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Quito, Ecuador
LUNES 16 DE JULIO DE 2018
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RUSIA 2018
Francia le canta su título al mundo La Copa de Rusia llegó a su final llena de detalles. ¡Nos vemos en cuatro años, Qatar!
Mbappé, el mejor joven
Modric, Balón de Oro
Termina la instrucción fiscal contra Correa Están previstas 23 diligencias finales hasta el miércoles. Alvarado dará versión desde Nigeria.
Este miércoles será de los días que el expresidente Rafael Correa no podrá olvidar. Ese día termina la instrucción fiscal dentro del caso Balda, en el que es procesado por supuesto secuestro y asociación ilícita. Y el acelerador estará apre-
MINUTOS CON
ción, la Fiscalía deberá definir a cuáles de los seis procesados acusa y a cuáles no. Solo hoy están previstas 12 diligencias. Los abogados esperan el resto de información desclasificada de la Senain. Página B1
Comunas piden más apoyo Página A2
PAÍS
“Teníamos que seguir para que la Policía no vuelva a torturar a un estudiante”. ÁNGELO AYOL, ‘EXMEJÍA’ QUE LOGRÓ UNA CONDENA CONTRA DOS POLICÍAS POR TORTURA. FUE GOLPEADO EN UNA PROTESTA CONTRA EL ANTERIOR GOBIERNO DE LA QUE NO PARTICIPÓ.
tado a fondo. En total, habrá 23 diligencias en estos últimos tres días. Deberán rendir versiones exministros como Ricardo Patiño y Fernando Alvarado, quien lo hará vía telemática desde Nigeria. Este punto es importante porque, cerrada la etapa de instruc-
CIUDAD
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Ecuador condena la situación en Nicaragua La Cancillería emitió ayer un comunicado oficial en el que manifiesta “su más enérgica condena” ante las violaciones a los Derechos Humanos en ese país. Además, el Gobierno de Lenín Moreno rechazó los actos “beligerantes perpetrados” por la fuerza pública en contra de los estudiantes de la Universidad Autónoma
de Nicaragua y de miembros de la Iglesia católica, quienes participan de un proceso de diálogo nacional. La crisis nicaragüense se acentuó este fin de semana una vez más, luego de reg•istrarse el asesinato de otros dos estudiantes. La Unión Europea también se su sumó a las críticas. Página B3
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Más de 3.000 casos de mendicidad atendidos en Quito
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Las comunas piden más apoyo y menos trabas
La ciudadanía puede reportar asuntos de indigencia y trabajo infantil en la línea 1800 Qontigo (766 844) del Patronato Municipal San José. Según el Patronato, los casos denunciados son atendidos en un “máximo” de 48 horas a través de los seis equipos de abordaje que recorren la ciudad diariamente. El Patronato San José cuenta con siete centros de ayuda para la erradicación del trabajo infantil. Tras la iniciativa se han atendido a más de 5.500 niños y niñas. Además, se han abordado más de 3.850 casos de mendicidad. (JDS)
PROTECCIÓN. El Patronato Municipal brinda ayuda a personas desfavorecidas.
Los líderes de estas localidades se reunieron. Elaboraron un pliego de demandas para el Municipio.
El octavo Encuentro de Comunas y Comunidades Ancestrales, que tuvo lugar el pasado fin de semana en Oyambarillo, bajo las estribaciones del cerro Cotohurco, puso sobre el tapete las múltiples necesidades que tieDurante todo el fin de semana annen estas zonas del Distrito. terior se realizaron varias actividades “Como comunas tenemos como ceremonias ancestrales, la mucho que pedir a nuestras auelección de la ñusta o reina de las toridades. No tenemos la atencomunas, la toma simbólica de la plaza de Oyambarillo. Además, ción necesaria por parte del como evento central, la madrugada Municipio. Hay obstáculos que del domingo se realizó un ascenso entorpecen el trabajo, además al cerro Cotohurco, para realizar un falta coordinación entre autoriritual de purificación y acción de dades y los comuneros”, contó gracias. El próximo año, por decisión Jorge Morales Simbaña, el prede todos los comuneros, la sede sidente de Oyambarillo. del encuentro será Pactoloma, en el Aunque reconocen que ha noroccidente de Quito. habido ciertos avances, a través de los presupuestos participativos, los representantes de las 40 tantante del alcalde, Mauricio comunas de Quito hicieron una Rodas, en el evento, reconoció serie de pedidos a la administra- que uno de los pedidos princición municipal en las áreas de pales es la revisión de muchas obras de infraestructura, elimi- de las normativas y requisitos para la obtención de pernación de trabas burocrámisos, que no están de ticas e impositivas, y más respeto y trabajo directo PERSONAS acuerdo con la realidad procedentes de de las comunidades, y por con las comunidades. 40 comunas de “En muchos casos nos Quito participa- esta razón entorpecen la ron de este realización de actividades toma demasiado tiempo, encuentro. y obras. entre tres a cuatro meses, “Se ha tratado de propoder gestionar fiestas, eventos o incluso la realización fundizar derechos y solventar de obras menores. Nos queda problemas. Las comunas han un sabor agridulce. La reunión sido históricamente olvidadas, de comunas es importante para pero son muy importantes como compartir vivencias y conoci- reductos de mantenimiento de mientos, pero falta concretar cultura y saberes ancestrales”, proyectos e iniciativas”, indicó aseveró la funcionaria. Además, la administradora Morales, el anfitrión de la cita. Los dirigentes entregaron zonal aseguró que “a la breveun documento a Sofía Castillo, dad posible” se analizarán los administradora zonal del Valle pedidos de las comunas para de Tumbaco, con sus requeri- llegar a entendimientos y trazar mientos. Y ella, como represen- rutas de acción.
Dos días de eventos comunales °
UNIDAD. Música, vestimentas y ofrendas mostraron la cultura de las comunas.
Sin infraestructura
La falta de obras de infraestructura, a pesar de que se reconocen mejoras en las áreas de agua potable y alcantarillado, es otro punto pendiente para los comuneros. En esto se incluyen temas de vías, plazas y parques, acceso a servicios básicos y calidad de dependencias públicas. Así también, los comuneros hicieron un llamado a la unidad y al respeto a su competencia,
porque en muchas ocasiones su trabajo se queda truncado por decisiones y acciones de autoridades municipales, policiales e incluso a nivel de intendencias. “Queremos hacer un llamado a la unidad, que las autoridades municipales trabajen más de la mano con nosotros y no se dispersen las iniciativas. Muchas veces los proyectos no se concretan porque cada uno va por su lado”, contó Felipe Telepa, miembro de San Luis
Ambuela, comuna de la parroquia Perucho. Finalmente, Morales comentó que muchas manifestaciones culturales de las comunas no se valoran como se debe, y por eso pueden desaparecer con el tiempo. “Por ejemplo, en el caso de Oyambarillo, queremos que las fiestas de Inti Raymi se declaren como patrimonio cultural intangible del país, porque representan el legado del pueblo Quitu Cara”, acotó. (JS)
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PARTICIPACIÓN. Comuneros de varios puntos del Distrito llegaron al encuentro, en las estribaciones del cerro Cotohurco, también con el objetivo de poner sobre el tapete sus requerimientos ante las autoridades del Municipio.
´La Flama’ fue llevada a Oyambarillo
La escultura conocida como ‘La Flama’ se rehabilitó y fue reubicada en Oyambarillo, parroquia de Tababela, está compuesta de dos brazos construidos en láminas de acero inoxidable, en medio de los cuales está sostenida una flama de color dorado, tiene una altura aproximada de 10 metros. El autor es el escultor
francés, Maurice Montero. Antes, la escultura estaba ubicada en la Plaza de La Antorcha en el antiguo peaje de ingreso a Quito, en el sector de Guamaní. La plaza fue modificada para ampliar la estación del corredor sur oriental de transporte público. Inicialmente se la denominó ‘Quito Luz de América’. (DLH)
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Vecinos se adaptan a trabajos del Metro en Plaza del Teatro Alrededor de la Plaza del Teatro hay locales de ropa, ópticas, relojerías, entre otros negocios, cuya rutina cambió desde que el pasado 10 de junio empezaron los trabajos de construcción de lo que será una de las salidas de emergencia para el Metro. La duración de la obra será de 12 meses, según informó la Empresa Pública Metropolitana encargada del proyecto. De allí que las inmediaciones están cercadas por una valla de color verde que impide el paso de los transeúntes. Entre los dueños y administradores de esos locales, hay criterios divididos. Unos dicen estar molestos porque las ventas han bajado, por el ruido de la maquinaria y de los obreros y porque esto ha complicado aún más la convivencia en el sector. Maribel Lechón, una comerciante dedicada a la venta de ternos, señala que en el sector la situación ya era complicada por la presencia de personas alcohólicas, mendigos y trabajadoras sexuales. Mientras que Ruth Jaramillo, trabajadora de una óptica cercana a la plaza, apunta que lo que más inconvenientes causa a su
local es el ruido, pues hay ocasiones en las que “le toca gritar” para que los clientes puedan oir sus explicaciones. Sin embargo, no todos se quejan, como es el caso de Hugo Zapata, quien repara gafas y relojes en su local desde hace 40 años. “Tenemos que aprender a colaborar y estar de acuerdo con las obras”, dice. Zapata cree que cuando todo termine la presencia de turistas en la zona se incrementará. Eso sí, pide a las autoridades que, durante y después de la finalización de estos trabajos, controlen el espacio público. Aquella opinión la comparte Dolores Cruz, dirigente del bulevar ‘Plaza del Teatro’. La mujer, que se dedica a vender caramelos desde hace 15 años, concuerda en que esta construcción “es algo que va a servir” a todos. Por su parte, Mercedes Ramírez, betunera del sector desde hace 8 años, no le ve mayores complicaciones. “Frente a la bulla la gente me pide que suba el sonido de la música y ya”, expresa y continúa como si nada con su oficio. (JDS)
OBRA. Los trabajos por el Metro de Quito tomarán 12 meses en la Plaza del Teatro.
Taxistas insisten en que se retome la legalización de más vehículos El gremio de taxista espera que las autoridades municipales cambien de opinión y tomen los correctivos necesarios para reactivar el proceso, que hasta hace dos meses, buscaba regularizar a más de 8.000 vehículos para este servicio. Este proceso se truncó cuando estalló el escándalo de corrupción, con alrededor de 80 millones de dólares en coimas, y que vinculó en las investigaciones a dos concejales. Sin embargo, los taxistas argumentan que dejar de lado la regularización les afecta en todo los ámbitos, incluso en el económico. Carlos Brunis, presidente del taxismo convencional de Pichicha, dijo que hoy, a las 10:00, realizarán una rueda
de prensa en la Federación de Taxis, y ahí explicarán la situación del gremio. Además redactará un comunicado dirigido al alcalde, Mauricio Rodas, para que convoque a una sesión extraordinaria del Concejo. El objetivo es dejar sin efecto la resolución que suspendió el proceso de regularización Para entregar dicho comunicado, mañana organizarán una movilización hacia el Municipio, y levantarán su voz para exigir que se respeten los plazos establecidos, y que no se perjudique a los postulantes. “Hay familias enteras a la espera de una decisión”, acotó. Los taxistas también pedirán una auditoría externa de todo el proceso.(JS)
MOVILIDAD. Hay sitios de la ciudad, especialmente en el norte, en donde se nota que la carga vehicular se ha reducido como producto de las vacaciones en escuelas y colegios en el régimen Sierra y Amazonía.
El tráfico vehicular baja un 30% por las vacaciones Aún así los contraflujos se mantienen debido a los trabajos que se realizan por la construcción del Metro.
Juan Balseca, morador de Cara- Agencia Metropolitana de Tránpungo, cuenta que durante el pe- sito, calcula que hay un 30% riodo escolar tarda diariamente menos de carga vehicular. Con una hora en trasladarse hacia ello se reduce el tiempo de los el sector de La Mariscal, centro traslados de los usuarios hasta en unos 15 o 20 minutos. norte de Quito. Para los usuarios del transPor eso, a las 06:00 debe embarcarse en un bus. Pero ahora, porte público la reducción de que su hijo está de vacaciones es- vehículos es un efecto positivo colares, sale a las 07:00 y no de- porque llegan más pronto a sus lugares de trabajo. morá más de 45 minutos Los transportistas de en el mismo trayecto. EL DATO igual forma reconocen Los usuarios que ingresan desde los valles Las horas críti- fluidez del tránsito en hacia la ciudad notan un cas para el trán- sitios considerados consito vehicular en flictivos como la Av. Sicambio similar. las mañanas son Juan Marcillo, quien de 7:00 a 9:00 y món Bolívar, la Av. Mala tarde de riscal Sucre, el sector de viaja desde el cantón Ru- en 18:00 a 20:00. El Trébol. miñahui comentó que a las 07:00 se formaba un embudo vehicular sobre la autopista Medida General Rumiñahui para bajar Puga confirmó que durante las hasta El Trébol, pero que ahora vacaciones por la finalización de hay una mayor fluidez. las clases la ciudad se ve liberada Así, las vacaciones de los es- de transporte escolar, instituciotudiantes por la finalización del nal y hasta del transporte públiaño lectivo provocan un cambio co porque se reduce el número en la movilidad de la ciudad. de pasajeros. Julio Puga, director de la Con respecto a los contraflu-
jos, el funcionario informó que se mantendrán porque pese a que ha reducido el número de vehículos que circulan en la ciudad hay que tomar en cuenta que varias obras de movilidad han obligado el cierre de vías. De acuerdo con un estudio del tránsito vehicular, realizado por la Universidad San Francisco de Quito, en días regulares hay sitios de la ciudad donde circulan entre 60 y 100 mil vehículos y uno de los sitios más afectados es el ‘hipercentro’. Sectores como La Amazonas, 6 De Diciembre, Naciones Unidas se muestran abarrotadas de vehículos. La radiografía que se hace de la ciudad revela que el fin de semana el flujo vehicular al norte de Quito se reduce un 10% el sábado y 60% el domingo, en el sur el tráfico es igual a cualquier día de la semana y el domingo se reduce en un 26%. Cuando se retomen las clases como todos los años se tiene previsto realizar una reorganización del transporte público, cierre de vías, contraflujos, desvíos del tránsito porque solo en el caso de los buses se calcula que transportan a 1.1 millón de pasajeros al día. (PSD)
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OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.
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No es tarea fácil dirigir a hombres; empujarlos, en cambio, es muy sencillo”.
Una nación sin elecciones libres es una nación sin voz, sin ojos y sin brazos”.
RABINDRANATH TAGORE FILÓSOFO Y ESCRITOR INDIO (1861-1941)
OCTAVIO PAZ POETA Y ENSAYISTA MEXICANO (1914-1998)
CARTAS Uñasur
Francisco Huerta con sapiencia llamó “Uñasur a Unasur” y que tuvimos una “narcodemocracia”. ¿Acaso no fue una narcodictadura? Si Correa destruyó el Estado de derecho, las libertades de prensa, ciudadanas y violó la Constitución, ¿no vivimos una dictadura? Lasso, Zuquilanda y otros lo señalaron. Y Lenín Moreno, ¡que se respira libertad! Iván Duque: Unasur sirvió para apoyar a la “dictadura-venezolana” como “idiotas-útiles”. Igual que la Alba, yo digo “Al-ba-rranco”. Su edificio será una universidad ancestral y la estatua del corrupto N. Kirchner debería ser fundida para llaveros que digan: “¡América, prohibido robar!” ¿Y ubicarán un lugar para su futuro resurgimiento?, sugiero que sea la “icónica Cárcel 4 de los socialistas del Siglo XXI”. Si la justicia argentina determinó que el iscal Alberto Nisman fue asesinado por sus denuncias (igual que el general J. Gabela), del atentado a la AMIA que salpican a la compañerita Cristina Kirchner. ¡Cuidado América! Maduro está en Turquía con Erdogan, “buscando-inversiones” y toreando “una-alerta-roja-deInterpol”. ¿Turquía meterá las narices en Venezuela para sostener a la narcodictadura y los “objetivos-del-dictatotalitarismo-mundial”? ¿Quién querrá invertir en esa cloaca de miseria y violencia? Juan Carlos Cobo Rueda CC: 170599078-4
Contra la corrupción
La Unión Europea lanzó el Programa de Asistencia Contra el Crimen Transnacional Organizado (Paccto). Latinoamérica vive un repunte de narcoestados, trata de personas y lavado de fondos públicos. Este ‘Paccto’ entre el viejo y el nuevo continente cubrirá 18 países. Con leyes de extinción de dominio se busca reducir el crimen político organizado y detectar la ruta del dinero de la corrupción, foco de la diáspora ilegal a Europa. Paul Tapia Goya CC: 0909274250 DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.
El mal y El podEr
El mal no es consustancial del poder, sino del ejercicio personal que sus facultades propician. El problema se inicia con nuestra cándida propensión a identificar determinado discurso con una voluntad real de emprendimiento noble, entonces caemos en la trampa. Nadie hace carrera hacia un puesto de autoridad anunciando sus obsesiones ni sus prejuicios, sino preconizando y sobredimensionando aquello que sus seguidores quieren oír como posibilidad para sus aspiraciones. Después en la realización práctica de sus potestades, el triunfador, que “representa” a numerosos individuos, gradual y sagazmente (“cuanto hago es por su bien y el logro de lo que nos propusimos”) deja aflorar las obsesiones y ambiciones reales que lo mueven y, con ellas, aparece el mal. MANUEL CASTRO M.
No estaba solo Al son que tocaba Correa bailaron. A pesar de que a inicios de su actuación política Correa se proclamó antidolarizador, antiimperialista, que hacía mofa del sistema democrático, una gran mayoría de políticos e intelectuales lo consideró un político joven, “progresista”, y el pueblo novelero cayó embobado porque ofrecía felicidad, un mundo mejor y una distribución de los bienes del Estado que acabaría con las desigualdades y la pobreza. No es que no se razonó sino que se hicieron de la vista gorda para ver si lo “manejaban” como a anteriores gobernantes.
El mal no deriva de que el potentado llegue a realizar sus pasiones como objetivo personal sino que, dado su imperio sobre los otros, las impone como destino a los demás. Nada engolosina tanto como tener atribución para lograr que grandes grupos humanos deseen y vivan según lo que uno pretende. Cada funcionario, acorde con el alcance de su rango, rehace la ley siguiendo motivos personales. A medida que es más amplio su influjo, amplio será el perjuicio que ocasione. Por eso siempre la colectividad humana debe contar con un método de vigilancia y control sobre a quienes les presta el cetro de mando, llámese este poder judicial, grupo de oposición o sociedad civil. Solo así se puede advertir y, quizás, evitar los desmanes, llegando de ser necesario a derogar el poder a quien malignamente lo ejerce.
Incluso el millonario Álvaro Noboa, con toda su intrascendencia política e ideológica, contribuyó como candidato, con su dinero, a convertirse en una especie de gracioso chimbador. Hoy se rasgan las vestiduras y están “espeluznados” de lo que ha sucedido en los últimos diez años: corrupción, dispendio, ineficacia, un país al borde del colapso económico, moral y social. Se olvidó que la democracia es responsabilidad de toda una sociedad. Al principio se habló de las buenas intenciones de Correa, más a los pocos meses ya convirtió a su favor 180 dólares en 600 mil dólares, gracias a sumisos jueces. No tuvo necesidad de apoderarse de la justicia entonces, como lo haría después en forma total. Impulsados por el Ejecutivo los trabajadores no tuvieron empacho en crear una organización
dependiente del Gobierno. Igual los maestros se sometieron a un ente creado por Correa. Las sentencias se remitían prefabricadas mediante los “chuckys seven”. Se enviaron valijas diplomáticas con drogas. Patiño realizaba grabaciones clandestinas. Sin embargo, se reeligió a Correa. Junto con Chávez, Maduro, Ortega, Evo, decidieron perennizarse en el poder. Las altas cúpulas militares callaron. El silencio imperó, con reclamos a medias, sobre todo de la prensa calificada de “corrupta”. El fondo es que una mayoría ciega permitió y permite reconducir el rumbo de la democracia al denominado Socialismo del Siglo XXI, cuya aspiración es crear un nuevo sistema donde la democracia tenga el Estado y no el pueblo. Habilidad y fanáticas ideas les sobra. manuelcastromurillo@hotmail.com
FRANKLIN BARRIGA LÓPEZ
La Presidenta En la página 243 de mi libro ‘La identidad ecuatoriana’ (Academia Nacional de Historia y Casa de la Cultura Ecuatoriana, Quito, 2014), al referirme a los mandatarios de nuestro país escribí: “Rosalía Arteaga Serrano, la primera Presidenta Constitucional, que lo fue tan solo del 6 al 11 de febrero de 1997, ya que una maniobra politiquera impidió que ejerciera ese derecho por el tiempo que le correspondía, en razón de haber sido la Vicepresidenta de la República”. Había clara jurisprudencia sobre sucesión presidencial, de lo cual se puede precisar algunos casos como la ascensión al poder del vicepresidente Osvaldo Hurtado, a raíz del fallecimiento de Jaime Roldós, en el accidente de aviación acontecido en el cerro Huairapungo (Celica, Loja, 24 de mayo de 1981). La Historia enseña que la verdad tarda pero llega el momento en que resplandece esta ciencia, y eso es lo que ha sucedido con la colocación del retrato de Rosalía Arteaga Serrano en el Salón Amarillo del Palacio de Carondelet, en donde algunos no deben estar en efigie por no corresponderles legítimamente ese sitial o por su indigno desempeño en tan altas funciones. Plausible el reconocimiento que, luego de más de dos décadas de postergación, se ha hecho a esta dama de cualidades excepcionales, la más genuina exponente del talento de la mujer cuencana. La trayectoria intelectual de Rosalía es digna de admiración: escritora de varias obras publicadas, inspirada poetisa, periodista de opinión, catedrática, doctora en leyes, activista medioambiental, magíster en Antropología Cultural, consejera de la Enciclopedia Británica, entre otros y numerosos títulos y merecimientos de prestigio internacional, como su pertenencia, en calidad de Miembro de Honor, a la Real Academia Europea de Doctores. fbarriga@lahora.com.ec
Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General IVÁN FLORES POVEDA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXI No. 12220
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.
Ecuavóley, el espectáculo y las apuestas se juntan Cada tarde decenas y hasta cientos de aficionados se convocan en La Carolina.
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MINUTERO Quito en mercados internacionales
parte de su estrategia °deComo promoción turística, Quito
En el parque La Carolina casi no hay tarde en la que, al final de la jornada laboral, se congreguen decenas y hasta cientos de aficionados al ecuavóley. La emoción y pasión que despierta en ellos solo se compara a la que genera el rey de los deportes, el fútbol. Como si se tratara de un rito, al lugar confluyen abuelos, padres, hermanos para vibrar cada partido con la misma intensidad que la vivían los quiteños de antaño en El Ejido, en el centronorte, o Chimbacalle, al sur. En el lugar ya son toda una leyenda los encuentros de Moisés Obando ‘El Zurdo’, Jorge Lincango conocido como ‘El Baba’, Hugo Peñaloza ‘El Comando’, Daniel Cedeño ‘La Pe- AFICIÓN. Los partidos de este deporte se convierten en verdaderas fiestas para asistentes y jugadores. pona’ o Rumualdo Jirón ‘El Profesor’, estrellas de este deporte. Desde hace 18 años, en una ra ya no es lo mismo. los ‘serruchos’. Así se los ident“Yo no recuerdo mucho Todos ellos llenaban los grade- fiica a los jugadores que “se ven- esquina de la cancha, Barros se ríos de la cancha de La Carolina, den” en los encuentros, comenta dedica a vender café, tortillas de cuánto apostaba por cada con casi 1.500 personas. ‘El Profesor’ Jirón. “Hay verde, sánduches y humitas del partido, pero sí jugué con ‘El Baba’”, admite RumualLos asistentes recuerdan partidos de corrupción lugar, por lo que también 1.000 do Jirón, jugador de 72 que ahí las apuestas eran puede atestiguar cómo últimamente”, reconoce. PERSONAS asisten a ver el años de edad. altas. “Lo máximo que Este es uno de los mo- esta disciplina ha tenido EL DATO ecuavoley entre El dinero que se maneyo he apostado aquí es de sábados y domingos, tivos que hizo detener a un desgaste con el tiempo el administra- la gente en cuanto a las La cancha de La ja entre los jugadores es $500, pero me sé contro- según por causa del dinero. dor de la cancha, Carolina cuenta lar”, cuenta Byron Calle, “Antes venían por de- con 200 socios. alto. Cuando los encuenapuestas y mermó la asisJuan Morales. tros son “buenos”, según espectador desde hace tencia a la cancha. “Aho- porte a jugar. Ahorita la comentan los aficionamás de 15 años. rita solo viene gente de tercera gente viene por negocio”, edad. Apuestan 30 dólares, que cuenta. Además, confiesa que dos, el costo por el mismo puees la base por jugador. Ya lo hacen hasta el año 2012 los partidos de llegar a los $8.000. Es decir, Los ‘serruchos’ Pero el espectáculo deportivo por no desmayar la cancha”, aña- generaban “mucha expectativa” una apuesta de $4.000 por cada por los jugadores que iban y aho- equipo. (JDS) pierde su brillo cuando llegan de Luis Barros, de 62 años.
El Zoológico de Guayllabamba promete experiencias únicas De martes a domingo, quienes quieran vivir experiencias únicas, lúdicas y educativas tienen en el Zoológico de Guayllabamba el lugar perfecto: safari nocturno, baño de gigantes, animales que nos ayudan a conocer más de cerca la biodiversidad de nuestra ciudad y país, aves rapaces se encuentran a una hora de Quito. Martín Bustamante, director de la Fundación Zoológica del Ecuador y Zoológico de Quito, en Guayllabamba, hizo la invitación a todos los habitantes a divertirse, aprender, explorar y conocer el Zoológico “en este verano, nosotros tenemos una cantidad de actividades bastante entretenidas”. Una de esas actividades es el safari nocturno, una noche de acampada en el Zoológico. “Invitamos a la gente a que tenga una experiencia diferente, justo en el momento en el que no se ve
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al Zoológico de manera habitual: en la noche. Los animales nocturnos despiertos, trabajar en la preparación de los enriquecimientos ambientales, juegos y alimentos especiales para que los animales salgan de su rutina. Una experiencia de fogata, en el que podemos contar todo lo que hemos vivido eso en el safari nocturno: una experiencia que es muy bonita, toda una noche de acampada en el Zoológico”, recalca Martín Bustamante. Desde el 14 de julio, y a un costo de USD 35, niños, jóvenes y adultos podrán disfrutar de una actividad diferente: “el Zoológico abre sus puertas cuando en realidad se cierra”. El Zoológico de Quito abre sus puertas en la noche para que sus visitantes puedan tener un contacto más íntimo con los animales y la naturaleza, acampar al aire libre y disfrutar de un espacio abierto para identi-
Turismo capacitó del 06 al 13 de julio a agencias mayoristas, tour operadores y medios de comunicación de Seattle, San Francisco, Los Ángeles, Denver y Toronto, en la promoción y difusión turística de la ciudad. Además se buscó potenciar a la capital como eje turístico renovado, tecnológico e inteligente, con la nueva marca ciudad, representada por los íconos más emblemáticos de Quito, la aplicación móvil GOUIO, como compañero perfecto de viaje, la página web turística (www.quito. com.ec) que contiene toda la información que el turista debe conocer de la ciudad y el video turístico “Tu Historia comienza en Quito”, que muestra la belleza de cada rincón quiteño.
Esterilización gratuita de mascotas
En este mes de julio, el °equipo médico veterinario de Urbanimal se ha desplazado a la Administración Zonal Eloy Alfaro para atender varios sectores que han presentado alto nivel de sobrepoblación de animales. Los turnos serán entregados de 7:00 a 7:30 de la mañana en presencia de los dirigentes barriales. La acción del equipo de veterinarios permitirá alcanzar
1.000 intervenciones quirúrgicas en perros y gatos en San Carlos del Sur, Oriente Quiteño, Argelia Alta, Aida León, Hierba Buena, Ferroviaria Alta, San Patricio, entre otros.
Propuestas educativas para Yaku Hasta el 31 de julio estará °abierta la convocatoria para
ESPACIO. Ejemplares de muchas especies rescatadas hay en este lugar.
ficar las constelaciones. Además de recorrer el bosque encantado, escuchando leyendas y mitos contados por el duende
Anacleto. Visitar la casa de los animales nocturnos y observar a los animales silvestres en acción, todo esto a partir de las 17:30.
la presentación de talleres educativos en Yaku Parque Museo del Agua. Colectivos, personas naturales o jurídicas del país pueden presentar sus propuestas en las instalaciones de la Fundación Museos de la Ciudad, ubicada en las calles García Moreno S1-47 y Rocafuerte. Con base en la Resolución A-015 de Derechos Culturales suscritos por la Alcaldía Metropolitana de Quito, Yaku quiere fomentar con esta convocatoria, entre otros aspectos, el derecho al acceso y participación en la vida cultural, el desarrollo sostenible y la inclusión.
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EN VELA A6
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María José Ponce y su hija habrían sido halladas por las autoridades
Según trascendió la noche de ayer, la joven María José Ponce y su hija, que fueron reportadas como desparecidas el 23 de junio pasado, habrían sido localizadas por las autoridades ecuatorianas. Una fuente de la familia confirmó que anoche fueron notificadas al respecto,
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pero que aún no tenían mayores detalles. Mientras, otra fuente del Ministerio del Interior aseguró que para hoy está prevista una rueda de prensa en la que se referirán al tema, aunque no confirmó la información. (ASC)
Naciones Unidas revela un nuevo desplazamiento en el Catatumbo colombiano BOGOTÁ, EFE• La
Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de Naciones Unidas (OCHA) en Colombia alertó ayer de un nuevo desplazamiento masivo en el Catatumbo, región selvática fronteriza con Venezuela. “Desde el 11 de julio, enfrentamientos entre los grupos armados no estatales Ejército de Liberación Nacional (ELN) y el Ejército Popular de Liberación (EPL) han desencadenado el desplazamiento masivo de 173 personas”, indicó el organismo en un comunicado Estos pobladores, que conforman 39 familias, son pertenecientes a la aldea Vijagual, del municipio de Teorama, y a San Juan y Monteverde, de San Calixto, ambos en el departamento de Norte de Santander. Los enfrentamientos han dejado “cuatro civiles heridos, que
fueron trasladados al hospital del municipio de Ocaña, entre ellos una mujer y una menor de edad”, precisó la OCHA. En el informe se aseguró que la mayoría de desplazados se han alojado en viviendas de familiares y conocidos en el corregimiento de San Pablo, de Teorama. El Catatumbo es una de las zonas más pobres y olvidadas de Colombia y la conforman los municipios de Convención, El Carmen, El Tarra, Hacarí, La Playa, San Calixto, Sardinata, Teorama y Tibú. Esa extensa región selvática es una de las más convulsas del país por la presencia de diferentes grupos guerrilleros, bandas criminales y narcotraficantes y es además una de las áreas con más cultivos de coca de Colombia.
DAÑOS. Con un sobrevuelo en la zona, hoy se determinará el área que fue afectada por esta emergencia.
El incendio forestal en Nayón se controló al cabo de 27 horas Una quema agrícola habría provocado este flagelo. Hoy empezarán las investigaciones.
REALIDAD. Esta es una de las zonas más convulsas del vecino país (foto referencial EFE).
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LA CORPORACIÓN ECUATORIANA DE COOPERACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS MUJERES
OFRECE LOS SERVICIOS DE MEDIACIÓN EN EL CENTRO ESPECIALIZADO EN MEDIACIÓN FAMILIAR, REGISTRADO EN EL CONSEJO DE LA JUDICATURA CON EL N° 49 Ahorre tiempo, dinero, energías, sometiendo Sus controversias a la mediación, en materias transigibles, como: alimentos, tenencia de hijos, régimen de visitas, liquidación de la sociedad conyugal, etc.
A los bomberos les tomó 27 ho- monitorear los focos activos de ras lograr extingir el incendio fuego, además de realizar desforestal que entre la tarde del cargas de agua con el sistema sábado y el mediodía de ayer Bambi Bucket para apoyar las consumió una extensa área de labores en tierra. Para hoy está previsto que vegetación en Nayón, al norose realice un nuevo sobrevuelo. riente del Distrito. El Puesto Comando (PC) Esta vez, para georreferenciar de los casaca roja desplegado y determinar el área afectada por el incendio, así como dio por concluídas las tareas de control y so- TOME NOTA establecer la causa de esta conflagración. Los bomfocación del fuego a las 17:00 de ayer, sin que Para denunciar a beros manejan la hipótese reporten personas las personas que sis de que todo inició por incen- una quema agrícola en el lesionadas o inmuebles provocan dios forestales en el Distrito se sector. afectados. llamar al Hasta anoche un total El incendio se de- puede número de emergencia 911. de 20 efectivos y cuatro sarrolló en una zona camionetas realizaban boscosa con topografía y relieve irregular, con vientos labores de enfriamiento para superiores a los 20 Km/h. Has- extinguir pequeños focos de ta allí se desplazaron unos 50 calor y evitar que el incendio se bomberos y 10 vehículos para reactivara por los fuertes vientos que persisten en el lugar. actuar frente a la emergencia. Se trata del primer incendio Inclusive fue necesaria la activación del helicóptero del forestal de magnitud que se reorganismo de socorro para gistra en lo que va de la tempo-
Sanción y zonas de riesgo °
En el Código Orgánico Integral Penal (COIP) se establece una pena de cárcel de uno a tres años a quien provoque directa o indirectamente incendios forestales. Además, en los casos en los que, producto de la quema forestal, se provoque una muerte, la norma establece una sanción de 13 a 16 años de prisión. En el Plan de Prevención a Incendios Forestales del Municipio se establecieron 32 zonas vulnerable a este tipo de eventos, siendo las más propensas: Calderón, Llano Chico, Pomasqui, San Antonio, El Quinche y Los Chillos.
rada seca en el Distrito, aunque ayer los bomberos tuvieron que sofocar otros conatos en el sector de Chamizal, a donde fue necesario llevar 10 efectivos, una camioneta y un tanquero; otro a la altura del Puente 2 de la Autopista General Rumiñahui, y uno más en Pumasacha, Nanegalito. (RVD)
Alerta por actividad en complejo volcánico en Chile
POR UNA CULTURA DE PAZ ARREGLEMOS NUESTROS CONFLICTOS A TRAVÉS DE UN MÉTODO AMISTOSO QUE NOS BRINDA LA MEDIACIÓN. Lugar:
CECIM Av. Juan Molineros E-10-134 y Eloy Alfaro. Quito - Ecuador Horario: Lunes a viernes de 9h00 a 13h00 Telf: 2418841 Mail: cecim1976@hotmail.com PAB/20133/AS
SANTIAGO DE CHILE, EFE.• Las auto-
ridades chilenas mantuvieron ayer la alerta amarilla y naranja en varias comunas cercanas al complejo volcánico Nevados de Chillán, ubicado en la región del Biobío, por las continuas explosiones y sismos relacionados con su actividad, aunque han descartado una evacuación
de pobladores. El intendente (gobernador) de esa región, Jorge Ulloa, confirmó la vigencia de las alertas tras una reunión con funcionarios de la Oficina Nacional de Emergencia (Onemi) y representantes del sistema de protección civil. En declaraciones que difun-
de el portal Emol, Ulloa indicó que se mantiene la alerta amarilla en las comunas de Pinto, Coihueco y San Fabián, las más cercanas a Nevados de Chillán, mientras que la alerta técnica del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) sigue en naranja. El nivel de actividad podría aumentar.
GENTE I
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Los becarios junto a las autoridades de Taipéi.
Becas al lejano oriente En un hotel de la capital se realizó la formalización de las becas para los ecuatorianos que partirán a Taipéi. El representante gubernamental fue el encargado de la entrega.
María Esther Asanza, Jorge Naranjo, Paola Ortiz y Jorge Naranjo P.
Claudia Arteaga, José Ignacio Albuja, Thalía Flores y Cristóbal Peñafiel. Santiago Orbe, Lino Cheng, representante gubernamental, José Ignacio Albuja y Rafael Chu.
Diana Cadena, Paúl Alulema, Pilar Garda y Carmen Elena Huras.
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Eugenia Grunauer, Yuby Fadic, Camila Tamariz y David Pei.
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LUNES 16 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR
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QUITO
Inauguración de ‘Utopías’
El Centro de Arte Contemporáneo (CAC) celebra al Orgullo Glbti con la muestra ‘Utopías’. Varios artistas, activistas y el público disfrutaron de la apertura.
Carlos Moreno y Pamela Suasti.
Polet Zapata y Jhoa Lomas.
Lesly y Guillermo Haro.
Valentina Gutiérrez y Alejandro García.
Carolina Guerra y Valentina Cohn.
Ricardo Alarcón y John Edgartown.
Daniela Falconí y Ricardo Luna.
PAÍS B1
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LUNES 16 DE JULIO DE 2018 La Hora ECUADOR
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El plazo para entrega del informe sobre el CNE vence mañana El pleno del Consejo de Participación Ciudadana de transición tiene plazo hasta mañana para dar a conocer su resolución final sobre el proceso de evaluación de gestión de las autoridades del Consejo Nacional Electoral (CNE). Esto, una vez que Nubia Villacís, Marcela Paredes, Paúl Salazar, Luz Haro y Mauricio Tayupanta cumplieron con la audiencia ENCUENTRO. La audiencia de despública donde expusieron sus cargo se cumplió la semana pasada. argumentos de descargo. Luis Hernández, integrante sotros tenemos que hacer el del Consejo de Participación, análisis de los documentos de aseguró a las autoridades del descargo. Con el descargo preCNE que la evaluación sentado (…), nosotros es todo un proceso, en tenemos que contrastar el que la audiencia es el contenido del informe un insumo más, antes MIEMBROS técnico, preparado por tiene el CNE de tomar la resolución. los equipos interiores Garantizó la independel Consejo con las piedencia que tienen como zas de descargo que han ente evaluador frente a cual- presentado las autoridades”, quier instancia externa. dijo Dávila. Mientras que Julio César Trujillo, presidente del orgaMás criterios Su colega Pablo Dávila insistió nismo transitorio, evitó adeen conocer los criterios para el lantar criterio sobre lo escunombramiento de Ana Marcela chado en la audiencia pública. Paredes como consejera princi- Informó que la resolución será pal del organismo electoral, que respecto a los actos imputados es uno de los puntos polémicos al CNE como ente colegiado, pero también se lo podrá realide la integración del CNE. “En el mandato de evalua- zar de forma individual a cada ción dice claramente que, una uno de los cinco integrantes vez vencida la audiencia, no- del CNE. (HCR)
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Emigrantes en EE.UU. reciben atención en 12 consulados EFE • La Cancillería acompaña los casos de emigrantes en situación de vulnerabilidad en Estados Unidos, donde viven aproximadamente 890.000 ecuatorianos. A través del ‘Programa de Atención a Ecuatorianos en el Exterior’, en lo que va de 2018, se han realizado alrededor de 100.000 atenciones, en 12 consulados en ese país, menciona un comunicado difundido ayer. El plan de contingencia aplicado por Ecuador contempla especialmente acciones de acompañamientos en casos de deportación, en cortes y pagos de fianzas, alertas de emergencia, casos de ecuatorianos con
interés en retornar al país, entre otros. También incluye servicios gratuitos en asesoría legal, visitas a centros de detención migratoria, acompañamiento en procesos de deportación, charlas y ferias, entre otros. Una de las cuestiones de interés prioritario para la Cancillerìa son los casos de menores y su reunificación familiar. En este último tema se registraron 214 atenciones, entre ellos el caso de los dos niños ecuatorianos que se encuentran en Estados Unidos a la espera de reunirse con su familia y del que han dado cuenta recientemente las autoridades.
POSTALES. La anterior semana, varias personas fueron llamadas a la Fiscalía a rendir versión.
Culmina instrucción fiscal en caso por el que Correa es procesado Están previstas 23 nuevas diligencias hasta el miércoles. Fernando Alvarado rendirá versión desde Nigeria. La instrucción fiscal por el se- proceso; y Fernando Alvarado, cuestro del político Fernando exsecretario de Comunicación, Balda, ocurrido el 12 de agosto de quien rendirá su versión desde 2012 en Bogotá, termina pasado Nigeria. mañana. La Fiscalía tuvo 120 días para recabar los elementos Nuevos documentos de convicción, con los que debe- Los abogados de los procesados rá formular o no una acusación esperan, además, recibir el resto en contra de los seis procesados, de información desclasificada de entre ellos el expresidente Rafael la Secretaría Nacional de InteliCorrea. gencia (Senain). La anterior sePero en estos últimos tres mana tuvieron acceso a alrededías, la Fiscalía espera recabar dor de 500 fojas, que ingresaron aún más versiones. Están al expediente. previstas 23 nuevas diliSin embargo, todavía gencias (ver recuadro): 12 hay documentos en la Fishoy, 9 mañana y 2 el miér- DILIGENCIAS calía que deben ser entrecoles. En la lista constan se realizan hoy gados, los cuales podrían altos funcionarios del exañadir información sobre presidente Correa. las operaciones que llevó Por ejemplo, el excan- EL DATO a cabo la Senain, especíciller Ricardo Patiño, por ficamente, los operativos pedido de la defensa de ‘Guayacán’ y ‘Wilson’. Ley, la insBalda, y su hermano Raúl Por Sobre estos documentrucción fiscal no Patiño, quien estuvo a car- puede extender- tos, el abogado de Correa, más de 120 go de la Secretaría Nacio- se Fernando Molina, dijo que días. nal de Inteligencia duranno haría ninguna declarate seis meses en 2012. ción hasta que se dé la audiencia En ese año se habría llevado preparatoria de juicio. Sin ema cabo la operación ‘Guayacán’, bargo, las otras partes ya se han que consistía en hacer un segui- pronunciado sobre cómo esta miento de políticos de oposición información aporta o no nuevos y que se conoció la anterior se- elementos. mana. Balda señaló que la informaTambién están convocados el ción desclasificada “confirma exsecretario Nacional de Inteli- que (el exagente Raúl) Chicaigencia Rommy Vallejo, quien fue za sí trabajaba en la Secretaría reemplazado por Pablo Rome- Nacional de Inteligencia, que lo ro, que ahora está vinculado al protegieron y hasta contrataron
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Versiones Por día
Lunes: Rommy Vallejo, exsecretario de °Inteligencia; Santiago Mena, de la Unidad
de Gestión de Seguridad Interna de la Presidencia; Ricardo Patiño, exministro de Relaciones Exteriores; Juan de Dios Lozano, coordinador de Gastos Especiales de la Senain; Rosa Mireya Cárdenas y Wilson Narváez, agente de inteligencia; Alexis Mera, exsecretario jurídico de la Presidencia.
Martes: Fernando Balda; Raúl Patiño, °exsecretario Nacional de Inteligencia. Miércoles: Fernando Alzate Donoso; °embajador de Colombia en Ecuador;
Fernando Alvarado Espinel, exsecretario de Comunicación, vía telemática desde Nigeria.
Procesados En el caso Balda
Rafael Correa: expresidente, como °presunto autor intelectual.
° Raúl Chicaiza: exagente de la Senain. ° Diana Falcón: exagente de la Senain. ° Jorge Espinosa: exagente de la Senain. Pablo Romero: exsecretario Nacional de °Inteligencia. Fausto Tamayo: excomandante de la °Policía.
un estudio jurídico”. Mientras, el abogado de Chicaiza, Diego Chimbo, dijo que su defendido pidió en varias ocasiones apoyo jurídico y que los documentos muestran “una simple cotización”. (AGO)
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MINUTOS CON: B2
Siento rabia, enojo. Como que quisiera desquitarme, pero a la vez siento miedo. Rabia, por lo que me hicieron y miedo, también por lo que me hicieron”.
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LUNES 16 DE JULIO DE 2018 La Hora ECUADOR
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“Teníamos que seguir, para que la Policía no vuelva a torturar a un estudiante”.
ENTREVISTA. Ángelo Ayol, durante su diálogo en las instalaciones de La Hora, en Quito.
EL ‘EXMEJÍA’ QUE SE ENFRENTÓ
AL PODER HASTA LOGRAR JUSTICIA Consiguió que 2 policías fueran sentenciados por tortura. Fue golpeado en una protesta de la que no participó.
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l 17 de septiembre de 2014, estudiantes del colegio Mejía protestaron contra el Gobierno de Rafael Correa. Decenas fueron aprehendidos y en los días siguientes aseguraron que hubo maltrato policial. Varios de ellos dijeron que no tuvieron nada que ver con la protesta y anunciaron demandas. Sin embargo, desistieron porque no confiaban en el sistema judicial y porque el accionar de la Policía tuvo el pleno respaldo público de Correa. Solo un estudiante decidió mantenerse en su verdad y terminó probando que fue golpeado y torturado esa noche. Su nombre es Ángelo Ayol. Tras cuatro años, el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha le dio razón. El 2 de julio dictó 10 años de prisión contra el subteniente David A., como autor de tortura, y cinco años para el cabo segundo Freddy F., por omisión. Ayol se atreve a relatar lo que pasó esa tarde y qué le motivó a seguir. Viene acompañado de sus padres, Alicia Barros y Bolívar Ayol, y de Gabriela Flores, la abogada de Inredh, un organismo que defiende los Derechos Humanos. ***** “Estaba saliendo a coger el bus. Estaba a unos dos metros de los policías
y arremetieron con todo. Yo iba en la vereda y mi reacción fue correr. Me botaron al suelo. Me vi rodeado por unos 10 policías que me cayeron a patadas, a golpes. Una moto (de la Policía) me tropelló, me pasó por la rodilla izquierda. Vino otra y me golpeó la pierna derecha. Me siguieron pegando y me decían que me levantara, que caminara. Y yo no podía caminar”. ¿Cómo se siente tras esta sentencia de primera instancia?
Tranquilo, se está haciendo justicia. Hemos luchado cuatro años. A la vez, contento, porque estamos dejando un precedente, ya que se ha sancionado a esos malos funcionarios policiales. Sin embargo, siento que todavía no es suficiente porque fueron más de 10 policías los que me agredieron. ¿Tiene algún significado especial que la sentencia sea por tortura?
Es una victoria, es la primera vez que en nuestro país se hace justicia por un caso de tortura a un estudiante. Se comprobó el maltrato y la represión. Esto es una lucha de todos los que fuimos golpeados.
¿Participó en las manifestaciones de ese día?
No, yo no participé.
***** “Me esposaron y me subieron en la
moto en medio de dos policías. El que se puso atrás me comenzó a golpear en las costillas y en la cabeza. El que manejaba me empezó a dar con el casco en la cara. La moto no avanzó ni dos metros y ya perdí el conocimiento. Me desperté dentro de un cuarto de la Unidad de Policía Comunitaria de La Basílica. Estaba golpeado, sangrando por la nariz y los dos policías que estaban ahí se dieron cuenta de que me desperté y me lanzaron gas a los ojos. Me metieron otra patada en la cara. Ahí fue realmente la tortura. Los dos me golpeaban al mismo tiempo. Yo pedía auxilio, gritaba que me quitaran las esposas pero me revolotearon y me dejaron ahí…”. ¿Qué secuelas físicas quedaron?
Tenía golpes en todo el cuerpo: raspados en toda la piel, moretones. Estuve en el hospital casi dos días y medio. El parte médico fue traumatismo cráneo encefálico y politraumatismos. Yo siempre hacia deporte, pero después de eso estuve como tres semanas con cuello ortopédico, ya no pude hacer ejercicio. No puedo estar parado ni caminar bastante, porque llega un punto en que la rodilla me duele mucho. También una secuela en la espalda, no puedo alzar mucho peso. ¿Y en lo sicológico?
De los golpes, con el paso del tiempo uno se recupera, lo sicológico es más complejo. Yo me movilizo en moto y en todos los sectores de Quito uno pasa y hay operativos de la Policía: piden la cédula. Ese rato me dan como lagunas mentales, es como si me van a identificar y ¡toma!, porque
sé de qué es capaz la Policía. Mejor no les digo nada, ni siquiera les veo a los ojos.
De los golpes, con el paso del tiempo uno se recupera, lo sicológico es más complejo”.
Rabia, enojo. Como que quisiera desquitarme, pero a la vez siento miedo. Es algo que me paraliza. Rabia, por lo que me hicieron y miedo, también por lo que me hicieron.
arrodillaron a (Rafael) Correa. Todas esas cosas me dieron fuerza, indignación. Y a mi familia también. ***** “Una cosa es contarlo y otra vivirlo. No sabía ni dónde estaba. Me di cuenta después de que estaba en la UPC, porque ya recuperé la visión con mi ojo izquierdo. Pero el rato en que los dos policías me golpeaban, no sabía dónde estaba. Yo sentía que los manes me querían matar…”.
¿Qué siente hacia la Policía en estos momentos?
¿Cómo debe manejar la Policía una manifestación?
Los policías han dicho que aplican el uso progresivo de la fuerza. Si un manifestante está violento, se le va a detener violentamente, es lo que dicen ellos. Pero en el momento en que una persona está detenida o sometida, para qué pegarle si ya está neutralizado, por qué golpearlo después. Decenas de estudiantes dijeron que fueron maltratados en esas fechas, incluso amenazaron con denuncias, pero solo su caso se concretó ¿Qué le impulsó?
A mí me indignaron muchas cosas. Fui testigo de cómo actuó la Policía y lo que me hizo a mí. Cuando me reintegré al Colegio, hubo casos peores que el mío. Después, los propios profesores nuevos decían en clases ‘bien hecho, ojalá les hayan matado’, ‘bien que les pegaron’. ¿Con esas palabras? ¿Usaron esas palabras?
Con esas palabras. Después los papás salieron a hacer huelga de hambre, que no duró ni un mes. También hubo mamás que se le
¿Estaban conscientes de que la Justicia era muy cuestionada y que iban a enfrentar una institución?
Siempre tuvimos confianza en la Justicia, no le tuvimos miedo al poder. Claro que sabíamos a lo que nos enfrentábamos, pero teníamos que seguir para que la Policía no vuelva a actuar así, especialmente en contra de los estudiantes, para que no vuelva a torturar a un estudiante. ¿Cree que hubo un espíritu de cuerpo entre los policías durante el juicio?
Creo que un falso espíritu de cuerpo. Había momentos en que se encubrían y otras veces se botaban la pelota entre ellos. Unas veces se defendían entre ellos y otras se acusaban. ¿Qué le falta a esta sentencia?
Que ellos ofrezcan disculpas públicas. Los policías que me agredieron, la Policía como institución y el Ministerio del Interior. (HCR)
GLOBAL
Expresidente de Corte Superior de Perú detenido por caso de corrupción LIMA, EFE • El
expresidente de la Corte Superior de Justicia del Callao Walter Ríos fue detenido ayer por la Policía Nacional de Perú, por su implicación en el escándalo de corrupción judicial en las más altas instancias de la judicatura del país revelado esta semana, informó la Fiscalía. La detención de Ríos, quien había presentado su dimisión este viernes, fue ordenada ese mismo día por el juez instructor de la Corte
Suprema de Justicia de Perú Luis Cevallos, a petición del fiscal adjunto de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Jaime Velarde, a cargo de las investigaciones. Ríos es uno de los principales protagonistas de la serie de grabaciones telefónicas que desvelan una amplia red de corrupción judicial formada por importantes jueces, empresarios y políticos que incurrían en presunto tráfico de influencias y prevaricación.
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Israel se refuerza en medio de un relativo cese al fuego
PROTESTAS. La situación empeoró en ese país desde el sábado, tras dos nuevos asesinatos.
Ecuador ‘condena’ la violación de derechos en Nicaragua El repudio crece, la UE también exige una salida pacífica y definió los ataques oficiales como ‘deplorables’.
lítica, y que tenga lugar en un clima de estricto respeto a los Derechos Humanos, permitirá entendimientos que ofrezcan una pronta solución pacífica”, añade el documento.
LA HORA Y EFE • Ayer, casi tres me-
ses después de que iniciaran las protestas en Nicaragua contra el Régimen de Daniel Ortega, Ecuador emitió ayer un comunicado en el que manifiesta “su más enérgica condena” ante las violaciones a los Derechos Hu- En otras latitudes manos en ese país. Por su parte, la Unión Europea “Ante la incesante violencia (UE) calificó de “deplorables” que ha ocasionado 273 vícti- los ataques a estudiantes y cimas mortales y centenares de viles durante las últimas horas heridos, según la Comisión In- en Nicaragua e instó a las autoteramericana de Derechos Hu- ridades a “garantizar la segurimanos (CIDH), Ecuador reitera dad de la población”, además de su profunda preocupación por pedir el cese de la violencia. la grave situación que La declaración la hizo, impera en Nicaragua”, a través de un comuniseñala el documento fir- CIFRAS cado, la portavoz de la mado por la Cancillería. alta representante de la Además, el Gobierno Unión para Asuntos ExMESES de Lenín Moreno recha- llevan teriores, Federica Moglos estuzó los actos “beligeran- diantes en las herini. Aseguró que los calles tes perpetrados” por la ‘Veintiocho’ esperan que fuerza pública en contra las autoridades del país de los estudiantes de la MUERTOS americano “garanticen la Universidad Autónoma por las protestas seguridad de la población es la cifra que se de Nicaragua y de miemy el respeto por los deremaneja en Nicaragua bros de la Iglesia católica, chos fundamentales”. quienes participan de un “Toda violencia debe proceso de diálogo nacional. parar ahora. Reiteramos nues“Solo un diálogo nacional tro llamado a una solución que convoque a todos los ni- pacífica y democrática para la caragüenses, que se desarrolle situación en el país en el marco con buena fe y con voluntad po- del diálogo nacional”, añadió la
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Las últimas horas °
Los denominados ‘Autoconvocados’ reportaron ayer ataques armados en cuatro ciudades del Pacífico de Nicaragua ,donde mantienen barricadas en protestas contra el Gobierno de Daniel Ortega. Los ataques se registran en las ciudades de Diria, Diriomo, Masaya y Niquinohomo, en el sureste de Nicaragua, donde fuerzas civiles mantienen bloqueado con barricadas el acceso vial a esos lugares en protesta contra el Gobierno de Ortega, según líderes de esos movimientos y de la sociedad civil. Los ‘Autoconvocados’ compartieron fotografías y videos en las redes sociales, en los que se observa a las denominadas “fuerzas combinadas” del Gobierno, integrada por policías, antimotines, parapoliciales y paramilitares, disparar contra civiles opositores a fin de que abandonen las barricadas.
portavoz. La tensión aumentó el sábado en Nicaragua, tras la muerte de dos estudiantes en un ataque armado contra una iglesia de Managua, donde estos jóvenes se habían refugiado junto a periodistas y sacerdotes para escapar de la represión de las fuerzas leales al Gobierno de Daniel Ortega.
JERUSALÉN, EFE • El Ejército de Israel reforzó el sistema antimisiles en el centro y el sur del país y movilizó “un número limitado” de reservistas para la defensa aérea, en medio del frágil alto al fuego con Gaza tras la escalada de hostilidades del sábado. “De acuerdo con la evaluación de la situación, el Ejército refor- AUTORIDAD. El primer ministro zó sus baterías de defensa Cúpu- israelí, Benjamín Netanyahu, lanzó la de Hierro en el área de Gush varias advertencias ayer. Dan, en el centro de Israel y en el sur”, indicó una nota militar. “El Ejército ve el lanzamiento Desde la noche del sábado se de globos incendiarios y cometas mantiene una calma relativa, con gran severidad y continuará tras la peor escalada desde 2014, operando con mayor fuerza conpese a que las milicias lanzaran tra aquellos que llevan a cabo cuatro morteros desde Gaza este tipo de actividad terrorista”, poco después de que se anun- declaró. ciara, y ayer Israel bombardeara Asimismo, advirtió que está hasta en tres ocasiones grupos de “decidido a seguir defendienpalestinos que preparaban do a los civiles israelíes y cometas incendiarias para está preparado para una lanzar a territorio israelí. hanCOHETES sido dispara- amplia variedad de escedos por facciones narios, que pueden intenpalestinas desde sificarse de acuerdo con la Las decisiones el sábado evaluación de la situación El primer ministro israelí, Benjamín Netanyahu, advir- y los requisitos operativos”. Desde el sábado por la notió que para mantener el alto el fuego deben parar por completo che, las facciones palestinas han este tipo de prácticas que se re- disparado más de 200 cohetes piten desde que comenzara la desde Gaza, que han provocado Gran Marcha del Retorno el 30 tres heridos israelíes, e Israel ha de marzo, y han provocado im- respondido con una contundente portantes daños en tierras agrí- ofensiva militar contra posiciones del movimiento islamista Hamás. colas israelíes. P
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Modric, Balón de Oro
Mbappé, el mejor joven
www.lahora.com.ec
Segunda
revolución francesa
Francia, oro
Croacia, plata
Bélgica, bronce
Francia logró ayer una nueva Copa del Mundo, 20 años después.
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PELÉ. El ‘Rey del Fútbol’ felicitó ayer al joven atacante francés Kylian Mbappé por haberse convertido, a sus 19 años y seis meses, en el segundo anotador más joven de la historia. AFP
Mbappé, el descaro del mejor joven
Rusia 2018 MOSCÚ, EFE • El Mundial 2018 terminó por conciliar todas las opiniones en torno a Luka Modric, que no pudo hacer suyo el imperio en Rusia por culpa de una final que le arrebató la poderosa Francia, pero que aún así fue reconocido como el mejor del torneo. A los 32 años, cerca de abordar el ocaso de su carrera futbolística y posiblemente en su última Copa del Mundo, el líder de Croacia erigió momentos para la historia y acaparó méritos. Pero no pudo culminar su conquista. Su imagen se pareció a la de Leo Messi en Brasil 2014. Cuando tuvo que recoger el premio al mejor después de que Argentina perdiera la ocasión de ser campeón tras caer con Alemania. Le sucedió igual a Modric. Un consuelo individual y un desconsuelo mayor. Ha necesitado el futbolista del Real Madrid, que en Moscú rebasó a Dario Simic como el que más presencias en un Mundial ha evidenciado en la historia del fútbol de su país, con un total de 12 encuentros, casi tres lustros como profesional para encontrar una recompensa particular en un evento de tal calado. No es habitual la pinta de perdedor que Modric y los suyos arrastraron al término de la final sobre césped de Luzhniki. Luka, un ganador de finales por naturaleza, fue superado en un partido lejos de sus previsiones y distante de sus gustos. P
Modric, el emperador sin imperio
TROFEO. Luka Modric se llevó la designación del mejor del Mundial de Rusia. AFP
Claro que me ha gustado el reconocimiento y gracias a quienes me eligieron, pero me hubiera gustado más que ganáramos este Mundial”. LUKA MODRIC,
MEJOR JUGADOR DEL MUNDIAL
MADRID, EFE • Kylian Mbappé aún tendrá que esperar para conseguir el título de mejor jugador del planeta. Pero después del Mundial de Rusia, el delantero francés ha confirmado su candidatura a sentarse en el trono que, de momento, hasta que se entregue el próximo Balón de Oro, aún posee Cristiano Ronaldo. Mbappé fue designado como el mejor joven de la Copa del Mundo. Con 19 años ha demostrado tener un aplomo tremendo para jugar en el torneo más importante del globo. La FIFA le ha entregado ese galardón, que no es poco. Su descaro futbolístico le ha hecho merecedor de ese premio. Pocos jugadores tan jóvenes, a lo largo de la historia, han conseguido lo que ha hecho Mbappé: superar la presión, jugar bien y, sobre todo, ser decisivo para Francia en varios instantes del Mundial. Será difícil superar a Pelé, que logró ganar una Copa del Mundo con 17 años en Suecia 1958. Mbappé no conseguirá quitarle esa marca de jugador joven en ganar un Mundial y tampoco llegará a su nivel
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MEJOR JOVEN DEL MUNDIAL
LOGRO. Kylian Mbappé con el trofeo individual ganado en Rusia. AFP
futbolístico, pero el delantero del París Saint-Germain podrá presumir de tener una copa en su vitrina.
Kane, goleador por insistencia MADRID, EFE • Harry Kane, con seis tantos, tres de ellos desde el punto de penalti, se convirtió en el máximo goleador del Mundial de Rusia por delante de nombres como el belga Romelu Lukaku, el ruso Denis Cheryshev y los franceses Antoine Griezmann y Kyliam Mpappé. El delantero de Inglaterra, pudo con todos. Pero su llegada hasta el
CUMBAYÁ QUITO SAMBORONDÓN
Estoy muy contento, Hice públicas mis ambiciones colectivas al comienzo de la Copa del Mundo, era para ganarla. Es la vida que queríamos”.
LOGRO. Harry Kane hizo seis tantos para Inglaterra. EFE
trono de los mejores anotadores del torneo más prestigioso del mundo no ha sido fácil. Hasta su explosión en el Tottenham, Kane tuvo muchas dudas sobre su futuro en el club londinense, en el que este curso marcó 31 goles en 32 partidos.
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Courtois recupera la excelencia
El portero de Bélgica Thibaut Courtois fue premiado con el guante de oro, que destaca al mejor guardameta de Rusia 2018 y culmina un tiempo de ensueño para el futbolista del Chelsea, reencontrado con su mejor nivel. EFE
SUCESIÓN. El alemán Toni Kroos, centrocampista del Real Madrid, felicitó a Francia y a su compañero de equipo Raphael Varane. “Merecéis ser nuestros sucesores”, publicó. EFE
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Kanté, Pogba, Mbappé... nuevo estilo, cambio de guardia FESTEJO. Kanté muestra la Copa del Mundo, mientras que Pogba y Mbappé celebran el título con las medallas doradas. AFP MADRID, EFE• Una
adaptación de la famosa canción Go West de los Pet Shop Boys retumba en las calles de Francia. “A gauche NGolo Kanté, á droite N’Golo Kanté, derriére N’Golo Kanté, devant Kylian Mbappé’. ‘A la izquierda, Kanté, a la derecha Kanté, detrás Kanté, arriba Mbappé’. Por todos los sitios aparece Kanté, el mediocentro de una familia de ocho hermanos que de niño fundía con su esfuerzo a los niños en Suresnes. Es el termómetro del nuevo estilo que se ha impuesto en el Mundial tras una generación donde el toque tildado de tiki-taka por España, copiado luego por Alemania en el siguiente Brasil 2014, y que ahora invita a pensar en el cambio de guardia, en la aparición de un nuevo modelo, repleto de matices, que sale reforzado de esta Copa del Mundo. Ha sido el Mundial de Pogba. El Mundial de los atletas. Enorme en el despliegue físico y eficaz ayer en el estadio Luzhniki de
Francia Palmarés: Copa del Mundo: campeón (1998, 2018) Eurocopa: campeón (1984, 2000) Copa Confederaciones: campeón (2001, 2003) Juegos Olímpicos: medalla de oro (1984) Clasificación FIFA: 7 Apodo: Les Bleus Seleccionador: Didier Deschamps, Equipo titular: Lloris - Pavard, Varane, Umtiti, Hernandez - Pogba, Kanté, Matuidi - Griezmann - Mbappé, Giroud
Moscú con su gol en el 3-1. Y por supuesto de Mbappé, un futbolista que mezcla lo mejor de Ronaldo Nazario y de Thierry Henry. Cambio de ritmo, fortaleza y velocidad. Francia disfrutó de Griezmann. Algunos le llaman Grizou haciendo un paralelismo como Zidane en el Mundial de Francia 98. A él no le hace gracia el apelativo. Prefiere que le llamen Grizi. Y es que Griezmann pone la aceleración, la chispa y la elegancia en el contragolpe, donde se siente como pez en el
Nos han criticado mucho, pero no pasa nada. Estamos aquí y los que nos han criticado están celebrando ahora con nosotros. No pasa nada, los dejamos celebrar”.
Varane, Mundial y Champions ° Raphael Varane, defensa del Real Madrid, ha conseguido certificar en el estadio Luzhniki de Moscú el histórico doblete Mundial-Liga de Campeones. 49 días después de que el conjunto ‘blanco’ lograra su tercera Champions consecutiva en Kiev aprovechó la oportunidad para sumar el segundo título universal.
PAUL POGBA,
JUGADOR DE FRANCIA
Deschamps, doble campeón mundial ° El segundo título de Francia en una Copa del Mundo le permitió a Didier Des-
Significa cerrar un círculo y es un orgullo personal, pero honestamente es algo secundario. Yo me siento feliz por la felicidad de mis jugadores”.
champs, el seleccionador de los ‘Bleus’, igualar una marca histórica que sólo estaba en poder del brasileño Mario Zagallo y el alemán Franz Beckenbauer. Deschamps fue el capitán de Francia en 1998 y ahora el DT campeón en Rusia-2018. AFP
DIDIER DESCHAMPS, DT DE FRANCIA
agua a la hora de dirigir el arreón y el vértigo con la pelota al pie. Didier Deschamps, el entrenador de los ‘Bleus’ ha creado
un módulo similar a lo que él era como futbolista. El era un motorcito. Los de ahora son Fórmulas Uno y en su sitio juegan Pogba
Griezmann, el mejor de la final Antonie Griezmann, elegido el mejor jugador de la final que proporcionó el segundo título mundial de Francia, ofreció la rueda de prensa cubierto con la bandera de Uruguay. En la comparecencia habitual por ser considerado el más destacado del choque, un periodista de Uruguay le ofreció la enseña de su país. Griezmann se la reclamó. “Tráela aquí”, la recogió y se cubrió con ella. El futbolista del Atlético Madrid, íntimo amigo del uruguayo Diego Godín y también compañero de equipo de José Giménez, completó su estancia con los medios con la bandera sobre su espalda. Antoine Griezmann, que ex-
EL 11 IDEAL DEL MUNDIAL
L. MODRIC (Croacia)
H. KANE (Inglaterra)
T. COURTOIS K. TRIPPIER (Bélgica) (Inglaterra ) R. VARANE (Francia) Y. MINA L. HERNÁNDEZ N. KANTE (Colombia) (Francia) (Francia) I. RAKITIC (Croacia)
K. MBAPPÉ (Francia)
SITUACIÓN. Antonie Griezmann con la bandera de Uruguay en la rueda de prensa después de la final que ganó ayer con Francia. AFP
presó su cariño público hacia Uruguay en el enfrentamiento de cuartos entre ambos equipos, irrumpió eufórico en la sala de conferencias. Animado, feliz. EFE
y Kanté. Francia ganó su Mundial en el 98 con Deschamps de jugador. Sigue los pasos de Franz Beckenbauer.
E. HAZARD (Bélgica)
DT
DT DIDIER DESCHAPS EDAD: 49 años SELECCIÓN: Francia
FESTEJOS. El presidente francés, Emmanuel Macron, recibirá hoy a los jugadores de la selección, ganadores del Mundial de Rusia 2018, en el Palacio del Elíseo. EFE
D4 cronos
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ITALIA. La Juventus de Turín anunció ayer la llegada de Cristiano Ronaldo a Italia procedente de España, un día antes de lo previsto por los medios del país.
Las decepciones de Rusia 2018
El debut del VAR dejó dudas y aciertos
EL videoarbitraje (VAR, por sus siglas en inglés) se estrenó en la Copa del Mundo de Rusia. El presidente de la FIFA, Gianni Infantino, defendió su uso. “No cambió el fútbol, lo está haciendo más limpio, más honesto, más transparente y más justo”, declaró. El guardameta español Iker Casillas, campeón del mundo en 2010, confesó que no entiende “muy bien el uso del VAR” porque, en su opinión, el árbitro argentino Néstor Pitana señaló “una falta que no es a (Antoine) Griezmann” en la jugada del primer gol de Francia ante Croacia (4-2). El atacante uruguayo Luis Suárez le dio la razón y apuntó que “aparte de eso (Paul) Pogba en fuera de juego, que “participa” en la jugada...”. Creen lo contrario
El seleccionador croata Zlatko Dalic declaró que el VAR es bueno para el fútbol, pese a que el videoarbitraje pudo ser decisivo en la derrota de su equipo en la final del Mundial. “Creo que en una final de una Copa del Mundo no se debe pitar un penal así, pero no comento nunca las decisiones arbitrales, respeto a los árbitros”, declaró
Dalic, quien añadió después que “el VAR es bueno para el fútbol”.
Gustó por acá
“En algunas situaciones definió partidos, pero a otros quizás lo que no les agradó el hecho de que se interrumpa el partido para revisar jugadas, es decir, seguirán las críticas mientras todo siga manejado por una mano humana. Para mí fue algo innovador y de mucha ayuda, no creo que se haya perdido la emoción del fútbol”, explicó el exárbitro Jorge Mora Lindao. Luis Muentes, titular de la Agremiación de Árbitros del Ecuador, sostuvo que es una de las cosas más trascendentales que pasó en esta justa mundialista. “ A pesar de haber visto un torneo espectacular bajo mi criterio, me encantó que se habló en menor proporción del arbitraje y eso significa que fue de mucha utilidad el VAR”, analizó. Añadió que “creo que de alguna manera se hizo justicia con los árbitros del Mundo, porque siempre se los terminaba juzgando, ya que no había esa posibilidad de revisar jugadas aisladas, difíciles de visualizar”. (Agencias-SJMS)
También en cuartos de final de la Libertadores y la Sudamericana °
La Conmebol confirmó, por vía de su presidente Alejandro Domínguez, que recurrirá al uso del Sistema de Asistencia Arbitral por Video (VAR) a partir de la próxima fase de cuartos de final de los torneos Libertadores y Sudamericana, además de las finales de la Recopa. “Se decidió que a partir de cuartos de final se aplicará el VAR en nuestras dos competencias”, declaró Domínguez, tras asistir a la aplicación del videarbitraje en el presente Mundial de Rusia. AFP
BRASIL. Neymar hizo más noticia por sus faltas fingidas que por su juego. MOSCÚ, AFP• Solo
tardó dos días en dar el primer aviso el Mundial de Rusia: estaba aquí para enloquecer el orden global del fútbol y poco iban a importar los galones en un torneo donde Argentina empataba contra Islandia o la campeona Alemania caía en el debut frente a México. Y así fue, la de 2018 se va como la primera Copa de la historia que no tuvo lugar en semifinales ni para la ‘albiceleste’, la ‘Mannschaft’ o la poderosa Brasil, aunque no fueron las únicas víctimas.
La pesadilla de Neymar
Aterrizó en Rusia para postularse al Balón de Oro y se fue convertido en un meme global. Neymar lo había apostado todo a este Mundial, al que llegaba de una lesión, pero decidido reivindicarse como el sucesor natural de Leo Messi y Cristiano Ronaldo. Para ello contaba con una atractiva Canarinha protegiéndole las espaldas y un técnico que le había dado el espacio que buscaba. Pero nada le salió como esperaba al ‘menino’, que pagó desde el inicio los tres meses de inactividad, se derrumbó en llanto tras el partido contra Costa Rica, fue cazado por los rivales y sus exageradas caídas se convirtieron en una burla planetaria. Se fue derrotado en cuartos, con solo dos goles en la cuenta y afirmando que era “el momento más triste” de su carrera. La pena sin fin de Messi
MOMENTO. La pantalla del estadio de Luzhinki, en Moscú, señala, a través del VAR, que hay tiro penal a favor de Croacia. AFP
Tampoco le fue mejor a Lionel Messi, que llegaba de nuevo con todo un país a la espalda y el dolor permanente de las tres finales perdidas. Ya sabía el ganador de cinco Balones de Oro que no iba a ser fácil remontar la imagen de una selección bajo fuego, pero todo se torció antes de tiempo con su penal fallado ante Islandia (1-1). Después vendría la goleada encajada ante Croacia (3-0) y la clasificación in extremis frente a Nigeria (2-1), donde
ARGENTINA. Messi ratificó que no está para lograr cosas importantes con su Selección. AFP
marcó su único tanto, antes de ser fulminados por la tormenta juvenil de Francia. Su gesto de asfixia en el himno antes del segundo partido presagiaba lo peor: Argentina y Messi no iban a tardar en macharse del Mundial más decepcionados y envejecidos que nunca. El desplome alemán
Vigente campeona, referencia de la constancia y el trabajo bien hecho, Alemania llegaba de vencer sin despeinarse la última Confederaciones. Era una locura no apostar por la Mannschaft en esta Copa a la que se presentaba con una estudiada mezcla de veteranos y jóvenes y el objetivo de igualar a Brasil como
pentacampeona mundial. Pero todo se vino abajo en el primer partido cuando una descarada México le sacó los colores (1-0) en el mismo estadio donde muchos contaban verle un mes después en la final. De repente, el fútbol no era ya ese juego en el que ganaba siempre Alemania y, aunque tiraría después de épica ante Suecia (21), acabaría ocurriendo lo increíble: la campeona caía ante Corea del Sur (2-0) y se iba humillada del Mundial arruinando las apuestas de medio mundo. Y las suyas propias. El culebrón español
Si quedaba algún pronóstico en pie tras la imprevisible primera fase, se vino definitivamente abajo en octavos. La talentosa España de Iniesta, Isco, Ramos o Silva se estrellaba en cuartos contra el muro de Rusia en los penales. Aunque la ‘Roja’ llegó enredada en el culebrón sorpresa de este Mundial con la fulminante destitución de Julen Lopetegui a dos días del inicio, parecía imposible que la campeona del Mundo en 2010, y dueña de uno de los estilos más atractivos del planeta, no fuera capaz de superar a la selección con peor ranking del torneo. Pero sus más de 1.000 pases no fueron suficientes para salir viva de Moscú y acabó yéndose por la puerta de atrás.
ALEMANIA. Llegó a defender su título, pero fracasó y se despidió de forma temprana del Mundial de Rusia. AFP
BÉLGICA. Miles de aficionados de la selección nacional belga festejaron ayer en Bruselas el regreso a casa de los ‘Diablos Rojos’ y su tercer puesto en el Mundial-2018. AFP
Rejuvenecimiento vaginal por una mejor salud
Con los años y por su actividad sexual y reproductiva, la mujer enfrenta cambios que afectan su zona genital. Los embarazos, los partos, la obesidad, la menopausia y la deficiencia de colágeno son, entre otras, las razones para la pérdida de elasticidad o la sequedad vaginal, la incontinencia urinaria y el descenso de útero, la vejiga y/o el recto. Todos estos, males que llevan a la mujer al quirófano. La vagina es un canal de tejidos blandos, conformado por una mucosa que cubre los músculos y ligamentos y otros órganos que, en conjunto, forman el piso pélvico, informa el ginecólogo Paúl Bravo. Esa mucosa es la que da elasticidad, contracción y lubricación. Esto permite la función tanto sexual como reproductiva. Pero este órgano se ve alterado porque durante el embarazo, el tamaño uterino presiona la cavidad y el piso pélvico. Luego, con el parto, que provoca la ruptura de vasos sanguíneos y pequeños nervios, el músculo de la pelvis queda muy debilitado y no vuelve a estar como antes. Las consecuencias a largo plazo son la incontinencia urinaria y el prolapso (descenso) de los órganos pélvicos vecinos de la vagina. Cuando hay prolapsos, el tratamiento es quirúrgico. Se colocan los órganos en el lugar y, como ha pasado mucho tiempo haciendo presión sobre la vagina, esta se agranda. Entonces, en la misma cirugía se recorta cierta cantidad de tejido vaginal para dejarla un poco más estrecha, pero sin devolverle el control y la fuerza, aclara el especialista. Ginecoestética
Hablar de la salud vaginal, su rejuvenecimiento y de una mejor calidad de vida sexual, ha sido siempre un tabú. Pero esto se está superando y las mujeres buscan ayuda y alternativas, señala Verónica Bravo, médico estético. La experta impulsa un tratamiento de rejuvenecimiento vaginal con láser CO2 fraccionado. Este método estimula la producción de colágeno en las células y los
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tejidos de la vagina y, a su vez, reduce su diámetro. También reconstituye el PH, recupera el tono y la lubricación, le devuelve la fuerza a los músculos y corrige problemas leves de incontinencia urinaria. El procedimiento es ambulatorio e indoloro, menciona la especialista. Agrega que se introduce por la vagina un aparato que dispara luz láser en 360º para abarcar todo el tejido, estimula las células que producen y generan colágeno y elastina. Asimismo, ayuda a que el tejido tenga más vascularización, tonifica los músculos y hace que el conducto vaginal se estreche y tenga más funcionalidad. Terapia complementaria
Antes del tratamiento con láser, se debe pasar por una consulta ginecológica para, mediante chequeo y exámenes, determinar el trata-
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NOTARIA SEGUNDA DEL CANTÓN ZAMORA A V I S O:
Tratamiento rápido La intervención con láser CO2 es ambulatoria, no requiere de hospitalización y postoperatorio. Cada sesión dura aproximadamente 45 minutos y la paciente retorna a sus actividades habituales. Solo se le prohíbe mantener relaciones sexuales durante siete días. Según el grado de atrofia o laxitud vaginal, se puede necesitar entre dos y tres sesiones con una de mantenimiento después de un año, aproximadamente. Mientras que una cirugía requiere de hasta tres o cuatro semanas para la recuperación con medicación y tres semanas de abstinencia sexual.
SALUD
PROCEDIMIENTO. El médico especialista familiariza a la paciente con el equipo láser que usan para este tratamiento.
miento a seguir. Una de las condiciones para realizar el procedimiento es que la mujer esté sana, que no tenga secreción vaginal y descartar lesiones patológicas o alteraciones celulares. El ginecólogo Bravo aduce que si la mujer tiene prolapso o incontinencia de tipo esfuerzo (cuando hay fuga de orina al to-
ser, reir, ejercitarse…), y quiere fortalecer el canal vaginal, tiene que someterse inicialmente a una cirugía para poner a los otros órganos en el sitio y luego reforzar con la terapia láser. En el caso de quienes estén en la etapa de la menopausia, “los tratamientos con láser son excelentes”, asegura el ginecólogo. (CM)
Se pone en conocimiento del público en general, que se va a proceder a la inscripción de la Escritura Pública que contiene el Convenio de la Liquidación de la Sociedad Conyugal habida entre los cónyuges señores: RICHARD MAURICIO ANDINO ÁLVAREZ Y SONIA CRISTINA SOLÓRZANO GUACHÓN, escritura pública celebrada en la Notaría Pública Segunda del cantón Zamora, con fecha 12 de Julio del 2018, y que comprenden: 1).- Un lote de terreno urbano signado con el número 2C, ubicado en el barrio Tunantza de la parroquia y cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe; 2.Un Lote de terreno rural signado con el número DOCE, ubicado en el barrio Buenaventura de la parroquia Timbara, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe.- 3.- Un lote de terreno rural signado con el número ONCE, ubicado en el barrio Buenaventura de la parroquia Timbara, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe.Los interesados, de conformidad al numeral 23 del artículo 18 de la Ley Notarial vigente, podrán oponerse en el término de veinte días contados a partir de este aviso.- Zamora, 12 de julio del 2018.Dr. Sergio Tacuri Alvarado NOTARIO PÚBLICO SEGUNDO DEL CANTÓN ZAMORA P/02-2591
EXTRACTO AVISO DE REMATE En el procedimiento Coactivo N° BIESS-187-2017-(Dr. JCSG) Pongo en conocimiento del público en general, que en auto dictado el 04 de junio de 2018, a las 09h00, por la Jueza de Coactivas del BIESS, dentro del Juicio Coactivo No. BIESS-187-2017-(Dr. JCSG), se ordenó el REMATE del bien inmueble embargado, señalándose para el efecto, el día MIÉRCOLES 05 DE SEPTIEMBRE DE 2018, desde las 13h00 hasta las 17h00, en el Juzgado de Coactivas del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, ubicado en el Distrito Metropolitano Quito, Av. Amazonas y Villalengua, Plataforma Gubernamental de Gestión Financiera, cuarto piso. CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE A REMATARSE: CASA DIEZ: planta baja, alícuota parcial cero coma cuatro dos dos ocho por ciento (0,4228%), planta alta, alícuota parcial cero coma cuatro siete ocho cero por ciento (0,4780%), terraza cubierta, alícuota parcial cero coma cero cuatro cinco cinco por ciento (0,0455%), terraza abierta, alícuota parcial cero coma cuatro tres dos cinco por ciento (0,4325%), patio exclusivo, alícuota parcial cero coma dos dos siete seis por ciento (0.2276%) alícuota total uno coma seis cero seis cuatro por ciento (1.6064%) y parqueadero treinta y uno, alícuota parcial y total cero coma uno tres cero uno por ciento (0,1301%); del conjunto residencial CIBELES 2, ubicado en el lote número dos del fraccionamiento del lote, Producto de la unificación de dos lotes de terreno situado en el sitio denominado San José, situado en la parroquia CALDERON de este Cantón. EL AVALÚO DEL INMUEBLE es de SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 38/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 68.248,38). El remate se realizará como cuerpo cierto de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1773 del Código Civil. Las publicaciones de los avisos del Remate se hará mediando ocho días por lo menos, de uno a otro y del último de ellos al día señalado para el remate; las posturas que se presenten para primer y segundo señalamiento para el Remate, no podrán ser inferiores al 100% del avalúo pericial efectuado de conformidad a lo prescrito en el Art. 400 del COGEP; deberán presentarse en el juzgado de coactivas con firma del postor y del abogado, señalando casillero judicial y correo electrónico para futuras notificaciones y acompañadas por lo menos con el 10% del valor total de la oferta, que se consignará mediante depósito efectuado en efectivo o transferencia en la Cuenta Corriente N° 7813430 del Banco del Pacifico, a nombre de “BIESS COACTIVAS”, con RUC 1768156470001, o mediante cheque certificado de las instituciones del sistema financiero ecuatoriano, a favor del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia del negocio. Todos los gastos que demande la protocolización e inscripción y demás diligencias que se realicen para la transferencia de dominio del bien inmueble materia del remate, serán de cuenta del adjudicatario.Cualquier información adicional la suministrará en la Secretaria del Juzgado, ubicada el Distrito Metropolitano de Quito, Av. República de El Salvador N35-146 y Portugal, Edificio Prisma Norte, 4to piso, oficina 402.
Esm/104868PAP/71025
Lo que comunico al público interesado para los fines de Ley.- LO CERTIFICO.DR. JUAN CARLOS SOSA GALLARDO SECRETARIO ABOGADO
PAB/20138/AS
INTERCULTURAL
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EL BARRO SE NIEGA A MORIR EN
TRADICIÓN. La habilidad de crear objetos de barro se transmite de generación en generación.
EL CALVARIO
La alfarería es un oficio que las familias del este de Cotopaxi aún conservan.
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a n u e l vivienda tienen un pequeño taOlmos y ller. Un par de planchas de zinc, Aurora troncos a los costados y plástico S u á r e z negro son los materiales con los son los que está hecha su minifábrica. esposos que más Paso a paso años tienen en el oficio de la ela- En un largo plástico tendido en boración de utensilios de barro. el patio de la casa de Martha, Viven en el barrio El Calvario el barro se seca con el calor del (Cotopaxi). El hombre, sentado sol. Esta tierra que aún está en en el torno, da forma a un jarrón. grandes grumos se empieza a Su problema auditivo no le permi- disolver por el proceso del ‘golte escuchar con claridad lo que su peado’. Con ayuda de un palo, hija le dice, pero sonríe y continúa Diego Sangoquiza, el hijo mayor, con entusiasmo su labor. remueve la tierra una y Por su parte, Aurora, EL DATO otra vez. “El barro debe también sentada en un estar totalmente seco para banquito de madera en el después cernirlo y quitar tierra negra patio de la casa, les pone La todas las piedras”, comenllega desde los color a los objetos que páramos del ta su primogénito. Tingo Grande, crea su pareja. Es como si en una volqueta Mientras Martha, con a las familias su hija Jéssica Sangoquiza, hubiese asistido a una es- que de este barrio les cuela de artes, pues sabe cuesta 90 dóla- sentadas en el torno, elaperfectamente hacer di- res. boran su pedido de 3.000 seños y figuras, así como ollas encantadas o más combinar los tonos. conocidas como piñatas, Diego Frente a su casa vive Martha lleva con esfuerzo en carretillas Olmos, primera hija de la fami- la tierra y la coloca en un costal lia. Ella, junto con sus retoños, grande extendido en un rincón también vive del oficio. En su de este taller. Además tiene un
LABOR. En el horno entran aproximadamente 1.000 objetos de barro.
balde de agua que sirve para la mezcla del proceso de ‘bailado’. Juan Pablo Olmos, hermano de Martha, llega saludando a todos, se quita sus zapatos de cuero, dobla su pantalón hasta la altura de sus rodillas, descalzo pone sus pies sobre la tierra que absorbe brevemente el agua, “Le estábamos esperando tío, no teníamos quien nos dé ‘bailando’”, manifestó Jéssica, a lo quien brevemente responde: “estuve donde el vecino ‘bailando’ el barro”. Juan ‘baila’ en círculos una y otra vez sobre la tierra. Después de una hora y media, que es el tiempo estimado de este proceso, se forma una masa como la del pan o las empanadas. Los pies de Juan están cubiertos de barro. Un poco cansado y agitado da el aviso de que ha terminado su trabajo. Mientras tanto Diego toma una parte de esta masa y la golpea con una piedra lisa, dándo-
OBJETOS. Se pueden elaborar distintos jarrones, ollas, tortugas, alcancías, tiestos y mucho más.
le la forma de un circulo plano, abuelo, pero ahora su problecomo una pizza, para que su ma de cadera le impide incluso mamá y hermana continúen con caminar con normalidad”, sela elaboración de las ollas. ñaló Diego. Los utensilios acabados se Martha tiene los nudillos de secan al aire libre para después sus manos muy marcados, seguentrar en al proceso de ramente el contacto con el ‘quemado’. En un horno EL DATO barro durante toda su vida de leña durante una hora es lo que ha hecho que adese funde el barro para más se note la resequedad. costo de cada Inmediatamente moja sus que tenga dureza y tome El olla encantada un color entre amarillo y es de 15 centa- palmas para colocar este anaranjado, muy parecido vos. material sobre el molde de al ladrillo. las ollas que está fabricando. Cuenta que desde niña ya le gustaba estar junto a sus padres. El trabajo en familia Jéssica afirma que la elaboDoña Aurora, con ayuda de un bastón sencillo y un poco de di- ración de estos objetos se realiza ficultad, llega para acompañar por partes. En la primera fase se moldea la base para después comy ver lo que su familia está plementarla con el filo o boca de haciendo. Muy sonrienla olla. “El estar trabajando en te y carismática prenuestra casa nos permite estar gunta a todos, ¿como cerca de los hijos, cuidarles están? “Antes ella y trasmitirles la habilidad era quien ‘baique Dios nos ha dado”, conlaba’ el barro cluyó. (MBG) junto con mi
CONSTANCIA. Don Manuel trabaja con alegría y entusiasmo. Sus manos crean productos de calidad.
HORÓSCOPO ¿Nació un 16 de julio?
• HORAGRAMA
H. MARCELO MEJÍA R. hmejia@lahora.com.ec
Posee la facilidad de dejarse llevar por su voz interior, la cual hace que tome las decisiones más maduras y acertadas. Posee una sabiduría muy fuerte, la cual hace que todos confíen en su buen juicio y capacidad de discernimiento.
Antes de Cristo Rezar, suplicar
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(marzo 21 - abril 19)
Alabar
Ud. tomará con más calma los asuntos relacionados con las finanzas, lo cual le dará una mayor libertad para poder socorrer y ayudar económicamente a quienes le rodean. RECUERDE: La confidencia corrompe la amistad; el mucho contacto la consume; el respeto la conserva.
Ladrón
Segunda nota Reina de Inglaterra
(abril 20 - mayo 20)
Su personalidad se dulcifica, Ud. será mucho más suave y cariñoso, lo que hace que Ud. se relacione mejor con los demás. Es probable que aumente de peso en este periodo. RECUERDE: Menos mal hacen los delincuentes que un mal juez.
Pez de agua dulce Balneario de Esmeraldas
Madre de Jesús Santo en portugués
Ud. será mucho más hospitalario, lo que hará que dentro de su hogar haya mucha gente. Apreciará cada momento a solas, ya que le ayudan a crecer. RECUERDE: Mejor habla, señor, quien mejor calla.
Tiempo Arma blanca larga
Títere
Fruta cítrica Igualda, nivel
VIRGO
(agosto 23 - septiembre 22)
Su desarrollo espiritual vendrá por medio de la misericordia y generosidad con quienes lo necesitan. Los negocios darán buenos resultados. RECUERDE: Nunca podrá equivocarse quien dé al niño mucho amor y besos, intercalados con disciplina.
(septiembre 23 - octubre 22)
ESCORPIO
(octubre 23 - noviembre 21)
La vida de pareja mejora gracias a que Ud. será mucho más tranquilo y afectuoso con su pareja. Las sociedades serán buenas siempre y cuando ambas partes asuman responsabilidades. RECUERDE: La vida no se mide por años, sino por hechos.
SAGITARIO
(noviembre 22 - diciembre 21)
El ambiente en su trabajo será mucho más liviano y relajado, lo que ayudará a que su desempeño en el mismo sea mucho mejor. RECUERDE: La juventud es un estado de ánimo.
CAPRICORNIO
(diciembre 22 - enero 19)
Ud. se dejará llevar por las sensaciones gratas del amor y sentirá que su pareja es el centro de su universo, aproveche este buen momento. RECUERDE: La juventud es un estado de ánimo.
ACUARIO
(enero 20 - febrero 19)
Actué con mayor responsabilidad dentro de su hogar, ya que esto demostrará su madurez y compromiso hacia su familia. RECUERDE: Cuando algo importante está sucediendo, guardar silencio es mentir.
PISCIS
(febrero 20 - marzo 20)
Los negocios relacionados a la alimentación, aseo y administración serán muy fuertes en este momento. Sus hermanos serán mucho más afectuosos y demostrativos. RECUERDE: Las mentiras vuelan, pero la verdad perdura.
Tacaño
Atar con liananas
Sporting club
Julieta
Dispersa Punto cardinal Símbolo de radio
HBO SIGNATURE: 23:32
Hijo de Noé
Relacionarse
La muerte
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Quietud
Segunda vocal Burla, chiste Paludismo
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Político chino Astado
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Tesoro público Pres. ecuatoriano 1895
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Hogar, vivienda
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Repollo
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Falda indígena Dueña
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Hueso de la cadera Agredir
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Camino, sendero País de Extremo Oriente
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Carraspeo Especie de búfalo pigmeo
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Basija grande de barro
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C O L E R CELEBRIDADES O Yerro, error
GILBERT CESBRON (1913 - 1979) NOvELISTa fRaNCES. TRaTó La INjuSTICIa SOCIaL, BajO EL pRISma CaTóLICO.
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Plantígrado Dogma del hinduismo
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Gato en inglés Libro sagrado mahometano
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Soga de esparto Palma de Canarias
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Envidia, rivalidad Omega
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Clarear, amanecer Masa de agua salada
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Adverbio de cantidad Existencia, tiempo Enojo, ira
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Racano Provincia de España
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Escritura en la cruz
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Cuerpo líquido
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Detonación, disparo Oficio de gran tamaño
Embancar, naufragar
Departamento del Perú Símbolo del bario Torre
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Saludo indio
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MICROBIOGRAFÍA
° Tras treinta años de cuarentena, el virus que una vez infectó a un país entero ataca de nuevo. Un grupo de profesionales debe ir al sitio clausurado en donde surgió este virus, con el fin de hallar una cura y así salvar a la humanidad de la extinción.
Símbolo de litio
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LIBRA
Su regeneración emocional será muy importante, ya que esta le permitirá ver la vida de un modo más confiado, sereno y afectuoso. RECUERDE: La alegría es el paso del hombre de una menor perfección a una mayor.
Anotrcha
Hijo de Dédalo Día de la semana Mamífero mustélido
CÁNCER
En el área profesional, Ud. deberá demostrar dedicación y ahínco, ya que sus superiores serán mucho más exigentes, lo cual puede perjudicarle. RECUERDE: Una familia feliz no es sino un paraíso anticipado.
Río de Alemania Estado en inglés
Sortija Alcanzar, abundar Se enciende con facilidad
Dueño
Cantante, compositor y actor ecuatoriano
TVFAN
Triunfar
Afluente Hueso largo del cuerpo Capital de Perú
(mayo 21 - junio 21)
(julio 23 - agosto 22)
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Bofetada, golpe Esposa de Abraham
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Fiesta, mercado
TAURO
(junio 22 - julio 22)
LUNES 16 DE JULIO DE 2018 La Hora,ECUADOR
Cofre, baúl
ARIES
Sus amigos son mucho más demostrativos y afectuosos, lo que facilita la relación con los mismos. Sus proyectos serán más de tipo interior y emocional. RECUERDE: Si quiere estar bien con todo el mundo, es porque no lo está consigo mismo.
MOSAICO
Gitano de raza
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Rubén Blades
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(1948)
CINEMAX: 01: 26
Cantante, compositor, músico, actor, abogado , político y humanista panameño. Desarrolló gran parte de su carrera artística en la ciudad de Nueva York. Sus discos más exitosos los realizó junto a Willie Colón para el sello discográfico Fania, durante el boom de la salsa. Su estilo ha sido calificado como “salsa intelectual” y en muchos países se le conoce como el “poeta de la salsa”. Sus canciones han alcanzado gran popularidad. Ha recibido 13 premios Grammy e incursionado en el cine. En 1994 participó en las elecciones presidenciales de su país, en las que quedó en tercer lugar, con el 20% de los votos, de entre siete candidatos. (OG)
° Cuando a David y Amy Fox se les estropea su auto, se ven obligados a pasar la noche en un aislado hotel. En su habitación descubren unas cámaras ocultas y se dan cuenta de que, a menos de que escapen, serán las próximas víctimas de una ‘snuff movie’.
Nro. 4337
CÁPSULA CIENTÍFICA
Crean un nuevo implante coclear MADRID, EFE• Un nuevo implante coclear basado en la luz se ha mostrado útil para restaurar las respuestas auditivas en un tipo de roedores, lo que podría servir de base para una nueva generación de implantes que transmitan los sonidos con mayor precisión que los dispositivos tradicionales. El estudio proporcionó una prueba de concepto (que sirve para verificar que una teoría puede ser explotada de manera útil) de que la combinación de
estimulación óptica con la manipulación genética puede restaurar la percepción del sonido. El equipo, liderado por Christian Wroberl de la Universidad alemana de Gotinga, empleó la optogenética, método que combina métodos ópticos y genéticos, para realizar su experimento que publica Science Translational Medicine. En el mundo hay unos 360 millones de persona con discapacidad auditiva y los implantes cocleares tradicionales pueden
EXPERIMENTO. Las células del oído pueden ser recuperadas con señales eléctricas.
recuperar la capacidad de oír de muchos de ellos, estimulando las células del oído con señales eléctricas. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec
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NACIONAL
Romance a ritmo de un trap
TEMPO B8
REBELDE Y NEBLA
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LUNES 16 DE JULIO DE 2018 La Hora ECUADOR
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Los artistas se suman a la tendencia urbana, con la que aspiran crecer musicalmente.
Cristhian Larrea lodía tierna, pero con el mismo y Moisés Sánchez, conocidos estilo trap. Siempre digo que hay como Rebelde y Nebla, respec- un género y letra para cada pútivamente, promocionan en blico y como dúo nos enfocamos Ecuador una melodía románti- en eso. Este género está dándole ca en género urbano. Se trata de mucho, no solo en Latinoamé‘Olvidarte’, una canción que re- rica, sino también en Estados lata la historia de un joven que le Unidos, y aprovechamos para cuesta sacar de la memoria a un sumarnos a su creciente”, dijo amor de años y busca la forma de Rebelde, que aprovechó su estadía en el país para hacer medios alejarse de todos sus recuerdos. Este género conquistó a am- y visitar a su familia. Rebelde, nacido en el Bronx, bos artistas que sueñan con escalar internacionalmente, esto contó que viene desarrollando su carrera artística desde hace aprovechando el auge unos años de forma profede lo urbano. EL DATO sional y como dúo en este Anterior a este sen2018. Antes había trabajado cillo, el dúo que radica y Nebla con otras agrupaciones uren Estados Unidos, lan- Rebelde trabajaron con el banas, pero cuando conoció zó su primer sencillo reguetonero a Nebla, oriundo de Vene‘De calle me llaman’, Casper. zuela, decidió llevar a cabo que según Rebelde, su letra es fuerte y cuenta vivencias este proyecto musical que ha sido progresivo, según el artista. urbanas. Además de trabajar con otros “En este nuevo tema quisimos darle otro color y hacer una me- artistas latinos en la producción,
GUAYAQUIL •
RESIDENCIA. La dupla urbana radicada en Estados Unidos se suma a una tendencia que ha marcado la música en los últimos tiempos.
los cantantes promocionan sus trabajos en eventos públicos. Ellos tienen previsto iniciar una gira de medios por Latinoamérica. Su historia
Este dúo decidió unir fuerzas este año para llevar acabo su primer proyecto musical a nivel profesional, ya que con anterioridad habían colaborado en un sinnúmero de grabaciones a nivel ‘undergroud’, las cuales nunca fueron publicadas. El binomio los ‘Different’ como suelen llamarse entre ellos, implanta en el mercado musical urbano un tono y color diferente a lo que habitualmente el público está acostumbrado a escuchar. La fuerte motivación de Rebelde y Nebla se basa en el rap afroamericano de los 90, conocido mundialmente como ‘la era de oro’, según han afirmado. Como parte de su emergente carrera profesional, promocionan su música en discotecas, Eventos públicos y al mismo tiempo se encuentran trabajando junto a otros exponentes del género Urbano. (JCL)
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Cristiano Ronaldo ya está en Turín
La Juventus de Turín anunció ayer la llegada de Cristiano Ronaldo a Italia procedente de España, un día antes de lo previsto por los medios del país. Una fotografía del astro portugués acompañado de su pareja caminando sobre la pista de aterrizaje fue subida a la cuenta de Twitter de la Juve, con el anuncio: “Cristiano Ronaldo llegó al
aeropuerto de Turín”, acompañado de un ‘bem-vindo’ (bienvenido en portugués). La llegada del cinco veces ganador del Balón de Oro estaba prevista para hoy, para ser sometido al reconocimiento médico y firmar el contrato que le vinculará por cuatro años con la ‘Vecchia Signora’, antes de ofrecer una conferencia de prensa. EFE
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LUNES 16 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR
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Liga se fortaleció desde la defensa
RECUPERACIÓN. Un año tuvo que esperar Novak Djokovic para volver a ganar un torneo. AFP
Djokovic acaba su sequía TENIS
Ganó su cuarto Wimbledon, su décimo tercer Grand Slam. Vuelve al top 10 de la ATP.
tenista ser- de 2016, temporada en la que se bio Novak Djokovic venció ayer anotó el Abierto de Australia y al sudafricano Kevin Anderson Roland Garros, y su último títupor 6-2, 6-2 y 7-6 (7/3) y con- lo se remontaba a Eastbourne, el 1 de julio de 2017. quistó su cuarto título en “No hay mejor sitio Wimbledon, primero del TOME NOTA en el mundo para volver, Grand Slam en dos años. este es un lugar sagrado El serbio remató con ex número para el tenis”, dijo un un ‘ace’ un partido en el El uno mundial que su rival apenas plantó cayó al 22º del emocionado Djokovic al el 21 de cara en las dos primeras ranking mayo de 2018, y recoger la copa, feliz porque su hijo -que no pudo mangas, pero que en la la victoria en Londres le asistir al partido porque tercera desperdició cinco devuelve de a los 10 es menor de 5 años-, esbolas de set que le hubie- nuevo primeros. taba en las gradas en el ran permitido alargar la momento. final. “Estoy muy agradecido a mi A los 31 años, Djokovic no había disputado una final de equipo y a todos los que me han un torneo del Grand Slam des- estado apoyando en estos dos
REINO UNIDO, AFP• El
Márquez cumple con lo pronósticos El español Marc Márquez (Repsol Honda RC 213 V) hizo quedar bien a quienes le consideraban favorito y se impuso en el Gran Premio de Alemania de MotoGP que se disputó ayer en el circuito de Sachsenring. Márquez encadenó su novena victoria. EFE
Hubo momentos de duda, de frustración, donde te preguntas si quieres seguir”. NOVAK DJOKOVIC, TENISTA SERBIO
años, que no fueron fáciles”, añadió el serbio, que se embolsa 2,50 millones de libras por la victoria (3,30 millones de dólares), el doble que Anderson. El sudafricano admitió su mal arranque. “No jugué muy bien al principio. Hice lo que pude por mantenerme. Me sentí mucho mejor en el tercer set, creo que tuve oportunidades de ganarlo”. El serbio estimó que la inexperiencia en finales en Wimbledon de su rival le benefició. Jugar una final “es una sensación totalmente diferente (...) Traté de aprovechar las cinco que jugué”.
Lo de Liga de Quito no es casualidad, es trabajo. Luego de tres años, el equipo quiteño vuelve a ‘saborear’ las mieles de la gloria. Tras ganar la primera etapa del Campeonato se acreditó la final y un cupo a la Copa Libertadores 2019. El juego que perdió ayer (0-2) ante Deportivo Cuenca fue de trámite. La última vez que su hinchada vibró con una final fue en 2015, cuando perdió con Emelec. Desde ahí, el resto de temporadas han estado llenas de sufrimientos. El cuadro ‘Universitario’ fue el mejor del torneo tras conseguir 14 triunfos y cuatro empates. Cayó solo cuatro veces. Sus escoltas, Barcelona y Universidad Católica, se quedaron en el camino en las últimas cinco jornadas. Para ganar la fase se impuso a sus rivales directos y a los que han demostrado un buen nivel: Barcelona, Universidad Católica y Emelec. Al equipo ‘torero’ le ganó los dos partidos, tanto en Quito como en Guayaquil. Con Emelec pasó lo mismo. Al actual campeón le quitó los tres puntos en su estadio, incluso el portero Adrián Gabbarini tapó un penal ese día. Y lo que sucedió con Universidad Católica le confirmó como el mejor.
Barcelona termina a un punto del primer lugar U. CATÓLICA
El cuadro ‘canario’ cerró su participación en la primera BARCELONA etapa de la Serie A del fútbol de Ecuador con un triunfo 3-2 sobre Universidad Católica, en el estadio Olímpico Atahualpa. El triunfo dejó a Barcelona con 45 puntos, uno menos que Liga de Quito, ganador de la etapa. El ‘Trencito’, por su lado, se quedó en tercer lugar con 38 unidades. Los goles ‘Toreros’ fueron anotados por Michael Arroyo, Ely Esterilla y un gol en contra del ‘Pollo’ López. Por Católica anotó Jhon Cifuente en dos ocasiones. El goleador del Campeonato llegó a 24 anotaciones.
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ETAPA. Liga de Quito cayó ayer en el último juego de la fase ante Deportivo Cuenca.
Antecedentes
La ‘U’ inició el Campeonato como en las últimas temporadas: sin el cartel de favorito. En la primera fecha perdió ante Deportivo Cuenca. Sin embargo, todo cambio y eso es gracias al cuerpo técnico y a los jugadores. Pablo Repetto, quien llegó a finales del año pasado a Liga, pidió reforzarse en el punto más bajo que tenía el equipo, la defensa. Cambiaron desde el arquero. Adrián Gabbarini fue el elegido. Luego de 35 años, el cuadro ‘blanco’ volvía a contratar un extranjero en ese puesto. En la defensa contrataron a Franklin Guerra y Ánderson Ordóñez, quienes se han convertido en una dupla que no deja pasar a nadie. En la banda está Cristian Cruz, quien llegó de Guayaquil City y es uno de los más destacados. En el mediocampo se reforzó con Jefferson Orejuela y en la delantera se retuvo a Hernán Barcos; sin embargo, ya no estará. (JG)
MOMENTO. Ely Esterilla anotó un gol y participó en otro para Barcelona.
Vuelve Erazo ° Frickson Erazo jugará en Barcelona. Carlos Alejandro Alfaro Moreno confirmó la información en la previa del partido de ayer. Erazo, quien actuó en el Vasco Da Gama brasileño, ya fue parte del equipo campeón en 2012.
Lo más importante era sacar los tres puntos por lo que pueda pasar el lunes. Estoy bien físicamente. El gol me da más confianza”. MICHAEL ARROYO,
JUGADOR DE BARCELONA
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La Presidenta de Croacia nunca los dejó solos
LUNES 16 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR
La presidenta de Croacia, Kolinda Grabar-Kitarović, se hizo famosa en el Mundial de Rusia por el apoyo incondicional a los seleccionados de su país. La dirigente estuvo presente en todos los encuentros de los suyos luciendo siempre los colores que los caracteriza y en la final ante Francia, obviamente,
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no faltó a la cita. Para esta ocasión, Kolinda apareció en el palco de honor con el habitual rojo y blanco a cuadros y una chaqueta también colorada. Junto a ella, disfrutaron del encuentro el presidente de Francia, Emmanuel Macron, y su homólogo en Rusia, Vladimir Putin, que hizo de anfitrión. (AFP)
Macron celebró con euforia el triunfo de Francia en Rusia 2018 El presidente de Francia, Emmanuel Macron, vivió la final del Mundial de Rusia de una manera muy especial, rompiendo todo el protocolo que se supone que un dignatario mundial debe mantener en el palco de un estadio deportivo en las celebraciones de los goles de su equipo. Macron celebró de forma eufórica cada tanto de Francia, poniéndose de pie y agitando los brazos ante el estupor del presidente de Rusia, Vladimir Putin, o del presidente de la FIFA, Gianni Infantino, que no se movieron de sus asientos en cada uno de los seis tantos que se vieron en la final. La imagen recordaba a la celebración del presidente de Italia, Sandro Pertini, en la final del Mundial de España del 1982 junto al rey Juan Carlos I en el palco del Santiago Bernabeu cuando Italia ganó a Alemania, reseñó el portal La Vanguardia. Emmanuel Macron mantuvo, por otra parte, una actitud muy deportiva con la presidenta de Croacia, Kolinda Grabar, que acudió a ver a la final con una camiseta de su selección y hasta llegó a protestar de pie alguna
decisión del árbitro del partido. La complicidad entre ambos dirigentes fue máxima y en algún momento llegaron a abrazarse como dos aficionados más en el palco del estadio, demostrando la buena sintonía entre ambos. Macron y Grabar acudieron posteriormente a la entrega de trofeos y saludaron con deportividad a los jugadores rivales, demostrando en todo momento una gran emotividad.
MEDIDA. Con la campaña ‘Policía entra al juego’, el colectivo Pussy Riot protestó contra la represión de Putin (AFP).
RETRATO. Esta es la icónica foto sobre el mandatario que dio la vuelta al mundo. (foto: EFE)
P FORMATO PARA LAS PUBLICACIONES DE LOS NOMBRES Y SÍMBOLOS DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS
REPÚBLICA DEL ECUADOR
EXTRACTO
De conformidad con el Art. 15 de la Codificación del Reglamento para la Inscripción de Partidos, Movimientos Políticos y Registro de Directivas, se procede a la publicación del siguiente extracto: Nombre de la Organización Política: MOVIMIENTO RURAL INDEPENDIENTE "MRI" Ámbito de acción: Parroquia San José de Minas, cantón Quito, Provincia de Pichincha Nombres y Apellidos del Representante: Segundo Hernán Cerón Albuja Fecha de ingreso de la documentación: 10 de julio de 2018 Sede: García Moreno s/n, diagonal a la Ex Tenencia Política, San José de Minas Símbolo:
Cuatro personas irrumpieron en la final del Mundial El grupo Pussy Riot se atribuyó la protesta contra el gobierno de Putin. Usaban uniformes policiales.
intentaron agredir o abrazar a vadieron brevemente el campo los jugadores en el terreno de de juego del estadio Luzhniki juego. Minutos más tarde, el grupo de Moscú durante la final de la Copa del Mundo de Rusia-2018, de protestas ruso Pussy Riot cuando Francia derrotaba 2-1 a afirmó, en sus sitios de internet de Twitter y Facebook, Croacia, antes de su conque sus miembros hasagración mundial con el EL DATO bían protagonizado la triunfo 4-2, este domingo. intrusión. Las cuatro personas colectivo, Representaban “poliinvadieron el campo de Este de origen ruso, cías celestes que vigilan a juego en el minuto 53 y ya ha tenido diversas hostililos hinchas del Mundial fueron rápidamente con- dades con el que (...) y el respeto de las retroladas y retiradas por gobierno preside Vladimir glas de juego”, a diferenagentes de seguridad, Putin. cia de los “policías terrestras lo cual continuó el tres” rusos que “dispersan las juego. Los intrusos portaban uni- manifestaciones” y “lastiman a formes, principalmente de po- todo el mundo”, según el grupo licías, pero en ningún momento Pussy Riot.
MOSCÚ, AFP • Cuatro personas in-
El presente extracto se publica con el objeto de que si alguna organización política, personas naturales o jurídicas, consideran que la inscripción solicitada incumple normas constitucionales y legales podrán presentar su reclamo administrativo dentro del término de tres días, contados a partir de la fecha de esta publicación, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 16 de la Codificación del Reglamento para la Inscripción de Partidos, Movimientos Políticos y Registro de Directivas. Quito, 10 de julio de 2018 ABG. EDMO MUÑOZ BARREZUETA Secretario Delegación Provincial de Pichincha Consejo Nacional Electoral
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La banda contestataria explicó que pretendía llamar la atención sobre el problema de los presos políticos que hay en Rusia, reclamando principalmente la liberación del director de cine ucraniano Oleg Sentsov, de 42 años, condenado por la justicia rusa por “terrorismo” y “tráfico de armas”. Los miembros del grupo Pussy Riot no pudieron ser contactados inmediatamente, cuando la agencia de noticias AFP intentó comunicarse con ellos. Por su parte, la policía de Moscú, citada por la agencia oficial rusa Tass, anunció que había detenido a “tres mujeres jóvenes y un muchacho”, quienes habían invadido el césped del estadio de Luzhniki y luego “los trasladaron a una comisaría”. Nadia Tolokno y su grupo feminista contestario estará en Bogotá en la próxima edición de Rock al Parque, este 18, 19 y 20 de agosto.
CULTURA
Convertini y Molfino, premiados en la Semana Negra
Los autores argentinos Horacio Converini y Miguel Ángel Molfino (foto) recibieron los premios Celsius 232 y Espartaco, respectivamente, de la Semana Negra de Gijón, en la que el galardón principal fue para el español Juan Bas, que logró el Dashiell Hammett de novela negra. Convertini consiguió el Celsius 232 a la mejor obra de ciencia ficción con ‘Los que
duermen en el polvo’, una historia distópica que aborda las conductas sociales derivadas del hambre. Molfino se hizo con el premio Espartaco de género histórico por ‘Pampa del Infierno’, en la que narra las aventuras del caza recompensas Ken Parker en su labor de búsqueda de los delincuentes prófugos Sundance Kidd y Butch Cassidy en la Patagonia. EFE
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MINUTERO Falleció Christine Nöstlinger
La escritora austríaca de °libros juveniles Christine
COMPOSICIÓN. Objetos hallados en Bahía de Caráquez, tras el terremoto de 2016, son el pretexto poético de esta obra.
La ciudad que se levanta entre escombros, memoria y silencio ‘Buscamos en el silencio de las cosas’, una instalación de Giulianna Zambrano, se exhibe en la galería Khôra.
“...limas, umbrales, atlas, copas, clavos,/ciegas y extrañamente sigilosas!/ Durarán más allá de nuestro olvido;/ no sabrán nunca que nos hemos ido”. Estos versos de Jorge Luis Borges dialogan con una pregunta capital escrita a lápiz en una de las paredes de la galería Khôra: “¿cuál es la fuerza aleatoria que elige lo que queda?”. Alrededor de aquella pregunta aletea el silencio. Silencio que emana de grietas, sillas rotas y cajones que perdieron a su cajonera. Y entre restos de concreto y una silueta de Bahía de Caráquez sobre el muro blanco se levanta la instalación ‘Buscamos en el silencio de las cosas’, de Giulianna Zambrano. La obra es una urdimbre de memoria y materia. Una trama de historias particulares y colectivas que, tras el terremoto del 16 de abril de 2016, se tejen a partir
de objetos hallados entre cerros de escombros. Un candado oxidado pero abierto, una olla atachada, el plato sobreviviente de una vajilla de cristal tinturado de violeta. Los pies de un Cristo de la Misericordia que sucumbió junto con el hotel Italia. Los comprobantes de pago a Pacifictel, girados en sucres desde el Filanbanco. Los ductos de electricidad, todavía con costras de hormigón, de alguna casa de lo que fue el barrio San Roque. La carcasa del control remoto del aire acondicionado. Y marcos de ventana de buena madera… La recolección de objetos ocurrió entre agosto y septiembre de 2017. Zambrano los conjuga sobre una idea: cómo construir sobre lo que queda. Esa mirada apuntala un concepto mayor: resiliencia. De hecho, la misma puesta en escena aporta una atmósfera poética sobre la pér-
dida, la ausencia, la desintegración, el desplazamiento. Y en el montaje, un recurso reitera esa intención: varias fotografías en blanco y negro, tipo Polaroid, son el soporte de un mensaje colectivo: “Empezar de 0”, escrito a puño y letra temblorosa de quienes sobrevivieron a la catástrofe. En el espacio de Khôra, la mirada se enfrenta inicialmente a un muro con 20 fotografías de los objetos más evocativos de la búsqueda de la autora en Bahía de Caráquez. En la pared lateral izquierda, un paisaje etéreo, casi fantasmal. El perfil de la ciudad manabita, dibujado a lápiz sirve de base para una composición con otros objetos suspendidos en la superficie blanca. Y al pie, un par de maletas, una silla y un lavaplatos forman un altar de vida, pues sobre esta estructura de piedrecillas y cemento crece una planta indestructible: la lengua de suegra. Un breve documental complemente la propuesta, pues recrea la tarea de Zambrano: la de bucear entre camiones de cascajo para hallar un atisbo de
Homenaje a Sergio Pitol
homenajea al escri°tor,México editor, traductor y emba-
memoria familiar. “¿Cuántos camioncitos son una casa?”, se pregunta la autora mientras la cámara descansa sobre lomas de guijarros. ‘Buscamos en el silencio de las cosas’ es, por ende, un vértice de lenguajes. Así, Juan José Alomía y Sebastián Benalcázar se encargaron de fotografiar los objetos hallados. Las imágenes Polaroid son de Isadora Romero y Misha Vallejo. Cristina Yépez dibujó el perfil de Bahía. Daniel Llanos realizó el documental. Y María del Carmen Ordóñez y Nicolás Saavedra se encargaron del montaje. La muestra estará abierta hasta el 25, entre 08:00 y 20:00. Khôra se ubica en la González Suárez y Caamaño, en la parte posterior de Hansel y Gretel. (IFP)
Santamaría expone sus colores urbanos La Casa de la Cultura Ecuatoriana (CCE) acogerá a la exposición ‘Cromáticas urbanas alternas’, del artista Marcelo Santamaría. La apertura de la muestra está programada para mañana, a las 19:00, en la Sala Víctor Mideros del Museo de la institución. La exhibición estará abierta al público hasta el 25 de julio demartes a sábado, en horario de 09:00 a 16:45. Esta exposición, que se compone de 20 obras, cuya técnica es el acrílico sobre madera, lienzo y cartulina, muestra el espacio
cotidiano, los lugares que recorremos a diario, donde se encuentran inmersos elementos y símbolos que otorgan identidad a cada lugar. La forma, la escala, la cromática que poseen, son características que llevan a que la mirada se centre en la observación y destaquen el entorno plasmado. Expositor
El artista, mediante el lenguaje pictórico, pretende representar escenarios comunes, al insertar elementos de un imaginario
propio, combinando los mismos con un lenguaje cromático particular, que difiere del entorno común, a través de formas, figuras y colores que interactúan de una manera distinta. Santamaría, artista visual quiteño, es egresado de la carrera de Artes Visuales de la Pontificia Universidad Católica. Desde su niñez estuvo en contacto con el arte, puesto que su padre fue pintor. Usa medios como la fotografía, video, escultura, grabado, etc. Ha presentado varias expo-
Nöstlinger, una de las autoras más prolíficas y leídas de la literatura alemana en las últimas décadas, murió en Viena, a los 81 años, el pasado viernes. Nöstlinger escribió más de un centenar de libros, muchos de ellos publicados en español, entre los que destacan ‘Federica, la pelirroja’, ‘Una historia familiar’, ‘Dos semanas de mayo’, ‘La auténtica Susi’ o ‘Ilse se ha ido’. EFE
MUESTRA. Alrededor de 20 obras serán exhibidas.
siciones colectivas como: Rutas Actuales (2015), en el Palacio de Cristal del Parque Itchimbía, Salón del Artista Ecuatoriano (2017) en el Centro Cultural de la Universidad Católica. (IFP)
jador mexicano Sergio Pitol, fallecido el pasado 12 de abril, con una exposición que da cuenta con textos y ensayos de su extensa obra, así como fotografías de su vida y cartografías de sus viajes como diplomático. La muestra, titulada ‘Pitol: viajes, letras, mundos’, expone piezas documentales, reúne fotografías inéditas que ilustran sus actividades como embajador en la antigua Checoslovaquia y rescata sus ensayos de críticas de arte, entre otros aspectos de su obra literaria. EFE
Murió Clive King
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Clive King, el autor del clásico infantil ‘El amigo secreto de Barney’, falleció el pasado 10 de julio a los 94 años en el condado de Norfolk, Inglaterra, según dio a conocer el último viernes la editorial Puffin Books en un comunicado. Su obra maestra, cuyo título original es ‘Stig of the Dump’ ha vendido más de dos millones de copias desde su publicación en 1963. EFE
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POLICIAL I
LUNES 16 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR
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Cortó su cara tras acalorada discusión
DESGRACIA. A hierros retorcidos se redujo el vehículo en el que ellas viajaban, tras el choque frontal con un tráiler.
Trágica muerte de bebé y tres mujeres en la vía
Las víctimas viajaban de La Unión de Quinindé a Santo Domingo. Sus vidas se apagaron tras un choque. Consternación en los habitantes de los barrios ‘Los Alpes’ y ‘Bellavista’, de la parroquia La Unión, de Quinindé, Esmeraldas, es lo que queda luego de la trágica muerte de tres mujeres y una bebé de apenas 40 días de nacida. Ellas fallecieron en un accidente de tránsito, registrado a eso de las 02:30 de ayer, en el kilómetro dos de la vía Santo Domingo-La Concordia, sector de la gasolinera ‘Primax’. Laura Trejo Girón, de 45 años; Aurora del Rocío Muentes Holguín, de 55; su hija Pierina Lizbeth Guerrero Muentes, de 25, su nieta y la bebé, son las víctimas mortales, del choque frontal entre el vehículo Hyun-
dai Tucson color negro de placa GRS-0979, en el que viajaban las mujeres y un tráiler marca Kenworth color amarillo de placa XBA-6043. Invasión de carril
Según el informe de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), la tragedia ocurrió por invasión del carril izquierdo del vehículo Tucson conducido por Pierina Guerrero Muentes, automotor que circulaba desde la parroquia La Unión con destino a Santo Domingo, mientras que el tráiler rodaba en sentido contrario. “Las primeras pericias determinan que el vehículo Tucson por razones que se investigan,
invadió el carril contrario impactándose de manera frontal contra el tráiler, muriendo de forma instantánea las cuatro ocupantes, mientras que el vehículo quedó prácticamente reducido a chatarra”, relató uno de los agentes de la CTE. De acuerdo con un familiar de tres de las víctimas, las mujeres salieron a eso de la 01:30 de ayer desde la parroquia La Unión, donde vivían, para hacer atender a la recién nacida en una clínica en Santo Domingo, debido a que estaba enferma. “Se fueron llevando a una amiga, quien además había participado con ellas en un retiro espiritual. Uno de los agentes policiales fue quien llamó por teléfono avisándonos de esta terrible tragedia”, dijo el doliente. Trailero se fugó
Los cuatro cuerpos sin vida fue-
ron rescatados de entre los fierros retorcidos del automotor siniestrado, por los vigilantes de la CTE y trasladados al Centro Forenses de Santo Domingo, donde hasta la tarde de ayer, no podían ser retirados por sus familiares, debido a trámites de rigor. Ayer desde que se conoció la tragedia, muchas muestras de solidaridad se subieron en redes sociales por parte de familiares, amigos y conocidos de las víctimas, quienes eran muy apreciadas en la ciudad de Quinindé, la parroquia La Unión y el cantón La Concordia. Según el informe de los agentes de la CTE, se trató de un choque frontal excéntrico con pérdida de pista. El conductor del tráiler, después de la colisión abandonó el lugar del accidente. (JAR)
BABAHOYO • Los gritos de auxilio irrumpieron la tranquilidad de los habitantes del sector comprendido por la calle Isaías Chopitea y avenida Juan X. Marcos, aproximadamente a las 02:00 del viernes. Los uniformados que estaban cerca del lugar fueron alertados por el ECU 911 y avanzaron hasta la vivienda para averiguar de qué se trataba. Al ingresar al domicilio de dos pisos, se percataron que una mujer se encontraba con su rostro completamente cubierto de sangre. Tras las primeras averiguaciones conocieron que había sido agredida con un cuchillo. Tras registrar el inmueble para dar con el paradero del supuesto agresor, encontraron a un hombre en medio de un soporte de cisterna de aproximadamente tres metros de alto, donde se había ocultado para pasar desapercibido ante la presencia policial. Una vez neutralizado, el sujeto fue detenido y puesto a órdenes de la autoridad competente en la zona. Por la consideración de sus lesiones, Claudia H. fue trasladada hasta el hospital Martín Icaza. Allí los galenos controlaron el sangrado y descartaron un riesgo mayor. La abuela del presunto atacante comentó que estos hechos suceden a menudo y que quizás estas agresiones interpersonales fueron producto de la ingesta de bebidas alcohólicas. (NDA)
Hallan el cadáver de un hombre en el río Ambato y no se sabe su identidad La tarde tranquila, de diversión y turismo para varios visitantes de la Quinta de Juan León Mera se vio interrumpida ayer por el hallazgo de un cadáver que se encontraba flotando en la orilla del río Ambato. El cuerpo inerte era de un hombre de aproximadamente 45 años. Según las autoridades, no se encontró ningún documento entre sus prendas de vestir, por lo que se desarrollarán análisis para determinar su identidad.
Hechos
Cerca de las 13:00 varios visitantes recorrían las áreas verdes de la Quinta, cuando visualiza-
ron un bulto extraño que flotaba a la orilla del río, la curiosidad hizo que detuvieran su paseo y al observar detenidamente se dieron cuenta que se trataba del cuerpo de una persona. Asustados, los turistas inmediatamente informaron del hallazgo a los guardias de seguridad del sitio. Los gendarmes se comunicaron con el Sistema Integrado de Seguridad ECU 911, entidad que envió a las unidades de rescate del Cuerpo de Bomberos de Ambato. Al llegar, los ‘casacas rojas’ ingresaron al río y verificaron que se trataba de un hombre que ya no tenía signos vitales, por lo
que dieron aviso a la policía. Según las autoridades, aparentemente el individuo fue arrastrado por la corriente del río hasta el lugar, fueron los bomberos, además, de la Policía Nacional, los encargados de las labores de extracción del cuerpo. Diego Villalba, jefe de la Dinased Tungurahua, manifestó que el fallecido fue trasladado al centro forense, donde se determinará el tiempo y las causas de su muerte, así como también para identificar el cadáver, además, se realizará el cruce de datos con personas desaparecidas a fin de verificar si corresponde a uno de esos reportes. (FCT)
PROCEDIMIENTO. Personal policial realizó el levantamiento del cadáver.
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QUITO
Yegua miniatura se salvó subiéndose a un tejado
CURIOSO A14
LUNES 16 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR
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Esta es una de las noticias más insólitas que dio la vuelta al mundo en la última semana.
MISIÓN. Esta hazaña fue uno de los temás más divulgados en redes sociales en estos días.
Los 4 ‘héroes’ que quedaron hasta el final con los niños dentro de la cueva PLANETACURIOSO.COM • La imagen viral que muestra a cuatros marinos tailandeses tras rescatar a 12 niños y su entrenador de fútbol se ha convertido en un símbolo de esperanza e inspiración. La marina de Tailandia ha colgada la imagen en su Facebook junto a la frase : “Hooyah, Hooyah, Hooyah”, un grito de batalla que la élite de la unidad adoptó de la Marina de los EE. UU. El “grito” se ha convertido en un hashtag internacional utilizado por las personas para mostrar su apoyo y gratitud a aque-
En Estados Unidos, la Administración de Seguridad en el Transporte (TSA) encontró algo muy singular, una serpiente pitón oculta dentro de un CPU. Esto fue descubierto el domingo pasado en el aeropuerto de Miami. Un pasajero que iba de Miami a Barbados llevaba consigo una unidad central de procesamiento (CPU) con algo dentro. Antes
Leaf fue vista el lunes pasado por los socorristas que ingresaron al inundado barrio de Mabi para ayudar a los vecinos. “Los socorristas llamaron a los bomberos, pero estos les dijeron que su primera tarea era salvar vidas humanas”, por lo cual decidieron salvarla ellos mismos, explicó a la AFP Keiko Takahashi, una integrante de Peace Winds Japan (PWJ), una ONG de ayuda a poblaciones víctimas de tragedias humanitarias o catástrofes naturales.
llos involucrados en la misión de rescate. Gracias a una increíble misión de rescate en la cueva inundada de Tailandia se logró sacar a los 12 niños y su entrenador de fútbol que quedaron atrapados en el interior. Los buzos esperaron hasta que todos los miembros del equipo de fútbol fueron rescatados de la cueva antes de volver. El líder de la operación, el gobernador interino de Chiang Rai, Narongsak Osatanakorn, dijo: “Hicimos algo que nadie creyó posible”.
Pasajero intentó traficar una pitón poniéndola dentro de una computadora PLANETACURIOSO.COM •
JAPÓN, AFP • Leaf, una yegua miatura refugiada en un techo de tejas para salvarse de las inundaciones, conmueve a Japón, azotado desde hace varios días por lluvias torrenciales que dejaron más de 179 muertos. Mascota de una residencia de ancianos de la ciudad de Kurashiki (oeste), Leaf, una bella alazana de nueve años con crines rubias, estuvo varios días en un tejado hasta que fue rescatada por los socorristas de una asociación humanitaria.
En el momento de evacuar la residencia ante la rápida subida de las aguas, “los empleados tuvieron que liberar a los animales”, pues no podían llevarlos consigo, precisó Takahashi. Leaf alcanzó a refugiarse en el tejado, pero no pudo salvar al potrillo que había parido hacía unas pocas semanas, comentó. Según Takahashi, la inundación llegó al nivel de los techos y la yegua logró nadar hasta el tejado, donde se puso a resguardo pero quedó bloqueada cuando bajaron las aguas. Leaf fue alojada en una granja y luego llevada a la residencia, donde los empleados estallaron en lágrimas al ver que había sobrevivido.
de tomar el vuelo, las autoridades llamaron a expertos en bombas, y el sospechoso objeto resultó ser una pitón enrollada dentro de una bolsa. Las autoridades dijeron que la serpiente no era completamente una amenaza, la mayor amenaza era para el avión, si la serpiente hubiera escapado podría haber dañado el funcionamiento de la aeronave.
NOVEDAD. Esto ocurrió en el aeropuerto de Miami, Estados Unidos.
ESCENA. De esta manera el animalito pudo salvar su vida.
Café con brócoli, el nuevo ‘hit’ gastronómico en Australia PERIODISMO.COM • En respuesta al hecho de que muchas personas simplemente no comen suficientes frutas y vegetales, CSIRO, la agencia nacional de ciencia de Australia, creó un polvo de brócoli. El polvo está hecho con tallos de brócoli, que se muelen en un polvo fino que está lleno de fibra y vitaminas B6 y E. El versátil producto tiene
el potencial de que puede ser agregado a todo, desde batidos hasta productos horneados, y un café en Melbourne incluso está experimentando agregarlo al café. Commonfolk Coffee Company ahora ofrece un “brócoli latte” rico en nutrientes, que proporciona una porción de brócoli con cada dos cucharadas de polvo.
El polvo de brócoli es un producto sencillo que ayuda a nutrir a los consumidores, así como también a reducir el desperdicio de alimentos, ofrecer en los cafés artículos de menú originales, y apoyar a los agricultores locales. Una opción nutritiva sin ninguna duda, aunque no tenemos noticias sobre qué tan rico es el café.
ALTERNATIVA. Puede ser una opción para quienes no son muy afectos a este vegetal.
REPORTE A15
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LUNES 16 DE JULIO DE 2018 La Hora QUITO, ECUADOR
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Es la tierra de varias leyendas del fútbol. Pero hay varios detalles que no se conocen.
RUTINA. Una escena típica de este sitio es ver a las mujeres que con un sorprendente equilibrio llevan objetos del hogar sobre su cabeza.
TEXTO Y FOTOS: GÁREL BENALCÁZAR
EL VALLE DEL CHOTA,
UN PEDACITO DE ÁFRICA EN ECUADOR AFLUENTE. El río Chota atraviesa las comunidades de Ambuquí, Chalguayaco, Juncal y Carpuela. LEGENDARIO. Segundo Cristóbal Barahona es el último guardián de ‘La Bomba’, la melodía más característica del sector.
C DEPORTE. El Juncal cuenta con una cancha de césped sintético, pero aun así no se pierde la tradición de jugar abajo del puente, pues es allí en donde empezó la carrera de algunos futbolistas de la Selección Nacional.
uando se alude al Valle del Chota muchos identifican a este lugar, situado entre los límites de Imbabura y Carchi, como la cuna de grandes figuras del fútbol ecuatoriano como Ulises de la Cruz y Agustín ‘El Tin’ Delgado. Pero lo que quizá no muchos conocen es que sus primeros habitantes llegaron de África, en el siglo XVII. Fueron traídos por comunidades religiosas como los jesuitas para trabajar como esclavos en las plantaciones de caña de azúcar y en las minas. Enriqueta Méndez, de 78 años, está dispuesta a compartir la historia del lugar con todos los visitantes. Lo describe como un mundo mágico, lleno de historia, música, danza, gastronomía y naturaleza. Los lugareños no dejan que se pierdan sus costumbres ancestrales. En su mayoría se dedican al cultivo de fréjol, caña de azúcar, ají, limón, ovito amarillo y las tunas típicas de la zona. Por este sitio tropical cruza un río, que los moradores saben aprovechar de muchas maneras, ya sea para bañarse, lavar ropa o para la limpieza de sus utensilios de cocina.
RITMO. ‘El Caderazo’ es un baile de pareja singular, en el que la mujer persigue al hombre buscando golpearle con su cadera. SEÑAL. Cuenta la leyenda que, en el tiempo del esclavismo, las mujeres se hacían trenzas para indicar el camino para que la persona que amaban pueda escapar.
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Quito, Ecuador
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Vuelve la victoria
Novak Djokic ganó ayer su cuarto título en Wimbledon. PÁGINA A9
LES FALTÓ UN PUNTO
Barcelona ganó ayer de visita 3-2 a Universidad Católica. Quedó a un punto del ganador de la etapa, Liga de Quito, que ayer perdió ante el ‘Cuenca’. PÁGINA A9 4 mujeres pierden la vida en la carretera
Un choque entre el vehículo en el que viajaban y un tráiler tuvo el desenlace fatal. Ocurrió en la vía Santo Domingo-La Concordia. PÁGINA A13
Romanticismo urbano Cristhian Larrea y Moisés Sánchez, conocidos como Rebelde y Nebla, promocionan en Ecuador su tema ‘Olvidarte’. PÁGINA B8
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LUNES 24de noviembre de 2008 La Hora Quito, ecuador
lunes, 16 de julio de 2018 La Hora Quito, ecuador revista no: 12220 Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío
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CONSULTA PENAL En un proceso de tránsito que tenga como consecuencia lesiones en las personas, y que el conductor no haya estado ebrio, artículo 379 del COIP, ¿Cuál sería la pena en abstracto que se debe tomar en cuenta al momento de aplicar agravantes?
AUTORÍA MEDIATA Un debate más actual que nunca entre Roxin y Jakobs Autor: Ab. Pedro Javier Granja
¿Es posible sancionar al que sin ejecutar materialmente un acto criminal tiene un nivel de intervención porque ha impulsado la comisión del mismo? La respuesta unánime es que sí. El tema se complica un poco cuando empezamos a reflexionar si lo podemos condenar como autor cuando los que han realizado el acto típico eran plenamente responsables de su organización defectuosa. Muchos diremos que no. Que no es autor sino a lo sumo inductor o participe. Otros dirán que sí y entonces empezarán a hablar
de “autor mediato”. Ciertamente una de las formas de autoría en el derecho penal, es la mediata por dominio de organización, que se estructura de la existencia de un “autor detrás del autor”, expresión que según refiere Zaffaroni fue inaugurada por Lange1. En el Código Penal alemán encontramos que autor mediato es quien comete el hecho valiéndose de otro, es decir “usándolo o sirviéndose de éste como instrumento”. Bien sea, por error o porque lo intimida de alguna manera sobre el ejecutante, “el hombre de atrás” tiene el dominio de organización. Hacer abstracción de las interesantes interrogantes que surgen si diseccionamos la figura del autor detrás del autor con el bisturí que nos proporciona la dogmática no siempre es tarea sencilla. Se me ocurre una ahora mismo: ¿De qué
modo se castiga como autor a uno que se sirve de otro que no deja de ser autor por haber adecuado su conducta a un acto típico, antijurídico y culpable? En este artículo vamos a darle un vistazo sobre la figura de la autoría mediata la que hoy tiene gran actualidad en el debate penal ecuatoriano desde el enfoque que le dan dos de los penalistas más importantes del mundo moderno como Claus Roxin y Gunter Jakobs. A Modo de Introito Me persigue una duda que trataré de convertirla en interrogante traslado al lector: ¿La imputación en materia penal debe agotarse en el análisis de la conducta de quien ejecuta materialmente una acción punible? Hace algunas decenas de años todo estudiante de derecho o abo-
RESPUESTA
gado me habría respondido de inmediato: Es autor solo quien se constituye en causa del resultado prohibido por la norma. Siendo así, era la causa, conforme al principio de la equivalencia de todas las condiciones, quien ponía una condición de resultado. Esto era pues, en resumen, el método de imputación que usó la escuela causalista. ¿Tenían problemas? Más de uno, sin duda. Como no eran capaces de distinguir los grados de participación, luego introdujeron la cláusula del animus como un intento desesperado por darle algo de sentido a su tesis. A partir de ésta, sólo si el juez consideraba que el delincuente había actuado con ánimo de autor era condenado a título de responsable
En el caso de los delitos de tránsito lesiones sin ingesta de alcohol, para aplicar el régimen de agravantes, partiríamos de la pena máxima determinada en el Art.152, estaríamos imponiendo a una persona una pena por un delito de lesiones dolosas, infracción que no cometió, puesto que ha sido encontrada culpable del delito de lesiones culposas ocasionadas por un accidente de tránsito. Reconocer aquello resulta transversal para esta interpretación, pues se sustenta en la proporcionalidad, que a su vez está dada en razón de la lesividad de la conducta Por lo tanto, la pena en abstracto para el caso del delito de tránsito lesiones, constante en el primer inciso del Art.379 del COIP, son las previstas en el artículo 152 ibídem, reducidas en un cuarto de la pena mínima, tal como lo determina expresamente la ley, y de ahí aplicamos el régimen de agravantes. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
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Revista judicial C2
lunes 16 de julio de 2018 La Hora Quito, ecuador
máximo y si entendía que su ánimo era la de mero cooperador lo mandaba a la cárcel, pero por cómplice. Como vemos, el juez se convertía entonces en una especie de gurú, de psiquiatra mágico que lograba interpretar el elemento volitivo, que era lo que tenía el criminal en su cabeza antes y al momento de la ejecución de un delito. Un análisis que hoy solo puede provocar asombro, absolutamente divorciado de todo principio de imputación conforme a la violación o no de las esferas de libertad propias y ajenas. Pero el causalismo no es el punto de partida de la autoría mediata sencillamente porque ésta nace de la mano del dominio del hecho, que inaugura Hegler en 1915 y llega a su versión elaborada en 1939 con Welzel. Un dato básico para considerar es que el mismo Welzel sostenía con vehemencia que el de atrás no podía ser considerado autor dado que no pasaba de ser un inductor. El concepto restringido de autor tuvo que ser, años después, complementado con la figura de ‘dominio finalista del hecho’, para poder tener una herramienta válida y poder juzgar los casos de ilícito propio en manos ajenas. Para el finalismo entonces existen tres tipos de autoría mediata: a) frente a actuaciones no típicas del ejecutor, b) frente a su ausencia de responsabilidad y c) frente a su ausencia de culpabilidad. La autoría mediata hoy Es difícil pensar que alguien hoy en día siga considerando que lo fundamental en el delito es el nexo causal que reduce todo al examen de la ejecución fáctica del hecho criminal. La causalidad me aporta una base, la notitia criminis pero no es el factor determinante para adjudicar responsabilidades. Eso no lo debería hacer ningún Tribunal penal del mundo civilizado. Que condenen todavía en base a la visión de Von Listz debería ser motivo suficiente para que esos jueces terminen presos. Es que, en un mundo en el que los contactos son cada vez más anonimizados es apenas obvio que nos encontremos realmente invadidos de novedosas y cada vez más complejas formas delictivas y en un contexto como ese, lo menos que puede hacer un penalista serio es
JUDICIAL QUITO
examinar qué grado de participación tendría el que se vale del autor material para lograr cristalizar un acto delictivo. A este último, dogmáticamente hablando lo conocemos como autor mediato o “el hombre de atrás” En esa medida, es autor mediato quien causa el resultado punible valiéndose de otra persona como medio o instrumento para la consecución del delito, de manera que el autor no realiza el delito de manera personal ni directa. Consecuencialmente, surge la tesis del dominio de organización, que considera que la calidad de autor es conferida por la titularidad de la facultad de disponer de la ejecución del hecho, interrumpirlo o abandonarlo, siempre que el ejecutor material se encuentre en ciertos contextos, esto es que actúe, casi que obligado por una fuerza irresistible o sea víctima de un engaño para el funcionalismo radical o en cualquier caso para el funcionalismo moderado más tópico de Roxin. Autor Mediato desde la visión de Jakobs Günther Jakobs explica que, el mediato como cualquier otro autor puede emplear artefactos inertes para cristalizar su acción criminal. Lo novedoso en Jakobs es que, desde el funcionalismo normativo sistémico, se entiende que la conducta de los autores materiales o los ejecutantes no puede ser analizada como si se tratase de simples objetos. En Jakobs el mediato no es ni una piedra, ni un vehículo, ni una soga. Son hombres plenamente conscientes de su accionar delictivo pero lo generan a través del error o la coacción y siendo así “la responsabilidad predominante del autor mediato” se verifica “en virtud de su superior dominio de la decisión” Para el funcionalismo radical, existe autoría mediata solo en los siguientes casos: a) autoría mediata de quien se vale para su fin criminal de un ejecutor inmediato que actúa bajo error de prohibición vencible; b) autoría mediata mediante engaño sobre la identidad de la víctima; c) autoría mediata mediante engaño sobre la medida del injusto; d) autoría mediata mediante ejecutor con capacidad de culpabilidad reducida y e) autoría mediata por dominio de organización Esto es muy interesante para el contexto ecuatoriano hoy por hoy.
Hay penalistas que dicen que el autor mediato es por ejemplo el Presidente de un país que ordena el secuestro de un opositor en el extranjero. Esto se verificaría si y solo sí se prueba que los agentes que actuaron en calidad de ejecutantes lo hicieron en una de las condiciones previamente expuestas porque si lo hicieron con clara independencia de estos factores la figura del autor de atrás sería indeterminada y lo indeterminado en estricta clave penal equivale a la nada y por lo tanto si se imputa, siguiendo el ejemplo, al Presidente, la formulación de arranque de la acusación quedaría vaciada de todo contenido dogmático. Jakobs se divorcia violentamente de la línea roxiniana cuando expresa que “la autoría mediata no es posible en la actuación plenamente delictiva del ejecutor”2 Lo referido ut supra es clave para casos como este, muy comunes en nuestra Región: Todo juez penal moderno debe tener claro al momento de juzgar actos criminales derivados de actuaciones por parte de aparatos organizados de poder que lo decisivo para declarar la culpabilidad y determinar la pena es la superioridad del dominio de la decisión con relación a la imputación que por regla general se hace al ejecutor. Dicha imputación no puede hacerse por parte del Fiscal en base a la intensidad motivadora del caso concreto dado que no nos interesa el rango ni la dinámica de grupos sino que lo penalmente relevante es el rango normativo de la intervención del imputado3. La posición de Jakobs, si bien, no por las mismas vías ni siquiera con parecida fundamentación es también defendida por autores como Baumann, Weber y Mitsch4; Jescheck y Weigend5 ; Otto6 y hasta el genial G. Spendel que si bien es cierto es muy restringido en su análisis se pronuncia en su Libro de Derecho Penal del 2002, concretamente en la página 608 mostrándose lejano a la posición roxiniana mayoritaria. Cierro con un ejemplo de la visión de Jakobs sobre un evento de autoría mediata: María quiere matar a Pedro por una venganza personal, le dice a Andrés que le dispare, pues logra convencer a Andrés de que Pedro es tan perverso que está a punto de lograr encontrar la fórmula química para exterminar a la humanidad. Andrés le cree ciegamente a María y mata a Pedro, entonces María es autor mediato, pues mediante el engaño ha aprovecha-
do el error de prohibición (vencible) del ejecutor y ha logrado su fin criminal. Como vamos María ha dominado el evento criminal mediante el “instrumento” que actuó bajo error. El hecho de que el ejecutor sea también responsable como autor inmediato del homicidio, no elimina el dominio que tuvo el hombre de atrás; por lo tanto, María es pues autora mediata del crimen de Pedro. Hubo error. Si hubo por medio coacción también habría autor de atrás. Es decir, sólo en esos supuestos se activa la figura. La Autoria Mediata en Roxin La autoría mediata mediante autor inmediato plenamente responsable, ha sido defendida, con una rigurosidad académica implacable, principalmente por los defensores de las teorías objetivas de la participación. Para tener una idea sobre la estructura dogmática de lo referido es obligatorio leer las tesis de Claus Roxin7 y FriedrichChristian Schroeder. En cuanto a Roxin, a él le debemos la tesis de la autoría mediata a través de los “aparatos organizados de poder” que lanza en 1963, con un artículo que provocó una verdadera revolución para la literatura especializada y que originariamente se publicó en la revista Goltdammer’s Archiv y que meses después modificó en su conocido trabajo “Täterschaft und Tatherrschaft8 y que prácticamente fue inspirado en la situación del nazi Adolf Eichmann, capturado en la Argentina, como contribución para la imputación en su contra en el Tribunal de Jerusalén. La creación de Roxin es recogida por los tribunales argentinos para juzgar a los altos mandos de la dictadura militar que duró desde 1976 a 1983 y posteriormente fue receptada por el Tribunal Supremo Alemán con motivo del conocido caso de los guardianes del muro. Ahora bien, como sabemos, en la autoría mediata el hombre de atrás utiliza instrumentalmente a una persona pero con relación a estos delitos en los que se ven involucrados agentes estatales lo que se instrumentaliza es el aparato organizado de poder. Según Roxin se necesita para que este tipo de autoría se materialice, al menos tres requisitos: el dominio de la organización (autores de escritorio), la fungibilidad del ejecutor, y la actuación de estos supuestos en organizaciones al margen de la legalidad. Es necesario que en este caso de
‘autor de escritorio’ se demuestre la fungibilidad y anonimato del ejecutor, dado que el autor mediato no depende de un ejecutor concreto, como en el caso del inductor. Usted podrá apreciar que en estos casos el autor inmediato es plenamente responsable, ya que no es engañado ni coaccionado. No queda exento de responsabilidad por el solo hecho de ser una pieza de ajedrez de otro criminal. Aquí hay un fuerte punto de discordia con Jakobs quien sostiene que esos agentes obran coaccionados o engañados y que en el caso de que esto no sea así, habría coautoría o el de atrás sería mero inductor. En los casos del asesinato y posterior desaparición de un profesor y nueve estudiantes de la Universidad Enrique Guzmán y Valle (La Cantuta), por la muerte de diecisiete personas en una quinta del distrito limeño de Barrios Altos, y por el secuestro de un empresario y un periodista la Corte Suprema del Perú se decidió por la tesis de Roxin. Siendo condenado como autor mediato el ex Presidente Alberto Fujimori como autor mediato dado que con poder de mando, ordenó, según la Corte sureña, la ejecución de crímenes a través de una organización que se haya al margen de la ley y que contaba con ejecutores fungibles y predispuestos a la ejecución del delito. Autor: Ab. Pedro Javier Granja Master por el Alma Mater Studiorum di Bologna (Italia) Doctorando PhD en Derecho Penal por la UBA (Argentina) Richard Lange, cfr. Kohlrausch/Lange, 1950, § 47, I B 1. Para una comprensión más clara se recomienda leer Jakobs, Günther: “Derecho Penal, Parte General”, 2° edición, ed. Marcial Pons, Madrid, 1997. Pág. 765. Parma Carlos: “El Pensamiento de Günther Jakobs. El Derecho Penal del Siglo XXI”, 2° reimpresión, Editorial Jurídica Cuyo, 2004. Libros de texto Criminal Law General Section, Baumann, Jürgen / Weber, Ulrich / Mitsch, Wolfgang: Derecho penal, Sección general, Gieseking, Editor, 11ª edición, Bielefeld 2003, § 29, n. marg. 146 y s Nos referimos concretamente a la 5ta edición. La de 1996. Se ruega al lector interesado revisar la página 669 y ss. Comares ha publicado la versión del 2003, siendo uno de los Tratados de Derecho Penal que más ha influido en la formación de los penalistas de lengua hispana durante las dos últimas décadas. Su elaboración está sobradamente justificada por las numerosas novedades que incorpora la última edición publicada en versión alemana y en la que ahora aparece también el Prof. Thomas Weigend como coautor de la misma OTTO, Harro, Manual de Derecho Penal, Editorial Atelier, 7ma edición, Barcelona, 2017, § 21, n. marg. 92 Roxin, Claus: ‘Problemas actuales de Política Criminal’, conferencia traducida por Enrique Díaz Aranda, dictada el 4 de septiembre de 2000, en el auditorio Jaime Torres Bodet, del Museo Nacional de Antropología e Historia, México. En versión española: “Autoría y dominio del hecho en derecho penal” trad. por Joaquín Cuello Contreras y José Luis Serrano González de Murillo, Marcial Pons, Madrid, 1998.
EJECUTIVOS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: GUALOTUÑA CRIOLLO CARLOS IVÁN JUICIO N° : EJECUTIVO PAGARE A LA ORDEN 17312-2012-0818 ACTOR : BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADOS : GUALOTUÑA CRIOLLO CARLOS IVAN y MASABANDA TIPANTUÑA ROSA ELENA CUANTÍA : $ 2.500.00 DOMICILIO JUDICIAL : Dr. Galarza Leon Ferdinand OBJETO: Solicito que en Sentencia se condene a los señores GUALOTUÑA CRIOLLO CARLOS IVAN y MASABANDA TIPANTUÑA ROSA ELENA, al pago del capital constante en el Pagare a la Orden; el interés de plazo, desde la suscripción del pagare hasta el vencimiento a la tasa de interés constante en el titulo ejecutivo; el interés de mora calculado a la máxima tasa permitida de conformidad con las regulaciones del Directorio del Banco Central; y, al pago de las costas procesales en las que incluirán los honorarios profesionales de mi abogado defensor. JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 30 de julio del 2012, las 12h21. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Judicatura y en virtud del sorteo realizado. En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta al trámite Ejecutivo.- En consecuencia, los ejecutados CARLOS IVAN GUALOTUÑA CRIOLLO en calidad de deudora principal y ROSA ELENA MASABANDA TIPANTUÑA en calidad de deudora principal, en el término de tres días pague el valor adeudado o proponga excepciones de las que se crea asistido.- En mérito de la documentación adjunta y lo previsto en el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la prohibición de enajenar, del 12.5% de Derechos y acciones fincados en la totalidad de derechos y acciones del lote de terreno número Diez y seis, sitio Achupallas, Lotes números 33 y 34, sitio el Aliso, situado en la Parroquia Chillogallo, de este Cantón. con matricula número CHI-00009489 y más especificaciones constantes el certificado de gravámenes consignado; para lo cual, notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Quito, a fin de
que tome nota de éste particular en los libros correspondientes. Hecho que sea, cítese a los demandados en la dirección indicada en libelo de la demanda, de la siguiente manera: al señor CARLOS IVAN GUALOTUÑA CRIOLLO, mediante deprecatorio dirigido al señor Juez de Sangolquí a quien se enviará suficiente despacho ofreciendo reciprocidad en casos análogos y a la señora ROSA ELENA MASABANDA TIPANTUÑA remitirse las boletas respectivas a la oficina de citaciones. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado así como la designación de su abogado patrocinador. De conformidad con el Art. 992 Código de Procedimiento Civil, dejándose copias certificadas y recibo en autos desglósese la documentación solicitada por el actor. NOTIFIQUESE. F.: Dr. Francisco Robalino Ocaña (Juez T) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 26 de diciembre del 2017, las 15h40. En virtud del juramento rendido por el accionante DR. GALARZA LEON FERDINAND WLADIMIR en calidad de PROCURADOR JUDICIAL del BANCO del AUSTRO S.A, de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada GUALOTUÑA CRIOLLO CARLOS IVAN, por la prensa, mediante tres publicaciones, en un diario de mayor circulación, editado en esta ciudad de Quito; para tal efecto, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- f) Tello Aimacaña Ángel (Juez) Lo que comunico a Uds., para los fines legales pertinentes, previniéndole con la obligación de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito, para sus futuras notificaciones. AB. PAULINA AYO VELASCO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC110497fa R. DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: RIVADENEIRA CAJAMARCA ALEX XAVIER ACTOR: DR. GALARZA LEON FERDINAND WLADIMIR EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE LA PEQUEÑA EMPRESA DE COTOPAXI CACPECO LTDA
DEMANDADO: RIVADENEIRA CAJAMARCA ALEX XAVIER JUICIO: EJECUTIVO. NRO. 173122012-1007. CUANTIA: OCHENTA Y DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$82.000,00) PROVIDENCIAS JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 22 de noviembre del 2012, las 15h12.- VISTOS.-Agréguese al proceso el escrito que antecede.-En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y por reunir los demás requisitos de Ley, se acepta a trámite ejecutivo.- El demandado LUIS ANTURO ANDRADE NIETO en el término de tres días cumpla con la obligación demandada o propongan las excepciones que considere pertinentes, para el efecto, cíteselo en el lugar señalado.- De acuerdo con el Art. 423 del Código de Procedimiento Civil y por justificarse con la documentación anexa se ordena el embargo de la Suite Dos, del tercer piso alícuota 6.5235, Estacionamineto 18 alícuota 0.6615; Estacionamiento 19 alícuota 0.6350; Bodega 5, alícuota: 0.4884; que forman parte del Edificio Artes 2000, construido en el lote de terreno número Q CINCO, situado en la Calle Manuel Iturrey, de la Parroquia Benalcazar de éste Cantón, adquirido por el demandado mediante escritura pública de compraventa otorgada el TRES DE ENERO DEL DOS MIL SEIS, ante el Notario TERCERO de éste Cantón, doctor Roberto Salgado, inscrita el diecisiete de enero del mismo año, para el cumplimiento de esta diligencia cuéntese con un Policía Nacional y Depositario Judicial de éste Cantón, para su designación ofíciese la señor Comandante del Distrito Metropolitano de Quito de la Policía Nacional y al Jefe de Sorteos y Casilleros Judiciales de esta Jurisdicción, respectivamente.Practicada la diligencia, notifíquese para los fines de Ley al señor Registrador de la propiedad de éste Cantón.-Téngase en cuenta el casillero señalado y la autorización conferida a sus defensores.-Agréguese al proceso los documentos anexos a la demanda.-NOTIFIQUESE. f) Dr. Francisco Robalino Ocaña, Juez (E) JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 26 de noviembre del 2012, las 16h19. En virtud de haber incurrido en un error involuntario, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 289 del Código de Procedimiento se revoca parcialmente el auto dictado con fecha 22 de noviembre del presente año, y en su lugar se dispone que los ejecutados ALEX XAVIER RIVADENEIRA CAJAMARCA, y, ANALIZ TABANE
La furia con que el mundo actual busca el placer prueba que carece de él. Chesterton TRUJILLO HUTTON , en el término de tres días, paguen el valor adeudado o propongan excepciones de la que se crean asistidos. En mérito de la documentación adjunta y lo previsto en los Arts. 423 y 445 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el embargo de los derechos y acciones fincados en el lote de terreno número ochenta, de la Cooperativa de Vivienda Unión y Justicia con matrícula número MAG-00003074; de la parroquia La Magdalena de este cantón, circunscritos dentro de los siguientes linderos: Norte: Lote número ochenta y uno; SUR: Lote número setenta y nueve; ESTE: Propiedad Municipal; OESTE: Calle Pangui, con una superficie de quinientos veinte y dos metros cuadrados. Adquirido mediante donación hecha a su favor por los cónyuges JOSÉ ANÍBAL RIVADENEIRA PALACIOS, y, MARIANA CAJAMARCA CÓNDOR, según escritura otorgada el veinte de mayo del dos mil tres, ante el Notario Décimo Sexto del cantón Quito, Dr. Gonzalo Román Chacon, inscrita el dos de julio del dos mil tres y renuncia del usufructo, según escritura otorgada el doce de febrero del dos mi ocho, ante el notario Dr. Juan Villacís, inscrita el dieciocho de marzo del dos mil ocho. Para la práctica de esta diligencia, cuéntese con uno de los señores Depositarios Judiciales de este Distrito, debiendo para su designación remitir atento oficio a la Oficina de Sorteo de la Función Judicial de esta Jurisdicción y de considerarse necesario se contará con la intervención de los miembros de la Policía Nacional, para lo cual, ofíciese al Comandante de Policía del Distrito Metropolitano de Quito, quien asignará la petición a la unidad operativa correspondiente. Posteriormente, inscríbase el embargo en el Registro de la Propiedad de este Cantón Quito, mediante notificación remitida a su titular. Hecho que sea, tengase por citados a los demandados ALEX XAVIER RIVADENEIRA CAJAMARCA, y, ANALIZ TABANE TRUJILLO HUTTON, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 84 del Código
de Procedimiento Civil..- En lo demás se estará a lo dispuesto en el referido auto de fecha 22 de noviembre del año en curso.- NOTIFIQUESE. f) Dr. Dr. Francisco Robalino Ocaña, Juez (E) JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 16 de enero del 2014, las 10h03. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Encargado del Juzgado Décimo Segundo de lo Civil de Pichincha, en virtud de la acción de personal Nº 1831-DP-DPP de fecha 29 de Mayo del año 2013 .-Agréguese al proceso el escrito presentado. En lo principal, de acuerdo con el Art. 70 del Código de Procedimiento Civil, se acepta la reforma de la demanda presentada por la Dra. Marlene Gioconda Salcedo Gálvez en calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito CACPECO LTDA.- En consecuencia, los ejecutados ALEX XAVIER RIVADENEIRA CAJAMARCA, MIRIAN ELIZABETH RIVADENEIRA CAJAMARCA y MARIA JOSE RIVADENEIRA CAJAMARCA, en el término de tres días paguen el valor adeudado o propongan excepciones de las que se crean asistidos. Con un extracto de la demanda, reforma de la demanda y providencias recaídas, cítese a los demandados en el lugar indicado en el escrito que se provee, debiendo para el efecto enviarse las boletas respectivas a la oficina de citaciones.-Tómese en cuenta el casillero judicial señalado.- Notifíquese .- f) Ab. Oscar Lanata Alava, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 26 de diciembre del 2017, las 15h41. En virtud del juramento rendido por el accionante DR. GALARZA LEON FERDINAND WLADIMIR en calidad de PROCURADOR JUDICIAL de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE LA PEQUEÑA EMPRESA DE COTOPAXI CACPECO LTDA, de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de
Procesos, cítese a la parte demandada RIVADENEIRA CAJAMARCA ALEX XAVIER, por la prensa, mediante tres publicaciones, en un diario de mayor circulación, editado en esta ciudad de Quito; para tal efecto, confiérase el extracto respectivo.NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Angel Tello Aimacaña, Juez Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones. DR. JUAN FRANCISCO JUSTICIA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC110498fa UNIDAD JUDICIAL CIIVL TELÉGRAFO CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO E X T R A C T O D E CITACIÓN J U DICIAL CITACION A SR. NARCISA DE JESÚS ROMERO GARÓFALO HAGO SABER LO SIGUIENTE: ACTOR: BANCO PICHINCHA CA. DEMANDADOS: NARCISA DE JESÚS ROMERO GARÓFALO CAUSA No.: 17230-2015-1870 TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS DÓLARES CON SETENTA TRES CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA DEFENSOR.DR. LUIS EMERSON GUEVARA TORRES JUEZ DR. CARLOS ENRIQUE SOTO JIMENEZ PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 19 de febrero del 2015, las 08h00. Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Jueza Encargada de esta Judicatura, mediante Acción de Personal N° 1223-DP-UPTH, de fecha 13 de Febrero del 2015.- En lo principal, la demanda presentada por el Ab. Juan Carlos Merino Rivadeneira es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la admite a trámite ejecutivo.- De conformidad al Art. 421 inciso primero del Código de Procedimiento Civil, el cual señala: “Si el juez considerare ejecutivo el título así como la obligación correspondiente, ordenará que el deudor la cumpla o proponga excepciones en el término de tres días. (…)”, se dispone que la demandada señora: NARCISA DE JESÚS ROMERO GAROFALO, en calidad de deudora
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA SOFTCONSULTING S.A. De conformidad con lo dispuesto por el Estatuto Social de la Compañía y la Ley de Compañías, se convoca a los accionistas de SOFTCONSULTING S.A., y al Comisario Principal señor Wilson Gustavo Montenegro Aguas domiciliado en la calle b lote 20 y calle h, San Juan, a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA, la misma que tendrá lugar en el domicilio de la compañía ubicado en el Edificio “PUCARA” segundo piso en la oficina signada con el número 203 ubicado en las calles Republica y Pradera en la ciudad de Quito, en el Distrito Metropolitano de Quito, el día 27 de julio de 2018, a las 17:30 pm La junta convocada tratará el siguiente orden del día: PUNTO UNO.-
Convalidación de las Actas de Juntas Generales de Accionistas de la compañía desde el año 2009 hasta el 2018 PUNTO DOS.- Convalidación de los Informes de Gerente General de la compañía desde el año 2009 hasta el 2018 PUNTO TRES.- Convalidación de los Informes de Comisario de la compañía desde el año 2009 hasta el 2018 PUNTO CUATRO.- Convalidación de los Informes de Auditoría Externa de la compañía desde el año 2014 hasta el 2018 PUNTO CINCO.- Nombramiento de Presidente Ejecutivo PUNTO SEIS.- Conocimiento y aprobación sobre la situación del reparto de dividendos pendiente a los accionistas acordado en Junta 5 de enero de 2018. Quito, 9 de julio de 2018 Atentamente, Clara Patricia Cabrera Robalino GERENTE
CONVOCATORIA Citase con el carácter de obligatorio a todos los socios de la Cooperativa de Vivienda Popular “Centinela del Sur” a la Asamblea General Extraordinaria, a realizarse el día domingo 29 de julio del 2018, para tratar los siguientes puntos del orden del día: 1.- Constatación del Quórum 2.- Conocimiento y aprobación de Balances correspondientes a los años 2015/2016/2017 3.- Aprobación de reformas del Reglamento Interno de la Cooperativa. 4.- Aprobación de la reforma del Art. 38 sobre los certificados de aportación 5.- Lectura y aprobación de Informe de Gerencia 6.- Lectura y aprobación de informe de Presidencia 7.- Resoluciones 8.- Lectura y aprobación de la presente acta 9.- Convocatoria próxima Asamblea General Lugar: Centro Comunitario de San Juan de Calderón. Hora: 9am. De no existir el quórum a la hora señalada, la misma se dará inicio luego de una hora de espera con el número de socios presentes y las resoluciones tomadas serán de cumplimiento general. LA DIRECTIVA
P AR/109189/AT
P AR/109191/AT
Revista judicial lunes 16 de julio de 2018 La Hora Quito, ecuador principal, cumpla con la obligación demandada o proponga excepciones en el término de tres días.- Tómese en consideración la calidad en la que comparece el Ab. Juan Carlos Merino Rivadeneira, así como la cuantía determinada en la demanda.- Cítese a la demandada señora NARCISA DE JESÚS ROMERO GARÓFALO en el lugar que se indica, esto es en su domicilio situado en la calle Milagro E6-44 y Diego Osorio, sector Barrio La Forestal, de esta Ciudad y Cantón Quito, Provincia de Pichincha, para lo cual envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.- De conformidad a lo previsto en el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copias en autos, se ordena el desglose de los documentos adjuntos a la demanda, debiendo entregarse los mismos a la persona indicada en la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial N° 3485, correo electrónico, así como la designación y autorización que confiere el actor a su defensor Dr. Emerson Guevara Torres.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos.Actúe en la presente causa la Ab. Martha Cecilia Simbaña Quishpe, en calidad de Secretaria Encargada, mediante acción de personal N° 0594-DP-UPTH, de fecha 22 de Enero del 2015.- NOTIFÍQUESE.f) Dra. Grimanesa Marisol Erazo Navarrete. Jueza.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, martes 3 de julio del 2018, las 16h18, VISTOS: AVOCA conocimiento de la presente causa el DR. CARLOS SOTO JIMÉNEZ, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito.- En lo principal, agréguese al expediente el escrito que antecede, en atención al mismo, de conformidad a lo previsto en el Art. 56, numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos, cítese en legal y debida forma a la demandada NARCISA DE JESÚS ROMERO GARÓFALO, mediante tres publicaciones realizadas en fechas distintas, en uno de los periódicos de mayor circulación; para el efecto por secretaría, elabórese el extracto correspondiente, y remítase al casillero judicial señalado por el actor.Actúe en calidad de secretario el Ab. Paul Pérez Salazar.- Notifíquese.- f).SOTO JIMENEZ CARLOS ENRIQUE, JUEZ; Lo que comunico a usted para los fines de ley. ABG. PEREZ SALAZAR PAUL EFRAIN SECRETARIO Hay firma y sello PAC110499fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: LUJE QUILLUPANGUI CARMEN DEL ROSARIO JUICIO: EJECUTIVO-COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN,. NUMERO: 17230-2016-10074 ACTOR: AVALOS GUEVARA LUIS ORLANDO, PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO COOPROGRESO LIMITADA-PROCURADOR JUDICIAL DR. LUIS EMERSON GUEVARA TORRES. DEMANDADO: LUJE QUILLUPANGUI CARMEN DEL ROSARIO CUANTIA: USD. 13.000,00 (TRECE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA) JUEZ PONENTE: VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 13 de junio del 2016, las 12h38. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez titular de esta Judicatura. La demanda que antecede es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos de ley, en consecuencia, se acepta al trámite ejecutivo previsto en el Art. 419 y siguientes de Código de Procedimiento Civil. El título acompañado a la demanda presta mérito ejecutivo, en consecuencia de conformidad con el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, la demandada LUJE QUILLUPANGUI CARMEN DEL ROSARIO, en el término de tres días contados a partir de la citación, pague la obligación requerida o proponga excepciones. Cítese al demandado en el lugar que se indica, para lo cual remítanse copias suficientes a la oficina de citaciones. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judi-
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cial señalado por el compareciente.- De conformidad con el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, previa constancia de autos, se dispone el desglose de la documentación solicitada.- NOTIFIQUESE.- f) JUAN PABLO MARIÑO TAPIA, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 29 de enero del 2018, las 10h59, Incorpórese al proceso el escrito precedente. En mérito del juramento rendido y los documentos anexados por la parte actora, de conformidad con el Arts. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada LUJE QUILLUPANGUI CARMEN DEL ROSARIO por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito.- Por Secretaría confiérase el extracto respectivo.- Notifíquese y cúmplase.- f) ROMAN CAÑIZARES, WILLIAN PATRICIO, JUEZ. Lo que CITO a Usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para efectos de notificaciones. Atentamente. DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC110500fa EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO, DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA SE HACE CONOCER AL PUBLICO EN GENEREL QUE SE PRESUME LA INSOLVENCIA DE MARCIA EUFEMIA VALLEJO SANTILLAN DEMANDADO: MARCIA EUFEMIA VALLEJO SANTILLAN ACT OR: BANCO DEL AUSTRO S.A. JUICIO DE INSOLVENCIA No: 17230-2015-0431 CUANTIA: INDETERMINADA CASILLERO JUDICIAL: 2222 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 20 de enero del 2015, las 14h16 VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado. La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. De la documentación que se acompaña, se desprende que la demandada: VALLEJO SANTILLAN MARCIA EUFEMIA, se halla comprendida en la situación prescrita en el Art 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se presume su insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores. En consecuencia procédase a la ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y demás documentos de la fallida, los mismos que se entregarán al síndico del concurso Dr. Ángel Roberto Almeida Llerena (Cel. 0998309929), con quien se contara en la presente causa. Hágase conocer al público mediante publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito. Que se acumulen todos los juicios seguidos en su contra por obligaciones de dar o hacer. Se ordena también que se remita copias certificadas de todo lo actuado en este proceso a la oficina respectiva de la Fiscalía General del Estado, a fin de que por sorteo se remita a la Unidad correspondiente que deberá calificar esta insolvencia y de ser procedente el respectivo enjuiciamiento penal, prohíbase a la demandada ausentarse del país, ordenándose que en el término de ocho días, presente el balance de sus bienes con la indicación de activo y del pasivo. Como la fallida queda en interdicción de administrar sus bienes, notifíquese el particular al Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, Contraloría General del Estado, señor Gerente del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio, Jefe del Registro Civil, Identificación y Cedulación, Consejo Electoral y Director General del Servicio de Rentas Internas SRI. Cúmplase con las diligencias pertinentes en esta clase de enjuiciamiento. La demandada sin embargo podrá oponerse dentro de tres días de ser citada legalmente, pagando la deuda o dimitiendo bienes equivalentes, CITESE, a la demandada señora: VALLEJO SANTILLAN MARCIA EUFEMIA, en el lugar indicado se le entregará las copias que para este fin se acompañan. Agréguese al proceso los documentos que se acompaña. Téngase
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en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por el actor, la calidad en que comparece así como la autorización dada a su abogada defensora.- Actúa el Abg. Raúl Vélez Naranjo, como secretario.Notifíquese.- f) Dra. Rita Geovanna Ordoñez Pizarro. Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, martes 26 de junio del 2018, las 14h07, Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil.- Agréguese al proceso los escritos que anteceden.- En atención a lo solicitado por el actor, en sus escritos de fechas 24 de abril, 16 de mayo y 14 de junio del 2018, no se lo toma en cuenta por no sujetarse a la realidad procesal, en consecuencia se lo niega.- Confiérase los oficios y el extracto ordenados en auto inicial, para lo cual el accionante proporcione las copias necesarias para los oficios correspondientes.- Actúa la Ab. Zoila Salazar como Secretaria Titular.- Notifíquese f) GRIMANESA MARISOL ERAZO NAVARRETE Lo que comunico para los fines legales consiguientes ABG. ZOILA ELENA SALAZAR SALAZAR SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC110502fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. C.O.G.E.P. CITACION JUDICIAL PARA: HARAO CHIRIBOGA MARIO JAVIER y SEVILLA PAILACHO VERONICA DEL ROCIO JUICIO EJECUTIVO NO. 17230-201711297 JUEZ PONENTE: DR. Luis Fernando Landázuri Salazar SECRETARIA: AB. MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ MATERIA: CIVIL TIPO PROCESO: EJECUTIVO ACCION: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A DEMANDADO: HARO CHIRIBOGA MARIO JAVIER y SEVILLA PAILACHO VERONICA DEL ROCIO CUANTIA: US$ 5.000,00 EXTRACTO DE LA DEMANDA (…) Del original del pagaré a la orden, con vencimientos sucesivos que adjunto, en el que consta inserta la respectiva tabla de amortización, suscrito el 15 de agosto del 2013, EL BANCO PICHINCHA COMPAÑÍA ANONIMA, otorgó en calidad de préstamo a los señores demandados la cantidad de US$6.300,00, a ser pagada a 1091 días vista, esto es en 36 cuotas mensuales, mediante operación 1875431-00, acreditados por instrucción de la deudora a la cuenta No. 2200633431, con el interés anual del 15.18%...los demandados solamente cancelaron hasta el dividendo del mes de marzo del 2015, (dividendo 19), adeudando las cuotas del mes de abril del 2015, en adelante, quedando como saldo de capital insoluto la suma USD.3.330,26.- (…) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 18 de agosto del 2017, las 11h52.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, La demanda presentada por el Dr. Washington Bolívar Trujillo Realpe, en calidad de Procurador Judicial del Dr. Jaime Manuel Flor Rubianes, representante jurídico del Banco Pichincha C.A., es clara, precisa y contiene los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), además se fundamenta en el cobro de un Pagaré a la Orden aparejado a la demanda, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 Ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CÍTESE a los demandados en
la presente causa señores Verónica del Rocío Sevilla Pailacho y Mario Javier Haro Chiriboga, en la dirección señalada; para lo cual se remitirá el despacho correspondiente; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de QUINCE (15) DÍAS, contados a partir de la citación comparezca a juicio, cumpla con la obligación o conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y electrónica señaladas.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 21 de junio del 2018, las 15h03, VISTOS: En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la parte demandada VERONICA DEL ROCIO SEVILLA PAILACHO y MARIO JAVIER HARO CHIRIBOGA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Luis Fernando Landázuri Salazar, Juez.- Lo que NOTIFICO a usted (s) para los fines de Ley, para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un abogado como dispone la Ley.Lo que NOTIFICO a usted (s) para los fines de Ley, para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un abogado como dispone la Ley.AB. MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC110487fa CASILLA 1039 CITACIÓN JUDICIAL A: CRESPO VEGA IVAN RAMIRO JUICIO: EJECUTIVO No. 17230-201705647 CUANTIA: 20.000,oo USD ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A., TOSCANO GARZON JUAN JOSE (REPRESENTANTE) DEMANDADO: CRESPO VEGA IVAN RAMIRO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 23 de mayo del 2017, las 11h40, VISTOS.Agréguese a los autos el escrito que antecede; una vez que la parte accionante ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto inmediato anterior.- La demanda que antecede presentada por Banco Pichincha C.A., representado legalmente por su procurador judicial Dr. Juan José Toscano Garzón, en contra del señor Iván Ramiro Crespo Vega; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), además se fundamenta en el pagaré a la orden, documento que al tenor de lo previsto en el numeral 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante procedimiento Ejecutivo.De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CÍTESE, al demandado señor IVÁN RAMIRO CRESPO VEGA, en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará en copias certificadas; la demanda, escrito de aclaración a la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial, para el efecto, envíese suficiente despacho en forma a la oficina correspondiente, para el cumplimiento de esta diligencia (la accionante provea de las copias necesarias para la citación); a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del
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artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos los documentos adjuntos a la demanda. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico designado por la compareciente para sus posteriores notificaciones; así como, la calidad en la que comparece y la autorización que le confiere a su defensora técnica. NOTIFÍQUESE y CÍTESE.-F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 19 de junio del 2018, las 09h57, Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia del demandado señor: CRESPO VEGA IVAN RAMIRO, se dispone: CÍTESE, al demandado señor: CRESPO VEGA IVAN RAMIRO, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.-F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. DRA. ROSA GUERRERO CASTRO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAC110485fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO C I TAC I O N JUDICIAL A: ENZIMASINTER S.A. REPRESENTANTE LEGAL NICOLAY ALBERTO MONCAYO FUEL, GERENTE GENERAL. JUICIO: VERBAL SUMARIOCOBRO DE CREDITO EN CUENTA CORRIENTE. NUMERO: 17230-2014-1793 ACTOR: TOSCANO GARZON JUAN JOSE, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: ENZIMASINTER S.A. REPRESENTANTE LEGAL NICOLAY ALBERTO MONCAYO FUEL (GERENTE GENERAL). CUANTIA: USD. 30.000,00 (TREINTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA) JUEZ PONENTE: VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 30 de diciembre del 2014, las 14h37.
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VISTOS: En virtud del sorteo realizado avoco conocimiento de la presente causa en calidad en mi calidad de Jueza titular, legalmente posesionada.- En lo principal, la demanda presentada por el Dr. Juan José Toscano Garzón, en su calidad de Procurador Judicial del Dr. Jaime Flor Rubianes representante jurídico y representante legal del BANCO PICHINCHA C.A., es clara, precisa y por reunir los requisitos de ley se la acepta a trámite VERBAL SUMARIO.En consecuencia, entréguese copia de la demanda y providencia recaída en ella a la parte demandada Compañía ENZIMASINTER S.A., representada por su Gerente General señor NICOLAY ALBERTO MONCAYO FUEL, a quien se le citara en la dirección indicada para el efecto remítase el suficiente despacho a la oficina de citaciones.-Agréguense al proceso los documentos presentados.- Téngase en cuenta la cuantía fijada, el casillero judicial y correo electrónico designados por el actor y la calidad en la que comparece, conforme la documentación habilitante que adjunta, así como la autorización que confiere a su abogada patrocinadora.- NOTIFIQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 27 de abril del 2018, las 15h07, Agréguese al proceso los anexos y el escrito presentado. Atento lo manifestado por la parte actora y En atención al juramento rendido y de conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un diario de amplia circulación a nivel nacional, para lo cual confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE. f). VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA, JUEZA. Lo que CITO a Usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para efectos de notificaciones. Atentamente. DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC110486fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: OVIEDO NAVAS PATRICIO ALEJANDRO ACTOR: BANCO GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: OVIEDO NAVAS PATRICIO ALEJANDRO JUICIO EJECUTIVO NO. 17230-2015-
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE BELLAVISTA CLOUD FOREST SA BELLAFOREST Se convoca a los señores Accionistas a la Junta General Extraordinaria que se llevará acabo el día 23 de julio del
2018 a las 10:00am, en las oficinas de la Compañía, para tratar como único punto:
Nombramiento
de
Presidente
Gerente General de la Compañía.
y
Quito, 16 de julio del 2018
19998 CUANTIA: $ 17.000 PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 16 de diciembre del 2015, las 15h01.VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil, mediante acción de personal No. 8851-DNTH, de 29 de octubre del 2014.- La demanda que antecede, propuesta por la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, en calidad en la que comparece como se desprende del documento adjunto es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite Ejecutivo.- En consecuencia, el demandado OVIEDO NAVAS PATRICIO ALEJANDRO, pague a la actora la cantidad adeudada o proponga excepciones en el término de tres días de citada.- Cítese al demandado OVIEDO NAVAS PATRICIO ALEJANDRO, con el contenido de la demanda y presente providencia en la dirección señalada para el efecto depréquese a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en la cuidad de Ambato.Agréguese a los autos la documentación adjunta.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la actora para sus notificaciones, así como la facultad dada a su abogado defensor para que suscriba los escritos necesarios.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f) DRA. GRIMANESA MARISOL ERAZO NAVARRETE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 10 de julio del 2018, las 16h02, Por cumplido lo ordenado en providencia de fecha 25 de Junio del 2018, y en virtud del juramento rendido por el actor cítese a la demandada señor OVIEDO NAVAS PATRICIO ALEJANDRO de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- NOTIFIQUESE.- F) DR. CARLOS NARANJO BORJA, JUEZ Lo comunico al público en general para q en caso de oposición señalen casilla judicial dentro del término correspondiente. AB. FERNANDA OVIEDO ORTEGA SECRETARIA Hay firma y sello PAC110492fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL
CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL JUICIO: MONITORIO NUMERO 17230-2017-10936 ACTOR COMPAÑÍA RADIO ZARACAY C.A ( FRED ANDRES VELASTEGUI ZAMBRANO D E M A N DA D O : C O M PA Ñ Í A MAKTRA DECORP S.A EN SU REPRESENTANTE Y GERENTE GENERAL SEÑOR FERNANDO COBOS ALBORNOZ Y PRESIDENTE SEÑOR SA N T I AG O J OS E RIBADENEIRA TROYA CUANTIA $ 5,675.85 ASUNTO: COBRO DE FACTURAS “UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Jueves 31 de agosto del 2017, las 15h41.- VISTOS VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil del Distrito Metropolitano de Quito, en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma. Agréguese a los autos el escrito que antecede.- PRIMERO: En lo principal, la demanda presentada por FRED ANDRES VELASTEGUI ZAMBRANO en su calidad de representante legal de la compañía RADIO ZARACAY conforme lo justifica con la documentación aparejada, reúne los requisitos determinados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) en concordancia con el Art. 356 ibídem, la misma está fundamentada en un documento previsto en el numeral 2 del Art. 356 ibídem; en consecuencia, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento monitorio.- SEGUNDO: En virtud de lo expuesto y al tenor del Art. 358 del COGEP, se ordena que la demandada, COMPAÑIA MAKTRADECORP S.A. por intermedio de su gerente general y representante legal, señor FERNANDO COBO ALBORNOZ pague a la parte actora, la obligación demandada, esto es, el valor de CUATRO MIL QUINIENTOS UN 44/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICAS ( USD $ 4,501.44), más el interés convencional y de mora legalmente permitido por el organismo regulador monetario y financiero correspondiente, que se genere a partir de la citación hasta el cumplimiento total de la obligación, conforme lo previsto en el Art. 360 ibídem, rubros que se liquidarán pericialmente; o, presente oposición; para tal efecto, se le concede el término de quince días contados a partir de la citación.- En caso de incumplimiento, se aplicará lo dispuesto en el inciso tercero del Artículo 358 ibidem que establece “Si la o el deudor no comparece dentro del término concedido para el efecto o si lo hace sin manifestar oposición, el auto interlocutorio al que se refiere el inciso primero quedará en firme, tendrá el efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución”. TERCERO: Cítese con el contenido de la demanda y este auto de pago a la accionada, Compañía MAKTRADECORP S.A. a través de su gerente general, señor FERNANDO COBO ALBORNOZ, en el lugar que se indica en la demanda, para lo cual, se
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA COLD SYSTEMS Y SERVICIOS CIA. LTDA. De conformidad a lo dispuesto en la Ley de Compañías, en el Reglamento de Juntas Generales emitido por la Superintendencia de Compañías, así como en el Estatuto Social de la compañía COLD SYSTEMS Y SERVICIOS CIA LTDA., se convoca a los socios de la compañía a la Junta General Extraordinaria, que tendrá lugar en la ciudad de Quito DM, el día 25 de julio de 2018, a las 09:00 horas, en las oficinas de la empresa, ubicadas en la Abdón Calderón SN y Pasaje S7, Conjunto Bulevar de las Acacias, en el sector de Conocoto, a efectos de conocer y resolver sobre el siguiente orden del día propuesto: 1. Designación del Gerente General de la compañía COLD SYSTEMS Y SERVICIOS CÍA. LTDA. Quito, 16 de julio de 2018 Muy atentamente,
Sr. Richard T. Parsons Gerente General
P AR/109184/AT
Cristina Fernanda Álvarez Betancourt Gerente General COLD SYSTEMS Y SERVICIOS CIA. LTDA.
P AR/109190/AT
adjuntará copia de la demanda y este auto, debiendo tomarse en cuenta lo determinado en los artículos 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico; para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones. CUARTO: Considérese el anuncio de prueba realizado en la demanda, para lo cual se observará lo previsto en el Art. 359 ibídem, en el evento de que se formule oposición.- Téngase en cuenta los casilleros judiciales y correos electrónicos señalados por el actor para sus futuras notificaciones así como la autorización concedida a su Abogado patrocinador.- Actúe la Abogada Patricia Feijoo en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE”.- “UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 7 de junio del 2018, las 15h02, VISTOS: En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la demandada, Compañía MAKTRADECORP S.A, en la persona de su representante legal y gerente general, señor Fernando Cobo Albornoz; y, en la persona de su Presidente, señor Santiago José Ribadeneira Troya, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.-f) KARINA ALEJANDRA MARTINEZ SALAZAR, JUEZA Lo que pongo en conocimiento para los fines de ley, advirtiendo de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para posteriores notificaciones. Quito 14 de junio del 2018 AB. JOSUE AYALA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL COGEP Hay firma y sello PAC20146fa R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: DAISY ALEJANDRA CHICAIZA MARTINEZ ACTOR: DR. ALFREDO AGUSTIN GRIJALVA MUÑOZ PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. DEMANDADO: DAISY ALEJANDRA CHICAIZA MARTINEZ
JUICIO VERBAL SUMARIO No. 17230-2015-18564. CUANTIA: $ 20000,00 OBJETO: PAGO CONSUMO TARJETA DE CREDITO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 23 de noviembre del 2015, las 15h34. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial Civil del Distrito Metropolitano de Quito. En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y por reunir los demás requisitos de Ley se la acepta formalmente a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, con el contenido de la demanda presentada y este auto, cítese a la demandada DAISY ALEJANDRA CHICAIZA MARTINEZ en la dirección indicada en el libelo de demanda, debiendo para el efecto remitir las boletas respectivas a la oficina de citaciones. Téngase en cuenta la calidad en que comparece el Dr. José Patricio Ron Torres, abogado defensor y el casillero judicial para futuras notificaciones.- Actúe como Secretaria de esta Unidad Abg. Alejandra Lahuatte, según Acción de Personal No. 3899-DP-UPTH de 26 de mayo del 2015, emitido por el Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura.- Notifíquese. Dr. Luis Fernando Landazuri Salazar Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 4 de julio del 2018, las 12h15, Atento al juramento rendido por la parte accionante y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos cítese por la prensa a la demandada DAISY ALEJANDRA CHICAIZA MARTINEZ por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, para lo cual se remite junto a la boleta el extracto correspondiente, la parte interesada ingresará en esta Unidad la publicación en el término de diez días bajo prevenciones legales en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE. F) Dra. Maria de los Angeles Ambas Cuatin Jueza. Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Dr. Luis Chulde Ruano SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC110510fa ========
CLEANAIR CIA. LTDA. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA CLEANAIR CIA. LTDA. De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías y los Estatutos Sociales de la Compañía, se convoca a los señores socios a la Junta General Extraordinaria de Socios que se realizará el día miércoles 25 de julio del 2018 a las 09h00, en las oficinas ubicadas en la Av. Amazonas N21-252 y Carrión, Edificio Londres, piso 7, oficina 701, de esta ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, para tratar los siguientes puntos: 1. Disolución voluntaria y liquidación de la compañía. 2. Solicitud a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros de la cancelación de la inscripción en el Registro Mercantil. 3. Ratificación de los socios de la no existencia de obligaciones pendientes por parte de la compañía. 4. Designación del liquidador. 5. Aprobación del Balance Final de operaciones. 6. Aprobación del cuadro de distribución del haber social. 7. Autorización para realizar el trámite. Ing. Hugo Torres Paredes Gerente General P AR/109193/AT
EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVILCOMPLEJO NORTE CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL AL SR. JIMMY ENRIQUE VEINTIMILLA RODRIGUEZ CAUSA: JUICIO VERBAL SUMARIO Nº DE JUICIO: 17307-2014- 0018 ACTOR: ALFREDO AGUSTIN GRIJALVA MUÑOZ.-PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A DEMANDADA: JIMMY ENRIQUE VEINTIMILLA RODRIGUEZ JUEZA: AB. SILVIA KARINA RODAS SÁNCHEZ CUANTÍA TREINTA Y CINCO MIL DOLARES PROVIDENCIA: JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, a 14 de enero del 2014, las 8h12. VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa, en mi calidad de Juez Encargado, mediante acción de personal No. 5501-DP-DPP, de 01 de Noviembre del 2013.- La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley.- Se da el trámite Verbal Sumario. Entréguese copia de la demanda y esta providencia al demandado señor JIMMY ENRIQUE VEINTIMILLA RODRIGUEZ, cítese al demandado, en el lugar señalado para el efecto.- Agréguese al proceso la documentación acompañada. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados.NOTIFIQUESE.-f) DR. EDUARDO GONZALEZ.-JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA .Quito, martes 10 de noviembre del 2015, las 13h04 VISTOS Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad Jueza Subrogante de esta Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, mediante Acción de Personal N° 8225-DP-UPTH-MP, de 23 de octubre del 2015.- Agréguese a los autos el escrito que antecede.- En atención a lo solicitado por la parte accionante, cítese al demandado VEINTIMILLA RODRIGUEZ JIMMY ENRIQUE, en la dirección señalada en el escrito que se pro-
vee. Se conmina a la parte actora conferir las copias necesarias a fin de elaborar las boletas de citación.Actúa el Dr. Patricio Calderón en calidad de Secretario Encargado, mediante acción de personal Nº 3887-DP-UPTH de 27 de agosto del 2015.- NOTIFÍQUESE.- DRA. KARINA ALEJANDRA MARTINEZ SALAZAR.JUEZ ENCARGADO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, martes 17 de abril del 2018, las 14h42, Por cuanto la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha 20 de marzo del 2018, se ordena citar al demandado señor JIMMY ENRIQUE VEINTIMILLA ENRIQUE, mediante publicaciones que se hará a través de la prensa, en uno de los periódicos o diarios de amplia circulación que se editan en esta Ciudad de Quito, para lo cual por Secretaría confiérase el respectivo Extracto.- NOTIFIQUESE. f) RODAS SANCHEZ SILVA KARINA.JUEZA Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB. JULIETA SILVANA IZA ALTAMIRANO SECRETARIA Hay firma y sello PAC110509fa REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: JUAN CARLOS ESPIN IMBAQUINGO. ACTOR: DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA RON TORRES JOSE PATRICIO (REPRESENTANTE). DEMANDADO: JUAN CARLOS ESPIN IMBAQUINGO. JUICIO: 17301-2014-0131 TRAMITE: VERBAL SUMARIO JUEZ: Ab. Rodas Sánchez Silvia Karina. SECRETARIO: Ab. Julieta Iza Altamirano. CUANTIA: VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 00/100 ( USD $ 20.000,00 ). DEMANDA:
“JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, sábado 8 de marzo del 2014, las 09h30.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Jueza Primera de lo Civil de Pichincha (E), mediante acción de personal N° 918-DP-DPP, de fecha 14 de febrero del 2014.- En vista de la razón de sorteos que antecede, en lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se acepta a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, con la demanda presentada y providencia que antecede, córrase traslado al señor JUAN CARLOS ESPIN IMBAQUINGO. Cítese al demandado señor Juan Carlos Espín Imbaquingo, en el lugar que se indica para lo cual envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Considérese la cuantía.Tómese en cuenta la calidad en la que comparece el Dr. José Patricio Ron Torres, asi como también la designación y autorización que confiere a su abogado defensor Dr. Alfredo Grijalva Muñoz.- Téngase en cuenta el casillero judicial N° 1109, correo electrónico y agréguese al proceso la documentación que se anexa.NOTIFÍQUESE.-” F) Dra. Viviana Pila Avendaño, Jueza ENCARGADA. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 10 de abril del 2018, las 14h55, Agréguese al proceso el escrito presentado. Atento el juramento rendido por la parte actora, cítese por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación nacional que se edita en esta ciudad de Quito al demandado JUAN CARLOS ESPIN IMBAQUINGO. NOTIFIQUESE.-” F) Ab. Silvia Rodas Sánchez, Jueza. Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Ab. Julieta Iza Altamirano. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Hay firma y sello PAC110508fa REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL SECRETARÍA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA ECUADORIAN TOURS AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO S.A. EN LIQUIDACIÓN. Se convoca a todos los accionistas de la compañía ECUADORIAN TOURS AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO S.A. EN LIQUIDACIÓN, a la Junta General Extraordinaria de Accionista, que se celebrará el día 26 de julio 2018 a las 10H00, en el domicilio de la compañía ubicado en la dirección avenida Amazonas N21-33 y Jorge Washington, Piso 1, Distrito Metropolitano de Quito, Cantón Quito. Además se convoca de manera expresa al señor Guillermo Duque quien ejerce las funciones de comisario. El orden del día que se tratará en la Junta General Extraordinaria de Accionistas es el siguiente: 1. Conocimiento del estado financiero en el cual se encontró la compañía dentro del proceso de liquidación. 2. Informe presentado por la contadora general sobre las cuentas por cobrar y pagar que se encuentran registradas en el sistema contable, gestiones realizadas. Detalle de acreencias que están calificadas. 3. Aprobación de las cuentas por cobrar que se darán de baja por incobrables. 4. Conocimiento sobre las cuentas por pagar que no fueron calificados como acreencias, pero existen en el sistema contable. 5. Detalle de los saldos reales de los balances internos a junio 2018 con los soportes respectivos. 6. Conocimiento del informe de avalúo realizado por el Ing Jorge Bolívar Jaque Cisneros Perito A.C.J.1829491, sobre los activos no corrientes que son parte de la compañía. 7. Aprobación de la venta de los bienes inmuebles conforme lo determina el literal b el numeral 3 del artículo 398 de la Ley de Compañías, en vista que el Estatuto de la Compañía no es claro; en esta Junta exonerara a liquidador del proceso de pública subasta. 8. Se aprobará la distribución del haber social y distribución de acuerdo al orden de prelación Quito, 16 de julio de 2018 Ana Ximena Ruiz Illescas Representante Legal-Liquidadora ECUADORIAN TOURS AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO S.A. EN LIQUIDACION P AR/109188/AT
No depende de nosotros el ser pobres; pero si depende siempre de nosotros el hacer respetar nuestra pobreza. V o lta i r e CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO AL SEÑOR ROMERO ANDA VICENTE LEONIDAS Y AL PÚBLICO EN GENERAL LES HAGO SABER LO SIGUIENTE: EXTRACTO: ACTOR : BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A DEMANDADO: ROMERO ANDA VICENTE LEONIDAS CAUSA :17230-2015-22114. Cuantía: $40.000,oo USD JUEZ : DR. RICHARD CHINDE CHAMORRO- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANODE QUITO SECRETARIA: AB. ANDREA MALDONADO. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- 26 de enero del 2016, a las 14h56.- VISTOS.- En virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez Subrogante de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, mediante Acción de personal No. 8225-DP-UPTH-MP de 21 de Octubre del 2015, avoco conocimiento de la presente acción. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el Doctor José Patricio Ron Torres, como Procurador Judicial de DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA. En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, se acepta al trámite establecido en la sección 23a del juicio verbal sumario; en tal virtud, cítese al demandado, Señor VICENTE LEONIDAS ROMERO ANDA, en la dirección señalada por la parte actora, para cuyo efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Agréguense los documentos acompañados. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por la parte actora, así como la autorización conferida a su Abogado patrocinador. Actúe la Abogada Patricia Feijoo en calidad de Secretaria mediante acción de personal No. 101-DP-UPTH. NOTIFIQUESE.- f)
Dra. Karina Alejandra Martínez Salazar. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, martes 3 de abril del 2018, las 12h59, Agréguese al proceso el escrito que antecede.Atento lo solicitado y por cuanto el actor ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior y atento al juramento rendido por el actor señor DR. PATRICIO RON TORRES, en calidad de procurador Judicial de DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA; y, de conformidad con lo que dispone el inciso segundo del numeral 2° del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la parte demandada ROMERO ANDA VICENTE LEONIDAS, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito; por Secretaría confiérase el extracto correspondiente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1° Ibídem, previas las formalidades legales.- NOTIFIQUESE. f) Dr. Richard Chinde Chamorro. Lo que cito para los fines de Ley. AB. ANDREA MALDONADO SECRETARIO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC110507fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACION JUDICIAL A: CAZAR MONTENEGRO DOLORES DALILA JUICIO: VERBAL SUMARIO-VALES DE CONSUMO DE TARJETA DE CREDITO NUMERO: 17230-2014-0912 ACTOR: DR RON TORRES JOSE PATRICIO, PROCURADOR JUDICIAL DE DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A SOCIEDAD FINANCIERA (BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A.). DEMANDADO: CAZAR
CONVOCATORIA De conformidad con los Estatutos Sociales, la ley de Compañías y su Reglamento, se convoca a los accionistas de la compañía Novodreams Holding Cia. Ltda., a la junta ordinaria y universal de accionistas, que se efectuara el lunes 16 de julio de 2018, a las 13:30 hora, en sala de reuniones ubicado en la Av. Los Shyris KM 4 vía Sangolqui - Amaguaña, para tratar los siguientes puntos: 1. Distribución y pago de dividendos pendientes. Carmen Barriga Villavicencio Representante Legal PAC71119fa
MONTENEGRO DOLORES DALILA CUANTIA: USD. 40.000,00 (CUARENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA) JUEZ PONENTE: VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 30 de diciembre del 2014, las 15h49. VISTOS.En virtud del sorteo que antecede, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza Titular legalmente posesionada.- En lo principal, la demanda que antecede propuesta por el DR. JOSE PATRICIO RON TORRES, en su calidad de Procurador Judicial de DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA, es clara, precisa y reúne los requisitos determinados por la ley, por lo que se la acepta a trámite VERBAL SUMARIO. En consecuencia cítese a la demandada señora DOLORES DALILA CAZAR MONTENEGRO en el lugar que se indica, para el efecto envíese suficiente despacho a la Oficina de Citaciones.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora para futuras notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogado patrocinador dentro de la presente causa.- NOTIFÍQUESE. f). UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 12 de abril del 2018, las 16h25, De oficio y de la observación de la causa, consta en escrito de fecha 28 de marzo del 2018, la solicitud de conversión de Diners Club del Ecuador S.A. Sociedad Financiera a Banco Diners Club del Ecuador S.A., por lo tanto, se considera y dispone: Conforme se desprende la inscripción de escritura pública, de CONVERSIÓN de DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. SOCIEDAD FINANCIERA a BANCO ESPECIALIZADO EN SEGMENTO DE CONSUMO CAMBIO DE DENOMINACIÓN POR LA DE “BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A”., emitida por el Registro Mercantil Quito.- En adelante tómese en cuenta como parte actora de este litigio al BANCO DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A..Por ser el estado de la causa, en mérito del juramento rendido y los documentos anexados por la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada CAZAR MONTENEGRO DOLORES DALILA, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, para el efecto, por secretaría confiérase el extracto correspondiente, a fin de citar a la parte demandada.Notifíquese. f). VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA, JUEZA. Lo que CITO a Usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para efectos de notificaciones. Atentamente. DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC110506fa EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVILCOMPLEJO NORTE CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A LOS SEÑORES: JAIME FERNANDO ALBAN LALAMA Y ABIAH ELENA VALVERDE HERNANDEZ CAUSA: JUICIO EJECUTIVO Nº DE JUICIO: 17301-2013-1141 ACTOR: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE B E N A LCA ZA R. Procuradora Judicial del Banco de Guayaquil S.A DEMANDADOS: JAIME FERNANDO ALBAN LALAMA Y ABIAH ELENA VALVERDE HERNANDEZ JUEZA: AB. SILVIA KARINA RODAS SÁNCHEZ CUANTÍA VEINTE MIL DOLARES PROVIDENCIA: JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 3 de
Revista judicial lunes 16 de julio de 2018 La Hora Quito, ecuador enero del 2014, las 11h31. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Encargado de esta Judicatura. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. El título acompañado a la demanda presta mérito ejecutivo, en consecuencia, los demandados señores JAIME FERNANDO ALBAN LALAMA y ABIAH ELENA VALVERDE HERNANDEZ, en el término de tres días de ser citados legalmente, paguen la obligación requerida o propongan excepciones. Cítese a los demandados en el lugar que se indica, para lo cual remítase atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de lo Civil de la Provincia de Tungurahua, con asiento en la ciudad de Ambato. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el compareciente. Previa constancia de autos, se dispone el desglose de la documentación solicitada.- NOTIFIQUESE.- f) DR. FRANCISCO ROBALINO OCAÑA.JUEZ ENCARGADO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 9 de julio del 2018, las 09h23, Agréguese al proceso el escrito presentado. Atento el juramento rendido por la parte actora, cítese por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito a los demandados JAIME FERNANDO ALBAN LALAMA y ABIAH ELENA VALVERDE HERNANDEZ. NOTIFIQUESE.RODAS SANCHEZ SILVIA KARINA.- JUEZA Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB. JULIETA SILVANA IZA ALTAMIRANO SECRETARIA Hay firma y sello PAR/109175/AT EXTRACTO REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: KEHENDY KARINA SAGBAY LITUMA ACTOR: BANCO GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: ALDAZ CARDENAS ESTELA ESPERANZA y SAGBAY LITUMA KEHENDY KARINA TRAMITE: EJECUTIVO ASUNTO: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO JUICIO No. 17230-2016-19357 CUANTIA: USD. 17.000,00 Juicio No. 17230-2016-19357 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 5 de enero del 2017, las 15h32, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal, por cuanto la actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto inmediato anterior, se considera: PRIMERO: CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- La demanda presentada por la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcázar, Procuradora Judicial del Banco Guayaquil S.A., conforme lo acredita con el documento adjunto, es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y se fundamenta en el contrato de mutuo con reconocimiento de firmas ante Notaria Pública, que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- SEGUNDO.- En consecuencia, las demandadas, señoras ESTELA ESPERANZA
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ALDAZ CARDENAS, en calidad de deudora principal, y KEHENDY KARINA SAGBAY LITUMA, en calidad de garante, en el término de QUINCE (15) días, cumplan con la obligación demandada o formulen oposición conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. TERCERO.- CITACIÓN.CÍTESE con el contenido de la demanda, el escrito de aclaración y el presente auto, a las demandadas, en el lugar señalado en la demanda, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones; para el efecto, envíese atento Deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón El Puyo, provincia de Pastaza.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- QUINTO.- DESGLOSE.- En atención a lo previsto en el artículo 193 del Código Orgánico General de Procesos, dejando compulsa, razón y recibo en autos, desglósese la escritura pública de procuración judicial solicitada por la parte actora. En atención a lo previsto en el numeral 4 del artículo 196 del Código Orgánico General de Procesos y al principio de contradicción, no ha lugar el desglose solicitado del contrato de mutuo y tablas de amortización, el mismo que se proveerá oportunamente.- SEXTO.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones y la autorización que confiere a sus abogados patrocinadores.- Actúe el Ab. Henry Changoluisa, en calidad de Secretario en atención a la Acción de Personal No. 0025-DP17-2017-MP.NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- f) Dra. Carmen Romero Ramírez.- Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 4 de julio del 2018, las 09h51, En mérito del juramento rendido y a lo manifestado por la parte actora, se ordena la citación de la demandada señora KEHENDY KARINA SAGBAY LITUMA, con el contenido de la demanda, auto inicial y el presente, por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en el cantón Quito, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.f) Dra. Carmen Romero Ramírez.Jueza Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, (Ecuador), para posteriores notificaciones.Dra. María Isabel Solano Camacho SECRETARIA Hay firma y sello PAR/109176/AT R del E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: HERRERA NASIMBA LUIS ERNESTO ACTOR: CARLOS SANTIAGO GUALOTUÑA SUQUILLO, en su calidad de GERENTE GENERAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y
AVISO DE LLAMAMIENTO A ACREEDORES En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 393 de la Ley de Compañías; se notifica a los acreedores de la Compañía STATUSEVENTS ENTERTAINMENT CIA. LTDA. “EN LIQUIDACIÓN”, a efectos de que dentro del término de veinte días contados desde la fecha de la última publicación de este Aviso, presenten la documentación que acredite su derecho de acreencia, en las Oficinas de la Compañía ubicadas en la Av. Interoceánica S21-C y Francisco de Goya, Miravalle, Quito. ARQ. ROBERTO EDISON CHÁVEZ VALLE LIQUIDADOR DE STATUSEVENTS ENTERTAINMENT CIA. LTDA. “EN LIQUIDACIÓN”
PAB/20144/AT
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Revista judicial C6
lunes 16 de julio de 2018 La Hora Quito, ecuador
CRÉDITO LUZ DEL VALLE DEMANDADO: CHUQUIMARCA USHIÑA MARIA EMILIANA; USHIÑA JOSE GUILLERMO; y, HERRERA NACIMBA LUIS ERNESTO JUICIO No: 17231-2015-00884 EJECUTIVO CUANTIA: CINCO MIL DÓLARES AMERICANOS CON 00/100. ($ 5.000,00 USD) JUEZ: Dr. Moposita Oño Leonel Fernando. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. “Rumiñahui, jueves 19 de noviembre de 2015, a las 14h24. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de juez titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Rumiñahui, Provincia de Pichincha.- En lo principal, la demanda presentada, es clara y precisa por lo que se la acepta a trámite EJECUTIVO.- En consecuencia, los señores: CHUQUIMARCA USHIÑA MARIA EMILIANA Y USHIÑA JOSE GUILLERMO en sus calidades de deudores principales y HERRERA NACIMBA LUIS ERNESTO en su calidad de deudor Solidario, de conformidad con inciso 1ro. Del Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones en el término legal de tres días.- Cítese a los demandados en la dirección indicada, para el efecto remítase atento deprecatorio librado a uno de los Jueces de la Unidad Judicial de Quito quien a su vez remitirá atenta comisión a: 1.- Al señor Teniente Político de la parroquia Alangasí para la citación a los deudores principales ; y, 2.- Al señor Teniente Político de la parroquia Amaguaña para la citación al garante solidario, a quienes se les remitirá despacho en forma; Agréguese a los autos los documentos adjuntos a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla, correo electrónico, domicilio judicial designados, y la autorización conferida a su abogado patrocinador.- HAGASE SABER.” UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. “Rumiñahui, miércoles 27 de junio del 2018, las 16h05, Agréguese al proceso escrito que antecede.- En lo principal; al amparo de lo determinado el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y del Juramento rendido por la parte accionante, cítese al señor HERRERA NASIMBA LUIS ERNESTO, en tres fechas distintas en uno de los Diarios de mayor circulación del cantón Quito, conforme lo dispuesto en el artículo 56.1 del COGEP; pata el efecto por secretaria cinfierase el extaracto.- Hecho que sea, bajo prevenciones de archivo se requiere que la parte accionante en el término de diez días presente las publicaciones realizadas.- Notifíquese.-” Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en el lugar del juicio para sus posteriores notificaciones. Certifico. Ab. Verónica Villacreses SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAP/71116/AT R del E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: UBILLA ARANGUNDY DARWIN ACTOR: GUALOTUÑA SUQUILLO CARLOS SANTIAGO EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL DE LA COOPERATIVA LUZ DEL VALLE DEMANDADO: Darwin Alberto Ubilla Arangudy y Anatolia Hidalgo Vinueza JUICIO No: 17231-2016-00840 EJECUTIVO CUANTIA: SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE DÓLARES DOLARES AMERICANOS COM 49/100. ($ 7.920,49 USD) JUEZ: Dr. Moposita Oño Leonel Fernando. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, martes 27 de diciembre de 2016, las 10h35, VISTOS.Agréguese al proceso el escrito presentado.- CALIFICACIÓN.- En lo principal, la demanda que antecede y su complemento presentada por el señor José Julio Gualotuña Lema, en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Luz del Valle; en contra de la parte demandada señores Darwin Alberto Ubilla Arangudy y Anatolia Hidalgo Vinueza, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), la
que se fundamenta en el COBRO DE PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Arts. 347 y 348 ibídem, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que, se califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO EJECUTIVO establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos. DILIGENCIAS.A fin de precautelar la tutela judicial efectiva y el debido proceso prescritos en los Arts. 75 y 76 de la Constitución de la República, específicamente el derecho a la defensa, cítese en legal y debida forma a la parte demandada señores DARWIN ALBERTO UBILLA ARANGUDY y ANATOLIA HIDALGO VINUEZA, en la dirección señalada en el libelo inicial, para lo cual se adjuntará la copia de la demanda, copia certificada de los documentos adjuntados y este auto de sustanciación; previniéndole a la parte ejecutada la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o electrónico para sus posteriores notificaciones.- En virtud de lo establecido en los Arts. 352, 355 y 333 numeral 3 del COGEP se concede el término de quince (15) días a fin de que la parte ejecutada cumpla con la obligación o proponga excepciones que de manera taxativa lo prevé el Art. 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo prescribe el Art. 352 del Código citado.- Al momento de la citación el funcionario respectivo tome en cuenta lo dispuesto en el Art. 54, 55, 62 y 63 del Código Orgánico General de Procesos. ANUNCIO DE PRUEBAS.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la parte accionante en la demanda; situación que estará a las reglas de admisibilidad de la prueba, conforme lo previsto en los Arts. 160 y 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada.- Agréguese al proceso los documentos presentados por el compareciente, tómese nota de la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir sus futuras notificaciones.- Actúe el Ab. Raúl Taco, en calidad de Secretario encargado de esta Unidad Judicial.- CÍTESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, miércoles 25 de abril del 2018, las 15h56, VISTOS: Agréguese al proceso escrito que antecede.En lo principal; al amparo de lo determinado el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y del Juramento rendido por la actora, cítese a la señora UBILLA ARANGUNDY DARWIN en uno de los Diarios de mayor circulación del cantón Quito, conforme lo dispuesto en el artículo 56.1 del COGEP; para lo cual confierase el respectivo extracto para las publicaciones.- Actúe la Abg. Verónica Natalia Villacreses Garcia, en calidad de secretaria de esta Unidad Judicial Civil.- Notifíquese.Ab. Verónica Villacreses SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAP/71115/AT R del E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: HERRERA CASTRO JORGE GABRIEL ACTOR: CARLOS SANTIAGO GUALOTUÑA SUQUILLO, en su calidad de GERENTE GENERAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LUZ DEL VALLE DEMANDADO: de GIANNINA GABRIELA HERRERA CASTRO; POLIVIO AVELINO TOBAR CASTRO y JORGE GABRIEL HERRERA CASTRO JUICIO No: 17231-2015-00881 EJECUTIVO CUANTIA: SEIS MIL QUINIENTOS DÓLARES AMERICANOS CON 00/100. ($6.500,00 USD) JUEZ: Dr. Moposita Oño Leonel Fernando. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. “Rumiñahui, miércoles 4 de noviembre de 2015, las 14h26.- VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI,
JUDICIAL QUITO
PROVINCIA DE PICHINCHA.- La demanda ejecutiva, presenta por JOSE JULIO GUALOTUÑA en calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “LUZ DEL VALLE LTDA.”, en contra de GIANNINA GABRIELA HERRERA CASTRO en calidad de deudora principal, el señor POLIVIO AVELINO TOBAR CASTRO y JORGE GABRIEL HERRERA CASTRO en calidad de deudores solidarios, reúne los requisitos legales, en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva establecida en el Título II, Parágrafo 2o, Artículos 419 al 490, del Código de Procedimiento Civil.-Por considerar título ejecutivo el documento aparejado a la demanda, girado y aceptado en este Cantón, se ordena citar con el contenido de la misma y con el de esta providencia a GIANNINA GABRIELA HERRERA CASTRO y JORGE GABRIEL HERRERA CASTRO en las direcciones proporcionadas por la demandante, para lo cual, depréquese a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quito, ofreciendo reciprocidad en casos análogos, a fin que envié atenta Comisión al Teniente Político de la Parroquia de Alangasi, para la práctica de la diligencias de citaciones.- Cítese a POLIVIO AVELINO TOBAR CASTRO, como deudor solidario en la dirección proporcionada por la demandante, para lo cual, depréquese a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quito, ofreciendo reciprocidad en casos análogos, para la práctica de la diligencia de citación.- Los demandados una vez citados, en el término de tres días, cumplan con la obligación reclamada o formulen excepciones.Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese a la demandante en la casilla judicial y en el correo electrónico de su defensor.- Sin embargo de lo dispuesto, el suscrito Juez de primer nivel de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito de Rumiñahui, Cantón Rumiñahui, Dra. Soledad Villalba, CONSIDERANDO: (1).-Que el litigio no es la única vía posible para solucionar las controversias; (2).-Que la Constitución de la República, en el Art.190, reconoce medios alternativos de solución de conflictos, como la mediación; (3).-Que la mediación es un servicio administrativo, que la Función Judicial, por intermedio del Consejo de la Judicatura, ha puesto a consideración de la ciudadanía para que de manera voluntaria y directa, solucione sus conflictos; (4).- Que el Consejo de la Judicatura, ha establecido como una de las políticas estratégicas de la Función Judicial, el fomento de una cultura de paz en la solución de conflictos mediante el diálogo directo de quienes tiene en sus manos la libre disponibilidad de sus derechos; y, (5).-Que en la actualidad el Consejo de la Judicatura, cuenta con un moderno Centro de Mediación en esta ciudad de Sangolquì, ubicado en el edificio Tinara tercer piso de la Calle Abdón Calderón y Riofrìo de esta ciudad, INVITA, a la demandante JOSE JULIO GUALOTUÑA en calidad de Gerente y Representante Legal de
Dicen que la prensa fue la palanca de Arquímedes que levantó el mundo. Artemus Ward la Cooperativa de Ahorro y Crédito “LUZ DEL VALLE LTDA.” y a los demandados GIANNINA GABRIELA HERRERA CASTRO, POLIVIO AVELINO TOBAR CASTRO y JORGE GABRIEL HERRERA CASTRO, para que acudan al indicado Centro de Mediación de la Función Judicial; a fin de que traten de solucionar este conflicto mediante el diálogo directo. Por tanto, la demandante: JOSE JULIO GUALOTUÑA, en el término de 3 días, se servirá comunicar a este Juzgador, su aceptación o negativa de acudir a la Mediación; y los demandados GIANNINA GABRIELA HERRERA CASTRO, POLIVIO AVELINO TOBAR CASTRO y JORGE GABRIEL HERRERA CASTRO, al momento de contestar la demanda, de igual forma, se servirán comunicar, su aceptación o negativa de acudir a la Mediación.- De esta manera se observa el derecho al debido proceso de las partes garantizado en el Art.76 de la Constitución de la Republica; en concordancia con las normas del Código Orgánico de la Función Judicial, del Código de Procedimiento Civil y del Reglamento de Arreglo de Procesos y Actuaciones Judiciales.NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.-” UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. “Rumiñahui, lunes 16 de abril del 2018, las 15h59, VISTOS: Agréguese al proceso escrito que antecede.- En lo principal; al amparo de lo determinado el art. 56 del COGEP y del Juramento rendido por la actora, cítese a la señora HERRERA CASTRO JORGE GABRIEL en uno de los Diarios de mayor circulación del cantón Quito, conforme lo dispuesto en el artículo 56.1 del Cösigo Orgánico General de Procesos; para el efecto confierase el respectivo extracto.- Bajo prevenciones de ley se requiere que la parte accionante en el término de 24 horas retire de la oficina de archivo de esta Unidad Judicial el mencionado extracto; así como también, en el término de diez días presente la factura del medio de comunicación en la que se va a publicar el extracto o a su vez las publicaciones realizadas.- Requerimiento que se lo realiza atendiendo a los principios celeridad procesal y de colaboración con la Función Judicial prescritos en los Arts. 20 y 30 del Código Orgánico de la Función Judicial, que este último en su parte final señala: “Las personas que, estando obligadas a dar su colaboración, auxilio y ayuda a los órganos de la Función Judicial, no lo hicieran sin justa causa, incurrirán en delito de desacato.”; en consecuencia, es
obligación de la parte accionante impulsar la causa.- Actúe la Abg. Verónica Natalia Villacreses Garcia, en calidad de secretaria de esta Unidad Judicial Civil.- Notifíquese.-” Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en el lugar del juicio para sus posteriores notificaciones. Certifico. b. Verónica Villacreses SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAP/71114/AT
ORDINARIOS R. DEL E. www.funcionjudicial-pichincha. gob.ec UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL PARA: KATIA JIMENA MOLINA SIERRA -EXTRACTOCAUSA N° 17230-2017- 14050 Materia: CIVIL Tipo proceso: ORDINARIO Acción/Delito: NULIDAD DE SENTENCIA ACTOR: ENRIQUE RAUL MACHADO MERINO DEMANDADO: KATIA JIMENA MOLINA SIERRA y CELIA MARIA MOLINA SIERRA OBJETO: Que se declare la nulidad de la sentencia dictada para que las cosas vuelvan a su estado anterior, pago de costas judiciales y honorarios profesionales CUANTIA: Indeterminada UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. DE PICHINCHA.Quito, martes 7 de noviembre del 2017, las 14h48. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado a nombre del señor Enrique Raúl Machado Merino, con el que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto anterior. En lo principal, la demanda presentada por el señor Enrique Raúl Machado Merino, es clara, precisa y contiene los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que al amparo de lo establecido en el artículo 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se ADMITE al Procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del COGEP, y en virtud a lo prescrito en el artículo 289 ibídem.- Cítese con el
contenido de la demanda y el presente auto interlocutorio a las señoras KATIA JIMENA MOLINA SIERRA y CELIA MARIA MOLINA SIERRA, en el lugar que se indica en el escrito de aclaración a la demanda, para lo cual remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones debiendo la parte actora proporcionar las copias necesarias; previniéndole a las demandadas de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico. Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a las demandadas señoras KATIA JIMENA MOLINA SIERRA y CELIA MARIA MOLINA SIERRA, el término de 30 días, contados a partir de la citación, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 ibídem, de ser el caso.- ANUNCIO DE PRUEBA: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda, situación que estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 294.7 literal d) del COGEP, sobre la admisibilidad y practica de prueba que se realice en la respectiva audiencia.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones, y la autorización conferida los profesionales del derecho para el patrocinio en la presente causa.Actúe el doctor Nilo Almachi en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial Civil.- NOTIFIQUESE.- f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. DE PICHINCHA. Quito, jueves 14 de junio del 2018, las 15h14, VISTOS: Atendiendo lo solicitado por el actor; una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación que antecede y en virtud a que Enrique Raúl Machado Merino ha declarado bajo juramento que pese a realizar las debidas averiguaciones en diferentes lugares le ha sido imposible determinar el domicilio de Katia Jimena Molina Sierra, de conformidad con lo determinado en el número 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se CITE a Katia Jimena Molina Sierra, a través de tres publicaciones realizadas en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por secretaria confiérase el extracto de la demanda, el auto de calificación a la misma y este auto de sustanciación. A la demandada en la presente causa se le advierte de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico a efecto de sus notificaciones. Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada EL TÉRMINO DE 30 DÍAS, contados en la forma determinada en el penúltimo inciso del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, en armonía con lo determinado en el artículo 77 ibidem, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del
COGEP, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 ibidem, de ser el caso. Actúe el doctor Nilo Almachi en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE.- f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer y señalar casillero judicial o correo electrónico para sus notificaciones posteriores. DR.- NILO GONZALO ALMACHI SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC110505fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: DOLORES MARGARITA JARA ESCOBAR. JUICIO: No. 17230-2017-10134 ACTOR: FRANCISCO SEBASTIAN PROAÑO YEPEZ. D E M A N DA D O S : D O LO R E S MARGARITA JARA ESCOBAR. OBJETO: DAÑOS Y PERJUICIOS. JUEZ PONENTE: DR. OSCAR RAMIRO CALERO SANCHEZ TRAMITE: ORDINARIO CUANTIA: QUINIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ( $500.000 ). AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 28 de julio del 2017, las 16h09.- VISTOS.Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de la demandada señora DOLORES MARGARITA JARA ESCOBAR, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto inicial. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta el casillero judicial, así como su casillero electrónico designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones. Actúe la Ab. Ligia Guerrero Medina, en calidad de Secretaria.- Cítese y Notifíquese.-F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ JUEZ.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 26 de junio del 2018, las 10h22, En vista de la declaración bajo juramento realizado por la
parte accionante de las gestiones que ha realizado para dar con el paradero de la demandada señora DOLORES MARGARITA JARA ESCOBAR y de la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de la demandada, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor , por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación que se editen en esta ciudad; por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda y de las providencias respectivas.- NOTFIQUESE.- F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ JUEZ.Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. LIGIA GUERRERO MEDINA SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC110501fa
VARIOS EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA JUICIO No.: 17203-2017-10546 MATERIA: FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA ACCIÓN: INTERDICCION CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: SUMARIO ACTOR: CHICAIZA MACANCELA WILSON MOISES DEMANDADO: CHICAIZA ESPIN ERICK FRANCISCO PUBLÍQUESE POR UNA SOLA VEZ EN UNO DE LOS PERIÓDICOS DE MAYOR CIRCULACIÓN QUE SE EDITAN EN ESTA CIUDAD DE QUITO, LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL DEL SEÑOR ERICK FRANCISCO CHICAIZA ESPIN CON CÉDULA DE IDENTIDAD NO. 110070153-9 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 28 de marzo del 2018, las 11h48, VISTOS: En lo principal: [1] Antecedentes: Por ser el momento procesal se dispone y motiva lo siguiente: Comparece ante el órgano jurisdiccional el señor WILSON MOISES CHICAIZA MACANCELA quien después de consignar sus generales de Ley, demanda la interdicción de su hijo el señor ERICK FRANCISCO CHICAIZA ESPIN y en la parte principal de su demanda dice que su hijo actualmente de 22 años de edad, padece desde el año y medio de edad de retardo mental y crisis convulsivas tónico-clónico generalizadas de difícil control de manera frecuente, por lo que tiene una discapacidad del
Quito, 13 de julio del 2018
CONVOCATORIA Se convoca a todos los señores Socios de la Compañía de Taxis Ejecutivos “CARAPUNJR” S.A. a la Junta General Extraordinaria, a efectuarse en la ciudad de Quito, en la Sede de la Compañía, ubicada en la Calle Cacha y Fundadores, (diagonal al Mauris Ravel). El día jueves 19 de julio del 2018, a partir de las 15H00 horas. Para tratar el siguiente orden del día: 1.- Constatación de Quorum 2.- Lectura y aprobación del acta anterior. 3.- Lectura y desarrollo sobre la petición realizada por el 25% de socios, y así dar cumplimiento con el artículo #213 de ley de Compañías Sociedad Anónima. Atentamente
CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO
CONVOCATORIA
De conformidad con lo que disponen los artículos 90 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del estado y 23 de su Reglamento, por desconocer sus domicilios actuales, se convoca a los señores/as: Daniel Roberto Paredes Vallejos con cédula de ciudadanía 1001501251 en su calidad de ex Gerente de Riesgos en el periodo comprendido del 2 de marzo del 2015 al 15 de septiembre 2015, a la conferencia final de comunicación de resultados, mediante la lectura de borrador de informe de la acción de control 0002-BIESSAI-2018, practicado por la Unidad de Auditoría Interna Gubernamental del BIESS de la Contraloría General del Estado, se encuentra realizando el examen especial al cumplimiento de las recomendaciones emitidas en los informes de auditoria interna y externa aprobados por la Contraloría General del Estado, en el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, por el periodo comprendido entre el 2 de enero de 2014 al 31 de diciembre del 2017. Diligencia que se realizará el día 17 de julio de 2017 a las 10h00, en la Avenida Amazonas s/n y Unión Nacional de Periodistas, Edificio Plataforma Financiera Gubernamental, sala de reuniones Gerencia General bloque amarillo Piso 3
Sr. Marcelo Chicaiza Presidente Sr. Wilian Titoaña Gerente
Dr. Manuel Danton Suarez Rites AUDITOR INTERNO GUBERNAMENTAL MDSR 2018-07-12
PAC71122fa
P AR/107787/MS
77%.- Que desde el 17 de febrero del 2011, aún siendo menor edad su hijo se le concedió la tenencia y desde entonces siempre se ha encontrado al cuidado de su hijo. Que dada la gravedad de su enfermedad, por la cual requiere de asistencia de familiares todo el tiempo, tiene facultades mentales limitadas, no tiene capacidad de discernimiento, se hace indispensable designar una persona para que lo represente en todos sus actos y contratos por lo que solicita que a su hijo se lo declare interdicto y se lo nombre al compareciente como curador interino. Fundamenta su acción en el Art. 367 y siguientes del Código Civil y Art. 332 numeral 5 del COGEP. Se ha señalado el trámite, la cuantía, el lugar para citar al demandado, indicando a los parientes que serán escuchados en audiencia de parientes, el lugar para recibir notificaciones así como la autorización al Abogado patrocinador; anuncia y solicita la prueba que pretende actuar para sustentar su petición. [1.2] La demanda ha sido calificada, admitida a trámite sumario, se ha dispuesto la citación al demandado diligencia que se ha llevado a cabo en legal y debida forma conforme se desprende de las actas constantes de fs. 30 a 34.- [1.3] Por ser el momento procesal oportuno; acogiendo el Informe del Director Técnico de Asesoría Jurídica y Cooperación de Judicial de la Corte Nacional de Justicia de fecha 15 de mayo de 2017, con el cual se realiza el informe para absolver algunas consultas a nivel nacional, se ha señalado día y hora para la audiencia de parientes y para el reconocimiento del supuesto interdicto por parte de esta autoridad, así como se ha designado a los peritos correspondientes para la pericia solicitada en atención a la naturaleza de esta causa. [1.4] Consta de autos el acta de audiencia de parientes y de reconocimiento del señor ERICK FRANCISCO CHICAIZA ESPIN, del cual se verifica que el presunto interdicto si bien puede realizar su desplazamiento físico y algunas actividades en forma independiente, el mismo puede articular palabras a medias en la medida en que podría realizarlo un niño menor de cinco años. Se ubica en el espacio, mantiene un diálogo básico muy limitado, sin que pueda realizar razonamientos de mayor complejidad. Así mismo en la audiencia de parientes se ha justificado la idoneidad del progenitor del supuesto interdicto, señor WILSON MOISES CHICAIZA MACANCELA. [2] Normativa aplicable: Al respecto el Código Civil señala: “…Art. 467.Mientras se decide la causa, podrá el juez, a virtud de los informes verbales de los parientes o de otras personas, y oídas las explicaciones del supuesto disipador, decretar la interdicción provisional.- Art. 468.- Los decretos de interdicción provisional y definitiva deberán inscribirse en el libro correspondiente del Registrador de la Propiedad, y notificarse al público por un periódico del cantón, si lo hubiere, y por carteles que se fijarán en tres, a lo menos, de los parajes más frecuentados del cantón. La inscripción y notificación deberán reducirse a expresar que tal individuo, designado por su nombre, apellido y domicilio, no tiene la libre administración de sus bienes.- Art. 483.- Las disposiciones de los artículos 467 y 468 se extienden al caso de demencia…”. [3] Decisión: Por lo expuesto, informada que ha sido esta autoridad de la vida pasada del demandado, por verificar la condición actual del señor ERICK FRANCISCO CHICAIZA ESPIN y que el mismo NO se encuentra con todas sus facultades mentales, a fin de garantizar el derecho de un debido proceso, la seguridad jurídica, el derecho patrimonial del demandado esta autoridad RESUELVE: (I) Declarar la interdicción provisional del señor ERICK FRANCISCO CHICAIZA ESPIN con cédula de identidad NO. 1100701539 y se nombra como su curador interino al señor WILSON MOISES CHICAIZA MACANCELA a quien se le exime de la obligación de rendir fianza, dada la naturaleza del nombramiento, y que se posesionará del cargo el día 04 DE ABRIL DEL 2018, A LAS 09H00 en la Sala 3, piso 4 de esta Unidad Judicial. (II) Se ordena: a) La inscripción de este auto interlocutorio en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, b) Publíquese por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, provincia de Pichincha; hecho que sea incorporen al proceso la publicación, y por carteles en número de tres en los parajes más frecuentados del Cantón Quito; c) Se requiere al curador interino que dé cumplimiento de lo establecido en el Art. 403 del Código Civil una vez discernido el cargo.- (III) Hecho que sea se notificará a las partes a la audiencia única a fin de proceder con la resolución que el derecho amerite y la fijación de fianza de ser el caso.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.f).- AB. ANA ALEXANDRA APOLO ALMEIDA.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO,
PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 24 de mayo del 2018, las 09h44, VISTOS: Ab. Ana Alexandra Apolo Almeida, reasumo la competencia de la causa en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito.- [1] En lo principal.- [1] Agréguese a los autos el escrito que antecede, presentado por CHICAIZA MACANCELA WILSON MOISES.- [1.1] En atención a lo solicitado; de conformidad a lo establecido en los Arts. 169 de la Constitución de la Republica, numerales 1 y 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial, se CONVALIDA el auto resolutivo de fecha 28 de marzo del 2018, a las 11h48, en el sentido de que el número de cédula del señor ERICK FRANCISCO CHICAIZA ESPIN es 1708603947 y no como se ha hecho constar.- [1.2] En lo demás las partes estarán a lo dispuesto en el referido auto y con la convalidación realizada en esta providencia se ordena nuevamente: (i) La inscripción del auto interlocutorio de fecha 28 de marzo del 2018 y este auto en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, (ii) La publicación de los dos autos antes referidos, por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, provincia de Pichincha; hecho que sea incorporen al proceso la publicación, y (iii) Publicación por carteles en número de tres en los parajes más frecuentados del Cantón Quito.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f).- AB. ANA ALEXANDRA APOLO ALMEIDA.- JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 24 de mayo del 2018, las 09h44, VISTOS: Ab. Ana Alexandra Apolo Quito, miércoles 20 de junio del 2018, las 14h45, VISTOS: [1] Agréguese a los autos el escrito que antecede presentado por el señor CHICAIZA MACANCELA WILSON MOISES.[1.1] En lo principal, atento lo solicitado y de conformidad a lo dispuesto en el Inc. Final del Art. 250 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el Art. 253 IBIDEM, se aclara el numeral 1.1 del auto de sustancia de fecha 24 de mayo del 2018, las 09h44, en el sentido de que, por un error tipográfico se ha hecho constar el número de cedula del señor CHICAIZA ESPIN ERICK FRANCISCO, como “…1708603947…”, siendo lo correcto, 171857094-6, en lo demás, se estará a lo dispuesto en el referido auto de sustanciación que se aclara. Se requiere a la señorita ayudante judicial asiganada a este despacho, actuar con la debida diligencia necesaria para el desempeño de sus funciones.- [1.2] En relación a lo manifestado por el actor en el numeral 2 del escrito que se provee, se le hace saber al mismo que la Inscripción en el Registro de la Propiedad, la publicación en la prensa y la fijación de carteles se debe realizar con la convalidación realizada, en los autos que anteceden.- Por lo que por Secretaría dese inmediato cumplimiento a esta disposición.- [1.3] Se niega lo solicitado en el numeral 3 del escrito que se provee por no ser el momento procesal oportuno.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- f).- AB. ANA ALEXANDRA APOLO ALMEIDA.JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Lo que comunico a usted, para los fines de ley. Atentamente, AB. CARLOS DAVID QUINCHUELA VILLACIS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC110503fa UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Se le hace conocer que, en la UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, a cargo de la Dra. JACKELINE MEZA MERA, Juez encargada, dentro del juicio de Inventario de bienes de la sociedad conyugal No.- 17204- 201802186, se ha dictado lo siguiente: EXTRACTO JUDICIAL CAUSA: INVENTARIO DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL No. DE JUICIO: 17204-2018-002186 ACTOR: FERNANDO GASTON MORAN MENDOZA
DEMANDADA: MONICA LEAL VALENCIA CUANTIA: INDETERMINADA TRÁMITE: VOLUNTARIO Hago saber: En el Juicio de Inventario de bienes de la sociedad conyugal Nro. 172042018-02186, que sigue FERNANDO GASTON MORAN MENDOZA en contra de MONICA LEAL VALENCIA, hay lo siguiente: AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 29 de junio del 2018, las 16h14, VISTOS: En mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Iñaquito del distrito Metropolitano de Quito, de conformidad con la resolución, mediante acción de Personal No. 1407-DP17-2018-MP, de fecha 06 de febrero de 2018, Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto anterior .- En lo principal y encontrándose legalmente radicada mi competencia, la solicitud de alistamiento, inventario y tasación de los bienes adquiridos en la extinta sociedad conyugal propuesta por FERNADO GASTON MORAN MENDOZA que antecede reúne los requisitos de ley, por lo que se le acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO previsto en el artículo 334 numeral 4) del Código Orgánico General de Procesos.- Concurrentemente se dispone: 1) CÍTESE de INMEDIATO al amparo de lo dispuesto en los artículos 20 y 130 numeral 9) del Código Orgánico de la Función Judicial con la demanda y este auto en su calidad de parte demandada a MONICA LEAL VALENCIA, por la Prensa en esta ciudad de Quito de conformidad a lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; para lo cual entréguese por medio de Secretaría el extracto pertinente, previniéndole a la parte demandada sobre lo establecido en el Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos y de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad de Quito y correo electrónico, para posteriores notificaciones, caso contrario se continuará la causa en rebeldía.- 3) Continuando con la sustanciación de la causa una vez citada la parte demandada, se procederá conforme lo establece el Art. 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos.- 4) Agréguese a los autos los documentos que se acompañan a la demanda, mismos que de ser pertinente se consideraran en el momento procesal oportuno.- Tómese en cuenta la casilla judicial No. 5892 de esta ciudad de Quito y correo electrónico señalado por la parte actora para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensa técnica. 5) Una vez que sea citada la parte demandada se nombrará el perito que corresponda.- Actúe la Dra. Cecilia Guaman Quinzo en calidad de Secretaria Jurisdiccional de esta Unidad Judicial. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) DRA. JACKELINE MEZA MERA, JUEZ (E) Lo Certifico. Lo que comunico a usted para los fines de Ley.DRA. CECILIA GUAMAN QUINZO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC110484fa UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE EN ÉSTA UNIDAD JUDICIAL SE HA DECRETADO LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA DE RUIZ ESPINOZA OSWALDO RODRIGO CUYO TENOR ES EL SIGUIENTE: CAUSA: INTERDICCIÓN Nro. DE JUICIO 17203-2017-11209 B.P. ACTOR: RUIZ ESPINOZA NORMA GLORIA ELENA DEMANDADO: RUIZ ESPINOZA OSWALDO RODRIGO CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: DR. BENJAMIN PINEDA CORDERO OBJETO: DECLARAR INTERDICCIÓN DEFINITIVA DE RUIZ ESPINOZA OSWALDO RODRIGO SENTENCIA: JUEZ PONENTE: BENJAMIN PINEDA CORDERO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON ASIENTO EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, lunes 21 de mayo del 2018, las 13h25, VISTOS: Por el presente auto de motivación y fundamentación se notifica a las partes procesales o suejtos de la relación jurídica en la causa signada en esta unidad judicial con el número 17203-2017-11209, con la decisión dictada en oralidad dentro de la audiencia única de fecha jueves 17 de mayo del 2018 a las 08h30. Partes Procesales: Demandante:
No existe el placer allí donde no existe más que él. Chesterton
RUIZ ESPINOZA NORMA GLORIA ELENA, abogado de la demandante DR. MONAR YÁNEZ JUAN FELIPE, casilla judicial: 1603. Demandado: RUIZ ESPINOZA OSWALDO RODRIGO. INTERVENCIÓN DE LA PARTE PROCESAL DEMANDANTE: Señor Juez, por no existir vicios de procedibildad no realizo observaciones al proceso por lo que solicito se continúe con el trámite. ALEGATO INICIAL: Señor Juez, el demandado RUIZ ESPINOZA OSWALDO RODRIGO es un adulto mayor y adolece de discapacidad auditiva y de lenguaje. La constitución desde su Art. 38 al 38 indica que el estado está obligado a otorgar a persona de esta naturaleza la ayuda y cuidados especializados y especiales y garantizar sus derechos de estas personas con doble vulnerabilidad. El demandado está protegido por la Ley en los Art. 490 y ss. Del Código Civil. La accionante con estas normas legales ha solicitado que al demandado se le declare interdicto por sus discapacidades y que se le dote de un curador. PRUEBA: Del proceso consta la cédula de la accionante con la que se prueba su identidad, es soltera y demás generales de ley. Consta del proceso la cédula del demandado con la que prueba que es hermano de la accionante. Es un adulto mayor de USD 65 años. Consta una copia notarizada del carnet de discapacidad que le otorga el Conadis indicando que su discapacidad es auditiva y de lenguaje. Consta del proceso con fecha 20 de febrero del 2018 el resultado de la diligencia de reconocimiento médico y sicológico realizado por su Señoría. Del informe pericial médico se desprende que el demandado desde el nacimiento y hasta esta fecha padece de un problema de escucha y habla irreversible. Del informe pericial psicológico se desprende que el demandado sufre una ligera alteración mental en cuanto a la comprensión. Que el demandado sufre una alteración moderada en cuanto a la orientación espacial y a su capacidad de cálculo. De este mismo informe se desprende que tiene una dependencia moderada para imputar sus actividades diarias. No puede utilizar medicina, transportarse solo, comunicarse, es decir necesita de ayuda de otra persona, todo esto con el paso del tiempo se va agravando poco a poco por cuanto porque el demandado no conoce la comunicación oficial de señas y por el paso de la edad. EN ESTE MOMENTO PROCESAL se procede a escuchar a la perito sicóloga ARROYO SUASNAVAS CARMEN ALEXANDRA, quien sustenta su informe: Hemos realizado la intervención que corresponde a través de instrumentación que nos permite obtener su valoración mental. Se ha utilizado métodos sicológicos para medir la autonomía que tiene para desempeñarse en sus actividades diarias y la convivencia en la comunidad. Se concluye que a pesar de su discapacidad, ha desarrollado un sistema de comunicación personal con su hermana. Se ha determinado que tiene un déficit cognoscitivo moderado como demencia en estadío leve. La comprensión de todas las actividades diarias son limitadas. Mantiene una alteración moderada. La capacidad espacial si están deterioradas. La independencia del señor es totalmente independiente para satisfacer sus propias necesidades elementales. Para actividades instrumentales tiene una limitación, es decir que necesita ayuda moderada de terceros. Necesita de una persona que le ayude en sus necesidades. EN ESTE MOMENTO PROCESAL se procede a escuchar a la perito médico doctora PEÑA ALBAN CRISTINA MIREYA quien sustenta su informe: Se realiza la valoración médica el 6 de marzo del 2018. El señor acude acompañado de su hermana y accionante quien proporciona la información solicitada. La evaluación médica se realiza en dos fases que son anamnesis y el examen físico. La información en antecedentes patológicos familiares, refiere que presenta patología auditiva permanente desde el nacimiento. Tiene cirugía correctiva de hernias inguinales. En enfermedad actual relata que su hermano presenta una patología auditiva y de lenguaje. A los dos años se dan cuenta que no escucha y el médico diagnostica esta alteración. El señor Ruiz acude a la escuela hasta cuarto grado posteriormente es retirado de dicha instrucción y su padre le enseña a trabajar como agricultor o zapatero,. Fallecen sus padres y es su hermana la que se encarga de su cuidado. Es independiente en actividades diarias de alimentación, higiene, etc. No se encuentra recibiendo tratamiento médico. Se presenta certificado del Conadis y un certificado médico otorrinolaringólogo en el que consta que presenta otras tipo acucias. El exa-
men físico detalla que está en condiciones de salud estables y se concluye que el señor Ruiz tiene 75 años que presenta desde el nacimiento hipoacusia irreversible bilateral. La parte accionante pregunta: Si el diagnóstico se hipoacusia irreversible bilateral, no es curable y si bilateral refiere al habla y auditiva. Si, es la deficiencia de los dos lados de sus oídos. EL SEÑOR JUEZ PREGUNTA: Qué pasó en la infancia por qué no le enseñaron el lenguaje universal de señas ni dieron toda la educación que necesitaba. Hace 75 años no hay lo que actualmente. Nosotros veníamos de un pueblo más cercano a Guayaquil. El lenguaje de señas vino porque mis papás conversaban con él y así aprendimos. La protección era alrededor de él. Fue deportista, arquero pero le habían amenazado y él ya no volvió más, porque ya no quiso ir. Ellos no salieron del pueblo y no había nada para poder enseñar. Estamos en el curso del Consejo Provincial para poder aprender el lenguaje de señas. ALEGATO FINAL: Del procesio y de las pruebas presentadas se desprende que el señor adulto mayo ha cumplido 75 años y que sufre de discapacidad auditiva y de lenguaje. Es soltero, no tiene hijos y nunca ha tenido esposa, tiene 4 hermanos pero ha vivido con la accionante los últimos 28 años en su casa en Quito. En estas condiciones y por cuanto en el proceso se ha demostrado que la única comunicación que tiene el demandado con la accionante es por señas particulares que mutuamente comprenden mas no con sus otros hermanos, además existe una confianza de 28 años de convivencia por lo que este es el fundamento para mi petición final de que se le declare interdicto y se le nombre a la accionante como curadora de su hermano toda vez que existe esa confianza para poder mantener el cuidado diario y seguir brindando toda la ayuda a su hermano. Es decir ya ha realizado el trabajo de curadora de forma extrajudicial, Hasta la fecha ha sido sumamente satisfactorio. Hasta aquí. El suscrito juez titular doctor Benjamín Pineda Cordero, dispone y ordena: 1.- Por no existir observaciones de procedibilidad, esta autoridad judicial dentro del primer momento de la primera fase de la audiencia única, declara la validez de todo lo actuado hasta este momento. 2. Se han fijado los puntos del debate en conocer y resolver lo que en derecho corresponda respecto de la declaración de interdicción definitiva del señor RUIZ ESPINOZA OSWALDO RODRIGO y designar como su curadora definitiva a la señora RUIZ ESPINOZA NORMA GLORIA ELENA.- 3.- Evacuadas que han sido las etapas procesales correspondientes, en virtud del certificado del CONADIS a fojas 2 y una vez que se han presentado los informes médico y sicológico por parte de las profesionales del equipo técnico de esta judicatura constantes a fojas 34 a 36 y 38 a 41 respectivamente practicándose además en la sustanciación de la causa el reconocimiento del supuesto enfermo por parte del suscrito juez y por no haber existido oposición alguna, el suscrito juzgador, con fundamento jurídico en lo que disponen los Arts. 482, 489, 490, 492 y 496 y siguientes del Código Civil y 142 del Código Orgánico General de Procesos, en vigencia sin mas consideraciones ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR, Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LEYES DE LA REPÚBLICA acepta la demanda y DECLARA la interdicción definitiva del señor RUIZ ESPINOZA OSWALDO RODRIGO y como consecuencia de esta declaratoria, se nombra curadora general definitiva para la administración de todos sus bienes y como tal representante legal a la señora RUIZ ESPINOZA NORMA GLORIA ELENA, curadora definitiva a quién por la naturaleza de esta causa, se le exime de rendir fianza. Esta resolución deberá inscribirse en el libro correspondiente del Registrador de la Propiedad del cantón Quito, para los fines consiguientes y confiérase a la curadora definitiva, copias certificadas suficientes para que le sirvan de habilitante en sus funciones de administradora. Publíquese en un diario de amplia circulación nacional. Se ordena que la accionante presente la aprobación de todos y cada uno de los cuatro módulos del curso de lenguaje de señas que manifiesta se encuentran aprendiendo. Los frutos de los bienes de la persona declarada en interdicción, que no pueda darse a entender de manera verbal, por escrito o por lengua de señas y en caso necesario, y con autorización judicial, los capitales y demás valores del interdicto se emplearán especialmente en aliviar su condición y en procurarle la educación conveniente
acorde a su necesidad. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE. f).PINEDA CORDERO BENJAMIN, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTÓN QUITO Lo que comunico para los fines de Ley.Certifica.AB. ANDRES CRESPO IZQUIERDO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC110504fa UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON SAN MIGUEL DE LOS BANCOS, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN: a la señora LYNN E. CATOE-EMERSON, demandada en esta causa. ACTOR: VERDUGA VELEZ CARLOS ANDRES DEMANDADO: LYNN E. CATOEEMERSON CAUSA No. 113-2018(Prescripción Adquisitiva de Dominio) DEFENSOR: Dr. Donoso Crespo Estevan PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON DE SAN MIGUEL DE LOS BANCOS, PROVINCIA DE PICHINCHA: San Miguel de los Bancos, lunes 11 de junio del 2018, las 16h25, VISTOS: (17322-201800113): Agréguese al proceso el escrito que antecede. Una vez que el accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por esta autoridad, es decir, el señor VERDUGA VELEZ CARLOS ANDRES, ha declarado bajo juramento el desconocimiento del domicilio del demandado señor LYNN E. CATOE-EMERSON se dispone: 1) La demanda que antecede presentada por el actor señor VERDUGA VELEZ CARLOS ANDRES es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. 2) Se ordena la citación de la parte demandada LYNN E. CATOE-EMERSON de conformidad con el numeral 1 del Art 56 del Código Orgánico General de Procesos, mediante Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se hará en un periódico de la capital de provincia, así mismo de amplia circulación; para el efecto remítase el extracto correspondiente del auto de calificación. 3) Cuéntese con el Señor Alcalde y el Procurador Sindico del Municipio del cantón San Miguel de los Bancos, a quienes se les notificara en su despacho, con la demanda y este auto. 4) De acuerdo a lo previsto en el Art. 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta (30) días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el Art. 151 y anunciar su prueba conforme el Art. 152 del mismo cuerpo normativo. 5) La prueba solicitada por la parte actora se proveerá en el momento procesal oportuno y en lo que fuere legal de conformidad con lo dispuesto en el Art. 294 numeral 7 del COGEP. 6) Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad conforme lo ordena el Art. 146, inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual ofíciese al señor Registrador de la Propiedad de este cantón. 7) Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el correo electrónico señalado y la autorización conferida a su abogada defensora. CÍTESE y NOTIFÍQUESE.Atentamente Abg. Jaime Cuichan Bautista SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE SAN MIGUEL DE LOS BANCOS Hay firma y sello PAR/109034/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. C.O.G.E.P. CITACION JUDICIAL PARA: CORDOVA TACURI ADRIAN ADOLFO JUICIO CONCURSAL NO. 172302018-06981 JUEZ PONENTE: DR. Luis Fernando Landázuri Salazar SECRETARIA: AB. MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ MATERIA: CIVIL TIPO PROCESO: CONCURSAL ACC I O N : CO N C U R SO DE ACREEDORES ACTOR : COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FUTURO Y DESARROLLO “FUDESARROLLO” DEMANDADO: CORDOVA TACURI ADRIAN ADOLFO CUANTIA: US$ 9.203,55 EXTRACTO DE LA DEMANDA (…)Conforme a las copias certificadas de algunas piezas procesales del juicio 17311-2014-0958, se despren-
Revista judicial lunes 16 de julio de 2018 La Hora Quito, ecuador de que el 22 de diciembre del 2015, la 16h40 se dictó sentencia por parte de la Dra. Luz del Salto Dávila, Jueza e la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, sentencia confirmada por la Sala Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, el 25 de octubre del 2016, en cuyo fallo se aceptó la demanda en base al pagaré de CUATRO MIL DOLARES, suscrito por parte del accionado Ardían Adolfo Córdova Tacuri en calidad de deudor principal (…) PRETENSIÓN: Solicita la declaratoria de haber lugar a la formación del concurso necesario de acreedores, conforme los Arts. 422 y 424 del COGEP, en contra de ADRIAN ADOLFO CORDOVA TACURI, por cuanto de la documentación adjunta se establece la mala intención del demandado para no cancelar el valor del mandamiento de ejecución dictado el 25 de julio 2017 dentro del juicio 17311-2014-0958, cuyo valor es de NUEVE MIL DOSCIENTOS TRES DOLARES CON CINCUENTA Y CINCO CTVAS. Y tampoco ha dimitido bienes, conforme consta de la razón sentada lo que conforme al Art. 416 del COGEP se presume la insolvencia y como consecuencia de ella la declaratoria haber lugar al concurso de acreedores (…).UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA VISTOS: Quito, lunes 2 de julio del 2018, las 09h36, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado. Por cuanto la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto que antecede, se dispone lo siguiente: Al constatar que la solicitud de Concurso de Acreedores presentada por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FUTURO Y DESARROLLO “FUDESARROLLO”, representada legalmente por el Lic. Neris Gualberto Segovia Segovia, en su calidad de gerente y representante legal, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), en concordancia con el artículo 422 del invocado cuerpo legal, se califica la demanda y admite a trámite mediante CONCURSO NECESARIO de conformidad con los artículos 414, 416, 422 y 424 ibídem. De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponden al juicio No. 17311-2014-0958, se advierte la razón sentada con fecha 22 de enero del 2018, suscrita por el Ab. Carlos Quinchuela Villacis, secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, quien certifica que CORDOVA TACURI ADRIAN ADOLFO, no ha dado cumplimiento al mandamiento de pago dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibídem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA y SE DECLARA LA INTERDICCIÓN del señor CORDOVA TACURI ADRIAN ADOLFO, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: 1.- De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la parte demandada CORDOVA TACURI ADRIAN ADOLFO, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo, a fin de que en el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS presente su oposición al presente concurso necesario, pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones; 2.- Verificada que sea la citación al señor CORDOVA TACURI ADRIAN ADOLFO se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 3.- Se le requiere al deudor conforme lo determinado en el número 2 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem, mediante informe que contenga un detalle todos los bienes, un estado de deudas con expresión de procedencia, vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor, y los libros de cuenta si los tuviera; detalle además los títulos de crédito activos; 4.- Se designa como Síndico a VICTOR HUGO CLAVIJO JARAMILLO, teléfono 09 95157646,
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quien se posesionará de su cargo una vez que transcurra el término para la oposición previsto en el artículo 425 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se le notificará en legal forma, y será la depositaria de los bienes del fallido; 5.- A fin de disponer lo determinado en el número 4 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con el artículo 424 ibídem; se dispone que se justifique lo determinado en el número 4 del artículo 377 del invocado cuerpo legal e inciso cuarto del artículo 384 eiusdem; 6.- La anotación de insolvencia en el registro virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que se declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 7.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte el señor CORDOVA TACURI ADRIAN ADOLFO; 8.- Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, tanto en el Registro de la Propiedad como en el Registro Mercantil de este cantón Quito; 9.- Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 10.- Se dispone la prohibición de salida del país del señor CORDOVA TACURI ADRIAN ADOLFO con C.C. 1708539216, para lo cual ofíciese a la Oficina de Migración. Agréguese al proceso los documentos que se acompaña. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados, a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe la Ab. Miriam Vizcarra en calidad de Secretaria.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.Lo que NOTIFICO a usted (s) para los fines de Ley, para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un abogado como dispone la Ley.AB. MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAR/109177/AT
EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION: CAUSA: PARTICION DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Nro. DE JUICIO: 17203- 2017-13213 ACTOR: VINUEZA LANDAZURI ZOILA VICTORIA DEMANDADO: GALÁRRAGA RAMOS JORGE ALFONSO CUANTÍA: 604.831,25 TRAMITE: VOLUNTARIO JUEZA: DRA. MARCIA CORDOVA DIAZ. OBJETO: CITACIÓN AUTO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, miércoles 10 de enero del 2018, 14h42.- VISTOS: Avoco conocimiento de esta causa en calidad de Juez encargado de este despacho, de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Cantón Quito, provincia de Pichincha, por el período comprendido desde el 27 de diciembre de 2017 hasta el 10 de enero de 2018, mediante acción de personal No. 11224-DP17-2017-VS., previo sorteo de ley. En lo principal: [1] CALIFICACIÓN. La solicitud de PARTICIÓN DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, propuesta por la señora ZOILA VICTORIA VINUEZA LANDAZURI, reúne los requisitos de ley, por lo que se la admite al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, determinado en el Art. 334 numeral 5 del Código Orgánico General de Procesos. [2] CITACIÓN. Cítese con el contenido de la demanda y auto que antecede, al demandado señor JORGE ALFONSO GALARRAGA RAMOS, en la dirección señalada para el efecto, citación que se la efectuará a través de la prestadora de servicios Correos del Ecuador E. P, adscrita a esta unidad judicial al efecto, remítase boletas suficientes, a fin de dar cumplimiento con esta solemnidad sustancial común a todos los procesos (Art. 107.4 del Código Orgánico General de Procesos), advirtiéndole su obligación de señalar casilla judicial de esta ciudad de Quito y correo electrónico para sus notificaciones,
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Revista judicial C8
lunes 16 de julio de 2018 La Hora Quito, ecuador
así como en caso de oposición se estará a lo dispuesto en el Art. 336 del Código Orgánico General de Procesos. [3] Con fundamento en el Art. 60 letra a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, cítese al Señor Alcalde y Procurador Síndico de esta ciudad de Quito, en sus despachos. [4] ANUNCIO DE PRUEBAS. Con relación a la prueba anunciada por la accionante, se dispone la práctica de las siguientes diligencias: [4.1] Agréguese a los autos y téngase como prueba de su parte, los documentos que acompaña la parte actora en su demanda, lo que será considerado en el momento procesal oportuno, siempre y cuando sea procedente y conforme a derecho. [5] Las partes den cumplimiento a lo determinado en el Art. 473 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización. [6] NOTIFICACIONES. En atención al Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta la casilla judicial física y correos electrónicos señalados para futuras notificaciones que le corresponde a la accionante, así como la autorización que concede a sus abogados patrocinadores. Actúe la abogada Gennyth Tulcanaza Chávez, en su calidad de secretaria de este despacho judicial. - NOTIFÍQUESE, CÍTESE Y CÚMPLASE. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE, DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, jueves 5 de julio del 2018, las 14h39.- En lo principal; Una vez que la accionante ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta autoridad en providencia anterior, misma que ha dado con el juramento establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone; CÍTESE al demandado señor JORGE ALFONSO GALARRAGA RAMOS, con el extracto de la demanda, auto de calificación y esta providencia, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, mediando término de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra, si contados VEINTE DÍAS a partir de la última publicación la demandada no señala domicilio judicial, así como contesta la demanda, acto de proposición que debe cumplir lo dispuesto en los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos, se sustanciará la causa en rebeldía. Para el efecto por secretaría remítase el extracto correspondiente a la casilla judicial de la accionante, a fin que se dé cumplimiento a esta diligencia.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Certifica.AB. GENNYTH TULCANAZA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Hay firma y sello PAB/20147/AT
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: DIEGO JAVIER ESLAVA ROMERO ACTOR: NARCISA LOURDES MENDOZA TUAREZ DEMANDADO: DIEGO JAVIER ESLAVA ROMERO PROCEDIMIENTO: MONITORIO ASUNTO: COBRO DE DINERO, FACTURAS JUICIO NO.: 17230-2018-04762 CUANTIA: USD. 4.246.83. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, viernes 13 de abril del 2018, las 15h26, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado, en virtud del mismo y vista la demanda presentada, se tiene: Antecedentes: Comparece la señora NARCISA LOURDES MENDOZA TUAREZ, expresando que demanda al señor DIEGO JAVIER ESLAVA ROMERO por el cobro de 4 facturas por el servicio de consultoría en seguridad ocupacional las mismas que fueron entregadas de manera digital y que ascienden a la suma de USD. 4,246.83 con el máximo del interés convencional y el interés legal por mora. Adjunta a su demanda los respectivos documentos que sustentan la calidad en la cual comparece y demás sobre su pretensión. Así mismo completa y aclara su demanda con el escrito presentado. En tal virtud se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Una vez
revisada la demanda y escrito presentado, dentro del término establecido en el artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de clara, precisa y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 356.2 y 357 ibídem, pues se fundamenta en un documento unilateral LIQUIDACION DE OPERACIONES sobre en el cobro de de 4 facturas por el servicio de consultoría en seguridad ocupacional las mismas que fueron entregadas de manera digital y que ascienden a la suma de USD. 4,246.83 con el máximo del interés convencional y el interés legal por mora, que prueba una deuda determinada de dinero, líquida, exigible y de plazo vencido, situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Monitorio, establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo II del COGEP.SEGUNDO.- MANDAMIENTO DE PAGO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 358 del COGEP, se concede al señor DIEGO JAVIER ESLAVA ROMERO, el término de 15 días una vez citado, a fin de que pague la cantidad adeudada de USD. 4,246.83, mediante el trámite pertinente, para el efecto, concurra a la Coordinación de esta Unidad, a fin de obtener la papeleta de depósito y pueda consignar dicho valor en la cuenta que esta Unidad Judicial posee en el Banco BANECUADOR, tal como lo disponen los artículos 5 y 6 del Reglamento de Depósitos y Retiros Judiciales, dictado mediante Resolución No. 013-2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura.- Se le advierte a la parte demandada lo dispuesto en el tercer inciso del artículo 358 y 359 del COGEP.TERCERO.- CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto interlocutorio de mandamiento de pago a la parte demandada señor DIEGO JAVIER ESLAVA ROMERO, en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y siguientes del COGEP, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico; por tanto, conforme lo dispone el artículo 19 del Código Orgánico de la Función Judicial - COFJ, se requiere a la parte ejecutante que provea de las copias necesarias para elaborar las boletas que se requieran, a fin de que se pueda practicar la diligencia ordenada.CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el título Anuncio de los Medios de Prueba de su demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 359 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que la demandada se oponga y formule excepciones.QUINTO.- Téngase en cuenta la cuantía señalada y agréguese al expediente la documentación que adjunta la parte actora.- NOTIFÍQUESE.- f: VINICIO PALACIOS, JUEZ.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, jueves 21 de junio del 2018, las 13h51, En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora en escrito de fecha 8 de junio del 2018, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, y en virtud del juramento rendido en acta de 20 de junio del 2018, CITESE al demandado señor ESLAVA ROMERO DIEGO JAVIER por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto respectivo. Notifíquese.- f: VINICIO PALACIOS, JUEZ Lo que pongo en conocimiento y se cita para los fines legales consiguientes recordándole la obligación de señalar casillero dentro de la referida causa. DR. FRANCISCO VASQUEZ GARCIA SECRETARIO Hay firma y sello PAR/109192/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: HUGO DAVID VITERI RAMÍREZ ACTOR: Ana Mercedes Morales García DEMANDADOS: HUGO DAVID VITERI RAMÍREZ
JUICIO: Civil No. 17230-2017-15917 TRAMITE: Monitorio FECHA DE INICIO: 21-11-2017 CUANTIA: USD. 6.500,00 JUEZ PONENTE: DRA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 29 de septiembre del 2017, las 10h35: VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Jueza de la Unidad Judicial de lo Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito.- La demanda presentada por Ana Mercedes Morales García es clara y cumple los requisitos determinados en los artículos 142, 143 y 357 del Código Orgánico General de Procesos y está fundamentada en documentos de los previstos en el artículo 356 ibídem; por lo que se admite a trámite en procedimiento monitorio. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 ibídem, se dispone que el señor HUGO DAVID VITERI RAMÍREZ, en el término de 15 días, pague la cantidad de TRES MIL DIEZ CON 08/100 DOLARES DE LOS ESTADOS DE AMERICA (USD 3,010.08), valor que corresponde a facturas o proponga las excepciones de las que se crea asistido; bajo la prevención de que en caso de que no comparezcan dentro del término concedido para el efecto, o si lo hace sin manifestar oposición, el presente auto interlocutorio quedará en firme y se procederá a la fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el inciso tercero del artículo 358 del código citado y además pagaran los intereses a partir de la citación de la demanda conforme la disposición del Art. 360 ibídem.- La contestación a la demanda observara lo previsto por el Art. 151 y siguientes ibídem.- Cítese con el contenido de la demanda y este auto de pago al accionado en el lugar señalado por el actor, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 55 del COGEP, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónico; remítanse las boletas de citación a la oficina correspondiente, para lo cual la parte accionante proporcionará las fotocopias necesarias. En caso de oposición, considérese el anuncio de los medios de prueba realizados en la demanda.- Agréguense al expediente los documentos acompañados a la demanda. Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte actora para sus notificaciones.- NOTIFÍQUESE.f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 6 de junio del 2018, las 16h42, En virtud del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor VITERI RAMIREZ HUGO DAVID, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un resumen de la demanda y de las providencias respectivas.- Notifíquese.f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro, Juez. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 12 de junio del 2018. Certifico.AB. RAUL VELEZ NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/109194/AT
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: VILMA FABIOLA CALVACHI CARLOSAMA con CI. 2100291679 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO Ab. NARANJO MORA MARIA EUGENIA, con cédula de ciudadanía No. 1803980646, CON PROCURACIÓN JUDICIAL DEL GERENTE GENERAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “OSCUS” LTDA., ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: VILMA FABIOLA CALVACHI CARLOSAMA con CI. 2100291679, al cual se le asignó el No. 15301-2017-00083, cuyo extracto es como sigue: AUTO 14/02/2011 , 13H27: “VISTOS: En mi calidad de Jueza Titular de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA-NAPO, nombrada por la Corte Provincial de Napo, mediante acción de personal Nro. - 1115-DNTH-2015 KP de fecha 24 febrero 2015, resolución número 24- 2015 de fecha 18 febrero 2015.- Dando cumplimiento al MEMORANDO-CJ-DP15-2015-472 de 02 de abril de 2015, así como la Disposición Transitoria Decimocuarta del Código Orgánico de la Función Judicial; Avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal la de manda presentada por actora COOPERATIVA DE HORRO Y CRÉDITO OSCUS LTDA. debidamente representada por la señora PROCURADORA JUDICIAL Se cali-
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fica como clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en la deuda que consta originariamente en el Pagaré No.202521 (adjunto), documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347.5 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que DISPONGO: 1.- Se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. 2.- Se ordena la citación del demandado CALVACHI CARLOSAMA VILMA FABIOLA, GUADALUPE AGUILAR DANIEL HUMBERTO Y SHIGUNAGO ANDI NORMA PIEDAD, (. . .)3.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de QUINCE (15) DÍAS para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.” DECRETO 15/12/2017, 08h22: “( ... ) 1) La peticionaria comparezca a este Complejo Judicial de Tena (Barrio Plan de Salud, calles Alejandro Pazos entre Baños y Machala) y Declare Bajo Juramento, que desconoce y le es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de la ciudadana VILMA FABIOLA CALVACHI CARLOSAMA con CI. 2100291679, el día JUEVES 18 DE ENERO DE 2018 A LAS 09H30. “ AUTO 23/02/2018, 15H06, “( ... ) la actora Ab. NARANJO MORA MARIA EUGENIA, con cédula de ciudadanía No. 1803980646, CON PROCURACIÓN JUDICIAL OTORGADO POR LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “OSCUS” LTDA. Ha procedido a declarar bajo juramento sobre la imposibilidad de dar con el domicilio, paradero o residencia de la demandada VILMA FABIOLA CALVACHI CARLOSAMA con CI. 2100291679, de conformidad a lo que disponen los Arts. 76 Numeral 1 de la Constitución de la República. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial y 56 numeral 1 del COGEP, CÍTESE a la demandada VILMA FABIOLA CALVACHI CARLOSAMA con CI. 2100291679, mediante 3 publicaciones por la prensa que se realizará en el periódico “la Hora”, para lo cual la actuaria de este despacho otorgue el extracto correspondiente.- intervenga la Abogada Jennifer Zúñiga como Secretaría de este despacho.NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.” Lo certifico, Tena, 27 de Febrero de 2018. Ab. Jennfier Zúñiga Galviz SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAB/20143/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: JOSELYN GABRIELA ERAZO GALLO, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTE PESADO Y CARGA INTERNACIONAL TRANSTOEMBA S.A.DEMANDADO: JOSELYN GABRIELA ERAZO GALLO, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTE PESADO Y CARGA INTERNACIONAL TRANSTOEMBA S.A.JUICIO No. 17230-2017-14473.TRAMITE: EJECUTIVO – COBRO DE PAGARE A LA ORDEN.CUANTÍA: T R E S C I E N TO S CINCUENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.AB. DEFENSOR: DR. MANUEL ALFREDO SUQUILANDA JARAMILLO. OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE CONDENE A LA DEMANDADA AL PAGO TOTAL DEL CAPITAL ADEUDADO, CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN, GASTOS E INTERESES.UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 09 de noviembre del 2017, las 16h51, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Por cuanto se ha dado cumplimiento al auto de sustanciación anterior.- En lo principal se considera: La demanda presentada por la señora MARIA BELEN CEVALLOS SERRANO,
en calidad de Gerente General y Representante Legal de la sociedad mercantil FATOSLA C.A., conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro de los pagares a la orden constante a fs. 1 y 2, documentos que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Cítese a la parte demandada en la presente causa, COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO Y CARGA INTERNACIONAL TRANSTOEMBA S.A., en la persona de su representante legal JOSELYN GABRIELA ERAZO GALLO en calidad de Gerente General, en la dirección indicada para lo cual se adjuntará copias de la demanda y escrito de aclaración, copia de los documentos agregados y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos señalados a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe el Abg. Diego Acuña Naranjo en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 7 de junio del 2018, las 08h22, Agréguese al proceso la Procuración Judicial que antecede.- En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a la demandada JOSELYN GABRIELA ERAZO GALLO, en calidad de Representante Legal de la COMPAÑÍA TRANSPORTE PESADO Y CARGA INTERNACIONAL TRANSTOEMBA S.A., por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes.- NOTIFIQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay Firma y Sello PAP/20132/AS CASILLERO JUDICIAL: 3149 UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE ALEX FABRICIO ANDRADE ORLANDO CAUSA: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA No. DE JUICIO: 17203-2018-04082 ACTORES: SALGADO HIDROBO SHAELA KARINNA E IRENE ROSARIO SOSA VILLACRES DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE ALEX FABRICIO ANDRADE ORLANDO CUANTIA: USD 15 000,00 JUEZA: DRA. KATHYA SUSANA
BURBANO IÑIGA PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 14 de mayo del 2018, las 15h16, VISTOS: Revisado el contexto de la petición se advierte que no reúne los requisitos legales; en consecuencia bajo prevenciones del Art.146 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, la ciudadanas SALGADO HIDROBO SHEALA KARINNA e IRENE ROSARIO SOSA VILLACRES, COMPLETEN su pretensión al tenor de los numerales 4 y 13 del Art. 42 idem; esto es, el primer numeral en relación al numeral 3ero. de su contexto de demanda y Art. 37, de la norma procesal invocada, constituyendo un procurador común; así como ACLARE en calidad de que comparece SHAELA KARINNA SALGADO HIDROBO. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f.) DRA. KATHYA BURBANO IÑIGA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 5 de junio del 2018, las 16h08, VISTOS.Agréguese al proceso el escrito de fecha 17 de mayo del 2018, presentado por SALGADO HIDROBO SHAELA KARINNA.- Al mismo: Al amparo del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, las accionantes comparezcan a esta Unidad Judicial el día 08 de junio del 2018 a las 08h30 a fin de declaren bajo juramento el desconocimiento e individualidad de los herederos presuntos y desconocidos del señor ALEX FABRICIO ANDRADE ORLANDO; diligencia que se cumplirá en la sala No. 4, cuarto piso de esta Unidad Judicial.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.- f.) DRA. KATHYA BURBANO IÑIGA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL. AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 21 de junio del 2018, las 16h04, VISTOS: Cumplido que ha sido el auto de sustanciación de fecha 5 de junio del 2018, lo que sigue.- AVOCO CONOCIMIENTO de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Parroquia Mariscal Sucre Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha en razón de los Arts. 160 numeral 1ero. y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; en consecuencia.- [CALIFICACIÓN].La petición de autorización de venta de bienes muebles de propiedad de menores de edad, interpuesta por SHAELA KARINNA SALGADO HIDROBO E IRENE ROSARIO SOSA VILLACRES, reúne los requisitos legales por lo que al ser clara y precisa se le admite a Trámite por la Vía Sumaria. [CITACIÓN].- A los presuntos herederos desconocidos del señor ALEX FABRICIO ANDRADE ORLANDO, cítese por publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periodico de amplia circulación de esta ciudad de Quito provincia de Pichincha. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones integras se agregarán al proceso. [PRUEBAS].- Dese por anuncida la documentación de los numerales 1, 2, 3 4 5, 6, 7, y 8. Por anunciada la declaración de los señores LUIS FELIPE CHIMBO GARCIA y TOMAS NAPOLEON PAREDES GARCIA, a quienes se les notificará de su comparecencia a la respectiva audiencia en la casilla judicial 3149.[DOCUMENTOS].- Tómese en cuenta la documentación que se agregan al proceso. [NOTIFICACIONES].Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico consignados para el efecto.- NOTIFIQUESE, CUMPLASE Y CITESE.- f.) DRA. KATHYA BURBANO IÑIGA, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL. Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.Atentamente, DRA. VERÓNICA PURCACHI BARRAGÁN SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Hay Firma y Sello PAP/71106/AS
ANULACIONES
banco rumiñahui QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros
Cta.No.- 8207721700 Nro. Cartola 18074680028 Cliente VACACELA ALMACHE, ANDRES-GABRIEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8048779000 Nro. Cartola 16654021324 Cliente CASTRO SANTAMARIA, MARCELOLEOPOLDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8021331800 Nro. Cartola 17198780490 Cliente SUQUILLO TIPAN, MAURICIO-FERNANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8054100300 Nro. Cartola 16540691256 Cliente MEJIA DUQUE, YEGOR-DARIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8283544000 Nro. Cartola 18465850107 Cliente ORDONEZ RAMIREZ, MARIA DEL-CISNE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8337842300 Nro. Cartola 18783820055 Cliente AYALA CRUZ, MICHAEL-ALEXANDER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8027736700 Nro. Cartola 16590580409 Cliente CASA VILCA, LUIS-MEDARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8140319100 Nro. Cartola 17381460132 Cliente QUINONEZ NAZARENO, YEXENIA-MARICELA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8034140100 Nro. Cartola 17320260437 Cliente DELGADO BATIOJA, MARIO-FRANCISCO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8037923500 Nro. Cartola 16907110858 Cliente CARVAJAL QUILUMBAQUIN, MAURICIO- del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8282959300 Nro. Cartola 18460050323 Cliente CHULDE GUZMAN, VERONICA-NATALY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8423764500 Nro. Cartola 19340620004 Cliente OCAPANA RUIZ, SARA-OLIMPIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8208522600 Nro. Cartola 18080500335 Cliente PAZMINO VASQUEZ, PAUL-DENIS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8476092100 Nro. Cartola 19690110002 Cliente VILLA LEON, ALEXIS-NAPOLEON del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR
========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8403348200 Nro. Cartola 19197340003 Cliente CARTAGENA PINTADO, ANA-LUCIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8182901400 Nro. Cartola 17893140446 Cliente QUISHPE PERALTA, JAIRO-FERNANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8256974800 Nro. Cartola 18335690014 Cliente JAMI DEFAZ, LUIS-GERMAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8447607100 Nro. Cartola 19497830000 Cliente BRUN ESPINOZA, DIANA-CRISTINA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8076974600 Nro. Cartola 17056950441 Cliente TITUANA CUMBAL, WALTER-CELIANO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19)NR
BANCO BOLIVARIANO POR PERDIDA SE ANULA EL CDP No. 05801DPV004399-0 A FAVOR DE CRISTIAN EDUARDO RODRIGUEZ PULUPA CC# 1722492871 POR VALOR DE $ 8,000.00 DE BANCO BOLIVARIANO P/AC/ (1)NR ========= POR PERDIDA SE ANULA EL CDP N° 01001DPV008749-5 A FAVOR DE JOSÉ RAMIRO GUAMÁN JIMENEZ CON CC 172050775-3 POR UN VALOR DE $1955.48 DE BANCO BOLIVARIANO P/AC/2/NR
COOPROGRESO COOPERATIVA COOPROGRESO Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF/DPFP Nº 002000190000011003 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CHANGO SANAGUANO CARLOS OSWALDO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/30418/NR ===== Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF/DPFP Nº 001000090000520003 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a MENDEZ SANCHEZ GLORIA INES se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/30419/NR
ANULACIONES VARIAS ANULACION Por haberse extraviado los originales, se anulan los Títulos de Acciones Nº 5 por 3.004 acciones, Nº 29 por 4.506 acciones, Nº 64 por 4.040 acciones, y Nº 89 por 7.224 acciones, que representan dieciocho mil setecientos setenta y cuatro (18.774) acciones en total en el capital de la compañía SEGUROS ALIANZA S.A.; cuyo valor nominal es de un dólar de los Estados Unidos de América (US$1,00). Particular que se pone en conocimiento del público para los fines consiguientes. PAR/109179/AT ====== Anulo Certificado a Plazo Fijo #5925502296169 Banco Solidario PAR/109040/AT