después de su cumplimiento y remita a este despacho las actuaciones respectivas. 4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 159 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva ERJAFE. 5.- Téngase en cuenta para futuras notificaciones el casillero judicial Nº 1233. 6.- Actué el Ab. Darwin Apolo Calero, en calidad de Secretario Ad Hoc. Cúmplase, Ofíciese y NOTIFIQUESE….f) AB. GISELLE CEVALLOS RESPONSABLE TÉCNICO DEL CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – QUITO DE LA SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACIÓN HIDRIGRÁFICA DE ESMERALDAS - SECRETARIA DEL AGUA – SENAGUA. AB. Darwin Apolo Calero SECRETARIO AD-HOC
AB. Darwin Apolo Calero SECRETARIO AD-HOC PAB/19174/AS
PAB/19175/AS
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CURIOSO A14
MARTES 03 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
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Está en Shouguang (China). Es un símbolo para la región y un atractivo turístico. PERIODISMO.COM • Si estás buscan-
do la montaña más fácil de escalar del planeta, no dudes en ir a Shouguang, en la provincia china de Shandong, donde encontrarás a Jingshan, la montaña más pequeña del país y probablemente del mundo. Mide solo 0,6 metros desde el nivel del suelo hasta su punto más alto y puede ser conquistada en un solo paso. Puede no ser la montaña más impresionante del globo terrestre, pero es un símbolo de la región y una de sus atracciones turísticas más populares. Las menciones de la montaña en los registros oficiales del distrito se remontan a más de 100 años,
QUITO
‘Montaña’ más pequeña del mundo mide menos de 1 m
incluyendo su ubicación precisa, las dimensiones y el hecho de que a pesar de su pequeño tamaño sobre la superficie, parece ser la punta de una montaña subterránea mucho más grande. ¿Pero qué tan profunda es Jingshan realmente? Bueno, probablemente nunca lo sabremos, ya que su estado protegido hace que sea ilegal cavar alrededor de ella. Sin embargo, en el pasado la gente intentó excavarla. De acuerdo con Zheng Binhai, el excurador del Museo Shouguang Bo, durante el Gobierno de Mao Zedong alguien tuvo la tarea de cavar alrededor de Jingshan para demostrar que no era una montaña, sino una simple roca. Después de cavar varios metros sin llegar a la base subterránea se dieron por vencidos. Luego, en 1958, alguien más intentó penetrar alrededor de Jingshan, pero ellos tampoco lograron encontrar su base y la
NATURALEZA. Si se te ha hecho difícil escalar una montaña, quizás esta no te dé problemas. (Foto: periodismo.com)
aparentemente pequeña roca ha sido reconocida como una montaña desde entonces. En detalle
China.org informa que Jingshan tiene una altura de 48 metros, pero la mayor parte es subterránea. La punta expuesta tiene solo
0,6 m de alto, 1,24 m de largo y solo 0,7 m de ancho. Reconociendo la importancia de Jingshan como una atracción turística, las autoridades de Shouguang han prohibido no solo cavar alrededor de esta, sino también construir cualquier tipo de estructuras cerca o dañarla de cualquier manera.
Recientemente, fotos de Jingshan se volvieron virales en las redes sociales chinas, atrayendo todo tipo de comentarios graciosos de personas desafiando a sus amigos a un concurso de montañismo o quejándose de que durante el verano los altos cultivos hacen que sea imposible encontrarla.
P
CORPORACIÓN DE INGENIEROS MILITARES BATALLÓN DE HONOR “GRAD. GUILLERMO RODRÍGUEZ LARA” COMUNICADO La Corporación de Ingenieros Militares ante los graves acontecimientos sucedidos y que con certeza seguirán suscitándose en la frontera Norte, producto de los cuales se han perdido valiosas vidas de integrantes de Fuerzas Armadas, poniendo en riesgo a la población civil asentados en el cordón fronterizo con Colombia, nos permitimos llamar su atención en la decidida y oportuna solución de los graves problemas inherentes a la Seguridad Nacional de parte del Gobierno Nacional; entre ellos: - Fortalecer el Sistema de Seguridad Nacional mediante la inmediata reestructuración de sus elementos constitutivos que le permitan reaccionar eficazmente ante la presencia de eventos que atenten a la seguridad interna y externa de la Nación. - Derogar o reformar la Ley de Seguridad Pública y del Estado, de manera imprescindible, misma que no puede ser invocada por no disponer de sus elementos coordinadores, desaparecidos por ineficientes en los niveles de mando y de ejecución. La responsabilidad está en usted, Sr. Presidente, y en la Asamblea Nacional, que por ahora opta en pasar por alto la urgente tarea gubernamental de enfrentar integral y sistemáticamente las amenazas que se ciernen sobre la Nación. - Nombrar una sola autoridad con experiencia en estos temas, que emplee correctamente la capacidad militar del Ecuador, para enfrentar una guerra asimétrica que podría extenderse a las ciudades del interior, causando pánico en la población, ante la inexistencia legal del Consejo de Seguridad Pública y del Estado, en sus manos Sr. Presidente está el decidir de manera inmediata. - Exigir del gobierno colombiano la presencia de sus Fuerzas Armadas a lo largo de la permeable frontera norte, presencia que ha sido negada constantemente, a pretexto de disponer de brigadas móviles que acuden a apagar incendios en los puntos que a su parecer merecen la presencia física de las tropas. Lo anterior evitará operaciones conjuntas con el Ejército colombiano, que le podría traer serias consecuencias al país y a su pueblo. - Equipar tecnológicamente a las Fuerzas Armadas para que le permitan a sus mandos conocer a cabalidad el movimiento de los narco traficantes, para evitar exponer a sus subordinados a los efectos aberrantes que produce el terrorismo. - Reformar de manera urgente la Ley de Fortalecimiento de la Seguridad Social, diseñada ideológicamente por el anterior gobierno en su empeño por desconocer que la profesión militar es especial, y como tal, requiere de leyes especiales para el efecto, siendo fundamental la Seguridad Social de los miembros de las Fuerzas Armadas para disminuir las secuelas que deja un enfrentamiento con un enemigo difícil de detectarlo y combatirlo, al igual que la Ley de Seguridad Pública y del Estado que requiere su revisión y cambios pertinentes. Ing. Cristóbal Carrillo MBA. Crnl. EMC (SP) Presidente de la Corporación de Ingenieros Militares “GRAD. GUILLERMO RODRIGUEZ LARA PAC109976fa
¡De película!
Este es el aeropuerto de Gibraltar, donde los carros tienen que parar para dejar aterrizar o despegar a los aviones. (lavozdelmuro.net)
REPORTE I
MARTES 03 DE ABRIL DE 2018 La Hora, QUITO ECUADOR
A15
ACTIVIDAD. Leonor Bravo lee en voz alta durante la sesión de lectura en la biblioteca Casa Palabra.
LAS JORNADAS DE LECTURA LOS VUELVEN IMPARABLES
Niños desarrollan su gusto por la lectura desde los 5 años en Casa Palabra.
Q
ue los dinosaurios se extinguieron con un golpe de meteorito en la cabeza, que los monstruos comen solo humanos y lagartijas, que los ratones son morados. Ningún razonamiento es imposible para los chicos que asisten a la biblioteca Casa Palabra, ubicada en la Galavis e Isabel La Católica, junto al mercado de La Floresta. Ellos lanzan sus frases espontáneas mientras Leonor Bravo les narra el cuento ‘Max el Valiente’ de Ed Vere. Son 25 niños
de 5 años y participan en una ac- Pasión lectora tividad de lectura como todos los Cuando Leonor Bravo era niña, lunes. Están en preparatoria, lo su madre solía leerles a ella y a que antes se conocía como jardín sus seis hermanos cuentos de de infantes, en la escuela Quinti- Hans Christian Andersen. La liano Sánchez de La Floresta. escuchaban atentos e imaginaLlegaron con su profesora ban países lejanos con castillos y para la sesión habitual de 30 mundos submarinos. minutos. Aunque aún no saben También lloraban con los fileer, la idea es que se familiari- nales de las historias. Si tuviera cen con los textos y desarrollen que escoger un relato que influel gusto por la lectura. yó en su vida, la escritora de 65 La maestra Fanny es quien años elegiría ‘La niña de los fósmás ha notado sus proforos’. gresos. En los meses que EL DATO Lo escuchó por primera van del año escolar, se vez cuando tenía 5 años. han vuelto más converLloró. Entonces no entenla biblioteca sones y hasta sostienen En se realizan talle- día por qué su madre leía res de escritura cuentos tan tristes. Ahora, mejor los libros. los Cuando Bravo termina creativa en la biblioteca que empesábados. de leer, les invita a tomar zó hace aproximadamente el libro que deseen. ‘Carcuatro años, lo entiende: litos’ escoge un cuento del ‘Rey ahí nació su conciencia social y David’. Sonríe tímido cuando las ganas de compartir su pasión dice que el protagonista de la por la lectura con otras persohistoria pelea contra los malos nas. que en este caso son los romaEn los libreros de Casa Panos. Conoce la historia bíblica labra hay más de 3.000 títulos porque su papá se la ha contado. clasificados por edad. Son los MIRADA. Un estudiante muestra la imagen del documento que leyó durante la jornada.
SELECCIÓN. Uno de los estudiantes del primer grado escoge un texto para la siguiente clase.
que Bravo ha reunido durante toda su vida. Le daba pena tener tantos documentos y que nadie más los pudiera usar. Muestra uno que está con las páginas gastadas y dice que es la señal de que lo han leído mucho. Cuando está frente a los niños capta su atención fingiendo las voces de los personajes. Al contrario, cuando habla de ella y su trabajo se expresa con una seriedad que solo se rompe cuando recuerda a su madre y la música con la que los despertaba, a su padre y las historias del país que les contaba y a sus hermanos que hoy son artistas. Esa formación fue la que la inspiró a compartir el gusto por la lectura. Está convencida de que para incentivar la lectura en los pequeños no es necesario hacer un gran esfuerzo, solo se necesitan las ganas. Ella empezó con esta inciativa cuando se contactó con la escuela que está justo al frente de la biblioteca. Ahora recibe a niños de todos los grados.
Trata de compartir los gratos momentos que tuvo con su hijo y ahora con su nieta de 7 años. Ellos dos se han vuelto sus lectores de cabecera cuando escribe un nuevo texto. Lecturas compartidas
Durante la sesión de lectura, la señorita Fanny (prefiere que la nombren así) comparte con los niños. Es quien les enseñará a leer. “Uno siempre se acuerda de la maestra que le enseñó a leer”, dice con una sonrisa. Recuerda a un estudiante que le envió una carta, se llama Rodrigo. Le decía que le quería mucho y que siempre la recordaría. Esa misiva la escribió con faltas de ortografía, pero ella lo guardó con cariño. La maestra lleva 28 años enseñando en primer y segundo grado. ‘28 años de llanto’, dice sonriendo y explica que siempre que se acaba el año derrama lágrimas por sus alumnos. Guarda su colección de fotos y aunque no se acuerda de todos los niños, se le hace imposible olvidarse de los más molestosos. En su clase actual hay dos, coincide en que ellos son los que más interactúan. La biblioteca recibe a niños toda la mañana. Ellos toman libros con cuidado y cuando termina una sesión dos pasan al frente del grupo a contar sus historias. “Había una niña muy grande que no se llevaba con nadie”, narra Carolina, de 5 años. “Después pudo encontrar un buen amigo, era un perrito”, dice con voz bajita y todos aplauden. Se despiden hasta la próxima semana. (PCV) TOME NOTA Para acceder al espacio solo es necesario coordinar los horarios comunicándose al 099 62 554 80.
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QUITO
50c incl. IVA martes 03 de ABRIL de 2018
Quito, Ecuador
40 páginas
Partido con sabor a revancha
Juventus y Real Madrid se enfrentan hoy (13:45) en el partido de ida de los cuartos de final de la Champions League. Página B11
Vuelve a la cima
Rafael Nadal se apoderó del primer lugar del ranking mundial ATP. Desplazó a Roger Federer. Página A10 8 accidentes en tres meses en la quebrada de Carretas En la vía N76 se han registrado ocho percances durante los últimos tres meses. La zona es un verdadero peligro para conductores y peatones. Página A5
La Verduga’ no se deja
‘Te lo advertí’ es el nuevo tema de Vanessa. página b7
Nuevo negocio: alquiler de armas página a13
Revista judicial C00
LUNES 24de noviembre de 2008 La Hora Quito, ecuador
MARTES, 3 de ABRIL de 2018 La Hora Quito, ecuador revista no: 12116 Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío
Autor: Dr. Fausto Trujillo
E
l perjurio es un delito que consiste en mentir estando bajo juramento. A la persona que comete perjurio se le denomina perjuro. Es un delito que tiene una especial relevancia en el ámbito de los Tribunales de justicia y, en particular, en lo referente a su aplicación a los testigos que puedan presentarse en un juicio. El testigo tiene la obligación legal de decir la verdad, y en el caso de que incumpliese su obligación, podría ser procesado por la vía penal. El delito de perjurio es, por tanto, una garantía a la hora de dar un mayor valor a la prueba testifical. Por otra parte, si bien el ámbito habitual de aplicación de este delito es en el marco de los tribunales, también cabe en todos aquellos casos en los que la ley exige a una persona un juramento o promesa de decir la verdad, y ésta la incumple. Normalmente los imputados en una causa penal, en los ordenamientos jurídicos modernos, están exentos de la obligación de decir la verdad o, al menos, pueden negarse a contestar. Gracias a esa exención no cometerían perjurio si, mientras se defienden, no dijesen la verdad de los hechos al tribunal. Antecedentes del perjurio El Perjurio constituye una acción basada en la mentira, misma que ha existido desde siempre y es considerada como una mala práctica en la convivencia humana, por eso, desde épocas remotas en el Código de Hammurabi, considerado el código de leyes más antiguo que data del 1760 antes de nuestra era tenía incluido que: “si un señor acusa a otro de haber o dicho algo que no puede probar, será castigado con la muerte”; otro ejemplo lo encontramos en las Tablas de Moisés, en la que consta en la lista
Editora Diana Briones Puga
¿QUÉ ES EL
es una edición de diario la hora
PERJURIO? de acciones prohibitivas que de ser ejecutadas ameritaban un castigo; así en la Tabla de los Diez Mandamientos consta: “No mentirás ni levantarás falso testimonio” vigente hasta nuestra época en la Religión Cristiana y Católica, considerada un pecado para quien incurre en ella, presumiéndose que recibe el hechor es el infierno. El perjurio es hacer, bajo juramento, una promesa con intención de no cumplirla, o bien, violar la promesa hecha bajo juramento. Es un pecado grave contra Dios, que siempre es fiel a sus promesas. Con la evolución de la sociedad la mentira y el falso testimonio fueron incluidas dentro de las legislaciones internas de cada estado imponiendo sanciones acorde al daño ocasionado y la modalidad, puesto que se empezó a diferenciar ante quien profesa la mentira y si está se realizó
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encontrándose la persona bajo juramento, de tal manera que el simple falso testimonio constituye una acción menos grave que el falso testimonio que se realiza estando bajo juramento dentro de una causa penal para incriminar un delito a una persona; de ahí que la mayoría de legislaciones mantienen actualmente la distinción de dos categorías de mentir o faltar a la verdad; una hacerlo sin juramento y otra bajo juramento, de tal manera que en el primer caso tiene la denominación de falso testimonio y en el segundo caso de perjurio, acciones sancionadas en la actualidad con la privación de la libertad. El perjurio en el COIP Hoy en el Código Orgánico Integral penal se encuentra en el capítulo quinto delitos contra la responsabilidad ciudadana, sección primera delitos contra la tutela judicial efectiva en su artículo 270 que dice: Perjurio y falso testimonio.La persona que, al declarar, confesar, informar o traducir ante o a autoridad competente, falte a la verdad bajo juramento, cometa perjurio, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años; cuando lo hace sin juramento, cometa falso testimonio, será
sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. De igual modo, se comete perjurio cuando a sabiendas se ha faltado a la verdad en declaraciones patrimoniales juramentadas o juradas hechas ante un Notario. Si el perjurio se comete en causa penal, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años. Si el falso testimonio se comete en causa penal, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Se exceptúan los casos de versiones y testimonio de la o el sospechoso o de la o el procesado, tanto en la fase preprocesal, como en el proceso penal. Delito de Perjurio Ahora analicemos si el delito de Perjurio es una acción u omisión, es típica, antijurídica, culpable y punible. Acción Partiendo de que el perjurio constituye faltar a la verdad estando bajo juramento creeríamos que el mismo se configura por una omisión al no decir la verdad, sin embargo para llegar a ésta omisión la conducta atraviesa por la consecución y exteriorización de movimientos corporales que ejecuta una persona de forma voluntaria, como es el hecho de acudir ante una autoridad pública, prestar juramento y expresar de viva voz o por medio de otros mecanismos de comunicación, afirmaciones o negaciones con las que falta a la verdad sobre un hecho determinado; por lo tanto el perjurio se configura mediante una acción. Tipicidad Es Típica por concurrir en ella los elementos objetivos y subjetivos de un tipo penal descrito en el art. 270 del Código Orgánico CONTINUA EN la página - c2
PRÓXIMO ARTÍCULO:
“CARACTERISTICAS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO” Autor: Dr. Pablo Castañeda
C1
CONSULTA CIVIL Y MERCANTIL Es menester que se defina a través de normas legales que existe al menos dos clases de intereses: intereses corrientes e intereses moratorios. En cuanto a las tasas de intereses para el mercado no financiero y para la aplicación de las decisiones judiciales, tres clases: tasa legal, tasa máxima convencional y tasa moratoria, y que además se debe definir la forma exacta y precisa del cálculo de cada tasa.
RESPUESTA La normativa para las obligaciones que generan intereses la tenemos en los Arts. 2109 y 2110 del Código Civil. En estas normas legales se establece el interés convencional, el interés corriente e interés reajustable. Además, el primero inciso del Art. 2110 determina con claridad que, si se estipula en general intereses, sin determinar la cuota, se entenderán que son los intereses legales, es decir, los fijados por la autoridad monetaria competente. Por otro lado, el Art 2109 en forma expresa dispone que, el interés convencional, sea este civil o mercantil, no puede exceder de los tipos máximos que se fijaren de acuerdo con la ley, y si excediere en los tipos máximos, la o el juzgador debe reducirlos aún sin pedido del deudor. De acuerdo con el segundo inciso del Art 2100 del CC, el interés legal es el que determina el organismo competente del Estado, por lo tanto, las tasas de interés las fija periódicamente el Banco Central del Ecuador, y así lo dispone el innumerado 31, agregado al título V, Libro II del Código de la Niñez y Adolescencia respecto del interés de mora para las prestaciones de alimentos. En cuanto al interés por mora en operaciones de crédito, es el Directorio del Banco Central del Ecuador quien regula este tipo de interés, que también es aplicable a las liquidaciones de cualquier tipo de obligación en mora como son las obligaciones alimenticias Boletín Institucional de la Corte Nacional de Justica
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Revista judicial C2
MARTES 3 de ABRIL de 2018 La Hora Quito, ecuador
Integral Penal, existe sujeto activo, sujeto pasivo, el verbo rector mentir bajo juramento, vulnerándose el derecho a la Tutela Judicial Efectiva como bien
PODERES EXTRACTO Se pone en conocimiento del público en general que en la Notaría Cuadragésima de Quito, se ha presentado una petición por parte de la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., solicitando la aprobación del Poder General otorgado por la mencionada corporación a favor del señor JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, el veintidós de febrero de dos mil dieciocho, ante el doctor Héctor Cortez Díaz, Notarlo Setenta y Tres Encargado de Bogotá y protocolizado el quince de marzo de 2018, ante la Notaria Cuadragésima de Quito, Paola Andrade Torres. Protocolización número 20181701040P01794 de la copia certificada del Poder General otorgada por el señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, en calidad de representante legal de la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S, a favor del señor JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR. Peticionario: Doctor Michael Veintimilla Ambrosi debidamente autorizado por la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S. Trámite: Especial Cuantía: Indeterminada EXTRACTO PUBLICACIÓN DEL PODER GENERAL OTORGADO POR EL SEÑOR IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., A FAVOR DEL SEÑOR JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR. PRIMERA: COMPARECIENTE.Comparece al otorgamiento de este instrumento público, la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., (en adelante Multivac o la Mandante), legal y debidamente representada por el señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, en su calidad de Representante Legal. El compareciente es ciudadano de nacionalidad colombiana, mayor de edad, de estado civil casado, de profesión Administrador de Empresas, domiciliado en la ciudad de Bogotá, legalmente capaz para contratar y obligarse cual en derecho se requiere. SEGUNDA: ANTECEDENTES.2.1. La compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., es una empresa constituida bajo las leyes de la República de Colombia, que se dedica a la importación y comercialización de maquinaria para procesos de producción y empaque, consumibles y repuestos. 2.2, Es deseo de MULTIVAC, en lo posible, el concretar ciertos negocios en la República del Ecuador. 2.3. La Junta general de Accionistas de la compañía MULTIVAC, celebrada e! día Veintitrés (23) de Septiembre del año dos mil Trece, resolvió autorizar la emisión de un PODER GENERAL a favor del señor JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, de nacionalidad colombiana, cédula colombiana número 80.424.305, de estado civil casado para que en nombre y representación de MULTIVAC, realice en el Ecuador ciertos actos a nombre de la compañía referida. TERCERA: PODER GENERAL.- Con este antecedente, la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., legal y debidamente representada por el señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, tiene a bien
JUDICIAL QUITO
jurídico protegido, el elemento subjetivo del tipo penal el dolo, es decir la justificación de quien mintió a la autoridad judicial lo hizo teniendo plena conciencia de lo que hacía, por ello es práctica común que antes de tomar el juramento a una persona se le advierta que si falta a la verdad a sabiendas incurre en éste delito y que por tanto está obligado a decir la verdad; pero además de la con-
otorgarle como en efecto otorga, PODER GENERAL, amplio y suficiente, cual en derecho se requiere, a favor del señor JAIRO ANTONIO RODRIGUEZ TAYLOR, de nacionalidad colombiana, cédula colombiana número 80.424,305, para que realice, a nombre de la Multivac, los siguientes actos y contratos: a) Actuar como factor de comercio a nombre de la Mandante, teniendo las facultades previstas en los artículos 120 y siguientes del Código de Comercio de Ecuador; b) Representar los intereses de la Mandante en la administración de sus negocios en Ecuador, para lo cual podrán comprar, vender, ceder, permutar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de cosas, tanto muebles como raíces, acciones bonos y valores mobiliarios, firmando los correspondientes traspasos; firmar contratos de compraventa con o sin reserva de dominio; cobrar y percibir cuanto se le adeude a la Mandante por cualquier concepto, firmar recibos y otorgar cancelaciones; celebrar contratos de promesa, de seguro, de confección de obra material, de trabajo, de mutuo, de depósito y de préstamo; constituir, aceptar, posponer y levantar hipotecas, servidumbres y otros derechos reales; constituir, aceptar y cancelar prendas de cualquier especie, en especial, podrán aceptar o constituir prendas industriales o gravámenes de cualquier otra especie; constituir, aceptar y levantar fianzas , deudas solidarias y otras formas de garantías; instituir y aceptar cesiones, celebrar contratos de cuentas corrientes con Instituciones bancarias, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, de depósito o de crédito o de ahorro, girar y sobregirar en ellas; contratar créditos en cuenta corriente y toda clase de préstamos, mutuos, avances, con letras, sobregiros, pagarés; aceptar saldos en cuenta corriente, retirar talonarios de cheques, girar, suscribir y afianzar, aceptar, endosar, avalar, cobrar, pagar, protestar, prorrogar, revalidar, reaceptar y cancelar letras de cambio, libranzas, pagarés, cheques y toda clase de documentos y efectos de comercio; adquirir acciones o participaciones en sociedades legalmente constituidas en el Ecuador y/o el exterior, así como participar en la constitución de nuevas compañías sean estas afines o no al giro ordinario del negocio de la Mandante; c) Representar a la Mandante en todos sus negocios jurídicos que surtan efecto en el Ecuador, y cumplir las obligaciones que ésta haya contraído. Podrán participar a nombre de la Mandante en procesos licitatorios convocados por empresas públicas o privadas, presentar ofertas, modificarlas y suscribir todos los documento necesarios, a fin de concretar nuevos negocios para la Mandante en el Ecuador; d) Representante legal, judicial y extrajudicialmente a la Mandante en el Ecuador, a fin de que puedan presentar y contestar demandas en juicios civiles, laborales, comerciales, administrativos, penales, entre otras cosas. Actuar como terceristas en los casos en que puedan verse afectados los intereses de la Mandante, Para ello, podrán otorgar poderes de procuración judicial a favor de abogados en libre ejercicio, sin limitación de ninguna clase; e) Representar a Multivac ante las
autoridades gubernamentales, provinciales, así como ante cualquier otra entidad o autoridad pública; f) Comparecer ante las oficinas del Servicio de Rentas Internas del Ecuador, a fin de actualizar los datos constantes en el registro único de contribuyente (RUC) de Multivac en el Ecuador, a fin de que conste, cualquier de ellos, como su representante ante esta entidad, y para cumplir con las obligaciones tributarlas que esta tenga en el Ecuador. Podrá suscribir y/o firmar cualquier documento que requieran las autoridades para el normal funcionamiento de la Mandante. La presente enumeración no se entenderá taxativa sino meramente ejemplificativa, de forma que el apoderado tendrá las más amplias facultades para representar los intereses de la Mandante en el Ecuador. La duración del presente poder es Indefinida. Firmas: IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ como otorgante y representante legal de Corporación Multivac S.A.S. JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, como aceptante, número de cédula de ciudadanía colombiana 80.424.305. RAZÓN: En atención al pedido formulado que antecede y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 29 del artículo 18 de la Ley Notarial, se dispone la publicación del extracto, por tres días en uno de los periódicos de mayor circulación en el domicilio de la compañía, para su aprobación e inscripción en el Registro Mercantil. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes. Quito, 26 de Marzo DRA PAOLA ANDRADE TORRES NOTARIA CUADRAGESIMA DEE QUITO Hay firma y sello PAC109958fa EXTRACTO Se pone en conocimiento del público en general que en la Notaría Cuadragésima de Quito, se ha presentado una petición por parte de la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., solicitando la aprobación del Poder General otorgado por la mencionada corporación a favor del señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, el veintidós de febrero de dos mil dieciocho, ante el doctor Héctor Cortez Díaz, Notario Setenta y Tres Encargado de Bogotá y protocolizado el quince de marzo de 2018, ante la Notarla Cuadragésima de Quito, Paola Andrade Torres. Protocolización número 20181701040P01795 de la
ciencia se requiere también que concurra la voluntad de mentir. Antijuridicidad La Ley Penal, al sancionar diferentes tipos penales está protegiendo determinados bienes jurídicos; sin embargo pueden presentarse situaciones en las que una conducta, aun siendo típica, no es contraria a derecho porque la misma está amparada
por una causa de justificación previamente contemplada en el COIP, constituyen excluyentes de la antijuridicidad: El estado de necesidad, la legitima defensa, el cumplimiento de orden legitima y expresa de autoridad competente o el cumplimiento de un deber legal. Culpabilidad El autor Nódier Agudelo
Un ordenador en cada oficina, en cada casa. Microsoft en cada uno de los ordenadores. B i l l G at e s . Empresario informático EE.UU. copia certificada del Poder General otorgada por el señor JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, en calidad de representante legal de la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S, a favor del señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ. Peticionario: Doctor Michael Veintimilla Ambrosi debidamente autorizado por la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S. Trámite: Especial Cuantía: Indeterminada EXTRACTO PUBLICACIÓN DEL PODER GENERAL OTORGADO POR EL SEÑOR JAIRO ANTONIO RODRÍGUEZ TAYLOR, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., A FAVOR DEL SEÑOR IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ. PRIMERA: COMPARECIENTE.Comparece al otorgamiento de este instrumento público, la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., (en adelante Multivac o la Mandante), legal y debidamente representada por el señor JAIRO ANTONIO RODRIGUEZ TAYLOR, en su calidad de Representante Legal. El compareciente es ciudadano de nacionalidad colombiana, mayor de edad, de estado civil casado, de profesión Ingeniero Industrial, domiciliado en la ciudad de Bogotá, legalmente capaz para contratar y obligarse cual en derecho se requiere. SEGUNDA: ANTECEDENTES.2.1. La compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., es una empresa constituida bajo las leyes de la República de Colombia, que se dedica a la importación y comercialización de maquinaria para procesos de producción y empaque, consumibles y repuestos. 2.2. Es deseo de MULTIVAC, en lo posible, el concretar ciertos negocios en la República del Ecuador. 2.3. La Junta general de Accionistas de la compañía MULTIVAC, celebrada el día Veintitrés (23) de Septiembre del año dos mil Trece, resolvió autorizar la emisión de un PODER GENERAL a favor del señor IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, de nacionalidad colombiana, cédula colombiana número 80.063.860, de estado civil casado para que en nombre y representación de
MULTIVAC, realice en el Ecuador ciertos actos a nombre de la compañía referida. TERCERA: PODER GENERAL.- Con este antecedente, la compañía CORPORACIÓN MULTIVAC S.A.S., legal y debidamente representada por el señor JAIRO ANTONIO RODRIGUEZ TAYLOR, tiene a bien otorgarle como en efecto otorga, PODER GENERAL, amplio y suficiente, cual en derecho se requiere, a favor del señor IVAN DARIO DAZA RODRIGUEZ, de nacionalidad colombiana, cédula colombiana número 80.063.860, para que realice, a nombre de la Multivac, los siguientes actos y contratos: a) Actuar como factor de comercio a nombre de la Mandante, teniendo las facultades previstas en los artículos 120 y siguientes del Código de Comercio de Ecuador; b) Representar los Intereses de la Mandante en la administración de sus negocios en Ecuador, para lo cual podrán comprar, vender, ceder, permutar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de cosas, tanto muebles como raíces, acciones bonos y valores mobiliarios, firmando los correspondientes traspasos; firmar contratos de compraventa con o sin reserva de dominio; cobrar y percibir cuanto se le adeude a la Mandante por cualquier concepto, firmar recibos y otorgar cancelaciones; celebrar contratos de promesa, de seguro, de confección de obra material, de trabajo, de mutuo, de depósito y de préstamo; constituir, aceptar, posponer y levantar hipotecas, servidumbres y otros derechos reales; constituir, aceptar y cancelar prendas de cualquier especie, en especial, podrán aceptar o constituir prendas industriales o gravámenes de cualquier otra especie; constituir, aceptar y levantar fianzas , deudas solidarias y otras formas de garantías; instituir y aceptar cesiones, celebrar contratos de cuentas corrientes con instituciones bancarias, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, de depósito o de crédito o de ahorro, girar y sobregirar en ellas; contratar créditos en cuenta corriente y toda clase de préstamos, mutuos, avances, con letras, sobregiros, pagarés; aceptar saldos en cuenta
AVISO DE ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA ALEANDS INDUSTRIA METALMECANICA CIA. LTDA EN LIQUIDACIÓN En atención a lo determinado en el Art. 393 de la Codificación a la Ley de Compañías, se notifica a los acreedores que la Compañía ALEANDS INDUSTRIA METALMECANICA CIA. LTDA EN LIQUIDACIÓN, para que, en el término de veinte días contados desde la tercera y última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten sus derechos en la dirección de la Empresa ubicada en la calle Cruz del Sur S2-405 y los Planetas en Alangasi camino al Tingó. Transcurrido el termino antes indicado se tomará en cuanta solamente a los acreedores que hayan probado su calidad de tales. Quito, 28 de marzo del 2018 Ing. ALEJANDRO MALDONADO GARCIA LIQUIDADOR
P AR/108403/AT
corriente, retirar talonarios de cheques, girar, suscribir y afianzar, aceptar, endosar, avalar, cobrar, pagar, protestar, prorrogar, revalidar, reaceptar y cancelar letras de cambio, libranzas, pagarés, cheques y toda clase de documentos y efectos de comercio; adquirir acciones o participaciones en sociedades legalmente constituidas en el Ecuador y/o el exterior, así como participar en la constitución de nuevas compañías sean estas afines o no al giro ordinario del negocio de la Mandante; c) Representar a la Mandante en todos sus negocios jurídicos que surtan efecto en el Ecuador, y cumplir las obligaciones que ésta haya contraído. Podrán participar a nombre de la Mandante en procesos licitatorios convocados por empresas públicas o privadas, presentar ofertas, modificarlas y suscribir todos los documento necesarios, a fin de concretar nuevos negocios para la Mandante en el Ecuador; d) Representante legal, judicial y extrajudicialmente a la Mandante en el Ecuador, a fin de que puedan presentar y contestar demandas en juicios civiles, laborales, comerciales, administrativos, penales, entre otras cosas. Actuar como terceristas en los casos en que puedan verse afectados los intereses de la Mandante. Para ello, podrán otorgar poderes de procuración judicial a favor de abogados en libre ejercicio, sin limitación de ninguna clase; e) Representar a Multivac ante las autoridades gubernamentales, provinciales, así como ante cualquier otra entidad o autoridad pública; f) Comparecer ante las oficinas del Servicio de Rentas Internas del Ecuador, a fin de actualizar los datos constantes en el registro único de contribuyente (RUC) de Multivac en el Ecuador, a fin de que conste, cualquier de ellos, como su representante ante esta entidad, y para cumplir con las obligaciones tributarlas que esta tenga en el Ecuador. Podrá suscribir y/o firmar cualquier documento que requieran las autoridades para el normal funcionamiento de la Mandante. La presente enumeración no se entenderá taxativa sino meramente ejemplificativa, de forma que el apoderado tendrá las más amplias facultades para representar los Intereses de la Mandante en el Ecuador. La duración del presente poder es Indefinida. Firmas: JAIRO ANTONIO RODRIGUEZ TAYLOR como otorgante y representante legal de Corporación Multivac S.A.S. IVÁN DARIO DAZA RODRÍGUEZ, como aceptante, número de cédula de ciudadanía colombiana 80.063.860
Betancur en su obra, Curso de Derecho Penal “El Esquema Dogmático del Delito” página 136 dice:”La culpabilidad está concebida como el reproche que se hace al sujeto imputable, que ha obrado de manera típicamente dolosa o culposa y con antijuridicidad; tal reproche se hace al individuo porque no se comportó conforme al derecho habiéndolo podido respetar”.
RAZÓN: En atención al pedido formulado que antecede y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 29 del artículo 18 de la Ley Notarial, se dispone la publicación del extracto, por tres días en uno de los periódicos de mayor circulación en el domicilio de la compañía, para su aprobación e inscripción en el Registro Mercantil. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes. Quito, 26 de Marzo de 2018 DRA. PAOLA ANDRADE TORRES NOTARIA CUADRAGESIMA DE QUITO Hay firma y sello PAC109959fa
DIVORCIOS UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: FERNANDO NICOLAS LUZARRAGA PUGA JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL NRO. 17204-2017-04071 ACTORA: ARELIS DANIELA LOZADA LOPEZ DEMANDADO: FERNANDO NICOLAS LUZARRAGA PUGA CUANTÍA: INDETERMINADA AUTO: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, 12 de septiembre del 2017, a las 09h56.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, en virtud del sorteo de ley, y conforme la Resolución No. 1992013 del Pleno del Consejo de la Judicatura, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 195, de 05 de marzo de 2014.Incorpórese al proceso el escrito que antecede, puesto en mi conocimiento en esta fecha.- En lo principal, por cuanto el accionante ha cumplido lo ordenado en auto inicial, la demanda que precede reúne los requisitos de Ley, por lo que se la admite al procedimiento sumario; en consecuencia: 1) Cítese con el contenido de la demanda y auto que antecede, al señor FERNANDO NICOLÁS LUZARRAGA PUGA,
en el lugar señalado por la actora, para efectos de la citación la parte accionante de forma inmediata provea las copias necesarias para la misma, hecho lo cual por Secretaría remítase suficiente despacho; advirtiéndole al demandado que debe comparecer a juicio, contestar la demanda en el término de quince días conforme lo dispone el artículo 333, numeral 3 ibídem, cumpliendo además con lo ordenado en los artículos 151 y 152 del citado cuerpo legal, y que en caso de no hacerlo se procederá en rebeldía.- 2) Una vez citado el demandado en legal y debida forma, la audiencia única se señalará de conformidad con el artículo 333.4 del Código Orgánico General de Procesos.- 3) Con relación a la prueba anunciada por la accionante: 3.1) De ser procedente y conforme a derecho se tendrá en cuenta la prueba documental anunciada; 3.2) De ser procedente y conforme a derecho se tendrá en cuenta la prueba testimonial anunciada, de conformidad con los artículos 174, 187 y 188 del Código Orgánico General de Procesos.- Los testigos llamados a declarar serán notificados con base en el artículo 191 ibídem, y comparecerán el día y hora de la audiencia única, bajo prevenciones legales portando sus documentos de identidad; 4) Agréguese al proceso la documentación que acompaña la actora a la demanda.- 5) Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico que señala para sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su abogado defensor.- Actúe el Dr. Edgar Yánez en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.- Cítese y Notifíquese.Fr. Dr. Fabián Espinosa, Juez OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, lunes 22 de enero del 2018, las 11h26, VISTOS: Una vez que la accionante ARELIS DANIELA LOZADA LOPEZ, ha dado cumplimiento a lo requerido en providencia de 09 de enero del 2018, conforme aparece del acta de reconocimiento de firma y rúbrica de 18 de enero del 2018, cítese al demandado señor FERNANDO NICOLAS LUZARRAGA PUGA, con el contenido de la demanda, auto de calificación y este auto, mediante publicaciones por la prensa de conformidad con el artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual por Secretaría confiérase el extracto correspondiente.- Fr.
LLAMADO A ACREEDORES MUJUS EXPORTACIONES ARTESANALES LTDA. EN LIQUIDACION De Conformidad con el artículo 393 de La Ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de la compañía MUJUS EXPORTACIONES ARTESANALES LTDA., que en el término de (20) días contados desde la última publicación de este aviso deberán presentar los documentos que acrediten su derecho como acreedores en las oficinas de la empresa ubicadas en E13-140 Av. José Félix Barreiro, San Isidro del Inca. Transcurrido el término arriba mencionada, se tomara en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su derecho en dicho término y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación. ATENTAMENTE ANDREA JOY LARSON LIQUIDADORA MUJUS EXPORTACIONES ARTESANALES LTDA. EN LIQUIDACION
PAP/70283/AS
Dr. Fabián Espinosa, Juez Lo que comunico a usted Y LE CITO previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones. Dr. Edgar Yánez Vaca Secretario Hay firma y sello PAC109778fa
MENORES R. del E. JUZGADO PRIMERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA DEL CANTON QUITO, AL PUBLICO EN GENERAL, LES HAGO CONOCER LO SIGUIENTE: EXTRACTO JUDICIAL: ACTORA.- HERRERA TITUAÑA OLGA SUSANA DEMANDADO.QUISHPE SANGUÑA RICHARD JAVIER JUICIO.- INCIDENTE DE AUMENTO DE PENSIONES ALIMENTICIAS (17951-20110219) JUEZA.-JUZGADO PRIMERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA PROVIDENCIA: JUZGADO PRIMERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 6 de marzo del 2018, las 08h27. En lo principal y revisado que ha sido los recaudos procesales, por cuanto la señora HERRERA TITUAÑA OLGA SUSANA, ha declarado, que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia, y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar, al demandado QUISHPE SANGUÑA RICHARD JAVIER, por lo expuesto; de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56, numeral 2, inc. 2, del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE, al señor QUISHPE SANGUÑA RICHARD JAVIER, portador de la cédula de ciudadanía número 1722916796, esto es mediante tres publicaciones que se harán en fechas distintas, en uno de los diarios de mayor
circulación de la provincia de Pichincha. Advirtiéndole al demandado que debe comparecer a juicio, señalar domicilio judicial y/o dirección del correo electrónico, y anunciar las pruebas respectivas conforme dispone el inciso final del Art. Innumerado 34 de la Ley Reformatoria al Título Quinto, Libro Segundo del Código de la Niñez y Adolescencia; en concordancia con las Disposiciones Transitorias Primera, del Código Orgánico General de Procesos, en caso de no comparecer se procederá en rebeldía. Se envía el extracto para la publicación al casillero Nro.- 6049, para los fines consiguientes .NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE f).SERRANO CHICAIZA VANESSA, JUEZA; Lo que comunico a usted para los fines de ley. ABG. KARINA PUNGUIL RECALDE SECRETARIA Hay firma y sello PAR/108443/AT
EJECUTIVOS CASILLA 827 EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: GARCIA POZO EDWIN PATRICIO, CRUZ VÁSQUEZ MARIO FABIÁN; y, CRUZ VASQUEZ PATRICIA ANAHI JUICIO: EJECUTIVO No. 172302017-00045 CUANTIA: 9402,22 USD ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A ( IVAN ALBERTO RACINES ENRIQUEZ PROCURADOR JUDICIAL ) DEMANDADOS: GARCÍA POZO EDWIN PATRICIO, CRUZ VÁSQUEZ; y, CRUZ VÁSQUEZ MARIO FABIÁN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 9 de enero del 2017, las 12h53.- VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito; y, en
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE SOCIOS DE CONTABILIDAD Y AUDITORIA INTEGRAL CONAUDIN CIA. LTDA. Se convoca a la Junta General de socios de la empresa Conaudin Contabilidad y Auditoria Integral Cia. Ltda. que se realizará el día 13 de abril del 2018, a las 17:30 en el local de la empresa ubicada en la 18 de septiembre E4-76 y Amazonas Edificio Álamo 4to. Piso oficina 401, de la Ciudad de Quito, provincia de Pichincha, 1. Conocer y resolver sobre el informe presentado por el Gerente de la empresa nombre de la Administración 2. Conocer y resolver sobre el Balance General, Estado de Pérdidas y Ganancias correspondientes al año 2017 3. Resolver sobre los resultados del ejercicio. 4. Nombramiento de Gerente y Presidente de la empresa. Los informes de Administración y Balances General y Estado de Perdidas y Ganancias y sus anexos correspondientes al ejercicio del año 2017, se encuentran a disposición de los señores Socios. Quito, 2 de abril del 2018. Ing. Consuelo Vinueza N. Presidente P AR/108442/AT
virtud del sorteo electrónico de ley, que precede.- La demanda presentada por el Dr. Iván Alberto Racines Enríquez y el Dr. Diego Francisco Larrea Alarcón en calidad de Procuradores Judiciales del Dr. Jaime Manuel Flor Rubianes Representante Jurídico y Legal del Banco Pichincha C.A., como acredita con el instrumento público que acompaña, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 8 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- En consecuencia, los demandados señores: GARCÍA POZO EDWIN PATRICIO y CRUZ VÁSQUEZ PATRICIA en calidad de deudores principales; y, CRUZ VÁSQUEZ MARIO FABIÁN en calidad de deudor solidario, en el término de QUINCE (15) días, contesten a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a los demandados señores: GARCÍA POZO EDWIN PATRICIO y CRUZ VÁSQUEZ PATRICIA en calidad de deudores principales; y, CRUZ VÁSQUEZ MARIO FABIÁN en calidad de deudor
Todo el mundo se imagina distinto a como es. Si no fuera así, nadie tendría bastante paciencia para soportarse a sí mismo. J oa n F u s t e r . Escritor español. solidario, en el lugar señalado en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 53 y siguientes del COGEP. Para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la negativa a derivar la presente demanda a Mediación, para los fines legales pertinentes. Regístrese el casillero judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones; así como, la calidad en la que comparece y la autorización conferida a sus defensores técnicos.Actúe el Dr. Francisco Vásquez en calidad de Secretario (E) de esta Unidad Judicial, mediante acción de personal No. 10020-DP17-2016, de fecha 16 de noviembre de 2016.NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 12 de marzo del 2018, las 11h12, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede, ateniendo el mismo.- Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de los demandados, se dispone: CÍTESE, a los demandados GARCIA POZO EDWIN PATRICIO, CRUZ VÁSQUEZ MARIO FABIÁN; y, CRUZ VASQUEZ PATRICIA ANAHI, mediante tres publicaciones
Quito, 2 de abril del 2018
CONVOCATORIA De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 10 de los Estatutos de la Compañía y en los Artículos 235 y 236 de la Ley de Compañías, convoco a los Accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO MANUEL BURBANO S.A. a la Junta General Ordinaria de Accionistas; la misma que tendrá lugar el día miércoles 18 de Abril de 2018, a las 16:00 en su local ubicado en Puembo, Calle Tobar García No.OE-491 Referencia: frente a las tripas del Chiche, Distrito Metropolitano de Quito, para tratar y resolver el siguiente orden del día. 1. Elección del señor Presidente para el periodo 2018-2021 2. Elección del señor Gerente General para el periodo 2018-2021. Se convoca de manera especial e individualmente al Sr. Basurto Arauz Luis José Comisario Principal de la Compañía. Atentamente, Sr. Hidalgo Collaguazo Alfonso Nicolás Presidente Cía. Manuel Burbano S.A. P AR/108438/AT
en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAC109973fa R. DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: YEROVI DE GUZMAN FELIPE ACTOR: DR. DIEGO FRANCISCO LARREA ALARCÓN, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE PICHINCHA C.A. DEMANDADO: YEROVI DE GUZMAN FELIPE JUICIO: EJECUTIVO. NRO. 17312-2013-0409. CUANTIA: TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTE Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS (US$36.726,52) PROVIDENCIAS JUZGADO DECIMO SEGUNDO
DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, 27 de junio del 2013, las 11h03. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Encargado, según acción de personal Nº 1831-DP-DPP de fecha 29 de Mayo del 2013, las 13h30 y en virtud del sorteo realizado. En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la admite al trámite Ejecutivo.- En consecuencia, el ejecutado FELIPE YEROVI GUZMAN, en el término de tres días, pague el valor adeudado o proponga excepciones de las que se crea asistido. Consecuentemente, cítese al demandado en el lugar indicado en el libelo de demanda, para lo cual envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones a quien se remitirá suficiente despacho. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor así como la designación de su abogado patrocinador. Por licencia concedida a la señora secretaria de esta Judicatura actúe el Dr. Rodrigo Escobar Herrera en calidad de Secretario Encargado mediante acción de personal 1527-DP-DPP de fecha 10 de mayo del 2013. NOTIFIQUESE.CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.SALA CIVIL Y MERCANTIL DE LA CORTE PROVINCIAL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 27 de septiembre del 2017, las 10h04. VISTOS: Para resolver el recurso de apelación interpuesto por el doctor DIEGO LARREA ALARCÓN, procurador judicial del Banco Pichincha C.A., del AUTO DE ABSTENCIÓN, pronunciado por el señor Juez de la Unidad Judicial con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Ángel Patricio Tello Aimacaña, se considera: (…) 4.- DECISIÓN. Por estas consideraciones, se acepta el recurso de apelación, se revoca el auto de abstención venido en grado y se dispone que se devuelva el expediente a la Unidad Judicial de Origen a fin de que el Juez A Quo, previo el juramento que debe rendir el accionante, continúe
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA AGENCIA DE VIAJES JUNGALTUR S.A.
Se convoca a los Señores Accionistas de la Agencia de Viajes Jungaltur S.A. a la Junta General Ordinaria que tendrá lugar el 22 de Abril del 2018 a las 08:00 en el domicilio de la Compañía ubicada en la Av. Amazonas N23-41 y Veintimilla de la ciudad de Quito para conocer y resolver el siguiente orden del día: 1. Conocimiento y resolución del Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados y utilidades de la compañía del ejercicio económico del año 2017 2. Conocimiento y resolución del Informe del Gerente General del ejercicio económico del 2017 3. Conocimiento y resolución del Informe del Comisario del ejercicio económico del 2017. 4. Nombramiento de los Administradores 5. Nombramiento del Comisario 6. Fijación y remuneración de los administradores. Todos los documentos que van a ser objeto de conocimiento y resolución de la Junta General se hallan a disposición de los accionistas en las Oficinas de la compañía Atentamente Lucia Nieto Sevilla Gerente General
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Revista judicial MARTES 3 de ABRIL de 2018 La Hora Quito, ecuador con el trámite del proceso. Sin costas ni honorarios que regular. Notifíquese. f) Dra. María de los Angeles Montalvo Escobar, Jueza (Ponente) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 12 de enero del 2018, las 14h50, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede.- Es obligación fundamental de los jueces verificar la validez procesal, presupuesto sin el cual no cabe pronunciamiento alguno sobre lo principal de la cuestión sometida a su conocimiento.De conformidad a lo dispuesto en el Art. 289 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la providencia de fecha 11 de diciembre del 2017, las 15h43, debiendo reponerse el proceso al estado de que, la reforma a la demanda presentada por el Dr. Diego Francisco Larrea Alarcón, en su calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C. A., es clara, precisa y reúne los requisitos legales, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 70 del Código de Procedimiento Civil, se la admite a trámite, con costas a cargo de la parte actora, en consecuencia, con el contenido de la demanda, calificación de la misma, reforma a la demanda y esta providencia, cítese al demandado señor YEROVI DE GUZMAN FELIPE, por la prensa, mediante tres publicaciones, en un diario de mayor circulación, editado en esta ciudad de Quito, al efecto confiérase el extracto respectivo; en consecuencia, el demandado señor YEROVI DE GUZMAN FELIPE, en el término de tres días y bajo prevenciones de Ley, cumpla con la obligación demandada o dentro del mismo término, proponga excepciones bajo prevenciones legales.Téngase en cuenta el casillero judicial y correos electrónicos señalados por la parte accionante para recibir futuras notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogada defensora.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Angel Tello, Juez Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones. DR. JUAN FRANCISCO JUSTICIA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC109972fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MIGUEL ANGEL QUISHPE PASTUÑA y MARÍA ERCILIA VEGA TOAQUIZA. ACTOR: DR. DIEGO ALARCÓN, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: MIGUEL ANGEL QUISHPE PASTUÑA y MARÍA ERCILIA VEGA TOAQUIZA. TRAMITE: EJECUTIVO CUANTÍA: USD 6.000.00 JUICIO No. 17230-2015-0488 “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDES EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 26 de enero del 2015, las 16h20. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez Titular la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la admite a trámite, en juicio ejecutivo establecido
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en los Art. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil .-En consecuencia, se dispone que la demandada MARIA ERCILIA VEGA TOAQUIZA, en su calidad de deudor principal, pague lo adeudado o proponga todas las excepciones de las que se creyere asistido, en el término de tres días.- Cítese a la demandada en la direccion señalada en esta Ciudad de Quito Provincia de Pichincha .- Incorpórense a los autos la documentación adjunta.-Tómese nota de la cuantía, el casillero judicial y electrónica señalada por el Actor, para sus notificaciones posteriores, así como el nombramiento y autorización manifestados a favor de su Defensor. NOTIFÍQUESE”.- f).Dr. Luis Fernando Landazuri Salazar, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDES EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 21 de noviembre del 2016, las 10h09. Agréguese al proceso el escrito presentado. De conformidad con el Art. 130 del Código de Procedimiento Civil numeral 8, téngase en cuenta que el señor Miguel Ángel Quishpe Pastuña , es demandado dentro del presente juicio, en consecuencia, se dispone, pague lo adeudado o proponga todas las excepciones de las que se creyere asistido, en el término de tres días,.- Cítese a los demandados en la direcciones señaladas. NOTIFIQUESE. f).- Luis Sebastián Saltos Pinto, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDES EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 21 de septiembre del 2017, las 14h58. Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia anterior, atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los señores QUISHPE PASTUÑA MIGUEL ANGEL y VEGA TOAQUIZA MARIA ERCILIA, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- NOTIFIQUESE.” f).- Luis Sebastián Saltos Pinto, Juez. Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Víctor Geovanny Reyes Chulde S E C R E TA R I O U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC109971fa EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: señora PAVON BENALCAZAR ROSA TARCILA JUICIO: 17304-2013-1027 TRAMITE: EJECUTIVO ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. D E M A N DA D O : FREIRE MALDONADO JAIME PATRICIO, PAV O N B E N A LCA ZA R MARIA FERNANDA y PAVON BENALCAZAR ROSA TARCILA CUANTIA: USD.16.000,00 JUEZ: Dr. CHINDE CHAMORRO RICHARD WILMER. SECRETARIA: ABG. ANDREA MALDONADO PAREDES AUTO DE CALIFICACION JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 2 de diciembre del 2013, las 09h23.- VISTOS.- Avoco cono-
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Revista judicial C4
MARTES 3 de ABRIL de 2018 La Hora Quito, ecuador
cimiento de la presente causa, en calidad de Juez Cuarto de lo Civil de Pichincha, según acción de personal No. 2922 DNP de 25 de julio del 2012.Actúe la Secretaria encargada, en virtud del sorteo realizado, la competencia de esta causa, se ha radicado en esta Judicatura.- La demanda que por cobro de dinero presenta BANCO PICHINCHA C. A., en contra de JAIME PATRICIO FREIRE MALDONADO y ROSA TARCILA PAVON BENALCAZAR BENALCAZR, y MARIA FERNANDA PAVON BENALCAZAR, reúne los requisitos de Ley, en consecuencia, se la admite al trámite correspondiente por la vía ejecutiva, prevista en los Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Con su contenido, y esta providencia, CITESE a JAIME PATRICIO FREIRE MALDONADO y ROSA TARCILA PAVON BENALCAZAR BENALCAZR, y MARIA FERNANDA PAVON BENALCAZAR, en la dirección proporcionada por el demandante para que en el término de tres días, cumplan con la obligación demandada o en igual término formulen las excepciones que se crean asistidos.- Agréguese al proceso la documentación presentada.Regístrese la casilla judicial que señalan el nombrado demandante para recibir sus notificaciones, la Dra..Monica Flor, actualice sus datos en la DNPCJ (información), para que reciba sus notificaciones electrónicas.CITESE Y NOTIFIQUESE.-. f) DR. ARMANDO ACELDO GUALLI, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 19 de febrero del 2018, las 15h54, En lo principal y una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en providencia de fecha viernes 2 de febrero del 2018, a las 11h48 , una vez que ha declarado bajo juramento la parte actora respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia de los demandados, se dispone cítese con el extracto a la señora PAVON BENALCAZAR ROSA TARCILA, con el auto inicial y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, que se editan en esta ciudad, por Secretaria confiérase el respectivo extracto. Actúe como Secretaria de esta Unidad, la Ab Andrea Maldonado mediante Acción de Personal No. 3627-DP-172016-MP de fecha 23 de mayo del 2016. NOTIFÍQUESE. f) DR. CHINDE CHAMORRO RICHARD WILMER, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Ab Maldonado Paredes Andrea Carolina SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC109950fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA R. del E. Al señor FERNANDO CARLOS VILLACIS VINCENS DENTRO DEL JUICIO: EXTRACTO JUDICIAL: ACTOR: DRA. MÓNICA JACQUELINE FLOR PAZMIÑO PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A DEMANDADO: FERNANDO CARLOS VILLACIS VINCENS JUICIO: 17308-2013-1038
TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTÍA: USD $ 6.500,000 (SEIS MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA JUEZ: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE, EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA PROVIDENCIAS: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Quito, miércoles 8 de enero del 2014, las 12h04. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez encargado de esta Judicatura, mediante acción de personal No. 4959-DP-DPP de 9 de octubre del 2013.- En lo principal, la demanda que antecede propuesta por la Dra. Mónica Jacqueline Flor Pazmiño, en la calidad en la que comparece como se desprende del documento adjunto es clara, completa y reúne los requisitos determinados por la Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite Verbal Sumario conforme lo determina el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia cítese con el contenido de la demanda y presente providencia al demandado señor FERNANDO ARLOS VILLACIS VINCES, en la dirección señalada para el efecto depréquese a uno de los señores Jueces de lo Civil del Cantón Rumiñahui.Incorpórese al proceso la documentación adjunta.-Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por el actor para sus futuras notificaciones, así como la autorización dada a sus abogados defensores para que suscriba los escritos necesarios.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.f) DR. CRISTOBAL OJEDA, JUEZ ENCARGADO. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 21 de febrero del 2018, las 15h14, VISTOS: Reasumo la competencia de la presente causa por haberme reintegrado a mis funciones. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Atento el juramento rendido por la Dra. Mónica Jacqueline Flor Pazmiño en calidad de Procuradora Judicial del BANCO PICHINCHA C.A; y de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena CITAR al demandado señor FERNANDO CARLOS VILLACIS VINCENS por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación y que se editan en la ciudad de Quito.- Al efecto, confiérase el extracto respectivo. Actúa en calidad de Secretario Encargado de esta Unidad Judicial Civil el Ab. Jorge Chimarro.NOTIFÍQUESE.- f) DR. CARLOS WILFRIDO NARANJO BORJA, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley. ABG. JORGE CHIMARRO SECRETARIO ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC109948fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: LUIS ENRIQUE FIALLOS CAZCO JUICIO No. 17230-2014-2197. ACTOR: BANCO DEL PICHINCHA C.A. FLOR PAZMIÑO MÓNICA JACQUELINE (PROCURADORA JUDICIAL) DEMANDADO: LUIS ENRIQUE FIALLOS CAZCO TRAMITE: VERBAL SUMARIO ACCION: VALES CONSUMO DE TERJETAS DE CREDITO CUANTIA: USD$.5.000.00
JUDICIAL QUITO
(CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTDOS UNIDOS DE AMÉRICA) CASILLA JUDICIAL: 3121 JUEZ PONENTE: DRA. RODAS SÁNCHEZ SILVIA KARINA PROVIDENCIAS. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, Jueves 11 de diciembre del 2014 las 1053. Quito, VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Jueza Primera de lo Civil de Pichincha, mediante Acción de Personal N° 7332-DNTH-2014, de fecha 23 de Septiembre del 2014.- En vista de la razón de sorteos que antecede. En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que de conformidad a lo previsto en los Arts. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acepta a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, con la demanda presentada y providencia que antecede, córrase traslado al señor LUIS ENRIQUE FIALLOS CAZCO.- Cítese al demandado en el lugar que se indica, para lo cual envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la Dra. Mónica Flor.- Tómese en consideración la cuantía determinada en la demanda, así como también el casillero judicial Nª 3121.- Agréguese al proceso la documentación que se adjunta.- NOTIFÍQUESE.- F) DRA. ROCIO JAQUELINE AYALA REYES, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 14 de febrero del 2018, las 16h13. Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de Acción de Personal No. 2068-DP17-2018 de fecha 14 de febrero del 2018.- En base al Principio de Celeridad Procesal establecido en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y con fundamento en el juramento rendido por el actor en el sentido de que le ha sido imposible determinar la residencia de la parte demandada y de conformidad con el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos , se dispone citar a LUIS ENRIQUE FIALLOS CAZCO a través de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, con un extracto de la demanda, auto de calificación y esta providencia, por Secretaría elabórese y extiéndase el extracto correspondiente.- NOTIFIQUESE.F) Dr. Naranjo Borja Carlos Wilfrido, Juez. Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial y correo electrónico Ab. Julieta Silvana Iza Altamirano SECRETARIA Hay firma y sello PAC109949fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
Todo método consiste en el orden y disposición de aquellas cosas hacia las cuales es preciso dirigir la agudeza de la mente.
R e n é D e s ca r t e s .
Filósofo y científico francés. CITACION JUDICIAL A: MARIA VIRGINIA FREIRE URQUIZO ACTOR: PRODUCCION S.A PRODUBANCO DEMANDADA: MARIA VIRGINIA FREIRE URQUIZO TRAMITE: MONITORIO ASUNTO: OTROS JUICIO No. 17230-2017-06254 CUANTIA: USD. 5.545,13 Juicio No. 17230-2017-06254 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 16 de mayo del 2017, las 16h30.- VISTOS: En virtud del sorteo avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha.- En lo principal, se considera: PRIMERO: La demanda presentada por el Dr. ALVARO SANTIAGO PAEZ BENALCAZAR, en calidad de procurador judicial del Dr. JORGE IVAN ALVARADO CARRERA, Secretario Generalprocurador judicial del Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO, conforme lo acredita con los documentos adjuntos, es clara, precisa y cumple con los requisitos determinados en los Arts. 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), y está fundamentada en un documento previsto en el numeral 1 del Art. 356 ibídem; por lo que, se la admite a trámite mediante procedimiento monitorio.SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el Art. 358 del COGEP, se dispone que la demandada señora MARIA VIRGINIA FREIRE URQUIZO, en el término de QUINCE (15) días contados a partir de la citación, pague la obligación demandada por concepto de pago de contrato de emisión de tarjeta de crédito MasterCard-Produbanco por el valor de USD $5.545,13 (CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON TRECE CENTAVOS), o proponga las excepciones de las que se crea asistido. Bajo la prevención de que, en caso de no comparecer dentro del término concedido o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del Art. 358 del COGEP que ordena: “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución, (…)”; caso en el cual, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 360 ibídem,
además se deberán cancelar el máximo interés convencional y de mora, calculado a la tasa fijada por el organismo regulador del sistema monetario y financiero, que se generen desde la citación con la demanda, valores que serán liquidados pericialmente.- TERCERO: CÍTESE con el contenido de la demanda, y este auto interlocutorio de pago a la demandada en el lugar que se indica en el libelo, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 y siguientes del COGEP; previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina correspondiente.- CUARTO: Considérese el anuncio de prueba realizado en la demanda, para lo cual se observará lo previsto en el Art. 359 ibídem, en el evento de que se formule oposición.- QUINTO: Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda; téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial y electrónica señalada por la parte actora para sus notificaciones y la autorización que confiere a su abogado patrocinador.- Actué la Dra. María Isabel Solano, en calidad de Secretaria de ésta Unidad Judicial Civil.NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- f) Dra. Carmen Romero Ramírez.Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 23 de febrero del 2018, las 11h50, En mérito del juramento rendido y a lo manifestado por la parte actora, se ordena la citación de MARIA VIRGINIA FREIRE URQUIZO, con el contenido de la demanda, auto inicial y el presente, por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en el cantón Quito, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Carmen Romero Ramírez.- Jueza Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, (Ecuador), para posteriores notificaciones.Dra. María Isabel Solano Camacho SECRETARIA Hay firma y sello PAC109952fa R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUI IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
LLAMADO A ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA IGOSPAMBA SERVICIOS S.A. EN LIQUIDACIÓN De conformidad con el artículo 393 de la Ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de la compañía IGOSPAMBA SERVICIOS S.A. EN LIQUIDACIÓN, que en el término de veinte (20) días contados desde la última publicación de este aviso deberán presentar los documentos que acrediten su derecho como acreedores, en las oficinas de la empresa ubicadas en el Edificio Rosanía, Av. República del Salvador N34-399 e Irlanda, Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha.
(COGEP) CITACIÓN JUDICIAL A: POVEDA RICAURTE CESAR GUALBERTO y VIVANCO MACIAS IVONNE DEL PILAR EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-201711340 Actor: Banco Pichincha C.A. Por Intermedio De Su Procurador Judicial Luis Emerson Guevara Torres Demandado: Poveda Ricaurte Cesar Gualberto Tipo/Acción: Ejecutivo-Cobro de Pagare a la Orden Cuantía: $7.015,23 Inicio: 17 de Agosto del 2017 Defensor: Ab. Luis Emerson Guevara Torres Casillero: 3485 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 21 de agosto del 2017, las 15h54. VISTOS: Avoco conocimiento de la causa mediante acción de personal No. 7903-DNTH-2015 -KP de 2 de junio del 2015, en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- En lo principal, la demanda presentada por BANCO PICHINCHA C.A. por intermedio de su PROCURADOR JUDICIAL LUIS EMERSON GUEVARA TORRES, conforme lo acredita con la documentación adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el
artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código. En consecuencia, se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo y se ordena la citación a la parte demandada POVEDA RICAURTE CESAR GUALBERTO y VIVANCO MACIAS IVONNE DEL PILAR, en los domicilios señalados en el libelo de demanda, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto de calificación, debiendo remitirse las boletas de citación a la oficina correspondiente (El peticionario prestará las facilidades necesarias), a fin de que se cite a la parte demandada en la forma prevista por los artículos 54 y 55 del COGEP. En aplicación a lo dispuesto en los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda conforme lo determina el artículos 351 último inciso del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, conforme lo determina el artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora en su escrito de demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 22 de marzo del
2018, las 12h08.- Una vez que se ha dado cumplimiento con el auto de sustanciación que antecede, cítese a la parte demandada POVEDA RICAURTE CESAR GUALBERTO y VIVANCO MACIAS IVONNE DEL PILAR, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para cuyo efecto por intermedio de Secretaría de esta Unidad, confiérase el extracto correspondiente conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos COGEP. NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico. AB. VERONICA MENA T. SECRETARIA Hay firma y sello PAC109957fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: AL PUBLICO EN GENERAL ACTOR: JORGE ERNESTO LOACHAMIN GUANOLUISA DEMANDADOS: DR. MAURICIO ESTEBAN RODAS ESPINEL, ALCALDE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DR. ROMULO ANTONIO GARCIA SOSA PROCURADOR SINDICO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO JUICIO EJECUTIVO: 172332017-02487 CASILLERO JUDICIAL: No2433 ABOGADO: DR. GUSTAVO JAVIER CORDOVA GARCIA
SCHRÉDER ECUADOR S.A.
Convocatoria a Junta General Ordinaria de Accionistas Dando cumplimiento a los estatutos y a las disposiciones legales pertinentes, se convoca a los accionistas de la compañía SCHRÉDER ECUADOR S.A., y en forma especial al Comisario de la compañía, Ing. William Asanza, a la Junta General Ordinaria que se realizará el próximo viernes 13 de abril del 2018, a las 11h00 en las oficinas de la empresa, ubicadas en Av. Juan de Selis OE1-183 y Av. Galo Plaza Lasso, para conocer y resolver el siguiente Orden del Día: 1. Conocimiento y resolución del Informe de Gerente General; 2. Conocimiento y resolución sobre el Informe de Comisario; 3. Conocimiento y resolución sobre el informe de auditoría externa por el año terminado al 31 de Diciembre del 2017; 4. Conocimiento del informe del Directorio; 5. Conocimiento y resolución del Balance General y Estado de Resultados terminados al 31 de Diciembre del 2017; 6. Conocimiento y resolución acerca de la distribución de utilidades del ejercicio fiscal 2017; 7. Designación de Comisario y Auditores Externos para el ejercicio fiscal 2018; 8. Conocimiento del presupuesto para el año 2018; 9. Conocimiento y resolución sobre la elección de Presidente de la Compañía; 10. Conocimiento y resolución sobre la elección de Directores Principales y Suplentes; 11. Conocimiento y resolución sobre la Reforma y Codificación de los Estatutos de la Compañía; 12. Conocimiento y resolución sobre la marcha de la compañía.
Transcurrido el término arriba mencionado, se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su derecho en dicho término y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía, con la debida justificación.
La documentación pertinente, se encuentra a disposición de los señores accionistas en las oficinas de la empresa.
Atentamente,
Ing. Roberto Guerra Jarrín Gerente General
Alonso Arturo Espinoza Romero LIQUIDADOR IGOSPAMBA SERVICIOS S.A. EN LIQUIDACIÓN
Quito D.M., 3 de abril del 2018 P AR/108392/AT
P AR/108435/AT
FUNDAMENTO LEGAL: ART. 289 DEL ORGANICO GENERAL DE PROCESOS CUANTIA: $ 111.350,00 “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUTIO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 20 de marzo del 2018, las 09h20, VISTOS: La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados Mauricio Esteban Rodas Espinel en su calidad de Alcalde del Ilustre Municipio del Distrito Metropolitano de Quito; al Procurador Síndico del Ilustre Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, en la persona del Dr. Gianni Frixone Enríquez (actual procurador encargado) en el domicilio señalado; y, a todas las personas que se creyeren con algún derecho sobre el bien inmueble materia de la demanda; para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado, se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual el secretario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. Conforme el juramento rendido por la parte actora, cítese por la prensa a todas las personas que se creyeren con algún derecho sobre el bien inmueble materia de la demanda en la forma que señala el Art. 56 del COGEP.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Inscríbase la demanda en el Registro de
la Propiedad del cantó Quito; para la cual ofíciese como queda indicado a dicha entidad.- Le desistimiento realizado al acceso de la prueba judicial se atenderá en el momento procesal oportuno.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-” f) DRA. ESTEFANIA CARLA ENRIQUEZ SALTOS-JUEZA Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones. ABG. MAYRA LISBETH GUERRA PORTERO SECRETARIA Hay firma y sello PAC109955fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO PROCEDIMIENTO COGEP JUEZ PONENTE: DR. EDISSON LOPEZ TAPIA. CITACION JUDICIAL Se le hace saber a: DIEGO ANDRADE UBIDIA; que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en Proceso CONCURSAL, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: ACTOR: BERMEO SAMANIEGO MIGUEL ENRIQUE. D E M A N DA D O/S : D I EG O ANDRADE UBIDIA. CAUSA No.: 17230-201800892. MATERIA: CIVIL. TIPO: CONCURSAL. ACCION: CONCURSO DE ACREEDORES. CUANTIA: “ONCE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES AMERICANOS CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR (USD 11.142,51)”. PRETENSION: “Que con los antecedentes expuestos, invocando mi calidad de acreedor preferente del deudor DIEGO ANDRADE UBIDIA, acudo ante Usted señor Juez para lo siguiente: 1.- A la declaratoria de haber lugar a la formación del con-
curso de acreedores del indicado deudor DIEGO ANDRADE UBIDIA, y como lo dispone el Art 414 del Código General de Procesos; 2.- Que se convoque a los pretensos acreedores a la Junta de Acreedores señalando para el efecto día y hora; 3.- Que se califique la insolvencia del deudor DIEGO ANDRADE UBIDIA y como existen presunciones de fraude se lo enjuicie penalmente, para lo cual se remitirá copia de todo lo actuado a la Fiscalía Distrital de Pichincha; 4.- Para precautelar que se cumpla con la obligación que tiene el deudor DIEGO ANDRADE UBIDIA, portador de la cedula de identidad No 1707503270, se prohíba ausentarse del país, para lo cual se servirá oficiar a las autoridades de Migración de la Policía Nacional del Ecuador o a la Gerencia de Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio; 5.- Hágase saber al deudor DIEGO ANDRADE UBIDIA, que dentro del término de diez días de ser citado con esta demanda, puede oponerse a la insolvencia pagando la deuda; 6.- Se designe SÍNDICO y DEPOSITARIO de los bienes del fallido DIEGO ANDRADE UBIDIA. 7.- Que se disponga la anotación de la insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura. 8.- Se publique en la página web del Consejo de la Judicatura, el auto inicial o de calificación a la demanda; 9.- Se ordene la acumulación de aquellos procesos que contengan obligaciones pendientes en contra del deudor DIEGO ANDRADE UBIDIA; 10.- Se inscriba en el Registro de la Propiedad y Registro Mercantil de este cantón, el auto en el que ordene la formación del concurso necesario; 11.- Reclamo de costas y honorarios; 12.- Todo lo demás que disponga la Ley en estos casos”. AUTO INICIAL DE CONCURSO
Todo en amor es triste, mas, triste y todo, es lo mejor que existe. Ramón
de
C a m p oa m o r .
Escritor y poeta español.
NECESARIO. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 19 de febrero del 2017 a las 15h05.- “VISTOS: Cumplido que ha sido la declaración bajo juramento y por corresponder al estado procesal.- Revisada la demanda, se considera.PRIMERO: Se constata que la solicitud de insolvencia presentada por el señor Miguel Enrique Bermeo Samaniego, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante concurso necesario de conformidad con el Art. 422 ibídem. SEGUNDO: En virtud de la documentación adjunta y su contenido, se presume el estado de insolvencia de la señor DIEGO ANDRADE UBIDIA, de conformidad al Art. 416 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, y, se declara con lugar al concurso necesario, en consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1.- Cítese a la demandada señor DIEGO ANDRADE UBIDIA por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva; 2.- Una vez citado el deudor se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral primero del Art. 424 del COGEP; 3.- Se le requiere al deudor la
presentación de los documentos previstos en el Art. 421 del Código Orgánico General de Procesos; 4.- Se designa como Síndico a Doris Calero (e-mail doris.calero@hotmail.com/ celular 0995857696 a quien se notificará en legal forma, y será la depositaria de los bienes del fallido; 5.- Revisada la documentación certificada adjunta y por no haberse solicitado, no se dispone el embargo de los bienes muebles o inmuebles de propiedad de Diego Andrade Ubidia; 6.- Se dispone la anotación de la insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura; 7.- Se ordena la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura el presente auto; 8.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra de la señor Diego Andrade Ubidia; 9.- Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad y en el Registro Mercantil de este Cantón el presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario; 10.-Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones; 11.- Previo a disponer la prohibición de salida del país el actor proporcione el número de cédula del demandado.TERCERO: Téngase en cuenta el casillero y domicilio judicial designado por la parte accionante y la autorización que confiere a su abogado patrocinador. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dr. EDISSON LOPEZ TAPIA.- JUEZ. Lo que se C I T A para los fines de ley, previéndole a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judi-
SEGUNDA CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA SERVICIOS MÉDICOS ODONTOLÓGICOS SONRIECUADOR S.A.
Junta General Ordinaria de Accionistas PETRO CÓNDOR S.A
De conformidad con lo dispuesto en la ley y otras normas aplicables, se convoca a los(as) señores(as) Accionistas de la Compañía Servicios Médicos Odontológicos Sonriecuador S.A., a sesión de Junta General ordinaria de Accionistas tendrá lugar en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, en la calle Corea N36-121 y Núñez de Vela, Edificio Karolina 2000, sala comunal, el día jueves 12 de abril del 2018 a las 19H30 con el objeto de conocer y resolver sobre la agenda que se incluye a continuación. De manera especial e individual se está convocando, por este medio y al correo electrónico gafergalvez1@hotmail.com, a la Comisaria de la Compañía Ing. Gabriela Fernanda Gálvez Martínez. 1. 2. 3. 4. 5.
Informe del Presidente de la compañía. Informe de Gestión de la Gerencia Conocimiento y Aprobación 2017. Informe de Comisaria Conocimiento y Aprobación 2017. Conocimiento, aprobación y resolución de los Estados Financieros del ejercicio económico 2017, a cargo del contador de la compañía, Ing. Fernando Herrera. Aprobación del Presupuesto 2018.
La junta se celebrará con el número de socios o accionistas que concurran conforme lo establece el Artículo 116 de la Ley de Compañías, Artículo 14 del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas de compañías; y, Artículo 15 de los Estatutos de la compañía. De no contar con el quorum establecido, se procederá conforme lo establece el Artículo 237 de la Ley de Compañías; y, Artículos 7 y 11 del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas de compañías. NOTA: Los balances e informes correspondientes están a disposición de los señores accionistas en la oficina matriz ubicada en la calle Corea N36-121 y Núñez de Vela, Edificio Karolina 2000 a partir del día viernes 23 de marzo del 2018. Ing. Max Cuaical Martínez GERENTE GENERAL
P AR/108453/AT
cial y/o correo electrónico de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. Iván R. Sandoval Campaña. SECRETARIO Hay firma y sello PAC109965fa
Se convoca a los señores accionistas de la empresa PETRO CÓNDOR S.A. a la Junta General Ordinaria de Accionistas, el cual tendrá lugar el día jueves12 de abril de 2018, a las 15H00 pm, en el domicilio de la sociedad: Alpallana E6123 y Antonio Navarro, Edificio Alpallana Real, Primer Piso, Oficina 02. ORDEN DEL DÍA 1. Conocimiento y resolución de los informes de los administradores correspondientes al ejercicio económico del año 2017. 2. Conocimiento y resolución del informe del Comisario correspondiente al ejercicio económico del año 2017. 3. Conocimiento y resolución del Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias correspondientes al ejercicio del año 2017. 4. Aprobación del Presupuesto para el ejercicio económico del año 2018. Atentamente, Cnel. Alberto Cadena Presidente PETRO CÓNDOR S.A P AR/108449/AT
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL JUICIO: EJECUTIVO NUMERO 17230-2017-14113 ACTOR: AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY( PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GUAYAQUIL S.A) DEMANDADO: ESPINOZA M AT E R O N RODOLFO ALEXANDER CUANTIA $ 16,568.02 (DIECISEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO 02/100 ) “UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito jueves 19 de octubre del 2017, las 14h34. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial del Distrito Metropolitano de Quito, en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma. En lo principal, la demanda presentada por el BANCO GUAYAQUIL S.A., por intermedio de su Procuradora Judicial, Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, es clara, precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, la misma se fundamenta en un Contrato de Mutuo, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el artículo 347 ibídem, conteniendo una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo código. En consecuencia, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Cítese al demandado, Señor Rodolfo Alexander Espinoza Materon, en calidad de deudor, en el lugar señalado en la demanda, para cuyo efecto, remítase suficiente despacho a las oficinas de citaciones; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días, comparezca a juicio, conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos señalados por la parte actora para recibir notificaciones, así como la autorización conferida a sus Abogados patrocinadores. Actúe la Ab. Patricia Feijoo en calidad de Secretaria. CUMPLASE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL,
Revista judicial MARTES 3 de ABRIL de 2018 La Hora Quito, ecuador CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. - f). KARINA ALEJANDRA MARTINEZ SALAZAR.- Quito, jueves 8 de marzo del 2018, las 10h57, VISTOS: En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese al demandado, ESPINOZA MATERON RODOLFO ALEXANDER por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.- f) KARINA A L E JA N D RA M A RT I N E Z SALAZAR, JUEZA” Lo que pongo en conocimiento para los fines de ley, advirtiendo de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para posteriores notificaciones. Quito, 20 de marzo del 2017 AB. JOSUE AYALA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL COGEP Hay firma y sello PAR/108412/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO PROCEDIMIENTO COGEP JUEZ PONENTE: DR. EDISSON LOPEZ TAPIA. CITACION JUDICIAL Se le hace saber a: CAIZA FLORES JESSICA BELEN; que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en Proceso EJECUTIVO, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A D E M A N DA D O/S : CA I ZA FLORES JESSICA BELEN. CAUSA No.: 17230-2017-11953. MATERIA: CIVIL. TIPO: EJECUTIVO. ACCION: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN. CUANTIA: “DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 10.000,00)”. PRETENSION: “Que a la demandada se le condene al pago de lo siguiente: 8.1.1.- El capital adeudado es decir, la suma de $5.605,32 (CINCO MIL SEISCIENTOS CINCO CON 32/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)”. 8.1.2.- El Interés convencional fijado en el pagaré a la Orden, hasta la fecha del pago total de la obligación. 8.1.3.- Los intereses de mora calculados obre el capital a la tasa máxima de interés de mora fijada por la junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera (anteriormente por el Directorio del Banco Central del Ecuador), desde la fecha del vencimiento de la obligación, hasta la fecha de pago de la totalidad de la misma. 8.1.4.- Los valores por concepto de seguro de desgravamen, y gestión de gastos de mora. 8.1.5.- Todos los gastos judiciales, extrajudiciales y honorarios profesionales de mis abogados patrocinadores.
C5
AUTO DE CALIFICACIÓN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 12 de septiembre del 2017 a las 16h38.- “VISTOS: Una vez que el actor ha dado cumplimiento al auto de sustanciación inicial, se procede a calificar la demanda.- PRIMERO.CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Una vez revisada la demanda presentada, en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 348 y 349 ibídem, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Ejecutivo, establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP.SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demandada y el presente auto a la parte ejecutada señor CAIZA FLORES JESSICA BELEN, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo; previniéndoles de la obligación que tienen de comparecer y señalar casillero judicial o correo electrónico, a efecto de sus notificaciones.- TERCERO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN.- Conforme lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 días a fin de que la parte ejecutada cumplan con la obligación, formulen oposición, reconvengan o propongan excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 del Código citado.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer.QUINTO.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por el compareciente para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a su Defensor Técnico.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.f) Dr. EDISSON LOPEZ TAPIA.JUEZ. AUTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL
AVISO DE ACREEDORES
De conformidad con el Art. 393 de la LEY DE COMPAÑÍAS, y el Art. 27 del REGLAMENTO SOBRE INACTIVIDAD, DISOLUCION, LIQUIDACION, REACTIVACION Y CANCELACION DE COMPAÑIAS NACIONALES, Y CANCELACION DEL PERMISO DE OPERACION DE SUCURSALES DE COMPAÑIAS EXTRANJERAS, se notifica a los acreedores de la compañía CARTZANY S.A., EN LIQUIDACIÓN para que en el término de veinte días contados desde la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho, en la Urbanización El condado, calle Q N73-68 y Av. A, de la ciudad de Quito, Republica del Ecuador. JESSICA PAOLA RUBIO CASTAÑEL LIQUIDADORA P AR/108411/AT
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
Revista judicial C6
MARTES 3 de ABRIL de 2018 La Hora Quito, ecuador
CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 16 de marzo del 2018 a las 14h09.- “VISTOS: Agréguese el escrito que antecede. 1.- Cítese a la demandada señora CAIZA FLORES JESSICA BELEN por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva conforme el auto de calificación…- NOTIFIQUESE.- f) Dr. EDISSON LOPEZ TAPIA.- JUEZ. Lo que se C I T A para los fines de ley, previéndole a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. Iván R. Sandoval Campaña. SECRETARIO Hay firma y sello PAR/108416/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: JORGE RAFAEL CALERO JÁCOME Y DENISSE MICHELLE NANKERVIS MATEUS.DEMANDADOS: JORGE RAFAEL CALERO JÁCOME Y DENISSE MICHELLE N A N K E RV I S MATEUS.JUICIO No. 17230-2017-10102.TRAMITE: EJECUTIVO. CUANTÍA: VEINTE Y CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. AB. DEFENSOR: DR. MEDARDO OLEAS RODRIGUEZ. OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE CONDENE A LOS DEMANDADOS AL PAGO TOTAL DE LA DEUDA CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN.UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 25 de julio del 2017, las 11h48.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil, con sede en la parroquia Iñaquito del D.M., de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.- En lo principal se considera: La demanda presentada por JOSÉ FRANCISCO PAREDES PEÑA, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro del pagaré a la orden establecido a fs. 1, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Cítese a la parte demandada en la presente causa, señores JORGE RAFAEL CALERO JÁCOME en
calidad de deudor principal y el señor DENISSE MICHELLE NANKERVIS MATEUS en calidad de deudor solidario, en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará copias de la demanda y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe el Abg. Diego Acuña en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F).AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 15 de marzo del 2018, las 16h23, En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a la parte demandada señores JORGE RAFAEL CALERO JACOME y DENIDDE MICHELLE N A N K E RV I S MATEUS, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFIQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/108432/AT R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: VICTOR HUGO ESTRELLA DIAZ con CI. 0601366552 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, la Ab. NARANJO MORA MARIA EUGENIA, con cédula de ciudadanía No. 1803980646, CON PROCURACIÓN JUDICIAL DEL GERENTE GENERAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “OSCUS” LTDA. Ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: VICTOR HUGO ESTRELLA DIAZ con CI. 0601366552 (DEUDOR) y NARVAEZ TANGUILA NELSON LUIS con CI. 1500511454, cuyo
Se notifica que: 2 títulos de columbarios (6 cenizas) y 2 cremaciones de restos a nombre de Rosa del Pino Andrade 0500151626. Más una tumba de 2 cuerpos y 2 servicios funerarios a nombre de Iván Aveiga del Pino 0501419360, se extraviaron
PAP/70306/AS
JUDICIAL QUITO
extracto es como sigue: Tena, martes 13 de octubre del 2015, las 11h00.- “VISTOS: En mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA-NAPO, nombrada por la Corte Provincial de Napo, mediante acción de personal Nro.- 1115-DNTH-2015 KP de fecha 24 febrero 2015, resolución número 24-2015 de fecha 18 febrero 2015.- En lo principal, la demanda presentada por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO OSCUS LTDA., legalmente representada por VICTOR JAVIER RIVERA ÁLVAREZ, en calidad de Procurador Judicial, se la califica como clara, precisa y reúne los requisitos determinados en el Art. 67, 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Art 486 del Código de comercio, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo. DISPONGO: 1.AGREGAR al proceso los documentos adjuntos,- 2.- CÍTESE a los demandados ESTRELLA DIAZ VICTOR HUGO y NARVAEZ TANGUILA NELSON LUIS en la dirección que se indica mediante atenta COMISIÓN librada al señor Comisario Nacional de Policía del Cantón Archidona, (…)” Tena, martes 13 de marzo del 2018, las 16h37, Agréguese al proceso el escrito y su anexos de Abogada María Eugenia Naranjo Mora Procuradora Judicial de la Cooperativa “OSCUS” ingresado el 12/03/2018, mismo que se dispone : 1) Atento la petición de la accionante y de conformidad con lo que determina el Art. 56 del COGEP, se dispone la comparecencia de la accionante de este proceso el día VIERNES 16 DE MARZO DE 2018 A LAS 11H00, a fin que declare bajo juramento , que desconoce y le es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia del señor VICTOR HUGO ESTRELLA DIAZ con CI. 0601366552.- 2) cumplida con la diligencia de declaración de desconocimiento de domicilio, CITESE al señor VICTOR HUGO ESTRELLA DIAZ con CI. 0601366552 mediante 3 publicaciones en la prensa escrita y de mayor circulación del país , diario “LA HORA”, para lo cual, la actuaria de este despacho otorgue el extracto correspondiente.- Actúe la secretaria Titular Abogada Jennifer Zúñiga.-NOTIFÍQUESE. Lo certifico, Tena 16 de Marzo de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. S E C R E TA R I A U N I DA D JUDICIAL CIVIL
Todo pasa. Sólo es eterno el arte robusto. P i e r r e J u l e s T h é o p h i l e G au t i e r . Poeta y novelista francés.
Hay firma y sello PAP/70319/AT Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito JUEZ PONENTE: Dra. MELANIE CHRISTINA LÓPEZ VARGAS EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL A: MILTON WILFRIDO MEDINA SÁNCHEZ ACTOR: DR MARCELO GUSTAVO SILVA VARGAS, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL SEÑOR JOSÉ E D UA R D O SA M A N I EG O PONCE, GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA ANEFI S.A., ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS, QUIEN A SU VEZ, COMO AGENTE DE MANEJO, REPRESENTA AL FIDEICOMISO MERCANTIL BANCO INTERNACIONAL 1, INTER 1. D E M A N DA D O : M I LTO N WILFRIDO MEDINA SÁNCHEZ BASE LEGAL: ART. 413 Y 415 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. JUICIO No: 17230-201602752 TRAMITE: EJECUTIVO. BJETO: EJECUCIÓN DE CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO CUANTIA: $ 24.000,00 (VEINTICUATRO MIL CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) PROVIDENCIAS.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 4 de marzo del 2016, las 15h11. VISTOS: Avoco conocimiento de esta causa en calidad de Juez Titular y en virtud de la razón de sorteos.La demanda presentada por el doctor Marcelo Gustavo Silva Vargas, en calidad de procurador judicial del Representante Legal de la compañía ANEFI S.A. Administradora de Fondos y Fideicomisos, quien a su vez representa al Fideicomiso Mercantil Banco Internacional 1, INTER1, es clara y cumple los
CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL De conformidad con lo establecido en los Estatutos de la Corporación ATENEO ECUATORIANO, se convoca a todos los miembros a la Asamblea General Extraordinaria que se efectuara el día martes 10 de abril del 2018, a las 12h30 en el Cafelibro, ubicado en la calle Leonidas Plaza No.23 - 56 Y Av. Ignacio de Veintimilla, para conocer y resolver los siguientes puntos del orden del día : 1. Conocer y aprobar el informe del Presidente 2. Conformar el Directorio completo con la designación de dignatarios para los cargos faltantes por fallecimiento o ausencia de los anteriores. 3. Resolver sobre los miembros que continúan en el ejercicio de funciones prorrogadas. 4. Conocer y resolver sobre el reclamo en juicio de los bienes inmuebles del Ateneo Ecuatoriano y nombramiento de una Comisión de Abogados para su defensa.
requisitos exigidos por la ley; por tanto se acepta a trámite en la vía ejecutiva.- Cítese al demandado señor MEDINA SANCHEZ MILTON WILFRIDO en el lugar señalado para que, dentro del término de tres días, cumplan obligación demandada o proponga excepciones conforme dispone el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil.Para la práctica de la citación al demandado depréquese a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Ambato, provincia de Tungurahua, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos; remítase despacho suficiente, debiendo la parte accionante proporcionar las copias necesarias. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora y agréguese la documentación acompañada. Notifíquese. f) DRA. RITA GEOVANNA ORDOÑEZ PIZARRO, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 23 de agosto del 2017, las 14h15. Agréguese a los autos el escrito que antecede. En mérito del juramento rendido por el accionante, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE al demandado señora MILTON WILFRIDO MEDINA SANCHEZ, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de mayor circulación nacional que se editan en esta ciudad de Quito.-Para el efecto confiérase el extracto correspondiente por lo que se procede
a remitir a la casilla judicial de la parte actora, por secretaria de esta Judicatura, a costa del peticionario; dejando copia certificada en autos, confiérase el desglose y entréguese a la persona autorizada.-Actúa la Dra. Glenda Bayas en calidad de secretaria encargada, en reemplazo de la Abg. Fanny Góngora Sosa, mediante Acción de Personal No. 6659-DP17-2017-VS. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.f) VERA CEVALLOS CENIA SOLANDA, JUEZA. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero electrónico y judicial para sus posteriores notificaciones.Ab. Edwin Vinicio Cárdenas Vargas MS.c SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PAP/70324/AT
ORDINARIOS EXTRACTO JUDICIAL CAUSA NRO. 17230-2017-14846 UNIDAD JUDICIAL CIVL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: PRESUNTOS HEREDEROS DE MARIA LUZURIAGA ACTOR: PALACIOS LUZURIAGA MARIA CLARA ROCIO D E M A N DA D O S : MARIA DEL CARMEN PALACIOS LUZURIAGA, BELISARIO JAVIER PALACIOS LUZURIAGA, JUAN CARLOS PALACIOS LUZURIAGA, JOSE LUIS XAVIER PALACIOS LUZURIAGA Y ALCALDE Y PROCURADOR SINDICO DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO JUICIO: 17230- 2017-14846 MATERIA CIVIL: ORDINARIO.PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO CUANTÍA: USD. 777.600,00 DEFENSOR:DR. ALEJANDRO
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA AUDITORA EMPRESARIAL MOSQUERA VEGA Y ASOCIADOS CIA. LTDA. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 235 de la Ley de Compañías, y demás normas pertinentes constantes en la Resolución No. SCV-DNCDN-14-014 de la Superintendencia de Compañías y el estatuto social de la Compañía AUDITORA EMPRESARIAL MOSQUERA VEGA Y ASOCIADOS CIA. LTDA., se convoca a los señores socios a la Junta General Extraordinaria a celebrarse el día 17 de abril del 2018, en el domicilio de la compañía ubicado en la calle Guangala E4-102 y Cerro Narrio, a las 11:h00, para tratar el siguiente orden del día: 1. Nombramiento del Gerente General de la Compañía. 2. Nombramiento del Presidente de la Compañía Quito, 03 de abril del 2018 Atentamente,
Atentamente, Dr. Nelson Raúl Velasco Garcés PRESIDENTE DEL ATENEO ECUATORIANO NOTA: a continuación almuerzo y tertulia literaría y musical P AR/108446/AT
Washington Rosero Gómez GERENTE GENERAL AUDITORA EMPRESARIAL MOSQUERA VEGA Y ASOCIADOS CIA. LTDA.
PAP/70346/AS
PONCEN MARTINEZ.- AB. CARLOS MANOSALVAS SILVA CASILLA JUDICIAL: 572 CORREO ELECTRÓNICO: alejandro.ponce@quevedo-ponce. com; carlos.manosalvas@quevedo-ponce.com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: Se declare luego de haber transcurrido 15 años de posesión regular, pacífica e ininterrumpida adquirido el inmueble descrito en esta demanda por prescripción, se extinguió tal derecho de los demandados y sus antecesores en el derecho y que tal sentencia se inscriba en el Registro de la Propiedad del Cantan Quito.- Dr. LEONARDO ANDRES EGUIGUREN BERMEO.- JUEZ.AUTO ADMISORIO.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Quito, viernes 17 de noviembre de 2017, las 11H24.- VISTOS: Agréguese al proceso el escrito en el que completa la demandada.- En lo principal, se dispone: PRIMERO.- La demanda que antecede presentada por el actor MARIA CLARA ROCIO PALACIOS LUZURIAGA es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO.- SEGUNDO.Se ordena la citación de los demandados: María del Carmen Palacios Luzuriaga; Belisario Javier Palacios Luzuriaga; Juan Carlos Palacios Luzuriaga y Jose Luis Xavier Palacios Luzuriaga. Se ordena que se le haga conocer a los presuntos herederos de los señores Belisario Palacios y María Luzuriaga, el extracto de la demanda y del auto inicial, mediante publicaciones que se realizaran en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación.TERCERO.- Cuéntese con el Señor Alcalde y el Procurador Sindico del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a quienes se les notificara en
su despacho, con la demanda y este auto. CUARTO.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los prenombrados demandados el TÉRMINO DE TREINTA DÍAS, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo y anunciar su prueba conforme el Art. 152 ibídem y plantear, del ser el caso, las excepciones taxativas del Art. 153 del Código Orgánico General de Procesos.- QUINTO.La prueba solicitada por la parte actora se proveerá en el momento procesal oportuno y en lo que fuere legal de conformidad con lo dispuesto en el Art. 294 numeral 7 del COGEP.SEXTO.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad conforme lo ordena el Art. 146, inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual ofíciese al señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- CERTIFICO.ABG. JESUS VICENTE DE LA CRUZ HARO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC109954fa REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CAYAMBE EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A LA SEÑORA: MONTOYA OSPINA MARTHA CECILIA CAUSA NRO. 17314-2014-0544. MATERIA: CIVIL NO COGEP TIPO PROCESO: ORDINARIO ACCION: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO ACTO R : ANDRANGO ACHINA JOSÉ LORENZO, QUILUMBAQUÍN INLAGO
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA “SISTEMAS INTEGRALES PARA ATENCIÓN AL CLIENTE QSISTEMS CIA. LTDA”. Quito D.M., Lunes 02 de Abril 2018 De conformidad con el artículo ciento diecinueve de la Ley de Compañías y el articulo vigésimo quinto del Estatuto Social de la Compañía “SISTEMAS INTEGRALES PARA ATENCIÓN AL CLIENTE QSISTEMS CIA. LTDA”; se convoca a los Socios de la Compañía a la Junta General Ordinaria de Socios, a celebrarse en la calle Polonia N31-81, Intersección Vancouver, Edificio “POLONIA”, Oficina 202 de la Ciudad de Quito de la Provincia de Pichincha, el día Jueves 12 de Abril 2018, a las 11:00 horas. Acorde a lo establecido en el artículo Vigésimo Octavo del Estatuto Social de la Compañía, el quórum para las sesiones de la Junta General de Socios, en la primera convocatoria sea de más de la mitad del capital social convocado. Los puntos a tratarse en la referida Junta serán los siguientes: 1. Conocer y aprobar sobre el informe presentado por el Gerente General relativo al Ejercicio Económico Financiero 2017. 2. Conocer y aprobar el Balance General, sus anexos y el Estado de Perdidas y Ganancias del Ejercicio Económico 2017. 3. Conocer y aprobar sobre las reservas legales según art. 8 que consta en la constitución de la compañía Qsistems Cia. Ltda., que indica “forma un fondo de reserva legal, segregando anualmente el cinco por ciento de las utilidades liquidas y realizadas ... “ Atentamente, Maritza Noemí Gamarra Muñoz GERENTE GENERAL P AR/108452/AT
MARÍA JUANA DEMANDADO: MONTOYA OSPINA MARTHA CECILIA JUEZ: ABG. VANESA TAMARA IMAICELA CHASIPANTA FECHA DE INICIO: 19 DE NOVIEMBRE DEL 2014 SECRETARIO: DRA. AIDA MARLENE ROJAS IPIALES AUTO: “UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CAYAMBE. Cayambe, jueves 11 de diciembre del 2014, las 15h12. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito con sus anexos, presentados por los accionantes. Por cuanto los mismos, han dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior, se dispone: La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; por lo que, se la acepta a trámite en juicio Ordinario; en consecuencia, de los documentos que se agregan (certificado de datos de filiación), se desprende que la demandada MARTHA CECILIA MONTOYA OSPINA, tiene su domicilio en el pasaje Noriega y Portete, de la parroquia González Suarez del Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de garantizar los derechos constitucionales de tutela judicial efectiva, el debido proceso y derecho a la defensa, consagrados en los Art. 75 y 76 del Constitución de la República del Ecuador, cítese con copia de la demanda y el presente auto de calificación en el lugar indicado, mediante atento deprecatorio dirigido a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil del Distrito Metropolitano del Cantón Quito, para que en el término de quince días conteste la demanda y proponga sus excepciones dilatorias o perentorias a que tenga derecho, sin perjuicio de continuar en rebeldía. Por expresa disposición de la Disposición General Décima del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, cítese al señor Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Cayambe. Así mismo, por cuanto del certificado de gravámenes adjunto a la demanda, se des-
prende que existe una sentencia dictada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Quito, en la cual se entrega el bien de mayor extensión al Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas CONSEP, cuéntese con dicha institución, a quien se le citará por intermedio de su Representante Legal y al señor Procurador General del Estado, para que hagan valer sus derechos, mediante deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de lo Civil de Pichincha, con asiento en la ciudad de Quito, a quien se le remitirá suficiente despacho, en sus oficinas que son de conocimiento público. De conformidad con el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Cayambe, para el efecto notifíquese a dicho funcionario. Agréguese los documentos adjuntos. Actúe en la presente causa el Abg. Luis Rubén Poma G., en calidad de secretario de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE.” F) Dr. Luis Eduardo Taipe Guanoluisa. JUEZ AUTO: “UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON CAYAMBE. Cayambe, jueves 8 de marzo del 2018, las 13h56, En lo principal y atenta a la documentación adjunta al escrito de fecha viernes 22 de septiembre del 2017, a las 14h07, viernes 6 de octubre del 2017 a las 14H18 y 23 de octubre del 2017 a las 11h30; y, al juramento rendido por la parte accionante señores María Juana Quilumbaquin Inlago y José Lorenzo Andrango Achina, se dispone que se CITE a la demandada señora MARTHA CECILIA MONTOYA OSPINA en la forma prevista en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de amplia circulación de la capital de la provincia de Pichincha, en razón de que en esta ciudad de Cayambe no se edita uno, transcurridos veinte días desde la última publicación
comenzará a decurrir el término para contestar la demanda. Para el efecto a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente. NOTIFÍQUESE.”.F) ABG. VANESA TAMARA IMAICELA CHASIPANTA Lo que le CITO a usted para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico, para recibir sus notificaciones.Certifico. Dra. Aida Marlene Rojas Ipiales. S E C R E TA R I A UN I DA D JUDICIAL CIVIL CANTON CAYAMBE Hay firma y sello PAR/108447/AT
SOCIEDADES CIVILES Quito, a 29 de Marzo del 2018 EXTRACTO NOTARIA QUINCUAGÉSIMA NOVENA DEL CANTÓN QUITO. Cúmpleme poner en conocimiento del público en general, que mediante escritura pública Nro. 2456, otorgada ante el suscrito DR. EDUARDO VILLAGOMEZ VA R G A S , N O TA R I O QUINCUAGÉSIMO NOVENO DEL CANTÓN QUITO, de fecha 28 de Marzo del 2.018 los señores LUIS OLMEDO MORALES AGUIRRE, Y CARLA. ELIZABETH MORALES PAREDES procedieron a constituir la SOCIEDAD COMERCIAL DENOMINADA LOMCEM S.C., cuyo domicilio es la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, con un capital de $2.000,00 y su objeto social es: El objeto de la Sociedad será: a) Compraventa, distribución y comercialización de combustibles y sus derivados; así como de autopartes, repuestos, neumáticos para vehículos y actividades de tecnicentro o mantenimiento. b) Producción, distribución y comercialización de flores, ganado, agricultura y agroquímicos. c) La sociedad podrá realizar la comercializa-
¡Caer está permitido. Levantarse es obligatorio!. P r ov e r b i o
ción, investigación y desarrollo, promoción, capacitación, asesoramiento, intermediación, inversión, relacionados con las actividades propias de su objeto. d) Representación de compañías, corporaciones o firmas nacionales y extranjeras relacionadas con su actividad y, e) En general podrá realizar toda clase de actos y contratos civiles, de comercio y operaciones mercantiles permitidas por las leyes ecuatorianas, necesarias para el cumplimiento de su objeto social, pudiendo también, asociarse con otras compañías nacionales y extranjeras para el mejor cumplimiento de sus fines. De la misma forma la sociedad se dedicará a los negocios enumerados en los mercados nacionales e internacionales. Particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines legales correspondientes . DR. EDUARDO VILLAGOMEZ VARGAS NOTARIO QUINCUAGÉSIMO NOVENO DEL CANTÓN Hay firma y sello PAR/108448/AT
VARIOS EXTRACTO DE CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL DENOMINADA “DALE CLICK SOCIEDAD S.C.C” SOCIOS: JAIME PATRICIO JIMENEZ PALMA Y, JULIA ELIZABETH JIMENEZ PALMAY, CARMITA DEL ROCÍO JIMENEZ PALMAY, MARIANELA DEL PILAR JIMENEZ PALMAY, BETTY GERMANIA JIMENEZ PALMAY, DE NACIONALIDAD
CONVOCATORIA
Machachi, 28 de marzo del 2018
CONVOCATORIA Se convoca a los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTES PESADOS VALLE DE MEJÍA C.A TRANSPEVAMCA., a la Junta General ordinaria de Accionistas, a realizarse en las oficinas de la empresa, ubicada en la calle San Luis N° 15 y Los Laureles, barrio El Obelisco, parroquia de Machachi, cantón Mejía, provincia de Pichincha, el día viernes 6 de abril del 2018, a las 16:00 horas para conocer y resolver los siguientes puntos:
A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA A LOS SOCIO DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE TAXIS EJECUTIVOS ANTENATAX S.A. De conformidad con los estatutos de la Compañía de Transporte de Taxis Ejecutivos ANTENATAX S.A y cumpliendo con las disposiciones de la Súper Intendencia de Compañías y leyes de la República, la GERENCIA GENERAL convoca a todos los socios accionistas de la Compañía ANTENATAX S.A. a la junta ordinaria que se efectuara el día martes 17 de Abril del 2018 en las instalaciones de la oficina ubicadas en las calles Congonas N 49-20 y Capulíes la asamblea se efectuara a las 10:00 am. Orden del día
1. Informe de Presidente 2. Informe de Gerente 3. Conocimiento y aprobación del balance General y estado de pérdidas y ganancias del 2017 4. Informe de Comisario 5. Análisis y aprobación del presupuesto para el año 2018 En observancia de lo previsto en el Art. 242 de la Ley de Compañías, se convoca especial e individualmente al Comisario principal de la empresa, señor Nelson Inaquiza En caso de no haber el quorum para la hora señalada, la junta se llevará a efecto una hora más tarde con los accionistas presentes y las resoluciones tomadas serán obligatorias para todos los accionistas, de conformidad con el art. 10 del Estatuto. Sr. Luis Hernán Zapata GERENTE GENERAL TRANSPEVAMCA PAC109979fa
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.
Palabras de bienvenida a cargo del Presidente. Constatación del quórum. Lectura de aprobación del acta anterior. Informe del balance económico por parte de Gerencia del ejercicio 2017. Informe del comisario. Aprobación del informe económico por parte de los socios. Asuntos varios Clausura de la junta.
Citase de manera especial al señor Figueroa Daniel, Comisario electo de la empresa. Nota: Los socios que envíen su representante, deben hacerlo por escrito y resaltando la fecha y la identificación de quien lo representa. La junta dará inicio al momento de existir el quorum.
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E C U ATO R I A N A Y DOMICILIADOS EN ESTA CIUDAD DE QUITO DISTRITO METROPOLITANO, quienes forman la SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL DENOMINADA “DALE CLICK SOCIEDAD S.C.C”, cuyo OBJETO SOCIAL es: a) Comercialización y venta al por mayor y menor de bienes y servicios de asesoría, personales y profesionales a través de cualquier medio telemático, informático, por internet o cualquier otro medio que a futuro puede implementarse. b) Entrega a domicilio de cualquier tipo de bienes, c) Los negocios relacionados con la comercialización de bienes y servicios por internet, d) Venta al por menor de cualquier tipo de producto por correo, por internet, incluido subastas por internet, catálogo y envió de productos al cliente, e) Venta al por menor de cualquier tipo de producto por teléfono, televisión, radio, periódicos y envió de productos al cliente, f) Venta al por menor de cualquier tipo de producto no realizada en almacenes ni puestos de mercado: venta directa o por vendedores a domicilio; para lo cual podrá suscribir cualquier clase de contratos civiles y comerciales. Para el cumplimiento del objeto social sociedad podrá celebrar cualquier tipo de acto permitido por la Ley que tenga que ver o guarde relación con el Estatuto Social. Domiciliada en esta ciudad de Quito, Provincia de Pichincha y siendo los señores JAIME PATRICIO JIMENEZ PALMAY, JULIA ELIZABETH JIMENEZ PALMAY, CARMITA DEL ROCÍO JIMENEZ PALMAY, MARIANELA DEL PILAR JIMENEZ PALMAY, BETTY GERMANIA JIMENEZ PALMAY, los constituyentes y dicen que, la sociedad estará gobernada por la Junta General de Socios y administrada por el Gerente General y por el Presidente quienes tendrán las facultades, derechos, obligaciones establecidos en la Ley y en el presente estatuto social, con un capital social pagado de ochocientos dólares y con una duración de
cincuenta años contados partir de la fecha de su inscripción Quito, 27 de MARZO de 2018 DR. ROMULO JOSELITO PALLO QUISILEMA NOTARIO CUARTO DEL CANTÓN QUITO RAZÓN: En atención al pedido formulado por los otorgantes, que anteceden, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral veinte y nueve del artículo dieciocho de la Ley Notarial, se dispone la publicación del extracto, por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación en el domicilio de la compañía, para su aprobación e inscripción en el Registro Mercantil. DR. ROMULO JOSELITO PALLO QUISILEMA NOTARIO CUARTO DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAC109975fa EXTRACTO Se pone en conocimiento del público en general que en la Notaría Cuadragésima de Quito, se ha presentado una petición por parte de los señores RAMIRO ENRIQUE DEL POZO ÁLAVA, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliado en la ciudad de Quito, BYRON MARCELO ARROYO FREIRE, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliado en la ciudad de Quito, MARIO PATRICIO CUEVA ROBALIÑO, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliado en la ciudad de Quito, GONZALO PATRICIO TIPÁN TERÁN de nacionalidad ecuatoriana, domiciliado en la ciudad de Quito, BOLÍVAR PATRICIO TRUJILLO MANCHENO de nacionalidad ecuatoriana, domiciliado en la ciudad de Quito, solicitando la aprobación de la Sociedad Civil y Comercial denominada “HYDROAZUL”, la misma que fue elevada a escritura pública el 23 de febrero del 2018, ante la Doctora Paola Andrade Torres, Notaria Cuadragésima de Quito, mediante escritura pública número 20181701040P01058. Los datos son los siguientes: Razón Social: “SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL DENOMINADA “HYDROAZUL.” Objeto Social: El objeto principal de la sociedad a la que se refiere el presente contrato, es el diseño, desarrollo, comercialización, construcción, implementación, y fabricación de tecnología para el uso, manejo, preservación y remediación de cuerpos de agua, estudios, diseño y construcción de sistemas de agua
Quito, 2 de abril de 2018
COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE CARGA LIVIANA TOURMAX S.A De acuerdo al art. 236 de Ley de Compañías y al art. Décimo Segundo de los Estatutos de la Compañía, se comunica a la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Compañía de Transporte de carga liviana TOURMAX S.A. que tendrá lugar el jueves 12 de abril de 2018 a las 17:00 en el domicilio ubicado en las calles José del Rosario OE- 480 y OEG3H, sector La Chorrera (Conocoto). 1.- Constatación del cuórum. 2.- Informe del Presidente. 3.- Informe del Gerente General 4.- Conocimiento, estudio y aprobación de los Estados Financieros de enero a diciembre de 2017 5.- Resoluciones. Nota: Se convoca de manera exclusiva al Sr. Comisario Principal de la Compañía TOURMAX S.A.
Atentamente,
Sr. Fernando Andrade Presidente
Fabián Benalcazar GERENTE GENERAL
Sr. Darwin Melendres Gerente General PAP/70347/AS
PAC109978fa
Revista judicial MARTES 3 de ABRIL de 2018 La Hora Quito, ecuador potable y saneamiento, representación, comercialización e implementación de equipos y accesorios, para sistemas de uso de agua doméstica, industrial, riego y remediación ambiental, asesoramiento técnico, capacitación, mantenimiento y re-potenciación de plantas de tratamiento de aguas de consumo humano, industrial y servidas, organización de eventos de capacitación, foros y congresos, sobre el uso, manejo y remediación del agua, publicaciones de revistas, libros y trabajos de investigación sobre tecnologías del agua. En virtud de lo manifestado la Sociedad podrá importar y exportar toda clase de artículos y maquinarias afines a las actividades que desarrollara. Podrá formar parte de otras sociedades o Compañías nacionales o extranjeras que tengan actividades similares, podrá tener la representación de Compañías extranjeras en la rama de tecnología del agua y preservación ambiental .- Para el cumplimiento de su objetivo la Sociedad podrá realizar toda clase de actos y contratos permitidos por la Ley.- Podrá participar en el capital de compañías o empresas nacionales o extranjeras, realizar operaciones financieras relativas a su objeto social; y, abrir toda clase de cuentas corrientes, comerciales y bancarias y negociar con títulos de valores. Domicilio: Quito. Nombre de los socios autorizados para obrar, administrar y firmar por la sociedad son: Ramiro Enrique De Pozo Álava en calidad de Gerente y Byron Marcelo Arroyo Freire en calidad de Presidente Capital Social: $ 400,00 Tiempo de duración de la sociedad: 30 años. RAZON: En atención al pedido formulado que antecede y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 29 de artículo 18 de la Ley Notarial, se dispone la publicación del extracto, por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación del domicilio de la compañía, previa a su aprobación e inscripción en el Registro Mercantil correspondiente.Quito, 26 de marzo de 2018.DRA. PAOLA ANDRADE TORRES NOTARIA CUADRAGESIMA DE QUITO Hay firma y sello PAC109977fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL) EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: COMPAÑIA INTIROSAS CIA. LTDA. (REPRESENTANTE LEGAL MAMMADOV TAMIRLAN) CAUSA NO. 17230-2017-09436 ACTO R : C O M PA Ñ I A ROSENTANTAU DEL ECUADOR S.A. (PROCURADOR JUDICIAL MALDONADO JARAMILLO MARIA DE LOURDES) DEMANDADO: COMPAÑIA INTIROSAS CIA. LTDA. (REPRESENTANTE LEGAL MAMMADOV TAMIRLAN) TRAMITE: MONITORIO ASUNTO: COBRO DE FACTURAS CUANTÍA: USD 6.496,oo dólares americanos AUTO DE CALIFICACIÓN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 10 de julio del 2017. VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Código Orgánico
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General de Procesos COGEP.Se dispone: La demanda presentada por María de Lourdes Maldonado Jaramillo, en calidad de Procuradora Judicial de la compañía ROSENTANTAU DEL ECUADOR S.A, es clara, completa y cumple los requisitos determinados en los artículos 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y está fundamentada en un documento de los previstos en el artículo 356 ibídem del cuerpo normativo en mención; por lo que, se la admite a trámite en el procedimiento MONITORIO. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 ibídem, se dispone que la compañía INTIROSAS CIA. LTDA., en el término de quince (15) días pague la obligación demandada por concepto del pago de los valores adeudados, según la factura número 000006013 de fecha 10 de Noviembre de 2014 y 000006229 de fecha 05 de enero del 2015, esto es, la cantidad de SEIS MIL C U AT R O C I E N TO S NOVENTA Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD $ 6.496,00) o proponga las excepciones de las que se crea asistido; bajo la prevención de que en caso de que no comparezca dentro del término concedido para el efecto, o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del artículo 358 de la norma citada. La contestación a la demanda observará lo previsto por el Art. 151 y siguientes ibídem.- Cítese con el contenido de la demanda y este auto de pago a la accionada, COMPAÑIA INTIROSAS CIA. LTDA., por intermedio de su representante legal, señor MAMMADOV TAMIRLAN, en el lugar señalado por el actor, de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y siguientes del COGEP, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónico; para el efecto, remítanse las boletas de citación a la oficina correspondiente. En caso de oposición, considérese el anuncio de los medios de prueba realizados en la demanda.Por haberse proporcionado el correo electrónico de la parte demandada, conforme prevé el inciso final del Art. 53 ibídem, por secretaría, hágase conocer un extracto de la demanda y esta providencia, sin que esta actuación sustituya la citación oficial.- Agréguense al expediente los documentos acompañados a la demanda. Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la actora para sus notificaciones. Actúa Ab. Patricia Feijoo en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE y NOTIFÍQUESE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 16 de febrero del 2018, las 11h46, VISTOS: En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la demandada, COMPAÑIA INTIROSAS CIA. LTDA., por intermedio de su representante legal, señor MAMMADOV TAMIRLAN, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.f) DRA. KARINA A. MARTÍNEZ S., JUEZA.Lo que se C I T A para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene
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de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico. AB. VERONICA MENA T. SECRETARIA Hay firma y sello PAR/108415/AT
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de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. AB. PATRICIA M. FEIJÓO C. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITOCOGEP Hay firma y sello PAR/108414/AT R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUI IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) CITACIÓN JUDICIAL A: CUELLAR BASTIDAS LUIS ANTONIO EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-201711022 Actor: Banco Pichincha C.A ( Carla Lorena Cisneros Burbano Procuradora Judicial) Demandado: Cuellar Bastidas Luis Antonio Tipo/Acción: Monitorio-Otros Cuantía: $11.000 Inicio: 14 de Agosto del 2017 Defensor: Ab. Carla Lorena Cisneros Burbano Casillero: 385 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 21 de agosto del 2017, las 08h37. VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento al Auto de sustentación que antecede. En lo principal, la demanda presentada por BANCO PICHINCHA C.A., por intermedio de su PROCURADORA JUDICIAL, conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), y está fundamentada en documentos previstos en el artículo 356 ibídem del cuerpo normativo en mención; por lo que, se la admite a trámite en el procedimiento monitorio. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 del mismo cuerpo legal, se dispone que el demandado CUELLAR BASTIDAS LUIS ANTONIO en el término de quince días pague la obligación demandada por concepto de los consumos por bienes o servicios realizados con la tarjeta de crédito VISA, esto es, la cantidad de SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE Y SIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA CON 32/100 CENTAVOS ($7.927,32); o proponga las excepciones de las que se crea asistida; bajo la prevención de que en caso de que no comparezca dentro del término concedido para el efecto, o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del artículo 358 de la norma citada, que establece “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución, (…)”; caso en el cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 360 ibídem, además se deberá cancelar el máximo interés convencional y de mora, calculado a la tasa fijada por el organismo regulador del sistema monetario y financiero, de acuerdo al segmento de crédito, que se generen desde la citación con la demanda, intereses que serán calculados únicamente sobre el
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capital establecido en la liquidación agregada por el actor, valores que serán liquidados pericialmente. Rendido que ha sido la declaración bajo juramento de desconocimiento de domicilio; por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, CÍTESE a la parte demandada CUELLAR BASTIDAS LUIS ANTONIO, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo. En el caso de que se formule oposición, considérese el anuncio de prueba realizado en el escrito de demanda. Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda; téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial y electrónica señalada por el actor para sus notificaciones y la autorización que confiere.CÍTESE y NOTIFÍQUESE.-f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 16 de marzo del 2018, las 12h36.- Agréguese al proceso el escrito que antecede. En atención al mismo, por intermedio de la secretaría de esta Unidad Judicial, confiérase el extracto, dispuesto en auto del 21 de agosto del 2017, las 08h37, y téngase en cuenta la autorización conferida a las defensoras técnicas, NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole
EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MIREYA ALEJANDRA VEINTIMILLA RODRÍGUEZ ACTOR: Ab. Tamariz Cuzme Gabriela Gisell, procuradora judicial del Banco Pichincha C.A. D E M A N DA D O : M I R E YA ALEJANDRA VEINTIMILLA RODRÍGUEZ JUICIO EJECUTIVO No. 172332017-01258 FUNDAMENTO LEGAL 486 DEL CODIGO DE COMERCIO Y 347 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos OBJETO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN CUANTIA: USD $ 8000.00. DEFENSOR: : Ab. Tamariz Cuzme Gabriela Gisell UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, martes 12 de septiembre de 2017, las 15h49, VISTOS: Dra. Silvia Amelia Barba Ortiz, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil, con sede en la Parroquia de Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, amparada en lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República del Ecuador, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en virtud de la acción de personal No.- 2467-DNTH-2017-JT, de fecha 1 de mayo del 2017, emitida por el Consejo de la
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE TAXIS EJECUTIVOS EXPRESSTAXILAN S.A. En observancia a lo establecido en el Art. 236 de la ley de compañías; Articulo Séptimo del estatuto; y, Capítulo I del reglamento sobre juntas generales de socios y accionistas de las compañías de responsabilidad limitada, Anónimas, en comandita por Acciones y de Economía Mixta, se convoca a los señores y señoras accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE TAXIS EJECUTIVOS EXPRESSTAXILAN S.A., a junta General Extraordinaria de Accionistas a celebrarse el día viernes 13 de Abril de 2018, a las 11:h00, en los parqueaderos de la compañía, ubicados en el pasaje Dammer 603A y Manuel Lizarzaburu, cantón QUITO, a fin de tratar el siguiente orden del día: Presentación del (POA) Proyecto Operacional Anual. Elecciones de los miembros del directorio para el periodo 2017 – 2018 (1vocal principal - 3 vocales suplentes) Quito, 2 de abril 2018. Atentamente, GILBER OSWALDO GUASTAY CANDO PRESIDENTE LUIS TELMO LLANO TUPIZA GERENTE GENERAL
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Todo necio confunde valor y precio. A n t o n i o M ac h a d o . Escritor español.
Judicatura, y por el sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- Agréguese al proceso el escrito de fecha 27 de julio a las 2017, a las 10h47 que anteceden.- En lo principal se dispone: PRIMERO.- CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA Y ADMISIÓN A TRÁMITE: La demanda presentada por la Abogada Carla Lorena Cisneros Burbano, en calidad de procuradora Judicial del Banco Pichincha C.A. debidamente representado por el Dr. Jaime Manuel Flor Rubianes en calidad de Representante Jurídico de Banco Pichincha C.A., conforme la documentación adjunta, en contra de la demandada señora MIREYA ALEJANDRA VEINTIMILLA RODRÍGUEZ por su propios y personales derechos, por cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos - COGEP, se califica de clara y precisa, admitiéndole a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO.- La demanda se basa en un PAGARÉ A LA ORDEN, fundamentándose en lo previsto en los artículos 486, 487, 488 y 489 del Código de Comercio y los Arts. 10.3, 142, 196, 347, 348 y 349 del Código Orgánico General de Procesos. Al tenor del Art. 140 del Código Orgánico de la Función Judicial, permite al juzgador, aplicar el derecho que corresponda al proceso, aunque no haya sido invocado por las partes o lo haya sido invocado erróneamente; en otras palabras, en la especie cabe establecer lo prescrito en los Arts. 1453, 1454, 1461 y 1486 del Código Civil, indicando el nacimiento de las obligaciones, la voluntad del acto, de la per-
sona legamente capaz, y de la obligación civil que da derecho para exigir su cumplimiento, indicando que contienen una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible. SEGUNDO.- CITACIÓN: Se dispone citar a la demandada señora MIREYA ALEJANDRA VEINTIMILLA RODRÍGUEZ por su propios y personales derechos, en la dirección que indica la parte accionante en el libelo de la demanda, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos; para la práctica de esta diligencia, por Secretaría remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones, una vez que el interesado proporcione las copias necesarias de la demanda, de los documentos adjuntos y este auto inicial, mismas que deberán ser obtenidas a través de la oficina de Gestores del Archivo del Complejo Judicial, estableciendo así que la parte accionada ejerza su legítimo derecho a la defensa, conforme lo establece el Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador. TERCERO.- CONTESTACIÓN A LA DEMANDA: En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS, una vez citada legalmente, para que la demandada señora MIREYA ALEJANDRA VEINTIMILLA RODRÍGUEZ, CONTESTE la demanda en la cual podrá: 1. Pagar o cumplir con la obligación; 2. Formular Oposición acompañando la prueba conforme con lo previsto en el Código Orgánico General de Procesos; 3. Rindan caución con el objeto de sus-
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CHRISTLAND SERVICE AND TOURING S.A. De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías, el reglamento y los Estatutos Sociales de la compañía, se convoca a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se realizará el día Jueves 12 de abril del 2018, a las 17h00, en la dirección Juan León Mera N26-35 y Santa María, de la ciudad de Quito, cantón Quito, provincia de Pichincha, para conocer y resolver sobre el siguiente orden del día: 1. 2. 3. 4. 5. 6.
Verificación de Quorum. Lectura y aprobación del Informe del Gerente General correspondiente al ejercicio económico del año 2017. Lectura y aprobación del Informe del Comisario Lectura y aprobación de los Estados Financieros correspondientes al ejercicio económico del año 2017. Resolución sobre el destino de utilidades del ejercicio económico del 2017. Nombramiento del Comisario para el periodo año 2018.
Por tratarse de la primera convocatoria, la Junta se considerará válidamente instalada si concurre la mitad del capital pagado. De no haber quórum se procederá a realizar una segunda convocatoria conforme lo dispone la Ley. D.M. Quito, 02 de Abril del 2018 CARLOS VINICIO LANDETA JÁCOME GERENTE GENERAL
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SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, VALORES Y SEGUROS INTENDENCIA REGIONAL DE QUITO SECRETARÍA GENERAL EXTRACTO DE LA DENUNCIA No. D.2018.010 PRESENTADA EN CONTRA DE JVCHINAPINTZA MINING S.A. A: Jiang Chunyi y Huang Guoqing La designación de la autoridad administrativa ante la que se formule: Ab. Suad Manssur Villagrán, Superintendenta de Compañías, Valores y Seguros. Los nombres y apellidos completos del denunciante, edad, nacionalidad, estado civil, número de cédula de ciudadanía o del registro único de contribuyentes, según sea el caso, y la calidad en la que presente la denuncia: El denunciante es: Marcelo Adalid Rivadeneira Piedra, 65 años de edad, casado, portador de la cédula de ciudadanía No. 1702481985, en calidad de Gerente General de la compañía CONDORMINING CORPORATION S.A. con RUC No. 1792091330001, accionista de JVCHINAPINTZA MINING S.A. El nombre de la compañía a la que se refiere la denuncia: JVCHINAPINTZA MINING S.A. Los nombres y apellidos del administrador, administradores o ex administradores de la compañía contra quienes se propone la denuncia: La presente denuncia se propone en contra de JVCHINAPINTZA MINING S.A. y sus representantes legales, señores Jiang Chunyi y Huang Guoqing, en calidad de Gerente General y Presidente, respectivmente. La dirección exacta en donde se encuentran las oficinas o instalaciones de la persona, compañía o ente denunciado, si fuere conocida por el denunciante: las oficinas están en el “Edificio Plaza Colón, ubicado en la Av. Colón y 9 de Octubre de esta ciudad de Quito Distrito Metropolitano.” La afirmación del denunciante bajo juramento de que la individualidad o el domicilio del o de los denunciados sea imposible determinar; en caso que medie la declaración juramentada en cuestión, la denuncia se comunicará, a costa de la parte denunciante, a través de tres publicaciones realizadas conforme el Código de Procedimiento Civil: “(...) declaro bajo juramento que es imposible de determinar el domicilio de JVCHINAPINTZA MINING S.A. y de sus administradores, señores Jiang Chunyi y Huang Guoqing, asi como el de su accionista mayoritario, Minera Guang Shou Ecuador S.A. y de sus administradores.(...)” Los fundamentos de hecho y de derecho en los que se basa la denuncia, expuestos con claridad, precisión, los cuales deberán versar exclusivamente sobre aspectos sujetos al ámbito de control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías: “(...)CMC se ha visto imposibilitada de ejecutar acción alguna que brinde soluciones efectivas frente a esta clara acefalía, debido a que CHINAPINTZA S.A. no cuenta con administradores, es decir, representantes legales que puedan dar cumplimiento aquellas obligaciones derivadas y de acuerdos con sus accionistas y terceros, incluyendo al Estado ecuatoriano.(...)” La declaración juramentada de que el denunciante no ha sometido a conocimiento y decisión de justicia ordinaria, constitucional o arbitral, o ante otras autoridades o instituciones, los hechos materia de la denuncia: Declaro bajo juramento que mi representada no ha sometido a conocimiento y decisión de la justicia ordinaria, constitucional ni arbitral, o ante otras autoridades o instituciones, los hechos materia de la presente denuncia. La petición o pretensión concreta que se formula: “(...) Bajo los antecedentes expuestos y al amparo de los artículos 353 y 354 de la Ley de Compañías y demás aplicables del Reglamento de Intervención, solicito que se sirvan iniciar los trámites que conforme a derecho correspondan, a fin de declarar en estado de intervención a JVCHINAPINTZA MINING S.A., y de esa forma evitar que la misma al encontrarse en evidente acefalía administrativa, incurra en obligaciones con terceros y continúe provocando más perjuicios a sus accionistas. (...)”. Firmado por: Marcelo Adalid Rivadeneira Piedra, Gerente General de la compañía CONDORMINING CORPORATION S.A. conjuntamente con su abogada autorizada Carla Grefa Valencia. Lo certifico.Distrito Metropolitano de Quito, a 23 de marzo de 2018. Luisa Magdalena González Alcívar SECRETARIA GENERAL INTENDENCIA REGIONAL DE QUITO Elaborada por: Adela Villacis
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pender providencia preventiva, lo cual podrá hacer en cualquier momento del proceso, hasta antes de la sentencia; 4. Reconvenir al actor con otro título ejecutivo.- Dentro de la oposición podrán proponer las excepciones previas y taxativas enunciadas en los artículos 353 y 153 ibídem. Además deberá adjuntar la documentación viable para su defensa en virtud de lo previsto en el artículo 151 y 152 ibídem. Bajo prevención que si la parte demandada dentro del término concedido, (15 días término luego de haber sido citada) no cumple la obligación, ni propone excepciones o si las excepciones propuestas son distintas a las permitidas en el COGEP para este tipo de procesos, se pronunciará inmediatamente sentencia y la resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. CUARTO.- PRUEBA: Téngase como anuncios probatorios los propuestos por la accionante en su demanda, para los fines pertinentes. La demandada de igual forma, deberá tomar en cuenta los anuncios de prueba, a fin de que contradigan los mismos de conformidad al inciso segundo del Art. 151 del Código Orgánico General de Procesos. Se les recuerda a las partes que los anuncios de pruebas serán ADMITIDOS de ser pertinentes, útiles y conducentes en la audiencia única de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos; y, siempre que exista oposición debidamente fundamentada a la demanda conforme lo previsto en el artículo 354 del COGEP. QUINTO.OTRAS DISPOSICIONES: La Resolución interpretativa No. 07-2015, de fecha 10 de junio del 2015, emitida por la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, en el Art. 5 establece que el impulso del proceso corresponde a las partes y la omisión de esta carga procesal no es atribuible a la o el juzgador. SEXTO.-NOTIFICACIONES Y CASILLERO: Téngase en cuenta el casillero judicial Nro. 385
y los correos electrónicos señalados por el actor en la calidad en la que actúa. Incorpórese al proceso toda la documentación adjunta. Actúe en calidad de secretaria titular de éste despacho la Ab. Mayra Jolima Zaruma Cando.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- F).- Dra. Barba Ortíz Silvia Amelia. JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 22 de marzo del 2018, las 15h37, En virtud del juramento rendido, el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a MIREYA ALEJANDRA VEINTIMILLA RODRÍGUEZ, por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación local, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto. Notifíquese.- F).Dr. Edwin Cevallos Ampudia. JUEZ LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DEL LEY, PREVINIENDOL DE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL DENTRO DE LA PRESENTE CAUSA, PARA R EC I B I R P OST E R I O R ES NOTIFICACIONES. Ab. Gilber Colina SECRETARIO Hay firma y sello PAR/108424/AT EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: PILPUD ERAZO LIDIA MARITZA JUICIO: CONCURSAL No. 17230-2017-16077 CUANTIA: INDETERMINADA ACTOR: DR. JUAN JOSE TOS CA N O GARZONPROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A DEMANDADOS: PILPUD ERAZO LIDIA MARITZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO,
PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 24 de noviembre del 2017, las 15h32.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito; y, en virtud del sorteo electrónico de ley que precede, la petición que antecede, presentada por Banco Pichincha C.A., en contra de la señora Lidia Maritza Pilpud Erazo; es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante concurso necesario de conformidad con el 422 ibídem. En virtud de la documentación adjunta y su contenido, se presume el estado de insolvencia, y se declara con lugar al concurso necesario, en consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1.- CÍTESE, a la demandada señora LIDIA MARITZA PILPUD ERAZO, en el lugar señalado en el libelo de la demanda, para que dentro del término de diez (10) días se oponga pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el Art. 426 ibídem, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina correspondiente a fin de dar cumplimiento con esta diligencia (el accionante provea de las copias necesarias para la citación); 2.- Una vez citado el deudor se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral primero del Art. 424 del COGEP; 3.- Se le requiere a la deudora señora Lidia Maritza Pilpud Erazo, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 4.- En el momento que determina ley se nombrará al síndico, para los efectos de lo establecido en el art. 434 del Cuerpo Legal invocado; y, será el depositario de los bienes del fallido; 5.- Se dispone la anotación de la insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura; 6.- Se ordena la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura el presente auto;
Todo el mundo se queja de no tener memoria y nadie se queja de no tener criterio. François
de la
R o c h e f o u cau l d . Escritor francés.
7.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra de la señora Lidia Maritza Pilpud Erazo; 8.- Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad de este Cantón el presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario; 9.-Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones; 10.- Se prohíbe que la deudora señora Lidia Maritza Pilpud Erazo, se ausente del territorio nacional, para el efecto se oficiará a la entidad correspondiente. Agréguese al expediente la documentación adjunta a la demanda. Téngase en cuenta el casillero y domicilio judicial designado por la parte accionante; así como, la calidad en la que comparece y la autorización que les confiere a sus abogados patrocinadores. Actúe la Dra. Rosa Guerrero Castro, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 21 de febrero del 2018, las 11h07, Agréguese al proceso los escritos que anteceden y la documentación adjunta.- Téngase en cuenta lo manifestado por la parte accionante.- Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de la demandada, se dispone: CÍTESE, de la deman-
dada PILPUD ERAZO LIDIA MARITZA, mediante tres publicaciones en tres días distintos en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE..- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAR/108439/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: VEGA MARTINEZ LEYDI TATIANA, DEL JUICIO VERBAL SUMARIO, PROPUESTO EN SU CONTRA POR: BANCO PICHINCHA C. A. ACTOR: BANCO PICHINCHA C. A. DEMANDADO: VEGA MARTINEZ LEYDI TATIANA JUICIO: No. 17230-2014-1792 TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: USD $ 8.000,oo FECHA DE INICIACIÓN: 29 de diciembre del 2014 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO,
PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 29 de diciembre del 2014, las 16h05.- VISTOS: En virtud del sorteo realizado avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito .- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos establecidos en los Art.67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, consecuentemente se acepta a trámite en juicio Verbal Sumario. En consecuencia, entréguese copia de la demanda y el presente auto a LEYDI TATIANA VEGA MARTINEZ en la dirección que se señala en la petición precedente.- Tómese en cuenta el domicilio legal señalado por el actor la calidad con la que comparece a juicio, casillero judicial No.1039 y la dirección dirección electrónica consignada por el accionante.- Agréguense al proceso los documentos presentados.- NOTIFIQUESE.OTRA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 13 de marzo del 2018, las 14h35.- Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia anterior, atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la señora VEGA MARTINEZ LEYDI TATIANA, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.NOTIFIQUESE.- f) Ab. Salto Pintos Luis. Juez.Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. Ab. Víctor Reyes Ch. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE
Revista judicial MARTES 3 de ABRIL de 2018 La Hora Quito, ecuador PICHINCHA. Hay firma y sello PAR/108440/AT EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: CARRILLO SINALUISA PABLO EUSEVIO ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. A TRAVÉS DE SU PROCURADOR JUDICIAL DR. JUAN JOSE TOSCANO GARZON. DEMANDADO: CARRILLO SINALUISA PABLO EUSEVIO JUICIO CONCURSAL No. 172332017-00161 FUNDAMENTO LEGAL 414 inciso primero, 416 numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos. OBJETO: CONCURSO DE ACREEDORES. CUANTIA: INDETERMINADA. DEFENSOR: Ab. Margoth Tayo Villalva. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, martes 16 de mayo de 2017, las 13h19. VISTOS.- En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, según acción de personal 3582-DP17-2017-MP, avoco conocimiento de la presente causa, entregada al suscrito el viernes 12 de mayo del 2017.PRIMERO.- CALIFICACIÓN.- La solicitud de insolvencia y con-
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA “MIRANDA MELESI MIRAMETOURS ECUADOR S.A.”
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA PROFESIONALES EN SEGURIDAD PRIVADA PROSEGPRIM CIA. LTDA.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA MOLINOS INGÜEZA SOCIEDAD ANÓNIMA, INGÜEZA S.A.
De conformidad con disposiciones legales y estatutarias, convocase a Junta General Ordinaria a los señores Accionistas de la compañía MIRANDA MELESI MIRAMETOURS ECUADOR S.A., que se llevará a cabo el día Lunes 16 de Abril del 2018 en las oficinas de la compañía, ubicadas en la calle Ricardo Sáenz N45 y L. Coloma, Edificio Cumbres del Moral 1, 1403B , con el propósito de tratar y resolver el siguiente orden del día:
De conformidad con lo establecido en el artículo 119 de la Ley de Compañías y 13 del Estatuto de la compañía, se convoca a los señores socios a la junta que tendrá lugar el día miércoles 18 de abril del año 2018 a las 12h00, en la sala de reuniones de la compañía, ubicada en la avenida Capitán Rafael Ramos E2-87 y Alonso Donoso, para tratar los siguientes puntos del orden del día:
De conformidad con el Estatuto Social y la Ley de Compañías, se convoca a los señores accionistas de la compañía MOLINOS INGÜEZA SOCIEDAD ANÓNIMA, INGÜEZA S.A., al Comisario Principal y Suplente, a la sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas, a realizarse el día 13 de abril de 2018, a las 09:00, en las oficinas situadas en la Av. La Prensa No. 5687 y Pasaje Manuel Herrera de ésta ciudad de Quito DM., con el objeto de tratar el siguiente orden del día:
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.
1.
Conocimiento y Aprobación del Informe de Gerencia. Conocer y Aprobar los Estados Financieros del año 2017 Conocimiento y resolución sobre informe de Comisario. Destino de los resultados del ejercicio económico 2017 Informe General sobre la situación actual de la Compañía. Futura capitalización de la Compañía. Varios.
2. 3. 4.
Por tratarse de primera convocatoria, la Junta tendrá lugar con la presencia del 51% del capital social pagado. Los Estados Financieros y demás documentos que serán conocidos en esta Junta, están a disposición de los señores Accionistas en las oficinas de la compañía. Quito, 03 de Abril del 2018 Pilar Miranda Lara GERENTE GENERAL
5.
Anulación de las resoluciones tomadas en las juntas generales extraordinarias celebradas los días 12 de octubre y 18 de diciembre de 2017. Conocer y resolver acerca de la renuncia al cargo de Presidenta Ejecutiva de la compañía por parte de la señora Martha Cecilia López Flores, Nombrar al nuevo presidente ejecutivo de la compañía, Ratificación del nombramiento del Gerente General de PROSEGPRIM CIA. LTDA.; y, Autorización para la contratación de un perito acreditado por la Superintendencia de Compañías para la posterior venta de activos de PROSEGPRIM CIA. LTDA., tendiente al cumplimiento de obligaciones laborales pendientes con trabajadores y ex trabajadores.
Para el caso de no existir quórum de la totalidad del capital social, se estará a lo establecido en el artículo 14 del Estatuto Social. Quito, 03 de abril de 2018.
PAP/70339/AS
Sr. Rodolfo Morales Vaca GERENTE GENERAL
PAP/70340/AS
1. 2. 3. 4.
Conocimiento y aprobación del informe del Gerente General, del Comisario y de Auditoria Externa por el ejercicio económico 2017. Conocimiento y aprobación del balance general y del estado de pérdidas y ganancias de la compañía, correspondiente al ejercicio económico 2017. Resolver sobre la distribución de los beneficios sociales del ejercicio 2017. Designación del Comisario y fijación de su retribución para el ejercicio 2018.
Los balances, cuentas, informes y más documentos que serán conocidos por la Junta de Accionistas, se encuentra a disposición de los accionistas en la Av. La Prensa No. 56-87 y Pasaje Manuel Herrera de esta ciudad. Quito DM. 02 de abril de 2018 Dr. Jaime Rodrigo Vergara Jaramillo Presidente INGÜEZA S.A.
PAP/70353/AS
C9
curso de acreedores cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se admite a trámite mediante CONCURSO NECESARIO de conformidad con los Art. 414, 416, 422, 424 y más pertinentes ibídem.SEGUNDO.- De las copias certificadas que se agregan y que corresponden al juicio ejecutivo No. 173252014-0995, consta la razón de fecha 22 de noviembre del 2016, suscrita por el Ab. Carlos Olivo Ortiz, Secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, quien certifica que el señor PABLO EUSEVIO CARRILLO SINALUISA no ha pagado a la parte actora el valor del mandamiento de ejecución expedido el 12 de mayo del 2016 que asciende a la suma de US$ 13.803,57 en que están incluidos el capital e intereses reconocidos en sentencia, como tampoco ha dimitido bienes equivalentes; en tal virtud, de conformidad al numeral 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA y SE DECLARA LA NTERDICCIÓN del señor PABLO EUSEVIO CARRILLO SINALUISA, por sus propios y personales derechos, con número de cedula 1710045186; en consecuencia de conformidad a lo previsto en el artículo 424 ibídem se declara con lugar al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación en el lugar señalado al señor PABLO EUSEVIO CARRILLO SINALUISA, por sus propios derechos, con una copia de la demanda y este auto inicial, de acuerdo con los Arts. 53 y siguientes del COGEP, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, diligencia que se efectuará por medio de la Empresa Pública de Correos del Ecuador EP.CUARTO.- CONTESTACIÓN.- Se concede al fallido el término de DIEZ DÍAS (10) a partir de la citación para que se oponga pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el Art. 426 del Código Orgánico General de Procesos.QUINTO.- DILIGENCIAS.- 1.Oportunamente y una vez citado el deudor se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral 1 del Art. 424 del COGEP; 2.- Se requiere al deudor conforme al numeral 2 del artículo 424 COGEP, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 3.- Se designa como Síndica a CALERO MUÑOZ DORIS PAULINA (09951557646/ doris.calero@ hotmail.com) quien se le notificará en legal forma, y será la depositaria de los bienes del fallido, para lo cual, se le designará día y hora para su posesión así como el término para la presentación del respectivo informe, una vez que haya fenecido el término para que el demandado presente oposición y no lo hiciere; 4.- No se dispone la práctica del embargo señalado en el número 4 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos por cuanto no se ha justificado lo determinado en el inciso segundo del Art. 375 y numeral 4 del artículo 377 del invocado cuerpo legal; 5.- Se dispone la anotación de insolvencia en el registro virtual del Consejo de la Judicatura conforme el numeral 5 del Art. 423 ibídem; 6.- Únicamente después de transcurridos los diez días concedidos para la oposición del deudor conforme el Art. 426 ibídem, se publicará en la página web del Consejo de la
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Revista judicial C10
MARTES 3 de ABRIL de 2018 La Hora Quito, ecuador
Judicatura el auto que se declara la insolvencia, conforme dispone el numeral 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos; 7.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra del señor PABLO EUSEVIO CARRILLO SINALUISA; 8.- Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, tanto en el Registro de la Propiedad como en el Registro Mercantil de este cantón Quito; 9.- Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 10- Se prohíbe al señor PABLO EUSEVIO CARRILLO SINALUISA, con cedula de ciudadanía 1710045186, ausentarse del territorio nacional ecuatoriano, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio.- SEXTO.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.-Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el patrocinador de la entidad accionante y demás profesionales nominados en la demanda.-Actúa la Ab. Lourdes González en su calidad de Secretario encargado.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. F).- Dr. Pancho Males Edwin. JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 19 de marzo del 2018, las 12h02, En virtud del juramento rendido, el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a CARRILLO SINALUISA PABLO EUSEVIO, por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación local, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto. Notifíquese.- F).- Dr. Edwin Cevallos Ampudia, JUEZ.LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DEL LEY, PREVINIENDOL DE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL DENTRO DE LA PRESENTE CAUSA, PARA R EC I B I R P OST E R I O R ES NOTIFICACIONES. Ab. Gilber Colina SECRETARIO Hay firma y sello PAR/108441/AT EXTRACTO CASILLA: 1491 CITACIÓN JUDICIAL A: FLORES PEÑAHERRERA JORGE HERNAN JUICIO: MONITORIO No. 172302017-01395-C.E. CUANTIA: 10.406,17 USD ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A., ARIAS CORONEL JAIME PATRICIO (REPRESENTANTE) D E M A N DA D O : F LO R E S P E Ñ A H E R R E RA J O RG E HERNAN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 2 de febrero del 2017, las 10h33.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Encargada del Despacho de la Dra. Celma Espinosa, en virtud de la razón del sorteo realizado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Código Orgánico General de Procesos COGEP.- PRIMERO: La demanda presentada por Mg. Jaime Patricio Arias Coronel, en calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A., es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los Arts. 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), y está fundamentada
en documentos previstos en el numeral 2 del Art. 356 ibídem; por lo que, se la admite a trámite mediante procedimiento monitorio.- SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el Art. 358 del COGEP, se dispone que el demandado señor JORGE HERNAN FLORES PEÑAHERRERA, en el término de QUINCE (15) días contados a partir de la citación, pague la obligación demandada por concepto del pago de consumos realizados por la compra y/o adquisición de bienes y servicios con la tarjeta de crédito VISA BANCO DEL PICHINCHA No. 4460050000048678, por el valor de USD $10.160,52 (DIEZ MIL CIENTO SESENTA DOLARES 52/100 o presente oposición, proponiendo las excepciones de las que se crea asistido, bajo la prevención de que, en caso de no comparecer dentro del término concedido o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del Art. 358 del COGEP que ordena: “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución, (…)”; caso en el cual, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 360 ibídem, además se deberá cancelar el máximo interés convencional y de mora, calculado a la tasa fijada por el organismo regulador del Sistema Monetario y Financiero, de acuerdo al segmento de crédito, que se generen desde la citación con la demanda; intereses que serán calculados únicamente sobre el capital constante en el resumen del estado de cuenta materia del litigio (fs. 2). Valores que serán liquidados pericialmente. El valor que se dispone su pago, corresponde al capital más intereses (normal y de mora), los demás rubros constantes en la Liquidación, no se hallan debidamente documentados por lo que no se mandan a pagar. TERCERO: CÍTESE con el contenido de la demanda, escrito anterior y este auto interlocutorio de pago al accionado, señor JORGE HERNAN FLORES PEÑAHERRERA, en el lugar que se indica en el escrito de demanda, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 y siguientes del COGEP; previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica. Para el efecto, remítanse las boletas de citación a la oficina correspondiente. CUARTO: Considérese el anuncio de prueba realizado en el libelo inicial de la demanda, para lo cual se observará lo previsto en el Art. 359 ibídem, en el evento de que se formule oposición.Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda y escrito de aclaración a la misma; téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial y electrónica señaladas por el actor para sus notificaciones y la autorización que confiere a sus defensores técnicos.NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- F) Dra. Lizbeth Ron Cadena.- Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 29 de septiembre del 2017, las 12h18.- Vistos: Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia del demandado señor FLORES PEÑAHERRERA JORGE HERNAN, se dispone: CÍTESE al demandado señor FLORES PEÑAHERRERA
JUDICIAL QUITO
JORGE HERNAN, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.- F) DRA. CELMA ESPINOSA VENEGAS. JUEZA Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAR/108450/AT Casilla judicial 5685 UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO CAUSA ALIMENTOS No. DE JUICIO 17203-201711868 DEMANDADO/A SUAREZ PEÑA MARIA FERNANDA ACTOR/A MONTAÑO BRICEÑO SEGUNDO PATRICIO CUANTIA INDETERMINADA JUEZ/A DR. MAX MALDONADO DEMANDA. M O N TA Ñ O BRICEÑO SEGUNDO PATRICIO , con CC 1103298087 de ocupación empleado privado y domiciliado en Madrid España, presenta la demanda de alimentos en contra de la señora SUAREZ PEÑA MARIA FERNANDA, a favor de sus dos hijos , en razón de que el actor tiene la patria potestad, tenencia y cuidado de los menores amparada en los artículos pertinentes de la Costitucion de la Republica y de la ley de la materia. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.-
Todos los animales son iguales, pero algunos más iguales que los demás. G e o r g e O rw e l l Escritor británico.
Quito, 10 de enero de 2018, las 15h30VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito.-, Y en esta fecha se me pone en conocimiento.- a) En lo principal, la DEMANDA DE PENSION ALIMENTICIA propuesta por MONTAÑO BRICEÑO SEGUNDO PATRICIO en contra de SUAREZ PEÑA MARIA FERNANDA, reúne los requisitos formales contemplados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia se califica la demanda, y se acepta a trámite, en procedimiento sumario, conforme lo prescrito en el Art. 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. b) Conforme lo estipulado en el Art. 146 inciso tercero del Código Orgánico General de Procesos, se regula como pensión provisional la suma de CIENTO SESENTA Y DOS CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, más los beneficios legales, en favor de NAYELI FERNANDA Y JHANDRY PATRICIO MONTAÑO SAUREZ , cantidad que deberá ser depositada por la demandada señora SUAREZ PEÑA MARIA FERNANDA, en mesadas anticipadas, dentro de los primeros cinco días de cada mes, para lo cual se dispone remitir el expediente a la Oficina de Pagaduría de la Unidad judicial, para la vinculación de la cuenta de ahorros del Banco Pacifico No. 1051283840 al Sistema Único de Pensiones alimenticias (SUPA); la pensión antes fijada
rige a partir del 14 de noviembre del 2017, es decir desde la fecha de presentación de la demanda. c) CITACIÓN, cumplido que ha sido el juramento previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos conforme consta del acta de fojas 34 de los autos se dispone: una vez que el accionante ha justificado documentadamente haber realizado todas las diligencias posibles a fin de localizar a la demandada y por cuanto ha rendido su juramento conforme lo establece la referida norma en su inciso segundo.- Cítese a la demandada señora MARIA FERNANDA SUAREZ PEÑA, mediante tres publicaciones que se deberán realizar en tres fechas distintas en uno de los diarios de circulación nacional, para cuyo efecto por secretaría se remitirá el extracto respectivo en el que deberá constar una síntesis de la demanda, el auto de calificación.- Se advierte a la demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar casilla judicial y correo electrónico en esta ciudad de Quito y dentro de la presente causa asignada con el No. 17203-2017-11868, según lo dispuesto en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos para recibir sus notificaciones, través de un profesional del Derecho con la respectiva Procuración Judicial, con las debidas facultades previstas para este tipo de casos así como, que en caso de no comparecer dentro de veinte días después de la última publicación, podrá ser juzgado y declarado en rebeldía.-d) A la luz de lo prescrito en el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de
Procesos, se concede a la parte demandada el término de diez días para que dé contestación a la demanda. e) En atención a los medios de prueba ofrecidos por el actor, se dispone: 1) Ofíciese al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, a fin de que en el término de cuarenta y ocho horas contados a partir de su notificación, conforme lo establece el Art. Innumerado 18 de la Ley Reformatoria del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, para que certifique el reporte de remuneraciones de la o el demandado señora MARIA FERNANDA SUAREZ PEÑA, portador de la C.C. No. 110389210-3 .- (f) Conforme lo previsto en los artículos 188 y 333 numeral 4 del Código Orgánico General del Procesos en AUDIENCIA ÚNICA recéptese la declaración de parte de la señora MARIA FERNANDA SUAREZ PEÑA.-(g) No se dispone la medida cautelar de la prohibición de ausentarse del territorio nacional del demandado, en cumplimiento a lo dispuesto en Sentencia No. 012-17-SIN-CC emitida por la Corte Constitucional del Ecuador, aprobada por el Pleno de la Corte Constitucional el 10 de mayo de 2017 y suscrita por el Presidente el 19 de mayo de 2017, numeral 4 de la misma.(h).-Téngase en cuenta el anuncio de prueba documental que realiza parte actora.-(i) Téngase en cuenta la cuantía y el trámite señalado. HAGASE SABER. Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB. DAISY ZABALA AGUILAR SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Hay firma y sello P-230707/MFPAP70323 R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: A LOS HEREDEROS DE LOS QUE EN VIDA SE LLAMARON TAPUY SHIGUANGO BLAS EDUARDO Y SHIGUANGO GREFA JACINTA JOAQUINA,
Guayllabamba, 02 de abril 2018
CONVOCATORIA Se convoca a todos los Socios de la Compañía CENTRO INTEGRAL MATERNO INFANTIL NEOGESTION CIA. LTDA. a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS, con el carácter de obligatorio que se realizará el día 17 de abril del 2018 a las 18:00 en la dirección de la compañía: Calle OE19A N74-56 y Francisco Montalvo Sector Piñal Alto, para tratar el siguiente orden del día: 1. Conocer y resolver sobre el informe del Gerente General por el ejercicio económico del año 2017. 2. Conocer el informe de los Auditores Externos del periodo 2017. 3. Conocer y resolver sobre el Conjunto completo de Estados Financieros, por el ejercicio económico del año 2017. 4. Resolver sobre los resultados de la Compañía por el ejercicio económico del año 2017. Se convoca de manera individual al señor Diego Castillo, en calidad de Contador de la empresa. Quito, DM 2 de abril de 2018 Dr. Paúl Villares Paredes GERENTE GENERAL CENTRO INTEGRAL MATERNO INFANTIL NEOGESTION CIA. LTDA.
PAP/70341/AS
CONVOCATORIA
SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, la Sra. GREFA TANGUILA MARGARITA, ha presentado un juicio ORDINARIO, en contra de: TAPUY SHIGUANGO BLAS EDUARDO, CASTRO MARTINEZ ROBERTO CARLOS, al cual se le asignó el No. 15301-2013-0248, cuyo extracto es como sigue: AUTO 20/09/2013, 16h53: “VISTOS: La demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los demás requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite ordinario, disponiéndose correr traslado con la demanda y ésta providencia a los demandados señores: Domingo Tapuy Shiguango y Roberto Carlos Castro Martínez en sus calidades de herederos de los señores Jacinta Joaquina Shiguango Grefa y Blas Eduardo Tapuy Shiguango (…)Cíteseles a los demandados: Domingo Tapuy Shiguango en su calidad de herederos del señor Blas Eduardo Tapuy Shiguango, en el lugar que se indica, mediante comisión dirigida al señor comisario Nacional de Policía del cantón Archidona; al señor Roberto Carlos Castro Martínez, mediante deprecatorio a uno de los señores Jueces de lo Civil de Pichincha; para que dentro del término legal de quince días contesten proponiendo conjuntamente las excepciones dilatorias y perentorias de que se crean asistidos, con apercibimiento en rebeldía. Agréguese al proceso la documentación adjunta.- NOTIFÍQUESE.” AUTO 20/02/2018, 16H37, “(…) 1) Dese cumplimiento a lo resuelto por la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Napo; esto es, cítense a los herederos de los demandados quienes en vida se llamaron TAPUY SHIGUANGO BLAS EDUARDO y SHIGUANGO GREFA JACINTA JOAQUINA, mediante la publicación por el diario “LA HORA”, tal como lo prescribe el Art. 83 de Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Art 82 del mismo cuerpo de Ley; para el efecto, la Actuaria de este despacho
concederá de forma inmediata el extracto respectivo.-“ Lo certifico, Tena, 16 de marzo de 2018. Ab. Jennfier Zúñiga Galviz S E C R E TA R I A U N I DA D JUDICIAL CIVIL Hay Firma y Sello PAP/70312/AS EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: BENAVIDES VALLEJO KAROL MARINE y CASTRO CANDO JOFFRE VLADIMIR ACTOR: BANCO COLIVARIANO C.A. DEMANDADOS: BENAVIDES VALLEJO KAROL MARINE y CASTRO CANDO JOFFRE VLADIMIR TRAMITE: VERBAL SUMARIO N°. 17313-2009-0011 CUANTÍA: DOS MIL DOLARES (USD. $ 2.000,00) JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA, Quito, 19 de enero del 2009, las 10h42.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez Suplente en virtud del Oficio No. 927-DP-DDP-JAR-07 de 5 de Diciembre del 2007 y en virtud del sorteo legal precedente. La demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley. Por consiguiente se dispone que los señores JOFFRE VLADIMIR CASTRO CANDO y KAROL MARINE BENAVIDES VALLEJO, cumplan con su obligación o propongan excepciones en el término de tres días. Cítese a los demandados en el lugar indicado. Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado por la parte actora y agréguese al proceso la documentación acompañada. Previo dejar copias y recibo en autos, desglósese la documentación solicitada por el actor. Notifíquese.- f) Dr. Rubén Cevallos Fabara. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA “FLORES PARA EL MUNDO FLORMUNDO CIA. LTDA.”
Se convoca a los Socios de la Compañía de Transportes los “Amancayes” S. A. a la Junta General de Accionistas Ordinaria, que se realizará el día jueves 12 de abril del presente año a las 10:00 am en la oficina de la Compañía ubicada en la Parroquia de Guayllabamba Sector Chaquibamba Barrio “Los Laureles”. Para tratar el siguiente orden del día:
Se convoca a los Socios de la compañía “FLORES PARA EL MUNDO FLORMUNDO CIA LTDA” a Junta General Extraordinaria de Socios que se celebrara el día 13 de abril del 2018 a las 10:00 Horas en el salón de reuniones de la empresa Expoflor Cía. Ltda. ubicada en la Urcesino Lucas Baquero E1-36 y N16A María Isabel Anderson, del Distrito Metropolitano de Quito, Parroquia Puembo, Barrio Mangahuantag, de la Provincia de Pichincha. El punto a tratar en esta junta será el siguiente:
1. Constatación del quórum 2. Instalación de la Junta 3. Informe de gestión de parte del Gerente 4. Lectura y Aprobación de Balances Económicos por parte de la licenciada Ana Carvajal 5. Resoluciones
Conocimiento de la comunicación de fecha 27 de marzo de 2018 dirigida al Gerente General de la compañía por parte del órgano de control a través de su delegado y resolución respecto de las cuentas de pasivo y patrimonio de la compañía.
Se convoca de manera especial a la señora Rosa Elena Carvajal Martínez Comisaria de la Compañía de Transportes “Los Amancayes” S. A. Atentamente, Sr. Wilson Fabián Guamialama GERENTE GENERAL
PAP/70342/AS
De conformidad con el Art. 242 de la Ley de Compañías, se convoca de manera especial y expresa a la reunión de la Junta General Extraordinaria de Socios, al CPA señor Mario Yela Mayorga, Comisario de la Compañía a quien se convocará además con el contenido de la presente convocatoria en su dirección, en el Kilómetro 8 de la Panamericana Norte, Conjunto Habitacional Jardines de Carcelén de esta ciudad de Quito. Jaime Rafael Troncoso Páez. Gerente General. “FLORES PARA EL MUNDO FLORMUNDO CIA LTDA” PAP/70344/AS
EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: CONSUELO DEL PILAR MORALES ACTORA: DOCTORA GLENDA MAGALY AGUIRRE BENALCÁZAR, PROCURADORA DEL BANCO GUAYAQUIL S.A. DEMANDADA: CONSUELO DEL PILAR MORALES JUICIO: 17230 - 2017 15794 - MATERIA CIVILEJECUTIVO CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO CUANTÍA: $ 13.000,00 DEFENSORAS: DOCTORAS, MARÍA GABRIELA ENDARA BUENDÍA y ANAHÍ ZAMBRANO ASANZA CASILLA JUDICIAL: 3445 – CORREO ELECTRÓNICO: gabrielaendarabuendia@ hotmail.com ; anahizambranoa@yahoo.com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: …. 9.-Que en sentencia se condene a la señora MORALES CONSUELO DEL PILAR al pago de los siguientes rubros: a) Los dividendos vencidos así como los dividendos declarados vencidos en esta demanda, constantes en las tablas de amortización que se agregan, b) Los intereses de mora generados desde el vencimiento de la obligación, hasta el pago total de la misma, c) Las costas procesales. Ofrezco reconocer pagos parciales.- . AUTO ADMISORIO.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 28 de noviembre del 2017,las 16h34 VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede. 1) Por cuanto se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en auto anterior, se califica la demanda que antecede de clara, precisa y reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma que se fundamenta en un Contrato de Mutuo, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 3 del 347 del mismo Código, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo previsto en el Art. 348 ibídem, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 2) Cítese a la demandada señora CONSUELO DEL PILAR MORALES, en el lugar que se señal; para tal propósito, remítase despacho suficiente a la oficina encargada de practicar dicha diligencia, debiendo la parte interesada acercarse a esta Unidad Judicial, para proveer de las copias necesarias a fin de elaborar el despacho correspondiente. 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código procesal vigente. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. 5) Agréguese la documentación que se acompaña. Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada con el instrumento que adjunta, casilla judicial y los correos electrónicos señalados, así como la autorización que confiere a su defensa. Notifíquese y Cítese.- f) Dr. Paúl Narváez, JUEZ.AUTO DE SUSTANCIACIÓN.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LAM PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 19 de marzo del 2018, las 15h33, VISTOS: Continuando con la sustanciación del proceso. En virtud del juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado CONSUELO DEL PILAR MORALES, mediante publicaciones realizadas por la prensa, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para tal propósito, la parte interesada acérquese a esta Unidad Judicial a retirar el extracto correspondiente a fin de dar cumplimiento a la presente disposición. Notifíquese. f) Dr. Paúl Narváez, JUEZ Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.CERTIFICO.DR. ALEXANDER VENEGAS
PAB/19183/AS(1)
Quito, lunes 20 de noviembre del 2017, las 14h17.-Por cuanto, el banco demandante, a través de su Procurador Judicial, ha declarado bajo juramento que le ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los demandados BENAVIDES VALLEJO KAROL MARINE y CASTRO CANDO JOFFRE VLADIMIR; y, que ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a los nombrados demandados, como acudir a los registros de público acceso; en acatamiento a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, se dispone citar con un extracto de la demanda y esta providencia, a los demandados, BENAVIDES VALLEJO KAROL MARINE y CASTRO CANDO JOFFRE VLADIMIR; por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas; en un periódico de amplia circulación de esta ciudad; para este fin, por Secretaría, elabórese el extracto correspondiente y remítaselo al accionante a la casilla judicial por ellos señalada.- Notifíquese. F) DR. EDWIN CEVALLOS AMPUDIA. JUEZ. Lo que comunico a ustedes para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial dentro de la presente causa, para recibir posteriores notificaciones Ab. Gilber Colina SECRETARIO Unidad Judicial Civil Con Sede En La Parroquia Iñaquito Del Distrito Metropolitano De Quito, Provincia De Pichincha Hay firma y sello PAP/70325/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL: AL DEMANDADO FREIRE POVEDA MARCELO AGUSTIN ACTOR: AB. MARCELO Q U I N AT O A V E L ATA PROCURADOR JUDICIAL BANCO BOLIVARIANO C. A. DEMANDADO: FREIRE POVEDA MARCELO AGUSTIN TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD 9.000,00 FECHA DE INICIACIÓN: 24 DE NOVIEMBRE 2015 JUICIO No. 17230-2015-19770 JUEZ: AB. MARÍA CRISTINA VELA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 09 de marzo del 2016, a las 13h22.- VISTOS. - Por cumplido lo dispuesto en providencia inicial y en lo principal, la demanda que antecede, es clara y reúne los requisitos de Ley. Los ejecutados SRS. POVEDA PROAÑO SENOVIA EMILIA y FREIRE POVEDA MARCELO AGUSTIN, en el término de tres días paguen la obligación demandada conforme a lo previsto en el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil o proponga excepciones. Cítese a los demandados en el lugar indicado para el efecto, a cuyo objeto remítase atento deprecatorio al señor Juez de lo Civil del Cantón Rumiñahui provincia de Pichincha, al mismo se le remitirá las boletas respectivas para la citación y se le ofrece reciprocidad en casos análogos. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el AB. MARCELO QUINATOA VELATA en su calidad de Procuradora Judicial del BANCO DEL BOLIVARIANO C. A., conforme lo acredita el documento adjunto y el Casillero Judicial señalado. Tómese nota del casillero Judicial señalado y agréguese al proceso los documentos adjuntos. f).- Dr. Edwin German Pancho. Juez Encargado. NOTIFIQUESE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 09 de enero del 2018, a las 16H18. En atención al juramento rendido y de conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO Hay Firma y Sello
PAB/19183/AS(2)
General de Procesos, cítese al demandado señor FREIRE POVEDA MARCELO AGUSTIN, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un diario de amplia circulación en esta ciudad de Quito, para lo cual confiérase el extracto correspondiente.- f) Ab. María Cristina Vela. Jueza. NOTIFÍQUESE. DR. JOSÉ RAÚL VALENCIA SECRETARIO (E) Hay firma y sello PAP/70326/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: LUCIA DEL ROSARIO SOSA HIDALGO Y JAIME PATRICIO ARIAS CORONEL JUICIO No. 17303-2007-1058. ACTOR: BANCO BOLIVARIANO C.A., AB. ANGEL MARCELO Q U I N AT O A V E L ATA PROCURADOR JUDICIAL DEMANDADO: LUCIA DEL ROSARIO SOSA HIDALGO Y JAIME PATRICIO ARIAS CORONEL TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: UDS. $1.900,00 CASILLA JUDICIAL No.2326 PROVIDENCIAS: JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 18 de diciembre del 2007, las 10h32.- VISTOS. Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez TITULAR de esta Judicatura, según oficio No. 968-DDP-JAR del 19 de Junio del ano en curso y en virtud del sorteo realizado por la oficina respectiva. En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley. En consecuencia, los señores LUCIA DEL ROSARIO SOSA HIDALGO Y JAIME PATRICIO ARIAS CORONEL, cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones en el término de tres días, bajo prevenciones legales. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la actora y la calidad que comparece a juicio según procuración judicial adjunta. Agréguese la documentación acompañada. Cítese en los lugares indicados. Dejándose fotocopia y recibo en autos desglósese y entréguese al señor Luis Guerrero, los documentos solicitados. Notifíquese.- f) Julio César Amores Robalino, Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 9 de febrero del 2018, las 14h04. En virtud del juramento rendido por el actor, y de conformidad con el Art. 56 del COGEP se dispone que se cite por la prensa a los demandados LUCIA DEL ROSARIO SOSA HIDALGO Y JAIME PATRICIO ARIAS CORONEL, en uno de los diarios de mayor circulación, para lo cual confiérase el extracto correspondiente.Notifíquese f) Erazo Navarrete Grimanesa Marisol, Jueza Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señar la casilla judicial y correo electrónico. Ab. Marcos Simancas Quinche SECRETARIO Hay firma y sello PAP/70327/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON SHUSHUFINDI PROVINCIA DE SUCUMBIOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en la misma a los demandados: AGUILAR M ATA I L O FRANCISCO LEONIDAS, o a quien tenga interés y el derecho de oposición, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: AGUILAR MATAILO EDY E F RA I N D E M A N DA D OS : AGUILAR MATAILO FRANCISCO LEONIDAS JUICIO: 21332-201700937 CAUSA: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO TRAMITE: ORDINARIO
Un hombre que ha cometido un error y no lo corrige está cometiendo otro error. Confucio. Pensador chino. CUANTIA: $ 47.601,48 CASILLA JUDICIAL: 306 FUNDAMENTOS: Arts. 603, 715, 2392 y siguientes del C. Civil; Arts.-56 del COGEP UNIDAD JUDICIAL: MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI.AGUILAR MATAILO EDY EFRAIN, de nacionalidad ecuatoriana, con cedula de ciudadanía N° 110380922-2, de estado civil soltero, de 34 años de edad, de ocupación agricultor, domiciliado en el pre-cooperativa Puyango, perteneciente al cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, comparezco con mi patrocinador el señor Abogado Carlos Torres, a quien autorizo para que de forma individual cuanto escrito sea necesario en defensa de mis intereses, señalando para mis notificaciones el casillero judicial 306, correo electrónico vmchuquitarco@ gmail.com y señalo el número 1801722016 como mi Casillero Judicial Electrónico; ante usted señor Juez, respetuosamente propongo la siguiente demanda de PRESCRIPCION E X T R A O R D I N A R I A ADQUISITIVA DE DOMINIO:1.IDENTIFICACION DE LOS DEMANDADOS. a) El demandado AGUILAR MATAILO FRANCISCO LEONIDAS, es de estado civil soltero, con cedula de ciudadanía 171335904-8.b)A las posibles personas interesadas en el bien inmueble cuyos derechos quedarán extinguidos con esta acción prescriptiva extraordinaria de dominio.2.LUGAR DE CITACION A LOS DEMANDADOS. Al demandado AGUILAR MATAILO FRANCISCO LEONIDAS y a las posibles personas interesadas se le citara por medio de la prensa, acorde a lo dispuesto en los artículos 56 y 58 del COGEP, Declaro bajo juramento que a más de desconocer y ser imposible determinar la individualidad de las posibles personas interesadas, por obvias razones también desconozco sus domicilios civiles o sus direcciones electrónicas. Cuéntese con el Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado municipal del cantón Shushufindi, quienes deberá citárselos en legal y debida forma en sus despachos en el Palacio Municipal que se encuentra ubicado en la calle Orellana, entre calle Aguarico y 10 de Agosto, frente al Parque Central, en esta ciudad y cantón Shushufindi, de conformidad con lo prescrito en la Disposición General DECIMA del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD.De conformidad a lo establecido en el artículo 2413 del Código Civil y, de conformidad con lo establecido en el artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos, inciso cuarto señala: “El juez dispondrá la inscripción en el registro correspondiente, de las demandas que versen sobre dominio o posesión de inmuebles…” se ordenará inscribir la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi, para lo cual el señor Actuario de su Despacho evacuará la diligencia necesaria, de conformidad al Art. 146 del código Orgánico General de Procesos.3.- FUNDAMENTOS DE HECHO.a)Es el caso, Señor Juez, que desde hace más de quince años esto es desde el mes de enero del año 2002, me encuentro en posesión pacifica, tranquila e ininterrumpida, publica, notoria con el ánimo de señor y dueño, lote de terreno rural situado en la Preecooperativa Puyango, que pertenece a la parroquia y, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, comprendido bajo los siguientes linderos y dimensiones: NORTE.- con lote de terreno número 09 del señor Liborio Leiva, en 2.420,00
metros rumbo O-E. SUR.- con lote de terreno número 11 del señor Sergio Leiva, en 2.420,00 metros rumbo O-E. ESTE.- con lote de terreno número 29 del señor Pablo Puma, en 70,00 metros y con el lote rumbo Nro. 28, de Federico Carrera, en 180,00 metros de extensión, rumbo O-E. y por el OESTE.- con Precooperativa Nueva Fortuna en 250 metros, rumbo N-S, cuya cabida es de 60,50 hectáreas de superficie.b)En el mencionado lote de terreno, con mis propios recursos, he realizado las obras y sembríos que detallo a continuación.En las tres construcciones que existían he realizado adecuaciones, Cultivos de cacao, Árboles frutales, como naranja, sapote guabas, limón, Plantación de dominico, barraganete, guineo, rosado. Plantíos de ciclo corto como son maíz, yuca, maní, arroz, etc.Todo el perímetro del área se encuentra cercado con alambre de púas así como nacederos que son cercas vivas en todo el perímetro. Construí dos piscinas para crianza de tilapia. c)El inmueble ya identificado tiene la forma rectangular en el cual desde que me posesione el mes de enero del año 2002, he mantenido la posesión real, material, tranquila, continua, esto es en forma ininterrumpida, pacifica, publica, jamás ninguna persona me ha discutido la posesión que vengo manteniendo, con la intensión de arrebatarme o de desalojarme del lote de terreno, razón por la cual y siendo como es mi posesión de forma continua se ha operado a mi favor la P R E S C R I P C I O N E X T R A O R D I N A R I A ADQUISITIVA DE DOMINIO, del lote de terreno en mención. d) He realizado los pagos de impuesto predial, cuotas en la pre cooperativa, siempre he asistido a sesiones, etc. en la pre cooperativa estoy constando como socio de la misma, Con la cual se demuestra que la posesión ejercida por el actora sobre el inmueble objeto de la demanda, ha sido realizada en forma pacífica, tranquila e ininterrumpida, publica, notoria con el ánimo de señor y dueño, sin reconocer dominio ajeno en relación al mismo.e) Con mi propio esfuerzo contrate los servicios personales del señor Arquitecto Arq. Luis Alfredo Changotasig Quisatasig a fin que realice una Inspección Técnica del lote que es motivo de esta d e m a n d a .4. FUNDAMENTOS DE DERECHO. La presente demanda se encuentra amparada en los artículos Por lo expuesto y amparada en lo establecido en los artículos 603, 715, 2392, 2393, 2398, 2405, 2410, 2411, 2413 y siguientes del Código Civil vigente. De esta manera he señalado con claridad y precisión el fundamento legal, dando cumplimiento a lo dispuesto en al artículo 142.6 del COGEP.5.ANUNCIO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA QUE SE OFRECE PARA ACREDITAR LOS HECHOS. Los medios de prueba que de conformidad con lo que dispone el artículo 142.7 del COGEP, para acreditar los hechos señalados en líneas anteriores que me propongo actuar, son los siguientes: 5.1.- Pruebas Documentales.Certificado de Gravámenes, emitido por el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi, que avala la existencia del lote. Factura de Pago de Impuesto Predial del año 2017. Factura de pago de luz. Informe de Inspección Técnica realizada por el Arq. Luis Alfredo Changotasig Quisatasig en la propiedad antes singularizada que consta de 16 fojas. Certificado de presidente de la Pre - co o p e ra t i va . Oficio Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Copia de mi cedula y certificado
de votación. Copia de la credencial de mi abogado. 5.2.Pruebas Testimoniales.- Se recepten los testimonios de las siguientes personas:Arq. Luis Alfredo Changotasig Quisatasig quien dará a conocer sobre el numeral 3 de los fundamentos de hecho literal e). de la inspección técnica realizada en la propiedad, al mismo se le notificara para su comparecencia en el casillero Judicial 306, correo electrónico vmchuquitarco@ gmail.com y casillero electrónico número 1801722016, el mencionado Arq. Es Perito Acreditado por el Consejo de la Judicatura con licencia profesional número FO-007. Darwin Rolando Andrade Intriago con numero de cedula 150040155-7 con domicilio en el cantón Shushufindi, quien dará a conocer sobre el numeral 3 de los fundamentos de hecho literales a, b, c, d, al mismo se le notificara para su comparecencia en el casillero Judicial 306, correo electrónico vmchuquitarco@ gmail.com y casillero electrónico número 1801722016. Freddy Geovanny Vargas Guapi con numero de cedula 210045208-1 con domicilio en el cantón Shushufindi, quien dará a conocer sobre el numeral 3 de los fundamentos de hecho literales a, b, c, d, al mismo se le notificara para su comparecencia en el casillero Judicial 306, correo electrónico vmchuquitarco@ gmail.com y casillero electrónico número 1801722016. Las preguntas se les formulara en el momento mismo de la diligencia, anticipo que las preguntas serán legales y constitucionales. 5.3.- Inspección Judicial.Constatación personal por parte del Juzgador, a través de todos los sentidos, los hechos materiales que fundamentan mi demanda. De conformidad con los artículos 228 y 229 del COGEP. 6.- PRETENSION. 6.1.Con la calificación de la demanda, se mande a inscribirla en el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi acorde al artículo 146 inciso 5 del Código orgánico General de Procesos. Por la acción de prescripción que ejerzo en este acto de dominio, y que demando al señor AGUILAR MATAILO FRANCISCO LEONIDAS con cedula número 171335904-8 y a todas las personas que puedan haber tenido derechos que quedaron extintos por la acción de prescripción que ejerzo en este acto de dominio, para que en sentencia se sirva declararme como dueño y propietario del inmueble rural situado en la Pree-cooperativa Puyango que pertenece a la parroquia y, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, comprendido bajo los siguientes linderos y dimensiones: NORTE.- con lote de terreno número 09 del señor Liborio Leiva, en 2.420,00 metros rumbo O-E. SUR.- con lote de terreno número 11 del señor Sergio Leiva, en 2.420,00 metros rumbo O-E. ESTE.- con lote de terreno número 29 del señor Pablo Puma, en 70,00 metros y con el lote rumbo Nro. 28, de Federico Carrera, en 180,00 metros de extensión, rumbo O-E. y por el OESTE.- con Pre-cooperativa Nueva Fortuna en 250 metros, rumbo N-S, cuya cabida es de 60,50 hectáreas de superficie.6.2.- Debiendo disponer la inscripción de la sentencia de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio, en el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi, una vez que se haya protocolizado en una de las Notarías del país, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 2413 del Código Civil vigente. 7.- CUANTIA. La cuantía de la presente acción es de $47.601,48 dólares americanos, el mismo que corresponde al AVALUO, fijado por el Gobierno Autónomo Descentralizado Muni c ipa l d el ca nt ó n Shushufindi, para el año 2017. 8.- PROCEDIMIENTO QUE DEBE DARSE A LA CAUSA. La presente causa, conforme lo prescribe el artículo 289, deberá tramitarse por Procedimiento Ordinario del Código Orgánico General de Procesos y articulo 290 Ibídem. Acompaño copias documentos personales y, copia de credencial de mi defensor. Por ser de procedimiento legal
Revista judicial MARTES 3 de ABRIL de 2018 La Hora Quito, ecuador se servirá atender conforme solicito. Firmo conjuntamente con mi abogado debidamente autorizado. Edy Efraín Aguilar Matailo. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI.-, Shushufindi, jueves 1 de febrero del 2018, las 17h28, VISTOS: Se dispone se incorpore al proceso la declaración juramentada realizada por el demandante Aguilar Matailo Edy Efraín, que ha sido puesta a despacho del Juez el día de hoy 01 de febrero del 2018; en lo principal, la demanda propuesta por el antes nombrado Aguilar Matailo Edy Efraín, con cédula de ciudadanía No. 1103809222, en contra de Aguilar Matailo Francisco Leonidas con cédula de ciudadanía No. 1713359048, y de todas aquellas personas que pudieran tener interés en la causa, es clara, precisa, completa y reúne los presupuestos determinados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite al trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme lo disponen los Arts. 289, 291 y siguientes del Código en referencia; en consecuencia, con el contenido de la demanda, auto de calificación y anuncios probatorios, cítese a los demandados Aguilar Matailo Francisco Leonidas y demás personas que puedan tener interés en la causa a través de uno de los diarios de mayor circulación nacional, conforme lo dispone el inciso segundo del Art. 56 del referido Código, mediante tres publicaciones realizadas en tres días distintos, a cuyos demandados se les concede el término de treinta días para contestar la demanda la que contendrá los presupuestos determinados en los Arts. 151 y 152 del cuerpo legal referido, previniéndoles de la obligación de señalar casillero electrónico para sus notificaciones y designar defensor, bajo apercibimiento que de no comparecer a juicio se continuará con el trámite respectivo. Cuéntese en la presente causa con los señores Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Descentralizado Municipal del Cantón Shushufindi, a quienes se les citará en sus respectivos despachos, acorde con lo dispuesto en la Disposición General Décimo del COOTAD. Inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad, conforme el Art. 146 inciso sexto del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual notifíquese a la señora Registradora de la Propiedad. Tómese en cuenta los anuncios probatorios efectuados de cuya admisibilidad se resolverá en audiencia preliminar, la cuantía señalada, el trámite especificado, el domicilio en el que se ha de notificar a la demandante y la autorización que confiere a su defensor. Actúe el Ab. Rodrigo Vásquez, Secretario del despacho. Hágase saber. Abg. Rodrigo Alejandro Vásquez Álvarez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI Hay Firma y Sello PAP/70345/AS REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: SEÑOR JORGE ANIBAL CERON ROSERO CAUSA: EJECUTIVO-COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN No. 17233-2017-02073 ACTOR: AB. JORGE ANDRES PEÑAFIEL C.A, en calidad de Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A DEMANDADO: JORGE ANIBAL CERON ROSERO Cuantía: U.S.D. 7.487,03
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JUEZ: AB. FELIPE PATRICIO LARREA DÁVALOS SECRETARIA: AB. LADY ESTEFANÍA ALVARADO LÓPEZ PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 17 de noviembre del 2017, las 14h26. VISTOS.En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, avoco conocimiento de la presente causa, según acción de personal No. 3582-DP17-2017MP.- Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal: PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, por cuanto el pagare a la orden que adjunta constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 5 ibídem, en concordancia con el Art. 486 del Código de Comercio, misma que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible conforme lo determina el Art. 348 del mismo COGEP; en tal virtud se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.- CONTESTACIÓN.Se concede a la parte demandada el término de QUINCE (15) días para que conteste a la demanda conforme lo determina el Art. 351 del COGEP, contestación que deberá reunir los requisitos de los Arts. 142, 143, 151, 152 y demás pertinentes ibídem; de ser el caso deberán proponer alguna de las excepciones previstas en el Art. 353 ibídem, bajo prevención que, de no hacerlo SE PRONUNCIARÁ SENTENCIA, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del mismo cuerpo legal.- TERCERO.- CITACIÓN.Se ordena la citación en el lugar señalado al demandado señor CERON ROSERO JORGE ANIBAL, en calidad de deudor, a quien se le citará con una copia de la demanda y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, diligencia que se efectuará por medio de la Empresa Pública de Correos del Ecuador EP.- La parte actora comparezca a esta Unidad Judicial y preste las facilidades necesarias, respecto a las copias para la citación del demandado.- CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- De ser procedente, previo ejercicio de admisibilidad, se dispondrá la producción de los medios probatorios anunciados por la parte actora.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la demanda.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se encuentra a su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.- QUINTO.PROVIDENCIA PREVENTIVA.De conformidad con lo establecido en el Art. 70 de la Ley de Seguridad Social que dispone: “Art. 70.- Inembargabilidad, patrimonio familiar y prohibición de enajenar inmuebles adquiridos con préstamos hipotecarios del IESS.- Las propiedades adquiridas por los afiliados con préstamos del Instituto serán inembargables, excepto para el pago de créditos al IESS, y constituirán patrimonio familiar. Tampoco podrán enajenarse ni gravarse con otras hipotecas o derechos reales, si no hubiere la autorización expresa del Director General o Provincial del Instituto”; en tal virtud, se niega la providencia
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MARTES 3 de ABRIL de 2018 La Hora Quito, ecuador
preventiva solicitada.- SEXTO.Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la calidad en la que comparecen sus abogados defensores.- Actúe la Ab. Lourdes González en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) DR. PANCHO MALES EDWIN GERMAN, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 23 de marzo del 2018, las 15h24, VISTOS: En lo principal una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto de sustanciación de fecha 15 de marzo del 2018, las 09h17, una vez que ha declarado bajo juramento la parte actora respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia del demandado, se dispone cítese con el extracto al demandado señor JORGE ANIBAL CERON ROSERO, con el auto inicial y este auto por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiérase el respectivo extracto. Actúe como Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, la Abg. Lady Estefania Alvarado López, mediante Acción de Personal No. 2007-DP17-2018-KV de fecha 14 de febrero del 2018.NOTIFÍQUESE y CÍTESE f) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DÁVALOS, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial ABG. LADY ESTEFANIA ALVARADO LOPEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay Firma y Sello PAB/19190/AS REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: SEÑORA DENNY ELIZABEL MARCILLO MARCILLO CAUSA: EJECUTIVO-COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN No. 17233-2017-02086 ACTOR: AB. JORGE ANDRES PEÑAFIEL C.A, en calidad de Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A D E M A N DA D O : DENNY ELIZABEL M A RC I L LO MARCILLO Cuantía: U.S.D. 9.656,28 JUEZ: AB. FELIPE PATRICIO LARREA DÁVALOS SECRETARIA: AB. LADY ESTEFANÍA ALVARADO LÓPEZ PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 10 de noviembre del 2017, las 14h24. VISTOS.En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, avoco conocimiento de la presente causa.- Agréguese al proceso la documentación y el escrito que anteceden.- En lo principal se dispone: PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, por cuanto el pagare a la orden que adjunta constituye título ejecu-
tivo al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 5 ibídem, en concordancia con el Art. 486 del Código de Comercio, misma que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible conforme lo determina el Art. 348 del mismo COGEP; en tal virtud se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.- CONTESTACIÓN.Se concede a la parte demandada el término de QUINCE (15) días para que conteste a la demanda conforme lo determina el Art. 351 del COGEP, contestación que deberá reunir los requisitos de los Arts. 142, 143, 151, 152 y demás pertinentes ibídem; de ser el caso deberán proponer alguna de las excepciones previstas en el Art. 353 ibídem, bajo prevención que, de no hacerlo SE PRONUNCIARÁ SENTENCIA, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del mismo cuerpo legal.- TERCERO.- CITACIÓN.Se ordena la citación en el lugar señalado al demandado señor MARCILLO MARCILLO DENNY ELIZABEL, en calidad de deudora, a quien se le citará con una copia de la demanda, escrito que completa la misma y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, diligencia que se efectuará por medio de la Empresa Pública de Correos del Ecuador EP.- La parte actora proporcione las copias para la citación de la demandada.- CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- De ser procedente, previo ejercicio de admisibilidad, se dispondrá la producción de los medios probatorios anunciados por la parte actora.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la demanda.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se encuentra a su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.QUINTO.- Regístrese la casilla judicial y los correos electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la calidad en la que comparece su abogado defensor.- Actúe la Ab. Lourdes González en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) DR. PANCHO MALES EDWIN GERMAN, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 23 de marzo del 2018, las 15h19, VISTOS: En lo principal una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto de sustanciación de fecha 15 de marzo del 2018, las 09h16, una vez que ha declarado bajo juramento la parte actora respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia del demandado, se dispone cítese con el extracto a la demandada señora DENNY ELIZABEL MARCILLO MARCILLO, con el auto inicial y este auto por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiérase el respectivo extracto. Actúe como Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, la Abg. Lady Estefania Alvarado López, mediante Acción de Personal No. 2007-DP17-2018-KV de fecha 14 de febrero del 2018.NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- f) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DÁVALOS, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley y prevengo de la
obligación de señalar casillero judicial ABG. LADY ESTEFANIA ALVARADO LOPEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay Firma y Sello PAB/19191/AS R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUI IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) CITACIÓN JUDICIAL A: TATES YAR WALTER MIGUEL, MERA MACIAS SANDRA KATHERINE y TATES YAR JEFFERSON ALEXANDER EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-201712804 Actor: Banco Pichincha C.A. ( Procurador Judicial Peñafiel Cedeño Jorge Andres) Demandado: Mera Macias Sandra Katherine y Otros Tipo/Acción: Ejecutivo-Cobro de Pagare a la Orden Cuantía: $7.721 Inicio: 18 de Septiembre del 2017 Defensor: Ab. Lilian Marcela Carrera Gonzalez Casillero: 4153 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 20 de septiembre del 2017, las 12h23. VISTOS: Avoco conocimiento de la causa mediante acción de personal No. 7903-DNTH-2015 -KP de 2 de junio del 2015, en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- En lo principal, la demanda presentada por la BANCO PICHINCHA C.A., por intermedio de PEÑAFIEL CEDEÑO JORGE ANDRES en calidad de PROCURADOR JUDICIAL, conforme lo acredita con la documentación adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en los Pagarés a la Orden, documentos que constituyen títulos ejecutivos, al tenor de lo previsto en el artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código. En consecuencia, se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo y se ordena la citación a la parte demandada TATES YAR WALTER MIGUEL y MERA MACIAS SANDRA KATHERINE en calidad de deudores principales; y, TATES YAR JEFFERSON ALEXANDER en calidad de garante solidario, en el domicilio señalado en el libelo de demanda, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto de calificación, debiendo remitirse las boletas de citación a la oficina correspondiente (El peticionario prestará las facilidades necesarias), a fin de que se cite a la parte demandada en la forma prevista por los artículos 54 y 55 del COGEP. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado, se ordena que se le haga conocer a la parte demandada por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. En aplicación a lo dispuesto en los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda conforme lo determina el artículos 351 último inciso del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible
Trabajando, he conseguido ascender desde la nada hasta la pobreza más extrema. Groucho Marx Humorista y actor EE.UU. de recurso alguno, conforme lo determina el artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Concédase el desglose solicitado únicamente de la Procuración Judicial adjunta, tomando en consideración lo dispuesto en el artículo 193 del COGEP. Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora en su escrito de demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 20 de marzo del 2018, las 12h00.- Una vez que se ha dado cumplimiento con el auto del 5 de marzo del 2018, 12h13, CÍTESE: a TATES YAR WALTER MIGUEL, MERA MACIAS SANDRA KATHERINE y TATES YAR JEFFERSON ALEXANDER, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para cuyo efecto de manera inmediata y por intermedio de Secretaría de esta Unidad, confiérase el EXTRACTO correspondiente, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico. AB. VERONICA MENA T. SECRETARIA Hay Firma y Sello PAB/19192/AS
ANULACIONES
banco rumiñahui QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8260520100 Nro. Cartola 18366130112 Cliente CRUZ SUAREZ, OMAR-SANTIAGO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8208368900 Nro. Cartola 18079030195 Cliente MARTINEZ BERMEO, VICTORDAMIAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8250386200 Nro. Cartola 18311880266 Cliente BEDOYA CHILA, ANDERSON-ALEXANDER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8067053200 Nro. Cartola 17374150633 Cliente CALI COELLO, EDGAR-WILSON del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de aho-
rros Cta.No.- 8104101000 Nro. Cartola 16888070931 Cliente ABRIL LOMAS, ROLANDODAVID del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8143268700 Nro. Cartola 17446740049 Cliente ORDONEZ FLORES, SARA-GIOCONDA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8457370200 Nro. Cartola 19549350015 Cliente GALVEZ ESPINOZA, SNAIDERDANIEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8411438700 Nro. Cartola 19234880052 Cliente PENA LUDENA, JEAN-CARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8014138700 Nro. Cartola 16535530733 Cliente QUIROZ MOYA, BYRON-IVAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8017822600 Nro. Cartola 16549211023 Cliente ARIAS CARRASCO, MARIO-FERNANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8036134200 Nro. Cartola 16824980920 Cliente MORALES GUALAPURO, MARCO-VINICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8079991900 Nro. Cartola 16651740637 Cliente CHANGO GUILCAZO, EDGARFREDDY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8164238000 Nro. Cartola 17703420053 Cliente GARCIA MALDONADO, JORGEVICENTE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8040222400 Nro. Cartola 17167830532 Cliente VILLA VILLA, MAURICIO-ROLANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.
P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8297095400 Nro. Cartola 18521770018 Cliente QUIZHPE BALBUCA, MARIA-FERNANDA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8380196700 Nro. Cartola 19051040046 Cliente TAIPE MORALES, ERIKA-INES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8047314100 Nro. Cartola 16903760508 Cliente CALDERON PASCUMAL, JOAQUIN-ALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8257702700 Nro. Cartola 18366960104 Cliente SANI ONTANEDA, GABRIELA-ALEXANDRA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8067679500 Nro. Cartola 17107890463 Cliente VILATUNA ALMACHI, SEGUNDO-CESAR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8022136600 Nro. Cartola 17040250601 Cliente CARDENAS MONTENEGRO, RICHARD-ANDRES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8042292100 Nro. Cartola 17095740308 Cliente YEPEZ AYALA, HUGO-HERNAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8028104200 Nro. Cartola 16537040442 Cliente PAREDES REVELO, SEGUNDOCARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8299642200 Nro. Cartola 18545090054 Cliente VILANA SUAREZ, JORGE-LUIS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8038322400 Nro. Cartola 17256680632 Cliente VASCO TIPANTIZA, JULIO-ROLANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (24)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8039103200 Nro. Cartola 16679460192 Cliente CORONADO YEPEZ, NARCISASUSANA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá
reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8409442200 Nro. Cartola 19226320000 Cliente USHINIA ONA, LUIS-ANTONIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (26)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8012060100 Nro. Cartola 16923440321 Cliente BETANCOURT LEON, IRENESUSANA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (27)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8416113300 Nro. Cartola 19277240008 Cliente TACO VILLA, JUAN-LUIS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8165814300 Nro. Cartola 17721840647 Cliente TAPIA PEREZ, CARLOSALFREDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (29)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8236903700 Nro. Cartola 18251610012 Cliente SANGO SIMBANA, PABLOANDRES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (30)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8066137200 Nro. Cartola 16779470661 Cliente CUMBA SIMBANA, ANA-DEL ROCIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (31)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8155129800 Nro. Cartola 17962330514 Cliente UQUILLAS GARCIA, DANIELANDRES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (32)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8023066000 Nro. Cartola 16970470981 Cliente CISNEROS CEVALLOS, CARLOS-JOSE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (33)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8423645500 Nro. Cartola 19339450017 Cliente PILALUMBO CHALUISA, JAIME-ORLANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (34)NR
SEGUNDO MIGUEL, por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso. Ambato, 03 de abril 2018 P*145299 PAP/70331 ======== COOPERATIVA OSCUS LTDA. La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 745038, perteneciente a HIDALGO BELTRAN JOSE GERARDO, por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso. Ambato, 03 de abril 2018 P*145300 PAP/70332
BANCO DEL AUSTRO C o nfo r m e dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 700604/1717004856 emitida a nombre de GONZALEZ NELSON se encuentra extraviada , en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. P/AC/ (1)NR ========= C o nfo r m e dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al público que la libreta/cartola de ahorros No. 117059480/ 0707269 emitida a nombre de JOAQUIN ANTONIO AUQUILLA SANCHEZ se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. P/AC/ (2)NR
banco INTERNACIONAL Por haberse Sustraído se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0700618922 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 2215 Valor: $ 150.00 Fecha de Giro: 19-03-2018. A la orden de: M. Luis P/AC/ ()NR
BANCO BOLIVARIANO BANCO BOLIVARIANO Se comunica al público, la anulación por pérdida/ sustracción del cheque No. 796 al No. 800 presentada por el girador RUIZ YEPEZ PLUTARCO RENAN/ CARTOOLS EQUIPAMIENTO AUTOMOTRIZ Cta. cte. No. 5065019426 P/AC/ (1)NR
ANULACIONES VARIAS COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO OSCUS LTDA. COOPERATIVA OSCUS LTDA. La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 715866, perteneciente a PEÑA ALUCHO
Se notifica la perdida de cheque # 561 por el valor de $3401,43 de la Cuenta # 1140104694 del Banco de Machala PAR/108436/AT ======== Se anula poliza Nº 5925502290799 del Banco Solidario perteneciente a Greta Vega PAP/70290/AS ========