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Quito 11 de octubre de 2017

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50c incl. IVA

Quito, Ecuador

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017

Número total de ejemplares puestos en circulación: 28.783

Messi frota la lámpara y clasifica al Mundial

CIUDAD

El ‘10’ de Argentina hizo los tres goles con los que vencieron 3-1 a Ecuador ayer en el estadio Atahualpa. La ‘Albiceleste’ ingresa de forma directa a la Copa del Mundo de Rusia. Página B11

Cuatro días de feria Para Ecuador Gourmet Página A5

CULTURA

Calvopiña se desmarca de red petrocorrupta

El exgerente de la petrolera asegura que sus ingresos son legales y que es víctima de linchamiento mediático. Durante más de tres horas, el exgerente de Petroecuador Marco Calvopiña rindió ayer su testimonio bajo juramento dentro del juicio por presunta delincuencia organizada, producto de la trama de corrupción en la estatal petrolera. Aseguró que no llegó al cargo por ser amigo de poderosos o políticos, sino por su carrera

PREVISIONES DE CRECIMIENTO FMI

2017: 0,2% 2018: 0,8% Página B4

de 35 años en Petroecuador y haber ocupado altos cargos en la institución. Afirmó que siempre tuvo una cultura de ahorro, que jamás ha tenido autos de lujo, que reside en un barrio de clase media (La Kennedy) y que el proceso le ha representado toda una verdadera tragedia familiar. Página B2

Página A11

GLOBAL

El Presidente catalán recula Página B6

AUDIENCIA. Hasta el cierre de esta edición, continuaba la diligencia a los diferentes procesados.

CIUDAD

Un retoque a Santo Domingo

Página A2

Sucre es un imán para ir a Chillogallo

5 denuncias por acoso sexual en Guayaquil Las autoridades investigan cinco presuntos casos de violación a estudiantes del colegio réplica Aguirre Abad, institución pública ubicada en Guayaquil. Ayer, fue detenido un maestro señalado como uno de los posibles autores. Página B5

PRIMERA SUERTE

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SEGUNDA SUERTE

TERCERA SUERTE

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www.lahora.com.ec lahoraecuador @lahoraecuador


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

QUITO

CIUDAD A2

tiempo lectura 15 min.

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR

I

DIBUJOS ‘Paisajes de Quitu’, de Henry Males Lugar: Cafelibro (Plaza,

entre Wilson y Veintimilla) Entrada: gratuita Horario: 11:30 a 20:00 Cuándo: hoy y mañana

EXPOSICIÓN ‘La intimidad es política’ Lugar: MET-Quito (Es-

pejo y García Moreno) Entrada: gratuita Horario: 09:00 a 17:00 Cuándo: hoy y mañana

CINE ‘Mi tía Toty’, de León Felipe Troya Lugar: Alianza Francesa

(Eloy Alfaro y Bélgica) Entrada: gratuita Horario: 19:00 Cuándo: hoy

TEATRO ‘Gato por liebre’, de Imagino Teatro Lugar: Patio de Come-

dias (18 de Septiembre y 9 de Octubre) Entrada: $8 Horario: 20:30 Cuándo: hoy

ORACIÓN Rezo del Santo Rosario Lugar: Capilla de la Misericordia (Amazonas y NN.UU., en el CCI) Entrada: gratuita Horario: 17:30 Cuándo: mañana

TEATRO ‘Frida Kahlo’, c on Nadine Muñoz Lugar: Asociación Hum-

boldt (Vancouver y Polonia)

Entrada: $10, $7 y $5

(jueves $5 promocional)

Horario: 20:00 Cuándo: mañana

Arreglo integral en los techos de Santo Domingo HISTORIA. La Iglesia y Convento de Santo Domingo datan de 1688.

Estructuras importantes de la iglesia y el convento son intervenidas por el Instituto Metropolitano de Patrimonio. Para evitar un colapso total de las cubiertas ubicadas sobre el altar mayor de la iglesia y la biblioteca del convento de Santo Domingo se realiza una rehabilitación y reforzamiento integral de dichas estructuras. La falta de mantenimiento y los efectos acumulados de varios sismos ocurridos en 2016 provocaron que el pasado 17 de septiembre se produjera el colapso parcial de las cubiertas. Esto, como consecuencia de la rotura y el asentamiento de las estructuras que las sostienen. Según técnicos del Instituto Metropolitano de Patrimonio (IMP), apenas ocurrido el colapso parcial de las cubiertas se tomaron medidas emergentes para precautelar la estabilidad de las estructuras de madera y metálicas. Además se comenzaron los estudios y la planificación para emprender la intervención necesaria para preservar en toda su integridad este patrimonio de la ciudad. Una vez estabilizada toda

la estructura y terminada la planificación para las obras, los trabajos iniciaron hace dos meses con la participación permanente de 20 obreros y cinco técnicos. Hasta el momento se han ejecutado obras de descosidos, cosidos e inyecciones para consolidar los muros portantes, nivelación de las cabezas de los muros y colocación de canecillos. También se han instalado vigas de madera para el anclaje de las cerchas de madera de la cubierta de la biblioteca y se ha reintegrado la estructura metálica de la cubierta del presbiterio de la iglesia. Labor delicada

Las tareas que se realizan en la iglesia y el convento ya pasaron la ruta crítica, que fue la producción y la construcción de las cerchas de las cubiertas de estructura de madera, donde se realizó un trabajo delicado y prolijo para la preservación de la madera.

Detalles Los avances

obras registran un avance de más °delLas 40%. El plazo máximo establecido para esta °intervención es de seis meses. inversión aproximada ascendería a °losLa250.000 dólares.

Según el coordinador de la intervención, el arquitecto Fabio Carranco, esas estructuras fueron armadas y ancladas, colocándose refuerzos metálicos en los nudos por cuanto había que reutilizar y preservar la madera. Finalmente, fueron subidas sobre los muros con ayuda de tecles y con sistemas de piñones y poleas. Una vez que se concluya con todo el proceso de anclaje de las cubiertas, el IMP realizará la colocación de la placa impermeabilizante y las tejas de recubrimiento en las cubiertas. La intervención finalizará con el resane de enlucidos, colocación de nuevos cielos rasos falsos, mantenimiento de los sistemas eléctricos y la pintura de las áreas afectadas. (JS)


Retiro de árboles en la Gaspar de Villarroel

Para precautelar la integridad física de la ciudadanía se retiraron cuatro sauces que estaban sembrados en el parterre de la avenida Gaspar de Villarroel, entre la 6 de Diciembre y la calle Londres. Los ejemplares registraban daños en su estructura, heridas y pudriciones, detalló el Municipio. (JN)

CIUDAD

Esterilización de mascotas en Calderón

Hoy, de 8:00 a 12:00, la Secretaria de Salud y la Administración Zonal Calderón, realizan la campaña gratuita de esterilización de mascotas en San Juan de Calderón. Se entregarán 30 turnos y las intervenciones se ejecutarán de 08:00 a 10:00. El animal debe tener mínimo 3 meses de edad. (JN)

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MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

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Los controles al servicio que ofrecen los buses continuarán El primer informe indica que no hay mejoras. 770 buses fueron sancionados. Los transportistas deberán esperar a los resultados que arrojen los controles que la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) continuará realizando con la ayuda de radares móviles. Esto porque el primer informe que se presentó al Municipio sobre la operación de los buses urbanos en los últimos 30 días no les favoreció. Según Fausto Miranda, director general de la AMT, de un total de 2.419 controles se emitieron 770 infracciones a buses que circulaban con las puertas abiertas, irrespetando las paradas, superando los límites de velocidad o en los que se registraron emisiones fuera del rango. El alcalde Mauricio Rodas, al

confirmar los datos del informe zo de 30 días que dio el Alcalde de las citaciones emitidas en los a los trasportistas para que meúltimos 30 días, reiteró que no joren la calidad del servicio. Roconvocará al Concejo para revi- das insistió en que las mejoras sar la tarifa del transporte públi- no son en temas que se requiera co mientras no exista un cambio de una inversión económica sino de actitud de los conductores. que dependen de la voluntad y “Nuestra postura ha sido cla- de la conducta de los choferes. ra, no procederemos a revisar la Informó que se han desarrotarifa mientras no existan me- llado una serie de acciones para joras claras y visibles en mejorar la calidad del serla calidad del transporte vicio y que se han fortaleEL DATO público. Estamos del lado cido los operativos de conde los ciudadanos, defentrol. Al referirse a las 770 diendo los intereses de los La propuesta de citaciones que se han emiOrdenanza para ciudadanos, al exigir cali- revisar el costo tido a los transportistas, de los pasajes ya señaló que eso indica que dad”. fue aprobada en Informó que esta sema- primer debate. el problema en la prestana evaluará los resultados ción del servicio persiste. obtenidos. Explicó que se El presidente de la comestán sistematizando el número pañía Translatinos, Jorge Yánez, de citaciones, pero también el dijo que el gremio de los transnúmero de denuncias que se han portistas está pendiente de la hecho a través del 1800 AMT presentación del informe. AseAMT y de la aplicación ‘Movi- guró que están preparados para lízate UIO’ y que en función de refutar las presuntas infraccioaquello tomará una decisión. nes. También informó que que están abiertos al diálogo y que hay Antecedente El 6 de octubre concluyó el pla- avances en los acuerdos. (PSD)

MOVILIDAD. Los buses del transporte público no presentan mejoras en la calidad del servicio que ofrecen a la ciudadanía.

Plan de fortalecimiento del servicio de transporte público

Detalle Fiscalización - Despacho Origen y destino Inspección física visual.

Unidades Citados / fiscalizadas Informes

Retenidos

TOTAL

2.419

105

3

108

0

150

6

156

0

106

0

106

0

156

0

156

Irrespeto a paradas, puertas abiertas y correteos por parte de fiscalización.

0

59

0

59

Operativos RTV. (Opacidad).

0

181

4

185

0

757

13

770

Control ejes visuales (velocidades). Control de agentes civiles de tránsito en vía por circular con puertas abiertas. Control de agentes civiles de tránsito en vía por irrespeto a las paradas.

TOTAL

Elaboración: LA HORA

P INTERES GENERAL SOLICITADO POR DIANA TERESA ERRAEZ CRUZ 1103953947

CARRETERA CELICA CRUZPAMBA "LA ALEGRIA DEL POBRE DURA POCO" Esta es una frase pesimista pero sabia a la vez, es lo que los moradores de Cruzpamba y alrededores están sintiendo, parecería que el tiempo no habría pasado, recuerdan el día cuando pusieron lastre a la carretera Celica Cruzpamba, todos en el pueblo estaban felices y agradecidos consideraban que se había hecho mucho por ellos. Ahora que han pasado (70) setenta años para que sea asfaltada la vía CELICA-CRUZPAMBA-YEE EL MUERTO que une a la cabecera Provincial de Loja con el punto suroeste más distante del Ecuador en Zapotillo. Esa sensación de bienestar duró muy poco y está a la vista, para desilusión y tristeza de su gente y de toda la Provincia de Loja. Los usuarios y moradores del tramo de la vía CELICA-CRUZPAMBA cuya longitud es de 10 kilómetros, vemos con total preocupación que en cuanto empezó el invierno de este año aparecieron inmediatamente trizaduras y levantamientos de la delgada carpeta asfáltica, se afectó en su totalidad y son por demás evidentes las fallas ocurridas antes inclusive de que se termine la obra. El tramo CRUZPAMBA — YEE EL MUERTO, construido por la Constructora Nacional está en perfecto estado. Pero el tramo de CELICA • Tramo Celica – Cruzpamba, estado de la vía que pretenden entregar

hasta CRUZPAMBA no se puede aceptar que sea entregada en las condiciones actuales, el Contratista la compañía China SYNOHIDRO, el Ministerio de Transportes y Obras Publicas como entidad contratante, deben responder por el pésimo estado en que pretenden entregar esta obra. Quien responde a todo esto? como puede ser que esta importante carretera este en estas condiciones cuando la misma en el tramo Cruzpamba hasta la Yee El Muerto, construida en el mismo tiempo es una excelente y sólida vía hecha bajo parámetros iguales con diferente resultado? Nuestro anhelo ha sido una buena • Tramo Cruzpamba – Yee El Muerto carretera que sirva para el desarroTramo bien construido llo productivo, turístico rural, agroindustrial, micro empresarial, por lo tanto hacemos un llamado a las autoridades parroquiales, cantonales, provinciales, a nuestros hermanos coterráneos en todo el país a permanecer unidos y alertas hasta conseguir este justo anhelo para Cruzpamba, Celica y la provincia de Loja, que desde donde se encuentren nos ayuden a levantar la voz de protesta, para garantizar que esta obra sea entregada en los mejores términos de calidad y así evitar que en el próximo invierno colapse en perjuicio de todos.

Ing. Diana Erráez Cruz CONCEJAL DE CELICA


QUITO

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OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR

Volver atrás es imposible. Mi reloj va siempre hacia adelante. La historia también”.

Descubrí que no había nada que no pudiera construir, en especial, si tenía herramientas”.

OSWALD DE ANDRADE ESCRITOR BRASILEÑO (1890-1954)

DANIEL DEFOE ESCRITOR INGLÉS (1660-1731)

O

CARTAS Síndrome delirante

El llamado al diálogo ha despertado una serie de intereses personales y de grupo que nos llevan a pensar que la población ecuatoriana vive momentos difíciles. Una falsedad sostenida bajo la negación de las evidencias contradice las leyes de la lógica, es una idea absurda que no está de acuerdo con los hechos y carece de validez en boca de quien lo expresa ante las experiencias vividas por las personas responsables y el testimonio de muchos actores. Estas ideas fijas que llenan la conciencia de quienes se encuentran implicados en actos de corrupción son un “tumor psíquico” sumergido en los implicados. Son ideas no compartidas por quienes vivimos en el mismo entorno social y cultural de una sociedad que ha sufrido cambios radicales en su desarrollo por leyes absurdas aplicadas por gente con comportamientos absurdos. La justicia, la siquiatría y la sicología tienen mucho que decir ante una realidad donde los errores de juicio organizan experiencias delirantes durante una década perdida. Dr. Rodrigo Contero Peñafiel CC: 0600750947

Sin límites

Las expresiones del expresidente Correa, descomedidas y groseras en contra del actual mandatario, revelan ese carácter beligerante y siempre confrontativo, cuando habló de la posibilidad de recuperar el poder, probablemente con mañosos mecanismos anticonstitucionales, a los que estuvo acostumbrado. Sus exageraciones y fanfarronerías quedaron atrás en sus “enlaces ciudadanos”, aplaudidas por grupos carentes de ideas y razonamientos. Siga soñando con volver y cuente solo con sus aliancistas-alcahuetes, que le permitieron toda clase de excesos y hoy no tienen ningún derecho a imponer normas de gobernabilidad. Fabián Francisco Pérez de Castro C.C. 170237767-0 DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.

No es coNtra Nadie No, no se trata de una persecución ‘canibalesca’ en contra de algún expresidente, ni de revancha, ni de odios, ni de evitar que una misma persona vuelva a sentarse en el sillón del Palacio de Carondelet. Todas las democracias, las verdaderas, reconocen en la alternancia de poderes un pilar elemental. No se trata de decir que “es el pueblo el que elige, en las urnas, si quiere que alguien se quede toda la vida en el poder”. Se trata de que una democracia no puede dejar espacio a la duda, a la interpretación fortuita y a las ambigüedades. De no permitir que venga alguien con un discurso suntuoso y millones en las arcas públicas para gastar en propaganda, a tratar de perennizarse en su apetecido puesto. Peor aún, que no le importe hacerlo a costa de

DANIEL MÁRQUEZ SOARES

Inteligentes y humillados Tales de Mileto, cansado de que la gente se burlara de la pobreza de los filósofos y los juzgara incompetentes, decidió enriquecerse. Llevó a cabo unas pocas transacciones, amparado en su conocimiento del mundo y del ser humano, y levantó una fortuna obscena en meses. Así calló a sus críticos, hombres vulgares e inescrupulosos pasaron la vida persiguiendo la riqueza con poco éxito. Demostró también que, si no tuvo dinero antes, fue porque la persecución de este le parecía secundaria frente a la búsqueda de la verdad. Ya nadie

la libertad y la paz de todo un pueblo. Es cuestión de comprender que es un riesgo demasiado grande, porque el poder en manos inescrupulosas puede convertirse en una peligrosa golosina difícil de echar a un lado. Los militantes de ningún proyecto político: de izquierda, de derecha, de centro, de ningún partido, deben esbozar siquiera la nefasta idea de que todo lo que no sean ellos está mal, de que todo lo que hubo antes fracasó y de que en todo lo que viene por delante tendrán que estar presentes. Por eso, la reelección indefinida debe desaparecer de nuestra Constitución. El catedrático Jaime Costales lo dijo recientemente con claridad: “Un mediocre en 10 años puede hacer mucho para destruir y un gran estadista puede hacer en cuatro años cosas extraordinarias”.

podía decir que Tales se había dedicado a la filosofía obligado por la pobreza. Guardando las debidas proporciones, morales e intelectuales, el político brasileño José Dirceu protagonizó una historia similar. Tras pasar décadas al servicio de la izquierda brasileña, lo que le valió desde meterse a guerrillero hasta ser el eficiente Richelieu de Lula da Silva, se vio súbitamente en el banquillo de los acusados. Se sintió traicionado, más aún cuando cayó en cuenta de que, pese a haber pasado años manejando cantidades astronómicas de dinero al servicio del partido, era un hombre sin patrimonio, al punto de apenas tener donde vivir y no poder costearse un abogado. En ese momento, Dirceu decidió que era momento de hacer dinero. Usó su conocimiento y contactos de forma completamente legal, como relacionador

público y negociador al servicio de empresas internacionales, y amasó una fortuna de cientos de millones de dólares en pocos años. Al igual que Tales, les calló la boca a todos los que lo acusaban de muerto de hambre, envidioso e incompetente, de haberse dedicado a la política de izquierda a falta de otra opción. Ambas historias nos recuerdan que siempre es bueno pensar dos veces antes de humillar a hombres evidentemente inteligentes. Un sujeto así es inofensivo mientras es respetuoso con aquellos menos capaces que él, pero muy peligroso cuando, cansado de tantas provocaciones, empieza a desdeñarlos. Unas veces, como aquellos dos, se contenta con amasar una fortuna; otras, quiere venganza. En Ecuador, los poderosos siguen insistiendo en burlarse de la gente capaz. dmarquez@lahora.com.ec

JORGE OVIEDO RUEDA

La consulta La fe pública debe estar sustentada en la confianza. Lo mismo para que el ciudadano confíe en lo que dice el Estado como en lo que le vende el tendero de la esquina. En lejanos tiempos bastaba la palabra. Hoy todo se ha vuelto deleznable. Hemos llegado a dominar de tal forma el arte de la apariencia que podemos afirmar que vivimos una realidad ficticia. Lo mismo en el ámbito público, como en el privado. Si nos comemos un jugoso pollo resulta que está lleno de esteroides, si confiamos en la palabra de los políticos, pronto sufriremos una decepción. Lo más grave es que nos hemos resignado a la mentira, con lo cual nos estamos suicidando colectivamente. En este ámbito se ubica la famosa consulta impulsada por Moreno. Todas las preguntas son un engancha bobos que inducen a votar sí por las dos ecológicas (Yasuní y minería). Es la mentira del Estado apoyada por los intereses privados locales y transnacionales. Después del escándalo de Odebrecht razones tenemos en suponer que detrás de consultas como la presente corren ríos subterráneos de dinero. Todos podemos estar de acuerdo con que no prescriban los delitos sexuales contra los niños e, inclusive, que RC no pueda reelegirse, pero eso es nada al lado de los intereses transnacionales de explotar los recursos estratégicos de la Cordillera del Cóndor. Reducir el área de explotación del ITT es una mentira frente a la verdad inobjetable de que no se lo debe explotar; prohibir la extracción metálica en áreas protegidas es contravenir el espíritu de la Constitución de Montecristi que prohíbe todo tipo de explotación minera. De los viejos tiempos hay que rescatar el valor de la palabra y condenar la hipócrita mentira, elevada ahora a categoría de consulta popular. joviedo@lahora.com.ec

Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General IVÁN FLORES POVEDA Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXI No. 11942

www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.


Campaña contra el bullying

CIUDAD

‘Salud al paso’ en Quitumbe

La Unidad Patronato Municipal San José está socializando la segunda etapa de la campaña contra el acoso escolar o ‘bullying’. Más de 9.402 estudiantes ya saben que pueden llamar al 1800 ACOLITA, envíar mensajes al WhatsApp al 099 678 34 83 o participar en el chat en vivo en www.patronato.quito.gob.ec. (JN)

En la administración zonal Quitumbe se ha instalado una carpa del proyecto municipal ‘Salud al paso’ que atiende de 08:00 a 16:30. Se realizan consultas preventivas para evitar enfermedades como hipertensión, diabetes, colesterol, a través de consultas nutricionales. (JN)

I

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

A5

Una gran cita con la cultura gourmet que tiene Ecuador Emprendedores contarán sus historias en el Centro de Convenciones Bicentenario.

Aprender a catar un vino, degustar un buen queso maduro o conocer algunos de los grandes secretos que tienen los grandes chocolateros. Estas experiencias culinarias se pueden disfrutar desde mañana en la sexta edición de Ecuador Cultura Gourmet. Esta cita, que cuenta con el apoyo de Quito Turismo y en la que participan productores y emprendedores ecuatorianos, se realizará desde mañana hasta el domingo en el Centro de Convenciones Bicentenario, en el norte de la ciudad. Patricia Donoso, gerente general del encuentro organizado por Multienlace Eventos, explica que el objetivo de este año es que los emprendedores compartan sus historias de trabajo. También están programados foros, charlas académicas, y ruedas de negocios dirigidos a representantes de hoteles, restaurantes, cafeterías, supermercados, empresarios, chefs y otros visitantes.

Según lo programado, los expositores contarán con 84 estaciones en las que el público podrá degustar cervezas artesanales, chocolates, conservas, quesos y lácteos, productos andinos, café e infusiones, licores, vinos y más productos que se podrán comprar de forma directa a los productores. Para darse gusto

Se espera que este encuentro convoque a unas 12 mil personas durante los cuatro días, explica Donoso, quien destaca las catas de vinos y chocolates. Quienes participen en esas jornadas podrán degustar productos ecuatorianos que han obtenido reconocimientos internacionales. Hay vinos ecuatorianos que han sido galardonados en Argentina, Francia, Estados Unidos y Alemania. En el caso del chocolate, la gente degustará productos con diferentes sabores y texturas, pero también conocerá toda la cadena de producción, desde que se obtiene la pepa de cacao hasta su transformación en una deliciosa barra. Los amantes del café también pueden aprender mucho en el ‘show de café late’ o en el concurso de la taza mejor servida. Sobra decir que se podrá disfrutar de las mejores variedades de café que se producen en el país.

Detalles

El encuentro

° Horarios:

De jueves a sábado: de 10:00 a 20:00. Domingo: de 10:00 a 18:00. ° Costos: Adultos: $5 niños y personas con discapacidad $2,50.

Creatividad Chancho hornado y cuy (crudo) bien adobado empacados al vacío, listos para su comercialización y exportación son apenas dos de las innovaciones que se presentarán en esta cita gastronómica. A esto se suman exclusivas mezclas de té, conservas y especias, charcutería y licores nacionales como wisky y vodka de gran calidad. También habrá leche de chochos y snacks de frutas elaborados con una tecnología que permite mantener su sabor y nutrientes. “Este año, tendremos una muestra de productos gastronómicos únicos y de excelente calidad”, asegura Donoso, quien destaca que en esta muestra se pueden encontrar productos diferentes para la canasta de navidad y hasta para regalos corporativos. (JN)

MUESTRA. El encuentro se realizará desde mañana hasta el domingo en el Centro de Convenciones Bicentenario.

VIALIDAD. La colocación del nuevo pavimento se lo realiza durante el día y el frezado de la vía se lo realiza durante la noche.

Repavimentación de un tramo de la Eloy Alfaro registra 20% de avance

La repavimentación de 5,4 tiones técnicas es imposible kilómetros de la Av. Eloy Al- trabajar solo por las noches, faro, desde la 6 de Diciembre que el fresado se lo hace en la hasta La Granados -en ambos noche para evitar que las piesentidos- registra un avance dras que se levantan afecten a del 20%. Se trabaja durante los vehículos. el día y la noche para reducir La repavimentación de la las molestias a los usuarios y Av. Eloy Alfaro tiene un plazo dueños de locales comerciales de 30 días, dijo que hay otros que hay en el sector. frentes de intervención y de Durante la visita que el al- forma directa como es el caso calde Mauricio Rodas realizó a del anillo vial de Collaqui, en el la obra, hubo conductores que sector de Tumbaco y que regisexigieron que los trabajos se ha- tra un avance del 50%. gan por las noches. Esto, para reducir los problemas Trabajos en varios de movilidad que se frentes registran en esa zona Rodas dijo que estas durante el día. labores se realizan VEHÍCULOS por esta vía dia- en el marco del ‘Plan A eso de las transitanriamente. vial 24/7’ que incluye 10:00, pese a la prela repavimentación sencia de agentes de los 23 principales ejes de Tránsito, el carril iz- EL DATO viales de la ciudad. Uno quierdo de la vía se satude esos, justamente, es el ró de vehículos y se apliinversión en tramo de la Av. Eloy Alcaron desvíos para que La esta obra es de los buses avancen por la 725.424 dólares. faro, al norte de Quito. Recalcó que hasta el Av. 6 de Diciembre. momento se ha concluiEntre las labores que se realizarán se encuentra el do con un tramo importante fresado, imprimación y tendi- de la Av. Maldonado, al sur de do de la carpeta asfáltica en un Quito, de igual forma de la Av. espesor de 7,5 centímetros. La Mariscal Sucre, la repavimenvía tiene dos calzadas de cir- tación de la Av. El Sena, y de la culación, cuenta con bordillos, Av. Pichincha. Informó que se están aceaceras, red de alcantarillado, agua potable y drenaje para lerando los trabajos y que continuarán durante la época evacuación de aguas lluvias. Juan Pablo Solórzano, ge- invernal. Reiteró que están rente de la Empresa Pública laborando 24 horas al día en Metropolitana de Movilidad el cumplimiento del plan vial y Obras Públicas, dijo que es que arrancó en el mes de abril normal que se generen moles- con la intervención de la Av. El tias pero aclaró que por cues- Sena.(PSD)

52.000


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QUITO

EN VELA A6

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

Alexis Mera desiste de ser embajador en Estados Unidos

El exsecretario jurídico de la Presidencia en la época de Rafael Correa no logró el beneplácito del Gobierno de Estados Unidos, para ser embajador de Ecuador en ese país, a pesar de haber transcurrido tres meses desde que la Cancillería presentó oficialmente la solicitud al Régimen de Donald Trump. En estas circunstancias, Mera renunció ayer su postulación de ser embajador ecuatoriano en Estados Unidos, informó ayer la Cancillería ecuatoriana. (SE)

I

Moreno pide perdón a víctimas de violaciones de Derechos Humanos

Presidente solicitó a la Fiscalía agilitar las investigaciones. Son más de 100 casos.

Durante la firma de 24 acuerdos indeminizatorios, el presidente Lenín Moreno pidió perdón a nombre del Estado ecuatoriano a quienes fueron víctimas de violaciones de Derechos Humanos desde 1984 hasta 2008 “por gobiernos autoritarios”. El acto se cumplió ayer en el Palacio de Carondelet. Estos casos fueron revelados en la investigación que realizó la Comisión de la Verdad, que fue conformada en 2007 por el Gobierno de Rafael Correa. Se puso énfasis en el periodo del gobierno de León Febres Cordero (P1984-1988), donde se produjeron una serie de desapariciones forzadas, torturas, encarcelamientos y violaciones. Pedido a la Fiscalía

Lenín Moreno pidió a la Fiscalía adelantar los procesos judiciales que fueron puestos en los tribunales por la Comisión de la Verdad. “Pido a la Fiscalía que proceda inmediatamente con las audiencias y que los demás procesos se hagan con rapidez. Estos temas son de atención prioritaria”, manifestó, refiriéndose además a las heridas imborrables que afectan a las víctimas, aunque dijo que con el corazón se puede borrarlas a través del perdón. “Perdonar no significa que no deba haber justicia”, resaltó. “Sin verdad no hay justicia”,

SINIESTRO. Una mujer junto a su hija perecieron en el interior de una camioneta donde se transportaban.

Dos muertos y 12 heridos en la vía a Riobamba • Cumandá Mayorga de 38 años y su hija de apenas 5, perecieron ayer por la mañana tras un trágico accidente. Las mujeres estaban a bordo de una camioneta de cabina simple Chevrolet Luv, la misma que se fue debajo de un bus de la Cooperativa Riobamba. Producto del fuerte impacto las dos víctimas quedaron atrapadas entre los metales retorcidos del automotor. Ellas fueron sacadas luego de dos horas de ocurrido el siniestro con apoyo de equipos técnicos de las unidades del Cuerpo de Bomberos de Mocha y de sectores aledaños. Mientras que los pasajeros del bus fueron llevados por las diferentes unidades de emergencia hasta el hospital Regional Docente Ambato para su atención. Según información de Carlos López, gerente de la casa de salud, fueron 12 pacientes que llegaron con golpes y lesiones. El hecho se suscitó aproximadamente a las 07:45 de ayer en Quinchicoto, en el sector conocido como la ‘Vuelta del Chocho’ o la ‘Curva de la muerte’, en los límites de Mocha con Tisaleo, vía a Riobamba.

TUNGURAHUA

LIBERTAD. La ceremonia, que la presidió Lenín Moreno, se realizó en el Palacio de Carondelet.

Nómina

Lista de iindemnizados

Salvador Alvarado Pesántez ° Daniel Rosario Alvarado Pesántez ° María Arturo Armijos Shigui ° Carlos Dorila Eras Marquez ° Narcisa Oswaldo Eras Mendieta ° Daniel Edgar Banderas Reyes ° Sergio Antonio Eras Veintimilla ° Luis Ramón Eras Veintimilla ° Mario Alexandra Jarrín Jarrín ° Piedad Julián Jaramillo Oviedo ° Francisco Jiménez Méndez ° Ermenegildo Bienvenido Loiza Loiza ° Nelson Males Romero ° Eriberto Luzbella Marquez Veintimilla ° Carmen Arturo Marquez Veintimilla ° Manuel de los Angeles Neira Cruz ° Eva Augusto Pesántez Pesántez ° Froilán Alexandra Pesántez Alvarado ° Jenaeth Antonio Pesántez Jiménez ° Víctor Clementina Pesántez Jiménez ° Blanca Pintado Saraguro ° Melba Quezada Rubio ° Eleuterio Rodríguez Eras ° Joffre ° Gilberto Saraguro

manifestó el mandatario, tras resaltar que “estos casos no pueden quedar en el olvido ni en la impunidad”. Apenas 12 casos son tramitados por la Justicia;

Víctimas de dos casos °

Veinte y tres de los acuerdos corresponden al desalojo violento de sus lugares de trabajo (minerías artesanales) en la ‘Cooperativa 10 de Enero’, en Pasaje (El Oro). En este acto hubo delitos como: detención en forma ilegal, tortura, violencia sexual, atentado contra la vida y ejecución extrajudicial. El caso restante se refiere a la tortura por parte de agentes de la Policía Nacional a militantes del grupo insurgente ‘Alfaro Vive Carajo’.

4 de ellos han sido resueltos y 8 están a la espera de la fecha para la audiencia de juicio. Pero aún faltan 114 casos por resolver, que al momento están en la fase de investigación previa. Hizo hincapié en el informe de la Comisión de la Verdad, donde constan 831 víctimas de violaciones de los Derechos Humanos en aquellos años. (SE)

Terror en la vía

La familia de las víctimas, oriundas del sector Olalla de

Un seísmo de 6,3 grados sacude el norte de Chile Un terremoto de 6,3 grados de magnitud en la escala Richter sacudió ayer el norte de Chile, informó el servicio Geológico de Estados Unidos (USGS por sus siglas en inglés), sin que las autoridades chilenas hayan informado por el momento de víctimas o daños. El Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile descartó una alerta de tsumani.

SANTIAGO DE CHILE, EFE •

El movimiento, que afectó a una zona cercana a la frontera con Bolivia y Perú, se produjo a unos 70 kilómetros de la villa costera de Arica y Parinacota, y al suroeste de la ciudad de Putre. Además, pudo ser percibido en las regiones de Tarapacá y Antofagasta, y en algunas partes del sur de Chile. También n Perú. Su epicentro se registró a 82,4 kilómetros de profundidad y tuvo lugar a las 03.32 hora local.

‘Muy fuerte’

“No paraba, fue muy fuerte”, declaró al diario La Tercera una residente de Arica, que manifestó que en ningún momento se cortaron las comunicaciones ni la luz eléctrica. Hasta el cierre de esta edición se habían producido varias réplicas, la más fuerte de 4,6 grados, según medios locales chilenos. Chile está situado en el llamado ‘círculo de fuego”, que bordea

los países bañados por el Pacífico, una de las zonas de mayor actividad sísmica del planeta, donde se producen el 80 por ciento de los terremotos registrados en el mundo. Antecedentes

El mayor movimiento telúrico registrado en Chile se produjo el 22 de mayo de 1960 en Valdivia, de 9,5 grados de magnitud, el mayor de la historia de cuantos se tienen

Mocha, palpó este terrible cuadro de dolor. “Fueron las vecinas las que me comunicaron de la muerte de mi hija ‘Cumi’ justo cuando yo estaba por tomar café, ella se encontraba con mi nieta dirigiéndose primero a un centro educativo a dejarle y posterior al Municipio de Mocha, donde laboraba por más de 10 años”, dijo María Gavilánez, madre y abuela de las víctimas. Jackeline Mayorga, prima de las afectadas, aclaró que Cumandá es oriunda de Mocha, quien luego de casarse se fue a residir en Huachi Grande, desde ahí viajaba de lunes a viernes a dejarle a su única hija en la escuela y posteriormente se dirigía a trabajar. Chofer fugó

El bus cubría la ruta Riobamba-Santo Domingo y salió de la terminal solamente con la venta de cinco pasajes, a las demás personas los habría recogido en el camino. El chofer huyó pero ya se encuentra identificado, informó la Policía. Finalmente, los cuerpos fueron sacados y trasladados hasta el centro forense de Ambato para la necropsia de Ley. Los bomberos fueron los encargados de limpiar la vía mientras que la Policía Nacional en habilitar el paso vehicular. (EV)

Arequipa

Epicentro La Paz

BOLIVIA

Moquegua

PERÚ

Umala

Tacna

Arica

Océano Pacífico

Putre

CHILE Elaboración: LA HORA

registro, y originó un tsunami de 10 metros de altura que llegó hasta Hawai donde causó 61 muertos y otros 32 en Filipinas.


Celebración de unificación alemana Con motivo del XXVII Aniversario de la Unidad Alemana, el embajador Joachim Ernst von Marschall y su señora ofrecieron una recepción en la Residencia Alemana. Autoridades, miembros del cuerpo diplomático e invitados especiales fueron parte del festejo.

GENTE I

Alfredo Salazar, Carolina Jijón y Joachim Ernest von Marschall, embajador de Alemania.

Jaime Breilh, Francisco Carrión, Boris Cornejo y Alberto Acosta.

Carlos Bergmann y Wilfred Meneschmdt.

Edwin Yabo, Abraham Vigoda y Alberto Acosta Burneo.

Christoph Baumann y Bárbara Oehler.

Catrione Garrett y Beatriz Schilenker.

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

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GENTE A8

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

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Melany Aguirre y Verónica Lasso.

QUITO

Misquilla pone la musiquilla Misquilla Taco Bar continúa innovándose. Este espacio es el epicentro para que los amantes de la música en vivo pasen un buen rato.

Mishelle Romero y Ana Arteta.

Raquel Soto y Alfredo Coronel. Carolina Reinoso y Estefanía Arroyo.

Santiago Villacrés y Carlos Llanes.

Andrés Pavez y Cacho García comparten su repertorio musical.


PAÍS B1

CONSULTA POPULAR

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MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora ECUADOR

I

PREGUNTA 4, SOBRE LA LEY DE PLUSVALÍA

¿Está usted de acuerdo con que se derogue la Ley Orgánica para Evitar la Especulación sobre el Valor de las Tierras y Fijación de Tributos, conocida como ‘Ley de Plusvalía’?

Use un lector QR y baje las 7 preguntas y los anexos

Sectores productivos empujan el fin de la Ley de Plusvalía Esta es una de las tres preguntas que han generado rechazo en una porción de PAIS. La Ley de Plusvalía ha sido cuestionada por diferentes sectores, principalmente por los representantes de la Construcción, quienes registran pérdidas de hasta un 50% en la actividad. El Ejecutivo ha planteado, por eso, la pregunta número cuatro de la consulta popular, que pide autorización al pueblo para derogarla. La Cámara de la Industria de la Construcción (Camicon) celebró la inclusión de este tema, sobre todo porque varios gremios de constructores, obreros, arquitectos e ingenieros habían llegado hasta Carondelet a solicitarlo. Leopoldo Ocampo, vicepresidente del gremio, opinó que la Ley de Plusvalía afecta al sector de la construcción y a otros sectores vinculados. Explicó que desde que entró en vigencia, la actividad se contrajo. “En 23 meses se han perdido 83.000 empleos y la participación del sector en el PIB ha caído del 10% al 8,42%”. Jorge Carrión, representante de los trabajadores de la construcción, respalda la derogatoria y asegura que la Ley ha generado la suspensión de varios proyectos inmobiliarios, afectando seriamente las fuentes de empleo. Henry Yandún, del colectivo Construcción Positiva, que aglutina a los representantes de diferentes sectores vinculados a la construcción, asegura que al cierre del primer semestre de 2017 la aprobación de proyectos en metros cuadrados se redujo en un 44% en relación al mismo período del año anterior. Silverio Durán, titular de la Camicon, aseguró que las reser-

Las cifras de la construcción ° Para el segundo trimestre de 2017, el Banco Central registró una contracción del 7,3% en el sector de la construcción, con respecto al mismo período de 2016.

En julio, la variación mensual del personal ocupado en el sector de la construcción fue de -0,2% y los empresarios consultados por el Central consideran que para agosto de 2017 el personal ocupado volvería a disminuir en 1,5%. Lo mismo pasó en cuanto al volumen de construcción en julio de 2017, que decreció 5% respecto del mes anterior. Para el siguiente mes las previsiones de los empresarios señalan que el volumen disminuiría en 0,9%. Según el presidente de la Federación Nacional de las Cámaras de la Construcción, Enrique Pita, la actividad se ha reducido entre el 30% y el 50%. Pita asegura que los proveedores de bienes y servicios vinculados al sector registran caídas por encima del 50%.

Bloques preparan sus debates ° Estando de acuerdo con la consulta popular, legisladores de varias bancadas definen cómo será su participación en la promoción del SÍ. Héctor Muñoz

(SUMA) dijo que, al ser un tema ciudadano, no se inscribirán para hacer campaña, ya que su trabajo será la de explicar a la ciudadanía la importancia que tiene la consulta a través de reuniones y asambleas con las bases. Paola Vintimilla (PSC) espera mantener una reunión de bloque para definir si su partido se inscribe de manera formal para la campaña pero confirma que impulsarán el SÍ a través de entrevistas, debates en el Pleno y en cualquier espacio donde se presente la oportunidad. Ana Marín (PAIS) dijo que primero iniciarán una fase de diagnóstico de cada pregunta y de los anexos antes de tomar una decisión. (HCR)

vas para obras nuevas se redujeron en más del 40%. “Lo que se necesitaría son mecanismos más eficaces para controlar la especulación. No debe gravarse el tributo al producto de la construcción, sino al terreno”, argumentó. En desacuerdo

El analista económico Juan Pablo Jaramillo, en cambio, considera necesario votar ‘No’ en la pregunta. “Es una Ley positiva para la sociedad, puesto que combate la especulación del suelo y el enriquecimiento de unos pocos a costa del esfuerzo de toda la sociedad”. Jaramillo agrega que un predio puede triplicar su valor en uno o dos años por obras construidas por el Estado, con fondos públicos. “La Ley permite que el valor producto de la plusvalía sea recuperado para la sociedad mediante la institucionalidad del Estado, principalmente los go-

biernos locales”, agrega. Admite el decrecimiento del sector en el último trimestre, pero alega que esto no es producto de la Ley. Primero, porque viene decreciendo desde 2015. “Segundo, porque la verdadera explicación radica en que la caída del precio del petróleo desde finales de 2014 ha afectado a la economía ecuatoriana, golpeando con mayor fuerza al sector de la construcción, que es bastante pro cíclico”. Existe un segundo camino trazado tras los diálogos convocados por el Consejo Consultivo Productivo Tributario, que el pasado 26 de octubre entregó un compendio de solicitudes para reactivar el sector productivo, entre estas, la derogación de la Ley. El Ejecutivo podría enviar en los próximos días un proyecto de Ley para que el Poder Legislativo debata sobre este tema. (LGP)

REALIDAD. La construcción ha sufrido en los últimos años una contracción importante. Coincide con la vigencia de esta Ley.

En 23 meses se han perdido 83.000 empleos y la participación del sector en el PIB ha caído del 10% al 8,42%”. LEOPOLDO OCAMPO,

VICEPRESIDENTE DE LA CAMICON.

Es una Ley positiva para la sociedad, puesto que combate la especulación del suelo”. JUAN PABLO JARAMILLO, ANALISTA ECONÓMICO.

7,3%

SE CONTRAJO la construcción el segundo trimestre de este año, respecto del mismo periodo en 2016.

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PREGUNTAS tiene la consulta popular.


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PAÍS B2

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR

MINUTERO Aplazamiento en caso Chevron

EFE • El Tribunal °deTORONTO, Apelaciones de Ontario

decidió ayer posponer para hoy una vista para determinar si los grupos indígenas ecuatorianos que han presentado una demanda contra la petrolera estadounidense Chevron en Canadá tienen que depositar 800.000 dólares para mantener el caso. Fuentes del equipo legal de los demandantes indicaron que el retraso fue solicitado por uno de los abogados de las comunidades indígenas ecuatorianas, Peter Grant. Grant, un conocido abogado canadiense especializado en temas indígenas, anunció que se ha incorporado al equipo legal de las comunidades indígenas ecuatorianas que han presentado una demanda contra Chevron.

Arroceros bloquean vías GUAYAQUIL • La trans°portación intercantonal y

provincial de Guayas y Los Ríos se vio afectada ayer por el bloqueo de algunas vías por parte del sector arrocero, que reclama el pago del precio oficial por el saco de 200 libras. En el kilómetro 37 de la vía a Puerto Inca, que va a Machala, los agricultores estuvieron a las 07:00 con tractores y maquinaria pesada. A las 11:00 levantaron la medida hasta segunda orden. Ellos prevén reunirse con otros arroceros de Guayas para analizar acciones. Exigen que se respete el precio oficial de 35,50 dólares; que les den facilidades de pago en los préstamos con el Estado; que les arreglen varios caminos y que se controle el contrabando de este producto que ingresar por las fronteras. (DAB)

Afinan estrategia de seguridad en Guayas

°

GUAYAQUIL • El Gobierno afina una estrategia que le permita combatir la inseguridad en Guayaquil. José Francisco Cevallos, gobernador provincial, no descarta acudir a un estado de excepción para enfrentar el problema. Esto, tras el anuncio de una reunión con el alto mando policial previo a un análisis de los índices delictivos en la ciudad y la provincia. César Navas, ministro del Interior, respondió que no creía en ese extremo (la excepción) porque, asegura, hay un descenso de delitos del 7% . (DAB)

I

NACIONAL

Calvopiña asegura que sus grandes ingresos son legales El proceso por delincuencia organizada en Petroecuador está por terminar, el jueves podrían abrir alegatos finales. El exgerente de Petroecuador Marco Calvopiña se tomó ayer poco más de tres horas para rendir su testimonio bajo juramento dentro del juicio por presunta delincuencia organizada, proHasta el cierre de esta edición, ducto de la trama de corrupción el procesado Marco Calvopiña en la estatal petrolera. El exfuncontinuaba presentando la prueba cionario no se negó a responder testimonial a su favor y es de esperarse que hoy, en la mañana, lo haga ninguna pregunta de la Fiscalía, Diego Tapia y en la tarde Carlos la acusación particular y la ProPareja Yannuzzelli, luego de lo cual curaduría, a pesar de que, en deberán abrirse los alegatos finales, unos casos, su abogado defensor, previo a la sentencia que deberá Pablo Encalada, le recomendaba emitir el Tribunal de Juzgamiento. el silencio. Previamente, la acusación “No tengo nada que ocultar particular, representada por y voy a responder las preguntas Petroecuador, con el abogado Álex que sean”, anotó. Comenzó por Tapia, prescindió de ocho testigos y asegurar que no llegó al cargo solo presentó cinco, luego de lo cual de gerente por ser amigo de pose adhirió a la prueba documenderosos o políticos, sino por su tal presentada por el fiscal José carrera de 35 años en PetroecuaMaldonado. dor y haber ocupado altos cargos en la institución. Agregó que ha trabajado con todos los gobier- de Petroecuador, cobraba 7.000 nos y no ha tenido preferencia dólares al mes. Prosiguió diciendo que por ninguno. siempre tuvo una cultura Relató de manera detade ahorro, que jamás ha llada sobre toda la infraes- CIFRAS tenido autos de lujo, que tructura administrativa vive en un barrio de clase y de contratación de PeMIL media (La Kennedy) en un troecuador y argumentó percibido departamento de 130 m2. que haber sido procesado habría Calvopiña Solo en 2015, continuó, en este caso le representó en 2015 por sueldos e indempor efecto de sueldos, inuna tragedia familiar. nizaciones. versiones, liquidación por Sobre el dinero que su salida de Petroecuador se encontró en una caja MIL y otras indemnizaciones fuerte de su domicilio reshabrían pondió que él y su esposa, dólares sido solo por la tenía aproximadamente jubilación. 400.000 dólares. Solo que también es ingeniera por su jubilación, dijo, química, acumulan muchas remuneraciones y que sus recibió 114.000 dólares. Sin ingresos en los últimos años embargo, en el informe de la superaron los 10.000 dólares Unidad de Análisis Financiero mensuales; que él, como gerente (UAF) eso constaría como recur-

Los otros testimonios °

400 114

PROCESO. La audiencia inició la mañana de ayer y continuaba hasta el cierre de esta edición.

sos de origen desconocido. Destinos

Afirmó también que, debido a la incertidumbre económica que había en el país, decidió invertir parte de sus recursos en el exterior y optó por el Banco Pichincha de Panamá, que el depósito a plazo fijo por 100.000 dólares lo hizo desde una agencia en Quito y que no había ninguna prohibición para ello en diciembre de 2015. Aceptó las transferencias al exterior sobre las que le acusa la Fiscalía. Detalló que las hizo de 2.000 dólares al año sin pagar el

Impuesto a la Salida de Divisas, conforme la Ley. Marco Calvopiña, como han hecho muchos procesados en los casos de corrupción, se consideró víctima de un linchamiento mediático porque a la Fiscalía se le ocurrió señalar que en el allanamiento a su domicilio se encontró dinero hasta en el tumbado, cuando eso fue en la casa de otro investigado. Igualmente, dijo que de toda la evidencia física que se llevó la Fiscalía el día del allanamiento, no se ha presentado un solo documento como prueba en su contra. (LC)

Fiscalía no acusó a nadie tras la fiesta en la casa de Álex Bravo La fiesta de vallenatos y whis- mismo mes. En principio se dijo que la ky que organizó un grupo de funcionarios de Inmobiliar en fiesta, en casa ajena, se armó vala casa incautada al exgerente liéndose de una llave que había de Petroecuador Álex Bravo, el sido confiada a uno de los funcionarios. Sin embargo, 29 de diciembre de 2016, en la audiencia de juzgafinalmente no tuvo ninEL DATO miento, los procesados, guna sanción judicial ya a través de sus abogados, que la Fiscalía decidió no Pese a que alegaron que su superior, acusar a nadie. Inmobiliar ofreEso no es todo: la sen- ció una acusa- Yesenia Lema, les autorizó particular el uso del inmueble para tencia en este caso, por ción sobre el tema, esto tampoco que lo habitaran en lugar supuesto abuso de condel hotel que ocupaban en fianza, debió estar lista se dio. Atacames. máximo a finales de eneEl abogado de Fabián Negrero de este año, en razón de que la causa se juzgó con el procedi- te dijo incluso que por efecto del miento directo que establece el terremoto y por logística se dio artículo 640 del Código Penal. órdenes de sus superiores para No obstante, se alargó hasta el usar la casa. La fiscal del caso, 22 de septiembre, fecha en la Aracely Carrsco, dijo que su anque se reinstaló la audiencia de tecesora que formuló cargos conprocedimiento directo y la sen- tra los procesados ofreció probar tencia se hizo pública el 27 del el delito, pero no lo hizo.

PROCESO. La casa de Bravo, ubicada en Esmeraldas, está incautada por la investigación de la trama de corrupción en Petroecuador.

El sitio

El descuido en la casa de Bravo empieza a pasar factura. La hierba de a poco ocupa el espacio de los dos portones amarillos del inmueble valorado en 213.385 dólares. La vivienda de dos pisos, con piscina, está en una de las urbanizaciones

más lujosas de la ciudad de Esmeraldas: la ciudadela La Concordia, al sur de la urbe, donde los moradores prefieren no hablar de su exvecino, quien ahora está preso. La casa luce con sus cortinas cerradas y las luces externas encendidas. (LC/MGQ)


‘Todos ABC’ amplía fechas de inscripción

Inauguran unidad educativa del milenio

Con el fin de garantizar el acceso a la educación de todos los ecuatorianos, la campaña ‘Todos ABC Alfabetización y Educación Básica Monseñor Leonidas Proaño’ amplía hasta el 27 de octubre el período de inscripción. El inicio de clases se mantiene previsto para el 21 de octubre a escala nacional. (DAG)

PAÍS

Ayer por la mañana se llevó a cabo la inauguración de la unidad educativa del milenio Manuela Garaicoa de Calderón, en Azuay, donde estuvieron presentes autoridades locales y del Ministerio de Educación, cuyo titular, Fander Falconí, dijo que la obra se entrega como un homenaje adelantado al 3 de noviembre, día en el que se conmemora la Independencia de Cuenca. (DAG)

I

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR

B3

Oposición busca en todo lado firmas para juicio político a Glas

PROCESO. La audiencia se instaló la mañana de ayer, en la Corte Nacional de Justicia.

El vicepresidente Jorge Glas prefirió seguir tras las rejas El juez Miguel Jurado aceptó el desistimiento. El lunes será la audiencia preparatoria de juicio.

Desenlace

El último punto a tratar fue el pedido de la defensa de Gustavo Massuh de sustituirle humanitariamente la prisión preventiva por otra medida, en vista de que, La sorpresa previa a la instala- breseimiento de parte del Juez”, según su abogado Adolfo Cadena, ción de la audiencia fue la llega- declaró su abogado, Eduardo el procesado padece un “problema da de Cinthia Díaz, la esposa del Franco Loor, después de lo cual clínico y sicológico” que debería vicepresidente, Jorge Glas, a la opinó que su cliente es inocente ser tratado en un hospital. Al parecer, Massuh se afecCorte Nacional de Justicia. Entró y que confía en la Justicia. La corta audiencia tuvo un ta excesivamente con el enciediciendo a los periodistas que hacían fila para ingresar: “¡Que tercer momento sorpresivo. Se rro, por cuanto su defensa teme Dios los bendiga, señores!”. leyó el comunicado del fiscal riesgo de intentos de suicidio. Díaz acudió con la mano alzada, general, Carlos Baca Manche- La Fiscalía pidió al Juez que no sosteniendo una Biblia, a la au- no, en el cual se comunicaba su acepte este pedido y que, en tal decisión de desistir de se- caso, se implemente un espacio diencia solicitada por su guir tramitando el proce- adecuado a su situación en la esposo, para la revisión de so abreviado para los pro- cárcel donde cumple la prisión su prisión preventiva y la MILLONES cesados Kleper Verduga, preventiva. Al final de la tarde, sustitución por otra medicalculó la que José Rubén Terán y Gustael Jurado ratificó la prisión preda cautelar. Ni siquiera al Procuraduría debería recupesentarse bajó la mano con rar el Estado por vo Massuh, que se habían ventiva para el procesado. sobornos de acogido a un acuerdo de Al salir de la audiencia, el la que enseñaba al estrado losOdebrecht. cooperación efecacusador particular, César su libro religioso. tiva a fin de conMontúfar, dijo que, más La siguiente sorpresa allá del desistimiento de fue la lectura de un escrito pre- tribuir con información CIFRAS Glas, no había razón jurísentado por el segundo man- relevante para el caso a dica que podía haber jusdatario, en el que comunicó cambio de reducción en tificado una sustitución su decisión de desistir a la au- sus penas. AÑOS Baca Mancheno, quien estuvo Glas al de la prisión preventiva diencia solicitada para revisar frente de los secal Vicepresidente ya que, sus medidas cautelares. El juez luego no dio declaraciotores como nacional Miguel Jurado aceptó nes a la prensa, manifestó Vicepresidente. a su juicio, los elementos de convicción “clarameninmediatamente este desisti- en su escrito, entre otros miento. “El lunes 16 de octubre, puntos, que no hubo un PROCESADOS te apuntan” a Glas, “las que es la audiencia de evalua- acuerdo con los procesa- hay en este caso. pruebas abundan y sobran”. ción y preparatoria de juicio, ese dos en cuanto a las repaEn ese sentido, espera que, día brillará la verdad, por tanto raciones que deben dar al Estado (Glas) ha desistido de la revisión como consecuencia de su pre- en la audiencia de evaluación y de su medida cautelar. Él se ha sunto delito. El juez Jurado no preparatoria de juicio, el Fiscal sometido a la Justicia y espera, el se tardó en aceptar este pedido y General acuse a todos los respróximo lunes, salir en libertad, notificó que no hace falta realizar ponsables del delito de asociabien sea porque el Fiscal General la audiencia de proceso abrevia- ción ilícita, incluido al segundo se abstenga o porque haya un so- do que estaba prevista para hoy. mandatario. (MMD)

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Una mañana ajetreada tuvo Sociedad Patriótica; después ayer el jefe de bancada de con Eddy Peñafiel y Tito PuanCREO, Roberto Gómez, en- chir, de Pachakutik. Puanchir cargado de recoger las firmas no firmó y explicó que, a pesar de apoyo a la solicitud de juicio de estar de acuerdo con el juipolítico que la oposición pre- cio político, era una decisión sentará en contra del vicepre- que se debía tomar a la interna de su bloque en los próximos sidente, Jorge Glas. A pesar de que aseguró que días. “Requerimos algunos arcuenta con más del mínimo re- gumentos”, manifestó el reprequerido (46), durante las tres sentante de Morona Santiago. horas que duró la sesión del Pleno de ayer, el asambleísta, Movimiento inusual con carpeta en mano, recorrió Tan ocupado estaba Gómez, que las curules de sus compañe- no alcanzó a llegar a su puesto ros de oposición para pedir a cuando se votó una resolución quienes no lo han hecho que sobre Alluriquín, pero como sí suscriban el formulario. “Te- había registrado su asistencia, nemos que seguir recabando en el sistema consta como voto firmas porque, como la sema- de abstención. na pasada no hubo sesión, (del Asambleístas de CREO anPleno) no estaban todos”, dijo ticiparon la semana pasada Gómez. que pasarían por las curules El opositor entraba y sa- del oficialismo recogiendo las lía del salón examinando los firmas de aquellos legisladodocumentos y poniendo en res de PAIS, “responsables orden el formulario de con el Ecuador”, que las firmas, uno por cada estén de acuerdo con bloque de oposición. En ASAMBLEÍS- unirse a esa iniciatimedio del debate de la va. Esta recolección TAS Alianza Ley de Educación Su- tienePAIS. no se cumplió. Gómez perior, Gómez se senespera hacerlo en una taba en el piso, al lado próxima sesión, ya que de cada curul, a explicar a sus dijo que debe ser un tema inscolegas las motivaciones para titucional pero que primero impulsar el juicio. “Les digo la remitirá a los oficialistas los verdad, lo que todo Ecuador sustentos de la solicitud. conoce, que el mismo Fiscal, en Marcia Arregui (PAIS) la audiencia donde pidió pri- adelantó que analizará el dosión preventiva, señaló que la cumento pero que no tendría asociación ilícita tiene delitos problema en dar su firma si conexos y se refiere a varios, es procedente hacerlo en base entre esos cohecho, concusión, de la defensa de los ecuatorialavado de activos”, explicó. nos y porque será el Consejo En esa dinámica interrum- de Administración Legislativa pió una conversación que (CAL) el que debe calificar o mantenían los socialcristianos no la solicitud. “En todo caso si Ramón Terán, Roberta Zam- me piden la firma, sí, sí lo haré. brano, Luis Fernando Torres, (…) Considero que sí hay elePaola Vintimilla y les entregó mentos para iniciar un juicio la carpeta. Kronfle y Terán no político”, aseguró Arregui. necesitaron mayor explicaPor su parte Ximena Peña, ción. El resto ya lo había hecho coordinadora del bloque ofila semana pasada. Con Patricia cialista, dijo que desde la banHenríquez, también socialcris- cada oficialista no han pensado tiana, le tomó uno 10 minutos. en firmar el pedido, pero que Luego dialogó con César So- cada legislador es “dueño de lórzano y Freddy Alarcón, de sus actos”. (HCR)

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SESIÓN. En el Pleno, la oposición no llegó a acercarse al oficialismo para solicitar firmas.


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PAÍS B4

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR

NACIONAL

Presidente de la República anuncia para hoy su plan económico

I

Para hoy, a las 11:00, está previsto que el presidente de la República, Lenín Moreno, anuncie su plan económico. En este documento debe incluir los pedidos del Consejo Consultivo Tributario Productivo, que hicieron sugerencias como eliminar impuestos para incentivar la economía (entre ellos la Ley de plusvalía). En estos últimos meses del año se debe discutir la proforma presupuestaria para 2018. (SCA)

INFORME. La proyección de crecimiento de Ecuador está también por debajo del promedio pronosticado por el FMI para América Latina.

Ecuador crecería 0,2% en 2017, según FMI

QUITO, EFE • El Fondo Monetario Internacional (FMI) prevé que la economía ecuatoriana crecerá 0,2% en 2017 y un 0,6%, en 2018, según un informe presentado ayer. Los datos de crecimiento contrastan con los resultados de la economía el año pasado, en los que el producto interno bruto (PBI) registró una reducción del 1,5 puntos porcentuales, reflejo de la recesión que afectaba al país. La economía de Ecuador se ha visto afectada en los últimos años por la reducción de los precios del petróleo -su principal fuente de ingresos y motor económico-, las devastadoras consecuencias

del terremoto de abril de 2016 y la apreciación del dólar. Además, la oposición reclamaba al Gobierno de Rafael Correa (2007-2017) lo que consideraba una falta de ahorro en épocas de bonanza, pero el entonces mandatario aseguraba que había desplegado inversiones en varios sectores, entre ellos, la infraestructura. A diferencia del FMI, el Banco Central de Ecuador ha previsto un crecimiento para este año del 0,7% -muy lejos del casi 8% de 2011- y aún por debajo del crecimiento promedio previsto para los próximos cuatro años: 1,8%.

Universidad: menos del 40% de docentes son titulares Ayer la Asamblea cerró primer debate de las reformas a Ley de Educación superior.

A pesar de que en 2008, el 70% de los catedráticos en el sistema universitario del país eran titulares, ahora menos del 40% tiene ese rango y, de ellos, ni el 20% posee un doctorado. Esto lo reconoció Enrique Santos, presidente del Consejo de Educación Superior (CES), quien pidió a la Asamblea que se amplíe el plazo cuatro años más para que los docentes cumplan con ese requisito. “Habían demasiados profesores en condición de principales porque los mecanismos de promoción eran, no voy a decir que fáciles, pero era cuestión de tiempo y uno con ello podía ir ganando los puntos para ser promovido”, dijo Santos. Cree que en esto también pudo haber influido el hecho de que muchos docentes de mayor antigüedad se vieron incentivados a jubilarse. Santos indicó que hoy menos del 20% de los académicos principales cuenta con doctorado, a pesar de que la Ley de Educación Superior, vigente desde hace siete años, estableció un plazo hasta este año para que todos cuenten con uno. Criterios

Este era uno de los temas que mayor preocupación en las insti-

PEDIDO. El CES plantea que el requisito de Dr. PhD. sea obligatorio para la dignidad de rector y que haya publicado al menos 6 obras de relevancia.

tuciones de educación superior. Según Jacobo Bucaram, fundador de la Universidad Agraria del Ecuador, parte del problema se debe a que en el sistema no se permite el registro de doctorados obtenidos en instituciones fuera del país. “Tenemos títulos de doctor y no los quieren inscribir porque no les da la gana. No quieren inscribir doctorados obtenidos en Perú”, comentó. Santos, Augusto Barrera (Senecyt) y Gabriel Galarza (Ceaaces) fueron recibidos ayer en Comisión por la Asamblea. Allí presentaron una propuesta conjunta de reformas a fin de que se aclaren los roles de estos organismos. Y si bien, Barrera indicó que se debe mantener el actual sistema de admisión, planteó ajustes basados en la libertad de elección, méritos académicos y cupos disponibles. Además, el CES demandó que se modifique el cogobierno de las universidades y que

Propuestas

De la reforma a la Ley las funciones y competencias °delAclarar CES, Ceaaces y Senescyt. Mejorar el sistema de admisión con °base en criterios de equidad, libertad de

elección, méritos académicos y disponibilidad de cupos. propone que a mayor calidad, °lasSeuniversidades gocen de mayor autonomía. Establecer un subsistema de educación °superior técnica y tecnológica. Participación de las autoridades °académicas, con voz y voto, en un porcentaje inferior al de los representantes de docentes, en el cogobierno de las instituciones.

se conceda a este organismo la potestad de suspender a los rectores en caso de una intervención. Así se busca evitar que se reediten casos como el ocurrido en la Universidad Nacional de Loja, donde su rector ha interpuesto una serie de recursos prolongando por más de dos años esa tarea. (RVD)

‘Don Alfonso’, en recuperación El periodista Alfonso Espinosa de los Monteros, ‘don Alfonso’, se recupera de un infarto que lo aquejó la tarde del domingo. Es el principal presentador del noticiero Televistazo (Ecuavisa). Su compañera en la pantalla, Teresa Arboleda, confirmó en su cuenta de Twitter (@ TeresaArboleda), que ‘don Alfonso’ sufrió “un quebrando de salud”, del cual “se recupera satisfactoriamente”. También anunció que el presentador no

estará durante 10 días. Arboleda también dijo que su recuperación se da con “buen ánimo”. El periodista fue ganador del récord Guiness por ser el presentador con más años al aire ininterrumpidamente. También protagonizó el primer beso televisado en Ecuador con la diva Toty Rodríguez. Entre los programas que condujo está ‘Quién quiere ser millonario’. Es el vicepresidente de noticias de Ecuavisa. (MMD)

FIGURA. Espinosa de los Monteros fue ganador del récord Guiness por ser el presentador con más años al aire ininterrumpidamente.


5 denuncias de supuesta violación en otro colegio Un maestro del colegio réplica Aguirre Abad, de Guayaquil, está detenido y en medio de investigación. Mientras tanto, Holanda y GUAYAQUIL • La Fiscalía de Guayas y la Policía investigan cinco Rosa, dos madres cuyos hijos presuntos casos de violación a estudian en la sección básica estudiantes de la sección bási- del plantel, dijeron que, aunca del colegio réplica Aguirre que sus hijos no son afectados, Abad, institución pública ubi- están preocupadas por lo que está pasando. cada en el norte de Guayaquil. Ellas contaron que se enteAyer, los uniformados, junto al fiscal César Peña, detuvieron raron del caso por el relato de a un maestro a quien se señala sus hijos. Incluso, señalan que como uno de los posibles au- las víctimas dijeron a sus compañeros que los profetores. La detención se dio sores les hacían daño pese a que las autoridades después de las clases o del plantel trataron de evi- EL DATO en el horario del recreo. tar el acceso de las autoridades, manteniendo cerra- El Ministerio de “Como madres, estaEducación iniciadas las puertas del colegio. rá una investiga- mos muy asustadas, sobre el queremos que a nuesTampoco han querido ción tema. tros hijos se les someta ofrecer pronunciamientos a exámenes sicológicos a la prensa. Los policías y los fiscales de- y una revisión médica”, dijo bieron escalar la puerta para in- Holanda. “Nos enteramos de que estos gresar. El detenido, cuya identidad no fue revelada, lleva 10 profesores hasta les daban pasaños trabajando en el colegio y tillas a los niños para que se resus familiares aseguran que es cuperaran de lo que les hacían. inocente. Otro maestro, según También eran amenazados con la autoridad, huyó del lugar al arma blanca por si abrían la boca”, relató la otra mujer. percatarse del operativo.

PROCESO. En la Fiscalía de Guayas se pusieron ayer las denuncias.

Denuncias

Ambas madres fueron atendidas por la fiscal provincial, Patricia Morejón, quien aseguró que el caso se investigará hasta llegar a los presuntos responsables. Otro grupo de padres se acercó hasta la Unidad Fiscal de Albán Borja, donde llevaron al profesor detenido, para presentar las denuncias correspondientes. Algunos lamentaron que las autoridades del plantel no se

hayan pronunciado. Incluso, aseguraron que la Dirección del colegio les dijo que no podían acusar a nadie sobre una presunción. En sus escritos, los padres afirman que las víctimas eran abusadas en la hora del recreo en los baños de la unidad educativa pública. El Ministerio de Educación dio a conocer que el caso será investigado para determinar responsabilidades. (DAB)

JUSTICIA I

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Caen 18 estafadores de aspirantes a policías Un total de 18 personas, entre ellas un policía en servicio activo y dos que ya se habían retirado, afrontan cargos por los delitos de delincuencia organizada y estafa. Según las autoridades, formaban parte de una red dedicada a estafar a jóvenes ofreciéndoles ingresar a la Policía a cambio de depósitos de entre 500 y 1.500 dólares, a pesar de no haber aprobado los exámenes. Los miembros de esa organización, algunos de los cuales registran antecedentes por otros delitos, operaban en Pichincha, Santo Domingo de los Tsáchilas, Tungurahua y Cotopaxi. Incluso coordinaban desde la cárcel regional de Latacunga. Según Diego Racines, viceministro de Justicia, están involucrados seis reos y un guía penitenciario que “facilitaba celulares y medios electrónicos, cuando salían a las capacitaciones”. (RVD)

PAB/17722/AS

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GLOBAL B6

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR

NACIONAL

‘En Venezuela no hay Estado de derecho’

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BOGOTÁ, EFE • La exfiscal general venezolana Luisa Ortega aseguró ayer en Bogotá que en su país no existe el Estado de derecho ni la democracia y que se ha roto el orden constitucional. “Yo quiero que ustedes sepan que en Venezuela no hay Estado de derecho, no hay democracia y tampoco hay libertades”, afirmó Ortega, quien fue destituida del cargo el pasado 5 de agosto por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC). Asimismo, señaló que en su país no hay derecho a la justicia, ni esta es “transparente, objetiva” o imparcial, porque considera que está bajo el control del Gobierno.

Aumenta el hambre en América Latina

2017”, elaborado junto a la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y presentado este martes en Santiago de Chile. “Vamos por mal camino. La región ha dado un paso atrás importante en una lucha que venía ganando. No podemos tolerar los niveles actuales de hambre y la obesidad, ya que paralizará a toda una generación de latinoamericanos y caribeños”, señaló el representante regional de la FAO, Julio Berdegué, al presentar el informe. Si bien los niveles de hambre siguen siendo bajos en América Latina y el Caribe en comparación con otras regiones del mundo, hay señales de que la situación se está deteriorando, especialmente en Sudamérica, donde el hambre creció desde 5% en 2015 a 5,6% en 2016.

Dijo que si bien Cataluña se ganó el derecho a su soberanía, intentará dialogar con Madrid; Rajoy se opone. El presidente catalán Carles Puigdemont suspendió ayer una declaración unilateral de independencia tras el referéndum ilegal del primero de octubre para propiciar un diálogo con el Gobierno español, que lo rechazó. “Asumo (...) el mandato de que Cataluña se convierta en un Estado independiente en forma de república”, dijo Puigdemont en una histórica comparecencia ante el parlamento regional. Y acto seguido, agregó: “El Gobierno de Cataluña y yo mismo proponemos que el parlamento suspenda los efectos de la declaración de independencia con tal de que en las próximas semanas emprendamos un diálogo sin el cual no es posible llegar a una solución acordada”.

BARCELONA, AFP •

Rechazo total

El Gobierno conservador de Mariano Rajoy rechazó inmediatamente esa “declaración implícita” de independencia. “No es admisible hacer una declaración implícita de independencia para luego dejarla en suspenso de manera explícita”, dijo. En una comparecencia que despertó expectación en

toda Europa, Puigdemont asumió el veredicto de las urnas, en las que el sí a la autodeterminación ganó con más del 90% de los votos, con una participación del 43% de la población de esta región de 7,5 millones de habitantes. ‘Hemos perdido una ocasión’

Sin embargo, los socios del Gobierno independentista, el partido de extrema izquierda de la CUP cuyos 10 diputados son claves, reprocharon a Puigdemont que se “había perdido una oportunidad”. “Creíamos que hoy tocaba hacer eso, proclamar solemnemente una republica catalana, y a lo mejor hemos perdido una ocasión”, dijo la diputada de la CUP Anna Gabriel. “No se puede suspender una declaración que no se ha tomado”, le reprochó Miquel Iceta, del opositor Partido Socialista de Cataluña (PSC). Sin interlocutores

Puigdemont reprochó al Estado no haber sido un interlocutor “en el pasado ni en el presente”. Antes, el Presidente catalán defendió “la necesidad imperiosa de desescalar la tensión y no

contribuir ni con la palabra ni SOBERANÍA. El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, firma el documento sobre Independencia.

La UE respalda a Rajoy °

El Gobierno español recibió el respaldo del presidente francés Emmanuel Macron y el presidente del Consejo Europeo, Donald Tusk, quien pidió al ejecutivo catalán que “no anuncie una decisión que vuelva tal diálogo imposible”. En juego está el futuro de un territorio estratégico para España, con una superficie similar a la de Bélgica, con un 16% de su población y un 19% de su Producto Interior Bruto. Y desde Madrid, no piensan quedarse de brazos cruzados.

con el gesto a incrementarla”. El Gobierno español había pedido horas antes a Puigdemont que no hiciera nada “irreversible” y desistiera de agravar la crisis política que vive España, la peor de su era democrática moderna, una demanda a la que se sumaron voces europeas.

Incendios en California dejan ya 15 muertos Los devastadores incendios que desde el domingo avanzan en el norte de California (EE.UU.) han dejado al menos 15 muertos y han arrasado más de 46.500 hectáreas, según los últimos datos facilitados por el Departamento Forestal y de Protección contra Incendios del estado. El presidente de EE.UU., Donald Trump, aprobó ayer la declaración de desastre en California por estos fuegos, lo que facilitará la intervención de ayuda y el envío de recursos federales para sofocar los incendios después de que este lunes el gobernador, Jerry Brown, firmara el estado de emergencia en las áreas afectadas. Las autoridades explicaron

LOS ÁNGELES, EFE •

P.ab/17738

EL hambre aumentó un 6% en América Latina y el Caribe en 2016, mientras la obesidad y el sobrepeso siguen al alza en la región y ya provocan más muertes que el narcotráfico y el crimen organizado, advirtió ayer la FAO. Después de nueve años de progresivas mejoras en el tema, el número de personas que padecen hambre se incrementó 2,5 millones en 2016 respecto del año anterior y alcanzó los 42,5 millones, el 6,4% de la población latinoamericana, precisó la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). Las cifras forman parte del informe “Panorama de la seguridad alimentaria y nutricional en América Latina y el Caribe

SANTIAGO DE CHILE, EFE •

Presidente catalán suspende declaración de independencia

que al menos 1.500 edificios, entre viviendas y comercios, fueron destruidos por las llamas de 17 incendios diferentes que se han extendido por nueve condados del norte del estado. La oficina del aguacil del condado de Sonoma, una de las zonas más afectadas por el fuego, afirmó que habían recibido informes de alrededor de 200 personas desaparecidas, de las cuales 45 han sido ya localizadas. Víctimas

Al menos 25.000 personas fueron evacuadas en el condado de Sonoma ante las amenazas del fuego, de las cuales cerca de 5.000 se encuentran en refugios. Los incendios comenzaron, por causas que aún se

DEVASTACIÓN. Imagen de la destrucción que han provocado las llamas a su paso. (AFP)

desconocen, el domingo por la noche sobre las 22:00 hora local y se expandieron rápidamente desde el condado de Napa. Estas zonas del norte de California son popularmente conocidas por ser un territorio de viñedos y bodegas donde se producen vinos de gran calidad.


Acoso sexual en Hollywood

El poderoso productor de Hollywood Harvey Weinstein, fue destituido de la compañía de cine independiente que catapultó al Óscar debido a un escándalo por los acosos sexuales que supuestamente llevó a cabo durante décadas. The New York Times publicó que Weinstein había alcanzado numerosos acuerdos extrajudiciales para tapar denuncias de acoso sexual de antiguas empleadas. (CC)

TEMPO

En recuperación

Ecuavisa emitió un boletín oficial sobre el estado de salud del presentador de noticias Alfonso Espinosa de los Monteros: “Nuestro querido compañero y amigo, sufrió el sábado pasado un quebranto en su salud. Al momento se está recuperando en una casa asistencial en la ciudad de Quito. Afortunadamente, de forma estable”. El canal agradeció las muestras de solidaridad del público. (CC)

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Le contagió lo urbano El cantante colombo-ecuatoriano da un giro a su estilo para satisfacer a su público.

pueden solucionar con una sonrisa y palabras de amor. Esta canción trae un estilo diferente, me atreví a hacerla más urbana, pero con la base siempre de vallenato”, explicó Luna y agregó que esta “es una época en la que la música tiene una tendencia hacia lo urbano y hay que darle lo que le gusta al público”. La canción es de su autoría y conGUAYAQUIL • Después de ‘La niña de tó con el aporte de Jacob Cueva, Promis ojos’, ‘Secreto’ y ‘Mi bendición’, ductor Ejecutivo de Producciones Jhonatan Luna sorprende a sus fa- Pixilin, en cuyos estudios realizó la producción y grabación de la pegajonáticas con ‘No es así’. sa melodía. Para este tema, JhonaCon este tema, que tan invitó al cantante puertorritrae una fusión urbana queño John’s Grace quien aportó sin dejar de lado a su fiel EL DATO en la composición e interpretaacordeón, el cantante se convierte en uno de los El cantante tam- ción del tono urbano que tiene el ha incursio- sencillo. artistas locales más ver- bién nado en la TV ‘No es así’ ya está disponible sátiles en la composición nacional. en todas las emisoras del país, así e interpretación musical. como en las plataformas digitales ‘No es así’ es una canción romántica, que destaca el amor de música y muy pronto se publicará y la admiración que se tiene una pa- su video oficial, bajo la producción reja, pero que a la vez no está exenta de Zoom Audiovisual, en YouTube. de los celos y las discusiones. “Habla sobre esos momentos en los que ce- Música y actuación lamos y en los que nos imaginamos Jhonatan Luna siempre se ha descosas sin razón, pero que siempre se tacado por su extraordinaria fuerza

interpretativa, versatilidad e innovación. Hace poco hizo realidad uno de sus sueños de incursionar en el teatro al formar parte del elenco de la obra ‘Teatro La Revista’ junto a artistas argentinos y ecuatorianos de reconocida trayectoria. En aquella obra cantó, por primera vez, en inglés e interpretó temas emblemáticos como ‘New York New York’ y ‘Feeling Good’. Su talento además se puede apreciar en el show ‘Jhonatan Luna Official Night’, un programa que estrenó en su canal de YouTube y que es grabado en vivo todos los jueves en un bar de Guayaquil, con público presente. Además, a través de Producciones Pixilin, realiza producciones musicales para empresas y para otros artistas, como Yasú y Dayanara Peralta, entre otros. (JCL)

JHONATAN LUNA

TRAYECTORIA. El artista cuenta con una carrera musical de más de una década.

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NACIONAL

INTERCULTURAL

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MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora ECUADOR

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Una delicia envuelta en hoja blanca y cocinada a la brasa. La contaminación amenaza con su desaparición.

ENSEÑANZA. María Mina enseña a las estudiantes a preparar la panda, como parte de la asignatura Lengua Ancestral.

LA PANDA,

Preparación Ingredientes

PLATO TÍPICO DE LOS PUEBLOS NEGROS DE ECUADOR

E ESMERALDAS •

ntre los platos típicos considerados verdaderas delicias para el paladar de la culinaria de los afrodescendientes de Ecuador, en especial de la ‘Provincia verde’, todavía se menciona a la panda como uno de los manjares que se disfrutaban en familia. Amada Cortez, con la colaboración de María Mina, profesoras de la unidad educativa Quito Luz de América, definen a la panda como un plato que se lo

prepara con el pescado conocido otras especies bioacuáticas. como ‘chala’ (grande, mediano o pequeño), que crecía en Toda la preparación las pozas de los ríos y se La preparación del plalo capturaba con canastos EL DATO to inicia con el lavado del construidos con piquigua pescado, luego se lo aliña La asignatura de con cebolla de mata, chi(liana o bejuco). Las profesoras Cortez Etnoeducación es una propues- yangua, chirarán, orégay Mina aseguran que este ta que se aplica- no, comino y ajo, ingrería como eje plato, propio de las pobla- transversal en dientes con los que se le poblaciones da la sazón o gusto a la ciones asentadas en los las donde existen ríos del norte de Esmeral- asentamientos panda. afrodescendas, se está perdiendo y la de De forma paralela al dientes. principal causa de una polavado y sazonado se presible extinción se atribuye para la hoja blanca (bijao a la contaminación de las aguas o platanillo) para la envoltura, de los afluentes, situación que ha que se la pasa por el fuego para diezmado la población de chala y suavizarla y se cohesione, se las

DOCENTE. Amada Cortez, profesora de Lengua Ancestral, promueve y revitaliza las costumbres de la cultura negra.

lava y se las corta, quedando lista para recibir el preparado (chala, aliño). Sobre este se coloca hojas de chiyangua, se lo envuelve y pone a cocinar brevemente. Luego se lo saca, se escurre el agua en la barbacoa o parrilla para asar, finalmente se lo deja en las brasas que se formaron de la leña y ya está listo un delicioso plato para ser degustado en familia. Adolescentes y jóvenes

La panda se la sigue preparando en algunos hogares, pero lo hacen con los peces que se capturan en el mar. La difusión y promoción de los platos típicos como la panda se realiza con los adolescentes y jóvenes en los procesos de enseñanza-apren-

° Una chala pequeña, mediana o grande ° Orégano, chirarán y chiyangua al gusto ° Sal al gusto ° 2 dientes de ajo ° 1 limón ° Comino al gusto ° 1 hoja blanca para envolver y cocinar Preparación

Envolver en hoja blanca el pescado ° lavado y sazonado. al fuego durante 10 o 15 ° Cocinar minutos.

° Eliminar el agua en la barbacoa. de cocinar en las brasas de ° Terminar la leña. en la hoja blanca en la que fue ° Servir cocinado.

dizaje de materias como Lengua Ancestral. “Con la aplicación del ‘Decenio del Pueblo Negro’ esperamos conseguir la aprobación de la asignatura de Etnoeducación con los contenidos en culinaria y otros aportes propios de los afrodescendientes, que contribuyen al desarrollo y el fortalecimiento de la plurinacionalidad e interculturalidad que se vive en la zona”, dijo entusiasmada Amada Cortez. (DCG)

COCCIÓN. La panda es un plato típico cuyos ingredientes se envuelven en hoja blanca, se los hierve y cocinan a la brasa.


Conduzca con precaución cuando la lluvia se presente

MIRA I

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Es un enemigo de la conducción. Resta visibilidad y contribuye a que se incrementen los percances. Consejos

A la hora de manejar a la defensiva. ° Conduzca Respete las velocidades. ° Utilice correctamente las luces y las °direccionales. Observe y respete las señales de °tránsito. los cinturones de seguridad ° Use ° Y sobre todo sea cortés.

indispensables para casos de emergencia, botiquín de primeros auxilios y sobre todo que el vehículo sea manejado por personas capacitadas y con los documentos respectivos en regla. Ojo con la velocidad

El artículo 191 de la Ley de Tránsito dice que los vehículos livianos deben circular en la zona urbana (ciudades) a 50 km por hora, en las carreteras hasta 100 km por hora y en las vías perimetrales, como la Simón Bolívar en el Distrito Metropolitano de

Adecuaciones de un vehículo para la lluvia

Vidrios libres de grasa Llanta de emergencia chequeada

Plumas en perfecto funcionamiento

Luz baja, luces de largo alcance y direccionales, bien calibradas Labrado de llantas en buen estado

Parachoques bien conservados

Consejos para manejar bajo lluvia Mantener la presión de los neumáticos en el nivel recomendado. Encender las luces. Cerciórese de ver y ser visto cuando llueve. Dependiendo de la intensidad de la lluvia, encienda las luces medias o altas.

El buen conductor: Utiliza la recirculación

del aire acondicionado con aire frío y la mitad caliente.

Maneja por el carril derecho:

(Hay un área adicional que le servirá en caso de emergencia). Además estará más lejos del tráfico en el sentido opuesto.

Pero recuerde:

En algunas vías es precisamente el carril derecho en el cual se forman grandes charcos. Trate siempre de evitarlos.

Elaboración: LA HORA

Revisar permanentemente el estado de las plumas limpiaparabrisas y el funcionamiento de todo el sistema. La visibilidad es importante bajo la lluvia. Las gotas, mezcladas con el polvo y la grasa de la calzada, convierten el pavimento en una superficie deslizante. Mucho cuidado desde que inicia la lluvia. El estado y tipo de neumáticos determinan la capacidad de evacuar el agua de la superficie en rodamiento. Mayor cuidado cuando llueve.

Otros consejos

Cuídese de otros autos. Aunque

usted maneje con todas las precauciones, ¿otros harán lo mismo?. Mantenga simpre una distancia prudencial. No jugar al valiente. No rebasar, no manejar en sentido contrario, no girar a la derecha desde el carril izquierdo. Conducir despacio. Si se tiene que frenar bruscamente hay menor riesgo de sufrir un accidente.

PRECAUCIÓN. La baja velocidad, la distancia adecuada y ser precavido ayudan a la hora de conducir cuando llueve.

Quito, hasta 90 km por hora y en las curvas la velocidad debe reducirse a 50 y 60 km. Pero Quezada dice que las velocidades máximas deberían ser aplicadas solo en casos de verdadera emergencia, caso contrario la circulación debería hacerse a menos velocidad y sugiere disminuir en 20 km al límite máximo establecido. Y cree que la velocidad debe reducirse aún más cuando llueve por el hecho de que se pierde visibilidad con la caída del agua sobre el parabrisas y las ventanas del auto. El instructor recomienda que, por ejemplo, si se circula por una vía perimetral, viajar a 50 km por hora y reducir la velocidad a 40 km cuando llegan a una curva. Pero también es necesario, con lluvia moderada o intensa, prender las luces intermitentes del vehículo como señal de aviso a los otros conductores con los que comparten vía. Mantenga la distancia

Cuando los vehículos están detenidos en la vía, la distancia prudencial mínima con respecto al que le antecede en el mismo carril es de 3 metros, de tal forma que le permita detenerse con

La lluvia resta visibilidad ° La visión periférica, que permite observar en un ángulo de 180º, es fundamental cuando se maneja y no se ve afectado cuando hay luz. Pero cuando llueve, el conductor pierde en gran medida ese sentido de la visión por el efecto del agua en el parabrisas, los vidrios laterales y la misma carretera, indica Leopoldo Quezada, instructor de conducción. A la disminución visual se suma la afectación de las luces de los carros que vienen en sentido contrario, que provoca los deslumbramientos (una alteración visual por luces extrañas), que forman una especie de nube fosforescente que hace perder la visión. Según la Ley de Tránsito las luces medidas de los autos deben estar encendidas obligatoriamente entre las 06:00 y las 18:00 si las condiciones atmosféricas (neblina, lluvia,) lo exigen.

PRECAUSIÓN. La baja velocidad, la distancia adecuada y ser precavido ayudan a la hora de conducir cuando llueve.

seguridad ante cualquier emergencia, dice la Ley de Tránsito, y Quezada añade que cuando hay presencia de lluvias lo aconseja-

Documentos válidos ° Los conductores en general están obligados a portar su licencia, permiso o documento equivalente, la matrícula y la póliza de Seguro Obligatorio de

ble será guardar mayor espacio entre los vehículos. Comenta que, de acuerdo con estudios técnicos, quien circule a 40 km por hora necesita por lo menos 10 m de distancia del carro que está delante, lo que le permitirá una adecuada maniobrabilidad. (CM)

Accidentes. Quienes manejan ciclomotores, motocicletas, tricar, cuadrones, deben portar una licencia Tipo A; la Tipo B sirve para conducir automóviles y camionetas con acoplados de hasta 1,75 t de carga útil o casas rodantes y la Tipo F para automotores especiales adaptados de acuerdo con la discapacidad. Deben portar licencia profesional Tipo C quienes conduzcan taxis o camionetas de alquiler; la Tipo B para los que están al frente de los vehículos de transporte de pasajeros; la Tipo D para quienes manejen autos de servicio de pasajeros inter cantonales e inter provinciales.

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La presencia de la lluvia trae esperanzas para el campo, para alimentar la tierra y obtener buenas cosechas, pero al mismo tiempo constituye un problema para los conductores tanto en las ciudades como en las carreteras, porque les resta visibilidad y si no se maniobra un vehículo con prudencia se pueden presentar incidentes con daños materiales, personales y sicológicos. Según Leopoldo Quezada, instructor de manejo, la lluvia es un obstáculo a la hora de conducir un vehículo, por lo que es necesario poner en práctica los consejos que dan los profesionales como por ejemplo no aplastar a fondo el acelerador para evitar derrapes (deslizamiento con desviación lateral de la parte trasera) y posteriormente desastres. Los vehículos grandes y pequeños deben estar siempre en las mejores condiciones, así lo dispone la Ley de Tránsito. Llantas en buen estado, todas las luces funcionando, herramientas

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MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR

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Los viajes y el contacto con el extranjero deberá ser evitado por el momento ya que le ocasionará inconvenientes difíciles de resolver. RECUERDE: A su lado está su prójimo esperando el regalo de su sonrisa.

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Trate de conservar la serenidad al momento de afrontar los cambios, especialmente en los que se relacionan a su familia. RECUERDE: Despliegue sus alas y vuele alto.

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Avanza tratamiento para síndrome intestinal LONDRES, EFE• Un grupo de expertos ha logrado avances en los posibles tratamientos para sanar el llamado “síndrome del intestino corto”, mediante trasplantes de injertos intestinales vascularizados en ratas. En el artículo, publicado en el último número de Nature Communications, el experto Harald Ott, de la Escuela de Medicina de Harvard (Massachusetts, Estados Unidos), y un grupo de colegas llevaron a cabo experimentos con roedores a fin de ex-

Procure que su trato con personas de autoridad sea tranquila ya que estos serán más exigentes y sensibles a sus actos. RECUERDE: Consérvese sereno para mantener su equilibrio emocional.

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La actitud de sus amigos puede tornarse un tanto irascible por lo que deberá evitar los conflictos con ellos. RECUERDE: Haga el propósito de mejorar en el presente su vida del pasado.

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Evite los roces familiares y profesionales ya que estos tenderá a deprimirlo y angustiarlo. RECUERDE: Ponga cimientos de bondad en el edificio de buenas relaciones.

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(marzo 21 - abril 19)

Ud. deberá tratar de mantener bajo control sus emociones e impulsos ya que podrían acarrear inconvenientes. RECUERDE: La serenidad es la mitad del éxito en la vida.

(abril 20 - mayo 20)

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asciende a niveles enormes de riqueza, pero sus métodos no son del todo legales, esto lo llevará a enfrentar sus problemas con la ley mientras él y sus amigos caen en un abismo de excesos y dinero. Dirigida por Martin Scorsese.

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Alice, Robin, Lucy and Meg son cuatro mujeres distintas, pero que comparten un rasgo en común: sólo intentan descubrir qué significa ser solteras en Nueva York, una ciudad donde la definición de amor está en constante evolución. Dakota Johnson, Rebel Wilson, Alison Brie y Leslie Mann protagonizan esta comedia romántica basada en la novela de Liz Tuccillo y producida por Drew Barrymore.

Estos individuos singulares a menudo parecen fuera de lugar en su entorno laboral. De hecho, sus métodos poco ortodoxos y su filosofía de trabajo los convierte en miembros atípelos de su profesión. Si se concentran en su trabajo y hacen caso omiso de las alianzas entre colegas y la política de su empresa, serán objeto de críticas constantes, por mucho que esto les disguste.

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HORÓSCOPO

plorar curas para esta condición. El ‘síndrome del intestino corto’ engloba alteraciones funcionales derivadas de una reducción en la longitud del intestino, que se manifiestan con síntomas como diarrea crónica, deshidratación, desnutrición o pérdida de peso, entre otros. Según el informe, el trasplante exitoso en ratas de injertos intestinales vascularizados, derivados de células humanas, se logra construyendo órganos bioartificiales en los denomina-

INJERTO. Un ‘andamio’ permite la vascularización y el traspaso de nutrientes.

dos “andamios vivos”, es decir, realizados con biomateriales que permiten la vascularización y la transferencia de nutrientes. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec

F

MICROBIOGRAFÍA

Alberto Vázquez-Figueroa (1936)

Es un novelista, periodista e inventor español, autor de más de cien libros publicados. Antiguo corresponsal de La Vanguardia y de Televisión Española, es uno de los autores contemporáneos más leídos en España y en el mundo. Propietario de la empresa Desalinizadora A.V.F. S.L., encargada de gestionar la desalación por presión, método inventado por él mismo. Trabajó dos años en un buque-escuela con Jacques Cousteau. Entre sus obras se destacan ‘Sicario’, ‘Tuareg’, ‘Vendaval’ ‘Matar a Gadafi’ y ‘Anaconda’. La Amazonía, el desierto, África, son algunos de sus temas favoritos. (OG)

En este día evite los roces con su pareja ya que esta será más susceptible e irritable al igual que Ud. RECUERDE: Actúe con serenidad y autoconfianza ante las dificultades.

ESCORPIO

(octubre 23 - noviembre 21)

La tranquilidad y ecuanimidad son fundamentales para mejorar su estado de salud. La situación dentro del trabajo tiende a ser tensa. RECUERDE: Vivir es un privilegio.

SAGITARIO

(noviembre 22 - diciembre 21)

Las relaciones sentimentales pasarán por un momento difícil que será necesario sopesar a fin de conservar la relación. RECUERDE: La vida humana debería ser una fiesta.

CAPRICORNIO

(diciembre 22 - enero 19)

La relación entre su padre y madre tenderá a ser un tanto tensa y deberá procurar mediar a fin de que la situación se pacifique. RECUERDE: Deje abierta en su alma la entrada a la esperanza.

ACUARIO

(enero 20 - febrero 19)

Aplique toda su creatividad y energía Dentro del área de los negocios trate de mantener un perfil bajo por el momento para evitarse inconvenientes. RECUERDE: Virtud es fortaleza.

PISCIS

(febrero 20 - marzo 20)

Sus finanzas será un tanto inestable por lo que deberá estar preparado y tomarlo con calma. RECUERDE: El amor flaco ve faltas gordas en todas partes.


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1 3

ECUADOR

ARGENTINA

tiempo lectura 15 min.

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora ECUADOR

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Cristiano y Griezmann, al Mundial MADRID, EFE • Cristiano Ronaldo, con Portugal, y Antoine Griezmann, con Francia, completaron ayer su clasificación para el Mundial 2018 en la última jornada, que confirmó a Grecia, Suecia y Suiza en la repesca de noviembre, de la que se quedó finalmente fuera Eslovaquia, el peor de los nueve segundos de grupo. La fase previa europea queda cerrada con nueve selecciones con billete directo al Mundial 2018. Aún habrá cuatro equipos europeos más en Rusia 2018, surgidos de la repesca, en la que competirán Italia, Croacia, Dinamarca, Irlanda del Norte, Irlanda, Suecia, Suiza y Grecia. El sorteo dentro de una semana las dividirá en cuatro eliminatorias directas y decisi-

FIGURA. Cristiano Ronaldo lleva a Portugal a la Copa del Mundo.

vas a doble partido a jugar en el próximo mes de noviembre. A las cuatro ganadoras les esperarán ya clasificadas para Rusia 2018 tanto Francia como Portugal, líderes de grupo y las dos últimas en sellar hasta ahora su pase a la cita intercontinental del próximo año; la primera con un triunfo por 2-1 contra Bielorrusia en París y la segunda con una victoria por 2-0 frente a Suiza en Lisboa.

‘Cracks’ que no van al Mundial Arjen Robben, Holanda

Gareth Bale, Gales

Holanda necesitaba hacerle siete goles a Suecia, pero solo le hizo dos. Los que anotó Arjen Robben, el ‘10’ del Bayern Múnich, quien no estará en Rusia 2018.

A sus 28 años Garteh Bale, jugador del Real Madrid, vuelve a quedarse con las ganas de jugar un Mundial de fútbol. El ‘9’ de Gales nada pudo hacer para lograr uno de los cupos.

Otros jugadores Arda Turán (Barcelona), Turquía Jan Oblak (Atlético de Madrid), Eslovenia Edin Dzeko, (Roma), Bosnia-Herzegovina Pierre Aubameyang (Borussia Dortmund), Gabón

Aparece el ‘Messi-as’ FIGURA. Messi celebra uno de los goles marcados para Argentina. AFP

El ‘10’ de Argentina hizo los tres goles que clasifican a su Selección a la Copa del Mundo.

Pasa a ser el máximo goleador ° El delantero argentino Lionel Messi, con un triplete a Ecuador se convirtió ayer, con 21 tantos, en el máximo goleador de la historia de las eliminatorias sudamericanas junto al uruguayo Luis Suárez.Hernán Crespo, con 19, lideraban la tabla hasta ayer, pero los tres tantos de Messi lo pusieron en la cima con 21. De los otros jugadores que aún permanecen en activo, el peruano Jefferson Farfán cuenta con 15 y el celeste Edinson Cavani, con 14.

Subió a los 2.850 metros de la altura del estadio Olímpico Atahualpa de Quito para estar más cerca del cielo. Desde ahí, el ‘Messi-as’ del fútbol sacó su mejor repertorio. Fue él y 10 jugadores más de Argentina quienes golearon 3-0 a la ‘inocente’ Selección de Ecuador y clasificar al Mundial de Rusia 2018.

Un balde de agua fría para los ‘albicelestes’, a los que solo les servía el triunfo. Pero la alegría del ‘pobre duró poco’ y peor si ese pobre es inexperto y no acata las disposiciones del DT Jorge Célico, quien, desde una cabina del estadio, pedía que no dejen solo al ‘10’.

La ilusión de Romario

Al nivel de Diego

Hablarles de Romario les genera varias pesadillas a los argentinos, sobre todo en la década del ’90. Pero el que ayer los asustó fue Romario Ibarra, el extremo de 23 años de la ‘Tricolor’. El jugador de Universidad Católica, quien debutó en la Selección absoluta en el juego ante Chile, anotó el primer gol a los 37 segundos.

ELIMINATORIAS

Entonces apareció el Messi que todos pedían: el del Barcelona. A los 11 empató después de una jugada en pared con el ‘Fideo’ Di María y a los 19 minutos quitó el balón a Darío Aimar y fusiló a placer al portero Banguera. En la etapa de complemento ‘Leo’ tenía algo más. Al minuto 61 tomó la pelota, sin marca, en-

Tabla de Posiciones Sudamérica Selección 1.- Brasil 2.- Uruguay 3.- Argentina 4.- Colombia 5.- Perú 6.- Chile 7.- Paraguay 8.- Ecuador 9.- Bolivia 10.- Venezuela

PJ 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18

PTS 41 31 28 27 26 26 24 20 14 12

GD +30 +12 +3 +2 +1 -1 -6 -3 -22 -16

tró al área y ‘bañó’ a Banguera. El histórico escenario de El Batán se rendía al mejor. Messi impedía la tragedia futbolera en su país y clasificaba a la Copa del Mundo. (WOM)


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NACIONAL

CRONOS B12

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, ECUADOR

‘Bolillo’ lo vuelve a hacer

La Selección de Panamá, dirigida por Hernán Darío ‘Bolillo’ Gómez, se clasificó a su primer Mundial de mayores al derrotar ayer por 2-1 a Costa Rica en la décima y última jornada del hexagonal final de la Concacaf. Un gol de Román Torres, en el minuto 88, hizo estallar la alegría en el estadio Rommel Fernández y en las calles de la ciudad panameña. EFE

D

Sí, sí Colombia

ELIMINATORIAS

Un empate alcanzó a los ‘cafeteros’ para clasificar a Rusia. Perú al repechaje.

GOLEADOR. Luis Suáres llegó a 21 goles en las Eliminatorias de Sudamérica. EFE

Uruguay pintó de celeste su sueño mundialista

1 1 PERÚ

COLOMBIA

Por segunda vez consecutiva, Colombia estará presente en el Mundial, aunque de manera sufrida. Si bien Colombia terminó en la cuarta casilla, tras igualar 1-1 con Perú, el camino no fue sencillo. En la penúltima jornada cayeron por primera vez, en Barranquilla, ante Paraguay. Sin embargo, ayer festejaron a lo grande. Los tantos fueron anotados por James Rodríguez, para Colombia, y Paolo Guerrero. Los números

Colombia tuvo las estadísticas a su favor. No perdió en Lima desde aquel 2-0 que recibió en 1981 y que terminaría complicando su viaje a España 1982. Además, fue en la capital peruana donde la Selección ‘cafetera’ clasificó a su primer Mundial, Chile 1962. En estas Eliminatorias, Colombia recibió a Perú el 8 de octubre de 2015 y lo venció 2-0. Al final del duelo, José Pékerman se acercó a abrazar a su compa-

Paraguay sucumbe ante Venezuela y se queda fuera ASUNCIÓN, EFE • Paraguay se quedó

fuera del Mundial de Rusia 2018 tras perder ayer en Asunción por 0-1 contra una Venezuela ya descartada de antemano, que acabó con las esperanzas guaraníes en el minuto 84 con el gol de Yangel Herrera. Paraguay salió a por todas y muy revolucionado en unos primeros 15 minutos en los que cercó el área venezolana pero no pudo concretar ninguna, siempre lanzando el ataque desde las botas de Óscar Romero.

MONTEVIDEO, AFP • Uruguay cla-

PROTAGONISTA. James Rodríguez anotó el gol de la clasificación de Colombia. EFE

triota Gareca y luego le dijo al ron instalarse en el Mundial de entonces capitán peruano Carlos Rusia. Lobatón: “Tienen equipo para Por su parte, Perú continúa pelear la clasificación. con la ‘maldición’ Crean en él (Gareca) como en las Eliminatoque los llevará nuevarias de 1997. En aquella mente a un Mundial”. ocasión se quedó a las ESPECTADORES presenciaron el encuentro. puertas del Mundial de Francia 1998 por tener El camino una menor diferenLos colombianos perdieron cinco partidos, empata- cia de goles con Chile, con quien ron seis y ganaron siete. Ade- igualó a 25 puntos. Ahora deberá sellar su clasifimás, tuvo una de las porterías menos goleadas, con 19 tantos en cación en el repechaje ante Nuetotal. Estos números le permitie- va Zelanda. (JG/AGENCIAS)

40.000

0

PARAGUAY

1

VENEZUELA

Venezuela se sacó la presión de encima y consiguió frenar el ímpetu de la Albirroja con varias ocasiones de peligro gracias a la habilidad de John Murillo, muy móvil en tres cuartos de cancha, pero tras 10 minutos de sopor, Paraguay volvió a subir una marcha. Pero tras diversas ocasiones marradas por la Albirroja, Venezuela avisó en dos oportunidades claras en los últimos 15 minutos y en el 84 una arrancada de Rómulo Otero por la derecha hasta línea de fondo supuso un pase a atrás para que Herrera llegará solo y marcara a placer para arruinar los sueños paraguayos. Paraguay tuvo el empate tras

sificó ayer en segundo lugar de la eliminatoria sudamericana a Rusia-2018 al golear 4-2 a Bolivia en Montevideo, y consigue pasaje directo por primera vez desde 1990. En una verdadera fiesta para los hinchas ‘celestes’, en un partido en el que los charrúas se anotaron dos goles en contra, los de Oscar Tabárez consiguieron lo que no lograron en 2002, 2010 y 2014: lle-

Brasil deja fuera del Mundial a Chile

SAO PAULO, EFE • La Selección brasileña dejó ayer fuera a Chile de la fase final del Mundial de Rusia 2018 tras golear por 3-0 en Sao Paulo con goles de Paulinho y Gabriel Jesús, este último por partida doble, en el cierre de las Eliminatorias suramericanas. El combinado de Juan Antonio Pizzi, bicampeón de América, resistió durante el primer

gar sin repechaje a una Copa del Mundo. Martín Cáceres, Edinson Cavani y Luis Suárez, goleador histórico junto al argentino Lionel Messi de las eliminatorias, por dos veces, anotaron para Uruguay. Gastón Silva y el capitán Diego Godín fueron responsables de los dos tantos en contra que marcaron la diferencia para Bolivia, que llegó al cotejo eliminada.

3 0

BRASIL

tiempo en el Allianz Parque, pero un inicio arrollador de Brasil en el segundo asalto privó a los chilenos de disputar su tercer mundial consecutivo. Gabriel Jesús puso la puntilla con el tercer gol en el tiempo de descuento. Con la victoria ante la Roja, Brasil, que ya estaba clasificada desde marzo pasado, pone un broche de oro a una fase de eliminatorias que ha liderado con puño de hierro desde que el técnico Tite asumió el cargo.

MOMENTO. Yangel Herrera anota para Venezuela. EFE

minutos después con dos ocasiones seguidas de Ángel Romero y Gustavo Gómez que sacó Faríñez con dos grandes estiradas. El final del partido mostró un quiero y no puedo de la Albirroja y las expulsiones de Gómez y Wilker Ángel, que se enzarzaron a empujones y golpes en el minuto 89 después de un choque por el balón.

CHILE

DESTACADO. Gabriel Jesús hizo dos goles para Brasil. EFE


CRONOS

Piqué se reincorpora a los entrenamientos

El central Gerard Piqué y el meta Marc André ter Stegen fueron los primeros internacionales en incorporarse a los entrenamientos de la primera plantilla del Barcelona después de los diferentes compromisos internacionales. Piqué, que no jugó el partido de España en Israel a causa de la acumulación de amonestaciones, lo hizo tras el día de Marc André ter Stegen también ha regresado a los entrenamientos, después de que la Selección alemana jugara el pasado domingo ante Azerbaiyán (5-1) y cerrara la clasificación con10 victorias en 10 partidos. Barcelona juega este sábado ante el Atlético, a las 13:45. EFE

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MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

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Básquetbol: hoy sexta final Iccan tiene la ventaja (3-2) sobre Piratas. El juego es en Ibarra. Iccan de Macas tiene la serie a su favor (3-2) ante Piratas de Imbabura, en la Liga Nacional Masculina de Baloncesto. Hoy (20.00) se vuelven a ver las caras para saber si finalmente hay ya un ganador o se alarga una fecha más. El cuadro de Morona Santiago empezó con ventaja los tres primeros partidos (80-71) 82-70) y (77-104). Sin embargo, el plantel ibarreño sacó su casta ganadora para complicar las aspiraciones de su rival con marcador (91-85) (75-80).

LIGA NACIONAL

EXPECTATIVA. Kevin Noboa ya subió al podio en torneos internacionales. (Foto de cortesía)

Ajedrecista Kevín Noboa sin recursos para Mundial

GUAYAQUIL •

Concentrados

Vilo Peralbo, alero de Iccan, sostuvo que “estamos contentos, concentrados y muy unidos. Hemos trabajado en los errores estos días y vamos con todas las ganas de ser campeones. La serie está a favor nuestro y eso nos motiva mucho más”. Contó que, por ahora, están trabajando de la mano de Marcelo Proaño, quien era asistente técnico de Juan José Pidal. Dijo que la estrategia sigue siendo la misma y no se han visto afectados. “Ya lo conocemos hace bastante tiempo, tal vez cambiamos la rotación, pero el equipo está bastante consolidado y cada uno sabe lo que tiene que hacer”. Su compañero Carlos Carce-

DESEMPEÑO. Iccan dominó las finales en el inicio, pero Piratas recuperó. (Foto: Facebook Club Iccan)

lén puntualizó en que “queremos liquidar esto de una buena vez, llevábamos una ventaja de partidos ganados, pero de pronto cambiaron las cosas y nada, ahora toca levantarnos y salir con todo”. “Hemos sabido manejar las cosas a pesar de la salida del ‘profe’ Pidal. Él habla con nosotros por redes, aunque Marcelo está haciendo un gran trabajo; conoce la estrategia que debemos hacer, esperamos alzar ese título”, añadió. Animados

Carlos Delgado, de Piratas, indicó que el descanso fue muy bueno, además de la preparación a doble jornada. “Estamos muy animados, creo que pocos tenían fe o expectativas de que cambiemos un poco la serie en

Pidal envía buena vibra desde México ° Juan José Pidal dejó hace unos días la dirección técnica de Iccan, de Macas. El entrenador argentino tenía, desde hace unos meses atrás, un compromiso

con un quinteto mexicano. Intentó ganar la final de la Liga Ecuatoriana en los primeros juegos, pero no lo logró. Según reportes de los jugadores del equipo de Macas, igual está pendiente de lo que haga el cuadro de Morona Santiago, incluso conversa con sus jugadores para darles consejos y por supuesto para mandarles buena vibra durante el partido de hoy con Piratas de Imbabura. (SJMS)

dos partidos, lo que se viene va a estar bueno”, expresó. Añadió que “el camino no es fácil, incluso la final la comenzamos perdiendo. Somos muy fuertes en la defensa, además tenemos buenos jugadores y estoy seguro que cualquiera estará a la altura del partido”. Aníbal Malatay, por su parte, dijo que “no bajamos los bra-

zos nunca, las expectativas son altas porque queremos hacer historia para la provincia, es increíble el impacto social que se ha creado por nuestra participación”. Hizo hincapié en que “fue duro llegar a esta etapa, en el camino se fueron dando situaciones que supimos manejarlas, vamos a salir con todo por otra victoria”. (SJMS)

España golea mientras que Brasil apunta a octavos de final en el Mundial Sub-17 INDIA, AFP • España goleó ayer a Níger (4-0) en la segunda fecha del Grupo D, disputada en el Estadio Internacional Jawaharlal Nehru de Kochi, mismo escenario donde Brasil derrotó a Corea del Norte (2-0) para lograr su segunda victoria en el Mundial que se disputa en India. La jornada se completó con los encuentros del Grupo C, donde Costa Rica sumó su primer punto en el campeonato, después de empatar ante Guinea (2-2) en el Estadio Pandit Jawaharlal Nehru de Goa. Irán, rival de los ticos el próximo viernes, ganó a Alemania y cuenta sus partidos por

victorias (3-0). El liderato

El combinado brasileño logró su segunda victoria en India, después de derrotar a una Corea del Norte (2-0) que aguantó hasta el descanso con su arco imbatido. Tras la reanudación, la Canarinha abrió la lata gracias a un gol de cabeza de Lincoln Correa (56) y puso tierra de por medio con la diana de Paulinho (61). La ‘Verdeamarela’ suma seis puntos y lidera el Grupo D por delante de España, que consiguió su primera victoria en este Mundial ante Níger (4-0). Los

chicos de Santi Denia exhibieron su potencial goleador con los tantos de Abel Ruiz por partida doble (21 y 41), César Gelabert (45+1) y Sergio Gómez (82). En la tercera y última fecha de esta fase de grupos, que se disputará el viernes, Brasil se enfrentará a Níger para afianzar su liderato, mientras que España buscará los octavos de final midiéndose a Corea del Norte. Costa Rica suma

En el partido que abrió la segunda fecha del Grupo C, Costa Rica y Guinea (2-2) ganaron su primer punto en este Mun-

FESTEJO. El jugador Lincoln (i) de Brasil celebra la anotación de un gol junto a su compañero Weverson (d). EFE

dial Sub-17. Yecxy Jarquín (26) y Andrés Gómez (67) hicieron los goles para los ticos, mientras que Fandje Toure (30) e Ibrahima Soumah (81) festejaron para el combinado africano, que se desesperó con las numerosas atajadas del arquero costarricense Ricardo Montenegro.

GUAYAQUIL • El ajedrecista Kevin Noboa no podrá asistir al Mundial Sub 20 de Italia, programado para noviembre, ya que hasta ahora no cuenta con recursos necesarios para hacerlo. El deportista, oriundo de Riobamba, se mostró triste por no asistir a uno de los más grandes eventos en esta disciplina; sin embargo, espera cerrar el año en otras competiciones así sea por sus propios medios. En septiembre logró una histórica medalla de bronce en la justa mundialista Juvenil de Uruguay, entre 400 competidores de 53 países. Fue en la categoría Sub 18 en la que sumó 8 puntos y se convirtió en el segundo ecuatoriano en conseguirlo, ya que hace 40 años fue el gran maestro Carlos Matamoros quien se ubicó quinto en la Sub 16. Él pensó que con esta medalla tendría más respaldo por parte de Mindeportes, Federación Ecuatoriana y provincial, pero esta última recién fue intervenida. Su padre, Wilson Noboa, dijo que nadie se ha pronunciado al respeto, por lo que se sienten desmotivados. “Parece que es imposible, esos trámites tenían que hacerse con tiempo, todo indica que las cosas no van por buen camino”, sostuvo. Señaló que cuando ganó la medalla todos los dirigentes llamaron a felicitar a su hijo, empezando por el presidente de la Ecuatoriana. “Se puso a las órdenes y dijo que Kevin iba a tener ayuda inmediata por lo que venía haciendo, pero desde ahí no he vuelto a saber de ellos”, manifestó. Por ahora le costeará el viaje al Campeonato Sudamericano Sub 18 de Paraguay y gestionará un préstamo para que viaje también a Yucatán-México, ambos eventos en diciembre. Emilio Bastidas, titular de la Ecuatoriana de esa disciplina, indicó que no iban a poder costear el viaje de Noboa por falta de recursos, pero están haciendo lo humanamente posible para apoyarlo en futuras competiciones.


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CRONOS A10

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

QUITO

Suárez pone fin a la temporada D

Centeno y Díaz, campeones en República Dominicana Los ecuatorianos Raúl Centeno y Ángel Díaz obtuvieron el título de dobles en el torneo ITF Júnior de Santo Domingo, República Dominicana, tras derrotar a los británicos Daniel Webb y Barney Fitzpatrick, por parciales de 6-3, 7-6(2). Los manabitas partieron como cabezas de serie númeEL DATO ro 8. Llegaron a la final tras La siguiente ganar cuatro semana continúa en República partidos sin Dominicana la IX Copa Mangú. ceder sets. El partido más destacado fue ante los venezolanos Diego González y Luis Iriarte, quienes eran los favoritos para quedarse con el título. Por otro lado, en la rama de singles Díaz cayó en la primera ronda y Centeno avanzó hasta la segunda vuelta. El certamen, válido para el circuito mundial juvenil, se jugó sobre superficie de cemento y forma parte de la gira centroamericana.

Un juez de Brasil dictó una orden de detención preventiva contra el presidente del Comité Olímpico Brasileño (COB), Carlos Arthur Nuzman, acusado de haber comprado votos para la elección de Río de Janeiro como sede de los Olímpicos de 2016. EFE

La tenista canaria Carla Suárez decidió poner fin a la temporada 2017, debido a las molestias en la muñeca derecha que viene padeciendo desde hace días. EFE

Márquez, listo para el GP de Japón MOTOCICLISMO

El líder mundial, con 224 puntos, está optimista para la competencia del fin de semana. REDACCIÓN DEPORTES, EFE • El espa-

ñol Marc Márquez (Repsol Honda), aseguró que “quedan cuatro grandes premios esta temporada” y deben “dar el 100% en todos, empezando por los próximos tres”. En declaraciones distribuidas por su equipo antes del Gran Premio de Japón, que se disputará este domingo, el líder del Mundial de MotoGP explicó que “estas carreras son siempre exigentes por los cambios horarios y por las condiciones, y este año con el campeonato tan ajustado serán todo un reto”.

La competencia

DELEGACIÓN. Ángel Díaz y Raúl Centeno luego de la premiación en República Dominicana. (Foto de Cortesía)

Arrestan al presidente del COB

“Lo más importante para nosotros es que, desde Montmeló, hemos estado en el podio en cada carrera excepto en Silverstone. Hemos hecho un buen trabajo gestionando las diferentes condiciones y circuitos, lo que nos da confianza y demuestra que estamos en un buen nivel en cualquier trazado”, señaló.

ARCHIVO. El español lleva una ventaja de 16 puntos ante Andrea Divizioso, segundo.

Márquez dijo que tiene buenos recuerdos en Japón, porque ganó el pasado año y logró el título en dos ocasiones, pero advirtió que “cada temporada es distinta” y debe seguir concentrado y preparado “para manejar cualquier situación”. “Las condiciones de la pista en Motegi pueden variar mucho; debemos trabajar duro en la puesta a punto para encontrar un buen compromiso para las fuertes aceleraciones y frenadas. Daremos el máximo e intentaremos conseguir otro buen resultado ante los aficionados, en casa de Honda”, concluyó

Pedrosa y su anhelo

Su compañero Dani Pedrosa admitió que tenía ganas de competir en el circuito de casa para Honda. “No solo los fans son muy especiales -son increíblemente apasionados y unos enamorados de Honda y el deporte, lo que te hace sentir muy agradecido-, también el circuito es genial”, dijo. “He tenido buenas sensaciones con esta pista desde la primera vez que competí, cuando tenía 15 años. Se adapta a mi estilo de pilotaje y disfruto mucho en esta pista. El año pasado des-

Clasificaciones MotoGP Piloto 1.Marc Márquez 2.Andrea Divizioso 3.Maverick Viñales 4.Dani Pedrosa 170 5. Valentino Rossi

Puntos 224 208 196 168

afortunadamente tuve una caída y sufrí una lesión seria, pero espero que esta temporada podamos mantener nuestra línea positiva y hacer una buena carrera. Vamos a dar nuestro 100% para que así sea”, agregó.

Del Potro y Schwartzman avanzan en Shanghái CHINA, AFP • Los argentinos Diego

Schwartzman, número 26 del mundo, Juan Martín Del Potro (23º), y el español Albert Ramos, 25º, ganaron ayer sus respectivos partidos del Torneo de Shanghái (China). Schwartzman se impuso al australiano Jordan Thompson 6-4, 7-6 (7/4) en primera ronda. En la siguiente ronda le espera el suizo Roger Federer. Ramos, por su parte, se deshizo en segunda ronda de su compatriota Pablo Carreño, EL DATO undécimo del mundo, por 7-5, El Torneo de Shanghái se dis- 7-5. Carreño dio puta sobre superficie dura. así un paso atrás en su carrera por

Nadal saborea cada victoria más que nunca tras su lesión °

El número 1 del mundo, el español Rafael Nadal, afirmó que saborea cada victoria más que nunca, después de su retorno a las pistas una vez superadas sus lesiones. El tenista mallorquí de 31 años conquistó el domingo su sexto título del año en Pekín. Su gran estado físico después de la lesión es una de las historias más llamativas del año, junto a la segunda juventud que está viviendo el suizo Roger Federer. “Por supuesto que es una gran sensación (ganar un torneo tras una lesión)”, declaró Nadal.

disputar el Masters en Londres. Del Potro dejó en la cuneta también en segunda ronda al ruso Andrey Rublev, al que derrotó 6-3, 6-4. Además, el controvertido australiano Nick Kyrgios abandonó

su partido de primera ronda ante el estadounidense Steve Johnson después de haber perdido el primer set, sin ofrecer ninguna explicación. Posteriormente, un miembro de su equipo técnico explicó que el jugador de 22 años tenía pro-

COMPETENCIA. Juan Martín Del Potro ganó al ruso Andrey Rublev por 6-3, 6-4.

blemas físicos en un hombro. Pero durante el juego decisivo fue increpado por un espectador.

“Es exactamente por este tipo de cosas por las que no debería estar aquí”, exclamó Kyrgios.


CULTURA

Arte ecuatoriano se exhibe en la PUCE

El Salón del Artista Ecuatoriano 2017, el cual reúne a un grupo de reconocidos artistas, docentes y estudiantes de la carrera de Artes Visuales de la Universidad Católica, exponen su trabajo en el Centro Cultural PUCE hasta el 20 de octubre. Entre los artistas están: Enriquestuardo Álvarez, Dolores Andrade, Miguel Betancourt, Gabriel García Karolys, Cristóbal González, Sara Palacios, Nelson Román, Marcia Vásconez, Hernán Cueva y Katu Vivar; entre los profesores participan: Consuelo Crespo, José Luis Macas, Alex Schlenker, Gonzalo Vargas; y los estudiantes Elena y Karen Heredia, Julissa Morejón, Ricardo Nugra, Marcelo Santamaría, Camila Tobón y Joshua Vela. (DVD)

I

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

A11

Centro Cívico Sucre reabre puertas La Casa Hacienda Chillogallo cuenta con una biblioteca y salas expositivas. Conmemora a la Batalla de Pichincha.

ARTE. Obras dialogan con la memoria histórica del lugar. (‘Paisaje andino’)

Centro Cívico Sucre QUITO ped

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Mariscal Sucre

TECNOLOGÍA. Celi explica el uso de QRs. para ampliar información.

del público. Además, gracias a un convenio con la Biblioteca Aurelio Espinosa Pólit se puede consular material hemerográfico desde inicios del siglo XX. Otra de las novedades que

presenta el lugar es la anexión de QRs. a varias de las piezas expositivas, que permiten de forma gratuita descargar más información por medio de un teléfono celular.

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El Centro Cívico Cultural Ma- por viejo’, de Carlos Viver; ‘Múriscal Antonio José de Sucre, sico’, de Lloyd Wulf; ‘Ritual del también llamado Casa Hacienda licor’ (una acuarela anónima Chillogallo, reabrió sus puertas. donde se ven dos hombres beSe trata de un espacio para la lec- sándose, que data del XIX), entre tura y para dialogar con la histo- otras piezas. “Son salas pequeñas, pero ria y el arte. “Una vez que esta casa pasó que contienen grandes obras. La del Ministerio de Defensa al idea fue colocar piezas que geneMinisterio de Cultura y Patri- ren un diálogo de calidad entre monio (MCyP), hemos tratado el museo y el público”, subraya de mantener el espíritu cívico Celi, quien agrega que cada tres creando un guión museográfi- a cuatro meses se espera montar co que permita conmemorar la nuevas muestras. historia por medio del diálogo con obras de arte”, explica la Espacio subsecretaria de Memoria So- El historiador Alejandro López, cial, Ivette Celi. director de Seguimiento y EvaEn una primera sala expo- luación de la Subsecretaría de sitiva, la Subsecretaria detalla Memoria Social, explica que la que se han colocado piezas que Casa Hacienda Chillogallo data se exhiben por primera vez en del siglo XVII. ese espacio, como la pintura “Se sabe que pertenecía al cacianónima titulada ‘Paique Guaraca Montana y a saje andino’, que ha forsu familia. Después tendría mado parte del Museo TOME NOTA algunos dueños y pasaría Nahim Isaías, “donde a manos de la Curia hasta Casa se puede apreciar cómo La que el Misterio de Defensa Hacienda era la hacienda y es un Chillogallo atien- se hizo cargo. La Junta Mide martes a vistazo hacia el pasado: de litar se dedicó a restaurarla viernes del Chillogallo en medio de 08:00 a 17:00 y hasta que se inauguró en el fines de semana pastizales”. Gobierno de Jaime Roldós”, de 10:00 a La entra- explica López. También hay un retra- 16:00. da es libre. to de ‘Sucre’, realizado por La relevancia del CenJoaquín Pinto, así como tro Cívico es que ahí pasó otra obra de su autoría: ‘Guari- la noche el Mariscal Sucre el 22 cha’. Un anónimo de la ‘Virgen de mayo de 1822 (dos días prede las Mercedes’ y un cuadro de vios a la Batalla de Pichincha), ‘Abdón Calderón’, de M. Muñoz, y ultimó los detalles para encompletan la sala en medio de frentarse al ejercito realista. las bayonetas. Una segunda sala hace una Usuarios alegoría a la fiesta para celebrar El Centro Cívico Mariscal Sucre la reapertura. Ahí están obras cuenta con una biblioteca que como ‘Tocando el acordeón’, de contiene alrededor de 2.000 Luigi Stornaiolo; ‘El diablo sabe libros que están a disposición

Mariscal Sucre

Elaboración: LA HORA

El proyecto de rehabilitación del lugar contó con la inversión del Banco Interamericano de Desarrollo, y tuvo un presupuesto de “un poco más de 100 mil dólares”, según Celi. (DVD)

7 organismos se unen por el Fiavl

BNE celebra interculturalidad

El Ballet Nacional de Ecuador (BNE) presenta el libro ‘La Belmonte y yo’, de Ramiro Guarderas, la obra teatralizada ‘La Belmonte’ y la exposición de 60 pinturas que envolverán al espectador en el contexto de la época. La cita es el 17 de octubre (19:30) en el Teatro Nacional de la CCE.

El trabajo interinstitucional po- rá todos los permisos pertinentencia el Festival Internacional tes y espacios municipales para de Artes Vivas Loja 2017 (Fiavl). el desarrollo del mismo, además A través de un comunicado, los que trabaja en la programación organizadores detallaron que “las del ‘Festival OFF’. La Gobernación de alianzas estratégicas y de Loja, el ECU911 y la Secooperación que se generan entre las distintas en- TOME NOTA cretaría de Gestión de Riesgos están a cargo de tidades del Estado ecuatoriano aseguran el correcto El Fiavl se desa- coordinar y mantener la rrollará entre el seguridad del Fiavl. desarrollo del Festival”. 16 y 26 de El Ministerio de TurisUn total de 7 organis- noviembre. mo está elaborando pamos trabajan junto con el quetes turísticos para inMinisterio de Cultura y Patrimonio (MCyP) para la rea- centivar el la llegada a Loja. Esto, mientras que la Cámara Provinlización del de este evento. El Municipio de Loja facilita- cial de Turismo de Loja (Cap-

OBRAS. 14 elencos internacionales visitan Loja. (Foto: Fiavl)

tur) garantiza la disponibilidad de plazas en hoteles, hosterías y hostales.Por su parte, TAME aumentará las frecuencias hacia Loja durante los 11 días que durará el Fiavl; además de brindar una tarifa especial de $99. (DVD)

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QUITO

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EMPLEOS

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CINEMARK

DURO DE CUIDAR 2D (ESPAÑOL) 16:00

BLADE RUNNER 2049 D-BOX DOB 12:50 BLADE RUNNER 2049 3D D-BOX DOB 16:00 BLADE RUNNER 2049 3D D-BOX SUB 19:10 BLADE RUNNER 2049 D-BOX SUB 22:30 FAMILIA MONSTER DOB 13:15 SOLO ES UNA MAS DOB 15:25 17:45 20:00 KINGSMAN - EL CIRCULO DORADO D-BOX DOB 13:20 KINGSMAN - EL CIRCULO DORADO 3D D-BOX DOB 16:10 KINGSMAN - EL CIRCULO DORADO 3D D-BOX SUB 19:00 KINGSMAN - EL CIRCULO DORADO D-BOX SUB 21:45 LEGO NINJAGO DOB 13:15 15:20 BLADE RUNNER 2049 SUB 17:30 EL SEDUCTOR SUB 20:45 MY LITTLE PONY: LA PELICULA DOB (TP)

18:20 20:40

BLADE RUNNER 2049 2D (ESPAÑOL) 15:55 18:45 21:35

MY LITTLE PONY 2D (ESPAÑOL) 14:00

15:55 17:50 19:45

LEGO NINJAGO 2D (ESPAÑOL) 14:00 16:05 18:00

KINGSMAN : EL CIRCULO DORADO 2D (ESPAÑOL) 16:00 21:10 CUANDO CAE LA NIEVE 2D (SUBT) 19:55 LA SEDUCCION 2D (SUBT.) 21:45 BARRY SEAL, SOLO EN AMERICA 2D (ESPAÑOL) 21:40 IT (ESO) 2D (ESPAÑOL) 18:40 LA FAMILIA MONSTER 2D (ESPAÑOL) 14:10

LOCOS POR LAS NUECES 2 2D (ESPAÑOL) 14:15 EMOJI : LA PELICULA 2D (ESP.) 14:05

13:05 15:10 17:15 19:20

BLADE RUNNER 2049 DOB 21:30

SUPERCINES SAN LUIS Blade Runner 2049 2D Doblada 2:40 pm

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SUPERCINES 6 DE DICIEMBRE Blade Runner 2049 2D Doblada 3:15 pm 3:50 pm

2:40 pm 4:50 pm 7:00 pm

2D BLADE RUNNER 2049 18:05 20:35 3D Subt. 6:30 pm 2D Subt. 7:10 pm 9:45 pm 10:30 pm 2D BLADE RUNNER 2049 21:15 Sólo es una más 2D Idioma Original 2:15 pm 2D MI PEQUEÑO PONY 14:15 16:30 18:45 4:45 pm 7:00 pm 9:15 pm 2D SOLO ES UNA MAS 14:20 16:40 19:00 My Little Pony: La Película 2D Doblada 2:20 pm 21:20 4:30 pm 6:40 pm 8:50 pm 2D DURO DE CUIDAR 15:40 18:20 20:55 Kingsman: El Círculo Dorado 2D Dob 4:15 pm 7:15 2D IT - ESO 13:00 15:50 17:30 18:40 20:20

3:15 pm 6:15 pm 9:15 pm

LEGO Ninjago: La película 2D Doblada 3:00 pm

9:20 pm 3D Doblada 6:00 pm 2D Subt. 8:20 pm

Sólo es una más 2D Idioma Original 3:45 pm

6:00 pm 8:15 pm

Duro de Cuidar 2D Doblada 6:30 pm 9:00 pm My Little Pony: La Película 2D Doblada Kingsman: El Círculo Dorado 2D Doblada LEGO Ninjago: La película 2D Doblada 2:00 pm 4:10 pm 6:20 pm

El Seductor 2D Subt. 3:10 pm 5:10 pm

Vienen por ti 2D Doblada 7:20 pm 9:30 pm Cuando cae la nieve 2D Subt. 3:20 pm 5:30 pm Barry Seal: Solo en América 2D Doblada 09:10 pm ¡Madre! 2D Doblada 4:00 pm Premonición 2:22 2D Doblada 5:50 pm Si yo muero primero 2D Doblada 7:40 pm

pm 10:15 pm 3D Doblada 6:10 pm 2D Subt. 9:10 pm

21:30

2D LEGO 13:30 15:45 18:00 7:20 pm 3D Doblada 5:10 pm 2D KINGSMAN 2 15:20 18:15 21:10 El Seductor 2D Subt. 3:10 pm 5:20 pm 7:40 pm 2D LA FAMILIA MONSTER 16:20 18:30 Vienen por ti 2D Doblada 3:40 pm 8:00 pm 2D CUANDO CAE LA NIEVE 13:40 15:35 2D Subtitulada 10:10 pm 2D VIENEN POR TI 13:30 15:30 Cuando cae la nieve 2D Subt. 4:40 pm 8:40 pm 2D PREMONICIÓN 2:22 21:00 Barry Seal: Solo en América 2D Doblada 6:50 pm 2D AMERICAN MADE BARRY SEAL 20:15 2D Subtitulada 9:20 pm 2D EL SEDUCTOR 13:20 ¡Madre! 2D Doblada 9:30 pm 2D MADRE 13:50 Amor en Línea 2D Doblada 5:50 pm Premonición 2:22 2D Doblada 9:50 pm

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2D BLADE RUNNER 2049 14:20 17:25 20:30 2D MI PEQUEÑO PONY 13:00 15:30 17:55 20:15 2D SOLO ES UNA MAS 14:20 16:45 19:10 21:35 2D DURO DE CUIDAR 16:05 18:40 21:15 2D IT - ESO 13:10 14:10 15:20 16:00 17:00 18:10

2D BLADE RUNNER 2049 15:00 18:05

18:50 19:50 20:40 21:00 21:35 2D LEGO 13:50 16:05 18:20 2D KINGSMAN 2 13:30 15:05 16:25 18:00 19:20 20:55 2D LA FAMILIA MONSTER 14:35 16:45 18:55 2D CUANDO CAE LA NIEVE 13:30 15:35 2D VIENEN POR TI 18:30 20:50 2D PREMONICIÓN 2:22 17:35 19:50 2D AMERICAN MADE BARRY SEAL 21:10

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Incendio la dejó en la calle

POLICIAL

Militar fallece en siniestro de tránsito

El fuego destruyó todo lo que había dentro de una humilde vivienda de construcción mixta situada en el barrio San Antonio de la parroquia Tonchigüe, en Atacames. Ahí vivía una madre soltera con sus dos hijos, quienes ahora claman por ayuda para recuperar sus bienes. (FLC)

ESMERALDAS •

Un fatal percance de tránsito se registró, a las 20:00 del último domingo, en la vía Isla de Bejucal–San Juan, a la altura del recinto Jujanillo. Ahí murió Luis M., de 36 años, quien era militar de profesión. (FLC)

I

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

A13

Un adulto mayor muere atropellado en la avenida Galo Plaza

Un taxista fue asaltado en La Ecuatoriana DETENCIÓN. Los implicados fueron entregados a las autoridades de Justicia.

La captura de los sospechosos se dio gracias a que el conductor activó el botón de seguridad.

Su ‘bautizo’ como taxista fue porque otras personas se iban un asalto. En apenas dos meses a subir a la unidad. Pese al mal que cogió el vehículo ya sufrió presentimiento, el chofer no se la primera experiencia en ma- opuso y siguió cumpliendo con su labor. nos de la delincuencia. Dos hombres se sentaron El conductor, de 59 años, quien prefirió el anonimato, fue atrás junto a las mujeres y un víctima de un asalto en La Ecua- tercero se ubicó en el asiento toriana, al sur de Quito. Según del copiloto. Por un momento, el taxista narró, cinco personas, entre ellas quiso hacerle caso a su dos mujeres, lo agredieintuición y les pidió que ron verbal y físicamente. EL DATO se bajaran explicándoles Uno de los sospechosos incluso amenazó con ma- La Policía recu- que no podía llevarlos, tarlo con un arma blanca peró un teléfono pues sobrepasaban el celular presuntasi se oponía al robo. “Tuve mente robado, límite de pasajeros. Los en efecti- antisociales, sin embarque dedicarme a esto por- dinero vo y también go, le convencieron de que por mi edad ya no me incautó las armas blancas continuar el viaje acordan trabajo”, comentó que tenían los dando un precio de seis El afectado narró que sospechosos. dólares. eran aproximadamente las 04:30 de ayer. Cuando estaba conduciendo entre El asalto las avenidas Mariscal Sucre y Cuando llegaron al semáfoMichelena dos mujeres jóvenes ro que hay en la entrada a La le hicieron una señal para soli- Ecuatoriana, los antisociales citar sus servicios. se quitaron el ‘disfraz de oveja’. Las sospechas de que algo Desde atrás lo tomaron por el no andaba bien comenzaron a cuello, mientras que el homocupar la mente del conductor bre que ocupaba el asiento del cuando en el trayecto las fémi- copiloto le hizo sentir el filoso nas le dijeron que se detuviera cuchillo.

La víctima les dijo que se llevaran todos sus objetos de valor, incluso hasta el mismo carro, pero les rogó que respetaran su vida. Mientras los delincuentes lo amenazaban, el conductor apretó el botón de seguridad instalado junto a su rodilla izquierda. La señal de emergencia fue transmitida al ECU-911. Desde ahí se despachó a una patrulla al sitio desde donde se emitía la señal. La captura

El coronel César Rueda, comandante de policía del Distrito Quitumbe, explicó que los cinco sospechosos fueron aprehendidos durante una redada que se organizó en el lugar donde estaba estacionado el taxi. Los implicados quisieron darse a la fuga a pie, pero, con motos y patrullas, les cerraron todas las vías de escape. El oficial agregó que uno de los sospechosos fue detenido hace apenas 19 días por un delito parecido y cuestionó cómo es que pudo recuperar su libertad tan rápidamente. “Lamentablemente le dieron medidas sustitutivas a la prisión preventiva y nuevamente fue capturado”, concluyó. (FLC)

Un adulto mayor, de 71 años, murió tras ser atropellado ayer por la mañana en la avenida Galo Plaza Lasso y Enrique Portilla, al norte de Quito. El incidente ocurrió aproximadamente a las 08:50. Según las versiones recogidas por agentes civiles de Tránsito, el hecho ocurrió cuando el hombre intentaba cruzar la concurrida avenida. En cuestión de segundos fue embestido y atropellado por un vehículo blanco. “Los testigos manifestaron que el adulto mayor intentó esquivar un bus. El vehículo iba a la par del autobús y lo terminó atropellando”, dijo Israel Ruiz, de la Agencia Metropolitana de Tránsito. El uniformado agregó que cuando llegaron al sitio el adulto mayor ya no tenía signos vitales.

Las autoridades suspendieron parcialmente el carril derecho de sentido norte–sur de la avenida Panamericana Norte mientras llegaba el personal de Medicina Legal para que levante el cadáver. Agentes del Servicio de Investigaciones de Accidentes de Tránsito de la Policía llegaron a hacer el peritaje del incidente para establecer las causas y responsabilidades. Según Ruiz, el conductor del vehículo involucrado en la muerte del longevo fue detenido para investigaciones. El automotor fue retenido y trasladado a los patios de la dependencia municipal. El agente de Tránsito recomendó a los transeúntes que acostumbren cruzar la transitada avenida que usen los pasos peatonales de las esquinas. (FLC)

LEVANTAMIENTO. El cuerpo fue trasladado a la morgue en la ambulancia de Medicina Legal.

Una retroexcavadora se fue a un abismo en Cocotog Una retroexcavadora cayó aproximadamente 15 metros dentro de un abismo en una quebrada situada en la comunidad de Cocotog, al norte de Quito. El accidente ocurrió ayer por la ma-

ñana mientras el operador trabajaba en un predio de tierra que estaba resbaloso por la lluvia. Personal del Cuerpo de Bomberos no reportó personas heridas ni fallecidas. (FLC)

APARATOSO. La maquinaria tuvo que ser extraída con una grúa. La recuperación tomó casi mediodía.


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CURIOSO A14

MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

QUITO

Advertía sobre invasión

I

Sacerdote rencoroso

Bryant Johnson dijo a la Policía que era un viajero que venía del año 2048 a advertir de una invasión alienígena para 2018 y que los extraterrestres que lo enviaron lo habían llenado de alcohol. En realidad eran alucinaciones por la borrachera en la que estaba, el hombre tenía 136 % de alcohol en su cuerpo. (insolitonoticias.com)

Héctor Vargas, párroco iglesia San Calixto de Timaná (Colombia) dice que no acepta al padrino de Arlison Steven, Didier Pérez Oviedo, porque no es casado, pero el rechazado asegura que es por un problema de tierras. (noticias. caracoltv.com)

Solo por un beso fueron presos TÚNEZ • Un

tribunal tunecino condenó a cuatro y tres meses de prisión respectivamente a un franco-argelino y a su pareja tunecina por besarse en público a la salida de un restaurante en una zona turística del norte de Túnez. Según el abogado del hombre, Ghazi Marbet, ambos fueron hallados culpables de ‘acto sexual’, ‘atentado al pudor’, ‘ofensa a las buenas costumbres’, desobediencia y desacato a un funcionario público. En el caso de la acusada, que no ha sido identificada, se le atribuye además ‘estado de ebriedad en la vía pública’.

Actúa la Policía

El hombre, identificado como Nessie Ouadi, un franco-argelino de 33 años, disfrutaba de un fin de semana en Túnez junto a su pareja cuando la Policía le interpeló mientras intercambiaban un beso en el interior de un vehículo. “Los agentes comenzaron a gritar y a insultar al joven obligándole de forma violenta a bajar del coche, acto seguido registraron a fondo, incluidos los equipajes que se encontraban en el maletero”, explicó el letrado. Tras ser conducidos a la comisaría, una veintena de minutos más tarde, un policía les anunció que podían volver a sus casas pero el joven francés reclamó los nombres y número de placa de los agentes implicados advirtiéndoles de que comunicaría lo ocurrido a su embajada. Debate

El incidente ha desatado un acalorado debate público sobre las libertades y sus límites en Túnez y sobre el retroceso que se percibe en la sociedad seis años después de que triunfara la llamada ‘primavera del jazmín’, que acabó con la dictadura. Conocidos viñetistas e internautas anónimos se han lanzado en las redes sociales en apoyo de los jóvenes y se cuestionan la actual situación de la Justicia y de las fuerzas de seguridad. Hay quienes se preguntan si existe ‘la policía de la moral’ en Túnez como es el caso de otros países como Arabia Saudí, donde se encargan de hacer cumplir las estrictas interpretaciones de la moral islámica. (eldiariony.com)

RETENIDAS. Estas tres mujeres siguen en Corea del Sur. Aún se desconoce cuándo podrán volver a China. (Foto: planetacurioso.com)

Las detienen por vanidosas Chinas recién operadas son detenidas en el aeropuerto por no parecerse a la foto de su pasaporte. Tres mujeres de nacionalidad china fueron arrestadas después de que los tratamientos quirúrgicos que se hicieron las cambiaran radicalmente, hasta el punto de no parecerse a sus fotos del pasaporte. La foto viral muestra a tres mujeres chinas detenidas en el aeropuerto de Corea del Sur con sus caras llenas de vendas. La fotografía, que acumula más de

51.000 ‘me gusta’ y ha sido compartida 23.000 veces, fue tomada después de que las mujeres aprovecharon la fiesta nacional de la ‘Semana Dorada’ en China para visitar el país asiático. No pudieron salir

Pero a su regreso a casa, las tres mujeres, que lucían una cara inflamada y vendajes en todo su rostro, fueron detenidas por

oficiales de inmigración surcoreanos quienes no les creyeron cuando trataron de probar su identidad, según informa Mirror. A pesar de tener los documentos y sus billetes listos, el trío era incapaz de demostrar que eran las mismas mujeres que aparecían en las fotos de sus pasaportes, ya que los tratamientos e intervenciones a las que se habían sometido recientemente les habían dejado las caras inflamadas e irritadas. Las había cambiado por completo. Por la pura vanidad

Corea del Sur se ha convertido

en uno de los destinos favoritos de las ciudadanas chinas para hacerse tratamientos quirúrgicos desde hace una década y media. De hecho, hay paquetes que ofrecen tratamientos quirúrgicos en Corea del Sur seguidos de safaris en África, donde sus caras se pueden recuperar sin que se note. La noticia ha salido a la luz después de que el Ken humano, Rodrigo Alves, haya revelado que fue detenido una vez durante varias horas debido a la intervención quirúrgica con la que había esculpido su cara.

(www.telecinco.es/planetacurioso.com)

Por viciosa perdió la visión Si usted es de los adictos a los juegos de celular y se queda pegado delante de la pequeña pantalla por horas, tenga muy presente que le puede suceder lo mismo que a esta joven china de 21 años. La mujer jugaba en promedio ocho horas al día y obviaba, en ocasiones, satisfacer las necesidades biológicas de comer o ir al baño. “Comeré algo, tomaré una siesta y jugaré hasta la una de la madrugada”, añadió al portal South China Morning Post, cuando decía que se levantaba a las 06:00 para comenzar su maratón en el celular. La joven ahora se encuentra hospitalizada a la espera de que los médicos puedan mejorar su estado de visión luego del desgaste y la fatiga visual que le pro-

dujo jugar un día entero Honour of Kings. Juego peligroso

El diagnóstico que le dieron los médicos es propio de personas de avanzada edad que puede evolucionar en la pérdida definitiva de la visión. Honour of Kings según la BBC, es un juego ‘adictivo’ y para finales de agosto contaba con 80 millones de descargas en tan solo dos años. También, El Diario del Pueblo, el medio estatal más importante de China, lo calificó como ‘veneno’. Con el caso de esta joven, ya queda advertido de los riesgos de permanecer durante mucho tiempo frente a una pantalla jugando cualquier videojuego que lo atrape en su celular. (elespectador.com)

CONSECUENCIA. Su diagnóstico fue fatiga visual y ahora es atendida por los médicos quienes intentan salvarle su ojo. (Foto: elespectador.com)


REPORTE

A15 Refinería y su legado de muerte MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR

I

La Asociación de Jubilados de la planta esmeraldeña dice que en más de 40 años han muerto 160 trabajadores. ESMERALDAS•

Hace apenas tres días ‘Juan’ PETRO (nombre potegido), uno de los trabajadores de la LEAKS Refinería de Esmeraldas, se enteró que tenía cáncer terminal de garganta. El diagnóstico lo hizo la Sociedad de Lucha contra

el Cáncer (Solca) de Guayaquil. Él fue por sus medios a retirar los resultado de los exámenes. ‘Juan’ es parte del área de mantenimiento de la planta. Su historia de angustia se suma a la de los familiares de 160 trabajadores que han muerto con padecimientos adquiridos en su lugar de trabajo, lo que se denomina ‘enfermedades profesionales’. Este dato fue revelado a este

RIESGO. Un estudio de la Universidad de Huelva determinó que al menos 103 trabajadores de la Refinería están seriamente afectados en su salud, por la exposición permanente a químicos como el benceno o el tolueno.

EP Petroecuador ha quedado debiendo a Esmeraldas y a los trabajadores. La Empresa no ha cumplido con su rol”.

Considero que la Refinería ha dejado más contaminación que efectos positivos para la ciudad”.

La contaminación es cosa que nadie puede ocultar. He sabido de trabajadores que han salido de la Refinería a morir”.

HENRY MONTAÑO

FRANKLIN ARROYO

RICARDO CANO FRANCO

diario por Henry Montaño Winninter, técnico de la planta industrial y asesor jurídico de la Confederación de Trabajadores del Sector Público de Ecuador.

de medicina preventiva a los tra- diación ambiental de las cuencas bajadores. Pero, en sus palabras, hidrográficas de los ríos Teaone esto ha dejado un mal ‘sabor de y Esmeraldas. Pero hasta el moboca’, porque no son estudios mento nada de eso se ha cumpliespecializados. Esta es su crítica. do, comenta Estacio. “Todo eso (saber de las en“Es raro, porque te hacen un examen hoy y mañana te mueres, fermedades) se logró porque un eso pasó con Daniel Pérez, a quien estudio científico de la Universila empresa le hizo un examen in- dad de Huelva (España) determitegral y, según los resultados, no nó que 103 trabajadores presentenía nada. Pero al mes ya se le taban altos niveles de exposición descubrió cáncer terminal y mu- a químicos como el tolueno, el xileno y el benceno, conrió”, expresó el dirigente. siderados como agentes Sobre el tema, el presi- EL DATO cancerígenos. dente de la Asociación de Estacio dijo que el inJubilados de Refinería de forme de entonces deEsmeraldas, Gil Estacio, Extrabajadores recomiendan a dijo que la Asamblea Nacio- las autoridades terminó que de tres Rela Refinería, finerías: Shushufindi, nal resolvió un exhorto que de que quienes Libertad y Esmeraldas, fue publicado en el Registro laboran en el lugar se jubilen a esta última era la peor oficial No 415 del martes 29 los 16 años de y se les mantenida y las más conde marzo de 2011, en el cual servicio indemnice adetaminada por la presencia se determina que los minis- cuadamente. de compuestos sulfuratros de Recursos Naturales dos, tales como el dióxido No Renovables, Ambiente y Salud, y el Gerente de Petroecua- de azufre y el sulfuro de hidrógedor debían emprender acciones no, circusntancia que superaba urgentes para precautelar la vida en muchos casos el valor límite de la población de la ciudad de Es- establecido para esas sustancias. “En la actualidad tenemos meraldas, afectada por los derrames hidrocarburíferos. Pero dice alrededor de 160 personas fallecidas por enfermedades adEstacio que no se cumple. quiridas en el interior de Refinería Esmeraldas y seguirán 103 afectados También se conmina a los minis- apareciendo casos”, finalizó tros y al gerente de Petroecuador Estacio. En una próxima ena adoptar medidas de cumpli- trega, la versión de la Refinemiento de las acciones de reme- ría en la actualidad. (FHI)

TÉCNICO DE LA REFINERÍA

Evaluaciones no especializadas En 2004, según Montaño, como dirigente de los trabajadores de la Refinería logró contratar a la empresa Abanmec para que realice exámenes médicos a los obreros de la Refinería. El técnico expresó que la empresa sí ha realizado programas

PREOCUPACIÓN. En 2011, la Asamblea Nacional exhortó a las autoridades del sector petrolero a cumplir con acciones que precautelen la vida de los trabajadores en la Refinería. Los técnicos piden estudios más actualizados.

‘Mezcla de crudo deteriora todo’ ESMERALDAS • El presidente de la Asociación de Jubilados de Refinería de Esmeraldas, Gil Estacio, dijo que una de las causas para que haya más contaminación y deterioro no solamente a los equipos, sino la salud de los trabajadores es la mezcla del crudo (petróleo). “Hay ciertos productos que afectan más a la salud de los

trabajadores, pero el pueblo debe conocer que cuando se construyó la Refinería se la montó para procesar un crudo liviano de 29 grados API”, detalló el dirigente. Sin embargo, a partir de 1989, cuando se eliminó el tetraetilo de plomo que servía para elevar el octanaje de las gasolinas, se aumentó a 110 mil

barriles diarios de crudo y comenzó la extracción del crudo del Oriente totalmente pesado. Irresponsabilidad Estacio asegura que en forma irresponsable se mezcla el crudo de 29 grados con el crudo que venía del Oriente y en promedio procesan crudo de 24 grados API, totalmente pesado.

INGENIERO

“Ese crudo deterioró las maquinarias y los equipos en la Refinería Esmeraldas, no fue por la causa de los trabajadores que también sufrieron las consecuencias, sino de los gobernantes de esa época”, destacó. Refirió que hoy se procesan 110 mil barriles, pero de ellos la mitad son productos blancos, o sea, para los derivados como la gasolina, el gas licuado entre otros, pero el resto son desechos, lo que quiere decir que no fue rentable para el país hacer ese tipo de mezcla. (FHI)

MORADOR DE ESMERALDAS

CRITERIO. Gil Estacio, de la Asociación de Jubilados, dice que nunca se dijo al pueblo que de los 110 mil barriles, la mitad era desecho.


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QUITO

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Quito, Ecuador

40 PÁGINAS

CALIFORNIA EN LLAMAS

Con fiebre urbana Jhonatan Luna lanza su nueva canción ‘No es así’, un tema que explora ritmos cercanos al reguetón. PÁGINA B7

Los devastadores incendios que desde el domingo avanzan en el norte de California (EE.UU.) han dejado al menos 15 muertos y han arrasado más de 46.500 hectáreas. PÁGINA B6 Tabla de posiciones Sudamérica Selección 1.- Brasil 2.- Uruguay 3.- Argentina 4.- Colombia 5.- Perú 6.- Chile 7.- Paraguay 8.- Ecuador 9.- Bolivia 10.- Venezuela

PJ 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18

PTS GD 41 +30 31 +12 28 +3 27 +2 26 +1 26 -1 24 -6 20 -3 14 -22 12 -16

Sudamérica define sus mundialistas Brasil, Uruguay, Argentina y Colombia clasificaron de forma directa al Mundial de Rusia. Perú va al repechaje y Chile se queda eliminada. PÁGINA B12

Dos muertos cerca de Riobamba

Una mujer de 38 años y su hija de 5 fallecieron al impactarse el auto en que viajaban contra un bus de transporte interprovincial. PÁGINA A6


Revista judicial C00

LUNES 24de noviembre de 2008 La Hora Quito, ecuador

MIÉRCOLES, 11 de OCTUBRE de 2017 La Hora Quito, ecuador revista no: 11942 Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío

“El miedo de la mujer a la violencia del hombre es el espejo del miedo del hombre a la mujer sin miedo”: Eduardo Galeno. Autor: Dr. Augusto Durán Ponce.

Concepto La Organización de las Naciones Unidas considera que violencia de género es “todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada”. La “Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer” considera que “violencia contra la mujer es todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, como la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada”. La “Declaración sobre Eliminación de la Violencia contra la Mujer” exige a los Estados “proceder con la debida diligencia a fin de prevenir, investigar, castigar y, conforme a la legislación nacional, castigar todo acto de violencia contra la mujer, ya se trate de actos perpetrados por el Estado o por particulares”. El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer reconoce que la violencia de género es una forma de discriminación que anula o menoscaba el pleno goce y ejercicio por las mujeres de sus derechos humanos y libertades fundamentales, como el derecho a la vida; derecho a no ser sometida a torturas o penas crueles, inhumanas o degradantes, el derecho a la libertad y a la seguridad personal; el derecho a la igualdad ante la ley; y el derecho al más alto nivel de salud física y mental.

Editora Diana Briones Puga

es una edición de diario la hora

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VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LA MUJER

La violencia de género es la violencia dirigida contra la mujer, porque es mujer, buscando que la afecte en forma desproporcionada, inhibiendo su capacidad para disfrutar de sus derechos y libertades en igualdad de condiciones con el hombre. Violencia de género es todo acto violento o agresión, basado en la desigualdad en el marco de un sistema de relaciones de dominación de los hombres sobre las mujeres, que tiene o pueda producir daño físico, sexual o psicológico, así como las amenazas de tales actos en el ámbito público, familiar o personal. La violencia de género está dirigida a las mujeres porque son mujeres, considerando torpe y absurdamente que el sexo feme-

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nino es inferior al masculino, al que debe continuar subordinado. Acciones En el año 1979, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la “Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer”, incorporando a la mujer al campo de los derechos humanos. Lástima que abordó de manera tangencial el problema de la violencia contra la mujer y tampoco definió lo que es violencia contra la mujer. La “Conferencia Mundial del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer”, celebrada en Copenhague, aprobó la “Resolución sobre la Mujer Maltratada y la Violencia en la familia”.

En las Estrategias de Nairobi, en el párrafo 288, se fijaron orientaciones hacia el futuro para el adelanto de la mujer, instrumento que surge de la Tercera Conferencia Mundial, contemplando consideraciones sobre la violencia contra las mujeres. En varios eventos de grupos de expertos sobre violencia contra las mujeres se han adoptado acciones para combatir y eliminar este hecho. Al efecto, se encargó que atiendan este problema los diferentes organismos: la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer; el Consejo Económico y Social; la División para el Adelanto de la Mujer; la Oficina de Estadística; y, el Comité de Prevención del Delito y lucha contra la delincuencia, entre otros.

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En el año 1989, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer recomendó que los Estados Miembros informen sobre la violencia contra la mujer y las medidas adoptadas a nivel de Gobierno, para erradicarla. En el año 1991, el Grupo de Expertos sobre violencia contra la mujer señaló que los instrumentos vigentes no eran aplicados debidamente; no se consideraba la violencia de género; y, tampoco se definía este delito, por lo cual elaboró un proyecto declarativo sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, que fue analizado por la Comisión de la condición Jurídica y Social de la Mujer, en su trigésimo sexto período de sesiones para resolución de la Asamblea General. En el año 1993, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos destaca la importancia que los Estados deben conceder de manera prioritaria a las acciones que contribuyan al reconocimiento de los derechos de las mujeres; a su participación en la vida nacional, en condiciones de igualdad de oportunidades; a la erradicación de toda forma de discriminación evidente u oculta contra la mujer; y, sobre todo, a la eliminación de la violencia de género. La Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de la violencia contra la Mujer, mediante Resolución 48/104, reconoció que toda forma de violencia de género viola los derechos humanos. Esta resolución fue tramitada por la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer en base a la propuesta de la Organización de Estados Americanos-OEA-, por intermedio de la Comisión Interamericana de Mujeres-CIMCaracterísticas La violencia de género presenta estas características: • Sistemática. Se produce de manera sistemática, porque no es resultado de un hecho aislado. CONTINUA EN la pá­gi­na - c2

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Revista judicial C2

MIÉRCOLES 11 de OCTUBRE de 2017 La Hora Quito, ecuador

• Invisibilidad. Porque la violencia surge en un entorno privado. Las mujeres lo esconden por temor a exponer esta realidad. • Falsa Imagen. El agresor presenta una imagen irreal e irreconocible en la sociedad, por lo que resulta complicado entenderla. • Pensamiento equivocado. La víctima cree que lo que está viviendo no constituye algo grave, como para avisar, lo que hace imposible ayudarle. • Engranaje. La violencia contra la mujer es un verdadero engranaje, como consecuencia de la desigualdad entre hombre y mujer. • Mecanismo astuto. El agresor emplea mecanismos de control y condena siempre a la mujer. Ciclo La violencia contra la mujer tiene un ciclo con tres fases. 1. Aumento de la tensión. La DIVORCIOS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO -EXTRACTOCITACIÓN JUDICIAL A: CARLOS ALBERTO LULLUMA ALQUINGA DENTRO DEL JUICIO DE DIVORCIO POR CAUSAL ACTOR: CHURO MORALES MARIA JUANA D E M A N DA D O : CA R LOS A L B E RTO LULLUMA ALQUINGA JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL No. 17203-2015-2615 PETICIÓN: C I TA C I Ó N JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 17 de junio del 2016. VISTOS: Agréguese a los autos el escrito presentado.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente de conformidad con los Art. 110 numeral 9 de la Ley Reformatoria al Código Civil y el Art. 118 del Código Civil vigente se la acepta al trámite verbal sumario.- En mérito al juramento que tiene rendido la señora MARIA JUANA CHURO MORALES, y de conformidad con el Art. 56.1 del Código General de Procesos, en concordancia con el Art. 119 del Código Civil se ordena que se cite al demandado señor CARLOS ALBERTO LULLUMA ALQUINGA, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito. La publicación contendrá un extracto de la

JUDICIAL QUITO

pareja padece tensiones, con pequeños indicios de lo que acontecerá posteriormente, cuando surjan las agresiones y peleas. Este período tiene una duración de días, semanas, meses y años. 2. Desate de la furia. Como descarga de tensiones acumuladas en la fase anterior surge la agresión física, empleando la fuerza y la furia, o la agresión psicológica. Esta etapa dura de dos a veinte y cuatro horas. El hombre, como siempre, culpa de todo a la mujer, quien se vuelve susceptible y con temor de ser maltratada una y otra vez. 3. Arrepentimiento del agresor. El agresor presenta un estado de arrepentimiento, manifestaciones de afecto y consideración con la mujer, quien se siente feliz y, nuevamente, enamorada del agresor, en el cual ha recuperado su confianza, sin presentir lo peor. Formas La violencia de género adopta varias formas, de las cuales se destacan las siguientes: acoso sexual; crímenes por motivos de honor; desnudez forzada; violencia doméstica; femicidio; esterilización forzada; mutilación genital;

demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Para el efecto por intermedio de secretaría confiérase el respectivo extracto, para los fines de ley pertinentes.- Agréguese a los autos los documentos que acompaña a la demanda.Téngase en cuenta el casillero judicial 813 señalado para posteriores notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogado Defensor NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE y CÍTESE. Atentamente.ABG. JUAN CARLOS MIÑO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello P AR/107061/MS

EJECUTIVOS REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A PEREZ CANACUAN CHRISTIAN GERARDO JUICIO No. 17230-2015-2555 ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: CHRISTIAN GERARDO PEREZ CANACUAN y GABRIELA CAROLINA ESPEJO MATAILO TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: UN MIL CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 1400,00) JUEZ: AB. GABRIELA LEMOS TRUJILLO SECRETARIA: AB. TANIA VILLARREAL PRETENSIÓN: El deudor ha incurrido en mora desde la cuota 21 inclusive que venció

el 31 de Mayo del 2014, por lo que demanda la totalidad de los dividendos del pagaré que no hubieren sido cancelados hasta la total cancelación del crédito, esto es desde la cuota 21 inclusive, el interés de plazo debidamente reajustado, más el interés de mora de ser procedente, calculado de acuerdo con las estipulaciones constante en el pagaré, el sexto por ciento de conformidad con el ordinal cuarto del Art. 456 del Código de Comercio. El pago del valor de costas, gastos, expensas judiciales, el pago de honorarios profesionales. AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 28 de septiembre del 2015, las 12h52. VISTOS. AB. GABRIELA ESTEFANIA LEMOS TRUJILLO, en calidad de Jueza Ponente encargada de la Unidad Judicial Civil con sede en el D. M. de Quito, según Acción de Personal No. 5715-DP-UPTH, de 24 de julio del 2015, avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda presentada, reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la admite al trámite correspondiente por la VIA EJECUTIVA, prevista en los Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.CITESE a PEREZ CANACUAN CHRISTIAN GERARDO y ESPEJO MATAILO GABRIELA CAROLINA, en la dirección señalada por el accionante, para que en el término de tres días cumplan con la obligación demandada o formulen las excepciones que se crean asistidos dentro del mismo término.- Agréguese al proceso la documentación presentada.Regístrese la casilla judicial que señala el actor para recibir sus notificaciones.- CITESE Y NOTIFÍQUESE.- F. Ab. Gabriela

incesto; prácticas nocivas, como el matrimonio infantil, o forzoso; violación marital o en grupo; y, violencia y muerte. Causas Entre las causas de la violencia de género se establecen las siguientes: - Una familia en la que el padre es agresivo, lo que impide que los hijos tengan una infancia y adolescencia feliz. - Insultos frecuentes entre la pareja. -Alcoholismo y drogadicción. - Problemas económicos de la familia. - Infidelidad en la pareja. Consecuencias. La violencia de género produce las siguientes consecuencias: Psicológicas: La mujer agredida padece el síndrome de “estrés postraumático”, propio de toda persona traumatizada, que es la impotencia de la víctima para reaccionar sobre los abusos del agresor; baja autoestima; depresión y ansiedad; inseguridad; sentimientos de vergüenza y culpabilidad; trastornos en la conducta alimentaria; tristeza; alteración en el sueño Físicas. Afectación de la salud

reproductiva de la mujer; afecciones cardíacas o circulatorias; enfermedades de transmisión sexual; dolores en la espalda o pelvis; trastornos ginecológicos, La Asamblea General de las Naciones Unidas resolvió que el 25 de noviembre se conmemore el “DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJ ER”.

Lemos (Jueza). UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 8 de septiembre del 2017, las 14h59. VISTOS: VISTOS: Toda vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha 6 de Septiembre del 2017, a las 14h51’, de conformidad con lo establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado PEREZ CANACUAN CHRISTIAN GERARDO, por medio de la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito, para los fines de ley pertinentes. A través de secretaria confiérase el extracto correspondiente.NOTIFÍQUESE. F. Gabriela Lemos (Jueza). Lo que pongo en su conocimiento, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito o una casilla electrónica para posteriores notificaciones. Ab. Tania Villarreal SECRETARIA (E) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P AR/107039/MS REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO

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• Conclusiones • La violencia contra la mujer es una cobardía, que tiene justificación de ninguna naturaleza. • En todas las épocas ha existido agresividad contra la mujer. La agresividad, para algunos, es la aptitud innata y adaptativa del ser humano que garantizar su propia supervivencia. • La agresividad tiene su vinculación con la violencia. La violencia es un fenómeno que responde a un conjunto de valores sociales asociados a la agresividad. • La violencia es una conducta desadaptada, un atropello a la razón y a la sociedad. Muchos creen que esta conducta es aprendida socialmente. • La violencia de género es una violación de los derechos huma-

La violencia es la comadrona de toda sociedad vieja que lleva en sus entrañas otra nueva. Karl Marx

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METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A NAVARRO SALAZAR JUAN CARLOS JUICIO No. 17230-2015-0910 ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: RUBEN WASHINGTON VALENCIA LLANGARI TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: CINCO MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 5500,00) JUEZ: AB. GABRIELA LEMOS TRUJILLO SECRETARIA: AB. TANIA VILLARREAL PRETENSIÓN: En virtud de que los deudores han incurrido en mora al no pagar el Pagaré a la Orden desde la cuota dos inclusive, que venció el 01 de Mayo del 2014; por lo que se encuentra de plazo vencido y demanda el pago de la totalidad de los dividendos del pagaré que no hubieren sido cancelados hasta la total cancelación del crédito más el interés de plazo debidamente reajustado, más el interés de mora, calculado de acuerdo con las estipulaciones constantes en el Pagaré, el sexto por ciento, el pago del valor de costas, gastos, expensas judiciales y con derecho a ser reintegrados con una tercera parte más, el pago de honorarios profesionales. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO

METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 8 de septiembre del 2015, las 09h29. VISTOS. AB. GABRIELA ESTEFANIA LEMOS TRUJILLO, en calidad de Jueza Ponente encargada de la Unidad Judicial Civil con sede en el D. M. de Quito, según Acción de Personal No. 5715-DP-UPTH, de 24 de julio del 2015, avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda presentada, reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la admite al trámite correspondiente por la VIA EJECUTIVA, prevista en los Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- CITESE a los demandados RUBEN WASHINGTON VALENCIA LLANGARI, y JUAN CARLOS NAVARRO SALAZAR, en la dirección señalada por el accionante, para que en el término de tres días cumplan con la obligación demandada o formulen las excepciones que se crean asistidos dentro del mismo término.- Agréguese al proceso la documentación presentada.- De conformidad con el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, procédase al desglose solicitado por el actor.- Regístrese la casilla judicial que señala el actor para recibir sus notificaciones.- CITESE Y NOTIFIQUESE.F. Ab. Gabriela Lemos Trujillo (Jueza). UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 30 de Agosto del 2017, las 14h30. VISTOS: De la revisión del proceso se desprende que por un lapsus calami se hace constar erróneamente en la providencia de fecha 4 de julio de 2017, a las 11h29´, que los nombres y apellidos del demandado son NAVARRO SALAZAR JUAN

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nos, que debe combatirse en forma constante, con decisión y frontalidad La violencia de género es la expresión de las relaciones de poder históricamente desiguales entre hombres y mujeres. La violencia de género es un serio obstáculo que debe superarse para mejorar la condición de la mujer y lograr un desarrollo con equidad y justicia. Es necesario impulsar campañas para difundir y promover el reconocimiento de que la mujer y el hombre tienen igualdad de derechos y garantías, porque son seres humanos. El Estado tiene que actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar todo acto de violencia de género con la mujer, heroína de todos los tiempos. Ojalá la Asamblea Nacional apruebe la Ley Orgánica para la Erradicación de la Violencia de Género contra las Mujeres, antes del 25 de noviembre de 2017. “DELANTE DE UNA MUJER NUNCA OLVIDES A TU MADRE”:

CARLOS. Por consiguiente de conformidad a lo establecido en el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial de oficio se procede a convalidar la providencia en mención quedando el mismo en el sentido de que los nombres y apellidos del demandado son NAVARRO SALAZAR JUAN CARLOS. En lo demás se estará a lo dispuesto en la providencia antes referida. Toda vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha 25 de Agosto del 2017, a las 16h04’, de conformidad con lo establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandado NAVARRO SALAZAR JUAN CARLOS, por medio de la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito, para los fines de ley pertinentes. A través de secretaria confiérase el extracto correspondiente. Actúa el Abg. Segundo Lenin Vernaza Vizcarra, en calidad de Secretario (E), mediante Acción de personal 6174-DP17-2017MP 17/07/2017.- NOTIFIQUESE. Ab. Gabriela Lemos Trujillo (Jueza). Lo que pongo en su conocimiento, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito o una casilla electrónica para posteriores notificaciones. Ab. Tania Villarreal SECRETARIA (E) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P AR/107037/MS REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL SECRETARÍA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO A LA SEÑORA GABRIELA CAROLINA ESPEJO

Constancio C. Vigil. MATAILO LE HAGO SABER LO SIGUIENTE: EXTRACTO: ACTOR : BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: CHRISTIAN GERARDO PEREZ CANACUAN; y GABRIELA CAROLINA ESPEJO MATAILO CUANTÍA: $ 6.500,00 USD CAUSA : EJECUTIVO NO. 17230-2015-0899. JUEZ : DR. RICHARD CHINDEUNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO SECRETARIA: AB. ANDREA MALDONADO PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.9 de febrero del 2015, a las 16h40.- VISTOS.- Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza titular de esta Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, mediante Acción de Personal No.8851-DNTH-2014, del 29 de octubre del 2014 y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- En lo principal, la demanda que antecede propuesta por el señor Dr. Absalón Rigoberto Barrera Carrasco, en su calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A., conforme se desprende de la documentación que acompaña, es clara, completa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite Ejecutivo.- El demandado señor CHRISTIAN GERARDO PEREZ CANACUAN; y la señora GABRIELA CAROLINA ESPEJO MATAILO, en calidad de deudores principales, paguen la obligación demandada o propongan excepciones en el término de tres días de citados.- CITESE a los prenombrados demandados en el lugar que se indica,


para este efecto, envíese las boletas correspondientes a la Oficina de Citaciones de esta ciudad.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos. Téngase en cuenta el casillero judicial, correo electrónico designado y la autorización que otorga el accionante a sus abogados patrocinadores nominados en el libelo.- El desglose solicitado se atenderá en otro momento procesal oportuno.Notifíquese. f) Dra. Grimanesa Marisol Erazo. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, 22 de septiembre del 2017, a las 09h44. Vistos: por cuanto el DR. MARCO GERMAN MOYA ROBAYO, en calidad de Procurador judicial del Banco Pichincha, ha dado cumplimiento cumplido lo ordenado en providencia de fecha 13 de septiembre del 2017, a las 13h57, y en virtud del juramento rendido por el actor cítese a la demandada señora GABRIELA CAROLINA ESPEJO MATAILO de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- Notifíquese. f) Dr. Richard Chinde Chamorro. Lo que cito para los fines de Ley. AB. ANDREA MALDONADO SECRETARIA JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Hay firma y sello P AR/107035/MS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN CITACIÓN JUDICIAL: JORGE NICOLAS MOSQUERA CHAVEZ y ELSA MARFISA TOBAR PERALTA ACTORA: BANCO DE LA PRODUCCION S.A.,

PRODUBANCO, DONOSO PROAÑO MARIA EUGENIA, PROCURADORA JUDICIAL D E M A N DA D OS : J O RG E NICOLAS MOSQUERA CHAVEZ y ELSA MARFISA TOBAR PERALTA JUICIO: EJECUTIVO No. 173242009-1041 C UA N T I A : $ 2 . 5 0 0,0 0. CASILLERO JUDICIAL: No 1291 ABOGADO DEFENSOR: DR. IVAN VERA JARA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 02 de septiembre del 2009, a las 16h0.- VISTOS: En virtud de la nota sentada por la Oficina de Sorteos, avoco conocimiento de la presente causa.En lo principal, la demanda que antecede se la califica de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos de ley; por lo tanto se la acepta a trámite en la vía del juicio ejecutivo.En consecuencia, con el contenido de la demanda y auto recaído, cítese a los demandados señores JORGE NICOLAS MOSQUERA CHAVEZ y ELSA MARFISA TOBAR PERALTA en el domicilio señalado en el libelo de demanda para que en el término de tres días paguen la obligación demandada o propongan excepciones bajo prevenciones de dictar sentencia.- Tómese nota de la cuantía y domicilio judicial señalados por la doctora MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO, en calidad de PROCURADOR JUDICIAL del BANCO DE LA PRODUCCION S.A., PRODUBANCO tal como lo acredita con el documento público que antecede.- Agréguese al proceso la documentación acompañada.Cítese y notifíquese.- f).-Dra. Mónica Flor Pazmiño. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 22 de diciembre del

2016, a las 09h08.- En virtud del juramento rendido por la señora María Eugenia Donoso, quien ostenta la calidad de Procuradora Judicial del BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A., PRODUBANCO, conforme obra de autos, previo a encontrarse agotado las diligencias para determinar la individualidad, domicilio o residencia de la parte demandada, amparada en lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la citación de los demandados señores TOBAR PERALTA ELSA MARFISA y MOSQUERA CHAVEZ JORGE NICOLAS, con el contenido del auto de calificación y esta providencia, por la prensa mediante tres publicaciones que se realizarán en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, para el efecto por Secretaría, confiérase el respectivo extracto.- Notifíquese y Cúmplase.-f) Dra. Norma Medrano Gavilanez Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 21 de septiembre del 2017, a las 12h18 Agréguese al proceso los escritos que anteceden.- De conformidad con el artículo 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial de oficio se corrige el auto de fecha 02 de septiembre del 2009, a las 17h48, por cuanto se ha incurrido en un error al ordenar: “cítese a los demandados señores JORGE NICOLAS MOSQUERA CHAVEZ y ELSA MARFISA TOBAR PERALTA”; siendo lo correcto, cítese a los demandados señores JORGE NICOLAS MOSQUERA CHAVEZ y ELSA MARFISA TOBAR PERALTA, por lo demás estará a lo dispuesto en auto de fecha 02 de septiembre del 2009, a las 17h48, una vez ejecutoriada esta providencia en viese el extracto de citación solicitado

REMATES JUDICIALES TIPO UBICACIÓN ÁREA CÓDIGO FECHA AVALÚO DE BIEN DE REMATE DE PERICIAL REMATE PICHINCHA, Propiedad: Casa QUITO 47.80m2 EC-RJ-05918 11/10/2017 16,730.00$ Sector: Construcción: EL GARROCHAL 95.60m2 Casa

PICHINCHA, QUITO Propiedad: Sector: 267.50 m2 Parroquia Construcción: Chillogallo 15.75 m2

EC-RJ-05870 11/10/2017 120,680.00$

Eres esclavo del destino, de la casualidad, de los reyes... Y de los hombres desesperados. John Donne. al casillero judicial de la parte actora.-Notifíquese.- f) Dra. Norma Medrano Gavilanez Jueza Lo que comunico para los fines de ley. Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. AB. PAUL ROMERO LÓPEZ SECRETARIO (E) Hay firma P AR/107047/MS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: CRUZ VERÓNICA GARCÍA VERA Y JUAN JAVIER POLO VERA ACTOR: DRA. MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCION S.A., PRODUBANCO. D E M A N DA D O S : CRUZ VERÓNICA GARCÍA VERA Y JUAN JAVIER POLO VERA JUICIO: EJECUTIVO CAUSA No. 17301-2011-1286 ABOGADO: A N TO N I O RODRIGUEZ VINCÉS PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 7 de noviembre

del 2016, las 09h45.-VISTOS: La demanda presentada por la Dra. María Eugenia Donoso Proaño, Procuradora Judicial del Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO, es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la admite a trámite ejecutivo.De conformidad al Art. 421 inciso primero del Código de Procedimiento Civil, el cual señala: “Si el juez considerare ejecutivo el título así como la obligación correspondiente, ordenará que el deudor la cumpla o proponga excepciones en el término de tres días. (…)”, se dispone que los demandados señores CRUZ VERÓNICA GARCÍA VERA y JUAN JAVIER POLO VERA, en calidad de deudores principales, cumplan con la obligación demandada o proponga excepciones en el término de tres días.- Tómese en consideración la designación y autorización que confiere la actora su defensor Dr. Antonio Rodríguez Vicéns.- Tómese en consideración la cuantía determinada en la demanda.- Se le requiere al actor para que en el término de tres días y en horas hábiles concurra a esta judicatura y rinda juramento de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos-COGEP.Hecho que sea, cítese a los demandados señores CRUZ VERÓNICA GARCÍA VERA y JUAN JAVIER POLO VERA, mediante publicaciones que se lo hará a través de la prensa en uno de los diarios o periódicos de amplia circula-

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOC lOS DE AVICOLSAGENCY AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS CIA. LTDA.

PICHINCHA, Propiedad: Casa QUITO 372m². EC-RJ-05889 13/10/2017 250,023.00$ Sector: Construcción: La Ofelia 339,00 m²

Se convoca a los señores socios de la empresa AVICOLSAGENCY AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS CIA. LTDA, a la Junta General Ordinaria de Socios a llevarse a cabo en el domicilio social de la compañía, ubicado en la calle José Padilla No. 330 y Núñez de Vela, Piso 7 oficina 704 de esta ciudad de Quito, que es de conocimiento de todos los socios a las 16h00 del día jueves 19 de octubre del 2017, con el siguiente orden del día:

PICHINCHA, Casa CAYAMBE Propiedad: Sector: 431,50 m2. parroquia Construcción: Juan montalvo 143,52 m2

1. Aprobar el Informe presentado por la Gerente General, correspondiente al año 2016.

PICHINCHA, QUITO Propiedad: Terreno Sector: 1200m2 EC-RJ-04965 11/10/2017 998,840.00$ JACARANDA Terreno

PICHINCHA, QUITO Propiedad: Sector: 489.00 m2 la Ofelia parroquia Construcción cotocollao 475.84 m2

EC-RJ-05988 12/10/2017 187,201.60$

EC-RJ-05899 13/10/2017 23,076.70$

PICHINCHA, QUITO Terreno Sector: SECTOR DE LA QUEBRADA COLORADA

n/a.

PICHINCHA, QUITO Edificio Sector: LAS CASAS.

n/a EC-RJ-05855 17/10/2017 37,466.13$

PICHINCHA, Propiedad: QUITO 94,20 m2 Casa Sector: Construcción: Jardines de carcelen 144,60m2 PICHINCHA, QUITO Oficina Sector: Parroquia de Cumbaya

EC-RJ-05309 13/10/2017 62,203.64$

EC-RJ-06182 17/10/2017 95,863.00

n/a EC-RJ-06181

2. Conocer y resolver sobre balances del año 2016. 3. Conocer y resolver sobre el destino de las utilidades generadas en el ejercicio económico del año 2016. 4. Designación de gerente para el periodo 2017- 2019. 5. Actualizar nombramientos.

18/10/2017

87,856.00

Servicio Gratuito de la Revista Judicial del Diario la Hora Más Información http://remates.funcionjudicial.gob.ec/rematesjudiciales-web/pages/public/index.jsf

Atentamente, Srta. ROSITA MARLENE ALCOCER TORRES GERENTE GENERAL

P AR/107068/MS

ción en esta Ciudad de Quito, debiendo entregarse el respectivo Extracto.- Regístrese la casilla judicial N° 796 y correos electrónicos señalados.- Agréguese a la demanda los documentos adjuntos.NOTIFÍQUESE.-F) Ab. Silvia Karina Rodas Sánchez, Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 29 de septiembre del 2017, las 09h15.- Toda vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia que antecede, se ordena citar a los demandados señores: CRUZ VERÓNICA GARCÍA VERA y JUAN JAVIER POLO VERA, mediante publicaciones que se le hará a través de la prensa, en uno de los diarios o periódicos que se editan en esta Ciudad de Quito, para lo cual confiérase el Extracto para los fines legales pertinentes. NOTIFÍQUESE.- F) Ab. Silvia Karina Rodas Sánchez, Jueza Lo que comunico a usted para los fines de ley, recordándole la obligación que tiene de señalar casillero judicial en el lugar del juicio para recibir sus notificaciones. AB. JULIETA IZA ALTAMIRANO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D.M.Q Hay firma y sello P AR/107050/MS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: RAUL ALFREDO MARTINEZ RAMIREZ AC TO R : BA N C O DE GUAYAQUIL S.A. DEMANDADA:. RAUL ALFREDO MARTINEZ RAMIREZ JUICIO: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO No. 17230-2017-04964 TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 31-03-2017 CUANTIA: USD. 11468,55 JUEZ PONENTE: DRA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 7 de abril del 2017, las 15h45: VISTOS: Avoco conocimiento de esta causa en calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil del DM de Quito.- En lo principal, la demanda presentada por la doctora Gean Magaly Aguirre Benalcazar, en calidad de Procuradora Judicial del señor Eco. Ángelo Caputi Oyague, en calidad de Presidente Ejecutivo y por lo tanto Representante Legal del Banco de Guayaquil S.A., como acredita con el instrumento público que acompaña, es clara y contiene los requisitos formales establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro de un contrato de mutuo, documento que al tenor de lo previsto en el número 3 del artículo 347 del invocado cuerpo legal, constituye título ejecutivo y contiene una obligación conforme el artículo 348 ibídem, por lo que se admite a trámite en procedimiento ejecutivo; en consecuencia, CÍTESE al señor RAUL ALFREDO MARTINEZ RAMIREZ, en la dirección indicada, para que en el término de quince (15) días cumpla la obligación demandada o formule oposición en la forma prevista por los Arts. 351, 353, 151 y siguientes del COGEP, bajo la prevención de lo dispuesto por el Art. 352 ibídem, esto es que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia.- Para el cumplimiento de la diligencia de citación, conforme lo determinado en el artículo 72 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con los artículos 30 y 146 del Código Orgánico de

Revista judicial MIÉRCOLES 11 de OCTUBRE de 2017 La Hora Quito, ecuador la Función Judicial, remítase atento deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil del Puyo, provincia de Pastaza; al demandado se le previene de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o electrónica; para la elaboración del deprecatorio la parte accionante proveerá de las copias necesarias.- En caso de oposición considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda, situación que estará a lo previsto por el Art. 354 ibídem. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones. Actúe el Ab. Raúl Vélez Naranjo, en calidad de Secretario de ésta Unidad Judicial Civil. NOTIFÍQUESE.f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 18 de septiembre del 2017, las 15h54: VISTOS: En vista de la petición y juramento rendido por la doctora Gean Magaly Aguirre Benalcázar, en calidad de Procuradora Judicial del Banco Guayaquil, de la imposibilidad de determinar la residencia o domicilio del demandado señor RAUL ALFREDO MARTINEZ RAMIREZ, se dispone que de acuerdo al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se la cite por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad; para lo cual entréguese el extracto correspondiente.- Notifíquese.f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 28 de septiembre del 2017, las 14h31: VISTOS: Con fundamento en el segundo inciso del Art 100 del COGEP, de oficio, se corrige el error involuntario en la providencia de fecha 18 de septiembre del 2017 respecto del nombre de la parte demandada siendo lo correcto RAÚL ALFREDO MARTINEZ RAMÍREZ y no como consta; entréguese el extracto correspondiente.- Notifíquese.- f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro, Juez. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.Quito, 04 de octubre del 2017. Certifico.AB. RAUL VELEZ NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello P AR/107054/MS REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. CITACIÓN JUDICIAL A: LILIANA MONSERRATE SUAREZ SUAREZ Y JACINTO ANDRES SUAREZ SUAREZ ACTOR: ABG. CARLA C I S N E ROS B U R BA N O PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DE MANDADO: LILIANA MONSERRATE SUAREZ SUAREZ Y JACINTO ANDRES SUAREZ SUAREZ CUANTIA: $ 2.900,74 JUICIO: EJECUTIVO 172302014-3327 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 05 de enero del 2015, las 09h28. (…..).-Vistos.-

C3

La demanda que por cobro de dinero presenta el Banco del Pichincha C.A. por intermedio de su Procurador Judicial Dr. Iván Salcedo Coronel en contra de Jacinto Andrés Suarez Suarez en calidad de deudora principal, y de Liliana Monserrate Suarez Suarez en calidad de garante reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva establecida en el Título II, Sección 2ª, Parágrafo 2º, Arts. 419 al 490 del Código de Procedimiento Civil. Por considerar título ejecutivo el documento aparejado a la demanda firmado en esta ciudad, se dispone citar con el contenido de la misma y con de esta providencia a los demandados Andrés Suarez Suarez y Liliana Monserrate Suarez Suarez en la dirección proporcionada por el actor para que en el término de 3 días, cumplan con la obligación reclamada o formulen excepciones; para cuyo efecto, remítase las boletas de citación a la oficina correspondiente. Por secretaría procédase el desglose solicitado observando las formalidades del caso. Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese al demandante en la casilla judicial No. 1468 y en el correo electrónico señalado. Encargase la tramitación de esta causa a la Abg. Johanna Romero, Ayudante Judicial, a quien se le encomienda ayudar a observar el derecho al debido proceso de las partes garantizado en la Constitución de la República, en concordancia con las normas del Código Orgánico de la Función Judicial, del Código de Procedimiento Civil y del Reglamento de Arreglo de Procesos y Actuaciones Judiciales. NOTIFÍQUESE.- f) DR. EDWIN CEVALLOS, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 02 de octubre del 2017, las 10h02. De conformidad con el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y atento al juramento rendido por la parte actora y de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada LILIANA MONSERRATE SUAREZ SUAREZ Y JACINTO ANDRES SUAREZ SUAREZ, por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación, que se editan en esta ciudad de Quito, para tal efecto confiérase el extracto correspondiente.- Notifíquese.f) DR. FUENTES LÓPEZ CARLOS FRANCISCO, JUEZ. Lo que comunico para los respectivos fines de Ley, previniéndole la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Gloria Fajardo Paladines SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P AR/107066/MS REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACIÓN JUDICIAL A: VIERA URIBE VICENTE GUSTAVO Y CARMEN DOLORES NARANJO HOYOS ACTOR: BANCO PICHINCHA

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Revista judicial C4

MIÉRCOLES 11 de OCTUBRE de 2017 La Hora Quito, ecuador

C.A. DEMANDADOS: VIERA URIBE VICENTE GUSTAVO, CARMEN DOLORES NARANJO HOYOS y ALBA SUSANA PAREDES ALBEROS CUANTÍA: $ 14.000,oo JUICIO: EJECUTIVO Nº 173202011-0201 OBJETO: COBRO DE DINERO CONTRATO DE MUTUO JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 15 de marzo del 2011, las 14h53. VISTOS: En virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez Titular de esta Judicatura, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de Ley. En consecuencia, cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones en el término de tres días los demandados señores VICENTE GUSTAVO VIERA URIBE, CARMEN DOLORES NARANJO HOYOS (DEUDORA), ALBA SUSANA PAREDES ALBEROS (GARANTE SOLIDARIA). Cítese a los demandados en el lugar indicado para tal efecto.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos. Téngase en cuenta el domicilio y casilla judicial señalada por el actor y la calidad en que comparece.Notifíquese.- f) DR. GERMÁN GONZÁLEZ DEL POZO, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 2 de octubre del 2017, las 11h00.- De conformidad con el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y atento al juramento rendido por la parte actora y de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada VIERA URIBE VICENTE GUSTAVO Y CARMEN DOLORES NARANJO HOYOS, por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación, que se editan en esta ciudad de Quito, para tal efecto confiérase el extracto correspondiente.Notifíquese.- f) DR. FUENTES LÓPEZ CARLOS FRANCISCO, JUEZ. Lo que comunico para los respectivos fines de Ley, previniéndole la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Gloria Fajardo Paladines SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P AR/107065/MS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: CUYO TOAQUIZA OLMEDO, CHUGCHILAN TOAQUIZA MARÍA FABIOLA, TOAQUIZA LISINTUNA MARÍA ERCILIA. ACTORA: ABG. CARLA LORENA C I S N E RO S B U R BA N O, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. D E M A N DA D O S : C U YO TO A Q U I Z A O L M E D O, CHUGCHILAN TOAQUIZA MARÍA FABIOLA, TOAQUIZA LISINTUNA MARÍA ERCILIA. J UICIO: CIVIL No. 17230-201712822 TRAMITE: EJECUTIVO CUANTÍA: 15.000,00

OBJETO: QUE A LOS DEMANDADOS SE LES CONDENE AL PAGO. EL C A P I TA L A D E U DA D O, INTERÉS CONVENCIONAL FIJADO EN EL PAGARE A LA ORDEN. LOS INTERESES DE MORA FIJADA POR LA JUNTA POLÍTICA Y REGULACIÓN MONETARIA Y FINANCIERA. EL VALOR POR SEGURO DE DESGRAVAMEN. GASTOS JUDICIALES Y HONORARIOS DE MIS A B O GA D OS PATROCINADORES. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 28 de septiembre del 2016, las 15h18. VISTOS: Avoco conocimiento en mi calidad de Juez encargado del despacho del despacho del doctor Luis Jácome Juez Titular, mediante acción de persona No. 8624-DP17-2017MP, de fecha 25 de septiembre del 2017. En lo principal, por cuanto la accionante ha cumplido con lo dispuesto en el auto de sustanciación inmediato anterior, se considera: PRIMERO: CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- La demanda presentada por la Abg. Carla Lorena Cisneros Burbano, Procuradora Judicial del BANCO PICHINCHA C.A., conforme lo acredita con el documento adjunto, es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y se fundamenta en el contrato de mutuo con reconocimiento de firmas ante Notario Público, que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- SEGUNDO.- En consecuencia, los demandados, señores CUYO TOAQUIZA OLMEDO, CHUGCHILAN TOAQUIZA MARÍA FABIOLA, TOAQUIZA LISINTUNA MARÍA ERCILIA, en el término de QUINCE (15) días, cumplan con la obligación demandada o formulen oposición conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. TERCERO.- CITACIÓN.- En virtud del juramento realizado por la parte actora, CÍTESE a los demandados señores CUYO TOAQUIZA OLMEDO, CHUGCHILAN TOAQUIZA MARÍA FABIOLA, TOAQUIZA LISINTUNA MARÍA ERCILIA, con la demanda y el presente auto, por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación a nivel nacional, conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos; para el efecto, confiérase el extracto correspondiente. Previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y electrónico.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- QUINTO.- Agréguese al

JUDICIAL QUITO

proceso los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones y la autorización que confiere a sus Defensores Técnicos.Siga actuando el doctor Marco Simancas en su calidad de secretario de este despacho. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.(F) DR. LUIS ELIECER JACOME JÉREZ, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.Certifico.-Quito, 4 de octubre del 2017. AB. MARCO SIMANCAS QUINCHE. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL. (COGEP). Hay firma y sello P AR/107064/MS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: VICENTE GUSTAVO VIERA URIBE Y CARMEN DOLORES NARANJO HOYOS ACTOR: ABG. CARLA LORENA C I S N E RO S B U R BA N O, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: VICENTE GUSTAVO VIERA URIBE Y CARMEN DOLORES NARANJO HOYOS JUICIO EJECUTIVO: 173252011-0205 CASILLERO JUDICIAL: No.385 ABOGADO: ABG. CARLA LORENA CISNEROS BURBANO FUNDAMENTO LEGAL: ART. 413 Y SIGUIENTES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL CUANTÍA: $ 4.000,00 “JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA, Quito, 25 de febrero del 2011, a las 15h12.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez titular de esta Judicatura y en virtud del sorteo correspondiente .- La demanda que antecede es clara, precisa completa y reúne los demás requisitos que exige la Ley.- Dese el Trámite Ejecutivo.- Los demandados VICENTE GUSTAVO VIERA URIBE y CARMEN DOLORES NARANJO HOYOS en eL término de tres días cumpla con la obligación demandada o proponga las excepciones a las que se crea sisitido.- Cítese a los demandados señores VICENTE GUSTAVO VIERA URIBE y CARMEN DOLORES NARANJO HOYOS en el lugar que se indica para el efecto remitiendo las correspondientes boletas a la Oficina de citaciones .Agréguense los documentos que se acompañan.- Téngase en cuenta la comparecencia del Dr. Gomer Calixto Regalado, la calidad en la que comparece debidamente justificado con el documento que se acompaña, la autorización que se confiere a los Abogados Esteban Rodríguez Guevara y Santiago Herrera Mora y el casillero judicial para recibir sus notificaciones.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, 02 de octubre del 2017, las 08h23: De conformidad con el Principio de Celeridad previsto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y en virtud de que la parte actora ha dado cumplimiento con lo ordenado en providencia anterior, se dispone que de conformidad con lo dispuesto en los Art. 56 del COGEP, cítese por la prensa, en un diario de amplia circulación en la ciudad de Quito, a los demandados señores VICENTE GUSTAVO VIERA URIBE y CARMEN DOLORES NARANJO HOYOS. Por secretaría confiérase el extracto

La belleza, cuanto menos vestida, mejor vestida está. F l e t c h e r , P.

correspondiente.- Notifíquese Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones. DR. EMIRO RAMON BRAVO MEJIA SECRETARIO Hay firma y sello P AR/107063/MS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: LUIS ALBERTO BASURTO MENDOZA Y LUIS ALBERTO BASURTO OSTAIZA ACTOR: MIGUEL ANGEL SOTOMAYOR TAPIA, GERENTE DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO AMAZONAS DEMANDADO: LUIS ALBERTO BASURTO MENDOZA Y LUIS ALBERTO BASURTO OSTAIZA JUICIO EJECUTIVO: 172302015-21490 CAS I L L E RO JUDICIAL: No.4866 ABOGADO: DR. JAIME ANDRADE VERA FUNDAMENTO LEGAL: ART. 413 Y SIGUIENTES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL CUANTÍA: $ 6.500,00 “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, 04 de enero del 2016, a las 13h33.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado, se procede a calificar la demanda que antecede como clara, precisa y contentiva de los requisitos establecidos en los artículos 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se acepta a trámite Ejecutivo. Consecuentemente, los demandados LUIS A L B E RTO BAS U RTO MENDOZA y LUIS ALBERTO BASURTO MENDOZA, en el término de tres días, a partir de la última citación, cumplan con la obligación requerida o propongan todas y cada una de las excepciones que se crean asistidos.- Cítese a los accionados en el lugar designado para el efecto, comisionándose al señor Teniente Político de la parroquia Píntag, cantón Quito, provincia de Pichincha. Tómese en cuenta domicilio legal que señala en accionante, casillero judicial No. 4866, correos y la autorización que le confiere a sus defensores en la calidad con la que comparece. Niégase la petición de desglose de documentos al amparo de lo dispuesto en el Art. 992 Ibídem. Agréguese la documentación que adjunta. NOTIFÍQUESE “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, 02 de octubre del 2017, las 11h16: VISTOS: Revisado que ha sido el proceso se desprende que a) Consta del libelo de la demanda que comparecen al Órgano Jurisdiccional el señor Nestor Miguel Herrera Bastidas, Gerente General de la Cooperativa de Ahorro y CRÉDITO DEL Distrito Metropolitano de Quito Amazonas en calidad de actor y emplaza los señores Luis Alberto Basurto Mendoza y Luis Alberto Basurto Ostaiza.b) A fs. 16 el auto de calificación a la demanda en el cual

se hace constar Luis Alberto Basurto Mendoza y Luis Alberto Basurto Mendoza; lo que constituye una omisión de la Judicatura a este respecto. Por lo tanto se declara la nulidad de la Providencia de fecha 08 de septiembre del 2017, sin costas por no haberlas alegado, y considerando que para declarar la nulidad de todo el proceso por la omisión de solemnidad sustancial, deben concurrir las siguientes circunstancias, señala el Art. 352 ibídem: 1. Que la omisión pueda influir en la decisión en la causa; y, 2. Que se haya alegado la nulidad, en la respectiva instancia, por alguna de las partes. No encontrándose el asunto en ninguna de las causas previstas por el Código Procesal, tanto más que para la declaración de nulidad deben observarse los principios como señala la Corte Nacional de Justicia “la nulidad procesal, como máxima sanción procesal civil, grave y por tanto excepcional, debe regirse a la observancia de los principios de especificidad, trascendencia, convalidación, protección y conservación, más aún ahora cuando en aplicación de los principios de eficacia del proceso y tutela judicial efectiva consagrados en los artículos 169 y 75 de la Constitución de la República del Ecuador, y 18 Y 23 del Código Orgánico de la Función Judicial, el juez debe en todos los casos, procurar la declaración del derecho material de los justiciables y con ello la solución definitiva de las controversias, pues solo así el sistema procesal se constituye en un verdadero medio para la realización de la justicia y no en un obstáculo para su plena efectividad” (Expediente 76, R. O. S. 34, 2 de agosto del 2013); por lo tanto, amparada en el artículo 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial; verificado que ha sido el proceso y una vez que se ha advertido que existe omisión en el nombre de uno de los demandados señor Luis Alberto Basurto Mendoza, se convalida dicho error en el auto del 04 de enero del 2016 a las 13h33; haciendo constar: “CÍTESE a los demandados señores Luis Alberto Basurto Mendoza y Luis Alberto Basurto Ostaiza, para que en el término de tres días, cumplan con la obligación demandada o en igual término formulen las excepciones que se crean asistidos.” En todo lo demás, dicho auto queda inalterable y se estará conforme lo dispuesto en él.- A fin de evitar la indefensión de la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP, cítese por la prensa, en un diario de amplia circulación en la ciudad de Quito, a los demandados señores LUIS ALBERTO BASURTO MENDOZA Y LUIS ALBERTO BASURTO OSTAIZA. Por secretaría confiérase el extracto correspondiente.NOTIFÍQUESE y CÍTESE. Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones. DR. EMIRO RAMON BRAVO MEJIA SECRETARIO Hay firma y sello P AR/107069/MS R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE

QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACION JUDICIAL A LOS DEMANDADOS: LUIS HUGO LOPEZ VIVANCO, MARIA DELIA VEGA CUYO y PEDRO PABLO LOPEZ VIVANCO. ACTOR: DR. DIEGO FRANCISCO LARREA ALARCON, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA COMPAÑÍA ANONIMA. NRO. DE JUICIO: 17230-201507733. TIPO DE P RO C ES O : EJECUTIVO. ACCION: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN. CUANTIA: DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTE Y CINCO DOLARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD 16.425,54) NORMATIVA LEGAL: ARTS. 413, 419 Y MAS PERTINENTES DEL CODIGO DE PROCEDIMENTO CIVIL. PROVIDENCIAS: .UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 26 de junio del 2015, las 10h37. VISTOS.Avoco conocimiento de la causa en calidad de jueza encargada conforme a la Acción de Personal No. 4234-DP-UPTH de 4 de junio de 2015 y en virtud del sorteo precedente. La demanda es clara y reúne los requisitos de Ley. Por consiguiente, de acuerdo a lo preceptuado en el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, se dispone que LÓPEZ VIVANCO LUIS HUGO, VEGA CUYO MARÍA DELIA y LÓPEZ VIVANCO PEDRO PABLO, en las calidades demandadas, cumplan su obligación o propongan excepciones en el término de tres días. Cítese a los accionados en la dirección indicada y a través de la Oficina de Citaciones; al efecto, la parte interesada proporcione las fotocopias necesarias. Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado por el actor y agréguese la documentación adjunta. Notifíquese.-f) DRA. MARIA BELEN DOMINGUEZ SALAZAR, JUEZA ( E ). UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 20 de septiembre del 2017, las 15h22. Agréguese al proceso el escrito presentado.- En lo principal Atenta la petición formulada por el actor; por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la parte demandada LOPEZ VIVANCO LUIS HUGO, VEGA CUYO MARIA DELIA Y LOPEZ VIVANCO PEDRO PABLO por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto confiérase el extracto respectivo.- Notifíquese.- f) CEDEÑO CAMACHO SIMON, JUEZ. Lo que comunico a usted para los respectivos fines de ley previniéndole la obligación que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Edwin Vinicio Cârdenas Vargas MS.c. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC109007fa R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: MARQUEZ DOMINGUEZ ALICIA MAGALY ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADOS: MARQUEZ DOMINGUEZ ALICIA MAGALY CUANTIA: $ indeterminada

JUICIO ESPECIAL DE INSOLVENCIA No. 172302014-0890 “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 28 de noviembre del 2014, las 14h16. VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado. La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. De la documentación que se acompaña, se desprende que la demandada: MARQUEZ DOMINGUEZ ALICIA MAGALY, se halla comprendida en la situación prescrita en el Art 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se presume su insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores. En consecuencia procédase a la ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y demás documentos de la fallida, los mismos que se entregarán al síndico del concurso Dr. Ángel Roberto Almeida Llerena (Cel. 0998309929), con quien se contara en la presente causa. Hágase conocer al público mediante publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito. Que se acumulen todos los juicios seguidos en su contra por obligaciones de dar o hacer. Se ordena también que se remita copias certificadas de todo lo actuado en este proceso a la oficina respectiva de la Fiscalía General del Estado, a fin de que por sorteo se remita a la Unidad correspondiente que deberá calificar esta insolvencia y de ser procedente el respectivo enjuiciamiento penal, prohíbase a la demandada ausentarse del país, ordenándose que en el término de ocho días, presente el balance de sus bienes con la indicación de activo y del pasivo. Como la fallida queda en interdicción de administrar sus bienes, notifíquese el particular al Registrador de la Propiedad

del Distrito Metropolitano de Quito, Contraloría General del Estado, señor Gerente del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio, Jefe del Registro Civil, Identificación y Cedulación, Consejo Electoral y Director General del Servicio de Rentas Internas SRI. Cúmplase con las diligencias pertinentes en esta clase de enjuiciamiento. La demandada sin embargo podrá oponerse dentro de tres días de ser citada legalmente, pagando la deuda o dimitiendo bienes equivalentes, CITESE, a la demandada señora: MARQUEZ DOMINGUEZ ALICIA MAGALY, en el lugar indicado se le entregará las copias que para este fin se acompañan. Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por la actora, la calidad en que comparece así como la autorización dada a su abogada defensora.- Actúa el Abg. Raúl Vélez Naranjo, como secretario.- Notifíquese”.- f) Dra. Rita Ordoñez Pizarro, JUEZA. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 25 de septiembre del 2017, las 13h52. Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia anterior, atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al señor MARQUEZ DOMINGUEZ ALICIA MAGALY, mediante tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- NOTIFIQUESE”.- f) Ab. Saltos Pinto Luis Sebastián, JUEZ Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que

SEGUNDA CONVOCATORIA A JUNTA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA GUSTO MEDITERRÁNEA RESTAURANTE SORÚ CIA. LTDA.

De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Compañías y de acuerdo a los Estatutos Sociales de la Compañía, se convoca a los señores socios de laCompañía GUSTO MEDITERRÁNEA RESTAURANTE SORÚ CIA. LTDA, a la SEGUNDA JUNTA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS, la misma que tendrá lugar en el domicilio de lacompañía, en el local de la compañía ubicado en la calle Isabel la Católlica N24-587 y Francisco Salazar de laCiudad de Quito, el día 23 de octubre de 2017, a las 18:30 La junta convocada tratará el siguiente orden del día: PUNTO UNO.- Asociacion con la Asociación en Cuentas de Participación “Isabella Bar - Restaurante” y pagos pendientes de la ACP Isabella Bar-restaurante a Gusto Mediterranea Restaurante Sorú Cia. Ltda. PUNTO DOS.- Presentación de Inventario de activos de la compañía PUNTO TRES.- Activos en préstamo para la ACP “Isabella Bar - Restaurante” y activos para la venta PUNTO CUATRO: Inversión de Gusto Mediterránea Restaurante Sorú CIA LTDA a la ACP Isabella Bar - Restaurante PUNTO QUINTO: Petición de prórroga para la presentación de información financiera por parte de Francisco Moscoso La Junta se celebrará con el número de socios que concurran. Quito, 11 de octubre de 2017 Atentamente, Arturo Mora GERENTE GENERAL Gusto Mediterránea Restaurante Sorú CIA LTDA

PAP/69096/AS

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Víctor Geovanny Reyes Chulde S EC R E TA R I O U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC109006fa REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A PATIÑO HINOJOSA ADRIAN LENIN JUICIO No. 17230-2015-06500 ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADOS: ADRIAN LENIN PATIÑO HINOJOSA, ORLANDO RICHARD SALAZAR TABUADA TRÁMITE: 17230-2015-06500 C UA N T I A : D OS MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA JUEZ: AB. GABRIELA LEMOS TRUJILLO SECRETARIA: AB. TANIA VILLARREAL PRETENSIÓN: En virtud de que los demandados se encuentran en mora desde el dividendo a la vista número 27, declarando de plazo vencido la obligación demanda el pago del capital constante en el pagaré a la orden, el interés de plazo desde la suscripción hasta el vencimiento, la tasa de interés constante en el título ejecutivo a la tasa reajustable conforme consta del pagaré a la orden, el interés de mora calculado a la máxima tasa permitida de conformidad con las Regulaciones del Directorio del Banco Central del Ecuador, el pago de costas procesales, en las que se incluirán los honorarios profesionales de su abogado defensor. AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 28 de abril del 2015, las 12h50. Avoco conocimiento de la presente causa mediante acción de personal No. 8470-DNTH-2014 SBS de fecha 28 de Octubre del 2014 Jueza Titular de Primer Nivel de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. Los ejecutados PATIÑO HINOJOSA ADRIAN LENIN y SALAZAT TABUADAORLANDO RICHARD por sus propios derechos, en el término de tres días cumpla con la obligación demandada, los intereses respectivos, costas procésales y honorarios profesionales o proponga excepciones, conforme a lo previsto en el Art.421 del Código de Procedimiento Civil. Cítese a los demandados en el lugar indicado para el efecto. El peticionario proporcione copias para la elaboración de las boletas de citación respectivas. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el Dr. WLADIMNIR GALARZA LEON como PROCURADOR JUDICIAL del BANCO DEL AUSTRO S. A. y el Casillero Judicial señalado. Dejando fotocopia y recibo en autos, desglósese y entréguese los documentos solicitados.Actúe el señor Dr. Luis Ron Villavicencio, en calidad de Secretario encargado de conformidad con lo dispuesto por el Concejo Nacional de la Judicatura, mediante acción de personal No. 8445-DP-UPTH del diecisiete de Noviembre del 2014.- NOTIFÍQUESE. F. Jenny Tafur Salazar (Jueza). UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 16 de Agosto

del 2017, las 13h35. VISTOS. Toda vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha 9 de Agosto del 2017, a las 15h19’, de conformidad con lo establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado PATIÑO HINOJOSA ADRIAN LENIN, por medio de la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito, para los fines de ley pertinentes. A través de secretaria confiérase el extracto correspondiente.NOTIFIQUESE. F. Ab. Gabriela Lemos Trujillo (Jueza). Lo que pongo en su conocimiento, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito o una casilla electrónica para posteriores notificaciones. Ab. Tania Villarreal SECRETARIA (E) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC109005fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN CITACIÓN JUDICIAL: PANTOJA CRUZ SANDRA ELIZABETH Y PANTOJA CRUZ HILIANA PIEDAD ACTORA: BANCO DEL AUSTRO S.A; GALARZA LEON FERDINAND WLADIMIR, PROCURADOR JUDICIAL DEMANDADOS: PANTOJA CRUZ SANDRA ELIZABETH Y PANTOJA CRUZ HILIANA PIEDAD JUICIO: EJECUTIVO No. 173242014-0431 CUANTIA: $ 7. 0 0 0 , 0 0 CASILLERO JUDICIAL: No 2222 ABOGADO DEFENSOR: DR. LUIS GUILLERMO RODRÍGUEZ REYES UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 10 de julio del 2014, a las 12h37.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado en calidad de Juez encargado mediante acción de personal No. 5546-DP-DPP, de 6 de noviembre del 2013.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que de conformidad con el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil se la acepta a trámite ejecutivo.- En consecuencia las demandadas señoras: SANDRA ELIZABETH PANTOJA CRUZ E HILIANA PIEDAD PANTOJA CRUZ, cumplan con su obligación o propongan excepciones en el término de tres días, bajo prevenciones de dictar sentencia.Cítese a las demandadas en el lugar que se indica en el libelo de la demanda, para lo cual envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.- De conformidad con el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando fotocopias y recibo en autos, desglósese y entréguese al peticionario o a Ab. Linda Burbano la documentación solicitada, previa citación a la parte demandada.- Téngase en cuenta la casilla Judicial y direcciones de correo electrónico señalados.- Agréguese al proceso la documentación acompañada.- Actúa Dra. María Isabel Solano en calidad de secretaria encargada de esta judicatura mediante acción de personal N° 3780-DP-DPP de 04 de junio del 2014.- Cítese y Notifíquese.- -f).- Dr. Gustavo Salazar Vasco Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 25 de septiembre del 2017, a las 13h43.- En virtud del juramento rendido por el Dr. Ferdinand Wladimir Galarza

León realizado a nombre de BANCO DEL AUSTRO S.A., en su calidad de Procurador judicial, previo a encontrarse agotado las diligencias para determinar el domicilio de la parte demandada, amparada en lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la citación de las demandadas PANTOJA CRUZ SANDRA ELIZABETH Y PANTOJA CRUZ HILIANA PIEDAD, con el contenido del auto de calificación y esta providencia por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, para el efecto confiérase el respectivo extracto. NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Norma Medrano Gavilanez - Jueza Lo que comunico para los fines de ley. Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. AB. PAUL ROMERO LÓPEZ SECRETARIO (E) Hay firma y sello PAC109004fa REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: VALLEJO KAROL MARINE, BONILLA CHIRIBOGA ROSARIO DE JESÚS Y CEDEÑO MALLA EUGENIO ANTONIO. ACTOR: WLADIMIR GALARZA LEÓN-PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADO: VALLEJO KAROL MARINE, BONILLA CHIRIBOGA ROSARIO DE JESÚS Y CEDEÑO MALLA EUGENIO ANTONIO CUANTIA: $ 6.000,oo JUICIO: EJECUTIVO 173252013-0948 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 04 de diciembre del 2013, las 08h26. (…..).- VISTOS.- Por cuanto se ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior, se califica la demanda de clara, precisa y reúne los requisitos de Ley; por lo que se la acepta al trámite Ejecutivo. En consecuencia cítese en los lugares que se indican a los demandados señores Karol Marine Benavides Vallejo, Rosario de Jesús Bonilla Chiriboga y Eugenio Antonio Cedeño Malla; a fin de que en el término de tres días cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones de las que se crean asistidos; para tal efecto envíese el suficiente despacho a la Oficina de Citaciones.- Tómese en cuenta el casillero judicial y correos electrónicos señalados por el actor para recibir sus notificaciones que le correspondan, así como la designación de su abogada patrocinadora.- En cuanto al desglose solicitado éste será atendido en su momento oportuno.CITESE Y NOTIFIQUESE.- f) DR. PAUL NARVÁEZ, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 27 de septiembre del 2017, a las 14h05. De conformidad con el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y atento al juramento rendido por la parte actora y de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada BENAVIDES VALLEJO KAROL MARINE, BONILLA CHIRIBOGA ROSARIO DE JESÚS Y CEDEÑO MALLA EUGENIO ANTONIO, por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los

So­bre un buen ci­mien­to se pue­de le­van­ tar un buen edi­fi­cio, y el me­jor ci­mien­to y zan­ja del mun­do es el di­ne­ro. M i ­g u e l

de

C e r ­va n ­t e s S a a­v e ­d r a

diarios de mayor circulación, que se editan en esta ciudad de Quito, para tal efecto confiérase el extracto correspondiente.Notifíquese.- f) DR. FUENTES LÓPEZ CARLOS FRANCISCO, JUEZ. Lo que comunico para los respectivos fines de Ley, previniéndole la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Gloria Fajardo Paladines SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC109003fa EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: A LA SEÑORA PAZ NOVOA LORENA MARIA ACTOR: GALARZA LEON FERDINAND WLADIMIR PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A DEMANDADOS: VELASCO PEREZ NELSON ESTUARDO Y PAZ NOVOA LORENA MARIA JUICIO No: 7307-2014-0376 CUANTIA: NUEVE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA TRAMITE: EJECUTIVO JUEZ: AB. CECILIA SIMBAÑA QUISHPE DEFENSOR: DR. LUIS RODRIGUEZ REYES FECHA DE INICIO: 21 DE ABRIL DEL 2014 JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 5 de mayo del 2014, las 12h47. VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa, en mi calidad de Juez Encargado, mediante acción de personal No.5501-DP-DPP, de 1 de noviembre del 2013.La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. El título acompañado a la demanda presta mérito ejecutivo, en consecuencia, los demandados, en el término de tres días de ser citados legalmente, paguen la obligación requerida o propongan excepciones. Cítese a los demandados en el lugar que se indica. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el compareciente. Previa citación a los demandados, se ordena que dejándose copia certificada y recibo en autos desglósese y entréguese la documentación solicitada, quedándose en la obligación la parte actora en presentar los documentos, cuando la Judicatura así lo requiera, para lo cual se autoriza a la Abg. Linda Burbano Venegas.Actúa el Abg. Paul Efraín Pérez en calidad de secretario encargado mediante de personal No. 2421-DP-DPP, de 03 de Abril del 2014- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Luis Taipe Guanoluisa. Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, miércoles 16 de agosto del 2017, las 15h13. En mérito del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada PAZ NOVOA LORENA MARIA, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito.- Notifíquese.-

f) Ab. Cecilia Simbaña Quishpe. Juez Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. GUILLERMO GUAPI OBANDO SECRETARIO Hay firma y sello PAC109002fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: FAUSTO J H OS UA M A N O BA N DA GUAMBUGUETE ACTOR: DR. WLADIMIR GALARZA LEON EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A. D E M A N DA D O : FAU STO J H OS UA M A N O BA N DA GUAMBUGUETE JUCIO: EJECUTIVO CAUSA No. 17230-2015-03672 ABOGADO: INGRYD ANASI HERRERA PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 31 de marzo del 2015, las 14h38.- VISTOS: En virtud del sorteo realizado avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza titular de esta Unidad Judicial Civil, legalmente posesionada.- En lo principal, la demanda presentada, es clara, precisa y por reunir los requisitos de ley se la acepta a trámite EJECUTIVO.- En consecuencia, el señor MANOBANDA GUAMBUGUETE FAUSTO JHOSUA, en calidad de deudor principal; de conformidad con el 1er. inciso del Art. 421 del Código Procesal Civil, cumpla con la obligación demandada o proponga excepciones en el término legal de tres días.Cítese al demandado en la dirección que se indica, para el efecto remítase el suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Agréguense al proceso los documentos presentados.Dejando copias certificadas en autos, razón y recibo, procédase al desglose de los documentos solicitados y entréguese a la persona autorizada, a la parte accionante se le previene con la obligación contenida en el artículo 992 del código de Procedimiento Civil.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico designados por el actor y la calidad en la que comparece, conforme la documentación habilitante que adjunta, y la autorización conferida a su abogada patrocinadora.- NOTIFIQUESE.- F) Dra. Carmen Virginia Romero Ramírez, Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 21 de septiembre del 2017, las 11h11. En lo principal del juramento realizado por el accionante constante a fs. 83 y a la documentación aparejada al proceso, de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada MANOBANDA GUAMBUGUETE FAUSTO JHOSUA el extracto de la demanda y las providencias de calificación de la misma, por medio de publicaciones que se realizaran en tres fechas distin-

tas, en un periódico de amplia circulación de lugar, confiérase el extracto correspondiente. Notifíquese.-F) Dr. Washington Jorge Duarte Estévez, Juez. Lo que comunico a usted para los fines de ley, recordándole la obligación que tiene de señalar casillero judicial en el lugar del juicio para recibir sus notificaciones. Dra. Ángela Santillán Abarca SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D.M.Q Hay firma y sello PAC109001fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANODE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: CARLOS ANDRES DEFAZ YANEZ JUICIO : ESPECIAL DE INSOLVENCIA N°17311-20130854 ACTOR : DR. EDUARDO NIETO BOADA EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A CUANTIA : INDETERMINADA FUNDAMENTO LEGAL: ARTS. 519 NUMERAL 1 Y 509 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. PROVIDENCIA JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 24 de marzo del 2014, las 14h52. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado y documentación adjunta.- En lo principal, la demanda que antecede es, clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley por lo que declarándosela procedente se la admire al trámite especial solicitado.-De la documentación acompañada por el actor, se presume que el demandado señor Carlos Andrés Defaz Yánez, se halla comprendido dentro de lo prescrito en el numeral 1 del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se declara con lugar la formación de concurso de acreedores.- En consecuencia, acorde a lo dispuesto por el Art. 509 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: La ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos del demandado que serán entregados al Síndico de Quiebra, que para el efecto se nombra al Dr. Arnaldo Fiallos, a quien se notificará en legal forma, quien realizará el inventario y su respectivo avalúo.- Que se acumulen todos los pleitos seguidos en contra del demandado por las obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Se prohíbe al demandado Carlos Andrés Defaz Yánez ausentarse del territorio nacional, sin la autorización del juez que conoce la causa.- Que el demandado presente el balance de sus bienes, con la indicación del activo y pasivo, en el término de ocho días.- Remítase copia de lo actuado al Agente Fiscal de Pichincha, para que califique la Insolvencia.- El demandado queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, debiéndose comunicar este particular mediante oficio a los señores: Contralor General del Estado, Dirección Nacional de Migración y Extranjería, Superintendencia de Bancos y Seguros a fin de que notifique a las diferentes entidades del sistema financiero nacional, Superintendencia de Compañías, así como a las Notarías, Registros de la Propiedad y Mercantil de este cantón, para que se abstengan de celebrar y registrar contratos traslaticios de dominio de los bienes del demandado, al Director General del Registro Civil Identificación y Cedulación, Servicio de Rentas Internas, Procurador General

Revista judicial MIÉRCOLES 11 de OCTUBRE de 2017 La Hora Quito, ecuador del Estado, Consejo Nacional Electoral, Fiscal General del Estado, Comisión Cívica de Control contra la Corrupción.Inscríbase el presente auto en el Registro de la Propiedad de este Cantón; en fin, cúmplase con todas y cuantas diligencias sean necesarias conducentes a proteger los intereses del actor.- Se hará saber al público en general mediante publicación por la prensa en uno de los periódicos de la localidad de un extracto de la demanda y presente providencia, por una sola vez.- No obstante la declaración de haber lugar al concurso de acreedores, el demandado podrá oponerse al presente juicio pagando lo adeudado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, debidamente saneados en el término de tres días luego de citado.- Cítese al demandado Carlos Andrés Defaz Yánez con el contenido de la demanda y presente providencia en la dirección señalado para el efecto de esta ciudad de Quito.Agréguese a los autos la documentación adjunta.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la compareciente para sus notificaciones, así como la autorización dada a sus abogados defensores para que suscriban los escritos necesarios.- Cítese y Notifíquese. F.DRA. VERONICA JARAMILLO JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 20 de septiembre del 2017, las 16H26. Agréguese a los autos los escritos presentados. En atención a los mismos y una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior; y atenta al juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR al demandado señor CARLOS ANDRES DEFAZ YANEZ, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual, por Secretaría de esta Unidad Judicial Civil, dejando constancia en autos, entréguese el correspondiente extracto; ejecutoriada esta providencia. NOTIFÍQUESE. F) DRA. DEL SALTO LUZ ELISA Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley, previniéndoles la obligación que tiene de señala casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. AB. GLENDA BAYAS REAL SECRETARIA (E) UNIDAD J U D I CA L CIVIL CO N SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANODE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC109000fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: CERVANTES ANANGONO JUAN CARLOS ACTOR: GALARZA LEON WLADIMIR PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A DEMANDADO: CERVANTES ANANGONO JUAN CARLOS JUICIO: INSOLVENCIA CUANTIA: INDETERMINADA CAUSA: No. 17301-2013-0854 FUNDAMENTO LEGAL: DE CONFORMIDAD A LO QUE

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DISPONE EL NUMERAL 1 DEL ART. 519 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y 509 DEL MISMO IBIDEM JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 17 de septiembre del 2017, las 14h31.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Primero de lo Civil de Pichincha, mediante Acción de Personal N° 4059-DP-DPP., de fecha 26 de agosto del 2013.La demanda de insolvencia presentada por el Dr. Wladimir Galarza León, en calidad de Procurador Judicial del Banco del Austro, es clara, precisa y reúne los demás requisitos legales, en consecuencia se la admite a trámite especial.- En mérito de la prueba instrumental adjunta y con fundamento en el Art. 519 numeral primero del Código de Procedimiento Civil se presume la insolvencia de JUAN CARLOS CERVANTES ANANGONO, al no haber dado cumplimiento al mandamiento de ejecución emitido por el Juzgado Segundo de lo Civil de Pichincha dentro del juicio Ejecutivo N° 925-2007M.E.M., se declara haber lugar al concurso de acreedores y se dispone la práctica de las siguientes diligencias: Que se acumulen sus bienes, correspondencia y más documentos del fallido y se entreguen al síndico del concurso al Dr. Ángel Roberto Almeida Ll. (Teléfonos: 2900788, 2552970; 0998309929; 0992067375) , quien tomará posesión del cargo el día lunes 30 de septiembre el 2013, a las 11h00.Hágase saber al público de este particular por medio de una publicación en la prensa, que contendrá un extracto de la demanda y presente providencia; Que se acumulen todos los juicios seguidos en contra del demandado, por obligaciones de dar o hacer, pudiendo sus acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Se ordena que presente el balance de sus bienes con indicación del activo y del pasivo en el término de ocho días.Remítase fotocopias certificadas de todo lo actuado a uno de los señores Agentes Fiscales de lo Penal de Pichincha para la calificación de la insolvencia.- Como el fallido quedan en interdicción de administrar sus bienes remítase sendos oficios a los señores: Presidente del Consejo Nacional Electoral, Superintendente de Bancos, Contralor General del Estado, Registrador de la Propiedad del Cantón Quito, Registrador Mercantil del Cantón Quito, Notarios del Cantón Quito, Director de la Policía Técnica Judicial.- Al tenor del Art. 532 del Código Adjetivo Civil, el demandado se puede oponer al presente juicio pagando el valor adeudado, que asciende a la suma de VEINTE Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS DÓLARES CON VEINTE CENTAVOS (US$. 26.856,20) y SEISCIENTOS SIETE DÓLARES CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS (US$. 607.58) o dimitiendo bienes saneados y suficientes en el término de tres días.- CÍTESE al demandado en el lugar indicado.- Téngase en cuenta el casillero judicial N° 2222, correo electrónico y la autorización que confiere a su abogado defensor.NOTIFIQUESE.-Dr. Framcisco Robalino Ocaña juez de la Unidad Judicial Civil UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 20 de junio del

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MIÉRCOLES 11 de OCTUBRE de 2017 La Hora Quito, ecuador

2017, las 12H02.- En base al Principio de Celeridad Procesal establecido en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y con fundamento en el juramento rendido por el actor en el sentido de que le ha sido imposible determinar la residencia de la parte demandada y de conformidad con el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos , se dispone citar a CERVANTES ANANGONO JUAN CARLOS a través de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación en esta ciudad, con un extracto de la demanda, auto de calificación y esta providencia, por Secretaría elabórese y extiéndase el extracto correspondiente.- NOTIFIQUESE.Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.ABG. LADY ESTEFANIA ALVARADO LOPEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Hay firma y sello PAC108999fa EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PÍCHINCHA JUEZA PONENTE AB. EDITH CRISTINA CHANGO BAÑOS CITACION JUDICIAL A: JOSÉ AGUSTÍN ILAQUICHE LISINTUÑA , MARÍA REBECA GUANINA TIGASI, JOSÉ JULIO ILAQUICHE TOAQUIZA Y MARÍA VICTORIA TOAQUIZA TIGASI ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A DEMANDADO: JOSÉ AGUSTÍN ILAQUICHE LISINTUÑA y OTROS JUICIO No: 17230-2014-0750 TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: COBRO DE PAGARÉ CUANTIA: USD 10.000 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 13 de noviembre del 2014, las 10h39 VISTOS.Previo el sorteo de ley correspondiente, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de esta judicatura.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite Ejecutivo.- En consecuencia la parte demandada José Julio Ilaquiza Toaquiza y Sra. María Victoria Toaquiza Tigasi , paguen la obligación adeudada o proponga las excepciones de las que se crea asistidos en el término de tres días de legalmente citados.- Cítese en legal y debida forma a la parte demandada en la direcciones que se señala para el efecto - Agréguese a los autos los documentos que acompaña.Téngase en cuenta el casillero judicial señalado para posteriores notificaciones; así como la autorización conferida a su abogado defensor.- Cítese y Notifíquese” DRA. LIZBETH RON CADENA, JUEZA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 9 de diciembre del 2014, las 09h20.Agréguese al proceso el escrito presentado.- De conformidad con el Art.- 289 del Código de Procedimiento Civil se aclara el auto que antecede en senti-

do de que los demandados en la presente causa son : José Agustín Ilaquiche Lisintuña , María Rebeca Guanina Tigasi , y a sus garantes solidarios José Julio Ilaquiche Toaquiza y María Victoria Toaquiza Tigasi .- Notifíquese” DRA. LIZBETH RON CADENA, JUEZA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 5 de octubre del 2017, las 15h56. En mérito del juramento rendido por la parte actora en la calidad en la que comparece como se desprende de la documentación adjunta, sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de los demandados, cítese con el contenido de la demanda, auto inicial y presente providencia a JOSÉ AGUSTÍN ILAQUICHE LISINTUÑA , MARÍA REBECA GUANINA TIGASI, JOSÉ JULIO ILAQUICHE TOAQUIZA Y MARÍA VICTORIA TOAQUIZA TIGASI por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE ” AB. EDITH CHANGO, JUEZA Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.-Certifico. ABG. ALEJANDRA LAHUATTE SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC108985fa REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL CITACIÓN A: JOSÉ AGUSTÍN ILAQUICHE LISINTUÑA, MARÍA REBECA GUANINA TIGASI, JOSE MARTIN TIPAN PASTUÑA y MARIA ELENA VEGA GUANINA JUICIO: 17230-2015-08520 ACTOR (ES): BANCO PICHINCHA C. A. DEMANDADO (S): JOSÉ AGUSTÍN ILAQUICHE LISINTUÑA, MARÍA REBECA GUANINA TIGASI, JOSE MARTIN TIPAN PASTUÑA y MARIA ELENA VEGA GUANINA TRAMITE: EJECUTIVO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 1 de junio del 2015, las 15h10. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de la razón de sorteos.- La demanda presentada por el doctor José María Gordillo Becdach, en calidad de procurador judicial del Banco Pichincha C.A., es clara y cumple los requisitos exigidos por el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil; por tanto se acepta a trámite en la vía ejecutiva.- Cítese al señor JOSÉ AGUSTÍN ILAQUICHE LISINTUÑA Y MARÍA REBECA GUANINA TIGASI, en calidad de deudores principales, y al señor JOSE MARTIN TIPAN PASTUÑA y señora MARIA ELENA VEGA GUANINA, en calidad de garantes solidarios, con el contenido de la demanda y esta providencia en el lugar señalado, para que dentro del término de tres días cumpla

obligación demandada o proponga excepciones conforme dispone el Art. 421 del Código citado.- Para la citación a los demandados remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora y agréguese la documentación acompañada. Realizada la citación a los demandados, de acuerdo con el Art. 992 ibídem, dejándose copia certificada, constancia, recibo en autos desglósese la documentación solicitada y entréguese a las personas autorizadas en la demanda.Notifíquese. Notifíquese.f).- DRA. RITA GEOVANNA ORDOÑEZ PIZARRO, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 19 de septiembre del 2017, las 14h47. Por cuanto de autos consta, que se ha dado cumplimiento con la providencia de fecha 14 de septiembre del 2017, las 15h01, esto es que la parte actora ha rendido declaración bajo juramento de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, respecto de los demandados JOSÉ AGUSTÍN ILAQUICHE LISINTUÑA, MARÍA REBECA GUANINA TIGASI, JOSE MARTIN TIPAN PASTUÑA y MARIA ELENA VEGA GUANINA, en tal virtud se dispone CITESE POR LA PRENSA, a los prenombrados demandados, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, en tres publicaciones. Para el cumplimiento de esta disposición por Secretaria de esta Unidad Judicial, dejando constancia entréguese el correspondiente extracto. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.f).- DRA. SINDY PAMELA ESCOBAR AREVALO, JUEZA. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndoles de la obligación de señalar casilla judicial para sus posteriores notificaciones.Certifico. AB. ANA MARIELA ARCOS SECRETARIA Hay firma y sello PAC108984fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: LUZ ESPAÑA AREVALO DURAN JUICIO: No. 17230-2017-04338 ACTOR: JOSE LEOPOLDO CORONEL QUISPE. DEMANDADOS: LUZ ESPAÑA AREVALO DURAN OBJETO: COBRO DE LETRA DE CAMBIO JUEZ PONENTE: DR. OSCAR RAMIRO CALERO SANCHEZ TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 21 DE MARZO DEL 2017 CUANTIA: CUATRO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ( $4.000 ). AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 24 de marzo del 2017, las 12h01. VISTOS.Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), además se fundamenta en el cobro de un Pagaré a la Orden, documento que al tenor de lo previsto en el número 4 del artículo 347 del invocado cuerpo legal

So­mos mo­nos avan­za­dos y na­die pen­sa­ría en un más allá pa­ra mo­nos. S t e p ­h e n H aw ­k i n g

(COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 410 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 ibídem (COGEP), se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 de la norma legal antes indicada, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada.- Se dispone citar a la demandada en la presente causa, señora LUZ ESPAÑA AREVALO DURAN, en calidad de deudor principal, EN PERSONA, en la dirección indicada, con copia de la demanda y este auto inicial, a través de la oficina correspondiente; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta el casillero judicial, así como su casillero electrónico designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones. Actúe la Ab. Ligia Guerrero Medina, en calidad de Secretaria.- Cítese y Notifíquese.-F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ JUEZ.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 29 de agosto del 2017, las 11h07.- Agréguese al proceso los escritos que antecede.- Atento al juramento rendido por el actor Coronel Quispe José Leopoldo y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada AREVALO DURAN LUZ ESPAÑA, en un periódico de amplia circulación que se editen en esta ciudad de Quito, mediante tres fechas distintas, la publicación contendrá un extracto de la demanda y providencia respectiva.- Actúe la Dra. Blanca Piedad Delgado Tinillo, en calidad de Secretaria encargada, mediante Acción de Personal No. 7404-DP172017-VS.- Notifíquese.-F) DR. OSCAR CALERO SÁNCHEZ JUEZ Lo que les comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. LIGIA GUERRERO MEDINA S EC R E TA R I A U N I DA D JUDICIAL CIVIL SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC108982fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO JUEZ PONENTE: AB.

ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID CITACION JUDICIAL Se le hace saber a: GUERRERO GUERRA DORIS LORENA, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA ACTOR: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, PROCURADORA JUDICIAL DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL ANCO GUAYAQUIL S. A. SEÑOR ANGELO LUIS CAPUTI OYAG U E , P R ES I D E N T E EJECUTIVO.DEMANDADA: GUERRERO GUERRA DORIS LORENA EXPEDIENTE No.: 17230-201704378 PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO ACCION: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO OBJETO: La accionante refiere que con fecha 26 de enero del año 2015, BANCO GUAYAQUIL S. A. suscribió con la demandada GUERRERO GUERRA DORIS LORENA, un contrato de mutuo-operación de crédito por la suma de USD $15.876,811, para cancelar la totalidad del capital de una operación bancaria original por igual cantidad, a un plazo de 2.520 días (84 dividendos contados desde la fecha de suscripción y en el que se confino los interés y la forma de calcularlos en la cláusula tercera literal a) como en la tabla de amortización No. 1 que es parte integrante del contrato. Que la deudora ha incumplido con el compromiso de pago desde la cuota o dividendo 14, esto es desde el día 27 de marzo del 2016. Que la accionante en virtud de que la deudora ha incurrido en mora, declara vencido anticipadamente el plazo, a fin de que cumpla con su obligación de pago.- Solicita que en sentencia se le condene a GUERRERO GUERRA DORIS LORENA, al pago de lo siguiente: El capital de los dividendos vencidos y no pagados desde el día 27 /03/2016 de la operación de crédito 027202. Esto es, el capital vencido y por vencer que adeuda desde el dividendo 14 hasta el 84, de la tabla de amortización, cuyo capital reducido según liquidación asciende a la suma de USD $14.310,79 dólares americanos, Los intereses pactados en el contrato y los de mora generados y que se generen desde el vencimiento hasta la total solución o pago; los intereses corrientes y de mora vencidos y no pagados de la operación de crédito 0272098, que asciende a la suma de US$1.142,45 DOLARES AMERICANOS y la comisión y seguros para concesión del crédito, Las costas procesales acorde al Art. 371 del COGEP y los honorarios de su Abogado defensor.CUANTIA.- Que considerando el capital adeudado la cuantía en la actualidad manifiesta que es superior a DIECIOCHO MIL DOLARES AMERICANOS.PROVIDENCIAS. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Quito, lunes 27 de marzo del 2017, las 13h43. VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, y en virtud del sorteo realizado, se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, en calidad de Procuradora Judicial del señor Eco. Ángelo Caputi Oyague, en calidad de Presidente Ejecutivo y por lo tanto Representante Legal del Banco de Guayaquil S.A.,

como acredita con el instrumento público que acompaña, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.- SEGUNDO: En consecuencia, la demandada señora: DORIS LORENA GUERRERO GUERRA en calidad de deudora principal, en el término de QUINCE (15) días, conteste a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado.- TERCERO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem; en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CUARTO: CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a la demandada señora: DORIS LORENA GUERRERO GUERRA en calidad de deudora principal, en el lugar señalado en la demanda, en la forma prevista en los Arts. 53 y siguientes del COGEP. Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones, previniendo a la demandada la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o electrónica (el accionante provea de las copias necesarias para la citación).- QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados por la parte actora.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones. Actúe la Ab. Blanca Taipe Redrovan, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) SANTIAGO DAVID ALTAMIRANO RUIZ JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Quito, martes 19 de septiembre del 2017, las 15h27. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y anexos que anteceden.- De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la demandada GUERRERO GUERRA DORIS LORENA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- f) ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID.- JUEZ Lo que le NOTIFICO Y LE CITO a usted, para los fines de Ley.Para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un Abogado y correo electrónico como dispone la Ley.AB. TAIPE REDROVAN BLANCA JANETD SECRETARIA Hay firma y sello PAC108980fa EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: GAVILÁNES GARZÓN VÍCTOR

ALFONSO ACTO R : CO O P E RAT I VA DE AHORRO Y CRÉDITO SAN VICENTE DEL SUR (REPRESENTANTE LEGAL ING. MONTENEGRO VILLACÍS JORGE LUIS) DEMANDADOS: GAVILÁNES GARZÓN VÍCTOR ALFONSO JUICIO: 17230- 2016- 18800 – MATERIA CIVIL- EJECUTIVO COBRO DE PAGARÉ A LA ÓRDEN CUANTÍA: $ 4.156,00 DEFENSOR: DR. FERNANDO CHANGO TORRES CASILLA JUDICIAL: 5382 CORREO ELECTRÓNICO: fernandoch72@yahoo.com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: 9.- Al pago del capital reducido que a la fecha es de $ 3.386,30 ; Los intereses vencidos y que se vencieren hasta la totalidad de la cancelación del crédito; los intereses de mora y, Las costas procesales y honorarios de mi Abogado Defensor.

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: JOSÉ FEDERICO MARTÍNEZ CASTAÑEDA ACTORA: DRA. MARÍA GABRIELA ENDARA BUENDÍA, PROCURADORA JUDICIAL DEL DR. JAIME MANUEL FLOR RUBIANES REPRESENTANTE JURIDICO EN REPRESENTACIÓN LEGAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: JOSÉ FEDERICO MARTÍNEZ CASTAÑEDA JUICIO VERBAL SUMARIO No. 17230-201511055 FUNDAMENTO LEGAL Artículo 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. OBJETO: Pago del monto total adeudado de la Tarjeta Visa-Banco Pichincha y/o Mastercard Banco Pichincha, pago de intereses legales y de mora. CUANTIA: dos mil quinientos dólares americanos ($ 2.500,00). DEFENSORA: Dra. María Gabriela Endara Buendía UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 10 de julio del 2015, las 11h18. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial. La demanda que antecede, presentada por la DRA. MARIA GABRIELA ENDARA BUENDIA, en su calidad de PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A., es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley.- Es procedente el trámite Verbal Sumario, solicitado de conformidad con lo que establece el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil, entréguese copia de la demanda y esta providencia al demandado señor MARTINEZ CASTAÑEDA JOSE FEDERICO. Cítese al demandado, en el lugar señalado para el efecto.- Agréguese al proceso la documentación acompañada. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico, señalado por la parte actora para posteriores notificaciones. NOTIFIQUESE.-F) Dra. Lizbeth Marisol Ron Cadena, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 11 de julio del 2017, las 14h03. Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora. En atención al mismo, una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, atento al juramento rendido por la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR al demandado JOSE FEDERICO MARTINEZ CASTAÑEDA, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual, por Secretaría de esta Unidad Judicial Civil, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, dejando constancia en autos, emita el correspondiente extracto, remitiendo a la casilla judicial de la parte actora. NOTIFÍQUESE.- F) Dra. Luz Elisa Del Salto Dávila, JUEZA. LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DEL LEY, PREVINIENDOLE DE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL y ELECTRÓNICO DENTRO DE LA PRESENTE CAUSA, PARA RECIBIR POSTERIORES NOTIFICACIONES. Abg. Glenda Magdalena Bayas Real SECRETARIA (E) Hay Firma y Sello

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE ENEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 16 de diciembre del 2016, las 15h09. VISTOS: Agréguense al proceso la documentación y el escrito que anteceden. 1) En virtud de haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en auto inicial, la demanda que antecede es clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma que se fundamenta en un Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo Código, concordancia con el Art. 486 del Código de Comercio, y que además con-

CITACIÓN JUDICIAL A: EDWIN FRANCISCO ROJAS PEÑAFIEL ACTOR: JUAN CARLOS CEPEDA CASSOLA EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL PICHINCHA C.A. DEMANDADO: EDWIN FRANCISCO ROJAS PEÑAFIEL JUCIO: VERBAL SUMARIO CAUSA No. 17230-2015-05171 ABOGADO: JUAN CARLOS CEPEDA CASSOLA PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 13 de abril del 2015, las 14h52.- VISTOS. Avoco conocimiento de la presente causa mediante acción de personal No. 8470-DNTH-2014 SBS de fecha 28 de Octubre del 2014 Jueza Titular de Primer Nivel de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. Tramítese en juicio verbal sumario. Con la demanda y providencia recaída cítese al demandado señor: EDWIN FRANCISCO ROJAS PEÑAFIEL en el lugar indicado para el efecto, que por ser su lugar de trabajo se lo hará en persona, el peticionario proporcione copias para la elaboración de las boletas de citación. Téngase en cuenta el Casillero Judicial señalado y la calidad en la que comparece el SRS. AB. CEPEDA CASSOLA JUAN CARLOS y ENDARA BUENDIA MARIA GABRIELA conforme lo acredita el documento acompañado. Agréguese al proceso los documentos adjuntos. Dejando fotocopia para el archivo del Juzgado entréguese los documentos acompañados. - Actúe el señor Dr. Luis Ron Villavicencio, en calidad de Secretario encargado de conformidad con lo dispuesto por el Concejo Nacional de la Judicatura, mediante acción de personal No. 8445-DP-UPTH del diecisiete de Noviembre del 2014.- NOTIFÍQUESE.- F) Dra. Jenny Margoth Tafur Salazar, Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 26 de septiembre del 2017, las 10h23.- VISTOS.- En mérito al juramento rendido por la parte actora, documentos que obran de autos y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese en legal y debida forma a la parte demandada ROJAS PEÑAFIEL EDWIN FRANCISCO, con el auto de calificación y este decreto, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación editado en esta ciudad de Quito, la parte demandada una vez que fenezca el término señalado en el Art. 56 último inciso del Código Orgánico General de Procesos, que dispone: “…Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda…”, legalmente citado proponga las excepciones correspondientes a las que se creyera asistido. Para el efecto por Secretaría confiérase el extracto correspondiente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1° Ibídem, previas las formalidades legales.- NOTIFIQUESE.- Dra. Iliana Patricia Cabrera Solórzano, Jueza Lo que comunico a usted para los fines de ley, recordándole la obligación que tiene de señalar casillero judicial en el lugar del juicio para recibir sus notificaciones. Ab. Zoila Elena Salazar Salazar SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D.M.Q. Hay Firma y Sello

PAB/17736/AS

Revista judicial

JUDICIAL QUITO

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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


R. DE E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACION JUDICIAL A LA DEMANDADA: ROSA ANDREA RIVAS VERGARA. ACTOR: DR. JUAN CARLOS CEPEDA CASSOLA y DRA. MARIA GABRIELA ENDARA BUENDIA. PROCURADORES JUDICIALES DEL BANCO PICHINCHA C.A. NRO. DE JUICIO : 17230-2015-08558. TIPO DE PROCESO: EJECUTIVO. ACCION: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN. CUANTIA: DIECINUEVE MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 19.500,oo). NORMATIVA LEGAL: ARTS. 413, 415, 419 Y SIGUIENTES DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, ART. 486 Y MAS PERTINENTES DEL CODIGO DE COMERCIO, Y ART.1527 Y SIGUIENTES DEL CODIGO CIVIL. PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 1 de junio del 2015, las 09h14.VISTOS.- La demanda que por cobro de dinero presenta el BANCO PICHINCHA C. A, por intermedio de su Representante Jurídico en ejercicio de la Representación Legal, Dr. Jaime Flor Rubianes, y éste por intermedio de sus Procuradores Judiciales Drs. JUAN CARLOS CEPEDA CASSOLA y Dra. MARÍA GABRIELA ENDARA BUENDÍA, contra de, ROSA ANDREA RIVAS VERGARA, en calidad de deudora principal, y de, MIGUEL ÁNGEL ORTIZ CEVALLOS y MIRTHA DEL PILAR ALMEIDA REVELO, en calidad de garantes, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva establecida en el Título II, Parágrafo 2o, Artículos 419 al 490, del Código de Procedimiento Civil.Por considerar título ejecutivo el documento aparejado a la demanda, emitido , aceptado y garantizado en esta ciudad de Quito, se ordena citar, con el contenido de la misma y con el de esta providencia a los demandados: ROSA ANDREA RIVAS VERGARA, en la dirección proporcionada por los demandante, en esta ciudad de Quito, para que en el término de tres días, cumpla con la obligación reclamada o formule excepciones; para cuyo efecto, por Secretaría, remítase las boletas de citación a la Oficina correspondiente; y a los demandados: MIGUEL ÁNGEL ORTIZ CEVALLOS y MIRTHA DEL PILAR ALMEIDA REVELO, en la dirección proporcionada por los demandante, en la ciudad de Tulcán , Provincia del Carchi, para que en el término de tres días, más tres, en razón de la distancia, cumplan con la obligación reclamada o formulen excepciones, en igual término; para cuyo efecto, DEPRÉCASE, a uno de los Jueces de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL del Cantón Tulcán en la Provincia del Carchi, a quien se le enviará suficiente despacho, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.Por Secretaría, una vez citados los demandados, procédase al desglose solicitado, observando, las formalidades legales establecidas en el Art.992 del Código de Procedimiento Civil.-Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese a los demandantes en la casilla judicial No.3445 y en su correo electrónico.Sin embargo de lo dispuesto, el suscrito Juez de primer nivel de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, Dr. Edwin Cevallos Ampudia, CONSIDERANDO: (1).-Que el litigio no es la única vía posible para solucionar las controversias; (2).-Que la Constitución de la República, en el Art.190, reconoce medios alternativos de solución de conflictos, como la mediación; (3).-Que la mediación es un servicio administrativo, que la Función Judicial, por intermedio del Consejo de la Judicatura, ha puesto a consideración de la ciudadanía para que de manera voluntaria y directa, solucione sus conflictos; (4).- Que el Consejo de la Judicatura, ha establecido como una de las políticas estratégicas de la Función Judicial, el fomento de una cultura de paz en la solución de conflictos mediante el diálogo directo de quienes tiene en sus manos la libre disponibilidad de sus derechos; y, (5).-Que en la actualidad el Consejo de la Judicatura, cuenta con un moderno Centro de Mediación en esta ciudad de Quito, ubicado en el inmueble N2641 de la Calle 09 de Octubre y Santa María, INVITA: al BANCO PICHINCHA C. A, por intermedio de su Representante Jurídico en

PAB/17719/AS(1)

tiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 2) Cítese a los demandados VÍCTOR ALFONSO GAVILANES GARZÓN y NELSON ELÍAS HERRERA ESQUIVEL, en los lugares que se indican; para tal propósito, remítase despacho suficiente a la Oficina encargada de realizar dicha diligencia, debiendo la parte interesada, dentro del término de tres días, acercarse a esta Unidad, para proveer de las copias necesarias, a fin de elaborar el número de boletas que se requieran. 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. 5) Por no haberse justificado en legal y debida forma, se niega la medida cautelar solicitada, reiterando que de conformidad a lo establecido en el Art. 351 del Código antes mencionado, a la parte solicitante le corresponde presentar la certificación que sustente su petición. 6) Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente

ejercicio de la Representación Legal, Dr. Jaime Flor Rubianes, y a éste por intermedio de sus Procuradores Judiciales Dr. JUAN CARLOS CEPEDA CASSOLA y Dra. MARÍA GABRIELA ENDARA BUENDÍA, a , ROSA ANDREA RIVAS VERGARA, a, MIGUEL ÁNGEL ORTIZ CEVALLOS y a , MIRTHA DEL PILAR ALMEIDA REVELO, para que acudan al indicado Centro de Mediación de la Función Judicial; a fin de que traten de solucionar este conflicto mediante el diálogo directo. Por tanto, el demandante, BANCO PICHINCHA C. A, en el término de 05 días, se servirá comunicar a este Juzgador, su aceptación o negativa de acudir a la Mediación; y los demandados: ROSA ANDREA RIVAS VERGARA, MIGUEL ÁNGEL ORTIZ CEVALLOS y , MIRTHA DEL PILAR ALMEIDA REVELO, al momento de contestar la demanda, de igual forma, se servirán comunicar, su aceptación o negativa de acudir a la Mediación.- Encargase la tramitación de este proceso a la Srta. Gabriela Yépez Borja, Ayudante Judicial 1 de esta Unidad Judicial Civil y Mercantil del cantón Quito, Distrito Metropolitano; a quien se le encomienda ayudar a observar el derecho al debido proceso de las partes garantizado en el Art.76 de la Constitución de la Republica; en concordancia con las normas del Código Orgánico de la Función Judicial, del Código de Procedimiento Civil y del Reglamento de Arreglo de Procesos y Actuaciones Judiciales.- Los litigantes, ahora pueden gestionar su proceso en línea, ingresando a la siguientes dirección electrónica: www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec; Servicios Corporativos; Ingreso de Requerimientos.NOTIFÍQUESE.- f) DR. EDWIN ERNESTO CEVALLOS AMPUDIA, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 20 de septiembre 2017, las 14h40. Agréguese al proceso el escrito presentado.- En lo principal Atenta la petición formulada por el actor; por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la parte demandada RIVAS VERGARA ROSA ANDREA por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto confiérase el extracto respectivo.- Notifíquese.- f) CEDEÑO CAMACHO SIMON JUEZ. Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley previniéndole la obligaciòn que tiene de señalar casillero judicial y/o correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Edwin Vinicio Càrdenas Vargas MS.c SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay Firma y Sello PAB/17719/AS(2)

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A LUCERO REYES JAIME ARTURO JUICIO No. 17230-2015-08552 ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: LUCERO REYES JAIME ARTURO TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 3000,00) JUEZ: AB. GABRIELA LEMOS TRUJILLO SECRETARIA: AB. TANIA VILLARREAL PRETENSIÓN: El demandado se encuentra en mora de pago desde el dividendo No. 14 de fecha 05 de Febrero del 2015, constante de la Tabla Informativa adjunta, por lo que demanda para que en sentencia se le condene al pago de los dividendos vencidos constantes del Pagaré a la orden, el interés de mora calculado a la tasa vigente constante en el pagaré a la orden, la comisión de un sexto por ciento del capital, las costas procesales. AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 16 de junio del 2015, las 11h07. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez de Primer Nivel de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, según acción de personal No. 8476DNTH-2014-SBS, de 29 de Octubre del 2014, emitida por la Ing. María Cristina Lemarie Acosta, Directora Nacional de Talento Humano, y la Econ. Andrea Bravo Mogro, Directora General del Consejo de la Judicatura.- La demanda que antecede, propuesta por los Dres. JUAN CARLOS CEPEDA CASSOLA y MARIA GABRIELA ENDARA BUENDIA, en calidad de Procuradores Judiciales del BANCO PICHINCHA C.A., en contra del señor JAIME ARTURO LUCERO REYES, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, esto es, cumple lo previsto en el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, como son: 1. La designación del juez ante quien se la propone; 2. Los nombres completos, estado civil, edad y profesión del actor y los nombres completos del demandado; 3. Los fundamentos de hecho y de derecho, expuestos con claridad y precisión; 4. La cosa, cantidad o hecho que se exige; 5. La determinación de la cuantía; 6. La especificación del trámite que debe darse a la causa; 7. La designación del lugar en que debe citarse al demandado, y la del lugar donde debe notificarse al actor; y, 8. Los demás requisitos que la ley exija para cada caso”; por lo que, se la admite a trámite por la vía ejecutiva, prevista en la Sección 2da. Parágrafo 2do. Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.Cítese a la parte demandada, señor JAIME ARTURO LUCERO REYES, en la dirección señalada en el libelo de demanda, mediante COMISION dirigida a la Tenencia Política de la Parroquia Calderón, del Distrito Metropolitano de Quito.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la petición inicial.- Regístrese el casillero judicial y correos electrónicos señalados por los accionantes.- Previo recibo y razón en autos se ordena el desglose de los documentos requeridos, debiendo entregarse a la persona autorizada.- Actúe el Dr. Francisco Vásquez, en calidad de Secretario de esta Judicatura, según acción de personal número 3942-DP-UPTH, de 27 de mayo del 2015, emitida por la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura.- COMISIONESE y NOTIFIQUESE.- F. Dr. Jorge Miranda Calvache (Juez). UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 16 de junio del 2015, las 15h28. En la providencia inmediata anterior, de fecha 16 de junio del 2015, a las 11h07, deberá entenderse que al demandado señor JAIME ARTURO LUCERO REYES, se lo emplaza para que una vez citado, tiene el término de 3 días, más 1 día adicional en razón de la distancia, para que pague la obligación demandada o proponga excepciones, bajo prevenciones de Ley.- Actúe el Dr. Francisco Vásquez, en calidad de Secretario de esta Judicatura, según acción de personal número 3942-DP-UPTH, de 27 de mayo del 2015, emitida por la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura.NOTIFIQUESE.- F. Dr. Jorge Miranda (Juez). PAB/17716/AS(1)

justificada con el instrumento que adjunta, casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones. Notifíquese y Cítese.- f) Dr. Paúl Narváez. JUEZ.- AUTO DE SUSTANCIACIÓN.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito martes 26 de septiembre del 2017, las 15h31.- VISTOS: En virtud del juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado VÍCTOR ALFONSO GAVILANES GARZÓN, mediante publicaciones realizadas por la prensa, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para tal propósito, la parte interesada acérquese a esta Unidad Judicial a retirar el extracto correspondiente a fin de dar cumplimiento a la presente disposición. Notifíquese. Dr. Paúl Narváez. JUEZ Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.CERTIFICO.DR. ALEXANDER VENEGAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO Hay firma y sello PAC108974fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL-COGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: FREDY WILMER ACHANGA JURADO y KATHERINE VANESSA DOMINGUEZ VALLEJO. D E M A N DA D OS : F R E DY WILMER ACHANGA JURADO, K AT H E R I N E VA N E S SA DOMINGUEZ VA L L E J O, SANCHEZ OÑA DARWIN PATRICIO. JUICIO No. 17230-2016-15205. TRAMITE: EJECUTIVO COBRO DE PAGARE A LA ORDEN. CUANTÍA: QUINCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. A B. D E F E N SO R : A B. FERNANDO CHANGO TORRES. OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE CONDENE A LOS DEMANDADOS AL PAGO TOTAL DE LA DEUDA CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDEN, INTERESES, G A STO S J U D I C I A L E S, HONORARIOS DEL DEFENSOR TECNICO. UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 16 de septiembre del 2016, las 09h35.- VISTOS: Avoco conocimiento de la

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 7 de agosto del 2017, las 15h20. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede. Toda vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha 19 de del 2017, a las 14h06’, de conformidad con lo establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado LUCERO REYES JAIME ARTURO, por medio de la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito, para los fines de ley pertinentes. A través de secretaria confiérase el extracto correspondiente.NOTIFIQUESE. F. Gabriela Lemos Trujillo (Jueza). Lo que pongo en su conocimiento, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito o una casilla electrónica para posteriores notificaciones. Ab. Tania Villarreal SECRETARIA (E) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay Firma y Sello

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presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el D.M., de Quito, provincia de Pichincha y en virtud del sorteo realizado en legal y debida forma.- La demanda presentada por el ING. JORGE LUIS MONTENEGRO VILLACIS, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro del pagaré a la orden, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Cítese a la parte demandada en la presente causa, señores FREDY WILMER ACHANGA JURADO en calidad de deudor principal; DARWIN PATRICIO SANCHEZ OÑA y KATHERINE VANESSA DOMINGUEZ VALLEJO en calidad de deudores solidarios, en las direcciones indicadas, para lo cual se adjuntará copias de la demanda y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Previo a la citación a la parte demandada y en atención la petición formulada por el demandante; de conformidad con lo previsto en los Art. 351 y 126 del Código Orgánico General de Procesos y sobre la base del Certificado de Gravámenes conferido por el Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, se prohíbe que la parte demandada señor FREDY WILMER ACHANGA JURADO venda, hipoteque, constituya cualquier otro gravamen o celebren contrato que limite el dominio o goce consistentes en la casa número CUARENTA Y UNO, planta baja, alícuota parcial 0.40%; casa No. CUARENTA Y UNO planta alta primer piso, Alícuota parcial 0.41%; casa No. CUARENTA Y UNO planta alta segundo piso, alícuota parcial 0.41%; patio posterior No. CUARENTA Y UNO (incluye lavandería), Alícuota parcial 0.18%, alícuota total 1.41%; de las casas T DOS.- Que forman parte del CONJUNTO HABITACIONAL PARAÍSO DEL SUR “MANZANA ONCE R”, construido en la “Manzana R”, en el inmueble del barrio tamia Llacta, Área dos, sector seis, del plan Quitumbe, situado en la parroquia CHILLOGALLO. Matriculas número CHILL0085093 CHILL0085094. Y más especificaciones y linderos que constan del referido certificado adjunto. Inscríbase la presente medida cautelar en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial No. 5382 y correo electrónico fernandoch72@yahoo.com a

efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe el Abg. Diego Acuña Naranjo en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 31 de julio del 2017, las 15h51.- En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado el Actor, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a los demandados FREDY WILMER ACHANGA JURADO y KATHERINE VANESSA DOMINGUEZ VALLEJO, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo. NOTIFIQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello PAC108975fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL CITACION JUDICIAL A LOS SEÑORES AIDA MARIA CUMBA CUSHCAGUA, ELENA COTACACHI; y, ALONSO AMAGUAÑA RAMOS ACTOR: DR. LUIS EMERSON G U E VA R A TO R R ES, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADOS: AMAGUAÑA COTACAC H I RO D R I G O, AMAGUAÑA RAMOS ALONSO, COTACACHI ELENA, CUMBA CUSHCAGUA AIDA MARIA JUICIO NRO.17230-201511810- EJECUTIVO. CUANTIA: 3738,65 USD DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: CASILLERO JUDICIAL No. 3485- DR. LUIS EMERSON GUEVARA TORRES AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 14 de agosto del 2015, las 14h40… VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez Encargado de esta Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, según acción de personal No. 6345-DP-UPTH de 11 de agosto de 2015.- La demanda que antecede, propuesta por el abogado JUAN CARLOS MERINO RIVADENEIRA, en calidad de apoderado especial y procurador judicial de Jaime Manuel Flor Rubianes, representante jurídico en ejercicio de la representación legal del BANCO PICHINCHA C.A., en contra de los señores RODRIGO AMAGUAÑA COTACACHI y AIDA MARIA CUMBA CUSHCAGUA, en calidad de deudores principales; y, señores ELENA COTACACHI y ALONSO AMAGUAÑA RAMOS, como avalistas solidarios, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; consecuentemente, se la admite a trámite por la vía ejecutiva, prevista en la Sección 2da. Parágrafo 2do. Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.Cítese a la parte demandada, señores RODRIGO AMAGUAÑA COTACACHI, AIDA MARIA CUMBA CUSHCAGUA, ELENA COTACACHI y ALONSO AMAGUAÑA RAMOS, en la dirección señalada en el libelo de demanda, a fin de que en el término de 3 días, paguen la

Revista judicial MIÉRCOLES 11 de OCTUBRE de 2017 La Hora Quito, ecuador obligación demandada o propongan las excepciones dilatorias o perentorias de las que se crean asistidos, bajo prevenciones de Ley.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.Regístrese el casillero judicial y correo electrónico señalados por el accionante para recibir sus futuras notificaciones.Téngase en cuenta la designación y autorización conferida a favor de sus abogados defensores.- Previo recibo y razón en autos se ordena el desglose de los documentos requeridos, debiendo entregarse a la persona autorizada.-Actúe el Dr. Francisco Vásquez, en calidad de Secretario de esta Judicatura, según acción de personal número 3942-DP-UPTH de 27 de mayo de 2015, emitida por la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura.- NOTIFÍQUESE y Cítese) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DAVALOS, JUEZ ENCARGADO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 7 de agosto del 2017, las 11h33… Agréguese al proceso el escrito y anexos que antecede.- Por cuanto la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto de fecha 17 de julio del 2017 y ha comparecido a esta Unidad Judicial Civil, a rendir el juramento de conformidad con Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los demandados señores AIDA MARIA CUMBA CUSHCAGUA, ELENA COTACACHI; y, ALONSO AMAGUAÑA RAMOS, por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el extracto.Notifíquese.-f) DIANA JAZMIN ALBAN SOLANO, JUEZA DRA. ALBA PALAGUACHI LASSO. S EC R E TA R I O U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC108970fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: MYRIAM TERESA SANCHEZ VILLACRES ACTOR: MARIA IVONNE GUERRA DE LA TORRE DEMANDADOS: MARCELO ANTONIO VASCO, MYRIAM TERESA SANCHEZ VILLACRES, ZOILA VASCO VASCO JUICIO No: 17230-2015-17322 CUANTIA: 6.000,00 DOLARES (SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA) TRAMITE: E J EC U T I VO (EXPENSAS F I JA DAS POR LA ASAMBLEA DE COPROPIETARIOS) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No. 5985-3376 JUEZ: DR. WILLIAN PATRICIO ROMAN CAÑIZARES SECRETARIA: DRA. SUSANA GUARANGO JARA AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 11 de diciembre del 2015, las 10h46.VISTOS.- En virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez Subrogante de la Unidad

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Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, mediante Acción de personal No. 8225-DP-UPTH-MP de 21 de Octubre del 2015. Avoco conocimiento de la presente acción. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la Ingeniera MARIA IVONNE GUERRA DE LA TORRE, conforme lo acredita con la documentación que adjunta. Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda y el escrito que antecede. En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo. Cítese a los demandados señores MARCELO ANTONIO VASCO, MIRIAM TERESA SANCHEZ VILLACRES y ZOILA VASCO VASCO, en la dirección señalada en la demanda, para cuyo efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones. Una vez citados los demandados y conforme establece el primer inciso del artículo 421 del Código de Procedimiento Civil, en el término de tres días cumplan con la obligación demandada o propongan las excepciones que considere pertinentes. De conformidad con lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 421 del Código de Procedimiento Civil y en mérito al certificado de gravámenes otorgado por el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, que se adjunta a la demanda, se prohíbe que los ejecutados, vendan, hipotequen o constituyan otro gravamen o celebren contrato que limite el dominio del bien inmueble de su propiedad consistente en el local número uno alícuota cero punto cero cuarenta y dos treinta y cuatro, y departamento número uno alícuota cero punto once cuatro veinte y cuatro, que forma parte del Edificio “Tauro” de la parroquia Benalcazar de este Cantón, cuyas especificaciones se detallan en el referido certificado, bien inmueble perteneciente a los demandados. Para cuyo efecto, notifíquese al Señor Registrador de la Propiedad del Cantón Quito para que proceda a la inscripción correspondiente. Téngase en cuenta la cuantía, la casilla judicial y correo electrónico señalados por el actor. Actúa el Dr. Patricio Calderón en calidad de Secretario Encargado, mediante acción de personal No. 6887-DP-UPTH-27-08-2015. CÍTESE y NOTIFÍQUESE.-f) DRA. KARINA ALEJANDRA MARTINEZ SALAZAR-JUEZA ENCARGADA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, lunes 21 de agosto del 2017, las 11h03.- Incorpórese al proceso el escrito que antecede. En mérito del juramento rendido y los documentos anexados por la parte actora, de conformidad con el Arts. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada MYRIAM TERESA SANCHEZ VILLACRES, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito.- Por Secretaría confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-f) DR. WILLIAN PATRICIO ROMAN CAÑIZARES-JUEZ Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


Revista judicial C8

MIÉRCOLES 11 de OCTUBRE de 2017 La Hora Quito, ecuador

Abogado como dispone la Ley. DRA. SUSANA GURANGO JARA SECRETARIA Hay firma y sello PAC108983fa

ORDINARIOS REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL NORTE 1 DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, PROVINCIA DEL GUAYAS DE GUAYAS AVISO AL PÚBLICO. A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ DR. MANUEL CIRILO ROSALES CARDENAS. LE HAGO SABER: que por Resorteo de fecha 28 de noviembre de 2014, le ha tocado conocer al presente Juzgado, el juicio Ordinario de PETICIÓN DE HERENCIA, signado con el # 09332-2014-22736 (antes 09307-2007-0777) seguido por el señor Dr. Manuel Cirilo Rosales Cardenas (fallecido (+) ahora por el Dr. Santiago Efrain Velazquez Coello en calidad de Procurador Judicial de la señora Ligia Argentina Maldonado Garcia viuda de Rosales, Sonia Catalina Rosales Maldonado, Sandra Ilonka Rosales Maldonado; Ligia Paulina Rosales Maldonado en contra de Irene Ricci Ottati. OBJETO DE LA DEMANDA: Petición de herencia. Que se condene a los señores: Irene Ricci Ottati; Giulio Ricci Ottati, Ana María Ricci Ottati, Alexandra Ricci Ottati, Lucía Patricia Ricci Ottati y María Lorena Ricci Ottati, a que se les restituya al Dr. Manuel Rosales Cardenas el 50% de todos los bienes hereditarios del Sr. Sergio Michelle Ricci Cirelli y al pago del 50% de los frutos producidos desde el 26 de noviembre de 1992 con sus respectivos intereses. y que se reforma la demanda por parte del actor y que se quede como única demandada a la señora Ricci Ottati Irene; Luego fallece la parte actora que reclama el Dr. Manuel Rosales Cardenas y se dispone citar a los herederos presuntos, y desconocidos de quien en vida fue Manuel Cirilo Rosales Cardenas. AUTO INICIAL: JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL.- 0930720070777. GUAYAQUIL, 01 de Noviembre del 2007, a las 15:54:01. VISTOS: En merito de la razón sentada por la actuaría del despacho y a la acción de personal No.- 1299-OPD, enviada por el C.N. de la Judicatura, avoco conocimiento de la presente demanda presentada por el Doctor Manuel Rosales Cárdenas se la califica de clara, precisa y completa, por lo que se la admite al trámite del juicio ordinario, y por ello, con apercibimiento en rebeldía, se corre traslado a los demandados para que dentro el término de 15 días propongan conjuntamente las excepciones dilatorias y perentorias, conforme a los dispuesto en el Art. 397 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil. Cítese a la demandada Irene Ricci Ottati en la dirección indicada en la demanda, y a los señores Giulio, Ana María, Alexandra, Lucía y María Lorena Ricci Ottati conforme a lo dispuesto en el Art. 82 del cuerpo legal ya citado. ya que el actor afirma bajo juramento que le es imposible determinar la residencia actual de los señores Giulio, Ana María, Alexandra, Lucía y María Lorena Ricci

Ottati .-Agréguese a los autos los documentos a que se refiere el escrito presentado el 31 de octubre del 2007 a las 16h12. Téngase en cuenta la autorización conferida por el accionante a los Doctores Santiago Velázquez Coello, Jacinto Velázquez Herrera, Santiago Velázquez Veláquez y María Fernanda Estévez Zambrano, y al Abogado Enrique Aldáz Brito, para que a su nombre, actuando individual o conjuntamente, presenten los escritos que fueren del caso dentro de este proceso. Notifíquese. F) Ab. Fernando Muga Jara, Juez Temporal. Juicio No. 2014-22736.UNIDAD JUDICIAL FLORIDA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL DE GUAYAS. Guayaquil, martes 29 de diciembre del 2015, las 18h49. Agréguese a los autos los escritos presentados por DR. SANTIAGO VELAZQUEZ COELLO con fechas 07 DE SEPTIEMBRE del 2015 a las 15H24 con los documentos que adjunta; 29 DE SEPTIEMBRE del 2015 a las 13H33, y 07 DE DICIEMBRE del 2015 a las 16H52 con los documentos adjuntos, puesto en mi despacho el 29 DE DICIEMBRE del 2015 para ser proveído; En lo principal como queda manifestado y de conformidad a lo establecido en el artículo 70 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, admitida la reforma a la demanda presentada por el Dr. Santiago Velasquez Coello, por los derechos del señor Ab. Manuel Rosales Cárdenas, en contra de Irene Ricci Ottati, a quien en mérito de la reforma a la demanda, expuesta, se considera como única accionada.- así también, se dispone que comparezca a esta Unidad Judicial Florida de Mujer, Niñez y Adolescencia de esta ciudad de Guayaquil, el día 12 DE ENERO DEL 2016 A LAS 15H00, la parte accionante Dr. Santiago Velasquez Coello personalmente y no por interpuesta persona ni procurador judicial a reconocer sus firmas y rubricas estampadas al pie del escrito que consta a fojas 559 del proceso.- Que la secretaria del despacho elabore el aviso de publicación por la prensa para que sea citados los herederos conocidos y presuntos del señor Sergio Michelle Ricci Cirelli, en uno de los diarios de mayor circulación del País, tal como lo establece el Arty 82 en concordancia con el Art 346.4 del Código de Procedimiento Civil, solemnidad sustancial que se debe cumplir por la naturaleza del proceso; debiendo ser entregado dicho documento en la persona autorizada en escrito que se provee, para el efecto.- Téngase en cuenta la comparecencia que hace el señor Dr Santiago Velasquez Coello en su calidad de Procurador Judicial de la señora Ligia Argentina Maldonado Garcia Vda de Rosales, Sonia Catalina Rosales Maldonado, Ligia Paulina Rosales Maldonado y Sandra Ilonka Rosales Maldonado, personería que se legitima en mérito del documento de escritura pública que a acompañado, debiendo tenerse en cuenta la autorización conferida, la CASILLA JUDICIAL y el correo electrónico que señala para sus notificaciones.- Actué el Ab. Viviana Maria Segura Ronquillo, en calidad de Secretaria del despacho.- Notifíquese y Cúmplase.JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Marien Segura Reascos, Juez de Unidad Judicial Florida de Familia, Mujer, Niñez y

JUDICIAL QUITO

Adolescencia con sede en el Cantón Guayaquil de Guayas.09332-2014-22736. UNIDAD JUDICIAL NORTE 1 DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, PROVINCIA DEL GUAYAS DE GUAYAS. Guayaquil, lunes 6 de febrero del 2017, las 11h51. VISTOS: ABG. CYNTHIA SAMANTA GUERRERO LEON, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Florida de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, Mediante acción de personal N° 8994-DP09-2016-VG, de fecha 11 de agosto del 2016, que rige desde el 15 de agosto del 2016. Encontrándome legalmente en mis funciones de conformidad con lo establecido en el Art. 172 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con los Arts. 233 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial.- Continuando con la sustanciación de la presente causa y de un análisis de la misma se verifican que existen tres nulidades decretadas dentro del proceso, por lo que se encuentra pendiente lo dispuesto dentro del auto de fecha 08 de mayo del 2015, a las 10h26, que obra de fojas 675 a 676 y en lo principal dispongo: 1.- Agréguese a los autos escrito presentado por DOCTOR SANTIAGO VELASQUEZ COELLO.- 2.- De la revisión de la causa se verifica la Inscripción de Defunción del actor Dr. Manuel Cirilo Rosales Cárdenas, fallecido en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, el 22 de febrero del 2013, por lo que de conformidad con lo dispuesto el Art. 83 en concordancia con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone notificar por una sola ocasión, en uno de los Diarios de mayor circulación de la localidad, y del lugar donde se produjo el fallecimiento, esto es en la ciudad de Quito; a los HEREDEROS, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL QUE EN VIDA SE LLAMÓ DR. MANUEL CIRILO ROSALES CARDENAS.Intervenga la Abg. Viviana Segura, Secretaria del despacho.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.Lo que comunico a Usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar casilla judicial y correo electrónico para sus futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la última publicación, en caso contrario se lo considerará en rebeldía.Guayaquil, viernes 10 de febrero del 2017. Ab. Viviana Maria Segura Ronquillo Secretaria – Unidad Judicial Norte 1 de FMNA De Guayaquil Hay firma y sello P AR/107067/MS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: CITESE con el siguiente EXTRACTO DE LA DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO (Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio) A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE JOSE MANUEL GUALLICHICO SINAILIN ACTOR: MARIO CALDERON APOLO DEMANDADOS: JEFFERSON ALFREDO GUALLICHICO LOYA, CESAR GUALLICHICO ÑACAZA, CONCEPCION GUALLICHICO ÑACAZA, MARIA ROSA GUALLICHICO PILLAJO, JOSE MANUEL GUALLICHICO SINAILIN, MARIA AGUSTINA GUALLICHICO ÑACAZA Y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE JOSE MANUEL GUALLICHICO SINAILIN JUICIO No: 17230-2015-19736 CUANTIA: INDETERMINADA

Una opinión equivocada puede ser tolerada donde la razón es libre de combatirla. J e ff e r s o n , T h o m a s T RA M I T E : ORDINARIO (Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No. 4531 JUEZA: DRA. ANA KARINA TORRES RECALDE SECRETARIA: AB. ZOILA ELENA SALAZAR SALAZAR OBJETO DE LA DEMANDA: EN JUICIO ORDINARIO, sobre el inmueble ubicado en el Barrio Guamba de la Parroquia Amaguaña, del Cantón Quito, Provincia de Pichincha. El bien inmueble se encuentra ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE.-sesenta y ocho metros setenta y ocho centímetros propiedad de la señorita Lidia Patricia Nacimba, SUR.cincuenta y nueve metros veinte y seis centímetros propiedad de la señora María Delfina Loya, ESTE.- diez metros cuarenta y dos centímetros Calle Publica Doce de Octubre y OESTE.trece metros dos centímetros quebrada sin nombre con una superficie de SEISCIENTOS VEINTE Y TRES METROS CUADRADOS VEINTE Y C UAT RO D EC I M E T ROS CUADRADOS; en esta virtud solicitamos que en sentencia SE ORDENE LA INSCRIPCION EN EL Registro de la Propiedad del Cantón Quito, y hará las veces de escritura pública y sirva de suficiente título de dominio. AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 10 de diciembre del 2015, las 16h05.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito. En virtud de la razón de sorteo. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Es procedente el trámite ordinario que se solicita, en consecuencia, córrase traslado con la demanda y esta providencia al demandado JOSÉ MANUEL GUALLICHICO SINAILIN, a fin de que la conteste en el término de quince días de ser citados legalmente, bajo apercibimiento en rebeldía. Cítese al demandado en el lugar que se indica para el efecto, mediante atenta Comisión librada al Señor Teniente Político de la Parroquia de Amaguaña, para lo cual el peticionario confiera copias a fin de elaborar la respectiva Comisión y boletas de citación.- Cuéntese y Cítese en la presente causa con uno de los señores Alcalde y Procurador Sindico del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.- De conformidad con lo previsto en el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la presente en el Registro de la propiedad, para el efecto envíese el correspondiente oficio.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora, para recibir las notificaciones que le corresponda.- Agréguese a los autos la documentación acompañada.- Actúe como secretario el Ab. Jaime Eduardo Cadena Vásquez, en calidad de Secretario de la Unidad, según acción de personal número 4049-DP-UPTH, de 28 de mayo del 2015, emitida por la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura.-NOTIFIQUESE.-f) DRA. JENNY MARGOTH TAFUR SALAZAR-JUEZA REFORMA A LA DEMANDA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO

METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 10 de mayo del 2016, las 16h24.- VISTOS. De conformidad con el Art. 70 del Código de Procedimiento Civil, téngase en cuenta la reforma a la demanda en los términos constantes del escrito presentado por el actor el 28 de abril del año en curso. Con la demanda y reforma cítese a los demandados mediante comisión al señor Teniente Político de la Parroquia Amaguaña, debiendo el accionante proporcionar copias para la elaboración de las boletas de citación. Previamente, inscríbase la demanda. Calificación y reforma a la misma, debiendo notificarse al señor Registrador de la <Propiedad del este cantón. Con costas.- NOTIFIQUESE.- f) DRA. JENNY MARGOTH TAFUR SALAZAR-JUEZA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 30 de agosto del 2017, las 12h41.- En lo principal y en atención al juramento rendido por la parte actora y de conformidad a lo dispuesto en el segundo inciso numeral 2 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los herederos presuntos y desconocidos del señor JOSE MANUEL GUALLICHICO SINAILIN mediante una sola publicación a la prensa en uno de los diarios de mayor circulación editado en esta ciudad de Quito.- Para el efecto por secretaria confiérase el correspondiente extracto judicial y remítase al casillero judicial de la parte actora.- NOTIFÍQUESE.f) DRA. ANA KARINA TORRES RECALDE-JUEZA Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley Lo que comunico al Público en General, para los fines de ley. AB. ZOILA SALAZAR SALAZAR SECRETARIA Hay firma y sello PAC109010fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE CARLOS ENRIQUE PACHECO ZEAS. ACTOR: EMPRESA PRODUCTOS SAN JOSÉ, PROSANJO CIA. LTDA, POR INTERMEDIO DE SU GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DR. FABIÁN ROLANDO GUERRON CEVALLOS. JUICIO ORDINARIO No: 172302015-08130 CUANTIA: $ 45.000,00 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 30 de marzo del 2017, a las 11h38. VISTOS.- El escrito que antecede agréguese al proceso.- Por cumplido el requerimiento realizado por este despacho Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de jueza de esta Unidad Judicial Civil, nombrada mediante acción de personal N° 10524-DNTH-2016-PC, de fecha 01 de noviembre del 2016.- En lo principal la demanda presentada por la

Empresa PRODUCTOS SAN JOSÉ, PROSANJO CIA. LTDA, por intermedio de su Gerente y Represetante Legal DR. FABIÁN ROLANDO GUERRON CEVALLOS en contra de: AIDA BEATRIZ RAMÓN CÁRDENAS en calidad de cónyuge sobreviviente de CARLOS ENRIQUE PACHECO ZEAS; en contra de BRUNO JOSUE Y MARILYN YADIRA PACHECO ROMÁN en calidad de herederos conocidos de CARLOS ENRIQUE PACHECO ZEAS; y, en contra de los herederos presuntos y desconocidos de CARLOS ENRIQUE PACHECO ZEAS quien fuere propietario y Gerente de la empresa CHENWAX DEL ECUADOR CIA. LTDA, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite ORDINARIO.En consecuencia cítese con el contenido de la demanda, el escrito que la completa y aclara; y, con el de esta providencia a los demandados: AIDA BEATRIZ RAMÓN CÁRDENAS, BRUNO JOSUE y MARILUYN YADIRA PACHECO ROMÁN, en la dirección señalada por el demandante en esta ciudad de Quito a través de Correos del Ecuador, de conformidad al nuevo modelo de gestión; y, en tanto que a los herederos presuntos y desconocidos de CARLOS ENRIQUE PACHECO ZEAS, cíteseles mediante tres publicaciones que se harán en días distintos, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad, con el extracto de la demanda, el escrito que la completa y aclara; y, con el de esta providencia.- Los demandados dentro del término de quince días de citados den contestación a la demanda con apercibimiento en rebeldía, aclarando que los demandados que sean citados por la prensa transcurridos veinte días desde la última publiación comenzará el término para contestar la demanda.- Agréguese al proceso los documentos presentados.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado para recibir notificaciones así como la designación de patrocinador.La parte actora preste las facilidades del caso a fin de cumplir la citación de manera oportuna (copias).- Actué la Abg. Ana Arcos en calidad de secretaria encargada de este despacho.CITESE Y NOTIFÍQUESE.- f). Sindy Escobar, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 30 de mayo del 2017, las 11h55. Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Jueza encargada, mediante acción de personal número No. 4413-DP17-2017VS., de fecha 29 de mayo de 2017, para el período del 29 al 30 de mayo de 2017. Agréguese a los autos el escrito que antecede, presentado por la demandada señora AIDA BEATRIZ RAMON CARDENAS. Previo a considerar su comparecencia, aclare la misma toda vez que dentro de la presente causa, se la tiene en calidad de cónyuge sobreviviente del señor Carlos Enrique Pacheco Zeas, para el efecto se le concede le termino de tres días. Tómese en cuenta la casilla judicial señalada para recibir notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado patrocinador. Por cuanto del auto de calificación de fecha 30 de marzo del 2017, las 11h38, se colige que la jueza que me antecedió en el conocimiento de la causa por un lapsus calami, hace constar erróneamente los nombre de los demandados: “BRUNO JOSUE y MARILYN YADIRA PACHECO ROMÁN” y “BRUNO JOSUE y MARILUYN YADIRA PACHECO ROMÁN”, y no como consta en el libelo de la demanda, por lo tanto en aplicación a lo establecido en el art. 130, núm. 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, como facultad esencial de los jueces, de convalidar

actos procesales, se enmienda lo señalado y en su reemplazo dirá: “BRUNO JOSUE y MARILYN YADIRA PACHECO RAMON”, en lo demás queda inalterable dicho auto. A fin de practicar la citación a los mencionados demandados se conmina a la parte actora proveer las copias necesarias. Actúa la Abg. Ana Mariela Arcos Guanoluisa, en calidad de Secretaria. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- f). Cenia Vera, Jueza Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones. Ab. Ana Mariela Arcos Secretaria de la Unidad Judicial Civil. Hay firma y sello PAC109012fa

ALMAGRO. DEMANDADOS: MIGUEL CABASCANGO SOLANO, GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE VIVIENDA “LOS LINDEROS”. JUICIO: No. 17313-2009-1643 TRAMITE : ORDINARIO, P R E S C R I P C I O N E X T RAO R D I N A R I A ADQUISITIVA DE DOMINIO. F U N DA M E N TO L EGA L :

EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACIÓN A: MIGUEL CABASCANGO SOLANO. ACTOR: CARMELA CATOTA

ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A.-DR. JUAN CARLOS CEPEDA CASSOLA PROCURADOR JUDICIAL DEMANDADO: LUIS ERNESTO NARVAEZ GUERRERO, RICHARD ALEX PONCE QUISHPE JUICIO No: 17230-2015-03815 CUANTIA: 7.000,00 DOLARES (SIETE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) TRAMITE: EJECUTIVO (COBRO DE PAGARE A LA ORDEN) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No. 3445 JUEZ: DR. WILLIAN PATRICIO ROMAN CAÑIZARES SECRETARIA: DRA. SUSANA GUARANGO JARA

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: IRIS ESTEFANIA VELEZ CONTENTO ACTOR: JUAN CARLOS CEPEDA CASSOLA EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADA: IRIS ESTEFANIA VELEZ CONTENTO JUCIO: VERBAL SUMARIO CAUSA No. 17230-2015-05267 ABOGADO: JUAN CARLOS CEPEDA CASSOLA PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 1 de julio del 2015, las 12h24. VISTOS.- En virtud del sorteo que antecede, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza Titular legalmente posesionada de esta Unidad.- En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la acepta a trámite VERBAL SUMARIO. En consecuencia entréguese copia de la demanda y providencia recaída en ella a la demandada, señora VELEZ CONTENTO IRIS ESTEFANIA, a quien se le citará en el lugar que se indica, para el efecto envíese suficiente despacho a la Oficina de Citaciones.- En lo demás y atento a lo solicitado, conforme lo dispone el Art.992 del Código de Procedimiento Civil, procédase al desglose de los documentos pedidos que fueron aparejados a la demanda, dejándose copias certificadas, razón y recibo en autos, mismos que serán entregados a la persona autorizada.- Téngase en cuenta el casillero y correo judicial señalados por la parte actora para futuras notificaciones, así como la autorización conferida a sus Abogados patrocinadores en la presente causa.- Actúe como Secretaria de esta Unidad Judicial Civil la Dra. María Isabel Solano Camacho mediante Acción de Personal Nª 3954-DP-UPTH de fecha 27 de Mayo del 2015.Notifíquese.-F) Dra. Carmen Virginia Romero Ramírez, Jueza UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 28 de septiembre del 2017, las 14h44. Por cumplido lo ordenado en providencia de fecha 12 de septiembre del 2017 a las 15h43, y en virtud del juramento rendido por el actor cítese a la señora VELEZ CONTENTO IRIS ESTEFANIA, con el auto de calificación y esta providencia, en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional conforme lo determina el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- NOTIFIQUESE.F) Dra. Iliana Patricia Cabrera Solórzano, Jueza

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: LUIS ERNESTO NARVAEZ GUERRERO

AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 1 de abril del 2015, las 08h36.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud del sorteo realizado, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha.La demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la admite al trámite Ejecutivo.- En consecuencia, los demandados, RICHARD ALEX PONCE QUISHPE, en calidad de deudor principal y, LUIS ERNESTO NARVAEZ GUERRERO en calidad de garante solidario, en el término de tres días y bajo prevenciones de Ley, cumplan con la obligación demandada, más los intereses adeudados por la mora, o dentro del mismo término propongan excepciones bajo prevenciones legales.- Cítese a los demandados RICHARD ALEX PONCE QUISHPE y LUIS ERNESTO NARVAEZ GUERRERO, en la dirección señalada en el libelo de la demanda, a través de la Oficina de Citaciones.- Agréguese al proceso la documentación acompañada.- Tómese nota del domicilio judicial No. 3445 y correo electrónico jcepedacassola@hotmail.com señalado por la parte actora para que reciba sus futuras notificaciones.Téngase en cuenta la calidad en la que comparecen los Drs. Juan Carlos Cepeda Cassola y Gabriela Endara con el documento habilitante que justifican.- De conformidad a lo que dispone el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copias certificada, razón y recibo en autos, se dispone el desglose de los documentos aparejados a la demanda, una vez citados los demandados.Se autoriza a la señora Ana Roció Sierra Salgado, para que retire los documentos indicados.- Actúa el Ab. Paul Pérez Salazar en calidad de Secretario Encargado, mediante acción de personal No. 1399-DP-UPTH, de fecha 21 de febrero del 2015.-NOTIFIQUESE.- f) DR. EDUARDO ENRIQUE GONZALEZ SOLORZANO –JUEZ PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 12 de julio del 2017, las 16h22.- En lo principal, por ser el estado de la causa, en mérito del juramento rendido y los documentos anexados por la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado NARVAEZ GUERRERO LUIS ERNESTO, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, para el efecto, por secretaría confiérase el extracto correspondiente, a fin de citar al demandado.- NOTIFIQUESE.-f) DR. WILLIAN PATRICIO ROMAN CAÑIZARES-JUEZ

Lo que comunico a usted para los fines de ley, recordándole la obligación que tiene de señalar casillero judicial en el lugar del juicio para recibir sus notificaciones.

Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley.

Ab. Zoila Elena Salazar Salazar SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D.M.Q Hay Firma y Sello PAB/17735/AS

DRA. SUSANA GUARANGO JARA SECRETARIA Hay Firma y Sello

PAB/17717/AS

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


ARTICULOS 603, 715, 2398 DEL CODIGO CIVIL Y ARTICULO 1000 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO DE LA DEMANDA: P R E S C R I P C I O N E X T RAO R D I N A R I A ADQUISITIVA DE DOMINIO. JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 6 de abril del 2010, las 11h40. VISTOS.-Por cumplido con el requerimiento anterior.- La demanda, propuesta por CARMELA CATOTA ALMAGRO, es completa, clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que declarándosela procedente se la admite a trámite, en juicio Ordinario.-En consecuencia, con la demanda y presente providencia córrase traslado a los señores Miguel Cabascango Solano, Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Vivienda “Los Líderes”; y, a todas aquellas personas quienes pudieron tener derechos que quedaron extinguidos por prescripción que ejercito en esta acción, por el término de quince días, a fin de que la contesten o propongan todas y cada una de las excepciones tanto dilatorias como perentorias de las que se creyeren asistidos, bajo apercibimiento en rebeldía.En mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la Actora, conforme lo dispone el Art.-82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a Miguel Cabascango Solano, Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Vivienda “Los Líderes”;y, a todas aquellas personas quienes pudieron tener derechos que quedaron extinguidos por la prescripción que ejercito en esta acción, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, para lo cual se entregará el extracto respectivo.-Cuéntese en la presente causa, con los personeros del Distrito Metropolitano de Quito, en la persona del señor Alcalde y Procurador Síndico.-Previamente inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, conforme lo dispone el Art.- 1000 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se notificará al Funcionario respectivo.- Incorpórense al proceso los documentos adjuntos.Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por el Actor, para sus notificaciones posteriores, así como el nombramiento y la autorización manifestada en favor de su Defensor.- NOTIFIQUESE. F) Dr. Rubén Cevallos Fabara, Juez Suplente de la Unidad. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 7 de abril de 2017, las 09h06. En virtud del juramento rendido y con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a MIGUEL CABASCANGO SOLANO, por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación local, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto. Notifíquese.- F) Dr. Edwin Cevallos Ampudia, Juez de la Unidad. UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVL CON SEDE ENLA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA. Quito, miércoles 21 de junio del 2017, las 10h45. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 del Código Orgánico de la Función Judicial en su numeral 8, se convalida el decreto de viernes 7 de abril del 2017, las 09h06. En su parte pertinente en la que menciona cítese a MIGUEL CABASCANGO SOLANO, siendo lo correcto cítese a MIGUEL CABASCANGO SOLANO, representante Legal de la

Cooperativa de Vivienda “Los Lideres”. En lo demás las partes estarán a lo dispuesto en providencias anteriores.Notifíquese. F) Dr. Edwin Cevallos Ampudia, Juez de la Unidad. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DEL LEY, PREVINIENDOLES DE LA OBLIGACION QUE TIENEN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL DENTRO DE LA PRESENTE CAUSA, PARA RECIBIR POSTERIORES NOTIFICACIONES. AB. GILBER COLINA SECRETARIO Hay firma y sello PAC109011fa

SOCIEDADES CIVILES EXTRACTO Constitución de Sociedad Civil y Comercial Denominada: SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL “BIOMART” S.C.C. Los señores cónyuges ALEJANDRO MAGNO MARTINEZ RUEDA Y NANCY MARGARITA MONTERO LORA; NATHALIE JOHANNA MARTINEZ MONTERO, soltera; BLANCA ALEJANDRA MARTINEZ MONTERO, soltera; ALFREDO SANTIAGO FLORES NUÑEZ, casado, de nacionalidad ecuatoriana, domiciliados en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano. RAZON SOCIAL: SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL “ SO C I E DA D CIVIL Y COMERCIAL ‘BIOMART” S.C.C. OBJETO: a) comercialización de insumos veterinarios y agropecuarios, importación y exportación de productos veterinarios y agropecuarios, productos químicos y demás que se deriven o se relacionen con lo anteriormente citado, pudiendo incluirse también maquinaria, herramientas, artefactos que sean compatibles con el objeto, compraventa y comercialización exponentes productos balanceados para la alimentación de ganadería en general, explotación y comercialización de productos agrícolas y ganaderos, como también producción avícola, para el cumplimiento de su objeto la compañía podrá comprar, arrendar, adquirir, inmuebles, bienes, maquinarias, patentes, concesiones y, en general, ejecutar cuantos actos, contratos y operaciones civiles o de comercio sean permitidos por la ley y guarden relación con el objeto social, pudiéndose asociarse a compañías constituidas con un objeto similar o complementario, así como representar a compañías nacionales como extranjeras.- b) Podrá realizar toda clase de actos y contratos civiles y mercantiles permitidos por la ley y relacionados con el objeto social para el que es creada, actos y contratos que podrán suscribirse, pudiendo asociarse, absolverlas o fusionarse para tales fines contará con la aprobación del capital social existente o representado con personas naturales, jurídicas y mixtas, publicas, semipúblicas, privadas o mixtas.- DOMICILIO: La compañía tendrá su domicilio en la ciudad de Quito.CAPITAL: El capital es de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA ( USA $ 2000,oo), dividido dos mil participaciones de un dólar cada una que se encuentran suscritas pagadas en su totalidad por los socios de la siguiente forma: NOMBRES Alejandro Magno Martínez Rueda y Nancy Margarita Montero Lora Blanca Alejandra Martínez Montero Nathalie Johanna Martínez Montero Alfredo Santiago Flores Núñez CAPITAL 1020.00 240,00 240.00

500,00 CAPITAL PAGADO 1020.00 240,00 240,00 500.00 PART. 1020 240 240 500 2000 PORCENTAJE 51% 12% 12% 25% TOTALES 2000,00 2000,00 2000 100% PLAZO: La duración de la compañía será de: CINCUENTA AÑOS Plazo: La duración de la compañía será de: CINCUENTA AÑOS. Cualquier oposición para la constitución de la presente compañía podrá ser presentada hasta dentro del plazo de cinco días. Quito, 10 de octubre del 2.017 DR. LUIS OSWALDO HERRERA RUEDA NOTARIO SEXAGESIMO SEPTIMO DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAC109014fa

VARIOS REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A MAYRA ALEXANDRA ROMERO MUÑOZ JUICIO No. 17230-2015-04191 ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. D E M A N DA DA : M AY R A ALEXANDRA ROMERO MUÑOZ TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: MIL TRESCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 1300,00) JUEZ: AB. GABRIELA LEMOS TRUJILLO SECRETARIA: AB. TANIA VILLARREAL PRETENSIÓN: La demandada no ha pagado la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA Y UN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON SESENTA CENTAVOS, por concepto de capital e intereses de la tarjeta de crédito VISA BANCO PICHINCHA, por lo que demanda que en sentencia se ordene el pago del capital adeudado más los intereses de mora calculados al máximo estipulado por la ley, hasta la total cancelación del crédito, las costas procesales, gastos y expensas judiciales, los honorarios profesionales de sus abogados defensores. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 02 de Junio del 2015, las 13h34. Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez encargado, mediante acción de personal No. 3561-DP-UPTH, de 19/05/2015.- La demanda presentada por el señor BARRERA CARRASCO A B S A LO N RIGOBERTO, en su calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A., es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley.- Se da el trámite Verbal Sumario. Entréguese copia de la demanda y esta providencia a la demandada señora MAYRA ALEXANDRA ROMERO MUÑOZ, cítese a la demandada, en el lugar señalado para el efecto.- Dejándose fotocopias certificadas y recibos en autos, desglósese la documentación solicitada por la parte actora. Agréguese al proceso la documentación acompañada. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados.CITESE Y NOTIFÍQUESE. F. Dr. Carlos Soto Jimenez (Juez) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA

Cuando envejecemos, la belleza se convierte en cualidad interior. Emerson, Ralph Waldo

IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 08 de septiembre del 2017, las 14h56. VISTOS: Toda vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha 4 de Septiembre del 2017, a las 15h15’, de conformidad con lo establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada MAYRA ALEXANDRA ROMERO MUÑOZ, por medio de la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito, para los fines de ley pertinentes. A través de secretaria confiérase el extracto correspondiente.NOTIFÍQUESE. F. Ab. Gabriela Lemos (Jueza). Lo que pongo en su conocimiento, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito o una casilla electrónica para posteriores notificaciones. A b. Ta n i a Vi l l a r re a l SECRETARIA (E) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P AR/107038/MS REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A M O N C AYO VA L A R E ZO JANETH HIRALDA JUICIO No. 17230-2015-11339 ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. D E M A N DA D O : JA N E T H HIRALDA M O N C AY O VALAREZO TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: TRECE MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA JUEZ: AB. GABRIELA LEMOS TRUJILLO SECRETARIA: AB. TANIA VILLARREAL PRETENSIÓN: Fundado en el contrato de Emisión y Uso de la Tarjeta de crédito “VISA BANCO PICHINCHA y/o MASTERCARD-BANCO PICHINCHA”, en virtud de que la demandada no ha pagado USD. $6581,26 por concepto de capital e intereses de acuerdo con la liquidación cortada al 09 de Mayo del 2015, demanda el pago del capital más los intereses de mora hasta la total cancelación del crédito, costas procesales, gastos y expensas judiciales, los honorarios profesionales de sus abogados. AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 14 de julio del 2015, las 14h08. VISTOS: Avoco conocimiento de la causa, mediante acción de personal No. 3561-DP-UPTH de fecha 19 de mayo del 2015, en mi calidad de Juez de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. Tramítese en juicio verbal sumario previsto a partir del artículo 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Con la demanda y providencia recaída cítese a la demandada señora: MONCAYO VALAREZO JANETH HIRALDA, en el domicilio señalado para el efecto, a cuyo objeto el peticionario proporcione copias para la

elaboración de las boletas de citación. Téngase en cuenta la cuantía, el Casillero Judicial, correo electrónico señalado y la calidad en la que comparece BARRERA CARRASCO ABSALON RIGOBERTO, conforme lo acredita el documento acompañado. Agréguese al proceso los documentos adjuntos. Previo a ordenar el desglose solicitado la parte actora determine a quien se entregarán los documentos originales. Actúe el señor Dr. Patricio Guachamin, en calidad de Secretario.- NOTIFIQUESE. F. Dr. Carlos Enrique Soto Jimenez (Juez) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 26 de Septiembre del 2017, las 14h17. VISTOS: Toda vez que la parte actora rendido juramento de conformidad con lo que establece el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se cite a la demandada MONCAYO VALAREZO JANETH HIRALDA, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito, para lo cual confiérase el respectivo extracto.-NOTIFIQUESE. F. Gabriela Lemos Trujillo (Jueza). Lo que pongo en su conocimiento, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito o una casilla electrónica para posteriores notificaciones. Ab. Tania Villarreal SECRETARIA (E) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello P AR/107036/MS R. DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: JAIRO FERNANDO YEPEZ VILLARREAL ACTOR: AB. GLENDA HIPATIA LUCERO ALVAREZ, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A. JUICIO ESPECIAL POR INSOLVENCIA NRO: 172302014-1255 CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 19 de noviembre del 2014, las 16h00. VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, mediante acción de Personal No. 8178-DNTH-2014, de 14 de octubre de 2014.- En lo principal la demanda que antecede es clara, completa, precisa y reúne los requisitos determinados por la Ley, consecuentemente se acepta a trámite especial.- De la documentación que se acompaña, se desprende que el señor JAIRO FERNANDO YEPEZ VILLAREAL, se halla comprendido en la situación prescrita en el Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se declara con lugar la formación de concurso de acreedores.- En consecuencia, acorde a lo dispuesto por el Art. 509 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la práctica de las siguientes diligencias:

La ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos del demandado que serán entregados al Síndico de Quiebra, que para el efecto se nombra al Dr. Ángel Roberto Almeida Llerena, a quien se notificará en legal forma, quien realizará el inventario y su respectivo avalúo.-Que se acumulen todos los pleitos seguidos en contra del demandado por las obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado, para lo cual se oficiará a los Jueces de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha.Se prohíbe al demandado señor JAIRO FERNANDO YEPEZ VILLAREAL, portador de la cédula de ciudadanía No. 0400837423, ausentarse del País, sin la autorización del juez que conoce la causa .-Que el demandado presente el balance de sus bienes, con la indicación del activo y pasivo, en el término de ocho días.- Remítase copia de lo actuado a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de lo Penal de Pichincha, para que califique la Insolvencia.-El demandado queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, debiéndose comunicar este particular mediante oficio a los señores: Dirección Nacional de Migración y Extranjería, Superintendencia de Bancos y Seguros a fin de que notifique a las diferentes entidades del sistema financiero nacional, Superintendencia de Compañías, así como a las Notarías y Registros de la Propiedad y Mercantil de este cantón, para que se abstengan de celebrar y registrar contratos traslaticios de dominio de los bienes del demandado, al Director General del Registro Civil Identificación y Cedulación, Servicio de Rentas Internas, Procurador General del Estado, Presidente del Consejo Provincial Electoral de Pichincha, Director de la Policía Técnica Judicial, Director de la Secretaría Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público, y otros.Inscríbase el presente auto en el Registro de la Propiedad de este Cantón; en fin, cúmplase con todas y cuantas diligencias sean necesarias conducentes a proteger los intereses del actor.-Se hará saber al público en general mediante publicación por la prensa en uno de los periódicos de la localidad de un extracto de la demanda y presente providencia , por una sola vez.- No obstante la declaración de haber lugar al concurso de acreedores, el demandado podrá oponerse al presente juicio pagando lo adeudado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, debidamente saneados en el término de tres días luego de citado.-Cítese al demandado JAIRO FERNANDO YEPEZ VILLAREAL, con el contenido de la demanda y presente providencia en la dirección señalada para el efecto.- Agréguese a los autos la documentación adjunta.Téngase en cuenta el casillero judicial No. 666, así como su casillero electrónico eduardo. nieto17@foroabogados.ec, designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones.- Actúe el Dr. Paul Rosero Sánchez, en calidad de Secretario.- NOTIFIQUESE. F) OSCAR RAMIRO CALERO SANCHEZ, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 10 de agosto del 2017, las 10h05.En virtud de que el accionante ha rendido juramento y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, se dispone que se cítese al demandado señor YEPEZ VILLARREAL

Revista judicial MIÉRCOLES 11 de OCTUBRE de 2017 La Hora Quito, ecuador JAIRO FERNANDO, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los diarios de mayor circulación nacional, que se editan en esta ciudad de Quito, para tal efecto confiérase el extracto correspondiente.NOTIFÍQUESE. F) DR. ANGEL PATRICIO TELLO AIMACAÑA, JUEZ Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones. DR. CELSO CAHUEÑAS COTACACHI SECRETARIO Hay firma y sello P AR/107041/MS R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: ERICK WALDEMAR HERDOIZA ARIAS ACTOR: DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A. D E M A N DA D OS : ERICK WALDEMAR HERDOIZA ARIAS CUANTIA: $ indeterminada JUICIO ESPECIAL DE INSOLVENCIA No. 173212014-0017 “J U ZG A D O VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 11 de febrero del 2014, las 11h53. VISTOS: En virtud del sorteo realizado avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda que antecede es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley, consecuentemente se acepta a trámite especial.- De la documentación que se acompaña, se desprende que el señor: ERICK WALDEMAR HERDOIZA ARIAS, se halla comprendido en la situación prescrita en el Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se presume su INSOLVENCIA, y, se declara con lugar al concurso de acreedores.- En consecuencia, procédase a la ocupación y depósitos de los bienes, libros, correspondencia y demás documentos del fallido, los mismos que se entregarán al Síndico del concurso Dr. Roberto Almeida ( 0998309929), con quien se contará en la presente causa.Hágase conocer al público mediante publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación nacional de los que se editan en esta ciudad de Quito.Ofíciese en legal y debida forma a los señores Jueces de lo Civil de Pichincha, para la acumulación de las causas seguidas en contra del deudor por obligaciones de dar o hacer, a excepción de la hipoteca que sus dueños prefieran hacer valer sus derechos por cuerda separada.- Se ordena también que se remita copias de todo lo actuado a uno de los señores Jueces de lo Penal para la calificación de la insolvencia.- Prohíbase al demandado ausentarse del país; ordenándose que en el término de ocho días, presente el balance de sus bienes con la indicación de activo y del pasivo.- Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes, notifíquese el particular a los señores: Notarios, Registrador de la Propiedad y Registrador Mercantil, Gerentes de los Bancos locales, Superintendente de Bancos y Seguros, Director Nacional de Migración, Director de la Policía Técnica Judicial, Presidente del Consejo Provincial Electoral de Pichincha, Director de la Secretaría Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones

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del Sector Público SENRES, Contralor General de la Nación, Jueces de lo Penal de Pichincha, Cámara de Comercio y otros, para los fines legales consiguientes.- Inscríbase la presente demanda en los Registros de la Propiedad y Mercantil del Cantón Quito.- Cúmplase con las diligencias pertinentes en esta clase de enjuiciamiento.El demandado sin embargo podrá oponerse dentro del término de tres días de ser citado legalmente, pagando la deuda o dimitiendo bienes equivalentes.- Cítese al demandado en el lugar que se indica para el efecto- Agréguese al proceso la documentación acompañada.Téngase en cuenta el casillero judicial No. 797, designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogado defensor para que intervenga en la presente causa.-Notifíquese”.- f) Dr. Marco Rene Albán Núñez, JUEZ. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 18 de mayo del 2017, las 10h36. Agréguese a los autos el escrito que antecede.- Atento al juramento rendido y de por el accionante y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada Erick Waldemar Herdoiza Arias, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual confiérase el extracto correspondiente y entréguese a la persona autorizada. Notifíquese”.- f) Ab. Saltos Pinto Luis Sebastián, JUEZ Lo que comunico y CITO previniéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Víctor Geovanny Reyes Chulde S EC R E TA R I O U N I DA D JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello P AR/107049/MS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA R. del E. A la señora AIDA MARIA LUISA ROLDAN DENTRO DEL JUICIO: EXTRACTO JUDICIAL: ACTOR: RUBIO JARAMILLO ADRIAN REINALDO DEMANDADA: AIDA MARIA LUISA ROLDAN JUICIO: 17304-2010-0763 TRAMITE: ESPECIAL CUANTÍA: USD $ 43.200,00 (CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA JUEZ: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE, EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA PROVIDENCIAS: JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 8 de julio del 2010, las 11h46. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez encargado de esta Judicatura, en virtud del oficio No. 1309 DP-DPP de 07 de julio del 2010.- Agréguese al proceso el escrito que antecede, así como la documentación aparejada. En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás

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MIÉRCOLES 11 de OCTUBRE de 2017 La Hora Quito, ecuador

requisitos legales por lo que se dispone dar a la misma el trámite especial, en consecuencia, al tenor de lo previsto en los Arts. 32 y 47 de la Ley de Arbitraje y Mediación, en concordancia con los Arts. 437 y 438 del Estatuto Procesal Civil, Decreto Ejecutivo N.- 506, publicado en el R. O. 118, de 28 de enero de 1999, Decreto Ejecutivo 773, publicado en el R. O. 169 de 14 de abril de 1999, se dispone: PRIMERO.- El señor MANUEL ANTONIO CORTEZ CENTENO, en su calidad de cónyuge sobreviviente de Inés Beatriz García Roldán, en el término de cuarenta y ocho horas y bajo prevenciones legales, de estricto y cabal cumplimiento, a lo resuelto por el Tribunal Arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio Ecuatoriano Americana, con fecha 12 de abril del 2010, instrumento éste que tiene el carácter de sentencia ejecutoriada, conforme a normas expresas de la Ley Especial.- SEGUNDO.Procédase a liquidar los intereses reclamados en la presente causa, al efecto, nómbrase perito a la Econ. Leticia Morales Gallegos (telf. 2582201 095328-591), al tenor de lo dispuesto en el Art.- 448 del Código de Procedimiento Civil.- Cítese al demandado, en el lugar señalado para el efecto .- Téngase e cuenta el domicilio judicial señalado por el accionante.- Agréguese a documentación acompañada- Notifíquese.- f) DR. LUIS NARVAEZ PAZOS, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 13 de septiembre del 2017, las 09h20. Agréguese al proceso, el escrito presentado por el Dr. Raúl Jaramillo Andrade, en lo principal, por ser el estado de la causa, en mérito del juramento rendido y los documentos anexados por la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada señora AIDA MARIA LUISA ROLDAN, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, para el efecto, por secretaría confiérase el extracto correspondiente, a fin de citar a la demandada.Notifíquese. f) DR. CARLOS WILFRIDO NARANJO BORJA, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley. ABG. DORIS FERNANDA OVIEDO ORTEGA S EC R E TA R I A DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello P AR/107070/MS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI CITACION JUDICIAL A: FONSECA ZAPATA WILSON OSWALDO y TOSCANO NASIMBA ELBA MARGOT ACTOR: Gualotuña Lema José Luis en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Luz del Valle Ltda. DEMANDADOS: WILSON OSWALDO FONSECA ZAPATA en calidad de deudora principal, y la señora ELBA MARGOTH TOSCANO NASIMBA JUICIO: EJECUTIVO CAUSA No. 17231-2015-00897 FUNDAMENTOS DE DERECHO: Código de Procedimiento Civil

Arts. 413, 415 CUANTIA: $ 3.200 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, 11 de noviembre del 217.- VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA.La demanda ejecutiva, presenta por JOSE JULIO GUALOTUÑA en calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “LUZ DEL VALLE LTDA.”, en contra de WILSON OSWALDO FONSECA ZAPATA en calidad de deudora principal, y la señora ELBA MARGOTH TOSCANO NASIMBA en calidad de deudora solidaria, reúne los requisitos legales, en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva establecida en el Título II, Parágrafo 2o, Artículos 413 y siguientes, del Código de Procedimiento Civil.- Por considerar título ejecutivo el documento aparejado a la demanda, girado y aceptado en este Cantón, se ordena citar con el contenido de la misma y con el de esta providencia a WILSON OSWALDO FONSECA ZAPATA en la dirección proporcionada por la demandante, para lo cual, depréquese a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quito.- Cítese ELBA MARGOTH TOSCANO NASIMBA, en la dirección proporcionada por la demandante, para lo cual, depréquese a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quito, a fin que realice atenta Comisión al Teniente Político de la Parroquia de Conocoto, para la práctica de la diligencia de citación, ofreciendo reciprocidad en casos análogos.- Los demandados una vez citados, en el término de tres días, cumplan con la obligación reclamada o formulen excepciones.- Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese a la demandante en la casilla judicial y en el correo electrónico de su defensor.- Sin embargo de lo dispuesto, el suscrito Juez de primer nivel de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito de Rumiñahui, Cantón Rumiñahui, Dra. Soledad Villalba, CONSIDERANDO: (1).-Que el litigio no es la única vía posible para solucionar las controversias; (2).-Que la Constitución de la República, en el Art.190, reconoce medios alternativos de solución de conflictos, como la mediación; (3).Que la mediación es un servicio administrativo, que la Función Judicial, por intermedio del Consejo de la Judicatura, ha puesto a consideración de la ciudadanía para que de manera voluntaria y directa, solucione sus conflictos; (4).- Que el Consejo de la Judicatura, ha establecido como una de las políticas estratégicas de la Función Judicial, el fomento de una cultura de paz en la solución de conflictos mediante el diálogo directo de quienes tiene en sus manos la libre disponibilidad de sus derechos; y, (5).-Que en la actualidad el Consejo de la Judicatura, cuenta con un moderno Centro de Mediación en esta ciudad de Sangolquì, ubicado en el edificio Tinara tercer piso de la Calle Abdón Calderón y Riofrìo de esta ciudad, INVITA, a la demandante JOSE JULIO GUALOTUÑA en calidad de Gerente y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro

JUDICIAL QUITO

y Crédito “LUZ DEL VALLE LTDA.” y a los demandados WILSON OSWALDO FONSECA ZAPATA y ELBA MARGOTH TOSCANO NASIMBA, para que acudan al indicado Centro de Mediación de la Función Judicial; a fin de que traten de solucionar este conflicto mediante el diálogo directo. Por tanto, la demandante: JOSE JULIO GUALOTUÑA, en el término de 3 días, se servirá comunicar a este Juzgador, su aceptación o negativa de acudir a la Mediación; y los demandados WILSON OSWALDO FONSECA ZAPATA y ELBA MARGOTH TOSCANO NASIMBA, al momento de contestar la demanda, de igual forma, se servirán comunicar, su aceptación o negativa de acudir a la Mediación.- De esta manera se observa el derecho al debido proceso de las partes garantizado en el Art.76 de la Constitución de la Republica; en concordancia con las normas del Código Orgánico de la Función Judicial, del Código de Procedimiento Civil y del Reglamento de Arreglo de Procesos y Actuaciones Judiciales.- Actúe el Dr. Ramón Guadalupe en calidad de Secretario de esta Judicatura mediante acción de personal No. 7265-DP-UPTH de 09 de septiembre del 2015.NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, 22 de septiembre del 2017.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui.- Agréguese al proceso escrito que antecede.- En lo principal; al amparo de lo determinado el art. 56 del COGEP y del Juramento rendido por la actora cítese al demandado FONSECA ZAPATA WILSON OSWALDO y TOSCANO NASIMBA ELBA MARGOTH en uno de los Diarios de mayor circulación del cantón Quito, conforme lo dispuesto en el artículo 56.1 del COGEP.- Bajo prevenciones de archivo en el término de diez días presente la factura del medio de comunicación en la que se va a publicar el extracto o a su vez las publicaciones realizadas (el mencionado extracto se envía al casillero judicial).- Notifíquese. f.) Leonel Fernando Moposita Oño- Juez Lo que comunico a usted y al público en general para los fines de ley, recordándole la obligación que tiene de señalar casillero judicial en el lugar del juicio para recibir sus notificaciones.- CERTIFICO.Atentamente Ab. Verónica Villacreses SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay Firma y Sello PAP/69065/AS(1) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI CITACION JUDICIAL A: PAZMIÑO VILLALBA JORGE ALEJANDRO ACTOR: Gualotuña Lema José Luis en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Luz del Valle Ltda. DEMANDADOS: PAZMIÑO VILLALBA JORGE ALEJANDRO y CONSTANTE CAZA VICTOR GIOVANNY JUICIO: EJECUTIVO CAUSA No. 17231-2016-00751 FUNDAMENTOS DE DERECHO: Código de Procedimiento Civil Arts. 413, 415 CUANTIA: $ 5.845,46 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, 24 de octubre del 2016.- VISTOS.Previo sorteo de ley correspondiente, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui,

La belleza no mira, sólo es mirada. Einstein, Albert

provincia de Pichincha, avoco conocimiento del presente proceso. CALIFICACIÓN.- En lo principal, la demanda que antecede presentada por el JOSE JULIO GUALOTUÑA MENA en calidad de Gerente General de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Luz del Valle Ltda; en contra de PAZMIÑO VILLALBA JORGE ALEJANDRO y CONSTANTE CAZA VICTOR GIOVANNY, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), la que se fundamenta en el COBRO DE PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Arts. 347 y 348 ibídem, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que, se califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO EJECUTIVO establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos. DILIGENCIAS.A fin de precautelar la tutela judicial efectiva y el debido proceso prescritos en los Arts. 75 y 76 de la Constitución de la República, específicamente el derecho a la defensa, cítese en legal y debida forma a la parte demandada señor PAZMIÑO VILLALBA JORGE ALEJANDRO en calidad de deudor principal y al señor CONSTANTE CAZA VICTOR GIOVANNY en calidad de deudor solidario mediante Deprecatorio uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito en el lugar señalado en la demanda, para lo cual se adjuntará la copia de la demanda, copia certificada de los documentos adjuntados y este auto de sustanciación; previniéndole a la parte ejecutada la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o electrónico para sus posteriores notificaciones.- En virtud de lo establecido en los Arts. 352, 355 y 333 numeral 3 del COGEP se concede el término de quince (15) días a fin de que la parte ejecutada cumpla con la obligación o proponga excepciones que de manera taxativa lo prevé el Art. 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo prescribe el Art. 352 del Código citado.- Al momento de la citación el funcionario respectivo tome en cuenta lo dispuesto en el Art. 62 y 63 del Código Orgánico General de Procesos. ANUNCIO DE PRUEBAS.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la parte accionante en la demanda constante en el Anuncio de Prueba; situación que estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada. Agréguese al proceso los documentos presentados por el compareciente, tómese nota de la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir sus futuras notificaciones.- Actúe la Ab. Gabriela Peñaherrera, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil.- CÍTESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, jueves 21 de septiembre del 2017.- Agréguese al proceso escrito que antecede.- En

lo principal; al amparo de lo determinado el art. 56 del COGEP y del Juramento rendido por la actora cítese al señor PAZMIÑO VILLALBA JORGE ALEJANDROen uno de los Diarios de mayor circulación del cantón Quito, conforme lo dispuesto en el artículo 56.1 del COGEP.- Bajo prevenciones de archivo en el término de diez días presente la factura del medio de comunicación en la que se va a publicar el extracto o a su vez las publicaciones realizadas (el mencionado extracto se envía al casillero judicial).- Notifíquese f.) Ab. Leonel Fernando Moposita-Juez Lo que comunico a usted y al público en general para los fines de ley, recordándole la obligación que tiene de señalar casillero judicial en el lugar del juicio para recibir sus notificaciones.- CERTIFICO.Atentamente Ab. Verónica Villacreses SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay Firma y Sello PAP/69065/AS(2) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI CITACION JUDICIAL A: TORRES GUTIERREZ MÓNICA DE LAS MERCEDES ACTOR: Gualotuña Lema José Luis en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Luz del Valle Ltda. DEMANDADOS: MONICA DE LAS MERCEDES TORRES GUTIERREZ, SONIA JUDITH SALAZAR JUICIO: EJECUTIVO CAUSA No. 17317-2009-0548 FUNDAMENTOS DE DERECHO: Código de Procedimiento Civil Arts. 413, 415 CUANTIA: $ 3.500 JUZGADO DECIMO SEPTIMO DE LO CIVIIL DE PICHINCHA.Sangolqui, a 9 de Junio del 2009.- A las 10h30.- VISTOS: Las demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se acepta al trámite respectivo, en juicio Ejecutivo, en consecuencia se dispone que las demandadas: MONICA DE LAS MERCEDES TORRES GUTIERREZ, en calidad de deudora principal, y, SONIA JUDITH SALAZAR, como garante solidaria, en el término de tres días cumplan con la obligación demandada ó propongan excepciones en igual término.- En mérito a la documentación presentada y lo que dispone el Art. 422 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el Secuestro de los bienes muebles y demás enceres que se encuentran en el interior del domicilio de propiedad de la señora Mónica de las Mercedes Torres Gutierrez, en el barrio Santa Rosa, calle Cayambe 443 y calle principal, parroquia de Sangolqui, cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, hasta un valor igual a l crédito adeudado más un diez por ciento.- Para la práctica de la diligencia de Secuestro, se solicitara la intervención de un miembro de la policía nacional como lo dispone el Código Orgánico de la Función Judicial, debiéndose proceder a la entrega del mismo al señor Depositario Judicial.- Ofíciese al señor Jefe del Comando Cantonal de la Policía Nacional de Rumiñahui.- Cítese a las demandadas: Mónica de las Mercedes Torres Gutierrez, en legal y debida forma en el domicilio señalado en la presente

acción; y, a Sonia Judith, igualmente cítese en legal y debida forma, en el domicilio que se indica en la presente acción, mediante Comisión al señor Teniente Político de la parroquia de Alangasí.- Agréguese los documentos que se acompañan.- Téngase en cuenta el casillero judicial Nro. 021, designado por la parte actora.Notifíquese. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, 22 de septiembre del 2017.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui.- Agréguese al proceso escrito que antecede.- En lo principal; al amparo de lo determinado el art. 56 del COGEP y del Juramento rendido por la actora cítese al demandado TORRES GUTIERREZ MÓNICA DE LAS MERCEDES en uno de los Diarios de mayor circulación del cantón Quito, conforme lo dispuesto en el artículo 56.1 del COGEP.- Bajo prevenciones de archivo en el término de diez días presente la factura del medio de comunicación en la que se va a publicar el extracto o a su vez las publicaciones realizadas (el mencionado extracto se envía al casillero judicial).- Notifíquese Lo que comunico a usted y al público en general para los fines de ley, recordándole la obligación que tiene de señalar casillero judicial en el lugar del juicio para recibir sus notificaciones.- CERTIFICO.Atentamente Ab. Verónica Villacreses SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay Firma y Sello PAP/69065/AS(3) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI CITACION JUDICIAL A: MADRID AGUILAR RUTH DEL PILAR ACTOR: Gualotuña Lema José Luis en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Luz del Valle Ltda. DEMANDADOS: RUTH DEL PILAR MADRID AGUILAR, en calidad de deudora principal y el señor DARIO RICARDO SALAZAR MORENO JUICIO: EJECUTIVO CAUSA No. 17231-2015-00324 FUNDAMENTOS DE DERECHO: Código de Procedimiento Civil Arts. 413, 415 CUANTIA: $ 7.000 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, 16 de junio del 2015.- VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI.La demanda se califica como clara, completa y contentiva de los requisitos preceptuados en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil; consecuentemente, se la admite a trámite ejecutivo, disponiéndose que los demandados RUTH DEL PILAR MADRID AGUILAR, en calidad de deudora principal y el señor DARIO RICARDO SALAZAR MORENO en calidad de Garante Solidario, cumplan con la obligación demandada o proponga excepciones dentro del término de tres días contados a partir de la citación.Cítese a la demandada RUTH DEL PILAR MADRID AGUILAR, en calidad de deudora principal en el lugar indicado para el efecto mediante Comisión dirigida al Teniente Político de Alangasí y el señor DARIO RICARDO SALAZAR MORENO en calidad de Garante Solidario, en el lugar señalado para el efecto, mediante Deprecatorio dirigido a uno de

los señores Jueces de los Civil de Pichincha.- Incorpórese al proceso la documentación presentada.- Tómese nota del abogado y correo electrónico designado para las notificaciones.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMINAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, jueves 21 de septiembre del 2017.- Agréguese al proceso escrito que antecede.En lo principal; al amparo de lo determinado el art. 56 del COGEP y del Juramento rendido por la actora cítese al señor MADRID AGUILAR RUTH DEL PILAR en uno de los Diarios de mayor circulación del cantón Quito, conforme lo dispuesto en el artículo 56.1 del COGEP.Bajo prevenciones de archivo en el término de diez días presente la factura del medio de comunicación en la que se va a publicar el extracto o a su vez las publicaciones realizadas (el mencionado extracto se envía al casillero judicial).Notifíquese f.) Ab. Leonel Fernando Moposita-Juez Lo que comunico a usted y al público en general para los fines de ley, recordándole la obligación que tiene de señalar casillero judicial en el lugar del juicio para recibir sus notificaciones.- CERTIFICO.Atentamente Ab. Verónica Villacreses SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay Firma y Sello PAP/69065/AS(4) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI CITACION JUDICIAL A: SALAZAR HIDALGO CARLOS MOISES ACTOR: Gualotuña Lema José Luis en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Luz del Valle Ltda. DEMANDADOS: CARLOS MOISÉS SALAZAR HIDALGO JUICIO: EJECUTIVO CAUSA No. 17231-2016-00836 FUNDAMENTOS DE DERECHO: Código de Procedimiento Civil Arts. 413, 415 CUANTIA: $ 7.112,82 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, 27 de diciembre del 2016.- VISTOS.Agréguese al proceso el escrito presentado.- CALIFICACIÓN.En lo principal, la demanda que antecede y su complemento presentada por el señor José Julio Gualotuña Lema, en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Luz del Valle; en contra de la parte demandada señor Carlos Moisés Salazar Hidalgo, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), la que se fundamenta en el COBRO DE PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los Arts. 347 y 348 ibídem, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que, se califica y admite a trámite mediante el PROCEDIMIENTO EJECUTIVO establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del Código Orgánico General de Procesos. DILIGENCIAS.- A fin de precautelar la tutela judicial efectiva y el debido proceso prescritos en los Arts. 75 y 76 de la Constitución de la República, específicamente el derecho a la defensa, cítese en legal y debida forma a la parte demandada señor CARLOS MOISÉS SALAZAR HIDALGO, en la dirección señalada en el libelo inicial, para lo cual se adjuntará la copia de la demanda, copia certificada de los documentos adjuntados y este auto de sustanciación; previniéndole a la

parte ejecutada la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o electrónico para sus posteriores notificaciones.- En virtud de lo establecido en los Arts. 352, 355 y 333 numeral 3 del COGEP se concede el término de quince (15) días a fin de que la parte ejecutada cumpla con la obligación o proponga excepciones que de manera taxativa lo prevé el Art. 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo prescribe el Art. 352 del Código citado.Al momento de la citación el funcionario respectivo tome en cuenta lo dispuesto en el Art. 54, 55, 62 y 63 del Código Orgánico General de Procesos. ANUNCIO DE PRUEBAS.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la parte accionante en la demanda; situación que estará a las reglas de admisibilidad de la prueba, conforme lo previsto en los Arts. 160 y 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Téngase en cuenta la cuantía señalada.- Agréguese al proceso los documentos presentados por el compareciente, tómese nota de la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir sus futuras notificaciones.Actúe el Ab. Raúl Taco, en calidad de Secretario encargado de esta Unidad Judicial.- CÍTESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, jueves 21 de septiembre del 2017, las 13h46. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Rumiñahui.- Agréguese al proceso escrito que antecede.- En lo principal; al amparo de lo determinado el art. 56 del COGEP y del Juramento rendido por la actora cítese al señor SALAZAR HIDALGO CARLOS MOISES en uno de los Diarios de mayor circulación del cantón Quito, conforme lo dispuesto en el artículo 56.1 del COGEP.Bajo prevenciones de archivo de la presente causa se requiere que la parte accionante en el término de 24 horas retire de la oficina de archivo de esta Unidad Judicial el mencionado extracto; así como también, en el término de diez días presente la factura del medio de comunicación en la que se va a publicar el extracto o a su vez las publicaciones realizadas.Notifíquese.- f.) Ab. Leonel Fernando Moposita-Juez Lo que comunico a usted y al público en general para los fines de ley, recordándole la obligación que tiene de señalar casillero judicial en el lugar del juicio para recibir sus notificaciones.- CERTIFICO.Atentamente Ab. Verónica Villacreses SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay Firma y Sello PAP/69065/AS(5) EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: VICTOR HUGO DE JESÚS VALDIVIESO PASTOR ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A DEMANDADOS: VICTOR HUGO DE JESÚS VALDIVIESO PASTOR TRAMITE: VERBAL SUMARIO N°. 17313-2013-0437 CUANTÍA: SIETE MIL DOLARES (USD. $ 7.000) JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 11 de noviembre de 2013, las 14h50.- VISTOS.-


Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez Titular, en funciones desde el 10 de septiembre del 2013, mediante Acción de Personal No. 9795-DNTH-NB, 02 de los mismos mes y año, firmada por la Ab. Doris Gallardo Cevallos, Directora General del Consejo de la Judicatura y en virtud del acta de sorteo que antecede.La demanda propuesta por el Abg. Juan Francisco Guerrero del Pozo en calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha C.A. conforme se desprende del documento que acompaña, es clara y reúne los requisitos de Ley. Por consiguiente, de acuerdo a lo previsto en el Art. 829 del Código de Procedimiento Civil y al ser procedente el trámite verbal sumario.-En consecuencia con el libelo inicial y esta providencia, cítese a Victor Hugo de Jesús Valdivieso Pastor en la dirección indicada para el efecto, en forma personal.-Tómese en cuenta el domicilio judicial y correo electrónico señalados por el actor para futuras notificaciones; así como la autorización y facultad otorgada a los Abg. Francisco Guerrero Celi, Felipe Durini Andrade y Emilio Suárez Salazar como sus abogados defensores.NOTIFIQUESE.-.-DR. EDWIN CEVALLOS AMPUDIA. JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 20 de junio de 2017, las 11h54.- De conformidad con lo ordenado en el Art. 130 numeral 8, del Código Orgánico de la Función Judicial, se convalidad el decreto que antecede en el sentido de que los nombres correctos del demandado son VALDIVIESO PASTOR VICTOR HUGO DE JESUS, y no como erróneamente se ha hecho constar; en consecuencia, en n virtud del juramento rendido, el certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a VALDIVIESO PASTOR VICTOR HUGO DE JESUS, por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación local, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto, mismo que deberá ser presentado en esta judicatura con las respectivas publicaciones; dentro del término de diez días, contados a partir de la fecha de su elaboración. Bajo prevenciones de Ley. Notifíquese.DR. EDWIN CEVALLOS AMPUDIA. JUEZ. LO QUE COMUNICO A USTEDES PARA LOS FINES DEL LEY, PREVINIENDOLES DE LA OBLIGACION QUE TIENEN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL DENTRO DE LA PRESENTE CAUSA, PARA RECIBIR POSTERIORES NOTIFICACIONES . AB. GILBER COLINA SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay Firma y Sello PAP/69067/AS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: PORTILLA ARBOLEDA MARCELO ABELARDO ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: PORTILLA A R B O L E DA M A R C E LO ABELARDO JUICIO: VERBAL SUMARIO No. 17321-2014-0859 CUANTIA: USD. 15.000,00. OBJETO: Que en sentencia se condene al demandado al pago de los consumos realizados con

su tarjeta de crédito,el interés normal, los máximos de interés de mora y de consumo establecidos en el contrato, que se generen hasta la extinción de la obligación y las costas judiciales, en las que se incluirán los honorarios profesionales. AUTO DE CALIFICACIÓN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 29 de diciembre del 2015, las 11h29.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Jueza de Primer Nivel de la Unidad Judicial del Distrito Metropolitano de Quito, de conformidad con la Resolución No. 139-2015 de 20 de mayo de 2015, la acción de personal No. 8068- DNTH-2015-JV, de 03 de junio de 2015, emitida por la Ing. María Cristina Lemarie Acosta, Directora de Talento Humano (E) y la Econ. Andrea Bravo Mogro, Directora General del Consejo de la Judicatura.- Siendo obligación de los jueces, velar por la validez procesal en todo momento e instancia, para una correcta administración de Justicia. De la revisión del proceso viene a conocimiento que, a fs. 13 del proceso consta el Auto de Calificación en el cual se desprende que no se ha notificado al casillero judicial señalado por la parte actora.- Siendo una solemnidad sustancial común a todos los juicios, de conformidad al Art. 1014 del Código de Procedimiento Civil, se declara la nulidad de lo actuado, a partir de fs. 13 del proceso inclusive. Quedando al estado de calificar la demanda.- Atendiendo la misma se dispone.- En lo principal, la demanda que antecede propuesta por el Ab. Juan Francisco Guerrero del Pozo, en la calidad en la que comparece como se desprende del documento adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite verbal sumario.-En consecuencia cítese con el contenido de la demanda y presente providencia al demandado señor Portilla Arboleda Marcelo Abelardo, para tal efecto remítase las boletas respectivas a la oficina de citaciones.-Incorpórese al proceso la documentación adjunta.-Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por el actor para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado defensor.- No se toma en cuenta el escrito presentado por el señor Roberto Villacreces Oviedo por no ser parte procesal dentro de la presente causa, por esta única vez notifique al casillero judicial señalado.Cítese y Notifíquese.- f) ABG. MYRIAM VIVIANA CHALÁN GUAMÁN, JUEZA. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 31 de agosto del 2017, las 15h40.- Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia de 22 de agosto del 2017, las 15h25 y a los incisos 2do y 3ro, del numeral 2, del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, CITESE a PORTILLA A R B O L E DA M A R C E LO ABELARDO Y ROBERTO VILLACRECES OVIEDO, por la prensa de acuerdo a previsto en el numeral 1 del Art. 56 ibídem, en un diario de amplia circulación de la ciudad de Quito.- Por Secretaria remítase a la casilla judicial de la parte accionante el extracto respectivo.- NOTIFIQUESE.- f) ABG. MYRIAM VIVIANA CHALÁN GUAMÁN.- JUEZ. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 12 de sep-

tiembre del 2017, las 16h49. Agréguese al proceso el escrito que antecede.-De la revisión del proceso se desprende lo siguiente:1) A fs. 62 en el acta de juramento sobre la imposibilidad de determinar el domicilio del demandado PORTILLA A R B O L E DA M A R C E LO ABELARDO se ha incluido a ROBERTO VILLACRECES OVIEDO que no es parte procesal; 2) Mediante providencia del de fs. 63 expedida el 31 de agosto del 2017, las 15h40,se ha ordenado la citación al demandado y a ROBERTO VILLACRECES OVIEDO que no es parte procesal.-Por lo expuesto, de conformidad con el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial se convalida dicha acta y providencia y se dispone que la citación al accionado PORTILLA ARBOLEDA MARCELO ABELARDO se realice en legal y debida forma mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad, de acuerdo con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; previo a conferir el nuevo extracto, la parte actora devuelva a esta Unidad Judicial Civil el extracto para la citación enviado a la casilla judicial de la parte actora el 5 de septiembre del 2017.-Por no ser parte procesal, notifíquese por última vez a Roberto José Villacreces Oviedo en el casillero judicial y correo electrónico señalados.-Notifíquese. f) CHALÁN GUAMÁN MYRIAM VIVIANA.-JUEZ. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 22 de septiembre del 2017, las 15h46. Agréguese al proceso el escrito y publicaciones que anteceden.-En las publicaciones realizadas en el periódico La Hora de esta ciudad los días 8, 11 y 12 de septiembre del 2017 aparecen como demandados PORTILLA A R B O L E DA M A R C E LO ABELARDO Y ROBERTO VILLACRECES OVIEDO.-De la revisión de la demanda y auto de calificación se desprende que el único accionado en esta causa es PORTILLA ARBOLEDA MARCELO ABELARDO, por lo que, mediante decreto del 12 de septiembre del 2017, las 16h49, de conformidad con el Art. 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, se ha convalidado el acta de juramento sobre la imposibilidad de determinar el domicilio de la parte demandada de fs. 62 y la providencia de fs. 63 del 31 de agosto del 2017, las 15h40, a fin de que la citación se realice únicamente a la parte demandada, ya que al hacer constar como demandado a quien realmente no lo es se ha inobservado el debido proceso.-El “El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia”, uno los deberes del Estado es”Garantizar a sus habitantes el derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral...”.-”El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia”.-Por lo expuesto, con fundamento en los Art. 1, 3 numeral 8, 76 y 169 de la Constitución, a fin de garantizar el debido proceso y la correcta administración de justicia no se toma en cuenta las mencionadas publicaciones de prensa y se dispone que se confiera una nuevo extracto para la citación al demandado en legal y debida forma.-Notifíquese. f) CHALÁN GUAMÁN MYRIAM VIVIANA.-JUEZ Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico. Abg. Carlos Fernando Olivo Ortiz SECRETARIO Hay Firma y Sello PAP/69068/AS

Es más fácil ignorar las cosas que enterarse de ellas. Mariano

EXTRACTO REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL CITACIÓN A: PEÑAFIEL Q U I L S I M BA JOHANNA ESTEFANIA JUICIO: 17230-2015-05838 ACTOR (ES): PERUZZI S .A . DEMANDADO (S): JOHANNA E ST E FA N I A PEÑAFIEL QUILSIMBA TRAMITE: ESPECIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 24 de abril del 2015, las 15h49. VISTOS. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad de lo Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, según Resolución No. 191-2014 expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura y en virtud del sorteo realizado. La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos que exige la Ley. En consecuencia se acepta al trámite especial pertinente. Vista la vigencia del contrato de venta con reserva de dominio, se ordena la APREHENSIÓN y ENTREGA del vehículo marca KIA, modelo RIO STYLUS LS AC, color NEGRO, motor A5D405415, chasis 8LCDC2232DE034876, año 2013, cuyas demás características se hallan descritas en los documentos adjuntos. Para la práctica de esta diligencia se dispone con fundamento en el Art. 314 del Código Orgánico de la Función Judicial, se cuente con un Depositario Judicial de éste cantón Quito, designado a través del sorteo correspondiente. De ser necesario se contará con la Policía Nacional. Se habilita para el efecto el tiempo deficiente. Se previene a la compradora que podrá oponerse a esta aprehensión conforme a la Ley. Hecha la aprehensión y entrega, cítese a la demandada JOHANNA ESTEFANIA PEÑAFIEL QUILSIMBA, en el lugar que se indica, remitiendo suficiente despacho a la Oficina de Citaciones. Agréguese la documentación que se acompaña. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada con el instrumento que se adjunta, autorización de patrocinio, casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir futuras notificaciones. Actúe la abogada Oneida Escalante Ramos en calidad de Secretaria Encargada mediante Acción de Personal No. 1840-DP-UPTH del 16 de marzo del 2015. Notifíquese y Cúmplase. f).DR. PAUL FABRICIO NARVAEZ NARVAEZ, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 30 de noviembre del 2016, las 13h01. VISTOS: Dra. Sindy Pamela Escobar Arévalo, en mi calidad de jueza de esta Unidad Judicial Civil, nombrada mediante acción de personal N° 10524-DNTH-2016-PC, de fecha 01 de noviembre del 2016.- Agréguese al proceso el escrito precedente.- En la presente causa comparece en demandante Banco de la Producción S.A Produbanco, por intermedio de su Procuradora Judicial Dra. Maria Eugenia Donoso; y,

de

Larra

la empresa PERUZZI S.A, por intermedio de su Procurador Judicial Ab. Tomas Barrionuevo Vaca; con su escrito de fojas34 -35, y manifiesta que el Banco de la Producción ha recibido por parte de PERUZZI S.A el pago de la obligación demandada en este proceso; por lo que, se subroga todos los derechos y acciones que tenía el Banco como demandante en esta causa; acto seguido, reconocen como suyas las firmas y rubricas del indicado escrito. Para resolver considerase: 1) Que en la sustanciación de este proceso se ha observado las solemnidades legales previstas para todo juicio. En consecuencia se declara su validez. 2) Que el art 1627 y 1628 del Código Civil establece a la subrogación como el acto mediante el cual se traspasa al nuevo acreedor todos los derechos, acciones, privilegios, prensas e hipotecas del antiguo; así contra el deudor principal como contra cualquiera terceros obligados solidario o subsidiaria a la deuda. Por lo expuesto, téngase en el presente proceso a la empresa PERUZZI S.A como demandante.- Actúe la Ab. Daisy Ruiz Medina, en calidad de Secretaria encargada de esta Unidad Judicial.NOTIFIQUESE.- f).- DRA. SINDY PAMELA ESCOBAR AREVALO, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 26 de septiembre del 2017, las 11h46. Por cuanto de autos consta, que se ha dado cumplimiento con la providencia de fecha 21 de septiembre del 2017, las 11h40, esto es que la parte actora ha rendido declaración bajo juramento de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, respecto de la demandada PEÑAFIEL Q U I L S I M BA JOHANNA ESTEFANIA, en tal virtud se dispone CITESE POR LA PRENSA, a la prenombrada demandada, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, en tres publicaciones. Para el cumplimiento de esta disposición por Secretaria de esta Unidad Judicial, dejando constancia entréguese el correspondiente extracto. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.f).- DRA. SINDY PAMELA ESCOBAR AREVALO, JUEZA. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndoles de la obligación de señalar casilla judicial para sus posteriores notificaciones.Certifico. AB. ANA MARIELA ARCOS SECRETARIA Hay Firma y Sello PAP/69081/AS EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL AL SEÑOR ALBERTO MARINO TORRES GONZAGA ACTOR: LEÓN ALVEAR RUBÉN GERMÁN – REPRESENTANTE LEGAL DE COMPAÑÍA DE SEGUROS TOPSEG S.A. DEMANDADO: ALBERTO MARINO TORRES GONZAGA JUICIO: 17230- 2017 01988 MATERIA CIVIL- ORDINARIOCOBRO DE DINERO – CUANTÍA: $ 73.000,00 DEFENSORES: Doctor Walter Hinojosa Reinoso, Abogado Iván Hinojosa Reinoso, Abogado Stalin Sánchez

Sarmiento, Abogado Homero Eduardo Alquinga Lema CASILLA JUDICIAL: 4562 CORREO ELECTRÓNICO: hinojosabog92@hotmail.com ; eduardoalquinga@hotmail. com PRETENSIÓN QUE SE EXIGE: Que en sentencia se condene a ala parte demandada ingeniero Alberto Marino Torres Gonzaga al pago de los siguientes rubros; 1.- El capital adeudado que asciende a la suma de $ 64.079,05, monto correspondiente al pago de Pólizas que fueron honradas por mi representada a favor del Ministerio de Salud; 2.- Intereses de mora, desde la fecha de contratación de pólizas y sus renovaciones; y, 3.- Costas judiciales, expensas y honorarios de mis patrocinadores. Ofrezco reconocer pagos parciales.- AUTO.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 9 de febrero del 2017, las 15h38. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, en reemplazo temporal del Dr. Paul Narváez Narváez, según acción de personal No. 1326-DP172017-KV, y en virtud del sorteo realizado. 1) La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. 2) Cítese al demandado ALBERTO MARINO TORRES GONZAGA, en el lugar que se indica, mediante DEPRECATORIO, remitido a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS, remitiendo despacho suficiente y ofreciendo reciprocidad en casos análogos, debiendo la parte interesada acercarse a esta Unidad, para proveer de las copias necesarias a fin de elaborar el número de boletas que se requieran. Por cuanto el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado, se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto de calificación, de lo cual el secretario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. 3) Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada, el término de treinta días para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. 5) Agréguese la documentación que se acompaña. Téngase en cuenta la comparecencia de la parte actora, debidamente justificada con el instrumento que adjunta, casilla judicial y correo electrónico señalado para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. Notifíquese y Cítese.- f) Dr. Paúl Narváez Narváez, JUEZ. .- AUTO DE SUSTANCIACIÓN.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CONSEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 27 de septiembre del 2017, las 15h44. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado. Continuando con la sustanciación de la causa, en virtud del juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado ALBERTO MARINO TORRES GONZAGA, mediante publicaciones realizadas por la prensa, en un diario de amplia circulación nacional, en la forma establecida en

Revista judicial MIÉRCOLES 11 de OCTUBRE de 2017 La Hora Quito, ecuador la norma antes mencionada; para tal propósito, la parte interesada acérquese a esta Unidad Judicial a retirar el extracto correspondiente a fin de dar cumplimiento a la presente disposición. Notifíquese) Dr. Paúl Narváez Narváez, JUEZ. Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.CERTIFICO.DR. ALEXANDER VENEGAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE QUITO Hay Firma y Sello PAP/69083/AS REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI PROVINCIA DE PICHINCHA SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL LO QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON RUMIÑAHUI SE HA SE HA DICTADO EXTRACTO JUDICIAL DE CITACION AL SEÑOR D E M A N DA D O MICHAEL AL-OMRAN ACTOR: REASCOS LAVERDI MARIA EMILIA DEMANDADOS: MICHAEL ALOMRAN CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: ESPECIAL CAUSA: No. 17205-2017-01097 CASILLERO ELECTRÓNICO prm-traducciones@hotmail. com DE LA AB. PAULINA RUIZ MURIEL JUEZA: ABG. NELLY PUEDMAG VILLOTA- UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI. PROVINCIA DE PICHINCHA AUTO DE SUSTANCIACIÓN: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI. PROVINCIA.- Rumiñahui, 15 de septiembre 2017, LAS 11H03.VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Rumiñahui - provincia de Pichincha, mediante Acción de Personal 6754-DNTH-2015SBS del 18 de mayo de 2015, amparada a lo dispuesto en el art 175 de la Constitución de la Republica, art 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial .-En lo principal, la demanda que antecede reúne los requisitos de Ley, por lo que se califica la misma y se la admite al procedimiento SUMARIO; en consecuencia, SE DISPONE: 1) En mérito al juramento rendido en diligencia de fecha 15 de septiembre del 2017 a las 09h00, por la actora, MARIA EMILIA REASCOS LAVERDI, de conformidad con el Art. artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone: CÍTESE al señor MICHAEL AL-OMRAN, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad; para el efecto confiérase el correspondiente extracto, advirtiéndole a la demandada que debe comparecer a juicio, contestar la demanda en el TÉRMINO DE QUINCE DÍAS conforme lo dispone el artículo 333.3 ibídem, cumpliendo además con lo ordenado en los artículos 151 y 152 del citado cuerpo legal, y que en caso de no hacerlo se procederá en rebeldía.- La parte actora remita a esta judi-

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catura las copias correspondientes a fin de llevar a efecto la citación 2) La audiencia única establecida en el Art. 333 numeral 4, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir. 2) Hágase conocer a la demandada, para los fines de ley, la insinuación hecha por el accionante para que se designe como curadora ad-litem a la señora CARMEN AMELIA LAVERDI LIDIOMA, para que represente a su hija JULIAN MICHAEL AL-OMRAN REASCOS dentro de la presente causa, en caso de existir oposición al curador ad-litem , al contestar la demanda se insinuará el nombre de otra persona para que represente a sus hijas menores de edad como curador ad-litem, justificando en legal y debida forma su idoneidad.- 3) De conformidad con el artículo 333.4 del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia única se señalará una vez que sea citada laparte demandada en legal y debida forma.- 4) De ser procedente y conforme a derecho en el momento procesal oportuno se tomará en cuenta los medios probatorios anunciados por la parte actora, así como la documentación aparejada a su demanda.5) El día de la Audiencia Única comparezcan los testigos nominados por el actor, para el efecto procédase con la notificación, a los mismos 6) Agréguese al proceso la documentación que acompaña el actor a la demanda.- 7) Téngase en cuenta el casillero judicial que señala para sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su abogado defensor.- Actúe la Ab. Martha Narvaez Marquez, en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI. PROVINCIA.- Rumiñahui, miércoles 20 de septiembre del 2017, las 10h28.- En lo principal: De conformidad a lo que dispone el numeral 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial, en concordancia con el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador, se convalida el numeral 2 de auto de sustanciación inmediato anterior, en el siguiente sentido: “Hágase conocer al demandado para los fines de ley, la insinuación hecha por el accionante para que se designe como curadora ad-litem a la señora CARMEN AMELIA LAVERDI LIDIOMA, para que represente a sus hijos JULIAN MICHAEL e ISAAC MICHAEL AL-OMRAN REASCOS dentro de la presente causa, en caso de existir oposición al curador adlitem , al contestar la demanda se insinuará el nombre de otra persona para que represente a sus hijos menores de edad como curador ad-litem, justificando en legal y debida forma su idoneidad”, en lo demás las partes procesales deberán estar atentas a lo dispuesto en auto de sustanciación de fecha 15 de septiembre del 2017, las 11h03.-NOTIFIQUESE ABG. MARTHA ELIZABETH NARVAEZ MARQUEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI PROVINCIA DE PICHINCHA Hay Firma y Sello PAP/69085/AS ========

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MIÉRCOLES 11 de OCTUBRE de 2017 La Hora Quito, ecuador

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA SEÑORA ROSA ELENA CAÑAR PORTILLA ACTOR: VICTOR HUGO BAUTISTA ARIAS Y FANNY ESPERANZA GUERRA CHALCO D E M A N D A D O : HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA SEÑORA ROSA ELENA CAÑAR PORTILLA JUICIO ESPECIAL: 172302014-0837 CAS I L L E RO JUDICIAL: No.2064 ABOGADO: DR. MIGUEL ANGEL VILLARREAL FUNDAMENTO LEGAL: ART. 883 DEL CODIGO CIVIL Y 969 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL CUANTIA: INDETERMINADA “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, 05 de diciembre del 2014, las 11h59: VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular y en virtud del sorteo realizado.- La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. En consecuencia se la admite a trámite en juicio Especial, por lo tanto y previo a nombrar el perito que de cumplimiento a lo dispuesto en el Art- 967 del Código de Procedimiento Civil, CITESE con el contenido de la demanda y auto de calificación a los demandados LUZ MARÍA PORTILLA DE CAÑAR, MARÍA TRANSITO CAÑAR PORTILLA, NELSON SEGUNDO LORENZO CAÑAR PORTILLA, ALONSO GONZALO CAÑAR PORTILLA, JOSÉ TELMO CAÑAR PORTILLA y ROSA CAÑAR PORTILLA, en el lugar señalado, para el efecto se le entregará las copias para los fines de ley.- De conformidad con el contenido del Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón correspondiente, Agréguese al proceso la documentación que se adjunta.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por los actores así como la autorización dada a su abogado.- Notifíquese. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUTIO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, 25 de septiembre del 2017, las 14h44: De conformidad con el Principio de Celeridad previsto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y en virtud de que la parte actora ha dado cumplimiento con lo ordenado en providencia anterior, se dispone que de conformidad con lo dispuesto en los Art. 56 y 58 del COGEP, cítese por la prensa, en un diario de amplia circulación en la ciudad de Quito, a los herederos presuntos y desconocidos de la señora ROSA ELENA CAÑAR PORTILLA. Por secretaría confiérase el extracto correspondiente.Notifíquese. Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones. DR. EMIRO RAMON BRAVO MEJIA SECRETARIO Hay Firma y Sello PAP/69087/AS ========

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN: - ZOILA ALODIA RUBIO PACHECO. JUICIO: EJECUTIVO; COBRO DE LETRA DE CAMBIO; NUMERO: 17306-2014-0968 ACTOR: JORGE EDUARDO SALTOS SALTOS GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE FABICON CIA. LTDA. DEMANDADOS: ZOILA ALODIA RUBIO PACHECO, y MARTHA CECILIA BEATRIZ JACOME ACOSTA FECHA DE INICIO: 15/10/2014 CUANTIA: $ 5.300,00 (CINCO MIL DOSCIENTOS UNO CON 60/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA). OBJETO: EL PAGO DEL CAPITAL, INTERESES DE MORA CALCULADOS CON LA MAXIMA TASA VIGENTE, PAGO DE COMISION, COSTAS PROCESALES Y HONORARIOS. DOMICILIO: CASILLERO JUDICIAL N° 2302 DR. CASTILLO ROMERO JORGE LUIS. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 31 de octubre del 2014, las 11h20. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de Juez Titular de esta Judicatura, según Acción de Personal No.4194-DNP-OQ, de 23 de septiembre del 2012, emitida por el Dr. Mauricio Jaramillo Velasteguí, Director General del Consejo de la Judicatura, en funciones desde el 01 de Octubre del 2012.- La demanda que presenta JORGE EDUARDO SALTOS SALTOS, en calidad de Gerente General y Representante Legal de la Compañía FABICON CIA, LTDA. en contra de ZOILA ALODIA RUBIO PACHECO, en calidad de deudora; y, MARTHA CECILIA BEATRIZ JACOME ACOSTA, en calidad de garante, es clara, precisa y reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía Ejecutiva, prevista en los Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Cítese a las demandadas en las direcciones proporcionadas para el efecto, para que en el término de tres días después de citadas paguen la obligación demandada o propongan excepciones en igual término.- Previo la citación y sobre la base del certificado de gravámenes adjunto y lo previsto en el Art. 422 del Código de Procedimiento Civil, se dispone la prohibición de enajenar de la casa Seis F y terreno de uso exclusivo de la casa Seis F, que forman parte del Conjunto Residencial Barcino, situado en la Parroquia Cotocollao, de este Cantón, de propiedad de la demandada MARTHA CECILIA BEATRIZ JACOME ACOSTA, para cuyo efecto ofíciese al Registrador de la Propiedad de este Cantón.- Agréguese a los autos los documentos presentados y notifíquese al demandante en la casilla judicial No. 2302.- Actúe como Secretaria de esta Judicatura la Ab. Jackeline Patricia Meza Mera, en virtud del contrato de servicios ocasionales, emitido por la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura. NOTIFIQUESE f). DR. JORGE ALEJANDRO MIRANDA.- JUEZ”. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO,

PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 13 de septiembre del 2017, 11h00. Por haberse dado cumplimiento con lo ordenado por esta Judicatura y en virtud del juramento rendido, se dispone: De conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada: ZOILA ALODIA RUBIO PACHECO, por la prensa, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el extracto correspondiente.NOTIFÍQUESE.- f). LARREA DÁVALOS FELIPE PATRICIO.JUEZ”. Lo que pongo en conocimiento para los fines de ley. ABG. BASTIDAS SARMIENTO JENNIFFER ANDREA S EC R E TA R I A DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay Firma y Sello PAP/69097/AS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO PROCEDIMIENTO COGEP JUEZ PONENTE: DR. EDISSON LOPEZ TAPIA. CITACION JUDICIAL Se le hace saber a: ARIZAGA DAVILA LEONCIO ABELARDO; que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en Proceso DILIGENCIA PREPARATORIA cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: ACTOR: ENDARA FLORES CARLOS EDUARDO DEMANDADO/S: ARIZAGA DAVILA LEONCIO ABELARDO CAUSA No.: 17230-201701784G. MATERIA: CIVIL. TIPO: DILIGENCIA PREPARATORIA ACCION: RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO CUANTIA: Indeterminada debido a su naturaleza. PRETENSION: “Con el objeto de completar la legitimación pasiva del señor LEONCIO ABELARDO ARIZAGA DAVILA en el juicio ejecutivo por documento legalmente reconocido o reconocido por decisión judicial que se propondrá ante este mismo juzgador, de conformidad al Art 120 del Código Orgánico General de Procesos, se sirva señalar día y hora para que se lleve a cabo la diligencia preparatoria de reconocimiento de documento privado, en la que el señor LEONCIO ABELARDO ARIZAGA DAVILA, comparezca a su despacho a su despacho personalmente y no por interpuesta persona, ni si quiera bajo apoderado o procurador judicial, y que reconozca su firma y rubrica constante en el documento privado de 23 de abril del 2015, que en original fue adjuntada a esta petición, para constituirlo en título ejecutivo”. AUTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 26 de septiembre del 2017, las 16h27. “VISTOS: Por cuanto al estado procesal de la causa, se dispone: PRIMERO: Cumplido que ha sida la declaración bajo juramento y por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado señor ARIZAGA DAVILA LEONICIO ABELARDO por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.- SEGUNDO: En tal virtud, se señala para el día 28 de Noviembre del 2017, A LAS

Siempre es mejor pagar el precio que pagar las consecuencias.

14h30, a fin de que la parte demandada el señor ARIZAGA DAVILA LEONCIO ABELARDO comparezca a esta Unidad Judicial Civil, ubicada en el edificio COMPLEJO JUDICIAL NORTE, calles amazonas y Juan José Villalengua, a fin de que tenga lugar la diligencia preparatoria de reconocimiento de documento privado solicitada en la demanda, conforme lo dispuesto en el numeral 3 del Art. 122 del COGEP.- Diligencia a la cual deberán comparecer las partes personalmente y acompañadas de sus abogados patrocinadores, al amparo de lo dispuesto en el Art. 36 ibídem y bajo prevenciones legales establecidas en el Art. 87 en concordancia con el inciso segundo del Art. 123 del precitado cuerpo legal.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE”.- f) Dr. EDISSON LOPEZ TAPIA - JUEZ. Lo que se C I T A para los fines de ley, previéndole a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. Iván R. Sandoval Campaña. SECRETARIO Hay Firma y Sello PAP/69098/AS

ANULACIONES

banco rumiñahui QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8362003300 Nro. Cartola 18944240011 Cliente CASTRO OVIEDO, YOVER-ANDRES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8011636000 Nro. Cartola 16762260111 Cliente OLGA PIEDAD, TOAPANTACAIZA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8059397900 Nro. Cartola 16761890504 Cliente CAICEDO VILLACREZ, DIEGO-GILBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8080759400 Nro. Cartola 17074330642 Cliente MACIAS MACIAS, DANNY-DARIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8079489100 Nro. Cartola 17283740458 Cliente CASTRO IBARRA, SERGIOJAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.

P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8006908800 Nro. Cartola 16512110632 Cliente CISNEROS TERAN, LUIS-ALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8087654300 Nro. Cartola 17057790671 Cliente ESTUPINAN SALAZAR, XAVIER-RICARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8200687500 Nro. Cartola 18033240021 Cliente GRANDA PINTO, ALEXANDRA-JACQUELINE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8047855200 Nro. Cartola 16709900399 Cliente MANTILLA SANDOVAL, JUANMANUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8391102600 Nro. Cartola 19115120164 Cliente BARONA GONZALEZ, JAIMEXAVIER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8145071800 Nro. Cartola 17476110170 Cliente CABRERA PENAHERRERA, FAUSTO-RENE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8182039100 Nro. Cartola 17883360301 Cliente CORAQUILLA PILCA, EDISON-ROLANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8104452400 Nro. Cartola 16626630210 Cliente CELI GUERRON, SILVIA-GRICELDA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8017505800 Nro. Cartola 16891360550 Cliente GUERRERO DE LA CRUZ, DIGNA-ERCIL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación.

P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8023409500 Nro. Cartola 16727870673 Cliente QUEZADA VILLAVICENCIO, EDISON-AUGUSTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8165466100 Nro. Cartola 17722830480 Cliente CHICAIZA PERALTA, CARMENLILIANA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8299532000 Nro. Cartola 18544010061 Cliente GALARZA VELARDE, JONATHAN-MARINO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8361306100 Nro. Cartola 18937760041 Cliente CATUCUAMBA ASIMBAYA, ELSA-PRISCILA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8210728900 Nro. Cartola 18096930088 Cliente MERA RENGIFO, MARTHA-ALEXANDRA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8053655400 Nro. Cartola 17060490210 Cliente REYES VALLADARES, EDWIN MIGUEL-ANGEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8036132800 Nro. Cartola 17238310514 Cliente GUAYNALLA AREQUIPA, EDWIN-RAMIRO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8232712400 Nro. Cartola 18214310049 Cliente BRAVO PARCO, CESAR-ENRIQUE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8032002700 Nro. Cartola 16623770571 Cliente AGILA DIAZ, JUAN-ANGEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8029718100 Nro. Cartola 17402770030 Cliente ULCUANGO COLCHA, TERESA-MARGARITA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (24)NR

========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8145607100 Nro. Cartola 17484510361 Cliente PACHECO MORALES, VICTOR-OSWALDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8074533200 Nro. Cartola 16959530748 Cliente YANEZ RIVERA, DAVIDNASAEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (26)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8139531300 Nro. Cartola 17350550558 Cliente VILLACRESES ASUNCION, ROBERTO-JORGE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (27)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8081469500 Nro. Cartola 16748760945 Cliente CHICAIZA BONILLA, WASHINGTON-FERNANDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8427521700 Nro. Cartola 19360220032 Cliente PADILLA QUINONEZ, JOHANDAVID del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (29)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8299521800 Nro. Cartola 18543940037 Cliente YANDUN CASTILLO, CARLOMAGNO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (30)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8202793700 Nro. Cartola 18047800216 Cliente CHAMBA DIAS, ESPERANZAISABEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (31)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8182934200 Nro. Cartola 17893480263 Cliente CHICOTA GUANANGA, JOSEJULIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (32)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8045048900 Nro. Cartola 16595810413 Cliente JIMENEZ , JUAN-CARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (33)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8254707100 Nro. Cartola 18326590025 Cliente SANCHEZ ALVAREZ, KATHERINE-ESTEFANIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (34)NR =========

QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8290686200 Nro. Cartola 18494390075 Cliente CHASIPANTA MORALES, MARTHA-CECILIA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (35)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8001131100 Nro. Cartola 17990220786 Cliente ESPANA GOMEZ, LUIS-EDUARDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (36)NR

COOPROGRESO

C O O P E R A T I V A COOPROGRESO Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF/DPFP Nº 001000010001038001 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SIBRI TENEMPAGUAY MARIA CRISTINA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/29990 /NR ===== Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF/DPFP Nº 001000010001039001 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SIBRI TENEMPAGUAY MARIA CRISTINA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/29991 /NR ===== Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF/DPFP Nº 001000040000418001 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a FONSECA ENRIQUEZ MERY ELVA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/29992 /NR ===== Debido a la pérdida del Certificado de Inversión DPF/DPFP Nº 001000150000073001 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a AGUALSACA TIPAN SANDRA PAULINA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. P/AC/29993 /NR

ANULACIONES VARIAS Se anula Cta. de Ahorros de Ana Taco de la Cooperativa Alianza del Valle # 403-01-002659-8 PAC109008fa ============ Se anula Póliza código 107 DPF 000 66362 Plazo Fijo, vencimiento 10-10-2017 Cooperativa Alianza del Valle, perteneciente a Ana Marlene Tago Guanutasig. PAC109009 ========== Queda anulada el Cheque No. 194 de la Cuenta No. 1240061437 del Banco de Machala. P AR/107062/MS


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Quito 11 de octubre de 2017 by LA HORA Ecuador - Issuu