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Quito, 22 de Diciembre de 2020

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martes 22 de DICIEMBRE de 2020

Ecuador

#YoMeCuido

país

economía

¡No olvides que hay nuevas restricciones!, dales un vistazo

Construcción y turismo buscan una salida al laberinto

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Corrupción, la herencia eterna En cada gobierno se ha detectado que ciertos políticos usan el poder para engordar sus bolsillos. Uno de los escándalos de este régimen fue los sobreprecios en compras públicas en medio de la emergencia. Uno de los objetivos del próximo líder será contar con fiscales especializados en materia de corrupción.

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martes 22 de DICIEMBre de 2020 La Hora ecuador

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La placa de la lección para los antiéticos La Procuraduría General del Estado develó ayer una placa en la sede de la Presidencia, que recuerda la corrupción cometida durante el Gobierno de Rafael Correa en el ‘Caso Sobornos 2012-2016’, en señal de reparación ética a la sociedad. El procurador general del Estado, Íñigo Salvador, cumplió así con una resolución dictada por la Corte Nacional de Justicia (CNJ). La placa fue colocada en las calles Chile y García Moreno, del casco histórico colonial de Quito, junto a la fachada principal del palacio presidencial de Carondelet, y en ella figuran los nombres de la veintena de condenados por ese caso, lista que encabeza Correa. "Los recursos públicos siempre deben ser administrados honradamente. El servicio público no es otra cosa que un servicio a la comunidad con sujeción a l os principios de ética", reza la placa. Para no olvidar

La Procuraduría actuó como acusación particular en el caso y es la víctima del delito de cohecho por el que fueron sentenciados los políticos y empresarios que figuran en el escrito, recordó su titular. "Este acto, por lo tanto, no es un acto público de conmemoración de un hecho histórico, es una diligencia judicial", matizó. El procurador remarcó que "demuestra que en este país se cumple la ley, es una placa de la ignominia, donde queda constancia para las futuras generaciones que los más altos personeros de un país cometieron un delito, recibieron coimas y se beneficiaron personalmente

¿Cómo avanza la orden de difusión?

°

Salvador manifestó hoy que, entre otras actividades de la Procuraduría, se solicitó en noviembre un llamamiento al Ministerio de Gobierno y a la Oficina local de Interpol, a fin de que expidan la orden de difusión roja para todos los condenados en el caso Sobornos que se encuentran prófugos. Radicado en Bélgica desde 2017, poco después de dejar el poder tras gobernar una década en Ecuador, Correa había sido requerido en 2018 por la Justicia ecuatoriana en otro caso, el del secuestro del opositor Fernando Balda.

o pretendieron perennizar a su movimiento político". El caso

La orden de colocar una placa forma parte de la reparación inmaterial de la sentencia por el delito de cohecho contra Correa y el exvicepresidente Jorge Glas, quien cumple prisión por otro caso de corrupción, esta vez relacionado con la trama Odebrecht. Ambos fueron condenados a ocho años de cárcel como autores mediatos por instigación, y el pago de una multa de 778.224,17 dólares. El caso Sobornos versa sobre una red de corrupción mediante la cual se recibieron aportes indebidos en el palacio presidencial de Carondelet, entre 2012 y 2016, para la financiación irregular del movimiento oficialista Alianza País, a cambio de la adjudicación de millonarios contratos del Estado a empresas, entre ellas la constructora brasileña Odebrecht. EFE

ESCÁNDALO. En los meses de confinamiento salieron a la luz varios casos de corrupción por sobreprecios en las compras públicas.

Corrupción, una cuenta histórica pendiente

Este Gobierno, como otros, no transmitió una imagen confiable de la lucha contra la corrupción. Queda pendiente tener fiscales especializados en la materia. Según datos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), cada año se paga, aproximadamente, un billón de dólares en sobornos, eso sin contar que en el mismo periodo se suelen robar 2,6 billones de dólares mediante la corrupción. Esto implica un total del 5% del Producto Interno Bruto (PIB) mundial. En Ecuador esta problemática no es ajena. Es un problema que viene acarreando por años, en cada gobierno de turno hay problemas de esta índole. Y aunque no existen cifras exactas sobre el perjuicio de la corrupción, hay indicadores que muestran el impacto de estos actos ilícitos. Por ejemplo, en el caso ‘Sobornos 2012-2016’, los sentenciados deben pagar 14,7 millones de dólares, monto que puede invertirse en sectores como la salud o la educación. Actualmente, el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia ordenó el embargo de bienes de los 20 sentenciados en este caso, debido a que no han pagado la reparación. Cuatro años después de que el presidente, Lenín Moreno, anunciara una “cirugía mayor” contra la corrupción, analizamos con expertos en política, los logros, los fracasos y los desafíos del mandato. Principales logros

HISTÓRICO. La placa instalada en la sede de la Presidencia recuerda la corrupción cometida durante el gobierno de Rafael Correa en el caso ‘Sobornos 2012-2016’.

Edgar Zamora, politólogo de la Universidad Internacional SEK, destaca que la lucha contra la corrupción fue uno de los puntos prioritarios en la

en medio de la emergencia. Ecuador participó en algunas iniciativas, como el Frente de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, la Secretaría Anticorrupción que fue eliminada y la Comisión de Expertos Internacionales Contra la Corrupción, que no terminaron de concretar sus trabajos o fracasaron. “Estas instituciones nunca lograron funcionar por la falta de decisión y apoyo del Gobierno, esto demuestra su falta de interés en enfrentar de forma integral la lucha contra la corrupción, más bien fue un arma de persecución para sus opositores políticos, concretamente el anterior Gobierno”, recalcó el politólogo David Villamar.

agenda de Moreno. “Puso los reflectores en estos casos”, además, integró al país en algunos acuerdos internacionales. En 2018, Ecuador ingresó a la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP, siglas en inglés), con el cual se establecieron 10 compromisos. De estos, seis están vinculados a temas anticorrupción, como la co-creación de una política de datos abiertos, la simplificación de trámites, la plataforma de contrataciones abiertas y la transparencia en industrias extractivas. Además, el 21 de Lo pendiente el dato mayo de 2020, Ecua- El Barómetro de las Fernando Altamirano, dor ratificó el Acuerdo Américas, publica- director del consultode Escazú, que forta- do en enero de este rio jurídico gratuito de lece el acceso a la inla UISEK, recomienda año, develó que formación ambiental, Ecuador es el cuar- que el próximo gobierto país que más así mismo, en octubre no debe implementar se unió a la Iniciativa tolera la corrupción un auditor anticorruppara la Transparen- en Latinoamérica y ción, que puede ser inel Caribe. cia de las Industrias ternacional para tener Extractivas (EITI), mayor independencia. entre otras. Además, para que la investigación sea más eficaz “tener fiscales especializados en maFracasos Edgar Zamora manifiesta que el teria de corrupción, porque principal fracaso del Gobierno hay una amplia necesidad de fue no transmitir una imagen especialistas en este ámbito”. De su lado, Villamar es conconfiable de la lucha contra la corrupción, “las acciones de al- tundente al manifestar que gunos funcionarios no corres- “queda todo pendiente, no se han hecho avances en nada; pondían con el discurso”. Explica que la lucha contra la el caso Odebrecht y Capaya corrupción “no se volvió creíble”, son temas latentes”. También, cuando reventaron los escándalos “los nuevos escándalos de codel Gobierno pasado, al que per- rrupción en la entrega de hostenecía Moreno, y los escándalos pitales a cambio de votos en la durante su mandato como el caso Asamblea y sobreprecios dudel hospital de Pedernales, so- rante la pandemia, necesitan breprecios en compras públicas respuestas”. (KH)


Inyección privada para levantar al sector de la construcción

El 70% de los ingresos dependen del Estado. Para la reactivación se realizarán campañas.

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Oportunidad de oro ° Por una casa de $60.000 se tendría que pagar $365 mensuales y por una de $83.000, la cuota sería de $515. ° La entrada es del 5% del valor del inmueble, pero no se la debe desembolsar de una sola, sino paulatinamente, conforme avance la construcción.

Desde 2015, el sector de la construcción ha tenido continuas caídas, a excepción de 2018 cuando hubo una pequeña reperimentó un 60% menos de cuperación. Para 2021, según reservas en proyectos habiproyecciones del Banco Central tacionales; sin embargo, desde del Ecuador (BCE), ese sector agosto, se recuperó casi la mitad será el único, junto con el Estade esa reducción, es decir, se do, que tendrá una reducción pasó al 29% menos. La expecde entre el 1,5% a 3%. tativa es que se mantenJoan Proaño, vocegan o incluso se mejore ro de Constructores en algo esos niveles hasPositivos, explicó que ta terminar el año. EMPLEOS el 70% de la actividad se han creado depende directamente Aprovecha comprando de enero a de la inversión y obra una casa octubre de pública, por lo que cualProaño recalcó que la 2020. quier intento de recupeprincipal estrategia Y se han ración o de reducción para iniciar la paulaperdido del impacto negativo tina reactivación del de la crisis, solo podrá sector, durante 2021, es darse a través del foponer todo el énfasis en mento de las operaciomejorar la demanda. En nes inmobiliarias (30%). otras palabras, se van a llevar a “Sabemos que ha habido y cabo campañas, con fondos del seguirá habiendo contracción en sector privado, para que la ciula obra pública y eso continuará dadanía conozca los beneficios afectando al sector. En la parte que tiene una vivienda propia, inmobiliaria, a pesar de la gran y que es el mejor momento para caída que tuvimos al inicio de ese tipo de inversiones. la pandemia, sí se ha visto una “Nunca habíamos tenido pequeña recuperación desde tasas tan bajas. Las viviendas agosto”, acotó. de interés público e interés soEntre marzo y mayo se excial se pueden financiar a una

27.000

61.000.

IMPACTO. El 83% de los empleados del sector son obreros.

tasa subsidiada del 4,99%, es decir, menos de la mitad del costo normal que es del 10,3%”. Román Morrillo, empresario constructor, puntualizó que, en esas condiciones, se logra que la cuota del crédito hipotecario sea muy similar al valor de un arriendo. (Ver recuadro) Alrededor $1.000 millones disponibles

Las tasas de interés subsidiadas son posibles porque, a finales del año pasado, el Gobierno constituyó un fideicomiso, con $1.350 millones, para dar créditos hipotecarios en condiciones espe-

ciales. De ese monto, solo se ha tor público y privado para que se colocado $300 millones, por lo incremente la construcción de vique hay un poco más de $1.000 viendas”, aseveró Morillo. millones disponibles. El fideicomiso se Trámites demorados el dato conformó con 40% de Además, otra gran Las tasas de interés recursos del Gobierno, fuente de recursos es subsidiadas aplican con el aval de orgael Banco del Instituto para viviendas de nismos multilaterales Ecuatoriano de Segu$40.000 a ($538 millones); y 60% ridad Social (Biess), $70.000 (interés de fondos del Banco donde se pueden público) y $70.000 Pacífico y las Mutualisencontrar hipotecaa $90.000 tas Pichincha y Azuay rios con una tasa del (interés social). (810 millones). 5,99%; pero se debe “Todavía hay mucho desco- trabajar en la eficiencia, debido a nocimiento sobre este financia- que los trámites se están demomiento barato. Debe haber un rando, al menos, un 30% más que mejor trabajo conjunto entre sec- antes de la pandemia. (JS)

Sector turístico perdió el 83% de sus ingresos Ayer, durante una rueda de paga impuestos, sueldos, SRI, prensa, todos los gremios del IESS. Hemos tenido reuniones sector denunciaron que no se con el presidente de la repúblihan tomado medidas para ca, cuatro ministros de trabajo, reducir, de alguna manera, el dos ministros de Economía, con gran impacto de la actual cri- ministra de turismo y presidensis. Así, este año cerrará con tes de la Corporación Financiera Nacional, y, hasta un 83% menos de el día de hoy, oficialingresos, pasando mente no tenemos de $2.287 millones el dato a $387 millones, si Más de 70 hoteles ninguna ayuda”, dijo. se compara con los medianos y granniveles alcanzados des, a nivel nacio- Menos impuestos y peen 2019. Durante los ríodos de gracia nal, han cerrado feriados, no se ha poAndré Obiol, presidefinitivamente. dido recuperar ni el dente de la AsociaAlrededor de 30 30% de los $600 mi- tienen paralizacio- ción de Hoteleros del llones que se movían Ecuador (Ahotec), nes temporales. antes de la pandemia. recalcó que, una vez Holbach Muñeton, superada la pandepresidente de las Cámaras de mia, el turismo se reactivará Turismo del Ecuador, aseveró en dos años hasta igualar los que se ha tenido que despedir a niveles de venta de 2019; sin 50.000 personas, lo que repre- embargo, tomarán al menos senta más del 33% de los pues- cinco años para recuperar las tos directos que generaba la ac- pérdidas de 2020. tividad. En el caso de los hoteles, “Necesitamos un fondo de la afectación llega hasta el 70% créditos frescos de, por lo mede las nóminas. nos, $300 millones a tasas ba“Estamos solos, a pesar de jas y con gracia de 2 años. No que somos una industria que estamos pidiendo condonacio-

RECLAMO. En agosto de 2020 se realizó una primera marcha en busca de ayuda para el sector

nes, sino que nos permitan recuperarnos antes de comenzar a pagar”, acotó. (Revisa otros planteamientos en el recuadro) Por su parte, Raúl García, presidente de la Cámara de Turismo de Pichincha, advirtió que es urgente un mejor uso del fondo de promoción turística, debido a que la mayoría de los $20 millones que se recaudan al año se va en sueldos de burócratas y solo $1 millón para posicionar al país como destino. Diego Vivero, representante de la Asociación de Restaurantes, recalcó que ha quebrado el

Solución planteada desde el sector

° Establecimiento del 0% de Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los consumos hoteleros y turísticos.

° Al menos dos años de no pago de los créditos vigentes. ° Si no se da ese tipo de alivio, André Obiol, presidente de la Asociación de Hoteleros del Ecuador, aseguró que, por ejemplo, la Corporación Financiera Nacional (CFN) se convertirá, en poco tiempo, en la propietaria de la cadena hotelera cerrada más grande del Ecuador. 30% de los negocios y se necesita un control más efectivo de la competencia desleal de

la informalidad y del preocupante incremento de la inseguridad. (JS)

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Toque de queda y ley seca °Desde ayer y durante 15 días habrá toque de queda (restricción nacional

de circulación de vehículos y personas) de 22:00 a 04:00. Por el mismo periodo, también se aplica la ley seca (restricción de venta y consumo de bebidas alcohólicas), en el mismo horario del toque de queda.

Transporte interprovincial sigue en análisis °El transporte interprovincial de pasajeros aún está sujeto a análisis

posteriores, por lo que, hasta el cierre de esta edición, no se ha decidido limitar este servicio en el país. Sin embargo, desde el ECU-911 se hizo un llamado a evitar movilizaciones. “Si se está solicitando que no se tengan reuniones de más de 10 personas, lo lógico es que la ciudadanía tome precauciones y no viaje a otros lugares”, dijo Juan Zapata, titular del ECU-911.

Restringen entradas y salidas del país °Desde hoy se restringe el acceso al Ecuador a los ciudadanos

nacionales y extranjeros que se embarquen en puertos y aeropuertos provenientes del Reino Unido, Australia, Sudáfrica y de la Unión Europea, independientemente de las escalas que realicen. Esto rige a partir de las 00:00 del 22 de diciembre de 2020, por un plazo de 15 días. Esta recomendación está sujeta a modificación en función de la evolución epidemiológica y podría ampliarse. Para los viajeros provenientes del Reino Unido, Australia, Sudáfrica y de la Unión Europea que ingresen al país el 22 de diciembre, o mediante vuelos humanitarios independientemente de la fecha, deberán presentar una prueba PCR negativa, con 10 días de anticipación a su viaje. Al ingreso al país, se realizarán la prueba de antígeno, la cual será tomada en los puntos de entrada aéreos y marítimos. Si es positiva la prueba rápida de antígeno, el pasajero será considerado como caso confirmado para Covid-19 y deberá realizar aislamiento obligatorio (10 días). Los viajeros residentes en Ecuador realizarán este aislamiento en la dirección que declaren a su ingreso, pero también deberán presentar una PCR negativa hecha hasta 10 días antes. Esta normativa no aplica para vuelos internos y tampoco hay restricción para ellos.

Aglomeraciones. En los últimos días se han registrado decenas de personas en lugares públicos.

Covid-19 obliga a Ecuador a volver al estado de excepción El incremento de aglomeraciones y la mutación del virus en Reino Unido motivaron a tomar nuevas restricciones, que podrían ampliarse si el virus toma fuerza en el país. El fin de semana previo a la víspera de Navidad, 80.000 personas se concentraron en la Bahía de Guayaquil y en el Centro Histórico de Quito, mientras en los ‘centros comerciales del ahorro’ hubo 60.000 ciudadanos. Este tipo de aglomeraciones,

más el anuncio de Reino Unido sobre la mutación de la Covid-19, obligaron al Gobierno Nacional a emitir medidas que aplican desde ayer, tanto para viajeros provenientes de ese país y naciones aledañas, para evitar un rebrote. (AVV)

A clases el 18 de enero, pese a estado de excepción °

El 17 de diciembre, el COE Nacional anunció que 204 escuelas fiscales y 12 universidades volverían a clases presenciales a partir del 18 de enero del 2021, “bajo la figura de plan piloto y tras las solicitudes presentadas por el Ministerio de Educación”. Desde el departamento de comunicación de dicha cartera de Estado confirmaron que el plan sigue en marcha y que, pese al estado de excepción, los estudiantes cuyas instituciones fueron aprobadas volverán a las aulas el 18 de enero. Cabe destacar que el COE aclaró que los representantes legales de los estudiantes decidirán, de forma voluntaria, el retorno presencial o no a las instituciones educativas. Las autoridades deberán emitir informes quincenales para dar a conocer los resultados de los planes piloto.

Cierre de playas y aforo de reuniones sociales

°

Las playas del país estarán cerradas los días 24, 25 y 31 de diciembre y 01 de enero. También se prohibió el funcionamiento de bares, discotecas y centros de diversión nocturna, inclusive para aquellas ciudades que tenían la autorización para abrirlos. Por otra parte, las reuniones sociales y familiares se limitan a máximo 10 personas en cada domicilio.

el dato

Juan Carlos Zevallos, ministro de Salud, dijo que no hay ninguna evidencia de que la mutación del coronavirus provoque síntomas más graves.

tome nota Queda totalmente prohibida la quema de monigotes en todo el país.

Circulación por placas a nivel nacional

°

La circulación vehicular particular será conforme al último dígito de la placa, de la siguiente manera: placas impares, los lunes, miércoles y viernes; y, placas pares los martes, jueves y sábado. El domingo 27 de diciembre circularán los vehículos con placa impar, mientras que el domingo 3 de enero de 2021 circularán los vehículos con placa par. El transporte público puede circular fuera del horario de toque de queda, según las normas emitidas ayer por el Gobierno Nacional. Los servicios a domicilio también están habilitados para desarrollar sus actividades hasta las 22:00. Entre las excepciones, las medidas de restricción de circulación no aplican para personas que requieran movilizarse y pertenezcan a sectores estratégicos (ver recuadro). Sobre los salvoconductos, Juan Zapata, director del ECU-911, explicó que seguirán siendo otorgados por los municipios locales.

No hay restricción de movilización para personal de:

° Servicios de salud de la Red Pública Integral y de la Red Privada Complementaria.

° Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios incluidos su transporte y comercialización. ° Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales.

° Seguridad pública, privada, ° Trabajadores de los medios servicios de emergencias y agencias de control.

de comunicación.

°Sector financiero. ° Sectores estratégicos. ° Servicio consular acreditado en el país. Servicios de emergencia vial. ° ° Personas particulares en ° Sector exportador y toda su caso de emergencia debidacadena logística.

° Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros. ° Provisión de alimentos, incluido transporte y comercialización.

mente justificada.

° Actividades relacionadas al sector financiero bancario.

°

Funcionarios del Consejo Nacional Electoral.

° Sus documentos habilitantes serán sus credenciales, guías de remisión, RUC, RISE.


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Aprende a levantarte de la mesa cuando lo que se sirve ya no es amor.”

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O

Nina Simone (1933-2003) Compositora, pianista y cantante; EE.UU.

La religión cristiana, tal como está organizada, es la mayor enemiga del progreso moral del mundo.” Bertrand Russell (1872-1970) Filósofo, matemático, lógico, Nobel; Reino Unido.

Alejandro A. Tagliavini*

La Evita alemana Dos años atrás, luego de un revés electoral, la canciller de Alemania, Ángela Merkel, anunció que no buscará la reelección al terminar su mandato, en 2021, después de 20 años a la cabeza de su partido, la CDU, y de 15 a cargo del país. Según el Eurobarómetro, 53% de los alemanes considera que el soborno es generalizado. En 1999, el «Spendenaffare» destapó la existencia de donaciones irregulares y acabó con la dimisión del canciller Helmut Kohl que admitió recibir dinero negro para su partido. Merkel, la “delfín” de Kohl, lo traicionó y pidió su dimisión lo que le abrió el camino al poder. (Heckler&Koch, el fabricante de armas, entre 2002 y 2011 donó hasta 70.000 euros en apoyo a la CDU de Merkel.) Cada vez que la canciller habla de la pandemia, los editores de videos saben que en pocas horas acabarán siendo virales por su carisma magnético. Y ha vuelto a suceder. Merkel pronunció un apasionado -por no decir demagógico- discurso ante el Bundestag, el parlamento, en el que pidió un brutal cierre de comercios y otros cercenamientos al derecho humano de la libertad como si fuera el Estado, con su ineficiencia cuando no corrupción, el que debe cuidar la salud porque “las personas en libertad son irresponsables”. ¿Hay crisis de salud? Pues el total de fallecidos en Alemania en 2019 fue de 939.536 personas, mientras que en lo que va de 2020 fallecieron 841.047, lo que proyectado en todo 2020 da una cifra de alrededor de 885.000. Es decir, que en 2020 morirán unas 55.000 personas menos que en 2019. Las cuarentenas y demás restricciones favorecen a Merkel al debilitar notoriamente a sus contrincantes -que se oponen a tantos confinamientos- ya que, entre otras cosas, se restringe la capacidad de hacer campañas proselitistas. Haber ejercido tal control en el partido durante 20 años ha impedido un relevo potente. Hans Kundnani, autor de ‘La paradoja del poder alemán’ cree que “Es increíblemente eficiente eliminando a sus rivales, demasiado exitosa”. *Asesor del Centro para la Prosperidad Global, California. @alextagliavini

En la puerta del horno…

Inglaterra detectó una variante del coronavirus SARS-CoV-2 que predomina en la última ola de contagio y que ha forzado a autoridades británicas y europeas a aplicar un estricto confinamiento para las fiestas decembrinas. Mientras, Ecuador vuelve al estado de excepción por los siguientes 30 días. Hay críticas y dudas sobre si es correcta la decisión de mantener abiertos aeropuertos y fronteras, de avanzar con la campaña política que inicia formalmente en nueve días, y del retorno a clases presenciales en 204 establecimientos educativos y 12 universidades a nivel nacional. Juan Zapata, director del ECU911, anunció que el COE Nacional evaluará hoy un protocolo del Consejo Nacional Electoral sobre la campaña y tampoco se anunciaron medidas para el transporte público. El cierre de Salvatore Foti

Ignorando a la gente Es imperdonable cómo desde las instituciones hace rato se ignoren las verdaderas necesidades del país y de los ecuatorianos, que podrían no salir en décadas de la crisis en la cual nos metieron. No hay voluntad alguna para curarse en sano y prevenir los escenarios dramáticos a los cuales pronto va a llegar el país. La falta de liderazgo y capacidad del ejecutivo están a la vista de todos y no es el caso de seguir metiendo el dedo en la llaga, pero no debe haber más excusas para seguir con tanto

playas y centros turísticos, las restricciones de circulación y medidas aún por definirse afectarán al bolsillo de muchas familias que apostaban al consumo y turismo interno para ‘salvar’ el año. El ‘plan’ del COE ayer se mostró improvisado, incompleto y confuso, quizá excesivamente cauteloso, pero es correcto optar por la prudencia. Confirma el ministro de Salud, Juan Carlos Zevallos, que la ocupación hospitalaria es manejable y que el país no experimenta el alza en la curva de contagios que ya se ve en Europa, incluso antes de navidad. Un rebrote con ‘furia’ es el peor escenario que podría enfrentar el país, si no en términos de muertes y enfermedad, en lo económico. “En la puerta del horno se quema el pan”, reza la sabiduría popular. La vacuna está cerca, pero el peligro no ha pasado.

cinismo e inoperancia frente a los problemas reales que vive la gente. Mientras que se decreta un toque de queda muy cuestionable de 30 días metiendo directamente las manos en el proceso electoral que se verá directamente afectado, Moreno sigue sin compadecerse de la población despreocupado de los altísimos índices de desempleo y pobreza extrema. La gente está desesperada y sin ningún apoyo gubernamental. Sálvese quien pueda, y mentir sin parar es lo único sobre lo cual puede “contar “ cada ciudadano. Las instituciones han empeorado sus servicios pues desde sacar la licencia hasta sacar pasaportes o cédulas se ha vuelto algo tan difícil como lo era en la época anterior a la digitalización. Caemos en el caos y en el desorden que los protagonistas políticos de hoy sobrellevan por

contar con dinero y poder, y que lo seguirán haciendo, tras largarse del país en cuanto su candidato pierda las elecciones. Existe la grave percepción de que las próximas elecciones serán poco transparentes y se obstinan a vetar toda candidatura que pueda amenazar al candidato ortodoxo, quien a pesar de recursos y visibilidad mediática, no logra convencer a los votantes. Ellos necesitan que se le asegure la vacuna, el trabajo y facilidades de pago frente a la miseria que seguimos viviendo día tras día. Están todos empeñados en otros asuntos políticos “más importantes” y que llevarán inexorablemente el país hacía la peor crisis de la cual tengamos recuerdo. Estamos a las puertas de una época muy dura y que podría convulsionar a todo el país. ecuasalvo@yahoo.it

Rodrigo Santillán Peralbo

Portaviones natural “Yo he mencionado que las islas Galápagos son para Ecuador como nuestro portaviones, es nuestro portaviones natural, porque nos asegura permanencia, reabastecimiento, facilidades de interceptación y está a 1.000 kilómetros de nuestras costas”, aseguraba el ministro de Defensa del Ecuador, general en servicio pasivo Oswaldo Jarrín, a finales de mayo de 2019, al anunciar que Estados Unidos se ocuparía de la ampliación del aeropuerto de la isla de San Cristóbal, que es parte del archipiélago, considerado por la Unesco Patrimonio Natural de la Humanidad. ¿Cuáles son los intereses de Estados Unidos para que quiera modernizar el aeropuerto Baquerizo Moreno de la Isla San Cristóbal? Es muy conocido en el mundo entero que nada hace Estados Unidos por desinterés, pues siempre existió y existe la geopolítica fundamentada en la doctrina Monroe: “América para los americanos”, que Donald Trump puso en plena vigencia, con la intención de ampliar su dominio absoluto en América Latina. Lo que Estados Unidos no ha dicho es que quiere una base aéreo-naval en Galápagos, desde el camuflaje de la lucha contra el narcotráfico internacional, mismo argumento que utiliza el ex alumno de la Escuela de las Américas O. Jarrín, que habla de un “triángulo de seguridad” que se conformaría entre Guayaquil, Manta y Galápagos, en la actualidad extendido a Perú y Colombia. Se dijo que “el acuerdo sobre Galápagos se fundamenta en una aparente coincidencia de intereses entre Ecuador y Estados Unidos en el campo de la seguridad. EEUU busca patrullar el Pacífico occidental para frenar el narcotráfico y Ecuador quiere contrarrestar la penetración del crimen organizado.” Los aviones Orion y Awak de EE.UU. causarían irreparables daños en única flora y fauna del patrimonio natural. rodsantillanp@gmail.com

Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Editora Nacional GABRIELA VIVANCO SALVADOR Editores Regionales JULIA GUERRA - FRANCISCO Varela e-mail:

Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec Publicidad: publicidad@lahora.com.ec Año: XXXVIII No. 13024

www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

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Covid-19: 1,6 millones de muertes y la curva, de nuevo, al alza

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minutero

Los casos globales de Covid-19 cerraron ayer con 75,4 millones y 1,6 millones de muertes, después de que el 20 de diciembre se alcanzara una cifra récord de contagios diarios en el planeta (808.000) y un día antes se notificara el máximo número de muertes en un solo día: 13.300. Así,

la curva de contagios y muertes por día vuelve a mostrarse al alza antes incluso de la llegada de las vacaciones navideñas. Muchos países, como Inglaterra, muestran ahora las cifras más altas de contagio incluso desde el inicio de la pandemia. ¿A quién se considera ‘traidor a la patria’?

Medio clausurado aún no se rinde

° Según la ley, serán conside-

rados ‘traidores a la patria’ y tampoco podrán optar a cargos de elección popular, los nicaragüenses que encabecen o financien un golpe de Estado.

°

Distintas cepas en Reino Unido y Sudáfrica Organización Mundial de °la La Salud (OMS) aclaró que la

nueva variante del coronavirus identificada en el Reino Unido no es la misma que la descubierta en Sudáfrica, aunque las dos cepas se identificaron casi simultáneamente. “Los virus mutan, es natural y hay que esperar esto”, dijo el director general de la OMS, Tedros Adhanom Ghebreyesus La OMS dijo que no hay evidencia de que la nueva cepa en el Reino Unido cause una infección más grave o afecte a la eficacia de los test de diagnóstico y vacunas disponibles.

La UE autoriza la vacuna de Pfizer

°

La Comisión Europea (CE) otorgó ayer una licencia condicional a Pfizer/BioNTech para el uso, “al mismo tiempo y en las mismas condiciones”, de su vacuna en los países europeos, contra la Covid-19. La presidenta de la CE, Úrsula von der Leyen, aseguró que esto permitirá lanzar campañas de vacunación el próximo 27 de diciembre. La Agencia Europea del Medicamento (EMA) promete un seguimiento “cercano” a las campañas de vacunación hasta determinar el alcance de la inmunidad que provoca este fármaco, con la nueva variante del virus.

En enero se activará Covax

de la OMS asegu°ranExpertos que la próxima semana se podría aprobar el uso de emergencia de la vacuna de Pfizer-BioNTech para el programa internacional Covax, que podría comenzar a finales de enero o comienzos de febrero. La científica jefe de la OMS, Soumya Swaminathan, indicó que poco después de Pfizer, la OMS podría aprobar la vacuna de Moderna, que ha mostrado eficacia de un 95% en ensayos clínicos.

El canal de televisión ‘100% Noticias’ demandó ayer al Gobierno de Nicaragua la devolución de sus instalaciones, incautadas desde hace dos años en el marco de la crisis sociopolítica que vive el país desde abril de 2018. “A dos años continuamos exigiendo la devolución de nuestro medio de comunicación”, dijo la directora ejecutiva del medio, Verónica Chávez, en un programa que ahora transmiten en plataforma digital. La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) y la organización internacional PEN capítulo Nicaragua han exigido al Gobierno de Daniel Ortega devolver “los bienes incautados ilegalmente” a los medios de comunicación críticos con el Ejecutivo.

° También se incluye a quienes alteren el orden constitucional, que fomenten o insten a actos terroristas, que menoscaben la independencia, la soberanía y la autodeterminación. ° Se incluye a los que inciten a

Decisión. Ayer la Asamblea, con mayoría oficialista, aprobó la nueva norma legal. (EFE)

Nicaragua ‘cancela’ a opositores del régimen La Asamblea aprobó una ley que inhibirá las candidaturas electorales a los ‘traidores a la patria’.

Managua • La mayoría sandinista que controla la Asamblea Nacional (Parlamento) de Nicaragua aprobó ayer, con carácter urgente, una ley que inhibirá las candidaturas de aquellos nicaragüenses que aplaudan la imposición de sanciones contra el Estado y sus ciudadanos, que además serán considerados ‘traidores a la patria’.

ron en contra y 5 abstenciones. Jugada para la reelección de Ortega

Diversos sectores de la oposición consideraron que esa ley busca eliminar la competencia La denominada "Ley de de- electoral y allanar el camino a fensa de los derechos del una nueva reelección del pueblo a la independenpresidente Daniel OrteEl Dato cia, la soberanía y autodega, quien se encuentra terminación para la paz" en el poder desde enero tiene fue aprobada durante una Nicaragua previsto celebrar de 2017. sesión extraordinaria, con elecciones gene"Resulta que ahora el 07 de 70 votos de los sandinis- rales el que hable mal del conoviembre de tas y sus aliados, promo- 2021. mandante (Ortega), entre tores de la controvertida otras cosas, no podrá ser iniciativa, frente a 14 que vota- candidato a nada... Quieren (los

la injerencia extranjera en los asuntos internos, pidan intervenciones militares, se organicen con financiamiento de potencias para ejecutar actos de terrorismo y desestabilización.

° Quienes propongan y gestionen bloqueos económicos, comerciales y de operaciones financieras en contra del país y sus instituciones. °

Además, aquellos que demanden, exalten y aplaudan la imposición de sanciones contra el Estado de Nicaragua y sus ciudadanos, así como todos lo que lesionen los intereses supremos de la nación contemplados en el ordenamiento jurídico.

sandinistas) escoger a sus opositores", dijo el político opositor Eliseo Núñez. En tanto, la exguerrillera sandinista Dora María Téllez dijo que los gobernantes, "que se dicen poderosos", están "aterrorizados por candidaturas, amenazando con sacar a cualquier persona opositora" de cara a las próximas elecciones.

Nuevo ‘salvavidas’ de EE.UU. suma $900.000 millones

Demócratas y republicanos se 900.000 millones de dólares apresuraron ayer en la redac- con el fin de paliar los efectos de ción de la propuesta acordada la pandemia en la castigada ecoentre ambos partidos para sacar nomía estadounidense. "Vamos a aprobar otro paadelante un paquete de estímuquete histórico de rescate lo económico, por valor para ayudar a las familias de 900.000 millones de estadounidenses en esta dólares, para ser votada El Dato pandemia. Vamos a aprourgentemente en el Congreso de Estados Unidos. El Congreso no bar financiación para el aprobado nin- Gobierno durante un año El líder de la mayoría ha guna medida de republicana del Sena- estímulo desde para que las Fuerzas Arcuando madas y todos los Depardo, Mitch McConnell, marzo, dio el visto anunció el domingo que bueno a un plan tamentos federales tengan rescate de había llegado a un acuer- de más de $2 billo- recursos y la seguridad que necesitan; y vamos a do con los progresistas nes, el mayor de la historia hacer ambas cosas lo anpara aprobar un nuevo de EE.UU. tes posible", subrayó. paquete de estímulo de

Diálogos. Mitch McConnell camina desde su oficina hasta el piso del Senado en el Capitolio en Washington, ayer. (EFE)


norte

Suspenden labores en el Municipio de Ibarra Ibarra • El Municipio de Ibarra informó que se sus-

pende la jornada laboral los días 24, 28, 29, 30 y 31 de diciembre de 2020. Con esto, las actividades se reanudarán con normalidad a partir del lunes 04 de enero de 2021. “Con la finalidad de dar continuidad a los procesos

administrativos y de contratación pública que se encuentran vigentes, se exceptúan de esta resolución: Dirección Financiera, Dirección Administrativa, Dirección de Obras y Construcciones, Dirección de Planificación y Desarrollo Territorial, y Procuraduría Síndica”, expusieron desde la municipalidad.

El árbol navideño más grande del Ecuador está en Carchi

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martes 22 de DICIEMbre de 2020 La Hora ecuador

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¿Cómo decoraron?

° La colocación de las luminarias implica ascender hasta la parte más alta, donde está la copa. ° Anteriormente se utilizaban cables gemelos y bombillas normales de colores, ahora se usa mangueras LED y mayor tecnología. ° Los técnicos toman varias precauciones para que la vegetación no sufra ninguna afectación con la colocación de las luces de colores. ° Aseguran algunos espacios con madera y caucho y colocan abrazaderas metálicas. ° Se evita que las conexiones

eléctricas tengan contacto con el follaje para no lastimarlo.

Decoración. Así luce este año el árbol que se levanta en el parque central de Mira. (Foto: Municipio de Mira)

Ubicado en uno de los parques del cantón Mira, se ha convertido en un atractivo turístico. Carchi • En el cantón Mira, cono-

cido como ‘Balcón de los Andes’, en Carchi, cada año se decora con luces y bombillos un gigantesco árbol navideño, de origen natural. De la especie denominada como araucaria, necesita un estimado de 350 metros de luces, entre led y de colores, para ‘vestirse’ de Navidad. Solamente la

estrella que se coloca en la punta nambí ubicados en la parroquia tiene una dimensión que bordea Jacinto Jijón y Caamaño, entre otros, pero siempre tomando en los 1,50 metros. Según las autoridades locales, cuenta las medidas de biosegurilos aproximadamente 30 metros dad, como el uso de mascarilla y de altura lo convierten en el ár- distanciamiento social. bol navideño natural más grande del Ecuador Ciudadanos a cargo de la y posiblemente de Sudiniciativa metros américa. Desde hace más de 15 de alto tiene el árbol de Mira, Johnny Garrido, alcalaños el colectivo denoque es de origen de de Mira, invitó a turis- natural, no artificial. minado ‘Los Panas del tas nacionales y extranjeÁrbol’ es el encargado de ros a visitar el cantón, no organizar la decoración solo por el imponente árbol, sino navideña en este gigante espétambién por el resto de atracti- cimen natural, que además es el vos con los que cuentan, como la más antiguo de la ciudad. Virgen de la Caridad, el Mirador Rony Cazares, electricista de del Cóndor, los vados del Río Chi- profesión, cuenta que con un

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Antonio Ante la apuesta a fomentar la cadena productiva del cuy Las iniciativas para que ofertan este tipo de gastroreactivar la economía post pan- nomía, asentados principalmendemia se van afianzando de a te en la parroquia de Chaltura, poco en el cantón Antonio Ante, así como sus criaderos. Precisamente, se desarrolló provincia de Imbabura. Según el alcalde Rolando Ló- este mes el evento denominado ‘Chef to Farm’, un espacio pez, a través de múltiples de intercambio de conociestrategias de desarrollo El Dato mientos, entre el campo y productivo, se está impulsus ingredientes de origen sando al sector gastronóes una como el cuy y el chocolate, mico, entre otros, median- Chaltura parroquia de junto a chefs que mostrate convenios, buscando Antonio Ante por abrir nuevos mercados y conocida contar con dece- ron creaciones inspiradas en sabores e ingredientes crear una cadena produc- nas de restaurantes especialitiva para la exportación, zados en cuyes. andinos, que fueron degustadas por los invitados Como parte de uno de y participantes. los proyectos, dijo que “El evento contó con el apoyo se potenciará el famoso plato tradicional del cuy, a través de del GAD Municipal, Ministerio una nueva propuesta de pre- de Turismo y las empresas Haku sentación y degustación, que ya Cuy de Origen y República del Caincluyó visitas a los sectores de cao, la Prefectura de Imbabura y la cadena de valor, permitiendo otras privadas, que evoca la cocina a empresarios y autoridades co- local, reinventando platos clásicos nocer los diferentes restaurantes con un toque gourmet, produ-

Imbabura •

grupo de amigos conformaron el colectivo para rescatar esta tradición, pues se organizaba desde antaño pero con el tiempo se fue perdiendo. Según dijo a La Hora, en su momento, junto a Jonathan Garrido, Jorge Reina y Richard Calderón, cada año, desde mediados de noviembre empiezan a recolectar fondos y donaciones para adornar con luces a este árbol natural. Relataron que nació la iniciativa de revivir esta tradición en 2003, pero anteriormente lo hacía la agrupación ‘Los Coyotes’, muriendo por un tiempo esta costumbre decembrina, que luego ellos la retomaron.

Iluminación en parques e iglesias Desde el 09 de diciembre Mira °activó la decoración navideña, que

se muestra principalmente con arreglos de los jardines y el inmenso árbol navideño en su parque central, que se realizó con el apoyo ciudadano y de entidades públicas y privadas. “Por segundo año consecutivo, esta administración realizó la iluminación en las fachadas de las iglesias en las parroquias rurales de La Concepción y Jacinto Jijón y Caamaño. En Juan Montalvo lo realizó el GAD Parroquial”, detallaron desde la municipalidad.

Con la intención de exportar

de Antonio Ante tam°biénEl Municipio tiene previsto, a través de la plan-

ta de faenamiento de cuy, que estuvo por muchos años inhabilitada, dar un valor agregado trabajando en asesoramiento técnico y procesamiento de carnes seleccionadas, con la finalidad de contar con una distribuidora que abastezca a los restaurantes locales y, finalmente, trabajar en una alianza público-privada que permita exportar la carne de cuy, con una perspectiva de que existen más de dos millones de ecuatorianos viviendo en el exterior que añoran estas tradiciones.

ciendo combinaciones de sabores únicos, conectando a las personas que están detrás de los productos que se consume, con los profesionales de la cocina”, detallaron desde la municipalidad. Aporte del Estado

El viceministro de Turismo, Ri-

Iniciativa. Aparte de fomentar la preparación de cuyes, que es una tradición de Antonio Ante, esperan producir la carne para exportar.

cardo Zambrano, destacó algunos compromisos para fortalecer la asociatividad de los restaurantes que están en Chaltura y el tema promocional. Explicó que es interesante conocer cómo este tipo de platos motiva la visita de turistas a nivel nacional, formando parte de la diversificación y reactiva-

ción que tanto se está buscando. Expresó que justamente, en el recorrido por la cadena productiva del cuy, se pudo analizar el rol de la oferta gastronómica en el posicionamiento de un destino como es Chaltura y la importancia de este producto en el encadenamiento productivo.

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martes 22 de diciembre de 2020 La Hora, ecuador

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REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

BALANCE CONSOLIDADO Y CONDENSADO (Valores expresados en dolares)

CODIGO DE OFICINA: 1130

código

DESCRIPCIÓN

VALOR

ACTIVO 11 FONDOS DISPONIBLES 2.567.314,51 1101 Caja 233.655,21 1103 Bancos y otras instituciones fin 2.329.166,66 1104 Efectos de cobro inmediato 4.492,64 12 OPERACIONES INTERFINANCIERAS 0,00 13 INVERSIONES 3.897.042,09 1302 A valor razonable con cambios en 0,00 1303 Disponibles para la venta de ent 3.897.042,09 1305 Mantenidas hasta su vencimiento 0,00 1307 De disponibilidad restringida 0,00 1399 (Provision para inversiones) 0,00 14 CARTERA DE CREDITOS 29.888.734,56 1401 Cartera de creditos comercial pr 0,00 140105,10,15 De 1 a 180 dias 0,00 140120 De 181 a 360 dias 0,00 140125 De mas de 360 dias 0,00 1402 Cartera de creditos de consumo p 15.462.738,44 140205,10,15 De 1 a 180 dias 2.901.867,02 140220 De 181 a 360 dias 2.717.671,39 140225 De mas de 360 dias 9.843.200,03 1403 Cartera de credito inmobiliario 0,00 140305,10,15 De 1 a 180 dias 0,00 140320 De 181 a 360 dias 0,00 140325 De mas de 360 dias 0,00 1404 Cartera de microcredito por venc 13.890.359,07 140405,10,15 De 1 a 180 dias 2.843.900,94 140420 DE 181 A 360 DIAS 2.709.510,27 140425 DE MAS DE 360 DIAS 8.336.947,86 1418 Cartera de creditos de consumo p 207.095,27 1420 Cartera de microcredito reestruc 212.295,02 1425 Cartera de creditos comercial pr 0,00 1426 Cartera de creditos de consumo p 277.551,17 1427 Cartera de credito inmobiliario 0,00 1428 Cartera de microcredito que no d 751.449,67 1442 Cartera de creditos de consumo Rees no deven 0,00 1444 Cartera microcredito reestructur no devenga 14.507,86 1449 Cartera de creditos comercial pr 2,00 1450 Cartera de creditos de consumo p 184.046,74 1451 Cartera de credito inmobiliario 2,00 1452 Cartera de microcredito vencida 558.355,99 1466 Cartera de creditos de consumo rees vencida 3,00 1468 Cartera de microcredito reestruc vencida 16,00 1499 (PROVISIONES PARA CREDITOS INCOB -1.669.687,67 16 CUENTAS POR COBRAR 362.106,93 17 BIENES REALIZABLES, ADJUDICADOS 0,00 18 PROPIEDADES Y EQUIPO 352.415,58 19 OTROS ACTIVOS 120.177,02 1901 Inversiones en acciones y partic 74.216,93 1902..1990 Otras cuentas de “otros activos” 46.741,36 1999 (Provision para otros activos ir -781,27 1 TOTAL DEL ACTIVO 37.187.790,69 4 GASTOS 0,00 TOTAL GRAL. DEL ACTIVO Y GASTOS 37.187.790,69 ANEXO CUENTAS DE ORDEN 6 CUENTAS CONTINGENTES 0,00 64 ACREEDORAS 0,00 6401 Avales 0,00 7 TOTAL CUENTAS DE ORDEN 0,00 71 DEUDORAS 15.947.714,81 7103 Activos castigados 3.008.568,29 7105 Operaciones activas con empresas 443.073,36 7106 Operaciones activas con entidade 0,00 Otras cuentas de orden deudora 12.496.073,16 74 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS 67.715.112,33 7402 Operaciones pasivas con empresas 0,00 7403 Operaciones pasivas con empresas 0,00 7404 Depositos y otras captaciones no 0,00 Otras cuentas de orden acreedoras 67.715.112,33

REPUBLICA DEL ECUADOR FORM: 201P SUPERINTENDENCIA DE ECONOMIA POPULAR Y SOLID RIA

ESTADO DE PERDIDAS Y GANANCIAS CONSOLIDADO Y CONDENSADO Valores en Dolares

ENTIDAD: COAC. COTOCOLLAO LTDA. CODIGO DE OFICINA: 1130

Código

Cuenta

51 52 54 41 42

Parcial

Total

INGRESOS FINANCIEROS 5.291.227,57 INTERESES GANADOS 5.264.124,24 COMISIONES - INGRESOS POR SERVICIOS 27.103,33 EGRESOS FINANCIEROS -1.497.361,87 INTERESES PAGADOS CAUSADOS -1497361,87 COMISIONES PAGADAS -

MARGEN BRUTO FINANCIERO FINANCIERO

53 55

INGRESOS OPERACIONALES UTILIDADES FINANCIERAS - OTROS INGRESOS OPERACIONALES 3.526,36

43 45-4505-4506 46

EGRESOS OPERACIONALES -2.379.566,10 PERDIDAS FINANCIERAS - GASTOS DE OPERACION -2.379.566,10 OTRAS PERDIDAS OPERACIONALES -

MARGEN OPERAC. ANTES DE PROV.

1.417.825,96

44 4505 4506

PROVISIONES PROVISIONES -846.848,09 DEPRECIACIONES -53.931,10 AMORTIZACIONES -28.396,57

-929.175,76

MARGEN OPERACIONAL NETO

488.650,20

56 47 48

INGRESOS Y GASTOS NO OPERACIONALES INGRESOS EXTRAORDINARIOS 218.981,07 OTROS GASTOS Y PERDIDAS -83.392,98 EGRESOS EXTRAORDINARIOS -

135.588,09

UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS Y PARTICIPACIONES

624.238,29

4810

PARTICIPACION A TRABAJADORES

93.635,74

UTILIDADES ANTES DE PROVISION 1% SEPS

530.602,55

450415

APORTES SEPS 1%

UTILIDADES ANTES DE INNFA E IMPUESTO A LA RENTA

530.602,55

4815

IMPUESTO A LA RENTA

141.837,45

RESULTADO OPERATIVO TOTAL

388.765,10

RESULTADOS A DISPOSICION DE ACCIONISTAS RESULTADOS CUENTAS PATRIMONIALES

388.765,10

código

3.793.865,70 3.526,36

-

ING. PATRICIO HACHI GERENTE

DESCRIPCIÓN

VALOR

PASIVO 21 OBLIGACIONES CON EL PUBLICO 2101 Depósitos a la vista 2102 Operaciones de reporto 2103 Depositos a plazo 210305 De 1 a 30 dias 210310 De 31 a 90 días 210315 De 91 a 180 días 210320 De 181 a 360 dias 210325 De más de 360 dias 210330 Depositos por confirmar 2104 Depositos de garantia 2105 Depositos Restringidos 22 OPERACIONES INTERBANCARIAS 23 OBLIGACIONES INMEDIATAS 24 ACEPTACIONES EN CIRCULACION 25 CUENTAS POR PAGAR 26 OBLIGACIONES FINANCIERAS 27 VALORES EN CIRCULACION 28 OBLIG. CONV. ACCIONES Y AF. FUTURAS CAP. 29 OTROS PASIVOS 2 TOTAL DEL PASIVO 31 CAPITAL SOCIAL 3101 Capital Pagado 3103 Aportes de socios 32 PRIMA O DESCUENTOS EN COLOCACION ACCIONES 33 RESERVAS 3301 Legales 3302 Generales 3303 Especiales 3305 Revalorizacion del patrimonio 3310 Por resultados no operativos 34 OTROS APORTES PATRIMONIALES 35 SUPERAVIT POR VALUACIONES 36 RESULTADOS 3601 Utilidades o excedentes acumulados 3602 (Pérdidas acumuladas) 3603 Utilidad del ejercicio 3604 (Pérdida del ejercicio) 3 TOTAL DEL PATRIMONIO 5 INGRESOS TOTAL GENERAL DE PASIVO, PATRIMONIO E INGRESOS

INDICADORES FINANCIEROS REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA 31-12-19 COOPERATIVA 1. CAPITAL 1,1 COBERTURA PATRIMONIAL DE ACTIVOS 634,96%

AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2.019

AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2.019

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA

245,59%

2,2 MOROSIDAD CARTERA COMERCIAL 100,00% 19,17% 2,3 MOROSIDAD CARTERA CONSUMO 2,86% 2,88% 2,4 MOROSIDAD CARTERA VIVIENDA 100,00% 2,63% 2,5 MOROSIDAD CARTERA DE MICROEMPRESA 8,58% 6,68% 2,6 PROVISIONES/ (CARTERA DE CREDITO IMPRODUCTIVA) 93,49% 115,37% 2,7 COBERTURA DE LA CARTERA COMERCIAL 100,00% 111,15% 2,8 COBERTURA DE LA CARTERA DE CONSUMO 97,27% 135,05% 2,9 COBERTURA DE LA CARTERA DE VIVIENDA 100,00% 94,87% 2.10 COBERTURA DE LA CARTERA DE MICROEMPRESA 89,68% 101,82% 3. MANEJO ADMINISTRATIVO 3,1 ACTIVOS PRODUCTIVOS/PASIVOS CON COSTO 119,87% 115,46% 3,2 GRADO DE ABSORCION 83,54% 94,54% Gastos operacionales/margen financiero 3,3 Gastos de Personal/Activo total promedio 3,94% 3,03% 3,4 Gastos Operativos / Activo total promedio 7,04% 6,42% 4. RENTABILIDAD 4,1 RENDIMIENTO OPERATIVO SOBRE ACTIVO - ROA: 1,11% 0,48% 4,2 RENDIMIENTO SOBRE PATRIMONIO - ROE 7,85% 2,84% 5. LIQUIDEZ 5,1 FONDOS DISPONIBLES/TOTAL DEPOSITOS A CORTO PLAZO 15,44% 22,36% 5,2 COBERTURA DE 25 MAYORES DEPOSITANTES 183,51% 0,00% 5,3 COBERTURA DE 100 MAYORES DEPOSITANTES 90,97% 0,00% NOTAS Los índices del sistema se encuentran con datos cero no son publicados.

0,00 0,00 1.439.429,12 1.960.176,67 0,00 0,00 15.978,92 31.620.923,60 1.306.111,77 0,00 1.306.111,77 0,00 3.650.832,23 2.603.093,63 0,00 863.664,94 184.073,66 0,00 0,00 221.157,99 388.765,10 0,00 0,00 388.765,10 0,00 5.566.867,09 0,00 37.187.790,69 FORMULARIO 229

“RELACION ENTRE EL PATRIMONIO TECNICO TOTAL Y LOS ACTIVOS Y CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO”

31-12-19 SISTEMA

1,2 SOLVENCIA 16,16% 0,00% Patrimonio Técnico Constituido/ Activos Contingentes ponderados por riesgo 1,3 PATRIMONIO SECUNDARIO VS. PATRIMONIO PRIMARIO 1,77% 0,00% Patrimonio Técnico secundario/Patrimonio técnico Primario 2. CALIDAD DE ACTIVOS 2,1 MOROSIDAD BRUTA TOTAL 5,66% 4,53%

28.205.338,89 9.919.361,72 0,00 15.467.343,50 2.611.546,99 4.099.346,07 4.048.262,72 3.546.524,52 1.161.663,20 0,00 0,00 2.818.633,67 0,00

EN U.S. DOLARES

ENTIDAD REPORTANTE: COOPERATIVA COTOCOLLAO LTDA. CODIGO DE LA ENTIDAD: 1130 FECHA : diciembre 31, 2019

CODIGO 31 3301 3302 3303 34 35 3601 3602 3603 3604 5 - 4 A

CONFORMACION DEL PATRIMONIO TECNICO TOTAL PATRIMONIO TECNICO PRIMARIO DESCRIPCION Capital Social Reservas legales Reservas generales Reservas especiales Otros aportes patrimoniales Superavit por valuaciones Utilidades o excedentes acumulados Pérdidas acumuladas Utilidad o exedente del ejercicio (Nota1) Pérdida del Ejercicio (Nota1) Ingresos menos gastos (Nota2)

VALOR 1.306.111,77 2.603.093,63 0,00 863.664,94 0,00 221.157,99 0,00 0,00 194.382,55 0,00 0,00

TOTAL PATRIMONIO TECNICO PRIMARIO

5.188.410,88

PATRIMONIO TECNICO SECUNDARIO CODIGO DESCRIPCION 3305 Reservas por revalorización del patrimonio 3310 reservas por resultados no operativos B

TOTAL PATRIMONIO TECNICO SECUNDARIO

VALOR 92.036,83 0,00 92.036,83

C = A+B (**)

PATRIMONIO TECNICO TOTAL

5.280.447,71

E = C - D

PATRIMONIO TECNICO CONSTITUIDO

5.280.447,71

ACTIVOS Y CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO Activos ponderados con 0.00 Activos ponderados con 0.20 Activos ponderados con 0.50 Activos ponderados con 1.00 F

TOTAL ACTIVOS Y CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO

0,00 0,00 1.948.521,05 30.723.434,09 32.671.955,14

POSICION, REQUERIMIENTO Y RELACION DE PATRIMONIO TECNICO

G = F x 8% PATRIMONIO TECNICO REQUERIDO 2.613.756,41 H = E - G EXCEDENTE O DEFICIENCIA DE PATRIMONIO TECNICO REQUERIDO 2.666.691,30 ACTIVOS TOTALES Y CONTINGENTES x 4% 1.487.511,63 NOTAS AL PATRIMONIO TECNICO CONSTITUIDO 1 Estas cuentas se consideran unicamente para el mes de Diciembre. La cuenta 3603 se pondera con el 100% unicamente cuando los balances financieros hayan sido auditados

2 Estas cuentas se considerarán para los meses de Enero a noviembre . Se precedera por el 50% siempre que la diferencia de las cuentas 5-4 sea mayor que cero, caso contrario se procedera por el 100%

SR. RODRIGO ALMEIDA M. CONTADOR GENERAL


Cerca de 150.000 vehículos no fueron matriculados

Festividad. Para este viernes 25 de diciembre, el Transporte Municipal operará desde las 06:00 hasta las 20:00. El 1 de enero de 06:00 a 19:00.

Nuevos horarios en el Transporte Municipal

El cambio fue tomado tras las medidas adoptadas por el Gobierno, para prevenir el incremento de casos por la Covid-19. Tras la resolución emitida ayer por el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, que determina un nuevo estado de excepción a nivel nacional durante 30 días y un horario de toque de queda de 22:00 a 04:00, durante los próximos 15 día, el Sistema de Transporte Municipal Trolebús y Ecovía aplicará cambios en horario de servicio. (Ver recuadro) Para este viernes, el servicio del Transporte Municipal operará desde las 06:00 has-

ta las 20:00 y el 1 de enero de 06:00 a 19:00.

Se recuerda a la ciudadanía el cumplimiento de las normas de bioseguridad:

° Uso obligatorio de mascarilla ° Mantener distanciamiento en embarque y desembarque ° Respetar el aforo permitido del 50%

El último domingo se terminó el plazo para realizar el trámite digital de matriculación vehicular en Quito. Se recibieron cerca de 320 mil solicitudes en la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) y se estima que el 30% (150 mil, aproximadamente) de los vehículos que conforman el parque automotor (450 mil, aproximadamente), que debían ser matriculados, incumpliría la obligación. La multa es de $25. Cabe resaltar que al menos 100 mil solicitudes de matriculación tuvieron que ser rechazadas por falta de pago de valores pendientes y por no haber pasado la revisión técnica vehicular de 2019.

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martes 22 de DICIEMbre de 2020 La Hora ecuador

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Atención de servicios

Actualmente, la AMT recibe en los centros Bicentenario y Quitumbe, con la respectiva cita previa, a los usuarios que deben realizar los trámites de: traspaso de dominio, duplicados de placas y matrículas, así como servicios destinados a transporte comercial. Para ello, se amplió el horario de atención que será de 08:00 a 19:30 los días lunes 21, martes 22 y miércoles 23 de diciembre de 2020. Tentativamente, la atención se retomaría a mediados de enero de 2021, según el Servicio de Rentas Internas, debido a que la AMT depende del sistema del ente nacional. Por otro lado, la revisión técnica vehicular se reestablecería en febrero de 2021.

° Abrir las ventanas de las unidades durante los viajes

° Viajar en silencio ° Permitir la toma de temperatura en los ingresos de paradas y estaciones

Plan operativo

La Empresa Pública Metropolitana de Transporte de Pasajeros de Quito señaló que tiene listo su plan operativo para las últimas festividades de este año, lo cual contempla el incremento de la flota: el Trolebús y la Ecovía operarán con 195 unidades, este aumento es proporcional a la proyección de usuarios para estas festividades. (AVV)

Horarios de operación Trolebús y Ecovía a viernes: de 05:00 a 20:15 ° Lunes de 06:00 a 20:00 ° Sábado: ° Domingo: de 06:00 a 19:00 Alimentadores a viernes: de 05:00 a 21:15 ° Lunes de 06:00 a 21:00 ° Sábado: ° Domingos: de 06:00 a 20:00

TRÁMITE. Quienes no alcanzaron a realizar la matriculación deberán hacerlo el próximo año. P

res externos de la firma Loya y Asociados, quienes en su informe de fecha 7 de marzo de 2019 emitieron una opinión sin salvedades sobre tales estados financieros. Responsabilidades de la administración y de los encargados del gobierno de la Cooperativa sobre los estados financieros.

INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES

A la Asamblea General de Representantes de Socios y Consejo de Administración de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COTOCOLLAO LTDA. Opinión Hemos auditado los estados financieros adjuntos de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COTOCOLLAO LTDA., que comprende el balance general al 31 de diciembre del 2019, y el correspondiente estado de resultados, de evolución del patrimonio de los socios y del flujo de efectivo por el año terminado en esa fecha y las notas a los estados financieros que comprenden un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa. En nuestra opinión, los estados financieros adjuntos presentan razonablemente, en todos los aspectos significativos, la situación financiera de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COTOCOLLAO LTDA., al 31 de diciembre del 2019, los resultados de sus operaciones, los cambios en el patrimonio de los socios y flujos de efectivo por el año terminado en esa fecha, de acuerdo con normas y prácticas contables establecidas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. Fundamentos de la opinión Nuestra auditoría fue efectuada de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría (NIA). Nuestras responsabilidades bajo esas normas se describen más detalladamente en la sección “Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los estados financieros” de nuestro informe. Somos independientes de la Cooperativa de conformidad con el Código de Ética, emitido por el Instituto de Investigaciones Contables del Ecuador (IICE) y, hemos cumplido las demás responsabilidades de éticas de conformidad con dichos requerimientos. Consideramos que la evidencia de auditoría que hemos obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para nuestra opinión de auditoría. Bases de contabilidad Sin calificaar nuestra opinión, informamos que tal como se indica en la nota 2, los estados financieros mencionados en el primer párrafo han sido preparados sobre la base de las normas y prácticas contables establecidas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, las que difieren de algunas Normas Internacionales de Información Financiera NIIF. Estos estados financieros fueron preparados con el objetivo de dar cumplimiento con las disposiciones emitidas por el organismo de control, consecuentemente no pueden ser apropiados para otros propósitos. Informe de los auditores independientes del año anterior Los estados financieros correspondiente al año 2018, fueron examinados por los auditoING. PATRICIO HACHI GERENTE

La Administración de la Cooperativa es responsable por la preparación y presentación razonable de los estados financieros adjuntos, de conformidad con las normas y prácticas contables establecidas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria y del control interno que la administración consideró necesario para permitir la preparación de los estados financieros libres de errores materiales, debido a fraude o error. En la preparación de los estados finnacieros, la Administración es responsable de evaluar la capacidad de la cooperativa para continuar como un negocio en marcha, revelando según coorresponda, los asuntos relacionados, salvo que la administración tenga la intención de liquidar la cooperativa o cesar operaciones o no tenga otra alternativa más realista de hacerlo.

• Nuestra responsabilidad también fue concluir sobre el uso adecuado de la Administración de las bases contables de negocio en marcha y, en base a la evidencia de auditoría obtenida, si existe o no relaciones con eventos o condiciones que puedan generar dudas significativas sobre la capacidad de la Cooperativa para continuar como un negocio en marcha. Si concluimos que existe una incertidumbre material, estamos obligados a llamar la atención en nuestro informe de auditoría de las revelaciones relacionadas en los estados financieros o, si tales revelaciones son insuficientes, modificar nuestra opinión. Nuestras conclusiones se basan en la evidencia de auditoría obtenida hasta la fecha de nuestro informe de auditoría. Sin embargo, eventos o condiciones futuras pueden causar que la cooperativa no pueda continuar como un negocio en marcha. •Evaluamos la presentación global, estructura y contenido de los estados finnacieros, incluyendo las revelaciones y, si los estados financieros representan las transacciones y eventos subyacentes de un modo que expresen una presentación razonable.

Los encargados del gobierno de la Cooperativa son responsbles de la supervisión del proceso de información financiera de la entidad.

• Nos comunicamos con los encargados del gobierno de la Cooperativa en relación con, entre otras cuestiones, el alcance y el momento de realización de la auditoría y los resultados significativos de auditoría, incluida posibles deficiencias significativas en el control interno que identificamos durante nuestra auditoría, si las hubiere.

Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los estados financieros

Párrafos de Énfais

Nuestros objetivos son obtener seguridad razonable sobre si los estados finnacieros en su conjunto están libres de errores materiales, ya sea por fraude o error, y emitir un informe de auditoría que incluya nuestra opinión. Una seguridad razonable es un alto nivel de seguridad, pero no garantiza que una auditoría llevada a cabo de conformidad con las NIA siempre detectará una representación errónea material cuando exista. Las representaciones erróneas pueden surgir de fraude o error y son consideradas materiales si, individualmente o en conjunto, podrían influir razonablemente en las decisiones económicas que tomen los usuarios sobre la base de estos estados financieros. Como parte de una auditoría de conformidad con las NIA, aplicamos nuestro juicio profesional y mantuvimos una actitud de escepticismo profesional a lo largo de la auditoría. También: • Identificamos y evaluamos los riesgos de representaciones erróneas materiales en los estados financieros, ya sea por fraude o error, diseñamos y realizamos los procedimientos de auditoría para responder a esos riesgos y, obtuvimos evidencia de auditoría suficiente y apropiada para proporcionar una base para nuestra opinión. El riesgo de no detectar un error, ya que el fraude puede implicar la colusión, falsificación, omisiones intencionales, distorsión o la anulación del control interno.

Como se menciona en la nota 27, la Cooperativa mantiene (27) litigios legales de los cuales 3 corresponden Acciones Penales, de estos uno corresponde a posible peculado que se encuentra en la investigación previa en la Fiscalía y 2 casos originados por convenios para otorgamiento de créditos suscritos en los años 2008 y 2009 con las empresas Biodiesel y Maderazzy, los mismos que son monitoreados y controlados por el Departamento Legal de la Institución, en tanto que el estado de cada uno de los procesos es reportado en forma trimestral al ente de control SEPS. Este informe tiene que ser leído tomando en cuenta este párrado de énfasis. Informe sobre otrso requerimientos legales o regulatorios Nuestros informes adicionales sobre: comisario, normas prudenciales e información financiera suplementaria, recomendaciones sobre la estructura del control interno, procedimientos convenidos respecto a límites de operaciones activas y contingentesm procedimiento del terrporismo y otros delitos y, de cumplimiento de obligaciones triburarias por el año terminado el 31 de diciembre del 2019, se emiten por separado.

• Obtuvimos un entendimento del control interno relevante para la auditoría, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean apropiados en las circunstancias, pero no con el propósito de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Cooperativa. • Evaluamos lo apropiado de las políticas contables utilizadas, la razonabilidad de las estimaciones contables y las revelaciones realizadas por la Administración.

Quito, 10 de febrero del 2020 SR. RODRIGO ALMEIDA M. CONTADOR GENERAL

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martes 22 de DICIEMbre de 2020 La Hora ecuador

I

Píllaro moderniza su sistema de recolección de basura “Esta es una medida para aplaudir, ahora es cuestión de que cada uno de nosotros nos decidamos a cuidar los contenedores”, señaló Gloria Pinos, quien vive en el centro de Píllaro. El alcalde del cantón, Francisco Elías Yanchatipán, inauguró el sistema automatizado para recolección de basura en el área urbana. Este servicio entró en funcionamiento ayer, los contenedores fueron distribuidos en sitios estratégicos de la ciudad. La autoridad mencionó que

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actualmente en el centro del cantón se generan 45 toneladas semanales de basura, las que son recolectadas a pie de vereda y en los contenedores, con un tiempo de recolección de seis horas diarias, de forma manual. “Nos encontramos ejecutando la primera fase de este proyecto, con una inversión total de 60 mil dólares. Para ello, se adquirieron 50 contenedores nuevos que son de fácil operación”, dijo el Alcalde. Cada contenedor tiene una capacidad de almacenamiento de mil 300 kilos, para complementar su funcionamiento se repotenció un recolector Hino GH que ahora cuenta con un moderno sistema de carga posterior levantará automáticamente los contenedores. Para finalizar, Yanchatipán pidió a la colectividad cuidar los contenedores y recordó que en estos no se pueden desechar escombros o artículos pesados como colchones, muebles, despojos de jardinería, entre otros. (NVP)

Cuidados. El servicio de recolección contenerizada inició ayer

Nueva biblioteca se inaugura en Pelileo Autoridades de Pelileo inauguraron la nueva biblioteca municipal Juan Montalvo, la misma que brinda varios espacios de lectura y recreación para los ciudadanos. La nueva edificación está ubicada en las calles García Moreno y Padre Jorge Chacón, junto a la Policía. La atención se mantiene de 08:00 a 12:00 y de 13:00 a 17:00. Este espacio cuenta con más de 7 mil obras literarias de consulta, además de computadoras con servicio de internet y un área especial asignada para lectura infantil denominada ‘Rayuela’ en

homenaje a la obra literaria del escritor pelileño, Darío Guevara. “Sentir el olor a papel, la textura de sus páginas, la magia de las ilustraciones, nos invitan a disfrutar de una buena lectura”, señaló el alcalde del cantón, Leonardo Maroto, al declarar inaugurada la renovada infraestructura física de la biblioteca. Este espacio se complementa con un área externa con jardinería urbana y un patio recubierto con geo membrana, el cual se instaló con el objetivo de fomentar la lectura y el trabajo grupal de los estudiantes. (RMC)

Nosotros, CATAGÑA HARO SERGIO, y, BRAVO CATAGÑA ERIK PAUL, dando cumplimiento a la sentencia del 25 de octubre del 2019 a las 22h30, emitido por el Juez ANDRADE HIDALGO GUIDO ANTONIO, en relación a la causa número 17293-2019-01566. Deseamos con la presente PEDIR DISCULPAS PÚBLICAS por el delito de INVANSIÓN DE ÁREAS DE PROTECCIÓN ECOLÓGICA, que se acometió en la reserva ecológica Antisana, puesto que, reconocemos que nuestro actuar fue indebido y nos disculpamos por las molestias ocasionadas hacia los cuerpos policiales del ambiente, así como a la comunidad en general, es un comportamiento que en lo siguiente no volveremos a realizar.

001-003-0443/ms

REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DEL AMBIENTE RESERVA ECOLÓGICA DEL ANTISANA.EXTRACTO

COMPAÑÍA DE CARGA Y LOGISTICA 29 DE FEBRERO Quito, 18 de Diciembre de 2020 UNICA NOTIFICACIÓN:

Sra. Martha Bastidas (PRESIDENTE)

Sr. Rodrigo Núñez (GERENTE)

001-003-0444/ms

Se les notifica a los señores Accionistas de la Compañía, que deben acercarse como máximo hasta el día lunes 28 del presente mes a CANCELAR SUS OBLIGACIONES ECONÓMICAS PENDIENTES, así como a depositar la documentación requerida para la actualización del PERMISO OPERACIONAL, en caso de NO hacerlo, inmediatamente se procederá a tramitar con el número de accionistas que hayan cumplido con lo indicado. Mayor información al teléfono 2525866 Oficina SECAFYC. O al teléfono celular del Gerente. Sr. Núñez 099-843-7791. Así mismo se les informa que se procederá con l notificación por medio de la prensa, a fin de evitar fijar responsables por el incumplimiento.

Controles. Varios litros de suero con adulteración son eliminados.

Industrias siguen con el mal uso del suero de leche Agrocalidad ha detectado incluso adulteración de leche con este producto, los controles se incrementarán.

Los problemas de bajos costos sancionadas solo en el mes pade leche a los que se enfrentan sado por no cumplir con el relos pequeños productores del gistro y por el mal uso del suero sector rural obedecen a una de leche en Tungurahua. Espartaco Altuna, de amplia gama de causales, pero una de ellas atribuyen a que Agrocalidad, manifestó que se continúa comercializando en efecto las industrias que o dando un uso inadecuado trabajan con lácteos y que geal suero de leche en las indus- neran este lactosuero deben estar registradas en el sistema trias lácteas. De acuerdo con los agrope- informático guía, pero no tocuarios a pesar de que desde das se han inscrito dando pie a sanciones y clausuras. el año pasado se decre“En este registro se tó que el suero de leche El Dato brinda información de solo se permitirá venderlo en polvo, no en Cuatro industrias qué hacen con ese sueestado líquido o a su vez han sido sancio- ro, a dónde se destina, nadas solo en el porque pueden darle aldebidamente identifica- mes pasado. gunos destinos, pero eso do, no todos cumplen lo deben declarar en el esta disposición lo cual sistema”, aseguró. perjudica a los productores. A decir del funcionario inSegún un informe de la Agencia Ecuatoriana de Ase- cluso se realizó una clausura guramiento de Calidad del porque se ha detectado que se Agro (Agrocalidad) existe un adultera la leche con este suecatastro en el que se reconoce ro, por lo que se levanta un a las industrias que trabajan proceso administrativo y las con lácteos, las mismas que sanciones. deben registrar los parámetros, entre ellos si cuentan con Perjuicio certificación de buenas prác- A través de un comunicado ticas de manufactura, a qué los representantes de Fe por se destina el suero de leche y la Leche, indicaron que es incómo deben tratarla, sin em- creíble que existan cientos de bargo, de 100 industrial enlis- industrias que funcionan sin tadas apenas 15 cumplen con registro sanitario, licencias o este registro. permisos ambientales y más grave aún entidades que tienen todos los permisos, pero Controles Cuatro industrias han sido que realizan un uso inadecua-

¿Qué es el suero de leche? Es un producto vinculado a °la industria quesera, puesto que

para elaborar queso se necesita coagular la leche y es en ese proceso que se genera suero líquido, que está compuesto en más del 90% por agua.

do no solo del suero de leche sino que esconde también contrabando que ingresan de otros países e incluso el remate de leche de pequeños productores a quienes les pagan cantidades irrisorias por su producto. Marco Buenaño, productor, manifestó que si bien no es el único factor pero si uno de los principales, por lo que pidió a las autoridades mayor control. Nutrición

A decir de Gabriela Moreira, nutricionista, el consumo de lactosuero no es perjudicial para la salud porque, en su mayoría, está compuesto de agua, sin embargo, el mal uso, la combinación con otros productos e incluso la mezcla con la misma leche entera pueden producir ciertas afecciones al sistema gastro intestinal que a la larga puede generar problemas. Además, explicó que “al añadirlo a la leche entera se está aumentando el volumen de un producto, pero se reduce su valor nutricional“, dijo. (FCT)


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LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR

MARTES, 22 DE DICIEMBRE DE 2020 La Hora QUITO, ECUADOR

ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

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CONSULTA PENAL ¿Cómo se realiza la práctica de acuerdos probatorios en el juicio penal?

AUTORA: AB. ROSANA CASTRO ARROYO, MSC rosipaocastro@yahoo.com

Comunidad Andina El Acuerdo de Cartagena es un acuerdo de integración subregional Andino; también es un instrumento jurídico internacional firmado en Cartagena de Indias (Colombia), el pasado 26 de mayo de 1969, por el cual se crea la Comunidad Andina, que tiene como miembros a varios países como Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú. La CAN se pronuncia a través de Decisiones y Resoluciones. Las decisiones constituyen pronunciamiento vinculante porque fue emitida por la Comisión de la Comunidad Andina, que es un órgano normativo del Sistema Andino de Integración, cuya capacidad legislativa es expresada en decisiones, especialmente vinculadas con comercio e inversiones. Las resoluciones constituyen un pronunciamiento vinculante porque fue emitida por la Secretaria General de la Comunidad Andina, que es un órgano ejecutivo y técnico, cuya capacidad técnica es expresada en Resoluciones y Dictámenes (que no son vinculantes). En Relación con el transporte multimodal y las diferentes for-

CONTRATO DE TRANSPORTE MULTIMODAL mas de transportar la CAN ha emitido los siguientes instrumentos andinos: 1) La Decisión Nro. 271, de octubre de 1990, en la que consta el Sistema Andino de Carreteras; 2) La Decisión Nro. 314, de fecha 06 de febrero de 1992, que contiene la norma para la libertad de Acceso a las Cargas Transportadas por vía marítima y políticas para el Desarrollo de la Marina Mercante del Grupo Andino; 3) La Decisión Nro. 331, de fecha 04 de marzo de 1993, en la que consta la regulación al Transporte Multimodal. Fue modificada por la decisión Nro. 393, de fecha 09 de julio de 1996; 4) La Resolución Nro. 425, de fecha 20 de agosto de 1996, que contiene el Reglamento para el Registro de Operadores de Transporte Multimodal Internacional, regulando el registro, el certificado del registro, los requisitos; 5) La Decisión Nro. 398, de fecha 17 de enero de

1997, en la que consta la regulación al Transporte Internacional de Pasajeros por Carretera, sustituye la Decisión 289 y su Reglamento, que se encuentra contenido en la Resolución Nro. 719, de fecha 26 de abril de 2003; 6) La Decisión Nro. 434, de fecha 11 de junio de 1998, por medio de la cual se crea el Comité Andino de Autoridades de Transporte Terrestre (CAATT); 7) La Decisión Nro. 467, de fecha 12 de agosto de 1999, en la que consta la Norma Comunitaria que establece las infracciones y el régimen de sanciones para los transportistas autorizados del transporte internacional de mercancías por carretera; 8) La Decisión Nro. 491, de fecha 09 de febrero de 2001, en la que consta el Reglamento técnico andino sobre límites de pesos y dimensiones de los vehículos destinados al transporte internacional de pasajeros y mercancías por carretera; 9) Resolución

Nro. 718, de fecha 26 de abril de 2003, que contiene los Criterios para calificar la idoneidad del transportista internacional de pasajeros por carretera; 10) La Decisión Nro. 582, de fecha 04 de mayo de 2004, en la que consta la regulación al Transporte Aéreo en la Comunidad Andina; 11) La Decisión Nro. 619, de fecha 15 de julio de 2005, en el que constan las Normas para la Armonización de los Derechos y Obligaciones de los Usuarios, Transportistas y Operadores de los Servicios de Transporte Aéreo en la Comunidad Andina. ¿Qué tipos de comités de transporte andino existen? Existen cuatro comités de transporte y son: 1) Comité Andino de Autoridades de Transporte Terrestre (CAATT); 2) Comité Andino de Infraestructura Vial (CAIV); 3) Comité Andino de Autoridades de Transporte Acuático (CAATA) y, 4) Comité Andino de Autoridades Aeronáuticas (CAAA). ¿Qué es el Transporte Multimodal? La Decisión Nro. 331, de fecha 04 de marzo de 1993, en su art. 1 lo define como: “Transporte Multimodal.- El porte de mercancías por dos modos diferentes

RESPUESTA Los acuerdos probatorios forman parte del ámbito de la prueba, conforme a nuestro sistema penal vendrían a ser aquellos convenios celebrados entre las partes, con la debida aprobación del juez, respecto a hechos que no serán sometidos a contradicción, de esta forma se logra expurgar la prueba, para que así en el juicio oral solo se debatan los aspectos realmente controvertidos. Con esta figura el legislador desarrolla en el sistema penal principios de rango constitucional como son el principio dispositivo, de contradicción y de economía procesal, cuyo análisis en conjunto logramos entender por qué a estos acuerdos se los ha apartado del juicio. Finalmente, debemos indicar que no se pueden presentar acuerdos probatorios en el juicio oral, en respeto a los principios procesales de oportunidad y preclusión. El principio de oportunidad, en el plano procesal, hace relación a que solo existe un tiempo útil dentro del cual las pretensiones resultan ser procedentes, en este caso tal como ordena la ley, los acuerdos probatorios deben ser propuestos en la Audiencia Preparatoria de Juicio. El principio de preclusión nos dice que si fenece una etapa o expira un plazo o término, sin que se hubiese realizado determinado acto que debía alegarse o presentarse en aquel momento, ya no puede ejercérselo en lo posterior, esto a su vez brinda seguridad jurídica a las partes. Por regla general, solamente cabe la presentación de los acuerdos probatorios en la Audiencia Preparatoria de Juicio, los que deberán ser aprobados o no por la Jueza o el Juez de Garantías Penales en esa misma diligencia. Si de forma excepcional, se presentan acuerdos probatorios en el juicio, conforme a las circunstancias extraordinarias del caso concreto y bajo responsabilidad del juzgador, se deberá determinar o no su procedencia. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

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de transporte por lo menos, en virtud de un único Contrato de Transporte Multimodal, desde un lugar en que el Operador de Transporte Multimodal toma las mercancías bajo su custodia hasta otro lugar designado para su entrega”. El transporte Multimodal internacional tanto aéreo, como acuático y terrestre que se efectúen entre países miembros de la Comunidad Andina, o en tránsito por sus territorios deberá cumplir con las normas andinas emitidas por la CAN. Con respecto a Ecuador, la creación de una compañía está sujeta a la Ley de Compañías y su Reglamento; en Colombia a la Ley de Comercio; en Bolivia al Código de Comercio o Decreto Ley 14379; y en Perú la Ley General de Sociedades (LGS). En Ecuador y Perú una compañía deberá habilitar el Registro Único de Contribuyentes (RUC), en cambio en Colombia y Bolivia es el número de identificación tributaria (NIT). En Ecuador existe la Asociación Ecuatoriana de Agencias de Carga y Logística Internacional (ASEACI), es la asociación que agremia a consolidadores, desconsolidadores, agentes de carga de exportación, empresas

proveedoras de servicios logísticos. ASEACI es socio activo de la Federación de Agentes de Carga y Operadores Logísticos InternacionalesdeAméricaLatina y el Caribe (ALACAT) y miembro de la Federación Internacional de Agentes de Carga y Operadores Logístico (FIATA). En Perú existe la Asociación Peruana de Agentes de Carga IATA y Transportes (APACIT), es una asociación de personas naturales y/o jurídicas, representativas del gremio de Agentes de Carga Internacional, así como agentes vinculados al comercio exterior. En Colombia existe la Asociación Nacional de Empresas Transportadoras de Carga por Carretera (ASECARGA), es una entidad gremial sin ánimo de lucro, dedicada a la defensa de la industria del transporte de carga por carretera. También existe la Federación Colombiana de Logística (FEDELOG), reúne a todos los profesionales vinculados a la actividad logística en Colombia. Sus afiliados se desempeñan como directivos de la gestión logística en diferentes organizaciones del sector de los operadores, intermediarios de comercio exterior, transportadores, embarcadores, almacenadores, académicos, consultores, proveedores de tecnología, equipos y servicios varios para la administración del flujo de materiales, mercancías e información, dentro de la cadena de abastecimiento. Existe también

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIO DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA BIODENTAL CIA. LTDA. Dr. Marco Vinicio Serrano Mejía, en mi calidad de Presidente y por tanto Administrador de la compañía BIODENTAL CIA. LTDA. de conformidad con lo establecido en el Artículo 119 de la Codificación a la Ley de Compañías, convoco a los señores socios de la compañía BIODENTAL CIA. LTDA. a la Junta General Extraordinaria que se realizará el día 30 de diciembre de 2020, a las 09H00, en el domicilio de la compañía esto es en las oficinas ubicadas en la calle Antonio Castillo N77 y Juan Barrezueta, de la ciudad de Quito, para tratar el siguiente orden del día: 1. Remoción de Gerente General y Presidente. 2. Designación de Gerente General y Presidente de la compañía.

Dr. Marco Vinicio Serrano Mejía Presidente

001-003-0440/ms

Dado y firmado en Quito, 16 de diciembre de 2020.

la Federación Colombiana de Agentes Logísticos en Comercio Internacional (FITAC), es la organización gremial que reúne a los sectores más importantes en la cadena del comercio exterior y la logística, que, al interior de la entidad, llevan el nombre de institutos; siendo hoy los de Agencias de Carga, Agencias de Aduanas, Depósitos, Multimodal y Jurídico, con la posibilidad de estructurar otros que cubran sectores especializados no cobijados por alguno de los anteriores. En Bolivia existe la Asociación de Agentes de Carga Bolivia (ADAC) y la Federación de Asociaciones Nacionales de Agentes de Carga y Operadores Logísticos Internacionales de América Latina y el Caribe (ALACAT), a la que pertenecen ADAC de Bolivia, FITAC de Colombia y ASEACI de Ecuador. ¿Qué partes intervienen? Las partes intervinientes son: 1) Expedidor: La persona que celebra el Contrato de Transporte Multimodal con el Operador de Transporte Multimodal; 2) Porteador: La persona que efectivamente ejecuta o hace ejecutar el transporte, o parte de éste, sea o no el Operador de Transporte Multimodal; 3) Consignatario: La persona autorizada para recibir las mercancías del Operador de Transporte Multimodal; 4) Operador de Transporte Multimodal: Toda persona que, por sí o por medio de otra que actúa en su nombre, celebra un Contrato de Transporte Multimodal, actúa como principal, no como agente o por cuenta del expedidor o de los porteadores que participan en las operaciones de transporte, y asume la responsabilidad de su cumplimiento; 5) Cargador o transportista: Quien se encarga del traslado de la mercancía. Generalmente el cargador es quien contrata al operador del transporte multimodal, puede actuar por cuenta ajena o por su propia cuenta. Ventajas para la empresa 1) Aumenta la competitividad en los mercados internacionales e intra subregionales, obteniendo así una posición destacada en su entorno y siendo superior en relación con las otras compañías que se encuentren en el mercado; 2) Valora la innovación, la estabilidad económica, eficiencia en el ámbito laboral; 3) Propicia nuevas oportunidades comerciales para exportaciones no tradicionales, esto como consecuencia de mejores servicios

de transporte. Los exportadores pueden posicionar sus productos en mercados de difícil accesibilidad a precios competitivos; 4) Permite hacer una previsión de los ingresos; 5) Reducción de costos de transporte. (Se analiza la combinación de transportes más económica en función de las características de cada operación; 6) Mejora de los costos en la cadena logística internacional, influyendo en el precio final de las mercancías en los mercados de destino; 7) Descongestión de los Puertos Marítimos; 8) Autocontrol del contrabando; 9) Disponen de dispositivos de rastreo satelital (GPS); 10) Usan como norma de calidad ISO 9000; etc. Ventajas para el usuario: 1) Programación de los despachos y tiempos de viaje; 2) Reduce el tiempo de viaje; 3) Programación de inventarios; 4) Certeza en el cumplimiento de la operación; 5) Tener un solo interlocutor con responsabilidad total, porque prefieren contratar a un único operador del transporte; 6) Atención técnica de manejo de la carga; 7) Menores riesgos de pérdida por saqueo o robo; etc. Desventajas: 1) Poca familiaridad con las nuevas tecnologías; 2) Poca familiaridad con el comercio y las inversiones; 3) Limitaciones legales. Presencia de limitaciones legales y operativas en la aplicación de normas internacionales; 4) Requerimientos de seguridad. Las inspecciones de diferentes autoridades en terminales y vías de comunicación siguen constituyendo una limitante; 5) Carencia de una visión integrada del tema. Por un lado, no se cuenta con una infraestructura que facilite la realización de operaciones multimodales; pero al mismo tiempo se tiene la creencia de que el Multimodalismo sólo se logra con inversiones en infraestructura y no se toman acciones dirigidas a ampliar la oferta de servicios de transporte. ¿Qué contiene un Proyecto de Transporte? 1) Descripción de los Objetivos, que se relacionen con la visión a corto, mediano y largo plazo; 2) Descripción de la Situación Actual, que implica los recursos actuales, aciertos y problemas; 3) Descripción del Planteamiento, que implica el número de unidades que serán incorporadas para

el cumplimiento de los objetivos, si se comprarán o arrendarán, el plazo, la tasa, forma de pago, si se admiten o no abonos extraordinarios, si existirá o no un fideicomiso de por medio; 4) Descripción de la Garantía, que implica si existirá prenda o no en las unidades; 5) Descripción de la Fuente de Pago, que implica el uso de los fondos derivados de los pasajes; 6) Descripción de los negocios relacionados, que implica sobre el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades, avalúo técnico, mecánico, comercial de las unidades, recarga de combustibles a nivel nacional mediante convenio. ¿Qué implica la factibilidad técnica y legal para la operación del transporte internacional multimodal? 1) Antecedentes, contiene un análisis de la movilidad internacional andina, demanda de transporte terrestre internacional de pasajeros en los países miembros de la CAN; 2) Factibilidad legal, contiene los antecedentes jurídicos, los fundamentos que contienen la petición como: i) Constitución de la República del Ecuador (CRE) arts. 11, numerales 1, 4 y 9; 66 numerales 15 y 16; 226; 227; 276 numeral 2; 319; 325; y, 425; ii) Código Orgánico Administrativo (COA) arts. 3; 4; 5; 22, inciso tercero; y, 35; iii) Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (LOTTTSV) arts. 16, 65; 69; 72; y, 74 inciso final; iv) Marco Normativo Andino; 3) Propuesta de Itinerarios y Frecuencias solicitadas, en relación con cada fase, incluye el detalle de los itinerarios para cada ruta; las unidades que van a ser usadas en cada ruta; la geografía de cada ruta; 4) Sistema de ayuda de explotación de equipos, que implica el uso de hardware y software que ayudarán en el comando, control y comunicación operacional de las flotas, implica el uso de GPS; 5) Sistema Integrado de Recaudo (SIR) para ventas de boletos electrónicos, implica el diseño definitivo y las especificaciones técnicas sobre los costos de los pasajes; 6) Estructura Empresarial, implica el uso de un manual de estructuración empresarial, que puede formar parte del Reglamento de Administración y Operación. A manera de conclusiones, para la creación de una empresa multimodal, se deberá cumplir con la normativa andina emitida y con los requisitos técnicos y legales de cada país miembro de la CAN.


REVISTA JUDICIAL MARTES 22 DE DICIEMBRE DE 2020 La Hora ECUADOR

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REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN RUMIÑAHUI EXTRACTO ACTOR: SALAZAR MALES MARIA DORALINA DEMANDADO: SEGUNDO GERARDO DIAZ PALLMAY OTROS: JUICIO: DECLARATORIA DE UNION DE HECHO CAUSA NUMERO: 17205-2020-00901 CUANTIA: INDETERMINADA PROCEDIMIENTO: ORDINARIO ABOGADO: AB. MARCO CUMANICHO CASILLERO JUDICIAL: CORREO ELECTRONICO: cmarcoplacido@yahoo.com.ar UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, lunes 7 de diciembre del 2020, a las 16h16.VISTOS: Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto inmediato anterior se dispone: 1) CALIFICACIÓN: En lo principal la demanda Declaratoria de la unión de hecho propuesta por MARIA DORALINA SALAZAR MALES es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO. 2) CÍTESE a los demandados de inmediato al amparo de lo dispuesto en los art 20 y 130 numeral 9 del Código Orgánico de la Función Judicial, en legal y debida forma con el contenido de la demanda y el presente auto en calidad de demandados en el domicilio que se indica en la demanda acorde a lo previsto en el Art. 53 del Código Orgánico General de Procesos de la siguiente forma: En mérito al juramento rendido en diligencia de fecha 24 de noviembre del 2020 a las 09h30 por la actora, MARIA DORALINA SALAZAR MALES, de conformidad con el Art. artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese en legal y debida forma a los herederos presuntos y desconocidos del señor SEGUNDO GERARDO DIAZ PALLMAY, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad; para el efecto confiérase el correspondiente extracto.- Se advierte a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial con sede en Rumiñahui y CONTESTAR A LA DEMANDA EN EL TÉRMINO DE TREINTA DÍAS luego de haber sido citado, conforme a lo establecido en el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, contestación que debe cumplir lo determinado en los artículos 151 y 152 del mismo cuerpo legal. Caso contrario el proceso se sustanciará en rebeldía de la parte demandada y con las implicaciones que señala la Ley.-3) La audiencia preliminar establecida en el Art. 292 del Código Orgánico General de Procesos, se señalará una vez que sea citada la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir.- 4) De ser procedente y conforme a derecho en el momento procesal oportuno se tomará en cuenta los medios probatorios anunciados por la parte actora, así como la documentación aparejada a su demanda. Téngase por anunciada la declaración de los testigos señores JORGE RAMIRO BAQUERO DIAZ, SANDRO MIGUEL LOACHAMIN SALAZAR, HUGO VICENTE UTRERAS SILVA y MELISA TATIANA ROMERO VELASCO. 5) NOTIFICACIONES: Tómese en cuenta el casillero y correo electrónico señalados por la accionante para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado defensor.- CÍTESE, OFÍCIESE Y NOTIFÍQUESE. F) Rita Perasso Cespedes. Jueza AB. MAURICIO YANEZ ZAPATA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Hay firma y sello

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8011764900 Nro. Cartola 16504850138 Cliente ANGULO CAMACHO, SAUL-OLMEDO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL HÁGASE SABER AL PÚBLICO EN GENERAL JUICIO No.: 17301-1989-0772 ACCION: INTERDICCIÓN PARTE ACTORA: ANGEL FLORESMILO BETACOURT SALAZAR PARTE DEMANDADA: ANGEL FLORESMILO BETANCOURT CONDOR PROCEDIMIENTO: SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: AB. JACKELINE MEZA MERA AUTO: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 4 de febrero del 2020, las 10h35, VISTOS.- ANGEL FLORESMILO BETACOURT SALAZAR se ha presentado a juicio a fs. 4, en el que solicita se establezca un curador en favor de su hijo ANGEL FLORESMILO BETANCOURT CONDOR, que en ese momento contaba con 24 años de edad y establece que tiene graves deficiencias físicas, y mentales de sordomudez hasta la presente fecha, y siempre ha vivido a cargo de su padre y su madre hasta el fallecimiento de la misma el 16 de febrero de 1979.- adjunta la publicación hecha por la prensa, de la Interdicción Provisional declarada a su padre ANGEL FLORESMILO BETANCOURT SALAZAR, así como la inscripción de la misma en el Registro de la Propiedad fs. 91 a la 94 y solicita se la declare en forma definitiva; la publicación se ha realizado en el Diario La Hora, del día 19 de febrero de 1990, cumpliendo con la exigencia del auto de 8 de enero de 1990.- Se ha agregado la inscripción de defunción del padre ANGEL FLORESMILO BETANCOURT, determinándose que no se pudo realizar la posesión como curador interino para que se tramite.- Solicitando una nueva Curaduría en escrito de lunes 26 de noviembre del 2018.- Se realiza la audiencia de parientes solicitando que se suspenda la misma por no encontrarse todos los parientes.En la reanudación de la audiencia el día 1 de febrero de 2019, se determina que nadie se opone a la posesión del nuevo curador a la señora MARIA MAGDALENA MERA PILLAJO y solicitando se declare interdicto definitivo al señor ANGEL FLORESMILO BETANCOURT CONDOR.- A fs. 104 en acta de 24 de abril 2019 se posesiona al curador interino.- Se ha ingresado las publicaciones en la prensa en el diario la HORA, de fechas 13, 14 y 17 de junio de 2019, y también se adjuntó la fe de recepción de la fijación de carteles dentro del caso fs. 117, 118 y 120 con las fotografías de la colocación a fs. 125 a 127; luego que ha transcurrido el tiempo sin oposición a la interdicción.- Para resolver, se considera: PRIMERO: La competencia se halla radicada en esta Judicatura de conformidad a lo establecido en el Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en cumplimiento de la Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura Nro. 199-2013, de 10 de Diciembre de 2013, publicada en el Suplemento del Registro Oficial N° 195 de 05 de Marzo de 2014 y en virtud del sorteo de ley.- SEGUNDO: No se han omitido solemnidades sustanciales que motiven la nulidad procesal, en consecuencia, se declara válido todo lo actuado.- TERCERO: Han existido motivos razonables para la declaración de la Interdicción Provisional, los que han sido directamente apreciados por el Juzgador cuanto por los facultativos que hubieron de intervenir como peritos el Dr. Lauro Escobar V. Médico Psiquiatra y Dr. Angel Neira Cruz, Médico Psiquiatra (fs. 11 a 16), quienes en sus conclusiones manifiestan que: “a) Angel Floresmilo Betancourt Cóndor adolece de una demencia orgánica, causada por las lesiones cerebrales y medulares producidas por la poliomielitis sufrida al mes de edad.- b) La demencia es un proceso irreversible, sin posibilidades de mejoría, se complica en este caso con un síndrome convulsivo (epilepsia sintomática), y la hemiplejía izquierda, que gravan su invalidez psicomotora.- c) Conviene adoptar las medidas adecuadas para que el patrimonio de Angel Floresmilo Betancourt Cóndor, prudentemente administrado, sirva para atenuar en algo, su penosa situación”.- “Angel Floresmilo Betancourth Cóndor padece de un RETRASO MENTAL GRAVE, que se inicia en la etapa posnatal consecuencia o secundario a la infección del S.N.C. (Poliomielitis).- 2)La enfermedad es irreversible y más bien tiende a agravarse por las complicaciones convulsivas que ha presentado (Epilepsia secundaria).- 3.- La enfermedad del paciente afecta a la capacidad de conocimiento y crítica.- 4.- La enfermedad de Angel Floresmilo está incluida en el concepto de demencia que especifica nuestro código civil.- 5.- Como consecuencia de lo anotado, Angel Floresmilo Betancourt Cóndor, es psíquicamente incapaz de regir sus actos y administrar sus bienes”.- CUARTO: Realizada la publicación en el diario La Hora del auto contentivo de la declaratoria de interdicción provisional del nombrado ciudadano, y transcurrido el término de ley al no existir oposición ni opositores. En esta virtud, agotado el trámite, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCION Y LAS LEYES DE LA REPUBLICA, se declara definitiva la Interdicción del señor: ANGEL FLORESMILO BETANCOURTH CÓNDOR, y como consecuencia de esta declaratoria, nombrase Curadora General a la señora MARÍA MAGDALENA MERA PILLAJO, designada anteriormente curadora interina, quien la representará en todos sus actos públicos como privados en calidad de representante legal del mismo con todos los deberes, derechos y obligaciones que corresponden a esta clase de actos y por los cuales serán responsable de conformidad con la ley. La curadora previo a su posesión deberá rendir caución suficiente sobre los bienes que tenga a su favor el interdicto.- Ejecutoriado el fallo, cúmplase con lo dispuesto en los Arts. 749 del Código de Procedimiento Civil, artículo 468 del Código Civil y artículo 27 de la Ley de Registro; practicado, notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del cantón Quito, provincia de Pichincha o donde existieren los bienes, notificarse al público por un periódico del cantón y por carteles que se fijarán en tres parajes más frecuentados del cantón, para los fines consiguientes y confiérase a la Curadora General, copias certificadas suficientes para que le sirva de habitantes en sus gestiones y administración posterior.- Una vez que se cumpla con lo ordenado en sentencia, es decir, ejecutoriada y ejecutada la misma, se procederá con la posesión de la Curadora General, así como el correspondiente Discernimiento.- Cúmplase y Notifíquese.- f).- MEZA MERA JACKELINE PATRICIA, JUEZA Lo que comunico para los fines de ley. Previniéndole de la obligación que tiene, de señalar casilla judicial para posteriores notificaciones dentro de la presente causa.- Certifico. AB. DANIELA MÉNDEZ DURAZNO SECRETARIA Hay firma y sello


ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8440733300 Nro. Cartola 19431970136 Cliente CEVALLOS JEREZ, FREDDY-FABIAN del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8013643300 Nro. Cartola 17046010975 Cliente CORREA GUAMAN, ALONSO-MANUEL del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8097126200 Nro. Cartola 16805620719 Cliente DAQUI LEMA, PAUL-MARCELO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8298539700 Nro. Cartola 18534660180 Cliente TIAGUARO CUSCO, MIRIAN-DEL ROCIO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA-COGEP-TRÁMITE ORAL EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: BUCHELI MURILLO SUSANA PATRICIA ACTOR: BANCO BOLIVARIANO C.A., AGUIRRE NOBOA CARLOS ALBERTO, QUINATOA VELATA ANGEL MARCELO DEMANDADO/S: BUCHELI MURILLO SUSANA PATRICIA JUICIO No: 17230-2017-16777 CUANTIA: USD 17.000 SE HA DISPUESTO LA PRACTICA DE LA SIGUIENTE DILIGENCIA DENTRO DEL JUICIO 17230-2017-16777.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 12 de diciembre del 2017, VISTOS.- Dra. Karina Martinez, en calidad de Jueza encargada del despacho del Dr. Patricio Baño de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, mediante acción de Personal Nro. No. 11248-DP172017-VS del 11 de diciembre de 2017, avoco conocimientode la presente causa. PRIMERO: CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- La demanda presentada por el Ab. Carlos Alberto Aguirre Noboa y Dr. Marcelo Quinatoa Velata, en calidad de Procuradores Judiciales del Banco Bolivariano C.A., conforme lo acreditan con los documentos adjuntos, es clara precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); y se fundamenta en el pagaré a la orden que obra de autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347 ibídem, mismo que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el Art. 348 del mismo Código, por lo que se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- SEGUNDO.En consecuencia, a la demandada, Señora SUSANA PATRICIA BUCHELI MURILLO en el término de QUINCE (15) días, conteste a la demanda conforme lo determina la parte final del Art. 351 del COGEP, pague la obligación o proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. TERCERO.- CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto, a la demandada, señora SUSANA PATRICIA BUCHELI MURILLO en el lugar señalado en la demanda, conforme al artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones; para el efecto, envíese suficiente despacho a la oficina correspondiente.- CUARTO.ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda; para tal efecto, se estará a lo previsto en el Art. 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada.- QUINTO.- Agréguense al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones y la calidad en la que comparece.- Actúe la Dra. Blanca Delgado en calidad de secretaria de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 06 de octubre del 2020.- VISTOS: En atención a la declaración juramentada de desconocimiento de domicilio de conformidad al art. 56 del COGEP se dispone que por medio de secretaria se realice el extracto respectivo de la demanda y el auto inicial para que se cite a la parte demandada señora BUCHELI MURILLO SUSANA PATRICIA mediante publicaciones en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de este cantón.- NOTIFÍQUESE.- f) PANCHO MALES EDWIN GERMAN, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, para posteriores notificaciones. AB. PATRICIA M. FEIJÓO C. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL D.M.Q – COGEP Hay sello y firma

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8061758600 Nro. Cartola 16587280849 Cliente SAQUINGA APONTE, WILSON-JOSE del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8532302400 Nro. Cartola 20091210003 Cliente CASTRO ROMO, JESSICA-MICHELLE del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8257150100 Nro. Cartola 18337370409 Cliente CASTILLO MAYORGA, RONMEL-MAURICIO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8065555100 Nro. Cartola 16801740099 Cliente BOADA EDGAR, HERNAN- del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8195557600 Nro. Cartola 18007270251 Cliente BELTRAN MORILLO, NATALIA-MARIBEL del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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MARTES 22 DE DICIEMBRE DE 2020 La Hora ECUADOR

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REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: JAVIER ANTONIO FARIAS FARIAS y MELENDRES LEON JOFFRE VLADIMIR ACTOR: BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A. DEMANDADO: JAVIER ANTONIO FARIAS FARIAS y MELENDRES LEON JOFFRE VLADIMIR PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO ASUNTO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN JUICIO NO.: 17230-2017-05822 CUANTIA: USD. 12.000.00 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 5 de mayo del 2017, las 14h12. Se recibe el presente proceso el día de hoy para su despacho. Agréguese al proceso el escrito presentado, en virtud del mismo y vista la demanda presentada, se tiene: Antecedentes: Comparece la señora GLENDA HIPATIA LUCEROALVAREZ, en calidad de Gerente General y representante legal del Banco General Rumiñahui S.A., expone sus generales de ley y manifiesta que demanda a los señores JAVIER ANTONIO FARIAS FARIAS, por sus propios y personales derechos, en calidad de deudor principal; y, MELENDRES LEON JOFFREVLADIMIR, por sus propios y personales derechos, en calidad de garante solidario, por el pago de los dividendos vencidos de un pagaré a la orden por un saldo de capital en un valor de USD. 7,274.76, más los intereses legales, de mora y costas procesales y demás rubros; más los intereses devengados, vencidos y no pagados. En tal virtud se considera: PRIMERO.-CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN ATRÁMITE.- Una vez revisada la demanda presentada, dentro del término establecido en el artículo 351 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, en atención a lo consagrado en el artículo 169 de la Constitución, se la CALIFICA de completa, clara y cumple los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del COGEP y especiales de los artículos 348 y 349 ibídem, pues se fundamenta en un Pagare a la Orden que constituye título ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347.5 y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la ADMITE al Procedimiento Ejecutivo, establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I.- SEGUNDO.-CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda y el presente auto interlocutorio a la parte ejecutada señores JAVIER ANTONIO FARIASFARIAS, por sus propios y personales derechos, en calidad de deudor principal; y, MELENDRES LEON JOFFRE VLADIMIR, por sus propios y personales derechos, en calidad de garante solidario, en el lugar que se indica, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 55 del COGEP, para el efecto envíese atento oficio a la Oficina de Citaciones, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico, para lo cual depréquese a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Esmeraldas, de conformidad al Art. 72 del COGEP, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. El actor preste las facilidades y copias necesarias.- TERCERO.-SOBRE LA OBLIGACIÓN.-Conforme lo establecido en los artículos 352, 355 y 333.3 del COGEP se concede el término de 15 días a fin de que la parte ejecutada señores JAVIER ANTONIOFARIAS FARIAS, por sus propios y personales derechos, en calidad de deudor principal; y, MELENDRES LEON JOFFRE VLADIMIR, por sus propios y personales derechos, en calidad de garante solidario, cumpla con la obligación, formule oposición, reconvenga o proponga excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención de lo que estipula la norma del artículo 352 del Código citado.- CUARTO.-ANUNCIO DE PRUEBA.-Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161 y 354 del COGEP, sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Se recuerda a las partes que para la Audiencia de ser el caso deberá considerarse la norma prescrita en el artículo 86 ibídem, en la que se determina expresamente las únicas formas por la cuales las partes pueden comparecer.-QUINTO.- Téngase en cuenta la cuantía señalada y agréguese al expediente la documentación que adjunta la parte actora.- SEXTO: De conformidad con el Art. 196.4 se niega el desglose solicitado por la parte actora en el libelo de la demanda.- NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.-F: VINICIO PALACIOS MORILLO, JUEZ(PONENTE) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 25 de septiembre del 2020, a las 11h08.Agréguese al expediente el Acta de Juramento de Desconocer Domicilio.- En lo principal, atendiendo lo solicitado por la parte actora en el escrito de fecha 11 de septiembre de 2020, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos - COGEP, y en virtud del juramento rendido en acta de 24 de septiembre de 2020, CITESE a los señores JAVIER ANTONIO FARIAS FARIAS y MELENDRES LEON JOFFRE VLADIMIR, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.-PALACIOS MORILLO VINICIO ISRAEL, JUEZ(PONENTE) Lo que pongo en conocimiento y se cita para los fines legales consiguientes recordándole la obligación de señalar casillero dentro de la referida causa. DR. FRANCISCO VASQUEZ GARCIA SECRETARIO

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8040541700 Nro. Cartola 17430830681 Cliente FABARA OJEDA, VICTOR-HUGO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

1. Remoción de Gerente General y Presidente 2. Designación de Gerente y Presidente de la compañía. Dado y firmado en Quito, 16 de diciembre de 2020.

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: ROSA ABIGAIL VIZUETE BALLADARES ACTOR: Ab. JESSICA ELIZABETH ERAS NAVARRETE, en calidad de Procuradora Judicial de BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S. A. DEMANDADA: ROSA ABIGAIL VIZUETE BALLADARES JUICIO: NO. 17230-2018-19873 PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO CUANTIA: USD. 6.000,00 OBJETO: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITOMETROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, martes 8 de enero del 2019, las 14h37, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez encargado de esta Unidad Judicial según Acción de Personal 0273-DP17-2019-VS de fecha 08 de Enero del 2019, en virtud de la ausencia temporal del Dr. Carlos Alfredo Mogro Pérez, Juez Titular de esta Unidad Judicial.- En lo principal se considera: La demanda presentada por Ab. JESSICA ELIZABETH ERAS NAVARRETE, en calidad de Procuradora Judicial de BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S. A., conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el contrato de mutuo, documento que al tenor de lo previsto en el número 3 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. De conformidad con el artículo 159 del Código

ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8110544400 Nro. Cartola 17176390742 Cliente FIALLOS VALENCIA, MARIA-EUGENIA del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Cítese a la demandada en la presente causa, señora ROSA ABIGAIL VIZUETE BALLADARES, en calidad de deudora principal, en la dirección indicada, para lo cual se adjuntará copias de la demanda y este auto inicial; a fin de que, conforme lo establecido en los artículos 355 y numeral 3 del artículo 333 del Código de Orgánico General de Procesos, en el término de quince (15) días, comparezca a juicio, conteste la demanda en la forma determinada en el artículo 351 del COGEP, considerando para el efecto las excepciones taxativas previstas en el artículo 353 del código antes citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correos electrónicos a efecto de sus futuras notificaciones. Actúe el Ab. Diego Acuña en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial Civil.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ - JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Agréguese al proceso el acta que antecede. En virtud de que la parte actora ha cumplido con lo ordenado en auto de fecha 31 de agosto de 2020, esto es cumplir con la declaración bajo juramento de desconocimiento de domicilio, conforme lo dispone el Art. 56 del Código Orgánico General de Proceso, cítese a la demandada ROSA ABIGAIL VIZUETE VALLADARES, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una ellas en fechas diferentes.- A través de secretaría remítase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- F) CARLOS ALFREDO MOGRO PEREZ - JUEZ.

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8153391100 Nro. Cartola 17581450529 Cliente DIAZ ALQUINGA, TERESA-DE JESUS del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

Dr. Marco Vinicio Serrano Mejía, en mi calidad de Presidente y por tanto Administrativo de la compañía SIONPHARM CIA. LTDA. de conformidad con lo establecido en el Artículo 119 de la Codificación a la Ley de Compañías, convoco a los señores socios de la compañía SIONPHARM CIA. LTDA. a la Junta General Extraordinaria que se realizará el día 30 de diciembre de 2020, a las 10h00, en el domicilio de la compañía esto es en las oficinas ubicadas en la calle Antonio Castillo N77 y Juan Barrezueta, de la ciudad de Quito, para tratar el siguiente orden del día:

Dr. Marco Vinicio Serrano Mejía Presidente

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MARTES 22 DE DICIEMBRE DE 2020 La Hora ECUADOR

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EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL: AL SEÑOR IVAN ALBERTO GUERRA CARRERA ACTOR: BANCO BOLIVARIANO C.A DEMANDADA: IVAN ALBERTO GUERRA CARRERA Y IVAN ALBERTO GUERRA CARRERA JUICIO No: 17230-2018-02422 CUANTIA: USD. 20.000,oo TRAMITE: EJECUTIVO OBJETO: AL PAGO DEL SALDO DEL CAPITAL ADEUDADO QUE CONSTA EN LA LIQUIDACIÓN DE CAPITAL E INTERESES, EL MISMO QUE ASCIENDE A LA SUMA DE USD. 16.785,32, MAS LOS INTERESES CORRIENTES Y DE MORA, CALCULADOS HASTA LA FINALIZACIÓN DEL PRESENTE JUICIO, ASÍ COMO LAS COSTAS PROCESALES Y HONORARIOS PROFESIONALES.JUEZ: AB. CINTHYA MOLINA DEFENSOR: AB. CARLOS AGUIRRE NOBOA FECHA DE INICIO: 23-02-2018 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO.- Quito, martes 13 de marzo del 2018, las 12h24. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito. En lo principal, la demanda presentada por el Abogado CARLOS ALBERTO AGUIRRE NOVOA y el doctor ANGEL MARCELO QUINATOA VELATA, en calidad de Procuradores Judiciales del Ing. VICENTE JOSÉ VALLARINO MARCOS en calidad de Presidente Ejecutivo y Representante Legal del BANCO BOLIVARIANO C.A., es clara y contiene los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro de pagaré a la orden, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del COGEP, constituye título ejecutivo y contiene una obligación conforme la disposición del artículo 348 ibídem, por lo que se admite a trámite en procedimiento ejecutivo; en consecuencia, CÍTESE al señor IVAN ALBERTO GUERRA CARRERA, en calidad de deudor principal, en la dirección indicada, para que en el término de quince (15) días cumpla la obligación demandada o formule oposición en la forma prevista por los Arts. 351, 353, 151 y siguientes del COGEP, bajo la prevención de lo dispuesto por el Art. 352 ibídem, esto es que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia. Remítanse las boletas de citación a la oficina correspondiente, a fin de que se cite a la parte demandada de acuerdo a lo establecido por los Arts. 54 y 55 del COGEP, para tal efecto la parte accionante proporcionará las copias necesarias. En caso de oposición considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda, situación que estará a lo previsto por el Art. 354 ibídem. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus futuras notificaciones. NOTIFÍQUESE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 13 de octubre del 2020, a las 08h02. VISTOS: De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese al señor IVAN ALBERTO GUERRA CARRERA, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan a nivel nacional; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. AB. MARIA LOURDES TAYA A. SECRETARIA Hay firma y sello

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA SIONPHARM CIA. LTDA.

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8034602400 Nro. Cartola 16869160453 Cliente ZHINGRE RAMIREZ, ESNIDIAR-EDEN del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

REVISTA JUDICIAL

CONVOCATORIA

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8158815100 Nro. Cartola 17644380390 Cliente TOAPANTA LEMA, FREDY-GEOVANNY del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8034144900 Nro. Cartola 16938490238 Cliente PAZ CELI, DAYANA-ELIZABETH del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8061407200 Nro. Cartola 16617550203 Cliente REISANCHO QUIMBITA, HUGO-PATRICIO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.


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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8042461000 Nro. Cartola 16692940634 Cliente TORRES CLERQUE, AMABLE-ISAIAS del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8019216000 Nro. Cartola 17994430068 Cliente LOPEZ VILLACIS, EDUARDO-SAUL del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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AVISO JUDICIAL CITACION POR LA PRENSA Se le hace saber a SANMARTIN BETANCOURT TERESA VITEY, que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA ACTOR: BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S. A. DEMANDADOS: SANMARTIN BETANCOURT TERESA VITEY JUICIO: 17230-2018-16759 PROCEDIMIENTO / ACCION: EJECUTIVO – LAS ORDENADAS POR LA LEY ART. 347#8 OBJETO.- Según refiere el accionante, con fecha 26 de enero del 2017, la demandada TERESA VITY SANMARTIN BETANCOURT, suscribió un convenio de reestructuración de obligaciones con reconocimiento de firmas y rúbricas, en el cual se reestructuró obligaciones vencidas de los demandados por la suma de USD 3966,27, saldo del capital con una tasa de interes inicial del 16.06%, valor que debía ser pagado en 48 dividendos mensuales que en caso de mora, se obligaba a pagar el máximo interes moratorio desde la fecha de vencimiento del dividendo hasta su completa cancelación. Que en la cláusula 4ª. Del contrato consta que adeuda un saldo pendiente de intereses por la reestructuración de 768,26, que debía ser pagado en el plazo de 1.441 días desde la fecha de suscripción del convenio. Que en el caso de mora de uno o mas de los dividendos pactados, le da derecho al banco para la aceleración de pagos de la obligación.- Que ha incurrido en mora desde el dividendo No. 2, de fecha 05 de marzo del 2017 por lo que el banco declara vencida toda la obligación. Que es su pretensión que en sentencia se disponga que la demandada pague el total del capital adeudado que asciende a lla suma de USD 3.848,02; el pago del interes del valor reestructurado que asciende a 720,45, Los intereses legales, intereses de mora y pagos de expensas y gastos judiciales, y pago de honorarios profesionales de la defensa CUANTIA.- Se fija la cuantía en la suma de USD 6.000,00 PROVIDENCIAS. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Quito, miércoles 14 de noviembre del 2018, las 10h57, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 del mismo código, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de la demandada señora SANMARTIN BETANCOURT TERESA VITEY en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, y este auto inicial, para la práctica de esta diligencia remítase DEPRECATORIO VIRTUAL, dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del Cantón Loja, Provincia de Loja. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. Actúe la Ab. Blanca Janetd Taipe Redrován, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO. Jueves, 17 de septiembre del 2020, las 11h25. VISTOS: Agréguese al proceso acta de diligencia que antecede.- De conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente de manera inmediata, cítese a la parte demandada señora SANMARTIN BETANCOURT TERESA VITEY, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVID, JUEZ (PONENTE) Lo que le NOTIFICO Y LE CITO a usted, para los fines de Ley.- Para recibir sus notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un Abogado y correo electrónico como dispone la Ley.-

ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA Por pérdida de certificado de inversión Nro. 002000080001415001 Cliente LLANOS SUAREZ ANA MAGDALENA Cédula de Ciudadanía Nro. 1708433733 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.

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EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA CITACIÓN/NOTIFICACIÓN JUDICIAL A: ROJAS SEGURA RONAL VLADIMIR ACTOR: BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S. A DEMANDADO: ROJAS SEGURA RONAL VLADIMIR JUICIO NO: 17230201905099 TRAMITE: EJECUTIVO CUANTÍA: 8.000 OBJETO: EL PAGO DEL CAPITAL ADEUDADO DEL PAGARÉ; ESTO ES, USD. 4.983,90, MAS LOS INTERESES LEGALES Y DE MORA Y COSTAS PROCESALES JUEZ: DR. WILMER ZAMBRANO ORTIZ DEFENSOR: ABG. JESSICA ERAS NAVARRETE INICIO: 29-03-2019 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 11 de abril del 2019, las 16h10. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Encargado en virtud de la Acción de Personal No.2986DP172019KV. y, en virtud del sorteo electrónico que antecede. En lo principal, la demanda presentada por la Abg. Jessica Elizabeth Eras Navarrete, en calidad de Procuradora Judicial del Ingeniero José Francisco Paredes Durán Ballén, Gerente General del Banco General Rumiñahui S.A., conforme lo acredita con la documentación que adjuntan, es clara y cumple con los requisitos formales de los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en el Pagaré a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 ibídem, por lo que se la admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. En consecuencia, el demandado señor RONALVLADIMIR ROJAS SEGURA, en calidad de deudora principal en el término de QUINCE DÍAS, cumpla la obligación demandada o formule oposición en la forma prevista por los Arts. 351, 353, 151 y siguientes del COGEP, bajo la prevención de lo dispuesto por el Art.352 ibídem, esto es que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia. CÍTESE al demandado señor RONAL VLADIMIR ROJAS SEGURA, en el lugar señalado en el libeloi nicial, mediante deprecatorio virtual a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Santo Domingo, Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas. En virtud de que el compareciente ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado y conforme lo prescribe el tercer inciso del artículo 53 del COGEP, hágasele conocer por dicho medio con el extracto de la demanda y la presente providencia, de lo cual el actuario dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que deba efectuarse. En caso de oposición considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito de demanda, situación que estará a lo previsto por el Art. 354 ibídem. Hágase saber a la parte accionante en el casillero judicial y correo electrónico designados para el efecto. Adjúntese al expediente los documentos acompañados a la demanda. Actúe el Dr.Alejandro Ochoa, en calidad de Secretario de la Unidad Judicial. NOTIFÍQUESE y CÍTESE. F, Francisco Chacón, Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, lunes 26 de octubre del 2020, a las 11h18. VISTOS: En virtud del juramento rendido, así como del certificado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana constante a (fjs. 62) y; con fundamento en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone citar a la parte demandada ROJAS SEGURA RONAL VLADIMIR por la prensa; esto es mediante tres publicaciones que se realizaran en un diario de amplia circulación local, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto.- Una vez entregado el extracto la parte actora deberá presentar en esta Unidad Judicial las publicaciones respectivas en el término de 15 días.- Por otro lado, el Actuario de la Judicatura gestiones la devolución inmediata del deprecatorio sorteado el día 17 de agosto del 2020.-CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-F.) Juez Dr. Wilmer Zambrano Ortiz. Lo que se CITA/NOTIFICA para los fines de Ley, previniéndole/s de la obligación de señalar Casilla Judicial en esta ciudad de Quito, a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. ABG. GUIDO EFRAIN GUAMÁN SAGÑAY SECRETARIO

ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8290859000 Nro. Cartola 18495930143 Cliente MORENO ROCHA, MARCO-ALONSO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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ANULACIÓN DE PÓLIZA QUEDA ANULADA Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000080005167001 Cliente LLANOS SUAREZ ANA MAGDALENA Cédula de Ciudadanía Nro. 1708433733 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso.

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8203473100 Nro. Cartola 18053310027 Cliente QUISPE FREIRE, ALVARO-DAVID del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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REVISTA JUDICIAL


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REPUBLICA DEL ECUADORUNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: ARCE VERA MARCOS PATRICIO ACTORA: AB. JOCONDA MARISOL ESPINOSA MARQUEZ – PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A. DEMANDADO: ARCE VERA MARCOS PATRICIO JUICIO No. 17230-2018-16761 TRAMITE: EJECUTIVO FECHA DE INICIO: 05/11/2018 CUANTIA: $ 3.000,oo JUEZ PONENTE: DRA. LIZBETH RON CADENA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 8 de noviembre del 2018, las 14h59, VISTOS En mi calidad de Jueza titular de ésta Unidad Judicial Civil y en virtud del sorteo respectivo, avoco conocimiento de la presente causa, realizo las siguientes consideraciones: En lo principal, la demanda presentada por la AB. JESSICA ELIZABETH ERAS NAVARRETE, Procurador Judicial del BANCO GENERAL RUMIÑAHUI, es clara, precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, y se fundamenta en un Contrato de Mutuo o Préstamo con reconocimiento de firmas, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el artículo 347.3 ibídem, que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible, conforme lo determina el artículo 348 del mismo Código. En consecuencia, se califica y admite a trámite mediante procedimiento EJECUTIVO y se ordena la CITACIÓN al señor MARCOS PATRICIO ARCE VERA; con el contenido de la demanda y este auto mediante boletas en la dirección a la que hace referencia en el libelo de la demanda, para el efecto remítase suficiente despacho a la oficina correspondiente, (La parte actora deberá proporcionar

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las copias necesarias). En aplicación a lo dispuesto en los artículos 355 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de quince (15) días para que la parte demandada conteste la demanda conforme lo determina el artículos 351 último inciso del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, conforme lo determina el artículo 352 del Código Orgánico General de Procesos. Considérese el anuncio de prueba presentada por la parte actora en su escrito de demanda. En lo referente al desglose, de conformidad a lo establecido en el Art. 196 del Código Orgánico General de Procesos, se niega el desglose de las piezas procesales solicitadas. Téngase en cuenta la designación conferida al Abogado patrocinador, así como la casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. Actúe el Dr. Paúl Tapia, en calidad de Secretario. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f).RON CADENA LIZBETH MARISOL, JUEZA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 4 de septiembre del 2020, a las 12h18.Atento el juramento rendido y de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese a la parte demandada el señor ARCE VERA MARCOS PATRICIO por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Lizbeth Ron Cadena.JUEZA Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.Quito, 15 de septiembre del 2020.- Certifico.DR. PAUL ANDRES TAPIA SECRETARIO

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8014454800 Nro. Cartola 16525640401 Cliente VELASTEGUI ORTIZ, SEGUNDO-LUIS EDUARDO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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ANULACION DE REVOCATORIA QUEDA ANULADA Por perdida de la libreta de ahorros Cta. N° 8227902100 Nro. Cartola 18198240246 Cliente PONCE NOLIVOS, CESAR-DARIO del Banco General Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la ultima publicación.

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CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA A ECHEVERRIA RECALDE WILLIAM FRANCISCO, se le hace saber que en esta judicatura se ha propuesto un juicio EJECUTIVO No. 17230-2018-15120 en su contra, en los siguientes términos: ACTOR: JOCONDA MARISOL ESPINOZA MARQUEZ , en calidad de Procuradora Judicial el BANCO GENERAL RUMIÑAHUI S.A. DEMANDADO: ECHEVERRIA RECALDE WILLIAM FRANCISCO TIPO PROCESO: EJECUTIVO ACCION/DELITO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN FUNDAMENTOS DE HECHO: El demandado en calidad de deudor suscribió un convenio de restructuración convencional de obligaciones, con el Banco General Rumiñahui S.A. en el cual se restructuro obligaciones vencidas por la cantidad de USD $6.701,21 FUNDAMENTOS DE DERECHO: Art.284, 347.3, 348, 349,351 COGEP, Art. 556 y 557 código de Comercio, Art. 12 Código Orgánico de la Función Judicial, Art.42 lteral b) Ley de Federación de Abogados. CUANTIA: USD$ 8.000,00 (Dólares) PRETENSIÓN: Que en sentencia sea condenado al pago total del capital adeudado, al pago del interés restructurado, el interés legal convenido, el interés de mora, el valor de los gastos y expensas judiciales, el pago de honorarios profesionales. JUEZA: Abg. Cecilia Simbaña Quishpe UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 24 de octubre del 2018, las 14h03. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza titular de la Unidad Judicial Civil, con sede en el D.M., de Quito, y en virtud del sorteo respectivo. En lo principal se dispone lo siguiente: 1) La demanda presentada es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el pagaré a la orden de fs. 01 de los autos, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347.5 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. 2) Se ordena la citación del demandado señor: ECHEVERRIA RECALDE WILLIAM FRANCISCO, en la dirección señalada, para lo cual se adjuntará la demanda y este auto inicial, para lo cual la parte actora proporcione las copias en el término de CUATRO DIAS luego de ejecutoriado el presente auto. Notifíquese al accionado en el correo señalado para el efecto. 3) En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado: ECHEVERRIA RECALDEWILLIAM FRANCISCO, conteste la demanda conforme lo determinan los artículos 351 último inciso; y, 353 del COGEP, bajo prevenciones de lo establecido en el artículo 352 de la misma norma, esto es que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno. 4) Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 2 de septiembre del 2020, a las 15h40.VISTOS: En virtud del juramento rendido por la parte actora y de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos cítese a la parte demandada ECHEVERRIA RECALDE WILLIAM FRANCISC, por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se de esta ciudad de Quito; para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo que contendrá un resumen de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva.- Notifíquese Lo que comunico a usted y LO CITO para los fines legales consiguientes previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial o casilla judicial para sus posteriores notificaciones en la Unidad Judicial de lo Civil con sede en la parroquia de Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha y dentro del perímetro legal.- CERTIFICO.Dra. Ligia Leiva Brussil SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA DE IÑAQUITO, DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA


martes 22 de dicIEMBRE de 2020

Ecuador

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Quito, 22 de Diciembre de 2020 by LA HORA Ecuador - Issuu