lunes 14 de junio de 2021
Ecuador
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Francia espera por
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‘Richie’
200 Guagua Centro desaparecieron en la capital 6
LA FRASE
‘Quito ni siquiera sabe bien qué es lo que tiene en bienes de la ciudad’ Luz Elena Coloma Concejal
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ECONOMía
El acceso a vivienda propia para mujeres genera más desigualdad. 3
“Solo queremos ganar el Tour de Francia”, declaró el carchense Richard Carapaz, tras hacer historia este domingo y coronarse como el campeón de la Vuelta a Suiza. La carrera más importante del ciclismo mundial arrancará el 26 de junio. 9 CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
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La concejal Luz Elena Coloma habla de reformar las leyes para darle vida a los bienes abandonados o en desuso. Solo en el Centro Histórico de Quito existen 287 propiedades públicas abandonadas.
“La falta de gestión municipal pone en riesgo a los bienes patrimoniales”
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n el Hotel Quito hubo trabajos de remodelación sin autorización. Esta edificación es un bien patrimonial, por lo que las intervenciones deben tener una autorización detallada y específica. Esto levantó las alertas sobre el estado de los bienes patrimoniales en la capital. La Hora habló con la concejal Luz Elena Coloma, para tratar el tema.
¿Cómo se cataloga un bien patrimonial?
Para catalogar a un bien como patrimonial o no, existen elementos que se toman en cuenta en una ficha técnica. Indicadores como tiempo en el que fue construido, significación de su construcción, su propia historia y valores técnicos que determinan si el bien puede ser parcialmente intervenido o si no puede ser intervenido para nada. El Hotel Quito no se puede derrocar, pero puede ser intervenido, con la aprobación necesaria por parte de la Comisión de Patrimonio y Áreas Históricas del Municipio y la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda.
Debería haber una decisión mucho más clara del Municipio para darle uso a sus propios bienes”.
¿Qué tipo de adecuaciones pueden realizarse en un bien patrimonial?
Se pueden hacer cambios que no alteren la edificación, que permanezcan sus características constructivas y por dentro también se mantengan. Por ejemplo, la intervención en el nuevo edificio del Banco Pichincha (plaza de San Francisco), en el Centro Histórico, está realizada en una casa patrimonial, que podía ser intervenida, no derrocada. Y la intervención más bien quitó todos los agregados que con el tiempo se le habían puesto a la casa y habían dañado su estructura original.
¿Quién se encarga de catalogar estos bienes?
Es un trabajo que tiene que ser compartido, porque el Municipio de Quito es el que regula el uso del suelo y tiene bienes patrimoniales identificados y también, por su parte, el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC) maneja el sistema de patrimonio cultural del Ecuador, que es un gran archivo de los elementos patrimoniales. En el caso del Hotel Quito, cuando lo iban a vender, se hace un cambio en la ficha técnica del INPC y se coloca que una parte de la edificación no es patrimonial, aunque esto nunca se coteja con el Instituto Metropolitano de Patrimonio (IMP), por lo que en este último la ficha técnica del hotel sigue siendo la misma ficha desde la declaratoria de Quito como Patrimonio Cultural de
la Humanidad por la Unesco. Es probable que este cambio se haya hecho para vender y que sea “atractivo al comprador” tumbarse la mitad del hotel, pero esto no tiene una autorización del Municipio.
Hay mucho por hacer, pero lo más importante es que los bienes patrimoniales no se abandonen”. ¿Se puede vender un bien patrimonial?
Claro. En el caso del Hotel Quito, en ese momento era del Estado. Esto se da antes del 2016 cuando sale la Ley de Cultura, que dice que los bienes patrimoniales son inalienables, inembargables e imprescriptibles, es decir no se pueden vender. Esto nos ha causado muchos problemas, el Municipio tiene algunas propiedades en el Centro Histórico que no las puede mantener, botadas, vacías y que las podría vender. Lo que se debe hacer es distinguir lo que puede vender.
¿Qué pasa con los bienes patrimoniales que están en desuso o abandonados?
Primero habría que reformar la Ley de Cultura del 2016 para poder poner ciertas salvedades. Por ejemplo, si se quiere desarrollar proyectos de vivienda de interés social. El Municipio tiene casas reconvertidas en departa-
mentos con ese objetivo, pero que no las puede vender, están arruinándose porque no se puede vender.
¿Es posible que lo que pasó con el Hotel Quito, en cuanto a los arreglos que se estaban haciendo sin permiso, haya sucedido con otros bienes y que no se tenga conocimiento? Sin duda, pasa mucho que hay intervenciones en bienes patrimoniales, que alteran de manera muy drástica las características que les hicieron patrimonio, y pasa el tiempo y resulta que se han perdido esas características por intervenciones fuera de norma. También pasa al contrario, no hay ninguna intervención, lo que se llama incuria, y se le deja a la casa caer, porque al dueño no le resulta rentable o atractivo tener un bien patrimonial y prefiere que se caiga y vender ese terreno. Por eso necesitamos reformar la ordenanza, estamos trabajando en eso. Además, para que el dueño de un bien patrimonial pueda intervenir en él, respetándolo, pero rentabilizándolo. No se trata de tener bienes para que se caigan.
tan vulnerable y especial. De las 5.300 edificaciones que tiene el Centro Histórico, 287 son de propiedad pública. Muchas están abandonadas, convirtiéndose en foco de indigencia y no se pueden vender y se quedan botadas. Creo que el Municipio ni siquiera sabe bien qué es lo que tiene en el centro, en general en bienes de la ciudad. Han hecho un esfuerzo por poner en orden, pero no se tiene bien claro. El IMP tiene 60 viviendas de interés social, que tienen un valor de casi $3’000.000, en cuatro proyectos, y no las puede vender porque la ley le impide. Lo peor que podría pasarle al Hotel Quito, después de derrocarlo, es que quede abandonado.
¿Es posible que estos bienes se puedan entregar en comodato o alquiler a grupos o fundaciones culturales para que las puedan usar? Totalmente es posible y legal y ha habido interesados, lo que ha faltado es gestión de parte del Municipio.
Lo ocurrido en el Hotel Quito generó una alerta. ¿Ha¿Qué planes tiene el Muni- brá ahora más cuidado con cipio para darle vida a es- el control de los bienes? tos bienes abandonados? El IMP y el INPC son las entiLamentablemente creo que el Municipio no tiene plan y eso es lo que me preocupa. Siento que el Centro Histórico, donde está la mayor parte del patrimonio, ha perdido el rumbo, no tenemos una visión para esta zona que es
dades a cargo, pero además la veeduría ciudadana es muy importante y también la Agencia Metropolitana de Control, que debe controlar a la ciudad en muchos frentes y no se alcanza. Por eso la veeduría ciudadana siempre es importante. (MR)
El 16% de las mujeres jefas de hogar acceden a una casa propia
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En comparación, más del 48% de los hombres jefes de hogar acceden a crédito y una vivienda.
El 75% de las mujeres que buscan un crédito para vivienda tienen ingresos de $600 al mes o menos. Uno de los principales problemas es que deben destinar mucho de su tiempo al llamado trabajo no remunerado del hogar, por lo que sus oportunidades de empleo formal disminuyen. Así, a nivel nacional, ellas destinan más del 40% de sus horas a labores no remuneradas; mientras en el caso de los hombres llega al 14%. Sin embargo, en total, las ecuatorianas tienen una carga de actividades, en todas sus facetas, de 79,39 horas; por su parte, ellos comple-
el dato
La mayoría de propietarios de casa son hombres, de entre 35 y 55 años. tan 59,57 horas. “La sobrecarga de actividades de las mujeres limita su libertad para trabajar en el mercado y recibir una remuneración, lo cual acarrea importantes consecuencias en su percepción de ingresos y en su independencia económica”, dice el estudio del BID.
11 barreras a la hora de solicitar crédito
El 48% de las mujeres en la Población Económicamente Activa (PEA) están subempleadas o con cualquier otro tipo de trabajo precario. Pero, si se suma al empleo no remunerado, la cifra llega al 66%. Por eso, la principal barrera de acceso al crédito es que no cumplen con los ingresos mínimos que establecen los bancos y cooperativas. Asimismo, por su condición de informalidad, tampoco tienen sustentos (facturas, recibos, etc) de esos ingresos ni poseen un Registro Único de Contribuyente (RUC) o de Régimen Impositivo Simplificado (RISE). Además, se les exige un tiempo mínimo de trabajo en relación de dependencia o de actividad formal independiente.
“Me dijeron que debía tener un año con RUC. Me dijeron que debía tener un trabajo estable, pero en mi trabajo no es que voy a obtener cada mes un monto, no es estable, sino que yo recibo por semana y a veces diario. Es una microempresa. A veces hay clientes y a veces no hay”, apuntó Verónica Balseca, emprendedora. Otras trabas son deudas pendientes anteriores, y estar calificadas como morosas en el Buró de Crédito. Sin embargo, de acuerdo con el BID, las mujeres son mejores pagadoras que los hombres. En promedio, 20% de la cartera vencida se debe a ellas y el 80% a ellos.
el dato
Un arriendo, en promedio, representa casi el 25% de los ingresos de una mujer jefa de hogar; en el caso del hombre llega al 15%. “Las mujeres son más responsables, la mayoría de los créditos en mora son de hombres, según la experiencia, las cabezas de crédito mujer son más responsables, al tener un estatus de media para abajo y aun así tienen una cultura de ahorro, aunque sea de $1 o $2”, puntualiza el estudio del organismo multilateral. Por otro lado, una barrera
importante es no tener garante, o que el que se tiene no cumpla con los requisitos. Además, al momento de concretar un contrato, se presentan trabas legales relacionadas con la sociedad conyugal; sobre todo con respecto a exigir la firma del cónyuge, a pesar de estar separada. También juega en contra el hecho de no tener tiempo para los trámites o la falta de comprensión del proceso. Finalmente, el acceso al financiamiento público más barato se corta por no contar con el mínimo de aportaciones para solicitar financiamiento del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess). (JS)
VIVIENDA PROPIA SEGÚN INGRESO Y GÉNERO Hombres Jefe de hogar
Ingresos inestables, pero más horas de trabajo
INEQUIDAD. Las ecuatorianas se enfrentan a varias barreras para su autonomía.
Ingreso
Desde 2014 hasta la fecha, el porcentaje de mujeres que accedieron a un crédito para vivienda pasó del 12% al 5%. Esto a pesar de que las ecuatorianas generan alrededor del 50% del ahorro en el sistema financiero formal. Esta situación está directamente relacionada con la posibilidad de una casa propia. Así, en promedio, más del 48% de los hombres jefes de hogar lo consiguen; pero en el caso de ellas, el porcentaje llega al 16%, es decir menos de 2 de cada 10. Según el estudio titulado ‘La brecha de género en el acceso al mercado hipotecario de Ecuador’, elaborado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), ser propietaria es considerado uno de los mayores logros, “el sueño realizado”, la inversión más importante de la vida y el patrimonio que quedará para los hijos como garantía de su futuro. “Para mí, en este momento es algo indispensable, necesario, de suma importancia porque soy una madre sola y no he podido hasta ahora en mis 50 años, adquirir una casa. Para mí sería la seguridad para mi hijo”, contó Lorena Domínguez.
Mujeres
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45% 15%
46% 16%
48% 14%
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De $501 a $750
De $751 a $980
De $981 a $1.360
Más de $1.361
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Las vacunas causan infertilidad
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Panorama. Desde enero de 2021, Ecuador usa tres tipos de vacunas para inmunizar a su población.
Los mitos desinforman sobre la vacunación Aunque parezca que se han desarrollado en tiempo récord, las vacunas anticovid parten de estudios que llevan décadas. Tal vez ha escuchado que la ciencia está experimentado con las personas que se vacunan, ya que las dosis contra la Covid-19 se fabricaron en tiempo en récord. Posiblemente, algún conocido, amigo o familiar le ha dicho que alguien le contó que, vacunarse puede causar
el dato En Ecuador se inmuniza a las personas con: Pfizer, AstraZeneca y Sinovac. infertilidad, que le implantan un chip para rastrearte o que modifican el ADN. Todos estos, son mitos. No solo porque los médicos digan lo contrario sino porque no hay datos o estudios que los sustenten. Si es de los que tienen dudas sobre esto, aquí encontrará algunas explicaciones sobre las vacunas contra la Covid-19.
Alteran el ADN La evidencia científica muestra que las vacunas no modifican ni °interactúan con el ADN. Actualmente existen dos tipos de vacunas contra el coronavirus: Las de ARN mensajero (ARNm) y las vacunas de vectores virales. Lemus explica que ambas “dan instrucciones” a las células para que comiencen a generar protección contra el virus, “o sea despiertan al sistema inmune y por eso es que se experimenta fiebre u otras molestias”, agrega. Pero los componentes de las vacunas nunca ingresan al núcleo de la célula, que es donde se encuentra el ADN. “Las vacunas funcionan con defensas naturales de nuestro organismo”.
De qué está hecha la vacuna ° Antígeno: es una forma muerta o debilitada de un patógeno (por ejemplo, un virus o una bacteria) que prepara a nuestro organismo para reconocer y combatir una determinada enfermedad en el futuro. ° Adyuvantes: ayudan a incrementar la respuesta inmunitaria y, así, facilitan la acción de las vacunas. ° Conservantes: garantizan que la vacuna mantenga su eficacia. ° Estabilizantes: protegen la vacuna durante su transporte y almacenamiento. Fuente: OMS
La vacuna crea magnetismos °Uno de los mitos más recientes sobre la vacunación es que magnetiza a quien la recibe. Incluso circulan videos con personas que se pegan
La vacuna hace que se contagie de Covid-19 ° Ninguna de las vacunas contiene el virus vivo, por lo que las vacunas no enferman con el virus y las reacciones pos-inmunización,
imanes o tenedores en el brazo luego de haber recibido el pinchazo. Pero las vacunas no contienen ingredientes como hierro, níquel o litio, que puedan producir magnetismo. Tampoco están hechas de microelectrónica, electrodos o nanotubos de carbono. Además, la dosis que reciben las personas tienen menos de un milímetro, que no sería suficiente para magnetizar a una persona, si la vacuna tuviera un metal magnético.
como fiebre, dolor muscular, diarrea o vómito, son normales. “Las vacunas le enseñan a nuestro sistema inmunitario a combatir el virus, no lo reciben”, comenta López. Depende de cada organismo generar inmunidad (protección contra la Covid-19), pero podría tomar hasta tres semanas. Si fue vacunado y quiere saber cómo responde su cuerpo a la dosis puede realizarse una prueba rápida y verificar si ya tiene anticuerpos.
No hay evidencia científica que relacione a ninguna de las vacunas contra la Covid-19 con problemas asociados a la fertilidad. Saskya Lemus, epidemióloga, dice que a lo largo de la historia no existe vacuna, de ningún tipo, cuyos efectos secundarios se relacionen con la infertilidad. “El riesgo de contraer el virus es más alto que los efectos secundarios graves que puede tener una vacuna”, detalla Lemus. Tampoco existen complicaciones en que las mujeres embarazadas reciban las dosis. En el país, el único requisito para que una mujer en estado de gestación sea inoculada es que presente un certificado de su médico, donde indique que no tiene impedimentos. En el caso de las mujeres en etapa de lactancia, la vacuna es recomendada porque los anticuerpos pueden ser transmitidos a través de la leche materna al menor, aseguró el viceministro de Salud, José Ruales.
Se hicieron en poco tiempo Uno de los cuestion°amientos de los grupos antivacunas es que las dosis contra la Covid-19 hayan salido en menos de un año. El médico- investigador Andrés López dice que la vacuna no se hizo en un año, sino que es parte de un patrón de vacunas que se estudia desde hace décadas. “Este es un tema que cada año ha ido mejorando hasta que hemos podido ser más eficientes para el desarrollo de las vacunas”. López dice que la desinformación sobre las vacunas genera problemas en la población y agrega que no es la primera vez que se trata de cuestionar sus efectos. En 1998 se popularizó un estudio que decía que las vacunas contra la viruela causaban autismo. Cuando la comunidad científica quiso replicar el estudio se dio cuenta que era fraudulento y su autor, el doctor Wakefield perdió su licencia para ejercer medicina.
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Franklin
Barriga Nunca se debe subestimar la López capacidad de un pequeño grupo de personas dedicadas de cambiar el Ambiente de paz mundo; ha sido lo único que ha logrado El jefe de la misión de observahacerlo.” dores de la OEA, Santiago A.
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Margaret Mead (1901-1978), antropóloga estadounidense.
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María Paz Jervis
Paternidades que matan Esta semana el mundo se ha horrorizado con la noticia de las hermanas españolas Olivia (6) y Anna (1), que desaparecieron en abril pasado cuando su padre las llevó a cenar y en lugar de devolverlas a casa de su madre, escribió a su exesposa para advertirle que nunca más las volverá a ver. Las autoridades no han parado de buscarlas hasta hallar el cuerpo de Olivia sumergido en la profundidad de las costas de Tenerife, en las Islas Canarias. Continúan buscando un rastro de la otra menor y del culpable de esta tragedia, su padre. La psicóloga española, Sonia Vaccaro, acuñó el término ‘violencia vicaria’ para identificar esa expresión de la violencia intrafamiliar y de género que se extiende hacia los más desprotegidos con el fin de perpetuar el dolor en la víctima. Es decir, el agresor, que con frecuencia es la pareja o expareja, pierde el control sobre su víctima (la mujer) y encuentra una nueva forma de ejercer su poder: “te doy donde más te duele”, habitualmente los hijos. En el Ecuador los datos de violencia contra menores, en manos de sus progenitores o de sus parejas, son alarmantes. En 2020 el Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito advirtió sobre el incremento de denuncias y muertes de menores durante la pandemia, pero la falta de estadísticas favorece a la impunidad. Existe un problema arraigado de violencia en la estructura de nuestra sociedad. Ante estas noticias desgarradoras, solemos pensar que los agresores están ‘locos’ o que sufren alguna enfermedad. La realidad es que, mayoritariamente, se trata de hombres -pero también mujeres-, que reproducen relaciones de poder, de machismo y de violencia que deriva en paternidades que matan. Tenemos mucho trabajo pendiente, incorporar medidas efectivas que protejan a las víctimas oportunamente y tomarnos en serio la lucha contra la violencia de género y erradicar el machismo a todo nivel. • Decana de la Facultad Ciencias Sociales y Jurídicas UISEK; Red de Politólogas.
En guardia ante nuevos peligros Recientemente, el país se vio sacudido por hechos delictivos que involucraban joyas de altísimo valor y grandes cantidades de efectivo. En una señal alentadora, se anunció hace algunos días que cientos de organizaciones políticas, concesiones mineras, joyerías y bolsas de valores, entre otros, deberán reportar mensualmente a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). Esto permite ampliar notoriamente el control estatal en un ámbito en el que, desde hace muchos años, no se había exigido reportes a nuevos actores. Ecuador enfrenta condiciones únicas que lo hacen especialmente vulnerable al lavado de activos y al financiamiento del terrorismo y el crimen organizado. Su economía dolarizada facilita el ingreso de dinero procedente de actividades internacionales ilícitas. La cerManuel Castro M.
Sordera histórica A veces, como sucedió en la Alemania de Hitler, en la Italia de Mussolini y en la Rusia de Stalin, a pesar de iniciales triunfos, terminan “friéndose en su propio jugo”. “Cuando el fanatismo ha gangrenado el cerebro, la enfermedad ya es incurable” (Voltaire). La gran mayoría no sabe escuchar; parece, pues, tener razón Hegel: “La Historia nos enseña que los hombres nunca aprenden de la Historia”. O lo más grave aprenden a medias: aún hay neonazis, fascistas, extremistas de derecha, comunistas radicales a quienes poco importa aquello que se le fue a K. Marx: “El capitalismo
canía geográfica a zonas protagónicas en la industria del narcotráfico, con su acentuada liquidez, lo expone a un peligroso flujo de narcodólares. Por último, la minería de metales preciosos, que cada vez cobra más relevancia, es uno de los sectores más atractivos para el crimen internacional por las posibilidades de lavado que ofrece. Decisiones políticas como la dolarización, la integración regional y la apuesta por la minería requieren también medidas que prioricen la seguridad. La cesión de espacios por parte del Estado, como aceptar una divisa extranjera, reducir controles comerciales o apostar por concesiones a mineras privadas, deben ir acompañadas de un desarrollo legal y policial que permita acompañar la sofisticación y la variedad de las nuevas amenazas que, inevitablemente, se derivan también de ello.
es una destrucción creativa”. El Ecuador de hoy, con las justas, ha dado un paso adelante. Pero existen las acechanzas. Incluso antes de que el Gobierno desarrolle su proyecto, ya está siendo furtivamente combatido, con dogmas, tales como que sus ideas son neoliberales, de derecha; como si el progreso y la libertad tuvieran un plan preconcebido malvado. Pero a las libertades, transparencia económica, derechos humanos, nadie les detiene. La represión funciona tal vez solo en China, Rusia, Venezuela, Nicaragua (la que elimina precandidatos, por si acaso al dúo Ortega- Murillo podría alguno derrotar en las próximas elecciones). Henry Ford afirmaba y tuvo éxito: “Si todos nos movemos hacia delante triunfaremos”. Por supuesto hay límites. Un hecho es algo muerto; una idea
es posible. Si el Gobierno avanza con ética en busca de prosperidad, salud y educación, todos avanzaremos; los pobres primero, porque dejarán de ser víctimas, como el populismo trata de convertirlos para obtener sus votos. La pandemia será un hecho muerto. El confinamiento es provisional; las dictaduras son perpetuas. En verdad Latinoamérica tiembla frente al avance del izquierdismo radical o socialismo marxista. Las ideas no son peligrosas, son liberadoras, pero los que las utilizan perversamente son los peligrosos. Los que con la violencia de mano ajena preconizan que “No es difícil morir” no quieren admitir que “lo enormemente difícil es vivir” (B. Shaw), porque esta actitud exige trabajo, sacrificio, solidaridad humana y amor. manuelcastromurillo@hotmail.com
Canton, que fue a México, hace pocos días con el fin de laborar en los comicios allí efectuados, hizo declaraciones dignas de resaltarse, especialmente en la región latinoamericana y caribeña. Ante la escalada de violencia que se sintió en el país azteca en los meses preelectorales y que dio como resultado 780 agresiones a políticos, 90 de los cuales fueron asesinados, aseveró que existe una retórica agresiva, a la vez que pidió hacer conciencia en torno a la democracia representativa que se refuerza y profundiza con la participación permanente, ética, responsable de la ciudadanía. Estas exhortaciones son constructivas en una época en la que la virulencia, no solo verbal, se ha convertido en instrumento de protesta, sin tomar en cuenta que existen canales legales y de sana convivencia para llevar a cabo reclamos. ¡Qué diferencia, notoria, entre quienes emplean la piedra, el palo, la antorcha incendiaria, la fuerza que impulsa caos y los que utilizan pancartas y más letreros para demostrar su inconformidad, en marco de respeto y más comportamientos que merecen solidaridad y aplauso! Con argumentos sensatos, bien pensados, respetuosos, se puede ser contundentes, firmes, convincentes, sin apartarse de los mandatos de la civilización. Se guarda triste memoria de gobernantes que, por sus altas funciones, debieron ser paradigmas de imitación, pero que se fueron por el despeñadero de la procacidad, la agresión constante, el insulto primitivo, en contra de quienes consideraban opositores o simplemente no compartían sus ideas autoritarias. Con esta clase de líderes, ¿se podrá sembrar concordia y desarrollo? El ambiente de paz es el elemento sustancial para las naciones que van a la vanguardia de la prosperidad. f-barri@uio.satnet.net
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. Directora Nacional GABRIELA VIVANCO SALVADOR Editores Regionales JULIA GUERRA - FRANCISCO Varela e-mail:
Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec Publicidad: publicidad@lahora.com.ec Año: XXXVIII No. 13145
www.lahora.com.ec Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
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Eran lugares de inclusión infantil para niños de familias vulnerables. Con el cierre, algunas madres decidieron apostar por centros de educación del MIES. La directora de ejecución técnica de la unidad del Patronato San José, Gabriela Cevallos, confirmó a La Hora que ya no hay Guagua Centros en Quito. Estos lugares de atención infantil tenían sus servicios suspendidos temporalmente por la emergencia sanitaria de la Covid-19. Sin embargo, con la cancelación de las alianzas, en julio de 2020, las instalaciones fueron cerradas en su totalidad. El personal docente y auxiliar que laboraba no tenía una relación de dependencia con el Municipio Metropolitano. En estos establecimientos, 720 educadoras y otras 360 personas de apoyo eran parte de la educación para niños y niñas de entre 1 a 5 años, a los que acudían unos 9.000 menores.
Obligados a buscar otro sitio Cevallos comentó que la población que fue beneficiada de estos centros de atención
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Adiós a los 200 Guagua Centros en Quito
Sitio. El Guagua Centro Patronato San José.
infantil ahora es atendida por diferentes entidades municipales. Por ejemplo, “existe una planificación para dar seguimiento a familias con casos infantiles de desnutrición”. La Secretaría de Salud, junto al Patronato, trabaja en sectores específicos para atender a los niños más vulnerables. Docentes que trabajaron en estos centros cuentan que desde que desapareció este proyecto, muchas familias fueron afectadas. Dejaban a sus hijos mientras iban a
Descuido. Espacios abandonados donde funcionaban estos centros de desarrollo infantil.
trabajar. Ahí recibían alimentación y actividades pedagógicas. Los Guagua Centros nacieron en el 2014, en la Alcaldía de Mauricio Rodas. Fue una inversión social para el desarrollo de la primera infancia más vulnerable de la ciudad. Hasta el 2019, el presupuesto del Cabildo destinado a este plan rondaba los 17 millones de dólares anuales, donde por cada niño se invertía 162,5 dólares mensuales.
¿Qué pasó con los trabajadores? El Patronato San José, que pertenece al Municipio de Quito, se habría comunicado con profesoras que trabajaron en los Guagua Centros para que sean reubicadas. Susana Vallejo, quien daba la alimentación a los niños, cuenta que les habían dicho que regresarían muy pronto. “Nos solicitaron las carpetas”, dijo. Sin embargo, ha pasado más de un año y no tienen respuesta. Eliana Tigrero fue directora de uno de estos centros. Cuenta que varias mujeres, entre maestras y auxiliares, se vieron afectadas con estos cierres. “Nos dejaron sin empleo de la noche a la ma-
tome nota
Tumbaco y Calderón eran donde menos centros había: 14 en cada uno. ñana a educadoras, directoras, personal de apoyo. Los niños quedaron a la deriva”. El drama aumentó cuando las madres no sabían qué hacer con sus hijos. Muchas de ellas trabajaban y no tienen donde dejarlos. A Jessica Sandoval la decisión de no reabrir estos lugares le afectó mucho, porque su hijo tiene 3 años y vive sola. Tiene que optar por encargarlo con sus padres, que ya son adultos mayores.
Cierres antes de la pandemia Antes de la pandemia, 15 de 200 establecimientos cerraron por denuncias de maltrato y falta de espacio. Las autoridades decidieron revisar la operación de estos sitios gratuitos. Según una normativa municipal, por cada niño de 3 a 5 años se debe contar con un espacio de 1,5 m2. Mientras que para menores de 1 a 3 años, el lugar correcto debe ser de 2,2 m2. Madres de familia, profe-
soras, auxiliares y directoras se unieron en mayo de 2020 para hacer plantones frente al Patronato. Su objetivo era no permitir el cierre de estos centros. El alcalde Jorge Yunda se comprometió a reunirse con las directoras de los Guagua Centros para llegar a una solución. Por las medidas de restricción, la municipalidad decidió dar por terminado estos convenios. Ante esto, presentaron una medida de protección ante la Defensoría del Pueblo. El organismo exhortó a las autoridades a no cerrar estos lugares porque vulneran los derechos de los niños, niñas y trabajadoras. Un mes después, la organización de los Guagua Centros puso una acción de protección en la Unidad de Violencia contra la Mujer y Familia Nº1, la cual fue negada. Con esto, estos centros de desarrollo infantil desaparecieron definitivamente en Quito. (CV)
el dato
La Administración Zonal Eloy Alfaro contaba con el mayor número de Guagua Centros (53).
G7 donará 1.000 millones de vacunas a países pobres Los líderes del Reino Unido, Francia, Italia, Alemania, Japón, Canadá y Estados Unidos llegaron a un acuerdo este fin de semana. Reino Unido • El G7, el grupo de las economías más desarrolladas del mundo, anunció este 13 de junio de 2021 un acuerdo para donar más de 1.000 millones de dosis de vacunas contra la Covid-19 a los países en desarrollo. "Me complace anunciar el compromiso (del G7) de 1.000 millones de dosis de vacunas, bien directamente o a través de financiación de (el programa internacional) Covax", dijo el primer ministro británico, Boris Johnson, anfitrión de la cumbre celebrada en Cornualles (suroeste de Inglaterra), en la rueda de prensa de clausura de la cumbre. En el comunicado final de la reunión, suscrito por los líderes del Reino Unido, Francia, Italia, Alemania, Japón, Canadá y Estados Unidos, se concreta que el compromiso de donaciones directas alcanza las 870 millones de dosis, la mitad de las cuales se deberán desti-
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millones de dosis contra la Covid-19, como mínimo, serían necesarias para derrotar a la pandemia a nivel global.
nar antes del final de este año a través del programa Covax. En su intervención, Johnson dijo que 100 millones de esas dosis saldrán del Reino Unido.
es elevar la capacidad de manufactura en todo el mundo, especialmente en África". "El camino a seguir es vender las vacunas a precio de coste, defendemos el modelo de Oxford/AstraZeneca", dijo Johnson, quien insistió en la necesidad de acelerar la transferencia de conocimiento y de tecnología manufacturera a los países en desarrollo. EFE
Compromisos adquiridos
La declaración conjunta explica que los compromisos adquiridos por los siete países, desde el comienzo de la pandemia, ya sea vía contribuciones financieras o donaciones directas, elevan el total de la cooperación a 2.000 millones de dosis. Los expertos calculan que serán necesarias 11.000 millones de dosis como mínimo para derrotar a la pandemia a nivel global. Preguntado sobre la suspensión de las patentes de vacunas -una medida exaltada por más de 100 países en todo el mundo, incluido Estados Unidos-, Johnson dijo que "lo verdaderamente importante
Dosis. Parte de las vacunas llegarán a través del programa Covax, que lidera la Organización Mundial de la Salud (OMS). (Foto: EFE)
FMI insta a los países ricos a “pagar” vacunación de los más necesitados La directora gerente del Fondo Monetario In°ternacional (FMI), Kristalina Georgieva, afirmó, en el marco de la cumbre del G7, que los países ricos y las compañías farmacéuticas deben “pagar” los programas de vacunación contra el coronavirus en los países en desarrollo. Subrayó que la medida más urgente que debe
tomarse es organizar la donación de “excedentes de vacunas” a los países más pobres. Al mismo tiempo, recalcó que es imprescindible comenzar a trabajar para “expandir la capacidad de producción” de dosis en los países en desarrollo. Advirtió que si amplias zonas del planeta quedan sin inmunizar, pueden extenderse nuevas variantes del virus en diversos lugares del mundo que pondrían en peligro los programas de vacunación más avanzados y obligarán además a fabricar nuevos preparados adaptados a esas mutaciones.
Preocupa ola migratoria en la frontera norte de México
Deportados. Migrantes son regresados este 11 de junio de 2021 a territorio mexicano por autoridades estadounidenses, en el Puente Internacional Paso del Norte. (Foto: EFE)
que, después de que marzo fue un mes “muy crítico” en cuanto a deportaciones, “ya ha bajado” la migración. Sin embargo, los números indican que, a pesar de los esfuerzos de las autoridades mexicanas y estadounidenses, continúa la crisis migratoria. EFE 001-003-516
Ciudad Juárez • La presión migratoria en la frontera norte de México se mantiene en urbes como Ciudad Juárez, en el estado de Chihuahua, lo que refleja la incesante ola que vive la región, que en mayo de 2021 registró un nuevo máximo de indocumentados arrestados por Estados Unidos. Enrique Valenzuela Peralta, coordinador general del Consejo Estatal de Población de Chihuahua, aseguró que la nueva ola migratoria se ha presentado a partir de febrero “y ha generado desafíos en espacios humanitarios”. Esto contrasta con las declaraciones del presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador, quien el pasado 31 de mayo aseguró
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UTN recibe licencia para comercializar y producir cannabis en Imbabura
La universidad y su empresa pública se encargarán del proceso, para actividades medicinales e industriales. Ibarra • La Universidad Técnica del Norte (UTN), ubicada en Ibarra, capital provincial de Imbabura, recibió la licencia para el cultivo de cannabis no psicoactivo, o cáñamo. A través de su empresa pública, denominada La U Emprende, le apuestan a esta industria que está dando sus primeros pasos en Ecuador, yendo desde la investigación hasta la comercialización para el uso medicinal e industrial de esta planta. La licencia, emitida por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), entró en vigencia desde el 7 de junio de 2021. Según la UTN, esto permitirá proyectar nuevos horizontes para la academia, la medicina e industria desde la Sierra Norte ecuatoriana. “La despenalización de la producción del cannabis no psicoactivo o cáñamo abre nuevas oportunidades de desarrollo científico, orientado al cultivo y comercialización del producto, en pro de la salud humana, del uso agrícola sostenible del suelo, de la producción textil, entre otros”, indicaron desde la casona universitaria.
Tipo de licencia aprobada
Desde octubre de 2020, el MAG emitió el reglamento para la producción, comercialización y exportación del
Cannabis. Las regulaciones de cultivo en Ecuador fueron emitidas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería en octubre de 2020. (Fotos: MAG)
cannabis no psicoactivo y cáñamo industrial en Ecuador, con siete tipos de licencias (ver relativa). La Universidad Técnica del Norte y La U Emprende EP recibieron los permisos para las operaciones de la licencia tres, contemplada en el Acuerdo Ministerial 109, que avala el cultivo de cannabis no psicoactivo o cáñamo. Marcelo Cevallos, rector de la UTN, señaló que el cáñamo es una planta multifacética, porque se utiliza prácticamente todos sus órganos, como la semilla, las hojas, el tallo, la raíz, por lo que tiene una gran potencialidad de derivados en la industria farmacéutica, alimenticia, textil... “Hasta 1930 fue un cultivo de importancia económica. Luego se desarrollaron más variedades orientadas al cannabis psicoadictivo, lo que tradujo en que muchos países comenzaran con su prohibición total y eso hizo que casi 70 años la humanidad desconozca de esta planta, que podríamos decir es milagrosa, porque en la aplicación biomédica, por ejemplo, antes de la industria fármaco química se usaba en muchos temas de enfermedades”, mencionó, en una entrevista en medios locales. Cevallos expuso que la licencia obtenida incluye una relación estratégica entre el MAG y La U Emprende EP, para el acompañamiento técnico durante el cultivo y la producción del cáñamo, donde se involucran especialmente las carreras de la Facultad de Ingeniería en Ciencias Agropecuarias y Ambientales (Ficaya). “Este tema del cannabis comenzamos nosotros incluso con contactos internacionales, a inicios del 2020 (…). Hemos iniciado con la licencia tipo tres, pero estamos ya recabando toda la información necesaria para levantar el expediente de la licencia tipo seis, que es para los centros de investigación, univer-
Referencia. La UTN es la primera institución de educación superior que recibe este tipo de licencia en el país. (Fotos: MAG)
Proceso para obtener una licencia en Ecuador El 24 de diciembre de 2019 la Asamblea °Nacional despenalizó el cannabis no psicoactivo con menos de 1% de THC, lo que abrió dos líneas de cultivo: el cáñamo no psicoactivo y el cáñamo industrial, así como su aprovechamiento en el ámbito medicinal, en el tratamiento de enfermedades neurodegenerativas y en el uso industrial en fibras y otros productos. Los interesados en obtener licencias deben presentar un plan de negocios, demostrar el origen de fondos para el proyecto, la georreferencia del lote, detalles de la finalidad de la producción y el mercado. Además, obligatoriamente se deberá tener personería jurídica. De los siete tipos de licencias aprobadas en el Ecuador, la primera es para la importación y venta de semillas o esquejes; la segunda para la producción y venta de semillas y esquejes; la tercera para producción de cannabis no psicoactivo y cáñamo industrial; la cuarta para producción de cáñamo industrial; la quinta para producción y procesamiento de derivados; la sextra para fitomejoramiento y bancos de germoplasma; y, la
sidades, para trabajar en lo que es el fitomejoramiento, bancos de germoplasma e investigación”, dijo. Por el momento, el sitio asignado para este cultivo es el Campus Universitario Finca Granja Experimental La Pradera, en la zona de Chaltura, en Imbabura, en alrededor de 5 hectáreas, con el acompañamiento continuo de los técnicos del MAG. “La licencia tipo 3 nos
séptima para comercialización y exportación. Sin embargo, la licencia tres permite la participación en toda la cadena, es decir que se puede exportar y también producir semillas sin un permiso adicional, siempre que se cumpla con los requisitos. Entre la documentación que deben presentar los productores o comercializadores está un certificado de antecedentes penales, tanto del representante legal, como de directores, socios, accionistas o miembros con una participación mayor al 6% del capital de la compañía. De acuerdo a lo establecido por el MAG, por un plazo de cinco años, desde octubre de 2020, las licencias se otorgan para una producción en lotes de mínimo 2 hectáreas, lo que busca estimular la reinversión y evitar la apertura de empresas de forma especulativa. Se estima que la emisión de los permisos no demora más de dos meses a partir de la solicitud, sin embargo se recomienda a los interesados en este cultivo informarse sobre el mercado, los requisitos de los países de destino en caso de exportación, y conocer sobre las normas de los productos terminados a través de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa).
autoriza implementar hasta 5 hectáreas de cultivo bajo condiciones de invernadero (…). Hay que comenzar con el proceso de importación de las semillas, de cualquier parte del mundo, con genética que no tenga más del 1% de THC, que es el componente psicoadictivo del cannabis”, explicó Cevallos. Según el rector de la UTN, para cada hectárea de cultivo de cannabis, bajo invernade-
ro, se necesita 15 personas trabajando permanentemente, por lo que también se vuelve un importante rubro de generación de empleo.
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años de duración tiene la licencia otorgada en junio de 2021 a la UTN y su empresa pública La U Emprende.
Carapaz, campeón en Suiza pero con la mira en Francia
Debut con sabor amargo para Ecuador El primer partido de Ecuador en la Copa América fue frente a Colombia, equipo al que hace siete meses había goleado 6 a 1 en Quito, por las eliminatorias rumbo al Mundial de Catar 2022. En los primeros 35 minutos de juego se vio un partido parejo, sin mayores acciones claras de gol para ningún equipo. El técnico Gustavo Alfaro mostró nuevas variantes en su planteamiento táctico, con la inclusión en el onceno titular de jugadores como el defensa Piero Hincapié, el portero Pedro Ortiz y del mediocampista Fidel Martínez.
Gol con VAR
Competencia. El carchense Richard Carapaz fue el mejor de las ocho etapas, que atravesaron los Alpes suizos.
Luego de ocho etapas, el carchense ganó la última competencia de cara al Tour de Francia, que arranca el 26 de junio. El ciclista ecuatoriano Richard Carapaz, vencedor de la Vuelta a Suiza, desveló este 13 de junio de 2021 que va a “compartir liderazgo” con el británico Geraint Thomas en el Tour de Francia, carrera que esperan ganar con el equipo Ineos. ‘La Locomotora de Carchi’ logró la victoria en la Vuelta a Suiza tras resistir al acecho del colombiano Rigoberto Urán, en la octava y última etapa, de 159,5 kilómetros por la localidad de Andermatt, que se adjudicó el anfitrión Gino Mader (Bahrein). “La victoria demuestra la solidez del equipo que tenemos. Estoy feliz de ganar porque es una verdadera victoria del equipo, ya que todos trabajamos bien juntos”, dijo Carapaz, al concluir la ronda helvética. “Cuando trabajas junto con el equipo y haces las cosas bien, obtienes tu recompensa. Nos da mucha confianza para lo que está por venir”, manifestó. Tras el decimotercer puesto de 2020, Richard Carapaz correrá por segunda vez el Tour de Francia
como jefe de filas junto con Geraint Thomas. “Voy a compartir el liderazgo con Thomas en el Tour. Solo queremos ganar el Tour. Por supuesto, todo depende de cómo vaya y el Tour nos pondrá en nuestro lugar correcto, pero estaremos allí con un equipo fuerte”, confesó.
Otro triunfo histórico
Carapaz está enfocado en la preparación para el Tour de Francia, su verdadero objetivo, como ha reconocido a lo largo de los días, sin embargo eso no le impidió brillar en la alta montaña, en la quinta etapa de la Vuelta a Suiza, al ganar en el alto de Leukerbad para asaltar el liderato a falta de tres jornadas. Esa victoria, a base de confianza y pundonor, le permitió enfundarse la camiseta de líder que tuvo que defender con garra en la contrarreloj de la penúltima jornada, en la que cedió casi un minuto con el colombiano Rigoberto Urán (EF Education-Nippo), que finalmente se quedó segundo de la general a 17 segundos. Precisamente neutralizar
a Urán fue en lo que se centró Carapaz en la última etapa en Suiza, en la que llegó a meta a nueve segundos del vencedor, Gino Mader, que se impuso en el final de Andermatt al canadiense Michael Woods (Israel Start-up Nation). En el grupo de Carapaz también llegó el danés Jakob Fuglsang (Astana), que logró subir al tercer cajón del podio, con solo cuatro segundos de ventaja sobre el alemán Maximilian Schachmann (Bora). De la pugna por la victoria final en la ronda helvética se retiraron previamente el holandés Mathieu Van der Poel, ganador de dos etapas, junto al francés Julian Alaphilippe, campeón del mundo de ruta, que no tomó la salida este último día al regresar a casa y estar con su pareja, la excorredora y comentarista de televisión Marion Rousse, con la que espera un hijo para una fecha inminente. De esta manera, Carapaz inscribe su nombre en el palmarés histórico de la Vuelta a Suiza, cuyo último ganador en la edición anterior, en 2019, fue el colombiano Egan Bernal, su compañero en el equipo Ineos y reciente campeón del Giro de Italia.
Al minuto 41 del primer tiempo, un tiro libre, ejecutado con jugada preparada por Colombia, abría el marcador. Sin embargo, el juez de línea determinó que había fuera de lugar de un jugador ‘cafetero’, anulando la anotación. El VAR fue el encargado de modificar la decisión y validó el gol de Edwin Cardona.
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En la próxima fecha, el 17 de junio, Brasil y Perú se enfrentarán en Río de Janeiro y Venezuela lo hará ante Colombia en Goiania. Ecuador descansa en este grupo. La primera mitad terminó con la victoria parcial de los ‘cafeteros’, pero al iniciar el segundo tiempo Ecuador se fue con todo para buscar el empate. Los 45 minutos de la segunda parte se jugaron prácticamente solo en cancha de Colombia, donde la acción más clara para Ecuador llegó de un tiro libre que pateó Pervis Estupiñán y el golero David Ospina rechazó fuera de la cancha. A falta de 12 minutos para terminar el partido, ingresó Damián Díaz, luciendo la camiseta número 10, pero poco o nada pudo hacer para remontar el marcador y el 1 a 0 se mantuvo, dándole los primeros tres puntos a Colombia.
Controversia. Tras el gol de Colombia, el juez de línea marcó fuera de juego, pero el VAR permitió ver que la jugada fue lícita y validó el 1 a 0.
Brasil abrió la Copa América con una fácil victoria sobre Venezuela A primera hora, la selección brasileña de fútbol, a media °máquina, venció por 3 a 0 a su similar de Venezuela y abrió así la Copa América 2021, torneo que comenzó en medio de polémicas y con la sombra de la pandemia del coronavirus, que ha afectado a varias de las delegaciones participantes. El zaguero Marquinhos (22’), Neymar (63’) y Gabriel Barbosa ‘Gabigol’ (88’) sentenciaron la fácil victoria brasileña frente a una tímida selección venezolana, que sintió los cambios forzados a última hora por un brote de coronavirus que separó a ocho jugadores un día antes del partido.
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Aumenta entrega de oxígeno medicinal
QUEVEDO • Ya han pasado 12 días desde que fue inaugurado el Banco de Oxígeno medicinal el pasado 1 de junio. Hasta el momento se han entregado de forma gratuita al menos unos 30 tanques de este producto. El proyecto fue financiado por el Municipio, una vez que el Concejo lo aprobó. El costo del proyecto es de 23 mil dólares, sin contabilizar las recargas que se van hacer una vez que los tanques sean devueltos vacíos, por los beneficiarios. El concejal Jimmy Aguirre, quien propuso el proyecto, comentó que la demanda de beneficiarios está dentro de los parámetros previsto. Además, contó que han tenido los ‘falsos positivos’, de personas que son de otros cantones de la provincia de Los Ríos. En cuanto a eso dijo que se les hace humanamente imposible ayudarlos, ya que son recursos quevedeños los que se han invertido, y que pueden ser incluso
Solicitud en el banco de oxígeno
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La ciudadanía que requiera un tanque de oxígeno medicinal, puede llamar a la línea única 0961555287, que estará habilitada las 24 horas. Los tanques serán entregados en los domicilios de las personas que necesiten el servicio. Esto previo a la firma de un acta de compromiso, y la presentación de un certificado médico, o la valoración de los paramédicos del Cuerpo de Bomberos, que certifiquen que realmente están enfermos y necesitan el producto. PROPAGANDA. La vallas publicitarias ‘inundan’ la ciudad. Especialistas recomiendan estudios antes de continuar con la colocación.
glosados, si acceden. Además, explicó que si algunas de las autoridades de los otros cantones requieren de la información del este proyecto. No tiene problemas en entregar todos los insumos, para que puedan replicar el banco de oxígeno, que es algo emergente. “Seguimos con esta noble labor. Lamentablemente seguimos con esta pandemia. La entrega de los tanques de oxígeno son necesarios”, agregó. (LRU)
CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO CONVOCATORIA
De conformidad con lo que disponen los artículos 90 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y 23 de su Reglamento, por desconocer sus domicilios actuales, se convoca al señor Andrés David Amaya Lara, con cédula de ciudadanía 1715966972, Ex Especialista Administrativo, a la conferencia final de comunicación de resultados, mediante la lectura del borrador de informe del examen especial al cumplimiento de las recomendaciones emitidas en los informes de la auditoría interna y externa aprobados por la Contraloría General del Estado, practicado por la Auditoría Interna de la Empresa Pública Metropolitana de Hábitat y Vivienda, por el período comprendido entre el 2 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2020. Diligencia que se realizará el día 18 de junio de 2021 y hora 10h00, en la calle Montevideo OE4-95, “Antiguo Hospital Militar”, sala de reuniones 2, edificio de la Empresa Pública Metropolitana de Hábitat y Vivienda.
Un sin número de vallas permanecen en los ingresos de la ciudad. Más en la avenida Quito.
QUEVEDO • Contaminación visual es todo aquello que afecta o perturba la visualización de una determinada zona o rompe la estética del paisaje. Esto estaría sucediendo en algunos de los ingresos al cantón Quevedo. Esto debido a relación de la cantidad de vallas que se han ubicado, sin un estudio técnico. A lo largo de la avenida Quito existen más de 10.
AVISO Se va a proceder al pago de: DEVOLUCIÓN DE APORTES Del que en vida fue: CBOP. ALBAN ESCALANTE PEDRO ENRIQUE Quienes se creyeren con derecho a este beneficio, podrán acercarse a presentar el reclamo respectivo en el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional en Quito, en el transcurso de TREINTA (30) DIAS a contarse de la presente publicación.
001-004-0523
Dra. Jenny Miño Morales Directora de Auditoría Interna EPMHV JEMM 2021-06-08
¿Quién regula la contaminación visual en Quevedo?
JEFE FINANCIERO DEL SERVICIO DE CESANTÍA DE LA POLICÍA NACIONAL
001-003-515/ms
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La contaminación visual impacta negativamente en el turismo, y en las actividades recreativas, volviendo hostiles los entornos que tendrían que ser armónicos o amigables. La mayoría son para promocionar negocios o productos. También se encuentran unas que son utilizadas por la Unidad Municipal de Turismo para difundir animales emblemáticos de la zona. El psicólogo clínico, Geovanny Martínez, explicó que la acumulación de anuncios, cableado y vallas publicitarias pueden distraer a las personas, en especial a los conductores. Por lo que se debe de tener cuidado donde se las ubica. El profesional dijo que es necesario que las autoridades realicen estudios enfocados a la armonización de los espacios como: carreteras o lugares turísticos. Por su parte, la directora de planeamiento urbano, María Elena Mendoza, manifestó que ellos se encargan de otorgar los permisos para ubicar las vallas. Que primero deben hacer una inspección.
¿Publicidad o contaminación? °
La diferencia entre un anuncio publicitario atrevido, y un elemento visual contaminante, por lo general depende del contexto. Un mismo cartel puede estar perfectamente bien en la esquina de una urbe trajinada, pero resulta intolerable en medio de un parque municipal. Los parámetros que toman en cuenta es que la valla no toque los cables de alta tensión y no hagan daño al peatón. Sin embargo, aclaró que ellos no tienen competencia con relación al contenido de cada anuncio. El comisario de la vía pública, Ángel Mora, comentó que su labor es verificar que las vallas no obstaculicen el paso de las personas. Por ejemplo, en el caso de la que permanece en la avenida Malecón y calle Séptima. Indicó que realiza el proceso para reubicarla, ya que interfiere en el paso. En cuando a la propaganda política que aún no ha sido retirada, manifestó que están notificados los propietarios. (DLH)
REVISTA JUDICIAL C00
LUNES 24DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR
LUNES, 14 DE JUNIO DE 2021 La Hora QUITO, ECUADOR
ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA
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CONSULTA PENAL ¿En caso que dentro de la causa aún no ha sido notificado el querellado y de manera libre y voluntaria el querellante desiste de la querella como se tendría que aplicar la figura del Desistimiento cuando el pedido es por el querellante y aun no comparece el querellado en la causa por no haber sido notificado?
SENTENCIA MOTIVADA EN DELITOS FLAGRANTES La motivación busca exponer las razones por las que se toma una decisión.
AUTOR: WILSON PATRICIO PAREDES OLALLES
Antecedentes La motivación en los delitos flagrantes se ve reforzada en un Estado que se quiera llamar a sí mismo como Constitucional de Derechos y Justicia, pues su única razón de ser es garantizar y facilitar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos, restringiendo al máximo cualquier aviso de arbitrariedad en el desarrollo de sus actividades; y, justamente una resolución de cualquier autoridad que no explique sus razones (motivos), está dentro de esta categoría de los actos arbitrarios del poder público. Refiriéndonos a este último (o poderes del Estado),
debemos recordar que tanto el ejecutivo como el legislativo gozan de legitimidad democrática, al ser sus representantes elegidos mediante votación directa, pero la función judicial carece de esta legitimidad, que debe ser llenada mediante la legitimidad de sus resoluciones, es decir cuando una decisión, además de ser “justa”, explique cómo se llegó a la misma. Pero, dentro de la temporalidad de la flagrancia se debe indicar, que las presunciones de la existencia de la infracción y de la participación del procesado deben ser justificadas y exteriorizadas de forma verbal en dicha audiencia. Fundamentación jurídica Con la vigencia de la Constitución de la República del año 2008, en su Título II, Capítulo Octavo, referente a
los derechos de protección, el artículo 76, que contiene las garantías del debido proceso, en su numeral 7, literal l), indica que: “Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho”. El Código Orgánico de la Función Judicial, en el artículo 130, numeral 4 contempla lo siguiente: “Motivar debidamente sus resoluciones. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Las resoluciones o fallos que no se
RESPUESTA Una vez presentada la querella, cumplido sus requisitos, debe ser aceptada a trámite y se debe citar al querellado para que la conteste. No cabe el desistimiento por parte del querellante previo a la citación, esto por cuanto: a) Solo al querellado le corresponde solicitar el abandono, y para ello sobrentendemos que ya ha sido citado; y b) Una vez citado, la o el juez debe estar al pronunciamiento de la otra parte, puesto que recordemos que uno de los efectos del desistimiento o abandono en el ejercicio privado de la acción, es la obligación de calificar en su oportunidad, si la querella ha sido maliciosa o temeraria, y para esto no basta únicamente el contenido de la querella, sino son necesarios otros elementos, y entre ellos evidentemente se encuentra la contestación del querellado Ya con la contestación, de ser el caso lo que procede es la conciliación, o en su defecto se estará a lo dispuesto en los artículos 650 y 651 del COIP.El abandono o desistimiento en el ejercicio de la acción penal está reconocido, empero, procede únicamente en las formas determinadas en el artículo 650 y 651 del COIP.
encuentren debidamente motivados serán nulos” Derecho comparado Argentina En Argentina las sentencias no se motivaban, ya que la Ley del 6 de Diciembre de 1838, fue suprimida el 18 de Diciembre de 1852. Pero al contrario de este precedente, la motivación aparece exigida por primera vez,
En el ejercicio privado de la acción penal, el impulso le corresponde a la víctima, empero el legislador, trata también, entre otras cosas, de evitar el uso indebido de la Administración de Justicia; si se presenta una querella y esta es aceptada a trámite, el querellante debe ser responsable de sus dichos. Corresponde indicar además que una vez presentada la querella, y si esta cumple los requisitos, debe ser aceptada a trámite e inmediatamente la jueza o el juez ordenar la citación al querellado, agotando para ello todos los mecanismos que la ley trae, bajo responsabilidad de la Administración de Justicia; por ello, si la citación demora, no cabe que previo a que esta se haga efectiva se pretenda declarar el desistimiento o abandono, so pretexto que el querellante ha dejado de impulsar la acción por más de 30 días. Recordemos además que hay plazos para la prescripción del ejercicio privado de la acción penal, que son útiles para estos casos. Reafirmamos, en el ejercicio privado de la acción penal, procede el desistimiento o el abandono, luego de la citación. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
como garantía de justicia, en la Constitución de la provincia de Buenos Aires de 1854 (Art. 124). La Constitución actual Argentina, no la exige expresamente, pero surge del contexto de sus disposiciones y la Corte Suprema la ha considerado una garantía constitucional. Doctrina Hermes Sarango Aguirre en su obra “El debido proceso y el
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principio de motivación de las resoluciones judiciales” en la página 75 de este texto publicado en 2013 nos dice “El Juez debe remitirse al caso concreto que le han puesto a la vista para su conocimiento. Por consiguiente, el Juez tiene el deber de consignar las razones que le conducen a tomar la decisión expresando para ello sus propios argumentos con relación al caso juzgado, así se puede señalar en la sentencia los fundamentos del fallo, o la jurisprudencia o la doctrina siempre que guarden relación con el caso que se está juzgando; no puede decir simplemente me remito a la sentencia o doctrina”. Análisis La motivación que es parte principal de estudio de esta investigación es uno de los principios del debido proceso, que busca exponer los motivos o las razones sin distinción de los delitos flagrantes y no flagrantes al instituirse este mismo como uno de los principios fundamentales para el ejercicio de la justicia, por las que se toma una decisión. Es así como la motivación se convierte en la explicación que se da respecto a por qué se acepta una posición determinada en todo tipo de proceso, ya que la motivación es análoga al tipo de delito y temporalidad por su carácter de obligatorio. Conclusiones 1. Si bien la normativa constitucional y legal en nuestro país acoge la garantía de motivación de las resoluciones judiciales, ésta muchas veces no cumple las expectativas donde debería existir una motivación completa. 2. La importancia de la motivación radica en su función limitadora de la arbitrariedad de cualquier poder público, al obligarlo que en cualquier decisión se expresen sus fundamentos fácticos y normativos. 3. El contenido general a verificar en una resolución debidamente motivada debe encontrarse de forma expresa, clara, completa, legítima y lógica.
Factura: 001-001-000026538
A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA OPERADORA DE TAXIS EXPRESSANJUAN S.A.
NOTARIO(A) ROLANDO PATRICIO DEL POZO VALLEJO NOTARÍA SEPTUAGÉSIMA QUINTA DEL CANTÓN QUITO
EXTRACTO DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
Se convoca a los señores accionistas de la compañía OPERADORA DE TAXIS EXPRESSANJUAN S.A., para que concurran el día jueves 24 de junio del 2021, a partir de las 19H00, a la cancha “LOS POTROS”, ubicado en la calle Daniel Puebla s/n y calle Celestino Molina, de esta ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, donde se llevará acabo la Junta General Extraordinaria de accionistas, con el fin de tratar el siguiente orden del día:
NOTARÍA SETUAGÉSIMA QUINTA DEL CANTÓN QUITO.- Cúmpleme poner en conocimiento del Público que mediante escritura pública otorgada ante mí, Doctor Rolando Patricio del Pozo Vallejo. NOTARIO SEPTUAGÉSIMO QUINTO DEL CANTÓN QUITO, el ocho de junio del dos mil veinte y uno, los cónyuges señores OSCAR EFREN SARASTY BENAVIDES y MARIA LORENA MIRANDA FRANCO, casados entre sí procedieron a liquidar el Patrimonio de la sociedad Conyugal la misma que fuera disuelta mediante acta notarial celebrada en la Notaria Septuagésima del Cantón Quito, de fecha veinte y nueve de octubre del dos mil diecinueve, se declara disuelta la sociedad conyugal existente entre OSCAR EFREN SARASTY BENAVIDES y MARIA LORENA MIRANDA FRANCO, legalmente marginada en el entonces Registro Civil, Identificación y Cedulación, el día seis de noviembre del dos mil diecinueve. La adjudicación del patrimonio se encuentra detallado en el texto de la referida escritura pública de Liquidación de Sociedad Conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial Publicada en el Registro Oficial Número 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Artículo 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23, faculta al Notario disponer la inscripción en el Registro de la Propiedad, la escritura de Liquidación de la Sociedad Conyugal, previo al trámite previsto en dicha norma legal pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de Liquidación de Patrimonio de la Sociedad Conyugal correspondiente a los señores OSCAR EFREN SARASTY BENAVIDES y MARIA LORENA MIRANDA FRANCO, otorgada mediante escritura pública el ocho de junio del dos mil veinte y uno, ante el suscrito Notario Doctor Rolando Patricio del Pozo Vallejo, NOTARIO SEPTUAGÉSIMO QUINTO DEL CANTÓN QUITO, por el término de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieran interés en esta Liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Dr. Rolando
1.- Constatación del Quorum 2.- Designación y nombramiento de Gerente General y Presidente de la compañía. De conformidad con los estatutos sociales de la compañía, la Junta se instalará válidamente con la presencia de los socios que representen más del 50% del capital social de la compañía. Se convoca de manera especial al señor Cristian Fernando Ushiña Comisario de la compañía: Quito, 14 de junio del 2.021. Atentamente, SIXTO REMBERTO CARRILLO MÉNDEZ PRESIDENTE DE LA COMPAÑÍA OPERADORA DE TAXIS EXPRESSANJUAN S.A.
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Dr. Rolando P. del Pozo Vallejo Notario Septuagésimo Quinto del Cantón Quito
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Escríbanos a: agenciasuio@lahora.com.ec o llámenos a: 0999901090 / 0997668381 Encuentre sus anuncios judiciales en:
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REVISTA JUDICIAL
REVISTA JUDICIAL LUNES 14 DE JUNIO DE 2021 La Hora ECUADOR
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Juicio No. 17230-2020 – 02313 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, sábado 5 de junio del 2021, a las 13h43. CITACION JUDICIAL para: BYRON ZHENG HUANG -EXTRACTOPROCESO N.- 17230-2020 – 02313 MATERIA: CIVIL TIPO DE PROCESO: SUMARIO ACCIÓN/ DELITO: AMPARO POSESORIO ACTOR: LI NA ZHENG HUANG y LI PING ZHENG HUANG DEMANDADO: BYRON ZHEN HUANG OBJETO: QUE SE DECLARE A SU FAVOR EL AMPARO POSESORIO MATERIAL SOBRE LA TOTALIDAD DEL INMUEBLE POR CASA Y TERRENO, SIGNADO CON EL N.- O34 – 240 (Antigua 169), UBICADO EN LA URBANIZACIÓN JARDINES DEL ESTE DE LA PARROQUIA CUMBAYA, CANTÓN QUITO CUANTIA: INDETERMINADA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 11 de febrero del 2020, las 13h21. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito y en virtud a lo determinado en el artículo 123 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).- En lo principal, la demanda que antecede es clara y cumple los requisitos determinados en el artículo 142 del Código Orgánico General de Procesos, además se sustenta en la acción posesoria prevista en el artículo 715 y siguientes del Código Civil; por lo que de conformidad con el numeral 2 del artículo 332 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), se la admite a trámite mediante procedimiento SUMARIO. De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulado por la parte actora en su escrito de inicial de demanda, situación que estará a lo previsto en el número 4 del artículo 333 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. Conforme lo ordenado en los incisos quinto y sexto del artículo 146 del COGEP, se dispone que se inscriba la presente 150759431-DFE demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual notifíquese mediante oficio al señor Registrador de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito. HECHO QUE SEA, CÍTESE al demandado señor Byron Zheng Huang, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará copia de la demanda, documentos adjuntos y este auto inicial; a fin de que en el TÉRMINO DE QUINCE (15) DÍAS, conforme lo determinado en el número 3 del artículo 333 del COGEP, conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y 152 del invocado cuerpo legal, bajo las prevenciones determinadas en el artículo 157 ibidem; para el efecto, remítanse las boletas de citación a la oficina correspondiente. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados a efecto de sus notificaciones y la autorización conferida a su abogado para el patrocinio en la presente causa. Actúe el doctor Nilo Almachi, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE..- f) Dr. Francisco Gabriel Chacón Ortiz-JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 31 de mayo del 2021, las 15h32-.VISTOS: Atento a la razón que antecede y a fin de continuar con la sustanciación de la presente causa y en virtud a que LI PING ZHENG HUANG y LI NA ZHEN HUANG, han declarado bajo juramento que pese a realizar las debidas averiguaciones en diferentes lugares les ha sido imposible determinar el domicilio del señor BYRON ZHENG HUANG, de conformidad con lo determinado en el número 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se CITE al señor BYRON ZHENG HUANG, a través de tres publicaciones realizadas en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por secretaria confiérase el extracto de la demanda, el auto de calificación a la misma y este auto de sustanciación. Al demandado en la presente causa se le advierte de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico a efecto de sus notificaciones. Conforme lo establecido en el número 3 del artículo 333 del Código Orgánico General de Procesos se concede a la parte demandada EL TÉRMINO DE 15 DÍAS, contados a partir de la última publicación conforme lo previsto en el penúltimo inciso del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y 152 del invocado cuerpo legal, bajo las prevenciones determinadas en el artículo 157 ibídem.NOTIFIQUESE y CÍTESE.- f) Dr. Francisco Gabriel Chacón Ortiz-JUEZ.Lo que pongo en su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial o correo electrónico, para sus notificaciones posteriores.- Certifico ALMACHI ALMACHI NILO GONZALO SECRETARIO Hay firma y sello
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Perdida de credencial de Angelita Marisol Mayorga Salinas con cédula de identidad 1709459703 pertenece a Parquesanto del Ecuador Jardines Santa Rosa.
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presupuestos de los arts. 284, 295 y 286 del Código Orgánico General de Procesos CUANTIA.- Se fija la cuantía en la suma de USD 150.000 PROVIDENCIAS. Juicio No. 17230-2020-02278 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 10 de julio del 2020, a las 12h12.VISTOS: Agréguese al proceso los escritos, anexos y copias simples que anteceden. En lo principal, cumplido que ha sido lo ordenado en auto que antecede, se dispone que el escrito agregado por archivo (copia) y el presentado por el actor, con la razón de presentación, sean agregados al proceso en orden cronológico pertinente. En lo principal, se considera: PRIMERO:CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por ACOSTA ESPINOSA JUAN PATRICIO se califica y admite a trámite mediante procedimiento Ordinario de conformidad con lo que determina el Art. 289 Ibídem.SEGUNDO:CONTESTACIÓN.- Conforme lo establecido en el segundo inciso del Art. 291 del COGEP se concede al demandado, ZOILA MARIA NICOLALDE MARTINEZ, JOSE RAMIRO MORALES NOCOLALDE, FABIAN MORALES NICOLALDE, HUGO MESISAS MORALES NOCOLALDE, EDUARDO OSWALDO MORALES NICOLALDE, ALICIA ENMA MORALES NICOLALDE, MARIA ZOILA MORALES NICOLALDE, JAIME ORLANDO MORALES NICOLALDE, YOLANDA FABIOLA MORALES NICOLALDE HECTOR IVAN MORALES NICOLALDE,Y A LOS HEREDEROS PRESUNDOS Y DESCONOCIDOS DE VICENTE MORALES HINOJOSA, el término de TREINTA (30) días una vez citado, a fin de que conteste la demanda en la forma establecida por los artículos 151 y 153 del código antes mencionado, quien además deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, conforme lo dispone el artículo 152 ibídem. Remítase atento oficio al señor Registrador de la Propiedad del cantón Quito, a fin de que se inscriba la demanda en el Registro de la Propiedad, conforme el Art. 146 del COGEP. TERCERO.-CITACIÓN.- CÍTESE con el contenido de la demanda y el presente auto de sustanciación al demandado OILA MARIA NICOLALDE MARTINEZ, JOSE RAMIRO MORALES NOCOLALDE, FABIAN MORALES NICOLALDE, HUGO MESISAS MORALES NOCOLALDE, EDUARDO OSWALDO MORALES NICOLALDE, ALICIA ENMA MORALES NICOLALDE, MARIA ZOILA MORALES NICOLALDE, JAIME ORLANDO MORALES NICOLALDE, YOLANDA FABIOLA MORALES NICOLALDE HECTOR IVAN MORALES NICOLALDE Y A LOS HEREDEROS PRESUNDOS Y DESCONOCIDOS DE VICENTE MORALES HINOJOSA en el lugar que se indica en la demanda, de conformidad con lo establecido en el Art. 53 del COGEP; previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo para A LOS HEREDEROS PRESUNDOS Y DESCONOCIDOS DE VICENTE MORALES HINOJOSA Para el efecto, remítase suficiente despacho a la oficina correspondiente.CUARTO: En cuanto a la solicitud de proibición de enajenar, no se atiende la misma, puesto que el procedimiento y petición concreta, respecto de este punto , no es el señalado en el COGEP. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados por el actor para sus notificaciones y la autorización conferida a su abogado patrocinador, la parte actora deberá proporcionar las copias necesarias para la elaboración de las boletas.- Actúe la Ab. BLANCA JANETD TAIPE, en su calidad de secretaria .- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-ALTAMIRANO RUIZ SANTIAGO DAVIDJUEZ(PONENTE) Lo que les NOTIFICO Y LES CITO a ustedes, para los fines de Ley.- Se le previene de la obligacion que tiene de señalar la casilla judicial de un Abogado y correo electrónico como dispone la Ley, para que reciba sus notificaciones Lo que comunico para los fines de ley. TAIPE REDROVAN BLANCA JANETD SECRETARIA Hay firma y sello
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UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. AVISO JUDICIAL EXTRACTO DE CITACION POR LA PRENSA Se le hace saber a: los HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE VICENTE MORALES HINOJOSA, que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda, cuyo extracto es el siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA ACTOR: JUAN PATRICIO ACOSTA ESPINOSA, DEMANDADOS: ZOILA MARIA NICOLALDE MARTINEZ, HEREDEROS CONOCIDOS DEL CAUSANTE VICENTE MORALES HINOJOSA, QUE RESPONDEN LOS NOMBRES DE JOSE RAMIRO MORALES NICOLALDE, FABIAN MORALES NICOLALDE, HUGO MESISAS MORALES NICOLALDE, EDUARDO OSWALDO MORALES NICOLALDE, ALICIA ENMA MORALES NICOLALDE, MARIA ZOILA MORALES LNICOLALDE, JAIME ORLANDO MORALES NICOLALDE, YOLANDA FABIOLA MORALES NICOLALDE, HECTOR IVAN MORALES NICOLALDE, Y HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE VICENTE MORALES HINOJOSA JUICIO: 17230-2020-02278 PROCEDIMIENTO / ACCION: ORDINARIO – INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO OBJETO.- Según refiere el accionante, mediante escritura pública de 14 diciembre del 2012, ante la Notaria Séptima suplente del cantón Quito, Dra. Marcia Naranjo, ha suscrito en calidad de PROMITENTE Comprador la escritura de PROMESA DE COMPRA VENTA DE UN INMUEBLE, con las siguientes características, un lote de terreno de aproximadamente 5.000, mts2. Desmembrado de uno de mayor extensión, ubicado en el sector de CAHAQUIBAMBA, PARROQUA DE GUAYLLABAMBA, cantón QUITO, circunscrito dentro de los siguientes linderos: NORTE, con propiedad de LUIS ALFONSO MORALES, extensión de ciento veinte y tres metros dieciséis centímetros; SUR, con propiedad de VICENTE MORALES HINOJOSA Y ZOILA MARIA NICOLALDE, en ochenta y seis metros con cuarenta y tres centímetros; ESTE, con camino público en cincuenta y cuatro metros y OESTE, con propiedad de VICENTE MORALES HINOJOSA Y ZOILA NICOLALDE en una extensión de cuarenta y cinco metros; escritura pública que en adelante será nombrada simplemente como ESCRITURA PUBLICA DE PROMESA DE COMPRA VENTA. Que se como precio la cantidad de USD 103.464,28, valor que se encuentra debidamente cancelado; Que en la cláusula cuarta de la referida Promesa de Compraventa, se estableció, que las escrituras definitivas de compra venta, por acuerdo de las partes se suscribirá como máximo el veinte y seis (26) de abril del 2013…”. Que en la cláusula sexta de la misma Escritura Pública base de la demanda, establece una multa por incumplimiento den la suma de USD 10.000,00. Que los promitentes vendedores, pese a los múltiples y comedidos pedidos realizados, para el cumplimiento del contrato de promesa de compra-venta, no fueron atendidos de manera favorable y hasta la presente fecha no se ha dado cumplimiento del mismo, siendo que la celebración de la Escritura definitiva debía realizarse el 26 de abril del 2013. Que es su pretensión que al demostrarse el incumplimiento del contrato de PROMESA DE COMPRA VENTA celebrado el 14 de diciembre del2012, entre los señores VICENTE MORALES HINOJOSA Y ZOILA MARIA NICOLALDE MARTINEZ, al amparo del Art 1505 del Código Civil se ordene a los PROMITENTES VENDEDORS, el cumplimiento del contrato solemne, así como al reconocimiento del pago de la multa establecida en la cláusula penal y su correspondiente indemnización de perjuicios ocasionados; y la transferencia y suscripción de las escrituras definitivas del lote de terreno de aproximadamente 5.00 mts2, que se encuentra descrito en la parte inicial de este párrafo; y la condena a los promitentes vendedores, al pago de la multa establecida por el valor de USD 10.000,00 y al pago de la indemnización de daños y perjuicios y al pago de los honorarios profesionales de mi abogado defensor, se reserva el derecho a solicitar el pago de costas por parte del demandado, en caso de cumplirse los
LUNES 14 DE JUNIO DE 2021 La Hora, ECUADOR
es apreciable en dinero, dando de esta manera cumplimiento a lo dispuesto en el Art 142, numeral 10 del mismo cuerpo legal. NOVENO: ESPECIFICACION DEL PROCEDIMIENTO: La causa se tramitara en procedimiento ordinario, señalado en el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos. EXTRACTO DE CALIFICACIÓN UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 13 de mayo del 2021, a las 15h34. VISTOS.-. Por cuanto la compareciente. MARIA TRANSITO QUIROGA ALMAGRO ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación anterior. Avoco conocimiento de la presente causa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; y por el sorteo de ley, en mi calidad de Jueza de esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en Quitumbe. Este despacho judicial dispone: [1] CALIFICACIÓN y PROCEDIMIENTO: En lo principal, la demanda de DECLARATORIA DE EXISTENCIA DE UNIÓN DE HECHO, presentada por. MARIA TRANSITO QUIROGA ALMAGRO, que antecede la misma que es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO determinado en el Art. 289 ibídem. [2 CITACIÓN. Toda vez que la actora. MARIA TRANSITO QUIROGA ALMAGRO, bajo juramento declara desconocer el domicilio de los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue; JUAN LINO GUACHI CHICAIZA, CÍTESE, de inmediato en legal y debida forma con el contenido de la demanda y el presente auto en calidad de demandados a los presuntos herederos y desconocidos de quien en vida fue; JUAN LINO GUACHI CHICAIZA, acorde a lo previsto en el Art. 56 numeral 1 del antes mencionada norma legal, se los citará por la prensa en un periódico de mayor circulación a nivel nacional, para los fines de ley; en tal virtud remítase el EXTRACTO correspondiente, a fin de dar cumplimiento con esta solemnidad sustancial común a todos los procesos (Art. 107.4 Ib.). CITESE a los señores JANETH ELIZABETH GUACHI QUIROGA; de conformidad a lo establecido en el Art. 53 del COGEP, a través de la sala de citaciones de esta Unidad en los lugares indicados en la demanda y cuyo croquis se encuentra adjunto [2.2.] Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al/ los demandados el TÉRMINO DE TREINTA DÍAS, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 66, 151, 152, en concordancia con el artículo 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, señale domicilio judicial electrónico en un correo electrónico, de una abogado/a, para futuras notificaciones. Caso contrario el proceso se sustanciará con las implicaciones que señala el Art.157 del Código Orgánico General de Procesos. [2.3.] La audiencia preliminar establecida en el Art. 292, se señalará una vez que sean citados la parte demandada, diligencia a la que deben acudir las partes personalmente o mediante procurador judicial con cláusula especial para transigir.-(…) CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.Lo que comunico a usted para los fines de ley. Muy atentamente, AB. KARINA VANESSA LUDEÑA PINEDA SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL D.M.Q. DE PICHINCHA
Conforme al artículo 240 de la Ley de Compañías vigente, y al artículo noveno del estatuto social de la compañía, se convoca por TERCERA OCASIÓN a los accionistas de la compañía RIESLINGFLOWER SERVICIOS S.A. para reunirse en JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, a fin de tratar y resolver los puntos del orden día que no fueron resueltos en la junta celebrada el día 11 de junio de 2021. Sin cambiar el orden del día de la primera convocatoria, se señalan los puntos que quedaron pendientes para ser tratados en la junta que se convoca por tercera ocasión: 1. 2.
Resolución acerca de la designación del nuevo Gerente General; Resolución acerca de la disolución voluntaria anticipada de la compañía y posterior procedimiento de liquidación y cancelación.
La fecha en que se realizará la Junta General Ordinaria de Accionistas es el día miércoles 23 de junio de 2021, a las 09h00, en las oficinas de la compañía, ubicadas en la ciudad de Quito, parroquia Cumbayá, en las calles Chimborazo 705 y Pampite, Centro de Negocios La Esquina, Torre 1 planta baja local 4A. Se convoca especial e individualmente a la Comisario de la compañía, señora Karina Paola Cisneros Jaramillo. Por tratarse de tercera convocatoria a Junta General de Accionistas y conforme a la Ley de Compañías y al Estatuto Social, la Junta General se instalará con el número de accionistas presentes. Jean Philippe Pascal Herbeth Gros GERENTE GENERAL Quito DM, 11 de junio de 2021
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REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESENCIA, CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE, DEL CANTON QUITO EXTRACTO JUDICIAL ACTOR(ES): Quiroga Almagro Maria Transito DEMANDADO: los herederos y presuntos desconocidos del causante JUAN LINO GUACHI CHICAIZA JUICIO No. 17981-2021-01666 (DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POS MORTEM). TRAMITE: ORDINARIO CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: AB. IRMA CARRERA ANDRANGO SECRETARIA: AB. KARINA VANESSA LUDEÑA PINEDA EXTRACTO DE DEMANDA SENOR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NINEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quiroga Almagro Maria Transito, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil soltera, con Cedula de Ciudadanía No 0501068357, de 76 años de edad, de ocupación comerciante, domiciliada en la ciudadela La Ecuatoriana, parroquia Chillogallo. De esta ciudad de Quito, provincia de Pichincha, correo electrónico absandybarreto95@hotmail.com, perteneciente a mi Abogada Patrocinadora Sandy Génesis Barreto Gallegos, ante usted respetuosamente comparezco con la siguiente demanda de declaración de unión de hecho post mortem y digo: (…) TERCERO: NOMBRES COMPLETOS DE LA DEMANDADA Y LUGAR DE CITACIÓN: La demandada es la señora Janeth Elizabeth Guachi Quiroga, por sus propios derechos, con cédula de ciudadanía No. 172122370-7 de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil soltera, de 35 años de edad, de ocupación Ama de Casa, desconociendo su correo electrónico, esta demanda procede contra ella porque es la única hija reconocida legalmente que tuvo en vida el causante Segundo Juan Lino Guachi Chicaiza con su madre, señora Maria Transito Quiroga Almagro, quien es la solicitante de la presente demanda de Declaratoria de Unión de Hecho Post Mortem. A la señora Janeth Elizabeth Guachi Quiroga, se la cítara en su domiciliado ubicado en la ciudadela ecuatoriana, parroquia Chillogallo, de esta ciudad de Quito, provincia de Pichincha, desconociendo su correo electrónico para lo cual adjunto croquis de ubicación, Así también se citara a los herederos presuntos y desconocidos que pudieren tener derechos sobre la presente causa, a quienes se los citara mediante publicaciones que se realizaran en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad, de conformidad aI articulo 56 del COGEP (…).- QUINTO: FUNDAMENTOS DE DERECHO: Los fundamentos de derecho que justifican el ejercicio de esta acción, los expongo con claridad y precisión, en el sentido de que esta demanda la fundamento en el Art. 66 de la Constitución de la República; Arts. 222 y 223 del Código Civil; numerales 1 y 5 del Art. 240 del Código Orgánico de la Función Judicial; y, Arts. 142, 143, 144, 187 y 289 del Código Orgánico General de Procesos, dando de esta manera cumplimiento a lo señalado en el Art. 142, numeral 6 del Código Orgánico General de Procesos. (…) SEPTIMO; Que en sentencia se declare la unión de hecho existente entre SEGUNDO JUAN LINO GUACHI chicaiza entre el periodo del 20 de diciembre del 2012 hasta 12 de octubre del 2019. (…) cumpliendo con lo señalado en los Arts. 10.10, 56 y 57 de la Ley Orgánica de Gestión de la identidad y Datos Civiles. OCTAVO: CUANTIA: La cuantía del presente proceso es indeterminada, conforme lo dispone el Art, 144, numeral 6 del Código Orgánico General de Procesos. ya que es una acción que no
RIESLINGFLOWER SERVICIOS S.A. TERCERA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE EXPLORACIONES NOVOMINING S.A.
De conformidad con el artículo duodécimo del Estatuto Social de EXPLORACIONES NOVOMINING S.A. (en adelante “Compañía”), se convoca a sus accionistas a la Junta General que se celebrará el día 30 del mes de junio de 2021, a las 10h00, por vía telemática. La Junta se celebrará de acuerdo con el siguiente orden del día: 1. Convalidación y ratificación de la designación del Comisario Principal para el ejercicio económico 2020; 2. Conocimiento y resolución del Informe del Presidente de la Compañía correspondiente al ejercicio económico 2020; 3. Conocimiento del Informe de Auditoría Externa que corresponde al ejercicio económico 2020; 4. Conocimiento del Informe de Comisario Principal de la Compañía que corresponde al ejercicio económico 2020; 5. Conocimiento y aprobación de los Estados Financieros de la Compañía correspondientes al ejercicio económico 2020; 6. Resolución acerca de la distribución de los beneficios sociales generados en el ejercicio económico 2020; 7. Designación del Comisario Principal y Comisario Suplente de la Compañía para el ejercicio económico 2021; 8. Designación de la Auditora Externa para el ejercicio económico 2021; y, Asuntos varios. Adicionalmente, se comunica que toda la información relacionada con el orden del día de la Junta convocada se encuentra a disposición de los accionistas en las oficinas de la Compañía, misma que será enviada a las direcciones de correo electrónico registradas. De forma especial e individual, se convoca a la Junta al Comisario Principal de la Compañía, señor Daniel Valencia, cuya dirección es Temístocles Terán S/N y García Moreno, Conocoto, Quito. La información de ingreso para la Junta telemática que se llevará a cabo por la plataforma Zoom es la siguiente: https://us02web.zoom.us/j/8125220532 ID: 812 522 0532 001-003-504/ms
En Quito, a 14 de junio de 2021.
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Jason Thomas Ward Presidente
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lunes 14 de junio de 2021
Ecuador
#YoMeCuido
Brasil y Colombia
ganan en arranque de la Copa América Venezuela y Ecuador fueron los perdedores de la primera jornada, en juegos correspondientes al Grupo B. Hoy, por el Grupo A, Argentina y Chile debutarán en Río de Janeiro y Paraguay y Bolivia en Goiania. 9
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK