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Quito 11 de julio de 2017

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50c incl. IVA

Quito, Ecuador

MARTES 11 DE JULIO DE 2017 CIUDAD

Número total de ejemplares puestos en circulación: 28.769 REPORTE

404 denuncias de maltrato animal

Mediante la campaña ‘Yo cuido a mi mascota’ se busca concienciar sobre los derechos de los animalitos.

Loco por las combis

Página A2

Página A15

Le piden a Moreno que Glas tome una licencia

PAÍS

El Vicepresidente debería enfrentar las investigaciones como un ciudadano más, afirman asambleístas. La asambleísta Wilma Andrade (Izquierda Democrática-ID) planteó al Presidente de la República, Lenín Moreno, la necesidad de que el vicepresidente, Jorge Glas, se acoja a una licencia mientras dura la investigación del caso Odebrecht. La propuesta la realizó durante una reunión que mantuvo con Moreno en el Palacio de

Gobierno, dentro del proceso de diálogo que cumple el Ejecutivo con sectores de la oposición, dentro de su política de diálogo. Mientras, El Consejo de Administración Legislativa (CAL) analizó ayer la solicitud de juicio político presentada por el bloque de CREO en contra del segundo mandatario. Páginas A6 y B1

No acepta disculpas Página B2

GLOBAL

SALUDO. El primer mandatario desde el balcón de Carondelet, junto al vicepresidente, durante el cambio de guardia.

Ya se fue El expresidente Rafael Correa, que ayer viajó a Bélgica por tiempo indefinido, dejó el país en medio de nuevas discrepancias con su sucesor Lenín Moreno, por los cambios que este está introduciendo a su Revolución Ciudadana. “Yo estoy seguro (..) que el 2 de abril derrotamos a la oposición, no estoy muy seguro (de) si venció la revolución ciudadana (..) Que no me digan que es cambio de estilo las claudicaciones y el entreguismo”, dijo el exmandatario en Tababela. Rigurosas medidas de seguriad acompañaron al mandatario, hasta el último minuto en el país. Página B1

Delinean Acciones antidrogas

VIGILANCIA. Hasta último momento, Correa estuvo rodeado de su seguridad personal.

Vender los bienes incautados al narcotráfico para financiar proyectos de recuperación de jóvenes con problemas de adicción es una posibilidad que analiza la secretaria Técnica de Drogas, Ledy Zúñiga. La funcionaria indicó, en una charla a la que asistieron expertos de la OEA, que se elaborará un documento que viabilice la posibilidad de comercializar dichos bienes on la autoridad competente. Página B2

Iglesia pide a Maduro dar marcha atrás Página B6

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MARTES 11 DE JULIO DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR

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ARTE ‘Ángulo ciego’, de Moisés Yunga Lugar: Galería Viteri

(Destruge y Salazar) Entrada: gratuita Horario: 09:30 a 13:30 y 15:00 a 19:00 Cuándo: hoy y mañana

MUESTRA ‘Remembranzas’, de Pedro Niaupari Lugar: Cafelibro (Plaza,

entre Wilson y Veintimilla)

Entrada: gratuita Horario: 17:30 Cuándo: hoy y mañana

RECITAL Quinteto de vientos Mitad del Mundo Lugar: Casa de la Música (Nuño de Valderrama y Mariana de Jesús) Entrada: $5 Horario: 19:30 Cuándo: hoy

TEATRO ‘Cyrano de Bergerac’, de La Buena Compañía Lugar: Patio de Comedias (18 de Septiembre y 9 de Octubre) Entrada: $8 Horario: 20:30 Cuándo: mañana

NORMATIVA. La tenencia responsable de una mascota va más allá de ofrecerles albergue y comida.

404 denuncias de maltrato animal son atendidas en Quito

Con ‘Yo cuido a mi mascota’ se busca concienciar sobre los derechos de los animalitos.

Cortar la cola a los cachorros, no tener un control de salud, mantenerlos en sitios inadecuados, no llevar un registro de las vacunas y no recoger sus excrementos son algunas de formas de maltrato del que son víctimas animales que viven en Quito. La Agencia Metropolitana de Control (AMC) ha atendido unas 404 denuncias de maltrato animal, 121 de estas han terminado en procesos administrativos sancionadores y la multa llega hasta las 10 remuneraciones básicas unificadas (3.750 dólares). Procedimiento

ORACIÓN Rezo del Santo Rosario Lugar: Capilla de la

Misericordia (Amazonas y NN.UU., en el CCI) Entrada: gratuita Horario: 17:30 Cuándo: jueves

CONCIERTO Joanne Vance: ‘Al agua’ Lugar: El Pobre Diablo

(Isabel La Católica y Galavis) Entrada: $6 Horario: 22:00 Cuándo: jueves

Inicia con un acta de advertencia y depende del nivel de gravedad de la infracción. Cuando se trata de no ‘graves’, como por ejemplo cuando el propietario de la mascota no tiene el carné de salud, se le da un plazo para que tramite el documento y luego de una inspección se sigue un proceso administrativo sancionador. Hay otros casos que son más graves, como uno que resolvió la AMC, donde una mascota era víctima de agresiones por parte de su tenedor. Se investigó el caso y se dio con una persona que golpeaba a su animal con una manguera. Aquí se procedió con quitarle el perro y sancionar al dueño. Normativa

La ordenanza 0048 fue emitida hace seis años y establece la

buena tenencia, la protección y el debido cuidado de las mascotas. Dentro de esta normativa se le da una nueva competencia a la AMC para atender los casos de maltrato animal. Johanna Aguirre, directora de la AMC, informó que mediante la campaña ‘Yo cuido a mi mascota’ se ha identificado una herramienta para acercarse a la comunidad y con ello socializar el contenido de la ordenanza. Pese a tener varios años de vigencia, la normativa es desconocida por la gente y uno de sus objetivos es precisamente crear conciencia ciudadana. Desconocimiento

En caso

de denuncias

° 1. Se llena un formulario que consta

dentro de las redes sociales, aquí se coloca la dirección precisa del sitio, un croquis.

° 2. Se califica el tipo de emergencia, para ello se adjunta fotos y videos. ° 3. Un inspector veterinario sale al sitio de la denuncia, toma contacto con el propietario, ingresa a la vivienda y verifica de forma ocular el ambiente. ° 4. Se hace una prueba técnica para verificar si hay violencia y, en el caso de comprobarla, se le quita el animal.

Al consultar en la calle sobre el contenido de la ordenanza, varios tenedores de mascotas ma- verdes. Por eso, una de las accionifestaron que desconocen su nes con la normativa será procontenido. “Sé que hay norma- mover el uso de fundas. Dentro de las infracciones tivas para el cuidado de los animales, pero la verdad no me he graves hay incidencia en el desinteresado en leerlas”, dijo Pie- cuido de la salud de la mascota, dad Morocho mientras motivaba pues los propietarios no tienen el carné de salud. Otra es a su mascota a utilizar la enjaular a perros y amaresbaladera en el parque EL DATO rrarlos, al no contar con El Ejido. Ella no recogió el excremento de perro Una de las limi- espacios suficientes para mientras se mantuvo en el taciones es que poder desarrollarse. la AMC solo En la categoría de inespacio público. puede actuar de Aguirre dice que hace manera adminis- fracciones muy graves se o sea falta trabajar con la gente trativa, emitir las sancio- anota el tema de las mutipara que entienda que se nes pecuniarias laciones de colitas, orejas o el retiro del trata de un ser vivo que animalito para y golpes severos que han en adopobligado al rescate de los forma una parte impor- darle ción. animales. tante de nuestra familia. Los casos de tortura se “Cuando llega un animalito a nuestra casa no es como un enmarcan dentro de las contramueble, una silla. Es un ser vivo venciones penales y aquí se hace que necesita de cuidados, de pro- una denuncia en la Fiscalía. La directora de la AMC recomientección”. da ejercer nuestros derechos también. “Tenemos como ciudaInfracciones Una de las más comunes es que danos que denunciar, es una de la gente no recoge el excremento nuestras responsabilidades, acde la mascota cuando están en tuar con la autoridad local y naplazas, calles, veredas y áreas cional”, concluyó Aguirre. (PSD)


Cardenal de La Torre a la espera de la tuneladora

CIUDAD MARTES 11 DE JULIO DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

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MINUTERO

Las canchas han sido repuestas por el Metro de Quito. Hay moradores inconformes. Sobre la avenida Cardenal de La Torre, en el sur de Quito, se construye una de las estaciones de la Línea Uno del Metro de Quito. Ayer se realizó un recorrido por la contrabóveda, donde se tiene previsto que llegue para septiembre la tuneladora ‘Luz de América’. La estación, inicialmente, tenía el nombre de Quito Sur, pero los moradores solicitaron que se mantenga la denominación de Cardenal de La Torre. Su ope- OBRA. La construcción de la estación Cardenal de La Torre demandó el retiro temporal de las canchas, las mismas que ración beneficiará a los barrios ayer fueron repuestas. (Foto: Cortesía del Municipio de Quito) Quito Sur, Unión y Justicia, Clemente Ballén, Barrio Nuevo y Solanda, Morán Valverde, Qui- 21 metros por día. Quito Sur y ayer se entregó las Jorge Yáñez, gerente de in- canchas repuestas de vóley y Los Arrayanes. tumbe, además de toda el área de fraestructura del Metro de Quito, dos de básquet. De igual forma Por esta estación se caltalleres y cocheras. cula que transitarán diaLa ‘Luz de América’ informó por su parte que la tune- se ha repuesto el área de juegos riamente 35.000 pasajeros. EL DATO partió hacia el norte de ladora ‘La Guaragua’ retomará en infantiles. La obra del Metro, hasta el Quito desde Solanda con esta semana la excavación hacia Patricio Villarreal vive 30 momento, tiene un avance Se ha finalizado dirección a La Cardenal la estación La Carolina. La Luz de años en el sector y dijo estar obra civil en del 32% en su totalidad. la de La Torres, estación que América, con un promedio de 350 molesto por lo que se les enseis de las 15 Hasta ahora ha finalizado estaciones: El tiene unos 300 metros de metros de excavación, se dirige tregó. Comentó que la obra la obra civil en seis de las 15 Labrador, largo con un diseño más hacia el norte a la Cardenal de La “está bonita” pero que no es Jipijapa, Iñaquito, La estaciones. hacia la superficie. Luego Torre y la tuneladora La Carolina, funcional. “No se está dejando Magdalena, La la tuneladora irá hacia la con 180 metros de excavación, va como nos ofrecieron, no tienen Carolina y Solanda. hacia la avenida Morán Valverde bancas para las personas de la estación de El Recreo. Lo previsto Anderson informó ade- y luego a Quitumbe, en el sur de tercera edad”. Denunció que se Mauricio Anderson, gemás que, alterno a la esta- la ciudad. está poniendo un precio al uso rente de la Empresa Mede las canchas de fútbol y esos tropolitana Metro de Quito, ase- ción de Cardenal de La Torre, se recursos nadie los fiscaliza, guró que están dentro de los 36 está interviniendo en un colector Inconformidad meses de previsión para entre- del sector. Con respecto al trabajo La construcción de la estación además de que a la cancha de gar la obra, que registra avances de las tuneladoras, manifestó que Cardenal de La Torre obligó a fútbol la convirtieron en una de importantes de las estaciones de están excavando un promedio de levantar el Parque Lineal de la básquet”. (PSD)

Hoy se define el futuro de 8.693 taxis informales A partir de las 15:00 de hoy, el Grande está prevista que sea a Concejo Metropolitano de Qui- partir de las 11:00. Los ofertanto tiene previsto reunirse para tes del servicio han preparado el segundo y definitivo debate al pancartas para respaldar al altratamiento de una ordenanza calde Mauricio Rodas, quien que propone dar paso a un nuevo hizo la convocatoria a los miemproceso de registro para prestar el bros de la Comisión de Movilidad y a los concejales para que servicio de taxi de manera legal. El gremio anunció el pasado den su voto favorable. viernes que defenderá los resultados del estudio Proceso que se hizo para conocer EL DATO Eddy Sánchez, presidente la oferta y la demanda de de la Comisión de Movilieste servicio en la ciudad, Se estima que en dad, aclaró que de darse se requieque dispone la regulariza- Quito ren 8.693 cupos paso a este nuevo proceso para responder a de regularización, los beción de 8.693 taxis. demanda Carlos Brunis, dirigen- una que se estima es neficiarios serán aquellas te del taxismo en Pichi- de aproximada- personas que históricamente 226 mil cha, convocó a los socios viajes. mente han prestado el a respaldar a la gente que servicio y cuya documenestá esperando un voto tación así lo confirme. favorable de los concejales para Dijo también que será un regularizar su actividad y “lle- proceso abierto y que no tardavar decentemente el pan a sus rá más de seis meses, pues se hogares”. trabajará con la base de datos La concentración en la Plaza levantada por la consultora que

Quito asesorará a Saquisilí

°

La Secretaría General de Seguridad y Gobernabilidad del Municipio de Quito suscribió un Convenio de Cooperación Interinstitucional con el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Intercultural del Cantón Saquisilí. Con esto se tiene como fin establecer relaciones de cooperación técnica y de apoyo entre el Cabildo capitalino, la EP Emeseguridad y el GAD del cantón de Cotopaxi para la implementación de políticas en materia de seguridad integral. (DAG)

Inicia el ‘Verano al parque’

Para estas vacaciones el °Municipio ha preparado el programa Verano al parque’ con la reactivación de los espacios públicos metropolitanos: Las Cuadras, Itchimbía, Guangüiltagua, La Armenia, La Carolina y Equinoccial. El primero iniciará este 15 de julio, de 08:00 a 13:00, en Las Cuadras (sur de Quito). Este plan es parte del ‘Verano de las Artes Quito-VAQ 2017’, que se desarrollará en julio y agosto. (DAG)

Convenios para obras en el norte de Quito MOVILIDAD. El Concejo Metropolitano se reúne para tratar el tema del taxismo informal.

realizó el estudio y que reveló que la ciudadanía espera entre 6 y 10 minutos para poder tomar un taxi. Carlos Santos, dirigente de los transportistas informales, comentó que se mantendrán vigilantes de la votación de los concejales, pues según él han luchado para contar con un permiso de operación, no con un certificado de autotaxi como en

el proceso anterior, “porque eso les ha generado problemas y han quedado fuera del proceso”. El Concejo Metropolitano está conformado por 22 ediles y se requieren de 12 votos a favor para dar paso a la ejecución de esta propuesta de ordenanza, que ya ha sido debatida en primera instancia y cuenta con el informe favorable de la Comisión de Movilidad. (PSD)

Representantes comuni°tarios de seis barrios de los

sectores Mariana de Jesús y San José de Morán firmaron convenios que concretan la construcción de obras de adoquinado y bordillos en siete vías de la zona. La actividad es liderada por la Administración Zonal Calderón. Los trabajos se realizarán a través de cogestión (Municipiocomunidad), con una inversión de 297.234 dólares para el beneficio aproximado de 3.000 habitantes. (DAG)


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OPINIÓN A4 tiempo lectura 15 min.

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El verdadero viaje de descubrimiento no consiste en buscar nuevos caminos sino en tener nuevos ojos”. MARCEL PROUST ESCRITOR FRANCÉS, (1871-1922)

La memoria es la forma en que seguimos contándonos a nosotros mismos nuestras historias”. ALICE MUNRO ESCRITORA CANADIENSE (1931)

CARTAS Mediocre y sufridor

Mediocre es pretender apropiarse del Presidente, para convertirse en cogobernante, por efecto de la sagrada obediencia partidista; es pretender erigirse en el único pensador del grupo elitista que se silencia por conveniencia; es preconizar el sectarismo como bandera del presente, dando la espalda a valiosos sectores de la sociedad, que pueden tener mejor visión de futuro; es el ególatra que, aferrado a su espejo, pretende ver al único predestinado del siglo XXI para liquidar la estabilidad económica de su país; es el que traza líneas rojas entre la sensatez y el odio para impedir el reencuentro del país, que fue apartado de su destino histórico, para ser sumido en la llamada revolución bolivariana, tan ajena y sangrienta; es el izquierdista improvisado que, cual típico bobalicón, repite la proclama de Che Guevara : ‘¡Hasta la victoria siempre!’, como si fuera el triunfador de heroicas batallas; es el que, apartado del poder, sintiendo la impotencia que sintieron muchos ciudadanos atropellados por su voluntad totalitaria, cree que la lealtad es la sumisión del sucesor; mediocre es, en definitiva, el que consolidando un sistema de impunidad y corrupción cree que toda transacción corrupta o corruptora es un simple “acuerdo entre particulares”. Ahora es el gran sufridor del siglo XXI, se siente desairado por el sucesor y sufre porque se desmarca de su gobierno; porque se mantiene un diálogo civilizado y respetuoso; porque se están cruzando las líneas rojas de la insensatez hacia la convergencia creadora; por el comodato de 100 años a la Conaie y por los indultos a los líderes indígenas; por la falta de coherencia con la línea totalitaria y corrupta; sufre porque dos empresas insensatas: Odebrecht y Caminosca le quieren restar protagonismo. Sin embargo, cuando se destape la gran verdad sobre la gran corrupción, no tendrá espacio para sufrir porque el que corre no sufre, se agobia. Mauro Terán Cevallos CI. 1701503243 DIRIJA SUS CARTAS A: cartasaldirector@lahora.com.ec Casilla 1717243 CCI o cualquiera de nuestras agencias. Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.

Una necesaria licencia

No quiere o no puede sostener la legitimidad de sus decisiones con argumentos y contraargumentos y responder con ellos las preguntas que alguien pudiera formularle sobre ciertos pasajes de su trayectoria política. Echa mano a una crítica simplista al adversario y a historia política que, para las nuevas generaciones, suena a “edad de piedra”. Tal es el caso del Vicepresidente. En la más reciente entrevista del presidente Moreno con representantes de la oposición o no militantes de su partido, le hablaron sobre la necesidad de que el Vicepresidente se acoja a una licencia en sus funciones, mientras dura la investigación del caso Odebrecht. Sería un buen paso para comenzar a abrir, sin complejos, la penosa corrupción de las élites políticas del país, comenzando por su propia casa.

SALVATORE FOTI

¿Correa en Bélgica y Moreno en Estocolmo?

Desde hoy Moreno no debe preocuparse de la presencia del expresidente Correa, quien ya está en Bélgica con su familia. Desde hoy podrá seguir dialogando, en lugar de confrontar con el exmandatario, el único con el cual aparentemente no quiso tener coincidencias. Hasta las ‘indirectas’ de que Correa sufría de ‘síndrome de Abstinencia del poder’ podrán dejar de despreocupar. En su lugar, puede empezar a

Se podría ventilar una conducta moralmente nociva. Mas el Vicepresidente se resiste a admitir su responsabilidad respecto a los asuntos que se le cuestionan. Se requiere poner ante la opinión pública, donde se ubican también los seguidores del aliancismo, argumentos y contraargumentos que expliquen cómo en sus narices hubo robos, coimas millonarias y abultadas estafas fiscales. Una licencia para que, con argumentos y contraargumentos y no con barras ni escenarios amañados, haga un esfuerzo por explicar su sistemática torpeza al seleccionar cuadros dirigentes, que luego se convirtieron en prófugos de la justicia. Por un lado se daría un severo golpe a la soberbia que ahoga a quienes se creen dueños del poder. Por cierto, un señalamiento recurrente del correísmo al referirse al pasado.

tomar decisiones para el bien del país que, dicho sea de paso, necesita de la adopción de medidas importantes que vayan más allá de los “me gusta” captados por el actual Presidente. Lo que es bueno para Facebook es efímero comparado con la necesidad de políticas públicas que le urgen al país y las ganas de saber, desde ahora en adelante, qué va a pasar. Tampoco podríamos permitirnos otros síndromes como el de Estocolmo, que provoca que los rehenes se hagan amigos y cómplices de sus captores. En este sentido, si el mandatario trabajó “sufriendo” la presencia de Correa, que lo llevó a algunos desencuentros más que justificables. Si las diferencias entre los correístas y los morenistas pudieran deberse al hecho de que el mandatario estuviera secuestrado por algunos grupos de poder y asesores que le hacen la agenda en abierto contraste con los principios de sus coidearios.

Ellos le harían padecer el síndrome ya mencionado. Esto sería sumamente grave, pues para tomar decisiones y hacer leyes no contaría con el apoyo necesario en la Asamblea donde, por cierto, algunos habrían empezado a contar los votos necesarios para empezar una escalada al poder. Gracias a la excusa de plantear una moción sobre dar apoyo a los diálogos de Moreno, los gobiernistas saben que nueve asambleístas de la bancada AP se abstuvieron. A Moreno le faltan muy pocos votos para contar con su propia mayoría, a pesar de que esto significa tener confianza temeraria en la oposición. En caso de no lograr sus objetivos tendríamos dos poderes del Estado en pugna y un país en ‘stand by’ que se acercaría muy peligrosamente a la muerte cruzada o quién sabe si a la convocatoria de una Constituyente. sfoti@lahora.com.ec

RODRIGO SANTILLÁN PERALBO

El “nuevo” Washington La Conferencia del Departamento de Estado y del Consejo de las Américas es un foro en el que se pretende discutir sobre el futuro de las relaciones y diseño de nuevas políticas para América Latina. La última Conferencia, que fue la 47, trazó las primeras señales de lo que llaman “el nuevo Washington”, en la era Trump. Los expositores pusieron énfasis en recoger las aspiraciones y proyectos políticos del bloque en el poder, y concretar el ideario de la derecha republicana más conservadora de Estados Unidos. El foro trataba de efectuar un balance entre las “nuevas” y las “viejas” ideas que influirán en el diseño de la “nueva política hacia América Latina” que, en realidad, es la reiteración de los objetivos permanentes del sistema de dominación, con las mismas estrategias de injerencia en los asuntos internos de los países de América Latina y el Caribe, bajo el ropaje de política, comercio y seguridad en el hemisferio occidental que es “seguridad, prosperidad económica y defensa de los valores de los Estados Unidos”, según la concepción geopolítica del senador ultra conservador Marco Rubio, que refleja el pensamiento imperial hacia la región. El subsecretario de Estado Adjunto de Estados Unidos para Asuntos del Hemisferio Occidental, Francisco Palmieri, destacó la importancia que la región mantiene para los intereses estratégicos y económicos de Estados Unidos. “Juntos, con nuestros socios, perseguimos una visión compartida: un hemisferio seguro, democrático y libre, – una región con orden y ley a lo largo de nuestras fronteras”. ¿Por sobre el muro? La 47 Conferencia de Washington sobre las Américas concluyó sin que el “nuevo” Washington se mostrara capaz de respetar la soberanía e independencia de los pueblos de América Latina y el Caribe. rsantillan@lahora.com.ec

Diario liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos. Presidente - Director Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Directora Adjunta JUANA LÓPEZ SARMIENTO Subdirector ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ Editor General LUIS EDUARDO VIVANCO ARIAS Editorial Minotauro Planta: Av. Galo Plaza Lasso N62- 08 y Nazareth PBX: 247-5724 Publicidad: 222-2406 / 250-3266 Fax: 247-6085 Suscripciones: 247-5724 ext 147 Casilla: 1717243 CCI e-mail: quito@lahora.com.ec Año: XXXI No. 11850

www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del periódico, que se expresa en su Editorial.


Inseguridad preocupa a vecinos de San Juan La UPC no cuenta con policías de forma permanente. Hay delitos en este barrio del centro de Quito. El tradicional barrio de San Juan está constituido en un área de 34 hectáreas, por empinadas calles llenas con casas antiguas y modernas de vivos colores. Desde siempre ha sido un sector residencial conocido como el ‘Balcón de Quito’, debido a su ubicación en la loma llamada por los indígenas Hunacauri; sin embargo, sus calles no son seguras debido a la delincuencia y la no permanente presencia de uniformados en su Unidad de Policía Comunitaria (UPC). Los residentes de este barrio del centro de Quito, predominantemente de clase media y popular, están preocupados por la inseguridad. Desde hace aproximadamente dos años, la UPC pasó a estar deshabilitada o inactiva; es decir, en sus instalaciones no permanecen efectivos del cuerpo policial, quienes casi en la totalidad de los casos, la utilizan muy de vez en cuando y solo como punto de paso durante las rondas de patrullajes, según denunciaron los

habitantes del sector. Malestar

Diego Calero, propietario de un negocio de cabinas telefónicas e Internet, ubicado frente al UPC, manifiesta que los policías no están ahí cuando se los necesita. “A varias horas del día, pero sobre todo por la noche, llega gente pidiendo ayuda y no encuentra nada”, afirma. Principalmente, los vecinos ven afectada su rutina diaria por robos en calles y tiendas, especialmente de celulares y dinero en efectivo. Además existe un creciente problema de venta y consumo de drogas. Según Calero, los policías sí hacen patrullajes, pero la mayor parte del tiempo “brillan por su ausencia”. Con esto coincide Targelia Morejón, vecina del sector y dueña de un bazar. “El barrio es peligroso, a mí recientemente me robaron dos veces en mi negocio”, apunta. También, como muchos otros vecinos, cree que

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una presencia policial continua ayudaría a disuadir las actividades criminales y no entiende por qué no se utiliza la UPC. Otro punto vulnerable a los continuos robos son las paradas de buses. Ramiro Lita, estudiante universitario, comenta que en menos de un año le han robado en dos ocasiones dinero y el celular mientras esperaba el transporte público. ¿Qué dice la Policía?

Para el cabo Marco Quinatoa, perteneciente a la UPC de La Basílica, el problema principal es que la institución del orden no tiene el personal suficiente para que permanezca en todos los UPC de los barrios. “Priorizamos el patrullaje por áreas y así buscamos controlar más territorio”, puntualizó. Asimismo, aseguró que la Policía es consciente de los problemas de inseguridad en barrios como San Juan y que el hecho de que no haya efectivos destacados en la UPC de ese sector, no quiere decir que no reciban atención. Por este motivo y para hacer frente al escaso personal policial, la UPC de La Basílica se encarga de coordinar la vigilancia de varios sectores y barrios como San

SEGURIDAD. La UPC del barrio de San Juan no tiene presencia policial.

Juan, El Tejar, América, el sector del estadio universitario. El uniformado agregó que los vecinos de estos sitios deben llamar, en caso de emergencia, a los teléfonos de la UPC de La Basílica y desde ahí se direccionará la ayuda necesaria. De ese mismo sitio salen los agentes que realizan las rondas de vigilancia.

Para Carmen Luna, vecina de San Juan, la gran mayoría de los moradores del sector no saben que, en caso de emergencia, deben llamar al UPC de La Basílica. “Hace falta información y trabajar más de cerca con la gente para que sepan qué hacer si necesitan ayuda policial”, dijo la dama. (JS)

Fundación para la Integración y Desarrollo de América Latina – FIDAL – Ante el sensible fallecimiento del historiador, escritor, hombre de cultura, miembro del directorio y querido amigo: Sr. Leonardo Moncayo Jalil Expresamos nuestro profundo pesar y acompañamos a toda su familia, especialmente a su esposa: María Eugenia Correa de Moncayo, sus hijos y nietos en estos momentos de dolor. Paz en su tumba. Quito, 10 de julio 2017

Rosalía Arteaga Serrano Presidenta del Consejo Asesor

Claudia Arteaga Serrano Directora Ejecutiva

PAB/17036/AS

Patricio Jijón Larco Presidente Ejecutivo


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EN VELA a6

martes 11 de JULIO de 2017 La Hora, QUITO ecuador

QUITO

Cinco militares muertos y varios desaparecidos en accidente aéreo en EE.UU.

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WASHINGTON, EFE • Al menos cinco personas murieron ayer al estrellarse un avión militar estadounidense en el estado de Misisipi, informaron las autoridades, que buscan a otros cuatro posibles tripulantes desaparecidos. “Un accidente de un USMC KC-130 ocurrió la tarde de este 10 de julio”, informó de forma escueta el Cuerpo de Marines a través de Twitter. Sin embargo, las autoridades locales han informado del hallazgo de cinco cuerpos en el lugar del accidente.

CAL alarga decisión sobre solicitud de juicio a Glas Dio tres días de plazo adicional para que el solicitante complete la documentación de sustento. Con cinco votos a favor y dos en contra, el Consejo de Administración Legislativa (CAL), de mayoría oficialista, resolvió dar tres días de plazo adicional al asambleísta de CREO, Roberto Gómez, para que complete la documentación de la solicitud de juicio político presentada en contra del Vicepresidente

posiciòn. El CAL se reunió ayer por la tarde para analizar la demanda política al Vicepresidente.

de la República, Jorge Glas, sobre todo en lo relacionado con el anuncio de la prueba. El presidente de la Asamblea, José Serrano (PAIS), informó que Gómez será notificado hoy de esta resolución para que, entre el miércoles y viernes de esta semana, cumpla

Comunica el sensible fallecimiento de quien en vida fue:

con este requisito. “De recibir la contestación del asambleísta, el lunes el CAL volverá a sesionar al medio día”, para ver si se han cumplido o no los requisitos, manifestó Serrano. Para los dos asambleístas de oposición que integran el CAL, Patricio Donoso (CREO) y Luis Fernando Torres (PSC-Tiempo de Cambio), la decisión de la mayoría oficialista no se justifica. Donoso dijo que el enunciado de las pruebas está completo pero que transmitirá la decisión a su bloque. Torres coincidió con Donoso en que la petición está

completa. “Todas las pruebas estuvieron debidamente anunciadas, por lo tanto no se requería darle tres días para que complete. (…) Hay suficientes méritos para que la petición sea enviada a la Corte Constitucional ya que cumple todas las formalidades”, dijo Torres. Sin embargo, la asambleísta Viviana Bonilla (PAIS), también integrante del CAL, dijo que lo que había presentado el peticionario, sobre el anuncio de prueba son los juicios en contra Alex Bravo y Carlos Pareja Yannuzzeli, exgerentes de Petroecuador procesados por corrupción en

Sr. LUIS EDUARDO MONCAYO RODRIGUEZ Sus restos mortales están siendo Velados en las Salas de Memorial, ubicada en la Av. América N° 38-44 y Villalengua. Le invitamos a la Ceremonia Religiosa que se celebrara el día martes 11 de julio de 2017 a las 14h00

Radio Visión de Quito S.A.

Destino final Parques del Recuerdo Calderón Paz en su tumba...

PAB/17037/AS

AVISO

A la memoria del compañero

Jaime Moncayo Bucheli,

NOTIFICACIÓN A LOS ACREEDORES

En mi calidad de liquidador y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 393 de la Ley de Compañías y Reglamento correspondiente, me permito notificar a todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, a efecto de que en el termino de veinte (20) días a partir de la fecha de la última publicación de este aviso, procedan a justificar su calidad de acreedores de la compañía “SOLUTIO INGENIERIA CIA LTDA” en liquidación, para lo que deberán en forma personal o por el medio que estimen pertinente, dirigirse al liquidador de la empresa, haciéndole conocer su reclamo, con copia del o los documentos que acrediten su derecho. Vencido el término establecido, de conformidad con lo que dispone la ley, solo serán reconocidos como acreedores quienes dentro del mismo hubiesen comparecido con su reclamo. Para el efecto indicado anteriormente, se deberán dirigir a la siguiente dirección: QUITO-DM – Parroquia Calderón, calle Elías Godoy y Jorge Carvajal conjunto Portal San Fermin 3, también se recibirá el o los reclamos, dentro del plazo establecido, en el correo electrónico: solutioproyectos@gmail.com

locutor y operador que supo identificarse en todo tiempo con los altos ideales profesionales de la Emisora, ganándose el respetuoso afecto de todos sus integrantes.

MG225700-P

Diego Oquendo S., Presidente Ejecutivo

Quito, viernes 7 de julio de 2017

esta empresa pública; así como decretos ejecutivos donde se designa a Jorge Glas como responsable de los sectores estratégicos, entre otros. Bonilla aseguró que esas pruebas no se ajustan a los requisitos que dispone la Constitución y la Ley de la Función Legislativa para dar paso a un juicio político de un Vicepresidente de la República. “El requisito que no se ha cumplido es la totalidad de la prueba en la que se demuestre un nexo causal del que se pretende enjuiciar políticamente, que es básico y elemental en cualquier proceso político o jurídico”, dijo Bonilla. (HCR)

Una yegua es recuperada de una quebrada de Conocoto Una yegua, que se había caído hace varios días a una quebrado de Conocoto, fue rescatada ayer por socorristas de la Policía Metropolitana, informó Christian Rivera, director del COE Metropolitano. El animal fue encontrado a más 100 metros de profundidad, con signos de anemia y además presentaba lesiones menores. “Esta quebrada es de difícil acceso, por lo que fue necesario el uso de winchas para evacuarla”, dijo Rivera. Un veterinario también participó en las labores de rescate y fue el encargado de verificar el estado de salud de la yegua. Una vez realizado el rescate, que demoró varias horas debido a la topografía del terreno, la potranca fue llevada al Parque Metropolitano del Sur, en vista de que nadie se ha adjudicado su propiedad. (SE)


GENTE I

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Homenaje cultural

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En la sede social de la Federación Nacional de Artistas Profesionales del Ecuador (Fenarpe) se realizó un homenaje a reconocidas figuras de la música ecuatoriana. También, el auditorio fue bautizado como ‘Eduardo Zurita’. Autoridades del sector cultural participaron del acto.

Camilo Restrepo, presidente de la CCE; Paco Godoy, músico; Raúl Pérez Torres, ministro de Cultura, y Elizabeth Arguello.

Luis Amaro y Rodrigo Santillán.

Gabriel Cisneros, Eduardo Zurita y Camila Restrepo Arias.

Nivia Barahona y Amparo Ponce Freire.

Miriam Arévalo, Arturo Moreno y Leonardo Jacho.

Paco Godoy, interpretando dos instrumentos a la vez.


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GENTE A8

MARTES 11 DE JULIO DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

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DETALLE. Portada del libro.

QUITO

Julio Andrade, en líneas

En la Sala Benjamín Carrión de la CCE se presentó el libro ‘General Julio Andrade: paz, consuelo, victoria’, de la compiladora Cecilia Falconi, bajo el sello de El Conejo. Un lleno total se registró en el auditorio.

Santiago Larrea, Julio Tapia Andrade y Marcelo Ponce.

Isabel Ullauri y Mónica Meneses.

Sebastián Falconi, Constanza Chiriboga, Miguel Falconi y Felipe Meneses.

Roberto y María Elena Iturralde, y Nelson García.

Ana María Cruz, Marcelo Meneses y Cecilia Falconi.


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Correa parte a Bélgica en medio de un gran operativo de seguridad Rigurosas medidas de seguridad acompañaron al expresidente Rafael Correa hasta el último minuto de su estancia en el Ecuador. De hecho, un operativo del Servicio de Protección Presidencial, que está a cargo de la Policía Nacional y FF.AA., lo acompañó en su último traslado al Aeropuerto Internacional de Quito, para partir rumbo a Europa, como lo había prometido antes de de- PARTIDA. Rafael Correa en el jar el poder. trayecto hacia el aeropuerto. Estas medidas de seguridad son el resultado del decreto que cuestionar a su sucesor, Lenín él firmó para incluir en el Ser- Moreno, y el distanciamiento vicio de Protección Presiden- de su polémico estilo de confrontación. “Que no me cial la responsabilidad digan que es cambio de de velar por la seguridad EL DATO estilo (la) estrategia de de los expresidentes y viquerer diferenciarse del cepresidentes, así como la dspedida anterior Gobierno, dánde sus familias. Además, En estuvieron el el despliegue de efectivos vicepresidente dole la razón a la oposiGlas y la ción”, expresó. En ese de Policía Nacional y de Jorge secretaria FF.AA. respondió a que Ejecutiva de su sentido, recordó que el movimiento, 2 de abril pasado se deAlianza PAIS hizo un Gabriela rrotó a la oposición, pero llamado a su militancia Rivadeneira. dejó sembrada la duda para despedirlo en la terde si ganó realmente la denominal aérea en Tababela. El exmandatario no desa- minada revolución ciudadana. provechó la oportunidad de (MMD)

CAL debate extensión de plazo para anuncio de prueba en juicio político contra Glas El Consejo de Administración Legislativa (CAL) analizaba ayer, hasta el cierre de esta edición, la solicitud de juicio político presentada por el bloque de CREO en contra del vicepresidente de la República, Jorge Glas. Tras una hora y media de debate los legisladores Patricio Donoso (CREO) y Luis Fernando Torres (PSC-Tiempo de Cambio), integrantes del CAL, salieron a informar que se analizaba la pertinencia de dar tres días más de plazo para que los peticionarios aporten con más documentación por lo que se había establecido un receso en la sesión hasta las 19:30 hasta tomar una resolución definitiva. Donoso manifestó que consideraba que el enunciado de

pruebas estaba completo para que el CAL dé paso a la solicitud y lo remita a la Corte Constitucional. Aseguró que no hay motivo para que esta instancia, dominada por el oficialismo, dé largas al proceso, cuya petición tiene el respaldo de 60 firmas de los asambleístas de oposición. “El anuncio de la prueba se ha entregado en su totalidad”, dijo Donoso. Torres agregó que el juicio político “está vivo, todavía no ha muerto”. Aseguró que la petición está completa, que se han anunciado las pruebas por lo que no había razón de que el oficialismo pida más elementos de análisis. Agregó que el CAL no debe analizar la pertinencia de las pruebas, sino solo que conste el anuncio de las mismas. (HCR)

CITA. El encuentro entre Wilma Andrade y el presidente, Lenín Moreno, fue reservado.

Moreno sigue dialogando y la ID pide licencia de Glas Wilma Andrade considera que el Vicepresidente debería enfrentar el caso Obedrecht como un ciudadano más. La asambleísta Wilma Andrade (Izquierda Democrática-ID) planteó al presidente de la República, Lenín Moreno, la necesidad de que el vicepresidente de la República, Jorge Glas, se acoja a una licencia mientras dura la investigación del caso Odebrecht. La propuesta la realizó durante una reunión que mantuvo con Moreno en el Palacio de Gobierno, dentro del proceso de diálogo que cumple el Ejecutivo con sectores de la oposición y en la que estuvo acompañada por el también asambleísta de su agrupación René Yandún. “Es un tema delicado, pero le hemos señalado que creemos que el Vicepresidente de la República, quien está en este momento de alguna manera en sospecha al tener personas tan cercanas como su tío (Ricardo Rivera, investigado) en actos de corrupción, debería, al menos, por respeto al país, pedir la licencia a sus delicadas funciones para que exista una investigación de él como un simple ciudadano”, expresó Andrade. Según la asambleísta, la respuesta del Presidente fue que es respetuoso de la independencia de funciones por lo que la investigación tiene que mantener

su curso regular y esperar a que haya el pronunciamiento de instancias como la Contraloría y la Fiscalía General del Estado. Otros temas planteados por los asambleístas de la ID fue la implementación de leyes para generar empleo, promover la austeridad, calidad del gasto, la independencia de funciones –sobre todo en al ámbito de la justicia-, el impulsar a una consulta popular para eliminar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, entre otros. Yandún agregó que fue oportunidad para dialogar con el Presidente de temas como la gobernabilidad, la institucionalidad, el seguro social y las Fuerzas Armadas. “Es necesario modernizar y actualizar la Ley de Defensa Nacional para que esté en concordancia con la Constitución”, dijo Yandún. Reiteró que Moreno se comprometió a no hacer uso del servicio de protección pública. Otros actores del diálogo

Moreno también se reunió con representantes del sector artesanal y con la ministra de Industria, Eva García. Los artesanos entregaron de manera simbólica el proyecto de Ley Orgánica de Desarrollo Artesanal, que ya

Cambio de guardia

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El presidente de la República, Lenín Moreno, presidió ayer el tradicional cambio de guardia desde el Palacio de Gobierno frente a decenas de sus partidarios. Moreno aprovechó la oportunidad para despedir al expresidente Rafael Correa, que en esos mismos instantes se dirigía a aeropuerto de Tababela para viajar a Bélgica con su familia. Moreno le deseó buen viaje y le agradeció en nombre del pueblo los 10 años de gestión y haber logrado beneficios para los más pobres y desprotegidos. Agregó que la revolución continúa, pero que “hay un cambio de estilo, ratificaremos todo lo positivo y lo que hay que cambiar lo cambiaremos”. Minutos antes de la ceremonia, un grupo que manifestantes que dijeron identificarse con el Movimiento Alianza PAIS, criticaron al actual mandatario gritándole “fuera traidor, fuera”.

está en trámite en la Asamblea, para que tenga el impulso del primer mandatario. García aseguró que la normativa unificará la legislación dispersa que impedía que el sector pueda acogerse a los beneficios de Ley. A través de este proyecto se busca crear incentivos para la profesionalización de los artesanos, su capacitación y acceso a los incentivos de manera coordinada. (HCR)


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NACIONAL

través de la página web www. mdi.gob.ec/reclutamiento. Requisitos

Los interesados en formar parte de la Policía deberán ser ecuatorianos de nacimiento, tener entre 17 y 24 años, poseer título de bachiller en Ciencias, además de haber obtenido un mínimo de 725 puntos en dicho examen ENES o Ser Bachiller. Además, no haber sido dado de baja de las Fuerzas Armadas, Policía y Comisión de Tránsito Con un puntaje mínimo de del Ecuador, no tener antece725 puntos de 1.000 posibles dentes penales, ser declarado en el examen de ingreso a las “apto” en los exámenes duranuniversidades (sea el ENES o te el proceso de selección y no Ser Bachiller) deberán contar encontrarse con impedimento quienes aspiran a ingresar a las para ejercer cargo público. El proceso se dará de acuerdo filas de la Policía Nacional. La institución anunció ayer el con un cronograma en función a los dígitos de la cédula proceso de reclutamiento de identidad. Además, de uniformados en el que para ingresar deberán se abrirán 2.500 cupos, CUPOS de los cuales 590 se des- para mujeres ofi- aprobar pruebas físicas, ciales, 30 más tinarán para aspirantes que antes habrá académicas, médicas, simujeres y 200 se reser- en este proceso. cológicas y de confianza. Los mejores puntuados varán para etnias originarias de la Amazonía. Andrés se formarán como oficiales en la de la Vega, viceministro del In- Escuela Superior Alberto Enríterior, informó que las fechas de quez Gallo mientras que el resto postulación son del 17 al 23 de de calificados como “aptos” irán julio e insistió en que el proceso a las Escuelas de Formación de se dará de manera gratuita, a Policías. (RVD) MARTES 11 DE JULIO DE 2017 La Hora, ECUADOR

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2.500 cupos se abren en la Policía

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ESCENARIO. El parqueadero posterior de la Escuela Militar fue el sitio escogido por un excapitán para cumplir la sentencia.

Michael Arce no aceptó disculpas por racismo de exmilitar

Un incidente se dio en la Esmil. Amigos y familiares de Michael Arce rechazaron el acto de disculpas públicas. RECLUTAMIENTO. El proceso de selección se lo hará vía Internet.

Bienes de ‘narcos’ se venderían para financiar programas antidrogas Vender los bienes incautados al narcotráfico para financiar proyectos de recuperación de jóvenes con problemas de adicción es una posibilidad que analiza la secretaria técnica de Drogas, Ledy Zúñiga. La funcionaria indicó que para eso se elaborará un documento que viabilice la posibilidad de comercializar dichos bienes con la autoridad competente. Durante la conferencia ‘Herramientas y estrategias municipales para una gestión integral de drogas’, desarrollada en la Gobernación del Guayas, Zúñiga también planteó la posibilidad de contratar 100 centros especializados de recuperación de personas con problemas de consumo de drogas. También dijo que buscará el apoyo de los municipios a fin de que estos contribuyan con la recuperación de los jóvenes a través de charlas y otras actividades. En la cita también participaron expertos del programa ‘Salud y vida de las Américas’, de la Comisión Interamericana para Control del Abuso de Drogas de

GUAYAQUIL•

ACTO. La secretaria Técnica de Drogas, Ledy Zúñiga, durante la conferencia que se realizó en Guayaquil.

la Organización de los Estados Americanos y otros colaboradores de los organismos participantes. La conferencia se extenderá hasta hoy en Quito y en ella se diseñarán planes de trabajo que servirán como hoja de ruta para fortalecer la gestión municipal en temas de prevención del consumo de drogas. Además se promoverán compromisos institucionales para una acción integral planificada, coordinada y sostenible, que sirva de aporte a la política central que busca consolidar el Gran Acuerdo Nacional planteado por el Gobierno. (DAB)

Medidas adicionales

°

La investigación previa de esta causa inició en 2012 y la sentencia condenatoria -que incluye la reparación integral a la víctimatambién incluye la publicación de la sentencia condenatoria, en su totalidad, a través de los portales electrónicos y medios de comunicación oficiales del Ministerio de Defensa, a más del tratamiento sicológico que el Ministerio de Salud debe entregar tanto al ofendido como al sentenciado, informó la Fiscalía.

El sonido de la marimba se es- tienen miedo del pueblo ecuatocuchó ayer en el parqueadero riano”, enfatizó la mujer. De ahí que se negaron a esposterior de la Escuela Militar (Esmil) Eloy Alfaro, en el norte cuchar a Encalada, a quien por de Quito. Pero esta vez no fue si- medio de un micrófono y un parnónimo de fiesta sino de reclamo lante se lo escuchó decir: “Vengo a ofrecer mis disculpas por parte de miembros del públicas al señor Michael pueblo afro del país. Arce por las supuestas Tocando instrumenDÍAS agresiones de las cuales tos como el bombo, el y 24 días de cárcununo y el guasá, fa- cel también fue ha sido víctima por parte parte de la sen- de mi persona”. miliares y amigos de Mi- tencia que debió Al cabo de menos de ha satisfecho el resarcimiento a chael Arce, de 26 años, cumplir el excapitán Fernando cinco minutos se retiró la víctima, por las condiciones rechazaron la actuación Encalada. del sitio en el mismo ca- en que se hace, por la forma y en de Fernando Encalada, rro blanco y placas ofi- el lugar en que se hizo”, expresó. capitán dado de baja del ciales en el que llegó, en tanto Ejército hace un mes. Juan Pablo Albán, abogado Encalada debía ofrecerle que el joven víctima de malos defensor, por su parte, recordó disculpas públicas como parte tratos descalificó el acto. “La que el Código Penal cataloga de una reparación integral dis- justicia no juzga supuestos, como un delito el desacatar una puesta por la Justicia, tras ser juzga actos cometidos, por lo sentencia y anunció que tamdeclarado culpable de haber tanto, yo no voy a aceptar las bién acudirán a presentar una agredido física y sicológica- disculpas”, sentenció. denuncia ante el Comité contra mente al joven por ser afrodesla discriminación racial de las cendiente, cuando cursaba la Medidas Naciones Unidas. instrucción militar en 2011. Gina Gómez de la Torre, fiscal En tanto que el mayor Manuel Mientras Arce y los suyos que llevó el caso, manifestó que Domínguez, abogado del Ejérciacudieron para el acto a un lo solicitado por la Fiscato, remarcó que “quien patio desolado, frente a un mo- lía no se cumplió, ya que EL DATO tiene que dar las disculpas numento a Tiwintza que tenía las disculpas no resarpúblicas no es Fuerzas cintas que no permitían el paso, cieron a la víctima, por lo Armadas, no es la Escuela trata de la prial excapitán se lo vio llegar por que anunció que pedirá Se mera sentencia Militar”, sino el excapitán la puerta principal del recinto a los jueces del Tribunal por odio racial Encalada “y es lo que ha en Ecuador. castrense, lo que molestó a los de Garantías Penales que sucedido”, sostuvo. asistentes. hagan un control de la Al final el joven, quien Línder Arce y Lilián Méndez, sentencia. ahora cursa el quinto semespadres del muchacho, oriundos “Este no es un resarcimien- tre de la carrera de Docencia en de Imbabura, lo tomaron como to, esto más bien es una afren- la Universidad San Francisco, una nueva muestra de discri- ta y nosotros vamos a pedir un acompañado de sus amigos, reaminación. “Esto nos demuestra informe y vamos a entregarle al lizó un plantón en el Complejo que no sé si tienen vergüenza o Tribunal para indicar que no se Judicial de Quito. (RVD)

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Se elabora borrador para mejorar el Código Integral Laboral

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La Cartera de Estado también detalló la creación de varios acuerdos ministeriales.

El Ministerio de Trabajo prevé entregar al Ejecutivo un proyecto para un nuevo Código Integral Laboral, informó en rueda de prensa el ministro Raúl Ledesma. “Ojalá la presentemos en 45 días un borrador al Presidente con nuestra observación del Código Integral Laboral y para esto estamos invitando a todas las organizaciones sociales, a todas las centrales sindicales, a todas las cámaras de producción, de comercio y asociaciones individuales de trabajadores de distintos sectores”, APERTURA. El ministro del Trabajo, Raúl Ledesma, ofreció a la prensa realizar aseguró Ledesma. conversatorios periódicos. La Cartera de Estado anunció ayer que emitirá acuerdos ministeriales y reformas relacionados a las prácticas preprofesionales, a la aprobación de reglamentos Con la reforma al Reglamento de Jurisdicción Coactiva se logra un acercainternos, inspecciones integramiento con el deudor, proponiendo formas de pago ágiles generadas por multas, les, pago de juicios de coactivas y además de proponer la suscripción de convenios de pago, para evitar la ejecuregistro de trabajadores sustitución de medidas cautelares en los juicios coactivos como: retención de cuentas, tos en las empresas. embargos, secuestros de bienes y otros. En rueda de prensa, Raúl LeA partir del 20 de julio del presente año, con la aprobación del Reglamento Indesma, titular de la Cartera de terno y de Higiene y Seguridad de las empresas públicas y privadas, se disminuye Estado, indicó que “estos acuerel tiempo de entrega, requisitos e interacciones de los ciudadanos. El trámite de dos son herramientas que permiaprobación del Reglamento Interno tomará dos días hábiles. Para eso, se brindará ten cumplir el objetivo de la diasesoría en línea de forma inmediata, los formatos de reglamentos estarán namización laboral, con lo que se disponibles en la web del Ministerio del Trabajo y las interacciones presenciales agilita la generación de empleo”. se reducen a cero al ser un trámite 100 por ciento en línea. (LGP) También reiteró la política de diálogo tripartito fomentada des- de derechos laborales de los tra- Mediación laboral y trabajadores bajadores. de esta Cartera de Estado, sustitutos a fin de recibir propuestas EL DATO El Ministerio también anunció de todos los sectores y gela creación de la unidad de meSobre las pasantías nerar políticas que preLedesma detalló que las diación laboral en la Dirección prácticas cautelen el empleo y den Las normas para regular las Regional del Trabajo y Servicio preprofesionales, pasantías y solución al desempleo. pasantías o prácticas pre- Público de Guayaquil, a fin de a la Dentro de los acuerdos servicios profesionales se encontra- atender conflictos individuales comunidad anunciados se destaca serán reconoci- ban divididas en diferen- o colectivos de los trabajadores. dos por las instique las inspecciones in- tuciones públi- tes articulados, por lo que Por otro lado, a través del Rey privadas tegrales de trabajo inclu- cas glamento para el Registro y Conestas fueron unificadas en como experienyen de forma obligatoria cia laboral. una sola normativa para trol de Trabajadores Sustitutos la notificación 15 días facilitar su aplicación en de Personas con Discapacidad, previo a su realización beneficio de los estudian- se regulan los procedimientos a los empleadores, sean estos tes universitarios. que viabilicen el registro en los personas jurídicas o naturales. Con esto se espera garantizar sistemas de la Cartera de Estado, Se establecen procedimientos el pago de un tercio del Salario lo que permite verificar el porde inspección focalizadas, para Básico Unificado y se determina centaje de inclusión determinaresponder de manera inmediata el período de pasantías en seis do en la Ley Orgánica de Discaante las denuncias de violación meses. pacidades. (LGP)

Coactivas °

PETRÓLEO. Actualmente Petroamazonas desarrolla el campo Tiputini, parte del Bloque 43-Ishpingo, Tambococha y Tiputini (ITT)

Bloque 43 se desarrolla con amplia participación de empresas nacionales

Entre las empresas prestaUn 82,57% de la prestación de servicios para el desarrollo del doras de servicio en el desaBloque 43-ITT proviene de la rrollo del Bloque 43 constan: industria ecuatoriana, según Conduto Ecuador S.A., Consse desprende del último estu- peccime Cía. Ltda., Construcdio realizado por la empresa ciones Pérez Valencia S.A., EnergyPetrol S. A., pública Petroamazonas. Inycofy Ingeniería y Otro 16,05% se ejecuEL DATO Construcciones S.A., ta con la participación Procope – Proyectos y conjunta de empresas producción Construcciones Petroextranjeras y un 1,37% La de Tiputini es leras S.A., Proyectos lo realizan firmas in- cercana a los barriles ternacionales. Entre los 51.000 diarios de petró- Integrales del Ecuador PIL S.A., Sedemi Servirubros considerados se leo. cios de Mecánica Indusencuentran: la prestatrial Diseño Consción de servicios, trucción y Montaje desarrollo de ingeS.C.C. niería, paquetizacioBARRILES Con relación a nes, construcción en diarios es la producción campo, entre otros. total de Petroamazonas. las empresas proveedoras de bienes Hasta el momeny materiales están: to estas actividades significan alrededor de $195 EnergyPetrol S.A., Danielcom millones y el monto destinado Equipment Suply S.A., Sedemi a la industria ecuatoriana es de Servicios de Mecánica Industrial Diseño Construcción y más de $160 millones. Respecto a la adquisición de Montaje S.C.C., Proyectos Inequipos y materiales, la indus- tegrales del Ecuador PIL S.A., tria nacional tiene una partici- Acindec, AICO, T-Control, Sancev, Novacero, Electrocapación de un 72,28%. Por otro lado, los montos bles – Cablec. Asimismo, las empresas que contratados en la adquisición de bienes para el desarrollo fabricaron los contenedores del Bloque 43-ITT suman más son: Conserde Millenium, los de $66 millones, de los cuales, contenedores de dormitorio y cerca de $48 millones corres- oficinas y Sedemi, los conteponden solo a la industria na- nedores de comedor y cocina, ambas ecuatorianas. (LGP) cional.

430.000

Zavala dice que Frente de Transparencia define estrategias GUAYAQUIL •

El Frente de Transparencia contra la Corrupción que puso en vigencia el presidente, Lenín Moreno, define la estrategia que implementará para el ejercicio de su trabajo en cuanto al control de los recursos

públicos. Xavier Zavala Egas, miembro de este colectivo, detalló ayer que la metodología estará lista en los próximos cuatro meses. “Son líneas matrices o puntos generales que el Presidente nos encargó para que se vayan desa-

rrollando dentro de cuatro o cinco meses más”, explicó. Dentro del plan existen cinco puntos que tienen relación con el análisis de la corrupción en el sector público y privado, lucha contra la impunidad, di-

fusión de valores y transparencia. Zavala recordó que el peculado, el enriquecimiento ilícito, el tráfico de influencias, el cohecho y la concusión son delitos distintos, por lo tanto no se puede imponer una sola pena. (DAB)

PERSONAJE. Xavier Zavala Egas miembro del Frente de Transparencia contra la Corrupción.


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REGISTRO. Esta es la droga que fue decomisada por la Policía.

La droga se camuflaba entre las papas La Policía de Antinarcóticos y la Unidad Contra el Tráfico para Consumo Interno (Uctci) aprehendieron 60.000

GUAYAQUIL •

NACIONAL

dosis de cocaína en el cantón Yaguachi (Guayas). La droga, que iba a destinarse al microtráfico en Guayaquil, era transportada en sacos de papas. La acción de los uniformados permitió la captura del colombiano Pajoy Y. R., de 30 años de edad, quien llevaba el cargamento del alcaloide. La operación denominada ‘Cascada’ se cumplió el último fin de semana, tras las investigaciones que los agentes realizaron para identificar al ciudadano extranjero, quien trasportaba la droga desde Colombia para abasEL DATO tecer a los ‘brujos’ de Yaguachi y de El detenido fue otros cantones de puesto a órdenes de las autori- Guayas. dades judiciales. Por denuncias anónimas, los agentes conocieron que el sujeto se abastecía de la sustancia sujeta a fiscalización en su país de origen, la camuflaba en sacos de papas y las transportaba vía terrestre hasta Yaguachi, donde la acopiaba antes de abastecer a los microtraficantes. Los agentes, en respuesta a la denuncia, se instalaron en la población para realizar las tareas básicas de inteligencia consiguiendo ubicarlo cuando se movilizaba a pie llevando un saco con papas, en cuyo interior se encontraron seis paquetes con cocaína embalada con cinta adhesiva. (DAB)

POLÉMICA. La construcción está en la zona de frontera entre la localidad ecuatoriana de Huaquillas y la peruana Aguas Verdes. (Foto: Archivo La Hora)

Se ahonda polémica por el muro en la frontera con Perú

Perú llamó a consultas a su embajador en Ecuador para tratar el tema. La obra tiene sus justificativos.

Perú llamó en con- el cual acordaron poner fin a más sulta a su embajador en Quito, de medio siglo de controversias Hugo Otero, por la construc- fronterizas por las cuales protación de un muro fronterizo por gonizaron dos conflictos bélicos, el último en 1995. parte de Ecuador a pesar “Dicha construcción de los pedidos de Lima EL DATO constituye un incumde paralizar la obra, inplimiento del numeral formó ayer la Cancillería La obra se inició 21 del Acuerdo de Badel vecino país. a pocos días de “La decisión se ha to- terminar el man- ses, que es parte de los del presiAcuerdos de Brasilia de mado teniendo en consi- dato dente Rafael Correa, el 24 de 1998, mediante el cual deración que el Gobierno mayo. Ecuador se obligó a dejar de Ecuador ha construiuna franja de 10 metros do un muro como parte del denominado Parque Lineal al lado derecho del Canal para en la franja derecha del canal que ambos países pudieran internacional de Zarumillla”, realizar su mantenimiento y limpieza”, detalla el coindicó la Cancillería en municado. un comunicado. Ecuador había señaAgregó que en más de lado el 6 de junio que una ocasión Perú solicitó KM. a Ecuador “que paralice de límites com- el muro cumplía con el parten Perú y acuerdo de Brasilia. Dila obra”, que recorre una Ecuador. cho parque es levantado porción de su frontera. en la localidad de Huaquillas, vecina a la peruana Argumentos La Cancillería peruana denunció Aguas Verdes. en su comunicado que el muro viola el acuerdo de paz suscrito Tensión entre los dos países en 1998, por El llamado a consultas del LIMA, AFP •

1.500

Dos sismos se registraron ayer en distintos puntos del país QUITO, EFE • Dos temblores de baja

intensidad fueron registrados ayer por el Instituto Geofísico (IG) de la Escuela Politécnica Nacional en dos zonas distintas del país. El primer movimiento telúrico se reportó a las 07:27 en El Oro, en el sur de Ecuador, y tuvo una magnitud de 3,5 en la escala abierta de Richter. El temblor ocurrió a 3,61 grados de latitud sur, a 80,05 grados de longitud oeste y se produjo a

una profundidad de 29,43 kilómetros. Más tarde, a las 13:48 se reportó un nuevo evento, esta vez en Guayas, a 2,29 grados de latitud sur, a 79,44 grados de longitud oeste. El sismo, de magnitud 4,1 en la escala abierta de Richter, ocurrió a una profundidad de 81,62 kilómetros, indicó el IG en su página de Facebook. En ninguno de los dos temblores se reportaron víctimas o daños materiales.

Posturas ° En junio, el Gobierno peruano ya había enviado una carta de protesta a Ecuador, que sostenía que el muro “impacta negativamente en la integración fronteriza”. Ecuador sustentó entonces que la edificación del muro se debía a que la obra “evitará, fundamentalmente, las inundaciones que cada año afectan a la población de frontera” y aclaró que cumplía con todos los convenios establecidos sin impedimento del paso de personas.

embajador supone el punto más alto hasta ahora en el desacuerdo por el muro. Perú había indicado el 5 de junio que ese espacio debía quedar libre. En el acuerdo de Brasilia, ambos países se comprometieron a dejar libre de construcciones 10 metros a cada lado del canal del limítrofe río Zarumilla. El muro recorre unos 800 metros lineales en la frontera binacional. La polémica estalló en medio de la controversia por el muro que planea el presidente de EE.UU., Donald Trump, con México.

Capturan contrabando de arroz en la frontera GUAYAQUIL • Durante un tivo de control el sector de Palmales-Arenillas, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae), en conjunto con la FF.AA., Policía y la Unidad de Vigilancia Aduanera, logró la aprehensión de 450 sacos de arroz valorados en más

de 22.000 dólares. Durante la captura, los contrabandistas se EL DATO resistieron a detener los vehículos para someterLa Aduana del Ecuador registra se al control aduanero de aprehensiones, rutina, por lo que se inició entre enero y junio, por más de una persecución. 16 millones de Miembros de la Policía dólares en mercancía variada a interceptaron los autoescala nacional. motores llenos de mer-

opera-

cancía de contrabando. Esto, pese a que los involucradosembistieron a uno de los vehículos institucionales ocasionando su destrucción. Tras el incidente, los oficiales a cargo procedieron a la detención de tres personas y también retuvieron los dos camiones en los que movilizaban el contrabando. (DAB)


Gobierno condiciona cese al fuego con ELN No habrá cese de hostilidades hasta que esta guerrilla no pacte una verdadera tregua.

REDACCIÓN INTERNACIONAL • El jefe del equipo negociador del Gobierno de Colombia, Juan Camilo Restrepo, condicionó la posibilidad de concretar un cese al fuego bilateral con la guerrilla del ELN a que se pacte una tregua “verificable” . “Que quede en claro: no habrá cese al fuego bilateral mientras el ELN no acepte un cese de hostilidades verificable”, indicó Restrepo en Twitter. El viernes el jefe negociador de la guerrilla del ELN, Pablo Beltrán, había dicho a la AFP en Ecuador que ambas partes estaban cerca de acordar un “cese al fuego bilateral temporal” antes de la visita del papa Francisco en septiembre. El líder guerrillero dijo que este cese al fuego sería distinto al definitivo que está previsto en la agenda de negociación y que sería “de final de conflicto”. El vocero del ELN indicó que la guerrilla esperaba “que el Gobierno rompa los vínculos que tiene con los paramilitares” y que se ponga fin a la violencia contra los líderes sociales. La ONU sostiene que 127 activistas fueron asesinados en Colombia durante 2016, la mayoría en territorios donde las FARC habían tenido presencia histórica, y responsabiliza de los crímenes a disidentes de esa guerrilla, posparamilitares, criminales comunes e incluso al ELN.

Condiciones

Desde el inicio de las pláticas públicas en febrero, el ELN ha planteado detener las hostilidades, pero el presidente colombiano EL DATO Juan Manuel Santos lo condiciona Colombia vive a que el grupo un conflicto de más insurgente aban- armado de medio siglo done los secues- que ha enfrentaa guerrillas, tros, atentados a do paramilitares y infraestructuras agentes estatadejando energéticas y pe- les, 260.000 muertroleras, extorsio- tos, 60.000 desaparecidos y 7,1 nes, entre otras millones de desplazados acciones. El ejecutivo colombiano y el Ejército de Liberación Nacional (ELN, guevarista), con unos 1.500 combatientes, realizarán una tercera ronda diálogos en Quito a partir del 24 de julio. Santos, Premio Nobel de la Paz 2016, busca la “paz completa” en su país tras sellar en no-

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MINUTERO El Estado Islámico anuncia contraofensiva en Mosul

EL CAIRO, EFE •El grupo °yihadista Estado Islámico (EI) anunció una contraofensiva en una zona “liberada” del casco antiguo de la ciudad de Mosul, pese a que el primer ministro iraquí, Haidar Al Abadi, anunció la liberación de la urbe. En varios comunicados difundidos por la red de mensajería Telegram, y cuya autenticidad no ha podido ser verificada, el EI aseveró que “soldados del califato” atacaron “posiciones del Ejército apóstata y sus milicias en la zona de Al Maidán”, situado en el centro histórico y liberado ayer.

CAMPAMENTO. Base del ELN cerca de la frontera con Ecuador. (Archivo)

Incautan armamento del ELN en la frontera ° La Armada de Colombia incautó fusiles, lanzagranadas y munición de

la guerrilla del Ejército de Liberación Nacional (ELN) en una zona selvática del departamento de Nariño (suroeste), fronterizo con Ecuador, informó ayer esa institución. El armamento, que estaba oculto en un depósito ilegal, fue hallado por tropas del Batallón de Infantería de Marina número 42, en la zona selvática de La Quinta, en el municipio de Santa Bárbara de Iscuandé, detalló la Armada colombiana en un comunicado. Las autoridades se incautaron de “cuatro fusiles AK-47, dos fusiles HK G3, cuatro lanzagranadas de fabricación artesanal, un lanzagranadas MGL, un proveedor para fusil HK-G3 y 3.716 cartuchos de diferentes calibres”, agregó la información. El armamento decomisado fue llevado al municipio de Guapi, en el departamento de Cauca (suroeste), y puesto a disposición de las autoridades judiciales correspondientes. Según la Armada, el material incautado sería utilizado presuntamente para “el desarrollo de actividades ilegales en la zona, asociadas al narcotráfico, la extorsión y la minería criminal”.

viembre un histórico pacto con las FARC. El Gobierno colombiano y el ELN iniciaron el pasado 7 de febrero en Quito un proceso de diálogo encaminado a terminar con el enfrentamiento que han mantenido durante más de 52 años.

Piden aceptar la denuncia por corrupción contra Temer

BRASIL, EFE •El diputado °Sergio Zveiter, instructor de

NEGOCIADOR. Juan Camilo Retrepo. (EFE)

Ante el posconflicto Amnistían a más guerrilleros

° El presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, firmó ayer un decreto por medio del cual otorga el beneficio de amnistía a 3.252 miembros de las FARC, con lo que ya son 7.400 los guerrilleros a los que le han resuelto su situación jurídica.

° “Este es el tercer decreto de aplicación de la amnistía de iure (por derecho)”, explicó en un comunicado el Ministerio de Justicia, e indicó que este beneficio se aplica “exclusivamente para delitos políticos y conexos como porte ilegal de armas y de uniformes militares, sedición y asonada”. ° Por otra parte, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó ayer por unanimidad una nueva misión en Colombia para ayudar a unos 10.000 exrebeldes de las FARC al inmenso desafío de reintegrarse a la sociedad tras más de medio siglo de conflicto armado. ° La misión política tendrá un período inicial de 12 meses y comenzará el 26 de septiembre, cuando finaliza la primera misión de la ONU a cargo de verificar la dejación de armas de los exguerrilleros en Colombia. ° En esta nueva etapa, los principales desafíos son la integración exitosa de los excombatientes a la vida política y la aplicación de un sistema de justicia especial que incluye miles de amnistías para exguerrilleros, un asunto que se ha demorado y que las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC, marxistas) consideran fundamental para lograr la paz.

una comisión parlamentaria que analiza una denuncia de corrupción contra el Presidente brasileño, Michel Temer, consideró ayer que “hay serios indicios” para iniciar un juicio penal contra el mandatario. Esa conclusión fue volcada en un informe presentado por Zveiter a la Comisión de Constitución y Justicia de la Cámara de Diputados, que debatirá en los próximos días las acusaciones de la Fiscalía que pueden llevar a la suspensión de Temer de sus funciones durante seis meses.

Dos municipios colombianos dicen No a petróleo y minas BOGOTÁ, AFP •Dos munici°pios de Colombia rechazaron

el domingo por abrumadora mayoría la explotación minera y de hidrocarburos en sendas consultas populares, con lo que suman al menos tres las localidades opuestas a esas actividades para proteger el medio ambiente. En el municipio de Arbeláez, Cundinamarca (centro), el “No” a la explotación y exploración de hidrocarburos obtuvo 98,54% de los votos, mientras en Pijao, Quindío (centro-oeste), el rechazo a la explotación de minas de oro recibió un 97,7% de los sufragios.


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GLOBAL B6

MARTES 11 DE JULIO DE 2017 La Hora, ECUADOR

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NACIONAL

Oposición impulsa el plebiscito contra Maduro

Ofensiva final contra el mandatario venezolano. Rechazo masivo a la Asamblea Nacional Constituyente. CARACAS, AFP-EFE • Opositores venezolanos bloquearon ayer calles en distintas ciudades del país para promover lo que llaman su ofensiva final contra el presidente Nicolás Maduro: un plebiscito que realizarán el domingo contra la Asamblea Constituyente convocada por el mandatario. Con cuerdas, vehículos y barricadas de árboles y basura, grupos de opositores participaron en el “gran trancazo” de 10 horas, para aumentar la presión contra el Gobierno e impulsar la consulta. “Este pueblo está decidido a continuar la lucha por la libertad. El domingo será el acto de desobediencia civil más importante de la historia de Venezuela”, declaró Freddy Guevara, vicepresidente del Parlamento, de mayoría opositora, en un bloqueo en el este de Caracas.

Referendo simbólico

Columnista propuso matar a Maduro ° El abogado colombiano Abelardo de la Espriella renunció a su

columna en el diario El Heraldo, de Barranquilla, tras la polémica que desató en una nota publicada el domingo en la que propuso el asesinato del presidente de Venezuela, Nicolás Maduro. De la Espriella, conocido como abogado defensor en algunos de los casos judiciales más sonados del país, justificó un asesinato de Maduro como un “acto patriótico” para garantizar la supervivencia de Venezuela. La renuncia la confirmó el director de El Heraldo, Marco Schwartz, quien declaró a RCN Radio que aceptó la dimisión del letrado, que tituló su columna dominical ‘Muerte al tirano’.

Al margen del poder electoral, al que acusa de servir al Gobierno, cones generales. Este Gobierno la oposición realizará un ple- nos quiere matar de hambre. El biscito simbólico confiada en domingo verá que no tiene gente. mostrar un rechazo masivo a la Aquí no hay miedo”, dijo Miguel Vielma, universitario de Constituyente convocada 18 años. En medio de una por Maduro, según desevera crisis económica, nuncia para perpetuarse CIFRAS política e institucional, en el poder. Venezuela vive desde hace Animados con la ex102 101 días una ola de protescarcelación el sábado de DÍAS su líder Leopoldo López, de protestas. tas que deja 92 muertos. “Ni uno más, basta de ahora bajo arresto domimuertes”, se lee sobre ciliario luego de tres años 91 el asfalto en la avenida y cinco meses preso, los opositores dicen que se- MUERTOS. Francisco de Miranda, en el este de Caracas, guirán en la calle contra la donde Yoleima ZambraConstituyente, por la liberación plena de 431 “presos polí- no, ingeniera electricista de 50 ticos” que dicen hay en Venezue- años, se apostó con una bandera nacional. la y por la salida de Maduro. ‘Aquí no hay miedo’

“Lo de Leopoldo es un paso, tenemos que seguir por todos los presos y hasta que haya elec

‘No queremos una Siria’

Pero el Gobierno afirma que nada ni nadie detendrá la Constituyente, cuyos 545 asambleís-

ACOSO. Una manifestante es rodeada por militares y policías, durante una protesta en Caracas. (EFE)

tas serán elegidos el 30 de julio. En todos los estados del país, miles de oficialistas, vestidos de rojo, participan este lunes en mitines de campaña. “No queremos más guerra, no queremos una Siria (...) podemos estar molestos con la revolución por ciertas cosas que no están funcionando, pero todo el pueblo chavista tiene que votar”, dijo Steven Márquez, en uno de esos actos. ‘Los locos no quieren la paz’

En otra concentración, la esposa de Maduro, Cilia Flores, candidata a asambleísta al igual que el hijo del Presidente, criticó a “los locos” que “se empeñan en cerrar las calles y hablan de democracia”. “Quienes no quieren la paz son los locos, los irracionales, los fascistas, un grupito muy pequeño, pero que hace mucho daño. La Constituyente traerá paz”, dijo la Primera dama. Maduro asegura que con la Constituyente, un suprapoder

que regirá al país por tiempo indeterminado, vendrá la estabilidad política y económica. ‘Estamos más cerca’

La oposición asegura que los resultados del plebiscito, para el cual se instalarán 1.700 centros de votación, marcarán la ‘hora cero de manifestaciones simultáneas y masivas en todo el país, sin descartar una huelga general. “Voy a seguir en la calle. Ahora que estamos más cerca no podemos parar. Espero que el domingo el país entero no tenga miedo y se mueva contra esa Constituyente con la que Maduro quiere el poder absoluto. Venezuela será una Cuba”, declaró Zambrano. Fisuras en el chavismo

Chavistas críticos del Gobierno, incluidos varios exministros del fallecido presidente Hugo Chávez (1999-2013), expresaron el domingo su rechazo a la Constituyente y consideraron “legítima” la consulta opositora.

Carta al Presidente

Iglesia católica no quiere Constituyente La Iglesia católica pidió al presidente venezolano Nicolás Maduro “retirar” su convocatoria °a una Asamblea Constituyente, según una carta dirigida al mandatario, difundida ayer La Conferencia Episcopal (CEV), que el pasado viernes consideró al Gobierno de Maduro °como una “dictadura”, incluyó el pedido en una serie de planteamientos para resolver la crisis política.

Para los obispos venezolanos, que celebran su asamblea anual, es “urgente” que Maduro °deponga la Constituyente si quiere resolver la escasez de alimentos y medicinas, los problemas de inseguridad y “devolverle” al país la institucionalidad democrática.

tal sentido, la CEV también solicita al gobernante “reconocer la autonomía de todos °losEnpoderes públicos”, mencionando al Parlamento de mayoría opositora y a la Fiscalía, cuya titular, la declarada chavista Luisa Ortega, enfrenta un proceso de destitución tras romper con Maduro y abrir una brecha en el oficialismo.

La otra recomendación es “asumir e implementar los acuerdos” de un diálogo emprendido °el año pasado por gobierno y oposición con acompañamiento del Vaticano, suspendido en diciembre tras acusaciones mutuas de incumplimiento.

VÍCTIMA. Otro joven resultó herido ayer en las manifestaciones. (AFP)

TRANCAZO. Varias vías fueron bloqueadas ayer por la oposición. (AFP)

La fiscal general, Luisa Ortega, la figura más fuerte del chavismo que rechaza la Constituyente, asegura que esa iniciativa destruirá el legado de Chávez y violenta la democracia porque no se preguntó en referendo a los venezolanos si querían cambiar su Carta Magna. A más tardar el martes, el Tribunal Supremo de Justicia (TJS) -acusado de seguir órdenes del Gobierno- decidirá si enjuicia a Ortega, bajo cargos de “mentir” en señalamientos contra los magistrados. Una destitución de la fiscal -tildada de “traidora” por Maduro- desataría otra lluvia de críticas contra el Gobierno. Analistas creen que buscando bajar la tensión de cara a la elección de los asambleístas fue excarcelado López, quien sin embargo desde su casa llamó a las calles y a participar en el plebiscito.

Según la encuestadora Datanálisis, cerca de un 70% de los venezolanos está en desacuerdo con la Constituyente, y un 80% rechaza la gestión del Presidente socialista.


El número uno de Spotify

TEMPO B7

DADDY YANKEE

tiempo lectura 15 min.

MARTES 11 DE JULIO DE 2017 La Hora ECUADOR

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Sofía Vergara cumplió 45 AGENCIAS • Un

día de playa en Cartagena le cambió la vida a Sofía Vergara, quien ayer cumplió 45 años. Corría el año 1989, ella tenía 17 años, pero su esbelto y curvilíneo cuerpo la hacían parecer mayor. Un cazatalentos la vio y esas vacaciones entre amigas terminaron inmortalizadas en un anuncio de Pepsi en el que pegando pequeños saltos y quitándose la ropa hasta quedar en bikini para el anuncio de un famoso refresco. “Todavía lo ponen (el anuncio) por todas partes. Me pagaron 200.000 pesos que hoy serían como 100 dólares”, recordaba Vergara en una entrevista con People. La cifra, ahora, le produce carcajadas. La actriz nacida en Barranquilla, Colombia, es según la revista Forbes la mejor pagada de la televisión, con 43 millones de dólares al año, gracias a su papel como Gloria en la serie ‘Modern Family’. El exitoso anuncio terminó convenciendo a Vergara de que su futuro estaba en la televisión. Aunque estudió odontología durante tres años, al final escogió tener una carrera como modelo. A los 19 años se casó con Joe González y un año más tarde nació Manolo González, de 24 años, y único hijo de la actriz. El matrimonio duró poco y en 1993 se divorció. Su gran debut internacional lo hizo en Chile con 21 años. La

El cantante y compositor puertorriqueño demuestra el poderío de la música latina. Con más de una década sumando y escalando posiciones dentro del género urbano, la estrella puertorriqueña Daddy Yankee (40) se convirtió ayer en el artista latino en ocupar el puesto uno en el mundo, según lo confirmó la plataforma de streaming Spotify. A través de este logro, el artista es la primera figura latina en alcanzar la primera posición de la mundialmente reconocida plataforma de música digital destronando así al cantautor Ed Sheeran. Daddy Yankee, cuya trayectoria incluye éxitos como ‘Ga- SHOW. El reguetonero durante una presentación en vivo. solina’, ‘Shaky Shaky’ y el más reciente, su participación en del competido mercado de la ción digital musical ha unificado ‘Despacito’, sobrepasó los 45 mi- música, lo que se consolidó aún al mundo y esta es la prueba. Tollones de oyentes mensuales, lo más con el álbum ‘El Cartel: The dos estamos en el mismo barco sin etiquetas ni estereotipos”, que reafirma su penetraBig Boss’ (2007). ción en el gusto de múlti- EL DATO “Mi trabajo como ar- agregó Yankee. “Spotify ha estado apoyanples países alrededor del tista es unificar al mundo mundo. a través de mi música, y do la música latina por muchos El próximo 10 de hemos estado esperando años, y este es el momento que agosto tiene programado un con- este gran momento por muestra que nuestra pasión por Largo camino Llegar a este punto de re- cierto en Quito. mucho tiempo. No solo el género es igualmente respalpor mí, sino por la músi- dado por nuestra audiencia”, exconocimiento global no ha sido un golpe de suerte. El intér- ca latina que no tiene nada que presó Rocío Guerrero, directora prete y productor se ha manteni- envidiar a la música de cualquier editorial de contenido latino en do enfocado en elevar su música cultura en el mundo.”, declaró el Spotify. Esto es solo el comienzo para por encima de las barreras geo- ‘Big Boss’ durante una entrevisgráficas e idiomáticas y, sobre ta reciente realizada para Spotify esta nueva sensación musical, quien estos días tiene a toda Eutodo, liberarla de estigmas, des- sobre su indiscutible ascenso. “Ser el primer latino en lle- ropa bailando a su ritmo con su de que lanzó su proyecto discogar a ser número uno en Spoti- gira de conciertos Tamo’ en vivo gráfico ‘Barrio fino’ (2004). Desde entonces el nombre de fy marca un precedente, no tan superando récords de asistencia Daddy Yankee tomó fuerza hasta solo para mi carrera sino para la en comparación a sus pasadas convertirse en una marca dentro industria en general. La revolu- giras por este continente. LA HORA, AGENCIAS •

TRAYECTORIA. La actriz colombiana comenzó su carrera a los 17 años en un anuncio.

intérprete se presentó frente al ‘monstruo’ de la Quinta Vergara (nombre por el que se conoce a su exigente público), durante el festival de la canción de Viña del Mar y con su simpatía conquistó al público en 1994. Haber sido una de las animadoras de tan respetado y famoso festival la expuso a toda Latinoamérica. Ese año Vergara abandonó el anonimato y su carrera despegó lentamente, pero a paso firme. Si a ese gran estreno en el mundo del espectáculo se le suma la suerte de coincidir con Luis Miguel, el resultado fue arrollador. El supuesto romance con ‘LuisMi’ le llevó a ocupar las portadas de la prensa rosa de toda América, pero especialmente de México y Miami. Y fue justamente esta última ciudad la que le dio la oportunidad de llegar a la televisión.

Jeloz ahora es una ‘máquina de amor’ La música estuvo ligada a su vida desde los 9 años de edad cuando decidió cambiar los juguetes por los instrumentos de cuerda y viento. En ese entonces, soñaba en convertirse en un reconocido cantante por lo que su mayor tiempo se la pasó cantando y emulando a reconocidos artistas de natal Colombia. Fue así como la vida de Jeloz transcurrió entre el micrófono, el piano, la guitarra y el baile debido a su apego por la salsa. A sus 11 años se convirtió en todo un rumbero y componía sus propias canciones que acom-

GUAYAQUIL •

pañaba con una coreografía al estilo de los salseros más prominentes de Latinoamérica. Admira a Héctor Lavoe, Gilberto Santa Rosa y al grupo Niche por lo que se había mentalizado convertirse en uno de ellos. No obstante, Jeloz, que actualmente tiene 18 años de edad, cambió su estilo por el reguetón y se dejó llevar por lo moderno. “El reguetón empezó a gustarme mucho. Tengo artistas que valoro y tengo como referente a J Balvin por su visión, Daddy Yankie por su talento y Chris Brown, quien es un artista que admiro completamente porque

en tarima me veo como él” cuenta el cantante quien tiene más de seis temas a su haber. Actualmente promociona ‘Máquina de amores’, una canción que demuestra la evolución y el crecimiento musical. Habla de un hombre que atrae a las mujeres sin mentiras, motivándolas a vivir el momento y demostrando lo que siente. El video de la canción se basa en un polémico invento creado por la corporación ultrasecreta Zolej, que consiste en la implementación de tecnología capaz de esparcir feromonas, con el fin de provocar comportamientos

específicos en las mujeres que se encuentren cerca. El video tiene más de 490.000 reproducciones y fue el inicio del mensaje digital en el que se encamina Jeloz. Su trabajo fusiona un estilo urbano entre salsa, pop, dance, reguetón. “Hay artistas a los que respeto y cojo ciertas cosas para mezclarlas con mi propio estilo como Romeo, Prince Royce, Gilberto Santa Rosa, Héctor Lavoe y el Grupo Niche. Pero yo tengo mi esencia”, explicó. “Estoy trabajando por conseguir mi objetivo, que es llevar mi música a nivel mundial, deseo que un chino, un africano, cante

INTERNACIONAL. Se ha convertido en uno de las cantantes más sonados de Colombia.

mis canciones. Yo le aconsejo a todos los que son jóvenes como yo, que crean en ellos y que escuchen a las personas que desean lo mejor para uno, en mi caso, son mi equipo y padres”, dice el artista que empieza gira en Ecuador y llegará a EE.UU. (JCL)


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PLANETA B8

MARTES 11 DE JULIO DE 2017 La Hora, ECUADOR

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‘Tigre pálido’ es registrado por primera vez en la India • La comunidad científica y el mundo han reaccionado impactados ante los primeros registros fotográficos de un ‘tigre pálido’. Las imágenes las captó el fotógrafo Nilanjan Ray por casua-

CHILE, CNN

NACIONAL

lidad en el sur de la India. En estas se aprecia al ejemplar en su estado salvaje. Aunque los tigres blancos son conocidos por tratarse de felinos albinos con rayas blancas, los ‘tigres pálidos’ se diferencian porque tienen un poco de color naranja entre las rayas blancas, ubicándose entre el albino y el más común. Un ejemplar muy raro

La fundadora de la ONG Sociedad de Protección de la Vida Salvaje de la India, Belinda Wright, comentó a ‘The Guardian’: “Es el tigre más pálido que he visto o del que he oído”. Las interacciones de este tipo de tigres con los humanos habían sido muy escasas, por lo que las fotografías son de gran importancia para los investigadores.

ESPECIAL. El fotógrafo señaló que más que asustado o agresivo, el tigre parecía curioso, lo que se nota en las imágenes. (Foto: CNN)

Unas plantas convierten a insectos en caníbales LONDRES, EFE • Científicos en Es-

tados Unidos hallaron un mecanismo de defensa con el que algunas plantas convierten a insectos herbívoros en caníbales, según un estudio publicado por la revista británica Nature. La investigación, desarrollada por la Universidad Wisconsin-Madison, comprobó que un grupo de orugas acabó comiéndose entre ellas cuando la planta de tomate de cuyas hojas se alimentan habitualmente segregaba un compuesto químico.

Defensa

“A menudo, este fenómeno comienza con una oruga mordiendo a otra, la cual supura. A partir de esto, todo ocurre muy rápido. Al final alguien resulta devorado”, dijo el autor de este trabajo, John Orrock. Cuando una de estas plantas detectan la presencia de este u otros depredadores, señalan los investigadores, segregan sustancias químicas, como el jasmonato de metilo, el cual no solo actúa como repelente sino que también causa una transformación en los atacantes.

En las islas Corazón y Fragatas todavía queda manglar

En estas islas de formación reciente destacan los manglares y las aves marinas.

Con una extensión de 811 hectáreas el Refugio de Vida Silvestre islas Corazón y Fragatas, ubicado cerca de la desembocadura del río Chone, frente a las bahías de Caráquez y San Vicente, en Manabí, se ha convertido en el protector de los últimos remanentes de manglar que quedan en este estuario. El área es sitio de descanso y reproducción de aves marinas y playeras, entre las que destaca una importante colonia de fragatas. Los recorridos por sus canales y caminatas entre el manglar permiten comprender por qué es considerada como un refugio para muchas especies. La zona de manglar está siendo reforestada con el fin de recuperar también las prácticas ancestrales como la pesca y la recolección de mariscos por parte de las comunidades que habitan en sus alrededores. Esta actividad era cotidiana años atrás, antes de la deforestación entre los años 70’ y 80’. Biodiversidad

En el refugio existen varias especies de árboles de mangle: blanco, negro y rojo, que pertenecen a familias botánicas diversas, cada una adaptada a condiciones muy particulares. El mangle rojo es el más abundante y se puede reconocer porque forma verdaderos laberintos con sus raíces. Las zonas estuarinas como la del río Chone, con sus canales y laberintos de raíces, reciben y acumulan una gran cantidad de nutrientes bajo los árboles y en las planicies lodosas aledañas donde crecen conchas, caracoles, camarones y cangrejos; una gran variedad de peces como sierra, corvina, pargo, róbalo y lisa; reptiles y mamíferos y más de 100 especies de aves que son el principal atractivo del lugar. Las especies más notables son las fragatas con su gran colonia: ibis blanco, ibis morito, ostrero americano, garza azul, garza nocturna, cormoranes y los siempre familiares pelícanos. También es un sitio turístico

RESPONSABLE. Las hojas de la planta de tomate son las causantes de la transformación de herbívoros a caníbales. (Foto: vegetablegardener.com)

GRANDEZA. Las fragatas son las aves que más abundan en el refugio. (Foto: areasprotegidas.ambiente.gob.ec)

Los paseos en canoa y caminatas guiadas sobre un sendero elevado que atraviesa el manglar ayudan a conocer la riqueza natural existente en la zona, como la

TURISMO. Los recorridos vía marítima adentran al visitante a los remanentes del manglar. ( Foto: areasprotegidas.ambiente.gob.ec)

gran colonia de fragatas y otras aves marinas y costeras. Durante la época de reproducción de las fragatas, el paseo es atractivo porque los machos llenan de aire su bolsa gular roja para atraer a las hembras. Observar el cortejo durante las épocas de anidación es una experiencia inolvidable; se contempla cómo cada macho realiza movimientos de galanteo y cortejo desde ramas altas, hasta lograr que una hembra lo acepte. En la comunidad Puerto Portovelo hay facilidades para el ingreso al área y recorrer, con el guía respectivo, el sendero isla Corazón, que comprende un recorrido fluvial de 250 m a través del manglar; Túnel del Manglar, una travesía fluvial de 1 km que atraviesa la

Especies Destacadas

° Existen más de 60 especies de aves. Hay aves nativas, migratorias y congre°gatorias en las diferentes épocas del año. Las más comunes son las ibis, las °garzas nocturnas, las coroniamarillas, las nocturnas coroninegras y las níveas.

También destacan las aves reales, las °buyeras, el cocoi, los guacos, los cormoranes, las tórtolas y las garcillas estriadas.

Suman al atractivo las aves martín °pescador grande, el pescador verde, los zarapitos trinadores, las agujetas y el clarinero coligrande.

isla Corazón en canoa de remos hasta llegar a la colonia de fragatas. En el refugio se permite actividades de recreación como kayak, canotaje, pesca artesanal u observación de aves. (CM)


INTERCULTURAL

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MARTES 11 DE JULIO DE 2017 La Hora ECUADOR

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Quieren el uso responsable y sostenible de los recursos, el fomento del ecoturismo y la restauración de los ecosistemas.

PUEBLOS. La nacionalidad indígena achuar está asentada en las riberas del río Pastaza, Huasaga y en las fronteras entre Ecuador y Perú. (Foto: Gobierno Provincial de Pastaza)

RECONOCIMIENTO DE ÁREA PROTEGIDA ACHUAR ESTÁ EN LA RECTA FINAL

L

a Nacionalidad Achuar del Ecuador (NAE) entregó los documentos y la solicitud respectiva para la creación de un área protegida de 165 mil hectáreas de extensión aproximadamente, ubicada entre Pastaza y Morona Santiago y que abarca cuatro de las 16 asociaciones comunitarias achuares: Tawasup, Acap, Maana y Pumpuentsa. Esta zona protegida, una iniciativa que nació del compromiso de esta comunidad por conservar su territorio y la enorme biodiversidad que alberga la cuenca del río Pastaza, formará parte del denominado Sistema Achuar de Reservas Ecológicas

(Sacre), que pretende mantener que ayude a defender sus territolas diversidades biológica y cul- rios frente a amenazas externas tural de su territorio ancestral, en defensa de sus derechos comediante la conservación y el lectivos de gestión de sus tierras. uso sostenible de los recursos naturales, el conocimiento an- En la recta final cestral y el mejoramiento de las La propuesta achuar, que fue encondiciones de vida de la po- tregada el último jueves en la Diblación. Además, pretende dar rección del Ambiente de Pastaza, inicio a un proceso que es el resultado de un largo incorpore otras áreas proceso de trabajo de la NAE de conservación de di- EL DATO con el Ministerio del Amferentes nacionalidades biente (MAE), iniciado con indígenas del país que Achuar significa financiamiento del Gobierno de la paldeseen unir esfuerzos ‘gente mera de aguaje’ alemán a través del Banco para fortalecer el Siste- (achu es ‘palme- Alemán (KfW) de 2007 a ra del pantano’ y ma Nacional de Áreas shuar es ‘gente’). 2011, indicó un comunicado Protegidas (SNAP). Esto de la Secretaría de Estado. reconocería formalmenA partir de la entrega del te su dedicación por conservar el expediente, el MAE hará la repatrimonio nacional de Ecuador visión de la documentación y y proporcionar una herramienta analizará la posibilidad de crear

ACTO. Los dirigentes achuares entregaron la documentación en la Dirección de Ambiente de Pastaza. (Foto: MAE)

la primera área protegida en el subsistema comunitario. La intención del pueblo achuar de proteger gran parte de sus tierras contó también con el apoyo de la Comunicad Internacional (CI)-Ecuador y WWF-Ecuador, mediante un convenio de colaboración y un plan de trabajo orientado a la consolidación del Sacre. Detalles

Existen cerca de 679.500 hectáreas de bosque en manos de la NAE, ubicada entre las provincias de Pastaza y Morona Santiago. Es decir, más del 10% de los bosques de país pertenece a las 84 comunidades y 6.400 personas que conforman la nacionalidad achuar. Durante las últimas décadas,

Distribución Territorio

6 millones de hectáreas de los bosques °restantes de Ecuador se encuentran dentro de los territorios de pueblos y nacionalidades.

Esto representa el 54% del territorio °nacional y cerca del 64% de la Amazonía ecuatoriana.

Para proteger sus tierras El deseo de contar con un área °protegida es para formalizar las

áreas ancestralmente ocupadas por estos pueblos y nacionalidades de cuatro asociaciones integradas por 17 comunidades, como un modelo de conservación y protección de la biodiversidad.

la NAE ha demostrado su compromiso con la conservación de los bosques y su biodiversidad mediante su propuesta Sacre, un mecanismo para proteger el territorio bajo el manejo de los achuar, asegurando la propiedad de la tierra y el beneficio sostenible de sus recursos naturales. (CM)


NACIONAL

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MOSAICO B10

MARTES 11 DE JULIO DE 2017 La Hora, ECUADOR

• HORAGRAMA

H. MARCELO MEJíA R. hmejia@lahora.com.ec

¿Nació un 11 de julio?

símbolo del

Adverbio de

Ud. es una persona de acción y no tiene la paciencia para esperar que las cosas se den, lo cual es bueno pero a veces no da los resultados que espera. Debe trabajar en su impulsividad ya que muchas veces le traerá algunos problemas.

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Un grupo de británicas, las °‘Scorpioni’, viven en Florencia para estar cerca del arte y la cultura italiana. Una de ellas se convierte en la tutora de Luca, el hijo ilegítimo de un empresario del país. Ellas lo criarán bajo sus estándares de vida. Una comedia dramática dirigida por Franco Zeffirelli y protagonizada por Cher, Judi Dench, y Joan Plowright.

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(septiembre 23 - octubre 22)

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(1915 -1985)

CINEMAX: 15:28 Nro. 3966

posapocalíptico. Cada año se celebran los juegos del hambre y cada distrito debe enviar a dos jóvenes para participar. Katniss entrará en el juego, sin saber si saldrá con vida.

I

Tres tazas de café al día son buenas para la salud MIAMI, AFP • Beber café podría ayu-

dar a vivir más tiempo, de acuerdo con dos extensos estudios internacionales difundidos el lunes. Los expertos advirtieron, sin embargo, que los estudios estadounidenses y europeos, publicados en los Anales de Medicina Interna, no demostraron que el café fuera realmente la razón por la que muchos bebedores parecían tener vidas más largas. Por el contrario, las investigaciones fueron de naturaleza observacional, lo que significa que

MICROBIOGRAFÍA

Yul Brynner

Los juegos del hambre

CÁPSULA CIENTÍFICA

(agosto 23 - septiembre 22)

Su matrimonio requerirá mayor dedicación y entrega ya que lo que se hace en este momento no es suficiente y se siente la carencia en ambas partes. Recuerde: Las tentaciones, a diferencia de las oportunidades, siempre llaman dos veces.

Femenino

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está conformado °porPanem 12 distritos, en un mundo

VIRGO

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GASPARD MONGE (1746 - 1818) MAtEMáticO, MilitAR E iNGENiERO fRANcES.,

(julio 23 - agosto 22)

Su pareja se mostrará mucho más sensible y caritativo por lo que procurará ayudar a los demás aún a pesar de ella misma. Recuerde: El verdadero poder consiste en saber que sí se puede, pero no se quiere.

Femenino

cubiertA, dueño

Ud. será mucho más sensible en este momento y es posible que sus interrogantes más profundas se acentúen en este período por lo que buscará respuestas. Recuerde: La virtud es una especie de salud, de belleza y de buenas costumbres del alma.

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(mayo 21 - junio 21)

Ud. deberá modificar la actitud que tiene en lo relacionado a su profesión ya que esto afecta su posición ante sus jefes y superiores. Recuerde: Defienda sus principios aunque tenga que hacerlo solo.

(junio 22 - julio 22)

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río del ecuAdor trAbAjo,

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GÉMINIS

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TAURO

Procure inyectarles un poco de optimismo y autosuficiencia a sus amigos ya que estos pueden mostrarse algo derrotistas. Recuerde: El que no espera nada de los hombres es superior a todos los hombres.

esQuinA, recoveco

metAl

tercerA

Su interés se centrará en resolver los problemas y asuntos pendientes relacionados a la familia, padres y área sentimental. Recuerde: Tacto es la habilidad de tratar que el otro vea la luz sin hacerle sentir el rayo.

(abril 20 - mayo 20)

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Amor

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(marzo 21 - abril 19)

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HORÓSCOPO

mostraron una asociación entre el consumo de café y una propensión hacia la longevidad, pero no llegaron a probar causa y efecto. El primer estudio, dirigido por la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC) y el Imperial College de Londres, examinó a más de medio millón de personas en 10 países de Europa. Aquellos que bebían unas tres tazas al día tendían a vivir más tiempo que los que no bebían café, reportó el estudio.

POSIBILIDAD. Ahora dicen que el café ayuda a vivir más tiempo.

“Encontramos que un mayor consumo de café estaba asociado con un menor riesgo de muerte por cualquier causa y específicamente por enfermedades circulatorias y digestivas”, dijo el autor principal Marc Gunter, del IARC. Nota ampliada Léala en: www.lahora.com.ec

Actor estadounidense de origen ruso. Recibió su gran oportunidad en 1951 con el papel del rey en el musical de Broadway ‘The King and I’, por el que obtuvo varios premios y el elogio unánime de la crítica. Repitió el éxito en la versión cinematográfica que le valió el Oscar al mejor actor. Como la característica física más visible que le había dado popularidad era la cabeza rapada, Brynner hizo suya a partir de entonces esa imagen; interpretó a Ramsés II en el filme ‘Los diez mandamientos’ y a Chris Adams en ‘Los siete magníficos’. Otras cintas destacadas fueron ‘Salomón y la reina de Saba’ y ‘Taras Bulba’. (OG)

Procure aumentar su nivel de productividad dentro del área laboral ya que su simplismo se hará evidente y le ocasionará problemas. Recuerde: La villana trata bien a quien lo maltrata y maltrata a quien bien lo trata.

ESCORPIO

(octubre 23 - noviembre 21)

Procure ser más realista en lo que se refiere a su pareja ya que no podemos depender por completo de nadie ni creer que nadie es perfecto. Recuerde: El regalo más grande que le puede dar a los demás es el ejemplo de su propia vida.

SAGITARIO

(noviembre 22 - diciembre 21)

Aunque le cueste mucho esfuerzo Ud. deberá procurar ser más responsable y entregado a las obligaciones en su hogar para así vivir en paz. Recuerde: No se puede ser la mitad de bueno.

CAPRICORNIO

(diciembre 22 - enero 19)

Es posible que sus hermanos demanden una guía y apoyo de su parte ya que se sienten solos y desorientados. Los negocios se estancan momentáneamente. Recuerde: Junto a la virtud está la felicidad.

ACUARIO

(enero 20 - febrero 19)

El área económica no será muy gratificante en este período pero deberá conservar la calma ya que muchas veces es mejor dar que recibir. Recuerde: Errar es humano, perseverar en los errores es diabólico.

PISCIS

(febrero 20 - marzo 20)

Su sensibilidad será mucho más notoria en este momento y puede que le resulte un poco difícil manejar la expresión de las mismas. Recuerde: Con la ayuda de Dios, los sueños sí se cumplen… a cualquier edad.


CRONOS B11

tiempo lectura 15 min.

MARTES 11 DE JULIO DE 2017 La Hora ECUADOR

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Federer se planta en cuartos de final de Wimbledon El suizo Roger Federer, tercer favorito, se colocó ayer en cuartos de final de Wimbledon por décimo quinta vez en su carrera, sin ceder un solo set en todo lo que lleva de competición este año, tras vencer al búlgaro Grigor Dimitrov, décimo tercer favorito, por 6-4, 6-2 y 6-4 en una horas y 38 minutos. TOME NOTA El siete veces campeón volvió a llegar a cuarEl partido que debía disputarse tos de final del en la pista uno del All England campeonato inTennis Club glés, hazaña que entre el serbio Novak Djokovic ya ha logrado ya y el francés en 15 ocasiones, Adrian Mannarino se algo “muy espepospuso. cial” para él, tal y como reconoció al término del encuentro con el búlgaro en la pista central. “Estoy muy contento de haber sabido sacar ventaja de las oportunidades que he tenido. He estado muy concentrado en mi juego”, afirmó.

LONDRES, EFE•

RACHA. Roger Federer se mantiene el pelea por el título. EFE

Muller vence a Nadal °

El luxemburgués Gilles Muller venció al español Rafael Nadal por segunda vez en Wimbledon y le apeó del torneo al derrotarle en esta ocasión por 6-3, 6-4, 3-6, 4-6 y 15-13 en cuatro horas y 48 minutos, a la quinta bola de partido, para alcanzar los cuartos de final, por primera vez. Muller se enfrentará en cuartos contra el croata Marin Cilic, séptimo favorito, que se deshizo del español Roberto Bautista, por 6-2, 6-2 y 6-2 en una hora y 41 minutos. EFE

Estrellas en la red

Fin a las vacaciones

El argentino Lionel Messi compartió las últimas fotografías de su luna de miel, en familia. Messi colocó varias imágenes en su cuenta de Facebook junto a esposa, Antonela Rocuzzo, y sus dos hijos. “Disfrutando el último día en Antigua”, escribió en su cuenta de Facebook (@Leo Messi)

Checa y Cevallos se ‘sacan los cueros al sol’ El sábado no jugó el equipo de primera ante Liga de Quito, por disposición de las autoridades del plantel. José Cevallos, directivo del Clan Juvenil, señaló al jugador Luis Checa como la ‘cabecilla’ para causar discordia entre sus compañeros y los directivos. Cevallos explicó que la relación con el defensa iba más allá de lo laboral. “Pensé que éramos panas. Hemos tomado en Guayaquil, pero Luis me dio todo lo contrario”, adujo en la radio Área Deportiva. Por su parte, Checa no se quedó callado y adujo que “han empezado (dirigencia) a hablar cosas que no tienen coherencia”. “Dirigentes así no deberían estar en el fútbol, porque no saben tratar a un futbolista, primero como persona”. Todo esto se EL DATO originó luego de Julio Assad llegó que el equipo de a un acuerdo con primera de Clan la dirigencia de Clan Juvenil y ya Juvenil fuera reno trabajará chazado por la más. dirigencia para

MOMENTO. Luis Checa (centro) afuera del estadio de Liga de Quito.

jugar el sábado ante Liga de Quito, luego de los futbolistas no se concentraran por falta de pagos. Por último, el directivo explicó que le van a pagar todo el

contrato a Checa, pero no le va a indemnizar con los 120.000 que él pedía. “Le voy a dar una letra de cambio para que cada mes vaya a la oficina a cobrar”. (JG)

Jugadores de Clan piden ayuda de la AFE ° Luis Checa y Marvin Pita, jugadores de Clan Juvenil, comparecieron ayer a la Agremiación de Futbolistas del Ecuador (AFE) para denunciar la falta de pago de sus haberes, por parte de la dirigencia que preside Juan Cevallos. Aquí estuvo Iván Hurtado, Froome se aligera de rivales camino de París

El británico Chris Froome (Sky) disfrutó de la primera jornada de descanso del Tour convencido y confiado “en mantener el maillot amarillo hasta París”, un camino que se presenta expedito para alcanzar su cuarto título y aligerado de rivales. Froome, a pesar de tener que seguir comentando su incidente con Fabio Aru y el disgusto de la retirada de su amigo Richie Porte, el líder sonríe ante un escenario que se le presenta favorable para seguir haciendo historia en el Tour de Francia. EFE

principal del organismo, así como también el gerente Jorge Guzmán y Pedro Cruz, asesor jurídico. Marvin Pita señaló que “es lamentable todo esto. Creo que hemos sido consecuentes con la dirigencia, incluso nos hemos reunido en varias ocasiones, pero en cada una han sido solo mentiras. Dejamos la protesta, íbamos incluso a concentrar, pero volvieron a incumplir”, contó. Pita reconoció que no gozan de cuerpo médico en el equipo y que los hoteles donde concentran no son los mejores. “Es una mezcla de todo, además hay compañeros nuestros a los que se les falta el respeto de una forma tremenda, esto no podemos tolerarlo, porque todos tenemos familiares”, expuso. Guzmán, por otra parte, señaló que se está irrespetando EN LA PLAYA - Hermoso Terreno a los jugadores, ya que los presupuestos no son financiados. “El artículo 210, señala que las remuneraciones deben ser sueldos, primas y premios, pero el rol de pago de los clubes, solo contemplan el sueldo. “Hecha la ley, hecha la trampa, no se controla en la FEF los roles”, manifestó. Diferentes niveles 5104 mts2 Explicó que si un futbolista percibe 10 mil dólares de remuneración, el para quinta con vista al mar Olón sueldo que reciben es de 500 dólares. “Es lo que se deposita en las cuentas de cerca de Montañita máxima seguridad. ellos. Inventaron la prima de habilitación, de tal manera que ahí se camuflan el Solo interesados llamar a los teléfonos restante, es decir los 9.500 dólares”, lamentó. (SJMS) Cell: 0999089597 Cell: 0988352522


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MARTES 11 DE JULIO DE 2017 La Hora, ECUADOR

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MINUTERO Zubeldía comienza en España

El técnico argentino Luis °Zubeldía, de 36 años, inició ayer su trayectoria en España en la primera jornada de entrenamientos de su nuevo equipo, el Deportivo Alavés.

EFE

NACIONAL

Delfín sorprendió, Liga defraudó SERIE A

Un equipo de menor presupuesto ganó la etapa y uno de los de mayor ‘inversión’ pelea el descenso.

colocó en quinta posición del Campeonato y en zona de clasificación a la Copa Sudamericana. Es de los equipos con menos presupuestos en el balompié ecuatoriano, pero con mucho compromiso por escalar posiciones. Su presidente, Miler Salazar, está muy contento por la entrega de sus jugadores y espera alcanzar un cupo internacional en la siguiente etapa.

la prime- Aflojaron ra etapa del Campeonato nacio- Emelec, tricampeón del certanal, el cuadro revelación fue el men, dejó escapar la oportuniDelfín de Manta. El cuadro ‘ce- dad de ganar la fase. Tenía tres táceo’ retornó en 2015 a la Serie partidos pendientes y altas poA, del fútbol ecuatoriano luego sibilidades de lograrlo, pero los de 14 años en el descenso. resultados no lo acompañaron. El elenco manabita, comanSi bien, aunque se ubica en dado por Guillermo Sanguinetti, tercera casilla, que no es mala, no perdió en 21 fechas de se dejó golear por Maesta fase del torneo docará, en Ambato (4-3) méstico, aunque cayó en quien además terminó 5 la última (1-0) con River ENTRENADORES con su invicto. Después furon reemplazados Ecuador. En esta cam- en la primera fase del sufrió otra derrota (1-0) certamen. paña obtuvo 13 victorias con Barcelona, en el estay 8 empates, además de dio Monumental y unas 21 goles de diferencia. De fechas atrás, empató con lo que se conoce, sus juga- TOME NOTA Clan Juvenil, equipo que dores no ganan más de 12 es el último de la tabla de mil dólares, en compara- Jonathan Álvez valores. termina la prición a otros clubes. De la misma manera, mera etapa Independiente del Valle como goleador del torneo con 13 estaba en segundo puesto, En esa línea tantos. pero se lo dejó arrebatar Otro de los que sorprenpor el cuadro ‘torero’ y terdió en esta etapa fue Macará, de Ambato, único equipo minó en cuarta casilla. También del torneo que cuenta en sus estaba con probabilidades de gafilas con un técnico nacional. narle la punta al Delfín, pero se El fin de semana logró empatar dejó ganar (2-1) en la fecha 17, por 1-1 con Fuerza Amarilla, que lo este equipo, en Manta. AsimisGUAYAQUIL • Finalizada

Lino se va para Argentina

°

El jugador ecuatoriano Herlin Lino salió del Deportivo Cuenca. Su siguiente parada será Argentina. De llegar a un acuerdo su siguiente destino será Unión de Santa Fe. (WOM)

PROTAGONISTA. Roberto Ordólez, del Delfín, fue uno de los mejores jugadores del torneo.

mo perdió las dos últimas fechas con D. Cuenca (2-0) y con El Nacional (0-2). Decepción

Liga de Quito, Fuerza Amarilla y Clan Juvenil son los tres últimos del torneo nacional. El ‘Rey de Copas’ realizó la peor campaña, teniendo una de las plantillas mejores pagadas y futbolistas de renombre. De la mano de Gustavo Munúa, el cuadro ‘albo’ mostró su peor versión. En esta etapa ganó solo tres partidos, en 22 fechas disputadas, mientras que perdió en nueve ocasiones. Por otra parte, el cuadro ‘machaleño’ perdió 10 veces. El plantel de Marcelo Fleitas no pudo alzar cabeza en la fase y tendrá que recuperarse en la si-

guiente, si realmente desea permanecer en la Serie A. La dirigencia y el cuerpo técnico, tomaron medidas drásticas ante esta situación y decidieron separar de sus filas a varios jugadores. Salieron Esteban De la Cruz, Luis Bolaños, Mike Rodríguez y Eduardo Morante, de los nacionales, mientras que los extranjeros fueron Danilo Cóccaro y Néstor Martinena. El equipo de Sangolquí es el primero en la lista de los que se irían de la A, aunque recién subió este año. El fin de semana no se presentó el equipo titular, por tema de pagos, lo hizo el de reservas, quien fue humillado (5-0) por los ‘albos’. Esto provocó además la renuncia de su entrenador Julio ‘El Turco’ Asad. (SJMS)

Para Rooney, el Everton no es una ‘residencia de ancianos’

Jonás Gutiérrez ficha por Independiente

El centrocampista Jonás °Gutiérrez, que jugó en el Mallorca, el Newcastle y el Deportivo La Coruña, fichó ayer por el Independiente proveniente de Defensa y Justicia. “#FutbolCAI - Bienvenido @ elgalgojonas, primer refuerzo del equipo de #Independiente”, publicó el club en Twitter junto a una fotografía del centrocampista, de 34 años, con la camiseta del ‘Rojo’. EFE

El delantero internacional inglés Wayne Rooney, jugador emblemático del Mánchester United traspasado al Everton a sus 31 años, declaró ayer durante la presentación con su nuevo club. “No vengo a una residencia de ancianos”, declaró Rooney sobre el regreso al club en el que se formó y en el que debutó en el profesionalismo tras 13 años en Old Trafford. “Quiero jugar, ganar y tener éxito”, declaró el delantero. “Estoy entusiasmado. Creo que es el buen momento (para regresar) y estoy listo”, añadió Rooney, que espera en Goodison Park tener los minutos de juego que perdió en el United para poder entrar en la lista de Inglaterra.

LIVERPOOL, AFP •

Theo: ‘Estoy contento de estar en el mejor club del mundo’

Theo Hernández, defensa del Real Madrid presentado ayer de manera oficial, aseguró que se siente muy “contento” por estar “en el mejor club del mundo” y agradeció a su presidente, Florentino Pérez, su llegada a la entidad madridista. EFE

MOMENTO. Rooney muestra la camiseta del Everton. AFP

Mi foco está completamente puesto en el Everton, donde espero jugar bien. Y si es el caso, cuando Gareth Southgate tenga que tomar la decisión, me meta en el equipo o no”. WAYNE ROONEY,

JUGADOR DEL EVERTON


Entrenamiento funcional para pequeños

Niños desde los 5 años pueden realizar ejercicios, siempre y cuando estén bajo supervisión. Atrás quedaron los días en los que los gimnasios solo estaban destinados para adultos. En la actualidad los niños también pueden asistir, siempre y cuando exista la supervisión de un entrenador. Eveline Estrella, creadora de CrossKids, explica que se trabaja con niños desde los 5 hasta los 12 años de edad. “Antes de los 5 no es recomendable, por la exigencia de los ejercicios y también porque son más dependientes de los papás”. De lo que se trata

Estrella indica que los ejercicios son orientados a la necesidad de cada uno, “por ejemplo llegan niños con sobrepeso o hiperactividad”; asimismo, explica que trabaja con un médico, quien les realiza una evaluación a los pequeños “para saber en qué estado se encuentran”. También indica que no toda la clase está dedicada a hacer ejercicios, pues también realizan juegos, eso sí, enfocados en la clase. “Esto les permite trabajar de mejor manera en grupo y les ayuda a generar confianza”. En cuanto al cuidado de los

pequeños, Estrella indica que cuando ya no quieren hacer las actividades no se les exige. “Como ven que el resto de niños están haciendo, ellos mismos regresan de inmediato”.

Zona Fit

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INSTRUCCIÓN. El entrenador enseña la técnica de cada ejercicio.

Detalles y beneficios

El entrenamiento funcional en niños se diferencia de los adultos por las herramientas que se utilizan. Por ejemplo, para los más pequeños son menos cosas, como conos, paralelas y barras. Asimismo, Estrella explica que los niños entre 5 y 8 años solo deben asistir tres veces a la semana, mientras que los que tienen entre 9 y 12 sí pueden ir todos los días. En cuanto a los beneficios, Estrella manifiesta que son múltiples, tanto a nivel físico como emocional, por ejemplo ayuda a bajar de peso, mejora la coordinación, la fuerza y la flexibilidad. También ayuda a que el pequeño mejore en el rendimiento escolar. (JG) WEB Revise un video para niños en: www.lahora.com.ec

COORDINACIÓN. Es uno de los beneficios que reciben al realizar ejercicios.

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ESFUERZO. Los ejercicios son de intensidad.

FINAL. Las clases terminan con el estiramiento.

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MARTES 11 DE JULIO DE 2017 La Hora, QUITO ECUADOR

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EMOCIÓN. Miles de corredores exponen su vida cada tarde de encierro. (Foto: Diario de Navarra)

FIESTA. Ernest Hemingway y Antonio Ordoñez en la plaza de Pamplona en 1953. (Foto de Archivo)

San Fermín, una fiesta popular que cautiva al mundo Hemingway inmortalizó los emocionantes encierros en las calles de Pamplona. POR: SANTIAGO AGUILAR• Pocas, muy pocas manifestaciones culturales y populares saben capturar la atención de todo el orbe de la forma que lo hacen los tradicionales ‘Sanfermines’ que, como todos los años, se celebran en estas fechas en la ciudad de Pamplona. Pintoresca urbe que recibe a una marea humana que desborda toda previsión de la industria turística local, es que las fiestas cuyo día mayor es el 7 de julio, fecha conmemorativa de San Fermín, alcanzaron fama mundial desde que Ernest Hemingway asistiera por primera ocasión en 1922. La intensa y emocionante carrera de los mozos frente a los pitones de los toros y el posterior desarrollo de la corrida, terminaron por hechizar el escritor de Illinois, hasta convertirlo en su

principal difusor. Especialistas en definir la personalidad de Hemingway hablan de su afición a la caza, la pesca, el campo, la vida al aire libre, en suma de un espíritu aventurero que le llevó a recorrer el mundo, por él entendido como la universidad de la vida en la que se debía caminar con una filosofía vitalista sin límite ni frontera. Exhibicionista, bebedor, notable conversador y con una asombrosa capacidad para mimetizarse en todos los lugares y ambientes sociales, en especial en la España de las primeras décadas del siglo pasado en la que las costumbres, la tradición, la cultura y la generosa hospitalidad de su gente, terminaron por volcarle a rendir culto con su notable pluma a las funciones taurinas, pues, según dijo, le to-

caron el alma al punto que su pasión taurina sería una constante a lo largo de su vida expresadas en novelas como Fiesta y el Verano Sangriento. El tema del juego de la vida muerte, como esencia de las corridas, caló de tal forma a Hemingway que supero el vínculo formal del cronista, hasta establecer esa profunda y extraña emoción propia, muy propia de los aficionados a los toros, traducida en su frecuente presencia en los graderíos y su amistad con los toreros en especial con el gran Antonio Ordóñez. Analistas de su obra refieren así lo que comportó en aquellos años la publicación de “Fiesta” editada en 1927: “La tauromaquia estuvo presente en sus obras. Así, en «Fiesta», su primera novela larga. Tal

vez la más cuidada de ellas y, para parte de la crítica, la mejor de todas sus obras. Encarnado en uno de los protagonistas, Robert Cohn, Hemingway es el eje central de una historia donde juegan un papel también protagonista las fiestas de San Fermín y un matador de toros, en la ficción, Pedro Romero, inspirado directamente en la figura de Cayetano Ordóñez Niño de la Palma. Es una novela donde España parece un país exótico. Por eso, más de 80 años después de escrita, se lo sigue pareciendo a sus nuevos lectores. Un misterio literario. Sin toros, o sin Pamplona, nada habría sido igual” El caso es que el inmenso escritor, premio Nobel de Literatura en 1954, pese a su origen norteamericano, supo permear una de las manifestaciones culturales más hermosas y desgarradoras de la España profunda, usar su incontestable pluma para convertirlas en universales desde la narración

cuidadosa y emocionante. Los ‘Sanfermines’ cuyos orígenes se remontan al siglo XIV con una naturaleza comercial y taurina, en especial su famoso encierro surgieron de la necesidad de llevar los toros de extramuros hasta la plaza para lidiarlos en la corrida de la tarde; la labor de los vaqueros apoyada por sus garrochas, azuzando a los toros y procurando conducirlos al coso, aún a cuerpo limpio dieron lugar al célebre recorrido, el que desde su primer trazado a experimentado una serie de transformaciones agregando medidas de seguridad; la ruta actual rige desde 1927 y, en 1940 se colocaron las vallas de protección. Lo cierto es que año a año los “Sanfermines se viven con la fuerza con la que palpita el corazón de un mozo al correr por su vida, cuesta abajo por la famosa calle de la Estafeta luego del estallido del chupinazo y de la imponente presencia del encierro.

San Fermín genera 84 millones de dólares al año TURISMO. Dos millones de personas visitan a Pamplona por los encierros. (Foto: Diario La Vanguardia)

Más allá de la asombrosa difusión que obtienen las fiestas de San Fermín, estas constituyen el mejor negocio de la ciudad durante los días de espectáculos taurinos. Pamplona, una urbe de 200 mil habitantes, multiplica por 10

su población a largo del ciclo de corridas. Una gigantesca masa de feriantes deja en Pamplona un promedio de 74 millones de euros anuales, es decir 84 millones de dólares. La cifra derivada de los estudios de la Cámara de Co-

mercio de Navarra determina que el movimiento acumulado en la última década supera los 740 millones de euros, valores que dado el maravillosos efecto de la industria del turismo, son distribuidos en todos los estamentos de la economía local.


cultura

Talleres con Sofía Barriga

Una gira de talleres de jams, performances, contact-improvisación y artes marciales son impartidos desde hoy por Sofía Barriga (Ecuador) y Adriano Tammone (Argentina). En Quito son del 11 al 14 de julio en la Capilla del Cedex, de 15:30 a 18:30. En Guayaquil del 22 al 23 de julio, en Ayampe (Manabí) del 25 al 29 de julio, y en Portete (Esmeraldas) del 2 al 6 de agosto. Estas jornadas son parte de la propuesta ‘Somos solo uno’, donde se trabaja con herramientas de conciencia del centro del cuerpo, su relación con el piso y con otros cuerpos, a partir del manejo de la energía en estado de presencia y relajación, entre otros ejercicios. (DVD)

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martes 11 de JULIO de 2017 La Hora, QUITO ecuador

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Juan Castro se postula para el Grammy

Escritor. Está considerado como uno de los autores más importantes en lengua española de la actualidad. (ABC)

Con novela en el horno

El escritor termina su nueva novela, ‘Berta Isla’, la crónica de una espera, obra de las esperadas para este 2017.

Javier Marías

El álbum musical del pianista palabras: “Este es mi más imecuatoriano Juan Castro Ortiz portante proyecto cultural, el se inscribió a los Latin Grammy cual incluye varios videos, a Music Awards, cuya ceremonia través de los cuales muestro la y entrega de premios será en no- belleza de nuestro Ecuador. El viembre próximo, en Las Vegas primer trabajo audiovisual, fue llevar un piano de cola y (EE.UU.). El pianista, composi- TOME NOTA realizar el video del pasillo ‘Isabella’, en el preciso tor, arreglista, producinstante del florecimientor musical y docente 28 de julio se to de los Guayacanes en lojano presentó su pro- El estrenarán sus yecto ‘Nueva Era de la composiciones Loja” a la OSNE El pianista, de vasta Música Sinfónica Ecua- junto en el Palacio de formación académica, toriana’, compuesta de Cristal del Itchimbía, a las discípulo de los maestros 11 melodías. La calidad 20:00. Toshko Stoyanov y Celia de esta propuesta espeZaldumbide, ha brindado ra ser tomada en cuenta para pasar a las siguientes eta- recitales en varios países, como EE.UU., Panamá, Venezuela, pas del Grammy. Castro, a través de un bo- Perú y Bolivia. Se ha caracterizado por fuletín de prensa emitido por la Casa de la Cultura Ecuatoria- sionar ritmos autóctonos con na, indicó que el 25 de julio influencias clásicas, romántiempieza la primera ronda de cas, impresionistas, jazz y new votación en línea. Según sus age. (DVD)

Tras el avistamiento nos exponemos a que se nos pidan o exijan cosas”, subraya. Personajes

El marido de Berta Isla, Tomás Nevinson, “tiene una facilidad La crónica Propuesta de una espera y de la dificultad Transcurre entre 1969 y 1995, y enorme para las lenguas. Es una de saber sobre el otro, atravesada cuenta la evolución de una mu- especie de superdotado con una por los “avistamientos” vitales, jer, que se casa contenta de ser gran capacidad imitativa”, revela es el “magma” de las 542 páginas “señora de” y que se ve obligada sobre este personaje, que se relaconstruidas durante 770 días por a vivir una vida “extraña”, de- cionará con otro que ya aparecía Javier Marías, que ha decidido ti- pendiente de su marido, aunque en “Tu rostro mañana”, Tupra, el “reclutador” de Jaime Deza. No es tular con un nombre propio, ‘Ber- no económicamente. ta Isla’, su decimoquinta novela. Aunque su editorial, Alfagua- una “precuela” de aquella, pero sí La novela del autor de ‘Cora- ra, cuenta este texto como su de- se inserta en ese “magma” comzón tan blanco’ -de cuya publica- cimotercera novela, él entiende partido por todas sus novelas desción se cumplen 25 años- saldrá que son 15 con esta porque ‘Tu de “Todas las almas” y recupera, a la venta de manera simultá- rostro mañana’ fue “un esfuerzo como el caso de Tupra, a algunos nea en España, Hispade recomienzo” en cada personajes, aunque sea una historia totalmente independiente. noamérica y EE.UU. el 5 El dato una de sus tres partes. Tomás Nevinson se va a esde septiembre, tres años Es la primera que lledespués de la última, ‘Así va un nombre propio en tudiar a Oxford, “y un día cualEs miembro de la el título: “No es que sea quiera, un día estúpido que se empieza lo malo’. Real Academia “Parece ser que ese es Española. Robinson Crusoe o David podría haber ahorrado, su vida en mi ritmo. Apunto en mi Colabora Diario El País de Copperfield... Isla es un cambia. Nace una doble vida que España. agenda cuándo escribo, si apellido común pero no de- condicionará el resto de su exisme interrumpo y cuándo masiado corriente. Por lo tencia y de la de su mujer”. También es novedoso que vuelcontinúo. Han sido 770 días desde que sé -según ha comprobado en que empecé, de los que he escrito la última guía que distribuyó Te- ve a la narración en tercera perso331, es decir, menos de la mitad”, lefónica- lo llevan 50 personas en na, que no utilizaba desde 1983 en “El siglo”, y la combina con la detalla Marías (Madrid, 1951). Madrid. Es sonoro y simbólico”. ‘Berta Isla’ estuvo a punto de Decidió abordar en esta novela primera. En esta novela se ha ido titularse ‘Berta Isla de Nevinson’, la “enorme fascinación por las his- a un periodo “mucho más largo de porque ese es el apellido del ma- torias tradicionales de hombres tiempo”, casi 30 años y se está empezando a preguntar si eso rido de la protagonista y era una (marinos, soldados...) que responde a algo. forma de evocar “a la antigua desaparecen. Tiene que ver El dato “Para el tipo de histousanza” lo de “señora de”, pero con todas esas historias, rias que me interesan, si se decidió a dejarla “sola”, lo que con la fascinación por el En 1995 recibió las situara en el momento da una excelente pista sobre un hombre que vuelve y la el Premio presente podrían resultar contenido del que el escritor, tra- mujer que ha estado espe- Rómulo Gallegos. inverosímiles. La gente ductor y académico prefiere no rando. Ulises y Penélope”. tiene ahora menos sustandesvelar demasiado. La novela entronca “Lo que iba a ser una vida en también con el hecho de que “el cia, y no me refiero a los jóvenes. común se convierte en una con- mero hecho de existir, de estar”, Son tiempos de móvil y palito. El vivencia intermitente y, luego, hace al hombre “un ser divisado conflicto, la perplejidad que me llega una desaparición. Sin cer- y divisable”. “Igual que en el mar sigue interesando explorar no se teza de que haya muerto o no, podemos divisar un bulto, una compadece bien con estos años ella se siente como una isla res- vez que alguien ha sido divisa- y quizá sea por eso por lo que he pecto a él”, apunta. do, avistado, hay algo que hacer. ido hacia atrás”, añade. Concha Barrigós, EFE •

Pianista. Se inscribió para el ‘gramófono’. (Cortesía)

Ciclo de cine argentino Durante esta semana se exhiben varias producciones argentinas en el Centro Cultural de la PUCE (Pontificia Universidad Católica del Ecuador). Esto, como parte de las actividades que conmemoran al 9 de Julio, Día de la Independencia de Argentina. Entre las películas destaca la presencia de Ricardo Darín, de quien el público podrá disfrutar de sus interpretaciones en ‘Luna de Avellaneda’, considerada todo un clásico moderno de Juan José Campanella; y en ‘XXY’, de la directora Lucía Puenzo. También, se podrá disfrutar de las destrezas actorales de Darín en ‘El Aura’, de Fabián Bielinsky. Otro de los infaltables es el director Damián Szifron y de su colega Pablo Trapero. De este último se podrá disfrutar ‘Leonera’, protagonizada por Martina Gusman, una de las cintas más aplau-

CINTA. Hoy se exhibirá ‘Leonera’.

Programación Películas

Hoy: ‘Leonera’, de Pablo Trapero. Mañana: ‘El Aura’, de Fabián Bielinsky. Jueves 13: ‘Luna de Avellaneda’, de Juan José Campanella. Viernes 14: ‘XXY’, de Lucía Puenzo.

didas de la crítica argentina en los últimos años. Todas las presentaciones son a las 18:00 con entrada libre. (DVD)

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Bebé abandonada se recupera en un hospital del sur La pequeña soportó el frío de Quito y ahora está bajo observación en terapia intensiva.

Juego de niños casi ocasiona un incendio

Una travesura de niños estuvo a punto de ocasionar una tragedia en una picantería situada en las calles César Endara y Gabriel Gutiérrez, en el sector del Comité del Pueblo, en el norte de Quito. El incidente se registró a eso de las 14:00 de ayer. La humareda que salió del local alertó a los moradores que se comunicaron de inmediato al ECU-911. Desde ahí se envió un equipo del Cuerpo de Bomberos, que logró controlar la situación que, afortunadamente, no dejó personas heridas, aunque sí daños materiales en el inmueble. De acuerdo con la primera información que recibieron los

POLICIAL I

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organismos de socorro, unos niños habrían estado jugando con unos fósforos cuando se desató el flagelo. La Unidad de Investigación del Cuerpo de Bomberos recogió indicios para tener certezas de qué fue realmente lo que pasó en el establecimiento comercial. Los socorristas pusieron a buen recaudo los cilindros de gas para evitar que la emergencia alcance otro nivel. Finalmente, los bomberos dejaron el sitio en condiciones seguras no sin antes dar unas recomendaciones a los propietarios y trabajadores del negocio para evitar que otros eventos puedan alterar la tranquilidad de la zona. (FLC)

La gente que vive en el sector San Luis de Chillogallo no deja de hablar del hallazgo que se registró en el barrio. Una niña de aproximadamente una semana de nacida fue encontrada den- LAMENTOS. Los habitantes de San Luis de Chillogallo no se explican cómo tro de una funda de basura. Ella pudieron abandonar a la pequeña a su suerte. fue abandonada en un espacio público del pasaje San Antonio con la leche que aún tenía su Estado de salud junto a un arbusto. pecho. “Tengo una bebé. Olga Nieto, doctora de esa casa Nadie sabe a ciencia EL DATO Supe que la niña tenía de salud, aseguró que la niña cierta cuánto tiempo perhambre y le di de lactar”, permanece en el área de terapia maneció a la intemperie, contó. intensiva. Dijo que la pequeña Luis es un afortunadamente aún San En el barrio nadie necesita una observación más populoso barrio estaba con signos vitales de la parroquia sabe quién pudo tener el prolija por parte de los galenos. cuando un adolescente de Chillogallo. corazón para abandonar Agregó que la están alimenencontró la bolsa. a la bebé. Una de las ha- tando y que además tiene el suEran aproximadamente las bitantes y testigo del hallazgo ministro de líquido vía intrave19:30 del domingo. El adolescen- quiere adoptar a la pequeña, nosa. Sobre la edad, explicó que te salió a comprar a una tienda por el momento está enviando no se sabe con certeza los días de de víveres, pero antes tomó un pañales y ropa al hospital Nue- nacida, se presume que tendría palo para defenderse de un pe- va Aurora. aproximadamente una semana rro callejero que suele amenazar En los próximos días quiere pues el cordón umbilical aún no a la gente. empezar a hacer los trámites le- se le ha caído. Cuando se agachó a agarrar gales para quedarse con la niña y “Demora en caer entre siete y CORTESÍA. Fotografía proporcionada por la Secretaría de Seguridad del el tronco notó que algo se movía, ser su madre adoptiva. 14 días”, explicó Nieto. (FLC) Municipio. abrió la funda y se encontró P con el rostro de la niña recién nacida. El muchacho estaba conPROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL DEL BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO fundido. Lo primero que se le ocurrió es correr a su casa AMBIENTAL EX POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL PARA LA FABRICACIÓN Y para avisar a sus familiares lo COMERCIALIZACIÓN DE RESINAS SINTÉTICAS Y OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS DE que acabó de encontrar. REQUIMEC S.A. Blanca Chaluiza, tía del joven, narró que él llegó asustaLa empresa RESINAS Y QUÍMICOS DEL ECUADOR S.A. REQUIMEC como proponente, en cumplimiento al do. Con el habla entrecortada por los nervios logró explicar Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental lo sucedido y toda la familia y Ordenanza Metropolitana N° 404, invitan al público en general a participar del Proceso de Participación Social del corrió hasta el arbusto donde Borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, para la FABRICACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN estaba el cuerpo. DE RESINAS SINTÉTICAS Y OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS, ubicada en la Avenida Teniente Hugo Ortiz S16-85 Lo que el menor había y Balzar. El cronograma de actividades del Proceso de Participación Social es el siguiente: contado era cierto. La niña había sido abandonada envuelta en una cobija que le MECANISMO DE LUGAR FECHAS HORA ACTIVIDADES PREVISTAS cubría del frío de la gélida PARTICIPACIÓN SOCIAL PARA PÚBLICO EN GENERAL noche. Sede de la Asociación de Empresarios del Sur Asistencia y participación con Chaluiza narró que la peAsamblea Pública (ASOSUR), Dirección: Av. Tnte. Hugo Ortiz 18 de julio de 2017 09h00 observaciones y comentarios queña tenía el rostro morado. S16-273 y Ajaví, Solanda, junto al Mercado Mayorista de Quito. Nadie se atrevía a tocarla, pues temían tener probleGarita del Conjunto Industrial Requimec, Desde el 11 al 18 de De 09h00 a 17h00 Análisis, revisión y emisión de mas con las autoridades; sin Centro de Información Pública ubicada en Avenida Teniente Hugo Ortiz julio de 2017 observaciones y comentarios embargo, necesitaba calor de S16-85 y Balzar. inmediato. Los habitantes llamaron al Información Digital del EsIA y www.requimec.com Desde el 11 al 18 de julio de 2017 Análisis, revisión y emisión Ecu-911. Media hora después PMA de observaciones y comentarios llegó una ambulancia con paramédicos, antes lo hicieron Medio adicional de recepción Correo electrónico del consultor socioDesde el 11 al 18 de julio de 2017 Emisión de observaciones de observaciones y comentarios ambiental: adolfo.callejas@gmail.com y comentarios los policías del servicio preventivo del sector. Madre solidaria

Alejandra, una muchacha de 20 años, quien dio a luz hace poco, alimentó a la pequeña

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CURIOSO A14

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QUITO

Exluchador asegura ser Sagat, de Street Fighter

El tailandés asegura que se inspiraron en él para crear al personaje de los videojuegos. Conoce más aquí. El excampeón Wiroon Polpimai, pero a partir tailandés de muay thai y boxeo, de 1973 empezó a hacerse llamar Sagat Petchyindee, asegura que Sagat Petchyindee. los creadores japoneses de Street Fighter se inspiraron en él para Los creadores no lo desmienten crear al homónimo personaje del La primera versión de Street mítico juego de lucha que revolu- Fighter se comercializó en 1987, cionó la década de los años 90’. aunque fue Street Fighter II el El Sagat real y el personaje que convirtió el videojuego en del videojuego son tailandeses y leyenda en los años 90’. maestros del muay thai o boxeo Sagat era el último adversario tailandés, pero la versión digital a batir en la primera versión del es mucho más corpulento, ade- juego y el escenario es un paraje más de tener un parche en el ojo tailandés con un templo de fondo, derecho y varias cicatrices en el aunque a partir de Street Fighter II pecho y el rostro. el último contendiente es el “Estoy orgulloso de que EL DATO dictador y megalómano M. la empresa japonesa creaBison. ra un personaje basado en Capcom, la empresa jalas 317 peleas un luchador tailandés”, De en las que parti- ponesa que diseñó el juedice Sagat, de 59 años, en cipó Sagat, ganó go, nunca ha confirmado 266 (151 por el gimnasio Hiit Boxing noqueo), perdió ni desmentido en quién se House-Thai Boxing Mas- 40 y empató 11. inspiró para crear el perter, donde ahora entrena sonaje de Sagat y tampoco a luchadores de muay thai en el ha contestado a los correos eleceste de Bangkok. trónicos enviados por EFE. Su nombre de nacimiento es Sin embargo, el boxeador tai-

BANGKOK, EFE •

SIMILITUD. No duda en ningún momento enseñar el póster del Sagat del juego. (Foto: EFE)

landés, considerado uno de los mejores luchadores de muay thai en los años 70’ y 80’, insiste en que los creadores lo vieron pelear en Japón, donde entonces había muy pocos luchadores de muay thai y ninguno se llamaba Sagat. En cualquier caso, hay muchos que creen la historia del tailandés, quien incluso tiene la foto del personaje del Street Fighter en su tarjeta de visita. Es entrenador

PROFESOR. Retirado de las competencias, ahora es entrenador. (Foto: EFE)

P

Rapado casi al cero, ahora se asemeja más al personaje del videojuego que cuando era joven y lucía cabellera. Con una mezcla de rigor y exhibicionismo histriónico, entrena a unos siete fornidos luchadores tailandeses, quienes perfeccionan los movimientos y no escatiman en golpes. El muay thai, uno de los artes marciales más letales del mundo, también es conocido como ‘el

FUERTE. En el juego, Sagat es un sabio y poderoso maestro. (Foto: sm.ign.com)

arte de las ocho extremidades’, ya que se utilizan los puños, los codos, las piernas y las rodillas como armas. Pese al rigor del entrenamiento, también hay espacio para las bromas y el propio Sagat agarra el micrófono para cantar baladas tailandesas.

Biografía Del luchador

Como muchos luchadores tailande°ses, Sagat, quien es el séptimo de 12

hermanos, comenzó a pelear muy joven, a los 11 años, en su provincia natal, Nakhon Ratchasima.

En 1974 se mudó a Bangkok, donde °pronto empezó a ganar combates y fama

por su implacable estilo de lucha, sobre todo por su habilidad con los puños que combinaba con letales codazos, rodillazos y patadas.

tuvo momentos bajos, cuando °fueTambién derrotado en ocho combates consecutivos.

luchador tailandés, de 1,65 metros °deElaltura y unos 63 kilogramos de peso,

recuperó la racha ganadora e incluso peleó en Australia, Italia y Estados Unidos.

Además de varios campeonatos de °muay thai en Tailandia, Sagat también

ganó un mundial de kick boxing (K1) en el peso welter y en boxeo conquistó títulos dentro de la Federación de Boxeo Oriental y del Pacífico (OPBF, sigla en inglés) y la competición asiática del Consejo Mundial de Boxeo (WBC).

trata de esquivar el asunto °conAunque evasivas, el excampeón también ha

COMPETIDOR. Sagat era el último adversario a batir en la primera versión del juego Street Fighter. (Foto: EFE)

tenido problemas con las autoridades por consumo, posesión y tráfico de drogas en 2002, 2004 y 2009.


REPORTE

A15

tiempo lectura 15 min.

MARTES 11 DE JULIO DE 2017 La Hora QUITO, ECUADOR

I

‘EL CHINO’, ANFITRIÓN DE LAS COMBIS EN QUITO ACTITUD. José Patricio Quimzo posa junto a su combi Zancuda.

José Patricio Quimzo lleva más de cinco años ofreciendo alojamiento gratuito a viajeros.

“

Mi casa es el mundo, mi Espíritu solidario techo es el cielo, mi Dios “Cuando te gusta viajar y este es la vida, amar es mi tipo de vida, la solidaridad credo, y quiero ser libre, está muy presente. Es muy imvivir como el viento, en portante compartir lo que uno busca de un nuevo ama- tiene. Yo solo guardo buenos necer”. Estos versos de una can- recuerdos de los cientos de pertante de la que ya no recuerda su sonas que han pasado, hemos nombre aparecen en una de las compartido cenas, café, hemos puertas de la combi de José Pa- paseado, les he enseñado la ciutricio Quimzó, alias ‘El Chino’. dad y estoy muy orgulloso de En Quito es conocido por ser ello”, explica desde su casa. Nunca pide nada, pero un fanático de este tipo de en ocasiones le dan alguna transporte, también por aportación, cocinan para ser miembro de ‘La tribu él o le hacen la compra. en combi’, pero sobre todo MIEMBROS participan en También comparten expor una cuestión muy par‘La tribu en combi’. periencias y, cómo no, les ticular: desde hace cinco da buenos consejos para años ofrece alojamiento en su casa de manera totalmen- conocer tanto Quito como el reste altruista, ya vengan en combi, to de Ecuador. Pero esta actitud carro, bicicleta e incluso mochi- vital tiene su ‘darma’, su contraleros. En total son ya más de 300 peso espiritual. Toda acción tiene las personas que han firmado en su reacción. Todas esas personas a las que les ofreció su morada le su cuaderno de bitácora.

12

invitan vehementemente a sus fotografías, recortes de diarios, domicilios (mayoritariamente partes de carros, muchos reen Argentina) y espera, si todo cuerdos de viajes, banderas y va bien, ir a visitarlos el próximo proyectos a realizar, como un futuro libro sobre le mundo de año. las combis, con sus anéc‘El Chino’ luce una codotas y experiencias. leta canosa atada con una EL DATO goma en la sien. Lleva anteojos y un rostro curInicio de la afición junio de 2014 El inicio de su idilio con tido por la vida, habla de En se dejaron de manera pausada y trans- fabricar las com- las combis fue en 2012 parente, con un aire de bis. cuando la adquirió de sesuperviviente de la época gunda mano a Zancuda, hippie, a pesar de que es perio- una Volkswagen de los años dista de formación. Desde joven 90’ y comenzó a viajar por le gustó la aventura, lo salvaje. Ecuador junto a su compañera. En varias ocasiones se iba ‘ja- “Hemos recorrido todo el país: lando dedo’ (pidiendo a viajan- Costa, Sierra y Oriente (Amates en el camino que lo lleven) a zonía), nos gusta esta manera Baños o Riobamba (algo que si- tranquila y relajada de viajar, gue haciendo a día de hoy), bus- que te permite ver el mundo cando una experiencia genuina. sin prisas”, explica en el estuSu estudio es un ecosiste- dio de su casa. ma en el que se revela su vida; También pertenece al club muchísimos libros y revistas, ‘La tribu en combi’, que la for-

LIBERTAD. Esta combi dispone de todo lo necesario para disfrutar de una plena autonomía.

man 12 fanáticos quiteños de este medio de transporte. Se reúnen mensualmente para compartir su pasión, hacen parrilladas, fanescas y salidas los fines de semana. Actualmente se está preparando para su próxima epopeya, que será a Colombia. Partirá a principios del próximo mes, nada más que le entreguen arreglado el motor averiado. “Sé cuándo voy a partir, pero no cuándo voy a volver, así funciona con las combis, no tenemos fecha de vuelta”, responde guiñando un ojo. En sus viajes realiza siempre una labor social, entregando ropa, productos alimenticios y juguetes a personas que viven en la calle, así que las personas que quieran ayuda, pero no tienen el tiempo disponible, pueden contactar con ‘El Chino’. (MAP)

AMISTAD. Su estudio rebosa recuerdos de los viajes realizados y los nuevos amigos.


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QUITO

50c incl. IVA martes 11 de juLio de 2017

Quito, Ecuador

40 páginas

El rey de Spotify Daddy Yankee es el primer latino que encabeza el ranking de los más escuchados de la red musical ‘on line’. página b7

Se sacan los ‘cueros al sol’ en Clan Juvenil

La pugna entre jugadores y dirigentes del cuadro sangolquileño se mantiene y las deudas siguen. Página B11

Abandonan a bebé y un ‘ángel’ lo rescata

Una niña de aproximadamente una semana de nacida fue encontrada dentro de una funda de basura en San Luis de Chillogallo. Una joven madre rescató a la pequeña y la alimentó con leche que aún tenía en su pecho. Página A13

‘Sanfermines’, fiesta popular Los encierros en las calles de Pamplona cautivan al mundo. Página A10


Revista judicial C00

LUNES 24de noviembre de 2008 La Hora Quito, ecuador

MARTES, 11 de JULIO de 2017 La Hora Quito, ecuador revista no: 11850 Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío

Editora Diana Briones Puga

es una edición de diario la hora

http//www.derechoecuador.com

Dirección: Panamericana Norte Km 31/2 y Nazareth | Telf: 2475723 al 728 | E-mail: revistajudicial@lahora.com.ec

C1

CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL DERECHO PENAL Autor: Abg. Saulo Jaramillo

Introducción Las tendencias y desarrollos contemporáneos de las ciencias del Derecho como el neoconstitucionalismo y el garantismo penal, nos enseñan, describiéndolos superficialmente o a breves rasgos, que los valores, principios y reglas reconocidos en las Constituciones, todos de carácter normativo, gozan de mayor jerarquía, en cuanto al resto del ordenamiento jurídico de un país, en la práctica1. Los derechos y garantías, son de directa e inmediata aplicación, frente a lo cual, consecuentemente se generan mayores límites al Estado y a su poder punitivo y arbitrario que en todo momento busca materializarse.2 La ley, a más de haber sido promulgada con los procedimientos legislativos correspondientes, también deber ser justa, gozar de legitimidad. El Derecho penal debe ser mínimo, siendo la última ratio, castigar con sanción penal; en los sistemas penales debe primar el principio de inocencia antes que el de culpabilidad. De cara a estos postulados, para dar coherencia al ordenamiento jurídico de un determinado país con la Constitución, se han desarrollado instituciones como: a) el efecto irradiación de los derechos fundamentales y b) la constitucionalización del ordenamiento jurídico, principalmente. Buscan que todos los cuerpos normativos que se encuentran abajo de la cúspide de la pirámide, tengan relación y armonía con la Constitución, orientando todas las leyes hacia un mismo norte, la libertad y digni-

dad para todos los seres humanos y sus derechos fundamentales. En este sentido, es un deber de los órganos legislativos constitucionalizar las leyes de menor jerarquía. En nuestro país, de acuerdo a lo que señala el mandato traducido en garantía normativa, reconocido en el artículo 84 de la Constitución, es obligación de la Asamblea Nacional y todo órgano con potestad normativa, adecuar formal y materialmente, las leyes y demás normas a los postulados constitucionales.3 El Derecho penal, siendo una de las materias jurídicas de Derecho público más polémicas de todos los Estados por las consecuencias que produce en las personas su aplicación; y, consecuentemente, su íntima relación con los derechos humanos, no debe ser visto con egoísmo, al contrario, debe ser el que más se adecue a los derechos y garantías constitucionales. ¿Por qué seguir exigiendo constitucionalizar el Derecho penal? Los entendidos en la materia dirán que ya se hablado lo suficiente sobre el proceso de constitucionalizar el Derecho penal. A otros sectores les llamará la atención, ya que desde la promulgación y entrada en vigencia de la Constitución de la República el veinte de octubre de 2008, han transcurrido ya casi nueve años. El Código Orgánico Integral Penal establece paradójicamente en el numeral tres de la exposición de motivos este proceso, sin embargo conforme se irá explicando más adelante, este cuerpo normativo fija parámetros totalmente contrarios a este lineamiento, pues se

insertaron y reformaron instituciones penales mucho más punitivas como: la acumulación de penas, penas privativas de libertad más extensas, nuevos tipos penales, entre otras. Por ello es que se debe seguir reclamando la constitucionalización del Derecho penal, porque el COIP en la parte especial y procesal tiende a encerrar como el trinomio cuadrado perfecto del sistema punitivo ecuatoriano. Una herramienta para ello es el concurso real delitos, conforme lo analizo en mi artículo: “El concurso real de delitos, una herramienta del Derecho penal máximo.”4 A más de ello, el proceso se debe realizar mediante una reforma integral al COIP por medio de la Asamblea Nacional, por ser este el órgano competente y legítimo para debatir y dirimir sobre nuestros derechos de ciudadanía, ya que cuando se interpone una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional, una sentencia de este órgano no alcanza a garantizar y transformar todo un cuerpo normativo. Es más, de acuerdo a lo que anota Luis A. Vélez-Rodríguez, se encuentran en debate la legitimidad de las decisiones de los máximos organismos de justicia constitucional, ya que se puede cuestionar por qué un ínfimo número de jueces puede reformar o derogar la decisión de legisladores elegidos mayoritaria y democráticamente.5 Y que se puede decir de la polémica resolución No. 02-2016 de la Corte Nacional de Justicia, de 22 de abril de 2016 que establece que en el procedimiento especial abreviado, la sentencia condenatoria a pena privativa de libertad, no es

aceptable la suspensión condicional de la pena. El Neoconstitucionalismo La mayoría de posturas sobre el neoconstitucionalismo o constitucionalismo contemporáneo como prefieren llamarlo algunos autores, indican que como teoría del Derecho se desarrolló desde la segunda mitad del siglo XX, sin embargo, existen también quienes sostienen que antes de las constituciones de esa época, ya se dieron importantes avances en los derechos humanos con la Constitución de México de 1917, la Soviética de 1918 y la de Weimar de 1919. La profesora cubana Josefina A. Méndez López, señala que estas constituciones: “cada una desde sus perspectivas histórico-políticas, establecieron la clara irrupción de un nuevo tipo de constitucionalismo social (…)”6 donde se empiezan a desarrollar nuevas e importantes

instituciones del Derecho, principalmente a favor de los derechos sociales. Ramiro Ávila, citando a autores como Luigi Ferrajoli, Zygmunt Bauman y Nancy Fraser, enseña que el neoconstitucionalismo busca dar respuesta a la crisis del Estado y del Derecho7, que a mi entender se profundizó con los desastres del cataclismo de la segunda guerra mundial y la expansión del libre mercado impulsado por el sistema económico. Por ello, es que el neoconstitucionalismo, ha traído consigo avances muy relevantes para los derechos fundamentales de las personas ampliado su gama de reconocimiento, dando un giro de 360 grados a las prácticas arcaicas de las instituciones estatales y el poder punitivo a su cargo. El profesor Miguel Carbonell enseña que el neoconstitucionaCONTINUA EN la pá­gi­na - c2

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Revista judicial C2

MARTES 11 de JULIO de 2017 La Hora Quito, ecuador

lismo puede ser visto desde tres perspectivas diferentes.8 En primer lugar, pretende dar explicación a constituciones de avanzada con extensos reconocimientos de los derechos fundamentales y límites al actuar del Estado, mismas que se han promulgado desde 1948, como la Ley Fundamental de Bonn (constitución alemana) hasta 20089 con la transformadora Constitución de la República del Ecuador. En segundo lugar, con el producto de estos innovadores textos constitucionales, el desarrollo jurisprudencial cambió radicalmente, con sentencias que reconocen y dan mucha importancia a los derechos fundamentales, las más citadas son las sentencias emitidas por la Corte Constitucional colombiana; para ello los administradores de justicia han tenido que practicar nuevas dinámicas de interpretación, argumentación y razonamiento, estas son: la ponderación, la proporcionalidad, el efecto irradiación, el principio pro persona, etc. Y, en tercer lugar, los desarrollos teóricos, que a mi entender comprenden los avances más importantes de esta teoría, pues los pensamientos e ideales a favor de las personas y sus derechos de Ferrajoli, Dworkin, Alexy, entre otros; han permitido de alguna manera desplegar los postulados de esta importante teoría aún en desarrollo, pero que sigue a la vanguardia de la dignidad y el pleno goce de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Superando al legalismo exagerado, que fue utilizado para dar vía de acceso a la violación de los derechos fundamentales por medio de instrumentos jurídicos aprobados por la vía legal, como por ejemplo en la Alemania nazi, el neoconstitucionalismo no observa solo el legalismo sino también la justicia; es decir, que una ley a más de ser promulgada en base a las formalidades y procedimientos que se exige, debe ser justa. De esta manera se genera una yuxtaposición entre el Derecho y la moral, entre la filosofía y el Derecho mismo, incorporando por medio de la axiología jurídica valores políticos y morales al ordenamiento jurídico, dejando como resultado una transformación importante en el Derecho. Con la transformación

JUDICIAL QUITO

producida por esta nueva teoría, el Derecho Constitucional es el centro de estudio, de tal manera que los cambios que claramente podemos observar es la categorización de la Constitución como norma obligatoria y no como un simple conjunto de contenidos programáticos, a la cual todos debemos someternos y respetar. Valores políticos y/o morales como libertad, dignidad, igualdad, justicia, paz, etc., incorporados en las normas constitucionales dan una calidad y una jerarquía suprema a la Constitución que no puede ser rebasada por ningún otro cuerpo jurídico. Con lo cual se consolida la supremacía constitucional. Existen varias e importantes instituciones del neoconstitucionalismo, sin embargo, por razones de espacio aquí solo las he analizado brevemente. Entre las más importantes características10 que podemos anotar de esta teoría tenemos las siguientes, de las cuales para este trabajo solo desarrollo dos: • La prevalencia o supremacía de la Constitución. • Estado garantista de los derechos fundamentales. • La dualidad de los derechos constitucionales. • El efecto irradiación de los derechos fundamentales. • La aplicación directa e inmediata de los derechos y garantías constitucionales. • El nuevo papel de los jueces en la administración de justicia. • La constitucionalización del ordenamiento jurídico.11 El efecto irradiación de los derechos fundamentales Como he señalado, el neoconstitucionalismo trae consigo transformaciones muy importantes e innovadoras, principalmente a favor de los derechos fundamentales de las personas y límites al poder del Estado. Cuando una sociedad decide que un grupo de personas elegidas por la vía popular, reunidas en una Asamblea Constituyente, debe elaborar una nueva Constitución, en ese proceso, estas recogen los ideales de quienes los eligieron, también valores como libertad, justicia, igualdad, etc., y los plasman en los derechos que reconocerá aquella Constitución. En ese momento, los derechos fundamentales adquieren una dualidad, y una parte de ellos es la subjetiva, entendida como aquella facultad de las personas frente al Estado, pero en esa parte subjetiva, se

no solo se queden en teoría.

encuentran también los valores, que deben irradiar sobre todo el ordenamiento jurídico para que los ideales constitucionales tengan coherencia con el mismo y se materialicen también en todos los cuerpos normativos por debajo de la Constitución. Sobre este tema, el profesor Jorge Zavala Egas señala: “He aquí el sistema dual de los derechos constitucionales, por un lado, derechos subjetivos y, por el otro, normas objetivas, esto es, normas con contenido axiológico que irradian sus efectos a toda la normativa del Ordenamiento jurídico (…)” 12 Significa también la constitucionalización del ordenamiento jurídico, todo el contenido axiológico-valorativo que llevan en si los derechos fundamentales irradia13 sobre todo el ordenamiento jurídico, lo que implica que todas sus normas, incluso las de derecho privado, deben constitucionalizarse; y las que están contradiciéndolo, ser expulsadas del mismo. La constitucionalización del ordenamiento jurídico Considerando que la Constitución es la ley suprema del Estado y, que goza de mayor jerarquía dentro del ordenamiento jurídico, esto es, el desarrollo del principio de supremacía constitucional, reconocido por la mayoría de países del mundo, en Ecuador en el artículo 424, que manda que

esta debe prevalecer y que toda norma y acto público tiene que mantener conformidad con sus lineamientos, todos los cuerpos normativos reconocidos en el artículo 425 que están por debajo de ella deben guardan coherencia con la misma, ser acoplados a sus principios y valores, bajo los mismos lineamientos, postulados e ideales. Para llegar a ello, se debe aplicar el mandato del artículo 84 constitucional, es decir, realizar el proceso de adecuación formal y material de las normas a la Constitución. Todo este proceso es como se ha dado en llamar la constitucionalización del ordenamiento jurídico, el profesor Riccardo Guastini señala que el mismo comprende: “(…) Un proceso de transformación de un ordenamiento, al término del cual, el ordenamiento en cuestión resulta totalmente ‘impregnado’ por las normas constitucionales.”14 Si se quiere hablar de constitucionalización del ordenamiento jurídico, entonces debemos entender claramente que los ideales y valores que se fraguaron en las asambleas constituyentes, consultas populares y otros procesos para la elaboración de una Constitución, deben estar plasmados también en el resto de leyes, normas, reglamentos, ordenanzas y decretos que conforman el sistema jurídico de un país, esto, con el fin de que los postulados constitucionales surtan efectos prácticos y

La constitucionalización del Derecho penal Analizado el neoconstitucionalismo y sus características, con énfasis en el efecto irradiación y la constitucionalización del ordenamiento jurídico, enseguida debo anotar los más relevantes principios y derechos que la Constitución de la República reconoce con relación al Derecho penal y todas las materias en general, que obviamente deben también ser recogidos por esta especial materia. El artículo once, numeral cuatro de la Constitución señala que ninguna norma puede restringir el contenido de los derechos y garantías constitucionales,15 esto quiere decir, que en el proceso de elaboración de una ley, o un código, en el caso que nos ocupa, el legislador no puede crear o fijar disposiciones que restrinjan y limiten el ejercicio pleno de los derechos y garantías. Lamentablemente la práctica de esta disposición se encuentra muy alejada de lo que sucede en lo objetivo, con la promulgación del Código Orgánico Integral Penal se aumentaron las penas, los tipos penales, las agravantes y, la prescripción para que pueda ser alegada debe transcurrir más tiempo, restringiéndose y limitándose así la libertad, el principio de inocencia y favorabilidad plasmados en el artículo 76 de la Constitución de la República en los numerales dos y cinco respectivamente. Profundizándose la política del eficientísimo,16 más presos y más sentencias condenatorias. El artículo 195 ibíd., reconoce el principio de mínima intervención penal o de última ratio. El profesor Luigi Ferrajoli señala que: “Es claro que el derecho penal mínimo, es decir, condicionado y limitado al máximo, corresponde no sólo al máximo grado de tutela de las libertades de los ciudadanos respecto del arbitrio punitivo, sino también a un ideal de racionalidad y de certeza.”17 Es decir que, el Estado en el cumplimiento de perseguir y castigar las infracciones penales, debe limitar la actividad penal, buscando otros mecanismos para contrarrestar los problemas de trasgresión a las conductas prohibidas, sin embargo, en el COIP, aumentaron los tipos penales y la pena máxima establecida en el Código Penal pasó de 25 años a 40 en el COIP, con lo cual, la mínima intervención penal, quedó solo escrita. CONTINUA EN la pá­gi­na - c3


Así mismo, el artículo 76, numeral tres de la Constitución de la República se reconoce el principio de legalidad o tipicidad de la pena, señalándose en lo principal que nadie puede ser sancionado por un acto u omisión que no esté tipificado en la ley penal. De esta manera, entendemos que para que una persona sea sancionada penalmente, es decir, se le aplique una sanción penal, la pena debe estar taxativamente determinada en el Código Orgánico Integral Penal, esto con el fin de evitar arbitrariedades por parte de juzgadores y poderes que en algunos casos buscan criminalizar y sancionar ilegal e injustamente a una persona. Esto sucedía más en los regímenes dictatoriales y autoritarios, en la actualidad el sistema se ha maquillado y “flexibilizado”, pero siguen en pie las ambigüedades, pues con la promulgación del COIP, proliferaron los tipos penales en blanco, abiertos y paratipos, que en el caso del

DIVORCIOS REPUBLICA DEL ECUADOR COMPLEJO JUDICIAL NORTE - UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA Oficio N.- 17204-2017-03081-DT CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL. ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA, a cargo de la Dra. GYNA SOLIS VISCARRA, Jueza, dentro del juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No.- 17204-2017-03081 se ha dictado lo siguiente: EXTRACTO JUDICIAL ACTOR: POSLIGUA ORTIZ BERTHA ANGELICA DEMANDADO: HECTOR MARIO DE MARTIN VIAÑA ALFONSO CAUSA N.- 17204-2017-03081 JUICIO: DIVORCIO POR CAUSAL OBJETO: solicita que en sentencia se declare disuelto el vínculo matrimonial que los une a los señores Posligua Ortiz Bertha Angélica; y el señor Héctor Mario De Martin Viaña Alfonso TRAMITE: SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA CASILLERO: No- 4444 Dr. Luis Francisco Soria UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE PICHINCHA Quito, 26 de junio del 2017, las 10h58: VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Cuarta de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, según lo dispuesto en el Art. 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y por el sorteo de ley. Agréguese al proceso el escrito y documentos que anexa la parte actora. La demanda de divorcio por la causal señalada en el Art. 110.9 de Código Civil publicado en el Registro Oficial Suplemento 46 de 24-jun.-2005 Ultima modificación: 19-jun.2015 presentada por BERTHA ANGELICA POSLIGUA ORTIZ, con cédula de identidad No. 1307595643, por reunir los requisitos legales señalados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, se acepta

primero al ser un tipo penal donde se remite a otra ley para configurar sus elementos, el juez viola el principio de legalidad y crea elementos arbitrariamente. De esta manera la legalidad penal queda al albedrio del juez y se inobserva. Existen muchas otras disposiciones constitucionales que deben ser analizadas, en el presente, por razones de espacio no es posible, pero no puedo dejar de por lo menos señalarlas, como: la aplicación directa e inmediata de los principios y garantías constitucionales,18 la supremacía constitucional, 19 un Estado garantista de los derechos fundamentales.20 Solo con aplicación estricta y sustancial de este conjunto de ideales constitucionales, se podrá: configurar el proceso de constitucionalización del Derecho penal, institucionalizar el ansiado Derecho penal mínimo y lograr en la práctica un mayor respeto de la Constitución y de los derechos en ella reconocidos, para

a procedimiento sumario, establecido en el Art. 332 numeral 4, consecuentemente: I) CITESE a HECTOR MARIO DE MARTIN VIAÑA ALFONSO, con pasaporte No. B580108 conforme lo dispone el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, por cuanto la parte actora ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio de la parte demandada, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar del juicio, con un extracto de la demanda y este auto. Transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda, advirtiéndole a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial con sede en Quito y CONTESTAR A LA DEMANDA EN EL TÉRMINO DE QUINCE DÍAS luego de haber sido citado, conforme el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, contestación que debe cumplir lo determinado en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal. Caso contrario el proceso se sustanciará en rebeldía de la parte demandada y con las implicaciones que señala la Ley.- 2) La audiencia única establecida en el Art. 333 numeral 4, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir. 3) Tómese en cuenta en la Audiencia Única, el anuncio de los medios probatorios de la parte actora así como la documentación aparejada a la demanda.- 4) A petición de la parte actora recéptese en la Audiencia Única la declaración de los testigos señores: Ketty Marilu Andrade Loor, Luis Heriberto Tello Suarez, Ramon Alonso López Paredes, Adriana Paola Pilataxi Parra, Bertha Angelica Posligua Ortiz para lo cual la actora se encargará de notificarlos para que concurran a la audiencia única. 5) Tómese en cuenta la cuantía, domicilio judicial y autorización hecha al Dr. Luis Francisco Soria Espín .Actúa en calidad de Secretaria la Dra. Dorys Torres Encarnación.Cítese y notifíquese.- DRA. GYNA MARGARITA SOLIS VISCARRA. JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de Ley.AB. DORYS TORRES E. SECRETARIA JUDICIAL Hay firma y sello PAC108392fa

EJECUTIVOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO JUEZ PONENTE: NARVAEZ NARVAEZ PAUL FABRICIO CITACIÓN JUDICIAL Se le hace saber a: JORGE RAFAEL CALERO JACOME, que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda de Juicio EJECUTIVO, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA ACTOR: DR. MAURICIO RAMIREZ MOLINA, en calidad de PROCURADOR JUDICIAL DE CAROLINA GONZALEZ GAYBOR. DEMANDADOS: ORGANIGRANJA GRANJAS O RGA N I CAS S O C I E DA D ANONIMA, en las personas de su Gerente General y como tal su Representante Legal Señora ALEXANDRA CALERO LARREA y de su PRESIDENTE Señora ROCIO LARREA PAEZ, en calidad de suscriptora del pagaré; y JORGE RAFAEL CALERO JACOME, en calidad de garante solidario.CAUSA No.: 17230-2016-15564 PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO OBJETO: La entidad accionante demanda el pago de un pagaré a la orden suscrito por ORGANIGRANJA GRANJAS O RGA N I CAS S O C I E DA D ANONIMA, representada por ROCIO LARREA PAEZ y como aval el señor JORGE RAFAEL CALERO JACOME, por sus propios derechos, emitido y aceptado el 6 de abril del 2016, a noventa días vista, por la cantidad de USD 10.000,00, solicita que en sentencia se ordene el pago del capital adeudado de USD 10.000,00, el interés legal calculado al 13% desde la suscripción hasta el vencimiento; el pago del interés máximo moratorio regulado por el Banco Central del Ecuador desde su vencimiento hasta la total cancelación de la obligación, el pago de una comisión del 1/6% del valor principal, el pago de costas procesales y honorarios profesionales de su defensor. CUANTÍA.- Fija la cuantía en USD 13.000,00 PROVIDENCIA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 23 de enero del 2017, las 15h46. VISTOS: Agréguese el escrito que antecede. 1) En virtud de haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en auto inicial, la demanda que antecede es clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en

todos los ciudadanos. Existen las instituciones jurídicas, mecanismos y garantías para que se pueda efectuar el proceso de constitucionalización del Derecho penal. Pues al estar éste estrictamente vinculado a los derechos humanos y a su respeto, es inminentemente necesario que el mismo, sea objeto de una transformación sustancial, al término de la cual todo su contenido (sustantivo, adjetivo y ejecutivo) se encuentre implícito de los valores, principios e ideales constitucionales que permitan y materialicen, un mayor respeto y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales. Este proceso se inició al menos en teoría, en el Ecuador, con la promulgación y entrada en vigencia de la Constitución de la República el 20 de octubre de 2008. Esto lo enseña el profesor Raúl Zaffaroni, de acuerdo a su entender el Estado de Derecho solo existe en determinados momentos de la historia, pues el Estado policía que se encuentra dentro de este, en todo momento busca salirse, y cuando lo hace el poder punitivo se desborda. En audio video, la estructura del Derecho penal.

Constitución de la República del Ecuador [2008], art. 84 ([Quito]: Asamblea Nacional, s.f.) Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008. Puede revisarse mi artículo publicado en Juristas Ecuador el 28 de junio de 2017: “El concurso real de delitos, una herramienta del Derecho penal máximo.” En el cual realizo un análisis de la maximización del Derecho penal actual y concluyo demostrando que la aplicación del concurso real de delitos y la acumulación de penas dejan como resultado la aplicación de la cadena perpetua aplicada en el sistema norteamericano de justicia penal. Luis A. Vélez-Rodríguez, Política criminal y justicia constitucional (Valencia: Tirant lo Blanch, 2016) 20. Josefina A. Méndez López, Constitución, Derecho penal y control social (Loja: Universidad Nacional de Loja, 2010) 52. Ramiro Ávila, Neoconstitucionalismo transformador (Quito: Abya-Yala y Universidad Andina Simón Bolívar, 2011) 31. Miguel Carbonell, “el neoconstitucionalismo: significado y niveles de análisis”, en Miguel Carbonell y Leonardo García Jaramillo, edits. El canon neoconstitucional. (Madrid: Trotta, 2010) 153-164. Seguramente cuando el autor escribió el ensayo, aún no se promulgaba la Constitución boliviana, que también posea importantes avances constitucionales. Se encuentran desarrolladas de mejor manera, a excepción de la última, en mi tesis de pre-grado: El Estado constitucional de derechos y justicia en el Ecuador, en la praxis, realidad o utopía. Universidad Nacional de Loja, 2014. Su desarrollo y mayor exponente es el profesor italiano Riccardo Guastini. Jorge Zavala Egas, Derecho constitucional,

Si los hom­bres han na­ci­do con dos ojos, dos ore­jas y una so­la len­gua es por­que se de­be es­cu­char y mi­rar dos ve­ces an­tes de ha­blar. M a ­r i e

de

el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, misma que se fundamenta en un Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo Código, concordancia con el Art. 486 del Código de Comercio, y que además contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO. 2) Cítese a los demandados ORGANIGRANJA GRANJAS ORGÁNICAS SOCIEDAD ANÓNIMA en la persona de su Gerente General ALEXANDRA CALERO LARREA y de su Presidenta ROCIO LARREA PÁEZ, en calidad de suscriptora; y JORGE RAFAEL CALERO JÁCOME, por sus propios derechos, en el lugar que se indica; para tal propósito, remítase despacho suficiente a la Oficina encargada de realizar dicha diligencia, debiendo la parte interesada, dentro del término de tres días, acercarse a esta Unidad, para proveer de las copias necesarias, a fin de elaborar el número de boletas que se requieran. 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada proponga una o más de las excepciones taxativas del artículo 353 del mismo cuerpo legal, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. 4) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. 5) Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la parte actora, debidamente justificada con el instrumento que adjunta, casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones. Notifíquese y Cítese. f) NARVAEZ NARVAEZ PAUL FABRICIO JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO

R a ­b u ­t i n -C h a n ­t a l METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 20 de junio del 2017, las 15h59. VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede. En virtud del juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado JORGE RAFAEL CALERO JACOME, mediante publicaciones realizadas por la prensa, en la forma establecida en la norma antes mencionada, para tal propósito, la parte interesada acérquese a esta Unidad Judicial a retirar el extracto correspondiente a fin de dar cumplimiento a la presente disposición. Notifíquese. f) NARVAEZ NARVAEZ PAUL FABRICIO JUEZ Lo que le NOTIFICO Y LE CITO a usted para los fines de Ley, Para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley.AB. TAIPE REDROVAN BLANCA JANETD SECRETARIA (encargada) Hay firma y sello AR/106235/AT R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACIÓN JUDICIAL A: NUÑEZ GUERRERO CLAUDET CRISTINA ACTOR: DRA. MONICA JACQUELINE FLOR PAZMIÑO PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. DEMANDADO: NUÑEZ GUERRERO CLAUDET CRISTINA CUANTÍA: $ 5000,oo JUICIO EJECUTIVO No,173112014-0199 OBJETO: PAGO DE CAPITAL, INTERESES, Y COSTAS PROCESALES. JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 21 de abril del 2014, las 10h28. VISTOS.- En mi calidad de Jueza Titular de esta judicatura, mediante acción de personal No. 2937-DNP- de 25 de julio del 2012, avoco conocimiento

de la presente causa y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- La demanda que antecede, propuesta por la Dra. Mónica Jacqueline Flor Pazmiño en la calidad en la que comparece como se desprende del documento adjunto es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite Ejecutivo.- En consecuencia, las demandadas, Nuñez Guerrero Claudet Cristina en calidad de deudora principal y la señora Nuñez Zambrano Gina Catherine en calidad de garante solidaria, paguen a la actora la cantidad adeudada o propongan excepciones en el término de tres días de citadas.- Cítese a las demandadas Nuñez Guerrero Claudet Cristina en calidad de deudora principal y la señora Nuñez Zambrano Gina Catherine en calidad de garante solidaria, con el contenido de la demanda y presente providencia en la dirección señalada para el efecto, envíese atento deprecatorio a uno de los Jueces de lo Civil de la Cuidad de Guayaquil así como también envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la actora para sus notificaciones, así como la facultad dada a su abogado defensor para que suscriba los escritos necesarios.Actúe el Dr. Luis Chulde Ruano en calidad de secretario encargado mediante acción de personal NO. 2031, DP-DPP de 18 de agosto del 2011.- Notifíquese. F) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi. Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 24 de mayo del 2017, las 10h38. MIÉRCOLES 24 viernes 24 de mayo del 2017, las 10h43. Atento al juramento rendido y Atento al juramento rendido y de conformidad con el art. 58 del Código Orgánico General de Procesos cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la causante CLAUDET CRISTINA NUÑEZ GUERRERO por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual confiérase el correspondiente extracto para su publicación. La parte interesada provea de las copias necesarias para el deprecatorio dispuesto para citación a la demandada GINA KATHERINE NUÑEZ ZAMBRANO, en el término de tres días. Notifíquese. F) Dra. María de los Angeles Ambas

Revista judicial MARTES 11 de JULIO de 2017 La Hora Quito, ecuador

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neoconstitucionalismo y argumentación jurídica (Guayaquil: Edilex S. A. Primera reimpresión, 2010) 55 El efecto irradiación de los derechos fundamentales fue aplicado por primera vez en Alemania en el Fallo Lüth, emitido por el Tribunal Constitucional Federal alemán en 1958. Riccardo Guastini, Estudios de teoría constitucional (México: Distribuciones Fontamara, S. A., 2001) 154. Constitución de la República del Ecuador [2008], art. 11.4 ([Quito]: Asamblea Nacional, s.f.) Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008. Ramiro Ávila, “El código orgánico integral penal y su potencial aplicación garantista”, en Ramiro Ávila, edit. Código Orgánico Integral Penal, hacia su mejor comprensión y aplicación (Quito: Universidad Andina Simón Bolívar y Corporación Editora Nacional, 2015) 21-36. Luigi Ferrajoli, Derecho y razón, teoría del garantismo penal, décima edición (Madrid: Trotta, 2011), 104. Constitución de la República del Ecuador [2008], art. 76.2 ([Quito]: Asamblea Nacional, s.f.) Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008. Ibíd., art. 424 Ibíd., art. 1 y 3.

Cuatin Jueza. Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley, previniéndole la obligación que tiene de señala casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Dr. Luis Alfredo Chulde Ruano SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello AR/106236/AT EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: EDDY JONATHAN VELASQUEZ MERA, PAQUITA MARIA VELEZ MUNOZ Y GONZALO CAGUA CEDEÑO ACTOR: BANCO INTERNACIONAL S.A., DR. MARCELO GUSTAVO SILVA VARGAS (PROCURADOR), DR. JOSE ROMERO SORIANO (REPRESENTANTE). DEMANDADO: E D DY JONATHAN VELASQUEZ MERA, PAQUITA MARIA VELEZ MUNOZ Y GONZALO CAGUA CEDEÑO JUICIO EJECUTIVO N°: 173132014-0595 FUNDAMENTO LEGAL: Art. 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil OBJETO: Se ordene el pago del monto adeudado y más gastos judiciales CUANTÍA: $ 1.500,00. JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, martes 15 de julio del 2014, las 09h18.- VISTOS: La demanda es clara y reúne los requisitos de Ley. Por consiguiente, de acuerdo a lo preceptuado en el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, se dispone que VELASQUEZ MERA EDDY JONATHAN, VELEZ MUNOZ PAQUITA MARIA Y CAGUA CEDEÑO GONZALO, en las calidades demandadas, cumplan su obligación o propongan excepciones en el término de tres días. Cítese a los accionados en la dirección indicada y mediante deprecatorio remitido a uno de los señores .Jueces de lo Civil de Santo Domingo de los Tsáchilas, con jurisdicción en el cantón Santo Domingo. Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado por el actor y agréguese la documentación adjunta. Notifíquese.- f) Dr. Edwin Cevallos Ampudia, Juez-Titular. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO

METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 19 de junio del 2017, las 14h10.- En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora en escrito presentado de fecha 24 de mayo del 2017; una vez que se ha dado -cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior y atento al juramento rendido par la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR a los demandados EDDY JONATHAN VELASQUEZ MERA, PAQUITA MARIA VELEZ MUNOZ Y GONZALO CAGUA CEDEÑO, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual, por Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, dejando constancia en autos, emita el correspondiente extracto; ejecutoriada esta providencia, la parte actora concurra a esta Judicatura a fin de retirar el mismo. NOTIFÍQUESE.- f) Del Salto Dávila Luz Elisa, Jueza. Lo que comunico a usted citándole y previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones.Ab. Glenda Bayas Real SECRETARIA ENCARGADA Hay firma y sello AR/106251/AT R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) AVISO JUDICIAL A: ENRIQUE RUPERTO OCAMPO GARCIA Y MARIA CECILIA RUANO EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-2016-16550 Actor: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL ECON. ÁNGELO LUIS CAPUTI OYAGUE, PRESIDENTE EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO GUAYAQUIL S.A. Demandado: ENRIQUE RUPERTO OCAMPO GARCIAY OTROS Tipo/Acción: EjecutivoContrato de mutuo o préstamo Cuantía: $612.700 Inicio: 19 DE Octubre del 2016 Defensor: Dr. Carlos Wilson Veloz Falconi Casillero: 684 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica

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No. 3627-DP-17-2016-MP de fecha 23 de mayo del 2016. NOTIFÍQUESE. f) Dr. Richard Chinde Chamorro. Lo que cito para los fines de Ley. AB. ANDREA MALDONADO SECRETARIA JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello AR/106263/AT

MARTES 11 de JULIO de 2017 La Hora Quito, ecuador

AUTO: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 20 de octubre del 2016, las 15h42.- VISTOS: Avoco conocimiento de la causa mediante acción de personal No. 7903-DNTH-2015 -KP de 2 de junio del 2015, en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- En lo principal, la demanda presentada por la DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCÁZAR en calidad de Procuradora Judicial del Economista Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco de Guayaquil S.A., conforme lo acredita con la documentación adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el Contrato de Mutuo que obra de fojas 1 a 5 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el artículo 347 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código. En consecuencia, se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo y se ordena la citación a la parte demandada ENRIQUE RUPERTO OCAMPO GARCÍA y MARÍA CECILIA RUANO, en el domicilio señalado en el libelo de demanda, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto de calificación, debiendo remitirse las boletas de citación a la oficina correspondiente a fin de que se cite a la parte demandada en la forma prevista por los artículos 54 y 55 del COGEP. En aplicación a lo dispuesto en los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda conforme lo determina el artículos 351 último inciso del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, conforme lo determina el artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora en su escrito de demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 26 de abril del 2017, las 16h30.- Por cuanto se ha realizado la declaración bajo juramento de acuerdo a lo prescrito en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, por medio de la Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, confiérase el extracto necesario para que se proceda a la citación por la prensa a la parte demandada ENRIQUE RUPERTO OCAMPO GARCÍA y MARÍA CECILIA RUANO. NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza. Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.Certifico. AB. VERONICA PAOLA MENA TASINTUÑA SECRETARIA Hay firma y sello AR/106262/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL SECRETARÍA DE LA

JUDICIAL QUITO

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO AL SEÑOR CANDONGA QUISPE JOSE ANTONIO Y AL PÚBLICO EN GENERAL LES HAGO SABER LO SIGUIENTE: EXTRACTO: ACTOR : BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: CANDONGA QUISPE JOSE ANTONIO CAUSA : EJECUTIVO NO. 172302015-3110. CUANTÍA: $16.000,00 USD JUEZ : UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.26 de marzo del 2015, a las 09h01.- VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza titular, legalmente posesionada.- En lo principal, la demanda presentada por la DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, en su calidad de PROCURADORA JUDICIAL del Econ. Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del BANCO DE GUAYAQUIL S.A., es clara, precisa y por reunir los requisitos de ley se la acepta al tramite EJECUTIVO.- En consecuencia, el señor JOSE ANTONIO CANDONGA QUISPE, en su calidad de deudor principal; de conformidad con el 1er. inciso del Art. 421 del Código Procesal Civil, cumpla con la obligación demandada o proponga excepciones en el término legal de tres días.- Cítese al demandado en la dirección señalada mediante Deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil de la Provincia de Esmeraldas, con asiento en la ciudad de Esmeraldas, a quien se le enviara despacho en forma, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico designados por la actora y la calidad en la que comparece, conforme la documentación habilitante que adjunta, y la autorización conferida a su abogado patrocinador.NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Carmen Romero Ramirez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, 27 de abril del 2017, a las 11h56.- VISTOS: En lo principal una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en providencia de 12 de abril del 2017, las 09h26, una vez que ha declarado bajo juramento la parte actora respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia del demandado, se dispone cítese con el extracto al demandado señor CANDONGA QUISPE JOSE ANTONIO, con el auto inicial y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, que se editan en esta ciudad, por Secretaria confiérase el respectivo extracto. Actúe como Secretaria de esta Unidad, la Ab Andrea Maldonado mediante Acción de Personal

REPUBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha. gob.ec CITACIÓN A SR. FAUSTO RUBEN PAREDES TELLO EN SU CALIDAD DE FIADOR SOLIDARIO. Juicio No: 17302-2014-0839 ACTOR:SRA.DRA.GEANMAGALI AGUIRRE BENALCAZAR en su calidad de Procuradora Judicial del Sr. Angelo Caputi Oyague Presidente Ejecutivo del Banco de Guayaquil S. A DEMANDADOS.FAUSTO RUBEN PAREDES TELLO EN SU CALIDAD DE FIADOR SOLIDARIOS.- COMPAÑÍA NACIONAL DE TRIBUTACIÓN MORILLO & PAREDES ASOCIADOS CIA. LTDA. PAREDES TELLO FAUSTO RUBEN (REPRESENTANTE) DEFENSOR./ Dr./Ab.: CARLOS WILSON VELOZ FALCONI CUANTÍA.-5.500,oo INICIADO EL 03 DE SEPTIEMBRE DEL 2014 PROVIDENCIA.JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 11 de septiembre del 2014.- las 15h27.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular del Juzgado Segundo de lo Civil de Pichincha en virtud de la acción de personal N. 2953-DNP de 25 de julio del 2012.- y posesionada el 01 de Agosto del 2012. .Agréguese al proceso los escritos que anteceden la demanda presentada en contra de la COMPAÑÍA NACIONAL DE TRIBUTACIÓN MORILLO y PAREDES ASOCIADOS CIA. LTDA, en la persona de su Gerente General representante legal señor FAUSTO RUBEN PAREDES TELLO , es clara , precisa, y reúne los requisitos legales en consecuencia se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva prevista en la sección 2da parágrafo 2do Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Por lo que el demandado dentro del término de tres días pague o proponga excepciones, bajo prevenciones de Ley. Cítese a los demandados en la dirección indicada en la demanda.- Tómese en cuenta la casilla judicial señalada por el actor .Dejando copias debidamente certificadas y recibo en autos para descargo del Juzgado, desglósese los documentos aparejados a la demanda y entréguese conforme lo solicita la actora. .- Agréguese al proceso la documentación acompañada Actué como secretario encargado el Dr. Patricio Calderón , mediante Acción de Personal N. 4911-DP-UPTH de 15 de julio de 2014.-Cítese y Notifíquese.- f) DRA. VIVIANA PILA AVENDAÑO. JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 31 de mayo del 2017, las 10h27.En atención al juramento rendido por la SRA. DRA. GEAN MAGALI AGUIRRE BENALCAZAR en su calidad de Procuradora Judicial del Sr. Angelo Caputi Oyague Presidente Ejecutivo del Banco

Se apli­ca el nom­bre de mi­la­gro cuan­do Dios ba­te sus pro­pios ré­cords. J e a n H i p ­p o ly ­t e G i ­r au ­d o u x de Guayaquil S. A. y conforme a lo previsto en el Art. 56 del COGEP, cítese por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita el esta ciudad de Quito al señor FAUSTO RUBEN PAREDES TELLO en su calidad de fiador solidario, a fin de que comparezca a la presente causa y haga valer sus derechos. Notifíquese. f).- SOTO JIMENEZ CARLOS ENRIQUE, JUEZ; . Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ SALAZAR PAUL EFRAIN SECRETARIO Hay firma y sello AR/106264/AT EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: FERNANDEZ SANCHEZ VICTOR NICOLAS ACTOR: BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: FERNANDEZ SANCHEZ VICTOR NICOLAS JUICIO EJECUTIVO: 172302014-1984 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 19 de diciembre del 2014, las 16h09. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial, mediante acción de personal No. 4196-DNP-OQ, de 23 de septiembre del 2012.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite Ejecutivo.En consecuencia, la parte demandada señor FERNANDEZ SANCHEZ VICTOR NICOLAS; pague la obligación adeudada o proponga las excepciones de las que se crea asistido en el término de tres días de legalmente citado.- Cítese en legal y debida forma a la parte demandada en la dirección que se señala para el efecto, hecho previa petición se ordenará el desglose solicitado.Tómese en cuenta la calidad en la que comparece la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcázar, en calidad de Procuradora Judicial del Ec. Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco de Guayaquil S.A..- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalada para posteriores notificaciones; así como la autorización conferida a su defensor.- Actúe la Dra. Mercy Criollo, en calidad de secretaria designada por el Consejo de la Judicatura.- Cítese y Notifíquese.- f) Fernando Landázuri. Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 8 de junio del 2017, las 09h54. - En lo principal. - De conformidad con el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador en concordancia con el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, en aplicación a los principios, de inmediación, celeridad y economía procesal y en mérito del juramento rendido por la parte actora sobre la imposibilidad de determinar

LLAMAMIENTO A ACREEDORES

De conformidad con al Art. 393 de la Ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de la Compañía PROVEEDORES ALEXANDROS KARRAS S.A., EN LIQUIDACIÓN, a fin de que en el término de veinte (20) días contados desde la última publicación de este aviso deberán presentar los documentos que acrediten su derecho como acreedores en la siguiente dirección: Av. 9 de Octubre N22-108 y Ramírez Dávalos Ed. Turriaga Of. 102 de la ciudad Quito. Transcurrido el término arriba mencionado se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su derecho en dicho término y aquellos que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación. Atentamente, Diana Alexandra Godoy Saker Liquidadora

AR/106228/AT

la individualidad o residencia del demandado, cítese al señor FERNANDEZ SANCHEZ VICTOR NICOLAS, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación nacional, conforme lo dispone el Art. 56 del COGEP.- para lo cual confiérase el extracto correspondiente. Actúe la Dra. Blanca Sánchez en calidad de secretaria encargada de esta Unidad Judicial Civil.NOTIFÍQUESE.- f) MEZA MERA JACKELINE PATRICIA, JUEZA Lo que comunico a usted para los respectivos fines de ley, previniéndoles la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. DRA. BLANCA SANCHEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello AR/106265/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: SEGUNDO IVAN CANGAS MENDEZ ACTOR: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR en su calidad de Procuradora Judicial del Ec. Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del BANCO GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: SEGUNDO IVAN CANGAS MENDEZ JUICIO.EJECUTIVO (CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO) CAUSA No. 17230-2015-18433 DOMICILIO JUDICIAL.- DR. WILSON VELOZ FALCONI

CASILLA JUDICIAL.- 684 CUANTÍA.- NO ES MENOR A CINCO MIL SETECIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD $ 5.700,oo) OBJETO DE LA DEMANDA.- VALOR CORRESPONDIENTES A LAS CUOTAS Y/O DIVIDENDOS MENSUALES VENCIDOS, INTERESES DE MORA, SALDO DEL PRÉSTAMO O CAPITAL REDUCIDO, TOTALIDAD DE LOS GASTOS QUE SE GENEREN CON OCASIÓN DE GESTIONES DE COBRANZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 5 de enero del 2016, las 14h29. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular, mediante Acción de Personal No. 8249-DNTH-2014AMD de fecha 28 de octubre del 2014.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la admite a trámite ejecutivo.- De conformidad al Art. 421 inciso primero del Código de Procedimiento Civil se dispone que el demandado SEGUNDO IVAN CANGAS MENDEZ, cumpla con la obligación demandada o proponga excepciones en el término de tres días.- Procédase al desglose de la documentación aparejada a la demanda, dejando copias certificadas y recibo en autos y entréguese a la persona autorizada.- Cítese al prenombrado demandado en el lugar indicado.- Actúa como Secretaria Titular la Ab. Cecilia Simbaña, mediante Acción de Personal No. 4031-DP-UPTH desde el 27 de mayo del 2015.Notifíquese.- f) DRA. ROCIO JAQUELINE AYALA REYES. JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 6 de junio del 2017, las 10h45. Por haberse dado cumplimiento con lo ordenado por esta Judicatura y en virtud del juramento rendido, se

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE ROSEN PAVILLION CÍA. LTDA.

De conformidad con lo establecido en el artículo 119 de la Ley de Compañías, se convoca a los señores socios de la Compañía a la Junta General Extraordinaria de Socios que se llevará a efecto el día jueves 20 de julio de 2017, a las 09h00 horas, en Panamericana Norte S/N, Kilometro 2, barrio Cananvalle, de la ciudad de Tabacundo, con el objeto de tratar el siguiente orden del día: 1. Ratificar los movimientos realizados en varias cuentas contables correspondientes al balance de la Compañía. 2. Ratificar la reclasificación de valores que aparecían en Cuentas por Pagar a Socios a la cuenta Aportes para Futuras Capitalizaciones. 3. Ratificar la absorción de pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores con valores provenientes de la cuenta Aportes para Futuras Capitalizaciones. 4. Ratificar todas las decisiones tomadas por la Junta General de Socios de la Compañía. Se convoca señaladamente en forma especial e individual al Comisario de la Compañía, con la finalidad de que comparezcan a la indicada Junta General Extraordinaria de Socios. Quito D.M., 11 de julio de 2017 CARLOS SANTIAGO ESPINOSA CALISTO GERENTE GENERAL ROSEN PAVILLION CÍA. LTDA. PAR/106275/AT

dispone: De conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado: SEGUNDO IVAN CANGAS MENDEZ, por la prensa, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.- F) AB. FELIPE PATRICIO LARREA DÁVALOS. JUEZ Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones.- Certifico. AB. JENNIFFER BASTIDAS SARMIENTO SECRETARIA Hay firma y sello AR/106266/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: CINTHYA FERNANDA ESCUDEROS DIAZ JUICIO: EJECUTIVO NUMERO: 17230-2016-10347 ACTOR: GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, PROCURADORA JUDICIAL DEL . BANCO GUAYAQUIL S.A. D E M A N DA D O : C I N T H YA FERNANDA ESCUDEROS DIAZ CUANTÍA: USD. 6.800,00. JUEZ PONENTE: AB. RICARDO AU G U STO V E L AST EG U I ENDARA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 14 de junio del 2016, las 14h00. VISTOS.- Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito.- En lo principal, la demanda que por cobro de dinero presenta la Dra. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCÁZAR, EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A., en contra de la señora: CINTHYA FERNANDA ESCUDEROS DÍAZ,

reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva prevista en el Título II Sección 2a, parágrafo 2do Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Cítese a la demandada: CINTHYA FERNANDA ESCUDEROS DÍAZ, para que dentro del término de tres días cumpla con la obligación reclamada o formule excepciones, en el lugar indicado, de conformidad al nuevo modelo de gestión esta diligencia se la realizará a través de Correos del Ecuador, institución acreditada por el Consejo de la Judicatura, para lo cual el compareciente proporcione copias para las boletas de citación respectivas.- Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese a la actora en la casilla 684.- De conformidad con lo establecido en el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copias certificadas y razón de recibo en autos, procédase a efectuar el desglose la documentación solicitada, debiendo tomarse en cuenta la autorización conferida.- Actúe como secretario de esta Unidad Judicial Civil el Dr. Carlos Lovato.NOTIFÍQUESE.-f) VELASTEGUI ENDARA RICARDO AUGUSTO, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 7 de junio del 2017, las 08h20. VISTOS.- Por cuanto la actora ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior y atento al juramento rendido por la accionante señora Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, procuradora judicial del Banco de Guayaquil S.A.; y, de conformidad con lo que dispone el inciso segundo del numeral 2° del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la parte demandada ESCUDEROS DIAZ CINTHYA FERNANDA, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito; por Secretaría confiérase el extracto correspondiente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1°

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA CHICAIZA HERMANOS CIA. LTDA. En virtud de lo establecido en la Ley de Compañías y en el Estatuto Social, se convoca a los Socios de la COMPAÑÍA CHICAIZA HERMANOS CIA. LTDA. a Junta General Extraordinaria, la misma que se llevará a cabo el día Viernes 28 de julio del 2017, a las seis de la tarde, en la oficina y domicilio principal de la compañía ubicada en la Parroquia de Guamaní, Barrio Héroes de Paquisha, calle OE5A, número S59 y Calle S5929, a dos cuadras de la feria de carros, Quito D.M., Provincia de Pichincha, con la finalidad de conocer y resolver los siguientes puntos del orden del día: 1. Revocatoria de la designación de Presidente y Gerente 2. Elección de Presidente; y , 3. Elección de Gerente

Sr. Fernando Patricio Chicaiza Quinatoa GERENTE GENERAL

Quito D. M., 10 de julio de 2017 PAC108426fa


Ibídem, previas las formalidades legales.- NOTIFÍQUESE f) ENDARA RICARDO AUGUSTO, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones. DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello AR/106267/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: ALEXANDRA XIMENA LOPEZ MARTINEZ JUICIO: EJECUTIVO NUMERO: 17230-2015-3119 ACTOR: GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: ALEXANDRA XIMENA LOPEZ MARTINEZ CUANTÍA: 8.200,00. JUEZ PONENTE: AB. RICARDO AU G U STO V E L AST EG U I ENDARA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 6 de marzo del 2015, las 15h04. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, Actúe la Secretaria encargada.-La demanda presentada por la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, Procuradora Judicial del Ec. Angelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo del Banco de Guayaquil S.A, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, tramítese la misma en la vía ejecutiva.La demandada ALEXANDRA XIMENA LOPEZ MARTINEZ, |cumpla con la obligación o proponga excepciones en el término de tres días de citada.- Cítese a la demandada, en el lugar que se indica, para lo cual se Depreca al

señor Juez de lo Civil del cantón Guayaquil, provincia del Guayas .-Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.Dejándose copias certificadas o compulsas en autos, desglósese los documentos que se solicitan y entréguese.-Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora y la autorización concedida al abogado defensor.- Notifíquese. f) DR. EDWIN ARMANDO ACELDO GUALLI, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 2 de junio del 2017, las 11h51. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Encargada de la Unidad Judicial Civil, mediante acción de personal No. 4562-DP17-2017-VS, de fecha 02 de junio del 2017.- Por cuanto la parte actora ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior y atento al juramento rendido por la accionante señora Dra. Aguirre Benalcazar Gean Magaly, procuradora judicial del Banco de Guayaquil S.A.; y, de conformidad con lo que dispone el inciso segundo del numeral 2° del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la parte demandada LOPEZ MARTINEZ ALEXANDRA XIMENA, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito; por Secretaría confiérase el extracto correspondiente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1° Ibídem, previas las formalidades legales.NOTIFÍQUESE-f) VELASTEGUI ENDARA RICARDO AUGUSTO, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones. DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE ROSEN PAVILLION CÍA. LTDA.

De conformidad con lo establecido en el artículo 119 de la Ley de Compañías, se convoca a los señores socios de la Compañía a la Junta General Extraordinaria de Socios que se llevará a efecto el día jueves 20 de julio de 2017, a las 10h00 horas, en Panamericana Norte S/N, Kilometro 2, barrio Cananvalle, de la ciudad de Tabacundo, con el objeto de tratar el siguiente orden del día: 1. Conocer y resolver sobre la Disolución Voluntaria y Liquidación de la Compañía y solicitar la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil, mediante trámite abreviado. 2. Conocer y resolver sobre el Balance Final de Operaciones y distribución del haber social, de ser el caso. Se convoca señaladamente en forma especial e individual al Comisario de la Compañía, con la finalidad de que comparezcan a la indicada Junta General Extraordinaria de Socios. Quito D.M., 11 de julio de 2017 CARLOS SANTIAGO ESPINOSA CALISTO GERENTE GENERAL ROSEN PAVILLION CÍA. LTDA. PAR/106276/AT

Hay firma y sello AR/106268/AT EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACIÓN JUDICIAL A: KLEVER GONZALO GALLEGOS MONTESDEOCA. ACTOR: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, Procuradora Judicial del Eco. Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco de Guayaquil S.A. D E M A N DA D O : KLEVER G O N ZA LO GALLEGOS MONTESDEOCA. FUNDAMENTO LEGAL: Arts. 413, 415 del Código de Procedimiento Civil. OBJETO: Cobro de la totalidad del préstamo, por haber incurrido en la mora en el pago de los dividendos de dicho préstamo, otorgado por el Banco de Guayaquil S.A, al demandado Klever Gonzalo Gallegos Montesdeoca. CUANTÍA: Diez mil quinientos dólares americanos (USD. $10.500) JUICIO: 17230-20141983. ABOGADOS: DR. WILSON VELOZ FALCONÍ CASILLERO No. 684 PROVIDENCIA: Auto Calificación y providencia recaída. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 29 de diciembre del 2014, las 16h39.- VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa, en mi calidad de Jueza Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha, Juzgado que pasó a integrar la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, según Acción de Personal No. 8111-DNTH-2014, 13 de Octubre del 2014.-En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se la acepta a trámite Ejecutivo. En consecuencia el

Si ha­ces lo que no de­bes, de­be­rás su­frir lo que no me­re­ces. B e n ­j a ­m í n F r a n ­k l i n

demandado: KLEVER GONZALO GALLEGOS MONTESDEOCA, en el término de tres días, desde la última citación, cumpla con la obligación requerida o proponga todas y cada una de las excepciones que se creyera asistido.- Cítese al accionado en el lugar designado para el efecto.Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial señalado por el actor, la calidad en la que éste comparece, la designación de su defensor y la facultad que le concede, para que suscriba cuanto escrito sea necesario, dentro de la presente causa en defensa de los intereses.- Agréguese la documentación adjunta.- Cítese y Notifíquese.- f).- DRA. CELMA CECILIA ESPINOSA VENEGAS, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 13 de abril del 2017, las 15h27. Dr. WILMER ISMAEL ZAMBRANO ORTIZ Juez Subrogante la Dra. Patricia Viteri Moya, Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito cantón Quito, provincia de Pichincha, por el periodo comprendido desde el 10 hasta el 13 de abril de 2017, inclusive mediante Acción de Personal - 2372-DP17-2017-MP 13/03/2017, avoco conocimiento de la presente causa.Agréguese al proceso el escrito precedente.- Por cuanto la parte accionante ha comparecido a rendir bajo juramento que le ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado de KLEVER GONZALO GALLEGOS MONTESDEOCA, se dispo-

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DESCASERV ECUADOR SOCIEDAD ANONIMA De conformidad con lo establecido en los artículos 231 y 236 de la Ley de Compañías; artículo 3 del Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas y el capítulo tercero de los Estatutos Sociales de DESCASERV ECUADOR S.A., se convoca a los Accionistas de la compañía, a Junta General Extraordinaria de Accionistas, la cual se llevará a efecto el día lunes 24 de julio de 2017, a las 10h00am, en el domicilio de la compañía ubicado en Avenida 12 de Octubre N24-660 y Francisco Salazar, Edificio Concordé, piso 9, ciudad de Quito, a fin de tratar el siguiente orden del día: 1. Conocimiento de la Situación Financiera de la Compañía Descaserv Ecuador S.A. y Resolución sobre la autorización para contratar un préstamo con la Financiera Intertrade Capital. 2. Designación de Miembros del Directorio. Se convoca especial e individualmente a la comisaria principal de la Compañía Señorita Andrea Vanessa Mosquera Muñoz, para que comparezca a la mencionada Junta. Quito, D.M. Julio 11 del 2017.

ne citar con un extracto de la demanda, providencia inicial y esta providencia al mencionado demandado, por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, extiéndase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.f).- DR. WILMER ISMAEL ZAMBRANO ORTIZ, JUEZ. Lo que pongo en su conocimiento para los fines consiguientes. Le prevengo de la obligación de señalar domicilio legal dentro del perímetro urbano conforme a la Ley. Atentamente, AB. PAULINA AYO VELASCO SECRETARIA (E) Hay firma y sello AR/106269/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO A: M A R I TZA XIMENA MAISINCHO VINUEZA ACTOR: Ora. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, en calidad de Procuradora Judicial del Ec. Angelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco de Guayaquil S.A . DEM ANDADO: M ARI TZA XIMENA MAISINCHO VINUEZA JUICIO: EJECUTIVO No. 172302016-16548 TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 19-10-2016 CUANTÍA: $ 9800,00 JUEZ PONENTE: ORA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 01 de noviembre del 2017, las 15h15. VISTOS: La demanda y ampliación presentadas por la doctora Gean Magaly Aguirre Benalcazar, en calidad de Procuradora Judicial del Ec. Angelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco de Guayaquil S.A., son claras, precisas y cumplen los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código

Orgánico General de Procesos (COGEP), puesto que se fundamenta en el Contrato de Mutuo que adjunta a la demanda, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el numeral 3 de los artículos 347 y 348 ibídem, por lo que se CALIFICA y admite a tramite mediante procedimiento ejecutivo.- En consecuencia, la parte demandada MARITZA XIMENA MIASINCHO VINUEZA, en el término de quince (15) días, cumpla la obligación demandada o formule oposición en la forma prevista por los Arts. 351, 353, 151 y siguientes del: COGEP, bajo la prevención de lo dispuesto por el Art. 352 ibídem, esto es que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- CITACIÓN: Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto, a la parte demandada MARITZA XIMENA MIASINCHO VINUEZA, en la dirección señalada en la demanda, para el efecto envíese suficiente despacho a la Oficina de Citaciones.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado por la parte accionante para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida en el patrocinio a su abogado defensor.-NOTIFÍQUESE .- f) ORA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO .. Juez .. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 08 de mayo del 2017, las 14h38 .. En vista de la petición y juramento rendido por la doctora Gean Magaly Aguirre Benalcazar, en calidad de Procuradora Judicial del Banco Guayaquil, de la imposibilidad de determinar la residencia o domicilio de la demandada señora MARITZA XIMENA MAISINCHO VINUEZA, se dispone que de acuerdo al Art.56 del Código Orgánico General de Procesos, se la cite por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad; para lo cual entréguese el extracto correspondiente.- Notifíquese.- f) DRA. RITA ORDOÑEZ .. Jueza….. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 18 de mayo del 2017, las 16h28. Con fundamento en el Art. 169 de la Constitución

CONVOCATORIA Debidamente facultado para convocar, se convoca a los señores accionistas de la Compañía de Transporte TRUK PESADA WORLD S.A., a la Asamblea Extraordinaria, la misma que tendrá lugar el día Viernes 21 de julio del presente a las 3 de la tarde, en la oficina ubicada en la vía Aloag Santo Domingo Km 2 1/2 para tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación del quórum. 2. Informe del Sr. Presidente. 3. Elecciones y posesión del gerente de la compañía. 4. Clausura. Atentamente Sr. Jorge Ramírez

LISBETH MORENO GERENTE GENERAL

PRESIDENTE PAR/106273

Revista judicial MARTES 11 de JULIO de 2017 La Hora Quito, ecuador de la República del Ecuador, en concordancia con los Arts. 18 Y 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y Art.245 del Código Orgánico General por Procesos, de oficio, se corrige el error de escritura respecto del nombre de la demandada, y se aclara el auto se sustanciación de martes 1 de noviembre del 2016, las 15h15 en el sentido de que el nombre de la demandada es MARITZA XIMENA MAISINCHO VINUEZA Y no como consta.- Notifíquese.-f) DRA. RITA ORDOÑEZ .. Jueza..... Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir susa notificaciones.- Quito, 29 de mayo del 2017. Certifico.AB. RAUL VELEZ NARANJO SECRETARIO Hay firma y sello AR/106270/AT REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: LUIS RODOLFO AGUILERA PLUA y MARÍA SOLEDAD CHAMORRO CHAMORRO ACTOR: DRA GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCÁZAR, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GUAYAQUIL CASILLERO No. 684 - DR. CARLOS WILSON VELOZ FALCONI JUICIO EJECUTIVO No.172302016-10617 CUANTÍA: USD. 6.100,00 AUTO DE CALIFICACIÓN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 23 de agosto del 2016, las 11h23.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la reasignación de causas aprobada por la Dirección General del Consejo de la Judicatura, previo informe favorable de la Dirección Nacional de Gestión Procesal y la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica; y, en calidad de Juez Encargado; en reemplazo de la Jueza Ab. Myriam Chalán Guamán; según Acción de Personal No.7345-DP17-2016MP; por el periodo comprendido desde el 20 al 31 Agosto del año 2.016.- La demanda que por cobro dinero presenta, El Banco de Guayaquil S.A., por intermedio de su Presidente Ejecutivo Eco. Angelo Luis Caputi Oyague; y este intermedio de su Procuradora Judicial Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcázar; en contra de Luis Rodolfo Aguilera Plua como deudor principal; y, de Maria Soledad Chamorro Chamorro, como fiadora solidaria, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva establecida en el Título II, Parágrafo 2o, Artículos 419 al 490, del Código de Procedimiento Civil.Por considerar título ejecutivo el documento aparejado a la demanda; emitido y reconocido, en esta ciudad de Quito; y;

C5

documento del cual se observa que, para el caso de controversia las partes se han sometido a los jueces de este Cantón; se dispone citar, con el contenido de la misma y con el de esta providencia a los demandados, Luis Rodolfo Aguilera Plua como deudor principal; y, de Maria Soledad Chamorro Chamorro, como fiadora solidaria, en la dirección proporcionada por el demandante; para que en el término de tres días, cumplan con la obligación reclamada o formulen excepciones en igual término; para cuyo efecto, por secretaria REMÍTASE las boletas de citación a la oficina correspondiente, debiendo el citador, tener en cuenta, al momento de citar, lo dispuesto en el Art.77 del Código de Procedimiento Civil; esto es, cerciorarse de que la dirección proporcionada por el demandante para citar a los demandados, sea verdadera; es decir, que se trate de la respectiva habitación o establecimiento de comercio para hacer allí la citación en forma legal.- Agréguese al proceso los documentos presentados; mismos que se desglosarán, observando las formalidades legales establecidas en el Art.992 del Código de Procedimiento Civil; y, notifíquese al demandante en la casilla judicial No. 684, y en su dirección electrónica.Encomiéndase a los Ayudantes Judiciales 1 de esta, UNIDAD JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL, CONSTITUCIONAL Y DE INQUILINATO, DEL CANTÓN QUITO, DISTRITO METROPOLITANO; ayudar a observar el derecho al debido proceso de las partes garantizado en el Art.76 de la Constitución de la Republica; en concordancia con las normas del Código Orgánico de la Función Judicial, del Código de Procedimiento Civil y del Reglamento de Arreglo de Procesos y Actuaciones Judiciales.-Los litigantes, ahora pueden gestionar su proceso en línea, ingresando a la siguientes dirección electrónica: www. funcionjudicial-pichincha.gob. ec; Servicios Corporativos; Ingreso de Requerimientos.NOTIFÍQUESE.- f) DR. EDWIN ERNESTO CEVALLOS AMPUDIA, JUEZ (E). OTRA PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 29 de mayo del 2017, las 09h47.- De conformidad a lo establecido en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y por cuanto se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia que antecede, CÍTESE a LUIS RODOLFO AGUILERA PLUA y MARÍA SOLEDAD CHAMORRO CHAMORRO, por la prensa de acuerdo a previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, en un diario de amplia circulación de la ciudad de Quito, para lo cual se entregara a la parte accionante el extracto correspondiente.NOTIFÍQUESE.- f) ABG. MYRIAM VIVIANA CHALÁN GUAMÁN, JUEZA. Lo que comunico y cito a los demandados previniéndoles de la obligación que tienen

TÍTULO EXTRAVIADO Se comunica al público el extravío del siguiente título de acción del capital social de la compañía TECOCEL S.A. ZONA FRANCA HOSPITAL DE LOS VALLES: Título : No. 1577 Número de acciones: 1 Propietario: CESAR RODRIGO PEREZ PALLARES El título antes detallado será anulado en caso de no presentarse ningún reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados desde la tercera publicación de este aviso. Quito, 10 de julio del 2017

P AR/106274/AT

Gerencia General

PAP/68533/AS

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

Revista judicial C6

MARTES 11 de JULIO de 2017 La Hora Quito, ecuador

de señalar casillero judicial de un abogado en esta judicatura.Quito, 30 de mayo del 2017.CERTIFICO. Abg. Carlos Fernando Olivo Ortiz SECRETARIO Hay firma y sello AR/106271/AT R DEL E UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACIÓN JUDICIAL A: CARBO GUILLEN JANETH ELIZABETH ACTORA: doctora Gean Magaly Aguirre Benalcázar, en calidad de procuradora judicial del economista Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco Guayaquil S.A DEMANDADA: CARBO GUILLEN JANETH ELIZABETH CUANTÍA: $ 23.0000,oo JUICIO No. 17230-2015-18428 OBJETO: DEL CAPITAL, INTERESES DE PLAZO VENCIDO , MORA, COSTAS PROCESALES. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, martes 5 de enero del 2016, las 08h31 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud de la razón de sorteos.- La demanda y ampliación presentadas por la doctora Gean Magaly Aguirre Benalcázar, en calidad de procuradora judicial del economista Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco Guayaquil S.A., son claras y cumplen los requisitos exigidos por el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil; por tanto se las acepta a trámite en la vía ejecutiva.- Se dispone que se cite a la demandada señora CARBO GUILLEN JANETH ELIZABETH, en el lugar indicado en la demanda para que, dentro del término de tres días, cumpla la obligación o proponga excepciones conforme dispone el Art. 421 del Código Procesal Civil.- Para la citación a la demandada depréquese a la Unidad Judicial Civil de la ciudad de La Concordia, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos, la parte accionante proporcionará copias suficientes para remitir las boletas de citación.- Previa citación a la demandada, conforme la norma del Art. 992 ibídem, dejándose copia certificada, constancia, recibo en autos desglóseselos documentos aparejados a la demanda y entréguese a la persona autorizada en la demanda.-Tómese en cuenta el casillero judicial y electrónico señalados por la parte actora y agréguese la documentación acompañada. Notifíquese.- Dra. Rita ORDOÑEZ JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 20 de abril del 2017 las 09h36 Agréguese a los autos el escrito que antecede.- Atento al juramento rendido y de por el accionante y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a

la parte demandada CARBO GUILLEN JANETH ELIZABETH , por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual confiérase el extracto correspondiente y entréguese a la persona autorizada. Notifíquese F) Ab. Luis Saltos Juez. Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley, previniéndole la obligación que tiene de señala casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Víctor Reyes Chulde SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello AR/106272/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL: A LOS DEMANDADOS SEÑORES GALO FRANCISCO GONZALEZ SARANGO y CARMEN MARIA MAZA JIMA, SE LE HACE CONOCER EL EXTRACTO DE LA DEMANDA, AUTO DE CALIFICIACIÓN Y ESTA PROVIDENCIA DEL PROCESO ESPECIAL, QUE SIGUE EL BANCO DE GUAYAQUIL S.A. ACTOR: BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: GALO F RA N C I SCO G O N ZA L E Z SARANGO y CARMEN MARIA MAZA JIMA TRAMITE: ESPECIAL CUANTIA: USD. 16.339,36 FECHA DE INICIACIÓN: 14 DE JUNIO DEL 2013. JUICIO No. 17301-2013-0536 JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 28 de junio del 2013, las 10h58.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez titular de esta Judicatura. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Por hallarse en vigencia el contrato de Venta Con Reserva de Dominio que se acompaña a la demanda, se ordena el embargo y remate en pública subasta del vehículo Marca Chevrolet, Modelo LUV D-MAX 2.4L CD TM AX2 OPTIMA, Año 2011, Color Plateado y más características constantes en el referido contrato, para con el producto del remate pagarse al acreedor. Para la práctica de esta diligencia cuéntese con uno de los señores miembros de la Policía Nacional y con uno de los señores Depositarios Judiciales de este cantón, quien será asignado mediante el sorteo correspondiente. Cítese a los demandados señores GALO FRANCISCO GONZALEZ SARANGO y CARMEN MARIA MAZA JIMA en el lugar que se indica. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la compareciente. Previamente dejándose copia certificada y recibo en autos desglósese y entréguese la documentación solicitada. NOTIFIQUESE.- f) Dr.

JUDICIAL QUITO

Paul Rengel Maldonado, Juez.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 3 de julio del 2017, las 13h25.- Agréguese al proceso el escrito presentado.- En lo principal, cumplido que ha sido la providencia anterior y por cuanto ha reconocido firma y rubrica de la imposibilidad de determinar con el domicilio o residencia de los demandados señores GALO FRANCISCO GONZALEZ SARANGO y CARMEN MARIA MAZA JIMA, confiérase el extracto correspondiente a fin de que se cite por la prensa conforme lo dispone el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar.- NOTIFIQUESE.- f) Ab. Irina Miroslava Chavez Coello, JUEZA. ABG. LADY ESTEFANIA ALVARADO LÓPEZ SECRETARIA Hay firma y sello PAC108428fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITESE CON LA SIGUIENTE DEMANDA ESPECIAL EMBARGO Y REMATE A: JOSE MANUEL GUAQUIPANA CAYAMBE, CON LA DEMANDA CUYO EXTRACTO ES EL SIGUIENTE: JUICIO: ESPECIAL EMBARGO Y REMATE No. 17303-2012-1497 ACTOR: DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: JOSE MANUEL GUAQUIPANA CAYAMBE. CUANTIA ESPECIAL OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE DINERO JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 3 de enero del 2013, las 10h33. VISTOS: Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez titular de la Judicatura, por Acción de Personal No. 4444-DNP-OQ del 1 de octubre del 2012. La demanda es clara y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, se acepta a trámite especial. En virtud al Contrato de Venta con Reserva de Dominio -adjunto-, mismo que se encuentra vigente a la fecha conforme se verifica en la certificación; y, como establece el Art. 596 del Código de Comercio se ordena el embargo del vehículo marca Nissan, modelo Sentra, año 2011, motor No. GA16824255Y, chasis No. 3N1EB31SOBK355122, color blanco; así como, también su venta en pública subasta. Cuéntese con uno de los depositarios judiciales y con la Policía Nacional, para el efecto el secretario remita los oficios correspondientes. Se habilita el tiempo deficiente. Cítese a José Manuel Guaquipana Cayambe en la Av. La Gasca, Edificio 130 Fernando de S. Agréguese los anexos y por dispuesto en el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, desglósense los mismos dejando copias certificadas con razón en autos. Regístrese la casilla judicial No. 2617 y a autorización concedida al Dr. Enrique Arboleda. Notifíquese.-f) Ab. Santiago Altamirano, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 27 de junio del 2017, las 12h01. Agrégase al

AVISO DE ACREEDORES GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA S.A. EN LIQUIDACIÓN

Conforme a lo dispuesto en el artículo 393 de la ley de Compañías, GESTION INTEGRAL DEL AGUA DE HUELVA S.A. EN LIQUIDACIÓN, notifica a los posibles acreedores de la compañía en liquidación para que dentro del término de veinte días, contados a partir de la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho, en la calle Veintimilla E9-26 y Leonidas Plaza, Edificio Uziel, 6to. Piso oficina 604, de esta ciudad de Quito. KATTYA MIREYA MONCAYO DONOSO LIQUIDADORA

AR/106243/AT

Si un hom­bre cual­quie­ra, in­clu­so vul­gar, su­pie­ra na­rrar su pro­pia vi­da, es­cri­bi­ría una de las más gran­des no­ve­las que ja­más se ha­ya es­cri­to. G i o ­va n ­n i P a ­p i ­n i proceso el escrito que antecede. Atento lo solicitado por la parte actora y por cuanto ha rendido juramento de la imposibilidad de determinar con la individualidad, domicilio o residencia del demandado JOSE MANUEL GUAQUIPANA CAYAMBE, confiérase el extracto correspondiente a fin de que se cite por la prensa conforme lo dispone el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. Se niega lo manifestado en el escrito de fecha 22 de junio del 2017, 09h07, por cuanto la parte demandada no es parte procesal.- NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Irina Chávez, Juez. Lo que pongo en su conocimiento para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para posteriores notificaciones. AB. LADY ALVARADO LOPEZ SECRETARIA Hay firma y sello PAC108429fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA DRA. NORMA NOEMÍ MEDRANO - JUEZA CITACIÓN JUDICIAL A: CECILIA IVONNE ALARCÓN BRITO ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADO: CECILIA IVONNE ALARCÓN BRITO Y OTRO JUICIO No: 17324-2005-0666 FUNDAMENTO: EJECUTIVO CUANTIA: $3.500, 00 DÓLARES AMERICANOS JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 1 de septiembre del 2005, las 11h17.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, la demanda presentada es clara, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se lo acepta a trámite.- En consecuencia, los ejecutados señores CECILIA IVONNE ALARCON BRITO Y LUIS ORLANDO JACOME PIEDRA, cumplan con su obligación o propongan excepciones en el término de tres días.- Cítese a los demandados en el lugar que se indica.Tómese en cuenta el casillero Judicial señalado.- Agréguense al proceso los documentos presentados.-Notifíquese UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, 4 de julio del 2017, las 15h56.- En virtud del juramento rendido por el Dr. Wladimir Galarza León realizado a nombre BANCO DEL AUSTRO S.A., en su calidad de Procurador judicial, previo a encontrarse agotado las diligencias para determinar el domicilio de la parte demandada, amparada en lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la citación de la demandada CECILIA IVONNE ALARCÓN BRITO, con el contenido del auto de califi-

cación y esta providencia por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, para el efecto confiérase el respectivo extracto. NOTIFÍQUESE F) DRA. NORMA NOEMÍ MEDRANO GAVILANEZ, JUEZA Lo que comunico para los fines legales consiguientes, indicando la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones. AB. PAÚL ROMERO LÓPEZ SECRETARIO Hay firma y sello PAC108416fa EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: JARAMILLO BONIFAZ ANDREA PAULINA y SALAZAR CRIOLLO GABRIELA PATRICIA ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A DEMANDADO: JARAMILLO BONIFAZ ANDREA PAULINA y SALAZAR CRIOLLO GABRIELA PATRICIA JUICIO EJECUTIVO: 173252014-0822 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 1 de octubre del 2014, las 09h55. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez titular de esta judicatura y en virtud del sorteo correspondiente. La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos que exige la Ley. Dese el trámite Ejecutivo. Las demandadas en el término de tres días y bajo prevenciones legales cumplan con la obligación exigida o propongan las excepciones a las que se crean asistidas. Cítese a las demandadas JARAMILLO BONIFAZ ANDREA PAULINA deudora principal, y a SALAZAR CRIOLLO GABRIELA PATRICIA garante, en el lugar que se indica para el efecto, remítase el suficiente despacho a la oficina de citaciones. Agréguense los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece el accionante debidamente justificado con el documento que se acompaña, la autorización conferida a su abogada patrocinadora, correo electrónico y casilla judicial para sus notificaciones. Notifíquese y Cítese. f) Dr. Paul Narváez. Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 8 de junio del 2017, las 10h02. En lo principal. - De conformidad con el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador en concordancia con el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, en aplicación a los principios, de inmediación, celeridad y economía procesal y en mérito del juramento rendido por la parte actora sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de las demandadas, cítese a JARAMILLO BONIFAZ ANDREA PAULINA, y

a SALAZAR CRIOLLO GABRIELA PATRICIA, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación nacional, conforme lo dispone el Art. 56 del COGEP.- para lo cual confiérase el extracto correspondiente. Actúe la Dra. Blanca Sánchez en calidad de secretaria encargada de esta Unidad Judicial Civil.NOTIFIQUESE.- f) MEZA MERA JACKELINE PATRICIA, JUEZA Lo que comunico a usted para los respectivos fines de ley, previniéndoles la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. DRA. BLANCA SANCHEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC108415fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO DE CITACION CITACION JUDICIAL A: RAFAEL LEMUS RAMOS, CLARA MARIA CARMEN CEPEDA CARRERA, ZOILA LEMUS CEPEDA, ANA MARIA LEMUS CEPEDA, HERMINIA PIEDAD LEMUS CEPEDA, CRISTOBAL LEMUS CEPEDA y ALFONSO LEMUS CEPEDA. ACTOR: DR. WLADIMIR GALARZA LEON EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A. D E M A N DA D OS : RA FA E L LEMUS RAMOS, CLARA MARIA CARMEN CEPEDA CARRERA, ZOILA LEMUS CEPEDA, ANA MARIA LEMUS CEPEDA, HERMINIA PIEDAD LEMUS CEPEDA, CRISTOBAL LEMUS CEPEDA y ALFONSO LEMUS CEPEDA. CAUSA NRO: 17306-2013-0450 TRAMITE: EJECUTIVO DOMICILIO JUDICIAL: AB. INGRYD ANASI HERRERA CASILLA JUDICIAL: 2222 CUANTIA: $. 15.000,00 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA OBJETO DE LA DEMANDA: EN SENTENCIA LES CONDENE AL PAGO DE LO SIGUIENTE: 1.- AL PAGO DE CAPITAL CONSTANTE EN EL PAGARE A LA ORDE. 2.- AL PAGO DE INTERES DE PLAZO, DESDE LA SUSCRIPCION HASTA EL VENCIMIENTO, A LA TASA CONSTANTE EN EL TITULO EJECUTIVO Y A LA TASA REAJUSTABLE CONFORME CONSTA DEL PAGARE A LA ORDEN. 3.- AL PAGO DE INTERES DE MORA, VIGENTE PARA EL SISTEMA FINANCIERO CON EL MAXIMO RECARGO PERMITIDO POR LA LEY, HASTA SU TOTAL CANCELACION. 4.- AL PAGO DE LAS COSTAS PROCESALES EN LAS QUE SE INCLUIRAN LOS HONORARIOS P R O F E S I O N A L E S DE LO S ABOGADOS PATROCINADORES. JUEZ PONENTE: D R. WASHINGTON JORGE DUARTE ESTEVEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-. Quito, lunes 14 de marzo del 2016, las 14h57. VISTOS: Amparado en lo que dispone el Art. 130, numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, por haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en providencias de fechas 11 de septiembre de 2014, las 11h01; y, 5 de agosto de 2015, las 14h13, a fin de enderezar la tramitación de la presente causa, se dispone: La demanda que antecede, pro-

LLAMAMIENTO A ACREEDORES

De conformidad con al Art. 393 de la Ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de la Compañía ARQUYCONSA ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN S.A., EN LIQUIDACIÓN, a fin de que en el término de veinte (20) días contados desde la última publicación de este aviso deberán presentar los documentos que acrediten su derecho como acreedores en la siguiente dirección Robles 653 y Amazonas de la ciudad Quito. Transcurrido el término arriba mencionado se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su derecho en dicho término y aquellos que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación. Atentamente, Ruben Procel Liquidador

AR/106241/AT

puesta por el doctor WLADIMIR GALARZA LEÓN, en calidad de Procurador Judicial del BANCO DEL AUSTRO S.A, en contra del señor LEMUS CEPEDA MILTON AMABLE, más por cuanto esté a fallecido, en contra de sus herederos conocidos RAFAEL LEMUS y CARMEN CEPEDA; y, en contra de los presuntos y desconocidos herederos del referido causante, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; consecuentemente, se la admite a trámite por la vía ejecutiva, prevista en la Sección 2da. Parágrafo 2do. Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Cítese a los herederos conocidos del causante, señores RAFAEL LEMUS y CARMEN CEPEDA, en la dirección señalada en el escrito de fecha 13 de octubre de 2015, a fin de que en el término de 3 días, pague la obligación demandada o proponga las excepciones dilatorias o perentorias de las que se crea asistidos, bajo prevenciones de Ley; así como, se pronuncien sobre su condición de herederos del señor LEMUS CEPEDA MILTON AMABLE.Atento a la declaración juramentada que ha efectuado el accionante el 13 de noviembre de 2014, sobre la imposibilidad de dar con la individualidad, domicilio o residencia de los presuntos y desconocidos herederos del señor LEMUS CEPEDA MILTON AMABLE, de conformidad a lo previsto en el Art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, cíteselos mediante tres publicaciones realizadas en días distintos, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad, a fin de que en el término de 3 días, contados vente días después de la última publicación, paguen la obligación demandada o proponga las excepciones dilatorias o perentorias de las que se crea asistidos, bajo prevenciones de Ley; así como, se pronuncien sobre su condición de herederos del causante, para lo cual por Secretaría confiéranse los extractos correspondientes.Regístrese el casillero judicial y correo electrónico señalados por el accionante para recibir sus futuras notificaciones.- Téngase en cuenta la designación y autorización conferida a favor de sus abogados defensores.Actúe el Dr. Francisco Vásquez, en calidad de Secretario de esta Judicatura, según acción de personal número 3942-DP-UPTH de 27 de mayo de 2015, emitida por la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE. Ab. Felipe Patricio

Larrea Dávalos, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-. Quito, miércoles 24 de mayo del 2017, las 14h59. De conformidad a lo manifestado en el artículo 20 del Código Orgánico de la Función Judicial de oficio se DISPONE: 1) Toda vez que se ha reconocido bajo juramento desconocer el domicilio de la parte demandada y por ser procedente al tenor de lo previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos elabórese el extracto correspondiente a fin de proceder con la citación mediante la prensa de la parte demandada.- Actúe como Secretario el Dr. Diego Mancero en calidad de secretario encargado de la Unidad Judicial Civil con acción de personal 4446-DP17-2017-VS.CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.Dr. Washington Jorge Duarte Estevez, Juez Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones.- Certifico. AB. C A R LO S DAV I D QUINCHUELA VILLACIS SECRETARIO Hay firma y sello PAC108414fa EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: GILBERT MARCELO REQUELME PIZARRO AL PUBLICO EN GENERAL, HÁGASE CONOCER LO SIGUIENTE: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A.-DR WLADIMIR GALARZA LEON (PROCURADOR JUDICIAL) D E M A N DA D O : G I L B E RT MARCELO REQUELME PIZARRO Y BEATRIZ GRACIELA PIZARRO MACAS JUICIO No: 17304-2014-0325 CUANTIA: 8.000,00 DOLARES (OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) TRAMITE: EJECUTIVO (PAGARE A LA ORDEN) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No. 2222 JUEZ: DRA. ANA KARINA TORRES RECALDE SECRETARIA: AB. ZOILA ELENA SALAZAR SALAZAR AUTO DE CALIFICACIÓN: JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito,

ASOCIACION “14 DE OCTUBRE” DE PUJILENSES RESIDENTE EN QUITO SEGUNDA CONVOCATORIA La Asociación “ 14, de octubre ”, de Pujilenses residentes en Quito, convoca a los socios residentes en esta ciudad, a la Asamblea General Extraordinaria , para tratar el siguiente Orden del día: 1. 2.

Constatación del Quórum Reforma de los estatutos de la Asociación

Fecha: Viernes 14 de Julio del 2017 HORA: 17:00 horas LUGAR: Calle Fernando Dávalos, Oe 6-171 y Yumbos Quito NOTA : Por ser la Segunda Convocatoria , de no haber el Quórum reglamentario, la Asamblea se instalará una hora después con el número de socios presentes. ATENTAMENTE, Dr. David Ortiz Cajas PRESIDENTE.

PAP/68530/AS


viernes 11 de abril del 2014, las 10h12.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez Cuarto de lo Civil de Pichincha, según acción de personal No. 2922 DNP de 25 de julio del 2012.Actúe la Secretaria encargada.La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, tramítese la misma en la vía ejecutiva.-Los demandados GILBERT MARCELO REQUELME PIZARRO y BEATRIZ GRACIELA PIZARRO MACAS, cumplan con la obligación o propongan excepciones en el término de tres días de citados.- Cítese a los demandados, en el lugar que se indica.-Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Dejándose copias certificadas o compulsas en autos, desglósese los documentos que se solicitan y entréguese.-Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la actora y la autorización concedida al abogado defensor.- NOTIFÍQUESE.-f) DR. ARMANDO ACELDO GUALLIJUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 22 de junio del 2017, las 08h53.- Atento el juramento del actor respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia del demandado, cíteselo con un extracto de la demanda, auto inicial y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiérase el respectivo extracto.- NOTIFIQUESE .- f) DRA. ANA KARINA TORRES RECALDE-JUEZA Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley Lo que comunico al Público en General, para los fines de ley. AB. ZOILA SALAZAR SALAZAR SECRETARIA Hay firma y sello PAC108413fa EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: JOSE ORLANDO TOLEDO, CARMEN ROCIO MACAS VARGAS Y MARIA PAULINA ALMACHI ALOMOTO AL PUBLICO EN GENERAL, HÁGASE CONOCER LO SIGUIENTE:

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A.-DR. WLADIMIR GALARZA LEON PROCURADOR JUDICIAL DEMANDADOS: JOSE ORLANDO TOLEDO, CARMEN ROCIO MACAS VARGAS Y MARIA PAULINA ALMACHI ALOMOTO JUICIO No: 17305-2014-0370 CUANTIA: 7.000,00 DOLARES (SIETE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) TRAMITE: EJECUTIVO (PAGARE A LA ORDEN) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No. 2222 JUEZ: DRA. ANA KARINA TORRES RECALDE SECRETARIA: AB. ZOILA ELENA SALAZAR SALAZAR AUTO DE CALIFICACIÓN: JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 7 de mayo del 2014, las 11h20.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa mediante acción de personal No. 703-DP-DPP de fecha 4 de Febrero del 2014 en calidad de Juez Encargado del Juzgado Quinto de lo Civil de Pichincha. En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley. Declarase procedente el trámite verbal sumario. En consecuencia, con la demanda y providencia recaída en ella, cítese al demandado señor TOLEDO JOSE ORLANDO y la señora MACAS VARGAS CARMEN ROCIO en la calidad de deudores y la señora ALMACHI ALOMOTO MARIA PAULINA en la calidad de garante; en los domicilios señalados para el efecto para lo cual el actor proporcione las copias a fin de elaborar las boletas respectivas. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el actor y la calidad en la que comparece el señor Dr. Ferdinand Galarza León conforme lo acredita el documento acompañado. Previa fotocopia certificada razón y recibo desglósese y entréguese la documentación solicitada. Actúe el señor Dr. Luis Ron Villavicencio, en calidad de Secretario encargado, de conformidad con lo dispuesto por el Concejo Nacional de la Judicatura, mediante oficio No. 226-07-CRH-CNJES. -NOTIFÍQUESE.- f) DR. FRANCISCO JAVIER ONOFA MEDINA-JUEZ (E ) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.-

D.M. Quito, 10 de Julio del 2017

CONVOCATORIA Se convoca de carácter urgente y obligatorio a los Socios Accionistas de la Compañía Transporte De Auto Taxi Ejecutivo Nacional TRANSAUTEN S.A., a la Junta Extraordinaria, a realizarse el día Jueves, 20 de Julio del 2017 a las 10h30 am, en la oficina de la misma ubicada en San Isidro del Inca, Pasaje E16, Casa N50-111 y De Los Nogales primer piso, para tratar el siguiente orden del día: 1. 2. 3.

Constatación del quórum. Aprobación de los Estados Financieros 2013, 2014, 2015 y 2016. Aprobación de los informes de Gerente General y Comisario de los Estados Financieros 2013, 2014, 2015 y 2016.

Se ruega puntual asistencia de los Socios Accionistas a la Junta. NOTA: Accionista que no asista a la Junta será sancionado de acuerdo al Reglamento Interno de la Compañía Atentamente, PATRICIO AMAGUA C.I. 170993360-8 GERENTE GENERAL

PAP/68531/AS

Quito, jueves 15 de junio del 2017, las 10H12.-Atento el juramento del actor respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia de los demandados, cíteselos con un extracto de la demanda, auto inicial y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, que se editan en esta ciudad, por Secretaria confiérase el respectivo extracto.- NOTIFIQUESE.-f) DRA. ANA KARINA TORRES RECALDE-JUEZA Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley Lo que comunico al Público en General, para los fines de ley. AB. ZOILA SALAZAR SALAZAR SECRETARIA Hay firma y sello PAC108412fa REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL CITACIÓN A: PULUPA IBARRA MONICA MARILYN JUICIO: 17230-2016-10148 AC TO R : C O O P E R AT I VA DE AHORRO Y CREDITO “COORPORACION CENTRO LTDA.” DEMANDADO (S): PULUPA IBARRA MONICA MARILYN y VEGA RIVERA FRANKLIN PATRICIO TRAMITE: EJECUTIVO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 21 de junio del 2016, las 10h43. VISTOS.La demanda que por cobro de dinero presenta, la Cooperativa de Ahorro y Crédito “CORPORACIÓN CENTRO” LTDA., por intermedio de su Gerente y representante legal Dr. GALO ALARCÓN COSTTA ; en contra de, MONICA MARILYN PULUPA IBARRA, en calidad de deudor principal; y en contra de FRANKLIN PATRICIO VEGA RIVERA en calidad de garante; reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva establecida en el Título II, Parágrafo 2o, Artículos 419 al 490, del Código de Procedimiento Civil.-Por considerar títulos ejecutivos el documento aparejado a la demanda, emitido, aceptado y garantizado, en esta ciudad de Quito; del cual se observa además que las partes se han sometido a los jueces de este cantón Quito, se dispone citar con el contenido de la misma y con el de esta providencia a los demandados, MONICA MARILYN PULUPA IBARRA, en calidad de deudor principal; y a, FRANKLIN PATRICIO VEGA RIVERA, en calidad de garante, en la dirección proporcionada por la Cooperativa demandante, para que en el término de tres días, cumplan con la obligación reclamada o formulen excepciones en igual término; para cuyo efecto, por secretaria, REMÍTASE, las boletas de citación a la oficina correspondiente; debiendo el citador, tener en cuenta, al momento de citar, lo dispuesto en el Art.77 del Código de Procedimiento Civil; esto es, cerciorarse de que la dirección proporcionada por la cooperativa demandante para citar a los demandados, sea verdadera;

Hemos de proceder de tal manera que no nos sonrojemos ante nosotros mismos. G r ac i á n , B a lta s a r es decir, que se trate de la respectiva habitación o establecimiento de comercio para hacer allí la citación en forma legal.-. Agréguese al proceso los documentos presentados; mismo que se desglosarán observando las solemnidades legales establecidas en el Art.992 del Código de Procedimiento Civil; y, notifíquese a la cooperativa demandante en la casilla judicial No.3485, y en la dirección electrónica señalada.- Encomiéndase a los Ayudantes Judiciales 1 de esta, UNIDAD JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL, CONSTITUCIONAL Y DE INQUILINATO, DEL CANTÓN QUITO, DISTRITO METROPOLITANO; ayudar a observar el derecho al debido proceso de las partes garantizado en el Art.76 de la Constitución de la Republica; en concordancia con las normas del Código Orgánico de la Función Judicial, del Código de Procedimiento Civil y del Reglamento de Arreglo de Procesos y Actuaciones Judiciales.-Los litigantes, ahora pueden gestionar su proceso en línea, ingresando a la siguientes dirección electrónica: www. funcionjudicial-pichincha.gob. ec; Servicios Corporativos; Ingreso de Requerimientos.NOTIFÍQUESE.f).DR. CEVALLOS AMPUDIA EDWIN ERNESTO, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 19 de mayo del 2017, las 15h22. Por cuanto de autos consta, que se ha dado cumplimiento con la providencia de fecha 10 de mayo del 2017, las 16h12, esto es que la parte actora ha rendido declaración bajo juramento de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, respecto de la demandada PULUPA IBARRA MONICA MARILYN, en tal virtud se dispone CITESE POR LA PRENSA, a la prenombrada demandada, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, en tres publicaciones. Para el cumplimiento de esta disposición por Secretaria de esta Unidad Judicial, dejando copia y recibo en autos entréguese el correspondiente extracto. Actúa la Abg. Ana Mariela Arcos Guanoluisa, en calidad de Secretaria. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- f).- DRA. SINDY PAMELA ESCOBAR AREVALO, JUEZA. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial para sus posteriores notificaciones.Certifico. AB. ANA MARIELA ARCOS SECRETARIA Hay firma y sello PAC108410fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: ROBERTO CARLOS TIPANTUÑA TREJO y CARLOS TULCAN

CUNGUAN ACTOR: DR. GALO GUSTAVO ALARCON COSTTA, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “CORPORACIÓN CENTRO LTDA.” DEMANDADOS: ROBERTO CARLOS TIPANTUÑA TREJO y CARLOS TULCAN CUNGUAN. DOMICILIO JUDICIAL: DR. EMERSON GUEVARA CASILLA JUDICIAL 3485 JUICIO: EJECUTIVO CUANTIA: USD. 2500,00 (DOS MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CAUSA: No. 17230-2016-08218 OBJETO: A fin de que en sentencia sean condenados al pago de lo siguiente: 1.- El saldo del capital adeudado; 2.- Los interés pactados en el pagaré y los intereses moratorios que serán liquidados en forma pericial: 3.- La comisión de un sexto por ciento sobre el capital del pagaré; 4.- Las expensas y costas judiciales en las que se incluirán los honorarios profesionales de su Abogado defensor. JUEZ PONENTE: SALAZAR AGUIRRE MARCO PAÚL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA., Quito, lunes 1 de agosto del 2016, las 12h29 VISTOS: ABG. RICARDO AUGUSTO VELASTEGUI ENDARA, avoco conocimiento de la presente causa mediante Acción de personal No. 4314-DP17-2016MG.- En lo principal, la demanda presentada por el Dr. Galo Gustavo Alarcón Costta, en calidad de Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “CORPORACIÓN CENTRO LTDA.”, es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite Ejecutivo.De conformidad con el primer inciso del Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, los demandados TIPANTUÑA TREJO ROBERTO CARLOS y TULCAN CUNGUAN CARLOS, cumplan con la obligación demandada o proponga excepciones en el término de tres días.- Cítese a los demandados en el lugar señalado, para el efecto envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico para sus futuras notificaciones.- Dejando fotocopias certificadas y recibo en autos, desglósese y entréguese los documentos adjuntos a la demanda al Dr. Luis Emerson Guevara Torres, persona autorizada para el efecto.- Actúa el Ab. Paúl Pérez Salazar en calidad de Secretario Encargado, mediante acción de personal Nº 3492-DP17-2016-MP de 16 de mayo del 2016.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. f).- Velastegui Endara Ricardo Augusto, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 20 de febrero de 2017, las 12h53. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal, por cuanto

la parte actora a rendido juramento de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, con un extracto de la demanda auto de calificación y esta providencia cítese a los demandados señores ROBERTO CARLOS TIPANTUÑA TREJO y CARLOS TULCAN CUNGUAN; mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito.Notifíquese. f) Salazar Aguirre Marco Paúl, Juez. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.ABG. LEYTON GUAYASAMIN LAUDIA SOLANGE SECRETARIA Hay firma y sello PAC108409fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: SABANDO LOPEZ WALTER AGUSTIN, en calidad de deudor principal; y, señores CONDOR RAMON ADRIANA ROSARIO y CAIZA UBILLUS WILLIAM EDUARDO Garantes y AL PUBLICO EN GENERAL SE LE HACE CONOCER LO SIGUIENTE ACTOR: Dr GALO GUSTAVO ALARCON COSTTA, PROCURADOR JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “CORPORACION CENTRO LTDA DEMANDADOS SABANDO LOPEZ WALTER AGUSTIN, en calidad de deudor principal; y, señores CONDOR RAMON ADRIANA ROSARIO y CAIZA UBILLUS WILLIAM EDUARDO Garantes JUICIO No: 172302016-10153 CUANTIA: 2.500 DOLARES NORTEAMERICANOS TRAMITE: EJECUTIVO (PAGARE) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: 3485 JUEZ: AB. FELIPE LARREA DAVALOS SECRETARIO: AB. JENNIFFER BASTIDAS OBJETO.- Pago del capital adeudado , los intereses pactados, el sexto por ciento sobre el capital del pagare las expensas y costas judiciales en la que se incluirá honorarios profesionales de mi abogado defensor,. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA .-Quito, jueves 2 de junio de 2016, las 10h18.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en calidad de Juez de Primer Nivel de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, según acción de personal No. 7905-DNTH-2015-KP de 2 de junio de 2015, suscrita por la ingeniera María Cristina Lemarie Acosta, Directora Nacional de Talento Humano, y economista Andrea Bravo Mogro, Directora General del Consejo de la Judicatura, en cumplimiento de lo dispuesto en Resolución No. 142-2015 de 25 de mayo de 2015, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura.- La demanda que antecede, propuesta por el doctor GALO GUSTAVO ALARCÓN COSTTA, en calidad de Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “CORPORACIÓN CENTRO LTDA”, en contra

Revista judicial MARTES 11 de JULIO de 2017 La Hora Quito, ecuador del señor SABANDO LOPEZ WALTER AGUSTIN, en calidad de deudor principal; y, señores CONDOR RAMON ADRIANA ROSARIO y CAIZA UBILLUS WILLIAM EDUARDO, como garantes solidarios, es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, esto es, cumple lo previsto en el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil; por lo que, se la admite a trámite por la vía ejecutiva, prevista en la Sección 2da. Parágrafo 2do. Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Cítese a través de la Oficina de Citaciones a la parte demandada, señor SABANDO LOPEZ WALTER AGUSTIN, en calidad de deudor principal; y, señores CONDOR RAMON ADRIANA ROSARIO y CAIZA UBILLUS WILLIAM EDUARDO, como garantes solidarios, en la dirección señalada en el libelo de demanda, emplazándolos para que en el término de 3 días, paguen la obligación demandada o propongan excepciones en igual término, bajo prevenciones de Ley.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Regístrese el casillero judicial y correo electrónico señalado por el accionante para recibir sus notificaciones.- Téngase en cuenta la designación y autorización extendida a favor de su abogado defensor.- Previo recibo y razón en autos se ordena el desglose de los documentos requeridos, debiendo entregarse a la persona autorizada.- Actúe la abogada BASTIDAS SARMIENTO JENNIFFER ANDREA, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil.CÍTESE y NOTIFÍQUESE.- f) Dr Felipe Larrea, Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA .-Quito, martes 14 de febrero de 2017, las 14h07.Por haberse dado cumplimiento con lo ordenado por esta Judicatura y en virtud del juramento rendido, se dispone: De conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los demandados: SABANDO LOPEZ WALTER AGUSTIN, CONDOR RAMON ADRIANA ROSARIO y CAIZA UBILLUS WILLIAM EDUARDO por la prensa, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el extracto correspondiente.NOTIFÍQUESE.- f) Dr Felipe Larrea, Juez Lo que CITO a usted para los fines legales consiguientes, previniendole de señalar casillero judicial para sus notificaciones.AB JENNIFFER BASTIDAS SECRETARIA Hay firma y sello PAC108408fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: TERESA MARICELA RODAS ROMERO y

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PABLO FERNANDO CHUQUIN PONCE ACTOR: DR. GALO GUSTAVO ALARCON COSTTA EN CALIDAD DE GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “CORPORACIÓN CENTRO LTDA.” D EMA NDA D OS: TERESA MARICELA RODAS ROMERO, PABLO FERNANDO CHUQUIN PONCE Y B A L S EC A CHORLANGO ENMA BEATRIZ. DOMICILIO JUDICIAL LUIS EMERSON GUEVARA TORRES CASILLA JUDICIAL 3485 JUICIO: EJECUTIVO CUANTIA: USD. 7.000,00 (SIETE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) CAUSA: No. 17230-2016-10112 OBJETO: A fin de que en sentencia sean condenados al pago de lo siguiente: 1.- El pago del saldo del capital adeudado 2.- El pago de los intereses pactados en el pagaré y los intereses moratorios que serán liquidados de forma pericial en el momento oportuno. 3.- La comisión de un sexto por ciento sobre el capital del pagaré; 4.- Las expensas y costas en las que se incluirá el pago de los honorarios del abogado patrocinador. JUEZ PONENTE: SALAZAR AGUIRRE MARCO PAÚL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, martes 7 de junio de 2016, las 13h34 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil, mediante Acción de Personal No. 8709-DNTH2015-SBS de fecha 23 de junio del 2015.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley; en consecuencia, tramítese la misma en la vía ejecutiva.- Los demandados: señores RODAS ROMERO TERESA MERISELA, CHUQUIN PONCE PABLO FERNANDO, como deudores principales; y, BALSECA CHORLANGO ENMA BEATRIZ en calidad de garante solidario, cumplan con la obligación o proponga excepciones en el término de tres días de citado.Cítese a los demandados, en el lugar que se indica.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- La parte accionante proporcione suficiente despacho, para remitir las boletas a la oficina de citaciones.- Previo recibos en autos por medio de secretaria, dejando copias certificadas en el proceso, de conformidad al Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el desglose solicitado.- Téngase en cuenta al Dr. Galo Gustavo Alarcón Costta, en la calidad en que comparece a la presente acción. Regístrese y tómese en cuenta el casillero judicial, correo electrónico y la autorización concedida al profesional del derecho señalado por la parte actora.- Actué la Ab. Lady Estefanía Alvarado López en calidad de Secretaria Encargada.- NOTIFIQUESE.- f).Chávez Coello Irina Miroslava, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL

AVISO A ACREEDORES NENKIPARE SERVICIOS & CONSULTORIA CIA. LTDA., EN LIQUIDACIÓN En mi calidad de Liquidadora de la compañía NENKIPARE SERVICIOS & CONSULTORIA CIA. LTDA., notifico, basada en el art. 393 de la Ley de Compañías, a todos aquellos acreedores de mi representada para que presenten en el término de (20) días contados a partir de la última publicación los documentos que acrediten su derecho, presentación de documentos que deberán realizar en la calle Lino María 31-3 y José María Urbina en la parroquia Conocoto, de la ciudad de Quito. Silvia Flor Zúñiga LIQUIDADORA

PAB/17016/AS

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


MARTES 11 de JULIO de 2017 La Hora Quito, ecuador

CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 20 de febrero de 2017, las 16h15. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal, por cuanto la parte actora ha rendido juramento de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, con un extracto de la demanda auto de calificación y esta providencia cítese a los demandados señores TERESA MARICELA RODAS ROMERO y PABLO FERNANDO CHUQUIN PONCE; mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito.- Notifíquese. f).- Salazar Aguirre Marco Paúl, Juez. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.L E Y TO N G U AYA S A M I N CLAUDIA SOLANGE SECRETARIA Hay firma y sello PAC108407fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO, DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE SEÑORA AMPUDIA VALLEJO MARIA JOSEFINA ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE SEÑORA AMPUDIA VALLEJO MARIA JOSEFINA JUICIO: No. 17302-2013-0226 (EJECUTIVO-PAGARÉ A LA ORDEN) CUANTIA: QUINCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (US$15.000,00) BASE LEGAL: ART.486 AL ART.489 Y ART.441 Y SIGUIENTES DEL CÓDIGO DE COMERCIO EN CONCORDANCIA CON EL ART.413, ART.415, ART.419 Y SIGUIENTES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL ABOGADO DEFENSOR: DR. WLADIMIR GALARZA LEÓN CASILLA JUDICIAL: 2222 JUEZ PONENTE: DRA. VIVIANA JEANNETH PILA AVENDAÑO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 21 de marzo del 2013, las 13h36. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura, mediante acción de personal No. 2953-DNP-de 25 de julio de 2012 y posesionada el 1 de agosto de 2012. En lo principal, la demanda presentada en contra de JORGE ENRIQUE CÓRDOVA ENCALADA y MARIA JOSEFINA AMPUDIA VALLEJO, es clara, precisa y reúne los requisitos legales, en consecuencia se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva prevista en la sección 2da parágrafo 2do Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Por lo que los demandados dentro del término de tres días paguen la obligación demandada o dentro del mismo término propongan excepciones. Cítese a los demandados en la dirección y forma indicada en la demanda.Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por el actor debidamente representada por su Procurador Judicial y la autorización otorgada a su abogado patrocinador.- Agréguese al proceso la documentación acompañada. Atento lo solicitado, previas las formalidades del art. 992 del

código de Procedimiento civil, se ordena el desglose de la documentación requerida por el peticionario dejando copias en autos dentro del proceso. Téngase en cuenta la autorización otorgada para la entrega de los mismos. Actúe como Secretario encargado el Dr. Patricio Calderón Toapanta, en virtud de la acción de personal, mediante acción de personal Nº 229 DP-DPP de 16 de enero del 2013.- - CITESE Y NOTIFIQUESE.- f).- Dra. Viviana Pila Avendaño, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 19 de junio del 2017, las 10h25. Agréguese al proceso el escrito que antecede. Con fundamento en lo dispuesto en el Art. 58 y el inciso segundo del Art. 56.2 del Código Orgánico General de Procesos, en mérito al juramento rendido por la actora, cítese a los herederos presuntos y desconocidos de la causante señora AMPUDIA VALLEJO MARIA JOSEFINA, a través de la prensa, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito; para el efecto, confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFIQUESE.- f).- Dra. Pila Avendaño Viviana Jeanneth, Jueza. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.AB. CLAUDIA SOLANGE LEYTON GUAYASAMIN SECRETARIA Hay firma y sello PAC108417fa EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: A LOS SEÑORES SEGUNDO ANGEL RUMIGUANO CANDO, MARIA ROSA GUAQUIPANA G UA R A N DA , S EG U N D O MARCOS CHILENO CUNCHI y MARIA JULIANA CHILENO CHILENO JUEZA PONENTE: AB. CECILIA SIMBAÑA QUISHPE JUICIO: 17307-2014-0833 TRAMITE: EJECUTIVO ACTOR: DR. FERDINAND WLADIMIR GALARZA LEON EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADOS: SEGUNDO ANGEL RUMIGUANO CANDO, MARIA ROSA GUAQUIPANA G UA R A N DA , S EG U N D O MARCOS CHILENO CUNCHI y MARIA JULIANA CHILENO CHILENO CUANTIA: DIEZ MIL DOLARES AMERICANOS (USD. 10.000) FUNDAMENTO DE DERECHO: LO DISPUESTO EN LOS ARTS. 419 Y SIGUEINTES DEL PROCEDIMIENTO CIVIL DEFENSOR ACTOR: AB. LUIS GUILLERMO RODRIGUEZ REYES INICIADO: 29 DE AGOSTO DEL 2014 JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 9 de septiembre del 2014, las 12h19. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez titular de esta Judicatura. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. El título acompañado a la demanda presta mérito ejecutivo, en consecuencia, a los demandados SEGUNDO ANGEL RUMIGUANO CANDO, MARIA ROSA GUAQUIPANA GUARANDA, en calidad de deudores principales, SEGUNDO MARCOS CHILENO CUNCHI y MARIA JULIANA CHILENO CHILENO, en calidad de avales, en el término de tres días de

EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PÍCHINCHA JUEZA PONENTE AB. EDITH CRISTINA CHANGO BAÑOS CITACION JUDICIAL A: JESUS ANGEL LORENZO DUPERET ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A DEMANDADO: JESUS ANGEL LORENZO DUPERET JUICIO No: 17310-2014-0979 TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: PAGO DE VALOR ADEUDADO POR PAGARE CUANTIA: SIETE MIL DÓLARES (USD 7.000) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, viernes 31 de octubre del 2014, las 10h32, VISTOS: En razón del sorteo legal, la competencia de esta causa, se ha radicado en esta Judicatura. Por lo tanto, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil Con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia De Pichincha mediante acción de personal No 4195-DNP- En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo.- En consecuencia, los demandados: LORENZO DUPERET JESUS ANGEL en calidad de deudor principal, MANAY MORALES ISABEL SUSANA en calidad de garantes, bajo prevenciones de Ley, paguen la obligación adeudada o propongan las excepciones de las que se crean asistidos, en el término de tres días de legalmente citados.- CÍTESE a la parte demandada en el lugar indicado para el efecto.- Téngase en cuenta el domicilio judicial, casilleros electrónicos señalados y la calidad en la que comparece el actor.- NOTIFÍQUESE” DRA. LIZBETH MARISOL RON CADENA, JUEZA.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON

señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Ab. Gloria Fajardo Paladines SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC108419fa

La vergüenza viene en ayuda de los hombres o los envilece. Hesíodo

SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.viernes 9 de junio del 2017, las 14h06.- En mérito del juramento rendido por el actor en la calidad en la que comparece como se desprende de la documentación adjunta, sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia del demandado, cítese con el contenido de la demanda, auto inicial y presente providencia al demandado señor JESUS ANGEL LORENZO DUPERET, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.-NOTIFÍQUESE” AB. EDITH CHANGO, JUEZA.Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.Certifico. ABG. ALEJANDRA LAHUATTE SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello PAC108420fa REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACION JUDICIAL A: PINO TINAJERO MAURICCI JOFFRE ACTOR: GALARZA LEÓN FERDI NAND W LADI M I R, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADO: PINO TINAJERO MAURICCI JOFFRE CUANTIA: $ 10.000,oo JUICIO: EJECUTIVO Nº 173132014-0783 OBJETO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 28 de agosto del 2014, las 14h20. VISTOS.- La demanda que por cobro de dinero presenta el Dr. Wladimir Galarza León en calidad de Procurador Judicial del Banco del Austro S.A., en contra de Mauricci Joffre Pino Tinajero, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la admite al trámite correspondiente por la vía ejecutiva establecida en el Titulo II, Sección 2°, Parágrafo 2°, Arts. 419 al 4910 del Código de Procedimiento Civil. Por considerar título ejecutivo el documento aparejado a la demanda, se ordena citar con el contenido de la misma y con el de esta providencia al demandado en la dirección proporcionada por el actor, para cuyo efecto remítase las boletas a la oficina de citaciones, para que en el término de 3 días cumplan con la obligación reclamada o formulen excepciones. Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese a la accionante en la casilla judicial No. 222 y en el correo electrónico. Encargase la tramitación de este proceso a la Dra. Karla Liseth Muela Bravo, Oficial Mayor de esta Judicatura; encomendándole a ayudar a observar el debido proceso dispuesto en el Art.76 de la Constitución de la República, en concordancia con las disposiciones del Código Orgánico de la Función Judicial, el Código de Procedimiento Civil y el Reglamento de Arreglo de Procesos y Actuaciones Judiciales. NOTIFÍQUESE.- f) DR. FERNANDO LANDAZURI SALAZAR, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO

METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 19 de junio del 2017, las 14h54. Agréguese al proceso el escrito precedente.- Atenta la petición formulada por el actor, cítese al demandado MAURICCI JOFFRE PINO TINAJERO en la dirección proporcionada; para cuyo efecto, remítase las boletas a la Oficina de Citaciones. Requiérase al peticionario proporcionar las fotocopias necesarias, a fin de cumplir con la referida diligencia. NOTIFIQUESE.- f) DR. FUENTES LÓPEZ CARLOS FRANCISCO, JUEZ. Lo que comunico para los respectivos fines de Ley, previniéndole la obligación que tiene de

EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACIÓN JUDICIAL A: KLEVER ALCIDES BANO TORO ACTOR: DRA. GEA MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR Procuradora del Banco de Guayaquil S.A DEMANDADO: KLEVER ALCIDES BANO TORO FUNDAMENTO LEGAL: Artículos 413, 415, 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil OBJETO: Cobro de obligaciones vencidas de contrato de mutuo préstamo JUICIO: Ejecutivo, No. 17230-2015-19073 CUANTÍA: $ 10,000.00 diez mil con 00/100. ABOGADOS: DR. MARÍA GABRIELA ENDARA BUENDÍA CASILLERO: No. 3445 PROVIDENCIA: Auto de Calificación y providencia. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 14 de diciembre del 2015, a las 12h45. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial Civil del Distrito Metropolitano de Quito y en virtud del sorteo realizado por la oficina correspondiente. En lo principal, por cumplidos los preceptos legales contenidos en los artículos 419 y 421 del Código de Procedimiento Civil, la demanda es clara, precisa y por reunir los demás requisitos de Ley, se la acepta formalmente a trámite Ejecutivo. Consecuentemente, se ordena que el demandado KLEVER ALCIDES BANO TORO en el término de tres días cumpla con la obligación demandada o proponga las excepciones que considere pertinentes. Para el efecto, con la copia de la demanda y auto recaído en ella, cítese al demandado en el lugar señalado en el libelo de demanda inicial, debiendo para el efecto librarse atento deprecatorio al señor Juez de la Unidad Judicial Civil del cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas. Téngase en cuenta la calidad en que comparece la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar y el casillero judicial para futuras notificaciones. Dejando copias certificadas a costa del peticionario, entréguese la documentación adjunta a la demanda, a la persona autorizada por el actor.- Actúe como Secretaria de esta Unidad Abg. Alejandra Lahuatte, según Acción de Personal No. 3899-DPUPTH de 26 de mayo del 2015, emitido por el Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura.- Notifíquese.-f) DR. LUIS FERNANDO LANDAZURI SALAZAR.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 06 de abril del 2017, las 11h34. Agréguese al proceso escrito que antecede.- Atento a lo solicitado se requiere a cualesquiera de los señores autorizados dentro del prsente escrito, a fin de que concurra a esta judicatura y proceda a retirar el extracto correspondiente dejando constancia de su recibido en autos.-NOTIFÍQUESE.-F) MEZA MERA JACKELINE PATRICIA.- JUEZA Lo que pongo en su conocimiento para los fines consiguientes. Le prevengo de la obligación de señalar domicilio legal dentro del perímetro urbano conforme a la Ley. Atentamente, ABG. EDISON FABRICIO CHICAIZA SECRETARIO Hay Firma y Sello

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA DRA. NORMA NOEMÍ MEDRANO - JUEZA CITACIÓN JUDICIAL A: LUIS ALBERTO CUICHAN CHECA y OLGA PATRICIA TOAPANTA OÑA ACTOR: BANCO DEL AUSTRO S.A. DEMANDADO: LUIS ALBERTO CUICHAN CHECA y OLGA PATRICIA TOAPANTA OÑA JUICIO No: 17324-2007-1041

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO PROCEDIMIENTO COGEP JUEZ PONENTE: DR. EDISSON LOPEZ TAPIA.

CITACION JUDICIAL Se le hace saber a: SEGUNDO JUSTO TIPANTUÑA CHUGCHILAN y MARIA GLADYS CHUGCHILAN VEGA; que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en Juicio Ejecutivo, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: ACTOR: BANCO DE GUAYAQUIL DEMANDADO/S: SEGUNDO JUSTO TIPANTUÑA CHUGCHILAN y MARIA GLADYS CHUGCHILAN VEGA CAUSA NO: 17230-2016-18919. MATERIA: CIVIL. TIPO: EJECUTIVO ACCIÓN: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO CUANTÍA: DIEZ Y OCHO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA PRETENSIÓN: “Es que en sentencia se condene solidariamente a los señores SEGUNDO JUSTO TIPANTUÑA CHUGCHILAN y MARIA GLADYS CHUGCHILAN VEGA, al pago de los siguientes rubros: a) Los dividendos vencidos constantes en las tablas de Amortización No 1 y No 2 que se agregan, así como los dividendos declarados vencidos, constantes así mismo en las tablas de Amortización No 1 y No 2 que también se agregan por un monto total de USD $ 16.568,40 conforme consta en la liquidación cortada al 15 de noviembre del 2016. b) Los intereses de mora generados desde la fecha de vencimiento de la obligación, hasta el pago total de la misma, los mismos que serán liquidados por el perito de la materia en tiempo oportuno. c) Las costas procesales de conformidad a los Artículos 284, 285 y 286 del COGEP, en caso de que se generen, en las que se incluirán los honorarios profesionales de las abogadas patrocinadoras del banco. d) Ofrezco reconocer abonos parciales que se justifiquen legalmente” AUTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 13 de junio del 2017, las 14h23.-“ VISTOS: Agréguese al proceso el escrito precedente.Rendido que ha sido la declaración bajo juramento de desconocimiento de domicilio individualidad o residencia de los demandados; por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada SEGUNDO JUSTO TIPANTUÑA CHUGCHILAN y MARIA GLADYS CHUGCHILAN VEGA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo. NOTFIQUESE.”.- f) Dr. EDISSON LOPEZ TAPIA JUEZ. Lo que se C I T A para los fines de ley, previéndole a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. Dr. Iván R. Sandoval Campaña. SECRETARIO Hay Firma y Sello

FUNDAMENTO: EJECUTIVO CUANTIA: $10.500, 00 DÓLARES AMERICANOS JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 30 de octubre del 2007, las 17h33.- VISTOS: En virtud de la nota sentada por la Oficina de Sorteos, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal, la demanda que antecede se la califica de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos de ley; por lo tanto, se la acepta a trámite en la vía del juicio ejecutivo.- En consecuencia, con copias de la demanda y auto recaído, cítese a los demandados Luis Alberto Cuichán Checa y Olga Patricia Toapanta Oña en el domicilio señalado en el libelo de demanda para que en el término de tres días paguen la obligación demandada o propongan excepciones bajo

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (COGEP) AVISO JUDICIAL A: LEMA PILLAJO MARCO VINICIO EXTRACTO Juicio Civil Nº 17230-2017-01816 Actor: BANCO DE GUAYAQUIL S.A., AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY (REPRESENTANTE) Demandado: ANGO SIMBAÑA CESAR AUGUSTO Y OTROS Tipo/Acción: Ejecutivo-Contrato de mutuo o préstamo Cuantía: $15.500 Inicio: 02 De Febrero del 2017 Defensor: Ab. Anahí Zambrano Asanza Casillero: 3445 Juez: Ab. Vaca Duque Alejandra Secretaria: Ab. Mena Tasintuña Verónica AUTO:

CITACIÓN JUDICIAL A ROMERO MEJIA GUIDO GUILLERMO, CON LA DEMANDA QUE EN JUICIO EJECUTIVO SIGUE EN SU CONTRA EL DR. JUAN CARLOS CEPEDA CASSOLA, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 27 de junio del 2017, las 13h29. Atento el juramento expresado por la parte actora doctor Juan Carlos Cepeda Cassola, en su calidad de Procurador Judicial del Banco Pichincha, y de conformidad con lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a ROMERO MEJIA GUIDO GUILLERMO, por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación de esta localidad; para el efecto, confiérase el extracto correspondiente. Notifíquese. f). DR. WILMER ISMAEL ZAMBRANO ORTIZ, JUEZ.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 06 de marzo del 2017, las 13h38.- VISTOS: En mi calidad de Jueza de Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, avoco conocimiento de la presente causa en virtud al sorteo realizado.- En lo principal, se dispone: PRIMERO: La demanda presentada por la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcázar, en calidad de Procuradora Judicial del BANCO DE GUAYAQUIL S.A., conforme justifica con la Procuración Judicial adjunta, es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en un Contrato de Mutuo y que obra de autos (fs. 1), documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- SEGUNDO: CÍTESE con el contenido de la demanda, y el presente auto a los demandados señores: en calidad de deudores a ANGO SIMBAÑA CESAR AUGUSTO y LEMA PILLAJO NELLY PATRICIA; y, en calidad de fiador solidario a LEMA PILLAJO MARCO VINICIO, en el lugar señalado en la demanda; para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina de citaciones, observando lo dispuesto en los artículos 54 y 55 del COGEP.; TERCERO: En consecuencia, los demandados en calidad de deudores ANGO SIMBAÑA CESAR AUGUSTO y LEMA PILLAJO NELLY PATRICIA; y, en calidad de fiador solidario a LEMA PILLAJO MARCO VINICIO, en el término de QUINCE (15) días una vez citados legalmente, contesten la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP o propongan alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme a lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado; CUARTO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por la parte actora constante en la demanda que antecede; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico , señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensor técnico. Dejando copias certificadas en autos, desglósese la procuración judicial y entréguese a la señora Jessica Delgado, conforme se solicita. Actúe el Ab. Jaime Cadena Vásquez en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial conforme Acción de personal No.0405-DP17-2017-MP 16/01/2017.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.-f) Ab. Patiño Calero Susana Jeaneth, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 19 de junio del 2017, las 09h49.- Por cumplido el auto de 13 de junio del 2017 esta autoridad dispone que por medio de la Secretaria de esta Unidad Judicial Civil, se conceda el extracto necesario a fin de que de proceda con la citación por la prensa a la parte demandada, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) Ab. Vaca Duque Alejandra, Jueza.

Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones.

Lo que comunico a usted para los fines legales, advirtiéndole de la obligación que tiene en señalar domicilio judicial dentro de esta causa, para recibir futuras notificaciones en este proceso.- Certifico.

Abg. Natalia Viteri Villamarín SECRETARIA Hay Firma y Sello

AB. VERONICA PAOLA MENA TASINTUÑA SECRETARIA Hay Firma y Sello

EXTRACTO: Actor: DR. JUAN CARLOS CEPEDA CASSOLA, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A. Demandados: ROMERO MEJIA GUIDO GUILLERMO Cuantía: USD. 12.000,00 Juicio Ejecutivo No. 17230-2016-04491 Objeto de la Demanda: Se le condene al pago de los dividendos vencidos constantes del pagaré a la orden; los intereses de mora y de plazo calculados a la tasa vigente constante en el pagaré a la orden adjunto, la comisión de un sexto por ciento del capital, según lo dispone el numeral cuarto del Art. 456 del Código de Comercio; las costas procesales en las que se incluirán los honorarios de los procuradores judiciales del Banco, que los reclamamos expresamente y que usted se dignará regular. PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 14 de abril del 2016, las 10h23. VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- En lo principal, la demanda que antecede propuesta por los señores Juan Carlos Cepeda Cassola y María Gabriela Endara Buendía, en la calidad en la que comparecen como se desprende del documento adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley, por lo que declarándola procedente se la acepta a trámite ejecutivo.- En consecuencia, el demandado señor GUIDO GUILLERMO ROMERO MEJIA, de conformidad con el inciso primero del artículo 421 del Código de Procedimiento Civil, cumpla con la obligación requerida y pague al actor la cantidad adeudada o proponga excepciones en el término de tres días de citado.- Cítese con el contenido de la demanda y presente providencia al demandado en la dirección señalada. Tómese en cuenta la cuantía. Incorpórese al proceso la documentación adjunta.- Téngase en cuenta el casillero judicial, así como su casillero electrónico designado por los comparecientes para sus posteriores notificaciones.Actúe la Ab. Ligia Guerrero Medina, en calidad de Secretaria.- Cítese y Notifíquese. DR. OSCAR CALERO, JUEZ.

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ser citados legalmente, paguen la obligación requerida o propongan excepciones. Cítese a los demandados, en el lugar que se indica en la demanda. Previa citación a los demandados, se ordena que dejándose copias certificadas y recibos en autos, se proceda al desglose de la documentación presentada y solicitada, quedando la parte actora en la obligación de presentar la documentación desglosada en el momento que la Judicatura lo requiera. Téngase en cuenta la autorización conferida a la Ab. Virginia Molina Pazmiño, para retirar dichos documentos.- Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico señalado por el compareciente. Actúa el Abg. Paul Efraín Pérez en calidad de Secretario Encargado mediante de personal No. 5317-DP-UPTH, de 01 de Agosto del 2014.Notifíquese.- f) Dr. Eduardo González Solorzano. Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 16de junio del 2017, las 11h20. En mérito del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a los demandados SEGUNDO ANGEL RUMIGUANO CANDO, MARIA ROSA GUAQUIPANA GUARANDA, SEGUNDO MARCOS CHILENO CUNCHI y MARIA JULIANA CHILENO CHILENO, por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito.- Notifíquese.- F) Ab. Cecilia Simbaña Quishpe. Jueza. Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. GUILLERMO GUAPI OBANDO SECRETARIO Hay firma y sello PAC108411fa

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Revista judicial

JUDICIAL QUITO

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CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

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JUEZ PONENTE: AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ CITACIÓN JUDICIAL A: VICTOR MANUEL JAURA SIVISIPA Y ALEXANDRA MARIBEL LOARTE SACA. DEMANDADOS: VICTOR MANUEL JAURA SIVISIPA Y ALEXANDRA MARIBEL LOARTE SACA. ACTOR: BANCO DE GUAYAQUIL S.A. (GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, PROCURADORA JUDICIAL). JUICIO No. 17230-2016-15956. TRAMITE: EJECUTIVO CONTRATO DE MUTUO PRESTAMO. CUANTÍA: DIECIOCHO MIL DOLARES CON 00/100 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. DEFENSOR TECNICO: DRA. ANAHI ZAMBRANO A. OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE CONDENE AL PAGO DEL CAPITAL CONSTANTE EN EL CONTRATO, PAGO DE INTERESES CONVENCIONALES, MORA, COSTAS PROCESALES, HONORARIOS PROFESIONALES DEL DEFENSOR. UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, viernes 07 de octubre del 2016, las 16h15. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta unidad Judicial Civil y en virtud del sorteo realizado, en legal y debida forma.- En lo principal, se considera: La demanda presentada por la Dra. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, en su calidad de Procuradora del BANCO DE GUAYAQUIL S.A. por encargo del Sr. Economista Angelo Caputi Oyague, en su calidad de Presidente Ejecutivo y por lo tanto representante legal de dicha institucion bancaria., conforme lo acredita con la Procuracion Judicial celebrada el dia ocho de marzo de dos mil dieciseis en la Notaria Trigesima del Canton Quito, documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el contrato de mutuo, establecido a fojas 1, documento que al tenor de lo previsto en el número 3 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- Cítese a la parte demandada en la presente causa, señor VICTOR MANUEL JAURA SIVISAPA y ALEXANDRA MARIBEL LOARTE SACA, en calidad de deudores, en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará copias de la demanda, copia de los documentos agregados y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en el inciso final del artículo 351, 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial No. 3445 y correos electrónicos gabrielaendarabuendia@hotmail. com anahizambranoa@yahoo.com a efecto de sus futuras notificaciones.- Actúe el Abg. Diego Acuña Naranjo en calidad de secretario designado por el Consejo de la Judicatura.-CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 12 de abril del 2017, las 16h03.VISTOS: En virtud del juramento rendido por la accionante de la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los demandados y que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicarlos y que incluso se ha acudido a los registros de público acceso, CÍTESE a los señores VÍCTOR MANUEL JAURA SIVISAPA Y ALEXANDRA

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EXTRACTO CITACIÓN: - CHACASAGUAY LLERENA ELSA LIVINA JUICIO: ESPECIAL EMBARGO Y REMATE DE PRENDA NUMERO: 17306-2014-0700 A C TO R : BANCO DE GUAYAQUIL S.A. AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY (REPRESENTANTE). DEMANDADO: CHACASAGUAY LLERENA ELSA LIVINA FECHA DE INICIO: 23/07/2014 CUANTIA: $ 9.500,00 (NUEVE MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA) OBJETO: EL PAGO DEL CAPITAL DEL EMBARGO Y REMATE DEL AUTOMOTOR DETERMINADO EN EL CONTRATO, PAGO DE COMISION, COSTAS PROCESALES Y HONORARIOS. DOMICILIO: CAS I L L E RO JUDICIAL N° 1784 DR. ALVARO PAEZ BENALCAZAR. “JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 22 de septiembre del 2014, las 10h17. VISTOS.- La demanda de Embargo y remate presentada en contra de CHACASAGUAY LLERENA ELSA LIVINA, es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se acepta el trámite respectivo, en merito al contrato de compraventa con reserva de dominio acompañado se ordena el EMBARGO del automotor marca CHERY, tipo chasis y más características constantes en el respectivo contrato adjunto. Diligencia para la cual se contará con uno Depositario Judicial del Cantón, cuya designación se realizara previo el respectivo sorteo, quien procederá al embargo del mismo en legal y debida forma, de ser necesario se contara con

MARIBEL LOARTE SACA con un extracto de la demanda, auto inicial y éste auto, mediante tres publicaciones en la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, de acuerdo a lo determinado en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual por secretaría confiérase el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.-F). AB. CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ.- JUEZ Lo que le comunico a usted y le cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.AB. DIEGO ACUÑA NARANJO SECRETARIO Hay Firma y Sello

PAB/17022/AS(2)

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVILCOGEP CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL

prevenciones de dictar sentencia de no hacerlo.- Tómese nota de la cuantía y domicilio judicial señalados por el doctor Gonzalo Benalcázar Pavón en su calidad de Procurador Judicial del Banco del Austro S.A. tal como lo acreddita con el Poder que antecede.- Agréguese al proceso la documentación acompañada.Cítese y notifíquese. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, 4 de julio del 2017, las 15h54.- El escrito que antecede agréguese a los autos.- En virtud del juramento rendido por el Ab. En virtud del juramento rendido por el Dr. Wladimir Galarza León realizado a nombre BANCO DEL AUSTRO S.A., en su calidad de Procurador judicial, previo a encontrarse agotado las diligencias para determinar el domicilio de la parte demandada, amparada en lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone la citación de los demandados LUIS ALBERTO CUICHAN CHECA y OLGA PATRICIA TOAPANTA OÑA, con el contenido del auto de calificación y esta providencia por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, para el efecto confiérase el respectivo extracto. NOTIFÍQUESE F) DRA. NORMA NOEMÍ MEDRANO GAVILANEZ, JUEZA Lo que comunico para los fines legales consiguientes, indicando la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones. AB. PAÚL ROMERO LÓPEZ SECRETARIO Hay firma y sello PAC108418fa

el auxilio de la Policía, se habilita el tiempo deficiente. Hecho. Se citará a la demandada en el lugar indicado por el accionante. Previa las formalidades de Ley se ordena el desglose de la documentación solicitada. Agréguese la documentación acompañada. Actúe el Oficial Mayor en calidad de Secretario encargado según Acción de Personal No. 5253-DP-UPTH de fecha 28 de julio del 2014, suscrita por el Dr. Hernán Calisto M. Director Provincial de Pichincha.NOTIFIQUESE.- f). DR. JORGE ALEJANDRO MIRANDA.- JUEZ” “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 4 de julio del 2017, 09h59. Por haberse dado cumplimiento con lo ordenado por esta Judicatura y en virtud del juramento rendido, se dispone: De conformidad con el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la demandada: CHACASAGUAY LLERENA ELSA LIVINA, por la prensa, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.- f). LARREA DÁVALOS FELIPE PATRICIO.- JUEZ” Lo que pongo en conocimiento para los fines de ley. ABG. BASTIDAS SARMIENTO JENNIFFER ANDREA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Hay firma y sello PAC108421fa EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA . CITACIÓN JUDICIAL A: COMPAÑÍA INDUSTRIAL AGRÍCOLA GANADERA YAG S.A., EN LA PERSONA DE SU GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL SEÑOR JACINTO HOMERO ANDRADE ANDRADE; Y, AL SEÑOR JACINTO HOMERO ANDRADE ANDRADE, POR SUS PROPIOS DERECHOS EN CALIDAD DE GARANTE SOLIDARIO. ACTOR: DRA. GEAN AGUIRRE BENALCAZAR, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A DEMANDADO: COMPAÑÍA I N D U ST R I A L AG R Í CO L A GANADERA YAG S.A., EN LA PERSONA DE SU GERENTE GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL SEÑOR JACINTO HOMERO ANDRADE ANDRADE; Y, SEÑOR JACINTO HOMERO ANDRADE ANDRADE, POR SUS PROPIOS DERECHOS EN CALIDAD DE GARANTE SOLIDARIO. FUNDAMENTO LEGAL: ARTS. 413 Y 415 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. OBJETO: SE ORDENA EL PAGO DE CAPITAL, INTERESES Y GASTOS PROCESALES. JUICIO: EJECUTIVO NO. 172302014-1483 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 15 de diciembre del 2014, las 12h20.- Vistos.Avoco conocimiento en la presente causa, en mi calidad de Jueza Vigésimo Primero de lo Civil de Pichincha, Juzgado que pasó a integrar la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DEQUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, según Acción de Personal No. 8111-DP-UPTH de 13 de Octubre del 2014. La demanda que por cobro de dinero presenta AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A, en contra de ANDRADE ANDRADE JACINTO HOMERO en calidad de REPRESENTADA LEGAL DE LA COMPAÑIA INDUSTRIAL GANADERA YAG S.A, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la admite al trámite correspondiente por la vía ejecutiva, establecida en el Titulo II, Sección 2°, Parágrafo

Si los po­bres em­pie­zan a ra­zo­nar to­do es­tá per­di­do. V o l ­t a i ­r e

2°, Art 419 al 490 del Código de Procedimiento Civil. Por considerar título ejecutivo el documento aparejado a la demanda, cítese con el contenido de la misma y con el de esta providencia al demandado ANDRADE ANDRADE JACINTO HOMERO en calidad de REPRESENTADA LEGAL DE LA COMPAÑIA INDUSTRIAL GANADERA YAG S.A; para que en el término de 3 días cumpla con la obligación reclamada o formule excepciones, remítase las boletas a la Oficina de Citaciones. Por Secretaría procédase al desglose solicitado una vez que el demandado sea citada en legal y debida forma, notifíquese al accionante en la casilla judicial No. 1784 y en el correo electrónico señalado. Encargase la tramitación de este proceso a Paul Romero, Ayudante Judicial de esta Judicatura; encomendándole ayudar a observar el debido proceso dispuesto en el Art.76 de la Constitución de la República; en concordancia con las disposiciones del Código Orgánico de la Función Judicial, el Código de Procedimiento Civil y el Reglamento de Arreglo de Procesos y Actuaciones Judiciales. Actúe en la presente causa la Ab. Glenda Bayas Real, Secretaria Subrogante según acción de personal No. 8495-DP-UPTH, para el período comprendido del 20 de Noviembre al 19 de Diciembre del 2014. NOTIFIQUESE.f). DRA. CELMA CECILIA ESPINOSA VENEGAS, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, lunes 3 de julio del 2017, las 16h06. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Subrogante, mediante acción de personal No. 4896-DP17-2017-MP, en reemplazo de la Dra. Luz Elisa Del Salto Dávila. Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora. En atención al mismo, una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, atento al juramento rendido por la parte actora, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone CITAR a la demandada compañía INDUSTRIAL AGRÍCOLA GANADERA YAG S.A., en la persona de su Gerente General y Representante Legal señor Jacinto Homero Andrade Andrade; y, al señor Jacinto Homero Andrade Andrade, por sus propios derechos en calidad de garante solidario, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito, para lo cual, por Secretaría de esta Unidad Judicial Civil, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, dejando constancia en autos, emita el correspondiente extracto; ejecutoriada esta providencia, la parte actora concurra a esta Judicatura a fin de retirar el mismo. NOTIFÍQUESE.- f). DRA. CHANGO BAÑOS EDITH CRISTINA, JUEZA. Particular que le hago conocer a Usted CÍTANDOLE y previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.AB. GLENDA BAYAS REAL SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL. Hay firma y sello PAC108399fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE LA DEMANDA Y PROVIDENCIAS RECAÍDAS CITACION JUDICIAL A: Lourdes Patricia Salazar Borja

ACTOR: Dra. María Eugenia Donoso Proaño, Procuradora Judicial del banco de la Producción S. A., PRODUBANCO. JUICIO: No. 17230-215-05941 TRAMITE: Verbal Sumario OBJETO: Cobro de valores por consumo de tarjeta de crédito. Cuantía: $. 15.690,77 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 13 de mayo del 2015, las 15h55.- VISTOS: Avoco conocimiento de la causa en calidad de jueza titular y en virtud del sorteo precedente. La demanda es clara y reúne los requisitos de Ley. Por consiguiente, de acuerdo a lo previsto en el Art. 829 del Código de Procedimiento Civil y al ser procedente el trámite verbal sumario, con el libelo inicial y esta providencia, cítese a SALAZAR BORJA LOURDES PATRICIA en la dirección indicada para el efecto y mediante comisión dirigida al señor Teniente Político de la Parroquia Cumbayá. Tómese en cuenta el domicilio judicial señalado por la actora y agréguese la documentación adjunta. Por Secretaría, desglósese los documentos solicitados, previo copias y recibo en autos, y entréguese a la peticionaria. Actúe la Ab. Glenda Bayas Real en calidad de Secretaria encargada de este despacho. Notifíquese.- F) Dra. Celma Cecilia Espinoza Venegas, Jueza. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 24 de noviembre del 2016, las 10h43. Avoca conocimiento la Dra. Patricia Viteri Moya, en calidad de Jueza subrogante del Dr. Jackson Ovalle Samaniego, Juez ponente, de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, en virtud de la acción de personal 9843-DP17-2016-VS, entre el 17 de noviembre del 2016 y 1ro de diciembre de 2016. 1) Agréguese a los autos el escrito presentado por María Eugenia Donoso Proaño, con fecha 29 de septiembre del 2016, a las 11h05, en atención al mismo, en lo principal se dispone: a) En virtud del juramento rendido por sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de la demandada, se dispone de conformidad al artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, CITAR a la demandada SALAZAR BORJA LOURDES PATRICIA, mediante 3 publicaciones por la prensa, esto es, en uno de los diarios de mayor circulación y que se editan en esta ciudad de Quito; para el efecto, confiérase el extracto respectivo. (…) Actúe en la presente causa la Dra. Ángela Santillán Abarca, en su calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- F) Ab. Ana Patricia Viteri Moya, Jueza (S). Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones.- Quito, 05 de Julio del 2017.- CERTIFICO. DRA. ÁNGELA SUSANA SANTILLÁN ABARCA SECRETARIA Hay firma y sello PAC108398fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO DE CITACION CITACION JUDICIAL A: CARLOS RUBEN TENORIO LASCANO ACTOR: MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO DEMANDADO: CARLOS RUBEN TENORIO LASCANO CAUSA NRO: 17230-201506095 TRAMITE: VERBAL SUMARIO DOMICILIO JUDICIAL: DR. ALVARO PAEZ BENALCAZAR CASILLA JUDICIAL: 1784 C UA N T I A : T R ES MIL

SETECIENTOS SESENTA Y OCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 37/100 ( USD. 3.768,37 ) OBJETO DE LA DEMANDA: EN SENTENCIA LES CONDENE AL PAGO DE LO SIGUIENTE: 1.- AL PAGO DEL CAPITAL ADEUDADO POR CONSUMO DE LA TARJETA DE CREDITO, MAS LOS INTERESES LEGALES Y DE MORA, A LA MAXIMA TASA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, DESDE QUE LA PARTE DEUDORA CAYO EN MORA, HASTA SU TOTAL CANCELACION. 2.- AL PAGO DE LAS COSTAS PROCESALES. 3.- AL PAGO DE TASAS POR SERVICIOS JUDICIALES Y HONORARIOS DEL ABOGADO DEFENSOR JUEZ PONENTE: D R. WASHINGTON JORGE DUARTE ESTEVEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-. Quito, miércoles 29 de abril del 2015, las 09h15. VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa, en vista de sorteos realizado.- En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se acepta a tramite Verbal Sumario. En consecuencia, con la demanda presentada y providencia que antecede, córrase traslado al demandado CARLOS RUBEN TENORIO LASCANO. Cítese al demandado en el lugar que se indica. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y agréguense los documentos acompañados.-NOTIFIQUESE.f) Dr. Edwin Armando Aceldo Gualli, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-. Quito, miércoles 28 de junio del 2017, las 08h59. En lo principal del juramento realizado por el accionante constante a fs. 42 Y a la documentación aparejada al proceso, de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte DEMANDADA TENORIO LASCANO CARLOS RUBEN con el extracto de la demanda y las providencias de calificación de la misma, por medio de publicaciones que se realizaran en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de lugar, confiérase el extracto correspondiente. Notifíquese.f) Dr. Washington Jorge Duarte Estévez, Juez. Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones.- Certifico. AB. C A R LO S DAV I D QUINCHUELA VILLACIS SECRETARIO Hay firma y sello PAC108397fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. C.O.G.E.P. CITACION JUDICIAL CAUSA CONCURSAL NO. 172302016-19476 EXTRACTO DE LA DEMANDA PRETENSION CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE: (…) “ Amparado en lo dispuesto en el artículo 422 del Código Orgánico General de Procesos, solicito dicte auto de apertura de concurso necesario, disponiendo en consecuencia: 7.1 Citar a la parte deudora y convocarlo a junta de acreedores; 7.2 Requerir a la parte deudora la presentación de los documentos previstos para la solitud de concurso preventivo (art. 419 COGEP), 7.3 Declarar la interdicción de la parte deudora, 7.4 Observará las normas previstas para el auto inicial en el concurso voluntario, excepto la prevención a los acreedores “. (…) MATERIA: CIVIL TIPO PROCESO: CONCURSAL ACCION: CONCURSO DE ACREEDORES ACTOR: DIAZ ENRIQUEZ PABLO RENE D E M A N D A D O S : BEKEMBAHUER SANDOVAL

Revista judicial MARTES 11 de JULIO de 2017 La Hora Quito, ecuador VALENCIA CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ PONENTE : DR. Luis Fernando Landázuri Salazar Secretaria: Ab. Mirian Vizcarra Chávez AUTO DE CALIFICACION UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 5 de enero del 2107, las 12h05.- VISTOS.- Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez Encargado de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha. Agréguese al proceso el escrito que antecede. PRIMERO: La demanda que antecede es clara, precisa y que reúne los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 414, 416, 422 y 424 ibídem, se la admite a trámite mediante procedimiento de CONCURSO NECESARIO. SEGUNDO: De las copias certificadas aparejadas a la demanda, que certifican que el señor BEKEMBAHUER SANDOVAL VALENCIA, no han dado cumplimiento a los mandamientos de pago dispuestos en las referidas causas; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibídem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA y SE DECLARA LA INTERDICCIÓN de BEKEMBAHUER SANDOVAL VALENCIA , con cedula de ciudadanía 1712273349, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: 1.- Cítese al demandad señor BEKEMBAHUER SANDOVAL VALENCIA, en el domicilio señalado, a fin de que en el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS presente su oposición al presente concurso necesario, pagando la deuda conforme a lo dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos; para tal propósito, remítase suficiente despacho a la Oficina encargada de realizar dicha diligencia; 2.- Verificada que sea la citación a la parte demandada, se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 3.- Se le requiere al deudor, conforme lo determinado en el número 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 4.- Se designa como Síndico a Doris Paulina Calero Muñoz (0995157646/doris.calero@ hotmail.com) a quien se le notificará en legal y debida forma, y será la depositaria de los bienes del fallido; 5.- La anotación de insolvencia en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 6.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte BEKEMBAHUER SANDOVAL VALENCIA; 7.Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, en el Registro de la Propiedad de este cantón; 8.- Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 9.- Se prohíbe que BEKEMBAHUER SANDOVAL VALENCIA, con cedula de ciudadanía 1712273349, se ausente

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del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio. TERCERO: Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta la comparecencia de la parte actora, casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. - Actúe la Dra. Miriam Vizcarra, en calidad de Secretaria.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) DR. LUIS FERNANDO LANDAZURI SALAZAR, JUEZ AUTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLINATO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, jueves 15 de junio del 2107, las 08h24.- Agréguese al proceso el escrito precedente.Atenta la petición formulada por la parte actora, se dispone que por intermedio de Coordinación de esta Unidad Judicial, en acatamiento al Art. 118 y la Disposición Final Segunda del Código Orgánico General de Procesos, confiérase las copias certificadas solicitadas. Se la requiere a la parte interesada prestar las facilidades del caso esto es sacar las copias para ser certificadas. Rendido que ha sido la declaración bajo juramento de desconocimiento de domicilio; por corresponder al estado procesal, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la parte demandada BEKEMBAHUER SANDOVAL VALENCIA, pese a las exhaustivas averiguaciones y gestiones que se ha realizado valiéndonos de todos los medios a nuestro alcance en tal virtud cítese por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo; el cual en atención al pedido será enviado al casillero judicial señalado por la parte actora. NOTFIQUESE.- F) DR. LUIS FERNANDO LANDAZURI SALAZAR, JUEZ.- CERTIFICO.Lo que NOTIFICO a usted para los fines de Ley, para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un abogado como dispone la Ley.AB. MIRIAM VIZCARRA CHAVEZ SECRETARIA Hay firma y sello PAC108384fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO DE CITACION CITACION JUDICIAL A: COMPAÑÍA CECEIN S.A., REPRESENTADA POR EL SEÑOR ARTURO ANGEL MEDINA ACTOR: AB. PABLO DIAZ ENRIQUEZ EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO AMAZONAZ S.A DEMANDADO: COMPAÑÍA CECEIN S.A., REPRESENTADA POR EL SEÑOR ARTURO ANGEL MEDINA CAUSA NRO: 17230-201609657 TRAMITE: E S P E C I A LINSOLVENCIA DOMICILIO JUDICIAL: DR. LENIN DIAZ MORENO CASILLA JUDICIAL: 5288 CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO DE LA DEMANDA: EN SENTENCIA SE DECLARA CON LUGAR AL CONCURSO DE ACREEDORE EN CONTRA DEL DEMANDADO JUEZ PONENTE: DRA. ILIANA PATRICIA CABRERA SOLORZANO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-. Quito, martes 13 de septiembre

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MARTES 11 de JULIO de 2017 La Hora Quito, ecuador

del 2016, las 11h36. Agréguese al proceso los anexos y los escritos que anteceden. En lo principal: con la aclaración realizada por la parte actora, en el sentido de que la demanda es en contra de la Compañía CECEIN S.A., representada por el señor ARTURO ANGEL MEDINA, se dispone que el señor PABLO DIAZ ENRIQUEZ en calidad de Procurador Judicial del Banco Amazonas S.A., comparezca a esta Judicatura dentro del término de ocho días en horas hábiles con el fin de que declare bajo juramento el desconocimiento del domicilio del señor ARTURO ANGEL MEDINA en calidad de representante legal de la Compañía CECEIN S.A. Notifíquese.- f) Dr. Richard Wilmer Chinde Chamorro, Juez . UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-. Quito, jueves 29 de septiembre del 2016, las 08h17. Agregase al proceso los escritos que anteceden. En lo principal: 1.- De la revisión de los anexos presentados por la parte actora y de lo señalado en los escritos que se proveer, se evidencia que la parte actora por un error ha ingresado documentos que no corresponden a la presente causa, por lo que previo a proveer lo que en derecho corresponde se solicita que el accionante realice su pretensión conforme a derecho. 2.- Por cuanto la parte actora el Abg. PABLO RENE DIAZ ENRIQUEZ, en calidad de procurador judicial del Banco Amazonas S.A ha dado cumplimiento lo ordenado en providencia de fecha 13 de septiembre del 2016, a las 11h36, y en virtud del juramento rendido por el actor cítese al demandado señor ARTURO ANGEL MEDINA de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- Notifíquese. f) Dr. Richard Wilmer Chinde Chamorro, Juez . Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones.- Certifico. DR. LUIS PATRICIO CALDERON TOAPANTA SECRETARIO Hay firma y sello PAC108386fa REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: MARIA PAULINA MORA HERRERA ACTOR: BANCO AMAZONAS S.A ( PABLO RENE DÍAZ ENRÍQUEZ PROCURADOR JUDICIAL ) DEMANDADA: MARIA PAULINA MORA HERRERA JUICIO: CONCURSAL No. 17230-2017-8050 T RA M I T E : CO N C U R SA L CONCURSO DE ACREEDORESFECHA DE INICIO: 08/06/2017 CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ PONENTE: DRA. LIZBETH MARISOL RON CADENA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles de junio del 2017, las 15h23.- VISTOS: Cumplido que ha sido el requerimiento formulado en auto de sustanciación que antecede; y al constatar que la solicitud de Concurso de Acreedores presentada por PABLO RENE DIAZ ENRIQUEZ, en calidad de procurador judicial de Banco Amazonas S.A., es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), en concordancia con el artículo 422 del invocado cuerpo legal, se califica la demanda y admite a trámite mediante CONCURSO NECESARIO de conformidad con los artículos 414, 416, 422 y 424

ibídem. De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponden al juicio No. 17302-2010-0623, se advierte la razón sentada con fecha 11 de julio del 2011 suscrita por el Dr. Juan Gallardo, secretario del ex juzgado Segundo de lo Civil de Pichincha, quien certifica que la señora MARIA PAULINA MORA HERRERA, no ha dado cumplimiento al mandamiento de pago dispuesto en la referida causa; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibidem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA y SE DECLARA LA INTERDICCIÓN de la señora MARIA PAULINA MORA HERRERA, con cedula de ciudadanía 1716074735, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: 1.- Cítese a la señora MARIA PAULINA MORA HERRERA, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y en virtud del juramento rendido, por medio de la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo, a fin de que en el TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS, más el término previsto en el inciso penúltimo del Art. 56 ibídem, presente su oposición al presente concurso necesario, pagando la deuda por la cantidad de tres mil seiscientos cuarenta y tres con 04/100 Dólares de los Estados Unidos de América ( USD $ 3.643,04) conforme a lo dispuesto en el artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones; 2.- Verificada que sea la citación a la señora MARIA PAULINA MORA HERRERA, se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 3.- Se le requiere a la deudora conforme lo determinado en el número 2 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem, mediante informe que contenga un detalle todos los bienes, un estado de deudas con expresión de procedencia, vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor, y los libros de cuenta si los tuviera; detalle además los títulos de crédito activos; 4.-Oportunamente se designará síndico, quien se posesionará de su cargo una vez que transcurra el término para la oposición previsto en el artículo 425 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se le notificará en legal forma, y será la depositaria de los bienes del fallido; 5.- A fin de disponer lo determinado en el número 4 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con el artículo 424 ibidem; se dispone que se justifique lo determinado en el número 4 del artículo 377 del invocado cuerpo legal e inciso cuarto del artículo 384 eiusdem; 6.- La anotación de insolvencia en el registro virtual del Consejo de la Judicatura; así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que se declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, se dispondrá una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 7.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte la señora MARIA

JUDICIAL QUITO

PAULINA MORA HERRERA; 8.Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, tanto en el Registro de la Propiedad como en el Registro Mercantil de este cantón Quito; 9.- Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones; 10.- Se prohíbe que la señora MARIA PAULINA MORA HERRERA, con cedula de ciudadanía 1716074735, se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio. Agréguese al proceso los documentos que se acompaña. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados, a efecto de sus futuras notificaciones.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.f) Dra. Lizbeth Marisol Ron Cadena, Jueza. Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 3 de julio del 2017. Certifico.DR. PAUL ANDRES TAPIA SECRETARIO Hay firma y sello PAC108385fa REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: GUERRERO CIFUENTES PABLO SEBASTIAN. ACTOR: AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GUAYAQUIL. DEMANDADO: GUERRERO CIFUENTES PABLO SEBASTIAN. JUICIO: 17230-2015-20868. TRAMITE: EJECUTIVO PAGARE LA ORDEN. JUEZ: Dra. Ana Karina Torres Recalde. SECRETARIO: Ab. Zoila Elena Salazar Salazar. CUANTIA: US $ 7.385,35(SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO 35/100 DÓLARES NORTE AMERICANOS). Objeto de la demanda: a) Los dividendos vencidos, más los intereses de mora calculados de conformidad con el contrato que se adjunta a esta demanda. b) El saldo del préstamo o capital reducido, cortado a la fecha del último dividendo en mora, de igual manera los intereses calculados de acuerdo en el contrato que se adjunta desde esa fecha y hasta la completa cancelación de la obligación; c) Las tasas, costas, gastos y expensas judiciales que serán reintegradas con una tercera parte más conforme lo prescribe el Art. 936 del Código de Procedimiento Civil; y, d) Los honorarios profesionales de mi abogado patrocinador. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 22 de diciembre del 2015, las 13h28. VISTOS.- En virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez Subrogante de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, mediante Acción de personal No. 8225-DP-UPTH-MP de 21 de Octubre del 2015. Avoco conocimiento de la presente acción. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la Doctora Gean Magaly Aguirre Benalcázar, como Procuradora Judicial del Banco Guayaquil S.A. En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la acepta a trámite EJECUTIVO. Cítese al demandado Señor PABLO SEBASTIAN GUERRERO CIFUENTES, en calidad de deudor principal, en la dirección señalada para cuyo efecto remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones. Una vez citado el demandado y conforme lo establece el primer inciso del artículo 421 del Código de Procedimiento Civil, en el término de tres días cumpla con la obligación demandada o proponga las excepciones que considere pertinentes. Agréguese al proceso los documentos que adjuntan a la demanda. Téngase en cuenta la cuantía,

Siem­pre me he in­cli­na­do a pen­sar bien de to­do el mun­do; evi­ta mu­chos pro­ble­mas. R u d ­ya r d K i ­p l i n g la casilla judicial y correo electrónico señalados por el actor, así como la autorización conferida a su Abogado Defensor. Dejándose copias certificadas y recibo en autos, desglósese la documentación aparejada a la demanda y entréguese a las personas autorizadas. Actúe el Dr. Patricio Calderón en calidad de Secretario Encargado, mediante acción de personal No.6887-DP-UPTH-27-08-2015. CÍTESE y NOTIFÍQUESE.” F) Dra. Karina Alejandra Martínez Salazar, Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 17 de mayo del 2017, las 11h38. En atención al juramento rendido por la parte actora y de conformidad a lo dispuesto en el segundo inciso numeral 2 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos cítese a la parte demandada señora GUERRERO CIFUENTES PABLO SEBASTIAN mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación editado en esta ciudad de Quito.- Para el efecto por secretaria confiérase el correspondiente extracto judicial y remítase al casillero judicial de la parte actora.-Notifíquese.” F) Dra. Ana Karina Torres Recalde, juez Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Ab. Zoila Elena Salazar Salazar. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello PAC108332fa EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: CHRISTIAN SANTIAGO SOSA URQUIA AL PUBLICO EN GENERAL, HÁGASE CONOCER LO SIGUIENTE: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA ACTOR: DRA. GEAN MAGALY AG U I R R E B E N A LCA ZA R PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: CHRISTIAN SANTIAGO SOSA URQUIA JUICIO No: 17230-2016-09183 CUANTIA: 20.053,34 DOLARES (VEINTE MIL CINCUENTA Y TRES DOLARES CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS) TRAMITE: EJECUTIVO (CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO) DOMICILIO JUDICIAL DEL ACTOR: Casilla No. 2617 JUEZA: AB. RICARDO AUGUSTO VELASTEGUI ENDARA SECRETARIO: DR. JOSE RAUL VALENCIA ARIAS AUTO DE CALIFICACIÓN: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, miércoles 29 de junio del 2016, las 09h47.- VISTOS.Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial Civil, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito.- En lo principal, la demanda que por cobro de dinero presenta la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, en calidad de Procuradora Judicial del Banco Guayaquil S.A., conforme Poder de Procuración Judicial otorgada por el Sr. Ángelo Luis Caputi Oyague Presidente Ejecutivo del Banco de Guayaquil S.A., en contra del señor: CHRISTIAN SANTIAGO SOSA URQUIA, reúne los requisitos legales; en consecuencia, se la acepta al trámite correspondiente por la vía ejecutiva prevista en el Título II Sección 2a, parágrafo 2do Arts. 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Cítese en al demandado: CHRISTIAN SANTIAGO SOSA URQUIA, en la dirección proporcionada por la demandante, para que dentro

del término de tres días cumpla con la obligación reclamada o formule excepciones, para el efecto remítase suficiente despacho a citaciones. La parte actora proporcione las copias suficientes para la diligencia de citación.- Agréguese al proceso los documentos presentados y notifíquese a la actora en la casilla 2617.- De conformidad con lo establecido en el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copias certificadas y razón de recibo en autos, procédase a efectuar el desglose la documentación solicitada, debiendo tomarse en cuenta la autorización conferida.- Actúe como Secretario el Dr. Paul Rosero Sánchez, en calidad de Secretario de la Unidad, según acción de personal número 4582-DP-17-2016-MG, del 23 de Junio del 2016, emitida por Talento Humano de la Dirección Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura.NOTIFIQUESE.- f) AB. RICARDO AU G U STO V E L AST EG U I ENDARA -JUEZ PROVIDENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.Quito, viernes 21 de abril del 2017, las 08h20.- VISTOS.Atento lo solicitado y por cuanto la parte actora ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior y atento al juramento rendido por la actora señora Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, procuradora judicial del Banco de Guayaquil S.A.; y, de conformidad con lo que dispone el inciso segundo del numeral 2° del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la parte demandada SOSA URQUIA CHRISTIAN SANTIAGO, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito; por Secretaría confiérase el extracto correspondiente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1° Ibídem, previas las formalidades legales.- Actúe el Abg. Haraldo Romero, en su calidad Secretario Encargado de la Unidad Judicial Civil.NOTIFÍQUESE.-f) AB. RICARDO AU G U STO V E L AST EG U I ENDARA -JUEZ Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir sus posteriores notificaciones, previniéndole de la obligación de señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley Lo que comunico al Público en General, para los fines de ley. DR. JOSE VALENCIA ARIAS SECRETARIO Hay firma y sello PAC108333fa UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: SAGÑAY SAGÑAY CARLOS y OTALAG GUAMINGA GLADYS MARIA ACTOR: AGUIRRE BANALCAZAR GEAN MAGALY EN CALIDAD DE PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GUAYAQUIL S.A D E M A N DA D O : SAG Ñ AY SAGÑAY CARLOS y OTALAG GUAMINGA GLADYS MARIA JUICIO: EJECUTIVO CUANTIA: $ 23.759.oo CAUSA: No. 17230-2016-08389 FUNDAMENTO LEGAL: DE CONFORMIDAD A LO QUE DISPONEN LOS ARTS. 413 , 415 Y 419 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA., Quito, miércoles 1 de junio del 2016, las 12h27.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la reasignación de causas aprobada por la Dirección General del Consejo de la Judicatura, previo informe favorable de la

Dirección Nacional de Gestión Procesal y la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica”.-Ab. Silvia Karina Rodas Sánchez con Acción de Personal No. 3682 DP17-2016-MP del 23 de mayo del 2016.- Juez de la Unidad Judicial Civil, con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito.- La demanda presentada por la Dra. Gean Magaly Aguirre Benalcazar, en calidad de Procuradora Judicial del Banco de Guayaquil, es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la admite a trámite ejecutivo.- De conformidad al Art. 421 inciso primero del Código de Procedimiento Civil, el cual señala: “Si el juez considerare ejecutivo el título así como la obligación correspondiente, ordenará que el deudor la cumpla o proponga excepciones en el término de tres días. (…)”, se dispone que los demandados SAGNAY SAGNAY CARLOS y OTALAG GUAMINGA GLADYS MARÍA, en calidad de deudores principales, cumplan con la obligación demandada o proponga excepciones en el término de tres días.- Tómese en consideración la calidad en la que comparece la Dra. Gean Magaly Benalcazar Aguirre, así como la designación y autorización que confiere el actor sus defensores Dr. Enrique Arboleda Espinel, Ab. Daniela Cuesta Figueroa y Ab. Fabián Merlo Ulloa.- Tómese en consideración la cuantía determinada en la demanda.- Cítese a la demandada en el lugar que se indica, para lo cual envíese suficiente despacho.- Regístrese la casilla judicial N° 2617 y correo electrónico señalado.- De conformidad a lo previsto en el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copias en autos y respectiva razón, se ordena el desglose de los documentos, debiendo para el efecto entregarse a una de las personas mencionadas en la demanda.Actúe en la presente causa la Abg. Julieta Iza Altamirano, en calidad de Secretaria encargada con Acción de Personal No. 3504-DP17-2016-MG de 16/05/2016.- Agréguese a la demanda los documentos adjuntos.- NOTIFÍQUESE.-f) Rodas Sánchez Silvia Karina Jueza de la Unidad Judicial Civil. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 22 de mayo del 2017, las 13h19.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza, de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Distrito Metropolitano de Quito, mediante Acción de personal N°. 2836-DNTH-2017-CIP, de fecha 12 de mayo de 2017.Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Por cuanto la parte actora ha rendido juramento de conformidad al Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, con un extracto de la demanda auto de calificación y esta providencia cítese a los demandados señores SAGÑAY SAGÑAY CARLOS y OTALAG GUAMINGA GLADYS MARIA, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de quito.Notifíquese.-f) Pila Avendaño Viviana Jeanneth Jueza de la Unidad Judicial Civil. Lo que comunico a Ud., para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la forma legal para recibir las posteriores notificaciones que les corresponda.L E Y TO N G U AYA S A M I N CLAUDIA SOLANGE SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Hay firma y sello PAC108334fa

ORDINARIOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO PROCEDIMIENTO COGEP JUEZ PONENTE: DRA JENNY TAFUR SALAZAR EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA Se le hace saber a: RAMOS IMAICELA EDILMA, que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda ordinaria, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: CAUSA N°: 17230-2016-15160

ACTO R : FA R I N A N G O LLUGLLUNA SEGUNDO JOSE D E M A N DA D O : RAMOS IMAICELA EDILMA MATERIA: CIVIL TIPO: ORDINARIO ACCIÓN: Prescripción adquisitiva de dominio. CUANTÍA: $30.000°° dólares. PRETENSIÓN: En sentencia disponga el dominio de los derechos y acciones del lte de terreno número 3 del barrio Bello Horizonte 2, Calderón cantón Quito, . AUTO DE CALIFICACIÓN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito 20 de septiembre del 2016, las 14h55.- VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y documentos presentados por la parte actora.- Por haberse dado cumplimiento al auto de sustanciación anterior se dispone: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Revisada la demanda presentada por SEGUNDO JOSÉ FARINANGO LLUGLLUNA, en atención a lo consagrado en el Art. 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) se la califica de completa y clara, pues cumple los requisitos legales generales contemplados en los Arts. 142 y 143 del preciado cuerpo legal, por lo que se la admite a procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado y en virtud de lo prescrito en el Art. 289 ibídem.SEGUNDO: INSCRIPCIÓN.Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad del D.M. de Quito, a fin de que cumpla con lo dispuesto.- TERCERO: CITACIÓN.Cumplida la inscripción dispuesta; CÍTESE con el contenido de la demanda, el escrito que antecede y el presente auto a la parte demandada RAMOS IMAICELA EDILMA; remítase despacho suficiente a la oficina de citaciones, de conformidad con el artículo 53 y 54 del COGEP. Conforme la Disposición General Décima del COOTAD, CÍTESE al señor Alcalde y Procurador Metropolitano del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.- Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente.CUARTO: CONTESTACIÓN.Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de TREINTA (30) días, una vez citada, conteste la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del COGEP.- QUINTO: ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados por el actor; para lo cual se observará lo previsto en los Art. 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba.SEXTO: NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por el accionante para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su defensor técnico.- Agréguese al expediente la documentación adjunta por la parte actora.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- F) DRA. JENNY MARGOTH TAFUR SALAZAR JUEZA. CITACIÓN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito 16 de mayo del 2017, las 16h53.- De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la señora RAMOS IMAICELA EDILMA, por la prensa, mediante tres publicaciones en días distintos, realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo. NOTIFÍQUESE.- F) DRA. JENNY MARGOTH TAFUR SALAZAR JUEZA. Lo que se C I T A por la prensa para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar

casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura. AB. JAIME CADENA VÁSQUEZ SECRETARIO Complejo Judicial Quito Norte, ubicado en la Av. Amazonas entre Pereira y Villalengua Hay firma y sello AR/106256/AT UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO JUEZ PONENTE: ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID CITACION JUDICIAL Se le hace saber a: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE MANUEL HIDALGO MULLO, que en esta Unidad Judicial Civil se ha presentado una demanda de PRESCRIPCION E X T R A O R D I N A R I A ADQUISITIVA DE DOMINIO, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA ACTOR: HIDALGO NACIMBA MARIA ESTELA DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE MANUEL HIDALGO MULLO CAUSA No.: 17230-2016-15066 PROCEDIMIENTO: ORDINARIO OBJETO: La señora MARIA ESTELA HIDALGO NACIMBA, aduce encontrarse en posesión pacífica e ininterrumpida como señora y dueña por más de cincuenta años (desde 1996), de un inmueble de propiedad de Manuel Hidalgo, ubicado en la Parroquia Chillogallo, de este cantón Quito, con una superficie de 273 metros cuadrados, con casa de 146.87 metros cuadrados de construcción; con los siguientes linderos: NORTE: Propiedad de Jorge Luis Anagumbla con 20.20m, SUR, con el señor Miguel Angel Toalombo en 21.80m. ESTE: Proiedad del señor Humberto Toapanta en 11.90m; y OESTE con calle Patricio romero en 13.50m.; y con fundamento en los Arts. 715, 2392, 2398, 2401, 2411 y 2413 del Código Civil y Arts. 289 y 290 del Código Orgánico General de Procesos, demanda EL DOMINIO del bien en el cual mantiene la posesión. CUANTIA.- Fija la cuantía en USD 48.794,00, según avalúo catastral del Municipio de Quito.PROVIDENCIA. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito viernes 23 de septiembre del 2016, las 16h01. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora.Por haberse dado cumplimiento en el auto de sustanciación anterior se dispone: PRIMERO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- Revisada la demanda presentada por la señora MARIA ESTELA HIDALGO NACIMBA, en atención a lo consagrado en el Art. 169 de la Constitución y 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) se la CALIFICA de completa y clara, pues cumple los requisitos legales generales contemplados en los Arts. 142 y 143 del preciado cuerpo legal, por lo que se la ADMITE a procedimiento Ordinario establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo I del Código citado y en virtud de lo prescrito en el Art. 289 ibídem.- SEGUNDO: INSCRIPCION.- Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad del D.M. de Quito, a fin de que cumpla con lo dispuesto.- TERCERO: CITACIÓN.- Cumplida la inscripción dispuesta, Comparezca a esta Judicatura la señora MARIA ESTELA HIDALGO NACIMBA y bajo juramento declare la imposibilidad de poder determinar el domicilio, residencia e individualidad de todos los posibles y presuntos herederos o quienes se sientan con derecho del señor quien en vida fue MANUEL HIDALGO MULLO, así como a sus herederos presuntos y desconocidos, diligencia que se realizará el día 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2016, a las 14H30 a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del COGEP, so pena de no hacerlo se aplicará lo dis-


puesto en el artículo 87 numeral 1. Hecho que sea, por secretaría confiérase el correspondiente extracto para las publicaciones respectivas.- Conforme lo solicitado por la accionante en su escrito de completación a la demanda; CUÉNTESE con el Señor Alcalde y Procurador Sindico del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a quien se les notificará en la dirección señalada en el libelo inicial. Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina de citaciones correspondiente.- CUARTO: CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de TREINTA (30) días una vez citados por la prensa, a fin de que contesten la demanda en la forma determinada en los Arts. 151 y siguientes del COGEP.- QUINTO: ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el libelo de la demanda, así como el escrito de aclaración de la misma; para lo cual se observará lo previsto en los Art. 160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva audiencia preliminar.SEXTO:NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en cuenta el casillero judicial 5640 y correo electrónico señalados por el accionante para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su defensor técnico.- Agréguese al expediente la documentación adjunta por la parte actora.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DRA. SUSANA JEANETH PATIÑO CALERO JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 11 de mayo del2017, las 16h21. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en vista del Acta de reasignación de sorteo de 25 de abril del 2017, y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 4 y 5 y la Disposición General Única de la Resolución 051-2017 dictada por el Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura; proceso asignado anteriormente al despacho de la Dra. Susana Patiño Calero.En lo principal se realizan las siguientes consideraciones: PRIMERO.- Obligación primaria y fundamental de los jueces es verificar la validez procesal, presupuesto sin el cual no cabe pronunciamiento alguno sobre lo principal o sobre el fondo de la cuestión sometida a su conocimiento, pues la sentencia o la resolución, solo puede recaer, esto es, en aquella en que se hayan observado todas las solemnidades sustanciales y no se ha violado la ley o el trámite, en forma tal que pudiera influir en la decisión de fondo o de mérito. SEGUNDO.- En el caso concreto comparece a juicio la accionante demandando la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio del inmueble que describe en sus fundamentos de hecho, para el efecto demanda a los herederos presuntos y desconocidos del causante: MANUEL HIDALGO MULLO.- De la revisión del expediente se advierte que en virtud del auto de calificación emitido por la Dra. Susana Patiño Calero, Jueza que conocía la causa, se ha citado al señor Procurador Síndico y Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito, quienes han comparecido a juicio conforme el escrito de fs. 60 a 61.- En auto de sustanciación dictado el 14 de octubre del 2016, las 15h42, la mencionada señora Jueza dispone que se confiera el correspondiente extracto para las publicaciones respectivas, sin que conste del proceso la orden de citación conforme corresponda a los herederos presuntos y desconocidos del causante: MANUEL HIDALGO MULLO; sin embargo de aquello, el Secretario de la Unidad ha conferido el extracto para hacer conocer al público en general; es decir de las publicaciones que han sido adjuntadas por la parte actora, realizadas en el diario La Hora, los días 24, 28 de octubre y 08 de noviembre del 2016, (fs. 39 a 41), no se evidencia citación alguna, por el contrario lo que consta en un aviso dirigido al “público en general”, es decir no se ha

cumplido lo dispuesto por el Art. 58 del COGEP.- Por otra parte, se advierte que mediante auto de 14 de marzo del 2017, las 16h05, la Dra. Susana Patiño, Juez de la época, convoca a las partes a la audiencia preliminar, diligencia que según consta del Acta Resumen, se ha evacuado el día 28 de marzo del 2017; sin embargo y de su revisión se constata que no se ha cumplido con lo dispuesto en el numeral 8 del Art. 294, en concordancia con el Art. 297 del COGEP, puesto que siendo obligación de la Juzgadora, al final de la audiencia preliminar, de señalar día y hora y convocar a las partes a la realización de la audiencia de juicio, la que debía convocarse dentro del término máximo de treinta días contados a partir de la realización de la diligencia preliminar, no consta tal convocatoria.TERCERO: MOTIVACION: De acuerdo con el Art. 76, numeral 7, literal L, de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el Art. 89 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se procede a motivar esta providencia: 3.1. El Art. 82 de la Constitución de la República establece que “el derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes”; 3.2. Es obligación del juzgador velar porque se cumplan las normas, las garantías del debido proceso. Una de las solemnidades sustanciales conforme determina el Art 107.4 del COGEP, es la citación con la demanda a los demandados, acto procesal que garantiza el derecho de defensa, a contar con el tiempo y medios adecuados para la defensa; pues nadie puede ser privado del derecho de defensa en ninguna etapa, como estable el Art. 76. 7, literales a), b) y c) de la Constitución; en esta causa si bien se han agregado publicaciones que contienen un extracto de la demanda y providencias, revisadas las mismas, se advierte que no se ha citado a los herederos presuntos y desconocidos del señor MANUEL HIDALGO MULLO.- La disposición del Art. 58 del COGEP, a su texto, dice: “A las y los herederos conocidos se citará personalmente o por boleta. A las o los herederos desconocidos cuya residencia sea imposible determinar se citará a través de uno de los medios de comunicación, en la forma prevista en este Código”, diligencia que no se ha cumplido en esta causa.De igual forma otra de las solemnidades sustanciales inherente a toda clase de juicio conforme el Art. 107.5 del COGEP, es la notificación a las partes con la convocatoria a las audiencias, y en el caso sub-judice, en el momento procesal oportuno conforme lo ordena la ley, no se ha señalado siquiera día y hora para la realización de la audiencia de juicio, por tanto se evidencia una flagrante omisión de solemnidades sustanciales, que sin duda van a influir en la decisión de la causa. CUARTO: DECISION: Por lo anotado y con fundamento en el Art. 107.4, 108 y 109 del Código Orgánico General de Procesos, RESUELVO, declarar la nulidad de todo lo actuado en esta causa, a partir de la providencia de 14 de marzo del 2017 que consta a fs. 74 de los autos, dejando el proceso al siguiente estado: De conformidad a lo establecido en el Art. 56 y 58 del COGEP, en consideración al juramento rendido por la actora: María Estela Hidalgo Nacimba, de la imposibilidad de determinar la individualidad y residencia de los herederos del señor MANUEL HIDALGO MULLO, se dispone que se cite a los herederos del causante: MANUEL HIDALGO MULLO cuya individualidad no ha sido posible determinar, mediante tres publicaciones en un periódico de amplia circulación de este cantón, con extracto de la demanda, auto inicial y esta providencia, para lo cual entréguese el extracto correspondiente.- Hecho, se procederá a calificar la contestación a la demanda realizada por los personeros del Distrito Metropolitano de Quito. La nulidad se la declara a costas de la señora Jueza y Secretario que me antecedieron en el conocimiento de la causa.Notifíquese.- f) ALTAMIRANO

RUIZ SANTIAGO DAVID- JUEZ Lo que le NOTIFICO Y LE CITO a usted para los fines de Ley, Para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un Abogado como dispone la Ley.AB. TAIPE REDROVAN BLANCA JANETD SECRETARIA Hay firma y sello PAC108379fa

SOCIEDADES CONYUGALES DR. JORGE MACHADO CEVALLOS EXTRACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL NOTARIA PRIMERA DE QUITO: En aplicación a lo dispuesto en el numeral 23 del artículo 18, de la Ley Notarial, cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública No. P03294, otorgada ante mí, doctor Jorge Machado Cevallos, Notario Primero del Cantón Quito, el 29 de Junio del 2017, los cónyuges señores: LUIS ENRIQUE PINO JARAMILLO Y GUISELLE MANCHENO JARAMILLO, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, habida entre ellos, la misma que fuera disuelta mediante Sentencia de Divorcio otorgada por la Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, provincia de Pichincha, el 23 de noviembre de 2016, inscrita en el Registro Civil en el tome 4-B, Acta 1393, página 189.- Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el referido numeral 23 del artículo 18 de la Ley Notarial, pongo en conocimiento del público, por una sola vez y por el termino de veinte (20) días, esta liquidación de la sociedad conyugal, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término; una vez transcurrido este término y de no existir oposición alguna, se dispondrá la inscripción en los Registros correspondientes de los cantones donde se encuentran ubicados los bienes muebles e inmuebles.- Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, 29 de Junio del 2017. DR. JORGE MACHADO CEVALLOS NOTARIO PRIMERO DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello AR/106255/AT

VARIOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA (24) EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL: FALCONI POLIT CESAR AUGUSTO ACTORA: DINERS CLUB DEL ECUADOR S,A,, RON TORRES JOSE PATRICIO (REPRESENTANTE) DEMANDADOS: FALCONI POLIT CESAR AUGUSTO JUICIO: ESPECIAL No. 173242012-0557 CUANTÍA: INDETERMINADA CASILLERO JUDICIAL: 797 ABOGADO DEFENSOR: DR. JOSÉ PATRICIO RON TORRES UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Quito, 29 de mayo del 2012, las 16h05.- VISTOS:- Cumplido que ha sido el requerimiento solicitado en providencia inicial, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos legales. En consecuencia se acepta al trámite especial pertinente.- De las copias presentadas aparece que el demandado SR. CESAR AUGUSTO FALCONI POLIT, se halla comprendida en la situación prevista en el Art. 519 del Código de Procedimiento Civil vigente; por cuanto se presume la insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores; en consecuencia, de conformidad con el Art. 520 ibídem, se manda a formar concurso de

So­li­ta­rio me en­cuen­tro cuan­do bus­co una ma­no, y so­lo en­cuen­tro pu­ños. R a l p h B u n ­c h e acreedores y consiguientemente se ordena que se ocupen los bienes, correspondencia y demás documentos del fallido, que se entregarán al Síndico de insolvencia Dr. Jorge Macas Romero quien los recibirá previo inventario y luego de la aceptación de su cargo.- Hágase conocer al público de este particular por medio de la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad.- Que se acumulen todos los juicios seguidos en contra del SR. CESAR AUGUSTO FALCONI POLIT por obligaciones de dar, hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Prohíbese el demandado ausentarse del lugar del juicio, comunicando en este sentido a las autoridades respectivas Disponiéndose la presentación el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo en el término de ocho días.- Remítase copia de lo actuado a uno de los señores Jueces de lo Penal para la calificación de la insolvencia.- Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes, notifíquese del particular a los señores Registradores de la Propiedad y Mercantil de este Cantón.- Ofíciese haciéndose conocer del particular a los señores Notarios, Director General de Personal, a la Oficina de Servicio Civil y Desarrollo Institucional O.S.C.D.I., Dirección General de Registro Civil, Cedulación y Pasaportes, al señor Director Nacional de Tránsito, Contralor General del Estado, Superintendencia de Bancos y de Compañías.- Cúmplase en fin con todas las diligencias pertinentes en esta clase de juicios.- Podrá sin embargo el demandada oponerse al presente juicio pagando el valor adeudado o dimitiendo bienes equivalentes en el término de tres días.- Atento a la declaración juramentada rendida por el actor y de conformidad al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al referido demandado SR. CESAR AUGUSTO FALCONI POLIT, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de mayor circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.- Tómese nota de la cuantía y domicilio judicial señalados por el DR. JOSE PATRICIO RON TORRES en su calidad de Procurador Judicial de DINERS CLUB DEL ECUADOR S. A. SOCIEDAD FINANCIERA tal como lo acredita con el Poder Especial que antecede.- Agréguese al proceso la documentación acompañada.Cítese y Notifíquese UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.Quito, 07 de diciembre del 2016, las 09h53. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, desde foja 25 de los autos, en mi calidad de Jueza de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, designada mediante Resolución número 139-2015 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, conforme consta en la acción de personal número 8067-DNTH-2015-JV de 3 de junio de 2015; y, en virtud de la reasignación de causas aprobada por la Dirección General del Consejo de la Judicatura, previo informe favorable de la Dirección Nacional de Gestión Procesal y la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica. En lo principal, en virtud del juramento rendido por el señor Ron Torres José Patricio, realizado en calidad de Procurador Judicial de DINERS CLUB DEL ECUADOR S.A., SOCIEDAD FINANCIERA, previo a encontrarse agotado las diligencias para determinar la individualidad, domicilio o residencia de la parte demandada, amparada en lo dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del

Código Orgánico General de Procesos, se dispone la citación del demandado señor FALCONI POLIT CESAR AUGUSTO, con el contenido del auto de calificación y esta providencia, por la prensa mediante tres publicaciones que se realizarán en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, para el efecto por Secretaría, confiérase el respectivo extracto. Notifíquese y Cúmplase.-f) DRA. NORMA MEDRANO GAVILANEZ Lo que comunico para los fines de ley. Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. AB. PAUL ROMERO LÓPEZ SECRETARIO (e) Hay firma y sello AR/106257/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL EDWIN MARCELO CISNEROS ECHEVERRIA JUICIO No. 173022010-0774 A C TO R : BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO DEMANDADO: EDWIN MARCELO CISNEROS ECHEVERRIA TRÁMITE: VERBAL SUMARIO CUANTÍA: MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA JUEZ: AB. GABRIELA LEMOS TRUJILLO SECRETARIA: AB. TANIA VILLARREAL PRETENSIÓN: Como el demandado no ha pagado la cantidad de USD. 494,60 por concepto de capital, de acuerdo con el estado de cuenta cortado al 30 de Julio del 2004, demanda que en sentencia se le condene al pago de la mencionada cantidad, más los intereses de mora al máximo estipulado hasta la total cancelación del crédito. AUTO DE CALIFICACIÓN: JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 8 de abril del 2014, las 10h54. VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Jueza Titular del Juzgado Segundo de lo Civil de Pichincha, Dra. Viviana Jeanneth Pila Avendaño, en virtud de la acción de personal Nro. 2953-DNP-de 25 de Julio del 2012 y posesionada el 01 de Agosto del 2012. La demanda presentada por el señor DR. ANTONIO RAMON RODRIGUEZ VICÉNS (PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A PRODUBANCO), en contra de EDWIN MARCELO CISNEROS ECHEVERRIA , es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la admite a trámite correspondiente por la vía verbal sumaria, prevista en la sección 23 del art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Cítese al demandado en la dirección indicada por el demandante. Agréguese a los autos el escrito y los documentos adjuntos. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora y la calidad en la que comparece. Actúe como Secretario encargado el Dr. Patricio Calderón, mediante acción de personal Nº 875-DP-DPP de 12 de febrero del 2014.- CÍTESE y NOTIFÍQUESE. Dra. Viviana Pila Avendaño (Jueza). UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 9 de mayo del 2017, las 11h42. Agréguese al proceso el escrito presentado. En atención a lo solicitado por la parte actora y con el juramento

rendido de acuerdo a lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos se dispone que se cite al demandado por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Quito, para lo cual se conmina al solicitante dar las facilidades de ley. Actúa la Abg. Tania Paola Villarreal Soto, en calidad de Secretaria (E), mediante acción de personal No. 3771-DP17-2017-VS, del 02 de mayo de 2017.- NOTIFÍQUESE.F. Gabriela Lemos Trujillo (Jueza). Lo que pongo en su conocimiento, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito, para posteriores notificaciones. Ab. Tania Villarreal SECRETARIA (E) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello AR/106258/AT REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: ASENCIO ANASTASIO AVILÉS VELOZ JUICIO No. 17310-2008-0948 A C TO R : BANCO DE LA PRODUCCION S.A, PRODUBANCO. TRAMITE: VERBAL SUMARIO AS U N TO : CO B RO DE OBLIGACIONES IMPAGAS DE TARJETAS DE CRÉDITO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. VISTOS.- Al haberme correspondido en Sorteo, avoco conocimiento en la presente causa.En lo principal la demanda formulada, es clara precisa y reúne los requisitos de Ley en consecuencia dese el trámite VERBAL SUMARIO, cítese A: ASENCIO ANASTASIO AVILES VELOZ.- Agréguese la documentación acompañada.- f) Dr. José Martínez Naranjo, JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 24 de marzo del 2017, las 11h38. (…) Atenta la petición del actor de su escrito doce de diciembre del año 2016 a las 15h05, se revoca el auto de abandono de fecha ocho de diciembre del año 2016 a las 13h02; y , se dispone agréguese a los autos el certificado de relaciones exteriores.-De conformidad con los Arts. 20 y 130 numeral 8 del Código Orgánico de la Función Judicial, en virtud del Juramento rendido por el accionante cítese mediante tres publicaciones al demandado señor Asencio Anastasio Avilés Veloz en un diario de mayor circulación de Quito para el efecto confiérase el extracto correspondiente, quedando a si subsanado la inobservancias en la presente causa.- F) Dra. MOLINA ANDRADE CINTHYA GUADALUPE, JUEZA.Lo que comunico para los fines de Ley consiguientes, y lo CITO, recordándole la obligación de señalar casillero judicial y correo electrónico para recibir sus notificaciones. ABG. ELIZABETH CHECA ALTUNA SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello AR/106259/AT REPUBLICA DEL ECUADOR. EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: MARIANITA DE JESÚS YÚPEZ VALENCIA. ACTO R : RODRIGUEZ VICENS ANTONIO RAMONPROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCION S.A., PRODUBANCO. DEMANDADO: YEPEZ VALENCIA MARIANITA DE JESUS. JUICIO: 17303-2009-0120. TRAMITE: VERBAL SUMARIO

Revista judicial MARTES 11 de JULIO de 2017 La Hora Quito, ecuador DINERO. JUEZ: Dra. Ana Karina Torres Recalde. SECRETARIO: Ab. Zoila Elena Salazar Salazar. CUANTÍA: US $ 779,27 (SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE 27/100 DÓLARES NORTE AMERICANOS). Objeto de la demanda: Como MARIANITA DE JESÚS YÉPEZ VALENCIA no ha pagado la cantidad de setecientos setenta y nueve dólares con veinte y siete centavos ($ 779.29), por concepto de capital, de acuerdo con el estado de cuenta cortado al 25 de febrero del 2008, que me permito acompañar en copia certificada, comparezco ante usted y, según lo prescrito por el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil , en juicio verbal sumario, demando a MARIANITA DE JESUS YEPEZ VALENCIA, por sus propios derechos y como tarjeta habiente principal, a fin de que, en sentencia, le condene al pago de la mencionada cantidad, más los intereses de mora al máximo estipulado por la ley desde el 25 de febrero del 2008 y hasta la total cancelación del crédito , las costas procesales y los honorarios profesionales “JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 9 de marzo del 2009, las 10h02. VISTOS: :- La demanda formulada es clara precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia, dése el trámite verbal sumario, cítese a la demandada MARIANITA DE JESUS YEPEZ VALENCIA, en el lugar señalado en el escrito que se atiende .- Agréguese la documentación acompañada. Téngase en cuenta la casilla judicial señalada..CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.” F) Dr. Wagner Arturo Játiva Quiroz, Juez. “UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 5 de junio del 2017, las 08h22. Incorpórese al proceso el escrito que antecede.Atento al juramento rendido por el actor respecto a la imposibilidad de dar con el domicilio o residencia de la señora Marianita de Jesús Yépez Valencia, cítesela con extracto de la demanda, auto inicial y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación conforme lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, que se editan en esta ciudad, por Secretaria confiérase el respectivo extracto.- NOTIFÍQUESE ” F) Dra. Ana Karina Torres Recalde, juez Lo que comunico para los fines de ley y prevengo de la obligación de señalar casillero judicial. Ab. Zoila Elena Salazar Salazar. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello AR/106260/AT UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MEJÍA, PROVINCIA DE PICHINCHA R. del E. CITACION JUDICIAL A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES SEÑORES CESAR AUGUSTO LOPEZ JARAMILLO Y LUZ MARIA OÑA PEREZ. Se les hace conocer que en la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el Cantón Mejía, Provincia de Pichincha, se está tramitando la siguiente demanda. EXTRACTO ACTORES: CLAVIJO LOPEZ ALEX FERNANDO, CLAVIJO LOPEZ ROBINSON, LOPEZ OÑA AIDA DOLORES GRACIELA, LOPEZ OÑA AMPARITO DEL ROCIO, LOPEZ OÑA CESAR ANIBAL, LOPEZ OÑA FRANCISCO MARCELO, LOPEZ OÑA JORGE ELICIO, LOPEZ

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OÑA LIGIA YOLANDA, LOPEZ OÑA LUZ MARIA DEL ROSARIO, LOPEZ OÑA WILSON AUGUSTO, DEMANDADA: LOPEZ OÑA MARIA FABIOLA JUICIO No: 17202-2015-0035 TRAMITE: ESPECIAL ACCION: PARTICION DE BIENES. CUANTÍA: 348.163,00 CASILLERO: 12, carlos.albuja.v@ gmail.com; Perteneciente al Ab. Albuja Viteri Carlos Alfonso. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MEJÍA, PROVINCIA DE PICHINCHA. Mejía, martes 4 de mayo del 2016, las 11H56. Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura. De conformidad con el Art. 70 del Código de Procedimiento Civil, se acepta la reforma a la demanda presentada por Jorge Elicio López Oña, César Aníbal López Oña, Aida Graciela López Oña, Francisco Marcelo López Oña, Ligia Yolanda López Oña, Wilson Augusto López Oña, Amparito del Rocío López Oña, Luz María Del Rosario López Oña, Robinson Aníbal Clavijo López y Alex Fernando Clavijo López. Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior: La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley, razón por la que se la acepta al trámite especial del juicio de partición, previsto en la Sección 8ª del Título II, del Libro Segundo del Código de Procedimiento Civil.Consecuentemente, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 642 del Código de Procedimiento Civil, se concede el término de quince días a fin de que se presenten todas las cuestiones que fueren necesarias para llevar a cabo la partición, inclusive lo relacionado con la competencia o Jurisdicción de la Judicatura. En la consecución del juicio se contará con los siguientes interesados: los comparecientes; la señora María Fabiola López Oña a quien se le citará con la demanda, reforma de la demanda y el presente auto en el domicilio señalado en la demanda, para el efecto envíese el proceso a la oficina de citaciones, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad para sus posteriores notificaciones; con los señores: Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Mejía, a quienes se los citará en sus respectivos despachos, con el contenido de la demanda, reforma de la demanda y el presente auto conforme la dirección señalada en el libelo de demanda.- Conforme a la declaración juramentada que obra de autos y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 del Código General de Procesos, cítese por la prensa a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS CAUSANTES SEÑORES CESAR AUGUSTO LOPEZ JARAMILLO Y LUZ MARIA OÑA PEREZ, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito.- Inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Mejía, para lo cual notifíquese a dicho funcionario en su despacho.- En atención a lo solicitado y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 52 del Código de Procedimiento Civil, cuéntese en lo posterior con el señor CESAR ANIBAL LOPEZ OÑA, en calidad de procurador común de los actores dentro de la presente causa.Téngase en cuenta la cuantía, la casilla judicial el correo electrónico señalado y la autorización concedida al Abogado de la Defensa.- Agréguese al juicio la documentación que se adjunta a la demanda.- Remítase los autos a la Oficina de Citaciones.- Para los fines legales consiguientes la parte accionante presente los certificados del Registro de la Propiedad adjuntos a su deman-

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Revista judicial C12

MARTES 11 de JULIO de 2017 La Hora Quito, ecuador

da, debidamente actualizados, para el efecto se le concede el término de cinco días.- HAGASE SABER.- F). DRA. WILMA IVONNE GUAIPATIN GARZON JUEZA. PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN MEJÍA, PROVINCIA DE PICHINCHA. Mejía, martes 31 de mayo del 2016, las 15h48. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado por el señor Cesar Aníbal López Oña.- En lo principal, de la revisión del proceso se constata que esta judicatura ha omitido citar a todos los intervinientes en esta causa, como también ordenar se inscriba la demanda en los respectivos Registros de la Propiedad. El Art. 76 de la Constitución de la República, establece que corresponde a los jueces garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes, conforme dispone el numeral 1 del precitado artículo. El Art. 1014 del Código de Procedimiento Civil, señala que la violación del trámite correspondiente a la naturaleza del asunto o al de la causa que se está juzgando, anula el proceso; y los juzgados y tribunales declararán la nulidad, de oficio o a petición de parte, siempre que dicha violación hubiese influido o pudiere influir en la decisión de la causa. Por lo expuesto, se declara la nulidad de todo lo actuado de fojas 111 a fojas 113 inclusive, reponiendo el proceso al estado de calificar la demanda. Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura. De conformidad con el Art. 70 del Código de Procedimiento Civil, se acepta la reforma a la demanda presentada por Jorge Elicio López Oña, César Aníbal López Oña, Aida Graciela López Oña, Francisco Marcelo López Oña, Ligia Yolanda López Oña, Wilson Augusto López Oña, Amparito del Rocío López Oña, Luz María Del Rosario López Oña, Robinson Aníbal Clavijo López y Alex Fernando Clavijo López. Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior: La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos determinados por la Ley, razón por la que se la acepta al trámite especial del juicio de partición, previsto en la Sección 8ª del Título II, del Libro Segundo del Código de Procedimiento Civil.- Consecuentemente, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 642 del Código de Procedimiento Civil, se concede el término de quince días a fin de que se presenten todas las cuestiones que fueren necesarias para llevar a cabo la partición, inclusive lo relacionado con la competencia o Jurisdicción de la Judicatura. En la consecución del juicio se contará con los siguientes interesados: los comparecientes; la señora María Fabiola López Oña a quien se le citará con la demanda, reforma de la demanda y el presente auto en el domicilio señalado en la demanda, para el efecto envíese el proceso a la oficina de citaciones, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad para sus posteriores notificaciones; con los señores: Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Mejía, así como también al señor Alcalde y Procurador Síndico del Distrito Metropolitano del Cantón Quito a los primeros se los citará en sus respectivos despachos, con el contenido de la demanda, reforma de la demanda y el presente auto conforme la dirección señalada en el libelo de demanda.- Conforme a la declaración juramentada que obra de autos y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 58 del Código General de Procesos, cítese por la prensa a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS

CAUSANTES SEÑORES CESAR AUGUSTO LOPEZ JARAMILLO Y LUZ MARIA OÑA PEREZ, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito.- Inscríbase la presente demanda en los Registros de la Propiedad del cantón Mejía y del Cantón Quito, a estos últimos de los citara y notificara mediante Deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de las Unidades Judiciales de lo Civil del Distrito Metropolitano del Cantón Quito, Provincia de Pichincha, para lo cual notifíquese a dichos funcionarios en su despacho.- En atención a lo solicitado y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 52 del Código de Procedimiento Civil, cuéntese en lo posterior con el señor CESAR ANIBAL LOPEZ OÑA, en calidad de procurador común de los actores dentro de la presente causa.- Téngase en cuenta la cuantía, la casilla judicial el correo electrónico señalado y la autorización concedida al Abogado de la Defensa.- Agréguese al juicio la documentación que se adjunta a la demanda.- Remítase los autos a la Oficina de Citaciones.- Para los fines legales consiguientes la parte accionante presente los certificados del Registro de la Propiedad adjuntos a su demanda, debidamente actualizados, para el efecto se le concede el término de cinco días.- HAGASE SABER.- F). DRA. WILMA IVONNE GUAIPATIN GARZON JUEZA. ATENTAMENTE, DRA. BELGICA GUERRA GUERRA SECRETARIA Hay firma y sello PAC108425fa

EXTRACTO NOTARIA OCTOGÉSIMA TERCERA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante mí Abogada CARLA MARIA HIDALGO RIVERA, Notaria Octogésima Tercera del Distrito Metropolitano de Quito, el jueves seis de julio del año dos mil diecisiete, los señores CARLOS ALFONSO SALGADO y TERESA DE LOURDES GUERRA, procedieron a liquidar el PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL; la misma que fuera disuelta por sentencia dictada por el señor Juez Quinto Provincial de lo Civil de Pichincha, con fecha catorce de marzo de mil novecientos setenta y nueve (14-03-1979) , a las once horas de la mañana, dentro del juicio de divorcio por causal número mil ciento veintiuno guión C.V. (1121-CV) , iniciado el veinte y cinco de octubre de mil novecientos setenta y ocho(25-10-l978) ; sentencia que se encuentra ejecutoriada por el Ministerio de la Ley, y que se encuentra legal y debidamente inscrita en el Registro Civil, con fecha veinte y seis de marzo de mil novecientos setenta y nueve(26-03-l979) La adjudicación del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de Liquidación de Sociedad Conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el numeral veintitrés Artículo 18 de la Ley Notarial vigente, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una sola publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores CARLOS ALFONSO SALGADO Y TERESA DE LOURDES GUERRA. Se hace conocer la liquidación de la sociedad de hecho, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada,

dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, julio 06 de 2017, AB. CARLA MARIA HIDALGO RIVERA N OTA R I A O CTO G É S I M A TERCERA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello PAC108423fa REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA CARCELÉN DEL D.M.Q. DE PICHINCHA. EXTRACTO Citación Judicial a: YANET YO H A N D R A LO R E N ZO ALVAREZ y REINALDO LEDIAN GONZALEZ o REYNALDO LEDIAM GONZALEZ Actor: Dr. EDMUNDO MARCELO NAPOLEON PALACIOS DÁVILA PROCURADOR JUDICIAL DE LA CORPORACION HOGAR PARA SUS NIÑOS Demandado/os: YANET YO H A N D R A LO R E N ZO ALVAREZ y REINALDO LEDIAN GONZALEZ o REYNALDO LEDIAM GONZALEZ Juicio: M E D I DA DE PROTECCIÓN No. 17983-201600656 Trámite: CONTENCIOSO GENERAL Cuantía: INDETERMINADA Juez: DR. GONZALO UBALDO SANTILLAN MANCERO Secretario: ABC. VÍCTOR CÓRDOVA GRANDA JUEZ PONENTE: DR. GONZALO UBALDO SANTILLAN MANCERO, JUEZ UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA CARCELÉN DEL D.M.Q. DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 25 de mayo de 2016, las 12h29. VISTOS: En mi calidad de Jueza Titular Avoco conocimiento de la presente causa, avoco conocimiento, del oficio No. 2016-765-JEPROPENA-PZD, y anexos de fecha 20 de mayo de 2016, remitido por la señora Cecilia Garcés, Sargento Primero de la Policía, Encargada de la DINAPEN Distrito de Policía la Delicia, quien remite el Parte Policial No. 092578, mediante el cual informa la posible situación de la niña neonata N/N, de días de nacida; por lo que en atención al mismo y precautelando el principio del interés superior de los niños, niñas y adolescentes, consagrados en los artículos 44, 45 y 46 de la Constitución de la República; artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño; y, artículos 79, numeral 2; 215 y siguientes del Código de la Niñez y Adolescencia, esta autoridad, ORDENA: i) Imponer como MEDIDA DE PROTECCIÓN el ACOGIMIENTO INSTITUCIONAL a favor de la niña N/N, en la casa Hogar Corporación para sus Niños, entidad que será la representante legal de la mencionada niña, hasta que esta autoridad disponga lo contrario; obligándose a preservar, mejorar, y, fortalecer los vínculos familiares, al efecto ofíciese a la Fundación a fin de que dé cumplimiento con lo dispuesto por esta Unidad Judicial; ii) Cuéntese con la Defensoría Pública, para el estricto patrocinio y defensa de la presenta causa, por tanto notifíquese en la casilla judicial 6049; v) CÍTESE de los señores YANET YOHANDRA LORENZO ALVAREZ y REINALDO LEDIAN GONZALEZ o REYNALDO LEDIAM GONZALEZ en uno de los periódicos de amplia circulación de la provincia de Pichincha, con el Auto de Calificación de la presente demanda, para lo cual remítase el extracto correspondiente al casillero del accionante.- vi) Cuéntese con el consulado Cubano, en virtud de que los padres de la menor N/N son de nacionalidad cubana.- Las partes presentarán sus escritos directamente en esta Judicatura ubicada en la Casa de Justicia, calles Joaquín Mancheno y Tadeo Benítez, sector Carceién Industrial-Zona la Delicia.[Acogimiento Institucional 2016-00656 ARA] OFICÍESE Y NOTIFIQUESEAbg. Víctor Córdova Granda SECRETARIO ENCARGADO Hay Firma y Sello

Volved a emprender veinte veces vuestra obra, pulidla sin cesar y volvedla a pulir. B o i l e au - D e s p r é au x , N i c o l a s

PAP/68523/AS DR. JORGE MACHADO CEVALLOS EXTRACTO DE CONSTITUCIÓN Mediante escritura pública No.P03319, otorgada ante mi Dr. Jorge Machado Cevallos, Notario Primero del cantón Quito, el día 30 de Junio de 2017, se constituyó la Sociedad Civil y Comercial denominada “BRANDSTOF PLATZ”. A fin de proceder a su aprobación, de conformidad con la facultad constante del numeral 29 del Art. 18 de la Ley Notarial pongo en conocimiento del público el extracto de la referida Sociedad Civil y Comercial cuyas características son las siguientes: 1º IDENTIDAD DE LOS SOCIOS QUE LA CONFORMAN: Los socios que la conforman son: los señores PPINV ASESORES S.A., Av. Pampite de ésta ciudad de Quito Distrito Metropolitano; AUGUSTO JOSE CHASILLACTA ZURITA, AV. Amazonas de ésta ciudad de Quito Distrito Metropolitano. 2º RAZÓN SOCIAL: La razón social de la compañías es: “BRANDSTOF PLATZ” 3º OBJETO: SOCIEDAD CIVIL BRANDSTOF PLATZ tendrá por objeto lo siguiente: Instalación de locales comerciales de expendio de comidas y bebidas, pudiendo brindar servicios de alimentación y bebida a personas naturales o instituciones. Podrá de igual manera adquirir Franquicias de marcas de alimentos, a fin de comercializarlos en el territorio nacional. Podrá representar a empresas o compañías nacionales o extranjeras, acatando las normas establecidas en la Legislación Ecuatoriana. En general, para la realización de su objeto social único, la Sociedad podrá ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que razonablemente le fueren necesarios o apropiados. En particular, para tal realización, la Sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos relacionados directamente con su objeto social, así como todos los que tengan como finalidad ejercer los derechos o cumplir con las obligaciones derivadas de su existencia y de su actividad.4º CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: Es la cantidad de USD.800.00 5º PLAZO: VEINTE AÑOS 6º ADMINISTRACIÓN, la Sociedad BRANDSTOF PLATZ será administrada por la Asamblea General de Socios, por el Presidente y por el Gerente. Particular que pongo en conocimiento del público para los efectos legales pertinentes. Quito, a 30 de Junio de 2017. DR. JORGE MACHADO CEVALLOS NOTARIO PRIMERO DEL CANTON QUITO Hay Firma y Sello PAB/17034/AS

ANULACIONES

banco rumiñahui QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8220162100 Nro. Cartola 18154660692 Cliente GREFA SIQUIHUA, CAMILOCALIXTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (1)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8079970000 Nro. Cartola 17334280454 Cliente

COLES CURI, ANGEL-ENRIQUE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (2)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8005851300 Nro. Cartola 17080670718 Cliente MOYA GOMEZ, CHRISTIAN-GONZALO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (3)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8380090700 Nro. Cartola 19050440007 Cliente BENITEZ VINUEZA, GUILLERMOdel Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (4)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8362841100 Nro. Cartola 18952340018 Cliente PARRENO FRAGA, JASON-WILFRIDO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (5)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8022358400 Nro. Cartola 17375020488 Cliente LEMACHE GAGUANCELA, IGNACIA-DORI del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (6)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8036098800 Nro. Cartola 19308880012 Cliente MOREIRA TORTERELLE, JACOB-JUAN BOSCO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (7)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8161140800 Nro. Cartola 17669460010 Cliente MORILLO VILLAGOMEZ, LEONARDO-MIGUEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (8)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8315009700 Nro. Cartola 18644960090 Cliente MERA SANTANA, CALIXTO-ADALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (9)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8305999000 Nro. Cartola 18565190347 Cliente DELGADO CUASCOTA, WILBERFREDDY del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (10)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8186964700 Nro. Cartola 17931760254 Cliente ESTRELLA PROANO, FERNANDO-RAMIRO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (11)NR

========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8056979700 Nro. Cartola 16696470471 Cliente DIAZ AYO, MARCO-PATRICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (12)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8152461700 Nro. Cartola 17569280369 Cliente DEL HIERRO CADENA, CRISTINA-ELIZABETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (13)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8114004900 Nro. Cartola 17158850952 Cliente TOPON SIMBANA, SEGUNDOANGEL del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (14)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8056685400 Nro. Cartola 17328961085 Cliente LOPEZ LARA, MONICAELIZABETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (15)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8236422900 Nro. Cartola 18247280235 Cliente LOPEZ CEVALLOS, JORGE-JONATHAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (16)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8390582000 Nro. Cartola 19110650009 Cliente GUERRERO BRIONES, OSWALDO-ALEJANDRO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (17)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8056247100 Nro. Cartola 16739760417 Cliente MONTENEGRO CHAMORRO, CARLOS-ARTURO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (18)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8380215200 Nro. Cartola 19051250041 Cliente HERRERA FALCONI, LORENA-ELIZABETH del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (19)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8361540000 Nro. Cartola 18939990083 Cliente RUEDA MACAS, DIANA-CAROLINA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (20)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8183399800 Nro. Cartola 17898630391 Cliente LOMA PILLIZA, CRISTIANVINICIO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (21)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8012060100 Nro. Cartola 16923440271 Cliente BETANCOURT LEON, IRENESUSANA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá

reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (22)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8209162700 Nro. Cartola 18085640201 Cliente CORDERO SILVA, CRISTIANANDRES del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (23)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8161635000 Nro. Cartola 17675400356 Cliente AVILES ROBAYO, ADRIANALORENA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (24)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8319570100 Nro. Cartola 18683310330 Cliente LOPEZ ZURITA, PABLOALFONSO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (25)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8256924000 Nro. Cartola 18335170017 Cliente PALATE COLLAGUAZO, LILIANA-PAOLA del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (26)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8359777400 Nro. Cartola 18924120035 Cliente RODRIGUEZ VIZUETA, LUISALBERTO del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (27)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8208570900 Nro. Cartola 18080970041 Cliente ANDRADE CAÐIZARES, JOSELUIS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8235062000 Nro. Cartola 18234050062 Cliente CHUGCHILAN CEVALLOS, JUAN-CARLOS del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (29)NR ========= QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8045508900 Nro. Cartola 16516680457 Cliente MONCAYO TORRES, ADOLFOHERNAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (30)NR

cediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. P/AC/ ()NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 460717145 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. P/AC/ ()NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 620769554 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. P/AC/ ()NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 620712218 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. P/AC/ ()NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0550762968 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. P/AC/ ()NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 0360743826 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. P/AC/ ()NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 430769360 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. P/AC/ ()NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2225863 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. P/AC/ ()NR ======= Por haberse SUSTRACCION se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 6500614641 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 227 Valor: $ 2502.88 Fecha de Giro: 05-07-2017. A la orden de: INVERNEG P/AC/ ()NR

banco INTERNACIONAL Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 530727212 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. P/AC/ ()NR ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 700784457 del Banco Internacional S.A., se está pro-

BANCO BOLIVARIANO POR PERDIDA SE ANULA EL CDP N° 05201DPV008733-0 A FAVOR DE LEMAIRE CAICEDO SANDRA MONSERRAT CON CC 0102305778 POR UN VALOR DE $8000.00 DE BANCO BOLIVARIANO P/AC/ (1)NR

ANULACIONES VARIAS

Coop San Francisco de Asís anula libreta 001010071229 AR/106261/AT


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