Ecuador
LUNES 29 DE MARZO DE 2021
#YoMeCuido
GUAYAQUIL REFUERZA MEDIDAS PARA CONTENER CONTAGIOS POR COVID-19 RESTRICCIÓN VEHICULAR POR NÚMERO DE PLACA
° 2 de abril del 2021: solo circulan placas impares
Candidatos buscan transformar los ‘likes’ en votos
° 3 de abril del 2021: solo circulan placas pares
° 4 de abril del 2021: solo circulan placas impares
RESTO DE FINES DE SEMANA DE ABRIL
° Sábados placas pares ° Domingos placas impares CONSUMO DE ALCOHOL
Parte de la estrategia digital que los aspirantes presidenciales, Andrés Arauz y Guillermo Lasso, contempla el uso y abuso de ‘troll centers’. Ambos suman más del 20% de seguidores falsos.
° Prohibición del consumo de bebidas alcohólicas y de moderación en la vía pública
° Horario de expendio de
bebidas alcohólicas de 06:00 a 17:00
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OTRAS MEDIDAS
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Se realizará control de aforo en parques, malecones y centros comerciales.
PAÍS
° Se limita el aforo en las salas de velaciones a 10 personas y el tiempo máximo de utilización de la sala no podrá ser mayor de 12 horas.
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Se realizará control de aforo en parques, malecones y centros comerciales. El horario de apertura de Playa Varadero al público será de 8:00 a 15:00, con el aforo y protocolo de distanciamiento. Actualízate con las medidas tomadas por el COE Nacional, en: www.lahora.com.ec.
Plan de vacunación anticovid aún no es de dominio público 4
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LUNES 29 DE MARZO DE 2021 La Hora ECUADOR
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ROSTROS. Andrés Arauz y Guilermo Lasso, candidatos a la Presidencia de la República. (Fotos: Cortesía)
Arauz y Lasso recurren a los ‘troll centers’
El candidato del correísmo es el que más seguidores falsos tiene. Una activación en esos sitios va desde los $2.000. En redes sociales, los candidatos a la Presidencia tienen más de un 20% de seguidores falsos. Entre Facebook, Instagram, Tik Tok y Twitter, Andrés Arauz (UNES) suma un 37% de ‘followers’ inexistentes y Guillermo Lasso (CREO), un 22%. Apuestan por la suma de seguidores y las publicaciones compartidas, más allá de la certeza de un voto en las urnas. En Twitter, el candidato del correísmo, Arauz, cuenta con 105.000 seguidores, de ellos, 3.150 (3%) son falsos. Por su parte, Guillermo Lasso cuenta con cerca de 684.000, de ellos, 205.200 (30%) no son reales, según la herramienta Twitteraudit.com. Las publicaciones en redes sociales pueden ser programadas con anticipación y existen mecanismos para replicar contenidos, de tal manera que parezca que cientos o miles de personas están hablando de un tema en específico.
Testimonio desde el ‘troll center’
Entre el 25 y el 26 de marzo, por ejemplo, fueron tendencia en Twitter los hashtags #RedDeTuiterosConLasso, #AndresNoMientrasOtraVez, BorregoDateCuenta, #TeVieronLasHuevas, entre otros. ¿Cómo se logra esto? Lo natural sería que una comunidad comparta voluntariamente contenido usando estos hashtags, en un tiempo determinado. Sin embargo,
como estrategia de comunicación digital y en plena campaña electoral, se utilizan ¿Son efectivas estas otro tipo de recursos, como campañas? los ‘troll centers’ o los ‘bots’. Hasta el 25 de marzo, Lasso LA HORA conversó con gastó $447.877 en publiciun experto en este tipo de es- dad en Facebook; Arauz, trategias, pero por seguridad $52.380 en dos cuentas dipidió no revelar su nombre. ferentes. Entre fotos de sus Explica que una campaña actividades y continuos camde ‘trolls ‘en redes sociales bios de imagen para generar es organizada por una, tres empatía, los candidatos pio 20 personas y el precio va den el voto del electorado. desde los $2.000, sin conTal es la fe que le tienen a siderar la pauta en redes. las redes sociales, que Lasso “Creamos el mensaje y escri- y Arauz se repartieron los bimos varias frases en torno a estrategas de comunicación este, luego nos repartimos el digital del expresidenciable trabajo y comenzamos Xavier Hervas (ID). a publicar en redes. EL DATO Eduardo Bonilla, Algunas van con me- El 11 de abril director de Comunimes o videos elabora- de 2021 los cación de la campaña dos, con el fin de que ecuatoria- de Lasso, confirmó parezca que lo hizo un nos elegirán la participación de ciudadano cualquiera. al nuevo pre- Juan Mateo Zúñiga, sidente. Esos son los que geque hasta la primera neran más interacción vuelta fue jefe de la porque hace que las personas campaña de Hervas. se sientan identificadas”. Por su parte, Arauz sumó “Pandora” asegura que a su equipo de campaña a una persona es capaz mane- Ricardo Castillo y Santiajar desde 10 hasta 50 cuentas go Martínez. El primero falsas. “Cuando la operación fue del equipo Hervas y el es grande llamamos refuer- segundo lo preparó para el zos. Se contrata estudiantes, debate de la primera vuelta. pero no se les dice que es un No obstante, pese a las ‘troll center’, solo que deben cuantiosas inversiones y los publicar lo que se les dice, esfuerzos de ambos candide acuerdo a un cronograma datos, un ‘like’ no equivale a que elaboramos”, asegura. un voto, asegura el consultor Asimismo, dice que tie- político Jorge León. “Las renen un software especial des sociales son una herrapara manejar varias cuentas mienta para amplificar el al mismo tiempo. “No te voy mensaje. Para tener un mea decir el nombre, pero fíja- jor alcance, pero no asegura te en los usuarios de Twit- votos”, dice. (LGP)
PREGUNTAS QUE DEBES HACERTE PARA VERIFICAR INFORMACIÓN QUE CIRCULA EN REDES SOCIALES ° ¿Quién escribe? Busca al autor en Google u otra plataforma para identificar qué clase de fuente es.
Cuando la operación es grande llamamos refuerzos. Se contrata a estudiantes universitarios”.
La estrategia en el caso de las redes es más efectiva cuando se concentra en recoger lo que el ciudadano quiere”.
TRABAJADOR DE UN ‘TROLL CENTER’.
JORGE LEÓN,
CONSULTOR POLÍTICO.
ter que terminan con varios números. Esos son falsos. Tienen números porque así es fácil seguirles el rastro”, agregó Pandora.
° ¿Por qué me llega esta información? Sospecha de todo lo que llegue a tus manos y si te genera dudas, mejor no lo compartas. ° ¿Dónde está publicado? Varias páginas web reproducen contenidos sin filtrar la información. !Cuidado!, que esté
en la red no es garantía de que sea real. Haz tu propia búsqueda. ° ¿Qué se puede verificar? Texto, imágenes y videos. Hay herramientas gratuitas como Tineye, Frame by frame o búsqueda inversa de imágenes en Google. ° ¿Cómo es la información? Si te llegan mensajes por redes o WhatsApp, pon atención en los datos citados, por ejemplo, quién dijo, dónde o si la fuente tiene credenciales. De paso, mira bien el logotipo y el nombre, porque hay cuentas que se apropian de los identificativos de medios serios con otros nombres para confundir al usuario.
$548 millones menos en ingresos para la caja fiscal
ECONOMÍA I
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Entre enero y febrero se recibieron $2.231 millones. Con la baja producción petrolera y la crisis en el resto de los sectores, el financiamiento externo es vital.
La reducción de más del 14% en el gasto público no fue suficiente, pues las cuentas fiscales continúan desequilibradas. Entre enero y febrero de 2021, el Presupuesto General del Estado (PGE) recibió $2.231 millones, lo que representa $548 millones menos en comparación con 2020. Esa reducción equivale a 3,5 veces la inversión anual en el sector agropecuario o casi cinco meses de gastos del Ministerio de Inclusión Económica y Social.
Sin recursos
Con 17 de 24 sectores económicos sin recuperación, el aporte de los impuestos cayó en $123 millones. Mientras que por otras fuentes, como el financiamiento externo, se recibieron $283 millones menos que en el inicio de 2020. Fausto Ortiz, exministro de Economía, comentó que, entre enero y febrero de
PRODUCCIÓN. El aporte del petróleo se redujo un 86%.
2021, solo desde China llegó más crédito. Por eso, el analista consideró que, desde la Asamblea y otros sectores políticos, se debería tomar mayor consciencia de la importancia de los $450 millones que podría llegar hasta mayo si se cumple con las metas del acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI). Sin ese desembolso, atado a la aprobación de la Ley de Defensa de la Dolarización, el gobierno entrante podría heredar un mayor y el nivel
de atrasos y gastos pendientes, tanto con proveedores, gobiernos locales e incluso la nómina del sector público.
Ingresos petroleros no ‘levantan cabeza’
Al inicio de 2020, el PGE recibió $165 millones procedentes de exportaciones petroleras. Sin embargo, este año esos ingresos fueron de $23 millones, lo que representa una caída de más del 86%. A pesar de que los precios internacionales del petróleo están promediando los $60 por barril, la caja fiscal recibe menos. El volumen de producción de Petroecuador está 20.000 barriles diarios por debajo de lo que se registraba el año anterior. Más del 80% de los campos petroleros del país, controlados por el Estado, producen 398.000 barriles. Según información revelada durante la última semana, el Gobierno hará un esfuerzo adicional para subir el nivel hasta los 400.000 barriles diarios hasta antes del 24 de mayo de 2021. Para eso, se invertirá en la perforación de ocho pozos en el campo Tambococha, que es parte del bloque 43 ITT, y otros cinco en Sa-
cha. Rodrigo Muñoz, experto petrolero, comentó que el sector ha sido mal manejado durante más de una década, lo que da como resultado que perdamos millones de dólares en ingresos.
Una ‘bola de nieve’
Entre enero y febrero de 2021, el gasto público se redujo un 14,3%, pasando de $2.398 millones a $1.881 millones. El ajuste suma $421 millones en sueldos y compras públicas; además, la renegociación de la deuda
externa en bonos permitió que se pague $295 millones menos en intereses. Sin embargo, las transferencias corrientes, que incluyen los desembolsos a Gobiernos locales, aumentaron un 73%, desde $284 millones a $491 millones. Esa austeridad en el gasto no compensa el desplome en los ingresos, por lo que el déficit fiscal se disparó este año un 400%. Así, el hueco en la caja ha ido de $33 millones en 2020 a $180 millones en la actualidad. (JS)
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PAÍS 4
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VACUNAS ANTICOVID PARA PACIENTES CON CÁNCER
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El Plan de vacunación se convirtió en secreto de Estado
POBLACIÓN. Hasta el 24 de marzo de 2021, el Ministerio de Salud vacunó a 152.526 personas con una dosis y 38.656 con las dos.
Mauro Falconí, ministro de Salud, dijo que elaboró uno en 72 horas, pero no es público. Expertos explican que urge establecer los territorios con mayor mortalidad. Lenín Moreno, presidente de la República, se lavó las manos con el plan de vacunación contra la Covid-19. Dijo que el proceso solo estuvo en “la cabeza” del exministro de Salud, Juan Carlos Zevallos. Ecuador pasó dos meses inmunizando personas sin un plan estructurado. “Eso es atentar contra la salud física y mental de las personas”, dice la epidemióloga Saskya Lemus, quien consi-
dera que esto además de retrasar la ansiada inmunidad de rebaño, también deteriora el sistema inmune. “La esperanza de la gente se llama vacuna, cuando ves que no funciona te desanimas, te deprimes y eso baja las defensas, nos vuelve una sociedad más vulnerable”, destaca.
¿Dónde está el nuevo plan? Luego de que Moreno se contradiga, diciendo que no ha-
¿Quiénes no pueden vacunarse?
Sin orden
Mujeres embarazadas o en periodo de lactancia. Quienes ya se contagiaron de Covid-19 (por ahora). Menores de 18 años.
Fuente: Ministerio de Salud.
bía plan de vacunación, luego que sí, pero que no estaba bien estructurado porque era discrecional (beneficiaba a ciertos grupos), el ministro de Salud, Mauro Falconí, detalló que elaboró un nuevo plan en 72 horas. Sin embargo, hasta el viernes 26 de marzo de 2021, en la web del Ministerio de Salud, aparecía el plan de vacunación con la versión del 29 de diciembre de 2020. Además, la hoja de ruta está fechada con el 8 de octubre de 2020 y no con la nueva fecha de modificación. LA HORA consultó al Ministerio de Salud, sobre el plan realizado por Falconí, pero no hubo respuesta.
Personas con inmunodepresión, problemas de coagulación o reacciones alérgicas.
Lemus agrega que, si bien se ha reconocido la falencia “que estaba a la vista, 72 horas no bastan”. El investigador y catedrático, Alberto Narváez, coincide. Detalla que no hay orden. “Si hay pocas vacunas, se debe empezar por los mayores de 70 años. (…). Para alcanzar el mayor costo-efectividad de vacunación hay que concentrar los esfuerzos y recursos en los territorios y personas con mayor frecuencia, ries-
go de contagio y muerte, y con mayor carga de enfermedad”, señala Narváez, quien estructuró un plan de vacunación y espera que el Ministerio de Salud, pueda tomarlo en cuenta. Narváez destaca que también hay que establecer los territorios con mayor mortalidad. El investigador ha elaborado una base de datos en la que señala que un 80% de los casos graves se concentra en 40 cantones del país. “Son preliminares, levantados por nosotros, porque el Ministerio no nos ha entregado la elaboración. Pero es necesario elaborar el plan detallando dónde hay más muertos en este país”. Ambos investigadores, aspiran conocer el nuevo plan, pero, que sobre todo, “haya transparencia y se comience a vacunación por los grupos de más alto riesgo, tanto por edad y vulnerabilidad socioeconómica. Hay que vacunar en orden”, dice Narváez y destaca que “al parecer (en el Ministerio de Salud) no hay epidemiólogos no están aplicando estos factores. Al parecer los epidemiólogos del Ministerio de Salud se están olvidando cómo se ha actuado en otras pandemias”. (AVV)
Muchas personas con cáncer se preguntan si es seguro recibir una de las vacunas Covid-19 aprobadas. Gustavo Dávila, presidente de Jóvenes Contra El Cáncer, solicitó que sean incluidos en la primera fase ya que el riesgo de muerte de un paciente de cáncer es mayor, si contra coronavirus. Según un artículo escrito por la hematóloga y oncóloga de Cleveland Clinic, Halle Moore, a la mayoría de los adultos con cáncer o antecedentes de cáncer, se recomienda la vacunación contra la Covid-19, pero hay factores que estos pacientes deben considerar primero. Los efectos secundarios comunes después de la vacunación son dolor en el brazo, fatiga y dolores musculares. También pueden aparecer fiebre y escalofríos, especialmente después de la segunda dosis. Después de la vacunación, algunas personas pueden desarrollar ganglios linfáticos agrandados. Estos ocurren con mayor frecuencia en la axila o en el cuello del lado de la vacuna. Dado que el cáncer también puede causar agrandamiento de los ganglios linfáticos, es importante que los pacientes con cáncer se den cuenta de que este es un posible efecto secundario y, por lo general, no es una señal de que su cáncer está creciendo, “aunque sabemos que puede dar miedo”, agrega el artículo. Para estos pacientes, la observación debe estar compuesta, a más de epidemiólogo, por especialistas. Sin embargo, el Ministerio de Salud Pública (MSP) dispuso que en las fases 2 y 3 se vacunará a los mayores de edad con excepciones: personas con inmunodepresión o que estén en tratamientos contra el cáncer, con trastorno de coagulación, reacciones alérgicas severas a medicinas o vacunas, mujeres embarazadas o que hayan planificado embarazarse en los próximos meses.
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O
Un maestro útil enseña a reconocer hechos ‘inconvenientes’ - inconvenientes para las opiniones del partido.”
Aquel en quien el sentimiento de la vergüenza ha muerto, es hombre perdido.” TITO MACCIO PLAUTO (254-184 A.C.)
MAX WEBER
ALEJANDRO QUEREJETA BARCELÓ
Despertar la memoria
De izquierda a derecha y de arriba abajo, en ciertas agrupaciones políticas no se tiene otra idea que la de permanecer a toda costa. Su praxis política se circunscribe a lo primitivo: “no obtuve esto, por tanto, no cuenten conmigo”. Para muchos de sus cabecillas no resulta difícil no dejarse seducir. Echar mano al papel de víctimas es una conducta habitual en esos medios. Borrar la historia de la memoria los votantes es la consigna. Incluso de quienes se abanderan con el voto nulo. Nulidad es, exactamente, si es que esa corriente de opinión cala en los votantes, lo que vamos a tener: anulación, invalidación, ineptitud, insuficiencia, inutilidad, incompetencia, torpeza, impericia. Volveremos así, en amarga tradición, a frustrarnos en cuanto la política. La conciencia de libertad es una ilusión. La cuestión de la culpa es fácil de resolver: la tienen otros, por supuesto. El Estado de Derechos y los principios constitucionales son simple papel mojado. Sus representados, un rebaño obediente. De ahí la necesidad de mantener despierta la memoria para las nuevas generaciones, si es que se quiere tener un país incluyente y próspero sobre bases reales. Hay fundamentalismos en nuestra manera de entender las relaciones sociales y culturales, como muros por derribar. El viejo principio “pienso luego existo” de Descartes podría traducirse en un lamentable “manipulo, luego controlo todo y a todos”. Tamaña nulidad democrática quiere convertirse en una cruz que todos deberemos llevar a cuestas. El terreno de juego ya está delimitado. No hay casualidades. No es una categoría política, sino moral. Cada vez, está más claro: la memoria democrática y la memoria histórica renquean entre nosotros. Mentira tras mentira, los votantes saben que ciertos políticos están mintiendo y lo que les importa es el poder. ¿A quién le importa? La línea divisoria no es entre la derecha y la izquierda, sino entre lo amoral y lo moral. Ese es el meollo del problema. aquereje@gmail.com
La desfachatez
La política y sus actores no dejan de asombrar. En el decenio pasado, se concedió al exvicepresidente un asilo voluntario con gastos pagados en la ciudad más exclusiva de Europa. Lo trajeron porque fue el sucesor elegido, aunque con un delincuente como binomio. Cuando Glas terminó en la cárcel, le volvieron a imponer una ‘vice’ que resultó ser la reina de los diezmos. Tampoco él ha sido un modelo de delicadeza; cobró doble sueldo durante años. De los últimos tres períodos presidenciales, quedan 1.700 casos documentados de delitos contra el Estado pero muy pocos juicios; hoy intentan volver para archivarlos. No hay nada que se salve de la corrupción. Para obtener un contrato, para que reciban la obra y para que que el Estado pague se requiere tramitadores y coimas. No sorprende que el hijo reguetonero del
MANUEL CASTRO M.
Embuste de vacaciones
Más allá de que el señor Arauz sea o no un buen candidato, tenga éxito o no en llegar a la presidencia de la República, nada le quita que es un embustero. Poco éxito es tener en un debate que negar que sea el candidato de Correa y su corte de los milagros, no querer hablar de las tropelías de las que participó en ese gobierno. No es mérito, sino falta de argumentos, el atacar por nimiedades al otro candidato. Embuste es tapar los crímenes del gobierno de Correa, no condenar la difícil vida, ausencia de libertades y democracia
Alcalde de Quito se haya convertido en tramitador y comisionista municipal, y que -ademásreciba pagos anticipados, maneje información para extorsionar a contratistas, hable de dictámenes fiscales abstentivos, nombre al Juez que misteriosamente difirió la audiencia y que ofrezca los bienes de la ciudad como aporte para construir hoteles. Todo consta en el parte policial, que según el COIP marca indicios suficientes para justificar medidas cautelares que no llegarán. El nuevo títere que aspira a la presidencia vivió los últimos 12 años de burócrata, de los cuales trabajó dos y recibió una jugosa liquidación tras vender su renuncia. La cereza del pastel llega con la admisión del Banco Central de que existen 32 burócratas más en similar condición. ¿En qué momento se perdió el rumbo de la decencia y la ‘caradura’ se volvió requisito para gobernar?
en Cuba, Venezuela, Nicaragua, Argentina. Al final poco le interesa implantar la honradez y mejorar el sistema democrático, sino tomar el poder. Muy ligeramente se habla de que el pasado no pesa. Y, sin embargo, se quiere manipularlo al antojo: Stalin falló, no el comunismo; Cuba no es una isla próspera, por culpa de los Estados Unidos; Venezuela, fracasa por culpa del imperialismo; Nicaragua es pobre, por culpa del neoliberalismo; Argentina se atrasa, por culpa de las multinacionales antiperonistas; Correa es honrado, por eso le persiguen las oligarquías. George Orwell afirma que “Quien controla el presente controla el pasado y quien controla el pasado controla el futuro”. Tal es la habilidad siniestra del socialismo del siglo XXI, un enredo entre populismo, marxismo y su amor-odio al dólar, que
demuestra su poca consistencia y que su único afán es perennizarse en el poder. En el gobierno de Moreno tales embustes han estado parcialmente de vacaciones, pues no tenía otra vacuna. Todo a medias, pues entre faquires no se esconde los clavos. Hoy en la Asamblea se han unido los compadres para su sucio juego: permitir el asalto a la reserva monetaria si es que gana su candidato. Los jueces ya estarán poniendo las barbas en remojo ante las presiones o cancelaciones que vendrán para que se anule la sentencia a Correa, se absuelvan y pongan en libertad a Glas, Mera, Pareja, etc. De decapitar a jueces, fiscales, contralores, órganos de control, se encargará el repudiado Consejo de Participación Ciudadana, hoy bendecido por correístas y leninistas. macastro@uio.bce.fin.ec
FRANKLIN BARRIGA LÓPEZ
Hoja de ruta La Universidad de Columbia, el más importante centro superior del mundo en materia periodística, publicó su informe acerca de la felicidad en el planeta. De cara al 2021, el documento ubica a países del norte de Europa, Finlandia, Dinamarca, Suiza, Islandia y Holanda en los primeros lugares, como los más felices, en contraste con quienes ocupan los últimos, Afganistán y varios africanos. En síntesis, es una clasificación ecuménica del bienestar. En el extremo superior están las naciones prósperas y, en el otro, las atrasadas. Este referente demuestra el grado de superación que han tenido o que carecen los pueblos, condicionados a circunstancias de diversa índole, siendo el sentido histórico, la paz, la educación y el esfuerzo cohesionado de sus habitantes los que determinan el progreso. No se puede decir que en Ecuador impera la felicidad, a pesar de poseer cuantiosos recursos. Hace falta una brújula para el adelanto que conduzca a los habitantes por el camino del ascenso, partiendo de la visión patriótica y del cumplimiento de objetivos nacionales que constituyan la hoja de ruta como política de Estado, a fin de evitar improvisaciones y más desaciertos de los gobiernos de turno. La clave está en elegir gobernantes capaces y honestos, que sepan dirigir a la Patria con autenticidad, civismo, decencia, buscando siempre el bien común y no la hegemonía de grupos hasta mafiosos, que llegan con obsesivas intenciones de saquear los fondos públicos y crear conflictos. Inmenso reto para los ecuatorianos que demanda reflexión, responsabilidad y visión de país cuando se deposite el voto el 11 de abril, para que después no haya lamentos tardíos, estériles, frustrantes. fbarriga@lahora.com.ec
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Editora Nacional GABRIELA VIVANCO SALVADOR Editores Regionales JULIA GUERRA - FRANCISCO VARELA e-mail:
Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec Publicidad: publicidad@lahora.com.ec Año: XXXVIII No. 13090
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
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GLOBAL 6
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Cientos de embarcaciones esperan pasar por una de las vías fluviales más transitadas del mundo. El Cairo, EFE. Las autoridades egipcias trabajan, sin cesar, para reflotar el gran portacontenedores Ever Given, de bandera panameña, encallado en el canal de Suez desde el pasado martes 23 de marzo de 2021, para permitir el tránsito de los más de 300 barcos en cola, aunque hasta el momento los intentos no han tenido éxito a pesar de la marea alta. Uno de los avances que se han hecho de la noche del sábado al domingo ha sido el de liberar tanto el timón como
QUITO
Israel intenta reflotar el portacontenedores Ever Given las hélices del buque, según indicó la compañía de servicios marítimos Gulf Agency Company (GAC), con sede en Dubái y que opera en el canal. El jefe de la Autoridad del Canal de Suez, Osama Rabie, informó en un comunicado de que se habían dragado ya 27.000 metros cúbicos de arena de la orilla en la que está encallada la proa del barco, llegando a una profundidad de 18 metros.
Aprovechar la marea alta
Continúan los trabajos para desencallar el Ever Given las 24 horas del día y que se realizan "trabajos de dragado durante el día y maniobras de tracción por parte de los remolcadores en los momentos compatibles con condiciones
REMITIDO SOLICITADO POR: Crnl. Galo Monteverde C.I.: 170175967-0
CLAMOR CIUDADANO
Es notorio y alarmante que la Fiscalía de Colombia, por dos ocasiones, entregó pruebas y evidencias, sobre una aportación económica de fuerzas delincuenciales y terroristas, en beneficio de la candidatura presidencial del binomio ArauzRabascall; precisamente, cuando en Ecuador estamos en pleno proceso electoral. Este acto ilegal, alerta de un plan siniestro que atenta contra la soberanía e integridad del país. Es la posible comisión de un grave delito que ha sido denunciado directa y oportunamente a las Autoridades judiciales ecuatorianas, convirtiéndose así en infracción sancionable y condenable, además de ser una intromisión delictuosa y prohibida por la ley, en un proceso electoral. Con tales antecedentes, exigimos a las instituciones que, al amparo de la Constitución y leyes vigentes, adopten medidas y acciones urgentes e inaplazables, frente a posibles crímenes de graves consecuencias: 1. CORRESPONDE AL CONSEJO DE SEGURIDAD NACIONAL.- creado por ley en el 2009, presidido por el Presidente de la República e integrado por varios Ministros de Estado y representantes de las Fuerzas Armadas, impulsar sin retardo las acciones correspondientes para evitar una dolosa intromisión ilegal extranjera que pondría en peligro: la seguridad del país; su sistema democrático y su institucionalidad. La omisión de sus competencias será inaceptable y reprochable y llevaría a la conclusión de que sus funciones han sido ignoradas y no cumplidas en desmedro de los intereses patrios. 2. CORRESPONDE A LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN iniciar las acciones penales respectivas frente a un delito en pleno proceso electoral, que demanda medidas de celeridad y oportunidad, pues la mera sospecha de la comisión de un posible delito, aunque hay de ello evidencias, exige la intervención de la Fiscalía y su inacción solo demostraría incuria o temor de sus titulares y los responzabilizaría por su innegable omisión. 3. LA FUNCIÓN ELECTORAL NO PUEDE PERMANECER IMPASIBLE frente a tales fundamentadas denuncias. Precisamente una de sus funciones es transparentar la seriedad e imparcialidad de las elecciones, no permitir interferencias -peor extranjeras- en su esfera y por ende adoptar sin temor y favor resoluciones en defensa del sistema electoral, de su transparencia y pureza. Por lo expuesto, demandamos a las Funciones Públicas citadas, la adopción inmediata de acciones administrativas, judiciales y electorales, en defensa del país, de su soberanía y por elemental ética y responsabilidad. Es de su obligación cumplir con tales competencias que les ha otorgado el pueblo ecuatoriano. FRENTE CIVICO ECUATORIANO Dr. Francisco Huerta Montalvo C.I. 090300917-3 Coordinador Nacional
Crnl. Galo Monteverde C.I. 170175967-0 Coordinador Pichincha
Crnl. Alberto Molina Flores C.I. 170302341-4 Coordinador Guayas
Dr. Javier Muñoz Chávez C.I. 0100024934 Coordinador Azuay
Dr. Hernán Toral Vintimilla C.I. 0101495976 Secretario F.C.E.
SITUACIÓN. Buque bloquea el Canal de Suez, desde el pasado 23 de marzo de 2021.
de las mareas". Entretanto, se siguen acumulando barcos en las dos entradas del canal, tanto en el Mar Rojo como en el Mediterráneo, y aunque algunas naves ya han desviado sus rutas para circunvalar África, según Leth Agencies, en la mañana de este domingo 28 de marzo de 2021, ya sumaban 327 las que se encuentran en cola. Por su parte, la naviera Maersk, la principal que opera en el canal de Suez, señaló que, una vez liberado el paso, se requerirán entre tres y seis días para deshacer el gran atasco que se ha generado en esta vía que supone la ruta marítima más corta entre Asia y Europa y por la que transita más del 10 % del comercio marítimo
mundial y el 25 % de los contenedores de mercancías.
de Petróleo sirio dijo en un comunicado que el bloqueo ha retrasado un petrolero Preocupación mundial con destino al país árabe y "La Comisión ha aumentado afirmó que se está "racionael estado de alerta en el puerto lizando actualmente la disde Aqaba para garantizar la tribución de derivados del seguridad marítima en petróleo para aseguel caso de que la nave rar su disponibilidad" que está bloqueando ante el probable retradel tráfico actualmente el canal so de los suministros. marítimo de Suez sea reflotada", Por el canal de Suez mundial dijo el director general pasa gran parte del pede este organismo, el transita por tróleo procedente del el canal. general Mohammad golfo Pérsico rumbo a Salman, según la agenEuropa y otros países cia oficial de noticias, Petra. del Mediterráneo, y en meDetalló que actualmente nos medida a Estados Unihay al menos 13 embarca- dos y otras partes del mundo. ciones, que transportan todo Asimismo, es la puerta de tipo de mercancías, gana- entrada a Europa de muchas do y materiales químicos, mercancías desde Asia, como cuyo destino final es Aqaba. componentes electrónicos y Por su parte, el Ministerio para automóviles.
15%
Chile detecta 7.326 nuevos contagios con el 97 % de su población confinada Las autoridades chilenas reportaron 7.326 nuevos contagios por covid-19, cerrando una semana récord de expansión de la pandemia, con la red hospitalaria al límite, 16 millones de personas en cuarentena total y más de 30.000 fallecidos entre casos confirmados y sospechosos según el Departamento de Estadísticas del Ministerio de Salud (MS). El país, cuyo confinamiento decretado por el MS afecta al 97 % de la población, mantiene 41.767 casos activos, es decir, personas con capacidad de esparcir la enfermedad. Para detener el avance del virus, durante este fin de semana el Gobierno canceló los permisos de circulación personal en todo el país, además de-
LUGAR. El Hospital de Valparaíso alertó del colapso de su morgue por muertes de coronavirus.
cretaron el cierre de grandes cadenas de supermercados y mercadillos. Pese a que lleva más de 6,3 millones de personas vacunadas contra el coronavirus, en una campaña masiva que inició en febrero pasado, el escenario alcanzó tal punto de gravedad que desde las insti-
EL DATO El 95 % de la red sanitaria está a tope y fallecieron 101 personas en las últimas 24 horas, alcanzando un total de 22.754 decesos con PCR positivo. tuciones políticas se evalúa aplazar las elecciones del 10 y 11 de abril, donde se determinará, entre otros cargos, a los delegados que redactarán una nueva Constitución.
Investigan a los ‘vacunados VIP’ en Imbabura
NORTE I
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La Defensoría del Pueblo anunció que hay denuncias por presuntas irregularidades en el proceso. IMBABURA • La falta de un plan de vacunación en el país se puso en evidencia por parte del nuevo ministro de Salud, Mauro Falconí, quien dijo, el 22 de marzo de 2021, que en 72 horas estructuró un sistema para inmunizar a la población. A esto, se suman las múltiples denuncias de personas vacunadas por ser allegadas al Gobierno Nacional, sin ser parte de los grupos vulnerables o de quienes están en primera línea, para contener la pandemia. Katherine Andrade, encargada de la Defensoría del Pueblo en Imbabura, explicó que están realizando un proceso de seguimiento al proceso de vacunación en la provincia. “Tenemos algunas denuncias, que nos van a traer sorpresas. Espero que de manera inmediata, en estos días, me entreguen el listado y vamos a dar una información mucho más clara y contundente del tema vacunas y lo que está sucediendo aquí en la provincia”, declaró, en una entrevista en TVN Canal.
Al ser cuestionada sobre si hay vacunas VIP en la provincia, como sucedió en ciudades como Quito y Guayaquil, donde se saltaron procesos o se colaron en las listas, dijo que una persona, anónimamente, puso en alerta a las autoridades locales, de que estas prácticas ilegales se estarían cometiendo en Imbabura. “Inmediatamente, como Defensoría del Pueblo, ya procedimos a pedir el listado con los nombres de los funcionarios que fueron vacunados, para nosotros visibilizar estos rumores, que ya son vox populi en Imbabura, para corroborar esta situación. Por ende, vamos a seguir verificando y constatando si se cumplieron con todo ese plan de vacunación establecido”, dijo.
Proceso
Hasta Imbabura, dentro de la primera etapa de vacunación, llegaron dos lotes, que sumaron 162 dosis en la primera remesa y 625 en la segunda. Éstas se aplicaron, supuestamente, solo al personal sanitario de los
REFERENCIA. La Defensoría del Pueblo anunció que pidió la lista de vacunados en Imbabura, para investigar presuntas irregularidades.
hospitales; sin embargo, las investigaciones de la Defensoría del Pueblo dejan en tela de duda el proceso, mucho más tomando en cuenta que se repartieron antes del 22 de marzo, cuando el MSP aún no tenía estructurado el plan. A las dosis antes mencionadas, se sumaron las que llegaron para la segunda etapa, la semana pasada, destinada a adultos mayores, pero no se detalló cuántas fueron ni a los lugares que estuvieron dirigidas. El coordinador zonal de Salud, Salomón Proaño, posesionado el 20 de marzo en el cargo, declaró que a partir de contar con un plan nacio-
Ibarra ofrece ayudar con la logística La alcaldesa de Ibarra, Andrea Scacco, mantuvo una conver°sación con Salomón Proaño, coordinador zonal 1 del Ministerio de Salud, con el que intercambió criterios en búsqueda de la firma de un convenio de cooperación para la fase de vacunación contra la Covid-19 en la ciudad. Scacco manifestó el interés de la administración municipal en colaborar y apoyar logísticamente para el mejor desarrollo de este plan, respaldada con una carta enviada al presidente Lenín Moreno, el 21 de enero de 2021, cuando inició la fase 0 del programa de vacunación.
nal, localmente “se emitieron directrices claras para transparentar la inoculación en Imbabura”. Además, como una de las acciones inmediatas para coordinar de mejor manera el proceso, instaló un puesto de mando, desde la Coordi-
nación Zonal de Salud, que se encargará de verificar todo el tema relacionado con la vacunación en general. “Este puesto de mando se activa con la finalidad de transparentar el proceso de vacunación a nuestros adultos mayores”, detalló Proaño.
Cotacachi y Otavalo ayudan a Ibarra a superar problemas por lluvias
EMERGENCIA. Hay 14 afectaciones graves por las lluvias en Ibarra.
IMBABURA • Ibarra, capital provincial de Imbabura, recibe el apoyo solidario de los cantones Otavalo y Cotacachi, ante la emergencia por las lluvias. La colaboración consiste en prestar maquinaria, volquetas, cuadrillas y tanqueros, que se unirán a las labores de limpieza y desalojo de material que lleva adelante la municipalidad, en los 21 frentes de trabajo generados por las lluvias. La alcaldesa de Ibarra, Andrea Scacco, agradeció a Mario Conejo y Auki Tituaña, alcaldes de Otavalo y Cotacachi, respectivamente, por
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FRENTES
de trabajo se abrieron por las emergencias causadas por las lluvias de marzo de 2021. colaborar con los trabajos a realizarse en esta emergencia. “Son más de 14 afectaciones graves y 21 frentes de trabajo que tenemos en el cantón por las fuertes lluvias. Es momento de trabajar en equipo con los cantones hermanos para superar la emergencia. Gracias de todo corazón por esa ayuda brindada para Ibarra”, afirmó.
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¡No bajemos la guardia, el Covid aún nos acecha!
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Todos los centros de salud existentes en la provincia de Los Ríos, también permanecen copados.
TOME NOTA
QUEVEDO • Con la llegada de
cinas, trajes de bioseguridad la pandemia a la provincia e incluso hacer adecuaciode Los Ríos, donde se repor- nes en estos lugares, para tó el primer caso positivo de que la población no se quela Covid-19, las casas de sa- de desatendida. Pero ante la lud fueron incrementando el crisis que atraviesan cierto numérico de pacientes que municipios, por el recorte atendían cada día. presupuestario, y la Es así que luego demora en las asigde haber transcunaciones de parte rrido más de un año HABITANTES del Gobierno, la sien Los Ríos de esta emergencia tuación se dificulta sanitaria, los hoscada día más. pitales se encuenCENTROS tran con su capaReacciones de Salud cidad resolutiva En el cantón Quinal máximo. saloma, cuya pobla¿Pero cuál es el ción es de 16.476, HOSPITALES panorama que se personas, a penas del MSP vive en los aproxicuenta con tres cenmadamente 90 centros de salud, y setros de Salud del gún relató el alcalde HOSPITALES Ministerio Público, Freddy Buenaño, del IESS que se ubican entre esta pandemia ha los 13 cantones de puesto en evidencia la provincia, donde la necesidad de la CENTRO la ciudadanía de los de Salud tipo C construcción de un recintos, sectores, y hospital regional. (Buena Fe) zona urbana acude Esto debido que se con la esperanza saturan los centros, de ser atendidos?. ya que allí también se atienSegún versiones de las de a personas los cantones mismas autoridades locales, vecinos. les ha tocado dar en donaIndicó que han podido ción pruebas rápidas, medi- aportar con las pruebas rá-
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MÁS DATOS
EL DATO
Para la elaboración de esta nota se solicitó la versión oficial del MSP, pero se nos informó que no tenían permitido dar entrevista a los medios de comunicación, sobre ningún tema.
Desde enero de 2021 hasta la fecha se registran 141 personas fallecidas por Covid-19, en el hospital del IESS de Quevedo, y 51 en el hospital Sagrado Corazón de Jesús del MSP.
pidas, que les han donado, movilización, mascarillas, guantes, fumigaciones y desinfecciones, pero no han podido hecho otras cosas debido a la falta de recursos. Cuando se da una emergencia las personas tienen que ir a Ventanas o Quevedo para buscar asistencia médica. “Se nota el déficit que existe en los centros de salud. En el tema hospitalario nos han quedado debiendo”, agregó. De su lado, el jefe político del cantón Buena Fe, que es el único cantón con un Cen-
tro de Salud tipo B en toda la provincia, Wilson Barros, detalló que allí se brinda atención ambulatoria, ya que los casos complicados son enviados hasta Quevedo. Indicó que la demanda de atenciones de pacientes con sintomatología respiratoria ha incrementado. En cuanto a medicinas, aseguró que no hay abastecimiento, pero que por ahora si tienen para suplir la demanda del cantón. También se conoció a través de una publicación en Facebook de la tenienta po-
° Mocache no cuenta con
un centro de Salud que atienda las emergencias las 24 horas.
° Urdaneta solo cuenta con
un respirador que fue donado y gestionado por la alcaldesa Amada Zambrano.
°
Quevedo para el 26 de abril se pueden agendar las citas para medicina general en el centro de salud de la parroquia San Camilo.
° Valencia el centro de salud
fue sometido a trabajos de mejoramiento por parte del Municipio. Allí se atienden emergencias las 24 horas.
lítica de San Carlos , María Fernanda Cueva, que está solicitado al MSP medicamentos para la diabetes, hipertensión y antibióticos. (LRU)
Invitación pública de la Fundación Museos de la Ciudad, para participar en el proceso de arrendamiento de la cafetería ubicada en el Centro de Arte Contemporáneo. Las bases y lineamientos del concurso se encuentran publicado en la página oficinal de la Fundación Museos de la Ciudad:
Los pliegos estarán disponibles a partir del día 5 de abril del 2021, según cronograma establecido en el portal de compras públicas del SERCOP.
001-003-221/ms
https://fundacionmuseosquito.gob.ec/wpcontent/uploads/2021/03/INVITACION_ PUBLICA_ARRENDAMIENTO_ CAFETERIA_CAC-1.pdf
PANORAMA. En la parroquia San Carlos del cantón Quevedo se reportó la falta de medicación para quienes padecen diabetes, hipertensión y antibióticos.
Se reubica a comerciantes mayoristas En una área de 2 hectáreas de terreno, ubicada en el kilómetro 14 de la vía Santo Domingo-Quinindé el Municipio de Santo Domingo ubicará alrededor de 600 comerciantes de las diferentes asociaciones de
mayoristas, como: 23 de Junio, Mundo Textil y Pelileo. Personal de la institución junto a una delegación de los comerciantes constataron la ubicación de los espacios que serán utilizados para la construcción. (LMM)
Inicia Semana Santa con el domingo de Ramos
Se dispone ampliación del tramo Unión del Toachi - Santo Domingo
Con poca afluencia de personas y con estrictos controles de bioseguridad se celebró el domingo de Ramos en la provincia Santo Domingo de los Tsáchilas, acto religioso con el que inicia la Semana Santa. En las diferentes iglesias se observó a los fieles llevar en sus manos ramos de palma, olivo y otros característicos. En la Catedral El Buen Pastor la primera eucaristía del día fue presidida por monseñor Bertram Wick, llegando con su mensaje a los católicos. En el cantón La Concordia hubo cinco misas en la iglesia matriz Sagrados Corazones, cuidando el aforo. En los demás templos también se desarrolló el sacramento. En la parte posterior de las iglesias se apostaron los vendedores de ramos, que según dijeron este año no ha sido muy rentable, por el 30% del aforo permitido en las misas. Francisco Abriles, en compañía de su esposa, ofrecían a un dólar el ramo. Así muchos comerciantes aprovecharon para también ofertar flores, inciensos y palo santo.
El juez de la Unidad Judicial Penal con sede en el cantón Santo Domingo, con fecha 26 de marzo, resolvió que la prefecta Johana
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trabajos, conforme se estipula en la cláusula Octava 8.1 del contrato en cumplimiento a la sentencia del superior.
Núñez entregue el anticipo al contratista y se disponga No hay recursos la iniciación de los trabajos Aproximadamente 30 millones de ampliación a cuatro carri- de dólares costaría la ampliales del tramo Unión del ción de los 15 kilómetros, Toachi – Santo Domin- EL DATO recursos con los que no go, en favor del Concuenta la institución, sesorcio Multinacional Los problemas gún lo explica Polivio se preTsáchila, quien había legales sentan desde el Flores, Procurador en la interpuesto una acción 2018, Síndico del Gobierno administración de Geovanny de protección contra el Benítez. Provincial, especifiGobierno Provincial de cando que el juez al Santo Domingo de los parecer no tiene conoTsáchilas. cimiento de la inexistencia Según la resolución la de los recursos económicos Prefecta tiene 72 horas, para para el efecto, ya que, el Banque proceda a entregar el an- co de Desarrollo del Ecuador ticipo y que el Fiscalizador (BDE), canceló el contrato de de la orden de inicio de los financiamiento.
SITUACIÓN. La institución provincial no cuenta con el financiamiento para el inicio de la obra.
Flores cuestionó la decisión del juez al disponer asuntos alejados a la resolución subida en grado, que se limitaba a que vuelvan las cosas al tiempo de la vulneración de los derechos alegada, en resumen, a la vigencia del contrato solamente. “El juzgador no puede ir más allá de lo dispuesto por la Corte Provincial”.
Como acción inmediata, el Gobierno Provincial presentará un escrito haciéndole conocer al juzgador la inexistencia de los recursos económicos y la consecuente imposibilidad de cumplir lo dispuesto, además de que, él no podía inmiscuirse en asuntos administrativos internos, sino analizar la decisión apelada. (LMM)
Celebración
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La celebración de la Sema-
na Santa continuará, el jueves 1 de abril, es la misa Crismal. A las 19:00, se celebra la Cena del Señor, donde no habrá lavatorios de los pies. El viernes 2 de abril, se conmemora la muerte de Jesús con el viacrucis, dentro del templo, a las 15:00, donde se escucharán las siete palabras que dice Jesús en la Cruz, una reflexión del evangelio. A las 19:00, será la celebración de la Pasión del Señor. El sábado de Gloria, es la Vigilia Pascual, a las 19:00, oficiada por Monseñor Bertram Wick. (LZ)
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LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
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ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA
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CONSULTA PENAL ¿Qué sucede si un sentenciado a pena de trabajo comunitario, incumple la pena, debería o no iniciarse un proceso penal por el cometimiento del delito descrito en el artículo 282 del COIP?
IMPRESCRIPTIBILIDAD: DELITOS GRAVES
AUTORES: DR. VICENTE ARIAS MONTERO Y AB. CRISTHIAN LEONARDO RAMÍREZ TOAPANTA.
Introducción Dentro del presente estudio académico analizamos la instituciones jurídicas de la imprescriptibilidad, dentro del contexto de garantizar una efectiva protección para sancionar delitos considerados como graves violaciones a los derechos humanos, generándose un debate con esta institución de la prescripción, que en determinadas circunstancias, puede contribuir a la impunidad, violentado el derecho a una tutela judicial efectiva, en este contexto se analizará lo normado en nuestro sistema procesal penal y constitucional y los aportes que brinda la Corte Interamericana de los Derechos Humanos en varias sentencias que tienen relación a los sistemas de administración
de justicia de distintos países de Latinoamérica, incluido Ecuador, pasando por examinar un caso local de detención ilegal, tortura y muerte sucedido en Machala, parroquia Puerto Bolívar en 1985, conocido como caso Cañola, quedando en primera instancia el caso en la impunidad, iniciándose un segundo proceso penal en el año 2016. Dentro del presente trabajo se logra exponer los hechos del caso Cañola con claridad y se transmite la importancia de la excepción a la aplicación de principios legales fundamentales como es la prescripción. Sobre le Imprescriptibilidad ¿Por qué hablamos de Imprescriptibilidad? Dentro de las conductas que se analizan sobre graves violaciones a los derechos humanos, existe
un tema de discusión ineludible, por ello es necesario reflexionar sobre esta institución jurídica de la imprescriptibilidad. Existe una premisa procesal conocida como prescripción, que beneficia a la persona investigada, cuando el poder punitivo del estado no llega a cumplirse con el transcurso de determinado tiempo, no existe una sentencia o proceso penal alguno, entonces el ejercicio de la acción penal prescribe, es decir no se puede realizar una imputación o formulación de cargos o cesa la ya iniciada, que normalmente puede avanzar hasta el auto de llamamiento a juicio. El tiempo depende de la legislación de cada país. Con excepción de los delitos que se consideran imprescriptibles; en la Constitución del 2008, en su Art. 80 señala “...Las acciones y penas por delitos de geno-
cidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada de personas o crímenes de agresión a un Estado serán imprescriptibles...”; luego en el Art. 233, también indica: “...Delitos de peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito. La acción para perseguirlos y las penas correspondientes serán imprescriptibles y en estos casos, los juicios se iniciarán y continuarán incluso en ausencia de las personas acusadas...”. También debemos anotar que en el último inciso del Art. 396 se indicada: “Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán imprescriptibles.”; siguiendo estos enunciados, estos delitos serían las únicas conductas imprescriptibles, el resto de conductas penalmente relevantes si prescriben.
RESPUESTA En cumplimiento de la disposición transitoria décimo segunda del Código Orgánico Integral Penal, se sancionó el Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social del Ministerio de Justicia, Derecho Humanos y Cultos, el cual en su artículo 109 regula la ejecución de las penas no privativas de la libertad. La ejecución de las penas no privativas de libertad, está a cargo del organismo técnico (artículo 688 COIP), el cual es parte del sistema nacional de rehabilitación social, las atribuciones globales de dicho organismo se encuentran reguladas en el artículo 674 del COIP. En la construcción típica contenida en el primer inciso del artículo 282 del COIP, es amplia, se requiere que la orden que incumpla el sujeto pasivo sea una emitida por la autoridad competente en uso de sus facultades, es decir que tiene que ser legal y constitucionalmente dada. Es un tipo penal abierto, correspondiendo a los jueces determinar la adecuación de determinada conducta a este delito. El incumplimiento de una pena no privativa de la libertad acarrea responsabilidades civiles, penales y administrativas a los funcionarios que no cumplieron con sus funciones. En cuanto a la posibilidad de aplicar el artículo 282 del COIP, el mismo será aplicable siempre que la conducta del sujeto activo se ajuste a la descrita en el tipo, por lo que si el juez evidencia que dichos elementos se cumplen deberá informar con la noticia del delito a la Fiscalía General del Estado para que de la investigación correspondiente. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
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Esta premisa pierde fuerza y se destruye cuando se investiga delitos de Graves Violaciones a los Derechos Humanos. Es necesario despejar las dudas sobre el tema de la imprescriptibilidad de la acción penal en este suceso de grave violación a los derechos humanos, sucedido el 27 de febrero de 1985. A la presente fecha ha transcurrido más de treinta años, y que de conformidad a las reglas de prescripción de la acción penal en la legislación ecuatoriano puede parecer que ha transcurrido el tiempo necesario para aplicar esta institución jurídica de la prescripción. De acuerdo al COIP el Art. 417, señala: “... El ejercicio público de la acción prescribe en el mismo tiempo del máximo de la pena de privación de libertad prevista en el tipo penal, contado desde que el delito es cometido. En ningún caso, el ejercicio público de la acción prescribirá en menos de cinco años”. Es decir que el tiempo máximo, en la actualidad en el Ecuador es de treinta años y de acuerdo al Código Penal vigente en el año 1985, era de quince años. Se deja constancia de lo que dice la Constitución de la República
(1979). En su Art, 44 expresaba: “...El Estado garantiza a todos los individuos, hombres o mujeres que se hallen sujetos a su jurisdicción, el libre y eficaz ejercicio y goce de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, enunciados en las declaraciones, pactos, convenios y más instrumentos internacionales vigentes”; Que la misma norma suprema en su Art, 3.- señala “….El Estado ecuatoriano acata los principios del derecho internacional:”. En la actual constitución Art. 417, capítulo segundo de los Tratados Internacionales indica: “En el caso de los tratados y otros instrumentos internacionales de derechos humanos se aplicarán los principios pro ser humano, de no restricción de derechos, de aplicabilidad directa y de cláusula abierta establecidos en la Constitución”. Luego el Art, 424 expresa: “Que la Constitución y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ratificados por el Estado que reconozcan derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, prevalecerán sobre cualquier otra norma jurídica o acto del poder público”. Dentro del presente caso, es necesario considerar que las concurrencias de delitos cometidos en contra de la víctima O. Cañola, (privación ilegal de libertad, tortura y muerte), que en forma individual cada uno son prescriptibles, pero al ser calificadas como
Graves Violaciones a los Derechos Humanos, estas conductas penales se consideran en el ámbito del Derecho Penal Internacional como ¡Imprescriptibles! Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la Imprescriptibilidad en Latinoamérica. Caso Almonacid vs Chile (2007) El hecho que sustenta la acción penal es el delito de homicidio cometido en contra del señor Almonacid Arellano de 42 años de edad, que el 16 de septiembre del año 1973 fue detenido en su domicilio ubicado en la población Manso de Velasco, de la república de Chile, por carabineros, quienes le dispararon, en presencia de su familia, a la salida de su casa. Falleció en el Hospital Regional de Rancagua el día 17 de septiembre de 1973, era el inicio del gobierno de Agusto Pinochet, quien había derrocado al presidente Salvador Allende en Chile, desde este momento empezaron las acciones legales para conseguir sanciones a los responsables de este delito contra la vida, fueron varias las resoluciones que se dictaron, en la justicia chilena se discutía el fuero de los responsables por ser miembros de la “fuerza pública”. Finalmente, la Justicia chilena resolvió el 11 de noviembre de 1998 declarar el archivo del expediente,
en conclusión, no hubo sanción a los responsables. Se inició, entonces, la reclamación internacional, mediante una denuncia presentada en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, teniendo como parte demandada al Estado de Chile, y la Corte IDH emite su sentencia el 26 de Septiembre del 2006, que en su párrafo 151 señala1: El Estado no podrá argüir ninguna ley ni disposición de derecho interno para eximirse de la orden de la Corte de investigar y sancionar penalmente a los responsables de la muerte del señor Almonacid Arellano. Chile no podrá volver a aplicar el Decreto Ley No. 2.191, por todas las consideraciones dadas en la presente Sentencia, en especial las contenidas en el párrafo 145. Pero, además, el Estado no podrá argumentar prescripción, irretroactividad de la ley penal, ni el principio no bis in idem, así como cualquier excluyente similar de responsabilidad, para excusarse de su deber de investigar y sancionar a los responsables. (pág. 60) Como se puede observar, la Corte Interamericana fue clara frente a estas conductas penalmente relevantes de Graves Violaciones de Derechos Humanos, en el sentido que no se podría aplicar la prescripción, ya que al no existir una independencia judicial el resultado final fue dejar en la impunidad este hecho.
Por ello la CIDH en su sentencia ordenó que la justicia chilena inicie una nueva investigación, como efectivamente aconteció. Caso Barrios Altos vs Perú El caso “barrios altos vs Perú”2, es una sentencia que detalla la responsabilidad internacional de Perú por la masacre en “Barrios Altos” por parte de agentes militares, así como la falta de investigación y sanción por parte del gobierno peruano a los agentes que cometieron estos delitos. Los hechos acontecieron el 3 de noviembre de 1991, cuando seis individuos armados irrumpieron en el inmueble ubicado en Jirón Huanta del vecindario conocido como Barrios Altos de la ciudad de Lima. Los atacantes llegaron al sitio en dos vehículos que portaban luces y sirenas policiales, que fueron apagadas al llegar al lugar de los hechos. Estos individuos se cubrieron el rostro con pasamontañas y obligaron a las presuntas víctimas a arrojarse al suelo, para posterior a ello dispararles indiscriminadamente, matando a 15 personas e hiriendo a otras cuatro. Luego de estos acontecimientos los atacantes huyeron en dos vehículos. El 14 de Julio de 1995, la Undécima Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima decidió dentro del caso de “Barrios Altos”, archivar el proceso definitivamente. Es decir, el delito, dentro de la justicia interna, quedó en la impunidad. Finalmente, con fecha 14 de marzo de 2001 la Corte IDH3 emite una sentencia de fondo que en su parte pertinente respecto a la prescripción de delitos contra los derechos humanos se pronuncia de la siguiente manera: 13. La tipificación de esas conductas y el procesamiento y sanción de sus autores, constituye una obligación de los Estados, que no puede eludirse a través de medidas tales como la amnistía, la prescripción, la admisión de causas excluyentes de incriminación y otras que pudieran llevar a los mismos resultados y determinar la impunidad de actos que ofenden gravemente esos bienes jurídicos primordiales”. (Barrios Altos Vs. Perú, pág. 3) Es necesario considerar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, tiene jurisdicción internacional sobre todos los Estados que forman partes de los pactos y convenios internacionales de protección de derechos humanos. En este sentido sus sentencias son vinculantes
Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la Imprescriptibilidad en Ecuador Caso Albán Cornejo vs Ecuador En el Ecuador tenemos algunos casos resueltos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que hacen referencia a delitos de Graves Violaciones a los Derecho Humanos entre los que podemos anotar: Albán Cornejo y otros vs. Ecuador (2007)4, donde refiere que no procede la prescripción en delitos de Graves Violaciones de los Derechos Humanos. Los acontecimientos versan sobre la historia de Laura Susana Albán Cornejo, quien ingresó el 13 de diciembre de 1987 al Hospital Metropolitano, institución de salud de carácter privado, situada en Quito, debido a un cuadro clínico de meningitis bacteriana. El 17 de diciembre de 1987 durante la noche, la víctima sufrió un fuerte dolor. El médico residente le prescribió una inyección de diez miligramos de morfina. El 18 de diciembre de ese mismo año, mientras permanecía bajo tratamiento médico, la señorita Albán Cornejo murió. Desde entonces sus familiares inician una serie de acciones legales buscando sanciones en contra de sus responsables de este homicidio culposo -mala práctica médica. Transcurrido el tiempo y sin respuesta de la justicia, se concluye el proceso penal con el auto de prescripción de la acción penal. En conclusión, el delito quedó impune. Los familiares de Susana Cornejo presentaron su denuncia en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, luego del trámite respectivo, la CIDH, en su sentencia dictada el 22 de noviembre del 20075, declara la responsabilidad del Estado ecuatoriano, y en
su párrafo 111. Dice: La prescripción en materia penal determina la extinción de la pretensión punitiva por el transcurso del tiempo, y generalmente, limita el poder punitivo del Estado para perseguir la conducta ilícita y sancionar a sus autores. Esta es una garantía que debe ser observada debidamente por el juzgador para todo imputado de un delito. Sin perjuicio de lo anterior, la prescripción de la acción penal es inadmisible e inaplicable cuando se trata de muy graves violaciones a los derechos humanos en los términos del Derecho Internacional. La jurisprudencia constante y uniforme de la Corte así lo ha señalado. En el presente caso no opera la exclusión de prescripción, porque no se satisfacen los supuestos de imprescriptibilidad reconocidos en instrumentos internacionales. Esta sentencia abre la puerta a que los delitos donde se observa que ha existido una Grave Vulneración a los Derechos Humanos no queden impunes, más por lo contrario se dispone que el Estado realice una investigación seria para esclarecer los hechos ocurridos y dar justicia a las víctimas y sus familiares. Volviéndose indispensable que se garantice la justicia dentro de estos delitos, y que se prohíba las alegaciones de instituciones jurídicas que pretendan dejar en la impunidad estos crímenes. La Imprescriptibilidad dentro del Caso Cañola Como consecuencia de lo expuesto a lo largo del presente estudio académico, se ha podido demostrar que en la mayoría de los casos los Estados no reconocen su responsabilidad en estas conductas de Graves Violaciones a los Derechos Humanos. En particular dentro del caso Cañola de la revisión del proceso se anota que, el 18 de septiembre del 2009, se dicta auto de prescripción de la acción penal a favor de los agentes de policías acusados, el mismo que es confirmado el 17 de junio del 2010, por la Sala de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de El Oro, es decir que el sistema de administración de justicia en esta primera instancia incumplió con su deber de otorgar una tutela judicial efectiva, una investigación objetiva, responsable, y este actuar contribuyó para que las personas responsables de esta conducta no reciban una sentencia justa. De la misma manera se ha demostrado que la prescripción
de los delitos no opera dentro del caso Cañola, toda vez que, al ser consideradas estas conductas como Graves Violaciones a los Derechos Humanos, la obligación de los Estados que forman parte de los convenios y tratados internacionales, es de perseguir y sancionar todo delito que atente contra la dignidad y vida de todo ser humano. Con estos argumento es retomado el caso Cañola por la Comisión de la verdad, se recopilan nuevos elementos probatorios, se destruye el argumento del linchamiento popular, que fue el sustento legal del primer proceso, y se evidencia que el señor Cañola es aprehendido sin orden judicial el 27 de febrero de 1985, que ingresa al recinto policial sin golpes, así constan varias versiones, en la investigación efectuada por los agentes del SIC, sufre lesiones en su cuerpo, luego es traslado al HTD de Machala, donde fallece el mismo día. Con estos nuevos elementos la Fiscalía General del Estado, sustentando que nos encontramos en un caso de Graves Violaciones a los Derechos Humanos, y en aplicación a la Constitución de la República, Tratados Internacionales, vigentes al momento que sucedieron los hechos, y además en consideración a la Jurisprudencia Internacional emitida por la CIDH, y de la propia Corte Nacional de Justicia del Ecuador, concluye que no son aplicables las instituciones jurídicas de prescripción y prohibición de doble juzgamiento. Es importante mencionar que el caso Cañola termino con una sentencia condenatoria en contra de dos ex policías que participaron en los hechos en 1985, por ende y conforme lo “proclama el Art. 169 de nuestra Constitución: El sistema procesal es un medio para la realización de la JUSTICIA”, en esta ocasión luego de 32 años se ha conseguido justicia para los familiares de O. Cañola. “La justicia tarda, pero llega”. (Unidad Judicial de Garantias Penales de El Oro 2016) Autores: Dr. Vicente Arias Montero y Profesor Titular de la Universidad Técnica de Machala. Magister en Derechos Fundamentales y Justicia Constitucional – Universidad de Guayaquil. Ab. Cristhian Leonardo Ramírez Toapanta: Magister en Derecho Mención Estudios Judiciales – Instituto de Altos Estudios Nacionales.
REFERENCIA BIBLIOGRAFÍCA.
Asamblea Nacional Constituyente. 2014. Codigo Organico Integral Penal. Ecuador. Asamblea Nacional del Ecuador. 2008. Constitucion de La Republica Del Ecuador 2008. Comisión de la Verdad. 2010. “Relatos de Casos. Período 1988-2008.” Pp. 1–360 in Informe de la Comisión de la Verdad, edited by Ediecuatorial. Quito. Corte Interamericana de Derechos Humanos. 2001. Barrios Altos Vs. Perú, Fondo, Sentencia de 14 de Marzo de 2001. Corte Interamericana de Derechos Humanos. 2007. Almonacid Arellano y Otros vs. Chile. Vol. 2006. CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. 2007. Caso Albán Cornejo y Otros vs. Ecuador. Fondo, Reparacion y Costa, Sentencia de 22 de Noviembre de 2007. Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). 2015. CASO ALBÁN CORNEJO Y OTROS
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VS. ECUADOR. Supervision de Cumplimento de Sentencia de 28 de Agosto de 2015. DERECHOS HUMANOS. 1948. DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. HOMBRE, DERECHOS Y. DEBERES DEL. 1948. DECLARACION AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE. ONU. 1984. “Convención Contra La Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.” Naciones Unidas 42799(1):1–10. Tratados Internacionales. 1969. Pacto de San José de Costa Rica. Unidad Judicial de Garantias Penales de El Oro. 2016. Caso Cañola.
CONVOCATORIA
Convocase a los señores Accionistas de la COMPAÑÍA FASTSCHOOL C.A.., a la Junta General Ordinaria, que se llevará a cabo el 09 de abril del 2021, a las 19.00 pm, misma que se efectuará por medio de videoconferencia como lo ampara el Art. 20 del Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas de Compañías emitida por la Superintendencia de Compañías. La Junta se efectuará vía plataforma digital ZOOM I.D 403 780 6312 Código de Acceso iW8Nae, con el objeto de conocer y resolver el siguiente orden del día 1. Constatación del Quórum. 2. Presentación y aprobación sobre el informe de Comisario del año 2020. 3. Informe de Gerente. 4. Presentación y aprobación sobre el estado del Balance General, el Estado de la cuenta de pérdidas, ganancias del año 2020. Por parte del Economista Patricio Martínez contador de la Compañía. 5. Elección de Comisario Principal para el Ejercicio Económico 2021. 6. Elección de Comisario Suplente para el Ejercicio Económico 2021. 7. Lectura y aprobación del Acta. Se hace extensiva la convocatoria a los señores Becerra Garzón Carlos Antonio Comisario Principal domiciliado en la calle Antepara E4-27 y Vicente León y Becerra Garzón Jefferson Mauricio Comisario Suplente domiciliada en la calle Antepara E4-27 y Vicente León. En consecuencia, el Balance General, el Estado de Pérdidas y Ganancias y demás anexos al 31 de diciembre de 2020 son remitidos a sus accionistas vía correo electrónico, así como también reposarán en la oficina de la Compañía. Quito, 29 de marzo del 2021. Fernando Vásconez. PRESIDENTE
Jacqueline Paucar GERENTE GENERAL.
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y de cumplimiento obligatorio. De esta forma la CIDH, para asegurar el cumplimiento de sus resoluciones, realiza la respectiva supervisión de cumplimiento de sentencia debiéndose indicar que de conformidad a la resolución de fecha 30 de mayo de 2018 sobre el caso “barrios altos” y “cantuta” vs Perú; se indica que el Estado peruano no ha terminado de cumplir con la totalidad de la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar las Graves Violaciones a los Derechos Humanos determinada en la Sentencia.
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Ing. ALEJANDRO MALDONADO G. LIQUIDADOR DE LA EMPRESA DISTRIBUIDORA INDUSTRIAL DE ALUMINIO S.A. DINASA EN LIQUIDACION
REPÚBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec Casilla N.-9 JUICIO N.- 17203-2018-01993 A: MARIA JOSEFINA VALDIVIESO BUCHELI Y OTROS DRA. MARTHA ELIZABETH MALDONADO R SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO Hay firma y sello UNIDAD JUDICIALDE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO NOTIFICACION JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE BUCHELI MARTINEZ MATILDE JUICIO: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS No. 17203-2018-01993 ACTOR: MARIA JOSEFINA VALDIVIEZO BUCHELI y OTROS DEMANDADO: MATILDE BUCHELI MARTINEZ y OTROS TRAMITE: VOLUNTARIO UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, miércoles 16 de mayo del 2018, las 15h24, VISTOS.- Por cuanto de la revisión del cuaderno procesal se evidencia que la demanda presentada no ha sido calificada.Con este antecedente se deja sin efecto el decreto de jueves 3 de mayo del 2018, las 10h21, por no corresponder a la realidad procesal y al estado de la causa.- En lo principal la demanda propuesta por: MARÍA JOSEFINA VALDIVIESO BUCHELI; LUCIA PAULINA BUCHELI VILLAVICENCIO; FRANCISCO XAVIER BUCHELI VILLAVICENCIO y DR. FRANCISCO EDUARDO VILLALBA PAREDES , en calidad de Procurador Judicial del señor VINIVIO RUBEN BUCHELI VILLAVICENCIO , es completa, clara, precisa y reúne los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario.- 1).- De la documentación adjunta a la demanda presentada se desprende que en esta ciudad de Quito, provincia de Pichincha, con fecha 29 de noviembre el 2000, ha fallecido el señor JUAN SIMON BUCHELI VILLOTA (+).- En consecuencia, procédase a la facción de inventarios y avalúo de sus bienes, con intervención del perito o peritos que resultaren nombrados.- 2).- Cítese con el contenido de la demanda y presente auto a los demandados señores: MATILDE BUCHELI MARTINEZ; NORMA SARA ZAPATA OÑA; CARLOS JAVIER ZAPATA OÑA; PLINIO SABINO ARMAS; RUTH MIRYAN SORIA BATALLAS; ASDRUBAL ESTUARDO BUCHELI MUÑOZ, en las direcciones señaladas para el efecto de esta ciudad de Quito; para el cumplimiento por Secretaría remítase el despacho suficiente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial.- 3).- Por cuanto la actora ha declarado bajo juramento que les es imposible determinar la individualidad y residencia de los presuntos herederos que pudieren existir del señor JUAN SIMON BUCHELI VILLOTA, conforme a lo determinado en los Artículos 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, CITESE a los mismos, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circula-
ción de esta ciudad de Quito, mismas que se las hará mediando término de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra, de no señalar domicilio, se sustanciará la causa en rebeldía, para lo cual por Secretaría remítase el despacho suficiente a fin de que se dé cumplimiento a esta diligencia.-4).- Cuéntese en la presente causa con el señor Director del Servicio de Rentas Internas, el cual será citado en legal y debida forma , para lo cual remítase el despacho suficiente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial .- 5).- Previo a citar a los demandados, inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón, acorde a lo dispuesto en el inciso Quinto del Artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos.- 6).- De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37 del Código Orgánico General de Procesos se designa como Procurador Común de la parte actora al señor FRANCISCO XAVIER BUCHELI VILLAVICENCIO.7).- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por la actora para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogado Patrocinador.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.F).- Dra. Nubia Yineth Vera Cedeño.- Jueza.- OTRO AUTO.- UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, miércoles 23 de mayo del 2018, las 12h49, Incorpórese a los autos el escrito que antecede atento lo solicitado se dispone. Se amplía el auto de calificación de fecha miércoles 16 de mayo del 2018, las 15h24, en lo referente a las citaciones quedando de la siguiente manera 2).- Cítese con el contenido de la demanda y presente auto a los demandados señores: MATILDE BUCHELI MARTINEZ por sus propios derechos y en calidad de representante legal del menor MILTON DANILO ROJAS ZAPATA ; NORMA SARA ZAPATA OÑA; MILTON OLMEDO ROJAS MAIGUA (administrador); CARLOS JAVIER ZAPATA OÑA; PLINIO SABINO ARMAS; RUTH MIRYAN SORIA BATALLAS; ASDRUBAL ESTUARDO BUCHELI MUÑOZ, en las direcciones señaladas para el efecto de esta ciudad de Quito; para el cumplimiento por Secretaría remítase el despacho suficiente a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial Actúe la Dra. Martha Maldonado R en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE.F).- Dra. Nubia Yineth Vera Cedeño.- Jueza.- OTRO AUTO.- UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, miércoles 10 de marzo del 2021, a las 13h25. VISTOS.- Atento al juramento de la parte actora, a los herederos presuntos y desconocidos de la causante BUCHELI MARTINEZ MATILDE acorde a lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se los citará con el contenido de la demanda y auto de calificación en ella recaído, por la prensa en un periódico de mayor circulación a nivel nacional, para los fines de ley, por secretaría confiérase el extracto correspondiente.- CÍTESE y NOTIFÍQUESE.- F).Dra. Nubia Yineth Vera Cedeño.- Jueza Lo comunico para los fines de ley DRA. MARTHA ELIZABETH MALDONADO RUIZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Hay firma y sello
1. Constatación del cuórum 2. Aprobación de Balance General del Ejercicio económico 2020 Atentamente, Dr. Guillermo Bustamante Gerente General
ALIANZA FRANCESA DE QUITO
CONVOCATORIA A ELECCIONES
A los 29 días del mes de marzo de 2021, la Comisión Electoral designada de conformidad con lo que estipula el Estatuto institucional y el Reglamento de Elecciones convoca a los Miembros de la ALIANZA FRANCESA DE QUITO, para la elección del Directorio de la institución para el periodo 2021 - 2023. En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Elecciones, a continuación se detalla el cronograma electoral, los requisitos y procedimientos para la inscripción de candidaturas. 1. Presentar mediante comunicación escrita, original y copia, dirigida al Presidente de la Comisión Electoral, suscrita por el Miembro de la ALIANZA FRANCESA DE QUITO que representa la lista, la nómina de candidatos con indicación de la dignidad, nombres, apellidos, número de cédula de identidad o pasaporte y firma de aceptación de cada uno. El Directorio estará integrado por: Presidente/a, Vice Presidente/a, Procurador/a Sindico/a, Tesorero/a, Secretario/a, tres Vocales Principales y tres Vocales Suplentes. Los requisitos para ser calificados como candidato/as constan en el Art. 8 del Reglamento de Elecciones. 2. Presentar en adjunto, la nómina de Miembros de la ALIANZA FRANCESA DE QUITO adherentes a la lista de candidatas/os, con nombres, cédula de identidad o pasaporte y firmas, en un número de al menos diez socios. 3. Los dos documentos antes citados serán presentados en un solo sobre cerrado, hasta las 17H00 del 13 de a b ril de 2021, en la Dirección Administrativa Financiera de la ALIANZA FRANCESA DE QUITO , en la oficina de la Ing. Ligia Salazar, Secretaria ad hoc de la Comisión Electoral, quien también pondrá a su disposición el Reglamento de Elecciones. 4. La elección del Directorio de la ALIANZA FRANCESA DE QUITO se realizará p.)r votación universal, directa, secreta y por el sistema de lista completa, el día viernes 16 de abril de 2021, en el edificio principal de la ALIANZA FRANCESA DE QUITO, Av. Eloy Alfaro N32-468 y Rusia, de 09H00 a 17H00. 5. El estar a! día en el pago de las cuotas anuales hasta el año 2020 habilita a los miembros de la ALIANZA FRANCESA DE QUITO para ser postulados como candidatos, firmar como miembros adherentes y para sufragar. 6. Las consultas, aclaraciones u otros requerimientos referidos al presente proceso, deberán ser remitidos al Presidente de la Comisión Electoral, por escrito a su correo electrónico: charlieqasorbe@hotmail.com Los escrutinios y la proclamación de resultados se realizarán el mismo día de las elecciones. La posesión del Directorio electo se efectuará ante la Asamblea General Ordinaria de Miembros en la fecha que convoque la Presidenta en funciones. Atentamente,
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LUNES 29 DE MARZO DE 2021 La Hora ECUADOR
ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000160001657006 Cliente MEJIA ORBE ROSA AMANDA Cédula de Ciudadanía Nro. 0400536728 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.
Por medio de la presente, se convoca a los socios accionistas de la compañía “ESCUELA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE CONDUCTORES AMERICA EFCACONDUCT S.A.”, a la Junta Ordinaria de Accionistas de la Compañía que se celebrará el día viernes 09 de Abril del 2021, a las 18:00 horas, en su domicilio ubicado en la Av. Luis Tufiño OE4-124 y Rio Putumayo, para tratar el siguiente orden del día.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 393 de la Ley de Compañías, se notifica a los acreedores de la COMPAÑÍA DISTRIBUIDORA INDUSTRIAL DE ALUMINIO S.A. DINASA EN LIQUIDACION, para que, en el término de 20 días contados desde la última publicación, presenten los documentos que acrediten su derecho como tales en la siguiente dirección calle Joaquín Mancheno E2-21 y Bartolomé Sánchez. Transcurrido este término, el Liquidador tomara en cuenta solamente a los acreedores que hayan probado su calidad y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía.
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CONVOCATORIA
AVISO A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑIA DISTRIBUIDORA INDUSTRIAL DE ALUMINIO S.A. DINASA EN LIQUIDACION
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REVISTA JUDICIAL
REVISTA JUDICIAL Escríbanos a: agenciasuio@lahora.com.ec o llámenos a: 0999901090 / 0997668381 Encuentre sus anuncios judiciales en:
Fecha: Miércoles, 14 de Abril de 2021 Lugar: Barrio Santiago Roldos, Calle B, Tercera Transversal, Manzana 5, Lote 9 Parroquia de Cutuglagua, Cantón Mejía, Provincia de Pichincha. Hora: 09:00 (nueve horas)
lahora.com.ec derechoecuador.com
El orden del día a tratarse es el siguiente: 1. Elección de Presidente 2. Elección de Gerente 3. Elección de Comisario Principal 4. Elección de Comisario Suplente De manera especial se convoca al Comisario Principal y Suplente de la Compañía.
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Atentamente, Galo Benavides PRESIDENTE
CONVOCATORIA
De conformidad con la Ley de Compañías Art 231 al 239, el Reglamento sobre Juntas Generales y Estatuto Social de la Compañía, se convoca con el carácter de urgente y obligatorio a la Junta General Ordinaria de Accionistas de la compañía SOCIEDAD DE EMPRESAS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS NORORIENTAL C.A. “SOTRANOR”, que se llevará a cabo en el domicilio de la empresa situado en la parroquia de Pifo, Barrio San Francisco lote # 17, de este cantón Quito, provincia de Pichincha, el día jueves 08 de abril del 2021, a las 09:00 a.m., para tratar el siguiente orden del día: 1. Informe del Gerente General correspondiente al ejercicio económico 2020. 2. Informe de los Comisarios correspondientes al ejercicio económico 2020. 3. Análisis y Aprobación de Estados Financieros, y sus anexos correspondientes al ejercicio fiscal 2020. 4. Destino de los resultados correspondientes al ejercicio económico 2020. El balance general, estado de pérdidas y ganancias, anexos, así como los informes respectivos, están a disposición de los señores accionistas, ocho días antes de la fecha en que se celebrara la Junta, en las oficinas de la compañía, situada en la parroquia de Pifo, Barrio San Francisco lote # 17, de este cantón Quito, Provincia de Pichincha, y serán enviados a los accionistas a sus cuentas de correo electrónico. A esta Junta General, de manera especial e individualmente, se convoca a los Sres. Yovanny Carvajal y Patricio Vargas, Comisarios de la empresa del año 2020.
Sr. Carlos Puente PRESIDENTE EJECUTIVO
Atentamente, Sr. Danilo Sarmiento GERENTE GENERAL
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Pifo, 26 de marzo del 2021.
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA TUMBACO SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CAUSA DECLARACIÓN JUDICIAL DE PATERNIDAD No. DE JUICIO 17985-2020-00376 (ORDINARIO) DEMANDADO/A ROMERO PALLO JEINI DAMARIS ACTOR/A HERNADEZ ABAD MIGUEL ANGEL Y OTROS CUANTIA INDETERMINADA JUEZ/A DRA. CECILIA ELIZABETH DUARTE ESTEVEZ UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA TUMBACO SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 12 de enero del 2021, a las 16h45. VISTOS.- (17985-2020-00376) Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora.- En lo principal, por cumplido lo dispuesto mediante providencia inmediata anterior.- Avoco conocimiento de la presente causa, conforme al Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171, 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, en calidad de Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la parroquia Tumbaco del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, Dra. Cecilia Duarte Estevez según acción de personal No. No. 1409-DP17-2018-MP, en atención al sorteo de Ley que antecede. [1] PROCEDIMIENTO. El artículo 76 numeral 3 de la Constitución de la República, dice que solo se puede juzgar a las personas ante un juez o autoridad competente y con la observancia del trámite propio de cada procedimiento, en consecuencia el acto de proposición demanda de DECLARACIÓN JUDICIAL DE PATERNIDAD, que antecede es clara precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la admite al procedimiento ordinario, conforme lo determinado en el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos y lo dispuesto mediante Oficio No. 988-SG-CNJ, de fecha 11 de junio del 2018, suscrito por la Dra. Paulina Aguirre Suarez, Presidenta de la Corte Nacional de Justica.- [2] CITACIÓN. a) Cítese con el contenido de la demanda y auto que antecede, a la parte demandada señores MIGUEL ANGEL HERNANDEZ ABAD, y LIDA INES SANCHEZ SANCHEZ, en calidad de ascendientes del señor JONATHAN JAVIER HERNANDEZ SANCHEZ, citación que se la efectuará por intermedio del señor Teniente Político de la parroquia de Tumbaco, mediante atenta comisión.- Ejecutoriado que se encuentre este auto, se le requiere a la parte actora, que comparezca a esta Unidad Judicial a fin de que brinde las facilidades necesarias para la obtención necesaria para la obtención de las copias correspondientes
LUNES 29 DE MARZO DE 2021 La Hora ECUADOR
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ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA Por pérdida de certificado de inversión Nro. 1000010003230000 Cliente TOAPANTA SALAZAR MARTHA DEL ROCIO Cédula de Ciudadanía Nro. 1707114607 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.
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ANUNCIE CON NOSOTROS
De acuerdo al artículo 236 de la Ley de Compañías y a los Estatutos Sociales de la compañía FEEBETAXI TRANSPORTE C.A. cumpliendo los protocolos de bioseguridad otorgados por el COE, se convoca a los Señores Accionistas a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse:
TÍTULO EXTRAVIADO Queda anulado los títulos de la compañía HOSPITAL DE LOS VALLES S.A. No. 3035 No. de acciones: 2 / No. 519 No. de acciones: 2.000 Propietario: Publipromueve S.A. Los títulos detallados serán anulados de no presentarse reclamo sobre el mismo en un lapso de 30 días contados. Quito, 29 de marzo de 2021
para la realización de la diligencia de citación, de acuerdo a la directriz emitida mediante memorando circular No. CJ-DNGP-2019-0008-MC, de fecha 08 de enero del 2019, emitido por la Dirección al de Gestión Procesal.- b) Conforme lo determina el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en auto inmediato anterior, cítese a los herederos presuntos y desconocidos del señor JONATHAN JAVIER HERNANDEZ SANCHEZ, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad Quito, provincia de Pichincha, para el efecto, a través de secretaria, confiérase el correspondiente extracto. [3] TERMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 142, 143, 151, 152 ibídem, bajo prevenciones del Art. 156 del mismo cuerpo normativo.- [4] ANUNCIO DE PRUEBAS.- Con relación a la prueba anunciada por la parte accionante, se dispone la práctica de las siguientes diligencias: a) Agréguese a los autos y téngase como prueba de su parte, los documentos públicos y privados que acompaña en su demanda, mismos que serán considerados en el momento procesal oportuno, siempre y cuando sea procedente y conforme a derecho; b) Una vez cumplida la solemnidad sustancial de citación, las partes procesales comparecerán a practicarse el examen de ADN entre las partes y el niño diligencia que se llevará a cabo en el Laboratorio de ADN que designen las partes o en el que señale esta Unidad Judicial, para lo cual se designará perito a quien se posesionará en el día y hora señaladas para el efecto; c) En la Audiencia de juicio conforme lo determinan los Arts. 187, 188, 297, 159 último inciso del COGEP, recéptese la declaración de parte de la señora JEINY DAMARIS ROMERO PALLO, de forma personal y no por interpuesta persona, al tenor del pliego de preguntas que para el efecto en forma se realizaran al momento de la diligencia, mismo que será calificada por la suscrita Jueza. [5] NOTIFICACIONES. En atención al Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalado por la parte actora para futuras notificaciones, así como la autorización que concede a su Abogado patrocinador.- Actúe el Ab. Patricio Collaguazo, en su calidad de Secretario Encargado de la Unidad Judicial.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. F) DRA. DUARTE ESTEVEZ CECILIA ELIZABETH, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL Lo que pongo en conocimiento para fines pertinentes. Ab. ALEX PATRICIO COLLAGUAZO GUEVARA SECRETARIO ENCARGADO. Hay firma y sello
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SEGUNDA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA FEEBETAXI TRANSPORTE C.A.
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
LUNES 29 DE MARZO DE 2021
QUITO
Ecuador
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