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Quito 15 de enero de 2019

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Quito, Ecuador

MARTES 15 DE ENERO DE 2019

CAMINO A LA ALCALDÍA

España acepta extraditar a Pablo Romero La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de España accedió a extraditar a Pablo Romero, jefe de la inteligencia ecuatoriana durante el Gobierno anterior. Según la Procuraduría General del Estado, el tribunal español dictó ayer un auto en el que asumía los argumentos de Ecuador para que Romero sea extraditado y pueda ser juzgado en el país, por el presunto secuestro del político opositor Fernando Balda, ocurrido en 2012, en Colombia. Página A6

JUSTICIA. Pablo Romero deberá responder por el plagio a Balda.

Concesionarán administración de estatal CNT La Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT) es una de las empresas públicas que se busca concesionar, pero en ningún momento se ha pensado venderla, afirmó ayer Santiago Cuesta, asesor del presidente, Lenín Moreno. El objetivo sería optimizar el funcionamiento de la compañía, que aunque es rentable, tiene temas que mejorar como la telefonía celular o el sistema de cables, que en su momento fue manejado por Jorge Glas. Página B1

NEGOCIO. Sede de la empresa de telecomunicaciones.

Número total de ejemplares puestos en circulación: 27.399 CIUDAD

“Me parece bien no votar por la corrupción. Que no se vote por PAIS, que ha demostrado lo que es”. Luisa Maldonado Candidata del correísmo

Página A3

LOS 13,5 MILLONES DE TOPIC

Hallan una aguja en el gran pajar de la corrupción

Miden el acoso en la Central Página A5

REPORTE

Empresario entregará parte del dinero, pero esto no lo exime de culpabilidad. Ecuador recuperará 13,5 millones de dólares, cuyo origen son actos de corrupción de los que las autoridades tuvieron conocimiento a través de investigaciones fiscales de la trama de sobornos de Odebrecth. Ese monto corresponde a pagos efectuados por la constructora brasileña a la empresa ficticia Glory International, con sede en Hong Kong, y en los que estuvieron involucrados Ricardo Rivera, tío del exvicepresidente Jorge Glas, y Tomislav Topic, gerente de la empresa Telconet. Página B1

Jóvenes acarician el espacio Página A15

REVELACIÓN. Diana Salazar, directora de la Unidad de Análisis Financiero, dijo que toda la información será remitida a la Fiscalía General del Estado.

La falta de fiscales nubla investigaciones

El promedio de fiscales en el país es menor al índice que existe en América Latina. A escala nacional, la Fiscalía tiene 840 agentes investigadores (hasta diciembre de 2018), la mayor parte asignados a Pichincha y Guayas. Sin embargo, la media de la región es de 12 fiscales por cada 100.000 habitantes, explicó el

exdirector de asesoría jurídica de la Fiscalía, Óscar Enríquez. El déficit fue confirmado por la fiscal general (e), Ruth Palacios, quien señaló que hay un “número limitado de fiscales” para tramitar las denuncias, entre ellas los informes con indicios de responsabilidad penal. Página B3

PRIMERA SUERTE

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SEGUNDA SUERTE

TERCERA SUERTE

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www.lahora.com.ec lahoraecuador @lahoraecuador

DÉFICIT. La fiscal encargada, Ruth Palacios, hizo la denuncia sobre la falta de funcionarios.


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MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR

I

Charla sobre los beneficios de certificar el nivel de inglés Las ventajas y formas de certificar el nivel de conocimientos del idioma inglés se expondrán en una charla que se realizará hoy, a las 16:00, en el Centro Ecuatoriano Norteamericano (CEN), ubicado en la exterminal aérea, en el parque Bicentenario. El acto estará a cargo de Fermín Torrejón Cattaneo, Bussines Development y Marketing Manager de Michigan Language Assessment, para Ecuador, Chile y Perú. La conferencia está dirigida, principalmente, a TOME NOTA educadores y académicos Para inscribirse a pues, Torrejón la charla, que es gratuita, se debe presentará su enviar un correo a vnolivos@cene más reciente cuador.edu.ec certificación internacional, ‘MET Go!’, un examen diseñado específicamente para adolescentes. Tipos

Verónica Nolivos, coordinadora general del CEN, dice que las certificaciones internacionales se rigen a través del marco común europeo que tiene seis niveles que van desde el A1 hasta el C2. Las más conocidas en el país son B1, B2 y C1. Hace algunos años, el país determinó que tanto profesionales como estudiantes deben tener un nivel de inglés certificado por medio de exámenes internacionales. Por ejemplo, para salir de la universidad, deben tener un nivel B2, que es un requisito al momento de inscribirse en una maestría. En el caso de los bachilleres, deben tener un A2 o B1 como mínimo. Para Nolivos, es importante que las personas sepan dónde y cómo certificarse, ya que no todas las instituciones que ofrecen cursos de inglés están avaladas por las organizaciones internacionales. Los certificados avalados deben tener sellos de seguridad entre otras medidas. (AVV)

DIÁLOGO. ‘Un pacto para la ciudad de Quito’ reunió a 14 de los 18 candidatos a la Alcaldía de Quito.

Universidades vigilarán plan de Gobierno del próximo Alcalde En un conversatorio, 14 candidatos firmaron el compromiso por ‘Un pacto para la ciudad de Quito’. Durante el conversatorio ‘Un pacto para la ciudad de Quito’, 14 de los 18 candidatos inscritos para la Alcaldía de la ciudad firmaron un acuerdo que permitirá que las universidades vigilen el cumplimiento de sus planes de trabajo. En la jornada, que se desarrolló ayer en la Universidad Internacional SEK (UISEK), que lidera el proceso, los representantes hablaron de tres ejes propuestos por la comunidad universitaria. María Paz Jervis, decana de la Facultad de Ciencias sociales

versatorio para continuar con un proceso del cual también forma parte la fundación ‘Líderes para gobernar’.

Participantes y Jurídicas de la UISEK, desta- Frente a estudiantes universitacó que la academia tiene rios, medios de comuniun papel fundamental en cación y personalidades el debate político de las destacadas de la política CANDIDATOS sociedades. Por eso, para se inscribieron en ecuatoriana como Rosalía para la Arteaga y Mauricio Pozo, estas elecciones secciona- el CNE Alcaldía. les se planteó el diálogo al los candidatos tuvieron que se invitó a todos los un minuto para exponer postulantes. Las pregun- EL DATO sus respuestas. Se pretas fueron formuladas sentaron Andrés Pasquel por la comunidad uni- El 24 de marzo (Avanza), Andrés Benaversitaria. se realizarán las vides (PSP), Víctor Hugo a Se tiene previsto que elecciones escala nacional. Erazo (Fuerza Ecuador), se realice una sistematiPaola Vintimilla (PSC), zación de las propuestas César Montúfar (Conque se hablaron durante el con- certación), Édgar Jácome (Ade-

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lante Ecuatoriano Adelante), Xavier Buendía (Centro Democrático) Patricio Guayaquil (Movimiento Todos), María Sol Corral (Movimiento Ecuatoriano Unido) Juan Carlos Holguín (CREO), Olivio Sarzosa (Justicia Social), José Vásquez (Acción Democrática Ecuatoriana) Luisa Maldonado (Compromiso Social) y Juan Calos Solines (Juntos Podemos). No se presentaron a la invitación Paco Moncayo (ID), Jorge Yunda (Unión Ecuatoriana), Pablo Dávalos (Pachakutik) ni Carlos Sevilla (Libertad es Pueblo). Los representantes hablaron de sus propuestas con respecto al tratamiento de basura y saneamiento, la movilidad y la seguridad. (PCV)

16 días para entregar propuesta sobre aplicaciones de transporte Hasta el 31 de este mes, el Con- del bloque de SUMA para que se sejo Consultivo de Movilidad, los debata. Al referirse a las plataformas conformado por resolución del alcalde Mauricio Rodas deberá de transporte, Rodas dijo que su entregar el informe con la nor- posición es que si es un servicio mativa que permita elaborar un tecnológico normado es conveproyecto de Ley con respecto a niente para la ciudad y para el país, pero prefiere que sea la incorporación de aplila sociedad civil la que decaciones de transporte, EL DATO cida a través de un debate como Uber y Cabify, denserio. tro de la ciudad. Consejo “Son muchos años de El grupo lo integran El Consultivo se unas 20 personas en- reunirá dos veces una deficiente calidad del servicio (de taxis). No potre representantes de la por semana. demos cerrar los ojos a los academia, expertos en temas de movilidad y otros ac- avances tecnológicos. Tenemos tores sociales. Ellos serán los que discutir la posibilidad de responsables de desarrollar el aplicar una nueva plataforma de planteamiento que luego se en- forma seria, normada”, dijo. El secretario de Movilidad, tregará en la Asamblea, a través

Alfredo León, opina que es importante contar con la opinión de la ciudadanía y que por eso han abierto el debate. Comentó que cuentan con insumos suficientes como para elaborar una propuesta de Ley. “Hay que ver las condiciones de servicio, si las plataformas ofrecen un buen servicio por qué no lo hacen los convencionales, hay que igualar a las plataformas”, dijo. Licia Cazares, representante del Buró de La Mariscal, dijo que se realizará un estudio técnico y jurídico para ver si es conveniente que las plataformas se incorporen, “hay un serio problema de movilidad en la ciu-

MOVILIDAD. La ciudadanía deberá debatir sobre los servicios de plataformas como Uber y Cabify.

dad”, puntualizó. El objetivo es entregar la propuesta a inicios de febrero. (PSD)


MINUTOS CON: A3

LUISA MALDONADO

LUISA MALDONADO CANDIDATA A LA ALCALDÍA DE QUITO

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MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO, ECUADOR

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“Vamos a construir vivienda que se puede hacer con crédito internacional”. PERSONAJE La figura

NOMBRE: Luisa Maldonado NACIMIENTO: Cayambe, 26 de marzo de 1970 TRAYECTORIA: Concejala de Quito (2014 - 2018 / 2014- 2009)

POSTULANTE. La exconcejala Luisa Maldonado es candidata a la Alcaldía de Quito por Compromiso Social.

‘VAMOS A MEJORAR EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO’

La candidata de Compromiso Social plantea fortalecer las administraciones zonales y la economía popular.

L

uisa Maldonado tiene identificados todos los partidos y movimientos con los que no pudo inscribirse para las elecciones. Son siete, entre ellos, Alianza PAIS y el Partido Socialista. “Pensamos que probablemente no íbamos a participar”, dice la candidata, quien finalmente logró subirse a la carrera por la Alcaldía con Fuerza Compromiso Social, que creó Iván Espinel. La exconcejala, que formó parte del Concejo cerca de 10 años, asegura que su experiencia como líder comunitaria le da fortaleza en la contienda. En su partido, al mencionar que son candidatos de Correa, ¿asumen un riesgo de quedar bajo su sombra?

Eso no es ningún riesgo. Rafael Correa es uno más de la Revolución Ciudadana, pero es el más destacado y sin duda quien lideró la transformación de este país. Es realmente importante

que ahora nos identifiquen con la lista 5. Es esa la estrategia de este momento, porque todos sabían que éramos Alianza PAIS. ¿Cómo ha sido para usted dejar el Concejo y lanzarse a la Alcaldía?

Haberle servido casi 10 años a la ciudad como concejala, de la manera como lo hemos realizado, nos deja la conciencia absolutamente en paz. Hemos sido la oposición de esta administración con una fiscalización seria y argumentada. Ahora queremos hacerlo desde la Alcaldía. ¿Qué pasa con temas como las tarifas del Metro?

El Metro no es todo, es el sistema de movilidad que tiene que pensarse para decir la tarifa. Dudo que el Gobierno mantenga el precio del diésel, esos aspectos hay que analizar para una tarifa. Plantean los candidatos la aprobación del Estatuto Autonómico, ¿qué visión tiene usted?

Podría y debe hacerse. Quito ya no es solo este cantón. Sin tener

Las Administraciones Zonales pueden prestar servicios más cercanos”.

aprobado el estatuto ya funciona, de alguna manera, como Distrito. Me sorprende que no se lo haya hecho porque estamos hablando de esto más de 10 años. ¿Por qué el Concejo no lo aprobó en esta administración?

El Alcalde nunca lo puso en discusión, no estaba en sus planes. Barrera tampoco lo hizo

Algo se debatió, pero no lo hizo. ¿Qué plantea para la estructura del Concejo Metropolitano?

Tiene que ser la misma en términos de que es la máxima autoridad de la ciudad. Algo que hizo la Constituyente es que haya representación de todos los territorios. Es un aspecto que hay que mantener. Se critica precisamente el reparto de administraciones y empresas ¿Cómo las reestructurará?

La voluntad política es necesaria, pero esto parte de una visión que incorpore a todos y una planificación adecuada. A diferencia de

la Asamblea Nacional, el Concejo está constituido de 21 comisiones. Cada concejal preside una. ¿Las mantendría a todas?

Las mantendría, son bien importantes. Desde ahí se debe crear la agenda legislativa en función de un plan que sea consensuado. Así los concejales van a tener sus tareas desde la legislación. ¿Qué modelo de gestión plantea?

Necesariamente se va a basar en la participación ciudadana. Vamos a fortalecer las administraciones zonales. Ahora es una burla que dentro del presupuesto tengan que repartirse 900 mil entre los barrios. ¿Tiene presupuesto para redistribuir?

No mucho, pero la reestructuración no obedece tanto a que necesites plata sino de lo que desconcentras. Es necesario que la Epmmop se dedique a todo lo que es el sistema vial, obras grandes y parques grandes. Las administraciones zonales pueden prestar servicios más cercanos. No estaría mal pensar en un equipo caminero para que los realice. Quito tiene una herencia muy importante que es la minga, es lo que vamos a fortalecer y recuperar. Mi modelo es una combinación de todo, menos corporaciones. Hay que fortalecer la institución pública en especial de algunas empresas que garantizan derechos como la recolección de basura, agua potable, construcción de vivienda, educación, salud. También se puede hacer delegaciones y alianzas público privadas y yo le aumenté la economía popular y solidaria.

¿Cuál será su relación con el Gobierno Central?

Esperaría que el Gobierno Nacional entregue los recursos a los gobiernos seccionales sin ningún miedo. Yo respeto al Gobierno. En la última cadena el Presidente llamó a no votar por la corrupción y asoció al anterior Gobierno

Me parece bien no votar por la corrupción y que no se vote por Alianza PAIS que ya ha demostrado lo que es. Luisa Maldonado, alcaldesa de Quito no tiene absolutamente nada que ver con esos procesos. Con el presupuesto actual, ¿qué obras plantea?

El pico más alto de deuda va a ser 2019 y 2020, luego va a bajar y con eso tenemos que lidiar. Hay algunos aspectos para encontrar recursos económicos. Por ejemplo, una gran oportunidad es la regularización de barrios que se ha mantenido durante 10 años, estamos cerca de los mil barrios, eso significa que si se los incorpora al catastro hay más contribuyentes. Vamos a construir vivienda. Eso se puede hacer con crédito internacional. El Concejo y la Alcaldía dejan pendiente el proceso de legalización de taxis, ¿cómo lo solucionará?

Con el proceso de los taxis salimos asustados, evidenciamos una corrupción tremenda. A la comisión de vigilancia de taxis, de la que era presidenta, llegaron denuncias de cooperativas a las que les entregaron cupos fuera de norma. Son más de 6 mil cupos que dicen que se vendían a un promedio de $10 mil. (PCV)


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QUITO

OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.

MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR

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Los impuestos se percibirán de acuerdo a la capacidad de pago. Ese es el único principio”.

El pensamiento está libre de impuestos”. MARTÍN LUTERO TEÓLOGO Y REFORMADOR RELIGIOSO ALEMÁN (1483-1546)

FRANKLIN ROOSEVELT EXPRESIDENTE ESTADOUNIDENSE (18821945)

RÉPLICA

Desde esta dependencia de Estado queremos aclarar algunos puntos a los que usted hace referencia en al artículo “Hachazos” de Rodrigo Santillán Peralbo, publicado en Diario La Hora el 8 de enero de 2019. Lamentamos que considere “hachazos” a las decisiones económicas adoptadas a finales de 2018, pues la actualización de subsidios a los combustibles no afecta al diésel de transporte, ni al gas de uso doméstico. Por lo tanto, no hay justificación alguna para el incremento de los productos de primera necesidad, ni el costo del pasaje de transporte público. El costo de los combustibles en Ecuador todavía se mantiene entre los más bajos de la región. Esto obedece a que mantenemos subsidios en los hidrocarburos para transporte masivo y de productos. La liberación del precio de la gasolina súper fue una medida técnica que no afecta a los sectores más vulnerables. Durante 40 años, el subsidio a los combustibles fue utilizado con cálculos políticos y para captar electores. En lo referente a la optimización del tamaño del Estado, se disminuyeron plazas en la función Ejecutiva, mediante la eliminación de partidas duplicadas y la desvinculación, y reducción de personal y salarios del nivel jerárquico superior, lo que implica un ahorro de $700 millones. Estas medidas son necesarias para mantener un Estado óptimo y eficiente. Además, no se redujo el personal en salud, educación y seguridad, sectores priorizados por el Presidente de la República. Para mitigar posibles desequilibrios en el sector laboral y mediante una decisión histórica, se crearon líneas de crédito exclusivas para emprendimientos e impulsos financieros a la población económicamente activa más joven. Solo en 2019, se destinarán $1.300 millones para la reactivación económica, productiva y del trabajo. Somos un Gobierno transparente que ha enrumbado las condiciones económicas del país, pese a los altos niveles de endeudamiento heredados del régimen anterior. Nuestro compromiso con la gente es proteger todos los recursos públicos evitando el despilfarro y permitiendo el ahorro. Juan Fernando Carranza Secretaría General de Comunicación. Presidencia de la República (Ver texto completo en nuestra página web. www.lahora.com.ec))

Hay mucHa tela por cortar

La corrupción nos pesa como una carga abrumadora que los ecuatorianos llevaremos encima por mucho tiempo. Apenas comienzan a develarse los “negocios” turbios no solo en obras públicas, sino también en el sector privado. Hay quien confiesa que no sabe cómo llegaron varios millones de dólares a sus cuentas y otros a los que se les logra incautar unos pocos miles, cuando se presume que se esconde millones. Esa tragicomedia la protagonizan operadores de justicia a los que, para llegar a esos resultados, el Estado tuvo que pagarles montos que superan lo que han logrado que los implicados en esos escándalos devuelvan. Panamá, Hong Kong o Bahamas aparecen como los escondites de elección de lo mal habido; sin embargo, otros paraísos fiscales ni siquiera se mencionan. ¿Dónde ocultaron sus robos Batista, los

SALVATORE FOTI

AP, ‘la mujer maltratada’ El Movimiento Alianza PAIS (AP) padece, desde hace rato, el “síndrome de la mujer maltratada”. Con cualquiera de las decisiones tomadas desde Presidencia es evidente el atropello a esa organización, que ha perdido su identidad y su razón de ser. Pero, dentro del partido, nadie quiere admitirlo o, peor aún, hacer algo frente a tantas iniciativas políticas que día tras día sentencia el ocaso del expartido revolucionario.

Somoza o Pinochet? Recordemos que, en el caso Odebrecht, en Brasil 10 mil millones de dólares se regresaron al fisco, se produjeron miles de allanamientos, centenares de condenas en primera instancia, 1.000 millones bloqueados por la justicia, y el procesamiento y encarcelamiento de funcionarios, políticos y ejecutivos. En Perú y Argentina no ha sido menor el “terremoto”. En los tres países varios expresidentes están acusados de corrupción. No se avizora en Ecuador un final a todo este embrollo de corrupción del que, desgraciadamente, no se conoce bien el tronco y el destino de lo robado. ¿Qué hay respecto a funcionarios y exfuncionarios de todos los poderes del Estado, o los gobiernos provinciales y municipales? Aquí hay mucha tela por cortar y muy pocos dispuestos a hacerlo.

Como suele ocurrir en el “síndrome de la mujer maltratada”, AP niega que esté siendo golpeada por su “marido” Moreno y cree que hay excusas y atenuantes que justifiquen el maltrato. Es muy probable que crea que los abusos pronto cesarán. Pero el tiempo y los hechos han demostrado que no es así. No hay excusas para legitimar la autodestrucción de AP. A lo mejor los miembros de AP creen que se merecen el maltrato propiciado por su líder y se sienten culpables de la situación. Solo están alargando su sufrimiento. Ha llegado la hora de entender que no es normal lo que pasa y tampoco es oportuno seguir al lado de este “cónyuge” que no se merece a esta esposa y a lo mejor la engaña con otra desde hace rato.

AP tiene la última posibilidad, tal vez, de tomar sus propias decisiones y preparar una campaña electoral efectiva. Tienen las encuestas y saben que lo que se viene será su peor periodo, electoralmente hablando. Lo más importante sería tomar distancia del mandatario e intentar ganar una que otra alcaldía y prefectura. El partido ha sido modificado genéticamente desde adentro y se han tomado decisiones que lo afectan. El “esposo dialogador”, a su partido lo ha golpeado y humillado, haciéndolo precipitar en los últimos puestos de intención de voto. Es una pena que hasta el día de hoy nadie tenga el valor de garantizar los derechos de los verdaderos dueños del movimiento: sus votantes. ecuasalvo@yahoo.it

RODRIGO SANTILLÁN PERALBO

Pensiones vitalicias La persona que llega a ser Presidente o Vicepresidente de la República tiene el honor y el privilegio de servir o intentar servir a su pueblo. La administración sea buena o mala pasa a la historia y hasta su retrato, si es elegido constitucionalmente, queda en el salón de los presidentes de Carondelet. En tanto dura su mandato, tiene su despacho en el Palacio de Gobierno, y ahí está su residencia sin que les cueste un centavo. Además, tiene alimentación para él, su familia e invitados que los paga el pueblo. Dispone de vehículos con chofer permanente, aviones y helicópteros para sus viajes sean necesarios o no. Cuántos privilegios para el Presidente, tanto si se los merece o así sea repudiado por el pueblo. En ocasiones no termina su mandato porque es expulsado del poder por la ciudadanía, o en otros tiempos por los militares. Sin embargo, por el honor de haber sido Presidente de la República, recibe una pensión vitalicia, es decir de por vida, que consiste en un sueldo completo, sin descuentos, pero con una pequeña rebaja. Haya estado en el poder cuatro años o meses recibe la pensión vitalicia. Igual ocurre con el Vicepresidente. ¿Es lógico y ético que reciban una pensión vitalicia? ¿Es justo y ético que el Vicepresidente Glas que ha sido condenado a seis años de cárcel reciba la pensión vitalicia? ¿Acaso el presidente Moreno recibe el sueldo de Presidente y también, la vitalicia, de vicepresidente? Cuán importante sería que en este país de crisis económica se siga el ejemplo del presidente de México Andrés López Obrador que después de posesionarse su cargo, dictó un Decreto que acabó con las pensiones vitalicias, se rebajó el sueldo, lo mismo a sus ministros y altos funcionarios. Dijo basta a los privilegios de todos los electos por la ciudadanía. rodsantillanp@gmail.com

Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General ALEXIS SERRANO CARMONA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXI No. 12403

www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.


ÍNDICE UV

4a5 6a7 8 a 10 11 a 15 16 o +

RIESGO

Bajo Moderado Alto Muy alto Extremo

TME*

PROTECCIÓN SUGERIDA

60+

45 30 25

10 *TME: Tiempo máximo recomendado de exposición (expresado en minutos.

Radiación UV se mantiene ‘Muy Alta’ El valor más alto de radiación UV que se registrará hoy será de 12, según la proyección de Weather Online. Ayer el índice llegó a 10. Se recomienda no exponerse al sol entre las 10:00 y las 13:00. Más información en: www.woespana.es.

Hoy, temperatura máxima: 23 grados. Mínima: 10. Pronóstico: llovizna. Mañana: temperatura máxima: 21. Mínima: 12. Pronóstico: llovizna.

En la Central se medirá la incidencia del acoso sexual Es la primera encuesta, a escala nacional, sobre este problema en las universidades.

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MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

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AGENDA STAND UP

LANZAMIENTO DE STAND UP UIO Cuándo: sábado 19 de enero Hora: 19:30 Entrada:$5 Lugar: Cafetina (Valladolid N24-459 y Francisco Salazar)

LECTURA

Tras la destitución de tres docentes denunciados por acosar sexualmente a estudiantes, en noviembre de 2018, en la Universidad Central del Ecuador (UCE), las cifras de personas que pasan por esto no han logrado esclarecerse. Hace 18 meses, nueve universidades del país trabajaron en el diseño de un mecanismo de medición de acoso sexual en centros de educación superior. SITUACIÓN. En los últimos cuatro años se estima que nueve docentes fueron destituidos por acoso en la UCE. Milena Almeida, coordinadora del Instituto de Investigación ganismos no gubernamentales. En la fase inicial del mecanis- opción que escoja se abren más Señala también que intenta- mo, en la sistematización de las preguntas. en Igualdad y Derechos (Iniged) El instrumento es de carácter indica que en la UCE, desde ayer ron involucrar en el desarrollo y experiencias de acoso sexual, se se realizan las encuestas para financiamiento de la herramien- mostró que, en una de las uni- anónimo y está diseñado para ta a la Secretaria Nacional versidades estudiadas, el acoso ser automatizado en línea por el medir la prevalencia de de Educación Superior, sexual se había presentado de personal encuestador. acoso sexual en estudian- EL DATO Ciencia, Tecnología e In- modo distinto por área: administes. Esto se hará hasta el 21 de este mes y después Se espera tener novación (Senescyt), pero trativa (37%), estudiantil (27%), Resultados y objetivos se enfocarán en docentes los resultados de no lo lograron, por lo que docente (25%) y docentes por Para el levantamiento del inforlas encuestas decidieron hacerlo desde contrato (14%). y administrativos. me se capacitó a 12 estudiantes dentro de 3 el lado académico. Esta es la primera en- meses. Se indicó también que a partir de estadística, sicología y juriscuesta a escala nacional de una investigación cuantitati- prudencia. enfocada en esta problemática Mecanismo va realizada en otra universidad, Almeida considera que la dentro del ámbito universitario. La encuesta es universal con un los estudiantes no conocen con base de datos que generará la Almeida destaca que la cons- proceso de muestra aleatoria y claridad qué es y qué no es acoso información proporcionada por trucción de este mecanismo llega funciona a través de una plata- sexual. la comunidad de educación sude un proceso de investigación forma digital. En mayo tuvo un Se estima que las personas perior servirá para la creación de colaborativo de docentes y ex- pilotaje en el que se demostró contestan la encuesta en 15 mi- políticas que permitan la erradipertos. Ha contado con el finan- que tiene 95% de efectividad y nutos y consta de preguntas cación de violencia de género en ciamiento de fundaciones y or- 1% de error. cerradas. Dependiendo de la el ámbito universitario. (AVV)

Dos centros municipales atienden esterilizaciones de mascotas gratis Desde el inicio del año, dos centros del proyecto Urbanimal, de la Secretaría de Salud de Quito, se encuentran habilitados para realizar esterilizaciones de mascotas de forma gratuita. El Centro de Atención Animal Sur, ubicado en el sector de La Ferroviaria, y la Clínica Calderón atienden a los usuarios de lunes a viernes. A partir de las 08:00, los interesados pueden asistir para solicitar un turno. A diario se atiende a 40 pacientes y se tiene planificado retomar el recorrido por barrios con la brigada móvil a partir de marzo. Según datos de la Secretaría de Salud, en 2018 se realizaron 17.730 esterilizaciones gratuitas, en cerca de 120 sectores de la ciudad. Para este año, la proyección es incrementar las atenciones a 20.080.

CIUDAD

Pronóstico del día

Centros de Urbanimal Detalles

Cuándo: sábado 19 de enero Hora: 19:30 Entrada: gratuito Lugar: Literato Club del té (Mallorca N24-282 entre Guipúzcoa y Coruña)

INTERCULTURAL

CELEBRACIÓN AÑO NUEVO CHINO Cuándo: 16 y 17 de enero Hora: 20:00 Entrada: gratuito (Retirar pases en la radio de la CCE o Ministerio de Cultura y Patrimonio) Lugar: Casa de la Cultura Ecuatoriana (CCE) (Av. 6 de Diciembre y Av. Patria

CINE/CONCIERTO

LOS MAGOS Y LA MÚSICA

Cuándo: sábado 19 de enero Hora: 20:00 Entrada: $5 Lugar: 8 Y Medio (Valladolid N24-459 y Francisco Salazar)

RECITAL

Clínica Veterinaria Urbanimal Quito Sur Dirección: Calle Francisco Fuentes s/n y °Gaspar Cujies Contacto: 3952300 ext. 24435

THE JAZZ BLESSENGERS

Cuándo: viernes 25 de enero Hora: 20:00 Entrada: $5 Lugar: Casa de la Música (Vlderrama N32307 y Av. Mariana de Jesús)

Centro de Atención Animal Calderón

Dirección: Parroquia Calderón, barrio El °Cajón, Calle Semillas junto a las instalaciones del Agua Potable. Contacto: 2825393

Adicionalmente, se han establecido convenios de cooperación con la Fundación Protección Animal Ecuador (PAE), la organización Huesitos y Vet Cirujano, lo cual permitirá aumentar más de 9.000 esterilizaciones extras cada año. Parte del programa también incluye la sensibilización a la ciudadanía sobre la fauna ur-

CUENTACUENTOS

CUIDADO. Usuario espera atención para esterilizar a su mascota.

bana. El reto actual es llegar con los mensajes de cuidado responsable a 21.000 personas. Hasta la fecha se ha llegado a más de 120.000 y, solo el año anterior, se entregaron en adopción a 115 animales de compañía.

Otros de los servicios que se han implementado son las inspecciones y control integral de plagas con profesionales especializados. Esto ha permitido realizar 107 acciones en espacios públicos. (PCV)

MÚSICA

TRIBUTO A BOB MARLEY

Cuándo: sábado 2 de febrero Hora: 21:00 Entrada:$6 Lugar: El Útero (Reina Victoria y Carrión (esquina)


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EN VELA a6

MARTes 15 de enero de 2019 La Hora, QUITO ecuador

QUITO

Subcontratistas reclaman pagos en Yachay

I

Empleo. Los empleados volvieron a realizar un plantón por sus contratos.

Reincorporan a 400 empleados de Educación El Ministerio de Educación informó que 99% de 400 de sus servidores con contratos ocasionales con la Planta Central, que fenecieran el 31 de diciembre anterior, ha decidido voluntariamente reincorporarse con nuevos contratos “con parámetros de austeridad”, es decir con rebaja de sus remuneraciones. Ambas partes enfrentaban desde la semana anterior el primer conflicto laboral desde que Milton Luna asumiera como nuevo titular de Educación luego de un año siete meses de gestión de su predecesor, Fander Falconi. En Twitter, Educación escribió que esta entidad reconoce la labor que desarrolla el personal con contrato ocasional, por lo que se instalaron mesas de trabajo con los ministerio de Trabajo y Finanzas.

David Piñas pide acción de protección La defensa de David Piñas, condenado a 25 años de prisión por el asesinato de Karina del Pozo, presentó ayer una acción de protección en la Corte Nacional de Justicia (CNJ). Esta acción busca que la Corte Constitucional (CC) rechace la decisión del tribunal nacional que, en diciembre de 2018, rechazó el recurso de revisión de la sentencia. De esta manera, la CNJ deberá remitir el pedido a la CC, que a su vez calificará la acción de protección. Si es que la acepta, la Corte Nacional deberá fijar un nuevo tribunal que fijará día y hora para la audiencia de revisión. Paúl Ocaña, abogado de Piñas, asegura que tiene 13 pruebas que presentaría en la audiencia, en las que se incluyen análisis de ADN.

Decenas de subcontratistas y trabajadores reclaman en Yachay EP, Urcuquí (Imbabura), por cuanto la contratista china Gezhouba Group no ha cancelado por las obras terminadas que ascienden a los 3 millones de dólares. La Constructora Loja Yachay se hizo cargo del subcontrato y construyó las multifamiliares San José de Yachay. Desde el pasado lunes 4 de enero, los afectados vienen exigen sus haberes. (SE)

Biess busca revalidar liderazgo en préstamos

QUITO, EFE • El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) proyecta para este año mantener su liderazgo como la entidad financiera con el mayor porcentaje de participación en el mercado hipotecario del país andino. Así lo avanzó la gerente de la entidad, Eva García Fabre, al indicar que se prevé una inversión de 900 millones de dólares en préstamos hipotecarios para este 2019 a través de 20.044 operaciones.

España aprueba extradición de exdirector de la Senain Pablo Romero Quezada está implicado en el secuestro al político Fernando Balda.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de Madrid de España dictó ayer un Auto, mediante el cual accede a la solicitud del Estado ecuatoriano para extraditar a Pablo Romero Quezada, exdirector de la Secretaría Nacional de Inteligencia (Senain), para ser juzgado dentro del juicio penal que se sigue en su contra ante la Corte Nacional de Justicia. Así lo informó ayer la Fiscalía General del Estado, mediante un comunicado de prensa. El 7 de noviembre de 2018, Romero fue llamado a juicio por el secuestro al político Fernando Balda (en Bogotá), junto con el expresidente Rafael Correa y dos exagentes de Inteligencia, Raúl Chicaiza y Diana Falcón, quienes se encuentran con prisión preventiva. La decisión la tomó la Sala luego de la audiencia del pasado 9 de enero de 2019, en donde la Procuraduría General del Estado incorporó nuevas pruebas dentro del proceso de extradición. En esta audiencia, además, el equipo de defensa del Estado de-

Capaya forma parte de Víctimas y Testigos El exministro de Hidrocarburos, Carlos Pareja Yanuzzelli (Capaya), quien se encuentra privado de libertad por varias causas, desde el pasado 27 de diciembre forma parte del Sistema de Protección a Víctimas y Testigos, promovido por la Fiscalía General del Estado. Pareja Yanuzzelli, que también fue gerente de Petroecuador, se encuentra detenido en la Cárcel de Latacunga. En los próximos días rendirá sus versiones reservadas dentro de la trama de corrupción en Petroecuador. La fiscal general encargada,

justicia. El Gobierno ecuatoriano continuará con los trámites para traer a Pablo Romero.

mostró que se cumplen con los uno de los requisitos previstos” requisitos para autorizar la ex- tanto en el tratado de extradición tradición solicitada, previstos en suscrito entre España y Ecuador el Tratado de Extradición como en la Ley de Extrasuscrito entre España y El Dato dición Pasiva española. Ecuador, además de la También señala que Ley de Extradición Pasi“no resultan admisibles” Extraoficialmente las causas de oposición a va española. se conoció que la defensa de Pablo la extradición formuladas Romero apelará la Argumentos decisión de la jus- por Pablo Romero Quezada durante la vista del paDentro de las 21 páginas ticia española. sado día 9 de enero. del documento que acoge En tal virtud, la Sala los argumentos del Estado ecuatoriano se concluye que de lo Penal de la Audiencia Na“la documentación que sustenta cional de Madrid de España aseel pedido de extradición aporta- guró que no existen obstáculos da a autos por la República del para autorizar la extradición del Ecuador cumple todos y cada exsecretario de inteligencia. (SE)

Ley. Carlos Pareja Yanuzzelli hablará en los próximos días.

Ruth Palacios, después de conocer los informes del Ministerio de Justicia, aprobó la solicitud que fue presentada hace varios meses por la defensa del procesado, Miguel Revelo. También está vigente el acuerdo de cooperación eficaz, que se aconcretó entre Pareja y la Fiscalía en septiembre de 2017. El exfuncionario del gobierno de Rafael Correa ha sido sentenciado en cuatro causas: cohecho (5 años), asociación ilícita (6 años), enriquecimiento ilícito (10 años) y peculado (10 años). (SE)

Proceso

Fue detenido en junio El 17 de junio de 2018, Romero fue rete°nido en Madrid con fines de extradición, pero salió con libertad provisional. Así lo dispuso un juzgado español que, entre otras medidas sustitutivas, dispuso la presentación diaria del procesado.

La Fiscalía de España inició a fines de °octubre el proceso de extradición de Ro-

mero. El pedido, planteado el 13 de julio de 2018 por Ecuador, señala el tipo de delito por el que la justicia requiere a Romero y explica que la extradición procede “...al tratarse de una infracción criminal común, no tratándose de los delitos de la extradición... y no tratarse de penas inhumanas o degradantes...”.

Colombia: cuerpo sí sería de ‘Guacho’ No sería Walter Patricio Arizala. Se llamaría Luis Alfredo Pai. Pero el cuerpo sí sería de ‘Guacho’, por lo menos así lo determinaría la prueba de ADN practicada a la madre del cabecilla del frente Oliver Sinisterra. Medicina Legal de Colombia completó las pruebas y dio por sentado aquello, según consta en medios colombianos como Caracol. Margarita Vernaza, madre del disidente de las FARC, viajó desde Ecuador hasta Ipiales, Colombia, para practicarse las pruebas, que dieron positivas. Esto, luego del episodio

Crimen. Los restos del guerrillero siguen en el vecino país.

protagonizado por el supuesto padre biológico de ‘Guacho’, quien la semana pasada acudió para hacerse los análisis de ADN para reclamar su cuerpo. Según informan los medios colombianos, los restos pueden ser retirados con la condición de que no sean cremados, pues podrían necesitarse para futuras investigaciones.


Concierto benéfico con Roberto Bravo

La Casa de la Música recibirá al renombrado pianista chileno Roberto Bravo, quien visita el país en apoyo a las obras de inclusión social del Distrito Ecuatoriano Kiwanis International (DEKI) y de la Fundación Orquesta Sinfónica Juvenil del Ecuador (Fosje). El repertorio comprenderá una mezcla de estilos y épocas, con obras de

Astor Piazzola, música de ‘animes’ japoneses y películas taquilleras como ‘Coco’ y ‘La La Land’, así como recordados boleros de Armando Manzanero, Agustín Lara, Ernesto Lecuona y Silvio Rodríguez, interpretados por la cantante chilena Andrea Cárdenas. El concierto será el sábado a las 19:00, la donación sugerida es de $25. (AA)

CULTURA I

MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

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Crímenes políticos se develan en ‘El poder y la muerte’

PERSONAJE. René Gordillo es autor del libro ‘Poemas de mi patio y de otros lados’.

RENÉ GORDILLO

‘Poesía es pintar un momento del mundo’ René Gordillo, ganador del Premio Paralelo Cero 2019, concibe su poesía como la búsqueda de un refugio. René Gordillo recuerda la primera vez que leyó uno de sus poemas. No le fue bien. Alentado por los talleres de escritura de la carrera de Literatura, Gordillo se aventó a participar en un recital de poesía: “Me presenté con un poema malísimo, llamado ‘Oda a la papaya’”, cuenta entre risas. Hace poco, esa historia cambió. A sus 25 años, el escritor ambateño resultó ganador del Premio Nacional de Poesía Paralelo Cero 2019, con la obra inédita ‘Poemas de mi patio y de otros lados’. Gigi Cicerone, nombre del cuentacuentos de la novela infantil de Michael Ende ‘Momo’, es el pseudónimo que Gordillo escogió para contar sus propias experiencias. “Comencé con la narrativa”, cuenta el poeta sobre sus primeras lecturas. Obras infantiles clásicas como ‘El Principito’ y las novelas de Franz Kafka marcaron el primer acercamiento de Gordillo a la literatura. Fue durante sus años de universidad, en Quito, que Gordillo conoció la obra de poetas fundamentales que lo harían apasionarse por la lírica. Luego de ese mal recordado

recital, iniciaría una escritura más consciente que dio como resultado la publicación de ‘Espera de la hoja’ (2017), donde la escritura se da a partir de la contemplación de ‘momentos’ que Gordillo define como “estampas de la vida”. “Hacer poesía es observar. Es como pintar un cuadro: jugar con la luz y la oscuridad. Es pintar un momento del mundo”, dice el escritor. En su nuevo poemario, Gordillo retoma la exploración de lo cotidiano en un viaje por el recuerdo y la experiencia. El libro está dividido en dos partes: los poemas ‘de mi patio’, ambientados en espacios cerrados, y los poemas ‘de otros lados’, en espacios abiertos. ¿Cuál es la intención con la búsqueda de la belleza y el asombro en lo cotidiano?

Pensamos que los espacios cerrados, la casa, el jardín, no dan para un poema. Lo que sucede es que no nos fijamos. He querido salir de la transparencia en la que vivimos ahora por las redes sociales. Todo el mundo expone su vida en internet. Eso lo he querido contrarrestar con un

refugio. La voz poética se siente cómoda en esa cotidianeidad. ¿Qué papel juega la experiencia viviendo en Quito, en la ‘mirada urbana’ que describe el jurado?

Dinediciones y la Universidad política ecuatoriana, se requiAndina Simón Bolívar (UASB) rió la selección de crímenes que presentarán mañana el libro ‘El tuvieran “influencia política y poder y la muerte, crímenes po- social, consumados al margen líticos en la historia ecuatoria- de la legalidad vigente”, señala na, 1830-1959’, editado por el el editor en el epílogo. Uno de los ensayos escritos historiador y catedrático ecuatoriano Enrique Ayala Mora. por Ayala Mora, ‘Los muerEl lanzamiento se realizará en tos del alfarismo’, relata el el Paraninfo de la UASB, a las asesinato de Víctor León, un periodista cuencano que “ata18:30. La publicación hace un có ferozmente al Gobierno y recorrido histórico por los participó en la resistencia arcrímenes que cambiaron el mada. Se constituyó en figura destacada de la oposirumbo de la política ecuatoriana, empezan- TOME NOTA ción, temido y odiado por el régimen”. do por el asesinato del Los textos incluyen mariscal Antonio José evento se rea- una descripción del de Sucre en 1830, mis- El lizará en el mo año de la conforma- Paraninfo de la contexto social en que Edificio ción de la República, UASB, Mariscal Sucre, se dieron los eventos, hasta la matanza en que se encuen- así como un análisis de tra en la Toledo las causas y consecuenGuayaquil del 2 y 3 de N22-80. cias políticas que motijunio de 1959, durante el gobierno de Camilo Ponce varon su ejecución. La obra, que en su siguienEnríquez. Este primer tomo compren- te tomo abordará los crímenes de 18 ensayos, resultado del cometidos desde los años 60 trabajo de investigación de los hasta nuestros días, invita a historiadores Celia Ortiz, So- los lectores a la revisión de la nia Fernández, Germán Rodas, Historia, como una reflexión Jorge Ribadeneira, Jonatan Es- esencial para la comprensión cobar, Natalia León y Enrique del presente y la proyección Ayala Mora. Para la obra, que del futuro. (AA) resume 130 años de historia

Creo que la buena poesía hay que vivirla. Para escribir poesía es importante experimentar con el mundo. Escribo desde esa experiencia. Vivo entre dos ciudades que son bastante diferentes. Busco describir el sentimiento del hombre que está invadido por la ciudad, pero al mismo tiempo encuentra en el patio un último refugio. ¿Qué lecturas acompañaron la composición de estos poemas?

Estaba leyendo ‘Momo’, donde se trata esto de los hombres grises, que se van contra la poesía. La poesía es una pausa en el mundo, es darse tiempo para observar. Y los hombres grises quieren que todo sea rápido, de corrido. Leer ‘Momo’ contribuyó para darme esta pausa y escribir. ** Gordillo, quien terminó sus estudios en Literatura el año pasado, trabaja actualmente como editor y corrector independiente. Su escritura es constante y está siempre abierto a compartirla con sus lectores. “Veo la poesía como un acto comunicativo, sigo escribiendo con la esperanza de ser feliz”. (AA)

OBRA. Enrique Ayala Mora es editor del libro que será presentado mañana.

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QUITO

GENTE A8

MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

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‘La Metamorfosis de la matriz’ En la Alianza Francesa, alumnos de la Facultad de Artes de la Universidad Central inauguraron la exposición denominada ‘La Metamorfosis de la matriz’, del colectivo IzBarniz.

María Fernanda Benavidez y Víctor Calderón.

Elena Quesada y Jimmy Villamarín.

Gabriela Dávila.

Charles Vix, Santiago Goyes, Alejandra Mencías, Diana Quito y Christian Viteri.

Amparo Brito, Lyana Reinoso y Salomé Sampedro.

Juan Larrea, Rosita Naranjo y Luis López.


PAÍS B1

13,5 millones de la corrupción son devueltos al Estado

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MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora ECUADOR

I

Gobierno buscaría concesionar la administración de CNT Santiago Cuesta, asesor del pre- Justificaciones sidente, Lenín Moreno, explicó “La instrucción del Presidente que la Corporación Nacional es que todo aquello que puede Telecomunicaciones (CNT) da ser concesionado y que sea es una de las empresas públicas negocio para el Estado, se debe que se busca concesionar, pero hacer de manera eficiente y que en ningún momento se ha trasparente”, añadió. pensado venderla. Sin embargo, señaló que un “Por Ley está prohibido ven- mecanismo de este tipo tiene der activos estratégicos. En el sentido cuando la empresa púanterior gobierno sí se intentó blica no es rentable, por lo que vender, de manera despara evitar más pérdidas esperada, CNT por 700 EL DATO o la toma de decisiones millones de dólares. Lo complejas como despique nosotros no vamos a dos, se pasa la responsaEl Gobierno hacer”, dijo. incluyó, en el pre- bilidad a un tercero. En este sentido, el ob- supuesto 2019, Esto no ocurre con de jetivo de la concesión, se- ingresos CNT, una de las empre1.000 millones gún Cuesta, sería optimi- de dólares por sas más rentables del concepto de conzar el funcionamiento de cesión de empre- Estado, cuya utilidad, la empresa, que aunque sas públicas. en 2018, superó los 200 es rentable, tiene temas millones. “Al final se que mejorar como la telefonía tiene que analizar la evidencia celular o el sistema de cables, de aquello que se quiere conceque en su momento fue mane- sionar y si realmente es bueno jado por Jorge Glas, exvicepre- o malo para la economía y las sidente del país. arcas públicas”, agregó. Recalcó que las únicas emAnte el requerimiento de este presas públicas con balances Diario, CNT dijo que no puede confiables son la Corporación confirmar la posibilidad de la Financiera Nacional (CFN) y concesión, ni aclarar cómo se liBanco del Pacífico. citaría la administración. (JS)

INGRESOS. CNT entregó 100 millones de su rentabilidad al Ministerio de Finanzas en 2018.

Dueño de Telconet firmó compromiso para la devolución. Tío de Glas estaría tras los sobornos.

Diana Salazar, directora de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), anunció que se logró un compromiso del empresario Tomislav Topic para que devuelva 13,5 millones de dóMETA. El Gobierno busca acelerar la recuperación de dineros de la corrupción. lares provenientes de sobornos entregados por Odebrecht. “Según las investigaciones, los sobornos entregados por Odebrecht fueron depositados, a través A más de la licencia para la construcción del cable submarino, un proyecto de varias transferencias, en cuenadjudicado de forma directa a Telconet, Topic recibió una concesión exclusiva tas de Glory Internacional Induspara la fabricación de fibra óptica. Esto ocurrió cuando Jorge Glas era ministro try, domiciliada en Hong Kong. Coordinador de Sectores Estratégicos. Ninguna otra compañía está autorizada Luego, los recursos pasaron a a importar o producir fibra óptica en Ecuador, lo cual �a generado un monopo� cuentas de Jan y Tomislav Topic lio privado. Telconet, gracias a esto, dejó atrás problemas financieros y pasó a en EE.UU.”, explicó. convertirse en un auténtico emporio de las telecomunicaciones en Ecuador. Todos esos recursos se invirEn la carta del compromiso, porción correspondiente a Teltieron en el proyecto Pacific Caribbean Cable System, una obra del 10 de enero de 2019 y dirigi- conet era de aproximadamente de cable submarino de fibra ópti- da a Diana Salazar, Topic expre- 70 millones, que nos obligaba a ca que conectaría a Ecuador con só que producto de la inversión recurrir a inversionistas”. Uno de esos inversionistas fue el Caribe y EE.UU. Telconet, em- en el cable submarino “nuestra empresa ha recibido di- Glory International, que fue conpresa de Topic, sirvió en neros que recién ahora tactada a través de Ricardo Riveesta fase para esconder la tenemos conocimiento ra. Esta compañía se compromeprocedencia de los fondos. EL DATO que pueden tener origen tió a entregar 30 millones, pero ilícito, por lo que nos com- solo transfirió 13,5 millones. Rivera, implicado Glas y Rivera presos prometemos a consignar Iván Granda, subsecre- están desde octubre dichos valores, en la cuen- Fiscalía recibirá información tario de acción política, de 2017 por el de asocia- ta Inmobiliar o la que Uds. Granda puntualizó que toda afirmó que Glory Interna- delito ción ilícita en el cional Industry, como em- caso Odebrecht. indiquen, cumpliendo con la información será remitida a las formalidades y reque- la Fiscalía, para que se tomen presa de papel, fue utilizarimientos de Ley. La las acciones que correspondan. da por Ricardo Rivera, antes referida consig- También explicó que en el caso tío del exvicepresidente 2,5 MILLONES nación, la realizaríamos se ha recibido asistencia peJorge Glas, para recibir también vinculados a de acuerdo a nuestro nal internacional de Panamá, sobornos de Odebrecht los sobornos de Odebrecht fueron flujo de caja” (sic). durante 2012 y 2013. EE.UU., Hong Kong y China. devueltos por Topic Granda recalcó que “El gobierno ante- hace más de un año. Salazar aclaró que la UAFE lo devuelto será deposi- y el Gobierno están trabajando rior, a pesar de tantas tado en una cuenta del en otros casos, en los que ya se pruebas de su corrupción, ha dicho que nos les en- tesoro nacional. “Lenín Moreno han identificado varios paraísos cuentran ni un solo dólar. Hoy anunciará a qué se van a desti- fiscales y varias cuentas. Sin emanunciamos la recuperación de nar los fondos”, añadió. bargo, para una recuperación de En un comunicado difundido los dineros se requiere que exis13,5 millones. Con esto les respondemos (que) ya encontra- luego de la rueda de prensa, To- tan sentencias ejecutoriadas, mos, y no un dólar, sino millo- pic aclaró que el proyecto del ca- hasta la última instancia, por ble submarino comprendía: “La parte de jueces nacionales. (JS) nes”, acotó Granda.

Telconet resurgió con el correísmo °

Jubilados denuncian a Correa por manejo de recursos del IESS Los jubilados presentaron ayer una denuncia en contra del expresidente Rafael Correa por el manejo de los recursos del IESS, durante su gobierno. Henry Llanes, a nombre de los jubilados, firmó la denuncia y la ingresó en la Fiscalía General, con el objetivo de que se abra una investigación al presuntamente haberse violado el artículo 372 de la Constitución.

La Carta Magna establece que ninguna institución del Estado podrá intervenir o disponer de los fondos y reservas del IESS, ni menoscabar su patrimonio. Sin embargo, a criterio de Llanes, durante el régimen de Correa se “menoscabó el patrimonio del IESS y puso en riesgo la sostenibilidad

EL DATO Durante el correísmo también se aprobó el pago a jefas de hogar, personas con discapacidad y enfermedades catastróficas.

de las prestaciones”. La denuncia ingresada ayer en la Fiscalía no es solo en contra del exmandatario, sino también de los exministros de Finanzas, los miembros del directorio del Seguro Social y los funcionarios que trabajaron en la Dirección General, Subdirección General, Procuraduría

General y direcciones y subdirecciones nacionales entre 2007 y 2017. Argumentos

Según Llanes, la aprobación de la Ley que facultó la atención médica gratuita para los hijos de afiliados hasta los 18 años y la denominada Ley de Justicia Laboral, con la que se le retiró al Fondo de Pensiones el 40% del

aporte estatal, son algunas razones por las que la reserva del IESS se ha visto afectada. El jubilado indicó a los medios que una vez que no hubo el aporte estatal se tomaron la reserva del Fondo de Pensiones, “alrededor de 5.000 millones de dólares”. La reserva era de 13.130 millones en 2017, mientras que en 2018 bajó a 6.500 millones, dijo. (AGO)


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NACIONAL

Moreno irá a Foro Económico Mundial

PAÍS B2

MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora, ECUADOR

I

LABOR. Desde hoy, un Servicio Nacional reemplaza al Ministerio de Justicia en la administración de las cárceles.

Listos los relevos del Ministerio de Justicia La Secretaría de Derechos Humanos y el Servicio de Atención a presos son las entidades que asumen funciones.

nes establecidas en el Decreto Ejecutivo No.560, firmado el 14 de diciembre anterior por el presidente Moreno. En ese documento se establece que la Secretaría de DereCon Ernesto Pazmiño como au- estos mandatos y que se incluya chos Humanos se encargará de toridad única, a partir de hoy em- la participación activa de la so- ejecutar sentencias, medidas piezan a funcionar formalmente la ciedad civil en la Defensa de los cautelares y resoluciones del Secretaría Nacional de Derechos Derechos Humanos”, sostuvo Sistema Interamericano de DeHumanos y el Servicio Nacional la representante de la Coalición rechos Humanos, así como otras de Atención Integral a Personas de Asociaciones de Víctimas de medias de protección a pueblos Adultas Privadas de Libertad y Abuso a Menores en Ecuador, indígenas y otros colectivos y coSara Oviedo. munidades. Adolescentes Infractores. La activista calificó Por su parte, el Servicio NaEsto, en reemplazo del como urgente que las nue- cional se responsabilizará por Ministerio de Justicia, 150 vas entidades amplíen “ejercer la rectoría, regulación, cuya vida legal terminó RECOMENDAsus enfoques y priorida- planificación y coordinación del oficialmente ayer, tras tres CIONES meses del anuncio de su de los órganos des de trabajo en compa- Sistema Nacional de Rehabilitainternacionales eliminación por parte del se deben cumplir ración al desaparecido ción Social”. en procesos de Ministerio. “El Ministerio Por ahora, Pazmiño asume presidente Lenín Moreno. reparación a ciude Justicia priorizó a los ambas entidades con la intenDesde antes de que dadanos. centros de rehabilitación ción declarada el 10 de diciemopere formalmente sus y descuidó el tema bre anterior, Día de los funciones, Pazmiño ya Derechos Humanos, de recepta varias demandas. Por de los Derechos Humanos EL DATO que el país debe cumplir ejemplo, representantes de di- y hoy esperemos que ese versas organizaciones de protec- vacío se llene, con un voto Hasta ayer fun- más de un centenar de recomendaciones de orción de Derechos Humanos, de de confianza de la socie- cionó el Ministerio de ganismos internacionales mujeres y de menores de edad dad”, dice. Justicia y Derechos de que se realicen procesolicitan que se atiendan las reHumanos. sos de reparación de Decomendaciones presentadas en Perspectivas rechos Humanos a ciudasemanas recientes para la elabo- Previo a asumir las menración de sus planes de trabajo. cionadas secretarías, a Pazmiño danos afectados por decisiones “Esperamos que cumpla con le espera cumplir las disposicio- del Estado ecuatoriano. (JCER)

Municipios amazónicos reclaman recursos Los municipios amazónicos agrupados en el Comaga (Consorcio de Municipios Amazónicos y Galápagos) dan plazo hasta este viernes al Gobierno para que se pronuncie sobre los recursos que se les adeuda. César Castro, presidente del Comaga, asegura que está pendiente una transferencia de 37,5 millones por concepto de liquidación de la Ley 010 (renta petrolera) destinadas a prefecturas, alcaldías y juntas parroquiales de esa región del país. “De igual forma estamos pidiendo la devolución del IVA, (…) que nos están debiendo a partir de julio (2018), que son platas nuestras presupuesta-

AUTORIDADES. Tras la reunión, dieron plazo hasta el viernes.

das para obras y adquisiciones”, dijo Castro. Otro de los pedidos es que se adjudique el mantenimiento de la troncal amazónica, que según Castro está en pésimas condiciones. Si no hay una respuesta del

Ejecutivo, las autoridades de la región mantendrán el 25 de este mes una cumbre para definir acciones en busca del cumplimiento de esas transferencias. “Tomaremos la medida que corresponda”, dijo el dirigente. (HCR)

El presidente de la República, Lenín Moreno, viajará con una comitiva a Davos, Suiza, para participar del Foro Económico Mundial. Así lo confirma el Decreto Ejecutivo No.637 suscrito ayer. Según el documento, el viaje se realizará del 19 al 24 de enero. Entre sus propósitos está el “mantener reuniones bilaterales con líderes de las empresas más grandes e importantes del mundo”. La comitiva está integrada MANDATARIO. Estará en suiza por su esposa, Rocío González, junto a una comitiva. (Archivo) presidenta del Comité Interinstitucional del Plan Toda Una grantes de esta comitiva”. El Foro Económico Global en Vida; el secretario particular de la Presidencia, Juan Sebastián esta edición tendrá como tema principal la globalización Roldán; el canciller José en la era de la ‘cuarta revoValencia; el ministro de EL DATO lución industrial’, caracEconomía, Richard Marterizada por fenómenos tínez; el ministro de ProForo de Davos como la inteligencia artifiducción, Pablo Campana; El congrega cada y Diego Aulestia, repre- año a cientos de cial, la nanotecnología o la en políti- aceleración de la industria sentante permanente líderes ca, negocios, cultura y la robótica. ante la OMC-Ginebra. También, del 24 al 26 También, el decreto sociedad civil. de enero, el Presidente menciona que: “Los viáticos y más gastos que deman- prevé viajar a Salamanca, Esden estos desplazamientos, se paña, junto a su esposa, Juan cubrirán con cargo a los pre- Sebastián Roldán y Paúl Gransupuestos de las instituciones da, presidente del Consejo Dia las que pertenecen los inte- rectivo del IESS.

REUNIÓN. CAL junto a los presidentes de las Comisiones y la presidenta Cabezas afinan las labores de los primeros meses de 2019.

Comisiones de la Asamblea, lo que queda por hacer Las Comisiones de la Asam- ruta antes de la reestructuración. blea Nacional tienen alrededor de cuatro meses para ponerse Diferidos al día con sus proyectos de le- Están pendientes las reformas yes y reformas antes de que lle- a la Ley de la Función Legislatigue la reestructuración anual va, donde se han recibido hasta del parlamento. 20 propuestas; las reformas al La presidenta de la Asam- Código de Comercio, que tiene blea, Elizabeth Cabezas, se más de cien años; la socializareunió ayer en conjunto con los ción para la Ley sobre Personas miembros del Consejo de Ad- Desaparecidas, que ya ha reciministración Legislativa bido la observación de (CAL) y los presidentes asociaciones y colectivos 49 de cada una de las co- PROYECTOS, relacionados con el tema. de los cuales se misiones permanentes han cumplido 20. Las reformas al Códiy ocasionales para que go de Salud están listas dieran parte de su trabajo. para segundo debate en el PleLas reformas al Código Orgá- no, y el proyecto de Ley para la nico Integral Penal, que ya tuvo No Violencia en el Deporte no su primer debate en el Pleno; ha dejado de cocinarse. la aprobación de la Ley AntiY no deja de ser importancorrupción (de la misma Comi- te los debates a las reformas de sión) que hoy tendrá su turno en la Ley de Movilidad Humana, el Pleno luego del veto del pre- que busca mejorar los benefisidente Lenín Moreno; y la Ley cios para los migrantes retorde Recuperación de Capitales, nados y los procesos de reguque debate su primer informe; larización para los extranjeros. son algunos de los proyectos que Este informe estaría listo para siguen en caliente y con hoja de primer debate en mayo. (JDC)


840 fiscales hay en Ecuador El país no llega a la media que existe en la región. La Fiscalía reconoce el déficit.

El promedio de fiscales en el país es menor al índice que existe en América Latina. A escala nacional, la Fiscalía tiene 840 agentes investigadores (hasta diciembre de 2018), la mayor parte asignados a Pichincha y Guayas (ver mapa). Ecuador tiene 17,1 millones de habitantes, es decir, que por cada 100.000 personas hay cinco fiscales. Sin embargo, la media de la región es de 12 fiscales por cada 100.000 habitantes, explicó el exdirector de asesoría jurídica de la Fiscalía, Óscar Enríquez. El déficit de fiscales fue confirmado por la fiscal general (e), Ruth Palacios, quien a inicios de mes señaló que hay un “número limitado de fiscales” para tramitar las denuncias, entre ellas los informes con indicios de responsabilidad penal de la Contraloría, que constituyen la “noticia del delito” para que la Fiscalía inicie una indagación, explicó la abogada y profesora de la Uisek, Carolina Baca.

Número de fiscales a escala nacional 27 ESMERALDAS

12 SUCUMBÍOS

29 GALÁPAGOS

SANTO DOMINGO DE LOS TSACHILAS

40

PICHINCHA 191 11 NAPO 23

MANABÍ

15 SANTA ELENA

6 ORELLANA

35 COTOPAXI 27 15 TUNGURAHUA LOS RÍOS BOLÍVAR 26

9 PASTAZA

CHIMBORAZO GUAYAS 171

23

CAÑAR 43

10 MORONA SANTIAGO

AZUAY 45 EL ORO 26 LOJA

13 ZAMORA CHINCHIPE TOTAL: 840

Fuente: Fiscal general del estado

cada fiscal es elevada, indicó Enríquez a La Hora. Con este escenario, Baca considera que el nuevo Fiscal General deberá “tener una visión de planificación y EL DATO gestión de la institución”. El trabajo A su criterio, se tiene que Desde 2010 hasta 2018, mayor canti- determinar si la solución la Fiscalía ha receptado a La dad de denunescala nacional 2’549.382 cias es por deli- es tener más fiscales o mees por violendenuncias. Guayas es la tos cia intrafamiliar jorar los procesos investigativos. “Hay que revisar provincia que más pedi- o física, robo, hurto y estafa. dónde está la falencia de la dos de investigación tiene Fiscalía”. con 712.801, seguida por Pichincha con 649.338 (ver recuadro). ¿Limitaciones legales? Sin embargo, no todas estas La Fiscalía depende del Consejo denuncias se están tramitando, de la Judicatura para la asignapor varias razones. Más de la mi- ción de fiscales. Actualmente, tad están a la espera de que los está detenido un concurso, desdenunciantes se acerquen a reco- pués de que el Consejo de Partinocer firma y rúbrica o a cumplir cipación Ciudadana transitorio con las diligencias solicitadas por suspendió el proceso al destituir Fiscalía. También hay delitos que al expresidente Gustavo Jalkh. han prescrito y denunciantes que Hasta que no se designe a las han fallecido. Aún así, la carga de nuevas autoridades, no se abri-

Número de denuncias por provincia

Entre 2010 y 2018 ° Guayas: 712.801 ° Pichincha: 649.338 ° Manabí: 175.517 ° Azuay: 117.319 ° El Oro: 116.800 ° Los Ríos: 101.764 ° Santo Domingo: 78.385 ° Esmeraldas: 74.850 ° Tungurahua: 61.660 ° Chimborazo: 61.561

rá el concurso. Sin embargo, el Código Orgánico de la Función Judicial establece que la Fiscalía “es un organismo de la Función Judicial, con autonomía económica, financiera y administrativa”. Por esto, para Baca es necesario un análisis de las facultades legales, porque para “garantizar la autonomía polí-

¿Doble trabajo entre Contraloría y Procuraduría? ° Los informes con indicios de responsabilidad de Contraloría,

donde se especifican sospechas de alguna conducta delictiva, ingresan a Fiscalía para que los agentes fiscales investiguen y determinen si hay o no delito. Actualmente, según el abogado especialista en derecho administrativo, Diego Núñez, los informes de Contraloría “son hechos muy a la ligera”, por lo al momento de la investigación en la Fiscalía se estaría desperdiciando tiempo en casos que no son penales, sino administrativos.

tica, jurídica y económica de la Fiscalía, sí debería tener recursos propios y administración propia”. (AGO)

Pensiones a exmandatarios aviva debate sobre C. de Ética Hoy en el Pleno de la Asamblea se colocará un nuevo proyecto de resolución: resolver el pago de pensiones vitalicias a exmandatarios. En los artículos 135 y 136 de la Ley Orgánica del Servicio Público (Losep) se establece que quien haya sido Presidente o Vicepresidente tiene derecho a una pensión equivalente al 75% de su salario en la administración pública. Este beneficio lo seguirán disfrutando sus herederos. El sueldo del Presidente y Vicepresidente está por encima de los 5 mil dólares, lo que significa que sus pensiones, una vez que hayan culminado el mandato, se colocan por encima de los 4 mil.

Sin embargo, dado el accionar de los dos últimos vicepresidentes: Jorge Glas y Alejandra Vicuña, al estar vinculados en corrupción, revisar este beneficio es una prioridad. Eliseo Azuero ha sido partidario de que las pensiones se den a los mandatarios que no han sido juzgados por corrupción, visión compartida por su excolega, Paola Vintimilla, quien en 2018 propuso un proyecto de reformas al Losep. Lenin Plaza, de PAIS, considera que solo los mandatarios que fueron elegidos por voto popular pueden recibir este beneficio. Lo que significa que el actual

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vicepresidente, Otto Sonnenholzner y la ex, Vicuña, estarían fuera, de ser reformada la Ley. Código de ética

“No podemos darle a un exvicepresidente en la cárcel, y a otra que fue obligada a renunciar, una pensión de por vida”, ha dicho Esteban Bernal (CREO). Y bajo este pensamiento, desde las bancadas del PSC, CREO e independientes, se ve con buenos ojos la necesidad de ejecutar un Código de Ética dentro de las funciones públicas, en especial con el accionar de los parlamentarios. Desde 2018, al menos media docena de denuncias por cobros

PLENO. En la Asamblea Nacional ronda el debate sobre las pensiones vitalicias.

de ‘diezmos’ en la Asamblea han opacado la coyuntura legislativa. Norma Vallejo, destituida; y recién, Ana Galarza, en proceso de que se forme una comisión multipartidista para que se evalúe su caso, han sido los casos más sonados. (JDC)

AUTORIDADES. El CNE está a cargo de los comicios de marzo.

Campaña para elegir al Cpccs, sin reglamento A pesar del pedido de los 43 candidatos al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) definitivo, para que se les aclare el alcance de lo que pueden realizar en la campaña electoral, el Consejo Nacional Electoral (CNE) aún trabaja en la elaboración del reglamento. La campaña se cumplirá a partir del 5 de febrero de 2019. “Como CNE estamos revisando la estrategia de campaña para que quede al 100%. (…) Esperamos convocar a los candidatos para que puedan conocer cuál va a ser la estrategia de campaña, que lo haremos con absoluta responsabilidad para garantizar la participación equitativa y justa para todos”, expresó la presidenta del organismo electoral, Diana Atamaint. Las dudas

La Presidenta del CNE recordó que hay aspectos contemplados en la reforma a la Ley del Cpccs, aprobada por la Asamblea, que regirán esa campaña, como el hecho de que los candidatos están prohibidos de recibir financiamiento externo, o de realizar campaña por su cuenta. La normativa deja en manos del CNE la promoción de los nombres, trayectoria y propuestas de cada uno de los candidatos. Por eso, el reglamento que se trabaja estará orientado a determinar igualdad en los minutos que tengan los candidatos en la promoción de su nombre y su trayectoria en los medios de comunicación, en el número de repeticiones o publicaciones de sus propuestas que se difundan para conocimiento de la ciudadanía, entre otros. (HCR)

43

CANDIDATOS hay para el Cpccs permanente.

3

PAPELETAS para esta elección: lista de hombres, de mujeres y de pueblos y nacionalidades.


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PAÍS B4

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Vacunación en Guayas GUAYAQUIL• La Coordinación Zonal 8 del Ministerio de Salud intensificó su campaña anual de vacunación contra la Influenza hasta el 28 de febrero próximo. Desde el inicio de la actividad se han aplicado en todo el territorio de la 248.152 dosis contra la enfermedad para disminuir la incidencia de infecciones. En los 12 distritos ubicados en Guayaquil, Durán y Samborondón, en Guayas, se han inmunizado a todos los grupos prioritarios: embarazadas, puérperas, menores de 5 años, adultos mayores, enfermos crónicos, personas con discapacidad, entre otros. Además se ubicaron puntos de vacunación en lugares de afluencia de personas como centros comerciales, terminal terrestre y parques. El trabajo se realiza con el MIES, y esto ha permitido vacunar a menores de los Centros de Desarrollo Infantil (CDI) y del Centro Infantil del Buen Vivir (CIVB). (DAB)

DOSIS. Se dan en distintas zonas públicas. (Foto: Archivo)

NACIONAL

Incendio: Gobierno asistirá a familiares

17 víctimas cobró el flagelo en la clínica de recuperación para adictos, según puntualizó el Ministerio de Salud. GUAYAQUIL• Tras el incendio de la clínica de rehabilitación para consumidores de alcohol y drogas ‘Por una nueva vida’, el Gobierno pondrá en marcha un plan de acción humanitaria para los familiares de los fallecidos. Esto, mientras el Ministerio de Salud Pública confirmó ayer la muerte de 17 internos y no de 18 como se había indicado antes. El Régimen explicó que está en alerta y a la expectativa de las necesidades de las familias de las víctimas, para que reciban respaldo psicológico para superar tan delicada situación. Pese a los anuncios, familiares de algunos de los fallecidos lamentaron no haber podido contar con ayuda estatal, para someter a sus hijos con problemas de adicción a terapias de recuperación. Ketty Sánchez, madre de uno de los internados en ‘Por una

nueva vida’, relató que acudió al Ministerio de Salud para poder internarlo, pero le dijeron que no podían hacerlo por ser mayor de edad. Por su parte, Oralia Barreto, quien perdió a su sobrino en el flagelo, sostuvo que debido a la falta de recursos ingresó a su familiar a la clínica. Situación

El Ministerio de Salud también aclaró que al momento existen 9 personas heridas. Este diario buscó información en la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (Acess), respecto de los controles que realiza para detectar clínicas clandestinas, pero no hubo respuesta. Sin embargo, la agencia procedió a cerrar tres centros por operar sin los debidos permisos.

INCIDENTES. Dos incendios evidencian la situación que viven las clínicas de rehabilitación. Las investigaciones continúan. (Foto: Archivo)

Centro para adicciones ° La construcción de un centro para tratamiento de personas con adicciones es una de las propuestas que el gobernador de Guayas, Raúl Ledesma, tratará este

día con la ministra de Salud, Verónica Espinosa, en Guayaquil. “La responsabilidad es de todos, sobre todo los encargados de las clínicas”, aseguró, mientras decía que no era posible que los pacientes tengan que autoprovocar un incendio para llamar la atención frente a los encierros. El Gobernador dijo que se debe rescatar la gestión gubernamental, a través de la revisión de todas las clínicas registradas y verificar si cuentan con los permisos necesarios. (DAB)

El primero de ellos donde se dio el fatal incidente de los 17 fallecidos. La institución recalca que los establecimientos de salud deben contar con los permisos de funcionamiento vigentes. Avances

Mientras tanto, avanza en la Fiscalía del Guayas una indagación

a dos personas apresadas tras el suceso, por un presunto delito de homicidio. A raíz de esta situación, la Policía realizó varios operativos y detuvo a cinco personas, entre estas al director de la clínica del suburbio, quien tiene antecedentes penales por robo en el 2007 y 2013. (DAB)

Droga de Ecuador cae en Letonia RIGA, EFE• La Policía letona informó ayer de la incautación del mayor alijo de cocaína registrado en el país, un envío de dos toneladas procedente de Ecuador que podría haber alcanzado en el mercado un valor de mil millones de euros. “La cantidad incautada no tiene precedentes”, aseguró en una rueda de prensa el director de la Policía Estatal letona, Ints Kuzis, sobre una operación en la que se detuvo a cinco personas. El alijo consiste en 42 cajas de cartón con un total de 2.195 fardos de un kilo de cocaína en polvo. La pureza de la cocaína hallada en los fardos es del 80%, explicó el jefe de la policía criminal letona, Andrejs Grisins, que estimó en mil millones de euros el valor total en la calle del alijo interceptado.

Detalles

Medios locales indicaron que la Policía letona llevó a cabo la operación en cooperación con agencias antidroga de EE.UU. y Ecuador el pasado 8 de enero. Las fuerzas de seguridad

LOTE. Llegó a Letonia desde Ecuador. (Foto: Policía Nacional)

agregaron que cinco letones parte de esta carga no estaba fueron arrestados en relación destinada a Letonia. El código penal letón a esta operación en una prevé hasta 15 años de planta maderera del discárcel por el delito de trito de Koknese. FARDOS tráfico de drogas. El alijo Tres de los detenidos de un kilo de permanecen en prisión cocaína en polvo. es con diferencia el mayor aprehendido en la preventiva. Uno de ellos historia de Letonia, setenía una condena previa por contrabando y blanqueo de guido por uno de poco más de dinero. Los investigadores par- 200 kilos en el puerto de Riga ten de la base de que la mayor en 2010. EFE

2.195


Maduro anuncia “sacudón” para rectificar en la crisis El líder chavista pidió el apoyo de empresarios locales y extranjeros para ir adelante.

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MINUTERO Fallece alcalde polaco apuñalado

VARSOVIA, EFE • El °alcalde de la ciudad polaca de

CARACAS, EFE • El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, anunció ayer que aplicará un “sacudón” en lo político y en lo económico durante su segundo mandato, que comenzó a correr el jueves pasado, y que enfrenta una crisis de legitimidad además de un complicado escenario económico. “Voy a generar un sacudón CONCENTRACIÓN. Simpatizantes del presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela, el opositor Juan Guaidó, asisten completo en todas las empresas a un cabildo abierto en Caraballeda. (EFE) del Estado, un sacudón organizativo, político, y un sacudón seis años más (...) aprovechemos económico, porque las empresas estos seis años para hacer de esta Expresidentes iberoamericanos del Estado tienen que estar pro- economía una economía boyante”, Reconocen a Guaidó como mandatario ductivas, al servicio del país y no prosiguió el jefe del Estado tras de mafias que se roban las reiterar que la revolución riquezas”, dijo el manda- EL DATO bolivariana, en el poder ° Una veintena de ex jefes de Estado y de Gobierno iberoamericanos reconocieron ayer como “presidente encargado” de Venezuela al diputado Juan Guaidó, jefe la Asamblea tario durante la entrega de desde 1999, no es enemiga Nacional (AN, Parlamento), e hicieron un llamado a las Fuerzas Armadas venezolanas y a la su memoria y cuenta. de la empresa privada. comunidad internacional a acompañarlo. ha sido Ante la oficialista Maduro denunciado por ° Los exmandatarios participantes de la Iniciativa Democrática de España y las Américas Asamblea Nacional Cons- la comisión de “Cansado de la corrupción” (Idea) ofrecieron en una declaración conjunta su “firme” respaldo a Guaidó como “presidencrímenes de lesa tituyente (ANC), el líder humanidad ante Maduro se dijo “obstinado te encargado”. chavista pidió el apoyo la Corte Penal (cansado)” de la corrupInternacional. ° En el escrito, los expresidentes aseguran que, “conforme” a la Constitución venezolana, “al de empresarios locales y ción en la administración no existir un presidente electo que deba juramentarse ante la Asamblea Nacional” desde el extranjeros para sacar al pública, como en la estatal pasado 10 de enero, Guaidó es el jefe del Gobierno venezolano “de pleno derecho” y, como tal, “responsable de convocar las elecciones de un nuevo presidente”. país de la profunda crisis eco- Petróleos de Venezuela (Pdvsa), nómica en que entró durante y pidió el apoyo de “todo un país ° Maduro asumió el pasado 10 de enero un segundo Gobierno de seis años, después de su primer periodo de Gobierno para limpiar” esta empresa. haber obtenido la reelección en mayo pasado en unos comicios señalados de fraudulentos y en los que no participó el grueso de la oposición. y que se caracteriza por escasez “Una gran rectificación histógeneralizada, hiperinflación y rica de la revolución bolivariana, ° Lamentaron que Nicolás Maduro “pretende seguir ejerciendo funciones de Gobierno, devaluación de la moneda. una gran rectificación necesaria, usurpándolas, por la vía de facto y ejecutando con ello un golpe de Estado” y aseguraron que la Presidencia de Maduro “ha fenecido”. “Yo voy a gobernar este país que aquí nadie vaya a creer que vamos a privatizar, no vamos a privatizar nada (...) no soy un actor, ni un pelelé, ni un capitalista, en mayo pasado, en unos comi- tre otras razones por la imposini un neoliberal, pero tampoco cios que la oposición y numero- bilidad de competir que tuvieron soy un obtuso”, sostuvo. sos países de América y Europa los principales líderes del antiMaduro obtuvo la reelección señalan como fraudulentos, en- chavismo.

Detención de Guaidó fue un ‘show mediático’ ° El presidente Nicolás Maduro, tildó ayer de “show mediático” la

detención momentánea del jefe del Parlamento, Juan Guaidó, atribuyéndola a una confabulación entre opositores y agentes de inteligencia corruptos para atacar al Gobierno. Maduro dijo que el incidente ocurrido el domingo, cuando Guaidó se disponía a encabezar un mitin en las afueras de Caracas, contó con la “cooperación corrupta y traidora de un grupo de funcionarios” del Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin). “¡Ah, qué casualidad! Una cámara perfectamente apuntada (...), profesional, que toma el momento en que el diputado (...) fue retenido en un hecho extraño”, observó el mandatario durante la presentación de su informe anual de labores ante la oficialista Asamblea Constituyente. Maduro aseguró que tras enterarse de lo ocurrido ordenó que los agentes -cuatro, según informó previamente el gobierno- “fueran destituidos por prestarse a un show mediático”.

GLOBAL

Gdansk, Pawel Adamowicz (foto), falleció ayer a causa de las graves heridas sufridas después de ser apuñalado mientras se encontraba en un escenario durante un acto benéfico popular. El agresor es un exconvicto de 27 años identificado como Stefan W. Según las primeras investigaciones, el atacante actuó de manera “irracional” y en solitario.

Concluye tiroteo con rehenes en Nueva Jersey

NUEVA YORK, EFE • El °tiroteo con rehenes reportado ayer en una oficina de la empresa de servicio postal UPS, en la localidad de Logan Township en Nueva Jersey, concluyó con la detención del asaltante, un hombre que había entrado a balazos en la sede donde trabaja su expareja. Según el periódico local NJ, la policía irrumpió en el lugar, donde hirió y detuvo al atacante, que no fue identificado. El suceso provocó el cierre de negocios, locales e incluso escuelas de alrededor.

Italia atrapa a terrorista prófugo 37 años después

ROMA, EFE • El antiguo °miembro del grupo terrorista

MANIFESTACIÓN. Seguidores de Nicolás Maduro le aclaman mientras el mandatario lee un discurso en la Asamblea Constituyente. (EFE)

Proletarios Armados por el Comunismo (PAC) Cesare Battisti llegó ayer extraditado a Italia 37 años después de los cuatro asesinatos por los que fue condenado a cadena perpetua, algo que el Gobierno italiano agradeció al presidente brasileño, Jair Bolsonaro, y a Bolivia. Battisti, de 64 años y exmilitante de ese brazo de las Brigadas Rojas, fue repatriado directamente desde Bolivia, donde fue capturado tras huir hace un mes de Brasil, donde vivía desde 2004.


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GLOBAL B6

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NACIONAL

Vaticano asegura que expresidentes latinoamericanos no tienen cuenta en IOR

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CIUDAD DEL VATICANO, EFE • El Vaticano aseguró que los expresidentes latinoamericanos mencionados en un artículo de un medio colombiano “jamás” han tenido una cuenta bancaria en el Instituto para las Obras de Religión (IOR), conocido como el “banco vaticano”. El portal “El Expediente” afirmó el pasado 9 de enero en un artículo en Internet que el expresidente de Colombia

Juan Manuel Santos figuraba como titular de una cuenta con un saldo de 390 millones de dólares asociada a la empresa Inc. Global Tuition & Education Insurance Corporation. Añadía que también habrían “ocultado dinero” en el IOR presidentes y expresidentes “como Cristina Fernández, Lula Da Silva, Evo Morales, Rafael Correa, Raúl Castro, Daniel Ortega y Nicolás Maduro”.

Caos en aeropuerto de Miami por cierre del Gobierno MIAMI, AFP •Los

pasajeros que salieron ayer del aeropuerto de Miami experimentaron filas más largas de lo normal en los puestos de seguridad debido al cierre temporal de uno de sus terminales, provocado como consecuencia de la parálisis presupuestaria del gobierno de Donald Trump. “Podríamos hasta perder el avión. Quería comerme un sándwich y ahora no puedo. Estamos furiosos, no tiene sentido”, dijo a la AFP el italiano Rocco Vincenzo, que se dirigía a las islas Caimán antes de volver a su país pero estaba bloqueado en una fila de más de 100 metros. “Se te pasan las ganas de viajar, yo me voy a Italia y él [Trump] que se quede en América”, bromeó el obrero de 52 años mientras hacía la fila.

La situación

Desde el 22 de diciembre, unos

800.000 empleados federales están de baja obligatoria o trabajando sin sueldo porque Donald Trump y el Congreso no se ponen de acuerdo sobre el presupuesto para el muro que el presidente quiere levantar en la frontera con México. En consecuencia, los empleados de la Administración de Seguridad en el Transporte (TSA), que son considerados “esenciales” y deben trabajar sin sueldo, están reportándose enfermos a una tasa mayor a lo normal. Ante la ausencia de unos 40 empleados, las autoridades del aeropuerto de Miami decidieron el viernes cerrar el terminal G -uno de los seis que tiene el aeropuerto- y redistribuir sus vuelos en los terminales F y H. Era en el terminal F donde la fila se extendía lo equivalente a dos cuadras y los viajeros comenzaban a impacientarse.

‘El Chapo’ quería dirigir una película sobre su vida NUEVA YORK, AFP • Durante varios

años Joaquín ‘El Chapo’ Guzmán trabajó en planes para un libro y una película sobre su vida que él mismo deseaba dirigir, contó ayer en su juicio en Nueva York su exmano derecha Alex Cifuentes, que colabora con el Gobierno estadounidense. El exjefe del cártel de Sinaloa, que puede ser condenado a cadena perpetua si es hallado culpable de traficar más de 155 toneladas de drogas a Estados Unidos, trabajó desde fines de 2007 hasta por lo menos el arresto de Cifuentes en noviembre de 2013 en un proyecto para filmar una película autobiográfica. La idea fue de Angie, la primera esposa de Alex Cifuentes, quien dijo al capo narco que él debía hacerla y embolsarse el dinero del eventual éxito de taquilla, y no regalar la oportunidad a un gran estudio cinematográfico. Todo listo

A ‘El Chapo’ “le encantó la idea”, contó al jurado Cifuentes, que vivió y trabajó codo a codo con él en las montañas de Sinaloa entre 2007 y 2009. “¿Qué papel tenía el acusado” en la película?, le preguntó la fiscal Gina Parlovecchio. “El director”, respondió Cifuentes al comenzar la novena semana de juicio en la corte federal de Brooklyn. ‘El Chapo’ también contrató a un productor colombiano

ESPERA. Cientos de personas y vehículos esperan ser atendidos en una estación de Mihcoacán. (EFE)

Escasez de gasolina, primera gran crisis de López Obrador

La falta de combustible ha provocado un choque entre el Presidente y el periódico The Wall Street Journal. El combate decidido al sistemático robo de combustible en México, que ha derivado en un grave desabastecimiento de gasolina, es la primera gran crisis del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, quien ayer anunció que se intensificará la vigilancia en los ductos. “En esencia se va regularizando el abasto, la tendencia es que pronto vamos a regresar a la normalidad”, sostuvo durante una rueda de prensa el mandatario, quien agradeció la labor de los 5.000 militares y policías destinados a resguardar los ductos de combustible. López Obrador que asumió la Presidencia el pasado 1 de diciembre, anunció asimismo que “se va a intensificar la vigilancia” de los ductos para erradicar por completo el robo de combustibles, que cifró en 65.000 millones de pesos (3.396 millones de dólares) anuales El líder izquierdista celebró que hasta ahora se han logrado frenar los sabotajes contra el ducto que transcurre entre Tuxpan, puerto del Golfo de México, por donde llega la mayor parte del combustible que importa México, y Azcapotzalco, en la capital mexicana. MÉXICO, EFE •

PROTESTA. Maniofestación en defensa de los Derechos de ‘El Chapo”’, en México. (EFE)

llamado Javier Rey para que le ayudara con el guión, y tanto él como sus familiares le dieron información, señaló. Tras el arresto de Cifuentes, un borrador fue entregado a un sobrino de ‘El Chapo’, Jimmy, hijo de su hermano Iván, y otro borrador fue enviado “a los abogados de Joaquín”, dijo el nuevo testigo. Asesoría de Kate

‘El Chapo’ fue arrestado por última vez en Sinaloa el 8 de enero de 2016, seis meses después de su segunda fuga espectacular de una cárcel mexicana y poco después de una reunión clandestina con la actriz mexicano-estadounidense Kate del Castillo y el actor estadounidense Sean Penn, que le entrevistó para la revista Rolling Stone. ‘El Chapo’ quería que lo asesorase y actuase en ella, según las investigaciones realozadas por el Gobierno.

Corrupción de funcionarios

Además, el Gobierno mexicano informó que está investigando

PRESIDENTE. Manuel López Obrador tras sus explicaciones sobre el desabastecimiento. (EFE)

la participación de funcionarios públicos en el robo de combustibles, actividad con la que se habrían blanqueado 10.000 millones de pesos (522,5 millones de dólares). La Secretaría de Hacienda informó que entre los investigados hay un antiguo alto cargo de la empresa estatal Petróleos Mexicanos (Pemex), un exdiputado local y un expresidente municipal que habrían comercializado combustible robado y habrían adquirido inmuebles para blanquear el dinero. También se informó que han sido bloqueadas las cuentas bancarias de 15 personas relacionadas con el robo de combustible. “Un robo descarado que se hacía con impunidad, cuando menos se actuaba con indolen-

“Daño a la economía” °

EL presidente Andrés Manuel López Obrador ha recibido críticas por parte de la oposición y de expresidentes como el conservador Felipe Calderón (2006-2012), quien dijo que “el daño a la economía y a las personas es evidente” a raíz del desabastecimiento de gasolina. Además, esta crisis de combustible ha provocado un choque entre López Obrador y el periódico estadounidense The Wall Street Journal sobre la importación de gasolinas procedentes de Estados Unidos. El 11 de enero, un artículo firmado por el reportero Robbie Whelan del prestigioso periódico estadounidense destacaba, con base en datos de la empresa especializada ClipperData, una disminución sustancial en las compras de crudo ligero desde Estados Unidos, lo que habría influido en el desabastecimiento.

cia, con benevolencia de parte de los que tenían que enfrentar esta corrupción”, reprochó López Obrador en referencia a sus antecesores al frente del Gobierno. La escasez

Para evitar el robo de combustibles, el Gobierno implementó un cambio en el modelo de suministro de Pemex, que conllevó a cerrar ductos y transportar el hidrocarburo por pipa (camión cisterna). Esta modificación ha provocado roblemas de abastecimiento en diez estados y en Ciudad de México.


TEMPO B7

YILDA BANCHÓN

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MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora ECUADOR

E

Se incrementa la fortuna del ‘gran amor’ de Mercury El ‘boom’ de la película biográfica de Freddy Mercury (+), ‘Bohemian Rapsody’, no solo se refleja en los premios, sino también en la fortuna que ha recaudado. Según el diario Daily Mail, la cinta ha logrado más de $700 millones. De ese dinero, Mary Austin, el amor de la vida de Mercury, recibiría unos $51,2 millones. Tras la muerte del artista, en 1991 a causa de SIDA, se conoció el testamento, en el que le dejó a Mary la mitad de su patrimonio de 75 millones libras (96 millones de dólares), incluida su mansión

RELACIÓN. Jamás dejaron de ser amigos. (Foto: infobae.com)

en Londres, donde ella reside actualmente. Además, heredó el 50% de sus ganancias futuras. El otro 25% fue para sus padres y el restante 25% para su hermana, Kashmira Cooke. Ambos vivieron juntos cerca de seis años. Pese a la seperación, él se refirió a ella como “el amor de mi vida”. (JG)

LA GUARDAESPALDAS DE MEGHAN MARKLE, DUQUESA DE SUSSEX, PRESENTÓ SU RENUNCIA DESPUÉS DE PERMANECER SOLO SEIS MESES EN EL CARGO.

La gala más importante del cine no tiene quien la presente y el tiempo se agota para la Academia de Hollywood, que a un mes y medio de que se celebren los Óscar no ha encontrado todavía a su maestro de ceremonias y ya busca alternativas de emergencia. EFE

La joven guayaquileña aspira a posicionar su imagen en la ‘TV’ y sueña con llegar a una serie de Disney.

sus 17 años, Yil- sale todo bien”, manifestó da Banchón afronta un nue- Banchón, quien se dio a conovo reto dentro de su carrera cer gracias al ‘reality’ ‘Pequeartística: el de conquistar a la ños gigantes’, cuando apenas teleaudiencia nacional a través tenía 6 años. Si algo tuvo Yilda en su cade la serie ‘Calle amores’, que pronto se estrenará por TC Te- rrera como cantante, fue la adaptación a cada momento levisión. que le tocó vivir. Por En el culebrón, que eso, no fue extraño que le da la oportunidad EL DATO rápidamente dejara los de actuar por primera nervios iniciales y se vez, protagonizará a Banchón Cindy Solano, una joven Yilda apareció por pri- soltara ante las cámaras del estudio de grabarisueña, apegada a lo di- mera vez en a los 6 gital y enamoradiza, un televisión años, en comer- ción, de la misma mapapel con el que dice ciales de marcas nera que lo hacía sobre para niños. el escenario. sentirse identificada Luego escaló ‘reality’ y que buscará explotar al Pequeños para ganar terreno en la gigantes’. Sueña en grande pantalla chica. Para ella es todo un “De pequeña me enaprendizaje. Se siente señaron a ser responsable, agradecida por el elenco de aca tener disciplina y eso me tores y la producción, en geneayudó a madurar. Este debut ral, por la confianza. como actriz me tiene contenta “De ellos aprendo cada día. y siento una gran responsabi- Hay una buena vibra en todo lidad con mi personaje, pero lo el equipo y siempre están pressé manejar, porque mientras tos a enseñarme”, enfatizó la se haga las cosas con pasión, joven que está próxima a ter-

GUAYAQUIL • A

Renuncia la guardaespaldas de Meghan Markle

Y el Óscar al presentador es para... ¿nadie?

Del canto a la actuación

TALENTO. Además de la música, la artista dice sentirse interesada en la pintura y el deporte. (Foto: Facebook de la artista)

minar el bachillerato. Yilda, que es dueña de un carisma desbordante, confesó que aspira a posicionar su imagen en televisión y sueña con llegar a una serie de Nickelodeon o de Disney Channel. Algo que ve lejos, pero no imposible, porque cuenta con el apoyo de sus padres, quienes son su principal motor para cumplir sus metas. Planes inmediatos

La música es algo que lleva en las venas y deja claro que siempre estará en su vida. Luego del estreno de la serie tiene previsto lanzar una canción inédita, que será sorpresa para sus seguidores. Entre sus temas consta ‘Llega ya’, que fue compuesta por el cantante Barek y con la que empezó oficialmente su carrera a ritmo de pop urbano. Hace dos años Yilda, obtuvo cuatro medallas en el concurso iPOP, un evento que se desarrolla en Estados Unidos y que une a más de 40 países en el que trabajan expertos de la industria, y participan frente a agentes y gestores que están en busca de las futuras estrellas. (JCL)


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PLANETA B8

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NACIONAL

Las aves son clave en el cambio climático BARCO USHUAIA (ANTÁRTIDA), EFE • La francesa Anne

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Charmantier, una de las 80 líderes científicas que recorren la Antártida y que se ha dedicado a estudiar los procesos de adaptación de las aves, está segura de que estas, como ‘centinelas’ del medioambiente, darán valiosas pistas sobre el cambio climático. La

experta relató detalles sobre su estudio, centrado en la adaptación ante los cambios rápidos del ambiente en términos de reproducción y comportamiento de dos poblaciones de aves muy comunes en Europa: el ‘Cyanistes caeruleus’ o ‘herrerillo común’ y el ‘Parus major’ (‘carbonero comú).

La agricultura urbana, una terapia de bienestar Permite acceder a alimentos frescos y naturales, además, ocupa positivamente el tiempo de las personas.

Contribuciones importantes °

Lo positivo va desde el combate a la pobreza y el fortalecimiento de la autoestima, hasta la mejora del ambiente urbano, la gobernabilidad participativa, el ordenamiento territorial y la seguridad alimentaria y nutricional. Como un medio de vida, genera emprendimientos que inicialmente se orientan a la subsistencia con opción a la escalabilidad y réplica. Se trabaja con la comunidad para rescatar la autoproducción de alimentos y caminar hacia su sostenibilidad; es un camino al cambio, a la construcción de conocimiento, a la mejora de convivencia y del bienestar personal, en comunidad y con la naturaleza. Esta actividad, como práctica cultural, viene acompañada del desarrollo y aplicación de conocimientos ancestrales y tecnologías alternativas válidas en la actualidad por su sustento técnico y científico, tal es el caso de las ‘chacras’ o pequeños campos de cultivo, manejados dentro de la cosmovisión andina.

OFERTA. Las bioferias van abriéndose espacios en las ciudades. En Quito existen 17.

En un espacio que puede ir desde un metro cuadrado, dentro de un departamento o en un terreno, es posible cultivar legumbres, verduras u hortalizas y así garantizar la seguridad alimentaria y la producción local, a través de cadenas cortas e inclusivas que proveen alimentos frescos y ricos en micronutrientes. La construcción de los huertos orgánicos urbanos y periurbanos se han convertido en terapias ocupacionales, de inclusión social, rehabilitación y educación respecto a la naturaleza. Asimismo, se aprende a alimentarse adecuadamente. Todo esto ha dado paso a la asociatividad e integración y ha permitido el ahorro en gastos de productos. Alexandra Rodríguez, responsable del Proyecto de agricultura urbana y participativa

(Agrupar), comenta que en el migrantes, estudiantes de escueDistrito Metropolitano de Quito las y colegios, personas privadas (DMQ), en 16 años de trabajo, de la libertad y grupos de la terhan conseguido el estableci- cera edad. La mayor parte son miento de más de 1.500 huertos mujeres jefas de hogar, a quienes activos, han atendido a se les da la oportunidad de 4.500 personas, se ha gegenerar emprendimiento. nerado 970 toneladas de TOME NOTA Sin embargo, la idea alimentos sanos y se ha principal no está enfocaimpulsado 17 bioferias, en Curso acelerado da al comercio y al lucro, agricultura las que se oferta la sobre- de sino al autoconsumo. Se orgánica con producción de los huertos. enfoque urbano puede generar ingresos y periurbano. Del 18 de enero económicos con la venal 8 de febrero ta de los excedentes de la Buena alternativa Quito. producción, que son coAunque el proyecto está en Informes: (02) dirigido a poblaciones 398-9000 ext. mercializados en bioferias 4219 (espacios considerados de donde se ha detectado comercio justo). índices de desnutrición, Rodríguez recalca que focalizada del DMQ, la agricultura urbana se la puede toda la producción que se incentiva con este plan es agroecológiaplicar en cualquier sector. En el caso de Agrupar, adujo ca; es decir, que conduce al maRodríguez, se ha enfocado a po- nejo adecuado uso de suelo y del bladores de zonas vulnerables, agua y al aprovechamiento de

desechos orgánicos. Resultados

En pequeños espacios es preferible los cultivos de ciclo corto, que dan resultados aproximadamente en tres meses y se los puede sembrar durante todo el año, con la recomendación de que exista una rotación de cultivos (una vez rábano, otra vez lechuga o brócoli…), indica Rodríguez. Agrega que para obtener buenos resultados, hay que disminuir la presión sobre los cultivos y evitar las plagas. El rábano, el cilantro, la lechuga entre otros, son cultivos de ciclo corto que siempre están presentes en la alimentación de los ecuatorianos. Lo importante de la agricultura urbana es que es agroecológica, es decir que no usa quími-

GARANTÍA. Los huertos urbanos ayudan a acercarse a las familias a una mejor alimentación. (Foto: Cortesía)

cos para su pronto desarrollo, y si hay plagas, la inclinación debe ser por el uso de macerados de ortiga, ají, cebolla y ajo. Con estas se las puede combatir, siempre y cuando comiencen a causar daño, y si no es así, es posible convivir con ellas, asegura Rodríguez. (CM)

‘Plantas desalinizadoras son una amenaza medioambiental’

CONOZCA. Existen más de 15 mil plantas desalinizadoras en el mundo.

CANADÁ, EFE • Un estudio advierte del peligro que representan las más de 16.000 plantas de desalinización que operan en todo el mundo y que producen al día 142 millones de metros cúbicos de salmuera, un 50% más de lo previamente estimado. El estudio dado a conocer ayer fue realizado por científicos del Instituto para el Agua,

el Medioambiente y la Salud (UNU-Inweh), un organismo de la ONU basado en Canadá, la Universidad Wageningen (Holanda) y el Instituto Gwangju de Ciencia y Tecnología (Corea del Sur). Los científicos descubrieron que la salmuera que producen (agua con una gran concentración de sal), es muy superior a lo

calculado con anterioridad. Por cada litro de agua potable producido por las plantas desalinizadoras en todo el mundo, se generan una media de 1,5 litros de salmuera, dijo Edward Jones, principal autor del estudio. Mientras que el vicedirector de UNU- Inweh y otro de los autores del estudio, Manzoor Qadir, señaló que “el impacto

potencial de la salmuera es muy importante. Aumenta la temperatura del agua del mar y reduce la cantidad de oxígeno en el agua, lo que causa daños a la vida acuática”. Y otro impacto negativo al ambiente es que muchos animales marinos quedan atrapados en las redes para no ser succionados en el proceso de absorción del agua marina.


INTERCULTURAL

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MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora ECUADOR

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SUSTENTO. La confección de la blusa ayuda a preservar la cultura y es el aporte económico de la familia.

En las comunidades de Tungurahua el bordado a mano es una costumbre que se mantiene. Juana Punina valora lo que su abuela y madre le enseñaron, por eso decidió, hace varios años, complementar el bordado con la confección de blusas. Cerca del mercado de Pilahuín, en Tungurahua, se encuentra ubicado su taller. Es un pequeño cuarto con una ventana, por donde medianamente entra la luz y da vista a la calle. Dos máquinas de coser, ovillos de hilo blanco, encajes y retazos de tela son los elementos principales de esta minifárbrica.

TUNGURAHUA •

Conocimientos heredados

Juana comenta que aprendió a bordar por enseñanza de sus antepasados. “Mi abuela bordaba, de ella aprendió mi mamita y entonces también aprendí yo”, menciona. Antiguamente los abuelos y padres de esta mujer decían que las camisetas son atuendos de la gente mestiza y que la cultura de su pueblo kichwa era vestirse con la blusa bordada a mano. “Gracias a esos consejos de mi familia es que yo también les transmito a mis hijas y les digo que no podemos dejar nuestra cultura y vestimenta”, recalca. El bordado que realizan las mujeres kichwas tiene una co-

PACIENCIA. Bordar las hombreras puede durar de una a dos semanas.

Juana Punina borda y conserva la vestimenta de su comunidad Se trata de una mujer kichwa de Pilahuín. Ella heredó de sus antepasados el arte de tejer cultura.

nexión con la naturaleza. La flor nían la apariencia de un vestido de papa y las diferentes flores y se utilizaba como enagua para complementarse con el del campo, son símbolos anaco y la faja. Ahora que lucen en las blusas, EL DATO hay varios modelos que así como las espigas de la han variado. cebada y los colores vercosto de una Una mujer soltera, de, morado, azul y lila, El blusa va desde que representan la diver- los 13 hasta los dice Juana, usa una blusa ceñida al cuerpo y con sidad y la riqueza de los 60 dólares. escotes que resaltan la productos que existen en figura femenina: “Los modelos el campo. Hace años las blusas que se que usaban las abuelas ya no les ponían las mujeres indígenas te- gusta a las jovencitas”.

El oficio

Mientras con dedicación repasa sus manos por la máquina de coser, Juana cuenta muy alegre que tuvo la oportunidad de aprender durante cuatro meses el arte de corte y confección en el Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional (Secap). Desde que era una niña ella sabía bordar, pero siempre le interesó complementar con la confección de la blusa. “Antes trabajaba sembrando, también como peón, pero era muy difícil, por eso me siento tranquila con mi oficio”, asegura. Dos veces al mes, ella viaja hasta Otavalo para poder con-

Quehacer diario La jornada inicia a las 05:00, °cuando doña Juana va a dejar a los animales en el páramo, tras caminar una hora y media. A las 07:00, empieza a trabajar en el oficio de corte y confección hasta la 17:00: “Aquí en el campo siempre hay que llevar la hierba, mudar a los terneros y ver a los animalitos”. Mantener la vestimenta indígena es muy importante, “yo hago las blusas para mí y para mis hijas, ellas también saben bordar. Es una forma de mantener viva nuestra cultura”. concluye.

seguir las telas. Diariamente en este taller se producen de 5 a 6 blusas. A pesar que doña Juana no tiene un rótulo en su local, las mujeres de su comunidad y de las poblaciones vecinas llegan con sus bordados para que puedan fabricarles sus blusas.

La ‘pamba mesa’, tradición para compartir

TRADICIÓN. La ‘pamba mesa’ denota abundancia y la predisposición a compartir en igualdad de condiciones.

Las comunidades indígenas del país, en particular los saraguros, habitantes de Loja, utilizan el término ‘pamba mesa’ para referirse a la comida que se ofrece en actos masivos y festividades ancestrales, como el Inti Raymi, mingas e incluso marchas. Esta es una de sus tradiciones ancestrales denominada como la ‘mesa común’ o la ‘mesa de todos’; sin embargo, no se limita al hecho de sentarse en un mismo sitio y alimentarse por igual, sino que tiene como principal característica el compartir de lo que cada uno tiene, pues todos los comensales contribuyen con un poco de comida para todo el grupo. De esta manera, la ‘pampa mesa’ suele llenarse de alimen-

tos básicos como el mote, el choclo, la papa, las habas el frejol y los mellocos e incluso el cuy, la carne y el queso. Todo esto es colocado sobre grandes manteles en el piso para que se encuentre al alcance de todos. Este es un evento que conserva varias solemnidades, especialmente previo a ofrecer los alimentos, ya que se recuerda el objetivo mismo de la reunión y se agradece por los frutos provenientes de la Pachamama.

cionalidad que ha sobrevivido a la colonización española. Su vestimenta se caracteriza en los varones por los ponchos y sombreros blancos con manchas negras (antes se acostumbraban a lucir sombreros con ala ancha, elaborados con lana de oveja) y alpargatas. Las mujeres por los anacos y chales del mismo color.

Pueblo Saraguro

Esta población indígena se ubica al norte de Loja y en ciertos poblados de Zamora Chinchipe. Es la única na-

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NACIONAL

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MOSAICO B10

MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora, ECUADOR

• HORAGRAMA

H. MARCELO MEJÍA R. hmejiadlh@gmail.com

Cantautroa de España

¿Nació un 15 de enero?

E Alga de los charcales Rey de los animales

TVFAN

Carbón encendido Palma de fibra textil

Su vida transcurre entre sueños e ideales por los que trabaja y lucha. Sea más concreto y trate de estar más en contacto con el mundo. Las desilusiones llegan por exceso de irrealismo en sus actividades. Su Ángel Hanael, lo inspirará a seguir sus sueños y anhelos.

Dios de los vientos Apócope de papá

Hembra del oso Dios de los rebaños

Pato Altar Taberna Arteria del corazón Aposento Trovero, juglar

Cabo, ronzal Voz de arrullo

Fue un cantautor español.

Hueso de la cadera Labor, faena

Símbolo del aluminio

Apolo 13

TAURO

(abril 20 - mayo 20)

Sus amigos se tornan emotivos y apoyan sus labores. Trabaje con ahínco para poder ver realizados sus sueños. RECUERDE: No existe mayor bien que la paz.

GÉMINIS

Carcajear

(mayo 21 - junio 21)

Ramo largo y delgado Irritación, cabreo

Sea persistente y constante en sus sueños. Para lograr sus metas necesitará de trabajo, esfuerzo y paciencia. RECUERDE: Ame con todo el corazón.

Verdadero Pareja

CÁNCER

Corroer, mordisquear

Tul, cendal Metal precioso

(junio 22 - julio 22)

Fragancia

En lugar inferior Escritor mexicano

Lo místico, la vida emocional y el enriquecimiento espiritual serán muy interesantes para Ud. Habrán viajes que le permitirán desarrollarse y crecer emocionalmente. RECUERDE: No deje crecer la hierba en el camino de amistad.

Señora Oscuro, gris Pacer, apacentar

Parte del huevo Con armonía Acequia

Relativo al día Atar con lianas

Asalto, robo

Solución anterior

Engaño

Gitano de raza Artículo femenino

Furia

Lecho

Símbolo de litio

°

Una falla interna en la nave deja a la tripulación del Apolo 13 varada a más 200.000 millas de la Tierra. Ahora, la NASA debe apresurarse en una carrera contra el tiempo para idear una estrategia que traiga a sus tres astronautas sanos y salvos

Hilera

Parte, ración Aburrir, fastidiar

Aprisco, redil

Perro

MAX PRIME: 12:30

(marzo 21 - abril 19)

Ud. disfrutará mucho más de la música, ya que esta le proporciona alegría y relajación. Siente la necesidad de estar sólo. RECUERDE: Ante todo conserve la calma.

Acuerdo, convenio

Fallar, errar

Desdifrar, estudiar Tarea, faena

ARIES

Sortija Perforar, agujerear

Gemir, sollozar

Galan

Símbolo de aluminio Apócope de tonto

Símbolo del radio Segunda vocal

Clara, pura Dueño Señor abreviado Artículo neutro

Soga de esparto Cama de los desposados

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Libro sagrado mahometano Dona

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Sortija Nombre femenino

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Plano, liso

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Suplicar, rezar Equipar

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Liebre de la Patagonia Taberna

Ñ

B

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Nivel, igualdad

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Reina de Inglaterra

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Apócope de mamá Símbolo de neón

T A

Cadera, culata Tonto en kichwa

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Locomotara

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Ética

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Cantante y actriz estadounidense.

R

L

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Habitar

D

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Cantante, compositor, músico y actor de EE. UU.

P

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Apócope de papá Artículo femenino

E

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Curar

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Ninfa, silvido Doque militar al amanecer

M A R

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Crema de la leche Hueso de la cadera

A

Voz de arrullo

Batracio

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Segunda nota musical Símbolo del iridio

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Cobertor, edredón Disperso

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Ingenio

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Caminar

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Altar

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Borde, orilla Arma arrojadiza

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CELEBRIDADES

Uva seca

ALEXANDRE DUMAS (1802- 1870) EScRitoR fRANcES.,

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Símbolo de sodio Aire en inglés

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Ensenada Ciudad de Chile

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Vellón

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Químico de símbolo Ne. Primer hombre

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Onda Planta trepadora

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Escuché Huelga

Pato

A C Seco, estéril Puerta en inglés

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Lecho

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Símbolo de bario

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Depto. de Colombia Furia

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Rostro

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Sosegar, apasiguar

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Volcán entre Chile y Perú

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AUtoR DE MELoDRAMAS hiStóRicoS y obRAS DE

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Cabo, ronzal Llegada

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Gesto, mueca Metal precioso

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Grito taurino

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Hilera

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Ciudad del oeste de Francia en la región de Normandía

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MICROBIOGRAFÍA

Leyenda urbana

Martin Luther King

HBO PLUS: 23:50

(1929 – 1968)

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Fue un pastor estadounidense de la Iglesia bautista y un activista que desarrolló una labor crucial en Estados Unidos al frente del movimiento por los derechos civiles para los afroestadounidenses y que, además, participó como activista en numerosas protestas contra la Guerra de Vietnam y la pobreza en general. Por esa actividad encaminada a terminar con la segregación y la discriminación racial a través de medios no violentos, fue condecorado con el Premio Nobel de la Paz en 1964. Cuatro años después, en su lucha contra la guerra de Vietnam, fue asesinado en Memphis. (OG)

Nro. 4549

I

Patagonia chilena, laboratorio del cambio climático SENO BALLENA, AFP • En uno de los lugares más inhóspitos del planeta, el mar de la Patagonia chilena está dando luces sobre el futuro del cambio climático y sus efectos en ballenas, delfines, lobos marinos, algas o moluscos. El Seno Ballena, un fiordo ubicado al interior del Estrecho de Magallanes, en el extremo austral de Chile, presenta hoy condiciones que deberían estar presentes en otros sistemas marinos en las próximas décadas, cuando se esperan profundos

(agosto 23 - septiembre 22)

Dele a su pareja mucho cariño y afecto. Demuéstrele con detalles lo mucho que ésta significa para Ud. RECUERDE: Ante todo, siempre sea agradecido.

(septiembre 23 - octubre 22)

Nro. 4550

CÁPSULA CIENTÍFICA

(julio 23 - agosto 22)

Después de un cambio a nivel emocional algo nuevo renace en Ud. Ayude a que su pareja sea prudente e inteligente con el uso del dinero. RECUERDE: Las penas compartidas son menos.

VIRGO

Garza real

O

LEO

LIBRA

• HORAKU

Varios asesinatos se han cometido en la universidad, y Natalie, una estudiante, comienza a notar el vínculo de estas muertes con famosas leyendas urbanas. Secundada por dos amigos, Natalie investigará estos sucesos, sin imaginar las consecuencias.

HORÓSCOPO

cambios debido al aumento de las liberaciones de C02 a la atmósfera y el retroceso de los glaciares. “Este lugar es como un experimento propio de la naturaleza, porque nos permite, sin tener que experimentar en el laboratorio, saber qué pasaría, sin necesidad de imaginarlo”, explica a la AFP el biólogo marino Maximiliano Vergara, candidato a doctor en ciencias de la Acuicultura de la Universidad Austral (UACh).

ESTUDIO. Aquí se analiza el futuro del cambio climático. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec

Trate de alimentarse a las horas indicadas y de modo correcto para así poder mantener en buen estado su sistema digestivo. RECUERDE: Todos y cada uno de nosotros merecemos ser felices.

ESCORPIO

(octubre 23 - noviembre 21)

Motive a sus hijos. Ayúdelos a ver el lado positivo y aprovechable de cada situación y guíelos con el ejemplo. RECUERDE: El amor no conoce límites.

SAGITARIO

(noviembre 22 - diciembre 21)

Saque toda su energía para mantener en buen estado su hogar. Su madre puede necesitar mayor atención de su parte; désela. RECUERDE: Sea responsable de sus actos.

CAPRICORNIO

(diciembre 22 - enero 19)

La poesía, las historias románticas y el drama serán el género que preferirá en lectura. Sea cuidadoso al momento de firmar documentos. RECUERDE: Los pensamientos son poderosos.

ACUARIO

(enero 20 - febrero 19)

Trate de estabilizar sus finanzas evitando los gastos innecesarios y el despilfarro. Este sería un buen momento para hacer conciencia y ser ahorrativo. RECUERDE: Actúe con inteligencia y sabiduría.

PISCIS

(febrero 20 - marzo 20)

Su bondad característica se hace más fuerte y esto lo hace irresistible a los ojos de los demás. Su buen corazón es la mejor carnada. RECUERDE: Mantenga siempre sus pensamientos positivos.


CRONOS B11

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MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora ECUADOR

D

Estrellas en la red

Los mejores deseos de un astro a otro

El sábado por la noche, el astro argentino Diego Armando Maradona fue sometido a una intervención quirúrgica debido al sangrado estomacal que se le presentó días atrás. Ante el suceso, Pelé escribió en su cuenta de twitter @Pele, que desea una pronta recuperación a Maradona. “Diego, nunca me gusta escuchar que un miembro del club de camisas 10 no está bien. Espero que te sientas mejor pronto”, Según se pudo conocer, el sangrado que sufrió Maradona fue debido al baipás gástrico que se hizo en 2015 y que se le identificó al someterse a unos estudios de rutina. (MP)

Puga destacado entre los ecuatorianos participantes PERÚ, EFE• La

séptima etapa del rally Dakar fue retrasada media hora por la niebla que se acumulaba a primera hora de la mañana en la zona de competición e impedía el sobrevuelo de los helicópteros que hacen el seguimiento a los pilotos. El recorrido fue de 387 kilómetros, de los que 323 fueron cronometrados por las dunas cercanas al océano Pacífico, las mismas por las que los pilotos ya pasaron en la tercera etapa (San Juan de Marcona), por lo que se encontrarán con muchas huellas de los días pasados que pueden desorientarlos. Muchos pilotos comenzarán el día sin haber prácticamente dormido, ya que lograron terminar la sexta etapa a altas horas de la madrugada, como fue el caso del español Óscar Fuertes (Ssangyong), la peruana Fernanda Kanno y la paraguaya Andrea Lafarja. En la categoría de motos, Juan José Puga continúa escalando en la tabla general. Con un tiempo diferencial de 14 minutos del primer lugar, el originario de Santo Domingo ocupará el puesto 51.

Novedades en la general

Por su parte, el chileno Pablo Quintanilla (Husqvarna) descendió a la quinta posición en la clasificación general, tras haber alcanzado el duodécimo lugar al término de la séptima etapa. Su rival más cercano es el estadounidense Ricky Brabec (Honda), pasó a liderar la clasificación tras haber superado la etapa en tercer lugar, después del inglés Sam Suderland con un tiempo diferencial de 6 minutos y 30 segundos. En coches es probable que se viva una situación similar a la de la sexta etapa, con el qatarí Nasser Al-Attiyah (Toyota) rodando justo detrás de Sébastien Loeb para evitar que se le acerque en la clasificación, ya que es el segundo pero a casi 38 minutos del árabe. Hasta el cierre de esta edición, no se obtuvieron noticias en torno a Sebastián Guayasamín y su navegante, Mauro Lípez. Así como tampoco se tuvo registros del peruano Diego Weber que compite junto al ecuatoriano Juan Ponce.

INVITACIÓN. El ciclista de 28 años, Jonathan Caicedo, será parte del ‘EF Cycling day’ para apoyar a la fundación Reina de Quito.

El tercer ecuatoriano en la élite del ciclismo mundial CICLISMO

Jonathan Caicedo aspira estar en el Tour de Francia y en el Giro de Italia con su equipo.

RALLY. Juan José Puga mantiene el ritmo de carrera.

Jonathan Caicedo, ciclista de 25 miras al Giro de Italia en esta años y oriundo del Carchi, al- temporada. Asimismo, como parte de canzó el título más importante de su carrera en 2018: la Vuelta su desarrollo profesional, Jonathan subirá de catea Colombia. goría continental a UCI Se convirtió así en el EL DATO World Team, máxima primer ecuatoriano en lograr esta gesta. Mérito El equipo cuenta categoría del ciclismo en que le permitió entrar con ciclistas de ruta. Y tendrá la oportutalla mundial en el radar de uno de los como el colom- nidad de mejorar su inRigoberto glés y aprender un nuevo equipos más fuertes de biano Urán quien fue ciclismo a nivel mundial subcampeón del idioma como parte del de Italia en programa que ofrece su como lo es Pro Cycling Giro 2013 y 2014; y, Team Education First subcampeón del nuevo patrocinador. Tour de Francia Pese a que Caicedo no (EF). en 2017. confirma el calendario Caicedo participará en competiciones como: la prue- completo, se conoce que junto ba Oro y Paz en Colombia, que a su nuevo equipo, el originario le servirá como preparación en de Carchi también estará en el

Directo para Europa °

Jonathan Caicedo se coronó campeón de la Vuelta a Colombia en 2018 con el Team Medellín. Y mientras se encontraba compitiendo en el último clásico RCN, la empresa Education First confirmó la vinculación del ecuatoriano, quien compartirá con Rigoberto Urán, Daniel Martínez y Julián Cardona, los tres colombianos. Caicedo es el tercer ecuatoriano en vincularse a la élite del ciclismo junto a: Richard Carapaz (Movistar Team) y Jonathan Narváez (Team Sky).

Tour Francia en esta temporada 2019. Los tres eventos más destacados en el mundo del ciclismo. (MP)

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CRONOS B12

MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora, ECUADOR

NACIONAL

El Real Madrid-Barcelona de Liga se jugará el 2 de marzo

D

El presidente de la Liga española, Javier Tebas, adelantó que el clásico Real Madrid-Barcelona de la segunda vuelta del campeonato español tendrá lugar el sábado 2 de marzo. El partido se jugará “el sábado a las 20:45 (14:45 de Ecuador)”, dijo Tebas a la emisora de radio catalana Rac1, en referencia a la vuelta del partido que ganó el Barcelona 5-1 al Real

Madrid el pasado 28 de octubre. Ese encuentro supuso la sentencia del técnico Julen Lopetegui y su sustitución por Santiago Solari en el equipo blanco. El Barcelona lidera cómodamente la Liga española con cinco puntos de ventaja sobre el segundo, el Atlético de Madrid, y 10 sobre Sevilla y Real Madrid, tercero y cuarto, respectivamente. AFP

‘Mini Tri’ busca un cupo al Mundial ‘TRICOLOR’

EXPERIENCIA. Luis Menotti vuelve a la Selección de Argentina. AFP

Menotti será director de Selecciones de Argentina BUENOS AIRES, AFP • El exentrenador César Luis Menotti, de 80 años, quien llevó a Argentina a su primer título mundial en 1978, fue designado como director de Selecciones Nacionales, informó ayer la Asociación de Fútbol Argentino (AFA). “Bienvenido a su casa César”, dice un tuit de la AFA en el que aclara que Menotti comenzará su función el 1 de febrero, junto a una fotografía en el que se lo ve dándole la mano al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio Tapia. La noticia tomó por sorpresa al mundo futbolístico ya que no se había oído el nombre de Menotti entre los que podrían sumarse a esta etapa. Entre sus primeras tareas, Menotti se reunirá con el DT Lionel Scaloni que se hizo cargo de la selección mayor en agosto pasado, tras la salida de Jorge Sampaoli luego del fracaso ‘albiceleste’ en el Mundial de Rusia 2018. Scaloni dirigirá a Argentina al menos hasta la próxima Copa América que se jugará del 14 de junio al 7 de julio en Brasil.

Zapata mete al Atalanta en cuartos de Copa de Italia

El colombiano Duván Zapata marcó un gol y dio una asistencia para darle el triunfo al Atalanta en el campo del Cagliari (2-0) y sellar el pase a los cuartos de final de la Copa Italia, en los que se medirá con el Juventus. EFE

Se encuentran desde ayer en Talca, Chile. El viernes debuta ante su similar de Paraguay.

GUAYAQUIL, EFE • El argentino Jorge

Célico fue el último entrenador que condujo a la selección absoluta de Ecuador en las eliminatorias del Mundial de Rusia y es el elegido para llevar al equipo sub’20 en el Campeonato Sudamericano de la categoría que ofrecerá en Chile pases a otro Mundial, el de Polonia. Célico desarrolló su laboratorio para el Sudamericano sub’20 de Chile a lo largo de un año de observaciones, ensayos y preparaciones. En sus planes destacan el defensa central Jackson Porozo que, tras un fugaz recorrido por las divisiones menores de varios clubes locales, fue fichado por el Santos brasileño. Pero antes tuvo un paso fugaz por Palmeiras, que terminó cediéndolo a otro club tradicional de Sao Paulo, el Santos. “Por lo que haga quiero que me recuerden como a las grandes figuras que tuvo y tiene el equipo”, dijo recientemente. Como lateral diestro sobresalió el año pasado con el Aucas. Se

TRABAJO. Jugadores de la Selección de Ecuador entrenan en la Casa de la Selección.

A cambio de Plaza tendrá a trata de Diego Palacios, pero por su nivel creciente ha fichado por dos delanteros que hacen cael Willem II holandés. Palacios rrera en Chile y buscan llegar al llama la atención por su salida once titular: Santiago Micolta, rápida con balón dominado y del Unión La Calera, y Alexantino para auxiliar a sus compa- der Bolaños, del Colo Colo. De Micolta y Bolaños ñeros con pases gol. se conoce poco en EcuaCélico echará de me- EL DATO dor, pero el seleccionador nos a Estiven Plaza, con ha resaltado la calidad de 7 tantos goleador de la debutaambos. Bolaños ya debutó Copa Libertadores sub’20 Ecuador rá el viernes con la primera división de de 2018 con el Indepen- (15:10) ante Paraguay. Colo Colo. diente del Valle, que perTambién se unen a la dió la final de ese torneo lista de jugadores con experienante el Nacional uruguayo. Plaza fue recientemente fi- cia, el portero Wellington Ramíchado por el Real Valladolid es- rez y el centrocampista o delanpañol, que ha negado su cesión tero Gonzalo Plata, ambos del para que refuerce en Chile a la Independiente del Valle. Ecuador jugó varios partidos selección ecuatoriana.

Ecuador

Posible formación

° Wellington Ramírez ° Diego Palacios ° Jackson Porozo

° Exon Gustavo Vallecilla ° Marlon Medranda ° Jordy Alcívar ° José Cifuentes ° Jordan Rezabala ° Gonzalo Plata ° Santiago Micolta ° Alexander Bolaños. de preparación que permitieron convencer al técnico de que sus pupilos ofrecerán “dura batalla” a Argentina, Paraguay, Perú y Uruguay.

Buffon: ‘Tras la llegada de Cristiano, el Juventus es más fuerte’ El portero italiano Buffon en una rueda de prensa. El legendario guardameta de Gianluigi Buffon dijo ayer en 40 años, que llegó a PaDoha, donde se encuentra rís procedente del equipo concentrado con su actual EL DATO italiano el pasado julio, equipo, el París Saint Geraseguró que para él, gamain, que la llegada del conjunto pari- nar la Liga de Campeones delantero portugués Cris- El sino llegó ayer a tiano Ronaldo ha mejora- Catar y perma- es “un sueño”. necerá en el país “Para mí, la Chamdo aún más al Juventus. árabe hasta el “Ahora tras la llegada próximo jueves, pions League es un sueño, para realizar una de Cristiano (el Juventus) serie de entrena- no una obsesión. Intentay cum- remos hacer lo mejor. Para es un equipo aún más mientos plir compromifuerte y eso que ya es un sos con patroci- mí es una nueva experiencia, estoy aquí para mejogran equipo. Creo que la nadores. rarme y hacer el mejor traJuve esta temporada tiene la oportunidad de ganar la bajo posible junto con el equipo”, Champions League”, aseguró aseveró el futbolista.

DOHA, EFE •

CRITERIOS. Gianluigi Buffon no es arquero titular en al PSG. AFP

Buffon dijo que además de la ‘Vecchia Signora’ y del PSG, los clubes españoles son siempre favoritos para ser campeones de la máxima competición europea, porque “son equipos fuertes, con grandes jugadores”.


Gómez Noya le da duro al rock pesado

El español Javier Gómez Noya, quíntuple campeón mundial de la historia del triatlón, cuádruple campeón de Europa y plata olímpica de Londres 2012, gran aficionado al rock duro y cuya gran pasión fuera del deporte es tocar la guitarra, aseguró que para él “sería un sueño” presentar un MADRID, EFE•

disco, pero que no es “lo suficientemente bueno”. “Sigo dándole a la guitarra siempre que puedo, que a veces no es todo el tiempo que me gustaría” comentó el astro gallego, de 35 años, que este año volverá a la distancia olímpica con miras a los Juegos Olímpicos de Tokio 2020.

CRONOS D

MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

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Pretemporada en proceso en el ‘Ídolo’ FÚTBOL ECUATORIANO

Con 26 jugadores, Eduardo Favaro dio inicio a la pretemporada de Aucas en la Casa de la Selección. La Liga Pro dio a conocer los horarios y fechas de los primeros cuatro partidos del campeonato. Sociedad Deportiva Aucas, el conjunto que más ha fichado jugadores nacionales y extranjeros, conoció que su rival de entrada será Emelec en condición de local. Eduardo Favaro, estratega desde esta temporada del cuadro ‘oriental’, se prepara de cara a este compromiso y lo que será el resto del año. Su principal misión, así como comentó en días anteriores durante su presen-

Desde ayer, hasta el viernes tación, es conformar un buen 18, la plantilla de Aucas plantel y alcanzar “cosas cumplirá con doble jorque el club todavía no ha nada y el sábado 19 tiealcanzado, hacer historia EL DATO nen previsto el primer con Aucas”. compromiso amistoso Es así que, con una Alexander fue frente al actual campeón, nómina de 26 jugadores, Alvarado convocado a la Liga de Quito. entre los cuales destacan Selección Sub Javier Quiñónez, deMatías Duffard, Juan Ecuatoriana 20 que disputará Manuel Tévez, Pablo a partir del 18 el fensa que militaba en El Nacional, fue la última Burzio y Maximiliano Sudamericano en Chile. contratación de los orienBarreiro, fueron convotales. Un pedido expreso cados por el uruguayo del estratega uruguayo, para cumplir con la pretemporada en la Casa de la Se- quien en la temporada pasada estuvo al mando de los militares. lección en Quito.

PRETEMPORADA. Católica empató frente a la ‘Mini Tri’ en su primer amistoso del año.

Galíndez ya no ocupará el cupo de extranjero Universidad Católica podría contar con un cupo más para cuota foránea. Y es que, Hernán Galíndez guardameta del ‘Trencito Azul’ desde 2012, está a la espera de que el presidente Lenín Moreno firme su carta de naturalización. Durante una entrevista en la radio La Red, el cancerbero argentino aseguró que es “cuestión de horas” para que se convierta en ecuatoriano legalmente. Expresó, además, “mis abogados

están tratando el tema de mi nacionalización. Tengo entendido que solo falta la firma del señor Presidente (Lenín Moreno)”. Católica cumple con la pretemporada en las instalaciones de la Casa de la Selección. El pasado domingo se midió ante la Selección Sub 20 que viajó ayer rumbo a Chile, para participar en el Sudamericano 2019. Con grandes expectativas respecto a lo que será la Liga Pro y Copa Ecuador, los comandados por Santiago Escobar empataron el compromiso con un marcador de 2x2. Matías Rodríguez, procedente del Ferencvaros de Hungría, es la última contratación anunciada por Universidad Católica.

Margarita Barre, futbolista y entrenadora

JUGADA. Maximiliano Barreiro en plena acción durante los primeros días de pretemporada de Aucas.

Margarita Barre, figura del Deportivo Santo Domingo, que participó en la Copa Libertadores de fútsal, está más que nunca conectada a su pasión que es el fútbol. Para este año se proyecta con el equipo para conseguir otro título nacional, pero también entrenar a los más pequeños de la escuela de fútbol. En sus dos facetas disfruta lo que hace, con sus compañeras practican las tácticas, mientras que con sus alumnos primero las explica. “Me gusta hacer ambas cosas sobre todo porque tiene que ver con el fútbol que es mi fuerte”, expresó. De aquellos días en que defendió a la Selección ecuatoriana en el Mundial de Fútbol Femenino, tiene gratos recuerdos, asimismo

FIGURA. Margarita Barre en su faceta como entrenadora.

las experiencias jugando con el Ik9, “voy a seguir jugando hasta que mis piernas y mi mente digan ya no pudo”, emanifestó. Mientras que en su faceta como entrenadora empezó hace tres años, inició enseñándole a su hermano menor y ahora está al frente a una de decena de niños. (DA)

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MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

QUITO

Se le acaba la temporada a Barea en la NBA

D

El base puertorriqueño de los Mavericks de Dallas, José Juan Barea, será operado de la rotura del tendón de Aquiles del pie derecho que se produjo el pasado viernes ante los Timberwolves de Minnesota y no jugará más lo que resta de temporada. El entrenador de los Mavericks, Rick Carlisle, con-

firmó el paso de Barea por el quirófano, mientras alababa la figura del internacional puertorriqueño y el convencimiento que se recuperará de la grave lesión. “Será muy difícil que podamos compensar su ausencia, es un jugador extraordinario por la aportación dentro y fuera del campo. EFE

Bautista despide a Murray de su último Abierto de Australia MELBOURNE, EFE • El español Roberto Bautista despidió al británico Andy Murray, finalista en cinco ocasiones en Melbourne Park, de su último Abierto de Australia al vencerle por 6-4, 6-4, 6-7 (5), 6-7(4) y 6-2 en un vibrante choque. El castellonense resolvió un papel complicado después de acudir como villano a la fiesta de despedida de uno de los grandes tenistas de los últimos 10 años. Andy Murray, ganador de tres títulos Grand Slam, dos medallas de oro en Juegos Olímpicos y una corona en las ATP Finals, anunció el viernes en rueda de prensa que se retiraría tras la conclusión de Wimbledon como

FUERZA. Tamara Salazar durante su presentación en los Juegos de Cochabamba. (Foto: Ministerio del Deporte)

Quiere superar sus logros obtenidos el año pasado

Decidiré la semana que viene si paso por el quirófano en poco tiempo o si, por el contrario, descanso hasta Wimbledon para jugar allí mi último torneo”. ANDY MURRAY, TENISTA

primeras”, añadió. Considera que ha mejorado en marcas personales y que le falta por corregir la parte técnica porque “los retos que se vienen no están fáciles, así que se necesita trabajar duro, dar lo mejor de nosotros. Mi entrenador dice que lo primordial es hacer una buena competencia, tener un buen físico y la motivación que no puede faltar”. Después de los Panamericanos tendrá un Mundial en Tailandia que es clasificatorio para Juegos Olímpicos de Tokio 2020 y eso le genera un poco de ansiedad. “Por ahora estoy tranquila, pero cuando se acerca esa la competencia sí da un poco de nervios, eso debo trabajarlo”. Logros y entrenamiento

Salazar evalúa su año 2018 como muy bueno, ya fue cam-

peona mundial sénior, además sub campeona de los Suramericanos de Cochabamba, campeona de Copa Iberoamericana, entre otros. “Fue un año lleno de compromisos para mí misma y este año hay que buscar superar esos logros”, manifestó. Ella le dedica tres a cuatro horas a los entrenamientos y en la otra parte de su tiempo estudia cosmetología, además de compartir con su familia. Sus inicios fueron hace 8 años y su motivación fue su hermana Mayra Salazar, que se dedica a la misma actividad. “Me gustó mucho y gracias a Dios sigo hasta ahora, me comprometo a seguir haciendo bien las cosas, lo mejor de todo es que cuento con el apoyo de mi familia desde siempre. Ellos están ahí todo el tiempo y eso me da fuerzas para continuar”, finalizó (SJMS).

consecuencia de su larga lesión de cadera. Bautista, quien aterrizó con buenas sensaciones en Melbourne como campeón en Doha tras vencer al serbio Novak Djokovic (1) y al checo Tomas Berdych, explicó ante la expectación generada repentinamente que él se dedicaría a “hacer su partido”, y así lo hizo.

Federer y Cilic avanzan °

El suizo Roger Federer (3) y el croata Marin Cilic (6), finalistas en la pasada edición del Abierto de Australia, resolvieron con determinación sus estrenos en Melbourne ante el uzbeko Denis Istomin y el australiano Bernard Tomic, respectivamente. Federer, poseedor de seis coronas en el torneo de Melbourne, no tuvo miramientos y ganó por 6-3, 6-4 y 6-4 .

Los Juegos Panamericanos y el Mundial de Tailandia son sus principales competencias. GUAYAQUIL • La pesista Tamara Salazar empezó a planificar su año deportivo. Para eso retornó a la provincia de Carchi, de donde es federada. Durante cinco meses realizará una base preparatoria en el Centro de Alto Rendimiento de Durán, de cara a los Juegos Panamericanos de Lima, Perú, a disputarse entre julio y agosto. “Descansé un poco estas semanas y comencé con trabajo de técnica y físico para recuperarme. Estoy con mi entrenador, Julio César Jaque, estoy muy optimista y creo que las cosas van a salir de buena manera”, indicó. “Todavía no nos dan el calendario de competencias. Al final de este mes nos avisan fechas. Por ahora enfocándome en hacer una buena preparación para dar lo mejor en Panamericanos, hacer buenas marcas y poder estar entre las tres

MOMENTO. Butista consuela a Murray, después de ganarle. AFP

Otra noche de marcas de Harden que logra empatar a Byrant HOUSTON, EFE • El escolta James Harden, de los Rockets de Houston, protagonizó otra jornada de marcas en la NBA al completar el décimo sexto partido consecutivo con al menos 30 o más puntos y unirse al exescolta Kobe Bryant, que lo logró en el 2003 cuando formaba parte de Los Angeles Lakers. Harden, que anotó 38 puntos ante los Magic de Orlando, pero los Rockets perdieron de visitantes por 116-109, antes que concluyese el tercer periodo ya había logrado 30 tantos y empatada la marca que Bryan logró en la temporada del 2003 con Los Angeles Lakers.

PROTAGONISTA. James Harden anota para los Rockets. AFP

Bryant estableció su marca desde el 29 de enero hasta el 28 de febrero, y en nueve partidos consecutivos logró 40 o más puntos. Las marcas de Bryant y Harden son las mejores desde que el legendario Wilt Chamberlain consiguió en 1964 20 partidos consecutivos con 30 o más puntos dentro de la competición de la NBA.


martes 15 de enero de 2019 La Hora QUITO,Ecuador

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Choque deja una persona herida LOJA• Daños

materiales y una persona herida fue el resultado de un accidente de tránsito entre un bus de la Cooperativa Loja, que cubría la ruta Loja-Piura (Perú), y una furgoneta de una empresa, que salió de Zapotillo. Ocurrió en el sector Velacruz, a las 08:30 del domingo. (DVL)

POLICIAL

Muere ahogado en su cumpleaños

LOS RÍOS• La muerte sorprendió a Pablo Navarrete Bazurto

el día de su cumpleaños. Se tropezó con una atarraya y cayó a las turbulentas aguas de la represa Daule-Peripa. Su cuerpo fue localizado el domingo por buzos del Grupo de Fuerzas Especiales #26 Cenepa en medio de una palizada, cerca al recinto Federico Intriago. (MZA)

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MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

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‘Limpiaban’ parabrisas y también viviendas

CAPTURA. La madre de la víctima y el hombre que abusaba de la menor fueron detenidos para investigaciones.

Obligó a su hija a prostituirse

Amarrados de pies y manos fueron abandonados los propietarios de un inmueble situado en el barrio Unión Nacional, en el norte de Quito. Ellos fueron víctimas de una banda de ‘robacasas’ integrada por ciudadanos de nacionalidad venezolana. El capitán Marco Soria, jefe del circuito encargado de esa zona de la urbe, explicó que esta banda hacía inteligencia en las casas que pretendían robar mientras limpiaban parabrisas de vehículos en la vía pública. Esa era la forma cómo los antisociales identificaban las vulnerabilidades de los perjudicados. Faltaban aproximadamente 10 minutos para las 07:00 de ayer cuando tres delincuentes ingresaron por la fuerza a un domicilio. Luego de atar a sus víctimas para que no interfirieran en el robo se llevaron joyas, celula-

res y dinero en efectivo. Según la primera evaluación hecha por los denunciantes, el perjuicio económico ascendería a los 10.000 dólares. El capitán Soria indicó que los sujetos intimidaron a sus víctimas usando cuchillos y una pistola de juguete. Luego de sustraerse los bienes, huyeron a pie. Los uniformados de Servicio Urbano montaron un operativo e identificaron a los tres sospechosos, quienes todavía se encontraban en el sector. Había pasado 40 minutos del robo, sin embargo, ellos todavía tenían en su poder las cosas que presuntamente sacaron de la casa. Al ver a la Policía, uno de los individuos pudo escapar corriendo, pero los otros dos involucrados sí fueron detenidos. Ellos cargaban joyas, cuchillos y el arma de juguete con la que habrían perpetrado el asalto. (FLC)

Las agresiones sexuales se estarían dando desde hace aproximadamente dos meses. El caso ocurrió en Manabí. De un sucio y maloliente baño ubicado en la parte posterior del Municipio del cantón Pichincha, en Manabí, fue rescatada una adolescente de 15 años, a quien su madre la obligó a prostituirse. La Unidad contra el Delito de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes de la Dirección de Policía Especializada en Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen) recibió una denuncia de una fuente anónima, que advirtió que la menor era explotada sexualmente desde hace aproximadamente dos meses. Los agentes investigaron el entorno social y familiar de la víctima y descubrieron que la progenitora estaba tras las frecuentes agresiones sexuales de las que era víctima la muchacha. De acuerdo con los seguimientos hechos por las autoridades, todos los domingos la

ella entregó a la adolescente a un hombre de 77 años. La violación se gestó en un descuidado baño. Los agentes antitrata de la Dinapen evidenciaron el delito mujer llevaba a su hija al sector en flagrancia. Durante el operaLa Cadena, ubicado en el cantón tivo ‘Libertad III’ rescataron a Pichincha de Manabí. Ahí, ella la adolescente de las ‘garras’ del trataba a la adolescente como abusador y de su madre. mercancía y conseguía clientes Ambos fueron detenidos y para que se gestaran los abusos entregados a las autoridades de sexuales a cambio de réditos justicia para que se inicie el tráeconómicos. mite de Ley. La madre, de 49 años, conseDurante la audiencia de flaguía su objetivo amenazando a grancia, la mujer recibió del su hija cuando se negaba Juez de turno la orden a relacionarse sexual- EL DATO de prisión preventiva. mente con los hombres. En cuando al hombre de Debido a esas intimida- La Policía incau- 77 años que abusaba de ciones, la menor no de- tó un teléfono la menor, la autoridad celular cuya nunciaba el hecho a las información será dispuso su arresto doextraída por autoridades. miciliario por superar peritos de los 65 años. Criminalística Según las investigaRescate Todos los domingos, desde hace ciones hechas por los agentes, aproximadamente dos meses, la este tipo de actividades se efecdesnaturalizada madre acudía tuaban en diferentes espacios al sector de La Cadena para ex- públicos. Previamente había plotar sexualmente a su hija. El un acuerdo con quien solicitaba último fin de semana, luego de a la menor para saciar sus bajos llegar a un acuerdo económico, instintos. (FLC)

SERVICIO SOCIAL Ayúdanos a encontrarla María Rafaela Noroña Venegas está desaparecida desde el 23 de diciembre de 2018. Sus familiares reportaron que lo último que supieron de ella fue que estaba por la Ciudadela El Chofer de Latacunga, en Cotopaxi. Pese a los esfuerzos que hacen por encontrarla a salvo no tienen aún certezas de su paradero. Si cuenta con información sobre la mujer de 67 años la puede proporcionar a la línea gratuita 1800 33 54 86.

EVIDENCIAS. Estos objetos fueron recuperados por la Policía durante el operativo.


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MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora, QUITO ECUADOR

‘Lluvia de arañas’ en el cielo de Brasil

ELPAIS.COM • João Pedro Martinelli Fonseca, de 13 años, viajaba en carro con su familia para ir a visitar a sus abuelos en Espírito Santo do Dourado, al sureste de Brasil, cuando advirtió algo en el cielo que lo dejó en ‘shock’. Sacó la cámara y grabó un video en el que se pueden ver miles de puntos negros flotando en la

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MINUTERO Mujer no escucha las voces masculinas

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Una paciente china afectada por un curioso síntoma, se despertó de improviso con un extraño tipo de sordera, que le impedía escuchar la voz de su pareja masculina. Tras acudir a urgencias, se comprobó que podía escuchar perfectamente su voz, pero no ocurría lo mismo con las de otros médicos y pacientes de sexo masculino. Fue diagnosticada con pérdida auditiva de pendiente inversa. Quien lo padece puede oír bien los sonidos de frecuencias altas, como las voces femeninas o infantiles. Solo representa uno de cada 12.000 casos de pérdida de audición. (quo.es)

Captan extrañas señales de radio

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Un grupo de científicos del observatorio CHIME, en la Columbia Británica, Canadá, se encuentran investigando el origen de unas misteriosas señales de radio provenientes del espacio profundo y captadas por un radiotelescopio. Se trata de 13 ráfagas de radio rápidas (FRB), entre las que destaca una que emite una misma fuente situada a unos 500 millones de años luz de distancia, tal y como informa la revista ‘Nature’. (que.es)

Sin pantalones en el metro

y faldas afue°ra!¡Pantalones Es es el compromiso de centenares de personas que desafiaron ayer el frío de Nueva York para sumarse al viaje anual en metro sin pantalones (‘No Pants Subway Ride’), a pesar de la caída de la temperatura. Los participantes viajaron en el metro vestidos con ropa normal de invierno, y mientras su ropa cubría el resto de sus cuerpos, las piernas quedaron al descubierto. ‘No pants subway ride’ es un evento que fue impulsado por primera vez en Nueva York por el colectivo de comedia Improv Everywhere, que comenzó en 2002. (Foto: Esplota.com)

niebla. Lo que no se podía imaginar Martinelli es que se trataba de arañas, una de las cuales se coló por la ventanilla del auto. Aunque en un principio parece que están cayendo del cielo, en realidad están suspendidas en una gigantesca telaraña, según explica el diario británico The Guardian. Video en: www.lahora.com.ec

Récord: un huevo tiene 34 millones de ‘likes’ en Instagram La imagen venció el domingo el récord de la red social que ostentaba la modelo y empresaria Kylie Jenner. ELESPECTADOR.COM • Kylie Jenner, quien con la foto del nacimiento de su pequeña hija alcanzó más de 18 millones de ‘Me gusta’, lideraba en la red social. La integrante de las Kardashian perdió el récord con una diferencia que supera los 10 millones. Para sorpresa de muchos, desde ayer, la foto de un huevo rompió la marca como la publicación con más ‘Me gusta’ en la historia de Instagram. La imagen, que se publicó el 4 de enero desde una cuenta llamada World Record Egg (Huevo Record Mundial), ya cuenta con más de 34 millones de ‘Likes’ en tan solo 10 días. La cuenta de Instagram que hoy tiene todas las miradas del planeta, se planteó este propósito hace más de una semana: “Vamos a establecer un récord mundial juntos y a conseguir el post con más ‘Me gusta’ en Instagram”, dice la leyenda de la fotografía del huevo publicada por World Record Egg.

Se llama ‘Eugene’

Hasta el momento, este es el único post que se ha realizado desde la cuenta. Haber etiquetado a figuras públicas de la televisión estadounidense como Ellen DeGeneres y Jimmy Fallon, impulsó la iniciativa. Aunque para el sábado la imagen contaba solo con nueve millones de ‘Me gusta’, el domingo, gracias a la interacción que promovieron usuarios de otros países, provocó que la cifra subiera considerablemente, sumando 20 millones en total ese día. Reconocidos medios intentaron dialogar con los propietarios de la cuenta de Instagram, pero no quisieron revelar su identidad, pues utilizaron el seudó-

nimo de ‘Henrietta’, un pollo de campo. Lo cierto, es que el huevo tiene nombre, se llama ‘Eugene’, un nombre que ya es popular en todo el mundo.

MARCA. Desde su creación el perfil buscaba hacerse con el máximo histórico de la red social y popularizar a este huevo colorado,

En respuesta a la tendencia que la destronó, Kylie Jenner publicó un video en el que rompe un huevo sobre el asfalto.

‘Harry Potter’ salva de la quiebra a librería en Portugal PORTO, PORTUGAL, AFP • A punto de quebrar, la librería histórica Lello de Porto, que habría inspirado a J.K Rowling para escribir HarryPotter, se salvó al hacer pagar la entrada a los turistas. Con aparatos fotográficos en las manos, decenas de personas hacen la cola para visitar el sitio, en el centro histórico de Oporto, convertido en uno de los principales atractivos turísticos de la ciudad del norte de Portugal.

HISTORIA. Esta librería CENTENARIA tiene más de 60.000 libros. (Foto: AFP)

Es un lugar de visita obligatoria para los fans de HarryPotter. La novelista británica J.K. Rowling, quien vivió en Oporto a comienzos de los años 90’, se inspiró en el sitio para describir el ambiente y los decorados de la saga. Como otras librerías independientes del país, Lello estuvo a punto de cerrar hace cuatro años, pero ahora ve pasar cerca de 4.000 visitantes diarios en alta temporada.

Para evitar la quiebra, la dirección de la librería tuvo la idea de aumentar las actividades culturales y hacer pagar la entrada a los visitantes, que ahora es de 5 euros (5,7 dólares). El precio del derecho de entrada es como un “bono deducible cuando se compra un libro”, manifestó una de las responsables de prensa del lugar. Este sistema instalado hace cuatro años “facilitó regular el flujo de

los turistas” y “transformar al visitante en lector”, se congratuló Aurora Pedro Pinto, presidenta del consejo de administración. Este modelo es un éxito porque llevó a la librería a superar de nuevo la cifra de un millón de visitantes en 2018, pasar de 9 empleados en 2015 a 60 a comienzos de 2019, y vender en promedio 1.200 libros por día, según cifras comunicadas por Lello.


REPORTE A15

tiempo lectura 15 min.

MARTES 15 DE ENERO DE 2019 La Hora QUITO, ECUADOR

Tres proyectos aeroespaciales fueron desarrollados por estudiantes ecuatorianos en Rusia.

I

SATÉLITES 1. El nanosatelite pesa 4 kilogramos y tiene un largo de 30cm por 10 cm de ancho.

UNIVERSITARIOS LLEVAN SU TESIS AL ESPACIO

A

pasionados por la ciencia y la investigación, tres estudiantes de la Universidad Tecnológica Equinoccial (UTE) desarrollaron proyectos aeroespaciales a través de la creación de nanosatélites que, como explica Michelle Cadena, estudiante de Mecatrónica, son una forma barata de llegar al espacio. Pues enviar un satélite grande puede costar $500 mil millones. En octubre, Michelle y sus compañeros fueron seleccionados para viajar por un mes a la Universidad Estatal del Suroeste de Rusia (Uesor) con el fin de desarrollar sus proyectos y de esa manera colaborar en la construcción del segundo nanosatélite que la UTE enviará al espacio. El primero se lanzó el 14 de julio de 2017. Enfoques

Cada uno de los estudiantes planteó un eje en sus proyectos. Juan Quizhpilema desarrolló un sistema para detectar basura espacial que se logra con el mapeo del espacio y, de esa forma, saber por dónde no debe ir un satélite y evitar que choque como pasó con el nanosatélite ‘Pegaso’ desarrollado por la Agencia Espacial Civil Ecuatoriana (EXA), el cual se convirtió en basura espacial. ‘Pegaso’ un cubo de 10 x 10 cm le costó al Estado Ecuatoriano más de $800.000. Por su parte, la puesta en órbita del nanosatélite universitario le

cuesta a la UTE entre $20.000 y $70.000 (aproximadamente 15 veces menos que ‘Pegaso’). Esto, debido al convenio generado con la Uesor, que a su vez trabaja con ‘Roscosmos’, la Agencia Espacial Federal Rusa. Quizhpilema indica que los objetos en órbita ponen en peligro las nuevas expediciones espaciales. Por eso, al detectar la posición de la ‘basura espacial’ se puede evitar la colisión, pues se logra establecer una trayectoria que disminuya las probabilidades de impacto. Sistema estabilizador

Eduardo Armas, otro integrante del equipo, presentó un sistema estabilizador de nanosatélites, en el espacio, que funciona a través de sensores de giro que determinan la velocidad, para activar micromotores que compensan la rotación. “Cuando el cubo se desprende del cohete cae a la órbita pero siempre está girando. Entonces si querías instalar un sensor o una cámara no se podía porque en órbita se perdía el control. Gracias a lo aprendido en Rusia ya no solo se estabiliza sino que se mantiene en una cara”, refiere Armas. Medidor de gases

TALENTO. Michelle Cadena, Juan Quizhpilema y Eduardo Armas estudian Mecatrónica en la UTE.

Michelle Cadena, por su parte, planteó un espectrómetro para medir la cantidad de CO2 en la

atmósfera. Lo que permite determinar la presencia gases de efecto invernadero a nivel de la estratósfera. Experiencia en Rusia

Los jóvenes egresados de la carrera de mecatrónica participaron en un concurso ideado por la UTE. De esa manera accedieron a una beca para estudiar, por un mes, con ingenieros aeroespaciales de Rusia. Allá pulieron sus ideas y actualmente sus proyectos son sustentables. Fausto Freire, docente investigador y coordinador del proyecto Nanosatélite UTE-Uesor, explica que, aunque los jóvenes tuvieron que replantearse muchas de sus expectativas iniciales, los productos finales “son diseños viables que han sido sometidos a simulaciones reales y probados para volar”. La experiencia les dejó como enseñanza que en el país falta una cultura de investigación. “Allá la cultura es investigar y CONOZCA avanzar, por eso están en otro Experiencia y expectativas nivel”. Los estudiantes involucrados en este programa sostiede julio de 2017 la UTE se convirtió ne que eso pasa por un tema de °enElla14primera universidad ecuatoriana en apoyo estatal a los jóvenes invescolocar un nanosatélite en órbita. tigadores. “Es una importante experien° El proyecto fue exitoso y de esa manera se acordó seguir trabajando en el campo cia para los estudiantes, al tener de la tecnología espacial con la Uesor. una visión distinta en la que pu° En septiembre de 2018 se inició la dieron crear tecnología y no solo construcción de dos satélites gemelos repetirla. Esto motivará a nues(tres veces más pesados que el primero), uno de la UTE y otro de la Uesor. tros jóvenes a seguir investigando y apostando por la ciencia ecuato° Los dos dispositivos realizarán una riana”, agregó Juan Bravo, Decano órbita elíptica y no circular, alrededor de la Tierra. Y serán lanzados como parte de de la Facultad de Mecatrónica. una misión del Cosmódromo de VostochAdemás, durante su estadía ni, lo que garantiza al menos dos años de la misión en el espacio. en el país soviético, los futuros ingenieros tuvieron la oportu° Los docentes investigadores estiman nidad de colaborar con en el deconcluir todo el satélite en este mes para enviarlo a Roscosmos. sarrollo de la misión UTE-Uesor 2019. Que consiste en el ensamblaje mecánico y testeo de los módulos del satélite. Importancia aeroespacial

“Con los satélites podríamos dar cobertura a muchas personas de la Amazonía en el caso de telecomunicaciones”, dice Michelle Cadena. Martín Pástor, comunicador de la UTE, afirma que para el Ecuador estos estudios son básicos, ya que el país compra tecnología. “Si bien parecería que con el espacio no tenemos nada que ver siempre compramos estos sistemas a otros países”. Pástor señala que al desarrollar tecnología se ahorraría en temas como buscar y pagar a alguien más por información. Segundo, a través de este sistema se contralaría el ordenamiento territorial. Al ser un país agrícola, al posicionar nanosatélites, se podrá ver qué se está plantando, dónde y cómo. “Son herramientas que debemos aplicar como país si no queremos quedarnos atrás”. (AVV).


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QUITO

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Quito, Ecuador

La pequeña

‘Mini Tri’ llega con la ilusión del Mundial

que se hizo

gigante

40 PÁGINAS

La Selección Sub 20 de Ecuador arribó ayer a Talca, sede del Grupo B del Sudamericano de Chile. El viernes debuta ante Paraguay. PÁGINA B12

Yilda Banchón, quien se dio a conocer en el programa ‘Pequeños gigantes’ se estrenará en la actuación. Será parte del elenco de ‘Calle amores’. PÁGINA B7

Caicedo se viste de profesional Jonathan Caicedo, ciclista ecuatoriano, se vinculó oficialmente a la élite del ciclismo mundial con el EF Cycling. PÁGINA B11

La primera gran crisis de AMLO

El combate decidido al robo de combustible en México, que derivó en un grave desabastecimiento de gasolina, ha desatado críticas y respaldo al presidente Andrés Manuel López Obrador. La escasez de gasolina afecta a todos los ciudadanos. PÁGINA B6


Revista judicial C00

LUNES 24de noviembre de 2008 La Hora Quito, ecuador

MARTES, 15 de ENERO de 2019 La Hora Quito, ecuador revista no: 12403 Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío

Editora Diana Briones Puga

es una edición de diario la hora

http//www.derechoecuador.com

Dirección: Panamericana Norte Km 31/2 y Nazareth | Telf: 2475723 al 728 | E-mail: revistajudicial@lahora.com.ec

CORRUPCIÓN EN EL ÁMBITO PRIVADO Autor: Ab. Pedro Martín Páez Bimos (Mg)

En el Ecuador se habla mucho y se ha reflexionado desde la academia muy poco sobre la fenomenología de la corrupción. Es común encontrar en cualquier conversación con los colegas, familiares o extraños, en los bares, reuniones de trabajo y sobre mesas, diferentes tópicos relacionados con la corrupción política o administrativa que ocurren en las diferentes latitudes de nuestro actual mundo globalizado. Eso sí, es importante mencionar que en nuestro país se ha profundizado muy poco de manera metodológica sobre este fenómeno que lo hemos vivido a lo largo de nuestra historia republicana. Tal vez sea necesario tomar en cuenta este punto que nos lleva a reflexionar sobre postulados deontológicos que son importantes para retomar las sendas de la integridad y la cadena de valores en el que se asienta la propia estructura del sistema democrático en el que vivimos. Y del cual, el propio sistema jurídico es dependiente, sobre todo, el derecho penal como herramienta coercitiva de última ratio para tratar de obtener el control social, por parte de la inmensa y compleja máquina estatal. Muy bien, ahora para entrar al tema jurídico que nos compete, es importante mencionar que la Constitución del Ecuador establece una obligación bipartita

que obliga tanto a la administración pública como al ciudadano (sector privado) en administrar honradamente y con apego a la ley el patrimonio del Estado, y denunciar y combatir de manera enfática la corrupción1, y de manera particular al Estado, garantizar un ambiente libre de corrupción para que todos los ciudadanos puedan alcanzar el sumak kawsay. Cuestión que es más que lógica para todo jurista o aficionado a la temática legal, que aprecia el análisis histórico y progresivo del ámbito constitucional –en especial del neoconstitucionalismoque se ha venido desarrollando en la región. Estos dos artículos son de mucha relevancia en virtud de que establecen dos claros sujetos obligados, el primero el Estado, y el segundo el ciudadano. Quienes tienen la obligación clara de combatir la corrupción desde sus diferentes roles dentro del Estado democrático actual, y sus diferente complejidades de gobierno. Lo cual se complementa con el panorama internacional público, en especial, de dos instrumentos importantes. La Convención Interamericana Contra la Corrupción del año 1996, y la Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción del año 2003; que en conjunto con las diferentes políticas públicas que han generado sus diferentes instituciones adscritas o relacionadas, buscan enfrentar esta cruda realidad en la que vivimos2.

En el segundo instrumento internacional, el cual forma parte nuestro país, y aunque no soy del agrado de citar textualmente en los ensayos que realizo, es imperativo para empezar el análisis de la corrupción en el sector privado o en el ámbito empresarial, citar el artículo 12 de la convención que establece3: “(…)1. Cada Estado Parte, de conformidad con los principios fundamentales de su derecho interno, adoptará medidas para prevenir la corrupción y mejorar las normas contables y de auditoría en el sector privado, así como, cuando proceda, prever sanciones civiles, administrativas o penales eficaces, proporcionados y disuasivos en caso de incumplimiento de esas medidas. 2. Las medidas que se adopten para alcanzar esos fines podrán consistir, entre otras cosas, en: a) Promover la cooperación entre los organismos encargados de hacer cumplir la ley y las entidades privadas pertinentes; b) Promover la formulación de normas y procedimientos encaminados a salvaguardar la integridad de las entidades privadas pertinentes, incluidos códigos de conducta para el correcto, honorable y debido ejercicio de las actividades comerciales y de todas las profesiones pertinentes y para la prevención de conflictos de intereses, así como para la promoción del uso de buenas prácticas comerciales entre las empresas y en las relaciones contractuales de las empresas con el Estado; c) Promover la transparencia entre entidades privadas, incluidas, cuando

proceda, medidas relativas a la identidad de las personas jurídicas y naturales involucradas en el establecimiento y la gestión de empresas; d) Prevenir la utilización indebida de los procedimientos que regulan a las entidades privadas, incluidos los procedimientos relativos a la concesión de subsidios y licencias por las autoridades públicas para actividades comerciales; e) Prevenir los conflictos de intereses imponiendo restricciones apropiadas, durante un período razonable, a las actividades profesionales de ex funcionarios públicos o a la contratación de funcionarios públicos en el sector privado tras su renuncia o jubilación cuando esas actividades o esa contratación estén directamente relacionaCONTINUA EN la pá­gi­na - c2

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das con las funciones desempeñadas o supervisadas por esos funcionarios públicos durante su permanencia en el cargo; f) Velar por que las empresas privadas, teniendo en cuenta su estructura y tamaño, dispongan de suficientes controles contables internos para ayudar a prevenir y detectar los actos de corrupción, y porque las cuentas y los estados financieros requeridos de esas empresas privadas estén sujetos a procedimientos apropiados de auditoría y certificación. 3. A fin de prevenir la corrupción, cada Estado Parte adoptará las medidas que sean necesarias, de conformidad con sus leyes y reglamentos internos relativos al mantenimiento de libros y registros, la divulgación de estados financieros y las normas de

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Revista judicial C2

MARTES 15 de ENERO de 2019 La Hora Quito, ecuador

contabilidad y auditoría, para prohibir los siguientes actos realizados con el fin de cometer cualesquiera de los delitos tipificados con arreglo a la presente Convención: a) El establecimiento de cuentas no registradas en libros; b) La realización de operaciones no registradas en libros o mal consignadas; c) El registro de gastos inexistentes; d) El asiento de gastos en los libros de contabilidad con indicación incorrecta de su objeto; e) La utilización de documentos falsos; y f) La destrucción deliberada de documentos de contabilidad antes del plazo previsto en la ley. 4. Cada Estado Parte denegará la deducción tributaria respecto de gastos que constituyan soborno, que es uno de los elementos constitutivos de los delitos tipificados con arreglo a los artículos 15 y 16 de la presente Convención y, cuando proceda, respecto de otros gastos que hayan tenido por objeto promover un comportamiento corrupto.(…)” Si bien la convención de Naciones Unidas es clara y reconoce de manera directa, la necesidad de incluir al sector privado, y sus entidades –empresas o personas jurídicas-, como importanMENORES REPUBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec R. DEL E UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A LA SEÑORA CARRERA BUSTOS VALERIA ALEXANDRA CASILLA: 6113 JUICIO: ALIMENTOS NRO. 17204-2017-05079 RESUMEN DE LA DEMANDA Art. 56, 142, 332 numeral 3 del COGEP: El señor SANDOVAL VARGAS CESAR ANDRES, presenta la demanda del Incidente de Disminución Pensión Alimenticia en contra de CARRERA BUSTOS VALERIA ALEXANDRA, de conformidad al Art. Innumerado 2, 4, 5, 6, 15 y 16 de la Ley Reformatoria al Título V, Libro Segundo del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, la demandada del Incidente de Aumento Pensión Alimenticia. U N I DA D. JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO

JUDICIAL QUITO

tes sujetos obligados para unir esfuerzos en la lucha contra la corrupción, mediante la adopción de buenas prácticas en el ámbito comercial, contable y de competencia. Esta cuestión que cambia un paradigma aún vigente en algunos países respecto a la postura de víctima y no de actor sobre las entidades del sector privado y la corrupción; y que se ajusta cada vez mejor a la realidad de la relación directa sobre tamaño económico de las diferentes entidades privadas, los mercados globalizados y su postura de poder en torno a las relaciones con los Estados. Prácticas de Corrupción Es muy poco probable que a las alturas de estos tiempos no exista ciudadano latinoamericano que no haya obtenido información de calidad sobre los casos “Lava jato” u “Odebrecht”, los cuales involucran de manera directa a grandes y medianas empresas por prácticas corruptas en sus diferentes operaciones comerciales, que han vulnerado más de un sistema jurídico de control nacional4. Dando muestra fehaciente de que el sector privado es responsable y participe de la corrupción que se da todos los días en las diferentes latitudes, y que la perspectiva de víctima cada vez más se va perdiendo del horizonte –por supuesto no en todos los casos. Ahora bien, se encuentra clara esta realidad y se han generado un sinnúmero de iniciativas a nivel

M E T RO P O L I TA N O DE QUITO.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Encargado de esta Unidad Judicial, mediante acción de personal N° 7391-DP172018-MP .Agréguese a los autos los documentos en calidad de medios probatorios, el correspondiente formulario de demandada de incidente de rebaja de pensión alimenticia.- En lo principal, la demanda de incidente de rebaja de pensión alimenticia propuesta por CESAR ANDRES SANDOVAL VARGAS, portador de la cédula de identidad No. 1714349121, reúne los requisitos de ley, por lo que se acepta a trámite PROCEDIMIENTO SUMARIO, de acuerdo al artículo 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos.Consecuentemente: 1) CÍTESE de INMEDIATO al amparo de lo dispuesto en los artículos 20 y 130 numeral 9) del Código Orgánico de la Función Judicial con copia de la demanda y este auto en su calidad de parte demandada a VALERIA ALEXANDRA CARRERA BUSTOS, portadora de la cédula de identidad No. 1720078565, citación que se hará en la dirección señalada por la parte actora, para lo cual remítase el despacho legal suficiente; advirtiéndole a la parte demandada

de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial con sede en Quito y CONTESTAR A LA DEMANDA EN EL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS luego de haber sido citada, conforme a lo establecido en el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, contestación que debe cumplir lo determinado en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal. Caso contrario el proceso se sustanciará en rebeldía de la parte demandada y con las implicaciones que señala la Ley.- 2) La audiencia única establecida en el Art. 333 numeral 4 inciso segundo, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir.- 3) Tómese en cuenta en la Audiencia Única, los medios probatorios presentados por la parte actora así como la documentación aparejada al formulario de la demanda. 4) Ofíciese conforme solicita.- F) Ab. BRENDA LEONOR PONCE TOALA JUEZA Lo que comunico para los fines de Ley. DRA. ENCALADA LUCIA NARVAEZ SECRETARIA Hay firma y sello PAC21587fa

global para reforzar las prácticas empresariales, si las podemos llamar “prácticas saludables”, en el mundo empresarial para evitar el cometimiento de conductas corruptas. Es importante que los conceptos de integridad sean el pan diario en las estructuras empresariales, sin importar su desarrollo organizacional, desde las más pequeñas, hasta las más grandes. Claro está, que dependiendo de su capacidad económica y montos de contratación, deberá variar la intensidad de los mecanismos de control y de organización para evitar el cometimiento de delitos, cuestión que ya ha sido manifestada por gran parte de autores sobre derecho penal económico, tales como Carlos Gómez-Jara. No obstante, el Estado es el encargado de velar por el cumplimiento de las medidas establecidas por la misma convención, pero sobre todo, de exigir a las diferentes entidades del sector privado que cumplan un rol transparente, íntegro y serio de manera conjunta, para poder tener resultados eficaces para la ciudadanía5 que se encuentra expectante e impotente ante tan complejos fenómenos. En nuestro país podemos encontrar que existe un margen tolerable respecto a la corrupción entre las propias entidades del sector privado, no existen tipos penales que establezcan delitos relacionados a la corrupción en los negocios, como en algunos sis-

temas jurídicos en materia penal, tal es el caso del sistema español que establece en sus artículos 286 bis, ter y quater, conductas de corrupción en el sector privado-comercial, de competencia, entre particulares y deportiva6. Buscando limitar las prácticas comerciales que desafíen la sana competencia y las conductas lesivas al mercado y los diferentes particulares. En el Ecuador dentro de este gran espacio que nos queda mucho por trabajar, podemos reconocer que la responsabilidad penal de las personas jurídicas establecidas en el artículo 49 del COIP, es un gran paso para esta causa que guarda armonía con las obligaciones internacionales reconocidas en los dos instrumentos antes mencionados. Sin embargo, existen algunas cuestiones por definir respecto a la culpabilidad y el defecto de organización –en especial sobre los programas de cumplimiento normativo- que es un punto clave para aterrizar la responsabilidad por el hecho propio. En definitiva, es importante sensibilizar y buscar la toma de conciencia de que la corrupción en el ámbito privado, que se puede dar por prácticas desleales o sobornos entre proveedores, por ejemplificar, aun sigue siendo un punto gris para el Estado ecuatoriano, o pudiéramos decir, socialmente aceptada como una práctica comercial legal y legítima. Sobre todo, cuando en varios países se

Sustituir el amor propio por el amor a los demás es cambiar un tirano insufrible por un buen amigo. C o n c e p c i ó n A r e na l

EJECUTIVOs EXTRACTO CASILLA 219 CITACIÓN JUDICIAL A: ZAMBRANO MACIAS SARA GEOCONDA, JUICIO: EJECUTIVO No. 17230-2018-06065 CUANTIA: 4.165,29 USD ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO D ON BOSCO, JAC K EDUARDO VELOZ CABEZAS, PROCURADOR JUDICIAL D E M A N DA D O : SARA GEOCONDA ZAMBRANO MACÍAS y BERTHA MARÍA IBARRA RIVERA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 4 de mayo del 2018, las 08h27, VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha,

y en virtud del sorteo electrónico de ley que precede.- La demanda que antecede presentada por la Cooperativa de Ahorro y Crédito Don Bosco, en contra de las señoras Sara Geoconda Zambrano Macías (deudora principal); y, Bertha María Ibarra Rivera (garante); es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), además se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que al tenor de lo previsto en el numeral 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios

probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CÍTESE a las demandadas señora SARA GEOCONDA ZAMBRANO MACÍAS y BERTHA MARÍA IBARRA RIVERA; en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará en copias; la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial; para el efecto, envíese suficiente despacho en forma a la oficina correspondiente a fin de que se dé cumplimiento con esta diligencia (la parte accionante provea de las copias necesarias para la citación); las demandadas, conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos los documentos adjuntos a la demanda. Téngase en cuenta el casillero judicial y casillero electrónico designado por la compare-

han tipificado desde hace algunos años tipos penales que buscan enfrentar esta realidad globalizada. Y que se encuentra enquistada en la cultura empresarial y social. Aunque tenemos algunos interesantes avances normativos, no existe un pleno cumplimiento del artículo 12 de la Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción, que es sumamente importante para tener una lucha eficaz contra la corrupción. Cambiar aspectos culturales no se logra con la promulgación de una ley o de un decreto, se logra con intenso trabajo social y de conciencia, y desde las diferentes ramas o pilares claves que tiene un Estado democrático funcional. Autor: Ab. Pedro Martín Páez Bimos (Mg) Corporate Defense

___________________ Al respecto la Constitución establece responsabilidades y obligaciones fundamentales en la lucha contra la corrupción, estableciendo un estándar ontológico amplio en las diferentes actuaciones de los servidores públicos y la ciudadanía. Constitución de la República del Ecuador. Art 3.8 y 83.8. Un ejemplo de estas prácticas es la el “Pacto Mundial” que establece como un punto importante la transparencia y lucha contra la corrupción. Naciones Unidas. Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción. Mérida, México. 2003. Artículo 12. Abriendo Trocha. Diario el País. Las “trenzas en la corrupción”. https://elpais.com/internacional/2018/11/02/america/1541115820_242849. html Diario la Nación. Las empresas y la corrupción. https://www.nacion.com/opinion/foros/lasempresas-y-la-corrupcion/56QJVXUTFFGL5DD XLLB5UZIMBE/story/ BOE. Ley Orgánica 10/1995 “Código Penal”. Artículo 286 bis, ter y quater.

ciente para sus posteriores notificaciones; así como, la calidad en la que comparece y la autorización que les confiere a sus defensores técnicos. Actúe Dra. Rosa Guerrero Castro, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE..- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, martes 23 de octubre del 2018, las 13h55, Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de la parte demandada; se dispone: CÍTESE, a la parte demandada señora: ZAMBRANO MACIAS SARA GEOCONDA, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE...- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de

señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello P PL/72149/ms REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL) EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: BYRON SEGUNDO UQUILLAS VIVANCO JUICIO: No. 17230-201805891 ACTOR: COOP DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO DEMANDADOS: BYRON S EG U N D O U Q U I L L AS VIVANCO CUANTIA: USD 2.606,20 dólares de los Estados Unidos de América PRETENSIÓN: Que se le condene al demandado al pago del capital adeudado constante en el pagaré a la orden el mismo que asciende a la suma de 1.512,51 dólares, más el interés a la tasa efectiva anual del 23.5% que asciende a la suma de 216,36 dólares, la máxima tasa de interés por mora, el pago de gastos judiciales y extrajudiciales, inclusive los


honorarios profesionales del abogado patrocinador. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 31 de mayo del 2018, las 15h37, VISTOS: En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.3 del Código Orgánico General de Procesos COGEP.Vista la demanda presentada se tiene: Antecedentes: Comparece la señora MARIA CRISTINA JARAMILLO GARCES, en su calidad de Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Don Bosco”, expone sus generales de ley y manifiesta que demanda al señor BYRON SEGUNDO UQUILLAS VIVANCO en su calidad de deudor principal, , por el pago del capital adeudado constante en el pagaré a la orden, más el interés a la tasa efectiva anual del 23.5%, la máxima tasa de interés por mora vidente a la fecha, pago de gastos judiciales, extrajudiciales, y pago de honorarios de su abogado patrocinador. . En tal virtud se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Una vez revisada la demanda presentada, dentro del término establecido en el artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, en atención a lo consagrado en el artí-

culo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 348 y 349 ibídem, pues se fundamenta en un Pagaré a la Orden que constituye título ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347.5 y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Ejecutivo, establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP.- SEGUNDO.CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto interlocutorio a la parte ejecutada señor BYRON SEGUNDO UQUILLAS VIVANCO en su calidad de deudor principal, en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del COGEP, para el efecto envíese documentación necesario al departamento de citaciones, se ordena que se le haga conocer al demandado por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual, el secretario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. Actos que deberán practicarse en el momento oportuno.- TERCERO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN.- Conforme lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 días a fin de que el ejecuta-

Casilla 4508 EXTRACTO DE CITACIÓN A: los señores DIEGO PATRICIO DIAZ RIVERA Y MARIA NANCY DIAZ RIVERA LES HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio Ejecutivo No. 17233-2017-02202, seguido por BANCO PICHINCHA C.A. S.A.: les hago saber lo siguiente: TRÁMITE: EJECUTIVO ACCION: Cobro de pagare a la orden CUANTIA: USD $ 7.963,76 OBJETO DE LA DEMANDA: “ Que mediante sentencia se condene a los demandados al pago y/o ejecución de la obligación ejecutiva, es decir, al pago inmediato de la totalidad del capital insoluto, descrito en el Titulo Ejecutivo (Pagare a la Orden), correspondiente a los valores pendientes de pago por el deudor, (obligación, clara, pura, determinada, liquida y actualmente exigible), que ascienden a Tres Mil Setecientos Cinco 79/100 Dólares de los Estados Unidos de América ( USD 3.705,79); Al pago de los intereses normales, intereses por mora, seguro de desgravamen y la gestión de gasto por mora, valores provenientes del incumplimiento de la obligación los cuales en la actualidad ascienden a Cuatro Mil doscientos cincuenta y siete 76/100 Dólares de los Estados Unidos de América (USD 4.257,97).- f) Actor AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- VISTOS.- En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, avoco conocimiento de la preste causa, según acción de personal No. 3582-DP17-2017-MP.- En lo principal: PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y, por cuanto el pagare a la orden que adjunta constituye título ejecutivo al tenor de lo previsto en el Art. 347 numeral 5 ibídem, en concordancia con el Art. 486 del Código de Comercio, misma que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible conforme lo determina el Art. 348 del mismo COGEP; en tal virtud se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.- CONTESTACIÓN.- Se concede a la parte demandada el término de QUINCE (15) días para que conteste a la demanda conforme lo determina el Art. 351 del COGEP, contestación que deberá reunir los requisitos de los Arts. 142, 143, 151, 152 y demás pertinentes ibídem; de ser el caso deberán proponer alguna de las excepciones previstas en el Art. 353 ibídem, bajo prevención que, de no hacerlo SE PRONUNCIARÁ SENTENCIA, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del mismo cuerpo legal.- TERCERO.- CITACIÓN.Se ordena la citación en el lugar señalado a los demandados señores DIEGO PATRICIO DIAZ RIVERA, por sus propios y personales derechos, en calidad de deudor; y, a los cónyuges MARIA NANCY DIAZ RIVERA y MANUEL ALEJANDRO SEVERO CARRIÓN MEDINA, por sus propios derechos por los derechos que representan de la sociedad conyugal por ellos conformada, a quienes se les citará con una copia de la demanda y este auto inicial, para lo cual remítase despacho suficiente a la oficina respectiva a fin de que se practique la citación, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, diligencia que se efectuará por medio de la Empresa Pública de Correos del Ecuador EP.- De acuerdo con el inciso tercero del Art. 53 del COGEP, notifíquese al demandado señor Diego Patricio Díaz Rivera en el correo proporcionado por la parte actora, sin perjuicio de efectuar la citación en la forma dispuesta.- La parte actora comparezca a esta Unidad Judicial y proporcione las copias para la citación de los demandados.- CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.- De ser procedente, previo ejercicio de admisibilidad, se dispondrá la producción de los medios probatorios anunciados por la parte actora.- Incorpórense al proceso la documentación aparejada a la demanda.- A la parte accionada se le hace conocer que el proceso se encuentra a su disposición en esta Unidad Judicial para su revisión.- QUINTO.- Regístrese la casilla judicial y los correos electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la calidad en la que comparece su abogado defensor.- Actúe la Ab. Lourdes González en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f.- Dr. Eduardo González Solorzano, Juez. AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 9 de enero del 2019, las 15h52, Juicio No. 17233-2017-02202 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 9 de enero del 2019, las 15h48. VISTOS: Por cuanto de autos consta la declaración bajo juramento de desconocimiento de domicilio o residencia de los demandados, señores DIEGO PATRICIO DIAZ RIVERA, por sus propios y personales derechos, y, a MARIA NANCY DIAZ RIVERA, en tal virtud por medio de Secretaria remítase el extracto correspondiente para realizar la citación por la prensa conforme el Art. 56 del COGEP. Notifíquese.- f.- Dr. Eduardo González Solorzano, Juez

Hay firma y sello

Ab. Lourdes González G. SECRETARIA PAB21592fa

do señor BYRON SEGUNDO UQUILLAS VIVANCO cumpla con la obligación, formulen oposición, reconvengan o propongan excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención que estipula la norma del artículo 352 del Código citado.- CUARTO.ANUNCIO DE PRUEBA.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el título Anuncio de los Medios de Prueba de su demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer.QUINTO.Téngase en cuenta la cuantía señalada y agréguese al expediente la documentación que adjunta la parte actora.SEXTO.- NOTIFICACIONES y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por el compareciente para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a su Defensor Técnico.- Actúe la doctora Patricia Feijoo en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 5 de octubre del 2018, las 14h53, VISTOS: En atención a la declaración bajo juramento de descono-

Sólo los tontos han creado progresos en el mundo, porque los listos se han adaptado a lo que había sin necesidad de inventar. G e o r g e B e r na r d S h aw cimiento del domicilio del demandado, se dispone que se emita los extractos de citación del demandado para que se realice las Publicaciones en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, de conformidad al numeral 1 del artículo 56 del COGEP.NOTIFÍQUESE.- f) DR. EDWIN GERMAN PANCHO MALES.JUEZ Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. PATRICIA M. FEIJÓO C. SEC RE TA RIA UN IDA D JUDICIAL CIVIL SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO-COGEP Hay firma y sello P PL/72149/ms REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A GALO FERNANDO FIERRO LUNA ACTOR: JACK EDUARDO VELOZ CABEZAS, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO DEMANDADOS: MANUELA

TAMBILLO, 14 DE ENERO DEL 2019

CONVOCATORIA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE ESTUDIANTIL E INTERINSTITUCIONAL TAMBILLO S.A.

Se convoca a los señores Accionistas de la Compañía DE TRANSPORTE ESTUDIANTIL E INTERINSTITUCIONAL TAMBILLO S.A, a la Junta General Extraordinaria, que se realizará el día lunes 28 de enero del 2019, a las 15h00, en el domicilio principal de la compañía, ubicado en la calle San Francisco No. 184 y calle E, de la parroquia Tambillo, del cantón Mejía, Provincia de Pichincha, para tratar el siguiente orden del día: 1. Constación del quórum e instalación de la junta; 2. Cambio de Nombre; y, 3. Reforma del Estatuto Social, Artículo Uno.- NOMBRE Se convoca de manera especial al señor RAMIRO AUGUSTO TACO GUASUMBA, en su calidad de comisario de la compañía. Atentamente, SR. MANUEL GONZALO CRIOLLO PANELUISA GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE ESTUDIANTIL E INTERINSTITUCIONAL TAMBILLO S.A PAC111313fa

LUCIA FIERRO LUNA Y GALO FERNANDO FIERRO LUNA JUICIO No. 17230-201812680 TRAMITE: EJECUTIVO F EC H A DE INICIO: 24/08/2018 CUANTIA: $ 2.127,66 JUEZ PONENTE: DRA. LIZBETH RON CADENA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 6 de septiembre del 2018, las 14h57, VISTOS: Agréguese al expediente el escrito que antecede.. En lo principal dispongo: PRIMERO La demanda presentada por MARIA CRISTINA JA RA M I L LO GA RC ES, Gerente y Representante de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO, es clara, precisa y contiene los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), además se fundamenta en el cobro de un Pagaré a la Orden aparejado a la demanda, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 Ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- SEGUNDO De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.TERCERO.- CÍTESE a los demandados en la presente causa señores: 1) MANUELA LUCIA FIERRO LUNA , en la dirección señalada; para lo cual se remitirá el despacho correspondiente 2) Se señala para el día 10 de septiembre de 2018, a las 15h30, para que comparezca el accionante a esta Unidad Judicial de lo Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, ubicada en el quinto piso del edificio Complejo Judicial Norte, avenida Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito, para que rinda el juramento de la imposibilidad determinar el domicilio o residencia del demandado GALO FERNANDO FIERRO LUNA, y que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicarla, incluso acudir a los registros de público acceso, conforme a lo determinado en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de QUINCE (15) DÍAS, contados a partir de la citación comparezca a juicio, cumpla con la obligación o conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando

para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- CUARTO Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y electrónica señaladas.- NOTIFIQUESE.- F) DRA. LIZBETH RON CADENA.JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 27 de septiembre del 2018, las 13h25, VISTOS:.- De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. Cítese a la parte demandada GALO FERNANDO FIERRO LUNA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.-F) DRA. LIZBETH RON CADENA.JUEZA. Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 09 de octubre del 2018. Certifico.DR. PAUL ANDRES TAPIA SECRETARIO Hay firma y sello P PL/72149/ms EXTRACTO JUDICIAL CAUSA NRO. 17230-201806060 UNIDAD JUDICIAL CIVL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: HIDALGO GUZMAN KARINA ALEJANDRA ACTOR: MARIA CRISTINA JA RA M I L LO GA RC ES, REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO. DEMANDADOS: HIDALGO GUZMAN KARINA ALEJANDRA JUICIO: 17230- 2018-06060 MATERIA CIVIL: EJECUTIVO.COBRO DE PAGARE A LA ORDEN CUANTÍA: $ 779,14 DEFENSOR: AB. JACK VELOZ CABEZAS CASILLA JUDICIAL: 219 CORREO ELECTRÓNICO: Jack-veloz@hotmail.com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: Con el pagaré a la orden adjunto a esta demanda, el cual constituye título ejecutivo y la obligación contenida en él es exigible en vía ejecutiva, amparado en lo que dispone el Art. 347 numeral 5 y el Art. 348 del Código Orgánico General de Procesos y Arts. 486 y 488 del Código de Comercio, demando en PROCEDIMIENTO EJECUTIVO a la señora Karina Alejandra Hidalgo Guzmán, a fin de que se le condene al pago del capital adeudado constante en el pagaré a la orden, el mismo que asciende a la suma de QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 00/100 ($ 500,00), más en interés a la tasa efectiva anual del 23,5%, que asciende a la suma de TREINTA Y NUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 92/100 ($ 39,92), la máxima tasa de interés por mora vigente a la fecha de que su autoridad ordene el pago; y, el pago

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de todos los gatos judiciales extrajudiciales, inclusive los honorarios profesionales de mi abogado patrocinador..Dr. LEONARDO ANDRES EGUIGUREN BERMEO.JUEZ.- AUTO ADMISORIO.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Quito, lunes 14 de mayo del 2018, las 13h39, VISTOS.- Dr. Leonardo Andres Eguiguren Bermeo, Juez de la Unidad Judicial Civil de la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, mediante acción de Personal Nro. 9637-DNTH2017-CIP, del 30 de noviembre de 2017 del Consejo Nacional de la Judicatura; avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo de ley. En lo principal, se dispone: 1.- La demanda que antecede presentada por María Cristina Jaramillo Garces en calidad de Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito DON BOSCO, conforme lo justifica con la documentación adjunta es clara, precisa, completa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo cuerpo legal invocado; por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- 2.- Se ordena la citación de la demandada señora KARINA ALEJANDRA HIDLGO GUZMÁN, en la dirección indicada en el libelo de demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. El accionante proporcione las copias necesarias.- 3.- En aplicación de los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el TÉRMINO DE QUINCE DÍAS (15 días) para que la demandada proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del citado código, y en el caso de formular oposición acompañen la prueba de conformidad con lo dispuesto en el Art. 351 inciso 5 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esta resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Tómese en cuenta el casillero judicial No. 219 y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.OTRO AUTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, miércoles 3 de octubre del 2018, las 15h32, En virtud del juramento rendido en acta de 01 de octubre del 2018, CITESE a la parte demandada señora HIDALGO GUZMAN KARINA ALEJANDRA por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto respectivo.NOTIFÍQUESE.-

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Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- CERTIFICO.ABG. JESUS VICENTE DE LA CRUZ HARO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P PL/72149/ms R. DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: MARLENE MARICELA QUISHPE CAHUATIJO ACTOR: ABG. VELOZ CABEZAS JACK EDUARDO PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO DEMANDADA: MARLENE MARICELA QUISHPE CAHUATIJO TRAMITE: PROCEDIMIENTO EJECUTIVO No.17233-02848 CUANTIA: USD $ 652,54 OBJETO: Que se condene a la demandada al pago del valor adeudado, intereses, gastos judiciales y extrajudiciales y honorarios profesionales del abogado de la parte actora. FUNDAMENTO LEGAL.Arts.347 numeral 5 y 348 del Código Orgánico General de Procesos, 486 y 488 del Código de Comercio. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 5 de julio del 2018, las 08h43. VISTOS.-Agréguese el escrito presentado por la parte accionante. Por cuanto se ha dado cumplimiento al auto que antecede, se dispone: PRIMERO: La demanda y el escrito de aclaración a la demanda presentada por María Cristina Jaramillo Garcés en calidad de Gerente General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Don Bosco es clara, precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 5 del artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código, por lo que, se CALIFICA y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Téngase en cuenta la cuantía señalada. SEGUNDO: En consecuencia, la demandada MARLENE MARICELA

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Revista judicial C4

MARTES 15 de ENERO de 2019 La Hora Quito, ecuador

QUISHPE CAHUATIJO; conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días conteste la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. TERCERO: CÍTESE con el contenido de la demanda, escrito de aclaración, copia de los documentos adjuntos y el presente auto, a la demandada MARLENE MARICELA QUISHPE CAHUATIJO en el lugar señalado mediante deprecatorio virtual a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del Cantón Mejía, en la forma prevista en el Art. 54 o 55 del COGEP, previniéndoles de la obligación de señalar casillero judicial y/o electrónico para sus notificaciones.-CUARTO.Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda. Téngase en cuenta el casillero judicial y correos electrónicos señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensor.-NOTIFÍQUESE. f) CHALÁN GUAMÁN MYRIAM VIVIANA.-JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 26 de septiembre del 2018, las 14h18. VISTOS.-Por cuanto el ABG. VELOZ CABEZAS JACK EDUARDO, en cumplimiento de lo ordenado en providencia que antecede ha rendido juramento en calidad de PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO, téngase en cuenta la calidad en la que comparece.- Cítese a la demandada MARLENE MARICELA QUISHP E CAHUATIJO mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.-Remítase al casillero judicial de la parte actora el extracto correspondiente.Notifíquese. f) CHALÁN GUAMÁN MYRIAM VIVIANA.JUEZA Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico y correos electrónicos para sus notificaciones..-CERTIFICO. CHECA ALTUNA ROSARIO ELIZABETH SECRETARIA Hay firma y sello P PL/72149/ms RAZON correspondiente al Juicio No. 1723020181560(19613346) REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL A WALTER ANTONIO CAGUA MÁRQUEZ JUICIO No. 17230-201800531 ACTOR: MARIA CRISTINA JARAMILLO GARCÉS, GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “DON BOSCO” DEMANDADOS: WALTER ANTONIO CAGUA MARQUEZ TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD. $ 680,00 JUEZ: AB. GABRIELA LEMOS TRUJILLO SECRETARIA: AB. TANIA VILLARREAL PRETENSIÓN: Que se condene al demandado al pago del capital adeudado constante en el pagaré a la orden, mismo que asciende a USD $420,65 más el interés a la tasa efectiva anual del 23.5% que asciende a USD. 25,03, la máxima tasa de interés por mora vigente a la fecha que se ordene el pago, gastos judiciales y extrajudiciales, honorarios profesionales. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 8 de febrero del 2018, las 14h14, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.PRIMERO: CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- La demanda presentada, es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y se fundamenta en el pagare a la orden que adjunta, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- SEGUNDO.- En consecuencia, la parte demandada señor CAGUA MARQUEZ WALTER ANTONIO, en el término de QUINCE (15) días, conteste a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP, pague la obligación o proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. TERCERO.CÍTESE al demandado, en el lugar señalado en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 53 y siguientes del COGEP. Para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.-

JUDICIAL QUITO

QUINTO.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones y la autorización que confiere a sus abogados patrocinadores.- NOTIFÍQUESE.- F. Jenny Tafur (Jueza). UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 27 de agosto del 2018, las 16h18, En mérito del juramento rendido por el actor, que manifiesta “…que se han efectuado todas las diligencias necesarias para ubicar a WALTER ANTONIO CAGUA MÁRQUEZ como acudir a los registros de público acceso, ha sido imposible determinar su domicilio o residencia…”; en tal virtud, CÍTESE con el contenido de la demanda y presente providencia al prenombrado demandado por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, conforme lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; para dicho efecto remítase el extracto correspondiente al casillero judicial señalado.- NOTIFÍQUESE. F. AB. GABRIELA LEMOS (JUEZA). Lo que pongo en su conocimiento, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito y casilla electrónica para posteriores notificaciones. Ab. Tania Villarreal SECRETARIA Hay firma y sello P PL/72149/ms REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: GADULA ELENA VERA GANCHOZO JUICIO: No. 17230-201805892 ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “ DON BOSCO “. DEMANDADO: GADULA ELENA VERA GANCHOZO. OBJETO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUEZ PONENTE: DR. OSCAR RAMIRO CALERO SANCHEZ TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 27 DE ABRIL DEL 2018 CUANTIA: MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 77/100 ( $ 1.395,77 ). AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 9 de mayo del 2018, las 15h22, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez de la Unidad Judicial, y en virtud del sorteo realizado, se considera: La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) , al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- Se ordena la citación del demandado GADULA ELENA VERA GANCHOZO, en el domicilio señalado.- Para el efecto, la parte actora provea

No hay salud política cuando el Gobierno no gobierna con la adhesión activa de las mayorías sociales. J o s é O r t e ga las copias necesarias para la presente diligencia; hecho que sea, remítase despacho suficiente a la Oficina de Citaciones.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.Agréguese al proceso los documentos adjuntos y téngase en cuenta el anuncio de prueba por parte del accionante.- Tómese en cuenta la autorización al abogado defensor, el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ- JUEZ.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 29 de octubre del 2018, las 16h05, Atento al juramento rendido por el AB. JACK VELOZ CABEZAS, PROCURADOR JUDICIAL DE LA SEÑORA MARIA CRISTINA JARAMILLO GARCES, EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “DON BOSCO “, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada GADULA ELENA VERA GANCHOZO, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editen en esta ciudad de Quito, mediante tres fechas distintas, la publicación contendrá un extracto de la demanda y providencia respectiva.Notifíquese.- F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ- JUEZ Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. LIGIA GUERRERO MEDINA SEC RE TA RIA UN IDA D JUDICIAL CIVIL SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P PL/72149/ms REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. C.O.G.E.P.

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G a ss e t

CITACION JUDICIAL PARA: LUIS ALONSO VARGAS LASO y MARIA JOSE VIZCAINO RUANO JUICIO EJECUTIVO NO. 17230-2018-06063 JUEZ PONENTE: DR. Luis Fernando Landázuri Salazar SECRETARIA: MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ MATERIA: CIVIL TIPO PROCESO: EJECUTIVO ACCION: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO DEMANDADO: LUIS ALONSO VARGAS LASO y MARIA JOSE VIZCAINO RUANO CUANTIA: US$5105,53 EXTRACTO DE LA DEMANDA (…) Del pagaré a la orden adjunto, con fecha 11 de agosto del 2015, mi representada entregó en calidad de préstamo la suma de USD4000,00, a favor del señor Luís Alonso Vargas Laso, y a su cónyuge señora María José Vizcaíno Ruano. De manera sorpresiva en el mes de mayo del año 2017, los deudores ahora demandados dejaron de cancelar sus obligaciones mensuales y pese a los constantes requerimientos que amablemente le ha realizado la Cooperativa de Ahorro y Crédito Don Bosco no han cancelado el saldo deudor. Se encuentran adeudando de plazo vencido, parte del capital del crédito concedido más el interés nominal del 22.5% y el interés de mora convenidos en el pagaré a la orden. Se demanda el pago a partir del dividendo No. 19.PRETENSIÓN: (…) Se condene al pago del capital adeudado que asciende a la suma de DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 22/100 ($2.386,22) MÁS EL INTERÉS A LA TASA EFECTIVA ANUAL DEL 22.5% QUE ASCIENDE A ($562,85), LA MÁXIMA TASA DE INTERÉS POR MORA VIGENTA A LA FECHA Y EL PAGO DE TODOS LOS GASTOS J U D I C I A L ES Y EXTRAJDICIALES, INCLUISVE LOS H O N O R A R I O S PROFESIONAES DEL ABOGADO PATROCINADOR. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. - Quito, miércoles 9 de mayo del 2018, las 16h25, VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo realiza-

do. 1) La demanda que antecede es clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma que se fundamenta en un documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo Código, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 2) Cítese a la parte accionada LUIS ALONSO VARGAS LASO y MARIA JOSE VIZCAINO RUANO, en el lugar que se indica; de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico; para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones.- 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. 5) Agréguese la documentación que se acompaña. Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada, casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. Actúe la Dra. Miriam Vizcarra, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) Dr. Luis Fernando Landázuri Salazar, Juez.- CERTIFICO.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUTIO, PROVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, viernes 5 de octubre del 2018, las 15h41, VISTOS: En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la parte demandada VARGAS LASO LUIS ALONSO y VIZCAINO RUANO MARIA JOSE, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Luis Fernando Landázuri Salazar, Juez.- CERTIFICO Lo que comunico a usted (s) para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico, para

AVISO A LOS ACREEDORES DE TRAECO CIA. LTDA., EN LIQUIDACION En mi calidad de Liquidador de la compañía TRAECO CIA LTDA., EN LIQUIDACIÓN, conforme a lo dispuesto y para los efectos determinados en el Artículo 393 de la Ley de Compañías, se notifica a los Acreedores de la compañía de mi representación, para que en el término de veinte días contados a partir de la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho en las oficinas de la compañía TRAECO CIA. LTDA., EN LIQUIDACIÓN, ubicadas en la calle Urcesino Baquero N16-99, Puembo Mangahuantag, Distrito Metropolitano de Quito. Sr. Jorge Proaño Dollera Liquidador

PAR/110046/AT

sus notificaciones, conforme dispone la ley.MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello P PL/72149/ms EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: A LA SEÑORA PATIÑO SIMBAÑA LUZ CARMEN ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DON BOSCO, JARAMILLO GARCES MARIA CRISTINA (REPRESENTANTE) DEMANDADO/A: PATIÑO SIMBAÑA LUZ CARMEN JUICIO No: 17230-201707050 CUANTIA: DOSCIENTOS VEINTE Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 225,oo) TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: AL PAGO DEL CA P I TA L A D E U DA D O CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN, EL MISMO QUE ASCIENDE A LA SUMA DE CIENTO VEINTE Y OCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS, MÁS LOS INTERÉS A LA TASA EFECTIVA ANUAL DEL VEINTE Y DOS PUNTO CINCO POR CIENTO QUE ASCIENDE A LA SUMA DE DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CUARENTA Y UN CENTAVOS, LA MÁXIMA TASA DE INTERÉS POR MORA VIGENTE A LA FECHA, LA COMISIÓN DE UN SEXTO POR CIENTO DEL CAPITAL, AL PAGO DE GASTOS PROCESALES Y E X T RA J U D I C I A L ES Y HONORARIOS PROFESIONALES.JUEZ: DRA. CINTHYA GUADALUPE MOLINA DEFENSOR: AB. JACK VELOZ CABEZAS FECHA DE INICIO: 16-052017 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON

SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO.- VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por la señora MARIA CRISTINA JARAMILLO GARCES, en calidad de Gerente y representante legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Don Bosco”, conforme se halla justificado de autos, es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en un pagare a la orden que adjunta y que obra a fojas 4 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- SEGUNDO: En consecuencia, la demandada LUZ CARMEN PATIÑO SIMBAÑA, en el término de QUINCE (15) días, conteste la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme a lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el apartado denominado “ANUNCIO DE PRUEBA” de la demanda en lo que hubiere lugar; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO: CÍTESE con el contenido de la demanda, el escrito que antecede y el presente auto, a la demandada señora LUZ CARMEN PATIÑO SIMBAÑA, en el lugar señalado en el escrito que antecede y cro-

CONVOCATORIA De conformidad con lo previsto en la Ley y en los Estatutos de la Compañía, se convoca a los socios de “Coretrading Cía. Ltda.”, a Junta General Ordinaria, que se llevará a cabo el día lunes, 30 de Enero de 2018, a partir de las 10H00 (10.00 a.m.), en el local de la empresa, situado en la Avenida Naciones Unidas No. 1084, Edificio La Previsora, Oficina 606, de esta ciudad, para conocer y resolver sobre los siguientes puntos del orden del día: 1.- Informe del Representante Legal del ejercicio de 2018; 2.- Conocimiento y resolución del Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias del ejercicio económico 2018; 3.- Conocimiento y resolución sobre la actividad de Coretrading Cía. Ltda., de conformidad con el numeral 8, del artículo 231 de la Ley de Compañías. Los documentos a ser conocidos en la Junta, se encuentran a disposición de los socios en la Oficina de la Compañía. Quito, a 14 de Enero de 2019 Julio Correa Presidente, Representante Legal

PAR/110053/AT


quis adjunto; para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones, para lo cual la parte actora facilite las copias necesarias.- QUINTO: No se ordena el desglose solicitado por la parte actora, de conformidad al numeral 4 del Art. 196 del COGEP. Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda y escrito anterior. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensor técnico.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO.- Quito, lunes 9 de julio del 2018, las 09h41, En vista de la declaración bajo juramento realizado por la parte accionante de las gestiones que ha realizado para dar con el paradero del demandado y de la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia del demandado, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la señora PATIÑO SIMBAÑA LUZ CARMEN, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación que se editen en esta ciudad; por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda y de las providencias respectivas.NOTFIQUESE Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. LOURDES TAYA A. SECRETARIA Hay sello y firma P PL/72149/ms REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: H O OV E R H U M B E R TO MONTENEGRO MARTINEZ y CARMEN MONSERRATE VALDEZ CARBO.DEMANDADOS: HOOVER HUMBERTO MONTENEGRO MARTINEZ y CARMEN MONSERRATE VALDEZ CARBO – JUICIO No. 17230-201806131.TRAMITE: EJECUTIVO. CUANTÍA: SIETE MIL QUINIENTOSL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. AB. DEFENSOR: AB. CARLOS ALBERTO AGUIRRE NOBOA (PROCURADOR JUDICIAL DE BANCO BOLIVARIANO

C.A.). O B J E TO : QUE EN SENTENCIA SE CONDENE A LOS DEMANDADOS AL PAGO DEL VALOR CONSTANTES EN EL PAGARE A LA ORDEN ADJUNTO A LA DEMANDA.UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 7 de mayo del 2018, las 13h26, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil, con sede en la parroquia Iñaquito del D.M., de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.- En lo principal se considera: La demanda presentada por AB. CARLOS ALBERTO AGUIRRE NOBOA, DR. ANGÉL MARCELO QUINATOA VELATA, en calidad de procuradores judiciales del BANCO BOLIVARIANO C.A., conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el pagaré a la orden establecida a fs. 1, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Cítese a la parte demandada en la presente causa, señores HOOVER HUMBERTO MONTENEGRO MARTINEZ y CARMEN MONSERRATE VALDEZ CARBO en calidad de deudores principales, en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará copias de la demanda y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus

futuras notificaciones.- Actúe el Abg. Diego Acuña Naranjo en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 4 de octubre del 2018, las 16h05, En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a los demandados señores HOOVER HUMBERTO MONTENEGRO MARTINEZ y CARMEN MONSERRATE VALDEZ CARBO en calidad de deudores principales, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes.- A través de secretaría remítase al casillero judicial No. 2326 el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello P PL/72166/ms EXTRACTO CASILLA 666 CITACIÓN JUDICIAL A: CARLOS ALBERTO ARCE ARCE JUICIO: EJECUTIVO No. 17230-2017-09640 CUANTIA: 8.500,00 USD ACTOR: ABG. GLENDA HIPATIA LUCERO ALVAREZPROCURADORA JUDICIAL DEL ING. ALEJANDRO RIBADENEIRA JARAMILLO - GERENTE GENERAL DEL BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A. DEMANDADO: CARLOS ALBERTO ARCE ARCE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 14 de Julio del 2017, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil. 1) La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma se fundamenta en un Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 5 del Art. 347 del mismo Código, en armonía con el Art. 486 del Código de Comercio, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, por lo que se admite a trámite mediante

AVISO LLAMADO ACREEDORES

Sufrimos demasiado por lo poco que nos falta y gozamos poco por lo mucho que tenemos. William Shakespeare

procedimiento EJECUTIVO. 2) Cítese al demandado CARLOS ALBERTO ARCE ARCE, en el lugar que se indica; para el efecto remítase suficiente despacho, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica. 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulado por la parte actora. 5) Agréguese la documentación que se acompaña. Téngase en cuenta la comparecencia de la parte accionante debidamente justificada con la documentación adjunta, casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización a su abogado defensor. Notifíquese y Cítese..- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA .-Quito, martes 23 de octubre del 2018, las 11h58, Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de la parte demandada, se dispone: CÍTESE, a la parte demandada señor CARLOS ALBERTO ARCE ARCE, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por la parte actora.NOTIFÍQUESE y CUMPLASE...- F) Dra. Celma Espinoza Venegas.- Jueza. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP)

Hay firma y sello PAR/110010/AT

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: DIEGO EFRAIN GRANDA SIMBAÑA.D E M A N DA D O : D I EG O EFRAIN GRANDA SIMBAÑA.JUICIO No. 17230-201711302.TRAMITE: EJECUTIVO COBRO DE PAGARE A LA ORDEN.CUANTÍA: CUATRO MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.AB. DEFENSOR: DRA. GLENDA HIPATIA LUCERO ALVAREZ (PROCURADORA JUDICIAL DE BANCO GENERAL RUMIÑAHUI). O B J E TO : QUE EN SENTENCIA SE CONDENE AL DEMANDADO AL PAGO TOTAL DEL VALOR CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN MAS INTERESES Y GASTOS JUDICIALES.UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.-Quito, jueves 24 de agosto del 2017, las 11h02, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez encargado de esta Unidad Judicial según Acción de Personal 6330-DP17-2017-MP de fecha 24 de Julio del 2017, en virtud de la ausencia temporal del Dr. Carlos Alfredo Mogro Pérez, Juez Titular de esta Unidad Judicial.- En virtud del sorteo realizado.En lo principal se considera: La demanda presentada por la ABG. GLENDA HIPATIA LUCERO ALVAREZ en calidad de procuradora judicial del ingeniero Alejandro Ribadeneira Jaramillo, gerente general del BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A., conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el pagaré a la orden establecidos a fs. 1, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura,

determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Cítese a la parte demandada en la presente causa, señor DIEGO EFRAÍN GRANDA SIMBAÑA, en calidad de deudor principal en la dirección indicada en la demanda, para lo cual se adjuntará copias de la demanda y del escrito que antecede, copia de los documentos agregados y este auto; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe el Abg. Diego Acuña Naranjo en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-F).AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 24 de abril del 2018, las 14h55, En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese al demandado DIEGO EFRAIN GRANDA SIMBAÑA, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFIQUESE.-F).AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/110011/AT

LLAMAMIENTO A ACREEDORES

Se notifica a todos los acreedores de la Compañía BENALCASA S.A. EN LIQUIDACION para que en el término de veinte días, contados desde la tercera y última publicación de este aviso, se acerquen a la oficina ubicada en la AV. 10 DE AGOSTO NO.2270 Y LUIS CORDERO-PISO 8, correo electrónico: opjayam@gmail. com, y presenten los documentos que acrediten su derecho. Transcurrido dicho término se tomarán en cuenta solo los acreedores que hubieran probado su calidad y a los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía.

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 27 del Reglamento de Disolución, Liquidación, Reactivación de Compañías se notifica a los acreedores de GEOAMBIE CÍA LTDA. "EN LIQUIDACIÓN" para que en el término de veinte días a partir de esta publicación presenten los documentos que acrediten su derecho. Transcurrido este término, se tomará en cuenta a los acreedores que hayan probado su calidad y todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación. Las comunicaciones con sus documentos que acrediten su acreencia deberán presentarse en las oficinas de la empresa ubicadas en la calle De Las Toronjas N49-4S y pasaje Colon sector El Inca, correo electrónico guchaca@hotmail.com. Atentamente,

OMAR PATRICIO JAYA MALDONADO LIQUIDADOR BENALCASA S.A. EN LIQUIDACION P PL/72163ms

LUCIA CAROLINA ARAUJO ROSERO LIQUIDADOR P PL/72174/ms

Revista judicial MARTES 15 de ENERO de 2019 La Hora Quito, ecuador REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: MARIN MORBIONI PAULA VANESSA ACTORA: DRA. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO, EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A. D E M A N DA D O : MARIN MORBIONI PAULA VANESSA JUICIO No. 17230-201708519 TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 19 DE JUNIO DEL 2017 CUANTIA: $ 5.000,oo JUEZ PONENTE: DRA. LIZBETH RON CADENA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 22 de junio del 2017, las 16h32.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, y en virtud a la razón de sorteos..PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.La demanda presentada por la Ab. Glenda Hipatia Lucero Alvarez, en calidad de procuradora judicial del Banco Rumiñahui S.A., se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 348 y 349 ibídem; situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Ejecutivo, establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP.- SEGUNDO.CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda y el presente Auto a la parte demandada la señora PAULA VANESSA MARIN MORBIONI, por sus propios derechos y en calidad de deudora principal, en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del COGEP, Para el efecto envíese atento deprecatorio a la uno de los señores jueces de lo Civil, con asiento en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilleros judicial y electrónico.- TERCERO.SOBRE LA OBLIGACIÓN.Conforme lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 días a fin de que los ejecutados, cumplan con la obligación, formule oposición, reconvengan o propongan excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 del Código citado.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en su demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- SEXTO.-

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Hágase saber a la parte accionante en el casillero judicial y correo electrónico designados para el efecto.Adjúntese al expediente los documentos acompañados a la demanda.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DRA. LIZBETH RON CADENA, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 9 de mayo del 2018, las 14h29, VISTOS: - De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la demandada MARIN MORBIONI PAULA VANESSA , por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- f) DRA. LIZBETH RON CADENA, JUEZA. Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 8 de junio del 2018. Certifico.DR. PAUL ANDRES TAPIA SECRETARIO Hay firma y sello PAR/110012/AT EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: AL SEÑOR CRUZ RODRIGUEZ DIEGO ARMANDO ACTOR: BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S. A. D E M A N DA D O : CRUZ RODRIGUEZ DIEGO ARMANDO JUICIO No: 17230-201708521 CUANTIA: CINCO MIL DOLARES AMERICANOS (USD. 5.000.00) TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: SE CONDENE AL PAGO DEL SALDO DEL CAPITAL, ESTO ES, LA SUMA DE DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS 02/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. 2.576.02), INTERES DE PLAZO, INTERES DE MORA, GASTOS JUDICIALES, COSTAS PROCESALES Y HONORARIOA PROFESIONALES DE LOS ABOGADOS DEFENSORES JUEZ: AB. CECILIA SIMBAÑA QUISHPE DEFENSOR: DRA. MARIA EUGENIA DONOSO FECHA DE INICIO: 19 DE JUNIO DEL 2017 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.Quito, viernes 7 de julio del 2017, las 11h58. VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial Civil con sede en el D.M. de Quito y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, se dispone: PRIMERO:

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Revista judicial C6

MARTES 15 de ENERO de 2019 La Hora Quito, ecuador

La demanda presentada por el es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- SEGUNDO: En consecuencia, El demandado señor DIEGO ARMANDO CRUZ RODRIGUEZ; en el término de QUINCE (15) días, conteste a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO: CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, al demandado señor DIEGO ARMANDO CRUZ RODRIGUEZ, en el lugar señalado en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 53 y siguientes del COGEP. Para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente.- QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados por la parte actora.Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones; y la autorización que confiere a su defensora técnica.- Actué el Dr. Juan Francisco Justicia, en calidad de secretario de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) Dra. Grimanesa Erazo. Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 1 de agosto del 2018, las 15h10, En virtud del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos cítese al señor CRUZ RODRIGUEZ DIEGO ARMANDO, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se de esta ciudad de Quito; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un resumen de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.- Notifíquese.-f) Ab. Cecilia Simbaña Quishpe. Jueza Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en

la presente causa. AB. GUILLERMO OBANDO SECRETARIO Hay firma y sello PAR/110013/AT

GUAPI

EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: AL SEÑOR VASCONEZ PEREIRA DIEGO ANDRES ACTOR: BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A (GLENDA HIPATIA LUCERO ALVAREZ PROCURADORA JUDICIAL) DEMANDADO: VASCONEZ PEREIRA DIEGO ANDRES JUICIO No: 17230-201710430 CUANTIA: CINCO MIL Q U I N I E N TOS 0 0/ 1 0 0 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. 5.500) TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: QUE EN SENTENCIA CONDENE AL PAGO DEL SALDO DE CAPITAL, ESTO ES, LA SUMA DE TRES MIL CIENTO VEINTE 09/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 3.120.09) CONSTANTE EN LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN, INTERÉS DE PLAZO, CALCULADOS A LA TASA DEL 15.20% ANUAL, INTERÉS DE MORA CALCULADO DE ACUERDO A LAS REGULACIONES VIGENTES AL MOMENTO EN QUE SE HIZO EXIGIBLE LA OBLIGACIÓN HASTA SU TOTAL CANCELACIÓN, G ATO S JUDICIALES, COSTAS PROCESALES Y LOS HONORARIOS PROFESIONALES DE SUS ABOGADOS DEFENSORES JUEZ: AB. CECILIA SIMBAÑA QUISHPE DEFENSOR: DR. EDUARDO NIETO BOADA FECHA DE INICIO: 31 DE JULIO DEL 2017 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.Quito, martes 8 de agosto del 2017, las 11h47. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por la Ab. Glenda Hipatia Lucero Álvarez, en calidad de Procuradora Judicial del Ing. Alejandro Ribadeneira Jaramillo, Gerente General del Banco Rumiñahui S.A., como acredita con el instrumento público que acompaña, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO

JUDICIAL QUITO

EJECUTIVO.- SEGUNDO: En consecuencia, el demandado señor DIEGO ANDRES VASCONEZ PEREIRA, en el término de QUINCE (15) días, contesten a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO: CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, al demandado señor DIEGO ANDRES VASCONEZ PEREIRA, en los lugares señalados en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 53 y siguientes del COGEP; previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial y/o electrónico. Para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente; debiendo la accionante proveer de las copias necesarias.- QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados por la parte actora.Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la accionante para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensa técnica.- Actué el Abg. Diego Acuña, en calidad de secretario (e) de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) Dra. Cecilia Simbaña Quishpe. Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 3 de octubre del 2018, las 15h10, En virtud del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos cítese al señor VASCONEZ PEREIRA DIEGO ANDRES, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se de esta ciudad de Quito; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un resumen de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.- Notifíquese.- f) Ab. Cecilia Simbaña Quishpe.Jueza Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. GUILLERMO GUAPI OBANDO SECRETARIO Hay firma y sello

Volved a emprender veinte veces vuestra obra, pulidla sin cesar y volvedla a pulir. B o i l e au - D e s p r é au x , N i c o l a s

PAR/110014/AT REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: CESAR AU G U STO BRAVOMALO CABALLERO. ACTOR: DRA. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO, PROCURADORA JUDICIAL BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO. D E M A N DA D O : C ESA R AUGUSTO BRAVOMALO CABALLERO. JUICIO: 17230-2015-09723. TRAMITE: especial - insolvencia. JUEZ: Dra. Ana Karina Torres Recalde. SECRETARIO: Ab. Zoila Elena Salazar Salazar. CUANTIA: Indeterminada OBJETO DE LA DEMANDA: PETICION Con los antecedentes expuestos y porque se PRESUME la INSOLVENCIA del señor CESAR AUGUSTO BRAVOMALO CABALLERO, Cédula de Ciudadanía No. 1707633689, vengo ante usted, señor Juez y demando la declaratoria de existir lugar a la formación de CONCURSO DE ACREEDORES, en contra del referido deudor, dejando constancia de las ejecuciones para que se las acumule a este proceso. Su Señorita se servirá disponer, en su primera providencia, la ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos del fallido, comunicándose al público en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito y ordenar que se oficie al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Quito, a fin de que dicho funcionario se inhiba de inscribir o registrar cualquier documento o escritura pública, donde consten ventas o traspasos de dominio de los bienes de su propiedad, en favor de terceras personas. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 18 de agosto del 2015, las 11h39. VISTOS: VISTOS.- Por virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez titular de la Unidad Judicial Civil DMQ-Quito, encargado del despacho del Dr. Eduardo González, avoco conocimiento de la presente causa. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la señora Dra. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO, como Procuradora Judicial del Dr. Jorge Iván Alvarado Carrera,

en su calidad de Secretario General Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A., PRODUBANCO, conforme lo justifica con la escritura pública aparejada al libelo de demanda.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y precisa por lo que se la acepta a TRÀMITE ESPECIAL.De las copias certificadas adjuntas se desprende que el señor CESAR AUGUSTO BRAVOMALO CABALLERO (C.C. 1707633689), se halla comprendido en la situación prevista en el artículo 519, numeral 1ro. Del Código de Procedimiento Civil, lo cual se presume su insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores, en consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: Que se ocupen los bienes, correspondencia y demás documentos del fallido que se entregarán al Síndico de concurso Dr. Roberto Almeida, a quien se le nombra en este juicio.- Hágase conocer al público en general de este particular por medio de la prensa.- Que se acumulen todos los juicios en contra de el demandado por obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Prohíbase al demandado ausentarse del lugar del juicio y se ordena que se presente el balance de los bienes con indicación del activo y del pasivo, en el término de ocho días.- Remítase copia de lo actuado a uno de los señores Jueces de lo Penal, para la calificación de la insolvencia.- Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes comuníquese del particular a los señores Notarios y Registrador de la Propiedad del Cantón.- Ofíciese haciéndole conocer del particular a los señores Gerentes de los bancos de la localidad, así como al Registrador Mercantil, Contralor General del Estado; Director del Servicio de Rentas Internas SRI, Superintendencias de Bancos y Compañías, Director Nacional del Seguro Social IESS, Director Nacional de Migración de la Policía Nacional, Comandancia General de la Policía Nacional, Comandancia General del Ejército, Marina y FAE Dirección Nacional de Personal, I. Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, Presidente del Consejo Nacional Electoral, Agencia Nacional de Tránsito, Ministro Fiscal General del Estado, Mutualistas, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio de Relaciones Exteriores,

AVISO DE ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA COTECNA INSPECTION S.A., EN LIQUIDACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 393 de la Ley de Compañías y el Art. 27 del Reglamento Sobre Inactividad Disolución, Liquidación, Reactivación y Cancelación de Compañías Nacionales, y Cancelación del Permiso de Operación de Sucursales de Compañías Extranjeras, se notifica a todos los acreedores de la Compañía Cotecna Inspection S.A. “EN LIQUIDACION” con No. de RUC 1791276523001, para que en el término de veinte días, contados desde la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten sus derechos, en las calles Rumipamba E3-324 y Amazonas, Edificio Torre Carolina, Piso 8, del Distrito Metropolitano de Quito.

Director General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, Dirección Nacional de Transito y Transporte Terrestre de Pichincha.- Publíquese por una sola vez un extracto de la insolvencia en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, de acuerdo a lo previsto en el Art. 509 del Código de Procedimiento Civil.Cúmplase a cabalidad todas estas diligencias ordenadas una vez citado que sea la parte demandada.- Podrá sin embargo el demandado oponerse al presente juicio pagando el valor de lo adeudado o dimitiendo bienes equivalentes al crédito en el término legal de tres días.- Cítese al demandado en el lugar que se indica, mediante comisión librada al señor Teniente Político de la Parroquia San Rafael.Agréguense al proceso los documentos presentados.Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico designado por el actor.CITESE Y NOTIFIQUESE.” F) Ab. Juan Pablo Mariño Tapia, Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 28 de abril del 2017, 10h31. Incorpórese al proceso el escrito que antecede.-Atento lo solicitado por la parte actora, al juramento rendido y la documentación adjunta, cítese al demandado, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto elabórese el respectivo extracto.-NOTIFIQUESE. ” F) Dra. Ana Karina Torres Recalde, juez Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Ab. Zoila Elena Salazar Salazar. SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAR/110015/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: SILVIA LILIANA YEPEZ NAVARRETE, DEL JUICIO EJECUTIVO, PROPUESTO EN SU CONTRA POR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A., PRODUBANCO, DONOSO PROAÑO MARIA EUGENIA, PROCURADORA ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A., PRODUBANCO, DONOSO PROAÑO MARIA EUGENIA, PROCURADORA D E M A N DA D O : S I LV I A LILIANA YEPEZ NAVARRETE JUICIO: No. 17321-20140665 TRAMITE: EJECUTIVO

CUANTIA: USD $ 2.000,oo FECHA DE INICIACIÓN: 29 de julio del 2014 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 29 de julio del 2014, las 15h32.- VISTOS.- En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha. La demanda que antecede es clara, completa y contentiva de los requisitos preceptuados en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, consecuentemente se admite a trámite Ejecutivo, disponiendo que la demandada SILVIA LILIANA YÉPEZ NAVARRETE, en el término de tres días, a partir de la última citación, cumpla con la obligación requerida o proponga todas y cada una de las excepciones que se crea asistida.- Cítese a la accionada en el lugar designado, para el efecto. Téngase en cuenta el domicilio legal que señala la actora, casillero judicial No. 666, la autorización que confiere a su defensor y la calidad con la que comparece. De conformidad al Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copias certificadas en auto, desglósese los documentos aparejados a la demanda, los mismos que serán retirados por la Lcda. Sandra Vargas Drouet. Agréguese la documentación presentada. NOTIFIQUESE.OT RA P ROV I D E N C I A : UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 9 de agosto del 2017, las 12h54.- Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia que antecede, atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a SILVIA LILIANA YEPEZ NAVARRETE, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- NOTIFIQUESE f) Ab. Salto Pintos Luis. Juez.Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. Ab. Víctor Reyes Ch. SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAR/110016/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: KENDAL LOURDES ULLOA MENESES

ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO DEMANDADOS: KENDAL LOURDES ULLOA MENESES CUANTIA: Indeterminada JUICIO ESPECIAL DE INSOLVENCIA No. 173252014-0437 “J U ZGA D O VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 29 de mayo del 2014, las 08h15. VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez titular de ésta Judicatura. En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley; por lo que se la acepta al trámite Especial. De la documentación aparejada por la actora, se presume que la señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses, portadora de la cédula de ciudadanía No.1722325097, se halla inmersa en la disposición del numeral 1° del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se declara a lugar el concurso de acreedores. En consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: La ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos de la demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses, que serán entregados al Síndico de Quiebra doctor Dr. Enrique Guayasamin (Teléfono 0989227511) quien será notificado y posesionado en legal forma en su momento oportuno. Que se acumule todos los juicios seguidos en contra de la demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses, por las obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Acorde a lo previsto en el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, se prohíbe a la demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses, portadora de la cédula de ciudadanía No.1722325097, ausentarse del Territorio Nacional, sin la autorización del Juez que conoce ésta causa; para lo cual mediante oficio notifíquese a la Dirección Nacional de Migración y Extranjería. Por Secretaria ofíciese al señor Ministro Fiscal de Pichincha, a fin de que disponga que uno de los señores Fiscales investiguen el presente estado de Insolvencia de la demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses; y, de encontrar suficientes méritos ordene que un Juez de lo Penal califique el estado de Insolvencia, para esto adjúntese copias certificadas de todo lo actuado. La demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses, queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, debiéndose comunicar este particular al señor Contralor General del Estado, Director Nacional de Migración y Extranjería, Superintendente de Bancos, a fin de que haga conocer de éste particular a las Instituciones del Sistema

AVISO DE ACREEDORES IMAGEN DEL ECUADOR FACEBODY CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN

Transcurrido este término se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su calidad y el de todos los reconocidos como tales en los libros de la compañía.

En mi calidad de Liquidador principal de la compañía IMAGEN DEL ECUADOR FACEBODY CIA. LTDA. EN LIQUIDACIÓN, notifico a todos aquellos acreedores de mi representada, en base al artículo 393 de ia Ley de Compañías y el artículo 27 de la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2016-010, de 06 de octubre de 2016, para que presenten en el término de veinte (20) días contados a partir de la última publicación de este aviso, los documentos que acrediten su derecho, para lo cual deberán acercarse a la calle Noruega 210 y oficina 2C, de esta ciudad de Quito.

José Aparicio Romero Granizo Gerente General y Representante Legal SUPRAQUAM S.A. Liquidador Principal

Ab. Mario Alfredo Moncayo Altamirano Liquidador P PL/72178/ms

P PL/72179/ms


Financiero, Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón, Superintendente de Compañías, Cámara de Comercio de Quito, Cámaras de la Industria y de la Producción; y, Agencia Nacional de Tránsito; para que se abstengan de celebrar contratos o registrarlos en sus casos, limitando de algún modo el dominio de los bienes de la demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses.- Hágase conocer al público en general un extracto de la demanda y el presente Auto de calificación mediante publicación en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad.- Cítese a la demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses, en la dirección que se indica; para tal efecto se comisiona al señor Teniente Político de la Parroquia de San Rafael. La demandada señora Kendal Lourdes Ulloa Meneses, podrá oponerse al presente juicio pagando lo señalado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, en el término de tres días luego de citada.- Agréguese a los autos la documentación adjunta; tómese nota del casillero judicial No. 666 correo electrónico señalado por la actora para recibir sus notificaciones que le correspondan, así como la designación de su abogado defensor.- CITESE Y NOTIFIQUESE”.- f) Dr. Paul Narváez Narváez, JUEZ. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 7 de noviembre del 2017, las 13h55. Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia que antecede, atento al juramento rendido por la actora y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la señora KENDAL LOURDES ULLOA MENESES, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha, para lo cual, entréguese el extracto respectivo. Actué como Secretario encargado el Ab. Luis Santiago Guanoluisa Brito. NOTIFÍQUESE”.- f) Ab. Saltos Pinto Luis Sebastián, JUEZ Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Víctor Geovanny Reyes Chulde SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/110017/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO, DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: ESPINOSA CHIRIBOGA SANTIAGO ANDRÉS, EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA MAQUISERV S. A. ACTOR: DRA. DONOSO PROAÑO MARÍA EUGENIA, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCIÓN S. A. PRODUBANCO. DEMANDADO: ESPINOSA CHIRIBOGA SANTIAGO ANDRÉS, EN CALIDAD DE

GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑÍA MAQUISERV S. A. JUICIO: No. 17230-201504609 (VERBAL SUMARIOCOBRO DE CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE) CUANTIA: USD. 2.000,00 (DOS MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDADOS DE AMÉRICA) BASE LEGAL: Art. 828 del Código de Procedimiento Civil. JUEZ PONENTE: DRA. ILIANA PATRICIA CABRERA SOLÓRZANO, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 6 de abril del 2015, las 09h05. VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de esta Judicatura, mediante Acción de Personal N° 8249-DNTH2014-AMD, de fecha 28 de Octubre del 2014.- En vista de la razón de sorteos que antecede. En lo principal, la demanda presentada por la Dra. María Eugenia Donoso Proaño, Procuradora Judicial del Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que de conformidad a lo previsto en los Arts. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acepta a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, con la demanda presentada y providencia que antecede, hágase conocer a la demandada Compañía MAQUISERV S.A., debidamente representada por su Gerente General señor SANTIAGO ANDRÈS ESPINOSA CHIRIBOGA.Cítese a la demandada Compañía MAQUISERV S.A., debidamente representada por su Gerente General señor Santiago Andrés Espinosa Chiriboga en el lugar que se indica, para lo cual envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la Dra. María Eugenia Donoso Proaño, así como la designación y autorización que confiere a su defensor Dr. Eduardo Nieto Boada.- Tómese en consideración la cuantía determinada en la demanda, así como también el casillero judicial Nª 666, correo señalado. De conformidad a lo previsto en el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copias en autos, se ordena el desglose de los documentos adjuntos a la demanda, debiendo entregarse los mismos a la persona indicada en la demanda.- Actúe en la presente causa la Ab. Martha Cecilia Simbaña Quishpe, en calidad de Secretaria Encargada, mediante acción de personal Nª 0594-DP-UPTH, de fecha 22 de Enero del 2015.- Agréguese al proceso la documentación que se adjunta.- NOTIFÍQUESE.- f) DRA. ROCÍO JAQUELINE AYALA REYES, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 5 de enero del 2018, las 15h31. Por cumplido lo ordenado en providencia de inmediata anterior , y en virtud del juramento rendido por el actor cítese a ESPINOSA CHIRIBOGA SANTIAGO ANDRES, GERENTE GENERAL DE LA COMPAÑIA MAQUISERV SA , con el auto de calificación y esta providencia conforme lo determina el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria con-

fiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- CITESE Y NOTIFIQUESE. f) CABRERA SOLÓRZANO ILIANA PATRICIA, JUEZA. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, electrónico o correo electrónico en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.ABG. ZOILA ELANA SALAZAR SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAR/110018/AT EXTRACTO DE CITACIÓN CITACIÓN JUDICIAL a ADRIANA ISABEL JARAMILLO VILLAMAR, se le hace saber la demanda de JUICIO VERBAL SUMARIO Actor : DRA. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO Procuradora Judicial del Banco de la Producción S.A PRODUBANCO Demandado: ADRIANA ISABEL JA RA M I L LO VILLAMAR Asunto: Cobro de Crédito en Cuenta Corriente Trámite: VERBAL SUMARIO Cuantía: CINCO MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Fundamentos de Derecho: Art. 828 del Código de Procedimiento Civil. Juicio: No. 17230-201607231. JUEZ PONENTE: DR. WILLAM PATRICIO ROMÁN CAÑIZARES UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 06 de Julio del 2016, las 13h12. VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial y encargado de la presente causa.- En lo principal, la demanda presentada por la Dra. María Eugenia Donoso Proaño, en calidad de Procuradora Judicial del BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO, es clara, precisa y por reunir los requisitos de Ley, se la acepta a trámite VERBAL SUMARIO.CITESE a la demandada ADRIANA ISABEL JARAMILLO VILLAMAR, en el lugar que se indica, para lo cual, la parte actora proporcionará las fotocopias necesarias a fin de elaborar las boletas correspondientes y remitirlas a la Oficina de Citaciones.- Téngase en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico señalado para recibir notificaciones.Actúe en calidad de secretario de esta Unidad Judicial el Ab. Segundo Vernaza mediante acción de personal No. 3684-DP17-UPTH-MP.CITESE Y NOTIFIQUESE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 7 de febrero del 2018, las 15h32, VISTOS: Dra. Cabrera Solórzano Iliana Patricia, en reemplazo del despacho del Dr. Patricio Román, avoco conocimiento de la presente causa, mediante acción de personal Nro. 1578-DP17-2018-VS.- En lo principal, por ser el estado de la causa, en mérito del juramento rendido y los documentos anexados por la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada, señora ADRIANA ISABEL JARAMILLO VILLAMAR, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los

Nada va bien en un sistema político en el que las palabras contradicen los hechos. Napoleón periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, para el efecto, por secretaría confiérase el extracto correspondiente, a fin de citar a la parte demandada.- Notifíquese.-y Cúmplase Lo que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico en esta Unidad Judicial Civil del Distrito Metropolitano de Quito, para recibir posteriores notificaciones. Dra. Susana Guarango Jara SECRETARIA Hay firma y sello PAR/110019/AT R. DEL E. www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO C I TAC I O N JUDICIAL PARA: Compañía RINTER S.A., Representada por FRANCISCA ASUNCION PUGLIESE VACA, en calidad de presidenta; y, señor JAIME HUMBERTO JARAMILLO PUGLIESE, en calidad de Gerente General; y, señores JAIME HUMBERTO JARAMILLO PUGLIESE y MENDOZA BRICEÑO DIANA PAOLA -EXTRACTOCAUSA N° 17230-2017- 01919 Materia: CIVIL Tipo proceso: EJECUTIVO Acción/Delito: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A.PRODUCBANCO DEMANDADO: Compañía RINTER S.A., representada por los señores JARAMILLO PUGLIESE JAIME HUMBERTO y PUYO SANTACRUZ JUAN FERNANDO, como deudores principales; y, los señores JARAMILLO PUGLIESE JAIME HUMBERTO y MENDOZA BRICEÑO DIANA PAOLA, en calidad de garantes solidarios OBJETO: Que se condene a los demandados en sus calidades invocadas al pago de: saldo de capital adeudadointerés de plazo; de mora; costas procesales y honorarios profesionales CUANTIA: $ 17.000, oo dólares UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 19 de mayo del 2017, las 08h33. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, y en virtud a la reasignación de procesos efectuada. Agréguese al proceso el escrito y documentación adjunta presentada por el Dr. Eduardo Nieto Boada, defensor de la Dra. María Eugenia Donoso Proaño, Procuradora Judicial del Dr., Jorge Iván Alvarado Carrera, secretario General-Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO, con lo que se advierte el cumplimiento al requerimiento formulado en auto de sustanciación que anterior.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y

contiene los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), además se fundamenta en el cobro de las obligaciones asumidas en el contrato de mutuo con reconocimiento de firmas y rubricas, documento que al tenor de lo previsto en el número 3 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP) constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ejusdem (COGEP), se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada. CÍTESE a los demandados en la presente causa, compañía RINTER S.A., representada legalmente por los señores JARAMILLO PUGLIESE JAIME HUMBERTO y PUYO SANTACRUZ JUAN FERNANDO, como deudores principales y en la forma determinada en el inciso final del artículo 55 del Código Orgánico General de Procesos (en persona o boletas entregadas a sus dependientes en días y horas hábiles); y, a los señores JARAMILLO PUGLIESE JAIME HUMBERTO y MENDOZA BRICEÑO DIANA PAOLA, en calidad de garantes solidarios, en la dirección señalada, para lo cual se adjuntará en copias la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de QUINCE (15) DÍAS, comparezcan a juicio, cumplan con la obligación o contesten la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Para el cumplimiento de la diligencia de citación, la parte actora facilite las copias necesarias. De conformidad al Art. 196.4 del COGEP, se niega el desglose solicitado por la parte actora. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones, y la autorización conferida a sus abogados patrocinadores. Actúe el doctor Nilo Almachi en calidad de Secretario. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DR. FRA N C ISCO GA BR IE L CHACON ORTIZ-JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO

DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 18 de julio del 2018, las 15h59, VISTOS: En lo principal, por cuanto la parte actora ha rendido juramento de conformidad al artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, con extracto de la demanda auto de calificación y el presente auto cítese a la parte demandada compañía RINTER S.A., en las personas de sus representantes legales, señora FRANCISCA ASUNCION PUGLIESE VACA, en calidad de presidenta; y, señor JAIME HUMBERTO JARAMILLO PUGLIESE, en calidad de Gerente General-( deudores principales); y, señores JAIME HUMBERTO JARAMILLO PUGLIESE y MENDOZA BRICEÑO DIANA PAOLA (Garantes Solidarios), mediante tres publicaciones que se realizan en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito.- Notifíquese. f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer y señalar casillero judicial o correo electrónico para sus notificaciones posteriores. DR.NILO GONZALO ALMACHI SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAR/110020/AT CASILLA 666 EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: HERNANDEZ GARCIA XAANA, y QUINTANA TALAVERA HECTOR YUNIER JUICIO: EJECUTIVO (pagare) No. 17230-2017-14759 CUANTIA: 10.000,oo USD ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO ( PROCUARDORA JUIDCIAL DRA. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO) DEMANDADO: HERNANDEZ GARCIA XAANA, y QUINTANA TALAVERA HECTOR YUNIER UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 1 de noviembre del 2017, las 15h20.-VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito; y, en virtud del sorteo electrónico de ley, que precede.- La demanda que antecede presentada por Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO, representado legalmente por su procuradora judicial Dra. María Eugenia Donoso Proaño; en contra de los señores Héctor Yunier Quintana Talavera y Xaana Hernández García; es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro de pagaré a la orden, documento que al tenor de lo previsto en el numeral 5 del artículo 347 Ibídem, en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem, se admite a trámite mediante procedimiento Ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, considérese el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda,

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situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CÍTESE a los demandados señores Héctor Yunier Quintana Talavera y Xaana Hernández García; en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará copias de la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial , para el efecto; envíese suficiente despacho en forma a la oficina correspondiente, a fin de que se dé cumplimiento con esta diligencia, conforme lo establecido en el art. 54 y 55 del código citado (la parte accionante provea de las copias necesarias para la citación); los demandados, conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos la documentación adjunta a la demanda. Téngase en cuenta el casillero judicial y casillero electrónico señalados por el compareciente para sus posteriores notificaciones; así como, la calidad en la que comparece. Actúe la Dra. Rosa Guerrero Castro, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE y CÍTESE.-f) Dra. Celma Espinosa Venegas.- JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 16 de agosto del 2018, las 15h26, Reasumo la competencia de la presente causa, en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial, que por vacaciones de la suscrita, se encontraba a cargo de este despacho la Dra. Rita Ordóñez.- Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en el auto que antecede, en base al juramento rendido por la parte accionante sobre la imposibilidad de determinar la individualidad el domicilio o residencia de los demandados señores: HERNANDEZ GARCIA XAANA, y QUINTANA TALAVERA HECTOR YUNIER se dispone: CÍTESE, a los demandados señores: HERNANDEZ GARCIA XAANA, y QUINTANA TALAVERA HECTOR YUNIER, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios de mayor circulación de este cantón, conforme lo establecido en el art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto, por secretaría elabórese el extracto correspondiente y envíese al casillero judicial señalado por el actor.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.- f) Dra. Celma Espinosa Venegas.- JUEZA Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones, en esta ciudad de Quito. Dra. Rosa Guerrero Castro SECRETARIA DE LA UNIDAD

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JUDICIAL CIVIL DE QUITO (COGEP) Hay firma y sello PAR/110021/AT EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL- COMPLEJO JUDICIAL NORTE CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: BLANCA PATRICIA LOAIZA GRANDA Nº DE JUICIO: EJECUTIVO 17301-2013-0324 ACTOR. DONOSO PROAÑO MARIA EUGENIA.Procurador Judicial Banco de la Producción S. A. PRODUBANCO DEMANDADA: BLANCA PATRICIA LOAIZA GRANDA CUANTÍA: DIECISEIS MIL DOLARES AMERICANOS PROVIDENCIA: JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 22 de abril del 2013, las 14h16. VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez Primero de lo Civil de Pichincha, mediante acción de personal N° 4192-DP-DNP-OQ, de fecha 23 de septiembre del 2012.En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se acepta a trámite ejecutivo. En consecuencia, la Compañía CIVISESA SOLUCIONES EMPRESARIALES S.A, legalmente representada por el señor Pedro Villacís Paz y Miño y a los cónyuges señor Pedro Villacís Paz y Miño, Blanca Patricia Loaiza Granda, como demandados y deudores principales, cumplan con su obligación o propongan excepciones en el término de tres días. Tómese en cuenta la cauantía fijada.- De conformidad a lo dispuesto en el Art. 922 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el desglose de los documentos adjuntos a la demanda, para lo cual el actor dejará las respectivas copias fotostáticas en autos, entréguese personalmente los documentos a la Lic. Sandra Rosaura Vargas Drouet.- A la Compañía CIVISESA SOLUCIONES EMPRESARIALES S.A., en la persona de su Representante legal señor Pedro Villacía Paz y Miño, se lo citará en el inmueble ubicado en la calle Italia N32-95 y Avenida Mariana de Jesús, de esta Ciudad y Cantón Quito, Provincia de Pichincha; a los cónyuges señores Pedro Villacís Paz y Miño y Blanca Patricia Loaiza Granda, se los citará en la calle Italia N32-95 y Avenida Marian de Jesús, de esta Ciudad y Cantón Quito, Provincia de Pichincha, para lo cual envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la Dra. María Eugenia Donoso Proaño y la designación que hace a su abogado defensor Dr. Eduardo Nieto Boada.- Cuéntese con el casillero judicial N° 666, correo electrónico, agréguese los documentos adjuntos.NOTIFIQUESE.- f) DR. PAUL RENGEL.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA

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IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 13 de septiembre del 2017, las 13h08 Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Encargado de la Unidad Judicial Civil mediante acción de personal No.- 8348-DP172017-MP 11/09/2017.- De conformidad al Principio de Celeridad establecido en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y por cuanto la parte actora ha rendido el juramento en el sentido de que le ha sido imposible determinar la residencia de la parte demandada BLANCA PATRICIA LOAIZA GRANDA, se dispone CITAR a BLANCA PATRICIA LOAIZA GRANDA mediante tres publicaciones a través de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, con un extracto de la demanda, auto de calificación y esta providencia.- Por Secretaría elabórese y extiéndase el extracto correspondiente.NOTIFIQUESE f) DR. CARLOS WILFRIDO NARANJO BORJA.- JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB. JULIETA SILVANA IZA ALTAMIRANO SECRETARIA Hay firma y sello PAR/110022/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CÍTESE CON LA SIGUIENTE DEMANDA EJECUTIVO HA: PANTOJA CERON TELMO JAVIER, CUYO EXTRACTO ES EL SIGUIENTE: JUICIO: EJECUTIVO. ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO (PROCURADORA JUDICIAL DRA. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO) DEMANDADO: PANTOJA CERON TELMO JAVIER CAUSA: 17233-2017-02318. CASILLA JUDICIAL: 666 CUANTIA: $ 11.000,00 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 29 de marzo del 2018, las 11h01, VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia de Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, en virtud de la acción de personal No. 1403-DP17-2018MP, de fecha 6 de febrero del 2018, y por la reasignación aprobada por el consejo de la Judicatura se dispone: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por la Dra. Maria Eugenia Donoso Proaño, en su calidad de Procuradora Judicial del Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO, conforme lo acredita con la documentación que adjunta, es clara y cumple con los requisitos formales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el pagaré a la orden que obra a fojas 1 de los

autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo prescrito en los artículos 347. 5, 348 y 349 del COGEP, por lo que se la admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del COGEP; SEGUNDO.CITACIÓN: Cítese a la parte demandada TELMO JAVIER PANTOJA CERON, en su calidad de deudor principal, en la dirección señalada en el libelo inicial, la citación se la hará en la dirección indicada a través del Auxiliar Postal, conforme la Resolución 300 del Consejo de la Judicatura y de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y 63 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones de este Distrito Metropolitano de Quito, previniéndole al demandado de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico para sus notificaciones, la parte accionante brinde las facilidades necesarias para la elaboración de las boletas de citación.- TERCERO.- SOBRE LA OBLIGACIÓN: En aplicación de lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de quince (15) días a fin de que la parte demandada TELMO JAVIER PANTOJA CERON, en su calidad de deudor principal cumpla con la obligación o proponga excepciones de manera taxativa conforme lo prevé el artículo 353 ibídem una vez citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo estipula la norma del artículo 352 ibídem; CUARTO.ANUNCIO DE PRUEBAS: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer; QUINTO: Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por los comparecientes para posteriores notificaciones y la autorización que confiere a su Abogado Defensor.Actúe como Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, la Abg. Lady Estefania Alvarado López, mediante Acción de Personal No. 2007-DP172018-KV de fecha 14 de febrero del 2018.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE. f) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DAVALOS, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 7 de noviembre del 2018, las 15h02, VISTOS.- Por haber comparecido el actor a rendir el juramento ordenado en auto que antecede con la finalidad de citar a la parte

JUDICIAL QUITO

demandada señor PANTOJA CERON TELMO JAVIER, por la prensa; al respecto se tiene en cuenta lo siguiente: PRIMERO.- Que el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, en lo pertinente señala: “Citación a través de uno de los medios de comunicación. A la persona o personas cuya individualidad, domicilio o residencia sea imposible determinar, se la citará mediante: 1. Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación. (…) La declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la o del demandado y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso, la hará la o el solicitante bajo juramento que se presentará ante la o el juzgador (…)”; SEGUNDO.Con el juramento rendido por el actor en el sentido de que le ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la parte demandada y de conformidad con el Art 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR al demandado señor PANTOJA CERON TELMO JAVIER, a través de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, con un extracto de la demanda, auto de calificación y esta providencia.- Por Secretaría elabórese y extiéndase el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE. f) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DAVALOS, JUEZ Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones.Certifico. AB. LADY ESTEFANIA ALVARADO LÓPEZ SECRETARIA Hay firma y sello PAR/110023/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN: O RT I Z CA RVA JA L FERNANDO RODRIGO, JUICIO: E J EC U T I VO LIQUIDACION DE SOBREGIRO OCASIONAL; NUMERO: 17306-2010-0346 ACTOR: DRA. DONOSO PROAÑO MARÍA EUGENIA, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO D E M A N DA D O : O RT I Z CARVAJAL FERNANDO RODRIGO. F EC H A DE INICIO: 16/03/2010 CUANTIA: $ 6.500,00 (SEIS MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA). OBJETO: PAGO VALOR DE C A P I TA L DEL SOBREGIRO, INTERESES DE MORA, COMISION, COSTAS PROCESALES, Y, HONORARIOS PROFESIONALES. DOMICILIO: CASILLERO JUDICIAL N° 666 DR. EDUARDO ARTURO NIETO BOADA. “JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 22 de Marzo del 2010, las 14h22. VISTOS.- La demanda que por cobro de dinero presenta DRA. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO, en

Sólo puede ser feliz siempre el que sepa ser feliz con todo. Confucio

calidad de Procuradora Judicial del Ec. Abelardo Pachano Bertero, Presidente Ejecutivo-Gerente General del bAnco de la Producción S. A., PRODUBANCO, en contra de FERNANDO RODRIGO ORTIZ CARVAJAL, reúne los requisitos de Ley, en consecuencia, se la admite al trámite correspondiente por la vía ejecutiva, prevista en los Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.Con su contenido, CITESE a FERNANDO RODRIGO ORTIZ CARVAJAL, en la dirección proporcionada por el demandante para que en el término de tres días, cumpla con la obligación demandada o en igual término formule las excepciones que se crea asistido.- Agréguese al proceso la documentación presentada.- El desglose solicitado se atenderá una vez trabada la litis, téngase en cuenta la autorización que hace la accionante para la entrega de la documentación.- Regístrese la casilla judicial No. 666, que señala la demandante para recibir sus notificaciones.- CITESE Y NOTIFIQUESE.-.- f). DR. MARIO ORTIZ ESTRELLA.JUEZ”. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 12 de octubre del 2017, las 11h04. Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez de Primer Nivel de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, según acción de personal No. 7905-DNTH-2015-KP de 2 de junio de 2015, suscrita por la ingeniera María Cristina Lemarie Acosta, Directora Nacional de Talento Humano, y economista Andrea Bravo Mogro, Directora General del Consejo de la Judicatura, en cumplimiento de lo dispuesto en Resolución No. 142-2015 de 25 de mayo de 2015, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura. Agréguese al proceso el escrito presentado y la certificación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores adjunto. En mérito del juramento rendido por el actor, que se han efectuado todas las diligencias necesarias como acudir a los registros de público acceso para tratar de ubicar a los demandados, cítese con el contenido de la demanda y presente providencia al demandado Ortiz Carvajal Fernando Rodrigo, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- Actúe como Secretaria encargada de esta Unidad Judicial Civil, la Abg. Jenniffer Bastidas, mediante acción de Personal No. 3460-DP17-2016-VS.NOTIFÍQUESE.- f). LARREA DÁVALOS FELIPE PATRICIO.JUEZ”. Lo que pongo en conocimiento para los fines de ley. ABG. BASTIDAS SARMIENTO JENNIFFER ANDREA SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO

METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAR/110024/AT CASILLERO 2059 REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MORAN AMBULUDI DIANA PILAR ACTOR: ING. MIRIAN ALEXANDRA HERRERA BENALCAZAR, en su calidad de Gerente del Fondo Complementario Previsional Cerrado FCPC para la Jubilación Patronal de los Servidores de la Contraloría General del Estado Administración BIESS DEMANDADO: MORAN AMBULUDI DIANA PILAR PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO ASUNTO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUICIO NO.: 17230-201703060 CUANTIA: USD. 152.974.99 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. 23 de marzo del 2017, las 13h20.- Vistos: avoco conocimiento de la presente causa en calidad de jueza titular de esta unidad judicial civil con sede en el d.m., provincia de Pichincha y en virtud del sorteo correspondiente. En lo principal se considera: PRIMERO: La demanda presentada por la ING. MIRIAN ALEXANDRA HERRERA BENALCAZAR, en su calidad de Gerente del Fondo Complementario Previsional Cerrado FCPC para la Jubilación Patronal de los Servidores de la Contraloría General del Estado - Administración BIESS, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el pagaré a la orden de fs. 1 de los autos, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo; SEGUNDO: De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; TERCERO: Se dispone la citación de la señora MORAN AMBULUDI DIANA PILAR, en calidad de deudora principal, de conformidad con el Art. 72 del Código Orgánico General de Procesos, se lo realizara mediante antento DEPRECATORIO dirigido a uno de los señores Jueces

de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón La Concordia ,Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, en la dirección señalada en el libelo de demanda, para lo cual la parte actora preste las facilidades necesarias; CUARTO: Conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado patrocinador. Actúe el Ab. Carlos Huilca en calidad de secretario de la Unidad Judicial Civil-COGEP.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE SUSANA PATIÑO CALERO, JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 5 de diciembre del 2018, las 16h00, En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora en escrito de fecha 21 de noviembre del 2018, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos - COGEP, y en virtud del juramento rendido en acta de 4 de diciembre del 2018, CÍTESE a la demandada señora DIANA PILAR MORÁN AMBULUDI por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto respectivo. Notifíquese.- F:) VINICIO PALACIOS, JUEZ Lo que pongo en conocimiento y se cita para los fines legales consiguientes recordándole la obligación de señalar casillero dentro de la referida causa. DR. FRANCISCO VASQUEZ GARCIA SECRETARIO Hay firma y sello PAR/110030/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: LILIANA JIMENA OVIEDO GONZALEZ JUICIO: No. 17230-201700466 AC TO R : ING.MIRIAN ALEXANDRA HERRERA BENALCAZAR, EN CALIDAD DE GERENTE DEL FONDO C O M P L E M E N TA R I O PREVISIONAL CERRADO FCPC PA R A LA JUBILACIÓN PATRONAL DE LOS SERVIDORES DE LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO ADMINISTRACIÓN BIESS. DEMANDADOS: LILIANA JIMENA OVIEDO GONZALEZ. OBJETO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUEZ PONENTE: DR. OSCAR RAMIRO CALERO SANCHEZ TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 11 DE ENERO DEL 2017 CUANTIA: CIENTO OCHENTA

Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 64/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ( $182.797,64 ). AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 17 de enero del 2017, las 15h28. VISTOS.Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), además se fundamenta en el cobro de dos Pagarés a la Orden, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.Téngase en cuenta la cuantía señalada.- Se dispone citar a la demandada en la presente causa, señora LILIANA JIMENA OVIEDO GONZALEZ, en calidad de deudor principal, en la dirección indicada, con copia de la demanda y este auto inicial, a través de la oficina correspondiente; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta el casillero judicial, así como su casillero electrónico designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones. Actúe la Ab. Ligia Guerrero Medina, en calidad de Secretaria.- Cítese y Notifíquese.-F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ JUEZ.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 30 de julio del 2018, las 15h44, Agréguese al proceso el escrito y documento adjunto que antecede presentado por la parte actora.- En lo principal, atento la documentación adjunta del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Juramento de fecha 17 de Mayo de 2018, por la AB. PAULA ANDREA TOSCANO ALVAREZ, PROCURADORA JUDICIAL DE LA ING. MIRIAN ALEXANDRA HERRERA BENALCAZAR, EN CALIDAD DE GERENTE DEL FONDO COMPLEMENTARIO PREVISIONAL CERRADO

FCPC PA R A LA JUBILACIÓN PATRONAL DE LOS SERVIDORES DE LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO ADMINISTRACIÓN BIESS, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada LILIANA JIMENA OVIEDO GONZALEZ, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editen en esta ciudad de Quito, mediante tres fechas distintas, la publicación contendrá un extracto de la demanda y providencia respectiva.Notifíquese.- F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ JUEZ Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. LIGIA GUERRERO MEDINA SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAR/110031/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. C.O.G.E.P. CITACION JUDICIAL PARA: CECILIA MARIA SOLORZANO VERA JUICIO EJECTUVIO NO. 17230-2018-04211 JUEZ PONENTE: DR. Luis Fernando Landázuri Salazar SECRETARIA: AB. MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ MATERIA: CIVIL TIPO PROCESO: EJECUTIVO ACCION: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO ACTOR BANCO GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: CECILIA MARIA SOLORZANO VERA CUANTIA: US$ 14.940,53 EXTRACTO DE LA DEMANDA (…) El Banco Guayaquil S.A. concedió a la demandadadeudora principal-una operación de crédito cuyo capital por vencer al 09 de diciembre de 2014 era de US$7.531.22 y cuya porción de intereses corrientes y de mora devengados, vencidos y no pagados a la fecha señalada anteriormente, ascendían a la cantidad de US$ 1.289,54 dólares de los Estados Unidos de América (…)PRETENSIÓN: Es que en sentencia se condene a la demandada, por sus propios y personales derechos, en su condición de DEUDORA PRINCIPAL, al pago de los siguientes rubros: a) Los dividendos de capital vencido constantes en la tabla de amortización No. 1, mismos que ascienden a la suma de US$ 2,285.19.-b).Los dividendos vencidos en la presente demanda, constantes asimismo de las tabla de amortización N 1, que asciende a la suma de US$5,246,03.-c9 Los intereses legales y de mora que al 08 de febrero de 2018 ascienden a US$3,724.43, sin perjuicio de los que se ordenen liquidar pericialmente.-d) La suma de US$ 1,333.21 que corresponde a gastos de cobranza y seguro conforme lo establecen las cláusulas novena y duodécima del contrato mutuo.-e)La suma de US$1,289.54, que corresponde a los intereses corrientes y de mora devengados, vencidos y no pagados de la operación de crédito original, mismos que no han devengado ninguna tasa de interés; f).- La suma de US$1,062.13, que corresponde a gastos de


cobranza y seguro conforme las cláusulas novena y duodécima del contrato.-g) Las costas procesales (…) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUTIO, PROVINCIA DE PICHINCHA .- Quito, jueves 5 de abril del 2018, las 16h21, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil 1) La demanda que antecede es clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma que se fundamenta en un documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo Código, concordancia y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 2) Cítese a la parte demandada CECILIA MARIA SOLORZANO VERA; para tal propósito, remítase atento DEPRECATORIO, dirigido a uno de los señores jueces de la Unida Judicial Civil con sede en el cantón LA CONCORDIA, Provincia de STO. DOMINGO DE LO TSACHILAS, para lo cual la parte actora facilite las copias necesarias para el efecto. 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. 5) Agréguese la documentación que se acompaña. Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada, casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. Actúe la doctora Miriam Vizcarra en calidad de secretaria. Notifíquese y Cítese. f) Dr. Luis Fernando Landázuri Salazar, Juez.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUTIO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 15 de noviembre del 2018, las 09h31, VISTOS: En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, cítese a la parte demandada CECILIA MARIA SOLORZANO VERA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Luis Fernando Landázuri Salazar, Juez.Lo que NOTIFICO a usted (s) para los fines de Ley, para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un abogado como dispone la Ley.MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAR/110035/AT

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: LUIS ALFREDO VIRACOCHA IZA, MARIA ETELVINA TOAPANTA CHINCHUÑA Y LUZ XIMENA VIRACOCHA TOAPANTA. JUICIO: No. 17230-201818760 ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. D E M A N DA D O S : LU I S ALFREDO VIRACOCHA IZA, MARIA ETELVINA TOAPANTA CHINCHUÑA Y LUZ XIMENA VIRACOCHA TOAPANTA. OBJETO: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO. JUEZ PONENTE: DR. OSCAR RAMIRO CALERO SANCHEZ TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 11 DE DICIEMBRE DEL 2018 CUANTIA: TRECE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ( $ 13.000 ). AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 27 de diciembre del 2018, las 10h09, VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Jueza Encargada del despacho del Dr. Oscar Calero Sánchez, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro de un Contrato de Mutuo, documento que al tenor de lo previsto en el número 3 del artículo 347 del invocado cuerpo legal, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.De conformidad con el Art. 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada.- Atento al juramento rendido por la AB. GABRIELA GISELL TAMARIZ CUZME, EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A, D E B I DA M E N T E REPRESENTADA POR EL DR. JAIME MANUEL FLOR RUBIANES EN CALIDAD DE REPRESENTANTE JURIDICO DE BANCO PICHINCHA C. A. y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los demandados LUIS ALFREDO VIRACOCHA IZA, MARIA E T E LV I N A TOA PA N TA CHINCHUÑA y LUZ XIMENA VIRACOCHA TOAPANTA, en un periódico de amplia circulación que se editen en esta ciudad de Quito, mediante tres fechas distintas, la publicación contendrá un extracto de la demanda y providencia respectiva, a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el

término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta el casillero judicial, así como su casillero electrónico designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones. La parte actora otorgue las copias necesarias para la citación.- Cítese y Notifíquese.- F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ- JUEZ Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. LIGIA GUERRERO MEDINA S ECR ETAR I A UN IDA D JUDICIAL CIVIL SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAR/110054/AT REPUBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVILCO M P L E J O JUDICIAL NORTE CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA C I TAC I O N JUDICIAL A: LAURA MARGARITA MONTENEGRO CULQUI y SUSANA JANETH CULQUI CHORA Nº DE JUICIO: EJECUTIVO. 17303-2014-0056 ACTORA. AB. JOSELYN ANDREA C E VA L L O S TRUJILLO EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. . DEMANDADAS: LAURA MARGARITA MONTENEGRO CULQUI Y SUSANA JANETH CULQUI CHORA CUANTÍA: DIEZ MIL DOLARES AMERICANOS PROVIDENCIAS: JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 24 de enero del 2014, las 14h22. VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Juez Titular, mediante Acción de Personal No. 4444-DNPOQ, del 01 de Octubre del 2012 y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, la demanda que antecede, es clara y reúne los requisitos legales, en consecuencia se la acepta al tramite Ejecutivo.Las señoras Laura Margarita Montenegro Culqui y Susana Janeth Culqui Chora, en calidad de deudora principal y garante solidaria, respectivamente, en el término de tres días, cumplan con la obligación demandada o propongan las excepciones a las que se crean asistidas.- Cítese a las demandadas LAURA MARGARITA MONTENEGRO CULQUI y SUSANA JANETH CULQUI CHORA, en las direcciones que indica la actora, a quienes se les entregarán copia de la demanda y providencia respectiva.- Agréguese al proceso el documento que acompaña.- De conformidad con el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, desglósese los documentos adjuntos, dejando copias certificadas y recibo en autos y entrèguese a las personas autorizadas por la actora.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado.Notifíquese.- F) Ab. Santiago Altamirano Ruiz, Juez.

Para hacer política justa y sana no basta conocer los hombres; es necesario también amarlos. A. G r a f f UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 24 de noviembre del 2017, las 14h42.-El anexo y el escrito que antecede incorpórese al proceso.- Para los fines legales pertinentes, téngase en cuenta lo manifestado por el actor en su escrito de fecha 22 de noviembre del 2017, a las 10h16.- En lo principal, se ordena remitir nuevamente el Extracto para que sean citadas las demandadas señoras MONTENEGRO CULQUI LAURA MARGARITA y CULQUI CHORA SUSANA JANETH, puesto que en el anterior Extracto tan solo se hace constar a una de las demandadas.- Citación a las demandadas señoras MONTENEGRO CULQUI LAURA MARGARITA y CULQUI CHORA SUSANA JANETH, se lo realizará a través de la prensa en uno de los diarios o periódicos que se editan en esta Ciudad de Quito.- NOTIFÍQUESE.- f) RODAS SANCHEZ SILVIA KARINA.- JUEZA. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda. AB. JULIETA SILVANA IZA ALTAMIRANO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D.M.Q Hay firma y sello PAR/110055/AT R. DEL E. www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL PARA: OSCAR ITHAMAR MORALES MERIZALDE -EXTRACTOCAUSA N° 17230-2017 - 17415 Materia: CIVIL Tipo proceso: EJECUTIVO Acción/Delito: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO ACTOR: BANCO DE GUAYAQUIL SA (Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcázar -Procurador Judicial). DEMANDADO: OSCAR ITHAMAR MORALES MERIZALDE OBJETO: Que se disponga el pago del capital de los dividendos vencidos, intereses pactados y de mora generados; intereses corrientes y de mora, vencidos; costas, procesales y los honorarios profesionales CUANTIA: $ 10.000,oo dólares UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 2 de enero del 2018, las 09h50. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito y en virtud a la razón de sorteos que antecede. En lo principal, la demanda presentada por la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, en calidad de Procuradora Judicial

del Banco Guayaquil S.A., es clara, precisa y contiene los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), además se fundamenta en el cobro de las obligaciones asumidas en el contrato de mutuo con reconocimiento de firmas y rubricas, documento que al tenor de lo previsto en el número 3 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP) constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ejusdem (COGEP), se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada. CÍTESE al demandado en la presente causa señor OSCAR ITHAMAR MORALES MERIZALDE, en la dirección señalada; para lo cual se adjuntará en copias la demanda, los documentos adjuntos y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de QUINCE (15) DÍAS, contados a partir de la citación comparezca a juicio, cumpla con la obligación o conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Para el cumplimiento de la diligencia de citación remítase despacho suficiente a citaciones. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial electrónica 1704938099 y correo electrónico jburbano@teranmoscoso.com, a efecto de sus futuras notificaciones, y la calidad en la que comparecen los defensores técnicos en la presente causa. Actúe en la presente causa el doctor Nilo Almachi, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZJUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 10 de diciembre del 2018, las 09h49, VISTOS: En lo principal, por cuanto la parte actora ha rendido juramento de conformidad al artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, con un extracto de la demanda auto de calificación y el presente auto cítese al demandado señor OSCAR ITHAMAR

MORALES MERIZALDE, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en la ciudad de Quito.- Notifíquese...- f) DR. FRANCISCO GABRIEL CHACON ORTIZ-JUEZ Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer y señalar casillero judicial o correo electrónico para sus notificaciones posteriores. DR.NILO GONZALO ALMACHI SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC111305fa

ORDINARIOS R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL EXTINTO QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ DOMINGO TAPUY SHIGUANGO ACTORA: MARGARITA GREFA TANGUILA D E M A N DA D OS : B L AS EDUARDO TA P U Y SHIGUANGO (+); DOMINGO TA P U Y S H I G UA N G O ; J A C I N TA JOAQUINA SHIGUANGO GREFA (+); ROBERTO CARLOS CASTRO MARTÍNEZ. JUICIO: ORDINARIO NÚMERO: 15301-2013-0248 ASUNTO: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO JUEZA: DRA. MERCEDES AIDE JUMBO JUMBO TENA, MIERCOLES 27 DE NOVIEMBRE DEL 2013, LAS 15H44. Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez encargado conforme a lo dispuesto en el oficio No. DP15-437-THDPN-2013. En lo principal, la contestación dada a la demanda por parte del demandado señor Domingo Tapuy Shiguango, por cuanto reúne los requisitos de Ley, por Jo que se le acepta a trámite; Téngase en cuenta las excepciones propuestas, la Designación de sus defensores, la casilla Judicial y el correo electrónico señalado para sus notificaciones. Incorpórese al proceso el escrito presentado por el señor Roberto Carlos Castro Martinez y téngase en cuenta lo manifestado, la designación de su defensor, la casilla judicial y eJ correo electrónico señalado para sus notificaciones; y de conformidad con lo dispuesto en eJ Art. 84 del Código de Procedimiento Civil se les considera legamente citados.- Incorpórese al proceso el escrito presentado por la parte actora y con la afirmación que hacen los actores bajo juramento de que es imposible determinar y que desconoce el domicilio o residencia de los presuntos herederos y desconocidos, de los herederos ausentes y desconocidos del señor Blas Eduardo Tapuy Shiguango, cítesele por la prensa (…) NOTIFIQUESE TENA, MARTES 23 DE OCTUBRE DEL 2018, LAS 09H00, (…).- c) En cuanto a lo solicitado en el acápite IV, cítense a los herederos conocidos en el lugar que la demandada indique y a los presuntos herederos de DOMINGO TAPUY SHIGUANGO céd. 1500030430, mediante publicación en el Diario “La Hora”; y que tiene amplia circulación nacional, tal como dispone el Art. 56 numeral 1 del COGEP; para el efecto, el actuario de este despacho

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concederá de forma inmediata el extracto respectivo; (…).- 3) Actúe como secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en Tena- Napo el Ab. Jonny Jaime Benavides Guayta.CÚMPLASE.NOTIFIQUESE Ab. Jonny Jaime Benavides Guayta SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA DE NAPO TELF. 062998-900 EXT. 63001 Hay firma y sello P PL/72171/ms REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: JOSE FLORESMILO ARROYO TORRES por sus propios derechos y en sus condiciones de participe del Fondo Complementario Previsional Cerrado de Cesantía del Ministerio de Económica y Finanzas y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador FINANFONDO. ACTO R : HERRERA BENALCAZAR MIRIAN ALEXANDRA DEMANDADOS: doctor Carlos Alfredo Aguirre Mier, por sus propios derechos y en sus condiciones de partícipe del Fondo Complementario Previsional Cerrado de Cesantía del Ministerio de Económica y Finanzas y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador FINANFONDO; al ingeniero Tobías Rafael Salazar Lomas, por sus propios derechos y en sus condiciones de partícipe del Fondo Complementario Previsional Cerrado de Cesantía del Ministerio de Económica y Finanzas y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador FINANFONDO; al ingeniero Carlos Antonio Troya Proaño, por sus propios derechos y en sus condiciones de part´picipe del Fondo Complementario Previsional Cerrado de Cesantía del Ministerio de Económica y Finanzas y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador FINANFONDO; a la abogada Adriana Elena Arguello Pinzon, por sus propios derechos y en sus condiciones de partícipe del Fondo Complementario Previsional Cerrado de Cesantía del Ministerio de Económica y Finanzas y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador FINANFONDO; y al abogado José Floresmilo Arroyo Torres, por sus propios derechos y en sus condiciones de participe del Fondo Complementario Previsional Cerrado de Cesantía del Ministerio de Económica y Finanzas y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador FINANFONDO. JUICIO: Daño Moral No. 17230-2018-10000 TRAMITE: Ordinario FECHA DE INICIO: 10-072018 CUANTIA: 500.000,00 JUEZ PONENTE: DRA.RITA ORDOÑEZ PIZARRO DEMANDA: “…en sentencia condene a los demandados…. al pago de indemnización a título de reparación de daño moral, como consecuencia de las afirmaciones que de forma injustificada se ha

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proferido en mi contra en las actas de la asamblea ordinaria y extraordinaria de FINANFONDO…”. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 13 de agosto del 2018, las 10h00, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal, la demanda y complemento a la misma propuestas por la ingeniera Mirian Alexandra Herrera Benalcázar, son claras y contienen los requisitos formales de los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se admite a trámite en el procedimiento ordinario, establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado. Cítese con el contenido de la demanda, complemento a la misma y el presente auto a la parte demandada: doctor Carlos Alfredo Aguirre Mier, por sus propios derechos y en sus condiciones de partícipe del Fondo Complementario Previsional Cerrado de Cesantía del Ministerio de Económica y Finanzas y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador FINANFONDO; al ingeniero Tobías Rafael Salazar Lomas, por sus propios derechos y en sus condiciones de partícipe del Fondo Complementario Previsional Cerrado de Cesantía del Ministerio de Económica y Finanzas y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador FINANFONDO; al ingeniero Carlos Antonio Troya Proaño, por sus propios derechos y en sus condiciones de partícipe del Fondo Complementario Previsional Cerrado de Cesantía del Ministerio de Económica y Finanzas y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador FINANFONDO; a la abogada Adriana Elena Arguello Pinzon, por sus propios derechos y en sus condiciones de partícipe del Fondo Complementario Previsional Cerrado de Cesantía del Ministerio de Económica y Finanzas y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador FINANFONDO; y al abogado José Floresmilo Arroyo Torres, por sus propios derechos y en sus condiciones de participe del Fondo Complementario Previsional Cerrado de Cesantía del Ministerio de Económica y Finanzas y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador FINANFONDO, en los lugares que se indica en el escrito de aclaración a la demanda, para el efecto envíese suficiente despacho a la oficina correspondiente; previniéndoles a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. La parte accionante proporcionará las fotocopias necesarias a fin de cumplir la diligencia.Conforme lo establecido en el segundo inciso del artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de treinta (30) días para que contesten la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP.- Por cuanto se ha proporcionado la dirección de correo electrónico de la parte demandada, conforme lo prescribe el tercer inciso del artículo 53 del COGEP, hága-

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se conocer por dicho medio el extracto de la demanda y auto inicial a la demandada, de lo cual el actuario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que deba efectuarse.Considérese el anuncio de prueba realizado en el escrito de demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d) del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba.- Hágase saber a la parte accionante en el casillero judicial y correo electrónico designados. Adjúntese al expediente los documentos acompañados a la demanda.- NOTIFÍQUESE.f) Dra.Rita Ordoñez Pizarro.Juez…………… UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 26 de diciembre del 2018, las 16h47, En virtud del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor JOSE FLORESMILO ARROYO TORRES, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se de esta ciudad de Quito; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un resumen de la demanda y de la providencia respectiva.-NOTIFÍQUESE.f) Dra.Rita Ordoñez Pizarro.Juez…………… Lo que comunico a ustedes para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 03 de enero del 2019. Certifico.AB.RAUL VELEZ NARANJO SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL COGEP Hay firma y sello PAR/110032/AT

SOCIEDADES CONYUGALES EXTRACTO LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL DE VICTOR HUGO CONTERO BONIFAZ ROSA MEIBOL AZUCENA ROSERO MERINO NOTARIA CUARTA DEL CANTON QUITO: Pongo en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante mi Doctor ROMULO JOSELITO PALLO QUISILEMA, NOTARIO CUARTO DEL CANTON QUITO, los señores VICTOR HUGO CONTERO BONIFAZ y ROSA MEIBOL AZUCENA ROSERO MERINO, procedieron a liquidar el patrimonio de la Sociedad Conyugal, mediante Sentencia de Disolución de la Sociedad Conyugal emitida por el Juez Octavo de lo Civil de Pichincha de fecha dieciocho de noviembre del dos mil once la misma que se encuentra debidamente marginada el veinte y cinco de abril del dos mil doce, donde se declara disuelto el vínculo matrimonial. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, celebrada ante mi Doctor ROMULO JOSELITO PA L L O QUISILEMA,

NOTARIO CUARTO DEL CANTON QUITO el cuatro de enero del dos mil diecinueve, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo Sexto de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial número Cuatrocientos seis de fecha veinte y ocho de Noviembre del dos mil seis, que faculta a los Notarios disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, correspondientes la escritura de la liquidación de la Sociedad Conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal. Mediante una sola publicación, en un de los periódicos de circulación Nacional, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores VICTOR HUGO CONTERO BONIFAZ y ROSA MEIBOL AZUCENA ROSERO MERINO, otorgada mediante escritura pública antes indicada, por el término de veinte (20) días, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, a cuatro de enero del año dos mil diecinueve. DR. ROMULO JOSELITO PALLO QUISILEMA NOTARIO CUARTO DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAR/110048/AT NOTARÍA DECIMA PRIMERA DEL CANTÓN QUITO AVISO DE LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL Cúmpleme poner en conocimiento del público en general que mediante escritura pública otorgada en la Notaría Décima Primera del Cantón Quito, el 08 de Enero del 2019, los señores ADRIANA DE LAS MERCEDES ROJAS SAAVEDRA y CESAR EDUARDO C AC E R E S LOYOLA, convinieron en la Liquidación de la Sociedad Conyugal que tenían formada. El patrimonio que se liquida comprende lo siguiente: 1.DEPARTAMENTO planta baja al que le corresponde el jardín, patio y garaje, ALICUOTA TOTAL (29,68242%), que forman parte del edificio de Departamentos de propiedad de la Familia “Buitrón, Parroquia Benalcazar. Lo que comunico al público en general a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes. Quito, 11 de Enero del 2019 DRA. ANA JULIA SOLÍS CHÁVEZ NOTARIA DECIMA PRIMERA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAR/110050/AT EXTRACTO NOTARIA CUADRAGÉSIMA DE QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento

JUDICIAL QUITO

del público que mediante escritura pública Número 20181701040P06353, otorgada ante mí, doctora Paola Andrade Torres, Notaria Cuadragésima de Quito, el 21 de diciembre de 2018, los señores Alfonso Borja Mora Bowen y Tatiana Veronica Calderón Castelo, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, el mismo que fue disuelto voluntariamente en audiencia celebrada ante la Notaria Sexta Suplente del cantón Quito, Dra. María Augusta Baca Serrano, cuya acta se encuentra protocolizada el cuatro de enero de dos mil dieciocho, debidamente inscrita y marginada en la Dirección Nacional de Registro Civil, Identificación y Cedulación, con fecha dieciséis de enero de dos mil dieciocho. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal, por lo que en aplicación de lo dispuesto en el numeral veintitrés el artículo dieciocho de la Ley Notarial, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines legales correspondientes. Quito, 07 de enero del 2019. DRA. PAOLA ANDRADE TORRES NOTARIA CUADRAGÉSIMA DE QUITO Hay firma y sello PAR/110058/AT 001-002-000041435 20191701009O00105 EXTRACTO QUITO, 14 DE ENERO DEL 2019 NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante mí, con fecha 10 de Enero del 2019, los señores CESAR PATRICIO ACOSTA BRIONES, de estado civil divorciado; y la señora MARIA MERCEDES ESPÍN FERNANDEZ, de estado civil divorciada, por sus propios derechos, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera disuelta la Sociedad Conyugal de los contrayentes del presente matrimonio, Mediante Acta Notarial de seis de agosto del dos mil diez y ocho, otorgada ante el Notario Décimo del cantón Quito, los señores CESAR PATRICIO ACOSTA BRIONES y MARIA MERCEDES ESPÍN FERNÁNDEZ, declaran extinguido su vínculo matrimonial por divorcio por mutuo consentimiento la misma que es inscrita en el Registro Civil el diez y siete de agosto del dos mil diez y ocho. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el artículo seis de la Ley Notarial, agregando varios numerales, entre los cuales el numeral Veinte i tres faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previa al trámite previsto en dicha norma legal, pongo en cono-

Sólo pensar en traicionar es ya una traición consumada. Ce sare Cantú

cimiento del público que mediante una publicación del extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente de los señores CESAR PATRICIO ACOSTA BRIONES y MARIA MERCEDES ESPÍN FERNÁNDEZ, Otorgada con fecha 10 de Enero del 2019, ante la, Notaría Novena del Cantón Quito, Doctora Alicia Yolanda Alabuela, por el término de 20 días a contarse desde la fecha de la última publicación de este extracto a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.Atentamente, DOCTORA MSc. ALICIA YO L A N DA ALABUELA TOAPANTA NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAC111312fa

SOCIEDADes CIVILes EXTRACTO DISOLUCION, LIQUIDACION, ADJUDICACION Y CANCELACION DE LA SOCIEDAD JAAPFLOWERS S.A.C. NOTARIA SEXTA DEL CANTON QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que, mediante escritura pública celebrada ante la Notaría Sexta del cantón Quito, Tamara Garcés Almeida, el 21 de diciembre de 2018, se Disuelve, Liquida, Adjudicación y Cancela la Sociedad JAAPFLOWERS S.A.C. “SEÑORA NOTARIA: En el registro de escrituras públicas a su cargo, sírvase incorporar una de Disolución, Liquidación, Adjudicación y Cancelación de Sociedad Anónima Civil, al tenor de las s i g u i e n tes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA.C O M PA R E C I E N T E S . Comparece al otorgamiento y suscripción del presente instrumento: Ricardo Gustavo Canelos Acevedo, de estado civil casado, en su calidad de Gerente General de JAAPFLOWERS S.A.C., debidamente autorizado por la Junta General Universal Extraordinaria de Socios, según lo acredita con el nombramiento y Acta adjuntos como documentos habilitantes. Además, comparecen Ricardo Gustavo Canelos Acevedo, casado con Mónica de los Ángeles Gallegos Dávila; y, Carmen Yolanda Herrería Arízala, casada con Gustavo Adolfo Narváez Ayala, por sus propios y personales derechos. También comparecen Raúl Marrero y Evelyn Marrero, de estado civil casados; Renato Víctor Giorgini y Pilar de los Ángeles Giorgini, de estado civil casados, a través de su Apoderado Especial, Fernando Javier Carrera Durán, de estado civil divorciado, conforme consta de los Poderes que se agregan como documentos habilitantes. Los comparecientes declaran ser mayores de edad, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliados en esta

ciudad de Quito, Distrito Metropolitano; hábiles y capaces para contratar y obligarse. JAAPFLOWERS S.A.C., tiene su domicilio en el sector cuatro esquinas, Cananvalle, cantón Pedro Moncayo, provincia de Pichincha, con teléfono número dos uno uno cero tres tres cinco (2110335) y correo electrónico rcanelos@jaapflowers.com. Ricardo Gustavo Canelos Acevedo, tiene su domicilio en la Avenida Intervalles, Urbanización Cunucbamba, Casa cuarenta, con teléfono número dos tres siete uno cero seis uno (2371061) y correo electrónico ricardocanelos@aaaltarosa.com. Carmen Yolanda Herrería Arízala, tiene su domicilio en la Urbanización Balcón del Norte Lote setenta y tres (73) de esta ciudad de Quito, con teléfono número cero nueve nueve tres cuatro uno cinco n u eve s i e te n u eve (0993415979) y correo electrónico carcayam@yahoo. com.mx. Fernando Javier Carrera Durán tiene su domicilio en la Avenida Doce de Octubre N veinte y seis guión noventa y siete (N26-97) y Lincoln, de esta ciudad de Quito, con teléfono dos nueve ocho seis ocho seis seis (2986866) y correo electrónico fcarrera@carreraduran. com. CLÁUSULA SEGUNDA. - ANTECEDENTES. - a) Mediante escritura pública celebrada en Quito, treinta de agosto del dos mil uno, ante el Notario Vigésimo Octavo, doctor Jaime Andrés Acosta Holguín, inscrita en el Registro Mercantil del cantón Quito, el quince de mayo del dos mil trece, se constituyó JAAPFLOWERS S.A.C. b) En la misma escritura de constitución, inscrita en el Registro de la Propiedad del Cantón Pedro Moncayo el veinte y tres de enero del dos mil dos, se aportó en especie el inmueble consistente en lote de terreno situado en la parroquia Tabacundo, cantón Pedro Moncayo, provincia de Pichincha, mismo que tiene una superficie total y aproximada de ciento cuarenta y ocho mil quince metros cuadrados, dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con terreno del señor Washington Terán en trescientos noventa y un metros cincuenta centímetros, en una parte, y, en setenta y cuatro metros cincuenta centímetros, en otra. SUR: En parte con camino vecinal de la Hacienda Cananvalle a Tabacundo en cuatrocientos ochenta y ocho metros, y, en otra con propiedad del señor Ángel María Rueda en cincuenta metros. ESTE: Camino vecinal principal de la entrada de la Hacienda Cananvalle en parte, en una extensión de ciento ochenta y un metros cincuenta centímetros, y, en otra, con propiedad de Ángel María Rueda en ciento treinta y cinco metros; y, OESTE: Terrenos de Teresa de Jesús de Cruz, tapial medianero, hoy propiedad de Galo Semblantes, c) La escritura antes referida de Constitución y aporte del bien inmueble fue ratificada y convalidada mediante escritura pública celebrada en Quito, el treinta de mayo del dos mil trece ante el Notario Tercero doctor Roberto Salgado Salgado,

inscrita el dieciocho de junio del dos mil trece en el Registro de la Propiedad del Cantón Pedro Moncayo. d) Mediante Acta de Junta celebrada en Quito el treinta de junio del dos mil dieciocho, los actuales socios de JAAPFLOWERS S.A.C. resolvieron aprobar la disolución, liquidación y cancelación de la Sociedad y como consecuencia de ello, la adjudicación de los bienes de propiedad de la misma que constan del Balance Final de Liquidación y Anexos del Acervo Social que se adjuntan y forman parte integrante de este instrumento y que se detallan a continuación, e) JAAPFLOWERS S.A.C. tiene al momento como únicos bienes en su patrimonio: e.1) El inmueble consistente en lote de terreno situado en la parroquia Tabacundo, cantón Pedro Moncayo, provincia de Pichincha, cuya superficie y linderos se encuentran especificados en el literal b) de esta cláusula, e.2) Dineros en cuentas corrientes en el Produbanco y Terrabank, N.A., cuyos saldos seguirán variando hasta el cierre de las mismas, e.3) Vehículo de las siguientes características: Marca: MAZDA, Clase: Camioneta, Tipo: Doble Cabina, Modelo: BT-50 CD 4X4 STD CRD 2.5FL, Placa: PBM8369, Año: 2010, Color: Plomo, e.4) Tractor Agrícola de las siguientes características: Marca: DEUTZ FAHR, Modelo: AGROLUX 410, Color: Verde, e.5) Activos fijos de la compañía, cuyo detalle consta del Anexo 1, que forma parte de este instrumento, en el cual constan las plantas como un activo biológico principal. CLÁUSULA TERCERA: DISOLUCIÓN Y ADJUDICACIÓN.- Con los antecedentes expuestos, el compareciente, en la calidad en la que interviene a este instrumento, debidamente autorizado por la Junta General Universal Extraordinaria de Socios, procede a disolver a JAAPFLOWERS S.A.C. y adjudicar a favor de los socios los siguientes bienes: 3-i) el inmueble consistente en el lote de terreno y construcciones en él existentes, situado en la parroquia Tabacundo, cantón Pedro Moncayo, provincia de Pichincha de la siguiente forma: a favor de Ricardo Gustavo Canelos Acevedo casado con Mónica de los Ángeles Gallegos Dávila, el cuarenta y dos por ciento (42%) de derechos y acciones; a favor de Raúl Marrero casado con Evelyn Marrero, el veinte y uno por ciento (21%) de derechos y acciones; a favor de Renato Víctor Giorgini casado con Pilar de los Ángeles Giorgini, el veinte y dos por ciento (22%) de derechos y acciones; y, a favor de Carmen Yolanda Herrería Arízala casada con Gustavo Adolfo Narváez Ayala, el quince por ciento (15%) de derechos y acciones sobre el inmueble señalado, en base a los linderos y superficie indicados en la cláusula de antecedentes. Los adjudicatarios, en las calidades en las que comparecen, aceptan la adjudicación de los bienes en los porcentajes de derechos y acciones indicados. 3-ii) El Vehículo de las siguientes características: Marca: MAZDA, Clase: Camioneta, Tipo: Doble Cabina, Modelo: BT-50 CD 4X4 STD CRD 2.5FL, Placa: PBM8369, Año: 2010, Color: Plomo, se adjudica en los siguientes porcentajes: a favor de Ricardo Gustavo Canelos Acevedo y su cónyuge antes indicada, el

cuarenta y dos por ciento (42%); a favor de Raúl Marrero, y su cónyuge antes indicada, el veinte y uno por ciento (21%); a favor de Renato Víctor Giorgini y su cónyuge antes indicada, el veinte y dos por ciento (22%); y, a favor de Carmen Yolanda Herrería Arízala y su cónyuge antes indicado, el quince por ciento (15%). Los adjudicatarios, en las calidades en las que comparecen, aceptan la adjudicación del bien en los porcentajes indicados. 3.iii) Tractor Agrícola de las siguientes características: Marca: DEUTZ FAHR, Modelo: AGROLUX 410, Color: Verde, se adjudica en los siguientes porcentajes: a favor de Ricardo Gustavo Canelos Acevedo y su cónyuge antes indicada, el cuarenta y dos por ciento (42%); a favor de Raúl Marrero y su cónyuge antes indicada, el veinte y uno por ciento (21%); a favor de Renato Víctor Giorgini y su cónyuge antes indicada, el veinte y dos por ciento (22%); y, a favor de Carmen Yolanda Herrería Arízala y su cónyuge antes indicado, el quince por ciento (15%). Los adjudicatarios, en las calidades en las que comparecen, aceptan la adjudicación del bien en los porcentajes indicados. 3.iv) Los demás Activos fijos de la compañía y el activo biológico plantas, cuyo detalle consta del Anexo 1, se adjudican en los siguientes porcentajes: a favor de Ricardo Gustavo Canelos Acevedo y su cónyuge antes indicada, el cuarenta y dos por ciento (42%); a favor de Raúl Marrero y su cónyuge antes indicada, el veinte y uno por ciento (21%); a favor de Renato Víctor Giorgini y su cónyuge antes indicada, el veinte y dos por ciento (22%); y, a favor de Carmen Yolanda Herrería Arízala y su cónyuge antes indicado, el quince por ciento (15%). Los adjudicatarios, en las calidades en las que comparecen, aceptan la adjudicación de los bienes en los porcentajes indicados. CLÁUSULA CUARTA. CUANTÍA.- La cuantía de la adjudicación de todos los bienes antes referidos, se la fija en la suma total de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 63/100 (USD$.2’881.698,63). En el Anexo 1, se desglosa el valor correspondiente a cada bien en particular. Para mayor claridad y para efectos tributarios, la cuantía de la adjudicación del bien inmueble antes referido, que aun cuando consta del Anexo 1, en esta escritura se indica que es la suma de CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL C UAT R O C I E N TO S CUARENTA Y NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 50/100 (USD$. 448.449,50), que corresponde al valor registrado en libros de la compañía y en el Balance Final de Liquidación. CLÁUSULA Q U I N TA . TRANSFERENCIA DE DOMINIO.- Con la adjudicación otorgada en este instrumento, JAAPFLOWERS S.A.C. transfiere a favor de los socios de la misma y sus cónyuges el pleno dominio de los derechos y acciones fincados en los bienes muebles e inmueble materia del presente contrato. Los adjudicatarios aceptan las transferencias de dominio de los bienes en los porcentajes antes indicados. CLÁUSULA SEXTA.- IMPUESTOS Y GASTOS.- Todos los gastos, tributos, honorarios del pro-

fesional que elabora y legaliza este contrato y derechos notariales y de registro que demanden la celebración e inscripción de la presente adjudicación, los cancelará la empresa a la cual posteriormente los adjudicatarios transferirán de dominio los inmuebles que ahora reciben en propiedad. CLÁUSULA SÉPTIMA: AUTORIZACIÓN DE INSCRIPCIÓN.Cualesquiera de los adjudicatarios queda autorizado a obtener la inscripción de esta escritura en el Registro Mercantil del cantón Quito y en el Registro de la Propiedad y Mercantil del cantón Pedro Moncayo, provincia de Pichincha, así como realizar los trámites correspondientes ante la autoridad de tránsito. CLÁUSULA OCTAVA: LIQUIDACIÓN Y CANCELACIÓN.- Con estos antecedentes, una vez que JAAPFLOWERS S.A.C. ha dado cumplimiento a todas sus obligaciones, especialmente las de origen tributario; y habiéndose adjudicado en este mismo instrumento los bienes de los cuales era propietaria a favor de los socios de la Sociedad, luego de concluir los trámites de adjudicación, su Gerente General, Ricardo Gustavo Canelos Acevedo, autorizado por la Junta General de Socios de JAAPFLOWERS S.AC., en base a lo dispuesto en el artículo dos mil once (2011) del Código Civil ecuatoriano vigente, procede a LIQUIDAR y CANCELAR la misma; debiendo darse de baja el Registro Único de Contribuyentes abierto. Se sentará razón de esta Escritura de Disolución, Liquidación, Adjudicación y Cancelación en la Notaría Vigésima Octava del cantón Quito, al margen de la matriz de escritura pública de constitución de JAAPFLOWERS S.A.C. La cuantía de la liquidación de la Sociedad es, por su naturaleza, indeterminada. CLÁUSULA NOVENA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, liquidación e interpretación, será resuelta por uno de los jueces de las Unidades Judiciales de lo Civil del Distrito Metropolitano de Quito, renunciando al efecto domicilio. Sin embargo de lo antes indicado, las partes de manera previa al inicio de cualquier acción legal podrán acudir a cualquiera de los centros de mediación autorizados a fin de llegar a acuerdos sobre las controversias generadas. Usted señor Notario sírvase agregar las demás cláusulas de estilo para la plena validez de este instrumento, (firma) doctor Fernando Carrera Durán, portador de la matrícula profesional número dos mil cuatrocientos setenta y uno, del Colegio de Abogados de Pichincha.- Hasta aquí la minuta.” Particular que pongo en conocimiento para los fines legales consiguientes. Quito, a 11 de enero de 2019. TAMARA GARCES ALMEIDA NOTARIA SEXTA DEL CANTON QUITO Hay sello y firma P PL/72183/ms DR. JORGE MACHADO CEVALLOS NOTARIA PRIMERA DE QUITO EXTRACTO DE CAMBIO DE DENOMINACION DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL “OI2 SOLUCIONES AUDITIVAS S.C.C.” Mediante escritura pública


No. P0010511221, otorgada ante mí, Dr. Jorge Machado Cevallos, Notario Primero del cantón Quito, el día miércoles 9 de Enero del 2019; se procede al Cambio de Denominación y Reforma de Estatutos de la Sociedad Civil “012 SOLUCIONES AUDITIVAS S.C.C.”, por el de “PROOIR SOLUCIONES AUDITIVAS S.C.C.”. A fin de proceder a su aprobación, de conformidad con la facultad constante del numeral 29 del Art. 18 de la Ley Notarial, pongo en conocimiento del público el extracto del referido Cambio de Denominación de la referida Sociedad Civil y Comercial. Particular que pongo en conocimiento del público para los efectos legales pertinentes. Quito, Enero 10 de 2019. DR. JORGE MACHADO CEVALLOS NOTARIO PRIMERO DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAR/110051/AT

VARIOS CITACIÓN JUDICIAL ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO 23 DE JULIO LTDA, DR. LIA JEANETTE RIVERA MOYANO DEMANDADO/S: ALVARADO PARION RAMÓN JUICIO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUICIO NÚMERO 15123-2016-00855 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez encargado del despacho del Ab. Cristian Pala Cardenas mediante acción de personal Nº 1063-UPTH-2016-IN; de fecha 29 de diciembre del 2016, suscrito por la señora Directora ( E ) del Consejo de la Judicatura de Napo.- En lo principal, la demanda presentada por DRA. LIA JEANETTE RIVERA MOYANO, en calidad de Procuradora Judicial de la Cooperativa de ahorro y Crédito “ 23 DE JULIO LTDA”, conforme lo justifica con el Poder que adjunta, la misma se lo califica como clara y precisa por cumplir los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el PAGARE A LA ORDEN, Nro. 0070041941, por el valor de SEIS MIL UN CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 Ibídem, por cuanto contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se lo admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- En tal virtud Cítese con una copia de la demanda, los documentos probatorios y el presente auto inicial a los demandados ALVARADO PARION RAMÓN y MARÍA DELFINA LEMA YUGCHA, en calidad de deudor principal y solidaria respectivamente, en la dirección señalada, a través del señor Citador de esta Unidad; se les previene la obligación que tienen de señalar casillero judicial o electrónico en esta judicatura. En aplicación de lo prescrito en los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada pague o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del citado código; y en el caso que la parte demandada formule oposición acompañará la prueba de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 151 y 351 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esta resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- en aplicación de las normas prescritas en el Art.75 y 76 numeral 7 de la Constitución de la República, se dispone que se CITE al demandado ALVARADO PARION RAMÓN, en calidad de deudor principal con cedula de ciudadanía N° 1500613334, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, (COGEP) es decir mediante 3 publicaciones por la prensa en fechas distintas en el diario LA HORA, de la ciudad de Quito, se dispone se realice el extracto correspondiente. NOTIFÍQUESE.DR. MANUEL DE JESUS ARMIJOS CURIPOMA.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE BAEZA-NAPO. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Ab. Víctor Calero López SECRETARIO UJMQ Hay sello y firma P PL/72167/ms CITACIÓN JUDICIAL ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO 23 DE JULIO LTDA, DR. LIA JEANETTE RIVERA MOYANO DEMANDADO/S: HIDALGO PILATAXI CARLOS ALONSO c.c. 1500495971 y VALLEJO FREIRE GRACIELA CONSEPCIÓN c.c. 1500601248, JUICIO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUICIO NÚMERO 15123-2017-00247 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón QUIJOS-BAEZA, de la dependencia de la Corte Provincial de Napo Mediante Acción de personal Nro.- 0169-DNTH2015-LG de fecha 08 de enero del 2015, resolución del Consejo de la Judicatura número 300-2014 de fecha 21 de noviembre del 2014.En lo principal la demanda presentada por la DRA. LIA JEANETTE RIVERA MOYANO, en calidad de Procuradora Judicial de la Cooperativa de ahorro y Crédito “23 de julio Ltda”, conforme el Poder que adjunta, se lo califica como clara y precisa por cumplir los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el PAGARE A LA ORDEN, Nro. 0070038176, por el valor de TRES MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA que adjunta, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 Ibídem, por contener una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se lo admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- En tal virtud Cítese con una copia de la demanda, los documentos probatorios y el presente auto inicial a los demandados HIDALGO PILATAXI CARLOS ALONSO y VALLEJO FREIRE GRACIELA CONCEPCIÓN, en calidad de deudores principales, en la dirección señalada a través del señor citador de esta Judicatura. En aplicación de lo prescrito en los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se concede el término de quince (15) días para que la parte

demandada pague o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del citado código; y en el caso que la parte demandada formule oposición acompañará la prueba de conformidad con lo dispuesto en los artículos 151 y 351 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esta resolución no será susceptible de recurso alguno, 1.- Por cuanto el actor de la causa ha dado cumplimiento con lo dispuesto en providencia de fecha 21 de mayo del 2018, las 12h33, en aplicación de las normas prescritas en el Art.75 y 76 numeral 7 de la Constitución de la República, se dispone que se CITE los demandados HIDALGO PILATAXI CARLOS ALONSO con cédula de ciudadanía 1500495971 y VALLEJO FREIRE GRACIELA CONSEPCIÓN con cédula de ciudadanía 1500601248, en calidad de deudores principales, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, (COGEP) es decir mediante 3 publicaciones por la prensa en fechas distintas en el diario LA HORA, de la ciudad de Quito, se dispone se realice el extracto correspondiente. NOTIFÍQUESE.DR. MANUEL DE JESUS ARMIJOS CURIPOMA.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE BAEZA-NAPO. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Ab. Víctor Calero López SECRETARIO UJMQ Hay firma y sello P PL/72168/ms EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL ACTOR: DRA. LIA JEANETTE R I V E RA M OYA N O COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “23 DE JULIO” LTDA. DEMANDADA: GERARDO LLORENTINO MOREIRA ARTEAGA DEPENDENCIA JUDICIAL: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMTENTE CON SEDE EN EL CANTON QUIJOS JUICIO: 15123-2016-00804 EJECUTIVO / COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUEZ TITULAR: DR. MANUEL DE JESÚS ARMIJOS CURIPOMA SECRETARIA: AB. GREIZ JANETH TITUAÑA JUIÑA PROVIDENCIA: VISTOS: En mi calidad de Juez encargado del despacho del Dr. Cristian Pala, de la Unidad Judicial Multicompetente con jurisdicción y competencia en Quijos - El Chaco con sede en la ciudad de Baeza, mediante Acción de Personal N° 1005-UPTH-2016-IN, de fecha 05 de diciembre de 2016; suscrito por el Director Provincial del Consejo de la Judicatura de Napo, Avoco Conocimiento de la causa Nº15123-2016-00804 en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación del demandado GERARDO LLORENTINO MOREIRA ARTEAGA en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la deman-

Sólo los pesimistas forjan el hierro mientras está caliente. Los optimistas confían en que no se enfríe. Peter Bamm da, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección se ordena que se realice la citación oficial a través del señor CITADOR de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. No se atiende las medidas preventivas solicitadas, en razon de que no consta en la documentación el certificado de gravámenes emitido por el Registro de la Propiedad, según lo establecido en el artículo 351 del mencionado código. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados.- Actúe la señora Ab. Leonor Ortiz Guevara en calidad de Secretaria.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.PROVINDENCIA: VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez encargado de este despacho mediante Acción de Personal Nro.0338-UPTH-2018-MA, de fecha 15 de mayo del 2018, suscrita por la señora Directora Provincial del Consejo de la Judicatura de Napo, por lo que en lo principal dispongo: Agréguese al proceso el escrito presentado por DRA. LÍA JEANETTE RIVERA MOYANO, de fecha 18 de mayo de 2018 las 12H16; en atención al mismo de conformidad con el Art. 169 de la Constitución en concordancia con el Art. 254 del COGEP, se revoca la providencia que antecede y en su lugar toda vez que adjunta el Certificado Consular, dispongo que previo a ordenar lo que corresponda, la actora o su procurador judicial en el caso de tener clausula especial para transigir, comparezca a esta Judicatura en horas y días hábiles a fin que de cumplimiento con lo prescrito en el inciso segundo, numeral 2 del Art. 56 de la norma antes invocada. NOTIFÍQUESE.PROVIDENCIA: Por cuanto el actor de la causa ha dado cumplimiento con lo dispuesto en providencia que antecede, en aplicación de las normas prescritas en el Art.75 y 76 numeral 7 de la Constitución de la República, se dispone que se CITE al demandado MOREIRA ARTEAGA GERARDO LLORENTINO, en calidad de deudor principal con cedula de ciudadanía N° 1304388885, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, (COGEP) es decir mediante 3 publicaciones por la prensa en fechas distintas en el diario LA HORA, de la ciudad de Quito, se dispone se realice el extracto correspondiente. NOTIFÍQUESE.F. DR. MANUEL DE JESÚS ARMIJOS CURIPOMA. SECRETARIA.- Abg. GREIZ JANETH TITUAÑA JUIÑA.Certifico. Ab. Greiz Janeth Tituaña Juiña

SECRETARIA Hay firma y sello P PL/72169/ms REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA COGEP (TRAMITE ORAL) EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: HELENA SOFÍA HERVAS ROSENFELD en calidad de Representante Legal de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES y señora IVONNE C EC I L I A ROS E N F E L D PAZ, como accionista de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES CAUSA NO. 17230-201715656 ACTOR: OVIEDO CORONADO KLEVER RAMIRO y VAZQUEZ MERCHAN BERTHA FERNANDA DEMANDADOS: HELENA SOFÍA HERVAS ROSENFELD en calidad de Representante Legal de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES y señora IVONNE CECILIA ROSENFELD PAZ, como accionista de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES. CUANTIA: USD $ 10.000 PRETENSIÓN: Mediante sentencia se ordene a las demandas el pago de los valores adeudados con el máximo interés convencional de mora. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 30 de noviembre del 2017.- VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo realizado. Previamente a disponer lo que corresponda, con fundamento en el inciso segundo del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, la parte actora en el término de tres días y bajo prevenciones legales, aclare y de cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 4 y 9 del Art. 142 ibídem, esto es: a) Los nombres completos y la designación del lugar en que debe citarse a la o al demandado, además de dirección electrónica, si se conoce; b) La pretensión clara y precisa que se exige, de conformidad con el Acta Transaccional y documentos que adjunta a la demanda. SEGUNDO.N OT I F I C A C I O N E S y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por el compareciente para posteriores notificaciones. Actúe el Dr. Alejandro Ochoa, en calidad de Secretario de la Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 10 de enero del 2018.VISTOS.- Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora.- Por haberse dado cumplimiento al auto de sustanciación anterior se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por Oviedo

Coronado Klever Ramiro, Vazquez Merchan Bertha Fernanda, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- SEGUNDO: En consecuencia, las demandadas señoras: HELENA SOFÍA HERVAS ROSENFELD, en calidad de Representante Legal de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES; y, la señora IVONNE CECILIA ROSENFELD PAZ, como accionista de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES, en el término de QUINCE (15) días, contesten a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO: CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, las demandadas señoras: HELENA SOFÍA HERVAS ROSENFELD, en calidad de Representante Legal de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES; y, la señora IVONNE CECILIA ROSENFELD PAZ, como accionista de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES, en el lugar señalado en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 54 y 55 del COGEP. Para el efecto de conformidad conforme lo determinado en el artículo 72 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con los artículos 30 y 146 del Código Orgánico de la Función Judicial, remítase atento deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, se requiere a la parte interesada proveer las copias respectivas para que se lleve a cabo dicha diligencia.- QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados por la parte actora.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones.- Actúe el Dr. Alejandro Ochoa, en calidad de Secretario de la Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO M E T RO P O L I TA N O DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 29 de noviembre del 2018, las 16h19, En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la Actora, conforme lo dispone el Art.- 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a las demandadas señora HELENA SOFÍA HERVAS ROSENFELD en calidad de Representante Legal de la Asociación en

Revista judicial MARTES 15 de ENERO de 2019 La Hora Quito, ecuador

Cuentas de Participación SPACIO ASESORES y señora IVONNE CECILIA ROSENFELD PAZ, como accionista de la Asociación en Cuentas de Participación SPACIO ASESORES, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual por Secretaría se entregará el extracto respectivo. NOTIFIQUESE.-f) AB. RUTH MARIANA RACINES MOLINA, JUEZA.Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. PATRICIA M. FEIJÓO C. SECRETARIA (e) UNIDAD JUDICIAL CIVIL SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO-COGEP Hay firma y sello PAR/110038/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: BUCHELI PATIÑO GABRIEL ENRIQUE JUICIO N° : VERBAL SUMARIO – FACTURAS 17230-2016-07227 ACTOR : COMPAÑÍA QUIFATEX S.A. DEMANDADOS : GABRIEL ENRIQUE BUCHELI PATIÑO CUANTÍA : $ 350.000.00 DOMICILIO JUDICIAL : DR. HUGO LARA LUNA OBJETO: En virtud de los fundamentos de hecho presentados y sobre la base de los fundamentos de derecho; acudo ante Usted señor Juez y en Juicio Verbal Sumario demando al señor GABRIEL ENRIQUE BUCHELI PATIÑO, a fin de que en sentencia se le condene a lo siguiente: 1.- Al pago del valor adeudado en concepto del precio de los productos que constan en las facturas señaladas en los fundamentos de hecho de esta demanda que asciende en un total de USD. $ 297.062,24. 2.- Al pago de los intereses por retardo en los términos establecidos en el artículo 202 del Código de Comercio. 3.- Al pago de los intereses por mora- 4.- Pago de los honorarios profesionales. 5.- Al pago de las costas judiciales. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 31 de mayo del 2016, las 11h34. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, conforme Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura N° 215-2015 de 27 de julio del 2015, publicada en el Registro Oficial N° 567 de 18 de agosto del 2015 y por el sorteo realizado. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los

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requisitos legales establecidos en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil por lo que se la acepta al trámite verbal sumario. En consecuencia con la demanda presentada y auto recaído en ella córrase traslado a GABRIEL ENRIQUE BUCHELI PATIÑO para los fines legales pertinentes. Cítese a la accionada en el lugar designado para lo cual envíese suficiente despacho y la parte interesada prestara las facilidades del caso.- De conformidad a lo dispuesto en el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copia y recibo en autos desglósese los documentos solicitados una vez que se encuentra notificada la parte demandada.- Téngase en cuenta la calidad con la que comparece el accionante debidamente justificado con el documento que se acompaña, la casilla judicial señalada No. 5633, correo electrónico señalado por el accionante y agréguese la documentación adjunta. Actúa el Ab. Carlos Huilca en calidad de secretario de esta unidad.NOTIFIQUESE. F.: VITERI MOYA ANA (JUEZA) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 19 de diciembre del 2018, las 13h53, Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Encargado mediante acción de personal No. 15319-DP17-2018MP, de 17 de diciembre del 2018. Por cumplido con el requerimiento anterior y en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el actor, conforme lo dispone el Art. 56 del COGEP, CÍTESE por la prensa a BUCHELI PATIÑO GABRIEL ENRIQUE, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE. F.: SALTOS PINTO LUIS (JUEZ) Lo que comunico a Uds., para los fines legales pertinentes, previniéndole con la obligación de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito, para sus futuras notificaciones. AB. PAULINA AYO VELASCO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAR/110039/AT REPUBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVILCO M P L E J O JUDICIAL NORTE CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: M A R C E LO E ST E B A N MULLER MEJIA Nº DE JUICIO: VERBAL SUMARIO. 17310-2013-0282 ACTORA. AB. JOSELYN ANDREA C E VA L L O S TRUJILLO DEMANDADO: MARCELO ESTEBAN MULLER MEJIA CUANTÍA: CATORCE MIL DOLARES AMERICANOS PROVIDENCIAS: JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito,

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lunes 6 de mayo del 2013, las 14h09. VISTOS: En razón del sorteo legal, la competencia de esta causa, se ha radicado en esta Judicatura. Por lo tanto, avoco conocimiento de la misma en calidad de Jueza Titular de esta judicatura. En lo principal, la demanda presentada es clara y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia, dése el trámite Verbal Sumario de conformidad a lo dispuesto en el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil.- Cítese al demandado MARCELO ESTEBAN MULLER MEJIA, en el lugar que se indica para el efecto.- Téngase en cuenta el domicilio judicial señalado y la calidad en la que comparece el accionante.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- DRA. LIZBETH RON CADENA.JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, lunes 19 de noviembre del 2018, las 11h31, Agréguese al proceso el escrito y documento adjunto presentados. En atención a lo solicitado se dispone: 1.Agréguese al proceso el certificado emitido del Ministerio de Relaciones Exteriores en el que consta que el señor MARCELO ESTEBAN MULLER MEJIA, no consta en el registro consular, en tal virtud la parte actora cumpla con la declaración bajo juramento de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la parte demandada y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicar a quien se pide citar de esta forma, como acudir a los registros de público acceso.-NOTIFIQUESE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 19 de diciembre del 2018, las 14h29, Por cuanto la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha 19 de noviembre del 2018, se ordena citar al demandado señor MARCELO ESTEBAN MULLER MEJIA, mediante publicaciones que se hará a través de la prensa, en uno de los periódicos o diarios de amplia circulación que se editan en esta Ciudad de Quito, para lo cual por Secretaría confiérase el respectivo Extracto.- NOTIFIQUESE. F) RODAS SANCHEZ SILVIA KARINA.-JUEZA Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda. AB. JULIETA SILVANA IZA ALTAMIRANO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D.M.Q Hay firma y sello PAR/110056/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE

PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: GERMAN ENRIQUE YÁNEZ VARGAS ACTOR: DR. ANTONIO RAMON RODRÍGUEZ (BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A.) DEMANDADOS: GERMAN ENRIQUE YÁNEZ VARGAS CUANTIA: DOCE MIL QUINIENTOS DÓLARES (USD $12.500) JUICIO Verbal Sumario No. 17310-2010-0819 OBJETO: PAGO DEL CAPITAL, INTERESES, PAGO COSTAS JUDICIALES. “JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 14 de julio del 2010, las 10h41. VISTOS.- Previo sorteo de Ley correspondiente, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular de esta judicatura.- La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite verbal sumario solicitado.- En consecuencia, En consecuencia en mérito al juramento que tiene rendido la parte actora y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese en legal y debida forma a la parte demandada señor GERMAN ENRIQUE YÁNEZ VARGAS, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad.- Tómese en cuenta la calidad en la que comparece el Dr. Antonio Rodríguez Vicens, como Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A., Produbanco.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalado para posteriores notificaciones.- Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda.Cítese y Notifíquese. f.) Dr. José Martínez Naranjo. JUEZ. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 19 de diciembre del 2018, las 15h27, Cumplido que ha sido a lo solicitado en providencia anterior, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite verbal sumario solicitado.- En consecuencia, atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor YANEZ VARGAS GERMAN ENRIQUE, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- Cítese y Notifíquese”.- f) Ab. Saltos Pinto Luis Sebastián, JUEZ Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Víctor Geovanny Reyes Chulde S EC R E TA R I O U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAR/110057/AT R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE MANTA

CITACION JUDICIAL Al demandado: Señor FRANCISO JOSÉ ASTUDILLO GARCÍA, se le hace saber, que en esta Unidad Judicial Civil de Manabí; con sede en esta ciudad de Manta, por sorteo de ley, le ha tocado el conocimiento del Juicio Ejecutivo de Cobro de Pagaré a la Orden, cuyo Extracto de demanda, junto al Auto recaído en ella, es del siguiente tenor: CAUSA: No.13337-201701083 ACTOR: Ing. EDISON GERMÁN ZURITA BASANTES, en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la compañía ZURIDIST CIA. LTDA. DEMANDADO: FRANCISO JOSÉ ASTUDILLO GARCÍA. DEFENSA T EC N I CA : Abg. ALBERTO EUGENIO POSLIGUA VICTOR. CUANTÍA: USD$ 2.000,00 TIPO DE PROCESO: EJECUTIVO ACCIÓN: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN. OBJETO DE LA DEMANDA: El actor manifiesta en su demanda, que el demandado señor FRANCISO JOSÉ ASTUDILLO GARCÍA ha mantenido relaciones comerciales con Zuridist Cia. Ltda., y por ello ZURIDIST CIA. LTDA., mediante pagaré a la orden suscrito en la ciudad de Manta, el Día jueves 5 de noviembre del 2015, concedió un crédito por la suma de USD$ 3.893,40 (TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES CON CUARENTA CENTAVOS DE DÓLAR, por la compra de materiales de ferretería, tal como consta en la factura #0000872 emitida, a favor del señor FRANCISO JOSÉ ASTUDILLO GARCÍA, en calidad de deudor por sus propios y personales derechos. Que el deudor de la obligación FRANCISO JOSÉ ASTUDILLO GARCÍA se comprometió a pagar el valor de la obligación en 85 días, es decir hasta el viernes 29 de enero del 2016, debidamente determinado en el Pagaré. Que el demandado, de los materiales de Ferretería adquiridos a su Representada devolvió o no retiró, varios de ellos por un valor de $2.498,44, considerándolos como abono a la deuda, pero ha incurrido en mora en el pago de la obligación total, que debía ser pagado el viernes 29 de enero del 2016, por cuyo motivo la Compañía ZURIDIST CIA. LTDA., al amparo de lo pactado en el Pagaré por las partes, declara el saldo adeudado de manera expresa de plazo vencido, razón por la cual según lo adeudado el demandado debe un saldo insoluto por concepto de capital de $1. 394,96 (MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO DÓLARES CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR). Con estos antecedentes y apoyando su demanda en los Arts. 347, 348 y 349 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con lo dispuesto en el Art. 486 del Código de Comercio, demanda en juicio ejecutivo el cumplimiento de la obligación contenida en el pagaré a la Orden que sustenta la acción, debiendo por tal motivo disponer que el demandado señor FRANCISO JOSÉ ASTUDILLO GARCÍA por sus propios y personales derechos, en sentencia se lo condene al pago a favor de su representada, de los siguientes rubros: 1.- Al saldo del capital adeudado, que asciende a $1. 394,96 (MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO DÓLARES CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR). 2.- Al pago de los intereses legales, desde la fecha de la suscripción del pagaré a la orden hasta su vencimiento, a la tasa máxi-

Sólo un loco celebra que cumple años. G e o r g e B e r na r d S h aw

ma de interés establecido por el Banco Central del Ecuador. 3.- Al pago de los intereses de mora, desde el vencimiento hasta la cancelación total de la obligación, a la tasa máxima de interese establecido por el Banco Central del Ecuador. 4.Al pago de las costas procesales en las que se deberá incluir los honorarios profesionales de nuestros patrocinadores, de conformidad con lo que disponen los Arts. 42 y 43 de la Ley de Federación de Abogados. 5.- El recargo de la tercera parte de los gastos por expensas.JUEZ DE LA CAUSA Y AUTO RECAÍDO EN ELLA: Abg. Placido Isaías Mendoza Loor, Juez de la Unidad Judicial Civil de Manabí, quien en auto de calificación de fecha miércoles 1 de noviembre del 2017, las 11h20, aceptó la demanda a trámite y concede el término de quince días para que el demandado cumpla con la obligación o proponga algunas de las excepciones, y en providencia de fecha viernes 4 de enero del 2019, las 16h42, ordenó citar al Señor FRANCISO JOSÉ ASTUDILLO GARCÍA, mediante extracto judicial, por medio de la prensa al tenor del Artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, que se harán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación del cantón Quito, por afirmar el actor bajo juramento que le ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia. Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación de señalar domicilio judicial electrónico o correo electrónico para recibir sus notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario podrá ser declarado en rebeldía. Manta, 7 de enero del 2019. ABG. JULISSA URDÁNIGO ALARCÓN SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE MANTA R. DEL E. Hay firma y sello PAB/21593/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO VISTO BUENO N ° 2775572018-RMGO ACTOR: MARÍA ISABEL PARRA CÁCERES ACCIONADO: OLGA LAURA LUCANO QUISHPE CAUSAL: Art. 172 numeral 1 del Código de Trabajo. INSPECCION DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 09 de enero del 2019, a las 16H40.- Dentro de la solicitud de Visto Bueno N° 2775572018-RMGO, que sigue la señora MARÍA ISABEL PARRA CÁCERES, en calidad de empleadora, en contra de la señora OLGA LAURA LUCANO QUISHPE, trabajadora, agréguese al expediente el escrito presentado por la parte accionante el mismo que por ser de ley se la acepta al trámite; En lo principal se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese a la trabajadora mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de

amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos (Ley Supletoria), por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio de la accionada, a quien se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. 2) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se remitirán a la Inspección del Trabajo dentro del término de diez días siguientes contados a partir de la precitada notificación, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. 3) Tómese en cuenta el casillero judicial y la autorización otorgada al profesional del derecho que suscribe la presente causa.- NOTIFIQUESE.- f) AB. MERY GUILLÉN ORDÓÑEZ. Lo que comunico para los fines de Ley. AB. MERY GUILLÉN ORDÓÑEZ INSPECTORA DE TRABAJO DE PICHINCIA Hay firma y sello PAR/110042/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DEL TRABAJO DIRECCIÓN REGIONAL DEL TRABAJO Y DEL SERVICIO PÚBLICO DE GUAYAQUIL EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN TRÁMITE: VISTO BUENO Nro. 277622-2019 CAUSAL: NUMERALES 1 Y 2 DEL ART. 172 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO ACTOR: SEPRONAC SEGURIDAD Y PROTECCIÓN NACIONAL CIA. LTDA. EN CONTRA: Sr. WALTER JULIO SÁNCHEZ CAMEJO DIRECCIÓN REGIONAL DEL TRABAJO Y DEL SERVICIO PUBLICO DE GUAYAQUIL.INSPECTORÍA DE TRABAJO DEL GUAYAS.- Guayaquil, 08 de enero del 2019 a las 15H00.- De conformidad con lo establecido en el artículo 545 numeral 5 del Código del Trabajo y el resorteo reglamentario que antecede, AVOCO conocimiento del trámite de VISTO BUENO N.° 277622-2019, planteada de conformidad a las causales 1 y 2 del Art. 172 del Código del Trabajo, en concordancia con los artículos 13, 19, 43 numeral 44 del Reglamento Interno de Trabajo, presentada por el señor ANGEL ERNESTO MUNIVE OCAMPO en su calidad de GERENTE GENERAL de la compañía SEPRONAC SEGURIDAD Y PROTECCIÓN NACIONAL CIA. LTDA., en su calidad de empleadora, en contra del señor WALTER JULIO SÁNCHEZ CAMEJO, en su calidad de trabajador. EN LO PRINCIPAL: 1) La solicitud por reunir los requisitos de ley se la admite a trámite; 2) Al amparo en lo que señalan los artículos 183 y 621 del Código del Trabajo, y en virtud de que la parte actora ha presentado los requisitos de procedibilidad necesarios, como el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, mediante oficio Nro. MREMH-CZ92019-0226-O de fecha 04 de enero del 2019, mediante el cual se verifica que la parte accionada no posee registro consular en el exte-

rior, así como la Declaración Juramentada celebrada ante la Notario Público Abg. Paul David Arellano Sarasti, Notario Sexagésimo Cuarto del cantón Quito, mediante el cual expresa bajo la solemnidad del juramento, que le es imposible determinar el domicilio individual o residencia del trabajador accionado; se ordena, de conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de procesos, emitir el correspondiente extracto, a fin de notificar al señor WALTER JULIO SÁNCHEZ CAMEJO, mediante tres publicaciones, en fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar; de no haberlo, se hará en un periódico de la capital de la provincia, así mismo de amplia circulación y si tampoco hay, en uno de amplia circulación nacional, donde se le hace saber al trabajador, que tiene que dar contestación a la solicitud de Visto Bueno planteada en su contra siendo su obligación la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones. Transcurrido VIENTE DÍAS desde la última publicación, comenzará el término que tiene la parte accionada para contestar la Solicitud de visto bueno, conforme lo determina el Art. 151 del Código Orgánico General de Procesos. Con su contestación o en rebeldía, realícense las investigaciones de conformidad con la ley; NOTIFÍQUESE.- f) Abg. Ligia Castillo Briones, Inspectora del Trabajo del Guayas.ABG. LIGIA CASTILLO BRIONES INSPECTORA DEL TRABAJO DEL GUAYAS Hay firma y sello PAC111304fa

ANULACIONES

banco rumiñahui QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8366777300 Nro. Cartola 18980000022 Cliente LUCAS VIRAJUCHA, IVAN-ANDRES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8257081900 Nro. Cartola 18336720141 Cliente TIPAN CACHUMBA, EDER-XAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8000126600 Nro. Cartola 17077510158 Cliente GONZALEZ DIAZ, PABLO-ISAIAS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8226858100 Nro. Cartola 18188440046 Cliente SUAREZ TABANGO, EMMA-BEATRIZ del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA

Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8040435400 Nro. Cartola 175 6 9 3 5 0 576 C l i e n te BURNEO BURNEO, VICTORRAMIRO PATRI del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8028339800 Nro. Cartola 16590620296 Cliente OJEDA VEINTIMILLA, REBECA-ELOISA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8010518300 Nro. Cartola 16674350703 Cliente SARAGURO ERAS, SEGUNDO-ANGELITO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8007415400 Nro. Cartola 16534360926 Cliente PAREDES PAREDES, MYRIAN-CECIBET del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8013733400 Nro. Cartola 17492091156 Cliente PUGA NARVAEZ, CELIO-HUMBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8440037800 Nro. Cartola 19426270005 Cliente BRITO MENDEZ, SANTIAGO-ISRAEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8062601600 Nro. Cartola 17289590584 Cliente COELLO ZAMBRANO, CESAR-JAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8377894600 Nro. Cartola 19045830072 Cliente TIRAPE ALVAREZ, LUPE-GABRIELA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8084662000 Nro. Cartola 17505690010 Cliente ARMIJOS VIVANCO, DAVID-MOISES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8405149600 Nro. Cartola 19214190001 Cliente CLAUDIO ESCUDERO,

MAYRA-DAYANNA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8043868100 Nro. Cartola 16548560297 Cliente PASQUEL CEVALLOS, GUILLERMO-HOMERO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8479268300 Nro. Cartola 19719810020 Cliente BARRAGAN ULLOA, ROSA-MARIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.8211203400 Nro. Cartola 18101500017 Cliente CRUZ AYALA, YAJAIRA-MARCELA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR

banco INTERNACIONAL Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0610611577 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 355 al número 355 P/AC/ ()NR ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 700618620 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 4031 al número 4031 P/AC/ ()NR

COOPROGRESO COOPERATIVA COOPROGRESO Debido a la pérdida del Certificado DPF/DPFP/ Nº 001000090000905001 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VALLEJO SILVA TAMMY LORENA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/30701/NR

BANCO BOLIVARIANO Se comunica al público, la anulación por pérdida/ sustracción del cheque No 544 presentada por el girador Pierangeli Mora Laine Cta. Cte. No. 5015014626 P/AC/ ()NR =========


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