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Quito 25 de junio de 2019

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50c incl. IVA

Quito, Ecuador

martes 25 de junio de 2019

¡Fracaso total! Ni aprendimos, ni ganamos, ni clasificamos, ni nada Página B12

Número total de ejemplares puestos en circulación: 26.591

Tras amenaza, ‘Capaya’ es trasladado a Ambato El exministro de Hidrocarburos y exgerente de Petroecuador, Carlos Pareja Yannuzzelli (‘Capaya’), fue trasladado la tarde de ayer hasta la cárcel de Ambato en medio de un discreto operativo policial. A las 17:30 salió del Centro de Rehablitacón Social de Latacunga en donde se encontraba detenido desde octubre de 2017, cuando resolvió entregarse a la Justicia. Miguel Revelo, abogado defensor, mencionó que la última vez que tuvo contacto con su cliente fue la tarde del domingo, cuando lo halló ‘deprimido’. Página B2

HORA CERO

país

PAÍS

Colegios quiteños muestran retroceso

Arman comité contra la violencia en Buenos Aires

Páginas A2 y A3

Página B3

Destapan los demonios del cura José Tuárez El futuro del presidente del Cpccs se complica cada vez más. Enfrentaría juicio político e investigación judicial. Las presuntas irregularidades que habría cometido el cura José Carlos Tuárez para presentar su candidatura al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) se investigarán, por separado, a través del control político y del judicial. En el primer caso, el asambleísta Fabricio Villamar (CREO) entregará la solicitud de juicio político, ya que considera que el presidente del Cpccs incurrió en prohibiciones constitucionales y legales. En el plano judicial, en tanto, la presidenta de la Unión Nacional de Educadores (UNE), Isabel Vargas, presentó en la Fiscalía una denuncia para que

se lo investigue por perjurio y falso testimonio: “No se puede normalizar la corrupción y peor institucionalizarla”. “No podemos darle el queso al ratón para que esté al frente de un ente de control”, sostuvo. Villamar aseguró que hay las suficientes causales para enjuiciar políticamente, censurar y destituir a Tuárez. Mientras que Vargas considera que existen documentos que sustentan su denuncia, como certificados laborales del sacerdote, su afiliación a un partido político antes de candidatizarse para el Consejo y de otras presuntas irregularidades. Página B1

CONTROL. Pareja fue llevado ayer de un lugar a otro con mucha seguridad.

19 jueces destituidos en cinco meses El Consejo de la Judicatura (CJ) ha destituido, desde que se posesionó, a 19 jueces y a un fiscal por la infracción gravísima de actuar en las causas “con dolo, manifiesta negligencia o error inexcusable”, como establece el artículo 109 numeral 7 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ). En el Pleno del Consejo de la Judicatura se resuelven todos los expedientes. Página B3

PRIMERA SUERTE

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SEGUNDA SUERTE

TERCERA SUERTE

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www.lahora.com.ec lahoraecuador @lahoraecuador

imPLICADO. José Carlos Tuárez.

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HORA CERO A2

QUITO

tiempo lectura 15 min.

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR

Los planteles de la ciudad han perdido protagonismo en el examen Ser Bachiller. La prueba Ser Bachiller está demostrando que los colegios de Quito deben innovar sus propuestas educativas de una forma integral. En los periodos 2015-2016 y 2016-2017, los centros educativos de la capital figuraban en la lista de los 20 mejores colegios del país. Esto, según el promedio obtenido por alumnos en el examen Ser Bachiller. Los resultados y comparativos de las notas del periodo 2017-2018, en cambio, ponen en evidencia que hay un rezago en la calificación que obtienen los estudiantes de la ciudad. Uno de los mejores puntajes de Quito se registró en el periodo 2015-2016. El colegio Saint Patrick obtuvo una nota promedio de 984, con 18 estudiantes evaluados. Esto lo mantuvo en el puesto número 17 de los centros educativos mejor puntuados a escala nacional de ese periodo escolar. El siguiente ciclo el puntaje promedio del colegio fue de 798. En ese periodo el mejor puntuado de la capital fue el Interamericano, que se posicionó como la novena institución con mayor puntaje del país, con un promedio de 866.

SISTEMA. Expertos y docentes piden una mejora integral del sector educativo.

I

Los informes del periodo 2017-2018 muestran un rezago en los puntajes de los futuros bachilleres. La unidad educativa Frau Kilier, ubicada Carcelén, obtuvo un promedio de 891 y se ubicó en el puesto 28 a escala nacional. En un compilado de las 50 unidades educativas con mejores resultados del país del último periodo, solo tres se encuentran en Quito: Frau Kilier (891), Carlos Rivadeneira (886) y Santo Domingo Savio (882). En 2015-2016 hubo 10 instituciones educativas que figuraron entre las 50 mejor puntuadas. Para 2016-2017 ya solo fueron cinco. Análisis

María Sol Villagómez es catedrática de la Universidad Politécnica Salesiana y la Pontificia Universidad Católica del Ecuador experta en la rama de currículo y políticas educativas. Ella explica que para analizar esta realidad hay que realizar un barrido integral de los resultados obtenidos en ciclos anteriores. Destaca que los informes de los periodos 2015-2016, 20162017 y 2017-2018 tienen ciertas características diferentes en sus mayores puntajes obtenidos. En

¿LOS BACHILLERES DE QUITO ESTÁN QUEDANDO REZAGADOS? el primero de estos, el puntaje mayor fue de 998, el siguiente de 893 y el último de 991. Para ella, lo que refleja esto es un estancamiento de las calificacions obtenidas por los bachilleres de la capital. “Existe mayor presencia cuando la vara (el mayor puntaje), es baja. El último informe de resultados demuestra que hay colegios que han mejorado en las diferentes provincias, por lo que aparecen entre las instituciones educativas mejor puntuadas. Pero existe un rezago de los colegios de la ciudad y la provincia con respecto a estas nuevas entidades educativas, que surgen con elevados puntajes”, explica. “Hay que preguntarnos si es que la educación en Quito ha bajado su nivel o si existen instituciones educativas en diferentes provincias, incluso en el ámbito rural, que han logrado incrementar su nivel académico”. Entre las unidades educativas mejor puntuadas en 2017-2018 destacan instituciones de Los Ríos, Bolívar, Manabí y Chimborazo. (ver cuadro) ¿Una prueba es suficiente?

Villagómez detalla que para comprender cómo se desarrolla la educación en la ciudad y el

país es necesario ver más allá del examen. Información emitida por el Ministerio de Educación a La Hora establece “que ordenar a los colegios en relación con su desempeño en la evaluación ‘Ser Bachiller’ no proporciona la información necesaria para conocer el valor agregado de cada institución”. Para Villagómez si bien este exámen es una herramienta que permite medir las destrezas aprendidas por los estudiantes y generar estadística, no refleja la realidad macro de la calidad educativa. “Esto es más preocupante cuando hablamos de un examen que mide a los estudiantes con una sola vara, no de manera integral, y funciona como base para el ingreso a la Universidad Pública”. Agrega que el examen no refleja la realidad de la institución educativa; “pues los jóvenes asisten a cursos privados que más que prepararles en las destrezas que evalúa el examen, los preparan sobre cómo dar la prueba”. Con esto concuerda el gerente del colegio Johannes Kepler, Pablo Ponce, quien explica que en esta institución se desarrolla un

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PLANTELES de la ciudad constan en los 50 colegios mejor puntuados del país en el examen Ser Bachiller del periodo 2017-2018.

enfoque educativo “más integral”. “Nosotros buscamos preparar a los jóvenes para el mundo real. Y el mundo real no lo define un examen que mide ciertas destrezas de los jóvenes y deja de lado habilidades importantes, como el arte, el uso de la palabra, la inteligencia emocional y otros ámbitos”. Edwin Sánchez, docente secundario, cuenta que ha visto que algunos de sus estudiantes, “muy inteligentes y capaces”, terminan con una calificación baja en el examen debido a los nervios del momento o por la presión. De igual manera explica que en institución educativa donde trabajó hace dos años, al no recibir la visita de veedores, se permitió que los estudiantes copien y se ayuden durante el examen. “Los estudiantes que eran más dejados se quedaron al final y los que iban saliendo me contaban que ya los profesores les estaban dejando copiar o ayudarse”. El educador considera que el examen debería rendirse como una forma de evaluar la capacidad de adquirir destrezas de los estudiantes en las instituciones educativas, “mas no como una forma de medir la calidad de los estudiantes”.

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INSTITUCIONES de la ciudad figuraban entre las 50 mejores puntuadas del país en el periodo 2015-2016 y cinco en el periodo 2016-2017.


Aspectos que no se miden

Villagómez explica que hay problemas de fondo en la educación que no se miden con este tipo de exámenes. “Los desafíos son muy grandes aún, no podemos solo centrarnos en la evaluación”, dice. Entre estos destaca la calidad educativa desde docentes y currículo, el acceso al sistema educativo y el nivel de permanencia en el mismo. “Estos son pilares fundamentales que constan dentro del plan de trabajo del Ministerio de Educación, pero a veces parece que se han tenido un poco olvidados”. Por otro lado destaca que la calidad educativa ha estado marcada más por la educación privada que la pública. “Cómo puede ser esto aceptable en un país donde la mayor cantidad de niños y jóvenes se encuentran cursando sus estudios en el sistema de educación público”, se pregunta. Para mejorar esto, según explica, se debe aumentar la inversión en capacitación de docente, hacer evaluaciones internas en los centros educativos, mejorar la infraestructura, repensar y actualizar el material didáctico y académico. “Un país no puede tener educación de excelencia si no invierte en este ámbito”, recalca. La catedrática remarca que en los últimos años se ha evidenciado que otra debilidad del sistema educativo es “la seguridad” ante casos de acoso o violencia. “Debemos crear espacios seguros en las instituciones educativas, para que los estudiantes se sientan cómodos y puedan explotar su potencial”, explica Villagómez. Para Verónica Sierra, directora de la Escuela Pifo, la educación nacional necesita más apoyo de parte de las entidades de control como el Ministerio de Educación. Desde su experiencia en el área rural, explica que la diferencia en contraste a la educación en áreas urbanas es abismal. En su caso llama a optar por una educación más diversificada. “Hay habilidades que se deben inculcar en la educación rural y que no tienen cabida en la urbana”. A su pedido se suma Villagómez. Ella impulsa las propuestas de educación intercultural bilingüe y otras iniciativas que permitan generar acoplamiento del sistema a las diferentes realidades de “un país pluricultural”. Versión oficial

Luis Calle, subsecretario de educación del Distrito, explica que el sistema educativo nacional se encuentra en una etapa de mejora. Para él uno de los mecanismos que permite trabajar en esto es el Acuerdo Nacional por la Educación. “Un factor fundamental que no hemos tomado en consideración los últimos años es la formación del capital humano, representado por los maestros. Ellos son los agentes de cambio.

HORA CERO

El currículo y el sistema educativo ha propuesto un camino interesante, pero aún insuficiente. Es momento de empezar a trabajar duro por mejorar la educación”. I

MARÍA SOL VILLAGÓMEZ

ACADÉMICA EXPERTA EN EDUCACIÓN.

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

A3

Colegios mejor puntuados Nacional

Unidad Educativa 1. Libertador 2. Verbo Divino 3. Ing. Vicente 4. A. Hurtado Pólit Jefferson 5. Primero de Agosto 6. Interamericano 7. Oxford 8. Génesis 9. Academia Naval Cap. 10. Moderna 11. Interamericano CEBI 12. Colegio Antonio Peña Celi 13. Militar Particular 16 de junio 14. Hermano Miguel 15. San Pío X 16. Dr. Alberto Gómez 17. Lago Agrio Amazónico 18. Boston 19. Rosa Cedeño de Granizo 20. Particular Jean Piaget

Financiamiento Privado Fiscomisional Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Público Privado Privado Privado Privado

Ubicación Mocache (Los Ríos) Guaranda (Bolívar) Sucre (Manabí) Riobamba (Chimborazo) Mocache (Los Ríos) Sucre (Manabí) Salcedo (Cotopaxi) Quevedo (Los Ríos) La Libertad (Santa Elena) Milagro (Guayas) Guayaquil (Guayas) Loja (Loja) Machala (El Oro) Latacunga (Cotopaxi) Ambato (Tungurahua) Pelileo (Tungurahua) Lago Agrio (Sucumbios) Guayaquil (Guayas) Portoviejo (Manabí) Guayaquil (Guayas)

Evaluados 28 92 12 30 18 16 36 61 35 38 123 45 70 287 146 22 5 41 26 63

Puntaje 991 949 946 931 931 924 920 919 918 914 910 904 903 902 901 901 900 899 897 895

Colegios mejor puntuados Pichincha - Privados

Unidad Educativa 1.Jahibé 2.Frau Kilier 3.Carlos Rivadeneira 4.Henry Dunant 5.Santo Domingo Savio 6.Colegio George Mason 7.Lev Vytgosky 8.Cardenal Spellman 9.Virgilio Drouet 10.Madre Divina de la Gracia 11.Marqués de Selva Alegre 12. Ángel Polibio Chávez 13.San Martín 14.Santa María D Mazzarello 15.San Luis Gonzaga 16.Andrew 17.William Caxton 18.Jezreel 19.San Gabriel 20. La Salle

Financiamiento Privado Privado Público Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado Privado

Ubicación Rumiñahui Quito Quito Rumiñahui Quito (Pomasqui) Rumiñahui Rumiñahui Quito Quito Rumiñahui Rumiñahui Quito Quito Quito Quito Quito Quito Quito Quito Quito

Evaluados 15 18 10 17 47 26 39 100 9 50 48 52 15 48 118 78 58 40 156 150

Puntaje 893 891 886 885 882 873 868 865 865 864 864 861 860 856 855 853 852 850 848 848

Colegios mejor puntuados Pichincha - Públicos

Unidad Educativa 1. Carlos Rivadeneira 2. Sebastián de Benalcazar 3. María Angélica Idrobo 4. Eugenio Espejo 5. Hipatia Cárdenas 6. Simón Bolívar 7. Milton Abdón Calderón 8. Juan Pío Montúfar 9. Fernández Madrid 10. Militar Eloy Alfaro 11. Cotac 12. 24 de mayo

Evaluados 10 200 399 219 208 444 254 703 306 249 215 456

Es ahí donde se produce el desequilibrio”. Recalca la necesidad de implementar maestros “competentes, comprometidos, innovadores e investigadores, que marquen la diferencia”. Remarca que es a esto a lo que se apunta desde la idea de la “nueva escuela”.

Puntaje 886 845 838 838 826 825 819 810 810 809 808 807

Posición Pichincha 3 25 32 33 51 53 64 83 84 88 91 96

Sobre un posible déficit de maestros en las diferentes instituciones educativas indica que el número de profesores “es aceptable”. “El problema es que algunos no tienen un título profesional. Estamos implementado una estrategia para solucionar esta situación”.

INSTITUCIÓN. Colegios como el Benalcázar se han estancado en los resultados de la prueba Ser Bachiller.

Detalla que en los últimos años se descuidó la formación de docentes, “cosa que plantea cambiar esta administración ministerial”. Calle hace un llamado a los diferentes actores de la comunidad educativa (estudiantes, padres, maestros y personal de apoyo)

a trabajar en conjunto por la mejora del sistema, denunciando situaciones que incomoden, falta de docentes o debilidades. “La razón de ser del sistema educativo son nuestros estudiantes y nuestros maestros. Para ellos generamos diferentes estrategias a corto y largo plazo”, dice. (ECV)

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QUITO

OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR

En la tardanza dicen que suele estar el peligro”. MIGUEL DE CERVANTES ESCRITOR ESPAÑOL (1547-1616)

Es preciso preferir la soberanía de la ley a la de uno de los ciudadanos”. ARISTÓTELES FILÓSOFO GRIEGO (384 AC-322 AC)

O

CARTAS Cpccs cuestionado

Ahora le toca nada menos que al presidente del Cpccs, el padre José Tuárez, quien ha sido cuestionado por mentir en su hoja de vida. ¿Cómo se puede luchar contra la corrupción, si desde su postulación mintió? Usó los hábitos para granjearse la voluntad del pueblo. ¿No está exonerado de los votos de obediencia, de castidad y de pobreza? ¿Puede tener propiedades privadas, cuentas bancarias, empresas, activos o patrimonio? Tuárez fue afiliado al Partido Socialista, pero se desafilió el 20 de agosto del 2018, cuando la Ley dice que no podrán ser candidatos al Cpccs, quienes sean afiliados o adherentes o dirigentes de movimientos o partidos políticos durante los cinco últimos años. Sin embargo, el Vicepresidente del CNE negó la calificación e inscripción de Tuárez, el mismo que lo impugnó aduciendo falsificación de firmas y ganó la batalla. Lo peor es que con el aval de los consejeros. ¿Podrá representar a un organismo tan importante como es el Quinto Poder del Estado? ¿Podrá actuar con legalidad y pragmatismo, sin ser cuestionado? La Asamblea Nacional debe tomar cartas en el asunto. Luis Mario Contreras Morales CI: 17101815555

La familia

La familia conformada por un padre y una madre es un intermediario entre el individuo y la sociedad. Posibilita la preparación para la vida comunitaria de sus miembros. Su función es esencial. Proporciona seguridad, protección, estabilidad y apertura al mundo y la singularidad del otro. Si falta el padre o falta la madre, sabemos que esto afecta la estabilidad del hijo. La familia que siempre será el primer grupo social de las personas, la célula inicial y principal de la sociedad y el núcleo de la organización humana. Zoila Isabel Loyola Román ziloyola@utpl.edu.ec DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.

¿Tomar al Toro por los cuernos? Pronto hará un año que el presidente Lenín Moreno envió un proyecto de Ley Anticorrupción que reposa en algún archivo de la Asamblea Nacional. Un Proyecto donde se aprecia más energía, claridad de procedimientos y contundencia para librar la batalla contra este cáncer que mina toda nuestra vida social y económica. “Tomar al toro por los cuernos” es un reclamo de la opinión pública. La propuesta presidencial original daba a los operadores de justicia nuevos instrumentos para actuar con eficacia y precisión, más ajustados a los orígenes, naturaleza y proceder de las redes de corrupción y sus cabecillas. El Presidente echó luz sobre aspectos clave del fenómeno, especialmente en cuanto a la incautación de los bienes de todos los implicados en actos corruptos.

SALVATORE FOTI

¿Asamblea Constituyente? La aparente calma que vivimos en el país se debe a que nos encontramos en el ojo del huracán, y ya mismo se desatará una gran tempestad política y social que nos traerá gravísimas consecuencias. Los problemas comienzan en el profundo malestar social que se manifiesta desde la falta de trabajo hasta el insoportable estancamiento económico que se vive. A esto, debemos añadir el cinismo y la indiferencia con la que se ha manejado la crisis carcelaria, pues poco se hace, y la sensación es que dentro de las

Se buscaba abrir una vía legal expedita para incautarlos; recuperación del dinero mal habido, quitándoselo a quienes lo robaron; agilizar los procesos de repetición contra el mal uso de dinero público; recompensar a quienes den información real sobre dónde esté el dinero y los bienes robados y proteger a los denunciantes de cualquier retaliación o acoso, entre otras normas. Por eso llama la atención que se hayan firmado acuerdos entre el Ejecutivo y el Legislativo al respecto, y se deje intocado el Proyecto. La intolerancia con las prácticas ilegales es esencial para salvaguardar el orden democrático y la estabilidad social. La idea de progreso en Ecuador tropieza con un deterioro institucional crónico. Ese es el caldo de cultivo de la corrupción.

penitenciarías no hay seguridad. En Ecuador se ha establecido la “pena de muerte” dictaminada y ejecutada por los mismos reos, quienes no solo desafían, sino que derrotaron al Estado de manera vergonzosa. De esto se habla muy poco, como si esconderlo fuera la mejor solución. Es una pena que aún no se escuchen pronunciamientos enérgicos por parte de organizaciones humanitarias o incluso de la misma ONU. Por mucho menos se han hecho alborotos. Parecería que los intereses del Estado se imponen inclusive a la decencia. En el lado político, metafóricamente hablando, la cosa está súper cruenta y parece que se contempla adoptar a la “pena de muerte política” por todos aquellos que no agradan al gobierno de turno. Sobre el Cpccs tengo más de una reserva, pero resulta que

todos sus representantes fueron elegidos y encontrar excusas para darlos de baja es un ejercicio muy poco democrático y al límite de la dictadura. Parece que se pretende desatar una verdadera pugna institucional que acabará minando la democracia del país. La Fiscalía General del Estado, la Corte Constitucional, el mismo Cpccs, la Asamblea y hasta el Gobierno se están enfrascando solitos en un problema del cual nadie puede predecir quién saldrá beneficiado. El país empieza a necesitar una presidencia con más identidad y poder decisional. De verdad, no podemos seguir con tantos parches e indecisión, de los cuales muy pronto pasarán la factura a la población. ¿No habrá llegado la hora dar paso a otra Asamblea Constituyente? ecuasalvo@yahoo.it

RODRIGO SANTILLÁN PERALBO

Rechazos El expresidente Correa dejó a Ecuador sin las doscientas millas de mar territorial. Las consecuencias son terribles para el desarrollo de la industria pesquera y aliento para la piratería de buques-fábricas internacionales. Ahora se pretende convertir a la Isla San Cristóbal de Galápagos, patrimonio natural de la humanidad, en un portaaviones para uso de Estados Unidos. Entreguismo que hiere la soberanía, independencia y dignidad. Esos actos merecen enérgico rechazo de un pueblo sometido y subordinado a los intereses imperiales. La Corte Constitucional dictaminó con lógica y argumentos del derecho constitucional, el matrimonio igualitario. Los Lgbti son personas con derechos y quienes se oponen a ese dictamen, así sean cavernarios o retrógrados, ejercen su derecho a la protesta, pero deben aprender a respetar a los demás, cualquiera sea su condición o circunstancia. ¿Por qué esos grupos civiles y religiosos, no han organizado marchas contra los curas pedófilos y pastores acosadores, violadores y homicidas? Un cura ha sido elegido Presidente del Cpccs. ¿Acaso no existe una prohibición legal para que miembros de cultos religiosos y militares activos intervengan en política y ocupen cargos públicos? Muy mal ha quedado la Iglesia católica con el cura José Carlos Tuárez, quien se creyó una divinidad prepotente e intocable que no puede hablar con el común de los mortales. La corrupción, con el caso “Arroz Verde”, demuestra la podredumbre moral en la que se movía la “década ganada”. Los escándalos se suceden unos a otros como si fuesen programados para distraer al pueblo de la ola privatizadora del patrimonio nacional y de las reaccionarias reformas laborales que garantizarán la explotación de la fuerza laboral, para mayor riqueza del poderoso sector empresarial. rodsantillanp@gmail.com

Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General ALEXIS SERRANO CARMONA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXI No. 12564

www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.


ÍNDICE UV

4a5 6a7 8 a 10 11 a 15 16 o +

RIESGO

TME*

Bajo Moderado Alto Muy alto Extremo

PROTECCIÓN SUGERIDA

60+

45 30 25

10 *TME: Tiempo máximo recomendado de exposición (expresado en minutos.

Radiación UV

El valor más alto de radiación UV que se registrará hoy será de 10, según la proyección de Meteored. Ayer, el índice llegó a 10. Se recomienda no exponerse al sol entre las 10:00 y las 13:00. Más información en: www.meteored.com.ec

CIUDAD

Pronóstico del día

Para hoy se prevé una temperatura máxima de 19 grados centígrados y una mínima de 9. Pronóstico: Intervalos nubosos y posible lluvia débil. Para mañana se espera una temperatura máxima de 19 grados y una mínima de 8.

I

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

A5

$1.000 millones costaría repavimentar la ciudad

Yunda analiza los escenarios del proyecto Quito Cables Una solución para que los ha- vilidad y Obras Públicas, Iván bitantes de la Pisulí y la Roldós, Alvarado, planteaba tres opcioen el noroccidente de la ciudad, nes, exigir el cumplimiento del no tengan que viajar 50 minu- contrato, emprender un nuevo tos en buses para llegar a La proceso de contratación o realizar una alianza público-privada. Ofelia sigue pendiente. Mauricio Paz, quien vive en la Roldós, confirma que con los La oposición trancones que se producen en Patricio Molina, vocero de los el redondel del Condado los ca- propietarios de los predios que rros tardan casi una hora hasta fueron expropiados, espera que llegar a La Ofelia. la obra no continúe y que se reLa anterior administración visen otras opciones como la municipal inició la construcción ampliación de la calle principal. de los Quito Cables para dar Argumentó que esa línea de los respuesta a esta probleQuito Cables ya no costará mática, pero el proyecto EL DATO los $42 millones previstos tuvo oposición. inicialmente, sino $60 miAhora el alcalde, llones y no será una soluaplicaron 34 Jorge Yunda, dijo que Se expropiaciones. ción definitiva. revisará el tema legal y La construcción Según sus cálculos hay la obra estaba la información del pro- de un pago de $18 millones prevista para yecto, para saber por finales de 2018. pendiente al Cuerpo de qué no se avanzó en su Ingenieros del Ejército, construcción. que en mayo de 2018 desistió de Yunda dice que los escena- construir el proyecto, pero tiene rios son: hacer prevalecer el un contrato firmado con el Mucontrato firmado con el Cuerpo nicipio y 2 millones que están en de Ingenieros del Ejército o, si el Contencioso Administrativo y la parte legal no prospera, dar- corresponden a expropiaciones. lo por terminado. En el caso de El dirigente informó que que la construcción se retome, hubo personas que sí recibieplanea conversar con los mora- ron las indemnizaciones por dores de las zonas que serán in- los que ahora son predios mutervenidas, “siempre pensando nicipales. “En el caso de que en beneficio de los barrios”, dijo. ellos no quieran perder la casa El exgerente de la Empresa deben devolver la plata que rePública Metropolitana de Mo- cibieron”, refirió. (PSD)

AGENDA CINE

NERUDA

Cuándo: hoy Hora: 19:00 Entrada: gratuito Lugar: La Oficina (José de Antepara y Los Ríos)

ENCUENTRO

LED ZEPPELIN EXPERIENCE (50TH ANNIVERSARY)

Cuándo: viernes 28 de junio Hora: 19:00 Entrada: gratuita $10 Lugar: Cámara de Comercio Quito (A. Amazonas y República)

TEATRO

LITERATURA

MICRÓFONO ABIERTO

Cuándo: mañana Hora: 19:30 Entrada: gratuito Lugar: Tres Gatos (Mariscal Foch y Andrés Xaura)

YERMA

Cuándo: 5 y 6 de julio Hora: 19:30 Entrada: $10 Lugar: Teatro Variedades

La intervención se iniciaría en el sur y duraría seis meses en las arterias de mayor circulación.

Una inversión de al menos $1.000 millones se requeriría para repavimentar 1.200 kilómetros de vías en la ciudad, estima el gerente de la Empresa Pública Metropolitana de Mo- REALIDAD. Renovar los 1.200 kilómetros de vías demandaría 15 años, confirman vilidad y Obras Públicas (Epm- autoridades. mop), Mauricio Rosales. teriales y agregados. “Quien va a invertir en la Maldonado, puntualizó. “Muchas veces para avanzar repavimentación es la emprerápido se tiende el pavimento, se sa privada, porque con mejo- ¿Mejor calidad? ramientos, accesos a barrios y La mayor parte de las vías de la pasa dos veces el rodillo y se fue. bacheos se ocupa toda nuestra capital tiene pavimento de mala Pero, a largo plazo, esto dismicapacidad instalada”, dijo calidad, según Rosales. nuye la vida del pavimento. Un el funcionario al ser con“Es un material pétreo que mal compactado, desde el punto sultado sobre el financiano permite adhesión sóli- de vista técnico, crea vacíos que, miento para llevar adelan- KILÓMETROS da con el asfalto, que oca- eventualmente, permiten el paso de vía tiene la te el plan anunciado por el siona disgregaciones y fi- de agua, crea baches y hace que ciudad. alcalde, Jorge Yunda. suramiento a corto plazo”. tengamos el mismo problema”, Rosales comentó que El funcionario indicó explica. dichas inversiones se regula- que están seleccionando mejorán mediante una “figura res aditivos, materiales y Demanda financiera”, que actual“agregados” para mejorar Además de la calidad del asfalmente se encuentra en EL DATO el pavimento y ampliar su to, el presidente de la mesa de etapa de estudio. durabilidad. Movilidad del Cabildo Cívico de La repavimentación se Para esta interQuito, Diego Puente, pide que se se antiextendería por al menos vención respeten los carriles exclusivos Lo que dicen los estudios cipó que Pico y un semestre en las vías de Placa se exten- El magíster en mecánica de bicicletas en vías de más de derá de 07:00 a mayor circulación, agregó 19:00. de suelos y director del 30 kmph y compartidos en vías Rosales. laboratorio de suelos de de hasta 30 kmph como en el Para el programa de la Universidad Católica de Centro Histórico. “En esta nueva cambio de pavimentos blandos Quito, Jorge Albuja, sugiere que repavimentación el Municipio por rígidos se ha seleccionado las se exijan tres requisitos técnicos: debe dar ejemplo de que cumple vías de los corredores municipa- controles de temperaturas, nive- sus propias normas y así promoles de transporte Sur Occiden- les de compactación adecuados ver una movilidad alternativa, tal, Sur Oriental y las avenidas y verificación, mediante análisis para que más gente deje el vehíMariscal Sucre, Simón Bolívar y de muestras, de la calidad de ma- culo particular”, dijo. (JCER)

1.200

CONVERSATORIO

MATRIMONIO IGUALITARIO Cuándo: jueves 27 de junio Hora: 18:30 Entrada: gratuito Lugar: Universidad Andina Simón Bolivar (Toledo N22-80- Plaza Brasilia)

CONCENTRACIÓN

EL APOCALIPSIS DE LXS MARICXS

Cuándo: sábado 29 de junio Hora: 13:00 Entrada: gratuito Lugar: Asamblea Nacional del Ecuador

CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO NOTIFICACIÓN

De conformidad con lo que disponen los artículos 90 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y 21, letras b) y c) de su Reglamento, por desconocer su domicilio actual, se notifica a la señora: Edith Yadira Chicaiza Simbaña, con C.C: 172442810-5, Ex Asistente de Ejecución 1 y Ex Ejecutor de procesos 1, ), a la conferencia final de comunicación de resultados, mediante la lectura de borrador de informe del examen especial al subproceso de valoración y clasificación de puestos y la aplicación de la “Primera” disposición transitoria de la resolución 334-D de 15 de julio de 2011, practicado por la Unidad de Auditoría Interna de la Contraloría General del Estado a la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas, por el período comprendido entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2017. Diligencia que se realizará el día jueves 27 de junio de 2019 a las 09h30, en el edificio Solamar, piso 7, oficina 704, Av. Colón E4-105 y 9 de Octubre. Dr. Germán León Santacruz Auditor Interno EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA DE MOVILIDAD Y OBRAS PÚBLICAS JEGF 2019-06-20

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MOVILIDAD. La obra civil está paralizada desde hace varios meses.


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EN VELA A6

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

QUITO

Alarma frustró robo a BanEcuador en Guayas MILAGRO• La

I

Policía y la Fiscalía de este cantón investigan un intento de robo a una agencia de BanEcuador, en el centro de esta localidad de Guayas. En la madrugada del sábado, los antisociales realizaban un hueco en la pared que conduce a la bodega de la agencia, pero horas después se activó la alarma por lo que varios policías que se encontraban en el parque central de la ciudad, acudieron a la emergencia.

CAL aprueba juicio político contra Verónica Espinosa

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) aprobó ayer el juicio político contra la ministra de Salud, Verónica Espinosa, por una supuesta ineficacia en las pruebas para la detección del VIHSIDA, que fueron usadas por esta entidad estatal. La petición del juicio fue realizada el 4 de junio por la asambleísta Mae Montaño, quien recogió 35 firmas para dar paso al trámite en el CAL. (SE)

Consejero Verdesoto presenta reformas al Código de la Democracia al TCE Respecto a la proliferación Un capítulo sobre reformas sobre el Código de la Democracia de organizaciones políticas, señaló que se ha producido presentó ayer el consejero un “daño institucional al del CNE, Luis Verdesopaís”, con la vigencia de to, al pleno del Tribunal EL DATO 286 partidos y movimienContencioso Electoral (TCE), presidido por Ar- El gasto electo- tos, que debe ser revisada. ral, según “No existe sistema electoral turo Cabrera. Verdesoto, debe Las temáticas tienen ser transparente, en el mundo, donde haya evitar doble que ver con la publicidad para o triple contabili- partidos y movimientos nacionales, cantonales y y financiamiento electo- dad. parroquiales”, exclamó. ral; reformas a la constituEl 31 de julio, el CNE presención de partidos, comunicación y debate; y estructuras funciona- tará un paquete de reformas a la les del Consejo Nacional Electo- Asamblea Nacional para el respectivo debate. (SE) ral (CNE) y TCE.

CRITERIOS. El consejero del CNE, Luis Verdesoto (C), habló ante la prensa.

INVESTIGACIÓN. Los dos periodistas participaron en reportajes sobre el caso ‘Arroz Verde’.

Comisión escucha a Villavicencio y Zurita Los asambleístas tienen 45 días para presentar el informe para debatir en el Pleno.

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COTOCOLLAO LTDA. Cooperativa controlada por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE REPRESENTANTES De conformidad con las disposiciones de los artículos pertinentes del Código Orgánico Monetario y Financiero, Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, su Reglamento General, Resolución No. 363-2017-F, Estatuto Social y demás normas aplicables, CONVOCASE a la Asamblea General Extraordinaria, a los señores Representantes Principales de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cotocollao Ltda., miembros del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Auditor Interno, Gerente, Asesor Legal, para el día Jueves, 11 de Julio de 2.019, a las 15h00 en las oficinas del edificio Matriz, ubicada en la calle Rumiurco Oe4-624 y 25 de Mayo, parroquia Cotocollao, cantón Quito, provincia de Pichincha, con la finalidad de dar tratamiento al siguiente orden del día:

Ayer, la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional comenzó la primera parte de su investigación sobre el caso ‘Arroz Verde’, al recibir a los periodistas Fernando Villavicencio y Christian Zurita, quienes trabajaron en los reportajes que fueron publicados en los portales digitales La Fuente y Mil Hojas. Villavicencio pidió a los asambleístas “garantías para que los periodistas puedan trabajar en nuevas entregas sobre los aportes nacionales y extranjeros a las campañas presidenciales”. Dejó entrever que hay mucho más por explorar en torno a la cadena de corrupción del correísmo. Además, destacó que aún falta por publicar “la trama de la Casa de Baroja”. Delineó el proceso de investigación, sin revelar fuentes, para llegar a las revelaciones de “Arroz Verde”, además, pidió que los orga-

nismos competentes “realicen las investigaciones necesarias a los señalados”. Johanna Cedeño (AP), presidenta de la comisión, planteó un cronograma de trabajo en el que los representantes del CNE, la Fiscal General y demás involucrados deberán comparecer. Los asambleístas tienen 45 días para presentar un informe que se debatirá en el Pleno. Polémica

Fausto Terán, miembro de la comisión, interpeló a Villavicencio al mostrar un documento donde se nombre a Carlos Pareja Yannuzzelli como participante de “una campaña de desprestigio en contra de la campaña presidencial de Lenín Moreno”, en la que habría participado Villavicencio. Villavicencio descartó eso como falso, pero el asambleísta Daniel Mendoza (AP) solicitó a la comisión que Yannuzzelli “venga a comparecer”. (JDC)

ORDEN DEL DÍA

4. 5.

Constatación del quórum reglamentario e instalación de la Asamblea Extraordinaria. Aprobación del orden del día. Análisis y resolución sobre las prohibiciones del artículo 36 de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, respecto de los representantes a la Asamblea del período 2016 - 2020, en cumplimiento a las disposiciones del Ente de Control; y, del informe del Consejo de Vigilancia, relacionado con la identificación de parentescos de consanguinidad y afinidad, entre representantes principales y alternos electos para el período 2016 - 2020; y, entre éstos y los directivos de la Cooperativa. Redacción, lectura y aprobación del acta, y de las resoluciones de la Asamblea General Extraordinaria del 11 de julio de 2019. Clausura.

La información que sustenta los puntos a tratarse en la Asamblea General Extraordinaria, se encuentran a disposición de los señores Representantes en la Secretaria del Consejo de Administración y Gerencia, en el edificio Matriz de la Cooperativa, ubicada en la calle Rumiurco Oe4-624 y 25 de Mayo, Parroquia Cotocollao, de la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, a partir de la fecha de la convocatoria. Quito D.M, 24 de Junio de 2.019

CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO NOTIFICACIÓN A HEREDEROS

De conformidad con lo que disponen los artículos 90 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado; letras b) y c) del artículo 21 y el segundo inciso del artículo 23 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, se notifica a los herederos del señor: Freddy Germán Larenas Loor con C.C: 171184322-5, Ex Gerente General (E), a la conferencia final de comunicación de resultados, mediante la lectura de borrador de informe del examen especial al subproceso de valoración y clasificación de puestos y la aplicación de la “Primera” disposición transitoria de la resolución 334-D de 15 de julio de 2011, practicado por la Unidad de Auditoría Interna de la Contraloría General del Estado a la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas, por el período comprendido entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2017. Diligencia que se realizará el día jueves 27 de junio de 2019 a las 09h30, en el edificio Solamar, piso 7, oficina 704, Av. Colón E4-105 y 9 de Octubre. Dr. Germán León Santacruz Auditor Interno EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA DE MOVILIDAD Y OBRAS PÚBLICAS

PAR/111151/EG

GHLS 2019-06-25

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1. 2. 3.


Ikebana, el encanto del arte con flores

GENTE I

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

A7

En la galería principal del Centro Cultural de la Pontificia Universidad Católica (PUCE) se realizó la tradicional muestra ‘Ikebana international, arte floral japonés’, que exalta una de las artes más tradicionales de ese país.

María Mercedes de Granja, Ana Dolores de Román y Cecilia Sosa.

Diego Herrera, Isabel Freire, María Elena Flores y Jorge Herrera.

Flor Sierra, Mercy Hidalgo, Lina Rosa Silva y Mariela de Granja.

José Rafael Serrano y Regina Maalouf.

Margarita Ribera, Nelly Rodríguez de Torri y Giuseppe Torri.

Fausto y Nuria Coba, y René Ortiz.


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QUITO

GENTE A8

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

I

Diego Rosero, Emily Castellanos, Francisco Ron Proaño y Elsie Santillán.

Presentación del libro ‘La estandarización de la muerte’

Santiago Castel mostró la semana pasada su último trabajo, en la Casa Tomada. El personaje de la obra es Leonardo, quien se ve atrapado en una travesía por los agitados mares de la filosofía, la sicología y el arte.

Gabriela Latorre y Lynda Sanhueza.

Juan Suárez y Pamela Cepeda.

María José Iturralde y Sebastián Montenegro.

Santiago Castel y Xavier Oquendo Troncoso.


PAÍS B1

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MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora ECUADOR

I

Asamblea une fuerzas con la Secretaría Anticorrupción “Es fundamental fortalecer La Asamblea Nacional y la Secretaría Anticorrupción sus- el Sistema Anticorrupción del cribieron ayer un convenio por país, porque estas acciones le “la transparencia en Ecuador”. dan respeto a los recursos naCésar Litardo, presidente del cionales e inauguran la ética Parlamento; e Iván Granda, para el presente y futuro de tosecretario de Anticorrupción, dos”, dijo Granda. fueron los protagonistas al apoyar el acuerdo con sus rúbricas. Acuerdo Dicho convenio tiene cuatro Litardo indicó que dentro del objetivos: promover dentro de Legislativo, la prioridad es lula ciudadanía y los servidores char contra la corrupción en la públicos la denuncia de ac- resolución de tres leyes: refortos de corrupción; trabajar en mas al Código Orgánico Inteconjunto para eliminar estos gral Penal (COIP), el proyecto hechos; crear una Oficide la Ley Anticorrupna de Integridad y Ética ción, y el proyecto de Ley dentro de la Asamblea; y para la Recuperación de OBJETIVOS diseñar normas interna- tiene el convenio. Capitales. cionales para combatir “La honestidad es el los sobornos. primer capítulo del libro Granda destacó que, actual- de la democracia. Y nuestras mente, el sistema judicial tiene acciones deben estar respaldaa 24 personas detenidas por di- das con hechos”, dijo Litardo. ferentes hechos de corrupción, Luego de la firma, la Comiy “otras 15 están prófugas”. sión de Justicia sesionó sobre el También dijo que “el 27% de mismo tema. Ahí, tanto Granlos ecuatorianos normaliza la da como el contralor Pablo Celi corrupción”, asegurando que ampliaron sus palabras sobre dentro del ‘Informe Internacio- cómo desde sus despachos renal Anticorrupción’, Ecuador comiendan a los asambleístas es el cuarto país más corrupto mejorar las leyes para evitar la de la región. corrupción. (JDC)

4

FISCALÍA. La UNE formalizó ayer la denuncia para que investiguen a Tuárez.

Por dos vías investigarán actuación de Tuárez El presidente del Consejo de Participación Ciudadana enfrentaría juicio político e investigación judicial.

Deslinda responsabilidad ° El proceso para calificar las candi-

daturas de los aspirantes al Consejo El futuro de José Carlos Tuárez en le el queso al ratón para que esté de Participación Ciudadana estuvo el Consejo de Participación Ciu- al frente de un ente de control”. a cargo del pleno del Consejo Nadadana (Cpccs) se complica. Las cional Electoral (CNE). Sin embargo, presuntas irregularidades que ha- Las causales Diana Atamaint, presidenta del bría cometido para presentar su Villamar aseguró que existen las organismo, dijo que fue la Comisión candidatura al organismo se in- suficientes causales para enjuiTécnica de selección la que revisó vestigarán, por separado, a través ciar políticamente, censurar y que cumplan todos los requisitos en del control político y del judicial. destituir a Tuárez. “Mintió en base a la declaración juramentada En el primer caso, el asam- la declaración juramentada en que presentaron los candidatos. “Sobleísta Fabricio Villamar (CREO) la cual expresaba no hallarse inbre esa declaración juramentada, el entregará la próxima semana la curso en prohibiciones para su pleno del CNE calificó las candidasolicitud de juicio polítielección o para el desemturas”, dijo. Aunque no descartó que co, ya que considera que EL DATO peño de sus funciones. (…) hayan podido ser engañados, lo que el presidente del Cpccs Mintió sobre ser director tendría consecuencias legales. ha incurrido en prohibi- Tuárez es el pre- del convento máximo de ciones constitucionales y sidente del Santo Domingo de Guzelegido emitirá un comunicado”, que haslegales. El numeral 10 del Cpccs, con cuatro votos mán, mintió cuando dijo artículo 21 de la Ley que de siete posibles. que fue subdirector de la ta el cierre de esta edición no se rige a ese organismo estaradio La Voz del Santua- presentó. Quien salió en defensa de ble como una de la prohibiciones rio de Baños”, dijo el asambleíspara postularse y desempeñarse ta. Por lo que se pregunta si es Tuárez fue la vicepresidenta del como consejeros, a los “repre- capaz de cumplir sus funciones organismo, Rosa Chalá. En un sentantes de cultos religiosos”. y responsabilidad cuando estas comunicado difundido a través de sus redes sociales maniY Tuárez es sacerdote dominico. implican honestidad. festó que “las presunciones “Ecuador tiene que cuidar la Mientras que Vargas FIRMAS no son saludables para un separación entre la Iglesia y el considera que hay los sude respaldo se Estado. El señor Tuárez se iden- ficientes documentos que necesitan para Estado democrático. Ante la soli- cualquier intento de desletifica así mismo como el ‘padre sustentan su denuncia, presentar citud de juicio gitimación a la institucioJosé Tuárez’, tanto en los docu- como certificados laborales político. nalidad se recuerda que no mentos que firma como en sus del sacerdote, su afiliación redes sociales”, dijo Villamar. a un partido político antes de can- la conforma únicamente su titular, Mientras que en el plano ju- didatizarse para el Consejo y de sino los consejeros principales y suplentes”. dicial, la presidenta de la Unión otras presuntas irregularidades. El presidente de la Asamblea, Nacional de Educadores (UNE), Frente al inicio de estos proceIsabel Vargas, presentó en la Fis- sos, en la mañana se pidió un pro- César Litardo, anunció que se reacalía una denuncia para que se nunciamiento oficial al Consejo lizará un proceso de control polílo investigue por perjurio y falso de Participación Ciudadana. Sin tico al anterior Consejo Nacional testimonio: “No se puede norma- embargo, el director de Comuni- Electoral (CNE-transitorio), sobre lizar la corrupción y peor insti- cación, David Guerrón, respondió la calificación de la candidatura de tucionalizarla. No podemos dar- que “en el momento oportuno se Tuárez. (HCR)

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SESIÓN. César Litardo e Iván Granda firman acuerdo interinstitucional.

Contralor confirma irregularidades en inscripción de organizaciones El contralor Pablo Celi confirmó que el organismo encontró irregularidades en el procedimiento de legalización de partidos y movimientos políticos por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE), entre el 2013 y el 2018. En un informe borrador que se dio lectura el viernes, se establece que cuatro organizaciones no cumplían con el número suficiente de firmas, ya que presentaron presuntos documentos

fraudulentos, como para obtener su personería jurídica, pero que el organismo electoral las habilitó. Casos

Fuerza Compromiso Social, Podemos, Justicia Social, Libertad es Pueblo son las organizaciones mencionadas en el informe. Celi dijo que el examen no fue a las organizaciones políticas, sino que se relaciona con el sistema informático electoral.

“El sistema que el CNE usó no tuvo todos los recaudos necesarios para garantizar que la norma y el procedimiento se apliquen de manera rigurosa, estricta y verificable en los procesos de inscripción, registro y extinción de organizaciones políticas”, dijo Celi. Por su parte, Diana Atamaint, presidenta del CNE, aseguró que el examen no corresponde al periodo de organismo transitorio

ni al de las actuales autoridades. Agregó que espera conocer las recomendaciones de Contraloría para tomar los correctivos en el sistema informático. Adelantó que de comprobarse que hubo falsificación de firmas en los documentos presentados por las organizaciones para su calificación, se presentará el informe a la Fiscalía para que actúe en el ámbito de sus competencias. (HCR)

MEDIDA. Pablo Celi aseguró que de confirmarse la falsificación de firmas, el informe pasará a Fiscalía.


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PAÍS B2

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, ECUADOR

NACIONAL

Decomisan más de 14.000 gramos de heroína

I

La Policía indicó que interceptó un vehículo que transportaba 14.600 gramos de heroína en Tulcán, Carchi, fronteriza con Colombia. Según las investigaciones, la droga “venía de Colombia” y tenía como destino Guayaquil. De acuerdo a la Policía, en el operativo se detuvo a dos personas. La ministra

del Interior, María Paula Romo, destacó la labor de la Policía, pues con el operativo se logró que “miles de dosis de heroína” queden “fuera de las calles”. Además, informó de la recuperación de autos y motocicletas robadas y la detención de dos presuntos responsables de asesinato.

Acta de matrimonio para visitar a presos

Organismo Técnico de Rehabilitación Social, ¿entra en acción? CONTROL. En la modificación del Estado de Excepción en el decreto 754 se aprobó que los militares se ubiquen en el primer filtro de las cárceles. (Archivo)

Ocho instituciones del Estado están convocadas. Videos virales y disturbios han incrementado el caos. Para las 09:30 de mañana están convocados los representantes de ocho instituciones que forman parte del Organismo Técnico de Rehabilitación Social. La reunión se realizará en la Presidencia de la República y estará dirigida por la secretaria general jurídica y designada como delegada del Presidente para presidir el directorio, Johana Pesántez. La convocatoria la confirmó el departamento de comunicación de la Defensoría del Pueblo, después de casi dos semanas de que el defensor del Pueblo, Freddy Carrión, conversó con La Hora sobre la crisis carcelaria y su exigencia para que el Organismo se reuniera de forma urgente. Según el artículo 674 del Código Integral Penal (COIP), el Organismo Técnico de Rehabilitación Social tiene tres funciones principales en el sistema:

evaluar la eficacia y eficiencia de las políticas, administrar los centros y fijar estándares de cumplimiento de los objetivos. Su existencia está sustentada en el artículo 202 de la Constitución de la República y sobre su conformación, el artículo 675 del COIP señala que el Directorio se integrará por los ministros -o sus delegados- de justicia y Derechos Humanos (ahora Sistema de Atención Integral a Adultos privados de la Libertad y Adolescentes Infractores SNAI), Salud Pública, Relaciones Laborales, Educación, Inclusión Económica y Social, Cultura, Deporte y Defensor del Pueblo. Panorama

Desde el 16 de mayo de este año, el decreto ejecutivo 741 declaró el Estado de Excepción en las cárceles del país y ordenó a la Policía Nacional y a las Fuerzas

Las mujeres que acuden a visitar a sus parejas a los centros penitenciarios del Puerto Principal deben presentar el acta de matrimonio como requisito para ingresar. Durante el fin de semana, gran parte de las visitantes no pudieron pasar los filtros de seguridad sin este documento. La decisión fue tomada como parte de las medidas de seguridad para evitar el ingreso de objetos prohibidos al interior del reclusorio. Sin embargo, muchas mujeres que se quedaron con las ganas de ver a sus parejas, estiman que la medida “afecta a sus derechos” de compartir un momento con sus esposos presos, a los cuales, además, les llevan alimentos y otros productos mientras están recluidos. GUAYAQUIL •

Armadas que se dirigieran a los señal de celular e instrumentos exteriores para apoyar con la para la “guerra electrónica” que atraviesa el sistema carcelario seguridad. En más de cuatro semanas la deberían estar a cargo de los estrategia no logró evitar que 11 militares, “por su conocimiento, personas fueran asesinadas en prestigio y confiabilidad”. las prisiones, que cuatro reclusos se fuguen, ni que los presos Más criterios amenacen con huelgas de ham- También sobre la filtración de bre. Inclusive, el último fin de amenazas, el exguía penitenciasemana, con un video de rio Johnny Cadena cuesuna supuesta amenaza EL DATO tionó que las autoridades en contra del exvicepreno han tomado acciones sidente Jorge Glas, que Con el Decreto reales. Contó que antes circuló en redes sociales, Ejecutivo 747, de todas las matanzas ya del 20 de mayo se intentó crear caos. ha habido advertencias y de 2019, Lenín nombró que ahora se sabe que en El experto en seguri- Moreno como su delegadad, Ricardo Camacho, da para presidir la Penitenciaría del LitoDirectorio del ral hay granadas y que explicó que hay dos aná- el Organismo lisis posibles, pues otros Técnico a Johana los presos se estarían orvideos previos sí han Pesántez. ganizando para un gran sido reales y, a pesar de golpe. haberse grabado de forma ileCadena es uno de los líderes gal, han mostrado los niveles de de un grupo de 800 exagentes violencia extrema que se viven que piden que analicen sus exen las cárceles controladas por pedientes y los reincorporen bandas delincuenciales. Desde al sistema ahora que se ha resu experticia, volvió a asegurar conocido que hay un déficit de que el último video no es real personal. “Para los presos no y criticó la forma de actuar del es difícil convocarse a un motín director del SNAI y la Policía nacional ¿es lo que están espeNacional. rando las autoridades?”, cuesPara él, los inhibidores de tionó el exfuncionario. (DLH)

Testimonios

Margot (nombre protegido) contó que una gran mayoría de las visitantes no son casadas y que mantienen relaciones de unión libre e hijos con sus parejas, por lo que pedirles dicho documento les complica la visita a la Penitenciaría. Rosa Elena, quien aseguró estar casada con un interno, corrió con la misma suerte. Explicó que, si esto se hacía público a través de la prensa o algún otro canal, hubiese portado el documento: “Ahora me tendré que regresar a Manabí a recoger el documento y esperar otro día de visita”. La misma medida se implementó en la Cárcel Regional 8 de Guayaquil, donde cumplen condenas los presos con sentencia ejecutoriada. (DAB)

‘Capaya’ fue trasladado a cárcel de Ambato

TRASLADO. Varios uniformados escoltaron la entrada de Pareja Yannuzzelli a la cárcel de Ambato.

El exministro de Hidrocarburos y exgerente de Petroecuador, Carlos Pareja Yannuzzelli (‘Capaya’), fue trasladado la tarde de ayer hasta la cárcel de Ambato en medio de un discreto operativo policial. A eso de las 17:30, salió de la cárcel de Latacunga en donde se encontraba detenido desde octubre de 2017. En las afueras de la cárcel de Ambato, tres policías motorizados rondaban el centro de rehabilitación, hasta que a las 18:10 dos vehículos blancos ingresaron rápidamente al edificio penitenciario.

En los pocos segundos que la puerta estuvo abierta se pudo observar a Pareja Yannuzeelli con un atuendo naranja rodeado de policías en el garaje de la cárcel de Ambato. Situación

Miguel Revelo, abogado defensor, mencionó que la última vez que tuvo contacto con su defendido fue la tarde del domingo. “Pareja Yannuzzelli fue trasladado la noche del domingo desde el CDP, hasta el área de transitoria, donde se quedaron con todos sus documentos, útiles

de aseo y ropa”, indicó. Revelo mencionó que desconoce los motivos del traslado de su defendido hasta la cárcel de Ambato, sin embargo, indicó que en una de las últimas conversaciones que mantuvo con Pareja en Latacunga, lo encontró “deprimido”. El abogado defensor aseveró que se están realizando los procesos correspondientes para que le permitan hablar con su defendido lo más pronto posible. Antecedentes

En agosto de 2017, Carlos Pareja

Yannuzzelli llegó a Quito, junto con el ese entonces presidente de la Asamblea Nacional, José Serrano. El exgerente de Petroecuador, en aquel año afrontaba cinco procesos penales en su contra: cohecho, enriquecimiento ilícito, delincuencia organizada, peculado y lavado de activos. Pareja, en febrero de 2017 reveló algunas supuestas irregularidades en su cuenta de Twitter, donde involucró a algunos personajes públicos como el exvicepresidente Jorge Glas y el excontralor Carlos Pólit. (RMC)


PAÍS

Hoy se lanza el libro ‘La difícil transición desde un gobierno autoritario…’ En el Auditorio del Consejo Nacional Electoral (CNE), en Quito, está previsto que la tarde de hoy (18:00) se realice el lanzamiento del libro ‘La difícil transición desde un gobierno autoritario: Diez años son muchos’. Uno de los autores del texto es Luis Verdesoto Custode, uno de los vocales del CNE, quien precisamente se encarga de la introducción, en

19 jueces destituidos por la Judicatura

La actual administración sanciona el error inexcusable cuando hay pronunciamiento de instancia superior.

El Consejo de la Judicatura (CJ) les, 12 secretarios, 5 notarios, un ha destituido, desde que se po- defensor público y un ayudante sesionó, a 19 jueces y a un fiscal judicial con esa figura. por la infracción gravísima de actuar en las causas “con dolo, Los cambios manifiesta negligencia o error La posición del actual CJ es “no inexcusable”, como establece el incurrir en temas jurisdiccionaartículo 109 numeral 7 del Códi- les”. “Estamos clarísimos que el go Orgánico de la Función Judi- error inexcusable solo puede ser cial (COFJ). declarado por un órgano o Sin embargo, la figura un juez superior”, señaló del error inexcusable, que CIFRAS Murillo. en la época de Gustavo JaPor eso, los vocales tras lkh se habría usado para analizar los expedientes JUECES sancionar a jueces que no fueron suspendi- disciplinarios que han iniacataban directrices des- dos por actuar ciado por esa figura, pero dolo, manide el poder político para con fiesta negligen- en los que no hay un procia o error cambiar sus fallos, ahora nunciamiento de un juez inexcusable. se tramita únicamente superior, se han declarado cuando la posible infracsin competencia para tración ha sido revisada por tarlos y los han archivaFISCALES un juez u órgano de ins- han sido desti- do, porque “únicamente tuidos por difetancia superior, explicó rentes infraccio- el juez superior tiene la nes. el vocal Fausto Murillo, a facultad correctiva frente cargo de control disciplial juez inferior”, agregó nario y patrocinio de la Judica- Murillo. tura. Mientras que la Comisión de Según información que entre- Justicia de la Asamblea, en su regó la Mesa por los Derechos de forma al Código Orgánico de la los Exjudiciales Destituidos a la Función Judicial, ha incorporaanterior administración, duran- do la definición del error inexcute el periodo de Jalkh se habrían sable, que estaba ausente, y una destituido a 130 jueces, 23 fisca- aclaración, para que conste que

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3

la que señala que la concertación es un proceso necesario y urgente. También se menciona el ‘Diálogo Nacional’, iniciativa del Gobierno, que busca encontrar soluciones. Colaboran también Gloria Ardaya Salinas, Alejandro Molina, Alejandra Cárdenas Reyes, César Ulloa Tapia y Fausto Camacho Zambrano. (DAG)

Expedientes disciplinarios Datos

Consejo de la Judicatura actual 29 de enero al 17 de junio de 2019

Recibidos del anterior Consejo

584

Ingresados

438

Resueltos

435

Pendientes por resolver

587

Datos

Consejo de la Judicatura actual 29 de enero al 17 de junio de 2019

Recibidos del anterior consejo

81

Ingresados

174

Resueltos

173

Pendientes por resolver

7

Total

435

Número de funcionarios Por tipo de sanción

° Jueces ° Fiscales

Destitución Suspensión Amonestación Escrita Amonestación Verbal Multa 19 22 1 1 5 3 4

la instancia superior es la única que puede pronunciarse sobre la existencia de la infracción con esa figura, para que después la Judicatura imponga la sanción. Trámite

La revisión de los expedientes se ha realizado en 49 sesiones, con jornadas inclusive de hasta 10 horas en ocasiones, debido a que la Judicatura recibió 584 casos, muchos de los cuales estaban por prescribir. En las sesiones ha resuelto 435 expedientes disciplinarios, de los cuales 81 han terminado en sanción. En la sesión del 14 de mayo, por ejemplo, destituyó a un fiscal

en Pichincha y a un ayudante judicial 3 de Asesoría Jurídica de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), por “haber solicitado dinero a usuarios dentro de un proceso penal de lavados de activos y de extradición, respectivamente”, explicó la Judicatura en un boletín. En sus resoluciones hay también la suspensión a 18 jueces por no haber fundamentado debidamente sus resoluciones o sentencias, o la substanciación y resolución de las causas. Además, de tres fiscales por la misma infracción grave, establecida en el artículo 108 numeral 8 del COFJ. (AGO)

Ministerio pide a mineros ilegales salir de Buenos Aires Carlos Pérez, ministro de Energía, durante una comparecencia en la Asamblea, explicó que la situación en Buenos Aires (Imbabura) es crítica. “Cualquier intervención del Gobierno puede causar graves problemas. Tenemos una comisión multidisciplinaria e interministerial, donde se involucra a Justicia, Derechos Humanos, Ambiente, Energía, Interior, entre otros, para establecer medidas”, dijo el funcionario. Entre las acciones tomadas, Pérez afirmó que se ha decidido evitar el ingreso de combustible y alimentos, con el objeto de que los mineros ilegales salgan de la

zona. “Quiero hacer un llamado para que por favor salgan. No queremos que corran riesgos. Ustedes vieron los problemas de este fin de semana (cuatro heridos en balacera), y cada vez serán mayores. Hay grupos de poder que están peleando por esos recursos. Lamentablemente está involucrado narcotráfico, guerrilla, entre otros”, aseveró. Plan de incentivos

Recalcó que a la par de las medidas de presión, también se trabaja en un plan para dar incentivos a los mineros ilegales para ir a la formalidad. “He pedido al Ministro de Minas de Chile que

nos ayude con los procesos que utilizaron para que las personas migren a la minería legal. Seguimos trabajando con todas las herramientas que nos da la Ley y la Constitución”, puntualizó. Asimismo, dijo que la Presidencia junto con policías y militares, deben establecer la estrategia de control en el sector. “Al momento, no hay Fuerzas Armadas en Buenos Aires. Esta institución solo hace controles externos para evitar el ingreso de armas”, añadió. Sobre las consultas populares para prohibir la minería en ciertas zonas del país, Pérez afirmó que, si bien están previstas en

COMPARECENCIA. Carlos Pérez, ministro de Energía, durante su discurso en la Asamblea.

la Ley, no puede ser que un pequeño grupo se pronuncie. “Los recursos minerales son de los 17 millones de ecuatorianos y no de unos pocos”, concluyó. (JS)

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MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, ECUADOR

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Según indígenas, la consulta previa es inconstitucional Representantes de la nacionalidad waorani, de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), de la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica (Coica) y la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía Ecuatoriana (Confeniae) presentaron ayer un ‘amicus curiae’ a la Corte Constitucional (CC). Los jueces deben analizar una demanda de inconstitucionalidad en contra de varios artículos del Código Orgánico del Ambiente, ingresada por la Fundación Acción Ecológica y Cedenma el 8 de junio de 2018. Para resolverla, los indígenas presentaron un escrito en calidad de ‘Amigos de la Corte’, al considerar que el artículo 184 de la Ley y el 462 de su reglamento, que trata sobre la EL DATO consulta previa a pueblos y naindígenas cionalidades en Los también cuestiocasos de extrac- naron ayer el presición de recur- decreto dencial 751 que modificó el área sos naturales, intangible del deben ser decla- Parque Nacional rados inconsti- Yasuní. tucionales. Argumentos

Los waoranis acudieron ayer a la CC con expectativa de que los jueces resuelvan a su favor, después de la decisión favorable de la Corte Provincial de Pastaza, que determinó que el proceso de consulta realizado en su territorio en 2012 no se constituye como tal y que sus derechos fueron violados. A su criterio, los magistrados deben decretar la inconstitucionalidad de los artículos y reemplazarlos o eliminarlos. “Existe una sistemática vulneración de la consulta previa, libre e informada que nace de una mala interpretación de la Constitución, por tomarlo como un mero trámite administrativo”, señaló el abogado de la comunidad waorani, Mario Moncayo. A lo que Tuntiak Katan, vicecoordinador de la Coica, señaló que la consulta “abre una posibilidad de expandir actividades extractivas en áreas intangibles”. Por eso, Moncayo insistió que la Corte debería ordenar al Legislativo y Ejecutivo que se cumplan los lineamientos internacionales relacionados a la consulta. (AGO)


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MINUTERO Desfile en apoyo al matrimonio igualitario

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GUAYAQUIL • La Federación Ecuatoriana de Organizaciones LGBT, alista su desfile del ‘Orgullo gay’, para este sábado, en varias ciudades del país. Con este acto, los colectivos también celebrarán el fallo de la Corte Constitucional (CC), que legaliza el matrimonio civil igualitario en el país. Dayane Rodríguez, presidenta de Silueta X, asociada a la federación, en respuesta a los pedidos de consulta de grupos opuestos al fallo, expresó que “la sentencia proviene de un ente supranacional y por lo tanto es irreversible”. (DAB)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE ESMERALDAS EXTRACTO PUBLICACIÓN – CITACIÓN JUICIO Nº. 08331-2017-00733 EJECUTIVO - CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO ACTOR(A): AB. JORGE LEOPOLDO CAMPOVERDE TORRES EN SU CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL DR.JORGE IVAN ALVARADO CARRERA EN SU CALIDAD DE SECRETARIO GENERAL Y PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO. DEMANDADO: CRUEL YUCCHA MARIA CLEMENCIA CUANTÍA: 21.298,88 DOLARES JUEZ PONENTE: AB. ESP. HAYRO CERVANTES ASTUDILLO OBJETO DE LA DEMANDA: Mediante contrato de Préstamo o Mutuo Nº CAR20400001793000, celebrado en esta ciudad de Esmeraldas el 23 de diciembre del 2013, suscrito y aceptado por la señora Cruel Yuccha Maria Clemencia con C.C. 0800563231 por la suma de 45,000,00. Dicho contrato seria cancelado en 60 dividendos, se detalla las cuotas vencidas por la demandada con su respectivo capital, cuota Nº 38 por la suma de 791, 94, cuota Nº 39 por la suma de 816, 78, cuota Nº 40 por la suma de 806,88 y cuota Nº 41 por la suma de 809,02, dividendos que hasta la presente fecha no se han cancelado y así con la que estipula en el Contrato de Préstamo o Mutuo Nº CAR20400001793000, debido al incumplimiento de las cuotas vencidas antes detalladas, tengo a bien en forma unilateral y anticipadamente declarar de plazo vencido las siguientes cuotas: desde la cuota Nº 42 a la cuota Nº 60, los fundamentos de derecho que justifican esta acción son Art. 347 numeral 3, 348, 349 y 351 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) . Por el mérito de las consideraciones legales establecidas exijo: El capital adeudado, Pago de intereses legales pactados, la comisión del 1/6 por ciento conforme el numeral 4º del Art. 456 del Código de Comercio, El pago de costas judiciales. VISTOS: “…Conforme lo acredita con la escritura adjunta, y con la cual legitima su personería, por cumplir los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), y fundado en un contrato de préstamo o mutuo con reconocimiento de firma y rubrica por el valor de USD$45,000.00 dólares de los Estados Unidos de América, constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en los artículos 347.3 y 348 del mismo código, por contener una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, se la califica de clara y precisa; y, se la admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.…” VISTOS: Continuando con la sustanciación de la causa y, en virtud que la parte actora AB. JORGE LEOPOLDO CAMPOVERDE TORRES, en calidad de Procurador Judicial del BANCO DE LA PRODUCCION S. A. PRODUBANCO a fs. 316, ha declarado bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada CRUEL YUCCHA MARIA CLEMENCIA y, que ha realizado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicarla, como acudir a los registros de público acceso, se dispone CITARLA conforme al artículo 56.1 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), mediante publicaciones que se realizaran en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación provincial y nacional, que contendrá un extracto de la solicitud, auto inicial y esta providencia; debiendo para el caso la actuaría agregar las publicaciones integras al proceso que se efectuaren. En aplicación de los artículos 355 y 333.3 del COGEP, a la demandada se le advierte de la obligación que tiene de comparecer a juicio transcurridos veinte días desde la última publicación de prensa, en la que comenzará el término de quince días para que proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno conforme al artículo 352 del COGEP.…” AB. JULIA MEDINA GODOY SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE ESMERALDAS Hay firma y sello

P-237735-GFPAP/73550

NACIONAL

Mal tiempo afecta algunas vías del país Los caminos que unen a Carchi con Sucumbíos están anegados. Comunidad de Patate, en emergencia. CARCHI, TUNGURAHUA • Las fuertes lluvias que se han presentado en los últimos días han causado estragos en algunos sectores del país, sobre todo en vías de la Sierra norte y Sierra central, donde algunas personas han quedado aisladas, como los casos de Carchi, Sucumbíos y Tungurahua. Uno de esos casos es la vía Santa Bárbara-La Fama-El Playón, que está en emergencia, pues las comunidades ubicadas en estos tramos, que unen a Carchi con Sucumbíos, están incomunicadas por los deslaves y derrumbes registrados durante el fin de semana, hasta ayer. Personal de la Brigada de Infantería 31 Andes, a través del Batallón de Infantería Mayor Galo Molina y el Grupo de Caballería 36 Yaguachi, en coordinación con entidades del Estado, arribaron a las comunidades para intentar evacuar a las personas y, en ciertos casos, entregarles kits de alimentos. Según el reporte militar, entregaron 40 raciones alimenti-

Situación en Baños °

Otra de las zonas que han sufrido la inclemencia mencia del tiempo es la comunidad de Río Blanco, ubicada en Baños de Agua Santa, las familias de este sector han sido reubicadas en albergues temporales de Río Verde y San Vicente. Mientras que por medio de un comunicado, el Ministerio de Turismo informó que todos los servicios turísticos en Baños están habilitados, pero se recomienda mantener precaución, sobre todo con las actividades relacionadas con deportes extremos y de aventura que se realizan en ríos y cascadas en el sector de Ulba.

cias, evacuaron a tres personas, dos mujeres y un hombre, pero en el trayecto hicieron lo propio con unas 15 personas por sus propios medios. Explicaron que en la carretera se contabilizaron, hasta la tarde de ayer, 15 deslaves y la

EMERGENCIA. En El Triunfo, ubicado en el cantón Patate (Tungurahua), unas 2 mil personas se encuentran anegadas.

mesa asfáltica estaba colapsada además, de tener problemas con en tres lugares. el fluido eléctrico. Se explicó que en las zonas Por la tarde, militares y funaisladas existen casos de urgen- cionarios del Ministerio de Sate atención, como una persona lud llegaron al sector con víveque necesita diálisis, una seño- res para ayudar a las personas ra con un bebé en brazos que que habitan en el lugar. requiere pañales, así mismo niños de 8 a 12 años y de la tercera Colapso de puente edad, que esperan ropa, El puente provisional en útiles de aseo y vituallas. EL DATO la vía Baeza-Tena, colapsó y se habilitará el 28 de junio, según anunciaron 2 mil incomunicados es un des- ayer autoridades del MiUno de los sectores más Baños tino preferido afectados por las lluvias por nacionales y nisterio de Transporte y por en Tungurahua es El extranjeros ser considerada Obras Públicas a Radio Triunfo, ubicado en el como la ‘capital Arco iris. También se indel turismo de formó de una persona cantón Patate. Esta pa- aventura’. desaparecida en el río Mirroquia de cerca de 2 mil sahuallí, cantón Archidohabitantes se encuentra incomunicada por los deslaves na, provincia de Napo. Moradores de la comunidad que se han dado en la zona, además de que siete puentes han El Venturoso, en el sector de San Antonio en Archidona, el colapsado. La mañana de ayer, Bolívar pasado domingo dieron la alarPunguil, alcalde de Patate, de- ma de una persona desparecida cidió declarar a El Triunfo en en las aguas del río Misahuallí. emergencia, ya que el agua y Hasta ayer continuaba la búslos alimentos están escaseando, queda. (RI-FC)

15 mil docentes se beneficiarán del ‘Quiero ser maestro 6’ Cinco puntos clave se reformaron para el proceso ‘Quiero ser maestro 6’, que se encuentra en la etapa de méritos y oposición. Entre esos, la estabilidad de los docentes en una institución educativa y la automatización de la asignación de puntajes. Así se espera que, para finales de septiembre de este año, 15.790 maestros a escala nacional accedan a una vacante con nombramiento definitivo. Los cambios y el estado de la convocatoria fueron parte de los anuncios que hizo ayer el ministro de Educación, Milton Luna, en una rueda de prensa en Quito. El titular de la cartera de Estado catalogó el proceso como un estímulo para los profesores y una estrategia importante para la revalorización de la profesión docente. ‘Quiero ser maestro 6’ tiene dos fases y la primera que consistió en la elegibilidad ya concluyó con 34.386 elegibles, de más de 100.000 postulantes. La subsecretaria de Desarrollo Profesional, Hortencia Bustos, explicó que en la etapa previa, los inscritos tuvieron que ren-

PRESENTACIÓN. El ministro de Educación, Milton Luna, participó en el anuncio de los detalles del proceso.

dir pruebas de personalidad, razonamiento y conocimiento. De acuerdo con el cronograma del Ministerio de Comunicación, desde hoy y hasta el 4 de julio se realizará el registro y la validación de Méritos e Inscripción de los seleccionados previamente. La última semana de julio será la evaluación práctica, a mediados de agosto serán las postulaciones a los establecimientos educativos, a finales de ese mes será la publicación de resultados y apelaciones. Por último, la resolución definitiva se conocerá a finales de septiembre. (PCV)


Maduro autoriza a FF.AA. a responder con todo a Duque

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Aumentan las tensiones entre Venezuela y Colombia. El dictador califica al colombiano como ‘Bastardo oligarca’’. CARACAS, EFE • El gobernante venezolano, Nicolás Maduro, autorizó ayer a las Fuerzas Armadas a dar respuesta "desde todos los espacios" a la "oligarquía" de Colombia y al presidente de ese país, Iván Duque, uno de los mayores críticos en la región de la Administración del líder chavista. "Autorizo a nuestra Fuerza Armada Nacional Bolivariana a responderle desde todos los espacios a la oligarquía bogotana y a decirle en la práctica, en la acción y con la palabra que hoy está más unida que nunca", dijo el mandatario durante un acto con militares en conmemoración del 198º Aniversario de la Batalla de Carabobo y Día del Ejército. "Yo autorizo a nuestra Fuerza Armada a responderle a Iván Duque con toda la fuerza y contundencia moral que merece", insistió desde Campo Carabobo, una instalación militar en el centro-norte de Venezuela, al tiempo que llamó al colombiano "bastardo oligarca" y "patiquín (petulante) del imperio".

Respondiendo a Duque

Las declaraciones de Maduro son una respuesta a las palabras de Duque durante una entre-

Un país en bancarrota ° En paralelo, el país con las mayores reservas probadas de petróleo en

el planeta experimenta una marcada contracción económica desde hace más de un lustro, lo que ha llevado a más de cuatro millones de personas a abandonar el país, de acuerdo a datos de Naciones Unidas. En Colombia residen, además, más de 1.000 militares venezolanossegún cifras de la oposición- que dieron la espalda a Maduro y reconocen a Guaidó como su comandante en jefe.

la traición" "Fuera la oligarquía bogotana de aquí, no a la traición santanderiana nuevamente, son vista con un medio eslos herederos de Santander pañol que se divulgó El TOME NOTA y de la traición", agregó. domingo, y en la que el Venezuela atraviesa por colombiano asevera que la mayor crisis política de la solución a la acucian- Actualmente, Colombia acoge te crisis que atraviesa a 1,3 millones de su historia moderna desde Venezuela pasa por la venezolanos, seguido de Perú, enero pasado, cuando Maduro juró un nuevo mandadivisión de las Fuerzas con 768.000; con to cuya legitimidad no recoArmadas, que conside- Chile 288.000; nocen la oposición y buena ró ya "están totalmente Ecuador con 263.000; parte de la comunidad infracturadas". Argentina con y Brasil ternacional y, en respuesta, Maduró también se- 130.000; con 168.000. el jefe del Parlamento, Juan ñaló que Duque "se asuGuaidó, proclamó un Gome como comandante en jefe" de la Fuerza Armada de bierno interino que apoyan más Venezuela, y que es heredero "de de 50 naciones.

Guaidó denuncia amenazas ° Juan Guaidó, jefe del Parlamento venezolano reconocido como presidente interino por más de cincuenta países, y su esposa, Fabiana Rosales, denunciaron ayer amenazas del régimen de Nicolás Maduro que le impidieron a ella salir del país. En un vídeo enviado al Foro Atlántico, que se celebró en la Casa América en Madrid, Rosales dio las gracias a los asistentes por la invitación y por comprometerse con la causa de Venezuela, pero afirmó que no pudo dejar el país para participar, como estaba previsto inicialmente. “Me habría encantado (asistir), pero por la persecución que todos conocen del régimen, amenazas de no dejarnos salir de Venezuela, me impiden hoy acompañarlos”, manifestó Rosales al lado de su esposo. Guaidó acusó a las autoridades de Maduro de “haber secuestrado” a Edgar Zambrano, vicepresidente de la Asamblea Nacional, y Roberto Marrero, jefe de su despacho, y de allanar los derechos de otros veintidós legisladores.

Más de 1.500 testimonios de represión en Nicaragua

Capo italiano escapa de la cárcel y vuelve a la fuga MONTEVIDEO, AFP • El escurridizo capo italiano Rocco Morabito, quien fuera uno de los 10 delincuentes más buscados del mundo y detenido en Uruguay desde 2017 para extraditar a Italia, vuelve a estar prófugo: ahora escapó de una cárcel uruguaya por la azotea junto a otros tres extranjeros. "Cuatro personas con arresto administrativo" alojadas en un centro de reclusión de Montevideo se "fugaron por las azoteas del edificio mediante un boquete y copamiento (invasión) de una finca lindera", donde robaron dinero a los propietarios, informó el Ministerio del Interior en un comunicado. "Entre los fugados se encuentra el italiano RoccoMorabito, quien estaba a la espera de su extradición por parte de la Justicia italiana siendo investigado por tráfico internacional de drogas", señaló el texto oficial.

RELACIONES. La diplomacia entre los presidentes Duque y Maduro nunca ha sido buena. (CNN)

MANAGUA, EFE •

MAFIOSO. Rocco Morabito, buscado y escurridizo. (AFP)

Qué dice Italia

La reacción del Gobierno italiano no se hizo esperar. "Es desconcertante y grave que un criminal como Rocco Morabito, jefe de la 'Ndrangheta' (ndlr: mafia calabresa), haya logrado escaparse de una prisión en Uruguay en donde esperaba la extradición", dijo el ministro italiano del Interior, Matteo Salvini. "Pedimos explicaciones inmediatas alGgobierno de Uruguay", escribió el ultraderechista ministro italiano en una nota divulgada a la prensa. "Le vamos a dar caza donde esté", prometió en breve comunicado.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) informó que en un año de monitoreo de la crisis sociopolítica de Nicaragua ha reunido más de 1.500 testimonios de víctimas de la represión estatal. La CIDH recordó que cumple un año de la instalación del Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (Meseni), a través del cual el organismo da seguimiento a la situación de los Derechos humanos, medidas cautelares y recomendaciones al Gobierno para superar la crisis. "Durante el año de funcionamiento del Meseni, la CIDH envió al Estado (de Nicaragua) 88 solicitudes de información sobre víctimas de la represión estatal y acciones tomadas para proteger sus derechos humanos", señaló el organismo.

cieron en Nicaragua en junio de2018 para dar seguimiento a la crisis "in loco", gracias a una invitación extendida por el Gobierno bajo una fuerte presión interna, pero el Ejecutivo los invitó a abandonar el país de forma repentina en diciembre. Desde entonces el organismo monitorea los Derechos Humanos en Nicaragua de forma remota.

Fuera del país

Las víctimas

La CIDH y el Meseni se estable-

PROTESTAS. Las manifestaciones contra Ortega están encabezadas por estudiantes. (AFP)

Al menos 326 personas han

muerto en 14 meses de crisis en Nicaragua, según la CIDH, no obstante organizaciones locales elevan la cifra a 594, y el Gobierno reconoce 200. Un proceso de aplicación de la Carta Democrática Interamericana a Nicaragua está en marcha actualmente en la Organización de los Estados Americanos (OEA), por rompimiento del orden institucional. De ejecutarse, el país centroamericano sería suspendido del organismo continental.

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MINUTERO FARC denuncia el asesinato de exguerrillero

BOGOTÁ, EFE• El partido °Fuerza Alternativa Revolu-

cionaria del Común (FARC), en el que se convirtió la antigua guerrilla, denunció este lunes el asesinato de otro de sus integrantes, esta vez en el departamento de Nariño (suroeste), con lo que ya son más de 134 los excombatientes muertos desde la firma de la paz. “Hoy, Servio Delio Cuasaluzan Guanga, integrante del partido FARC en proceso de reincorporación, fue asesinado en el municipio de Ricaurte, en el departamento de Nariño. Es evidente la sistematización y la falta de garantías para los firmantes de la paz”, dijo en Twitter el senador y exguerrillero Pablo Catatumbo.

Aplazan el juicio sobre la libertad de Lula

°Sala de la Corte Suprema de

SAO PAULO, EFE• La Segunda

Brasil aplazó ayer la audiencia en la que juzgaría un nuevo pedido de libertad interpuesto por la defensa del expresidente Luiz Inácio Lula da Silva y que estaba prevista para este martes, informaron fuentes oficiales. La presidenta de la Segunda Sala, la magistrada Carmen Lúcia Antunes, retiró de la agenda de juicios el proceso de “hábeas corpus” solicitado por los abogados de Lula y no especificó cuándo volverá a ser juzgado. Con el aplazamiento, el proceso solo deberá regresar a la agenda de la Segunda Sala del Supremo Tribunal en agosto, cuando los magistrados volverán al trabajo.

300 víctimas de ‘falsos positivos’

BOGOTÁ, EFE• Un nuevo °informe de ejecuciones

extrajudiciales, conocidas en Colombia como “falsos positivos”, asegura que al menos 300 personas, entre ellas varios indígenas de los pueblos wiwa, wayú y kankuamo, fueron asesinadas en el norte del país entre 2003 y 2008 por tropas de la Primera División del Ejército. El texto fue presentado este fin de semana a la Justicia.

PELIGRO. Un avión de guerra de Estados Unidos parte desde el portaviones ‘Abraham Lincoln’ en el Golfo Pérsico. (EFE)

Donald Trump sanciona al líder supremo de Irán La ONU pide contención mientras Irán y EE.UU. siguen lanzándose acusaciones. Preocupan tensiones. FWASHINGTON, AFP• Estados

Unidos impuso ayer sanciones “contundentes” contra el líder supremo iraní, el ayatolá Alí Jamenei, y la cúpula militar de la República Islámica, aumentando la presión contra el país al que amenazó con la “destrucción” si busca la guerra. El presidente Donald Trump firmó las sanciones económicas en el Despacho Oval, una medida que tildó de “fuerte y proporcionada respuesta a las acciones provocadoras de Irán”. Añadió que la respuesta de Irán determinará si las sanciones terminan mañana o se prolongan durante “años”. “Irán no puede tener jamás el arma nuclear”, repitió. El Tesoro estadounidense anunció por su lado el bloqueo de “miles de millones” más de activos iraníes, así como la incorporación esta semana a su lista negra del ministro de Exteriores, Mohamed Javad Zarif. Una lista a la que Washington también añadió a ocho comandantes de los Guardianes de la

Revolución, el ejército ideológico del régimen iraní. Apaciguar tensiones

Tras discusiones a puerta cerrada, el Consejo de Seguridad de la ONU emitió una declaración unánime en la que insta al diálogo y a tomar medidas para apaciguar las tensiones en el Golfo. Asimismo, condenó los recientes ataques contra buques cisterna en el estrecho de Ormuz, los que calificó de amenaza al suministro mundial de petróleo y a la paz y seguridad internacional. En momentos en que el Consejo se reunía, el embajador iraní ante la ONU, Majid Takht Ravanchi, dijo que “para atenuar las tensiones” Washington debe detener “su guerra económica contra el pueblo iraní”. Más temprano, Hesamodin Ashna, asesor del presidente iraní Hasan Rohani, había dicho que “las afirmaciones de Estados Unidos de que están listos para una negociación incondicional no son aceptables con la continuación de las amenazas y

Rivalidades regionales ° La disputa surge de una compleja red de rivalidades regionales, con aliados de Estados Unidos, como Arabia Saudita e Israel, presionando desde hace tiempo para que Washington actúe con dureza contra Irán. El primer ministro de Israel, Benjamin Netanyahu, advirtió que haría “todo” para evitar que Irán obtenga un arsenal nuclear. Se cree que Israel posee armas nucleares no declaradas. Trump envió a su secretario de Estado, Mike Pompeo, a Arabia Saudita, el principal enemigo regional de Irán, para construir lo que llamó una “coalición global” contra al República Islámica.

las sanciones”. La tensión entre Washington y Teherán, sin relaciones diplomáticas desde 1980, se intensificó el jueves tras la destrucción de un avión no tripulado estadounidense por un misil iraní en el Golfo. Mensajes ambiguos

Trump ha sido criticado en Estados Unidos por sus mensajes ambiguos a Irán. El presidente, sin embargo, sostiene que tiene una estrategia clara que rompe con la política estadounidense del pasado en Oriente Medio. En un par de tuits, Trump insistió en sus condiciones a Irán: “¡No armas nucleares, no más apoyo al terrorismo!”. Un día antes, en una entrevista con la cadena NBC, amenazó con la “destrucción” de Irán si busca la guerra.

Teherán firmó en 2015 un pacto con las potencias en el que se comprometió a usar la energía nuclear para aplicaciones civiles. Pero Trump se retiró unilateralmente el año pasado del acuerdo, al que calificó de “pésimo”. Irán dice que no tiene en marcha ningún programa de armas nucleares. Trump apeló a los países importadores de petróleo a proteger sus intereses en el estrecho de Ormuz y les lanzó un dardo al afirmar que no entiende por qué Estados Unidos tiene que velar por la seguridad en ese lugar “por cero compensación”. Tras el anuncio de las sanciones, Zarif tuiteó que Trump “tiene razón en un 100% en el hecho de que el ejército estadounidense no tiene nada que hacer en el Golfo Pérsico”.

21.500 uniformados realizan controles migratorios en México MÉXICO, EFE• El secretario mexica-

no de la Defensa Nacional, Luis Cresencio Sandoval, defendió ayer la legalidad del uso de la nueva Guardia Nacional en tareas de control migratorio, y señaló que unos 21.500 efectivos de varias unidades ya apoyan al Instituto Nacional de Migración (Inami) en las fronteras. En una conferencia de prensa con el presidente Andrés Manuel López Obrador en Cancún, estado de Quintana Roo, Sandoval indicó que en la frontera sur con Guatemala y Belice se desarrolla una operación de control migratorio “donde está implica-

da la Guardia Nacional, conformada con Policía Militar, Policía Naval, la Policía Federal y el Instituto Nacional de Migración”. “Estamos haciendo toda una cobertura en la frontera sur y ahí estamos coadyuvando con el esfuerzo del Instituto Nacional de Migración, que es quien tiene ahora la facultad para estar haciendo el aseguramiento (detención) de personas”, expuso el general. Argumentó que si se dejara esta labor en manos del Inami no sería posible realizarla porque ese organismo no tiene suficientes efectivos.

Nueva guardia

Precisó que en la frontera sur y hasta el Istmo de Tehuantepec hay desplegados 2.000 elementos en funciones de la Guardia Nacional y 4.500 de otras unidades del Ejército y la Marina en apoyo al Instituto Nacional de Migración. Señaló que lo mismo ocurre en la frontera norte, donde hay “un despliegue total entre Guardia Nacional (que entrará formalmente en funciones el 30 de junio) y unidades del Ejército de 14.000, casi 15.000 hombres” desde Tijuana hasta Matamoros. Sumados a los 6.500 efectivos

VIGILANCIA. Elementos de la Guardia Nacional mexicana realizan controles en Chiapas. (EFE)

desplegados en la frontera sur, el número de unifrmados dedicados hasta ahora a tareas migratorias asciende a unos 21.500.


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MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora ECUADOR

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Michael Jackson ‘sigue vivo’, tras 10 años de su muerte MADRID, EFE• El

genial y excéntrico Michael Jackson falleció el 25 de junio de 2009, por sobredosis de anestésicos, en su mansión alquilada, cerca de Bel Air, Estados Unidos. Tres meses antes, Jackson había anunciado su regreso a los escenarios. “Estas serán las funciones con las que se bajará el telón”, dijo el artista, muy delgado y con aspecto frágil durante su breve intervención. ‘This is It’ iba a ser el broche de oro a la carrera de Jackson, su regreso por todo lo alto tras años de ausencia en los escenarios, un declive en el que se vio sumido tras ser acusado de pederastia y llevado a juicio en 2005. Fue declarado inocente, si bien su imagen pública nun-

ca se recuperó plenamente y sus excentricidades -relacionadas con su apariencia y las actitudes con sus propios hijos- y problemas económicos generaban más titulares que su arte. De hecho, el reciente documental ‘Leaving Neverland’, estrenado en el festival de Sundance, narra los supuestos abusos sexuales de Jackson a dos menores de edad. La polémica, 10 años después, le sigue rodeando. Y sus tres hijos (Prince Michael, Paris y Blanket) crecen sabiendo que nunca encontrarán mayor alivio y acomodo que ese luminoso e inigualable legado musical que aún emociona a millones de personas.

CASO. Su último disco de estudio, ‘Invincible’, fue lanzado en 2001.

ELENCO. Adam Sandler, Jennifer Aniston y Luis Gerardo Méndez, durante una de las escenas.

Poca diversión o lamentable comedia romántica, son algunos de los calificativos de los expertos. En los tres primeros días de estreno, ‘Murder Mystery’, película de Netflix, fue vista por 30’869.863 cuentas, de acuerdo al servicio de ‘streaming’, que contadas veces hace públicos sus datos. De esa cantidad, 13’374.914 correspondieron a Estados Unidos y Canadá, mientras que 17’494.949 fueron del resto de los mercados. Con esa cifra, el filme se convirtió en el mejor estreno de la plataforma. Pero, no todo es perfecto. Pese a los números, la película no fue bien recibida por la crítica especializada. Vanity Fair, en su portal web, dijo que “no es tan

teatro abarrotado de fin de semana, ganarse una risita ocasional. En la sala de estar, sin embargo, se espera mucho aire muerto”. El New York Times escribió: “La primera colaboración de texturizado e inteligente como Adam Sandler y Jennifer Anisesperaba… (y) la película proba- ton, la lamentable comedia roblemente no habría encontrado mántica ‘Just Go With It’, llegó a ser plana en 2011. Ahora están mucho oxígeno en los cines”. The Hollywood Reporter fue de vuelta con el lento ‘Murder Mystery’, que ni siquiera más fuerte: “Desafortusupera ese punto bajo”. nadamente, el valor de EL DATO ‘Murder Mystery’ se producción y los nombres de marquesina son Netflix firmó un centra en un torpe policía todo lo que tenemos en contrato de cua- (Adam Sandler) y su espelículas con ‘Murder Mystery’, de Kyle tro Sandler en 2015 posa (Jennifer Aniston), Newacheck , una película y se duplicó con una peluquera amante de acuerdo para cuyo guion ofrece menos un otras 4 películas las novelas de misterio, quienes se ven envueltos diversión que el juego pro- en 2017 . durante sus vacaciones medio de Clue… Sandler y, la co-estrella, Jennifer Aniston europeas en el asesinato de un ofrecen bromas matrimoniales millonario. Fue dirigida por Kyle mediocres que podrían, en un Newacheck. (JG/EFE)

Marc tendrá que pagar una fuerte cantidad

MINUTERO

Concetta Graziosi, exempleada °doméstica de Marc Anthony,

El costoso regalo para la hija de Cardi B La rapera y su marido Offset °pagaron 100.000 por un collar

de diamantes y oro blanco, adornado con los personajes animados de la serie ‘Word Party’. Este es el regalo del primer año de la pequeña, que nació el 10 de julio. Además, se prevé que Cardi B gaste 400.000 en la fiesta de la pequeña. (JG)

Batió récord en audiencia, pero no es aceptada por la crítica ‘MURDER MYSTERY’

Markle rediseñó su anillo de compromiso Después de un año de ma°trimonio, Meghan Markle hizo

algunos cambios al anillo de compromiso que le dio el príncipe Harry, en 2017. La banda de oro original que utilizaron los joyeros oficiales de la casa real británica, Cleave and Company, fue sustituida por otra más delgada y adornada con pequeños diamantes incrustados, para darle un aspecto más delicado y brilloso al conjunto, según Infobae. (JG)

demandó al cantante por $500,000 en el tribunal federal de Brooklyn en octubre de 2018, por presuntos salarios impagos, según People. Pero, ya habrían llegado a un acuerdo. Los abogados del boricua manifestaron que la mujer fue compensada con el salario justo. (JG)

BEN AFFLECK

Su prioridad es su salud No es un secreto que Ben Affleck es alcohólico y varias veces ha intentado superarlo. Sin embargo, en esta ocasión, de acuerdo con una fuente cercana al actor, está dedicado a alejarse de las cosas que le afectaron por años, pero no quiere dejar a un lado su vida amorosa. “Ben quiere volver a conocer gente, pero se lo va a tomar con calma”, comentó a Entertainment Tonight. (JG)


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NACIONAL

INTERCULTURAL

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Música waorani, expresión que evoca el tiempo sagrado “Donde hay ‘pikenanis’ aún se escuchan cantos todos los días”. Es parte de la tradición de esta nacionalidad. Recuerdos de lo que fue y lo que es hoy el pueblo waorani evoca Manuela Omari Ima Omene, quien tiene presente las costumbres, enseñanzas y tradiciones de los ‘pikenanis’ (sabios) y que escribe en ‘Saberes waorani y parque nacional Yasuní: plantas, salud y bienestar en la Amazonía del Ecuador’. Menciona que la música de su nacionalidad tiene como fundamento mítico la protección en contra de los espíritus negativos ‘Ñene yere’, y evitar desastres cuando la naturaleza está molesta, entre otros aspectos. Los waoranis tienen tres grupos de expresiones musicales: las interpretadas en las fiestas o eventos similares (guerra o muerte), las ofrecidas a objetos y seres vivos (lanzas, cerbatanas, ‘one’ y ‘kene’) y las evocadas a la vida cotidiana (cacería, recolección, pesca, crianza de los niños y búsqueda de recursos naturales). “Los cantos cuentan nuestras vivencias a manera de un libro

abierto, expresando saberes a generaciones jóvenes. La palabra entonada con distintos ritmos significa un potente canal para que las acciones se cumplan”, señala. Particularidades

Manuela asegura que la fuerza de los cantos otorgaba poderes a las lanzas, permitía que los cultivos crecieran de manera rápida, avisaba a la selva de la presencia humana y registraba en el tiempo la historia waorani. Las entonaciones son particulares por ser vocales-instrumentales y de un solo tono, y solían cantarse en colectivo para las fiestas o de manera individual. “Nuestro mundo tiene expresiones musicales que están marcadas en tiempo sagrado, manifestando ritos y hechos vividos”, indica en el documento. “Al cantar expresamos las enseñanzas que entrelazan símbolos y significados muy profundos, por eso donde hay ‘pikenanis’ aún se escuchan

CUENTOS. Los cantos relatan historias o actividades de la vida cotidiana.

Vocabulario Waorani

° Ñene yere = espíritus negativos ° One = chambira ° Kene = yuca dulce ° Pikenanis = sabios ° boyökakawe = achiote

Expresiones de la naturaleza ° Los cantos al bosque traen a la memoria de quienes escuchan so-

El relato de un canto °

Una canción interpretada por el ‘pikenani’ Tomo Paa textualmente en su letra dice: “Cuando era niño mis abuelitas despertaban a las tres de la mañana para tomar ‘tepe’ dulce de ‘kene’, luego con toda la familia recogían la semilla e iban a sembrar. Yo no dejo esta costumbre, lo que me enseñó mi abuela y mi madre me hace ser quién soy. Así es como debo trabajar por mi familia y mis nietos”.

Detalles

Sobre los adornos Cuando la fiesta ha sido prevista, las °mujeres usan adornos estéticos.

° Coronas en la cabeza. de ‘boyökakawe’ (achiote) en °la Pintura cara. ° Collares en el cuerpo. Pulseras de plantas y plumas en los °brazos. ° Aretes muy coloridos en las orejas.

nidos, olores, sabores, ciclos vitales del proceso de crecimiento con sus picos más altos; expresiones de la belleza, que supone el brillo de una hoja y contornos de los árboles.

cantos todos los días”, afirma en la publicación. Añade: “Es estremecedor oír cuando sus voces nos cuentan tradiciones, experiencias en la selva, sensaciones ante los bosques, etapas de crecimiento de los árboles, registros históricos y razones de los héroes culturales o propias para matar con lanzas”. Una flauta horizontal

De acuerdo con el relato de los ‘pikenanis’, en los waoranis solo existía una flauta horizontal de un solo orificio y medía aproximadamente 25 cm, que se la interpretaba de modo ritual, festivo o cotidiano.

ARREGLOS. Las mujeres se engalanan para las fiestas de la comunidad. (Foto: nacionetnica1990.blogspot.com)

Ese instrumento de viento era elaborado de un tallo delgado de guadúa o maíz, cortado a la altura de los nudos. Manuela Omari describe el terminado del mismo: “Un extremo superior sellado con cera de abeja dejando un hoyo para soplar, al centro un pequeño orificio y en el inferior para digitar una abertura donde se colocaba el dedo índice”. En cuanto al baile, cuenta que se realiza cuando están felices, además, que hacen fiestas relacionadas con la abundancia de producción en la selva. Cuando

danzan, no duermen en toda la noche, y dependiendo de la temática que entonen, los hombres se ubican en un mismo sitio en filas de tres o cuatro hacia atrás tomados de los hombros, y las mujeres se colocan al frente. Bailan en grupo, tomados de las manos y otras veces entrelazan los brazos. En el caso de las bodas, danzan con pasos cortos, acercándose y alejándose. Las personas que desean participar pueden ingresar cuando lo quieran, lo mismo ocurre si alguien decide retirarse. (DLH)

La chambira es utilizada para artesanías y como medicina La chambira es una planta medicinal típica de la Amazonía ecuatoriana. Se la encuentra también en Perú, Colombia, Venezuela y Brasil. Tiene forma de palmera, cuyo diámetro mide entre 20 y 30 cm. Sus frutos tienen un color amarillo verdoso con una forma ovoide. Comúnmente se la conoce también como hericungo, tucumá o corombolo. Además de sus propiedades curativas, tiene una fibra que es extraída de sus hojas para emplearla como materia prima en trabajos de artesanía, hamacas,

prendas de vestir, redes, tejidos y demás artículos. El ‘Atlas alimentario de los pueblos indígenas y afrodescendientes del Ecuador’ indica que son varias las culturas que utilizan la fibra de chambira, tanto como artesanía, como para elaborar su ropaje. Elaboran ropa y artesanía

En el caso de los secoyas, asentados en las cuencas de los ríos Aguarico, Napo, Putumayo y Cuyabeno, sus mujeres son las especialistas en este tema. Ellas transforman las semillas o ‘pe-

pas’ multicolores que encuentran en el bosque en hermosos y atractivos collares y pulseras que se unen con hilos de chambira. “Para añadirle más color a sus creaciones usan alas de escarabajos verdes fosforescentes y pequeñas piedras encontradas en los ríos”, se señala en el texto. Para su vestuario, los hombres de esta nacionalidad utilizan una túnica llamada ‘llamchama’, que tiene varios colores; y las mujeres usan la chambira para complementar su atuendo adornándolo con llamativos collares, pulseras y coronas hechas

VENTA. Collares y pulseras son los objetos más vendidos.

con plumas de aves. En Napo, Pastaza y Orellana, provincias donde habitan los waoranis, también es utilizada esta planta para beneficio de su población. La artesanía realizada mediante este material, ha tenido una buena acogida en los tu-

ristas, quienes han aprovechado ferias y exposiciones para adquirir gran variedad de productos hechos a mano como: hamacas de chambira, pucunas y umenas para cazar pájaros, untocas y huecas hechas de calabaza, redes para pescar y paneras. (DLH)


Galápagos tiene la Reserva de Biósfera Marina más grande del planeta

PLANETA I

La Unesco incluyó a la Reserva Marina del archipiélago, con lo que se amplía el territorio a 14,6 millones de hectáreas. La Reserva de Biósfera de Galápagos, creada en 1984, solo incluía el área terrestre, con 772 mil hectáreas. Pero, con la inclusión de la Reserva Marina del archipiélago, fue ampliada a 14,6 millones de hectáreas. Esto fue decidido por el Consejo internacional de coordinación del programa sobre el hombre y la biósfera de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), reunido en París. De esta manera, la Reserva de Biósfera se convierte en una de las áreas marinas de importancia internacional más grandes del mundo, informó la Dirección del Parque Nacional Galápagos, en un comunicado de prensa. Mayor protección

La designación reconoce que todos los servicios ambientales generados en la Reserva de biósfera son prioritarios para satisfacer las necesidades de las comunidades. Los próximos pasos serán la elaboración del plan de gestión y la creación de un comité de gestión de la reserva, espacio que

Celebración ° La decisión de la Unesco llega como regalo para el Parque Nacional Galápagos, que el próximo 4 de julio cumple 60 años de creación, como la primera área protegida del país. Para conmemorar estas seis décadas en las que se ha trabajado por la conservación de las islas, se realizarán eventos científicos orientados a la investigación y la preservación, que terminarán con la sesión solemne el mismo día.

ofrece un papel protagónico a las autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados y a las poblaciones locales. Danny Rueda, guardaparque de la Isla, indicó que este es un logro para el país y para el mundo, y que a través del Ministerio del Ambiente se impulsarán mecanismos de conservación de los ecosistemas y diversidad biológica, desarrollo económico y humano sostenible de las poblaciones locales; y apoyo logístico a proyectos educativos e investigación sobre el ambiente. (CM)

PAISAJE. Galápagos gana espacio de protección y reconocimiento a nivel mundial .(DPNG)

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, ECUADOR

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NACIONAL

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

MOSAICO B10

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, ECUADOR

• HORAGRAMA

H. MARCELO MEJÍA R. hmejiadlh@gmail.com

Excavar, socavar Símbolo del cloro

HORÓSCOPO ¿Nació un 25 de junio?

Su personalidad fuerte y con un don de mando innato hace que nunca pase desapercibido en donde se presente. Estos dones le otorgan también un gusto por la política.

Riel, rail

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Parafina Ánfora

TVFAN

Copiar, plagiar

Lagode Turquía Sonríe Cabria, puntal Atascar

HBO: 23:45

Tres mujeres agotadas de las tareas del hogar deciden rebelarse en contra de sus obligaciones y del poco mérito que reciben al crear la fiesta de Navidad perfecta para la familia. Por si fuera poco, deberán lograrlo con sus propias madres en casa. Filme estelarizado por Susan Sarandon y Milka Kunis.

Escuché

Falta

Idiota, boba

Embuste, trampa

Símbolo del bario

Sabrosa

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V Actor de la telenovela Que bonino amor

Caminata, excursión Ciudad de Japòn

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Señor, abreviado Asidero, mango

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Ciudad de Colombia Parodia, imitación

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Cubierta, tapadera

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Embuste, trampa Gato en inglés

Región Faja, cinta

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Gallardo, adonis Río de Europa

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Desde París con amor

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Encarnado, colorado Símbolo del nobelio

Arruinada, destruida Saludo

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Tráfico de seres humanos Com. antón de España

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Triunfar Confusión

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Apócope de santo

Trovar, componer Adverbio de cantidad

Cuadrúpedo Rata en inglés

Estado de Venezuela Símbolo del radio

Gordo, grueso Esposa de Araham

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Es posible que sus amigos necesiten una inyección de ánimo y felicidad; procure ser fuente de ello. Recuerde: El progreso es la realización de las utopías.

Apócope de valle

Fragancia Sociedad anónima

LEO

(julio 23 - agosto 22)

Huelga

A

VIRGO Escabrosa, rugusa Símbolo del carbono

(agosto 23 - septiembre 22)

Por el momento no es conveniente pedir favores a sus superiores, ya que la actitud de estos tenderá a ser parca y dura. Recuerde: Su fe optimista de hoy le dará paso al gozo de realizar sus proyectos.

LIBRA

(septiembre 23 - octubre 22)

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CÁPSULA CIENTÍFICA

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I

Los días en la Tierra se están alargando Hace 1.400 millones de años, el día terrestre duraba solo 18 horas. La razón principal era que la Luna se encontraba más cerca de nuestro planeta, de forma que aceleraba la velocidad con la que este giraba sobre su eje. Cosas de la gravedad. Pero nuestro satélite, que nos orbita a una distancia media de 384.400 kilómetros, se aleja poco a poco de nosotros. En concreto, 3,82 centímetros al año. Y eso implica que la rotación terrestre se vaya haciendo más

Procure emplear su mente en situaciones y ocupaciones provechosas y positivas. Evite las malas compañías. Recuerde: Tome las cosas con calma, pues su serenidad es salud y eficiencia.

Convenir, acordar Fechar, apuntar

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(junio 22 - julio 22)

Estado de África Pareja

Tambor de un parche Palma de las Canarias

O

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Nro. 4710 7 5

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7

CINEMAX: 23:53

Unidos se junta a un espía norteamericano que intenta detener ataques terroristas en esta ciudad.

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• HORAKU

Paris, un joven emplea°do En de la embajada de Estados

Símbolo del calcio Sociedad anónima

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Costa, ribera Frenar, detener

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R A T O N CELEBRIDADES CELEBRIDADES A EMILE DURKHEIM C (1858 - 1917) A SocIóLogo fRancES., MáxIMo ExponEntE DEL poSItIvISMo y pREcURSoR DEL fUncIonaLISMo

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Piedra semipreciosa Cinturón, ceñidor

Sómbolo del tantalio

Proyecto, plan Broma, chanza

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(mayo 21 - junio 21)

Trate de mantener el positivismo y la alegría presente en su vida, a fin de que se sienta pleno y realizado. Estudie con mayor energía. Recuerde: Aprenda a sacar ventaja de los errores cometidos.

CÁNCER

Escritor mexicano Transportar, mudar

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GÉMINIS

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Curar

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Ciudad de Brasil Capital de Noruega

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Apócope de papá Ola

(abril 20 - mayo 20)

Labor, faena

Solución anterior O

Cistalino diáfano

(marzo 21 - abril 19)

Sea paciente en lo que se refiere a los negocios, ya que estos pueden parecer un tanto limitados por el momento. Recuerde: No permita que las situaciones difíciles le alteren emocionalmente.

La situación económica tenderá a ser limitada, por lo que deberá ser cuidadoso y medido en sus gastos. Recuerde: Si no controla su nerviosismo, este le dominará y aniquilará.

Amanecer, clarear

Tiza

ARIES

TAURO

Verdadero Golfo de Colombia Ánima, espíritu

Emperaro ruso Lejos en inglés

Antigua máquina de Símbolo de la plata Actriz de la Actor de la telenovela telenovela Que te Triunfo del perdone Dios amor

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Estado de Asia Ciudad de Chile

Apócope de grande Coche, vehículo Palpitar

La Navidad de las madres rebeldes

Masa de agua salada Bellaco

Santo en portugués Hermano de Abel

lenta, según un estudio hecho en la Universidad de WisconsinMadison, Estados Unidos. Stephen Meyers, profesor de Ciencias de la Tierra en esa universidad y coautor del trabajo, explica que han llegado a tal conclusión gracias a la astrocronología, un método que une la astronomía con las observaciones geológicas y que permite mirar al pasado del planeta y del Sistema Solar, y estudiar los cambios climáticos a partir de los rastros que estos dejan en las rocas más antiguas.

FENÓMENO. El movimiento de la Tierra en el espacio se ve influido por otros cuerpos celestes, como la Luna. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec

MICROBIOGRAFÍA

Antonio Gaudí (1852 – 1926)

Fue un arquitecto con un sentido innato de la geometría y el volumen, así como una gran capacidad imaginativa que le permitía proyectar mentalmente la mayoría de sus obras antes de pasarlas a planos. De hecho, prefería recrearla sobre maquetas tridimensionales, moldeando todos los detalles según los iba ideando. En otras ocasiones, iba improvisando sobre la marcha, dando instrucciones a sus colaboradores sobre lo que debían hacer. Están declaradas Patrimonio de la Humanidad por la Unesco. La mayoría son edificios de estilo modernista en la ciudad de Barcelona o sus alrededores. (OG)

Sea paciente en sus proyectos de viajes y estudios, ya que estos pueden demorar más de lo esperado. Realice una visita de rutina al médico. Recuerde: Que la fe sea su fuente de fortaleza.

ESCORPIO

(octubre 23 - noviembre 21)

Su pareja deberá ser muy consciente y prudente en lo que respecta al dinero, ya que su situación tenderá a ser precaria. Recuerde: Cuando su corazón está con amor se ve todo rebosante de belleza.

SAGITARIO

(noviembre 22 - diciembre 21)

En este momento se deberá apelar a su sensibilidad y cariño, ya que su pareja puede requerir mucha más atención y afecto. Recuerde: No permita que las situaciones difíciles le alteren emocionalmente.

CAPRICORNIO

(diciembre 22 - enero 19)

Este no será el momento oportuno para buscar nuevas oportunidades laborales. Sea paciente y trabaje con ahínco. Recuerde: Su responsabilidad ha de orientar su libertad.

ACUARIO

(enero 20 - febrero 19)

Trate de conservar la tranquilidad y ecuanimidad dentro de las relaciones afectivas. Mejore su comportamiento con amigos. Recuerde: Crea en Ud. y en sus capacidades.

PISCIS

(febrero 20 - marzo 20)

EL amor y la paciencia bastarán para sobrellevar las dificultades dentro del hogar y la familia. Recuerde: Su responsabilidad ha de orientar su libertad.


CRONOS Cifuentes, el mejor gol B11 del torneo

MUNDIAL SUB20

tiempo lectura 15 min.

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora ECUADOR

1. CAMPEÓN SUDAMERICANO

José Cifuentes fue parte del equipo que alcanzó el Campeonato Sudamericano, que tuvo lugar en Chile. Además, fue nombrado capitán por el estratega Jorge Célico. 2. MEDALLA DE BRONCE QUE VALE ORO

El volante ecuatoriano formó parte de la lista de los 21 convocados que acudirían al Mundial de Polonia. Repitió como capitán del equipo.

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José Cifuentes, volante de 20 años que milita en el Club América de Quito, fue el autor del primer tanto del cotejo entre Ecuador vs. EE.UU. en el Mundial Sub20 que se disputó en Polonia. Con ese gol, el capitán

un derechazo que se clavó en el ángulo derecho inferior del arco rival. La genialidad del gol le mereció ser nominado y elegido como el mejor de la cita ecuménica. El segundo lugar fue para el saudí Feras Albrikan. (MP)

Así fue el gol José Cifuentes 8

Avanzó por la banda derecha Realiza un quiebre hacia la derecha Dispara hacia el lado derecho del portero

3. UN GOL ‘MÁGICO’

Luego de conseguir el tercer lugar en el torneo, el tanto de José Cifuentes, junto con el del saudí Feras Albrikan y el maliense Sekou Koita fueron nominados para el mejor de la competición y finalmente el del ecuatoriano el elegido.

abrió el camino para que el combinado nacional avance a la semifinal del torneo. ‘La Cifu’ recibió un pase de Jordan Rezabala y, en la zona izquierda del campo esquivó a la zaga defensiva del conjunto estadounidense, envió

Qué alegría que el gol sea el mejor”. JOSÉ CIFUENTES FUTBOLISTA

Datos

Futbolista

Jordan Rezabala 10

José Adoni Cifuentes Charcopa ° Nombre: Esmeraldas ° Ciudad: 20 años ° Edad: Volante ° Posición: América de Quito ° Equipo: ° Año debut: 2017

El volante de 20 años marcó el tanto a EE.UU. con el que Ecuador clasificó a la semifinal. 150.000 VOTOS registró el gol de José Cifuentes


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

NACIONAL

COPA AMÉRICA B12

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, ECUADOR

Farfán queda afuera de la Copa América por lesión El delantero peruano Jefferson Farfán quedó fuera de la Copa América de Brasil por una lesión de rodilla izquierda, informó la Federación Peruana de Fútbol (FPF). “El jugador Jefferson Farfán Guadalupe ha sufrido una lesión en la rodilla izquierda, la cual le imposibi-

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lita seguir participando en la Copa América de Brasil 2019”, indicó la entidad en un comunicado. La FPF no precisó cuándo se lesionó ni el tipo de dolencia que padece el atacante del Lokomotiv Moscú, quien no entrenó con sus compañeros de selección en el estadio Pacaembú en Sao Paulo. AFP

La amarga resaca de los aniversarios de Lionel Messi RÍO DE JANEIRO, AFP• Lionel Messi

cumplió ayer 32 años y, como suele ser habitual, el astro del Barcelona lo festejará con sus compañeros de selección, aunque las resacas del aniversario del ‘10’ suelen ser amargas, al coincidir días después con alguna derrota de Argentina en grandes torneos. El 24 de junio es un día importante en el deporte argentino. Un día como este, pero en 1911, nació Juan Manuel Fangio, cinco veces campeón de Formula 1 y el primer gran mito de la historia del automovilismo. Y 67 años después lo haría Juan Román Riquelme, el último gran enganche que ha

RESPALDO. Messi celebró también junto a su familia. Aquí con su esposa, Antonella.

visto el fútbol argentino. Ayer, no han faltado las felicitaciones a Messi en las redes sociales, desde gente del mundo del fútbol (desde Neymar, Carles Puyol o David Beckham) a instituciones (el FC Barcelona, la FIFA, la AFA y hasta la NBA).

COPA AMÉRICA

Un equipo del que no hay nada que aprender MOMENTO. Jugadores de Ecuador y Japón al finalizar el partido que les dejó fuera a las dos selecciones. AFP

Sus cumpleaños Con la ‘Albiceleste’

2005 El primer gran torneo en el que participó Messi fue en el Mundial Sub-20 de Holanda. Al día siguiente de cumplir 18 años, Messi anotó uno de los goles en la victoria de Argentina contra España en cuartos de final y avanzó en un torneo que acabaría conquistando días después contra Nigeria por 2-1, ambos anotados por La Pulga. 2006 Ya con la selección mayor, Messi no fue titular, pero asistió en el día de su cumpleaños a la recordada victoria en octavos de final contra México (2-1), gracias a una prodigiosa volea desde el pico del área de Maxi Rodríguez, rosarino como Messi, aunque seis días después llegó la decepción con la eliminación ante Alemania en los penales, en un partido en el que el joven jugador del Barcelona lo vio desde el banco. 2010 Volvió a soplar velas en pleno torneo en el Mundial-2010 de Sudáfrica, celebrando el pase a octavos, tres días después, eliminando a México (3-1). El 3 de julio, sin embargo, llegaron los alemanes para aguar la fiesta y con un inapelable 4-0 echar a los argentinos en cuartos de final. 2014 El día después de cumplir 27 anos, Messi logró un doblete para derrotar por 3-2 a Nigeria y clasificar a Argentina como primera de grupo, y llegó hasta la final en el Maracaná donde Mario Goetze con un gol en la prórroga amargó a Messi y a toda Argentina y le dio el título a Alemania. 2015 Un año después, Messi se comió la tarta preparando los cuartos de final contra Colombia de la Copa América en Chile. La ‘Albiceleste’ avanzó hasta la final, pero cuando parecía que Lionel podría festejar al fin un título con su selección, aparecieron los anfitriones para dejarle con la miel en los labios, con un cruel desenlace en los penales. 2016 Un año después la historia se repitió, en la Copa América Centenario, celebrada en Estados Unidos, con el agravante de que esta vez, a diferencia de lo ocurrido en Chile, Messi erró uno de los penales de la tanda decisiva, facilitando el bicampeonato de La Roja. La decepción llevó al 10 a anunciar su retirada de la selección. 2018 El 31° cumpleaños lo celebró Messi angustiado, un estado que le provocó la derrota por 3-0 ante Croacia tres días antes que obligaba a la ‘Albiceleste’ a ganar a Nigeria el 26 de junio para avanzar a octavos del Mundial de Rusia-2018. 2019 Gracias a la victoria del domingo contra Catar (2-0), que clasificó a Argentina para los cuartos de la copa América, Messi podrá vivir algo más aliviado su cumpleaños, con un entrenamiento de recuperación realizado por la mañana en Porto Alegre.

La Selección de Ecuador no superó la primera fase del torneo. Junto a Bolivia es de lo peor de Sudamérica. La ‘Tricolor’ que dirige Hernán Darío ‘Bolillo’ Gómez se fue de la Copa América como quiso su técnico: siendo un equipo insípido. Pobre en fútbol, en espíritu y en ganas. Una selección de la que no hay nada que aprender. Si no fuese por Bolivia, que no sumó puntos, es de lo peor de Sudamérica. Apenas hizo un punto, el de ayer, ante el equipo preolímpico (Sub 23) de Japón. No fue capaz de clasificar a la siguiente fase, a la que entran 8 de los 12 equipos participantes. Sin brújula

La cabeza de la ‘Tri’ es el principal problema. El DT colombiano estaba claro desde el día que firmó su contrato que la Copa América no estaba en sus planes. Hizo una convocatoria incoherente con jugadores que ya no estarán para el proceso de Eliminatorias, por su edad, y otros que pasaron de ‘vacaciones’ en sus clubes. Además, no tuvo claro qué alinear a horas de cada partido. Y en la cancha no se la jugó.

cabeza de Edinson Cavani a los 82 minutos, Uruguay le ganó a Chile 1-0 y se quedó con el primer lugar del Grupo C de la Copa América 2019. El gol del ‘Matador’, en Rio de Janeiro, llegó cuando nadie lo esperaba, tras un centro de Jo-

nathan Rodríguez soberbiamente cabeceado por el delantero del París St. Germain. De esta manera, la ‘Celeste’ termina en primer lugar del Grupo C con siete puntos y el sábado jugará en cuartos de final contra Perú en Salvador (nordeste de Brasil. El bicampeón Chile, por su

lado, se quedó en el segundo lugar con seis unidades y deberá enfrentar a Colombia el viernes en Sao Paulo, en el partido que en lo previo aparece como el más atractivo de cuartos de final. Será un partidfo especial para el entrenador de Chile, Reinaldo Rueda.

ECUADOR

JAPÓN

‘Bolillo’: ‘Si me echan me tengo que ir’

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El técnico de la Selección de Ecuador puntualizó que “no me pasa por la cabeza” irse de la ‘Tri’, después de la bochornosa participación en la Copa América, pero destacó que “si me echan me tengo que ir”. “Si llega otro va a ser igualito, el mismo maltrato. Vamos a ver qué dicen los dirigentes, pero lo que digan los hinchas y periodistas no oigo. Están con mucho afán. Vamos a ver quién es el que explota primero”, destacó ‘Bolillo’. Reiteró que su objetivo principal es el Mundial. “Estamos forjando algo importante para las Eliminatorias”.

Ibarra contradice al entrenador ° GUAYAQUIL • “Él (‘Bolillo’ Gómez) se acercó a mi habitación, me dijo que estaba molesto con mi actitud y que yo no iba a seguir en la Selección”, relató el

jugador Renato Ibarra. Aclaró en Mundo Deportivo, que no le gustan las polémicas y que es la primera vez que le ocurre una situación similar con un estratega. Agregó que “con ‘Bolillo’ es un poco complicado el tema. Estoy muy triste, antes me dijo que no me veía bien en los entrenamientos, me sorprendió eso”. Ibarra indicó que no puede estar en un lugar donde no lo quieren. “No sé por qué me lo dijo, con el cuerpo técnico venía hablando desde antes, de mi molestia en el tobillo”, reiteró. (SJMS)

Ante Uruguay, en el debut, recién “salió a dirigir” cuando el equipo ya tenía cuatro goles encima. Ante los jóvenes ‘nipónes’

Uruguay le gana a Chile y se adueña del Grupo C RÍO DE JANEIRO, AFP • Con un gol de

1 1

no arriesgó con otro delantero. Dejó solo a Enner Valencia todo el partido y sacó al jugador que hizo el único gol del equipo, Ángel Mena. (WOM)

Cuartos de final partidos

Jueves Brasil vs. Paraguay: 19:30 Viernes Venezuela vs. Argentina: 14:00 Colombia vs. Chile: 18:00

MOMENTO. Cavani celebra el gol de Uruguay. AFP

Sábado Uruguay vs. Perú: 14:00


CRONOS

Coutinho admite pobre temporada en Barcelona

El mediocampista Philippe Coutinho admitió ayer que su temporada en el Barcelona, donde milita desde enero de 2018, no ha sido buena, pero que ha aprendido la lección y mejorará para terminar venciendo. “Realmente no fue una temporada tan buena. No rendí lo que quería, no rendí lo que mucha gente

esperaba. Claro que mi voluntad era hacer siempre lo mejor”, dijo Coutinho, indiscutible de la selección de su país. El exjugador del Liverpool lleva 13 anotaciones en el equipo culé en la Liga española desde que llegó al club. Sin embargo, sus prolongadas sequías y su desempeño han sido criticados en Europa. AFP

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MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

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Un lanzamiento que la lleva a Lima Marcó nuevo récord nacional en jabalina y clasificó a los Panamericanos. GUAYAQUIL• La

atleta Yulexy Angulo no olvidará nunca el 22 de junio, fecha en la que ganó medalla de bronce en lanzamiento de jabalina(57.94m) del Gran Prix ‘Valle Oro’, de Cali, Colombia. Con eso se adjudicó un boleto para los Juegos Panamericanos de Lima. Además, rompió el récord nacional y sudamericano Sub 20. “Toda la gloria y la honra es para Dios. Me siento feliz por los resultados que tuve, ya que me permitieron clasificar a los Juegos. También agradezco a mi entrenador (Flavio Corozo) y la ayuda del profesor Falcones”, dijo la deportista Añadió que “mi familia siempre me apoya, en especial mi madre, Glenda María. Fue una experiencia muy bonita y una de muchas que me quedan por seguir viviendo, espero seguir luchando y mejorando por mi país”.

Lesión

Confesó que estuvo preocupa-

YULEXY ANGULO

Deportista Datos

Nombres: Julexy Anahí Angulo Bonilla F. de Nac: 2 de enero del 2001 Lugar: Barrio Carmen Bautista (Machala) Disciplina: Lanzamiento de Jabalina

da durante su intervención, porque compitió con molestia en zona lumbar.” Esa lesión me ocurrió el año pasado y todavía la tengo, pero tenía que competir, de lo contrario, no clasificaba a los panamericanos”, indicó. La machaleña considera que estuvo siempre entre las favoritas del certamen. “Como siempre las rivales muy buenas y fuertes, pero creo que nada es imposible, me arriesgue y todo salió bien”, manifestó. “Cuando mi mami supo de ese evento, en Colombia, nunca

MOMENTO. Yuleisi Angulo ensaya un lanzamiento en los Juegos de Cali. (Foto: Yuleisi Angulo)

se opuso, pero sí mostró preocupación. Ella desde siempre me cuida mucho, me dice que descanse lo suficiente y que me alimente bien”, agregó. Para ese certamen se preparó durante un mes en su natal Machala, con el director técnico Flavio Corozo. Este año no ha tenido muchas intervenciones, pero, logró dos primeros lugares en España, así como también, en un Sudamericano Sub 20.

Inicios

Se inició en este deporte a los 11 años, mientras estudiaba en la escuela Víctor Moreno. Fue cuando le pidieron que vaya a entrenar al estadio, pero comenzó como saltadora de vallas, luego, lanzamiento de pelota y por último jabalina, donde decidió quedarse porque le fascinó. Uno de los logros que más recuerda con cariño fue el campeo-

nato que conquistó en los Juegos Binacionales, a sus 12 años. “Me considero una persona muy obediente y responsable con mis entrenamientos, soy dedicada y me gustan los riesgos”, describió. Dice que gracias al atletismo ha mejorado su vida económica y social. Además, ha conocido África, Finlandia, España, Portugal, Argentina, Bolivia, Paraguay, Perú, Colombia y Chile. (SJMS)

Los Juegos de Invierno de 2026 serán en Milán LAUSANA, AFP• Los Juegos Olím- de febrero de 2026. “Es Italia la que ha ganado”, picos de Invierno de 2026 tendrán lugar en las localidades ita- se felicitó el jefe del Gobierno italianas de Milán/Cortina decidió liano, Giuseppe Conte, presente tras votación de sus miembros el este lunes en Lausana para apoComité Olímpico Internacional yar la candidatura italiana. “Es una jornada histórica (COI), reunido ayer en Lausana. La candidatura italiana, que y la victoria de todos los italianos”, señaló, por su tiene prevista una ceremonia inaugural en Mi- TOME NOTA parte, Matteo Salvini, el ministro de Interior y lán, y pruebas de esquí alpino en Bormio para Ecuador partici- hombre fuerte del Golos hombres y en Corti- pó en sus prime- bierno italiano. Juegos de La candidatura itana d’Ampezzo para las ros Invierno con mujeres, recibió más vo- Klaus Jungbluth. liana, que partía como favorita y que fue detos que la de Estocolmo/ Are, en Suecia, la otra aspiran- fendida en Lausana por el jefe de gobierno Giuseppe Conte, te a organizarlos. Los Juegos Olímpicos de In- logró 47 votos por los 34 de Esvierno tendrán lugar del 6 al 22 tocolmo.

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ACCIÓN. Los deportes de invierno se realizan cada cuatro años. AFP P.PL/73573

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CRONOS A10

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

QUITO

Del Potro abandona la clínica tras ser operado con éxito

D

MINUTERO En el ‘top 30’ del KPMG Women’s PGA Daniela Darquea, golfista °ecuatoriana, destacó en el

torneo de golf (LPGA Tour) siendo la mejor sudamericana en esta competencia. La ecuatoriana llegó a los 290 golpes (+2), lo que le permitió ubicarse en el ‘top 30’ del certamen y logró ascender al puesto 113 en el Race to the CME Globe. (MP)

Completo el equipo de Vela

La deportista guayaquileña °Rafaela Arteaga completó la nómina del equipo ecuatoriano de vela, que participará en los Juegos Panamericanos Lima 2019, tras adjudicarse el primer lugar del Selectivo Nacional Absoluto de Láser Radial, que se llevó a cabo en el balneario San Mateo en Manta. (MP)

El argentino Juan Martín del Potro ha abandonado este lunes la clínica Creu Blanca de Barcelona tras ser operado el pasado sábado de una fractura de la rótula derecha. Descalzo, con muletas y sonriente, ‘Delpo’ ha salido del establecimiento hospitalario donde se realizó la intervención que acabó “con éxito” según el parte médico. El juga-

dor argentino se había lesionado el pasado martes en el torneo de Queen’s, en Londres, durante el partido contra el canadiense Denis Shapovalov, al sufrir un resbalón. “En dicha cirugía se ha procedido a la exéresis del fragmento”, señalaba el parte el martes. La intervención fue realizada por los doctores Jaume Vilaró y Ángel Ruiz Cotorro. EFE

Ganó oro y busca su boleto a los Panamericanos VALERIA CHILIQUINGA

La ‘tricolor’ superó a la colombiana Mayra Gaviria quien hizo 57.92 metros.

La atleta ecuatoriana Valeria 66.77 metros, adjudicándose Chiliquinga, de los registros de medalla de bronce durante los Napo, consiguió medalla de oro Juegos Sudamericanos que se en lanzamiento de martillo, en celebraron en Cochabamba (Bolivia) el año pasado. España. La deportista ecuatoriana busca un boleto para los Juegos Va por más Panamericanos de Lima y las La ‘tricolor’ todavía se encuentra Olimpiadas de Tokio 2020. en Europa, pues mañana partiChiliquinga logró la presea cipará en el XXXII Encuentro de dorada luego de alcanzar una Atletismo que es organizado por distancia de 64.21 metros de dis- la Diputación de Cáceres. tancia. En segundo lugar se ubicó El certamen reunirá a los mejola colombiana Mayra Gares exponentes olímpicos, viria, quien logró los 57.92. EL DATO que se disputarán el oro en El podio lo completó la es17 modalidades distintas. pañola Lissette Arreaga, Valeria Para esta competencia Chiliquinga es la se espera la participación quien hizo 36.68 metros. única ecuatoriaCon esto, la ecuatoria- na que estará de 250 deportistas de paíen esta ses como: Portugal, Canana aspira a lograr marca presente competencia. para participar en los Juedá, Brasil, China, Kenia y gos que acogerá Lima del la representante ecuato26 de julio al 11 de agosto. riana. Anteriormente, la atleta origiLa deportista ‘tricolor’ buscanaria de Napo alcanzó un récord rá una nueva presea dorada y así nacional en lanzamiento de mar- sumar puntos en el ‘ranking’. tillo. Valeria logró una distancia Además intentará establecer de 67.32 metros durante el tor- una marca que le permita acceneo de Vila Nova de Cerqueira der a los Juegos Panamerica(Portugal). nos y a los Olímpicos de Tokio Marcó su propia marca de 2020. (MP)

MARCA. La atleta ecuatoriana alcanzó el podio en lanzamiento de martillo con una distancia de 64,21 metros.

Quiroz avanza y Gómez pierde en la ‘qualy’

Ayer arrancó la primera ronda de la ‘qualy’ de Wimbledon, con la presencia de los tenistas ecuatorianos Roberto Quiroz y Emilio Gómez. Quiroz avanzó a la siguiente ronda tras vencer al taiwanés Jason Jong (7-6 y 7-6) y necesita de dos victorias para meterse en el cuadro principal. Mientras que, Gómez perdió en primera ronda ante el francés Gregoire Barrere en tres sets de: 4-6, 7-6 y 6-2. (MP)

Deporte adaptado en Cuenca

Ayer arribaron las de°legaciones al Centro de Entrenamiento para el Alto Rendimiento, donde se dio inicio oficialmente a los IV Juegos Nacionales de Deporte Adaptado, que cuenta con la participación 550 deportistas, de 18 provincias, en 11 disciplinas. La competencia finalizará el domingo. (MP)

BOX. El evento forma parte del calendario deportivo de la Federación Ecuatoriana de Boxeo.

Llega la Copa Cinturón de Oro a Portoviejo Cerca de 130 pugilistas de Uruguay, Perú, Costa Rica, México, Guatemala, Puerto Rico, Colombia, Estados Unidos, Bolivia y Ecuador se dieron cita para participar, desde hoy, en el Campeonato Internacional de Boxeo Copa Cinturón de Oro, que tendrá lugar en Portoviejo. La inauguración se llevará a cabo en el coliseo de boxeo del

complejo California a las 17:30 y se prevé que a las 18:00 empezarán los combates oficiales. La competencia tendrá la participación de boxeadores en las categorías junior y juveniles, en damas y varones. La delegación de México confirmó su participación con 28 deportistas, Guatemala con 8, Estados Unidos con 2, Costa Rica con 6 pugilistas, por citar a varios países. Ecuador estará presente con 20 atletas, mientras que la provincia de Manabí pondrá en acción a 12 boxeadores. El evento se desarrollará hasta el sábado. (MP)


CULTURA

Miguel Roldós Mendizábal presenta la tercera entrega de ‘No es lo mismo’

El ingeniero y escritor Víctor Roldós Mendizábal, quien nació en Babahoyo, el 10 de marzo de 1939, comparte su búsqueda de la felicidad y el éxito con los lectores, a través de una investigación alrededor de la ciencia, la literatura y la filosofía en la voz de grandes autores de la contemporaneidad.

El tercer tomo de ‘No es lo mismo película de una vida que una vida de película’ es una compilación de resúmenes de complejas ideas planteadas por pensadores del postmodernismo, una lectura ligera y entretenida que aborda los profundos análisis sobre el sentido de la existencia. (AA)

I

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

A11

MINUTERO Se revela obra inédita de Rodríguez Castelo

La Casa de la Cultura y la °Alianza Francesa presentan el

DIBUJO

Arte entre el sonido y la escritura

Recital gratuito de la OSNE

MURAL. Marín durante la creación de ‘Bajo la influencia’, en Nueva York. (Foto: www.juanmarin.me)

Juan Marín y Jaime Núñez presentan sus obras por primera vez en la galería Más Arte. El acto creativo es un devenir ca, que hoy juega un rol esenen el que intervienen diversos cial en su trabajo artístico. No elementos, tanto del exterior obstante, la esfera social en la como de la interioridad del ar- que creció no estaba ni remotista. La escritura, el sonido y el tamente cercana a la escena de movimiento son el eje del nue- las artes plásticas de la época. vo lenguaje que proponen las Años más tarde se radicó en exposiciones ‘Bajo la influen- Carolina del Norte, en EE.UU., cia’, de Juan Miguel Marín, y donde estudió Diseño Gráfico e ‘Aquí y en everywhere’, de Jai- hizo de esa su profesión. En 2009 se mudó a Nueva me Núñez del Arco. Ambas propuestas rompen York y decidió darle un giro a con la idea tradicional del dibu- su carrera, internándose en la jo y exploran los límites entre exploración de su lado artístico. las disciplinas. Marín y Núñez De la mano de la artista británica trabajan un arte que se crea a Shantell Martin, Marín dio sus sí mismo sobre la marcha, se primeros pasos temerosos en empapa de improvisación y se el dibujo. Ocho años más tarde, empezó a compartir sus creaciotransforma en ‘performance’. La inauguración de las mues- nes con el mundo. ‘Bajo la influencia’ tomó fortras se llevará a cabo mañana, a las 19:00, en la Galería Más Arte ma como una instalación de creación in situ, que “ex(avenida 12 de Octubre y plora la relación entre la Abraham Lincoln). EL DATO memoria, el sonido y la emoción humana”. Las Arte y meditación Las exposiciones “A veces para encon- estarán abiertas obras brotan no solo del el 19 de trarse primero hay que hasta julio, con entrada pensamiento del artista, libre. sino de la reacción que en perderse”, dice Juan Miél producen los sonidos, el guel Marín. Las líneas en movimiento que componen ambiente y las personas que presus murales y dibujos en pe- sencian el proceso creativo. “Me gusta creer que dibujo queño formato simulan largos caminos que se entrecruzan, se con gente, no para la gente –codilatan y se comprimen hasta menta Marín-. Es un performancrear una figura abstracta. La ce del cual todos los que estamos metáfora también se aplica a la presentes y los espacios se vuelforma en que el arte llegó a su ven parte de la obra”. Marín ha presentado sus dibujos en Italia, vida. En la adolescencia dejó su Holanda y varias ciudades de Quito natal y se trasladó a Por- EE.UU. Ha pintado murales en toviejo, durante la década de espacios públicos e interiores y los 90. Allí descubrió la músi- también obras en papel o lienzo.

El conjunto de trabajos parece trazar un mapa de la ansiedad, perfilándola como el sentimiento dominante e irreductible esencia del ser en el imperio milenial”. RODOLFO KRONFLE,

CURADOR DE ‘AQUÍ Y EN EVERYWHERE’.

ARTISTA. Núñez combina elementos figurativos con las tipografías en sus creaciones.

En ‘Bajo la influencia’ el inconsciente juega un papel clave, puesto que para el artista es “como una guía que va revelando a tientas un camino que solo puede verse una vez que ha sido recorrido en su totalidad”. El trance en que entra cuando empieza a crear una imagen ha hecho que Marín tome su arte como una forma de meditación. La letra como imagen

“Toda mi vida he tenido una predilección por la tipografía”, comenta Jaime Núñez. Las obras que componen ‘Aquí y en everywhere’ contienen figuras formadas a partir de textos en español e inglés, de creación propia del artista.

libro ‘Biografía de Antoine de Saint-Éxupéry’, texto inédito del recordado historiador ecuatoriano Hernán Rodríguez Castelo, que aborda la vida del autor de ‘El principito’. El evento contará con las intervenciones de Francisco Proaño Arandi, Iván Torres y Serge Maller. El lanzamiento se realizará el jueves a las 19:00, en el aula Benjamín Carrión de la CCE, con entrada libre. (AA)

Núñez es diseñador gráfico y también ha trabajado como columnista de prensa. “Ese interés por la forma de la palabra y también por lo que dice, orgánicamente lo trasladé a mi arte”, afirma. Sus obras exploran la idea de la legibilidad y retan al espectador a ver más allá de la textura caótica que simulan las letras y se acerque a los significados. Escribir en una lengua extranjera le permite transgredir la gramática y jugar con las palabras y las construcciones sintácticas, aunque en sus últimos trabajos ha probado escribir en su lengua materna. “Me voy sintiendo más cómodo, no solo con el idioma sino también con mi participación como artista dentro de un circuito latinoamericano, nacional”. La escritura de Núñez es espontánea, surge de la pluma como arrancada directamente del cúmulo de pensamientos en su mente. ‘Aquí y en everywhere’ hace mención a elementos de la contemporaneidad, como la ruptura de las barreras idiomáticas a través de las redes sociales, la información digital y la música extranjera. “Hoy en día, en el lenguaje ya no hay fronteras de ningún tipo”. En composiciones cargadas de elementos sobrepuestos –por medio de materiales como el crayón industrial, pasteles, spray, acrílicos y otros- Núñez hace un retrato del vértigo y la ansiedad en que se mueve el mundo moderno, en medio de la soledad, la obsesión tecnológica, las ansias de dinero y poder, la dependencia por el internet, etc. Sus textos, cargados de ironía y humor, hablan de la banalidad.

El Quinteto de Metales de la °Orquesta Sinfónica Nacional del Ecuador (OSNE) ofrecerá un recital como parte del Ciclo de Música de Cámara de la institución. Los músicos interpretarán obras de Victor Ewald, Jean Joseph Mouret, Henry Mancini, Manuel Alejandro y otros. La presentación gratuita se realizará mañana en la Capilla del Museo de la Ciudad, a las 19:30. (AA)

‘Tarde para morir joven’, el mejor largometraje del Flacq

para morir joven’, de °la ‘Tarde laureada directora chilena Dominga Sotomayor, se llevó el galardón principal en el cierre del sexto Festival Latinoamericano de Cine de Quito. Entre los cortometrajes premiados estuvieron ‘El Capulí’, de Carlos Sosa y ‘La trivia espacial aleatoria’, de José Aguayo. El premio especial del público fue para la película ‘La mala noche’, dirigida por la ecuatoriana Gabriela Calvache. (AA)


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Ni en tus sueños Español 18:50 21:30 Toy Story 4 Español 14:30 15:00 15:45 16:45

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17:15 18:00 19:00 19:30 20:15 21:15 Español 3D 15:00 17:15 19:30 Hombres de Negro: Internacional Español 16:00 18:30 21:00 En las Buenas y en las Malas Español 15:40 17:40 El Portal de los Muertos Español 18:45

Corgi, un Perro Real Español 14:50 16:50 La Viuda Greta Español 20:30 X- Men Dark Phoenix Español 16:15 20:45 Godzilla II: El Rey de los Monstruos Español 19:40 Aladdín Español 15:10 17:50 Hotel de Criminales Español 15:30 18:10 20:50

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Hotel Mumbai: El Atentado Esp. 13:15 17:35 Ni en tus sueños Español 14:55 20:15 Toy Story 4 Español 10:30 11:00 12:30 13:00

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Hombres de Negro: Internacional Español 13:30 16:00 18:30 21:10 En las Buenas y en las Malas Español 14:50 El Portal de los Muertos Español 13:10 Amityville: El Origen de la Maldición Español 15:55 18:10 20:30 X- Men Dark Phoenix Español 19:30 Godzilla II: El Rey de los Monstruos Español 16:45

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Ni en tus sueños Español 13:25 16:05 18:45

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Toy Story 4 Español 10:45 11:40 12:40 13:00 13:30 14:30 15:00 15:20 15:50 16:50 17:20 17:40 17:55 18:10 19:10 19:40 20:00 20:15 20:30 21:25 Español 3D 11:00 14:05 16:25 18:45 21:05 Hombres de Negro: Internacional Español 16:15 18:45 21:15 En las Buenas y en las Malas Español 13:30 El Portal de los Muertos Español 14:10

MULTICINES EL CONDADO Hotel Mumbai: El Atentado Español

13:30 17:30

Ni en tus sueños Español 14:50 20:15 Toy Story 4 Español 10:40 11:20 12:30 13:00

13:30 14:30 15:20 15:50 16:45 17:40 18:10 19:00 20:00 20:30 21:15 Español 3D 11:00 14:05 16:25 18:45 21:05

Hombres de Negro: Internacional Español 13:10 15:40 18:15 20:45

En las Buenas y en las Malas Español 13:25 Amityville: El Origen de la Maldición

Español 16:15 18:30 20:50 X- Men Dark Phoenix Español 21:10 Español 13:20 15:35 17:50 20:05 X- Men Dark Phoenix Español 10:30 14:55 20:15 Godzilla II: El Rey de los Monstruos Español 18:20 Godzilla II: El Rey de los Monstruos Español Aladdín Español 10:30 15:25 17:25 Aladdín Español 14:45 17:30 20:15 Pokémon Detective Pikachu Español 15:35 Avengers: Endgame Español 15:30 19:05

Amityville: El Origen de la Maldición


Muertes violentas preocupan en Cayambe y Pedro Moncayo

En los últimos días se registraron dos crímenes. La población exige más seguridad.

Fin de semana violento

SEGURIDAD I

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

A13

SERVICIO SOCIAL

°

Tras dos crímenes ocurridos el fin de semana, los habitantes de Cayambe y Pedro Moncayo acudieron a la Fiscalía que atiende a ambos cantones para exigir más seguridad. Diego Boada, quien reside en Pedro Moncayo, estuvo en la concentración en la que se exigió que se imponga una sanción que deje precedentes en contra del presunto asesino que la Policía detuvo el domingo. Ese día, los moradores marcharon hacia la tenencia política y realizaron un cierre simbólico de la dependencia, colocando cadenas y candados. Boada cree que es necesario un cambio de autoridades en esa institución. La medida pacífica, en la que participaron unas mil personas, se dio tras el crimen del que fue víctima Ismael Rivera, de 22 años. El joven murió a causa de una puñalada que recibió en el pecho. Su atacante fue un presunto delincuente que le robó el celular en las DECESO. El cadáver de Ismael Rivera quedó tendido sobre la vía pública. calles Aquiles Polanco y Simón Bolívar, en Tabacundo. Según y le exigió que le devolviera el dáver, agentes de la Unidad de teléfono. El reclamo oca- Muertes Violentas de la Subla primera información sionó una riña en la que zona Pichincha ejecutaron un recabada por la Policía, la EL DATO Rivera quedó tendido y operativo y encontraron al sosvíctima retornaba a casa ensangrentado sobre la pechoso. El sujeto fue reconocuando fue interceptada Fiscalía dio un vía pública. La herida por un sujeto que lo asaltó La cido por los amigos del finado. plazo de 30 días para investigar el que recibió le quitó la y le quitó el teléfono. La audiencia de calificación vida de contado. El perjudicado recurrió caso. de flagrancia se ejecutó ayer a sus amigos para ir a buspor la mañana y se dispuso la car al antisocial, quien fue ubi- Búsqueda prisión preventiva para el soscado cerca de su casa. Lo encaró Luego del levantamiento del ca- pechoso. (FLC)

CONVOCATORIA EL GAD DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, ADMINISTRACIÓN ZONAL EUGENIO ESPEJO, convoca a personas naturales o jurídicas, pequeños productores, artesanos, microempresarios, pequeñas empresas y organizaciones de la economía popular y solidaria a participar en el proceso de Contratación Pública mediante Feria Inclusiva para la provisión de la: "CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE UNA CUADRILLA DE CAMPO FORESTAL PARA LA RECUPERACIÓN DE LA COBERTURA VEGETAL DE LAS QUEBRADAS DE LA ADMINISTRACIÓN ZONAL EUGENIO ESPEJO", con un presupuesto referencial de USD/ 13.261,80 (Trece Mil Doscientos Sesenta y Uno, con 80/100), Dólares de Estados Unidos de América), sin incluir IVA. PARA MAYOR INFORMACIÓN, LOS PLIEGOS ESTARÁN DISPONIBLES EN EL PORTAL WWW.COMPRASPUBLICAS.GOB.EC. El lugar de entrega de ofertas será en las instalaciones de la Administración Zonal Eugenio Espejo, dirección: Av. Amazonas N38-112 Y PEREIRA) (Comedor), EL DÍA MIÉRCOLES 10 DE JULIO DE 2019 de 10h00 a 13h00. QUITO, 25 DE JUNIO DE 2019

Abg. Sara Grieco Valarezo ADMINISTRADORA ZONAL EUGENIO ESPEJO GAD DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

Dentro del bosque conocido como La Payita, en la parroquia de Ayora de Cayambe, en las calles Los Ríos y Esmeraldas, la Policía levantó el cadáver de un joven de 18 años. Presentaba heridas de arma blanca en la espalda y el cuello. Un morador que transitaba por el lugar informó sobre el hallazgo a las autoridades. El caso no tiene detenidos. Otro hecho violento fue reportado el domingo por la noche cerca del Cuerpo de Bomberos de Cayambe. Los socorristas auxiliaron a otro joven en las calles 13 de abril y 6 de diciembre de la parroquia Juan Montalvo. Él también tenía una herida de arma blanca en el cuello y fue entregado consciente en una casa de salud de esa localidad. (FLC)

AYÚDANOS A ENCONTRARLO Óscar Eulanio Alberca Reinocuna fue visto por última vez el 12 de junio de 2019 en Lago Agrio, Sucumbíos, en el kilómetro 1 de la vía que conduce a Quito. La información sobre el paradero del hombre de 36 años se la puede proporcionar llamando al 1800 33 54 86.

Casillero Nro. 4594

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMABA LUIS FELIPE LOAIZA GRANDA CAUSA: AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE UN MENOR DE EDAD Nro. DE JUICIO: 17203-2019-04139 ACTOR: GRANDA GRANDA ULVIA YANINA CUANTÍA: INDETERMINADA TRAMITE: VOLUNTARIO JUEZ: DR. EDWIN HEREDIA CABRERA SECRETARIO AB. NATALIA MORALES LOZANO. UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE, DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, martes 11 de junio del 2019, las 13h27, VISTOS: Cumplido que ha sido lo dispuesto en auto de sustanciación que antecede, se dispone: 1.- La demanda de Autorización de Venta de Bienes de menor, presentada por la señora GRANDA GRANDA ULVIA YANINA, madre y representante de la menor ANA PAULA LOAIZA GRANDA, es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley previstos en el Arts. 142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334 numeral 6 IBIDEM.- 2.- CITACION: A los herederos presuntos y desconocidos del causante señor LUIS FELIPE LOAIZA GRANDA acorde a lo previsto en el Art. 56 numeral 1 de la antes mencionada norma legal, se los citará por la prensa en un periódico de mayor circulación a nivel nacional, para los fines de ley, por secretaría confiérase el extracto correspondiente.- 3.- ANUNCIO DE PRUEBAS: 3.1.- Considérese de ser procedente en el momento procesal oportuno el anuncio de prueba señalado por la actora.- 3.2.- Considérese el anuncio de prueba testimonial señalado por la parte actora y los hechos sobre los que declararán el día de la audiencia, a quienes se les notificará mediante boleta a través del casillero del abogado patrocinador para su comparecencia en el día de la audiencia quienes deberán estar asistidos de un abogado.- 3.3.- En consideración a la edad de ANA PAULA LOAIZA GRANDA, será escuchada en audiencia reservada como lo dispone el Art. 60 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, en concordancia con el Art. 31 último inciso del Código Orgánico General de Procesos, el día de la Audiencia Única señalada.- NOTIFÍQUESE CÍTESE, y CÚMPLASE.-f) Dr. Edwin Heredia, Juez.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar domicilio judicial dentro del perímetro legal. AB. NATALIA MORALES LOZANO SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello


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QUITO

CURIOSO A14

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

Las focas grises pueden aprender a cantar

I

El hombre de 2,46 metros que lleva una vida difícil Brahim Takioullah es considerado el más alto de Europa y el segundo del planeta. Su reto es adaptarse al mundo. ta", cuenta riéndose. Sin embargo, no todo es de cole la palabra sin doblar el cuello. Con sus 2,46 metros de altura, el lor rosa en su. Vestirse o calzarse es toda una franco-marroquí Brahim Takioullah, el hombre más alto de Euro- hazaña para este hombre que calza 58, el número mayor pa y el segundo del mundo, de todos. "¡Ya me han pedebe continuamente adap- EL DATO dido 3.500 euros por un tarse a un mundo que no par de zapatos!", lamenta. está hecho a su medida. turco Sultan Su enorme tamaño, El Kösen es el homreconocido por el libro bre más alto del ‘Marcha de las diferencias’ mundo. Mide Guinness de los récords, 2,51 metros. Brahim es demasiado le ha valido a Brahim ser grande para tomar el meinvitado a los cuatro rincotro. Hace tres años aprobó nes del mundo. Y cuando camina el examen teórico para conducir, por la calle, genera gran expecta- pero al no haber carros de aución. "Me preguntan a menudo si toescuela adaptados a sus medisoy el hombre más alto del plane- das, no ha podido pasar su per-

FRANCIA, AFP • Es imposible dirigir-

particularmente buena para copiar melodías que le tocaron, imitando hasta 10 notas de canciones como Twinkle Twinkle Little Star y otros temas populares. A otras dos focas les enseñaron combinaciones de sonidos de vocales humanas que las repitieron con precisión. (globovision.com)

Actúa en teatro y cine ° Con su grupo Les chiens de Navarre (‘Los perros de Navarra’) actúa en varios teatros de Francia, encarnando al general De Gaulle, que era muy alto (1,96 m). Al mismo tiempo, trabaja con un mago, Etienne Saglio. Brahim también se ha interesado por el cine, y ha obtenido algunos roles secundarios en películas, como la francesa ‘Chocolat’, junto al actor Omar Sy, o ‘Alad’2’, con otro conocido actor francés, Kev Adams. Para organizar su cargada agenda, Brahim puede contar con el apoyo desinteresado del agente Benjamin Cian-Grangé, un “apasionado por el gigantismo”, que ha creado una agencia especializada para “dar visibilidad a seres humanos fuera de lo común”.

REALIDAD. Brahim Takioullah no puede manejar y le cobran 4 mil dólares por un par de zapatos. (Foto: AFP)

miso de conducir. Y sobre las bromas que se le suelen hacer, asegura tomárselo con calma. Sin embargo, por quinto año consecutivo, organizó a mediados de este mes "una marcha de las diferencias" en París, en presencia de un grupo de gigantes procedentes de todo el globo terrestre. Su objetivo: mostrar que existen y llevar un mensaje de tolerancia. Imparable crecimiento

Brahim, de 37 años, empezó a crecer de forma desmesurada pasados los 12 años. Vivía enton-

MARCHA. Brahim Takioullah busca dar un mensaje de tolerancia para que todos acepten a las personas de gran tamaño. (Foto: AFP)

ces en Marruecos, donde nació. "Me preguntaba cuándo iba a dejar de crecer", asegura. Sus grandes medidas están provocadas por un tumor benigno que segrega un exceso de hormonas de crecimiento. En 2017, una vez licenciado en geografía, Brahim viajó a Francia. Hoy ejerce una profesión que nada tiene que ver con sus estudios: trabaja en un parque de atracciones de los alrededores de París. Y se encuentra a gusto. Dispone de un departamento

a medida no muy lejos de su lugar de labores, con un techo de tres metros de altura, una cama de 2,80 metros y una bañera de 2,50 metros. "Podría correr los 100 metros en su bañera" bromea Tony, de un metro y 30 centímetros de altura, su colega y amigo. Todo este material ha sido puesto a su disposición por el director del parque, Gilles Campion, quien emplea a un puñado de gigantes. "Es como un padre para nosotros", dice Brahim.

Prófugo se entregó al obtener 29.000 likes en su cartel de ‘Buscado’

A través de su Junta de Remates, INVITA a personas naturales y jurídicas a participar con sus ofertas en la: CONVOCATORIA A REMATE EN SOBRE CERRADO Primer señalamiento FABREC EP No. RSC-2019-01 (1ER SEÑALAMIENTO) 1) Lugar, día y hora del remate: El remate se llevará a cabo en las instalaciones de FABREC EP., ubicadas en Los Luceros 0E5-383 y Alborada, sector Pusuqui, diagonal al GIR, en Quito; el viernes 5 de julio de 2019, a las 15h30. 2) Descripción de los bienes del remate: La descripción completa, el estado o condición de los bienes individuales o lotes y su valor base, estarán disponibles en la página web: www.fabrec.com.ec. 3) Inspección de los bienes del remate: Los bienes podrán ser inspeccionados hasta las 14:00 del jueves 4 de julio de 2019. Los requisitos, formatos y la documentación necesaria para participar en el remate, estarán a disposición del público, en la página web: www.fabrec.com.ec, en donde podrán descargarse los formularios correspondientes. Para mayor información sobre el proceso de remate, por favor comunicarse al teléfono (02) 3430615 ext. 1040 / 1020 y/o a los correos electrónicos: fabrec.remates@fabrec.corn.ec. / fabrec.remates@outlook.com. JUNTA DE REMATE DE FABREC EP

Científicos de la Universidad de St. Andrews, en Escocia, añadieron una nueva característica a las focas grises: pueden copiar el habla y las canciones humanas utilizando los mismos mecanismos de producción de sonido que los humanos. ‘Zola’, una de las focas que participó en la indagación, fue

P.A.P.73570

El mes pasado, un fugitivo de Connecticut, EE.UU., llegó a un acuerdo con el Departamento de Policía de Torrington, prometiendo que se entregaría si su póster de ‘Buscado’ tenía más de 15.000 ‘me gusta’ en Facebook. Tomó un poco más tiempo de lo esperado, pero el sujeto cumplió su promesa. José Simms, de 29 años, era buscado por siete cargos de no comparecer ante el tribunal, pero en mayo, cuando el Departamento de Policía de Torrington compartió su póster de ‘Buscado’ en su página de Facebook, lo comentó, y escribió que se entregaría tranquilamente si el post lograba 20.000 ‘me gusta’. De manera inusual, la Policía hizo una contraoferta, pidiéndole a Simms que redujera su umbral a 10.000 ‘me gusta’. Finalmente dividieron la diferencia, acordando 15.000 likes. Un mes después

La gente comenzó a compartir la publicación, y luego de ser

INÉDITO. Querer tener fama hizo que un fugitivo vuelva a la cárcel en Estados Unidos. (Foto ilustrativa: pixabay)

tomada por los medios de comu- Departamento de Policía de Enfield para que lo recogieran. Su nicación, se volvió viral. El cartel de ‘Buscado’ de arresto se llevó a cabo sin inconSimms llegó a los 15.000 ‘me venientes. José Simms fue detegusta’ de Facebook requenido y acusado de cuatro ridos para su rendición cargos de incumplimiento voluntaria en cuestión de EL DATO de primer grado y tres cardías, pero no se entregó y, a medida que pasaban En el momento gos de incumplimiento de su arresto, el segundo grado. Su fianza los días, parecía que se de cartel de había echado atrás. Sin ‘Buscado’ tenía se fijó en 30.500 dólares, y de 29.000 ya tiene programada una embargo, el miércoles an- más ‘me gusta’ en audiencia para compareterior, un mes después de Facebook, y 1.700 cer ante un juez. (periodisllegar a un consenso con comentarios. mo.com) las autoridades, llamó al


REPORTE A15

tiempo lectura 15 min.

MARTES 25 DE JUNIO DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR

L

a pareja de Gabriela Cedeño la maltrató tanto que hace dos años pensó en quitarse la vida. La joven de 20 años recuerda aquellos difíciles días, mientras salta desde una barra en la que hace flexiones de pecho. “El deporte me ayudó a romper el círculo”. A pocos metros de Cedeño se encuentra Isabel Flores, de 77 años, quien sale a caminar y a trotar desde hace tres décadas. El ejercicio le ayudó a evitar la depresión tras la muerte de su esposo y su hijo. “Al otro día ya estaba aquí (en la pista atlética). Eso hizo que no decayera”.

Influencia indirecta

I

Por ejemplo, muchas no se separan de sus agresores porque no tienen independencia económica y creen que solas no podrán mantener a sus hijos o tener un buen estilo de vida. “Entonces, al adquirir esta confianza en sus habilidades reconocen que si pueden ir al gimnasio todos los días o logran correr una maratón, también pueden conseguir un trabajo”, dice Ramírez. Romper roles

Tamara Díaz, sicóloga educativa, dice que el empoderamiento de las mujeres debe iniciar en la niñez. El deporte es una de

EL EJERCICIO EMPODERA Y AYUDA A ROMPER BARRERAS

Expertos concuerdan en que la actividad física influye indirectamente para romper relaciones de violencia. “Ese momento es determilas mejores herramientas para nante para su futuro y el lograrlo. “El mundo no deporte es una manera cambiará si las mujeres no EL DATO de ayudarles a romper están en posición de lidebarreras. Esos años son razgo y eso se puede conla un espacio en el que se seguir con actividades que Según Organización cambia toda esa noción de te muestren a hombres y Mundial de la Salud (OMS) el mujeres como pares”. deporte reduce género heredada. Hay que En una entrevista al el riesgo de car- tener en cuenta que para diopatías y accidiario español El Inde- dentes cerebro- los niños se amplía como dia- 16 veces el espacio, pero pendiente, María Boben- vasculares, betes y deprepara una niña el espacio rieth, activista chilena, sión. se hace ocho veces más quien apoyó a la creación pequeño a esas edades, ya del movimiento ‘Women Win’ que lucha por la igualdad que no puede salir sola a la calle de género dentro del deporte a debido a los peligros a los que escala mundial, señala que el se enfrenta. Es en este contexto ejercicio atrae cosas interesan- cuando el deporte les hace sentes, sobre todo en el periodo en tirse libres, sentirse bien con sus el que las mujeres ni son niñas, cuerpos”, concluye Bobenrieth. (AVV) ni son adolescentes.

La activista feminista Kyra Almagro reseña que el deporte nació como algo exclusivo para hombres, pero aclara que ha ido evolucionando. “Aunque todavía hay inequidad, hoy por hoy, nos permite romper barreras”. Almagro señala que cada vez son más comunes los actos que combinan las actividades físicas con el empoderamiento femenino. “Es una herramienta con la que muchas han logrado frenar la violencia de género”.

° Este fin de semana se llevará a cabo la segunda edición de ‘Women’s Lab’, una iniciativa dedicada al empoderamiento femenino. Su concepto persigue crear un espacio de charlas, talleres, foros y actividades sobre temas de salud, nutrición, comunicación asertiva, emprendimiento y negocios. El objetivo es que las mujeres compartan experiencias enriquecedoras y generen trabajo en equipo. Julia Morgart, organizadora, señala que el evento consta de tres partes. La primera (29 de junio) consiste en el entrenamiento donde habrá yoga y pilates. La segunda se compone de estands en los que se presentarán proyectos desarrollados por mujeres, charlas sobre violencia de género y chequeos médicos gratuitos. La parte final será el domingo, con la carrera ‘Women’s Run’ 5k, que busca conectar a las mujeres con la naturaleza. Se prevé la asistencia de 350 mujeres. Más información: womenslabec.com

Mujer de Luz ° La Fundación Mujer de Luz imparte talleres gratuitos de Yoga desde 2014 en Ecuador. Terajot Kaur, directora ejecutiva, comenta que el yoga como técnica ancestral de transformación personal, permite generar cambios a nivel social y comunitario. Kaur señala que la técnica con la que más trabajan es el ‘Kundalini Yoga’, que tiene impacto a nivel físico, mental y espiritual. Kaur señala que trabajan en un programa de violencia, donde el enfoque principal es el autoconocimiento que permite a las mujeres tomar decisiones dignas para sí mismas. Más información: @mujerdeluzecuador (Facebook)

Retos

El sicólogo clínico Fabricio Ramírez explica que el ejercicio, más que un tema fisiológico, es una actividad que libera muchas sustancias como endorfinas y neurotransmisores que causan una variación al equilibrio químico cerebral y eso genera un nivel más estable de serotonina y dopamina (sustancias que regulan las funciones del cerebro), lo que provoca placer y estabilidad. Señala que el ejercicio supone una serie de pequeños retos ya que se debe realizar de forma estructurada. Superar y conseguir esas pequeñas metas genera solidez y confianza respecto a las habilidades de la persona. “Algo que creían que no podían hacer, como subir una montaña o correr una carrera, algo que suena solo para profesionales; al hacerlo la gente se da cuenta que sí tenía la capacidad y de cierta manera se libera”. El experto comenta que la actividad física tiene una influencia indirecta sobre las mujeres lo que puede provocar que eliminen aquellos factores que hacían que continúen en el círculo de violencia.

Laboratorio de poder

Carishinas en bici

ESTADO. Muchas mujeres superan la depresión y la violencia de género a través del deporte.

° Carishina es una expresión que se conforma por dos palabras kichwas, cari-hombre y shina-similar. El colectivo que lleva el mismo nombre señala que esta palabra se usa para describir a una mujer que le gusta realizar actividades socialmente asociadas con los hombres. Ir en bicicleta ha sido la manera en la que ‘las carishinas’ buscan combatir la desigualdad y los prejuicios de género. Hasta hoy, las mujeres podrán inscribirse en el taller de formación para madrinas que consiste en transmitir “la fortaleza, libertad e independencia que genera andar en bicicleta”. Más información: @carishinaenbici. quito (Facebook)


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martes 25 de junio de 2019

El deporte ecuatoriano sigue brillando

Valeria Chiliquinga ganó medalla de oro en lanzamiento de martillo, en España.

AmÉRICA

COPA Jueves

BRASIL

PARAGUAY

Hora: 19:30

40 páginas

Cuartos

Viernes

VENEZUELA

ARGENTINA

Hora: 14:00

Sábado

COLOMBIA

Hora: 18:00

CHILE

URUGUAY

PERÚ

Hora: 14:00

PÁGINA A10

Uruguay se cita con Perú

La ‘Celeste’ ganó a Chile y se llevó el Grupo C. En cuartos de final enfrentará a Perú. Página B12 El mejor gol del Mundial Sub 20 es ‘Tricolor’ La anotación del volante José Cifuentes ante EE.UU. fue elegida como la mejor del torneo. PÁGINA B11

¿Vale la pena ver ‘Murder Mystery’?

La película protagonizada por Adam Sandler y Jennifer Aniston se convirtió en el estreno más visto en Netflix. Pero, no fue del agrado de la crítica. PÁGINA B7


MARTES, 25 de JUNIO de 2019 La Hora Quito, ecuador revista no: 12564 Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío

Editora Diana Briones Puga

es una edición de diario la hora

http//www.derechoecuador.com

Dirección: Panamericana Norte Km 31/2 y Nazareth | Telf: 2475723 al 728 | E-mail: revistajudicial@lahora.com.ec

MATRIMONIO CIVIL IGUALITARIO

Abg. José Ernesto Tapia.

Elementos claves para entender la sentencia 11-18-CN/19 La Corte Constitucional del Ecuador se ha pronunciado finalmente respecto al Matrimonio Civil Igualitario y en su pronunciamiento ha dado un paso importante para la reducción de desigualdades y tratos discriminatorios en contra de las parejas homosexuales. Una aparente contradicción de normas en este caso no solo dentro del mismo texto constitucional sino también, el aparente enfrentamiento entre el texto constitucional con tratados e instrumentos internacionales de derechos humanos imponía y requería que la Corte Constitucional resolviera la considerada antinomia que se puede apreciar en el siguiente cuadro en el que por un lado se define al matrimonio y por el otro se establece el derecho de toda persona sin importar su condición a ser tratados como iguales no solo en lo formal sino también en lo material.

Artículos enfrentados por aparente contradicción Artículo de la Constitución Extracto de los artículos de la Constitución y los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos. El segundo inciso del Art. 67 de la Constitución expresa que “El matrimonio es la unión entre hombre y mujer, se fundará en el libre consentimiento de las personas contrayentes y en la igualdad de sus derechos, obligaciones y capacidad legal” El Art. 3 de la Constitución indica que son deberes primordiales del Estado: Numeral 1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales… El Art. 11 de la Constitución manifiesta que el ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: Numeral 2. Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por… cualquier otra distinción, personal o colectiva,

temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. El Art. 66 de la Constitución señala que se reconoce y garantizará a las personas: Numeral 4. Derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación. El Art. 341 de la Constitución dispone que el Estado generará las condiciones para la protección integral de sus habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y principios reconocidos en la Constitución, en particular la igualdad en la diversidad y la no discriminación, y priorizará su acción hacia aquellos grupos que requieran consideración especial por la persistencia de desigualdades, exclusión, discriminación o violencia… El Art. 424 de la Constitución establece que los tratados de derechos humanos que reconozcan derechos más favorables que los establecidos en la Constitución prevalecerán sobre cualquier otra norma jurídica. Elartículo426delaConstitución indica que las juezas y jueces,

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¿Cuándo el alimentante cumplió con el tiempo del apremio personal sin cancelar la totalidad de lo adeudado por pensiones alimenticias, procede o no la orden de libertad inmediata?

autoridades administrativas y servidoras y servidores públicos, aplicarán directamente las normas constitucionales y las previstas en los instrumentos internacionales de derechos humanos siempre que sean más favorables a las establecidas en la Constitución, aunque las partes no las invoquen expresamente. Los derechos consagrados en la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de inmediato cumplimiento y aplicación… El primer inciso del Art. 67 manifiesta que se reconoce la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá como núcleo fundamental de la sociedad y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho… El Art. 17 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que se reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia si tienen la edad y las condiciones requeridas para ello por las leyes interCONTINUA EN la pá­gi­na - c2

RESPUESTA El Art.137 del Código Orgánico General de Procesos el apremio personal es hasta por 30 días si las o los obligados principales no pagan dos o más pensiones alimenticias; sólo en caso de reincidencia el apremio será por 60 días y hasta por un máximo de 180 días. Por lo tanto, el alimentante no puede estar privado de su libertad ni un solo día más del que ha ordenado el propio administrador de justicia en base a la ley, en caso contrario, la privación de la libertad se vuelve ilegal. Pero si el alimentante pretende recobrar la libertad antes de que se cumpla el tiempo de 30, 60 o 180 días ordenados por la jueza o juez, según las circustancias, éste debe pagar la totalidad de lo ordenado, previa liquidación, salvo que haya acuerdo debidamente aprobado, pero una vez cumplido el tiempo dispuesto en providencia, debe ordenarse la libertad del alimentante, aunque no haya cumplido con el pago de la totalidad de lo adeudado. Esto no implica que el alimentante ya no tenga que pagar el valor adeudado por pensiones alimenticias o que signifique perdón, puesto que el alimentario o su representante legal, puedan hacer valer sus derechos mediante el apremio real o una nueva orden de apremio personal, de ser pertinente. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia


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Revista judicial C2

MARTES 25 de JUNIO de 2019 La Hora Quito, ecuador

nas, en la medida en que éstas no afecten al principio de no discriminación establecido en esta Convención. El Art. 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos consagra que los Estados partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna... y el Art. 2 de este mismo cuerpo normativo dispone a los Estados suscriptores que si en el ejercicio de los derechos y libertades mencionados en el artículo 1 no estuviere ya garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados partes se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades. El Art. 11 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos consagra que: Numeral 2. Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación. Finalmente cabe indicar que, el máximo interprete judicial de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, La Corte Interamericana de Derechos Humanos cuyas interpretaciones sobre la Convención son obligatorias para el Ecuador de acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Constitucional ecuatoriana; al interpretar y establecer el alcance de esta norma internacional ha manifestado en la OP 24/17 que: De acuerdo a los artículos 1.1, 2, 11.2, 17 y 24 de la Convención es necesario que los Estados garanticen el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos, incluyendo el derecho al matrimonio, para asegurar la protección de todos los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo, sin discriminación con respecto

JUDICIAL QUITO

a las que están constituidas por parejas heterosexuales. Ahora bien, para comprender la decisión adoptada por la Corte Constitucional respecto a esta aparente antinomia es necesario indicar que, cuando surge la Constitución ecuatoriana 2008 su nacimiento es consecuencia y proviene de la activación que el pueblo en su conjunto realizó para que un poder constituyente genere una nueva carta magna bajo la cual el resto de normas y estructuras estatales deben guardar conformidad, pues, caso contrario serán declaradas inconstitucionales y carecerán de eficacia jurídica por contravenir lo dispuesto por el último poder constituyente en haberse activado. Ese poder constituyente creador de un nuevo marco normativo y cuyas disposiciones no pueden ser regresivas respecto a derechos ya conquistados se distingue precisamente del poder constituido,

ya que este último es el resultado que ha dejado estableciendo el constituyente para que trabaje bajo las disposiciones y normas que ha consagrado el constituyente en el texto constitucional. Así entonces, el poder constituyente entre otras cosas dejó dispuesto al poder constituido que si en algún caso llegase a contradecirse la Constitución con tratados o instrumentos internacionales de derechos humanos que el Ecuador este obligado a cumplir independientemente de la forma en como estos se hayan generado, como por ejemplo suscripción o derivación, circunstancias que adicionalmente debe indicarse concurrieron en este caso de forma complementaria, entonces, en dicha situación debe prevalecer y aplicarse el tratado o instrumento internacional cuando este es más garantista que la propia Constitución para la protección y satisfacción de los derechos humanos.

Es claro que el matrimonio en el caso ecuatoriano a nivel infraconstitucional era concebido como un contrato y a nivel constitucional como una unión, sin embargo, a nivel internacional en el ámbito de los derechos humanos, el matrimonio es un derecho, un derecho humano y por lo tanto un derecho de toda persona tanto de hombres como de mujeres de acuerdo con el Art. 17 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, aseveración que quedó liberada de duda cuando el máximo interprete judicial de la Convención Americana sobre Derechos Humanos cuyos criterios respecto a cómo aplicar y entender la Convención son obligatorios para el Ecuador expresó que de acuerdo a los artículos 1.1, 2, 11.2, 17 y 24 de la Convención es necesario que los Estados garanticen el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos, incluyendo

el derecho al matrimonio, para asegurar la protección de todos los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo, sin discriminación con respecto a las que están constituidas por parejas heterosexuales. De esta forma, la Corte Constitucional de Ecuador cumpliendo con lo establecido por la Constitución así como con los dispuesto en ella por el poder constituyente apreció que la Corte Interamericana de Derechos Humanos había generado un instrumento internacional de derechos humanos como resultado del examinen que realizó en 2017 respecto de los artículos 1.1, 2, 11.2, 17 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y en el cual se indicó que el matrimonio no solo era un derecho de todo ser humano, tanto de hombres como de mujeres sino que además no existía prohibición para que parejas del mismo sexo ejercieran

dicho derecho ya que lo contrario conducía a una discriminación irrazonable e injustificada, e indicó la necesidad de que se garantice en todos los Estados la figura del matrimonio de parejas del mismo sexo sin discriminación. Ya que ha sido el mismo poder constituyente quien estableció la manera de resolver la contradicción no solo de un tratado en derechos humanos con la Constitución sino en general entre instrumentos internacionales de derechos humanos con disposiciones Constitucionales únicamente se han adherido las disposiciones más garantistas de derechos humanos al texto constitucional considerándose que fue el mismo poder constituyente el que mediante la Constitución dispuso la prevalencia y aplicación directa de los instrumentos internacionales más garantistas a los que el Ecuador se encuentre obligado, integrándose por tanto este instrumento al bloque de constitucionalidad para ampliar el marco de derechos humanos, reafirmándose así que la Constitución ecuatoriana es un texto vivo en el ámbito de los derechos humanos que posee un espíritu garantista y de progresivo avance para el contenido de estos derechos. Fin de la sentencia Adicionalmente hay que notar que la Sentencia de la Corte Constitucional al analizar el deber y el fin de la adecuación en el sistema interamericano de derechos destaca el Art. 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos para indicar que la realización de todas las reformas e interpretaciones en el sistema jurídico interno que fueren necesarias para hacer efectivos los derechos y libertades consagrados en la Convención no se quedan en un mero cambio normativo ni a través de un procedimiento legislativo sino que deben conducir a hacer efectivos los derechos, aspecto del que se deriva actuar de manera eficiente y oportuna; por ello, los medios a pesar de ser de libre configuración constitucional deben conducir a un fin que no es negociable democráticamente por los Estados, de tal forma que si un medio no es adecuado para lograr el fin de respetar y garantizar derechos simplemente no puede ni debe ser utilizado. Por otra parte la sentencia indica también que al comparar la unión de hecho con el matrimonio se encuentran importantes dife-

rencias ya que entre otras cosas el matrimonio se termina por muerte de uno de los cónyuges, sentencia de nulidad o divorcio mientras que la unión de hecho puede terminarse por el matrimonio de una de las personas de la pareja, por voluntad unilateral y por mutuo acuerdo; así también en el matrimonio existe sucesión intestada del cónyuge sobreviviente mientras que en la unión de hecho no; de igual manera en el matrimonio se reconocen las capitulaciones matrimoniales cosa que no opera en la unión de hecho; y, cuando hay divorcio en el matrimonio y una de las personas carece de lo necesario tiene derecho a recibir alimentos congruos mientras que en la unión de hecho esto no sucede; por esto y muchas otras causas la Corte observa e incluso con base en la experiencia colombiana que otorgar otro nombre para evitar que las parejas del mismo sexo contraigan matrimonio conduce a una exclusión ilegítima de las parejas del mismo sexo y un privilegio no razonable de las parejas heterosexuales. Reafirmando lo manifestado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual indicó en 2017 que crear una institución que produzca los mismos efectos y habilite los mismos derechos que el matrimonio, pero que no lleve ese nombre carece de cualquier sentido, salvo el de señalar socialmente a las parejas del mismo sexo con una denominación que indique una diferencia sino estigmatizante, o por lo menos como señal de subestimación, aspecto que para la Corte Interamericana resulta incompatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Con esto y más, la Corte Constitucional de Ecuador llegó a establecer que para dar cumplimiento a la interpretación más favorable de derechos que está obligada a realizar en virtud de las disposiciones constitucionales, el derecho al matrimonio reconocido a parejas heterosexuales es complementario y no contradictor con el derecho de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio y además reconoció que la OC 24/17 emanada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos es un instrumento internacional vinculante para el Ecuador. Por: José Ernesto Tapia Abg. Defensor particular de derechos humanos y de la naturaleza josetrin7@hotmail.com


EJECUTIVOS EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: A LOS SEÑORES ANDINO MONTALVO GUILLERMO ALFONSO Y RUIZ ZABALETA MARTHA CECILIA DEL ROCIO ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A PRODUBANCO DEMANDADO: ANDINO MONTALVO GUILLERMO ALFONSO Y RUIZ ZABALETA MARTHA CECILIA DEL ROCIO JUICIO No: 17230-2018-04158 CUANTIA: CIENTO OCHENTA MIL DOLARES AMERICANOS TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: QUE EN SENTENCIA CONDENE AL PAGO DEL CAPITAL ADEUDADO QUE ASCIENDE A LA SUMA DE USD. $ 120.260.23, EL INTERÉS DEL PLAZO CALCULADO DE CONFORMIDAD CON LAS ESTIPULACIONES CONTRACTUALES DESDE LA FECHA DE VISTO BUENO Y HASTA LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL P L A ZO QUE ASCIENDE A LA SUMA DE USD. 6.755.42, LOS MISMOS QUE DEBERÁN SER RECONOCIDOS

EN SENTENCIA Y LIQUIDADOS PERICIALMENTE, EL INTERÉS DE MORA QUE SERÁ CALCULADO DESDE LA FECHA DE VENCIMIENTO Y HASTA LA TOTAL CANCELACIÓN DE LA OBLIGACIÓN Y QUE ASCIENDEN A LA SUMA DE USD. $ 18.619.10, SEGÚN LA LIQUIDACIÓN CON CORTE A FECHA 6 DE FEBRERO DEL 2018, INTERESES QUE SERÁN CALCULADOS DE CONFORMIDAD CON LAS ESTIPULACIONES CONSTANTES EN EL PAGARE QUE SE APAREJA A ESTA DEMANDA, LOS MISMO QUE DEBERÁN SER RECONOCIDOS EN SENTENCIA Y LIQUIDADOS PERICIALMENTE DESDE EL VENCIMIENTO HASTA LA TOTALIDAD DE AL CANCELACIÓN DE LA OBLIGACIÓN, EL VALOR DEL CAPITAL DEL SEGUNDO PAGARE QUE ASCIENDE A LA SUMA DE USD. $ 11.040.82 Y QUE NO GENERA NINGUNA CLASE DE INTERESES, COSTAS, GASTOS Y EXPENSAS JUDICIALES QUE SERÁN RECONOCIDOS EN SENTENCIA Y LIQUIDADOS PERICIALMENTE, LO S HONORARIOS PROFESIONALES POR LA DEFENSA. JUEZ: AB. CECILIA SIMBAÑA QUISHPE DEFENSOR: DR. CRISTOBAL TROYA FECHA DE INICIO: 27 DE

MARZO DEL 2018 U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE Q U I TO, P ROV I N C I A DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 2 de abril del 2018, las 09h59, VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Código Orgánico General de Procesos COGEP.- Se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por el señor DR. CRISTOBAL VINICIO T R O YA HERRERA EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCION S.A., PRODUBANCO, es clara, precisa y reúne los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma que se fundamenta en un Contrato de Mutuo, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 3 del 347 del mismo Código, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo previsto en el Art. 348 ibídem, por lo que se califica y admite a trámite mediante pro-

Sólo en un mundo de hombres sinceros es posible la unión. C a r ly l e , T h o m a s

cedimiento EJECUTIVO. SEGUNDO: En mérito de la documentación aparejada, esto es, la copia certificada de la escritura de Constitución de Hipoteca Abierta celebrada el 27 de Enero del 2015, ante el Notario Segundo del cantón Quito y el certificado de gravámenes del Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, y de conformidad a lo dispuesto en el Art.351 inciso tercero del COGEP, se dispone el EMBARGO de la oficina número ONCECERO TRES, Alícuota parcial 0.5305%; parqueadero numero VEINTENUEVE S- CINCO, Alícuota parcial 0.0940%, Alícuota total 0.6245%; Oficina número ONCE-CERO-CINCO, Alícuota parcial 0.4106%; Pa rq u ea d e ro número TREINTA-S CINCO, Alícuota parcial 0.1106%, Alícuota Total 0.5212% del piso ONCE, Edificio Parque Central, de la Urbanización La Carolina, sector El Batán, parroquia BENALCAZAR de este Cantón Quito, y demás características constantes en el certificado presentado- Para la ejecución de la diligencia ordenada,

Quito DM, 24 de junio de 2019

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE SOCIOS DE RINTECO REPRESENTACIONES INDUSTRIALES Y SERVICIO TÉCNICO CIA. LTDA. Conforme a las disposiciones de la Ley de Compañías y de los Estatutos Sociales y demás disposiciones legales, convocase a los Socios de RINTECO REPRESENTACIONES INDUSTRIALES Y SERVICIO TÉCNICO CIA. LTDA., a Junta General que se llevará a cabo el 04 de julio de 2019, a las 10h30 horas en las oficinas de la empresa ubicadas la Calle Isla Fernandina N41-112 e Isla Floreana de esta ciudad. La Junta deberá conocer y resolver los siguientes puntos: 1.- Reforma a estatutos de la compañía 2.- Remoción del presidente de la compañía 3.- Designación de nuevo presidente de la empresa Quito, 25 de junio de 2019

Luis Oswaldo Román Vega GERENTE GENERAL

PAR/111148/EG

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA PERFECTBAN CIA. LTDA. TUNG YEN CHIU, en mi calidad de Gerente General y Representante Legal de la Compañía PERFECTBAN CIA. LTDA., convoco a JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS. La misma que tendrá lugar en el domicilio principal de la Compañía, ubicado en la calle República del Salvador No. 701, Edificio Toscana, el día 03 de julio de 2019 a las 10H00 para conocer y resolver los siguientes puntos del orden del día: Por tratarse de SEGUNDA CONVOCATORIA, la Junta se realizará con los socios que se encuentren presente en la hora fijada. ORDEN DEL DÍA 1. Dejar sin efecto el Acta de Junta General Extraordinaria de socios de la compañía PERFECTBAN CIA. LTDA., llevada a cabo el 27 de marzo de 2017. 2. Dejar sin efecto el Acta de Junta General Extraordinaria de socios de la compañía PERFECTBAN CIA. LTDA., llevada a cabo el 19 de abril de 2017. 3. Autorizar la resciliación de la escritura pública de DISOLUCION, LIQUIDACION Y CANCELACION VOLUNTARIA Y ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA PERFECTBAN CIA. LTDA, otorgada el 20 de diciembre de 2018, ante el Dr. Darío Andrade Arellano, Notario Trigésimo del Cantón Quito. 4. DISOLUCIÓN VOLUNTARIA y ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA PERFECTBAN CIA. LTDA. 5. LIQUIDACIÓN DE LA COMPAÑÍA PERFECTBAN CIA. LTDA. 6. Nombramiento liquidador.

Atentamente, TUNG YEN CHIU GERENTE GENERAL PERFECTBAN CIA. LTDA.

PAR/111149/EG

en razón del sorteo en el Sistema SATJE se designa como depositario judicial al señor Victor Manuel Paucar Mora, quien contará con el apoyo de los miembros de la Policía Nacional, conforme lo determina el artículo 30 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ); para lo cual, líbrese los oficios respectivos.- Hecho que sea, INSCRÍBASE el embargo en el Registro de la Propiedad de este cantón; para cuyo efecto notifíquese mediante oficio al señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito. TERCERO: Hecho esto, Cítese a los demandados GUILLERMO ANDINO MONTALVO y MARTHA CECILIA DEL ROCIO RUIZ ZABALETA, en el lugar que se señala en el libelo de la demanda, con la demandada y este auto inicial; remítase suficiente despacho a la oficinas de citaciones. CUARTO.- En aplicación de los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada GUILLERMO ANDINO MONTALVO y MARTHA CECILIA DEL ROCIO RUIZ ZABALETA, una vez citados propongan una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO: Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada con el instrumento que adjunta. Hágase saber al accionante en la casilla judicial y correo electrónico señalados para el efecto. Actúe el Ab. Guillermo Guapi Obando, en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE.- F) Ab. Cecilia Simbaña Quispe. Jueza U N I DA D JUDICIAL

CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE Q U I TO, P ROV I N C I A DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 3 de junio del 2019, las 16h02, En virtud del juramento rendido por la parte actora a foja 99 de los autos y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos cítese de los señores GUILLERMO A L FO N S O ANDINO MONTALVO y MARTHA CECILIA DEL ROCIO RUIZ ZABALETA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se de esta ciudad de Quito; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un resumen de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.Notifíquese.- f) Ab. Cecilia Simbaña Quishpe.- Jueza Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. GUILLERMO GUAPI OBANDO SECRETARIO Hay firma y sello PAC/112079/AT EXTRACTO JUDICIAL CAUSA NRO. 17230-201717762 UNIDAD JUDICIAL CIVL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MAYRA BEATRIZ PINTADO LIMA ACTOR: ABG. ANA BELEN SERRANO GALLARRAGA, PROPCUTRADORA JUDICIAL DE LA C O R P O R AC I O N DE DESARROLLO DE MERCADO SECUNDARIO DE HIPOTECAS CTHS.A. DEMANDADA: MAYRA BEATRIZ PINTADO LIMA JUICIO: 17230- 2017-17762 M AT E R I A CIVIL: EJECUTIVO.- CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO CUANTÍA: USD. 45.000,00 DEFENSOR: DR. FERNANDO VILLACIS MORA CASILLA JUDICIAL: 3178.CORREO ELECTRÓNICO: fvestudiojuridico@outlook. com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: En sentencia se condene que los demandados paguen

Revista judicial MARTES 25 de JUNIO de 2019 La Hora Quito, ecuador

a la CORPORACION DE DESARROLLO DE MERCADO SECUNDARIO DE HIPOTECAS CTH S.A., los siguientes valores: 1.Los dividendos vencidos (USD. 14.218,41).- 2.- El saldo del préstamo o capital reducido más el interés (USD. 5.433,50).3.- El interés legal (USD. 11.338,74).- Interés por mora (USD. 5.542,03).Costas procesales en las que se incluirán los honorarios de la defensa.- Dr. LEONARDO ANDRES EGUIGUREN BERMEO.- JUEZ.- AUTO ADMISORIO.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, jueves 11 de enero del 2018, las 15h05, VISTOS: Agréguese al proceso los escrito y la documentación con el cual completa su demanda la actora AB. ANA BELEN SERRANO GALARRAGA, En calidad de Procuradora Judicial de la Corporación de Desarrollo de Mercado Secundario de Hipotecas CTH S.A. En lo principal, se dispone: 1.- La demanda que antecede presentada por AB. ANA BELEN SERRANO GALARRAGA, En calidad de Procuradora Judicial de la Corporación de Desarrollo de Mercado Secundario de Hipotecas CTH S.A., conforme lo justifica con la documentación adjunta es clara, precisa, completa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo cuerpo legal invocado; por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- 2.- Conforme lo estipulado en el Art. 351 segundo inciso del COGEP y en mérito de la documentación agregada a la demanda, esto es, el Certificado emitido por el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito que consta en fojas 16 de los autos se desprende que los seño-

AVISO A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA DTM CIA.LTDA. EN LIQUIDACIÓN De conformidad con lo previsto en el artículo 393 de la Ley de Compañías, la compañía DTM CIA. LTDA EN LIQUIDACIÓN, notifica a los posibles acreedores que cuenten con los soportes y justificativos, a fin de que en el término de veinte días, contados a partir de la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acreditan su derecho en la siguiente dirección: TAMAYO N24-283 Y LIZARDO GARCÍA, EDIF. MATISSE, PISO 6 OFICINA 17 Y 18 de la ciudad de Quito. Atentamente, Ing. CARLOS SANTIAGO MONTESDEOCA NUÑEZ LIQUIDADOR

PAB/23124/EG

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res JIMMY ORLANDO RODRIGUEZ MORENO y MAYRA BEATRIZ PINTADO LIMA por sus propios derechos, y por los que representan en la sociedad conyugal por ellos formada constituyeron PRIMERA HIPOTECA ABIERTA A FAVOR DE LA ASOCIACION MUTUALISTA DE AHORRO Y CREDITO PARA LA VIVIENDA PICHINCHA, sobre el bien inmueble de los demandados que consiste en la casa C SEIS, planta baja alícuota parcial 0,2383%, planta alta alícuota 0,9796, patio de servicio y jardín alícuota parcial 0,2383, alícuota total 2,1402%, Estacionamiento SEIS, alícuota 0,1098%, que forman parte del Conjunto Habitacional Palermo Manzana G2, situado en la Parroquia C h i l l o ga l l o, ca n t ó n Quito, con matrícula No. CHILL001687 que es de propiedad de los demandados JIMMY ORLANDO RODRIGUEZ MORENO y MAYRA BEATRIZ PINTADO LIMA, y de conformidad al artículo 375 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, se dispone el EMBARGO, para la ejecución de la diligencia ordenada, en razón del sorteo en el SATJE se designa como depositario judicial al señor JULIO CESAR GORDILLO MALDONADO, quien de ser necesario contará con el apoyo de los miembros de la Policía Nacional; para lo cual, deberá oficiar a la Policía Nacional a fin de que conjuntamente con el depositario judicial cumplan el embargo ordenado, conforme lo dispuesto en los artículos 384, 387 y 388 del Código Orgánico General de Procesos. Posteriormente, de acuerdo a lo determinado en el artículo 389 del COGEP, inscríbase el embargo en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, debiéndose notificar a su titular para que tome nota del particular en los libros correspondientes. Una vez cumplido el embargo, remítase a esta Unidad Judicial Civil la correspondiente acta de ejecución de embargo contentiva de los requisitos señalados en el artículo 388 del COGEP. Hecho lo cual, cítese a los demandados JIMMY ORLANDO RODRIGUEZ MORENO y MAYRA BEATRIZ PINTADO LIMA en el lugar señalado en el libelo de la demanda y en el escrito que completa la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial.- 3.- En aplicación de los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede

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Revista judicial C4

MARTES 25 de JUNIO de 2019 La Hora Quito, ecuador

el término de quince días (15 días) para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del citado código, y en el caso de formular oposición acompañen la prueba de conformidad con lo dispuesto en el Art. 351 inciso 5 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esta resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- 4.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- 5.- Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Actúe el Abg. Jesús de la Cruz en calidad de Secretaria de la Unidad.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.OTRO U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, martes 11 de junio del 2019, las 14h22, Agréguese al proceso el escrito que antecede, atento lo solicitado, por secretaria concédase el extracto respectivo, a fin de que se dé cumplimiento con lo ordenado.- Notifíquese. Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.CERTIFICO.ABG. JESUS VICENTE DE LA CRUZ HARO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC/112082/AT R. DEL E. w w w. f u n c i o n j u d i c i a l pichincha.gob.ec U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL PARA: DANY JAVIER LAMAR AGUILAR -EXTRACTOCAUSA N° 17230-201809930 Materia: Civil Tipo Proceso: EJECUTIVO Acción/ Delito: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “ANDALUCIA” LTDA. DEMANDADO: DANY

JAVIER LAMAR AGUILAR OBJETO: Que se condene al pago del saldo del capital, los intereses legales y de mora, costas, tasas, gastos y expensas judiciales en los que se incluirán los honorarios profesionales CUANTIA: $ 4.630.oo dólares U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 11 de julio del 2018, las 16h33, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, y en virtud a la razón de sorteo que antecede. En lo principal, la demanda presentada por la abogada Ana Lucía Tapia Mesías, en calidad de Procuradora Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Andalucía Ltda., es clara, precisa y contiene los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), además se fundamenta en el cobro del pagaré a la orden aparejado a la demanda, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ejusdem (COGEP), se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada. CÍTESE al demandado en la presente causa señor

JUDICIAL QUITO

DANY JAVIER LAMAR AGUILAR, en calidad de deudor principal, en la dirección señalada; para lo cual se adjuntará en copias la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de QUINCE (15) DÍAS contados a partir de la citación, comparezca a juicio, cumpla con la obligación o conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Para el cumplimiento de la diligencia de citación remítase despacho suficiente a citaciones. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial 1718 y correo electrónico karyna176@hotmail.com, a efecto de sus futuras notificaciones, y la autorización conferida al abogado para el patrocinio en la presente causa. Actúe el doctor Nilo Almachi, en calidad de Secretario. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 13 de junio del 2019, las 16h55, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por la Ab. Ana Lucia Tapia Mesías, en su calidad invocada en autos. A fin de atender el mismo y una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación que antecede; y en virtud a que la Ab. ANA LUCIA TAPIA MESIAS, en calidad de Procuradora Judicial de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ANDALUCIA LTDA, ha declarado bajo juramento que pese a realizar las debidas averiguaciones en diferentes lugares le ha sido imposible determinar el domicilio del señor DANY JAVIER LAMAR AGUILAR, de conformidad con lo determinado en el número 1 del artículo 56 del

Si los que hablan mal de mi supieran exactamente lo que pienso de ellos, aún hablarían peor. Alexandre Pierre Georges Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se CITE al señor DANY JAVIER LAMAR AGUILAR, a través de tres publicaciones realizadas en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por secretaria confiérase el extracto de la demanda, el auto de calificación a la misma y este auto de sustanciación.NOTIFIQUESE y CÍTESE.-f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer y señalar casillero judicial o correo electrónico para sus notificaciones posteriores. DR.- NILO GONZALO ALMACHI SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC/112084/AT R.E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: GÓMEZ SARAMIENTO NANCY CARMELA, con C.C. 1600165052 ACTOR: AB. VÍCTOR MANUEL TOAQUIZA C A J A M A R C A , PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “SAN FRANCISCO LTDA”. JUICIO: EJECUTIVO NÚMERO: 15301-201600884 ASUNTO: COBRO DE LETRA DE CAMBIO JUEZA: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO “TENA, VIENES 6 DE ENERO DEL 2017, LAS 09H20, VISTOS: en lo principal la actora COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “SAN FRANCISCO” LTDA., ha completado su demanda en el momento procesal oportuno, la demanda es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en la deuda que consta originariamente en el Pagaré No. 845965 (adjunto), documento que

AVISO DE ACREEDORES

Se notifica a los acreedores de la sucursal extranjera:

THE LOUIS BERGER GROUP INC.-SUCURSAL EN LIQUIDACIÓN Para que en el término de 20 días, contados a partir de la tercera y última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho en la dirección del liquidador, Av. 12 de Octubre y Colon, edif. Torre Boreal, piso 6, oficina 605 de esta ciudad de Quito. Una vez trascurrido el término mencionado se considerará únicamente a los acreedores que hayan probado su calidad y los que consten en la contabilidad de la compañía.

Alberto Peña Moscoso Representante Legal EXPERTISEADVISOR ABOGADOS CIA. LTDA. Liquidador PAR/111116/YM

constituye título ejecutivo, (…); por lo que DISPONGO: 1.- Se califica la demanda que antecede y se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. 2.- Se ordena la citación del demandado GÓMEZ SARMIENTO NANCY CARMELA, SARMIENTO M I RA DA GABRIEL ENRIQUE y ROMERO CHÁVEZ ILDA CARMITA (…). 3.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de QUINCE (15) DÍAS para que el demandado/a proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP”.- Auto de sustanciación.- “TENA, MIÉRCOLES 8 DE MAYO DEL 2019, LAS 16H03, (…) 1) Incorpórese al proceso el escrito y su anexo (certificado del MREMH) de Ab. Víctor Manuel Toaquiza Cajamarca en calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco Ltda. (…). Manifiesta que desconoce la individualidad Domicilio o Residencia de la parte demandada Señor/es GÓMEZ SARMIENTO NANCY CARMELA con C.C. número 1600165052, en virtud de lo cual, (…), CÍTESE a: GÓMEZ SARMIENTO

NANCY CARMELA con C.C. número 1600165052; por medio del Diario “LA HORA” que tiene cobertura a nivel Nacional; para el efecto, cumplida que sea la diligencia, el actuario de este despacho procederá a entregar de forma inmediata el extracto respectivo. 4) Actúe el secretario titular de este despacho abogado Jonny Benavides Guayta.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE . Ab. Jonny Jaime Benavides Guayta SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA DE NAPO TELF. 062998-900 EXT. 63001 Hay firma y sello PAR/111121/YM REPUBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL- COMPLEJO JUDICIAL NORTE CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL a la demandada CARRERA A L M E I DA MANUEL EDUARDO CAUSA: EJECUTIVO Nº DE JUICIO: 17305-20130855 ACTO R : H AY D E E CECILIA BAHAMONDE.Representante Legal del Fondo Complementario previsional cerrado FCPCpara la Jubilación Patronal De los servidores de la Contraloría General del Estado-Administración BIESS. DEMANDADO CARRERA ALMEI DA MANUEL EDUARDO CUANTÍA TREINTA Y CINCO MIL DÓLARES. PROVIDENCIA: JUZGADO QUINTO DE

LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 11 de septiembre del 2013, las 08h04. VISTOS.- En virtud de la razón de sorteo, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. Los ejecutados: CARRERA A L M E I DA MANUEL EDUARDO, VASQUEZ SANCHEZ MIGUEL ANGEL y VELASCO PAZMIÑO HUGO BOLIVAR por sus propios derechos, en el término de tres días cumplan con la obligación demandada, los intereses respectivos y costas procésales o proponga excepciones. Cítese al señor CARRERA ALMEIDA MANUEL EDUARDO en el lugar indicado para el efecto y a los señores VASQUEZ SANCHEZ MIGUEL ANGEL y VELASCO PAZMIÑO HUGO BOLIVAR mediante deprecatorio al señor Juez de lo Civil de la Provincia de Santo Domingo de los Tsachilas con asiento en la ciudad de Santo Domingo de los Colorados que por ser su lugar de trabajo se lo hará en persona. El peticionario proporcione copias para la elaboración de las boletas de citación respectivas. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el Dr. MIÑO MORALES LUIS ALFONSO ( R E P R E S E N TA N T E ) , F O N D O C O M P L E M E N TA R I O PREVISONAL PARA LA JUBILACION PATRONAL DE LOS SERVIDORES DE LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO, y el Casillero Judicial señalado. Previo a proveer el embargo solicitado, presente el certificado de gravámenes conforme al Art. 4445 del Código de Procedimiento Civil. Actúen el Dr. Luis Ron

Villavicencio y Dr. Jaime Torres como Secretario y Oficial Mayor encargados respectivamente, de conformidad con lo dispuesto por el Consejo Nacional de la Judicatura mediante Of. No. 226-07-CRHCNJ-ES de 5 de Marzo del 2007. Notifíquese.- f) DRA. MARIA MERCEDES PORTILLA.- Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE Quito, martes 14 de mayo del 2019, las 16h04, Por cuanto la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha 06 de mayo del 2019, se ordena citar al demandado señor MANUEL EDUARDO CARRERA ALMEIDA, mediante publicaciones que se hará a través de la prensa, en uno de los periódicos o diarios de amplia circulación que se editan en esta Ciudad de Quito, para lo cual por Secretaría confiérase el respectivo Extracto.- NOTIFIQUESE. f) RODAS SANCHEZ SILVIA KARINA.- JUEZA. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda. AB. JULIETA SILVANA IZA ALTAMIRANO SECRETARIA Hay firma y sello PAR/111125/YM EXTRACTO CASILLA 5633 CITACIÓN JUDICIAL A: LUNA BAHAMONDE JULIA GABRIELA y HENRY SEGUNDO LUNA MORALES

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE EL PAN FRANCES S.A.

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE INMOBILIARIA CRISTICOR S.A. EN LIQUIDACION

De conformidad con las disposiciones Estatuarias y de la Ley de Compañías, convocase a los señores accionistas de EL PAN FRANCES S.A. a la Junta General Extraordinaria, la misma que se instalará el día jueves 4 de Julio del 2019 a las 12H00 horas en las oficinas situadas en la Calle Ramírez Dávalos 0e1-111 y 10 de Agosto piso 2 -de la ciudad de Quito. Esta convocatoria se hace extensiva al Sr. Mario Ayala Espinoza Comisario de la Compañía, el cual ha sido convocado personal e individualmente. Los puntos a tratarse son los siguientes:

De conformidad con las disposiciones Estatutarias v de la Ley de Compañías, convocase a los señores accionistas de INMOBILIARIA CRISTICOR S.A. EN LIQUIDACIÓN a la Junta General Extraordinaria, la misma que se instalará el día jueves 4 de Julio del 2019 a las 11H00 horas en las oficinas situadas en la Calle Ramírez Davalos Oe1-111 y 10 de Agosto piso 2 de la ciudad de Quito. Esta convocatoria se hace extensiva al Sr. Mario Ayala Espinoza Comisario de la Compañía, el cual ha sido convocado personal e individualmente. Los puntos a tratarse son los siguientes:

1. Conocer los términos de la Minuta de la compra venta de la Maquinaria. 2. Posible liquidación de los valores de la venta de la Maquinaria a los Srs. Accionistas. 3. Conocer el saldo pendiente a cancelar a terceros.

1. Conocer los términos de la Minuta de la compra venta del Edificio. 2. Posible liquidación de los valores de la venta del Edificio los Srs. Accionistas. 3. Conocer el saldo pendiente a cancelar a terceros. LIQUIDADOR

GERENTE PAR/111143/EG

PAR/111144/EG


JUICIO: EJECUTIVO No. 17230-2018-03716 CUANTIA: 63.000 USD ACTO R : CO M PA Ñ I A PRAGMATIQUS S.A., PONCE SILVA DIEGO ALFREDO DEMANDADO: LUNA BAHAMONDE JULIA GABRIELA Y LUNA MORALES HENRY SEGUNDO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 22 de marzo del 2018, las 15h02, VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito; y, en virtud del sorteo electrónico de ley, que precede.- La demanda que antecede presentada por la compañía PRAGMATIQUS S.A., en contra de los señores Julia Gabriela Luna Bahamonde y Henry Segundo Luna Morales; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro de pagaré a la orden, documento que al tenor de lo previsto en el numeral 5 del artículo 347 Ibídem, en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y

liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem, se admite a trámite mediante procedimiento Ejecutivo.De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, considérese el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.CÍTESE a los demandados señores Julia Gabriela Luna Bahamonde y Henry Segundo Luna Morales; en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará copias de la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial, para el efecto; envíese suficiente despacho en forma a la oficina correspondiente, a fin de que se dé cumplimiento con esta diligencia, conforme lo establecido en el art. 54 y 55 del código citado (el accionante provea de las copias necesarias para la citación); los demandados, conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será suscep-

tible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Previo a ordenar la media preventiva solicitada, se le requiere a la parte accionante presente el archivo magnético emitido por el Registrador de la Propiedad de este cantón, en el que consta el certificado adjunto a la demanda.- Agréguese a los autos la documentación adjunta a la demanda. Téngase en cuenta el casillero judicial y casillero electrónico señalados por el compareciente para sus posteriores notificaciones; así como, la calidad en la que comparece y la autorización conferida a su defensor técnico. Actúe la Dra. Rosa Guerrero Castro, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE y CÍTESE. . -F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 22 de mayo del 2019, las 15h26, Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de la parte demandada, se dispone: CÍTESE, a la parte demandada señores LUNA BAHAMONDE JULIA GABRIELA y HENRY SEGUNDO LUNA MORALES, mediante tres

Tumbaco, 24 de junio del 2019.

CONVOCATORIA De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 231, 235; y, 236 de la Ley de Compañías, se convoca a los señores accionistas de la Compañía VOLECAM S.A. a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse el día jueves 11 de julio del 2019, a las tres de la tarde (3:00 pm), en el domicilio de la Compañía: Av. Interoceánica y calle N9C Río Agoyan, sector El Arenal, parroquia Tumbaco, de esta ciudad de Quito. (Junto a la Electromecánica del señor Germán Díaz). A fin de tratar el siguiente orden del día: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Constatación de quórum. Informe de trabajos realizados en el terreno de la Compañía. Contribución de aporte económico. Puntos de Emisión. Informe de gestiones realizadas. Aprobación del acta.

Nota: a) Se comunica de este particular a los Señores Manuel María Pacheco Rodríguez, Comisario Principal y Sr. Héctor Raúl Aimara Buenaño, Comisario Suplente de esta Compañía, a más de la comunicación especial e individual hecha por escrito. b) Se deja en constancia que se espera los 10 minutos acordados en la junta general. Caso contrario se cobrara la multa respectiva. Atentamente,

El sentido común es el menos común de los sentidos. G r ee l e , H.

publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por la parte actora.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE..- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello P AR/111137 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: DELGADO VELIZ HUMBERTO DANIEL, DEL JUICIO EJECUTIVO

(APREHENSIÓN), PROPUESTO EN SU CONTRA POR: DR. MARCO GERMAN MOYA ROBAYO, P RO C U RA D O R DEL BANCO PICHINCHA C.A. ACTOR: DR. MARCO GERMAN MOYA ROBAYO, P RO C U RA D O R DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: DELGADO VELIZ H U M B E R TO DANIEL, CA R LOS EDUARDO VERA MIELES JUICIO: No. 17230-20152553 TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD. 6.500,oo FECHA DE INICIACIÓN: 5 de marzo del 2015 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 5 de marzo del 2015, las 09h24.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de la razón de sorteos.- La demanda presentada por el doctor Absalón Rigoberto Barrera Carrasco, en calidad de procurador judicial del Banco Pichincha C. A., es clara y cumple los requisitos exigidos por el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil; por tanto se acepta a trámite

en la vía ejecutiva.- Cítese al señor Humberto Daniel Delgado Veliz, en calidad de deudor principal, y al señor Carlos Eduardo Vera Mieles, en calidad de garante solidario, en el lugar señalado, para que dentro del término de tres días cumplan obligación demandada o propongan excepciones conforme dispone el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil.- Para la citación a los demandados remítase despacho suficiente a la Oficina de Citaciones.- De conformidad con el Art. 992 del Código Procesal Civil, previa citación a los demandados, dejándose copia certificada, constancia, recibo en autos desglósese la documentación solicitada. Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora y la autorización concedida a los abogados patrocinadores. Agréguese la documentación acompañada. Notifíquese. OTRA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 18 de junio del 2019, las 12h14, Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia inicial, atenta al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor DELGADO VELIZ

CONVOCATORIA LA ASOCIACIÓN ECUATORIANA DE INDUSTRIALES DE LA MADERA

Tiene el agrado de convocar a los señores miembros de la Asociación a la XXXXI Asamblea General Ordinaria. Fecha: Viernes, 28 de junio de 2019 Hora: 16h00 Lugar: Av. Amazonas y República, Edificio Las Cámaras. Piso 1 Orden del día: 1- Verificación del quórum e Instalación de la XXXXI Asamblea General Ordinaria. 2- Lectura y aprobación del Orden del Día. 3- Informe del Presidente del Consejo Directivo. 4- Informe del Director Ejecutivo. 5- Bienvenida a nuevos socios. 6- Aprobación de Estados Financieros e Informe de Comisario. 7- Elección de Miembros del Consejo Directivo para el período 2019-2021. De acuerdo a lo estipulado en el artículo 13 de los Estatutos, de no haber el quórum reglamentario a la hora señalada, la Asamblea se instalará una hora más tarde, con los miembros presentes. El Consejo Directivo agradece su puntual asistencia. Atentamente, Felipe Pazmiño PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO

CESAR ELIAS HARO CACHAGO GERENTE C.C.170960878-8 PAC/112091/AT

PAP/73572/AT

Revista judicial MARTES 25 de JUNIO de 2019 La Hora Quito, ecuador

HUMBERTO DANIEL, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- Notifíquese. f) Ab. Saltos Pintos Luis. Juez.Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. Ab. Víctor Reyes Ch. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello Par/111134/EG

ORDINARIOS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACIÓN A LA PARTE DEMANDADA SANCHEZ PUYOL LUIS FERNANDO. ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADO: SANCHEZ PUYOL LUIS FERNANDO. NO. DE JUICIO. 172332018-04048. TIPO DE PROCESO: ORDINARIO. ACCION: COBRO DE DINERO. CUANTIA: USD. 32.050.36. U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 26 de octubre del 2018, las 10h19, VISTOS: Agréguense a los autos el escrito que antecede y anexos adjuntos.-En lo principal, una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto que precede, la demanda presentada por el Dr. ALFREDO AGUSTIN GRIJALVA MUÑOZ, en calidad de Procurador Judicial DE BANCO DINERRS CLUB DEL ECUADOR S.A., conforme lo justifica la compulsa de la Escritura Pública de Procuración Judicial constante a fs. 50 a la 58 vuelta de los autos y con la cual legitima su intervención, en contra del señor LUIS FERNANDO SANCHEZ PUYOL, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario.- Se ordena la citación del demandado

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del señor LUIS FERNANDO SANCHEZ PUYOL, en el domicilio señalado, esto es, Calle principal: Pedro Domínguez Miradero y Calle secundaria: Tomas Guerra, Nomenclatura: S15-34, Sector; Ciudadela Internacional; Parroquia San Bartolo, Cantón Quito, Provincia de Pichincha; Código Postal: 170601, debiendo la parte interesada en el término de tres días, acercarse a esta Unidad Judicial Civil, para proveer las copias necesarias, a fin de elaborar el número de boletas que se requieran para cuyo efecto se adjuntará la demanda, el escrito presentado, copia certificada de los documentos aparejados y este auto inicial, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir las notificaciones que le correspondan; hechi lo cual, remítanse las copias de ley a la Oficina de Citación de esta Unidad Judicial Civil a fin de que cumplan con el acto procesal dispuesto.- En cumplimiento del artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta (30) días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del cuerpo legal en mención.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda.-Tómese en cuenta la cuantía, la casilla judicial No. 1109, así como los correos electrónicos alfredgm@ msn.com; alfredo.grijalva17@foroabogados.ec; que señala el actor para recibir futuras notificaciones.- Actúe la Ab. Gloria del Cisne Fajardo Paladines en calidad de secretaria encargada del despacho según acción de personal No. 1139-DP17-2018-KV, de fecha 22 de enero de 2 0 1 8 . - N OT I F Í Q U E S E , CITESE y CUMPLASE.NOTIFÍQUESE, CÍTESE Y CÚMPLASE.- f) DRA. ADRIANA RO M E RO ALVAREZ, JUEZA. U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 28 de mayo del 2019, las 08h29, VISTOS: En virtud del juramento rendido por el Dr. GRIJALVA MUÑOZ ALFREDO AGUSTIN en su calidad que obra de autos, previo a encontrarse agotadas las diligencias para determinar el domicilio de la parte demandada, amparada en lo dispuesto en el artículo 56 numeral 2 inciso segundo, tercero y cuarto del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la citación del señor SANCHEZ PUYOL LUIS FERNANDO, median-

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Revista judicial C6

MARTES 25 de JUNIO de 2019 La Hora Quito, ecuador

te tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación del lugar que deberán ser agregadas al proceso; para lo cual la actuaria elabore un extracto de la demanda y de esta providencia.- NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.- f) DRA. ADRIANA RO M E RO ALVAREZ, JUEZA. AB. MARCELA EUGENIA CIFUENTE SOSA. SECRETARIA DE LA U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (E). Hay firma y sello PAC/112089/AT

SOCIEDADES CIVILES REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: MARIO EDMUNDO ENRIQUEZ VELEZ ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADOS: MARIO EDMUNDO ENRIQUEZ VELEZ JUICIO: Civil No. 172302019-08323 TRAMITE: Concursal FECHA DE INICIO: 22-052019 CUANTIA: Indeterminada JUEZ PONENTE: DRA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO PRETENSION: “…..declarar que se presume la insolvencia del demandado y hay lugar al concurso de acreedores…”. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 4 de junio del 2019, las 16h09, VISTOS: Cumplido lo dispuesto en providencia anterior, se procede a calificar la demanda formulada por el doctor Antonio Ramón Rodríguez Vicéns, en calidad de Procurador judicial del BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A., de clara y que reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 414, 416, 422 y 424 ibídem, se la admite a trámite mediante procedimiento de CONCURSO NECESARIO.- De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponde al juicio número 173062005-781, se advierte la razón que certifica que el señor MARIO EDMUNDO ENRIQUEZ VELEZ, no ha dado cumplimiento al man-

damiento de pago dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al artículo 416, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se presume la INSOLVENCIA del señor MARIO EDMUNDO ENRIQUEZ VELEZ, con cédula de ciudadanía 1704435765, en consecuencia se declara ha lugar al concurso de acreedores; por consiguiente con fundamento en el artículo 424 en concordancia con el artículo 423 del COGEP, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1.- CÍTESE al demandado señor MARIO EDMUNDO ENRIQUEZ VELEZ, con cédula de ciudadanía 1704435765, con la demanda y este auto, por la prensa, en atención al juramento rendido por el actor de la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia del demandado MARIO EDMUNDO ENRIQUEZ VELEZ y haber adjuntado el certificado concedido por el Coordinador Zonal 9 Encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, para lo cual concédase el extracto correspondiente.- 2.Oportunamente se convocará a la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 3.- Se requiere al deudor señor MARIO EDMUNDO ENRIQUEZ VELEZ, conforme lo determinado en el número 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, que presente los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 4.Se declara la interdicción del deudor señor MARIO EDMUNDO ENRIQUEZ VELEZ, por tanto se dispone que se ocupen los bienes, correspondencia y demás documentos del fallido que se entregarán al síndico, que se designará para este juicio, oportunamente, quien será el depositario de los bienes del fallido y se le notificará oportunamente para la posesión del cargo; 5.- La anotación de insolvencia en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 6.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen

JUDICIAL QUITO

obligaciones pendientes de los que forme parte el señor MARIO EDMUNDO ENRIQUEZ VELEZ; 7.Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, en el Registro de la Propiedad de este cantón; 8. Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; y, 9. Se prohíbe que el señor MARIO EDMUNDO ENRIQUEZ VELEZ, con cédula de ciudadanía 1704435765, se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fo r t a l e c i m i e n to Institucional de las Unidades de Control Migratorio.- Agréguese al proceso los documentos que se acompañan.Téngase en cuenta la comparecencia de la parte actora, casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa.NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro, Juez. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.Quito, 06 de junio del 2019. Certifico.AB.RAUL VELEZ NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/111130/EG R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) CITACIÓN JUDICIAL A: FREDDY SANTIAGO HERRERA SALINAS EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-2019-03964 Actor: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. Demandado: HERRERA SALINAS F R E D DY SANTIAGO Tipo/Acción: ConcursalConcurso de Acreedores Cuantía: $indeterminada Inicio: 14 de Marzo del 2019 Defensor: Ab. Antonio Ramón Rodríguez Vicéns Casillero: 797 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 5 de abril del 2019, las 16h40, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- PRIMERO: La solicitud que antecede cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante concurso necesario de acreedores de conformidad con el 422 ibídem. SEGUNDO: De las copias certificadas adjuntas se desprende que, la parte demanda-

So­mos fá­cil­men­te en­ga­ña­dos por aque­llos a quie­nes ama­mos. M o ­l i è ­r e

da FREDDY SANTIAGO HERRERA SALINAS con número de cedula de ciudadanía No. 171960265-6 se halla comprendida en la situación prevista en el numeral 1 del Art. 416 del Código Orgánico General de Procesos, por lo cual se presume su INSOLVENCIA y se declara con lugar al concurso de acreedores.TERCERO: En consecuencia, al tenor de lo dispuesto en el Art. 424 ibídem, en concordancia con el Art. 423, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1) CÍTESE a la parte demandada FREDDY SANTIAGO HERRERA SALINAS con número de cedula de ciudadanía No. 171960265-6, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. En virtud de la Disposición Reformatoria Primera contenida en el Código Orgánico Administrativo, la citación ordenada en la presente causa, publíquese en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. El demandado podrá OPONERSE al presente procedimiento concursal en el término de DIEZ (10) días después de citado, pagando la deuda, conforme lo dispone el

Art. 426 ibídem.- 2) Una vez citado el deudor se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral primero del Art. 424 del COGEP.- 3) Se le requiere al deudor antes señalado la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem.- 4) Se declara la interdicción la parte demandada FREDDY SANTIAGO HERRERA SALINAS con número de cedula de ciudadanía No. 171960265-6 y por tanto se dispone que: se ocupen sus bienes, correspondencia y demás documentos del fallido, mismos que se entregarán al síndico de concurso, quien será depositario de sus bienes. Para tal efecto, mediante sorteo en el SATJE se designa como síndico a CLAVIJO JARAMILO VICTOR HUGO (Cel. 0995157646, email: vhclavijo1@gmail.com) quien se notificará en legal forma en el correo electrónico registrado en el sistema SATJE, a efectos de que en veinticuatro horas exprese su aceptación o excusa del cargo, conforme lo dispuesto en el Art. 434 del COGEP. De aceptarlo, deberá posesionarse del mismo el día 16 DE ABRIL DEL 2019, A LAS 15h00 en las instalaciones de esta judicatura ubicada en el COMPLEJO JUDICIAL NORTE UBICADO EN LA AV. AMAZONAS Y CALLE JUAN JOSÉ VILLALENGUA S ECTO R I Ñ AQ U I TO QUINTO PISO. Quien

CONVOCATORIA Se convoca con carácter obligatorio, a los Señores Accionistas de la Compañía Transportes Reino de Quito S.A., a Junta General Extraordinaria a realizarse el día jueves 04 de julio del 2019 a las 10H00am. En la oficina de la Compañía ubicada en las Av. Juan Molineros E10-102 y Eloy Alfaro, para tratar el siguiente orden del día: 1. Elección de Gerente General para el periodo 2019 - 2021 2. Lectura y aprobación del acta. Se solicita puntual asistencia. Quito DM, 24 de junio del 2019

deberá presentar el informe previsto en el Art. 435 del código procesal precitado en el término de quince días (15) contados desde su posesión, el mismo que deberá contener los requisitos previstos en el Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial.- Los honorarios de la síndico designada, conforme el Art. 30 del referido Reglamento se regulan en USD 300, que deberán ser cubiertos por la parte actora.- 5) Se dispone el embargo de todos los bienes muebles e inmuebles de propiedad del fallido FREDDY SANTIAGO HERRERA SALINAS con número de cedula de ciudadanía No. 171960265-6, de conformidad a los Arts. 376 y siguientes del COGEP.- 6) Se dispone la anotación de la Insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura.- 7) Se ordena la publicación del presente auto que declara la presunción de insolvencia del fallido, en la página web del Consejo de la Judicatura.- 8) Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra de la parte demandada FREDDY SANTIAGO HERRERA SALINAS con número de cedula de ciu-

dadanía No. 171960265-6 para cuyo efecto ofíciese a las Coordinaciones de la Unidades Civiles del cantón Quito. 9) Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, del presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario.- 10) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones previas a la calificación de insolvencia de la parte demandada FREDDY SANTIAGO HERRERA SALINAS con número de cedula de ciudadanía No. 1719602656, para cuyo efecto ofíciese. 11) Se prohíbe que el deudor, FREDDY SANTIAGO HERRERA SALINAS con número de cedula de ciudadanía No. 171960265-6 se ausente del territorio nacional; para el efecto ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fo r t a l e c i m i e n to Institucional de las Unidades de Control Migratorio. CUARTO: Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico designado por la parte accionante.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales,

advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico. AB. VERONICA MENA T. SECRETARIA Hay firma y sello PAR/111131/EG EXTRACTO N O T A R I A QUINCUAGÉSIMA TERCERA DEL CANTÓN QUITO - Cúmpleme de poner en conocimiento que mediante escritura pública celebrada el diecinueve de junio del año dos mil dieciocho, ante mi Doctor Marcelo Dalgo Proaño, Notario Quincuagésimo Tercero del cantón Quito; los señores MOSQUERA C O STA L E S MARCO VINICIO , MANTILLA PAILACHO JUAN HECTOR Y OTROS procedieron a constituir la Sociedad Civil y Comercial bajo la denominación “EL QUITEÑITO S.C.C. Las obligaciones, objeto social asi como la integración de capital se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de contrato de Sociedad Civil y Comercial De conformidad al numeral veinte y nueve del Artículo Dieciocho de

“AVISO PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUSCRIPCION PREFERENTE EN EL AUMENTO DE CAPITAL DE LA COMPAÑÍA LICORES DE AMERICA S.A. LICORAM Por la presente se comunica a los señores accionistas de la compañía LICORES DE AMERICA S.A LICORAM, que la Junta General Extraordinaria de Accionistas del 21 de junio del 2019, en las oficinas de la compañía ubicadas en la Ciudad de Quito, resolvió aumentar el capital social de la compañía con el aporte en numerario y compensación de créditos de hasta UN MILLON VENTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA mediante la emisión de dos millones quinientas cincuenta mil acciones (2.550.000) acciones ordinarias y nominativas de un 40 CENTAVOS DE dólar de los Estados Unidos de América (USD 0.40) conforme los siguientes parámetros: a. La suscripción deberá ser efectuada dentro de los 30 días siguientes a la fecha de publicación del presente aviso. b. Los accionistas pueden ejercer el derecho de suscripción preferente, a prorrata de las acciones que poseen. c. El aumento de capital se realizará con aporte en compensación de créditos y en numerario, en un 100 por ciento en la fecha en que cada accionista suscriba las acciones a que tenga derecho. d. Se les recuerda a los accionistas que para ejercer su derecho preferente deben tener cancelada la totalidad de los aportes previos, tal como lo dispone el artículo 175 de la Ley de Compañías. e. Vencido el plazo legal para el ejercicio del derecho de preferencia, cualquier accionista podrá suscribir el saldo que no sea colocado; conforme a lo acordado por la Junta General Extraordinaria de Accionistas dentro de un plazo de 8 dias contados a partir de la fecha en la que termina el plazo anterior. f. La Gerente General, en su calidad de Representante Legal de la compañía queda autorizada por la Junta General Extraordinaria de Accionistas para fijar la cuantía exacta del aumento, dentro del límite máximo establecido, una vez concluido el plazo de 30 días y plazos adicionales conforme lo resuelto por la junta sobre las bases del aumento de capital.. Para la suscripción del aumento que trata el presente aviso, los accionistas pueden acudir a las oficinas de la compañía ubicadas en la calle Guayas y Avda. Amazonas esquina, edificio Torre Centre piso 12, oficina 1209. En dicha oficina tambien esta a disposición de los accionistas el acta correspondiente y el cuadro de aumento según participación accionaria.

Atentamente, Sr. Guillermo Lincango PRESIDENTE NOTA: Se convoca de manera especial y particular a la señora Alexandra Elizabeth Centeno Viteri, en su calidad de COMISARIA de la Compañía. PAP/73566/AT

Quito. 25 de junio del 2019 Dra. Marcia Susana Chandi Lara Representante Legal – Gerente General PAP/73568/AT


la Ley Notarial, que textualmente dice: “Veinte y nueve.- Aprobar la constitución o reforma de las sociedades civiles y mercantiles y demás actos atinentes con la vida de éstas, y oficiar al Registro Mercantil para su suscripción, cuando no corresponda a la Superintendencia de Compañías y Valores.”, reformada de acuerdo con lo establecido en el Registro Oficial No. 506, Suplemento de 22 de Mayo del 2015, Transitoria Décimo Quinta del Código General de Procesos, Pongo en conocimiento del público, mediante una publicación en un diario de circulación nacional el extracto de la constitución de la Sociedad Civil y Comercial “EL QUITEÑITO S.C.C..” realizada entre los peticionarios, por el plazo de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta sociedad civil y comercial puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido plazo. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales Correspondientes. Quito, 19 de junio del año dos mil dieciocho DR MARCELO DALGO

PROAÑO N O T A R I O QUINCUAGÉSIMO TERCERO DEL CANTÓN QUITO PAP/73569/EG

VARIOS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. C A R LO S ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL: DIEGO FERNANDO LARA BORJA.DEMANDADO: DIEGO FERNANDO LARA BORJA.JUICIO No. 17230-201809108.TRAMITE: EJECUCION.CUANTÍA: OCHO MIL O C H O C I E N TOS CINCUENTA Y CUATRO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 11/100.AB. DEFENSOR: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR EN CALIDAD DE P RO C U RA D O RA JUDICIAL DE BANCO DE GUAYAQUIL S.A.OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE CONDENE AL DEMANDADO AL PAGO

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: Mario Germánico Hernández Palacios ACTOR: Banco Pichincha C.A., DEMANDADOS: Mario Germánico Hernández Palacios JUICIO: Civil No. 17230-2018-07950 TRAMITE: monitorio FECHA DE INICIO:01-06-2018 CUANTIA: USD 7,811.41 JUEZ PONENTE: DRA.RITA ORDOÑEZ PIZARRO DEMANDA: “…el pago de capital…intereses normales….intereses por mora….honorarios profesionales ….costas procesales …”. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 15 de junio del 2018, las 16h10, VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en base al sorteo realizado.- La demanda presentada por el abogado Leonardo Miguel Proaño Silva, en calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A., reúne los requisitos previstos en los artículos 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos y está fundamentada en un documento de los previstos en el artículo 356 ibídem del cuerpo normativo en mención; por lo que se la admite a trámite en el procedimiento monitorio. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 ibídem, se dispone que el demandado Mario Germánico Hernández Palacios, en el término de quince (15) días pague la obligación, esto es la cantidad de SIETE MIL OCHOCIENTOS ONCE CON 41/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 7,811.41) por concepto de consumo de con tarjeta de crédito más intereses, o proponga las excepciones de las que se crea asistida; bajo la prevención de que en caso de que no comparezca dentro del término concedido para el efecto, o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución como dispone el inciso tercero del artículo 358 del Código citado, y de acuerdo al Art. 360 ibídem, además se deberá cancelar el máximo interés convencional y de mora, calculado a la tasa fijada por el organismo regulador del sistema monetario y financiero, únicamente sobre el capital, que se generen desde la citación con la demanda, valores que serán liquidados pericialmente.- La contestación a la demanda observara lo previsto por el Art. 151 y siguientes ibídem.- Cítese con el contenido de la demanda y este auto de pago a la parte accionada en el lugar señalado por la parte actora, EN PERSONA, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 del COGEP, en consecuencia envíese suficiente despacho a la oficina correspondiente, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónico; para el efecto remítanse las boletas de citación, la parte accionante proporcione las copias necesarias.- En caso de oposición, considérese el anuncio de los medios de prueba realizados en la demanda.Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su abogado.NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.-.-f) Dra.Rita Ordoñez Pizarro.- Juez…………… UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 12 de junio del 2019, las 16h49, En vista de la declaración bajo juramento realizado por la parte accionante de las gestiones que ha realizado para dar con el paradero del demandado y de la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia del demandado, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor Mario Germánico Hernández Palacios, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación que se editen en esta ciudad; por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda y de las providencias respectivas el cual será enviado al casillero judicial señalado por la parte accionante.- NOTFIQUESE.- f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro.- Juez…………… Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 17 de JUNIO del 2019. Certifico.AB.RAUL VELEZ NARANJO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL COGEP Hay firma y sello

PAB/20040/AT

DEL VALOR CONSTANTE EN EL CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO MATERIA DEL PRESENTE PROCESO, INTERESES Y GASTOS.U N I DA D JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 28 de junio del 2018, las 15h30, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito. En lo principal, la solicitud de ejecución de contrato de venta con reserva de dominio, es clara, precisa y reúne los requisitos previstos en el artículo 370 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que es ADMITIDA al procedimiento de ejecución previsto en el capítulo II contenido en el Título I del Libro V del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP). A fin de continuar con la sustanciación de la causa, dando cumplimiento expreso a lo dispuesto en el Art. 371 del Código Orgánico General de Procesos, que en su parte pertinente ordena: “Art. 371.- Admitida la solicitud prevista en el artículo anterior o directamente si se trata de ejecución de sentencia ejecutoriada, la o el juzgador designará una o un perito para la liquidación de capital, intereses y costas en el término concedido para

Ser sincero no es decir todo lo que se piensa, sino no decir nunca lo contrario de lo que se piensa. M au r o i s , A n d r é

el efecto. Previamente la o el actor tendrá el término de cinco días para presentar los comprobantes de respaldo de gastos conforme con las normas de costas previstas en este Código...”, se dispone que el accionante en el término de cinco días presente en esta Unidad Judicial los comprobantes de respaldo que justifiquen los abonos realizados, gastos y costas en las que se haya incurrido, en las que se determine montos cuantificables para la liquidación. Téngase en cuenta la casilla judicial 1784 y correo electrónico a l va ro p a ez @ a s e s o r i a gestion.com, señalado para sus notificaciones y la autorización conferida a su defensor técnico para el patrocinio en la presente causa. Actúe el doctor Nilo Almachi, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-F). AB. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ.- JUEZ U N I DA D JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 30 de julio del 2018, las 16h41, VISTOS: Agréguese

COMUNICADO A LOS SEÑORES ACCIONISTAS DE HOSPIFUTURO S.A. Se comunica a los señores accionistas de HOSPIFUTURO S.A., que la Junta de Directorio de la compañía celebrada el 23 de abril de 2019, decidió aumentar el capital social de la compañía, dentro del capital autorizado de la misma, en la suma de seiscientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 600.000,00), mediante la emisión de cuarenta mil (40.000) acciones ordinarias y nominativas de diez dólares de los Estados Unidos de América cada una (US$ 10,00); y, veinte mil (20.000) acciones preferidas y nominativas de diez dólares de los Estados Unidos de América cada una (US$ 10,00), de tal manera que el capital social de la compañía llegue a la suma de dos millones cien mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 2.100.000,00), dividido ciento sesenta mil (160.000)acciones ordinarias y nominativas de diez dólares de los Estados Unidos de América cada una (US$ 10,00); y, cincuenta mil (50.000) acciones preferidas y nominativas de diez dólares de los Estados Unidos de América cada una (US$ 10,00). Los accionistas que deseen ejercer su derecho preferente en la suscripción de este aumento de capital, lo realizarán dentro del plazo de treinta días contados a partir de la fecha de esta publicación, con el fin de cumplir con los requisitos establecidos en la Ley. Atentamente, Dr. Manuel Antonio Naranjo Paz y Miño Gerente General HOSPIFUTURO S.A. PAP/112092/AT

al proceso el escrito presentado. De conformidad al artículo 372 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se ordena que la parte ejecutada LARA BORJA DIEGO FERNANDO, pague la cantidad de OCHO MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 11/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 8.054,11), de acuerdo a lo determinado en la liquidación, y cumpla con la obligación materia de la presente ejecución, en el término de cinco (5) días, bajo prevención que de no hacerlo, se procederá a la ejecución forzosa, conforme a lo dispuesto en la norma citada. Por tratarse de la ejecución de un título distinto a sentencia ejecutoriada, se ordena que se notifique con el presente mandamiento de ejecución al señor LARA BORJA DIEGO FERNANDO, en persona o mediante tres boletas de conformidad a los Art. 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos, en la dirección señalada en la solicitud presentada por la parte actora.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ U N I DA D JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 11 de junio del 2019, las 16h34, En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada el señor DIEGO FERNANDO LARA BORJA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notifica-

Revista judicial

ciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAC/112072/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N° 282333-2019-JDCM A.ACCIONANTE: MENSIAS MAURICIO GARCIA LLUMIQUINGA REPRESENTANTE LEGAL DE E X P LO R A C I O N TURISTICA S.A. EXPLOTOURS AC C I O N A D O : S I SA LEDESMA WASHINGTON REMIGIO. CAUSAL: 1 DEL ART. 172, CÓDIGO DEL TRABAJO, Dentro del Trámite de Visto Bueno N° 282333-2019JDCM, que sigue el (a) señor (a), MENSIAS MAURICIO GARCIA LLUMIQUINGA REPRESENTANTE LEGAL DE E X P LO R A C I O N TURISTICA S.A. EXPLOTOURS., en calidad de parte accionante en contra del (a) señor (a) SISA LEDESMA WASHINGTON REMIGIO., en su calidad de trabajador (a), se ha dictado lo que sigue: I N S P ECC I O N DEL TRABAJO DE PICHINCHA.Quito, 19 de junio de 2019, a las 15H30.- En virtud del sorteo que antecede, avoco conocimiento del presente trámite de Visto Bueno N° 282333-2019-JDCM, que sigue el (a) señor (a) MENSIAS MAURICIO GARCIA LLUMIQUINGA REPRESENTANTE LEGAL DE E X P LO R A C I O N TURISTICA S.A. EXPLOTOURS., en calidad de parte accionante en contra del (a) señor (a) SISA LEDESMA WASHINGTON REMIGIO., en su calidad de trabajador (a), se dispone lo siguiente: 1.- Adjúntese al trámite, la declaración juramentada celebrada ante Notario Público, mediante la cual, el peticionario declara que desconoce el domicilio actual del accionado, así como la Certificación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. 2.- En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y, 621 del Código del Trabajo, con esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. A la parte accionada se le concede el término de veinte

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días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 3.- Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido debiendo remitirse a la Inspectoría del Trabajo dentro del término de DIEZ días contados a partir de la notificación con la presente providencia. En caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente.- NOTIFÍQUESE.- f) AB. JEFFERSON DAVID CHÁVEZ MORA. AB. JEFFERSON DAVID CHÁVEZ MORA. INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/112077/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA - COGEP (TRAMITE ORAL) CITACIÓN JUDICIAL A: AREVALO DURAN LUZ ESPAÑA CAUSA NO. 17230-201810773 ACTOR: CORONEL QUISPE JOSE LEOPOLDO. DEMANDADO: AREVALO DURAN LUZ ESPAÑA TRAMITE: CONCURSAL ASUNTO: CONCURSO DE ACREEDORES CUANTIA: USD $ 3.884,66. PRETENSION: Solicito que se declare ha lugar el concurso de acreedores. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 8 de agosto del 2018, las 16h32, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal se considera: PRIMERO: La solicitud que antecede presentada por AREVALO DURAN LUZ ESPAÑA. cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante con-

LLAMADO A ACREEDORES COMPAÑÍA AGROINDUSTRIAL GANADERA DELPOSALENTO CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN. De conformidad con el artículo 393 de la ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de la Compañía Agroindustrial Ganadera Delposalento Cia. Ltda. EN LIQUIDACIÓN, que el termino de veinte (20) días contados desde la última publicación de este aviso deberán presentar los documentos que acrediten su derecho como acreedores, en las oficinas de la empresa Ubicadas en Av. De los Shyris y Suecia Edif. Renazzo Plaza, piso 10, ofi 1003. Transcurrido el termino arriba mencionado, se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su derecho en dicho termino y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación. ATENTAMENTE

Mgs. Patricio David Del Pozo Fierro LIQUIDADOR AGROINDUSTRIAL GANADERA DELPOSALENTO CIA. LTDA.

PAR/111114/YM

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curso necesario de conformidad con el 422 ibídem. SEGUNDO: De las copias certificadas adjuntas se desprende que, la demandada señora AREVALO DURAN LUZ ESPAÑA, con cédula de ciudadanía No. 1708156912, se halla comprendida en la situación prevista en el numeral 1 del Art. 416 del Código Orgánico General de Procesos, por lo cual se presume su INSOLVENCIA y se declara con lugar al concurso de acreedores.- TERCERO: En consecuencia, al tenor de lo dispuesto en el Art. 424 ibídem, en concordancia con el Art. 423, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1) CÍTESE a la demandada AREVALO DURAN LUZ ESPAÑA, con la demanda y este auto, en la dirección señalada en el libelo, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico; para el efecto, remítanse las boletas de citación a la oficina correspondiente; quien podrá OPONERSE al presente procedimiento concursal en el término de DIEZ (10) días después de citado, pagando la deuda, conforme lo dispone el Art. 426 ibídem.- 2) Una vez citada la deudora se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral primero del Art. 424 del COGEP.- 3) Se le requiere a la deudora antes señalada la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem, dentro del mismo término previsto para presentar su oposición.- 4) Se declara la interdicción de la deudora AREVALO DURAN LUZ ESPAÑA, con cédula de ciudadanía No. 1708156912, y por tanto se dispone que: se ocupen sus bienes, correspondencia y demás documentos del fallido, mismos que se entregarán al síndico de concurso, quien será depositario de sus bienes. En el tiempo procesal oportuno se designará o se nombrará síndico de quiebras conforme lo dispuesto en el Art. 434 del COGEP.Quien deberá presentar el informe previsto en el Art. 435 del código procesal precitado en el término de quince días (15) contados desde la posesión, el mismo que deberá contener los requisitos previstos en el Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial.- 5) Se dispone el embargo de todos los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la fallida AREVALO DURAN LUZ ESPAÑA, de conformidad a los Arts. 376 y siguientes del COGEP.- 6) Se dispone la anotación de la Insolvencia, en el registro virtual del Consejo de

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Revista judicial C8

MARTES 25 de JUNIO de 2019 La Hora Quito, ecuador

la Judicatura.- 7) Se ordena la publicación del presente auto que declara la presunción de insolvencia de la fallida, en la página web del Consejo de la Judicatura.- 8) Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra de la señora AREVALO DURAN LUZ ESPAÑA.- 9) Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, del presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario.- 10) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones previas a la calificación de insolvencia.- 11) Se prohíbe que la deudora, señora AREVALO DURAN LUZ ESPAÑA, con cédula de ciudadanía No. 1708156912, se ausente del territorio nacional; para el efecto ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fo r t a l e c i m i e n to Institucional de las Unidades de Control Migratorio.- CUARTO: Agréguense al proceso los documentos acompañados por la parte actora.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico designado por la parte accionante.- Actúe el Dr. Alejandro Ochoa, en calidad de Secretario de la Unidad Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) AB. RUTH MARIANA RACINES MOLINA, JUEZA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 8 de mayo del 2019, las 08h26, En vista de la declaración bajo juramento realizada por la parte accionante de las gestiones que ha realizado para dar con el paradero de la demandada y de la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de la demandada, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la señora AREVALO DURAN LUZ ESPAÑA, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación que se editen en esta ciudad; por Secretaría, confiérase el extracto respectivo. NOTIFIQUESE.- f) AB. RUTH MARIANA RACINES MOLINA, JUEZA.Lo que se C I T A para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. ALEJANDRO BOLIVAR OCHOA REGALADO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO-COGEP

Hay firma y sello PAC/112081/AT RAZON correspondiente al Juicio No. 1730620140222 (11674526) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: JOHANNA PAULINA PEÑAHERRERA ZAMORA ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADO: JOHANNA PAULINA PEÑAHERRERA ZAMORA JUICIO VERBAL SUMARIO NO. 17306-2014-0222 JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, jueves 27 de marzo del 2014, las 08h59. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de Juez Titular de esta Judicatura, según Acción de Personal No.4194-DNPOQ, de 23 de septiembre del 2012, emitida por el Dr. Mauricio Jaramillo Velasteguí, Director General del Consejo de la Judicatura, en funciones desde el 01 de Octubre del 2012.- La demanda que presenta JOSE PATRICIO RON TORRES, en calidad de Procurador Judicial de DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A., en contra de JOHANNA PAULINA PEÑAHERRERA ZAMORA, es clara, precisa y reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía Verbal Sumaria prevista en la Sección 23 Arts. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Cítese a la demandada en la dirección proporcionada para el efecto.- Agréguese a los autos los documentos presentados y notifíquese al demandante en la casilla judicial No. 1109.- Actúe el Oficial Mayor en calidad de Secretario encargado según Acción de Personal No. 4301-DP-DPP de 10 de septiembre del 2013, suscrita por el Dr. José Antonio Cedeño Armas. Director Provincial de Pichincha.NOTIFIQUESE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 17 de abril del 2019, las 14h02, Agréguese al proceso el escrito presentado. En atención a lo solicitado, por Secretaria confiérase nuevo extracto para la respectiva citación por la prensa a la demandada señora JOHANNA PAULINA PEÑAHERRERA ZAMORA de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, debiendo

JUDICIAL QUITO

tomar en cuenta lo requerido en el escrito que se provee. NOTIFIQUESE.- F) DR. CARLOS NARANJO BORJA, JUEZ Lo comunico al público en general para q en caso de oposición señalen casilla judicial dentro del término correspondiente. AB. FERNANDA OVIEDO ORTEGA SECRETARIA Hay firma y sello PAC/112086/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EX T R A C T O CITACION JUDICIAL: NUÑEZ BENITEZ CARLOS ANDRES JUICIO: 17230-201519489 TRAMITE: V E R BA L SUMARIO ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR. S.A DEMANDADO: NUÑEZ BENITEZ CA R LOS ANDRES CUANTIA: U S D . 25.000,oo JUEZ: Dr. CHINDE CHAMORRO RICHARD WILMER. S EC R E TA R I A : A B G. ANDREA MALDONADO PAREDES UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 15 de diciembre del 2015, las 15h39. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial Civil del Distrito Metropolitano de Quito. En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y por reunir los demás requisitos de Ley se la acepta formalmente a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, con el contenido de la demanda presentada y este auto, cítese al demandado CARLOS ANDRÉS NUÑEZ BENITEZ en la dirección indicada en el libelo de demanda, debiendo para el efecto remitir las boletas respectivas a la oficina de citaciones. Téngase en cuenta la calidad en que comparece el Dr. José Patricio Ron Torres, abogado defensor y el casillero judicial para futuras notificaciones.- Actúe como Secretaria de esta Unidad Abg. Alejandra Lahuatte, según Acción de Personal No. 3899-DP-UPTH de 26 de mayo del 2015, emitido por el Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura.Notifíquese. F) DR. LUIS FERNANDO LANDAZURI SALAZAR, JUEZ U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 20 de mayo del 2019, las 14h47, Vistos: Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal y por cuanto el DR. ALFREDO

Somos engañados por la apariencia de la verdad. Q u i n t o H o r ac i o F l ac o . Poeta latino. AGUSTIN GRIJALVA MUÑOZ, quien comparece en calidad de procurador judicial del Banco Diners Club del Ecuador. S.A, ha dado cumplimiento cumplido lo ordenado en providencia de fecha 07 de mayo del 2019, las 09h54, y en virtud del juramento rendido por el actor cítese al demandado señor NUÑEZ BENITEZ CARLOS ANDRES de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- Notifíquese. f) DR. CHINDE CHAMORRO RICHARD WILMER, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Ab Maldonado Paredes Andrea Carolina SECRETARIA DE LA U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/112087/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: LASSO ARELLANO MARCO VINICIO JUICIO: VERBAL SUMARIO-COBRO DE O B L I GAC I O N ES P ROV E N I E N T ES DE TARJETAS DE CREDITO NUMERO: 17303-20140126 ACTOR: DR. ALFREDO AGUSTIN GRIJALVA MUÑOZ, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR (POR CONVERSION DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA) DEMANDADO: LASSO ARELLANO M A RCO VINICIO CUANTIA: VEINTICINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA (USD. 25000,00) JUEZA PONENTE: VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 8 de agosto del 2018, las 10h55, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito y documentos presentados. Téngase en cuenta en la calidad en la que comparece el dr

Alfredo Agustin Grijalva M u ñ oz , Pro c u ra d o r Judicial del Banco Diners Club del Ecuador, como se desprende de la documentación adjunta. Por cuanto la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia inmediata anterior, y por cuanto la demanda es clara y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, se acepta a trámite Verbal Sumario dispuesto en el Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Cítese al demandado señor MARCO VINICIO LASSO ARELLANO en la calle San Pedro Nº 32-59 y Joaquín Jibaja en el sector Mariana de Jesús de esta ciudad a través de la oficina de citaciones.- Regístrese la casilla judicial No. 1109, el correo electrónico alfredo.grijalva17@foroabogados.ec .-NOTIFIQUESE. f) VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA, JUEZA. U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 5 de febrero del 2019, las 10h20, Continuando con el trámite de la presente causa, en lo principal: Agréguese al expediente el escrito que antecede, en atención al mismo: En mérito del juramento rendido y los documentos anexados por la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado LASSO ARELLANO MARCO VINICIO, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación del lugar, para el efecto, por secretaría confiérase el extracto correspondiente, a fin de citar al demandado.NOTIFIQUESE. f) VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA, JUEZA. Lo que comunico y CITO a Usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones. Dr. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DITRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC/112088/AT R. DEL E. w w w. f u n c i o n j u d i c i a l pichincha.gob.ec U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

CITACION JUDICIAL PARA: HABOUD SANCHEZ S H A RJ O RG E B E L ABDALLAH -EXTRACTOCAUSA N° 17230-2017 00147 Tipo Proceso: MONITORIO Acción/ Delito: DOCUMENTOS ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. (Dr. ALFREDO AGUSTÍN GRIJALVA MUÑOZ) Procurador Judicial) D E M A N D A D O : HABOUD SA N C H E Z S H A RJ O RG E B E L ABDALLAH OBJETO: Que se conmine al demandado al pago inmediato del capital e intereses vencidos, sobre el segmento de crédito de consumo con la Tarjeta de Crédito; y, costas procesales en los que se incluirán los honorarios profesionales CUANTIA: $ 18.200,00 dólares U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE Q U I TO, P ROV I N C I A DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 6 de enero del 2017, las 15h51. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito y en virtud a la razón de sorteo que antecede. En lo principal, la demanda presentada por el Dr. José Patricio Ron Torres, en calidad de Procurador Judicial de Diners Club del Ecuador S.A., Sociedad Financiera, conforme lo acredita con la copia certificada de la escritura pública de procuración judicial que se dispone incorporar a los autos, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), y se encuentra fundamentada en la documentación a la que hace referencia el inciso segundo del número 2 del artículo 356 de la invocada norma legal; por lo que, se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO MONITORIO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 del COGEP, se dispone que el demandado, señor HABOUD SÁNCHEZ S H A RJ O RG E B E L ABDALLAH, en el TÉRMINO DE QUINCE DÍAS (15), contados a partir de la citación, pague la obligación demandada por concepto de consumos por bienes o servicios realizados con la tarjeta de crédito Diners Club, por el valor de USD $ 17.011,64 (DIECISIETE MIL ONCE CON 64/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) o proponga las excepciones de las que se crea asistido; bajo la prevención que de no comparecer a juicio dentro del término concedido, o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en

firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del artículo 358 del COGEP, que ordena: “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución, (…)”; caso en el que, de conformidad a lo establecido en el artículo 360 ibídem, se deberá cancelar además el máximo interés convencional y de mora, calculado a la tasa fijada por el organismo regulador del sistema monetario y financiero, de acuerdo al segmento de crédito, que se generen desde la citación con la demanda, intereses que serán calculados únicamente sobre el capital establecido en la liquidación agregada por el actor y que obra de autos, valores que serán liquidados pericialmente. CÍTESE con el contenido de la demanda, la documentación aparejada a la misma y este auto interlocutorio de pago al accionado, señor HABOUD SÁNCHEZ S H A RJ O RG E B E L ABDALLAH, en el lugar que se indica en el escrito inicial de demanda de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y siguientes del COGEP, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónico; para el efecto, remítanse las boletas de citación a la oficina correspondiente. ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de prueba realizado en el escrito inicial de demanda, para lo cual se observará lo previsto en el Art. 359 del COGEP, en el evento de que se formule oposición. Agréguese al expediente los documentos acompañados a la demanda; téngase en cuenta la cuantía fijada, la casilla judicial No. 1109 y correo electrónico señalados por el actor para sus notificaciones y la autorización que confiere al doctor Alfredo Grijalva para el patrocinio en la presente causa. Actúe el doctor Nilo Almachi en calidad de Secretario.NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE Q U I TO, P ROV I N C I A DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 21 de marzo del 2019, las 16h33, VISTOS.- Por cuanto la parte actora ha rendido juramento de conformidad al artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, con un extracto de la demanda, auto de calificación y el presente auto cítese al demandado señor SHARJORGEBEL ABDALLAH HABOUD SANCHEZ, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de

mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito. Notifíquese.-f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer y señalar casillero judicial o correo electrónico para sus notificaciones posteriores. DR.- NILO GONZALO ALMACHI SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC/112090/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR DIRECCION REGIONAL DE TRABAJO Y SERVICIO PUBLICO DE QUITO EXTRACTO VISTO BUENO N° 2821642019-JFDA AC TO R A : B E AT R I Z ELIZABETH CUENCA MOROCHO GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE VIAMOVIL CIA. LTDA. ACCIONADO: REVELO B U R BA N O NELSON BRYAN CAUSAL: 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO Dentro del Trámite de Visto Bueno N° 282164-2019JFDA, que sigue la señora BEATRIZ ELIZABETH CUENCA MOROCHO GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE VIAMOVIL CIA. LTDA., en su calidad de “Empleadora”, en contra del señor REVELO B U R BA N O NELSON BRYAN, en su calidad de “Trabajador”, se ha dictado lo que sigue: I N S P ECC I Ó N DEL TRABAJO - DIRECCION REGIONAL DE TRABAJO Y SERVICIO PUBLICO DE QUITO.-Quito, 10 de junio del 2019, a las 09h01.- En mérito de sorteo de ley que antecede de fecha 07 de junio de 2019, a las 09h11, avoco conocimiento de la presente petición de Visto Bueno N° 282164-2019JFDA, que sigue la señora BEATRIZ ELIZABETH CUENCA MOROCHO GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE VIAMOVIL CIA. LTDA., en su calidad de “Empleadora”, en contra del señor REVELO BURBANO NELSON BRYAN, en su calidad de “Trabajador”, en lo principal atendiendo al mismo se dispone: 1) Tómese en cuenta la Declaración Juramentada que realiza la señora BEATRIZ ELIZABETH CUENCA MOROCHO GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE VIAMOVIL CIA LTDA., por imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia del accionado.- 2) En aplicación al Art. 183, 545 atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformi-


dad a lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, por cuanto la empleadora bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado el mismo que además no ha salido del país de acuerdo a la Certificación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana que se adjunta. Al señor REVELO BURBANO NELSON BRYAN, se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones.- 3) Tómese en cuenta el Casillero Judicial 3509 y/o el correo electrónico señalados así como la autorización otorgada al profesional que suscribe en la presente causa.- 4) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa a la parte accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspección del Trabajo dentro del término de los diez días siguientes a la emisión de esta providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente.NOTIFÍQUESE.- Lo que comunico a Usted para los fines de Ley.DR. JUAN FRANCISCO DIAZ ALVEAR INSPECTOR DE TRABAJO DIRECCION REGIONAL DE TRABAJO Y SERVICIO PÚBLICO DE QUITO Hay firma y sello PAP/73526/1/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N° 282167-2019-PDZ AC TO R A : B E AT R I Z ELIZABETH CUENCA M O R O C H O R E P R E S E N TA N T E LEGAL DE DOBLEVIATRANSPORTES S.A ACCIONADO: CHALÁ PARDO WILLIAM ANGEL CAUSAL: 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO Dentro del Trámite de VISTO BUENO No. 282167-2019-PDZ, presentado por la señora BEATRIZ ELIZABETH CUENCA MOROCHO, R E P R E S E N TA N T E LEGAL DE DOBLEVIATRANSPORTES S.A, en calidad de empleador, en contra de su trabajador señor CHALÁ PARDO WILLIAM ANGEL, se ha dictado lo que sigue: INSP ECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.Quito, 07 de junio del 2019, a las 14H30.Dentro del trámite de VISTO BUENO No. 282167-2019-PDZ, presentado por la señora BEATRIZ ELIZABETH CUENCA MOROCHO, R E P R E S E N TA N T E LEGAL DE DOBLEVIATRANSPORTES S.A, en su calidad de empleador; Agréguese al expediente el escrito y la Declaración Juramentada presentada por la parte accionante, atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621

del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador señor CHALÁ PARDO WILLIAM ANGEL, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de veinte días para q conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 2) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspectoría del Trabajo dentro del término de diez días siguientes desde la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. 3) Tómese en cuenta el casillero judicial N° 3509, y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe la presente causa.- NOTIFIQUESE.F) AB. EVELYN PAMELA DELGADO ZAPATA Lo que comunico a usted para los fines de ley AB. EVELYN PAMELA DELGADO ZAPATA I N S P ECTO RA DE TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAP/73526/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N° 282169-2019-JDCM A. ACCIONANTE: BEATRIZ ELIZABETH CUENCA MOROCHO REPRESENTANTE LEGAL DE VIAMOVIL CIA LTDA. ACCIONADO: ESPINOSA CONGO JORGE ERESMAN CAUSAL: 1 DEL ART. 172, CÓDIGO DEL TRABAJO. En el Trámite de VISTO BUENO N° 282169-2019JDCM, que sigue el (a) señor (a) BEATRIZ ELIZABETH CUENCA MOROCHO REPRESENTANTE LEGAL DE VIAMOVIL CIA LTDA., en calidad de parte accionante en contra del (a) señor (a) ESPINOSA CONGO JORGE ERESMAN, en su calidad de trabajador (a), se ha dictado lo que sigue: I N S P EC TO R Í A DEL TRABAJO DE PICHINCHA.Quito, 11 de junio de 2019, a las 09H15.- En mérito del re sorteo avoco conocimiento de la solicitud de Visto Bueno signado con el número 282169-2019JDCM, que sigue el (a) señor (a) BEATRIZ ELIZABETH CUENCA MOROCHO REPRESENTANTE LEGAL DE VIAMOVIL CIA LTDA., en calidad de parte accionante en contra del (a) señor (a) ESPINOSA CONGO JORGE ERESMAN, en su calidad de trabajador (a), se dispone lo siguiente: 1.- Adjúntese al trámite, la declaración juramentada celebrada ante Notario

Público, mediante la cual, el peticionario declara que desconoce el domicilio actual del accionado, así como la Certificación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. 2.- En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y, 621 del Código del Trabajo, con esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. A la parte accionada se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 3.- Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido debiendo remitirse a la Inspectoría del Trabajo dentro del término de DIEZ días contados a partir de la notificación con la presente Providencia. En caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente.-NOTIFÍQUESE.- f) AB. JEFFERSON DAVID CHÁVEZ MORA. AB. JEFFERSON DAVID CHÁVEZ MORA. INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAP/73526/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N° 281504-2019-JDCM ACCIONANTE: SANDY ELIZABETH PEREZ ZAMBRANO EN CALIDAD DE P RO C U RA D O RA JUDICIAL DE SERGIO DIAZ BARRIGA PARDO GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA SERVIASISTENCIA DEL ECUADOR S.A ACCIONADO: ALOMOTO BRAVO LENIN RAUL CAUSAL: 1 DEL ART. 172, CÓDIGO DEL TRABAJO. Dentro del Trámite de Visto Bueno Nº 2819192019-JDCM, que sigue el (a) señor (a) SANDY ELIZABETH PEREZ ZAMBRANO EN CALIDAD DE P RO C U RA D O RA JUDICIAL DE SERGIO DIAZ BARRIGA PARDO GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA SERVIASISTENCIA DEL ECUADOR S.A., en su calidad de empleador en contra del (a) señor (a) ALOMOTO BRAVO LENIN RAUL, en su calidad de trabajador (a), se ha dictado lo que sigue: IN S P ECC IÓ N DEL TRABAJO DE DIRECCIÓN REGIONAL DEL TRABAJO Y SERVICIO PÚBLICO DE QUITO.- Quito, 18 de junio de 2019, a las 08:55.Dentro del Trámite de Visto Nº 281919-2019-JDCM, que sigue el (a) señor (a) SANDY ELIZABETH PEREZ ZAMBRANO EN CALIDAD DE P RO C U RA D O RA JUDICIAL DE SERGIO DIAZ BARRIGA PARDO GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA SERVIASISTENCIA DEL

Hay una fuerza motriz más poderosa que el vapor, la electricidad y la energía atómica: la voluntad. Einstein, Albert ECUADOR S.A., en su calidad de empleador en contra del (a) señor (a) ALOMOTO BRAVO LENIN RAUL, en su calidad de trabajador (a), se dispone lo siguiente: 1.- Adjúntese al trámite, la declaración juramentada celebrada ante Notario Público, mediante la cual, el peticionario declara que desconoce el domicilio actual del accionado, así como la Certificación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. 2.- En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y, 621 del Código del Trabajo, con esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. A la parte accionada se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 3.- Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido debiendo remitirse a la Inspectoría del Trabajo dentro del término de DIEZ días contados a partir de la notificación con la presente providencia. En caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente.-NOTIFÍQUESE.- f) AB. JEFFERSON DAVID CHÁVEZ MORA. AB. JEFFERSON DAVID CHÁVEZ MORA. INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHA PAR/111119/YM REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N° 2825042019-JDCM ACCIONANTE: CARLOS ANIBAL LUCERO BENALCAZAR ACCIONADO: BOLIVAR MANUEL H E R R E RA HERRERA CAUSAL: 1 DEL ART. 172, CÓDIGO DEL TRABAJO. Dentro del Trámite de Visto Bueno N° 282504-2019-JDCM, que sigue el (a) señor (a) CARLOS ANIBAL LUCERO BENALCAZAR., en su calidad de empleador en contra del (a) señor (a) BOLIVAR MANUEL HERRERA HERRERA, en su calidad de trabajador (a), se ha dictado lo que sigue: INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE DIRECCIÓN REGIONAL DEL TRABAJO Y SERVICIO PÚBLICO DE QUITO.- Quito, 20 de junio de 2019, a las 14:13.Dentro del Trámite de Visto No 282504-2019JDCM, que sigue el (a) señor (a) CARLOS ANIBAL LUCERO BENALCAZAR., en su calidad de emplea-

dor en contra del (a) señor (a) BOLIVAR MANUEL HERRERA HERRERA, en su calidad de trabajador (a), se dispone lo siguiente: 1.- Adjúntese al trámite, la declaración juramentada celebrada ante Notario Público, mediante la cual, el peticionario declara que desconoce el domicilio actual del accionado, así como la Certificación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. 2.- En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y, 621 del Código del Trabajo, con esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. A la parte accionada se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 3.- Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido debiendo remitirse a la Inspectoría del Trabajo dentro del término de DIEZ días contados a partir de la notificación con la presente providencia. En caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente.- NOTIFÍQUESE.- f) AB. JEFFERSON DAVID CHÁVEZ MORA. AB. JEFFERSON DAVID CHÁVEZ MORA. INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/111133 YM UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: DELGADO VELIZ HUMBERTO DANIEL, DEL JUICIO EJECUTIVO (APREHENSIÓN), PROPUESTO EN SU CONTRA POR: DR. MARCO GERMAN MOYA ROBAYO, P RO C U RA D O R DEL BANCO PICHINCHA C.A. ACTOR: DR. MARCO GERMAN MOYA ROBAYO, P RO C U RA D O R DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: DELGADO VELIZ H U M B E R TO DANIEL, CA R LOS EDUARDO VERA MIELES JUICIO: No. 17230-20152553 TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD. 6.500,oo FECHA DE INICIACIÓN: 5 de marzo del 2015 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 5 de marzo del 2015, las

09h24.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de la razón de sorteos.- La demanda presentada por el doctor Absalón Rigoberto Barrera Carrasco, en calidad de procurador judicial del Banco Pichincha C. A., es clara y cumple los requisitos exigidos por el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil; por tanto se acepta a trámite en la vía ejecutiva.- Cítese al señor Humberto Daniel Delgado Veliz, en calidad de deudor principal, y al señor Carlos Eduardo Vera Mieles, en calidad de garante solidario, en el lugar señalado, para que dentro del término de tres días cumplan obligación demandada o propongan excepciones conforme dispone el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil.- Para la citación a los demandados remítase despacho suficiente a la Oficina de Citaciones.- De conformidad con el Art. 992 del Código Procesal Civil, previa citación a los demandados, dejándose copia certificada, constancia, recibo en autos desglósese la documentación solicitada. Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora y la autorización concedida a los abogados patrocinadores. Agréguese la documentación acompañada. Notifíquese. OTRA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 18 de junio del 2019, las 12h14, Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia inicial, atenta al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor DELGADO VELIZ HUMBERTO DANIEL, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- Notifíquese. f) Ab. Saltos Pintos Luis. Juez.Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. Ab. Víctor Reyes Ch. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello Par/111134/EG UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO PROCEDIMIENTO COGEP JUEZ PONENTE: DR. EDISSON LOPEZ TAPIA. CITACIÓN JUDICIAL Se le hace saber a: CASTILLO CEVALLOS

Revista judicial MARTES 25 de JUNIO de 2019 La Hora Quito, ecuador

BOLIVAR RAFAEL; que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en Proceso MONITORIO, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: ACTOR: COMPAÑÍA EMPRESA DURINI INDUSTRIA DE MADERA C.A. D E M A N DA D O/S : CASTILLO CEVALLOS BOLIVAR RAFAEL. CAUSA No: 17230-201803227. MATERIA: CIVIL. TIPO: MONITORIO. ACCION: COBRO DE FACTURAS. CUANTIA: “TRECE MIL DÓLARESDELOSESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD $ 13.000,00)”. PRETENSION: “En virtud de la debida motivación fáctica y jurídica expuesta en los acápites precedentes en mi calidad de Procurador Jurídico de la Compañía EMPRESA DURINI INDUSTRIA DE MADERA C.A EDIMCA, demando en Procedimiento Monitorio al señor CASTILLO CEVALLOS BOLIVAR RAFAEL, por sus propios y personales derechos, en calidad de deudor, para que, mediante mandamiento de pago se le ordenen, o, en sentencia, de existir oposición, se le condene, al pago de lo siguiente: 7.1.- El valor de ocho mil ochocientos noventa y cinco dólares de los Estados Unidos de América con treinta y un centavos (USD$ 8.895,31), EN VIRTUD DE LAS TREINTA (30) FACTURAS que, el señor BOLIVAR R A FA E L C A ST I L LO CEVALLOS, mantiene impagas, y por tanto, adeuda de plazo vencido a la compañía EMPRESA DURINI INDUSTRIA DE MADERA C.A EDIMCA, signadas con los números 016-002-000006304, 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 6 3 4 8 , 0 1 6 - 0 0 2 - 0 0 0 0 0 6 4 1 9, 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 6 5 5 5 , 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 6 6 9 3, 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 6 9 3 5 , 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 6 9 3 6 , 016-002-000006951, 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 070 0 4 , 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 70 8 9, 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 7 24 0, 0 1 6 - 0 0 2 - 0 0 0 0 0 74 3 1 , 0 1 6 - 0 0 2 - 0 0 0 0 0 7 76 3 , 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 7 9 4 9, 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 79 6 2 , 016-002-000007961, 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 8 1 4 8 , 016-002-000008162, 016-002-000008163, 0 1 6 - 0 0 2 - 0 0 0 0 0 8 1 7 9, 016-002-000008193, 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 8 2 0 5, 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 8 6 3 9, 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 872 0, 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 879 0, 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 9 1 0 0, 016-002-000009143, 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 9 2 0 3, 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 9 24 2 , 0 1 6 - 0 0 2- 0 0 0 0 0 9 578 ,

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mismas que se adjuntan a esta Demanda como prueba documental. 7.2.De los intereses de mora al máximo legal, desde el vencimiento de las facturas referidas en el punto precedente, hasta la cancelación total de las mismas. 7.3.- Los honorarios de mis abogados defensores, los que reclamo expresamente y que su Autoridad se dignara regular. 7.4.- Las costas procesales. Ofrezco reconocer abonos parciales que se justifiquen legalmente”. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 14 de marzo del 2018 a las 13h55- “VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley.- La demanda que antecede, propuesta por el Dr. Christian Alberto Fierro García, en calidad de Procurador Judicial de la compañía Empresa Durini Industria de Madera C.A. Edimca, es clara, completa y por reunir los requisitos de ley, revisada que ha sido la documentación adjunta a la demanda, ésta cumple con los presupuestos establecidos en el artículo 356 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se acepta a trámite en la vía del procedimiento monitorio.- MANDAMIENTO DE PAGO.- Se dispone que el demandado Bolívar Rafael Castillo Cevallos, de conformidad con el Art. 358 Ibídem, pague a la parte actora, la cantidad de OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO DOLARES CON TREINTA Y UN CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA ($ 8.895,31,), valor de la obligación reclamada o manifieste su oposición, para el efecto se les concede el término de quince días que correrá a partir de la citación. Cítese con el contenido de la demanda y este auto interlocutorio de pago a la parte demandada, en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del COGEP, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico, para lo cual el actor deberá acudir a esta unidad judicial a proporcionar las copias necesarias para la elaboración de las boletas respectivas.- Se le advierte a los demandados lo dispuesto en el tercer inciso del artí-

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culo 358 del COGEP, esto es que en caso de que no pague o manifieste su oposición, este auto interlocutorio “quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución”, y, en atención al Art. 360 del COGEP al pago del máximo de interés convencional y de mora legalmente permitido, que se genere desde la citación con la demanda hasta la total cancelación de la obligación, únicamente sobre el capital, rubros que serán liquidados pericialmente.- Téngase en cuenta el anuncio de pruebas formulado. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta el casillero judicial, así como su casillero electrónico designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones. Actúe el Dr. Iván Sandoval, en calidad de Secretario.Cítese y Notifíquese”.- f) Dr. Edisson López Tapia.JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 19 de junio del 2019 a las 14h30“VISTOS: Cumplido que ha sido la declaración bajo juramento y por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado CASTILLO CEVALLOS BOLIVAR RAFAEL por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.- NOTFIQUESE”.- f) Dr. EDISSON LÓPEZ TAPIA.JUEZ Lo que se CITA para los fines de ley, previéndole a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. Iván Sandoval Campaña. SECRETARIO Hay firma y sello PAR/111136/YM REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL

CAUSANTE ADRIANA VIOLETA DÍAZ QUEZADA. ACTOR: DR. ANTONIO RAMÓN RODRÍGUEZ VICÉNS, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADO: DIAZ QUEZADA ADRIANA V I O L E TA , H I DA LG O OSORIO MYRIAM ELIZABETH, TORRES OSORIO MIGUEL IVAN JUICIO: 17303-2009-1039 TRAMITE: VERBAL SUMARIO- DINERO JUEZ: Dra. Ana Karina Torres Recalde. SECRETARIO: Dr. Juan Francisco Justicia Salgado. CUANTIA: $ 35.000,oo (TREINTA Y CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) “JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 21 de octubre del 2009, las 16h18. VISTOS. Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez SUPLENTE de esta Judicatura, según acción de personal No. 2528-DP-DDP de 25 de Agosto del año 2008. En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 829 del Código de Procedimiento Civil, tramítese en la vìa Verbal Sumaria, disponiéndose citar a los señores MIGUEL IVAN TORRES OSORIO, MYRIAM ELIZABETH HIDALGO OSORIO Y ADRIANA VIOLETA DIAZ QUEZADA, en el lugar indicado entregándosele copia de la demanda y esta providencia para los fines legales pertinentes. Agréguese la documentación acompañada. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado,. así como la designación de su patrocinador. Notifíquese.” F) Dr. Wagner Játiva Quiroz, Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 30 de mayo del 2019, las 09h35, Incorpórese al proceso el escrito que antecede.-Atento el juramento rendido por la parte actora, se dispone citar a los herederos presuntos y desconocidos del causante Adriana Violeta Diaz Quezada, con los recaudos procesales necesarios, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional, de conformidad al artículo 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, por secretaria confiérase el respectivo extracto.-NOTIFIQUESE.”

JUDICIAL QUITO

F) Dra. Ana Karina Torres Recalde, Juez. Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Dr. Juan Francisco Justicia Salgado. SECRETARIO DE LA U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello Par/111128/EG UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO PROCEDIMIENTO COGEP JUEZ PONENTE: DR. EDISSON LOPEZ TAPIA. CITACIÓN JUDICIAL Se le hace saber a: MARITZA LUCIA ALEXANDRA VEJAR VACAS; que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en Proceso CONCURSAL, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADO/S: MARITZA LU C I A A L E X A N D RA VEJAR VACAS CAUSA No.: 17230-201906697. MATERIA: CIVIL. TIPO: CONCURSAL. ACCION: CONCURSO DE ACREEDORES. CUANTIA: “INDETERMINADA”. PRETENSION: “Según todo lo expuesto y de acuerdo con las normas legales mencionadas, demando a MARITZA LUCIA ALEXANDRA VEJAR VACAS, con cedula de ciudadanía No 1704198124, en procedimiento concursal de acreedores necesario. En consecuencia al calificar la demanda, en el auto inicial y, por tanto, al declarar que se presume la insolvencia del demandado y hay lugar al concurso de acreedores, se servirá ordenar la práctica de las siguientes diligencias establecidas en los numerales 1 y 2 y en el cuarto inciso del Art 424 del código Orgánico General de Procesos. En la misma forma se servirá ordenar la práctica de las diligencias dispuestas en los numerales 3, 4, 5, 6, 7, 8,9 y 10 del Art 423 del mismo Código Orgánico General de Procesos. Finalmente solcito expresamente que se digne además ordenar que se notifique la presunción de insolvencia de la demandada y el inicio del concurso de acreedores, mediante oficio a las siguientes instituciones: Superintendencia de Bancos, Superintendencia de Compañías, DIRECCION General de Migración y Extranjería y Registro Mercantil. ”. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE

So­mos pol­vo y som­bra. Q u i n ­t o H o ­r a ­c i o F l a ­c o

PICHINCHA.- Quito, 29 de abril del 2019 a las 15h14- “VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial y en virtud al sorteo que antecede.- Revisada la demanda, se considera.- PRIMERO: Se constata que la solicitud de insolvencia presentada por el Dr. Antonio Román Rodríguez Vicens, en calidad de Procurador Judicial del Banco Diners Club del Ecuador S.A., es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante concurso necesario de conformidad con el Art. 422 ibídem. SEGUNDO: En virtud de la documentación adjunta y su contenido, se presume el estado de insolvencia del señor MARITZA LUCIA ALEXANDRA VEJAR VACAS, por sus propios y personales derechos, portadora del número de cédula 170419812-4, de conformidad al Art. 416 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, y, se declara con lugar al concurso necesario, en consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1.Cítese al señor MARITZA LU C I A A L E X A N D RA VEJAR VACAS en el lugar señalado en el libelo de la demanda, para que dentro del término de diez (10) días se oponga pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el Art. 426 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones, debiendo el actor acudir a esta unidad judicial a proporcionar las copias necesarias para la elaboración de las boletas respectivas; 2.- Una vez citado el deudor se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral primero del Art. 424 del COGEP; 3.Se le requiere al deudor la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 del Código Orgánico General de Procesos; 4.Se designa como Síndico a Eliana Guarderas (celular 0984131623 a quien se notificará en legal forma, y será la depositaria de los bienes del fallido; 5.Revisada la documentación certificada adjunta y por no haberse solicitado, no se dispone el embargo de los bienes muebles o inmuebles de propiedad del señor MARITZA LUCIA ALEXANDRA VEJAR VACAS; 6.- Se dispone la anotación de la insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura; 7.- Se ordena la publica-

ción en la página web del Consejo de la Judicatura el presente auto; 8.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra del señor MARITZA LUCIA ALEXANDRA VEJAR VACAS; 9.- Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad y en el Registro Mercantil de este Cantón el presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario; 10.-Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones; 11.- Se prohíbe que el señor MARITZA LUCIA ALEXANDRA VEJAR VACAS, por sus propios y personales derechos, portador del número de cédula 170419812-4, se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fo r t a l e c i m i e n to Institucional de las Unidades de Control Migratorio.- TERCERO: Téngase en cuenta el casillero y domicilio judicial designado por la parte accionante y la autorización que confiere a su abogado patrocinador. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE”.f) Dr. Edisson López Tapia.JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 30 de mayo del 2019 a las 13h40- “VISTOS: Cumplido que ha sido la declaración bajo juramento y por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada señora MARITZA LUCIA ALEXANDRA VEJAR VACAS por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.- NOTFIQUESE”.- f) Dr. Edisson López Tapia.JUEZ. Lo que se CITA para los fines de ley, previéndole a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. Iván Sandoval Campaña. SECRETARIO Hay firma y sello PAR/111126/EG REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A ROSSANA MARÍA ITURRALDE MEDINA JUICIO No. 17230-201905614 ACTOR: BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADO: ROSSANA MARÍA I T U R RA L D E MEDINA TRAMITE: CONCURSAL C U A N T I A : INDETERMINADA JUEZ: AB. GABRIELA LEMOS SECRETARIO (E): AB. TANIA VILLARREAL OBJETO: La demandada no ha cancelado el mandamiento de ejecución emitido dentro del juicio verbal sumario No. 173242010-0743 por el valor de USD. 28519,16 ni ha dimitido bienes, razón por la cual de conformidad con el Art. 414 y 416 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, solicita se declare la presunción de insolvencia y que hay lugar al concurso de acreedores. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 30 de mayo del 2019, las 13h20, VISTOS: PRIMERO. Agréguese al proceso el escrito que antecede; atento al estado de la causa se revoca el auto de sustanciación del 22 de mayo y por cuanto se ha cumplido la diligencia ordenada en auto de fecha 15 de mayo se procede a calificar la demanda : 1) La demanda es clara, precisa y reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 414, 416, 422 y 424 ibídem, se la admite a trámite mediante procedimiento de CONCURSO NECESARIO. 2) De la copia certificada aparejada a la demanda y que corresponde a el juicio No. 173242010 0743, se advierte la razón sentada por el Secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, quien certifica que no se ha dado cumplimiento al mandamiento de ejecución dispuesto en la referidas causa; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibídem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA de ROSSANA MARÍA ITURRALDE MEDINA, con número de cedula de ciudadanía 0906186101, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguien-

tes diligencias: 2.1. Cítese de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la parte demandada señora ROSSANA MARÍA ITURRALDE MEDINA, con número de cedula de ciudadanía 090618610-1, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo, a fin de que en el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS presente su oposición al presente concurso necesario, pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos; para tal propósito, remítase suficiente despacho a la Oficina encargada de realizar dicha diligencia; 2.2. Verificada que sea la citación a la parte demandada, se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 2.3. Se le requiere al deudor, conforme lo determinado en el número 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 2.4. Se designara Síndico una vez citado el demandado a quien se le notificará en legal y debida forma, téngase en cuenta la aceptación a dicho cargo; Quien deberá presentar el informe previsto en el Art. 435 del código procesal precitado en el término de quince días (15) contados desde su posesión, el mismo que deberá contener los requisitos previstos en el Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial.- Los honorarios de la síndico se designaran, conforme el Art. 30 del referido Reglamento, que deberán ser cubiertos por la parte actora 2. 5. Una vez citada la parte demandada se procederá con la anotación de insolvencia en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura, así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 2.6. Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte ROSSANA MARÍA ITURRALDE MEDINA, con número de cedula de ciudadanía 090618610-1; 2.7. Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, en el Registro de la Propiedad y Registro mercantil de este cantón 2.8. Notifíquese

a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 2.9. Se prohíbe que ROSSANA MARÍA ITURRALDE MEDINA, con número de cedula de ciudadanía 090618610-1, se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fo r t a l e c i m i e n to Institucional de las Unidades de Control Migratorio. 3) Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. 4) Téngase en cuenta la comparecencia de la parte actora, casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. F. Ab. Gabriela Lemos (Jueza). Lo que pongo en su conocimiento, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito y casilla electrónica para posteriores notificaciones. AB. TANIA PAOLA VILLARREAL SOTO SECRETARIA Hay firma y sello PAR/111127/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. COGEP CITACIÓN JUDICIAL A LA PARTE DEMANDADA: BORIS ALBERTO ÁVILA SIMPSON JUICIO: CONCURSAL (CONCURSO DE ACREEDORES) NUMERO: 17230-201903961 ACTOR: DR. ANTONIO RAMÓN RODRÍGUEZ VICÉNS EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADO: BORIS ALBERTO ÁVILA SIMPSON FECHA DE INICIO: 14 DE MARZO DEL 2019 C U A N T I A : INDETERMINADA OBJETO: DECLARAR QUE SE PRESUME LA I N S O LV E N C I A DEL DEMANDADO Y HAY CONCURSO DE ACREEDORES. DOMICILIO JUDICIAL: DR. ANTONIO RODRÍGUEZ VICÉNS. CASILLA 797 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 26 de abril del 2019, las 12h00, VISTOS: Por cuanto esta judicatura ha incurrido en un lapsus calami en el auto de fecha 8 de abril del 2018, las 08h29, de conformidad con lo establecido en el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se deja sin efecto dicho auto en el cual se hizo constar que se cite a la parte demandada señor Boris Alberto Ávila Simpson por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación nacional que se editen en


esta ciudad de Quito.- En ese sentido se considera.PRIMERO: Se constata que la solicitud de insolvencia presentada por el Dr. Antonio Ramón Rodríguez Vi c é n s, Pro c u ra d o r Judicial del Banco Diners Club del Ecuador., conforme documentación habilitante agregado a los autos, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante concurso necesario de conformidad con el Art. 422 ibídem. SEGUNDO: La solicitud presentada por el Dr. Antonio Ramón Rodríguez Vi c é n s, Pro c u ra d o r Judicial del Banco Diners Club del Ecuador, cumple los requisitos legales aplicables al caso, por lo que se la admite al trámite concursal necesario, se declara haber lugar al concurso de acreedores y en consecuencia la interdicción del deudor BORIS ALBERTO ÁVILA SIMPSON portador de la cédula de ciudadanía Nº 170930223-4, por lo tanto se ordena: a) Con copia certificada de la solicitud inicial y de este auto, cítese al demandado señor BORIS ALBERTO ÁVILA SIMPSON portador de la cédula de ciudadanía Nº 170930223-4, para que dentro del término de diez (10) días se oponga pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el Art. 426 del Código Orgánico General de Procesos. Por cuanto el compareciente ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado y conforme lo prescribe el tercer inciso del artículo 53 del COGEP, hágasele conocer por dicho medio con el extracto de la demanda y auto inicial al demandado, de lo cual el actuario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que deba efectuarse. De conformidad con el principio Dispositivo contemplado en el Art. 19 del Código Orgánico de la Función Judicial, la parte accionante proporcione suficiente copias a esta Unidad Judicial, para la elaboración de las boletas. b) Una vez citado el deudor se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral primero del Art. 424 del COGEP.- c) Que el deudor, cumpliendo los requisitos formales de la demanda, comparezca a esta Judicatura cumpliendo con lo detallado en el artículo 421 del COGEP. d) En virtud del sorteo realizado en el SATJE, se designa como síndico de Quiebra a la señora RON VILLACRES G I OVA N N A I SA B E L , gioviron@hotmail.com; 022072791 / 0979141222; quien será depositario de los bienes del demandado; a quien, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 30 de la Resolución 0402014, se le regulan sus honorarios profesionales en la cantidad de USD. 300.00. Es obligación de

la parte accionante, de conformidad con el principio dispositivo, contactar a la prenombrada síndica para los fines de ley consiguientes. e) De conformidad con lo establecido en los artículos 376 y siguientes del COGEP, se dispone el embargo de todos los bienes muebles e inmuebles de propiedad del deudor señor BORIS ALBERTO ÁVILA SIMPSON portador de la cédula de ciudadanía Nº 170930223-4, f) La anotación de este auto en el registro virtual y en la página web del Consejo de la Judicatura. g) La acumulación de los procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte el fallido. h) La inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantil del cantón Quito del presente auto. i) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado para que realice las respectivas investigaciones. j) Se prohíbe que el deudor BORIS ALBERTO ÁVILA SIMPSON portador de la cédula de ciudadanía Nº 170930223-4, ausentarse del territorio nacional, para lo que se oficiará a la oficina de Unidad de Fortalecimiento Institucional de C o n t ro l M i g ra to r i o. NOTIFICACIONES: Tómese en cuenta la casilla judicial y los correos electrónicos señalados por la parte actora para recibir futuras notificaciones, así como la autorización conferida a sus defensores técnicos.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.F) AB. DIANA ALBÁN SOLANO. JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, jueves 2 de mayo del 2019, las 15h07, Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Atento a lo solicitado y en mérito del juramento rendido por el accionante, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a la parte demandada señor BORIS ALBERTO ÁVILA SIMPSON, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de mayor circulación nacional que se editan en esta ciudad de Quito.Para el efecto confiérase el extracto correspondiente.Hecho que sea remítase a la casilla señalada por la parte accionante.-Notifíquese.- F) AB. DIANA ALBÁN SOLANO. JUEZA Particular que hago conocer a Ud., para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. AB. JENNIFFER BASTIDAS SARMIENTO SECRETARIA Hay firma y sello PAR/111129/EG REPUBLICA DEL ECUADOR COMPLEJO JUDICIAL SUR - UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA

PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: HECTOR ROBIL BELTRAN CALLE, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL DE LA INMOBILIARIA “INMOBEL HB, ACTOR: CAICEDO MOLINA LUIS AGAPITO DEMANDADO: HECTOR ROBIL BELTRAN CALLE REPRESENTANTE LEGAL DE LA INMOBILIARIA “INMOBEL HB” JUICIO: 17233-201800778 OBJETO: MONITORIO – OTROS CUANTIA: $8.000.00 P R O V I D E N C I A S PERTINENTES: Las que siguen: U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PÁRROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE Q U I TO, P ROV I N C I A DE PICHINCHA DE PICHINCHA.Quito, lunes 26 de marzo del 2018, las 13h21, VISTOS.Agréguese al proceso el escrito precedente.-La demanda que por cobro de dinero por procedimiento monitorio presenta, Luis Agapito Caicedo Molina, en contra de, Héctor Robil Beltrán Calle, en calidad de representante de la Empresa Inmobiliaria “INMOBILIARIA HB”, con RUC 0101282515001; y, en contra de Mónica Geovanna Beltrán Benavides, reúne los requisitos generales de toda demanda establecidos en el Art.142 del Código Orgánico General de Procesos.-Previo a considerar su admisión a trámite por el Procedimiento Monitorio; y, para establecer la especificación del origen y cantidad de la deuda, se considera: (1).Que, el documento presentado por el demandante, mediante el cual pretende cobrar una deuda determinada de dinero, cosiste en un Contrato de Reserva de Inmueble, realizado en papel membretado de la Empresa, INMOBEL, cuya dirección se observa: Alfredo Dávila No.75 de Chone, Sector San Rafael; Contrato que tiene fecha 21 de Agosto del año 2017; mismo que se encuentra firmado por el demandante, Héctor Robil Beltrán Calle, como “reservante”; de un lote de terreno; y, en la parte de la Empresa Inmobiliaria INMOBEL HB RUC 0101282515001, representada por Héctor Robil Beltrán Calle, como “Mandatario”; consta un Sello de la indicada Empresa con el indicado RUC y un No. de Cédula que coincide con el RUC; contrato del cual se observa además que el demandante ha entregado al nombrado demandado, Héctor Robil Beltrán Calle, $5.000,oo mismos que INMOBEL declara haberlos recibido; lo cual se desprenda además de los documentos de transferencia emitidos por el Banco Pichincha, presen-

Ten en cuen­ta que el po­der es­tá muy cer­ca de la ne­ce­si­dad. V e r ­s o s D o ­r a ­d o s

d e l o s d i s ­c í ­p u ­l o s de

tados por el demandante; transferencia realizada de la Cuenta No.3237281700, del demandante a la Cuenta No.2201447550, del demando Héctor Robil Beltran Calle; Contrato que proviene del deudor Héctor Robil Beltran Calle; con el cual se prueba la deuda y la especificación del origen y cantidad de la obligación reclamada; requisitos exigidos en los Arets.356 y 357 del COGEP; y, (2).Que, El Código Orgánico General de Procesos, COGEP, en el Art.356, establece: Que, la persona que pretenda cobrar una deuda determinada de dinero, líquida, exigible y de plazo vencido, que no exceda de 50 salarios básicos unificados, ($19.300,oo); que no conste en un título ejecutivo; y, que pruebe la deuda - entre otras formas- mediante documento cualquiera sea su forma y que aparezca firmado por el deudor o con su sello, o con cualquier otra señal física o electrofónica, proveniente de dicho deudor; podrá iniciar un procedimiento monitorio.- Por lo analizado, habiéndose demostrado documentadamente que, Héctor Robil Beltrán Calle, en calidad de representante de la Empresa Inmobiliaria “INMOBILIARIA HB”, con RUC 0101282515001, mantienen una deuda con, Luis Agapito Caicedo Molina; deuda que asciende a, $5.000,oo; en acatamiento a lo dispuesto en el Art.358 del COGEP, se declara admisible la demanda; y, se dispone citar personalmente con el contenido de la demanda y con el de este Auto Interlocutorio a, Héctor Robil Beltrán Calle, en calidad de representante de la Empresa Inmobiliaria “INMOBILIARIA HB”, con RUC 0101282515001, en la dirección proporcionada por el demandante; para que en el término de 15 días pague la deuda o formule excepciones.- Por no haberse establecido documentadamente que, Mónica Geovanna Beltran Benavides, mantenga deuda alguna con, Luis Agapito Caicedo Molina, no procede que se disponga que Mónica Beltrán pague.- Para la práctica de la citación ordenada, el demandante, proporcione inmediatamente copias de su demanda a fin de elaborar las boletas de citación y remitírselas al Prestador del Servicio de Citaciones, EP Correos del Ecuador, empresa pública autorizada por el Consejo de la Judicatura; debiendo el Citador Auxiliar Postal, cerciorarse de que la dirección proporcionada por el demandante para citar al

P i ­t á ­g o ­r a s .

demandado, sea verdadera, es decir, que se trate del respectivo lugar de trabajo para hacer allí la citación en forma legal.- De conformidad con lo dispuesto en el Art.360 del COGEP, la deuda devenga intereses convencionales y de mora legalmente permitidos, desde que se cite el reclamo o demanda.- Se le advierte al demandado, Que, si no comparecen dentro del término concedido; o si comparece sin formular oposición, el presente Auto Interlocutorio quedará en firme y tendrá el efecto de cosa juzgada, como dispone el Art.358 del COGEP; y Que, si comparece y formula excepciones, la controversia se resolverá en Audiencia Única, que se desarrollará en dos fases, la primera, de saneamiento, fijación de los puntos del debate y conciliación; y, la segunda, practica de pruebas, alegatos y resolución en forma oral.- En cualquier estado del procedimiento, las partes podrán acordar una fórmula de pago.Regístrese la casilla judicial N°4707, y la dirección electrónica señaladas por el demandante para recibir sus posteriores notificaciones; y, téngase en cuenta la autorización que confiere a su defensor Dr. Diego Solís Tacan.- Los litigantes, ahora pueden gestionar su proceso en línea, ingresando a la siguientes dirección electrónica: www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec; Servicios Corporativos; Ingreso Requerimientos.NOTIFÍQUESE.- f) EDWIN ERNESTO CEVALLOS AMPUDIA JUEZ (sigue la certificación de la infrascrita Secretaria) U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, jueves 13 de junio del 2019, las 12h48, Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora que antecede. Atento el estado de la causa se considera lo siguiente: 1) Una vez que se ha cumplido con la diligencia dispuesta en auto inmediato anterior, y la parte actora ha compareciendo a declarar bajo juramento la imposibilidad de determinar la residencia y/o domicilio de la parte demandada HECTOR ROBIL BELTRAN CALLE, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL DE LA INMOBILIARIA “INMOBEL HB, manifestando que pese a las averiguaciones y diligencias que han realizado, ha sido imposible determinar el domicilio y residencia del demandado, conforme

consta en acta a foja 81 del proceso, por lo que solicitan se realice la citación por la prensa, y en méritos de las actuaciones realizadas conforme consta del proceso el certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores, a fs. 76 del proceso, en la que consta que la parte demandada señor HECTOR ROBIL BELTRAN CALLE, no ha salido del país, cumpliendo con los presupuestos ordenados en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, esto es la declaración bajo juramento, sin más consideraciones en aplicación al Art. 5 de la Resolución No. 07-2018 de la Corte Nacional de Justicia, de 18 de mayo del 2018, y conforme lo dispone el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone: Citar a la parte demandada HECTOR ROBIL BELTRAN CALLE, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL DE LA INMOBILIARIA “INMOBEL HB, por medio de tres publicaciones por la prensa, en tres fechas distintas, en uno de los diarios de mayor circulación nacional o local, para que dentro del plazo de veinte días contados a partir de la última publicación señale su domicilio Judicial dentro de la parroquia Quitumbe, Ciudad de Quito, a fin de que reciba sus futuras notificaciones en la presente causa, para lo cual remítase el extracto correspondiente al casillero que tiene señalado la parte actora dentro de la presente causa, siendo los accionantes quienes darán las facilidades del caso, para el cumplimiento de la diligencia.- 2) Conforme lo solicita la parte actora, cítese a la parte demandada MÓNICA GEOVANNA BELTRÁN BENAVIDES, en la dirección señalada en el escrito que se provee. El citador o funcionario que realice la citación deberá cumplir con lo dispuesto en el Art. 63 del COGEP, cerciorándose de la identidad de la persona citada y la determinación del lugar, fecha y hora de la citación, si existiere la negativa de la persona citada de firmar en la constancia, deberá sentar la correspondiente razón de sustento; para la citación indicada, la parte demandante proporcione inmediatamente copias necesarias a fin de elaborar las boletas de citación y remitírselas a la oficina de citaciones de este Complejo Judicial Sur. Actúe la Ab. Gloria Fajardo Paladines, en calidad de Secretaria encargada de esta Unidad Judicial, según Acción de Personal No.6314-DP17-2019-KV, de 10 de Mayo del año 2019. NOTIFÍQUESE, CÍTESE Y CUMPLASE.- f) EDWIN ERNESTO CEVALLOS AMPUDIA JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB. GLORIA FAJARDO PALADINES SECRETARIA DE LA U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE

Revista judicial MARTES 25 de JUNIO de 2019 La Hora Quito, ecuador

EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAP/73567/EG UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: COBOS GUZMAN WILSON MANOLO ACTOR: Dr. MARCO GERMAN MOYA ROBAYO. En calidad de Procurador Judicial del Banco del PICHINCHA C.A DEMANDADA: COBOS GUZMAN WILSON MANOLO CUANTIA: USD$ 6.000 (SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA) JUICIO No: 17230-201514073 TRAMITE: V E R BA L SUMARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito 20 de noviembre del 2015, las 10h46 VISTOS: Avoco conocimiento de la causa en calidad de juez encargado conforme a la Acción de Personal No. 6785-DP-UPTH de 25 de agosto de 2015 y en virtud del sorteo precedente. La demanda es clara y reúne los requisitos de Ley. Por consiguiente, de acuerdo a lo previsto en el Art. 829 del Código de Procedimiento Civil y al ser procedente el trámite verbal sumario, con el libelo inicial y esta providencia, cítese a WILSON MANOLO COBOS GUZMAN en la dirección indicada y mediante deprecatorio dirigido a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui; al efecto, el accionante deberá proporcionar las fotocopias necesarias. Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado por el actor y agréguese la documentación adjunta. Actúe el Dr. Iván Sandoval Campaña como Secretario de la Unidad. Notifíquese.- f) DR. FUENTES LOPEZ CARLOSJUEZ ENCARGADO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, miércoles 12 de junio del 2019, las 11h38, Agréguese a los autos el escrito presentado, Atenta la aseveración juramentada del demandante respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia del demandado, de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General

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de Procesos, cítese al señor COBOS GUZMAN WILSON MANOLO con el extracto de la demanda, auto inicial y esta providencia en tres fechas distintas, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad, por Secretaria confiérase el respectivo extracto.- NOTIFIQUESE. F) DRA. GRIMANESA ERAZO. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, electrónico o correo electrónico en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.ABG. ZOILA ELENA SALAZAR SALAZAR SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/111147/EG EX T R A C T O CITACION JUDICIAL: JEREZ LOPEZ PABLO WILFRIDO JUICIO: 17230-2015-22112 TRAMITE: V E R BA L SUMARIO ACTOR: INTERDIN S. A., EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CREDITO DEMANDADO: JEREZ LOPEZ PABLO WILFRIDO CUANTIA: USD. $ 30.000 JUEZ: Dr. CHINDE CHAMORRO RICHARD WILMER. SECRETARIA: ABG. ANDREA MALDONADO PAREDES UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 12 de enero del 2016, las 11h59. VISTOS: Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito. En lo principal, la demanda formulada por el Dr. José Patricio Ron Torres, en calidad de Procurador judicial de la compañía INTERDIN S.A., EMISORA Y ADMINISTRADORA de tarjetas de crédito, en contra del señor: PABLO WILFRIDO JEREZ LÓPEZ, es clara y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, se acepta al trámite establecido en la sección 23a del juicio verbal sumario; en tal virtud, cítese EN PERSONA, (por ser un local comercial) al demandado, señor: PABLO WILFRIDO JEREZ LÓPEZ, , en la dirección señalada por la actora, para el efecto remítase suficiente despacho a citaciones.- Agréguese los anexos, téngase en

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cuenta las autorizaciones conferidas y regístrese el casillero judicial No. 3463.- Notifíquese.- F) AB. SANTIAGO DAVID ALTAMIRANO RUIZ, JUEZ. U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, miércoles 17 de enero del 2018, las 14h50, Vistos: Por cuanto el DR. JOSE PATRICIO RON TORRES, en calidad de Procurador Judicial de Interdin S.A, Emisora y Administradora de Tarjetas de crédito, ha dado cumplimiento cumplido lo ordenado en providencia de fecha 4 de enero del 2018, a las 14h34, y en virtud del juramento rendido por el actor cítese a demandado señor JEREZ LOPEZ PABLO WILFRIDO de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- Notifíquese. F) RICHARD WILMER CHINDE CHAMORRO. JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Ab Maldonado Paredes Andrea Carolina SECRETARIA DE LA U N I DA D JUDICIAL CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/111146/EG R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUI IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) CITACIÓN JUDICIAL A: BENALCAZAR CUEVA JAIME RENE EXTRACTO Juicio Civil Nº 172302019-02918 Actor: BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO Demandado: BENALCAZAR CUEVA JAIME RENE Tipo/Acción: ConcursalConcurso de Acreedores Cuantía: $ Indetermina Inicio: 20 de Febrero del 2019 Defensor: Ab. Antonio Ramón Rodríguez Vicéns Casillero: 797 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE

QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 17 de abril del 2019, las 15h17, VISTOS: En lo principal y una vez que se ha dado cumplimiento a la diliguencia dispuesta en la presente causa, esta Autoridad dispone.PRIMERO: La solicitud que antecede cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante concurso necesario de acreedores de conformidad con el 422 ibídem. SEGUNDO: De las copias certificadas adjuntas se desprende que, la parte demandada BENALCAZAR CUEVA JAIME RENE con número de cedula de ciudadanía No. 0100750801 se halla comprendida en la situación prevista en el numeral 1 del Art. 416 del Código Orgánico General de Procesos, por lo cual se presume su INSOLVENCIA y se declara con lugar al concurso de acreedores.- TERCERO: En consecuencia, al tenor de lo dispuesto en el Art. 424 ibídem, en concordancia con el Art. 423, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: 1) CITACIÓN: Confiérase el extracto necesario a fin de que se cite a la parte demandada BENALCAZAR CUEVA JAIME RENE, por la prensa de acuerdo a lo prescrito en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos. En virtud de la Disposición Reformatoria Primera contenida en el Código Orgánico Administrativo, la citación ordenada en la presente causa, publíquese en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial. El demandado podrá OPONERSE al presente procedimiento concursal en el término de DIEZ (10) días después de citado, pagando la deuda, conforme lo dispone el Art. 426 ibídem.- 2) Una vez citado el deudor se señalará día y hora a fin de que se realice la audiencia prevista en el numeral primero del Art. 424 del COGEP.- 3) Se le requiere al deudor antes señalado la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem.- 4) Se declara la interdicción la parte demandada BENALCAZAR CUEVA JAIME RENE con número de cedula de ciudadanía No. 0100750801 y por tanto se dispone que: se ocupen sus bienes, correspondencia y demás documentos del fallido, mismos que se entregarán al síndico de concurso, quien será depositario de

sus bienes. Para tal efecto, mediante sorteo en el SATJE se designa como síndico a GUARDERAS GUARDERAS ELIANA DE LOS ANGELES (Cel. 0984131623, email: eliguarderas_2@yahoo.com) a quien se notificará en legal forma en el correo electrónico registrado en el sistema SATJE, a efectos de que en veinticuatro horas exprese su aceptación o excusa del cargo, conforme lo dispuesto en el Art. 434 del COGEP. De aceptarlo, deberá posesionarse del mismo el día 23 de abril del 2019, a las 15h30 en las instalaciones de esta judicatura ubicada en el COMPLEJO JUDICIAL NORTE UBICADO EN LA AV. AMAZONAS Y CALLE JUAN JOSÉ VILLALENGUA S EC TO R I Ñ AQ U I TO QUINTO PISO. Quien deberá presentar el informe previsto en el Art. 435 del código procesal precitado en el término de quince días (15) contados desde su posesión, el mismo que deberá contener los requisitos previstos en el Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial.Los honorarios de la síndico designada, conforme el Art. 30 del referido Reglamento se regulan en USD $300, que deberán ser cubiertos por la parte actora.- 5) Se dispone el embargo de todos los bienes muebles e inmuebles de propiedad del fallido BENALCAZAR CUEVA JAIME RENE con número de cedula de ciudadanía No. 0100750801, de conformidad a los Arts. 376 y siguientes del COGEP.- 6) Se dispone la anotación de la Insolvencia, en el registro virtual del Consejo de la Judicatura.- 7) Se ordena la publicación del presente auto que declara la presunción de insolvencia del fallido, en la página web del Consejo de la Judicatura.- 8) Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes en contra de la parte demandada BENALCAZAR CUEVA JAIME RENE con número de cedula de ciudadanía No. 0100750801 para cuyo efecto ofíciese a las Coordinaciones de la Unidades Civiles del cantón Quito. 9) Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, del presente auto en el cual se ordena la formación del concurso necesario.- 10) Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, para que realice las respectivas investigaciones previas a la calificación de insolvencia de la parte demandada BENALCAZAR CUEVA JAIME RENE con número de cedula de ciudadanía No. 0100750801, para cuyo efecto ofíciese. 11) Se prohíbe que el deudor, BENALCAZAR CUEVA JAIME RENE con número de cedula de ciudadanía No. 0100750801 se ausente del territorio nacional; para el efecto ofíciese a la Gerencia del Proyecto

Todo hombre es sincero a solas; en cuanto aparece una segunda persona empieza la hipocresía. Emerson, Ralph Waldo de Fo r t a l e c i m i e n to Institucional de las Unidades de Control Migratorio. CUARTO: Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico designado por la parte accionante.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico. AB. VERONICA MENA T. SECRETARIA Hay firma y sello PAR/111063/EG REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA N OT I F I CAC I Ó N JUDICIAL A: COMPAÑÍA PETROCOMPANY S.A., debidamente representada por el señor NELSON GUSTAVO CÓRDOVA PITO en calidad de Gerente General EJECUTANTE: MOSQUERA TAMAYO ANTONELLA EJECUTADO: COMPAÑÍA PETROCOMPANY S.A., debidamente representada por el señor NELSON GUSTAVO CÓRDOVA PITO en calidad de Gerente General PROCEDIMIENTO: EJECUCIÓN ASUNTO: EJECUCIÓN DE LAUDO ARBITRAL JUICIO No.: 17230-201903936 CUANTIA: USD. 9.083.27 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, martes 30 de abril del 2019, las 12h42, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Encargado del despacho del Ab. Vinicio Palacios Morillo, Juez de esta Unidad Judicial, conforme se desprende de la Acción de Personal de Subrogación No. 6087-DP17-2019-MS por el periodo comprendido desde el 29 de abril al 02 de mayo de 2019.-Agréguese a los autos el escrito que antecede. Por corresponder al estado de la causa y conforme el auto de calificación inicial, se ordena lo siguiente: PRIMERO.INFORME PERICIAL.Tomando en cuenta lo prescrito en el artículo 371 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, por cuanto no se han hecho observaciones al informe

presentado por la perito Angélica Cachipuendo de 24 de abril de 2019, presentado dentro del tiempo que ha sido otorgado, se aprueba el mismo en todas sus partes. Informe que contiene una liquidación pericial total por el valor de USD. 9,903.84, del cual consta USD. 5,635.00 por el capital vencido, USD. 817,57 por interés legal, USD. 2,146.55 por alícuotas pendientes administración Edificio Mokai, USD. 526,56 costas arbitrales, costos de la mediación intra proceso, USD. 778,16 por honorarios profesionales abogado.- SEGUNDO.M A N DA M I E N TO DE EJECUCIÓN.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 372 del Código Orgánico General de Procesos -COGEP, y atenta la petición de la parte ejecutante, se ordena que la parte ejecutada la COMPAÑÍA PETROCOMPANY S.A., debidamente representada por el señor NELSON GUSTAVO CÓRDOVA PITO en calidad de Gerente General cumpla con la obligación establecida, materia de la presente ejecución, esto es pague la cantidad de USD. 9,903.84 en el término de 5 días luego de notificado legalmente, bajo prevención que de no hacerlo, se procederá a la ejecución forzosa, conforme a lo dispuesto en la norma citada.- TERCERO.NOTIFICACIÓN.Notifíquese con el contenido de la solicitud, el auto de calificación y el presente auto interlocutorio de mandamiento de pago a la parte ejecutada COMPAÑÍA PETROCOMPANY S.A., debidamente representada por el señor NELSON GUSTAVO CÓRDOVA PITO en calidad de Gerente General, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto respectivo.- CUARTO.DEPÓSITO.- El pago se realizará mediante el trámite pertinente, para el efecto, los ejecutados concurran a la Coordinación de esta Unidad, a fin de obtener la papeleta de depósito y puedan consignar dicho valor en la cuenta que esta Unidad Judicial posee en el Banco BANECUADOR, tal como lo disponen los artículos 5 y 6 del Reglamento de Depósitos y Retiros Judiciales, dictado mediante Resolución No. 013-2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura.- Actúe el Dr. Francisco Vasquez en calidad de secretario titular de esta Unidad Judicial

Civil.- NOTIFIQUESE.- f: EGUIGUREN BERMEO LEONARDO ANDRES, JUEZ Lo que pongo en conocimiento y se notifica para los fines legales consiguientes recordándole la obligación de señalar casillero dentro de la referida causa. DR. FRANCISCO VASQUEZ GARCIA SECRETARIO Hay firma y sello PAR/111150/EG

ANULACIONES

banco rumiñahui BANCO RUMIÑAHUI QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8050941500 Nro. Cartola 17141170559 Cliente ARCOS SORIA, CEIN-NOMAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8285344700 Nro. Cartola 18481350074 Cliente NASIMBA NACIMBA, MARIA-TERESA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8067376400 Nro. Cartola 16561740248 Cliente VERA SANTACRUZ, JOSEGUILLERMO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8063743300 Nro. Cartola 16725450502 Cliente E L I ZA L D E VA RGAS, ALEXANDRA-LUCRECIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8490116100 Nro. Cartola 19791460017 Cliente CORDOVA LASCANO, DOMENICA-LIZBETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8042108100 Nro. Cartola 17277710459 Cliente

CHIRIBOGA JACOME, EDWIN-ENRIQUE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8068209600 Nro. Cartola 16722580533 Cliente TENEMAZA HERRERA, LUIS-ALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8073400300 Nro. Cartola 16881380386 Cliente GUAZUMBA TUPIZA, MARIA-EUFEMIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8005188600 Nro. Cartola 18112900230 Cliente REA NAVARRETE, FERNANDO-XAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8029547600 Nro. Cartola 17003580242 Cliente ARCE MONTALVO, SAARA-CENEY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8165725100 Nro. Cartola 17725340354 Cliente BAQUERO VALENZUELA, JAVIER-FERNANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8051412900 Nro. Cartola 17337380376 Cliente PRUNA PRUNA, SONIA-ISABEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR

banco INTERNACIONAL BANCO INTERNACIONAL

Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0430604001 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 1558 al número 1558 P/AC/ ()NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0110026243 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 4421 al número 4421 P/AC/ ()NR

COOPROGRESO COOPERATIVA COOPROGRESO Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF/ DPFP Nº 001000160001130003 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a TASIPANTA ZURITA JENNY SUSANA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/30929/NR

ANULACIONES VARIAS Queda anulado por pérdida el título de acción N° 5196 del señor LUIS OSWALDO EGAS VILLAMAR en TABACALERA ANDINA S.A. TANASA PAR/111122/EG ----------------------Queda anulado el titulo de la compañía TECOCEL S.A. HOSPITAL DE LOS VALLES S.A. No. 1488 No. de acciones: 1 Propietario: MARIA S O L E DA D RO M E RO ALBAN El título detallado será anulado de no presentarse reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados. Quito, 25 de junio de 2019 PAP/73571/EG ========== ANULACION POR HABERSE EXTRAVIADO, QUEDA(N) ANULADO(S) EL(LOS) TITULO(S) DE ACCIONES Nos. 834, 2121, 3419, 4736, 6104, 8233 y 9661 DEL CONJUNTO CLÍNICO NACIONAL – CONCLINA C.A., DE PROPIEDAD DE: Palacios Jaramillo Mónica Janeth. PAP/73547/AT =========== SE EXTRAVIÓ el Titulo de acciones del Banco General Rumiñahui Nro. 3333, por el monto de 11.344,63 dólares de fecha 28/07/2004 perteneciente a la Dirección de la Industria Aeronáutica FAE. PAB/23134 ========


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